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                    <text>Vol. XIII

Octubre de 1975

Número 77

CCNPOSICION Y ESTRUCI1JRA DE LA P
EN EL AREA METROPOLITANA DE ~N'IE
..:~_:~·1=:

Contenído:

• r,;
...

\' ·,

Composición y Estructura
de la 'Población en el A rea
M etropo/.itana d,e Monterrey, 1970 y 1975 . . . . . . . 1
Indices de la actividad
económica de Monterrey 5
Indicadores estmUsticos
nacionales . . . . . . . . . . . .. . 6
l ndkxulores estadísticos de

Estad,os Unidos. . . . . . . . . 7
Noticias económicas . . . . . . 7

CENTRO DE
INVESTIGACIONES
ECONOMICAS DE LA UANL
5 de Mayo Ote. 523 (Altos)
Teléfono 43-03--65
Director:
Lle. Leoncio Durandeau Palma
Director del Boletin:
Lic. .Jesús Ramones Saldaña

Suscripción anual:
México $ 120.00

Extranjero Dls. 10.00

Gr,(~

1. 1- • 1·

,'t-\

. b ,.,. . c~1t:;., ·,11,'
Lic. Gil er_to i . ,.
h.
t\" ·' .. l........... °i -¡
,'1/~
/
,y
'

.

'

_.'

,•

za

;

Por la importancia que en todo tiempo ·ofrece el · stueli0
ele la població11 en el aspecto social y ~conómicfli. ,:r-i,_ CcafmALc
Investigaciones Económicas de la U.A.N. L. nll.íl.~~T41-r lrlrr i I ele]
presente año, una encuesta de Ocupación y Sal ários , en &lt;londe se
analizan algunas de l as principales variabl es demográficas. Panpoder evaluar l as posibilidades ele desarrollo económico en un
país, se requiere disponer de información actualizada sobre la
situación de empl eo y desempleo, cantidad de personas que
integran la fuerza de trabajo , carga de dependencia y algunas
otras características de la poblé:ción ele modo que permita
delinear políticas econémic:::s del sect or público y privado para
resolver probl emas tales como : empleo, sal arios, educación ,
vivienda , etc.
El análisis que a continuación se presenta consta de
información del "L( Censo C,eneral de Población , 1970" y de la
Encuesta "Ocupación y Salarios en el Area Metropolitana de
~!onterrey, abril de 1975"; cifras
· as que penniten
comparar la composi ción y estruc
lación a través
del tiempo. Con esta informac·
culo se anali zan
algunas var iables como: estruc
·ón ocupada, tipo
de ocupación y actividad econ'
,· g.. r
donde trabaj an;
variables que sirven para dar
it.
g
e}
:,
·
árnica
que
1
experimenta la ocupación en el ~ ~~~ / ~• na de ~bnterrcy. y

-~~~JI,

CG'-IPOSICION DE LA POBLAC ·c'¡;_·:·:f - .:\ puede observarse en
el ~uadro 1, del total_d~_la p¡;¡bl'.5lón ~~~a 19]0 (1'21 3,479
habitantes), la compos1c1on &lt;l&amp;-4ti''pó6ld~i~ ~Mexo era de
004 ,62 1 hombres y 608,858
¿ ~i;run,~ ~ntuales ,
estas cifras equivalen a UJ1~
ñoñibr~
ñiújeres. Para
la encuesta Ocupación de abril de 1975 se encontró que ele una
población estimada de 1'584,611 habitantes , 796,584 son hombres
(50 . 3%) y 788,027 son mujeres (49 . 7%). En estas ci fras se
advierte que varió ligeramente la composición ele la ¡,oblación
por sexo en el lapso de 1970 a 1975, siendo mayor el porcentaje
de hombres en 1975. Posiblemente la corriente migratori~ &lt;le
hombres de otras entidades o áreas municipales de la entidad al
Area Metropolitana de Monterrey , afecf:ó la cor.Jposición por !;cxo.
Sin embargo , esto requiere un análisis aparte para profuncl i : ar
·sobre los factores que afectan la composición de la poblaci ón
por sexo.
Respecto a la estructura por grupo de edad, se aprecia
cómo a pesar de que los menores de 12 años crecieron a una tasa
promedio anual de 3. 3%, su participación dentro de la población
total disminuye de 36.9% en 1970, a 33. 3%en 1975.

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON
FACULTAD DE ECONOMIA
MONTERREY, N. L., MEXICO

�OCTUBRE DE 1975

2

Siguiendo con el análisis del Cuadro~ '
observamos que l a población económicamente ~ct~va,
fonnada pqr ocupados y desocupados crece en térm111os
absolutos( durante el período de 1970 a 1975,
aunque su participación por~entual result~~ser la
misma. Si hacemos referencia a la poblacion
ocupada se advierte un crecimiento al pasar de
336 31o'ocupados en 1970 a 416,594 en 1975. Sin
emb~rgo, preocupa el hecho de que la po?lació~
desocupada se haya duplicado en estos cinco anos,
al elevarse de 14,101 en 1970 a 28,682 en 1975
las personas desocupadas. El fuerte ~r~cimiento
en la desocupación, junto ~on el crec1TIUen!o
desacelerado de la industria que se observo en el
Area en 1975,2/ nos muestra la insuficiente
absorción de Ia cada vez mayor mano de obra
ofrecida en el mercado; o bien, que la industria
cada día se hace más intensiva en capital, dado el
alto costo del factor trabajo y los problemas
laborales que acarrea la contratación del mismo.

Por su parte, la población mayor Je 12
:11-1os consiJerada como la fuerza de trabajo, muestra
lUl pequeño incremento en su participación dentro
Je la pobkción total. De 766 ,305 ¡X'rsonas en
19-o, (63 .2~,) , pasó en 1975 a 1'057 ,252 personas
(f1(1. ;~,), este cambio representa w1 incremento de
3.ti~ en su participAción relativa, Jentro del total
de lil población. Cabe considerar qüe durante e]
periodo' considerado, este grupo se incrementó en
Lm 38~ que significa un crecimiento promedio anual
de ti . .,~- Este rápido incremento implica la
incorporación de más personas que reclamarán algún
tipo de trabajo y que para resolverlo, habrá que
incrementar las inversiones para absorber en fonna
productiva la fuerza de trabajo.
En la fue:-za de trabajo, compuesta por la
población económicamente activa y población
económicamente inactiva , se observa que l a
población económicamente activa creció en el lapso
de 1970 a 1975 a una tasa promedio anual de 4.9% .
Si la comparamos con la tasa de crecimiento de la
población de 12 años y más (6.7%), significa que
la participación de la población económicamente
activa crece más lentamente. Los datos de la
población económicamente activa indican que su
participación porcentual no varió , al observar que
pasó de 28 .9% en 1970 a 28 . 1% en 1975 . Por su
parte, la participación de la población
económicamente inactiva dentro de la población
total , varió de 34 . 3% a 38 .6% durante el período
analizado . Esto puede considerarse como un factor
negativo para el desarrollo económico, ya que
disminuye l a participación del factor trabajo y
plantea una mayor carga de dependencia económica .

La estructura de los "cesantes" y los que
"buscan trabajo por primera vez" que fonnan el
grupo de los desocupados, ~stró var~aciones de
interés que deben ser analizadas, asi tenemos que
los cesantes pasaron de 11,276 a 22,502 personas
de 1970 a 1975 . La proporción de estos cesantes
respecto a la población total ·aume~tó de~O -?% a
1.4%. Esto puede explicarse en primer tenn1110 por
la variación estacional al considerar la cesantía
2/ En efecto, se ha observado una disminución en el
- crecimiento industrial del Area de 1972 a 1975, como
lo señala el índice de producción industrial para
~kmterrcy donde de 1972 a 1973 varió en 12. 3% . Sin
embargo, a partir de esa fecha se advierte un
crecimiento desacelerado de la industria al ser 6.8%
el crecimiento de 1973 a 1974 y 2.1% de 1974 a 1975.
Por otra parte, de enero a junio de 1975 disminuye el
índice en 1. 2%, lo que implica una baja en la
producción industrial.

1/ No obstante que al Area Metropolitana de Monterrey la
fonnan actualmente siete municipios, las cifras
presentadas corresponden solo a cinco: Monterrey,
Guadalupe, San Nicolás de los Garza, Garza García y
Santa Catarina.

-

BOLETIN BIMESTRAL

3

en el mes de enero para el caso del censo de 1970,
y el que se haya realizado la encuesta en abril de
1975 . Cabe también sup0ner que esto puede deberse
a dos motivos: 1) a un crecimiento desproporcional
de la fuerza de trabajo con resp~cto a la actividad
económica; y 2) variables e~trictamente económicas
como sería un ajuste propio de la economía de
mercado donde existe una relativa recesión.

1.a 11111u:;11 1,1 dl' nrn1ui'actu1as es l,1 que
:ili,-;orhe un;i n. ,, ,1 !' i'"!'º n 1,-;n de pohl,1c ión oci1¡1,1,l:1,
1s1r1ando n·l.• 1
,, ·1 11 , · l" 'l'O de 1~1~11 a 197~, al
¡,;i..;ar de .i(, .., ,1 .,~_ (,'' . \ o ohst;rntC' ladisin inu,ión
de l,1 part1cipaciún 1-clati\·a t'll el lapsodetirn1po
considcraJo, en téTlllinos absolutos varía Je
129,946 en 1970 a 135,810 pC'rsonas en 1975. Lo
anterior representa una tasa de crecimiento amm 1
pro1·1t'llio de ll . !l';. . 1.1 ,1nál isis de la part ici pación
pQr se .\O nns i nJ i ca que los homh res se i neo rpo ran
a la industri a manufacturera a un ritmo de
crecimicnto anual promedio de 2.0i , mientras que
las mujeres di,;minuycn su participación como
fuerza d0 trabajo en la manuractura , a una tasa
anual prorrcd i o de 6 . oi . Lo anterior supone c¡ue se
ha intensificado un tipo de industria en donde
participa mas la población activa masculina y
menos la femenina.

Finalmente, los que "buscan trabajo por
primera vez" variaron de 2,825 a 6,180 personas
durante el lapso considerado , incrementándose la
proporción de 0.23 a 0. 39% . El crecimiento
promedio anual fue de 16. 9% . Sin profundizar
mucho, se advierte que los factores que
probablemente afectan a este grupo son el
crecimiento demográfico, los cambios en J a
estructura de la población por edades y las
corrientes migratorias.

En el grupo de construcción, la estructura
de la ocupación total permanece prácticamente
igual, al pasar de 7. 9% en 1970 a 7.8% en 1975.
El hecho de no mostrar fuertes variaciones la
0~tructura ocupacional de esta rama nos indica
GUe el sector co¡1strucción se hla.ntuvo co,1std,1te
y no varió la ocupación en los últimos cinco años.

ESTRUCTURA DE LA OCUPACION. - En el Cuérlro
2 aparece la estructura de la población ocupada
por sexo en las diferentes ramas de actividad
económica para 1970 y 1975. En general, en el
mencionado cuadro se observa que la estructura
ocupacional para 1975 m11cstra cambios poco
significativos con respecto a la de 1970.

i nclust r ial, las que ti encn menor absorción de nrn10

Generalmente se acepta que al sector
secundario corresponde el papel más importante en
la absorción de la fuerza de trabajo que emigra
del campo a la ciudad y del incr0mento de la
propia fuerza de trabajo urbano. Mucho de esto
está sucediendo en Monterrey . En efecto,
continuando con el análisis del Cuadro 2, se
advierte cómo el sector Comercio presenta un
incremento considerable de personas ocupadas de
1970 a 1975 al pasar de 48, 104 a 79 ,153 personas
en ese período. La población económicamente
activa ocupada por este sector crece a un ritmo
medio anual de 10.5%. Respecto a esta rama, es
importante mencionar que la participación de la
mujer crece más aceleradamente (12 .2%) comparada
con los hombres (9 . 8%). Esto puede deberse al
tipo de trabajos que se desarrollan en elc.anercio,
en donde la mayoría de los casos son trabajos de
oficina o dependientes, funciones que desempefian
en buen grado las mujeres.

de obra son l a industria cxtractiva y electricidad,
gas y servici_os sanitarios que suman en total
1. 7~ . Ello equivale a 7,082 personas ocupadas .

Otros cambios en la estructura
ocupacional son ostensibles como en los sectores

Los resultados de la ocupación para
~bnterrey Metropolitano en 1975,nos ·indica que la
participación porcentual del sector agropecuario
e~ relativamente pequeña comparada con otros
sectores o ramas de actividad económica, (1.4~).
Además, un hecho notable que se advierte en este
grupo es la disminución de la participación de la
fuerza de trabajo ocupada en este sector, pasando
de 10,901 personas en 1970, a 5,832 personas en
197S; o sea, una disminución de 46.5i . En este
movimiento los hombres reducen su participación
en un 41 . 9~, y las mujeres en un 77 . 7~. Esto nos
par0cc advertir que la población ocupada residente
en el Arca , cada día interviene más en las
actividades económicas propias de un centro urbano
al tamentc industrialirndo.
Dentro del grupo que fonnan la rama

CUADRO 1
CCMPOSICION DE 1..A POBJ..ACION EN EL AREA METROPOLITANA DE iOITTERREY, 1970 Y 1975
1970 _l/
Composición de la Población

Personas

1975 '!:_/

Porcentaje

Personas

Porcentaje

CU J\ llRO

2

l(STIUK:lllM JE IA O::tH',\!'l(:t,J l'OR SECmR 11· J\CTIVlll\ll l:CXIDIICA l'N l'L J\IU'A 11:l'OOIQJ.ITJ\~¡\ 11. H1N11,RJU.Y, 1'170 Y 1'175

Población Total:
Hombres
Mujeres
Población por grupo de edad:
Menores &lt;le 12 aíio~
De 12 años y más
Fuerza de Trabajo:
Población económicamente activa
Población económicrunente inactiva
Población económicamente activa o fuerza
de trabajo en el mercado:
Ocupados
Desocupados
Cesantes
Busca trabajo por primera vez

1 213 479
604 621
608 858
447 174
766 305
350 411
415 894

336
14
11
2

310
101
276
825

100.00
49 .83
50. 17

1 584 611
796 584
788 027

100.00
50.27
49.73

de

7

o.Y

1 9

5y

7

Ac t i vid ad:
tloni&gt;rcs Porcentaje t-l,jcrcs

Indus tria Agropcc u:iria

10 085

3. 8

8 16

Porcentaje

0.9

Total
JO 901

Porcentaje llombrcs
3 .1

5 858

l'orccntajc ~lijcrcs

1.8

Porccn ta ic

182

0. 2

lOtál

s 8.;z

l'orcc•lla_i,
1. 1

Industrias:

36.85
63.15
28 . 88
34.27

27. 71
1.17
0.94
0.23

527 359
1 057 252
445 276
611 976

416
28
22
6

594
682
502
180

33.28
66. 72
28. 10
38.62

26.29
l. 81
1.42
0.39

RJENfE: Centro de Investigaciones Económicas, U.A.N.L.

1/ Cifras del "IX Censo General de Población, 1970", S. I.C., Dirección General de Estadística.
Cifras estimadas en base a la encuesta "Ocupación y Salarios en el Area Metropolitana de Monterrey", abril de
1975.

I!

1 9
Rama

Ext ract ivas

2 096

0 .8

19 1

0.2

2 287

0. 6

3 254

1.0

273

11. 3

3 33,1

lilanu facturas

108 593

40. 6

2 1 348

23. 6

129 94(,

:li&gt;.3

120 088

36.9

15 678

17 . 2

135 810

.' 2 . ,1

Cons tmcci6n

27 441

10.3

8114

0 .9

28 245

7. 9

31 243

9.6

1 185

1.3

32 194

; .s

1 275

11.5

188

0. 2

1 4(13

11.4

2 929

JJ.9

912

1.0

3 749

0.9

35 325

13. 2

12 779

14. 1

48 104

13 .4

56 302

17. 3

22 697

24. 9

79 153

l 'l. ll

1:lcct ric iJad, gas y servicios
sar,itarios
Coa-rcio

n. R

Transporte y Conunkaciones

15 588

5. 8

774

0 .9

16 362

4. 6

15 296

4. 7

1 641

1.8

1' 081

➔•

Sc.~r,.-icios

47 485

17. 7

47 772

52.9

95 257

26.6

b6 065

20. 3

4 1 291

45 . 3

107 48 1

25 . 8

r-ohic-mo
lnsuficic-n~enc-ntc espcciric~Hlo~/
SU 11 A:

1

6 898

2.6

1 348

1. 5

8 246

2.3

14 319

4 .4

3 919

4.3

18 330

➔- ➔

12 655

4.7

4 356

4. 8

17 1111

4. 8

10 089

3. 1

3 373

3. ":'

13 331

3 . .?

267 446

100. 0

90 376

100. 0

35' 871

100.0

325 443

100.0

91 15 1

100.0

4 lñ 594

IDO. O

FUL\11.:: f.cntro de Investigaciones Cconómicas , U.,\.:,;. L.
1/ Cifras del "I\ Censo General de Población, 1970", S . l.C. , Dirección r.cncral de bta&lt;listica. Datos referentes al año de 1969.
~/ Cl fras obtenidas de la encue sta "Oc1qmción y Salarios en el Arca 'k-tropol i tana de ' bntcrrer". abril de 19:'5.
:,¡ Se incluye en es.te renglón a las personas 4uc no dieron d3tos en 19"'5.

~

�5

BOLETIN BIMESTRAL

OCTUBRE DE 1975

4

·INDICES DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE MONTERREY

de las obreras y serv1c1os diversos, a ocupaciones
intelectuales de mayor responsabilidad; puestos
que en muchos casos implica "la tomade decisiones"
sobre la actividad económica . Las cifras para el
período nos muestran para el caso de "profesionales
y técnicos" un aumento en la participación
femenina al pasar de 11.5% en 1970 a 18.9% en
1975; en el grupo de funcionarios superiores y
directivos, varió de 2.2 a 3.9% y el personal
administrativo, de 23.8 a 36.7% .

Transporte y Comunicaciones, Servicios y Gobierno.
De estos grupos , el último es el que más
sobresale, al mostrar una captación media anual en
la ocupación de fuerza de trabajo de 17.3%. En el
sector Gobierno, la mano de obra femenina se
inc'rementa a una tasa promedio anual de 23. 8'1- que
es mayor al crecimiento de la demanda por personal
masculino (15.7%).
Resulta extraño que en los últimos años
cuando se afirma la fisonomía de la estructura
ocupacional, el proceso de "feminización" casi se
internonpe, así tenemos que de 1970 a 1975 la
participación femenina en Monterrey Metropolitano,
como fuerza de trabajo en la actividad económica
disminuye en un 3.4% . Además , cambió la absorción
de mano de obra femenina en los distintos sectores
económicos . Como se puede observar en el Cuadro
2, la participación femenina en el sector Servicios
disminuye, para incrementarse en el sector Gobierno
y en algunas empresas descentra 1 izadas de 1
gobierno, como es el caso de la industria de la
electricidad.

en la participación de "profesionales y tfrnicos",
al pasar de 8.6% en 1970 a 12. 5% en 1975. Este es
un movimiento de gran importancia, al señalamos
una mayor preparación técnica ele la fuerza de
trabajo que es requerida a tocios los niveles de
la a~tividad económica; las cuales, conforme pasa
el tiempo adopta nuevas técnicas de producción y
comercializa::ión con necesidades de personal más
especializado .
Es pertinente señalar un hecho importante
que se observa en el Cuadro'.) , y consistt&gt; en la
participación del sexo femenino en ocupaciones,
como "profesionales y técnicos", en puestos
directivos -tanto públicos como privados- y en
ocupa~iones admin.i.strativas. Esto nos indica que
la OUIJCf SC prepara St'gÍln trallSClltTe el t icmpo
ampl 1ando su cducación ,. tr;ms1·011nando s11
participación de tarc;1s· m:11111;11L's, como es cl case

CUADRO

Tipo

de

Ocupación:

Profesionales y Tfoticos
Funcionarios Sup. y personal
directivo público y privado

llooincs Porcentaje ~Ujcrcs Porcentaje
20 427
14 330

í .6

S.4

Personal :\dministrat i,-o

27 619

10 .3

Comerciante5 y Vendedores

27 571

10.3

Trabajadores en labores
agropecuarias
Trabajadores no agrícolas Y
lnsuficienterentc especificado Y

s u

)1

A :

9 327
158 192
9 980
267 446

3.6
59 . 1
3. 7

100.0

10 357
1 967

1 9 7

11. S
2. 2

Total
30 784

8.(,

35 148

16 297

116.0
130.9
131. 3
131. 3
139.4
132. 7
11i2.1
192.9

113.3
113. 7
116.1
126. O
127 .6
128. S
148 .8
214.8

3ó9
3ó6

319
313

245.6
248.9
248.8

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254 . 4
253. 4

316. 7
325. 7
327. 1

286. 1
285.3
280. 1

198.0
197 . 5
202.11

282.8
270. 7
255.6

231. 3
231. 2
231. 2

222
218
270
309

108 .0
109. 5
110.S
115.3
139.4
140.6
144.6
176. 7

1"12.4
133.9
140.4
144 . S
145.2
148. 3
155.8
166. 2
165. 6
171.1
183.9
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94. 1
98.3
104 . 5
108.S
106.6
117 .s
112.6
128. 2
132. 7
139. 0
163. 1

116. 120.5
125.6
130.4
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136.-1
137 . h
145. 6
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S

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S

: Centro de Investigaciones Econ6micas, U.A.N.L.
1/ Incluye carga de productos minerales. - No disponible

CARGA TRANSPORTAD\ POR FERROCARRIL
CONSUMO DE ENERGIA
(1960 • 100)
(1960 • 100)
Industrial
Mineral
Electricidad
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Total
Volunen
Total
total 1/ entrada 1/ salida 1_¡ Entrada Salida Entrada Salida Total Industria Otros 2/ Total Industria Otros 3/

Años

y
meses

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(Ago.1960 - Jul. 1961 • 100)

Total

Residen
cial

163
407
166
224
247
185
290
265
236
215
279
268

1963
1964
1965
1966
1967
1968
1969
1970
1971
1972
1973
1974

106
117
119
138
146
160
161
154
154
163
191
239

132
141
145
167
179
202
208
209
203
214
254
315

63
74
75
87
90
89
81
71
68
74
83
110

129
129
128
180
189
146
148
152
155
163
213
343

57
69
69
84
89
87
78
68
66
72
80
101

131
144
149
167
175
191
235
232
224
237
270
309

271
263
279
225
171
262
103
194
176
150
195
545

131
144
155
172
185
198
217
232
243
272
293
313

127
141
152
167
177
189
206
220
228
257
278
296

158
170
180
207
242
262
290
318
348
381
409
428

121
137
145
162
171
182
196
210
215
225
247
232

121
138
146
161
170
184
195
208
213
221
241
226

116
132
133
169
178
198
207
232
236
266
305
298

132
282
165
176
180
156
241
241
196
171
216
222

1975 Jul.
Ago.
Sep.

242
198
192

316
236
229

116
135
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168

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194
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huevos
verduras grasas
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Total

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129
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1975 Jul.
Ago.
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141
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1963
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1968
1969
1970
1971
1972
1973
1974

Bienes no

duraderos

11 1 CE

370

Por último, en la mano de obra dedicada
a "labores no agrícolas" -fabriles, servicios
diversos y conductores de vehículos- encontramos
que el total presenta una disminución en l a
participación relativa, lo cual supone un
movimiento en la mano de obra a categorías de
técnicos como requieren las nuevas técnicas de
producción en la industria local. Los resultados
nos indican que el grupo de trabajadores "no
agrícolas" disminuyó de 56.5% en 1970 a 54 .4% en
1975. La mano de obra masculina en este grupo
aumenta en la participación absoluta y relativa,
como se muestra al pasar de 59.1% (158,192
personas) a 61.3% (199,496 personas); mientras
que la participación femenina disminuye de 48 . 7%
(44,037 personas) a 29 . 7% (27,072 personas). Esto
se debe principalmente a dos hechos mencionados
con anterioridad: 1) un movimiento ,en la
participación femenina de labores no agrícolas a
otras ocupaciones específicas de mayor preparación
y responsabilidad; y 2) la menor participación
femenina en Monterrey Metropolitano como fuerza
de trabajo en la actividad económica.

En primer lugar, se advierte un aumento

Total

~

CL,\SIFICACICN i'OR ORJETO l)f: C"51U

V

meses

En cuanto a los "trabajadores en labores
agrícolas", se nota una marcada disminución al
pasar de 9,959 personas en 1970 a 4,999 personas
en 1975. Prácticamente , la participación de los
ocupados en labores agropecuarias en el total,
disminuyó a la mitad durante el período de 1970 a
1975 al pasar de 2.8 a 1. 2% , lo que representa
una disminución promedio anual de 12.9%. Esto
viene a reafinnar lo dicho en líneas anteriores ,
la menor participación de la mano de obra en el
sector Agropecuario, desplazándose a actividades
industriales propias de un polo industrial en
desarrollo como es el Area Metropolitana de
Monterrey .

En el Cuadro 3, se presenta la estructura
por ocupación específica para 1970 y 1975 , en el
cual se aprecian variaciones de i.mportancia.

1

PROWCCl(l-1 1NUJSTR IAL
(1960 • 100)

Afies

9 959
202 229
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3. 7
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100.0

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100.0

416 594

100.0

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llli\"it: Centro de Investigaciones Ec.on6micas, U.A.N.L .
.!/ Cifras del "IX Censo General de Población, 1970", S .J.C., Dirección General de Estadistica. Datos referentes al afio de 1969.
'!/ Cifras obtenidas de la encuesta ''Ocupaci6n y Salarios en el Arca ~~tropolitana de n:)lltcrrey", abril de 1975.
Y E.ste gru¡x&gt; de oa.paci6n especifico in~luye los trabajadores en servicios diversos y conductores de vehiculos.
!/ Se incluye en este renglón a las peTSOnas que no dieron datos en 1975.

e,

310

4 999

197'-l

197'-l

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1975;

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160

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•

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~~: Centro de Investigaciones Econánicas, U.A.N.L.
Uf/1.5. .!/ Incluye carga de productos agrícolas. 2/ Incl e consumo
• d

t rimestral del volunen de la construccI6n en puyroyecto

·
•
e gobierno, dani!st1co y comercial .

Y

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Incluye ·conslMI'.&gt; doméstico y comerc1· a1 .

!/

Media
. móvil

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OCTUBRE DE 1975

7

BOLETIN BIMESTRAL

INDICADORES ESTADISTICOS NACIONALES

INDICADORES ESTADISTICOS DE ESTADOS UNIDOS
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Procluctión Ene r gia
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( 1970 : 100)
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fronterizas

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989
153
169
506
976
148
167
801
828
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1
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1
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2

1 509

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corrientes

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1
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932
215

550

11 S
21S
304
206
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895
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2
3
3
4
3
4
6
8

959

2 270

1 976

2 365
2 499
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004
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196S
1966
1967
1968
1969
1970
1971
1972
1973
1974

1
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1
1

1974 .Jul.
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Sep.
Oct.
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1 100

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Mar.
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Indices de pr ecios de la ciudad
de México
(1954 = 100)
\I a y o r e o

1964
196S
1966
1967
1968
1969
1970
1971
1972
1973
1974

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1
1
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2
3

1974 Jul.
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Sep.
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19"5 íJle.
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482
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99S
1 497
2 412
3 643

388
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800
299
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638
17S
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Saldo
+209
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+368
+232
+242
+429
+358
+469
• 266
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400
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ISO
594

856 450

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+ 24 578

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687

FUL\11' : Gobierno de Es tados Uni&lt;los, Departamento &lt;le UXOCrcio: Pro&lt;lucto Nac ional Bruto, lngre~o Nacional, Ingreso Pe rsonal nispon ihlc~ t;;-1sto &lt;lc l f.ohicrno ,
Inversión Pri vada y comercio Exterior. lk:!partamcnto de Trabajo: ncsocupación e lndicc de Precios . .Junta de CiObernadorr-:::. &lt;lcl S istcm.-'l Jr la Hcs:C'rv.i
Fede ral: Ind ice de Producción Industrial, ~blio Circulante)' Crédito e Inversiones Bancarias.
·
.\UUS: 1/ lasa5 anuales ajllc;t:1Jas por can~1ios estac ionales. 2/ Cifras revisadas: /\justadas ¡~r cani&gt;jos cstacion,1lcs. rotos de import ac ión ralu.:1Jos L ..\ .IL
1/ Las c i fras &lt;le desocupac ión incluyen J\laska y llawaii. y Incluye suhín&lt;licc de servicios. ~/ Praoc'&lt;lio &lt;le los datos con :tjll'•tc cst;1c ion~tl.
()¡ Comprende to&lt;los los bancos "comerc iales". · No &lt;lis¡)Qniblc.

INTERNACIONALES

y

438
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512
546
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803
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MflS ll. : Banco &lt;le ,'léx ico, S. ,\ .: ln&lt;li ce de Producción Industrial, Comercio Exter ior &lt;le Bienes y Ser v i c i os . Secre t a r ía &lt;le Indus tria y Comer c io : Ener gia
l.léctrica. i'etró l cos \ lcxi canos : Petróleo . l)c,partamcnto &lt;le! Distri to Federal: Super ficie const ru í da en e l D. F. , Ferrocarr i l es Nac iona l es de
\léxico: Carga t rans portada . - No disponib l e .
\ (JL\S : JI l ncltJ)'e c nergfa e léctr ica, petróleo)' Jcri v"Jos , producción mine ro-metal úrg ica y constn,cción. 2/ En todos los pisos . Basado en I icenc ias
Je ob r a .
-

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Comerc io &lt;le Méx ico con los países
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(mi l es &lt;le pes os)

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Ingreso
Comercio exterior
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personal
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&lt;le mercaneías y
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Tur ismo y

Prod. Nacional 1ngreso Naciona:
(mi les de
Bruto J.!
( mil es de
millones
de d6lares)
millones
e~ dólares)

NOTICIAS ECONOMICAS*

Estados Unidos: Inversiones de capital
en el exterior . · Las inversiones de capital
previstas para 1976 por las filiales extranjeras
&lt;le empresas estadowüdenses han si&lt;lo reducidas
notablemente . De acuerdo con er estudio del
Departamento de Comercio de Estados Unidos, se
prevé que las filiales mencionadas incrementen sus
inversiones de capital en tan sólo 4'1, (27 mil
millones de pesos) en 1975 y 12i en 1976 (30 mil
400 millones de pesos), frente a un aumento del
25';, que hubo en 1974, aii.o en que las inversiones
de capital ascendieron a 25 mil 200 millones.
El estudio sugiere que la mayor
reducción tendrá lugar en los países
industrializados, en los que esas filiales se
proponen aumentar ahora la inversión en sól o un
Z~, totalizando 18 mil 100 millones de pesos en
1976. El porcentaj e de aumento más elevado se
prevé en los países en desarrollo, donde se espera
que las inversiones aumenten en 20%, llegando a
los 7 mil 200 millones de pesos; sin embargo, esto
representa una reducción considerable en
comparación con los primeros planes que preveían
un aumento de hasta el 29% (Fondo ~kmetario
Internacional, Boletín del R-ll, 20 de octubre de
1975) .

Industria Y Comercio , Direcc~ó~ General de Estadística : Comercio de 'léxico con los países micrrbros Je la AL-\LC. Banco Je 'léxico,
5 :A., Idn&lt;licesédde Prec1~s_en la c rndad de México, 11cdio Cira1l ante . Boletín de la Comisión ,acional Bancaria: Saldos del conjunto de institu·
c1oncs e cr lto y créditos de los bancos de depósito .
·
:-.:rr,\S: JI Datos anua l es , saldos al 3 1 de djciembrc: Datos mcnsuales, saldos a fin &lt;le mes . - :So disponible.
las noticias que cont,enen este BoJetin no representan opiniones del Centro de lnvestigacioooes Eco nómicas o de su personal;
sólo constituyen una brevísima recopilación de fuentes impresas
que puede ser útil al lector.

Se recupera la economía estadounidense.
El ingreso personal en E.U. A. creció 9.3% anual e1
mayo , la tasa más grande desde septiembre del año
pasado, gracias a que los sueldos y salar ios han
mejorado , debido a que han ampliado la jornada de
trabajo.
La producción industrial descendió más
del 14'1, desde el último trimestre de 1973, cuando
llegó a su punto más alto. Sin embargo , hay
indicios de recuperación para l a segunda mitad de
1975.
El desempleo al canzó 9. 2'1, en mayo pasad&lt;
Se espera que empiece un descenso suave con la
recuperación económica, después de alcanzar su
punto más alto en el tercer trimestre de 1975El receso ha provocado una pausa en la
inflación . Los precios al mayoreo crecieron 11.8'
en los primeros cinco meses de este año. contra 21 1
en todo 1974. El alza de precios al consumidor s&lt;
redujo a 10.5% de 1n en 1974 (BANAMEX, Examen de
la Situación Económica de ~léxico, Vol . LI, No. 597
agosto de 1975).
NACTO?IALES
Nuevo ajuste de las tarifas eléctricas .
Casi dos años después de haberse elevado las
t arifas eléctricas (15 de octubre de 1973) se
realizó un nuevo aj uste . El decreto que autori za
el aumento fue publicado en el Di ario Of i cial de
la Federación el 13 de agos to último .

�8

El al::a es &lt;le lO°ó para el serv1c10
&lt;loméstico y &lt;le 30~ para la in&lt;lustria y comercio .
Se prevé que esto pennitirá incrementar los
ingresos globales de la CFC y de la Compañía de
Luz y Fuerza del Centro y Asociados en 22.9\ y que
producirá recursos para estas dos compañías por
alrededor de 2 mil 500 millones de pesos en los
primeros doce meses de funcionamiento de las nuevas
tarifas. Adicionalmente, los recursos de la CFE
se incrementarán en este mi~mo periodo en más de
300 millones por concepto de impuestos al conslUllO
de energía eléctrica.
. Impul~o a las exportaciones y regulación
d~ las 1mportac1ones .- El 12 de julio pasado, los
t;tu~ares de las sec:etarías de Hacienda y Crédito
P~bl1co y de Industria y Comercio anunciaron un
conjunto de medidas para estimula; las ventas al
exterior, ampliar el mercado interno, seleccionar
las importaciones y en general, fortalecer la
economía mexicana con base en las perspectivas de
la situación económica internacional.
El "paquete" de estímulos está
comprendido en nueve acuerdos y decretos, algunos
de cuyos principales señalamientos se reseñan a
continuación: El 50% de integración que deberían
cubrir los exportadores de manufacturas para
poder ser beneficiarios de los Certificados de
Devolución de Impuestos (CEDIS), según acuerdo
presidencial del 15 de marzo de 1971, se redujo
a 40%, y con este porcentüje el reintegro será de
la mitad del total de impuestos indirectos.
Cuando la integración alcance del 50 al 59%, se
establece la devolución de poco más de dos terceras
partes, y si es de 60%, la suma total de los
gravámenes indirectos. Las empresas maquiladoras
que cubran las proporciones mencionadas, podrán
incorporar el valor de la maquinaria y equipos
importados temporalmente, en el cálculo de los
costos directos y beneficiarse con los CEDIS.
También se dispuso la devolución de
i.JrqJuestos a las unidades manufactureras cuyos
productos sean vendidos en la frontera norte y en
las zonas y perímetros libres del país,
ccntribuyendo de este modo a la sustitución de
importaciones. Sin embargo, para poder disfrutar
de estos beneficios, es necesario. aumentar el
valor de las ventas en 15% acumulado en relación
al año inmediato anterior. Para quienes hayan
recibido estímulos fiscales con anterioridad, se
computarán como al.D!lento, las ventas a esas áreas
en el año inmediato anterior.
Con relación a las importaciones
temporales, se redujo el porcentaje de
participación nacional en los productos vendidos
al exterior de 40 a 20% y fue ampliada la vigencia
de los pennisos de importación y la estancia de lo
adquirido temporalmente, hasta 365 días. Se espera
mediante estas medidas aumentar los niveles de
empleo, de producción y en forma especial, los de
exportación.
Uno de los puntos básicos del comercio
exterior es.el transporte. Por tal motivo,el
Gobierno Federal decidió conceder la devolución
total de impuestos federales a las empresas
navieras que acaten lo establecido en las leyes
de navegación y comercio marítimos y de inversión
extranjera, y que por lo menos reinviertan el
equivalente a la devolución, para lo cual
presentarán los respectivos programas al Gobierno
Federal .
Por último, a fin de seleccionar las
necesidades de importación, se at.anentaron las
. tasas arancelarias excluyendo, en c-ierta medida,

OCTUBRE DE 1975

las que recaen sobre productos vitales para el
sistema productivo y de manera sustancial se grava
la i.JrqJortación de productos suntuarios (Secretaría
de la Presidencia, Carta de México, 31 de agosto
de 1975).
México: Balanza de a os en el rimer
trimestre e 19 5. - La exportación de mercancías
y servicios bajó 9. 3% respecto al primer trimestre
de 1974, en tanto que la importación subió 18.4%.
El déficit por estos conceptos subió 169%; llegó
a 780.7 millones de dólares, cifra superior a todo
el año de 1972. Empero, es inferior al del último
trimestre de 1974, si bien en los cuatro años .
anteriores el déficit de los primeros tres meses
ha sido el más bajo de los cuatro trimestres de
cada ejercicio.
El comportamiento de los principales
conceptos de la cuenta corriente fue el siguiente
en el primer trimestre: La exportación de
mercanéí¡is bajó 6.9% y la importación subió 16. 1\.
El défic~t resultó 43.2\ mayor.
Otros ingresos por transacciones
corrientes -ccmprende servicios como seguros y
reaseguros, y transferencias como remesas de
braceros- bajaron 56.4% (BANAMEX, Examen de la
Situación Económica de México, Vol. LI, No. 597,
agosto de 1975).
Gasto público para 1976.- El presupuesto
de egresos para el país en 1976 tiene por objeto:
crear polos de desarrollo regional, desconcentrar
el poder y las decisiones, optimizar la
administración de los recursos, procurar que el
gasto tenga su propia fuente de financiamiento y
realizarlo en el mismo lugar.
Tales son los postulados principales de
la nueva estructura del gasto público, que hasta
este año con un presupuesto de 298 mil 240
millones de pesos, representa el 30\ del producto
interno bruto.
El gasto público para 1976 dará
preferencia a los programas dealimentación popular
y al fomento de la actividad agropecuaria
(Excélsior, 19 de septiembre de 1975).
LOCALES

Electrificación rural en Nuevo León.Nuevo León es una de las entidades mas
electrificadas del país, ya que todas las
localidades con mas de mil habitantes tienen
servicio.
En este momento, la CFE ejecuta tres
programas rurales para suministrar energía
eléctrica a 56 localidades en 17 municipios, con
· 'tina inversión de 28 millones 500 mil pesos. Para
tal efecto, la Junta de Electrificación del
Estado, construirá 304 kilómetros en líneas de
distribución e instalará 2 mil 891 postes para
redes distribuidoras.

Las inversiones se realizan en los
nunicipios de Galeana, Aramberri, Doctor Arroyo,
Mier y Noriega, Salinas Victoria, Agualeguas,
Doctor Coss, Los Al~ama, Pesquería, Cadereyta,
~fontemorelos, Rayones, Linares, Sabinas Hidalgo,
Zaragoza, Ciénega de Flores, San Nicolás de los
Garza y otros.
Antes de estos programas, se infonnó por
la CFE que en Nuevo León el 92% de los habitantes
que viven en 798 localidades cuentan con servicio
de energía eléctrica (El Porvenir, 14 de
septiembre de 1975) .

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                <text>Boletín bimestral, Centro de Investigaciones Económicas de la UANL, 1975, Vol 13, No 77, Octubre 1</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>UNIVERSIDAD AUTON01\1A DE NUEVO LEON
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
Lic. Neftalí Garza Contreras. SUBDIRECTOR: Lic. ~ve,
rardo Chapa Cantú. SECRETARIO: Lic. David Galván Ancin.
DECANO: Lic. Genaro Salinas Quiroga. JEFE DE LA SECCIÓN ~
TORIAL: Lic. Jesús Ramones Saldaña. JEFE DE RELACIONES Pl·
BLICAS: Lic. José Luis Villarreal Coindreau.

DERECHO
Y CIENCIAS SOCIALES

DIRECTOR:

Revista Cuatrimestral de la Facultad de Derecho
Ciencias Sociales.
Universidad Autónoma de Nuevo León.

y

VOL. 111

DIRECTORIO DE LA REVISTA
Lic. Samuel Flores Longoria. DIRECTOR ARTÍSTICO: Arq.
Alfonso Reyes Martínez. SECRETARIO DE REDACCIÓN: Lic. Daw
Galván Ancira. SECRET.A.RJO DE crncuLAc1óN: Bibl. Manuel Urik
M.

OCTUBRE 1975 • MAYO 1976

INDICE

DIRECTOR:

CONSEJO EDITORIAL:

Lic. Genaro Salinas Quiroga, Lic. Neftalí Garza Contreras, lit.
Everardo Oiapa Cantú, Lic. Samuel Flores Longoria, Dr. ~
tío Basave Fernández del Valle, Lic. Alberto García Gómez, Üt
Jesús Ramones Saldaña, Lic. Hermila Martell Méndez.
La re®onsabilidad de los artículos public~dos es exd~siva de
sus autores. Las opiniones eXll)resadas en la Re\'lsta son e~r1ctamente
personales y no asumen responsabilidad: por ellas la revista. IaestéF•
cultad de Derecho de la U. A. N. L. o l~s ~stituci~nes a las que
n
asociados sus expositores. Derecho y C1enc1as Soc1alff aparece cuatJ'I.
mestralmente. No se devuelven originales aun cuando no se publiquen.

Toda correspondencia debe dirigirse a:
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Revista. Derecho y Ciencias Sociales
Ciudad Universitaria,
Monterrey, N. L., México.
IMPRESO Y HECHO BN MEXICO
PRINTED AND MADB IN MBXIOO

Edltortal Alfonao ReJet
Adolfo Prieto Oto. 340'1
Monterre,, N. L.

No. 2 (8/9)

JESUS RAMONES SALDAÑA, El comportamiento de los precios
y los salarios mínimos en el Area Metropolitana de
Monterrey 1960-1975.

157

CARLOS FRANCISCO CISNEROS RAMOS, La relación
tributaria y los sujetos de crédito.

165

AGUSTIN BASAYE FERNANDEZ DEL VALLE, Fundadamento y esencia del derecho natural.

175

\!COLAS MARTINEZ CERDA, Proyección y bases de la
reforma penal en Tamaulpias.

191

IACOBO AYALA VILLARREAL, lnconstitucionalidad del
avalúo bancario.

205

LUIS GARCIA ROMERO, La suspensión: El cumplimiento por los Jueces de Distrito de la suspensión provisional y &lt;/,efinitiva.

209

CESAR GARZA ANCIRA, La huelga.

225

DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES. CONSEJO EDITORIAL, Documentos, Relaciones Exteriores, Presentación.

233

RICARDO TREVIÑO GARCIA, Relaciones Exteriores:
Punciones y atribuciones de la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con sede en Monterrey, N. L.

2~5

�JESUS RAMONES SALOAÑA

PRECIOS Y SALARIOS
EL COMPORTAMIENTO DE LOS
PRECIOS Y LOS SALARIOS
MINIMOS E:N EL AREA
METROPOLITANA DE MONTERREY
1960 - 1975

ucho se ha debatido a cerca del tema de "la inflación"; de cómo los movimientos en el nivel de precios afectan al poder adquisitivo de la población, de las relaciones entre aumentos en
los sueldos y salarios de los trabajadores y posteriores aumentos en
los precios. Además, se comenta de la incidencia del fenómeno de la
''inflación de costos y salarios" y de la necesidad de conservar el poder adquisitivo de los trabajadores, en vista de los considerables aumentos ocurridos a últimas fechas, en los precios de los artículos de
consumo.
Para efectos de anaHzar con detalle el tema del comportamiento
de los precios y los salarios en Monterrey, es útil comenzar por definir qué se entiende por "inflación". El concepto más general es identificarla como un crecimiento elevado y persistente en el nivel general
de precios. Para la medición de la inflación, se utiliza lo que los estadísticos y economistas denominan Indice de Precios, los que reflejan,

M

•

-

LIG. Jesús Ramones Ba.ldafia. lnv~or del Centro de InvestJgaclones Económicas 7
Dlo!esor de la Facultad de Derecho ., Clenc.laa Soc1ale&amp;, UANL.

�EL COMPORTAMIENTO DE LOS PRECIOS Y LOS SALARIOS MINIMOO

en promedio lo que sucede con los precios de lo-s artículos más importantes que pueden presentarse en un mercado. 1
Así pues, hablar de inflación es hablar de elevación de precirs.
En un continuo incremento de precios, todo aquel que tiene un ing~
so fijo o gana un interés fijo, pierde en épocas de inflación . Al ser lijo el ingreso, en la medida que avanzan los precios, en esa medida se
va reduciendo su ingreso expresado en bienes y servicios.
En un período de inflación todo el efecto pernicioso se nota más
en el jubilado y pensionado. Sin embargo, podría decirse que en~
neral afecta directamente a todo ese inmenso sector formado por~
asalariados (obreros, empleados, profesionistas, técnicos, etc.). ~
luego, la actitud ante la inflación por parte de los trabajadores es ~
cionar mediante los sindicatos para el aumento de los salarios q11
c~mpense el alza en el nivel de precios. 2
En otra ocasión se podrá hacer un análisis de nuestra inflaci('I
y el efecto en los asalariados mexicanos. Por el momento, en este eg.
sayo se pretende cuantificar el efecto de los incrementos de los ~
cios sobre el poder de compra del grupo de trabajadores perceptO!el
del salario mínimo en el área metropolitana de Monterrey 3 • Para~
realización de esta medición, usaremos el concepto de salario real (!ti
significa la cantidad de bienes y sc1vicios que se pueden comprar uiv
vez que se mcdifican los precios y los salarios nominales; es decir, d
salario real depende tanto de las variaciones en el nivel de salarios ro
minales como de los cambios en el índice de precios.
Con los datos de que se dispone en el CIE de los salarios míni"'
en Monterrey (Zona 25) desde 1960, así como el respectivo índice i
precios al consumidor, podemos comprobar en realidad si a partir i
ese año hasta 1974, se ha mejorado el salario mínimo real de la!»
blación ocupada en Monterrey.
1)

L&amp; utWdad del Indice de 1&gt;reclos es notoria, sl se loma en cuenta que para obtell« •
tdea clara 1 precisa de lo &lt;1ue han aumer&gt;tado " dlsmlnuldo los lnaresos reales. es 11111
&amp;arlo dividir 108 Ingresos nominales POr el lndl« de precios.

2)

Lo que verdaderamente interesa a&lt;1uf es llalnár la atenolón sobre el efecto de II t
tlaclón sobre los que tienen una remuneraelón fija como el caso de los bonos 1 ;I

gaciones.
3) En el l)ais, la Constitución de 19!7 estableclo 1 deflntó el 1&gt;rlnclplo que demanda fl
la remuneración devengada por la prestación de servlcloe tlslcos e lnteelctuales debe 1
Igual o superior al monto del Salarlo Mlnlmo que de conformidad con lo que
la Le7 . . "es aquel que se considere suficiente, de acuerdo con las condiciones Qlle Jt
valezoau en la r8$1&gt;ectlva reirláll del pals. pars satisfacer las necesidades nor,nlkS •
la vida del trabalador, su educación .,- sus recreaciones razonable!!, t,Jenlendo ell ta su condición de Jete de famllla".

ar

158

EN EL AREA METROPOLITANA DE MONTERREY, 1960-1974
Al hablar de la relación entre los movimientos de los precios y
de los salarios, es necesario tener en mente el mecanismo de la determinación de estos últimos. En México, los salarios mínimos nominales' hasta hace poco tiempo se determinaban cada dos años, por medio de una comisión tripartita compuesta por representantes de los
!rabajadores 5 • El resto de los sueldos y salarios normalmente tiende a
ajustarse a los aumentos en los salarios mínimos, si bien con algo de
retrase y no éon la misma periodicidad.
El nivel de los salarios mínimos se fija tomando en cuenta tanto
los aumentos previos en el costo de la vida como los auemntos en la
productividad de los trabajadores, por la cual los incrementos en los
salarios tienen -por lo menos- dos componentes.
En el Cuadro 1 se presentan los datos del índice de precios para
Monterrey Metropolitano y los salarios mínimos de la zona. El análisis de la información a partir de 1960 nos indica que los precios se
movieron en condiciones estables; es decir, sus movimientos fueron
suaves, leves o moderados. Por su parte, lo-s aumentos salariales para compen:;ar la pérdida del poder de compra, ocurrieron en montos
que podrían interpretarse en sentido favorable, al evitar la "erosión"
de la moneda durante la vigencia del salario mínimo y disponer de un
pequeño excedente que mejore ia situación familiar.
Los descensos en el poder adquisitivo de salario real se aprecian
apartir del período en que los precios de los productos se elevan más
ráp;damente que los salarios nominales. Para el caso que nos ocupa,
en el p;imer período donde se apreciaron cambios bruscos en los precios fue en el año de 1973, donde el índice se elevó de 3.5 porciento
en 1972 hasta 10.7 porciento en agosto del año considerado, mientras
que el salario real disminuyó en un 9.7 porciento. Como resultado de
esta baja en el poder adquisitivo, que fue visible en todo el país, el gobierno efectuó la revisió_n de los salarios mínimos vigentes, aumentándose éstos en un 18 porciento a partir del mes de septiembre; con esta

11

Se entiende POr salarios nominales o monetar:108 la cantidad de dinero J&gt;erClblda p0r
hora, dfa, semana, etc. de trabajo. Por su 1)8rte, los salarlos reales pueden det.lnlrse
corno la cantidad de bienes y servicios que 108 trabajadores pueden obtener con sua
salarlos monetarios, Indicando as! el l&gt;Oder ad&lt;1ulsltfvo de estos últimos.

SJ Bl 30 de septiembre de 19'1'4 fue l)Ubllcado en el Diario Oficial de la F'ederadón et
Decrúo &lt;1ue Por lnlclatdva del setior Presidente de la República eX1&gt;1dlera el Conrireso
de la \Jnión a fin de establecer el principio de la. anualidad tanto en la revisión de
los áalar!os mlnlmos como en los de a,¡uellos establecidos en los contratos colectivos
1 en los contratos-ley.

159

�EL COMPORTAMIENTO DE LOS PRECIOS Y LOS SALARIOS MINI
medida se restableció el poder de compra de los preceptores de salarios
fijos en Monterrey Metropolitano. 6
Como la tendencia alcista de los precios continuó, y a pesar de
que en 1974 se efectuó el ajuste del salario mínimo correspondiente
por Ley, el salario que entró en vigor a partir de enero (50.90 pesos
diarios) hubo de ser revisado en el mes de octubre, ya que para esta
fecha los precíos al consumidor se habían incrementado un 22 porciento (diciembre 1973 a agosto de 1974) y los salarios reales habían descendido en un 5 porciento para el mismo período y todo parecía indl
car que continuaría disminuyendo. Como el poder adquisitivo del consumidor había descendido considerablemente, para que éste se recuperara, a nivel nacional se llegó al acuerdo de aumentar los salarios
mínimos en un 22 porciento, que para el caso del Area Metropolitana
de Monterrey vino a constituir una recuperación en el poder adquisitivo del trabajador que percibe el salario mínimo, al ser éste proporcional al aumento en el índice de precios.
Si bien por medio de las anteriores medidas los salarios reales dfl
trabajador se recuperaron, la tendencia del índice del salario real (columna cinco del Cuadro 1) muestra que éste no se podrá mantener~
encima del índice de precios, ya que el nivel de precios tiende a incrementarse; en consecuencia, el poder adquisitivo habrá de disminuir.
El que esta disminución sea grave o leve dependerá del incremento~
el índice de precios en los subsiguientes años.
Como ya se había señalado, el nivel de los salarios reales depe!f
de tanto de los cambios en el nivel de los salarios nominales como de
los cambios en los precios de los bienes y servicios que los trabajad&amp;
res consumen; por lo tanto, salarios monetarios y salarios reales ('ji
cambian necesariamente en forma paralela. La información estadística
del Cuadro 1 para el Area Metropolitana de Monterrey, durante el período de 1960 a diciembre de 1974 muestra que mientras que el salario mínimo nominal aumenta en todo el período considerado, el sala,.
real ha experimentado aumentos y descensos como reflejo de los aurneit
tos en el nivel de precios, los cuales ocurren constantemente, mientras
que el salario mínimo nominal aumenta cada dos años. No obstante.
8)

EN EL AREA METROPOLITANA
la tendencia general del salario mínimo real en Monterrey mantiene su
tendencia ascendente.
Finalmente, parece pertinente insistir que no t¡m sólo basta considerar el aumento en el nivel de precios al consumidor para fijar el
salario mínimo. De hacerse así, el asalariado no se beneficia de las
ganancias de la productividad; y al no ocurrir esa, se congelará el salario real. Dicho de otra manera, si el salario se incrementa en la misma proporción que los precios el salario real se mantendrá constante.

El examen de los datos del indice nacional de precios al consumldor para 19'13 "
el Poder adQU!attlvo del peso mexicano se estaba d ~
7 esto fue lo que detenn1Di6 que las autoridades del P3is Incrementaran el sa!llfo •
un 18 por ciento. Un Incremento de carácter "defensl.vo" para restituir al in..- 11
trabaJador que percibe 9ala:to lllinlmo B1 Poder adquisitivo que t.enia al tntdallil 4
btenlo 1972-73.
permite advertir que

160

161

�CUADRO
COMPORTAMIENTO DEL SALARIO MINIMO Y NIVEL DE PRECIOS
PARA EL AREA METROPOLITANA DE MONTERREY
(1960 · 1974)

S a 1 a r i o

M1 n i mo

Indice de Precios
1960 = 100

Pesos

1960

14.00

100.0

14.00

100.00

1961

14.00

103.0

13.59

97.07

1962

17.00

1 13. 7

14.95

106.79

1963

17.00

11 5. 7

14.69

104~ 93

1964

20.75

119 . 6

17.34

123.86

1965

20.75

121. 6

17.06

121 . 86

1966

24.25

124.7

19.45

138 . 93

1967

24.25

128.3

18.90

135.00

1968

27.50

132.6

20.73

148.07

1969

27.50

137.7

19. 97

142.64

21.86

156.14

111

1970

31. so

144. 1

1971

31 . 50

149.3

21 . 1O

150.71

1972

37.20

154. 4

24.08

172.00

37.20
43.90

171 . O
176.6

21. 74
24.85

155.29
177 . 50

50.90
62 .1 O
62 .1 O

215.6
218.0
23S.2

23.60
28.48
26.40

168.57
203.43
188.S7

1974
Enero-Agosto
Septiembre
Diciembre

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INDICES
REAL

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Indice de
Salario Real(w/p)
1960 • 1 00

Aflos

1973
Enero-Agosto
Sept. -Dic.

;zzs

Salario Real
(w/p)minimo

DE

PRECIOS

LOS

Y

SRLRRID

MONTERREY

METRDPDLITRND
195

w

180

V
165

ó

z

-

150

135

120
105

1960

1961

1962

1963

1964

R

1965

N

1966

D

1967

5

1968

1969

Salario Real

A

A

ds

Precios

lil

&amp;!

EiT

1973

1974

1970

1971

1972

�CARLOS FRANCISCO CISNEROS RAMOS

LA RELACION TRIBUTARIA

Y LOS SUJETOS DE CREDITO
LA RELP.CION TRIBUTARIA.- ELEMENTOS DE LA RELACION TRIBUTARIA: a).- Sujetos: 1).- ACTIVO; 2).- PASIVO; 3).- RESPONSABLES.- b).- El objeto y e).- El hecho Tributario.- LA OBLIGACION TRIBUTARIA: a).- la determinación; b).- La liquidación.- EL
CREDITO TRIBUTARIO.

ara el tratamiento y desarrollo de este tema, es preciso nos ubiquemos primeramente en la rama de la ciencia que será objeto
de nuestro estudio, pues desde el punto de vista jurídico la actividad económica del Estado, puede tratarse en tres distintas disciplinas, con contenido diverso, y q'ue en muchas ocasiones suelen confundirse o tratarse los términos como sinónimos, a saber: Derecho Financiero, Derecho Fiscal, y Derecho Tributario.

P

Desde luego, del ancho campo de las actividades humanas, nos
concentramos en el llamado sector financiero, el cual se encuentra configurado en la Administración Pública, la que para llegar a la satisfacción de las necesidades públicas, se apropia de las riquezas o bienes
de los particulares, requiriendo para ello la expedición de las normas
consagradoras de las hipótesis correspondientes, en las cuales al encuadrar con ellas la conducta del hombre, éste debe pagar; establecer los
órganos de la Administración encargados de la obtención y recaudación
Lle. Ca.rlos Franclsco Cisner0s Ramos. de la Uni\'ersldad Autónoma de Nuevo León.

�LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO

LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO

derechos y la denominada teóricamente Contribución Especial) y como
de esos ingresos del ente público; la gestión y administración de ~
ingresos; la planificación, estudio y designación de los gastos Y la ade- sujeto de Derecho Privado, al colocarse en un plano de igualdad con
cuada inversión de los ingresos para lograr esa satisfacción de las ne- los particulares, celebrando contratos o convenios de donde obtiene
también ingresos llamados de economía privada (productos).
cesidades públicas.
Como se ha de advertir, es muy amplio este sector y por lo mismo se
Así, cuando desde el punto de vista teórico se hace estudio de las
er.ci.:entra parcelado y el estudio de cada parte está comprendido en normas conforme a las cuales el Estado logra la obtención de ingresos,
otras tantas disciplinas jurídicas con las denominaciones que hemos ex- ya sea actuando como sujeto de Derecho Público o de Derecho Privapresado, correspondiéndole al DERECHO FINANCIERO, al cual Rossy, do, el mismo se lleva al cabo dentro de las limitaciones del Derecho
define, "Como la rama del Derecho Público que estudia y proclama los Fiscal.
principios e instituciones jurídicas que deben regir la actividad del ente
Y, por último, en lo atinente al Derecho Tributario, Blanco Ramos,
público, consistente en la dotación dineraria para atender a las necesi- expresa que "abarca los problemas jurídicos derivados de !a existendades estatales y a las generales dei país la obtención de tales medios cia de los tributos, esto es, de ios ingre:;os que los entes públicos obdinerarios, su admin istración e inversión y la realización dineraria de tienen compul~ivamente de los ciudadanos, ingresos que revisten ias
aquellas dotaciones y de estos medios" .
tres conocidas formas de impuestos, tasas y contribuciones especiaPor su parte A. D. Gianniani, el Derecho Financiero puede definir· les".
se, "como el conjunto de normas que regulan la obtención, la gestión
A. D. Giar.nini, define al Derecho Tributario como "aquella rama
y el empleo de los medios económicos necesarios para la vida de los del Derecho Administrativo que expone las normas y principios relatientes públicos".
vos a la imposición y a la recaudación de los tributos y que analiza las
En nuestro medio el distinguido jurista don Sergio Francisco de~ consiguientes relaciones jurídicas entre los entes públicos y los ciudaGarza, sigue, por considerarla más aceptable, la definición dada p« danos".
Fernando Sáinz de Bujanda, en el sentido de que Derecho Financiero,
Para sintetizar, debe quedar bien claro que el Derecho Financiero
es "la disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático de las n«' se encarga del estudio no sólo de los ingresos, sino también de los gasmas que regulan los recursos económicos que el Estado y los demás tos; el Derecho Fiscal, se encaíga del estudio de cómo obtiene el Estaentes públicos pueden emplear para el cumplimiento de sus fines, así 1'.o los recursos provenientes de los particulares ya sea su actuación
como el procedimiento jurídico de percepción de los ingresos y de «· como sujeto de Derecho Público y como sujeto de Derecho Privado y
denación de los gastos y pagos que se destinan al cumplimiento de p:¡r último del Derecho Tributario, contiene las normas relativas a los
los servicios públicos".
ingresos obtenidos por el Estado en su carácter de sujeto de Derecho
En lo referente al Derecho Fiscal, Rafael Bielsa, lo define "cOIPl Público.
el conjunto de disposiciones legales y de principios de Derecho Púbff
Así podemos decir de que, por la índole del tema, nos ubicaremos
co que regulan la actividad jurídica del fisco". Esta denominación de dentro del campo del Derecho Fiscal, prefiriendo esta denominacrón,
Derecho Fiscal, "no es muy usada por los autores modernos", señ~ lundamentalmente porque los lineamientos legales objeto del estudio
el maestro español, Ignacio Blanco Ramos y al efecto tenemos, entie habrán de desprenderse del Código Fiscal de la Federación y porque venosotros, la utilización de la Termlnología de "Derecho Financiero", lf remos la consideración de los sujetos activo, pasivos y sustitutos fiscenciado Sergio Francisco de la Garza; "Derecho Tributario", lf caies o responsables del pago de un crédito fiscal, desde el punto de
cenciado Emilio Margáin Manautou; "Derecho Fiscal", licenciado N· vista de este cuerpo de normas, independientemente cual fuere el orimando Porras López, así como la denominación de ese conjunto de gen de la obligación y del crédito correspondiente.
normas genéricas denominado Código Fiscal de la Federación.
Además de estos principios fundamentales, cabe recordar de que
Como se sabe, el Estado, en la obtención de recursos e&lt;' la obligación de contribuir a los gastos públicos del Estado Mexicano
nómicos, puede actuar y actúa, como sujeto de Derecho Público Y rJJ se desprende del contenido de la fracción IV del artículo 31 de la Consese carácter obtiene ingresos de los llamados tributarios (impuesttEi tttución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que de acuerdo con

166

167

�LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO
los postulados de la misma solamente al través de una Ley, considerada
en su aspecto formal y material, esto es emanada del Poder Legislati•
vo y que tenga las características de generalidad, abstracción y permanencia, se puede establecer un tributo.
Ahora bien, de la Ley nacen los supuestos conforme a los cuales
se puede calificar e: una personél como deudor de un crédito fiscal. "Del
ordenamiento jurídico del impuesto nacen opina A. D. Giannini además, no sólo la obligación de pagar y el correspondiente derecho a
exigir una suma determinada cuando se produzcan los presupuestos de
hecho establecidos en aquél, sino, además, una serie de obligaciones Y
derechos de naturaleza y contenido diversos, tanto del ente público como de la persona sujeta a la potestad estatal".
Es decir de ahí surge la llamada relación tributaria. Esta no es
otra cosa que el vínculo existente entre el Estado, Administrnción Fis·
cal, y el particular, sea persona física, jurídica o unidad económica, en
virtud de la realización por éstos de los supuestos fácticos o jurídicos
establecidos en la Ley generadoras de la obligación tributaria, la cual
al determinarse y liquidarse da lugar al crédito fiscal.
Como en toda relación jurídica, en ese vínculo de la imposición,
existen dos sujetos: uno, activo, el Estado, el que por actuar en ejer·
cicio del "jus imperium", "se encuentra -al decir del licenciado Francisco Lerdo de Tejada- en una situación de preeminencia respecto del
deudor, ya que posee la facultad de recibir y en su caso de exigir la
prestación"; otro pasivo, quien "es la persona física o moral, mexicana
o extranjera que de acuerdo con las leyes, está obligada al pago de una
prestación determinada al fisco federal".
En esa relación jurídica también se distingue el objeto, o elemento objetivo de la misma, "que está constituido por la materia sobre la
que recae el poder del sujeto activo y el deber del sujeto pasivo, Yq~
principalmente lo constituyen los actos humanos (prestaciones, senicios) y las cosas (materiales o inmateriales)".
Para nuestro modo de ver el objeto de la relación tributaria es la
obligación tributaria, mientras que el objeto de ésta es la situación jurídica o de hecho que al concretarse da origen al deber de pagar JJ(t
parte del sujeto pasivo una determinadn prestación a favor del acret
dar o sea el fisco.
Además de estos elementos subjetivos y objetivo reseñados 1131
autores que señalan como signo característico el "elemento causal ~
nerador", o sean los hechos llevados al cabo conforme a los cuales se
realiza el supuesto de la hipótesis normativa. A este elemento set
168

LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO
conoce también con el nombre de "hecho imponible".
Como en toda relación jurídica, considerada como el conjunto de
derechos y obligaciones, en la relación tributaria los sujetos activo y
pasivo, tienen facultades y deberes, conviniendo mencionar lo dispuesto por el artículo 17 del Código Fiscal de la Federación en el sentido
de que "la obligación fiscal nace cuando se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas por las leyes fiscales".
Ahora bien, no debe confundirse la relación tributaria con la obligación tributaria, pues se puede contemplar la existencia de la primera sin que necesariamente haya la segunda, pero no puede haber ésta
sin aquélla.
Lo anterior en lo que corresponden a la obligación principal. Aclaramos: existen obligaciones tributarias principales y accesorias. Obligaciones de dar, hacer y no hacer. Como es sabido la obligación principal es !a de pagar el impuesto, o sea una obligación de dar. Así por
lo que corresponde a esta obligación, puede no presentarse pero sin
embargo observar la existencia de la relación tributaria como es el caso, por ejemplo, de quienes se encuentran señalados como exentos de
la obligación de pagar, o aquéllos casos de empresas que durante varios ejercicios operan con pérdida.
En lo referente a las obligaciones de hacer, se pueden señalar las
relativas a la presentación de manifestaciones o declaraciones, avisos,
etc., mientras las de no hacer, se presentan en todas aquellas normas
señaladoras de una prohibición.
El licenciado Flores Zavala ha hablado también de la existencia
de la llamada obligación de tolerar la que se presentaría en el caso, por
e¡emplo, del deber que tiene el causante de permitir la práctica de visrtas de inspección.
Cabe destacar la importancia que tiene la distinción introducida
en el Código Fiscal de la Federación al hacer la diferenciación entre
obligación fiscal y crédito fiscal. En cuanto a la primera ya hemos dicho que consisten en la realización de las situaciones jurídicas o de
hechos señalados por las Leyes, mientras que el crédito fiscal es esa
obligación determinada en cantidad líquida.
. Esto nos da pie para señalar los conceptos de determinación y de
liquidación. El primero es la operación lógico-jurídica que debe reali~r para llegar a la conclusión de que la conducta de una persona fí.
s,ca, jurídica o unidad económica, encuadra en los supuestos de la
ley impositiva. Esa determinación puede ser hecha por el sujeto pasivo, 0 Por la autoridad y en ocasiones hasta por el llamado "sustituto

169

�LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO

LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO

fiscal " y en otras se prevé la llamada determinación mixta.
los últimos no tienen facultades para establecer por sí mismos los triTomaremos algunos ejemplos para señalar cómo operan cada uia butos, sino que se les señalan por conducto del Congreso Estatal code estas clases de determinación de la obligación fiscal. En el case rrespondiente de acuerdo con lo píevisto por el artículo 115 de la Cons,
del impuesto sobre la renta, productos de trabajo, señalando a los pro, titución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
fesiornstas 1 éstos hacen las operaciones necesarias para llegar a la esAl recibir el pago de las prestaciones económicas, exigir dicho patimación de que son causantes del pago del impuesto correspondienle go por el procedimiento de ejecución, y demás actos inherentes, nos
y en los anticipos, y, en sus declaraciones anuales, al señai_a_r la~ can- encontrarnos al Estado, como sujeto activo administrador fiscal, actuantiúades a pagar están determinando y liquidando la obligac1on !1scal. do en ejercicio de las facultades y atribuciones derivadas de la Ley. En
Una de las formas de determinación por parte de la autoridad~ síntesis este sujeto activo es el acreedor en esta relación crediticia triencontramos cuando se aplica la Ley del Impuesto sobre He.-encias J butaria.
Legados, donde se exige la p;esen.ación de la ~enuncia seña1ando d
Frente a este su¡eto activo, nos encontramos al sujeto pasivo o sea
nombre del autor de la sucesión, presentar los inventarios, md1canoo el deudor del crédito fiscal. Puede ser persona física, persona moral,
los he:-elieros, siendo la autoridad fiscal la que establec1a la aplicaciCI ouna unidad económica.
de la tarifa correspondiente.
La persona cuya conducta coincide o se adecúa a los supuestos
En lo referente a la Ley del Impuesto sobre la Renta, se recordari señalados en la ley como generadores de la obligación fiscal, ese es el
la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para hacer s~je1o pasivo con el deber de pagar. Aquí podemos decir, siguiendo a
la determinación de oficio, sin intervención del deudor, cuando haJ G,annini que "el sujeto pasivo del impuesto es la persona que se encuenomisión de declaraciones; cuando no se pre.,entan los libros de conta- tra en una determinada relación, establecida por la ley tributaria, con
bilidad, cuando haya irregularidades en ésta.
la situación de hecho que se constituye el presupuesto material del triEn el Impuesto sobre Consumo de Energía eléctrica, la empresa buto. Cuando varias personas se encuentran respecto al mismo presuvendedora hace la determinación del impuesto a pagar por el consunt txiesto en la expresada relación quedan c,olidar:amente obligadas frendor al hacer entero de la factura o recibo de consumo. La empresa es te al ente público". Aquí son codeudores ligados a un objeto único.
"sustituto fiscal", pues el deber corresponde al consumidor, pero k
Antes de seguir adelante conviene también hacer la distinción del
Ley de la materia lo impone a la vendedora.
sujeto pasivo jurídico con el sujeto pasivo económico. Es decir entre el
Por otra parte la liquidación es la operación matemática señal» deudor Y el pagador del impuesto. En virtud del fenómeno económico
do el importe correspondiente a la obligación fiscal, aplicando la~ 1t de la repercusión el obligado directamente a efectuar el pago tiene fa.
rifas o tablas respectivas. Así determinada la obligación en cantulat aJltades o simplemente traslada esa obligación a otra persona quien es
líquida, nace el crédito fiscal.
..
la Que realmente paga. La primera es el sujeto pasivo jurídico y la últiSeñalados estos elementos principales en cuanto a la relac1on 11t ma el sujeto pasivo económico.
butana, nacimiento de la obligación tribtuaria, determinación y liquid; . Claramente para los efectos consiguientes el que interesa es el sución de la obligación tributaria, crédito fiscal, concentraremos brelt Jeto pasivo jurídico, pues a él corresponde la responsabilidad de la deumente la atención sobre les sujetos.
da tributaria frente al fisco.
Repetiremos que los sujetos son: activo y pasivo. El primero 15
. Ahora bien dentro del sujeto pasivo jurídico, suelen señalarse las
el Estado, administrador fiscal. Al efecto no se debe confundir el st 51~ientes clases: "a).- Contribuyente o sujeto pasivo en sentido esjeto de la relación tributaria con el sujeto del poder tributario. COIII
b).- Sustituto fiscal, o sea aquella persona a quien la ley conssujeto activo de la relación tributaria, actúa el Estado, desde el pu~
~e en sujeto jurídico del tributo sin ser a la vez sujeto económico del
de vista de la administración. Como sujeto del poder tributario, acb' rnrsmo".
el Estado, por conducto del órgano legislativo. Aunque sabemos &lt;P
En otras palabras, el primero sería el deudor directo del impuesto,
existen impuestos federales, estatales y municipales, solamente los Of en el caso del impuesto sobre la renta a cargo de los profesionistas, ésprimeros: Federación y Estados, son sujetos del Poder Tributario, Jll'5 tos son los sujetos pasivos directos o deudores, o contribuyentes. En el

~º-

170

171

�LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO

LA RELACION TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO
mismo impuesto, pero el correspondiente a quienes realizan un traba,
jo subordinado nos encontramos que el patrón o la empresa, es el sustituto fiscal, llamado también, de acuerdo con nuestro Código Fiscal,
sujeto pasivo con responsabilidad solidaria.
Teóricamente se habla de "sustitutos fiscales" y "responsables del
impuesto" para reconocer a aquellas personas a quienes la Ley les impcne la obligación de satisfacer un impuesto señalado a cargo de otra
pcíscna, advirtiendo que de acuerdo con el artículo 14 del Código fis,
cal de la Federación, en nuestro medio se adoptó la segunda denominación, al hablar de los responsables solidarios".
El artículo 14 del Código Fiscal de la Federación contiene diez frac•
ciones señalando, en forma general, quienes pueden ser o son considerados como responsables solidarios, en la inteligencia que en la frac·
ción décima remite a las dispos:ciones de las leyes impositivas particulares en cuanto hagan mención a quienes diversos al deudor directo, se
les considera responsables de las obligaciones a cargo de éste.
Desde luego, las disposiciones contenidas en las fracciones I Y11
del artículo 14 del Código Fiscal de la Federación no contemplzn la situación del verdadero "responsable" o "sustituto fiscal", pues las ht
pótesis de "quienes en los i.érminos de las leyes estén obligados al~
go de !a misma prestación fiscal" y "los copropietarios, los coposeeo&gt;
res O los participantes en derechos mancomunados, respecto de los ere
ditos fiscales derivados del bien o derecho en común ... " respecti~
mente, hacen refernncia propiamente a los sujetos pasivos directos o d~
dores o contribuyentes, pues serían las personas cuya situación COI~
cide con la señalada por la Ley.
.
Lo que existe en los casos mencionados es una obligación sol~
ria entre los sujetos pasivos, en el sentido de que el acreedor o su1~
activo, tiene el derecho de exigir el pago total de la perstación ec&lt;&gt;"&gt;
mica correspondiente a uno o a otro de los deudores, con la facu~
de quien paga de repetir en contra de los otros.
Ahora bien los responsables solidarios contemplados en las dt
más fracciones del artículo 14 del Código Fiscal de la Federación,_S(j
sujetos pasivos por adeudo ajeno o deudores indirectos de un cré(ljl
fiscal, pues la conducta de ellos no coincidió con las hipótesis genert
doras de la obligación tributaria sino que devienen responsables ~
el fisco, ya por disposición de la ley, ya por su voluntad, ya objet~
mente.
.
Así, por ejemplo, son sujetos pasivos con responsabilidad solili
ria O deudores indirectos sustituyendo al deudor principal, por

"º"'

172

tad de tercero, en los términos de la fracción III del artículo 14 del Cóligo Fiscal de la Federación, "quienes manifiesten su voluntad de asumir responsabilidad solidaria".
Son deudores indiretos, por substitución del deudor principal, por
disposición de la Ley, los retenedores o recaudadores de créditos fiscales a cargo de terceros; quienes deban recabar documentos y los funcionarios públicos y notarios que autoricen un acto jurídico o den trámite a algún documento sino se cercioran de que se hayan cumplido
las obligaciones fiscales, atento a lo dispuesto por las fracciones IV,
Vy IX del artículo 14 del Código Fiscal de la Federación.
Los propietarios de negociaciones agrícolas, comerciales, industriales, ganaderas o pesqueras; los legatarios y donatarios, así como
quienes para garantizar créditos fiscales constituyan prenda, hipoteca,
depósito, todos ellos son deudores indirectos por responsabilidad ob~tiva, pues la misma no excede del monto del valor de los bienes correspondientes. Esta clase de sujetos pasivos con responsabilidad solidaria se encuentra contemplada en las fracciones VI, VII y VIII del artículo 14 del Código Fiscal de la Federación.
En cada ley impositiva particular se pueden encontrar al deudor
directo y al deudor indirecto.
La distinción es importante y señalaremos solamente la atinente
ala exigibilidad del crédito fiscal en uno y otro caso.
Transcurridos los términos dentro de los cuales, la ley señale a
los causantes la obligación de hacer el pago del crédito fiscal, y no real:zado, entonces, se dice se hace exigible el crédito, pudiendo iniciar
el fisco el procedimiento administrativo de ejecución para obtener el
pago forzoso de lo adeudado.
El procedimiento, en cuanto a formalidades, es distinto si se sigue.:n contra del deudor directo en cuanto al sujeto pasivo con responsa~ihdad solidaria, "sustituto fiscal" o deudor indirecto, pues en el
Pnmer caso, no satisfecho el crédito fiscal dentro del plazo señaladQ
llOr la Ley, se ordenará requerir al deudor para que haga el pago denlro de los tres días siguientes, con el apercibim¡ento de que de no haterlo se procederá el embargo de bienes de su propiedad.
En cambio para iniciar el prócedicimiento administrativo de cobro
en contra de un responsable solidario se necesita de acuerdo con lo
Preceptuado por el artículo 111 del Código Fiscal de la Federación,
hacer una notificación en la queconsta: el nombre del causante; la reJ
SOiución de la que se derive el crédito fiscal y el monto de éste; los
lllotivos y fundamentos por lo que se le considere responsable del eré•

173

�LA RELACI0N TRIBUTARIA Y LOS SUJETOS DE CREDITO
dit9 y el plazo para el pago que será de quince días.
Esta diferenciación surge atendiendo a la protección que debe
brindársele a los particulares, respetando sus derechos, máxime en casos como esos en que propiamente sería un tercero, distinto a los componentes de la relación tributaria el que sería compelido para pagar,
exigiéndose que en cumplimiento a los postulados derivados del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se
expresen los motivos y fundamentos por los cuales se les considere responsable solidario.
Al efecto lo poco que hemos podido apreciar en actos de las autoridades hacendarías al respecto, es que en el mismo formato de mandamiento de ejecución disponible para los deudores directos, suele utilizarse en contra de los responsables solidarios, señalándose el monto
del adeudo y la Ley del Impuesto correspondiente, pero no se hace men·
ción a las causas de la responsabilidad y mucho menos a las disposiciones legales aplicables al caso.
Ya en los Juzgados del Distrito del Estado se han dictado fallos
en demandas de amparo promovida por terceros, a quienes se les ha
exigido el pago de un crédito fiscal, sin señalar los motivos ni fundamentos del procedimiento seguido en su contra, pues solamente se
han concretado a repetir el mandamiento de ejecución y si acaso poniendo en el lugar donde dice "Deudor", el nombre de una persona fisica y agregando cargo gerente de X, S. A. o simplemente siendo el cau·
sante una persona moral, como deudor colocan el nombre de quien es
su representante legal.
La actuación en esa forma es violatoria a los derechos fundamen·
tales. Se les ha concedido y debe concedérseles a los particulares con·
tra quienes en tal forma se procede, el amparo y protección de la jus·
ticia de la Unión.
Así debe tenerse muy en cuenta que en el Informe Razonado al
Secretario de Hacienda de la Comisión Redactora del Código Fiscal Vi·
gente se dice: "Siguiendo el criterio ya adoptado en materia de impues·
to sobre la renta, se ha abandonado el caso de la solidaridad de 1~
representantes legales y de los mandatarios, por los créditos fiscales
que dejan de pagar por sus representados".

AGUSTIN BASAVE FERNANDEZ DEL VALLE

FUNDAMENTO Y ESENCIA

DEL DERECHO NATURAL
Sumario: 1.- ¿Qué es el Derecho Natural?. 2. -Pruebas del Derecho
Natural. 3.- Derecho Natural y Derecho Positivo. 4.- Hacia un nuevo Derecho Natural. 5.- La Dimensión Jurídica
del Hombre como Fundamento del Derecho Natural.

1.- ¿Qué es el Derecho Natural?
Estado reconoce, define, realiza y sanciona un orden jurídico
determinado, por concreción o determinación del Derecho Natural. La autoridad estatal aprecia y valoriza los elementos de
hechos que condicionan la ordenación jurídica, así como la conveniencia de las soluciones con relación al bien público temporal. Pero toda
esta parte "prudencial" y "técnica" que está a cargo del Estado, se
realiza dentro del marco del Derecho Natural. El Derecho, a la vez ins-

E

Dr. Jur .• Dr PhU. Agustln Ba,,ave, Presidente del Centro de Estudios HumanlstJcos y ea.
ledráttco de la Facultad de Filosof!.a. y Letras y de la Facultad de Derecho y C'lencias ao.
&lt;!¡¡es de la Universidad Autónoma de Nuevo Leén.

174

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
trumento y resultante de la actividad estatal, no agota la realidad del
Estado. Además de norma o sistema de normas, el Estado es -y esto
es lo que no ha sabido ver Hans Kelsen- unión de voluntades, empresa en vista de un bien común. El Estado significa algo más que la pu.
ra regla de Derecho, puesto que la regla jurídica está al servicio del
Estado y de su fin: el bien público temporal.
Aún sin ideas vertidas en juicios técnicos la razón natural comprende:
1) La existencia de principios morales en los hombres: justicia,
deber, licitud, responsabilidad, culpa, etc. No se trata de invención arbitraria sino de un dictamen superior a nuestras ideas y a nuestros sentimientos.
2) Que estos principios están inmersos dentro del campo de lo ultrasensible, y dentro de lo ultrasensible pertenecen a lo racional, y dentro de lo racional se encuentran en el entendimiento práctico.
3) En cualquiera fo.rma histórica se pueden encontrar estos principios, puesto que su base estriba en valoraciones y esencias externas
y no en exigencias o coyunturas circunstanciales.
Sin término común, ¿cómo podrían compararse dos legislaciones?
¿Sin un cierto modelo previo, cómo se podría criticar una ley, cómo se
podría explicar el afán de mejoraría? Por eso afirmó Platón que si no
hay un Derecho absoluto, no hay en general Derecho alguno.
Hay una definición que Mendizábal suministra para el Derecho objetivo en general, pero que nosotros no vacilamos en aplicar -un tanto modificada- al Derecho Natural: Conjunto de leyes intrínsecamente válidas cognoscibles por la razón del ser humano y congruentes con
su naturaleza, que declaran, regulan y limitan la libre actividad huma·
na en cuanto es necesa rio para la consecución armónica de los fines
individuales y colectivos de la vida social.
Estamos freni.e a una norma de coexistencia válida metaempíricamente por su just icia intrínseca. El existir humano, sin dejar de ser
libre, está sometido a exigencias normativas que el hombre debe realizar. En el haz de pos ibilidades que hc:r en la originaria proyección a la
existencia del ser humano, se da un núcleo originario de exigencias
esenciales cuya dimensión es ;u~¡dica. No hay derecho si n eticidad. La
referer1cia al mundo de las valideces morales es insoslayable en todo
verc::adero ordenamiento jurídico. En el Derecho Natural se conjugan
la inmutabilidad suprahistórica y la abertura hacia la historicidad inSOS·
layable de las situaciones convivenciales del hombre. Las normas su·
premas supratemporales de Derecho Natural, cuyo contenido inteligi·

176

FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL

ble es análogo, son susceptibles de explicaciones múltiples en la his-

toria. Gustavo Radbruch advirtió que el derrumbamiento del Estado
nazi, basado en la negación del Derecho, colocó continuamente a la judicatura alemana ante preguntas que el caduco pero aún vivo positivismo, no sabrá nunca contestar. La fórmula lapidaria de "la ley es la ley"
nos deja inermes contra toda clase de crueldades y arbitrariedades.
Resulta por demás interesante consignar las palabras de Gustavo Radbruch en su última fase: "a la vuelta de un siglo de positivismo jurídico, resucita aquella idea de un Derecho superior a la ley, supralegal,
aquel rasero con el que medir las mismas leyes positivas y considerarlas como actos contrarios a Derecho, como desafueros bajo forma legal. Hasta qué punto deba atenderse a la justicia cuando ésta exija la
nulidad de las normas jurídicas contrarias a ella, y en qué medida deba darse preferencia al postulado de la seguridad jurídica, si esta impone la validez y el reconocimiento del Derecho estatuido, aún a trueque de su injusticia, son problemas que hemos examinado y procurado
ya resolver en páginas anteriores. El camino para llegar a la solución
de estos problemas va ya implícito en el nombre que la Filosofía del
Derecho ostenta en las antiguas Universidades y que, tras muchos años
de desuso, vuelve a resurgir hoy: en el nombre y en el concepto de Derecho natural". (Gustavo Radbruch: Introducción a la Filosofía del
Derecho, Pág. 180, Breviarios del Fondo de Cultura Económica). Me
parece importante apuntar, junto a la diversidad conceptual de las doctrinas del Derecho Natural la unidad de la idea del Derecho Natural como ethos jurídico, como verdadero derecho como fundamento legitimador de todo derecho positivo. En este sentido el Derecho Natural es
pauta para establecer el Derecho y criterio con que debe ser examinado su carácter. Puede hablarse, si se quiere, de una instancia de control. Aunque en una época de mi vida abrigué serias dudas sobre la
conveniencia de seguir utilizando la expresión " Derecho Natural", hoy
no tengo reparos en emplear estos términos --que han adquirido carJ
ta de ciudadanía un iversal siempre que se entiende por naturaleza
"un primer principio de acción y de pasión intrínseca a cada ser y común a todos los seres". El despliegue del vivir coexistencia! del hombre se funda en la naturaleza de su ser personal, señorial, social, contingente, religado y axiotrópico. Es ahí donde hinca sus raíces ia estructuración jerárquica de relaciones cuyo vértice supremo es el Ser
fundamental y fundamentante. La naturaleza humana no es una naturaleza terminada e inmóvil. Se realiza en despliegue ca-existencial y
en vivir histórico . Aún así, la polivalencia potencial humana está limi177

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
tada por la originaria naturaleza o estructura permanente. Trátase de
una naturaleza racional de espíritu encarnado y de ser moral. El creamiento histórico del Derecho Natural no es más que la historia de sus
concreciones y de la conciencia de una superior mor~lid~d. E~ nuestras manos está la promoción del progreso de la conc1enc1a social, para que se adapte a lo que se reconoce como exigencias objetivas del
Derecho Natural.
2.- Pruebas del Derecho Natural
Permítaseme ofrecer tres pruebas de la existencia del Derecho
natural. No todas ellas, por supuesio, son demostrat;vas. La prueba
psicológica y la prueba histórica son simplemente per~ua_sivas. La prueba filosófica, en cambio, nos parece plenamente apod1ct1ca o demostrativa.
Prueba Ps;cológica
Para demostrar la existencia del Derecho Natural, partirnos de
una experiencia interna: Ignorantes o cultos, inteligentes o no, ~~
tenemos un criterio para discernir lo justo de lo injusto, la culpab1hd~
de la inculpabilidad. Partiendo de los primeros principios, nuestra razón forma sus juicios prácticos que le indican lo que debe hacer Ylo
que debe omitir. Toda vida colectiva ordenada presupone esta suma de
principios prácticos. Y su existencia no queda desvirtuada porque en
algunas aplicaciones concretas pueda haber errores, resultantes de una
educación deficiente o de una equivocada opinión.
Prueba Histórica
En todos los pueblos y en todos los tiempos ha habido una creencia en un Derecho Natural. "S, no hubiera otras pruebas del Derecoo
Natural -ha dicho el jurista español Castán Tobeñas- la continui~
maravillosa de su tradición a través de épocas históricas y civilizac~
nes tan diferentes, bastaría para acreditar que la idea de que se t_rata
responde a una auténtica exigencia del pensamiento y de la realidad
jurídica". Y así es en efecto, desde los pueblos orientales hasta Grecia y Roma, de ésta al Cristianismo (Patrística y Escolástica) la ll~ma
iusnaturalista se transmite fielmente. Y aunque secularizada la idea
del Derecho Natural a partir de las postrimerías del siglo XVI, no ha
dejado de transmitirse hasta nuestros días con sin igual ardor.
Pruebas filosóficas o racionales
.
El Derecho Natural es absolutamente necesario para la existe~
de la sociedad humana. La sociedad -tan natural al hombre-- ex,1
un cierto ordenamiento (Derecho) natural también, impuesto por la naturaleza y cognoscible por la razón. Si se admite que Dios creó al hollt

178

FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL

bre,

y lo creó con una dimensión social, se tendrá que admitir forzosamente que le dio los medios para conservarse y desarrollarse en la
vida social.

A los positivistas jurídicos -anacíónicos especímenes que todavía se encuentran de c·•ando en cuando-- se les podría argüir que el
Derecho Positivo p~esuponc al Derecho Natural y que la negación de
és!e entraña a de aquél. Todo Derecho Positivo tiene un principio con,
creto en el tiempo, puesto que no ha existido desde la eternidad. Decir que su fuerza obligatoria se la ha dado el legislador, es sólo aplazar la respuesta porque cs~e legislador, a su vez, tiene sus atribuciones derivadas de otra ley anterior. Y si proseguimos así en esta cader.a. tendremos ineludiblemente que llegar a un ser fundamental y fundamentante: Supremo Legisiador. Si:, este Ser fundamental y fundamentante, no se demuestra el verdadero imperio de la Ley jurídica sobre los hombres. Mendizábal advertía, hace ya algunos años: lo. Si
&lt;JJy el que mando, yo me revelo, cuando quiero, de cumplir el mandato. 2o. Toda vez que quien me mande sea igual a mí, le negaré toda
sumisión. 3o. Aún en el caso de que sean dos o más los que intentan
mandarme, como la superioridad numérica que ostentan no suprime mi
autonomía ni su bien satisface mi propia y natural tendencia, no me
considero sometido a ello. 4o. Cuando me manda un superior, el título de superioridad hay que probarlo; si es puramente material, me
fuerza pero no me obliga; y si es moral ha de fundarse en una ley que
aél le dé la autoridad y a mí me imponga la subordinación. 5o. Existen normas directrices de la conducta social del hombre, conformes
con la naturaleza de éste y de las sociedades de que forma parte, y al
comprenderlas, nuestra razón tiene que referirlas a Dios, que ha creado al hombre sociable.
El iusnaturalista alemán Cathrein, muestra por otra vía, cómo el
Derecho Natural es fundamento necesario del Derecho Positivo. Aún
antes de que exista el Estado existen los hombres. Y esos hombres
tienen Derecho y sus derechos subjetivos que podríamos llamar innatos. Ahora bien, no existiendo una autoridad política que obligue con
SUs leyes a los súbditos, no habiéndose formado aún el Estado, ese
Derecho -fundamento y raíz de los derechos particulares- no puede ser otro que el Derecho Natural.
Derecho Natural y Derecho Positivo
¿Es acaso superfluo el Derecho Positivo? Desde el momento en
~ el Derecho Natural no puede descender hasta los casos concretos,
~to que las divergencias y los errores son aquí naturales a conse-

179

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL

FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
cuencia de la falibilidad de nuestra razón, el Derecho Positivo justifica
su existencia. Es preciso que el Estado determine una regla jurídica
indiscutible, basada, claro está, en el Derecho Natural, porque de otra
manera no estarían los hombres de acuerdo acerca de las aplicaciones
concretas del orden jurídico general e inmutable.
Para la escuela española -que nosotros nos honramos en seguirel Derecho Natural es como un cimiento del Derecho Positivo sobre el
que éste se apoya y del que continuamente deriva.
Ni mera abstracción, ni pura historicidad. El Derecho Natural
-uno e inmutable en sus principios- ha de amoldarse a las dimensiones históricas del hombre ---como lo vio certeramente Francisco
Suárez- y a las desigualdades concretas.
Y no se precisa, para ser sujeto de los derechos naturales, tener
conciencia de ellos. Cosa diferente es que para ejercitar las acciones
que deriven de los mismos se requiera dicha conciencia. La naturaleza cabal del hombre -su ser social, su razón, su li·
bertad- es el fin normativo del Derecho Natural.
En forma didáctica y precisa, el ilustre iusnaturalista alemán En·
rique Rommen nos brinda las enseñanzas siguientes:
El Derecho Natural es igual que la ley moral natural de la que
forma parte, no es código detallado de leyes deducibles racionalmente,
de reglas que se pueden determinar hasta en su detalle con una preci·
sión inmediata y con la sola ayuda de la lógica, valederas para todas
las circunstancias concretas de la historia; no hay, propiamente ha·
blando, una casuística del Derecho Natural.
No existe en el Derecho Natural más que un número muy pequeño de leyes cuya violación aparece de una manera evidente como intrínsecamente contraria a la justicia y a la esencia de la naturaleza hu·
mana. Tales son, por ejemplo, los preceptos: " Honra a tus padres, no
debes matar, no debes robar, no debes ser perjuro, no debes calumniar".
En cuanto al contenido del Derecho Natural, comprende, propia·
mente hablando, como principios evidentes, estas dos normas: "hay
que evitar lo injusto" y la regla, tan antigua como respetable: "a cada
quien lo suyo".
La unanimidad de todos los pueblos sólo existe en lo relativo 3
los principios primeros y las conclusiones inmediatas. El Derecho ~atura! encierra, pues, las leyes arquitectónicas necesarias del edihciO
social.
La oposición entre el Derecho Natural y la ley positiva no es, efl
180

todo caso, una oposición necesaria, y la historia prueba que tal oposición no siempre ha existido. El Derecho Natural aspira a encarnarse
en una formulación positiva, aunque no deje de ser, ni aún en el momento en que lo realiza, la medida y la directriz de la ley positiva.
Todas las leyes positivas deben ser, de una manera o de otra, derivad~n~s o determinación del Derecho Natural. Una ley positiva que
fuere m¡usta, pero que no contradijera al Derecho Natural en sus prescripciones negativas, no autorizaría ni al juez ni al funcionario ni a
los simples ciudadanos, a declarar la ley en cuestión desprovista de
carácter obligatorio y de validez.
El Derecho Natural permanece oculto, por así decirlo tras el telón del Derecho Positivo. Ello explica el hec'1o de que el Derecho Natural ~eaparezca en escena cada vez que el Derecho Positivo, a conseccenc,a de la evolución de las fuerzas vitales y de los cambios sufridos por el organismo social, tiende a convertirse en una injusticia obJetíva.
. _Ei Derecho Natural no es mero sentimiento de justicia ni un código ideal de normas, sino el conjunto de criterios y principios raciona,
les - supremos, evidentes, universales- que presiden y rigen la organización verdaderamente humana de la vida social, de acuerdo con
las exigencias ontológicas del hombre.
Principios evidentes, supremos y universales.
l . - Dar y reconocer a otro lo que le es debido en justicia.
2.- No causar al prójimo un daño injusto.
3.- Cumplir las obligaciones, pagar las deudas, que no es sino
consecuencia inmediata del deber de justicia que nos exige
dar a cada quien lo suyo.
4.- Asumir las consecuencias de nuestros actos frente al próji-

mo.
5.6.7. 8.9.-

Respeto a la vida y a la persona.
No enriquecerse a costa de otro sin justa causa.
Devolver los depósitos.
No ser juez y parte en el mismo proceso.
No juzgar a nadie sin oírlo y darle oportunidad de probar
defensas.
10.- En el orden internacional: respeto de los tratados (pacta sunt
servanda), independencia e igualdad de los Estados, etc.
Ne se trata -nos expresa Rommen en conclusión- de dos órdenes o sistemas cerrados, sino de dos aspectos de una misma realidad
Esa realidad es el derecho, y sus dos aspectos o dimensiones son: 1~

181

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL

FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL

natural o racional, y lo positivo o técnico. Todo derecho humano es a
la vez positivo y racional, así como todo hombre es al mismo tiempo
cuerpo y espíritu: lo positivo es el cuerpo del Derecho, lo racional es
su espíritu". (Enrique Rommen: "Derecho Natural" -Historia-Doctrina- Ed . Jus, México, 1950).
Para lograr la subordinación del Estado al Derecho, no bas!a ningún control de Derecho Positivo. En la cima de todo control -hemos
tenido oportunidad de verlo-- nos tropezamos con aquello de: "Quis
custodiet custodem"? Sólo resta como control intrínseco, aunque extrapositivo, el Derecho Natural.
No podemos atribuir un poder omnímodo de carácter ético a la
voluntad humana, en cuanto elaboradora o constructora de normas e
instituciones jurídicas. En esta raíz voluntarista estriba el error básico del positivismo jurídico. No basta la voluntad de los gobernantes
para tornar valiosos los mandatos contradictorios de las más evidentes
exigencias de la naturaleza racional, libre, social y axiotrópica del hombre. Todo orden jurídico positivo que suscita acatamiento, vincula la
exigencia racional, ética -principios ·rectores de la vida social en or•
den al perfeccionamiento de la persona humana- con la exigencia téc·
nica (dato sociológico e histórico). Fuente y medida del derecho posi·
tivo, el Derecho Natural es, a la vez, un elemento integrante de dicho
Derecho Positivo. Precisamente del Derecho Natural es de donde asten·
ta el Derecho Positivo su valor, su validez intrínseca.
4.- Hacia un Nuevo Derecho Natural
Lo que es justo por su propia esencia, en si y por sí, posee una
indeclinabie tendencia a piasmarse en norma positiva, a realizarse en
la vida social. No podemos aceptar los meros datos históricos por ser
históricos. Contra la tlranía de la historia se yergue siempre el Derecho Natural como contenido del orden justo: derechos fundamentales
del hombre, máximas universales definitorias de "lo suyo" de cada
cual. Si no hubiese un modo de obrar inmanente a la naturaleza d~
hombre, que marca un límite a su autodeterminación y traza la paula
de conducta para el cabal cumplimiento de la vocación humana, no habría instancias críticas para juzgar la historia. Pero sabemos que en
la esencia y en la existencia del hombre hay unas "constantes", una estructura permanente que sobrepasa las transformaciones históricas Y
los cambios culturales. Ciertamente la "utilidad" general o el biefl
común es un elemento pragmático del orden natural cuya experiencia
no puede ser desconocida. Las personas y los grupos intermedios, no
obstante, tienen su fundamento en la condición de los primeros prill'

cipios del Derecho Natural, originario en la dimensión jurídica del hombre. Pero existen otros principios que no provienen directamente de
la dimensión jurídica del hombre sino que son obtenidos condicionalmente por la evolución sociocultural. Por eso nos permitimos hablar
de Derecho Natural originarfo y de Derecho Natural derivado.
En las ideas jurídicas de la ciencia y de la judicatura descubrimos
una clara continüidad, una conexión ol:ijetiva, una lógica inmanente.
No hay que confundir la creatividad reglada, en el ámbito del Derecho, con la arbitrariedad. Hoy en día se nos habla de "la naturaleza
de ia cesa" que prefigura la sentencia judicial, la cláusula contractual
o principio para colmar una laguna de la ley. No puede procederse -al
perfeccionamiento del Derecho sin apebr c::i Derecho Natural. Partiendo de exigencias éticas determinadas o partiendo de la naturaleza de
la cosa se llega al Derecho anclado en la dimens1ó11 jurídica del hombre. La otreidad nos insta a reconocer al prójimo como un alter ego, tal
como nosotros desearíamos ser reconocidos, respetados y auxiliados.
La problemática pregunta quid ius no puede contestarse, radicalr.i~_n!e, a base de ideologías políticas, porque estas mismas ideologías
po.Iticas se sustentan en el Derecho Natural. Al preguntarnos ¿qué es
el D~recho? andamos en pos del "Gerechtes Recht" (Derecho justo) y
no simplemente del "Richtiges Recht" (Derecho correcto en sentido
lógico fony¡al). ¿Por qué existe el Derecho y por qué resulta imprescindr~le en la existencia humana? ¿Cuáles son las claras y definidas med!oas de valoración aplicables al comportamiento humano? Ningún Derecho positivo del mundo es capaz de darnos adecuada respuesta a estas tres básicas y acuciantes preguntas. La jurisprudencia podrá ser
una !raducción, en términos jurídicos, de valores morales, pero nunca
Podra suministrar un criterio de valoración moral del Derecho. Sin una
estructura permanente del hombre -mínimo para formar parte de la
especie humana- sería inexplicable ese conjunto de principios que rig~n las condiciones de toda sociedad. El Derecho es una de las relac;ones más básicas e importantes de la vida social. Donde hay sociedad o_rganizada hay Derecho. El Derecho se preocupa del orden público e introduce principios morales en la vida social en la medida que
10 requiere el bien común. El Derecho Natural es verdadero Derecho
porque posee el elemento esencial de alteridad y porque presenta la
exigencia intencional de cumplirse positivamente. Al comprobar la exis1 .
~nc1a de una naturaleza social en el hombre reconocemos la existencia del Derecho Natural. En el seno del Derecho Natural confluyen lo
moral y lo social, lo jurídico y lo político. La sistemática observación

182

183

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
sociológica de los hechos encamina al Derecho a la plena realización
de su "desideratum". En este sentido la sociología -que no constitu•
ye sistemas de pensamiento- es ciencia subordinada que auxilia, con
buenas bases, la especulación iusnaturalista. Marchamos así hacia un
nuevo Derecho Natural fundamentado en la dimensión jurídica del hombre, pero abierto - y en constante comercio- a la sistemática observación sociológica de los hechos. Los distintos sistemas del Der~ho
Positivo -que contienen el dato circunstancial, histórico, sociológico-no agotan ni pueden agotar el contenido ideal y absoluto de la dimensión jurídica del hombre. De ahí la apelación constante a un Derecho
superior a toda ley escrita.
Todo Derecho, para poder llamarse así, debe realizar cierto conjunto de principios jurídicos, enraizados en el orden natural, óntico y
axiológico del cosmos y anclados en la lex aeterna, en la Inteligencia
divina. Porque la regulación jurídica depende de la justicia intrínseca,
y no sólo del arbitrio, de la voluntad caprichosa.
Luis· Recaséns Siches -a quien debo mi iniciación en la Filosofía
del Derecho y algunos de los más importantes estímulos- ha vuelto a
aceptar la clásica denominación de "Derecho Natural" y ha puesto de
relieve, con notable vigor y rigor, la i:isoslayable necesidad de esta dis·
ciplina. En un enjundioso estudio publicado en los "Anales de la Cá·
tedra Francisco Suárez" (Universidad de Granada), bajo el sugerente
título: "Otra vez, y con renovado vigor: Derecho Natural", pone de manifiesto, con su acostumbrada pulcritud: 1) el segundo reconocimiento
iusnaturalista en los últimos 20 años del siglo XX; 2) los factores Ydi·
mensiones de renovación del pensamiento jurídico a partir de media·
dos del cuarto decenio del siglo XX; 3) las muy nuevas aportaciones de
inspiración neotomista en los últimos 20 años; 4) la reafirmación depurada del Derecho Natural, pero, al mismo tiempo, un análisis crítico
sobre lo conseguido y señalamiento de lo que todavía falta por hacer.
5) desnormativación de los primeros principios o fundamentos del Derecho Natural; 6) precisiones más rigurosas sobre la naturaleza huma·
na; y recorte del ámbito a:.tes atribuido a éstJ; 7) concentración en la
idea de la dignidad de la persona humana individual; 8) vigorizada
acentuación de la diferencia entre moral y Derecho; 9) necesidad de
hondos estudios sociológicos para las derivaciones y las consecuencias
prácticas del Derecho Natural; 10) decisivos y violentos ataques contra el racionalismo de la lógica tradicional aplicada a los problemas de
axiología jurídica; 11) alusiones a otras direcciones iusnaturalistas efl
la actualidad. Hasta aquí el sumario. Veamos ahora las posiciones sus·

184

FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
tentadas por Recaséns. Más que hablar de ley eterna cabe hablar de

un orden del ser establecido por Dios. La supuesta naturaleza del hombre es menor de lo que se había imaginado. La vida humana -fabulosamente plástica- tiene tres vías de acceso: metafísica de la vida;
estudios biológicos, antropológicos y psicológicos; y las investigaciones
sociales. El hombre es libre albedrío . Su dignidad es el valor supre,
mo para el Derecho. "El Derecho es, así, el mismo ser persona del
hombre. En este sentido trasciende el ámbito de la pura y estricta vida social. Pero no se sitúa fuera de ella, sino que simplemente llega
hélsta sus últimas raíces". El profesor emérito de la Universidad de
México y antiguo catedrático de la Universidad de Madrid pide "que se
ponga manos a esta obra de concreción del iusnaturalismo en cada situación histórica. Para eso, no basta contentarse con el reconocimiento de la historicidad de una parte del Derecho Natural. Es necesario,
además, dedicarse, en serio y a fondo, al estudio de las realidades sociales, desentrañar el sentido de éstas, calcular el alcance de los múltiples y heterogéneos factores en que ellas actúan" ("Otra vez, y con
renovado vigor; Derecho Natural " , Anales de la Cátedra Francisco Suárez, Núms. 5-6, págs. 33-34, Universidad de Granada, 1965-1966). En
el XIII Congreso Internacional de Filosofía, Luis Recaséns· Siches puntualizó el término "naturaleza", para el Derecho Natural, significa "no
lo que es, sino lo que debe ser, aunque eso que debe ser está fundado Y condicionado por la realidad esencial de lo humano, realidad a la
cual pertenece ideas de finalidad esencial". Los ingredientes de naturaleza física, biológica, mental y social "condicionan la vida del hombre, Y, por lo tanto, imponen exigencias a la regulación jurídica" ("Axiología Jurídica y Derecho Natural", págs. 141-142, en el volumen "Symposium sobre Derecho Natural", XIII Cong~eso Internacional de Filosofía U. N.A. M., México 1963). La regulación jurídica concreta se fun,
damenta, dicho de otro modo, en la dimensión jurídica del hombre.
La Estimativa Jurídica de Luis Recaséns Siches arranca de un análisis radical del sentido del Derecho. Este análisis esencial demuestra
que la negación positivista contiene un absurdo.
"El Derecho Positivo -nos dice- es una pauta de conducta de
carácter normativo. Ahora bien, una norma significa que entre las varias posibilidades fácticas de comportamiento hay algunas elegidas, y,
por lo tanto, hay otras rechazadas. Las posibilidades de conducta
elegidas lo son porque resultan preferidas a otras. Esta preferencia se
funda sobre una valoración. Es decir, aunque las normas del Derecho
Positivo son elaboradas empírica y pragmáticamente por los hombres,
185

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
y aunque desde el punto de vista formal emanan del mandato d~I po.
der político, ellas no pueden ser de ningún modo entendidas simplemente como meros hechos. En todo caso son hechos humanos, Y, en
tanto que tales, tienen esencialmente un sentido, una significacron. Este sentido consiste fundamentalmente en la referencia a valores. La
ne. rnativa del Derecho Positivo carecería de sentido si ella no estuviese referida a un juicio de valor, que es precisamente lo que la inspira.
La conducta social está regulada de determinada manera, porque se
cree que esta manera es mejor que otras posibles regulaciones". (Opus
cit., pág. 125).
En su "Tratado General de Filosofía del Derecho", el doctor Recaséns Siches había apuntado ya la huella o la mención, en el mismo
Derecho Positivo, de algo que ya no es Derecho Positivo, sino punto
de referencia ideai. Trátase del criterio por el que nos preguntamos.
O dicho de otro modo: "El análisis del concepto del Derecho Positiw
ne_, muestra -asegura Recaséns- que en el mismo se postula necesariamente su ideal de justicia independientemente de que lo encarne
o no. Si borrásemos la alusión a un ideal de justicia, el concepto del
Derecho Positivo resultaría irrealizable. Sin la referencia intencional a
un princi;:-io de justicia no podría existir el Derecho Posi~ivo" ("!rata•
do General de la Filosofía del Derecho", pág. 379, Editorial Porrua, S.
A., México 1969). No cabe eliminar los criterios estimativos del -~r~
cho, sin eliminar el mismo Derecho. Si se suprime la estimativa iundr•
ca sólo queda la fuerza bruta. Nuestro colega y amigo nos viene a fun•
&lt;lamentar la elaboración del Derecho en Juicios de valor. Advierte _q~
la dignidad de la persona humana individual es la matriz de los_ pr~nc1pios fundamentales de la estimativa jurídica. De la eminente d1gn1d~
de la persona humana se derivan, como corolarios, el derecho a l_a -~·
da la libertad individual --de pensamiento, de conciencia, de opmron
y de expresión-, la seguridad y la libertad personal o garantías pr~
cesales, la libertad de contraer o no matrimonio, la libertad de elegir
ocupación o profesión, la libertad de circulación, la inviolabili~~d de
la vida privada, la igualdad, la libertad de reunión y de asociac1on pa·
ra fines lícitos el derecho a la propiedad, el principio de la igualdad,
los derechos d~mocráticos, los llamados derechos sociales y el bienes·
tar general. En todo caso, no debe haber libertad contra la libertad.
5.- La Dimensión Jurídica del Hombre como Fundamento del
Derecho Natural.
Yo no creo que exista el horno jurídicus, pero estoy convencido de
que hay una dimensión jurídica del hombre. Por eso el Derecho res·

186

FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
ponde a una profunda necesidad humana enraizada en los estratos ónticos del ser humano, porque el hombre es un animal insecurum busca la
seguridad en el Derecho. En este sentido, el Derecho está al servicio
-aunque no exclusivo-- de la seguridad de la existencia humana. No
puede haber vida social sin orden. Sabemos que hay conflictos, aspiraciones que se entrecruzan, pasiones que se desbordan; pero queremos,
no obstante, tranquilidad en el orden, firmeza en nuestras posiciones,
previs'bilidad del comportamiento -y de sus efectos-, seguridad para saber a qué atenernos. Cuando el poder del amor disminuye y no
vincula una comunidad, el orden jurídico evita la lucha caótica del homo homini lupus. Gracias a la dimensión jurídica del hombre las relaciones humanas se clarifican y se tranquilizan. No es que el Derecho
agote la cultura pero es que la cultura no podría existir sin el Derecho. Y aunque hasta ahora no haya podido eliminar, del todo, la violencia, la arbitrariedad, el odio destructor, por lo menos les ha puesto sitio desde la fortaleza de su justicia. Acaso nunca llegemos a establecer, en la tierra, un continuo y verdadero orden de paz. Pero seguiremos intentando regular las relaciones humanas en el marco de la
familia, del Estado y de la comunidad internacional.
Aunque alguna vez haya estado ligado a valores tribales y étniJ
cos, el Derecho emerge y cobra importancia de:;de la personalidad del
individuo. La autoconciencia de la dignidad personal en la vida social
es el genuino hontanar del Derecho. La dimensión social de las comunidades --que nunca llega a ser del todo impersonal porque lleva la
huella de la persona-, hace crecer al Derecho. Adviértase que en la
autoconciencia de la dignidad personal en la vida social se da una veta jurídica junto a votos morales y religiosos. Y cuando la dimensión
jurídica del hombre llega a su cabal desarrollo nos encontramos, en su
núcleo esencial, valores morales operantes: justicia, seguridad, bien común, respeto al prójimo, libertad, lealtad, veracidad, dignidad personal. Esta dimensión jurídica se enfrenta con la voluntad de poder -individual y grupal-, con la opresión en todas formas, con la injusticia
SOcio•política. Porque el derecho no se limita a mandar, sino que enseña la vida justa, indica el comportamiento debido, cualifica la acción.
Podemos imaginar una ley, privada de sanción, que siga siendo ley:
Pacta sunt servanda. Al fin de cuentas, el Derecho es primordialmenrnente dirección y secundariamente coerción. El acento se desplaza del
Derecho mandado (ius quia iussum) al Derecho como rectitud jurídica
frus quia iustum). Y es que el Derecho no se reduce a mandato ni radica, primariamente, en la voluntad; sino que es acto de inteligencia:

187

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
regla de vida social, medida de comp.&gt;rtamientos. Partiendo ae su nor•
matividad axiológica calificamos acciones particulares, situaciones Y hechos concretos. El Derecho es práctico y es lógico, manda Y cualifica.
Claro está que no todo mandato es una ley. De ahí la primacía de la
vis directiva --€1emento de justicia incorporada a la ley- sobre la vis
coactiva.
De la dimensión jurídica del hombre surge el Derecho que llega
hasta nuestros días, con todas sus complicaciones técnicas, con la
prolijidad de categorías y figuras jurídicas dominadas --€_
n esencial conexión por unas cuantas y altas ideas éticas. Hágase el intento de suprimir estas ideas éticas o valores y se habrá acabado con la es:~c,a
del fenómeno jurídico. Si la vida del hombre tiene una textura et1ca,
el Derecho no puede estar desvinculado del reino moral. Por imperativos moraies nos sentimos impulsados a establecer un orden social li·
bre y justo. Ciertamente el Derecho no agota la eticidad. Los valores
jurídicos ocupan una modesta porción de la ética. Hay tareas mo'.a·
les de mayor envergadura. Pero estas mismas tareas morales requieren, para su desarrollo libre, canales jurídicos. En el mundo de lo social, el Derecho se presenta como uno de los fundamentos de la mo~alidad. Las exige:-.cias éticas de justicia, libertad y humanidad justlf1•
can la estructura jurídica. Mientras repudiemos el atropello, la violen·
cia y la lucha caótica el Derecho tendrá mucho que decir. Nos obliga
porque está ubicado dentro de la eticidad. En la medida y regl~ que
impera en el campo social rastreamos, desde lejos y con nostalgia, el
significado del absoluto. Al Derecho no le corresponde desentrañar la
conexión significativa del todo.
La dimensión jurídica del hombre no puede desconocer ni la es·
tructura permanente y general del ser humano -elemento nuclear~,
ni el autoproyecto cambiante en situación histórica. Las leyes ontolo·
gicas del ser del hombre no son -no podrían ser- irrelevantes pa·
ra el orden jurídico. La esfera cultural -antropológica con sus cam·
biantes proyectos se refleja en las instituciones sociales. La contempla·
ción jurídica debe tomar como base una imagen ideo-existencial del
hombre. El deber-ser --comportarse-- de una manera y no de otra descansa sobre el ser del hombre --cuerpo, psique, espíritu-. Una antro·
polcgía integral está en la base de una antropología jurídica. La _es·
tructura estratificada del hombre --estrato biológico, estrato psíquico,
estrato espiritual- con su legalidad propia no puede ser desconocida
por el Derecho. Hay un sector jurídico que regula el "ser natural" del
hombre y hay otro sector jurídico que versa sobre el ser espiritual. Las

188
\

FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
normas jurídicas no pueden disponer comportamientos contra las leyes
biológicas del hombre como ser vivo. Más aún, debe favorecer los legítimos requerimientos del bios. Los componentes psíquicos (base endo.ímica y estrato del yo) tienen particular interés para la estructura
psicolégica del comportamiento eficaz. Si el hombre es un ser abierto, no conformado por la naturaleza hasta el final, tiene que autodeterminarse en base al espíritu y sobre un orden jurídico. Responsable
de sus hechos, cuipable de sus transgresiones al orden jurídico, digno
en cuanto persona, el hombre posee "a nativitate" el derecho a la li·
bertad existencial, el Derecho de autoconformación y los derechos esencia:es a !a persona. El hombre en estado de proyecto social da origen
a la norma jurídica. Si el jurista no sabe leer en la óntica integral del
hombre, no va a ver el Derecho, sino su sombra en la letra de los Códigos. Además de ser un ser axiotrópico, el hombre es un programa
existencial valioso, un prO'Jecto de poder y deber, una posibiiidad de
poder hacer y de poder exigir en el mundo, una libertad justamente
deiimitnda por las otras libertades. Toda esta realidad de Derecho emergente, toda esta dimensión jurídica del hombre acaece antes que las
normas cristalicen. Hay un poder hacer y un poder exigi r intencionalmente referidos a la just:cia -no a la arbitrariedad- que estructura
el Derecho.
La dimensión jurídica del hombre está destinada esencialmente
a constituirse en Derecho Positivo. Quiero decir que esta dimensión
jurídica apunta co:i toda intencionaiidad hacia la plasmación de normas jurídicas vigentes. El jusnaturalismo no sólo descansa en una
óntica antropológica sino que es una exigencia viva de justicia. La dimensión jurídica del hombre en sociedad exige su aceptación y aplicación. No se trata de un ideal jurídico que mora en la región supracele:;te y que aspira a realizarse efectivamente. No hay Derecho ideal,
sino dimensión jurídica del hombre como conjunto de principios jurídicos que todo Derecho debe realizar. Estos principios están enraizados
en el orden natural, óntico y axiclógico del hombre y del universo y
anclados, en última instancia, en la ley eterna de Dios. La substancia
de justicia que contiene todo Derecho reside en la dimensión jurídica
del hombre en su cabal naturaleza individual y social. Y esta dimensión jurídica nunca se agota en las diversas realizaciones del Derecho
vigente. Los Derechos fundamentales de la persona que dimanan de
su dignidad y de su dimensión jurídica no dependen del reconocimiento o de la falta de reconocimiento de un orden jurídico vigente. Lo que
es justo por naturaleza obedece al aspecto jurídico de los hombres vi-

189

�FUNDAMENTO Y ESENCIA DEL DERECHO NATURAL
viendo en sociedad. La regulación jurídica depende de la dimensión ju,
rídica del hombre, y no sólo del arbitrio o de la voluntad caprichosa.
Esta dimensión jurídica cubre el poder hacer y el poder exigir, el proyecto cambiante en situación histórica y las leyes ontológicas del ser
del hombre como juricidad primaria. Si podemos hablar de juridicidad
primaria es porque hay una dimensión jurídica del hombre intencional•
mente referida a la justicia y que estructura todo Derecho vigente.

NICOLAS MARTINEZ CERDA

PROYECCION Y BASES
DE LA REFORMA PENAL
EN T AMAULIP AS
n una amplia espectroscopía pensamos que la justicia y la política pueden sobrellevarse, cuando altos funcionarios, fundamentalmente el titular del ejecutivo, acepten que la impartición de
la primera es uno de los bienes de la vida del hombre y consustancial al
sistema democrático constitucional.
En torno al clima en el que inevitablemente se entrelazan justicia y
política, el ilustre florentino Piero Calamandrei consideró que es necesaria una sutil y elevada comprensión para cohonestar los intereses de
la supervivencia del Estado y de los individuos para que en esta alquimia no sufra quebranto el sistema de gobierno, ni sea vulnerable el derecho del particular.
"La elaboración de las leyes tiene un lado político y otro técnico",
de ahí que el jurista sin ceder en aspectos fundamentales, en la redacción de la norma jurídica debe considerar la situación política reinante;
por otro lado, el gobernante puede dar directrices siendo ésto una cuestión de "tacto y medida". En este entendimíento no debe trazarse en
bs principios; el Presidente De Gaulle escribió que "se debe ser inflexib!e en los principios y transigir en las circunstancias".

E

Ponencia presentada por el Lic. Nicolás Martinez Cerda, en el Primer Con1rreso Judicial,
«&gt;lebrado en Ciudad Victoria., Tamaullpas, en abrU de 1975.

190

�PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS

PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS

Dino Grandi, advirtió: "El problema de la Reforma de Ley es, ante
todo, un problema de hombres". El toscano Piero Calamandrei pronunció palabras afines, al sostener que el buen funcionamiento de la justicia: "Depende de los hombres y no de las leyes, y el óptimo sistema judicial es aquel en que los jueces y los abogados, vinculados por recíproca
confianza, buscan la solución de sus dudas, más que en la pesada doctrina, en la viva y fresca humanidad" (Del prólogo escrito por Calamandrei, en su obra Elogio de los Jueces). El ilustre jurista J. Ramón Palacios afirma: "Existe un manifiesto desinterés por las cuestiones de la
justicia . . . Los aspectos negativos de la administración de just!cia van
desde la pesquisa de las numerosísimas policías, hasta la salida del reo
de la prisión donde compurgó la pena, y son no solamente desconsola·
dores sino peligrosos". Revista Jurídica Veracruzana, nov. y dic. de
Hay causas doctrinarias históricas y prácticas que obligan a una
verdadera reforma penal en el Estado de Tamaulipas.
Un resumen podría conducirnos a las siguientes afirmaciones:
a).- Desde Mommsen en su Derecho Penal Romano se ha seña·
lado que en las primeras etapas del desenvolvimiento jurídico itálico,
"todo era derecho penal", después viene el desdoblamiento o separa·
ción y surgen las distintas ramas del derecho. Así, se explica que en
un principio existiesen las acciones noxalis causa, y que las prisiones
privadas y luego las píisiones públicas tuvieron como uno de s.us ali·
mentadores las deudas civiles. Una larga y penosa investigación que
va desde los glosadores a los post-glosadores, llegando hasta el derecho canónico y luego al feliz advenimiento de la Escuela Clásica, con
Rossi, Carmignani y Carrara, para seguir con la tercera escuela de Car•
nevale; y luego, la criminología que impregna al derecho penal en los
estudios asombrosos de Lornbroso y Ferri, para llegar a la escuela dog•
mática de Grispigni y sus seguidores y el redentorismo de Carnelutti.
La doctrina germana, grandiosa, se nutre entre otras con Las Nor·
mas de Binding, la teoría finalista de Weltzel y el Tratado de Mezger. Y
nosotros no hemos permanecido alejados de ese movimiento intelec·
tual, porque aparte de los preclaros tratadistas españoles, de los espa·
ñoles antiguos, contamos con Lardizabal y Uribe, al insigne Martínez
de Castro y a don Miguel S. Macedo entre las figuras señeras de los
siglos mexicanos.
Ya estabilizada la revolución se reviven los estudios de derecho
penal gracias al esfuerzo tenaz y generoso de los entonces jóvenes Luis
Garrido, Juan José González Bustamante, Rafael Matos Escobedo, José

Angel Ceniceros, Javier Piña, Raúl Carrancá y Trujillo, y todos los que
fundaron la "Academia Mexicana de Ciencias Penales", que culmina
con la redacción del Código Penal de 1931 y con la creación de la revista Criminalia.
Actualmente, la Academia se ha visto vigorizada con una nueva
savia, por la obra de Jim~nez Huerta, Porte Petit, Palacios Vargas, Pavón Vasconcelos, Javier Alba, Castellanos Tena, Fernández Doblado, Vargas López, finalmente por Sergio García Ramírez y otros estudiosos del
Derecho Penal que en sus artículos de revista y en libros han dejado testimonio de su amor a esta rama de la ciencia.
b).- Desde el proyecto del Código Penal del Estado de Veracruz
de 1835, hasta el vigente Código Penal Federal y los proyectos federarales (1949-1958) se ha dejado testimonio de constante preocupación
por el derecho penal en su aspecto legislativo, los trabajos sobre derecho penitenciario de González Bustamante, de Javier Alba y Sergio García Ramírez, entre otros, también revelan el afán constructivo que preside sus trabajos.
c).- Las estadísticas que el criminólogo Quiroz Cuarón ha dado
a conocer en la Revista Jurídica Veracruzana y posteriormente en una
conferencia en la Ciudad de Monterrey, N. L., ponen de relieve una cierta ineficacia de la administración de justicia que se inicia en la policía
preventiva y en la judicial, y que termina en las prisiones. La alarmante impunidad a que se refirió el doctor Carrancá y Trujillo (80 ó 60%),
obligan a una toma de posiciones que desde las aulas encaren tan arduos problemas.
Nuestra justicia criminal y en especial la Ley Penal requieren una
reforma integral, que armonice las corrientes legislativas dándole sustentación social, para que su orientación filosófica responda al consenso político, social y económico del Estado; es decir, que responda a las
imperantes necesidades que reclama la sociedad, respondiendo así a la
dinámica tarea gubernamental que se ha impuesto nuestro Presidente
luis Echeverría.
La Legislación Penal debe perfeccionarse considerando las bases
adecuadas que ha postulado la ciencia penal moderna, teniendo a la
vista los avances materializados de múltiples proyectos y códigos, cuya
tradición ya clara y fundamental parte del Código Penal de 1871, cuyo
autor es el ilustre y mejor penalista Antonio Martínez de Castro; pasando por el Código de Miguel S. Macedo de 1912, por el llamado Código
Almaraz de 1929, hasta el ecléctico de 1931.
La tradición jurídica continúa y entre los antecedentes obligados,

192

193

1958, p. 526).

�PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS
si queremos escribir con rigor científico, se encuentran: el proyecto del
Código Penal para el Distrito y Territorios Federales; el Código de Defensa Social Veracruzano de 1945, que "con algunas modificaciones
completamente desacertadas" reaparece en 1948 con el nombre de Código Penal, para ser elogiado por los mejores penalistas; el proyecto
del Código Penal de Baja California de 1954 inspirado en el veracruzano y el proyecto del Distrito de 1949. El Código Penal del Estado da
México de 1961 y el último proyecto del Código Penai tipo para la República Mexicana de 1963, del cual el ilustre jurista J. Ramón Palacios, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, escribió:
"Merece ser calificado de excelente, digno de ser considerado como
base de una reforma penal necesaria y urgente".
Tamaulipas, cuenta con un gobierno fuerte, circunstancia propicia
para que las reformas fundamentales prosperen. Muchas veces estos
han sucumbido o fracasado por la debilidad del gobierno; sin embargo,
considera que debemos emprender una verdadera reforma técnica, ju•
rídica, penitenciaria y social que abarque la organización policiaca, la
elaboración de un Código Penal de defensa social, Código Ejecutivo de
Sanciones, ley de protección a los menores infractores y complementar
esta obra con un buen sistema penitenciario, con sus instituciones criminológicas auxiliares y con una buena judicatura honesta y conocedora de la moderna dogmática penal. Para lograr este propósito, se debe crear la Carrera Judicial, para que prepare el material humano, e im•
plantar la inamovilidad judicial y dar cumplímiento a la Ley de res•
ponsabilidad de funcionarios.
Para llevar a feliz término una verdadera reforma de política cri·
minal se requiere que la idea se conjugue con la práctica que es la que
le da validez y sustento a la teoría. Esta obra exige actuar con abnegación y que se reciba la ayuda económica del Estado, para que estos
trabajos no queden como meros planes o asambleas conmemorativas
en donde se hacen desplantes y derroches verbalistas, que afortuna•
damente se los lleva el aire.
La reforma penal en Tamaulipas, implica modificar la estructura
del Poder Judicial, eliminando al respecto la competencia mixta que
caracteriza a los juzgados de primera instancia, anacronismo que impide
valorar la personalidad del delincuente, medios en que se desarrolla,
circunstancias que preceden y que rodean la ejecución del delito, así
como los síntomas de la peligrosidad del delincuente lo que viene a
explicar la habitualidad del mismo, quedando soterrados en el olvido
las medidas de seguridad apuntadas por el insigne y mejor penalista
194

PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS
mexicano Antonio Martínez de Castro antes que Ferri y Garófalo. Otro
gran penalista mexicano, don Miguel S. Macedo, solía decir en su cátedra que si Martínez de Castro no hubiera sido mexicano, su obra sería considerada y estudiada internacionalmente; y efectivamente, el elogio es justificado porque el penalista mexicano superó la escuela clásica, y fundamentalmente se preocupó porque al lado de las penas existieran las medidas preventivas mucho antes que los italianos.
La reforma penal en el Estado de Tamaulipas debe ampliarse con
amplio criterio de unidad a la Creación de Tribunales de Menores, y así
extraer la conducta de los menores infractores del Derecho Penal represivo, y sujetarla a una política tutelar y educativa, estableciendo tribunales con jurisdicción especial, en donde los menores sean juzgados
por magistrados que tengan conocimientos de psicología, psiquiatría y
de ciencias sociales. El fin de la ley que norme la conducta de los menores infractores debe ser en el sentido de considerarlos no como delincuentes, sino como pupilos del Estado. La Sociedad de Naciones formuló la siguiente declaración: "La jurisdicción debe organizarse con
arreglo a las siguientes características: a).- Autoridad distinta de la
que juzga a los adultos. b).- Juez único o asistido de asesores. c).Especialidad de los asesores, médicos, pedagogos, sicólogos, asistentes
sociales, personas de experiencia práctica en la protección de la infancia". (Mariano Ruiz Funes, Criminalidad de los menores, p. 286).
No tenemos por qué rendir culto a la mentalidad fradicional. Ta,
maulipas debe romper ataduras con el pasado, legislando una ley que
elabore una dogmática de jurisdicción para menores.
Recordando al distinguido maestro y penalista mexicano, don Ce,
lestino Porte Petit, quien ya en torno a la reforma penal, afirma: "He
repetido y no he de cejar, en el sentido de que si los hombres que imparten justicia no son capaces, pisotean ignorantemente las leyes y desprestigian la justicia, si no hay inamovilidad, el vaivén judicial se fortalece por la inseguridad en los cargos de la judicatura; si no hay cumpl~miento a la ley de responsabilidades de funcionarios judiciales sin
miramientos de ninguna clase, se abre la puerta a la corrupción y se
~rotegen fortunas ilícitamente acumuladas, sin regímenes penitenciarios apropiados, se frustra el fin de la sanción y cobra fuerza arrolladora la reincidencia, la labor penitenciaria se aniquila porque el hombre readaptado se lanza al seno social y encuentra un medio hostil y
por tanto propicio para la reincidencia". ("Hacia una Reforma Penal"
conferencia pronunciada en el Estado de Chiapas).
'
195

�PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS
BASES PARA LA ELABORACION DE UN CODIGO PENAL
1.- Un Código Penal de defensa social debe estar inspirado en los
postulados que señalara el insigne Florian: En la Responsabilidad Social,
la Peligrosldad, y en un sistema unitario de sanciones, penas y medidas de seguridad; de ahí que, en lo conducente siempre me ha parecido de flaco contenido jurídico y de alto valimiento político circunstancbl la afirmación de Teja Zabre, cuando expresa en lo que se ha cons:uerado exposició:i de motivos del Código Penal de 1931, "ninguna escueta ni doctrina ni sistema penal alguno puede servi r para fundar ínteg:·amente la construcción de un Código Penal. Sólo es posible seguir
una tendencia ecléctica y pragmáuca; o sea, práctica y realizable".
Sobre los lineamientos que siguió el legislador del 31 Almaraz obser·
va "ninguna doctrina sirve para fundar un Código Penal, afirman los
redac~cres; ¿es ésto posible? Toda Ley es esencia, doctrina, y doctrina
po!ít;ca personificada. Es más, es doctrina comparada. Toda Ley penal
debe tener las ventajas de sobriedad, de sistema, de estilo y de carác•
ter liberal y estar precedida de una verdadera exposición de motivos,
en la que se plasmen las razores que la comisión encargada tuvo para
modificar o sustitu·r los preceptos porque de lo contrario si ésto se omi·
te, se ignoran los fundamentos de la modificación, sustitución o deroga•
ció,,, y en este error cayó el legislador del 31, por lo que debe considerarse correcta la observación de Almaraz en este sentido.
11.- La peligrosidad constituye el centro de gravedad del derecho
penal venidero, por lo que debe ampliarse con mayor técnica y sistemá·
tica jurídica, respetando los escollos const:tuc1onales. La teoría del es·
tado peligrow es la mayor defensa de la sociedad •·no se vence al de-lito derramando ríos de sangre, ni agregando penite:,ciarías". La política criminal de medios preventivos.
Un Código Penal basaddo en el principio del estado peligroso, exi·
ge una buena judicatura que conozca la norma cultural que inspira a
ese principio para que penetren en su sentido, y que además consulten
la ciencia, e interpretando el derecho resuelvan las contradicciones sin
cegarse al fantasma de la lógica del legislador. La personalidad del
delincuente fue valorada con un sentido de justicia valedero en la ac·
tualidad por Martínez de Castro, con fundamento en la utilidad social
y en la justicia, bases que deben ser tomadas en cuenta por los jueces
en la individualidad de las penas, y para medir los atenuantes y agra·
vantes "para llegar al índice justo de la sanción", estas bases deben
aplicarse en los problemas de la reincidencia.
Sobre la preferencia de una buena judicatura y una ley avanzada,

196

PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS
Jiménez de Asúa considera que es más importante que existan magistrados penales aptos, preparados y entusiastas, que inmejorables proyectos "será preferible un juez a lo Magnaud con el Código de Napoleón, que un magistrado incomprensible (corrupto) e ignorante, con precelos como los del proyecto italiano o del suizo". Es cierto que es
mejor un buen juez que juzgue con una ley anticuada, pero nosotros
desearíamos un buen código penal y jueces formados en la moderna
técnica. Una noble y urgente aspiración, ha subrayado el maestro Ce•
lestino Porte Petit "es tener buenas leyes y buenos jueces, porque si
existen malas leyes, el juzgador por capaz que sea, no puede crear de•
recho, no puede actuar como órgano legislativo, sino únicamente interpretar la ley y cuando mucho en caso de que proceda, integrarla,
pero nunca con relación a los tipos penales por prohibición constitucional" ("Hacia una Reforma Penal", conferencia dictada en el Estado
de Chiapas).
111.- Don Celestino Porte Petit, en torno al estado peligroso, acota: " ... claro está que la peligrosidad activa como potencial tienen que
ser determinados, para los efectos de adoptar a su respecto medidas
especiales, en vista de manifestaciones sintomáticas que acusen una
probabilidad bastante sería, sin requerirse la certeza ni aceptarse la
mera posibilidad".
El Estado Peligroso debe quedar plasmado en los modernos códigos creando nuevos tipos que acuñen diferentes estados de peligrosidad como el de vagancia y malvivencia, sancionados con penas y medidas de seguridad . Abarca, en su Derecho Penal en México, al hablar
de _la variedad de las diversas actividades individuales señaló que et
1:gislador del 31 pretendió incluir en la figura de vagancia y malvivencia todo un mundo de delincuentes, cuya conducta se manifiesta en
múltiples aspectos: la coyotería, el chantaje, la charlatanería. . . La
m~n~icidad, independientemente de la vagancia y de los antecedentes
criminales, constituye un estado permanente de peligrosidad. Al mis,
~o género podemos reducir la prostitución, los tahures, etc. Las activi_dades de los líderes que abandonan para siempre sus oficios y se dedican a la explotación de los propios compañeros de trabajo, etc.
IV.- En lo conducente a la parte general del Código Penal, y en
cuanto a la denominación de delitos debe establecerse que estos son
de naturaleza intencionales y culposos, definiéndolos. Debe introducirse el delito preterintencional, que actualmente omite nuestro código y
Que ~e forma por la concurrencia del dolo inicial sobre el propósito y
seguido de la culpa sobre el resultado. Las entidades dolo, culpa y

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PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS

preterintención deben quedar diferenciadas. Es conveniente dar definiciones con sencilla redacción del dolo, directo y eventual y de la culpa simple y culpa con previsión.
Sobre la culpa Jiménez de Asúa dice: "La ejecución de un acto
que puede y debió ser previsto". Por su parte, Carrera escribe: "La
esencia de la culp3 reside totalmente en la previsibilidad y en calcular
las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho".
V.- En cuanto al instituto de la tentativa es conveniente su revisión porque "la fórmula vigente pune los actos preparatorios no incrimina los ejecutivos y deja igualmente sin previsión el delito frustrado".
En la redacción de este instituto no debe suprimirse como hace el artículo 12 de nuestro Código de que los actos que impliquen un principio de ejecución han de ser "directa e indirectamente". Este princi·
pío distingue los actos próximos de los remotos y la univocidad de los
actos es requisito esencial del delito imperfecto. Definir el delito imposible que por ser inconsumable no puede tener grados, y por lo tanto, no está incluido en la tentativa. Aunque el Código Penal no es tratado, y nuestros jueces conocen la dogmática penal, prefiero que se defina el delito imperfecto, que es la falta de aptitud para delinquir, por
la inidoneidad absoluta en los medios.
La definición que da el proyecto del Código Penal Federal de 49
es acotada en cuanto encuadra la tentativa acabada e inacabada. La
comisión redactora que elaborar~ el Código Penal del porvenir para
el Estado de Tamaulipas habrá de guiarse en la monografía La Tenta·
tiva del ilustre jurista J. Ramón Palacios, actualmente Ministro de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
V.- Respecto al capítulo denominado "Circunstancias excluyen·
tes de Responsabilidad", debe cambiarse por el de causas eximientes.
a).- En lugar de la frase "un estado de inconsciencia total de
sus actos" que contiene la fracción 11 del artículo 15 del Código Penal debe utilizarse la frase "trastorno mental transitorio"; sin enumerar situaciones causales que produzcan trastorno mental, con el objeto
de "limitar las acciones liberae in causa de habitualidad que puedan
llegar a constituir síntomas de peligro. Debe establecerse que el esta·
do de necesidad beneficiará al sujeto siempre que no hubiera provoca·
do dicho estado.
b).- Deslindar las diversas eximientes que contiene la fracción
IV del artículo 15 del Código Penal. es decir, desvincular la bis moral
y el estado de necesidad, porque aquella es causa de inimputabilidad
y ésta de justificación.

e).- Eliminar la eximiente del caso fortuito, por ser un hecho que
no es ni intencional ni inculposo.
d).- Al exceso de estado de necesidad y exceso de legítima defensa, deben imponérseles, no la pena de culpa, sino, una penalidad
propia, _por ser de naturaleza diversa.
VI.- El encubrimiento debe formar parte en el capítulo de los
delitos contra la administración de justicia, ya que como afirma el egregio maestro español don Luis Jiménez de Asúa "el hecho de favorecer o receptar no está ligado a la causalidad de la acción delictuosa".
VII.- Debe excluirse de nuestro Código la concepción y preparación como formas de responsabilidad que contiene el artículo 13 en su
trace. 1, porque la concepción y participación son procesos mentales
del inter criminis, y por lo tanto constituyen una fase subjetiva. Mariano Ruiz Funes, destacó que "se trata de una posición inquisitorial,
que nada tiene que ver con el Derecho Penal". Cuello Calón sobre el
principio de que los actos preparatorios son generalmente equívocos,
acota: "La verdadera razón de la impunidad del hecho preparatorio,
consiste en que en la preparación no hay todavía un principio de violación de ia norma penal relativa al delito que se quiera cometer". (Derecho Penal, T. 1, p. 484).
VIII.- Regular el error en el golpe y en la persona con criterio
subjetivo de la personalidad del delincuente, ente abstracto del delito;
es decir, no debe ser el delito realizado, sino el que se propuso realizar o bien el "tipo legal querido y frustrado".
IX.- Debe preferirse el concepto habitualidad en lugar de reincidencia, aceptando la definición del código de 29, que transcribe el concepto dado por el proyecto italiano de 1921.
X.- El capítulo denominado "acumulación" por nuestro Código
debe cambiarse por el de "concurso de delito", definiendo el cencurso real y el ideal. El sistema de punición debe basarse en el criterio
de la absorción, de la acumulación jurídica o intensiva o de la acumulación material. Es conveniente dar definición del delito permanente y
continuado para superar el atraso que contiene el artículo 19 de nuestro Código Penal. La naturaleza del delito continuado como enseñara
el clásico Francisco Carrara hay que buscarlo en la discontinuidad de
la acción; es decir, lo contrario a lo que establece el precepto citado, y
el permanente en la continuidad en la conciencia y en la ejecución.
XI.- Debe suprimirse la prescripción de la reincidencia, ya que
no existe razón alguna para mantener la temporalidad, al respecto
Eugenio Florian observa que "si la reincidencia sirve sobre todo para

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PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS

resolver el verdadero carácter del delincuente, ¿por qué ha de prescin,
dirse de ella por razón del tiempo transcurrido? ¿Desde cuándo el tiempo destruye los hechos? (parte general del Derecho Penal, T. 11, p. 268).
XII.- En la _habitualidad no debe hablarise de infracciones sino
de delitos.
XIII.- Es injustificable que el artículo 64 exiga querella necesaria en el delito de daño en propiedad ajena, "equivale a una transmu•
tación de invasión imperdonable".
XIV.- El capítulo de la reparación del daño, en su aspecto sustantivo y adjetivo debe mejorarse.
XV.- Crear el instituto del perdón judicial en la forma que lo
hace el anteproyecto del Código de Defensa Social del Estado de Veracruz, que es una de sus instituciones más interesantes, ya que al exigir -afirma don Mariano Ruiz Funes- requisitos "resulta de una
técnica digna de elogio. Faculta a los tribunales para que corrijan al
exceso singular de la ley, es dar a la vez una garantía de defensa social, una posibilidad de que actúe el juez como un hombre de concien·
cia, contrario a toda injusticia". El perdón judicial debe regularse con
base a la personalidad del delincuente, aplicando el principio de indi·
vidualización de la pena.
XVI.- Contemplar en la Parte General de nuestro Código, el problema de la causalidad, y no dejarlo reservado al homicidio, ya que
es común a todos los delitos. Nosotros nos inclinamos por la teoría de
la equivalencia de las condiciones.
En lo concerniente a la parte especial de nuestro Código Penal
recomendamos la supresión, modificación y creación de nuevos tipos,
acorde con la orientación filosófica que en definitiva se le dé a la parte general, cuya elaboradón la dejamos para otro estudio.
Queremos una justicia humana que asentada sólidamente en la
tierra sin espada y sin venda conozca al hombre para que podando sus
perjuicios, atrasos y pasiones, mejore sus condiciones.
Cánovas del Castillo decía: "Queremos a la Patria, no por gran·
de sino por nuestra".
LA PARTE ESPECIAL
Me place continuar y seguir desarrollando mi trabajo presentado ante el Primer Congreso Judicial los días 11 y 12 de abril en la
capital del Estado, concerniente a la parte general del Código Puniti·
vo, que es en dónde se da la orientación filosófica a una Legislación,
trabajo que finalmente deberá adosarse para que quede clara mi pos·
tura sobre la dogmática germánica, de la que fuera ardiente partida·

río el ilustre maestro hispanoamericano don Luis Jiménez de Asúa, de
quien por las grandes afinidades me considero su alumno, de la misma manera que él lo fue de Dorado Montero a pesar de no haber escuchado sus lecciones. Las afinidades me unen y me honran.
Quiero dejar constancia de mi reconocimiento al Tribunal Superior de Justicia y al Ejecutivo Estatal, por su interés por mejorar la administración de justicia, en perfecta coordinación y respetándose sus
esferas de competencia, demostrando en la praxis que la división de
poderes no es un choque frontal, sino respeto y coordinación de las
facultades de cada órgano. Vanderbilt acota: "En un gobierno como
el nuestro que es representativo, democrático, el Poder Judicial depende en gran medida de su reputación, su independencia, su integridad
y su sabiduría".
Ya don Luis Jiménez de Asúa, que al igual que Francisco Carrera se le puede acuñar el glorioso mote de el "sumo maestro del Derecho Penal", dejó estampado: " Que es importante la composición de
buenas leyes, pero más lo es, y desde luego mayormente difícil la preparación de juzgadores y funcionarios de cárcel idóneos". De ahí, que
el primer paso que debemos dar para mejorar nuestra administración
de justicia es eliminar la degradante mixtura de competencia, que inconcebiblemente, a estas alturas del avance científico, caracterizan a
nuestros tribunales, y establecer la especialización del juez penal, para que haya logicidad entre el juez honrado y sabio que aplica un código moderno; y finalmente como forzosa conclusión habrá de estructurarse sustancialmente el régimen penitenciario, para que las cárceles actuales dejen de ser "escuelas del crimen". Don Mariano Ruiz
Funes escribió luminosas páginas en su obra "La Crisis de la Prisión"
Y sobre lo conveniente dejó estampado: "Lo degrada o lo embrutece,
lo devuelve a la sociedad estigmatizado, sin más opción que la reincidencia ... Destruir al delincuente, conservar al delincuente o reformar
al delincuente. Hay que elegir" (Op. Cit. p. 2, 7 y 8).
Pienso en don Niceto Alcalá-.Zamora y Castillo que "la crítica científica no son juegos florales"; y en lo conducente a la Reforma Penal
en Tamaulipas sostengo y lo digo que no puede ponerse en vigor un
Código Penal inspirado en la moderna dogmática penal, mucho menos
la Ley de Ejecución de Penas, si no se ha eliminado la mixtura de competencia y si no están construidos o al menos no se han comenzado a
construir los establecimientos penitenciarios. Hacer lo contrario es deshonrar la ciencia, y la historia nos juzgará y habrá de declarar y elogiar
nuestro interés serio y real de mejorar la calidad humana, las institu-

200

201

�PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS

PROYECCION Y BASES DE LA REFORMA PENAL EN TAMAULIPAS

ciones, los sistemas carcelarios; o bien, habrá de condenar nuestros
desplantes verbalistas y derroches demagógicos.
La Parte Especial de nuestro Código requiere una revisión deta•
liada y un estudio profundo por parte de una comisión.
Por mi parte, considero que deben suprimirse algunos delitos,
crear nuevos tipos. Enseguida, enumero mis observaciones en cuanto a tipos, penas y rubros.
1.- El capítulo de los delitos sexuales requiere una seria modifi,
ficación, ya que el delito de violación es contra la libertad sexual, el
de Estupro contra la inexperiencia sexual, el Adulterio y el Incesto con·
tra el orden de la familia, el Rapto contra la libertad, y el Atentado con•
tra el Pudor es abuso deshonesto. tomando en consideración el bien
jurídico protegido". (Ensayo Dogmático sobre el "Delito de Violación"
de don Celestino Porte Petit).
2.- Derogar el capítulo de armas prohibidas por ser de compe·
tencia federal.
3.- Definir el delito de adulterio, ya que el legislador olvidó el
principo clásico de que no hay delito sin tipicidad y encuadrarlo en el
capítulo de "Delitos contra la Familia" .
4.- Derogar el artículo 303 Fracc. 1 y 11, referente al delito de
Disparo de Arma de Fuego y Ataque Peligroso contra persona determi·
nada; por sancionar la tentativa y la consumación. Al respecto, José
Almaraz expresó que esta figura delictiva está hecha para "un trastor•
nado mental o para un infante".
Estos tipos constituyen una artificiosa creación de la ley, forjada
para captar conductas que en puridad son tentativa de homicidio, Y
que la ley, para orillar el problema del animus accidendi ha tipificado
especialmente. En consecuencia del elemento finalístico de la conduc·
ta de estos delitos es el mismo exigido en el homicidio; el bien jurídi·
co ofendido, la vida humana, su forma lesiva, la creación de un esta·
do peligroso.
5.- La complicidad correlativa o correspectiva, en los delitos de
homicidio y lesiones requiere mejor estructuración. Sobre lo condu·
cente Quintidiano Saldaña estampó: "juego de lotería aplicado a la
justicia penal".
6.- Es indebida la definición de delito de "allanamiento de morada", pues hay casos en donde no hay morada.
7.- La formación del tipo de parricidio requiere de elementos subjetivos y normativos para evitar que se considere que existen parrici·
dios culposos.

8.- Crear el delito de pandillerismo, dentro del capítulo de aso•
ciación delictuosa.
9.- Crear el delito de chantaje. Sobre esta figura delictuosa el
jurista J. Ramón Palacios V. escribió: "Además, hay muchas formas
de c;hantaje que no están incluidas en la Amenaza o Extorsión, porque
en primer lugar no siempre se busca un lucro sino todo género de provecho aún el no económico; sino ventaja apetecible como un empleo,
un favor o cosa de valor indeterminable, que es el chantaje más peli,
groso. los elementos consisten en hacer saber a una persona que revelará o divulgará hechos que motivan deshonra, afrenta: hechos punibles ignorados y cualquier otro hecho que puede causar graves males a las personas a que se refiere. El elemento moral que es como
se ha dicho la conciencia del sujeto activo de obtener un lucro o provecho ilícito patrimonial o no patrimonial, para sí o para terceros. El
hecho de la divulgación puede afectar a una persona individual o a
una persona colectiva, como puede serlo una Sociedad Anónima, una
Institución de Crédito u Organización Auxiliar. la pena debe ser grave por lo fraudulento y turbio del procedimiento seguido por el agente, que demuestra una reflexión premeditada, una concentración de
medios y una persistencia del ánimo delictuoso, ocultando muchas veces su identidad".
Aparte de hacerse una escrupulosa revisión a la parte especial del
Código Punitivo, y en pos de una mejor sistematización considero que
debe crearse una ley de vagos y maleantes, o bien de peligrosidad y
rehabilitación social en donde se preven los estados peligrosos predelictuales; o sea, conductas que no adquieren el rango de delito con la
aplicación adecuada de multas y medidas de seguridad.

202

203

�JACOBO AVALA VILLARREAL

INCONSTITUCIONALIDAD
DEL AVALUO BANCARIO
I artículo 9 de la Ley General del Timbre establece para fijar el
precio de la compra venta de bienes raíces, la obligación de ob•
tener un avalúo de valor comercial practicado por algún Banco,
sus Sucursales u otras Instituciones autorizadas para el efecto por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

E

El Fisco escogerá el valor más alto entre dicho avalúo de valor
comercial, el que sirve de base para el pago de impuestos territoriales
de valor catastral, o el precio declarado en la operación.

¿quién debe reportar el costo que origina
dar la base del impuesto?
Aún quienes no somos expertos en materia fiscal, nos extrañamos
de que se imponga al causante la obligación de obtener por su cuenta
un Avalúo bancario cuyo costo en muchas ocasiones es superior al impuesto que se paga.
Esta obligación de cubrir los honorarios de la Institución perito
valuador ¿queda comprendida dentro de la obligación del ciudadano
para contribuir a los gastos públicos de la Federación, Estado y Municipio en la forma proporcional y equitativa que requieran las Leyes?
Nos tememos que no. El importe de los gastos que se requieran para
determinar la base del impuesto, debe ser erogado por el organismo
Público que recauda dicho impuesto.
Lic. Jaeobo .uala Vlllarreal, al&gt;olado POltulant.e 7 ba lldo caiedritlco de la Paeuli.d de
lleheho de la U A N L .

�INCONSTITUCIONALIDAD DEL AVALUO BANCARIO

INCONSTITUCIONALIDAD DEL AVALUO BANCARIO

El Avalúo bancario,
juicio particular

nes para efectos de determinación de la base de los impuestos, dere.
chas de registro y demás cargas; pero lo que nos parece absurdo es
que en ocasiones una institución particular cobre más por el peritaje
que lo que importan los impuestos de traslación de dominio y de timbre juntos.
Ce ninguna manera se justifican a la luz del derecho, ni a la luz
de la razón, que los particulares intervengan en el procedimiento de
recaudación de impuestos y que esa intervención en lugar de cubrirla
al Estado en cuyo favor actúan o trabajan, la cobren al sufrido causante, como si se tratara de un derecho adicional.

En el caso que nos ocupa existe ya un valor catastral fijado para
efectos fiscales por la Autoridad local. No se discute el derecho de la
Autoridad Federal para revisar ese valor catastral o para fijar otras normas que lleven a la determinación de la base del impuesto, pero lo que
sí choca contra el sentido jurídico y contra el sentido común, es que la
situación del causante se agrave obligándolo a pagar, además del impuesto, los honorarios que cobra el particular que a su leal saber y entender dio la base para -el cobro del mismo. Utilizamos la palabra "su
leal saber y entender" porque quien quiera que dé la base fiscal o ex•
terne el valor comercial de un bien raíz, debe hacerlo de acuerdo con
normas y reglas previamente establecidas y expedidas con carácter general, pues de otra suerte, al causante se le está obligando a sufrir las
consecuencias del juicio muy particular de una Institución que también
es un organismo particular.
Las Autoridades locales han seguido también el ejemplo de la
Autoridad Federal y se exige también el avalúo bancario para la determinación del impuesto (Art. 25 de la Ley de Hacienda).

El costo del Avalúo
carga tributaria
El cobro de honorarios que realiza un particular por emitir su opi·
nión, también muy particular, en relación al valor comercial de un
bien raíz, es a no dudarlo también una carga tributaria para el causan·
te, y una carga tributaria que no encuentra acomodo en las Leyes de
Hacienda; y que a no dudarlo es un derecho que no se encuentra fija·
do ni determinado en la Ley.

La Constitución
y los Avalúos Bancarios
No nos pasa desapercibido que los Avalúas bancarios son un renglón de operación muy importante para los Bancos pues de otra suerte por escrúpulo habrían declinado el papel de árbitros que les asignan lás Leyes fiscales. Lo que no podemos, sin embargo lograr, es entender cómo puede esta intromisión de las Instituciones de Crédito com.,
paginarse con la obligación de los ciudadanos de contribuir a los gastos públicos en los términos de los artículos 32 de la Constitución General y 34 Fracc. IV, de la Constitución local.
Los Bancos no tienen por qué cobrar derechos no establecidos
por la Ley ni aún a título de honorarios periciales, pues ello implica en
muchas ocasiones duplicar los impuestos a pagar, y en otras ocasiones
cuando menos significa arrancar al causante una cantidad adicional
que no puede quedar comprendida en la obligación de pagar los impuestos.

Agravación del
problema habitacional
En estas épocas en que tanto se habla de fomentar la vivienda
popular y resolver el problema de casas habitación para los ciudada·
nos, resulta extraño que debido a las exigencias fiscales y formales el
otorgamiento de un título de propiedad de un bien raíz, importe para
el propietario entre el 12 y 15% del valor real del inmueble. Podría·
mos estar de acuerdo en que se grave la adquisición de casa con impuesto de timbre, de traslación de dominio, derechos de certificado-

206

207

�LUIS GARCIA ROMERO

LA SUSPENSION
EL CUMPLIMIENTO POR LOS JlmCES DE DISTRITO
DE LA SUSPENSJON PROVISION{U
Y DEFINI,TIYA
.
,

'
n su Crítica del Juicio, Kant afirma que un verdadero investigador debe reunir tres condiciones: estar bien informado, pensar
por cuenta propia y hacerlo sin contradicción. Tres exigenda;
que estas líneas no revelan haberse satisfecho, salvo que en su estimativa se tome en cuenta que un órgano de control constitucional tiene,
por mor de su oficio, algún sedimento informativo en las materia,s que
maneja cotidianamente y que en el ámbito de la dogmática jurídica
poca originalidad puede haber, como no sea en aquellos puntos en que
se manejan los instrumentos de la hermenéutica para extraer el significado h-0ndo de las normas y establecer su mutualismo en función
de conceptos genéricos y específicos contenidos ·en ros propios ordenamientos de derecho positivo; sin embargo, aún siendo una investigación jurídica de corto abrazo, siempre" debe estar normada por la regla de no contradicción, sea e~ los asertos positivos o negativos, porque, corno ya lo observaba Laurent, el Derecho es Lógica. Estos párrafos querrán ser lógicos, por lo me.nos, y asi lo deseo vivamente.

E

-

Lle. Luis Ga.r:cla ru&gt;mero, Juez 2do: de Distrito en Nuevo Lared&lt;&gt;, Ta.ml&gt;S:

�LA SUSPENSION
SECCION PRIMERA

1) La suspensión del acto reclamado
en el juicio de amparo.
1) El Instituto de la suspensión en la
Constitución y en la Ley de Amparo.
En lo conducente, el párrafo primero de la fracción X del Artículo
1.07 Constitucional establece: "Los actos reclamados podrán ser objeto de suspensión en los casos y mediante las condiciones y garantías
que determine la Ley( ... )".
El párrafo segundo de igual fracción indica: "Dicha suspensión de•
berá otorgarse respecto de las sentencias definitivas en materia penal
al comunicarse la interposición del amparo, y en materia civil, median·
te fianza que dé el quejoso ( ... )".
Y en el segundo párrafo de la fracción XII de igual norma suprema
se lee: "Si el Juez de Distríto no residiere en el mismo lugar que reside
la autoridad responsable, la Ley determinará el Juez ante el que se ha
de presentar el escrito de amparo, el que podrá suspender provisional·
mente el acto reclamado, en los casos y términos que la misma Ley es·
tablezca".
Conviene destacar en las anteriores transcripciones la concurrencia
de normas de dos especies lógicas: una de naturaleza imperativa u obli·
gatoria, y otra simplemente facultativa, por tanto no obligatoria. En efec·
to, mientras que el párrafo primero de la fracción X y el párrafo segun·
do de la fracción XII prescriben, por su orden, que los actos reclamados
"podrán" ser objeto de suspensión, y que el Juez respectivo "podrá"
suspender provisionalmente el acto reclamado, es decir, que los órganos
de control constitucional tienen una facultad de poder conceder la sus·
pensión de los actos reclamados, no la obligación de otorgarla; en cam·
bio, cuando se trate de sentencias definitivas dictadas en materias penal
y civil --caso este último en que el deber está condicionado- es obli·
ga'.orio otorgar tal beneficio. No sería adecuado discutir si esa distin·
.·;on hecha por la regla suprema es correcta o no; las normas constitu·
ci0nales son un dqgma, y de consiguiente hay que estarse a ellas. Pero
sí resultan incompatibles con los textos constitucionales algunas normas
de la Ley de Amparo. Si se parte de la idea de que toda Ley reglamen·
taria es, por definición, el desarrollo de lo que está encapsulado en la
210

LA SUSPENSION
Ley objeto de reglamentación, lógico es que no puede apartarse de és•
ta, creando instituciones que se alejan de la denotación y connotación
de cada uno de los conceptos que la informen, porque entonces se está
frente a una nueva legislación ya no reglamentaria sino con textos autó•
nomos, los cuales no pasaron, como sucede en el caso que se examina,
por el proceso formativo de la norma constitucional, sino por el de una
norma secundaria. He aquí, por ejemplo, cómo no hay en la Ley de Ampa•
ro concordancia con aquellos textos constitucionales respecto al tema de
la suspensión. El artículo 123 de la Ley de Amparo señala los casos en
que procede la suspensión de oficio, y establece la obligación de otorgar·
la de modo incondicional, ésto es, que en forma alguna queda a la discre•
ción del juez constitucional concederla o no; en efecto, indica: "La sus•
pensión a que se refiere este artículo se decretará de plano en el mismo
auto en que el juez admita la demanda ( ... )". También se halla en dicha
Ley otro caso en que es obligatorio conceder la suspensión, siempre que
concurran los requisitos señalados por el artículo 124, puesto que la
norma se expresa en forma imperativa, al decir: "Fuera de los casos a
que se refiere el artículo anterior, la suspensión se decretará cuando
concurran los requisitos ( ... ". En este caso como en el anterior no
se trata de sentencias definitivas a que se refiere el párrafo segundo
de la fracción X del artículo 107 constitucional, luego, por exclusión,
quedarían comprendidos en el primer párrafo de la misma fracción, o
en el caso específico del párrafo segundo de la fracción XII invocada,
pero es manifiesto que en esas hipótesis es sólo facultativo el otorga•
miento de la suspensión. Otro caso: el párrafo tercero del artículo 130
indica: "El juez de Distrito siempre concederá la suspensión cuando se
trate de la restricción de la libertad personal fuera de procedimiento ju•
dicial ( ... )". Tampoco aquí se está en presencia de sentencias defi•
nitivas en materia penal sino sólo de un ataque a la libertad personal
extrajudicial.
Para evitar las incongruencias anotadas se impone hacer una retor•
rna constitucional de tal modo que la Ley de Amparo quedara en su jus•
to plano reglamentario.
2.- Concepto de Suspensión.
Sobre este punto valdría el siguiente concepto: es el mandato con
vigencia temporal o definitiva en determinados casos, expedido por ór•
gano de control constitucional y dirigido a una autoridad señalada corno
respcnsable en juicio de amparo, para que conserve fijo el estado que

211

�LA SUSPENSION

LA SUSPENSION

guarden él o los actos reclamados y su ámbito operatorio tan luego como sea notificada, o bien para que no realice tales actos, sus efectos
y consecuencias. Esta noción se obtiene atendiendo el texto de los artículos 107 V-VI-VII Constitucional, y 5/o. 37, 38, 39, 40, 118, 122,
124, 111, párrafo segundo, 130, 131, y 136 de la LA.

35, párrafo primero de la misma Ley). b).· De previo y especial pronunciamiento, por su naturaleza, verbigracia: el de personalidad (Artículo 35, párrafo primero, y el relativo a la capacidad de las partes
(Articulo 35, párrafo segundo de la Ley de Amparo). c).· Sin naturaleJ
za de previo y especial pronunciamiento, como, por ejemplo, la falsedad de documento (Artículo 153 de la Ley de Amparo) y el relacionado con la tacha de testigos (previsto y regulado por criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según Boletín de Información
Judicial, No. 195, Año XVIII, p. 422, así como el que obra en el Informe de la Presidencia de dicho órgano, Año 1963, 11 Sala, p. 151, en relación con el artículo 186 del CFPC, de aplicación supletoria, por autorizarlo el artículo 2/o. de la Ley de Amparo).
Al lado de los anteriores figuran como incidentes autónomos: el
de suspensión (Artículo 35, párrafo segundo, 141 y 142), en los casos
en que ésta no es oficiosa ni se trate de juicios de amparo directos: el
de incumplimiento del auto de suspensión (Artículo 143 de la Ley de
Amparo), el relativo al pago de responsabilidades provenientes de garantías y contragarantías (Artículo 129 de la Ley de Amparo), con la
concurrencia de normas del Código Federal de Procedimientos Civiles
aplicado supletoriamente); y el de incumplimiento de ejecutorias, con
sus diversas modalidades (artículos 105, 106, 107 y 108 de la Ley de
Amparo). Finalmente, existen las formas cuasi-incidentales, de previo
y especial pronunciamiento, como la de acumulación (artículos 59 y 60
de la Ley de Amparo) sea por litispendencia o por conexidad; la de excusa forzosa por impedimento (artículos 66, 67, relacionado con el 68111 de la Ley de Amparo); y la de impedimento alegado por las partes (recusación) (prevista por el Artículo 70 de la Ley de Amparo). Esta relación de incidentes tiende a destacar, pues, la naturaleza especial que tiene el incidente de suspensión, al que la Ley de Amparo da una tramitación parecida a la del juicio de amparo y rodea de ciertas garantías para asegurar la eficacia de las determinaciones que contiene.

3).- Especies de Suspensión.
Del examen del artículo de la ley Reglamentaria del Juicio de
Amparo se desprenden las siguientes especies: a).· la provisional: La
disposición que la establece conceptualmente son los artículos 38 Y 130,
párrafo primero, de la Ley de Amparo. Pero también se ocupan de_ e!I~
los artículos 139, párrafo segundo, y 144 de igual ley. b).· La def1mt1•
va. Principalmente contemplada por los artículos 130, párrafo primer~, 131, 134 y 139 de la Ley de Amparo. c).· La suspensión de o~orgamiento oficioso. Que tiene lugar en los casos previstos por el articulo 123 de la Ley de Amparo. d).· La suspensión concedida de plano,
en amparo directo. Rige en materia penal según los artículos 168, in
fine, 170 y 171 de la Ley de Amparo. e).· La suspensión concedida a
petición de parte, en amparo directo. Versa sobre materia civil, con•
forme al artículo 173, y f).: La suspensión concedida bajo condición,
en amparo directo contra laudos pronunciados por las Juntas de Con•
ciliación y Arbitraje. Se encuentra regulada por el artículo 174 de igual
Ley.

4).- La naturaleza de la Institución en la
Estructura Procesal del Juicio.
El artículo 35 de la Ley de Amparo reza así: "En los juicios de
amparo no se substanciarán más artículos de especial pronunciamien·
to que los expresamente establecidos por esta Ley. Los demás inciden·
tes que surjan, si por natu'raleza fueren de previo y especial pronuncia·
miento, se decidirán de plano y sin forma de substanciación. Fuera
de estos casos, se fallarán juntamente con el amparo en la setencia
definitiva, salvo lo que dispone esta Ley sobre el incidente de suspensión".
Varios son los incidentes que se presentan en el juicio de ampa·
ro. Los hay: a).· De previo y especial pronunciamiento, según la Ley de
Amparo a saber: el incidente de incompetencia (Artículo 35, párrafo primero, de la Ley de Amparo) y el de la nulidad de notificaciones (Artículo
212

11) Organos de control constitucional facultados
para otorgar la suspensión de los actos reclamados:
Lo son:
1).- En amparos bi-instanciales:
a).· Jueces Menores o de Paz (artículo 40 de la _Ley de Amparo).
b).-· Jueces de Primera Instancia (artículos 38 y 39 de la
213

�LA SUSPENSI0N
Ley de Amparo).
e).· Jueces de Distrito (artículos 118, 122 y 124 111, párra,
fo segundo de la Ley de Amparo).
d).· Magistrados Unitarios, actuando como superiores jerár•
quicos y en conocimiento de amparo (artículo 37 de la
Ley de Amparo).
2).- En amparos uni-instanciales:
Autoridades responsables que señalan las fracciones V y VI del ar•
tículo 107 Constitucional.

lli).- Normas Legales relativas al cumplimiento
de ejecutorias de amparo.
1).- Ejecución y cumplimiento. Diferenciación de Conceptos.
Si se examinan los artículos 104, 105, 106, 107, 110, 111, 112,
143 y 202 de la Ley de Amparo, se advertirá que en ellos se usan pala·
bras y frases relacionadas con el acatamiento o desacato de las ejecutorias, como éstas: "para su cumplimiento --de la ejecutoria-" , "el cum·
plimiento de la ejecutoria", "sobre el cumplimiento que se dé al fallo",
"la ejecutoria no quedare cumplida", insistiéndose en el uso de esta
terminología, salvo el primero y segundo párrafo del artículo 111 Y el
artículo 143 de la Ley que se viene mencionando, de los cuales el pri·
mer artículo usa la palabra " ejecución" como equivalente a "cumplimiento", al referirse al Juez y Magistrados como autoridades que pueden ejecutar por sí mismos el fallo respectivo; y más abajo al decir:
" Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior, los casos en que
sólo las autoridades responsables puedan dar cumplimiento a la ejecutoria de que se trate y aquellos en que la ejecución consista en dictar
nueva resolución ( . . . ) " ; en tanto que el artículo 143 de la Ley de Am·
paro, usa las expresiones " ejecución" y "cumplimiento", al expresar
que para tales actos referidos al auto de suspensión se observarán las
disposiciones de los artículos ( . . . )". Se ve, pues, que predomina en
el lenguaje usado por tales normas la voz "cumplimiento", cuya signi·
ficación jurídica de acatamiento va dirigida a la autoridad responsable,
no al órgano de control, a quien está reservada una actividad diferente
constituida por todo un procedim :ento encaminado a hacer cumplir la
ejecutoria, desde la comunicación de ésta a las autoridades responsa·
bles, con la prevención simultánea de que informen de que se ha obedecido (Artículo 104 de la Ley de Amparo), hasta la remisión del ex·
pediente a la Suprema Corte de Justicia con la resolución dictada en

214

LA SUSPENSI0N
el incidente de incumplimiento de ejecutoria en que culmina la actuación del órgano de control, pasando por los requerimientos escalona.dos instituidos por el artículo 111 de la misma Ley. Ese destaque de
ideas conduce, sin dificultad alguna, a establecer que el procedimiento 1Ievado a cabo para hacer cumplir la ejecutoria constituye la ejecución; en tanto que el logro de su pleno acatamiento es el cumplimiento mismo. Ejecución de fallo y cumplimiento de éste resultan ser, así,
dos nociones jurídicas diferentes, conclusión que se halla avalada por
el artículo 111, párrafo primero, al usar una frase en el inicio de su
texto, de marcada significación; el inicio es de .este modo: "Lo dispuesto en el artículo 108 debe entenderse sin perjuicio de que el Juez de
Distrito, la autoridad que haya conocido del juicio o el Tribunal Colegiado de Circuito, en su caso, hagan cumplir la ejecutoria de que se
trata, dictando las órdenes necesarias ( ... ). La frase "hagan cumplir
la ejecutoria" hace evidente que hay un procedimiento para hacer cumplir el fallo, fijado por cierto expresamente por la ley que lo reglamenta, que forman precisamente las órdenes necesarias, es decir, las establecidas como de necesidad legal, amén de las que no estando reprobadas por la Ley son idóneas para alcanzar el fin respectivo; de modo
que tal procedimiento es la ejecución de fallo, y el logro del acatamiento del fallo es el cumplimiento de él. Se ve así por qué el artículo 143
distingue ya en forma directa entre ejecución y cumplimiento.
2).- El cumplimiento de las ejecutorias de amparo.
a).- Qué autoridades están obligadas a cumplir la ejecutoria.
A juzgar por la redacción que tiene el artículo 107 de la Ley de
Amparo, la obligación de cumplir una ejecutoria no sólo incumbe a las
autoridades que fueron señaladas como responsables y respecto de las
cuales se otorgó la protección federal, sino también a cualquier otra que
intervenga en la ejecución (es decir, en el cumplimimento del fallo). Al
punto que los superiores jerárquicos requeridos también incurren en
responsabilidad por falta de cumplimiento de las ejecutorias, "en los
mismos términos que las autoridades contra cuyos actos se hubiere concedido el amparo" (párrafo segundo del artículo 107 en consulta). La
jurisprudencia número 101 (Jurisprudencia Común al Pleno y a las S:1las de la Compilación de Jurisprudencia editada en el año de 1965), sostiene lo siguiente: "Las ejecutorias de amparo deben ser inmediatamente cumplidas por toda autoridad que tenga conocimiento de ellas y que

215

�LA SUSPENSION
por razón de sus funciones, deba intervenir en su ejecución, pues atenta la parte final del primer párrafo del artículo 107 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, no solamente la autoridad que haya figurado con el carácter de responsable en el
juicio de garantías, está obligada a cumplir la sentencia de amparo, si•
no cualquier otra autoridad que, por sus funciones, tenga que intervenir en la ejecución de ese fallo" . En esta tesis la Suprema Corte de
Justicia reitera que el cumplimiento de la ejecutoria de amparo abarca
a toda autoridad "que por razón de sus funciones" deba intervenir en
su ejecución. La aclaración que la Suprema Corte hace al primer párrafo del artículo 107 de la Ley de Amparo, en cuanto que a la autoridad no responsable pero que tenga que intervenir en la ejecución _del
fallo la cualifica, al indicar que su intervención sea por razón de sus
funciones, tiene importancia en la práctica, porque si una autoridad tal
no tiene en la órbita de sus funciones por qué intervenir en el cumplí·
miento de un fallo, no hay motivo para que se halle en la mira de responsabilidades del órgano de control. Sin embargo, a los jueces obli·
ga hacer en cada caso un justo deslinde de las funciones de autoridad
conexas a las de las responsables, para que las normas de aplicación
en dicha materia vayan a sus verdaderos destinatarios. No se quebran•
ta el principio de la relatividad de las sentencias de amparo con esa
adaración hecha por el Tribunal Máximo del País, porque versa sobre
outoridades ligadas íntimamente a las responsables en razón de sus
funciones; además, el concepto genérico, ahora restringido en atención
a su fin, está dado en norma contenida en la Ley de Amparo, la cual
tiene gran relieve como regla que, en unión de los artículos restantes
que forman el Capítulo XII del Título Primero de la Ley de Amparo, se
dirige a salvaguardar el orden público, porque es de orden público la
ejecución y cumplimiento de los fallos de amparo, como los de diferen·
te materia. (SJ F, Quinta Epoca, Tomo LXXI, página 3342. Monroy Jus·
to).
b).- Procedimiento a seguir por el órgano de control para hacer
cumplir la ejecutoria.
La ejecución de fallo ejecutoriado de amparo tiene las siguientes
etapas:
Primera.- Comunicación, Orden, Notificación y Prevención.
En esta etapa el juez de Distrito comunica sin demora a las res·
ponsables la ejecutoria de amparo (artículo 104, párrafo primero, de la

216

LA SUSPENSION
Ley de Amparo); para su cumplimiento; ordena éste (el concepto " ordenarse" se halla en el párrafo segundo de dicho precepto) que se cumpla; se hará saber a las demás partes; y se prevendrá a las responsables que informen acerca del cumplimiento inmediato dado al fallo, o
al vencimiento del plazo de veinticuatro horas siguientes a su notificación.
Segunda.- Requerimientos.
Estos proceden, en los términos del artículo 105 de la Ley de Am•
paro, dadas estas hipótesis.
a').- Cuando en el plazo indicado la ejecutoria no quedare cum-plida, permitiéndolo la naturaleza del acto (Art. 105).
b').- Cuando en el mismo plazo la ejecutoria no se encontrare
en vías de ejecución, en el supuesto contrario al anterior (igual articulo
citado).
c').- Cuando se retarde el cumplimiento de la ejecutoria por evasivas o procedimientos ilegales de las rsepons~bles o de cualesquiera
otras que intervengan en la ejecución (cumplimieñto) (arítculo 107 de
la Ley de Amparo).
Por omisión de la responsable en informar sobre el cumplimiento
o por queja de parte interesada, es cuando el órgano de control abre
el incidente de incumplimiento de ejecutoria, procediendo a hacer los
requerimientos atentos los siguientes casos:
a').- La autoridad responsable carece de superior inmediato.
El requerimiento es directo a la responsable.
g') .- La autoridad responsable tiene superior inmediato.
El requerimiento se hace a dicho superior para que obligue a la
responsable "a cumplir sin demora la sentencia" (artículo 105, párrafo
primero, primera parte).
c').- Inatención del requerimiento por el superior inmediato.
En esa situación el requerimiento de cumplimiento se dirige al superior jerárquico de dicho superior inmediato.
Pero si no obstante el desahogo de tales requerimientos el juez
no obtiene la obediencia de la ejecutoria, y así lo declara, el propio ejecutor, tomará tres medidas (artículo 105 párrafo segundo, de la Ley ne
Amparo), a saber:
Primera Medida.- Remitirá el expediente original de amparo c.
la Suprema Corte de Justicia de la Nación para los efectos del artículo
107 XVII Constitucional (separación de la responsable de su cargo y

217

�LA SUSPENSION
consignación de ella ante Juez de Distrito).
Segunda Medida.- Dejará copia certificada de la ejecutoria y de
las constancias que fueren necesarias para procurar su exacto y debi·
do cumplimiento.
Tercera Medida.- Procurar el exacto y debido cumplimiento (re•
lac\onado el párrafo segundo del artículo 105, con el primer párrafo
del 111, ambos de la Ley de Amparo).
Y para el supuesto de que el órgano ejecutor declare en resolu•
ción tener por cumplida la ejecutoria y la parte interesada no estuviere
CEnforme con ello, entonces a petición suya, se enviará también el expediente a la Suprema Corte de Justicia.
El procedimiento anterior tiene lugar así mismo en los casos de
la competencia de la Suprema Corte en única instancia, o del Tribunal
Colegiado de Circuito, en amparo directo, conforme al texto del artícu•
lo 106 de la misma Ley de Amparo.
Tercera.- Cumplimiento de ejecutoria por el órgano de control
(artículo 111 de la Ley de Amparo).
El juez dictará las órdenes necesarias para lograr el cumplimien·
to del fallo; pero si éstas no fueren obedecidas:
i).- Cuando la naturaleza del acto lo permita.
a').- El ejecutor comisior.ará al Secretario o al Actuario de su
dependencia para que dé cumplimiento a la propia ejecutoria; o bien:
b').- El mismo Juez de Distrito o Magistrado designado por el
Tribunal Colegiado se constituirán en el lugar en que deba darse cumplimiento a la ejecutoria, para llevarlo a cabo por sí mismos.
c').- Si tampoco así se obtuviere el cumplimiento de la sentencia,
dichos órganos solicitarán por los conductos legales, el auxilio de la
fuerza pública, para hacer cumplir el mencionado fallo (artículo 111,
párrafo primero).
it).- Cuando sólo las autoridades responsables pueden cumplir la ejecutoria (artículo 111, párrafo segundo).
En ese supuesto no tiene aplicación lo dicho para la hipótesis precedente.
iii).- Cuando el cumplimiento consista en dictar nueva resolución (ar·
tículo 111, párrafo segundo).
Tampoco es procedente la técnica anterior.
iv).- Cuando el cumplimiento se refiere a la libertad personal (artícu·
lo 111, párrafo segundo).
218

LA SUSPENSION
Para este caso es preciso hacer las siguientes distinciones:
Distinción Primera.- La responsable debe restituir la libertad personal del quejoso, y se niega a hacerlo.
a').- El órgano de control mandará poner en libertad al quejoso.
b').- La medida anterior es sin perjuicio de que la responsable
dicte después la resolución que proceda, debiendo insistir al respecto
el órgano de control, dada la obligación que impone el artículo 113 de
la Ley de Amparo, al prescribir que no podrá archivarse ningún juicio
de amparo sin que quede enteramente cumplida la sentencia en que
se haya concedido al agraviado la protección constitucional, o apareciere
que ya no hay materia para la ejecución ( ... ), norma que confirma la
rectoría del principio inquisitivo en la Ley Reglamentaria, particular-·
mente en la técnica de ejecución de los fallos ejecutoriados.
Distinción Segunda.- La responsable debe dictar resolución de
restitución de la libertad del quejoso, en un término no mayor de tres
días, pero omite su dictado.
a').- El órgano de control respectivo mandará poner en li~ertad
al quejoso.
b').- La medida anterior es sin exonerar a la autoridad responsable de su obligación de dictar posteriormente la resolución conducente. (Vale lo dicho en el apartado b) precedente.)
Huelga observar que para el caso de exceso o defecto de ejecución (cumpiimiento) del fallo la Ley de Amparo ha instituido el recurso de queja (artículo 95-IV-IX). Como se ve, aquí se trata no de incumplimiento de ejecutoria, sino de un cumplimiento irregular de fallo. Sobre este particular es atendible la consideración que hace el autor Héctor Fix Zamudio en su -obra EL JUICIO DE AMPARO: "Distinguir entre
el exceso o defecto de ejecución de una sentencia, su incumplimiento,
o acto diverso que puede motivar nuevo juicio de amparo, es una de
las materias más difíciles de precisar; el problema se simplificaría si
se unificara el procedimiento de ejecución, para comprender todos los
aspectos del incumplimiento parcial, total o ejecución excesiva, de manera que en ese procedimiento único pudieran intervenir todos los afectados con la e;ecución, sin esa distinción artificial entre queja por exceso o defecto e incidente de inejecución" (Pág. 921, editorial PORRUI\,
S. A. 1964, México).
c').- La observancia de la jurisprudencia sustentada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por los Tribunales Colegiados
de Circuito-, en la materia de ejecución y cumplimiento de ejecutoria.
219

�LA SUSPENSION

LA SUSPENSION

Es conveniente poner de relieve que siendo la jurisprudencia la establecida de modo general para las autoridades judiciales de la Repúbli•
ca, y la proveniente de los Tribunales Colegiados de Circuito, restrin,
gida a los tribunales que funcionen dentro de su jurisdicción territorial,
al tenor de los artículos 193 y 193 bis de la Ley de Amparo, es incuestionable su observancia respecto de las normas de aplicación en el procedimiento de ejecución y cumplimiento de fallos ejecutoriados de amparo.

1).- Las normas legales de aplicación en la ejecución y cumplimiento de la suspensión.
Previene el artículo 143, párrafo primero, de la Ley de Amparo que
para la ejecución y cumplimiento del auto de suspensión, se observa·
rán las disposiciones de los artículos 104 y 105, párrafo primero, 107
y 111 de la misma Ley. El segundo párrafo de igual norma establece
que las mismas disposiciones se observarán, en cuanto fueren aplicables, para la ejecución del auto en que se haya concedido al quejoso
su libertad cauciona! conforme al artículo 136. A su vez el articulo 104
comprende los casos señalados por las fracciones VII, VIII y IX de la
Constitución Federal. Sin embargo de que la Ley de Amparo es expresa en su determinación de las reglas que gobiernan la ejecución y cum·
plimiento del auto de suspensión, preciso es apelar a otras disposiciones si se atiende a ciertas formas de suspensión que contiene la Ley
reglamentaria en consulta. He aquí esas formas:
a).- Suspensión de oficio.
Esta forma, por ejemplo, no debe substanciarse en forma inciden·
tal, y dada la gravedad de los actos que comprende el artículo 123 de
la Ley de Amparo, cuya ejecución quiere impedir dicha especie de sus·
pensión, en el mismo auto en que el juez admite la demanda debe de,
cretarse y comunicarse sin demora a la autoridad responsable, para su
inmediato cumplimiento, haciéndose uso de la vía telegráfica. Es eta·
ro, pues, que a esta suspensión no puede referirse el artículo 143, y,
en mi sentir, funda su inaplicación no sólo la naturaleza grave de los
actos, sino el principio de la Ley especial que se halla en e! artículo
11 del Código Civil (de vigencia en los asuntos del orden federal, se-

gún su artículo 1/o), el que a contrario sensu, manda que las reglas
generales no son aplicables a caso alguno expresamente especificado
en la misma Ley. (Jurisprudencia número 91 -Común al Pleno y a las
Salas- de la Compilación editada en 1965). Y respecto del cumplimiento de esa suspensión por la responsable, debiendo ser inmediato,
implícitamente la ejecución por parte del órgano de control debe ser
de igual naturaleza, debiendo ordenar que la responsable informe, también inmediatamente, si se está absteniendo de ejecutar los actos reclamados y advertirla de la sanción de que habla el artículo 206 de la
Ley de Amparo, en caso de desobediencia, remitiendo copia de la orden
al Ministerio Público Federal de la adscripción. La estrictez de este
procedimiento se justifica, por otra parte, en cuanto que los autos de
suspensión son de orden público, estableciéndolo así el Tribunal Máximo de la República en diversas ejecutorias, entre las cuales figura
la consignada en el SJF, Volumen LX, 2/a. Parte, Pág. 43, Sexta Epo•
ca. En el supuesto de desacato a tal suspensión el órgano de control
debe inmediatamente consignar a la responsable, haciéndose cargo de
la situación con sentido pleno del deber, pues si a las autoridades judiciales comunes, como auxiliares de la Justicia Federal, el artículo 144
de la Ley de Amparo les otorga la facultad de suspender provisionalmente el acto reclamado y les impone expresamente dos obligaciones:
la de tomar las determinaciones conducentes a cumplir su resolución
de suspensión y la de vigilar la eficacia de ellas, con mayor razón tales
obligaciones deben pesar en las funciones de los titulares de la Justicia de la Unión, ya que a ellos directamente han confiado la Constitución Federal, la Ley Orgánica del Poder Judicial a que pertenecen y la
Ley Reglamentaria del Juicio de Garantías, el hacer respetar los derechos subjetivos públicos, significándolos así como los más altos órganos
de composición en la vida de nuestro país.
b).- La ejecución y cumplimiento de la suspensión a petición
de parte.
i).- Suspensión provisional.
La suspensión provisional a que se refiere el artículo 130 de la
Ley de Amparo, en cuanto ve a su ejecución y cumplimiento están re•
gidos por tres ideas: la de haber "peligro inminente" de que se ejecute el acto reclamado con notorios perjuicios para el quejoso; la de die•
tar determinaciones para cumplir dicha suspensión; y la de vigilar la
eficacia de ellas.
ii).- Suspensión definitiva.

220

221

SECCION SEGUNDA
Ejecución y Cumplimiento de la Suspensión

�LA SUSPENSION
Una idea también de urgencia en la ejecución y cumplimiento de
este tipo de suspensión la supone el artículo 139 de la misma Ley, al
prevenir que "El auto en que un juez de Distrito conceda la suspensión
surtirá sus efectos desde luego, aunque se interponga el recurso de
revisión ( .. . )".
Y bajo esa idea de celeridad se debe actuar, poniendo en prác•
tica las normas de que habla el artículo 143 de la Ley de Amparo, de
las cuales analíticamente se han ocupado las líneas anteriores, con una
salvedad muy importante, y es la siguiente: que el artículo 143, párrafo primero, de la Ley de Amparo, al remitir al artículo 105 de la propia
Ley, sólo hace referencia, al lado de las otras reglas que señala, al pri•
mer párrafo de éste como normativo de la ejecución y cumplimiento
del auto de suspensión; al excluir, pues, el párrafo segundo de aquella disposición, el órgano de control no debe remitir el expediente de
suspensión a la Suprema Corte, para los efectos del artículo 107 frac,
ción XVI, Constitucional, ni actuar de modo conexo como el dicho pá·
rrafo indica. Lo que significa que la responsable quedará sujeta exclusivamente a la sanción penal de que se ocupa el artículo 206 de la Ley
de Amparo, surgiendo así a cargo del órgano de control la obligación
de enderezar el procedimiento penal respectivo ante el Ministerio Pú·
blico, en los términos del artículo 117 del Código Federal de Procedí·
mientos Penales.
CONCLUSIONES:

LA SUSPENSION
Amparo, a propósito de la suspensión de los actos reclamados; de
suerte que la reglamentación no resulte de mayor alcance institucional que lo reglamentado.
Mas aun suponiendo que los arreglos sugeridos en las conclusiones precedentes ya se hubieren realizado, cumpliéndose así un desideratum social y satisfecho un interés de juristas, ello es inútil si los órganos de control carecen de una firme voluntad en la tarea de hacer
cumplir o acatar por sí mismos un auto de suspensión o una sentencia ejecutoria. Es preciso entonces emulsionar nuestra voluntad con
las mejores esencias espirituales e ir resueltamente al encuentro de
la arbitrariedad, del despotismo, de la tiranía, disfrazados o francos.
Quienes abrevamos en las fuentes del saber del viejo maestro León
Duguit, todavía escuchamos el eco de sus palabras: de nada sirven
magníficas leyes o grandiosas constituciones, si los hombres no somos
capaces de obedecerlas y hacerlas cumplir. Yo propondría, pues, como insignia de nuestra empresa como jueces de la Unión, sobre todo
al caminar por ese Sinaí de la ejecución y cumplimiento de las suspensiones y ejecutorias, aquella última estrofa de "Fides", del uránida
Amado Nervo:
¡Que tu fe trace un círculo de fuego
entre tu alma y los monstruos que la cerquen;
y si es mucho el horror de los fantasmas
que ves, cierra los ojos, y arremete!

PRIMERA.- Dado el carácter peculiar que guardan las diversas
especies de suspensión instituidas en la Ley de Amparo, frente a la
naturaleza de un fallo ejecutorio, es preciso elaborar un buen sistema
normativo de ejecución y cumplimiento para cada una de esas resolucio·
nes, eliminando radicalmente normas legales imprácticas y substancial·
mente deficientes en la materia que tratan de regular.
SEGUNDA.- También es necesario el arreglo de las materias re·
lativas a la suspensión en la Ley Reglamentaria del Juicio de Amparo,
integrando las normas y reservarles un sitio en el articulado del orde·
namiento, porque actualmente se hallan diseminadas. Es atributo de
la buena legislación, como base para su correcta inteligencia y eficien·
te praxis, una lógica distribución de sus temas.
TERCERA.- Es asimismo una exigencia fundamental que se ar·
monicen entre sí las disposiciones constitucionales y las de la Ley de

222

223

�CESAR GAR.ZA ANCIRA

LA HUELGA
"De todos los conflictos posibles entre patrones y trabajadores, ninguno
reviste la gravedad ni la importancia
suma que la huelga obrera".

INTRODUCCION

El fenómeno de la huelga que rompe las leyes más elementales del Derecho Privado y desconcierta a los juristas y a los jueces, es analizado en
este estudio desde un prisma puramente jurídico.
Se maneja una óptica cuyo campo pretende dilucidar con nitidez y precisión únicamente el problema
relativo a la huelga por solidaridad. '

Lic. e&amp;ar a.ni.a ~Lra., ~at.edr6tlco de la J'~tad d• Derecho y Ciencias SOclt.les de la
llllbersntd AUtónOllla de ~TCI Le6D.

�ebe de tenerse en consideración que por un principio elemental
los sistemas de normas legales deben ser interpretados considerándolos como un todo armónico, relacionando congruentemen•
te entre sí sus disposiciones coordinándolas, lo cual es, precisamente,
el resultado de considerar las propias leyes como un sistema.
Es deber de todo jurisconsulto saber que detrás de cada norma
alienta un caudal de conocimientos, de doctrinas, de datos históricos y
precedentes jurisprudenciales, cuyo conjunto vigoriza y enriquece la
norma misma y la hace cobrar un sentido.

D

La huelga es un arma de lucha que a través de un proceso histórico-económico-social se formó y llegó a consignarse en el derecho político como un sistema libre de ajustamiento del equilibrio entre los factores de la producción. Nuestra doctrina constitucional se basa en el
principio de que, entre los factores de la producción, debe existir un
equilibrio que permita al trabajo y al capital, recibir su parte adecuada,
proporcional y justa.
El derecho de huelga es intocable porque constituye el arma fun.
damental de los trabajadores. Usado dentro de la Ley, no sólo es ins•
trumento de reivindicación económica sino también cimiento de la paz
social. De acuerdo con nuestra ley y nuestra raelidad, la huelga no
puede significar una lucha destructora, sino la conquista de lo justo.
La fracción XVII del Artículo 123 Constitucional determina: "Las
leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patrones,
las huelgas y los paros", de donde se infiere que este derecho por mandato constitucional quedó sujeto a lo que disponga el legislador ordinario, entendiéndose a la vez que la reglamentación que se haga, de•
be ser armónica con el espíritu del Artículo 123 citado, que es un mínimo de garantías en beneficio de los trabajadores y que está hecho
precisamente con un espíritu de justicia social y de equidad. Como todo derecho, el de huelga no puede ser ilimitado en su ejercicio, es de•
cir, porque el derecho mexicano reconoce plenamente el derecho de
huelga de tos trabajadores, establece un procedimiento previo de calificación de la misma, con el objeto de evitar que se suspendan indebi-

�LA

HUELGA

damente las labores en las empresas, con el consiguiente trastorno pa.
ra las actividades económicas.
En la jungla de manifestaciones peculiares de situaciones conflictivas aparecen conductas colectivas que no integran la figura de la
huelga.
Analizando el sentido auténtico de los artículos 355, 440, 442,
443, 444, 447, 451, 452, 457, 458, 459, 460, 461 y 462 de la Ley
Federal del Trabajo, en concomitancia con el texto y el espíritu de las
fracciones XVII y XVIII del Artículo 123 Constitucional, se llega a la
conclusión de que para que pueda realizarse el fenómeno jurídico de
la huelga se requiere como elemento sine qua non que la cesación de
labores con que se presiona no se encuentre circunscrita a un lapso
tan breve como el de veinticuatro horas, por ejemplo, ya que ello tiene que producir forzosamente como resultado el que no haya huelga.
Es evidente, por lo tanto que la manifestación que hacen quienes intentan un movimiento por solidaridad tocante a que la suspensión del
trabajo en la empresa emplazada únicamente comprenderá un lapso
de veinticuatro horas, computado a partir del estallamiento, no confi·
gura el ejercicio del derecho consagrado en la Constitución General de
la República, sino una medida de demostración o advertencia, cuya
restricción en el tiempo obedece en múltiples ocasiones al deseo de no
extremar la disputa o de no causar mayores daños a ninguna de las
partes, ni a la colectividad, pero en otras es una medida de fuerza que
constituye un alzamiento contra el orden y la jerarquía que debe reinar
en toda sociedad organizada. Tal enfoque se refuerza con la circuns·
tancia de que de admitirse el conflicto aludido y se suspendiesen los
trabajos en la empresa emplazada en la fecha señalada en el aviso, es
inconcuso que serían inaplicables los artículos 460, 461 y 462 de la
Ley de la materia, que contemplan el procedimiento de declaración de
inexistencia de la huelga.
La huelga sostiene Guillermo Cabanellas "debe tener como noción
esencial la de su indeterminación en cuanto al tiempo que haya de du·
rar. El plazo de duración no puede ser previamente determinado, no
cabe fijar por anticipado el término de la huelga". A nuestro juicio, la
huelga en sí tiene una duración indeterminada, pero aún admitiendo
que pueda ser declarada como una abstención de trabajar con un determinado plazo de duración, la duración en su límite mínimo debe sel'
1uficiente para permitir el planteamiento de la declaración de inexisten·
wa y su tramitación correspondiente.
228

LA

HUELGA

No debemos olvidar que los preceptos de un ordenamiento legal
deben interpretarse principalmente en el sentido de que no se contradigan; y para lograrlo, a fin de establecer su verdadero sentido y alean•
ce, deben ser interpretados en relación con los demás de la misma ley
armónicamente.
'
Es principio pacíficamente aceptado por la doctrina y la jurisprudencia que la huelga sólo produce efecto suspensivo en el decurso de
la relación laboral, hasta en tanto desaparezca la causa que la provocó. La auténtica huelga es la suspensión de la relación jurídica laboral
con ánimo de no volver a trabajar hasta que no se admitan las condiciones establecidas por los trabajadores en conflicto. La huelga sus•
pende en forma indefinida los efectos de las relaciones de trabajo, atento a lo previsto por el artículo 447 de la Codificación Laboral.
La huelga por solidaridad es la suspensión de labores, realizada
por los trabajadores de una empresa, quienes, sin tener conflicto alJ
guno con su patrono desean testimoniar su simpatía y solidaridad con
los trabajadores de otra empresa, los cuales sí están en conflicto con
su patrono. Sus caracteres especiales son, en consecuencia, dos: a)
No tiene por finalidad resolver un conflicto entre los trabajadores y su
patrono; b) Su objetivo es testimoniar simpatía y solidaridad hacia un
grupo de trabajadores en huelga y presionar, por la generalización del
conflicto, para que se resulvan favorablemente las peticiones de los
huelguistas principales; c) De estos dos caracteres deriva que la huelga por solidaridad sea subsidiaria de una huelga principal.
Cuando la huelga es indirecta, se dice que es por simpatía o de
s~li~aridad. Se está pues, ante una huelga que se generaliza a ~
non del primer conflicto laboral. En las llamadas huelgas de solidaridad'. afirma Guillermo Cabanellas (Derecho de los Conflictos Laborales,
Página 102), "los trabajadores se abstienen de trabajar respecto a
empresas o establecimientos con quienes no están en conflicto, a fin
de expresar su adhesión a otros trabajadores en huelga y para ejercer
P~esión sobre la clase patronal, para que la misma ceda en la huelga
directa". La huelga de solidaridad reviste el carácter de subsidiaria de
otras huelgas principales; ya que, como su nombre lo indica, un sector de personal se declara en huelga para solidarizarse con otros trabajadores que están en conflicto; y, resuelto éste, queda a su vez resuelta la situación de los trabajadores que por simpatía se adhirieron
a la huelga principal.

229

�LA

HUELGA

Nuestra legislación no contiene una reglamentación especial, por
lo que en los casos de huelga por simpatía habrá de ajustarse a las
disposiciones generales: deberán satisfacerse los requisitos de forma
y de mayoría, pues el fondo es la idea de solidaridad; tendrá que ser
obse;vado el período de pre-huelga y la suspensión de labores se efectuará en los términos previst os para las restantes huelgas (Mario de la
Cueva, Derecho Mexicano del Trabajo, tomo 11, página 864). En tal vir•
tud, el estallamiento del conflict o de mérito constituiría una anomalía y
un absurdo jurídico, pues daría !ugar a que los trabajadores y los patrones de la empresa afectada, o terceros interesados, se vieran impedidos de gozar del derecho de promover dentro de las setenta y dos
horas siguientes a la suspensión del trabajo la declaración de inexistencia de la huelga por las causas señaladas en el numeral 459 de la
Ley Laboral, y además salta a la vista que la Junta estaría imposibilitada lógica y jurídicamente para resolver lo pertinente.
Las disposiciones contenidas en el Título Octavo de la Ley Federal
del Trabajo, se refieren a conflictos colectivos que se sujetan a sus reglas especiales de procedimiento. Estima García Abellán acertadamente que las Constituciones que reconocen el derecho de huelga, remiten su ejercicio a la norma legal prevista para desarrollar el mencionado derecho. Admitir el estallamiento del conflicto cuestionado en tales
condiciones, se repite, equivaldría hacer nugatorio el procedimiento de
calificación de la huelga, y violar las garantías que otorgan los artículos 14 y 16 de la Constitución General de la República, que correspon,
den a la fórmula del debido proceso legal en el lenguaje técnico del
proceso moderno, que consiste en una razonable posibilidad de hacerse escuchar.
No cabe una interpretación que tienda a hacer letra muerta los
preceptos subsecuentes de la misma Ley. Se ve entonces que admitir
la tesis que se rechaza y se paralizaran las labores con el pretexto de
testimoniar simpatía a movimientos de huelga lícitos, implicaría deS·
conocer y hacer letra muerta en lo absoluto y burlar el texto y el espín·
tu de los artículos 460, 461 y 462 de la ley de la materia, y en manera muy especial la letra y términos contundentes del artículo 460, cuya
aplicación se analizó ya. Esto no sería interpretar la Ley, sino desconocerla y desfigurarla. Observándose, que no podrían aplicarse a contraria
sensu los numerales 460 y 461 del citado Ordenamiento, pues no se da
el supuesto de oposición y exclusión que lógicamente hacen posible ese
método.
230

LA

HUELGA

La filosofía jurídica, las reglas de interpretación, los argumentos
de equivalencia y aún de mayoría de razón, nos permiten determinar
que en el caso no se configura el ejercicio del derecho de huelga consagrado por nuestra Carta Magna, y permitir el estallamiento del conflicto colectivo sería marchar contra la técnica procesal que regula el proceso de calificación de la huelga, y no debe pasarse por alto que las
disposiciones que rigen el procedimiento son de orden público. Sería
también desconocer la preclusión que como medio para asegurar el orden y ia rapidez en el desenvolvimiento del proceso contempla el artículo 460 del Código laboral, entre otros, que autoriza a los trabajadores
y los patrones de la empresa o establecimiento afectado, o terceros interesados, a pedir a la Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro de las
setenta y dos horas siguientes a la suspensión del trabajo declare la
ir.existencia de la huelga por las causas señaladas en el artículo 459.
Por ende, el citado precepto contiene la regla general de que toda perscr~a que pueda resultar afectada con una suspensión de labores está
en aptitud de solicitar la inexistencia de la huelga.
Un glosador de las doct rinas preclusivas dice con toda atingencia
~ce cuando un trámite ha ocurrido ya, puede afirmarse que hay preclusión, es decir, que este trámite ha sido cumplido, y que está cerrado
el camino para repetirlo.
Por otro lado en apoyo asimismo de la consideración de que venimos hablando, esto es, de las situaciones de hecho y circunstancias materiales de aplicación de la ley, es de explorado derecho en materia la~
boral que es requisito indispensable para que pueda existir la huelga
por solidaridad que se demuestre que subsiste la huelga que se apoya
(Revista Jus, No. 82; Luis Muñoz, Comentario a la Ley Federal del Trabajo, página 504; Enrique Tapia Aranda, Derecho Procesal del Trabajo, páJ
gir.a 215; 9052/44/ 2a. Sind. de la Industria de Bonetería, 25 de marzo de 1954), y en la especie la actitud aberrante de la parte emplazante tocante a que la cesación de labores se limite a un lapso de veinticuatro horas, acarrearía el absurdo jurídico de impedir que se solicitase la
declaración de inxesitencia de la huelga, y por otra parte de vedar el
camino para que quienes intentan el movimiento acrediten que subsiste
la huelga principal.
No puede aceptarse que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje
del Estado sea un mero amanuense, obligada a poner en práctica las
facultades que la Ley establece, por el solo hecho de que se presente
un escrito sobre emplazamiento de huelga. En efecto, cuando el Tribunal admite y da curso a un emplazamiento de huelga, con ello determi-

231

�I

LA HUELGA
na la existencia misma de providencias y circunstancias, algunas de ellas
excepcionalmente importantes: deberá emplazarse al patrón; éste se
constituye en depositario de la empresa o establecimiento afectados,
después de la notificación; habrá de producir~e r~spuesta ~s.cri!~; la
Junta procurará avenir a las partes en una aud1enc1a de conc1llac1on Y,
además principiará a correr el término señalado para suspender las la•
bores. Dicho criterio ha sido sustentado por el H. Tribunal Colegiado
del Cuarto Circuito en diversas ejecutorias, entre las cuales pueden ci•
tarse las emitidas en los juicios de amparo números 437 /970 (Coali•
ción de Enfermeras y Empleados del Hospital Civil de Ciudad Victoria,
Tamps., resuelto el 13 de noviembre de 1970), 117/972 _(Sindicato de
Trabajadores de Sanitarios Procesa, resuelto et 18 de abril ?e 1972) Y
118/ 972 (Sindicato de Trabajadores de Válv~las y Acceson?s, resuel•
to el 19 de abril de 1972) y 122/972 (Sindicato de Traba1adores de
Materiales Procesa, resuelto el 30 de mayo de 1972).
Tal tesis ha sido sostenida en igual forma por otros juzgadores
constitucionales en diversas sentencias, entre las cuales pueden men•
cionarse las pronunciadas en los juicios de amparo indirectos números
373/974 (Maronix, S. A., resuelto el 10 de abril de 1974 por el C. ~~ez
Segundo de Distrito en el Estado de Nuevo León), 885/974 (Coahc16n
de Trabajadores encabezada por Francisco Morales Parra, resuelto el
13 de agosto de 1974 por el C. Juez Primero de Distrito en el Estadq
de Nuevo León), y 2001/975 (Sindicato Unico Gremial de Agentes de
Ventas de Nuevo León, resuelto el 12 de febrero de 1975 por el C. Juez
Primero de Distrito en el Estado de Nuevo León).
Es incuestionable que lo establecido por los artículos 440, 443,
447, 460, 461 y 462 del Código Laboral constituye un obstáculo _de
técnica jurídica que veda el camino para ta tramitación del referido
conflicto, que en modo alguno se identifica a la figura de la h_uelga. _La
delimitación conceptual de la huelga permite excluir de considerar 1m·
plícita en esta figura la expresión o manifestación colectiva de mérito.
CONCLUSIONES Y TESIS:
Del análisis jurídico laboral expuesto, concluimos lo siguiente:
PRIMERO:- Bajo la denominación del epígrafe de huelga no dt-

be comprenderse la situación conflictiva estudiada.
SEGUNDO:- El régimen de la huelga constituye un obstác~lo de
, i(,cnica jurídica que veda el camino para la tramitación del cuesüonadO
oonflido colectivo.

232

\

DOCUMENTOS

RELACIONES EXTERIORES
PRESENTACION
I

I

Como parte de la re/orma administrativa emprendida por el actual Gobierno Federal y en, virtud del Acuerdo expedido por el Secretario de Relaciones Exteriores y que entró en vigor el 18 de febrero de 1975, se creó la Delegación de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, con sede en, Monterrey, Nuevo León.
La instalación de esta oficina regional descentralizada de la
Secretaría de Relaciones Exteriores obedeció, fundamental,mente, a
las gestiones que para el efecto hiciera el Gobierno del Estoáo, aporando una iniciati1Ja presentada por el ColegúJ de Abogados de Nuevo León.
El Ejecuiivo Federal accedió a esta demanda -ya comemplada
en sus planes de reforma administrativa-, considerando que la centralización absoluta de las funciones de las diversas oficinas federales
no solamente entorpece el buen desarroUo de las mismas, sin&lt;&gt; que al, teTler que desahogarse en la Capital del país un número elevado e innecesario ae trámites administrativos originados en la provinci,a, obliga
a los interesados a trasladarse a la ciudad de México para su trámite
correspondiente. La d&amp;centralización. de dichas oficinas permitirá.
Por lo tanto, atender los mencionados asuntos en forma rápida y eficaz, al evitar tener que tramitarlos en la Capital.
Por otra parte, como lo expuso el Jefe del Ejecutivo, esta descentralización y delegación ele funciones permitirá a Ú&gt;s órgano

�centrales del Gobierno Federal contar con el mayor tiempo posible
para la planeación y determinación de políticas, así como para la
'más adecuada coordinación y adecuada tJigilancia de su desarrollo. ·
Es así como en Monterrey, Nuevo León, el Gobierno Federal estableció la primer Delegacwn de la Secretaría de Relacwnes E:,
teriores, que actúa como oficina regional y a cuyo frente fue designado el señor licenciado Ricardo Treviíío García.
El licenciado Treviño García ha elaborado un importante documento no solamente sobre la actividad --dinámica y efectiva- realizada hasta alwra por la oficina a su cargo, smo sobre las funciones
y atribuciones de la Delegacwn de la Secretaría de Relacwnes Exteriores con sede en, Monterrer._.
El conocimiento de este documento será de gran interés r de
gran utüidad no solamente para los estudwsos de la materia, sino pa·
ra todo el mundo, particularmente aquellas pers'?nas que utilicen ws
servicios de la Delegación. En este contexto, el Consejo Editorial de
esta revista considera de interés la publicación del presente documento.

DERECHO Y ClENCIAS Soc1ALES

Consejo Editorial

/

234

RICARDO TREVIÑO GARCIA

FUNC!ONES Y ATRIBUCIONES DE LA DELEGACION DE LA SECRETARIA
DE RELACIONES EXTERIORES, CON SEDE EN MONTERREY, N. L.

L

a Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con sede en Monterrey, capital del Estado de Nuevo León, obedece,
fundamentalmente, al cumplimiento del acuerdo expedido por
el C. Presidente Luis Echeverría Alvarez el día 13 de marzo de 1973,
publieado en el "Diario Oficial" de la Federación el día 5 de abril del
mismo año, y que entró en vigor al día siguiente de su publicación.
las consideraciones que el Jefe del Ejecutivo tomó en cuenta para
dictar dicho Acuerdo fueron las siguientes:
l.- Que el Ejecutivo debe realizar las reformas administrativas que
requiere el Sector Público Federal, con base en la descentralización de
sus funciones, a fin de ejercer, en forma más dinámica y eficiente, las
atribuciones correspondientes.
2.- Que técnica y legalmente no existe razón alguna para que deba
seguir desahogándose en la capital del país un número innecesario de
trámites administrativos rutinarios, generados tanto en la operación
misma de las entidades del Sector Público Federal, como en las demandas qu~ se originan en el interior del país de servicios para los particulares. y para los propios empleados públicos.
3.- Que los órganos centrales de las entidades del Gobierno Federal
Y sus respectivos titulares deben_ disponer del mayor tiemPo posible
para la pJaneación y determinación de políticas, así como para la coordinación y vigilancia de su desarrollo, pudiendo delegar, en sus suballernos1 cualesquiera de sus facultades, excepto las que la ley o diSJ)O-'

Lic. Ricardo ·Trevlllo García.. catedrático d e la Universidad Autónoma de Nuevo LeGn y del
lnst!i.uto Tecnológico y de Estudios Supertore:i de Monterrey; mJembro de la Comiáón de Hatienda ·de la o A N L . y autor del llbro sobre Derecho Civil y Derecho Mercantil

�RELACIONES EXTERIORES

RELACIONES EXTERIORES

siciones regiamentarias señalen que deban ser ejercidas por ellos mistades en funcionarios subalternos, publicado en el Diario Oficial 9e la
mos.
Federación el 5 de abril de 1973, el Secretario de Relaciones Exterio4.- Finalmente, expresa el Acuerdo que las medidas que al respecto
res expidió un Acuerdo que fue publicado en el Diario Oficial de la Fese tomen, contribuirán al adecuado y oportuno cumplimiento de los obderación, el día 18 de Febrero de 1975, y que entró en vigor el mi~mo
jetivos y programas establecidos por el Ejecutivo Federal, como parte
día de su publicación en el cual autoriza el establecimiento de la Dele·
de la actual estrategia de desarrollo económico y social y que, por lo
gación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con sede en Montemismo, conviene ponerlos en práctica, a la mayor brevedad posible.
rrey, N. L.
Con base en estos Considerandos, el Ejecutivo Federal dictó cuaEl Acuerdo señaia como facultades de la Delegación, las sigl!ientro puntos resolutivos a saber:
tes:
lo.- las Secretarías y Departamentos de Estado, Organismos DescenA).- Expedir y refrendar pasaportes ordinarios mexicanos.
tralizados y Empresas de Participación Estatal de la Administración PúB).- Visar los pasaportes de extranjeros que se encuentren legalmenblica Federal realizarán los actos que legalmente procedan, para dete en el país, de conformidad con las disposiciones vigentes so' a
terminar e implantar las medidas que permitan a sus titulares lle_var
bre la materia.
cabo una efectiva delegación de facultades en funcionarios subalterC).- Legalizar las firmas de los documentos que deban producir efecnos, para la más ágil toma de decisiones, así como la ejecución y tratos en el extranjero y de los documentos extranjeros que ~~!)an
mitación de los asuntos administrativos, en sus correspondientes ámbi· ,
producir efectos en el país.
. .. .
tos de competencia.
0).- Otorgar permisos para la constitución de Sociedades Cooper,ati2o.- Las entidades, a que se refiere el punto resolutivo anterior, efec·
vas o para la modificación de sus escrituras constitutivas. ..
tuarán los estudios respectivos para proceder a la delegación de atribu·
E).- Recibir de los interesados, cuando no se trate de los casos antes
ciones a los funcionarios de las distintas dependencias que operen en
señalados, las solicitudes correspondientes; revisar tanto éstas
el interior de la República.
.
como los documentos que lleven anexos, señalando aquello~, re3o.- Cuando sea conveniente establecer una Delegación por lonas en
quisitos que hayan omitido, y enviarlos a la Secretaría de Relael Territorio Nacional, las citadas entidades se coordinarán con la Se·
ciones Exteriores para su estudio y resolución.
cretaría de la Presidencia, para que el establecimiento de las delegaF).- Informar y orientar al público sobre cualquier asunto que sea
ciones se efectúe armónicamente y se apliquen criterios unitarios, a
competencia de la referida Secretaría.
fin de facilitar la realización coordinada de sus actividades, en benefi·
Las actividades de la Delegación se iniciaron el día 19 de febrero
cio de los propios servidores públicos y de los administrados.
de 1975, habiendo asistido a su inauguración el entonces Sec¡,:etario
4o.- Los titulares de las Secretarías, Departamentos de Estado, Or•
de Relaciones Exteriores, C. Lic. Emilio O. Rabasa, la C. Lic. María Er,iganismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal de la
lia Téllez, Oficial Mayor de Relaciones Exteriores, el C. Lic. Ignacio
Administración Pública Federal deberán realizar los actos que sean ne- , Ovalle, Secretario de la Presidencia, el C. Lic. Manuel lbarra Herrecesarios de acuerdo a las disposiciones legales que los rigen, para ren·
ra, Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, el C. Cónsul Gene,
dir informes semestrales al Ejecutivo Federal, por conducto de la Se·
ral Raúl Nájera Esquive!, Director General de Administración de Relacretaría de la Presidencia, de las medidas necesarias para efectuar la
ciones Exteriores, el C. Cónsul General Jorge Aguilar Saldaña, Director
delegación de facultades a que se refiere este Acuerdo, así como los
General del Servicio Consular, el C. Gobernador del Estado, Dr. Pedro
programas que hayan elaborado con el mismo objeto.
G. Zorrilla Martínez, el C. Alcalde de la Ciudad de Monterrey, Lic. leoCon fundamento en los Artículos 3o.- Fracciones 11, VII, VIII, IX,
Poldo González Sáenz, la C. Lic. Carlota Vargas de Montemayor, entonXII y XIV y 26 de la ley de Secretarías y Departamentos de Estado; la
ces Oficial Mayor de Gobierno del Estado, representantes del H. Cuer•
Ley de Nacionalidad y Naturalización; el Reglamento para la Expedición
Po Consular de Monterrey y otros distinguidos invitados.
y Visa de Pasaportes, asi como el cumplimiento del Acuel'do Presiden·
En esa ocasión, el Secretario de Relaciones Exteriores, C. Lic. Emicial de fecha 13 de marzo de 1973 referente a la delegación de facul·
lio O. Rabasa entregó en un acto simbólico, los primeros pasaportes

236

237

�RELACIONES EXTERIORES

RELACIONES EXTERIORES

oréinarios que expidió la Delegación, al C. Gobernador del Estado, Dr.
Pedro G. Zorrilla Martínez, a la C. Oficial Mayor de Gobierno, Lic. Car•
lota Vargas de Montemayor y al C. Alcalde de la ciudad de Monterr:y,
Lic. Leopoldo González Sáenz y por otra, entregó certificado de nacionalidad mexicana al C. lng. Rafael A. Guerra.
.
Desde esa fecha, 19 de febrero de 1975, hasta el 30 de nov1em•
bre de 1976, la Delegación ha expedido:
80,496
Pasaportes ordinarios
5,143
Refrendos a Pasaportes ordinarios 968
Legalizaciones
Visa a Pasaportes de extranjeros que se encuentran legalmente
105
en el País
Permisos para constituir Sociedades Cooperativas
.
Por su conducto la Secretaría de Relaciones Exteriores ha exped1·
do:
1,126
Certificados de Nacionalidad Mexicana
21
Certificados por Naturalización
59
Permisos para constituir Sociedades Anónimas
Permisos para constituir Sociedades de Responsabilidad Limi•
3
tada
17
Permisos para constituir Asociaciones Civiles
Permisos a fin de que los extranjeros puedan adquirir inmue•
5
bles, conforme a la Fracc. 1 del Artículo 27 Constitucional
14
Aumento de Capital a Sociedades Anónimas
2
Cambio de denominación de Sociedades Anónimas
1
Cambio de domicilio de Asociaciones Civiles
1
Reducción de Capital de Sociedades Anónimas
Modificación de Estatutos y Cambio de Domicilio de Sociedad
2
Cooperativa Limitada
44
Prórroga de Fideicomiso
Apemás, se tramitaron 58 Solicitudes de Beca.
2.- Facultades o atribuciones de la Delegción.
2.1.- Expedir Pasaportes Ordinarios.
2.1.1.- Concepto.
El Pasaporte es la prueba internacionalmente aceptada de la n~·
cionaHdad e identidad de las personas, conteniendo, además, una su·
plica del Gobierno que lo expide, para que las autoridades extranjeras
impartan ayuda y protección a sus tenedores (Art. lo. del Reglamento
para la Expedición y Visa de Pasaportes).
2 .1.2.- Clases.

Los Pasaportes son de cuatro clases: Diplomáticos, Oficiales, Ordinarios y Provisionales.
2.1.2.1.- Pasaporte Diplomático.
Se expide únicamente a los funcionarios y personas señaladas en
los Artículos 3o., 4o., 5o. y 60. del Reglamento para la Expedición y
Visa de Pasaportes.
2.1.2.2.- Pasaporte Oficial.
a).- Se expide a las personas que vayan al extranjero en una comisión oficial conferida ya sea por las autoridades federales, siempre que no se trate de comisión diplomática, o por
los Gobiernos de los Estados.
b).- A los empleados inferiores de las Misiones Diplomáticas y
Oficinas Consulares.
e).- A los funcionarios civiles, federales o locales y a los milita•
res que tengan una alta categoría oficial, a juicio de la Se,
cretaría de Relaciones Exteriores.
d).- Al Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México
y Comisionados especiales de dicha Institución y, en general, a todas aquellas personas que salgan de la República
llevando al extranjero una comisión o representación de in•
terés social, a juicio de la mencionada Secretaría.
2.1.2.3.- Pasaporte Ordinario.
Se expide a todas las personas de nacionalidad mexicana que lo soliciten, sin distinción de sexo ni edad, siempre que cumplan con los
requisitos señalados por el Reglamento para la Expedición y Visa de
Pasapartes y demás disposiciones legales aplicables.
El Pasaporte Ordinario reviste dos variantes: el Pasaporte Colectivo, el cual incluye a dos o más personas (Artículos 70 a 73 del citado
Reglamento) y el Pasaporte para un solo viaje, el cual se expide en los
casos de suma urgencia, a juicio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y los interesados no pudieren exhibir las pruebas a que se r-efieren los Artículos 55, 60 y 61 del citado Reglamento, precisamente
Por la falta de tiempo. En la hipótesis anterior, con la simple solicitud,
se puede expedir el Pasaporte, siempre y cuando los interesados se
comprometan a presentar las pruebas de su nacionalidad mexicana a
su regreso al país. Si con posterioridad, éstos solicitaren la expedición
de un nuevo Pasaporte, no se dará trámite a su solicitud, sino mediante
la presentación de las pruebas de su nacionalidad mexicana.
2.1.2.4.- Pasaporte Provisional.
En auxilio del Ejecutivo Federal y para los casos previstos en el

238

239

2?

�RELACIONES EXTERIORES

RELACIONES EXTERIORES

referido Reglamento, los Gobernadores de los Estados pueden expedir
pasaportes con el carácter de provisionales.
2.1.3.- Autoridades que están facultadas para expedir Pasaportes.
2.1.3.1.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
En la República Mexicana únicamente el Ejecutivo de la Unión,
por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, tiene facultad
para la expedición de Pasaportes, de conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 14 del Reglamento multicitado.
2.1.3.2.- Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares del
Gobierno Mexicano.
En el extranjero serán expedidos por los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares del Gobierno de México, a excepción de
los Cónsules y Vice-Cónsules Honorarios, así como por aquellos funcionarios que, por algún motivo, quedaren al frente de las oficinas a fal·
ta del titular (Artículo 14 del Reglamento para la Expedición y Visa de

~asa~rte Ordinario Provisional, debiendo obtener, para tal efecto, auto,
nzac,on expresa de la mencionada Secretaría.
2.1.4.4.- Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
La Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para expedir únicamente Pasaportes Ordinarios.
2.1.5.- Validez de los Pasaportes.
2.1.5.1.- Pasaporte Diplomático.
. El Pasaporte Diplomático es válido hasta que termina el cargo del
Titular y no debe ser refrendado en ningún caso. (Artículo 140 del Reglamento).
2.1.5.2.- Pasaporte Oficial.
Podrá ser refrendado siempre y cuando subsista la causa que motivó su expedición, quedando la prueba de ello a cargo del Titular (Ar' tículo 142 del Reglamento).
2.1.5.3.- Pasaporte Ordinario.
El Pasaporte Ordinario expedido por las autoridades facultadas para ello, tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha
de su _expedición, a no ser que sea refrendado. Al vencer ese plazo de
d_os anos, se puede refrendar por dos años más, y al vencerse ese periodo, se puede refrendar por última vez, por dos años más, hasta completar una vigencia máxima de seis años, a contar de la fecha de su
expedición. Al terminar el plazo de seis años, se cancelará el Pasaporte Ordinario y se expedirá otro nuevo, si así lo solicita el interesado
previo el cumplimiento de los requisitos que establece el Reglament~
para la Expedición de Visa de Pasaportes multicitado.
2.1.5.4.- Pasaporte Provisional Ordinario.
Los Pasaportes expedidos por los Gobernadores de los Estados
serán buenos hasta el primer punto del exterior de la República Mexi:
cana en donde el titular de dicho Pasaporte Provisional encuentre re•
presentante diplomático o consular mexicano. Los interesados deberán
pre~entar su Pasaporte Provisional al representante mexicano, quien lo
c~n¡eará por el Pasaporte Ordinario correspondiente debidamente auto•
nzado.
2.1.6.- Gestiones Personales.
Conforme a lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 54 del Reglamento en vigor para la Expedición y Visa de Pasaportes, las gestiones
para la obtención del Pasaporte Ordinario deben realizarse personalmente por_ el_ interesad~, de lo que se desprende que no deben aceptarse med1ac1ones, gestiones e intervenciones hechas por personas que

Pasaportes).
2.1.3.3.- Gobernadores de los Estados.
Los Gobernadores de los Estados únicamente pueden expedir el
Pasaporte Provisional, siempre que obfengan autorización expresa de
la propia Secretaría de Relaciones Exteriores. Lo anterior, conforme al
Artículo 17 c!el Reglamento.
2.1.3.4.- Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, con
sede en Monterrey, N. L.
Conforme al inciso a) del Artículo 2o. del Acuerdo publicado en
el "Diario Oficial" de la Federación el día 18 de Febrero del presente
año,· ta Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en Monterrey tiene facultad para expedir Pasaportes Ordinarios.
2.1.4.- Clases de Pasaportes que puede expedir cada Autoridad.
2.1.4.1.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
~ La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá expedir Pasaportes
Diplomáticos, Oficiales y Ordinarios, así como el Documento de ldenti·
dád y Viaje que se encuentra previsto en los Artículos 20. y 12, en relación_con los Artículos 86 a 106 del propio Reglamento.
2.1.4'.2.- Funcionarios del Servicio Exterior.
Los funcionarios del Servicio Exterior pueden expedir únicamente
los Pasaportes Oficial y Ordinario, debiendo obtener autorización expresa, t::n cada caso, de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para la ex·
peoitión del Pasaporte Oficial.
2.1.4.3.- Gobernadores de los Estados.
Los Gobernadores de los Estados únicamente pueden expedir

240

el

241

�RELACIONES EXTERIORES

RELACIONES EXTERIORES

no sean directamente las interesadas.
2.1.7.Derechos que se cobran en la Delegación.
Los derechos, por expedición del Pasaporte Ordinario, importan la
cantidad de $ 950.00, mismos que se reparten en la siguiente forma:
$ 800.00 para el Fisco Federal y $ 150.00, para el Erario Estatal.
2.1.8.- Departamento de Fotografía.
Como un servicio adicional en la Delegación funciona un Departa•
mento Fotográfico que pertenece al Gobierno del Estado, donde los in•
teresados pueden obtener sus fotos al instante, a un precio razonable.
2.2.- Refrendo y Cancelación de un Pasaporte.
2.2.1.- Concepto.
El Refrendo es el acto realizado por autoridad competente, para
autentificar la validez de éste y, por lo tanto, prorrogar su vigencia.
El Pasaporte Ordinario tiene una vigencia de dos años, al término
de los cuales puede ser refrendado por otros dos años y, por último,
un refrendo por dos años más, hasta completar una vigencia máxima
de seis años, contados a partir de su expedición.
2.2.2.- Derechos.
Por cada refrendo, deben enterar al fisco federal $ 600.00, y al
estatal $ 30.00.
2.2.3.- No refrendo a Pasaportes expedidos a menores de seis años.
El Pasaporte expedido a menores de seis años no podrá ser refrendado; y cada doce meses deberá renovarse, debiéndose reponer las
fotografías, las que deberán ser tomadas en el momento de la renova•
ción.
2.2.4.- Pasaporte Diplomático.
El Pasaporte Diplomático no puede ser refrendado en ningún ca·
so. Terminadas las funciones a cargo del Titular, se cancelará el Pasa·
porte. Cuando por cualquier motivo las autoridades extranjeras exigieren el refrendo del Pasaporte Diplomático, se recogerá éste y se expedirá otro nuevo.
2.2.5.- Pasaporte Oficial.
El Pasaporte oficial podrá ser refrendado siempre que el interesado compruebe que subsisten las causas que motivaron su expedición.
2.2.6.- Caso de pérdida de la nacionalidad.
No podrá refrendarse un Pasaporte cuando posteriormente a su
expedición, el titular hubiese perdido su nacionalidad mexicana de acue&lt;·
do con la ley respectiva. En este caso, la autoridad recogerá y cancelará el Pasaporte. (Art. 155 del Reglamento).
En el caso de pérdida de la nacionalidad mexicana la autoridad

respectiva, antes de conceder o negar el refrendo, recabará y remitirá a
la Secretaría de Relaciones Exteriores las pruebas correspondientes a
dicha pérdida, para que la referida Secretaría haga la declaratoria correspondiente.
2.2.7.- Personas sujetas a un arraigo.
Si al momento de refrendar el Pasaporte el interesado se encuentra sujeto a arraigo, dictado por autoridad competente, no se le debe
otorgar el refrendo.
2.2.8.- Pasaportes a Menores.
Los Pasaportes expedidos a favor de menores de edad que hubiesen salido de la República, con permiso de quien o quienes ejerzan la
patria potentad o la tutela, o con permiso de la autoridad judicial, otorgado en los términos del Artículo 421 del Código Civil para el Distrito
Federal, para que pueda ser refrendado se requiere, previamente, de
un nuevo permiso.
2.2.9.- Pasaporte para un sólo viaje.
El Pasaporte que fuere expedido para un sólo viaje nunca podrá
ser refrendado.
2.2.1.0.- Documento de Identidad y Viaje.
Tampoco podrá refrendarse el documento de identidad y viaje.
2.3.- Cancelación del Pasaporte.
El Pasaporte se podrá cancelar en los siguientes casos:
2.3.1.- Cuando durante la vigencia del mismo se descubriera que se
expidió, en contravención al Reglamento correspondiente.
2.3.2.- Cuando el interesado cambie de nacionalidad.
2.3.3.- Cuando las autoridades penales de la República lo soliciten,
porque el interesado hubiese cometido algún delito.
2.3.4.- Cuando, a juicio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el
interesado haga mal uso del Pasaporte.
2.3.5.- Cuando se descubra que el titular obtuvo su certificado de
nacionalidad o carta de naturalización, en contravención a la
Ley de la materia.
2.4.- Visa de Pasaportes de extranjeros que se encuentren legalmen•
te en el país.
2.4.1.- Concepto.
Otro servicio que presta la Delegación es el otorgar Visas a extranjeros que se encuentren legalmente en la República. El visado de un
documento -nos dice Cecilia Molina, en su interesante obra denomi•
nada "Práctica Consular Mexicana" "es la constatación de que el funcionario que la otorga, se ha cerciorado de la legalidad y validez del

242

243

�REU\CIONES EXTERIORES
documento, así como de la identidad del titular, al que se le ha concedido autorización para internarse en nuestro país, con objeto de resi•
dir en él, temporal o definitivamente, o para atravesar en tránsito su
territorio, y de que dicha persona no se encuentra incluida en ninguna
de las restricciones establecidas por la Ley General de Población y demás disposiciones relativas".
2.4.2.- Clases de Visas.
Las Visas son: diplomáticas, oficiales, especiales y ordinarias, según el tipo de pasaporte y el motivo del viaje.
2.4.3.- Validez de las Visas.
2.4.3.1.- Visa Diplomática.
La Visa Diplomática es válida por el tiempo que dure la m1s1on
de su titular. Cuando no se señala plazo de internación, queda en li·
bertad de hacerlo cuando él lo desee, a partir de la fecha en que se le
otorgue dicha visa. El titular puede entrar y salir de la República cuan·
tas veces quiera, mientras ostente el cargo. Las Embajadas Mexicanas
están facultadas para expedir visas de esta clase.
2.4.3.2.- Visa Oficial.
La Visa Oficial debe usarse dentro de un plazo de tres meses, el
cual comenzará a contar desde su expedición y tiene validez por todo
el tiempo que dure la comisión oficial de su titular. Estas visas las ex·
piden, tanto las Embajadas como los Consulados de Carrera; no las
pueden otorgar los Consulados Honorarios.
2.4.3.3.- Visas Ordinarias.
2.4.3.3.1.- Concepto.
Son las que se conceden a los titulares de los Pasaportes Ordina·
rios, así como en los documentos de identidad y viaje.
2.4.3.3.2.- Vigencia.
La vigencia de estas visas es de acuerdo con la calidad con que su
titular se interne en el país, sin que pueda ésta exceder, en ningún ca·
so, del plazo concedido por la Secretaría de Gobernación, al titular del
Pasaporte para internarse en la República, siempre y cuando el pasa·
porte tenga validez, conforme a las leyes del país que lo hubiere expedido.
La Delegación conforme al inciso a) del Artículo Segundo del
-Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de Febrero del presente año, está facultada para Visar los pasaportes; -extran·
-jeros que se encuentren legalmente en el país, de conformidad .con ias
leyes·.vigentes sóbre la materia.
·•. ·
2.4.3.3.3.- Derechos.
- · · 1 i' · ·

REU\CIONES EXTERIORES
Las visas ordinarias están sujetas al pago de la cuota establecida
en la ley de la materia, la cual varía de acuerdo con la calidad migratoria que se conceda al titular y con la nacionalidad del mismo.
Con algunos países con los que México tiene Acuerdos celebrados,
se conceden gratuitamente. En otros casos, México tiene celebrado
Acuerdo sobre Supresión de tal requisito. En esta hipótesis, se acostumbra estampar un sello con la leyenda de que no se requiere visa, a
fin de que no se infieran molestias a las personas que se encuentren
en esta situación.
2.4.3.3.4.- Requisitos.
Para conceder visas a extranjeros, se deb-en exigir los siguientes
requisitos:
a).- Que el pasaporte haya sido expedido con las formalidades
de la ley, por las autoridades competentes del país de la
nacionalidad del interesado, debiéndose cerciorar el funcionario que conceda la visa, de que el pasaporte no presente indicios de haber sido enmendado o alterado.
b).- Que la persona que solicita la visa sea realmente aquella a
quien fue expedido el pasaporte; y
c).- Que el interesado no esté incluido en ninguna de las restricciones establecidas en la Ley General de Población y disposiciones relativas vigentes.
2.4.3.3.5.- Registro.
De las visas que se otorgan, se lleva un registro que empieza al
comenzar el año, conteniendo los siguientes datos: Fecha en que se
concede, número de visa, nombre del interesado, nacionalidad, No. de
Oficio de la Secretaría de Gobernación, fecha de vencimiento de la vi•
sa y si pagó algún derecho o es gratuita.
2.4.3.6.- Las visas que otorga la Delegación son a los extranjeros que
se encuentran legalmente en el país que han cambiado su calidad migratoria, concediéndoles la Secretaría de Gobernación una estancia en
la República por un tiempo determinado, o bien, para aquellos extranjeros que, por determinadas circunstancias, no arreglaron su situación
cuando salieron y, al momento de su llegada, la Secretaría de Gobernación les concedió su internación en el país, con determinada calidad
migratoria.
La Delegación ha expedido, hasta la fecha, 91 visas a personas
-de distintas nacionalidades.
2.5.- Legalización de Documentos.
Otra función de la Delegación de la Secretaría de Relaciones- Ex~245

�RELACIONES EXTERIORES

RELACIONES EXTERIORES

teriores es la de legalizar las firmas de documentos que deban producir efectos en el extranjero y de los documentos extranjeros que deban producir efectos en la República.
2.5.1.- Concepto.
La legalización de firmas, según Cecilia Molina, autora que ya ci,
tamos " . .. es la certificación que se hace respecto a la autenticidad
de la firma de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones
o de un notario público que, con ese carácter, suscribe un documento público. Por tanto, ese acto implica la constatación de que el fun.
cionario desempeñaba su cargo o de que el notario estaba investido de
fe pública, al tiempo que firmaron los documentos materia de la lega•
lización".
El funcionario que legaliza no asume ninguna responsabilidad por
el contenido del documento y así se indica expresamente. Solamente
se deben legalizar firmas originales.
2.5.2.- Documentos que necesitan ser legalizados.
Se deben legalizar los documentos que tengan el carácter de pú·
blicos y que procedan del extranjero. En este caso, se legalizan por
las autoridades mexicanas del exterior.
El Artículo 129 del Código Federal de procedimientos Civiles da
el concepto de documento público, en los siguientes términos: "Son
aquéllos cuya formación está encomendada por la Ley, dentro de los
límites de su competencia, a un funcionario público revestido de fe pú·
blica y los expedidos por un funcionario público en el ejercicio de
sus funciones, demostrándose la calidad de públicos de tales documen·
tos, por la existencia regular en los mismos de los sellos, firmas u
otros signos exteriores previstos por las leyes".
El Artículo 131 del Ordenamiento legal citado dispone que para
que hagan fe en la República los documentos públicos del extranjero,
--entendiéndose documento público extranjero el expedido por un funcionario o notario extranjero en ejercicio de sus funciones- requieren estar debidamente legalizados por las autoridades mexicanas del
exterior, en los términos de las leyes respectivas. Una vez que el documento extranjero es legalizado por las autoridades diplomáticas o
consulares, la Secretaría de Relaciones Exteriores o la Delegación de
la Secretaría de Relaciones Exteriores, auténtica las firmas de dichas
Autoridades del Exterior que legalizaron el documento. La Delegación
legaliza también los documentos públicos que deban producir efectos
en el extranjero.
2.5.3.- Registro.

En la oficina se lleva un registro de legalizaciones, con numera•
ción progresiva que empieza al comenzar el año, en el que se hacen
constar los siguientes datos: fecha, número, tipo de documento que
se legaliza y nombre y cargo del funcionario que efectuó la legalizaJ
ción.
2.6.- Permiso para constituir Sociedades Cooperativas o para modificar sus escrituras constitutivas.
La Delegación está facultada para otorgar permisos para la constitución de sociedades cooperativas, así como para la modificación de
sus escrituras constitutivas. en los términos de la Fracción I del Artículo 27 Constitucional, la Ley Orgánica de la fracción referida y su Reglamento.
2.7.- Función de Oficialía de Partes.
La Delegación está facultada, en aquellos casos en que no pueda
conceder directamente el servicio, y tratándose de asuntos de la competencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a recibir de los interesados las solicit udes correspondientes, revisar tanto éstas como los
documentos que lleven anexos y señalar a los interesados los requisitos que hayan omitido cumplir. Estando en regla la solicitud y los documentos que deban anexársele, la Delegación la enviará, sin demora,
a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
2.8.- Información y Orientación al Público.
La Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores en Monterrey presta el servicio de informar y orientar al público que lo solicite, sobre cualquier asunto de la competencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
2.9.- Becas.
La Delegación informa sobre las becas que se ofrecen a t ravés de
la Secretaría de Relaciones Exteriores y en la propia Delegación se presentan las solicitudes de los interesados con los documentos que se requieren, a fin de que se estudien las candidaturas por los organismos
competentes.
En resumen, la Delegación presta los siguientes serv¡cios:
lo.- Expedición y Refrendo de Pasaportes Ordinarios.
2o.- Vista de Pasaporte de extranjeros que se encuentren legalmente en el país.
3o.- Legalización de firmas de documentos que deban produci-r
efectos en el extranjero y de los documentos extranjeros que deban producir efectos en la República.
4o.- Otorgar permisos para la constitución de sociedades coope-

246

247

�RELACIONES EXTERIORES
rativas o para la modificación de sus escrituras constitutivas.
5o.- Recibir de los interesados las solicitudes sobre cualquier
asunto de la competencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores, revisar ta~to éstas como los documentos acompañados, así como seña•
lar a los interesados los requisitos que hayan omitido cumplir.
60.- Informar y orientar al público sobre cualquier asunto que
sea de la competencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
7o.- Informar sobre Becas, recibir las solicitudes que se le hagan al respecto, las que, al presentarse deben acompañarse de los documentos correspondientes, enviándose todo ello, en breve plazo, a la
Secretaría de Relaciones Exteriores.
3.- Horario, Ubicación y Personal.
El horario de la Delegación es de las 8.00 a las 14.00 horas para
recepción de documentos y de 16.00 a las 18.00 horas, para entrega
de documentos. (Pasaportes).
El personal se integra de la siguiente manera:
Un Delegado, un Jefe de Pasaportes y un Jefe de Asuntos Jurídi·
cos y Culturales. Se cuenta con diecisiete empleados administrativos.
El Gobierno del Estado, en épocas que así lo requieren, proporciona
personal, a fin de que se puedan despachar los asuntos sin demora.
4.- Reglas de la Delegación.
La Delegación desde su instalación se ha trazado las siguientes
reglas.
la.- Dar un trato cortés, amable y humano a todos los solicitan·
tes, sin importar su condición y estado.
2a.- Tramitar, con toda diligencia, los asuntos de su competen·
cia.
3a.- Entregar el mismo día los pasaportes que le fueren solici·
tados, regla esta última que no se ha violado ni el día en
que se multiplicaron las solicitudes de pasaportes.

248

APENDICE No. 1
ACUERDO * por el que se dispone que las Secretarías y Departamen•
tos de Estado, Organismos Descentralizados y Empresas de Par•
ticipación Estatal de la Administración Pública Federal, procedan
a implantar las medidas necesarias, delegando facultades en funcionarios subalternos, para la más ágil toma de decisiones y tra•
mitación de asuntos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados UniJ
dos Mexicanos.- Presidencia de la República.

LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Es•
tados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el
artículo 89 fracción I de la Constitución General de la República, y
CONSIDERANDO:
Que el Ejecutivo Federal a mi cargo se ha propuesto, en los tér•
minos de su mandato constitucional, promover y realizar las reformas
adminstrativas que requiere el Sector Público Federal, para cumplir en
forma más dinámica y eficiente sus atribuciones, para lo cual es preciso coordinar y armonizar los programas y objetivos de las entidades
que lo integran.
Que técnica y legalmente no existe razón alguna para que tengan
que seguir desahogándose en la Capital del país un número innecesa•
rio de trámites administrativos rutinarios generados tanto en la operación misma de las entidades del Sector -Público Federal como en la
atención de las demandas de servicios de los particulares y de los propios servidores públicos que se originan en el interior del país.
Que tos órganos centrales de las entidades del Gobierno Federal y
sus respectivos titulares deben disponer del mayor tiempo posible paJ
ra la planeación y determinación de políticas, así como para la coordinación y vigilancia de su desarrollo, pudiendo delegar en sus subalternos cualesquiera de sus facultades, excepto las que por Ley o disposición reglamentaria deban ser ejercidas por ellos.
Que las medidas que al respecto se tomen, contribuirán al adecuado y oportuno cumplimiento de los objetivos y programas que el Ejecutivo a mi cargo ha establecido como parte de la actual estrategia de
desarrollo económico y social y que, por lo mismo, conviene ponerlas
en práctica a la brevedad posible, ha tenido a bien dictar el siguiente

249

�ACUERDO:
PRIMERO.- Las Secretarías y Departamentos de Estado, Organis•
mos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal de la Administración Pública Federal, realizarán los actos que legalmente procedan, para determinar e implantar las medidas que permitan a sus titulares, llevar a cabo una efectiva delegación de facultades en funcionarios subalternos para la más ágil toma de decisiones, así como la ejecución y tramitación de los asuntos administrativos, en sus correspondientes ámbitos de competencia.
SEGUNDO.- Las entidades a que se refiere el punto resolutivo
anterior, efectuarán los estudios respectivos para proceder a la delega•
ción de facultades en los funcionarios de las distintas dependencias que
operen en el interior de la República.
TERCERO.- Cuando sea conveniente establecer una delegación
por zonas en el Territorio Nacional, las citadas entidades se coordina•
rán con la Secretaría de la Presidencia, para que el establecimiento de
las delegaciones se efectúe armónicamente y se apliquen criterios uni·
tarios a fin de facilitar la realización coordinada de sus actividades, en
beneficio de los propios servidores públicos y de los administrativos.
CUARTO.- Los Titulares de las Secretarías, Departamentos de
Estado, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal de la Administración Pública Federal, deberán realizar los actos
que sean necesarios, de acuerdo con las disposiciones legales que los
rigen, para rendir informes semestrales al Ejecutivo Federal, por con·
dueto de la Secretaría de la Presidencia, de las medidas que llevefl a
cabo para efectuar la delegación de facultades a que se refiere este
Acuerdo, así como de los programas que hayan elaborado con el mis•
mo objeto.

vo de este Acuerdo en un plazo no mayor de tres meses a partir de la
fecha en que entre en vigor.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad
de México, Distrito Federal, a los trece días del mes de marzo de mil
novecientos setenta y tres.- Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- El
Secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia.- Rúbrica.- El Se•
cretario de Relaciones Exteriores, Emilio O. Rabasa.- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Hermenegildo Cuenca Díaz.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, Luis M. Bravo Carrera.- Rúbrica.- El
Secretario de Hacienda y Crédito Público, Hugo B. Margáin.- Rúbrica.- El Secretario del Patrimonio Nacional, Horacio Flores de la Peña.- Rúbrica.- El Secretario de Industria y Comercio, Carlos Torres
Manzo.- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura y Ganadería, Manuel
Bernardo Aguirre.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones Y
Transportes, Euger1io Méndez Docurro.- Rúbrica.- El Secretario de
0brns Públicas, Luis Enrique Bracamontes.- Rúbrica.- El Secretario
' de Recursos Hidráulicos, Leandro Rovirosa Wade.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Víctor Bravo Ahuja.- Rúbrica.- El Se•
cretario de Salubridad y Asistencia, Jorge Jiménez Cantú.- Rúbrica.El Secretario de Trabajo y Previsión Social, Porfirio Muñoz Ledo.- Rúbrica.- El Secretario de la Presidencia, Hugo Cervantes del Río.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización,
Augusto Gómez Villanueva.- Rúbrica.- El Jefe del Departamento de
Turismo, Agustín Olaehea Borbón.- Rúbrica.- El Jefe del Departa•
mento del Distrito Federal, Octavio Sentíes.- Rúbrica.

TRANSITORIOS:
PRIMERO.- Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
SEGUNDO.- Los Titulares de las Secretarías y Departamentos
de Estado, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación
Estatal de la Administración Federal, realizarán los actos que sean necesariós, de acuerdo con las disposiciones legales que los rigen, a efec·
to de rendir el primer informe a que se refiere el último punto resoluti·

• Publicado m el "Olarlo Ot1olal" de la ~ el 6 de .Abrll de 1973.

251
250

'

.,

�APENDICE No. 2
ACUERDO * por el que se establece una Delegación de la Secretaría de
Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Monterrey, N. L.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
ACUERDO por medio del cual la Secretaría de Relaciones Exteriores crea
una Delegación con sede en la ciudad de Monterrey, N. L., desconcentrando algunas funciones específicas.
Con fundamento en los artículos 3o., Fracciones 11, VII, VIII, IX,

XII y XIV, y 260. de la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado;
la Ley de Nacionalidad Naturalización; el Reglamento para la Expedi~
ción y Visa de Pasaportes y el Acuerdo Presidencial referente a la delegación de facultades en funcionarios subalternos, publicado en el "Diario Oficial" de la Federación el 5 de abril de 1973, y

CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que es competencia de la Secretaría de Relaciones
Exteriores la expedición de pasaportes mexicano,s y la visa de pasaportes extranjeros; la legalización de las firmas de los documentos que deban producir efectos en el extranjero y de los documentos extranjeros
que deban producir efectos en la República Mexicana; el otorgamiento de permisos para la constitución de sociedades; la concesión a los
extranjeros de licencias o autorizaciones que requieran conforme a las
leyes para adquirir el dominio de tierras, aguas o sus accesiones, o
para obtener concesiones de explotación de minas, aguas o combustibles minerales en la República Mexicana y para adquirir bienes inmuebles ubicados en el país, para intervenir en la explotación de recursos
naturales, para hacer inversiones en empresas comerciales industriales especificadas, así como para formar parte de sociedades mexicanas
civiles y mercantiles y a éstas para modificar o reformar sus bases constitutivas y para aceptar socios extranjeros o adquirir bienes inmuebles
o derechos sobre ellos.
SEGUNDO.- Que en los términos de artículo 26 de la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, corresponde originalmente al Secretario de Relaciones Exteriores el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, pero para la mejor organización del trabajo po-

253

�drá delegar en sus subalternos cualesquiera de sus facultades, excepto
aquéllas que por ley o por disposición del Reglamento Interior de la
Secretaría, deban ser ejercidas precisamente por el titular.
TERCERO.- Que el Acuerdo Presidencial publicado en el "Diario Oficial" de la Federación el 5 de abril de 1973, dispone que los Titulares de las instituciones públicas procedan a implantar las medidas
conducentes para delegar funciones a sus subalternos, haciendo efectiva la desconcentración de las actividades de las Dependencias del
Ejecutivo para la más ágil toma de decisiones, ejecución y tramitación
de los asuntos administrativos que les corresponden, el suscrito Secretario de Relaciones Exteriores, expide el siguiente
ACUERDO:

gación podrá expedir o autorizar el documento que corresponda si recibe orden expresa de la propia Secretaría.
ARTICULO CUARTO.- La Oficialía Mayor tendrá a su cargo el
control Y vigilancia de las labores de la Delegación en Monterrey y fijará las reglas a que ésta deberá sujetarse, de conformidad con las
disposiciones legales aplicables, en el trámite y resolución de los asuntos a su cargo.
TRANSITORIO
El presente Acuerdo, entrará en vigor el día de su publicación en
el " Diario Oficial" de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.

ARTICULO PRIMERO.- Se establece una Delegación de la Secre,
taría de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Monterrey, Nuevo León.

Dado en Tlatelolco, Distrito Federal, a los diecisiete días del mes
de febrero de mil novecientos setenta y cinco.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Emilio O. Rabasa.- Rúbrica.

ARTICULO SEGUNDO.- La Delegación de la Secretaría de Rela•
ciones en Monterrey tendrá las siguientes atribuciones:
a) Expedir y refrendar pasaportes ordinarios mexicanos y visar los
pasaportes de extranjeros que se encuentren legalmente en el país, de
conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia.
b) Legalizar las firmas de los documentos que deban producir efec·
tos en el extranjero y de los documentos extranjeros que deban produ•
cir efectos en la República.
c) Otorgar permisos para la constitución de sociedades cooperativas o para la modificación de sus escrituras constitutivas.
d) En los casos no comprendidos en los incisos anteriores, reci·
bir de los interesados las solicitudes correspondientes, revisar tanto
éstas como los documentos que lleven anexos y señalar a tos interesados los requisitos que hayan o·mitido cumplir. Estando en regla la
solicitud y los documentos que deban anexársele, la Delegación la en·
viará sin demora a la Secretaría para su estudio y resolución.
e) En general, informar y orientar al público sobre cualquier asun·
to que sea de la competencia de la Secretaría.
ARTICULO TERCERO.- Cuando la Secretaría haya resuelto un
asunto de los mencionados en el inciso d) del articulo anterior, la Dele*

254

Publlcado en el " Diario Oflcl&amp;l" de I&amp; Federaclín el 18 de F ebrero de 1975.

255

�APENDICE No. 3
PODER

EJECUTIVO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO

*

por el que se establece las cuotas de los Derechos por la
expedición y refrendo de pasaportes .

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de las facultades que confiere al Ejecutivo a mi cargo los artículos 89 fracción I de la Constitución Política
de :os Estados Unidos Mexicanos y lo. fracción XVIII, inciso 3, subinciso A, subinciso b, y 2o. fracción II de la Ley de Ingresos de la FederaJ
ción para el presente ejercicio fiscal, ha tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO
Que establece las cuotas de los Derechos por la expedición y refrendo de pasaportes.
ARTICULO lo.- La Secretaría de Relaciones Exteriores cobrará
derechos por la expedición o refrendo de pasaportes conforme a las
cuotas siguientes:

1.- Expedición de pasaportes ............. . ...... .

$ 800.00

Tratándose de estudiantes becarios y de trabajadores
migratorios ... . ........... . ..... . .......... .

100.00.

11.- Refrendo de pasaportes ..... . ................ .

600.00

Tratándose de estudiantes becarios y de trabajadores
migratorios .................. ... ....... • ... .

50.00

ARTICULO 20.- Las cuotas a que se refiere el presente Decreto
se cubrirán en efectivo en la Caja de la Tesorería de la Federación adscrita a la Secretaría de Relaciones Exteriores, o en las oficinas del Servicio Exterior, concentrándose en su oportunidad los fondos a la propia Tesorería de la Federación.

257

�APENDICE No. 4

TRANSITORIOS:
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Decreto que establece los derechos
por la expedición y refrendo de pasaportes de lo. de marzo de 1971,
publicado en el "Diario Oficial" de la Federación de 6 de marzo de

1971.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal en la Ciudad
de México, Distrito Federal, a los 22 días del mes de abril de 1976.Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Mario Ramón Betata.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Alfonso García Robles.- Rúbrica.

PODER

EJECUTIVO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO * por el que se reforma el del 22 de abril de 1976 por el
que se establecen las cuotas de los derechos por la expedición y
refrendo de pasaportes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Uni~
dos Mexicanos.- Presidencia de la República.

LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de las facultades que confieren al Ejecutivo a mi cargo los artículos 89, fracción 1, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y lo., fracción XVII, inciso 3, subinciso A, subinciso b, y 2o., fracción 11, de la Ley de Ingresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal, ha tenido a bien expedir el
siguiente:
DECRETO
ARTICULO UNICO.- Se reforma el artículo lo. del Decreto de
22 de abril de 1976, por el que se establecen las cuotas de los dere•
chos por la expedición y refrendo de Pasaportes, en la siguiente forma:
ARTICULO lo.- La Secretaría de Relaciones Exteriores cobrará
derechos por la expedición o refrendo de Pasaportes conforme a las cuotas siguientes:
1.- Expedición de Pasaportes Ordinarios y Oficiales . . .
Tratándose de estudiantes becarios y de trabajadores migratorios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

$ 800.00

11.- Refrendo de Pasaportes Ordinarios y Oficiales . . . . .
Tratándose de estudiantes becarios y de trabajadores
migratorios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

600.00

100.00

50.00

Quedan exceptuados del pago de los derechos que señala este
artículo el personal del Servicio Exterior Mexicano y de las Dependen•
cias del Ejecutivo u organismos descentralizados que deban prestar
servicios, por más de seis meses, en una de las oficinas permanentes
•

Publicado en el "Diario Oflclal" de la ll'ederac1ón el 23 de Abr1l de 1976.

258

259

�establecidas en el extranjero por la Dependencia u
pida la comisión.
ARTICULO UNICO TRANSITORIO.- El presente Decreto entrará
en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la
Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad
de México a los veintiséis días del mes de mayo del año mil novecientos
setenta y seis.- Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- El Secretario
de Hacienda y Crédito Público, Mario Ramón Beteta.- Rúbrica.- El
Secretario de Relaciones Exteriores, Alfonso García Robles.- Rúbrica.

I

*

PubUeado en el "Diario Oflclal" de la Pederaclóll el 3 de A&amp;oato de 19'1'6.

260

�establecidas en el extranjero por la Dependencia u organismo que ex•
pida la comisión.
ARTICULO UNICO TRANSITORIO.- El presente Decreto entrará
en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la
Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad
de México a los veintiséis días del mes de mayo del año mil novecientos
setenta y seis.- Luis Echeverría Alvarez.- Rúbrica.- El Secretario
de Hacienda y Crédito Público, Mario Ramón Beteta.- Rúbrica.- El
Secretario de Relaciones Exteriores, Alfonso García Robles.- Rúbrica.

DERECHO
Y CIENCIAS SOCIALES
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

INDICE
VOLUMEN 1: NUMEROS 1-3

1973 / 1974

I
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON

MONTERREY, N. l.
*

Publleado en el "Diario Oficial" de la Pederaclón el 3 de Aaoato de tm.

260

1974

�INDICE DE ARTICULOS
LA BIBLIOTECA "LIC. JOSE JUAN VALLEJO" Y SU PROYECCION HACIA EL FUTURO, Manuel Uribe Muñiz, 1:1, 129-134.
CATEDRA INAUGURAL, DERECHO CONSTITUCIONAL, Pedro G. Zorrilla Martínez, 1:1, 1-16.
COMENTARIOS SOBRE LA LEY DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, Jacobo Ayala Villarreal, 1:1, 113-118.
CONFERENCIA: UNIVERSIDAD Y AUTONOMIA, Enrique C. Uvas, 1:3,
353-360.
CUESTIONES CONSTITUCIONALES SOBRE LA DESCENTRALIZACION
ADMINISTRATIVA, Carlos Francisco Cisneros, 1:1, 107-112.
EL DERECHO A LA INFORMACION, Jorge Villegas, 1:2, 195-208.
EL DERECHO COMO FACTOR DE CONSERVACION Y DE CAMBIO SO·
CIAL, Agustín Basave Fernández del Valle, 1:1, 53-58.
DERECHO DE CORREDURIA, LA HIPOTECA EN EL DERECHO INSTRUMENTAL MEXICANO, Jesús M. Cantú Frías, 1:2, 223-232.
ELEMENTOS PARA LA REFORMA ADMINISTRATIVA Y ACADEMICA EN
LA U . A. N . L. , Jesús Ramones Saldaña, 1: 1, 29-44.
EXISTENCIALISMO Y ESTRUCTURALISMO EN EL AMBITO DEL DERECHO, Agustín Basave, 1:2, 175-194.
LA FUNCION DEL MINISTERIO PUBLICO EN LA EJECUCION DE LA
PE~A, Jesús Espinosa García, 1:2, 157-174.
HACIA UNA ANTROPOLOGIA JURIOICA INTEGRAL. FUNDAMENTOS
DE FILOSOFIA DEL DERECHO, Agustín Basave Fernández del Va·
lle, 1:3, 301-316.
INFORME DE ACTIVIDADES; FACULTAD DE DERECHO, 1973/74 1:3,
361-366.
'
EL JUICIO CRIMINAL EN MEXICO, Mario Cantú Leal, 1:1, 97-106.
EL JUICIO SUMARIO DE DESAHUCIO EN LA LEGISLACION PROCE·
SAL CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO, Raúl Villarreal de la Garza,
1:3, 261-272.

LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS Y LOS DIPUTADOS DE PARTI·
DO, Carlos Francisco Cisneros Ramos, 1:2, 149-156.
LEY PARA PROMOVER LA INVERSION MEXICANA Y REGULAR LA EXTRANJERA, Everardo Flores Cantú, 1:1, 119-124.
LA LIBERTAD CAUCIONAL EN EL DERECHO MEXICANO, Jacobo Aya·
la Villarreal, 1:3, 279-284.
LIBROS RECIBIDOS, 1:2, 241-244; 1:3, 372-375.
LO QUE VIENE DEJANDO ATRAS EL "MILAGRO MEXICANO", Jesús
Ramones Saldaña, 1:1, 135-148.
LOS MEDIOS COLECTIVOS DE COMUNICACION, Jorge Villegas Núrtez,
1:3, 331-342.
MENSAJE, Pedro Ojeda Paullada, 1:1, 125-129.
LA NECESIDAD DE UN MEDIO COLECTIVO DE TRANSPORTE EN EL
AREA METROPOLITANA DE MONTERREY, Jesús Ramones Sal•
daña, 1:3, 343-346.
LAS NORMAS MINIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS,
Héctor F. González Salinas, 1:3, 285-300.
PERMANENCIA DE LAS GARANTIAS EN LOS CREDITOS DE HABILITACION O AVIO, Héctor Villegas Olivares, 1:3, 245-260.
¿QUE ES LA DOCUMENTACION?, Manuel Uribe Muñiz, 1:2, 215-222.
¿QUE ES LA PAZ?, Alberto García Gómez, 1:2, 209-214.
RESE~A: CL ANIVERSARIO DE LA PRIMERA CATEDRA DE DERECHO
EN EL ESTADO, 1:2, 233-240.
RESEÑAS BIBLIOGRAFICAS, 1:3, 367-371.
SISTEMAS DE CONTROL CONSTITUCIONAL, Nicolás Martínez Cerda,
1:3, 317-330.
UNA TEORIA DE LA PAZ, Alberto García Gómez, 1:3, 347-352.
LA TERMINACION DEL PROCESO POR CONCLUSIONES INACUSATO·
RIAS, Neftalí Garza Contreras, 1: 1, 83-96.

EL TRATAMIENTO DEL MENOR EN ESTADO ANTISOCIAL, Alfonso
Quiroz Cuarón, 1:1, 59-82.

EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, Alberto Ruiz Gómez, 1:3, 273-278.
UNIVERSIDAD ABIERTA, PROYECTO PARA LA REFORMA AL SISTEMA EDUCATIVO DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS
SOCIALES DE LA U. A. N. L., EXPOSICION DE MOTIVOS, Everardo Chapa Cantú, 1:1, 17-28.
LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA PAZ, Alberto García Gómez
1:1, 45-52.

�INDICE DE COLABORADORES
AYALA VILLARREAL, Jacobo, 1:1 , 113-118; 1:3, 279-284.
BASAVE FERNANDEZ DEL VALLE, Agustín, 1:1, 53-58; 1:2, 175-194;
1:3, 301-316.
CANTU FRIAS, Jesús M., 1:2, 223-232.
CANTU LEAL, Mario, 1:1, 97-196.
CISNEROS RAMOS, Carlos Francisco, 1:1, 107-112; 1:2, 149-156.
CHAPA CANTU, Everardo, 1:1, 17-28.
ESPINOSA GARCIA, Jesús, 1:2, 157-174.
GARCIA GOMEZ, Alberto, 1:1, 45-52; 1:2, 209-214; 1:3, 347-352.
GARZA CONTRERAS: Neftalí 1:1, 83-96.
GONZALEZ SALINAS, Héctor, F., 1:3, 285-300.
LEON MANRIQUE DE LARA, Miguel Platón , 1:3, 368-371.
UVAS, Enrique C., 1:3, 353-360.
MARTINEZ CERDA, Nicolás, 1:3, 317-330.
OJEDA PAULLADA, Pedro, 1:1, 125-128.
QUIROZ CUARON, Alfonso, 1:1, 59-82.
RAMONES SALDAÑA, Jesús, 1:1, 29-44; 1:2, 135-148; 1:3, 343-346.
RUIZ GOMEZ, Alberto, 1:3, 273-278.
URIBE MUÑIZ, Manuel, 1:1, 129-134; 1:2, 215-222; 1:3, 367-368.
YILLARREAL DE LA GARZA, Raúl, 1:3, 261-272.
VILLEGAS NUNEZ, Jorge, 1:2, 195-208; 1:3, 331-342.
VILLEGAS OLIVARES, Héctor, 1:3, 245-260.
ZORRILLA MARTINEZ, Pedro, 1:1, 1-16.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>/!

''Catón", periodista que
divierte y hace pensar

---

DEIAllUIDm&gt; m DIPUSIOII.
Publ.ícaoón de la
tDIIE DS U. IIIC'TOBlA. 1'011RO 11SO.
Universidad
tQ,EE'CJNO . .. . .
JIOlftl?BIET... t..
Autónoma
de Nuevo
Director: H(ctor Gmlzález y G&lt;&gt;nz.llez
león

Los oradores se cotizan bajo
Lorenzo y Pepita en amasiato

•

Q1p1ll* l!.lfon81na

TI,blio:cca

Í

., J

El Rector de la U, A. N'. L., Dr, Luis E: Todd encabez-6 la cena de la ..Unidad Universitaria"', acompañado del Go·
bemador, Pedro C. Zorrilla y los ex-Rectores Raúl Rangel Frías. Eduardo I.. Suárez, Hédor Ferná:ndez y Nicolás Tre·
viilo. Et\ esa fecha se cumplieron do:¡ años del arribo a la Rectoría del doctor Todd.

Editorial

UANL:

,.._,

a dos anos

de distancia
El 17 ch, octub,-e se cumplieron dos años del nombramiento como Rector al doctor Luis
S:,

,,...¡..i

"

En cosos como el presente el
elogio ofende, es arma de los
oportunistas y en la Universidad Autónomo de M.,evo León

los acomodaticios no caben.
El aniversario debe servir,
en principio, como el momento de la meditación o la orilla
del camino. Es el tiempo de
la evaluación de lo que se
ha construido y lo que falta
por hacer.
la autocrítica tiene más valor oue un caudal de elogios
que suenan huecos e insinceros
en determinados momentos
de la vida.
Como universitarios es una
oportunidad de preguntarse
sobre la ruta trazada por la
UANL, que todavía encuentra
tropiezos con ,aquellos que
consideran o la Universidad
como instrumento para saciar
sus fruc¡fnciones.
Errores debe haber muchos
Aciertos tantos más.
Pero hasta dónde, como
universitarios o como auxilia·
res del doctor Todd en los
diversos departamentos administrativos, Somos culpables de
toles errores.
En la Universidad el poder
no radica en uno persona. Es
in.fantil pensarlo.
Por eso es que consideramos que el camino de la institución es el que señalan los
que conservan su espíritu de
universitarios y su fe en la
transformación de la sociedad.
Cuando Luis Todd, nuestro
Rector desde hace dos años,
habla de la revolución que
debe substituir a la reforma
educativa, es porque son con..
ceptos producto de la evalua•
ción en las ~untas de maestros,
directores, coordinadores académicos, alumnos, etc.
Al cumplir do,, años en la
Rectoría debemos prOponemos
trabaiar con mayor unidad ha-

cio el Rector como representante de -la institución y estor
conscientes tfe aue lo logrado

...,. ... i:-..... .., ..............,. y '?'-

~

..,,L.

pa de los errores también nos
corresponde.

Prometer un año más de
senicío ~ la Universidad es
mejor que cientos de adula ..
dones ~ue el viento se lleva,
porque son frágiles y falsas.

Trinchera ...

La Independencia
Independencia, venerable
cura Don Miguel Hidalgo
y Costil1a quien l,a víspera,
al tañer la vetusta campana de su iglesia en Dolores, Guanajuato sentenciaba el deceso de la Nueva
N. L.).
¡ Que suenen los clari- España para dar Jugar al
nes, que vibren los tam- advenimiento de un novel
bores! Que nuestro cora- país. que desde entonces,
zón se encienda con su- y para siempre se llama:
blime emoción, para ren- ¡MEXICO!
Honorable prócer que
dir tributo a quienes hicieron posible, ser libre a supo trocar el rosario por
Ja espada. la silenciosa paz
esta Nación!
Fecha gloriosa que el del templo por el atronar
pueblo con memora con la ensordecedor del campo
entrega total, de su más de batalla, y segar de un
grande ofrenda de amor tajo la inicua opresión, que
y gratitud, hacia aquellos malos cristianos de allenprohombres que en el sa- de los mares, ejercían incrificio heroico y _el es- fames sobre sus berma•
fuerzo inaudito. forjaron nos, que aunque de otra
la base de una nueva Pa- casta, pero al fin, hermanos.
tria.
Jornada heroica que el
Una Patria que al romper las cadenas de la es- tiempo no borra; simienclavitud. derrumbó para te fecunda que en esa
siempre la tres veces cen- epopeya regaron con santenaria tiranía. cruel Y gre nuestros adalides.
oprobiosa. con que la vieHoy_ a la distancia de
ja España mantenía sub- centuria y media_ vive en
yug,mdo a uno de los pue- nuestras almas la inmorblos del Nuevo Mundo tal memoria de aquellos
descubierto por Cristóbal osados que con férreo esfuerzo fraguaron la Patria,
Colón.
El 16 de Septiembre de que con pulso firme, se
1810, un nuevo sol de li- mantiene enhiesta ante
bertad iluminó el envile- el mundo entero.
Y a través del tiempo,
cido y entristecido rostro
de nuestros hermanos. en forma cabal, to dirán
que con entusiasmo in- los siglos. los minutos, y
contenible se lanzaban a horas. en eco potente de
la lucha por la emancipa- un himno triunfal: ¡HIción, siguiendo fielmente DALGO.
M O R E LO S.
al llamado del Padre de la ALLENDE Y ALDAMA,
Por el Dr.
Leonardo Contreras López
(Director de la Escuela
Preparatoria No. 11 Universidad Autónoma de
Nuevo León,
Cerralvo,

u,

•

La canción de un priÍsta
Crítica y humorismo en Comercio
no llevaba ningún pa·
pel y se había equivocado de ventanilla, sacó la envoltura de una
cajetilla de cigarros.
para que la sellara el
empleado".
Al referirse a la política. dijo que "todo
saldria mejor en el
país, si et pueblo hablara más y el Presi-

Por Alejandro
TREVIRO
"El conferencista se
d,a cuenta que hay un
fotógrafo en la sala.
Por más que persevera
para encontrar un ángulo bueno, no lo halla, por lo que resuelve
tomar un aspecto del
presidium". Esa fue la
original manera del licenciado
Armando
Fuentes Aguirre periodista que escribe con
el seudónimo de '"Catón, el Censor". al iniciar una ch arla en el
auditorio de la Facultad de Comercio y Administración.
"Catón" afirmó humorísticamente que el
conferencista que habla
durante una hora a un
público sobre cualquier
tema. dedica "los primeros 20 minutos para
mover la inteligencia
de los asiMentes; los siguientes 20 minutos
para mover su corazón, y los 20 minutos
restantes para mover
las sentaderas de los
-oyentes•'.
Catón, quien actualtwtute es airector ct'el
Ateneo Fuente de la
Universidad Autónoma
de Coahuila. dijo -al
narrar el primer cuen-.to "que nn....o.r:adQl" al
convocar a1 diablo. éste
le dijo que el alma de
los oradores uo alcanza
paraíso, ya que su cotización es muy baja en
el mercado".
Luego, -siempre serio y con solemnidad-.
Catón definió a un burócrata. "como un señor que no hace nada,
pero que lo hace con 15
copias".
"Así. el señor Pérez,
como
un
ciudadano
cualquiera_ tras hacer
una larga cola en una
ventanilla de una dependencia oficial, se
percató que e1 encargado de la misma, como
única función colocaba
un sello en e1 papel que
presentaban. Colil,(} él

Otra frase pintoresca fue que "el ateísmo
es al catolicismo, lo que
e¡ matrimonio es al
amor".
Al narrar historias
de la creación del mundo dijo que "cuando el
Señor tocó un trozo de
lodo gris y creó un
murciélago. Adán 1,e
preguntó que para qué
servia ese animal. La
respuesta fue tajante.
Es para que los raton&lt;is. al mirar al cielo.
crean que los murciélagos son el ángel de
la guardia".
LA IRONIA EN EL
HUMORISMO DE
CATON
En el segundo ciclo
de frases, citó e¡ licenriado Fuentes A~nirrP
tas siguientes:
-"'Queremos
vivir
en una sociedad tranquila y sólo podemos
vivir en una suciedad
, _
-La canción de un
escogido miembro del
Partido Revolucionario
Institudonal, es ésta:
"Que de donde amigo
vengo de una casita
del Pedregal. con una
cochera donde caben
dos Mercedes y un
Mustang y si tú quieres
vivir. ya no seas reaccionario, hazúe revolucionario y que te ben·
diga Dios.
Después de lo anterior, hizo Catón las siguientes declaraciones
terminantes:
-"Lorenzo y Pepita
no están casados ... "
-"Seis de cada siete enanos opinan que
Blanca Nieves es f1igida ... "

GALEA.NA. JOSEFA ORTIZ DE DOMINGUEZ,
MATAMOROS,
JIMENEZ, GUERRERO!
Honremos a los gestores de la libertad que en
Dolores. nacieron a la gloria. con el trabajo honrado. la conducta recta y la
veracidad de nuestro verbo; aejemos postergada la
estéril demagogia. la atávica violencia, la ideologia extraña.
Hagamos un emporio
de nuestro árido suelo:
hagamos del emporio un
biblico edén y hagamos
una mistica de nuestra
nacionalidad.
Que nuestras vivencias
sean guiadas POf esos pa-

ladines. y a nuestros sentimientos los rija el pa•
triotisino.
Que nuestras ansias locas de copiar extranjerismos, l3s aniquile el culto
de· amar a la Nación; que
seamos hermanos de sangre Y de alm-a, no títeres
insulsos. marionetas movidas por la irresponsabilidad y la traición. de
adular héroes falsos. de
otras falsas ideas.
En fin. que desde el
Orto hasta el Ocaso. MEXICANOS seamos, MEXICANOS nomás.
Con la mirada al cielo,
y el paso hacia adelante,
mantengámonos
unidos
frente a la adversidad;

dente menos".

'

-"Los cachorros de
Lassie son unos hijos
de perra ... "
-"Los amigos de
Tarzán son puros animales ..• ••

Tras citar dos sonetos -de buen sabordijo Catón: "Ahora estoy seguro que ustedes
estarán contentos t-),o/.!n~_..,....,,..,~
lo que voy a decir: la
conferencia ha terminado".
Al preguntarle a Catón, quien le puso ese
seudónimo.
respondió
que tiene gran aprecio por el periodismo
regiomontano, ya que
debe
ese
seudónimo
a
quien
consiCera
su maestro. don Carlos Herrera Alvarez.
del
periódico
"EL
PORVENIR". así como
también al periodista
Cipriano Bríones Puebla. --quien durante
muchos años escribió
la columna 1 'A través
de mi cristal" y se fi rma ba Tata Nicho.
Finalizó.
que
"su
madre hubiei·a querido
que él fuera un Hérru les, pero no e,.g. m;u;...
1111.,._ un

~fr•"":;.••n"

A. Fuentes

11

~

Catón"

que nuestros hijos jamás
aprendan a claudicar, en
el surco de] campo, en la
escuela y taller.
Y si el destino incierto
nos llama a combatir defendiendo la honra de
nuestra nacionalidad. con
heroica prestancia vaya.
mos a luchar. repitiendo
con el poeta la voz de su
cantar:
"Nosotros. los efebos son(rientes.
llevaremoo cantando a tus
(altares:
los blancos lirios y las ro( sas sueltas;
como iban las canétoras
(esbeltas,
a los teIIll)IOS olimpicos
(de Ares".

�Mi .amigo, mi hermano, Francisco Calvi
"La memoria del justo
será et,erna.".
Salmo CXI-11
¡Oh Señor!. danos fortaleza en esta &lt;llora de
tribulación y de dolor, para que el tedio y la desesperación no se apoderen d.e tu siervo.
Bajo de estatura, pero
con altura de ideales, tez
rosada. pero con alma
blanca.
ojos
pequeños
muy viv,a ces. frente amplia de hombre inteligente, con un corazón que no
cabía en su robusto cuerpo, as! era nuestro amigo
Francisco.
Alegre, de una alegria
comunicante. siempre ge•
neroso, pues una de sus
misiones era dar: capaz y
a-ct¡vo, díganlo si no sus
llíültiples actividades, con
un gran valor civil. poco
común en nuestros dfas:

honesto a carta cabal,
pues hizo de la honestidad
un credo; Maestro, en toda la extensión de la palabra. de la Que dan tes•
timonio todos los que tuvieron la dicha y el privilegio de ser sus discípulos, de los que aprendieron de él tanto en las aulas como fuera de -ellas,
pues dictaba lecciones a
cada momento; humano,
sensible a las injusticias
que se· cometían con nuestros semejantes, altamPnte preocupado por los
problemas y las angustias
de los más necesitados.
Hizo de la Abogacía un
apostolado;
ejercía su
profesión no para beneficio personal, sino para
ayudar a los que recurrían a él. unas veces sin
cobrar
honorarios
y,
otras. cobrando lo que
sus clientes -que fueron

FRANCISCO CALVI

IN MEl\'IORIAM
~rofu~o dolor caU$Ó o la comunidad universitaria el
sentido deceso de uno de sus más queridos colaboradores.
El martes 7 del presente, deió de existir el señor licendado
FRANCISCO CALVI REESE, Director del De1&gt;0rtamento de Ser•
vicio Social.
·
Su vigorosa personalidad - en lo físico y espiritual - ,
quedó demostrada en el corto tiempo que nos acompañó.
Catedrático del ITESM y de la Facvltad de Derecho y Ciencias
Sociales de la U. A. N. l., litigante, líder político y funcionario
universitario. Todas estos facetas realizadas a plenitud y con
profunda dignidad.
Pero la más grande de sus virtudes fve la de ser
amigo universal. Por encima de las barreras de la raza,
ideología, religión o credo político, Francisco supo ser amigo
de todos, dando muestras inequívocas del eiercicio de fa
caridad, en obra y pensamiento, ganándose el cariño, estimación y respeto de todos los que lo conocimos y que nos
orgullecemos de haber sido contados e!'".!tre sus amigos.
Vayan estos sencillos pensamientos como un póstumo
homena¡e al hermano gue se nos adelantó, pero que nos
de¡ó un testimonio viril de autenticidad y profunda reflexión
que nos ha calado muy hondo en nuestra alma, pero que
constituye --incuestionablemente-, un aliento de esperanza.
Descanse en Paz.
Monierrey, N. L., octubre 10 de 1975.
LIC. PEDRO TREVIÑO GARC•A
Catedrático de la Facultad de
Derecho y Cienclas Sociales.
C?MfcdP'""~JN-."°"'11!.
UNIVERSIDAD AUTONO)lA
DE NUEVO LEON

Redor:

muchos-. le podían pa·
gar; entregado a
las
cuestiones politicas, las
que constituían su pasión; impartiendo cátedras en el I.T.E.S.M. o en
la Facultad de Derecho
de la Unjversidad Autónoma de Nuevo León; estructurando programas y
llevándolos a cabo en el
Departamento de Servicio Social 'de nuestra Máxima Casa de Estudios,
Departamento del que
era Director: sin tiempo
de reposo, como que sabia o presentía que la vida se le escapaba.
Francisco tenia un don
muy raro en nu-estra época; contar entre sus ami~
gos a personas de todas
las ideologías y credos,
quienes lo apreciaban entrañablemente; en más de
una ocasión o! que le decían personas que no estaban afiliadas al Partido
a que pertenecía Francisco. -incluso las que eran
de ideolog!a completamente opuesta-. que iban a
votar por él en las elecciones en las que estaba
propuesto para un cargo
de elección popular.
Francisco era mi amigo -mi dilecto y entrañable amigo-, uno de
mis rne.iores amigos.
Amigo leal, que tenía
un concepto correcto, preciso y exacta de la amistad.
Lo conocí allá por el
año de 1948. en los cursos de preparatoria que
se imparthn en aquella
casona vieja -hoy desaparecida-. del

'T'"T'anee

M:cxiClt'.Ho.

C~j;~º
·
e-

entonces nació una amistad, Que se confundía con
la que existe en los lazos
de sangre; pued,o decir,
entonces. sin exagerar
que nos tratábamos y nos
veíamos como hermanos.
En una ocasión -con
motivo de la presentación
de nuestro libro- allá
por el año del 72, dijo
- y hoy lo quiero recordar:
"Hace 23 años nació
para mí una amistad sin
sombras que me hizo conocer lo que es tener un
herma.no mayor a pesar
de que lo aventajo en un
par de años. Una amistad
sin lagunas ni lapsos. en
la que hemos cambiado
información.
proyectos,
1ecturas. opiniones y discusiones. empeñosos, buscando la decisión más
justa. más válida para
los problemas que hemos
vivido y vivimos como

maestros o como abogados. Una amistad que se
extendió a todos nuestros
amigos y a nuestros compañeros, una amistad sincera y entrañab'le que
siempre he considerado
un privilegio".
Si nos pusiéramos a reJatar sus momentos felices. sus angustias, sus
proyectos, sus preocupaciones. sus anhelos e inconformidades. seria necesario escribir un libro.
Precisamente él -no hace mucho tiempo- se referia a ese libro, cuando
hablaba a su generación
en

una

mañana de

in-

vierno. "La generación
-d&lt;ecía- es un libro
abierto. en el que constante-mente se escriben
páginas ... " páginas que
él escribió, posiblemente
¡as más bellas.
El marres 7 de octubre
de 1975 se extendió la infausta noticia: Francisco
Calvi habla muerto. Se
consternó la ciudad. Sus
amigos. con asombro e
in-credulidad. no queríamos admitirla. pero era
la cruda y escueta realidad. Frente a su féretro
desfilaron -con la tristeza dibujada en el ros•
tro-- sus amigos, compañeros. discípulos y personas de todas las clases sociales. a las que Francisco, en alguna ocasión, ¡es
había servido.
Los jóvenes del Departamento de Servicio Social perdieron a su Director, sus discípulos sil
quedaron sin Maestro. Yo
he perdido a mi fiel ami"1!~ t:-j-emtpla;-r

c;u·mpafrtro,

capaz colaborador y excelente consejero.
Pido al Todopoderoso
dé cristiana resignación
a su madie Anita y a su
hermano José Luis. La

límites y su honda y gran
preocupación por los graves problemas de nuestro
querido México, al que él
Je ofrendó lo mejor de si
mismo: su inteligencia.
" ... Ya que creyó y esperó en tí Señor, mandes
sea su alma tomada por
los ángeles y conducida a
la patria del paraíso y
posea los goces eternos".
Descanse en paz nuestro
amigo Francisco.
Ricardo Treviño Gnrcía

La Noche de Tlaltelolco

"UNIVERSIDAD"

Publicación del Departamento
de Diluslón de la U. A. N. L.
Titular del Df&gt;pto.:
LIC. .JORGE PEDRAZA SALINAS

Director:
Béet.or Gomále-i y GomálN
Colaboradore:,;: Re11i Morales.
AJejandt'o Treviño, Alberto Gond.lez, rtlario Marline1. Oi;eguem.
Elvlra Lozano y EUsa Nai·an-o.
Fotógrafos:
Alvaro Rimo LPos.
Yiliberto Robles Rufa y Gre,rorio
Rí08.
Ciroulación:

Agu:stin Udave Salas

· Torre de la RectoríajNol·eno
PisofTeléfono 52--1-1 90
Ciudad Unlversitaria/Monterrey,
Nuevo León, Hfaico.
Franquicia postal por Acuerdo
Pluidenelal del 9 de Mayo de
1956, publicado en rl ..Olarjo

Ofielal" el 11 de .llilio df'I
mismo año.
OCTUBRE DE 19'15.

ELENA PONIATOWSKA, reportera, inves-

tigadora, intelectual, escritora, nos revela el
profundo cariño que siente por el PUEBLO ME·
XICANO en sus dos LIBROS-TESTIMONIOS, que
son para -s er oídos más QUe leídos.
"HASTA NO VERTE JESUS MIO" recoge
la vnz de una mujer del pueblo, Jesusa Palancares, quien nos relato su vida en el lenguaie
autócto~o actual del oueblo nuestro. La crítica
ha señalado oportu~mente la riqueza de
este libro, que aporta ~ fa literatura mexicana nuevos poderes tlel lenguaje hablado.
"LA NOCHE DE TLALTELOLCO"
"Llevaron cadáveres al Campo Militar
número 1. Un amigo contador fue por el
cadáver de su mamó y le dijeron ~ue se lo
daban n condición de aue firmará que su
mamá era una peligrosa agftadora. Firmó
todo. Todo. Su mamá era una ancianita que
estuvo en Tloltelolco !&gt;º' pura casualidad".

Bravo Ahúja responde
a

"UNIVERSIDAD''

Versión de ELVIRA LOZANO

mará el nuevo tipo de universitario?.

Señor Secretario: ¿ Cree usted
que sea factible la idea del Rector de la U. A. N. L., Dr. Luis
E. Todd, de incorporar al estudiante al trabajo desde la Secundaria?.

R: La pregunta es difícil de
contestar. En mi concepto ter.~mos que declarar una situación
previa y es el objetivo primario
de la educación que es Ja realización de la sociedad, la búsqueda de la felicidad del hombre.
Del hombre en lo general -no
excluyo de la palabra hombre a.
las mujeres-, dentro de este
concepto el universitario, y al
decir universitario me refiero a
cualquier persona que tenga estudios de carácter superior, debe
de estar totalmente comprometido C'On el des3.rrollo social.
Desde el punto de vista critico
-pero no critico destructivo-,
porque en la crítica debe haber
siempre una. solución a Jo que,
se critica y debe ser profundamente productiva, al decirle profund:lmente productiva me refiero a cualquier tipo de pro•
aucció~_...desde_ la..oroducc.ión.. .di
gamos- aé""D ieltt:!s de consumo.
hasta la producción del campo. _

R: Sí lo creo f,actible. En el
fondo representaría un ideal integrarlos al trabajo y al estudio, de manera Qlle aJ mismo
tiempo que el estudiante adquiere una responsabilidad en el
trabajo, tiene la posibilidad de
progresar a cualquier nivel educatiV'O. Me da h impresión que
esto lo incorporaría en forma
mucho más eficaz a la sociedad.
¿ Qué opina usted de b propuesta del Rector de aprovechar
mejor el tiempo mediante el sistema de cuatrimestres?
R.;,

~

_yna orcu:a1esb,... I:a.- . ~

1a coriSfdefo íin.Portánle. Ci'eo

que aqul el problema está en
hacer una auténtica campaña
nacional de corresponsabilidad
de los problems sociales y entre
ellos, posiblemente el fundamental de todos, el educ:ilivo, porque ted'os somos producto de la
educación, para que nos correstristeza que nos produce . ponsabilizáramos a tener un clael viaje sin retorno de ro sentido de lo que es el valor
Francisco. se
aminore moral de la ética. En la propuesta del Rector hay no solacon el recuerdo estimu- mente
el aprovechamiento desde
lante de su entrañable el punto de vista de un modelo
amistad, su alegría conta- que trate de utilizar todos los
giosa. su generosidad sin recursos para la real_ización de
una. sociedad superior.

DR. LUIS E. TODD
Seieretario General:
LIC. JF..SUS LOZANO DIA:t

ING. VICTOR BRAVO AHUJA

"Abri la puerta de la casa.
- ¿Y Carlitos?
-No ha llegado. No sabemos nada.
Entonces comenzó la !)eor noche de mi
vida".
"Me hnn matado a mi hiio, pero ahora
todos ustedes son mis hiios".
No bastaba una sola voz, por dolida y
sincera que fuese, para dar el sentido, la
significación, la dimensión misma de los trágicos días vividos por muchos mexicanos en
octubre de 1968. Elena Poniatowska, recogiá
opiniones de estudiantes, !)adres de familia,
obreros, oficiales, granaderos, profesores. empleados, gente de la calle y con ellos formé
un "collage" de testimonios sobre los suce.
sos sangrientos pre-olímpicos ocurridos en la
Plaza de l&lt;Js Tres Culturas.
LOS LIBROS ANTES CITADOS PUEDE USTEO
ADQUIRIRLOS EN LIBRERIAS UNIVERSITARIAS.

Señor Secretario: ¿Qué reformas se han pensado can respecto a Ja educación superior?
R: Las reformas de la educación superior se promulgaren
a partir de la "Declaración de
Villa Hermosa" que, como usted
sabe, tuvo lugar en la ciudad de
Villa Hermosa en el mes de
abril de 1971. Tras de esas declaraciones vinieron una serie de
as3.mbleas de la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior
(ANUIES), que fue la Décimo
Tercera, después vino una extraordinaria en Toluca y otra
en México y una más en Querétaro. En todas estas asa mbleas se ha abordado el problema de la educación superior y
de hecho se han organiza.do ya
varias instituciones educativas y
particularmente aquellas que
depen"den directa.mente de la Secretaría de Educación Pública.
En esta dinamización, el concepto de los planes y estudios
ha cambia.do, hay en algunas
universidades y nuestro sistema
de educación los troncos comunes, corno ejemplo de un tronco
común de Ciencias Sociales en
dos años comunes pueden salir
varhs carreras como la de Abogado, como la de Administrador,
como la de Sociólogo, Antropólogo, para darle un ejemplo.
desde el punto de vista de la
educación media superPOr se ha
busca.do que sea terminal y al
mismo tiempo propedéutica y se
ha buscado también una programación recticular, de manera que el alumno tenga flexibi lidad para tomar cargas \1.cadémicas de acuerdo con sus posibi1idades de trabajo.
¿Cuál debe ser y cómo se for-

¿De acuerdo al recorrido qut&gt;
hizo a nuestra Universidad, qui&gt;
opinión se lleva de ella?
R: Hacer una sepa.ración (I('
mi persona, respecto a b C':&gt;rnunidad universitaria de Nuevo
León, seria hast3 cierto punto
un absurdo, yo tengo como se:. --..____,.
gunda patria estatal, como seg!Jndo Estado, Nuevo León y lógicamente la Universidad de
Nuevo León me motiva como si
fuera mi Universidad, de modo
que. he sentido sus éxitos. he
sentido sus crisis y no solamente las he sentido, sin'O 1-as he vivido, ahora la Universidad se
encuentra en un renacimiento.
Este renacimiento que le corresponde al doctor Todd, me da
la impresión de que es modelo
a nivel na.cional, no solamente
desde el punto de vista universitario puro, sino desde el punto de vista de los hombres que
tomando la Universidad en una
profunda crisis. han logrado superar esa crisis y orientar a la
Universidad dentro de su respons.abilidad social y por otro
lado, motivar en forma positiva.
en forma constructiva, a toda la
comuni~ad universitaria. Esto es
muy-_ diferente a alienar, es
mo~ivar, creando una. conciencia
cri~ica, pero como yo decía anten?rmente,
reS"ponsablemente
critica.
Un:i última pregunta., ¿Cree
usted Que las Universidades en
general están en paz.

R: Si. Hay problemas en t-od~s las Universidades. La expl'Os1ón demográfica nacional es
trem4:n~a, pero la explosión demogi:ahca del sistema educativo
no tiene Paralelo, de hecho en
el_ transcurso del Gobierno del
seno~ Presidente Echeverría,
termman~o el año escolar 19741975, el sistema universitario ha
tenid~ a nivel de la. educación
superior que crecer en más de
un 50 por ciento. Esto significa
un prob1ema muy serio; sin embargo, creo que en las diferentes comunidades universit.arias
se respira un compromiso sociaJ
se respira una idea profunda d~
transformación y por otro la.do
hay una vinculación muy grande con los planes nacion3.Jes
de un desarrollo equilibrado Que
C'Onsidere tanto el aspecto social
económico, así como cultural
espiritu3J

Y

�</text>
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                <text>Órgano de la Universidad de Nuevo León publicada semanalmente en los años setenta. Dirigida por David Martell Méndez. Colaboradores: Enrique Maldonado, Salvador Pérez Chávez, fotografía: Álvaro Ríos Leos. Contiene información económica, estudiantil, histórica, cultural de la Universidad.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>De Visita en
Monterrey, España
Por Gutierre Tibón.
ONTERREY, Espafia.- Vine a buscar la
ciudad madre de la Sultana del Norte ( ¿ por
qué Sultana, si los árabes nunca dominaron
Galicia? Los primeros moros llegaron aquí en
1937, con Franco), Durante ~os días exploré
eUdonte del Rey, subiendo desde el plateado río Tamega
ybajando al barrio de San Lázaro, en Verín. Un primer
iaensaje de los regiomontanos gallegos a los regiomontanos nuevofeoneses. La acrópolis de Monterrey es la
(«taleza mayor de Galicia. Si contamos todo su
desan'Ollo de defensa, con su triple recinto poderosamente amurallado es la mayor de las Españas,
incluyendo a Portugal.
¿Su antiguedad?: prerroromana, precéltica, preibáica. Esto fue ciudad neolítica. Soberana atalaya del
Valle de Tamega, en la edad media ya se levanta importante templo en la cúspide del viejo Castro, centro de
un feudo real, y como tal se vuelve el Monte del Rey. No de
un rey en particular, sino privilegio de la Corona. Así
como siglos después, en México, Pinotepa, encomienda •
.real, se llama del Rey. Mi esperanza de encontrar quien
fue el rey de Monterrey se vio defraudada.

,
'
"•,
•

.

'

Í!.;

1-··

•

P

or fortuna me entero de que el primer documento en que se menciona ''mi pueblo de Monterrey" lleva la f1I1Ila del rey sabio, Alionso X. En 1274 aquel insigne
monarca que adoptó la X, símbolo de su sucesión entre los
A)fonsos, para representar la letra shin, hebrea y árabe, y
que por esto se puede considerar el padre de la X de
Mélico. El templo de Monterrey me llena de asombro.
A medio muro sobresale la Virgen de la Anunciación,
también esculpida en piedra, que indica su divino estado
cubriendo castamente el vientre con la palma de la mano.
F.11 el muro del frente la mira el Angel Gabriel y en las
1 cuatro esquinas sendos ángeles tocan triunfalmente sus
largas trompetas. Más tarde la iglesia se consagró a otra
/ advocación de María y a ella se debe el nombre que Diego
de Montemayor, dio en 1956 a la ciudad metropolitana de
Nuestra Señora de la Purísima Concepción de Monterrey,
en nombre de don Gaspar Zúñíga, quinto Conde de
Monterrey.
Cuando este virrey de la Nueva España, se fue a Perú
millares de indios lo acompañaron llorando hasta
Acapulco. Afio y medio después el conde de Monterrey,
murió, pobre, en Lima. Los regiomontanos de México
pueden ufanarse de tener el más humano y honrado de los
blroes epónimos. Subí a la torre del homenaje, la más alta
de la fortaleza, obra del primer conde. Seis pisos. Conté 67
.capas paralelas de canteras graníticas. Desde el techo se
dominan vastísimas extensiones en los cuatro vientos.
Vifledo que alcanzan hasta arriba. Tupidas alamedas.
Maizales que recuerdan a México. En las piedras de la
última bóveda descubro los más variados petroglifos.
Sellos de Salomón swástícas, aspas y otros signos:
mágicos que evidentemente desempeñan aquí arriba una
función alquímica y protectiva.
ebe

ser

de

tradición

muy

arcaica,

en

Oparte pre-cristiana. ciudad de Monterrey, tuvo
tres mil habitantes, en parte religiosos, y aquí se esLa

tableció la primera imprenta de Galicia. De sus tórculos
IBlió en 1494, el misal de Orense, Missale Auriensi
lmpressum in Monterregio. Con el invento de la pólvora
-sea tres veces maldito- Monterrey decae. Hoy tiene 22
habitantes. Conocí a cinco, tres mujeres, el guardián de
las ruinas y un nifio de nueve años. Les describí la nueva
J(onterrey de casi dos millones. ¿Millones? Su capital
actual, Orense, tiene 80,000. Me escucharon asombrados,
~o incrooulos, pero me piden saludar con mucho afecto
1 sus primos de México.
"Excélsior".

filiación Deceul llfar■ativa y C1lt1ral l1Spiciaa
Jll el Patronato Uaiversitario de Nueva Leó1
Altortzada como correspondencia de 2da. Clase en la

..,

Administración de Correos de Monterrey, N.L.
el 16 4e abril de 1951

lllércoles 1•. de Octubre de 1975.
...terrey; N.L., Métiro, Año XXIV Epoca n
liarelos 652 Óte. Apdo. 4072 "B"

1274

Emérito al Dr. Agustín Basave Femández del
Dos momentos de la ceremonia del Consejo
Universitario, en la cual se nombró Maestro
Valle, quien aparece arriba recibiendo el pergamino y abajo, presidiendo el acto.

LA U.A.N.L. NOMBRA MAESTRO
EMERITO AL DR. AGUSTIN BASA VE
l doctor Ricasens Siches, filósofo internacional sociólogo y catedrático de la·
Universidad Nacional Autónoma de México,
por una parte y el Rector de la Universidad
Autónoma de Nuevo León doctor Luis E.
Todd, por otra, coincidieron en señalar que el doctor
Agustín Basave Fernández del Valle, es el exponente de
la filosofía mexicana y que hombres como él trascienden
a las universidades.
El doctor Agustín Basave, ungido en sesión solemne
del Consejo Universitario del 14 de mayo pasado como
Maestro Eml!'ito de nuestra Máxima Casa de Estudios,
por unanimidad de votos de todos los miembros del H.
Consejo, fue objeto de un sencillo pero significativo
homenaje en el que se le hizo la entrega del pergamino
que lo acredita como tal.
El acto, que
se desarrolló en el auditorio de la
Facultad de Filosofía y Letras de la UANL, estuvo presidido por el licenciado César Santos Santos, Secretario
General de Gobierno, en representación del doctor
Pedro G. Zorrilla Martínez, Gobernador del Estado; el
Lic. Leopoldo González Sáenz, Alcalde de Monterrey; el

Rector de la UANL, doctor Luis E. Todd, Lic. Jesús
Lozano Díaz, Secretario General de la UANL., el filósofo
internacional doctor Ricasens Siches, el licenciado
Eduardo Macias Santos, Rector de la Universidad
Regiomontana, Lic. Genaro Salinas Quiroga, tambiál
maestro eml!'ito de la Universidad Lic. Ricardo Treviño
García, de la H. Comisión de Hacienda de la UANL y Dr.
Agustín Basave y Fernández del Valle.
La ceremonia que se desarrolló en un ambiente pletórico de emociones estuvo amenizado por el profesor
Antonio González y la doctora Enriqueta Ortiz, quienes
ejecutaron al piano lo mejor de su repertorio en una
forma magisterial.
AGUSTIN BASAVE "ESENCIA PLURAL DE NUF.STRA INSTITUCION": LUIS E. TODD.

S

er y quehacer de la Universidad, esencia
plural de nuestra Institución", eso es Agustín Basave, dijo el doctor Luis E. Todd, al dirigir su mensaje a la
comunidad universitaria, durante el desarrollo del
- - - - - - - - - - - c r a s a a la Pág. 6)

�,.

2

VIDA UNIVERSITARIA

EDUCACION: ·FORMULA PARA
LA SALYACION DE MEXICO

ascal, que conoce tanto al
hombre, resulta a veces
irritantemente inhumano. ·
"Es falso que seamos dignos de que los demás nos

'

A

,

---'ti.~:.::!__

/'"' \'"':

"'-!.-- .

• ,: ~

;¡m ';11~ a I u.;JA

l&lt;J doctor en Derecho Luis Rec_anses Siches, estuvo a saludar la mañana de hoy al

Rector d_e la UANL, doctor Luis E. Todd, acompañado por el Director de la Facultad de F1los~~ía Tomás González·de Luna y el d~ctor Agustín Basave Femández
del Valle recten nombrado Maestro Emérito de la UANL.
1 ~octor en De~echo estu~o ~ saludar al Recto~ de
En el ~orto, pero proLws Recanses S1ches, la Maxuna Casa de Estudios, vechoso intercambio de
del Instituto de Inves- doctor Luis E. Todd, y a impresiones el doctor Todd
tigación Científica de la evocar aquellos afios en que comentó al visitante qu~
UNAM, llegó a Monterr~y visitó Monterrey y de paso, actualmente, la u'ANL,
para estar en la ceremoma lo que era nuestr~ Alma cuenta con cerca de sesenta
en que el d?Ctor Agustín Mater en aquel ento·nces.
mil estudiantes, sefialando
Basave Fernandez del Valle,
que estaban creciendo más
recibió la di_s~inción de
Acompafiaban al doctor apr_isa que en ninguna otra
Maestro Emento de la Recanses en su visita al •Universidad del país
Facultad de Filosofía y Rector, el Director de la teniendo la política de la;
Letras _de la UANL, ~~o Facultad de Filosofía y puertas abiertas, pero elegalardon en reconoctm1ento Letras de la UANL., licen- vando el nivel de valuación y
a su labor docente.
ciado Tomás González de promoviendo salidas laEl doctor Recanses Siches, Luna, el doctor Agustín terales a nuevas carreras
quien actualmente reside en Basave Fernández del Valle, así como· el gran auge en eÍ
la ciudad de Nueva York, catedrático de la Facultad. área de servicio social,

E

l disertar ante los miembros del Club Sertoma
Regiomontano, el Rector de
la UANL, doctor Luis E.
Todd P{f-ez afirmó· que si
aprovechamos la comunidad, los medios de difusión; e
incorporamos al estudiante
al desarrollo, democratizamos las Universidades y
utilizamos al máximo
nuestro tiempo. México podrá tener la fórmula salvadora de la educación para
liberarse de los problemas
del subdesarrollo.
El doctor Todd, invitado
por el presidente del Club
Sertoma Regiomontano,
Raúl Bazán, así como por los
sefiores Ricardo Sepúlveda y
Francisco Garza, disertó
ante este Club, acerca del
problema educativo nacional
Y se refirió a los movimientos estudiantiles del
68, como una explosión
prematura de deseo, de
cambio institucional y de
alteración en la jerarquía de
los valores de la sociedad de
consumo.
Defendió el doctor Luis E.
Todd, que las universidades
son lugares de estudio y que
forman parte del cambio de
actitud mental que requiere
Méicico para propiciar una
verdadera
ideología
nacional Y posteriormente
una reforma ra~cal en las
estructuras d_e vida.
.
Los confüctos del 68, dijo, en_sefiaron que es
necesaria l~·,p~parac~ón Y
la ed_ucac1on · previa a
?ua~qm~r. transformación
mstltucwnal.

E

s importante, agregó,
que estemos convencidos de que las
ideologías exóticas de otros
países, no son posiblt:s de
trasplantar a un país en
desarrollo como el nuestro
,

sino que a través del proceso
educativo se deben modificar los objetivos de la vida misma, las características de una sociedad
con grandes diferencias en
los bienestares y donde una·
ma~ ~portante del p~eblo
está aleJada de los mmtmos ·
satisfactores.

P11sa1ieato· y Trayectaria de· Pascal

amen; es injusto que lo queramos. Si

educativa
educativa
dicalmente una revoluci6a
en la metodología sino
fundamentalmente en Ji
estrategia.

s

e que sirve dijo Todd,
que se estén discutiendé
las informaciones de los Ji.
bros si no se discute lo más
Se requiere para com- importante para nuestrosbipartir el desarrollo y darse jos, "que es la forma en que
cuenta de que la felicidad no se les ensefie a aprender".
es sólo trascendencia in- Si no se les inculca la ¡¡.
dividua! sino también jus- bertad en el proceso de
ticia social, de 11Da educa- aprendizaje, la flexibilidad,
ción nueva, distinta, para si no se termina con la masiformar un nuevo uni- ficación de la ensefianza y
versitario,
un
nuevo con el tutelaje que coomexicano que se adapte al diciona una ennajenación en
momento histórico y que el proceso de educación.
comparta con sus seme- La . educación moderna
jantes el desarrollo.
, apuntó el Rector, debe m:
El doctor Todd, subrayo cluir un sistema abierto
que la mejor fór_mula li- ·nexible, en donde cada
beradora que sirve _no ·alumno en forma insolam~nte para dar m- dividualizada encuentre 811
f~rmac1ón ":1 para prop?r- realización, donde se le
c~o~ar sahs~actores _1~- ensefie no que es lo que debe
d1v1duales, . smo tambten saber, sino como debe
para combatir los problemas aprender.
de salu~, los proble~s de
Donde el estudiante tenga
corrupción y la ~ormac1on de 11D método para aprender ¡
nuevos profesionales que aprender
dependen ~e 1:1"ª educa~ión,
En es~ forma, el es,.
para la practica profes10nal tudiante podrá tener en el
social y ~o e~clusivamente. futuro, i'.ina manera de ser
par_a. el mteres netamente que le permita investigar pcr
mdivtdual.
si mismo, abrir sus propias
Asimismo, en su alocu- fuentes de empleo y tener
ción el Dr. Todd, se refirió sensibilidad ,social para
a la discusión que recien- compartir el desarrollo coa
temente tuvieron con el sus semejantes.
Biólogo Marxista doctor
El doctor Todd, insistió en ;
Mandell, que presumía que la plática, en 11Da serie de
la Universidad no era más conceptos sobre información 1
que el producto del sistema y num{f-ica, características de 1
que no podía modificar la ·la educación, indice de 1
sociedad en que se en- analfabetismo y para que los
contraba inmersa.
universitarios dijo
Sin embargo, subrayó estemos conscientes de que
Todd, 1a tests
· de cambio requerimos . un apro- ·
social en México, debe in- vechamiento máximo de ·
cluir u_,n incremento en la nuestras capacidades y una
d
e_ucac10n fa que México verdadera planeación futura .
tiene todavta una tragedia , de¡ proble~a educativo.
1

1

1

naciéramos razonables e indiferentes
y conociéndonos a nosotros y a los
demás, no imprimiríamos esta inclinación a nuestra voluntad. Nacemos, sin embargo, con ella; naeemos, pues injustos, porque todo
tiende a si. Esto va contra todo orden:
hay que tender a lo general; y la inclinación hacia si mismo es el comienzo de todo desorden, en guerra,
en politica, en economía, en el cuerpo
particular del hombre. La voluntad
esta, pues, depravada". ("Pensamientos", frag. 477, págs. 84-85,
Colección Austral, Espasa Calpe,
S.A.). Pascal, que es cristiano, no
parece reparar en que Dios mismo
nos ama. Y si somos dignos de que
Dios nos ame, ¿por qué no somos dignos de que los demás nos amen? ,
podríamos preguntarle al pensador
francés. ¿Por qué llamar injusta a
una tendencia natural? ¿Por qué
decir que va contra toda orden? Por
qué violentar nuestra naturaleza que
tiende a la relación intersubjetiva tú y yo- haciéndola tender a lo general? No encuentro otra explicación
fuera de la actitud jansenista de .Pascal. Al asegurar que la voluntad está
depravada, sin matizar, nos quita
•toda esperanza.
También la aversión a la filosofía
es un ra§go típicamente jansenista.
Pascal filosofa, "malgré luí", para
menospreciar, en ocasiones, a los
ftlósofos y a la misma filosofía ( fr~gmentos 463 y 464). Claro está que el
jansenismo de Pascal no es total. Si
fuese un jansenista integral dejarla
total~ente de lado a la filosofía para
atenerse, exclusivamente, a la · validez de la escritura y de los padres de
la Iglesia. Su severidad moral, su enconada lucha contra el laxismo, su
acentuación de una naturaleza injusta
y depravada son de pura sepa jansenista. Por supuesto Pascal no llegó

.

~-'

LA RELIGIOSIDAD DE"SAN ,
FRANCISCO DE ASIS.. Y

LA DE PASCAL
LXXVII

Por Agustín ~asave Femández del Valle
Doctor en Derecho y Doctor en Filosoflo h.c.

Asís no teme amar a los hombres y su
amor abarca hasta las cosas más
humildes. Cuando Pascal nos dice que
no hay que amar a las criaturas
pasajeras (fragmento 479) y que la
conclusión de los sabios es que hay un
Dios y no debemos gozar de las
criaturas; San Francisco entona 11D
"Cántico del hermano sol": "Loado
seas, mi Señor, con todas tus criaturas ... "Acaso no haya tenido Jesucristo un discípulo más próximo
que el dulce Santo italiano. Poeta, artista, pensador, renovador, San Francisco canta a la naturaleza -y guárdese alguien de pensar que era panteísta!- con una inocencia y con una
profundidad que nadie ha podido
igualar. Por encima del raciocinio
lógico y del deber ético levanta su actividad espiritual. Místico-estética. El
amor-y no el temor- lo anima todo.
Es por amor -y no por temor- que
alguna vez se despide de las cosas llevándolas en su almapara
abrazarlas más a Dios. "Te ruego,
Señor, que la fuerza abrasadora y
maliflua de tu amor absorba de tal
modo mi mente, separándola de todas
las cosas, que muera por amor de tu

al extremo de afirmar, como lo hicieron los jansenistas, que Adán fue
acreedor de la gracia; que b humanidad está radicalmente sometida
a la concupiscencia viciosa, a la que
sigue sometido, internamente, el
hombre en gracia. Tampoco llegó
Pascal a decir que Jesucristo murió
sólo por los elegidos y que la masa
permanece reprobada. Si Pascal
hubiese sido un jansenista total poco o
nada nos interesarla ahora. El jansenismo está definitivamente muerto.
Apenas si subsiste una pequeña
iglesia jansenista en Utrecht (Holanda), separada de Roma (1723) ocho
años después de que se renovó solemnemente la condenación del jansenismo (bula Unigenitus) Bias Pascalsu pensamiento y su trayectoria- está ahora más -;;ivo .que nunca.

S

ería bueno poner un parangón
· entre la religiosidad de Pascal y
la religiosidad de San Francisco de
Asis. También el "Poverello" ilumina, desde el corazón, el universo
que le rodea. Mientras Pascal va de
priva y tiene miedo de encandilarse
con las criaturas, San Francisco de

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El Ftedor de la UANL docto L · E T
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Estado, profesor Ric¡rdo To~r~•~ · /dd Y el Director de Educación Pública del
Comisión Permanente ue ser . / r mez, sentaron las bases de lo que será UDJ
cativa estatal y la Máxi~a Cas~~
P:~nte entr:e la citada dependencia ed•
abier tos en la secundari·a Y la U e_ s ~dios para mtercambiar nuevos sistema•
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3

VIDA UNIVERSITARIA

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amor, ya que por amor de mi amor te
dignaste morir" ( "Escritos Completos de San Francisco de Asís y
Biografías de sÚ Epoca", segunda
edición, pág. 69, Biblioteca de Autores
Cristianos). Pascal -que tiene tras
de sí un pasado mundano aleccionador- no quiere desorientarse
nuevamente, después de su conversación, entre las huellas e imágenes
de Dios. Diríase que tiene prisa y
temor. Temor de amar las señales o

indicadores del camino en vez de
Dios. t No desea sufrir más . es
pejismos. Por eso no quiere entretenerse con las criaturas. San Francisco, en cambio, sabe distinguir perfectamente entre Dios y las criaturas,
pero sabe también, conciliar el amor
a Dios con el amor a sus criaturas. No
es un asceta adusto, como Pascal,
sino un enamorado juglar de Dios que
va por el mundo, sin renegar de nada,
cantando las bellezas del mundo que
le hacen pre-sentir la belleza absoluta.

E

I espíritu franciscano de religiosid.rd se singulariza por su
adhesión total a Cristo, por su espíritu
de amor, por su espíritu infantil, por
su espíritu de desprendimiento, por su
espíritu de alegría y por su espíritu
cósmico. Mientras Pascal se siente en
un universo hostil; ciego, tiránico que
le puede matar en un instante-terror
cósmico que le mueve a invocar a
Dios- San Francisco piensa y siente
que todo es amable, que los esplendores de la naturaleza son bellos porque fueron creados por el Padre y ~
santificados por el Hijo en el Espíritu
Santo. El amor del " pobrecillo" de
Asís-espontáneo, libre, ardiente, excesivo-, desborda métocjos, fórmulas
y ~xplicaciones. Más allá de la •paz
conventual busca la cordial unión de
todos los hombres: "Loado seas, mi
Señor, por aquellos que perdonan por
amor hacia tí". Hay una maldición de
Bossuet que podrian haber suscrito,
sin reservas, San Francisco de Asís y
Bias Pascal: "¡Ay de la ciencia que
no conduce a amar!".

�VIDA UNIVERSITARIA
llfércoles 1º. de Octubre de 1975.

VIDA UNIVERSITARIA

Gratitud ala Universidad
Autónoma de Nuevo León
Por Juan Cervera.

-~

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•

;~ .
~.....,
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El Dr. AGUSTJN BASAVE FERNANDEZ DEL
-VALLE Presidente del Centro de Estudios
Humanfsticos y Catedrático.en la Facultad de Filosofía
·y Letras y en la Facultad de Derecho y Ciencias
Sociales de la Universidad Autónoma de Nuevo León,
·agradece el nombramiento de Maestro Emérito de la
UANL.

..'''

E

l azar me deparó el otro día un grato
encuentro con el doctor Puche amigo viejo y viejo
admirador de León Felipe. Esperaba yo un taxi para ir a
visitar al poeta Juan. Rejano. que está algo delicado '
cuando alguien me habló desde un automóvil. Era el
doctor Puche, que iba precisamente camino del sanatorio donde está Rejano. Compartimos, pues, el tiempo
1recibir el titulo de Maestro Emérito de la van la pupila dilatada de asombro, que estrenan la gracia de
del trayecto hablamos del autor de "Ganarás la luz" y
Universidad Autónoma de Nuevo León, recibo las cosas, que caminan alucinados del brazo de la aurora y
conocimos en la casa del autor de "Ganarás la luz" y
un alto honor, acepto, un grave compromiso y que mueren olvidados en la cama de un hospital cualquiera.
ambos seguimos queriendo entrañablemente a León y
expreso
una profunda gratitud. Nuestra Unirecordando a diario. El día 18 se cumplen seis ai'los de la
versidad
Autónoma d~ Nuev&lt;_&gt; León ha querido
.ara un mexicano, para un "horno hispanicus", que quiemuerte de León- le recordé. El doctor Puche movió la
honrarme
tal
como
vengo:
más
armado
de
entusiasmo
que
re llegar a la universalidad sin traicionar sus más caras
cabeza con el peso de los frutos del recuerdo haciéndole
·esencias,
las distinciones académicas -nacionales o exde
obras,
más
pleno
de
proyectos
que
de
realizaciones.
Reciluz por la frente. Me dijo a manera de respuesta: Los
ba, mi "Alma Mater", el testimonio de mi encendida gra- tranjeras- constituyen'un vigoroso estimulo para proseguir
poetas sufren más que el común de la gente. ¿No le
en la tarea vocacional. Eso es todo. Sin agregar un centitud y de mi más alta estimación intelectual.
parece a usted?.
Todo
hombre
y,
con
mayor
razón
todo
escritor,
desea
ser
tímetro de estatura intelectual, nos disponen a la gratitud y
-Ciertamente que si, pero los verdaderos poetas. Y
nos
estimulan a emprender el asalto de la altura.
reconocido.
Seria
insincero
al
no
confesar
este
anhelo.
Pero
no todos los que escriben versos son realmente poetas,
por lo menos para mi, le contesté.
advierto que la distinción no se debe tanto a mi obra - "en
La gratitud sólo es posible en el ámbito de la libertad. GraY aquí, sin proponérnoslo, coincidimos en la teoria,
train de se faire", como diría Bergson- y a mis escasos
llevada a la práctica por León Felipe del "virtuosismo . merecimientos personales, cuanto a la generosidad de la titud que va dirigida a personas: maestros, alumnos, funcionarios. El agradecimiento, como el ruego, siempre es
espiritual", es decir, que la poesía es algo así como un
Universidad Autónoma de Nuevo León.
experimento alquímico interior a través del cual el poeta
Permitidme que os diga, tan sencillamente como pueda, interindividual, transcurre entre un yo y un tú. Y pienso que
es un mutante que logra la perfección, la virtud, no en el
cual es la idea que me hago respecto de mi filosofía y del agradecer y recibir, dar y rogar es reconocer el mutuo apoyo
arte -nada más- de trabajar magníficamente el
papel del intelectual. Yo no puedo vivir vocacionalmente sin y la mutua ayuda. Quien hoy da, mañana puede recibir; y
idioma sino en el de transformarse en un ser inmis investigaciones filosóficas, sin mi docencia uni- quien hoy recibe, mañana puede dar. Es bello poder agramensamente humano en una palabra más simple: en un
versitaria, sin mis conferencias, sin mis libros y mis ar- decer y mide, en cierto modo, la salud espiritual. La gratitud
hombre bueno.
tículos. Pero jamás he colocado estas actividades por encima es disposición al agradecimiento vivo. Recibimos más de lo
de todo. Tras de abrirse en variados horizontes mi "Ideario que hemos ganado. Nuestra vida misma es una dádiva de
eón Felipe, tras un largo proceso poé,
Filosófico" se agolpa, en última instancia, hacia la estrechez amor que nos compromete a vivir amorosamente. Quiero
tico vital, había logrado al fin de su vida ser un
de
lo único necesario: una Filosofía como Propedéutica de recordar las palabras de Pablo de Tarso: "¿Que tienes que
auténtico virtuoso de la bondad, del amor y entrega a sus
Salvación.
En ella trabajo, desde hace varios ai'los, con toda' no lo hayas recibido? . Y, si lo has recibido, ¿a que gloriarte
semejantes, porque, para León Felipe, al contrario de lo
intensidad
y
entusiasmo. Intensidad y entusiasmo en la tareª cual si no lo hubieras recibido?" (I Cor.intios Capitulo IV,
que piensan algunos malabaristas de la metáfora verfilosófica
que
es, que ha sido, mi modo de vivir. Modo de vivir Ver. 7). En rigor, sólo he tenido un maestro: Jesucristo. Y
bal, era mucho más importante un hombre bueno y soli-·
que no está exento, claro está, de una cierta dosis de in- mal cristiano seria si n~ diese testimonio hoy.
dario con sus semejantes que un gran virtuoso del
certidumbre, de melancolía, de riesgo. Pero predomina, en
instrumento, fuera ésta la palabra, el cincel, los pinceles
Pero este reconocimiento fundamental me insta a la graesta vocación del fundamento, un goce lleno de plenitud
o el pentagrama.
titud
hacia quienes fueron mis profesores -mexicanos y
presencial del ser. Goce que no convierte la vocación filosóAlguna vez -recuerdo- me dijo de viva voz: " i la
extranjerosy hacia mis alumnos universitarios fica en una ocupación, felicitaría. Es mi propia vida, con sus
poesía no vale para hacer mejor al hombre no vale para
·veinticinco
generacionesy mis discípulos. Sin ellos no
nada". Y·es que, para León Felipe, la poesía nunca fue
angustias y esperanzas la que me insta a filosofar. Sin un saseria
quien
soy,
ni
podría
llevar
a su cabal sentido el titulo
un juego o un ejercicio aristocrático para ganarse el
ber vital de ultimidades no puedo ubicarme ni autoposeerme.
que
recibo.
Y
pienso
también,
en
el diálogo con los grandes
parabién de la minoría. Antes y después que todo arte
,muertos,
en
el
influjo
que
viene
de
lejos.
estaba, para él, el hombre de carne y alma y sin el
n definitiva, no es la vida para la filosofía sino
hombre nada valía la pena.
la filosofía para la vida, aunque nos pasemos la vida
Como prpfe:Sor universitario me he enfrentado con la
-Un hombre, un hombre bueno- nos decía el doctor
filosofando para mejor vivir. Filosofan!fo para mejor vivir,
máxima
responsabilidad de influir sobre las almas humanas,
Puche-, era lo que era, de pies a cabeza, León Felipe.para realizarnos, para salvarnos. Un ente anhelante de
de
promover,
en alguna forma, destinos decisivos. Nunca son
Si, un hombre bueno, un virtuoso esencial, "pero.... con
perfección -consciente de su completud y de su limitaciónesa definición que oí cierta vez -treyendo a la memoria
irrelevantes,
las
actitudes docentes en torno a la formación
está comprometido a filosofar. No se trata de oficio, sino de
sus propios versos- en un lugar... no se cuál: Sólo el
de
los
hombres.
Hay una pasión del espíritu propia del
condición humana. Sobre el fondo proJlemático de nuestra
Virtuoso puede ver un día la cara de Dios".
educador.
Es
el
eros
pedagógico. "El estar-llamado es más
existencia, la filosofía intenta proyectar una claridad deY es que León Felipe sabia y vivía algo que mue~
que
el
tener-una-profesión.
El educador tiene una "misión",
finitiva. La actitud filosófica es un modo de estar en el ser.
olvidan, que la poesía entera del mundo tal vez sea UD
del
mismo
modo
que
Goethe
adjudicó a su Wilhelm Meister"
Desde este modo de estar en el ser se coexiste, se convive y se
mismo y único poema" De ahí que con el tiempo, dejara
(1)
una
cierta
visión.
muere. Mi mayor pasión intelectual está en la Antropología
el lastre de la vanidad literaria a un lado y se entregara
Filosófica.
He tratado de ofrecer, en mi "Filosofía del
por completo, "desnudo como los hijos del mar" para
a educación sólo vive en el elemento del amor. Lo
Hombre" y en mi "Metafísica de la Muerte", un indecir las cosas con las palabras de otro hombre bueno, a
supo
Platón y lo dijo Pestalozzi. Nunca el amor puede ser
tegralismo metafísico antropos.ófic:0 11 abierto a la realidad
lanzar piedras ligeras, pero ardientes y sedientas de
absorvido
enteramente por el rigor. Es natural que el verque desborda todo sistema. No me toca juzgar los resultados.
justicia contra todos los tiranos de la tierra.
dadero
educador
sienta siempre una insatisfacción de si
Pero me parece que en el tema del hombre está el tema de
mismo,
una
insatisfacción
en cuanto al núcleo ético de su ser.
a justicia, qu~ sigue siendo en gran par·
nuestro tiempo y el tema capital de la filosofía de todos los
te una utopía, fue el último y gran amor de León
tiempos.
Felipe. El, como Don Quijote, descubrió la fealdad del ·
Aunque tapatío por nacimiento y familia, soy regiomon- 1.- Eduard Spranger: "El Educador Nato", Pág. 71 Edimund~, pero, en lugar de aceptarla, como hacen .~tos,
tano por domicili2 y destino. En Monterrey cursé una carrera torial Kapelus
se dedicó, en aras de la intrépida metáfora, denuurglca
universitaria y en Monterrey, han nacido mis hijos. Lo digo,
de su invención, a combatirla.
pensando en el refrán castellano: uno no es tanto de donde
Don Quijote, ¿acaso no fue otro gran hombre bueno?
nace cuanto de donde pace. Monterrey ha sido mi cirSi lo fue, y aunque todos los hombres buenos ~
cunstancia primordial. tircunstancia dificil, ciertamente,
vencidos vistos por los ojos de lo mediato, son! a la
para una probada y definida vocación filosófica. Pero el
postre, los vencedores, porque, como la misma ciencia
hombre debe ser señor, y no náufrago de su circunstancia .
d~muestra, vivimos en un mundo evolutivo, y la evolu•
Por eso me ha parecido insuficiente la conocida frase orc1ón de nuestro mundo tiene un,@bjetivo principal: el
teguiana: ''yo soy yo, y mi circunstancia". De cuálquier
·
perfeccionamiento continuo, y no puede haber per·
modo,
no puede perderse de vista la circunstancia cuando
fección, evolución, donde no hay justicia, León Felipe
juzga a un hombre y a una obra. Porque soy un ser dialógico,
fue un adelantado de su tiempo, de ahí que pensemos q~e
un
ser entre el prójimo, recibo el título-de Maestro Emérito
los hombres como él serán recordados por la memorlB
como
una copropiedad amor9sa, -caritativa, en el sentido
del futuro, pues el futuro en su reino. Nosotros cree~
que el hombre de mañana considerará una virtud la . feligloso de la palabra-, que transcurre entre mi persona y
, lllis familiares, mis amigos, mis discípulos. Yo se la parte
bondad tal como hoy se le considera una debilidad,
QUe·tes corr:esponde en esta cm'tmción y ellos saben que yo no
la podría aceptar o disfrutar sin su compai'lía. Y la recibo,
(TOMADO DE "EL NACIONAL")
limitado humanismo filosófico greco-latino. Para nosotros
Vestigadores y profesores universitarios de pr-ovincia que lle-

A

EL GOBERNADOR ZORRILLA FELICITA Al CANDIDATO PRESIDENCIAL
El Dr. Pedro G. Zorrilla Martinez, Gobernador del Estado su parte el Lic. López Portillo dio un mensaje de
de Nuevo León, saludó y felicitó al Lle. José López Por- reconocimiento a todos los sectores del Estado que
tillo, con motivo de su nominación como candidato presi- mantienen en alto la producción, mensaje que trajo el Dr.
dencial en sus oficinas de la Secretaría de Hacienda. Por Zorrilla Martínez.

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L

Agustfn Basave Fernández del Valle
No se puede despertar en otro la vida grande y sagrada que
no se ha incorporado existencialmente al pedagogo. Sin un
impulso esencial de formar hombres con capacidad y.
diligencia no se puede ser educador. La docencia --0e doscientia, doy la ciencia- universitaria no tiene por objeto
primordial "explicar", como generalmente se sigue
crey~ndo, sino guiar y orientar el trabajo de los educandos. El
estudiante puede interpretar lo que lee, pero necesita que le
indiquen lo que ha de leer, que le suciten problemas, que le
contrasten opiniones, que le resuelvan dudas, que le des- ·
pierten la curiosidad. Nada seria la enseñanza superior si no
tuviese hincadas sus ávidas raíces en el suelo nutricio de la
ciencia. La investigación dignifica a la Universidad y la
salva de caer en las redes de una mecánica ciega. Partiendo
de nuestra fidelidlJd a las mejores esencias universitarias,
podemos, por el espíritu de la investigación, henchir de posibilidades y de realidades a nuestra "Alma mater", que se
renovará en nosotros y en las generaciones que nos suceden.
En la cátedra y en el libro, he dicho en más de una ocasión,
Pasa a la Pág. 13)

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Miércoles 1°. de Octubre de 1975.

VIDA UNIVERSITARIA

)tiércoles 1•. de Octubre de 1975.

7

VIDA UNIVERSITARIA

LA U.A.N.L......
(Viene de la Primera Página)
homenaje que la Máxima Casa de Estudios, tributó al
nuevo maestro emá'ito de la Universidad" ..
"Por encima de los intereses de grupo, los mtereses y
las ideas y la esenc~a mi~ma. y los obj~tivos de un
magisterio que hace mvesbgac1ón, Agustm Basave ha
sabido sostenerse durante más de 14 años al frente del
Centro de Estudios Humanísticos que propicia la investigación en esas áreas del conocimient? que mucha
gente parece haber olvidado que son básicas para el
desarrollo del hombre.
Aquí se reconoce que la polémica y la discusi~n a la diferencia es necesaria para la transformación Y el
progreso y que sólo las mentes, las instituciones, los
países con cortedad de espíritu, no ~ec~nocen en la
discusión en las diferencias, en la anbtes1s, encuentr~
uno su propia verdad y que la Universidad Y la plur~lidad de ideas no deben ser una solemne conc~pc1~n
demagógica, sino un hecho real, po~q~e no_ ha~ c1e~c1a
sin libertad y no hay progreso y dialrebca sm discusión.
Por otra parte, señaló "aquí en la Universidad, el
doctor Agustín Basave, se crió, diría_yo, subrayó ~~d,
y maduró como filósofo, como humanista, como_ poh~1co,
como universitario; polemizado muc~s veces, mqweto, •
nunca muerto, porque la muerte está, cuando la gente
está atónita y adinámica ~ no cuando está transformada
e inquieta cómo Basave Fernández.
Agustín Basave podrá tener mucha gente que no
coincida en su for:na de pensar, porque así es la Universidad pero tiene en la Universidad a gente que lo
respe~os y sabemos apreciar porque él ha demostrado que con trabajo y capacidad, se puede crear, se
puede sostener una forma de pensar, se puede hacer
política y ensenar política institucional y se puede ser
ejemplo para las juventudes y todos sus alumnos que
están presentes aquí.

La develación de la placa "Calle Obispo
Verger" tuvo lugar en la vía de acceso
al Obispado el 20 de septiembre con motivo del 379avo aniversario de la fundación de la ciudad metropolitana de
Monterrey.- A la derecha el Gobernador del Estado Dr. Pedro G. Zorrilla
Martínez y el Alcalde de Monterrey,
Lle. Leopoldo González Sáenz, firman
el acta de protocolo de la Soc. "Amigos
del Museo del Obispado" donde f i ~
como miembros honorarios.- Abajo, el
Uc. Raúl Rangel Frías, Presidente de
la "Sociedad Amigos del Museo del
Obispado" con grupo de los miembros
en la firma de protocolo notarial de la
misma Sociedad que se propone trabajar activamente en pro de este Museo
y de la conservación del edificio propio
de El Obispado para convertirlo en lo
más característico de Monterrey en los
aspectos histórico , cultural y turístico.
En la gráfica superior el Profr. Israel
Cavazos Garza, presentó una conceptuosa biografía del Obispo Verger
que construyera el Obispado, _en
presencia del Dr. Pedro G. Zorrilla
Martínez, Gobtrnador del Estado, del
Lle. Leopoldo González Presidente
Municipal de Monterrey, del Lic. Raúl
Rangel Frías, Presidente de la "Soc.
Amigos del Museo del Obispado" y del
C.P. Alejandro Belden Azcárraga, Srio.
de Servicios Sociales y Culturales del
Gobierno del Estado.

BASAVE FERNANDEZ EXPONENTE DE LA
FILOSOFIA DE MEXICO EN EL MUNDO.

H

oy Basave es el exponente filosófico de México en el mundo, señaló en su alocusión el doctor Y
filósofo internacional Ricasens Siches, al hacer uso de la
palabra en el acto de homenaje.
"Destaca en la obra de Agustín Basave Fernández del
Valle una auténtica vocación ... Si la Filosofía no
hubie~ existido antes, Basave habrá tenido necesidad
íntima de inventarla; no ha ido a la filosofía siguiendo
rutas pre-establecidas, ha ido a ellas, porque ha sentidola íntima ausencia del filosofar".
Por otra parte, señaló Ricasens Siches, que es curioso,
es alentador y al mismo. tiempo es lamer_itable, el_ hecho
de que Basave tiene una regia perso~alida~ reg1omontana y una gran personalidad internacional, y que en
cambio en el eslabón intermedio, en el eslabón de lo
nacional, no se le ha rendido, todo el tributo de admiración y de reconocimiento que él merece.

EN DICIEMBRE ENTREGARAN EL
PREMIO "LUIS ELIZ■O"

~ ~
t

•
~&gt;

."

E

1 doctor Celio Barriaga Solorio y la
señora Guadalupe Ulloa de
Soborio, fueron los ganadores de los premios "Luis
Elizondo" científico y
humanitario, respectivamente.
Estos premios fueron
instituidos por el filántropo
regiomontano don Luis
Elizondo Lozano, para
recompensar y honrar a las
personas e instituciones que
hayan realizado actos
heroicos, filantrópicos, caritativos o que hayan destacado en diversos campos
de las ciencias.
El premio científico
correspondió al doctor Celio
Barriga Solorio, del Centro
de Investigaciones Agrícolas
del Noroeste en Ciudad
Obregón, Sonora, por sus
destacadas investigaciones
en el área de agronomía,

zootecnia y las ciencias
relacionadas con. la producción de alimentos.

S

e 1~ concedió el prem I o
como
reconocimiento a su labor de
muchos años en el desarrollo
de semillas de frijol soya de
calidad y se impulsó para su
industrialización como
fuente de proteína en la
alimentación humana.
El doctor Barriga Solorio
fue propuesto por la Confederación de Organismos
de Agricultores del Estado
de Sonora y apoyado por el
doctor Norman Bourlang,
Premio Nóbel de la Paz y
director del programa de
trigo en el Centro Internacional de Mejoramiento de
Maíz y Trigo en México, y el
Instituto de Investigaciones
Agrícolas.

LO QUE EL HO·MBRE
HA FORJADO
Por: David L a w r e n c e - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

E

l hombre, por fin, ha creado un arma que convierte la Guerra en un absurdo. El hombre ha descubierto que existe un medio, producto de un mineral
extraído de las entrañas de la Tierra, capaz de destruir
Naciones enteras y que ningún ser humano puede abrigar
la esperanza de sentirse seguro contra las bombas
,tómicas de otros seres humanos, sin importar las distancias que los separe.
Un sólo avión, volando en la estratosfera, sin ser visto
ni detectado debido a su enorme velocidad, puede
apare&lt;!er súbitamente sobre Londres o Washington o
Detroit o Pittsburgh, o cualquier otra ciudad en áreas
pacificas, y destruir vidas humanas por cientos de miles
en sólo unos segundos.
Ya los ejércitos o fuerzas marinas dejaron de ser una
defensa adecuada.
Nos hemos puesto cara a cara con una inflexible realidad -que las Guerras de ahora en adelante, no deben
tolerarse, y que la humanidad no debe permitir jamás
otra vez que un Gobierno regido por un solo hombre la
domine y la conduzca a la Guerra.
Más importante que la bomba atómica es el reto
presentado al hombre, de rebelarse contra éste medio
de suicidio mundial, y ser consciente de la necesidad de
implantar en toda la raza humana una comprensión de la
inutilidad de la Guerra.
¿Se llama a esto Civilización?.

Dios no creó esta nueva arma de terror. El hombre la
hizo por sí mismo con el cerebro que Dios le dio y la inteligencia de los científicos. Previamente, otras armas
como el submarino y el avión habían sido creadas.
Pudimos olvidar las leyes de gravedad y volar por los
aires y pudimos mover hombres y pertrechos bajo el
agua. Pero el hombre convirtió estas invenciones en
métodos para hacer guerras más intensas y terribles que.
nunca en la historia.
Hace unas décadas el hombre no pensó justo o caballeroso atacar a no combatientes. La guerra se reservó
para los ejércitos y marinas. Los civiles atrás de las lineas
eran inmunes. Al principio de la II Guerra Mundial nos
horrorizamos al contemplar las fuerzas aéreas de
Alemania asesinando a civiles en Varsovia y Rotterdam.
Entonces vinieron las represalias. Bastó la sola acción de un maníaco Alemán quien a través de habilidosa
propaganda dirigida a quienes se hallaban en angustias
económicas, se había poseído de la mente y energía de sus
conciudadanos y los había llevado por los caminos de la
venganza y la brutalidad, para causar que otras naciones
siguieran los mismos caminos.
Nosotros -los grandes idealistas, con democracias
humanas- empezamos a bombardear hombres, mujeres
y niños en Alemania. La semana pasada alcanzamos la
cumbre, destruimos a decenas de miles de civiles en dos
ciudades japonesas con la nueva bomba atómica.
Un precedente peligroso.-

o

uizás estos muchos millares de hombres, mujeres y niños japoneses que volamos en pedazos con
las bombas atómicas, no hayan muerto en vano. Quizás
en alguna parte de esta Tierra un experimentado científico de la magnitud del que acabamos de vivir debía probarse y la reacción de toda la humanidad haya tenido que
ser invocada para impresionar a todo ser viviente del
horror indescriptible del más reciente descubrimiento del
hombre.
Sin embargo; nosotl'Os ya estábamos ganando la guerra
contra Japón. Nuestros comandantes había sabido desde
ha tiempo que Rusia entraría a la guerra del lejano
Oriente tan pronto como llegara el día V-E y pudiera
distraer tropas y pertrechos a través del largo camino del
Ferrocarril Trans1!:leriano.
La rendición de Japón había sido inevitable ya por
semanas. Resultó como se había anticipado. Podemos
regocijarnos de que las hostilidades hayan por fin cesado.
Pero nosotros mismos no podemos liberarnos del sentimiento de culpa que sufrimos. Necesidades militares
serán la defensa en contra de la crítica, pero nunca
borrarán de nuestra mente la verdad escueta, que nosotros, no titubeamos en emplear el arma más destructiva
de todos los tiempos contra hombres, mujeres y niños.
Qué precedente para el futuro hemos proporcionado a

otras naciones menos conscientes que nosotros de escrúpulos e ideales.

N

uestra culpa es también la 'Culpa de toda la humanidad que ha sido incapaz de hallar medios para
evitar guerras. Las noticias dicen que Alemania había
estado trabajando con ardor en el mismo camino científico, y que Hitler no hubiera titubeado en usar tal arma
contra Inglaterra. Pe.ro Hiller está muerto y Alemania ha
sido derrotada. Qué no hubieran bastado advertencias
respecto a las pruebas de bombas atómicas hechas
recientemente en el Estado de Nuevo México, para
persuadir a los jefes militares japoneses a rendirse?.
Seguramente no podemos ufanarnos de lo que hemos
hecho. Si examimunos cuidadosamente nuestros más
íntimos pensamientos con honestidad, debemos avergonzarnos de lo que hicimos. Podríamos justificar estas
bombas como un medio de salvar vidas preciosas, y para
poner término a la guerra. Sin embargo no podemos evitar que pensemos, ya que habíamos advertido a Japón la
posibilidad de que bombardearíamos ciertas ciudades,
que también pudimos haber advertido que se conservaran
fuera de las áreas específicas donde nos propondríamos
demostrar la ftter;.a destructora que causaría el uso
continuado de la bomba atómica.

T

odo el Mundo sabe que los secretos de la bomba
atómica no pueden ya ser ajenos a los científicos de
Naciones grandes -o pequeñas. La Nación más pequeña
con un laboratorio y ciertas materias primas puede
poseer un arma para destruir a sus vecinos. Todas las
Naciones, por tanto, con el tiempo pueden llegar a tener
una fuerza potencial idéntica. Los débiles se refugiarán
con los fuertes, pidiendo respeto y protección.
La carta de las Naciones Unidas proporciona ahora
un medio oportuno adicional de colaboración entre todas
las Naciones, grandes y chicas. Una nueva responsabilidad ha sido impuesta a las Naciones más fuertes,
que en el momento ya son capaces de fabricar bombas
atómicas.
.
Pero podemos perder el significado cabal de estos
nuevos descubrimientos si no aplicamos una interpretación espiritual. Es el hombre y no Dios quien debe
asumir la responsabilidad de la creación de esta arma ·
diabólica. Dios nos está recordando a todos que armas ·
creadas por el Hombre pueden, si su uso no se evita,
destruir la civilización, y que el Hombre todavía tiene la
oportunidad de escoger entre el uso destructivo o constructivo de los descubrimientos de la ciencia.
Un Reto a la Humanidad.

Q

ul responderá el hombre a todo esto? Se pondrá
a jugar tontamente con la nueva arma, construyendo
enormes fábricas que propicien suministros para la
energía atómic~ para ser usada contra enemigos po·tenciales ¿Oel hombre por fin comprenderá que tiene que
someterse y aceptar la Tolerancia. la indulgencia. a
renunciar al egoísmo y propia es'.ima, a ~~e~rse_ a la
conciencia y la voluntad de Dios como el un1co·medio de
sobrevivir?.
¿Podrá el hombre ver por fin cómo ha sido us~do Y
manejado por aquellos que buscan la_~amada glor!a! l_os
egoístas locos sedientos de poder rrulitar y de domm10,
para llegar a tener posesión de las riendas de un gobierno?.
El reto de la bomba atómica por tanto, es claro. Ya
que la sc..;uridad individual pued~ desapa~ecer en un
,instante la humanidad debe organizar la vida de cada
nación a efecto de que ningún dictador donde quiera que
lo haya, usando pretexto venales, suprimiendo o intimidando la libertad de prensa o radio, pueda controlar el
poder militar de un gobierno.
La humanidad tiene que llegar a la conciencia de
mantenér la paz. La humanidad tiene que hacer uso de la
fuerza que le pertenece y que le es inherente, y debe
razonar entre sí a través de gobiernos libres y estadistas
que sigan la guía de Dios.
Un Mundo de Ley y Moral.

O

e aquí en adelante, todas las disputas y controversias debieran ser sometidas a tribunales o cortes
dP. justicia. El Hombre debe comprender que sólo en las

filosofías de Moisés y Jesús, Mahoma y Confucio, que trataron en su tiempo de enseñar a billones de personas un
bienestar universal, puede conseguirse la elevación del
hombre y s....ir del abismo de su brutalidad para llegar a
las alturas de una civilización justa.
El Mundo de mañana tiene que ser un Mundo dnnde
impere la ley y la moral. Siglos de exhortaciones han sido
en vano para lograr resultados positivos. El Mundo ha
escuchado estas exhortaciones. Pero el Mundo ahora
tiene que escuchar y someterse a estas exhortaciones o de
lo contrario irá a su destruwón.
Tiene que haber paz sobre la Tierra y buena voluntad
entre los hombres, asi como entre facciones dentro de las
Naciones mismas, y como entre una y otra Nación.
Los conflictos entre sectas religiosas y razas distintas
tienen que terminar, a efecto de que nuestras energ1as
espirituales puedan concentrarse al logro de la hermandad del hombre.
Porque por fin está demostrado que sólo siguiendo la
guía de Dios en nuestra diaria conducta como individuos y
como naciones, podemos abrigar la esperanza de lograr
nuestra misia'll como hijos de Dios sobre la Tierra. Este
es el único camino que nos queda ahora, el camino de la
mutua tolerancia. Es el camino para sobrevivir y de la
felicidad humana.
N.R.- El Sr. Lawrence escribió este editorial a ra1z
del bombardeo sobre Hiroshima, hace 30 años. Después
lo reprodujo en agosto de 1970 al XXV aniversario del
bombardeo de Hiroshima, y le agregó esta nota:

A

dmitimos nuestro error. No podemos hallar
justificación por ningún precedente de la ley internacional. La postura a ra que nos deberíamos haber
adherido fuertemente fue justamente proclamada por el
presidente Franklin D. Roosevelt al inicio de la Segunda
Guerra Mundial, cuando dirigió un comunicado a todos
los beligerantes togando no bombardear ciudades no
fortificadas. Cuando menos, antes de lanzar la atómica,
debimos haberlo advertido públicamente.
No es muy tarde para confesar el pecado que cometimos y pedir a Dios que perdone nuestro error.
Por último, el News Week and World Report.
flndado por el Sr. Lawrence, en una de sus últimas
ediciones, lo vuelve a reproducir.
·

�8

Miércoles 1°. de Octubre de 1975.

VIDA UNIVERSITARIA

que tienden al arte d_e la mi~iatura .Y
cuanto más se aproximan a esta mas
logrados aparecen.
En cuanto a la narración, el autor
declaró a su lectura en la Academia que
era su obra más lograda. Sin llegar a reafirmarlo, cabe asegurar que es obra log~ada en pensamiento y forma. Posee el interés necesario para retener al lector
desde su iniciación hasta el final. Los incidentes de la trama, las descripciones y
diálogos y cuantos elementos más comprende la novela e~tán manejados con
acierto y dan un fel1,i resultado total.

l

a novela breve que es "El hombre
de los Hongos", que sirvió de texto
para su ingreso en la Academia de la
Lengua a su autor, Sergio Galindo, y que
actualmente se encuentra en filmación, va
a ser editada y aparecerá en breve-profusamente ilustrada por la artista dibujante Leticia Tarragó, en publicación de
la Editorial Joaquin Mortiz. Se harán dos
ediciones en esta obra: una de lujo con
laminas a todo color. y otra, popular con
grabados en blanco y negro.
La eleeción de Lelicia Tarragó como
ilustradora de "FI hombre de los Hongos''
es un acierto porque sus dibujos sirven
adel'uadameute al estilo del texto, poético •
y l'nigmálic&lt;i.
Obra d(' ma(!urez del novelista sirve
ampliamrnle para mspirar a la ilustradora en la labor gráfica. Nos ha sido dado admirar alguno de los dibujos destinados a la ilustración y hemos podido
apreciar la unidad del estilo con el texto.
un:dacl impn\~l'indihle l'II la rnnseeución
de toda ohra de arte.
"El hombre de los Hongos;', en su edi~•
ción con láminas a todo color constituí-.
rá, .sin du~a, un bello regalo, ahora que·
frhzmenh:' se \'a inlensific;mdo la costumbn• de obsequiar hbros además de
figurar rn bibliotrras y &lt;"oleceinnes.

P

DOS EDICIONES DE EL
HOMBRE DE LOS HONGOS

E

I lirismo poélic-o dl'I lexln y su ambiente mágko se traspasan a los dibujc,s y la magia de éstos sirve a aquél en
·su naturaleza. eomplemenlándose.
No utilizaremos rsta oportunidad para
enjuiciar el arte gráfico de Leticia
, Tarragó, pero si l'S obligado, siquiera sea
ligero. un análisis del mismo pues supone
el cincuenta por denlo dr las obras. en su
conju11to, qut• aparel'erán en el próximo

Por Angel Bárcenas.
otoño. Dibujos de naturaleza lírica, esta se
sobrepone a toda otra característica que
puedan tener la dramática, por ejemplo,
aunque no la elimine totalmente. Sus
figuras pasan a ser de los personajes de la
narración pero no con un sentido realista

EL "GRAN" COMPAÑERO

LE DA

15112 Kms.
MANEJEL
.

---

MONTERREY. N.L.

·'

~

~

.,,-·---~-----·

-~

Cons titucion y
V. Carranza

"~;,.

Saltillo. Este aguilicho encontró la muerte marcarles el alto a los primeros invasores,
al salir ~or una ventana del castillo, cuando éstos ya irrumpían por la rampa de
cuando trataba de incorporarse al resto del acceso. A pesar del enorme peligro, se
alumnado que defendía la entrada del mantuvo en su puesto; mató de un balazo al
Bosque. Fue cazado por los extranjeros que primer soldado e hirió con la bayoneta a
ya se habían adueñado de la azotea del otro en el estómago, mientras él recibía un
castillo. Su cadáver quedó tirado por tres impacto de bala y fue rematado a bayone.tazos, muriendo gl_oriosamente en su puesto,
días; muriendo a los 18 años de edad.
después de haber sorprendido, por su
JUAN ESCUTIA: nació este joven en la juventud y bravura, a los mismos asalciudad de Tepic, hoy capital del Estado de tantes, a los que había hecho vacilar por su
Nayarit, el 22 de febrero de 1827, habiendo denuedo, no obstante sus 14 años recién
sido el de mayor edad entre quienes fueron cumplidos.
sacrificados ese lamentable día 13 de se~
RANCISCO MARQUEZ: este valientiembre. Ingresó al Colegio Militar también
te muchacho vio la luz primera en la
a principios de ese año de su muerte, cuando
ciudad
de Guadalajara, a mediados de 1834.
ya la Patria estaba en peligro, hollado su
Sufrió con sus compañeros todas las vicisitudes de aquella jornada, y su cadáver fue
encontrado_,acribillado a balazos, en la falda
del cerro, junto al pundonoroso Juan
Escutia. El adolescente Márquez, el más joven de aquella pléyade de valientes patriotas, contaba con escasos catorce años
cuando la parca cegó aquella valiosa vida,
constituyendo uno de los más preclaros
simbolos para la juventud mexicana de
todos los tiempos.
Junto con estos mártires, lucharon sus
maestros, jefes y oficiales y sus demás
condisc,pulos, algunos de los cuales cayeron
' heridos y prisioneros del enemigo, entre los
que se encontraba el Director del Colegio,
Gral. Mariano Monterde, quince personas
Por el Arq. Gerardo de León
más, entre profesores y personal diverso de
la Institución, y treinta y seis alumnos,
sumando
un total de cincuenta y cuatro
Miembro de la Soc. Nuevoleonesa de Historia , Geografía y Estadística
elementos que quedaron cautivos después
de aquella aciaga mañana.
Muchos cerebros privilegiados de la ingrandes rasgos, las actividades habituales suelo por los invasores. Su muerte fue de las telectualidad mexicana y muchas plumas
de aquella Institución, que había sido crea- más gloriosas de la jornada aquella, pues su de reconocidos prestigio, han vertido
da por Decreto Presidencial, durante la cuerpo quedó envuelto en la bandera valiosísimos conceptos inspirados en las
·gestión de don Guadalupe Victoria, el día 5 nacional. Esa mañana, él estaba de límpidas virtudes de estos jóvenes cadetes,
"vigilante" en el "Mirador" del castillo, y al que se inmolaron ante el altar de la Patria,
de noviembre de 1827.
Los alumnos deberían estar levantados y ver que penetraban al interior del mismo los sin que sea posible ponerles un baldón en sus·
listos para iniciar sus diarias tareas, antes enemigos, comprendió que la bandera que pristinas conciencias de héroes y de
de las cinco de la mañana. Así, de las 5:45 a ondeaba en lo más alto estaba por caer en mexicanos.
las 7, oían misa y tomaban su desayuno. poder de los extranjeros, y por no perPara finalizar esta modesta charla, que
Desde esta hora, hasta las 12 del día, asis- mitirlo, la arrancó, la tomó en sus manos Y por lo meritorio de la fecha conmemorativa,
tían a sus clases ordinarias. De 12 a 1, la de- se arrojó con ella al vacío, estrellándose nos hemos tomado un tiempo más que
dicaban a comer y de 1 a 2 de la tarde, a la contra las peñas del cerro. Al morir este pertinente, recurriremos a las evocaciones
preparación de sus clases. De 2 a 5, asistían bravo cadete en .esa forma, nos legó el que de estos inmaculados muchachos, han
de nuevo a clases, para merendar entre 5 y ejemplo más puro y más bello de las V-ir- vertido dos indiscutibles personalidades:
6. Después, durante 45 minutos, asistían a ·tudes ciudadanas: el amor a la Patria y a su
De José Vasconcelos, el bien llamado
clase de religión y a los rezos conducentes Bandera. Perdió la vida cuando apenas ha- Maestro de las Juventudes de América:
para, de 6:45 a 8 de la noche, tomar clases de bía cumplido 20 años de edad.
''Mientras más aumenta la corrupción
dibujo. De 8 a 9 tenían destinado para cenar
en torno, más limpio aparece el ejemplo de
y desde esta última hora hasta las diez, se
GUSTIN MELGAR: nacido en la ciu- los Niños Héroes de la Guerra del 47. Ellos
dedicaban de nuevo a la preparación de las
dad de Chihuahua el 28 de agosto de
fueron todo desinterés en la acción y consticlases y se disponían al descanso.
1829, ingresó al Colegio en noviembre de tuyen hoy un estimulo para nuestra
1846, como muchos otros de sus com- juventud.
entro de esta rutina acostumbra- pañeros, inflamados, indudablemen~. por
Todavía hay entre nosotros herederos
da, se aprestaron en la mañana del dia el patriotismo despertado y robustecido juveniles de aquellas virtudes excelsas. Por
trece multicitado, para la defensa de su ante la invasión del norte del Pais. Por eso, al recordarlos, se presentan a las nueColegio y de su Patria.
causas que se ignoran, faltó a una "revista" vas juventudes como un ejemplo para la
Seis de aquellos muchachos, decíamos, y el 4 de mayo del año 47, fue dado de baja, acción, cada vez que se trata de defender no
cayeron ante las balas enemigas, y sus de acuerdo con el reglamento vigente. Pero, sólo la Patria, sino a los ideales que in'nombres, que esta noche recordamos con cuatro meses más tarde, comprendiendo legran una nación digna de Patria; l~
auténtica veneración, ocupan un sitio de la que su Colegio estaba en peligro y dado su verdad y el valor y nuestra herencia de puemayor preferencia en el altar de nuestros espíritu de valiente y leal mexicano, se blo que pone el honor por encima de todos
máximos héroes. Vale la pena que les presentó a su Director, cuando estaban las los deberes del hombre".
pasemos lista de presentes:
tropas extranjeras ya frente al recinto. El
·
general Monterde, admirado de su valor y
del distinguido hombre de leJUAN DE LA BARRERA, teniente, patriotismo, lo recibió de buena gana. Así,i:. tras regiomontano, recientemente
nacido en la ciudad de México, el 26 de junio por azares del combate, hubo un momento~Ydesaparecido, el poeta Alfonso Junco, la
de 1828. Muy niño ingresó al Colegio Militar, en que se quedó solo, ya con enemigos transcripción de sus palabras vertidas en
siendo promovido al grado de subteniente de dentro del castillo. Al darse cuenta de que otro ani\fersario como el que esta noche
·artillería, a finales de 1841 ; es decir, fue algunos de aquellos soldados bajaban una de conmemoramos:
"Séanos este día, uno de los más puros y
oficial a los 13 años. Más tarde recibe su pa- las escaleras, intentó detenerlos y mató de
un
balazo
a
uno
de
ellos,
para
correr
luego
a
egregios
de la Patria, no ocasión de gritos
tente de teniente de ingenieros, el 11 de
agosto de 1847, cuando ya la Patria sufría la una de las piezas interiores, donde se alardosos sino de austera y fecunda meinjusta invasión de su suelo. En vísperas del parapetó detrás de unos colchones, hasta ditación. Más para el arranque juvenil, que
infausto suceso del ataque a Chapultepec, se que recibió un balazo en la pierna derecha Y se entrega más que el hervor de sangre que
le encomienda la construcción de algunas otro en el brazo izquierdo, así como ~n se enciende y se arroja, busco en la epopeya
obras de defensa, en las que trabajó con bayonetazo en un costado, por lo que se vio del bosque una lección severa de dignidad.
Resistir al fuerte que halaga o amenaza;
verdadero entusiasmo, y a la hora en que impos!bilitado de seguir combatiend? en
aquel
mmenso
desamparo.
Al
tercer
d1a
de
erguir
ante todo despotismo la majestad
está por iniciarse la lucha, quedó a su cargo
aquel
funesto
suceso,
fue
encontrado
inerme
y todopoderosa del derecho; enla defensa del punto. Alli trató de rechazar
frentar a la invasión de la materia la imel vigoroso ataque de los invasores y muere muerto, caído en el suelo.
Su heroica muerte llegó a la posteridad penetrable cohesión de las almas: ¡ he aquí
gloriosamente en su puesto, atravesado por
un
hermoso
ejemplo de compañerismo y la lección de actualidad inmarcesible!.
las balas enemigas, cuando apenas contaba
Creo que la sangre de los Niños, em19 años de vida. ¡Qué ejemplo de gallardía y acendrado amor al debe~, para_ ~on la Pa~ria.
La muerte lo sorprendto rec1en cumplidos papando la tierra de la lucha y penetrando
de honor militar! .
sus 18 años de vida.
en las raíces seculares, inyectó en los envejecidos ahuehuetes savia de inesperada
FERNANDO MONTES DE OCA: nació
VICENTE SUAREZ: le tocó nacer en la juventud. ¡Que esa sangre venga hoy a
en Atcapotzalco, D.F., el 29 de mayo de
ciudad de Puebla, en el año de 1832, para nuestra generación envejecida pr-ema1829; ingresando al Colegio Militar a fines
de enero del 47, cuando la Patria estaba ya ingresar al Colegio a los 13 años. Cuando el turamente por tantas catástrofes morales, y
en mayor peligro'porque para esós días, las asalto del castillo, estaba de centinela en la la levante rejuvenecida en un vigor supremo
tropas enemigas estaban ya en entrada principal y le cupo la glori{i de de dignidad!.

F

l0S NIÑOS HEROES DE CHAPULTEPEC, EL
IAS PURO EJEMPLO PARA LA JUVENTUD

e septiembre de 1821, tras de once años
cruenta lucha por su libertad, se inicia
bién una prolongada etapa de luchas
testinas,
de ambiciones personalistas, de
~
~reses sectarios muchas veces, que
.,ligaron una vida política, económica y
«leial de caracteres penosísimos, que a la
larga condujeron al país a una serie de
'°'1f}ictos con el extranjero, como la infaSión española del brigadier Barradas, en
tampico, el año de 1829 y la guerra con
Francia, en 1838, la llamada "Guerra de los
Pasteles". Pero el problema que habría de
karrear más trascendentales resultados
tegativos para la Patria fue, sin duda al,m~, el iniciado por los texanos en 1835 que
_.¡c1almente condujo a la segregación de
•que! territorio, para convertirse,
tfimeramente, en la República de Texas y
~ anexión, años más tarde, a los Estados
-lJnidos de Norteamérica, que sirvió de prelexto para la injusta invasión nor~mericana del territorio Nacional.

'41'17.

EN

:oist. Renault, S.A.

(TOMADO DE "EL NACIONAL").

9

VIDA UNIVERSITARIA

obstante que el cielo de nuestra invasor enfocó todos sus Óbjetivos hacia el
Patria está constelado de héroes cerro de Chapultepec, en cuya cima se
cívicos y militares, la mayoría de yergue el histórico castillo, que albergaba,
ellos, con auténticos méritos para ya para entonces, al glorioso Colegio Milisu consagración; por razón de la tar, cuyos maestros y alumnos se apresdificultad para prescindir en esas ta~on desde luego, a su defensa, desde las
~Iidades de intereses particulares o primeras horas de la mañana del 13 de
tlle determinadas preferencias por las septiembre.
,acciones los partidos, ninguno puede
(Un día más tarde, caería definitivamente
wtentar el brillo inmarcesible de un la ciudad de México en poder de los exwiténtico patriotismo, que los jóvenes ca- tranjeros, hasta el ominoso Tratado de Gua•tesdel Colegio Militar que combatieron y dalupe Hidalgo, por el ooal sacrificaríamos
• de ellos perecieron- en la gloriosa más de la mitad de territorio patrio, el día 2
_.nana del día 13 de septiembre de 1847, en de febrero de 1848).
el s~ue de Chapultepec.
Permitaseme un paréntesis, antes de la
l)eSde gue México_inicia la marcha como evocación de los desgraciados sucesos de
flÍS independiente de la corona española, el aquel día, para mencionar, aunque sea a
0

Los primeros encuentros con el enemigo
mYieron lugar en las inmediaciones del
,ierto de Matamoros, en el norte, conocih como las batallas de La Resaca de·
tuerrero y Palo Alto, en mayo de 1846, que
tondujeron al sitio y caída de la ciudad de
M~nterrey, én septiembre siguiente. Meses
lllás tarde, en febrero del 47, la famosa
Batalla de la Angostura, cercana a Saltillo,
tn donde los ejércitos mexicanos, no obstante la impericia de la mayoría de sus
tomandantes, dieron muestras de arrojo y
talentía inusitadas, a tal grado, que
Propiciaron en el ánimo de los invasores un
~~ bio radical en sus tácticas militares, al
ectuarse el desembarco en el puerto de
••~racruz, en marzo de ese mismo año de

POR LITRO

1

sino simbólico-poético, que los idealiza.
Son figuras-seres creadas por la pluma
del artista, animadas originalmente por el
escritor. Y dentro de esta subordínací6n
hacen su aporte personal a la interpretación de la obra. También se diría

ara poder juzgar del estilo que
anima la narración ~stará transcribir un fragmento: ... " La tempestad había desgajado los frondosos laureles y los
recios liquidámbares, se, había ensañado
con los vetustos encinÓs, y, en la batalla,
casi había liquidado los frutales. Sobre la
tierra, aún encharcada, las ramas mutiladas daban testimonio de las inclemencias
del ataque y en aquellos brazos ayer vivos
y cobijadores, ahora piaban agonizantes,
pequeños y desnudos pájaros cuyos padres
revoloteaban cerca de mi sin entender ese
asolamiento que rompía con el orden y
despojaba a sus crías del hogar construido
amorosamente.
Pero los cantos no eran sólo de pesar,
había estupor y tal vez hasta disfrazada
alegría al comprobar, que en la naturaleza
todo puede ser tan frágil como uno mismo" ... Como se ve, hay un dejo clásico en
esta prosa, que aumenta los valores
señalados anteriormente; todo lo cual
hace de "1':l hombre de los Hongos" una
obra valiosa.

Jll&amp;l:tlel l'. de Octubre de 1975.

Tras la desafortunada batalla
de Cerro Gordo, de la que era restnsable directo el general-presidente, don
..to~io López de Santa Anna, se presenta el
norteamericano a las puertas de la
/1tal del pais, a mediados de agosto del
11
heismo, donde tuvieron lugar algunos
tochos de armas de singular importancia,
t" molas batallas de Padierna, al sur de la
~IUdad, de Churubusco -donde el general
tunaya tuvo que rendirse en heroicas cir1111 nstan~ias que lo enaltecen en grado
!&gt;erlativo ante los ojos de la Historia- y la
11
e Molino del Rey, donde perecieron,
f:eoiados de gloria, el general Antonio
n Y el coronel Lucas Balderas.
Ante estas circunstancias, el ejército

r~1to

A

O

y

�10

Miércoles 1•, de Octubre de U1i;

VIDA UNIVERSITARIA

TEMAS SOCl8L881CDS

Exa■n

de
las ·ciases

Sociales

Lle. Genaro Salinas Quiroga.

E

s interesante formular un estudio o indagación de las clases sociales,
del cual generalmente lenemos un
conocimiento empírico libro del eminente
sociólogo mexicano Dr. Lucio Mendieta y
Núñez y que lleva precisamente ese
nombre "Las Clases Sociales".
Dicho catedrático mexicano da su de-finición sobre la clase social al afirmar
que: "está determinada por una combínación de factores culturales y económicos. Podríamos decir que las clases
sociales, son grandes conjuntos de
personas que se distinguen por los rasgos
específicos de su cultura y de su situación
económica".
Aunque en la sociedad moderna hay una
corriente incesante e intensa de individuos
qué pasan de una capa social a otra, podemos hablar de tres clases sociales
perfectamente caracterizadas: la baja, la
media y la alla. No es posible como en todas las leyes sociológicas (que simplemente señalan orientaciones o tendencias), fijar, con precisión matemática
los limites de cada clase social.
La división de clases fue señalada por
Aristóteles en su "Política", cuando dijo
que: "existen en cada Estado tres clases
de ciudadanos: los riquísimos, los pobrísimos y los que no son ni muy pobres ni
muy ricos".
El factor económico es de tomarse en
cuenta par~ fijar la clase social a que se
pertenece, pero es más decisivo el cultural. Un nuevo rico, a pesar de la cuantía
de su fortuna, no pasa inmediatamente a
la clase social alta, sino más bien sus
descendientes que tienen oportunidad de
asistir desde niños a buenos colegios y
posteriormente a universidades y a convivir con miembros de esa clase social
superior. Una clase social, es pues toda
una atmósfera que se crea con el tiempo.
Es también la clase social, un estilo de
vida, con costumbres y maneras semejantes de cada clase social, tr¡¡tan de
ascender a la capa superior, que les sirve de
modelo.

E

n la clase alta o superior de la
escala social, están incluidos los que
obtienen grandes ingresos, los grandes

propietarios de tierras o de edificios urbanos, los grandes financieros o empresarios de nuestra época. El tipo de la
clase alta que lleva una vida de ostentación y de placer, una existencia de
lujo, tiende a desaparecer y más en
Monterrey, que es una escuela de trabajo,;
que se singulariza por su sobriedad y por
su espíritu incansa.ble de lucha y de esfuerzo.
La clase MEDIA se caracteriza por una
forma moderada de vida material y mayor
apego a los principios morales y religiosos.
Los catedráticos de universidades y los
profesionistas que tienen un nivel modesto
desde el punto de vista económico, pertenecen a ella. Es la clase social más dificil de delimitar con precisión, al grado
tal de que hay sociólogos que consideran
que hay clases medias. A ella pertenecen
también, el obrero calificado, los pequeños
y medianos comerciantes e industriales, la
mayor parte de los prQfesionistas liberales
y los funcionarios de medianos puestos.
La clase MEDIA está más unificada que
la super!Or y que la baja, en sus manifestaciones de vida. Se caracteriza mejor
por sus vestidos, muebles, habitaciones y
espectáculos, porque concede mayor
importancia a la cultura y a la ciencia y
porque cuenta con un más elevado sentido
moral y religioso.
Esta clase social, es factor de moderación de equilibrio y de prudencia en la
vida comunal. Acepta el progreso, pero en
la justa medida que viene auténticamente
a mejorar a la sociedad. Cuando su seguridad económica es inestable o su descontento es general, quiere decir que está
en peligro inminente la existencia del
grupo colectivo a que pertenecen o sea de
la sociedad entera.

N

o son cerradas o impenetrables
las clases sociales, sino que hay una
intensa circulación y más en nuestra
época de graves desajustes económicos.
Cada hombre que tiene aspiraciones o
ambiciones desea ascender a la clase
superior. Con razón escribió Federico Nietzsche: "que en las puertas de nuestro
tiempo no debe inscribirse el "('(mócete a
ti mismo", socrático, sino el "hazte
valer".
La clase baja está constituida por
personas de escasos ingresos y de escasa
cultura. Aella pertenecen los trabajadores
no calificados, los mozos, aquellos que
ocupan una categoría ínfima dentro de una
·empresa o del Gobierno.
· El obrero no calificado, que por su
propia situación de cultura y de recursos
económicos pertenece a la clase baja,
cuan~o su hijo llega a ser profesional, por
ese solo hecho asciende éste último a la
clase mecía y puede con el tiempo ascender
a la clase alta, éon su cultura y con la elevación de s•· situación económica.

Hav gente
.1 clase media, con .una
graD intelectmu1Jad, como el caso de catedrátÍir))s universitarios que ~o ambicionan subir a la clase alta. Considrrando que el grupo social a que pertenet·Pn, les otorga plenitud de satisfaeriones o bien que por su sobriedad o
virtudes, los hace considerarse satisfechos
de 8U ::;ituación. Desde el punto de vista
ético son los mejores exl)flnentes de una
colectividad.

H

emos. dicho que ia clase social, implica una atmósfera, un estilo de vida,
que no se conquista con un simple golpe de
fortuna o de suerte. El sociólogo mexicano
Dr. Lucio Mendieta y Núñez en su obra que
hemos citado, invoca los siguientes
ejemplos:
"El mozo que se hace millonario debido
a un golpe inesperado d~ fortuna; el
burócrata de la clase media que se ve favorecido por una repentina situación política; el sargento oel guerrillero que se eleva a la cumbre del poder político a
consecuencia de una asonada militar o de
una revolución, se colocan económicamente a la altura de las familias que
constituyen la élite social de un país determinado; pero ni esa élite los considera
uno de los suyos; ni ellos sienten que
pertenecen a ella".

· Felicita el Rector Todd a Cinco
Premios al·Saber

'E

L Rector de ·1a Uni-

i

versidad Autónoma
de Nuevo León, \loctor
Luís E, Todd Pérez, fe•
licitó efusivamente a cinco jóvenes de distintas
carreras de la UANL,
quienes obtuvieron este
año la Presea "Premio al
Saber", que otorga la
Sociedad de Ingenieros y
Técnicos de Monterrey,
A.C.

A los cinco egresados
de la UANL, Todd los
felicitó por poner en alto
el prestigio académico
de la Máxima Casa de
Estudios y los exhortó
para que en su futura
vida como profesionistas
continúen dando prestigio
a esta Institución y sirvan
á la comunidad.
Los cinco jóvenes de
la UANL que obtuvieron

la Presea "Premio al
Saber", son: Juana Cera
Castillo de Ing!nierla.
Química, Luis Marit
Garza Ulloa de la Facultad de Arquitectura, Oscar González Garza,
Facultad de Ingenierfa
Civil, AHredo Juan Hal111
Tafish ingeniero mednico administrador y Serg_io Alejandro Salinas
González, de Agronomía.

_..,1es 1•. de Octubre de 1975.

dad era de orden mayor, la solución se encontraba un
poco más distante físicamente, pero indiscutiblemente
la fre~uencia con que se presentaba sería menor ,y así
sucesivamente hasta llegar a los casos en que se requería venir eventualmente al centro de la ciudad para
arreglar determinado asunto. La organización física del
Plan Exápolis 2000 quedó determinada a partir del escalón doméstico (80 a 200 faros), el cual organiza sus
relaciones comunitarias a lo largo de unas cuantas
calles; e~ barrio que agrupa entre 500 y 2000 familias, y
que satisfacen sus necesidades alrededor de un
equipamiento urbano común, que forma un "centro de
barrio", lo cual facilita la organización de la comunidad.
La c_iudad óptima, que agrupa de 10 a 18 barrios, y que
contiene los satisfactores culturales, asistenciales,
CUARTA PARTE
recreativos y comerciales, que congregaban principalmente a los adultos, y agrupa entre 30,000 y
CONFERENCIA
1000,0000 habs.; el calificativo de óptima se debe a que
del
en esta dimensión físico-geográfica se satisfacen al
ING. OSCAR G. VILLARREAL M.
menor costo de energía física, ti«tmpo y dinero la totalidad de las necesidades sociales, de la mayoría de la
PRIMER SEMINARIO SOBRE PRECARISMO Y PRO- población, y se alcanza una escala de vida cívica muy
aceptable. Y finalmente 1a ciudad federación escala a
BLEMAS DE SALUD.
la c~al se justifica el gran centro hospitalario, la uni., .versidad, los grandes espectáculos, las bibliotecas esUniversidad de Monterrey
Gobierno del Estado.
pecializadas, y las ohcinas públicas.

LA SALUD DE LA AGLOMERACION, UNO
DE LOS OBJETIVOS BASICOS DE LA
·PLANIFICACION URBANISTICA

El Plan Director de la
Subregión Monteney

26-27 de Junio-1975.
Monterrey, N.L.

m.- LA SOLUCION ES PLANIFICAR.
;

FUNDIDORA
MONTERREY
ZARAGOZA SUR No.1000
MONTERREY, N. l.
TEL. 42-98-10

/

sí ante las condiciones en que se encontraba la
.ciudad de Monter.rey a principios de los años
sesenta, y las perspectivas de su crecimiento a
futuro, se creó el Plan Reglllador de la Subre.
gión Monterrey que durante sus primeros
aftosde existencia se encargó de investigar todos los
aspee~ de los ~erentes barrios que la componían,
procediendo a realizar encuestas, levantamientos aero~
fotográficos, estudios de topografía social, de utilizaci-i
ón, del suelo urbano y suburbano inmediato, de mo-:
vimientos de la población y mercancías, de abasto de!
agua y energéticos de los sistemas de infraestructura1
física y otros más.
Su misión era formular un conjunto de normas y
planes adecuados para orientar el crecimiento cualitativo y cuantitativo de la ciudad y alrededores, y que
habrían de culminar con la elaboración del Plan
Director, dado a conocer públicamente en 1967,
documento central al cual habría de referirse en lo
sucesivo toda la acción planificadora en el área metropolitana; de su respeto y cwnplinúento dependería
que al año 2000 Monterrey fuera una ciudad sana, justa y
bella, adecuada a la escala humana y no a la inversa.

A

S

e complementa esta organización con un
grupo de ciudades auxiliares del Monterrey futuro
cuyas funciones serán retener parte del potencial de 1~
migración a ésta, desarrollando las funciones urbanas
que les sea permittdo por mercado, y por las funciones
agropecuarias de los alrededores, cuya producción será
necesaria para la población.
En este nivel de avance de los estudios se hizo un
paréntesis para establecer un orden de urgencia sobre el
que se debería de estar prácticamente de inmediato,
concluyéndose que el sistema vial, la vivienda y la zonificación deberían ser los capítulos a atender
primeramente, sin descuidar el contexto general.
A partir del diagnóstico,de la ciudad se cuantificaron
los movimientos lógicos de la población futura así como
los volúmenes de tránsito de paso extraurbano: producto
de lo cual resultó el Plan Vial pará el año 2000, que fuera
luego el documento central en el cual se fundamentara el
Plan de Obras Viales 1967-73, que contempló obras como
la ampliación de las calles Juárez, Cuauhtánoc Prol.
Constitución, e Independencia, el boulevard las Torres
el Arco Vial, el Anillo Intermedio, el Anillo Periférico'
así como los pasos a desnivel y Puentes sobre las aveni:
das Constitución y F.U. Gómez, Zaragoza, Pino
Suárez, Gonzalitos; Ruiz Cortines y B. Reyes· Ruiz
Cortines y Universidad, y muchas otras obra~ más,
algunas de ellas pendientes de realizarse aún.

E

n cuanto a vivienda, se concibió en 1968 un Plan
os pronósticos de población, realizados baOperativo,
de Vivienda Popular para el Area
jo consideraciones normales en cuanto al comMetropolitana
de
Monterrey-13, plan de gran alcance
~tamiento de las variables que lo condicionan, escuyo pro~rama piloto se concebía para 2,200 viviendas:
~on que_ a treinta años de distancia serian poco más que debido a sus particularidades económicas eran
de cmco millones de habitantes los que vivirán en la
puestas al alcance de población con ingresos entre $750.
subregión Monterrey, ocupando aproximadamente
y
$1,500 mensuales; los proyectos tipo que se manejaron
t0,000 has. de superficie urbana -12-, situación que vista
en
el conjunto habitacional resultaban con precios
en !38 grandes ciudades, actuales en otras latitudes,
promedio
de $22,000.00 (incluyendo terreno y obras de
obligaba a reflexionar detenidamente sobre los lugares
urbanización),
logrado ésto mediante la eliminación de
~ ,ue trabajaría esa población, los lugares en que vielementos
que
se
antojó superfluos y modulando todos
~ia, de los futuros abastos de agua y energéticos de las
los
proyectos.
Este
proyecto no se realizó a pesar de lo
Vl8S de comunicación necesarias, y de la ubicación de
adelantado
a
que
llegaron
las gestiones para la adlos equipamientos urbanos necesarios para satisfacer
quisición
del
predio,
por
razones
un tanto desconocidas y
las demandas de la población; escuelas, hospitales
aje!}as
al
mismo.
m~dos, cines, centros sociales y otros muchos más'.
Por otra parte, ante la problemática descrita anAs1 fue que se conoció la estructura de las funciones
teriormente,
el Ejecutivo se vio obligado a implementar
8!'1&gt;_anas de la ciudad en esa época (industria, comercio, -soluciones poco
convencionales en nuestro medio, y así
VlVlenda) cuyo diagnóstico era poco amable, pues la
e11
el
marco
de
referencia
de la Ley de Planificación y
convivencia de estas funciones en forma indiscriminada
Urbanización
del
Estado
de
Nuevo León, decretada en
traería resultados negativos en el mediano plazo; se de-·
.1968,
y
en
la
que
se
establecía
que "tratétndose de
tectaron las condicionantes físicas para el crecimiento
fraccionamientos
que
fueran
a
ser
destinados a gentes
de ~ ciudad, la orientación de los vientos reinantes y
d~
escasos
recursos,
el
Comité
de
Planificación
podría
doirunantes, y la vocación a que estaba llamada a ser
dispensar
alguna
(s)
de
las
obras
de
urbanización
cada zona de futuro desarrollo de la ciudad.
siempre que el propietario aceptara que los lotes s~
1 principio rector del diseño fue la estruc- vendieran al público a un precio que se considerara por
tura federativa escalonada, sistema que contempla el Comité moderado en relación a los precios ordinarios
la satisfacción de las necesidades de la población en de mercado". La promoción para awnentar la oferta de
forma jerarquizada en cuanto a las distancias a terrenos semiurbanizados se estudiaba mediante un
reco_rrer, en función de las frecuencias con que se modelo económico eontable que consideraba los costos
realice~ _las mismas, así la necesidad cotidiana del jefe totales de las obras de urbanización, los gastos adminisl:~tivos de la empresa, los impuestos a pagar y
~ familia de traslado de su casa al lugar de trabajo y
Vlc~versa, fue concebido de manera que fuera cómodo, una utilidad "razonable" en función de la inversión total.
rápi~o y sano, pudiendo ir a pie: en bicicleta o bien
·realizando un corto recorrido en vehículo de motor, de
as ~entas se realiza~an a plazos no mayores
manera que dicho acto le sirviera de desintoxicación
después de la jornada diaria; igualmente las necesi- . . _de cinco años, despues de los cuales se podrían
iniciar los programas de introducción de los servicios
dades cotidianas del ama de casa y los niños en edad
escolar pudieran resolverse con un mínimo recorrido a públicos faltantes, garantizando así un saneamiento
efectivo, en un plazo razonable, y de que no se
Ple, ~l jardín de niños, a la escuela, al super, a la tor- ambie~tal
volvenan
a presentar las soluciones conflictivas des·tllleria. oanad~ría v otros. En la medida que la necesicritas.
13- En estas fechas no existía un organismo promotor
:--lanEl Plan Director de la Subregión Monterrey; ed.
Regulador; 1967
de vivienda oficial.

L

11

VIDA UNIVERSITARIA

E

L

·eRUJERIA
JoséGarcía Yzaguirre.
"Todos perdidos por uno sólo, no sólo castigadc,s sino
dignos de serlo, arruinados y pervertidos de antemano, muertos para Dios antes de nacer. El nino
que mama es un condenado''.
SPINA.

u
7.- Ante la despectiva pafabra: ¡Bruja! , surgen las
horry&gt;ilantes vi~jas de Macnetc. Dáse por sentada,
a priori, su fealdad y su decrepitud. Pero la investigación histórica llega a diferentes conclusiones.
Los crueles procesos inquisitoriales, esos grandes
monumentos a la inbecilidad humana y a la chatez
juridica del escolástico decadente, escaso de entendederas, enséñanos precisamente todo lo con-·
trarío: lo cierto, lo indubitable, es que la inayona de
las acusadas, por ser jóvenes y bellas, como la b1blica, la casta Susana, convirtiéronse, como ella, en
pasto de la lascivia y de la lujuria, de la pecaminosa
voluptuosidad de sus mismos acusadores, jueces y
c~rceler~s, ¡fanatizados por un dogmatismo ilógico, anti-natural! .
8.- Tales infelices mujeres, muchas de ellas abandona~as por sus maridos e hijos, padecieron y
~ecieron como ~ldecidas e irredimibles Brujas, .
sm serlo en lo absoluto. La Sibila predecía el destino
en los tiempos de la Antigiiedad Clásica. Mas era la
Bruja quien lo realizaba. Según el historiador Jules
Michelet, esta es la grande, la verdadera diferencia.
La Bruja evoca, conjura, opera sobre el destino. No
es la antigua Casandra, que tan bien veía el porvenir,
lo esperaba, lo lamentaba. Más que Medea, la Bruja
lleva en la mano la mágica varita del milagro na~ tural para ayudar, coadyuvar con la hermana y madre ~aturalei.a, en beneficio de los q_ue a ella acuden,
¡urgidos por la miseria y las injusticias sociales!.
9.- En la Bruja ya se ven los rasgos del moderno
Prometeo. En ella, y con ella, empieza la industria.
Con la Bruja, sobre todo, comienza la soberana indus~ia que cura. Es la Brúja la que crea este porverur de salud para el enfermo del cuerpo y del alma,
que acude a ella en busca de remedio y de consuelo.
Es .la Bruja quien rehare al hombre, víctima de la
malignidad, y de la rapiña, de sus propios hermanos.
Todos perdidos en Adán, pervertidos y arruiné\dos de .
antemano, pára Dios muertos antes de nacer. Este
principio es el dogma de la injusticia social. Justa y
lógicamente derí\Qlnse dos cosas de esta enormidad:
El juez siempre condena. - ·
10.-:- A la inversa de la Sibila, que parecía ver hacia la
aurora, la Bruja otea, mira hacia el poniente; pero
justamente este crepúsculo sombríuda, como sucecle
en los picos de los Alpes, una alba anticipada del día.
Muy ~ien presiente el Sacerdote que el peligro, que la
enemiga, que la rival terrible de su ministerio, está
en la sacerdotisa de la Naturaleza; a ésta finge el
Sacerdote despreciarla; pero sabe que de los antiguos dioses y espíritus de la Tierra, destronados
por el cristianismo, aunqu.e no desprovistos totalmente de su influencia y poder, la Bruja, en
cuanto perenne sacerdotisa de la Naturaleza, ha
concebid@ nuevos dioses¡ frente al Satanás del pasa.
do, casi se adivina que la Bruja da a luz uno del
porvenir.
11.- En la Edad Oscura, el pueblo sólo tenia a la Bruja
para curarse. Y esta situación prol09góse por un
milenio. Los papas, los emperadores, los reyes, así
como los 111ás ricos barones y demás miembros de la
nobleza tenían, para consultar, algunos cultos
·doctores de Salerno, judíos y moros. Pero las masas
de analfabetos cristianos europeos, con excepción de
los monjes, huidos del mundo y enclaustrados en
monasterios, abadías y conventos, como los de
Cluny; en todo feudo o comarca consultaban a la
comadrona o Saga.
12.- Mas generalmente, en virtud de un temor a la vez
mezclado de respeto, la Bruja era usualmente
nombrada Dama buena, o Bella Dama, bella donna:
el mismo nombre que se daba a las Hadas. Y con ello
ocurrió lo mismo que con la belladona su planta favorita, sucedió, así como con otr¿s saludables
venenos que empleaba ella y que fueron el antídoto
para los grandes flagelos medioevales. El niño el
transeúnte, e~ ignorante, maldecían antes 'de
conocerlas a aquellas sombrías flores; aterrábanlos
sus colores dudosos; ante ellas los hombres se alejaban y retrocedían; pero ellas son, empero, las
consoladoras soleáneas que, administradas con
suma discreción, ¡ adormecían, o curaban, los males
del cuerpo y del alma! .

�13

VIDA UNIVERSITARIA

GRATITUD...

'
"ARO. JOAQUIN
A. MORA"

ZARAGOZA 318 SUR

TORRE DE RECTORIA
PLANTA BAJA
TEL.52-55-80
CD. UNIVERSITARIA

U.A.n.L.

APDO. POSTAL 137

(Viene de la Página 5)

TEL.44-56-6~
MONTERREY, N. L.
MONTERREY. N.L., MEX.

uniLi:l=to

que el hwnanismo es consubstancial a la Universidad. Si en
la Universidad tendemos a conocer objetivamente al hombre
en su integridad, las hwnanidades resultan imprescindibles
e inaplazables. Al hablar de hwnanismo implicamos, naturabnente, la búsqueda, establecimiento y exaltación· de los
más altos valores de la cultura. Si cie~cias y hwnanidades
tienen una misma causa fon tal y un mismo fin común último,
hay que desterrar las rígidas fronteras entre ciencia y
humanidades. Los científicos tienen que tratar de comprender su actividad h~a~a. Lo~ h~anis~s ~evan sus
Investigaciones a la obJetlv1dad c1entiflca mas rigurosa y
depurada. La vinculación entre ciencias y hwnanidades debe
darse, precisamente, en la Universidad. No queremos un
limitado hwnanismo filosófico greco-latino. Para nosotros
humanismo significa configuración axiológica del ser
munano. Sólo el hwnanismo puede restaurar el estudio
general o principal.

E
tros

l hwnanismo clásico ignoró la técnica, no abarcó
al hombre integral ni englobó a todos los hombres. N~sono podemos ignorar la técnica, pero tampoco podemos

LE OFRECE DURANTE
OCTUBRE,NOVIEMBRE Y DICIEMBRE
SU GRAN PROMOCION CULTURAL

~~rn~@íl©~®~rnrnílru rnrn ~®@ ~oo@rnw@~~

~ Briznas Bibliográficas
Alberto María Carreño (1875-1962.)

"Voy perdiendo la memoria
y olvidando todas las ¡mlabras...
Ya no recuerdo bien ...
Voy olvidando... olvidando.... olvidando ....
pero quiero que la última palabra,
la última palabra, pegadiza y terca,
que recuerde al morir.
sea ésta: PERDON" (2).

H

M

Por Leoncio ORTIZ GONZALEZ.

ace cien años que nació en Tacubaya, D.F.,
el maestro don Alberto María Carreño. Fueron sus
padres don Santiago Carreño y doña Soledad Escudero.
Tuvo el maestro Carreño una actividad intensa y variada, después de haber realizado estudios de bachillerato
en el seminario, estudió en la Escuela Superior de
Comercio y Administración, para después dedicarse a
ua miportante actividad de negocios como abogado
eensllltor de negociaciones industriales, mercaniiles y
bancarias. Ocupó también puestos en el campo de la
diplQmacia como secretario de los embajadores de
llhfco en Washin~n Joaq\ÚJl D. Casasús (1858-1916) y
Enr(que C. Creel (1854-1931); primer secretario de la
embajada especial de México en Washington (1911);
participó en el tribunal internacional para resolver por
arbitraje el caso de El Chamizal. Participó también en
el conflicto rellgioso de 1929 como lntermedJario entre la
,Iglesia y el Estado.

Xll XXXX

XXXXX

S

12 OBRAS SENSACIONALES
DE LOS MUSEOS DE:
OCTUBRE

NOVIEMBRE

MUSEOS DEL VATICANO
(ROMA)
MUSEO N A C I O N A L
(TOKYO)
MUSEO DE HISTORIA
DEL ARTE (V I E N A)

PINACOTECA B R E R A

G A L E R I A NACIONAL
(LONDRES)

DICIEMBRE

(MILAN)

MUSEO B R I TA N I C O

MUSEO EGIPCIO
(CAIRO)
Al'JTIGUA PINACOTECA
(MUNICH)
MUS E O DE BELLAS
A R T ES (B o s To N)

~"°L~~l~EtlACIONAL
(WASHINGTON)
R I J K S M ll S E U M
(AMSTERDAN)
U
F
F
I
Z
1
(FLORENCIA)

A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE DE 1975
ADQUIERALOS EN LAS LIBRERIAS UNIVERSITARIAS

A.mplio surtido en textos para Facultad y Prepa ratoria, libros ·de ciencia, técnica, humanidades,.
literatura, arte y obras generales.

u actividad docente fue múltiple, pues ocupó cátedras en varias instituciones culturales y de
Investigación tales como catedrático de Economía PoliUea en la Facultad de Altos Estudios de la UNAM; profesor del Colegio Militar; bibliotecario, subdirector y
director de la Escuela Superior de Comercio y
Administración; profesor de español. en la Escuela
Nacional Preparatoria y otros muchos cargos docentes
1
·· qae durante su vida desempeñó el maestro Carreiio.
~· Peneaeció a varias corporaciones científicas y cul~ tarales, entre otras, a la Academia Mexicana de la
-torla, AcademJa de Derecho Internacional, Sociedad
~·Mafeaaa de Geografia y EstadfsUca, AcadeDlia
: lluicaaa de la Lengua como miembro comsP:Cmdlente
-ea 1918 y de número en 1924.

•.·t•
~:,

desconocer el magnifico legado de aquellos dos imperativos
geniales: "conócete a tí mismo" y "llega a ser el que eres" ..
He aquí el único medio de llegar a una educación del hombre
como hombre. Y al hablar del hombre como hombre hablo
del conviviente, del yo y de la circunstancia, de la dimensión
social insoslayable. Sin una ciencia templada de hwnanismo,
la Universidad no puede ejercer su rectoría espiritual en el
seno de la sociedad.
Al detener mi camino y volver por un momento la vista
hacia atrás, veo, con relativa satisfacción, algunas
realizaciones que me han sido dables legar: la fundación del
Centro de Estudios Hwnanisticos, el establecimiento de la
carrera de Psicología, la introducción de Seminarios en la
Facultad de Filosofía y Letras, la elaboración de
reglamentos académicos -reglamento interior y reglamento
de seminarios- que no existían antes de que aswniese la
Dirección de esta Facultad. He servido a mi "Alma Mater"
como Director de la Facultad de Filosofía y Letras durante
seis años, como consejero electo de esta misma dependencia
y como Consejero electo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, como miembro de la Junta de Gobierno y como
Coordinador de la Maestría, en Filosofía. Pero mi mayor satisfacción radica en los veinticinco años ininterrwnpidos de
investigación y de docencia. Aún así, siento que no he hecho
todo lo que podría hacer. Como hwnano que soy es posible
que haya incurrido en varios errores. Como cristiano pido
perdón por ellos. Hago mías, con íntima emoción, aquellas
palabras del poeta:

obra escrita de don Alberto Maria Catreie es muy enema y variada y entre 1118 libros más

'~Idos pueden citane los siguientes: Joyas literarias
. en'Mélico (1915, Historia de la Academia de la Lengua.
(19%5 publicada en eJ.tomo Vll de las Memorias de la
AcademJa), El cronista Luis González Obregón. Cua•. dros viejos (1938). Fundó y dirigió la revista Divulgación histórica. Don Alberto María Carreño emprendió
' 1ambién una de las obras que con más cariño llevaba a
cabo hacia fines de su vida: Archivo del general Porfirio
Diaz. Memorias y documentos. México, Editorial Elade,
1947-1961, Antes se habían escrito unas Memorias del
general Porfirio Díai 1830-1867). 2ª. edición, México,
ltn-19'l5 editadas por El Libro Francés. La bibliografía
del maestro Carreño se publicó en La obra personal de
los miembros de la Academia Mexicana Correspondiente de la Espai'1ola. Memorias de Academia
Mexicana, vol. VIII, pp. 2641.

i paso por la Universidad ha sido, tambiál,
una larga meditación filosófica, en la que he puesto
muchos años de trabajo intelectual y muchas de mis mejores
esperanzas. A la disposición de los universitarios he puesto
más de una veintena de libros. Entre ellos un tratado sobre
"Ser y Que hacer de la Universidad- Estructura y Misión de
la Universidad Vocacional-". La obra no está exenta de una
limpia pasión universitaria. Ese "pathos" -mis amigos los
saben-, me ha permitido soportar pruebas difíciles, superar
ia desilusión y esperar nuevas auroras. Quiero manifestar
mi grntitud. Al H. Consejo Universitario, al Rector de la Universidad y a la Junta Directiva de la Facultad de Filosofía y
Letras por una designación que, como hijo de la Universidad
de Nuevo León, me enaltece me honra y me conmueve.
Permitidme que os haga una confesión. He tenido la suerte
de recibir no escasas distinciones -nacionales e internacionales- que me llenan el espíritu de agradecimiento.
Pero ninguna toca y conmueve tan de cerca las fibras más
íntimas del hondón del alma, como esta que me depara, mi
"Alma Mater". Quisiera no defraudarlos. Pero sólo puedo
prometer ánimo y esfuerzo en la tarea de recibir y de forjar
valores, dentro de la sociedad que me circunda existencialmente. El eros filosófico es un vehemente amor de
participar con el meollo de nuestra persona en lo esencial de
todos los entes posibles. Esta participación se realiza en el
hombre entero, con la totalidad de sus facultades espirituales
superiores. La filosofía, no es tan sólo un saber sino una
forma de ser hombre, una actitud vital, wt ejercicio de
perfección y de dignificacón hwnana. Trátase de un imprescindible meneter existencial de ubicación y de autoposesión. Estando en soledad ven el mundo, me encuentro a
mi mismo sintiendo la tensión entre mi desamparo ontofógico y mi afán de plenitud subsistencial. Filósofo porque
aspiro a la plenitud subsistencia! y porque quierQ protegerme
contra mi desamparo ontológico. Pero como toda plenitud
lograda es siempre relativa y está amenazada por el
desamparo, prosigo filosofando siempre en mi "status viatoris" hasta llegar a la muerte.

R

ealizamos integralmente nuestra naturakza fi.
Dita cuando, tratando de ser hombres basta el fondo, nos

percatamos de que el hombre -como advirtió Nietzche está
hecho para s~r superado. Apasionándonos en nuestra tarea
de filosofar para mejor vivir como hombres, encontramos
nuestra unidad fundamental de ser, y, en esa unidad, lo que
funda, lo fundante, el Ente fundamental y fundamentante.
La filosofía, al fin cosa humana, está, en última instancia, como todo lo que es hwnano, al servicio de la vida, a
disposición del hombre. Trátase de un saber para vivir. No
hay manera de vivir hwnanamente en la tierra sin construirse una "idea del mundo", sin conocer la situación y la
circunstancia. Vivir aquí y ahora significa entrar en relación
con el contorno y tener conciencia de la l'.!poca. Pero no se vive solamente para el "aquí" .Y para el "ahora". Por su
(2). León Felipe: "¡Oh este viejo y roto vioÍín! ", pág. 121,
Colección Málaga, S.A. México.

comunión con la verdad, el hombre se evade de la cárcel
espacio-temporal.
Somos responsables de la verdad en cuanto desvelamiento
y en cuanto comunicación. El amor es inseparable de la
verdad: la esclarece y la posibilita. Estamos llamados todos, sin excepción- a dar testimonio de la verdad. Abrir_se a
la verdad, y abrirse en la verdad para los otros es cumphr la
ley de nuestro propio ser. Tenemos la certeza de que somos
hombres para algo más que para dar con nuestros huesos en
una tumba. Por eso me ha parecido siempre magnüico el
lema de la Universidad Autónoma de Nuevo León: •·Afere
Flammam Veritatis". Si la administración de la verdad e5lá
confiada a la libertad hwnana, es preciso alentar la flama de
la verdad. Condenados como estamos a la muerte, debemo::;
apresurarnos, con inquebrantable voluntad y sin descanso, a
dar nuestro mensaje, grandé o pequeiio, pero siempre
autáltico antes de pasar a aquel estadio en donde tenemos la
certeza -los creyentes- de que sobran los mensajes porque
todo está a la vida, en su más prístima patencia. Pero todo
develamiento, todo mensaje debe estar al servicio del amor
que abraza y excede a la verdad.

S

e me pidió --en vísperas de este homen~je-, que d~jase un mensaje a las nuevas generac10nes. A mis
jóvenes alwnnos recuerdo, una vez más, que los grandes
sucesos de la historia fueron obras de grandes amantes de
héroes- de la inteligencia y de la bondad-, de pensadores, de
hombres de ciencia y de artistas .... Os invito a que viváis la
vida como ofrenda, como misión· de servicio. Lo que ver•
daderamente vale para nosotros los que hablamos el idwma
de Cervantes, no es el éxito sino el esfuerzo. Pero es preciso
que nos afanemos -válgame la expresión- por naturalizar
los valores, por unir el mundo de los ideales con nuestra
circunstancia. No basta pensar lo extraordinario; menester
es vivirlo. ¿Cómo? Abriáldonos a la verdad, y abriáldonos,
en la verdad para los otros. He aquí nuestro último mensaje:
¡Amad sin transiguir, hasta el fin, lo verdaderamente
valioso para que vuestra vida sea una autoconstrucción por
el amor! ¡Proferidad la verdad antes que la paz! ¡Acostumbraos a pasar sobre el propio yo, que es el hombre
rudimentario; a vencer al hombre egoísta que todo lo calibra
por su interés! Y aunque vuestro querer vaya siempre más
allá de vuestro poder nunca perdáis el impulso y la dirección
hacia el ideal.
A los universitarios quiero recordarles que si la cultura y
las profesiones no estuviesen en un estrecho contacto con el
incesante fermento de la investigación, la Universidad se
anquilosaría muy pronto en sermentosa rutina. Nada sería la
enseñanza superior si no tuviese hincadas sus ávidas raíces
en el suelo nutricio de la cieACia. La investigación dignifica a
la Universidad y la salva de caer en las redes de una
mecánica ciega. Todo puede ser penetrado, aclarado •y objetivado en el viviente espíritu de la Universidad investigadora. Partiendo de nuestra fidelidad a las mejores
esencias universitarias, podemos, por el espíritu de la investigación, henchir de posibilidades y de realidades a
nuestra "Alma Mater" que se renovará en nosotros y en las
generaciones que nos sucedan. Estamos abiertos al diálogo
porque creemos que es el único medio para expresar y
comunicar a los demás la vida de la investigación
humanística. Sabemos que por el diálogo la investigación se
asocia y hace solidarios los esfuerzos de los individuos que la
cultivan.

T

enemos la convicción de que las hwnanidades son,
antes que un sistema de doctrina, una búsqueda que
replantea incesantemente los problemas, para sacar de ellos
el significado y la realidad de la vida humana. No andemos
en pos de un hwnanismo libresco y conceptual, '·almendrado
de citas griegas y latinas, pero sin latido cordial para el
hombre" (Caba). Queremos llegar a un sa!'-er del hombre,
integral que es, a la par, espíritu y carne, alma y hueso,
razón y sangre, instinto y pasión. El ser multidimensional
del hombre reclama una visión comprensiva de todos sus
planos.
Un hervor de reverencias y de amores debe impulsar el
vuelo generoso. ¡Fuera con las minúsculas ligaduras que
restan posibilidad a la obra, velocidad a la carrera y belleza
al sacrificio! Hay que batir alas sobre la desventura de las
pequei'1eces. No ir adelante es volver atrás. Caminaremos cosa en verdad dificil calculando la situación y conservando
el rwnbo.
Allí en el hondón del alma está la enjundia de lo que
somos y de lo que anhelamos ser. Lo demás: estruendo que
se produce, vértigo de la vida, ¡no vale la pena! importa, eso
sí, acometer el riesgo de cada día con un temblor de impuli¡os
seguro y de certidwnbre vocacional, en espera de que la
flecha -hoy caminando callada y misteriosamente- dé algún
día en el blanco. Has~ entonces, y para entonces, aquí
seguiremos, día a día, viviendo la vida como milicia ¡MILITIA CHRISTI. Milicia de cristianos, de hombres comprometidos. Firmes, pero abiertos siempre a los suaves
imperativos de la amistad y del diálogo, para saber ser
hombre entre los hombres.
He aquí lo que teníamos que decir. El resto es silencio
preñado de gratitud y promesa.

�1•. de Octubre de 1975.

14

VIDA UNIVERSITARIA

A voz poética de Oviero
es recia, viril y nerviosa, profunda y directa.
Oviero no juega a es•
cribir poesía por pura inclina•
ción retórica; su poesía no es
nada más como ocurre en otros,
un buen trabajo producto del
viejo o nuevo oficio. En Ovie•
ro hallamos de veras, como
quería León Felipe, "la voz del
hombre". Y es ésta una de las
cualidades que más nos gustan de su honda y humana poesía.
En "Contrapartida", el libro
que comentamos, Oviero, engar•
za, en un ritmo "sencillo como
un beso en la madrugada", ,&gt;a•
r~ decir las cosas con sus propios versos, tres temas funda•
mentales; el amor; el exilio y la
muerte. Triángulo equilátero
por el que circula la vida del
poeta en pulso equilibrado. La
poesía de Oviero logra aquí un
intenso equilibrio, aunque huelo lo dicho a paradoja, pero a
veces, y así sucede en e~-ta
obra, la intensidad está sosteni•
da por la armonía.
La poesía de Oviero, siendo
intensísima, es el producto de
un acto consciente y lúcido:

"hay sitios digo
donde ya no hay sitio
pero eJ lltlo nuestro
amor
'
nuestro sitio
al que no hemos renuncla-

(do,

sigue alH

como una trlncher2
.. don de tendremos tamblm
(tiempo
de hacemos el amor
como decididos combatientes"

.

dónde pudo estar mi corazón
cualquier noche

CONTRAPARTIDA
~r .luan Cen,era
Ciertamente, el luchador no
tiene por qué rennuciar al
amc:&gt;r. ¿Acaso no es por amor
por lo que los hombres funda•
mentales se entregan a las lu•
chas más nobles?
Oviero comparte aquí el amor
con el peso del exilio. El amor
erótico. Ese amor que, parodiandq a Rubén Darío, "quien
que es no comparte con la per•
sona amada". El poeta confíe•
sa:

" ... cuando hacemos el amor
como panteras?"
Torres curvadas e interrogan•
tes hay de por medio, pero ..•
Y sí, de súbito, recordamos leyendo a Oviero al Villón orien•
tal, es decir, al poeta de Del•
hi, al gran Muhammadjí quien,
al hablar de los besos, los en•
rojece con mordiscos. ¿No era
aquello el amor hecho a la ma• .
nera de las panteras? Hay en.
Oviero a a veces violentas lu•
minosidades a la manera orlen•
tal:
''SI hay algo
de negro
en tUI ojol
como una violenta caída
imaginada

pero
a veces también imaginada
como un deseo prendido
de mis brazos
y que recorre
tu piel aunque
no lo quieras
y tu cuerpo desata

una furia
que sabíamos . .. ,.
Pero tras esas ascuas quemantes, más que llamas, la poesía de Oviero está recorrida por
un río subterráneo de sangre
nostálgica, de vieja sangre doliente:

"yo
esperaba agazapado
inadvertido
la noche y la llegada
de tu voz desconocida
quiebro mi cintura
en tu cuarto
aún no descubfeno
para volcar en tí
no sólo lo que tengo
alno también
lo que me falta
para que vivu y conozcan
un sabor que ya

perdió su

(edad

y para que sepu también

del invierno
mú trute".
Y desde "ese invierno mú
triste" y contra esa tristeza,
desde el exilio, la muerte y el
amor, Oviero se entrega .a la
contrapartida en busca de aqqellos que vendrán "ya dispuestos, ya hechos materia . imprescindible". Tras el erotismo,
tras las sombras densas del ·exi•
lio, el verdor de un alba. ·~speranzante que nos embarca ha·
cia la "otra orilla' y allí, "nues•
tras oscuras, vidas", . 'sentimos
con Oviero, crecerán amaman•
tadas por la tlaridad del canto.
Desde su memoria esencial
Ramón Oviero nos habla con
un lenguaje donde se decanta
lo cotidiano. Y la cotidi.anid~d,
en su palabra, adquiere bellas
irradiaciones de líricas trascen•
dencias.
"Contrapartida", que edita la
Federación Editorial Mexicana,
.es un libro que viené a confir•
mar la calidad y madurez poética de este poeta panameño
que ha encontrado en México,
tan generoso siempre con los
que sufren exilio, su segunda
patria. Y con éste, son ya dos
los libros que edi~ en prensas
mexicanas. Anteriormente, antes de su destierro, Oviero publicó: "Los golpes y las horas",
1963; "Tres cantos p.ara la paz",
1965 y, en colaboración con
otros autores, !'Odo más que
elegía" (Panamá). "Aquí sobre
esta tierra", editadt&gt; por Extem(EL NACIONAL)

la
familia.
pequeña

Entonces piense
que en el amor
cada paso
.
es importante.
Planéelo
responsablemente.
Y recuerde:

■

■

VIYeffleJOr

l1tr1~1ccií1 a la U1cacií1 física

interés que casi todos los jóvenes tienen las actividades
de pista y campo, en los deportes de equipo, en los
depOrleS como el tenis, el frontón a mano, el ciclismo, el
~cursionismo y en los deportes acuáticos, dan a todas
-'85 actividades un gran valor educativo. Es por ello
g¡e el programa de educación fisica escolar debe pro,eer la oportunidad para que todos los alumnos _
hombres y mujeres- de un plantel, participen en los
~tes que más les interesen.

La Importancia de
los Deportes en ·
la Educación Física

---00o1---

Al hablar de los deportes en la escuela no se debe
pensar exclusivamente en las competencias entre
equipos o individuos representativos de cada plantel. No
lle debe pensar solamente en los tradicionales deportes
que se conocen. Hay que pensar también en los deportes
de organización sencilla en que pueden participar los
niftos del primer grado, asi como en aquellos que se
iidaptan a lodos los demás grados de la primaria.
El programa escolar de educación física debl' ind11"
un amplio número de actividades.
Dicho programa debe incluir actividades teniendo
en cuenta las diferencias individuales. Debe haber una
variedad de juegos y de eventos con el objeto de que
participen muchachos y muchachas de diversas edades,
tamaños, tipos, destrezas e intereses.

---oOot---

En los primeros tres grados de primaria para las
edades de seis, siete y ocho años conviene enseñar
juegos que contengan las destrezas básicas de los
deportes tradicionales usando pelotas de hule.
No es conveniente tratar de enseñar a los niños más
~ueños a jugar deportes de técnica complirada. A los
ruñns Yniñas de los primeros tres grados de primaria no
les agrada la demasiada organización y se fastidian si se
lt•s hace practicar ejercicios para desarrollar destrezas
fundamentales.

n los grados cuarto, quinto y sexto hay que
dar énfasis a la práctica de las destrezas básicas de
los diferentes deportes.
· Los muchachos y muchachas de tales edades tienen
tende_ncias individualistas. Hay que tenerlo presente. Es
~ ello que los juegos de complicada organización no les
mteresan mucho.
-----OOot--A los alumnos de Secundaria hay que afinarles las

l .os objetivos de tas competencias inter-escolares
·fundamentalmente deben ser la formación del carál'ter
de quienes participan en ellas.
El juego de conjunto, la vida limpia, la disciplina y
d trabajo duro, la lealtad, la confianza y el control de si
mismo, el respeto para el código deportivo y las reglas
de cada deporte, la iniciativa, el valor moral, el respeto
al derecho ajeno, el aprender las lecciones de la
humildad, constituyen finalidades precisas del deporte
en las escuelas.

c

---00o1----

orno objetivos administrativos del deporte en las escuelas están los siguientes: (1) Los
técnicos deportivos deben ser miembros de la Facultad.
(2) El control de los deportes debe ser responsabilidad
del director del plantel, del profesorado, de los ex
alumnos y de los estudiantes. (3l. Los deportes interescolares deben desarrollarse de acuerdo con un
presupuesto controlado por funcionarios del mismo
plantel.

--00o1---

CAPITUW XXX
PorOSfAR .fi'.C'ASTILLON.
Profesor de F.du('adón Fiska.

destrezas básicas de los deportes tradicionales y darles
oportunidad de tener frecuentes competencias.
Ya en los grados de la preparatoria, muchachos y
muchachas deben tener facilidades para figurar en
equipos representativos.
A los muchachos y muchachas de la "Prepa" cuando
se les ha adiestrado en la práctica de los fundamentos
deportivos, se les facilita jugar voleibol, basquetbol
softbol, atletismo y natación del más alto nivel.
'

E

n la preparatoria, conviene que todos los
alumnos aprendan deportes individuales como
frontón a mano, tenis, golf, natación, boliche que más
tarde en la vida puedan seguir practicando durante sus
horas de ocio.
-----oOo,---

E

deben ser considerados como "si fueran en realidad una
guerra".

Entre los aspectos criticables del deporte inter-escolar
está el de no tener acuerdos bien claros entre las instituciones concursantes. El profesionalismo o semiprofe'!iionalismo disfrazado de "amateurismo" que ya
existe en las instituciones de cultura superior en México,
copia del de las universidades de Estados Unidos, es criticable. Si existe ese profesionalismo, es preferible que
de plano sea bien abierto, sin tapujo alguno.

E

1&gt;0ráneos. Mwco. 1973.

.

lEstáusted
enamorado?

f f n todo el mundo, los deportes constituyen el marE yor atractivo en el programa de educación física. El

I programa deportivo debe facilitar la parlicipar1ón de lodos los alumnos de cada escuela. Es
m1portante clasificar a los competidores en grupos
homogéneos teniendo como base su destreza.
Es importaute que los niños de todos los grados
aprendan juegos que puedan practicar durante sus
horas libres después de los quehaceres escoláres.
1.os deportes que tradicionalmente tienen "su temporada" deben practicarse precisamente en ella. Hay
varios deportes que tanto los muchachos como las
muchachas juegan todo el año. Sin embargo, no es
&lt;·onveniente jugar a los mismos todo el tiempo, porque
eso fastidia y produce fatiga mental y física.
Tratándose del futbol -soccer o americano- hav
grupos de muchachos que pretenden jugarlo todo el añt;.
'F.slo es un error.

15

VIDA UNIVERSITARIA

Miércoles 1'. de Octubre de 197S.

La gran popularidad que ahora tienen las competencias deportivas de toda índole, señala como imperativo el dar oportunidad para que se celebren torneos
y encuentros deportivos inter-escolares.
Las autoridades educativas deben utilizar las competencias deportivas para desarrollar el sentido de
.lealtad para el Alma Mater de cada quien y también In~
más elevados ideales de convivencia humana.
Williams James, el filósofo norteamericano, solía
decir que los torneos deportivos son un equilante moral
de las guerras. Ello es cierto, pero de ninguna manera

Como manifestación, de lo que será la educación
fisica en el más inmediato futuro, está el interés de las
mujeres en las competencias deportivas. Ese interés va
en aumento en todo el mundo. Prueba de ello se advierte
en los Juegos Olimpicos. Conviene organizar el deporte
femenil de acuerdo con los intereses específicos de la
mujer.
Es necesario proteger la salud de las niñas y
adolescentes, así como de las mujeres en general, mediante la promoción del examen médico para las
deportistas.
Es menester p_roteger a las mujeres en sus viajes
deportivos y evitar su explotación iomo espectáculo en
el que se cobra por verlas competir.
Actualmente, tanto en Europa como en Oriente y los
Estados Unidos las competencias deportivas femeniles
son ya asunto común y corriente. En México hay que
estar ~reparados para cuando eso suceda, pues de hecho
el deporte femenil está extendiéndose.
---oOo,---

E

II años venideros, sin duda en el más inmediato futuro, el deporte escolar aumentará considerablemente. Esto tendrá diversas implicaciones
imperativas. La primera de todas es la referente. a
instalaciones, utileria y técnicos deportivos. Todo ello
euesta mucho dinero y será indispensable que el
presupuesto para el deporte escolar se formule con liberalidades y dentro del presupuesto general de cada
plantel.
Nada ni nadi~ detendrá el auge deportiv9 estudiantil.
Asi es que lo mejor es estar preparados desde ahora.
para que sirva los más elevados propósitos educativos y
sociales.
'

COVTff lA~
· ~-•

...1

Vámonos haciendo menos
para vivir mejor tedes
~

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ij:

l"

•

•

i.

'

~ •• .,.,

1·

�16

El rector, Luis E. Todd, fue quien inició el diálogo,
Primero le aclaró que no se trataba de un apoyo político y
después le señaló que es tibio el programa elaborado por el
Partido Revolucionario Institucional, en lo que respecta a la
educación.

RESEÑA DE LIBROS

L

ópez Portillo, escuchó con atención. Al
principio estaba. algo desco~ce:tado. ~od~ planteó la
problemática educativa en los sigmentes tmmnos :
Más que una reforma, lo que el país requiere es una
verdadera revolución educativa, ya que el 60 por ciento de
nuestros jóvenes tiene menos de 20 años y para el año dqs mil
seremos más de 120 millones de mexicanos. Hay que cambiar las mentes, luego las instituciones.
Los principales problemas del país -agregó- pueden ser
resueltos con un enfoque educativo adecuado. El Estado debe
marcar la politica educativa, pero es obligación de todos
participar. Los mexicanos somos libres, flexibles y creativos
y estamos sufriendo el pasado de una educación que no era
congruente.
En la UANL -subrayó Todd- estamos en favor de la
democratización de la enseñanza para que todos los jóvenes
tengan oportunidad de ingresar a la Universidad. Estamos
implantando la Universidad Abierta pues estamos conscientes de que es necesariO buscar nuevos sistemas para
resolver
los problemas derivados del crecimiento
demográfico.

TERESINKA PEREIRA

University of Colorado
Dept. of Spanisb and Port.
Boulder, Colorado 80302 USA.
WRITERS DIGEST
"F.I poeta y el poema".

El libro de JudsonJerome sobre la poesia y el poeta tiene
una introducción muy interesante pero un poco amarga y
-cruel. 1':n ella JJ comenta las razones por las cuales una
persona desea ser considerado como poeta. Creo que la
principal es la búsqueda de la gloria. El cita a John Frederick que explicaba que ser poeta era igual poder atravesar
d tiran Canyon en bicicleta sobre.un c¡!ble equilibrandose
con un pez dentro de un vaso de agua en la mano. Puede ser
también, dice el poeta americano que si uno compra una botella de whiskey y se va al bosque a tomarla toda durante
una noche, él será poeta después de eso.
El tono de JJ en este libro es muy irónico y a veces hasl:,¡
llega al sarcásmo. El primer capitulo "Are you a poe1 " y
empieza con el comentario: •'Está claro que te crees poeta!".

Algunas declaraciones de JJ son sorprendentes pero muy
acertadas: "Ninguna poesía es más obscura y dificil que la
del poeta amador".
En otra página encontramos esta graciosa comparación:
"1':l artista amador mira el artista profesional como una r.ovia mira a una prostituta.. "
Sin embargo la mayor pane del libro es de enseñanza de lo
que signifiéa ser poeta y de como hacer un poema perlecto.
Los capítulos son bien repartidos, bien organizados y la materia toda es bien explicita y directa. Contiene también
a~ndantes ejemplos en poesia clásica y en la mejor -poesía
uruversal.
(Writer's Digest: 9933 Alliance Road, Cincinnati, (Oh10).
UNAM.
"La crítica de la novela iberoamericana contemporánea".

A

ntologí~, presentación, s~lección y biblio-.
. grafia de ~ur~~a M. Ocampo; prólogo de Ernesto Mejía
Sánchez. Publicac1on por el Centro de Estudios Literarios de
la Universidad Nacional Autónoma de México (1973).
Es _una magnifica antologia de 1~ mejores trabajos y
1:5~dios s~re la novela iberoamericana, que sin embargo se
limita casi solamente a la novela hispanoamericana con
excepción del estudio de Emir Rodríguez Monegal que ~ita a
Guimaraes Rosa, novelista brasileño.
Aurora M. Ocampo explica en la pre~ntación que las
investigaciones realizadas en el Centro de Estudios
Literarios para esta antología fueron realizadas con el material encontrado en las más importantes revistas y
suplementos nacionales y extranjeros. Y es verdad quE.
solamente ahora, desde 1974 que los suplementos literarios y
revistas mexicanas han publicado artículos sobre la literatura brasileña, no antes. Hay varios artículos sobre
Clarice Lispector, Murillo Rubiao, Rui Mourao y otros escril.oalll brasileños puÍ&gt;licados en VIDA UNIVERSITARlA
COMUNIDAD, REVISTA MEXICANA DE CULTURA, etc'.
Pero en España, existe.z desde unos 6 años la REVISTA DE
CULTURA BRASILEN A, totalmente dedicada a la literatura brasileña en español. El Centro ' de Estudios
Literarios deberian suscribirse a esta revista, cuya dirección
es la Embajada del Brasil en Madrid.

Miércoles 1". de Octubre de 197 •

VIDA UNIVERSITARIA

SALUDO.- El candidato del PRI a la Presidencia de la
República, licenciado José López Portillo (con chamarra
de la UANL) recibe el saludo de un grupo de universitarios de Nuevo León, encabezados por el Rector
Luis E. Todd Pérez, quien le planteó el problema educativo al que habrá de enfrentarse el próximo régimen.
Todd se pronunció por la democratización de la
enseñanza para abrir las posibilidades de educación a un
mayor número de mexicanos.

S

e refirió luego a la autonomia universitaria.
La autonomia -comentó- como la entiende Pedro G.
7.orrilla no es una raya en el piso. Es libertad de cátedra; es
participación de todos y no aislamiento. Estamos seguros dijo más adelante- que para ser feliz hay que trascender
colectivamente. El bienestar compartido es un deber de todos. La UANL está colaborando en programas de servicio .1
social y queremos ofrecerle nuestra ayuda para acabar con
las viejas barreras que existian entre la Universidad y el
Estado.
Hablaron luego varios alumnos, maestros y directores. Ü&gt;s

LA U.A.N.L. ES APOLITICA PERO OFRECE
SOLUCIONES A LOS PROBLEMAS DEL PAIS

M

EXICO, D.F., Sept. 28 (Especial).- No venimos a apoyarlo, pues la UANL no participa en lides
electorales. Venimos a ofrecerle nuestra ayuda para
resolver el: ·oblema educativo que habrá de enfrentarse su
régimen. Estamos seguros de que los principales problemas
del país- entre ellos la corrupción administrativa pueden
ser resueltos con un enfoque educativo adecuado y lograr así
la transformación que requiere el país.
Quien asi habla es el Rector de la Universidad Autónoma
de Nuevo León, doctor Luis E. Todd Pff'ez. El al frente de un
grupo de 50 alumnos y maestros de la UANL, vino hasta
Moctezuma 114, en Coyoacán para decirle al candidato a la
Presidencia de la República, Lic. José López Portillo que los·
universitarios de Nuevo León no dan apoyos eledtoreros
pero si están dispuestos a brindar su ayuda e1~serio y acaba;
de una vez por todas con las barreras que existían entre la
Universidad y el Gobierno, ya que "la autonomia no es
aislamiento, sino participación de todos".
Los universitarios de Nuevo León llegaron hasta el
"cuartel general" de López Portillo a bordo de "El Oso"
autobús de gran tradición en la UANL. Pasaron entre ciento~
de campesinos, políticos, diputados, numerosos "secretarios" edecanes, periodistas y otras personas.
Hubo una espera relativamente corta. El candidato salió a
dialogar en uno de los patios de la residencia con los universitarios! per~ éstos br~caron una pequeña barrera y llevaron al Lic. Lopez Portillo, confundido entre ellos, hasta
uno. de los salones.

estudiantes Jesús Mohamed y Mi_guel Castillo, de Medicina y
Mecánica respectivamente, le obsequiaron chamarras
representativas de los "Tigres" y de los "Osos". López
Portillo vistió la de los "Tigres". Entonces el Rector Todd
comentó que los "Tigres", son un equipo de futbol que
marchan a la vanguardia y que les han ganado a los capi•
talinos.
Los Universitarios lo invitaron a participar en un diálogo
en Nuevo León. Alguien sugirió que fuera en Dr. Arroyo. El
candidato ofreció estar en Nuevo León, en Monterrey o el
Doctor Arroyo "donde ustedes quieran, con chaqueta o sin.
chaqueta.
Con ese estilo abierto, López Portillo pidió hacer uso de
la palabra. Lo primero que dijo fue: "Yo suscribo lo dicho
por usted señor Rector. Es necesario acercar los centros de
docencia y de investigación, tanto al gobierno como al pueblo. Hemos de cancelar las barreras para acercarnos".
econoció que la educación es factor de cambio. La justicia social, afirmó, debe establecerse en
función de capacitar a la gente para que con su trabajo-pueda
satisfacer las necesidades. La capacitació~ es una acción
educativa y la obligación de un régimen de justicia social, de
encontrar los canales para crear la riqueza que permita
capacitar a la gente para que al trabajar obtenga lo
necesario para satisfacer las necesidades. Eso es justicia
distributiva.

R

TOME
Dirretor:
SAL:\ZAH LE\'V"",, .,"d mm1s
· · ( ra dor ..
lL' l'T() ,.GREGORIO
"R(' •
R()l
• __ .., \ • u ,,
_IA GARZA; Redaeción: SAl'L BALDE RAS
P1',:'liA; fotografra: .\L\'ARO RIOS LEOS Y ROBFRTO
Q_l'~ROGA.•Publicación Deeenal Informativa ,. CulturaÍ ausp1c~ada por el Patronato Universitario de Nue\'o León Auto~t~ada c_~mo correspondencia de Segunda Clase en 1~ Admm1s1tae1on d~ Correos de la ciudad de Mimterre,·, ~.L. , eon
íec~a 16 de, abril de 1951. Oficinas Generales: Morelos 652 Ote
~elefono 42-35-68 en Mo~terrey , N.L. , México. Los artícul~
firmados son de exclusiva responsabilidad de los autores _
Toda_correspondencia y remisión de fondos deberán hacers·t
prrc1samente,a VIDA ~NIVERSITARIA.- Impresa .en los
talleres de Offset de Editora Cronos, S.A.• Avenida Colón 101
Ptt&gt;., en Monterrey, N.L.. México.

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                  <text>Inicialmente llamada Vida universitaria: semanario informativo y cultural auspiciado por el patronato universitario de Nuevo León, su periodicidad al inicio fue semanal, hasta el 1 de junio de 1975, con el No 1262 cambia a docenal y es hasta el 1 de febrero de 1982 con el No 1501 que cambia a quincenal. Periódico de tradición, información y difusión cultural de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Fundado en marzo de 1951, bajo el rectorado del maestro Raúl Rangel Frías. Fue registrado como artículo de segunda clase el 16 de abril de 1951.</text>
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                <text>Vida Universitaria, 1975, Época Segunda, Año 24, No 1274, Octubre 1</text>
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                <text>Publicacones periódicas</text>
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                <text>Arte</text>
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                <text>Literatura</text>
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                <text>Ciencias</text>
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                <text>Educación Superior</text>
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                <text>Inicialmente llamada Vida universitaria: semanario informativo y cultural auspiciado por el patronato universitario de Nuevo León, su periodicidad al inicio fue semanal, hasta el 1 de junio de 1975, con el No 1262 cambia a docenal y es hasta el 1 de febrero de 1982 con el No 1501 que cambia a quincenal. Periódico de tradición, información y difusión cultural de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Fundado en marzo de 1951, bajo el rectorado del maestro Raúl Rangel Frías. Fue registrado como artículo de segunda clase el 16 de abril de 1951.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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        <name>Deporte</name>
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        <name>Derecho</name>
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        <name>Educación</name>
      </tag>
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        <name>España</name>
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        <name>Sociología</name>
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                    <text>I

'Jolia
Ol OANO MENSUAL DE LA BIBLIOTECA UNIVElSITAllA "A.LfONSO REYES"

M01'."TERREY, N. L., I\.IEXfCO

*

"M ama,

OCTUBRE DE 1975

me

*

ama

NUMERO 255

11

El niño deja su mundo iletrado e ingresa en el mundo mágico de
la lectura. Y es el libro la \'entana que lo introduce en él. Y aquí se
produce el hecho maravilloso: tocado por la gracia que le permite descifrar códigos y penetrar en los signos, quedará marcado, de manera indeleble, por el conocimiento así recibido. El libro es el vínculo, prenda de la conquista de ese mundo y el niño ya no se desprenderá de él.
A lo largo de su andar, avanzando en la vida, tendrá siempre al libro
junto a sí, un libro cuyo contenido se irá haciendo más y más denso,
más y más cargado de saber, más y m,ís henchido de conocimientos,
más y más pleno de vivencias.
Y desde aquel libro primigenio, que a tra,·és de la clara sonoridad
del desciframiento del "mamá me ama", lo ligará al mundo de la lectura, el niño habrá conformado sn personalidad, habrá madurado y se
habrá hecho hombre, apoyado en los libros sucesivos que fue absorbiendo en su \'iajc de hombre culto, de ente social.
Carta de Libros. Aiio 3, N9 9, Buenos Aires, 1973.

��•
BIBLIOGRAFICAS

BRIZNAS

N U E V A ·s

ADQUISICIONES

Por Leoncio ORTIZ GONZALEZ

DONACION DEL DR. JORGE RANGEL GUERRA

En el Boletín bibliográfico de la Secretaría ele Ilacicnda r Crédito Público, correspondiente al miércoles 19 de clicicmbre de 1971, ~e publica un importante trabajo bibliohemerográfieo sobre don Carlos Pereyra. El autor de clicha inl'estigaci6n es el joven bibliógrafo
Luis Rublúo. El trabajo lleva por título "Carta historiográfica para Carlos Pereyra ( 18711971;" y está forn1ado, sin contar Ta importante introducción de dos partes: obras de Carlos
Pereyra (70 fichas) y exposición de estudios y notas acerca de don Carlos Pereyra (66 fichas). Total de dichas: 136. Este es el mejor trabajo en su género que se ha publicado
en lenguas españolas hasta ahora.

Carnes people play, The Ps¡,chology of Human Relationships, Eric Beme, New York,
Grove Prcss, 1967, 192 pp.
Des3rrollo l' subdesarrollo, Celso Furtado, Buenos Aires, Eudeba, 1965, 246 pp.
El mito ele Roosevelt, La alegre inconsciencia de la~ política
Stalin, John F. Flynn, Barcelona, Ed. Mateu, 1962, 28, pp.

norteamericana

frente

a

El lenguaje de la vicia humana, Mauricio Swadesh, 1 [éxico, Fondo de Cultura Econ.S-

mica. 1966, 395 pp.

* * *
La Colección Presencia de México, iniciada por el Fondo de Cultura Económica el año
de 1968 cuyo primer número es el Quetzalcóatl, de Miguel León Portilla, fue bautizada
según Raymundo Ramos, por don Francisc:o de la Maza ( 1913-1972) que escribió el número dos de la Colección con el título de La Ciudad de México en el Siglo XVII. Pues
como es sabido originalmente se había pensado darle el nombre de "Mito y verdad de México" aduciendo que este nombre era impropio, de la Maza sugir;ó el de Presencia de
México. La Colección dedicada a un público general, me parece excelente y va ya en el
número veinte.

* * *

s

T

A

D

1

Aldous

Iluxlcy, Mid&lt;llcscx, England.

Crítica cultural y sociedad, Thcodor W. Adorno, Barcelona, Ed. Aricl, 1969, 230 pp.

Societies, Evolutionary and Comparative Perspcctives, Talcott Pcrsons, New Jersey, Prentice-llall, Inc., 1966, 120 pp.
Obra revolucionaria. Ernesto Che Cuernra, México, Ed. Era, 1967, 662 pp.
Paideia, Los ideales de la cultura griega, \Vcmcr Jaeger, l\Iéxico,
Económica, 1967, 1151 pp.

Fondo

de

Cultura

The Tl1eory of Social Cliange, Four Views Consiclered, fohn NcLeish, London, Roul·
Jedge &amp; Kegan Paul, 1969, 95 pp.

Ha empezado a circular el Boletín Biblio1?ráf1co Mexicano borrespondiente a los meses
de enero y febrero del presente afio. Esta pulilicación bibliográfica que desde el año 1940
ha aparecido regularmente gracias a la Editorial Porrúa, es uno de los más importantes repertorios bibliográficos que actualmente se pn blican en México, pues constituye la mejm
reseña bimestral de libros y folletos impreso~ en los Estados Unidos Mexicanos.

E

The Doors of Perception ancl Heaven ancl TTcll,
Pcnguin Books, 1969, 143 pp.

s

T

1

e

Jntroducci6n a Kernes, Raúl Prcbisch, México, Fondo de Cultura Económica, 196;,
131 pp.
Tapón: hacia una nueva literatura, Kazn}a Sakai, México, El Colegio de México, 1968,
155 pp.

La imaginación sociológica, C . Wright Mili~, México, Fondo de
1964. 236 pp.

A

Cultura Económica,

México: desarrollo con pobreza, Enrique Pad:lla Aragón, México, Siglo XXI, 1970, 179
pp. (Colee. mínima, 24).

OCTUBRE DE 1975

Nineteen Eighty-Four, George Orwcll, Middlcsex,
283 pp.

England,

Penguin

Books.

1966,

Compendio de geografía económica, Pierre George, Barcelona,- Ed. Ariel, 1964, 442 pp.

Hombres .
Mujeres .
Total . .
LECTORES POR MATERIAS

Obras generales . . . . . . .
Filosofía . . . . . . . . . . . .
Religión . . . . . . . . . . .
Sociología . . . . . . . .
Filología . . . . . .
Ciencias puras . . . .
Ciencias aplicadas . .
Arte . . . . . . . . . .
Literatura . . . . . . . .
Historia y Geografía . .
Periódicos y Revistas . . . . .

2204

189

Dictionaire de Musique, Roland de Cand~, París, Editions du Seuil, 1966, 283 pp.
Compendio de geografía económica, Pierre Ccorge, Barcelona, Ed. Aril, 1964, 442 pp.
Sets, Logic, and Axiomatic Theories, Robert R. Stoll, San Francisco, " ' · II. Frecman
and Co., 1961, 206 pp.
, .
__
Díg:ilo con números, Hans Zeisel, México. Fondo de Cultura Econom1ca, 1962, 2,i pp.
Ensaros de sociología de la cultura, Karl MannhC'im, 11adrid, Aguilar, 1963, 354 PP,Para comprender la economía, G. S. Sh3cklc, México, Fondo de Cultura Económica,
1962, 323 pp,
Poesías, Derniers vers, Une saison en enfer, Ill!1min3tions, Rimbaud, París, Brodart et
Taupin, 1972, 291 pp.
Ensavos y notas, Daniel Casio Villegas, México, Ed. llcrmcs, 1966, 2 tomos.
Growing up Absurd. Paul Goodman, New York, Vintage Books, 1960, 296 pp.
Being There, Jcrzy Kosinski, Ncw York, Bantam Books, 1970, 118 pp.
Técnicas Freinet de la escuela moderna, Célestin Frcinct, México, Siglo XXI, 1969,
14:; pp.

304

\Var and peace in the Global Village, Marshall !\fcLuhan y otros, New York, Bantam
Books, 1968, 190 pp.

1136

3340

LECTORES POR ESCURAS

276

309
10

558

1~8
618
842
51
152
249
137

Totales . . . 3340

Facultades . . . . . . . . . . . .
Escuelas preparatorias . . . .
Escuelas secundarias . . . . .
Escuelas normales ..
Tecnológico . . . . . .
Centro de Estudios
Universitarios . . . .
Universidad de Monterrey
y particulares . . . . . . . .
Lectores no estudiantes ..
Totales

1433

949
76
349
12

28

The Philosophy of Nietzsche, Geoffrey CliYc. Chicago, l\Icntor Books, 1965, 640 pr.

3340

Teoría de la clase ociosa, Th01stein Veblen, México, Fondo de Cultura Económica,
1966, 406 pp.

�LIBROS

EN

NUESTRA BIBLIOTECA

DONACION DEL DR. GUI.LERMO CERDA

Unamnno, Arturo Barca, Buenos Aires, Ed. Sur, 1959, 82 pp.
¡Cuba sÍ! ¡ Yanquis 110!, Mario Gill, •·
1\ [éxico, s. e., 1960, 307 pp.
Femando de Herrera, Oreste l\faerí,
M:idrid, Ed. Credos, 558 pp.
Kant, Vida v Doctrina. Emst Cas~irer, México, F.C.E., 1948, 497 pp.
Lecciones de Lingüística española,
Conferencias pronunciadas en el Ateneo de Madrid, Vicente García de Diego, Madrid, Ed. Credos, 1951, 228 pp.
La vida en México durante una residencia de dos afios en ese país, Madame Calderón de fa Barca, México,
Ed. Porrúa, 1967, 426 pp.
Tenemos sed, l\lagdalcna Mondrngón, l\1éxico, Ed. de la Revista Mexicana de Cultura, 1956, 173 pp.
Commentaíre sur Le Banquet de
Platon, Marsilc Ficin, Paús, Societé
d'Edition "Les Belles Lcttres", 1956,
290 pp.

Editado por el Patronato Unlveuhario
d• Nuevo le6n
Or11ano Mensual de la Biblioteca
Universitaria "Alfonso ReyH"
DIRECTOR:
JOSE ANGEL RENDON

~

*

~

Oficina1: Zara11oza y 5 de Mayo
(Bajos del Monumento de Escabedo)
Apartado 1625

Tel. 43-12-40

Monterrey, N. L, M4x,
Impresa en las tallere1 de
"Sistema, y Servicios Ucnicos", S. A.
Matamoros Ote. 311

Monterr•y, N. L, MéxlcA.

The magic lantern of Marce/ Proust,
IIoward Moss, Ncw York, The MacMiJlan Co., 1962, 111 pp.
The Grand Alliance Tl1e Seco11d
7
W orld War, ,vinston S. Churchill,
Boston, Iloughton Mifflin Co., 1950,
9o3 pp.
Meditación de Europa, José Ortega
r Gasset, Madrid, RcYista de Occidcnte, 1960, 151 pp.
Fundamentos de la Biología, Félix
,..1
· l\1éXlCO,
·
UNAl\1' 1957' 109 pp.
L\ aisx,
Disciplina clericalis, Pedro Alfomo
1\ Iaclrid, Ed. Maestre, 1948, 238 pp.
Bajo el signo morfl,11 ... , Enrique
Gonzálcz Martínez, México, Ta11. Gráficos de la Nación, 19-+2, 183 pp.
El Príncipe, 1\Iaquiavelo, l\Iadrid,
Revista de Occidente, 1955, 621 pp.
Psicología del amor, Dr. Gabriel
Capó Baile, Guadalajara, s.e., 1950,
51 pp.

Medica/ Progress, :r-.Iorris Fishbein,
Ncw York, The Blakiston Co., 195-1-,
345 pp.
Historia de la Expropiación Petrolera, Jesús Silva IIcrzog, México, Ed
:l\[éxico, Ed. Cuadernos Americanos,
1963, 171 pp.
Los elementos de la civilización y
del carácter Espai'íoles, Rafael Altamira, Buenos Aires, Ed. Losada, 1950,
292 pp.
La filosofía Náhuatl estudiada en
sus fuentes, Miguel León Portilla, México, Ed. del Instituto Indigenista Interamericano, 1956, 337 pp.
La deficiencia pulmonar crónica, aspectos fisiopatológicos r nociones terapéuticas, C. Jandalo, s.p.i., 100 pp.
Clinical Endocrinology, Samuel A.
Locwenberg, Phi]adelphia, F. A. Davis
Co., 1941, 883 pp.
Apo1o y Coatlicue, Luis Cardoza y
Aragón, México, Ed. de La Serpiente
Emplumada, 1944, 202 pp.

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Interfolia difunde ensayos e investigaciones del área de humanidades (arte, literatura) y ciencias sociales (filosofía e historia), así como creación literaria. Sobre todo, y continuando con el perfil inicial que la revista tenía en la década de los cincuenta, publica estudios especializados sobre la obra de Alfonso Reyes, análisis de obras literarias y da a conocer el acervo de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria de la UANL.</text>
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                <text>Interfolia difunde ensayos e investigaciones del área de humanidades (arte, literatura) y ciencias sociales (filosofía e historia), así como creación literaria. Sobre todo, y continuando con el perfil inicial que la revista tenía en la década de los cincuenta, publica estudios especializados sobre la obra de Alfonso Reyes, análisis de obras literarias y da a conocer el acervo de la Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria de la UANL.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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