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•

EL

l)EL

DIARI()

IMPERIO

TOMO Il.

MEXICO: Miércoles 30 de .Agosto de 1865.
SUMARIO

EL SR. GENERAL DOUAI.

PARTE OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de Gua,Nupe.
PARTE NO OFIOIAL.-La neutralldad.--Operaclones milltares.-El Sr. General Doual en San Luls.-Notlclas de Yucatan.-Dlctámen de los Sres. Masseras, Daridson y Pimentel, sobre !nmlgrnc!on.-Junta de
Colonlzaclon. Acta del 5 de Agosto.-El cable trasaUant!co.

PARTE OFICIAL.
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.

S. M. el Emperador por decreto de 26 del actual, Ha tenido á bien
condecorar con la Cruz de Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe, á
D. Jesus Palafox, General Coronel de Ingenieros,
D. Juan Espejo, General Coronel de Artillería,
D. Martin F. Peraza, General Coronel de Infanteria,
D. Macario Prieto, General Coronel de Infantería,
D. José María Adalid, Coronel, y
D. Manuel E. Molina, Coronel.
México, 29 de Agosto de 1865.
El Gran Canciller,
ALMONTE,

PARTE NO OFICIAL.
LA REUTRALIDAD.

Dice el Times de Nueva-York:
La órden dada al general Sheridan para que licencie todas las tropas que
no necesite, debe estar ya en via de ejecucion. Expedida el 1~ de Agosto, y
trasmitida por.,e! telégrafo, Sheridan ha debido recibirla el mismo día en
Nueva-Orleans. La tarea será fácil, porque se le encarga que licencie cuerpos enteros, y ademas el habilitado general le ha remitido ya 5.000,000 de
pesos para pagar inmediatamente lo que se debe á lvs soldados.
La ejecucion de esta órden dejará menos tropas para guarnecer el vasto
Estado de Tejas, de las que hay actualmente para el mismo servicio en la
Virginia Oriental..... Esa órden es una garant1a de la intencion del gobierno,
de conservar una paz honrosa con las potencias extranjeras, de ·no fomentar
en el pueblo un deseo insensato de lanzarse á aventuras militares, y de no
dar alas á esos gefes irreflexi~os que han manifestado (ll deseo de sumir al
pais en guerras tan innecesarias cuanto inmorales. La tan sábia como inespersdá medida del secretario de la Guerra, ha reducido á esos hombres á la
desesperacion.
Por su parte, el .American de Baltimore, dice:
"Es evidente que al licenciar una parte del ejército de Tejas, el gobierno
se ha propuesto hacer terminar los rumores y los temores continuos de una
guerra con Fran~ia por causa de Maximiliano. Los diarios de Francia y de
otras partes hab1an expresado temores. Ademas, los emisarios del Sur, ansiosos de precipitarnos en una guerra extranjera, habían atizado hábilmente
la hogu~ra. L~ medida del gobierno frustra sus perniciosos des1gnios. Ya no
se podra considerar la acumulacion de tropas federales sobre el Río Grande como una amenaza para los que están del otro lado del mismo. El único
hech? que subsiste, es q_ue el g?bierno de los Estados-Unidos, por justas y
suficientes razones, no tiene la mtencion al menos por ahora de lanzarse en
. ,,
'
'
una guer.ra extranJera.
OPERACIODS MlLITA.RF.S.

Ministerio de G1:erra.-México, Agosto 28 de 1865.-El Sr. general Conde de Thuu participa á es_te Ministerio, con fecha ~ del presente, que la columna del mando del cap1tan della Sala, sorprendió el dia anterior en 'Topala, á la gavilla acaudillada por el cabecilla Heraclio Sbsa, haciéndole varios
muertos y tomándole todas sus municiones, caballos y armas. Los restos
de la gavilla, que huyeron durante el combate, se presume por el rumbo que
tomaro_n~ que cae~án en ~anos de otra columna dirigida sobre Tlapacoya.
Part1c1pa tambien el mismo general Thun, que la seccion del mayor Hotze, sostuvo un combate feliz con el enemigo entre San Pedro y el Espinal,
cuyos pormenores aun no se reciben.-El -Subsecretario do Guerra, J. M.

l)uran.

NUM. 200.

. La Resta1tracion de San Luis ha publicado lns comunicaciones siguientes:
Cuerpo expedicionario de México-E! general comandante de la 1ª division.-San Luis Potosí, 12 de Agosto de 1805.-Sr. Prefecto.-El recibí- ,
miento simpático del cual mis tropas y mi persona han sido objeto, por parte de las autoridades y de los habitantes del Departamento, me ha impresionado vivamente. Suplico á V. S. se sirva ser para con unas y con otros
el intérprete de mis sentimientos de gratitud.-La manifestacion de la concordia que reina en este país, entre las autoridades, los habitantes y las tropas franco-mexicanas, es la mas segura garantía de buenos resultados en la
obra de la pacificacion, y nosotros bajo esa confianza continuamos los trabajos que deben asegurar la felicidad y la gloria del Imperio de México.Reciba V. S., Sr. Prefecto, los sentimientos de mi alta consideracion.-El
general, F. Douai.-Sr. Prefecto político del Departamento de San Luis.
Imperio mexicano.-Prefectura del Departamento del Potosí.-San Luis
Potosí, Agosto 14 de 1865.-Exmo. Sr.-La respetable nota de V. E., fecha del dia 12 anterior, me ha proporcionado la satisfaccion de conocer sus
sentimientos, respecto de las autoridades y habitantes de este Departamento. Muy grato es para los que estamos encargados de la administracion pública, y para los hijos todos del Potosí, el ver acogidas con tanta bondad y
delicadeza las justas demostraciones de simpatía que se han hecho presentes
hácia las recomendables-iprendas y honrosos antecedentes de V. E.-Creo
tambien que la concordia entre las autoridades y habitantes del pais, y las
tropas franco-mexicanas, es la mas segura garantía para la pacificacion del
Imperio; por lo cual espero que aquella se mantendra incólume, trayendo en
último resultado la felicidad y gloria de mi patria.
Tendré por lo mismo un placer verdadero, al ser el intérprete de los sentimientos de V. E. para mis conciudadanos, así como lo experimento manifestándole que la ;prefectura de mi cargo secundará eficazmente las disposiciones de esa comandancia, y mantendrá con ella las relaciones mas sinceras
y la mas inalterable armonía en los negocios en que ambas autoridades deben concurrir, para la conservacion del órden y tranquilidad pública del Departamento.-Todo lo cual tengo el honor de comunicará V. E. en contestacion á su ya citada nota, con las protestas de mi atenta y respetuosa consideracion.-El Prefecto superior político, Darío Reyes.-Exmo. Sr. general Douai, comandante de las Divisiones del Noreste.-Presente.
NOTICIAS DE YUCATAN.

El periódico Oficial de aquel Departamento, publica las siguientes:
La verja del atrio de Catedral.-Ya está en obra la verja del atrio de la

santa iglesia Catedral, por contrata hecha con el artífice Sr. Bonelli, quien
entre pocos días ha de colocar el primer paño.
Ha contribuido mucho para comenzar esta importante mejora el generoso
donativo de 500 pesos con que se ha dignado favorecerá la empresa el Exmo.
Sr. Comisario Imperial, y el de 100 pesos del M. I. Ayuntamiento. Lo dem~ pronto estará reunido entre el vecindario.
No es esta la única prueba de generosidad de S. E. para obras de utilidad
y ornato, reparacion de templos, &amp;c.: lo qne suéede es qye no estamos ciertos de las respectivas sumas, y por eso no· hemos hecho mencion especial de
ellas. Huimos mucho de incurrir en la mas ligera inexactitud, principalmente cuando se trata de S. E. y de las demas autoridades superiores.
Reapai·icion.-EI fanatismo político y el mal gusto por las artes tuvieron
ocultas por mas de cuarenta años dos coronas reales primorosamente t¡illadas en piedra de sillería, en el eséudo de armas que se halla incrustado en la
fachada de la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad, obra maestra que revela
que á fines de 1592 se conservaban todavía restos de la perfeccion á que en
este género de construcciorres habían llegado los naturales del país.
Este escudo nunca debió haberse desfigurado, como se hizo cuando se pro}
clamó la independencia y se adoptó la República, porque es monumento artístico, cuyo objeto no pasa de marcar simplemeute una época que no se
opone en manera alguna á los sucesos posteriores, ni los condena.
.
Durante la restauracion y el reinado de Luis Felipe se conservó en Paris
la columna de la plaza Vendome, que recordaba, y recuerda aún, las glorias
de Napoleon l.
Convencido de esta verdad nuestro aprecia.ble compatriota el Lic. D. Cosme Angel Villajuana, y llevado de ~u decidida inclinacion al Imperio, ha hecho desaparecer á su costa la argamasa con que se &lt;lesfiguró el escudo de que
hablamos, reviviendo el águila nacior.al que en 1821 sustituyó á los leones
y castillos de las armits españolas talladas con tanto gusto en el escudo primitivo.
¡Lástima que esta vez los colores del escudo, y particularmente del águila,
estén tan mal distribuidos!
.

�,

210

I

DIARIO DEL IMPERIO.

tremidad de renegar de su pais natal, y que vienen á México en busca de
Pero esto no rebaja ni un ápice el mérito del Sr. Vil~ajuana, á ~uien fe~~una nueva patria.
. . .
.
,
citamos cordialmente por la oportunidad de su pensamiento y poi la ccle11Esta última circunstancia desvanece el pnnc1pal mconven!ente que se pu..dad con que lo llevó al cabo.
diera temer, de una cscesiva aglomeracion de colonos a~eri~nos en ~l territorio del Imperio. Lejos de ser un peligro para la nacio~ahdad mexi~na,
esos hijos adoptivos le serán un poderos~ re~uerzo. El od10 que les a~ma
hácia el gobierno, cuya insoportable domm~cion huyen, es una garantia de
DICTAMEN
que en ningun caso hallará en ellos ese gobierno, ayuda para u~a empres~
iie loe Sres. Masseras, Davidson y Pimentel, relativo á la convenie,ncia ~e ~aer 1~ inmi- cualquiera contra México: Muy al contrario, puede tenerse por ciert~, que si
gracion del Sur de los Estados-Unidos, que ya ha comenzado a vemr a mpeno,
hubiesen de tomar parte en caso de un conflicto, el puesto que escogieran no
seria bajo la bandera de los invasores.
.
Sefiores:
• ble coleg"'ª el Sr·
Fuera del inconveniente á que acabamos de alud1_r, el cual creemos haber
Tres son las cuestiones propuestas por nuestro aprecia
Piña y Cuevas, y de cuyo exámen se ha servido la Junta encargará esta suficientemente indicado que no existe, no vemos ninguno de_mayor trascendencia que deba resultar de la inmigracion americana, mas bien que de cualComision.
,
.
bl · d 1 Esta quiera otra. Tal vez mas bien sea esta la q~e.deba ofrecerlos ~enores, á
l ª tSerá conveniente atra&amp;r y por quo medios, la po acion e os
·
dos~Unidos del Norte, para t;asplantarla en el Imperio, aprovechan~o el consecuencia de las calidades especiales que distinguen a los amer1°'.1nos codescontento consiguiente al desenlace de fa guerra entre el Sur Y el orto mo colonizadores. En cuanto á las medidas generales de precauc1011 q~e
naturalmente todo- co~ju_nto de indivi~uos recien ~legados, en un pa1.s
de aquella Repúblicai"
ª exige
2~ "tSerá ó no conveniente evitar que con los pobladores blancos venºan tan turbado como lo está Mex1co hasta el d1a, no es aqm el lugar de exa~mnarlas ó indicarlas. Bástenos decir que, en nuestro concepto, no hay ~ot1vo
de raza negra1"
. .
.
.
3~ "tCómo se evitarán los inconvenientes de la mm1grac10n amencana, ya para prever la necesidad de ninguna providencia especial de prudencia para
.
de blancos y ya de negros1"
.
.
la con lo's colonos de que se trata.
Bajo todos conceptos, por consiguiente, nos pare~e oportuno Y ve~tajOSO
Para mayor facilidad y brevedad, parece oportuno cons!derar_Juutas
primera y la última· de estas proposiciones, pues las consideraciones que el favorecer la venida y el establecimiento de los mm1grantes amencanos.
ambas provocan son casi idénticas.
.
. . Añadiremos, que se hace indispensable y urgente el obrar co~ la mafor a~
Que sea no solo conveniente sino deseable y ventajoso, ~l atr~er. la i~mi- tividad en el particular. Ya se encuentra entre noso~ro~ un numero 1mpo1 gracion norteamericana, es punto sobre el cual no ha ~ª?ido, l1l ~ 1s?usion, tante de prófugos del Sur, hácia los cuales la hos~itahdad no es solo una
ni duda, en el seno de la Comision. Su conviccion dec1d1da Y unamme,. es cuestion de buena política, sino un deber de humanidad. E_l no respondei· á
ue el desarrollo de esa inmigracion debe promoverse po~ to~os los m?d!os las esperanzas que los han atraído á México, seria un~ falta 1r:ep~rable, pues
iosibles al alcance del Gobierno, si se quiere que la colomzac1on de Mexico no faltan gobiernos que están tratando de atraerlos a su temton~. El Emno sea para siempre una palabra vana.
d perador del Brasil,. no solo ofr~'Oe tieri:as á los con~ed.erados, smo que les
No hay que hacerse ilusion, seíl.ores; los únicos pobladores q~e se P~~:~ proporciona el pasaje y los medios de pnmer establecimiento. Inglate:ra les
brinda empleos en las Indias orientales. México tiene ~obre esos paises la
esperar en número suficiente, para dar un resultado e~caz, Y srn grav~,
ara el erario son los que vengan de los Estados-Umdos; solo de a i _s~ ventaja de la proximidad de una expatriacion menos leJana y menos abso~ueden conseguir los millares de brazos necesarios para explotar. la. fertili- luta, de un suelo mas arnÚogo al del Sur de los Estad~s-~nidos. Todo esto
dad del suelo mexicano. De Europa, por m~s e~fuerzos y !11as,sacr1fic1os que debe valerles la preferencia, pero es con tal qu~ no d~jO a la~ esperanzas el
se hagan apenas será posible lograr una ins1gmfica~te mmona de colonos, tiempo de desanimarse y de buscar otra direcc1on. Si los pnme_ros que lian
entre lo; cuales la mayor parte vendrán con otr~ ?11ra que la d~ cousagr~r- venido tienen que ~rse, como ya lo han hecho algunos, convencidos d~ q~e
se á la agricultura. La distancia, lo costoso del viaJe, lo desconoc~do ~el p~is, nada pueden lograr en México, p~onto no h~b:á que preocuparse de la mm1. . .
los peligros de la Costa del Golfo, n,o nos permiten es~erar ?na 1nmigr~1on gracion americana, pues habrá. dejado de ex1st1r.
Los gefes confederados que se hallan actualmente en esta cap1ta!, 1~1dican
expontánea de ultramar, semejante a la qu~ hadado origen a la prosperidad
de la república vecina. En cuanto á orgamzar en los P?ertos europeos una ellos mismos otro motivo que hace preciso el aprovechar los mov1?'nen~os,
especie de enaanche de colonizacion, costeando el Gob:erno el trasporte Y y es, que el pueblo del Sur puede irse:acostumbran~o á su nu~va .situacion,
los primeros gastos de los inmigrantes, seria el mas rumoso, al par qu? el por dura que ésta sea. El deseo de cambiar de patria que les msp1ra hoy e~
mas desastroso de todos los sistemas en que se puede pensar. L_a exper1en- odio que tienen al yugo del Norte, nv durará etername~te, sobre tod.9 s1
cia ha demostrado que en tod~s partes y cu~les~uiera qu_e hayan sido .las P:¡_°" pierden la esperanza del asilo con que co.ntaban. Su~edera ademas, q_ue mucauciones tomadas, las tentativas de colomzac1on, poi· Junto, ha~ ft acasa 0 chos que tienen hoy los recursos necesanos para emigrar, se hallen sm ellos
y terminado invariablemente en las mas lamentables consecuenmas. Desde dentro de unos cuantos .meses.
.
.
Puede decirse, por consiguiente, que e! n? tomar con urgencia las prov~el Olwmp d'asile, que trataron de fundar en Tejas los P!'ófugos ~e la res~uracion francesa hasta las colonias fomentadas en estos ultimas ~nos por e- dencias necesarias para favorecer el m.ovn;men~o que ha_ comenzado á m~mnezuela y Brasil la historia de las Américas demuestra, con triste elocue~- festarse seria tanto como rechazar la mm1grae1on amencana ·y hacerla imcin, que la individualidad, el espí:itu de em~resa ,P~rs~nal y la mas amp~ia posible 'en el porvenir, por mas esfuerzos que se hiciese!1_mas ~rde.
En cuanto á. lo que deben ser esas medidas, 1A com1Sion ~i~nsa qu~ las
libertad de accion, son las condiciones esenciales e md1spensables p:ira_piomover una colonizacion que surta sus efectos, tanto para el colono mismo mas simples serán las mejores. Se trata por de pronto ~e facilitar el pnmer
establecimiento de los inmigrantes que han llegado y siguen llegan~o; del
como para el pais en que viene á radicarse: .
. .
.
Otra cosa resalta del estudio de los movimientos de mmigracion, Y es que bienestar que se proporcione á estos, seguirá. espontáneamente la vemd~ de
por mas que se haga, no está en poder de nadie impedir q~e tal 6 cual ele- otros muchos..Con este fin, e~ punto ~sencial ,no~ parece .qu? debe ser la 1_nsmento predomine entre los pobladores 9-ue acud~n a _un ~ais nuevo. La cor- titucion inmediata de una oficina de tierras publicas, ya mdicada al Gobierriente que los atrae tiene su curso propio y casi m1ster10~0, c~ntra _el cual no por esta Junta. Mientras no exista dicha oficina, los inmigrantes se hall~n
nada valen todos los esfuerzos. Así es que vemos en las orillas del rio de la sin autoridad especial á quien acudir, f los ~acendados que ofre~n cada dta
Plata, millares de genoveses y ~ranceses, mientras que los _colonos de 1~ terrenos para la colonizacion, ven sus mtenciones frustradas. As1 es q~e, teotras naciones se cuentan por umdad?s· En los Estados-U~1dos se. ha _pro niendo á mano tierras en abundancia por una parte, y por otra un numero
ducido otro fenómeno mas notable aun. Durante muchos anos, ~a 1?m1gra- considerable de colonos, el tiempo pasa ~in ~acer nad~.
.
.
Una vez constituida la oficina de colomzac10n, su primer cmdado deberia
cion provino únicamente de Irlanda, á pesar de que nad~ se dejó. sm ha~r
para atraer gente de otra raza. Un dia, sin que se sepa m cómo, m por que, ser formar una lista de los terrenos puestos por sus dueños á disposicion del
1~ inmigracion alemana comenzó á tomar el camino de Nuevar:-Yº:k, Y en Gobierno y ofrecerlos á los inmigrantes, ya.s~a en porcio~es pequeñas para
pocos meses tomó tal incremento este nuevo ~lemen,to de colomzac1on, que individuos, ya en trozos suficientes para recibir una coloma de dos ó trespor fin ha llegado á sobreponerse al elemento 1rlandes.
cientas personas.
.
. . . ,
Este modo de proceder nos parece el mas propio para pr1~c1p1ar? a fin de•
La consecuencia que nos parece resultar de estos hechos, es ~ue en materia de inmigracion, todo país verdaderamente descoso de con_qmstar un~ po- evitar las dilaciones y dificultades que forzosamen~e acarreara co~si&amp;o la t?blacion numerosa y trabajadora, debe acoger con brazos abiertos la pnme- ma de posesion de tierras disputadas y las operac10ne: de e~propi~c1on, sm
ra que viene á pedirle asilo, y no consumir sus recursos en vanos esfuerzos perder de vista estas medidas para mas tar~e: Con senalar mmediata~ente
teóricos, para atraer tal ó cual nacionalidad especial. Obrar de otro modo, á, los inmigrantes los puntos donde les. es hcito esta~l~i:se, qued_ar1an la
es esponerse á. dejar escapar la.realidad para correr tras de la so_mbra.
mayor parte de ellos satisfechos y dispuestos á escnb1r a sus amigos que
En el caso de que se trata aquí, la inmigracion norteamerwana debe, pueden venir con toda seguridad.
Al mismo tiempo se deberia llevará efecto el plan propuesto por uno.de
pues, acogerse, aunque no fuese mas que. por 1~ mera razon de que se presenta expontáneamente. Pero otras cons1der~1ones poder?sa~ se unen para los que suscriben y votado por esta Junta el 5 d~ Agosto, para la formacion
acons~jar hácia ella la mas generosa hospitalidad.
va ~ndicado qu_e los de colonias agrícolo-milita~es, á las cuales _se atnbuyese com~ fondo com1:n
colonos americanos son los únicos que pueden vemr en numero considera- el producto de la contribucion que se percibe par,a la Guardia rura~. ~er1a
ble en razon de la facilidad de acceso que les ofrece la frontera. A esto se importante señalar desde ahora terreno_s en tres o ~uat_r~ puntos. d1stmtos,
añ~de que los inmigrantes que actualmente vienen de ese rumbo, pertenecen para otras tantas de esas colonias, dejando á ca~a md1V1duo la h?ertad de
á, una clase muy superioi· á la que generalmente se puede esperar. Se com- optar por una ú otra de ellas, segun su preferencia perso,~al, ó de ir á estaponen en su mayor parte, de personas de ~ducacion1ent~e las cuale.s muchas blecerse por separado donde mejor les conviniese:
. ..
.
han ocupado puestos importantes en su pais, y poseido bienes considerab}es.
Este plan nos parece combinar todo lo necesar10 para llllciar la ~olon.1zaCasi todas han conservado, en medio de su ruina, recursos mas que suficien- cion con los elementos que ya se tienen á.~~º·. Los detalles de eJecucion,
tes para emprender, por sí mismas, la explotacion de los terreno~ que se le_s la extension del plan de operacione~, la mst1tucion en ~os puertos extranproporcionen. Aun las que no se ha~lan en ese ,c.:so, tr~en_ consigo un capi- jeros de agentes para dar informes a los que deseen verur, son puntos 9-ue se
tal de experiencia agrícola, de energ1a y de espm~u ~ract1co, _que no se de- arreglarán sucesivamente, de comun acuerdo entre esta Junta y la oficma de
be despreciar. Una parte notable procede de, t~rritonos sem~JªD;tes, por su colonizacion.
clima y produccion, á. la tierra caliente de.Mexico, y por ~ons1gmente s~ haQuódanós que hablar de la inmigra~ion negra, á la que alude ~a 2~ prella en aptitud de colonizar la parte del pa1s que ha ofrecido hasta aq~1 las gm1ta del Sr. Piña y Cuevas. Por delicada que parez~ ~ta cuest10n, su somayores dificultades. Finalmente, se debe tom~r en cuenta una considera- lucion debe ser muy sencilla en el concepto de la com1S1on. .
.
cion, mas decisiva. tal vez que todas las otras juntas; Y. es que las ~ersonas
En cuanto á los negros que vengan con sus amos, no vemos mconvemen•
á quienes se alud~, no son meramente a.ve?tureros, ansioso~ de mejorar s~ te alguno en que se les deje entrar libremente, bajo la responsabilidad de
situacion, sino profugos que los acontec1m1entos han reducido á la dura ex

f

:ª

DIARIO DEL IMPERIO.
las personas que los traigan y sujetos al derecho comun. Tales negros, efectivamente, por el mero hecho de haber quedado fieles Í\ sus dueños, traen
consigo un certificado de honradez y laboriosidad; al mismo tiempo qne no
hay que temer abuso ninguno de parte de los amos hácia los servidores, cuyo cariño han sabido granjearse. Cuando mas, la accion del Gobierno deberia limitarse á tomar cuenta de los negros que entran y de los puntos á que
se dirijan con ellos sus amos. No así con los libP-rtos y que vengan aisladamente, pues estos deberán sujetarse á un régimen especial que !ll Gobierno
formará.
Con estas indicaciones quedan contestadas tan clara y sucintamente como
ha sido posible, las preguntas cuyo exámen se encargó á esta comision. No
nos ha parecido necesario someter. á la Junta proposiciones formales, creyendo preferible dar por el presente á nuestra contestacion el carácter de un
informe general.
México, Agosto 19 de 1865.-E. .Masseras.-F. Pimmtel.-N. Davidson.
Es copia. México, Agosto 24 de 1865.-Por el Sr. Secret_ario,. S. Berra.
roJiTA DE COLONIZACION.

Acta número 26 del sábado ó de Agosto de t865.
A la una y media de la tarde, reunidos los Sres. Vicepresidente Collado,
Pimentel, Piña y Cuevas, Perry, Masseras, Sauvage, y Secretario Rascon,
Se leyó la acta de la sesion anterior y fué aprobada.
En seguida se dió segunda lectura al proyecto de ley para colonizacion,
presentado por el Sr. Pimentel, el cual fué aprobado en lo general.
Puesto á discusion el artículo 1?, y habiendo tomado•.Ja palabra todos los
señores presentes, á mocion del señor Vicepresidente se acordó redactarlo en
la. forma indicada por el Sr. Piña y Cuevas, y con ella fué aprobado: dice:
"Art. 1.0 Mientras el Gobierno lo juzgue oportuno, autorizará á los cónsules en el extranjero para enganchar individuos conocidos por de buenas
costumbres, que vengan á radicarse en el Imperio, designándoles tierras gratis; los cuales quedarán sujetos á las obligaciones comunes á los mexicanos
y á las especiales de comenzar á cultivar las tierras, á los seis meses de hecha la concesion y de contribuir á la pacificacion del Distrito en que se establezcan, con cuyo fin serán organizados en colonias agrícola militares.
Puesto á discusion el artículo 2?, á mocion del señor Vicepresidente se
acordó variar su redaccion segun propuso, y quedó aprobado con la siguiente:
" Art. 2? Al establecimiento de estas colonias agrícola militares, se aplicará el producto de la actual contribucion para fuerzas rurales, la que irá cesando en cada. Distrito tan luego como la colonia quede establecida y él
pacificado.
Puesto á. discusion el artículo 3?, fué aprobado con la redaccion propuesta
por los Sres. Collado y Piña y Cuevas, en los términos siguientes:
"Art. 3? Si faltaren tierras públicas para el establecimiento de estas colonias, el Gobierno solicitará comprarlas convencionalmente. Por deficiencia
de este medio, usará para obtenerlas del derecho de expropiar por causa de
utilidad pública, sujetándose extrictamente á las reglas que, para este géne:
ro de expropiacion, prescriben las leyes vigentes, y bajo un reglamento especial que dé por resultado que la expropiacion se verifique proporcional
mente entre los poseedores de la comarca, tomándose las tierras en los linderos de cada finca y en la parte menos poblada.
El artículo 4?, despues de una ligera discusion, fué aprobado, suprimiendo las palabras "la parte," sustituyéndolas con las de "el fondo," y suprimiendo tambien las de "de su residencia," ROniendo en su lugar las siauien0
tes: ''en que han de residir." Queda como sigue:
"Art. 4? Del empréstito mexicano se destinará el fondo necesario para
trasladar á los colonos hasta el lugar de su residencia.
.
El art. 5?, despues de una ligera discusion, fué aprobado en los términos
siguientes:
"Art. 5? El Ministerio de Fomento reglamentará la ejecucion de este proyecto, oyendo para ello, si lo tuviere á bien, á la Junta de colonizacion.
Se ~isp~so por el s~ñor Vic:~resi~ente que el proyecto en c?pia, y con
comumcac10n, se remita al M!lllster10 de Fomento para que, s1 lo tiene á
bien, adopte las ideas emitidas en él.
En seguida, el Sr. Piña y Cuevas manifestó que habia recibido una excitath:a que le dirigió el se~or Presidente, á. fin de que en la sesion de hoy,
prec~mente, presentaran el y el Sr. Sauvage su dictá.men con referencia al
expediente ~el Sr. Soler, en que pide al Gobierno permiso para establecer
una compañia de crédito y colonizacion.
Se dió lectura al dictámen, cuyo tenor es el siguiente:
''El presente expediente ha sido instruido con motivo de una solicitud de
D. Eusebio Soler, para que se le dé licencia de establecer una "Sociedad mexicana. de crédito y colonizaeion.
"El rroy~to.del solicitante no contiene base alguna sobre el segundo pun~º•.Y m aun mdica 1~ clasf de colonos que se pretende introducir, siendo el
u!1ico que toca exam1~ai: a esta Junta, porque las instituciones de crédito estan fuera de su conoclffilento.
. "~aciéndose, sin em~a:go, objeto ~e. la que se intenta establecer, la coloruzacion, debe ser rermitido á, 1~ com1s10n hacer sobre el proyecto, aun bajo
el 2°ncepto de Sociedad de cred1to, algunas, aunque ligeras indicaciones.
En el espresado proyecto se confunden las sociedades en comandita y las
sociedades anónimas; porque al mismo tiempo que se establece la forzosa
gerencia del Sr. ~oler, y la gerencia es p_eculia: ?e.las primeras, se propone
la m~nera de aviar la e~p~esa por acc10~es 1lim1tadas, circunstancia que
constituye el carácter prmc1pal de las sociedades anónimas· siendo conveniente que se fije el verdadero tipo de la sociedad que se pr~tende crear para conocer distintamente y asegurar el cumplimiento de las obligaci~nes
que se contraen.
"Parécenos, en segundo lugar, que el capital de un millon de pesos que
ha de representar el fondo de la sociedad, es desproporcionado á la vasta escal~ en. que ·debe fu?cionar, señaladamente si comprende el objeto de la colomzacion, de por si demasiado extenso.
"Pero s~bre todo, si, como debe ser, la sociedad prefie1·e asumir el título
de una sociedad anónima, la comision aprovecha la oportunidad de extrañar

211

la falta en el Imperio de una ley que determine la necesaria intervencion que,
en este linaje de instituciones, debe tener la autoridad administrativa· intervencion que no debe, por cierto, limitarse á la simple inscripcion requerida
para todns las sociedades mercantiles por el Código de comercio, sino estendersc á los fines de una diligente tuicion, que si bien no entrabe la marcha
de estas licnólicas instituciones, que debe ser tan libre y expedita como posible fuere, precava las funestas consecuencias de la mala fé, que fácilmente
se infiltra en asociaciones tan numerosas y que abrazan generalmente empre
sas de pública utilidad.
"Al llenarse el indicado vacío, se deberá cuidar de reformar una disposicion del Código dé comercio, que nos parece de daíl.oso influio, Estas cédulas (q uc son las que representan las acciones de la compañía) no podrán ser
puestas en circulaeion, ni cederse, venderse ó en manera alguna enajenarse
por los primitivos accionistas (prescribe el art. 248), mientras no hayan estos enterado realmente su importe en la caja de la compañía.
"En estas grandes asociaciones sucede muchas veces que no se llega á
exhibir el total importe de la representacion de las acciones, porque no hay
necesidad de ello; al paso que conviene sobre manera imprimirles desde su
nacimiento la virtud de la transmisibilidad, que es el alma, por decirlo así,
de todo signo cambiable. En el Código español hallamos un,a disposicion á
este respecto, que quizá concilia todos los inconvenientes. "Los cedentes;
dice, de las acciones inscritas, que no hayan completado la entrega total del
importe de cada accion, quedan garantes al pago que deberán hacer los cesionarios, cuando la administracion tenga derecho de exigirlo."
"Y volviendo á los- inconvenientes que pueden sobrevenir de la carencia
de una ley que establezca y reglamente la tuicion administrativa en las sociedades anónimas, se nos permitirá. copiar un párrafo notable de cierto escritor, acerca de lo que pasó en Espaíl.a antes de que se expidieran la ley
de 28 de Enero y su reglamento de 17 de Febrero de 1848, sobre compa·
ñías mercantiles por acciones.
"A favor de estas reglas, asienta el enunciado autor, encaminadas á reunir capitales proporcionados á las grandes mejoras que necesita el pais, hemos visto, poco há, nacer una nube de compañía.~ anónimas, cuyas acciones
gan~ban primas fabulosas desde el momento de anunciarse. Estas primas,
crecientes por minutos, causaron tal ofuscacion, que aun personas á prueba
del contagio minero, recelosas de la suerte de los fondos públicos y desconfiadas de la solidez del banco, fueron á dar con sus capitales en las socieda·
des anónimas. Era de ver cómo volaban de mano en mano sus acciones y
las simples ofertas de acciones; cómo se compraban al contado y se disputaban á fecha, y cuál se arriesgaban alegremente los fondos y se comprometía el crédito sin tasa: púd0,~ decir que la sombra de Law aguijaba á los
morosos, para que todos los creyentes corrieran sin tino á su ruina. Solo así
pudo formarse tan grande torbellino de papel de todos colores y tamailos,
que desapareció el metálico y se perdió por completo la confianza. El hundimiento de tantas fortunas y el clamor general que se alzó contra el agio
que las habia aniquilado, hicieron necesarias otras disposiciones capaces de
afianzar la utilidad y moralidad de las compañías mercantiles, por acciones,
y fruto de esta urgencia han sido la ley de 28 de Enero y el reglamento de
17 de Febrero de 1848. Más restrictivo éste que aquella, componen ambos
toda la jurisprudencia que debe regir en estas sociedades, cuyo nombre por
ahora viene á ser un conjuro espantoso para los que de buena fe se arrojaron en sus brazos.
"Haciéndonos sóbrios la experiencia ajena, indiquemos al Gobierno la
urgente necesidad de expedir una ley, que sirva de base á las sociedades
anónimas, á cuya formacion excitan con frecuencia las nuevas exigencias del
pais, consultándose entretanto al Ministerio de Fomento, respecto de la solicitud del Sr. Soler, se le resuelva: "espere á la publicacion de la enunciada ley para conformar su propuesta á las reglas que en ella se establezcan
manifestando en cuanto á la colonizacion, la clase de colonos con que se pre:
tenda hacerla."
. "Tal es el juicio de la corr.ision, que somete á las superiores luces de la
jUnta.
"México, Agosto Gde 1865.-Piña y Ouevas.-Baron &lt;Ú Saut1ag1."
Considerado de obvia resolucion este dictámen, se puso á discusion y fué
aprobado, mandándose devolver el expediente al Ministerio de Fomento
con comunicacion y copia del dictámen aprobado.
'
Se acordó que no haya sesion el próximo miércoles, por las ocupaciones
que manifestaron tener varios de los sefiores de la Junta.
Se levantó la sesion á las dos y tres cuartos de la tarde: no asistieron el
señor presidente por estar citado al Consejo; y sin aviso los SrM. Lud~rt,
Da.vidson, Sotomayor y Schultz.-0. (Jollado.-J. Rascon.

........

EL CABLE TBASATLOTICO.

Un peri6dico de Nueva.-York da las siguientes noticias con fecha
17 del actual.
Comienzan á realizarse los temores que habia inspirado la tardanza del
"Great Eastern." Por una goleta que llegó el 14 á Harbor Graoe se sabe
que el din 2 reventó el cable y se puso una boya en el lugar donde se supone que ocurrió la ruptura; pero como esto sucedió en una latitud donde hay
14,000 piés de agua, se cree que, aun dado-el caso de saberse á punto fijo el
punto donde qued6 el estremo del cable, será muy dificil, si no imposible,
sacarlo á la superficie.
El cable se rompió á unas 600 millas de la costa de Terranova.
Heart's Content, 14 de Agosto, via de Aspy Bay, 15 de ~osto,-En corroboracion á las noticias anteriores, traídas por la goleta "First Fruit," tengo que añadir, que segun relacion del ca.pitan de un buque que llegó el viér•
nes á Harbar Grace, r.lgunos dias antes pasó á dos millas distante de una
gran boya. El capitan de la "First Fruit" dice que, habiendo preguntad&lt;&gt;al comandante del "Terrible" si creia que lograrian hallar y recoger el cable,
contestó: "Esa es cosa que no puedo dech'."

�...
10

212

DIARIO DEL IMPERIO.

J'UZGADO DE LETRAS DEL PARTIDO DE CELAYA,
En los autos de intestado de Mr. Emilio Ferrat, súbdito frnnces, que falleció en esta ciudnd, en fines de Junio anterior, ha mandado el Sr. Juez de letras, Lic. D. A. Madrid, por
áuto fecha 16 del corriente, se convoque á los parientes y acreedores del finado que se crean
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
eon derecho, para que se presenten con sus justificantes, ante el Juzgado de letras de este
Partido en el término de diez meses, contados desde el dia de la publicacion en los _perióAVISO.
Relacion de los expedientes parn cuyo despacho so necesita de la presencia de los inte- dicos de la Corte de México, á deducir el que los asista; bajo el concepto de que s, no lo
Vorificaren, les parará el pe1juicio á qne h11biere lugar, y se aplicarán dichos bienes á los
resados en esta oficina.
'
Seccion 1:-483, 511, 890, 936, 969, 1,152, 1,887, 2,030, 2,452, 9 539, 2,564, 2,889, objetos que determina la ley.
Celaya, 'Agosto 17 da 1865.-El Escribano público, Ramon Reynoso.
3a- 3
2,9 LO y 3,952.
_
Seccioa 2!-493, 583, 636, 639, 789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,35:i;, 1, ,00, 1,727, 1,99'2,
2 077 2 503, 2,513, 2,635, 2,636, 2,646, 2,675 y 3,297.
'Ad~irtiéndose que no se pnede dar ningnn giro á esLos negocios si esta comparcconcia
no se verifica.
Nota.-Hoy se han elevado al Exmo. Consejo, espeditadt&gt;s por esta oficina, los espedientes de la Seccion 1~, números 442, 548,602,631, 7;&gt;8, 762,848,849 y 937.
SISTEMA METRICO-DECIMAL.
De la Seccion 2~, números 843,889, 1,308, 1,825, 2,323, 2,450, 2,480, 2,596 y 3,080.
Estando mimdado que en todas las escuelas públicas del Imperio se estudie·la cartilla
Lo que se avisa para conocimiento de los interesados.
del Sistema inétrico-decimal, escrita por el profesor D. Manuel Ruiz Dávi!a, s11 avisa por
México, Agosto 29 de 1865.
e1 presente que el lugar de su espendio es en el Puente de Palacio núm, 12, Repertorio
El Administrador de bienes nacionalizados,
de música de los Sres. Catodeau y Godard. En el mismo almacen se espenaen el Nue:oo
Juan Suarez y Navarro.
Silabario y la Ortología del mismo autor, que tambien están declarados de asignatura par a las e~cuelas.
;JUZGADO DE LETRAS DE TOLUCA.
En la causa quo se instruye contra Anastasio Reyes por hurto de un burro cargado de
OJO AL AVISO.
varios efectos, la que está paralizada por la falta de comparecencia de D. Joaquín Cabareda, y no saberse si deba, seguirse en j1úcio verbal, pues para ello.es necesario que conste
En la calle de las Escalerillas núm. 7 se traspasa un almacenó accesoria, arreglada con
el precio de los efectos robados, el Sr. Juez ha proveido un auto, que en lo conducente mejoras hechas últimamente; local á propósito para establecer cualquiera clase de negodice: "Toluca, Julio 22 de 1865.-Y no ~abiéndose á punto fijo el valor de lo que le fué ciacion, porque ademas de tener dos entradas y todas las comodidades que se requieren,
hurtado á D. Joaquin Cabareda, ni de modo alguno la residencia de este señor, cítesele 61 establecimiento es amplio, de modo que el que desee establecerse ventajosamente puepor dos periódicos de la capital del Im:ierio, a efecto de que por sí ó por apoderado ins- de pasar á tratar con el dueño· en 111 misma calle y número referido á cualquiera hor~ del
truido, coml?arezca en .este Juzgado en el perentorio término de quince días improroga- día, no siendo de once ÍI una.
6
bles, á marufestar el valor del burro y efectos que dice le fueron robad.os por Anastasio
SEGUROS
CONTRA
INCENDIOS.
Reyes el dia 13 de Febrero último en-el camino de esta ciudad á Jajalpa,l. para que diga
ai se muestra parte en la causa respectiva. Lo mandó el Sr. Juez, y firm . Doy fe.-José ·G. .Aguirre.-José D. Valdés, Secretario."
CoMPANIA DE SEGUROS DE GL.ADBACH.
6a-3
José G. .Aguirre.
Capital de fondo..... . • . . . • • • • • • • 3,000,000 pesos prusianos,

AVISOS OFICIALES.

AVISOS PARTICULARES. -

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS.
CoMP.ANIA DE SEGUROS DE B.ASILEA (BABEL) •
.AVISO.
Capital de fondo •• • • • • •• • • • • . • • • • • • • • • • 10,000,000 francos,
Procedente del reinp de Wurtomberg, se ha recibido en este Ministerio un documento
para hacerlo llegar á poder del Sr. Guillermo Reichmann, que, segun se dice, se halla acSe aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos loe infonnes
tualmente domiciliado en México. No teniendo conocimiento alguno de dicho señor, se le necesarios para. los que gusten asegurarse, en la. AGENCIA GENERAL de Estas Compañtas,
invita {&gt;llffl que se presente en este :Ministerio á recibir el documento de que se trata.
calle de San Bernardo núm. 3.
400-1808-47
México, Agosto 18 de 1865.

GRAN FERIA EN SAN JUAN DE LOS LAGOS.

.

'

AVISO.
El Ilustre Ayuntamiento de esta villa, de acuerdo con el Sr. Prefecto departamental,
. Para conocimiento de las personas que tengan asuntos en el Ministerio de Fomento, se tiene la 2atisfaccion de participar á sus conciudadanos, y muy particulannente al comercio
participa que esta Secretaría. se ha trasladado á la casa del Correo, habitacion alta de la en general, que desde el dia l? hasta el dia 12 del mes de Diciembre próximo, se celebrará
izquierda, subiendo la escalera.
lOa-3
1a feria acostumbrada; á cuyo efecto se dictarán por quien corresponda, de un modo especial, todas las medidas necesarias para proteger la seguridad y órden que reclama el nuADMINISTRACION DE BIENES ~ACIONALIZADOS.
meroso concurso de personas y mercancías que tiene lugar en la mencionada feria.
AVISO,
Los pedidos de almacenes y otras localidades que los comerciantes han estado hacienDebiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la do, indican desde ahora &lt;J,Ue el movimiento mercantil será, como otros años, el mayor que
verifica en toda la na()1on.
ca81l núm. 3 del callejon de Dolores, valuada en la cantidad de ($ 2,11 J 58 cs.) dos mi1 se San
Ju·an de los Lagos, Julio de 1865.-Subprefecto politico y Comandante superior,
ciento once pesos cinouem~ y ocho centavos, se pone en conocimiento del público, para A de Nájera.-EI Presidente del Ayuntamiento, Lu. José Maria Romo Gallardo.-El
qne las personas que quier.ID hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacio- Secretario, Bernardino Perez.
489-40-3sm-7
nalizados el dia 4 del próxi .no Setiembre, á las nueve de la mañana., á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las pre¡ .ATENOION !
venciones de los artículos 25 y 27 de la citada ley.
En la calle de las Escalerillas, junto al núm.14. se vende la prodigiosa POIIADA OB.ID•
México, Agosto 12 de 1865.
TAL, que sin charlatanería, es la única ~ara hacer nacer, crecer y hennosear el pelo; aseEl Administrador de bienes nacionalizados,
gurando que la persona mas escasa de i,J, á las doce veces de usar esa pomada, verá su
Juan Suarez y Navarro.
20s- 2
cabeza cubierta con un cabello fino y abundante.
Precio del pomo, dos pesos.
345-40-26
ADMiNISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS
REMATE DE UNA FINCA.
Núm. 1,211.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, debe procederse
á la venta de la casa núm. 7 de la calle 1~ de Necatitlan, estimada en su última traslacion
AGUA ELECTRICA,
de dominio, verificada el mes de Setiembre del año pró1imo pasado, en precio de cinco
mil cuatrocientos pesos; lo que se avisa. al público, para que las personas que quieran ha- Se acabaron las canas, ya no 'Dale nada el cosmético.-Destruccion tú todas las enfermeda.
cer postura, las presenten á estaAdministracion principal, acompañadas de los correspon- ·
des, como la enfermedad de las reumas, etc., etc., etc.
dientes papeles de abono, con la debida oportunidad, á fin de que puedan hacerse los reEstablecimiento
de productos químicos y Galería de retratos fotográlicos,
conocimientos de las firmas antes de las almonedas, que se verificarán en el despacho de
1~ calle de Santo Domingo núm. 2, piso principal.
esta propia Administracion á las dos de la tarde de los dias 16 y 26 del que rige, y 4 de1
entrante, siendo la última con calidad de remate. ·
El que suscribe tiene el honor de anunciar al respetable público de este Imperio, varios
Administracion principal de rentas. México, Agosto 12 de 1865.
efectos químicos útiles para algunas enfermedades, y la sia rival AGUA ELECTRICA para
teñir las canas.
El Administrador principal,
La AGUA ELECTRIC.A sirve para teñir el pelo de un negro azabache que lo hermosea,
[. de la Barrera.
6a-2
por muy desigual que seasu color, y tiene las cualidades de que no mancha el cútis como
la tintura francesa, ni se pone verde como la tintura del Norte de Batchelor.
. Se garantiza la teñida de una barba ó cabellera por cinco meses, por el fofimo préoio
de cinco pesos que cuestan los tres pomitos, y por una docena 48 pesos.
484-15a-l0
JÁ.COBO A.LI~mNTO.
lUZGADO 5? :MENOR.-1~ l'IIONTERLLA NUII, 7,
TENEDURIA DE LIBROS,
Por auto de esta fecha, he mandado se saque á remate la casa núm. 1 de la segunda
Una persona que ha recorrido el Interior, dedicado á Ja· enseñanza del hermoso sistema
calle de Necatitlan, valuada por el perito D. Abraham Olvera en la cantidad de mil dos- de contabilidad por partida doble, cuyos conocimientos ha logrado propagar con muy buen
cientos treinta y ocho pesos un real, y cuyo acto tenará lugar el dia cuatro del entrante éxito, se propone fijar su residencia en esta capital con el mismo objeto. Garantiza su enSetiembre, á las doce.
señanza, por hoillll'arios convencionales, al alcance de las mas módicas fortunas, exhibidos
Mé1ico, Agosto 11 de 1865.-Lic. Labat.
531-4a-4
por una sola vez, y sea cual fuere el tiempo que el discípulo tarde en aprender.
La misma persona se ocupará de hacer balances y liquidaciones de cuentas de comerTRIBUNAL DE COMERCIO DE MORELIA.
cio, de testamentarías y concursos, dentro y fuera de l&amp; poblacion.
.
Morelia, Agosto 9 de 1865.
Las personas que gusten ocuparla, pueden ocurrir á la Administracion de este periódiEste Tribunal, en auto de nueve de Agosto actual, ha declarado en estado de quiebra co, Bajos de San Agustin núm. 8, en donde se les darán mas amplias instrucciones.
á D. Isaac Wisebourg, debiendo contarse la época de aquella desde la fecha del aute sa1México, 12 de Julio de 1865.
,
vo lo que despues aparezca: ha nombrado síndico administrador á D. Te6filo Cortés
judicial al Lic. D. José Mari.a Aldayturriaga, con el carácter de provision11les, y fijad~ a
AVISO.
los acreedores el plazo de un mes.
Estando liquidados todos los Begocios de la compañia mercantil que fonné en esta plaza
Y en cumplimi_en~o ~e lo disp_uesto en el art. 794 del Código de comercio, pongo el pre- con el Sr. D. Antonio Herce, bajo la razon de José S. Lozano y compañía, ne mútuo consente para conocun1eL.o de loe mteresados.-Fernando Martinez, Secretario.
6a-4
sentimiento queda diPuelta, continuando yo los mismos negocios qmi se propuso la compañía que termina, y bajo mi solo nombre.
J'UZGADO S? DE LO CIVIL.
México, Junio 30 de 1865.-José ~- Lozano.
519-5a-5
Palacio de Justicia .
.En los autos que ha s~guido el Lic. D. Manuel Valay, como apoderado de D. Cárlos
N10sth, contra D. Agustm Godoy, sobre pesos, que comenzaron en el año de 1862 solicitando en aquella época la parte del actor, que el demandado concurriera á reconocer
unos do_cumentos, ha pr~sentado di_cho Lic. Valay ~o.escrito al Juzgado 3? de Jo civil que
es hoy a cargo del Sr. Lic. 1,). Jose M. Cordero, pidiendo se radiquen en él los referido8
TEATRO PRINCIPAL.
autos, y se haga saber la radicacion por los periódicos al espresado Sr. Godoy pn1 a proEn la noche de hoy, á las ocho en punto, se pone en escena el proverbio en tres actos,
movor lo convenie_nte, á !o cual so proyeyó el a.uto. que sigue: "Mé•ico, Agosto 17 de
1865.-Como lo pide, hac;éndose las debidas publicaciones por el Dia.io Oficial. Lo pro- intitulado: Del diclto al lteclio.
·
veyó y firmó ~l ~r. Juez. Doy fe.-Cordero.-Islas y Bustama11t~.
Y en cumplimiento de lo mnn~ado s~ hace _saber al repetido D. .·.gt •1tin Godoy; que Jo8
a~tos de q~e se trata se hall radicado en el citado Juzgado 3? de lo wil, sito en el PalaIMPRENTA DE J. M. ANDRADE .Y F. ESCALANTE,
c,o de J ust1ca.
B.AJO/i DE SAN AGUSTIN NUM, l.
México, Agosto 21 de 1865.-Juan N. Carrion, Escribano público.
533-411-3

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.

,,.

AVISOS JUDICIALES.

r

DIVERSIONES PUBLICAS.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DEL

DIA·RIO

·1MP:ERIO

TOMO 11.

MEXICO: Martes 29 de Agosto de 1865.
SUMARIO

guez, del 81'. Chimalpopoca Galicia, dos ofi0inles de órdenes y un
empleado del gabinete. S. M. se embarcó en la garita de San Lázaro, y se dirigió por la laguna de Texcoco hácia la hacienda de Chapingo, propiedad del Sr. Chambelan D. .antonino Moran. Este Sr. y
PARTE NO OFICIAL.-Diario del viaje del Emperador.-Munillcencia Imperial-Otro ,lonativo de SS.
lOI.-Las noticias de los Estados-Unidos.-Los Imperiales en Ohlhuahu&amp;.-Operaciones mllltares.-Juntas el Sr. Chambelan Cervantes, esperaban á S. M. en la otra orilla de
de exposiciones en Mérida, Campeche, Qucretaro y Puebla.-Instruccion pública. Comunlcaclon del Insti- la laguna, donde se hallaban tambien la señora y la hija del primetuto de Oajaca al Ministerio de Fomento, y respuesta.-Eiq&gt;oslcion de Paris de 1S67. Comunicaciones relntlv111.-Desagüc de Ruebuetoca.
ro. Allí se aumentó la comitiva imperial con gran multitud de personas
de los pueblos comarcanos, que acompañaron á S. M. con dos
DENUNCIOS Y SOLICITUDES ante el Ministerio de Fomento.-Tercera pnbllcacion de varios.
músicas hasta la citada hacienda de Cbapingo, cuyos dueños obsequiaron al Soberano con un abundante y esquisito almuerzo.
PARTE OFICIAL.
En la tarde salió S. M., pasando por Texcoco, para San Juan Teotihuacan, donde pasó aquella noche.
GRAN OANCILLE:&amp;IA D_E LAS_ ORDEl'ES IKPERIALES.
En todos los puntos del tránsito babia gentes de la comarca que
S. M. el Emp,erador_ ha temdo á bien condecorar con la Cruz de esperaban á S.M. para saludarle con músicas y aclamaciones. Et
Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe, á .
Emperador se informó cuidadosamente de las necesidades de aqueD. Ramon Montaño, Abogado, Juez de 1~ instancia,:le Otumba, y á lla poblacion para remediarlas: mandó que _se entregáran. 200 pesos
D. Agustín Sanchez Beaumont, Profesor de primeras letras de para socorrer á los mas pobres de ella, é hizo una donac1on de 600
Otumba:
pesos, para fundar allí un establecimiento destinado á la educacion
de niños de ambos sexos.
Con la Cruz de la Imperial Orden de San Cárlos á
AGOSTO 25.-Salió S. M. de Teotihuacan á las ocho de la mañaD~ Ana Espinosa de Carrasco, de Otumba;
na, y llegó á las diez á Otumba, donde le aguardaba multitud de
Y con la Medalla del mérito civil, de plata, á
geate que le saludó con el mas ferviente entusiasmo. Las autoridades que salieron á recibirle, le condujeron á la iglesia, donde fué reD. Manuel Garcés, Administrador de rentas de Otumba.
cibido por el vicario bajo de palio; y despues de oir el Te-Deum
México, Agosto 25 de 1865.
que se cantó solemnemente en la parroquia, pasó S. M. á la casa del
El Gran Canciller.
Sr. Carrasco, Subprefecto del Dist.rito, á cuya señora se dignó condeA°'LMONTE,
corar con la Cruz de San Cárlos. Informado tambien de la rectitud y
honradez del juez de letras, D. Ramon Montaño, y de la buena conllINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y JIIARINA.
ducta del profesor de primeras letras, los honró entregándo)es el diMéxico, Agosto 28 de 1865.
ploma y la condecoracion de Caballeros de Guadalupe, y los invitó
S. M. el Emperador se ha ·servido nombrar provisionalmente, con despues á su mesa. Tambien dispuso S. M. que se diera la Medalla
fecha 12 del pasado, Prefecto marítimo del Golfo al Sr. Gefe de es- del mérito civil al administrador de rentas, D. Manuel Garces.
cuadra D.. Tomás Marin.
Concluido el almuerzo, hizo S. M. que se disttibuyeran abundantes limosnas entre los pobres; y despues de recibir en audiencia á
S.M. el Emperador, con fecha 14 del pasado, ha tenido á bien varias personas, salió S. M. para la hacienda de Reyes, propiedad
nombrar Ayudante del Sr. Prefecto marítimo del Golfo al 2° Tenien- del Sr. Adalid, adonde llegó á las cinco de la tarde. Allí fué recibido
te de marina D. G. Tattet.
con indecible entusiasmo por las personas de la casa, é innumerables gentes de los pueblos vecinos.
S. M. el Emperador se ha servido nombrar provisionalmente, con Sirvióse la comida, durante la cual dos músicas tocaron diferenfecha 22 del presente, Capitan del puerto de Veracruz al de fragata tes piezas, y despues permaneció S. M. hasta las diez de la noche,
conversando amablemente con las personas que habian tenido el hoD. Juan Layné.
nor de acompañarle á la mesa. El Sr. Zorrilla, que se encontraba
El Director general de Marin11,
allí,
leyó algunas de sus composiciones, y S. M. lo oyó con mucho
L. JJétroyat.
gusto, dignándose felicitar al célebre poeta.
Du 26.-A las seis de la mañana salió el Emperador de la haMINISTERIO DE HACIENDA.
cienaa de Reyes, acompañado por los Sres. Adalid y Zorrilla, las
SECCION 2ª DIRECTIVA.
Circular núm. 104.
llféxico, Agosto 26 de 1865.
persons,s de su comitiva y otros muchos particulares, y pasó á visiS. M. el Emperador, con fecha 21 del actual; se ha servido acor- tar el acueducto de Zempoala, que construido hace mas de dos sidar: que du!an~e el tiemp_o que se hallen ocupados los mesones por glos y medio, conducia en otro tiempo el agua á Otumba y á otros
tropas del eJé.rc1to, y previa la comprobacion correspondiente coa cer- lugares de aquella vecindad, que hoy carecen de ella. Llegado á los
tificaciones de las autoridades respectivas, queden exceptuados del arcos, S.M. se apeó del carruaje y examinó aquella grandiosa obra
pago de la corttribucion predial y de la de patente.
con la atencion de que es digna. S. M. decretó allí mismo su repoComunícolo á V. para su inteligencia y cumplimiento, esperando sicion, y muy pronto los pueblos de la comarca recibirán el benelo circule á sus ~balter~os:-El Gefe ~irec~or, J. M. L ópez .Mon- ficio de tener abundantemente agua potable, y habrán de bendecir .
roy.-S~. Recaudador prmc1pal de contnbuc1ones directas de.... esta visita del Soberano, que tan provechosa será para su bienestar
Es copia. México, 26 de Agosto de 1865.
y su ventura, como lo es siempre su Imperial presenpia por donde
El Oficial 1~
quiera que pasa.
Francisco M. Moi·ales.
Las autoridades de aquellos pueblos que allí estaban reunidas, entusiasmadas á la vista de aquel rasgo generoso del Soberano, lo demos- .
trar.on con ardientes congratulaciones, y dispusieron celebrar cada año
PARTE NO OFICIAL.
el dia en que S.M. había, visitado aquel sitio, y colocar en el arco principal del acueducto una inscripcion indicando esta memorable fecha,
DIARIO DEL VIAJE DE S. m
: EL EllPERADOR.
con el nombre de S.M. y los de las personas que_le acompañaban,
AGOSTO 24 DE 1865.-Salió S. M. del Palacio de México á las para perpetuar de este modo la memoria de tan gran beneficio.
cinco y media de la mañana, acompañado del señor Ministro de la Despidióse el Emperador de las personas que le acompañaban en
. Guerra, de su ayudante de campo el coronel D. Feliciano Rodri- aquel punto, para continuar su camino basta el rancho deSanta Cruz,
■ PARTE OFIOIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de Guadalupe, la de San Carlos, y la Medalla del

mérito clvll.-Nombramlento del Sr. ~larln para Prefecto marítlmo del Golfo.-Nombramiento de Ayudante
de aqueUa Prefectura.-Nombramlento del Sr. Layné para Capit~n del puerto de Veracruz.-Acuerdo de
S. M. declarando exceptuados de la contrlbuclon predlal y de la de pntente :1 los mesones mientras estén
ocupados por tropaa,

~·~·------

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I

Nlm. 199.

�Señor Ministro:
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Laguna de S°'?f; Criptóbal.-Sr, hicieron de contrabordo de césped 46 meEl ,Etnpe'rado'r ,Napbleon hai~1Íínd9-do,que,para el lCJ-Jie M:ay:o de 18()7, tras de largo, pÓr"1 meb-6 40 delfilto-y1 g.metfo '}fr, deSalwl10.C..!
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·P-árí~ fiha,E~osidón únivérsa,l de p1·-0dnotos de agricül...- Al
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de ~otab1hd~des d~ las mas ~o~petentes, y de~earia n~~ur~·se d~ lt part.i~ Altm,I\ drl dique fo~¡¡~d,~l ~ua, ;Eú"Ía. &lt;¡ompuer~a ai·'Siii; é::r' n:._ moq 'l1 !''11;,¡ 1¡1
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En él1'rttedi.b ··unt~'Ji!l•:r:•,.a. '!".P. ,oi¡ r,1Jt;r58, J:! J11
fin· que se rugneeleKJ-~en Pi1r1s un n!rente ~ seirdeie_saTh::i -espeoñtffflren1~
.-.•,~w Pqº,,..,,.1w · .1! ·,1 :i,,, ibu, ~hl &lt;Hu, ,
cerca de esta Comi~JJ ALHY)
A'J ROHT r f
La distancia del dique á la laguna de1'fl'e'xcoco, 'lpa11ue-'tmAif 'salientE¡,res. de.
Este modo d.e proceder seci.el mas.con.v..enie.nte_yJápldQ...pnJ'.(UlaJ' í1...9ono..:_ ,&lt;;,Q-IDM_de. media.l&amp;g!!!k:-Dios uarde á V.];. muchos años.-El iíígen_i~cer los deseos de los opositores extra!lieros..
r administrador, Ro~ aklo Rir~i:p., .( JljiO. i··'O "deFomento:=....:a
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DENUN-CIOS y SOLICITUDES

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estén en relacion éon los pedidos qua se- hagan de local, es necesario que la
D. ~ui~ qQ!Jzalez y D.fAlejo MiUan¡ hawheoho.forlnial.,dimÍmcioúd&amp;i-111ná;1,,
Comis!o~ sepa e~ el roe~o.r tietn_I&gt;o posible qué ,E&amp;~adof.l tomará1.1 parte en la eta de plar.-t·con ley de oro, q_u~ se encueri?:a ~~1ei oerroíiortf~ft'd.?~el Blaff.Expos1c10n, y24ue..espac10., desemiá.obtener cada uno de.:ell-Olf.'l./!O'n')
, en terrenos del pueblo d~ ~ ~4 !11lJPJS!E~J~4,\d ae Teqmsqmac, y JUlo demas, estamos convencidos ~~e el Gobierno del ~1?perador ~fa- i~fil\\flq!Jr.,d~,Z~!JlPf~g,o \l\ L~~8.11r ► '•ll": ,; , ¡1 ., ,, ·.,, • • ,, ,
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:um1hano se encon~ar~ &lt;disp~~sto faim~1tal'¡ en lo: que l!a oonc~er!1a, el éxito 1Yf-li,al&gt;ien.dqsf .~J?-1t~qq_ .e_l.~l)Dll,ll!}l9, 99µ r~pht ~ó
,ctqi1¡l.en cJ.i~fJft
de la obra confiada' a fa Oorms1on Imperial: demasiadMlustrido,es para apre- uga,i: 8b. deréoho¡,sm pei:Jmc10, de tercera, y ,coafo¡·me.~ Jalft v.1:í\enl}l)~¡ ~~rt
ciat 1~ _yent~jl!S de e~tas solemniqades
en quc los pueblos contraen nuevos vi~il hl1'p'ú,llli'éb';, pára iué 'si alguna pers:ona. se encuehtra.:can,dereoho.iá, opo,rn
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1á.•q11ien se,J~ eórfü1Lr,r
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No sé SI s~ h_an tomado ya a!gl}n!\s medidas con este objeto antes de mi
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llfgada á Mé~foi:lfyl~t?l~e~ia-r.w.(E.~ij¡gt_iise.:-msffi'tirfu!{ma informar
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":torr~ A: •,m"I i 1.-1 oli~itu~ de ú1_J~n ,lf¿urcade, J!idienqo priv.iJe~i~ excl~!i*q qon{b'l#~rodn't\fur ~Jt}b;p
lJ(lt¡gQ t_1t~&lt;mra,~ifi-'i,rj1,d~rl1?,tl,J ··~11;p~ra1 iqMi_4~s cofis1_gWéli.tes_,,, acoffi- ' maq11J)llls aestmadiis a la congelac1on de la agua, y e1trilcc1on de las'varias'sa\ea lliü1eYapaijándole oopi:a,deJ p/.\ljflllO ,~ 1µflat¡~ ~-q1,114 1\)l!l~1 se,9íg!).q,,~~Q11iijr.m-ll'. ~~,~-:, les que pue~ c~~~~er. ;
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"Se~unda
cl~se.-Cuatro
reales.-Para'
el
bilnió
de
ili'il''bbhbcientos
se1
~.ji~ de- ~µe·~o'ftiénliose de acn'erdó•col! !lfoht) E~mo; Sr. Bn1'iado ext:raotfüJ· Sf#lt/ift, 'puatro y''sésé'ntá'y,cilicb...!:.:J'uliáti HourQáá.e 1's'á:kd.ito fril~ce's t'teéina~.io;' ~ó'~e ~s'ájuntfüe~de ,Iueio'lM ¡l~~~l~*hqiaf de, ~111'..éM
~~e?p,·~~t~Rr.~s,¡, n(i1f ~ta ~pital,_ -~t!l,v;,J'E,"l'.espE)tq?~ªiheI,J,t,e.,e.
ponder ~1gnaI?ente a la m;71tacron. qu_e se hace al.Go}u~.r~o.1n!l~~º"· e~pi- d~?.1:"ªÍ: el11ippe1110 1,~ex1cano unai maquina .para.1a ,congE)}Jlc,.on. a~ J1.,Ag~
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4~eM;~ m~,~~meate
,la.:•:res~actu~•w
éonvéea.tor1ar:it.los Depiir~mefltos:.:y y;;c~1~ta'h~acJon'1de Vfrras·sales- minerales,9.ue-pueda,contener., _cuyos diseñolil
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reglati}¡e_!ltltffµb' la imHdltd de Ios bbJtótó!I¡ j fog' térmn-t0s1 dé' sfi'loPS'Pturfa ·1lse- y aéscripcfohes aéonipaño suplico''! V: E. 's'é' m~1ó'diiceda''tin'
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gura ! ~dlltén1~nte /emi~ion.
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, Asm:rsmo cm~ª:ª es~JR!tff.&lt;ie;g{fpm.131:t}~;1t~·de manera que todo es- mmo que las leyes me conceden.
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00,me~nido:-en,.MeXlll0,~11~ AIU?·ten~aílug~.~ époaai det.ermin,~da.)lna. expo.- Com~ ~s;as máquittas púed6TÍ á.plrcarse .éon mucho•lfxitouá la industria mis!~~ aq~;-antesl~ dl::rrgu1,re1a •P.aJ.11s fos•·objetos 1lie 1eHa1w1 l'"I bnh,f,,1,,tnn, .,,, nera, ut1hzamfose ipara,la ;fab.rfoaoion del sulfato de sosa sulfato de cobre
~r.'1rf~~'t1SY.~r!.,)fE4;~tml&gt;¡"St;·:~1ní'~t~ól el s,u'llsi~&amp;~tlMd 'M'áittup'Ot·ozcb!- ~I'~cción 1de··ld sál marina, E.te,, •etc.,t cosas muy nece$a;ias pina la,~NplOta:
Senor v i4~1,\r~JMn,t~:,,,.~ l~.J'An,~~,9~,;p:~~9,siWfü~'.~:i' i'~',· ·".'":""·:•, ·:;;:!•. ;~:•,"~•.:~ cion' de las minas: y ~speJia1ilihte protétrdiis' pt1r el"arlJ 22•d!illtítulo -6?- a~
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las Orden1mzas de Mmerrn, suplico me se.an, tamRien 1aplic~d~s fo&amp; aí't~tifbs'
' Mw,i~t~~i&lt;?1 ~~' ~mM~~-~~~~~n f:•·,,,','MéX¡Jpi:&gt;;:4Ms~o 26 ·de 1~65,- ~7, 18 y 19 del título 18 de las, mismas ◊rdénáiizas, q~e · ae'clarali' ~o ~olo
~xmo. ~J;.--:7~D, v;¡;l¡~~f~et9h!l\? de,'v,. ~~ (ebI;a. ~ .~eJ,a~~
~at'.Iio}:d,\t;Jo'l~ !rbres de to~os•de¡leéhos, t gi:ayamerles.. eto.¡ la; introduoo10n1d1l!.0Ualqm~r oborden o~ortuna al Sr. y1cepres1dente ~~ la Junta de E:xposiciones, D, Leo- Jet0',11e-eesar10 ~iwa. las prqvJs10res ,rde,,Jas mmas~ PA~illlAJ.:,)~,QQ.Qtr,a,;i.9,1las
poldo R10 de la Loza, a fin de que pomendose de acuerdo con el Exmo. •Sr. p,roteglm espeo1alrrtente....._Ooné1derán~m.e, cl primer ,anwoducoor. ,de,,eii~
Enviad? extraordinario deJ~!'M._' ef :E111pit11dhl \1e los franceses, tome desde d'.e_s'9ltb~)'in.]~t~·:e~ _Irri~~r!ºí ~~1~~;1á:1~~pl3éd,r;.~ Y/ ~! se·tl.ign1i OOnoodel"l
l~~gó
. ..1.d1oh~:J~~tl\:fas:1mm.den,mas :de iu resorteprrauoorresponde:r digna- me t,odo11 lqs_prlVll~~lQ.S_ ~phc,a'.l?le~ a¡ ~ .pe~J~'?t P1ll'F~-1~.fa».1.,i~Mi#.tr.r~~f~!
.n¡.~~~lI~, l~J*ªA10rt. 9,~~:,~~ ~áde ~r,9."~biertJ.o mexicano, 1a~·conc~rrir áLla du~c1_0~ de dichas maqu_mas,.~ · ~alqme~ d1mens19n ,qµe,, ~~.; ~Oll.Ji !i'4R
e~,Pp~&gt;.c1.o~ u11,r;y:~Wrll'\I~.iM\ ~&lt;l ab.r;i,r~~ en;]?~~~~; ~l i.o;_d~.~~yp ~e lé~tJ ~,; remb1re mere~ Y. gracrn.-Mex100, Jumo1H,,de 1865.-,f11lw.1J{ourcid'e.
pr~hendo mm.ooiatamente..dicha-J.unta la respeotiv¡i convocatoria, á) oi De- -Exmo. Sr. Mm1stro de Fomento,
.
.
l&gt;,ffllli'ntmtós y,•reglamenta~do así la calidad de•los'objetos -como los términos . Lo que s~,public~ en el Diario derimperio cónforme al art. 14 de la ley
ele'sü'_b~~~irña~ 'se@f:lt.Y'Mn'Véniente•'f'l'~isim'r.1 1 .. "'I . 11 '. ,¡, •1 "."' 1, ' ' • ,,. ., ie ~ ,a e.,N&lt;i,vi«tm,q~e .d~J85~'
.!:..!..El S\.\fisecretario µe' li'oiner,to,"Ma
. .nuel Orozco.
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Tainbfuii ordeno á'lá 'r'epétiaá::níht'l8üidlaedlspoher las cosas dé ll'lime'
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ra que todo est~ ~eunido, ~!/- °M-p?fip9, P,llra, q~E! t,e9ga lugar en época determi- '" ,r1. • ·• · ·· •· .AVISOS OFICT "LES · .t: 1 '· ·', 1
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mada una expo1nc1on aqu¡. ante~ de ~irig~s~ a f¡iris los obj!)tos elJ!',i 1 , 1
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"·' Lo que téngo la honraide oomumcar a V . .E,) para que se si.rv.a ponerlo en
conocimiento del Exmo. Sr. Enviado éxtraordina:ricrde s\ ·M. el Emperatldr '" ', ADMINISTRACION i:fa'fü.ENEs: N-ACIONALIZA:00S. ' r...,
'~Jóff,r,~~~ff~;;~)..~rM,r!f.0 19,ufq~~J~~,~of'~t*~·~e~ ~it'ó cargt&gt;'d~V/ E.
AVISO, 1 , ,,, .1, "'
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.~ne1mayoi; COAO.~p:p¡~ntq 4~ 1atS,~l}r,spij,$._s,rC,\l1gen~s e¡1 ,I;1aris,,p¡Jy;a."µombrár :Relacion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia &lt;W los inteéh~nCie que,se- s_,elioita,. tendr~ a,,,bi.en •V~iE.i p_rqoeder á, ,su,ieleooion,;,paiiti- resados en esta oficina.
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p~áttdóin~
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Se'ccion 1~.....483, 511,890,936, 969, 1,152, 1;887,f 2030 2)452 2539¡ ·2564¡•2~9
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Elsm.o. AW,_,Mm1st~ de Ne,go01os ExtranJeros, f.!. , ,, ,... ,,., ,w.f,,.,,,, , ¡ ,,t,, ., ,.,!&lt;lV\l"tté¡¡.n.@e ,¡¡.o~~ puede af,llll1gJ»1.gJrQ 11,,llet,o, niigo_cios,si e,r¡ta comparejlqnqi.3
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.,,,.}{!f,'JfOP,f~; ~,~ 1CO;"~gosto •26 de H:l65 ........Mameel· 0i•ozco. ,. .,. , ,, , . , ,nQ se }(llnfica. ·, 1" ' ·
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olic111a, los espedientes de!&amp;· Seccfon 1~, números 420,428,459, 462,•1',772, 1,8-13, 1,821,
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: ~"'1:'ª·.-;:¾n_. •p·•.,¡,• nu'°,,..i,'"v.,_.""'_.," ,, , , , r .
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1,913, 2,556, 2,726, 4,158, 4,274 y 4,428.
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~ . ,....,. .I!. ,.. ..,...u.....vv,...
De la Seccion 2~, número~ 427, 4901•661, 662, 666 r~67 IJ94 -761· •993 2 485, 4 279
Ag?s,t~ ~ 4e}~P5--:--F:xmo. Sr.-Teniro el honor de ¡&gt;oner•~rt ~l s~néri~ yi4,~0: ' ' ' ',; '' '
conocÍJ:Nemo d_e V. E., el estado que gu·a:téian 1as
_. 1 obras
'' e··n" la se·~~11:M•1Í\1 21 ,. Con feah&amp; de hoy se han elevado al mismo Erino. Consejo 1011 espedlentes•qti&amp; sigoon:
1
••, ... ·~ 11,~1
De la. Seccion l~-1,221, 1,917, 2,168 y 3,073.
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a 27 del corriente.
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' "' ···· " ·" '" · '
De la Seccion ~~-606, 633, 651í 785; 788, 1,703 y-3 391. . ,¡ , 1 ,, , ,. ,
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Rut'fle- t/Uatilttfun: t"as-'crecientes del rio--chlco-d'e-Jflepotzotlan '-'ha
Lo q_ue se avisa. para conocimiento de los interesado;.
11
inundado el plan ~ ~~ nótn'lirej y eNatnfod rMJ;1th$bfe'!.~o subido ei' agu
México, Agosto 28 de 1865.
, • 1
1
en e~ puente de las _A~m~, J. metro 37 centímetros; pero ya ha bajado 5 · ·· ·,
1 ,
·" , "
,. El A~tl'ador de bienes naoionaliiados,
11
centímetros, y contmua baJando.
Jua,i Suarez 11 Jiwoarrpi ,. .. " ,, ,, , , ,

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En la pertenencia de San:José se han hecho· de bordo de césped 285 me
tros de largOf púl'-l•de ancho, y 50 oentímetrds de alto. ,1 .,, . 1•• • :, 1 ,
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Alttu·a del agua. '.En el pueiúe grande 'de Cuautit1an, . . . . . . . .
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En el de Huehuetoca........... . ........
Veloc1dad del agua. En el puEJD.te gra11dA ¡le Cuautitlan, 1OO me' · ,,, ' , • •· tras. por• • • • • •·•·• t • • , • • • , • • • • • • • .. • •
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. · • "'" 1• ' ·En el de Huehuetoca l 00 metros, por. . . .
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1 m. 64:
2 m. 14
l' 501'
l' 2"
0

' Laouna de Zm1~1a1¡go.-Se continúa. el refuerzo del dique, habi~ndose h
ctro de bordo de cesped, 117 métrós de•largo, por •2 de•ancho, y ¡, de alto,
..• ,

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Adltur_á del agua en la compuerta ... , ...• , , ...•.. , , , . . . . . • . 1 m. 88
1 em del,dfque fuellad 1 á
e gua•,· l •·1 • ·, •, l, • • • · • • • • • · • • • • • · · · ' l m. 22
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, A.DMXNIS['RAClON PRÍNCIPAt bE RENTAS DÉ,M'E:Xico.
Administraoion ~e rentas.de l'lalpam.-Remate de dos'.lincas,.~.araoubrir.un ade~do
á favor deJa·Ha~ienda p,ública, debe.prooederse,á la-,ventiw de las casas ,nombradas de
Barrera., y conocidas la una por la Grande, y la otra. que e.stí.~1la iaquiellda de.lá entr.ada
del vestí~ulo de la P!aza, y ademas ttn terreno en que antes se hallaba&gt;.construida..1la de
Gallo.s,, sita en esta Ciudad, estimada en su .última tr1111lacion de dominio!iln diez yseia mil
pesos; I? qua se a~s'!- al p~blioo, para .que las personas que qui_era.u hacer postura, laa presentel\ a esta Admimstracwn, acompañadas de loa corresp-0ndientes papelea de abono 09n
la debida oportunidad, ÍI ñu de 9ue puedan hacerse. loe reconocimientos de 188 firmas 6 •
tes de las almonedas, que se verificarán los dias 29 del presentey, 8 y 18 del entrapte siendo 111. últim.a con calidad de remat.&amp;.-l'lalpam, Agosto l9 de 1865.-El administrador de
rentas, Lms Lu.11Ugo. ,
1
•
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,,
r.,.,
, Es copia del original que certifico.. Contaduría de,.la Adminiatraojon principal de1rentas. Mélico, Ago~to 20 de 1865.
,
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El Administrador principal, '";.
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611-2

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, Ig11acio.de lu. Barrera,

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1/1

�DIARIO DEL IMPERIO.

208

ADMINISTRACION GENERAL' DE CORREOS.
AVISO AL PUBLICO,

Habiendo sido interceptada una cantidad de Rollos del previo franqueo al ser conducida á su destino, con el fin de eritar su circulacion y que el público sea sorprendido al adquirirlos, se pone en su conocimiento que los cspresados sellos están marcados con los números 17 y 29, cuyo distintivo se da á conocer para que los que contengan esta numeracion no sean admitidos, por estar considerados nulos y de ningun valor para el objeto á
que eran destinados; pudiendo ser consignado el que los posea ante el juez competente pa
ra la averiguacioa que corresponde y se aplique al culpable el castigo á que es acreedor
como defraudador de los intereses públic(IR,
México, Agosto 23 de 1865.-Luis de la Peza.
l0a-2

AVISOS JUDICIALES.

CONVOCATORIA.
El Sr. Juez l? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de m Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siem del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, ÍI fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí ó por personas suficientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-00s-60

AVISOS PARTICULARES.

1

OJO AL AVISO.

En la calle de las Escalerillas núm. 7 se t raspasa un almacen 6 accesoria, arreglada con
mejoras hechas últimamente; local á propósito para establecer cualquiera clase de _negollJZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
ciacion, porque ademas de tener dos entrada, y todas las comodidades que se reqmeren,
Debiendo procederse al remate judicial de la casa núm. 4 ubieada en la última calle el establecimiento es amplio, de modo que et que desee establecerse ventajosamente pueAncha, de la propiedad de D. Bonifacio Tosta, y que ha sido valuada por el perito D. Be- do pasar á tratar con el dueüo en la misma calle y número referido á cualquiera hora del
5
nite Leon Acosta en la cantidad de cinco mil novecientos sesenta pesos ($ 5,960) tendrán dia, no siendo de once á una.
lugar en este Juzgado las almonedas de ley, en los dias primero, cinco y nueve del próxiSEGUROS
CONTRA
INCENDIOS.
mo Setiembre á las doce del dia, siendo la última con calidad de remate.
llléxico, Agosto 26 de 1865.-J. Bra'/io.
5J5-4a-l
CoMPAfiIA DE SEGUROS DE GLADBACH.

llJZGADO 2° DE LO CIVIL.
En los autos del juicio- ejecutivo que sigue el Sr. Lic. D. Ignacio Fuentes, como apode•
rado de los Sres. albaceas de la testamentaría del Sr. D. Manuel Escandon, contra el intestado de D. Juan B. Vivent, se ha mandado por el Sr. Iuez 2? de lo civil, Lle, D. Manuel Pavon, en auto de 22 del corriente, se proceda á la venta de la casa núm. 2 del Portal de Mercaderes de esta Corte, perteneciente á dicho intestado, valuada en 25,046 pesos
78 cs. por los peritos D. Luis G. de Anzorena y D. Juan M. de BustiUos; señalando para
las almonedas los días 2, 14 y 26 del entrante Setiembre, á las doce, siendo la última con
c11lidad de remate.
Lo que se hace saber, con el objeto de que las personas que quieran comprorla concurran al Juzgado, sit-0 e11 la antigua casa de moneda, en los dias y hora señalados.
Mélico, Agosto 25 de 1865.-El Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
536-9a-l
llJZGADO 3? MENOR.-CALLE DE n:BUS :MAlUA NUM. 7,
Ignorándose el paradero de D. César Laus-Dey, por el presente se le cita y emplaza,
para que en el término de ocho dias comparezca en este Juzgado, por si ó por medio de
apoderado, instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre pago
de doscientos noventa y nueve pesos, setenta y cinco centavos, le promueve D~ Genoveva
Sevin; apercibido de que si no comparece, se seguirá el juicio en su rebeldía, entendiéndose las demas diligencias con los estrados del Juzgado, empezando á contarse este término desde la primera publicacion.
México, Agosto 26 de 1865.-Morales.
537-3a-1
llJZGADO 2? MENOR.-EMPEDRADILLO NUM. 6.
México, Agosto 28 de 1865.
Por el preaente se cita para sentencia 111 defensor del intestado del Lic. D. Ramon de
la Sierra, en el juicio que tiene promovido D. Jesus Plácido Vega al referido intestado,
aobre pesos.
El Juez 2? menor, Lk Unanue y Pafion.
538-3a-J

Capital de fondo .•• __ . ••••••••••. 3,000,000 p8101 prusianos,
COMPA!IIA DE SEGUROS DE BASILEA (BABEL).

Capital de fondo . . • . . . •• • • • • • • • • • • . • • . . 10.000,000 francos,

Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compaiíiae,
calle de San Bernardo núm. 3.
400-lSOs-46

GRAN FERIA EN SAN JUAN DE LOS LAGOS.
El Ilustre Ayuntamiento de esta villa, de acuerdo con el Sr. Prefecto departamental,
tiene la satisfaccion de participar á sus conciudadanos, y muy particularmente al comercio
en general, que desde el dia 1? basta el dia 12 del mea de Diciembre próximo, se celebrará
la feria acostumbrada; á cuyo efecto se dict-arán por quien corresponda, de un modo especial, todas lu medidas necesarias para proteger la seguridad y órden que reclanm. el numeroso concurso de personas y mercancías que tiene lugar en la mencionada feria.
Los pedidos de almacenes y otras localidades que los comerciantes han estado haciendo, indican desde ahora que el movimiento mercantil será, como otros aüos, el mayor que
se verifica en toda la nac1on.
San Juan de los Lagos, Julio de 1865.-Subprefecto político y Comandant.e superior,
A de Nájera.-El Presidente del Aynnt-amient-0, Lic. José María Romo Gallardo.-EI
Secretario, Bernardino Perez.
.
489-40-3sm-6

TENEDURIA DE

LmROs.

Una persona que ha recorrido el Interior, dedicado á la enseñanza del hermoso sistema
de contabilidad por partida doble, cuyos conocimientos ha Jo~rado propagar con muy buen
éxito, se propone fijar su residencia en esta capital con el 1D1smo objeto. Garantiza su enseñanza, por honorarios convencionales, al alcance de las mas módicas fortunas, exhibidos
por una sola vez, y sea cual fuere el tiempo que el disc[pulo tarde en apre11der.
La misma persona se ocupará de hacer balances y liquidaciones de cuentas de comercio, de testamentarías y concursos, dentro y fuera de ~ poblacion.
llJZGADO 3? DNOR.-CALLE DE JESUS :MAlUA NUlL 7,
Las personas que gusten ocuparla, pueden ocurrir á la Administracion de este periódiIgnorándose el paradero de D. César Laus-Dey, por la presente se Je cita y ekplaza, co, Bajos de San Agustin núm. 8, en donde se les darán mas amplias instrucciones.
México, 12 de Julio de 1865.
•
para que en el término de ocho dias, contados desde la primera publicacion, comparezca
en este Juzgado, por si ó por medio do apoderado instruido y es pensado, á contestar la
INTERESANTE AL PUBLICO,
demanda que en juicio verbal sobre pa~o de sesenta pesos, le promueve D. Lorenzo Branca; ae~~cibido de que se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía, entendiéndose las deHabiéndose estraviado cuatro pagarés de ilesamortizacion, marcados con los números
mas d.i.Jigenciu con loe estrados del Juzgado, si no comparece.
3, 4, 5 y 6, con hipoteca especial de lacas\ núm. 1 de la calle de D. Juan Manuel; valor
México, Agosto 28 de 1865.-Mora/es.
539- 311-l
cada uno de noventa y cuatro pesos siete centavos, y firmados por D. Luis G. Sierra, se
suplica á la persona que se los baya encontrado ó se los hubieren enajenado, loe entregue
JUZGADO 1? DE LO CIVIL.
en el despacho del Sr. Bonilla, situado en la 3~ calle de San Francisco núm. 5 frente á la
El Sr. Juez 1? de lo civil, que Jo es de los autos seguidos por D. Juan llfanuel García, Profesa, en el entresuelo, donde se le gratificará sin averiguacion alguna. Advirtiéndose
en representacion de la Sra. D~ Tomasa Ilamirez de ZambFano con D. Juan Fuentes so- que se han dado todos los pasos judiciales que han sido necesarios para evitar el pago de
bre pesos, por el de veinticinco del corriente, mandó se bagan las publicaciones de las al- ellos, y perseguir criminalmente al detent-ador '1.e los mencionados vales. 534-3a-2
monedas para la venta de la casa conocida con el nombre de "Casa de la Sra. Zambrano"
sita en la Colonia da los Arquitectos, señalando los dias nuevo, veinte y treiiér,del entranFERIA DEL SALTILLO.
te Setiembre á las doce, siendo la última con calidad de remate. Y en cumplimiento de lo
La feria que anualmente se celebra en esta capital, tendrá lugar en el presento afio el
mandado pongo el presente, para que las personas que quieran hacer postura puedan ocur- dia 11 de Octubre próximo y terminará el 25 del mismo. En este tiempo habrá corridas
rir al despacho del que suscribe, donde se les ministrarán los datos necesarios: advirtien- de toros, y las demas diversiones de costumbre.
do que dicha casa fué valuada por el perito D. Bonito Lcon .Acosta en la cantidad de cuaEsta ciudad tiene las comodidades necesarias para alojar á la concurrencia, cuenta con
tro mil dosciento¡ setenta y dos pesos; y que las almonedas tendrán su verificativo en el víveres abundantes de primera necesidad, disfruta de un clima sano y benigno, está situaJ11zgado ci:ado.
da ventajosamente y en relaciones mercantiles con las principales plazas comerciales del
México, Agosto 28 de 1865.-Jssé Viu11to Piña.
540-3a-J
interior, especialmente con el puerto de Matamoros, Piedras Negras y demas puntos de la
frontera. Por lo mismo es de esperarse que la antigua y muy acreditada feria de esta ciuVENTA JUDICIAL
dad, que hoy se anuncia, se presente del modo mas favorable para c¡.ue el comercio y la
1!:l Sr. Juez 2~ de lo civil, Lie. D. Manuel Pavon, que lo es do los autos seguidos por industria tengan un brillante mercado donde hacer grandes y lucrativas especulaciones.
Este Ayuntamiento, de acuerdo con los Sres. Prefecto superior político del DepartaD. Luis Rivas contra el Lic. D. Pascasio Echeverría, sobre pesos, ha mandado que las almonedas que fnltnn para la venta de la casa nombrada la Escobillera ubicada frente á la mento y Comandant.e su~erior del mismo, ha dispuesto, que anticipadamente se sitúen en
igl&lt;'sia de la Caodelarita en la plazuela. de este nombre, valuada por los perito D. Luis los caminos fuerzas suficientes de caballería para proteger eficazmente á los concurrentes
Anzorena y D. Ventura Alcérreca en precio de un mil novecientos treinta y tres pesos en sus personas é intereses, é iguales medidas se adoptarán para dentro de la poblacion.
Los efectos nacionales y estranjeros que se introduzcan á esta plaza desde el 20 de Setengan lugar en su Juzgado sito en el Palacio de Jusfüia, los días dos y tres del entrant~
tiembre basta el 29 de Octubre, segun las disposiciones vigentes, serán libres d:1 derechos
Setiembre á las doce, siendo la última con calidad de remate.
~o que bago saber e~ cumplimiento de Jo prevenido y á fin de que las personas que de alcabala, co11 escepcion de los municipales, que se pagarán integros, con arreglo á la
q~1eran tomar mstrucc10nes, ocurran á la Secretaría del referido Juzgado donde so les mi- tarüa aprobada.
mstrarán las correspondientes.
Saltillo, Julio 25 de 1865.- El Presidente del Ayunt-amiento, PalJlo P. Ortega.-El Secretario del Ayuntamiento, J. Serapio Fragoso.
12a-3
México, Agosto 24 de 1865.-José Raz G11:111a11, EscribancJ público.
54 l-3a-1
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr: Juez 3? do lo ci~il, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de doce
del C?rnente, &amp;e proceda a la venta de la casa número cuatro de la la plazuela de Santo
Tomas y de los enseres do un molino de aceite y una iabrica de aguardiente qae en dicha
casa se encuentran, vnl~ados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. FraLcisco Cbavero, la, fin_ca en la c~ntidad de ocho m;il setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres
~e la fabr1c~ Y. ~olino en la de dos mil cien pesos; señalf ndo para las almonedas las mana~a~ del vemtic~nco del presente, y cinco y diez y siete del entrante, á las once, siendo
la ultima con calidad de remate.
.
Los enseres de la fábrica y ,mo~no mencionados, son los siguientes: los del molino, una
tahona cuya muela y taza estan cinchadas de fierro, con sus correspondientos palancas
para dos mulas¡ una rueda con banda de cuero que da mo ;imiento á nueve ruedas y ái·bolee, unos de madera y otros de fierro, y an molino de triturar aceituna.
El aparato de destilacion es de cobre forjado, con tubos de comunicncion del mismo
metal, una re~orta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubas de
madera con ?mchos ,de_ fierro, y otra mas grande anexa al aparato de destilacion.
_
' ~o que aviso al publico en cumplimiento de lo mandado, y para que las ~ersonas que
qu1er11!1 _hacer postora, ocurran II la hora señalada; en concepto de que las mstruccionee
que mm1~tran los autos, se darán en,el despacho del que suscribo, ubicado en los bajos de
1a casa num. 2 de la calle de la llloneda.
México, Julio 18 de 1865.-J. Rcy110s0, Escribano público.
463-1511-IG

DIVERSIONES PUBLICAS.

'

TEATRO IMPERIAL.
En la noche de hoy, á las !)Cho en punto, se ponen en escena tres zarzuelas intituladas,
la primera: En las astas del toro; la segunda: La isla de San Balandran, y la tercera: La
cola del Diablo.
!

TEATRO PRINCIPAL.
Maiínna comienzan las funciones del sétimo aboao, reservándoseles sus localidades á loa
Sres. abonados basta las seis de la tarde de ese día. La compañia empresaria está ensayando el drama nuevo intitulado: Los compañeros del silencio, estudiando la comedia nueva. de mágia denominada: La mulata de C6rdoba, para la cual se están construyendo los
enseres que necesita, y tambien está estudiando el drama nuevo, recientemente representado on Madrid con gran aceptacion, intitulado: Pobres y ricos.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJOS DE SAN AGUBTIN NUM,

1.

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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

IMPERIO

TOIIO 11.

MEXI0O: Lunes 28 de Agosto de 1865.
GABINETE DEL EMPERADOR.

NÚM. 198.

PARTE NO OFICIAL.

Se recuerda á las personas que dirija,1 solicitudes y comunicaciones de toda especie á S. M., la prevencion de que ponVWE DE S. M. EL EMP:.m&amp;DOR.
gan con claridad en ellas sus nombres y las señas de su resid~ncia, porque de otro modo no podrái1 recibir las contesta- Ayer se hallaba S. M. en Real del Monte visitando aquel JJ1ineral.
S. M. ha sido recibido en todas partes con grandes demostraciones
c10nes.
de júbilo, y los pueblos han salido, como siempre al camino, á saluSUMARIO

dar al Soberano con músicas, cohetes y aclamaciones.

_

PARTE OFI0IAL.-Acuerdo concediendo al Limosnero mayor, Sr. Ramlrez, que entren libres de dere•
j)hOS POO: Matamoros los libros y otros objetos destinados a las iglesia• de Montere¡r y Tamaullpas.-Varios
nombramientos en el Ministerio de Hacienda y en la Admlnistraclon general de coneos.-0rden del ~!inis•
terlo de Guerra sobre solicitudes deretiro.
OBRAS PUBLICAS,
PARTE NO OFI0IAL.-Viaje del Emperador.-Obras públicas. Comunlcaclon Importante del Director Direccion general de caminos y puentes.-M.éxico, Agosto 19 de 1865.general de caminos y puentes.-Fontanería de la ciudad. Avlso.-Correspondencla para el exterior. Aviso
~
delaAdmlnlstraclondecorreos.-AyuntamientodeMéxlco. Concluye laactadeldia4deJullo.
Muy señor mio: Por los adjuntos decretos se impondrá V. del nombramiento con que el Emperador se ha dignado honrn.rme y de las atribuciones
Italia y Espafia,
.
que S. M. ha creído conveniente señalar al Director general de caminos y
Noticias recientes tle Europa y los Estados-Unitlos.-Paries telcgl':\ficos de ayer.
puentes.
.
·
DENUNCIOS Y SOLICITUDES.-Viu-ios denuncios de minas.
Basta leer el primer artículo de esas atribuciones, para entrever el sinnúmero de dificultades que presentará su buen -desempeño y la inmensa responsabilidad
que traen consigo.
·
PARTE OFICIAL.
Me siento con el ánimo suficiente para luchar con esas dificultades, y la
responsabilidad no me arredra, dispuesto como estoy á consagrar tenaz y
MINISTERIO DE HACIENDA.
! t·.
concienzudamente todas mis fuerzas á la noble tarea que se me ha impues,,.
. SECCION 1~
to. Nada, sin embargo, podria conseguir, si me faltára la activa y leal cooS. M. el Emperador se ha servido dictar el acuerdo siguiente:
peracion de los señores Directores de las obras públicas del Imperio. He
CONCEDEMOS á Nuestro Limosnero mayor Fr. Francisco Ramirez, contado con esa activa y lea.l cooperacion al aceptar este empleo, y al tomar
que los objetos y libros que con destino á las iglesias de Monterey y posesion de él, vengo á recabar la de V.
Tamaulipas pidió á Europa el Reverendo 0bispo D. Francisco de A reserva de mayores esplicaciones quiero desde ahora manifestar á V.
cuáles son mis ideas ·y qué marcht. me piopongo si6u:1·, ccn .
Paula Verea y que deben importarse por la Aduana marítima de Ma- someramente
el objeto de que dirigiendo nuestros esfuerzos á un mismo fin, ellos no sean
tamoros, sean exceptuados de derechos, procediendo la propia ofici- estériles.
na al registro respectivo cuando fueren despachados.
Ante todo, diré á V. que me propongo no hacer variacion alguna, por ahoDado en México, á 21 de Agosto de 1865.
ra, en el personal de los Directores, con tal que á ello no me obligue el buen
MAXIMILIANO.
servicio.
.
Al Subsecretario de Hacienda.
El Consejo-superior de caminos y puentes que con esta fecha ha nombrado S. M., debe ocuparse desde luego del estudio de un reglamento para la
Es co'pia. México, Agosto 25 de 1865.
organizacion
definitiva de un Cuerpo de Ingenieros del Estado. Durante los
El Gefe director do la Soccion 1~,
tres 6 cuatro meses que se emplearán en este trabajo, los señores Ingenieros,
Javier ~e Reygadas.
· á quienes no tengo la honra de conocer, podrán acreditar su honradez, inte·
ligencia y actividad de manera á hacerse dignos de figurar en un Cuerpo,
GABINETE,
en el que solo han de tener cabida aquellos qu~ por su carácter, capacidad
· México, Agosto 26 de 1865.
y conducta irreprochable le den lustre y respetabilidad.
Para servir las plazas de meritorios de las Secciones de Giros mer- El des6rden consiguiente á tantos cambios de administracion, debia nececantiles y de fincas de la Recaudacion principal de contribuciones sariamente hacerse sentir en las obras que dependen del Gobierno. Ninguna
directas del Departamento del Valle de México, S. M. el Emperador construccion es eterna; el tiempo y el uso las deterioran; y si no se atiende
se ha servido nomhl:ar á D. Manuel Sagaseta y D. Silviano G. Vi- constantemente á su conservacion, llegan á ser muy pronto de ninguna uLilidad y hasta de un uso peligroso; esto es lo que desgraciadamente ha sucedaurri.
dido entre nosotros, de manera que, concretándome á los caminos, nuestro
primero y principal trabajo no debe consistir, por ahora, en proyectar vías
Por promocion de D. José Manuel Zozaya al empleo_de Oficial 5? nuevas, sino en reparar las que existen, poniéndolas cuanto antes en estado
de glosa de la Contaduría de la Administracion general de correos,- de contribuir al desarrollo de la riqueza y bienestar de fa nacion. Continuar
S.M. el Emperador ha tenido á bien nombrará D. José Maria Mar- en esta operacion el sistema adoptado hasta hoy, seria resignarse á seguir
tinez del Campo para la plaza de escribiente de la oficina del Guar- echando sumas considerables en un abismo sin fondo, á perder cuando menos un tiempo preciosísímo, con gran detrimc1,1to de los intereses mas vitales
da-almacenes de la Administracion principal de rentas del Departa- del
país, y esponerse á dejar frustradas las generosas y benéficas intenciomento del Valle de México.
nes de S.M.
Necesitamos hacer un esfuerzo supremo para sacar las obras públicas del
S.M. el Emperador se ha servido nombrar á:D. Francisco Arróyave mal paso en que se hallan sumidas, y, en general, creo que esto no podrá
conseguirse, si no es llamando en nuestro auxilio al interes individual; popara la plaza -de 2? meritorio de la Seccion 2~ de este Ministerio.
niendo en manos de compañías 6 de empresarios respetables la violenta reEl Gefo de la Seccion,
paracion de los caminos. A los Ingenieros del Estado tocará vigilar escru·
F. G. Jfu1'o,
pulosamente la ejecucion de las obras bajo la condicion y en los plazos estipulados.
MINISTERIO DE GUERRA.
Pero sin datos exactos no puede esperarse que se presenten contratistas
Dispone el Exmo. Sr. Ministro, que todos los militares que hu- de buena fé como los necesitamos, ni evitarse que el Gobierno en ciertos ca•
bieren presentado solicitudes de retiro á este Ministerio y que estén sos haga sacrificios muy superiores á. lo que fuere justo.
pendientes de resolucion 1 manifiesten por escrito á esta misma Se- Debemos, pues, ocuparnos en recoger esos datos; y, confiando en la eficacretaria si les conviene 6 no que se les despachen sus respectivas cia de V. le exijo que antes del 1~ de Noviembre próximo me envie una memoria descriptiva del camino que tiene á su carg_o, espresando en ella, con
instancias conforme á la nueva ley de retiros, expedida el 18 del grande
acopio de pormenores, cuanto sea necesano para que pueda comprencorriente.
derse exactamente el estado actual de la vía, de sus puentes y otras obras de
México, Agosto 26 de 1865.
arte, y lo que se tenga que hacer para espeditar cómodamente el tránsito en
El Subsecretario de Guerra,
cualquiera época del año. En el proyecto que V. forme no dejará á.la calzada
J. M. ])w·án.
sino 7 metros de ancho, cargándola á un lado del actual, de manera á dejar

�202

DIARIO DEL IMPERIO.

'

libr0 para el tránsito, en las secas, todo el ancho que hoy tiene. En donde merará en que se ejecuten brevemente todos los que se necesitan para que el
.
los materiales y la mano de obra sean relativamente mas baratos, se proyec- tránsito esté siempre espedito.
Ruego á V. igualmente excite el estímulo de sus sobrestantes, capataces y
yectarán calzadas del sistema de Mac-Adam ú otro parecido; en donde haya
fuertes pendientes, espuestas á deslavarse prontamente cof1 la rápida acuwn- operarios, haciendo una clasificacion de ellos segun sus méritos; dejando enlacion de las aguas, se hará uso de empedrado tosco, á menos qr.e la piedra trever á los mas dignos la esperanza de obtenei' una colocacion segura y
salga muy cara; y no olvidando que ante todas cosas, y aun en las mejores honrosa, como conductores en la nueva organizacion que se va á dar al Cuercalzadas, debe procurarse que las aguas no se queden esti.i1r ~ as sino que po, y el temor de ser irremediablemente despedidos á los que no se acreditengan una salida fácil é inmediata hácia los desagües natura1es del terreno. ten de honrados, diligentes y laboriosos.
Sírvase V. acusarme inmediatamente recibo de esta circular.
Las obras de arte se proyectarán del material mas barato, aunquP. sea lamaSoy de V. atento y seguro servidor.-El Director general de caminos y
dera, con tal que presenten la suficiente solidez y que duren siquiera siete
puentes,
S. Mendez.-Sr. Director del camino de. . . .
·
años.
Solo hasta una legua de distancia, partiendo de las grandes poblaciones,
NoTA.-En las partes del perfil longitudinal en que haya diferencias de
conservará V. á las calzadas el ancho que tienen actualmente.
En la memoria consignará V. cuantos datos estadísticos haya podido re- nivel de mas de 1,000 metros entre puntos situados ámenos de 10,000 mecoger sobre el número y clase el\, los vehículos y animales que transitan tros de distancia, se podrá adoptar la escala de g0~ , separando con rayas
anualmente el camino, y el peso de su cargamento; la clase y precio medio verticales los espacios en dono.e se haga uso de esta escala.
de los materiales y la distancia de los lugares de estraccion á los lugares
donde han de emplearse; la facilidad de procurarse operarios; en una palaFONTANERIA DE LA ClUDAD.
bra, lo repito, cuanto pueda ser útil á un contratista para hacerse cargo del
El señor Regidor, comisionado del ramo de aguas, me ordena avise al púnegocio, ó á esta Dirección para disponer los fondos que sean necesarios á blico que, habiendo dispuesto el señor Prefecto Municipal trasladar el tubo
fin de ejecutar las obras por administracion.
surtidor de agua llamado de la Merced del punto en que hoy se encuentra, á
Puede suceder que el camino se halle en tal estado, que b longitud del un encajonado de mampostería debajo de la banqueta en el trayecto qe 1:1. seque V. tiene á su cargo sea eKcesiva para poderlo atender c_on la debida efi- gunda calle de Mesones; y necesitándose para!esta reforma cortar el agua que
cacia. Ruego á V. me haga francamente sobre esto sus reflexiones, apoyán- por el mencionado tubo cursa, los mercedados que de él reciben agua, surtan
dolas en buenas y fundadas razones. .
sus depósitos suficientemente el día de hoy.
A la memoria de que venimos hablando, acompañará V. un itinerario que
México, Agosto 28 de 1865.-José Fernando Roséll.
se formará del modo siguiente: en una tira de papel de 50 centímetros de
ancho, pegado en lienzo y enrollado en un cilindro de madera de dos centíCORRESPONDENCIA PARA EL EXTERIOR.
metros de diámentro.
En esta tira de papel se hará una primera separacion de 30 centímetros
La 4dministracion general de Correos, publica el siguiente aviso:
de largo, en la que vendrán inscritos: el nombre del Departamento ó DeparEl dia 29 del presente, á las diez de la mañana, se despacha de esta Adtamentos que el camino recorre y la longitüd que tiene en cada uno de ellos, ministracion general un extraordinario para Veracruz con la correspondenlas poblaciones, haciendas, etc., que hacen uso de él, y ·una explicacion de cia que ha de conducir á Europa el vapor, '' Paquete Inglés." Lo que se parlos objetos que constan en el itinerario, con los signos que en él los repre- ticipa al público para su inteligencia y fines correspondientes.
sentan.
México, Agosto 26 de 1865.-Luis de la Peza.
Despues. de esta separacion, la tira se dividirá en tres zonas por'medio de
dos líneas negras horizontales. ·
AYUNTAMIENTO DE l'IIEXICO.
La zona superior tendrá 20 centímetros de ancho y contendrá el perfil longitudinal del camino, y los perfiles trasversales en número suficiente para
[ Concluye la acta del dia 4 de Julio.]
hacer bien comprender el estado de la calzada y las reformas que requiere.
Se dió cuenta con los siguientes dictámene~:
La zona de en medio tendrá 10 centímetros de ancho y contendrá el plano
Del Sr. Ibanola, sobre la consulta hecha por el Ayuntamiento de la Villa
del camino desarrollado en línea recta.
de Tacubaya, relativa á la cantidad de agua que puede caber en un tubo coLa tercera zona tendrá 20 centímetros de ancho y contendrá cróquis tan mo el que acompañó. El Sr. Ibarrola manifiesta en este informe, que no le
exactos como sea posible, de los puentes y otras obras de arte, con un aná- es posible determinar la cantidad de agua de que se trata, no teniendo más
lisis sucinto de su sistema de construccion actual ó proyectada, y de las re- dato que el diámetro del tubo, pues para calcularla seria indispensable vaparaciones que requieran.
lorizar otras muchas circunstancias que no puede conocer, y concluye pidienEn el perfil longitudinal so inscribirán las cotas extremas de las pendien- do se inserte su informe c.9mo una contestacion á la Prefectura política.tes referidas á·un plano de comparacion, pasando por la extremidad del ca- Con dispensa de trámites quedó aprobado.
mino la mas cercana á la capital del Imperio, ó al nivel del mar si fuere
De la Junta de Hacienda, en que acuerda se cite á los acreedores de créposible.
ditos reconocidos, para el lúnes 10 del actual, á las doce del dia, en la Sala
Capitular del Exmo. Ayuntamiento, para el remate de la suma reunida, enLa longitud de las pendientes y su inclinacion por metró.
tre los que ofrezcan mayor rebaja.-Con dispensa de trámites quedó aproLir situacion de las obras de arte y sus nombres.
En fin, la formacion geológica del suelo.
bado.
Del Sr. regidor Gomez, comisionado de instruccion pública, en el expeEn los perfiles trasversales se indicará la naturaleza y composicion de las diente sobre peticion que hace D. Antonio Orozco y Buytrago, para que se
calzadas, su ancho actual y su ancho proyectado.
le examine y se le expida el título de profesor de instruccion primaria, y cuEl ancho y la inclinacion de las banquetas ó acotamientos si los hubiere. yo dict&amp;nen concluye con la siguiente proposicion:
La inclinacion de los taludes y las dimension~s de los fosos actuales ó
"Expídase el título de profesor de primeras letras á D. Antonio Orozco
proyectados.
y Buytrago.-Con dispensa de trámites quedó aprobado.
En el Plano del camino se indicará con rayas especiales, con signos ó con
De la Junta de Hacienda, en el expediente sobre pago que pide D. Cenotítulos:
.
bio Romero, como esposo de D~ Paula Sobrevilla, de lo que dice se le quedó debiendo por carnes que ministró al Hospicio de Pobres. En el mencio· Las aristas de las banquetas, acotamientos y fosos.
nado dictámen la. Comision de Hacienda resuelve: que tomada razon del en·
Los limites del camino.
dose de la mlSma cuenta que reclama el interesado, así como de su pago, se
La naturaleza de la calzada ó las partes en donde no la hay.
notifique á-D. Cenobio Romero entere en la tesor.eríamunicipal, la cantidad
Los puentes y otras obras de arte.
de veinticinco pesos de multa por la mala fé con que pretende cobrar dos
Los postes miliarios ó kilométricos que existan.
veces una rr...isma suma.-Dispensados los trámites quedó aprobado.
Los ángulos formados por el eje del camino.
. De la Comision de aguas, en el ocurso de D. José Canales, sobre que se
Los caminos trasversales de las poblaciones, haciendas, etc.
le conceda media merced de agua para la casa número 2 de la calle de las
Las construcciones aisladas.
Rejas de San Gerónimo, y cuyo dictámen concluye con la siguiente propoLos cortes y fachadas de los puentes y otras obras de arte existentes ó pro- sicion:
"Unica. Coµcédase á D. José Canales la medin. merced de agua que soliyectadas, tendrán las cotas necesarias y notas explicativas sobre su construccion, sistema de cimientos, clase de terreno en que están construidas, época cita, para su casa número 2 de la calle de San Gerónimo, con entera sujede su construccion y última reparacion, y los materiales que pueden em- cion á las Ordenanzas del ramo."-Quedó aprobada con dispensa de trámites.
plearse para repararlas ó construirlas de nuevo.
Con un oficio que por encargo del señor regidor comisionado de aguas,
. Las ~bras existentes se dibujarán con tinta negra, y las proyectadas con
leyó el secretario, y en cuyo oficio el Sr. D. Cayetano Lopez y Perez, como
tmta roJa.
apoderado de D~ Luisa Arce, pide se mande cortar la agua que para la casa
Las escalas que se usarán ~n los itinerarios serán las siguientes:
número 25 de la calle de Tacuba, pidió D. Pedro Petterson, por disfrutar es~ro~1i"li para las longitudes en el plano y en el perfil longitudinal.
ta finca de agua propia.-Se acordó que la Secretaría informe al Sr. Jáure1-¡/00 para las alturas del perfil longitudinal.
gui para que abra dictámen.
Con otro dictámen del señor síndico 2\ relativa á la denuncia que hace
5 ~ 0 para las anchuras en el plano.
;rh para los perfiles trasversales.
D. Andrés Scotto, de ·hallarse en estado de ruina la éasa número 12 del
Cuadrante de Santa Catarina Martir, y pide se exija al propietario la repo1 ¼o para los puentes y otras obras de arte que tengan menos de 10 metros de largo.
sicion de dicha casa. En este dictámen, el señor síndico 2~ pide que pase el
Para las obras de arte de mayor dimension, se adoptará la escaln. conve- expediente á la Direccion de obras públicas, para que emita su opinion.Se mandó pasará la Direccion de obras públicas para que informe.
veniente para hacerlas caber en el papel.
Con otro del propio señor síndico 2?, relativo á la denuncia que la ComiLos itinerarios vendrán fechados y firmados por los señores Directores.
Desde 9 de Febrero último se le tiene pedido á V. el planr general del saría hace de haberse desplomado un techo en la casa número 4 de la calle
camino que dirige, y como no lo ha enviado V. todavía., teng&lt;' 1ue exigírselo de la Mariscala. El señor síndico 2? resuelve, con el fundamento de las leyes 10 y 11, tít. 32, part. 3\ que se proceda á cerrar la casa número 4 de
otra vez, y espero que ésta no será en vano.
·
No puedo terminar sin decir á V. que el trabajo que ahora se le pide, no la calle de la Mariscala,. no permitiendo á ningun vecino que la habite hasta
debe sei: cau~a de que desatienda los que para la reparacion ó conservacion que no esté reedificada y preste la..~ seguridades debidas.-Quedó de primedel cammo tiene actualmente entre manos. Espero, al contrario, que se es- ra lectura.

.

•

DIARIO DEL IMPERIO.

203.

Con un dictámen del Director de obras públicas sobre el
tado por D v E G .1 ºd' d J
,
ocurso presentelégrafo A~lántico se ha malogrado: el cable se rompió- desde el dia .2
• • • ~•up1 , p1 ien o a venta del terreno que se halla entre e_n El
_cuya
fecha habia colocadas 1,200 millas de él: no ha vuelto ' t
:
1a f:achada de la Iglesia de San Bernardo y se marque el al'
· t El
de la expedicion.
a enerse no
.
d b
, •
.
'
111cam1en
D 1rector
e o ras publicas mamfiesta que practicado el r
· t o. ◄ t1c1as
línea de vapores americanos de Nueva-York á Veracruz deia d t ·.
lorizadas las doscientas cuarenta vara~ cuadradas que for~~~ea;ntien ·o Y dva- en L~
Sisal desde este viaje. ·
, J e oca1
nunciado
por
el
S
G
·1
d
e
erreno
e·
.
r • oup1 , segun emarcan las disposiciones vi rentes sobre
precio del terreno, resulta la cantidad de tres mil seisc'iento
g
A
· d 1 S - P ,.
M ··
s pesos.- moEl P
t · lé fi
c:on e 1ex_or rei~cto ummpal, acordó el Cabildo que podría venderse
- aque e mg s onde6 tam bien en Veracruz ayer á las ocho de
sm que, e yuntamiento se obligase á la eviccion y saneamiento ni tomase la manana. En él lleg6 el Sr. Shaffer, que salió ayer mismo para essobre s_i otra responsabilidad.
'
· ta capital en el tren de ]as 2. No carecen d ·
.
.
.
te d.¡f Juentaocon los siguient~s ocurs?s:
~ias que contiene el siguiente parte telegrálc~~po1tanc1a las notie , . uan rozco, en que pide media merced de ao-ua delgada para su
·
casi:nrr:ero 9, de la_ calle de San Lorenzo,-:-Pasó á la Comision de aiu~s.
Paria 31 de Julio de 1865.
t
. . ~ana Solis de Morales, en que pide se le manden pao-ar trescienLa correspondencia de fines de Junio ha lleo-ado ayer
os m~cuen a Y tres peso~ q~e se quedaron debiendo á su finadg esposo coEl Emperador Napoleon está en Plombier~ toma d0 · 1
1
ffa ~~!1!~~nd~~ ~~~~!e~miento del Tecpan de Santiago.-Se mandó p~sar~ peratrizáest~ ~n Fotaine~leau _con el Príncipe Jmperi:1. c::i ~~~:'i~s 1
D D F
n a.
tras est n vmJaudo con licencia. Las elecciones munici al 1 h
d
d
erando P. Pontones, en que pide en arrendamiento media mer- Gobierno en toda Francia
p, es as a gana .º el
ee C e ~ua- delgada para la casa número 5 de la calle del Factor.-Pasó á
L~ Reina de España ha· reconocido al fin el reino de Italia El s, Ull
l a om1s10n e aguas.
ha sido nombrado Ministr d E •
·
I.
oa
De Dª Jacoba Salamanca, en que pide se le· señale d'
. fi. 1 , Madrid.
o e spana en Florencia, y el Sr. Tagliacarue en
men di Ordenanza -S
d,
.á1 C . .
I~ pma sn rn e exaEl 1
De D M .·
·o
Mn o pasar a omis10n de mstruccion pública.
e ero en general ha repre~ntado contra este reconocimiento
para el bañoª~:~~ caileed r~n.tn~, en q~ s~li~ita una ~erced de agua NA -~nes de Agosto h~br~ una entrevista entre la Reina y el Emperador
De D Man 1 M F e ad er a an.a.- . a_so a la Comis10n de aguas.
B.ªPº. eon en la:3 provmcias Vascongadas, y despues vendrá la Reina ,
.
udeó • · ernan ez, en que solicita la plaza de fotóo-rafo de ca'i·- 1arr1tz.
ª
1es - Se man pasar ' I C · · d H ·
ce
"'
·
El
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fiar ~misionado de cárceªlesª omision e acienda, previo informe del se- G t mperador de Austria y el Rey de Prusia tendrán una entrevista en
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.
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pa~º :~~:~nlºs~!~:t~~~ª1:~nd6~eyd;:d~;e;!ªiasetarldeevanNtó la ~ets_ion públilc_a en ~~~):~!~!ºa liberal ha tenido mayorí~ en las (}lecciones para el Parlamento
. 1 s
C.
. o as1s ieron con 1.
cCenma, tos Fres. anas, Villanueva y Rul. Por estar en comisi-on los Sres
El apa está en Castel-Gandolfo
ervan es, ernandez de J áuregui y Rascan·
·
· 1 S '
· -El cóle h
'd
J
·
Labat Rincon Hoppe Barreiro Rey , H~dylsm avT1so os res. Galindo, b lt
ra a aparec1 o en erusalem, Alejandría, Ancona Valencia y GiE ' . M' . '
, es e 1 a go y eran.
ra ar.
,
,
Ayu~ii:~:~to etco,J.AT.gosl)toál!Jlde 1865.-El Secretario general del Exmo.
La Archi~uquesa Sophia se ha trasladado á Ischl. En Ischl hubo fi
' ic. . . va os.
que destruro por valor de 500,000 pesos.
un uego
-•-•El Archiduque Luis. Víctor ha sido ascendido á Mayor General
Se ha cerrado el. Reis~hmatk el 27 de Julio.
·
ITALIA Y ESPdA.
MR~y. de ~rusia esJa en Gastein con Mr. Bismarck y Mr. Mantenftel
m1ster10 no esta completo todavía.
·
El anuncio del reconocimiento del reino de Italia hecho po l
- general_O'Donnell en las Cortes, produjo gran sensaci~n en Esp:ñ:
El partido de los que allí se llaman neo-católicos, se enfureci6 e~
DENUNCIOS Y SOLICITUDES
gran manera, y habl6 en las Cortes contra ~l proyecto por boca de
.ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO,
sus 6rgan?s. D?ªª elocuen~~s .. El cardenal de la Puente, arzobis O de
Burgos, dmg16 _un:i,. expos1c1on á la reina contra el reconocimknto
(PRIMERA PUBLICACION.)
y presen~ó su d1m1s10n de ayo del príncipe de Asturias. Su e·em l~
•
México, Agosto 25 de 1865
fué seguido por otros muchos obispos, que tambien repres1ntafon
Don Rafael Murguía y socios han hecho fi r 1 d
.
.
~o;tr~. el proyecto. _Todo esto produjo una especie de crfsis, y llegó oro que se encuentra al Ol'ientc de San Jua~ ~~ác enunc;o/e un_placer de
ecnse qu~ el gabmete O'Donne!l no podría sostenerse; mas arec_e que á últimas fechas ª~~ella ag1tacion se había calmado: la ~imi- ~1!~ªe~i\:!./:~/:~:Í~!~uz~a~;1~u r~t:!~i~~i~:1;:tduf:~i:rralis~at:: 1e:o~:~
·
'
e cinco eguas sobre el
s~on del cardenal fué admitida, y el reconocimiento del reino de !ta- mismo rio.
ha era un hecho consumado. D. Augusto de Ulloa h b' ·d
b d
· ·t d E
a 1a si o nom- y hirbiéndose admitido el denuncio con fecha 24 d 1
~a º. ~ums ro e spaña en Florencia, y se dice que el eneral lu~ar en derecho, sin perjuicio de tercero y conform: !1tua~ cuanto ha
as r enanzas, se
C1aldi~1 r~presentaria. la Italia en Madrid. Hé aquí algunos p~ fi avisa al público, para que si alguna ersona
de pen6dicos de aquella capital.
rra os nerse lo deduzca ant~ la Prefectur~ ~e Morer: e~cue~tra c~n derech_o ~ opoSubsecretario de Fomento, Manuel Orozco y Berr~~ien se e comumco.-EI
La Política dice:

~t

e¡

. El re~onocimieuto de Italia es un hecho consumad'o con la aceptacion ó
(TERCERA PIIBLICACION.)
avenencia de la Santa Sede
~sta importa~tísima notícia, recibida hoy en Madrid por telégrafo e~ la
D ,
México, Junio 25 de 1865
mb_eJordconBtestacwn que podemos dará la proclama del señor cardenal' arzo- dap. CarlCos de_Roggenbach, en representacion de D. Luis Debrauz de.Sal
iko e urgos.
enna, onseJero de S. M. el Emperador d A t.· d D
.
~ Ennque Plon,
t t s~eramhos que ni Su Emin~ncia, ni los Sres. Aparici, Nocedal y Claros propietario é impresor de S. M. el Em eradir dus
Eduarra ar n a ora de ser mas-papistas que el Papa.
' d~ la Forge, agente de cambio de Leo/ ha h he fir~nc1a, y de
mmas llamadas Santa Juliana y el R ' .
ecl o1mal denunc10 de las
Lo mismo dice la Correspondencia, si bien con algunas adiciones: hui ~t:¡~~o~! ~ume~·tr'edro, a' duna le~::~~~ia:~ede 1!~f:1:~~:t1e~~sC~t~::
1 J o e1 enunc10 con fecha 23 d 1
..·
~feas pala?r~s bastarán á desvanecer y hacer ociosas ciertas opiniones
ha lugar en derecho sin
. 1. . d
e coiuente,
en cuanto
. 1:econoc1mie~to de Italia, segun nuestras noticias es un hecho Las ~e
se
avisa
al
público
para
i~~i;i::~~e~El
s°bnfor~e
~-las
Ordenanzas,
fa1~iacwnes para f1cho reconocimiento se han entablado hace ya di~ y sol~ Manuel Orozco.
·
u secretauo de Fomento,
ma~:.para comp etar la negociacion algunas fórmulas que exige 1~ diplo-

Fia;

.

D

J?.

Jt~~

AVISOS OFICIALES.
Tod~ esto parece confirmado por el siguiente despacho telegráfico:
Madrid, 14 d1J Julio por la t ·d -S h l b
sejo en el palacio de S~n lldefo:;/·La r:inªa ~aea;::t:~~n 1!~po~t~nt\ cohnMINISTERIO DE F.STADO.
por el cardenal Puente del car d
., .
1m1s10n ec a
rias, cargo que ha sido' suprim~ºo. e ayo ec1es1ast1co del príncipe de Astu.
.. AUDIENCIAS MINISTERIALES.
. &lt;;Juer10ndo conc1har el mejor servicio con la r l .d d
,
.
La reina ha aprobado el nombramiento del S U
d1c10n de los negocios de las SecretRrías del D egu
Ybuen orden queex1gelaespeEspaña en Floi·encia.
r. lloa para ministro de tros,
con autorizacion de s M o! E
if
o. _a _acordlldo el Couscjo de .MinisJ~ El Mmistro de Ne o~i&lt;,s Est ~pern or, 88 spos1c1ones sigu.itintes:
La corte saldrá para Zarauz, á fines de mes.
de diez á once de Ja mañ~na.
ranJeros, encargado del de Estado, dará audiencia diaria
Han cesado los rumores de crísis ministerial.
0

e?i:n:

-El~¡ de~: Instruc¿io~s
Ji:t!~f:ºf n, ,todos I~~ días, de ~os á tres de la t&amp;rde.
l~bri~m1ercoles y v1érnes¡ de tres á ouutro de la tarde:

El de Guerra ¡08 &amp;nes r, Cu\tos, d~ once a doce de 111 mañana, diari11mRnte.
El de Fomento todo 1• ~~reo 3s Y viérn~s, de doce á una de la tarde.
El Subsecretario l s os. ias, e las dos a las tres de la tarde.
Ayer,
á
las
seis
y
media
de
la
mañana
lleg6
á
Ve
l
&lt;e Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á la una
:
M
'
racruz e vapor del dia.
amencano '' anhattan," procedente de Nueva-York La
t· ·
Las
personas
serán
re c1"bºd
.
. es no ICiaS de rangos.
1 as en e16rdf' II con quo se hayan presentado, sin clistincion
que .por él se h~~ rec1'bºd
1 o, son importantes. Hé aquí las que hasta
es 2~ 19.u~ quisiere ser oido en audiencia particular, deberá pedirla, 0 •
.
a bora ha trasm1t1do el telégrafo:
d q~e a, m&lt;licaodo el asunto. Si no concurriere con exactitucl á ¡ h p r medio do una
a ora que se le hubiere
El1ás ~~ntativas de e~igracion americana han fracasado completamente es~gnado, no se Je recibirá.
0
que quisieren saber el estado que guardan sus negoci·os dº .. , 1
ier~o de Waslnngton ha dado nuevas seguridades de que conservari Ofc·i "L1adse persteonag
par s.
, se mg1ran a
:: Errahdad. La~ expedicio~e~ filibusteras s~rán reprimidas enérgicamen- 4~ _S? recomienda á las personas quo concurran á la a· ·
au iencm, que sean breves en la
. . ge~eral ~h~ndan ha recibido órden de licenciar las tro as ue 110 ne- espos1cion de sus negocios.
5~ Los Ministros no reciben visitas eu su de
h ·
cesite, deJando umcame1~te las indispensables en el Estado dfTejis.
goc1os oficiales.
epac o, m tratan en su habitacion los neNOTICIAS RECIENTES DE EUROPA y DE LOS F.STADOS-UNIDOS.

f

0

�204

DIARIO DEL IMPERIO.
AVISOS PARTICULARES.

6~ A fin de estirpa.r la costumbre tau perniciosa. al buen servicio como al decoro del
Gobierno, con que se molesta y ofende á los Ministros, ya moviéndoles influjos para el despacho de los negocios, ya distrayéndolos oon los que no pe rtenecon á su resorte, so advierte á los interesados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que
OJO AL AVISO.
S. M. ha prohibido espresamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingerenEu la calle de las EscnleriJlns núm. 7 se traspasa un almacen 6 accesoria., arreglada. con
cia en negocios estrnñoa á su ramo.
6
7! Una copia de este acuerdo se conservat·á permanentemente én la entrada de los Mi- mejoras hechas últimamente; local á propósito para establecer cualquiera clase de negociacion, porque ademas de tener dos entradas y todas las comodidades que se requieren,
nisterios.
·
el establecimiento es amplio, de modo que el que desee establecerse ventajosamente pueMéxico, 8 do Agosto de 1865.
de pnsar á tratar con el dueño en la misma calle y número referido á cualquiera hori del
dia, no siendo de once á una.
4
MINISTERIO DE GUERRA.
5~ DIRECCION.
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
Conforme á lo dispuesto en suprema 6rden, debe procederse á la compra de caballos
para el ejército; Jo que se participa á las personas qua los tengan, á efecto de que ocurran
COMPARIA DE SEGU.ROS DE GLA.DBACH.
á la Comision de remonta, que se reunirá en esta Direccion todos loa dina, de las diez á
Capital de fondo...... •• • • . • • • . • • 3,000,000 pesos Pl'1!-8WIOS,
las doce do la mañana; en concepto de quo los caballos deberán tener de cinco ÍI nueve
años de edad, y por lo menos un metro cuarenta y seis centímetros de alzada.
CoMPARIA DE SEGUROS DE BAsILEA (BABEL).
Por órden del Exmo. Sr. Ministro,
Capital de fondo...... •• • • • • . •• • • • • •• • . 10,000,000 francos.
El Intendente de ejército, Gafe de la 5~ Direccion,
3a-3
Francisco Montero.
Se asegura.u muebles é inmuebles á premies moderados, y se darán todos los informes
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENClA GENERAL de Estas Compañias,
.
AVISO.
400-lSOs--45
Para conocimiento de las personas que tengan asuntos en e) Ministerio de Fomento, se calle de San Bernardo núm. 3.
participa que esta Secretaría se ha trasladado ÍI la casa del Correo, habitacion alta de la
GRAN FERIA EN SAN JUAN DE LOS LAGOS.
izquierda, subiendo la escalera.
.
lO!l-2
El Ilustre Ayuntamiento de esta villa, de acuerdo con el Sr. Prefecto departamental,
tiene la satisfaccion de participar á sus conciudadanos, y muy particularmente al. comercio
1UZGADO 6~ DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEOOCIOS DE HACIENDA.
En los autos formados sobre el concurso de D. Antonio Prieto, ha pedido el señor agen- en general, que desdo el día l '.' hasta el dia 12 del mes de Diciembre próximo, se celebrará
te de la Hacienda pública, Lic. D. Te6filo Fonseca, se cite por los periódicos al represen- la feria acostumbrada; á cuyo efecto se dictarán por quien corresponda, de un modo espetante de la testamentaría ó intestado de dicho Sr. Prieto, así como al representante de la cial, todas las medidas necesarias para proteger la se&amp;urida.d y órden que reclama el nutestamentaría de D~ María Ignacia Cacho, por ignorarse quiénes sean, para hacerl.is sa- meroso concurso de personas y mercancías que tiene mgar en la mencionada feria.
Loa pedidos de almacenes y otras localidades que los comerciantes han estado hacienber la radicacion de dichos autos en este Juzgado, al cargo del Sr. Lic. D. Jor&amp;e Perca,
do, indican desde ahora que el movimiento mercantil será, como otros añ~s, el mayor que
y se le entreguen para promover lo conve11iente.
Y habiendo mandado dicho Sr. Juez de conformidad, por autó de 21 del pasado Junio, se verifica en toda la. nacion.
San Juan de los Lagos, Julio de 1865.-Subprefecto político y Comandante superior,
se los hago saber por medio del presente, en cumplimiento del auto citado.
.A de Nájera.-EI Presidente del Ayuntamiento, Lic. José María Rtmto Gallardo.-EI
México, Agosto 4 de 1865.-El Secretario del Juzgado 5'.', Mateo Portugal. 15a-7
Secretario, Bcrnardino Pcrez.
489--40-3sm-5
En los autos que se siguen en este Juzgado sobre la denuncia '{UC hace D. José María
TENEDURIA DE LIBROS.
Lora.nea, de la casa mím. 1 de la calle del Puente de Santo Tomas, como mostrenca, el
Sr. Juez 5'.' de lo civil, Lic. D. Jorge Perca, ha mandado por auto de 22 del próximo pa- . Una persona que ha recorrido el Interior, dedicado á la enseñanza del hc11noso sistema
sado Julio, se convoque á las personas que se crean con der0cho á dicha casa, para que se de contabilidad por partida doble, cuyos conocimientos ha lo~rado propagar con muy buen
presenten á deducirlo ante este J utgado en el término de catorce meses, contados desde éxito, se propone fijar su residencia en esta capital con el llllsmo objeto. Garantiza su enseñanza, por honorarios convencionales, al alcance de las mns módicas fortunas, exhibidos
esta fecha.
Lo qne se les hace saber por medio del presente, en cumplimiento de lo mandado por por una. sola vez, y sea cual fuere el tiempo que el discipulo tarde en aprender.
La misma persona se ocupará de hacer balances y liquidaciones de cuentas de comer•
dicho auto.
eio, de testamentarías y concurses, dentro y fuera de J,a poblacion.
México, Agosto 1 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Mateo Portvgal.
sm.
Las personas que gusten ocuparla, pueden ocurrir á la Administracion de este pe1i6dico, Bajos de San Agustín núm. 8, en donde se les darán mns amplias instrucciones.
México, 12 de Julio de 1865.

AVISOS JUDICIALES.

--------------------¡ATENCION!

En la calle de las Escalerillas,junto al núm.14. se vende la prodigiosa POMADA ORIEN•
LCONVOCATORIA.
TAL, que sin charlatanería, es la única para hacer nacer, crecer y hermosear el pelo; ase•
El Sr. Juez 1~ sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D~ Lean- gura.ndo' que la peri.ona mas escasa de P), á las doce veces de usar esa pomada, ver~ su

dra Degollado, h&amp; prevenido en auto de siete del presente, ,¡ue se convoque por edictos y cabeza cubierta con un cabello fino y abundante.
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
345-40-25
Precio del pomo, dos pesos.
ta&lt;lo, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí 6 por personas suficientemente autorizadas¡ bajo el apercibimiento, si no lo h.cieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el present~ aviso para que llegue á noticia de
AGUA ELECTRICA,
quienes importe, en Gnanajuato, á nneve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Se acabaron las ca,ias, ya no ?Jale 11ada el cosmético.-Destruccion de todas las enfermedaMiguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-59
des, como la enfermedad de las reumas, etc., etc., etc.
1UZGADO DE LETRAS DEL PAB.TIDO DE CELAYA.
Establecimiento de productos químicos y Galería de retratos fotográficos,
En los autos de intestado de Mr. Emilio Ferrat, súbdito frances, que falleció en esta ciu1~ ca.lle de Santo Domingo núm. 2, piso principal.
dad, en fines de Junio anterior, ha mandado el Sr. Juez de letras, Lic. D. A. Madrid, por
El que suscribe tiene el honor de anunciar 1;l respetable público de este Imperio, varios
aut-0 fecha 16 del corriente, se convoque á los parientes y acreedores del finado que se crean
con derecho, para que se presenten con sus justificantes, ante el Juzgado de letras de este efectos químicos útiles para algunas enfermedades, y la siB rival AGUA ELECTRICA para
Partido en el término de diez meses, contados desde el dia de la publicacion en los perió- teñir las canas.
dicos de la Corte de México, ÍI deducir el que les asista; bajo el concepto de que si no lo
La AGUA ELECTlUCA sirve para teñir el pelo de un negro azabache que lo hermosea,
verificaren, les parará el perjuicio á que habiere lugar, y se aplicarán dichos bienes á los por muy desigual que sea su color, y tiene las cualidades de qne no mancha. el cútis como
objetos que determina la ley.
la tintura francesa, ni se pone verde como la tintura del Norte de Batchelor.
Celaya, Agosto 17 de 1865.- El Escribano público, Ramon Reynoso.
3a-2
Se garantiza la teñida de una barba 6 cabellera por cinco meses, por el ínfimo precio
de cinco pesos que cuestim los tres pomitos, y por una docena 48 pesos.
1UZGADO 3~ DE LO CIVIL.
484-15a.-!J
JACOBO ÁLIMENTO,
Palacio de Justicia.
En los autos que ha segu.ido el Lic. D. Manuel Vala.y, como apoderado de D. Cárlos
IMPORTANTE.
Niesth, contr&amp; D. Agustín Godoy, sobre pesos, que comenzaron en el año de 1862 solici•
Se halla pendiente un litigio sobre la propiedad de las fincas que fueron de D. José
tando en aquella época la parte del actor, que el demandado concurriera á reconocer Gregor10 Soto, denominadas Totolquexco y San Diego Apatlahuaya, en jurisdiccion de
unos documentos, ha presentado dicho Lic. Valay un escrito al Juzga.do 3'.' de lo civil que Hnamantla y Tlaxcala, de que actualmente es tenedora D~ Jacoba Ocotlnn Corona do
es hoy á cargo del Sr. Lic. D. José M. Cordero, Y,idiendo se radiquen en él los referidos Sanchez, y aun se me ha nombra.do interventor general de todos los bienes, de órden suautos, y se haga saber la radica.cion por los periodi.cos al espresado Sr. Godoy para pro- perior, pues dichas fincas pertenecen realmente á una fundacion de beneficencia. Lo que
mover lo conveniente, á lo cual se proveyó el auto que sigue: "Mélico, Agosto 17 de a.viso al público, para que cualquiera persona que intente contratar sobre ellas, sea en via
1865.-Como lo pide, haciéndose las debidas publicaciones por el Diario Oficial. Lo pro- do compra, arrendamiento, ó de cualquiera otro modo, esté advertida do 111 nulidad qne
veyó y firmó el Sr. Juez. Doy fe.-Cordero.-Islas y Bustama11te.
lleva consigo el contrato, como de cosa litigiosa, cuya nulidad prot~ato hacer valer en toY en cumplimiento de lo mandado se hace saber al repetido D. Agustín Godoy; que los do tiempo p:&gt;r los medios le~ales; y para que na.die pueda alegar buena fe a.cerca. de este
autos de que se trata se haa radicado en el citado Juzgado 3? de lo civil, sito en el Pala- negocio, hago est~ publicacion.
cio de J ustica.
México, Agosto 2'i de 1865.-Laurcano Salazar y Prieto.
529-3a.-3
México, Agosto 21 de 1865.-Jua,i N. Carrion, Escribano público.
533-4a-2

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.

TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
Ignorándose el domicilio de D. Cárlos Carret, este Tribunal ha manda.do se le cite por
los periódicos para. que en el término de ocho dias, contados desde !11 primera publicacion
del presente aviso, comparezca ante dicho Tribunal para la. práctica de una diligencia en
los autos que le ha promovido D. Fernando Córcoles.
Y en cumplimiento de lo mandado por el Sr. Vicepresidente 1?, y á pedimento del inte1·csndo, pongo éste para que surta. sus efectos.
México, Agosto 19 de 1865.
José Maris Cartkña, Oficial 2~ encargado de la Secretaría..
530-3a-3
JUZGADO 6? MENOl!..-1~ MONTERLLA NUM. 7,
Por auto de esta fecha, he mandado se saque á remate h. casa núm. 1 de la segunda
calle de Necatitlnn, valuada por el perito D. Abraham Olvora en la cantidad de mil doscientos treinta y ocho pesos un real, y cuyo acto tendrá Jugar el dia cuatro del entrante
Setiembre, á las doce.
México, Agosto 11 de 1865.-Lic. Labat.
531-4a-3-

AVISO Dll'Ol!.TANTE,

N. Dousdebes, de este comercio, participa al público que tiene conferido amplio poder
al Sr. D. V. E. Goupil, quien de hoy en adelante resolverá y firmará todo lo relativo á los
negocios de su casa.
México, Agosto 18 de 1865.
523-Sa.-Ci
AVISO.

Estando liquidados todos los aegocios de la compañía mercantil que f~rmé en esta plaza
con el Sr. D. Antonio Herce, bajo la razon de José S. Lozano y compañia, de mútuo con•
sentimiento queda diPuelta, continuando yo los mismos negocios que se propuso la compañia que termina, y bajo mi solo nombre.
México, Junio 30 de 1865.-José S. Lozano.
519-5a-4

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.

TRIBUNAL DE COMERCIO DE MO:lELIA..
"Funcio11 estraordinaria, que dará principio á las seis de la tartk tk lwy.
Me relia, Agosto 9 de lf 65.
Primero¡ rep1·esentacion de la zarzuela en dos a.otos, deno~1ul.~: ~a cola del [!iablo;
Este Tribunal, en auto de nueve de Agosto actual, ha. Q.&lt; obrado en estado de quiebra Juego la representacion de la otra zarzuela, en dos actos t11mb1en, mtitulada; La i.sla de
á D. Isaac Wisebourg, debiendo contarse la época de nqueUn desde la fecha del auto, sal- San Balandran, y en seguida so pone en escena la conocida comedia de magia que se invo lo que despues aparezca: ha nombrado sindico adminis;rador á D. Teófilo Cortés, y titula La pata de cabra.
judicial al Lic. D. José María Aldayturriaga, con el carátter de provisionales, y fijado á
los acreedores el plazo de un mes.
[MPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE1
Y en cumplimiento de lo dispuest-0 en el a.rt. 794 del C6c.igo de comercio, pongo el preBAJOS DE SAN AOUSTI.N NUM, l.
sente para conocimiento de los interesados.-Fcn11111do llfartillcz, Secretario.
6a.-3

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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'

DEL

DIARIO

IMPERIO

MEXICO: Sábado 26 de Agosto de 1865.

TOIIO 11.

SUMARIO
PARTE OFIOIAL.-Acuerdo para que en la Admlnlitracion de rentas 11&amp; f cracruz se forme una Seccion
ele Guerra.-Otro, aumentanclo el sueldo del Oficial l. 0 y del 2. 0 de la oficina del En!aye mayor.-Circular disponiendo que se cobren 7 centavos por cada hoja de los libros que ee habiliten.
PARTE NO OFICIAL.-Un regalo de la Emperatriz.-Pasajeros llegn,:os fi Mazntlan en la segunda c¡uincena de Jullo.-Ayuntamiento de México. Concluye la acta empezada a .cr.-Acta del 4 de Julio.
Tarifa del telégrafo trnsatlilntlco.-Telégrafo entre J,'uropa y América. ~légrafo entre las Islas del continente de Amorlca.

PARTE OFICIAL. ·
MINISTERIO DE HACIENDA.
SEccrnN

~

1

S. M. el Emperador se ha servido dictar los acuerdos siguientes:
HEMOS venido en acordar que en la Administracion principal de
rentas del Departamento de Veracruz se forme una Seccion de Guerra,
que bajo la direccion y responsabilidad del Administrador, se dedique al despacho d~ los negocios de dicho r~mo que ~e versan_ en
a~uella oficina, debiendo col?ponerse ~a Secc~on de oficiales _del eJérc1to, a~~s y que se hallen s1~ ?cupac1on, qme~es desempenarán esta co~ision por los sueldos militares á que tuvieren derecho, segun
su empleo.
Dado en México, á 16 de Agosto de 1865.
MAXIMILIANO.
Al Subsecretario de Hacienda.

NlJ)I. t9i.

y de gozo,.de que fueron objeto los Soberanos por t?das partes. La
Emperatriz se dignó en~onces ofrecer á ~ic~a Guardia una bandera
en señal de su alta gratitud, y este ofrecimiento acaba de ser cumplido. S. M. ha enviado á Amozoc, por conducto de su Gr_an Chambelan el Sr. Conde del Valle, una magnifica bandera de seda bordada
de oro, en la cual se ven, con letras tambien de oro, estas palabras:
\

LA Ell!PERATRIZ
A

LA GUAl!DIA RURAL DE AMOZOC.

Excusado es decir que este rico presente ha llenado de un júbilo
inefable á los que con él han sido favorecidos, y que en él verán todos ellos un nuevo y poderoso estímulo para seguir llenando sus importantes debe~es. El Gefe de aquell~ &lt;:tuardia, D. Luis qrt~g~ y
Castañeda, haciéndose eco de los senfamrnntos que tan alta d1stmcion
ha producido en sus subordinados, dice asi en su contestacion al Sr.
Conde del Valle: "Puede V. S. asegurar áS. M., que comprendien-.
" do lo que simboliza este apreciabilisimo d?n, no perdonará es" fuerzos esta Guardia rural para conservarle sm mancha, correspon" diendo así á los deseos de su augusta Soberana."
MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRilJEROB,.Y JWUNA.
NOTICIA de los pasajeros llegados al pu~rto de Mazatlan diirante la áltima quincena del
mes de Julio pr6ximo pasado, ~n ezpresion:tk s" ~ exo y nacionalidad.
• Hombrea.

HEMOS venido en acordar que el sueldo del Oficial 1? de la oficina
del Ensaye mayor, se aumente á mil quinientos pesos anuales, y el

Me.xicanos. . . • • . . •• . . . . . . . . . . . . . • . • • . 1O
Franceses ...•. , ..•...••.9 • • • • • • • • • • • • • 12
Austriacos. . . . . • • • . . . . • . . • • • • . • . • . • . • 1
Alemanes.. . . • . • . . • • . . • • . . . . • . • . • • . . . 1
Italianos. • • • • • . • • . . . • . • . • • . . . . . . • • • • • 1
Americanos . . • . . • • . . . . • • • . • • • • • • • • • • . 5

Mujeres.

2
O

O
del Oficial 2? á ochocientos pesos, tambien anuales, mediante las
O
muchas labores que en la actualidad tiene que desempefiar la indiO
cada oficina.
O
Dado en México, á 16 de Agosto de 1865.
MAXIMILIAN O.
.
30
2
Al Subsecretario de Hacienda.
Han llegado ademas 31 hombres y 5 mujeres, cuya nacionalidad no expresa el capitan del puerto.
Son copias. Méxfoo Agosto 21 de 1865.
RESUMEN,

Hombres... . ......... • • • • • • 61
Mujeres...... .... ,!\li. . . • • .. 7

El Gefe de la Seccion 1~,

Javier de Reygadas.
SECCION

Circular núm. 90.

3~

México, Agosto 9 de 1865.

Habiendo ocurrido á varios Administradores de rentas encargados
de la de papel sellado en puntos donde no hay circulacion de centavos, la duda de si deben cobrar las fojas de los libros que habilitan á
razon de 6¼ centavos, con arreglo á la disposicion suprema de 4 de
Julio de 1864, 6 al de 7 centavos que fijó el decreto de 2 de Mayo
del mismo año; S. M. el Emperador, atendienflo que el objeto de la
citada disposicion de 4 de Julio foé salvar los inconvenientes que se
presentaban para el expendio al menudeo de los sellos 4? y 5? de actuaciones y 3? de facturas, cuentas y ret:ibos, cuyo obstáculo desaparece tratándose de la habilitacio!} de libros, pues el número de fojas
que cada uno contiene produce en su multiplicacion, calculadas á 7
centavos, guarismo redondo, se ha servido disponer se cobre por cada foja de libro el repetido precio de 7 centavos.
Lo que de superior 6rden comunico á V. S. para que se sirva hacer las prevenciones convenientes para el puntual cumplimiento de
esta disposicion.
El Subsecretario de Hacienda,

F. P. César.
.;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;==:;;;;;;;;;;;;;;;;==:;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;==iE=!i3!i:=Eze

PARTE NO OFICIAL.

..

UN REGALO DE LA EMPERATRIZ.

Cuando SS. MM. el Emperador y la Emperatriz pasaron por Amozoc, viniendo de Europa, la Guardia rural de aquel partido s~ distinguió de una manera especial en lns demostraciones de entusiasmo

Total.................. 68
México, Agosto 25 de 1865.-El Gefe de la seccion de contabilidad encargado de la de Cancillería, Ignacio M. de Castillo.
'
AYIJNTilllENTO DE XEXICO.

[Concluye la acta. del día 30 de Jimio].
Puesto á discusion, admitido en lo general, quedó aprobada la proposicion en lo particular con las modificaciones que contiene, así como cada una
de las partidas que forman el expresado presupuesto.
Se dió cuenta con un infor~e de la Obrería Mayor, relativv al ocurso presentado por los vecinos de la plazuela del Organo y callejon del Carrizo
quejándose de que en dichos parájes se tiran basuras é inmundicias, y p/
diendo el remedio de este mal. En el informe asegura el director de obras
públicas ser cierto el hecho; pero que no eran los carros de la ciudad los que
arrojaban esas inmundicias, sino los de las panaderías y mulas que conducen
los estiércoles, y que podría cortarse el mal, obligando al dueño del terreno
á que lo cerque; y respecto del callejon, haciendo que el guarda de po·
licía impida que vuelvan á arrojar inmundicias.-Se mandó prevenir {1.1 dueño del terreno que lo cerque, y que se comunique al señor regidor de1 cuartel prevenga al celador-respectivo, que impida las faltas de policía á que se
refiere el informe.
Se leyó un dictámen del Sr. Gomez, regidor comisionado de instruccion
pública, relativa al ocurso presentado por D. Susano Alvarez, pidiendo se
le expida el título de profesor de primeras letras, en virtud de haber sufrido
el exámen de ordenanza, y cuyo dictámen concluye con la siguiente proposicion:
''Unica. Procédase de nuevo al exámen de D. Susano Alvarez."
Con dispensa de trámites fué puesto á disqusion, y en virtud de las razones expuestas en ella, el Sr. Gomez retiró su dictámen.
Con otro del Sr. Jáuregui, comisionado de aguac,, relativo al ocurso presentado por D. Julian Gonzalez, en que solicita media merced de agua para

..

�198

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

de la Administracion de rentas municipales pertenecientes al mes próximo
la casa número del lotJ número 5 del ex-convento de San Francisco; y cu- pasado, se mandaroninsertar en la.acta, y son como sigue:
yo dictámen concluye con la siguiente proposicion:
SECCION ESPECIAL DE LA CONTRIBUCION DE OCIIO AL MILLAR.
"Unica. Concédase á D. Julian Gonzalez la media merced de agua que
COR
TE
de
de 2~ operacio11, practicado hoy en esta seccion, por l-Os ingresos y egresos
solicita para el lote número 5 del extinguido convento de San Francisco, habidos encaja
el presente mes, por la contribucio11 de ocho al millar, decretada en 18 de Fecon entera sujecion á las Ordenanzas del ramo.
brero de 1864.
Con dispensa de trámites y puesta á discusion quedó aprobada.
CARGO .
Se di6 igualmente cuenta con otro informe de la Obrería Mayor, en el ex•
CORRIENTE.
Pesos. Os.
Pesos. Off.
pediente sobre denuncia que de un terreno eriazo hizo D. Antonio Ortiz en
17,188
52
San Antonio de las Huertas.
Existencia que resultó en fin de Mayo último. - .
El Director de obras públicas manifiesta que el ancon á que sE. refiere el
Cobrado en la recaudacion 1~ por el primer biComisario central, en su informe relativo, no pertenE&gt;ce á }9, &lt;'. ·a primitiva,
182 21
mestre de este año . ... . .....•. . ..... -...•
sino que se agregó despues.-Se mandó insertar este inforrr.0 f. '. señor regi- Id. en la 2~ . .. ...•.. .. .... ... .• - - .... - . - . .
160 90
dor del cuartel, .previniéndole que exija el título de propiedad del citado ter- Id. en la 3~ .......... ~ .. _.. .. , ........... .
106 36
reno, y no teniéndolo el interesado, se le imponga una multa y se le obligue Id. en la 4~ ........ .. .................. - ..
144 59
605 91
11 85
á' destruir dicho ancon.
Con otro informe de la propia Obrería, relativo á la peticion hecha por Id. en la 5ª ............ _.........•.... . .. .

---

D. José María Palacios, sobre que se reconociese el teatro de Hidalgo, situado en la ealle de Corchero con motivo de la reedificacion que de él se ha Cobrado en la 1~ por el segundo bimestre de es504 43
te año .....•... .. ........•... , ........ .
hecho. El Director de obras públicas manifiesta en este informe, que si la
974 80
Id. en la 2~ .... .. ... _......•. .. . . .........
construccion no se reforma, el teatro no prestará la seguridad necesaria.629
46
Se acordó que se le hiciese saber al dueño del teatro que reforme su cons- Id. en la 3~ .............................. .
663
70
Id. en la 4 ~ .•.• • •.•.•.•...•..•• ••• ••••••••
26 51
2,798 90
truccion.
Id.
en
la
5~
..
...
......
....
.....
........•
Se di6 lectura á un proyecto de contrata celebrado entre el Sr. regidor D.
J. Ramon de Ibarrola, comisionado por el Exmo. Ayuntamiento en Cabildo de 9 del que concluye, y D. Francisco Castañares y C~ para la construc- Cobrado en la 1~ por el tercer bimestre de este 2,035 81
año ....... . - . -. .•.... -.•..•.. - -....... .
cion y venta de lápidas de losa que el Exmo. Ayuntamiento le encargue faId.
en la 2ª ..........••..•.. ... ... - .. -... . 2,003 38
bricar, y llevarán el nombre de las calles, plazas ú otros lugares públicos,
Id. en la 3~ . ........ _.. _............ . .... . 1,718 ,, ,
y cuyas bases son las siguientes:
•
2,008 98
1~ Francisco Castañares y C~ se obligan á. construir y á entregar las la- Id. en la 4 ~ ..••..••..•.••. .• ..•.••••• • •.••
55 19
7,821 36
pidas de losa que se le pidan, conteniendo .cada una de ellas respectivamen- Id. en la 5~ .............................. .
te, el nombre de las plazas, calles y demas lugares públicos; bajo el concepto de que su calidad, construccion, dimension, &amp;c., será del todo igual á. los Cobrado en la 2~ por el cuarto bimestre de este
22· 93
año ......... -....• . ....... •.. -• - - . - ... .
adjuntos .modelos que la direccion de obras públicas depositará.
15 26
Id.
en
la
3~
.........
.
........
.
.
.
..
.
......
.
2~ En el término de un mes, contado desde aquel en que se apruebe este
47 38
9 19
Id.
en
la
4
~ .............................. .
contrato por el Exmo. Ayuntamiento, se comenzarán á entregar las lápidas;
y el Exmo. Ayuntamiento exhibirá el precio de las que reciba que será el
REZAGOS.
de dos pesos cincuenta centavos por cada una de dichas lápidas.
309 29
Cobrado en la recaudacion 1~ ............... .
3~ Será de cuenta y riesgo del Exmo. Ayuntamiento las posturas de ellas. Id. en la 2~........ . ......•.......... • .. • .
438 67
• 4ª Este convenio se someterá á la aprobacion del Exmo. Ayuntamiento,
252 86
Id. en la 3~ .............................. .
y no se entenderá que tiene valor ni fuerza hasta que se llene este requisito.
47 98
Id. en la 4~ ..•............•....••......••.
-Con dispensa de trámites se aprob6 en lo general y en lo particular; mas id, en la 5~ .. ·.....•......••...•.•.........
1,085 63
36 83
al votarse la cuarta y última de sus bases, á mocion del Sr. Fernandez de
Jáuregui, y despues de una ligera discusion, se acordó que el mismo Sr. IbarRECARGOS.
rola quedaría comisionado para que recabase del Sr. Castañares si era posi- Por lo corrriente .•..... .. ..•....• . •. -•..•.
27 65
30 02
ble el compromiso de reponer las lápidas que acaso fuesen robadas, como al P ór rezagos. . . • • • . . . . . . • . . . • • . ..••.•.•...
· 2 37
principio lo ofreció, ó poi: lo menos se comprometiese á reponer por un pre29,577 72
cio mas bajo que el convenido, las que por este.motivo faltasen.
Suma el cargo .....••.•...•...•...•
Se dió cuenta con una solicitud que hacen los vecinos de las calles de San
DATA.
Diego y Rinconada del mismo nombre, para que se practique una vista de
ojos en las citadas calles y se proceda á su compostura, por hallarse en un Devueltos á D~ Ana Martinez de Bahamonde por
35 20
estado incapaz de transitar ni á pié ni en carruaje.-Se mandó pasar á la Dipago indebido que hizo en la recaudacion 3~ ..
Entregados
al
administrador
de
rentas
municipareccion de obras públicas para que informe.
No habiendo otra cosa con que dar cuenta1 el Sr. Fernandez de Jáuregui
les á ·cuenta del importe del presupuesto de la
pidió la pal~bra para exponer al Cabildo: que había asistido á las rifas peobra de construccion de un cuartel en el ex500 ,,
queñas que se hacen en favor de los establecimientos de beneficencia y las
convento de la Merced . .. .... -.......•....
había encontrado bien; pero que habiendo ya en la de Santa María de Gua- Pagados por su sueldo del presente mes al emdalupe un depósito de $ 364 y centavos por la parte que corresponde al
pleado de la seccion de alojamientos, D. MaTecpan, segun había hecho presente otra vez, pedía al Cabildo que acordase
nuel G. de Manzanares, segun suprema órden
83 33
la traslacion de esa cantidad á la tesorería Municipal; lo cual quedó acordado.
de 11 de Enero último .................•••
Se levantó la sesion pública para entrar á secreta á las dos de la tarde. No Honorario al 6¼ por 100 á los ejecutores nombraasistieron, con licencia, los Sres. Vanas, Villa.nueva y ~ul; y sin aviso, los
dos para cobrar lo que adeudaban por contriSres. Buck, Berganzo, Galindo, Labat, Rincon, Hoppe é Hidalgo, y Terán.
bucion de 8 por 100 algunas de las fincas adjuEs eopia. México, Agosto 19 de 1865.-El Secretario general del Exmo.
dicadas; segun la suprema órden de 30 de Mar30 55
zo último.•.......•......•.......... -.. •
Ayuntamiento, Lic. J. T. JJávalos.
34 25
Honorario de peritos por valúos de fincas -......
1,457 65
774
32
En la ciudad de México, hoy mártes .4 de Julio de 1865, se reunieron en Id al 6¼ por 100 sobre lo recaudado en este mes
la Sala Capitular, á la una y media de la tarde, para celebrar Cabildo púExistencia. . . . . . . . • . • . • . . . . • . . . • •
28,120 07
blico ordinario, los Sres. Prefecto Municipal, Gomez, Berganzo, Buck, é
México, Junio 30 de 1865.
Ibarrola.
Se leyó y aprobó la acta del Cabildo público, celebrado el dia 30 del próxiADMINISTRACION DE RENTAS MUNICIPALES.
mo pasado Junio.
CORTE de caja de primera operacion practicado en esta oficina de los ingresos y egresos
Se dió cuenta con las comunicaciones siguientes de la Prefectura políTiabidos del 1? al 30 de Junio de 1865.
tica.
Participando que el Ministerio de Gobernacion se conforma con lo infor- Existencia que resultó en 31 de-Mayo próximo pasado .••.•........•........••.. $ 46,652 69½
mado por dicha oficina en el ocurso del Lic. D. Adolfo de la Lama, sobre
pago de lo que se le adeuda por el tiempo que desempeñó la fiscalía de im- Ingresos habidos del l? al 30 de Junio.- - . . 59,199 13
$ 66,581 95
prenta en esta capital, y en consecuencia ordena que el pago se verifique en Egresos habidos del 1? al 30 de Junio.. . . .
Existencia
que
resulta
para
el
próximo
Julio.
39,269 87½
los términos prevenidos respecto á los Sres. Pastor é Icaza.-Se mandó pasar á la Comision de Hacienda.
Igual._._._ ...... $ 105,851 82½ $ 105,851 82½
Participando de órden del propio Ministerio de Gobernacion, que los establecimientos de beneficencia quedan exclusivamente encargados al ConseMéxico, á 30 de Junio de 1865.-V? B?-El Administrador, F. Nájera.
jo general, en cumplimiento de lo dispuesto en decreto de 27 del próximo
pasado, debiendo en consecuencia entenderse en lo sucesivo los administra- -El Cajero pagador, Juan G. Baz.
dores ó encargados 4t&gt; dichos establecimientos, con el secretario ,general de
ADMINISTRACION DE RENTAS -MUNICIPALES.
beneficencia.-Se mandó comunicar á los señores que tienen á su cargo los CORTE de caja de segunda operacio11 practicado por esta oficina, con expresion de los raexpresados establecimientos á que se refiere.
mos de qiw proceden los cauaales que forma11 el i'.1greso de los fondos de sn cargo, y de la
Insertando otro del repetido Ministerio, en que se previene que este Exmo. disti·ib11cion que han tenido en todo el mes de Junio de 1865.
Ar untamiento proceda á nombrar el regidor que debe formar parte del ConINGRESOS,
ll~Jº general de beneficencia, en su carácter de Consejo del Departamento
Pesos. Os.
),'esos. • Cs.
del Valle, á efecto de que para la próxima sesion pueda ser citado.-Quedó Existencia que resultó en 31 de Mayo próximo
46,652 69½
nombrado el Sr. Ibarrola.
pasado .....•..... - -..• - - - - . - - - • - - - -.. - .
Dada lectura al corte de caja de segunda operacion, practicado en la see- Por arrendamiento de fincas ..... .... .. -•....
638 50
cion especial de la contribucion de ocho al millar, por los ingre~ ;s y egresos
,,
mercedes de agua •...••.... ·. 1,448 99
habidos en el mes anterior, así como á. los de primera y segupt'a, operacion,

---

Por réditos de capitales que se reconocen al E
Ayuntamiento .. _..... _.. _.... __. ___ ._ •. :
Por réditos correspondientes á obras pías ___ .. _
,, producto de mercados.......... ___ .. __ ..
"
,,
Fiel-contraste , ..• _. __.. _. __
"
,,
Piso del Rastro.. _. __ .. _.. __ .
,,
,,
Lotería de San Hipólito. _. __ _
"
,,
,,
del Hospicio .....•.
,,
,,
Panteon .. ___ ... __ . _.. _____ .
,,
,,
2 y 4 p g de comises .... __ •.
,,
,,
Distinciones de cárceles •.... :
,,
,,
Licencias para obras. __ . _. _..
,,
,,
Derechos de licencias.....•...
,,
,,
Multas ..•••... .. . . .. . .•... .
Por contribucion sobre casas de empeño_._ . _. _
,,
,,
Juegos permitidos. _.. .
,,
,,
Diversiones públicas .. .
,,
,,
Canales .....•. __ ... __
,,
,,
Carruajes particulares ..
1,
,,
Idem de alquiler.. ___ ..
,,
,,
Panaderías ..... _. __ ..
. .,
,,
Cafés ..... __ ... ____ ..
"
,,
Fondas _. _.. _.. __ . __ .
,,
,,
Fábricas de cerveza ... _
,,
,,
Espendio de licores ... .
,,
,,
Casillas de pulque .... .
,,
,,
Vacas de ordeña .... ; ..
,,
,,
Carros interiores .. . .••
,,
,,
Idem en las garitas ..••
,,
. ,,
Derechos Municipales..
Por Reintegros ...... . .• __ •...... __ ..••..•.
Por Desm~e~to para vestuario á los celadores de
pohcia .. _........•••..•.. _........ .
Por Panteones. Prefectura política .•.•..•.....
Por recargos ..... _.. _. ___ ..•...... _. _..••.
Por estancias de hospitales __...•.... _. _.....
Por entero que hace la recaudacion de ocho al
millar para la obra de la Merced..•..•.....•
Suma el ingreso ...•.•••

470
156
6,598
174
360
970
453
703
21
51
50
60
111
40
515
227
136
461
1,967
168
288
163
168
1,102
184
161

1
2,091
37,304
90

,,
04
75
,,
57
56
95
01
28
,,
50
,,
58
,,
,,
76
50
,,
84
,,
,,
,,
75
93
16
62½
39
50
72
88½

706 20
41 66

Pagado á la Administracion de Rentas Municipa•
les, por sueldos . .
,,
,,
,,
,,
,, gastos.••

791 62
41 66

"

"

"

"
"
"
"
"
"
"

"

"

"
"
"

"
"
:,

"

"
"
"
"
"

787 92
3,285 93

COMPARACION.

Igual.•·•••• • ~ • .• • • •. 39 269 87.l. 39 269 871
Mexwo,
' . 30 de Jumo
· de 1865.-El Administrador,
'
z
' Nájera.
~
Francisco

......

747 86

TARIFA DEL TELEGRAFO TRASATLANTICO,

833 28
125 00

"
"
"

181 68
14 33

Existencia ........•... ,.. 39,269 87fM
'
.
30
d
· de 1865.-El Administrador, ffirancisco
~ Nájera _
El Ce~wo,
de Jumo
&amp;Jero )?aga or, Juan G. Baz.
·

246 10

,,

66,581 95

-

,,
,,
,,

Suma el egreso ••..••••.•

342 50

f¡mi3 elingreso ..••.•.... , ..•...• 105,851 82½
, e egreso.. , . . . . . . . . . • . . . . . . . . . 66,581 95

,, á los empleados jubilados.. . . • sueldos.
,,
,,
cesant~s
,,
,,
~l ca.pella~ de los Remedios ,,
,,
a obras p1as ..•• . .••••.•••••••...•
al h?spi~l del Divino Salvador, por
as1gnac1on • ....•.• _.•• . ••..•..•
á las escuelas municipales, por sueldos.
,,
,,
,, por rentas de casa.
,
,,
,, por útiles ..••••.
1
a la Academia de musica y dibujo, por
, sueldos y gastos .............. ..
a la Compañía Lancasteriana, por asignacion .••..••••..••....•..••
á la policía Municipal y de Seguridad.
,,
,,
de Seguridad, C~ francesa.
á los Celadores de policía, por sueldos
y pensiones ..•.•...•.....•. . .•.
al Co~sejo ~uperior de Salubridad, por
as1gnacwn. • • • . . • • . . • • • _•••...
á la Secretaría de la Junta revisora
por gratificacion __ .. .....••..•.'
á la vacuna, por sueldos y gastos ..••
al hospital de San Pablo, sueldos y
gastos .•.•.• . _..• _...•
de San Andres, sueldos y
" "
gastos. . . . . . . . . . . .•....
de San Juan de Dios, suel" "
dos y gastos .. _...... _..
,, ,,
de San Hipólito, sueldos
y gastos . _. __ •. _. _..• _
al Hospició de Pobres, sueldos y gastos
al panteon de Santa Paula, sueldos y
gastos .......•.................
al colegio de San Antonio, sueldos y
gastos ........•....... - ....... .
á las cárceles, sueldos y gastos ____ __
á la Administracion del Rastro, sueldos y gastos . . _..•.....•..... _.
á la limpia de ciudad, sueldos y gastos.
al alumbrado, sueldos y gastos .• . ..•
á la F ontanerfa, sueldos y gastos __ .•
á las obras públicas, sueldos y gastos.
para paseos, sueldos y gastos....... .

361 07
2,818 57
2 25
80 00
309 90
3,028 64
100 00

875 49

NOTA.-Para el de?ido conocimiento de la Exma. Corporacion, ten O el
~on~r
~e h~cer en segmda la correspondiente aelaracion respecto de la ~xis
25 ,,
encia q~e ~ra en este corte de e.aja, y es como sigue:
1,322 84
1 50
Ex1stenc1a, segun dicho documento.. . .
391269 87
Importe en efectivo disponible ..••...• 33 040 75½
½
8 "
,,
del 5 por 100 para amortiza- '
cion de créditos pasivos. . . . • • 443 1½
500 ,, 59,199 13
,,
d~l 5 por 100 para amortizacion de capitales. . • • . • • . . • • • 4 689 18½
105,851 82½
,,
de depósitos.. • . . . • . • • . • • • . . i;o96 92

Pagado á la Secretaría del Exmo. Ayuntamiento,
por sueldos..
,, gastos.

"

Pagado á la Administracion de Mercados, sueldos
y gastos .... _.
,, Coches, sueldos y
" ""
"
gastos .... _. _
,, Fiel Contraste"
" ""
sueÍdos y gastos.
,, Por devoluciones. ___ . __ . . . . _.
,, A la Aduana por el 2 por 100 d; p~~~i~
sobre la suma de$ 39,396 22 cent. que
ha recaudado. ____ ____ . __.. __
,, Por amortizacion de capitales q~~ · ;¡~o·noce el Exmo. Ayuntamiento. __ . ..••..
,, Por rédito de capitales que reconoce el
Exmo. Ayuntamiento .. _._ .. ____ .. __ .
,, Por amortizacion de créditos pasivos._ ..
,, Gastos generales.. ___ .. __. __ ___ • __. __
,, Gastos extraordinarios ..... ___ ... ___ ..
,, Pant_e~nes. Prefectura política._ ...•.. _
,, Fest1VJdades públicas.....•... ·...• _.•
,,
religiosas ••••.•.....• _•

"

EGRESOS,

"

199

" 58
"
91
306
155
50

,,
"

"

66 66

J~~e1~!f 1f

atl!~i!~;:ttc2e::t;;~~aY1
id:!t :a~:sComp:í~fldel tel.é~rafo
para los partes telegráficos que han de t~asmitirse p¿/~ª
r~~ISlonal
se está colocando, ó estará ya colocado entre Irlanda T
e ecSr1co que
ta ta ·fl 1
•
,
Y erranova. egun es. , br1. a, dos _precd1~s sera.u por ahora los siguientes, aunque la Compañía los
ira ªJan o a me ida que las circunstancias de la Em resa l
.
?e cualquiera oficina telegráfica de la Gran-Bretiña , le~mi~n. 1
qmera otra de América, por 20 palabras ó menos, inclus~ f/~ir~c!o:uª1;
~~cha y la firma, G0n tal que no pasen de cien letras en todo 20 libras 't .
inDas: por c~da pala?ra adicional, que no pase de cinco let;as 20 h f8 eie cualqmera oficma telegráfica de Europa á cual uiera d ' , e_ e mes.
20 palabras 6 menos, comprendiéndose del mismo m~do la Am~r1caÍ pr
cha y ~ª. firma, no pasando de cien letras, 21 libras esterlinas· reccwn, a ebra ad1c10nal .que no fase de cinco letras, 21 chelines.
. por cada palaDe cualqmera oficma telegráfica de Africa Asia y la I a· , 1 .
otra de América, por 20 palabras ó menos 'ba·o l
.n ia, ª.cu~ q,mera
25 libras: por cada palabra adicional 25 ch~Ilnes J as mismas condiciones,
Las letras de todas las palabras q~e se agregu¡n á las v . t
.
contarán y dividirán por cin_20, y cada série de cinco ó fi em. e prdimeras, ~e
mero, se pagará como una pMabra.
, raccion e este nuIºr lo,s mensa~es en signos ó cifras convencionales se pagará doble precio
.bras~s numeros o cantidades se escribirán con letra;, y pagarán como pal~

ca:{/

1

1

511 ,,
153,,
375,,
7,900 ,,
942,,
485,,
83 33
100 ,,
95 ,,

se ~~!i!á~st:~

t:~!:ª~~:

il~~~~te estén fuera del sistema telegráfico,

TELEGRAFO ENTRE EUROPA y AMERICA.

2,516 00
4,158 17
891 02
901 86
3,082 31
156 44
2,314 63
8,121 31
679 55
2,123 13
5,484 66
934 60
9,ó0l ,,
774 18

Con fecha 14 de Julio comunican desde San F
.
.
siguientes pormenores acerca de la línea telegráfi:ne~~~~ ~~,r~apl~for1a, }o~
ca, por el estrecho de Behring:
Y mer1"La barca "Golden Gate," que lleva la insi . d 1
..
,
grafo ruso y el vapor "J S W . ht ,,
gma e a exped1010n del tele.'
· · rig , con el coronel B kl
d
~:e!~oe~~e~:~~f~ Pª;:eron el 12 para el golfo de Anadir;
1 500 h . b
personal terrestre de la expedicion comprende unos
"Palme~:,;~~· I~~s tr.es buques están agregados á este servicio; la barca
la goleta "M.lt es~ J~ rec1,~ntemen~e de Nana.roo con un cargamento de carbon·
1 ~n u ger, que esta cargando lo mismo en Nanamo y la b '
"C
lar\B!fl, b ~ue actualmente se dirige de Nueva-York á Sitka. 'La ese:::
11 a se
a . ªJº _el mando del capitan C. W. Scammon. Los bu u
van de dos. a seis canones cada uno. La "Clara Bell" conduce
bl q es llebe ~ume'.·girse á t~aves del estrecho de Behring, y un vapor~~i~e:ti~~~de_exp orac'.ones de no. El coronel Buckley examinará por sí m·
ª
1
~e Anad1r, para determinar el mejor sitio para cruzar al Asia JSE·º : gol~º
tiene cuatrocientas millas de ancho y una isla er1 med· 1' . ic º. go o
t·
db
·
'
10 os traba10 d
i~rra e en activarse inmediatamente en toda la línea d · d N
e
mmster hasta cerca de la embocadura del rio Amoo ' es el uevo . estcuatro mil millas."
.
r, en una extens1on de

i.

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1:!~~~::~ef:~~

ª,

°

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�DIARIO DEL IMPERIO.

200

MANTEQUILLA.

TELEGRAFO ENTRE LAS ISLAS.

La acreditada mantequilla de la hacienda de San NicolÍlfl Buenavista, sigue vendiéndose
La Or6nica de Nueva-York publica, en sn número del ]~ del actual, el en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde llega fresca los már
párrafo siguient~:
,
.
. tes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes
"Ha lleaado a esta ciudad el Sr. D. Arturo de Marcoartu, conces1onar10 que solo en dicha casa se espende, que ningun_o está comisionado para llevarla á l~s caRas
de la hacienda.
por el gobierno español, de varias líneas telegráficas submarinas, entre otras, y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre
480-15s-15

b que ha de poner en comunicacion á. las islas de Cuba, Puerto Rico y San
Thomas los Estados-Unidos, el Istmo de Panamá, y México.
El Sr: Marcoartú, que se propone llevar . inmediatament_e á cabo su ~royecto, ha salido para Washing~on con el obJe~o de consegmr de este gobierno el permiso necesario para fi,1ar en la Flonda el extremo del ca~le, que
partirá de la isla de Cuba, y para ver si le conceden los Estádos-Umdos los
auxilios y facilidades que ha obtenid9 ya de los gobiernos de España é Inglaterra para la realizacion de su empresa." .

AVISOS OFICIALES.'

¡.

OJO AL AVISO.
En la calle de las Escalerillas núm. 7 se traspasa un almacen 6 accesoria, al'l'eglada con
mejoras hechas últimamente; local á propósito para establecer c~nlquiera clase de _nego
ciacion, porque ademas de tener dos entradas y todas las comodidades qu~ se reqmeren
el establecimiento es amplio, de modo que el que desee establecerse ventaJosamente pue
de pasar á tratar con el dueiío en la misma calle y número referido á cualquiera hora de
dia, no siendo de once á una.
3
AVISO IMPORTANTE,
N. Dousdebes, de este comercio, participa al público que tiene conferido amplio poder
al Sr. D. V. E. Goupil, quien de hoy en adelante resol,erá y firmará todo lo relativo í1 !oR
negocios de su casa,
523-8a-4
México, Agosto 18 de 1865.

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
. AVISO.
Relacion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia de los interesados en esta oficina.
Seccion 1~-442, 483, 511, 890, 936, 1;r52, 1,887, 2,030, 2,245, 2,452, 2,539, 2,564,
2,9 LO y 3,952.
Seceioa 2~-493, 583, 636, 639, 789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, J ,727, 1,99-2,
2,077, 2,503, 2,513, 2,635, 2,636, 2,646, 2,675 y 3,297.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se verifica.
Nota.-Hoy se han elevado al Exmo. Consejo, espeditadas por esta oficina, loli espedientes de la Seccion 1~, números 1,262, 1,263, 2,284, 2,499 y 3,187.
De la Seccion 2~, números 654, 3,275 y 4,293.
Lo que se avisa para conocimiento de los interesados.
México, Agosto 25 de 1865.
Por ocupacion del Administrador de bienes nacionalizados,
El primer Contador,
Ag/Jstin Pardo y García.

CoMPARIA DE SEGUR.OS DE GLADBACH.

Capital de fondo •••·••. . • •. . • • • • • . 3.000,000 pesos prusianos.
CoMPARIA DE SEGUROS DE BAsILEA (BABEL).

Capital de fondo •• • • • . . • • • • . . . • • • • • • . . . 10,000,000 francos,

S_e aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los info:,mes
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Companias,
calle de San Bernardo núm. 3.
400-lSOs-44

ADIIINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
AVISO AL PUBLICO.

Habiendo sido interceptada una cantidad de ~ellos del previo franqueo al ser conducida á su destino, con el fin de evitar su circulacion y que el público sea sorprendido al ad·
quirirlos, se pone en su conociwiento que los espresados sellos están marcados con los números 17 y 29, cuyo distintivo se da á conocer para que los que contengan esta numeracion no sean admitidos, por estar considerados nulos y de ningnn valor para el objeto á
que eran destinados; pudiendo ser consignado el que los posea ante el juez competente pa
rala averiguacion que corresponde y se aplique al culpable el castigo á que es acreedor
como defraudador de los intereses públicoR,
México, Agosto 23 de 1865.-Luis de la Peza.
lOa-1

AVISOS JUDICIALES.

EMPRESA DE TRASPORTES DEL EJERCITO.
Teniendo el que suscribe varios negocios propios, independientes del de los trasportes
del ejército, que no es esclusivamente suyo, participa al público, que á :fin de evitar con
fusion entre sus compromisos personales y los de dicha empresa, :firmará como hasta hoy
por los primeros, y que por lo relativo á. los segundos, lo h~rÍt. ~n union de D. Adrian Daste, á quien faculta tamb1en para hacerlo solo en su ausenc111, siendo esta firma, separada
ó colectiva, la única que obligue á l11 empresa de los trasportes.
(Firmado) A. Souberbielle.
500-6a-6 _

GRAN FERIA EN SAN JUAN DE LOS LAGOS.
El Ilustre Ayuntamiento de esta villa, de acuerdo con el Sr. Prefecto departamental,
tiene la satisfaccion de participar á sus conciudadanos, y muy particularmente al comercio
en general, que desde el dia 1? hasta el dia 12 del mes de Diciembre próximo, se celebrará
la feria acostumbrada; á cuyo efecto se dictarán por quien corresponda, de un modo especial, todas las medidas necesarias para protegtir. la seguridad y 6rden que reclama el numeroso concurso de. personas y mercancías que tiene lugar en la mencionada feria.
Los pedidos de almacenes y otras localidades que los comerciantes han estado haciendo, indican desde ahora que el movimiento mercantil será, como otros años, el mayor que
se verifica en toda la nacion.
"
San Juan de los Lagos, Julio de 18~5.-Subprefecto político y Comandante •superior,
.A de Nájera.-El Presidente del Ayuntamiento, Lic. José María Romo Gallardo.-El
Secretario, Bernardino Perez.
'
489-40-3sm-4
AVISO.
,
Esta.ndo liquidados todos los 11.egocios de l&amp; compañía mercantil que formé en esta plaza
con el Sr. D. Antonio Herce, bajo la razon de 1osé S. Lozano y compañía, de mútuo con•
sentimiento queda di.malta, continuando yo los mismos negocios que se propuso la compañia que termina, y bajo mi solo nombre.
~
México, Junio 30 de 1865.-José S. Lozano.
. 519-511-3

VENTA .JUDICIAL.
El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado, por aato de 26 del
presente, que las almonedas respectivas para la venta de la casa núm. 3 de la calle del
Cuadrante de Santa Catarina Mártir, de esta capital, se celebren en su Juzgado, sito en el
FERIA DEL SALTILLO.
Palacio de Justicia, los dias 5, 17 y 29 del entrante Agosto, á las once de la mañana, sienLa feria que anualmente se celebra en esta capital, tendrá lugar en el presente año el
do la última con calidad de remate.
Lo que hago saber por el presente, para que las personas que quieran hacer postura, dia 11 de Octubre próximo y terminará el 25 del mismo. En este tiempo habrá corridas
curran á la Secretaría del Juzgado á tomar las instrucciones que ministran los autos; ad- de toros, y las demas diversiones de costumbre.
Esta ciudad tiene las comodidades necesarias para alojar á la concurrencia, cuenta con _
irtiendo que la finca está valuada por el perito D. Ramon Agea en 25,350 peses.
víveres abundantes de primera necesidad, disfruta de un clima sano y benigno, está situaMéxico, J11lio 28 de 1865.-José Raz Guzman, Escribano público.
478-711-7
da ventajosamente y en relaciones mercantiles con las principales plazas comerciales del
interior, especialme11te con el puerto de Matamoros, .Piedras Negras y demas puntos de la
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de doce frontera. Por lo mismo es de esperarse que la antigua y muy acreditada feria de esta ciudel corriente, 66 proceda á lá venta de la casa número cuatro de la la plazuela de Santo dad, que hoy se anuncia, se presente del modo mas favorable para que el comercio y lit.
Tomás y de los enseres de un molino de aceite y una fabrica de agu¡¡.rdiente que e,n dicha industria tengan un brillante mercado donde hacer grandes y lucrativas especulaciones
Este Ayuntamiento, de acuerdo con los Sres. Prefecto supedor político del Departacasa se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. Francitco Cha.
vero, la finca en la cantidad de ocho mil ¡¡etecientos noventa y cinco pesos, y los enseres mento y Comandante superior del mismo, ha ~ispuesto, que anticipadamente se sitúen en
~e la fabric~ Y: ~olino en la de dos m_il cien p_esos; s~ñalando para las al!Aonedan las ma- los caminos fuerzas suficientes de caballería para proteger eficazmente á los concurrentes
nanas del vemticmco del presente, y mnco y diez y Siete del entrante, á las once siendo en sus personas é intereses, é iguales medidas se adoptarán para dentro de la poblacion.
la última con calidad de remate.
'
Los efectos nacionales y estranjeros que se introduzcan á esta plaza desde el 20 de SeLos enseres de la fabrica y ,moli_no mencionados, son los siguientes: los del molmo, una tiembre hasta el 29 de Octubre, segun las disposiciones vigentes, serán libres dd derechos
tahona cuya muela y taza estan i::mchndaa de fierro, con sus correspondientes palancas de alcabala, con escepcion de los municipales, que se pagarán íntegros, con arreglo á la
para dos mulas; una rueda con banda tle cuero que da'-Q1 imiento á nueve ruedas y árbo- tarüa aprobada.
Saltillo, Julio 25 de 1865.-El Presidente del Ayuntamiento, Pablo P. Ortega.-El Seles, unos de madera y otros de fierro, y 1:1n molino de'Wd.:ar aceituna.
12a-2
El aparato de destilacion es de cobre forjado, con tubos de comunicacion del mismo cretario del Ayuntamiento, J. Serapio F-ragoso.
metal, una re~rta de :fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubas de
madera con cmchos de fierro, y otra mas grande anexa al aparato de destilacion.
1
~o que aviso al público en cumplimiento de lo mandado, y para que las personas que
qmera~ _hacer postura, ocurran a la hora señalada; en coucepto de que las instrucciones
que mm1stran los autos, se darán en el despacho del que suscribe, ubicado en los bajos de
la casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
·
TEATRO IMPERIAL.
México, Julio 18 de 1865.-J. Rtynoso, Escribano público.
463-15n-14
Esta noche, á la hora acostumbrada, se verificará una funcion estraordinaclii en los términos siguientes.-La compañía dramática representará la comedia en un acto, denomi•
.
1 CONVOCATORIA.
nada: .Alza y baja, y en seguida el Sr. D. Bernardo Bockelman dará un concierto, dividido
El Sr. Juez l ? sustitul? de letras de esta ca.pita!, que conoco del intestado de D~ Lean- en dos partes, de diversas piezas ejecutadas en el piano por él mismo, y de otras que eje•
dra Deg?l~do, ha prev~nii!º en auto de siete del presente, que se convoque por edict&lt;JI! y cutará en el violin el Sr. Strebinger.
•
por el p1ar10 del Imperio a los que se ~rean con de;echo á _los bienes del referido intes
t~o, a fin de qn~ dentro ~e sesenta di.as ocurran a deducirlo por sí ó por personas sufiDomingo 27 de .Agosto.
rue~tt:~en,te autorJZ_adas; bsJo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
En la tarde, á las cuatro en punto, se ponen en escena las dos zarzuelas intituladas, In
perJu1cio a que hubiere lugar.
~n cu~plimiento de lo ~andad?, pongo el presente aviso
que llegue á noticia de primera: La cola del Diablo, ry la. segunda: La isla de San Balandran, y en seguidii se reqll!-enes l!llporte, en ~UI\DIIJu~to,_a nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.- presentará la comedia de magia intitulada: La pata ele Cabra.
Miguel Herrera, Escribano publico d,e la Nacion.
•
390-60s-58

DIVERSIONES PUBLICAS.

para

TEATRO PRINCIPAL.

AVISOS PARTICULARES.
INTERESANTE AL PUBLICO.

Hnbiéudose estraviado cuatro pagarés de ilesamortizacion marcados con los números
3, 4, 5 Y6, con hipoteca especial de lacas, núm. J de la calle de D. Juan Manuel; valor
cad~ un~ de noventa y cuatro pesos siete centavos, y firmados por D. Luis G. Sierra, se
supltca a llL persona que se_ los h_aya encontr~do ó se los hubieren ennjenado, los entregue
en el despacho del Sr. Bomlla, situado en la 3~ calle de Sr.n Francisco núm. 5 frente á Ja
Profesa, en el entresuelo, donde_se _le_gratificará sin. averiguacion alguna. Advirtiéndose
que se han dnd~ tod?s ~os pasos Judiciales que hnn sido necesarios para evitar el pago de
ellos, Ypersegmr cnmmnlmente ni detentador de los mencionados vales. 534-3n-l

En lr. tarde, á las cuatro, se pondrán en escena, primero: la comedia dividida en tres
actos, denominada: Llegué, T&gt;Í y T&gt;encí, y luego la otra en un acto, que se intitula: A11lar
sin dejarse amar.
En la noche, á la hora de costumbre, tendrá lugar la representacion de la comeclia nueva, en tres actos, denominada: El que no la corre antes.....

GRAN CIRCO DE CHIARINI.
OPERA. ITALIANA,

En la noche se pone en escena la ópera de Flotow, denomiunda: MARTA.

IMflRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
DUOS DE SAN AGUSTIN NUM,

l.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Administración de rentas</name>
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DEL

DIARI()

IMPERIO

TOMO 11.

MEXI0O: Viernes 2_5 de Agosto de 1865.

Nlm. 196.

SUMARIO

193 del "Diario del Imperio," ha sido instalada la Direccion general de caminos y puentes, y Consejo superior de dichos ramos, segun
disponen los citados decretos.
En tal concepto, y siendo atribucion del Director general proveer
á todo lo concerniente á vías de comunicacion, así como en general á
las &lt;lemas obras que se ejecuten en el Imperio con fondos públicos,
excepto los municipales y las que estén especialmente cometidas á
PARTE OFICIAL.
los ingenieros militares, se pondrá vd. á las órdenes de la mencionada Direccion, de quien depende desde ahora, para los efectos preveMINISTERIO DE HACIENDA.
nidos en las soberanas disposiciones de 19 del presente.
La firma del Sr. Director general ingeniero D. Santiago Mendcz,
GABINETE.
México, Agosto 23 de 1865.
es la que consta al márgen, la cual se le da á vd. á reconocer, á
S. M. el Emperador se ha servido nombrar provisionalmente á D. fin de que pueda obedecer las órdenes que libre en ejercicio de sus
José Nagore para el empleo de. Guarda de la Admistracion de rentas funciones.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario
de Tlalpam, que resultó vacante por promocion de D. Mariano He- de Fomento, Manuel Orozco.-Se comunicó á todos los Directores de
cammos.
redia que lo servia.
Es copia. México, Agosto 24 de 1865.

PARTE OFICIAL.-Nombramlento de Guarda de la Adminlstracion de rentas de Tlalpam.-Nombramlento de Receptor de rentas de Tejupilco.-Orden sobre 111 lnformacion de vida y costumbres que deben
hacer los 11Splrantes á Escribanos yNotarios.-Circular a los Directores de caminos, partlclpandoles haberse
Instalado la Dlreccion general de caminos y puentes.-Circular sobre cumplimiento del artículo 10 de ta ley
de :S de Julio.
PARTE NO OFICIAL.-Notlcias diplomúlicas.-Desagüe de Tluehuet-0en. Trabajos ejecutados del 14 al
20 de Agosto.-Oasa de Gobierno de Agua.scalientes.-Comislon patriótica de Orizava.-ld. de Aguascallentes.-Causa célebre.-Notlcias de MazaUan.-Ayuotamieoto de México. Acta del 30 de Junio.

S. M. el Emperador ha tenido á bien aprobar la separacion que el
Administrador principal de rentas de Toluca dispuso de D. JoséMa
ria Valdéz del empleo de Receptor de rentas de Tejupilco, y nombramiento que hizo en D. Felipe Jaimes para cubrir la vacante.

El Subsecretario de Fomento,

Manuel Orozco.

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS.

El Gefe de lo Seccion,

F. G. Mu1·0.

SECCION

Circular núm. 3.

7ª
México, Agosto 22 do 1865.

Estando prevenido por el art. 10 de la ley de 5 de Julio último,
que los representantes de las municipalidades ó establecimientos haSECCION 1~
gan reclamaciones, bajo su responsabilidad personal, de los capitales
México, Agosto 23 do 1865.
á que se refiere el 9? de la misma, se servirá V. S. recordar á los
En vista del ocurso elevado á S. M. por el Rector del Colegio de .Ayuntamientos y demas personas á quienes corresponda, el cumpliEscribanos de esta Corte, solicitando se le oiga previamente en las in- miento del citado art. 10.
El Ministro de Instrnccion pública y Cultos,
formaciones de vida y costumbres que con arreglo á la ley deben producir los aspirantes al Notariado; teniendo S.M. en consideracion la
füLICEO ,
gravedad y delicadeza de las funciones que ejercen en la sociedad Sr, Prefecto de ....
los Notarios y Escribanos, y que por lo mismo deben tomarse todas
Circular núm. 4.
M6xico, Agosto 22 de 1865.
lás precauciones posibles para que únicamente entren á ejercer tan
elevada mision personas que gocen de una conducta acrisolada y que Estando prevenido por el art. 10 de la ley de 5 de Juiio último,
disf111ten de una reputacion sin mancha; y atendiendo á que el Cole- que los representantes de las municipalidades ó establecimientos hagio de Escribanos, especialmente interesado en el lustre de ese cuer- gan reclamaciones, bajo su responsabilidad personal, de los capitales
po, cuidará escrupulosamente de que quede bien acreditada la mo- á que se refiere el 9? de la. misma, recuerdo á vd. el cumplimiento
ralidad y aptitud de los que _pretendan ingresará_él, se ha servido del citado art. 10 en la parte que le corresponda.
acordar:
El Ministro-de Instruccion pública y Cultos,
1? Que la informacion de vida y costumbres que el aspirante á
SrucEo.
Escribano público debe producir, se reciba con citacion del Rector Sr. Director del Colegio de•...
del Colegio de Escribanos.2? Que despues de producida, se haga saber al mismo Rector paPARTE NO OFICIAL.
ra que informe.
3° Que antes de pasarse al Fiscal del Supremo Tribunal el expeNOTICIAS DIPLOMATICAS.
diente, se dé vista al expresado Rector de los documentos que presentare el aspirante, oyéndole si necesitare audiencia.
Su Majestad la Reina del Reino Unido de la Gran Bretaüa é Ir4? En los lugares en que no hubiere Colegio de Escribanos, se en- landa, en cartas autógrafas que ha dirigido con fecha 19 de Junio últenderán las diligencias de que hablan las prevenciones anteriores, timo á SS. MM. el Emperador y la Emperatriz de México, les comucon el Comisionado del Colegio que para estos efectos debe haber en nica que Su Alteza Real la Princesa de Gales, esposa de Su .Alteza
todos los Departamentos en que haya establecido Tribunal Superior Real Alberto Eduardo, Pr¡ncipe de Gales, Hijo de S. M.--.B., di6 á
luz un Príncipe en la residencia de Malborough House, el día 19 del
de Justicia.
Y lo comunico á V. S. para conocimiento de ese Supremo Tribu- n1ismo mes.
nal y efectos consiguientes.-El Ministro de Justicia, Escudero.-Sr.
Ministro en turno del Supremo Tribunal de Justicia del Imperio.
E.n carta autógrafa que Su Alteza Real el Gran Duque de Baden
Es copia.
dirige á S.M. el Emperador, con fecha 22 de Junio de este año, le
El Subsecretario de Justicia,
comunica que Su Augusta Esposa, la Señora Gran Duquesa, dió á
F. de P. Tabera.
luz un Príncipe que recibió en el bautismo los nombres de Luis, Guillermo, Cárlos, Federico Bertoldo.
MINISTERIO DE JUSTICIA.

......

MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION

Circular núm. 18.

5~

DESAGÜE DE HUEHUETOCA,

México, Agosto 22 de 1865.

Agosto 21 de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de poner en el superior
Conforme á los tres decretos que S.M. el Emperador ha tenido á conocimiento de V. E. el estado de las obrns en la semana trascurrida del 14
bien expedir con fecha 19 del actual y corren insertos en el número o,l 20 del corriente.

�\

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

194

Ria de Cua1ttitlan.-No hay novedad.
Tiene de altura el agua. En el puente de Cuautitlan. . . . 1 m. 47
En el de Huehuetoca ......... 1 m. 54
La velocidad del agua es en el puente grande de Cuautitlan de 100 metros por........ . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1' 52"
En el puente de Huehuetoca de 100 metros por ........ 1' 54"
Laguna de Zumpango.-Se con~inúa el refuerzo del dique, habiéndose hecho de terraplen de césped 230 metros de largo por 2 de ancho y 1 de alto.
Altura del agua en la compuerta .................... 1 m. 82
Id. del dique fuera: del agua.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 m. 07
Laguna de San Ori-st6bal.-Se sigue la. reposiciou del contrabordo de césped, habiéndose hecho 58 metros de largo por 2 50 metros de ancho y 75
centímetros de alto (término medio).
Altura del agua.-En la compuerta de San Cristóbal.. .. 1 m. 45
En la de Chiconautla .............. 1 ,, 42
En el medio punto. . . . . . . . . . . . . . . . 1 ,, 35
Altura del dique fuera del agua.-En la compuerta de San
Cristóbal. . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 ,, 45
En la de Chiconautla. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 ,, 36
En el medio punto, ,. , . , ...... , ... , ...... , ... , , ... , 1 ,, 38

La distancia del dique á la parte mas saliente del agua de Texcoco, es de
poco mas de media legua.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El ingeniero administrador, Rom11aldo Rivera.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
CASA DE GOBIERNO DE AGUASCALIENTF.S,

Ministerio de Fomento.-Aguascalientes.-Prefecturasuperior política.Seccion·de Fomento.-Aguascalientes, Agosto 12 de 1865.-Recibí el supremo decreto expedido con fecha 28 del mes próximo pasado, que V. S. se
sirvió insertar en su comunicacion de 2 del corriente, así como la copia de
las proposiciones á que él se refiere, relativo todo á la autorizacion que S. M.
el Emperador se ha dignado conceder para hacer el gasto de mil cuatrocientos treinta y tres pesos, cincuenta y tres centavos, que importa el presupuesto formado para lareedificacion de la casa de Gobierno de este Departamento; y en contestacion, tengo la honra de manifestar á V. S. que las prevenciones contenidas en las proposiciones 3~ y 4~, serán debidamente cumpli•
mentadas: suplicando á V. S. se sirva dar á S. M. el Emperador las debidas
gracias por su deferencia al conceder un gasto de tan vital importancia.
Dios guarde á V. S. muchos años.-El Prefecto del Departamento, Francisco R. Espa1·za.-El Secretario general de la Prefectura, Fernando Rodriguez.-Señor Subsecretario de Fomento.-México.
Es copia. México, Agosto 24 de 1865.-El Subsecretario ele Fomento,
Mamtel Orozco y Berl'a.

Dª Guadalupe Castro,
,, Francisca Castro.
,, Marta Medina.
,, María de los Angeles Barreto.
D. Ramon Chao, su esposa y tres niños.
,, Rafael Velasco.
,, Salvador.Aguiar.
Una niña en la lactancia.
Los asesinos, embarcados furtivamente, son tres, llamados, Cárlos Magne, Francisco Lazarini y Alejandro Navarri. Los dos primeros fueron aprehendidos en el Valle de Banderas y -i'emitidos á este puerto, donde se les está juzgando actualmente; el tercero, Alejandro Navarri, no se pudo capturar; pero ha sido exhortado en todas direcciones.
El dia 5 de Mayo, á las tres de la madrugada, fueron asesinados, en alta
mar, el capitan del buque, D. Facundo Martinez, el timonel Aguiar, Chinelly y demas hombres, exceptuando al anciano Chao, que muy herido se dejó
caer á la bodega y se refugió entre las mujeres, donde ya no lo persiguieron
sus asesinos. El dia 8, á las siete de la tarde, se repitió la misma escena del
día 5, siendo asesinado D. Ramon Chao y todas las mujeres y niños de la
manera mas infame. Solamente dejaron con vida á los marineros Albino
Bogarin y Anacleto Meza, por necesitar de ellos para la maniobra del bu··
que.
El principal móvil de los asesinos, parece fué la codicia, pues se decia que
D. Ramon Chao llevaba una cantidad considerable de oro; pero segun hemos sabido despues, este señor dejó su capital en una casa de este puerto.
Segun se sabe por las declaraciones de los dos marineros, su principal objeto al cometer aquel odioso atentado, fué dirigirse hácia un puerto de Centro
América, para lo cual habían robado un roll en blanco; mas la Providencia
quiso que fracasaran en sus proyectos: el "Jóven Arturo", que venia del puerto de Manzanillo, les hizo seña, ignorando los horrorosos atentados cometi·
dos por aquellos caníbales: dirigiéndose entonces á la costa, ~charon á pique
la embarcacion, por temor de ser perseguidos, y saltando á tierra se internaron á la costa del Valle, donde se les sorprendió, merced á las providen·
cias tomadas por esta capitanía de puert&lt;.1 y la de San Blas,

comION PATRIOTICA DE ORIZAVA.

Dice el Orizave1io:
Ha sido instalada el domingo pasado y se compone de los señores siguientes:
_
Presidente, D. Avelino Herrera, D. José Luis Ituarte, D. José María Na.
redo, D. Francisco Bravo, D. José Montoya, Lic. D. José María Valdes,
D; Ignacio Mariz. Tesorero, D. Nemesio Iberri, y Secretario D. Manuel R.
Castellanos.
comION PATRIOTICA DE AGUASCALIENTES.

Tranquilidad pública.-Se conserva inalterable en tocio el Departamento.
Un destacamento frances, fuerte de 500 horr.bres, se halla en la Noria, á
catorce leguas de esta plaza. Igual número de fuerza se halla en Concordia,
á quince leguas de esta capital; y aquí se encuentra el i;esto de la Division
francesa en número de 1,500 hombres. La guardia rural constantemente en
movimiento, mantiene los caminos en la mas completa seguridad.
El 51 de Línea.-Los restos de este regimiento frances, que estaban en
esta plaza, se embarcaron para Guaymas el dia 15 del corriente.
El Sr. general baron de Aymard.-Desde el dia 14 de Junio, que salió pa·
ra Durango el Exmo. Sr. general de Castagny, gefe de esta plaza, ha que·
dado en su lugar el Sr. baron de Aymard, persona muy estimable por sus
honrosos antecedentes, por su bello carácter y finas maneras.
Regreso.-Desde el 2 de Junio último se encuentra en esta capital, ,el
Illm-0. Sr. Obispo D. Pedro Loza, de regreso de San Francisco Calüornia,
donde se encontraba desde hace cuatro años. Desde su llegada á ésta no ha
cesado de administrar la Confirmacion á todos los niños nacidos durante lo§
últimos cuatro años que estuvimos sin pastor.
Sabemos que permanecerá en este puerto por algun tiempo.
El Sr. Loza es un sacerdote digno por sus virtudes, y una notabilidad como literato.
'

Dice la Equidad, periódico Oficial de aquel Departamento:
Conforme al artículo 2~ del decreto de 10 de Agosto de 1863, han sido
nombrados para que la formen los Sres. D. Guillermo R. Brand, D. Antonio Cornejo, D. Estéban Avila, Lic. D. Luis G. Lopez, D. Fernando Rodriguez, D. Luis A. Chavez, D. Atanasio Rodriguez, General D. Manuel Arteaga y D. Mariano Serrano, á efecto de que se encarguen de arreglar el glorioso aniversario del 16 de Setiembre en el presente año; y esperamos que
dichos señores no perdonarán medio alguno para contribuir á..que tenga el mayor lustre posible, un dia que es consagrado á la patria.
En virtud de no haber aceptado los Sres. Serrano, Rodríguez, Chavez y
Arteaga, fueron electos en su lugar los Sres. D. Agustín R. Gonzalez, D.
Bernabé G. del Valle, D. Antonio Salas, y D. Francisco Garza y Cortina,
quedando en consecuencia instalada la referida Comision, quien desde luego
se ocupa de llenar el objeto con que ha sido nombrada.
CAUSA CELEBRE.

El Correo de Mazatlan dice lo siguiente en su número de 20 de
Julio:
. Mucho preocupa al público la que se sigue en esta capital, sobre los diez
y siete asesinatos cometidos en alta mar el dia 5 de Mayo del presente afio,
á bordo de la balandra nacional "Hayde", conocida por ''Salva- Vidas". '
Tan atroces crímenes han llenado de justa iudignacion á la sociedad, que
espera con ansia el fin del proceso para imponerse de todos los incidentes
ocurridos al consumarse el mas horrible de los proyectos que inventar pu·
dieran sus inicuos autores, cuyos nombres figurarán en la historia del crÍ·
mcn en primer término.

Lista de las personas asesinadas á bordo de la balandra "Hayde".
Capitan, D. Facundo Martinez
D. Juan B. Chinelly, italiano, dnefio del buqne.
D. Quirino Castro.
,, Agustín Castro.
,, Marcelo Castro.

3~ Dígase á la Superiora del Hospicio de Pobres, que el gasto de leña y Por dcvolucion de pagos de exceso de contribuciones. , , ... , , . , ........... , , .......... .
c~rbon está comprendido en los doce cen~avos para alimentos, y que el terPor pagos de 8 al millar sobre.capitales se calcula.
CJO de mantas que presupone se comprara otra vez.
El presupuesto á que se refiere la anterior proposicion, es como sigue:

AYUNTAltlENTO DE MEXICO,

En la ciudad de México, hoy viérnes 30 de Junio de 1865, se reunieron
en la Sala Capitular á la una de la tarde, para celebrar Cabildo ordinario público ¡os Sres. Prefecto Municipal, Jáuregui, Cervantes, Barreiro, Ibarrola,
Gomez, Rascon y Reyes.
Leida y aprobada la acta del Cabildo celebrado el dia 27 del actual, se
dió cuenta con las siguientes comunicaciones:
De la Prefectura política, en que trascribe otra del Ministerio de Gober·
nacion, comunicando el !1ombramiento de Director del Tecpan de Santiago,
hecho en la persona del Sr. Lic. D. J oaquinRaz'y Guzman.-Se mandó acusar recibo.
•
De la propia oficina, en que trascribe o~ra del Ministerio expresado, comunicando la reposicion del Sr. D. Juan Ta.mes en el empleo de administrador del _hospital de San Hipólito,-El mismo trámite.
Se dió igualmente cuenta con un informe dado por el archivero de esta
Secretaría, encargado de arreglar el archivo de beneficencia, en que manifiesta que á pesar de la escrupulosa busca que ha hecho de los antecedentes
relativos á las mejoras de los hospitales de ciudad y á sus fondos, no ha encontrado éxpediente alguno con relacion á este asunto, y cuyos antecedentes
fueron pedidos por el Ministerio de Gobernacion en 2-del que concluye, y
por la Prefectura política el 13 del mismo.-Se mandó contestar insertando
el informe del empleado del archivo, al Ministerio de Gobernacion y á la
Prefectura política.
Se dió lectura al dictámen de la Comision de Hacienda, relativo al presupuesto de ingresos y egresos para el mes de Julio próximo, y cuyo dictámen concluye con la siguiente proposicion:
"Se ,aprueba el presupuesto de los gastos que deben erogarse en el mes de·
Julio ·entrante, con las modificaciones que siguen:
1~ Se aplaza lo presupuestado por el hospital de San Andrés para gastos
extraordinarios,
. 2~ Se aplaza igualmente para el mes entrante, el gasto para la compra de
siete mulas que se necesitan en la Obrería Mayor.

10 ,,
20 ,,

43 25

PREMIO A LA ADUANA,

ADMINISTRACION DE RENTAS MUNICIPALES.
Cfzlculo tle egresos para el mes ele Julio tle 1865.
Peso!,

0$.

306 ,,
155 ,,
50 ,,

Academia de música y dibujo, sueldos ... . , , .. .
,,
,,
,, gastos ......... .

140 ,,
13 "

"

Compañía Lancasteriana, asignacion ... , .. , ... .
Policía municipal y de seguridad, se calcµla ... ,
,, compañía francesa
,,
Celadores de policía, sueldos ... , ... , ....... , .
,,
,, • pensiones .. .- ....... , .. .
Consejo superior de salubridad, asignacion . .• , .
Secretaría de la junta revisora, gratificacion, ... ,
Vacuna, sueldos ... , . . . . . , . •... ....... . .. , ,
,, gastos , .....'. . , . , ........... , ... , , .

Hospital de San Pablo, sueldos, . , , . . . • . . . . . . . 590 ,,
,,
,,
gastos ....... ,.,, .• ... 1,618 20

511'"

46 25
6 "

52 25

153 ,,

El de San Fernando, sueldos......... , ... , .. .
,,
,,
gastos , . .. , ....... .. , , ..

86 25
12

98 25

El de San Pablo, sueldos ...... , ...... ,,, .. , .
,,
,, gastos .. , , , ...... , , , , , ... ,

57
9

"

66 ,,

El del Campo Florido, sueldos .. , .... ,.,,.,,.
,,
,,
,,
gastos, .......•.......

56 25
8 "

64 25

485 ,,

112 50
2,208 20

"

4,014 66

"

de San Juan de Dios, sueldos ........
,,
gastos .. , , ......

163 16
677 20

840 36

de San Hipólito, süeldos .•.. . .......
gastos , . , . . , , ... , ..

210 66
693 70

"
"
"

"

"

Hospicio de Pobres, sueldos .. , . . , ... ....... . 341 50
gastos ...•...•........ •. 2,960
,,

"

"

Pa.nteon, sueldos ...•.••• . .. •.•. ............
gastos , ............••... , , .. , .....

"

45
"
115 46

Colegio de San Antonio, sueldos ...... , . , . , ... 466 50
gastos .. , . , ... , • ; .... 1,696 19
,,

"

. Cárceles, sueldos, .. • . . .. . • .. . .. .. . . . . . .. . . 891 65
,, gastos ...... , • , ............ , , . , . . . 6,338 ,,
Piso del Rastro, sueldos .......... . ......... .
,,
,,
gastos .................... ..

80 ,,
104 62½

Limpia de ciudad, sueldos ...• , • • • . . . . . . . . . . .
95 50
,,
,,
gastos . ... , .... ...... ...... 2,137 32
Alumbrado, sueldos ........ ,,., .... .... , ... 2,71:12 66
· ,,
gastos , .....• , .. , . . . . . . . . . . . . . . 2,892 ,,
Fontanería, sueldos, ...... , ............ , , .. .
,,
gastos ... , , , , . , , ............•...

272 50'
675 69

Obras públicas, sueldos, . , . , . , • .... ..... ~. , , 555 ,,
,,
,,
gastos ....... . ... ... ... ..... 10,81262
Paseos, sueldos ....................... , , .. .
,, gastos , ........ , , .- , . , . , •.. , .. , . .. , ,

89 13
729 67

Mercados, sueldos ................... , ... . , .
,,
gastos ........ , ................. .

680 74f
282 62½

Administracion de coches, sueldos .. ... ,, .. , .. .
,,
,, gastos ....... , .. , , , .

185 ,,
167 50

Administracion de Fiel-contraste, sueldos .•.. , .
,,
,,
. gastos. . .. , .

125 ,,
71 50

Guarda-ríos, sueldos, ....... , ... , .......... .
Guarda-compuertas, sueldos ...•....... , ..... .
GASTOS DIVERSOS.

Por alumbrado de la casa núm. 22 de la espalda
de San Juan de Dios ................ . , . , ,
Asignacion al barrendero de Corpus Christi ....
Tercera parte de multas que corresponde á la administracion de Fiel-contraste, .• , ........ .

1 ,,
2 25

10 ,,

"

"

30 ,,

Sueldo del encargado de la mesa de panteones ..

---63,129 68½

Suma el egreso , . , ....• , ........ .
COJIPARACIO!i,

Suma el ingreso .......... , ..• , . . . 59,435 50
Id. el egreso. .. , ... , .. .. .. . .. . .. . 63,129 68½
Deficiente.. .. .. .. .. .. .. ..

de San Andrés, sueldos .. , .... , ..... 490 97
gastos ..... . .. , ....• 3,523 69

"

5,737 ,,

PANTEONES.

83 33
100 ,,
80 40
32 10

730 ,:

El de los Angeles, sueldos ........... , ...... .
,,
,,
gastos ..... , ............. .

375 ,,
7,900 ,,
1,000 ,,
440 ,,
45 ,,

2 por 100 sobre 1,500 pesos en que se calcula el
producto de los carros de trasporte en las ga·
ritas ........... .... .. . ... ...... .. . . , . . .
2 por 100 sobre 35,000 ps. en que se calcula el
producto de derechos municipales de tarifa.. .

30 ,,
83
64
700 ,,
33
10
,, . APLIC.ACION AL FONDO DE 10 POR 100 DE AMORTIZACION.
33 10 por 100 sobre la suma de 57,370 p~. en que se
,,
calcula el ingreso efectivo. , ..... , . , . ...... .
,,

Pesos. Cs.

565
791
83
246
125
33
40
66

Secretaría del Exmo, Ayuntamiento, sueldos .. , .
Administracion de rentas municipales, id ... , . ,
Gastos de oficina y alumbrado .•. , ....... .. . .
Empleados jubilados, sueldos ....... , , ...... .
,,
cesantes
id. . ... , ..... . , , .. .
Capellan de los Remedios, sueldo. , ....... , . , ,
Obras pías, pensiones ... . .......... , ... , .. , .
Hospital del Divino Salvador, asignacion .... ,.
Escuelas municipales, sueldos, . .. . , ...... , .. ,
rentas ....... ,, ... . ... .
"
,,"
útiles ................. .

NOTICIAS DE MAZATLAN,

El Correo de aquel puerto publica las siguientes en su número de
20 de Julio:
.
,.

195

3,694 l8½

ADMINISTRACION DE RENTAS MUNICIPALES,
Cfzlculo de ingresos para el mes de Julio de 1865.

Arrendamiento de fincas, ......... . ..................... $ 1,000 ,,
,,
mercedes de agua ..... ... ............. . 1,500 ,,
Réditos de capitales .• . ......... .. .....•................
300 ,,
904 36
40 ,,
Idem por obras pías .. . •...•......•...................
Por producto de mercados ..................... ; .. .. . .... . 6,200 ,,
,,
,,
Fiel-contraste ........•......... , ....... .
200 ,,
3,301 50
,,
,,
Piso del Rastro .. .. , ................. : .. .
400 ,,
,,
,,
Loterías.-San Hipólito .... . . ......... ... . 1,000 ,,
,,
,,
,,
Hospicio .....•...•.............
900 ,,
160 46
,,
,,
Panteon ............................... .
600 ,,
,,
,,
2 y 4 p g de comisos ..•..................
30 ,,
,,
,,
Distincion de cárceles ................... .
25 ,,
2,162 69
,,
,,
Licencias para obra ................... . .. .
100 ,,
,,
,,
Derechos de licencias.................•...
100 ,,
,,
,,
Multas ... ... .. . ............. . ........ .
150 ,,
7,229 65 Por contribucion.-Casas de empeño ..................... . 1,000 ,,
600 ,,
,,
,,
J ~egos. permit!do.s ................... , ... .
,,
,,
D1vers10nes publicas .................... .
100 ,,
184 62½ ,,
,,
Canales¡. . . . . • . . . . . . . . . ............. .. .
200 ,,
,,
,,
Carruajes particulares ......... ....... .... .
400 ,,
,,
,,
Idem de alquiler ... : .................... . 1,600 ,,
2,232 82
,,
,,
Panaderías . ............. . ..... .. ....... .
o ,,
.,
,,
Cafés .........•........................
200 "
,,
,,
Fondas . ........ ...... ... ..... .. . .... . .
200 ,,
5,684 66
,,
,,
Fábricas de cerveza. . . . . .......•........
150 ,,
,,
,,
Espendio de licores ..................... . 2,500.-,,
,,
,,
Casillas de pulque.. ...... .. .. ....... . . . . . 1,500 ,,
948 19
,,
,,
Vacas de ordefia .. .. .. .. ... . .• .. ...... ...
200 ,,
,,
,,
Carros interiores ................. ... . ... .
15 ,,
,,
,,
Idem en las garitas ...................... . 1,500 ,,
11,367 62 Por Derechos Municipales.... , ......................... . 35,000 ,,
Por Reintegros . .......... . ... .......•....... . .. . ......
500 ,,
25 50
Por Descuento para vestuario á los celadores de policía ..... .
818 80 Por
,,
,,
,, á los agentes de
,,
.. .. . .
o"
Por produ?t.o de los panteones que están á cargo de la Prefectnl'a poht1ca .. ..... . .... .. ....... •. .... . ............ . 1,500 ,,
963 37
S'uma el ingreso .......... . ... $ 59,435 50
[ Conclitirá.]
352 50
196 50

AVISOS OFICIALES.

50 ,,

MINISTERIO DE GUERRA.

16 "

Conforme á lo dispuesto en suprema órden, debe procederse á la compra, de caballos
pnra el ejército; lo que se participa á las personas qus los tengan, á efecto de que ocurran
a 111 Comision de remonta, que se reunirá en esta Direccion todos los dias, de las diez á
lns doce de 111 mañana; en concepto de que loa caballos deberán tener de cinco á nneve
años de edad, y por lo menos un metro cuarenta y seis centímetros de alzada,
,
Por 6rden del Exmo. Sr. lliiniatro,
El Int!'ndcnte de ejército, Gefe de 11\ fí~ DirPccion,
3a-2Francisco .llfontero.

5\l DIRECCJON.

�I

196

DIARIO DEL IMPERIO.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

JUZGADO 2? IIENOR.-EMPEDRADILLO HUM, 5.
México, Agosto 19 de 1865.
AVISO.
Se hace saber al defensor del intestado del Lic. D. Ramon de la Sierra que, no habiénRelacion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia de los intedose presentado en este Juzgado á contestar la demanda que sobre pesos promueve al
resados en esta oficina.
mismo intestado, D. Jesus Plácido Vega, y para lo cual se le citó porlos periédicos, ee ha
Seccion l~-442, 483, 511, 936, l,l52, 1,887, 2,245, 2,539 y 2,564.
Seccio». 2~-493, 583, 636, 639, 789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, J ,727, 1,'39-2, dado por contestada la demanda, y se ha mandado recibir el juicio á prneba por tres dias,
cc,ntados desde la publicacion del presente.
2,077, 2,513, 2,635, 2,636, 2,646, 2;675 y 3,297.
.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta cornpareconcia
El Juez 2? menor, Lic. Unanue y Pa'IJon.
52ií-3a-3
no se verificá.
·rozGADO 3? :MENO_R.-JESUS MARIA NUM. 7.
Nota.-Hoy so han elevado ni Exrno. Consejo, espeditadas por esta oficina, los cspcel paradero de D. Timoteo Ortiz, por la presente se le cita y emplaza, á fin
dientes de la Seccion 1~, números 1,755, 3,559, 3,671, 3,6n, 4,291, 4,292, 4,294, 4,295 deIgnorándose
que en el término de ocho diae, contados desde la primera publicacion, comparezca en
y 4,454.
este Juzgado, por sí ó por apoderado, instruido y espensado, 11 contestar In demanda que
De la Seccion 2~, números 645 y 646.
enjuicio de conciliacion le promueve el 1-ic. D. Diego Alvnrez de la Cuadra, sobre pago
Lo qne se avisa para conocimiento do los interesados.
de dos mil y tantos pesos, apercibido Ortiz de que se dará por intentada la concilincion y
México, Agosto 24 de 1865.
se espedirá el certificado respectivo si no concurre.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Mexico, Agosto 19 de 1865-Morales.
526-3a-3
Juan Suarez y Na'liarro.
1UZGADO 2? IIENOR.E:MPEDRADILLO NUM. 5.
México, Agosto 18 de 1865.
AVISO.
Ignorándose In hnbitncion de D. Antonino Cubas, por el presente se le cita y emplaza
Para conocimiento de las personas que tengan asuntos en el Ministerio de Fomento, se
participa que esta Secretaría se ha trasladado á la casa del Correo, habitacion alta de la para que en el término de nueve dina, contados desde la. publicacion de este aviso, se presente en este de mi cargo, por sí 6 por apoderado, instruido y espensado, á contestar la
izquierda, subiendo la escalera.
1011-l
demanda que le p~o:nuey~ ~obre pe~os,. el Lio. D. Juan falacios; apercjbido, si, no se.presenta, de que segmrn elJu1c10 sus tram1te·s en su ausencia y rebeldia, dandose a los estrados por bastantes.
527-3a-3
El Juez 2? menor, Lic. Unanue y Pa'IJon.

AVISOS JUDICIALES.

1UZGADO DE LETRAS DEL PARTIDO DE CELAYA.

En los autos de intestado de Mr. Emilio Ferrat, súbdito frances, que fulleci6 en esta ciudad, en fines de Junio anterior, ha mandado el Sr. Juez de letras, Lic. D. A. Madrid, por
auto fecha 16 del corriente, se convoque á los parientes y acreedores del finado que se crean
con ~erecho, para 9.ue se p~esenten con sus justificantes, ante el Juzgado de letras de este
}'.artido en el térmmo de diez meses, contados desde el dia de la. publicacion en los peri6d1c?s de la Corte de México, á deducir el que les asista; bajo el concepto de que si no lo
ve:1ficaren, les par~rá el perjuicio á.que habiere lugar, y se aplicarán dichos bienes á los
obJetos que determma la. ley.
·
Celaya, Agosto 17 de 1865.-El Escribano público, Ram011 Reynoso.
3a- l
1UZGADO 3? DE LO CIVIL.
Palacio de Justicia.
· En los autos que ha seguido el Lic. D. Manuel Valay, como apoderado de D. Cárlos
Niesth, contra D. Agustin Godoy, sobre pesos, que comenzaron en el año de 1862 solicitando en aquella época la parte del actor, que el demandado concurriera á reconocer
unos documentos, ha presentado dicho Lic. Valay un escrito al Juzgado 3? de lo civil que
es hoy á cargo del Sr. Lic. D. José M. Cordero, pidiendo se radiquen en él los referidos
autos, y se haga saber la radicacion por los periódicos al espreaado Sr. Godoy para promover lo conveniente, á lo cual se proveyó el auto que sigue: " l\fé:s:ico, Agosto 17 de
1865.-Como lo pide, haciéndose las debidas publicaciones por el Diario Oficial. Lo provey6 y firmó el Sr. Juez. Doy fe.-Cordero.-Islas y Bustama11te.
Y en cumplimiento de lo man~ado se hace saber al repetido D. Agustin Godoy; que los
autos de que se trata se haB. radicado en el citado Juzgado 3? de lo civil, sito en el Palacio de J ustica.
México, Agosto 21 de 1865.-Juan N. Carrion, Escribano público.
533-4a-l

CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 1? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D~ Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Dinrio del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí 6 por personas suñcientemente autorizadas; bajo el spercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
·
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajua.to, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.
Miguel Herrera, Escribano público de In Nacion.
390-60s-57

AVISOS PARTICULARES.
IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE

hará el noveno remate de muebles y otros objetos, en In casa núm. 8, calle de In Perpetua, el viérnee 25 y sábado 26 de Agosto de 1865 J.., LAS DOS DE LA TARDE, estando
á la vista el 23 y 24.
Ya se darán listas pormenorizndas.-Las ventas son ni contado y sin reclnmacion.-Los
comisionistas pagarán seie por ciento.
Se reciben en comision muebles, joyería, mercería, cristalería, lenceria, abarrotes, etc.,
etc, pues está probado que ante el 'licrdadero mejor postor, todo ee vende, como acaba de
verse en esta casa, que ha rematado últimamente cerca de dos mil lámparas, seis mil mechas, setecientos globos y tubos, quinientos veladores, etc.,-etc.
Tambien se hacen remates particulares -al TRES POR CIENTO, valúos de muebles,
alhajas, carruajes, ropa, etc., cobrando un solo honorario, CQ!l arreglo al art. '%1 de In ley
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
respectiva.
Igno~n.dose el domicilio de D. (?árlos Carret! este Tribunal ha mandado se le cite por
Se compran muebles y se paga bien á los corredores.
528-5s-5
los periódicos para que en el térmmo de ocho d1as, contados desde la primera publicacion
del presente aviso, comparezca ante dicho Tribunal para la práctica de una diligencia. en
MANTEQUILLA.
los autos que le ha promovido D. Fernando C6rcoles.
La acreditada mantequilla de In hacienda de San Nicoláa Buenavista, sigue vendiéndose
Y en cumplimiento da lo mandado por el Sr. Vicepresidente 1?, y á pedimento del inte- en el entresuelo de In casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde llega fresen los márresado, pongo éste para que surta sus efectos.
._
tes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
México, Agosto 19 de 1865.
que solo en dicha casa se espende, que ninguno está comisionado para llevarla. ií las casas,
y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
José Mar{11, Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaria.
•
480-15s-14
530-3a-2
1UZGADO 5? IIENOR.-1~ :MONTERLLA ;NU:M. 7.
OJO AL AVISO.
Por auto de esta fecha, he mandado se saque á remate la casa núm. 1 de la segunda
En la calle de las Escalerillas núm. ,7 se traspasa un almacen 6 accesoria, arreglada con
calle de Necatitlan, valuada por el perito D. Abraha\ll Olvera en la cantidad de mil dos- mejoras hechas últimamente; local á propósito para establecer cualquiera clase de negocientos treinta y ocho pesos un real, y cuyo acto tendrá lugar el &lt;Ua cuatro del entrante ciacion, porque ademas de tener dos entradas y todas las comodidades que se requieren,
Setiembre, á las doce.
el establecimiento es amplio, de modo que el que desee establecerse ventajosamente pueMélico, Agosto 11 de 1865.-Lic. Labat.
531-4a-2
de pasar á tratar con el dueño en la misma calle y número referido á cualquiera hora del
din, nó siendo de onell á una.
·
3
TRIBUNAL DE COMERCIOºDE MORELIA.

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.

Morelia, Agosto 9 de 1865.
Este Tribunal, en auto de nueve a.e Agosto actual, ha declarado en ~atado de quiebra
AGUA ELECTRICA.
á D. Isaac Wisebourg, debiendo contarse la época de aquella desde la fecha del ante, salSe
acabaron
la!
canas,
ya
no
oole
nada
el coimético.-Destruccion de todas las enfermedavo lo que despues aparezca: ha nombrado sindico administrador á D. Teófilo Cortés, y
des, como la enfermedad de las reumas, etc., etc., etc.
judicia.l al Lic. D. José María Aldaytuniaga, ·con el carácter de provisionales, y fijado á
los acreedores el plazo de un mes.
.
Establecimiento de productos químicos y Galería de retratos fotográficos,
Y en cumplimi_en~ de lo disp_uesto en el art. 794 del C6dig? de comercio, pongo el pre1~ ca.lle de Santo Domingo núm. 2, piso principal.
senta para conocimiento de los mteresados.-Fernando Martincz, Secretario.
611-2
El que suscribe tiene el honor de anunciar al respetable público do este Imperio, varios
CITACION.
efectos químicos útiles para algunas enfermedades, y In sÍB. rival AGUA ELECTRICA para
En_ los autos que sigue el Sr. D. Mariano Perez de 1:agle contra. la Sra. D~ I~nacia teñir las canas.
Rodnguez de Acostn sobre pesos, la Exma. 2~ Sala del Supremo Tribunal de Justicia. se
La AGUA ELECTIUCA sirve para teñir el pelo de un negro azabache que lo hermosea,
ha. servido proveer lo siguient-e:-"Cítese por los peri6dicos á In Sra. D~ Ignacia Rodri- por muy desigual que sea su color, y tiene las cualidades de que no mancha el cútis como
guez de Acostn para que por sí 6 por medio de apoderado instruido y esp~nsado se pre In tintura francesa, ni se pone verde como la tintura del Norte de Batchelor,
~~~ d~ntro. de 30 dios, contados desde la fecha de la última publicacion, á continuar el
Se garantiza In teñida de una barba 6 cabellera por cinco meses, por el ínfimo precio
¡~1~10 eJecutivo, que ante esta Sa.la tiene pendiente con D. Mariano Perez de Tagle; aper- de cinco pesos que cuestan los tres pomitos, y por una docena 48 pesos.
c1b1da que de no comparecer le parará el perjuicio que haya lugar.-Tres rúbricas do los
484-1511-8
JACOBO ALIMENTO.
Sres. Ministros.-Barbedillo, secretario."
Y ~n cumplimiento de lo mandado pongo el preRente para que surta los efectos corresIMPORTANTE.
pondientes.
Se halla pendiente un litigio sobre In propiedad de las fincas que fueron de D. José
México, Agosto 12 de 1865.-EI Oficial mayor, Lic. Mariano Sansal'IJador. 520-3a-3
Gregono Soto, denominadas Totolquexco y San Diego Apatlahuayn, en jurisdiccion de
Huamantla y Tlaxcala, de que actualmente es tenedora D!- Jacobn Ocotlan Corona de
AVISO 1UDICIAL,
En el juicio que sigue el 1:ic. D. Diego Alvarez de la Cuadra, en represe,ntacion de D. Sanchez, y aun se me ha nombrado interventor general de todos los bienes, de 6rden suPe~ro Lopez, contra D. Félix Villar sobro pesos, el Sr. Juez 2~ de 1o·civil, Lic. D. An- perior, pues dichas fincas pertenecen realmente á una fundacion de beneficencia. Lo que
tomo Rebollar, ha mandado por su auto de 17 de Agosto que se proceda á la venta en aviso al público, para que cualquiera persona que intente contratar sobre ellas, sea en vía.
almoneda públic~ de los llanos 'I magueyal embargados al deudor, y los cuales pertenecen de compra, arrendamiento, 6 de cualquiera otro modo, esté advertida de In nulidad que
al Rancho del Risco de la propiedad. del mismo; señalándose para su venta loe días 24 y lleva consigo el contrato, como de cosa litigiosa, cuya nulidad protesto hacer valer en to~ del presente, y 4 d~l entrante Setiembre, á las doce en punto, siendo In última con ca- do tiempo por los medios le~ales; y para que nadie pueda alegar buena fe acerca de este
lidad de remate, y temendo lugar las almonedas en la escribanía del que suscribe situa- negocio, hago est,¡, publicac1on.
México, Agosto 2'2 de 1865.-Laurca110 Salazar y Prieto.
520-3a-2
da. en los bajos de la casa núm. 4 de la calle de la Moneda, en donde se pueden to~ar las
instrucciones relativas á este negocio.
M6xico, Agosto 18 de 1865.-Casimiro Fcrnandez, Escribano público. 521-3a-3

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DIVERSIONES PUBLICAS.

1UZGADO DE LETRAS DE TDANCINGO.
Estando mandado por auto de dos del presente mes, se proceda. á la venta de In casa
situada en la 31!- calle Nacional de este pueblo, perteneciente á la Sra. D~ Juana Cuevas,
TEATRO IMPERIAL.
vnlu~da por los peritos D. Agustín Villegas y D. José M. Perez en la cantidad de mil cuaEsta noche se pone en escena~! drama dividido en un prólogo y cuatro actos, intitutrocientos sesenta pesos, y señalados para las almonedas los dina 14 y 25 del corrieñte lado: Juan Fa1ft1llas.
AgGst?, '! el 6 de Se~íe~bre pr6ximo, s10ndo !11 última co~ calidad ~e r11mate, se pone en
conocim1~nto del publico para que las personas ~ue se. mteres~n a la mencionada casa,
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
ocurran a este Juzgado do letras, donde se les daran las mstrucc1ones respectivas.
Tennncingo, Agosto 2 de 18()5.-El Secretario, Lic. Jncobo Sanchez.
G02-6a-6
BAJOS DE SAN AGUSTIN NUM, J.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 2, No 196, Agosto 25</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

IMPERIO

TOIIO II.

NUM. t9a:

MEXIOO: Jueves 24 de Agosto de 1865.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.- Decreto sobre pensiones de retiro de los militares y otros dependientes del ramo de
guerra.-Otro, sobre vales de desamortizacion.-Militares condecorados con medallas de mérito militar pnr
acciones de guerra.- Varios acuerdos de S. M. sobre empleados y sueldos en lás oficinas de bienes nacionallzados.-Nom~ramiento de Subprefecto de Aliende.-Declaraoion de cesantía en favor del Sr. Noriega.Conceslon de titulo de villa al pueblo de Yanhultlan.--Subprefecto del Distrito de Tehuacan.--Orden para
que todas las municipalidades d e Chalen contribuyan para alimentar alos presos de la cabecera.-Declaracion sobre competencia de los tribunales del Imperio para conocer en las dem·andas de extranjeros contra
extranjeros.
PARTE NO OFICIAL.-Vlaje de S. M. el Emperador a Pacbuea.--Sentencias de la Corte Marcial de
Héxlco.
·

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERA.DOR DE MEXICO:
Considerando la necesidad que hay de conciliar los intereses del
Erario público con los de los militares que se consagran al servicio
de la Nacion, en el que consumen los mejores años de su vida; y teniendo presentes las reglas establecidas eJ otros países para recom·
pensar los dilatados servicios prestados en el ejército,
DECRETAMOS:

Art. 1? Los militares y &lt;lemas dependientes del ramo de guerra, son
acreedores á retirarse con sueldo por tiempo empleado en1:il servicio
6 por inutilidad cont_raida en funciones de armas, segun lo Determinamos en este decreto.
Art. 2? El minimum de la pension de retiro será los sesenta centésimos de la paga del último empleo, y se obtendrá por 30 años cumplidos de servicio: el máximum será los ochenta q,~ntésimos de lapaga, en los mismos términos, y se obtendrá por 50 años de servicio.
Para tener derecho á esta cuota se deberán contar 2 años en el último empleo, si no se tuviesen se retrocederá al anterior hasta que se
completen. Por cada año de servicio que exceda de los 30, se aumentará un centésimo de la paga, basta llegar á la pension del
máximum.
Art. 39 Los Gefes y oficiales que no teniendo los 30 años, pidiesen su retiro, se les concederá solo con el uso de uniforme de retirado. Los Gefes y Oficiales que no hayan cumplido 20 años de servicio y pidiesen su separacion, se les Mncederá con licencia absoluta.
Art 4? Todo Gefe ú 0ficial que hubiese sufrido amputacion de
dos miembros 6 ceguera, recibirá 90 centésimos del sueldo activo; por
la amputaci_on de un miembro 6 pérdida del uso de dos miembros, el
máximum de la pension de su grado: en ambos casos, cualquiera que
sea el tie~ de servicios.
,
_
Art. 5? A los Gefes y Oficiales que por heridas en campaña, naufragio al momento de prestar su servicio, 6 enfermedad incurable
adquirida por éste, se inutilizaren sin perder un miembro, se les concederá retiro con el minimum de la pension, cualquiera que sea el
tiempo de servicios que cuenten y el que hayan servido en el último
empleo. La justificacion de la inutilidad será debidamente comprobada por una comision del cuerpo de sanidad, la que para este objeto recibirá instrucciones del Ministerio de Guerra. A los que por
su tiempo de servicios les corresponda mayor paga, segun lo prevenido en el art. 2?, se les concederá desde luego.
Art. 6? Los Capellanes quedan comprendidos en los goces de este
decreto, y para declarárselos se considerarán como Capitanes.
Art. 7º Los Gefes y Oficiales de todas clases de milicias, que .se
hallasen en los casos de que hablan los artículos 4? y 5?, gozarán
igual retiro que los del ejército. Todos los Gefes y Oficiales de Auxiliares ú otras milicias que no sean permanentes, y no se hallen en ~l
caso de los artículos citados, no tendrán derecho á ninguna especie
de retiro, á menos de que no hubiesen veteranizado.
Art. 8? Todos los Oficiales que sirvan en los cuerpos de milicias
con el carácter de veteranos, obtendrán el retiro lo mismo que los
del ejército.
.
Art. 99 No se concederán mejoras de retiro por ningun motivo,
supuesto que todas las concesiones han de ser hechas conforme á lo
prevenido en esta ley.
Art. 10. A los retirados, si estuviesen enfermos, se les admitirá
en los Hospitales militares, si lo; pidiesen, serán asisti~os con las distinciones que correspondan á su empleo, y por estancias solo se les

descontará la mitad de las ·pensiones que gocen por su retiro; lo mismo ha de entenderse con los sargentos, cabos y soldado&amp; retirados.
Art. 11. Los retirados podrán tener colocacion en cualquier ramo
de la administracion pública, si el Gobierno lo estimase conveniente
y tuviesen la aptitud que corresponde para el desempeño del destino, calificada por el Gefe de la oficina respectiva.
Art. 12. Los retirados que tengan la robustez y aptitud necesaria,
podrán ser colocados en los empleos de Comandantes de resguardo,
tenientes 6 guardas de garita, celadores de Aduanas marítimas, contralores de hospitales militares, y destinos en la policía 6 municipalidades.
Art. 13. Si solicitasen volver al servicio, por haber cesado las causas por que lo dejaron, y teniendo la robustez necesaria, podrán ser
admitidos á Nuestra voluntad, y se les concederá precisamente en el
empleo efectivo que tenían cuando se separaron, sin que puedan pe-'
dir mayor ventaja: perderán la antigüedad del tiempo que estuvieron
retirados, pero se les abonará el que antes de retirarse habían
servido.
Art. 14. A los Gefes y Oficiales retirados podrá llamarlos el Gobierno para ocuparlos siempre que tuvieren la aptitud necesaria y
estuviesen conformes, pero nunca á solicitud de ellos; podrá encargárseles el desempeño de servicio activo y aun de armas, pero sin
opcion á que se.les abone el tiempo que sirvan de este modo, ni á que
se les conceda ascenso alguno, pues únicamente disfrutarán la paga
entera del empleo efectivo que tuvieren, durante el tiempo desu comision.
Art. 15. Los retirados podrán ocuparse á-su voluntad en cualquiera profesion honrosa y separarse del lugar en que tengan retiro
6 en donde perciban su haber, con solo la obligacion de remitir cada
tres meses á la Tesorería respectiva el certificado de supervivencia,
pudiendo percibir sus sueldos el apoderado que nombren. ·
Art. 16. Los libramientos de sueldos de los retirados han de ser
por meses vencidos. ·
Art. 17, Cuando los retirados desempeñen destinos de la administracion pública, no podrán disfrutar dos sueldos, sino que percibirán el que fuere mayor.
·
Art. 18. A los Generales de Division y de Brigada, se les concederá retiro bajo las mismas reglas que se establecen en este decreto
para los Gefes y Oficiales del ejército.
Art. 19. A los Generales, Gefes y Oficiales retirados, no podrá
exigírseles que desempenen ningun servicio contra su voluntad, y
solo estarán obligados á concurrir como vocales á los Consejos de
guerra por falta de Oficiales vivos.
Art. 20. Los militares que actualmente estén retirados, conservarán el derecho á las pensiones que disfrutan, pero por ahora se hará
en ellas el rebajo que á continuacion se expresa.
Para el retiro con toda la paga, deberá disminuirse una tercera
parte de la pension: en consecuencia, se abonarán las dos terceras
partes de la misma. Para el retiro con las dos terceras partes, se
disminuirá una cuarta de la pension, abonándose las tres cuartas
restantes. Para el retiro con la mitad del sueldo, se reb~iará una tercera parte de la pension, abonándose las dos restantes. Para el retiro
con la tercera parte de paga, se rebajará una cuarta de la pension,
abonándose las restantes.
·
. Quedan except uados de esta prevencion los retiros concedidos á
los militares por mutilacion de miembros 6 ceguera, en servicio de

9mp~L

.

Art. 21. Los sargentos, cabos y soldados se retirarán á los 25
años de servicio con los sesenta centésimos del sueldo de sus respectivas clases. Si antes de cumplir este tiempo fuesen inutilizados en
los términos designados en los artículos 4? y 5? de esta ley, se les
concederá su retiro con el goce de toda su paga.
Art. 22. Los sargentos, cabos y solda~~s q~e sin interrupcion y
sin nota cumplan los períodos que á contmuac1on se espresan, gozarán mensualmente sobre su haber los premios siguientes: á los siete
años un peso, á los quince años un peso cincuenta centavos, y á los

�•

190 ·

Art. 33. Los retirados de todas clases condenados por el delito de
veintiun años cuatro pesos, cuyas pensiones conservarán aun cuando
sublevacion ó sedicion, ú otros excesos, perderán durante el tiempo
se retiren.
·
Las cédulas de estos premios dan d~rec~o al uso de un galon d_e del castigo el derecho al sueldo de su retiro. El goce de éste se pier·
cinco hilos en la parte alta del braz~ 1zqmerdo por cada una de di- de por sentencia ó pena infamante.
Art.
34.
No
hay
retiro
al
servicio.J
llasivo
para
los
individuos
de
las
chas pensiones. Las cédulas y pre.mios que tengan ac~ualmente los
armas
especiales,
y
todos
los
retiros
se
concederán
conforme
á
est~
individuos de tropa quedarán subsistentes. Po_r. el dehto de desercion se pierden las cédulas que se hayan _adqumdo. .
.
ley.Art. 35. Para que un geie
e ' fi . 1 t· d
u o cia re ll'a o pueda perc1'b'ir su penArt. 23. El Batallon de Inválidos contmuará subsistente y regido
por el reglamento de 3 de Octubre de 1839, pero sol.o con el cará~- sion en país extranjero, necesita previamente licencia del gobierno;
ter de provisional mientras se establece la Casa Nacional de Inváli- nombrará un apoderado para que de la oficina respectiva r~ciba _la
dos, con sus reglamentos respectivos.
.
· . que le corresponda, justificando cada tres meses s~ supervivencia.
Art. 24. Los maestros mayores de los cuerpos de artillería. é m- Si se excediese de la licencia se suspenderá la pens10n.
Art. 36. Quedan derogadas todas las leyes y decretos sobre retiros,
genieros en los diversos establecimient_os de esa~ armas,. obtendrán
el retiro de Tenientes siempre que hubiesen servido los tiempos se- así como las disposiciones que se han dic~do sobre esta materia y
que se opongan á la presente ley.
.
.
ñalados en servicio continuo.
Nuestro Ministro de Guerra queda encargado de la e3ecuc1on de
Art. 25. Los maestros y obreros de plaza sentada, obtendrán reti~
ro, los primeros como Subtenientes y los últimos C'nno sargentos este decreto.
Dado en México, á 18 de Agósto de 1_865.
primeros, si hubiesen cumplido el tiempo señalado para la tropa en
MAXIMILIANO.
servicio continuo.
.
POR EL E~1PERADO1t,
Art. 26. Los maestros armeros y talabarteros en los regimientos,
El Ministro de Guerra,
obtendrán retiro como sargent~s primero~, ha~ien~o cumpl~do el
JUAN D"E D. PEZA.
tiempo marcado para la tropa, sm uso de licencia ó mterrupc1on.
Art. 27. Los individuos comprendidos en los tres artículos anteriores si se inutilizasen en las fábricas militares, ya perdiendo algun
miembro ó totalmente la vista en el desempeño de su obligacion, MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
tendrán las mismas gracias concedidas á los oficiales y tropa en los
Oido Nuestro Consejo de Ministros y el de Estado,
artículos 4?, 5? y 21, segun sus clases.
DECRETAMOS:
Art. 28. Las reglas establecidas para los oficiales se entend~rán
Art. 1? !,.os que bajo su firma aparecieren responsables de vales
vigentes en todos los casos, respecto de los empleados de las oficmas
de
desamortizacion, están obligados á pagarlos, sea cual fuere el orimilitares, siendo asimismo iguales las restricciones, y para la percepgen
de los vales y el resultado de la revision de las operaciones rescion de sueldos se asignarán los equivalentes á los oficiales de guerpectivas.
ra, en esta forma:
Art. 2? La accion hipotecada constituida sobre la finca ó fundo
ADMINISTRACION.
mencionados en los vales de desamortizacion, no podrá,ejercitarse
Inspector, como ......... General de brigada.
para enajenar ó hacer enajenar la cosa hipotecada, ni aun de consenSubinspector.. . . . . . . . . . . Coronel.
timiento
del-deudor, mientras la operacion de que los vales proceComisario en gefe....•• ,. . Teniente Coronel.
den
no
se
'haya revisado y fijado definitivamente el dominio; pero sí
Comisarios . _. . . . . . . . . . . Comandantes.
quedará
expedita
la accion que por derecho corresponda, para exiSubcomisarios........... Capitanes.
gir
que
el
pago
se
haga con los frutos de la finca ó fundo y para los
Idem adjuntos de 1~ clase. Tenientes.
demas
efectos
legales.
Idem
de 2~
Subtenientes.Art. 3? Las devoluciones que deberán hacerse por el erario de las
cantidades
exhibidas en caso de operaciones contradictorias, se veriSANIDAD,
ficarán presentando los que practicaron las que de aquellas se huMédico inspector. . . . . . . . General de brigada.
bieren declarado insubsistentes, los vales que hubieren pagado ó paMédicos prineipales. . . . . • Coroneles.
garen en lo de adelante á la Administracion de Bienes nacionalizados,
Idem de 1~ clase •.•••• Tenientes Coroneles.
la que con vista de los antecedentes, cubrirá el valor de ellos en la
Idem de 2~
. • . . • • Comandantes.
forma y términos designados en el art. 13 de la ley de 26 de FebreIdem adjuntos de 1~- ... Capitanes primeros.
ro último, llevándose cuenta especial de esas devoluciones.
Idem
de 2~. . . . Capitanes segundos.
Art. 4? Los que firmaron vales de desamortizacion por operacioFarmacéutico principal. . . Teniente Coronel.
nes fraudulentas, declaradas poi· tal motivo nulas en la revision, queIdem
de e.. . . . . Comandante.
dan obligados en todo tiempo al pago de su importe, aunque hayan
Idem
de 2~.. .. .. Capitan primero.
sido privados de la finca ó capital, sin recurso á su reembolso, ni por
Adjunto
de 1~...... Idem segundo.
el Erario ni pór su competidor, como dispone el art. 13 de la ley de
Idem
de 2~.. . • . . Teniente.
26 de Febrero.
Art. 5? Si los obligados en la forma y términos previstos en el aiArt. 29. A los militares se les contará el tiempo que hayan servitículo
anterior, despues de hecha excusion en sus bienes, siendo pardo dia á día desde que entraron al Colegio Militar, si fueren oficiate
en
este
juicio de excusion el abogado defensor de Hacienda púles, ó desde que sentaron plaza, si perteneciesen á la clase de tropa.
blica,
fueren
declarados insolventes, la Administracion de Bienes naA los individuos de administracion y sanidad militar, desde la fecha
cionalizados,
con vista de los antecedentes, para evitar nuevo fraude,
de sus nombramientos expedidos por el gobierno. A unos y otros se
cubrirá
á
los
terceros portadores el_importe de los vales que estén en
les descontará el tiempo que hayan usado de licencias, sean ilimitacirculacion,
recogiendo
del que los firmó los que haya cubierto, sedas ó temporales.
gun
su
manifestacion
y
segun aparezca de las constancias que exisArt. 30. Cada año de campaña despues de. treinta años de servitan
en
los
archivos
de
la
extinguida seccion 6?- del Ministerio de Hacio, da derecho á un centésimo de paga sobre la pension minima, ó
lo que es lo mismo, se contará doble. En consecuencia, treinta años cienda.
Art. 6? Es reo de estelionato el que volvió á poner en circulacion
de servicio y veinte campañas dan derecho á la pension del máxilos
vales que eran á su cargo, despues de haber cubierto su importe,
mum, siempre que éstas hayan sido contra el enemigo extranjero, ó
bien
por compra hecha al Gobierno, bien por pago á un tercer porindios bárbaros. Toda campaña de menos de doce meses, 6 que lletador.
Constando un hecho semejante á la Administracion de Bienes
gue á ellos, se contará por un año; las fracciones que excedan de
nacionalizados,
dará aviso á uno de los jueces del ramo criminal,
aquel periodo y pasen de trns meses, se considerarán tambien como
quien
procederá
de oficio á instruir la causa respectiva, aplicando al
afios enteros.
reo
la
pena
de
dos
á seis años de prision.
Art. 31. La pension de retiro de todo militar que cuente en su acArt.
7?
Declarada
una operacion nula por fraudulenta, la Admitual clase mas de doce años de servicio activo, será aumentada con
nistracion
de
Bienes
nacionalizados,
por sf en esta capital 6 por sus
el valor de la quinta parte de la misma pension, si el interesado tuagencias
en
los
Departamentos,
convocará
~or los periódicos á los
viere derecho al goce máximo del retiro.
Art. 39. Para las calificaciones de imposibilidad absoluta, en los portadores de vales procedentes de la operamon, para que los precasos comprendidos en los artículos 4? y 5?, se harán las justificacio- senten en el término de ocho días, á fin de que se tome nota de ellos
nes mas escrupulosas á'fin de convencerse de la existencia de la in- en la Administracion 6 en las agencias en su caso. Los tenedores que
utilidad, haciéndose los reconocimientos respectivos por dos profeso- no cumplan con la presentacion perderán todo recurso contra la adres del cuerpo de salud militar, con la conformidad del Inspector; y ministracion para el reembolso.
Art. 8? Todos los vales pagados en virtud de este decreto por la
los cirujanos que dieren certificaciones falsas ó exageradas, en virtud
de las cuales un oficial 6 individuo de tropa hubiere obtenido mayor Administracion de Bienes nacionalizados, serán inutilizados por ella,
retiro que el que correspondiese, será destituido de su empleo y el en el mismo dia en que los pague, despues de haber hecho los asienagraciado, en virtud de los documentos falsos, será privado perpe- tos correspondientes ,en los libros. Los vales inutilizados se conservarán en el archivo d-e la Adminietracion. Tambien ordenará ésta la
tuamente del sueldo y del uso de uniforme.

191

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

chancelacion y tildacion de las escrituras y registros otorgados cri nido á bien nombrar oficial á D. Andrés S. Robleda, con el sueldo
de mil doscientos pesos, y escribiente á D. Manuel F. Giffard, con
virtud de las operaciones no ratificadas, insubsistentes 6 nulas.
Nuestro Ministro de Instruccion Pública y Cultos queda encarga- el de seiscientos anuales.
México, Agosto 23 de 1865.
do de la ejecucion de este decreto.
.
.
Dado en México, á 23 de Agosto d&amp;1865.
El Subsecretario de Istruecion pública y Cultos,
:MAXTMIUANO.
M. O. Montellano.

-·-· ..

POR EJ, EMPERADOR,

El Ministro de Instruccion Pública y Cultos,

M.

S!LICEO.

MINISTERIO DE GOBERN.ACION.
SECCION

1~
México, Agosto 9 de 1865.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
· S. M. el Emperador, en atencion al brillante· comportamiento y
bizarría delante del enemigo, de los militares que aquí se mencionan, Ha tenido á bien, por decreto de 2 l del corriente, condecorai:los·de la manera siguiente:
Por la accion de Xochiapulco el 4 de Agosto de este año:
Con la Medalla del Mérito Militar, de Plata, á

El Gobierno de S. M. se ha servido nombrar al Lic. D. Benito A.
Arteaga, Subprefecto del Distrito de Allende.-Y lo comunico á
V. S. para su conocimiento y fines consiguientes.-El Ministro de
Gobernacion, Esteva.-Sr. Prefecto del Departamento de Guanajuato.
México, Agosto 21 de 1865.

S. M. el Emperador, con fecha 18 del actual, se ha servido comu-

Antonio M:ücke, soldado de 1~ clase de la 6~ Compañía de Caza.dores nicarme el siguiente ncuerdo.-Confirmamos la declaracion de ceaustriacos.
santía hecha por el Gobierno del antiguo Estado de México, en faJoaquin Taufer, soldado de id. id. ·
vor de D. Joaquín Noriega.-Y lo comunico á V. S. para su conoMariano Alvarez, cabo en la guardia móvil de Zacapoaxtla.
cimiento y fines consiguientes.-El Ministro de Gobernacion, EsTeófilo Alva, soldado en id. id.
·
teva.-Sr. Subsecretario del Despacho de Hacienda.
Luis Campo, id., id., id.
N. Gonzalez, sa~gento en la guardia m6vil de Tlaxcala.

S. M. el Emperador ha tenido á bien comunicarme, con fecha 16
del actual, el siguiente acuerdo: Concedemos al pueblo. de YanhuiD. Eduardo Schauer von Schreckenfeld, Capitan de Cazadores aus- tlan el titulo de Villa (del mismo nombre).-Y lo comunico á V. S.
triacos.
para su conocimiento y fines consiguientes.-El Ministro de GoberD. Gottlieb Katalinic, Subteniente de id. id.
nacion, Esteva.-Sr. Prefecto del Departamento de Oajaca.
Benjamín Ugarkovic, guia de la 6~ Compañía de id. id. ·

Con la Medalla del Mérito Militar, de bronce, á

Antonio Koneczny, soldadó de primera clase de id., id., id.
Francisco Hochmann, soldado de id., id., id.
Jorge Scherzer, id., id., id., id.
Jorge Hidld, id., id., id., id.
Cárlos Korin, id., id., id., id.
D. José Manuel Gonzalez, Ca.pitan en la Guardia móvil de Tlaxcala.
D. Francisco Aguirre, id., id., id.
D. Moaesto Gonzalez, Teniente en la guardia móvil de Zacapoaxtla.
Nicolás Bason, cabo en la guardia móvil de Tlaxcala.
Rosa.lío Flores, sargento id., id., id.
José Rosaliano, soldado de la guardia móvil de Zacapoaxtla.
José Isidro, id., id., id.
Romualdo Perez, id., id., id.
José Bibiano, id., id., id.
Pascual García, id., id., id.

, México, Agosto 22 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien disponer se nombre á D.
Antonio Rivera Mendoza, Subprefecto del Distrito de Tehuacan.Lo que comunico á V. S. PI/ora que expida el nombramiento respectivo.-El Ministro de Gobernacion, Esteva.-Sr. Prefecto del Departamento de Puebla.
Son copias. México, Agosto 23 de 1865.
El Subsecretario de Gobernaeion,

Francisco J. Villalobos.

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECCION

3~

Por la accion de Tlacuihuico el qia 4 del mismo Agosto.
Con la Cruz de Caballero de la Orden de Guadalupe, á

México, Agosto 21 de 1865.

S. M. el Emperador, teniendo en consideracion que no es posible
que el Ayuntamiento de Chalco, por la escasez de sus fondos, manD. Julio Ruppert, Teniente, Médico, ~el cuerpo de voluntarios aus- tenga á todos los reos de la cárcel del Distrito, ni justo que ese gasto gravite exclusivamente sobre los fondos de una sola Municipali. triacos.
dad, pues perteneciendo los reos á todas las Municipalidades que
Con la Medalla del Mérito Militar, de plata á
componen aquel, cada una debe contribuir proporcionalmente para
Luis Sattler, sargento de zapadores en el cuerpo de voluntarios aus- dicho gasto; se ha servido resolver que todas las Municipalidades del
triacos.
Distrito de Chalco contribuyan con el uno por ciento mensual de los
Con la Medalla del Mérito Militar, de Bronce á
productos de sus fondos respectivos, para la alimentacion de los presos de la cárcel del mismo Distrito.-Y lo comunico á V. S. para
Luis Rohlik, sargento de la 9~ Compañía de Cazadores austriacos.
los efectos correspondientes.-El Ministro de Justicia, Escudero.México, 23 de Agosto de 1865.
Sr. Prefecto político del Valle de México.
El Gran Canciller,
ALMONTE.

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS.
En acuerdo de fecha 11 del actual, S. M. el Emperador ha tenido
á bien aprobar que se abone desde el dia 1? del presente, el sueldo
de ochocientos pesos al oficial, y el de quinientos anuales al escribiente, con quienes segun el art. 27 del reglamento de 17 de Julio
próximo pasado, ha de aumentarse el personal de la Secretaria de
la Prefectura de Tula, mientras dure la revision de operaciones de
bienes de Corporaciones civiles.

SECCION

lª
México, Agosto 22 de 1865.

En vista de la duda de ley que ocurrió al Tribunal de Comercio
de esta Corte, con motivo de la demanda de los Sres. Suzdaltreff,
Sullivan y La Fontaine, contra los Sres. Wiener y Deutzchland,
S. M. el Emperador ha tenido á bien declarar lo siguiente:
Oído Nuestro Consejo de Estado en la duda de ley que Nos ha elevado el Tribunal Mercantil de esta Corte, por conducto del Supremo de Justicia, sobre si son ó no competentes los tribunales del
Imperio para conocer de las demandas de extranjeros contra extra!lCon fecha 20 del corriente S. M. el Emperador se ha servido apro- • jeros, por negocios civiles 6 comerciales celebrados fuera del pa1s,
bar que el _oficial y escribie~te que se han encargado de recibl: las DECLARAMOS: Que no existe duda de ley, pues es claro que los tribumanifestac10nes hechas en virtud de la ley de 26 de Febrero último, nales del Imperio son competentes para conocer en los enunciados
desempeñen tambien ~n la Secretari~ _de la ~refectura de More!ia negocios, conforme á los tratados celebrados con las ·naciones amilas labQres correspondientes á la rev1s1on ·de bienes de beneficencia, gas, y á los principios de derncho internacional reconocidos en Nuesinstruccion pública y Ayuntamientos, con arreglo á la ley de 5 de tra legi~lacion.
.
Julio próximo pasado y su reglamento, por cuyo trabajo se asigna
y lo trascribo á v. s. para conocimiento de ese Supremo Tribual segundo una gratificacion de sesenta pesos anuales sobre el suel- nal, y como resultado de su nota relativa de 6 de Abril último.do de trescientos pesos que disfruta.
El Ministro de Justicia, Escudero.-Sr. Ministro en turno del Supremo Tribunal de Justici~ del Imperio.
Son copias. México, Agosto 23 de 1865.
Para cubrir el aumento de la planta de la Secretaria de la Prefectura de Veracruz, conforme al art. 27 del reglamento de 17 de Julio último, S. M. el Emperador, en aouexdo de 21 del actual, ha te-

,

El Subsecretario de Justicia,

F. de P. Tabera.

�DIARIO DEL IMPERIO.

192

PARTE NO OFICIAL.
S. M. el Emperador salió esta mañana para Pachuca por el camino de Texcoco, con rl objeto de visitar aquel mineral y algunas otras
poblaciones de la comarca. Esta ex0ursion durará pocos dias. Entre
las personas que acompañan á S. M., se encuentra el Exmo. Sr. Ministro de la Guerra.
SENTENCIAS DE LA CORTE MARCIAL.

Prefectura política del Departamento del Valle de México.-Secciou de
Justicia.-México, Agosto 23 de 1865.-El sustituto del Señor Comisario
relator de la Corte Marcial, en nota de la fecha, dice á esta Prefectura lo siguiente:
'
·
"Tengo el honor de informará V. S. que la Corte Marcial, en su sesion
de hoy, ha sentenciado: á la pena de muerte á Antonio Arteaga, declarado
culpable de robo á mano armada, cometido de noche en una casanabitada,
con violencias á las personas: á J ulian Gallo á tres años de prision, por complicidad de robo; y á J osefa Riyas á tres años de prision por receptacion de
objetos robados."
Lo que de órden del Señor Prefecto político· se publica en el Diario del
Imperio.-El oficial mayor encargado de la Secretaría, Manuel Aguilar.

JUZGADO 3g DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3g de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de doce
del corriente, se proceda á la venta de la casa número cuatro de la la p1azuela de Santo
Tomás y de los enseres de un molino de aceite y una fabrica de aguardiente que en dicha
casa se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. Francisco Chavero, la finca en la cantidad de ocho mi\ setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres
de la fábrica y molino en la de dos mil cíen pesos; señalando para las almonedas las mañanas del , einticinco del presente, y cinco y diez y siete del entrante, á las once, siendo
la última con calidad de remate.
Los enseres de la fábrica y molino mencienados, son los siguientes: los del mol.mo, una
tahona cuya muela y taza están '.linchadas de fierro, con sus correspondientes palancas
para dos mulas; una rueda con banda de cuero que da movimiento á nueve ruedas y árboles, unos de madera y otros de fierro, y un molino de triturar aceituna.
El aparato de destilacion es de cobre forjado, con tubos de comunicacion del mismo
metal, una retorta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubas de
madera con cinchos de fierro, y otra mas grande anexa al aparato de destilacion.
Lo que aviso al público en cumplimiento de lo mandado, y para que las personas que
quieran hacer postura, OCIU'ran a la hora señalada; en concepto de &lt;¡.ue las mstrucciones
que ministran los autos, se darán en el despacho del que suscribo, ubicado en los bajos de
la casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
México, Julio 18 de J8G5.-J. Reynoso, Escribano público.
463-1511-13
CONVOCATORIA.

El Sr. Juez 1g sustituto de letras de esta capital, que conoce delintestado de D~ Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presen_te, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido int.es·
tado, á fin de que dentro de sesenta días ocurran á deducirlo por si ó por personas suficientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Miguel Herrera, Escribano público de la Naci_on.
390-60s-56

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZA.DOS.

AVISOS PARTICULARES.

AVISO.

Relacion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia de los interesadoe en esta oficina.
Seccion 1~-442, 483,511, 936, 1,152, 2,539 y 2,564.
Seccioa 2!-493, 583, 636, 639, 789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, l ,727, l ,9!12,
2,077, 2,513, 2,635, 2,636, 2,646, 2,675 Y 3,297.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se verifica.
Nota.-Hoy se han elevado al Exmo. Consejo, espeditades por esta oficina, los espedientes de la Seccion 1~, números 181, 1,781, 2,746, 3,689, 4,296 y 4,461.
Del&amp; Seccion 2~, números 636, 2,368, 3,045, 3,297, 4,299 y 4,460.
Lo que se avisa para conocimiento de los interesados.
México, Agosto 23 dé l865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan Suarez y Navarro.

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
hará el noveno remate de muebles y otros objetos, en la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el viérnes 25 y sábado 26 de Agosto de 1865 A LAS DOS DE LA TARDE, estando
á la vista el 23 y 24.
• Ya se darán listas pormenorizadae.-Las ventas son al contado y sin re&lt;:lamacion.-Los
comisionistas pagarán seis por ciento. .
Se reciben en comision muebles, joyería, mercería, cristalería, lencería, abarrotes, etc.,
etc, pues está probado que ante el verdadero mejor postor, todo se vende, como acaba de
verse en esta casa, que ha rematado últimamente cerca de dos millámparas, seis mil mechas, setecientos globos y tubos, quinientos veladores, etc., ete.
Tambien se hacen remates particulares al TRES POR CIENTO, valúos de muebles,
alhajas, carruajes, ropa, etc., cobrando un solo honorario, con arreglo al art. 27 de la ley ·
respectiva.
Se compran muebles y se paga bien á los corredores.
528-5s-4

llANTEQUILLA.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION 4\'

La·acreditada mantequilla de la hacienda de.San Nicoláii Buenavista, sigue vendiéndose
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde llega fresca loe márMéxico, Agosto 22 de 1865.
tes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
Con fecha 29 de Julio próximo pasado se dijo por este Ministerio al Gefe de la Seccion que
solo en dicha casa se espende, que ninguno está comisionado para llevarla ÍI las casas,
de registro de Créditos lo que sigue:
.
de la hacienda.
"Habiendo ocurrido á este Ministerio los Sres. J. B. J ecker y C!- pidiendo que se resuel- y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre
480-15s-13
va si deben ó no presentar á la Seccion de registro de Créditos, los bonos garantizados
del 20 p g, conocidos en la plaza con el nombre de dichos Sres., en razon de que están esAVISO Il[pORTAJllTE,
presamente reconocidos en el arreglo celebrado el dia 10 de Abril último, se ha resuelto
N. Dousdebee, de este comercio, participa al público que tiene conferido amplio poder
que los bonos de que se trata, deben ser presentados á la referida Seccion, para los efec- al Sr. D. V. E. Goupil, quien de hoy en adelante resolverá y firmará todo lo relativo á los
tos del decreto de 22 de Setiembre do! año pró1imo pasado.''
negocios de su casa.
Y para conocimiento de los demas tenedores de los espresados bonos, á quienes ocurMé1ico, Agosto 18 de 1865.
523-8a-3
ra la duda de si deben ser registrados en la espresada Seccion, se publica dicha resolucion por el término de un mes, contado desde hoy.
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
El Gefe de la Seccion,
José M. Cslvo.
15a-1
CoMP.A~IA DE SEGUROS DE GLADBACH.

SUPREMO TRll!UNAL DE J'USTICIA ·D.EL IMPERIO.
'

Capital de fondo..... . •• • • • •• • • • • 3,000,000 pesos prusianos.

SECRETARIA DE LA 3~ SALA..
COMPA!n.A DE SEGUROS DE BASILEA (BABEL}.
Méio.co, Agosto 23 de 1865.
Capital de fondo •• • • • • •• • • • . . • • • • • • •• •• 10,000,000 francos.
En la acusacion de D. Gabor Naphegy, que le hace á. D. Juan Nuñez, por faltas en el
desempeño de su cargo de Comisario municipal de Tacuba, esta E1ma. 3~ Sala, con feSe asegurau muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos loe informes
cha 21 del corriente, proveyó el auto que sigue:
·
"Para la práctica de la dili~encia mandada en auto de 27 de Junio último, cítese á D. necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,
400-lSOs-43
Gabor Naphegy por el periódico oficial por el término de un mes.'' Tres !'Úbricns de los calle de San Bernardo núm. 3.
Sres. Ministros.-Lebrija.-Contreras.-Gonzalez de la Vega.
EMPRESA DE TRASPORTES DEL EJERCITO.
lOa-1
José del, Villar, Secretario.
Teniendo el que suscribe varios negocios propios, independientes del de los trasportes
del ejército, que no es esclusivamente suyo, participa al público, que á fin de evitar con
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS DE MEXICO.
fusion entre sus compromísos personales y los de dicha empresa, firmará como hasta hoy
Administracion de rentas de Tlalpam.-Remate de dos fincas.-Paracubrir un adeudo por loe primeros, y que por lo relativo á los segundos, lo hará en union de D. Adrian D~ÍI favor de la Hacienda pública, debe procederse á la venta de las casas nombradas de te, á quien faculta tambien para hacerlo solo en eu ausencia, siendo esta firma, separada
Barrera, y conocidas la una por la Grande, y la otra que está á la izquierda de la entrada ó colectiva, la única que obligue á la empresa ® los trasportes.
del vestibnlo de la Plaza, y ademas l1Il terreno en quo antes se hallaba construida la de
(Firmado) A. Souberbielle.
500-;(ja-5
Gallos, sita en esta ciudad, estimada en su última traslacion de dominio en diez y seis mil
pesos; lo que se avisa al público, para que las personas que quieran hacer postura, las presenten á esta Administracion, acompañadas de los correspondientes papeles de abono con
la debida oportunidad, á fin de que puedan hacei;se los reconocimientos de las firmas aates de las almonedas, que se verificarán loe dias 29 del presente y 8 y 18 del entrante; siendo la última con calidad de remate.-Tlalpam, Agosto 19 de 1865.-El administrador de
rentas, Luis Samego.
·
GRAN CIRCO DE CHIARINI.
Ee copia del original.que certifico. Contaduría de la Administracion principal de !'enOPERA ITALIANA,
tas. }~éxico, Agosto 20 de 1865.
·
·
El Administrador principal,
La noche del próximo domingo 27, á peticion de muchos señores abonados, se pondríi
6a-1
Ignacio tle la Barrera.
en escena la ópera del maestro Flotow, intitulada: :MARTA.

DIVERSIONES PUBLICAS.

AVISOS JUDICIALES.

SERENATA EN LA PLAZA MAYOR,
A las siete y media de l&amp; noche de hoy.

J'UZGADO 2~ DE LO CIVIL.

El Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon. por auto de esta focha ha mandado se
proceda á la venta de la casa número dos de la Portería de Regina, valuada por el perito
D. Agustin García Conde, en la cantidad de tres mil setecientos diez y ocho pesos sesenta y cuatro centavos. ($ 3,718 64 cs.) A este fin ~e han señalado para las respectivas almonedas los dias 21 y 31 del corriente, y ti del entrante, ÍI las doce de fa mañana, siendo
la última con calidad do remate.
Lo que so. avisa al público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran
al que suscribe, bajos del núm. 7, calle do! Arzobispado, donde se les ministrarán las instrucciones conducentes.
México, Agosto nueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-Manuel, Vera, Escribano
público.
509-Ss-8

MUSICA AUSTRIACA.
P!lOGRAMA,

l. Marcha, Sawerthal.

2. El Poeta, obertura, Luppée.
3. Wals de los Gabrieles, Strauss.
·4. Rigoletto, cuarteto, Verdi.

5. Sousedeka, cuadrilla, Komsak.
6. Esmeralda, ballabile, Pngni.
7. Los dos golfos, habanera.
8. Marcha, Leonhardt.

,,
IMPREN'l'A. DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
JJ/
BAJOS DE 'l t~N AGUSTIN NUM, l.

..

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 2, No 195, Agosto 24</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

EL

IMPERIO

DIARIO.

MEXIOO: Miércoles 23 de Agosto de 1865.

TOMO 11.

NlJM. 194.

SUMARIO

CASA DE MONEDA DE CATORCE.

PARTE OFIOIAL.-Decreto sobre la tuerza que lm de tener en adelante la Guardia ruunlcrnal de Múxlco.-Orden del Ministerio de Gnel'ra sobre divisas de la Guardia inuniclpaL
• "pARTE NO OFIOIAL.-Munlficencla Imperial. Donativos de la Emperatriz.-Oasa de Moneda de Oatorce. Aculiaclon en Jüllo.-Jnnla de exposiciones de Veracruz.- Notlclns de Quer6tnro.-Id. de Yucatan.
-El empréstito mexlcano.-Derrol111\e Ugalde.-Denola de CArdena•.- Scguros mutuos sobre In vida.Reconocimiento del reino de Italia por Espa,ia,

Ministerio de Hacienda.-Seccion 1~-Intervencion de la cusa de moneda
de Catorce.

Exéqulas del Duque de Rivas.-Oro en los Estados-Unldos.-'.rel~grafos submnrinos.-Vnrlns noticias.
DE~UNOIOS Y SOLICITUD&amp;'l.-Denunclo de unas minas cu Cblhunhua.

PARTE OFICIAL.

NOTICIA del número y cliise de las diveTsas suertes de moneda que se acuñaron en esta
casa en todo el presente mes.
Plata.

Marcos.

Pesos fuertes .•.... 12,095
Piezas de á 50 cs...
443
Idem de 6, 25 idem.
516

Onzas. Ochavas.

5
3
3

4
5
4

Pesos.

Oenti&gt;.vos.

102,900
3,770
4,397 .

"
"
"

Total acufiacion .. . . 13,055
4
5
111,067 ,,
Catorce, Julio 31 de 1865.-El Intemmtor, Juan N. Mata.
Considerando que es importante proveerá la seguridad de la ca- Es copia. México, Agosto 19 de 1865.-El Gefe Director de la Secpital y sus alrededores, y destinar á este servicio un cuerpo de tropa cion 1a, Javier de Reygadas.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

especial,
JUNTA DE EXPOSICIONES DE VERA.CRUZ.

DECRETAMOS:

Art. 11! La Guardia municipal de México se compondrá en adelante de cuatro compañías de infantería y dos escuadrones de ea~
ballería.
/
Art. 2° Cada compañia constará de 110 hombres, y cada escuadron de 120 montados.
La música tendrá 55 plazas.
Art. 31! La Guardia municipal se repartirá en el Valle de México
conforme á las disposiciones del Comandante militar del Departamento.
Habrá de costumbre de guarnicion en la capital una compañia y
un escuadron.
..
Art. 4? Nuestro Ministro de Guerra queda encargado de la ejecucion de este decreto.
Dado en Chapultepec, á 17 de Agosto de 1865.
MAXI:MILIANO.
POR EJ, EMPERADOR,

El Ministro de Guerra,

g

Ei

México, Agosto 18 de 186.5.

Hace tres dias que he visto á varios oficiales de la Guardia municipal de esta Corte con unos galones angostos en la manga del uniforme, &amp;signando sus respectivos empleos. Tales divisas que portan
indebidamente, no son las que deben usarse conforme á los reglamentos vigentes; y aunque estos hayan de sufrir reforma, mientras
4?ª ella no se d!cte, tienen todo su valor en los preceptos que encierran. En tal VIrtud, y para evitar los abusos de alterar arbitraria~en~e las div~ m.~itares, suplico á V. S. se sirva hacer un extranam1ento á los ~~fes_y oficiales que portan esos galones, haciendo
que lleven las dmsrui que les corresponden.-El Ministro de la Guerra, Peza.-Sr. Prefecto político de esta Corte.
Es copia.
El Subsecretario,
J. M. D1wán.

PARTE NO OFICIAL.
MUNIFICENCIA IMPERIAL.

¡;::::

NOTICIAS DE QUERETARO.

La Esperanza del 17 publica lo que sigue: /
El serior secretario general de la P,-~fectum política.-D. Ulises Urbano
Lassépas, ha marchado el lúnes de la presento semana, de esta capital, en
comision especial del Gobierno de S. M., para algunos puntos de la Costa
del Pacífico. Le deseamos un feliz viaje y pronto regreso.
Junta patri6tica.-La que debe encargarse de las próximas solemnidades
del aniversario de la Independencia de México, quedó instalada ya, y en la
inmediat~ de sus reuniones repartirá sus trabajos.
El periódico oficial de aquel Departamento da las siguienteg en
su número de 28 de Julio:

14INISTERIO DE GUERRA.

!,

Instalacion.-Ayer ha tenido lugar la de la Junta Departamental de Ex•
posiciones, protectora de la industria. Componen dicha Junta, bajo la presidencia del Señor Prefecto superior político, los Sres. Lic. D. José María
Oliver, nombrado vicepresidente, D. Manuel Diaz Miron, secretario, y D.
Pedro J. Senties, D. Juan N. César y D. Francisco de P._Miron.

NOTICIAS DE YUCATAN.

JuANDE D.PEzA.

11!- Direccion.

El Monitor Veracruzano dice lo siguiente en su número de 8 del
actual:

S. M. la Emperatriz se ha dignado mandar entregar, de su caja
privada, nos :MIL PESOS al Consejo de Beneficencia de Zacatecas para el hospital de San Juan de Dios de aquella ciudad, y quinientos
pesos al Consejo de Beneficencia de Toluca, para el hospitnl del mismo nombre que allí existe.

(}ran mejora moral y 11naterjal.-Se trata con empeño de enverjar el atrio
de la Santa Iglesia Catedral, tanto á fin de impedir cualquier desórden á. que
están expuestos los lugares amplios y abiertos en el centro de las poblaciones durante la noche, cuanto para dar un aspecto mas noble y elegante al
primer edificio, sin duda alguna, de los que decoran esta capital.
La obra está presupuestada en 1,600 pesos, sin contar con los fusiles inútiles para la guetra, pero utilísimos para el fin expresado, que ha ofrecido ex·
pontáneamente la autoridad respectiva.
El Exmo. Sr. Comisario Imperial, el Sefior Prefecto político del Departamento, el muy ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, y una gran Comision
de doce individuos de la mejor nota, que se ha subdividido en cuatro pequeñas, una por cada cuartel, están interesad.os vivamente en el asunto.
Los presidentes de las pequeñas comisiones, cuyo objeto es entender en
la ejecucion de la obra, y recibir las cantidades con que se quieracontribuit·
para ella, son los sefiores D. Felipe !barra Ortoll, D. José Dolores Espi•
nosa, D. Francisco Zavala y D. Susano Vidal.
Esta noche deberán reunirse en la casa habitacion del Sr. cura Dr. D.
Manuel S. Sanchez, los individuos que componen la expresada gran comision, quienes \nvitan por nuestro conducto á las personas que gusten con·
currir á la junta. El objeto es poner cuanto antes manos á. la obra, y acelerar su curso, á. fin de que se halle concluida á la llegada de S. M. el Emperador, quien se asegura que estará aquí en el mes de Noviembre próximo.
Véase si hay y debe haber interesen este asunto bajo todos aspectos.
El Exmo. S1·. D. Alonso Peon y Regil.-De paso para Florencia ha llegado á esta capital, para estar dos 6 tres días con su familia., este personaje,
nombr&amp;do por S. M. el Emperador su Ministro Plenipotenciario cerca del
Rey Víctor Manuel.
Estuvo ayer á visitar á S. E. el Sr. Comisario Imperial, quien hoy lepa·
g6 la. visita.
El Sr. general D. Felipe Navainte.-IIa llegado á esta capital despues
&lt;le ocho meses de ausencia y de residir en la capital del Imperio. S. }4:. el Emperado1· lo ha mandado á que pr-;iste sus servicios á las órdenes del Sr.
general D. Severo Castillo, comandante de la 7~ Division militar.

._¡

�DIARIO DEL IMPERIO.

186

El expresado Sr. general Navarrete estuvo ayer á visitar .al E~mo. Sr.
Comisario Imperial, y le trajo trece mil quini~ntos pesos que le remite~- M.
el Emperador para vestuario. De nada sr. olvida S. M. de lo que concierne
á esta Península.
EL EMPRESTITO MEXICANO,

Una correspondencia de Paris, fecha ló de Julio, dice lo siguiente:

DIARIO DEL IMPERIO.

que recibí en la mañana de hoy, por no dar lugar con una pequeña deten·
cion á que la gavilla de Cárdenas, ~n cuya persecucion venia, se me alargara mas y tal vez no lograra alcanzarla, pues desde Tazcuato supe que estaba
dicho Cárdenas muy inmediato á mí, y efectivamente logré darle alcance entre Patamban y Ocumicho, en donde despues de una pequeña resistencia,
han huido vergonzosamente. Continué el alcance por espacio de tres leguas,
y les hemos quitado cincuenta caballos, varias lanzas, algunos fusiles y muchas prendas de ropa. El enemigo tuvo dos muertos, contándose entre ellos
Sacramento Aya.la, asistente del que fungía con Cárdenas de mayor de órdenes, y á mas dos prisioneros que están en mi poder; por nuestra parte no
se ha sufrido ninguna novedad; y lo comunico á vd. para su conocimiento."
-Lo trascribo á V. S. para su satisfaccion y superior conocimiento, suplicándole se sirva elevarlo al superior del Sr. General en gefe de la 4~ division territorial.-Y lo traslado á Su Señoría para su conocimiento y fines
que juz11ue convenientes.-El General Subprefecto y comandante del Distrito J.°Francisco Vela.rde.-Sr. General Comandante de la 4~ division territorial militar.-Guadalajara.-Es copia. Guadalajara, Agosto 12 de 1865.
-El General gefe de estado mayor, secretario, José Mm·ía V. de la Cadena.
Son copias. El Subsecretario de Guerra, J. M. JJ1trán.

Hay que reconocer que las noticias ~ue_nos llegan de México so~excelentes· ya no inspiran temor las sobreexcitaciones de los Estados-Umdos, y de
co~si11uiente todo el mundo quiere títulos del antiguo empréstito mexicano.
Dich~ empr~stito habia decaído por un momento :í. 44, y an~yer a~cendió
al curso de 47½, Cierto es que mucho se habla. de la convers1on próia_ma. de
ambos empréstitos; pero dicha conversion no tendrá lugar antes del mv1erno, y de consiguiente hay que atribuir el alza exclusi-rnmente, á la. política.
Las mismas obligaciones que se vieron momentáneamente a 290 francos,
han vuelto á correr á 330.
. . . . La lotería del empréstito mexicano ha tenido lugar el 3 de Julio último, en la. sala Hertz, calle de la Victoria, en presencia del Señor Conde de
SEGUROS !tUTUOS SOBRE LA VIDA.
Germiny. El individuo en quien cayó el gran premio de 500,000 francos, es
Ministerio de Fomento.-lntervencion de la Compañía de seguros sobre
el portador de la obligacion número 16,444, llamado Gigre1 antiguo cor:e• la vida "LaBienhechora."-México, Agosto 16 de 1865.-Exmo. Sr.-En
dor, retirado á una pequeña propiedad en Meudon. . . . Uno de los premios mi informe correspondiente al mes de Abril, dí cuenta á V. E. de que el ande 100,000 francos tocó á un cochero de la Compañía Imperial. .... Acabo tiguo Director D. Florentino Romero habia expedido varias pólizas, sin esde saber que la suerte.se ha mostrado justa, haciendo ganar diez mil francos tar seguro de recoger su valor; por tal motivo ha sido ·preciso anularlas é ir
á un peluquero de Marsella que había recogido cuatro huérfanos. Su peque- cubriendo la numeracion vacante con los nuevos suscritores, principalmente
ña fortuna es la recompensa de su caridad.
del número 1 al 12, para que ocupando este lugar los individuos nombrados
A los amigos de admirar los caprichos de la suerte, se recomienda la his- para el consejo de vigilancia, quede cumplido el artículo 180 de los Estatoria del caudal de M. Gigre: héla aquí, segun escriben de París:
tutos.
"M. Gigre fué á comprar sus acciones al banco de descuento. Como es· En el mes trascurrido de 15 de Julio anterior á la fecha, se han suscrito
peró á los últimos días, se encontró con que la gente que había allí haciendo por tres mil ochocientos cincuenta pesos en veintiocho pólizas; se han impuespedidos, era mucha, sin embargo de lo cual se propuso esperar su turno: to al rédito legal siete mil pesos, y se han formado nuevos libros para llevar
despues de dos horas, sintióse ligeramente in~ispuesto,x calculando que ten- con la debida separacion las cuentas de las Compañías.
dría que esperar cuando menos otra hora, sahó propomendose volver, y volLos miembros propietarios para el consejo de vigilancia están nombrados;
vió en efecto; pero á su vuelta encontró que la concurrencia había aumenta- mas no habiendo contestado todos, tampoco se ha podido citar la primera
do al estremo de que tardaria otras cuatro horas lo menos en llegarle su sesion, esperand_o su aceptacion oficial, y luego que esto sea, daré á V. E. la
turno.
lista y avisaré el resultado de la reunion.
Otros dos suscritores que estaban esperando como él y junto á él, hablaLa misma imparcialidad con que en diversas ocasiones manifesté al Miron de ir á suscribirse á otra parte, en donde esperaban ser despachados mas_ nisterio las faltas de la antigua direccion, me obliga á decirle: que me conspronto, y efectivamente salieron al despacho de MM. Lunel y Manteaux, ta hasta hoy el verdadero afan del Sr. Raya para arreglarlo todo y dar cumque tambien daban obligaciones del empréstito. Una hora despues la indis- plimiento á los Estatutos, así como que de la misma manera le revelaré maposicion obligó á salir nuevamente á M. Gigre, y cuando volvió, encontran- ñana sus defectos si los tuviere; en el concepto de que á pesar de que la condo que la concurrencia era cada vez mayor, recordó el despacho que habían ducta de este señor es bastante franca, yo asisto á la direccion todos los dias,
citado los dos suscritores, y se encaminó á él: efectivamente, allí no había y los mas lo hago por mañana y tarde; lo cual me pone muy al corriente de
tanta afluencia, y M. Gigre iba á se1· despachado, cuando llegó un médico las operaciones.
·
amigo de M. Lunel y le prefirieron para servirle antes. M. Gigre exigió que
No obstante, si en este estado de cosas tuviere á bien V. E. comunicarm11
respetáran su primacía; pero mientras reclamaba él, ya habían entregado al algunas órdenes, serán cumplidas inmediatamente.
médico diez suscriciones, y las que á él le tocaron no fueron sino las dos siDios guarde á V. E. muchos años.-El Interventor, Manuel Bucheli.guientes. Si le han despachado en el banco, es claro que no le tocan los Exmo. Sr. Ministro de Fomooto.
100,000 pesos, y si le despachan antes que al médico, tampoco. Véase todo
Es copia. México, Agosto 19 de 1865.-El Subsecretario de Fomento,
lo que necesitó de incomodidades M. Gigre para recibir enojado el número Mamtel Orozco.
que le di6 los 100,000 pesos."
DERROTA DE UGALDE.

RECONOCUDEim&gt; DEL B.Elll'O DE ITALIA l'OB ESPAIA,

Hé aqui la nota que dirigió el Ministro de Estado al representanMinisterio de Guerra.-México, Agosto 22 de 1865.-El Coronel Mente
de España en Roma, sobre la resolucion de reconocer el reino de
dez, Comandante militar del Departamento de Michoacan, desde Tiripitío,
con fecha 16 del actual, da parte á este Ministerio de que el dia 14 derrotó Italia.
~n el llano de San Miguelito á la gavilla de Ugalde, compuesta de cosa de
300 hombres, logrando hacerle treinta ó cuarenta muertos, diez y seis prisioneros, y tomarle ciento treinta y siete caballos y un número considerable
de armas. Aiiade, que siguió en su persecucion hasta la Escondida, y que
Ugalde perdió casi toda su gente, quedando reducido á un resto de cuarenta
hombres, y teniendo que abandonar en su fuga todos sus cr.ballos y una jóven que llevaba robada de Cuitzeo.
·
Concluye recomendando por su comportamiento al Comandante de escuadron D. Modesto Villafuerte, otros varios oficiales, y al Capitan del 5~ regimiento de Húsares Mr. Enrique G. A. Theurkauff, que hallándose enfermo
en Pátzcuaro, marchaba para esta capital y se le unió voluntariamente, to·
mando parte en la jornada del dia 14, donde se portó brillantemente.-El
Subsecretario de Guerra, J. M. JJ1trán. .
DERROTA DE CARDENAS,

Ministerio de Guerra.-1 ~ direccion.-1 ~ division.-4~ division territorial
militar.-Guadalajara, Agosto 12 de 1865.-Núm. 358.-Exmo. Sr.-En
copia tengo el honor de adjuntar{~V. E. un oficio en que el Sr. General Velarde me participa que la gavilla que acaudilla Cárdenas, fué derrotada en
6 del corriente, por el ca.pitan D. Rafael Alcaraz, entre Patamban y Ocumicho.-Los caballos y armas recogidos, segun dicho parte, he dispuesto se
den á los cuerpos que necesiten de una ú otra cosa, avisándome quién y en
qué número los ha recibido.-En cuanto á los dos hombres prisioneros, ya
ordeno se les consigne á la Corte Marcial de Zamora, como bandidos, para
que los juzgue.-Lo que tengo el honor de participará V. E. para su supe·
rior conocimiento.-El General comandante, José M. García.-Exmo. Sr.
Ministro de Guerra.-México.
Ejército imperial.-Brigada Velarde.-General en gefe.-La Barca, Agosto 8 de 1865.-Con fecha. de ayer me comunica el Sr. Comandante militar
de Zamora lo que siguc:-El Sr. Capitan D. Rafael Alcaraz, en oficio fecha
de ayer y por extraordinario, me dice lo que á la letra copio:-'•Patamban,
Agosto O de 1865.-Son las siete y media de la noche, hora en que acabo de
llegar á esta poblacion. No habia podido dar cont&lt;'stacion al oficio de vd.

Madrid, 26 de Junio.

Los partes telegráficos y la circular que con fecha del 25 de este mes he
dirigido á los agentes diplomáticos de España en el extranjero, habrán dado
á conocer á V. E. que S.M. la Reina se había dignado admitir la dimision
del gabinete presidido por el Duque de Valencia, nombrando en su reemplazo otro gabinete presidido por el Duque de Tetuan, y en el cual tengo la honra de ejercer el cargo de Ministro de Estado. Habrá V. E. visto igualmente
en los discursos pronunciados por el Presidente del Consejo en las Cortes,
de los cuales le remito copia, el programa de la política que el,!Hnisterio
actual se propone seguir, y creo inútil llamar la ilustrada atencion de V. E.
sobre la importancia de la declaracion por la cual el gobierno anuncia que
cree llegado el momento de adoptar una resolucion respecto de los negocios
de Italia.
Por consiguiente, he aprovechado la ocasion que me ofrecia la recepcion
oficial del cuerpo diplomático, para conferenciar con S. Em. el Nuncio Apostólico y explicarle con cuidado las intenciones y el pensamiento del gobierno. Entrando inmediatamente en la discusion del negocio, dije á Mons. Barilli, que su larga residencia en •Madrid le habria sin duda alguna demostrado
la imposibilidad de continuar indefinidamente una política que no estaba conforme con el espíritu de las instituciones que nos rigen, y la opinion pública
que se forma bajo su proteccion, indicándole ademas los inconvenientes que
podrían resultar para el pais, de la insistencia en ciertas ideas que no podian
menos de ser explotadas por los partidos radicales; y le espuse que en esta
categoría se encontraba el estado anormal de nuestras relaciones con Italia,
que había llegado á ser un campo de batalla de que se habían apoderado los
partidos extremos para agitar el pais.
Le hice ver que España, en defensa del Padre Santo y por simpatía á los
grandes infortunios, había diferido durante años enteros la solucion de este
negocio, por lo cual su gobierno se había espuesto á rudos ataques y se había
aislado voluntariamente del concierto euro_peo, con la esperanza de que un
arreglo entre las partes interesadas da.ria una solucion definitiva á los negocios de Italia. Esta esperanza no se ha realizado hasta ahora, á, pesar de nuestro ferviente deseo, y el gobierno de S. M. tenia menos razones de perseverar en esta línea de política, en cuanto el tiempo y el curso de los acontecimientos han demostrado que no tan solo es estéril sino contraria al objeto

187

~ue ~e pr~poni~. Ni lo~ peligros de una conducta atacada con cncrgí:t 011 el
se han ofrecido_ {i D. Artur? _Mai:coartú en la real órden de 20 de Febrer~
mtcr1or, lll los ~nconvementes en el exterior de un aislamiento sistemático de de
1864, expedida por el M1111ster10 de Marina.
las gra~des nac10~es del mu!ldo, que, salva una sola y natural excepcion, han
Art.
·3º La empr~sa concesionaria, despucs qull haya terminado el sondeo
reconocido el re1~0 ~e Italia, se compensarían con fa e~peranza 11 ¡ aun &lt;:un
&lt;le!
tmycclo
ele las h_neas, someterá á la aprobacion del gobierno en el térmi~a certeza de contr1bmr al restablecimiento de los sober:mos destronados ó
no
ele
dos
meses
el s1ste~a. de cables y aparatos que se proponga establecer
a la completa restauracio~ _del pod_er tempo:al de la Santa Sede.
'
con
todas
la,;; &lt;lemas cond1c10nes económicas y de servicio del telégrafo.
La base de nu?stra _pohtwa ha sido y debm ser necesariamente la ncutraliArt.. 4 ?_ Et gobierno nprob~rú. ó modificará lo propuesto, y determinando
dad;,~ero la cont~nuac10n _nuestro aislamiento perjudicaria tí. España, y sin
l~s
:°~l~g,ic1011es 1 derechos rec1pro~os del ~s.tado y de la e!1'1presa, otorgase; u~il al Papa m á los _Prmc_ir.es p~r cuyas desgracias hemos manifestado tan
r,,
,L cs,a ?n debida forma la conces10n defimtiva, ó acordara con audiencia
publicas y con!tantes s~mpatias. D1Je ademas al Nuncio de Su Santidad, que
Consc,1_0 de Estado. si ha de sacarse á licitacion pública el establecimientodos los espanol?5, Y ~ ~Jemplo de su Reina los Ministros, profesaban la mas del
to ele las !meas.
profunda venerac10n ha01a el Padre Santo, Gefe visible dela Iglesia, y sentian
Art; 5? Si la_ concesion _defi~itiva se hace en licitacion pública y con arpor su aug~sta pcrso?a el r~speto y la admiracion que inspiran sus desgracias,
r~glo
a los est~d1os y trabaJos eJecutados e11 virtud de la concesion provis_u constancia y sus virtudes, y que al deplorar sus tribulaciones y la imposiuis10nal,
~~onara el rcmatador el coste de ellos, con deduccion del importe de
hdad en. que se _hallan de remediarlas, no podían desconocer que para ser úti- los auxilios
que haya prestado el gobierno.
les un d1a á lo_s mtereses sagrados y permanentes del papado era indispensaArt.
6?
Para facilitar el establecimiento de las líneas telegráficas á que
b~e que ,Espana reanudase sus relaciones políticas con el rei~o de Italia volse
refier~
el
art.
1 ? de este decreto, concederá el gobierno una•subvencion
YJen~o a entrar en el concierto europeo, y poniéndose así en el caso
hacuya_
e_nt1dad
y
forma
determin11.rán al hacer á la empresa la concesio~
cer 01r su !ºz y e1:1plear en f~vor de la independencia y dignidad de la San- defimt1va, ó cuando se se
anuncie la licitacion pública.
ta Se~e la mfl~e_nc1a que podr1an darle las circunstancias. De esta manera
Dado en_~alacio, á 30 de Junio de 1865.-Está rubricado de la real mallegar1~ á conciliarse la necesidad de poner término á una situacion dificil
no.-El
Ministro de Ultramar, Antonio Cánovas del Castillo.
con el mte;es que nos inspira todo lo que tiene rclacion con el gefe visible
de la Iglesia.
Añadí igualme_nte q~e _al ~ratar con la Italia, y al restablecer con este
nu:vo Estado antiguas e md1spensables relaciones, el gobierno de S. M. 110 . ~l Sr. General Douai llegó á San Luis Potosí el 11 del actual y fué recre1a aprobar los hechos pasados ni aminorar el valor que puedan tener las c1?1_do con grandes demostraciones de júbilo. A su llegada 'cesó en' el mando
militar de aquel Departamento el Sr. Coronel Laffaille.
protestas hechas contra ellos por la corte de Roma.
R?serva!ldo en ~a cuestion de Italia todos sus derechos, pero teniendo en . El 1~, del ~orr~~nte se emb~rcaron en Veracruz para Europa en el vapor
cons1derR?10n lo~ mtereses de España, el gobierno de S. :M. no hace mas fiances Flor1de, los Sres. Vizconde de Sotomayor enviado extraordinario
que segmr el eJemplo de casi todas las naciones católicas del mundo. Y de Portugal, General l'Heriller y Galloni d'lstria. '
El 16 del actual llegó á Veracruz en el trasporte frances "Brandon" el
cuando la Santa Sede en su alta sabiduría y profunda prudencia ha creído
'
oportun? tratar ~o~ un representante del rey Víctor Manuel pa;a el arreglo Sr. Geue~al D. Tomas Marin, Prefectó marítimo.
El
capitan
de
puerto
D.
José
Francisco
Lopez
de
Rivera,
murió
en
Ve~e cuest10ne~ r_ehgio,sa~ en el nuevo reino de Italia, no puede parecer extrano que la op1mon p:tblica se muestre mas decidida á pedir que España rea- racruz el 1G del corriente.
nud~. con este nuevo reino ~e Italia sus relaciones políticas.
D1Je, finalm:nte, al N:u~c10_ de S. S., que determinado por tau poderosas
PENUNCIOS Y..SOLICITUDES
razones, :l ~ob10rno creia mdispensable dar este paso y principiar desde hoy
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
las nego01ac1ones necesarias con el gabinete de Florencia.
Acababa de da~·, este testimonio previo de respeto y deferencia á la Santa
S~e, cuando hab1endoseme presentado el encargado de negocios del Rey
(PRIMERA PUBLICACION.)
V1ctor Manuel en esta corte, el baron CaYalchin4 tuve ocasion de anunciar,
México, Agosto 18 de 1865.
le la resolucion del gobierno de S.M.
D.
Carlos
d~
Roggenback,
en
representacion!de
D. Luis Debraux de SalAl ~eer_ este despacho al Secretario de Estado de Su Santidad, y al dejar~apenna,
conseJero
de
S.
M.
el
Emperador
de
Austria,
de D. Enrique Pion,
le copia si l_o desea, S. ~- anhela ~ue V. E. asegure al cardenal Antonelli,
1mpr;sor
de
S.
M.
~l
Emperador
de
los
franceses,
y
de
D. Eduardo la Fory mas particularmente a Su Santidad, que el oobierno de la Reina abri11a
ge,
ªºente
de
camb10
de
Lyon,
ha
hecho
formal
denuncio
de las minas llalos mas profundos sentimientos de respeto y :eneracion á su autoridad ~madas
La
Cruz,
J
esu~
María,
Sa~
J
?sé,
San
Luduvigen
y
Pertenencia,
en el
grada y su augusta persona, y que está decidido á defender hoy y siempre
Departament~
de
Cl11huahua,
D1str1to
de
Guenero,
distante
de
una
á
doce
por todos los medios morales que están en su poder los derechos y lo~ leguas de la ciudad de J esus María.
·
intereses de fa santa institucion de que es el símbolQ.~Manuel Bermudcz de
Y habi~ndose_ª~1:°itido el denuncio con est3 fecha, en cuanto ha lugar en
Castro.
d~re~ho, sm perJmc10 d~ te_rcero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al
publico para su conocim1ento.-El Subsecretario de Fomento Mamtel
EXEQUIAS DEL DUQUE DE BIVAS.
Orozco.
'
. El día 3 de Junio, segun estaba anunciado, se celebró en Madrid en la iglesia de Santo Tomás, el funeral en sufragio del alma del Excelentísimo Sr
Duque de Rivas. Presidian el duelo el Nuncio de Su Santidad teniendo á s~
AVISOS OFICIALES.
derecha al Sr. Marqués del Duero, al Duque de Medinaceli que ostentaba
el Toison d'Oro, y á D. Narciso Heredia; y á su izquierda ~l Sr. Conde de
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
Sevilla la Nueva, al Sr. Vine! y á D. Andrés Caballero.
.
AVISO.
El acto estuvo tan solemne como lucido.-Todo cuanto Madrid encierra
Relac1on de los e~pediontes para cuyo despacho se necesita de Ja presencia de Jo · t .
~e _notabl~ en las arD:as, las letras y las artes, acudió presuroso á rendir el resados en esta oficma.
s lll e
último tribuf? de cariño y de respeto al Exmo. Sr. Duque de Rivas, al ilus- Seccion 1~-442, 483, 5ll, 936, 1,152, 2 539 y 2 564
Secoioa 2~-493, 583, 636, 639, 789, 915, 934, 1'073 · 1 142 1 352 1 500 l 7""' J º92
tre vate á qmen lloran los amantes de las glorias de España.

?e

d;

OBO EN LOS ESTADOS-UlfIDOS,

2,077, _2,?}3, 2,635, 2,636, 2,646, 2,675 y 3,297. ' ' ' ' ' ' ' ' ' "''' •" '
Advirt1_endose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se venfica.
·

El gobierno de los Estados-Unidos ha publicado un estado oficial del oro d. Noteta.-dHoy se ~an eleva~o al Exmo. Consejo, espeditades por esta oficina los e~e•
1en s e la Secc1on 1~, numeros 1,146 1,147 l 148 2 848 4 285 4 286 4 287 4
recibido ~n sus diversas casas de moneda, desde que se descubrieron las pri- 4,290,
4,298, 4,301 y 4,513.
'
' ' ' ' ' ' ' ' ' ' ' ' ''
meras romas de oro de aquel país hasta el 30 de Junio de 1864. Dicho es- De la Seccio_n 2~, número~ 691, 2,554, 2,730, 4,Z'17, 4,288 y 4,300.
tado arroja los resultados siguientes:
Lo que se avisa para conocun.iento de los interesados.
De California se han import.ado $ 556.718,873 11; de Colorado, ..... México, Agosto 22 de 1865.
9.783,071-23; de la Carolina del Norte, 9.121 ,397-03; de Georgia, 6. 909,375El Administrador de bienes nacionalizados,
27; deOregon, ~.142,433-84; de Idaho, 2.308,385-07; de Virginia, 1.558,874Juan Suarez y Na1Ja1ro.
41; de la Carolma del Sur, 1.352,969-44; de Alabama, 198,330-08; de TenADMINISTRACION
GENERAL
DE CORREOS.
ne!s:e, 81,406-75; de Utah, 7_8,501:1-14; de Nevada, 66,208-42; de NuevoINTERESANTE
AL
PUBLICO,
Mexico, 63,023-53; de W ashmgton, 38,799-55; de Arizona, 29,650-84; de
Vermont, 298-00; de Dacotah, 7,858-88; de otros puntos 202 773-97 ósea El dia 25 del cor~en~, á las once de la mañana, se despacha de esta Admini.straeion
un total de $597.187,734-21.
'
'
'
' leneral un estraordinano para Veracruz con la correspondencia que debe conducirá
TELEGRAFOS SUB:MAIUNOS.

ueya:York, con ~sea!!'- en !a Habana, el vapor correo "Manhnttan. 11 Lo que se arti ¡ 11
al pub~co para su mt.eligenc1a y efectos correspondient.es.
P cP
MéJUco, Agosto 20 de 1865.-Luis de la Peza.

JUZGADO ó? DE LO CIVIL, ENCABGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
d f.n los autos seguidos en este Juz~ado sobre la denuncia que hace D. Genaro Beltran
e mtestado de!)?- Guadal11;pe Rnmuez, el Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jor e Parea ~
hatilidado se cite por medio del presente al Lic. D. Manuel Pastor para que fentro d~
o~ o as, contados desde: e_sta fecha, acredite ser apoderado de D'!- j 118na Nava, que se
Atendiendo á las razones que me ha expuesto el Ministro de Ultramar de di~ ser .heredera; aperc1b1do de que se tendrán por renunciados sus
derechos si no Jo
verifica.
acuerdo con el Consejo de Ministros,
'
Lo ~ue le hago saber por medio del presente.
Vengo en decretar:
México,
AgostQ 4 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.
7s-7
Art. P Se otorga á D. Arturo de Marcoartú, al Marqués de Marianao

Hé_ aquf un decreto por el cual ha conce1ido el gobierno español
permiso para establecer telégrafos submarmos entre varias de las
Antillas y el continente.
'

al Conde de San Estéban de Cañongo, á M. Michel Chevalier, M. Ferdi:
nand de Lesseps y M. Leopoldo W erner, la concesion provisional de los cables telegráficos submarinos que desde la Isla de Cuba.se dirijan á la de Puerto-Rico, Y, de estos dos puntos á la Jsla de Santhomas, á las costas de los Estados-Umdos, del Istmo de Panama y del Imperio de México.
Art. _2? El gobierno prestará á la Compañía concesionaria los auxilios
convenientes para hacer el estudio de estas líneas, y especialmente los que

ºª

t ~n f aut?s form~d~s sob\·e el concurso de D. Antonio Prieto, ha pedido el señor agen6 e &amp; Hacienda publica, Lic. D. Te6filu Fonseca, se cite por los periódicos al re resentante de la testamentaría 6 intestado de dicho Sr. Prieto, así como al representank de la
testiment~ria_ de D~ ~ arla Ignacia Cacho, por ignorarse quiénos sean, para hacerl,is saer &amp; rad1cac1on de dichos autos en este Juzgado, al cargo del Sr. Lic. D. Jorge Perea
Y se le e~treguen para promover lo conveniente.
'
Y habiendo mandado dicho.Sr. Juez de conformidad, por auto de 21 del pasado Jun'o
se los ~ago saber por medio del presente, en cumplimiento del auto citado.
' 1'
MéXIco, Agosto 4 de 1865.-El Secretario del Juzgado 5?, Mateo Portugal. 15a-6

�DIARIO DEL IMPERIO.

188

JUZGADO DE LETRAS DE TENANCINGO.

AVISOS JUDICIALES.

Estaudo mandado por auto de dos del presente mes, se proceda á la venta de la casa
situada en la 3~ calle Nacional de este pueblo, perteneciente á la Sra. D~ ·Juana Cuevas,
valuada por los peritos D. Agustin Villegas y D. José M. Perez en la cantidad de mil cuaTRillUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
trocientos sesenta pesos, y señalados para las almonedas los dias 14 y 25 del corriente
Ignorándose el domicilio de D. Cárlos Cnrret, este Tribunal ha mandado se le cite por Agtsto, y el 6 de Setiembre próximo, siendo la última con calidad de rtimate, se pone en
los periódicos para que en el término de ocho dias, contados desde la primera publicacion conocimiento del público para que las personas 9ne se interesen á la mencionada casn,
del presente aviso, comparezca nnte dicho Tribunal pnrn la práctica de unn diligencia en ocurran á este Juzgado de letras, donde se les daran las instmccioues respectivas.
Tenancingo, Agosto 2 de 1865.-El Secretario, Lic. Jacobo Sanclicz.
50-2-6a-ú
loa autos que le hn promovido D. l!'emando C6rcoles.
Y en cumplimiento de lo mandado por el Sr. Vicepresidente 1~, y ú peclimcnto delinteJUZGADO 2? :MENOR.-EltPEDRADILLO NUM. 5.
reeado, pongo éste para que surta sus efectos.
Mélico, Agosto 19 de 1865.
México, Agosto 19 de 1865.
Se hace saber al defensor del intestado del Lic. D. Ramon de la Sierra que, no habiénJosé Mar{11, Cardeña, Oficial 2~ e.ncargado de la Secretaría.
dose presentado en este Juzgado á contestar la demanda que sobre pesos promueve al
530-3n-1
mismo intestado,,D. Jesus Plácido Vega, y para Jo cual sele citó porlos periédicos, se htt
JUZGADO 5~ MENOR.-1~ MONTERLLA Nl!M, 7.
dado por contestada la demanda, y se ha mandado recibir el juicio á prue~a por tres füs,
Por auto de esta fecha, he mandado se saque á remate la enea núm. 1 de la segunda cvntados desde la publicacion del presente.
calle de Necatitlan, valuada por el perito D. Abraham Olvera en la cantidad de mil dosEl Juez 2? menor, Lic. Unanue y Pa'l!on.
525-3a-2
cientos treinta y ocho pesos un real, y cuyo acto tendrá lugar el dia cuatro do! entrante
JUZGADO 3? MENOR.-JESUS MARIA NUM. 7.
Setiembre, á las doce. '
Ignorándose el paradero de D. Timoteo Ortiz, por la presente se le cita y emplaza, á fin
Mé1ico, Agosto 11 de 1865.-Lic. Labat.
531-4a-1
de que en el término de ocho di:ui, contados desde la primera publicacion, comparezca en
NOTIFICACION.
este Juzgado, por sí ó por apoderado, instriúdo y espensado, a contestar la demanda que
En los autos de la testament¡ría de la Sra. D~ María de la Luz Leona Tirado de la enjuicio de conciliacion le promueve el Lic. D. Diego Alvarez de la Cuadra, sobre yago
Peña, é incidente promovido por el Lic. D. Juan Sanchez Azcona, representante de D. de dos mil y tantos pesos, apercibido Ortiz de que se dará por intentada la conciliac1on y
Manuel Romero Vargas, en el que presentó una escritura, el'Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. se espedirá el certificado respectivo si no concurre.
México, Agosto 19 de 1865-Morales.
526- 3&amp;-2
D. Manuel Pavon, en vista de lo espuesto por el albacea dativo de dicha testamentaría en
q11e pide que se proceda á la chancelacion de la escritura, ha proveido el auto que sigue:
JUZGADO 2? MENOR.EMPEDRADILLO NUM. 5.
"·Mexico, Agosto 5 de 1865.-Atentas las razones espuestas P,Or el albacea, que reproduce
México, Agosto 18 de 1865.
el Juzgado, eetése á lo prevenido en el auto de 26 de Junio ultimo. Lo decretó y firmó el
Ignorándose la habitacion de D. Antonino Cubas, por el presen~ se Je cita y emplaza
Sr. Juez: l}oy fe.-Pa'l!o11.-Lic. M. Fruis, Secretario."
Y en cumplimiento de lo mandado en auto del dia 14 del mismo, notifico por el presente para que en eftérmino de nueve dias, contados desde la publicacion de este aviso, se presente en este de mi cargo, por sí ó por apoderado, imtruido y espensado, á contestar la
al Lic. D. Juan Sanchez Azcona el auto inserto, para los efectos legales.
demauda que le promueve sobre pesos, el Lic. D. Juan Palacios; apercibido, si no se preMé1ico, Agosto 22 de 1865.-Joaqrtin Gttzman, Escribano público de la nacion.
senta, de que seguirá el juicio sus trámites en su ausencia y'rebeldia, dándose á los estra532-1
dos por bastantes.
527-3a-2
TRmUl'iAL DE COMERCIO DE MORELIA,
El Juez 2? menor, Lic. Unanue y Pa'l!on.
Morelia, Agosto 9 de 1865.
Este Tribunal, en auto;le nueve de Agosto actual, ha declarado en estado de quiebra
fl D. Isaac Wisebourg, debiendo contarse la época de aquella·desde la fecha del aute, salvo lo que deepuee aparezca: ha nombrado síndico administrador á D. Teófilo Cortés, y
judicial al Lic. D. José Maria Aldayturriaga, con el carácter de provisionales, y fijado á
los acreedores el plazo de un mes.
IMPORTANTE.
Y en cumplimiento de lo dispuesto 011 el art. 794 del Código de comercio, pongo el preSe halla pendiente un litigio sobre la propiedad de las fincas que fueron de D. José
sente para conocimiento de los int.eresado11:~Fer11a11do Martinez, Secretario.
6a-1
Gregono Soto, denominadas Totolqueaco y San Diego Apatlahuaya, en juriedicoion de
Huamantla y Tlaxcala, de que actualmente es tenedora D~ Jacoba Ocotlan Corona de
CONVOCATORIA.
y aun se me ha nombrado interventor general de todos los bienes, de órden suEl Sr. Juez 1~ sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D?· Lean- Sanchez,
pues dichas fincas pertenecen realmente á una fundacion de beneficencia. Lo que
dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y perior,
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes aviso al público, para que cualquiera persona que intente contratar sobre ellas, sea en via
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí ó por personas sufi- de compra, arrendamiento, ó de cualqiúera otro modo, esté advertida de la nulidad que
cientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el lleva consigo el contrato, como de cosa litigiosa, cuya nulidad protesto hacer valer en todo tiempo por los medios legales; y para que nadie pueda alegar buena fe acerca de este
perjuicio á ~ue hubiere lugar.
'
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de negocio, hago est11, publicacion.
México, Agosto 22 de 1865.-Laureano Salazar y Prieto.
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-55

AVISOS PARTICULARES.

FERIA DEL SALTILLO.

JUZGADO 2'? DE LO CIVIL.

El Sr. Juez 2'? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon. por auto de esta fecha ha mandado se
proceda á la venta de la casa número dos de la Portería de Regina, valuada por el perito
D. Agustín García Conde, en la cantidad de tres mil setecientos diez y ocho pesos sesenta y cuatro centavos. ($ 3,718 64 cs.) A este fin ~e han señalado para las respectivas almonedas loe dias 21 y 31 del corriente, y LI del entrante,'á las doce de la mañana, siendo
la última con calidad de remate.
Lo que se avisa al público, para qu.e las personas que q•1ieran hacer postura, ocurran
al que suscribe, bajos del núm. 7, calle del Arzobispado, dondo se les ministrarán las instrucciones conducentes.
·
México, Agosto nueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-Manuel Vera , Escribano
público.
509-8s-7
VENTA JUDICIAL.

La feria que anualmente se celebra en esta capital, tendrá lugar en el presente año el
dia 11 de Octubre próximo y terminará el 25 del mismo. En este tiempo habrá corridas
de toros, y las demae diversiones de costumbre.
Esta ciudad tiene las cOllnodidades necesarias para alojar á la concurrencia, cuenta con
víveres abundantes de primera necesidad, disfruta de un clima sano y binigno, está situada ventajosamente y en relaciones mercantiles con las vrincipales plazas comerciales del
interior, especialmente con el puerto de Matamoros, P,edtas Negras y demas puntos de la
frontera. Por lo mismo es de esperarse que la antigua y muy acreditada feria de esta ciudad, que hoy se anuncia, se presente del modo mas favorable para 9.ue el comercio y la
industria tengan un brillante mercado donde hacer grandes y lucrativas especulaciones.
Este Ayuntamiento, de Muerdo con los Sres. Prefecto superior político del Departaniento y Comandante superior del mismo, ha dispuesto, que anticipadamente se sitúen en
los caminos fuerzas suficientes de caballería para proteger eficazmente á los concurrentes
en sus personas é intereses, é iguales medidas se adoptarán para dentro de la poblacion.
Los efectos nacionales y estranjeroe que se introduzcan á esta plaza desde el 20 de Setiembre hasta el 29 de Octubre, segun las disposiciones vigentes, serán libres de derechos
de alcabala, con escepcion de los municipales, que se pagarán integres, con arreglo á la
tarifa aprobada.
Saltillo, Julio 25 de 1865.-El Presidente del Ayuntamiento, Pablo P. Ortega.-El Secretario del Ayuntamiento, J. Scrapio Fragoso.
I2a--1 ·

El Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado, por auto de 26 del
presente, que las almonedas respectivas para la venta de la casa núm. 3o de la calle del
C11adrante de Santa Catarina Mártir, de esta capital, se celebren en su Juzgado, sito en el
Palacio de Justicia, los dias 5, 17 y 29 del entrante Agosto, á las once de !a mañaná, siendo la última con calidad de remate.
Lo que hago saber por el presente, para que las personas que quieran. hacer postura,
curran á la Secretaria del Juzgado á tomar las instrucciones que ministran los autos; adirtiendo que la finca está valuada por el perito D. Ramon Agea en 25,35Q pesGs.
IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
México, Jalio 28 de 1865.-José Raz Guzman, Escribano público.
478-7a-6
hará el noveno remate de muebles y otros objetos, en la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el viérnes 25 y sábado 26 de Agosto de 1865 A LAS DOS DE LA TARDE, estando
CITACION.
á
vista el 23 y 24.
En_ los autos que sigue el Sr. D. Mariano Perez de Tagle contra la Sra. D~ Ignacia la
Ya se darán listas pormenorizadas.-Las ventas son al contado y sin reclamacion.-Los
Rodr1guez de Acosta sobre pesos, la Exma. 21?- Sala del Supremo Tribunal de Justicia se
pagarán seis por ciento.
ha servido proveer lo eiguiente:-"Cítese por los periódicoíl á la Sra. D~ Ignacia Rodrí- comisionistas
Se reciben en comisi0n muebles, joyería, mercería, cristalería, lencería, abarrotes, etc., '
guez de Acosta para que por sí ó por medio de apoderado instruido y espensado se pre- etc, pues está probado que ante el 'l!erdadero mejor postor, todo se vende, como acaba de
sente dentro de 30 dias, contados desde la fecha de la ú'ltiir..a publicaeion, á continuar el verse en esta casa, que ha rematado últimamente cerca de dos mil lámparas, seis mil mejuicio ejecutivo, que ante esta Sala tiene pendiente con D. Mariano Perez de Tagle; aper- chas, setecientos globos y tubos, quinientos veladores, etc., etc.
cibida que de no comparecer le parará el perjuicio que haya lugar.-Tres rúbricas ds los
Tambien se hacen remates particulares al TRES POR CIENTO, valúos de muebles,
Sres. Ministros.-Barbedillo, secretario."
alhajas, carruajes, ropa, etc., cobrando un solo honorario, con arreglo al art. 27 de la ley
Y ?n cumplimiento de lo mandado _pongo el preR&lt;mte para que surta los efectos corres- respectiva.
pondientes.
Se compran muebles y se paga bien á los corredores.
"
528-5s-3
Mélico, Agosto 12 de 1865.-El Oficial mayor, Lic. Mariano Sansal'l!ador. 520-3a-2
AVISO JUDICIAL.

En el juicio que sigue el Lic. D. Diego Alvarez de la Cuadra, en representacion de D.
Pedro Lopez, contra D. Félix Villar sobre pesos, el Sr. Juez 29 de Jo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, ha mandado por su auto de 17 de Agosto que se proceda á la venta en
almoneda públic~ de los llanos y magueyal embargados al deudor, y los cuales pertenecen
al Rancho del Risco de la propiedad del mismo; señalándose para su venta los dias 24 y
~9 del presente, y 4 d~I entrante Setiembre, á las doce en ].Junto, siendo la últ:ma con calidad de remate, y temendo lugar las almonedas en la escribanía del que suscribe situada en los bajos de la casa núm. 4 de la calle de la Moneda en donde se pueden to~ar las
instrucciones relativas á este negocio.
'
México, Agosto 18 de 1865.-Casimiro Fernandez, Escribano
público. 521-3a-2
/
JUZGADO DE LETRAS DEL DISTRITO DE PURUANDIRO.

MANTEQUILLA.
La acreditada mantequilla de la hacienda de San NicoláR Buenavista, sigue vendiéndose
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde llega fresca los mártes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
que solo en dicha casa se espende, que ninguno está comisionado para llevarla á las casas,
y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
480-15s-12

DIVERSIONES PUBLICAS.
.

TEATRO IMPERIAL.

Eu la noche de hoy se pone en escena la comedia dividida en tres actos. que se iutitula:
En los autos que sobre despojo se siguen en este Juzgado contra D. Luis Obregon por ¡ Vi'l!a la libertad! y en seguida la zarzuela en dos actos, denominada: La cola del Diablo.
el Lic. D. Antonio Guerrero, apoderado '1.e los Sres. D. Serapio Gonzalez Roa, D~ María
Isabel V:argas, m ~efugio, m Dolores y D~ Dominga del propio apellido,, el Sr. Juez de
TEATRO PRINCIPAL,
letras Lic. D. Martm María Velez, por auto de esta fecha ha mandado, a instancia del
En la noche de hoy tendrá lu_gar la 1·epresentacion de la comedia dividida en tres actos
actor, que en virtud de haber sufrido estravio el edicto remitido á la capital del Imperio
para su pu~licacion eu el Diario Oficial, con fecha 28 de Abril último, se sobrecarte el é intitulada: Intrigas de tocador.
presente, ~1tando de nuevo ni Sr. D. Luis Obregon para la sentencia en artículo que se
h~lla pe~d.1ente, sobre_ que se d~clare por pasada en aut:oridad de cosa juzgada la se11tenIMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
c1a defiruh~a pronunciada en dichos autos en 17 de Setiembre del año próximo pasado
BAJOS DE SAN A.aUSTTN NUM, },
Pnrnímdiro, Agosto 8 de 1865.-El Secretario, Lic. L11is G. Rwmo.
ñ18-3a-3

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        <name>Casa de Moneda</name>
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DIARIO
TOJIO ll.

IMPERIO

MEXICO: ~fartes 22 de Agosto de 1865.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.-Decl'e_to imperial fija~do los ~eberes ele la Dil'eccion general de caminos y puentes
riel Tmperlo.:-Otro_, estableciendo un Conse¡o supenor de puentes:\' ~amino~. Otro, nombrando los miembros rle es!,-0 C!)nse¡o.-Otro, con la planta ele empleados de la Ael,mrnstl'adon general de correos.-Tndivl•
cluos del e¡érc1to mexicano condecorados con la Cruz ele Guadalupe, por la accion ele Tacambaro.-íoluntarios belgas con.decorados con la misma Cruz ¡10r el mismo motiro.-Jndil l(luos de la brigada Tapia condeco•
rados con la misma Cruz por la defensa de Uruapan.-Nombramlento de l'refecto de Nayarit.-Circular de
Gobernacion para que se remitan á Fomento las noticias que den los P,irrocos, conforme ú la ley de 3 de
Noviembre ú!ihno.-Oficiales nombrados para el cuerpo de Gendarmería ímperial.-.\cuerdo sohre Juntas
nuxiliares de la Junta protectora de las clases menesterosas.
l'ARTE NO OFIOIAL.-Penitenciaría de Puebla.-Junta protectora ele las clases menestcrosas.-Correspondencia para el exterior.-Anso de la Administracion general de corr .-.s.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Atendiendo á que es preciso fijar parn su mejor servicio los deberes de la Direccion general de caminos y puentes del Imperio,
HEMOS venido en DECRETAR lo siguiente:
Art. 1? El Director general de caminos y puentes del Imperio,
tiene á su cargo todo lo relativo á la construccion, reparacion, conservacion ó mejora de los caminos, ferrocarriles, puentes: viaductos,
ríos navegables y flotables, diques, canales de navegacion ó de riego,
corrientes de agua, desecamiento de lagunas y panta:nos, y en general todas las obras que se ejecuten por ingenieros civiles pagados
por el Estado.
•·
Art. 2? Los ingenieros, agentes y otros individuos empleados en
los diversos ramos enumerados, serán nombrados por Nuestro Ministro de Fomento á propuesta del Director general.
Art. 3? El Director general hará cada año, de acuerdo con Nuestro Ministro de Fomento, la distribucion de la cantidad que Nos de
antemano señalarémos para ser invertida en los diversos ramos que
abraza la Direccion, sometiendo al exámen del Consejo superior de
caminos y puentes los proyectos y presupuestos de las obras cuyo
costo deba pasar de veinte mil pesos.
·
Art. 4? El Director general de caminos y puentes es inspector de
todas las obras ejecutadas por empresas ó compañías subvencionadas
por el Estado, y cuidará de que ellas se construyan en el tiempo estipulado y con todas las condiciones de comodidad y seguridad para
el público. Para inspeccionar mas detalladamente estas obras, podrá el Director general proponer á Nuestro Ministro de Fomento
personas que lo sustituyan.
Art. 5? El Director general podrá entablar correspondencia directa
con las autoridades y empleados superiores de la administracion en
la capital ó los Departamentos sobre asuntos puramente relativos á
sus atribuciones.
Art. 6° Siempre que el Director general tenga que hacer viajes
para el desempeño de sus obligaciones, se le indemnizará por los gastos que en ellos erogue.
Art. 7? La planta de empleados de la oficina de la Direccion general de caminos y puentes del Imperio, será la siguiente:
Un Secretario con el sueldo anual de ... $ 2,400
Un ingeniero con id.................. 2,400
Otro ingeniero. . . . . . . . . . • . . . • . • . . . . . 1,800
Un dibujante................ . .. . . . . 960
Un Gefe de la contabilidad.. . . • . . . . . . . 2,000
Un tenedor de libros. . . . . • . . . . . . . . . • .
960
Un escribiente. . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . .
600
Un guarda-almacenes................ 720
Un mozo de oficio Conse1je.... ... . . . . . 360
Art. 8? Excepto el Gefe de la contabilidad, ninguno de los empleados de la Direccion tendrá señalado trabajo especial, y deberán
ocuparse indistintamente en todos los trabajos que les encomiende
el Director general.
Art. 9? Para los gastos de oficina de la Dire·ccion general se consignan mil y quinientos pesos anuales, de cuya inversion se dará
cuenta pormenorizada al Ministerio de Fomento.
Art. 10. El Director general tendrá un sueldo anual de cinco mil
pesos, modificándose en esto Nuestro decreto de 4 del corriente.

Nml. 193.

Art. 11. Queremos que el Director general de caminos y puentes
del Imperio tenga el rango y las consideraciones &lt;le Consejero de
Estado.
Art. 12. Por el Ministerio de Fomento se darán las órdenes necesarias para que la nueva oficina de la Direccion general de caminos
y puentes quede instalada en un local cómodo, lo mas pronto posible, entregándole por inventario los planos, proyectos, instrumentos,
memorias y cuanto mas sea relativo al ramo de que se trata.
Dado en México, á 19 de Agosto de 1865.
MAXTMILIANO.
Al Ministro de Fomento.
POR EL EMPERADOll,

El Ministro de Fomento.
Eo su. aasencia, el Subsecretario,
Manuel Orozco y Be~?'a.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Considerando que la importancia•de establecer buenas vias de comunicacion en el Imperio, necesita la creacion de un Consejo que
reuna los ingenieros de notoria aptitud y luces,
DECRETAMOS:
Se establece un Consejo superior de caminos y puentes del Imperio, que se compondrá por ahora de siete personas:
El Director general de caminos y puentes.
Tres ingenieros civiles, inspectores generales.
El Gefe de la seccion científica del Ministario de Fomento.
El Gefe de la seccion de ingenieros militares del Ministerio de la
Guerra.
El Director de las aguas del Valle de México.
Este Consejo se reunirá lo menos dos veces al mes, y será presidido por Nuestro Ministro de Fomento, y en ausencia de éste por
quien lo sustituya en el despacho del Ministerio.
Las atribuciones del Consejo, serán:
1~ Formar un reglamento para la organizacion de un cuerpo de
ingenieros del Estado.
,
2~ Examinar y emitir dictámen sobre los proyectos, presu puestos y cuestiones de arte que le sean sometidos por Nuestro Ministro
de Fomento, ó por el Director general de éaminos y puentes.
3~ Dar su opinion sobre las cuestiones de contencioso-administrativo, relativas al ramo de caminos y puentes, que deban ventilarse
ante Nuestro Consejo de Estado.
4~ Formar una cartilla de todos los materiales de constrnccion
que se encuentran en el Imperio, en la que respecto á cada uno de
ellos se exprese: Los lugares de extra~cion, su precio medio en diversos Departamentos, su aspecto y propiedades físicas, composicion
química y clasificacion botánica ó mineralógica, y su resistencia á
los agentes naturales de la atmósfera y á las fuerzas distintas á que
puede hallarse sometido. Para la formacion de esta cartilla, Mandamos que los individuos del Consejo ó sus colaboradores puedan hacer uso de los aparatos y laboratorios de los establecimientos Imperiales de educacion, y exigir la cooperacion de los profesores competentes. Para la adquisicion de aparatos especiales y otros gastos que
origine el desempeño de esta importante pomision, consignamos por
ahora la suma de cuatro mil pesos, de c~ya inversion se dará CQenta pormenorizada al Ministerio de Fomento.
5~ Dirigir la publicacion trimestral de los "Anales de ingeniería
civil del Imverio Mexicano," que contengan Memorias. y documentos
relativos al arte de las construcciones y al servicio del i?geniero civil, las leyes, ordenanzas y otras disposiciones concermentes al ramo de caminos y puentes, y reseña de las obras ejecutadas en el
Imperio.
6~ Los tres Consejeros, inspectores generales! practicarán visitas
de inspeccion en los Departamentos que les designe Nuestro Ministro de Fomento, para inquirir el estado que guardan las obras encomendadas á la Direccion gener3:l de puentes y cnminos, y la cono ueta de los ingenieros y otros empleados del ramo.

�.....

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

182

Los individuos del Consejo que no disfruten otro sueldo de Gobierno, percibirá~ el de $4,~00 anu~les.
_
El tiempo dedicado á las rnspecc1ones, durará cada an_o,. á lo mas
tres meses, y los consejeros que e~ ellas se ocupen, p_e~cibirán, ademas de su sueldo, una indemnizac10n por gastos de viaJe,
El secretario de la Direccion general de caminos y puentes, será
al mismo tiempo secretario del Consejo superior, y todos los trab~jos de oficina serán desempeñados por los empleados de aquella D1reccion.
Los ingenieros civile~ con sueldo del ~stado, que se hallen en la
· capital, podrán c?ncurnr, confor_me lo _disponga el reglament_o respectivo, á las ses10nes del ConseJo, temendo en él voz consultiva.
Dado en México, á 19 de Kgosto de 1865.
MAXIMILIANO.

Al Ministro de,Fomento.
POR EL EMPERADOR ,

El Miuistr-0 de Fomento.
En su ausencia el Subsecretario,
Manuel Orozco y Be;-i-a.

MAXIMILIANO, EMPERAJ?OR DE MEXICO:
Con arreglo á N{!esti°o decreto de esta fecha, NOMBRAMOS mie~bros del Consejo superior de puentes y caminos, á las personas siguientes:
D. Santiago Mendez, Director general de caminos y puentes.
D. Pascual Almazan, Consejero de Estado, Inspector general.
D. Vicente Ortigosa, Consejero de Estado, Inspector general.
D. Francisco Somera, Inspector general.
D. Francisco Jimenez, Gefo de Seccion del Ministerio de Fomento.
Teniente Coronel Aubry, Gefe de Seccion del Ministerio de Gue~ra.
D. Francisco de Garay, Director de las aguas del Valle de México.
Dado en México, á 19 de Agosto de 1865.
MAXIMILIJ\NO.

Al Ministro de Fomento.
POR E L EMP ERADOR ,

El Ministro de Fomento.
En su ausencia, el Subsecretario,
Manitel Orozco y Berra:

Contador general, D. Ignacio Sanchez Hidalgo.
Tenedor de libros, D. Luis Castro.
Escribiente para id., D. Mateo Lopez.
Id. id., D. Ignacio Rosales.
Oficial cajero, D. J esus J osé Irizarri.
Oficial 1? de glosa, D. Antonio J osé Villada.
Id. 2? id., D. J osé María Madrigal.
Id. 3? id., D. Cárlos María Larrañaga.
Id. 4? id., D. Donaciano Perez.
Id. 5? id., D. J osé Manuel Zo~aya.
Escribiente, D. José María Varela.
Id., D. Pedro Robles.
Id., D. Pedro Anza.
Archivero D. Manuel Galan.
Gefe de la seccion de estafeta, D. Ignacio D. Bonilla.
Oficial 1º de id., D. José Rafael Rivera.
~
Id. 2? id., D. Pablo García.
Id. 3? id., D. Manuel Rojas.
Id. 4° id., D. José María Padilla.
Id. de rezagos, D. Trinidad Vazquez.
Portero, D. J osé María García.
Cartero, D. Crescenciano Cisneros.
Id., D. Tornas Ayala.
Id., D. José María Hernandcz.
Id., D. Jacinto Ramos.
Id., D. Anatalio Calderon
1
Id., D. Juan N. Rueda.
Dado en el Palacio de México, á 18 de Agosto de 1865.
MAXTMTLIANO.

Al Ministro de Fomento.
POR

EL EMPERADOR,
El Ministro de Fomento.
En su ausencia el Subsecretario,
Manuel Orozco y Berra.
_____.......... . . . . .

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
S. M, el Emperador en atencion al brillante comportamiento y ~izarria de los individuos del ejército mexicano, que aquí se menc10nan, en la gloriosa accion del 16 de Julio próximo pasado, dada en
la loma de Tacámbaro, Ha tenido á bien, por decreto de 12 del actual, conceder la Cruz de Comendador de la Imperial Orden de Guadalupe, á
r

D. Ramon Mendez, Coronel del batallon del Emperador.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
La de Oficial de la misma Orden, á
APROBAMOS la planta que para la administracion general_de_ CorD. Godardo Conde de Pachta, Capitan en el regimiento de la Emperareos Nos consulta Nuestra Secretaria de Fomento, y es la ~ngmente:
triz.
Administ;acion general.
L~ de Caballero de la expresada, á
$3,000
Administrador con el sueldo anual de..• . ..... .
D. Vicente Ceballos, Comandante del batallon dél Emperador.
D. Manuel M. Zamora, Coronel.
Seccion de coi-respondencia.
D. N. Orozco, Capitan de Guardias rurales de Ario.
Gefe de ella con el sueldo an ual de. . . . . . . . . . . . $ 1,000
D. Francisco Troncoso, Capitan de la compañía de Zapadores.
Dos escribientes á 500 ps.... ........ . . . .... 1,000 ~D. Luis Nuñez, Capitan de artillería.
2,000
Contaduría gentrol.
La Medalla de Mérito militar, de plata, á
2,400
Contador con el sueldo anual de . ... . .. • , . .•..
Marcos Morales, sargento 2.0 de artillería.
Tenedor de libros id. id .... ... .. . . . ........ . 1,200
Cárlos M. Anlet, cabo
de idem.
Dos escribientes para id. á 500 ps ... . . ..... .• 1,000
J osé M. Ramirez, sargento 2.0 de la compañía Imperial .de Zapadores.
2,200
J. M. Torres, cabo de idem.
Oficial cajero con el sueldo anual de . . ... . . . .. . J ,200
lnés Gutierrez, sargento 1.0 del tercer regimiento de caballería.
Oñcial 1° de glosa id ... .. ....... . •.. . . .• .. . 1,200
Agustin Echeverría, soldado de idem.
.
Santos Jimenez, sargento l.º del 4.0 regimiento de caballería.
" 2~
" ' . " .... ........ ' .. . ... . . . . 1,100
" 3?
"
" .... .. .. . ... . . . . . ... . . . 1,000
Ascensio Pedraza, cabo de la guardia rural de Toluca.
900
" 4º
"
,, . .. . ... . . .. . ...... . ... .
Antonio Céspedes, sargento 2.0 de la guardia rural de Ario.
800
5?
"
" . ... ........ .. ........ .
Juan Mejía, sargento l.º del batallon del E mperador.
" escribientes a, 500 pesos . ... . ..... . .. . . .. 1,000
Dos
Pascual Ochoa, sargento 2.0 de idem.
400
Uno id. con 400 .. . ..... . ... ... ..•. • ..•..•. .
Francisco Ortega, idem, idem.
600
Archivero .. . .. •. . ........ .... .....•. .. . . .
Antonio Perez, idem, idem.
8,200
México, 19 de Agosto de 1865.
El Gran Canciller,
Seccion de estafeta.
ALMONTE.
Gefe de ella con el sueldo anual de. . ... . .. .. . . 1,300
Oficial 1? de id. id.... . ...... ·• . . • . . . .. . . • .. . 1,000
,, 2?
,, ,, . ... ,. . . . . . . . . . . . . . . • • . • . . .
800
S. M. el Emperador, en atencion al brillante comportamiento y
,, 3?
,, ,, .• . ..... ·.... , . . . . . . . . . . . . .
700
bizarría
de los individuos de la Legion de voluntarios Belgas que
,, 4?
,, ,,. . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . ...
600
aquf se expresan, en la gloriosa accion del 16 de Julio último dada
,, de razagos id. . . • . . . . . . . . . . . . . . . • . . . .
600
Portero con el sueldo atual de........ . ......
400
en la Loma de Tacámbaro, Ha tenido á bien, por decreto de 12 del
5,400
actual, conceder la Cruz de Caballero de la Imperial Orden de GuaSeis'.~carteros á 400 ps .... . .... • ... . . • ..... . 2,400
dalupe, á
Tre~ mozos de oficios y empacadores á 200 ps.. .
600
D. Leon Visart de Bocarmé, Cnpitan.
Un ordenanza con la gratificacion anual de.... . .
60
D. Federico Delannoy,
idem.
3,060
D. Eugenio Tydgat,
idem.
500
Para~gastos de escritorio. . . • . . . • . • • . . ..... .
D. Leon Wuillot, médico de batallon.
D. Teófilo W ahis, Teniente oficial de órdenes.
Total •••• , . .........• . • •. . ...
26,760
D. Emilio Davreux, Teniente.
D. Juan Mertens, Subteniente.
Para servir estas plazas nombramos á los individuos que siguen:
D. Mauricio Moraut, sargento.
Administrador general D. Luis de la Peza.
La Medalla de Mérito militar, de plata, á
Gefe de la seccion de correspo1:1dencia, D. Manuel Embriz.
D. Santiago Dekkers, Ayudante sub-oficial.
Escribiente, D. Enrique Peza.
D. Feliciano Delattre, sargento mayor.
Id. D. J uan Peimbert.

D. Gustavo Dutrannoy,
idem.
Francisco Debuck, sargento furriel.
Eduardo Dufour, sargento.
Francisco Ory, ídem.
E nrique Delbecque, idem.
José Dekroom, cabo.
J uan Dessart, ídem.
J osé Vandermeene, trompeta.
Leonard.o André, soldado.
Godofredo Cordens, idem.
Pedro Vandervorst, idem.
J uan Dumortier, idem.
Armando Vertenoieul, idem.
México, Agosto 19 de 1865.

PARTE NO OFICIAL.
PENITENCLUUA DE PUEBLA.

Agosto 19 de 1865.

El ingeniero D. José J oaquín Aniaga ha participado al Ministerio de Fomento por el telégrafo, que el dia 18 del actual comenzaron
los trabajos de construccion del edificio destinado á la Penitenciaría
de Puebla.
JUNTA PROTECTORA DE LAS CLASES MENESTEROSAS.

El Grnn Cuncitler.
ALMONTE.

. S. M. el Empe!~dor, en atenci~n al brillante comportamiento y
b1zarrfa de los rrnhtares de la brigada del Sr. General Tapia que á
con~inuacJon se expr~san, e~ la heróica defensa de Uruapan el 19 de
Jumo último, ha temdo á bien, por decreto de 12 del corriente, conceder la Cruz de Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe,
al Capitan D. Francisco Ledesma,
Teniente D. Tomás Ramirez,
y Alférez D. Juan de Luque.
La Medalla del Mérito militar de plata
al Sargento 1? Antonio Ramirez,
y Cabo José Guerrero.
México, 19 de Agosto de 1865.
El Gran Canciller,
ALMONTE.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SEOCION I"
México, Agosto 18 de 1865.

El Gobierno de S.M. ha tenido á bien nom brar á V. S. Prefecto
politico del Departamento de Nayarit. Lo que le comunico para su
inteligencia y satisfaccion; y á fin de que se presente á desempeñar
el c~rgo que se le confia.
El Ministro de Gobernacion,
' E STEVA.

Sr. D. Manuel Rivas, Prefecto del Departamento de Nayarit.
SECCION 4~
Circular núm. 34.

México, Agosto 14 de ld65.

El Gobierno de S. M. ha tenido á bien acordar se prevenga á esa
Prefectura que ~o~as las notici~s que le sean remitidas por los Párrocos, en_cumph~1ento de lo d1spue~to por la ley de 3 de Noviemb1·e del ano próximo pasado, las remita directamente al Ministerio
de Fomento: así lo hará tambien con todas las -demas relativas á la
estadística del país.
..
de Gobernncion,
EsTEVA.
.

EI Min1str~

Sr. Prefecto del Departamento de. -

__

~----·------

MINISTERIO DE GUERRA.
RELA OION de los oficiales que lian sido nombrados pam el cuerpo· de Gen-

darmería Imperial.

Capitan.... D. Francisco Mismer.
Tenientes .. D. Francisco Gerloni.
,,
D. Augusto Máximo Bertrand de Novion.
,,
• D. Félix Romero.
Alféreces.. • D. Mariano Monterde.
,,
D. Emilio Blanco.
,,
D. Antonio Calderon.
México, Agosto 20 de 1865.

.. ......

183

El Subsecretario de Guerra,
J. M. IJurán.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION 3~
México, Julio 26 de 1865.

Con fecha 19 del corriente, S. M. el Emperador ha tenido á bien
acordar lo siguiente:
"AUTORIZAMOS á la Junta protectora de las clases menesterosas
par~ que nombre J unt.~ auxiliares en todos los municipios del I mperio. Las Juntas auxiliares se compondrán del número de individuos que en cada municipio creyere conveniente la J untá protectora.
Las funciones de aquellas se concretarán á proponer á ésta las medidas. ~ ue tiendan á cortar abusos (1). ó á introducir mejoras en la
condimon de los pueblos, y á darle los rnformes que les pida."
Y lo trascribo á V. S. para su conocimiento y demas fines.
El Ministro de Gobernacion,
ESTEVA. '

Sr. Presidente de la Junta protectora de las clases menesterosas.
(1) Se repite hoy este acuerdo, por haber salido equivocado el que se publicó en el número de este periódico correspondiente 11129 de Julio.

Prefectura política superior del Departamento de J alisco.-Guadalajara,
Agosto 3 de 1865.-En cumplimiento de lo que vd. se sirve decirme en su
comunicacion de 22 de J unio último, tengo el honor de remitirle una noticia
en que se manifiesta el estado que guarda la instruccion primaria en este Departamento, con expresioh de todas las circunstancias 11ecesarias para llenar
el objeto que se propone la Junta protectora de las clases menesterosas. A
dicha noticia va unido el plan general de enseñanza, que es la ley que en la
actualidad está vigente en esta materia.
Igualmente remito á vd. copia de un oficio que me ha dirigido la Sociedad
de Geografia y Estadística de esta capital, expresando cuál es el número de
idiomas indígenas que se hablan en el Departamento; debiendo por mi parte manifestar á vd. que no hay establecimientos en que se enseñen algunas
de ellas, pues la instruccion en lo general se da en castellano, é igualmente
que no es posible á esta Prefectura remitir, como se desea, un ejemplar de
cada una de las obras que estén escritas en los referidos idiomas.
·
Sírvase vd. poner lo espuesto en conocimiento de la Junta, y acusarme el
recibo correspondiente.-El Prefecto político, Jesus L6pez Portillo.-Sr. Secretario de la J unta protectora de las clases menesterosas.-México.

·-

Guadalajara, J ulio 27 de 1865.-La Jun~a de estadística informa, que en
la provincia de Nueva Galicia, al verificarse 1a conquista y dos siglos despues no se hablaron sino tres idiomas, que eran los siguientes: El mexicano,
que se hablaba desde Compostela hasta Colima, por toda la Costa y en la
parte central de Nueva Galicia. El cora ó nayarit, que se hablaba por los
habitantes de la Sierra, que tiene el nombre de Nayarit, y que comprende
desde Tepic hasta Tlaltenango. Y el otomí, que se habló por los indios que
habitaban de Zacatecas y Guanajuato. E n la misma provincia se hablaban
dos dialectos del mexicano: el huichol, que hablaban los indios de Colotlan,
y el tarúmaro, que hablan los indios que tienen este nombre y que habitan la Sierra de la Tarúmara. En la actualidad el• mexicano ya no se habla
hace mas de un siglo por los indios que en otro tiempo lo hablaron, y solo
se habla el cora en la Sierra del Nayarit, el huichol y el tarúmaro, hablándose tambien el tarasco en el pueblo de Túxpan, que fué formado por una
colonia que trajo Cristóbal de Olid de Michoacan, cuando conquistó á Colima,
y que despues reforzó Nuño de Guzman, siendo esta la explicacion por que
en el territorio del antiguo Señor de Colima, en que se hablaba el mexicano, se hable el tarasco, siendo dificil la esplicacion por que se ha ~onservado
hasta ahora, cuando el mexicano desapareció en todos los pueblos inmedia·
tos. El mexicano y el tarasco lo enseñaron los franciscanos desde la conquista hasta qJ!e dejó de hablarse_ el primero, y el tarasco hasta la extincion
del convento por la Reforma. El cora ó nayarit lo enseñaron primero los
franciscanos y despues los jesuitas, y extinguidos éstos, lo siguieron enseñando los franciscanos hasta que los atacó la Reforma. El dialecto huichol
y tarúmaro lo enseñaron hasta principios de este siglo los francisc¡¡,.no._q_ :iu3,,.
:
• •
J
•
-'o'-n1,_ , ___ .~ - · ,..,., ren¡,;10sos de
propaganda fide del convento de Zapopan. El mexicano lo enseñaron por la
Gramática del padre F r. Jacinto Gonzalez. El tarasco por la Gramática del
padre Tomas Chacon. El cora por la Gramática del padre José Ortega, impresa en Guadalajara en 1729. El dialecto huichol y el tarúmaro por voca·
bularios manuscritos é inéditos que los religiosos tenian, siendo uno de ellos
el del padre Gerónimo Figueroa. Las Gramáticas impresas así como los
vocabularios que sirvieron para la enseñanza, ignora la J unta dónde puedan
encontrarse, creyendo muy probable que se hayan perdido con la ruina de
los conventos. Lo que tengo el honor de decir en contestacion á la comunicacion de V. S., de 15 del presente mes.- Dios guardeá V.S. muchosaños.
- H. Romero Gil.
Es copia. Guadalajara, Agosto l ~ de 1865.- El oficial mayor encargado '
de la Secretaría, José María Castañares.
.t...._.,___] --"'-----'-

Prefectura política del Departamento de Gúanajuato.-Seccion de Fomento.-Guanajuato, 29 de Julio de 1865.-Recibí la comunicacion de vd. fecha 22 del mes anterior, en la que se sirve insertar el acuerdo t,omado por
esa J unta en sesion del dia anterior, relativo á que esta Prefectura ministrará las noticias generales sobre escuelas del Departamento, y un estado de
lenguas indígenas que se hablen, expresando cuál sea mas generalizada. En
debida respuesta, y respecto á esto último, diré á vd., que con fecha 15 de
J ulio del año pasado, pidió el Sr. Subsecretario de Justicia ejemplares de
diccionarios 6 gramáticas de idiomas indígenas, y esta superior 6rden, evacuada que fué, dió por resultado lo que verá esa Junta, por las copias anotadas en los números 1, 2, 3 y 4 que remito.
·
En 14 de Agosto del mismo año, el Sr. Subsecretario del Ministerio de
Fomento se sirvió pedir para la Sociedad de Geografia y Estadística las gramáticas ó diccionarios del idioma Meco, y se dió cuenta, segun se impondrá
la misma J unta por las copias señaladas con los números 5 y 6, que son tambien adjuntas.
Siguieron las autoridades de este Departamento indagando si existian algunos mas datos ó noticias sobre este asunto, y ningun resultado produjeron
hasta hoy esas indagaciones. Si en lo sucesivo adquiriere algunos, se remitirán. Respecto al ramo de instruccion primaria del Departamento, el Exmo.
Sr. Ministro de Justicia pidió, en Gde Diciembre del citado año de 1864,
un estado general y pormenorizado de ellas, con arreglo al modelo que man-

�DIARIO DEL IMPERIO.

184

dó y del que aeompaiio un ejemplm'. Ese estado lo remitió esta Prefectura
con la comunicacion, que marcada con el número '7, remito tambien; y luego, en 6 de Mayo de este año, habiendo esta Prefectura recibido los datos
que faltaban á. aquel y que pertenecían al Distrito de Celaya, los mandó con
el oficio ní1mero 8 que obra adjunto. Poseedor hoy de todos los datos, tenel honor de remitir á. Yd., con esos antecedentes, un estado genernl de la~
~scur,las del Departamento, formado con los dos remitidos t\ los Mini~terios
de Justicia é Instruccion Púhlica, debiendo aüadir que las aclaraciones que
notará Yd. se pidieron á Celaya, aun no obran en la Secretaría de esta Prefectura, y que por ello no los mandó; pero quedo en Ycrificarlo cuando la autoridad de -aquel Distrito las remitiere.-El Prefecto político, P. Gonzalez
Montes.-Señor Secretario de la Junta protectora de las clases menesterosas.
Son copias que certifico.-México, Agosto 18 de 1865.-El Subsecretario de la Junta protectora de las clases menesterosas, Víctor Pel'ez.

ºº

vero, In. fiuca..en la cantidad do ocho mil setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres
de la fábrica· y molino en la de dos mil cien pesos; seiíalnndo pnra las almoneda! las mniínnns del veinticinco del preílente, y cinco y diez y sictf' del cntranto, Í\ las once, siendo
la última con calidad de remate.
•
Los en.eres de la mbrica y molino mencionados, son los siguientes: los del molino, una
tabona cuya muela y taza están '.!inchndus do fierro, con sus correspondientes palancas
para dos mulas; una rueda con banda de cuero que da movimiento á nueve ruedas y árbolt•s, unos de madera v otro~ do fierro, y un molino de triturar aceituna.
El npnrato de d&lt;&gt;stilacion es de cobre fo1j11do, con tubos de comunicacion del mismo
metal, una retorta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cnbu dt1
madern con cinchos de fierro, y otra mas grande nne:m al aparnto de destilacion.
Lo que aviso ni público en cumplimiento d~ Jo mandado, y para que las personas. qne
quieran lincer postura, ocurran a la hor:i senalada¡ en concepto de c¡.ue las mstrucciones
que ministran los autos, se darán en el despacho del que suscribe, ubicado en los bajos de
la casa núm. 2 de 1:i calle de l:i Moneda.
México, Julio 18 de 1865.-J. Rrynoso, Escribano público.
~63-16a-l2

CORRESPONDENCIA PAli EL EXTERIOR.

La Administracion General de Correos publica el siguiente aviso.

1UZGADO 6? MENOR.-CORDOl!AHES NUM. 8.
Ignorímdoso el domicilio de D. Gregorio Cejudo, por la presente se le cita y emplaza
para que en el ténnino,de ocho días comparezca en es!e.J.uzgndo, f.ºr sí ó por apoderado
mstruido y espensado, 1\ contestnt la demand:i que en JUICIO verba , aobre. pesos, le pro:
muere D. Enrique Ampudia; apercibid.o de seguirse el juicio en su ausencia y rebeld1a s1
no concurre.
México, Agosto 17 do ISw.-1. Bravo.
514- 3&amp;- 3

El dia 25 del corriente, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion general, un extraordinario para Veracruz con la corresponden- El Sr. Juez 2? d.e lo ci1•il, Lic. D.CONVOCATORIA.
Manuel Pavon, ha mandado se convoque á loa herecia que debe conducirá Nueva-York, con escala en la Habana, el Yapor- deros de la Madre Sor Maria do la Luz de Seiíor San Joaquin Miranda, para que en el
correo •':tifanhattan." Lo que se participa nl público para su inteligencia y ténnino de veinto dias se presenten en su J nz!!lldo á deducir el derecho que crean te_ner
efectos correspondicutcs.-México, Agosto 20 de 1865.-Luis de la Peza. á los bienes de la religiosa intestada; apercibidos que si no Jo verifican ~u. dicho térmmo,

AVISOS OFIOIALES.

les parará el perjuicio que hubiere Jugar. Lo que hago saber en cumplnniento de lo mnndado.
i\léxico, Agosto 5 de Jil65.-José Ra: G11:ma11, Escribano público.
616- 3n- 3

AVISOS PARTIOULARES.

ADMINISTRACIO:N DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO,

Relacion de los expedientes pnra cayo despacho se necesita de la presencia de los interesados en esta oficina.
Seccion 1!-442, 483,511, 936, 1,152, 2,539, 2,564 y 3,290.
Seccioa 2~- 493, 583,636,639,789,915,934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, J,727, 1,S9'2,
2,011, 2,513, 2,635, 2,636, 2,646, 2,615 r 3,297.
.
Advirtiéndose que no se puede dar rungun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se verifica.
Nota.-Hoy se han elev!ldo al Exmo. Consejo, espeditades por esta oficina, los espedientes de la Seccion 1~, números 3J6, 720, 063, 2,153, 2,996, 3,3-27, 3,520, 3,531, 3,532,
3,533 y 3,657.
De la Seccion 2~, números 871, 673, 8i4, 1,304, 1,307, J,31R, J,459, 1,72-t, l,76S,
1,783 y 2,521.
Lo que se avisa para conocimiento de los intt1resndos.
México, Agosto 21 de 1865.
Por ocupncion del Administrador de bienes nacionalizados,
El primer Contador,
Agustin Pardo y García.

MINISTERIO DE GUERRA.

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
hará el noveno remate de muebles y otros objetos, en la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el viérnes 25 y sábado 26 de Agosto de 1865 A LAS DOS DE LA TARDE, estando
á la vista el 23 y 24.
.
.
.
Ya se darán listas pormcuonzadas.-Las ventas son ni contado y sm reclamnc1on.- Lo~
comisionistas pagarán seis por ciento.
Se reciben en eomision muebles, joyería, mercería, cristalería, lencería, abarrotes, etc.,
etc pues está probado que ante el ttrdadcro 1ncjor postor, todo se vende, como acaba de
ve;se en esta casa, quo ha rematado últimamente cerca de dos mil lámparas, seis mil mechas, setecientos globos y tubos, quinientos veladores, etc., etc.
Tambien se hacen remates particulares al TRES POR CIENTO, valúos de muebles,
alhajas, carruajes, ropa, etc., cobrando un solo honorario, con nrreglo al art. 27 de la ley
respectiva.
.
Se compran muebles y so paga bien á los corredores.
528-5s-2

MANTEQUILLA.
La acreditada mantequilla de la hacienda de San NicoláR Buenavista, sigue vendiéndose
en el entresuelo do la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde Jlega fre~ca los mártes y sábados de cada semana; advirtiend.o á los co~sumi~~resdeella, p11raev1~r fraudes,
que solo en dicha casa se es pende, que runguno esta com1S1onado para llevarla li ~s casas,
y que precisamente debe do tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
480-15s-ll

5~ DIRECCION,
Conforme á lo dispuesto en suprema órden, debe· procederse á la compra de cabnllos
para ol ejército; lo que se participa á las personas qu.s los tengan, á efecto de que ocurran
AVISO.
a 111 Comision do remonta, que se reunirá en esta Direccion todos los días, de las diez á
Estando liquidados todos los aegocios do 111. com~aiííamercantil que f~rmé en e,sta plaza
las doce de la mañana; en concepto de que los caballos deberán tener de cinco á nuev¡¡ con el Sr. D. Antonio Herce, bujo la razon de J os~ S. Lozano f companía, de mutuo conaños de edad, y por Jo menos un metro cuarenta y seis centímetros de alzada.
sentimiento queda diPuelta, continuando yo los Dl!smos negocios que se propuso la comPor 6rden del Exmo. Sr. Ministro,
pañía q.ue termina, y bajo mi solo nombre.
México, Junio 30 de 1865.-José S. Loza110.
519-5a-2
El Intendente de ejército, Gafo de la 5! Direccion,
Trancisco
Montero.
AVISO IMPORTANTE.
3a-]
N. Dousdebcs, de este comercio, participa al público q~o tiene c~nferido ampli.o p~der
nl c:i.~n JI "F. Onnnil ,.,,;,,~ h " " " " " 11delanto resolver&amp; y firmara todo lo relativo a los
....L-VTC!f\C! TTTT)Tf'iLA...LI!Q _
negocios de su casa.
México, Agosto 18 de 1865.
523-Sa-2
TRIBUNAL DE COMERCIO DE !IIEXICO.
SEGUROS CONTRA INCEN DIOS.
México, Agosto 16 de 1865.
En el juicio verbal promovido en eílte Tribunal por los Sres. Ponton hermanos contra
CoMPA!HA oE sEouRos DE Gu.DBACH.
D. Le~nardo Laredo, se ha pronunciado sentencia definitiva que en tu parte resolutiva es
Capital de fondo.-- - -·--··-- ---· · 3.000,000 pesos prusianos.
como sigue:
"El Tribunal declara: que D. Leonart!o Laredo debe pagar los doscientos veinfüeia peCoMPARIA DE SEGUROS DE BAsILEA (BABEL).
8?ª sesenta y cuatro ~ntavos que se le han dem~ado, as! co1to los gastos legnles del juiCapital de fondo • ___ ... __ --.. .- _- __ • _.- 10.000,000 francos.
cu,. Y para constancia lo firmaron loa Sres. Presidente y colegas.-Castillo.-Garc{a.Abadiano.-Luis Rodrigu-ez y Palacio."
Y por auto de esta fecha se fija el término de ocho días para el pago de Jo sentenciado.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
Lo que hago saber por el presente en cum.plimiento de lo m1ndado.
necesarios para los que gusten 11segurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañlas,
calle de San Bernardo núm. 3.
400-lSOs-42
Jasé Maria Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
522-3s-3

EMPRESA DE TRASPORTES DEL EJERCITO.

CO:n'OCATORIA.

El Sr. Juez l ? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de m Leandra Deg?ll~do, ha prev~ni~o en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el pumo del Imperio a los que so crean con derecho á los bienes del referido intes
t~do, a fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí 6 por personas sufir1e~~ll!enJe nutoriz_adas; bajo el aporcibimient-0, si no lo hicitren, de que les parará el
perJUJCJO a que hubiere lugar.
~n CU;1Ilplimiento de lo ~andad?, pongo el pre~ente a~iso Pª1:l que llegue á noticia de
qu)enes importe, en ~uanaJuato, a nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390--00s-54
1UZGADO 2~ DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 2? de lo civil, Li~. D. llianuel Pavon. por auto de esta fecha ha mandado so
J!roceda ~ la venta do la cnsa numero_dos de la Portería de Rcgina, n luadl\ por el perito
D. Agusbn Garcla Cond~, oo la cantidnd de tres mil setecientos diez y ocho pesos sesenta y cnntro ce~tavos. ($ 3,718 6,.1 cs.) ..i &lt;'ste fin ~e han seiínl:ido para las rospectivas almonedas los d1as 21 y 31 del comente, y 11 d.el entrante á las doce de la mañana siendo
la í1 !tima con calidad de remate.
'
'
Lo que se.avi~a ~1 públic~, pnra que las personas que quieran hacer .Postura, ocurran
al qu~ suscribe, bnJOS del num. 7, calle del Arzobispado, donde so les mmistrarítn las instmcc1onea conducentes.
M~xico, Agosto nueve de mil orhocientos sesenta y ciDco.-.llfanr1tl Vera, Esctibnno
público.
609-Ss-6

1UZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3~ de lo &lt;'ivil, Lic. D. ,losó Mn.rlfl Cordero, ba mandado por auto do doce
d.el C?rrieute, se proced11 á la venta de la casa númt&gt;ro cuatro de la 111 ~lazuela de Santo
Tomas y dti los enseres ,te un molino de nceite y una fábrica de 11gn11rdu•nte que en dich11
- casa ee e11cnentr1111, valuados por lo~ peritos D. Ventura Alcérre&lt;'n y D. FrnnciR&lt;'O Cha-

Teniendo el quo suscribe varios negocios propios, independientes del de loa trasporte,
del ejército, que no es esclusimmente suyo, plll'ticipa al público, que á fin de evitar con
fusion entre sus compromisos perRonalcs y los de dicha empresa, firmará como hasta hoy
por los primeros, y que por lo relativo á los segundos, lo hará en union de D. Adrian Daste, á quien faculta tambien para hacerlo solo en su ausencia, siendo esta firma, separada
ó colecti\'111 la única que obligue íi la empresa de los trasportes.
(Firmado) A. Souberbicllc.
500-óa-4

DIVERSIONES PUBLIOAS.
GRAN CIRCO DE CHIARINI.
OPERA ITALIANA.
Esta noche tendrá Jugar en esto local la fnncion de despedida de la compaiíia de ópera,
en la que toman parle todos los artistas de ella, segun se verá por el siguiente programa:
Primero se cantará el segundo acto de JI\ 6~era denominada: Norma; en seguida la Sra.
Nntaly cnnt11rá la ('l\ocion nnd1tluza quo se intitula: La calesera; seguirá un gran duo para
arpa y piano-forto, ejecunto por J:i Sra. Docciardi y el Sr. Roeco; se cantarÍ\ despues
el se~undo neto de la ópera Marta: á este seguirá el cuarto de la denomino.da: RigoltUo,
terminnnllo el espectáculo con la escen11 de la Carcajada de la ópera El baile de máscarns.

IMPltB:NTA DE J. i\L ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJOII DE SAN

.lOUSTIN,

NUM,

1.

�</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Administración general de correos</name>
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                    <text>DEL

DIARIO
E Et.E&amp; -

TOJIO 11.

-

PFS5

IMPERIO
LLl

MEXICO: Lunes 21 de Agosto de 1865.
SUMARIO

. PARTE OFICIAL.-Dccreto habilitando de edad al S,·. Ilul'gos, de Tam1iico.-Agentes de bienea naclonaltzados en varlosDepartamentos.-Nuevos empleados en la Adullnlstracion de hienes naclonallzados.-Age,•te de estos bienes en Cuernavaca.-Exonera~lon del Dr. Anillagn y nombramiento del Sr. Artigas ¡,arn Itec•
tor del Colegl? de San Ildefonso.-Exone1·ac1on del Sr. Diivila, y nombr:unlento del Sr. Zamora para Rector
del Instltuto.htcrarlo &lt;le Toluca.-Nombramlento de Conservador del Ohservatorio astronómico y de profesor de hlstor13: del pals en la F..scuela de Mlnas.-~ombr~n_iiento de revisor de bienes de corpor~clones civiles,. en Guan111uato.-Idem para Toluca.-Otlclal y escribiente para la secclon de bienes de corporaciones
civiles en la Prefectura de esta Corte.-Suel&lt;l9 de los mismos empleados en Puebla.-Des1iachos militares.
PARTE NO OFICIAL.-Reconocimlent-0 del Imperio de México por el Ilrasll.-Terrenos para colonizar
en Duran_go.-Juntas patrl6tlcas en n urango y Guanajuato.-Socledad de Geogra6a y Eslaclistica. Actas del
27 de Julio y del 2 de Agosto.-Junta ele colon!zaclon. Acta del dia 3 de Agosto.

NOM. 192.

rector del Instituto literario de Toluca, nombrando para sustituirlo
por acuerdo de 13 del mismo, al Lfo. D. Camilo Zamora.
S.M. el Emperador se ha servido nombrar {i.._D. Miguel María
Ponce de Leon, Conservador del Observatorio astronómico, y al Sr.
D. Manuel Orozco y Berra Profesor de la clase especial de Historia
del país en la Escuela Imperial de Minas.

PARTE OFICIAL.

. En acuerdo de 17 del actual, S. M. el Emperador se ha servido
disponer que el Gefe de la Seccion de Hacienda de la Secretaría de
la Prefectura de Guanajuato desempefie las labores relativas á la reMAXIMILIANO, EMPERADOR DE :trhxrco:
Tomando en consideracion la solicitud de D. Va.lente A. Burgos, vision de bienes de corporaciones civiles, concediéndole por-este travecino del puerto de Tampico, y en vista de las constancias que bajo extraordinario una gratificacion de 600 pesos anuales, y que se
nombre un escribiente auxiliar con sueldo de la misma cantidad.
úbran en el expediente respectivo,
DECRETAMOS lo siguiente:
Por acuerdo_de 27 de J u1io próximo pasado, S. M. el Emperador
Se habilita á D. Valente A. Burgos de la edad que le falta, con
ha
tenido á bien disponer que el Gefe de la Seccion de Justicia de
arreglo á la ley, para entrar en la libre administracion de sus bienes
la
Secretaria
de la Prefectura de Tvluca, con un escribiente auxiliar,
y poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando
se
encargue
del
despacho de los negocios de revision de bienes de
en ningun caso del beneficio de restitucion in integr1tm.
corporaciones
civiles,
por cuyo trabajo extraordinario disfrutará el
Nuestro Ministro de Justicia queda encargado de la ejecucion de
Gefe
la
gratificacion
de
50 pesos mensuales, y el escribiente el sueleste decreto.
do
de
400
pesos
anuales,
por el tiempo que dure la revision.
Dado en el Palacio de México, á 16 de Agosto de 1865,
MAXIMILIANO.
Para la Seccion de bienes de corporaciones civi)e¡¡ en la SecretaPOR F.J, EMPERADOR,
ría
de la Prefectura de esta Corte, S.M. el Emperador, en acuerdo
El Ministro de J ustici6,
fecha
14 del actual, se ha servido nombrar Oficial, con el sueldo de
PEDRO Escr.:DERO.
1,500 pesos anuales, al · Lic. D. Arntstasio Cornejo, y escribiente
con el de 600 pesos, á D. Joaquín Imas.
MINISTERIO DE INSTRUCOION PUBLICA Y CULTOS.

"

México; Agosto 19 de 1865.

S.M. el Emperador, en acuerdo de 3 de JulÍO próximo pasado, se
ha servido nombrar agentes de la Administracion de bienes naoionalizados en los Departamentos de
Jalisco .•••..•• á D. Ricardo Palacios.
Querétaro. . . • • ,, ,, Antonio Plaza.
Nuevo-Leon..• ,, ,, Alejandro Prado.
Durango.•.•••• ,, ,, Marcos Tamez.
Zacatecas ..••• ,, ,, Pascual Letechipia.
Colima..•••.•• ,, ,, Liberato Maldonado.
Oajaca ..•.•.•• ,, ,, Luis Carb6.
Con los sueld~s designados en la planta respectiva.
Por acuerdo de 28 de Julio próximo pasado ha tenido á bien S. M.
el Emperador aumentar un 2~ Oficial en la Seccion 3~ de la Administracion de bienes nacionalizados con el sueldo de 800 pesos anuales, nombrando para desempeñar esta plaza á D. Rafael Romero, actual escribiente de la Seccion 4:1 de la misma oficina, y para cubrir
la vacante que resultó en esta Seccion! á D. Martín Corona.

)S

1:

y

a:
in

S.M. el Emperador, en acuerdo de 28 del próximo pasado Julio,
ha tenido á bien nombrar escribientes de la Aministracion de bienes
nacionalizados, á D. Juan Francisco Contreras y á D. José de las
Piedras, por dimision de D. Antonio Toray~ y de D. Luis Gárfias.
En acuerdo de 31 del próximo pasado Julio ha tenido á bien S. M.
el Emperador nombrará D. Julio Gracida, agente de la Administracion de bienes nacionalizados en el Departamento de Cuernavaca,
con el sueldo designado en la planta respectiva.
S. M. el Emperador, por acuerdo de 7 del corriente, se ha servido
exonerar al Sr. Dr. D. Basilio Arrillaga del cargo de Rector del Colegio Imperial de San Ildefonso, nombrando para sustituirlo, por
acuerdo de 11 del mismo, al Lic. D. Francisco Artigas.
S. M. el Emperador, por acuerdo de 4 del corriente, ha tenido á
bien exonerar al Presbitero D. José Mariano Dávila del cargo de Di-

En·acuerdo de 17 del corriente, S. M. el Emperador ha t.enido á
bien asignar al Oficial y escribiente que deben aumentarse en la Secretaria de la Prefectura de Puebla, conforme al art. 27 def reglamento de 17 de ,Tulio próximo pasado, los sueldos de 800 pesos anuales al primero y de 600 pesos al segundo.
El Subsecretario de Istrucciou púqlica y Cultos,

M. O. Montellano.

MINISTERIO DE GUERRA.
REI.AcION

do los Gofes y Oficiales á quienes se han oipedido IQs despachos que se
expresan.

Agosto G. Licencia absoluta al Alférez D. Juan Nepomuceno Berra,
por faltas graves que lo hacen indigno de pertenecer
al ejército.
,, 11. Licencia absoluta al Capitan del Regimiento de Caballería de la Emperatriz, Príncipe de Wittgenstein, por no
convenirle continuar en el servicio.
,, ,, Licencia absoluta al Teniente del mismo Regimiento, Caballero Zaklika D. Ladislao, por el mismo motivo.
,, 1.2. Despacho de Ca.pitan de Caballerí~, que en virtud á sus
servicios militares y larga carrera, le ha concedido S. M.
el Emperador al Ro.ron de Klitzing, quedando agregado á la Casa Imperial.
,, 14. Se confirma el empleo de Teniente de Cabnlle1fa permanente en virtud de soberano decreto de esta fecha, á
D. Antonio Carricarte.
,, ,, Por soberano decreto de esta fecha, se confirm a en el empleo de Capitan de Caballería permanente vivo y efectivo, al de igual clase retirado D. Ignacio Betancourt,
en atencion á la pacifica posesionen que por once años
ha estado de su empleo, y por los servicios prestados á
su patria contra los americanos, en que perdió todos
sus intereses.
México, Agosto 19 de 1.8G5.
El Subsecretario de Guerra,

J. M. lJui-án.

�178

PARTE NO OFICIAL.
.
·
1 t b· d
e
En el discurso. de _la corona del Br_as,il, a1mauifrarse os ra aJOS h ebª.13qu lla asamblea legislativa, se le comum?o que S• . • el E roperador a reconocido el Imperio Mexicano. La Camara ~e dip~tados, en su proye?t~ de
contestacion, se limitó á decir que q~ed~ba mstrmda de.es~ a~ntecimie~to; mas la del Senado se expresó en ter~mos al~a~ente s_ign_ificativos, mamfestando que el reconocimiento del Imperio de Me~1co babia sido fn ac~o aconsejado por los intereses ligados á la paz del ~rasil, y por la_ reciproci~ad del
respeto debido á la independencia y so.berama ~e las naciones, La imrortancia de esta declaracion 110 necesita comentarios, y sube de p~nto s1, s.e
considera que ha sido hecha por los hombres de la mas alta.y_os1mo~ poht1ca del Imperio del Brasil. Ella consigna el derecho sagrado e mcuest1onable
t't ·
b · 1 forma de gobierno
que tienen todos los pueblos para cons i mrse ªJº a
que mas convenga á ,sus intereses, y que con mayor firmeza los co?duz~ á
su prosperidad y engrandecimiento, logrando _asi el respeto y cons1derae1on
d
que les son debidos de parte de las
_ emas naciones.

la aplicacion dé la fotografia para el le~anta?tiento de pl_anos.-Que se le de~
las gracias por su donacion, se anote en el bbro respectivo y pase á la com1sion de revision de obras.
4~ El Sr. socio Duran (D. Rafael) presentó á la Sociedad un. comp_endio
de lbs itinerarios ó derroteros de los Departamentos del Imperio Mex1cano,
• d t · te
corregidos por él.-Se le dieron las gi:acia~ por la donac1on e ~s e m r?s~nte trabajo, y se acordó pase al Sr. socio J1m_enez para que emita_ su º.Pi~1~n
con objeto de que se publiquen en el Boletm, en cuyo caso se 1mpr1miran
25 ejemplares más para uso particular del a~~r.
.
5~ El Sr. Vicepresidente propuso se obseqmara al Sr. Vizc?nde de Soto
Mayor, Ministro plenipotenciario de Portugal, con una colecc10n completa
del Boletin, cuya adquisicion ha~ia manifesta_do deseo de poseer por{conducto del Sr. Pimentel.-Se acordo de conformidad.
6~ El Sr. corresponsal Rosainski, que concurrió á la sesion por primera
vez present6 varios planos uno de la ciudad de Morelia, otro del Departameo'to de Guanaiuato, y ot;os del camino de Tampico_, de Tam.aulipas á _Mé~
f¡
á
xico con un itinerario razonado de él, de cuyos trabajos o rema una copia
la Sociedad.-Se le dieron las ·gracias por su oferta., manifestándole desde
luego el aprecio con que babia visto trabajos tan bien acabados, y que por

ser hechos sobre el terreno y por una persona tan capaz como él, deberían
tener el mérito de la exactitud.
El Telégrafo, periódico O_ficial de aquel Departamento, publica lo
7~ El Sr. Castro continuó por media hora la lectura de la biografia del fi.
siguiente:
nado Sr. General Robles.
El Sr. JJ. Rafael Peña.-Insertamos en seguida una carta que este sefior
8~ El Sr. Río de la Loza recogió el dictámen que babia presentado, á que
dirigió al señor Prefecto político, en la q~e manifiesta la buena disp?sic~on se contrae la acta de la sesion anterior, pidiendo que -solo quedara vigente 11\
oue por sí y por los Sres. Laurenzanas, tiene para favorecer la colomzac10n primera proposicion que comprende.
·
yel engra~decimieñto de la agricultura. Tan laudable y filantrópica conduc-. Con lo que concluyó la sesion, á que asistieron los Sres. Vicep_residente,
ta. espera~os que será secundada por todos lo~ hacend,ados del P,epartamen- Castillo Y Lanzas, Castro, Duran (D. Rafael), Dr. Duran, L~rrai~zar (D.
to, si consideran que el aumento de la poblac10n. dara brazos utiles con los Manuel), Pimentel, Reyes, Rio de la Loza, Dr.- Romero, Rosamski, Soto, Y
cuales se obtendrán loS' resultados de la prosperidad de las fincas de campo el Secretario perpetuo que suscribe.-J. M. Arroyo.
y de la seguridad individual, de cuyos inestimables bienes se carece por lo
A.OTA. NUMERO 80,
yermo de la mayor parte de nuestro territorio.
Méiico, Agost.o 3 de 1865.
"Sr. D. Juan de Dios Palacio.-S. C., Julio 28 de 1865.-Mi amigo y seAprobada la acta anterior, se dió cuenta:
.
ñor.-Por mi parte puede vd. ~ecir _al. Sr. Minis~r? Ramirez, _que en. lo _mas
1 '? De una comunicacion del Ministerio de Fomento, acusando recibo
pingüe de mis terrenos tengo d1spos1c10n de adnnt1r empres.arios cnp1tahstas
é inteligentes para dirigir y llevar á efecto las obras de meJora de que es ca- del informe dado por el Sr. socio D. Francisco Jimenez, sobre la navegapaz mi finca: que estas invertirian un capital de cien mil pesos que yo llegué cion del rio Atoyac, que tendrá presente á su debido tiempo.-A su expeá tener disponible antes de que me lo quitara la última revolucion; pe~o qu_e diente, y que en el Boletin se publique lo mas interesante sobre este neme detuvo la falta de inteligencia para emprender ciertas obras que, bien di· de11nst1tuto
·
Sm1t
· hsoma.no
'
de W ashington, anuncian.
2? D el secretano
rigidas, darían un resultado seguro y demasiado provechoso: que tambien gocio.
hay donde colonizar en mis agostaderos de la Sierra conocidos por los nom- do la remision de un cajon de libros para la Socledad.-Que se tome inforbres de Bayas, Alamitos y Guacamaya, terrenos inmejorables, provistos de me de la casa de comercio á que viene consignado el cajon, y que se acuse
agua y abundancia de madera, en que daría una parte en enfiteusi~ y me ~e- el recibo de esta. comunicacion.
3? Del Sr. socio Mathieu de Fossey, remitiendo dos ejemplares de la
servaria la propiedad de la otra: que mas allá, en el centro de la Siena, existen cuantiosos y utilísimos baldíos en donde fuera sumamente provechosa la comedia que ha escrito, intitulada: l,'Ecole des coquettes.-Que se registre
colonizacion: queda todo esto al Poniente de Dutango; y que por el Norte en el libro de donaciones.
4? Del Sr. socio corresponsal en Tasco D. Manuel Lavin, acusando retambien puedo ofrecer á nombre de los Sres. Laurenzanas, vastos terrenos
colonizables pertenecientes á la hacienda de la Cadena en el partido de Ma- cibo de su nombramiento.-A su expediente.
5? Se dió lectura al siguiente dictámen:
pimí.
•'El que suscribe ha leido con sumo interes el informe del Sr. Vivien de
Si vd. le recomendare la cooperacion de su influencia para que me fuera
despachado el negocio de apeo y deslinde que tengo pendiente en el Minis- Saint Martín, con respecto al estado actual que guarda la Geografia de Méterio de Fomento, ya habría mas que ofrecer á su utilísimo plan de coloni- xico, y se halla inserto en la 2~ entrega de la obra intitulada '•Archivos de
la Comision científica de México."
zacion.
Como es de desear que este importante trabajo científico se dé á conocer
Es lo que digo á vd. contestándole la invitacion que me hizo á nombre de
nuestro recomendable compatriota D. José Fernando Ramirez, á quien tam- entre nosotros para ir perfeccionando nuestros datos hypsométricos y geobien me hará favor de acompañar los mas gratos recuerdos de su afectísimo gráficos, y para la. _discusion de lo~ contenidos en él; co~o ~emas, la. publicacion de un trabaJO de esta. especie, es conforme á los mst1tutos de esta Soamigo y servidor.-Rafael Peña.
ciedad, y servirá de estímulo para que se den al público los que aun se conserven inéditos; y como, por último, conviene á su progreso, así como al
jtJNTAS PATRIOTICAS,
El mismo periódico, en su número de 3 del actual, dice lo si- honor de sus miembros, el que aquellos datos se di"scuta.n por una Comision
competente, nombrada de su seno; creo obrar en el interes de los adelantos
guiente:
de la Sociedad, sometiendo á su aprobacion la siguiente proposicion: .
La que se ha do encargar de solemnizar el aniversario de nuestra indepenSe nombra una Comision de ingenieros geógrafos mexicanos, para que
dencia, en Setiembre del presente afio, quedó instalada el 31 del próximo pa- discuta los datos hypsométricos y geográficos, que contiene el informe del
sado, y la componen los Sres.:
Sr. Vivien de Saint Martin, y corre impreso en la 2~ entrega de los ArchiPresidente, D. Juan de Dios Palacio.-Vieepresidente, Dr. D. Jesus Ar- vos de la Comision científica de México, con el objeto de hacer su publicaritola.-Secreta.rio, D. Ignacio Michel.-Prosecretario, D. Juan Zubiría.- cion en el Boletin de esta Sociedaá.-Méxioo, Agosto 4 de 1865.-Antonio
Tesorero, D. Felipe Gavilan.-Vocales, Lic. D. Ladislao López Negrete,D.
Castillo."
.
· Alberto Bracho, D. Rafael Vazquez, D. Dolores Grima.Ido, Lic. D. Saturni- delDeclarado
de obvia resolucion, se tom6 desde luego en consideracion y fué
no Contreras, D. Ignacio Leon, D. Francisco. Escobar y Vazquez,Lic. D. aprobada su parte resolutiva.
•romás Chavez, Lic. D. Pedro Escobar, 1.J. Jorge Vazquez.
6 ? Se dió igualmente lectura á la siguiente proposfcion:
"El que suscribe se ha impuesto de la proposícion presentada á esta SoEn el Departamento de Guanajuato, la Junta se compone de los
ciedad, por el Sr. Dr. Romero, en su sesion del 13 del mes pasado, relativa
~ señores siguientes:
á que una Comision especial se encargue de reducir á varas mexicanas las
Presidente: Lic. D.Joaquin Chico.-Vocales: D. Ignacio Ajuria, D. Fran- alturas hypsométricas de varios lugares de México, que trae la 2! entrega
cisco de P. Gomez, D. Domingo Mendoza, D. Domingo Galvan.-Secreta- de la obra intitulada "Archivos de la Comision Científica de México:" que
asimismo se reduzcan al meridiano de México, las longitudes de los lugario: Lio. D. Joaquín Obregon y Gonzalez.
res referidos á los meridianos de Paris y de Greenwich,_que traen los mismos Archivos en el informe que da Mr. Yivien de Saint Martin, sobre el
SOCIEDAD MEXICANA DE GEOGRAFIA Y ESTADISTICA.
esta.do actual de la Geografia de México.
A.OTA. NUMERO 29.
El que suscribe considera útiles la reduccion á varas mexicanas de las altuMéxico, Julio ~7 de 1865.
ras
hypsométricas, y las de los meridianos cita.dos referidos al de México,
Aprobada. la acta anterior se dió cuenta:
1~ De una comunicacion del Ministerio de Fomento, ofreciendo remitir siempre que se haga de este interesante trabajo científico un exámen dete·
para su circulacion en Europa, cincuenta ejemplares de los trabajos ejecuta- nido por una Comision competente para discutir sus datos, y que por el dicdos en el Distrito de Pachuca por la comision científica del Valle de :Méxi- támen que produzca esta Comision, resulte que el informe de M. Saint Marco, que se van á publicar, y otra acusando recibo de la correspondencia de tín deba traducirse y publicarse. De lo contrario no se ?btiene la utilidad
que se propone su autor; y es innegable que esas reducciones puede haceresta sociedad para el exterior.
2~ Dos comunicaciones de los Sres. Coronel Doutrelaine y M.F. Maury, las todo socio ó individuo que tenga interes en ellas.
Concluyo, en consecuencia, sometiendo á la aprobacion de la Sociedad la
acusando recibo de sus nombramientos de socios honorarios, y dos de los
Sres. Abate Lanusse, de Leon, y D. Celso Muñoz, de Tasco, acusando recibo siguiente proposicion:
"Se aprueba la proposicion del Sr. Dr. Romero; esperando la oportunide sus nQmbramientos de socios corresponsales.-A su expediente.
3~ Del Sr. Doutrelaine remitiendo para la biblioteca de la Sociedad un dad conveniente, para nombrar la Comision que deba ocuparse de las re·
ejemplar del número 17 del Memorial del oficial de ingenieros frances, lla- ducciones hypsométricas y geográñoaa que ella contiene.- Méxioo, Julio31
mando la atencion di la Sociedad ,obre la Memoria inserta en él, relativa ! de 1865.-..4nto1iio d,l Oaalillo."
LA OOLONIZACION Elf DUBANGO.

179

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

Tomada desde luego en consideracion, despues de una ligera discusion en
favor de ella, fué aprobada, nombrando para la comision de que habla al
Sr. socio Jim~nez, quien asociado de dos ingenieros ge6grafos, que él mismo podrá designar, se ocupen de la parte resolutiva que ha sido aprobada.
•
7 ? ~e r~cibió el núm~ro 2 del tomo 15 de la Revista de los progresos
de las ciencias exactas, fis1cas y naturales, que se publica en Madrid.-A la
comision de revision de obras.
8? Se recibieron igualmente dos ejemplares del número 22 de la Gaceta médica de México, y un cuaderno que remitió á la Sociedad el Sr. D.
Manuel Soriano, illtitulado: "Observaciones acerca de la san&lt;ruijuela de que
se hace uso en México."-A la Biblioteca y que se le den la~ &lt;rracias.
9? El Sr. Soto presentó un trabajo, que ofrncia á la Soeiedad formado
por él, bajo el título de: Estado geográfico y estadístico del Imperio mexicano, conforme á la nueva division tei-1'itorial decretada en 3 de Marzo del p1'e•
sente año.-Se le dieron las gracias por su obsequio: que se pase al Sr. socio Jimenez para su exámen.
10 ? Se tomaron en consideracion individualmente, las postulaciones pendientes para socios corresponsales, en favor de los Sres. Rego, Lament y
Loysel, quienes fueron aprobados.
Con lo que concluyó la presente sesion, á que asistieron los Sres. Vicepresidente, Andrade (D. José), Castillo y Lanzas, CastillD (D. Antonio),
Castro, Dr. Durá~, Hermosa, tarrainzar (D. Manuel), O'Gorman, Ortega,
Pereda, Pimentel, Río de la Loza, Dr. Romero, Rosainski Soto y el Secrtltario que suscribe.-J. Miguel Ar1'oyo.
'
J'UNTA DE COLONIZACION.

Acta número 27 de la sesion del dia 2 de .Agosto.
· A la una de la tai:de, reunidos los Sres. Vicepresidente Collado, Piña y
Cuevas, Pimentel, Sauvage, Schultz, Perry y secretario Rascon,
Se dió lectura á la acta de la sesion anterior, y fué aprobada.
Se dió cuenta. con las comunicaciones siguientes:
Una del Ministerio de Fomento, en que avisa quedar nombrado miembr~
propietario de esta Junta el Sr. D. Ramon Sotomayor Valdés, en sustitucion
de D. E. Burnouf.-A sus antecedentes.
Otras dos de los Sres. R. de la Torre y Teodoro Chabat, en que avisan
admitir los nombramientos que esta Junta hizo en ellos para miembros de
la auxiliar de Tampico.-A su expediente.
Otra del Prefecto político de Orizava, en contestacion á la que se le dirigió por la Junta. con fecha 20 del próximo pasado Julio, en que propone las
personas que se le piden para la auxiliar de aquella ciudad, escusándose de
admitir el nombramiento que para el mismo objeto hizo esta J unta en su
persona, por tener que mudar de residencia.-Contéstesele de enterado manifestándole haber nombrado la Junta. á las personas que propuso.
'
El Sr. Piña y Cuevas presentó la siguiente proposicion:
"Pido al Sr. Presidente de la Junta de colonizacion, se sirva nombrar una
comision especial que proponga el modo de recompensar los servicios que
han prestado al pais los soldados del ejército frances, donátidoles determinada extension de tierra, donde puedan establecer sus familias y radicarse
ellos al fenecimiento de su enganche.
·
"México, Julio 29 de 1865.-Piña y Cuevas."
Se mandó pasar esta proposicion á la comision que se nombr6, compuesta de los Sres. Perry y Sauvage.
·
El Sr. Pimentel presentó la siguiente proposicion:
"Muy pocas personas dejan de convenir en la conveniencia que resultaria
á México de la inmigracion extranjera; pero ~e difiere en la manera de considerar la cuestion, resultando un círculo vicioso de que es preciso salir por
alguna parte. Algunos creen que la inmigracion será la causa de la pacificacion y del engrandecimiento del pais, y otros suponen que la inmigracion no
es mas que un efecto de la paz y el órden previamente establecidos. Por mi
parte soy de la primera opinion, es decir, considero la inmigracion europea
como el único medio de salvar al pais.
Vemos que en nuestro territorio viven tres razas; la blanca, la india y la
mestiza. La raza blanca posee en alto grado la civilizacion europea, y es
muy inteligente, pero desgraciadamente apática. La raza india se encuentra
en un esta~o tal de envilecimie~to, que no se puede cont~r con ella mas que
para trabaJOS puramente materiales, y de un órden muy mferior. Los mestizos participan en parte de la civilizacion de los blancos, y al mismo tiempo son activos é inteligentes; pero se encuentran completamente desmoralizados, y ellos son los que cabalmente forman las bandas de ladrones y guerrilleros que aun traen revuelta una parte del país.
"Así, pues, las personas que consideran la inmigracion como un efecto
de la paz y el órden, no hacen mas que alejar la dificultad sin decirnos cÓ·
roo se han de conseguir esa paz y ese órden. Yo creo que' no se conseguirá~ si no es po_nie~do u~ remedio á la apatía de los blancos, al embrutecimiento de los m~1os y a la desmoralizacion de los mestizos. Ese remedio,
como ya lo he dicho otras veces en esta Junta, consiste en el contacto con
el europeo, porque solo éste podrá servir de algun estímulo al blanco podrá
civilizar al indio, y podrá contener al mestizo.
'
"En México, la raza blanca, que es la que se llama decente no hace otra
cosa en todas nuestras ~evueltas, sino ais!ar~e dejar el campo en poder de
lo~ q?e lo roban y arruman: una ban?a _ms1gruficante de guerrilleros hace
hmr a todos los hacendados de un D1str1to, los cuales se encierran en las
?apitales y no to~a~ par,te a~guna en la p~cificacion del país. Mucho menos
mt,e~tan esto los mdios, a qmene~ nada qmtan__ 1~ revoluciones porque nada tienen que perder, y porque viendo con ceno a los blancos viven separados de ellos. De todo esto ha resultado que, desde que nos hicimos independientes, u~os c~antos hom~res au?aces han teni~o conmovido el pais to·
do, y de esa situac1on resultara tamb1en que un punado de filibusteros nos
domine fácilmente cuando menos se piense.
"A cualquiera que pretenda desmentir nuestros asertos, le contestaremos
con los hechos, que en buena lógica no tienen contestacion, haciendo ver que
desde que nos hicimos independientes no hemos podido gobemarnos· que
en tiempo del gobierno espa11ol, no obstante lo vicioso del »iatema col~ninl,

r

habia paz en la Nueva España, porque no nos gobernábamos á nosotros
mismos; que en medio de nuestra anarquía hemos llamado á un príncipe
extranjero como único remedio de nue&lt;Jtros males; que para pacificar una
parte del pais hemos tenido necesidad de un ejército de franceses.
"Pero esos franceses no han de vivir eternamente entre nosotros· el príncipe que nos gobierna.necesita un apoyo; iY cuál es el apoyo que ie presta
el país en sí mismo1 Volvemos á repetirlo; no encontrará mas que apatía
en los blancos, embrutecimiento en los indios y desmoralizacion en los mestizos. Con semejantes elementos es imposible gobernar un país. Es pues
preciso conv~ncern?s de que necesitamos de la ayuda de los europeo;, y es:
pnes, necesano_abnr~es las p_uertas por todos los medios posibles, sin pararnos en co11s1derae1on de mnguna clase. Al efecto, me parece conveniente
elevar á la consideraciol). de la Junta el siguiente proyecto de decreto1 para
que si á bien lo tiene, lo recomiende desde luego al gobierno:
" l ? Todos nuestros cónsules en el extranjero, serán facultados por el gobierno para enganchar extranjeros que vengan á México, conocidos por de
buenas costumbres, y á los cuales se les designarán tierras gratis, en pago
de sus servicios, los cuales han de ser los de contribuir á la pacificacion del
J?istrito en que se establezcan, formando colonias agrícolas milita.res.
"2~ Para el establecimiento de esas colonias agrícolas militares, se aplicará la contribucion que inútilmente se paga ahora para fuerzas rurales, y
cuya contribucion irá cesando tan luego como cada colonia se establezca y
se pacifique cada Distrito.
·
"3~ Las tierras que se destinen para las colonias agrícola-militares, serán
de las pertenecientes al gobierno; pero si no las hubiere de esta clase, se tomarán de los particulares, expropiándolos por causa de'uti).idad pública.
"4~ Del empréstito mexicano se destinará la parte necesaria para trasladar á los colonos hasta el lugar de su residencia.
"5~ El Ministerio respectivo explanará las ideas contenidas en este pro·
recto, y formará su reglamento en el término de un mes de acuerdo con la
Junta de colonizacion.
'
México, Julio 31 de 1865.-Francisco Pimentel."
Quedó de primei:a lectura.
Se levantó la sesion á las dos y media de la tarde. No asistieron: el Sr.
Pr_esidente por estar citado al_Consejo; el Sr. Masseras por ocupacion; y sin
aviso los Sres. Ludert y Dav1dson.-J. Urbano Fonseca,_:J. Rascon.

A VISOS OFICIALES.-ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

Relacion de los e~pedientes para cuyo desp&amp;eho se necesita de la presencia de los interesados en esta oficms.
Seccion 1".'- 442, 483, 511, 936, l ,152, 2,539 y 2,564.
Seccioa 2".'- 493, 583,636,639, 78~, 915,934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, 1,727, 1,892,
2,077, 2,513, 2,635, 2,636, 2,646, 2,670 y 3,297.
Advi~éndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se verifica.
. Nota.-Ho7 han elevádose, espeditades por esta oficina, al Exmo. Consejo, los espe,
dientes que siguen:
Secc!on 1~-337, 598,922,925, 1,485, 3,193, 3,195, 3,197, 3,199, 3,2i¿6 y 4,179.
Secc10n 2~- 747,!872, 1,796, 2,079, 2,092, 2,143, 2,249, 2,312, 2,713, 3,059, 3,108, 3,216,
3,220, 3,222, 3,265, 3,714, 3,732 y 3,999.
Lo que se avisa para conocimiento de los interesados.
México, Agosto 19 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan Suarez y Navarro.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
.,
.
·. .
México, Agosto 21 de 186f&gt;.
Necesitándose Is presencia del Sr D. Maxmuano Reynoso y del Corral representailte
de la Sra. D!- ~mona de~ Corral, para la práctic~ de una diligencia en U: oposicion que
ha pre~entado a la operac10n efectuada por la hacienda de Agnasbuenas por el presente
~e.le cita para que comparezca en esta Administracion dentro del término de ocho d.ias
utiles;.e~ el concepto_ que de no verificarlo, se practicará la revision con los antecedentea
que mm1stre el esped1ente.
N_ecesitándose p_ara la práctica de una diligencia, al apoderado de los bienes del Sr. D.
J_ose l'lfo~cada, q~en r~s1de a~tualmente en Europa, se le suplica pase á la Administrac10n de bienes nacionalizados mmed.iatamente que esto llegue á su noticia.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan Suarez y Navarro.

MINISTERIO DE ESTADO.
AUDIENCIAS MINISTERIALES .

. (i!ueriendo concil:iar el mejor servicio con la regularidad y buen órden que exige la esped.ic1on de los n~goc.1os de las Secretarías del Despacho, ha acordado el Consejo de Mi.nistrosit con ª1!-t?nzac10n de S._ M. el Emperador, las disposiciones siguientes:
·J •. E~ Mimstro de Nt;_goc1os Estranjeros, encargado del de Estado dará audiencia dinri11
de diez a once de la manana.
'
El de Gob~rnacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
El de Justicia,. los l~~s, miércoles y viérnes, de tres á cuatro de la tarde.
El de Instrucc1on publica y Cultos, de once á doce de la mañana diariamente
El de Guerra, los lúnes, miércoles y viérnes, de doce á una de la 'tarde.
·
El de Fomento! todos los.d.ias, de las dos á las tres de la tarde.
El Subsecretario de Hacienda, los mártes juéves y domin«os de las doce á la unn
del dia.
'
- ......., '
Las personas serán recibidas en el órden con que se hayan presentado sin distincion
h~~

.

'

2! El 9-u~ quisiere ser oido e~ audiencia particular, deberá pedirla por medio de una
esq!1ela, md.icando el a~~nto. S1 no concumere con exactitud II la hora que se le hubiere
designado, no se le re01b1rá.
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se dirigirán ni
Oficial de partes.
4".' .~ recomienda á las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la
espos1c1on de sus negocios.
Los ~nietros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion Jos negocios oficiales.
6~ A fin de estirpar la costumbre tan perniciosa ·al buen servicio como al decoro del
Gobierno, con que se molesta y ofende á los .Ministros, ya moviéndoles influjos para el despacho da los ne¡iocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se ad-

5;

�DIARIO DEL .IMPERIO.

180

En cumplimiento de lo mandado, pongo el prosonte aviso para que llegue á noticia Je
vierte á los interesados que deben abstenerse de iucurrir eu una y en otra fnlta, y que
S. M. b&amp; prohibido espresamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingeren- quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y muco.
llfiguel Herrera, Escribano público de la Nncion.
390-60s-53
cia en negocios estraños á su rnmo.
7~ Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los MiJ"UZGADO 2~ DE LO CIVIL.
nisterios.
El Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon. por auto de esta fecha ha mandado_se
México, 8 de Agosto de 1865.
proceda á la venta de la casa número dos de la Portería de Regina, 'l'aluada por el ponto
D. Agustin Garcia Conde, en la cantidad de tres mil setecientos diez y ocho peso~ sesen
MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS.
ta y cuatro centavos. ($ 3,718 64 cs.) A este fin ~o han e~iialado para !ns re!pectiv~s al
AVISO.
monedas los dias 21 y 31 del corriente, y 11 del cntrnnte, a las doce de la mnunna, siendo
Procedenie del reino de Wurtcmberg, so ha recibido en este Ministerio nn documento la última con calidad de remato.
Lo que se avisa al público, para que las personas que quieran hacer postura, ocur~nn
para hacerlo llegará poder del Sr. Guillermo Reicbmann, que, segun se dice, se halla nctnahnente domiciliado en México. No teniendo conocimiento algulio de dicho sriior, so le al que-suscribe, bajo&amp; del núm. 7, c11lle del Arzobispado, donde se les ministrarán las me
invita para que se presente en este Ministerio á recibir el documento de qne se trntn.
trucciones conducentes.
México, Agosto nueve ele mil ochocientos sesenta y cinco.-Man11tl Vera, Escribano
México, Agosto 18 de 1865.
público.
509-8s-5

AVISOS JUDICIALES.
J"UZGADO 2? MENOR..-EMPEDRADILLO NUM, 6.

México, Agosto 19 de 1865.
Se hace saber al defensor del itihlstado del Lic. D. Ramou de la Sierra que, uo habiéndose presentado en este Juzgado á contestar la demanda que sobre pesos promueve al
mismo intestado, D. Jceus Plácido Vega, y para lo cual se le citó por los periédicoe, se ha
dado por contestada 111 demanda, y. se ha mandado recibir el juicio á pruel,a por tres dins,
contados desde la publicacion del presente.
El Jue.z 2&lt;? menor, Lic. U11a111u y Pavo,1.
525- 3a-1
J"UZGADO 3? MENOR.-JESUS MARIA NUM, 7.
Ignorándose el paradero de D. Titnoteo Ortiz, por la presente se le cita y emplaza, á fin
de que en el término de ocho di11s, contados desde la primera publicacion, comparezca en
este Juzgado, por sí ó por apoderado, inetrnido y espcnsado, á contestar la demanda que
enjuicio de conciliacion le promueve el Lic. D. Diego Alvnrez de ln Cuadra, sobre pago
de dos mil y tantos pesos, apercibido Ortiz de que se dará por intentada la concilincion y
se espedirá el certificado respectivo si no concurre.
México, Agosto 19 de 1865-Morales.
526-311.-l

J"UZGADO 2? MENOR.EMPEDRADILLO NUM. 5.

México, Agosto 18 de 1865.
Ignorándose la h&amp;bitacion de D. Antonino Cubas, por el presente se Je cita y emplaza
para que en el término de nueve dias, contados desde la publicacion de este aviso, se presente en este de mi cargo, por s! ó por apoderado, instruido y cspeneado, á contestar la
demaud&amp; que le promueve sobro pesos, el Lic. D. Juan Palacios; apercibido, si no se presanta, de que seguirá el juicio sus trámites en su ausencia y rebeldfa, dándose á los estrados por bastantes.
527- 3a-l
El Juez 2~ menor, Lic. U11anue y Pavon.
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.

México, Agosto 16 de 1865.
En el juicio verbal promovido en este Tribunal por los Sres. Ponton hermanos contra
D. Leonardo Laredo, se ha pronunciado sentencia definitiva que en su parte resolutiva es
como sigue;
"El Tribu.na! declara: que D. Leonardo Laredo debe pagar los doscientos veintiseis pesos sesenta y cuatro centavos que se le han demadado, así como los gastos legales del juicio. Y para constancia lo firmaron los Sres. Presidente y colegas.-Castillo.-García.Abadiano.-Luis Rodríguez y Palacio."
Y por auto de esta fecha se fija el término de ocho dias para el pago de lo sentenciado.
Lo que bogo saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.
Jasé Maria Cardeña, Oficial 2~ encargado de la Secretaría.
522-3s-2
J"UZGADO 2? DE LO CIVIL.
Habiendo pedido D. Manuel Arcllano al Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon,
citara una junta para que concurran los que tengan que deducir algun derecho á l&amp; casa
núm. 1 de la calle del Sapo, con objeto de que lo justifiquen por haberse cumplido el plazo 9-ue se les fijó sin que se hayan presentado á deducirlo segun se les hizo saber por los
periódicos en 31 de Mayo próximo, apercibiéndolos de nuevo que de no concurrir quedarán
obligados á pasar por lo que acuerde la mayoría de los que concurran, el Sr. Juez se sirvió decretar de conformidad señalando par&amp; dicha Junta la mañana del J neves 24 del corrieute álas doce en el Juzgodo y bajo el aporcibim1eato pedido. '
Y para que tenga efecto, cito á las personas que se crean con'.derecbo á dicha casa por
medio d,el presente.
México, Agosto 18 de 1865.-J. Reinoso, Escribano público.
524-2s-2
CITACION,

En el juicio seguido por D. Manuel Blanco, contra los menores D. Manuel y D. José
Fernandez Pliego, el Sr. Juez 4? de lo civil ha mandado se cite á estos por los periédicos, para que en el término de ocho días se presenten á seguirlo; apercibidcs de que si
no comparecen so segairá en su rebeldía, haciéndose el nombramiento do curador del
eegundo.
México, Agosto 16 de 1865.-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 515d-3s-3

•

J"UZGADO DE LETRAS DEL DISTRITO DE PURUANDIRO.

En los autos 4?º sobre despojo se siguen en este Juzgado C?ntr&amp; D. Luis Obregon p~r
o! Lic. D. Antomo Guerrero, apoderado de los- Sres. D. Serap10 Gonzalez Roa, D~ Mar111
Isabel Vargas, D~ Refugio, m Dolores y D~ Domingn del propio apellido,, e! Sr. J~ez de
letras Lic. D. Mnrtin María Velcz, por auto1le esta fecha h&amp; mandado, &amp; mstancia del
actor, que en virtud do bnber sufrido estravfo el edicto remitido á la capital del Imperio
para su publicacion en el Diario Oficial, con fecha 28 de Abril últitno, se sobrecarte el
presente, citando de nuevo al Sr. D. Luis Obregon para la sentencia en articulo que se
baila pendiente, sobre que se declare por pasad&amp;on autoridad de cosa juzg~&amp; la sentencia definitiva pronunciada en dichos sutos en 17 do Setiembre del año pró11mo pasado.
Puruándiro, Agosto 8 de 1865.-EI Secretario, Lic. Luis G. Rua110.
518-3a-2

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NOTIFICACION.

A solicitud do los Sres. D. Francisco, D. Miguel G. y D~ Concepcion Lizardi, ha man
dndo el Sr. Juez 3? de !otras D. José María Cordero, se notifique al Lic. D. Víctor Martinez, no baga uso del _poder q•1e nuevamente le otorgó D. Angel Lizardi, y que cualquier
contrato que celebro, o acto que ejerza, será nulo y sujeto á la calificacion del Juzgado,
y que ademas la expresada providencia so publique por los periódicos.
México, Agosto 14 de 1865.-Lic. Néstor Montes.
512--3a- 3

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J"UZGADO DE LETRAS DE J'ILOTEPEC.

El señor Juez de letras de este Distrito tiene mandado por auto de hoy, proveido en los
del intestado de la Sra. D\l María de Jesus Campos, que se convoque por medio de edic.tos á las personas que ae creyeren con dereebo á la herencia, para que ocurran á deducirlo en su Juz~ndo dentro de treinta dias, contados desde el en que se haga la publicacion
en los periódicos; bajó el apercibimiento de que si no lo hacen, les parará el perjuicio que
hubiere lugar.
Y en cumplimiento de lo mandado, fil'mo el presente en Jilotepec, á cuatro de Agosto
de mil ochocientos sesenta y cinco.-Anastasio Molina, Escribano público. 513-311-3_

]

r

J"UZGADO ,DE LETRAS DE TENANCIBGO.

Estando mandado por auto de dos del presente mes, se proceda á la venta de la casa
situada en la 3~ calle Nacional do este pueblo, perteneciente á la Sra. D~ Juan&amp; Cuevas,
valuad&amp; por los peritos D. Agustin Villegas y D. José M. Perez en la cantidad de mil cuatrocientos sesenta pesos, y señalados par&amp; las almonedas los días J4 y 25 del corriente
AgGsto, y el 6 de Setiembre próximo, siendo la última con calidad de rtimate, se pone en
conocimiento del público para que las personas 9ue se interesen á l&amp; mencionada casa,
ocurran á este Juzgado de letras, donde se les daran las instrucciones respectivas.
Tennncingo, Agosto 2 de 1865.-El Secretario, Lic. Jacobo Samliez.
502-611-4

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I

AVISOS PARTICULARES.

1

t
IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
hará el noveno remate de muebles y otros objetos, en la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el viérnes 25 y sábado 26 de Agosto de 1865 A LAS DOS DE LA TARDE, estando
á la vista el 23 y 24.
Y&amp; se darán listas pormenorizadas.-Las ventas son ni contado y sin reclamacion.-Los
comisionistas pagarán seis por ciento.
Se reciben en comision muebles, joyer!&amp;, merceria, cristalería, lenceria, abarrotes, etc
etc, pues está probado que ante el verdadero mejor postor, todo se vende, como acaba de
verse en esta casa, que ha rematado últimamente cerca de dos mil lámparas, seis mil mechas, setecientos globos y tubos, quinientos veladores, etc., etc.
Tambien se hacen remates particulares al TRES POR CIENTO, valúos de muebles,
alhajas, carruajes, ropa, etc., cobrando un solo honorario, con arreglo al &amp;rt. 27 de la ley
respectiva.
Se compran muebles y se paga bien á los co;redores.
528-5s-1

MANTEQUILLA.
La acreditada mantequilla do la hacienda de San NicoláR Buenavista, sigue vendiéndose
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, &amp;donde llega fresca los mártes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, par&amp; evitar fraudes,
que solo en dicha casa se espende, que ninguno está comisionado para llevarla á las casas,
y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
480-15a-10

J"UZGADO 3? MENOR.-CALLE DE .rasus MARIA NUM. 7,
Por la presente se hace saber á D. Rafael López, gne en el juicio Terbal que sobre peeos' lo ha seguido en este Juzgado D. Manuel Garcia, el Juez que auscribe, con fecha
16 del presente mes, ha pronunciado el follo que en RU parte resolutiva es como sigue:
.
GRAN
DE CHIARINI.
"Con arreglo á lo prevenido en las leyes 1\l, tít 11, lib. 4~ de la Rec., y l \ tít. 4? del
OPERA ITALIANA.
mismo libro, follo: quo D. Rafael López pague á D. Manuel García los doscientos diez y
siete pesos noventa y cuatro centavos que le ha demandado, más los gastos legales del
Maiiana en la noche tendrá lugar en este local la funcion de despedida de I&amp; compaiiía
juicio, dentro de cinco días¡ apercibido do ejecucion á su costa si no cumple."
de ópern,-00 la que toman parte todos los artistas de ella, segun se verá por el siguiente
Mé1ico, Agosto 17 de 1865.-Morales.
516-3s-3
programa:
Primero se cantará el segundo acto de la ópera denominada: Norma; en seguida la Sra.
CITACION,
Nataly cantará la cancion andaluza que se intitula: La calesera; seguirá un gran duo que
cantorá la Sra. Bocciardi, con ncomraiiamiento de !&amp; arpa y el piano; se cantará despues
J"UZGADO 3~ DE LO CIVIL DE MEXICO.
En el juicio de esp()ras que la testamentaría de D. Ignacio Berna! sigue con sus acree- el se~undo acto de 1&amp; ópera Marta; a este seguirá el cuarto de l&amp; denominada: Rigoletto,
dores ante ~I Juzgado del~ instancia de Tlaxco, D. Juli1111 Gonzalez ha promovido artí- terminando el espectáculo con la escena de la Carcajada de la ópera El baile ele máscaras.
Ct!lo sobre m~o!Ilpetencia de jurisdiccion para ol conocimiento de su crédito¡ y el Sr. J uoz,
Lic. D. Maunmo Beltrnn, ha exhortado á este Juzgado, que es á cargo del Sr. Lic. D José
A los seiiores abonados se les reservarán sua localidades basta las doce del di1t de 111 funMaría Cordero, con obje_to ~e que se cito á Gonzalez para la resolucion de ilicbo artículo, cion, y los precios de entrada son Jc,s de costumbre.
011 persona ó por Joij per16d!cos si so ignorase su babitacion, que no designó en su escrito,
notificándole se prese~te ante ~I Sr. Juez requcrente, por sí 6 por apoderado instruido y
espensado, en el térmmo de seis días, contados desde hoy¡ apercibido de lo que hubiere
SERENATA EN LA PLAZA MAYOR,
lugar si 110 lo verifica.
A las siete y media de la noche de hoy.
E ignorándose la babitncion do D. Julian Gonznlez, en cumplimiento de Jo prevenido
por el Sr. Juez de Tlaxco, lo cito por modio del presente.
MUSICA AUSTRIACA.
México, Agosto diez y ocho de mil ochocientos sesenta y cinco.-José Raz Guzman
PHOGRAMA,
Escribano público.
517-3s-3 '
l. Marcb11, S11werthal.
5. Cuadrilla de los húsares, Zenke.
CONVOCATORIA.
6. Traviatn, cavatina, Verdi.
2. Semiramide, obertura, Rosijini.
El Sr. Juez l? sustituto de letras de osta capital, que conoce del intestado de D\l Lean- 3. Lfls termas, valse, Strauss.
7. ¿Y&amp; no te acuerdas? danza hab~, Gonzalez.
dra Degollndo, ha prevenido en auto do sitite del presente, que se convoqne por edictos y 4. Macbetb, cancion, Vet·di.
8. Marcha, Massak.
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á loe bienes del referido intes
t11do, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran ÍI deducirlo por si ó por personas sufiIMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
cientemente 11utorizad11e; bajo el 11pereibimiento, si no lo hirieren, de qne lee pnrnrá el
perjuicio ÍI que hubiere ln~nr.
BAJOII D'E SAN AGUSTIN, NUM, l.

DIVERSIONES PUBLIOAS.
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Instituto literario de Toluca</name>
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        <name>Juntas patrióticas</name>
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        <name>Valente A. Burgos</name>
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                    <text>EL

IMPEllI()

DIARIO
!!1!!2±!!

TOSIO 11.

SUMARIO

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO :
C&lt;rnsiderando las grandes ventajas que deben resul tar al Imperio
con el establecimiento de lfneas telegráficas que unan los principales
centros de su poblacion, y lo pongan en relaciones con los EstadosUnidos del Norte,
DECRETAMOS:

e

In-

ios
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ea,
mo
cio

)esque
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!n1,ir

trTTZ

~IEXI UO: Sábado 19 Jo Agosto de 1865.

PARTE OFICIAL.-Decreto imperial conced.iendo ¡,ennlso al Sr. Amoux, representante lle varios cnpitalistas de Nueva-York, pnrn establecer en el Imperio Ynl'ins líneas telctr:lflcns.-:,¡onibramlcnlo del Sr. Campero ¡iara. Chambelnn.
PARTE NO OFIOJ.\L.-La. fiesta del 15 de Agosto.-Fcrrocan·il lmpcifal mexicano. F.stado actual ,ie In&amp;
obras.-Trnnquilldad pública.

8
8

•

Art. 1? Se concede á D. Cárlos J. Arnoux, como representante de
varios capitalistas de :Nueva-York, permiso para que proceda á establecer en el territorio del Imperio las líneas telegráficas siguientes:
1~ De esta capital al püerto de San Francisco de la Alta California, pasando por Toluca, Morelia, Zamora, la Barca, Guadalajara,
Tepic, San Blas, Mazatlan, Culiacan y Guaymas, hasta terminar en
el puerto mencionado de San Francisco.
2~ De Mazatlan á Durango, Cuencamé, Parras, Villa Aldamas,
Cerralvo y Camargo.
3~ Del puerto de Manzanillo á la ciudad de Guadalajara.
Art. 9? Durante el término de quince años, ninguno podrá construir líneas telegráficas por las mismas direcciones; pero si ramales
que unan las poplaciones laterales con las Hneas principales, para lo
que los representados de Arnoux tendrán ltv 1ifcferencia solo por el
derecho del tanto.
Art. 3º Esta concesion caducará y se tendrá por no hecha, si en
el término de cuatro meses no presenta el Sr. Arnoux la conformidad
de las personas que representa: si no construye dentro de ocho f!leses, contados desde la aceptacion, por lo menos 210 kilómetros: si
no concluye en el término de dos años la linea de México á San Blas,
y en el de cinco años las tres lineas expresadas.
Art. 4? Para facilitar la pronta construccion de estas líneas, el Gobierno otorga una subvencion de treinta pesos por cada kilómetro
que se vaya construyendo y esté en uso.
Art. ó? El importe de la subvencion lo garantizará el concesionario ·con los útiles de construccion que introduzca. Si al Gobierno no
le conviniere continuar de asociado, una vez terminadas estas líneas,
se le reintegrarán las sumas percibidas con el producto de los mensajes oficiales.
Art. 6? La empresa en compensacion concederá al Gobierno preferencia para sus partes oficiales, y que estos solo paguen la mitad
de los del público.
~rt. 7? El Gobierno puede intervenir, siempre que lo juzgue convemente, en las oficinas telegráficas, examinando sus libros, poniendo un empleado 6 comunicando sus hilos con una oficina del Gobierno, por donde pasen todas las comunicaciones.
Art. 8? El Gobierno puede igualmente adquirir una 6 todas las
lineas despues de dos años de construidas, pero nunca parte de ellas,
pagando su importe previo avalúo.
Art. 9? El Gobierno, cuando lo estime conveniente, podrá extender un hilo telegráfico en un.a 6 en todas las líneas concedidas, que
vaya á rematar á puntos trasversales, usando para ello, en las distancias que le convenga, de los postes de la Compañía, y esto únicamente para despachar sus mensajes oficiales.
·
Art. 10. Es obligacion del concesionario que todas las líneas estén bien construidas, con los postes á distancias convenientes, aisladores de buen~ calidad y alambre galvanizado de cuatro milímetros
por lo menos: que -las máquinas empleadas sean del sistema_de Morse,
de buena clase, y en general, todo de la calidad requerida para el
buen servicio.
Art. 11. Arnoux queda facultado para vender ó traspasar á otra
persona 6 Compañfa anónima los derechos que adquiere por esta concesion; pero tanto él uomo sus socios, y aquellos á quienes vencla 6

NUM. 191.

-

traspase, serán considerados como ciudadanos mexicanos en todo lo
relutivo á la coucesion, sin que ·nunca ni por motivo alguno puedan
hacer por esto reclamaciones, ni alegar derecho de extranjerfa. La
Compaiiía queda en consecuencia !mjeta á las leyes mexicanas, así
como á los reglamentos existentes 6 que ~e dieren en esta materia.
Art. 12. Por el hecho de aceptar ]a concesion las personas á quien~s- representa Ar!1oux, se considerarán oh-ligadas á cumplir las cond1mones de ella, sm que tengan derecho á.¡¡acer al Gobierno ningun
reclamo, ni puedan alegar equivocacion en los cálculos 6 presupuestos, que se suponen hechos por él y á su entera satisfaccion.
Art. 13. Se concede á Arnoux autorizacion para cortar la madera
que necesite, sin pagar cosa alguna, en todos los bosques que sean
de propiedad pública, asi como para usar de los terrenos de la misma clase para la construccion de las estaciones.
Art. 14. Todas las autoridades del Imperio impartirán á los concesionarios la ayuda y proteccion que esté en sus atribuciones; y en
los 1ugares que atraviesan por desiertos, podrá establecer á su costa
pequeñas guarniciones que no excedan de veinticinco hombres, en
cada una de ellas, previo aviso y bajo la vigilancia de las autoridades.
·
Art. ló._Las_tarifas serán propuestas por el empresario y aprobadas por el Ministerio de Fomento.
Art. 16. Será obligacion de Arnoux cuidar que todas las oficinas
de las líneas telegráficas expresadas, permanezcan abiertas para el
público todos los días, si11 excepcion alguna, desde las siete de la
mañana hasta las nueve de la noche. Ademas, cuanqo el Gobierno
lo crea necesario, permanecerán abiertas ~n la noche "basta la hora
que lo disponga, lo cual será con previo aviso.
Dado en México, á 12 de Agosto de 1865.
MAXIMILIANO.

Al Ministro de Fomento.
POR EL E MPERADOR,

El Ministro de Fomento.
En su ausencia, el Subsecretario,
Manuel Orozco y Be1·ra.

MINI_STERIO DE LA CASA IMPERIAL.
México, Agosto 17 de 1865.

S. M. el Emperador, por decreto de 8 del actual se ha servido
nombrar Chambelan á D. Manuel Campero.
El Gran Mariscal de la Corte
y Ministro de la Casa Imperial,

AurnNTE.

PARTE NO OFICIAL.
· LA FIFnA DEL llí DE AGOSTO.

A la funcion religiosa de aquel dia asistieron el Exmo. Sr. Ministro de
Negocios Extranjeros y encargado del de Estado, el de lnstruccion Pública
y Cultos, y el de Guerra. Asistieron tambien los señores Subsecretarios d!;l
Estado, Justicia, Fomento, Gobernacion y Guerra.
FERROCAXRIL ntPERIAL KEXICANO.

México, Julio 3 de 1865. - Exmo. Sr.-En atencion á los deseos que me
ha manifestado V. E., tengo el honor de participarle las noticias que sobre
el estado actual de las obras de construccion de este ferrocarril, me han remitido el in'geniero en gefe de la Compañía Imperial, el representante de los
contratistas, y el agente financiero de los mismos. Al imponerse de ellos,
estoy seguro que V. E. se convencerá. de que los adelantos hechos en esta
empresa gigantesca son sumamente satisfactorios, á pe~ar de los po~os meses que han trascurrido desde que se iniciaron los trabaJos.
El cálculo de la Compañía, cuando se formó, era de hacer principiar los
trabajos desde el 1~ de Noviembre; y efectivamente, todo el personal, tanto
de los ingenieros como de los constructores, se halló sobre el terreno en esa
fecha. Pero quedaron sin trabn:io hasta fines de Enero, época en que el Go-

�174

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

zanjas, alcantarillas, embalastado, ensanche de terraplenes y excavaciones, y
bierne de S. M. l. dió su sancion á la concesion del privilegio; y perdieron construccion de edificios para estaciones, cuyas obras todas, con excepcion de
de esta manera los tres meses del año mas favorables para la prosecucion la de las estaciones, fué preciso suspenderlas el dia 31 del pasado, por mode los trabajos y para el trasporte de materiales al interior: así es que si los tivo de la temporada malsana.
Para lograr un buen sistema de desagüe, con el objeto de que las aguas
trabajos hubieran podido principiarse á la llegada de los ingenieros, la obra
no
causasen perjuicios á la línea, fué necesario cortar zanjas por ambos la,
estaria infinitamente mas avanzada.
Sin embargo, á pesar de todas las dificultades que se han.presentado, hay dos, de cuyo trabajo se ha ·hecho hasta la fecha cosa de treinta y dos kiló• · que felicitarse del progreso que se ha hecho en la obra.
metros.
Del informe del Sr. coronel Talcott, resulta: que los plano~ para la consLas alcantarillas y puentes que existian eran de madera, y de aquí la netrnccion están cof\lpletados por una extension de 67 millas de la linea, y que cesidad de reponerlos con piedra y ladrillo. De estas se han reconstrnido el
dentro de muy poco tiempo, los'-correspondientes á 45 millas adicionales, mayor número posible de mampostería, antes de comenzar el tiempo lluvioestarán en manos de los contratistas, haciendo en todo una extens\on de 112 so. Los concluidos hasta ahora son treinta y uno, quedando cerca de cuamillas, sobre las cuales estos podrán proseguir los trabajos conforme al ma- renta mas para completar la totalidad.
De embalastado poco se ha hecho, comparativamente, por lo mucho qne
pa adjunto.
El número de ingenieros y ayudantes empleados ,en este servicio, es de escasea material á propósito en estas comarcas; sin embargo, se hnn com30, sin contar los dibujantes y secretarios. Y /J. la fecha los gastos han su- pletado unas ocho millas, ó sean 12.8 kilómetros.
Hay en construccion tres estaciones para carga y pasajeros, ademas de la
bido hasta $46,000.
Se ve por el informe que da el Sr. Tarmer á nombre del Sr. Lloyd, re- de Veracruz, á saber: en la Tejería, la Soledad y Paso del Macho, siendo
presentante de los contratistas (Smith, Knight y C~), que las obras de cons- las únicas que se creen necesarias para el uso del tráfico de esta parte del
truccion se prosiguen con la mayor actividad, iimultáneamente en un gran ca.mino.
·
número de puntos, desde Veracruz hasta México, y se calcula que en breve
A consecuencia de que los trenes de la Compañía del ferrocarril de Me·
tiempo una tercera parte de la forna estará completada, y que para fines del dellin pasaban por las primeras tres millas de la línea de Veracruz IÍ Paso
año entrante quedará concluid" probablemente la línea deMéxico á. Puebla. del Macho, causando una molestia constante al tráfico de esta última, fué
Ademas de las obras de construccion, se han hecho grandes mejoras en indispensable colocar una segunda vio para el uso especial de la compafiia
las secciones que se hallan ya en explotacion de Veracruz y de Guadalupe, á de Medellín. Los terraplenes, excavaciones y zanjas de esta obra están confin de que presenten éstas la misma r,erfeccion y solidez con que se distin- cluidas, y tan luego como lleguen los durmientes que se esperan diariamenguen los ferrocarriles principales de nglaterra. Estos trabajos equivjllen á te, se completará la doble via dentro de pocas semanas.
Ademas de lo mencionado, se han hecho otras muchas obras menores en
una construccion parcial de esas Hneas. l,Tna doble via está c(rnstruyéndose desde Veracruz á la union del ramal la misma division.
de Mcdellin, para evitar los inconvenientes que resultan del tránsito de los
El número de trabajadores empleados en dichas obras ha llegado gene·
trenes sobre la línea principal.
ralmente á 1,100 diarios como sigue:
Para facilitar la explotacion en el ferrocarril de Guadalupe, se construye
&lt;;oloeacion de rieles.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . .
62
tam bien otra doble via desde México hasta (¡cuadalupe. En fin, se ha estaCambio
de
durmientes..........................
34
blecido un telégrafo para el servicio de la Compañía, desde Veracruz á PaEmbalastado..... ... .. . ..... .. .. .. .. .. . . .. .. . 230
so del Macho.
Zanjas. . . . . _. . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . 200
El número de operarios, ingenieros é inspectores actualmente empleados
Ensanche de excavaciones y terraplenes.. . . . . . .. . . . 200
por los contratistas, es de 5,850: número que irá siempre aumentando con
Carpinteros. . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
56
el progreso de las obras.
Albañiles. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . .. . 103
El capital gastado hasta la fecha por los contratistas, segun el informe del
Construccion de estaciones.... . . . • . . . . . . . . . . . . . .
116
Sr. Crawley \agente financiero de Smith, Knight y C~), tanto para las obras
Linea de Mcdellín. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .
99
de construccion cuanto para la compra y trasporte de materiales, es
de $1.008,230.. .. .. . .. .. . . . .. .. .. .. .. .. . . . . .. .. .. .. .. $ 1.008,230
1,100
Adicionando á esta suma los desembolsos hechos. por el DePaso
del
Macho
á
las
O,m,bres
de
Maltrata.
partamento de los ingenieros. . . . . . . . .. . . . . . . . .. .. . . . .
46,000
En esta division se hallan los trabajos en activa operacion en cuatro punEl total del capital gastado por el ferrocarri l, asciende á.... $ 1.054.230 tos, á siíner: en las Cumbres de Maltrata, en Maltrata, en Orizava y en el
Tal es el resúmen de la~ operaciones de los distintos departnmentos de la Potrero.
Eu el primero de estos lugares (las Cumbres) se trabajan dos secciones
Compañía hasta la fecha: al principiar era necesario organizar todos los ser- de obra muy pesada con mucha rapidez, estando completada ya mas de la
vicios en las difürentes partes de 1a línea; pero hecha ya esta organizacion, el mitad. Se va. á comen1,a.r inmediatamente operaciones en otras tres seccionúmero de operarios se aumellta cada dia y el capital desembolsndo crece nes, y se están haciendo todos los preparativos para completar los correscon una progresion prodigiosa, proporcionando el trabajo, el bienestar y In
pondientes túneles y viaductos.
riqueza en todos los Distritos por donde pasa la linea.
En el segundo punto (Maltrata) se están haciendo dos secciones de obras
Al presentar á V. E. esta resefia, tengo el honor de suscribirme, con las muy importantes, completando con las ya mencionadas cerea de once kiló·
espresiones de mi mas-distinguid1~ consideracion.-Su muy obediente servi- metros de la línea de las montañas, que se cree serán concluidas antes que
dor, Eduardo Kirkpatrick.-Agent.e de la Compañía Imperial del ferrocar- acabe el año; y como hasta ahora no se ha experimentado falta de brazos, no
ril Mexicano. '
hay motivo para que no se acabe casi otro numero igual de secciones en esTRADUCOlON.
Ferrocarril Imperial Me.xieano.-Oficina del contratista, 1~ calle de Pla- ta parte de la línea, para la misma fecha. ·
En Orizava el trabajo es poco pesado, y no se encuentra muy adelantado
teros núm. 3.-México, Junio 28 de 1865.-Sr. D. Eduardo Kirkpatrick,
agente de la Compañia del ferrocarril Imperial Mexicano (limitada).-Muy todavía, pero se ha comenzado bien; y si el tiempo y otras circunstancias Jo
Señor mio:-En contestacion á su carta oficial del 31 de :t.íayo, pidiendo no· permiten, no debe haber razon para que no se complete la línea desde la
ticias del estado de las obras de este ferrocarril, tengo que ¡nanifestar á vd. Barranca de Metlac hasta el Ingenio, en todo el presente año.
Por el Potrero hay en obra mas de once kilómetros, que se concluirán
que los Sres. Smith, Knight y C~ (limitada), contratistas para la construcdentro
de pocas semanas, y se podrá hacer otro trecho igual tan luego co·
cipn de dicho ferrocarril, están adelantando con la rapidez posible, en el cumroo
se
determine
la línea hasta Córdoba.
plimiento de sus obligaciones para con la Compañía que vd. representa, á
En cuanto al número de ingenieros y trabajadores hay en las O,,mlms:
pesar de la demora en la ratificaciun de la concesion, la cual empieza á conIngenieros é inspectores.. . . . . . . . . . . . . . • . . . .
6
tarse apenas desde el 24 de Enero próximo pasado, y no obstante la actual
Trabajadores. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . 1,200
estncion malsana del Distrito del Chiquihuite, y la pérdida de tiempo desde
nuestra llegada al pais, en 1~ de N,,viembre de 1864 hasta la fecha ya indiEn Maltrata.
3
cada, que, séame permitido observar, nos privó del provecho de tres me- •
Ingenieros é inspectores ................... .
ses del tiempo mas favorable del año, para llevar adelante las operaciones
Trabajadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . 400
para las cuales estábamos completamente preparados.-Sin embargo, los
En Oriza,,a.
adelant.os hechos desde que principiamos, son de tal naturaleza, que nos jus·
.
, mspectores
.
- .. ................. .
6
ngemeros
e
I
t-ifican en la firme creencia de que el presente contrato celebrado por los
100
Trabajadores
.......
.
.
.
....
.
.
.....
.......
.
Sres. Smith, Knight y Cª (limitada}, será debidamente llenado dentro del
En el Potrero.
término estipulado.
5
Obsequiando, pues, sucomunieacion arriba.citada, tengo el honor -de poIngenieros é inspectores .. .... • .............
200
Trabajadores .... . ........ •. ....... •..... .
ner en su conocimiento los siguientes pormenores:
Verac·1·uz.
Total 1,920 .. .. .. .. . ......... :: . .. .. 1,900 20
Se han colocado mesas giratorias y rieles desde la extremidad de la línea
en dicha ciudad hasta el muelle del Gobierno, por cuyo medio se puede desEsto es exclusivo de los ingenieros de la Compañía Imperial y empleados
embarcar de las lanchas y cargar de una vez en los wagones, los materiales de los departamentos de proveeduría y trasportes, que ocupan un buen núde construccion y explotacion.
mero de personas; de manera que el total podrá calcularse en 2,500.
Se ha continuado la linea desde la estacion original hasta adentro de la
De las Oumln-es de Maltrata hasta la !tnion con el ramal de Puebla.
ciud,.d, y los trenes salen ya de un punto cercano del lugar de desembarque.
· Varios edificios están muy adelantados, como son los talleres y la cocheLas obras de esta division se comenzaron el dia 12 del actual con seiscienra para las locomotivas, y se preparan las oficinas para las estaciones de pa- tos hombres, y están adelantando satisfactoriamente. Siento no poder dar desajeros, etc., etc.; todo lo que sin duda será concluido para fines del presen- talles sobre esta porcion de la línea, porque el tiempo de nuestro agente se
ha ocupado enteramente en la organizacion de sus trabajadores por dicho
te año.
/
El número de trabajadores ocupados en estas obras llega á 150 hombres rumbo, y en colocarlos en distintos puntos.
por término medio.
P.uebla á México.
De Veracruz á Paao del Macho (complexion ).
Las obra., de terracería de esta division se hallan muy adelantadas, pues
Las obras practicadas eu la complexion de esta parte de la línea en los el trecho de la Villa de Guadalupe hasta enfrente de la hacienda de Xala ocumeses de Febrero, Marzo, Abril y Mayo, han consistido "principalmente en

pa una distancia de 73 kilómetros Las obras d
,
porcion avanzan rápidamente, y están llegand0 á e mamp~st~r,a en toda esta
como igualmente las de terracer'
s_u comp exwn. Estas obras,
mal de Puebla, se concluirán sin I~u~ mamp~ster; fas_ta la u~ion con el rnse ha formado coro Jetad
ª
nes e ano comente. Ademas
la Estacion de iuadafupe La~'::'bdoh~e v,a desde la_garita de Vallejo hasta
última parté están para ,.;ncluirs/as e mamposter,a para los puentes de la
El numero de hombres tr b · d
. ..
El número de traba;adoresªocªJuan aº end?-'ta div,s,ou reza á 970 diarios.
r . )
,
pa os iar1amente por s 'th K · h c
( ,md,talda en la cons_truccion del ferrocarril de Veracruz f!,; . mght y f,'.
nes e mes próximo pasado d á t'
, J.Uex,co, asta ,.
.
' po r es ,marse en 5,320 como sigue:
En Veracruz
150
Veracruz á P~;¿
·M~~i,~ · · · · · · · · · · · · · · · · · ·
1,100
Paso del Macho A las Cumbr~~ · · ·" ·' · • "· · · · " · · 2,500
Cumbres de Maltrata á )¡¡ unio~ ·.~~- ;~m··0•1·d.. p."·
bla
e ue600
Puebl~
ex1co ..••. ..•.......•.. , .. .•.•.. .. ..
970

P•:•

d~i

~¡
'i °ii .:... . ...... ' ... ' ' ' .· ······ ······

5,320
No hlay duda que este número aumentará al doble hasta fines del ·año
P or o expuesto se verá que á p a d I d
.
riba mencionados se han hech'
es r e a emora Y otros obstáculos arplimiento de nu.,;tra ardua tarº progresos muy co_nsiderables hácia el cumtotal de la línea tenemos nna tea, y se puedeó considerar que de la extension
.
ercera parte mas, b'ien ade¡antado. háma.
. su
complexwn.

175

ee:;::~

Hechos en la preparacion de la línea del f¡ r
. ·¡ l
.
.
.
los ~ontratistas, el n:ímero de ingenierus
mpe;ia! Mex1cadno, p~ra
,·erlldo en estas obras científicas ten
"nJi os y e importe e lo mblecido el trazo de cerca de cuar;nta godi~e '·¡ ormnr, á V. que se ha estara la construccion se han entregado l1os co~: lats ~e hndea; cuyos planos pacinco millas al Este de Guadal
ra is as, a emas de las veinticompletado en 1864 h . d upe, en que una parte del trabajo se babia
. ,
, amen o por todo unas sesenta y siete ill d
pueden concentrar una fuerz d t b . d
ll\ as, onde
1osScontratistas
h
'b'd
a e ra a¡a ores
e an rem ' o en esta oficina planos perfil d
·
llas que _no han sido aprobados; habiénd¿.e indi:d eá crare~ta Y. cinco m!dentes ciertos cambios que están ya en práctica Co. t is mgemer?s _res1planos se pueden poner á la disposicion de los ~~n::~tis~:sdeensttoros dúlt,moás
e una
t res semanas.
De dicha linea hay tres millas de línea
Orizava y Boca del Monte: el trazo de ocho m?;;ta110s} muy pesada, entre
nos de dos millas se están
. d
m, as esta muy avanzado: piado con las indicaciones em:!~":snd~
res~ectivos ingenieros, de acuerdo en las cuarenta y cinco millas ya _es . ,reccdwn, y todo está comprendiEn Ch' 'h .
menmona as.
I
mese/ Los •i~ni~~eh:Ito~º:e:::~ieros lly~dantes ~~sde hace mas de dos
ingeniero avisa en su último informen~ehf~ ~,dJ r~m1t1dos todavía; pero el
trazo de los terrenos or
¡
.
e umo, que espera concluir el
El ingeniero reside~te ~~~ ~~o ~,fic_ulto~~• para principios de Julio.
bla, todavía no remite sus lan ez y seis _m, ~ aba¡o del ramal de Puebajo hasta 1° de Mayo próp . os. E ste
d senor fue nombrado para aquel tra' ,
.
x1mo pasa o.
El numero de mgenieros residentes e I d
~on quince, con ioual número de ayud mtep ~ os por este Dc~artamento,
Jantes. '
º
an s, sm contar secretarios y dibu-

P';;; ID~

En lo que respecta á trabajadore
1
tualidad, no habrá dificultad en con' J ~or Io iue se pued_a calcular en la acra llevar á cabo la construccion d
e numero sufimente en el pais paLos desembolsos y compromiso
..
. , .
.
nido.
e mea entera dentro del término conve- genieros
y gastos de trabajo en ab://t?erv1c;r9 e\ Mex,co, eqmpo de inmestre, (30 del actual), á cuarenta s:is'':i egar n á fin del actual triEl trasporte de los materiales · ¡ &amp;
.
'
á Veracruz se está efectuando 'r,\es, c. p~rael mterior desde que llegan
Hasta la fecha suben á $31 ' 000· oy de V·pesos.
atento seguro servidor, A.
tado del .,;mino real del Pasoc~:J°Mi:,ir/J?'•. no obstante _el p~simo ~- Talcott.
mente de abastecer nuestros agentes
I
ex,&lt;:&lt;&gt;, que nos imp_,de ser1alas obras.
con necesar1oparala oonstruccionde
RESUMEN de la linea t.-azada
t da á
·
.
rem·itida para'" ª"•·ohacioJ e;;ega . t los _contratistas, y de la JJarte
En ?onclusion, y para su mejor gobier
.
',ll
'
., un ins rucciones de esta oficina.
comumcacion que acabo de recibir d
nto, acompano á ~d. copia de un.a
S. Crawley.
e nues ro agente financiero, Sr. D. W.

¡""f"
ª

_:,g

°

Liueuproltlda y p...da

Ll11u para aprobane.

'bC011tr1tlrlll.

México,
Junio
28 de 1865
s D· w
Smith
Knight
y Cª-M'
. .-Mr.
_ · F ~rmer, Secretario de los Sres.
'
·
ex1co.- uy senor mw·
t .· d
, .
Para el conocimiento de S M ¡ E
nifestar á vd. que hasta la fecha 1~:sr~S:i;~z K e_ ~ex,coi ~ngo_ que mago el honor de servir, han invertido en M: .
, 1mg t y C., a qu_,enes tentratada con la Compañía del ferrocarril ¡~'p'':.':ia~nMa e!"presal que tienen conesterlinas
ex,eano, a suma de libras

E~;,;_

105,850

¡; ~·¡j;~ ·; · g~~¡,;; · ············

32,960
4,836

s~!·ti,; ¡¿;¡~j,i 'je~·¡,~¿

Los Sres.'
-~;¿¡;r~d~-;~
pa, Y rem,t,do á Mexico materiales rieles &amp;c
valor de
'
,
, ,, por
Estos eau.,;~ 0
·;¿~
0
H~ pedido igualmente varios efectos ·:/
d.~
urdopa y los Estados-Unidos por una suma grande
Y e esta llega lo embarcado á
'
Es:! ~edidos no incl~yen los oont;;t~~ ·d.,j¿¡,;,;.j~," ~;
ex1co para durmientes, que importan por ·solo el
presente afio .............. ............. . .. ..

,";,','t~;¡~¡;;

0

Baylis y Norris.
Baylis y Toot.
R. H. Talcott.
Beck y Cooper.
Simons.
Dechert.
King.
G. R. Talcott.

millns

,,

8

fo

6
2
2

"2 fo-

,,
,,

"
2

,,
"
"
"

LlDU ail4inwl•

8mhb, JCnlrbt y o. •

Al Este de la
} Barranca de Metlac

3

Línea de las montafia~.
ldem.

,,

11 ,¼
4 1
13 8

3
16
13 8

41 9
17

45 8

En los Llanos.
ldem.
Jdem.

43 6

8,000

A. Talcott.

50,000

201,646
Tampoco com~renden los pedidos, de cuyos pormeno-.f:.
;r.no es~y impuesto, que mi principal el Sr. Lloyd,
S ~jlemero en gefe y representante de los Sres
m, 1• Knight Y C'. en México, está llenando actu 3
~::e ¡nJu~pa. Lo que hace un desembolso total
e a, e .............................. .f:. 201,646

TRANQUILIDAD PUllLICA.

i'.

AVISOS OFICIA.LES.
ADMINISTRACION DE.BIENES NACIONALIZADOS

ó sea en pesos mexicanos, á 48 ••· ...•............ $ 1,008.230
salº~f!~etnotas qud? tienen que hacer los Sres. Smith, Knight y c• co~o vd
,
n 1ar1amente· y como
l te .
•
sion únicamente se llj:OOSit~n $ 60 06tra -~ a nc,ones de la segunda divi~pera mayor número de traba d '
en e presente mes, y se desea y se
dia, debo calcular que en cada!ª ores e;esta y
demas divisiones, día por
sos en efectivo que hasta aho mes vem ero ten remos mayores desembolEn el 19 de Abril r' • ra.
,
ra Inglaterra, los des~r:::~~~/;s~do, ispe ~ehla ••!ida del Sr. Lloyd pa)legaban á la suma de .e. 41 ,672 eó $s ; ~ m~ , Kmgth y C'. en México,
2 8' 60 . 1 19 del actual, ó sea en un
mtervalo de dos meses los
'
suma que doy mas- arriba· Jo egresos y compromisos han ascendido hasta la
Knight y C~ no han rebaj¡do e1u."uf:~}~: eviddntdm¡nte que los Sres. Smith,
So_y de vd. atento y seguro servidor (~~~ads)e
del Sr. Lloyd.
0 ~· ~arO:cha
nauciero;
•
º· rawley, agente fi-

Ir

8 8

. En la esp~ranza de que estos pormenores llenen 1 pito su obediente servidor por W Llo d
·
os deseos de vd.; me reC\ (firmado) W. Farn,er'.
· Y 'representante de Smith, Knight y
P. D. Despues de escrita la presente me ha info
pector general de las obras quien acaba de lle
~nado el Sr. Braniff, insocupada en la division de P~ebla se ha aumenta~"
h e Pue?la, _qu_e la fuerza
0
bres,
asta mil seiscientos homFerrocarril Imperial Mexicano -Oficina del in ·
·
248.-México Junio 28 de 1865 -S
gemero_ en gefe.-Núm.
principal _de ¡¡ Compal!ía del ferr~earrr\ Pn;p!fa1•rdo K1rkpatrick, agente
m10.-0bsequiando el deseo manifestado por V., pa,n
m~xieanbo.-Muy
señor
sa er los adelantos

.

Los señores Prefectos de los Departamentos de A
.
eas, han participado nuevamente al Gob'
d S rascalientes y Zacaterada la tranquilidad en sus demarcac·, ,erno e . . . que no ha sido alteones respectivas.

·

AVISO

•

Relncion de los expedient.e8 para cu O d88 ciiO 88
resado~ en e:te. ofi.cin&amp;.
Y
pa
necesit., de la presencia de los inte-

Seoc,on 1.-442, 483, 511 936 1 152 2 539 2

.

Secc1oa 211,-493 683 636
' ' • , Y ,564.
2,077,.2,~13; 2,635: 2,636, 2,67~ i~~l 5, 934 , 1,0'13, 1,142, 1,352, 1,500, J,7'n, J,99'2,
.
. ,
noAdvirtiéndose
86 verifica. que no 80 puede dar nmgun
giroª estos negocios si e8t&amp; comparecencia
Nota.-:-Con esta feche. se han elevado al Exmo C
.
.
losDesped1en~s de In Seccion 1~' números 907 908
espeditadea por este. oficina
e la Secc,on 2!-965 ¡ 488 1552 1 659 ,184 ~"" , 2,78"2 y 4,125.
'
1 '
1
1
3,234.
.
'
'
'
/
.&gt;, 1,849, 2,110, 2,806, 2,810, 3,068 y
Lo ~ue se avIBa para conocimiento de loa interesados.
Moneo, Agosto 18 de 1865.

t?:t'Jº,

El Adminiatrador de bienes nacionalizado,
Juan Suarez y NatJar1o.

'

lllI1'ISTEBIO DE HACIENDA.
,

.

SECCION 4!-

S1endo domingo el dia señalado
fenlodris
!enedoreR de bonos conocidoap;;:: : 6~~~:: _}&amp; ~lmo,~eda de _que habla la convocatoria
,efecto la propia almoneda el dia. 19 d l e~ er, se advierte qae por W motivo
61énco, Agoato 7 de 1865.

6

comenw, en el lugar y hora anunciados.

El Gefe do la Seccion
J. M. Calt10.

~~t!

'

El_ Exmo. Sr.
IIIS'.rR]!CCION PUlJLICA Y, CULTOS.
los dias de onco á doce de la - cruon publica f Cultos, da~ audiencia pública. tod
Pe.ra a.aunt.o d
. . miuuu1a, con e1cepruon de loa Cenados
os
quiera .hora· 8 e1serv1e10, los funcionarios y empleados públicos p.odrán babl areacunl1,
Ménco, Agosto 9 de 1865.
El Subsecreta~io de Instrucc1on p(1blica YCultos
M. Mo11tella,, 0 ,
'

I

�176

DIARIO DEL IMPERIO.
instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal, sobre pesos, le pro,
mueve D. Enrique Ampudia; apercibido de seguirse el juicio en su ausencia y rebcldla si
no concurre.
México, Agosto 17 de 1865.-/. Bra!!o.
514-3a-2

AVISOS JUDICIALES.
CITACION.

En los autos que sigue el Sr. D. Mariano Perez de T11gle contra la Sra. D~ I~nacia
Rodri~1ez de Acosta sobre pesog, la Bxma. 2~ Sala del Supremo Trib1,mal do Justicia se
ha servido proveer lo siguiente:-"Cíteso por los periódicos á la Sra. D~ lgnncia Rodríguez de Acosta pnra que por si ó por modio do apoderado instruido y espensado se preijente dentro de 30 dina, contados desde la fecha de In última pnblicacion, á continuar el
j~i~io ejecutivo, que ante esta Sala ti~ne peu~~n!e con D. Mariano Perez de Tagle; aperc1b1da &lt;1ue de no comparecer le pamrn el porJ01c10 que haya lugar.-Tres rúbricas do los
Sres. Miniatroa.-Barbedillo, secretario."
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente para que surta loa efectos corrcspondJent.es.
México, Agosto 12 de 1865.-El Oficial mayor, Lic. Mariano Sansalvador. 520-3a-l
AVISO JUDICIAL.

Bn el juicio que sigue el Lic. D. Diego Alvarez de la Cuadra, en representacion de D.
Pedro Lopez, contra D. Félix Villar sobre pesos, el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, ha mandado por su auto do 17 de Agosto que se proceda á la venta en
almoneda pública de los llanos y magueynl emba1·gados al deudor, y los cuales pert.enecen
al Rancho del Risco de la propiedad del mismo; señalándose para su venta los días 24 y
~ del presente, y 4 d~l entrante Setiembre, á las doce en ~unto, siendo la última con calidad de remate, y temendo lugar las almonedas en la escnbania del que suscribe, situada en los bojos de la casa núm. 4 de la calle de la Moneda, en donde se pueden tomar las
nstrucciones relativas á este negocio. ·
México, Agosto 18 de 1865.-Casimiro Femandez, Escribano público. 521- 3a-1
TRIBUNAL DE COMERCIO DE IIEXICO.
México, Agost-0 16 de 1865.
En el juicio verbal promovido en este Tribunal por los Sres. Ponton hermanos contra
D. Le~nardo Laredo, se ha pronunciado sentencia definitiva que en su parte resolutiva es
como s1~ue:
"El 'Iribunal declara: que D. Leonardo Laredo debe pagar los doscient-Os veintiseis peª?ª sesenta y cuatro ~entavos que se le han dema~ado, así como los gastos legales del juic10. Y para constancia lo firmaron los Sres. Presidente y colegas.-Castillo.- García.Abadia110.-L11is Rodriguez y Palacio."
Y por auto de esta fecha se fija el término de ocho dias para el pago de lo sentenciado.
Lo que hngo saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.
Jasé Mar!a Cardeña, Oficial 2g encargado de la Secretaría.
52-2_;38-1
..
JUZGADO 2? DE LO CIVIL.

CONVOCATORIA.

El Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se convoque á los herederos de la Madre Sor Mnría de la Luz de Seiíor San Joaquín Miranda, para que en el
término de veinte dias se presenten en su Juzgado á deducir el derec!J6 que crean tener
á los bienes de la religiosa. intestada; apercibidos que si no lo verifican en dicho ténnino,
les parnrá el pe1juicio que hubiere lugar. Lo que hago saber en cumplimiento de lo mandado.
·
llféxico, Agosto 5 de 1865.-José Rnz G11zma11, Escribano público.
515-3a-2

-

lUZGADO 8? DE LO CIVIL.

A pedimento del Sr. Lic. D. Francisco de P. Tabera, en los autos que sigue, en representacion de los Sres. D. Francisco, D. Miguel G. de Lizardi y la Sra. D~ Concepciou de
Lizardi de del Valle, sobre que se provea &lt;le Ciirador al Sr. D. An~el de Lizardi, por prodigalidad 6 incapacidad mental, ha mondado el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. J osé M. Cor.
dero, se haga snber al público que los contratos que se celebren con el espresado Sr. D.
Angel Lizardi, durante el período del negocio mencionado, quedan sujetos á calificacion
r que por lo mismo serán declarados nulos si se decreta el nombramiento de curador por
mcapacidad mental.
México, Agosto 11 de 1865.-Lic. Néstor Mo11tes, Escribano de diligencias.
508-3a- 3

AVISOS PARTICULARES.
AVISO.

Estando liquidados todos los aegocios de I&amp; compaiííamercantil que formé en esta plaza
con el Sr. D. Antonio Herce, bajo la razon de José S. Lozano y compañía, de mútuo con
sentimiento queda diPnelta, continuando yo los mismos negocios que se propuso la com
paüía que termina, y bajo mi solo nombre.
.
México, Junio 30 de 1865.-José S. Lozano.
519-5a-l
AVISO IMPORTANTE.
N. Dousdebes, de este comercio, participa al público que tiene conferido amplio poder

al Sr. D. V. E. Goupil, quien de hoy en adelante resolverá y firmará todo lo relativo á los
negocios de su casa.
México, Agosto 18 de 1865.
523-Ba-l

SEGUROS CONTRA INCENDI°OS.

Habiendo pedido D. Manuel Arcllano al Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D.Manuel Pavon
CoMP.ARIA DE sEGURos DE GLADBACH.
citara una junta para que concurran los que tengan que deducir algun derecho á lacas~
Capital de fondo...... • • • • • • • • • • . 8.000,000 pesos prusianos.
núm. 1 de la calle del Sapo, con objeto de que lo justifiquen por haberse cumplido el plazo 9ue_ se les fijó sin que se ~aran prese~t~do á deducirlo segun se les hizo saber por los
pe~1ódicos,en 31 de Mayo pro:umo, apercib1én~olos de nuevo que de no concurrir quedarán
CoMPARIA DE SEGUROS DE BAsILEA (BABEL).
obligados a pasar por lo que acuerde la mayoria de loa que concurran, el Sr. Juez se sirCapital de fondo •• • • • • • • • • • • • • • • • • • •• • • 10.0001000 francos.
vió decretar de conformidad señalando para dicha junta la mañana del Jueves 24 del corriente á las doce en el Juzgado y bajo el aporcibimiento pedido.
Se IIS!lguran muebles .é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
Y para que tenga efecto, cito á las personas que se crean con'dcrecho á dicha casa por necesarios para los qne gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,
medio del presente.
•
calle de San Bernardo núm. 3.
400-lSOs-41
México, Agosto 18 de 1865.-J. Rei11oso, Escribano público.
524-2s-l

MANTEQUILLA.

CITACION.

En el juicio seguido por D. Manuel Blanco, contra los menores D. Manuel y D. José
Femandez Pliego, el Sr. Juez 4g de lo civil ha mandado se cite á estos por los periódicos, para que en el término de ocho dias se presenten á seguirlo¡ apercibidcs de que si
no comparecen se segttirá en su rebeldin, haciéndose el nombramiento de curador del
segundo.
México, Agosto 16 de 1865.-Manuel T. de Me11eses, Escribano público. 515d-3s-2

-

lUZGADO 3g MENOR.-CALLE DE JESUS MARIA N'UM. 7. .
Por la prese~te se hace saber á D. Rafael López, q~e en el juicio Terbal que sobre pe-

sos le ha segmdo en este Juzg~dó D. Manuel Garc1a, el Juez que mscribe, con fecha
16 del presente mes, ha pronunciado el fallo que en RU parte resolutiva es como sigue:
"~on arreglo á lo prevenido en las leyes 1~, tit 11, lib. 4? de la Rec., y 1\ tít. 4? del
mismo libro, fallo: quo D. Rafael López pague á D. Manuel García los doscientos diez y
si?t? pesos noven~a y c_uatro ce~~vos qu~ le ~a d~mandado, más los gastos legales del
ju1c10, _dentro de CJnco d1as; apercibido de eJecuc1on a su costa si no cumple."
Mé11co, Agosto 17 tle 1865.-Morales.
516--3s-2

-

La acreditada mantequilla de la hacienda de San NicoláR Buenavista, sigue véndiéndose
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde Hega fresca los mártes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
que solo ell: dicha casa se espende, qne ningu11:o está comisionado para llevarla ~ las casas,
y que precisamente aebe de t.ener la miµit.equilla el sello con el nombre de la hacienda.
480-15s-9

EMPRESA DE TRASPORTES DEL EJERCITO.
Teniendo el que suscribe varios negocios propios, independient.es del de los trasportes
del ejército, que no es esclnsivamente suyo, participa al público, que á fin de evitar con
fusion entre sns compromisos personales y los de dicha empresa, firmará como hasta hoy
por los primeros, y que por lo relativo b. los segundos, lo haríi. en union de D. Adrian Daete, á quien faculta tamb1en para hacerlo solo en su ausencia, siendo esta firma, separada
ó colectiva, la única que obligue á la empresa de loa trasportes.
(Firmado) A. Souberbielle.
500-6a-3

010 AL AVISO.
~n la calle de la~ Escaleril\11s nú~. 7 se ~raspasa un almacenó acce~ori111 arreglada con
11!-eJ?ras hechas últimamente; local II propósito para establecer cualqwera clase de negoCJamon, po_rq~e ademas de.tener dos entradas y todas las comodidades qne se requie~n,
el establecuruento es amplio, de modo que el que desee establecerse ventajosamente puede pasar á tratar con el dueño en la misma calle y número referido á cualquiera bon del
dla, no siendo de once á una.

CITACION.

lUZGADO 8? DE LO CIVIL DE IIEXICO.

En el juicio de esperas :\.º~ la tes~ame~taría de D. Ig~acio Berna! sigue con sus acreedores ante ~l Juzgado d~ J. J?S~~1a _de rlaxco, D. J~li~n Gonzalez ha p¡omovido artíc~lo sobre ID~?Dpet.encia de Jurisdicc1on, para el conoclllllento de su créditó; y el Sr. Juez,
L1c.p. Maune10 Beltr~n, ha exhortad? a ~ste Juzgado, que es á cargo del Sr. Lic. D José
Maria Cordero, con obJeto de que se cite a Gonzalez para la resolucion de dicho artículo
¡ATENOION!
en ~~ona ó por J~ periódicos si se ignorase sn habitacion, que no designó en su escrito:
En
!&amp;
calle
de
las
Escalerillas,
junto
al núm.14. se vende la prodigiosa POICADA ORIIN•
netificandole se p~ese?te ant.e ~¡ ~r. Juez requerente, por sí ó por apoderado instruido y
espens~do, en el ~rmme de se1S d1as, contados desde hoy; apercibido de lo que hubiere TAL, que sin charlatanería, es la única para hacer nacer, crecer y hermosear el pelo; asegurando que la persona mas escasa de ~l, á las doce veces de usar esa pomada, verá su
lugar s1 no lo verifica.
E ignorándose la habitacion de D. Julian Gonzalez, en cumplimiento de lo prevenido 0 abeza cubierta con un cabello fino y abundante.
por el ~r. Juez de Tlaxco, lo cito por medio del presente.
Precio del pomo, dos pesos.
345-40-24
M~x1co, Aio~to diez y ocho de mil ochocientos sesenta y cinco.-José Raz Guzman
Escribano publico.
517-3s-2 '

DIVERSIONES PUBLICAS.

CONVOCATORIA.

El Sr. Juez l ? sustitut? de letras de es~ capital, que conoce del int.estado de m Lean'
dra Deg?l~do, ha prev~ru~o en auto de siete del presente,, que se convoque por edictos y
Domillgo
20
de
Agosto.
por el piano del Impeno a los que se crean con derecho a los bienes del referido int.es
tado, a fin de qu~ dentro de sesenta diaa ocurran á deducirlo por si ó por personas sufiTEATRO IMPERIAL.
cie~tA:~e•~te autoriz_adas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
En la tarde, á las cuatro en punto, se pone en escena la zarzuela dividida en dos actos
per~mc10 a qu~ hubiere lugar.
.
é intitulada: La isla de Sa11 Balandra11, y en seguida la comedia de magia denominada:
~n c~pli1U1ento de lo ~andadf, pongo el pre~ente a~iso para que llegue á noticia de La pata de cabra.
qu!enes importe, en G_uanaJ~to, a nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Miguel Herrera, Escnbano publico de la Nacion.
390-60s-52

'

TEATRO PRINCIPAL.

lUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
. En la tarde se representará el. drama dividido en dos partes y ambas en un prólogo y
El Sr. _Juez 2g de lo civil, Li~. D. Manuel Pavon. por auto de esta fecha ha mandado se cmco actos, denommado: Los miserable$.

pr_oceda ~ la ven~ de la casa numer~ dos de la Portería de Regina, valuada por el perit-0
En la noche se pone en escena la comedia nueva, dividida en tres actos, que se intitula:
D Agustm Garc1a Cond~, eu la cantidad de tres mil set.ecientos diez y ocho pesos sesen- ¡C6mo Ita de ser!.. ,. y terminará la funcion con la otra en un acto, denominada: Amar sin
ta y cuatro ce?tavos. ($ 3,718 6~ cs.) A este fin ~e han señalado para las respectivas al- dejarse amar.
mo,ne_das los dm~ 21 y 31 del comente, y ll del entrante, á las doce de la mañana siendo
la 1iltima con calidad de remate.
'
Lo que se_ avisa ~¡ públic~, para que las person~s que quieran hacer _postura, ocurran
GRAN CIRCO DE OHI.ARINL
111 qu? suscribe, baJos del num. 7, calle dtil Arzobispado, donde se les mmistrarán las ins
OPERA ITALIANA,
trucc1ones conduoentes.
En la noche, á la hora de costumbre, se pondrá en escena la aplaudida ópera del maesM?xico, Agosto nueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-Ma1111el Vera, Escribano
tro Verdi, intitulada: U11 bailo in maschera.
público.
9-Ss-4
lUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
Ignorándose el d~1Ricilio de]). Gregorio Cejudo, por la presente se le cita y emplaza
pa1·a que en el !t\rm1110 de orho dins compnrezca en este Jnzgailo, por al ó por apoderado

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE
BAJOS DE SAN AOUSTIN NUM, }.

'

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EL

DEL .

DIARIO

IMPERlO
')

NUI. t90.

MEXICO: Viernes 1.8 de Agosto de 1865.

TOMO 11.

SUMARIO
PARTE OFICIAL.-Varlos nombramientos de empleados en el ramo de lfacienda.-Nombranúento de un
médico consultor de la Corte.-Declaracion sobre la circular de 4 de Julio, relativa ii los reos &lt;Jue hayan
cumplido su condena.-Olrcular sobre dlvlsion territorial del Imperio.
PARTE NO OFIOIAL.- La fiesta del 15 de Agosto.-Dlmlsion del Prefecto de Iturbide.-Combate con
unos disidentes en Chlnautla.-Un aviso del Ministerio de Instruccion Pítblica y Cultos.-Co1Tespondencia
para el vapor "Barcelona."-l'asajeros llegados Veracruz en Jullo.-Desagiíe de IIuehuetoca.-Ocupa•
clon de Zongollca por los imperiales.-Comlsion patriótica de Veracrnz.-&amp;lcieclad de Oeografia y E;;tadístlc.1. Acta del 20 de Jullo.-Abd-el- Kadcr en Francia.

a

PARTE OFICIAL,
MINISTERIO DE HACIENDA.
GABINETE,

México, Agosto 16 de 1865.

S.M. el Emperador se ha servido disponer que D. Jesus Bueno,
Administrador de rentas de Tepic, escribiente D. Antonio Martinez
Navarro, cabo del Resguardo D. Antonio Morelos y guardas D. Eugenio M. Manso, D. Manuel G. Vargas, D. Aniceto Lozano, D. Dionisio Navarro, D. Gervasio Gutierrez, D. Mónico Estrada, D. Francisco Bemven, D. José Florentino Gomez, D. Feliciano Santillan y
D. Mauro Ruiz, continúen provisionalmente en sus respectivos empleos con los sueldos que tienen señalados, á reserva de las variaciones que en lo de adelante se bagan en aquella oficina.
Por acuerdo fecha 4 del corriente, ha.tenido á bien S.M. el Emperador nombrará D. José María Diaz Giron para el empleo provisional de Administrador de rllntas de Córdoba.. •
S. M. el Emperador ha tenido á bien disponer que durante la permanencia en su Gabinete del Oficial 1'! de la Seccion 4~ de este Ministerio, D. Juan Devincentiis, desempeñe sus veces el Oficial 3'! de
la misma Seccion, D. Jesus Urquiaga, abonándosele el sueldo que
disfrutaba el expresado Devincentiis.

de México, creadas por acuerdo de 31 de Julio último, S.M. el Emperador se ha servido nombrar provisionalmente á D. Manuel Bárcena-y á D. José Melchor·Barrientos, con las dotaciones señaladas á
dichos empleos.
·
El Gefe de la Seccion de Gabinete,

F. G.Mm·o. .
)'.

MINISTERIO DE LA CASA- IMPERIAL.
:México, Agosto 14 de 1865.

Por decreto de 12 del actual, S. M. el Emperador se ha servido
nombra!' médico consultor de la Corte, al Sr. Dr. D. Rafael Lucio,
profesor de la Escuela de Medicina.
El Grnn Mariscal de la Corte
y Ministro de la Casa Imperial,
ALMONTE.

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECCION

lª
México, Agosto 16 de 1865.

Dí cuenta á S. M. el Emperador con el oficio de V. S., fecha
27 del actual, en que inserta el del gefe político de San Juan del
Rio, consultando si la 0ircular de 4 de Julio anterior, sobre que sean
puestos en libertad ·1os reos que hayan cumplido la condena de 1~
instancia, comprende tambieu á los que hay ~n sido absueltos en dicha instancia, y S. M. ha tenido á bien disponer diga á V. S., como
lo verifico, que el caso que se consulta está resuelto en el art. 476
de la ley de Administracion de Justicia vigente.-El Ministro de
Justicia, Pedro Esc1ulero.-Sr. Prefecto político del Departamento
de Tula.
Es copia.
El Subsecretario de Justicit1,

S.M. el Emperador, por acuerdo fecha 5 del actual, ha tenido á
bien disponer, en obsequio del mejor servicio y atendida la calidad
· de provisionales que tienen hoy todos los empleados de su Gobierno,
queden exoneradós de sus respectivos empleos en el Resguardo de la
Aduana de esta capital, los individuos que á continuacion se expresan:
2'! Comandante: D. Manuel Fuertes.
Gefes de garita: D. Cárlos Delahanty y D. Rodl'igo Zerendieta.
Gefe de ronda: D. Mariano Salas.
Guardas de garita: D. Ramon Contreras, D. Francisco Carmona,
D. Antonio Rodríguez, D. Juan Medina, D. Manuel Recio y D. Antonio Sistos.
Guardarondas: D. José Herrerías, D. Angel López y D. Agustin
Villégas.
. P~ra cubrir las vacantes, se ha servido S. M. designar las person¡is
s1gmentes:
.

F. de P. Tabe1·a.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION

Circular núm. 33.

1~
México, Agosto 11 de 1865.

Queriendo el Gobierno de S. M. fijar cuanto antes de una manera
definitiva la division territorial del Imperio, y siendo necesario para
llevar á cabo este importante propósito tener á la vista los datos que
deben guiar al Gobierno en la reforma que para ello es necesario hacer, dispone que esa Prefectura cumpla con lo prevenido en el articulo 3~ de la ley relativa, remitiendo ademas á este Ministerio las
noticias é informes que tenga sobre los inconvenientes conocidos
hasta hoy, á que haya dado origen la ejecucion de la misma ley, en
el concepto de que para el mejor resultado de la reforma enunciada,
conviene que los informes y noticias que se piden sean de tal carác2&lt;.&gt; Comandante.
ter, que el Gobierno pueda conocer y calificar por esos dato~ las necesidades á que debe proveer.
D. Fernando Grinda.
'
No obstante lo dispuesto en la 2~ de las instrucciones sobre ejeGefes de garita.
cucion de la precitada ley, aun no remite esa Prefectura su proyecto
D. Joaquín Iberri y D. Pedro Schiafino.
de division provisional del Departamento. Esa injustificable omision
Gefe de ronda.
está paralizando la gestion de los negocios y retardando los ·arreglos
preliminares de la division territorial definitiva. En tal virtud, el GoD. Joaquin Sevilla.
bierno le previene que á la mayor brevedad cumpla V. S. con el deGuardas de garita.
ber que dichas instrucciones le imponen, y espera que no habrá neD. Rafael María Rios, D. José María Guerrero, D. Jesus Escalo- cesidad de recordárselo por segunda vez.
na, D. Angel Alva, D. Mariano Heredia, D. Eduardo Ordoñez y D.
El Ministro de Gobernacion,
N. Trujillo.
·
Guardarondas.

.:O· Teodosio R~jas, D. Miguel Alvarez, D. Luis
Villegas, D. Ga11
bnel Flores y D. Ramon Portillo.
Para servir las plazas de Oficial de correspondencia y Merino de
la Administracion principal de rentas del Departamento del Valle

ESTEVA,

Se comunicó esta circular á las Pt'efecturás que no han cumplido
con las prevenciones de que se trata.
'

�DIARIO DEL IMPERIO.

170

PARTE NO OFICIAL.
LA FIESTA DEL 15 DE AGOSTO,

La Sociedad dice hoy lo siguiente:
Los residentes franceses, en su mayor parte, adornaron é iluminaron sus
casas.
El cuerpo diplomático asistió íi la ceremonia religiosa de Catedral, en que
representaban á S. M. el Emperador el gran Mariscal de la Corte, el Gr~n
Maestro de ceremonias y el Intendente de la lista civil. Algunos individuos
del Ayuntamiento y otros funcionarios mexicanos, asistieron á la ceremonia.
En la revista las tropas desfilaron ante el Sr. Mariscal Bazaine, victoreando al Emperador.
El banquete imperial dado en Chapultepec, fué de mas de ci•en cubiertos.
Los Sres. Mariscal Bazaine, Ministro de Francia y oficiales superiores se
sentaron á. la mesa imperial; los demas invitados no podían caber en las salas del castillo y comieron en los jardines. A los postres, S. M. el Emperador brindó por la salud de Napoleon III. El mariscal correspondió al brindis agradeciéndolo' y expresando á S. M. la adhesion del cuerpo expedicionnrio.
·
El convite de Chapultepec terminó á las seis de la tarde, y el baile del Sr.
Mariscal á las cuatro de ·la mañana. Antes de comenzar el baile hubo fuegos
artificinles en los jardines del cuartel general.
DI!IISION DEL PREFECTO DE ITURBIDE.

Ministerio de Gobernacion.-Prefectura política del Departamento de
lturbide.-Cuernavaca, Agosto 11 de 1865.-Exmo. Sr.-Asuntos de familia y otros motivos que no creo del caso referir, me obligan á hacer dimision del cargo de Prefecto político de este Departamento, con que fuí honrado en Diciembre del año anterior.-Ruego á V. E. que al dar cuenta á
S. M. con esta comunicacion, le manifieste los profundos sentimientos de
gratitud que me animan há-cia su augusta _persona, por la confianza que en la
humilde mia se dignó depositar, asegurándole al ·propio tiempo, que si no he
correspondido á sus deseos, haciendo la felicidad de estas comarcas, es porque desgraciadamente no ha estado mi :voluntad, en este punto, en armonía
con mi capacidad.-Dios, &amp;c.--.:El Prefecto político, F. Geranio Gomei.Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Es copia. México, Agosto 14 de 1865.-F?·a-ncisco J. Villalobos.

DIARIO DEL IMPERIO.

Españoles ................ , ......• .
Italianos .... ...................... .
Portugues ...•.... , .....••..... . , ..
Ingleses ......... •. ............... .
Suizo .••..... , ... . .............. .
Porto-riquense ...•...•...••........
Griego .•. ... . , .• ~ ................ •

50
17
1

Total .... , •...................

166

19

1
1
1

2
1

ciedad, _no obsta~te que para en? ~bia sido nombrado por su Municipalidad
respectiva. ~emite, ademas, vanos impr~sos ~ foto~rafias alusivas á aquella
fiesta.-:-~ontestesele de enterado con sat1sfaccion, dándole las gracias por todo y diciendo que los documentos que acompaña aun Bo se reciben.
0
. 3. De u~a com?nicacion del Prefecto p~~tico de San Luis Potosí, participando la mstalac10n de aquella Junta aux1har.-De enterado con satisfaec10n.
4? Del Sr. socio corresponsal en Morelia D. Andres Cervantes Silva acu. sando recibo de su nombramiento.-A su expediente.
'
5? Se recibieron las observaciones magnético-meteorológicas del real Co~io de Belen de la Habana, pertenecientes al mes de Mayor-A sn colec-

o
o
o
o
o

21

México, Agosto 14 de 1865.-El gefe de la seccion de contabilidad, en•
cargado de la de cancillería, Ignacio M. de Castillo.
DESAGÜE DE HUEHUETOCA.

Agosto 13 de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de poner en el superior
conocimiento de V. E. el estado de las obras en~la semana trascurrida del 7
al 13 del corriente.
•
Rio' de Ouautitlan.-Se continúa reforzando la parte de San José, habiéndose hecho 250 metros de largo por 1 de alto, y 1 50 de ancho.
Profundidad del agua. En el puente grande de Cuautitlan ... . 1 m. 47
·
.
En el puente grande de Huehuetoca.. . - 1 m. 95
Velocidad del agua. En el puente de Cuautitlan es de 100 me1' 48"
tros por ......•.........• .... ......
O' 38"
En el de Huehuetoca de 100 id..... : ...

Laguna de Zumpango.-Se continúa el refuerzo del dique y se hicieron
305 metros de largo por 2 de ancho y 1 de alto.
Altura del agua en la compuerta .. ........ .......... . .. . l ·m. 82
ldem del dique fuera de ella ....... . . ... ................ . 1 m. 07

Lagmia de San Ol'ist6bal.-Se está reponiendo la parte del contradique
comprendido entre la compuerta de San Cristóbal y la Ladronera de ese lado, habiéndose hecho un terraplen de césped de 48 metros de largo por 2
de ancho, y l 75 de alto (término medio).

Altura del agua, En la compuerta de San Cristóbal .....••. 1 m. 15
En la de Ohiconautla . ....... . ..... .... . 1 m. 35
Altura del dique fuera del agua. En la compuerta de San Cristóbal. •...•.......•...• 1 m. 58
En la de Chiconautla .•.•. . 1 m. 56
CODATE CON UNOS DISIDENTES.
Dios guarde á V. ,E . muchos años.-El ingeniero administrador, RomurtlMinisterio de Guerra.-México, Agosto 16 de 1865.-El coronel Carran- do Rivera.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
za, comandante accidental de la plaza de Iguala, con fecha 7 del actual, comunica á este Ministerio, que el dia 5, una partida de cincuenta hombres,
ZONGOLICA.
al mando del teniente coronel Ayala, se batió con la gavilla del disidente
El Orizave1io dice lo siguiente en su número de 13 del actual:
Pedro Cruz, compuesta de cien hombres, en el punto de Chinautla; dando
por resultado que el enemigo hubiera sido desalojado de sus posiciones y
Zongolica ha sido ocupada.-Como anunciamos en nuestro número del 30
puesto en precipitada fuga, dejando en el campo cinco muertos y tres heri- del pasado, el levantamiento de:esta Villa no ha pasado de una chispa en la
dos, y tomándole veintiun prisioneros, cuarenta y dos fusiles, un clarín y hoguera de la revolucion, y á punto estamos de relegarlo á la historia.
once.cartucheras.-El Subsecretario de Guerra, J. M. Duran.
• _Aun no tenemos una noticia pormenorizada de los hechos; pero se puede
asegurar que el éxito de esa expedicion ha sido brillante.
Copiamos á continuacion el parte dirigido al señor comandante superior
AVISO OFICIAL.
del
Distrito, para conocimiento de nuestros lectores.
Ministerio de Instruccion Pública y Cultos.-lgnorándose dónde viven las
Zongolica, Agosto 11 de 1865.-A las siete de la noche.-Señor comanpersonas que á continuacion se expresan; se les avisa que tienen en esta Sedante superior.-Ayer fué ocupada Zongolica,-:--Los habitantes salieron de
c1·etaría comunicaciones oficiales, para que ocunan á recogerlas.
la Villa. El enemigo, compuesto de 200 hombres, se retiró al fuerte. Al inSr. Pre~bítero D. Dámaso Sotomayor.
timárseles rendicion, pidieron armisticio por veinticuatro horas; pero en la
,, D. Roberto Solano.
noche, sin cumplir su promesa, huyeron y se encontraron con la columna
,, ,, Platon Leon.
mandada por el teniente Altdorfer. El capitan Ludovice y el teniente Curzbauer los persiguen por los flancos. Los habitantes están volviendo á sus
1, ,, Braulio Moreno.
,, ,, Pablo Gonzalez.
l
hogares. El Ayuntamiento ha sido instalado, y voluntariamente prestó ju,, ,, Pedro Martinez.
ramento de fidelidad al Emperador.-El capitan comandante, Luszlo.
,, ,, Francisco Flores.
,, ,, Ignacio Velasco.
comsION PATRIOTICA,
,, ,, Francisco de P. Santillnnn.
Die~ el Monitor Veracruzano, con fecha 10 del actual:
,, ,, Mauricio Almazan.
Sra. D~ Felioiana Aguado.
Hoy -debe tener lugar la instalacion de la que ha de encargarse de dispo,, ,, Luisa Ayestarán de Tagle.
ner lo conveniente para celebrar el aniversario de nuestra Independencia.
,, ,, Luz López de Blasquez.
Han sido nombrados para componer dicha comision, los Sres. D. Juan CruSe advierte á las personas que dirijan ·al Ministerio ocursos y solicitudes, zado, lJ. Cayetano T. Becerra, Licenciados D. Manuel A. Romo y D. Berque exp1·esen en ellos las señas de sus domicilios.-México, Agosto 14 de nardo Calero, D, Francisco Mosquera Olivares, D. Manuel Diaz Miron, D. Antonio Sousa, D. Domingo A. Miran, D. Pedro Beltran, D. Mariano Fer1865.-El Gefe de la seccion 6\ Joaquin Pe1·ez y Giiemez.
nandez, Presbítero D. Francisco Fleres, D. Manuel J osé Pernas, D. José
Francisco Lopez de Rivera, D. Jorge de la Serna y Barros, D. J osé Felipe
CORRESPONDENCIA PARA EL EXTERIOR.
Ituarte, D. Juan N. César, D. José Mariano Bello, D. Gerónimo Ladron de
La administracion de correos ha publicado los avisos siguientes: .Guevara, y D. Gerónimo Baturoni.
El dia 19 del corriente, á las once de la mañana, se despacha de esta ad--ministracion general un extraordinario para Veracruz, con lacoi&gt;respondenSOCIEDAD MEXICANA DE GEOGRAFIA Y ESTADÍSTICA,
cia que debe conducir para el exterior el vapor español "Barcelona.» Lo que
A0TA NUMERO28.
Méxieo, Julio 20 de l865.
se participa al público para su inteligencia y efectos correspondientes,
Aprobada la acta anterior se dió cuenta:
México, Agosto 16 de 1865.-.Luis de la Peza.
l.º De una comunicacion del Ministerio de Fomento, participando que la
casa delos Sres. ASouber-Vielle y Compañía de Paris, sita calle de Lóndres
IIINISTERIO DE NEGOcIOS EXTRANJEROS Y JüRINA.
número lG, se había encargado de desempeñar todas las comisiones de aquel
Noticia de los pas8jeros llegados al puerto de Veracruz durante el mes pró1imo pasado, Ministerio, lo que participaba á la Sociedad en contestacion á su nota de fecon eipresion de sn nacionalid~d y sexo.
cha 5, para que pueda servirse del conducto de dicha ca~a en sus pedidos á
Ilombres.
Mujeres.
Europa.-Que se avise á todas las Sociedades científicas el compromiso de
J\iexicanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
34
5
la casa Souber-Vielle para que se sirvan de su conducto en las remisiones
Franceses. . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
9
10
que tengan que hacer á la Sociedad.
·
Americanoi ... . ... . . .... .... ,. . ....
27
3
2.0 Del Sr. Cónsul mexicano en Génova, socio D. Juan B. Musso, parti
Alemanes.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5
o
cipando desde Florencia el haber concurrido á la fiesta en celebridad del ses
BPlgas ....... . ........ .' ....... , . . .
1
o
to centurio del aniversario del Dante á nombre y representacion de esta ~o-

..

i71

AVISOS OFICIALES.
MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION 4~

C0NV0C:ATORIA A1,0S TENEDORES D_E BONOS CONOCIDOS POR "BONOS JF:CKBR ."
Debiendo abrirse una almoneda para la amortizacion de bonos de dicha denominacion
con la cantidad de trescientos tremta y tres mil trescientos treinta ytres pesos treinta ytre~
centayos ($ 333,333 33 es), conforme al arreglo celebrado en diez de Abril último, se con
V?ca ~ lo! tenedores de ~llos para: el 2_D del entrante Agosto, en la Seccion 4~ de este Mirust~r!o, a las doce del din; en la mtelig~ncia 1e que el remate al mejor postor, se hará
admitiend? los bonos por su valor nommal, a lo mas, deducido el 60 por 100 del capital 1
segun el citado arreglo.
c1011.
Y'f8:1'ª que )a presente tenga la mayor publicidad posible, se espicle desde hoy.
6? Se hizo por el que suscribe fa siguiente proposicion:
Mex100-,-Juho 31 de 1865.
"Por ~l ?iar_io Oficial de fecha 11 delico!riente, se a~unció la publicacion
El Gafe de la Seccion,
J. M. Calvo.
pór el Mmisterio de Fomento, de los trabajos que ha ejecutado en el Distrito de Pachuca la comision que levantó el plano dél Valle de México.-EstiMINISTERIO DE HACIENDA.
mo convenie~te que·s~ circule p~r la Socied,ad en _E_uro~a dichos trabajos, y
SECCION 4~
al efecto sena convemente mamfestarlo as1 al Mimsteno de Fomento pi- . Siendo domingo el dia señal~do para celebrar 111 almoneda de que habla la couvocatoria
diéndole desde luego con tal objeto cincuenta ejemplares para qne tenga'pre- a los !enedoreR de bo!los conomdos p~r "Bonos Je~ker," se advierte que por tal motivo
sente este pedido al hacerse la impresion.
'
tendra efecto la propia almoneda el d1a 19 del comente, en el Jugar y hom anunriados
México, Julio 20 de 1865.-J. Miguel Arroyo."
/
México, Agosto 7 de 1865.
·
·
Declarada de obvia resolucion, se tomó en consideracion y fué aprobada.
El Gefe de la Seccion,
7? Se dió segunda lectura al dictámen presentado en la última sesion por
J. M. Galio.
e~ Sr. _Jimenez, sobre la _naveg~cion _del rio Atoyac 6 Poblano; y puesta á
JUZGADO 5? DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
d1scus10n su parte resolutiva, fue aprobada con una ligera modificacion en la E_n los autos seguidos en este Juz~ado sobre la denuncia que hace D. Gen&amp;1·o Beltran
redaccion.
del mtestado de D~ Guadalupe Rannrez, el Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea
8º El S R'10 d 1 L
6 d' ,
l
ha m~dado se cite por medio del presente al Lic. D. Manuel Pastor, para que dentro d~
·
r.
e a oza present un ictamen re ativo á los objetos ar- o~ho drns, contados desde_ e~ta feltia, acredite ser apoderado de D~ Ju&amp;na Nava, que se
queológicos presentados á la Sociedad por el Sr. socio Dr. Romero encon- die~ ser heredera; aperc1b1do de que se tendrán poi· l'cnunciados sus derechos si no lo
trados en las escavaciones del pueblo de Santa María, en las cerclnías de verifica.
Morelia.
. Lo que le hago saber por medio del presente.
Toma~a desde luego _en considerac~on la parte resolutiva, que ,dice así:
México, Agosto 4 de 1865.-EI Secreta_ri_·o_d_el Juzgado, Mateo Portugal. 7s-G
"La Sociedad mandará litografiar el disco á que se refiere este dictamen, ha- En los ~utos seg1;1idos en este Juzgado por D. Agustin Ramirez, sobre pago de la. obra
ciendo antes que alguno de los señores socios estienda la descripcion arqueo• Y decorac10~ 9-ue ~zo en el tem~lo ~e la Sa~tísima..i contra la estinguida ~orporacion de
gráfica.-México, Julio 20 de 1865."
San Pedro, e ignorandose la habitac1on de dicho senor, le hago saber por medio del preDespues de una ligera discusion entre los Sres. Vicepresidente, el que ha- sente 10 proveido por el Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea en esta fecha "México, Mayo 10 de 1865.- Autos con citacion. Lo decretó y firmó eÍ Sr. Juez. Doy fe.bla, y el Dr. Romero, se aprobó la primera proposicion, y la otra con que Perea.-Ma!eo Portugal, Secretario."
concluye volvió á la comision.
El Secretario ~el Juzgado, Mateo Portugal. 6s-G
9~ Se hizo la siguiente postulacion, que quedó como de prin.iera lectura:
los aut?s form~d~s sob~e el conc,urso de D. Antonio Prieto, ha pedido el señor agen"Tenemos la honra de proponer para socio corresponsal al profesor de Me- te En
de la Hacienda publica, Lic. D. Teofilo Fonseca, se cite por los periódicos al represencánica y Algebra sublime de la Academia Imperial de San Cárlos, D. José M. tante de la testamentaría ó intestado de dicho Sr. Prieto, asi como al representante de la
Rego, por haberse dedicado á los estudios estadísticos.
testament~ría_ de D'!- ~aria Ignacia Cacho, por ignorarse quiénes sean, para hacerlds saSala de sesiones, 20 de Julio de 1865.-M. A. Gorm(l;n.-José Rafael ele ber la radicacion de dichos autos en este Juzgado, a1 cargo del Sr. Lic. D. Jorge Perea,
y se le entreguen para promover lo convettlente.
Castro.-E. de Fleury."
Y habiendo mandado dicho Sr. Juez de conformidad, por auto de 21 del pasado Junio
Asistiero~ á la presente ~esion, los Sres. Vicepresidente, Cas_tillo y Lanzas, se lo~ ~ago saber por medio del presente, en cumplimiento del auto citado.
'
Castro, Castillo (D. Antomo,) Dr. Duran,Fleury, Hermosa, Larrainzar, (D. Meneo, Agosto 4 de 18%.- El Secretario del Juzgado 5~, Mateo Portugal. 15a- 5
Manuel,) Ortega, O'Gorman, Dr. Romero, Rio de la Loza, Soto, y el SecreAVISO AL PUBLICO.
tario que suscribe.-J. M. Arroyo.
Jtm:rA DmEC'.,l'IVA D_EL COLEGIO DE CORREDORES DE MEXICO.
De confol'lllldad con ~o _preverudo e,n ~l art. 15 del Reglamento de corredores de esta
AllD-EL-XADER EN FRANCIA,
plaza, se pone en conoc1DUento del publico que han obtenido título de corredor en las clases qne á continuacion se espresan, los individuos siguientes:
El célebre emfr Abd-el-Kader 1leg6 á Paris el 7 de Julio· á las
E11 l11, 1\l clase y la 1\l y 2\l seccion de la 2~-D. Federico Hülsemann
seis de la tarde en el tren expreso de Lyon. Al apearse del tren,
E11 la L'!-, 2\l y 3\l seccion de la 2\l clase.-D. José Anastasio Santi'9nñ~z
En la l'!- seccion de la 2'!- clase.-D. Melchor Jauffred.
·
montó en una calesa descubierta, blasonada con las armas imperiaEn la 3'!- seccion de la 2'!- clase.-D. Camil6 Rivero.
les. El emir llevaba sobre su magnífico albornoz blanco el Gran CorEn l~ 4\l clase.-:_D, Anselm~ Martinez, p. J?sé ~guilera yD. Luis Rodriguez.
don de la Legion de Honor, entre otras condecoraciones que llena- Y_ que D. Miguel Cast~no~ h1' ampli,ado su habilitacion a la 3\l seccion de la. 21?- clase,
ban su pecho. Con él entraron en el carruaje Mr. Hecquart, su in- pudien~o en consecuencia eJercer en esta y_en la 4~ clase en que antes estaba habilitado.
México, Agosto 11 de 186~.-Por ocupac10n del Sr. Síndico, Pascual Eguía, adjunto 1~
térprete, un secretario árabe y un agregado á la Legacion turca. La -José de la Lama, Secretano.
3a- 2
multitud qu~ se hall~ba_en ~a estacion, saludaba á Abd-el-Kader, y
MINISTERIO DE GUERRA.
éste respondia con rnclmamonas de cabeza á aquellas señales de '
,
GABINETE.
simpatía.
.
_
..
México, Agosto 11 de 1865.
Los
_d1as
seuala~?s
por
el
Exmo.
Sr.
~stro
_para
dar audiencia al público, son los lúSeguían otros coches tambien descubiertos, en los cuales iban las nes, miércol~s y ~er~es, de doce de la ma:nana a. la una
de la tarde, no recibiéndose á
personas de su comitiva: entre ellos, uno herméticamente .cerrado, otras ñoras a nadie, smo para asuntos oficiales muy urgentes.
Las person~s que des?en saber e~estado en que_ estén sus negocios en este Ministerio,
en el cual entraron dos jóvenes con la faz velada, envueltas en gran- pueden
ocurm de tres a cuatro de la tarde al oficial de partes, quien les dará razon de
des capas de seda y acompañadas de una criada.
·
ellos. Lo que se hace saber de 6rden de S. E.
El Subsecretario ·de Guerra,
El emir fué recibido inmediatamente por el Emperadol', quien le
6a- 2
J. M. Dur6.n.
presentó á la Emperatriz y al Principe Imperial: y le dijo que le reJUZGADO 6? DE ~ CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
cibiria de nuevo á su regreso de Plombieres.
.
. En los aupes que se signen en este Juzgado 5? de lo civil, como encargado de los ne oAbd-el-Kader se alojó en el hotel Byron, que está situado en los c1~s
de Hacienda, sobre declarar si es ó no mostrenco el capital de 2 500 pesos que
Campos El~seos, donde se pasea todos los dias, segun dice una cor- Rita Re¡na dejó en su ~stamento á sus sobrinos D. Pedro, D\l María de Jesus, D\l Dolo~
respondencia. " Al cabo de una docena de años, dice ella misma su res Y D. Cayetana Ranure~, de los cu~les se lgnora su paradero, el Sr. Juez, Lic. D. Jorge Pere,a, ha m_andado se cite por medio del presente á dichos herederos :¡¡ara que se preaspecto ha cambiado poco: su fisonomía es siempre digna y tranqui- senten a ~educu sus derec~os dentro del término de catorce meses; ape;cibidos de que si
la, y únioamente algunos hilos de plata se mezclan á su profusa no lo verifican_ s~ les tendra. por renunciados, y se determinará lo que haya lugar.
Y e_n cumpluruento de lo mandado, pongo éste en Mélico á nueve de Agosto de mil
barba negra."
ochocientos sesenta y cinco.-El Secretario del Juzgado, M~teo Portugal.
3a-2
Conocidas son las simpatías de Abd-el-Kader por la Francia. Al
IIINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA y CULTOS
embarcarse para Marsella, parece que dijo al senador de Maupas:
El_ E.Xlllo. Sr. ~nistro de Instruccion pública y Cultos, dará audien~ia pública todos
"en Damasco no soy mas que un viajero, porque mi verdadera pa- los días de once a doce ~~ la mañan~, co~ excepcion de los feriados.
tria es la Francia."
.
·
·
rara asuntos del serv1C10, los func10narios y empleados públicos podrán hablarle ÍI. cu11lq111era hora.
~l. !1onstitut~nnel publicó un articulo biográfico del Emir, y éste México, Agosto 9 de 1865.
dir1~10 á M. L1mayrat, redactor en gefe de aquel periódico, la carta
El Subsecretario de Iostruccion pública y Cultos,
6a- 2
M. Montella110.
siguiente:
París, 13 de Julio.
JUZGADO DE LETRAS DE TOLUCA.
Señor mio:
~n la causa que,se instruye contra Anastasio Reyes por hurto de un burro cargado de
He recibido la carta y los periódicos que vd. me ha hecho el honor de varios efectos, la qu? está paralizada por 111 falta de comparecencia de D. Joaquin Cabadirigirme, y doy á vd. las mas expresivas gracias ror las bellas cosas que reda, Y. no saberse s1 deba segnirse en juicio verbal, pues para ello es necesario que conste
e\ precio de los efectos robados, el Sr. Juez ha proveido un auto, que en lo conducente
se ha servido decir de mí.
1ce: "'I'.oluca, Julio 22 de 1865.-Y no Rabiéndose ÍI punto fijo el valor de lo &lt;iue le fué
En mi conducta durante los acontecimientos de Damasco, no debe vd. ver urtado a J?. Joaquín Cabareda, ni de modo alguno la residencia de este señor cítesele
mas que el cumplimiento de un deber que me imponian mi religion y la por_ dos periódicos de la capital del Imperio, a efecto de que por sí ó por apod¡rado ÍIIS·
gratitud _inalterable que he consagrado á. S. M. el Emperadot' Napoleon tru1do1 com~arezca en este Juzgado en el perentorio término de quince dias improrogaquien me ha colmado de beneficios.
' bles, a ma_nifestar el valor ~e~ burro y efec~os que dice le fueron robad.os por Anastasio
~yes el dia 13 de Febrero últuno en E:l c11mmo de-esta ciudad á Jnjalpa., y para que diga
Acepte vd . las seguridades de mi consideracion ln. mas distinguida.
s1 se mues~ra parte en la causa respectiva: Lo mandó el Sr. Juez, y firmó. Doy fo.- Jo.
!é G. Aguirre.-José D. Valdés, Secrlltar10."
Ann-Er.-lümrn.
6a-2
.Tos! (f. Ag u1r rP,

.......

•

ta

f

�172

DIARIO DEL IMPERIO.
•

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

TRIBUNAL DE COMERCIO DE JdEXICO,
México, Agosto 2 de 1865.
AVISO.
Por
el
presente
se
cita
al
representante
de
la
testamentaría
de D. Félix Mateas para
Relaoion de los expedientes para cuyo despacho se necesifo de la presencia de los inte- que se presente en este Tribunal en el término de ocho dias contados
desde la primera
resados en esta oficina.
publicacion, á contestar la demanda que en juicio verbal y sobre pesos, le promueve D.
Seccion 1~-442, 483,511, 1,152, 2,539 y 2,564.
Seccioa 2~-493, 583, 636, 639, 789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, 1,727, 1,992, Luis Jáure~ui.
Y á petic1on del interesado, y de 6rden del señor vicepresidente 1? de este Tribunal, se
2,077, 2,513, 2,635, 2,636, 2,675 y 3,297.
Advirtiendose que no.se puede dar nioguu giro á estos negocios si esta comparecencia pone este aviso para que surta sus efectos.
no se verifica.
J. M. Cardeña, Oficial 2? encar¡¡ado de la Secretaría. 510-3s-3.
Nota.-Hoy se han elevado al Exmo. Consejo, espeditad&amp;s por esta oficina, los espeNOTIFICACION.
dientes de la Seccion 1~, números 301, 391,399,953,961,969, 1,007, 1,016, 1,137, 1,734
A
solicitud
de
los
Sres.
D.
Francisco,
D. Miguel G. y m Concepcion Lizardi, ha mnn 1,750 1,795, 2,157, 2,158, 2,379, 2,382, 2,384, 2,5482,621, 2,672. 3,383, 3,927, 3,928, 4,027,
dndo el Sr. Juez 3~ de letras D. José María Cordero, se notifique al Lic. D. Víctor Mnr4,028, 4,119, 4,120, 4,186, 4,l88, 4,210, 4,21:!, 4,213, 4,472, 4,473.
De la Seccion 2~, números 392,707, 721, 751,774,942,956, J,073, 1,395, 1707, J,943. tinez, no hnga uso del poder que nuevamente Je otorgó D. Angel Lizardi, y que cualquier
contrato que celebre, ó acto que ejerza, será nulo y sujeto á la calificacion del Juzgnclo,
Lo que se avisa para conocimiento de los interesados.
y que ademas la expresada providencia se publique por los periódicos.
México, Agosto 17 de 1865.
J\1éxico, Agosto 14 de 1865.-Lic. Néstor Montes.
51.2-3a-2
El Administ!'ador de bienes nacionalizados,
Juan Suarez y Navarro.
JUZGADO DE LETRAS DE JILOTEPEC.
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS
_El señor Juez de letras dees~ Distrito tiene mandado por auto de hoy, prov_eido en\os
del intestado de la Sra. D~ Maria de Jesus Campos, que se convoque por medio de ed1c,
. REMATE,DE UNA FINCA:
, .
tos á las personas que 110 creyeren con dereeho á la herencia, para que ocurran á deducir, Num. 1,211.-Para ~ubrir un adeudo a.favor de 1~ Hac1en~a publica, ~e~e procederse- ¡0 en su Juz~ndo dentro de treinta dias, contados desde el en que se haga la publicacion
a la ve~t~ de la_casa num. 7 de la c~lle 1. de N~atitlan! estunada en su últ~a tl'asla~1on en los periódicos; bajo el apercibimiento de que si no Jo hacen, les parará el perjuicio que
d~ domm10,. verificada e_l mes de Seti_embre ~el.ano próumo pasado, en prec10 ~e cinco hubiere lugar.
mil cuatrocientos pesos, lo ,que se av1~t1 _al pu?hco,
que las pe_Esonas que qweran hny en cumplimiento de ¡0 mandado, firmo el presente en Jilotepec, á cuatro de Agosto
c~r postura, las presenten a esta AdJ~umst.racio~ pnnc!pal, acompanadas de los correspon- de mil ochocientos 8esenta y cinco.- Anastasio Malina, Escribano'público. 513-311-2
diente_s J!llpeles de abono, con la deb1d11 oportumdad, a fin de que pu~dan hacerse los re.
conocllill~ntos de. l~s firipas ~ntes de las ahnonedas, que ~e verificaran en el despacho de
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
esta prop1~ Admm~st~amon a 1~ dos de la tarde de los d1as 16 y 26 del que rige. y 4 del
El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María,Cordero, ha mandado por auto de doce
entran~,. e1en~o la ú!t111:a con calidad de re.mate.
del corriente, se proceda á la venta de la casa numero cuatro de la la plazuela de S~nto
Admm1strac1on prmmpal de rentas. Meilco, Agosto ~ de 1865. ·
Tomás y de los enseres de un molino de aceite y una fabrica de aguardiente que en dicha
El Administrador principal,
cnsa se encuentran, val?ados por los p~rites J?· Ventura Alcérr~ca y D. Francisco Chal de la Barrera
vero, la finca en la cantidad de ocho m1l setecientos noventa y cmco pesos, y los enseres
Ga-1
/
·
·
de la fábrica y molino en la de dos mil cien pesos; señalando para laa almonedas las mae;;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;e;;;;;s;;;;;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;;;á;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;! ñanas del veinticinco del presente, y cinco y diez y siete del entrante, á las once, siendo
la última con calidad de remate.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ~ -~• - Los enseres de la fábrica y molino mencionados, son los siguientes: los del mohno, una
tahona cuya muela y taza están cinchadas de fierro, con sus correspondientes palancas
para dos mulas; una r,ieda con banda de cuero que da movimiento á nueve ruedas y árboCITACION.
En el juicio seguido por D. Manuel Blanco, contra los menores D. Manuel y D. José les, unos de madera y otros de fierro, y 11.ll molino de triturar aceituna.
.
Fernandez Pliego, el Sr. Juez 4? de lo civil ha mandado se cite á estos por los periódiEl aparato de dcstilacion es de cobre forjado, con tubos de comunicacion del mismo
cos, para que en el término de ocho dias se presenten á seguirlo; apercibidcs do que si metal, uua retorta de fierro colado, un tinaco y u_na bomba, diez y siete grandes cubas de
no comparecen se segttirá en su rebeldía, haciéndose el nombramiento de curador del madera con cinchos de fierro, y otra mas grande anexa al aparato de destilacion.
segundo.
·
Lo que aviso al público en cum_plimiento de lo mandado, y para que las personas que
México, Agosto 16 de 1865.-Manud T. de Me,ieses, Escribano público. 51ód-3s-1 quieran hacer postura, ocurran a la hora señalada; en concepto de que las mstrucciones
que ministran los autos, se darán en el despacho del que suscribe, ubicado en los bajos de
rozGADO 3? MENOR.-CALLE DE JESUS MARIA NUM. 7.
la casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
México, Julio 18 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
463-15a-Jl
Por la presente se hace saber á D. Rafael López, que en el juicio Terbal que sobre pesos le ha seguido en este Juzgado D. Manuel García, el Juez que suscribe, con fecha
JUZGADO
DE
LETRAS
DE
TENANCINGO.
16 del presente mes, ha pronunciado el fallo que en RU parte resolutiva es como sigue:
Estando mandado por auto de dos del presentii mes, se proceda á la venta de la casa
"Con arreglo á lo prevenido en las leyes 1~. tít 11, lib. 4~ de la Rec., y l\ tít. 4? del
mismo libro, fallo: quo D. Rafael L6pez pague á D. Manuel García los doscientos diez y situnda en la 3! calle Nacional de este pueblo, perteneci~nte á la Sra. D~ Ji\ana Cuevas,
siete pesos noventa y cuatro centavos que le ha demandado, más los gastos legales del valuada por los peritos D. Agustin Villegae y D. José M. Perez en la cantidad de milcu11trocientos sesenta pesos, y señalados para las almonedns los dias J4 y 25 del corriente
juicio, dentro de cinco dias; apercibido de ejecucion á su costa si no cumple."
Agcsto, y el 6 de Setiembre próximo, siendo la última con calidad de remate, se pone en
México, Agosto 17 de 1865.-Morales.
516-3~- 1
couocimiento del público para que 11).8 personas 91113 se interesen á la mencionada c11s11,
ocurran ÍI este Juzgado de letras, donde se les daran las instrucciones respectivas.
ClTAClON.
'fenanciogo, Agosto 2 de 1865.-El Secretario, Lic. Jawbo Sancl1ez.
S0-2-6a-3
TUZGADO 3? DE LO CIVIL DE MEXICO.
Eu el juicio de esperas ~ue la testamentaría de D. Ignacio Berna! sigue coa sus acreedores nnte el Juzgado de 1. instancia de 'rlaxco, D. J ulian Gonzalez ha promovido nrtíonlo sobre inoompetencin de jurisdiccion pnra el conocimiento de su crédito; y el Sr. Juez,
Lic. D. Mauricio Beltran, ha exhortado á esto Juzgado, que es á cargo del Sr. Lic. D José
María Cordero, con objeto de que se cite á Gonzalez para la resolucion de dicho articulo,
en persona 6 por Jo~ periódicos si se ignorase su habitacion, que no designó en su escrito,
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
neti.ficándole se presente ante el Sr. Juez requerente, por sí ó por apoderado instruido y
espensndo, en el t,érmino de seis dias, contados desde hoy; apercibido de lo que hubiere
COMPARIA DE SEGUROS DE GLADDACH,
luga1· si no lo verifica.
E ignorándose la habitacion de D. J ulian Gonzalez, en cumplimiento de lo prevenido
Capital de fondo...... . . . . . . • • • • • 3.000,000 pesos prusianos,
por el Sr. Juez de Tlaxco, lo cito por modio del presente.
México, Agosto diez y ocho de mil ochocientos sesenta y cinco.-José Raz Guzm,111
CoMPARlA DE SEGUROS DE BASILEA (BABEL).
Escribano público.
517-3s-l
'
Capital de fondo . • • • • • . • • • • • . . • • • • • • • • . 10.000,000 francos.
JUZGADO DE LETRAS DEL DISTRITO DE PURUANDIRO,
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se dar!n todos los infonnea
En los autos que sobre despojo se siguen en este Juzgado contra D. Lu;s Obregon por
el.Lic. D. Antonio Guerrero, apoderado ie los Sres. D. Serapio Gonzalez Roa, D~ Maria necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,
400-180s-40
Isabel Vargas, D! Refugio, D~ Dolores y D~ Dominga del propio apellido, el Sr. Juez de calle de San Bernardo núm. 3.
letras Lic. D. Martin María Velez, por auto de ésta fecha ha mandado, á instancia del
actor, que en virtud de haber sufrido estrr.vfo el edicto remitido á la capital del Imperio
para su publicacion en el Diario Oficial, con focha 28 de Abril último, se sobrecarte el
AGUA ELECTRICA.
presente, citando de nuevo al Sr. D. Luis Obregon para la sent.encia en artícule que se
halla pendiente, sobre quo se declare por pasada en autoridad de cosa juzgada la senten- Se acabaro11 las canas, ya no 1:ale nada el cosmético.-Destruccion de todas las e11fcrmtdncia definitiva pronunciada en dichos sutos en 17 de Setiembre del año próximo pasado.
des, como la c11fermCllad de las reumas, etc., etc., etc.
Puniándiro, .Agosto 8 de 1865.-El Secretario, Lic. Luis G. Ruano.
518-3a-1
Establecimiento de product.os químicos y Galería de retratos fotognÍJl.cos,
CONVOCATORIA.
1~ calle de Sa.nt.o Domingo núm. 2, piso principal.
El Sr. Juez 1? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado do D~ LeanEl que suscribe tiene el honor de anunciar al respetable público de este Imperio, varios
dra Deg?~do, ha prev~ni~o en auto de siete del presente~ que se convoque por edictos y efectos químicos útiles para algunás enfermedades, y la sia rival AGUA ELECTRICA p11rtt
por el Dmrio del Imperio a loe que.se crean con derecho II los ,bienes del referido intes teiiir las canas.
~o, á fin de que dentro de sesenta diaa ocurran á deducirlo por sí 6 por personns sufiAGUA ELECTIUCA sirve para teiiir el pelo de un negro azabache que lo hermosea,
c1e~~~en,te autoriz_adas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el porLamuy
desigual que sea su color, y tiene las cualidades de que no mancha el cútis como
perJmc10 a que hubiere lugar.
la tintura francesa, ni so pone verde como la tintura del Norte de Batchelor.
~n c~plimiento de lo 11:1andadf, pongo el pre~ente a~iso par~ que llegue á noticia de
garantiza la teñida de una barba ó cabellera por cinco meses, por el ínfimo precio
qwenes unporte, en GuanaJuato, 11 nueve de Jumo de mil ochocientos sesenta y cinco.- deSe
cinco pesos que cuestan los tres pomitoe, y por una docena 48 pesos.
Migud Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-51
·
484-15&amp;-7
JACOBO ALIMENTO.
CITACION.
,
En el concur~o á bienes ~e D. Julio Coquelet, no habiéndose verificado !ajunta citada
el doce del comente; el se~or Juez 3? de lo civil ha mandado se cite de nuevo para el día
19 del ac~nal, la que ~ndra l_ugar en su_~uz~ado á laa diez en punto, á efecto de hacer el
nombrnwento de sindico; baJo el aperc1b1m1ente de que los que no concurran estarán obligados ~ pasar por el acuerdo de la mayoría de los que asistan.
TEATRO IMPERIAL.
México, Agosto 14 de 1865.-Manuel T. de Meneses, Escribano Público. 511- 3s- 3
F1mci011
á
beneficio
de la 11iiia Juanita Ortiz y Duelos.
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
El Sr. _Juez 2? de lo civil, Li~. D. Manuel Pavon. por auto de esta fecha ha mandado se
En la noche de hoy, á las ocho, se verificará esta funcion en el órden siguiente.-Desproceda ~ la ven~ de la casa numer~ dos de la Por!erí11 de Regina, valuada por el perito pues ele la obertura de costumbre, se representará la comedia dividida en tres actos, que
D. Agustm Garcm Conde, en la cantidad de tres mil setecientos diez y ocho pesos sesen- se intitula: La carcajada; en seguida 1ll niña beneficiada leerá una composicion denominata Y cuatro ce~tavos. ($ 3,718 6~ cs.) A este fin ~e han s~ñalndo para las respectivas 111- da: La despedida del p(tblico mexicano; á esta seguirá un duo de la carta de la znrzuela de
m~ne_das los d13.!! 21 y 31 del comente, y ll del entr11Dte, a las doce de la mañana, siendo Jugar co11fuego, cantado por la Sra. D'.' Matilde Duelos y el Sr. Maffei, y para terminar
la ultima con calidad de remate.
el espectáculo se pondrá en escena el último acto de la zarzuela antes mencionada.
Lo que se. avisa ~l públic?, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran
al qu~ suscribe, baJos del num. 7, calle del Arzobispado, donde se les ministrarán las ins
truoc1ones conducentes.
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
,M~xico, Agosto nueve de mil ochocientos eesenta y ci nco.-Mamttl Vera, Escribano
pubhc-o.
9-Be-3
BAJOS DE SAN AOUSTIN, NUM, 1.

Pª:ª

AVISOS JUDICIALES.

AVISOS PARTICULARES.

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.
0

DIVERSIONES PUBLICAS.

.

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Médico consultor</name>
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1

contados desde la publicacion de este aviso, se presenten á probar el derecho que les asisJUZGADO 6? DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
te á los bienes del intestado D. Manuel Braceras.
En los autos seguidos en esto .Juzgado sobre la don~ncia que. h_nco p. Genaro Beltran
Y de órden del Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, se publica el presepte
del intestado de D~ Gundal11pe Ramirez, el Sr. Juez.&gt;? de lo cm!, Lic. D. Jorge Porea, aviso.
ha mandado se cite por medio del presente al Lic. D. Manuel Pastor, para que dentro de
México Auosto
3 de 1865.-El Escribano público de la Nacion, Joaqui11 Guzman.
0
'
•
488-8s-7.
ocho dina, eontados desde esta fecha, acredite sey apoderado d? D~ Juana Nava, (JUe se
dice ser heredera; apercibido de que se tendran por renunciados sus derechos s1 no lo
JUZGADO 4'? DE LO CIVIL.
verifica.
En el juicio ejecutivo seguido por e~ r_epr~sentr.ute de p. Pedro Meneses contra D. LuLo que le hago saber por medio del presente.
ciano Gonzalez, el Sr. J uez 4? de lo clVll, Lic. D. Antomo Rebollar, ha mandado que se
México, Agosto 4 de Je!35.-El Secretario del Juzgado, Mateo Port11gal.
7s-3
proceda á la almoneda, con calidad de !emate, de.la ~asa n~m. 1 de la P}azuel~ del Arbol,
que siempre ha sido de propiedad particular, el dia diez y siete del comente, a las once,
En los autos seguidos en este J uzuado por J?·. Agustin Ramirez., so~re pago ele l_a obra y cuya finca está retasad 1. en la eantidad,do doce mil setecientos t~einta y seis pesos tri:iny decoracion que hizo en el templo de la Sant1B1ma, contra la estmgmda corp?rac10n de ta y seis centavos ($12,736 36 es.), fincandose el rem~te en el meJor postor. _Lo que d1~0
San Pedro é ignorándose la habitacion de dicho señor, le hago saber por medio.del pre- al público, para que la persona que guste presentarse a hacer postura, lo verifique el d1a
sente lo pr~veido por e~Sr. Juez 5? de _lo civil, Lic. D. J~rge Per~a, en esta fecha. "Mé•
dicha.
, .
, .
xico, l\fayo 10 do 186.&gt;.-Autos r;on citac1on. Lo decreto y firmo el Sr. Juez. Doy fc.- y hora
México, Agosto 4 de 1865.-Pedro Canel, Escnbano publico.
496-3n-3
Perea.-Mateo Portugal, Secretano."
roZGADO DE 1~ msTANCIA DE TELOLOAPAN.
,
El Secretario del Juzgado, Iifateo Portugal.
6s- 5
El Juez 1? sustituto de 1~ instancia de este Distrito, que conoce del intestado de D~
En los autos formados sobre el concurso de D. Antonio Prieto, ha pedido el señor agen- Dolores Nájera, ha proveido en auto de dos del presente, que se convoque por edictos y
te de la Hacienda pública, Lic. D. Teófilo Fonseca, se cite por los periódicos al represen- por el Diario del Imperio á los herederos de dicho intestado que se hallan en la capital
tante de la testamentaría ó intestado de dicho Sr. Prieto, aoí como al representant.e do la de México, á fin de que dentro de treinta dias ocurran á deducir el derecho qne les asista,
testamentaría de D~ Maria Ignacia Cacho; por ignorarse quiénes sea!}, para hacerlas sa- por sí ó por persona legalmente autorizada; bajo el apercibimiento, si no lo hicierea, de
ber la radicaeion de dichos autos en este Juzgado, al cargó del Sr. Lic. D. Jorge Perca, que les parará. el perjuicio que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presento aviso para que llegue á noticia de
y se le entreguen para promover lo conveniente. .
.
Y habiendo mandado dicho Sr. Juez de conformidad, por auto de 21 del pasado Jumo, quienes importe, en Teloloapan, á 2 d@ Agosto de 1865.
se los hago saber por medjo del presente, en cumplimiento del auto citado.
El Juez sustituto, R6mulo Romano. 4!17-3a-3
México, Agosto 4 de 1865 -El Secretario del Juzgado 5'?, Mateo Portugal. 15a- 4
En los autos qgo se siguen en este Juzgado sobre la denuncia q,ue hace D. José María
Loranca, de la casa mí.m. 1 de la calle del Puente de Santo Tomas, como mostrenca, el
Sr. Juez 5? do lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado por auto de2'2 del próximo pasado Julio, se convoque á las personas que se crean con derecho á dicha casa, para que se
presenten á deducirlo ante este Juzgado en el término de catorce meses, contados desde
MANTEQUILLA.
esta focha.
La acreiHtada mantequilla de la hacienda de San NicoláR Buenavista, signe vendiéndose
Lo que so les hace .saber por medio del presente, en cumplimiento de lo mandado por en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adoñde llega fresca los márdicho auto.
tes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
México, Agosto 1 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Mateo Port11gal.
sm.
que solo en dic)la casa se espende, que ninguno está comisionado para llevarla á las casas,
y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
·
4S0-15s-7

AVISOS PARTICULARES.

AVISOS JUDICIALES.

li

1

DIARIO DEL IMPERIO.

1

l·
1

i ¡t.
1

•

EMPRESA DE TRASPORTES DEL EJERCITO.

Teniendo el que suscribe varios negocios propios, independientes del de los trasportes
TRillUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
del ejército, que no es esclusivamente suyo, participa al público, que á fin de evitar eonfusion entre sus compromisos personales y los de dicha empresa, firmará eomo h11sta hoy
·
Mélico, Agosto 2 de 1865.
Por el presente se cita al representante de 1a testamentaría de D. Félix Mateos para por los primeros, y que por lo relativo á los segundos, lo hará en union de D. Adrian Dasque se presento en este Tribunal en el término de ocho dias contados desde la primera te, á quien faculta tambien para hacerlo solo en su ausencia, siendo esta firma, separada
pablieacion, á contestar la demanda que en juicio verbal y sobre pesos, le promueve D. ó colectiva, la única que obligue á la empresa de los trasportes.
(Firmado) A. Souberbielle.
500-6a-2
Luis Jáuregui.
Y á peticion del interesado, y de órden del señor vicepresidente 1'? de este Tribunal, se
pone este aviso para que surta sus efectos.
•
J. M. Cardeña, Oficial 2'? encargado de la Secretaría. 510-3s-1
AGUA ELECTBICA.

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.

Se acabaron las canas, ya no vale nada el cosmético.-Destruccio11 de todas las enfermedaCITACION.
des, como la tnfermedad de las reumas, etc., etc., etc.
En el concurso á bienes de D. Julio Coquelet, no habiéndose verificado !ajunta citada
el doce del corriente; el señor Juez 3'? de lo civil ha mandado se cite de nuevo para el dia
Establecimt~to de productos químicos y Galería de retratos fot.ográticos,
19 del actual, la que tendrá lugar en su Juz~ado á las diez en punto, á efecto de hacer el
11!- calle de Santo Domingo núm. 2, piso principal.
nombramiento de síndico: bajo el apercibim1ent0 de que los que no concurran estarán obliEl
que
suscribe
tiene
el honor de anunciar al respetable público de este Imperio, varios
gados á pasar por el acuerdo de la mayoría de los que asistan.
México, Agosto 14 de 1865.-Man11el T. de Meneses, Escribano Público. 511-3s-1 efectos químicos útiles para algunas enfermedades, y la sm rival AGUA ELECTRICA para
teñir las canas.
La AGUA ELECTIUCA sirve para teñir el pelo de un negro azabache que lo hermosea,
NOTIFICACION.
por muy designa] que sea su color, y tien~ las cualidades de que no mancha el cútis como
A solicitud de los Sres. D. Francisco, D. Miguel G. y D~ Concepcion Lizardi, ha man• la tintura francesa, ni se pone verde como la tintura del Norte de Batchelor,
dado el Sr. Juez 3? de letras D. José María Cordero, se notifique al Lic. D. Víctor MarSe garantiza la teñida de una barba 6 cabellera por cinco meses, por el ínfimo precio
tinez, no bllga uso del poder que nuevamente le otorgó D. Angel Lizardi, y que cualqui~r de cinco pesos que cuestan los tres pomitos, y por una docena 48 pesos.
contrato que celebre, 6 acto que ejerza, será nulo y sujeto á la calificaciou de1 Juzgado,
484-15a-6
_
JACO~O ALIMENTO,
y que ademas la expresada providencia se publique por los periódicos.
México, Agosto 14 de 1865.-Lic. Néstor Montes.
512-3a-1
JUZGADO DE LETRAS DE JILOTEPEC.
El señor Juez de letras de este Distrito tiene mandado por aut-0 de hoy, proveido en loa
del intestad.o de la Sra. D~ María de Jesus Camyos, que se convoque por medio de edictos á las personas que ae creye1·en con dereeho a la herencia, para que ocurran á deducirTEATRO IMPERIAL.
lo en su Juzgado dentro de treinta dias, contados desde 51 en que se haga la publicaeion
OPÉRA ITALIANA.
en los periódicos; bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, les ,parará el peijuicio que
hubiere lugar.
A principios del mes venidero Setiembre comenzarán las funciones de ópera en este
Y en cumplimiento de lo mandado, firmo el presente en Jilotepec, á cuatro de Agost-0 gran teatro, habiendo publicado .ya la empresa su prospecto respectivo, del cual resulta
de mil ochocientos sesenta y cinco.-Anastasio Malina, Escribano público. 513-3a-l que la compañía la forman las personas que siguen:
Primeras sopranos 'absolutos.-Señoritas Isabel Alva, Augela Peralta y Matilde PloJUZGADO S'? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por aut-0 de doce dowoska.
Primeros tiples.- Señorita Matilde Saverthal y señora Adela Halves.
del corriente, 60 proceda á la venta de la casa número cuatro de la la plazuela de Santo
Segundo tiple compriniario.-Señora Marietta Pagliari.
,
Tomás y de los enseres de un molino de aceite y una fábrica de aguardiente que en dicha
Primeros tenores absolutos.-Señores César Limberti, José Tombesi y Silvestre De
casa se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. Francisco Cbavero, la finca en la cantidad de ocho mil setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres Biaggi.
!'rimeros barítonos absolutos.-Señorea Mariano Padilla y Sabatino Capelli.
de la fábrica y molino en la de dos mil cien pesos; señalando para las almonedas las maPri1116ros bajos absolutos.-Señores Juan B. Cornago y Juan B. Taate.
ñanas del veinticinco del presente, y cinco y diez y siete del entrante, á las once, siendo
Tenores comprimarios.- Señores Tomás Rubio y Ju.an Zanini.
la última con calidad de remate.
Segtmdo bajo comprimario.-Señor J acinto Villanueva.
Los enseres de la fábrica y molino mencienndos, son los siguientes: los del mohno, una
tahona cuya. muela y taza están oinchadas de fierro, con sus correspondientes palancas
MAES'rROS DIRECTORES.
para dos mulas; una rueda con banda de cuero que da movimiento á nueve ruedas y árboSeñores Cárlos Bosoni y Cárlos Fattori.
les, unos de madera y otros de fierro, y un molino de triturar aceituna.
Maestro director de coros.-Señor Agustin Balderaa.-Primer violin concertista, señor
El aparato de ilestilacion es de cobre fo1jado, con tubos de comunicaeion del mismo
metal, una retorta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubas de Eusebio Delgado.-Director de escena, señor Juan Zanini.-Pintor y maquinista, el hábil
artista me1icano señor Manuel Serrano.-Apuntador, señor Bruno Flores.-Sastres, semadera con cinchos de fierro, y otra mas grande anexa al aparato de destilacio_n.
Lo que aviso al público en cumplimiento de lo mandado, y para. que las personas que ñores Domingo Pauselli y Rafael Valle,-Peluquero, señor Juan Esquive!.
La empresa hace una especial mencion de la orquesta, que se comv.ondrá. de los primequieran hae9r postura, ocurran a la hora señalada; en concepto de que las instrucciones
que ministran los autos, se darán en el despacho del que suscribo, ubicado en los bajos de ros profesores existentes en la capital, bajo la direccion del muy hábil y muy acreditado
primer violin señor Eusebio Delgado. El numeroso cuerpo de coros de ambos sexos lo forla casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
,
marán los mas hábiles y esperimentados individuos del ramo.
México, Julio 18 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
' 463-15a-10

DIVERSIONES PUBLICAS.

JUZGADO DE LETRAS DE TENAN'CINGO.
Estando mandado por auto de dos del presente mes, se proceda á la venta de la casa
situada en la 3~ calle Nacional de este pueblo, perteneciente á la Sra. D~ Juana Cuevas,
valuada por los peritos D. Agustin Villegas y D. José M. Perez en la cantidad de mil cuatrocientos sesenta pesos, y señalados para las almonedas los dias 14 y 25 del corriente
Agtsto, y el 6 de Setiembre próximo, siendo la última con calidad de remate, se pone en
conocimiento del público para que las personas ~ue se interesen á la mencionada casa.,
ocurran á este Juzgado de letras, donde se les daran las instrucciones respectivas.
Tennncingo, Agosto 2 de 1865.-El Secretario, Lic. Jacobo Sanchez.
50-2-6a-2

CITACION JUDICIAL.
Por el presente se cita á D~ María de la Luz Franco, como madre de sus dos menores
hijos, que dice lo fueron tambien de D. Manuel Braceras, y á D. Vicente Fernandez, como cnrador de la menor D~ Margarita Braceras, parn que en el término de ocho dias,

El viórnes 18 del actual tendrá lugar en el teatro referido una funcion dramática á be:
neficio de la niña Juanita Ortiz JI Duelos, de cinco años de edad, hija del primer actor D.
José Ortiz; cuyos productos flstan destinados para crear la dote de la beneficiada, imponiéndolos en la Compañia mexicana de Seguros mutuos sobre la vida" La Bienhechora."

TEATRO PRINCIPAL.
En la noche de hoy, á la hora de e1Jstumbre, se pone en escena la comedia en cuatro
actos, intitulada: Muérete y verás.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJOS DE SAN AOUSTIN, NUM.

l.

EL

DEL

DIARIO

IMPERIO

•

.

212 -

MEXICO: Jueves 17 de Agosto de 1865.

TOMO 11.

NO!I. 189.

Cabo,
Celador,

SUMARIO
PARTE OFICIAL.-Decreto concediendo una gratiflcaclou de campaña IÍ las tropas r¡ue sirven en las
costas.-Nombramiento del Sr. Villalva, para desempeñar interinamente las funciones de Subsecretario d e
Haclenda.-Planta de la Aduana marítima de San Blas.-Admi)ll tradores de rentas de Zacatecas y de Tu•
lanclngo.-EI Br. Peon nombrado Prefecto de Puebla.-EI General Casanova Comandante superior de Uurbide.-Orden á los particulares que te)lgan eslableciniientos
enselianza.-Personas agraciadas con la
Medalla del mérito civil ó militar.
PARTE NO OFIOIAL.-Rulnas de Mitlal-Oyuca.-Julcio de ~•lprenta.-Ejecucion de un asesino.-Ei 6 de
Julio en Mlramar.

fe

D. Feliciano Custodio.
,, Perfecto Moran.
,, P~dro Artalejo.
,, Sabás Munguía.
,, Bonif¡¡.cio Calzada.
,, José Gama.
,, José Pilar Ayala.
,, Cárlos Patron.
·" José María Plaza.
,, Cipriano Gutierrez.
,, Pantaleon Velasco.

"
"

"

"
"
"
"
"
"

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

Atendiendo á que todas las Administraciones del pais, desde que
México se independi6 de su Metrópoli, han considerado de justi~ia
conceder á las tropas que sirven en las costas la: gratificacion llamaS.M. el Emperador, por acuerdo fecha 31 de Julio próximo pada de campaña;
sado,
se ha servido nombrar á D. Manuel Plowes, para el empleo_de
Oído Nuestro Ministro de Guerra;
Administrador
principal de rentas de Zacatecas, con el sueldo que
DECRETAMOS:
tiene
señalado
dicha
plaza.
Art•. 1? Los Gefes, oficiales y tropa que estén prestando ó presten
sus servicios en las costas, disfrutarán, durante su permanencia en
ellas y desde la publicacion de este decreto, un aumento de paga de Por diverso acuerdo, fecha 1? del actual, ha tenido á bien dispoun diez por ciento sobre los haberes que les correspondan conforme ner S. M. el Emperador, que p. Juan Lezama. sea repuesto en el
empleo de Administrador de rentas de Tulancingo, de que fué seá tarifa.
Art. 2? Se considerarán con opcion á la. gratificacion anterior los parado para sujetársele á juicio, mediante haber sido absuelto de los
militares que sirvan en la Península de Yucatan, en la Isla del Cár- cargos que formuló el Visitador de aquella oficina.
El Gefe de l&amp; Seccion de Gabinete,
men, y en todos los demas puertos y puntos de la costa d~l Golfo.
F. G. Mt11·0.
Respecto del Pacífico, gozarán de esa gratificavion los militares que
..., ~
irvan en tod~ los puertos y puntos cnmprendidos en esa costa hasta San Blas inclusive. Quedan exceptuadas de esta gracia las guarMINISTERIO »E GOBERNACION.
niciones de todos los demas puertos y puntos al Norte de San Blas.
SECCION 1~
Mé.xico, Agosto 14 de 1865.
Nuestro Ministro de Guerra queda encargado del cumplimiento
S.
M.
el
Emperador,
con
fecha
9
del
actual,
se ha servido dirigirdel presente decreto.
me
el
acuerdo
siguiente:-Nombramos
Prefecto
del Departamento
Dado en el Palacio de México, á 12 de Agosto de 1865.
de
Puebla,
á
D.
Alonso
Manuel
Peon.-Y
lo
comunico
á V. S. para
MAXIMILIANO.
su
conocimiento
y
satisfaccion,
y
á
fin
de
que
se
present~
á desemPOR EL EMPERADOR,
peñar
el
cargo.
que
se
le
confia.
·
_
.
El Ministro de Guerra,
-- ◄ .:

JUAN DE D. PEZA.

....

,_

.

El Ministro de Gobernacion,
ESTEVA.

MINISTERIO DE HACmNDA.
GADINETE.

__ _..

.

'

Sr. D. Alonso Manuel Peon, Prefecto del Departamento de Puebla.
....,.......

México, 16 de Agosto de 1865.

MINISTERIO DE GUERRA.

l." Dlrecclon.-1. 11 Dlvhion.
S. M. el Emperador, por acuerdo fecha 14 del corriente, se ha ser.
México, Agosto 14 de 1865.
vido disponer qu~ el Sr. D. Estéban Villalva, actual recaudador de
contribuciones directas del Departamento del Valle de México, se Ha sido nombrado comandante superior del Departamento de
G. Casanova.
encargue de desempeñar las funciones de Subsecretario de este Mi- Iturbide, el general D. Francisco
,n
El Subsecretario de Guerra,
nisterio, con calidad de interino, disfrutando el sueldo de tres mil peJ. M. Durdn.
sos anuales, sin perder sus derechos al empleo de recaudador principal que hoy obtiene, y que D. Francisco Diaz Montaño quede enMINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS.
cargado de la expresada recaudacion durante la comision que se enMéxico, Agosto 16 de 1865.
comienda al Sr. Villalva.
Dentro de quince dias de la fecha, todas las personas que tengan
El Subsecretario de Hacienda,
á su cargo establecimientos particulares de enseñanza en esta capiF. P. César. ·
tal, remitirán á esta Secretaría una noticia formada en los términos
México, Agost-0 14 de J865.
que expresa el siguiente modelo. ·
Para cubrir la planta de la Aduana marítima de San Blas, decreESCUELA O COLEGIO DE NINOS O DE NINAS.
tada en 31 de Julio próximo pasado, S.M. el Emperador se ha ser- .ESTADO queforma el qzu (6 laque) suscrjbepor el establtcimie11to de educacion 911t divido nombrará los individuos que se expresan:
rige en esta capital, t1i cumplimiento de la 6rden del Ministerio de lnstruccion Pública y
Cultos, de 16 de .Agosto de este año.
.
Administrador, ·
D. Francisco Chavez.
2
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Contador,
,, Manuel María Gonzalez.
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Número de alumnos.
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Oficial 1?,
,, .Luis Herrera.
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Idem 2?,
,, Francisco de P. Briseño.
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E.1temoe.
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Escribiente,
,, Felipe G. de Cosio. ·
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o
z~
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z.
--Idem,
,, Francisco Quevedo Gomez.
Vista,
,, Mariano Rivas.
Alcaide,
,, J. Estanislao Manso.
Portero,
,, Ismael Rodriguez.
Comandante de celadores, ,, Francisco Grinda.
Cabo,
,, Máximo Quintero.

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�166

1865. D. Cárlos Manussi, subteniente id., id. _, 1'd 1'd
José Dominik, cazador de la 3~ Compama. ., •
A este estado se acompaünrá una memoria en que se manifi~ste
Antonio Giessriegl, id., id., id.
"
cuál es el plan de estudios, ~as. distribuciones de éstos y la orgamza- '.'.
"
Julio
Grünberg, id., id., id.
.
"
"
cion interior de los establec1m1entos.
.
, .
,,
Martín
Schusterschütz,
id.,
id.,
1d.
"
Por 6rden de S. E. el Sr. Ministro de Instrucc1on Publica YCultos,
Estéban Zepezhaner, id., id., id.
, .
"
"
",,
El Subsecret11rio,
"
w
enceslao
Zinke,
cabo
de
la
G~
Coi~pa~ia
id ·
"
,,
M. O. de Montellmzo.
Francisco Trinkler, primer cazador id., id.
"
"
José -Schalk, cazador id., id.
"
"
"
Cárlos Niesel, id., id., id.
"
"
ORAN CABCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
::
Estanislao Pompkovitz, id., id., id.
"
"
M. el Emperador ha tenido á bien conceder la Medalla del mé- ,,
"
José Beranek, id., id., id.
"
".
rito civil y la del militar, en las clases y fechas que se expresarán, "
Fernando Ujhdzy, id., id., id.
"
Joaquín Taufer, id., id., id.
"
"
",,
á las personas siguientes:
"
José Ludivig, id., i~., i~. .
"
MEDALLA OIVIL DE BROXOE.
"
Leopoldo Schmidt, id;, id:, 1d_.
"
"
,,
Felix W ziatkowsky, 1d., 1d., 1d.
"
30 de Junio de 1865.
Juan Máximo, vecino de Tecomabaoa.
"
Francisco Habianck, id., id., id.
"
"
",,
M1LITAR DE PLATA.
Cárlos Thim, ordenanza, id.
"
"
Moriz de Zeilner cabo de la 2~ Compañía de Ca- "
Teoberto Maler, cadete cabo de la 1ª Compañía
"
Julio
14
"
zadores en el :uerpo de voluntarios austriacos. ,,
"
"
de pioneros, id.
. .
"
Francisco Posch, sargento de id., id_.
. .
Ignacio W a.rausch, cabo 1d., 1d.
Juan Hanisch soldado de ambulancia de id., 1d.
"
Rodolfo Kohout, pionero id., id.
"
"
"
"
Eduardo Sch~idt, cabo cadete de id., id.
"
",,
"
"
José Ribarz, id., id., id.
"
"
"
Tomas Prokop, gui~ de id., id. . .
Adam Bredl, cazador de la 3~ Compafiía de vo"
"
"
"
,,
W
enceslao
Kretsch1,
cazador
do
1d.,
1d.
"
"
luntarios austriacos.
"
"
"
Francisco Pirz, id., de id., id.
"
",,
"
Juan Rziha, cabo id., id.
. .
Juan Piringer, id., de id., id.
"
Armando Gensthaler, primer cazador id., id.
"
"
"
"
Simon Prehndl, id., de id., id.
"
"
Francisco de Somain, cazador id., id.
"
"
"
"
Fernando Holata, id., de id., id.
ª "
"
"
"
Juan Lutz, id., id., id.
"
"
Francisco Trinkler, soldado de 1~ clase de la 6 . ,,
"
"3 Agosto
"
Juan Belohorsky, id., id., id.
a
_,
"
"
Compañía, de id., id.
.
"
Andres Supa.ncziez, cazador de la. 3. Compama de
"
"
"
Francisco Astorga, soldado mexicano.
voluntarios austriacos.
,,
"
,,
"
"
Ruperto García, id., id.
",.
Cárlos Habl, id., id., id.
,
. .
,,
Pablo Alt cazador de la 13~ Compafüa de id., 1d.
"
Juan Carreon, id., id. ·
10 Jt;Íio
"
Cipriano Muñoz, soldado de la Compañía de Au·
"
"
Francisco' Novak, id., id., id.
"
"
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xiliares
de
Ixhuacan.
,
"
"
"
Simon Müller, id., id., id.
"
"
Cárlos Cantero, sargento de la guardia móYil de ,,
Cárlos Randhartingen, sargento de la 2~ Compa"
"
Zacapoaxtla.
14
"
"
ñía de cazadores, id., id.
"
"
"
Rafael Salazar, soldado id., id.
Juan Gottlicher, guia id., id.,~~-. . .
,,
Lorenzo Kotschabe, soldado de 1~ clase de la 10~ "
"
"
"
Fernando Manussi, cadete gma 1d., 1d., 1d.
",,
Compañía.
de
Cazadores
en
el
cuerpo
de
volun,,
,,
"
Isidoro Szoria.n, cazador de 1~ clase, id., id.
"
"
,,
tarios austriacos.
,
"
"
Francisco Fliegler, id., id., id., id.
Antonio Pausche, soldado de la 1O~ Compañia de ,,
"
José Lex, cazador id., id., id.
"
"
"
id., id.
"
"
"
Andres Diskant, id., id., id., id.
"
Teodoro Ruzicky, id., id. id.
Ag~~to
;; D. Eduardo della Sala, subteniente del cuerpo ausFrancisco Horzak, id., id. id.
"
"
"
triaco.
di ó . d
W enceslao Sikora, id., id. id.
"
"
"
,, D. Miguel Arriaga., t~niente de la guar a m v11 e
,,
Edda.rdo Zimmer, id., id. id.
·
"
",,
Zacapoaxtla..
"·
"
Eduardo Smrezka, cadete sargento de la batería
"
"
José Felipe, soldado de la. guardia rural de Zaca,,
número 2 del cuerpo austriaco.
"
"
"
poaxtla..
"
"
Huberto
Nestler, sargento de id., id.
,,
Lorenzo Casildo, id., id., id., id.
,,
Gabriel Tomann, soldado de 1ª clase de id., id.
"
Juan Santiago, id., id., id., id.
,,
"
"
Juan Günzinger, id., id. id.
"
"
Ma.rcelino Munios, id., id., id., id.
,,
"
"
"
José Griller, cabo de la 6~ Compañía de Cazado- ,,
",,
"
Tomail Fichtel, soldado de la 1ª Compañía de Za,,
"
"
res austriacos.
"
padores austriacos.
.
.
"
"
"
Ignacio Kállay, soldado de 1~ cla~e de id., id.
,,
,, D. Antonio Salcedo, capitan de la guardia móvil de
Federico Holzel, soldado de 1d., 1d. ·
"
"
,,
Zacapoaxtla.
"
"
Cristóbal
Carranza, soldado mexicano.
"
,,
"
D. Francisco Arriaga, capitan ayudante.
Hilarlo Ca.lderon, sargento de la Compañía de Au- ,,
"
"
"
José Griller, cabo de la 6~ Compañía de cazado,,
"
xiliares de Ixhuacan.
,,
"
"
"
res m1striacos.
.
"
Atanasio Cruz, sargento de la 3~ Compañía de la
Ignacio Von-Kallay, sol~ado.de~ª clase de id., id,
9
guardia móvil de San Juan de los Llanos.
"
"
Luis Bosch, sargento de 1d., 1d., 1d.
"
"
Pablo Maszini, cabo de)a 7~ Compañía. de Caza- ",,
,,
J ua,n Palomino, solda.do mexicano.
"
"
dores austriacos.
"
"
"
Juan Soreso, id., id.
"
"
José Deak, soldado de la 10~ Compañía de id.
'.'. D. José Morales, capitan de la Compañía de Auxi"
"
"
Augusto Ross, id., id., id.
"
"
liares de lxhuaoa.n.
"
"
José Velazquez, sa~ento de la 3~ Compaiiín de la "
"
"
Trinidad Elote, sargento de id., id.
guardia. ~óvil de Zacapo~tla.
"
"
"
Fernando Gausterer, guia de la.10~ Compañía de
"
"
"
. "
Arcadio Zarate, cabo de 1d., 1d.
,,
cazadores austriacos.
"
"
"
Antonio Arila, id., id., id.
"
Juan
Soukoup, cabo de la id.,.id., id.
,,
"
"
"
"
Leopoldo
Binder, id., id., id. . . .
"
MILITAR DE BRONOE.
Matías Hotzhever, trompeta, 1d., id., 1d. ,
"
"
"
D. Auo-usto Hoen capitan de voluntarios austriacos. ,,
Junio
20
Cárlos Binkes, soldado de la 1O~ compafila de Ca"
"
" D. Fr~ncisco Kastelliz, teniente de Cazadores id.
zadores austriacos.
"
"
"
" D. Mauricio Weber, id., id., id.
"
"
Federico Beutel, id. id. id. id.
"
" D. Maximiliano, conde de la Resée, subteniente id., id. ,,
.",,
José Kiselo, id, id., id., id.
"
"
"
" D. Cárlos Dokupil, id., id., id.
,,
Juan Binder, id., id., id., id.
"
"
"
,,
"
Francisco Wendel, sargento de la 4~ Compañía, ,,
"
Francisco Holub, id., id., id., id.
"
,,
"
"
"
id., id.
".
José Schmidt, id., id., id., id.
_,
"
Joaquin Minogetti, cabo id., id., id.
Leopoldo Fink, guía. de la 1~ Compama de Za"
"
"
"
W euces~o Sikora, cazador de la 1O~ Compañía, ,,
"
"
"
padores austriacos.. . .
"
"
id., id. .
"
"
José Ponschab, cabo 1d., 1d.! id._ .
Valentin Lorber, id., id., id.
,,
Leopoldo Lischko, soldado 1d.! 1d., 1d.
,
"
"
"
José IIorl, id., id., id.
"
"
D
Francisco
Bachmann,
subtem~nte
de
la
batena
"
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Albino Mikerts, id., id., id.
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· número 2 del cuerpo austriaco.
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Francisco Devoizak, id., id., id.
·
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Severino Spath, cabo de id., id., id.
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Juan W eida, primer cazador id., id., id. , . .
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J acob Supanek, _sol~ado_ id.,. id., id.
"
Kioreuz Kautsky, cazador de la 9~ Compafirn id., 1d. ,,
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José Argauer, 1d., 1d., 1d., 1d.
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"
Cárlos Divo, cazador de 1a 9~ CompañÍ:l de Caza· ,,
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"
Antonio Hautler, conductor id., id., id.
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dores austriacos.
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"
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José Hackel, asistente id., id., id.
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"
Nicolás IIanus, cazador de b 3~ Compañía id., id. ,,
José Jmelski, soldado de la 61 compafiia de Caza.
"
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Cárlos Steinhardt, id., id., id.
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dores austriacos.
"
" D. Alfonso Lefevre, subteniente id., id.
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Gaspa1· Btn-czikowsky, id., id.
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" D. Alejandro de Czaykowsky, teniente id., id.
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1865.

El Gran Canciller,
'

ALMONTE.

PARTE NO OFICIAL.
RUINAS DE MITLATOYUCA.

J'UICIO DE lllPRENTA.
JUZGADO OUARTO DE LETRAS DEL RAMO ORlliINAL DE MEXICO.

En la ciudad de México, á los once días del mes de Agosto de mil ochocientos sesenta y cinco, el Sr.Juez ~de lo criminal, Lic. D. Agustín Fernandez Gutierrez, ·habiendo visto el juicio verbal seguido por el Lic. D. Guadalupe Chapela, representante y patrono del Sr. General D. Félix Zuloaga,
contra el redactor del periódico "La Orquesta," patrocinado por el Lic. D.
Manuel Inda; oidos los alegatos de una y otra parte, y considerando, primero: que cuando el Sr. Zuloaga, habiendo vuelto del extranjero permanecia
en su casa tranquilo y sin ocuparse de la cosa pública, apareció en el referido periódico, correspondiente al dia primero de Julio último, un artículo intitulado: Dejadme reir, sefíores, en el que su autor, removiendo los odios políticos contra lo expreso y tácitamente dispuesto por S. M. el Emperador,
cuyo empeño ha sido procurar la sincera reconciliacion de todos los mexicanos, estampó el nombre de D. Félix Zuloaga con el calificativo de "Gran
traidor y gran ambicioso, llamándole ademas en otro de los párrafos alusivos, "estúpido," sin atribuirle ni denunciar delitos determinados en el ejercicio de sus funciones oficiales que habia desempeñado, por lo que el párrafo
acusado no se debe. considerar comprendido en el art. 6° de la ley de la materia., como pretendió demostrarlo el defensor, citando doctrinas de autores
respetables, que sin duda. serian muy dignas de consideracion, si el caso que
nos ocupa se refiriese á los actos oficiales y no á la persona del Sr. Zuloaga,
quien tampoco debe considerarse calumniado en el estricto sentido jurídico
de la palabra, como parece haberlo pretendido su apoderado, sino que el referido párrafo debe tenerse como es en sí, gravemente injurioso, puesto que
atribuye al carácter de la persona del ofendido un vicio infamante de los
que concluyen con la reputacion de un ciudadano y son capaces de atraerle
el desprecio ó la aversion de los hombres honrados (M. Portalis), citado por
Chassan, autor invoca.do por el defensor, sin que importe que el hecho sea
verdadero ó falso (el mismo autor, Tratado de los delitos y contravenciones,
por la palabra, La Escritura. y la Prensa, part. 1\ lib. 2?, cap. 7?, pár. 2?,
a.rt. 2°, núm. 471), y por lo tanto el mencionado artículo constituY.,e la publicacion de un libelo infamatorio, prevista en el art. 5? de la ley, que no liberta de la pena, a.un probada la imputacion injuriosa.; cuya disposicion está
conforme con la ley 3\ tít. O~, part. 7a, y en consecuencia. el responsable de
la que nos ocupa se ha hecho digno de aquella pena. Segundo: que para graduarla, se debe atender á la gravedad de la injuria, y no hay duda que sus
propios términos la constituyen de primer grado, supuesto que el mismo
autor usa la palabra" gran," usando ademas las de ambicioso y estúpido,
que si bien no comprendidas entre las que se califican de injuriosas, no por
eso dejan de ser de?resivas y marcan la mala intencion del que virtió la injuria. denunciada, sm que le pueda servir de excusa su simple protesta de no
haber tenido tal intencion, ni de haber alegado la ley de 29 de Noviembre
de 1861, cuya disposicion, prescindiendo de si está ó no vigente, no ha sido
ni pudo ser puesta al arbitrio de los particulares para su aplicacion. Pvr estas consideraciones, y fundado en los artículos 3~, fraccion 5~; 5?, 10, 14 y
51 de la. ley de 10 de Abril del presente año, y 8\ tít. 22, part. 3\ dijo que
uebia i'dllar y falla: 1~ Se califica. de injurioso en primer grado el artículo del
periódico "La. Orquesta," intitulado: "Dejadme refr, seño1'es," inserto en .el
número sesenta y uno, correspondiente al primero de Julio próximo pasado,
en los párrafos que aluden á la persona del General D. Félix Zuloaga. 2º Se
9ondena á su autor responsable, D. Luis G. Iza, á sufrir la pena de seis meses de prision en el cuartel de la Guardia Municipal y á pagar trescientos
pesos de multa, que se distribuirán por mitad á la Casa. de Correcciou y Niños expósitos; y 3? El mismo D. Luis G. Iza, satisfará las costas del juicio,
reponiendo el papel que de oficio se ha usado en esta ca.usa, con el del sello 5~
Hágase saber. Lo mandó el Sr. Juez y firmó: doy fe.- Agustin Fernandez

Ministerio de Fomento.-Prefectura política y comandancia. militar de
Huauchinango.-Huauchinango, Agosto 9 de 1865.- Tengo el honor de poner en el superior conocimiento de V. S., _que con arreglo á cuanto se me
dejó prevenido en su atenta comunicacion de fecha 15 del pasado, tan luego
como llegó á esta poblacbn la comision científica, que fué el día 23 á las
once de la noche, compuesta. de los Sres. ingenieros D. Ramun Almaraz, D.
Antonio García Cubas, y el Sr. D. Guillermo Hay, los alojé en mi misma
casa y marché con ellos á la Mesa de Mitlatoyuca el dia 26, incorporándosenos á nuestra salida los Sres. artistas de la Academia de San Cárlos, Coto
y Velasco. Desde el pueblo de Jico comenzó la comision á practicar sus trabajos científicos, tomando algunas medidas y sacando vistas de la Xochipila
y otros lugares importantes de la. poblacion, y en todos loe luga1·~s notabl1,1i;:
en donde tocamos, sacaron paisajes hasta llegar á la Mesa de Mitlatoyuca.
La expedicion fué muy penosa por la rigurosa. estacion de a.guas que ha sido
precedida de nosotros al atravesar la Sierra y una parte de la Huasteca. Los
pasos de los rios se hacian dificiles por sus grandes crecientes; pero para los
señores ingenieros é ilustrado Sr. D. Guillermo H~ no hubo dificulta.des
que les detuviera. en su camino; porque los rios fueron pasados, unos por maromas de reatas que se mandaron poner, y los otros por canoas que SE&gt; mandaron situar en los va.dos. El rio mas caudaloso que lleva el nombre de Pa.ntepeque, y que desemboca en la Barra de Túxpan y de una extension en su
anchura. sobre trescientas y pico de varas, fué pasado á nado por el Sr. D. Gtitierrez.-lgnacio A. Torcida.
Guillermo Hay, con admiracion de los mismos buzos del puehlo de Pante-

.

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"México,

3

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Félix Vazquez, soldado mexicano.
Lorenzo Sanchez, id., id.
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Francisco Sanchez, sargeato 1? del extinguido 13?
"
escuadron de Guan~juato.
D. Ernesto Cote!, Subteniente de Cazadores austria"
cos.
,, D. Arcadio Luna, Teniente de la 3~ compañía de la
guardia móvil de San Juan de los Llanos.
,, D. Mariano Arriaga, Subteniente de id., id ., iJ.
,, D. Cayetano Tobar, id., id., id., id.
Miguel Guzman, soldado de id., id., id.
"
José Veit, soldado de la primera clase de la 1O~
"
compañía de Cazadores austriacos.
Peter Buytasz, soldado de la 10~ id., id., id.,
"
Cárlos Sestici, id., id., id., id., id.
"
Miguel Gyurczn, id., id, id., id., id.
"
Mariano Gurzia, cabo de la 3~ compañía de la
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guardia móvil de Zacapoaxtla.
,,
Manuel Atension, soldado de id., id., id.
,,
Manuel de la Rosa; id., id., id., id.
,,
José Auto, id., id., id., id.
,,
Rosaliano Soto, id., id., id., id.
,,
Toribio Lemos, id., id., id., id.
,,
Juan Salvador, id., id., id., icl.
,,
Juan José, id., id., id., id.
,,
Juan Manuel Bonilla, id., id., id., id.
,,
José Dolores, id., id., id., id.
,, D. Moriz Graf, Capitan de artillería austriaca.
12 de Agosto de 1865.

3 Agosto

Junio

,,

•

167

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

•

peque.
. de M'tl
· · se
En el momento que. 11egamos a' 1as rumas
1 ato yuca, 1a com1s1on
puso á trabajar constantemente encargándose el Sr. Almaraz de la parte geográfica de la. Mesa. y caminos: el Sr. García Cubas del levantamiento de los
planos de las ruinas, y el Sr. D. Guillermo Hay de la parte arqueológica, y
tomando de la fotografia las vistas de los monumentos mas importantes: los
los Sres. artistas Coto y Vela.seo se encarga.ron de hacer vistas de algunos
lugares y monumentos en donde por las circunstancias particulares de la oscuridad del bosque, no era posible hacer fotografias.
El dia. 7 llegamos á esta poblacion, y ayer ba salido para la capital del
Imperio la comision científica. Ella dará á V. S. el informe correspondiente
de los trabajos que practicaron en el camino y ruinas de Mitlatoyuca, y de
cuanto pudieron observar en los mismos terrenos de Mitlatoyuca y Amistlan.
Toca á mi deber decir á V. S., que el Gobierno de S. M. l. debe estar seguro de que los Sres. Almaraz y García Cubas son dignos de pertenecer al
cuerpo de ingenieros, por su instruccion bien acreditada, dedicacion al trabajo y resuelta voluntad para hacer frente á los riesgos y vencer las dificultades que á cada paso se nos presentaban por el estado pésimo de los caminos.
El Sr. Almaraz dos veces fué arrastrado con la mula que montaba por la
corriente de un rio con peligro de su vida: el Sr. García Cubas descendió á
un volad~ro con todo y mula pasando ésta por encima de su cuerpo, y lo
creí muerto al arrojarme sobre él para salvarlo levantándolo en mis brazos,
y por algunos momentos permaneció sin conocimiento, y el recomendable é
instruido Sr. D. Guillermo Ha.y, tambien fué arrastrado por la corriente del
arroyo de Salsipuedes, luchando contra el elemento poderoso del agua para
salvar la mula en que mont.aba que estaba á punto de ahogarse, y quitándose de su lado la compañía. de un lagarto, á quien disparó un tiro con su revolver.
Sírvase V. S. aceptar con este motivo mi alta consideracion y respeto.
Dios guarde á V. S. muchos afios.-El Prefecto político y Comandante
militar, Juan B. Cmnpo.---Sefior Subsecretario de Fomento.-México, Agosto 13 de 1865.
Es copia. México, Agosto 14 de 1865.-El Subsecretario de .Fomento,
Mantiel Orozco y Berra.

EJECUCION DE JUSTICIA.

Prefectura política del Departamento del Valle de México.-Seccion de
justicia..- México, Agosto 16 de 1865.- El Subprefecto del Distrito de Tlalpam, en oficio de ayer, dice á esta Prefectura. lo siguiente:
"Una cuadrilla de 1adroues que el dia 13 último salió de esa capital, asaltó á mano armada y robó á varios transeuntes en el Pedregal, que media de
esta ciudad á San Angel, entre ellos á unos arrieros sus efectos y béstias;
fué perseguida, se logró quitarles los robos que habiañ hecho y fueron devueltos á sus dueños.
En esta persecucion, aprehendido Gumesindo Ramirez (a) el Colorado, individuo de esta cuadrilla., que ademas en un tiempo perteneció á la banda de
asesinos de que era cabecilla Garfias, fué puesto ante la Corte Marcial, sen·
tenciado por ella á la pena capital, la cual se ha ejecutado hoy, á las once
de la mañana: ha sido pasado por las armas sobre el camino, en uno de los
lugares en que babia perpetrado sus crímenes.-Este bandido famoso ha
aventajado al mismo Garfias en celebridad, por contársele mas de veinte as-esinatos.-Lo que debidamente digo á V. S. para su superior conocimiento."
-Y por disposicion del Señor Prefecto político se publica en el Diario del
Imperio, á fin de que llegue á conocimiento del público.-El oficial mayor
de la Prefectura. encargado de la Secretaría, Manuel .Aguila1'.
EL 6 DE .JULIO EN Mm.AMAR,

Escriben de Viena lo siguiente:
Viena, 10 de Julio.

El dia Gse celebró en el-castillo de Miramar, con bastante solemnidad,
la fiesta del cumpleaños de S. M. el Emperador de México. ·
·
A las ocho de la mañana se izó la bandera mexicana en la torre del castillo, saludada por veintiun tiros de cañon. A las nueve, el señor cura de :Mira.mar, Monseñor Ració, celebró una misa solemne con Te Deum. Asistieron al oficio los Señores Prefecto del castillo, el Cónsul general de México
en Viena, el Vicecónsul mexicano en Triestc, el Consejero de Estado Scherzenlechner, el teniente coronel Schaffe1·, el Dr. Plasner, muchas otras persona'! y toda la servidumbre del sitio Imperial.

�168

DIARIO DEL IMPERIO.

TRIBUNAL DE COMERCIO DE llEXICO.
México, Agosto 2 de 1865.
Por el presente se cita al representante de la testamentaría de D. Félix Mateo~ para
que se prese~te en este Tribunal en el térm_i~o _de ocho dias contados desd~ la primera
publicacion, a contestnr la demanda que en 3mc10 verbal y sobre pesos, le pt0mueve ~JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
Jául'egai.
.
Ignorándose el domicilio de D. Gregorio Ce¡údo, por la presente se 1~ ,cita y !)mplaza Luis
Y á peticion del interesado, y de órden del señorvicepresiclente 1? de este Tnbunal, se
para que en el término de ocho dias comparezca en es~e_J_uzgado, por si o por apoderado
.
instruido y espensado, á contestar 1~ ~emanda q~e en J~1~1~ verbal, sobre. pesos, lo pro; pone este aviso para que SUl'ta sus efectos.
J. M. Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría. 510-3s-2
mueve D. Enrique Ampudia; apercibido de segmrse e!Ju1c10 en su ausencm y rcbeld1a s1
no concurre.
érrACION JUDICIAL.
México, Agosto 17 de 1865.-1. Bravo.
514-3a-l
Por el presente se cita á D~ María de la Luz Franco, co~o mad~e do sus dos menores
hijos, que dice lo fueron tambien do D. Manuel Braceras, y a D. V1cen~ Fernandez, _coCONVOCATORIA,
El Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se convoque á los here- mo curador de la menor D~ Margarita Braceras, para que en el ténnmo de ocho d1~s,
deros de la Madre Sor María de la Luz de Seño1, San Joaquín Miranda, para que en el contados desde la publicacion de este aviso, se presenten á probar el derecho que les asis.
'.
término de veinte dias se presenten en su Juzgado á deducir el derecho que crean tener te á los bienes del intestado D. Manuel Braceras.
Y de órden del Sr. Juez 4? do lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, se publica el presente
á los bienes de la religiosa intestada; apercibidos que si no lo verifican ~n. dicho término1
les parará el pe1juicio que hubiere lugar. Lo que hago sabor en cumphm1ento de lo man- aviso.
.
.
México Aaosto 3 de 1865 -El Escribano público de la Nacion, Joaquin G1tzman.
· ' º
·
48B-8s-8
dado.
México, Agosto 5 do 1865.-José Raz G1m11an, Escribano público.
515-3a-i

AVISOB JUDICIALES.

JUZGADO 2? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon. por auto de esta fecha ha mandado se
proceda á la venta de la casa número. dos de la Por!ería d~ Regin~, valuada por el perito
D. Agustin García Conde, en la cantidad de tres mil setecientos diez y ocho pesos sesenta y cuatro centavos. ($ 3,718 64 cs.) A este fin ~e han señalado para las respectív~s almonedas los dias 21 y 31 del corriente, y L1 del entrante, á las cloce de la mañana, siendo
la última con calidad de remat~.
Lo que se avisa ~l públic?, para que las person~s que quieran haéer .P?stura1 ocur~·an
al que suscribe, ba3os del num. 7, calle del Arzobispado, donde se les m1mstraran las mstrucciones conducentes.
México, Agosto nueve do mil ochocientos sesenta y cinco.-Manuel Vera, Escribano
público.
5 09-8s-2

AVISOS PARTIOUL!RE~.
En la calle de las Escalerillas núm. 7 se traspasa un almacen 6 acce~oria, arreglada con
mejoras hechas últimamente; local á propósito para establecer c!lalqwera clase de _negcciácion, porque ademas de tener dos entradas y todas las comodidades qu~ se requieren,
el establecimiento es amplio, de modo que el que de~ee establec~rse,ventaJo~amente puede pasar á tratar con el dueño en la misma calle y numero refendo a cualqmera hora del
día, no siendo de once á una.

MANTEQUILLA.

-

La acreditada mantequilla de la hacienda de San N~col~R Buenavista, sigue vendiénd~se
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Sellllllano, adonde llega fre~ca los martes y sábados do cada semana; advirtien~o á los co~sumi~~r{ls de ella, para eVJt~r fraudes,
que solo en dicha casa se espende, que mngun_o esta comJS1onado para llevar!A a l~s casas,
y que precisamente debe de tener la manteqwlla el sello con el nombre de la hacienda.
480-15s-8

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
CoMP.AÑIA DE SEGÚROS DE GLADBA&lt;lH.

Capital de fondo...... • • • • . . • . • • . 3.000,000 pesos prusi¡u¡os.

CONVOCATORIA.
COMP.AíUA DE SEGUROS DE B ASILEA (B.ASEL).
El Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perca, ha mandado se convoque por medio de
Capital de fondo . •• • • . •. • • . • . . • • • • • • • . • 10.000,000 francos.
los periódicos á las pe_rsonas que se consi~eren con derecho alo~ bienes d~l in~stado de
la Srita. D'!- María LU1sa Suarez Pereda, a fin de que en el térWJno de tremta dias, contaSe asegUl'an muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los infonnes
dos desde la fecha de la publicacion de este aviso, ocUl'ran á deducirlo; bajo el apercibinecesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañlas,
miento que de no verificarlo en el ténnino dicho, se tendrán por desistidos.
.
400-lSOs-39
México, Agosto siete de mil ochocientos sesenta y cinco.-Manu_el Vera, Escnbano calle de San Bernardo núm. 3.
público. .
504-3a-3

GRAN FERIA EN SAN JUAN DE LOS LAGOS.

VENTA JUDICIAL.
El Sr. Juez 39 de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado, por auto de-26del
presente, que las almonedas respectivas p¡i.ra la ~enta de la casa Dúm. 3 de la c_alle del
Cuadrante de Santa Catarlna :Mé.rtll', de esta cir¡nLal, se celebren eu tSU Juz;gndu, o,to ou ol
Palacio de Justicia, los dias 5, 17 y 2!J del entrante Agosto, á las once de la mañana_. siendo la última con calidad do remate.
Lo que hago saber por el presente,, para que l~&amp; perso~as que qni:o~an hacer postura,
ocurran á la Secretaría del Juzgado a tomar las mstrucc1ones que mm1stran los autos; aclvirtiendo que la finca está valuada por el perito D. Ramon Agea en 25,350 pesos.
México, J11lio 28 de 1865.-José Raz Guzman, Escribano público.
478-7a-5

DEL .

DIARIO

IMPERIO

El Ilustre Ayuntamiento de esta villa, de acuerdo con el Sr. P1·efecto departamental,
tiene la satisfaccion de participar á sus c?nciudadanos, y m!1~ particularn;ente al comercio
m .,,m.-rai, qu&lt;rdeodo el dii. l? hasta el dla 124elmescleD1c1embrepróximo, se celebrará
la feria acostumbrada; á cuyo efecto se dictarán por quien corresponda, de un modo espe.:cial todas las medidas .necesarias para-proteger la seguridad y órden que reclama el nume;oso concurso de personas y mercancías que tiene lugar en la mencionada feria.
Los pedidos do almacenes y otras localidades que los comerciantes han 'estado haciendo, indican desde ahora que el movimiento mercantil será, como otros años, el mayor que
se verifica en toda la nac1on.
San Juan de los Lagos, Julio de 1865.-Subprefecto político y Comandante superior,
A de Nájera.-El Presidente del Ayuntamiento, Lic. José María Romo Gallardo.-El
Secretario, Bernardino Perez.
489-40-3sm-3

JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
A pedimento del Sr. Lic. D. ~rancisco ~e P. Tabera,. en l?s autos que :igue eu !opresentacion de los Sres. D. Fwnc1sco, D. Miguel G. de Lizard1 y la Sra, D. Concepc1on de
¡ATENCION!
Lizardi de del Vallo, sobre que se provea de curador al Sr. D. An~e~ de µzardi, P,or prodiEn la calle de las Escalerillas, junto al núm.14. se vende-la pro~iosa POJrlADA ORIEN•
galidad é incapacidad mental, ha mandado el Sr. Juez 39 de lo civil, Lic. D. Jose M. Cor. TAL, que sin charlatanería, es la única v.ara hacer nacer, crecer y "hermosear el pelo; asedero, se haga saber al público que los contr~tos que. se celebren con e_l esp1;esad? Sr.. D. gurando que la persona mas escasa de Pl, á las doce veces do usar esa pomada, verá su
Angel Lizardi, durante el período del negoc~o mencionado, quedan S!1Jetos a calificac1on,
y que por lo mismo serán declarados nulos s1 se decreta el nombramiento d~ curador por cabeza cubierta con un cabello fino y abundante.
Precio del pomo, dos pesos,
345-40-23
incápacidad mental..
.
.
.,
.
México, Agosto 11 de 1865.-Ltc. Néstor Montes, Escl'ibuno do diligencias.
;
508-3a-2
TENEDURIA DE LIBROS.
Una persona que ha recorrido el Interior, d~d.\cado á la enseñanza del hermoso sistema
JUZGADO 3? DE LO' CIVIL,
de contabilidad por partida d?ble, ~uyos conoc~1entos ha lo~rado p~opagar con ~uy buen
ª-abicndo decretado de conformidad el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José Cordero, al éxito, se propone fijar su res1denc1a en esta capital con el WJsmo o~Jeto. Garantiza ~u. enpedimento hecho por D. Fernando BasUl'to, _ac~eedor hipo~~a!io de la haci~nda de la As- señanza, por honorarios convencional~s, al alcance d~ las mas módicas fortunas, exhibidos
consion sobre que se haga saber por los periódicos la prohib1c1on en que está D. Anaoloto por una sola vez, y sea cual fue;e el tiempo que el dis~ip1:1,o ~arde en aprender.
La misma persona se ocupara de hacer balances y hqmdac10~es de cuentas de comerPolidlll'~ de vender los magueyes pertenecientes á dicha fi~ca, bajo et aperc_ibimiento de
que será nulo cualquier contrato que se celebre desobed~ciendo esta prevenc10n, lo pongo cio de testamentarías y concUl'sos, dentro y fuera do 1ll poblacion.
Las personas que gusten ?cuparla, pueden ocurrir ~ la Adminis~ra~ion de ~ste periódien conocimiento del público p~ra los ~fectos corresponi\ientes.
• .
,
México Agosto nueve de mil ochociontos sesenta y cmco.-J. Reynoso, Escribano pu- co, Bajos de San Agustin num. 8, en donde so les daran mas amplias mstrucc1ones.
blico.
'
.
•
501-3a-3
México, 12 de Ju1io de 1865,
ALMONEDA,
El Sr. J uez 3? de lo civil, Lic. D. José Maria Cordero, ante quien se encuentran radi
cados los autos seguidos por D. José Barragan, como representante de la Sra. D~ Alll'ora
Martinez contra la Sra. D~ Casimira Vega de Herrera, sobre pesos, ha mandado que se
proceda &amp;. la venta do la e.asa núm. 13 de la 2~ calle del Sapo, de esta capi!al, retasada por
GRAN CIRCO DE OHIARINI.
el perito D. Manuel Rincon en la cantidJd de 4,53_6 p~sos 8~ centavos; ~nalan~o para la
almoneda, con calidad de remate, \a manana. ~el dia diez Y..s~e~ del ~ornen~, a las doce,
OPERA. ITALIANA.
rn su Juzgado, situado en el Palacio do JustJ&lt;;ta, donde recib1ran las mstrucc1ones necesaEsta
noche
se
po~e.
en
escen~
la
muy aplaudida 6pe!a intitulada: El bar~ero de Se~illa.
rias las personas que quieran hacer postura.
En la leccion do mus10a cantara la Sra. Nataly la canc1on andaluza denommada: La raleMéxico, Agosto 7 do i865.-Antonio Landgrave, Escribano público.
495-3a-3
sera, y al final de In ópera el wals del Beso.
CONVOCATORIA.
El Sr. J ucz 1? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado do D~LeanSERENATA EN LA PLAZA MAYOR,
dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente; que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
A las siete y media de la noche de hoy,
tado á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por si ó por personas suficientemente autorizadas; bajo el !lpercibimiento, si no lo hicieren, de que los parará el
MUSIC-A AUSTRIACA.
perjuicio á que hubiere lugar.
PltOGRAlllA,
En cumplimiento do lo ll}andadf, pongo el pre~ente a~iso par~ que llegue á no~cia de
quienes importe, en G;uanaJu~to,. a nueve do ~un10 de 1ml ochocientos sesenta y orneo.5. Rigolleto, cuadrilla, Sawerthal.
1. Marcha, Sawerthal.
Miguel Herrera, Escribano publico de la Nac1on.
.
390-60s-50
6. Los Contrastes de las melodías, Strauss.
2. Emma di Antiochia, obert~, :Mercadante. 7. Poste restante, polka, Fuhrbnch.
3. El l\Ionsajero del Carnaval, wnls, Strauss.
CITACION.
8. Marcha, Leonharot.
En el concurso á bienes de D. Julio Coquelet, no habiéndose verificado la junta citada 4. Bondelmonte, final, Pacini.
el doce del corriente; el soiíor Juez ;19 de lo civil ha mandado so cite de nuevo para el dia
1!) del actual, la, que tendrá lugar en su J uz~ado á las diez en punto, á efecto de hacer el
íMPRENTA DE J. M. ANDRADE \7 F. ESCALANTE,
nombmmíento do sindico; bajo el apercibim1eute de que los que no concurran estarán obliBAJOS DE SAN AGUSTTN1 NUM, l.
gndos á pasar por el acuerclo de la mayoria de los que asistan.
Méxko, Agosto 14 dr 1865.-.llfl!nuel T. de 1\fmesos, Escribano Público. 511-3s-~

DIVERSIONES PUBLICAS.

NlJM. 190.

MEXICO: , riernes 18 de Agosto de 1865.

TOHO 11.

SUMARIO

OJO AL AVISO.

JUZGADO 2º DE LO CIVIL.
En los autos do esperas concedidas í1 D. Romualdo Ruano, de que conoce-el Sr. Juez 2?
de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á escrito presentado por varios de los acreedores, en
que piden al Sr. Juez se sirva mandar citar una junta para ventilar en ella algunos puntos
de interca general para todos los acreedores, haciéndose la citacion de los ausentes por
los periódicos, bajo el apercibimiento de que los que no concurran ~asarán por lo qu~
r,cuerden los asistentes, el Sr. Juez proveyó por auto de nueve del corriente de conforWJdad, seíialando para la j1mta que se solicita la mañana del diez y seis del actual, á las doce.
Y en cumplimiento de lo mandado, cito á los acreedQres ausentes por el presente, para
que concurran al J 1;1zgado ~1 dia y ~ora emplazados _con el fin indicado.
.
, .
México Aaosto diez de mil ochoc1entos sesenta y cmco.-J. Rey,wso, Escribano publico.
' "
505-3a.-3

EL

PARTE OFICIAL.-Varlos nombramiet)tos de empleados en el ramo de llacienda.-Nombramlenlo de un
médico consultor de la Corte.-Declarac1on sobre la ch-cular de 4 de J ulio relativa /\ los reos que hayan
cumplido su condena.-Clrcular sobre divlsion territorial del Imperio.
'
PARTE NO OFIOI.AL.-La fiest a del 15 de Agosto.-Dlmlsion del Prefecto de Iturbide.-Combate con
unos dlsldentes en Ohlnautla.-Un avlso del Ministerio de Instrucciou I'itblica y Cultos -Co1Tespondencia
para el vapor "Barcelon!'-"-~asajeros llegados Veracruz en Jullo.-Desagiíe de H~ehuetoca.-Ocu ac!on de Zongollca por los unper,ales.-Comlslon patriótica de Veracruz.-S-Ociertad de Geogi•afia y Estadí~t!cn. Acta del 20 de Jullo.-Abct-el-Kader en Francia.

a

PARTE OFICIAL.

El Gefe de la Seccion de Gabinete,

F. G. M-itro. ,
)'.

MINISTERIO DE LA CASA- IMPERIAL.
:México, Agosto 14 de 1865.

MINISTERIO DE HACIENDA.
GABINETE,

México, Agosto 16 do 1865.

de México, creadas por acuerdo de 31 de Julio último, S.M. el Emperador se ha servido nombrar provisionalmente á D. Manuel Bát·c?na-y á D. José Melchor Barrientos, con las dotaciones señaladas á
dichos empleos.

·

Por decret~ de 12 del actual, S. M. el Emperador se ha servido
nombrar médico consultor de la Corte, al Sr. Dr. D. Rafael Lucio,
profesor de la Escuela de Medicina.

S. -~ · el Emperadol' se ha servido disponer que D. Jesus Bueno,
El Gran Mariscal de la Corte
Adm1mstrador de rentas de Tepic, escribiente D. Antonio Martinez
y Ministro de la Casa Imperial,
Na~arro, cabo del Resguardo D. Antonio Morelos y guardas D. EuALMONTE.
g?~io M. Manso, D. Man?el G. Vargas, D. Aniceto Lozano, D. Dioms10 Navarro, D. Gervas10 Gutierrez, D. Mónico Estrada, D. Francisco Beruve~, D. Jo_sé,Florent~n? Gomez, D. Feliciano Santillan y
MINISTERIO DE JUSTICIA.
D. Mauro Rmz, contmuen _prov!Slonalmente en sus respectivos emSECCION 1~
México, Agosto l6 de 1865.
pleos con los sueldos que tienen señalados, á reserva de las variaciones que en lo de adelante se bagan en aquella oficina.
. Dí cuenta á S. M. e_l Emperador con el oficio de V. S., fecha
2~ del actual, en ~ue ~nserta el del gefe político de San Juan del
Por acuerdo fecha 4 del corriente, ha tenido á bien S. M. el Em- R10, consult~ndo s1 la 01rcular de 4 de Julio anterior, sobre que sean
perador nombrará D. José María Diaz Giron para el empleo provi- puesto~ en llbertad los reos_ que hayan cumplido la condena de e
sional de Administrador de rllntas de Córdoba..~
mst~nc1a, c?mprende tambien á los que harn sido absueltos en dicha m_stanc1a, y S. M. ha tenido á bien disponer diga á V. S., como
S. M._ el Emperad?r ha tenido á bien disponer que durante la per- lo venfico, que el_ c:190 que se consulta está resuelto en el art. 476
manencia en su Gabmete del Oficial 1? de la Seccion 4~ de este Mi- de 1~ l_ey de Admm1stracion de Justicia vigente.-El Ministro de
niste_rio, D. J u~n Devincentiis, desempeñe sus veces el Oficial 3? de Justicia, Pedro Escudero.-Sr. Prefecto político del Departamento
1~ misma Secc1on, D. J esus Urquiaga, abonándosele el sueldo que de Tula.
disfrutaba el expresado Devincentiis.
Es copia.
El Subsecretario de Justicia,

. S. ~- el Emperador, p_or acuerdo fecha 5 del actual, ha tenido á
. bien disp?ner, en obse_qmo del mejor servicio y atendida la calidad
de provisionales que tienen hoy todos los empleados de su Gobierno
queden exonerados d~ sus res~ec~i~os empleos en el Resguardo del~
Aduana de esta capital, los mdmduos que á continuacion se expresan:
2? Comandante: D. Manuel Fuertes.
Gefes de garita: D. Cárlos Delahanty y D. Rodrigo Zerendieta.
Gefe de ronda: D. Mariano Salas.
Guarda:s de ga~ita: D. Ramon Contreras, D. Francisco Carmona,
D. ~nt?mo Rodnguez, D. Juan Medina, D. Manuel Recio y D. Antomo S1stos.
_Guardarondas: D. José Herrerías, D. Angel López y D. Agustín
V1llégas.
. P~ra cubrir las vacantes, se ha servido S. M. designal' las personas
s1gmentes:

F. de P. Tabera.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION

Circu_lnr núm. 33.

1~

l\féxico, Agosto n de 1865.

Q~e.nendo ~l-~obiern? de S. M. fijar cuanto antes de una manera
defimtiva la dms1~n temtorial del Imperio, y siendo necesario para
llevar á c_abo este 1~portante propósito tener á la vista los datos que
deben_ gmar al Gobierno en la reforma que para ello es necesario hacer, dt~pone que esa P~·efectur~ ~umpla con lo prevenido en el artícul? ~- de!ª ley relativa, remitiendo ademas á este Ministerio las
noticias é mformes que tenga sobre los inconvenientes conocidos
hasta hoy, á que haya dado origen la ejecucion de la misma ley en
el co?cepto de que para el mejor resultado de la reforma enunci~da
conviene que lo~ informes y noticias que se piden sean de tal carác:
29 Comandante.
· ter~ que el Gobierno pueda conocer y calificar por esos datos las necesidades á que debe proveer.
·
D. Fernando Grinda.
~o
obstante
lo_
dispuesto
en
la
2~ de las instrucciones sobre ejeGefes de garita.
cuc1?n. ~e la pre_c~tada ley, aun no remite esa Prefectura su proyecto
D. Joaquín Iberri y D. Pedro Schiafino.
de dmsio~ prov1S1onal del Departamento. Esa injustificable omision
Gefe de ronda.
está. p~rahzando la gestion de los negocios y retardando los ·arreglos
P!·ehmmares d~ la division territorial definitiva. En tal virtud, el GoD. Joaquín Sevilla.
bierno le previe_ne que ~ la may?r brevedad cumpla V. S. con el deGuardas de garita.
ber_ que dichas mstrucmones le imponen, y espera que no habrá neD. Rafael María Ríos, D. José María Guerrero, D. Jesus Escalo- cesidad de recordárselo por segunda vez.
na, D. ~ngel Alva, D. Mariano Heredia, D. Eduardo Ordoñez y D.
El Ministro de Gobernacion,
N. TruJ1llo.
Guardarondas.

_D. Teodosio Rojas, D. Miguel Alvarez, D. Luis Villegas, D. Gabriel Flores y D. Ramon Portillo.
;,
Para .s~rvir l~s plazas de Oficial de correspondencia y Merino de
la Ado11mstrac10n principal de rentaR del Departamento del Valle

EsTEV.A,

Se comunicó esta cil'culal' á las Prefectul'ás que no han cumplido
con las prevenciones de que se trata.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

IMRERIO

TOJIO 11.

1

MEXICO: Miércoles 16 de Agosto de 1865.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.-Decreto de orgnnlzacion del Cuerpo Cons~lur.-Acuer&lt;lo sobre creaclon y sueldo de
un Guarda en la Recept-Oría de Tulanclngo.-Nombramlenws de varios Cónsules y ncecónsules.-Nombramlent-os de Médicos cons,111-0res de la Corte.-Acuerdo Imperial •~bre uu ocurso del Sr. Deffis.-,blso del
Ministerio de Hacienda sobre e01padronnmlento de fincas rústicas y urbanns.- Nombrnmlento del Coronel
Rodrlguez para Ayudante de Campo.- Nombramlento de Chambelnn.
PARTE NO OFICIAL.-La fiesta del 16 de Agosto.-Munlllcencla Imperlnl.-Otras noticias.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE JrfExrco:
Vista la necesidad de arreglar el Cuerpo Consular de una manera
conveniente y adecuada al estado y relaciones del Imperio;
Oído Nuestro Consejo de Ministros, HEMOS decretado lo siguiente:
TITULO I.

PersoBal y 1-ango.

Art. 1? El Cuerpo Consular se compondrá de
Cónsules generales,
Cónsules,
Vicecónsules.
Art. 2&lt;.&gt; En cada una de estas categorías, la antigüedad del nombramiento determinará el rango.
Art. 3? Los agentes consulares, investidos interinamente de funciones superiores á su grado, volverán á su antigua posicion cuando
concluya su servicio interino.
Nombra= :~censos.

Art. 4? Nos, estableceremos á título de reciprocidad, ó en virtud
de usos y tratados, agentes consulares en las ciudades extranjeras en
que lo exijan los intereses comerciales del Imperio.
, Art. ó? Para ser Cónsul ó Vicecónsul expensado, se requiere:
Ser mayor de veinticinco años.
Haber sido aprobado en el exámen que le hará una comision nom
brada por el Ministro de Negocios extranjeros. El exámen versará
sobre el derecho internacional relativo á Cónsules, sobre el mercantil marítimo, é idioma del pais donde ha de residir.
Art. 6&lt;.&gt; Cuando el interes del Imperio lo exija, Nos podremos confiar á extranjeros el servicio consular. Para el nombramiento de los
de esta clase, oirá Nuestro Ministro de Negocios extranjeros el informe del agente diplomático·respectivo! cuidando que ~l nombrado no
sea ciudadano del p~is. donde ha de eJercer_ sus funciones, á ~enos
que Nos, con conocim1e~to de causa, autoncemos el nombram1ento.
Art. 7? Los nombramientos de los Cónsules serán firmados por
Nos y refrendados por Nuestro Ministro de Negocios extranjeros.
Este expedirá los de los demas agentes consulares.
TITULO m.
Sueldos y gast-OB.

Art. 8? Los Cónsules, Vicecónsules y empleados consulares disfrutarán la remuneracion anual que Nos tuviéremos á bien señalarles, segun las conveniencias del lugar de su residencia é importancia
de sus servicios. ·A los que no se concediere sueldo, se asignará una
cantidad para gastos de establecimiento y de oficio, de la cual deberán dar cuenta justificada. Los sueldos serán de mil quinientos á cua•
tro mil pesos anuales.
Art. 9º Los Cónsules que reciban sueldo no pueden dedicarse al
comercio, directa ni indirectamente.
Art. 10. A los residentes en el Imperio que fueren nombrados
Cónsules ó Vicecónsules, se les abonarán los gastos de viaje para la
ida y vuelta, conforme á la regulacion que hará el Ministro de Negocios extranjeros. Pero si fueren exonerados por mala conducta 6
faltas en el servicio público, no tendrán derecho á percibir viático
para el regreso.
·
Art. 11. A todos los empleados consulares se abonarán los gastos
de viajes que hicieren por 6rden del Gobierno 6 del ministro de su
distrito, presentando cuenta documentada de ellos.

\

NUM. t88.

Art. 12. Son gastos de oficio:
I. Los de escritorio y porte de correspondencia oficial, en la cual
no debed, incluirse ninguna particular. Los empleados consulares
cobrarán á la da esta clase que reciban, doble porte, dando cuenta
al Ministerio; y la que ellos incluyan se enviará á la Administracion
de correos para el mismo intento.
II. El precio de compra y conservacion de banderas, escudos, sellos y otros útiles de oficina.
ID. El precio de compra, copia y traduccion de los documentos,
opúsculos y periódicos que remitan al Ministerio d~ Negocios extranjeros.
IV. Los gastos á que puedan dar lugar, segun las costumbres locales, la entrega de patentes, exequatur, enarbolacion por primera
vez del pabellon nacion~l, y otros análogos.
Art. 13. Los sueldos de los agentes consulares empezarán á correr
el dia en que se pongan en camino para su destino, desde el lugar
de su residencia, y cesarán cuando fuesen exonerados, el día que fije
Nuestro Ministro de Negocios extranjeros, atendiendo al tiempo necesario para que entreguen el consulado y vuelvan al lugar de su
residencia. Si fueren removidos por falta en el cumplimiento de sus
deberes, cesará el sueldo desde que se les comunique oficialmente su
remocion.
Art. 14. Los sueldos de los agentes consulares serán pagados á sus
apoderados por tercios adelantados en la Caja central de México, sin
abonarles cambio, situacion, etc. etc.
Los gastos de oficio se pagarán en México por tercios .vencidos,
aumentando el costo de la situacion, hasta el lugar en que se hubieren hecho.
TITULO IV.

Licencias y faltas accidentales.

Art. ló. Las licencias serán concedidas á los agentes consulares
por Nuestro Ministro de Negocios extranjeros, y en casos de gran
urgencia, por el Gefe de mision del país de su residencia. Uno ú otro
funcionario designarán al interino que haya de reemplazar el agente
consular con licencia, teniendo en cuenta la categoriá.
En los casos de impedimento súbito, el Gefe de mision respectivo
procederá al reemplazo interino, dando cuenta.
Art. 16. Los Gefes de mision podrán conceder licencia á los agentes consulares hasta por un mes, y Nuestro Ministro de Negocios extranjeros hasta por tres meses. Excediendo de este término, la recaharán de Nos.
Art. 17. Si la licencia pasare de quince dias y fuere concedida pa.ra asunt-0s particulares del interesado, se le considerará en dispo_pibilidad para sus sueldos Si pasare de un mes cesará de percibirlos
enteramente.
·
'
Art. 18. En los casos de enfermedad, percibirá el sueldo integro
durante el primer mes; medio sueld-0 en los dos siguientes, y excediendo de este término podrá ser declarado en disponibilidad.
Art. 19. Si la licencia concedida al agente consular fuere para
desempeñar otro destino público, percibirá el sueldo que á éste corresponda.
TITULO v.
Obligaciones Yresponsabilidades.

Art. 20. Los agentes consulares obedecerán escrupulosamente
Nuestras leyes, reglamentos y las órdenes é instrucciones que se les
comuniquen por Nuestro Ministro de Negocios extranjeros.
Art. 21. Nuestro Ministro de Negocios extranjeros hará efectiva
la responsabilidad en que pudieren incurrir por fülti3: en el cumplimiento de sus deberes. Si hubiere lugar á formac1on de causa, se
procederá con arreglo á la ley de responsabilidades.
Art. 22. En todo acto á que los agentes consulares asistan con su
carácter oficial y en el ejercicio público de sus funciones, usarán precisamente el uniforme que Nos determinaremos.
Art. 23. El principal deber de los Cónsules es proteger el comercio nacional en pais extranjero y coadyuvar á su prosperidad.
Art. 24. Les está absolutamente prohibido mezclarse en la politi-

'

1

�DIARIO DEL IMPERIO.

162

ca del pais en que residen; pero deberán comunicar á Nuestro Gobierno con puntualidad y estricta veracidad, los sucesos y apreciaciones que de ellos hagan.
Art. 25. Deben vigilar cuidadosamente la observancia de los tratados de comercio vigentes entre 1\1:éxico y el país en que residen.
Art. 26. Dispensarán proteccion á los mexicanos residentes y transeuntes en su territorio, y cuidarán de que se observen las leyes y
reglamentos de comercio y navegacion.
Art. 27. Instruirán á Nuestro Gobierno del progreso ó decadencia
del comercio, y le indicarán la direccion que deba darse á las especulaciones nacionales.
Art. 28. Cuidarán escrupulosamPnte de desmentir 6 rectificar las
noticias fal~as ó inexactas que se publiquen en los periódicos de su
residencia, dando conocimiento de ellas á Nuestro Ministro de Negocios extranjeros.
Art. 29. Con conocimiento de los derechos, libertades y franquicias que las leyes y prácticas del Imperio conceden á los extranjeros
residentes en él, observarán cuidadosamente si los mismos beneficios
se otorgan á los mexicanos en el lugar de su residencia, dando cuenta, en cada caso, de las diferencias que notaren, para mantener la
reciprocidad. Igualmente enviarán al Ministerio de Negocios extranjeros copia de las nuevas leyes ó providencias que se dictaren gravando la condicion de los extranjeros.
Art. 30. Ejercerán las funciones de jueces, notari-0s, depositarios,
árbitros, tutores y curadores de los pupilos mexicanos residentes en
el extranjero, y todas las &lt;lemas que les confieran el código civil y de
comercio, y permitan los tratados y las leyes del país en que residan.
Art. 31. En casos de muerte ó ausencia de un mexicano en la residencia consular, practicarán los agentes todos los actos que permitan los usos y tratados, para la conservacion de los bienes del ausente ó muerto.
Art. 32. Prestarán su auxilio á los marinos en caso de desgracia ó
naufragio, y proveerán á los mexicanos náufragos de los medios mas
necesarios para volver al Imperio.
Art. 33. Legalizarán los documentos otorgados dentro de los límites de su jurisdiccion con destino al Imperio; librarán pasaportes,
patentes de sanidad y certificados de supervivencia; intervendrán en
los asuntos de interes privado con autorizacion del Ministro de Negocios extranjeros, y expedirán y recibirán todos los documentos autorizados por las leyes, usos ó convenciones diplomáticas. .,
Art. 34. Defenderán escrupulosamente los privilegios y atribuciones que les conceden los tratados ó la costumbre, dando cuenta, si
necesario fuere, al Gefe de la mision diplomática del pais en que residan, y al Ministro de Negocios extranjeros. En las mas graves dificultades que puedan ocurrir con el Gobierno del pais de su residencia, se limitarán á protestar y esperarán instrucciones del Gefe
de la mision ó de Nuestro Gobierno, continuando sus funciones consulares, á menos que el Gobierno territorial les impida su ejercicio.
Si su seguridad personal corriere peligro, se retirarán, poniendo á
sus nacionales bajo la proteccion del Cónsul de una nacion amiga,
y harán cuanto puedan para facilitnr la partida de los mexicanos que
lo soliciten, y salvar sus intereses.
Art. 35. Las relaciones de servicio entre los Cónsules y la marina
de guerra ó mercante serán los que determinan ó en lo sucesivo determinaren las leyes y reglamentos especiales.
Art. 36. Los Cónsules dirigirán al Ministro de Negocios extranjeros informes anuales generales de comercio y navegacion, ademas de
los que envian con su correspondencia mensual.

DIARIO DEL IMPERIO.

determinar la cuota de la pension, los sobresueldos ó gratificaciones,
ni aun el aumento de sueldo.
Art. 41. Se entiende por servicio activo, para el efecto de perci_bir
la pension, el que se haya prestado efectivamente en el Consulado ó
Viceconsulado; de manera que si hallándose la persona en disponibilidad, estuviere ocupada en otro encargo 6 comision que no fuere
consular, tampoco tendrá derecho á que se le compute el tiempo para obtener ó mejorar la pension, y solamente gozará la que baya obtenido al entrar en disponibilidad. Se considerará un empleado en
disponibilidad cuando, habiendo cesado en su encargo, el Gobierno le
manda esperar sus órdenes.
.
Art. 42. Son aplicable¡¡ al Cuerpo Consular expensado, los articulos 57, 58, 59, 60 y 61 de Nuestra ley orgánica del Cuerpo Diplomático.
TITULO

vm.

Prevenciones generales.

Art. 43. Los agentes consulares al tomar posesion de su encargo,
otorgarán ante el Ministro de Negocios extranjeros ó la persona que
designe, la protesta que prescribe el art. 79 del Estatuto del Imperio.
Art. 44. En las naciones donde hubiere Legacion ordinaria del Imperio, estará subordinado á ella todo el cuerpo consular alli establecido. Los Cónsules y Vicecónsules lo estarán al Cónsul general, y
los Vicecónsules á los Cónsules.
Art. 45. Los Cónsules someterán á Nuestra aprobacion el nombramiento de agentes públicos consulares, Cancilleres y oficiales de
Cancillería que puedan ser necesarios á los intereses del comercio del
Imperio y mejor desempeño de los Consulados. Nos determinaremos
en cada caso lo conveniente, así como si los nombrados disfrutarán
sueldo ó emolumentos.
Art. 46. Ningun agente consular podrá aceptar sin Nuestra autorizacion empleo consular de otra nacion; pero, sí, la proteccion de
sus súbditos y el depósito de archivos extranjeros provisionalmente y
en caso de urgencia.
Art. 47. Los agentes consulares, percibirán los derechos fijados en
el arancel, conservando éste siempre en un lugar donde cómodamente puedan consultarlo los que concurren á la oficina. Llevarán cuenta
exacta de los que recauden, y cada mes darán noticia de su producto
al ministro de Negocios extranjeros, teniéndolp á su disposicion.
Art. 48. Nuestro Ministro de Negocios extranjeros expedirá los reglam~ntos y órdenes necesarias para el mas exacto cumplimiento de
esta ley.
....Dado en México, á 12 de Agosto de 1865;
MAXIMILIANO.
POR EL EMPERADOR,

El Ministro de Negocios Extranjeros,

JosE F. RAMIREz.

MAXIMILI.A.NO,

EMPERADOR DE MEXICO:

Hemos venido en acordar, mediante la necesidad que hay en la
Receptoría de Mexicalcingo de un empleado-que se ocupe en vigilar
los potreros de aquella demarcacion, y en hacer en la misma la reeaudacion de ganados, que se nombre un guarda que se dedique á
dichos objetos, y que tenga de haber cuatrocientos veinte (l) pesos anuales.
Dado en México, á 31 de Julio de 1865.

.

Art. 37. Los Consulados dirigirán toda su correspondencia oficial
al Ministerio de Negocios extranjeros. No podrán seguirla con el comercio y con particulares para asuntos de su encargo.
Art. 38. Son aplicables á los Consulados las dispOliiiciones de Nuestra ley orgánica del Cuerpo Diplomático respecto á correspondencia
y archivo.
TITULO VII.

Pensiones y retiro.

El Gran Mariscal do la Corto
y 'Ministro de la Casa ImperinÍ,
ALMONTF:,

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SF.CCION

lª
México, J.t de Agosto de JSG!i.

t

El Subsecretario de Justicin

. F. de P. Tabem.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

'

AVISO.

re~~c~~ne!;,1º:fi!i:!.dientea para cuyo despacho se necesita de la presencia de loa inte,
Seccion 1\'-442, 483, 511 l 152 2 539 y 2 564
Sec . 2ª 493 583 ' ' ' '
' .
2,513, 2º:35·-2
6363'2,97639, 789,915,934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, ] ,727, ] ,992,
, , ,636'2
, ,67:.oy
·
· á estos negocios
· ·
noAdvirtiéndose
se verifica. que no se puede· dar rungun
giro
si esta comparecencia

MINISTERIO DE HACmNDA.
SECCJON 2~ DIRECTIVA.

•

• .

México, Agosto 12 de 1865.

~or disposicion supr~ma se ha mandado practicar en todo el Imperio, u~ empa~ronam!ento de finc~s urbana-s y rústicas, estableci- Nota.-Hoy se han elevado al Exmo Conse·o editad 8
de la Seccion I'!', números 629, ·855 ¿. '1e;f5 1 57i Kikeª~\ gc~&lt;38loe eape.
mie~tos mdustnales, giros mercantiles y profesiones, y ejercicios lu- dientes
4,065, 4,067, f,068.. 4,144, 4,145 y 4,146. '
' ' ' ' ' • , , 3, , 1, 4,064,
cra~1vos que baya en cada_poblacion, á fin de lograr los datos esta- De la Secc10!12., números 773, 792, 793, 8.53, 863, 949 2 025 4 066
dísticos que_ tanto se necesitan para el importante arreglo de la H _ Lo que se av1Sa para conocimiento de loa interesados. ' ' y ' •
cienda pública.
a México, Agosto 14 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizado,
Esta Sec~ion Directiva ha dirigido al efecto á todos los recauda•
Juan Suarez y Na'Oarro.
'
dores u~a circular m~rcada con el número 95, en que se les dan las
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
instru~~10nes respectivas y se les remiten los modelos necesarios ue
AVISO.
les facilite_ el ex~cto cumplimiento de aquella disposicion, autorizandolos al_ mismo t:empo pa~a nombrar comisionados con las cualidades Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art 24 d ¡ J d
c~sa núm. 3 del cal!ejon de Dolores, valuada en ia ca:tidadydee (2! ~ªif1ªbssrero último, l_a
necesarias que eJe_cuten dicho empadronamiento.
ciento once pesos cmcuenta y ocho centavos se pone 0
• ? ,
ca.) dos mil
·
Lo qu.e ~e pubhca en el "Diario del Imperio," á fin de que lle ue que• ¡118 personas que quieran
hacer postura 'ocurran á nla conocuruento
Ad · · tra • del
d público
.
' p~ra
nabzados el día 4 del-próximo Setiembre á 'ias nueve de la IDl_ms ~ion e bienes nac10.
al C?~ocimrento d~ todos los habitantes, y no rehusen ministrar á~os za.rá
el remate con la concurrencia que ha a· tenié d
manana, a cuya hora comencomisi~na~os referidos todas las noticias que éstos necesiten para el vencio1;1es de los artícnloe 25 y 27 de la ciiada le . n ose prese1_1t.ea para el efect-0 los pre.
México, Agosto 12 de 1865.
Y
objeto md1cado.
20s-l

El Gefe Director,

ltllmTERIO DE RACIDDA.
SEOCION 4\'

IIINISTERIO DE LA CASA IKPERIAL,

CON:OCATO~A A LOS TENEDORES DE BONOS CONOCIDOS POR "BONOS JECKER."

México, Agosto 14 de 1865.

Félix Campillo.

MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS,
México, Agosto 15 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien nombrar,
á D. Juan B. Musso, Cónsul general en Génova,
á D. Tito Vignolo, Vicecónsul en Voltri,
á D. Valerio Falcon, Vicecónsul en Nápoles,
á D. A. Shakery, Vicecónsul en Liorna,
á D. Romualdo Brunet, Cónsul en Cette.
á D. Felipe d'Ailland de Cazeneuve, Vicecónsul en Marsella,
y á D. L. C. Spitta, Vicecónsul en Bremen.

Art. 39. Solamente los agentes consulares que disfrutan sueldo,
tendr~n derecho á la pension y retiro que les designa la ley de la
materia.
El encargado de la Seccion de.Consulados,
Art. 40. Cuando estuvieren en disponibilidad, recibiráJ una penIgnacio María de !caza.
sion alimenticia en esta forma:
Los Cónsules y Vicecónsules que, con tal carácter, nombrados en
propiedad y no interinamente, hubieren servido en servicio activo
MINISTERIO DE LA CASA I!IPERIAL.
se!s año_s,_ gozar~n mientras est~vieren en disponibilidad, una pension
México, Agosto 14 de 1865.
alimenticia eqmvalente á la mitad del sueldo que tengan asignado.
Por decreto de 12 del actual, S. M. el Emperador se ha servido
Los que hubieren servido con las mismas calidades mas de seis años
nombrar
Médicos consultores de la Corte, á los Sres. siguientes:
hasta doce, gozarán cinco octavas de sueldo. Los que hubieren serD.
José
Ignacio Durán, Director de la Escuela. de Medicina.
vido de la misma manera mas de doce hasta diez y seis, gozarán las
tres cuartas partes; y los que hayan servido veinte, con las propias
(1) La palabra veinte faltaba en la copia de este decreto que fué remitido ni Diurio
calidades, gozarán fntegro el sueldo. No se tomarán en cuenta para para
su publicnciop el dia 11 del actual; y por esta razoo ee repite hoy.

El Administrador de bienes nacionalizados
Juan Suarez y Na'tlarro.
'

J. M. Lopez Monroy.

Al Subsecretario de Hacienda.
El Subsecretario de Hacienda,

S. .M. el Emperador reunió por la tarde á la oficialidad francesa
en un gr~n ban~uete d_ado en Chapultepec.
Un baile o_ficrnl se dió por la noche en la residencia del Sr: Mariscal, Y unos vistoso~ fuegos artificiales se quemaron á las diez 011 la
pradera que se extiende &lt;letras de aquel edificio.
El pabellon ~acional ~stuvo enarbolado en los edificios públicos,
y los de las n~ciones amigas ondearon en sus legaciones y consulados, en celebndad de este grande aniversario de la nacion francesa.

MUNIFICENCIA IMPERIAL.
Al oc?rso de D. Pedro Reynaldo Deffis, súbdito frances en que
El Boletin Oficial de Jalapa dice lo siguiente e~ su número del 10:
con motivo _de una sentencia pronunciada por la primera,'sala del
Supremo Tribun~l de Justicia en un juicio que siguió contra el po- Oapill~ de Santiago.-Para la. de este nombre que se está construyendo
see~or de la bamenda de San Nicolas, como denunciante de varios en esta cmdad, ha regalado S. M. el Emperador la suma de quinientos pecapitales de capellanías y ob_ras pfas, pretende que S. M. r. declare sos.. El Sr. L~zano, infatigable promovedor de la obra, creemos que con Ja
si supuesto ese auto ?e la pnmera sala, hay conflicto entre el artícu- canti~ad mencionada podrá terminar el templo. A nombre de los vecinos de
esta Ciudad damos las mas expresivas gracias á S.M. el Emperador por eslo 30 de la ley e&amp;pecial ~e 25 de Junio de 1856, que previene el jui- te
rasgo de munificencia hácia esta poblacion.
'
cio ver~al para las cuest10nes de desamortizacion y la comun de 29
~eQNo~embre de 1858, S.M. en 11 del actual tuvo á bien acordar:
~e siendo enteramente ?Jaro que la disposicion del artículo 30 de
la citada ley de 25 de ~umo se refiere únicamente á los casos en ue El domingo 13 del corriente, á las nueve de la mañana1 llegó á Vera cruz
1
tra~ar~e d~ desamortizar alguna finca bajo las dos formas posi~les e vap?r ''.Veracruz" de la línea americana, procedente de Nueva-York. ,
adJud:cac10n ó remate, se presentare alguna cuestion de resolu- En el vmo, de regreso de su mision á Europa, el Sr. Eloin, Gefe del Gabide ~- ~f. el Emperador. El Sr. Eloin es esperado hoy en est.a capital
mon rre:ia para llevar~ efecto desde _luego la operacion de desamor- nete
'.1'ambten ha llegado en el mismo buque el comandante D J oaquin Ro:
tiz~c1on, y que no habiendo promovido aclaracion alguna de ley el d~~
.
Tribunal Supremo-, á quien ún_icamente corresponde fijar las dudas El vapor "Barcelona" fondeó ayer en Veracruz á las seis y media de In
que ocurran e~ las l~yes al aplicarse en los tribunales; 110 es de to- mañana.
marse en considerac1on la presente solicitud
·
,Y_ lo comunic~ ~ V. S. para que lo haga s~ber al interesado.-El
AVISOS OFICIALES.
Mimstro ~e Justicia, Escudero.-Sr. Prefecto político de T 1
Es copia.
o uca.

MAXIMILIANO. .

POR EL EMPERADOR,

TITULO VI.
CorreapondenGia y archivo.

D. J~sé María Yértiz, Vicedirector de la Escuela de Medicina.
D. M1~uel J. Jimenez, ~atedrático de clínica interna.
D. Julio Clément, Médico práctico.

163

P?r decreto de 12 del presente mes, S. M. el Emperador se ha
servi~o nombr~r Ayudante de Campo al coronel de A ·1·
D
Felicmno Rodnguez.
uxi iares, •
iEI. ~ran Mariscnl de la Corte
y Mm1Btro de la Casa Imperial,
ALMONTE.

.

Debiendo abnrse una almoneda para I
t' .
con la cantidad de trescientos tremta Ytr!s:fiº~~za~1ºtidtb?nos de dicha deno~nacion,
centavos($ 333,333 33 ca) ·conforme al arre lo sC1en s emta y tres pesos tremtaytrea
voca á loa t.enedorea de ello~ para el 20 del eftra~telrad'í:n
diez de A~ril último, se connis~r!o, á las doce del día; en la int.eligencia de que fº 8 , la Sec_c1on 4~ de eat.e Miadmit10nd~ los bonos por su valor nominal á lo muº d~m~dO all 60meJor postor, se ~ará
segun el citado arreglo.
'
'
uci e por 100 del capital~
4
~feci:nis6t.nga la mayor publicidad posible, se espide desde hoy.

i!

~f~:, .r~J~

El Gefe de la Seccion,
J. M. Cal110.
JU1'ISTERIO DE RACIDDA.

México, Agosto 14 de 1865.

Por decreto de esta fecha, s. M el Emperador se ha
'd
brar CI b 1 á D M
·
servi o nommm e an
· anuel Pacheco, de Guadª'lajara.
El_ ~ran Mames! de la Corte
Y Mllllstro de la Casa Imperial,
ALMONTE.

PARTE NO OFICIAL.
La fiesta del 15 de Agosto se celebró ayer con un solemne T,
Deum cantado á t?da orque~ta en la Catedral, á las ocho de la ma~
ñana. El_Sr. Mariscal Bazame, el Señor Ministro de Francia l
fes y ofic~atl~s del ejército y un gran número de personas d~ ~~~:;
clases, asis _ieron á esta ceremonia.
En seguida e! ~r. Mariscal pasó revista en la plaza (i todas las tropas de 1a guarmcion.

,

SECCION 4\'

Siendo domingo el dia señalado para ce! b I I
á los !enedoreA de bonos conocidos por "B~n~3:
moReda de _que habla la convocato!in
tendra efecto la propia almoneda el día 19 d 1 . er, 88 advierte que por tal motivo
México, Agosto 7 de 1865.
e cornente, en el lugar y hora anunciados.

J!:k

El Gefe de la Seccion,
J. M. Cal'tlo.

ADMINISTRACION DE BIENES NACfONALIZADOS.
AVISO.
Debiéndose sacar á remat
casa núm. 25 de la . ~ cdl nrreg_1o al art. 24 de la ley do 26 de Fobrero último, 111
($1,129) mil ciento
e calleJon de San A.nt.?ni.o, valuada en la cantidad de
personas 11
•
vem ueve pesos, se pone en conocumento del público para ue la
ol día 24 Jei6pi:::~!
lf::::u~v~~lan á ¡~ Admjniatrac1h·on de bienes ~acionaflzado!
con la concur
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manana, " cuya ora comenzará el remat
artículos 25 yr~cd1ae qlaue ·taaya;lteuiéndose presentes para el efecto las prevenciones de lo:
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ll~ 11co, AgoRto 3 de 186:J.
El Administrador de bienes nncionnlizadoa
20a-7
Juan Sunrez y Nararro.
'

lll!Ctin

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�164

DIARIO DEL IMPERIO.

contados desde la publicacion de este aviso, se presenten á probar el derecho que les asisJUZGADO 6? DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA,
te á los bienes del intestado D. Manuel Braceras.
En los autos seguidos en este Juzgado sobre la denuncia que hace D. Genaro Beltran
Y de órden del Sr. Juez 4? de Jo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, se publica el presepte
del intestado de D~ Guadnlµpe Ramirez, el Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Porea, aviso.
ha mandado se cite por medio del presente al Lic. D. Manuel Pastor, para que dentro de
México, Agosto 3 de 1865.-El Escribano público de la Nacion, Joaquin Guzman.
:__:__
·
488-8s-7.
ocho dins, contados desde esta fecha, acredite ser apoderado de D~ Juana Nava, que se
dice ser heredera; apercibido de que se tendrán por renunciados sus derechos si no lo
JUZGADO 4? DE LO CIVIL,
verifica.
En el juicio ejecutivo seguido por el representr.nte de D. Pedro Meneses contra D. LuLo que le hngo saber por medio del presente.
ciano Gonznlez, el Sr. Jnez 4? de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, ha mandado que se
México, Agosto 4 de Ií:G5.-El Secretario del Juzgado, /llatco Portugal.
7s-5
proceda á la almoneda, con calidad de remate, de la casa núm. 1 do la Plazuela del Arbol,
que siempre ha sido ele propiedad partic\tlar, el dia diez y siete del corriente, á las once,
En los autos seguidos en este J uzgnelo por D. Agltstin Rnmirez, sobre pago ele 1:\ obra y cuya finca está retasad\ en la cantidad de doce mil setecientos treinta y seis pesos treiny decoracion que hizo cu el templo de la Santísima, contra la estinguida corporacion ele ta y seis centavos ($ 12,736 36 cs.), fincándose el remate en el mejor postor. Lo que digo
San Pedro, é ignorándose la habitacion de dicho señor, le hago saber por medio del pre- al público, para que la persona que guste presentarse á hacer postura, lo verifique el din
sente Jo proveido por el Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perca, en esta fecha. "Médicha.
xico, Mayo 10 de 1865.-Autos con citncion. Lo decretó y firmó el Sr. Juez. Doy fe.- y hora
México, Agosto 4 de 1865.-Pedro Canel,.Escribano público.
496-311-3
Perea.-Matco Portugal, Secretario."
JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TELOLOAPAN.
,
El Secretario del Juzgaelo, !Játeo Portugcil.
6s-5
El Juez l? sustituto de 1~ instancia de este Distrito, que conoce del intestado de D~
En los autos formados sobre el concurso de D. Antonio Prieto, ha pedido el señor agen- Dolores Nájera, ha proveido en auto de dos del presente, que se convoque por edictos y
te de la Hacienda pública, Lic. D. Teófilo Fonseca, se cite por los periódicos al represen- por el Diario del Imperio á los herederos de dicho intestado que so hallan en la cnvital
tante de la testamentaría ó intestado de dicho Sr. Prieto, así como al represontant;e do la de México, á fin de que dentro de treinta dias ocurran á deducir el derecho que les asista,
testamentaría de D~ Maria Ignacia Cacho·, por ignorarse quiénes sean, para hacerlas sa- por sí ó por persona legalmente autorizada; bajo el apercibimiento, si no lo hicierell, de
ber la radicaeion de dichos autos en este Juzgado, al cargo ele! Sr. Lic. D. Jorge Perea, que les parará el perjuicio que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presento aviso para que llegue á noticia de
y se le entreguen para promover lo conveniente.
Y habiendo mandado dicho Sr. Juez de conformidad, por auto de 21 del pasado Junio, quienes import{l, en Teloloapan, á 2 d0 Agosto de 1865.
se los hago saber por med.io del presente, en cumplimiento del auto citado.
El Juez sustituto, R6m11lo Romano. 497-311-3
México, Agosto 4 de 1865 -El Secretario del Juzgado 5?, Mateo Portugal. 15a-4

______________________

i

11
1

En los autos q~e se siguen en este Juzgado sobre la denuncia q,ue hace D. José María
Loranca, de la casa mím. 1 de la calle del Puente de Santo Tomas, como mostrenca, el
Sr. Juez 5? do lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado por auto de 22 del próximo pasado Julio, se convoque á las personas que se crean con derecho á dicha casa, para que se
presenten á deducirlo ante este Juzgado en el término de catorce meses, contados desde
MANTEQUILLA.
esta fecha.
La acreditada mantequilla de la hacienda de San NicoláR Buenavista, sigue vendiéndose
Lo que se les hace-saber por medio del presente, en cumplimiento de lo mandado por en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adoñde llega fresca los márelicbo auto.
tes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
México, Agosto 1 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.
sm.
que solo en dic)la casa se espende, que ninguno está comisionado para llevarla ÍI las casas,
y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
480-15s-7

AVISOS PARTICULARES.

1'

~

___

AVISOS JUDICIALES.

(

EMPRESA DE TRASPORTES DEL EJERCITO.

Teniendo el que suscribe varios negocios propios, independientes del de los trasportes
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
del ejército, que no es esclusivamente suyo, participa al público, que á fin de evitar confusion entre sus compromisos perso11.ales y los de dicha empresa, firmará como hasta hoy
·
Mélico, Agosto 2 de 1865.
Por el presente se cita al representante de la testamentaria de D. Félix Mateos para por los primeros, y que por lo relativo á los segundos, lo hará en union de D. Adrian Dasque ee presente en este Tribunal en el término de ocho dias contados desde la primera te, á quien faculta tambien para hacerlo solo en su ausencia, siendo esta firma, separada
publicacion, á contestar In demanda que en juicio verbal y sobre pesos, le promueve D. ó colectiva, la única que obligue á la empresa de los trasportes.
(Firmado) A. SouberbieUe.
500-6a-2
Luis Jáuregui.
Y á peticion del interesado, y de órden del señor vicepresidente 1? de este Tribunal, se
pone este aviso para que surta sus efectos.
J. M. Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría. 510-3s-l
AGUA ELECl'l!.ICA.

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.

Se acabaron las canas, ya no vale nada el cosmético.-Destruccion de todas las enfermedaCITACION.
des, como la enfermedad de las reumas, etc., etc., etc.
En el concurso á bienes de D. Julio Coquelet, no habiéndose verificado !ajunta citada
el doce del corriente; el señor Juez 3? de lo civil ha mandado se cite de nuevo para el dia
Establecimie¡i¡to de productos químicos y Galería de retratos fotográficos,
19 del actual, la que tendrá lugar en su Juz~ado á las diez en punto, á efecto de hacer el
· 1~ calle de Ba.nt.o Domingo núm. 2, piso principal.
nombramiento do síndico: bajo el apercibim1ent0 de que los que no concurran estarán obliEl
que
suscribe
tiene el honor de anunciar al respetable público de este Imperio, varios
gados á pasar por el acuerdo de la mayoría de los que asistan.
México, Agosto 14 de 1865.-Manuel T. de Meneses, Escribano Público. 511-3s-l efectos químicos útiles para algunas enfermedades, y la si.a rival AGUA ELECTRICA para
teñir las canas.
La AGUA ELECTIUCA sirve para t~ñir el pelo de un negro azabache que lo hermosea,
NOTIFICACION,
por muy desigual que sea su color, y tien~ las cualidades de que no mancha el cútis como
A solicitud de los Sres. D. Francisco, D. Miguel G. y D~ Concepcion Lizardi, ha man- la tintura francesa, ni se pone verde como la tintura del Norte de Batchelor,
dado el Sr. Juez 3? de letras D. José María Cordero, se notifique al Lic. D. Víctor MarSe garantiza la teñida de una barba ó cabellera por cinco meses, por el ínfimo precio
tinez, no haga uso del poder que nuevamente le otorgó D. Angel Lizardi, y que cnalqui11,r de cinco pesos que cuestan los tres pomitos, y por una docena 48 pesos.
contrato que celebro, ó acto que ejerza, será nulo y sujeto á la calificacion de1 Juzgadó,
484-15a-6
_
JACO~O .ALIMENTO,
y que ademas la expresada providencia se publique por los periódicos.
México, Agosto 14 de 1865.-Lic. Néstor Montes.
512-311-l
'
JUZGADO DE LETRAS DE JILOTEPEC,
El señor Juez de letras de este Distrito tiene mandado por aut-0 de hoy, proveido en loa
del intestad.o de la Sra. D~ María de Jesus Camyos, que se convoque por medio de edictos á las personas que ae ()reyeren con dereeho a la herencia, para que ocurran á deducirTEATRO IMPERIAL.
lo en su Juz~ado dentro de treinta dias, contados desde el en que se haga la publicacion
OPERA ITALIANA.
en los periódicos; bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, les {)arará el perjuicio que
hubiere Jugar.
A principios del mes venidero Setiembre comenzarán las funciones de ófera en este
Y en cumplimiento de lo m11ndado, firmo el presente en Jilotepec, á cuatro de Agosto gran teatro, habiendo publicado -ya la empresa su prospecto respectivo, de cual resulta
de mil ochocientos sesenta y cinco.-Anastasio Molina, Escribano público. 513-311- l que la compañía la forman las personas que siguen:
Primeras sopranos 'absolutos.-Señoritas Isabel Alva, Angola Peralta y Matilde PloJUZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3? ele lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de doce dowoska.
Primeros tiples.-Señorita. Matilde Saverthal y señora Adela Halves.
del corriente, 60 proceda á la venta de la casa número cuatro de la la plazuela de Santo
Segundo tiple comprim.ario.-Señora Marietta Pagliari.
,
Tomás y de los enseres do un molino de aceite y una fábrica do 11guardiente que en dicha
Primeros tenores absolutos.-Señores César Limberti, José Tombesi y Silvestre De
casa se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. Francisco Chavero, la finca en la cantidad de ocho mil setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres Biaggi.
!'rimeros barítonos absolutos.-Señores Mariano Padilla y Sabatino Capelli.
de la fábrica y molino en la de dos mil cien pesos; señalando para las almonedas las maPrimeros bajos absolutos.-Señores Juan B. Cornago y Juan B. Ta.ate.
ñanas del veinticinco del presente, y cinco y diez y siote del entrante, á las once, siendo
Tenores comprimarios.- Señores Tomás Rubio y Juan Zanini.
la última con calidad de remate.
Segm1do bajo comprimario.-Señor Jacinto Villanueva.
Los enseres de la fábrica y molino mencionados, son los siguientes: los del mohno, una
tahona cuya muela y taza e•stán duchadas de fierro, con sus correspondientes palancas
MAES'rROS DIRECTORES,
para dos mulas; una rueda con banda de cuero que da movimiento á nuevo ruedas y árboSeñores Cárlos Bosoni y Cárlos Fattori.
les, unos de madera y otros de fierro, y un molino de triturar aceituna.
Maestro director de coros.-Señor Agustin Balderas.-Primer molin concerlista, señor
El aparato de destilacion es de cobre forjado, con tubos de comunicacion del mismo
metal, una retorta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubas de Eusebio Delgado.-Di1ector de escena, señor Juan Zanini.-Pintor y maq11inista, el hábil
artista mexicano señor Manuel Serrano.-Apuntador, señor Bruno Flores.-Sastres, semadera con cinchos de fierro, y otra mas grande anexa al aparato de destilacion.
Lo que aviso al público en cumplimiento de lo mandado, y para que las personas que ñores Domingo Pauselli y Rafael Valle,-PelttqUero, señor Juan Esquive!.
La empresa hace una especial mencion de la orquesta, que se compondrá de los primequiera? _hnc~r postura, ocurran a la hora señalada; en concepto de que las instrucciones
que mirustran los autos, se darán en el despacho del que suscribo, ubicado en los bajos de ro~ profe_so:es eristentes ~n la capital, bajo la direccion del muy hábil y muy acreditado
prllller v10lin señor Eusebw Delgado. El numeroso cuerpo de coros de ambos sexos lo forla casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
,
marán los mas hábiles y esperimentados individuos del ramo.
México, Julio 18 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
' 463-15a-10

..

JUZGADO DE LETRAS DE TEN.AN'CINOO.
Estando mandado por ~uto de dos del presente mes, se proceda á la venta ele la casa
situaela en la 3~ cal)e Nac10nal d~ est~ pueblo, perteneciente á la Sra. D~ Juana Cuevas,
valuada por los pontos D. Agustm Villegas y D. José M. Perez en la cantidad de mil cuatrocientos sesenta pesos, y señalados para las almonedas los dias 14 y 25 del corriente
Agtsto, y el 6 de Setiembre próximo, siendo la última con calidad de r~mate, se pone en
conocimiento del público para que las personas 9-ue se interesen á la mencionada casa,
ocurran á est.e Juzgado de letras, donde se les daran las instrucciones respectivas.
Tennncingo, Agosto 2 de 1865.-El Secretario, Lic. Jacobo 8(lnchez.
50-2-6a-2

CITACION JUDICIAL.
Por el presente se cita á D~ María de la Luz Franco, como madre de sus dos menores
hijos, que dice lo fueron tambien de D. Manuel Braceras, y á D. Vicente Fernandez como cnrador de la menor D~ Marg11rita Bracerns, pam que en el término de ocho di11s,

DIVERSIONES PUBLICAS.

El viérnes 18 del actual tendrá Jugar en el teatro referido una funcion dramática á be:
neficio d~ la niña Juanita Ortiz JI Ducl~s, de cin~o años de edad, hija del primer actor D.
J ~sé Ort1z; cuyos productos astan destinados para crear la dote de la beneficiada, imponiéndolos en la Compañia mexicana de Seguros mutuos sobre la vida "La Bienhechora."

TEATRO PRINCIPAL.
En la noche de hoy, á la hora de c1Jstnmbre, se pone en escena la comedia en cuatro
actos, intitulada: Muérete y verás.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
DAJOS

DE

SAN AGUSTIN,

NUM.

l.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Chambelan</name>
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                    <text>DIARIO DEL IMPERlO.

156

AVISOS JUDICIALES.
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
·
· d p Tnbera en los autos que sigue en repreA pedimento tlel Sr. Lic. D. franciscif e ¡' G de Lizardi y la Sra. D'.' Concepcion tle
sentncion de los Sres. D. Frnncisc&amp;, D.li igu~d · 1Sr D Angel de Liznrdi p&lt;'r prodiLiz_ardi ~~) Valle •. sobre que f\prornad~~oc~~stJ~1ez 3? de lo civil, Lic. D. iosé M. Cor.
gnlidad e mcnpac1dnd m,cn~a • n man
.t
e se celebren con el espresndo Sr. D.
dc1·0, se ~aga _saber ni pu~lico_ qd! á~~ ~~~~~~oº!i!ci¿nndo, quedan sujetos á calificacion,
L1zard1,_duran~_e
perl10arado.,• nulos si se decreta el nombramiento de curntlor por
yAngel
que por
lo mismo se1 an &lt;lec

inca~a~ida&lt;l menttnll.J d 1º"~ -Lic Néstor Montes Escribano de diligencias.
Mex1co, Agos o
e °""·
· ·
'
508-3:i-l
JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES l.iUJd. 8,

que hablan
loaelartículos
de quiebra, cuya época deberá c~ntarse para 1os e~ectos de
a arezca,
desde
treinta y78J
unoY
siguientes del Código d11 Comerc1od, snlvoh lo que d~sp!~~dEr D Trinidad Vaca, se presend M último en que en union e su ermano e c
·
'd' do espe
t! al iuºzgado 3? do lo ~ivil_ anunciando 9ue babia suspe':i!!~tb~e~~~º~e!
y á la
ras: procédasc al aseguram1ent~ de lof, libros,) po~e~oldel Código de Comercio: se nomdctencion, de BU C?r~esponden~1!,
ºEicta~~e~ y c~. y judicial al Sr. Lic. D. José Mibron síndicos ndmm1stradores a os res.
d
. ;¡·
nra que pres •nten al singue! E01i_q~e, fijándose ab' lods acl re~dot~efis
e~r::zde :u~º::!-élt:s~ ~núnciese la .provide~cia
I
dico admm1strador nom rn o osJns ca _,
d d
un la cantidad de vemti1
por medio de edictos y de los petj~icot-0scuyalr :~esoª~1º!a~~diento de calificncion de la
cinco pesos para sus gastos de imen s,
t d, or D Trinidad Vaca al
1~~e:a1¿ tg:i~g~e~fvft~Pfod;l'~~!yª!:o!e/;~.::::;ª1E::~r~s~ ;:e~iden~ y colegas.-Castillo -Garc!a.-Abadiano.-J. M. Cardena, Oficitr ~- to de lo mandado
L~ que 80 hace saber á los interesados en cump IDJen
;
J. M. Cardeña, Ofi~inl 2? encargado de la Secretar111. 48'2-6a-6

,EL

!e~a!~.

ºs~

DEL

DIARIO

6

IMPERIO

ORDEN.

JUZGADO 3? DE LO ClVU..
, que en elJ'uicio
promovió
D. José.
Lozano,
Se hace saber á D. Jaco bo Carre~a,
t' d'que le"Que
D Jacobo
Carrera
pa. d 18 J
3o ae ¡0 civil Lic. D. José Cordero, ni
h
• do el fallo que en su parte reso Iu 1va ice:·
Habiendo decretado de/onfor;f~ \tor. c~1:J0~ hipotocari~ de la hacienda de la Asse ~ pronun~1a
a
o de tercero dia, los veinticuatro pe~os cincuenta centavos pedimento hecho por D. e:'llan o asu , dicos la rohibicion en que está D. Anacleto
gue
L~za.~º•
ÍI la circular de nueve de Se- cension, sobre que se haga saber por 0s P?ri1es á dic?a finen bajo el apercibimiento de
que eDh.a Jdose
ornan
a ,.Y. 1!~tgrastos
. del• juicio·
. ' estos conforme
le,,
• tiembre último; nperc1b1do dJ eJecuc10n s1 no cump .
506- :ls- 2
Pi::~! :~J~ec~~~;~f:r~~~:It:
::~~l:bre desobed~ciendo esta prevencion, lo pongo
México, Agosto 10 de 186.&gt;. 1. Braio.
in conocimiento del público para los efectos correspon~entes.
o Escribano \t
México, Agosto nueve de mil ochocientos sesenta y cmco.-J. Reyno50Í-3a-2 p .
JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
blico.
ORDEN.
111

J::

f

·ª

Se hace saber al Gencrnl D. Luis Pcrez Gomez, que en el juici~~ue le promovió e~Lic.
'Ale'andro Gomez, por D. José Lozano, se ha pr?nunciad? el ftwo que en su par re~iutiv~ dice:-" Que D. Luía P.erez Gomez pague a D. Jose Lozano, dentro de tercero
0
0
~f~i~~se~~~t:0 ~}~:1!esli1ap!i~~~fa~~,d~t:u~~netd: Se,~:~br~ªú11f:;n~~~iJd~ d/aj~t::cfo~
s1 no cumple."
.
507-3s-2
México, Agosto JO do 1865.-1. Bravo.
CONVOCATORIA.
El Sr Juez ¡ o sustituto de )otras de esta ci:¡:ital, quo conoc&amp;,Jel intestado den¡ ¾:andra· Deg?ll~do, ha prev~ni~o en auto de siete el
:re:~v~f~lr~~do
por el Diario del Imperio a los que se crean con ,
.1
¡6
onns s11fitado á fin de que dentro de sesenta dias ocurra~ a deduc1_r !) por s por 1,en
•
cientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, s1 no Jo h1c1eren, de que es parara e1

SEGUROS CONTRA INCENDIOS~
CoMPARIA DE SEGUROS DE GLADBACH.

•

do,~~t~J1uli~p~1·
de 186.5.-Visto el anterior oourso, en 9.ue el síndico del concurst1e
1
D. Marcelo AJvarez pide se apruebe el proyedto g t~ªtJºd~ ~~: ~~=:~~- :~n:~!nd~
nor la mayoría de los acreedores, y que corre e oJas a
J' • did
{ que Jos bienes del con~urso consisten todos en(:J pr8ti°) i el,11~~ ~~in1~~:i:r:o pis::
asta ública á D Francisco de P. Movellan en 'I' 30,
rem
á uf con !lsta c~ntidad hbn de ser pagadas de prefere_ncia las costas del con.curso, Y1uego
Joi acreedores en el órden que se les da en la graduc1on, en_ el cual ~ pruneÍ lugar. t~i
asigna al crédito del Duque de Terranova y Mon!eleone, impMortanll por so o cétto
( a J4 000) t
1·1 pesos· el segundo á. D Francisco de P. ove an por su cr
,
·.., rla t8
4&amp;) v~intiun mil &lt;¡.uini~ntos ochenta y ~ pesos cu~tro reales cinco
impo n ,i te ' , D Andres del Rio por ($ 2 465) dos mil cuatrocientos sesenta Y
o~tavos, Y e 1. r~~t! de 8~ crédito de que es hoy ~nedor el mismo J\Iovellan; á. que estos
imco Pédi1ª• ~Pportan mayor cantidad que la que constituye hoy el fondo del concurso, Y
res crd os 11:1Jo mismo ser pagados ¡08 otros de lugar posterior; á. que á. esos tres a~reepue en, P.º nea está c~nsentida Ja graduacion no se ha disputado la preferencia, m por
¡ oretior q~i~mbien se conforman con el proyecto, ni por los que Jo objetaron, los cuales
a~1oº ci!ai~naban los Jugares asignados en el mismo proyecto, desde el cuarto en a4eJante· á ue su uestos estos hechos, constantes todos de los autos, es ya enteramen~ 1D •
'ti! ' peijudici~J á los acreedores que alcanzan á ser pagados, ocuparse de laa cuesb~ne~
~ferencia suscitadas entre los que evidentemente no pueden serlo; Y. finalmen , a
:JJos Sres. Peña hermanos, uno de los acreed?re~ disidept,es, son los únicos que nad_a
dicho sobre si disfrutaban ó no la prefercncm a los credito_s graduados en l!)Btres pr1an 8 Ju ares á sar del apercibimiento con que se les conmm6, del largo tiempo que
de~rones fa t;ascfrrido y de la última citacion que se lea hizo; por estos fttndamentos, Y
de !onformidad con ¡0 pedido por el sindico, se .ªP!ueba en tod~s sus !!artes e! prtoye~~
de raduacion reientado por éste con fecha vemtmuev~ de Julio de mil ochvc1e!I os cm
cue~ta nuevJen la ·unta celebrada en ese din, condenandose a los ~creedores a estar r
asar ~r él ahora y in todo tiempo, á cuyo efecto el presente Juez m_terpone su autor1•
aad y peste judicial decreto cuanto ha Jugar por d_erecho: se declara,1gualme?le, que ¡8n
virtud de Ja a robacion de ese proyecto de graduac10n, lo cual se bara saber a todos os
interesados debe procederse desde luego al pago de los acreedores por el 6rfeu co_n \u¡
están rad~ados, despues do satisfacerse !as _costas, y has~ ~onde alcance e pr~c10 e
ranch; de Jico; y al efecto se faculta al smdico para que liqwdndos po~ él los créditos, espida Jos correspondientes libramientos á cargo do) rematador ~el mencionado rancho, J??Osentando en seguida la cuenta respectfra, con la _cual, obtemda que sea su aprobac1on,
uedará de todo punto concluido el concurso. As1 por este auto _Jo provey~, mandó Y~r~ó el Sr. Juez 2? de Jo civil, Lic. D. Jl:lanuel_ Pavon, por ~n~? m1 ef snscr1to Secretario,
de que doy fo.-Mamul Pavo11.-Lic. M. Frias, Secretario.
,
. •
y á causa de ignorarse cuál sea la residencia de algunos de bs acreedo~es, a pedimento
del síndico del concurso, Lic. D. Juan Bautista Alam~n, el Sr. Juez ha d1spues!~ 4!1e Pgr
medio del presente se les haga saber el auto que va mserto, para qu~ en el te.~n? e
veinte dias, contados desdo la publicacion del pre~e~te, ocurran al oficio del actuario a hacer uso de sus derechos segun les cenvenga; aperc1b1d?s de que por solo el lapso del término se Jea reputará por conformes con dicha sentencm,. y _se procederá. á. hacer en todo
como corresponde al estado de los autos. Y e~ cumphIDJento d~ lo mandad? Yp~ra 1os
efectos prevenidos en el preinserto auto, se p_ubhca ~l ~resente aviso en ll:léx1c~, a 5 de
Agosto de 1865. Antm1io Landgrave, Escribano publico.
492-3a-3

Capital de fondo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francoe.

:I°

d

i

Q

AVISOS PARTICULARES.

Capital de fondo .... _. . . . . . . . . . . . 3.000,000 pesoa prusianos.

($2~fil

.&amp;ll[ONEDA JUDICIAL
En los autos que sigue D. José Cottier contra D.:. Valentin ~1endoza, sobre pes.os, el
Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José Cordero, ha senalado los dias en q~e d~ben verificarse las almonedas para la venta de la casa núm. 1'?' de la 5! ~alle de Rev1llag1gedo (a) callt&gt;jon del Bosque, y .on los siguientes: para la primera, el dia ~ del pr~seate: para se¡
gunda el din 4 del entrante Agosto; y para la tercera, que sera con calid&amp;d de rema , ~
dil\ rn'del mismo todns á las once de la mañana, en el Juzgado que se halla. en el Pal~c10
do Justicia calle' de la Monedo; advirtiendo que dicha casa. está valuada por los pentos
D. Remigi~ Sáyago y D. Ventura Alcórreca en 4,014 pesos.
.
Lo quo pongo en conocimiento del público, para que las personas que se mtereseu en In
e•presada casa ocurran á. recibir las instrucciones ncccsar1e.s.
.
· México Juli~ 13 de·J865.-EI Escribano público de la Naciou, Joaq111n Guzman.
'
457-Ga-5
TRmUNAL DE COMERCIO DE IIEXICO.
México, Julio 22 de 1865.
A solicitud de los Sres. J. Etchnrren y C\ pidiendo ~e declare en esta&lt;lo de quiebra á
D. Vicente Vaco, se ha proveido el auto que á la letra dice: .
"México Julio 19 de 1865.-Resultando de las constancins que obran en oate espediente, qne 'el &lt;'Orredor D. Vicente Vaca ha suspendido sus pagos, se le declara en estado

t

MEXIC~: Lunes 14 de Agosto de 1865.

CoMPARIA DE sEGuRos DE BASILEA (BABEL).

Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todtlbs informes
necesarios para ¡08 que ~sten asegnrarse, en la AGENCIA GENERAL d~:_ ~;ñías,
calle de San Bernardo num. 3.
180

MANTEQUILLA.

.

La acreditada mantequilla de la hacienda de San N~col8:ll Buenavista, sigue venf1én!~S:.
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la callo del Sem.m~no, adonde llega fre~ca os
tes y sábados de cada semana; advirtiendo á los co~sum1~~resde ella, para e~~ fraudes,
ue 80¡0 en dicha casa se espcnde, que ninguno esta commonado para llevar 2' ~e casas,
q que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
Y
•
480-15s-5

DIVERSIONES PUBLICAS.
GRAN

omoo DE CHIARINL
OPERA ITALIANA,

En la noche de ho , á las ocho, se pone en escena el drama lírico dividido en ~res &amp;ct-0s,
composicion del mae!tro Pacini, é intitul~do: Bondelmonte, en cuya representticwn t11L !1:.
parte los principales actores de la companía.
~

--

Domingo 13 de Agosto.

.

TEATRO IMPERIAL.
En la tarde de hoy, á las cuatro en punto, se P?ndrán en est:0na: primero, la zarzuela
dividida en dos actos, denominad~: La cola del Diablo; en segruda otr~ zarzuela, tamd_bidie~
en dos actos, que se intitula: La isla de Sa~ 1!alandran, y por conclus10n, la come 18
Tidida en tres actos, intitulada: El amor y ..1 in1eres.

TEATRO PRINCIPAL.

En ta tarde se reprtisentará la comedia es~rita en verso I!ºr e'! Sr. de Movellan, y dividida en tres actos, denominadn: 'Escenas íntimcis, y en segwda la otra en un acto, mtituJada: Mi Secretario Y yo.
.
d' 'd'd
t
to • ·nrtulada·•
En la noche se pone en escena In comedia nueva, 1v1 1 a en res ac e 11 1 1
Llegué, llÍ y vencí.

GRAN

omco DE OHIARINI.
OPERA ITALIANA.

Esta noche se repite Ja grandiosa ópera de Pacini, autor de Saffo y de Medéa, intitulada: Bondelmo11te, á. la hora de costumbre. ·

Segundo y ítltimo Paseo Aéreo en la ~laza d~ Armas.
El Sr. Lllve tiene el honor de avisar al público que el dommgo próximo 13 del corriente hará un nuevo viaje aéreo en la Plaza mayor.
So han hecho grandes cambios en el arreglo d? la cuer~a por, d?nde ha de'Jasar, particularmente en Ja pieza :principal que se rompió e~ dommfo ultimo! lo cu le permitirá ejecut:Ar nuevos ejercicios _que nunca se han visto en ~a Américas.
Su hijo hará tambien ejercic10s sorprenden.tes en los trapec10s ~olantes, lo que no pudo
verificar el &lt;1omingo por el accidente que ocum6 antes de la ascens1on.
EL ESPECTACULO COMENZARA A LAS DOS DE LA TARDE.
Nota.-El Sr. Lave se recomienda ~l. pílblico en ge~eral, rogándole ~e sirva indemnizarle por medio de unn. gcucl'osn suscrimon, de los cuantiosos gastos que tiene que erogar.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJOS DE SAN AGUSTIN1 NUM, ] ,

NlJII. 187.

Mañana, por ser uno de los días feriados en que están certiculares, escritos en cifras desconocidas, pues esto solamente lo poradas las oficinas del Gobierno, no se publica el Diario del drá.1
hacer con los del Gobierno.-Dfgolo á V. para su inteligencia
Imperio.
y cumplimiento.
Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro,
el Subsecretario de Fomento,

PARTE NO OFICIAL.-Artículo sobre nombramiento de Ministro de llaclenda.-Otro, sobre la Oomlslon
mexicana en Roma.-Oonsejo de Gobierno de Collma.-Otro, sobra las negociaciones entre Roma y la Italla.-Juntas de expoelclonee en Jalisco, Matebuala yTulanclngo.-Pasajerosllegados a Tamplco en Jullo.lnundaclon en Cburubusco.-El Instituto de madama Rey en Parls.-Zongolica en poder de los Imperiales.Loe presos de Rloverde,-Exposlclon lntemaclonal en Bombay.
DENUNCIOS Y SOLIOITúDES.-Denuncios de vetas de plata,

NOTIFICACION,
,
h
El Sr Juez 2º del ramo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, ante qwcn se ~llan radicados J~s autos de concurso del Teniente Coronel D. Marcelo Alvarez, h prov~1-

t? 3

TOMO 11.

PARTE OFICIAL.-Acuerdo de S.M. nombrando Prefecto delturblde al General Oasanova.-Otro, nombrando Prefecto provisional de Tula al General Ruelas.-Ren1ocion del Administrador de correos de Patzcuaro y nombramiento de otro.-Orden á los empleados del tel~grMo prohlbléndolee trasmlUr en cifras loe
telégramas
Palacio, de partlculares,-Av!so oficial sobre audiencias mlnlsterlales,-Nombramlentos de Damas de

ti~I

pe~uicio á tlu~:n:ia.~ª1~º~;~dado pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
. n CU!DP
de Junio
de mil o,hocientos390-608-48
sesenta y cinco.qwenes
1mpomrtei, en Guanaiuato
•
•. á 'nueve
,. N
.
Migtul Herrera, Escribano público de ,.,. ac1on.

'

SUMARIO

-

a!:::~~\1~:

E

Manuel Orozco.

Señor Director de la línea telegráfica de.....

..... .__

AUDIENCIAS

MINIBTERIALEs,

Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen 6rden que exige la expedicion de los negocios de las Secretarías del
Despacho, ha acordado el Consejo de Ministros, con autorizacion de
S. M. el Emperador, las disposiciones siguientes:
PARTE OFICIAL.
1~ El Ministro de Negocios Extranjeros eneargado del de Estado,
dará audiencia diaria de diez á once de la mañana.
MINISTERIO DE GOBERNAOION.
El de Gobernacion, todos los días de dos á tres de la tarde.
SECCION 1~
El
de Justicia, los lúnes, miércoles y viérnes de tres á cuatro de
Mélico, Agosto 8 de 1865.
la tarde.
S. M. el Emperador, con fecha 4 del actual, ha tenido á bien acorEl de Instruccion Pública y Cultos, de once á doce de la mañana,
dar lo siguiente :
diariamente.
"NOMBRAMOS Prefecto del Departamento de Iturbide al General
El de G:uerrn, los lúnes, miércoles y viérnes, de doce á una de la
D. Francisco G. Casanova."
tarde.
Y lo comunico á V. S. para su conocimiento y satisfaccion, y á fin
las dos á las tres de la tarde.
de que desde luego se presente á desempeñar el cargo que se le El de Fomento, todos los dias de
1os mártes, juéves y domingos de
El
Subsecretario
de
Hacienda.
confia.
las doce á la una del día.
El Ministro de Gobernacion,
Las personas serán recibidas en el 6rden con que se hayan presenESTEVA.
tado, sin distincion de rangos.
•
Sr. General D. Francisco G. Casanova.
2~ El que quisiere ser oido en audiencia particular, deberá pedirla por medio de una esquela, indicando el asunto. Si no concurriere
con
exactitud á la hora que se le hubiere designado, no se le recibirá.
S. M. el Emperador, con fecha 4 del actual,lha tenido á bien 'ex3~
Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus
pedir el siguiente acuerdo:
•
negocios,
se dirigirán al Oficial de partes.
.
"NOMBRAMOS Prefecto provisional del Departamento de Tula al
4~
Se
recomienda
á
las
personas
que
concurran
á
la
audiencia,
que
General D. Eligio Ruelas."
sean
breves
en
la
exposicion
de
sus
negocios.
Y lo inserto á V. S. para su inteligencia y satisfaccion, y á fin de
que cuanto antes se presente á desempeñar el cargo que se le confia. ó~ Los Ministros no reciben visita~ en su despacho, ni tratan en
su habitacion los negocios oficiales.
El Ministro de Gobornacion,
6~ A fin de extii:par la costumbre, tan perniciosa al buen servicio
como al 9ecoro del Gobierno, con que se molesta y ofende á los MiESTEVA.
Sr. General D. Eligio Ruelas.
nistros, ya moviéndoles influjos para el despacho de los negocios, ya
distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á
los interesados que deben abstenerse de incurrir en una y en .otra
falta;
y que·S.M. ha prohibido expresamente á los Ministros hacer
EnSTERIO DE FOMENTO.
recomendaciones
y tomar ingerencia en negocios extraños á su ramo.
SECCION 3~
7~
U
na
copia
de
este acuerdo se conservará permanentemente en
México, Agosto 11 de 1865.
la entrada de los Ministerios.
En respuesta al oficio de V., fecha 9 del actual, en que participa México, 8 de Agosto de 186ó.
á esta _Se~retaría haber sido removido de su empleo, por falta de
•
~I Mlnistro de.Estadg,
cumphm1ento en sus deberes, el administrador de correos de PátzJ. F. RAMIREZ. ... .
cuaro, J:?· Sabino García, y nombrado en su lugar á D. Ladislao Ojeda, mamfiesto á V. quedar aprobados, tanto la destitucion como el
CASA DE LA EMPERATRIZ.
nombramiento, y recomiendo á V. mucho haga· que el expresado
Palacio de México,'Agosto 13 de 18C5.
Garcfa presente las cuentas hasta el dia de su separacion, y caso de
.
S.
M.
la
Emperatriz
se
ha
dignado
nombrar hoy Damas de Palaque haya alguna falt~ en los ~ondos _de la renta, procure V. que con cio á las señoras
arreglo á la ley se remtegren mmed1atamente, bien sea por este individuo 6 por su fiador.
'"'
D~ Marfa Ban-io de Campero,
Por ausencia. del Exmo. Sr. Ministro,
D~ Soledad Vivanco de Cervm;1tes, y
el Subsecretario de Fomento,
D~ Guadalupe Morán de Gorospe.

··-

~--·-

Manuel Orozco.

Señor Contador, encargado de la Administracion general de Correos.

El gran Chnmbelan de la Emperatriz,
El (}onde del Valle.

PARTE NO OFICIAL.
México, Agosto 12 de 1865.

De 6rden de S. M. el Emperador, prevengo á V. el que prohiba Leemos en un periódico de la capital, que el Consejero de Estado
á todos loR empleados de esa lfnea, que trasmitan telégrnmas de par- frances, Sr, Laoglais, ha sido nombrado Ministro de Hacienda en

México. Extrañamos que tal noticia bay¡i podido ser escrita de Eu~

1

�. DIARIO DEL IMPERIO.

158

glo, cuando tenemos que deplorar amargamente que á la última horopa y aceptada sin reserva por el periodismo de aquí. Es imposible ra triunfára en Roma otra vez un partido que algun dia será responque seriamente se dé asenso á 1~ idea de que nuestro Soberano, que sable ante Dios de tantas decepciones y de tanta sangre inútilmente
tan celosamente vigila por el buen servicio de la Nacion, confiera á
derramada.
nadie el encargo de nombrarle un Ministro, y mucho menos tratándose de un ramo tan delicado como el de Hacienda, sin conocer al
hombre, ni haber estudiado su talento y sus cualidades. Tales asunEl dia 29 del mes próximo pasado se instaló en Colima, con las
• tos no se arreglan ni se pueden arreglar al otro lado del Océano.
formalidades debidas, el Consejo de Gobierno departamental que
Puede ser que el apreciable Consejero de Estado de quien se previene el art. 29 del título 9 del Estatuto provisional del Imperio,
trata, desembarque pronto en México. En este caso, vendrá á coope- decretado por S. M. en 10 de Abril del corriente año, compuesto de
rar con su buena voluntad y con sus consejos á la obra de regenera- los Sres. Consejeros, Lic. D. Jesus Vizcaíno, como individuo del racion, en la cual nos apoya tan eficazmente la Francia, y es posible mo judicial; D. Antonio Campero, Uamado por la ley como Admique al mismo tiempo quiera estudiar el verdadero estado de la cues- nistrador principal de rentas del Departamento; D. Antonio Ferrer,
. tion franco-mexic3tna para ilustrar sobre ella á su Gobierno.
como propietario; D. Miguel Silva, como agricultor; y D. Cárlos
Hemos visto ya una vez en tal mision al recomendable Sr. Corta,
Meillen, como comerciante.
que permaneció algunós meses aquf, para defender despues nuestra
causa con tan aplaudido valor é inteligencia en la Cámara de DipuroBTA PER!WIENTE DE EXPOSICIOHES.
tados de Francia.
Junta permanente de Exposiciones.-México, Agosto 10 de 1865.-E. Sr.
-Tengo la honra de proponer á V. E. para vocales de la Junta de ExposiVarios periódicos dicen, refiriéndose á las últimas noticias de Eu- ciones del Departamento de Jalisco, á los Sres. D. José María Castañares,
ropa, que el Ministro de Estado, Sr. Velazquez de Leon, se vió preci- D. Lázaro Perez, D. Longinos Banda, D. Albino del Moral, y D. Felipe
sado á interrumpi.r las negociaciones.
Castro.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Vicepresidente, L. Rio de la LoEsta noticia es enteramente falsa: la Comision Mexicana sigue tratando con la Curia de Roma, y estaba citada para una conferencia. za.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Si bien la expresada Comision, por algunos hechos que pasaron
J Ul}ta permanente de Exposiciones.-México, Agosto 11 de 1865.:_Exmo.
en Roma y de que hablan los periódicos europeos desaprobándolos Sr.-En sesion de ayer, y conforme al artículo 6~ del decreto de 29 de Juseriamente, habría tenido derecho de voltear las espaldas á la ciudad nio p1·óximo pasado, esta Junta ha nombrado para la departamental de MaPontificia, no obstante, los comisionados, conociendo la calma, sufri- tehuala, á los Sres. D. Antonio Arbide, D. Rafa.el Barrenechea, D. Agustin
ipiento y paciencia del Gobierno Imperial, han persistido en perma- Flores, D. Hilario Castillo, y D. Juan Gaetan.
Lo que tengo la. honra de comunicar á V. E. para. su inteligencia.-El Vinecer en Roma, mostrando en esto un fino tacto y buena diplomacia,
que esperamos será fin imitada por las otras partes corrtratantes. cepresidente, L. Rio de la Loza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Los hechos que pasaron el rlia del cumpleaños de nuestro augusJunta. permanente de Exposiciones.-México, Agosto 11 de 1865.-Exmo.
. to Soberano en Roma, y algunos artfculos en los periódicos oficiales
Sr.-Tengo la honra. de comunicará V. E. que la Jm\ta departamental de
ó semi-oficiales, harían creer que el Gobierno romano, mal aconse- Tulancingo ha elegido para. Vicepresidente de la referida Junta, á D. José
jado, se desprende algunas veces de su politica tradrcional de calma María. Torre; y para Secretario, á D. José María Carbajal.
y paz evangélica. No obstante, en el caso de que se trata, la falta
Lo que ti:ascribo á V. E. para conocimiento de ese Ministerio.-El Viceque pudiera reclamarse, se veló con excusas llenas de cortesia que presidente, L. Rio de la Loza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Son copias. México, Agosto 12 de 1865.-El Subsecretario de Fomento,
alejaron toda idea de rompimiento, dejando solamente traslucir la
mortificacion y desazon que siente el que no ve satisfechos todos sus Manuel Orozco.
deseos y aspiraciones. Mas hay cosas que no se pueden conceder sin
faltará los mas sagrados deberes, y cuando se persiste en ellas, fuerNoticia de los pasajeros llegados al puerto de Tampieo en el mea de Julio próximo puado,
con expreeion de su naeionalidad.
za es resistirlas.
Si deploramos sinceramente esfus hechos, no nos inducirán de otra
Franceses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
parte á seguir su ejemplo; al contrario, esperamos un pronto, feliz
Español. ...... . .... .... , . . ..... , ..... 1
y duradero arreglo entre México y Roma.
Mexicano..••.............. ..... . ••.... 1
Los rumores que han corrido sobre la salida de nuestro digno MiTotal .... .. . . ..... . .. 4
nistro de Estado, pueden haber tenido origen en el hecho que el Enviado Extraordinario de S. M. I., cerca de la Santa Sede, Sr. AguiMéxico, Agosto 12 de 1865.-El Gefe de la Seccion de Contabilidad,, enlar y Marocho, ha seguido el ejemplo del Nunci0 Apostólico; mas cargado de la de Cancillería, Ignacio M. de Oastill~. .
sin que esto, nj de lejos, suponga el rompimiento de las negociaciones con el Gobierno ~0ntificio.
IBU1'DACI01' E1' Cl1U11.U1!ll'SCO.
...Direccion del oamino de México á Monte .Alto y calzadas del centro.. .
, .
'México, Agosto 10 de 1865.-Con esta fecha me dice el sobrestante de TlalLas not1c1~s. llegadas c~n el ult111:o correo de Europa, nos. as_egu-¡ pam, haber recibido á las dos de la madrugada de hoy, aviso del ca1µinero
ran que la m1s10n Vegezz1 resultó sm fruto, y que laR negociaciones 1 de Churubusco, que dicho pueblo se inundaba pordosreventazones deaquel
entre Roma y Florencia están nuevamente rotas. Deplordmos este rio, que tuvieron lugar á prima noche; que inmediatamente se puso en éahecho po~· dos razones; la pTiméra, por la paz pública y la estabili- mino, Y, antes de que esclareciera se _encontraba con. parte de su ?uadripa,
dad politwa, más necesaria que nunca, en 'nuestros tiempos; y se- que hacia noche en Churubus~o, cubrie~do el mas chic? de los portillos; ~la
gunda, por los principios católicos.
1 vez la gente del pueblo ~tend1~ el portillo ~ayor, habiendo quedado cub~erLa correspondenci d Itar r1 i t
, . . .. h I tas ambas reventazones a las siete de la manana, y aun,desecado el cammo
f·
.
a e
1.ª os ns ruye, qu_e 1a 'nego?iacion a¡ que las aguas habian invadido.-Lo que aviso á V. E. para su conocimiento.
1acasa?o~o1 eldesacuerdo_en 10s puntos á quenmgun gobierno pue-¡ -Dios guarde á V. E. muchos años.-El Director, Benito Leon Acosta.de ser rnd1ferente; á la obhgac10n en el estado eclesiástico de'obede- Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
cer las leyes y las autoridades constituidas, y al derecho soberano
EL ~STITOTO DE lUDAMA REY D "l'AlUS,
que _tie?en _las naciones ~e no permitir que otro poder legisle en su
Sr. Ministro:
t~1-r1tor10 sm su aprobac10n; derecho supremo é inalienable y que se
Disimulad que os dirija la presente carta, para poner en ~uestro conocieJ~rc~ por m_e?io de1 exequat?tr.-Tales dificultades, creadas por con- miento una noble accioll ejecutada por las educandas :del instituto de M. mu
seJ0S 1mprev1s1vos, van á hacer en lo de adelante imposible un acuer- Rey. Esa casa de educ:i.cion, que llevaba de existencia 34 •años, •fué destruido de la Santa Sede cen las potencias católicas, conduciendo tal vez da en 1864 por una .expropiacion no indemnizada, quedando completamente
á las que no lo son, á un sistema de persecucion contra los miembros en ruina; pero las discípulas, reunidas á la·voz de su maestra, se propusieron reparar el daño á sus expensas, y lo han efectuado.
de la Iglesia romana.
Un elegante edificio, tan gracioso como sus fundadoras, se ha levantado
Vemos con suma tri~teza que la política seguida porJos consejeros ?e la Sede I!ostóhca, la ponen ~as y mas en un completo ais- rodeado de las frescas sombras de Auteuil, Paris, en la calle de Lafontaine
la.miento; lo~ ult1mos ad~erentes al sistema del non possumus, ya no número 29 2~
tNo es esto admirable, señor Ministro1 tNo es esto un hecho digno de cipueden segmrlo, y se aleJan para tomar otro camino. La misma Es- tarse y de constar en los anales de la Instruccion pública1 tNo es una glopaíia, forzada por )a corriente_ de la opinion pública y por la inmen- ria, un consuelo y una esperanza para la vida toda de abnegacion y de trasa mayoría del pa1s, se ve obhgada á reconocer el reino de Italia.
bajo de aquellos que se dedican á la enseñanza1 Se dirá acaso que este rasgo
Todo el mundo adicto á un sabio progreso, había aplaudido la es peculiar de la nacion francesa .....; pero no, el reconocimiento es de todas
enérgica y tan evangélica. resolucion del Sumo Pontffice, de hacer las edades y paises, y en todo lugar un corazon bien formado halla placer
la paz con su ~loriosa patria, tan celosa antes de sus principios ca- en el recuerdo y en el amor del instituto que lo ha abrigado en sus infantitóhcos: se ha visto con much~ ~~sto acercarse el gobierno italiano, les años; de ese instituto donde se han ~dquirido la ciencia y las virtudes,
c?n no poco valor, á la pos1btl_1dad de un arreglo definitivo: con- y en el que todos encuentran un porvemr y muchos la gloria.
Mi mayor felicidad, señor Ministro, consistirá. en que este hecho sea conos1?erábase y_a ~esuelta. la cu~st1on urgente. del dia, entre el go- cido de todos, y publicado en los periódicos que se ocupen de la Jnstruccion
\nerno Pont1fic10 y las 1deas siempre mas trmnfantes de nuestro si-

p~blica, pues así pagaré á mi vez un tributo de reconocimiento á mis queridas E&gt;ducandas.
Tengo el honor, s~ñ?r Ministro, de ser de V. E. atenta servidora.-L.
Rey.-Exmo. Sr. M1mstro de Instruccion Pública.-México.
México, Agosto 11 de 1865.-Con la mayor satisfaccion me he impuesto
_
del noble acto de vuestras
educandas, que han reed1'ficado á sus expensas
vuestra casa de ensenanza, destruida en.1864.
Es _ciertamente una accion generosa, digna de ser generalmente conocida
apreciada, y se _comp~ende muy bien el noble impulso que os ha llevado ~
prop~lai: en pa1ses leJanos un hecho tan altamente honroso á vuestras J. óvenes d1scipulas.
Vuestra ~rta se publi~rá, como deseais, en los pe1'iódicos, á fin de ue
t~n bel!a acc~on sea conocida en este país, donde encontrará sin duda las ~a
vivas s1mpat1as.
s
, A~eptad los testir_n?nios de mi consideracion.-El Ministro de Instruccion
pl~bltca y C_ultos, Siliceo.-Sra. L. Rey, Preceptora.-29 bis ruede la Fontame, quart1er d'Auteuil.-Paris.
' \
,Sbo_n copias. México, Agosto 11 de 1865.-El Subsecretario de Instruccion
pu 11ca y Cultos, Montellano.
.,
ZONGOLICA E1' PODER DE'LOS IMPERIALES.

I

ellas se pueden obtener; ventajas que ciertamente no se podrán alcanzar al
grado qu? nosotros deseam?s en una e~hibicion colonial como la de Bombáy.
-Poster1ormen~e hemos visto la resena de las últimas noticias venidas de
Europa, encontrandose un resúmen en el periódico intitulado "La Sociedad "
del d1a 21 del pasado, hablando de las de India que se babia abandonado ~l
pr~y~cto de la exp_o~icion intern,acional en Bo~bay.-Por todas estas conside~ac1ones, la com1s10n somete a la aprobacion de la Junta la resol ·
·gmeute.-" Contéstese a~ ~-inisterio de Fomento, que siendo dud~:~n ~~
p_ueda tener l~gar la exh1b1c1on en Bombay, la Junta permanente de ex 6sic10~es se abs~1?ne, de figurar directam,ente y por su propia cuenta en ~lla·
pe10 que auxiliara en ~odo lo que este á su alcance, á la comision que llega'.
do el caso se forme y a que se refiere la comunicacion del Exmo. Sr. Ministr? de~; M. B. en esta Corte."-Y lo trascribo á V. E. para su conocimiento. -Y lo traslado á V. E.. en respuesta á su oficio sobre el particular
fecha de Mayo último.-En ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subse'.
cre~ar10 de F~mento, Manuel 01·ozco y Ben·a.-Exmo. Sr. Ministro de Negocios ExtranJeros.
,

?

TlWl'QUILIDAD PUBLICA.

El Señor P_refecto del Departamento de Colima ha participado últimame~te al Gobierno de S. M., que la tranquilidad se ha conservado sin alterac10n en la demarcacion de su mando.

Ministerio de Guerra.-Gabinete.-México Agosto 12 ·d 1865 -L
\refe~tos de Veracz:uz y O~izava, por parte teÍegráfico, partici;an á e~te 1,,f¡~
ms~er10 que Zongolic_a ha sido ocupado por la columna que al efecto salió de
Or1za.va, la cual segma en persecucion de los sublevados El s b
t ·
de Guerra, J. M. Duran.
.u secre ano

LOS PRESOS DE RIOVERDE.

DENUNCIOS Y SOLICITUDES
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO,
México, Agosto 12 de 1865.
Don !rancisco Rios y socios, han hecho formal reaistro de una veta de
la~a ~bicada en el cerro del Mirador, paraje del Port~zuelo, en terrenos de
a yacien~a de Santa _C_lara ! Jonacatepec, en el Departamento de Iturbide.
hab1e_ndos~ ~d!°1t1do dicho registro con fecha 9, en cuanto ha 1 ar en
~f.recho, 5111 perJ_mc10 de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avi:al púico para que s1 ~l&amp;una persona se encuentra con .derecho á oponerse lo de'
duzca ante este M1mster10.

f

Ministel'io de Justicia.-Imperio.Mexicano -Prefectura del D
ta
to del Potosí.-Núm. 66.-San Luis Potosí ·26 de Julio de 186;parE menSr.-La· Prefectura
t
·det' Rio Verde comunica á, esta de mi cai·go, con.-fiechxm:~
a~
d, e1 comen e? no ex1s 1r un so1o reo en la cárcel pública de a uella ciu ·
a consecuencia de haberlos puesto en libertad el gefe de las fi q
di 'ddad,
tes que última
· da poblacion con el exclusivo
uerzasob· s1t0en' ment e ocuparon 1a cita
d
agregarlos a sus filas, como lo verificó al abando~ar aquella plaza ~e e
V\
la honra d~ poner lo expuest1 en el superior conoci~iento de
Don ~uciano Amatitla y socios, han hecho formal registro de una veta de
. .,
n de q~~ se sirva elevarlo al de S. M. el Emperador con los fi
p_lata ubicada en .e~ pu.~to llamado la Barranca de Ixtlico y cerro de Chalcaque correspondan.
nes cingo, d~}a Mumc1p~l~dad de Jantetelco, del Departamento de Iturbide.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto político firmado J) , . .'X hab1endose adm1t1do con_fecha 9, en cuanto ha lugar en derecho, sin perReyea.
·
,
, · ario
J~JCJO de tercero y conforme a las Ordenanzas, se avisa al público ara ue
s1 ~l~un~ persona se encuentra con derecho á oponerse, lo deduzca ~nte !te
· Min~stez:io de J usticia.-Seccion 3~-México, Agosto 2 de 1865 -Por la Mm1ster10.-~l Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
comun~~c10n_ de V. S., fecha 26 del próximo pasado J ufü; se ha ·enterado
de Rioverde ha par t'1cipa
· · do a' V s que
1estefi Mmisteno,
d d' de
•d que la Prefectura
.
as uerzas e 1s1 entes que mvadieron últimamente esa bl · · ·. ·
AVISOS OFICIALES.
·. ron todos los reos que existían e~ la prision para incorpo~~rl:sc::,s::\;r!::
'
y S. M. el Emperador se ha servido acordar se diga á V S
· J
ADMINISTB,ACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
este Ministerio una nómina del número de presos con · fiÍ' q~e rerruta a
esa Prefectura dicte sus providencias á fin de que las asust .1daadciones, y qu_e
AVISO.
h d '1
'
u on es respect1v_as
a--Sna 3s rpeosfique se P~?dan encontrar.-El Ministro de Justi- re!a~a:~: !~lº~fr:~:~entes para cuyo despaoho se n~cesita de la presencia de los inte.
cia, .s c~,o. , ?nor re ecto poht1co de San Luis Potosí.
Seccion 1~-442, 483, 511, l 152 2 539 y 2 564
Es ~op1a. Mex1co, Agosto 12 de 1865.-El Subsecretar1·0 de J
Seccioa
2!-493
583 636
639 789' 915' 934' i'ff/3, l,l42, l,352,· 1,500, 1,727, 1,992,
Flrancisco d,e P. Tabera.
usticia, 2,513,
_2,?35,
2,636: 2,675
y 3,297:
•
noAdV1rt1.éndose
se venfica. que no se puede dar ningun giro á estos negocios si· esta comparecencia

al

f

159

DIARIO DEL IMPERIO.

te¡~

~r:_;~

EXPOSICIOB IBTERNACIONAL E1' BOIIBAY.
Nota.-Hoy se han elevado al Exmo Consejo ·e editad
.
Ministerio de Fomento.-Seccion 2ª-México A t 12 d
dientes de la Seccion 1~, 552, 703 739 740 741 st64 7~s f1gt~5~cma. los espeExmo. Sr.-El Vicepresidente de la Junta perma~entf~eºe
. e_ 1865.- 3,523, 3,525, 3,526, 3,527 y 3,536.' ' ' '
' • • , , , 3,515, 3,521,
dice con fecha de ayer lo que copio·-" Exmo Sr E
_xpos1c10nes, me De la Seccio~ 2!-575, 576: 6?0, 626, J,403, 3,405 Y 3,597.
J ta
d
·
· .- n ses1on de antier la Lo que se aV1sa para conocmuento de los interesados.
d uM permanente e exposiciones aprobó el dictámen siguiente -E l '
México, Agosto 12 de 1865.
e S aMyo del presente año, recibió el Ministerio de Relaciones del Got mes
El
e . . el Emperador
una comunicacion del Env1'ado extraord1'nar~erno
Administrador
de bienes
nacionalizados'
S
t C
10 de
Juan Suarez
y Na1Jarro.
d M B
e~tabie~re~:: a h-r~, particBipánbdole, qu: ha.bié~dose hecho arreglos para
1
ex, J. ic10n ~n om ay el ano próximo venidero de 1866 d
lllINISTERIO DE GUERRA.
as. 1bras de arte e mdustr1a universal, se babia dispuesto organiza
?•e
GAnINETE.
00
11 0 865
difo,ente, Pª'"" ':"~•Í"°' que tienen rep,.,.:..:;;:•~~ !,o, dim,m,,,,. P" ol E,m• s,. MIDi,tro
• ••~
! ! ·.
trascribió al de· Faommesen,tEo,sfituªe,c~msuunv1ceazct10rasn,mq1~te
1·deal Ministeri,o
nes, miércoles
Y viémes,
de doce
de laoficiales
mañanamuy1aurg
unºrª du~enc1a
al publico!
~on los lú-á
ll,
t l d_e R,elaciones otras
horas á nadie,
sino para
asuntos
~ ª tarde,
no rec1b1éndose
permanente de exposiciones -El S v· , .d por es e u timo a la Junta Las personas que deseen saber el estado en que esté en s.
.
bien nombrar en comision .á los :· 1cer~es1 ente de esta Junta tuvo á' pueden ocurrir il.e tres á cuatro de la tarde al oficial d n sus negoc1~s en este Ministerio,
men de la conveniencia y venta' asq \susor; en! pa~a q~e. presentasen dictá- ellos. Lo que se hace saber de 6rden de S. E.
e part~s, qwen les dará razon de
exhibicion internacional de Bo~b;; Esu tarial~ ª. Mexico de figurar en la
6a-l
El Subsecretario de Guerra
nos encomienda, nos ocupamos de av.eri n acurp imiento d~l encargo que se
J. M. Dur/J,n.
''
cionada exhibicion, que no se fija en la !~r ~ v~rdader~ ?poca de la men:
MINISTERIO DE GUERRA
tante de partida, porque sin este dat
d um~dciohn recibida; punto impor5~ DIRECCIOt;.
·
temen
. do en cuenta 1a considerable distanci
o na a po iah acerse
M. ~xieo,
' . Agosto 12 de 1865.
d
'con opor t um'dad' Por órden del Exmo Sr Ministro d G
inglesa de Bombay, donde si la exposic'o a que . ay de M~xico á la colonia -á las doce del dia 17 Ú co~riente los Sre~ªo!r~!e s~fi'ªf present~rse á esta Direccion
ra principios del año entrante a
h1 nb' menciona a estaba señalada pa- hayan pertenecido al Ejército trigarante .
y ma es que eX1stan en esta Corte Y
.
,
penas
a
1a
en
los
cinco
~
·
1
El Gefe de la 5'.'- Direccion.
de1 presente, tiempo necesario para hacer la rem d 1 ~eses que ia tal\
dolos ya reunidos. El resultado de nuestra inves~~a ~ oshobJ?tos, suponiénFrancisco Montero.
el Ministez:i~ de Relaciones, ni en la Cancillería ~~ªf~ºf ª ~ido,. que ni ?n
MINISTERIO DE HACIENDA.
nen tal noticia· olvido que sin duda se pad . ,
egacion mglesa t1esEccroN 4~
1os comisionados
dres cuandOh''1cieron
·
ecwlapor
en Lon'
coNvocATORlA ALos TENEDORES DE BONOS CONOOIDOS POR " BONOS JECKER"
as investigaciones para
exh·b·
,
1
im
t t
om ay que
aunque
la cantidad
de t euna. almoned
L
a para Ia amort'izamon
pamos.-Por
otra. parte, la exhibicion internacional ein 1Bc10nbde
nos ocu-. conDebiendo
abrirse
. de bonos de dicha denominacion
•
por an e por su naturaleza, como lo son todas las u
. .'
muy centavos ($ 333 33; ~ien)ws trnfiemta Ytresmil trescientos treinta ytres pesos treinta ytre~
ver el adelanto de la industria por medio d~ la co q e se. dmgen á promo- voca á los téned' d ~l ' co orme al arreglo celebrado en diez de Abril último se con
noble enh las exhibiciones, nunca puede tener el 1'ntnecruersr~~c1a
y con:petencia
, 1ª¡8 dores
~ os.inpara
el 20 del entrante
en la
4ªtor
de ~se
stehaM:i:
e importa.ne
d 1 nisterio
admitie~:o
obce deledia;
la inteligencia
de que Agosto,
el remate
al Seccion
mejor po~
ue
~e
acen
en
las
grandes
metrópolis
dé
Europa
donde
M'
.
ia e as .segun el cih~os onosl por su valor nominal, á lo mas, deducido el 60 por 100 d~l capii:¡
q
var siempre por mira, no solo que sean conocido ,
ex1co debe lle- . Y
"I'
arreg o.
,
industriales, sino que á la par de esti:&gt; sean estudi:J~: p~~ductos naturale~ é ~i~~~.q:r:1l~ ~ril:nr86~.nga la mayor p)lblicidad posible, se ospide desde hoy..
les que hag1m conocer su verdadera utilidad y las ºaran)e
• s homtb~es
ven aJas especiaque de
El Gefe
de Calvo.
la Seccion'
J. M.

;::'eo':1':f.'$/j

,I

l

3

="J"

�160

DIARIO DEL IMPERIO.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION 4~
Siendo domingo el din seiialado para celebrar la almoneda de que habla la convocato!ia
á los tenedora~ de bonos conocidos por "Bonos J e~ker," se advierte que por tal. motivo
tendrá efecto la propia almoneda el día 19 del comente, en el lugar y hora anunciados.
M6xico, Agosto 7 de 1865.
El Gefe de la Seccion,
J. M. Calvo.

CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 1g sustituto de letras de esta capital, que conoce delintestadodeD~_Lean
dra Degollado, ha preveniil,o en auto de siete del presente, que s~ convoque por_ed1~tos Y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del refendo mtes
tado á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por si ó por personas ~ufi
cientcmente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parara e
perjuicio á que hubiere lugar.
.
,
..
En cumplimiento de lo D':1ªndad?, pongo el pre~ente a~1so par~ que llegue a not!cm de
quienes importe, en GuanaJuato, a nueve de Juruo de m1l ochocientos sesenta Y mnco.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
.
390-60s-49

AVISOS JUDICIALES.
1UZGAD0 29 DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 29 de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon. por auto de esta fecha ha mandado. se
proceda á la venta de la casa númer~ dos de la Por?3ría d~ Regin~, valuada por el perito
D. Agustin García Cond_e, en la cantidad de tres mil setecientos diez y ocho peso~ sesenta y cuatro centavos. ($ 3,718 64 cs.) A este fin'\.e han s~ñalado para las re~pect1v~s almonedas los dias 21 y 31 del corriente, y 11 del entrante, a las doce de la mauana, siendo
la última con calidad de remate.
Lo que se avisa al públic?, para que las person~s que quieran hacer .P?stura1 ocurran
al que suscribe, bajos del num. 7, calle del Arzobispado, donde se les m1mstraran las mstrucciones conducentes.
México, Agosto nueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-Manud Vera, Escribano
público.
509-8s-1

JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES· NUld., 8.

NOTIFICACION JUDICIAL
A LOS AVIADOS Y AVIADORES DE LA MINA DE SAN FELIPE,

DEL

DIARIO

IMPERIO
1

ORDEN,

Se hace saber á D. Jacobo Carrera que en el juicio que le promovió D. José Lozano,
se ha pronunciado el fallo que en su parte resolutiva .di?e:-" Que D. ~acobo Carrera pague á D. José Lozano, dentro de tercero din, los vemt1cuatro pe~os cmcuenta centavos
que le ha demandado, y los gastos del juicio; estos conforme á la. circular de nueve de Setiembre último; apercibido de ejecucion si no cumple."
063s- 3
:México, Agosto 10 do 1865.-1. Bravo.
5
JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
ORDEN.

· Se hace saber al General D. Luis Perez Gomez, que en el juicio que la promovió el Lic.
D. Alejandro Gomez, por D. José Lozano, se ha pronunciado el fallo que en su parte resolutiva dice:-" Que D. Luía Perez Gomez pague á D. José Lozano, dentro de tercero
dia., los ciento diez y seis pesos noventa centavos ql!-e le ha, d~mandado: r los g~stos ~el
juicio; estos conforme á la circular de nueve de Setiembre ultimo; aperc1b1do de eJecnc10n
1UZGADO 2º DE LO CIVIL.
s1 no cumple."
México, Agosto lO de 1865.-1. Bravo.
507- 3s-3
En los autos de esperas concedidas á D. Romualdo Ruano, de que conoce el Sr. Juez 2g
de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á escrito presentado por varios de los acreedores, en
VENTA 1UDICIAL.
que piden al Sr. Juez sé sirva mandar citar una j~nta para ve!ltil~r en ella algunos puntos
El Sr. Juez 3g de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mand~do, por auto de 26 del
de interes general para..todos los acreedores, haciéndose la c1tac1on de los ausentes por
los periódicos, bajo el apercibimiento de ~ue los que no concurran ~asarán por lo qu~ presente, que las almonedas respectivas para la venta de la casa num. 3 de la c_alle del
acuerden los asistentes, el Sr. Juez proveyo por auto de nueve del comente de conformi- Cuadrante de Santa Catarina Mártir, de esta capital, se celebren en su Juzgad~ sito e? el
dad, señalando para la junta que se solicita la mañana del diez y seis del actual, á las doce. Palacio de Justicia, los dias 5, 17 y 29 del entrante A__gosto, á las once de la manana, sienY en cumplimiento de lo mandado, cito á los acreedores ausentes por el presente, para do la última con calidad de remate.
Lo que hago saber por el presente, para que !ns personas que quieran hacer postura.,
que concurran ál Juzgado el din y hora. emplazados con el fin indicado.
México, Agosto diez de mil ochocientos sesenta y cinco.-J. Reynoso, Escribano público. ocurran á la Secretaría del Juzgado á tomar las instrucciones qne ministran los autos; ad505-3a-2
virtiendo que la finca está valuada por el perito D. Ramon Agea en 25,350 pesos.
México, J11lio 28 de 1865.-José Raz Guzman, Escribano público.
478-7a-4
CONVOCATORIA.
JUZGADO 3? MENOR.-CALLE DE JESUS MARIA NU!t 7,
El Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado se convoque por medio de
ORDEN,
los periódicos á las personas que se consi~eren con derecho á lo~ bienes d~l int~stado de
Ja Srita. D~ María Luisa Suarez Pereda, a fin de que en el térmmo de tremta dias, contaPor la presente se cita á D. Rafael López para sentencia en el juicio verbal que s?bre
dos desde la fecha de la publicacion de este aviso, ocurran á deducirlo; bajo el apercibi- pago de doscientos diez y siete pesos noventa y _cuatro centavos, y en su rebeldía, signe
miento que de no ve~ificarlo el!- el té~no dicho, se ten~án por desistidos.
.
en su contra D. Manuel García.
.
México, Agosto siete de mil ochocientos sesenta y cmco.-Manttel Vera, Escnbano
México, Agosto 8 de 1865.-Morales.
498-3a-3
público.
504- 3a-2
1UZGADO DE LO CIVIL DE ZACATECAS.
En un escrito presentado ~orlos Sres. Licenciados D. Diego Guzman y Vazquez y D.
Francisco Gonzalez Hermosillo, en que piden se convoque á los interesados en la testamentaría de D. Marcelo J. de Anza, el Sr. Juez de lo civil de esta capital ha proveido el
auto que sigue:
"Zacatecas, veintinueve de Julio de mil ochocientos sesenta y cinco.-Por presentados
con la escritura y demas recados que ,e acompañan, con insercion de este escrit-0, espídase la convocatoria que so solicita, fijándose el término perentorio de dos meses, contados desde la publicacion en el Diario del Imperio; y apareciendo no haberse practicado todavía el inventario de los bienes perteneoientes á las testamentarías de D. Marcelo José y
D. Joaquin Anza, por el interes que en ellas pueda tener la Hacienda pública, córrase
traslado al Promotor fiscal de ~a~ienda. Notifiquese á los abogad!)S Germ8:11 y Gonzalez
Hermosillo. El Juzgado de lo civil lo decret-0 y firmó: doy fe.-Ltc. Franci~co Escobedo.
-GTegorio Fernandez."
El escrito á que se refiere el anterior auto, es como sigue:
"Señor Juez de lo civil.-Los Licenciados Diego Guzman y Vazquez, soltero, vecino
de México y residente en esta ciudad, y Francisco G. Hermosillo, casado, vecino de esta
misma ciudad; el primero con la representacion de los interesados en la. testamentaría de
D. Ramon de Goya, y el segundo, representante de los herederos del Dr. D. Manuel de la
Borda, segun todo consta de los poderes insertos en la escritura adjunta; ante la justificacion del Juzgado, como mejor proceda. y con las convenientes protestas, decimos: que, como aparece de los documentos respectivos que en copia' acompañamos, la testamentaría
de D. Marcelo J. de Anza adeuda á nuestros poderdantes la enorme .suma de 640,000 pesos, wíís los réditos de muchos años. Supuesta la insolvencia en que se halla la testamentaría, cuyo haber no alcanza á cubrir ni una sesta parte del crédito, y en virtud de no haber formado inventarios el albacea. y herederos, tenemos espeditas contra ellos las acciones de nuestros poderdantes por la responsabilidad solidaria que les resulta dé haber
omitido aquella formalidad-Cediendo, sin embargo, á las súplicas del albacea y herederos, y con la persuasion en que estamos de que ejercitando aquellas accion~s reduciríamos
á la. miseria á varias familias, sin lograr cubrir por completo el adeudo que existe á. favor
de nuestros representas.os, hemos convenido, segun consta de la escri~ra que en 20 fojas
acompañamos, en desistir de las propias acciones, conformándonos con recibir el producto de la venta de los bienes que hoy existen como de la testamentaría, y son la hacienda
nombrada Bernarda, y la casa situada en la calle de Tacuba de esta ciudad.-Como este
desistimiento lo hacemos con la calidad de que todos los herederos consientan en el convenio refe1·ido, nos reservamos ejercitar nuestras acciones solidarias-contra los que hiéieren oposicion.-Hasta hoy aparecen conformes todos los herederos que existen, segun
puede verse por sus firmas que obran al calce de la relacionada escritura; mas para dar
mayor firmeza. á este convenio, y que en niugun tiempo se pueda alegar nada en contrario,
hemos estipulado en la cláusula 6~ que se convoque por los periódicos á los que se crean
interesados, á fin de que manifiesten s11 conformidad; en el concepto de que no presentándose, se les tendrá por conformes; y haciendo oposicion, deduciremos contra ellos y sus
bienes las accionas ya referidas.-Al Juzgado suplicamos, que para ese efecto, se sirva
espedir la convocatoria, con insercion de este escrito, fijando en ella un término prudente
y perentorio. Es justicia. que pedimos con el juramento necesa.rio.-Zacatecas, Julio veintinueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-Lic. D. German y Vazquez.-Lic. F. G.
]:lermosillo."
·
· Es copia que certifico. Zacatecas, Julio 29 de 1856. Doy fe.-Gregorio Fer1za11dez, Escribano páblico, nacional y de número.
495-3a-3

EL

AVISOS PARTICULARES.
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
COMPARIA DE SEGUROS DE GLADBACH.

Capital de fondo...... •• • • • • • • • • • 3.000,000 pesos prusianos.

.

rmrn n.

MEXICO : Miércoles 16 de Agostp de 1865.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.-De~reto de orgnnlzacion del Cue1·po Consulu1·.-Acuerdo sobre creacion y sueldo de
un Guarda en 1~ Receptoria de Tulanclngo.-Nombramlentos de varios Cónsules y Yicecónsules.-Nombra•
m!entos de Médi0?5 consultores de la Corte:-Acuerdo Im¡i~rial S&lt;&gt;bre un ocurso de! s-r. Defils.-Aviso del
Ministerio de Hacienda sobre empadronamiento de fincas rustica,¡ y urbanas.-Nombramienlo del Coronel
Rodr!guez para Ayudante de Camp.o.- Nombramlento de Chambelan
PARTE NO OFICIAL.-La fiesta ·del 15 de Agosto.-Munlficencla Imperial.-Otrns noticias.
0

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MExICo:
Vista la necesidad de arreglar el Cuerpo Consular de una manera
con~eniente y adecuad.a al est~d.o y relaciones del Imperio;
01do Nuestro ConseJo de Mm1stros, HE~os decretado lo siguiente:
TITULO I.
Personal y rango.

Art. 1? El Cuerpo Consular se· compondrá de
Cónsules generales,
Cónsules,
Vicecónsules.
Art. 2? En cada una de estas categorías, la antigüedad del nombramiento determinará el rango.
Art. 3? Los agentes consulares, investidos interinamente de funciones superiores á su grado, volverán á su antigua posicion cuando
concluya su servicio interino.

CoMPARIA DE SEGUROS DE BAsILEA (BABEL).

TITULO II.

Capital de fondo •• • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 10.000,000 trancos.

Nombramientos y ascensos.

. Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se dará.n todos los info~es
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Companias,
calle de San Bernardo núm. 3.
400-180s-38

MANTEQUILLA.
La acreclitada mantequilla de la hacienda de San Nicolás Buenavista, sigue vendiéndose
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde llega fresca los mártes y sábados de cada semana; advirtien~o á. los co~sumi~~res de ella, para evi~r fraudes,
que solo en dicha casa se espende, que lllllg~o está coml8lonado para llevarla a l~s casas,
y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
480-15s-6

DIVERSIONES PUBLICAS.
SERENATA EN LA PLAZA MAYOR,
A las siete y media de la noche de hoy,

MlJSICA AUSTRIACA.
PROGRAMA,

1.tMnrcha, Sawerthal.-2. El molino de las rocas, obertura, Reissinger.-3. toa saludos
de júbilo, vals, Strauss.-4. Un bailo in maschera, cancion, Verdi.-5. Potpourrí de las
marchas, David.-6, Hernani, final, Verdi.-7. Polka mazurka, Fuchs.-8. Saliendo por
la Siria, marcha, Rinkly.
Mártes 15 de Agosto,

TEATRO IMPERIAL.
En la noche, á las ocho, se podrá en escena la comedia dividida 'en tres actos y denominada: Fortuna contra fortuna, y en seguida la zarzuela en dos actos, que se intitula: L&amp;
isla de Sa11 Balandran.

1EATRO PRINCIPAL.

En la tardo, á las cuatro en punto, se pone en escena. el drama de grande espectáculo,
En las diligencias promovidas por la Compañía aviadora de la mina. de San Felipe, del denominado: Los pobres de Madrid y liuérfanos de Barcelona.
Mineral de Santa Rosa en Pachuca, en junta celebrada en veinte del corriente ante el Sr.
En la noche, á la hora do costumbre, ¡¡e representará la comedia en cuatro actos, intiJuez l g de lo civil, se acordar!)n los puntos siguientes:
tulada: !tfüérete y vcrlís.
" 1~ Se declara que las acciones de los que han desertado, pertenecen á los individuos
á qui01~es ~orresponda, ~egun la escri~a, en la proporcion respectiva.-2~ Cada uno de
los acc10mst11s, tanto avmdos como aviadores, ceden la miLad de lo que tengan para formar
GRAN CIRCO DE CHIARINI.
doce barras que se darán en avío.-3~ Se nombrará una comision que solicite avio y dé
OPERA ITALIANA,
cuenta luego que lo consiga, y en caso de no l_og~arso, se citará nueva junta para deli'llerar
En la tarde de hoy se pone en escena la aplaudida ópera nueva del maestro Pncini, inlo 9ue deba hacerse.-4~ Cada uno de los acc10mstas cede la parte correspondiente, asilos
aviados 11omo los aviadores, para formar una barra, que se dará en retribucion al indivi- titulada:
BONDELMONTE.
d110 que consiga el avío.-5~ Este acuerdo se publicará por el Diario oficial.-En seguida
se procedió á la eleccion de la comision de qu~ habla la cláusula 3!-, y resultarúU nombrados los Sres. D. Manuel Ruiz Dávila, D. Ignacio Sarricolea y Lic. D. Luis Velazquez.''
IMPRENTA DE J . M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
· Y en cwnplimiento de lo mandado y para los efectos que bnya Jugar, pongo el presente.
BAJOS DE SAN AG USTIN, NUM, l.
;México, Agosto 9 de 1865,-Migucl F. Guerra.
499-3a-3

NlJM. 188.

Art. 12. Son gastos de oficio:
I. Los d~ esc~itorio_y porte de correspondencia oficial, en la cual
no deberi mclmrse nmguna particular. Los empleados consulares
cobr~r~n á_ la de esta clase 9ue reciban, doble porte, dando cuenta
al Mm1steno; y la que ellos mcluyan se enviará á la Administracion
de correos para el mismo intento.
II. El precio de compra y conservacion de banderas escudos sellos y otros útiles de ofioina.
'
'
III. El precio de compra, copia y traduccion de los documentos
opú~culos y periódicos que remitan al Ministerio de Negocios ex~
tranJeros.
·
IV. Los gastos á que puedan dar lugar, segun las costumbres locales, la entrega de patentes, exequatur, enarbolacion por primera
vez del pabellon nacionit,l, y otros análogos.
A:rt. 13. Los sueldos de los agentes consulares empezarán á correr
el d1a en .que ~e pongan en camino para su destino, desde el lugar
de su res1d~~c1a, y cesarán _cuando fuesen exonerados, el dia que fije
Nues~ro Mm1stro de Negomos extranjeros, atendiendo al tiempo neces~no ~ara gue entreguen .el consulado y vuelvan al lugar de su
residencia. S1 fueren removidos por falta en el cumplimiento de sus
debere_s, cesará el sueldo desde que se les comunique oficialmente su
remoc1on.
Art. 14. Los sueldos de los agentes consulares serán pagados á sus
apoderados por tercios adelantados en la Caja central de México sin
abonarles cambio, situacion, etc. etc.
'
Los gastos de oficio se pagarán en México por tercios _-vencidos
aumentando el costo de la situacion, hasta el lugar en que se hubie~
ren hecho.

Art. 4? Nos, estableceremos á título de reciprocidad, ó en virtud
TITULO IV.
de usos y tratados, agentes consulares en las ciudades extranJ· eras en
·· los m
· tereses comerma
· 1es de1 Imperio.
que lo ex1Jan
A t 16 L ·
•Licencias y faltas accidentales.
•
, Art. 6? Para ser Cónsul ó Vicecónsul expensado, se requiere:
•. as _h~encias serán C?ncedidas _á los agentes consulares
Ser mayor de veinticinco años.
por ~est10 Mmistro de Negocrns extranJeros, y en casos de -grnn
Haber sido aprobado en el exámen que le hará una comision nom rge?cia, _por e~ Gefe de ~isio~ del pais de su residencia. Uno ú otro
brada por el Ministro de Negocios extranjeros. El exámen versará c~~~~~nano de~igna:án al _mtermo que haya de reemplazar el agente
sobre el derecho internacional relativo á Cónsules, sobre el mercanar con hcen~ia, te~iendo e~ c_uenta la categoría. •
ti! marítimo, é idioma del pais donde ha de residir.
En los casos de impe~ime~to su bito, el Gefe de mision respectivo
Art. 6? Cuando el interes del Imperio lo exija, Nos podremos con- proceder~ al reemplazo mt~i:no, dando cuenta. .
.
fiar á extranjeros el servicio co~sular. Para el nombramiento de los Art. 16· ~os Gefes de misrnn podrán conce~~r hcenma á los_ agende esta clase, oirá Nuestro Ministro de Negocios extranjeros el infor~&lt;maulares has~a ~or un meS, Y N~estro Mm1stro de ~egoc1os exme del agente diplomático·respectivo, cuidando que el nombrado no btanJeros haSta poi tres meses. Excediendo de este térmmo, la reca. dadano del pa1s
· donde ha de eJercer
·
"- .
Nos.• .
sea cm
sus 1unc10nes,
á menos arán
A de
.
•
•
•
1
que Nos, con conocimiento de causa, autoricemos el nombramfonto.
rt. - 7· Si 1~ hcenma pa_sare de qumce dias y (uere concedida paArt. 7? Los nombramientos de los Cónsules serán firmados or -r~ ~suntos particulares del _mteresado, se le considerará en dispoJ)iNos y refrendados por Nuestro Ministro de Negocios extranjefos bihdad para sus sueldos. S1 pasare de un mes, cesará de percibirlos
Este expedirá los de los demas agentes consulares.
· enteramente.
Art. 18. E_n los casos de ~nfermedad, percibirá el sueldo íntegro
TITULO m.
d~rante el pnmer ~es; medio sueldo en los dos siguientes, y exceSueldos y gastos.
diendo de est~ tér1:llmo _podrá ser_ declarado en disponibilidad.
Art. 8? Los Cónsules, Vicecónsules y empleados consulares dis- Art. 1~. Si la hce~cia ~on?ed1da a! ~gente consular fuere para
frutarán la rem~neracion anual que Nos tuviéremos á bien señalar- desempenar otro destmo publico, percibirá el sueldo que á éste corles, segun l.~ conveniencias del lugar de_ su residencia é importancia responda.
·
de s~s servicios. ·A los que no s~ c?ncedrere sueldo, se asignará una
TITULO V.
cantidad para ~ast~s de establec1mrento y de oficio, de la cual debeObligaciones y responsabilidades.
rán dar cuenta Justificada. Los sueldos serán de mil quinientos á cua. Art. 20. Los agentes consulares obedecerán escrupulosamente
t ro mil pesos anuales.
Nuestr~s leyes, reglamentos y las órdenes é instrucciones que se les
Art. 9° Los Cónsules que reciban sueldo no pueden dedicarse al comumquen por Nuestro Ministro de Negocios extranjeros.
comercio, directa ni indirectamente.
Art. 21. ~~estro Ministro de Negocios extranjeros hará efectiva
Art. 10. A los residentes en el Imperio que fueren nombrados la_ responsabilidad en que pudieren incurrir por falta en el cumpli~ónsules ó Vicecónsules, se les abo_narán los gastos de viaje para la miento de sus deberes. Si hubiere lugar ~ [ormacion de causa, se
ida y vuelta, conforme á la regulac10n que hará el Ministro de Ne- procederá con arreglo á la ley de respousab1hdades.
gocios extranjeros. Pero si fueren exonerados por mala conducta ó Art. 22. En todo acto á que los agentes consulares asistan con su
faltas en el servicio público, no tendrán derecho á percibir viático carácter oficial y en el ejercicio público de sus funciones usarán prepara el regreso.
cisamente el uniforme que Nos determinaremos.
'
A~: 11. A t?~os los emple.ados consul~res se abonarán los gastos . Art. _23. El pri~cipal de~er de los Cónsules es proteger el comerde v1aJes que hicieren por órden del Gobierno ó del ministro de su mo nac10nal en pms extranJero y coadyuvar á su prosperidad.
distrito, presentando cuenta documentada de ellos.
Art. 24. Les está absolutamente prohibirlo mezclarse en la poHti-

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Francisco G. Casanova</name>
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                    <text>..

vecino
de esta
;arÍll de
1elde la
ustifica•
que, coientarÍll
,000 pestamen·
e no ha•
s accio0 haber
herede}iritimos
1ií. favor
20 fojas
produc•
111ciendu.
,mo este
el con¡ie hiciell, segun
para d_ar
ontr1mo,
se crean
, preeen•
Uos y sus

EL

DEL

DIARIO

l}IPERIO

TOMO 11.

MEXICO: Sábado 12 de Agosto de 1865.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.-Carta del F.mperador al Subsecretario de Jlacicndn.-Pcrsonas condecoradas con la
Cruz de Guadalupe.-Promoeiones en el cuerpo de Ingenieros.-Jueces de primern instancia nombrados por
S. M.-Orden sobre problblclon ·de ejercer la pesca,, los no matriculados.
PARTE NO OFICIAL.-Audlenclas del Sr. Ministro de Guerra.-Digpersion de unos disldentes.-Pasajeros llegados a Guaymas en Junlo.-Admlnistracion de bienes nacionalizados. Balanza general de Julio.Convocatoria para el monwuento fünebre. Junta de Colonizaclon. Acta del 24 de Julio.

se sirva

p~ude~te
~ho vom•
íc. F. G.
11dez, Es•

-

11.- 2

PARTE OFICIAL.

rimatter,
D. José
pesos seconforme
e.
-3s- 3
mLeanedictos y
ido intee
10nns sufipararií. el
ioticia de
r cinco.-

-47

informes
:ompañías,.
&gt;s-3o

8

endiéndose
a los mií.rar fraudes,
Í\las casas,
1acienda,
-4
L

~to denomibre del Sur,

del corrien-

' pasar, pa~al lo perm1que no pudo

jitva indemt que erogar.

!TE,

Nml. 186.

sistemára su administracion, que ha estado dislocada, y si en la distribucion &lt;le las rentas no se siguiese el 6rden y regularidad necesarímos para impedir la bancarota de-1 Tesoro. No es menos urgente uniformar el sistema de oontabilidad, variar la planta de las. oficinas y las
dotacionrs de los empleadrs.
Un plan de hacienda debe entrañar la pauta de :os procedimientos
contencioso-administrativos, la organízacion de la policía en muchas
de sus r:.mificaciones con el sistema fiscal, las funciones consulares
en cuanto atañen á las transacciones mercantile11, la formacion del
oresupuesto de gastos, el restablecimiento del c.r6dito público, etc., etc.
" En los reducidos límites de esta carta no es posible dar mayor en•
sanche á las ideas que deben concurrir al arreglo de la Hacienda¡ pero la penetraciOll de vd. sabrá alcanzarlas, y no perder de vista que se
trata tambien de aumentar los incrresos
para cubrir con desahocro
los
0
0
gastos del Imperio.
Chapultepec Agosto lO ele 1865.
'
MAXIMILIANO.

.
. ,
. ,
Mi quendo Su~s~cretarw Cesar:
,
·'·
.
~1 encomendar a vd. el &lt;lespa?h0 de la Se?reta~ia de Haciend a,
abri~o la esp~ranza de que, penetra n&lt;lJse de la situacrnn que guard a en
Mé~1co este importante ramo, po nd ra vd. en planta las reformas convemen~es par¡,. entonado Y robust ecer~~.
, .
Es tiempo ya ~e apartarse _del empmsmo que en ~aterias rent~stLcas ha creado peligrosas utop1as, y ~t~nerse pura y s1~plemente a lo
que es susceptible de ponerse en practica con la segundad de buenos
resultados.
Partiendo de esta base, y en vista de los ejemplos que ofrecen los
GRAN OANOILLERIA DE LAS ORDENES lllPERIALES.
pueblos mas cultos, observará vd. que es nna quimera circuns~ribirse
S.
M.
el Emperador ha tenido á bien condecorar con la Cruz de la
para la formacion de un plan de Hacienda, á cualquiera de los sistemas de exclusivismo en materia de impuestos, por mas que lo reco Imperial Orden de Gudalupe, en las clases y fechas que se expresan,
mienden algunos economistas, y aunque abunden desgraciadamente á las personas siguientes:
COMJ!¡NDADOR.
los partidarios obcecados de ciertas innovaciones, sin cuidarse de que
stas sean ó no racionales.
1865. Agosto 2. Baron D. A. L. A. G. Van-der-Smissen, Teniente CoAsí, ni un malentendido entusiasmo por lo que se llama libertad abronel de la Legion Belga.
snluta de comercio, ni los gritos que suelen alzarse contra determinaOFICIALES,
dos impuestos, ni el engreimiento ccn 'l ~" ::i. ... ohos sostienen la 110cesidad de plantear exclusivamente contribuciones directas, deben esti,,. Julio 17. D. Daniel Traconis, Teniente Coronel de Infantería
Oijlrse motivos poderosos para destruir las tres cuestiones capitales
del ejército mexicano'.
que en el establecimiento de impuestos aparecen bajo el punto de vis- ,,
,, 22. Sr. Treviño, propietario en Mazapil.
ta social, del órden económico y del producto de las rentas.
CABALLEROS.
Para conciliar los divers~s intereses que dichas cuestiones representan, es inconcuso que el mejor sistema de impuestos será el que mez14. D. Alejandro Bideskuty d'lpp., Teniente de Caza"
"
cle y combine con acierto esos intereses.
·
dores en el cuerpo de voluntarios austriacos.
Hay una preocupacion generalizada en nuestro pais, 6 por efecto de
,, D. Ernesto Pittner, Subteniente 1? de Cazadores
"
una filantropía mal calculada, ó como arma de partido para favorecer
en el cuerpo de voluntarios austriacos.
el triunfo de las revoluciones, y es la de eximir á ciertas clases del pa,,
,, D. Julio Schmidt, Subteniente 1? de Cazadores en
go de los impuestos. Este error ha traído por resultado hacer impro- "
el cuerpo de voluntarios austriacos.
ductivas 6 insuficientes las contribucio!),eS que se establecen; acostum•
,, D. Hermano Neubert, Capitan Médico en el cuerpo
"
brar al pueblo á no contribuir para las atenciones públicas, y sacrificar "
de voluntarios austriacos.
estérilmente los capitales creados y los ramos de produccion.
,, 17. D. Francisco Canton, Coronel de Rurales de YuRespectó de aranceles marítimos, hay que establecer una reforma "
catan.
importante, la de poner á nuestra industria agrícola y fabril en prove,,
,, D. Anacleto Sandoval, id. id.
" 24. D. Tancredo de la Sala, Capitan en el cuerpo de vochosa competencia con la agricultura é industria extranjeras, proce"
"
diendo de tal modo que ni se restablezca el sistema de prohibioiQnes,
luntarios austrfaoos.
ni sirva la importacion de aquellos frutos y efectos de ultramar que se
,, ,, D. Pas:ual Bonilla, Prefecto de Zacapoaxtla.
,,
producen en nuestro suelo, mas que de un conveniente estímulo para
31. D. Manuel María de Uriarte, Administrador princi"
desarrollar la riqueza nacional.
pal de rentas del Departamento de Michoacan.
Para combatir el fraude, habrá que combinar la justa moderacion
,, Agosto 9. D. Teobaldo, Conde de Geldern, Capitan de Lanceen las cuotas de derechos con el señalamiento de amplias dotaciones
ros del cuerpo de voluntarios austriacos.
á los empleados de Aduanas, y con el establecimiento de penas muy
,, D. Francisco Kastelliz, Teniente de Cazadores del
"
"
severas y de posible aplicacion á los defraudadores.
cuerpo de voluntrios au~triacos.
Habrá tambien que economizar todas aquellas disposiciones repre,, D. Osoar, Conde de Auersperg, Subteniente de Ca"
"
sivas y exageradas, que bajo el pretesto de impedir el contrabando, han
zadores de voluntarios austriacos.
servido solamente para entorpece. el comercio de buena fé.
México, Agosto 10 de 1865.
Comprendiendo que los impuestos directos deben formar con el
El Gran Canciller de las Ordenes Imperiales,
tiempo el recurso supremo de Nuestra Hacienda, cuidará vd. de que
ALMONTE.
los que se establezcan, estén basados conforme á los verdaderos principios de la ciencia econ6mica, tanto respecto de su equitativa r,eparticion, cuanto de su fácil cobranza. Esto hará desaparecer el des6rden
MINISTERIO DE OUERRA.
y confusion entrañados hasta hoy en las mencionadas contribuciones,
TEROF.RA DTRECOTON.
México, Agosto 11 de 1865.
. la odiosidad que ellas han producido entre los causantes, y la insufi·
ciencia de sus rendimientos.
S. M. el Emperador, por decreto de 1O &lt;lel actual, se ha dignado
Para gravar, por ejemplo, la propiedad, el capital y el trabajo, pa· promover al empleo de Ca pitan 1? de lngeraieros al 2? de la misma arrece justo y conveniente adoptar la base recomendada por los econo- ma D. Juan B. Alvarez.
mistas, esto es, hacer recaer todo impuesto sobre el producto neto, y
Con igual fecha ha_tenido á bien conferir el empleo de Capitan 2~
no sobre el capital, único medio de proceder con equidad y de evitar &lt;le Ingenieros á D. Paul Tomassek .
.que se cieguen las fuentes de riqueza.
El Subsecretario de Guerra,
Inútil seria reformar la planta de los actuales impuestos, si no se
J. M. .Durún.

�DIARIO DEL IMPERIO.
DIARIO DEL IMPERIO.

154

MINISTERIO DE JUSTICIA,

1

ADMINlSTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS,
.
1865
A eneral del libro mayor de la cuenta de esta oficina del mes de J11lto de . .
BALANZ g
nb
Deudor.
Acreedo1.

Debe.
ª er.
2 Bienes del clero nacionaliza- 18 080 50 $ 703,609 38
" 685,528 88
dos ... -· .. ····· · · · · · · ·· .$ 59,340 04 19,712 50 39,627 54
. , b'
ombrar pl'ovisionalmente juenles á cobrar• •· · · · · · · · · ·;
S M. el ERJperador ha temdo ,fa ~n n para los Distritos judiciales 45 vObligaciones
y pagarés en ere·
61,392 80
80
"
ces de primera instancia, en dlas ~c ~s tyes·
12,435 89
ditos.. --•· · · · · · · · · · · · · · · 61,392
4,242
28
16,678
17
1
s
aboga
os
s1gmen
·
V
0
40,944
18
caja ...... ········.--···
13,830 81
que se expresan, á
•
·
de la Villa del a- 67 La
"
Fincas urbanas en México ... 54,774 99
189,442 37
",.
189,442
37
Julio 16.-Lic. D. Gregor;° Nonega;tnr:p~~~:mento de Toluca.
13 Id. id. en los Depa!tamentos. 14,640 31
" 14,640 31
" .,
16,251 60
"
lle de Temasca tMepe~ ªvargas para juez de Acatlan, en 14 Id. rústicas en los 1d. --· · ·: · 16,251 60
15 Terrenos ymagueyales en id.
" "
,
26 -Lic. D. Ramon ana
17 Capitales sobre fincas urbanas 9.000 ,,
8,577 67
42'2
33
"
· el Departame~to dXe ~e.bla.para juez de Salvatierra, en
en México.• -· ··· · ·· · · · · ·
477 43
477
43
"
4,o'oo ',',
18 Id. id. en·e1 Distri~o. · · · · · · ·
Agosto 1~-Lic. D. Francisco . mza,
4,000 ,,
"
l9
Id,
id.
rústicas
en
id••
•
·
·
·
·
·
el Departamento de Q~erétro. J. uez de lo criminal de
42,891 ,.
20 Id. id. mbanas en los Depar- 4'2,89 l ,,
2.-Lic. D. Francisco Mansoa' para
" .,"
117,106
16
tamentos ...... :····· ····
06
16
7,1
Id."id.
rústicas
en
id.
-•
·
·
·
·
·
ll
"
21
"
Q~erDétarAo. t . Quintanilla para juez de Celaya, en el
22 Réditos de capitales sobre fin.
3.-110. . n omo
. 'o ,
6,775 14
cas rústicasyurbanas en el
72 32
6,847 46
"
Departamento de GuanaJuat. . de Pachuca en el De1,013 67
"u "
Distrito
---•
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
·
..
250
1,263
67
5 -Lic. D. Pablo Tellez,. para Juez
'
"
23· Id. id. id. en los Departa .. ·· .
555 54
555 54
~,
· partamento ~e TuRl~ndci~go. Veytia parn juez de la ca• 24 A.rrendamiento de fincas en
"
"
México
....
-··••···
·
·····
5.-Lio. D. Mar1an? o r1guez
'
957 42
957 42
25 Icl. id. urbanas en los Depar90,097 75
"
pital de Tulancmgo.
El Subsecretario de Justicia,
tamentos.····· · · · · · · · · · · 90,097 75
" "
"
26 Conventos extinguidos.•:···
266
66
27 Diez por ciento de desvmcuF. de P. Tabera.
266 66
"
. lacion de capellanías•• · · · · - "
13,919 04
,,. ,,
28 Reconocimientos sobre fincaa 13,919 04
" "
urbanas en México. --· · · · ·
1,741 73
1,741
73
" "
31 Id. id. id. en los Departamts. ·
11,920 ,,
-nrJSTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS y MARINA.
" "
32 Id. id. rústicas en id --•· · · · · ll ,9'20 ,,
JIU..L~
México, Agosto 9 de 1865. 33 Intereses al ~ ~or 100 sobre
383 05
los reconocmuentos de fin383 05
. ,
d S M el Emperador la represeqcas
rústicas
y
urbanas.•·
·
·
Habiendo puesto en cono01m1entod e . V S me dirigió informadit1 De,olnciou de crédito~ por
940 ,,
tacion de los pescadores de Al_vara_. o, r:n que ~olicitan aquellos que. no 34 ratificacion de redenciones.
" "
301 68
con su oficio de 1? _d~l 1:1-es anten:; los funcionarios de marina par~ im- 35 Honorarios de ejecutores Y
301
68
avaluadores..... •• .. · · · · ·
1,734 91 1.550 91.
tenga efecto la proh1b1cion impues~ P.
'tos en la. matr,cula, se ha digna. . . , los que no esten mscn
d be 36 Depósitos . • •• · · · · · · · · · · · · ·
,, ,,
1,550 91
" "
pedir ese e1erc1c10 a d' h
l "bicion está fundada en la ley, y que e
855 79
37 Fianzas .. •··············· ·
36,479 60
do S.M. resolver, que ic a p_roun er'uicio uede originarse á los que s~ 38 Varios deudores.• .. ····.... · 37,335 39 54,324 69
tener su cumplimiento, pue~ mngu !a.t~icular;e; y como la Ordenanza _esta 39 Monte de Piedad d_e ~mm.as. 45,375 96
10,459 01
2,702 41
dedican á la pesca para.tciar,. conS M que tenga toda su fuerza y vigor, 40 Adminilltracion prlllcipal de 13,161 42
"
rentas de Córdoba. -· · · · · ·
188 63
188
63
",,
terminante en este sent1 o, quier: d~ la ~osta.
, .
41 Id. id. de Orizava._. • •· · · · · ·
20
,,
20,,
como sucede.en los ~emas ,Punto tuados los ancianos, los que esten imp~- 42 Agencia en GuanaJaato . ... ·
"
341
,,
341 ,,
De esta providencia. estan excep
alimentarse á cuyo efecto v1- 43 Id. en Michoacan.. • -· .. · · · ·
"
237 "
237 ,,
"
220 ,,
"
didos de matricularse, y los q,u: pes~n p;:cia.s cuand~ se le haga saber 44 Id. en Toluc~---··· ·· ·· ·· ··
220
,,
"
45
Id.
en
Queretaro
..
•
•
··
··
·
·
·
7
39
250
::
gilará el ca.pitan del puerto die as cir~~:a -El'Ministro de Negocios Ex257 39
50
,,
46 Id. en Puebla. --•-· · · · · · · · ·
,,
,,
50 ,,
"
esta resolucion ~or la Pr~~ectur;;P:efect~ superior político del Departa- 47 Id. en Oajaca. ----•· · · · · · · ·
715 90
59 10
775 ,,
"
tranjeros y Marma, Ramii ez.
.
48 Id. en Veracruz. ---•· · · · · · ·
84
22
14 18
98 40
" "
55
Cambio
de
letras.
---·
·
·
·
·:
·
mento de Veracruz.
, . d 1 Golfo para los fines. indicados.
418 26
"
56 Diez por ciento de honor11r10s
Se comunicó al ~refecto ma.nti~~ 1! marina. ])étroyat.
418 26
de
recaudadores.
-•
·
·
·
·
·
·
·
92 63
"
92
63
Es copia.-El Director genera
'
Cuenta
de
contribuciones.••
57
89 32
58 Reparacion de _fincas Yobras
89 32
" "
de conservacion. •-· · · · · · ·
"u ",,
2,000 ,,
2,000
,,
2,303 üi
59 Indemniz~ciones.. -• · · · · · · · ·
PARTE NO OFICIAL.
2,703
19
400 ,,
" "
60 Ordenes a pagar.. •-· · · · · · · ·
Deudores
de
impuestos
no
pa,,
54
61
54
AUDIENClAS,
gados á su tiempo.•······ 14,261 22
,, 14,261 22
"
1 82
"
. te -México Agosto 11 de 186~.-Los 62 Cuenta de bonos ... -•. . . . . .
13,341 8'2
" "
,,
250 ,,
Ministerio de Guerra.-Gabuy· ·. tro ara' dar audiencia. al público, son 63 Agentes recaudadores. ---: •· 13,34
" "
Sueldos y ga~tos d~ a~encias.
250 ,,
"
dias sefialad?~ por el.E~~º· Srde
de 1a mañana á la una de la tarde, no 64
2,100
65 Aiiministracion p~:c1pal de
2.100 .,
"
los lúnes, miercoles yh vier~cs, d' e sino para asuntos oficiales muy urgentes.
rentas de Quere ro.·····
!57 50
157 50
" "
recibiéndose á otras oras a na J. ' • estado en ue estén sus negocios en es- 66 Id. id. id. de Zumpango.... ·
3 50
103 50
" ,.
" "
lO,7
337 ,,
,,
Las pers?nas que desee•: .sa~e1t~~s á cuatro Je la tarde al oficial de ~artes, 67 Id. id. id. de Cua~tla.. ·... · · ·
33 "
" "
_ _ - .- te Ministerio, pueden ocu]1lnr
e se hace saber de órden de S. E.-El 69 Gastos de Admimstrac1on.. .
. $ 8.54,380 24 $854,380 24 $710,621 1~ $ 7~0,621_ 19
uien les dará razon de e os. o qu,
inbsecretario de Guerra, J. M. ])urnn.
•
o
5-El rimer contador, Agustin Pardo y García.-V~ B~
}
México, Agosto l. ~e 180 · .
ados Juan S11arez y Na"Darro.
El administrador de bienes nac1ona iz '
SECCION 2ª

1 1

155

México, Agosto 11 de 1865.

,,

t)

.

d~~:

f

f

DISI'EBSION DE UNOS DISIDENTES, -

---

, ,. A osto 11 de 1865.-El Prefecto sup~CONVOCATORIA PARA EL MONUMENTO FUNEBRE,
Ministerio de Guerra.-Mexico, lg t 1 d á esta Secretaría el oficio
rior de Toluca, con fedcha. 8 d~l. ac~ute'
Tianguistengo, referente al
Dioe l' Estafette:
.d' 1 em leo de los fondos recogidos paque le dirigió el a.leal e mum01pa . ·5 en el ara· e nombrado "Texocono·
La
comision
encargada
deáplres1
ir !-ia d~ las víctimas del incendio del 4
hecho de armas q~e tuvo luga\~l CoatepeJy Jna partida de disidentes, . 1 antar un monumento a mero
. .
]es," entre los vecinos del pue bi~ra: dis ersado éstos, dejando en_ el campo ida Mev o ha adoptado las disposiciones sigmentes:
curso
dando por resultado que se hu
fi !tos de guerra que han sido repar· e ay ,
El monumen~o se pone en con.
.or ue el ensamiento que provocó la
dos caballos, d?s mosquetes dy ºctro~ ep:c por su hon;·oso compo1't!l.miento.
El monume~to de?e s~r. colecti~~~6 di;tincioJ alguna entre las tres vícti·
tidos á los vecinos armados e oa. e , á
suscricion destmada a erigirles, no
, s·n embargo un lugar para el
-El Subsecretario de Guen·a, J. M. ])ur n.
,
·fi ·
e reservara i
,
mas de un mismo sacr1 mo. 1
l está especialmente destinada la susbusto del coronel Tourre, para ~u\ de zuavos
u~a re' a de hierro, y se elevará en medurante el mes de Junio último, cricion particular del terc~r rerm~:n
O e - fu.za! las dos alamedas centrales. En
1
Noticia de los pasajeros llegados a! puedre~ud:e?~iay~!~lonalidad.
El
monument?
estar
a
odea
con expres1on
dio del cementeno frances, donbde ,s :
cribirse á un círculo de siete me·
Hombres. Mujeres.
consecuencia, los proyectos de ~ran circuns
3
14
tros de diámetro, incln~a la v1i1a., d
omprenderán planos, cortes y eleMexicanos, .. , • • • • · · · · · · · · · · · · · · · · 4
o
Los
proyectos
deberan·
ser
ava
os,d~
~entes
partes del monumento. Los
Alemanes .... ,••••················ 5
o
vaciones, suficientes para ~ostra_r 1as áe una escala. de 4 centímetros por
Americanos......... . . . . . . . . . . . . . . 1
o
diseños del conjunto _debera._n su~ta;;:upuesto bien detallado, con indicacioEspafio].,,, • • • • · · · · · · · · · · · · · · · · ·
roetro. Se presentara ta~b1en u fo~mas ue deberán emplearse.
3
24
nes precisas de los materiales Y
to ;;in contar el busto del coronel TourLa cantidad destinada al Totm~~ye~to que esceda de esta cifra, será re·
RESUMEN,
re, asciende á 5,500 pegos. 0 0 pi
24
Hombres.• , •······ ····· · ·· ·
chazado.
.
. _
. nombre de autor, deberán depositarse ~l. 10
Mujeres.,,•••·· · ····· · ···· · 3
Las _memonas y d1sen~sstN urna Dousdebés, presidente de la Comis1on,
de Setiembre, en casa de
t ,
etida en un pliego sellado, en que cons·
Total., .. ,•••······ 27
y tendrán una sefia., la cualEe~ ar~. re~ no se abrirá sino en el caso de adoptará el nombre del autor. s _e p ieg
· de contabilidad, en
tarse el proyecto que acampane.
México Agosto 11 de 1865.-El gefe de 1a s~cc1on
cargado d~ la de cancillería, Ignacio M. de Castillo.

s:::i:gi

tm

.º

Los proyectos no aceptados podrán ser recogidos luego que la Comision
haya hecho su eleccion.
_
El proyecto que reuna. los votos de la Comision, deberá ser ejecutado inmediatamente.
La parte subterránea destinada á la inhumacion definitiva, deberá estar
acabada en un mes. Los tres nichos estarán formados de piedras llamadas
recinto, y tendrán las dimensiones siguientes:

La proposicion 10.• y última. fué aprobada sin discusion, y dice así:
.
"1 o.• Cuando no se lograre la venta de terrenos públicos por el medio indicado en el artículo 3~, la "Direccion de tierras públicas" dispondrá se saquen á pública subasta para que se rematen en el mejor postor; y si no se
consiguiere la venta en la primera. serie de almonedas, se hará á los precios
la rebaja del doce y medio por ciento para procurarla en nuevas almoneaas,
repitiéndose éstas hasta por tercera vez con la rebaja del veinticinco por ciento. En el evento de que no se verifique ni a.un entonces la venta, se dará
Latitud ..•....•.............. , . O m. 75 centímetros.
cuenta al Gobierno con el expediente respectivo, é informe de las causas que
Longitud ..................... . 2 m. 00
puedan impedir la en3:jenacion, á fin de que se dicten las medidas conducen"
Profundidad ................... . 1 m. 00
tes
á removerlas."
"
Se mandó dirigir comunicacion al Ministerio de Fomento, acompafiándoEl monumento deberá estar terminado ~n seis meses, contados desde el
le en copia la Exposicion del Sr. Perry, y este dictámen aprobado por la
día en que se adopte el proyecto.
Junta, para que si lo tiene á bien lo eleve á S. M. el Emperador.
El pago se hará de la manera. siguiente:
Se levantó la sesion á las cuatro y cuarto de -la tarde: no asistieron, el seLa mitad anticipada, con garantías aceptadas por la Comision.
ñor Presidente, por estar citado al Consejo de Estado; el Sr. Masseras por
El saldo despues que la obra esté perfectamente acabada. y recibida..
En ca.so de no ejecucion en los seis meses dichos, se hará una rebaja de 2 ocnpacion; el Sr. Burnouf por haber enviado su renuncia; y sin aviso, los
por ciento sobre la ¡;urna total del presupuesto, por cada semana de retardo. Sres. Davidson y Ludert.-J. Urbano Fonseca,-J. Rascon.
.JUNTA DE COLONIZACION.

DEFUNCION.

Acta número 24 del-miércoles 26 de Julio de 1865.
Reunidos, á la una de la tarde, los Sres. Vicepresidente, Collado, Piña y
Cuevas, Sauvage, Pimentel, Schultz, Perry, y Secretario Rascon,
Se leyó la a.eta de la sesion anterior y fué aprobada, despues de quitar la
palabra "nombrará" que consta en el primer párrafo de la proposicion 1~;
poniéndola. inmediatamente despues del paréntesis que ha.y en la referida
proposicion 1~ de las que forman el dictámen de los Sres. Piña. y Cuevas,
Sauvage y Schultz, sobre el proyecto de medicion de baldíos presentado por
el Sr. Perry.
En seguida se dió cuenta con una. comunicacion del Sr. D. E. Burnouf, en
que manifiesta. á esta Junta que no siendo compatible su asistencia. á ella, con
las atenciones del cargo á que acaba. de ser llamado por S. M. el Emperador,
renuncia. el de miembro de esta J unta.-El señor Vicepresidente dispuso que
se comunique al Mini_sterio la. renunci~ del Sr. Burnouf, proponiéndole para.
que llene la vacante la terna siguiente:

Ayer lJ de Agosto ha muerto el Sr. D. Cárlos Donsdebés, y será sepultado su cadáver
hoy á las cuatro de la tarde.
A las personas que no hayan sido invitadas por medio de las esquelas que se están repartiendQ, para acompañar los restos mortales del finado á su última morada, se les invita
por el presente aviso y se les suplica su asistencia al acto.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIÓNALIZADOS.
AVISO,

Relaeion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia de los interesados en esta oficina.
Seccion l'.'-442, 483,511, l ,l52, 2,539 y 2,564.
SeccioB 2'.'-493, 583,636,639,789,915,934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, 1,727, l,S92,
2,513, 2,635, 2,636, 2,675 y 3,297.
Advirtiéndose que ningun giro puede darse á estos negocios si no se verifica 111 comparecencia que se solicita.
Nota,-Hoy han elevádose al Exmo. Consejo los espedientes que á continuacion se espresan:
Seccion l'.'-415, 416,454,458,505, 542,612,632, 634, 712, 3,317, 3,501, 3,502, 3,505,
3,506, 3,507, 3,508, 3,509, 3,512, 3,516, 3,518, 3,529, 3,534, 3,535 y 3,584.
Seccion 2!-33, 640, 653, 680, 725, 984, 1,156, 1,744, 2,531 y 2,821.
Lo que se avisa para conocimiento de los interesados.
México, Agosto 11 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,

Sres. D . Ramon Sotoma.yoi· Va.ldés.
,, N. Doorman.
,, N. Lutton .
Se dió cuenta despues con las comunicaciones de los Sres. D. Dionisio Camacho, D. Pedro Espejo y D. Juan S. Trápaga, renunciando el primero el
nombramiento de individuo de la Junta auxiliar de Tampico, y admitiendo
los dos últimos el de miembros de las de Mazatlan y Oajaca.-Se mandó
agregar las referidas comunicaciones á sus espedientes, teniéndose presente
por la Secretaría. la renuncia. del Sr. Ca.macho para reemplazarlo.
.luan Suarez y Na'Darro.
Se continuó la. discusion del dictámen de los Sres. Piña., Sauvage y Schultz,
sobre modo de hacer la medicion, amojonamiento y v~nta de los terrenos
AVISO AL PUBLICO,
baldios.
JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE CORREDORF.S DE MEXICO,
La comision presentó una. adicion al referido di.ctámen, que dice así:
"La comision, conformándose con la opinion manifestada. por la Junta en De conformidad con lo vrevenido en el art. 15 del Reglamento de corredores de esta
se pone en conociIDJento del público que han obtenido título de corredor en lRs clala. discusion del dictámen sobre division de los terrenos colonizables, retira. plaza,
ses que á continuacion se espresan, los individuos siguientes:
el artículo 4~, del que se podria inferir que la cuadrícula. debería comprenEn la l'.' dase y la l'.' y 2'.' seccio11 de la 2'.'-D. Federico Hnlsemann.
der todo el territorio del Imperio, siendo así que solo se debe aplicar á las
E11 la E', 2'.' y 3'.' seccion de la 2'.' clase.-D. José A.nastasio Santivañez.
tierras coloniza.bles; y propone en su lugar el siguiente:" ·
En la l'.' seccio11 de la 2'.' clase.-D, Melehor Jauffred.
En la 3'.' seccion de la 2'.' clase.-D. Camile Rivero.
"Art. 4° Los propietarios particulares sufragi1rú11 loti costos de los mojoEn la 4'.' clase.-D. Anselmo Martinez, D. José AguilerayD. LuisRodriguez.
nes que resulten colocados en sus linderos, y están en la obligacion de conservarlos y repararlos para. que se mantengan en buen estado."
•
Y que D. Miguel Castaños ha ampliado su habilitacion á la 3~ seccion de 111 2'.' clase,
"En el artículo 7~ se agregarán estas palabras, despues de la de recqnoci- pudiendo en consecuencia: ejercer en ésta y en la 4'.' clase en que antes estaba habilitado.
México, Agosto 11 de 1865.-Por ocupacion del Secretario Síndico, Pascual Eg1t&lt;a,
miento: "deslinde, amojona.miento y posesion."
adjunto l?-José de la Lama, Secretario.
3a-l
"México, Julio 26 de 1865."
La proposicion 4~ fué aprobada. en los términos que está en este dictámen.
MINISTERIO DE HACIENDA.
Leida la proposicion 5~, se acordó variar la palabra. "comprenderá" po• SECCION 4'.'
niendo en su lugar la. de "incluirá," y que dicha proposicion sea la 6~, por lo
CONVOOATORIA A LOS TENEDORES DE BONOS CONOCIDOS POR "BONOS JECKER."
que ésta llevará el número 5 y queda aprobada; dice-:
"5ª Es tambien obligacion de los colonos cuidar de la conservacion y re- Debiendo abrirse una almoneda para la amortizacion de bonos de dicha denom.inacion,
con l11 cantidad de trescientos tremta ytres mil trescientos treinta y tres pesos_treinta ytres
para.cion de los mojones que demarquen su propiedad."
centavos ($333,333 33 es), conforme al arreglo celebrado en diez de Abril último, se con"6ª En el valor que se fije á los terrenos destinados á la colonizacion, se voca
á los tenedores de ellos para el 20 del entrante Agosto, en la Seccion 4'.' de este Miincluirá el costo de su mensura y amojona.miento. Los colonos pagarán se- nisterio, á las doce del dia; en la inteligencia de que el remate al mejor postor, se hará
paradamente el de la copia de los planos de sus respectivas posesiones, que admitiendo los bonos per su valor nominal, á lo mas, deducido el 60 por 100 del capital,
se les entregará con la parte concerniente de la instruccion descriptiva de los segun el citado arreglo.
Y para que 111 presente tenga la mayor publicidad posible, se espide desde hoy.
terrenos mismos."
·
·
Mexico, Julio 31 de 1865.
Puesta á discusion la proposicion 7\ fué aprobada con la redaccion siEl Gefe de la Seccion,
guiente:
J. M. Calvo.
"7~ La Direccion se constituirá agente de los particulares propietarios que
quieran vender terrenos al precio, y bajo las condiciones seña.ladas para la
mNISTERIO DE HACIENDA.
venta. de los terrenos públicos. Esta. agencia. será gratuita., satisfaciéndose soSEccroN 4~
' la.mente los gas~s que se er?guen en los instrumentos que hayan de otorgarSiendo domingo el dia señalado para celebrar la almoneda de que habla la convocatoria
se y en las operaciones materiales de reconocimiento, deslinde amojonamiento á los tenedoreR de bonos conocidos por " Bonos Jecker," se advierte que por tal motivo
y posesion."
'
tendrá efecto la propia almoneda el dia 19 del corriente, en el lugar y hóra anunciados,
Lei'da, y det em'damente d'1scut'd
· · 8ª., se aprobó sin varia- México, Agosto 7 de 1865.
1 a 1a proposic10n
El Gefe de la Seccion,
cion ninguna.: dice así:
l
J. M. Ca 'DO,
"8ª Son libres de alcaba1as 1as ventas q ne se hicieren á los colonos así de · - - - - -- - - -- - - -- - - - - -- - - - - ----:-terrenos públicos como de los particulares que se sujeten á las pres~ripcioADMINISTRACION DE BIENES NAC[ONALIZADOS.
nes del artículo anterior."
·
AVISO.
Leida la 9~ proposicion, y muy largamente discutida por todos los sefiores
Debiéndose
sacar
á
remate,
con
arreglo
al art. 24 de 111 ley de 26 de Febrero último, la
presentes, se aprobó con la redaccion siguiente:
núm. 25 de la rinconada del callejon de San Antonio, valuada en la cantidad de
"9.• ~i los propietarios pre~rieren al pago de la contribucion predial, cor- casa
($ l, 129) mil ciento veintinueve pesos, se pone en conocimiento del público, para que las
respondiente al valor de las tierras que no aprovechan, el hacer dejaciou de personas que quiera11 hacer _postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados ·
ellas para la colonizacion, la Direccion se encargará de venderlas en la for- el dia 24 del present.e mes, 11 las nueve de la mañana, á cuya hora comenzarÍI el remate
ma predicha. y en favor del mismo propietario, quedando por el hecho exen- con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los
25 y 27 de la citada ley.
to del pago.de la parte de la contribucion respectiva á dichas tierras, si bien artículos
México, AgoRto 3 de 1865.
reservándose al mismo propietario el derecho de recobrarlas antes de su enaEl Administrador de bienes nacion111izados,
jenl\cion, pagando el impuesto."
20s-6
J11a11 Suarcz y NaTJarro.

�DIARIO DEL IMPERlO.

156

AVISOS JUDICIALES.
JUZGADO S? DE LO CIVIL.
A pedimento del Sr. Lic. D. Fmncisco de P. Tnbera, en los autos que sigue en rE1pre-

scntnciou de los Sres. D. Frnncisce, D. Miguel G. de Liz11rdi y la Sra. D~ Concepcion de
Liznrdi del Vnlle. sobre que se provea do c111·11dor ni Sr. D. Angel de Lizarili, por prodi. gnlidad é incnpacidnd mental, ha mandado el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. JoséM. Cor.
doro, se haga saber al público que los contratos que se celebren con el espresndo Sr. D.
Angel Liz11rdi, durante el período del negocio moncionado, quedan sttjetos á cnlificacion,
y que por lo mismo seráR declarados nulos si se decreta el nombramiento de curador por
incapacidad mental.
México, Agosto l J do 1865.- Lic. Néstor Mo11tes, Escribano de cliligencias.
508-3n-l
J'UZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES l.roM.. 8,
ORDEN,

Se hace snber á D. Jacobo Carrei;a, que en el juicio que le promovió D. José. Lozano,
se h11 pronunciado el fallo que en su parte resolutiva dice:-" Que D. Jaeobo Carrera pague ÍI D. José Lozano, clentro de tercero día, los veinticuatro pesos cincuenta centavos
que le ha demandado, y los gastos del juicio; estos conforme á la circular de nueve de Se• tiembre último; apercibido de ejecucion si no cumple."
México, Agosto 10 de 1865.-L Brai;o.
506-3s- 2
J'UZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
ORDEN.

de quiebra, cuya época deberá contarse para los efectos de que hablan los artí~ulos 781 Y
siguientes del Código de Comercio, salvo lo que despuee aparezca, desde el tremta y uno
de Mayo último en que, en union de su hermano el corredor D. Trinidad Vaca, se presentó al Juzgado 3? de lo civil anunciando que babia suspendido sus pagos, y pidiendo espe
ras: procédaso al aseguramiento de los libros, papeles y demns bienes del deu~or, y á la
dctencion de sn correspondencia, conforme al art. 794 del Código de Comercio: se nombr3n síndicos administradores á los Sres. Etchnrren y C~. y judicial al Sr. Lic. D. José Miguol Enrique, fijándose á los ncreedores el pinzo de quince dins para que pres.inte~ ni si!l-dico administrador nombrado los justificantes de sus créditos: anúnciese la prov1denc1a
por medio de edictos y de los periódicos: señálese al deudor comun la cantidad de veinticinco pesos para sus gastos de alimentos, y fórmese el eapedientc de calificncion de la
quiebra. Agréguese copia de la lista de acreedore11 presentados por D. Trinidad Vaca ni
Juzgado 3? do lo civil Lo proveyeron y firmaron los Sres. Presidente y colegns.- C11stillo.-García.-Abadiano.-J. M. Cardeña, Oficial 2? ·•
Lo que se hace snber á los interesados en cumplimiento de lo mandado.
J. M. Carde,1a, Ofi~inl 2? encargado de la Secretaría. 482-6!\-6
J'UZGADO 3? DE LO CIVIL.
Habiefülo decretado de confonnidad el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José Cordero, al
pedimento hecho por D. Fe,'Dando Basurto, acreedor hipotecario de la hacienda de la Ascension, sobre que se haga s11ber por los periódicos la prohibicion en que est&amp; D. .A:nacleto
Polidura de vender los mngneyes pertenecientes á dicha finen, bajo el apercibimiento de
que será nulo cualquier contrato que so celebre desobedeciendo esta prevencion, lo pongo
en conocimiento del público para los efectos correspondientes.
México, Agosto nueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-J. Reynoso, Escribano ptTblico.
501-3a-2

Se hace snber al Genernl D. Luis Perez Gomez, que en el juicio que le promovió el Lic.
D. Alejandro Gomez, por D. José Lozano, Me ha pronunciad,) el fallo que en su parte resolutiva dico:-" Que D. Luis P.erez Gomez pague á D. José Lozano, dentro de tercero
dia, los ciento diez y seis pesos nol'enta centavos que le ha demandado, y los gastos del
juicio; estos conforme á la circular de nueve de Setiembre último; apercibido de ~jecucion
s1 no cumple."
México, Agosto JO de 1865.-/. Brat:o.
507- 3s-2

ALMONEDA.
El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ante quien se encuentran rudi
cndos los autos seguidos por D. José Bnrragan, como representnnte de la Sra. D~ Aurora
Mnrtinez, contra la Sra, D~ Casimira Vega de Herrera, sobre pesos, ha mandado que se
proceda Í1. la venta do la casa núm. 13 de la 2~ calle del Sapo, de esta capital, retasada por
el perito D. Manuel Rincon en la cantidad de 4,536 peso~ 82 centavos; señalando para la
almoneda, con calidad de remate, la mañana del dia diez y siete del corriente, &amp;!118 doce,
en su Juzgado, situado en el Palacio de Justicia, donde recibirán las instrucciones necesaCONVOCATORIA.
ria11 las personas que quieran hacer postura.
F.I Sr. Juez l\' sustituto de letras de esta capital, que conoc&amp;.Jel intestado de D~ Lean}léxico, Agosto 7 de 1865.-Antonio Landgrave, Escribano público.
495-3a-2
dro Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, ÍI fin de que dentro do sesenta días ocurran Í1. deducirlo por si ó por personos suficientemente autorizadas; hnjo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á ~ue hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue Í1. noticia de
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
quienes importe, en Guanajuato, Í1. nueve de Junio de mil ot hocientos sesenta y cinco.Migud. Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-48

AVISOS ;pARTIOULARES.

Q

NOTIFICACION.
El Sr. Juez 2'? del ramo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, ante quien se hallan radicados los autos de concurso del Teniente Coronel D. Marcelo Alvarez, ta proveido el auto que copio.
·
"México, Julio 31 de 186.5.-Visto el anterior ocurso, en que el síndico del concurso de
D. Marcelo Alvarez pide se apruebe el proyecto de graduacion que presentó, consentido
vor la mayoría de los acreedores, y que corre de fojas 36 á 45 de este cuaderno; atendiendo
a que los bienes del concurso consisten todos en el precio del rancho de Jico, vendido en
asta pública á D. Francisco de P. Movellan en ($30,024) treinta mil v.einticuatro pesos;
Í1. que con ~ata cantidad hbn de ser pagadas de preferencia las costas del concurso, y lnego
los acreedores en el órden que se les da en la graducion, en el cual el primer lugar se
asigo11 al crédito del Duque de Terranova y Monteleooe, importante por solo capital
($14,000) catorce mil pesos; el segundo Í1. D. Francisco de P. Movellan por su crédito,
importante ($21,581 4&amp;) veintiun mil quinientos ochenta y un pesos cuatro reales cinco
octavos, y el tercero á D. Andres del Río por($ 2,465) dos mil cuatrocientos sesenta y
cinco pesos, importe de su crédito, de que es hoy tenedor el mismo l\fovellan; ¡¡, que estos
tres créditos importan mayor cantidad que la que constituye hoy el fondo del concorso, y
no pueden, por lo mismo, ser pagados los otros de lugar posterior; á que Í1. esos tres acreedores por quienes está consentida la grnduacion no se ha diuputado la preferencia, ni por
los otros que tamhien se conforman con el proyecto, ni por los que lo objetaron, los c11ales
solo cuestionaban los lugares asignados en el mismo proyecto, desde el cuarto en adelante; á que supuestos estos hechos, constantes todos de los autos, es ya enteramente inútil y perjudicial Í1. los acreedores que alcanzan á ser pagados, ocuparse de las cuestiones
de preferencia, suscitadas entro los qne evidentemente no pueden serlo; y finalmente á
que los Sres. Peña hermanos, uno de los acreedores disidentes, son los únicos quE n~da
han dicho sobre si disfrutaban ó no la preferencia á los créditos graduados en los tres primeros lugares, á pesar del apercibimiento con que se les conminó, del largo tiempo que
despues ha trascurrido, y de la última citacion que se les hizo; por estos fttndamentos, y
de c·onformidad con lo pedido por el síndico, se aprueba en todas sus partes el proyecto
de graduacion pre6ontado por éste con fecha veintinueve de Julio de mil ochocientos cincuenta y nueve en la junta celebrada en ese din, condenándose Í1. los acreedores á estar y
pasar per él_aho~a y en todo tiempo, á cuyo efecto el presente Juez interpone su autoridad y este Judicial decreto cuanto ha lugar por derecho: se declara igualmente, que en
virtud de la aprobacion de ese proyecto de graduacion, lo cual se hará saber ¡¡, todos los
interesados, debe procederse desde luego al pago de los ncreedores por el órden con que
están graduados, despuos de satisfacerse las costas, y hasta donde alcance el precio del
r~ncho de Jico; y nl_ efecto _se fa~ulta al,sindico para que liquidados por él los créditos, espida los correspondientes libramientos a cargo do! rematador del mencionado rancho, presentao~o en seguida la cuenta. respectim, con la .cual, obtenida que sea su aprobacion,
qu_edara de todo punto c~n~lm~o el concurso. As1 por este auto }o Írovey?, mandó y fir,
mo el Sr. Juez 2? de lo cm!, Lic. D. Manuel Pavon, por ante mi c snscnto Secretario
de que doy fo.-Ma1111d,Pavon.-Lic. M. Frias, Secretario."
•'
Y ~ c~usa de ignorarse c~ál sea la residen_cia de algunos de bs acreedores, á pedimento
del s_111d1co del concurso, Lic. D. Juan Bautista Alam~n, el Sr. Juez ha dispuesto que por
m~d10 d~l presente se les haga sab~r e~ auto que va mserto, para que en el té~mino de
vemte d1as, contados desdo la pubhcac1on del presente, ocurran al oficio del actuario á hace_r uso de sus derechos segun les cenveoga; apercibidos de que por solo el lnpso del térmrno se los reputará por conformes con dicha sentencia, y se proceder&amp; Í1. hacer en todo
como corresp?nde al estado de los autos. Y en cumplimiento de lo mandado y para los
efectos prevemdos en el preinserto auto, se publica el presente aviso en México á 5 de
•_~gosto de 1865.-Antonio Lai1dgrave, Escribano público.
49'2-:h-3
ALMONEDA J'UDICIAL.
En los autos q11e sigue D. José Cottier contra D. Valentin Mendoza, sobre pesos el
Sr. Juez 3? de lo civiI, Lic. D. José Cordero, ha señalado los dias en que deben verifi~arso laHa!monedas pnrn In venta de la casa núm. 17 de la 5~ calle do Revillagigedo (11) callejon del B.osque, Yson los siguienl:G~: para la primera, el dia 24 del prescate: para la seg~nd~, el d1~ 4 del entra~te Agosto; y para la tercera, que será con calidad de remate, el
din Hi ~e) mismo, todas u. las once d_e l.o mañana, en el Juzgado qoe se baila en el Palacio
do Jnshci!\, calle de In Moneda; advirtiendo que dicha casa está valuada por los peritos
D. Remigio Sáyago y D. ye!1tura Alcórrecn en 4,014 pesos.
Lo que pongo en cono~1m1e!1t? del público, para que las pe!'sonae que se interesen en lo
ePpresada cusa, ocurran a rec1b1r las mstrucciones ncccear1es.
México, Julio 13 de·]865.-El Escribano público del!\ Nacion, Joaquin Guzman.
457-&amp;-5
TRIBUNAL DE COMERCIO DE m:xrco.
..
México, Julio 22 de 1865.
A sohc1tud de los Sres. J. EtchaJTen y C\ pidiendo ~e declare en estado de quiebra á
D. Vicente Vaca, se ha proveido el auto qne á la letra dice:
. " México, Julio 19 de 186~.-Resultando de IM ~onstancins que obran en este esped1ente, qne el &lt;'Orredor D. V1&lt;'Pnte- V11ca h11 sns¡&gt;end1do sus pagos, se le decl11ra en estado

COMPARIA DE SEGUROS DE GLADBACH.

Capital de fondo ................. 3,000,000 pesos prusianos,
COMPARIA DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Capital de fondo •• • • • • •• • • • . • • • • • • • •• . • 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles Í1. premios moderados, y se darán todos los informes
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañias,
calle de San Bernardo núm. 3.
400-180e-37

llANTEQUllLA.
La acreditada mantequilla de la hacienda de San Nicoláll Buenavista, sigue vendiéndose
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la cnlle del Seminario, adonde llega frescn los m&amp;rtes y sábados de cnda semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
que solo en dicha caso se esponde, que ninguno está comisionado para llevarla á las casas,
y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
480-158-5

DIVERSIONES PUBLICAS.
GRAN

cmco DE CHIARINL
OPERA ITALIANA.

En la noche de hoy, ÍI las ocho, se pone en e~cenn el drama lirico dividido en tres actos
composicion del maestro Pacini, é intitulado: Bo11delmonte1 en cuya representllcion ÍllI..11~
parte los principales actores de la compañía.
Domingo 13 de Agosto.

TEATRO IMPERIAL.
En la tarde de hoy, &amp;las cuatro en punto, se pondrán en escena: primero, la zarzuela
dividida en dos actos, denominada: La cola del Diablo; en seguida otra zarzuela, tambien
en dos actos, que se intitula: La isla de San Balandran, y por conclueion, la comedia diTidida en tres actos, intitulada: El amor y el i11teres.

TEATRO PRINCIPAL.
. En la tarde se reprtisen_tará la comedia es?rita en verso l!ºr e1 Sr. de Movellan, y dividida en tres actos, denominada: 'Escenas íntimas, y en segmda la otra en un acto, intitulada: Mi Secretario y yo.
En la noche se pone en escena la comedia nueva, dividida en tres actos é intitulada:
Llegué, v{ y vencí.

GRAN CIRCO DE CHIARINI.
OPERA ITALIANA •

Esta noche se repite In grandiosa ópera de Paeini, autor de Satro y de Medéa, intitulada: Bondelmontc, á la hora de costumbre.·

Segundo y último Paseo Aéreo en la Plaza de Armas.
El Sr. Lave tiene el honor de avisar al público que el domingo próximo 13 del corriente bar&amp; un nuevo viaje aéreo en la Plaza mayor.
So han hecho grandes cambios en el arreglo de la cuerda por donde ha de pasar articularmente en la pieza principal que se rompió el domingo último, lo cual Je p~~itirá ejecutar nuevos ejercicios que nunca se han visto en las Américas.
Su hijo har&amp; tambien ejercicios sorprendentes en los trapecios volantes, lo que no pudo
verificar ol domingo por el accidente que ocurrió nntes de la ascension.
EL ESPECTACULO COMENZARA A LAS DOS DE LA TARDE,
Nota.-EI Sr. Lave se recomienda ni público en general, rogándole se sirva indemnizal'le por medio de una generos!\ suscricion, de los cuantiosos gastos que tiene que erogar.

fMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE
BAJOS DE SAN AG USTTN1 NUM, l.
'

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

EL

DIARIO

MEXICO: Viernes 11 de Agosto de 1865.

TOMO U.

SUMARIO
PARTE OFICIAL.-Decreto est.ableclendo la planta de empleados y sueldos de la Aduana marítima de
San Blas.-Otro, creantlo un Guarda en la Receptoría de Mex:icalcingo.- Otro, mandando que se aumente
en la Adminlstracion principal de rentas de esta capital una piar.a de Oficial de correspondencia.-Otro,
mandándo que se aumente la dotacion del Sr. Aguado en la Administraclon);prlncipal de San Luls.-Otro,
disponiendo que las multas :i los pueblos se impongan por las Comandancias mili\,ares de acuerdo con las
Prefecturas polític~s.-Deuegacion de Indulto i'I Zeferino Ramirez.- Reposicion en sus empleos il varias personas.- Orden para que la correspondencia de Zacatecas vaya por San Luis Potosi.
PARTE NO OFICIAL.-El triunfo de Tac:imbaro.-Derrota de unos disidentes en Tonalapan,-Ayuntamiento de México. Acta del 20 de Junio.-EI Duque de Rivas. Noticias blogrnficas.-Azi1car de remolacha.
Produccion de este artículo en Europa.
DENUNCIOS Y SOLIOITUDES.-8egundas publicaciones.

PARTE OFICIAL.

-5

008

DD·
LOY

as-

ida

mes

iíae,

IMPERIO ~

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
HEMOS resuelto que la planta de empleados y sueldos de la Aduana
marítima de San Blas, sea la que sigue:
Administrador con el sueldo anual de._ .. $ 4,000
Contador.. _••. __ ••• _••• _•• ____ •• _._. 3,000
Oficial 1 ? y Cajero .••••. _.••• _•• __ .•. 2,000
Oficial 2? • • __ • _••. _••• _••••••·• __ •• _ 1,200
Dos escribientes á 700 pesos .•• _••• _. __ • 1,400
-Vista. __ •• _••••• • - - • - - • - - - . - •• - - • - - - 2,400
Alcaide __ ~._. __ • __ • ____ ._._ ••. ____ . - 2,000
Portero • __ ••• _••.•••• _• _• _..• ___ .•••
600
RE,SGUARDO.
Comandante de Celadores. __ ••• _•.... __ 2,600
Dos Cabos á l,200pesos ______________ _ ·2,400
Diez Celadores á I ,000 pesos.. • _• • __ • __ 10,000
DOS FALUAS.
Patron 1 ? ••••••••• _•• __ •• _•• _••• _•• '
400
Id. 2? _••••• • •••••••• _•• _• ••• __ _
360
Doce marineros á 250 pesos __ • .• •• ____ _ 3,000
Suma ___ . __ ~- •••• $ 35,360

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO: ,
En atencion á'Ias circunstancias que concurren en D. Agustin Aguado, que desempeña la Seccion de correspondencia y el archivo de la
Administraqion principal de rentas de San Luis P otosí, MANDAMOS que
se aumente la dotacion anual que disfruta á ochocientos pesos.
Por Nuestra Secretaría de Hacionda se librarán las órdenes correspondientes.
Dado en México, á 31 de Julio de 1865.
MAXIl\ULIANO.
Al Subsecretario de Hacienda.
POR EL EMPERADOR,

El Subsecretario de Hacienda,

Félix Campillo.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Oido Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS lo siguiente:
Artículo único. Eo lo sucesivo, las multas señaladas á los pueblos
como medida de represion para reducirlos al órden, solo se impondrán
por las Comandancias militares d"t acuerdo con las Prefecturas políticas, y cuando con buenos fundamentos se pueda conjeturat· la connivencia 6 tolerancia de las poblaciones con los malhechores.
Nuestros Ministros de Goberncion y de Guerra quedan encargados
de la ejecucion del presente decreto.
Dado en el Palacio .de México, á 31 de
,, Julio de 1865.
MAXIMILIANO.
POR EL EMPERADOll,

__.._,___

El Ministro de Gobernacion,

J OSE MARIA E sTEVA.

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECCION

eda-

lrios
para

&gt;sea,
:omo

recio

l inti1cena,

,rrien-

r, par-

~ermi-

¡pudo

ndem,rogar.

2ª

Nuestro Ministerio de Hacienda queda encargado de la ejeoucion de
México, Agosto 7 de 1865.
este decreto.
Con
presencia
de
la
solicitud
elevada
al
Emperador,
pot· el Lic. D.
Dado en México, á 31 de Julio de 1865.
Jesus
R.
Bejarano,
pidiéndole
la
gracia
de
indulto
para
el reo ZeferiMAXIMILIANO.
no
Ramirez,
condenado
á
la
pena
de
muerte,
S.
M.
ha
tenido á bien
Al Subsecretario de Hacienda.
dirigirme,
con
fecha
5
del
actual,
el
acuerdo
siguiente:
POR EL EMPERADOR, ,
· "Nombrada una comision de cinco profesores de medicina, para
El Subsecretario de Hacienda,
fundar una opinion acerca del estado de las facultades mentales del
Félix Campillo
reo Zeferino Ramirez, condenado por el Supremo Tribunal de Justicia del Imperio, á la pena capital, por haber dado muerte á cuatro perMAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
sonas, y herido de gravedad á otras cinco, y apareéiendo de su dictáHE.Mos venido en acordar, ~ediante la necesidad que hay en la Re - inen, que no fueron perpetrados estos crímenes bajo la influencia de
ceptoría de Mexicalcingo de un empleado que se ocupe de vigilar los una enajenacion mental: le DENEGAMOS la gracia de indulto que solípotreros de aquella demarcacion y en hacer en la misma, recaudacion cita."
de ganados, que se nombre un Guarda que se dedique á dichos obje- Y lo comunico á V. S. para conocimiento de ese Supremo Tribu tos, y que tenga de haber cuatrocientos pesos anuales.
nal y efectos correspondientes, devolviéndole en cuatro cuadernos, con
Dado en México, á 31 de Julio de 1865.
foj as 54, 92, 32 y 48, el proceso completo del reo de que se trata.MAXIMILIANO.
El Ministro de Justicia,
Al Subsecretario de Hacienda.
ESCUDERO.
POR EL EMPERADOR,
Sr. Ministro en turno del Supremo Tribunal de Justicia del Imperio.
El Subsecretario de Hacienda,
Félix Campillo.
MINISTERIO DE GUERRA.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

HEMOS venido en acordar, que en la Admistracion principal de rent~s de esta capital se aum~nte una plaza de Oficial de correspondencia con el sueldo de ochocientos pesos anuales, y una de Merino con
la dotacion de quinientos pesos tambien anuales, mediante las muchas
labo,res que en la actualidad tiene que desempeñar aquella oficina.
Dado en México, á 31 de Julio de 1865.
MAXIMILJANO.
Al Subsecretario de Hacienda.

SEGUNDA DIRIWOION.

México, Agosto 10 de 1865.

Por soberano decreto de 30 de Julio, ha11 llido repuestos en sus empleos de Coroneles de infantería, los Tenientes Coroneles de artillería
D. Manuel Mangino y D. José María Jáuregui.
Por igual decreto de S. M. ha sido tambien repuesto en su empleo
de Oficial segundo de cuenta y razon de artillería, el de tercera clase
D. Francisco Arévalo.
.J&lt;.:l Subsecretario

POR EL EMPERADOR,

El Subsecretario de Hocieuda,

Félix Campillo.

de Guerra,

J M. Du1·án.

........... ..._

�150

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.
EliISTEBIO DE FOMENTO.

AYUHTillIDTO DE DXICO,

En la ciudad de México, hoy mártes 20 de Junio de 1865, se reu~ieron e~
SECCION 3~
la Sala Capitular, á las dos y cuarto ~e.la tar~e, par~ celebrar cabildo ordi· México, Agosto 9 de 1865.
nario público, los Sres. Prefecto Mumc1pal, J auregm, Cervantes, Hope, LaCon fecha de ayer dice á esta Secretaría el Gefe del gabinete de bat, y Rascon.
d1
l
Se leyó y aprobó la acta del cabildo público cele~rado el 16 e actua •
S. M. el Emperador lo que sigue:
"Tengo la honra de poner en el superior conocimiento de V. S., que Se dió cuenta con un ocurso presentado por el 110. D. Manuel Monteruá propuesta d~l Prefec_to y ~eL Comand~nt~ miljtar de Zacatecas, la bio, en representacion de Doña María Larraguibel, albacea de la. testamencorrespondencia para dicha 01udad se enviara de ord~n de S. M. el E_m• taría del finado Sr. Dr. D. Manuel Martinez de_ Rolda~, en que pide que en
parador por la via de San L1;1is Potosí, .~asta que acabando la estac1on virtud de no haber disfrutado de la merced de cinco paJas de agua que le corresponde á la casa, baño, situada en el número 9.de la calle de Gr?sso,, por
de lluvias, se mejore el cammo del BaJ10._
.
.
Recibid señor Subsecretario, las seguridades de m1 alta c01mdera- el espacio de mas de nueve meses en que le ha ~altado, y en atencio~ .ª los
perjuicios que por esto ha resentido, y muy particularme?te al descred1t~ en
cion.-En' ausencia del Gefe del gabinete civil, el Gefe del gabinete que por esta causa ha caido el establecimiento, se le remita el arrendamienmilitar, E. Loysel." , ,
. .
,,
,,
to correspondiente al año pasado, y solo se le cobre el del presente.-Se man·
Lo que trascribo_a vd. para su conoon~uento, y a fin de que de las
dó pasar á la comision de Hacienda.
.
6rdenes necesarias para cumplir con lo dispuesto por S. M.
Se dió cuenta con un dictámen de la comision de Hacienda, que concluye
Por ausencia del Enno. Sr. Ministro,
con las siguientes proposiciones:
.
. el Subsecretario de Fomento,
1ª Queda vivo, válido, subsistente y en su 'Val,or y fuerza, el contr~~ ceManuel Orozco y Berra.
lebrado por el Exmo. Ayuntamiento con D. Jose Torres para el summ1stro
que se consume en las cárceles.
.
:
Señor Contador encargado de la Administracion general de correos. del2~pan
D. José Torres ministrará el pan necesario para los demas e_stablecimientos que dependen del Exmo. Ayuntamiento, haciendo un rebaJO de un
doce y medio por ciento.
PARTE NO OFICIAL.
3~ Se celebrará en consecuencia una nueva contrata para ~l .Pªn. que se
consume en los demas establecimientos dependientes de la M~1:1c1pahdad, en
EL TRIUNFO DE TACAJ[BARO,
Ministerio de Guerra.-1~ Direccion.-1 ~ Division.-México, Agosto 8 los mismos términos que la que tiene cele?rada p~ra el summ1stro del pan
,.
de 1865.-Con la nota de vd. número 198, de 26 de Julio último, he teni- de las cárceles, por el mismo ti~mpo y baJO _las m1sm~s penas.
4~ Se someterá este acuerdo a la aprobacion del senor Pr?fecto político.
do el honor de recibir su órden del dia, expedida por vd. á la columna de
El señor Prefecto municipal usó de la palabra para ampliar las tazones
su digno mando, despues del glorioso triunfo alcanzado en Tacámbaro el
del
dictámen, y en que se apo~aban las prorosi~ione~ insertas.
dia 16 por las armas belgas-mexicanas.
.
Con dispensa de trámites fue aprobado, sm discus10n.
,
.
,
Sírvase vd. manifestar toda mi satisfaccion á los gefes, oficil:1-les y Jro~a
Se
dió
igualmente
cuenta
con
un
presupuesto
~resentado
poi
el
Si.
Fe1que han combatido á sus órdenes en aquella jornada, aceptando para s1 mis
nandez de J áuregui, 'y suscrito por el Sr: Barbed1llo, sobre el c?sto q~e saplácemes mas merecidos.
.
. .
La. expresada órden del dia, la he mandado publ!car en el Diar10 del Im- carán los tejados nuevos del Rastro de ciudad, cuyo !°onto.asciende. a 487
perio.-El Ministro de Guerra, Peza.-Sr. Tetemente Coronel Baron de pesos 52 centavos: fundada por el Sr. Fernaudez de J auregm la necesidad de
este gasto, quedó aprobado sin discusion.
,
. ..
Vander-Smissen.-Morelia.
Se levantó la sesion pública para entrar en se~reta ~ las dos y vemt1cmco
ÜRDEN.-Oficiales, sargentos y soldados de la ~olum_na espedicionaria: L~
jornada. de ayer ha sido gloriosa para las tropas lillper~ales; belgas y mexi- minutos. No asistieron con licencia, los Sres. Canas, Villanueva, ~ul, lbarrocanos han rivalizado en ardor y en entusiasmo; el arroJo con que desde ~l la y Rincon; y sin ella, los Sres. Buck, Berganzo, Galindo, BarreJro, Gomez,
principio de la acci?n ha~eis atacado, i~n.dió el terror en _las filas enemi- Reyes é Hidalgo, y Teran.
Es copia, México, Agosto 8 de 1865.-El Secretario· general del Exmo.
gas escitando al mismo tiempo la admiracion de la poblac10n de TacámbaAyi,ntamiento.-J. T. Dávalos.
ro 'que desde las azoteas de las casas presenciaba el combate.
.
'Luego que el general en gefe del ejército -del centro, tuvo conocimiento
de que nosotros nos dirigiamos so~re él con 8?0 ~ombres_ entre belgas Y
EL DUQUE DERIVAS.
mexicanos, nos esperó con 3,500, siendo su art11lena superior á la nuestra,
y en una posicion que él creia inespugnable. Seis bocas de fuego de s~ arEl 22 &lt;le Ju~io último muri6 en Madrid el Duque de Rivas, una de
tillería batían el camino estrecho que daba acceso á las alturas, y cubrien_do las glorias de la literatura e~pañola c?ntemporánea. Un periódico da las
todo el resto de sus fuerzas las montañas escarpadas de donde era preciso
desalojarlo: la música y el repique de las campanas que á lo lejos oiamos, siguientes noticias sobre el ilustre difunto:
daban á entender que vuestra derrota era cierta.
.
.
Mas vosotros supísteis enseñarles lo que valen tropas valientes movidas
por una misma voluntad, cual es la de _vencer á toda costa.
,
Al paso veloz fué atravesado el ca~mo,,estrec~o q~e daba acceso a l_as alturas, á pesar del nutrido fuego de fusileria y artilleria que se nos hacia.
Con igual ~ntrep~dez fueron atacad~s l_a~ alturas, dP- _las que. os apoderasteis con tal violencia, que desde el prmc1pio de la acc10n debió conocer el
enemigo que el Dios de las batallas babia decidido de su suerte. Rechaza-do de todas sus posiciones, á las acla.maciones mil veces repetidas de "Viva
el Emperador, viva la Emperat~iz," _al cabo de _una hora de comenzad~ el
primer ataque, huia en todas direcciones, arroJando sus armas y eqmpo,
abandonando en el campo de batalla de ~00 á 400 muertos, ~65 prisionero~,
entre ellos algunos gefes, toda su artilleria, parque, 150 caJones de mun~ciones, mas de 600 fusiles, entre los que estaban casi todas nuestras carabinas que habíamos perdido en Tacámbaro, una bandera y mrutitud de caballos y mulas.
Nuestras pérdidas son de poca consideracion, teniendo sin embargo que
lamentar fa muerte del teniente Würth, gloriosamente herido en el corazon
al salvar el desfiladero; unos treinta sargentos y soldados heridos mas ó
menos graves; cuyo resultado no puede atrib~irse sino á la rapidez de nuestro movimiento.
Regocijémonos mis queridos compañeros: muy pronto nuestro Emperador sabrá que el hermoso Departamento de Michoacan, que S. M. nos ha
confiado, está en via de pacificarse, debido á vuestro valor.
Ta.cámbaro, Julio 17 de 1865.-El Comandante superior de Michoacan,
Baron Vander-Smissen.
·
Son copias.-El Subsecretario de Guerra, J. M. Durán.

El ilustre Duque babia ocupa~o lo~ ruestos mas importantes; ~abia sido
embajador en Nápoles. y en Paris, Ministro . de la coron~ y ~residente del
Consejo de Estado. Quedan vacantes, por su muerte, la direcc1on de la Real
Academia española, la presidencia de la Re~l Academ~a de_ Nobles Artes de
San Fernando, un sillon de la Real Academia de la Historia, y un collar de
la insigne Orden del Toison de Oro.
Nació el Duque en 1791, en la ciudad de Córdoba, patria de grandes hombres madre fecunda de sabios, de poetas y de artistas, de los Sénecas, de
Lu~no, de Góngora y de Pablo de Céspedes.
,
Su vida ha sido novelesca, variad~, llena de poesia y d~ aventuras. En
los últimos años, completamente feliz. Elevado el Duque a la mas alta esfera social por su nacimiento y por su valor intrínseco? ~ozando de U11fl fa.
ma esclarecida, seguro de que su nombre h~ de sobrev~~irle y ser un trtulo
de gloria para. España, circundado de una dilatada_ fam1ha, co_n c~yas prendas debía complacerse y enorgullecerse, y convencido de que iba a legar su
nombre á un heredero digno de él, bien se puede afirma~ que el Duque (con·
tando con la tranquilidad de la conciencia, que no podia menos de tener,
atendido su noble carácter y la bondad de su corazon), d~be ha~er exhalado
el último aliento satisfecho de la vida, de la suerte y de si prop10.
En su mocedad el duque fué militar; peleó valerosa)llente contra los franceses durante la guerra de la independencia, y en l_a batalla de Ocaña recibió once heridas de los lanceros polacos, que le deJaron por muerto en el
campo.
Concluida la guerra se retiró con el grado de coronel.
De 1820 á 1823, empezó D. Angel Saavedra á figurar com~ hom?re político. Fué diputado y secretario de las cortes. Por su_ amor a la libertad
se comprometió de tal modo qu~, cuando vin? la reaccion tuvo que buscar
un asilo en paises estraños, segmdo de su muJer.
A su vuelta de la emigracion, en 1834, figuró como literato y poeta de
DERROTA DE UNOS DISIDENTF.S, ·
Ministerio de Guerra.-México, Agosto 10 de 1865.-Ejército del Impe- primer órden, y fué de los que con mejor éxito introdujeron en nuestro
rio.-Brigada de operaciones en el Sur.-Cuernavaca, Agosto 5 de 1865.- teatro la escuela romántica.
La actividad y fecundidad del duque han sido grandes, y de ello dan un
Núm. 261.-Exmo. Sr.- Tengo la honra de participará V. E. ,que el capitan D. José Roman, del tercer escuadron del regimiento de Iguala, ha lo- testimonio los cinco tomos de sus Obras completas, que andan en manos de
grado alcanzar una partida de disidentes en la cuadrilla de Tonalapan, donde todos, y donde todavía, á ma~ de las_ mencionad~~ composiciones, quedan
les hizo cuatro muertos y les quitó siete caballos, de los cuales cuatro han otras muchas que admirar, asi narrativas co~o lmc,as:
De las primeras son dignas de todo encom10 sus ultimas leyendas, como
sido entregados al señor cura de Atenango, D. Domingo Delgado, que ha
la
Azucena milagrosa y Jrfaldonado.
.
justificado su propiedad; dos que han sido reclamados serán entregados cuanDe las poesías líricas, la mejor, sin duda, del d_u~~e, es Al/aro de Malta.
do prueben los reclamantes el derecho que tengan á ellos, y el restante ha
En el romance histórico ha sido siempre notabihsimo.
sido destinado al servicio en el mismo regimiento. Igualmente se recogió
Hasta que la enfermedad postró por completo al duque, conservó éste touna jóven que se llevaban contra su voluntad, la cual ha sido entregada á
sus padres.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El coronel comandante da la viveza de su ingenio, toda la amenidad de su trato, todo el fuego sagra· en gefe, Ab?'aham O. de la Peña.-Exmo. Sr. Ministro de la Guerra.-Mé- do de la inspiracion y de la poesía.
Creemos que el duque h~ deja~o escrita un~ buena parte de sus Me~or}as.
xico.
Sentiremos que lo que deJa escrito se estravie, y deseamos su pubhcac1on.
Es copia. El Subsecretario de Guerra; J. M. Diwctn.

151

El duque ha dejado en el Parnaso español un lugar vacío, harto dificil de
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
llenar. Las musas deben estar de luto.
AVISO,
To~~s cuantos conocian al duque sienten ademas su muerte por la bondad
Relacion de los e~pedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia de los inteY. carmo con_~u~ les trataba, y echarán siempre de menos aquella conversa- resados
en esta oficma.
c!on _agra~a.bihsima, aquel tesoro de chistes y de discreciones, aquella inven- Secc!on l!-483, 1 152, 2,539, 2,564 y 2,831.
1
ti,va mfat1gable con que contaba lances, historias y aventuras, y aquel prodi- Secc10a 2.-493, 636,
789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,352 1500 1 727 1 °92 2 513
2,635, 2,636, 2,675 y 3,297.
' ' · ' ' ' •" ' ' '
g10so talento de narrador con que sabia referirlas, embelesando á todos.
Advir~éndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se verifica.

AZUCAR DE REIIOLACHA,

. Nota.-Hor se han elevado al Exmo. Consejo, expeditados por esta oficina los expedientes que siguen:
'
Seccion l ~-152, 165,356,446,795 9'23 981 2.385 2 831 3 468 3 483 3 503 3 504
3,513, ~,517, 3,519, 3,664 y 4,239.
'
'
'
' ' ' ' ' ' ' ' ' ' '
Secc1011 2~-273, f22, 672,673, 1,248, 1,:/61, 1,701, 2,424, 2 442 2 732 2 733 3 071 ·
3,511, 3,514, 3,~63, 3,838, 4,387, 4,388 y 4,392.
' ' ' ' ' ' ' '
Lo que se avisa para conocimiento de los interesados.
México, Agosto 10 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan Suarez y Navarro.

El JoWl'i!al .de~ fabi·icants de sucre, calculando en uno de sus últimos números. el rend1m1ento probable de azúcar de remolacha en la pl'óxima cosecha, dice:
"Francia h~ producido en la campaña anterior 145 millones de kilógramos, por medio de 398 fábricas, ó sean 3,643 sacos por cada. una. Este año
segun sabemo~, estarán en actividad 420 fábricas; ahora bien, si nivelamo~
la cosecha recientem~n_te sembrada con la de 1862-63, que fué generalmente buena y_ que permitió hacer 4,797 sacos por cada fábrica, hallaremos que
la produccion de la campaña de 1865-66, deberá ser de 201.47'4 000 kilógramos. Podemos admitir, pues, que la fabricacion indícrena en F;ancia debe producir este año, con una buena coseclia., 200 millo~es de kilógra~os
(algo m~ de 217,000 toneladas); lo cual constituye un exceso de 55 mm;'.
nes de kilógramos s~bre el año ante~ior. Debernos esperar tambicn un aumento en la producc1~n del Zollverem, donde deberán funcionar 27 fábricas
nuevas; pero el Austria, á consecuencia de diversas circunstancias económicas, verá cerrarse 20 de sus establecimientos: en compensacion la Bélgica y
la Holanda cuentan con 12 mas.
En resú~en, apoyándo_se en los cálculos mas moderados, opinamos que
debe esperarse en el contmente un exceso de produccion de 60 á 70 mil toneladas sobre el año ?!timo, á lo cual hay que añadir el excedente previsto
en las cosechas cq!omales, calcu!ado de conformidad en 46 mil toneladas; de
modo 9.ue la tof:ah1ad ascendera de 110 á 120 millones de kilógramos.
~l citad~ per1ódi~o agrega que ese exceso de produccion nada tiene de inqmetan_te, si se considera que Inglaterra sola absorberá la mitad, gracias á
la rebaJa de derechos; que el consumo general se aumenta con la baratura
de precios, y que 1~ p~ci?cacion de los ,Estados-Unidos podrá desviar hácia
ellos una parte no i~s1gmficante _del ~zucar que se dirija á Europa.
. El Journal mencionado ter1;1ma c1t,'u]do entre las causas principales que
tienden á aume~tar_la producc10n de azucaren Europa, los progresos continuos en la f~bricac10n, en~re otros la aplicacion ~e un nuevo método para
extra~r (11 az_uca~ de las mieles, por el cual se obtiene el cuarenta por ciento
de azucar cnstahzable, del cuarenta y cinco por ciento que contiene la miel
resul~a~t~ de la elabo:acion del azúcar de remolacha. El Journal promete
descri~ir~ese nu~vo_ metodo, lle~ado ya al terreno de la práctica en una de
las prmc1pales fabricas de Francia, y por nuestra parte prometemos tambien
pone~ al corriente del mismo á nuestros lectores en su oportunidad.

MINISTERIO DE HACIENDA,

SECCION 4\l
CONVOCATORIA. ALOS TENEDORES DE BONOS CONOCIDOS POR "BONOS JECKER,"
Debiend? abrirse un~ almoneda para la amortizacion de bonos de dicha denominacion
con la cantuiad de trescientos tremta y tres mil trescientos treinta y tres pesos treintaytre¿
centayos ($333,333 33 es), conforme al arreglo celebrado en diez de Abril último, se conV?Cª ~ lo~ tenedores de ~llos para_ el 2_0 del_entrante Agosto, en la Seccion 4\'- de este Mirus~r(o, a las doce del dm; ,m la mteligencia de que el remate al mejor postor se hará
adDlltl6nd? los bonos por su valor nominal, á lo mas, deducido el 60 por 100 d~l capital
segun el citado arreglo.
'
Y p~ra que \a presente tenga la mayor publicidad posible se espide desde hoy
Mex1co, Julio 31 de 1865.
'
·
El Gefe de la Seccion,
J. M. Calvo.
MINISTERIO DE HACIENDA.

SECCION 4\', Siendo domingo el dia señalado para celebrar la almoneda de ·que habla la convocatoria
a los ~enedore~ de bo!1os conocidos por "Bonos Jecker," se advierte que por tal motivo
tend~a _efecto la propia almoneda el dia 19 del corriente en el Jugar y hora anunciados
.Mexico, Agosto 7 de 1865.
'
·
El Gefe de la Seccion,
J. M. Calvo.
IUZGADO ó? DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
E_n los autos seguidos en este Júzgado sobre la denuncia que hace D. Genaro Beltran
del mtestado de P\'- Guadalu_Pe Ramirez, el Sr. Juez 5? de Jo civil, Lic. D. Jor 6 Perea,
ha ma~dado se cite por medio del presente al Li&lt;:, D. M(1nuel Pastor, para que fentro de
o~ho d1as, contadoR flesde_e_sta fecha, acredite ser apoderado de D\'- Juana Nava, que se
die! ser heredera; apercibido de que se tendrán por renunciados sus derechos si no lo
venfica.
Lo q_ue le hago saber por medio del presente.
México, Agosto 4 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.
7s-4

-

'

DENUNCIOS Y SOLICITUDES
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.

En los ~utos seg?,idos en este Juzgado por D. Agustin Ramirez, sobre pago de la obra
Y decoro.c1on 9-ue h:zo en el temvio ~o la Sa~trslma, contra la estinguida corporacíon de
r'San Pedro, é ~gnorandose la hab1tao10n de ~~ho ~eñor, Je hago saber por medio del pre,~
s~nte lo proveido por el Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea en esta fecha "M°éJUco, Mayo 10 de 1865.-Autos ~on citacion. Lo decretó y firmó ei Sr. Juez, Doy fe.Perea.-Mateo Portugal, Secretario."

1

(SEGUNDA PUBLICACION.)
México, Julio 22 de 1865.
Solicitud de D. Miguel Blancas, pidiendo privilegio exclusivo para unos comunes portátiles de su invencion.

"Segunda cla~e.-Cuatro reales.-Para el birnio de mil ochocientos ses~nta y cuatro y sesenta y cinc0.-Miguel Blancas, ante V. M. I. con el debido respeto espone: que despues de muchos años de constante desvelo ha
logrado construir unos c~m~nes, segun los modelos que acompaña, de 'manera _que con el uso del liqmdo, el mal olor que produce la inmundicia, se
convierte en un aroma agradable, y estos comunes son de tal naturaleza útile~ Y conveni~n~e~, que se puede caminar con ellos de un punto á otro sin sufr1r la mas 1;llmima molestia;_ se puede permanecer en la pieza donde estén
colocados, sm que se. sufra m_ por mal olor ni por ataque alguno á la salud.
-:-A V, M. I. suplico se digne concederme el privilegio exclusivo por mi
mvento, conforme á lo determinado en las leyes vigentes en lo que recibiré
merced y gracia.-México, Mayo 4 de 1865.-.Miguel Blancas."
Y .liabiendo convenido ayer el interesado, en que se suprima en su solicitud la ~arte que no está en armonía con la ley de 3 de Noviembre de 1858
se publica en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la misma ley.....'.
El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
·

El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.

6s-4

En los aut?s form~d~s sob~e el conc,urso de D. Antonio Prieto, ha pedido el señor agente de la Hacienda publi_ca, I;,w. D. Teofilo Fonseca, se cite por los periódicos al representante de la t_estame~tana ,6 mtest~o de dicho Sr. Prieto, así como al representant.e de la
testament~na.de D. ~ana Ignac1a Cacho, por ignorarse quiénes sean, para hacerlas saber la radi~ac1on de dichos autos en est.e J~gado, al cargo del Sr. Lic. D. Jorge Perea ·
y se le e~treguen para promover lo conve111ente.
'
Y habiendo mandado di~ho Sr. Juez de conformidad, por auto de 21 del pasado Junio,
se lo~ ~ago saber por medio del presente, en cumplimiento del auto citado.
Mexico, Agosto 4 de 18e5.- El Secretario del Juzgado 5?, Mateo Portugal. 15a-3
RECAUDACION PRINCIPAL DE CONTRIBUCIONES DIRECTAS DEL VALLE DE MEXICO,

AVISO IMPORTANTE.
:Ipa los almacenes de esta recaudacion principal elisten 153 volúmenes de obras Jite.

ranas, ~ mueble~ de yarias clases y 10 piezas de ropa, procedent.es de embar 08 hechos en anos antenores a ca~santes de contribuciones drrectas, por falta de pago le ellas
en ~os _plazo~ de l~ l~y; ~as ignorándose las personas á quienes pertenecen, se pone en conoc;,::¡{8¡to del publico, a fin de que los respectivos dueñ&amp;s se sirvan ocurrirá esta oficina
en o o que falta del prese~te mes de Agosto á liquidar los adeudos por que fueron em-'
~argados, ~r~sentando los recibos de los tercios 6 plazos que hubieren satisfecho, á efecto
~ aue exhib!endo Io que resten, puedan llevarse sus respectivos objetos· en la inteliuencm e. que, s1 !enmdo el término indicado no ocurrieren con ese objeto 'se procederf en
México, Julio 24 de 1865.
los _primeros dias del entrante mes de Setiembre á rematarlos en al~oneda pública al
D. ~alixto Mig_uel Ortiz y D. Manuel Flores Medina, han hecho formal meJ or :postor.
Ménco, Agosto 3 de 1865.-E. Villalva.
3a-3

de~unc10 de un criadero de cobre, situado en el Real de J acala, pueblo frontemo del Departamento de Tulancingo y de las catas antiguas, denominaADMINISTRACION DE BIENES NAC[ONALIZADOS.
das 1~ Estaca, la. Presa, J esus y la Huerta, por estar inmediatas y ser todo
un mismo negocio de explotacion.
AVISO.
Y
habiéndose
admitido
con
esta
fecha
el
denuncio
en
cuanto
ha
l
Deb~éndose
sacar
á_
remate,
con
arreglo
al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último la
d h ·
· •• d
,
ugar en
~re~ o, sm perJUI?lO e tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al casa _num. 2:&gt; 40 la n~co~ada del callejon de San Antonio, valuada en la cantidad'de
publico para que ~i algu~a perso~a s~ encuentra con derecho á oponerse, lo ($ l ,l29) mil mento vemtinueve pesos, se pone en conocimiento.del público para que las
ju¡6 quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes ~acionalizados
deduzca ante la ~1putac10n de mmena de Zimapan á quien se le comunicó. Pfd~on;,:
e 13
e ~-res~nte mes, á las n~eve de la mañana, á cuya hora comenzará. el remate
-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.

ººrt~ lul
a concun encdia que _haya; t.eméndose presentes para el efecto las prevenciones de los

a

AVISOS OFICIALES.

..

.

IIIliISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS,
EkExmdo. Sr. Ministro de Instruccion pública y Cultos, &lt;l.ará audiencia pública todos
1os as e once á doce !1,~ la mañan~, con._excepcion de los feriados.
qui~:\~:,tos del serv1C10, los func1onariós y empleados públicos podrán hablarle á cualMéxico, Agosto 9 de 1865.
6a-l

El Subsecretario de Instrucc100 pública y Cultos
M. Montellano.
'

lC ?ª 25 y 27 e la citada ley.
México, Agoato 3 de 1865.

20s- 5

El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan S1tarez y Navarro.
COMISARIA CENTRAL DE POLICIA,

AVISO,
México, Agosto 5 de 18(;5.
En el corral de San Lúcas se halla depositado un caballo que se encontró vagando en
una~ de las calles de la capital. Lo qno se pone en conocimiento del público para ue la
persona que se crea _con derecho á reclamarlo, se presente on esta oficina á r~cabar~a 6rden para su devoluc1on.
Él Secretario general, L. Bertliier.
4a-4

�DIARIO DEL IMPERIO.

152

AVISOS JUDICIALES.
CITACION.

En o! concurso á bienes do D. Julio Coquelot, el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José
liaría Cordero, ha mandndo citar á los ncreedores á la junta quo debo tener lugar en
su Juzgado, sito en el Palacio de Juaticia, el dia doce del corriente, Í\ las onco, para hacer ol nuevo nombramiento de síndico, por babor follccido el anterio1·, ó ignorando el que
suscribe la cMa de algunos do los señores acreedores, los cito por el presento.
México, Agosto!) do 1865.-llfamicl T. de Meneses, Escribano público.
503-1
CONVOCATORIA.

El Sr. Juez ú? de lo civil, Lic. D. Jorge Peroa, ha mandndo se convoque por medio do
los periódicos Í\ las personas que so consideren con derecho á los bienes del intestado de
la Srita. D~ liaría Luisa Suarez Pereda, á fin do que en o! término do treinta dias, contados desde la focha do la publicacion do este aviso, ocurran á. deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo en el término dicho, so tendrán por desistidos.
México, Agosto siete de mil ochocientos sesenta y cinco.-Manucl Vera, Escribano
pí1blico.
·
504-3a-l
JUZGADO 2° DE LO CIVIL.
En los autos de esperas concedidas fi D. Romualdo Ruano, do que conoce el Sr. Juez 2?
de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á. escrito presentado por varios do los acreedores, en
que piden ni Sr. Juez se sirva mandar citar una junta para ventilar en ella algunos puntos
de interes general para todos los acreedores, haciéndose la citncion de los ausentes por
los periódicos, bajo el apercibimiento de que los que no concurran 1/ªsarán por lo que
• acuerden los asistentes, el Sr. Juez proveyó por auto de nueve del comente de conformidad, señalando para la junta que se solicita In. mañana del diez y seis del actual, á. las doce.
Y on cumplimiento de lo mandado, cito á los acreedores ausentes por el presente, para
que concurran al Juzgado el dia y hora emplazados con el fin indicado.
México, Agosto diez de mil ochocientos sesenta y cinco.-J. Reynoso, Escribano público.
505-3a-l

J"UZGADO 6? ll!ENOR.-CORDOBANES NUM, 8.
ORDEN,

So hace sabor á D. Jacobo Carrera, que en oljuicio quo le promovió D. José Lozano,
se ha pronunciado el fallo que en su parto resolutiva dice:-" Que D. Jacobo Carrera pague k D. José Lozano, dentro de tercero dia, los veinticuatro pesos cincuenta centavoa
que le ha demandado, y los gastos del juicio; estos conformo á la circular de nuevo de Setiembre último; apercibido de ejecucion si no cumple.''
México, Agosto 10 .de 1865.-J. Bravo.
506- 3s- l
JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8,
ORDEN,

Se hace saber al General D. Luis Pcroz Gomcz, que en el juicio que 111 promovió el Lic.
D. Alejandro Gomez, por D. José Lozanot se ha pronunciado el fallo que on su parte resolutiva dice:-" Que D. Luia Perez Gomez pague á. D. Joié Lozano, dentro de tercero
~~,. los ciento diez_y s~is pe_sos novonta centavos q?e lo ha, demandado, y los gastos del
Jmc10; estos COl)forme a la circular de nuevo de Setiembre ultimo; apercibido de ejecucion
s1 no cumple."
_
México, Agosto 10 de 1865.-I. Dra'/io.
507-3s-l
J"UZGADO 4? DE LO CIVIL.

En el juicio ejecutivo seguido por el representante de D. Pedro Meneses contra D. Luciano Gonzalez, el Sr. Juez 4? de Jo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, ha mandado que se
proceda á. la almoneda, con calidad de remate, de la casa núm. 1 de la Plazuela del Arbol,
que siempre ha sido de propiedad particular, el dia diez y siete del corriente, á. las once,
y cuya_finca está. retasad" en la cantidad de doce mil setecientos treinta y seis pesos treinta y seis centnrns (t 12,736 36 cs.), Jl11cáuuose ol rewaLe cu el mejor postor. Lo que di~o
wpúblico, para que In persona que guste preseatarse á hacer postura, lo verifique el dia
y hora dicha.
México, Agosto 4 de 186-5.-Pedro Canel, Escribano público.
496-311-2
J"UZGADO DE 1\1 INSTANCIA DE TELOLOAPAN.

"Seüor Juez do lo civil.-Los Licenciados Diego Guzman y Vazquez, soltero, vecino
de México y residente en esta ciudad, y Francisco G. Hermosillo, casado, vecino de esta
misma ciudad; el primero con la representacion de los interesados en la testamentaría de
D. Ramon de Goyn, y el segundo, representante de los herederos del Dr. D. Manuel ae la
Borda, segun todo consta do los poderes insertos en la escritura adjunta; ante la justificacion do! Juzgado, como mejor proceda y con las convenientes protestas, decimos: que, como npnrece de los documentos respectivos que en copia acompañamos, la testamentaría
de D. Marcelo J. do Anza adeuda á. nuestros poderdantes la enorme suma de 640,000 pesos, ruás los réditos de muchos años. Supuesta la insolvencia en que se halla la testamentaría, cuyo haber no alcanza á cubrir ni una sesta parte del crédito, y en virtud de no haber formado inventarios el albacea y herederos, tenemos espoditas contra ellos las acciones de nuestros poderdantes por la responsabilidad solidaria que les resulta do haber
omitido aquella formalidad-Cediendo, sin embargo, á las súplicas del albacea y heroderos, y con la persuasion on que estamos de que ejercitando aquellas acciones reducirillmos
·á In miseria á varias familias, sin lograr cubrir por completo el adeudo que existe á favor
de nuestros representnil.os, hemo~ convenido, segun consta de la escritura que en 20 fojas
acompañamos, en desistir de las propias acciones, conformándonos con recibir el producto de la venta de los bienes que hoy existen como de la testamentaría, y son la hacienda
nombrada Bernarda, y la casa situada en la calle de Tacuba de esta ciudad.-Como esto
desistimiento lo hacemos con la calidad de que todos !Qs herederos consientan en el convenio referido, nos reservamos ejercitar nuestras acciones solidarias contra los que hicieren oposicion.-Hasta hoy aparecen conformes todos los herederos que existen, segun
puede verse por sus firmas que obran ni en.Ice de la relacionada escritura; mas para dar
mayor .firmeza á. este convenio, y que en ningun tiempo se pueda alegar nada en contrario,
hemos estipulado en la cláusula 6~ que se convo~ue por los periódicos á. los que se crean
interesados, á fin de que manifiesten sa conformidad; en el concepto de que no· presen~dose, se les tendrá. por c_onformes; y haciendo oposicion, deduciremos contra ellos Y. sus
bienes las acciones ya refer1das.-A.l Juzgadei suplicamos, que para ese efecto, se sirva
espedir la convocatoria, con insercion de este escrito, fijando en ella un término prudente
y perentorio. Es justicia que pedimos con el juramento neccsnrio.-Zacntecas, Julio veintinueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-Lic. D. German y Vazquez.-Lic. F. G.
Hermosillo."
Es copia que certifico. Zacatecas, Julio 29 de 1856. Doy fe.-Gregorio Ferna11dez, Escribano público, nacional y do número.
495-3a-2
J"UZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
ORDEN.

Se hace saber íi D. José Bringas, que en el juicio que le promovió D. Pedro Strimntter,
sobre pesos, se ha pronunciado el fallo que en su parte resolutiva dice:-" Que D. José
Bringas pague á D. Pedro Strimatter, dentro do seis dias, los ochenta y cinco pesos sesenta y dos centavos que le ha demandado, y ademas los gastos del juicio; estos conforme
á la circular de nueve de Setiembre último; apercibido do ejecucion si no cumple.
México, Agosto 7 de 1865.-J. Dr11110.
497-3s-3
CONVOCATORIA.

El Sr. Juez 1? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de m Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que so convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á. los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á. fin de que dentro de sesenta dias ocurran á. deducirlo por sí 6 por personas suficientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á. noticia de
. quienes importe, en Guanajuato, á. nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s--47

AVISOS PARTICULARES.
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
CoMPAfUA DE SEGUROS DE GLADBACH.

Capital de fondo •• -••• ··--------- 3.000,000 pesos prusianos.

El Juez,~? sustituto d~ l'!- instancia de este Distrito, que conoce del intestado de D~
COMPA!'UA DE SEGt;ROS DE BASILEA (BASEL).
Dolores NaJera, ha proveido en auto de dos del presente, que so convoque por edictos y
Capital de fondo _•••• - -- ___ - _. __ • _•• __ • 10,000,000 francos.
por el piar!o del Imperio á los her~dero~ de dicho in,testado_ que se hallan en la capital
de Mfnco, a fin de que dentro do tre\nta dias ?Curran a ~le~u~rr el derecho que les asista,
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
por s1 ó por persona le~almente autonzada; baJo el aperc1b1m1ento, si no lo hiciere11 de
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,.
que les parará el perjmcio que hubiere lugar.
'
400-180s- 3d
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presento aviso para que llegue á noticia de calle de San Bernardo núm. 3.
quienes importe, en Telolonpan, á. 2 de Agosto de 1865.
MANTEQUILLA.
El Juez sustituto, R6mulo Romano. 4!l7-3a-2
La acreditada mantequilla de la hacienda de San Nicoláll Buenavista, sigue vendiéndose
JUZGADO 3? MENOR.-CALLE DE J'ESUS MARIA NUM. 7.en el entresuelo de la casa. núm. 5 de la calle del Seminario, adonde llega fresca los má.rtes y sábados de eada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes,
ORDEN.
que solo en dicha casa se cspende, que ninguno está comisionado para llevarla ÍI las casas,
Por la pre~ente se _cita á. _D. Rafael López para sentencia en el juicio verbal que sobre y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
pago de doscientos diez y siete pesos noventa y cuatro centavos I y en su rebeldía sigue
480-15s-4
en su contra D. Manuel García.
'
'
l\féxico, Agosto 8 de 1865.-Moralcs.
498-3a-2
NOTIFICACION JUDICIAL

DIVERSIONES PUBLICAS.

A LOS AVIADOS Y AVIADORES DE LA MINA DE SAN FELIPE.

;En las diligencias promovidas por la ~ompn.ñia aviadora d~ la mina de San Felipe, del
TEATRO IMPERIAL.
Mineral de Santa Rosa en Pachuca, en Junta celebrada en vemto del corriente ante el Sr
Juez 1'? do lo civil, se acordaron los puntos siguientes:
·
En la noche de hoy, á. las ocho, se ro:presentarán: primero, la pieza en un acto denomi, " !~ So declara que las acciones d~ los que han desertado, pertenecen á los individuos nada: Don José, Pepe y Pepito; en seglllda otra nueva, que se intitula: U1i ltombre del Sur,
a qllle~es _corresponda, ~egun la escn~ura, en la proporcion rcspectiva.-2~ Cada uno de y por último la zarzuela dividida en dos actos é intitulada: La cola del Diablo.
los acc1omstas, tanto aviados como aviadores, ceden la milad de lo que tengan para formar
doce barras que se dará~ en avio.-3~ So nombrará. una comision que solicite avío y dé
GRAN CIRCO DE CHIARINI.
cuenta luego que lo con:1gn, y en caso de no l_og~arse, so citará. nueva junta para del.illerar
lo 900 deba hncorso.:-4. Cada uno do los ncc10mstas cede la parte correspondiente, asi los
OPERA ITALIANA,
avmdos como_ los aviadores, para formar una barra, que se dará en retribucion al indiviMañana
on
la
noche
se
podo
en
escena
la ópera nueva intitulada:
- duo que º?,n~1gn el avjo.-5~ Este ~~uerdo se publicará. por el Diario ofi.cinl.-En seguida
se procedio a la elecc10n de.la º?~1S1on de que_ habla!ª cláusula 3~, y resultarún nombraBONDELl\lONTE.
dos los Sres. J?. !'fanuel Rlllz Davila, D. Ignacio Samcolea y Lic. D. Luis Velazquez."
Y ~~ cumplim1ento de lo mandado y para los efectos que haya lugar, pongo el presente.
Moneo, Agosto 9 de 1865.-Migucl F. Guerra.
499-3a-2
.

JUZGADO DE LO CIVIL DE ZACATECAS. '

, En !111 escrito presentado por los Sres. ~icenciados D. Diego Guzman y Vazquez y D.
Franc1~co Gonzalez Hermos1llo, en que piden se convoque á, los interesados en Ja testamentaria d_e D. Marcelo J. de Anzn, el Sr. Juez de lo civil de esta capital ha proveido el
auto que signe:
"Zacate~as, veintinueve de Julio de mil ochocientos sesenta ycinco.-Porpresentados
con la escritura y ~emns recad~s. que ~? acompniínn, con insercion de este escrito, espídase la conyoca~na ~ne se sohc_1ta! fiJandose el término perentorio de dos meses, contados desd~ la pub~cac1on en_ ol Dmr10 del Imperio; y apareciendo no haberse practicado todavia el 1~ventario de los _bienes pertenecientes á las testamentarías de D. Marcelo José y
D. Joaqum Anza, por el mteres que en ellas pueda tener la Hacienda pública córrase
trnslndo_al Promotor fiscal de Ilncienda. Notifíquese á los abogados Germnn y Gonzalez
Hermos1ll_o. El Juzgado de lo civil lo decretó y firmó: doy fe.- T,ic. Francisco Escob~do.
- Gregono Fcn1andez."
El escrito íi que se refi11ro el nnterior auto, es como signe:

Segundo y último Paseo Aéreo en la Plaza de Armas.

El Sr. Lave tiene el honor de avisar al público que el domingo próximo 13 del corriente hará un nuevo viaje aéreo en la Pinza mayor.
. So han hecho grandes cambios en el arreglo de la cuerda por donde ha de pasar partic?la~ente en In. pi~zn. rr.incipal que se rompió o! domingo último, lo cual le p~nnitira eJecut~r nuevos eJerc1c1os que nunca se han visto en las Américas.
Su hijo hará tambien ejercicios sorprendentes en los trapecios volantes lo que no pudo
verificar el domingo por el accidente que ocurrió antes de la nscension. '
Oportunamente se anunciará la hora que fijen las autoridadetr.
. Nota.-El S~. Lave se recomienda !1~público en general, rogándole se sirva indemmzarle por medio de una generosa suscr1c10n, de los cuantiosos gastos que tiene que erogar.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE
BAJOS DE SAN AGUSTIN, NUM, }.

'

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Aduana marítima de San Blas</name>
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        <name>Azúcar de remolacha</name>
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        <name>Disidentes</name>
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DEL

DIARIO

IMPERIO

~-

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no
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TOMO 11.

ME ICO: Jueves 10 de Agosto de 1865.
SUMARIQ

PARTE OFICIAL.-Decreto Imperial sobre arreglo del Cuel'p Diplomático.-El Coronel Mendez es
nombrado Comandante militar de Mlchoacan.-Nombramlento del •. . Orvafianos para Contador de la Casa
de Moneda de Oa.jaca.-Perml.io concedido al Sr. Plmentel para usiir el título de 00114t de Iltr&lt;18.
PARTE NO OFICIAL.-Audlcnclas del Sr. Ministro de Instrucclon Pública y Cultos.-Juntas departamentales de e&gt;.-posiclones en Aguascalientes, Tula, Tlaxcalay Zacat,ras.-t:1 ferl'ocal'ril de Chalco.-AYlso
de la empresa.-Ayuntamlento de Méxl.co.-Acta del 16 de Junio. ·
IDtimas noticias de Europa.

168

de

PARTE OFICIAL.

ha-

0ei•

de
ido
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todo

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11t.es

eufirá el

a de
:o.-

iatro
,ctos,

,cas y

MAXIMILIANO, ~MPERADOR DE MEXICO:

TITULO

NUM. i84.
m.

Legaciones permanentes y extraordinarias.

Art. 12. Habrá las Legaciones perm~nentes y extraordinarias que
exijan las circunstancias y el bien del Imperio.
Art. 13. El personal y sueldos de las extraordinarias se fijará en el
decreto de su creac1on.
Art. 14. Si fuese la mision extraorrlinaria á un pais en donde ya residiere otra:fija, los empleados de ésta auxiliarán los trabajos de aquella.
TITULO IV.

Personal, sueldo y gastos de las Legaciones permanentes.

Vista la necesidad de arreglar el cuerpo Diplomático de una manera
Art. 15. Las Le~aciones permanentes se compondrán de un Gefe
conveniente y adecuada al estado y relaciones del Imperio;
de
mision y de un primero y segundo Secretario. Nos reservamos la
Oido Nuestro Consejo de Ministros, HEMOS decretado lo siguiente:
facultad de .aumentar ó disminuir su personal, segun lo exija el serviTITULO I.
cio público.
Art. 16. Un Ministro puede ser acreditado en dos ó mas cortes exArt. 1? El Ministr~ de Negocios Extranjeros es el GPfe nato del
Cuerpo Diplomático. El directamente, ó quien haga sus veces, comu- tranjeras.
nica los nombramientos, instrucciones y órdenes que Nos acordáremos Art. 17. Para la asignacion de sueldos á los Gefes de mision, se establecen cuatro ~rados·con las siguientes dotaciones:
para el servicio de este ramo.
Art. 2 ':l El Cuerpo Diplomático se compone de
Primer grado ....••••.•.•..•• $ 12.000
Segundo ,, . . . • • . • • • . . • . • . • I 0,000
Embajadores,
Tercero
,, . . • • • • • • • • • • . • • • 8,000
Enviados extraordinarios, Ministros Plenipotenciarios,
Cuarto
,, .~. .. . . . . . . . • • • • 6,000
Ministros residentes,
Encargados de Negocios,
·
Los primeros Secretarios disfrutarán de tres á cuatro mil pesos
Cónsules generales, encargados de Negocios,·
anuales.
Consejeros de Legacioii,
Los segundos Secretarios$ 1,500. ~
Primeros y segundos Secretarios de Erubajadas y Legacion,
Art. 18. Los grados establecidos no son calificativos de preceden- .
Agregados.
cia ó superioridad de una Legacion respecto de otra, pues solo se fijan
No forman parte del Cuerpo Diplomático las personas de fuera de para determinar la asignacion del sueldo.
Art. 19. Los Secretarios que temporalmente desempeñen por órden
él, á quienes para casos particulares se encomienda el desempeño de
una mision especial 6 cualquier otro encargo diplomático del mismo del Gobierno el encargo de Gefe de Legacion, recibirán la remuneragénero. El decreto de su nombramiento fijará los &lt;lerechos y preroga- cion que Nos tengamos á bien asignarles, segun su desempeño y grado
de la Legacion en que sirvan.
tivas que les corresponden.
Art. 20. Los agregados no disfrutarán sueldo ni viático.
Art. 3? Los empleados de dotacion de la Secretaría de Negocios
extranjeros, pertenecen al Cuerpo Diplomático; pero estarán sujetos á Art. 21. Las Legaciones disfrutarán de 500 á 1,000 pesos anuales
para gastos d"8 oficio, con la obligacion de dar cuenta documentada de
la ley orgánica y reglamentos especiales de esa Secretaría.
Art. 4? La precedencia de los Diplomáticos en sus respectivas cla- su inversion á fin de año.
A.rt. 22. Si hubiere sobrante á fin de año de la cantidad señalada
ses, se considera por la antigüedad de sus nombramientos y no por la
para
gastos de oficio, se aplicará á las del año siguiente. Cuando humision en que hayan servido.
·
biere
déficit será abonado prévia aprobacion de la cuenta.
Art. 5? Nuestros agentes diplomáticos, investidos interinamente
Art.
23. Son gastos de oficio: .
de funciones 6 títulos superiores á su grado, vol verán á su anterior po1 ? Los de escritorio, porte de correspondencia oficial, y la particusicion al terminar su servicio interino.
lar del Ministro. Este no incluirá en ella ninguna otra, y á la extraña
TITULO II.
que se le enviare, hará pagar doble todos sus portes.
Nombramientos Y posesion.
2? El precio de compra y la conservacion de banderas, escudos,
Art. 6? Todos los empleados diplomáticos serán nómbrados por sellos y otros útiles de la Legacion.
Nos y amovibles á Nuestra voluntad.
3? La conservacion y reparacion del menaje de la Legacion, préArt. 7?, Los agregados deberán ser personas cuyas circunstancias via la aprobacion del gasto por el Ministro de Negocios Extranjeros.
contribuyan al decoro de la mision.
4? El precio de compra, copia y tracluccion de docull).entos, opúsArt. 8? Los segundos Secretarios serán l'.lombrados previo exámen ~ulos y periódicos que se remitan al Ministerio de Negocios Extrany aprobacion en los ramos siguientes: idioma frances y otra lengua Jeros.
viva, geografia, conocimientos de historia general y particular de Mé- 5? Los gastos á que puedan dar lugar, segun las costumbres locaxico, de derecho público, de gentes y del convencional de México¡ or- les, la entrega de credenciales, cartas de retiro y exequatur de los
tografia correcta Y buen carácter de letra.
c6nsules; la enarbolaoion por primera vez del pabellon nacional, y los
Art. 9? Los primeros Secretarios deberán poseer los mismos cono- demas á que estén sujetos los representantes de las naciones extran·
cimientos que los segundos, y ademas los competentes en el estilo di- jeras.
plomático.
.
.
Art. 24. Nuestro Ministro de Negocios Extranjeros fijará, de acuer... Art. 10. Todos los empleados d1plomát1cos deberán tener las si: do con los agentes diplomáticos que enviáremos, la cantidad que deba
guientes circunstancias:
dárseles para gastos de viaje, tomando en cuenta las distancias, famiI. Ser mexicanos por nacimiento 6 naturalizacion, y en ejercicio de lia del enviado y &lt;lemas circun~tancias que deban consultarse. Igual
los derechos de ciudadanía. .
cantidad se les dará para su retorno. Nos podremos aument~rla. A los
ll. Gozar de buena reputac1on y fama.
que fuesen nombrados para desempeñar una mision en el mismo conArt. 11. Los Embajadores y Mmistros otorgarán ante Nos la pro- tinente donde residen, ó que por Nuestra órden ó asuntos del servicio
testa prescrita en el art. 79 del Estatuto; los Encargados de Nego- se trasladaren de un lugar á otro, se les abonarán los gastos necesarios
cios ante el Ministro de Negocios extranjeros, y los otros empleados de trasporte y alojamiento que erogaren, presentando cuema justificaante su Gefe de mision respectivo. Los Embajadores, Ministros y En- da de ellos.
cargados de Negocios, que al tiempo de su nombramiento residieren
Art. 25. Se ministrará ademas á los Gefes de mision, la cantidad
fuera del Imperio, otorgarán la protesta ante el Gefe de mision que necesaria para amueblar con decencia la casa que habiten, debiendo teNos les designaremos.
·
ner en ella·Ia oficina pública de la Legacion. Todo su menaje así ad1

.,

�146

1,
1

DIARIO DEL ·IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

en el ejetcicio de su encargo, conforme á lo que sobre el pa1ticular disquirido, será de propie_dad nacional, y pas~rá de unos á otr?s Ministros
ponga la ley de responsabilidades.
.
bajo riguro~~ inventan~, que s~ conservara,en la Se~r~tan~ de la Le~
Art. 48. Los gefes de mision son responsables del buen servicio de
gacion, env1_andose cop1a_aut~nzada de él_a _la del M1mster10 de_Ne~o
cios ExtranJeros. Es obhgac1on de los Mm1stros te~er su hab1tac1on sus empleados.
TITULO VII.
y oficina en puntos convenientes al decoro del It;1per10. .
/ ,
Correspondencia y archivo de las legaciones.
Art. 26. Los gastos de viaje de los ~e.cretar10s se suJetaran a las
Art. 49. Las legaciones se dirigirán exclusivamente para asuntos
mismas reglas que los de los Gefes de m1s1?n. , .
,
del
servicio, á la Secretaría de Negocios extranjetos.
Art. 27. Los sueldos de los empleados d1plomat1~os comenzaran el
Art.
50. Toda la correspondencia que envien ó reciban los agentes
dia en que se pongan en camino para ocupar su destino, desde el lugar
diplomáticos en su carácter oficial, y los documentos oficiales &lt;le las
de su residencia.
,
Art. 28. Los sueldos de los empleados diplomá~icos seran paga1~s leo-aciones, son propiedad del Estado.
á sus apoderados por ter_cios ~del~ntados, en la CaJa central de Mex_1- "'Art. 51. Habrá un índice exacto de esos objetos en Nuestra Secreco, sin abonarles cambio, -s1tuac10n, &amp;c., &amp;c.-Los gastos de oficw taría de Negocios extranjeros, y en cada residencia diplomática.
Art. 52. Los agentes diplomáticos, al cesar en sus funciones, entretambien se pagarán en México por tercios adelantados, ~ero aumentangarán
á su sucesor 6 al ·encargado interino de la mision, el archivo
do el costo .de la situacion hasta ~1 l~ar en/ que se bub1_eren h~cho.
Art. 29. Ningun gasto extraordmano haran las Legac10nes s~n nue~- completo de ésta, con arreglo á un índice. Se levantará una acta de
tra especial autorizacion, excepto en los casos de gran urgencia, b~Jº entrega que firmarán por duplicado el gefe saliente y la persona que
la¡especial responsabilidad de los gefes de aquellas, y dando cuenta in- recibe, y en la cual protestará aquel, que no conserva ninguno de los
objetos de archivo, original ó en copia, que no publicará ni permitirá
mediatamente.
Art. 30. Cesa de corre1· el sueldo á los empleados diplomáticos ex? - que se publiquen sus noticias sin permiso del gobierno.
Art. 53. La minuta de esa acta se guardará en el archivo de la mision;
n.erados de sus encargos, el dia e~ que.regresen Ó de~a:° regresar, sm
perder tiempo, al lugar de su res1denc1a. Nuestro ~m1stro de ~ego- una copia auténtica se dará al funcionario saliente, y otra se envia_rá
cios Extranjeros determinará ese plazo en el ofi.~10 en que avis~ al á Nuestro Ministro de Negocios extranjeros.
Art. 54. Las personas encargadas de misiones temporales, entregaagente diplomá_tico que su mision ha concluido. S1 fueren removidos
rán
en Nuestra Secretaría de Negocios extranjeros, el archivo de su
por falta en el cumplimiento de sus. deberes, cesará el sueldo desde que
mision,
con las formalidadei; mencionadas.
se les comunique oficialmente su remocion. .
, .
, .
Art. 31. Los e,quipaje~ de los empleados d1plomat1cos seran libres
TITULO VIlI.
de todo registro a la salida de los puertos nacionales, bastan,do para
Pensiones y 1·etiros.
\
ello la simple presentacion del pasapor~e. en que conste su ca~acter ofi
Art. 55. Los miembros del cuerpo diplomático que estén en disp9•
cial. A siu regreso presentarán una noticia 1e los,bultos que mtro~u.z- nibilida&lt;l, tendrán derecho á una pension alimenticia, en la forma sioan, con expresion de sus marcas y contemdo~, a fin de que el_M1~1sterio de Hacienda expida la 6rden correspondiente para su pase hbre guiente:
Los gefes de mision que con este carácter, en servioio activo, perde derechos.
manente
y no inMrino, hubieren servido seis años, disfrutarán de una
TITULO V.
pension
alimenticia,
mientras estén en disponibilidad, de mil á mil
De las licencias y faltas accidentales.
quinientos pesos anuales. Los que hubieren servido activamente y con
Art. 32. Las licencias serán concedidas:
el mismo carácter mas de ocho años y hasta doce, gozarán de mil qui1? A los gefes de mision, por el Ministerio de Negocios extranje- nientos á dos mil pesos al año. Los que hubieren servido de la misma
ros,, con Nuestra autorizacion.
·
manera mas ckdoce y hasta diez y sei'!, de dos á tres mil pesos. Y
2? A los empleados subalternos, 'por Nuestro Ministro de Nego- los que hayan servido con el mismo carácter y en servicio activo, mas
cios extranjeros, á propuesta de los gefes de mision.
. de &lt;liez y seis hasta veinte, gozarán cuatro mil pesos.
Art. 33. En caso de urgencia, el gefe de mision podrá conceder liLos demas empleados no interinos, que hayan servido en servicio
cencias, bajo su responsabilidad, á sus subalternos, dando cuenta á activo seis años, disfrutarán de mil á mil dos{!ientos pesos anuales.
Nuestro Ministro ae Negocios extranjeros.
Los que hayan servido de la misma manera mas de seis y has.ta doce
Art. 34. El gefe de mision con licencia1 con~ará la firma al de ma- años, gozarán mil quinientos. Los que hayan servido de igual modo
yor categoría de sus subalternos. En las hc.enc1as de estos, el gefe de mas de doce y hasta cl.iez y seis, percibirán mil ochocientos. Y de
mision desio-nará al empleado que haya de reemplazarlos.
diez y seis á veinte, dos mil pesos.
.
Art. 35. En los casos de incapacidad accidental é imprevista, como
A1·t. 56. Es servicio activo, para el efecto de peroibir la pension, el
de enfermedad, se observará lo dispuesto en el artículo anterior, y el que se haya prestado en las legaciones, así por los gefes de mision con
encargado interinamente de la mision, pedirá 6rdenes, sin detnora, á este carácter, como por los demas empleados. De manera que el tiemNuestro Ministro de Negocios extranjeros.
po que estén en disponibilidad, aunque se hallen ocupados en la SeArt. 36. Si la licencia fuere de quince dias, y concedida para asun- cretaría de Relacione!', ó en algun otro enca'rgo ó comision, no sien&lt;Jo
tos particulares d~l interesado, se le cons~derará en, disponi~il~dad pa- de mis ion diplomática, no se contará ( este tiempo) para mejorar la
ra sus sueldos. Si excediere de este térmmo, cesara de perc1b1rlos en- pension que disfruten, sino que solamente gozarán la que hayan ob•
teramente.
tenido al entrar en disponibilidad. Entiénde~e que un empleado está
Art. 37. Si la enfermedad excediere de un mes, se descontará desde en disponibilidad, cuando habiendo cesado en su encargo, el gobierno
el segundo la mitad del sueldo, y al cuart'&gt; se le considerará en dis- le manda esperar sus órdenes.
ponibilidad.
Art. 57. Los separados del servicio activo por falta que hubieren
Art. 38. Si la licencia fuere concedida al agente diplomático para cometido, no tendrán derecho á pension de disponibilidad. ·
desempeñar otro destino público, percibirá el sueldo que éste tenga seArt. 58. Los empleados en disponibilidad, serán ocupados en las
ñalado.
comisiones que tuviéremos á bien conferirles, ó como agregados al
Art. 39. .El gefe de mision puede conceder licencia por un mes, y :Ministerio de Negocios extranjeros.
el Ministro de Negocios extranjeros por tres. Las que excedan de esArt. 59. Si por causa y en asuntos del servicio se inutilizare cualte término se recabarán de Nos.
quiera de los empleados diplomáticos, Nos les señalaremos una pension vitalicia conforme á sus méritos y las circunstancias del caso.
TITULO VI.
Art. 60. El retiro de los diplomáticos y el montepío para sus fami•
Obligaciones y responsabilidades.
lias, será el que determine la ley general de pensiones para los em·
Art. 40. Nuestros Ministros diplomáticos obedecerán escrupulosa- pleados civiles del Imperio.
Art.
61.
Si
un
empleado
diplomático
falleciere
en el extranjero, y
mente las 6rdenes é instrucciones que se les dieren por el Ministro de
su
familia
estuviere
allí,
percibirá
lo
que
correspoRdiera
al empleado
Negocios extranjeros.
·
Art. 41. Otorgarán á los Cónsules de su Distrito su proteccion y para gastos de regreso al Imperio.
Art. 62._ Nuestro Ministro de Negocios extranjeros queda encargaapoyo, dando cuenta de las faltas que notaren en su servicio.
Art. 42. Igualmente dispensarán su proteccion y amparo á los me- do de la eJecucion de esta fey. Al efecto, expedirá las órdenes y re·
xicanos que se encuentren en su Distrito, comunicando al Ministerio glamentos necesarios para su mas exacto cumplimiento.
Dado en Chapultepec, á 2 de Agosto de 1865.
de Negocios extranjeros las noticias que convengan, respecto de sus
personas.
MAXIMILIANO.
Art. 43. Por todos los paquetes ordinarios que salgan del continenPOR EL EMPERADOR,
te donde residiere11, y que vengan directamente al puerto de Veracruz,
El Ministro de Negocios extranjeros,
enviarán una reseña de los principales sucesos políticos, y de otro géJOSE F. RAMIREZ.
nero, que sean útiles al interes del Imperio.
Art. 44. Iniciarán las medidas y disposiciones que estimen · condu.,,.
centes al mejor servicio y al interes del Imperio.
..
MINISTERIO DE GUERRA.
Art. 45. Cada cuatro años vendrán á esta corte para darnos los in1. ca Dlrecc!on.-1. ~ Dlvleion.
formes que tengamos á bien pedirles.
Mé:i:ico, Agost-0 8 de 1865.
Art. 46. Los secretarios y subalternos observarán ademas _el reglaHabiéndosele concedido permiso para venir á esta Co~te ~l _General
mento interior de la legacion.
Art. 47~ Los gefes de mision y sus empleados serán responsables D. Luis Tapia, ha sido nombrado con f~cha 23 de Julio ultimo C~de sus delitos comune! en que incurran, y de las faltas que cometan mandante militar del Departamento de M1choacan y Gefe de la Bn-

gada de operaciones que manrlab~ dich.o Genernl, el Corond D. Ramon
Esta Empresa da las m:acias j, los señores accionistas por la frontitud con
Mendez, quedando como ComandanLt¡ del Distrito,dl.! Mo,elia lfl Te- que acudieron á su primera. irtvitl_oio\i¡ y espe~ que t!lsponderan del mismo
nient1l Coron&lt;'J RmHl de Va nder-Smisscrr .·
modo á la p~esente. pebe, sin embargo, aconsejará.los-pocos que todiwía
no han recogido su~ tít~los por nq haber entregado los Jll'Í!peros,cinco pfl,Sos,
El Subs.ectetario de Guerra,
que_
s? _apresuren á verifica1fo cuanto Tuntes, para que no,se les jµnten lllJas
J. M. JJm·d11 .
exhib1c10nes con otras.
·
?o.n tanto mayor _nr~tiyo h~ce la, Empresa esta indicacion, cuaµto que la
act1v~dad
con que c?ntmuan eJecutandose los trabajos, le dará derecho en lo
MINISTERIO DE HACIENDA.
suces1v?
para
repetir, con..alguna frMue1tcia las E1Xhibicione.a., p0lt!U.l'l tiene la
SllCOTO:,' DE GA llllsE1'E.
res?lucion de llevar a c~bo ep. el menor tie111po pqsible·e~!A.iqip&lt;trta,ntí¡¡jma
Méxi.co, Agosto 8 de J865.
meJOTa,
· ·
,
S . .M. eJ EmperaJor se ha servido nombrará D. Lino Orvañnnos pa- _Cerca de do_s leguas·está1~ 'Yª con1Jt}'uidas1 oo~o 9,,ueda dicho. to~ rieles ,
r~ el ~mpl~o de Contador &lt;lH la Casa de Moneda de Oajaca, r.Cln suje llegan ya por un¡¡. par~ haHta el Puente de fa Morena y por otra ahófii'n _
c10n a lo dispuesto en su acuenl,, focha 19 &lt;le Julio próximo pasado por las calles de la capital 'hasta el centro de ella donde se establec,el'á. r,nuy
cuyo nombramiento sr. puqlica por dispos.icion de S_. M.
' pro~to el principio de la linea. _Dos magrúfi~s Íocomo~óras están ya en el
~mmo de_ Veracruz para esta 01ildad1 y una de ~s llegará dentro ae pocos
El Gef(l de l¡:I Seccion,
dias, para maugura1· e1 _prime1· trayecto á mediadi:ts-de -Setiembre.
·
F. G. Mnro.'
Todo .a~egura, pue.s1, la, fel(z terminacion de esta gran m~jor&amp;. La Empresa s_e felicita por ell~ a s1 misma; pero con do}j}e razon debe felicitar á los
.
ha?itantes de la capital y de sus inmediaciones, al Gobierno Inwerial y al
. GRAN CANO~LLERIA DE LAS ORDEN-ES IMPERIALES.
PfiS ent~ro, por.que se trata de una empresa mexican~, con Cl!YO ·tHunío e~Mé~ioo, Agosto 8 de 1865.
ta~ asociado~ }?s mas grandes intereses materiales y lo~ ma!t nolrles sentiCon lecha 6 del actu.al, S. M. el Emperador ba teuido á Men con mientos patriot1cos.
México, Agosto de 1865.-Arbeit y Socios.
ceder al Sr. D. Francisco Pimcntel el permiso de usar el título de

Conde de lleras, como título de nobleza extranjera.
El Gran Canciller,

ALMON'rE.

AYONT~'l'O DE XBIOO.

En la ciud~d de México, hoy viérnes 16 de Junio de 1865, ,'!e 1:eunieron
en la s~la ~apitJl~r 6 la una y tres minutos d.e la tar~e, para celebrar .cál&gt;ildo ordmario publico, los Sres. Prefecto municipal Rascon Gome~ ·13arreiAtIDIBJICI:A:S.
ro, F ernandez de Jáuregui y Cervantes.
'
'
' '
Ministerio de Instruccion P4blica y Cultos,.-El Elxmo. Sr. Ministro de
Se l~)'.°Ó Y aprobó la acta del cabildo público celebrad'J el 18 del actual.
Jnstruccion Pública y Cultos, dará.audiencia pública todos los dias de once á
S~ dio cuenta coi~ ~n o.licio de la Prefectura política, en qué se sirve co.
doce de la mañana, con exception de los feriados.
momear haber adm11:í~~ al_ Sr.
Vicente Gomez Parada, la renuncia que
Para asuntos del servicio, los funcionarios y empleados públicos podrán ha hecho de~ cargo de smd1co pr1~ero de esta corporacion.-Se mandó que
hablarle á cualquiera hora.
se acuse recibo. ¡
i-~ México, Agostp 9- de 1865.-El Subsecretario de Instruccion pública y
Se dió cuenta igual?1en~e. con los ocursos siguientes:
C\tltos.-M. Montellano·.
J?e D. V. E. Goupil, pidiendo se le venda el terreno nec¡:isario para construir la fachada de su casa, en un lote de la ca}le q1,1e atraviesa el convento
de San Be_rnardo,-;--A la _direccion de obras públicas, pa,ra que proceda{¡ ha.JUlffAS l&gt;El'ARTAlDN'l'ALES DE EXPOSICIONES.
cer el valuo, prev10 el almeamento respectivo.
J
d
.
N,
D? los :pr_opietarios y vec~nos de la plazuela del Organo y callejon del
unta permanente e exposiciones.- um. 22.-México, Agosto 8 de• Carrizo, P. idien_do no se arro,en en esos lugares las basuras e' i'n·mu·ndl'ci'·as.
1865.-Exmo. Sr.-Con fecha de hoy se ha acordado en esta J unta nombrar
Al d
J
ara vocales de la Departamental de Aguascalientes, á los Sres. D. Luis G. ª ll'eccion de obra¡¡ púb1ica~ p¡i.ra que informe.
de
, Li·c. D. Mar1'ano Serrar.o
. , D. Leonardo Barragan, D. Teodoro L eal, A El Sr.
ta F_ernandez
to
l d_Jáuregui, comisionad.o de loteríás, info1·mó aJ Evrno,
"""'-'y ºpez
D. Guadalupe Sandoval.
ynn mien 'que e ia 14 hizo una visita á las pequeñas loterías, y que las
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Vicépres_idente, L. Rio de la Lo- h~ encont~ado perfec~mente arregladas en toda .su contabilidad y procediza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
mientos, sm habe: ~em&lt;lo nada qúe eStrañar, ni en el señor l~terventor ni
en los Sre~. Admmistt-adore,~, y que solo ha dado las determÍn!lcione~ de
que' pasa a hablar.
-,
Junta permane1~te de e~posiciones.-Núm. 23.-México, Agosto 8 de Que ,por órden suprema de . . : .. ·. • . . se mandó q1;1e las loterías de San1865.-Exmo. Sr.-En ses10n de hoy la Junta permanente de exposiciones ta M~r1a de Guadalupe, de ~ed\o t•eal por billete, - se -do'.blase el váloi: de
conforme al artículo -6° del deereto a.e.29 de Junio último, ha nombrado pa'. los billetes y el_ de los prem10s, y que la mitad del producido se aplicase ~
ra vocales de la Departamental de Tula, á los Sres. D. Atana.sio Bernal, D. Tecpan de Santi~o; pero que como ese producido no se ha llegado á entreRafael Salgado, D. José Antonio Bravo, D. Perfecto Espinosa y D. dipria- g~r al Tecpan, _dispuso que se conservase en depósito esa mitad, entretanto
dispone el gobierno de S.· M. l? _q.ue tenga á bien para lo que en el acto d)ó
no Escobedo.
1
Lo que tengo el honor de comunicar á V. E. para conocimiento del Minis- cuent-a verb.al al Exmo. Sr. MmJStro de Cultos e Instruccion Pública enterio de su digno cargo.-El Vicepre_sid.ente, L. Rio de la Loza.-Exmo. Sr, cargado del de Gobernacion; pero que ahora pedía se hiciera de oficid por
e~ Exmo. Ayuntamiento: que tambien había encontrado que las lptedas miMinistro de Fomento.
mstra~an cuatro pesos semanarios al 9olegio de San J'Uan de Letran y oue
segun ~nfor;11-es, parece que es~e gravámen pertel).eci~ á la rifi de Sa~ J.bsé,
Junta permanente de exposiciones.-Número 24.-México, Agosto 8 de ya estmgm_da, y estaba destmad.o .para una escuela de primer.as letras de
1865.-.Eii:mo. Sr.-En cumplimiento del decreto de 29 de Junio último aquel coleg10, que segun p~~ece no la hay ya: que tambie!J- pedia 9..ue se dietengo el honor de comunicará V. E. que esta Junta ha nombrado para miem'. ra cuenta de esto al Sr. Mm1stro, para que con pleno conociijliento d'e los
bros de la Departamental de Tlaxcala, á los Sres. D. Antonio Covarrúbias antec?d~ntes, dete~·~ine S. M. lo qu·e tenga á bien.
D. José M. Torres, D. Francisco Ortiz, D. José de Jesus Escudero, y D'. . A_sumsmo suplico_ al ,Exmo. Ayuntamiento se 3doptase ]a proposicion
s1gmente, para el meJor orden en la contabilidad de las loteríás,
Antonio Aguilar.
·
"El A~~inistrador de rentas ;11unicipales recibirá semañ'ariamente lo qµe
Lo que d-igo á V. E. para su inteligencia.-El Vicepresidente L. Río da
los Admllllstrador~s d_e l~ loter1as pequeñas enteren por buena cuenta; pela Loza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
'
ro ~l presentar la hqmdac1on mensualmente, exigirá el monto total de pro- .
ducidos."
Junta permanente de exposiciones.-Núm.' 25.-México, Agosto 8 de
Pues~ ~ discu~ion ,con dispensa g~ trámites fué aprobada.
'
1865.-Exmo. ~=.-Tengo el honor ,de proponer á V. E. para vocales de la . Termmo la sesion a _la una y media de la tarde. No asistieron,,cqn licenJunta de expo~~ciones ~e Zacatecas, a lo~ Sres. D. Francisco Ignacio Gordoa, c1a, los Sres. Ca.fias, Villanueva, Ihai;rola, Rul J Rincou; y sip ella. los,~ves.
D. Juan Ibarguengoyt1a, D. Juan de Dios Ponce, D. Francisco Javier Her- Buck, Be~gan~ol ~alindo, Labat, ltoppe y Reyes.
nandez, y D. José Bolado:
Es cop~a. -Me~c9, Agosto 8 de 1865.-El ~ecretch-io general del Exmo.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Vicepresidente L. Rio de la Lo, Ayuntamiento.-J. T. ])á11alos.
'
za.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
'
Son copias.-Méxioo, Agosto 9 de 1865.-El Subsecretario de Fomento¡
.Mam,el 01'ozco y Berr~

PARTE NO OFICIAL.

J?.

r

..

EL FERROCARBIL DE CHAI.00.

· La Empresa ha puplioado el aviso siguiente:
La ~mpresa tiene el honor de avisar al.público, que están ya construidas
y en vi~ d~ e~plo~acion ~ás de una ! media leguas ~e este camil).o; y en com
secuencia, mv1ta a los senores susentores á que verifiquen la segunda exhi,
bicion que deben hacer conforme al artículo 12 de los Estatutos. Deberán
pues, remitir á la oficina de la Direccion en esta capital, 6 de las aaenoia~
en los Departamentos, CINCO PESOS por cada accion que hayan t~mado,
Y presentarán en las mismas oficinas lqs•títulos de sus acciones para que se
haga en ellos la anotacion correspondiente.
'

..

.....

ULTillAS NOTICIAS DE EUROPA.

Ayer á las siete y media de la mañana llegó á Veraoruz el vapor &amp;anees
"Flo_ride," procedente de San Nazario. Las noticias que hasta abara ha 00·
mumcado el telégrafo, son las siguientes:
~º.ª fondos mexicanos estaban en alza en la Bolsa de París. Las· últimas
noticias de México habian producido una impresion favorable.
El Cuerpo Legislativo habia cerrado sus sesiones.
~mperador Napoleon habia salido para las ag.uas de Plombieres.

-.-------.•---·~--

�DIARIO DEL IMPERIO.

148

y 26 del éntrante Agosto, á las doce del dia, en el Juzgado, sito en el Palacio de Justicia,
calle de la Moneda, siendo la última con calidad de remate.
.
y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en l\féxico, á 31 de .Julio de 1865
485-3a-3
Para facilitar al público en horas mas cómodas la, audiencia con el Exmo. Sr. Ministro -Casimi10 Ferna11dez, Escribano público.
de Foment.o, está dispuest.o que tenga lugar todos los dias de dos á tres de la tarde.
JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUM. 8.-SEMINARIO NUM. 8.
México, Agosto 8 de 1865.
Por el presente se hace saber á D. Juan O. Diaz, que en su rebeldía, y á instancia de
El Subsecretario de Fomento,
D. Porfirio Macedo, se ha dado por contestada la demanda que sobre pago de cincuenta.
6a-1
Ma11uel Orozco y .Berra.
pesos le promueve, quedan~~ recibi~o el juicio ~ prueba por diez djas, contados. des~e la
publicaciou del presenre, y a mstauc1a del referido Macedo, se le cita para el d1a di~zady
lVZGAIIO 6'? DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
seis del corriente, á las doce, para que reconozca su firma en uu document-0 con cali?
En lts autos que se siguen en este Juzgado 5'? de lo civil, ~omo encargado de los nego- de dar¡¡e por reconocido á su pe~uic\o, si no concurre; y se~le cita p_ara el dia diez y SJere
cios de Hacienda sobre declarar si es ó no mostrenco el capital de 2,500 pesos que D~ del mismo, á las doc~, para publicac1on d_e pru~bas, y al~gar con calidad de darse por aleRita Reyna dejó ~n su testamento á sus sob~os D. Pedro, D!- María de Jesus,_ D'.1 Dolo- gado si no concurre, quedando por éste citado a een~nc1a..
res y D!- Cayetana Ramirez, de los cuales se ignora su paradero, el Sr. Juez, Lic. D. JorMéxico, Agosto 3 de 1865.-El Juez 8~ menor, Lic. Zubiaga.
490-311-3
ge Perea, ha mandado se cite por medio d~l pi:esente á dichos herederos, J?ª!ª que se pre:
senten á deducir sUB derechos dentro del termmo de catorce meses; apercibidos de que s1
TRIBUNAL DE COIIERCIO DE MEXICO.
no lo verifican se les tendrá por renunciados, y se determinará lo que haya lugar.
.
México, Julio 22 de 1865.
Y en cumplimient.o de lo mandado, pon~o éste en México, á nueve de Agost.o de wl
A solicitud de los Sres. J. Etohan-en y C'.', pidiendo Pe declare en estado de quiebra á
ochocient.os sesenta y cinco.-El Secretano del Juzgado, Mateo Portugal.
3a-l
D Vicente Vaca, se ha proveido el auto que á la letra dice:
·.. México1 Julio 19 de 1865.-Resulta.ndo de las constancias que obran en eate espeADIIINISTRA.CION GENERAL DE CORREOS.
diente, que el corredor D. Vicente Vaca ha suspendido sus pagos, se le decla~a en estado
de quiebra, cuya época deberá contarse para los efect-0s de que hablan los artí~ulos 781 y
INTERESANTE AL PUBLICO,
siguientes del Código de Comercio, salvo lo que deapues aparezca,. d_esde el tremta y uno
El dia 11 del iiresente, á las once de la mañana, despacha esta Administracion general de Mayo últinJo en que, en uniou de su henDano el corredor D. Tnmdad Vaca, se preeen•
por estraordinano hasta Veracruz la correspondencia que deben conducirá Europa y los tó al J uzl!ll(!.o 3? de lo civil anunciando que había suspendido SUB pagos, y pidiendo espe·
Estados-Unidos los vapores cotrcos "Paquete frances " y "Veracruz," Tocando éste en ras: proc~dase al aseguramient? de los libros, papeles y demas ~ienes del deu?or, y á la
la Habana. Lo que se participa al público para su inteligencia y efectos correspondientes. detencion de su correspondencia, confonDe al art. 794 del Código de Comercio: se nom•
México, Agosto 7 de 1865.-Luis de la Peza.
bran síndicos administradoresá los Sres. Etcharren y C'.'. y judicial al Sr. Lic. D. José Miguel Enrique, fijándose á los acreedo~es el plazo de quin~e !1ias PªI"!' 4!1ª presdnte~ al s~lllIMSTERIO DE HACIENDA,
dico administrador nombrado los justificantes de sus creditoe: anunc1ese )a prov1de~c1a
SEOOION 4!por medio de edictos y de los periódicos: señálese al deudor co~un la canti~ad d~ vemtiCONVOCATORIA A LOS TENEDORES DE BONOS CONOCIDOS POR "BONOS JECKER."
cinco pesos para sus gastos de alinJentos, y fónDese el espediente de ~~cac1on de la
Debiendo abrirse una almoneda para la amortizaoion de bonos de dicha denominacion, quiebra. .Agréguese copia de la lista de acreedorea presentados P?r D. Tnmdad Vaca al
con la cantidad de trescientos tremta y tres mil trescientos treinta y tres pesos treinta y tres Juzgado 3? de lo civil. Lo proveyeron y firmaron los Sres. Presidente y colegas.-Cas•
centavos($ 333,333 33 es), conforme al arreglo celebrado en diez de Abril último, se con• tillo.-García.-Abadiano.-J. M. Cardeña, Oficial 2? "
Lo que se hace saber á los interesados en cumplimiento de Jo mandado.
voca á los tenedores de ellos para el 20 del entrante Agosto, en la Seccion 4~ de este MiJ. 111. Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría. 482-&amp;-5
nisterio, á las doce del dia; en la inteligencia de que el remate al mejor postor, se hará
admitiendo los bonos por su valor nominal, á lo mas, deducido el 60 por 100 del capital,
segun el citado arreglo.
Y para que la presente renga la mayor publicidad posible, se espide desde hoy.
México, Julio 31 de 1865.
El Gefe de la Seccion,
J. M. Caluo.

AVISOS OFICIALES.

AVISOS PARTICULARES.

EMPRESA DE TRASPORTES DEL EJERCITO.

m:NISTERIO DE HACIENDA.

Teniendo el que suscribe varios negocios propios, independientes del de los trasportes
del ejército, que no es esclUBivamente suyo, participa al público, que á fin de evitar conSECCION 4'!'
Siendo domingo el dia señalado para celebrar la almoneda de que habla la convocatoria fUBion entre sus compromisos person.ales y los de dicha empresa, firmará como hasta hoy
á loa renedore~ de bonos conocidos por" Bonos Jecker," se advierte que por tal motivo por los primeros, y que por lo relativo á los segundos, lo hará en union de D. Adrian D!IB·
te, á quien faculta tamb1en para hacerlo solo en su ausencia, siendo esta firma, separada
tendrá efecto la propia almoneda el dia 19 del corrient.e, en el lugar y hora anunciados.
ó colectiva, la única que obligne á la empresa de los trasporres.
México, Agosto 7 de 1865,1
(Firmado) A. Souberbielle.
500--&amp;-1
El Gefe de la Seccion,
J. M. Cal1:o.

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.

AVISOS JUDICIALES.

CoMPARIA DE SEGUROS DE GLADBAOH.
Capital de fondo...... • • . • • • • • • • • 3,000,000 pesos pl'tllianoa.

1

JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
,([
CoMPA!nA DE SEGUROS DE BASILEA (BABEL).
Habiendo dec~etado de conformidad el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José Cordero, al
Capital de fondo •• , • • . • • • • • • • • • • • • • • • • • 10,000,000 francos,
pedimento hecho por D. Fernando Basurto, acreedor hipotecario de la hacienda de la Ascension, sobre que se haga uber por loe periódicoa la prohibicion en que está D. Anaclet-0
Polidura de vender los magueyes perrenecientes á dicha finca, bajo el apercibimiento de
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
que será nulo cualquier contrato que se celebre desobedeciendo esta prevencion, lo pongo necesarios para los que gnsten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,
en conocimiento del público para los efectos correspondientes.
calle de Sa.n Bernardo núm. 3.
400-lS0s-35
!i!éxico, Agosto nueve de mil.ochocientos sesenta y cinco.-J. &amp;y11oso, Escribano pÚ•
blico.
501-3&amp;-1

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.

11JZGADO DE LETRAS DE TENANCINOO,
AGUA ELECTRICA.
Estando mandado por auto de dos del presente mes, se procéda á la venta de la casa Se acabaron las ca11as, ya 110 'l!ale 11ada el cosmético.-Destruccion de todas las enfermedasituada en la 3~ oalle Nacional de este pueblo, perteneciente á la Sra. D'.' Juana Cuevas,
des, como la enfermedad de las reumas, ele., etc., ele.
valuada por los peritos D. Agnstin Villegas y D. José M. Perez en la cantidad de milena•
trocientos sesenta pesos, y señalados para las almonedas los dias 14 y 25 del corriente
Establecimiento de productos químicos y Galería. de retratos fotográficos,
AgGs~, yel 6 de Se?e~bre próximo, siendo la última co~ calidad ~e rtimare, se pone·en
l '.' calle de Santo Domingo núm. 2, piso principal.
conoc11D1ento del publico para que las personas 9ue se mteresen a la mencionada casa,
El
que
suscribe
tiene
el honor de anunciar al respetable público de este Imperi(), varios
ocurran á este Juzgado de letras, donde se les daran las instrucciones respectivas.
efectos químicos útiles para algunas enfermedades, y la eÍB rival AGUA ELECTRICA para
Tenancingo, Agosto 2 de 1865.-El Secretario, Lic. Jacobo Sa11chc;.
502-6a-l
reñir las canas.
·
CITACION .JUDICIAL.
La AGUA ELECTRICA sirve para teñir el pelo de un negro azabache que lo hermosea,
Por el presente se cita á D~ María de la Luz Franco, como madre de sus dos menores por muy designa! que sea 81l color, y tiene las cualidades de que no mancha el cútis como
hijos, que dice lo fueron tambien de D. Manuel Braceras, y á D. Vicenre Fernandez co- la tintura francesa, ni se pone verde como la tintura del Norte de Batchelor,
mo curador de la menor D'!' Margarita Braceras, para que en el MnDino de ocho dias
Se garantiza la teñida de una barba ó cabellera por cinco meses, por el infimo precio
contados desde la publicacion de este aviso, se presenten á probar el derecho que les asis'. de cinco pesos que cuestan los tres pomitos, y por una docena 48 pesos.
te á loa bienes del inreetado D. Manuel Braceras.
484-15a-5
JACOBO ALI!IIENTO,
""f de órden del Sr. Juez 4'? de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, se publica el presente
&amp;VISO.

México, Agosto 3 de 1865.-EI Escribano público de la Nacion, Joaquin Guzman.

488-Ba-6

DIVERSIONES PUBLICAS.

JUZGADO 6? IIDOR.-CORDOBABES NU!I, 8.
ORDEN,

GRAN CIRCO DE CHIA.RINL

Se hace saber á D. José Bringas, que en el juicio que le promovió D. Pedro StrinJatter,
OPERA ITALIANA,
so~re pesos, se ha pronunciado el fallo que en su parte resolutiva dice:-" Que D. José
Aunque
la
empresa
tenia
anunciada
para la noche de hoy la repeticion de la ópera inti•
Brmgaa _pague á D. Pedro Strimatter, dentro de seis días, los ochenta y cinco pesos se~enta .Y dos centavos que le ha demandado, y ademas los gastos del juicio; estos conforme tulada: El Trovador, accediendo á las insinuaciones dé sus abonados, pone en escena,
en lugar de ésta, la denominada:
a la cir~ular de nneve de Setiembre último; apercibido de ejecucion si uo cumple.
Ménco, Agost,o 7 de 1865.-L Bravo.
497-3s-2
HERNANI,

6 EL HONOR

CASTELLANO,

COliVOCATOlUA.
El Sr. Juez 1? sustitu~ de letras de esta capital, que conoce del intestado de m· Leandra Deg?ll9:(lo, ha prev~m~o en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el D1ano del Impeno a los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
El Sr. Lave tie~e el honor de avisar al público que el domingo próximo 13 del corrien~o, á fin de qu~ dentro ~e sesenta dias ocurran á deducirlo por sí ó por personas sufi.
c1e~tA!~en,te autonz!Ldas; baJo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el re hará un nuevo viaje aéreo en la Plaza mayor.
Se han hecho grandes cambios en el arreglo de la cuerda por donde ha d'e pasar, par•
pe1:Jwc10 a !JU~ hubiere lugar.
~n c~plimiento de lo 11?-andadp, pongo el presente aviso para que llegne íi noticia de ticularmente en la pieza iirincipal-que se rompió el domingo último, lo cual le permiq~enes 1IDporte, en ~uanaJuato,_ a nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.- tirá ejecutar nuevos ejercicios que nnnca se han visto en las Américas.
Su hijo hará tambien ejercicios sorprendentes en los trapecios volantes, lo que no pudo
Miguel Herrera, Escnbane público de la Nacion.
390-60s-46
verificar el domingo por el accidente que ocurrió antes de la ascension.
AVISO .JUDICIAL.
Oportunamente se anunciará la hora que fijen las autoridades.
Nota.-E1 Sr. Lave se recomienda al público en general, rogándole se sirva indem•
· En los aútos segnidos pór D. Angel Quintana contra la Sra. D'.' Josefina Egwa de Pendura, se ha man~d~ por el Sr. luez.2'? de lo civil, Lic: D_. Manuel Pavon, se proceda á nizarle por medio de una generosa suscricion, de los cuantiosos gastos que tiene que erogar.
la venta d~ una maq~a grande de trilla~, valu~a el!- se1sc1entos pesos; otra dicha de desgranar maiz, en tr~sc_1entos pesos; otra dicha de limpia~, en ochenta pesos; y cuatro car•
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
r~ de dos ruedas a cmcuenta pesos cada uno, cuyos ob;etos han sido valoados por los pontos D. Víctor Duclaux y D.J.Enrique Graf; aeñalándose para las almonedas loa di11a 7, 17
BAJOS DE SAN AOUSTIN1 NUlrl, },

Segundo y último Paseo Aéreo en la Plaza de Armas.

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                    <text>EL

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DIARIO

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IMPERIO

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MEXICO: Miércoles 9 de Agosto de 1865.

'fOllO 11.

Núll. 183.

1-4

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espe~l IlU•

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1erior,
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RI.ENo; ase-

irá

SUMARIO

a

BU

fodose
márandes,
casas,
nda.

1

istema.
y buen
su enllibidos ·

comer-

1eriódi-_

~

, ópera

;tellano,
taviani,

PARTE OFICIAL.-,Exec¡uatur e~'])e&lt;lido las patentes de vnrloa agentes consulares.- Aprobacion del
nombramiento hecho para Alcalde del Mineral del Monte.-Comarnlantes militares de los Departamentos
de la 8 !S Divlslon militar.
PARTE NO OFIOIAJ,.-Int,11-ior .-La casa en que se finn6 el Plan de Igua!Jl.-Yarias noticias.- La
guerrllla Serrano.-Disperslon de unos disldentes.- Aviso rle la Fontanería mayor.-All(liencias del Sr. Ministro de Fomento.-Querétaro. Noticias de aquella ciudad.-Junta de Colonizacion. Acta del 23 de J ulio.
E,.,_,ü1-io1•.-:-lolicias ele &amp;pana, Austria ó Il1glaterra.

El Sr. D. Francisco &lt;le P. César, Subsecretario de Hacienda, se ha
encargado ya del despacho dt&gt; los neg.ocios rle su Subsecretaría.

L' Estafette dice hoy:

PARTE OFICIAL.

El baile del Mariscal.-Se nos.pide que haoamos saber á las personas invitadas al baile del .15 de Agosto, que los sal;nes del Hotel d~l Mariscalato
se abrirán á las nueve y media de la noche.

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS.

--

Dice hoy la Sociedad:
llfóxico, Agosto 5 de 1865.
P ARTIDA.-Anteaye~· salieron de esta capital, de regreso á sus• respectivos
S. M. el Emperador ha tenido á bien disponer se expidan exequatur países, el Sr. Ministro de Portugal, Sotomayor, y el Sr. general frances
á las patentes extendidas á favor de los señores
L'Hériller.
D. Víctor Néron, Vicec6nsul de Francia en Puebla.
D. Eduardo Scmpé, Agente consular de Francia en Jicaltepec.
Mr. Frossard, Vicecónsul de Francia en Matamoros, y
OTTEBRILLA DE SERRANO.
D. Juan Cross Buchanan, Vicecónsul de S. M. B. en Zacatecns.
Ministerio de Guerra.-México, Agosto 8 de 1865.-Primera diYision territorial militar.-Comandancia militar de la 1° subdiYision.-Núroero 146.
El encargado de la Seccion de Consuli1dos.
-Toluca,
Agosto 6 de 1865.-Exni.o. Sr.-El Comandante D. Pascual MuIgnacio María !caza.
ñoz d_ice á esta Comandancia militar, desde Almoloya, con fecha de hoy, lo
- -----4 ...... ~
que sigue:
MINISTERIO DE GOBERNACION.
El dia 4, á las seis de la mañana, emprendimos la marcha de Zitácuaro
SECCION lª
rumbo á la Laguna, donde dispuso el Comandante frances diYidir la fuerza.
México, Agosto 5 de 1865.
La mia rumbó á Tierra Quemada, donde se sabia se encontraba Serrano con
una
partida de cuarenta hombres, y la de él al Salitre de Urendis. El dia
Contesto la nota de V. S. núm. 306, fecha 31 de Julio último, manifestándole que el Gobierno de S. M. ha tenido á bien aprobar ~l nom- 5 en la mañana continué mi marcha para la hacienda del Pilar1 y en el
tránsito del camino, en el paraje nombrado la Compañía, encontré la gavilla
bramiento que hizo esa Prefectura en la persona de D. Agustm Gar• ue
Serrano acaucllllada por él y un nomlJrauo ,Timan .MaTfinez, los que en elcía para Alcalde municipal del Mineral del '.Monte.
acto que descubrieron mi guerrilla emprendieron la fuga, habiendo quedado
El Ministro de Gobernacion,
en nuestro poder cinco prisioneros, cuatro mosquetes, dos cartucheras, cinco
ESTEVA.
lanzas, veintiocho caballos, seis mulas, doce sillas y tres plagiados que se llevaban de este pueblo, los que inmediatamente puse en libertad por haber
Sr. Prefecto del Departamento de Tulancingo.
tenido conocimiento de ellos, siendo estos D. Macedonio Enrique, D. Ignacio Iniestra y D. Amado Fernandez, á quienes les exigia Serrano seiscientos
MINISTERIO DE GUERRA.
pesos en clase de préstamo.
·
Y tengo la honra de .trascribirlo á V. E. para su superior conocimiento, y
RELACION de los Gefes nombrados hasta esta fecha para Comandantes militares de los
Departamentos de la 3')- Division territorial militar. ·
para que se digne ordenarme lo que se hace con los efectos recogidos.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Coronel Comandante militar inteDepartamento del Fresnillo.-El General Coronel D. Florencio Az.
rino de 1a·1~ subdivisiQn, Luis Ocampo.-Exmo. Sr. Ministro de Guerra.peitia.
·
México.
de Guanajuato.-Coronel D. José María Farquet.
Es copia.-El Subsecretario de Guerra, J. M. JJurán.
"
de Matehuala.-Coronel D. Manuel Alegre.
"
d_e Tamaulipas.-General Coronel D. Francisco La"
madrid.
DISPERSION DE DISIDENTES.
México, Agosto 8 de 1865.
Ministerio
de
Guerra.-México,
Agosto 8 de 1865.-El Prefecto superior
El Subsecretario de Gnel'l'a,
político
de
Toluca,
con
fecha
4
del
actual, refiriéndose á un oficio del SubJ. M. JJ1wán.
prefecto de Tenango, manifiesta á este Ministerio que el día anterior una
fuerza de cuarenta hombres, al mando del Capitan Escobar, tuvo un encuenPARTE NO OFICIAL.
tro con los disidentes que se abrigaban en el cerro de San Gaspar, dando por
resultado' que se hubieran dispersado éstos, y que se les hicieran cuatro
muertos; tomándoles veintinueve caballos y diez armas de fuego.-El SubINTERIOR.
secretario de Guerra, J. M. JJiirán.
El Sr. coronel D. Abrahan Ortiz de la Peña, á cuya familia ha pertenecido hasta hoy la casa en que se firmó el Plan de Iguala, se la
FONTANERIA MAYOR DE CIUDAD.
ofreció hace algun tiempo como un regalo á S.M. la Emperatriz. S. M.
se ha dignado aceptar el obsequio, y ha dispuesto que en la citada ca·
Debiendo practicarse la limpia del acueducto de agua delgada el dia 10
sa se hagan las reposiciones convenientes para conservarla en buen del presente, se avisa á los mercedados que reciben esta agua, y al público
estado, como lo merece aquel edificio, que es un monumeñto glorioso en general, para que el dia anterior surtan sus depósitos por tener que hacer
de la historia nacional. El coronel Peña y su familia han sirio honra- cesar el curso de ella desde la madruga~a del citado dia, activándose los trados con una carta del Emperado_r, en la oual S. M. les da las gracias bajos cuanto sea posible para hacer que quede en corriente al terminar la
tarde del mismo.
por su generoso ofrecimiento. Es la siguiente:
México, Agosto 7 de 1865.-José Femandez Rossell.
Mi querido Coronel:
º
Me es grato manifestarle que la Emperatriz ha aceptado con júbilo el obsequio que tanto vd. como su familia, le hacen de la casa en donde se firmó
el Plan de Iguala; y ciertamente nada podría serle mas querido que ese preAVISO OFICIAL.
sente: por lo mismo .la Emperatriz y yo damos á Yd. y familia las mas sin- Para facilitar al público en horas mas cómodas la audiencia con el Exmo.
ceras gracias por tan gratuito y generoso ofrecimiento.
Sr. Ministro de Fomento, está dispuesto que tenga lugar todos los días de dos
MAXIMILTANO.
á tres de la tarde.
Chapultepec, Julio 22 de 1865.
México, Agosto 8 de 1865.- El Subsecretario de Fomento, Manuel OrozAl Coronel D. Abraham O. de la Peña.
co y Be1'i-a.

�DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

142

" cola, numerándose ademas los mojones, á fin de que desde cada uno se sepa
"la distancia que guarda respecto del cen~ro ~ener_al."
.
.
La Esperanza, peri6dico oficial de aquel Departamento, dice lo si- La segunda proposicion, fue aprobada sm d!s~us1on, y dice como sigue: .
"2.• La comision de Iugenieros acompaiiara a los planos que levan~e be.JO
guiente con fecha 3 del actual:
"este
sistema, nna descripcion circunstanciada d? l~s terre~os en sus ~1versas
Llegada del Sr. general .Douay.-El lúnes de la presente semana. tuvimos
"divisiones
y subdivisiones, no solo con referenc1~ a la ag~:c~ltur~, smo t!m·
el gusto de volver á ver en nuestra capital á este distinguido y muy reco"
bien
á
la
!llinería
con cuyo objeto se extendera por la D1rece1on de t1er•
mendable sefior, de paso, segun se no~ ~a dicho, para S~n Lu~s Po_to_sí. El
"ras
públicas,"
el
formulario
á que se ~rreglarán las descripciones.:' .
señor comandante superior y la guarmc1on fra~cesa, salieron a_r~c1bir, co~
Despues
de
nna
ligera
discusion,
fue aprobada la tercera propos1c1on, que
los honores debidos, al señor gener~l; y el ~en_or Prefecto poht1co ~asó, a
qneda
redactada
a-sí:
poco de su llegada, á hacerle visita a su al0Jam1ento. Par~~ que continuará
"3.• La Direccion nombrará oportunamente delegados en los lugares consu camino de hoy á mañana. Le deseamos completa fehc1dad, y creemos
"
venientes
y en los Puertos, proponiendo al Gobiern? los q~e as~mis_mo confundadamente que su presencia en San Luis va á dar gran impulso á la obra
" venga nombrar en el estranjero, encargados de mamfestar a los rnm1grantes
de pacificacion de todo aquel rumbo.
.
.
.
El Sr. general .D. Francisco de Lamadrid.-Tamb1en hemos ~emdo_ el pla- " los planos é instrucciones; de ajustar con ellos la venta de los te~renos que
cer de haber visitado á nuestro amigo el Sr. general Lamadnd, qmen va "designen, bajo las_ bases de precios y plazos que acordare el Gobierno, y de
igualmente para San Luis Potosí, con el fin de seguir á Tamaulipas, cuya "ponerlos en poses1on."
La proposicion 4.ª se puso á discusion y quedó pendiente.
.
.
comandancia militar se le ha confiado muy acertadamente. Conocedores de
La
sesion
se
levantó
á
las
dos
y
tres
cuartos
de
la
tarde,
no
habiendo
asisla instruccion caballerosidad y talentos del Sr. Lamadrid, tenemos fé en el
buen desemp;ñQ. de su cometido. Personalmente le deseamos todo género tido á ella, por ocupacion el Sr. Masseras, y sin aviso los Sres. Schultz, Sauvage, Davidson y Ludert.-J. Rasum.
de satisfacciones.
Q.UERE'l'ARO.

1

"

En la política exterior, el gobierno seguirá un sistema de buena amistad
y cordiales relaciones con todas las potencias de Europa y América corno
ha sucedido hasta ahora, y siempre procurará, sin buscar lo qµe se 'ha Ilnmado aquí aventuras, sostener en todas partes la independencia y la dignidad de la nacion española.
· Hay una cuestion grave que el gobierno aborda como las aborda todas, y
es la cuestion de Italia. El gobierno cree que ha llegado el tiempo de adoptar un partido respecto á la cuestion de Italia. El gobierno cree que sin lastimar los intereses del catolicismo, que respeta y respetará siempre (pues
los ministros de una nacion católica, los de una Reina católica, deben ser
católicos, y lo somos), se podrá tomar una resolucion conforme á l-os deseos
é intereses de España, como nacion europea regida constitucionalmente.
El gobierno tiene que hablar algo de la cuestion de órden público. El gobierno ha venido á ocupar este puesto en circunstancias dificiles; y esto no
lo dice el que tiene la honra de dirigir la palabra al Senado, lo han dicho
los ministros que ocuparon dignamente este puesto. Así lo han consignado
en los preámbulos de algunas leyes que se han presentado á este alto cuerpo.
Sin embargo, los ministros actuales aseguran al senado que tienen la firme conviccion de que el órden público no se alterará, de que la paz se conservará, y de que para esto no tendrá que hacer mas que sostener la ley con
la ley.-He dicho.

EXTERIOR.

Acta núm. 23 del dia 19 de Julio de 1865.

ESPAIA.

El Ministerio Narvaez hizo dimision el 21 de Junio, y la Reina la
A la uno. de la tarde reunidos los Sres. Presidente Fonseca, Vicepresidenadmitió.
En su lugar fué nombrado el ministerio siguiente:
te Collado, Piil~ y Cue vas, Pimentel, Burnouf, Perry, y Secretnrin, Rascon,
1

•

Se l11y6 Ji. acta d~ la sesion anterior, y foé aprobada.
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de la Guerra, el general
Se dió cuenta con nno. comuniC'acion del Ministerio de Fomento, remitien- O'Donnell, duque de Tetuan.
do un expediente que contiene la solicitud de D. Eusebio Soler, controida á
Estado, D. Manuel Bermudez de Castro.
que se le permita esto.blecer en el Imperio una compafíía mercantil que proGracia y Justicia, D. Fernando Calderon Collantes.
muevo. lo. inmigracion.-Se mandó pasar á la comision de los Sres. Pifia Y Marina, el general D. Juan Zavala.
Cuevas y Sanvage.
Hacienda, D. Manuel Alonso Martinez.
Se dió cuenta con una carta 1.el Sr. Mouillard, de París, en que pide un desGobernacion, D. José Posada Herrera.
tino á esta Junta.-Se mandó co11testarle que esta Junta nada puede hacer
Fomento, el marqués de la Vega de Armijo.
relativamente á su solicitud, por ser solo consultiva en el órden teórico, de
Ultramar, D. Antonio Cánovas del Castillo.
los negocios que le remite el Gobierno.
El Sr. Presidente pidió que se tomara en consideracion la proposicion que
La política del nuevo ministerio español, fué explicada el 22 de Jutenia presento.da en una sesion anterior, relativa á dirigir comunicacion á los nio en las cortes, por el general O'Donnell, en el discurso siguiente:
Prefectos políticos de los Puertos y Departamentos donde no estén nombraSefiores senadores: llamado por la voluntad de S. M. á ocupar este puesdas las personas que deben formar las Juntas auxiliares, á fin de que propon•
gan las que crean á propósito al efecto.-Esta proposicion fué aprobada, y to cree el gobierno que uno de sus primeros deberes es presentarse ante
en consecuencia se mandó dirigir la nota correspondiente á los S~es Prefec- lo~ cuerpos colegisladores, á manifestar cuál va á ser su política y su sistetos de San Bias, Manzanillo, Orizo.va, Zaco.tecns, Fresnillo, Moreliu y Chio.pas. ma en la gobernacion del Estado.
Lo primero que tiene que hacer es desplegar su bandera. El ministerio
El Sr. Presidente postuló para individuo suplente de la Jauta auxiliar de
es
un ministerio de Union Liberal, conciliador, que desea agrupar alredecolonizacion en Veracruz, al Sr. D. Francisco Castillo.-La postulacion fué
dor
de su bandera, no solamente todas aquellas fracciones que en un tiempo
aprobada y se dispuso expedirle el respectivo nombramiento, con inclnsion
del decreto de creacion de esta Junta, reglamento relativo y ncli\ de insta- han tenido el mismo símbolo, sino tambien á todos los hombres liberales y
amantes de las instituciones, que quieran apoyar la política liberal, muy liIacion.
DI Or. D. Jullé Cio~~u=, imliritluu ~apleuw de la Junta auxillnr de Tam· beral, repito, pero siempre conservadora de las grandes instituciones y los
pico, quedó nombrado propietario, por renuncia del Sr. Claassen, y se le man• grandes intereses del Estado, que este gobierno va á desarrollar.
El ministerio tiene hecho ya su programa, porque viene á sostener y á.
dó comunicar su nuevo nombramiento, excitando á aquella Junta á que se
realizar en el poder las mismas soluciones y política que ha proclamado
instale y proponga sus suµlentes.
Los Sres. D. Ramon Adame y D. Bias Pereda, nombrados suplentes de la desde los bancos de la oposicion: no viene á hacer abdicacion de nada de
Junta auxiliar de San Luis, qnc&lt;laron electos propietarios y se dispuso que cuanto ha dicho y defendido desde la oposicion, porque cuando lo hacia, co- •
así se les comunique, excitándoles á que se instale aquella Junta y proponga mo hombres de gobierno que éramos, no se nos ocultaba que en el poder
no deben realizarse ideas distintas de las proclamadas en la oposicion.
sus suplentes.
Tres cuestiones interiores tiene el gobierno que resolver.
A los miembros nombrados para las Juntas auxiliares de Zacatecas y MoLa una es la de imprenta.-El gobierno anuncia desde luego al senado
relia, se mandó dirigirles comu11icacion, á efeeto de que propongan varias
personas po.ra nombrar los propietarios y suplentes que aun faltan en las de que va á retirar los dos proyectos de ley presentados en este alto cuerpo
por el gabinete anterior. El gobierno cree que con la actual ley de imprenaquellas ciudades.
Para la J uuta auxiliar de Chihuahua, fué nombrado propietario el Sr. su- ta, los delitos comunes, en cuyo número se hallan los cometidos contra las
plente D. Domingo Leguinazábal: se dispuso que se le comunique, excitando bases fundamentales de la sociedad española, pueden ser castigados eficazá aquella Junta á que se instale y proponga á este. eeutral las personas que mente por los tribunales ordinarios, en quienes descansa la misma sociedad
respecto del castigo de todos los delitos. En cuanto á los especiales de imeren á propósito para suplentes de In de aquel Departamento.
Para la Junta auxiliar de Oajaca fué nombrado individuo propietario el prenta, cree el gobierno que el jurado basta para reprimirlos y para proteger
suplente D. J uau S. Trápaga: se dispuso comunicarle su nuevo nombramiento al propio tiempo la libertad de los escritores. Quiere decir, señores, que el
y pedirle que proponga varias personas, para que esta J nota central nombre gobierno completará la actu&amp;l ley de imprenta, organizando el tribunal del
los propietarios y suplentes .que aun faltan para la de aquél Departamento. jurado para los delitos verdaderamente de imprenta, y dejando á los tribunaSe dió segunda lectora al dictámen de los Sres. Piila y Cuevas, Saovage y les ordinarios que, con todo el rigor que marcan las leyes, juzguen aquellos
Schultz, sobre la forma de medicion, términos de venta, etc., de los terrenos delitos que ataquen los principios y las instituciones que la constitucion del
Estado declara sagradas é inviolables.
baldíos del Imperio.
Ley electoral.-El gobierno cree (y en esta creencia me parece que hay
Puesta á discnsion la primera proposicion, se aprobó con intercalacion de
las palabras siguientes: "propuesta en el Proyecto de los Sres. Collado y Pi- pocos españoles que no estén), que la ley electoral vigente, por causas que
" meutel para el descnbrirniento, apeo y deslinde de terrenos baldíos, que se no son de este momento, está completamente desautorizada. Es necesaria,
pues, una nueva ley electoral, que permita á los partidos legales luchar con
" le remitió al Gobierno con fecha 4 de Julio corriente:" queda así:
"l." Para la division del territorio del Imperio, con el objeto de destinar armas iguales eu el campo de las elecciones, y por consiguiente, que aquel
"á la colonizacion las tierras públicas vacantes y las que cedieren con el que tenga la mayoría del país á su lado, pueda obtener el triunfo y venir á
" mismo destino los propietarios particulares, la comision de Ingenieres, que ocupar este puesto para dirigir desde él la nave del Estado.
En este supuesto, el gobierno se propone pedir á. las cortes la competen" la "Direcciou genero.! de tierras públicas" ( propuesta en el Proyecto de los
"Sre~; Collado y Pimentel para descubrimiento, apeo y deslinde de terrenos te autorizacion para plantear una ley de elecciones por provincias y grandes
" balcn_os, que se le remitió ni Gobierno con fecha 4 de Julio corriente), nom- circunscripciones, rebajando ademas el censo á la mitad de lo que hoy se
" brara en cada Departamento segun fuere siendo practicable, ó bien en halla establecido. AdemM, se garantizará en esa ley la libertad de los elec"!ns comarcas cuya col~nizacion se considere preferente, elegirá un puhto tores, y se tomarán todas cuantas medidas sean posibles para e'\!itar los
"marcado en la superficie del terreoo propuesto, que sea lo mas céntrico abusos del poder, para que la ley sea una verdad y para que los electores
"posible, traza~do la meridiana de ese punto, y por el mismo, otra línea que puedan emitir libremente sus sufragios y hacer triunfar sus opiniones, si son
" le sea perpepd1cular. Estas dos líneas seráu los ejes del sistema que se las de la mayoría del pais.
Desamortizacion.-El gobierno cree en este punto, que uno de los g1·an"consulta.
"Sobre ambos ejes se ejecutarán divisiones igu~les de 24 millas cada una. des recursos que aun tiene el pais, es la parte de desamortizaoion eclesiásti"Esta! se subdividirán en otras de seis millas. Edtas segundas en otras de ca que todavía no se ha realizado. El gobierno, por consiguiente, impulsará
"una milla; y éstas en fracciones de una mitad y un cuarto de milla; y tirán este asunto de una manera enérgica, á fin de que se lleve á cabo la desamor'' dose en seguida por j;odos los puntos de division líneas paralelas á ambos tizacion eclesiástica, tal como se halla convenida entre ambas potestades, y
" ejes, resaltará dividida In superficie en cuadrículas distintas, que se mar- de que el Concordato sea una verdad, vendiéndose los bienes que la consti" carán en el terreno con mojones de coustrnccion diversa para cada cuadrí- tuyen, segun está acordado entre la Santa Sede'y el gobierno español.

Estados-Unidos los vapores correos "Paquete frances" y "Veracruz" Tocando éste en
la Habana. Lo que se participa al público para su inteligencia y efecto~ correspóndient.es.
México, Agosto 7 de 1865.-Luis de la Peza.
MINISTERIO DE HACIEJfDA.
SECCION 4~
CONVOf?ATORIA· A LOS TENEDORES DE llONOS CONOCIDOS POR "BONOS JECKER."

Debieml~ abrifl!e una almoneda para la amortizacioa de bonos de dicha denominacion
con 'a canhrlad de trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos treiotaytre~
centavos($ 333,333 33 es), conforme al arreglo celebrado en diez de Abril último se conv?ca ~ lo~ tenedores de ~llos par~ el 2~ del.entrante Agosto, en la Seccion 4~ $le ~ate Mirust~r!o, a las doce del d1a; on la 10teltg~nc1a ~e que el remate al mejor postor, se hará
adnutiendo los bonos por su valor nomrnnl, a lo mas, deducido el 60 por 100 del capital
segun el citado arreglo.
'
Y para que la presente tenga la mayor publicidad posible, se espide desde hoy.
México, Julio 31 de 1865.
El Gefe de la Seccioo,
J . M. CalTJo.

IIIINISTERIO DE HACIEJfDA.
SECCION 4~

, Siendo domingo el din señnl~do para celebrar la almoneda de que habla la convocatoria
a los ?lnedore~ de bo!lºª cono01dos p~r "Bonos J e?ker," se advierte que por tal motivo
tend~a _efecto la propia almoneda el d1a 19 del comeme, en el lugar y hora anunciados.
Mexico, Agosto 7 de 1865..
El Gefe de la Seccion,
J. M. CalTJo.

AUSTRIA.

roMA DE COLOliIZACIOJf.

143

r

ADMINISTRACIÓN DE BIENES NACIONALIZADOS.

El Emperador ha restablecido la Guardia Imperial húngara, compuesta de
hijos-de familias nobles, y que hasta 1849 estaba encargada de la guardia del
palacio imperial de Viena.
-Los periódicos extranjeros anuncian, como cosa positiva, la ~ntrevista
del Emperador de Austl'ia y del Rey de Prusia para este verano. La corte
de Viena es la que ha tomado la iniciativa. Ignórase todavía el día y sitio en
que se verificará.
IlfGLATERRA.

Escriben de Lóndres, dice un periódico, que la lucha que se prepara en
aquella capital para las elecciones generales de diputados, será esta vez extraordinariamente animada, pues los torys, alentados por algunos triunfos
parciales y por la division del partido liberal, tratan de batallar ardientemente. Por otra parte, hay una porcion de grandes empresas comerciales y
financieras que tratan de hacer los mayores esfuerzos para enviar á la cámara de los Comunes á representantes de sus intereses.
Tambien el partido católico trabajará vivamente y aumentará en la misma cámara el número de sus representantes. El catolicismo hace decididamente progresos en Inglaterra, por manera que es ya muy comun leer ahora en los periódicos)nuncios pidiendo sirvientes católicos, particularmente
del sexo femenino, para familias inglesas, síntoma poco importante á primera vista, pero que sin embargo no deja de ser bastante significativo.
-El 14 del corriente fué abierto en Londres el testamento del Cardenal
Wiseman. Los valores mobiliarios ascienden á cincuenta mil francos. Por
un condicilo fechado en 14 de Mayo de 1862, han quedado encargados de la
propiedad absoluta de sus obras, tanto publicadas como inéditas, de sus cartas y manuscritos, el Rdo. Thompson y el doctor Manning, quedando autorizados para conservar ó destruir lo que crean conveniente. El Cardenal ha
legado un año entero de salario á. todos sus criados.
-El Gobierno brasileño se propone contratar en Lóndres un nuevo empréstito para los gastos de guerra cont1·a el P,waguay. Tambien se espera en
Lóndres, con el mismo objeto, al Presidente del Senado de Buenos-Aires.
-De un informe que se ha hecho en Lóndres, resulta que de los 3,000.000
de habitantes que tiene aquella poblacion, un tres ó cuatro por ciento carecen completamente de medios de subsistencia, y dependen para vivir de la
caridad de los noventa y seis restantes.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

Relacion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia de los interesados en esta oficina.
Seccion 1~-483, 1,152, 2,539, 2,564 y 2,831.
Seccioa 2~-49}, 636,789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, 1,727, 1,992, 2,513,
2,635, 2,636, 2,670 y 3,297.
'
Advir~éndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se venlica.
. Nota.-Hoy se han elevado al Exmo. Consejo, expeditadoa por esta oficina, los expedientes que B1guen:
Secc)on 1:-2,274, 3,768, 3,77_0, 3,771, 4,108, 4,J09, 4,110, 4,113, 4116, 4,118 y 4,193.
Secc1on 2.-26, 580, 2,170, 2,:381, 2,501, 2,845, 3,130, 3,300, 3,524, 3 528 3 769 4 11"
y 4,192.
. '
Lo g_ue se avisa para conocimiento de los interesados.
Méx.1co, Agosto 8 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizadoa,
1

'

1

"'

Juan Suarez y NaTJarro.

IURADO CALIFICADOR DE VAGOS.

México, A~osto 7 de 1865.
En todo el mes de Julio ,último han si~o absueltos por este Tribunal diez individuos, y
declarad,¡s ~agos Jo~é Mana Perez, Plácido Roc~a y Doroteo García, cuyos tres individuos hao sido consignados al Sr. Prefecto P_ollt1co, los dos primeros en la cárcel de ciudad para los efectos del art. 8~ de la ley relativa de 1~ de Marzo próximo pasado y el último en el Tecpan de Santiago, destinado á aprender el oficio de zapatero que eiigi6 en
cumplimiento de los articuloa 2~ y 25 de la mencionada ley.
'
'
Lo que se hace saber al público para su conocimiento.
El Secretario, Lic. J. T. DáTJalos.

ADllllNISTRACION GENERAL DE' CORREOS.
INTERESANTE AL PUBLICO.

El día 11 ~el presente, á tu once de la mañana, despacha esta Administracion general
por estraordwano hasta Veracruz la correspondencia que deben conducir á Europa y los

AVISO.

Deb~éndo~e sacar á_ remate, con arreg)o al art. 24 de la l~y de 26 de Febrero último, la
casa num. 25 de la nnconada del calleJon de San Antomo, valuada en la cantidad de
($ 1,129) mil ci~ut-0 veintinueve pesos, se pone en conocimiento del público, para que las
po~onas que qmerau. hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados
el dia 24 del presente mes, á las nueve de la maüana, á cuya hora comenzará el remate
cou la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los
artículos 25 y 27 de la citada ley.
México, AgoRto 3 de 1865.
•
El Administrad6r de bienes nacionalizados,
20s-4
Juan Suarez y NaTJarro.
JUZGADO 6'? DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS liEGOCIOS DE HACIEJfDA.

E_n los autos seguidos en este Juz~ndo sobre la denuncia que hace D. Genaro Beltran

del mtestado de D~Guadalupe Ra=ez, el Sr. Juez 5~ de lo civil, Lic. D. Jorge Parea
ha mandado se cite por medio del presente al Lic. D. Manuel Pastor, para que dentro d~
ocho días, contados élesde esta fecha, acredite ser apoderado de D~ Juana Nava c¡:ue se
die~ ser heredera; apercibido de que se tendrán por renunciados sus derecho; s1 no Jo
verifica.
Lo que le hago saber por medio del presente.
México, Agosto 4 de 1865.-EI Secretario del Juzgado, Mateo Portugal. 7s-3
En loa ~utos seg~idoa en este Juzgado por:;&gt;: Agustin Ramirez, sobre pago de la obra
y decorac1on que hizo en el templo de la Santísima, contra la estinguida corporacion de
San Pedro, é ignorándose la hab1tacion de dicho señor, le hago saber por medio del pres?nte lo proveido por e~Sr. Juez 5'.' de_lo civil, Lic. D. Jorge Perea, en esta fecha. "Méuco, Mayo 10 de 1865.-Autos con rutacion. Lo decret.6 y firmó el Sr. Juez. Doy fe.Pcrea.-Mateo Portugal, Secretario."
El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal. 611-3
El Sr. Juez 5? de lo civil, encargado de los ugocios de.Hacienda, ha mandado por auto d_e 1~ del pasado.Julio,,se cite á los herederos ~e D. Andrea Suarez Peredo, para que
el d1a siete del comente, a las doce, se presenten a contestar el juicio que les promueve
el señor abogado re~resentante de la Hacienda pública, sobre el pago de la alcabala cau
aada en la venta de ,os ranchos de Metepec.
Lo que les hago saber por medio del presente, para que comparezcan el día señalado
haciéndolo personalmente ó por medio de apoderado,
'
México, Agosto 3 de 1865.-EI Secretario del Juzgado, Mateo Portugal. 3s-3

ADltlINISTRACION PRINCIPAL DE LA RENTA DE SELLOS
EN EL DISTBITO Y DEPADTAm:NTO DEL VALLE DE MEXICO.

Núm. 1,109.-Se recuerda á las personas á quienes obliga el cumplimiento de los artículos 32 al 37 de la ley general de 14 de Febrero de JS.,6, que por su inobservancia se
exigirá la multa que previene el art. 51, á todos aquellos que en susfMturas cuentas 6
recibos, usan deyapel particular sin el sello correspondien~, ~aciéndole el carg~ que apare_zca a los duenos 6 encargados de toda clase de establec1m.ientos comerciales ó indus.
tr1ales, _asi como á las corporaciones á quienes toca el cump~miento de la misma ley, cuando se pida por el empleado que se nombre al efecto la marufestacion de loa libros ó documentos sobre que recaiga la sospecha, segun previene el art. 60. A continuacion se copian
los artículos conde.centes.
"Art. 32. El papel de facturas, cuentas y recibos contendrá tres sellos en hoja cada uno:
!? con valor de.............. . ... $ 1 00
2~ con valor de...... . . . . . . . . . . . . O 25
3~ con valor de... . . . . . • . . . . . •••. O &lt;1l
"Art. 33. Del sello J~ se UB11rá en la primera hoja de toda factura, cuenta -6 recibo cuyo valor sea. de tres mil pesos en adelante, aun cuando este proceda de arrendttmiento
de fincas.
"Art. 34. El sello 2~ se empleará:
". l ~ En toda factura, cuenta ? recibo cuyo valor baje de tres mil pesos sin llegar á ciento, mcluyéndose ea esta prevenc1on los documentos de cualquiera. clase que se den á los
inquilinos por arrendamientos de casas.
" 2'? En las hojas en que no bastando la primera, se continúen las facturas cuentas y
recibos por cantidad de tres mil pesos en adelante.
'
"Art. 35. El sello 3? servirá para toda factura, cuenta 6 recibo por cantidad que no
esceda de noventa y nueve pesos ni baje de veinte; comprendiendo igualmente esta disposicion á los loeadores.
"Art. :16· Las facturas y cuentas á que se refieren los articulos precedent.es, son las
que se gireu entre los particnlares, comerciantes y corporaciones de cualquier órden y
clase, para el efecto de cobrar su importe.
"Art. 37. Las personas que quieran hacer uso de papel particular con las contraseñas
que les convengan, tanto en las libranzas como en las facturas, cuentas y recibos, lo presentarán para su sello, en México, á la !dminiatracion general de la Renta, pagando en el
acto el importe de los atlloa, que no podrán ser menos do ciento. Los residentes fuera de
la capital de la República que quieran usar de esta concesion, remitirán por conducto de
los Administradores principales respectivos á la Administracion general, el papel que deba
sellarse; cuya operacion se practicará inmediatamente, devolviéndolo á la Administracion
de su origen para entregarlo á los interesados, quienes satisfarán en el acto el importe de
los sell~s, firmando la partida del carg_o en el libro que corresponda, sin tener que erogar
porte ru otro gasto.
"Art. 51. Por la falta del respectivo sello en las facturas, cuentas y recibos, se exigirá
una multa de 5 por 100 sobre la suma mayor de cargo 6 data en las facturas y cuentas y
sobre el total valor en los recibos, tanto a.1 que produzca esos documentos, como al q~e
los admita.
"Art. 52. A toda libranza, carta-órden, pagaré, factura 6 cuenta, ya sea de numerario

�144

DIARIO DEL IMPERIO.

ó efectos de cualquierl\ clase, que venga dPl estr~njoro, deberá agregársele á su presentaeion endose, aceptacipn ó pago, el papel sellado que le col1'esponda, con la anotacic,n suficiente para conocer determinadamento el descuento á que se destina.
" A.rt. 53. Ningun documento que no esté cstentlido en el papel sellado i-espectivo, ¡,01lrá
hacer fe e11 juicio á favor del infractor ni do sus cómplices; teniéndose por tales aun á los
que hayan concurrido por simple admision del documento; mas este quedará revalidado
con solo acreditarse el pago de las multas causadas segun las disposiciones de la presente
ley; sin otra escepcion que la de que eu caso de juicio por una libranza, carta.-órdeu, pag11r6, etc,, bastará para el efecto de revalidacion enterar el diez por ciento sobre el nlor
del documento, caalquiera que sea el número de los complicados en la multa: entendiéndose satisfecha con ese diez por ciento la pena correspondie11te á loe dos últimos responsables en el órden de sucesion."
México, 24 de Julio de 1865.
El Administrador principal,
lg11acio11 de la Barrera.
5a- 2

AVISOS JUDICIALES.
ALMONEDA.
El Sr. Juez 3? do lo civil, Lic. D. José María Cordero, ante quien se encuentran radicados los aut-0s seguidos por D. José Barrogan, como representante de la Sra. D~ Aurora
Martinez, contra la Sra. D~ Casimira V&lt;'ga de Herrera, sobre pesos, ha mandado que se
proceda á la venta de la casa núm. 13 do la 2! calle del Sapo, de esta capital, retasada por
el perit.o D. Manuel Rincon en la.cantidad de 4,536 pesos 82 centavos; señalando para la
almoneda, con calidad de remate, la mañana del dia diez y siete del corriente, á las doce,
en su Juzgado, situado en el Palacio de Justicia, donde recibirán las instrucciones necesariu las personas que quieran hacer postura.
México, Agosto 7 de 1865.- Antonio Landgrave, Escribano público.
495-3a-1
IUZGADO 4? DE LO CIVIL,

SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL Illl'ERIO.
SECRETARIA DF. LA

3\\ SALA.

México, Agosto 2 de 1865.
En los autos seguidos en esta Exma. 3~ Sula d~l Supremo Tribunal de Justicia por el
Sr. General D. Francisco Alcayaga contra los parcioneros de la mina de la Luz, acordó
con fecha 1~ del corriente el auto que sigue:
"Ignorándose la residencia Je la viuda do D. Arcadio, D~ Trinidnd y D. Pedro Echel'erría, cítense por el Diario oficial y otro do los periódicos do mayor circnlacion, señalímdose el término de veinte días como perentorio, para que comparezcan ante esta Exma.
Sala¡ apercibido~ de que no presentándose dentro de él, sedaran los estrados por procurador: hágase saber á la parte del S1·. .A.lcsyaga.-Tres rúbricas de los Sres. Ministros.
Lebrija.- Co11treras.-Sa11chez Hidalgo.-Por ocupacion del Sr. Secretario, Alvarez, Oficial mayor."
José del Villar, Secretario.
487-3a-3
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.

-

El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de doce
del corriente, se proceda á In venta de la casa número cnatro de la la plazuela de Santo
Tomíie y de los enseres de un molino de aceite y una fábrica de aguardiente que en dicha
casa se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. Francisco Chavero, la finca en la cantidad de ocho mil setecientos noventa y cinco pesos, y loe enseres
de la fábrica y molino en la de dos mil cien pesos; señalando para las almonedaa las mañanas del veinticinco del presente, y cinco y diez y siete del entrante, ÍI las once, siendo
la última con calidad de remate.
L-Os enseres de la fábrica y molino mencienados, son los siguientes: los del mohno, una
tahona cuya muela y taza están i:iinchadas de fierro, con sos correspondientes palancas
para dos mulas; una rueda con banda de cuero que da movimiento á nueve ruedas y iírboles, unos de madera y otros de fierro, y 1tn molino de triturar aceituna.
El aparato de destilacion es de cobre fo1jndo, con tubos de comunicacion del mismo
metal, una retorta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubas de
madera con cinchos de fierro, y otra mas grande anexa al aparat.o de destilacion.
Lo que aviso al público en cumplimiento de lo mandado, y para que las personas. que
quieran hacer postura, ocurran a la hora señalada; en concepto de c¡.ue las mstruccionee
quo ministran los autos, se darán en el despacho del que susctibe, ubicado en los bajos de
la casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
México, Julio 18 de 1865.- J. Rey110s0, Escribano público.
463-lSa-9

En el juicio ejecutivo seguido por el representante de D. Pedro Meneses contra D. Luciano Gonzalez, el Sr. Juoz 4? de Jo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, ha mandado que se
pr-OCeda á la almoneda, con calidad de remate-, de la casa núm. 1 de la Plazuela del A.rbol,
que siempre ha sido de propiedad particular, el dia diez y siete del corriente, á las once,
NOTIFICACION.
y cuya finen está retasad~ en la cantidad do doce mil setecientos treinta y seis pesos treinSr. Juez 2? del ramo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, ante quien se hata y seis centavos ($ 12,736 36 cs.), fincándose el remate en el mejor postor. L-0 que digo llanElradicados
los aut-Os do concurso del Teniente Coronel D. Marcelo .A.lvarez, ha proveial público, para que la persona quo guste presentarse á hacer postura, lo verifique el dia da el auto que copio.
y hora dicha.
"México, Julio 31 de 186.5.-Visto el anterior ocurso, en que el síndico del concurso de
México, Agosto 4 de 186.'&gt;.- Pedro Cand, Eseribano público.
496-3a-l
D. Marcelo .A.lvarez pide se apruebe el proyecto de graduacion que present6, consentido
por la mayoría de los acreedores, y que oorre de fojas 36 á 45 de este cuaderno; atendiendo
IUZGADO DE 1! INSTANCIA DE TELOLOAPAN.
a que los bienes del concurso consisten todos en el precio del rancho de Jico, vendido en
El Juez 1? sustitut-0 de 1~ instancia do este Distrit-0, que conoce del intestado de D~ asta pública á D. Francisco de P. Movellan en($ 30,024) treinta mil veinticuatro pesos;
Dolores Nájera, ha proveido en auto de dos del presente, que se convoque por edictos y á que con esta cantidad h&amp;n de ser pagadas de preferencia las costas del concurso, y luego
por el Diario dol Imperio á los herederos de dicho intestado quo se hallan en la capital los acreedores en el órden que se les da en la graducion, en el cual el primer Jugar se
de México, á fin de que dentro de treinta dias ocurran á deducir el derecho que les asista, asigna al crédito del Duque de Terranova y Monteleone, importante por solo capital
p-0r sí ó por persona legalmente autorizada; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de ($ 14,000) catorce mil pesos; el segundo á D,,Francisco de P. .Movellan por su crédito,
que les parará el perjuicio que hubiere lugar.
importante($ 21,581 4&amp;) veintiun mil quinientos ochenta y un pesos cuatró reales cinco
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de octavos, y el tercero á D. A.odres del Rio por ($ 2,465) dos mil cuatrocientos sesenta y
quienes importe, en Teloloapan, á 2 de Agosto de 1865.
cinco pesos, importe de su crédit-0, de que es hoy tenedor el mismo l\Iovellan; á que estos
tres cr.éditos importan mayor cantidad que la que constituye hoy el fondo del concurso, y
El Juez sustituto, R6mulo Romano. 497-3a- l
no pueden, por lo mismo, ser pagados los otros de lugar posterior¡ á que á esos tres acreeIUZGADO 6?.i:MENOR.-CORDOBANF.S NU:M, 8.
dores por quienes está consentida la graduacion no se b disputado la preferencia, ni por
ORDEN,
los otros que tambien se conforman con el proyecto, ni por los que lo objetaron, los cuales
solo cuestionaban los lugares asignados en el mismo proyecto, desde el cuarto en adeSe hace saber á D. Jpsé Bringas, que en el juicio que le promovi6 D. Pedro Strimatter, lante;
á que supuestos estos hechos, constantes todos de los autos, es ya enteramente in•
sobre pesos, se ha pronunciado el fallo que eh su parte resolutiva dice:-" Que D. José
útil y perjudicial á los acreedores que alcanzan á ser pagados, ocuparse de las cuestiones
Bringas pague á D. Pedro Strimatter, dentro de seis dias, los ochenta y cinco pesos se- de
preferencia, suscitadaa entre los que evidentemente no pueden serlo; y finalmente, á
senta y dos centavos que le ha demandado, y ademas los gastos del juicio; estos conforme
que los Sres. Peña hermanos, uno de los acreedores disidentes, son los únicos que nada
á la circular de nueve de Setiembre último; apercibido de ejccucion si no cumple.
han dicho sobre si disfrutaban ó no la preferencia á los créditos graduados en los tres priMéxico, Agosto 7 de 1865.- J. Br•vo.
497-3s-1
meros lugares, á pesar del apercibimiento con que se les conminó, del largo tiempo que
.. - --despues ha trascurrido, y de la última citacion qne se les hizo; por estos fttndamentos, y
IUZGADO 8? :MENOR.---OALLE DE JESUS MARIA NU:M. 7,
de conformidad con lo pedido por el síndico, se aprueba en todas sus partes el proyecto
ORDEN,
de graduacion prernntado por éste con fecha veintinueve de Julio de mil och&lt;•cientos cinPor la presente se eita á D. Rafael López para sentencia en el juicio verbal quo sobre cuenta y nueve en la junta celebrada en ese dia, condenándose á los acreedores á estar "!
pago de dos~ientos diez y siete pesos novent11 y cuatro centavos, y en su rebeldía, sigue pasar per él ahora y en todo tiempo, á cuyo efecto el presente Juez interpone su autonen su contra D. Manuel García.
dad y este judicial decreto cuanto ha logar por derecho: ee declara igualmente, que en
l\léiico, Agost.o 8 de 1865.- Morales.
498-3a-1
virtud de la aprobacion de ese proyecto de graduacion, lo cual se hará saber á todos los
interesados, debe procederse desde luego al pago de los acreedores por el órden con que
NOTIFICACION JUDICIAL
están graduados, despuos de satisfücorse las costas, y hasta donde e.lcanee el precio del
A LOS AVIADOS Y AVIADORES DE LA MINA DE SAN FELIPE.
rancho de Jico; y al efecto se faculta al síndico para que liquidados por él los orédit-0s, es
En las diligencias pro-movidas por la Compañía aviadora de la mina do San Felipe, del pida los correspondientes libramientos á cargo del rematador del mencionado rancho, preMineral de Santa Rosa en Pachuca, en junta celebrada en veinte del col1'iente ante el Sr. sentando en seguida la cuenta respectiva, con la cual, obtenida que sea su aprobaeion,
quedará de todo punt.o con,cluido el concurso. A.sí por este auto lo J)rovey6, mandó y fir.
Juez l ? de lo civil, se acordaron los puntos siguientes:
" 1~ So declara que las acciones de los que han desertado, pertenecen á los individuos mó el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Mannel Pavon, por ante mí eí euscrit-0 Secretario,
á quienes corresponda, segun la escritura, en la proporeion respectiva.-2~ Cada uno de de que doy fe.-Ma11ud Pav011.- Lic. M. Frias, Secretario."
Y á causa de ignorarse cuál sea la residencia de algunos do loe acreedores, á pedimento
los accionistas, tanto aviados como aviadores, ceden la mil.ad de lo que tengau para formar
dooe barras que se darÍln en avio.-3~ So nombrará 1.llla comision que solicite avío y dé del sfodico del concurso, Lic. D. Juan Bautista A.laman, el Sr. Juez ha dispuesto que por
cuenta luego que lo consiga, y en caso de no lograrse, se citará nueva junta para delillerar medio del presente se les haga saber el auto que va inserto, para que e_n el término de
lo que deba hacerse.-4~ Cada uno de los accionistas cede la parto correspondiente, así los veinte días, contados desde la publicacion del presente, ocurran al oficio del actuario á haaviados como los aviadores, para formar una barra, que se dará en retribucion al indivi- cer uso de sus derechos segun les cenveng11; apercibidos de que por solo el lapso del térduo que consiga el avío.-51!- Este acuerdo se publicará por el Diario oficial.- En seguida mino se les reputará por conformes con dicha sentencia, y se procederá á hacer en todo
se procedió á la eleccion de la eomision de que habla la cláusula 3!, y resultarún nombra- como corresponde al estado de los autos. Y en eumplimient-0 de lo mandado y para los
efectos prevenidos en el preinserto auto, se publica el presente aviso en México, á 5 de
dos loe Sres. D. Manuel Ruiz Dávila, D. Ignacio Sarricolea y Lic. D. Luis Velazquez.''
49-2-3a-2
Y en cumplimiento de lo mandado y para los efectos que haya lugar, pongo el presente. Agost-0 de 1865.- Antonio Landgrave, Escribano público.
Mé1ico, Agost.o 9 de 1865.- Miguel F. Guerra.
499-3a-l
CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 1~ sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D~ Lean
TRIBUNAL DE COMERCIO DE IrlEXICO.
dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoqne por edict.os y
.México, Agosto 2 de 1865.
Este Tribunal, en auto de hoy y en los de concurso ÍI biene11 de D. Ponciano Castro, por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intee
ha declarado cerrado el estádo de crédit-0s, confonne al art. 817 del código de comercio, tado, á fin de que dentro de sesenta ellas ocurran á deducirlo por si ó por personas sufi
mandando se cite á junta general, que tendrá lugar el mártes 8 del corriente á las dos de cie~~~en,te autoriz_adas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que 1ee parará e
la tarde, para el exátnen y reconocimiento de dichos créditos, haciéndose las citaciones perJUJCIO a que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
con arreglo al nrt. 770 del mismo c6digo.
L-0 que hago aaber por el presente á los señores acreedores, en c1nnplimient-0 de lo man- quienes importe, en Gnanajuato, á nueve de Junio do mil ochocientos sesenta y cinco.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-45
dado.-José María Cardeña, oficial 2?, encargado de la Secretaría.
491-38-3
CITACION JUDICIAL.

.•Por el pr~eente se cita á D! Maria de la Luz Franco, como madre e.e sus dos menores
h1JOB, que dice lo fueron tambien de_D. Manuel Braceras, y á D. Vicente Fernandez, como curador de la men~r D_'!- Margarita Braceras, para que en el término de ocho días,
co~tados ~esde la l/nblicoc1on de este aviso, se presenten á probar el derecho que les asiste a los bienes del mtestado D. Manuel Braceras.
'! de órden del Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, se publica el presente

aviso.

México, Agosto :l de 1865.-El Escribano público de la Nacion, .Joaquín Guzma11.
488-Ss-5
CONVOCATORIA.

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DIVERSIONES PUBLICAS.

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TEA1'RO PRINCIPAL.

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F11ncio11 á beneficio del actor D. Joaquín Femandez.

En la noche de hoy se pone en esc~na el aplaudido y popular drama dividido en cuatro
actos 6 intitulado: Los amantes de Teruel, y en seguida la zarzuela nueva en dos actos
denominada: La cola del Diablo.

TEATRO PRINCIPAL.

Por dispoJicion del Sr. Juez 1? de ~o civil, Lic. D. Manuel de la Sierra, se convoca por
Esta noche, á la hora de costumbre, se repretentará el drama dividido en tres épocas y
el presente a l~s personas que se consideren con derecho á suceder en los bienes del intes- denominado:
La escala de la vida.
tado Sr. D. Vicente Gonza_lez C~lderon y G~errn., par~ ~ue se presenten á deducirlos en
es~ Juzga~~ ~entro de tremta drns perentonos; aporc1b1dos que de no verificarlo les parara el_perJwc10 que haya lugar.
fMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
México, Agosto 2 de 1865,-Sehastian l'tñalow, Escribnno público.
486- 3n-3
BAJOS DE SAN AGUSTIN NUM, l.
1

101

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Agentes consulares</name>
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        <name>Comandantes militares</name>
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        <name>Disidentes</name>
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        <name>Exequatúr</name>
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        <name>Fontaería mayor</name>
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        <name>Junta de colonizacón</name>
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        <name>Plan de Iguala</name>
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                    <text>•
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quien se enJuan María
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DEL

EL

DIARIO

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ela de Santo
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nciaco Cha•
y los enseres
onedaa las ma•
i once, siendo

SUMARIO
PARTE OFIOIAL.-Decreto encargando al Sr. Aubry ladlrecclon del camino de V~racruz á esta capital,
-Otro, nombrando al Sr. Garay Director é Inspector de los trabt,los lúdraullcos en el Valle de México.Otro nombrando a D. Santiago Mendez Director general de caminos y puentes.-Otro ratU!cando los acuer·
dos del Gobierno en 1861 y 62 sobre nulidad de la venta de tierras que hicieron en 1sbr los pueblos de San
)llgoel y Santa María Chlmalapa.-Otro, pidiendo noticias de loa terrenos pertenecientes al Estado y de loa
gue vendan los parl.icul&amp;res para la coloulzaclon extranJera.-Orden para que en los remates de bienes naclonallzados se ob5erYe el art. 21 de la ley de 18 de Julio de 1857 sobre exenclon de alcabala.-Dectaraclo•
nes sobre loa bienes que pertenecieron a la Archlcofradia del Santislmo.-Orden, haciendo ceslon al Ayuntamiento de Querétaro de un terreno perteneciente abienes nacionalizados en aquella cludad.-Cartas den atarol!r.aclon concedidas avarios extr&amp;lijeros.-Relaclones de Gefcs y oQclales 1L quienes se les han expedido
sus despachos.-Nombramlento del General Gutlerrez p&amp;ra Gefe de la Brigada que mandaba el General
Tovar, a quien se ba concedido su retlro.-Clrcolar a los Prefectos encarg/Lndoles que exciten a los prople•
tarloe a vender las tierras que no puedan cultivar, p&amp;ra coadyuvar ala colonlzaclon extral\ier&amp;.!
pARTE NO OFIOIAL.-8. M. la Emperatr1% toma asu wgo y btJo su dlrecclon loe traba,los de ornato
de la Alameda.-Oombate en Zautlt.. Parte sobre esto.-Juzgado calltlcador de vt1gos. Parte sobre las de•
c!araclones que hizo en el mes de Jollo.-Correspondencia para el exterior. Amo de la Admlnlstraclon de
correos.-Junta de Oolonlzaclon. Actas de los dlas 12 y 1~ de Julio.-Observacl011es meteorológicas del mes
deDENUNCIOS
Junio.
Y SOLICITUDES.-&amp;!gunda publlcaclon de dcullllcios sobre criaderos de hierro colado y

pueblos de San Miguel y Santa Man,; Chimalapa hicieron en el año
de 1857, de doscientas cincuenta legur.~ cuadradas de terrenos que creyeron ser de su comunidad.
En consecuenoia: Ratifioamos todo.. y cada uno de dichos acuerdos,
y encargamos á nuestro Ministro de Fomento que libre las 6rdenes
oportunas para entrar en posesion de los mencionados terrenos.
Dado en México, á 31 de Julio de 1865.
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Fomento.

¡63-1511-8

odeD~Leane por edictos y
referido intes
personas BUfi.
les parará el
e á noticia de
3nta y cinco.~3

ua dos menores
Fernandez, cop de ocho diM,
eho que les asis•
lica el presente

F.

POR EL EMPERADOR,

El Ministro de Fomento,
En su ausencia el Subsecretario,
Manuel Oí'ozco y Berra.

carbon de piedra.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE ~ÍEXICO:

·on del miemo
des cubas de
lacion.
fOrBOnas que
mstrucciones
en loe bajos de

Considerando la urgencia de asegurar en toclas las estaciones, el
tránsito de los carros en el camino de esta capital para el puerto de
Veracruz, Encargamos al Teniente coronel Aubry, Ge_fe de la ~eccion
de ingenieros en el Ministerio de la Guerra, la Direcc1on superior del
camino de Veraoruz á esta capital por Orizava.
Dado en Chapultepec, á 4 de Agosto de 1865.
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Fomento.
POR EL EMPERADOR,

El :Ministro de Fomento.
En su 1111Benoi11 el Subg~oretat¡o,
.Manuel Orozco y Berra.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE ~ÍEXICO:
Considerando la necesidad de llevar á cabo las obras hidráulicas que
convenga ejecutar en el Valle ele México, para que las aguas que entran
al Valle y las que están contenidas en los lagos que dentro de él hay,
se dominen y dirijan d~ tal manera que la capital y las poblacK&gt;nes vecinas queden para siempre libres del riesgo de una inunclacion, Nombramos al Sr. D. Francisco de Garay, Director exclusivo y responsable
é Inspector de todos los trabajos en relacion con la cuestion de aguas
en el Valle de México.
Dado en Chapultepec, á 4 de Agosto de 1865.
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Fomento.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Siendo Mi resolucion promover por todos los medios la inmigracion '
extran.,era de México, Quiero que por el Ministerio de su cargo, se me
remitan cuanto antes los informes siguientes:
l. 0 Una lista exacta de todo~ los terrenos que pertenecen al Estado y que pueden ser vendidos 6 concedidos á los colonos.
2. 0 Una lista de los terrenos que los hacendados consienten en
vender, con expresion del nombre del hacendado, situacion de las tierras, superficie y preoio que pide el dueño por cada unidad de labor.
Excitará vd. con empeño á los hacendados por medio de circulares
persuasivas, para que coadyuven á tan benéficas miras.
Ademas Dispongo que cada quince dias, Me remita vd. por conducto del Gabinete noticias detalladas obre:
a Las ventas de terrenos que se practiquen en la quincena, su precio por unidad, superficie total y expresion del lugar.
b Las nuevas ofertas que hagan los hacendados espontáneamente ó
á excitativa del Ministerio.
Dado en Chapul te peo á l. 0 de Agosto de t 865.
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Fomento.

POR EL EMPERADOR,

s.

El Ministro de Fomento,
En eu ausencia el Subsecretario,
Manuel Orozco y Berra.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE l\bxrno:
EIJ atencion á su aptitud y conocimientos especiales, Nombramos al
Auditor del Consejo de Estado D. Santiago Menclez, Director general
del servioio de los caminos y puentes del Imperio, con el sueldo anual
de tres mil quinientos pesos.
Ell
·
Dado en Cbapultepec, á 4 de Agosto:de 1865.
MAXIMILTANO.
Al Ministro de Fomento.
POR EL EMPERADOR,

y el intms, yen
1landra,1.

n una rebaja de
a con entueiaemo

ANTE1

NOII. t82~

MEXICO: Martes 8 de Agosto de 1865.

TOIIO U.

El Ministro de Fomento.
En eu ausencia el Subsecretario,
.Marutel O1'ozco y Berl'a.

MAXUIILIANO, EMPERADOR DE l\1Ex1co:
En virtud de lo consultado por nuestro Ministro de Fomento, y de
la opmion emitida por NuPstro Consejo de Bstado, Declaramos: Que
no ha lugar á la solicitud de Mr. Cárlos Carret y socios, contraida á
que se revocaran los diversos acuerdos expedidos por el Gobierno en
los años de 1861 y 62, en los cuales se declaró nula la venta que los

POR EL JUIPERAOOR,

El Ministro de Fomento.
En au ausencia el Subsecretario,
.Manuel Orozco y Berra.

.. .....

14INISTERIO DE INSTRUOOIO?i PUBLICA Y CULTOS.
SECCION

3~

M6xico, Agosto 5 de 1865.

El artículo 21 de la ley de 13 de Julio de 1859 dispuso que todas la•
operaciones que se hicieren en virtud de ella, estuviesen libres del pago de alcabala: esta ley se considera como la base de la revision que
se practica por la de 26 de Febrero último, y es indudable que está
vigente en aquellos puntos en que ésta no la haya derogado tácita 6
expresamente. En consecuencia, y teniendo en consideraoion l{Ue conforme á los principios generales de derecho, cuando existen varias disposiciones no contradictorias acerca de una materia, los puntos omisos
en unas se deben regir por las otras, á no ser que la última prevenga
expresamente lo contrario, y cuando concurre la misma razon debe
concurrir la misma disposicion del derecho, lo que sucede en lo relativo á la enajenacion de bienes nacionalizados, pues las razones que se
tuvieron presentes para eximir del pa20 de alcabala las ventas ht1chas
con arreglo á la ley de 13 de Julio, tienl'n mayor fuerza respecto de
las que se hagan sobre las diversas bases establecidas en la de 26 de
Febrero; S. M. el Emperador, resolviendo la consulta que dirigió vd .
á este Ministerio en 1~ del corriente, ordena se observe el artículo 21
de la ley de 13 de Julio de 1859 en todos los remates que se verifiquen
en virtud de la ley de 26 de Febrero y reglamento de 9 de Marzo
último.
El Ministro de Instruccion pública y Cultos,
StLIOEO.

Sr. Administrador de bienes nacionalizados.

�DIARIO DEL IMPERIO.

134
SEOCION

4~
México, Agosto 3 de 1865.

Exmo. Sr.-Dada cuenta á S. M. el Emperador, de la comunicacion de V. E. de fecha 29 del próximo pasado Julio, á la que acompaña la consulta que le fué dirigida por los tres auditores de las comisiones unitarias de revision, el pedimento del Administrador de bienes
nacionalizados, y el decreto de -la comision colegiada, y en la que expone su respetable opinion sobre la duda de ley á que aquellos se refieren, concerniente á si los bienes de la Cofradía del Santísimo de
esta Catedral, deben considerarse como exentos de la nacionalizaoion, aun antes de la órden de 8 de Marzo de 1861 ;_pesando las raz'lnes expendidas, y teniendo en consideracion que esa Archicofradía por
su orígen, por su primitivo objeto, por su manera de sér, y por las
personas que administraban sus fondos, tuvo un carácter visiblemente
eclesiástico; que no se sabe cuál haya sido la parte que de esos fondos
se aplicaba á beneficencia, ni mucho menos ha sido fácil conocerla á
los poseedores de los capitales y fincas, habiendo una positiva confu
si?n entre los o~jetos á qu? esos bienes estaban destinados; que por lo
mismo la exenc1on concedida en la órden de 8 de Marzo de 861 no
fué ni en sus antecedentes, ni en su contesto literal aclaratoria·de 'otra
anterior, porque la cuestion no era la de si eran ó no redimibles los
bienes _de beneficencia, que es á lo que se refieren la circular de 17
de Setiembre de 859 y el Re 0 lamento de 5 de Febrero de 861 sino la
de si los de la Archicofradía del Santísimo tenian ó no este c~rácter
y porq~e esa órden t~rminante,mente se refiere á las operaciones qu~
se hubieran de practicar y no a las consumadas; que este concepto se
corrobora con el precepto expreso del artículo 2 del decreto de 23 de
~~rzo de 1861, y tiene á su fayor el principio general de irretroactib1hdad de _las leyes; S. M. se ha servido declarar, que no existe duda
alguna: primero, de que los bienes pertenecientes á la Archicofradía
del Santísimo de esta Catedral, no deben considerarse exentos de la
nacionalizacion, sino desde el 8 de Marzo de 1861 · segundo de que
las redencione~ perfeccionadas y consumadas ante~ de esa f¿cha están sutetas á las prevenciónes de las leyes de 12 y 13 de Julio de
1859, a la de 26 de Febrero y al Reglamentp de 9 de Marzo último;
y tercero, de que tanto el Consejo de Estado como el de Prefectura
deben conocer de las operaciones hechas con los bienes de esa extin:
guida Archicofradía, segun la fecha en que se conaumaron· es decir
el primero de las anteriores al 8 de Marzo en 1861 y la ;egunda d;
las posteriores á esa fecha.
'
En consecuenci~ de esta d~claraci~n, V. E. se servirá preveni~ que
no. todos !os exped1en~~s relativos á ~1enes que pertenecieron á la Arch1coíradia, sean rem1t1dos al Cons~JO de Prefectura, sino solo aquel!os en que aparezca que las redenciones se consumaron con posterioridad al 8 de Marzo de 861, cuya clasificacion toca hacer á V. E. ·
El Ministro de Instruccion pública. y Cultoa,
SrtICEO,

Exmo. Sr. Presidente del Consejo de Estado.
SECCION

~abiendo dado ~uenta á S.M. e~ Emperador con el ocurso del Ayuntamiento de esa _ciudad, en que pide se le ceda un terreno de bienei
nacionalizados que comprende desde el pun~o q~e antes fué templo del
~ordon, hasta el de Loreto 9ue forma esqm_na a la calle de Cinco Senores y plaza de San Francisco, comprendiéndose tambien la huerta
que fué de e~te ex-convento, ha te~ido á bien hacer cesiori al expresado Ayu~tam1ento del t~rreno refendo y del material que solicita para
que se s1ga,n construyendo la Plaza y Mercado que han sido proyectados; ~acultandolo_par~ vender lotes del mencionado terreno á censo en.
6téut1co, con. ~bhgac1on los compradores de edificar sobre el mismo
plano y cond,ciones propuestas por el Gobierno del antiguo Estado de
Querétaro.
El Ministro de Instruccion públicl\ y Cultos,
fütrCEO,

Señor Prefecto del Departamento de Querétaro.
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS,
México, Agosto 7 de 1865.

. S. M. el Em~erador ha tenido á bien conceder oartas de naturaliza010~ como. mexicanos á D. Mariano Rios, D. José Elguezabal, D. Antomo. Allam YD.. Mel~hor Fauf!red en virtud de sus solicitudes y renuncia ~e ~u nac1onahdad espanola de los dos primeros y francesa de
los dos ult1mos.
El Gefe de la. seccion de Contabilidad
Encargado de la de Canr,illería. '

lgnacio M. de Castillo.

MINISTERIO DE GUERRA.
1 ~ Dlrecclon.

de los Gefes y 9ficiules de la. Dirision Oronoz, á quienes 88 ¡88 ex ide con esta
fecha. deap11cho1 reconociéndoles loa empleos en que actualmente figuran en ~l ejército.

RELACION

ARTILLERIA,

Ten: Coronel de lnfantería.D. Camilo Martinez.
Cap1ta~ 2? de Artillería •••• ,, Luis G. F·ranco.
Subteniente de Artillería._. ,, José Oñate.

135

DIARIO DEL IMPERIO.
ESTADO l\lAYOR,

Comandante de Escuadron .• D.
Capitan de Infantería .••••• ,,
,, de Caballería..•••• ,,
Teniente
,,
...••• ,,
,,
,,
.•·•••• ,,
Teniente Coronel .• _•••••• D.
Capitan de Granaderos .•• _. ,,
,, de la lª Compañía. ,,
Teniente de la 1~ · ,,
. ,,
Subayudante .••••••••... _ ,,
Subteniente de la 1~ Comp~. ,,
,,
de la 5~ ,, • ,,
,,
de la 4~ ,, • ,,
,,
de Cazadores .• ,,

México, Agosto 7 de 1865.

El General D.. José Ignacio Gutienez ha sido nombrado Gefe de la
brigada que estaba á las órdenes del General D. Remigio Tovar, por
habérsele con&amp;edido á éste su retiro.
El Subsecretario de Guerra,

Francisco Redo net.
Luis Reyes.
Rafael Rentería.
Francisco Santa María.
Gerónimo Al varado.
Manuel Vazquez.
Policarpo Frances.
Ireneo López.
Miguel Al atriste.

CUARTO BATALLON DE INFANTERI.A..

General Coronel. .••• _•• _.D.
Comandante de Batallan ••• ,,
Ca pitan de Granaderos .•• _. ,,
,,
de la 2~ Compañía. ,,
,, de la 3~
,,
. ,,
,,
de la 5~
,,
• ,,
,, de la 6ª
,,
• ,,
2? A:yudante .••••.•••••••• ,,
Teniente de la 3ª Compañía. ,,
,,
de la 5~
,,
_ ,,
,;
de la 6~
,,
• ,,
Subay~dante ••••••••• _••• ,,
Subtemente de Granaderos. ,,
,,
de la 2~ Compañía. ,,
,,
de la 3~
,,
• ,,
,,
de la 4~
,,
• ,,
,,
de la 6~ · ,,
• ,,
,,
de Cazadores ..••• ,,

Apolo11.io Montenegro.
Gabriel Lara.
·
Tranquilino Arazola.
Pedro Martinez.
Pedro Rangel.
Victoriano Miranda.
Ignacio Rosas.
Rodrigo Adalid.
Luis Lucido.
Benito Cisneros.
Ignacio Palafox.
Miguel Gomez.
Mariano R. Landa.
Apolonio Torres.
Luis G. Villaseñor.
Hilario Pichardo.
J esus Gonzalez.
Demetrio Alvarez.

PRI!l(ER REGIMIENTO DE CABALLERIA.

Coronel. ••••••..•••••••. D. Doroteo Vera
Capitan 1~ Comp~ 1.er Ese .• ,, Ramon Vera.:
"
2~ ,, 1,er ,, •• ,, Antonio Arbizú.
,,
1~ ,, 2? ,, .. ,, Rafael Zepeda.
,,
2~ u
2º ,, .. ,, Vicente Gallardo.
Tenient. 1~ ,, 1,er ,, •• ,, Agustin Vera.
"
2~ ,, 1,er ,, •• ,, Je sus Perez.
Alférez Porta.••••••••• _._ ,. Teófilo Velazquez.
,,
1~ Compª 1,er Ese .• ,, Antonio Torres.
"
2~ "
1,er ,, , • ,, Cayetano Lira.
,, 2~ ,, 2? ,, .• ,, Teófilo Vera.
EXPLOR.ADORES DEL EJERCITO,

Teniente Cqronel. •••••••• D. Macario Silva.
Capitan de la 1~ Compañía. ,, Florentino Magdaleno
,, de la 2~
,,
. ,, Juan de D. Vazquez. ·
2? _Ayudante .••••••••••• ,, Camilo de la Peña.
Temente de la 2~ Compañía. ,, José María Rodríguez.
Alférez Porta ..•••• __ • __ •• ,, Miguel López.
,, de la 1~ Compañía. ,, Angel Manriquez.
,, de la 2~
,,
. ,, Mariano Vicario.
México, Agosto de 1865.
REL!.CION

de los Gefes y Oficiales á quienes ae han expedido los despaclios que se
expresan.

Julio 28. Por decreto de S. M. se repone en el empleo de Coronel de
. 9aballería permanente con grado de General de Brigada
a D. Ignac10 Ormaechea y Ernaiz.
,, 30. D. ~?uard~ López, estando con licencia absoluta que solicito, ha ~ido vuelto al servicio en la clase de Teniente de
Caballena permanente y grado de Capitan que obtenía
,, . 31. Se confi~re el empleo de Teniente de Caballería perma~
nente .ª D. Jua? Pablo García, por servicios prestados al
Imperio y pé~d1da d~ un brazo en accion de guerra.
,, 31. Al Sargento 1 . Francisco Sanchez del extinguido 13 Escuadran de_ Gua~~juato, se.le concede la medalla de bronce del ~ér1to militar, en virtud de haberse mantenido fiel
al Gob1erno en la defeccion que hizo el ex-Alférez Máximo Perez el 9 de Junio último, de una parte de la fuerza
desta~a~a. en el punto rle Piedra Gorda, presentándose
este mdmduo con seis soldados, todos montados y armados.
Agosto 3. Por soberano decreto de esta fecha, se concede el empleo
de ~?ronel de ~ab~llería permanente al de igual clase de
auxiliares del eJérc1to D. Abraham Ortiz de la Peña en
remuneracion de los servicio$ que ha prestado al Imp~rio
. y d~ l~s heridas que ha recibido en campaña.
Son cop1as. Mex1co, Agosto de 1865.
El Subsecretario de Guerra

J. M. Durán.

COMJ!ATE EN ZAUTLA.

PRIMERA DIRECCION.-1 ~ DIVISION,

Pedro Vallarte.
Juan Apesteguía.
Valeriano Ricaño.
Juan Cabrera.
Francisco Quezadas.

TERCER BATALLON DE INFANTERIA.

4~
México, Agosto 5 de 1865.

..

•

'

J. M. Durán.

MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION

Circular mí~. 17.

4~
México, Agosto 5 de 1865.;

Ministerio de Guerra.-México, Agosto 6 de 1865.-General Conde de
Thun.-Zacapoaxtla, Agosto 1 ? de 1865.-Exmo. Sr.-Conviniéndome
cercar á los indios disidentes de Juan Francisco, que todavía se hallaban en
Xachicpuloo, mandé á Zautla una columna, á las órdenes del capitan Conde
de Geldexu, compuesta de 30 Cazadores, 80 hombres de la 3~ compañía de
la Guari.lía rural móvil de Zacapoaxtla, y 20 de la Guardia rural estable de
los Llanos, para reunirse en el punto mencionado con la fuerza del capitan
Sala, procedente de Tetela del Oro.
Probablemente el correo que dirigí al capitan comandante de la columna
de Tetela del Oro, fué hecho prisionero, pues que ésta no llegó, y el capitan
Geldexu se encontró aislado en aquel punto, tan desfavorablemente situado,
p0r lo que tomó la medida de estacionarse en el Cementetio, encargando al
alcalde le diese noticia de la aproximacion del enemigo.
En efecto, en la noche del 30 al 31 del próximo pasado, se present6 éste
sobre Zautla, rompiendo un nutrido fuego, con cerca de 400 hombres. En
tres columnas atacó al capitan Geldexu por todas partes, y lleg6 hasta las
cercas del Cementerio, arrojándoles piedras y otros proyectiles, y con este
hecho creció el valor de los defensores de la plaza, principalmente el de la
fuerza de Zacapoaxtla.
El enemigo se aproximó hasta las puertas del Cementerio; pero fué ·rechazado con pérdidas considerables por un vivo fuego que les hicieron los 30
Cazadores, convenientemente colocados en las alturas de la iglesia. Habiendo
sido agujereada la puerta por las balas del enemigo, tuvimos muertos un austriaco, dos de los de Zacapoaxtla, y uno de los de los Llanos, y heridos un
austriaco y tres mexicanos. El enemigo se retiró á la Sierra, aprovechándose de la oscuridad de la noche, y llevándose sus muertos y heridos, y el 31
en la mañana, el capitan Geldexu se dirigió á Mazapa.
Aquí reina grande entusiasmo, y voy á preparar una solemne entrada á
los valientes de Zacapoaxtla. Tambien el tiempo parece favorecernos, pues
hace algunos dias que llueve muy poco.
Aceptad, señor Ministro, las seguridades de mi distinguida consideracion,
-El General Thun.-Exmo. Sr. Ministro de Guerra.-México.
~
Es copia.-El Subsecretario de Guerra, J. M. Du1·án.

S. M. el Emperador está decidido á promover por todos los medios
posibles la inmigracion extranjera, que ha de proporcionar al Imperio
los brazos necesarios para que la agricultura y las artes tengan el desarro11o de que son susceptibles; pero como para esto son indispensa·
bles los terrenos en que han de establecerse los inmigrantes, y de los
cuales han de sacar la subsistencia, ha dispuesto que por esta secre·
taría se excite á los hacendados, á fin de que coadyuven á tan benéficas miras, proporcionándole bajo condiciones que faciliten á los colonos su adquisicion, alguna parte de las tierras que no cultivan.
Cumpliendo con esa disposicion, me dirijo á V. S., para que del
modo mas eficaz procure inculcar á los habitantes de ese Departamento las ventajas que debe producir la mejora que se pretende realizar.
Hágales V. S. presente, que mientras la poblacion del Imperio sea tan
escasa comparada con la vasta extension de su territorio, no pueden
nuestros fértiles terrenos dar los abundantes frutos de que son capaces, porque no hay los brazos suficientes que los cultiven.
Dígales V. S., tambien, que continuando la agricultura estacionaria, forzoso será que la industria y que las artes permanezcan lo mismo; y que por consiguiente, careciendo el pueblo de los recursos que
de ellas debia sacar para su subsistencia, le será preciso vivir como
hasta aquí en la miseria, 6 recurrir al reprobado arbitrio de las revo;JURADO CALIFICADOR DE VAGOS.
luciones, que tantos males han causado á nuestra infortunada patria.
Méx.ico, Agosto 7 de 1865.-En todo el mes de Julio último han sido abDeberá ademas hacerles presente, que continuando la mayor parte
de sus terrenos sin cultivo, ninguna utilidad sacarán de ellos, mientras sueltos por este tribunal diez individuos, y declarados vagos José María Peque si los enajenan bajo condiciones equitativas, tendrán una renta no rez, Plácido Rocha y Doroteo García, cuyos tres individuos han sido consigdespreciable con los réditos que han de percibir, entretanto que se les nados al señor Prefecto político, los dos primeros en la cárcel de ciudad para
los efectos del artículo 8? de la ley.relativa de 1? de Marzo pr6ximo pasado,
satisface el capital. Podrá ser que en tiempos normales los terrenos y el último en el Tecpan de Santiago destinado.á aprender el oficio de zapatengan mas alto precio; pero esto solo se conseguirá cuando aumente tero que eligió, en cumplimiento de los artículos 2? y 25 de la mencionada
en gran número la poblacion, que es precisamente de lo que hoy se ley.
.
trata.
Lo que se hace saber al público para su conocimiento,-El Secretario, Lic.
Si, como espero, los propietarios, persuadidos de la necesidad de J. T. Dávalos.
remediar estos males, dedican algunos terrenos á la colonizacion, será
oonv~niente que ~. S. les asegure que al s?licitar el gobierno los que
CORRESPONDENCIA PARA.~ EXTERIOR.
necesita, no pretende en manera alguna pnvarles de los derechos le·
La
Administracion
de correos ha publicado el siguiente aviso:
gítimos que tuvieren, y los deja en absoluta libertad para que imponEl
dia
11
del
presente,
á las once de la mañana, despacha esta Adminisgan las condiciones que gusten, las cuales cuidará de que se cumplan
tracion
general
por
extraordinario
hasta Veracruz, la correspondencia que
por los colonos, pues al efecto se constituye agente entre estos y los
deben
conducirá
Europa
y los Estados-Unidos los vapores-correos "Paquedueños de los terrenos, quienes conservarán el dominio que les cor· te Frances y Veracruz," tocando éste en la Habana. Lo que se participa al
responde mientras no se les satisfaga el valor, recibiendo entretanto público para su inteligencia y efectos correspondientes.
los réditos y demas provechos que estipulen, de los cuales ninguna
México, Agosto 7 de 1865.-.Luis de la Peza.
parte quiere para sí el gobierno, que solo pretende saber la cantidad
de tierras con que puede contar, á fin de hacer efecliva la colonirolfrA DE COLONIZACI01'.
zaoion.
Acta
número
21
del
dia
12 de Julio de 1865.
Para inteligencia de los propietarios, será conveniente que sepan ·
A la una de la tarde, reunidos los Sres. Presidente Fonseca, Vicepresidenque este Ministerio ha puesto á los terrenos nacionales de que puede
disponer, el precio de 50 á 150 centavos por acre, segun su clase, y te Collado, Pimentel, Perry y Secretario Rascon,
Se leyó la acta de la sesion anterior, que íué aprobada, y se dió cuenta
que el número de acres que contiene cada sitio de ganado mayor, es
el de 4,338; que esto no obstante, pueden designar otros precio11, pues en seguida con una comunicacion del Sr. D. Juan N. Flores, proponiendo vacomo se ha dicho, se les deja en absoluta libertad para disponer lo rias personas para la Junta auxiliar de Darango, y otra de D. J. T. Allsopp,
admitiendo el nombramiento de miembro de la de Tepic y recomendando á vaque mas les convenga. •
personas para la misma Junta.-Pasen las comunicaciones á sus ante•
Con el objeto de que esta invitacion surta los efectos que se desean, rias
~~~L
•
me parece necesario que cada Prefectura 6 Subprefectura, se dirija á
Se leyó la nota del Sr. Woolrich, deMazatlan, én que avisa que el Sr. D.
los propietarios que tengan fincas rústicas en su demarcacion, á.fin de J. Kelly, está radicado ahora en Inglaterra, y propone á varios individuos
que manifiesten en respuesta si están conformes en obsequiarla, en cu- para la Junta de aquel Puerto.-A s11 expediente.
yo caso expresarán las condiciones de ventas, y la situacion, extension y
A mocion del Sr. Presidente se aprobaron las personas propuestas para
clase de los terrenos, cuyas contestaciones me remitirá V. S. á la ma- las Juntas de Durango, Tepic y Mazatlan, mandándose expedir los respectiyor brevedad, con el fin de que esta secretaría informe continuamen- vos nombramientos á dichas ¡personas, y al setiOr proponente de las de este
te al Emperador, como lo tiene mandado, el número de los terrenos últim~¡ incluyendo copias del decreto de creacion, reglamento relativo yacta de mstalacion de esta Junta. Los sef!.ores nombrados son los siguientes:
de que puede disponerse.
'
Del recibo de esta circular espero me dé V. S. el aviso oportuno.
PARA DURANGO,

l~---

Por ausencia del Exmo. Sr. Miniatro,
El Subsecretario de Fomento,

Manuel Orozco.

Sr. Prefecto político del Departamento de .•• ·•

Propietario, Sres. D. German Rosin, espaf!.ol
Id.
· ,, Gustavo Staknelk, aleman.
Suplente, Sres. D. Tomas Cha.vez, mexicano.
Id.
11 Angel Juambelz, espaticl.
Id.
11 José Ignacio Laurenzana, mexicano.
PARA llAZATLAN,

PARTE NO OFICIAL.
. S. M. la Emperatriz, deseando hacer un regalo á la ciudad de Mé11co, acaba de participar al Prefecto Municipal su resoluci{)n de tomar
á su cargo los trabajos de embellecimiento y adorno de la Alameda,
cuyo~ g~stos serán pagados de su caja privada; y S. M. se encargará
pc,r s1 misma de la direccion de dichos trabajos.

Propietario, Sres. D. C. Woolricb.
Id.
,, Andres Basavilbaso.
Suplente, Sres. D. Juan Betanconrt.
Id.
,, Rafael Esquerro.
PARA TEPIO,

Propietario, Sres.
Id.
Id.
Id.

D. Juan Sanroman, mexic11no.
,, Juan Alvarez Tostado, id.
,, Juan Antonio Aguirre, espailol,
,, Ramon Menchaca, id.

�En ahorro de tiempo, y dirigiéndose la Comision á una Junta compuesta
de personas de tan alta capacidad, cree deber omitir una larga exposicion
sobre la materia, que está por otra parte suplida con la del Sr. Perry, de la
cual la Comision no ha tenido que hacer mas que derivar las proposiciones
que pasa á formular, las cuales pueden consultarse al Ministerio de Fomento, si merecieren la aprobacion de la Junta, remitiéndosele con la exposicion
misma.
l 1" Para la division del territorio del Imperio con el objeto de destinar
á la colonizacion las tierras públicas vacantes, y las que cedieren con el
mismo destino los propietarios particulares, la comision de ingenieros qne
nombrará la "Direccion general de tierras públicas" en cada Departamento
segun fuere siendo practicable, ó bien en las comarcas cuya colonizacion se
considere preferente, elegirá un pnnio marcado en la superficie del terreno
propuesto, que sea lo mas céntrico posible, trazando la meridiana de ese pan•
to,.y por el mismo otra línea que le sea perpendicular. Estas dos líneas serán el eje del sistema que se consulta.
Sobre ambos ejes se ejecutarán divisiones iguales de veinticuatro millas
cada una. Estas se subdividirán en otras de seis millas. Estas segundas en
otras de una milla, y estas en~fracciones de una mitad y un cuarto de milla;
Acta núm. 22 del día 15 de Julio de 1865.
y tirándose en seguida por todos los pontos de division líneas paralelas á
A la una de la tarde, reunidos los Sres. Presidente Fonseca, Vicepresi- ambos ejes, resultará dividida la superficie en cuadrículas distintas, que se
dente Collado, Piña y Cuevas, Pimentel, Sauvage, Perry, Davidson y Secre- marcarán en ellterreno con mojones, de construccion diversa para cada cnatario Rascon, s.e dió lectura. á la acta de la sesion anterior, que fué aprobada. drícnla, numerándose ademas los mojones, á fin de que desde cada ano se
Se dió cuenta con el dictámen de los Sres. Davidson y Ludert sobre los sepa la distancia que guarda respecto del centro general.
2 :' La comision de ingenieros acompañará á los planos que levante bajo
expedientes presentados por el Sr. Baron de Roggembach, números 145 y
este sistema, una descripcion circunstanciada de los terrenos en sus diversas
153, al Ministerio de Fomento: el dictámen dice:
"Dictámen presentado por los que suscriben sobre dos expedientes presen- divisiones y subdivisiones, no solo con referencia á la agricultura, sino tamtados por el Sr. Baron de Roggembach, números 145 y 153 del Ministerio bien á la minería, con cuyo objeto se estenderá por la "Direccion de tierras
de Fomento."
y aguas," el·formulario á que se arreglarán las descripciones.
3 ~ La Direccion nombrará oportunamente delegados en las capitales de
En el primer expediente el Sr. Roggembach expone las razones que tiene
para creerse capaz de organizar la inmigracion europea, y pide al Gobierno Departamentos y en los puertos, encargados de manifestar á los inmigrantes
el nombramiento de Agente general de Colonizacion.
los planos é instrucciones¡ de ajustar con ellos la venta de los terrenos que
En el segundo expediente, el mismo señor incluye un presupuesto de los designen, bajo las bases de precios y plazos que acordare el gobierno, y de
gastos que ocasionará la venida de colonos. Establece el pasaje de mar y la ponerlos en posesion.
4 ?3 Los propietarios particulares satisfarán los costos del amojonamiento
subsistencia á bordo á $ 35, y el viaje al interior á $15 por persona. El Sr.
Roggembach incluye tambien un plano por medio del cuu.l demuestra la ven- y del plano de sus fincas, que solo contendrá su respectiva cuadrícula y la
taja de reservar lotes de tierras al hacer las ventas á los colonos, y estimo. delineacion de su perímetro, teniendo derecho á pedir copia del último y
que alternando los lotes que se vendiesen desde luego y los-qne se reservasen de las instrucciones en la parte que les concierne, y estando obligados á cuipara especular, el Gobierno sacaria mny buen partido de su proyecto.
dar de la conservacion y reparacion de los mojones construidos dentro de
El plan de repartimiento de los terrenos merece notarse y su base puede sus terrenos.
servir para que en lo futuro el Gobierno se reembolse de sus gastos¡ p'ero en
Dichos costos se arreglarán á una tarifa módica, de manera que el pago
el expediente faltan los do.tos mas interesantes para demostrar la organiza- de ellos por los propietarios no sea mas que un auxilio para los gastos genecion que tendrá la inmigracion á México.
·
rales de la operacion.
¿Cuáles son los terrenos qne se destinarían á la colonizacion •••• ? y ¿qué
5 ?3 En el valor que se fije á los terrenos destinados á la colonizacion, se
probabilidades hay de que la colonia pn~da prosperar •• •. ?
comprenderá el costo de su mensura y amojonamiento. Los colonos pagarán
Oreemos que estos pontos deben ser resueltos antes de pensar en nombrar separadamente el de la copia de los planos de sns respectivas posesiones,
agentes en el extranjero, visto que de otra manera, ellos no tendrán trabajo que se les entregará con la parte concerniente de la instruccion descriptiva
que emprender. No podria invitarse á los inmigrantes á verificar su embar- de los terrenos mismos.
que, sin saber en qué serian empleados á su llegada¡ ni seria justo para los
6 ~ Es tambien obligacion de los colonos cuidar de la conservacion y re•
colonos, ni de provecho alguno para el país que comenzasen á llegar colonos paracion de los mojones que demarquen su propiedad.
á México, sin tener de antemano bien preparado el terreno para so recepcion.
t ¡,) La Direccion se constituirá agente de los particulares propietarios
Por consiguiente, proponemos á la Junta la resolucion siguiente, para que, que quieran vender terrenos al precio y bajo las condiciones seflaladas para
si fuere a.proba.di, se ponga en conocimiento del Ministerio, al devolverle los la venta de los terrenos públicos. Esta agencia será gratuita, satisfaciéndo•
expedientes del Sr. Baron de Roggembach, á qne hacemos referencia:
se solamente los gastos que se eroguen en los instrumentos que hayan de otor"La Junta no considera necesario ni útil el nombramiento de agentes de garse y en las operaciones materiales de reconocimiento del terreno y de po•
colonizacion en el extranjero, mientras el Gobierno Imp·erial no haya resnel- sesion.
'\o las bases generales que deban adoptarse en la materia, y lo que es aun
8. ¡,) Son libres de alcabalas las ventas que se hicieren á los colonos, así
mas interesante, hasta .tanto que haya encontrado terrenos libres y á prop6- de terrenos públicos como de los particulares que se sujeten á las prescrip•
sito par:i el establecimiento de algunas _colonias.
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ciones del artículo anterior.
"México, Julio 13 de 1865.-Federico A. Lu,dert.-N. Davidson!'
9. ¡,) Si los propietarios prefirieren al pago de las contribuciones que graven sus tierras no cultivadas, el hacer dejacion de ellas para la colonizacion,
Se mandó quedase como de primera lectura.
En seguida se dió cuenta con el dictámen de los mismos Sres. Ludert y la Direccion se encargará de venderlas en la forma predicha y en favor del
Davidson, que es la respuesta que en concepto de dichos señores debe recaer mismo propietario, reservándose á éste el derecho de recobrarlas antes de su
á la peticion de D. Alejandro Oros, de San Francisco pidiendo se le nombre enajenacion, pagando las contribuciones.
1O. Cuando no se lograre la venta de terrenos públicos por el medio indio.gente de Colonizacion: dice así:
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en el artículo 3. 0 , la "Direccion de tierras y aguas" dispondrá se sa"La Jun~a, al devolver al Exmo. Sr. Mrnistro de Fomento, la peticion del
~r. D. AleJandro 9ros, fechada en San Francisco (California), el 28 de Di- quen á pública subasta para que se rematen en el mejor postor¡ y si no se
ciembre de 1864, tiene el honor de manifestará S. E. que no emite dictámen consiguiere la venta on la primera serie de almonedas, se hará á los precios
la rebaja del 12½,por ciento para procurarla en nuevas almonedas, repitiénal~?no sobre el c?ntenido ·d~ ella, por no considerarlo de su competencia.
dose
éstas hasta por tercera vez con la rebaja del veinticinco por ciento.
El Sr. Oros pide al Gobierno de S. M. I. el nombramiento de Agente de
Colonizacion en California, y como éste sea un asunto personal que no puede En el evento de que no se verifique ni aun entonces la venta, se dará cuenta
resol!er esta Junta, ella se limita á llamar la atencion de V. E. sobre la re- al Gobierno con el expediente respectivo, é informe de las causas que puesoluc1on anterior, de esta fecha, constando por ella que, eu opinion de la J un- dan impedir la enajenacion, á fin de que se dicten las medidas conducentes á
ta, aun no ha llegado la oportunidad de qus se nombren ·Agentes de Coloni- removerlas.
México, Julio 15 de 18~5.-Mamul Piña y Cuevas.-Bar01i de Sauvage
zacion en el extranjero.
-E. Sclw,ltz."
México, Julio 13 de 1865.-N. Davidson.-Federico A. Ludert!'

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El Sr. Presidente dispuso que la Secretaría dirija escitativa á las diversas
comisiones de esta Junto. que1 tienen expedientes para dictaminar sobre ellos,
á fin de que los expediten y despachen po.ra la sesion del sábado próximo.
Se leyeron los anuncios publicados en la Era Nueva, sobre venta de ter
renos paro. colonizacion, el uno, y sobre escitar á los propietarios que quieran
destinar tierras al mismo objeto á que se presenten al agente del ramo en
Córdoba, el otro.-Se dispuso que se dé conocimiento de ambos á las comisiones de los Sres. Piña y Cuevas, Sauvage y Schultz.
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A mocion del Sr. Presidente se acordó dirigir comunicacion al Ministerio
de Fomento, para que se sirvo. informará esta Junta del resultado de la uo
ta que con fecha 19 del próximo pasado Mayo se le dirigió, rele tiva á pedir
al Estado Mayor francas los planos y datos estadísticos que haya formado
del Imperio, para copiarlos.
Se levantó la sesion á las dos y media de la tarde: no asistieron, por ocupacion el Sr. Masseras, por ausencia el Sr. Piña y Cuevas, y sin aviso los
Sres. Schultz, Bnrnonf, Davidson, Ludert y Sanvage.-J. Urb011w Fon.seca.
-J. Rascon.

Quedó como de primera lectura.
En s1Jgu~da se leyó el dictámen de las comisiones unidas, compuestas de
l~s _S:es. P1fla y Cuevas, Sauvage y Schultz, sobre los medios prácticos de
dmd1r, ,vender, et_c.; los, terrenos baldíos, para la inmigracion, cuyo proyecto
pr~~ento en _l~ ses1on num. 20 de esta Junta, el Sr. Perry. Dice así:
, La Co!111S1.on e~cargada de proponer las medidas generales conducentes
a la col~mzac1on! ~ cual ~asó el proyecto del Sr. Perry sobre los medios
de practicar la_ dms10n de tie~ras destinadas á ella, considera que: en seguida de la adopmon ~?l ~ne esta ya r?mit~do al gobierno de S. M. el Emperad_or para el establec1miento _de 1~ D1recc1on general y Juzgados especiales de
tierras y ag~as, deben ser d1s?utidos por la Junta los pensamientos indicados p@r el_ citado ,sellor, r.elat1vos al mo~o de practicar la division de los terrenos destmado~ a aquel importante ObJeto de nuestros trabo.jos¡ pensamientos que ,se apoyan en la dobl~ base de la sencillez y de la experiencia, puesto
~ne ~atan tomados de las practicas de los Estados-Unidos del Norte tan
mteh~entes Yversados en la materia de colonizacion, de la que han s~cado
ventaJas estupendas.

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Quedó de primera lectura.
El señor presidente excitó á las comisiones para que llenen los vacíos que
deja el plan propuesto para coloniziicion, como el de por dónde deba ella comenzarse, etc. El Sr. Piña y Cuevas contestó que estaban en ello las comi·
siones, y que solo presentaban este dictámen como lln primer paso de todos
los que hay que dar en ramo tan vasto.
.
El Sr. Perry propuso se pida al Ministerio de Fomento mande imprimir
por alcance al Diario del ImpArio, el Dictámen aprobado por esta Junta para el descubrimiento, apeo y declinde de los terrenos baldíos1 así como el proyecto presentado hoy por las comisiones de los Sres. Pifia, Sauvage y Schultz,
en que dictaminan sobre la "manera práctica de medicion y reparticion etc.,
de terrenos," presentada por el señor proponente.-Se aprobó la proposicion
mandándose dirigir la comanicacion, y acompallar copia de los documentos
de que se hace referencia.
Se levantó la sesion á las dos y media de la tarde: no asistieron por-ocupacion el Sr. Masseras, y sin aviso los Sres. Schultz, Burnonf y Ludert..J. U. Fonsua.-J. Rascon.

137

DIARIO DEL IMPERIO.

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D. Juan Roger Dubos, por sí y sus socios, ha hecho formal denuncio de
un criadero de fierro situado en el rancho del Magistral, en el cerro del mis·
mo nombre que linda con la hacienda de Coyotillar, de su propiedad y cor·
responde á la municipalidad de San Lorenzo, á tres leguas mas ó menos de
dicho pueblo, á dos y media de la Joya, y á quince leguas de la capital de
Chihuahua.
Y habiéndose admitido con fecha 9 del actual el denuncio, en cuanto h¡i.
lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se
avisa al público para su conocimiento.-El Subsecretario de Fomento, .Manuel Orozco.

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México, Julio lO de 1865.

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AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION _DE BIENES NACIONALIZADOS.
1

AVISO.
Relacion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de la presencia de los interesados en esta oficina.
Seccion H-483, 1, l52, 2,539, 2,564 y 2,831.
Seccioa 2~-493, 636,789, 915, 934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, 1,727, 1,592, 2,513,
2,635, 2,636, 2,675 y 3,297.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios si esta comparecencia
no se verifica.
.
México, Agosto 7 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
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Juan Suarez y Navarro.

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El Administrador principal,
MINISTERIO DE HACIENDA.
l. de la Barrera.
SECCION 4~
, Siendo domingo el dia señal~do para celebrar la almoneda de que habla la convocatoria
a los tenedore~ de bonos conomdos por" Bonos Jecker," se advierte que por tal motivo LISTA tle los bidtos que sin documento existen en los almacenes de esta Aduana, hoy
dia de la fecha.
tenm:á !lfecto la propia almoneda el dia 19 del corriente, en el lugar y hora anunciados.
Fechas de entrada.
Bultos,
Meneo, Agosto 7 de 1865.j
Marzo 4 de ltl65. Un bulto, marca RC •• _ •••.•••••••• • •••••• • •• _.. • • • • • • • ¡
El Gefe de la Seccion,
G.KXC.
J. M. Calvo.
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Dos caj_aBYino.... _.•. __ • _......•..••..••.•.... __ .. . • • • • • • 2
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1
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS. 1
Abril 12 de ~d. Tres cajas puros, conducidas por Rafael Hernand;z.. :::: ·:::: 3
AVISO.
Id. 15 de (d, Una caja, marca L. T •.•• _...... ......... _••••••• _......... 1
Deb!éndo~e sacar á_ remate, con arreg!o al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la Mayo 9 de !d. Una barrica pasas... . _.. -• • . . . . . . .. . • • . .. • . • . . . • . • . . •.. .. • 1
Id. 26 de 1d. Una caja conducida por Dionisio Nava......••••.. _._........ 1
casa num. 2? ~e la n~co~ada del calleJon de San Antonio, valuada en la cantidad de
($ l,l29) mil ci~nto vemtinueve pesos, se pone en conocimiento del público ara ue las J unio 12 de id. Una caja conducida por Souvervielle, y rotulada á D. Ramon
César................................. . ........ ....... t
pe~onas que q111eraR hacer _postura, ocurran á 1~ Adm!nistracion de bienes ;/cionaizados
Id. 16 de id. Una barrica, marca M. G. c., conducida por Bauche..... •.. ••• 1
el dia 24 del prese_nte mes, a las n!leve de la mana.na, a cuya hora comenz!lrá el remate
Id. 26 de id. Una cajita rotulada á Labadie. _..•......•.•.••.••. _. _•• _... I
con la concurrencia que haya; teméndose presentes para el efecto las pre e ·
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articulos 25 y Z'/ de la citada ley.
v nmones e os
Id. 28 de id. Dos bu!los equipaje, conducidos por Gregorio López.... •• .... 2
México, AgoAto 3 de 1865.
Id. id. de id Una caJa, marcurv..... .. .. .. •. .. .. .... •• •. .. .. . . .• •. •. •• 1
El Administrador de bienes nacionalizados
16
20s-3
Juan Suarez y Navarro.
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México, Junio 30 de 1865.-El Guarda-almacen, Joaquin Garbajal• 6a-S
UCAUDACION PRINCIPAL DE CONTRIBITCIONF.11 DIRECTAS DEL VALLE DE 11'.EXICO,
J'UZGADO DE LETRAS DE TOLUCA,
AVISO IMPORTANTE.
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la
causa
que
se
instruye
contra Anastasio Reyes por hurto de un burro cargado de
~a los almacenes de esta recaudacion principal existen J53 volúmenes de ob
lite
efectos, la que está paralizada por la falta de comparecencia de D. Joaquín Cabaranas, ~ mueble~ de varias ·clases y 10 piezas de ropa, procedentes de emba;ª:s h • vanos
reda, Y. no saberse si doba seguirse en juicio verbal, pues para ello es necesario que conste
chos en anos antenores á causantes de contribuciones directas por falta de pa O
11 e• e! precio de los efectos robados, el Sr. Juez ha proveido un auto, que en lo conducente
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1~ l~y; ~as ignorándose las personas á quiene; pertenecen, se ioneee: e~~ dice: "Toluca, Julio 22 de 1865.-Y no Pabiéndose á punto fijo el valor de lo que le fué
enc~e~ e Ei:alico, a fin de que los respectivos dueñes se sirvan ocurrirá esta oficina hurtado á ~- ~oaquin Cabai:eda, ni de modo alg1mo la residencia de este señor, cítesele
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bargadº que a del prese~te mes de Ago~to á l~uidar los adeudos por que fueron em- po~ dos periódicos de la capital del Imperio, a efecto de que por si ó por apoderado ins•
de que º:~~sedta¡do los recibos de los termos ó p azos que hubieren satisfecho á efecto tru1do, comJ,&gt;arezca en este Juzgado en el perentorio término de quince dias improrog_a,
cia de que st8n
res~n, pu~dan llevarse s~s respectivos objetos; en la inteligen- bles, á ma_mfestar el valor del burro y efectos que dice le fueron robae.os por Anast.asio
los rimer¿ dienci Oe térmmo rndicado no ocurrieren con ese objeto, 86 procederf en ~eyes el di11 13 de Febrero último en el camino de.esta ciudad á Jajalpa, y para que diga
mej?r 1&gt;0sto!. as del entrante mes de Setiembre á rematarlos en almoneda pública al s1 se mues~ra parte en la causa respectiva: Lo mandó el Sr. Juez, y firmó. Doy fe.-Jo.
sé G. Aguirre.-José D. Valdés, Secretario."
Ménco, Agosto 3 de 1865.-E. Villa/va.
311-2
6a-2
José G. Agu1rre.

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En los autos seguidos en este Juzgado por D. Agustin Ramirez, sobre pago de-ia obra
y decoracion que hizo en el temJ,&gt;IO de la Santísima, contra la estinguida corporacion de
San Pedro, é ignorándose la hab1tacion de dicho señor, le hago saber por medio del presente lo proveido por el Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, en esta fecha. "M6xico, Mayo 10 de 1865.-Autos con citacion. Lo decretó y firmó el Sr. Juez. Doy fe.
Perea.-Mateo Portugal, Secretario."
El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.
6il-2

El Sr. Juez 5? de lo civil, encargado de los negocios de Hacienda, ha mandado por au
to de 15 del pasado Julio, se cite á los herederos de D. Andres Suarez Peredo para que
el dia siete del corriente, á las doce, se presenten á contestar el juicio que les' promueve
el señor abogado representante de la Hacienda pública, sobre el pago de la alcabala cau
sada en la venta de los ranchos de Metepec.
CODA.RIA CENTRAL DE POLICIA,
Lo que les hago saber por medio del present~, para que comparezcan el dia señalado
AVISO.
haciéndolo personalmente ó por medio de apoderado,
,
México, Agosto 5 de 1865.
México, Agosto 3 de 1865,_.:.El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.
3s-2
En el corral de San Lúcas se halla depositado un caballo que se encontró vagando en
unas de las calle¡¡ de la capital. Lo que se pone en conocimiento del público, para que la
persona que se crea con derecho á reclamarlo, se presente en esta oficina á recabar la órEn los aut?s form~d~s sob1:'e el concJrsO de D. Antonio Prieto, ha pedido el señor agen
den para su devolucion.
te de la Hacienda publica, Lic. D. Teofilo Fonseca, se cite por los periódicos al represen
El Secretario general, L. Bertliier.
4a-2
tante de la testamentaría ó intestado de dicho Sr. Prieto, así como al representante de la
rest.amen~ria_de D!- ~aria Iguacia Cacho, por ignorarse quiénes sean, para hacerlas saJmiISTERIO DE HACIENDA.
ber la radicac1on de dichos autos en este Juzgado, al cargo del Sr. Lic. D. Jorge Perea,
SECCION 4\'
y se le entreguen para promover lo conveniente.
Y habiendo mandado di~ho Sr. Juez de conformi~~. por auto de 21 del pasado Junio,
CONVOCATORIA A LOS TENEDORES DE BONOS CO_NOCIDOS POR "BONOS JECKER."
se los hago saber por medio del presente, en cumplimiento del auto citado.
Debiendo abrirse una almoneda para la amortizacion de bonos de dicha denominacion
México, Agosto 4 de 1865 -El Secretario del Juzgado 5?, Mateo Portugal. 15a-2
con la cantidad de trescientos tremta y tres mil trescientos treinta y tres pesos treinta ytre;
centavos($ 333,333 33 es), conforme al arreglo celebrado en diez de Abril último se conADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS
voca á los tenedores de ellos para el 20 del entrante Agosto, en la Seccion 4~ de ~ste Mi,
nisterio, á las doce del dia; en la inteligencia de que el remate al mejor postor se hará
AVISO INTERESANTE,
admitiend~ los bonos por su valor nominal, á lo mas, deducido el 60 por 100 d~l capital,
En
los
almacenes
de
esta
Aduana
existen sin documento, los bultos que espresa la lista
segun el citado arreglo.
que se pone ~ cont\nuacion, y á cuyos dueños se cita por l!ledio del presente, para que
Y p9:ra que !ª presente tenga la mayor publicidad posible, se espide desde hoy.
d~ntro de tre1~ta d1as, contados des~e esta fecha, ocurr~n a sacarlos, acreditando su proMeneo, Julio 31 de 1865.
piedad; entendidos de que de no verificarlo, se procedera á lo que hubiere lugar
El Gefe de la Seccion,
Administracion principal de rentas de México, Julio 8 de 1865.
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J. M. Calvo .

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J'UZGADO 5'? DE LO CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA,
En los autos que se siguen en este Juzgado sobre 111 denuncia q,ue hace D. José'María
Loranca, de la casa niím. 1 de la calle del Puente de Santo Tomas, como mostrenca, el
Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado por auto de 2'2 del próximo pasado Julio, se convoque á las personas que se crean con derecho á dicha casa, para que se
presenten á deducirlo ante este Juzgado en el término de catorce meses, contados desde
esta fecha.
Lo que se les hace saber por medio del presente, en cumplimiento de lo mandado por
dicho auto.
México, Agosto 1. de 1865.-El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.
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ocho dias, contados e.esde esta fecha, acredite ser apoderado de D!- Juana Nava, que se
dice ser heredera; apercibido de que se tendrán por renunciados sus derechos s1 no lo
verifica.
Lo que le hago saber por medio del presente.
México, Agosto 4 de 1865.-El Secretario del Juzgado, Mateo Portugal.
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TRIBUNAL DE COMERCIO DE lllEXICO,
México, Agosto 3 de 1865.
Este Tl'ibunal, en auto de dos del corriente, ha diapuesto se haga saber por medio de
periódico oficial á los comerciantes que no se han matriculado, ni pedido se les declare
esceptuados, que si dentro de quince dias, contados desde que se haga la frimera publica
cion de este aviso, no ocurrieren á matricularse ó á pedir su escepcion, e Tribunal usará
de la facultad que le concede el art. 23 del Código de Comercio, mttltándolos en una can
tidad de f&gt; á 200 pesos, y mandando cerrar los rospectivos establecimientos. Tambien
acordó se les llame la atencion hácia lo dispuesto en los artículos del 28 al 39, sobre el re
gistro público del comercio, y las penas en que incurren por no cumplir los deberes que
sobre esta matel'ia se les imponen en los artículos citados. Por fin, mandó que se inserte
á la letra el art. 21, que á continuacion se copia.
"Art. 21. Los que se dediquen al comercio sin matricularse previamente, ú obtener
escepcion, incurrirán por el mero hecho en una multa de cinco á doscientos pesos; los
contratos mercantiles que celebren no producirán accion civil, pero si óbligacion civil per
fecta; y en caso de quiebra, será ésta declarada y reputada fraudulenta."
Lo que se pone en conocimiento.de los interesados en cumplimiento de lo mandado.
J. M. Cardeña, Oficial 2° encargado de la Secretaria. 3a-2

D. José María Bello y García ha hecho formal denuncio de un criadero
de carbon de piedra y petróleo situado en el rancho de Calpula, de la propiedad de D. Rafael Castañeda, en terrenos pertenecientes á la municipalidad de;Teziutlan y á siete leguas al N. E. de aquella poblacion.
Y habiéndose admitido con fecha 12 del actual el denuncio, en cuanto ha
lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se
avisa al público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á oponerse, lo deduzca ante la Prefectura de Tlaxcala, á quien se le comunicó.- En los autos seguidos en este Juz~ado sobre la denuncia que hace D. Genaro Beltran
del intestado de D~ Guadalupe Ram1rez, el Sr. Juez 5'? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea,
El Subsecretario de Fomento, .Manuel Orozco.
ha mandado se cite por medio del presente al Lic. D. Manuel Pastor, para que dentro de

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México, Julio 14 de 1865.

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°.3 41ª

�DIARIO DEL IMPERIO.

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AVISOS JUDICIALES.
.
11JZGADO DE LO CIVIL DE ZACATECA&amp;.
En un escrito presentado P.ºr los Sres. ;Licenciados D. Diego quzman y Vazquez y D.
Francisco Gonzale:i Hermosillo, en que piden se convoque a loe interesados en la testamentaria de D. Marcelo J. de Anza, el Sr. Juez de lo civil de esta capital ha proveido el
auto que sigue:
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.
.
.
" Zacatecas, veintinueve de J ul!o de mil ocho~ientos se~enta r Cinco.-Por pr~sentados
cou la escritura y demas recad~s. que ~~ ncoi:npanan, ~on mserc10~ de este escrito, esp[dase la convocatoria que se solicita, fiJandose el término perentorio de dos meses, contados desde la publicacion en el Diario del Imperio; y apareciendo no haberse practicado todavía el inventario de los bienes pertenecientes á las testamentarías de D. Marcelo José y
D. Joaquin Anza, por el interes que en ellas pueda tener la Hacienda pública, córrase
traslado al Promotor fiscal de Hacienda. Notifiquese á los abogados German y Gonzalez
Hermosillo. El Juzgado de lo civil lo decretó y firmó: doy fe.-Lic. Francisco Escobtdo.
-Gre¡orio Fernandez."
El escrito á que se refiere el anterior auto, es como sigue:
"Señor Juez de lo civil.-Los Licenciados Diego Guzman y Vazquez, soltero, vecino
de México y residente en esta ciudad, y Francisco G. Hermosillo, casado, vecino de esta
misma ciudad; el primero con la representacion de los interesados en la testamentaría de
D. Ramon de Goya, y el segundo, representante de·los herederos del Dr. D. Manuel de la
Borda, segun todo consta de los poderes insertos en la escritura adjunta¡ ante la justificacion del Juzgado, como mejor proceda y con las convenientes pro.testas, decimos: que, como aparece de los doc,umentos respectivos que en copia acompañamos, la testamentaria
de D. Marcelo J. de Anza adeuda á nuestros poderdantes la enorme suma de 640,000 pesos, más los réditos de muchos años. Supuesta la insolvencia en que se halla la testamentaria, cuyo haber no alcanza á cubrir ni una sesta parte del crédito, y en virtud de no haber formado inventarios el albacea y herederos, tenemos ospeditas contra ellos las acciones de nuestros poderdantes por la responsabilidad solidaria que les resulta de haber
omitido aquella formalidad-Cediendo, sin embargo, á las súplicas del albacea y herederos, y con la persuasion en que estamos de que ejercitando aquellas acciones reduciríamos
á la miseria á varias familias, sin lograr cubrir por completo el adeudo que existe á favor
de nuestros representaaos, hemoR convenido, segun consta de la escritura que en 20 fojas
acompañamo.s, en desistir de las propias acciones, conformándonos con recibir el producto de la venta de los bienes que hoy existen como de la testamentaría, y son la hacienda
nombrada Bernarda, y la casa situada en la calle de Tacuba de esta ciudad.-Como este
desistimiento lo hacemos con la calidad de que todos ll's herederos consientan en el convenio referido, nos reservamos ejercitar nuestras acciones solidarias contra loa que hicieren oposicion.-Hasta hoy aparecen conformes todos log herederos que existen, segun
puede verse por sus firmas que obran al calce de la relacionadá escritura¡ mas para dar
mayor firmoza á este convenio, y que en ningun tiempo se pueda 11legar nada en contrario,
hemos estipulado en la cláusula 6~ que se convoque por los periódicos á los que se crean
interesados, á fin de que manifiesten s11 conformidad; en el concepto de que no presentándose, se les tendrá por confonnes; y haciendo oposicion, deduciremos contra ellos y sus
bienes las acciones ya referidas.-AI Juzgado suplicamos, que para ese efecto, se sirva
espedir la convocatoria, con insercion de este escrito, fijando en ella un término prudente
y perentorio. Es justicia que pedimos con eljuramento necesario.-Zacatecas, Julio veintinueve de mil ochocientos sesenta y cinco.-Lic. D. Germa11 y Va%quez.-Lic. F. G.
Hermosillo."
Es copia que certifico. Zacatecns, Julio 29 de 1856. Doy fe.-Gregorio Fernandez, Escribano público, nacional y de número.
495-3a-1
TRIBUNAL DE COMERCIO DE l'dEXICO,

México, Agosto 2 de 1865.
Este Tribunal, en auto de hoy y en los do concurso á bienes de D. Ponciano Castro,
ha declarado cerrado el estaao de créditos, conforme al art. 817 del código de comercio,
mandando se cite á junta general, que tendrá lugar el mártes 8 del corriente á las dos de
la tarde, para el exámen y reconocimiento de dichos créditos, haciéndose las citaciones
con arreglo al nrt. 770 del mismo código.
. Lo que hago aaber por el presente á los señores acreedores, en cumpliiuiento de lo mandado.-José María Cardeña, oficial 2?, encargado de la Secretaría.
49J-3s-2
CONVOCATORIA.

El Sr. Juez l? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D~ Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí ó por personas suficientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, po:igo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en ~uanaj~to,. á nueve de ~unio de mil ochocientos sesenta y cinco.Miguel Herrera, Escribano publico de la Nac1on.
390--60s-44

TRIBUNAL DB COMERCIO DE l'dEXICO.

México, Julio 22 de 1865.
A solicitud de los Sres. J. Etcharren y m, pidiendo~ declare en estado de quiebra á
O. Vicente Vaca, se ha proveido el auto que á la letra dice:
"México, Julio 19 de 1865.-Resultando de las constancias que obran en este espe
diente, que el corredor D. Vicente Vaca ha suspendido sus pagos, se le declara en estado
de quiebra, cuya época deberá contarse para los efectos de que hablan los artículos 781 y
siguientes del Código d11 Comercio, salvo lo que despues aparezca, desde el treinta y uno
de Mayo último en que, en nnion de su hennano el corredor D. Trinidad Vaca, se presen
tó al Juzgado 3? de lo civil anunciando que babia suspendido sus pagos, y pidiendo espe
ras: procédase al aseguramiento de los libros, papeles y demas bienes del deudor, y á la
detencion de su correspondencia, conforme al art. 794 del Código de Comercio: se nom
bran sindioos administradores álos Sres. Etcharren y C~. y judicial al Sr. Lic. D. José Mi
guel Enrique, fijándose á los acreedores el plazo de quince dias para que presmten al sín
dico administrador nombrado los justificantes de sus créditos: anúnciese la providencia
por medio de edictos y de los periódicos: señálese al deudor comun la cantidad de veinti
cinco pesos para sus gastos de alimentos, y fórmese el espediente de calificacion de la
quiebra. Agréguese copia de la lista de acreedores presentados por D. Trinidad Vaca al
Juzgado 3? de lo oivil. Lo proveyeron y firmaron los Sres. Presidente y colegas.-Cas
tillo.-García.-Abadiano.-J. M. Cardeña, Oficial 2? ''
Lo que se hace saber á los interesados en cumplimiento de lo mandado.
J. M. Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretarla. 482-6a-4
0

AVISOS PARTICULARES.
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.

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guerrl

ni!tro

COMPAÑIA DE SEGUROS DE GLADBACH,
Capital de fondo...... • • . . . . . • • • . 3.000,000 pesos prusianos.

E,

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILEA (BASELj.
Capital de fondo . • • •• • •• • • • • . • • • •• • • • • • 10,000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañ[as
calle de San Bernardo núm. 3.
400-ISOs- 34

ILUSTRACION DEL SIGLO XIX.
AGUA ELECrRICA,
St acabaron las canas, ya no !!ale nada el cosmético.-Destruccion dt todas las enfermeda
des, como la enfermedad de las reumas, ele., etc., ele.

Establecimiento de productos químicos y Galería de retratos fotográficos,
1~ calle de Santo Domingo núm. 2, piso principal.
El que suscribe tiene el honor de anunciar al respetable público de este Imperio, varios
efectos químicos útiles para algunas enfermedades, y la siB rival AGUA ELECTRICA para
teñir las canas.
La AGUA ELECTIUCA sirve para teñir el pelo de un negro azabache que lo hennosea,
por muy desigual que sea su color, y tiene las cualidades de que no mancha el cútis como
la tintura francesa, ni se pone verde como la tintura del Norte de Batchelor,
Se garantiza la teñida de una barba ó cabellera por cinco meses, por el ínfimo precio
de cinco pesos que cuestan los tres pomitos, y por una docena 48 p~sos.
484-15a-4
JACOBO ÁLIMENTO,

- GRAN FERIA EN SAN JUAN DE LOS LAGOS.
El Ilustre Ayuntamiento de esta villa, de acuerdo con el Sr. Prefecto departamental,
tiene la satisfnccion de participar á sus conciudadanos, y muy particularmente al comercio
en general, que desde el din 1? hasta el dia 12 del mes de Diciembre próximo, se celebrará
la feria acostumbrada; á cuyo efecto se dictarán por quien corresponda, de un modo especial, todas las medidas necesarias para proteger la seguridad y órden que reclama el nu
meroso concurso de personas y mercancías que tiene lugar en la mencionada feria.
Los pedidos de almacenes y otras localidades que los comerciantes han estado hacien,do, indican desde ahora que el movimiento mercantil será, como otros años, el mayor que
se verifica en toda la nacion.
Snn Juan de los Lagos, Julio de 1865.-Subprefecto político y Comandante superior
A de Nájera.-El Presidente del Ayuntamiento, Lic. José María Romo Gallardo.-E
Secretario, Bernardino Percz.
489-40-3sm-2

CITACION JUDICIAL.

¡ATENCION!
Por el presente se cita á D! liaría de la Luz Franco, como madre de sus dos menores
hijos, que dice lo fueron tambien de D. Manuel Braceras, y á D. Vicente Fernandez, coEn la calle de las Escalerillas, junto al núm.14. se vende la prodwosa POMADA ORI.EN
mo curador de la menor D~ Margarita Braceras, para q11e en el térruino de ocho dias, TAL, que sin charlatanería, es la única para hacer nacer, crecer y 'hermosear el pelo; asecontados desde la ~ublicacion de este aviso, se presenten á probar el derecho que les asis- gurando que la persona mas escasa de PI, á las doce veces de usar esa pomada, verá su
t.e á los bienes del intestado D. Manuel Braceras.
cabeza cubierta con un cabello fino y abundante.
Y de órden del Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. .Antonio Rebollar, se publica el presente
Precio del pomo, dos pesos.
345-40-22
aviso.
,
México, Agosto 3 de 1865.-El Escribano público de la Nacion, Joaquin Guzman.
MANTEQUILLA.
488--&amp;-4
La acreditada mantequilla de la hacienda de San NicoláR Buenavista, sigue vendiéndose
AVISO JUDICIAL.
en el entresuelo de la casa núm. 5 de la calle del Seminario, adonde llega fresca los már
, En los autos seguidos por D. Angel Qllintana contra la Sra. m- Josefina Eguía de Po- tes y sábados de cada semana; advirtiendo á los consumidores de ella, para evitar fraudes
Jl.dura, so ha mandado por el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, se proceda á que solo en dicha cnsa ¡,e es pende, que ninguno está comisionado para llevarla íi las casas
la venta de una máqllina grande de trillar, valuada en seiscientos pesos¡ otra dicha de des- y que precisamente debe de tener la mantequilla el sello con el nombre de la hacienda.
granar maíz, en trescientos pesos¡ otra dicha de limpiar, en ochenta pesos¡ y cuatro car480-]5s-3
ros de dos ruedas á cincuenta pesos cada uno, cuyos objetos han sido valuados por los peTENEDURIA
DE
LIBROS.
ritos D. Victor Duclaux y D.J. Enrique Graf; aeñalándose para las a1monedas los diaR 7, 17
Una persona que ha recorrido el Interior, dedicado á la enseñanza del hermoso sistema
y 26 del entrante ·Agosto, á las doce del dia, en el Juzgado, sit-0 en el Palacio de Justicia,
de contabilidad por partida doble, cuyos conocimientos ha lo$'flldo propagar con muy buen
calle de la Moneda, siendo la última con calidad de remate.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en México, á 31 de Julio de 1865. éxito, se propone fijar su residencia en esta capital con el IDJsmo objeto. Garantiza su enseñanza, por honerarios convencionales, al alcance de las mas módicas fortunas, exhibidos
-Casimi10 Fcr11ande:, Escribano público.
485-3a-2
por una sola vez, y sen cual fuere el tiempo que el discípulo tarde en aprender.
La misma persona se ocupará de hacer balances y liquidaciones de cuentas de comer
11JZGADO DNOR DEL CUARTEL MAYOR NUM. 8.-SE!IINARIO NUM. 8.
Por el presente se hace saber á D. Juan O. Diaz, que en su rebeld( y á instancia de cío, de testament-arias y concursos, dentro y fuera de 1ft poblacion.
Las personas que gusten ocnparla, pueden ocurrir á la Administrncion de este periódi-.
D. Porfirio Macedo, se ha dado por contestada la demanda que sobre pago de cincuenta
Bajos de San Agustín núm. 8, en donde se les darán mas amplias instrucciones.
pesos le promueve, quedando recibido el juicio á prueba por diez dias, contados desde la co,México,
12 de Julio de 1865.
publicacion del presento, y á instancia del referido Macedo, se le cita para el dia diez y
seis del corriente, á la@ doce, para que reconozca su firma en un documento con calidad
de darde por reconocido á su perjuicio, si no concurre; y seJe cita para el dia diez y siete
del mismo, á las doce, para publicacion de pruebas, y alegar con calidad de darse por alegado si no concurre, quedando por éste citado á sentencia.
México, Agosto 3 de 1865.-El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
490-3a-2

DIVERSIONES PUBLICAS.
GRAN CIRCO DE CHIARINI,

VENTA JUDICIAL.

PA~
nomb(
de la~

OPERA ITALIANA,
El Sr. Juez 3~ de Jo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado, por auto de 26 del
presente, que las almonedas respectivas para la venta de la casa núm. 3 d~ la calle del
Para la noche de hoy ha dispuesto la empresa la representacion de la aplaudida ópera
Cuaru:ante de S~r!tn Catn_rina Mártir, de esta capital, se cele~ren en su Juzgado, sito e~ el del maestro Verdi, dividida en cuatro actos y denominada: Htl'llani, 6 el lto11or castellano,
Palacio de J usfic1a, los drns 5, 17 y 29 del entrante Agosto, a las once de la mañana, sien- la cual será dest'mpeñada por las Sras. Tomasi y Pagliari, y los Sres. Stefn11i, Ottaviani,
do la última con calidad de remate.
Maff'ei, Restano y Murillo.
Lo que hago saber por el presente, para que las personas que quieran hacer postura,
ocurran á la Secretaría del Juzgado á tomar las instrucciones que ministran los autos¡ adIMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
virtiendo que la finca está valuada por el perito D. Ramon Agea en 25,350 pesos.
J3.!JOS DE SAN AGUSTIN1 NUM, l.
México, Julio 2'3 de ISw.-José Rai G11zma11, Escribano público.
478-711-!l

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ira, 6

7 de Agosto de 1865.

PARTE OFICIAL.-Decreto concediendo privilegio por vtinti inco nños ni Sr. Lloyd, J&gt;Rl':I establecer f.i•
bricns de gas en la capital, Puebla, Ori1.ava y Córdoba.-Otro, ron el reglnmeoto del Consejo general de beneflcencia.-Otro, legitimando un hijo del Sr. Al'clla.-EI Sr. Azc:',rat.e, relevado del cargo de l'refecto polítlco, es nombrado Consejero de Estado hooorarlo.-Xon1bramleoto de &lt;los Capellanes honorarios de la Corte.
-Oenerale~, Gefes y Oficiales de !ns ruerz:19 de Teplc, confirmados en sus empleos como auxiliares &lt;le!
ej~rclto.
PARTE NO OFICIAL.-Donallvo de S. M. la Emperatriz a la, Conferenclas.-Notlcla de Matamoros.Juntas de exposicioo eo Oajaca, San Luis Potosí y G,tanajuato.-Pohlacioncs de Zacapoaxtla,

¡man•

inores

MEXICO: Lunes

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE ~ÍEXICO:
Siendo el alumbrado de gas una mejora tan importante para las ciu
dades, que con el mayor empeño debe procurarse llegue á tener efecto:
No pudiel\do realizarse en grande escala, sino á costa de considera•
bles gastos, fo cual hace preciso otorgar algunas concesiones al empresario:
Oidos nuestros Consejos de Ministros y de Estado,
DECRETAMOS:

Art. 1? En virtud de la cesion hecha por D. Juan Potts, se concede
privilegio exclusivo durante veinticinco años á D. Guillermo Lloyd,
acrente de la Compañía, para establecer en esta capital y en las ciuda.
d~s de Puebla, Córdoba y Orizava, quedando en libertad para hacerlo
extensivo á Jalapa, fábricas de gas en los puntos que crea convenientes, con tal de que se sitúen en los suburbios de cada poblaoion, de
acuerdo con las autoridades locales.
Art. 2? El valor máximum de cada mil piés cúbicos de gas, será el
de ocho pesos.
Art. 3? Las corporaciones é individuos que deseen hacer uso del
alumbrado de gas, tratarán con la Compañía á precios convencionales
y equitativos, tanto sobre el costo de ese fluido, cuanto sobre el de los
tubos de conduccion.
Art. 4? Todas las cuestiones que puedan suscitarse con motivo del
cumplimiento de este convenio, se resolverán por las autoridades judiciales 6 políticas del Imperio, segun su caso, conforme á las leyes y á
las reglas establecidas en esta concesion, sin que los interesados tengan en ningun evento otros ni mas derechos que los que corresponden
á los mexicanos.
Art. 5? A los seis meses, contados desde la fecha, comenzará la
Compañía los trabajos de edificar las fábricas en esta capital, las cuales deberán estar concluidas, á mas tardar, dentro de dos años.
Art. 6? Durante los primeros diez años de la concesion de este pri.
vilegio, solamente pagará la Compañía las contribuciones impuestas
sobre la propiedad territorial, segun las cuotas que hoy están establecidas; pero en todo tiempo está obligada á pagar todos los derechos
existentes por la importacion é internacion de los efectos extranjeros,
y por el consumo de los nacionales para fabricar el gas y construir sus
respectivas oficinas.
Art. 7? Por el solo hecho de no haber dado principio dentro de seis
meses á la construccion de sus fábricas, ó por el de no tenerlas ente
ramente concluidas dentro de dos años, se dará por caducado y sin va•
lor alguno este privilegio, quedando insubsistente el concedido á Potts
en decreto de 26 de Enero de 1864. ·
Art. 8? Aunque se admite y reconoce á D. Guillermo Lloyd como
cesionario de D. Juan Potts, es solo para el efecto de que se establezca el alumbrado de gas en esta capital y en las ciudades de Puebla,
Orizava y Córdoba, pero sin que se considere á Lloyd con ninguno de
los derechos que concede al mencionado Potts el decreto de 26 do Enero de 1864, y el contrato que en consecuencia fué escriturado en 13 de
Febrero del mismo año, y se tendrá por rescindido.
Art. 9~ Siempre que no se cumpla puntualmente lo que establece el
artículo 7 ~ dentro del plazo que designa, no solo se dará por caduoa•
&lt;lo y sin valor al~uno el privilegio que en el artículo 1 ? se concede á
Lloyd, sino que éste deberá pagar en el caso por via de multa, la can•
tidad de treinta mil pesos, de que previamente deberá dar fianza abo•
nada á aatisfaocion de nuestro Ministro de Fomento,
Art. 10. Si el Ayuntamiento de esta capital, y los de Puebla, Ori•
za~a y Córdoba, quisieren hacer uso _dol alumbrado de gas, el_ e_mr1:e•
sano queda desde ahora obligado, ba30 la pena de perder su pnvdeg10,
á proporcionarlo á dichas corporaciones, l&gt;ien sea por una parte, ó por

NUM. 181 .

el todo Je las ciudades, segun se le pidiest1, sujetándose precisamente

á estas tres bases:
1~ Qur el costo del gas para las espresa&lt;las corporaciones, ha de ser
iompro menor que para los particulares .
s 2~ Que ha de quedar obligado á pena pecuniaria, en el cuso de que
dejare sin alumbrado á alguna ciudad en cualquier espacio &lt;le la noche.
3~ Que las corporaciones podrán estalilecer por su cue11ta los faroles
y tubos de conduccion , si no pudieren arreglarse con el empresario so·
bre su precio.
Art. 11. Las autoridades políticas de las ciudades en que se esta•
blezcan las fábricas de gas, que:lan facultadas para reconocer cada año,
ó antes, si sobre el particular tuvieren queja de la Municipalidad, 6 de
cinco de los consumidores, la calidad del gas que la Compañía oonce•
sionaria ministra al público, bajo la base de que cada luz de gas debe
corresponderá diez de velas que comunmente ~e llaman esteáricas. El
reconocimiento se hará por dos peritos, uno nombrado por dichas au•
toridades, y otro por la Compañía; en caso de disoordia decidirá un
tercero nombrado por ambos. Siempre que por resultado de un reconocimiento se probare que la luz de gas equivale ámenos de diez de las
de vela, se impondrá una multa á la Compañía en la proporcion que
sigue:
Por menos de 10 velas hasta 8 .•••.•.••••.• _ •• $ 10
,,
.,
8,.
,, 6 ....•..••.••••••
20
.•
.,
6 ,,
,, 4................
40
,,
.,
4 ,,
,, 2 ...••.• _. __ •• __ •
60
,,

.,

2 ,,

.,

., •.•••• _• • • • • • • •

80

Dado en el Palacio de México, á 3 de Agosto de 1865.
MAXlMTLfANO.
Al ~Jinistro de Fomento.
POR EL EMPERADOR,

El Ministro de Fomento.
En su ausencia el Subsecretario,

Mam1el Orozco y Berra.

MAXIMILIANO, E:MPERADOR DE MEXICO:
Con el fin de arreglar el despacho do los negocios del Consejo general de Beneficencia, y habiendo visto su informe respectivo, DECRE·
TAMOS el siguiente:

REGLAMENTO.
CAPITULO l.

De la p;9.sidencin.

Art. 1. 0 La Emperatriz tendrá la alta presidencia del Consejo.
Art. 2. 0 La Emperatriz llevará la correspondencia con Nos.
Art. 3. 0 La Emperatriz nombrará las comisiones para la visita de
las Casas &lt;le Caridad; para recaudar los donativos; estender los dictámenes que Nos pidiéromos al Consejo, y para ouaJquier otro objeto de
los encomendados á éste.
Art. 4. 0 La Emperatriz determinará los asuntos que deben ponerse á discusion, y el I rámite de los que no exijan deliberacion ó no se
ha11en aún en estado.
Art. 5. 0 La Emperatriz autorizará los gastos de oficio que tengan
que erogarse por el Consejo, cuyo monto esceda de $ 50.
Art. 6. 0 La Emperatriz resolverá desde luego cualquiera duda, y
allanará los obstáculos que se presenten; á no ser que la duda fuere de
ley, en cuyo caso Nos dará cuenta para su resolucion.
Art. 7. 0 La Emperatriz nombrará y removerá los empleados ~e la
oficina anexa al Consejo, y Nos dará cuenta para que se les esp1dan
los correspondientes despachos por el Ministerio de Esiado.
.
Art. 8. 0 El Vicepresidente suplirá las faltas de la Emperatriz en
la presidencia del Consejo, en virtud de órden suya.
CAPITULO Il.
Del Vicepresidente.

Art. 9. 0 El Consejo tendrá un Vicepresidente, que lo será Nues•
tro Ministro de Gobernacion.
Art. 10. El Vicepresidente desempeñará la presiJenr.ia del Consejo
en los casos dr que 1rata el ari. 8. 0

�130

131

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

Art. 34:. Hasta nueva 6rden dicha oficina se organizará de la maArt. 11. Cuando el Vicepresidente desempeñe la presidencia, tendrá
nera
siguiente:
las atribuciones á que se refieren los artículos del_ 2; ~ al 6. º.
Art. 12. Las faltas &lt;le! Vicepresidente las suphra el ConseJero que
Un oficial con._.~ •••• $ 1,200 anuales.
le siga, por el 6rden de los nombramientos.
,,
Un escribiente con .•••
600
Un portero con. __ ••••
CAPITULO m.
300
,,"
250
Gastos de oficio .•••••
Del Secretario.
Art. 13. El Consejo tendrá un Secretario, que lo será el Intendente
$2,350
general de la Lista civil de Mi Casa.
.
Art. 14. Son atribuciones del secretario:
,
Art. 35. Toca al oficial cuidar de que el despacho se haga con la
I. Redactar y firmar las actas de las sesion~s, las que contendran debida puntualidad, y vigilar la policía de la oficina.
una relacion exacta y sencilla de lo que se hubiere tratado y resuelto;
Art. 36. Cuidará iaualmente
de la correccion y exactitud de toda
0
y aprobadas que sean, hacerlas copiar en el libro corresp_o~diente.
la correspondencia y documentos que se estiendan en la oficina, antes
_II. Dar cuenta á 111 Emperatriz de los asuntos que se dmJan al Con- de presentarlos á la firma.
seJo.
.
Art. 37. El oficial tendrá ademas á su cargo:
III. Lle-var en nombre del Consejo, y por órden de la Emperatriz,
I. El libro de actas.
la correspondencia, con excepc1on de la designada en el art. 2~
II. La correspondencia.
IV. Dar cuenta al Consejo de los negocios sometidos á su resoluIII. El registro general de toda clase de docu~entos oficiales q~10
cion por la Emperatriz.
,
,
. ,
sean diriaidos al Consejo, con el acuerdo que recaiga en cada negoc10.
V. Dar trámite, conforme a las ordenes de la Emperatriz, a todos
IV. R~cibir y distribuir, segun las órde~es que le com~nicará el Selos informes y nota~ que se J1rijan al Consejo.
cretario, los gastos de oficio debidamente Justificados.
.
VI. Autorizar los gastos menores del mismo Consejo, cuyo monto
V. El inventario de todos los documentos que se pasen al archivo
no exceda de $50.
de la oficina, cuidando de su colocacion y arre~lo, y no permitiendo
VII. Someter á la aprobacion de la Emperatriz la propuesta de los la extraccion de ninguna pieza sin prévia órden y el recibo en el libro
empleados para la oficina anexa al Consejo.
.
.
. de conocimientos.
VIII. Vigilar que en la repetida oficina se lleven los hbros y regisVI. La coleccion de leyes y decretos.
tros necesarios, y que sus labores estén en corriente.
Art. 38. El escribiente tendrá á su cargo:
Art. 15. Las faltas del Secretario se suplirán· por el Consejero que
l. La formacion de los espedientes, llevando un índioe exacto de
designe la Emperatriz.
ellos, por órden alfabético.
CAPITULO IV.
II. Poner en limpio la correspondencia.
De los Consejeros.
III. Cerrar y rotular la correspondencia, entregándola despues al
Art. 16. Los Consejeros serán nombrados y removidos por Nos.
portero para que tome razon de ella y sea distribuida en el mismo día.
Art. 17. Los Consejeros desempeñarán gratuitament_e su &lt;•ncargo,
Art. 39. Ademas de las labores que expresan los artículos anterioasí como las comisiones y trab¡-¡_ivs que les fueren designados por el res, los empleados de la oficina desempeñarán oualesquif!'ra otras que
Consejo.
se les señalen.
Art. 18. Todos los Consejeros propietarios asistirán puntualmente
Art. 40. Las horas ordinarias de oficina seráa de las nueve de la
á las sesiones del Consejo á que fueren citados, y desempeñarán las mañana á las cuatro de la tarde, y ademas asistirán á las extraordinacomisiones que la Emperatriz les encomiende, conforme al presente rias que sean necesarias para el buen clespc1cho.
Reglamento.
·
Art. 41. La Emperatriz hará el nombramiento de los empleados,
Art. 19. Los Consejeros propietarios no se ausentarán de esta capi- dispondrá su remocion cuando lo juzgue conveniente, y les concederá
tal y sus inmediaciones, sin dar previo aviso á la_Secretaría.
las lioencias.
Art. 20. El número de los Consejeros honorarios y corresponsales,
Art. 42. Dichas licencias se concederán sin goce de sueldo, excepto
será el que estime nec_esario la EIIl:peratriz.
. . , , en los casos de enfermedad.
Art. 21. Los ConseJeros honoranos y corresponsales, no as1st1ran a
Art. 43. Los empleados que se nombren en virtud del presente, no
las sesiones del Consejo.
tendrán derecho á cesantía, jubilacion ni montepío para sus familias en
Art. 22. Los Consejeros honorarios, debiendo ser personas que ha- caso de fallecimiento.
yan prestado con anterioridad distingui_dos servic}os á la,Benefice~c_ia,
Dado en Orizava á 11 de Mayo de 1865.
no contraen obliaaciones con el ConseJo; pero s1 le daran las notw1as
MAXIMILTANO.
relativas que pidiere, y podrán contribuir al mejor éxi~o de esta nueva
POR EL EMPERADOR,
institucion de la manera que les sugiera su celo y candad.
El Ministro de Estado,
Art. 23. Los Consejeros corresponsales mantendrán una corresponRAMIREZ.
dencia activa con el Consejo, y le darán todos los informes que les pidiere.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
CAPITULO V.
De las comisiones.
En atencion á las circunstancias excepcionales en que ha justificado
Art. 24. La Emperatriz distribuirá los negocios que tiene encomen- encontrarse D. Miguel Arcila, respecto de su hijo D. Rafael, cuya ledados el Consejo, en comisiones especiales, compuestas de uno ó mas gitimacion solicita,
Consejeros.
ÜECRETA.Mos:
Art. 25. La Emperatriz fijará el término para el despacho de lascoSe legitima para todos los efectos civiles, al niño D. Raíael, hijo de
misiones, en vista del asunto que se les encargue.
D. Miguel Arcila.
Art. 26. Cuando lo estimen conveniente, podr&amp;n reunirse dos ó tres
Este decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicándode las comisiones, para deliberar sobre los asuntos que tengan relacion se en el peri6dico oficial.
con los que les estén encomenuados.
Dado en el Palacio de México, á 2 de Agosto de 1865.
Art. 27. Las comisiones entregarán su~ dictámenes, cuidando que
MAXIMILIANO.
concluyan con proposiciones precisas, al Secretario, para que dé cuenPOR EL EJIIPERADOrt,
ta de ellas oportunamente al Consejo.
El Ministro de Justicia,
Art. :¿9_ La comision encargada de recaudar donativos, enterará su
PEDRO EscuDERO Y EcHANOVE.
producto, por quincenas, en las administraciones de los respectivos establecimientos; y si los donativos fueren para nuevas fundaciones, se
entregarán á la Corporacion 6 persona que Nos hubiéremos encargado
MINISTERIO DE ESTADO.
al efecto.
Habiéndose relevado del cargo de Prefecto político del Valle de
CAPITULO VI.
México al Sr. D. Miguel María Azcárate, S. M. el Emperador se ha
De las sesiones.
servido nombrarlo Consejero de Estado honorario, quedando complfCArt. 29. Las sesiones serán privadas: la Emperatriz determinará cido de sus buenos servicios.
cuándo deban tener lugar y su duracion.
México, Agosto 5 de 1865.
Art. 30. Las sesiones se celebrarán con el número de Consejeros
El Subsecretario de Estado,
que estuvieren presentes.
J. IJ. míbarri.
Art. 31. El Vicepresidente tomará asiento en el Consejo á la derecha de la Emperatriz, á la izquierda el Consejero mas antiguo, y alMINISTERIO DE LA CASA IMPERIAL.
ternativamente á su lado los demas Consejeros por el órden de su
México, Agosto 5 de 1865.
nombramiento.
Art. 32. La sesion comenzará con la lectura y aprobacion del acta
Por decreto de fecha 28 del próximo pasado, S.M. el Emperador se
de la anterior; seguirá la de la correspondencia, y despues la discusion ha servido nombrar Capellanes honorarios de la Corte á los señores
de los dictámenes que haya señalado la Emperatriz.
Presbítero D. José Ortigosa, y
CAPITULO VII.
Presbítero D. Pedro Gutierrez.
Secretaría del Consejo.
El Gran Mariscal de la Cort.e
y Ministro do la Casu. Imperial,
Art. 33. Del Consejo dependerá una oficina que estará sujeta inme•
diatamente al Secretario, bajo las 6rdenes de la Emperatriz.
ALJdONTE,

-- ...-·-

MINISTERIO DE GUERRA.

SAN l3LAS.

Comand. de Escuadron.D. Antonio Rodríguez.

1 ~ Dlrecclon.

de los Generales, Gefes y Oficiales de las fuerzas de Tepic, que han sido con·
firmados por S. M. en los emplets que se expresan, en clase de amiliares del ejército.

RELACIOII

ESTADO MAYOR.

General de Brigada .•.. D.
Comisario de Guerra._. ,,
Oficial 2? de Comisaría. ,,
Capitan de Caballería .. ,,
,,
,,
__ ,,
Alférez ..• __________ • ,,
,, ____ • ________ ,,

SANTIAGO.

Capitan de Caballería.. D. José Tapia.
CAMICHIN.

Cárlos Rivas.
Juan N. Martinez.
Leonardo Rico.
Francisco Jimf'nez.
Estéban Mari no.
Alejandro Lanis.
Félix Vallarta.

Comand. de Esouadron. D. Ramon Galvan.
TEPIC,

Capitan de Caballería .. D. José María Parra.
,,
,,
.. ·,, Adrian Jimenez.
Comand. de Escuadren. ,, José Jimenez.
MO.JANA,

Capitan de Caballería.. D. Antonio Cha vez.

BATALLON DE AHUACATLAN,

Comand. de Batallon •.
2? Ayudantti .. ________
,,
________ •
Tenientes. ___ • ___ • ___

D. Ramon Romero Alcaraz.
,, Agapito Ponce de Leon.
,, Ramon Palo.
,, Anastasio Guzman.
,, Wenceslao Monayo .
,, Atanasia Sanchez.
,, Ignacio Montaño.
Subtenientes . _. _. _. __ ,, Félix Vírgen.
,, Justo Zepeda.
,, José Fernandez.
,, Doroteo Blanco.
,, José M. Hernandez.
,, Tiburcio de la Peña.
COMPAÑIA DE INFANTERIA DE ANALCO.

Teniente .• __ •. __ • __ •• D. Cenobio Licon.
Subtenientes._. __ • __ . ,, Eduardo Guzman.
,, lsidoto Espinosa.
__.,

ACUITAPILCO.

Ca pitan de Caballería.• D. Antonio Delgado.
TEPIC,

Comand. de Escuadron.D. José María Martinez.
Teniente de Caballería. ,, Juan Gutierrez.
.HUAYNAMOTA,

Comand. de Batallan_. D. Alejandro Guerrero.
MESA DEL NAYARIT,

Comand. de Batallon .• D. Dionisia Gerónimo.
Teniente Coronel._. __ ,, Miguel Oceguera.
Son copias. México, Agosto 5 de 1865.
Ef Subsecretario de Gnerra,
J. M. l)urán.

PARTE NO OFICIAL.

COMPAÑIA DE INFANTERIA DE LA MAGDALENA.

Capitan ______ .... __ .D.
Teniente .. ___ . ___ . ___ ,,
Subtenientes. __ ______ ,,
,,

Octavi&amp;no Llanos.
Agustín Cambero.
Pedro Ruiz.
Ignacio Sanchez.

ESCUADRON RIVAS.

Capitan de Caballería.. D. Mateo Delgadillo.
Teniente .. _______ . ___ ,, Lázaro Gonzalez.
Alféreces ___ _____ • ___ ,, Simon Balcázar.
,, Trinidad Arias.
Capitan __ •• ___ • _____ ,, Lucas Piuto.
Teniente .• __ ._:•• ___ . ,, José M. Noriega.
Alféreces _•• __ • __ ___ • ,, Guzman Venegas.
,, Cesáreo Orozco.
Alférez Porta .• ___ . ___ ,, Fortunato A. Angudano.
Teniente. ___ • __ • _. ___ ,, José Miguel_Romano.
México, Agosto 5 de 1865.
de los Generales, Gefes y Oficiales de las fuerzas de Tepic, que han sido confirmad.os por S. M. en los empleos qne se expresan, en clase de aaxiliares del ejército.
General de Brigada.••• D. Manuel Lozada.
Coronel de Caballería.. ,, Domingo Nava.
,, de Infantería. _ ,, Andres Rosales.
Comand. de Escuadron. ,, Benito Lozada.
Ca pitan de Artillería. __ ,, Juan Cocto.

S. M. la Emperatriz se ha dignado mandará la Conferencia de la
Parroquia de San Pablo de.esta capital, la cantidad de doscientos pesos para socorrer á los pobres de ella.
S. M. el Emperador ha recibido un despacho telegráfico del Exmo,
Sr. Ministro de Fomento, en que participa su feliz arribo al puerto de
Matamoros. El Sr. Robles dice tambien, que diariamente mejora la
situacion de aquella frontera.
.JUNTA PERMANENTE DE EXPOSICIONF.S.

México, Agosto 3 de 1865.-Exmo. Sr.-En sesion del dia 1~ del que rige, la Junta permanente de Exposiciones, conforme al artículo 6? del decreto
de 29 de Junio próximo pasado, ha nombrado para vocales de la Junta Departamental de Oajaca, á los Sres. D. Roberto Maqueo, Lic. D. Cenobio
Marquez, D. Alejandro Quijano Portilla, D. Juan María Maldonado y D.
Francisco Uriarte.
,
Lo que tengo la honra de comunicar á V. E. para conocimiento del Ministerio de su digno cargo.-El Vicepresidente, L. Rio de la Loza.-Exmo. Sr.
Ministro de Fomento.
·

RELACION

TEQUEPECPAN,

México, Agosto 3 de 1865.-Exmo. Sr.-Conforme al decreto expedido
por S. M. en 29 de J uniq próximo pasado, ha nombrado esta Junta para vocales de la Departamental de San Luis Potosí, á los Sres. D. Florencio Cabrera, Dr. D. Julian Miranda, l&gt;. Manuel Espinosa y Cervantes D. Camilo Bros y D. Márcos García y Ramos.
'
Lo que tengo el honor de comunicará V. E. para su inteligencia.-El Vicepresidente, L. Rio de la Loza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.

Ten. Coronel de Cab~ _~D. Agapito Murillo.
ZAPOTAN.

Comand. de Escuadron.D. Crescencio Cuevas.
SANTA MARIA.

Comand. de Escuadron. D. Teodoro López.
POCHOTITAN.

Comand. de Escuadron.D. Trinidad Posada.

México, Agosto 3 de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de informar á
V. E. que en sesion de antier, la Junta Central ha nombrado para vocales de
1~ Departame~tal de Guanajuate; á lo~Sres. D. Juan H. Glass,D. Epifanio
J1m~nez, D. Carlos Haughe, D. Ignacio Alcacer y D. Lucio Marmolejo.
D10s guarde á V. E. muchos años.-El Vicepresidente L. Rio de ro, Loza.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
'
Son copias. México, Agosto 5 de 1865.-El subsecretario de Fo~ento,
Manuel Orozco.

AHUACATLAN,

Coronel de Caballería.. D. Julio García.

POBLACIONF.S DE ZACAPOAXTLA.

.JALA.

Capitan de Caballería.. D. Antonio Cambero.
1

.JOMULCO.

Capjtan de Caballería.. D. Santiago Jijar.
COMPOSTELA.

Coronel.. •••••••••••• D. Fernando G. de la Cadena.
TONALISIO.

Capitan de Caballería.. D. Prajedis Muñoz.
PUGA,

Capitan de Infantería •• D. Joaquín Flores.

Ministerio de_ Gobernacion.-Prefectura política del Departamento de
Puebla.-Puebla, Julio 30 de 1865.-Exmo. Sr.-El Subprefecto de Zacap_oaxtla con fecha 24 del actual, dice á la Secretaría de esta Prefectura lo que
sigue:
"Al dia siguiente de invadidos por nuestras fuerzas los indígenas disidentes
en los puntos de Huohuaxtla y la Cumbre de Apulco, emprendí mi marcha
á los p~eblos y municipalidades que forman este Distrito; y antes de que yo
me hubiera presentado, ya estaban organizando, con el mayor entusiasmo,
soldados para defender sus respectivas localidades y marchar á la campaña
sobre Xochiapulc0, luego que sea necesario. Todos aquellos vecinos han protestado su amor y adhesion al Gobierno de·S. M., y han ofrecido espontáneamente sus servicios personales para llevar la guerra á los disidentes hasta conseguir su total exter~i~io; otros los han ofrecid? pecuniarios; y finalmente, se han propuesto aux1har con cuanto les sea posible, para conseguir la

�DIARIO DEL IMPERIO.

132

destruccion de aquellos que les han acarreado tantos males en sus poblaciones.
Oportunamente tendré la satisfiiccion de acompañar á vd. las actas de adhesion levantadas en las municipalidades de este Distrito.
Sírvase vd. manifestar lo expuesto al señor Prefecto superior, agregando
que en aquellas poblaciones ya dejé instaladas las autoridades y AyuntamiE&gt;ntos.
Y tengo el honor de trascribirlo {i \'. E. para su conocimiento.-Dios
guarde ÍL V. E. muchos años.-El Prefecto político interino, José M. Fernandez.-México."
Es copia. México, Agosto 3 de 1865.-El Subsecretario de Gobcrnacion,
Francisco J. Villalobos.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.
Relacion de los expedientes para cuyo despacho se necesita de In presencia de los interesados en esta oficina.
Seccion P-483, 1,152, 2,539, 2,564 y 2,831.
Seccioa2~-493,636,789, 915,934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,600, 1,727, 1,_992, 2,513,
2,635, 2,636, 2,675 y 3,297.
Advirtiéndose qne 1Jo se puede dnr ningun giro Íl eslos negocios si esta comparec&lt;'ncia
no se .erifica.
Nota.-Iloy se hnn clevndo al Exmo. Consejo, expcditados por esta oficina, los expedientes que siguen:
Seccion l ~-540, 4,Jl5, 4,119, 4,121, 4,12'2, 4,123, 4,124, 4,215 ¡¡ 4,216.
Seccion 2~-4,218.
Lo que se avisa para conocimil'nto de los interesados.
México, Agosto 5 do 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan S11arez y Navarro.
COMISARIA CENTRAL DE POLICIA.
AVISO.

México, Agosto G de 1865.
En el corral de San Lúcas se halla depositado un caballo que se encontró vagando en
nnae de las calles de la capital. Lo que se pone en conocimiento del público, para que la
persona que se crea con derecho í1 reclnmar!(l, se presente en estn oficina á recnbar In órden para su devolucion.
El Secretario general, L. Bertlticr.
4a-1
lllINISTElUO DE HACIENDA.
' SECCION 4~
CONVOCATORIA A LOS TENEDORES DE BONOS CONOCIDOS POR "BONOS JECKER."

JlJZGADO 3~ DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3~ do Jo civil de esta cnpitnl, Lic. D. José María Cordero, ante quien se encuentran radicados los autos del concurso formado á bienes de los Sres. D. Juan ?ifar!a
Durím y D. ?!latías Royuela, por su auto do veintiuno del corriente ha mnndndo que se
cite á junta Íl los acreedores de dicho concurso para el din diez del entrante Agosto, á las
doce de la maiíana, en su Juzgado, situado en el Palacio de Justicia; apercibidos de que
los que no conc~ITn~, est¡irÍln y pasarán por \o que acuerden }os presente~ á e~a; advirtiendo que la citac1on se les hace por medio del presente, a consecuencia de ignorarse
cuál sea In habitacion do vnrios de los acreedores. á quienes por medio do éste se les cita
en toda formn.
México, Julio 22 de l865.-A11to11io La11tlgrave. Escribano público.
481-3a-3

CONVOCATORIA.
Por disposicion del Sr. Juez J? de lo civil, Lic. D. Manuel de la Sierra, se convoca por
el presento á las personas que se consideren con derecho á suceder en los bienes d~l intestado Sr. D. Vicente Gonzalez Calderon y Guerra, para que se presenten á deducirlos eu
este Juzgado dentro de treinta dina perentorios; apercibidos que de no verificarlo les parará el perjuicio que haya lugar.
México, Agosto 2 de 1865.-Sebastian Pcñalo:a, Escribano público.
486-3a-2
SUPREMO TRIBUNAL DE JlJSTICIA DEL ntPERIO.
SECRETARIA DP. LA 3~ SALA,
,,México, A.,¡¡osto 2 de 1865.
En los autos seguidos en esta Exma. 3'.' Sala del Supremo Tribunal de Jnaticia por el
Sr. General D. l!'rancisco Alcayaga eontra los parcioneros de la mina do la Luz, acordó
con fecha 1? del corriente el auto que sigue:
"Ignorándose la re&amp;idencia de la viuda de D. Arcadio, D~ Trinidad y D. Pedro Echeverria, cítense por el Diario oficial y otro de los periódicos de mayor circulacion, seiíalándose el término de veinre dias come perentorio, para que comparezcan anto esta Exma.
Sala; apercibidos de que no presentándose dentro de él, se darán los estrados por procurador: hágase saber á la parte del Sr. Alcnyaga.-Tres rúbricas de los Sres. Milll8tros.Lebrija.-Contreras.-Sancltez llitlalglJ.-Por ocupacion del Sr. Secretario, Alvarez, Oficial mayor."
José del Villar, Secretario.
487-3a-2

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JlJZGADO 3~ DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de doce
del corriente, &amp;e proceda á In venta de la casa número cuatro de la la p1azuela de Santo
Tomás y de los enseres de un molino de aceite y una fábrica de aguardiente que en dicha
cnsa se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérrecn y D. Francisco Chavero, la finca en la cantidad de ocho mil setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres
de la fábrica y molino en la de dos mil cien pesos; señalando para las almonedas las mañanas del veinticinco del presente, y cinco y diez y siete del entrante, á las once, siendo
la última con calidad de remate.
Los enseres de la fábrica y molino mencienados, son los siguientes: los del molmo, una
tahona cuya muela y taza están einchadas de fierro, con sus correspondientes palancas
para dos mulas; una rueda con banda de cuero que da movimiento á nueve ruedas y árboles, unos de madera y otros de fierro, y un molino de triturar aceituna.
El aparato de destilacion es de cobre forjado, con tnbos de comunicacion del mismo
metal, una retorta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubas de
madera con cinchos de fierro, y otra mas grande anexa al aparato de destilacion.
Lo que aviso ni público en cumplimiento de lo mandado, y para que las personas que
quieran hace1· postum, ocurran a la hora señalada; en concepto de que las mstrucciones
qne ministran los autos, se darán en el despacho del que suscribe, ubicado en los bajos de
la casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
México, Julio 18 de 1865.-J. Re!J110So, Escribano público. ·
463-15a-8

Debiendo abrirse una almoneda para la amortizacion de bonos de dicha denominncion,
con la cantidad de trescientos tremta y tres mil trescientos treinta y tres pesos treinta y tres
centavos ($ 333,33.1 33 es), conforme ni arreglo celebrado en diez de Abril último, se convoca á los tenedores de ellos para el 20 del entrante Agosto, en la Seccion 4! de este Ministerio, ÍI las doce del dia; ,m la inteligencia de que el remate al mejor postor, se hará
admitiendo los bonos por su valor nominal, á lo mns, deducido el 60 por 100 del capital,
segun el citado arreglo.
Y para que In presente tenga la mayor publicidad posible, ae espide desde hoy.
CONVOCATORIA.
Mexico, Julio 31 de 1865.
El Sr. Juez H' sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D\l LeanEl Gefe de la Seccion,
dra Degollado, ha prevenido en anto de siete del present.e, que se convoque por edictos y
J. M. Calvo.
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intea
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por si ó por personas suficientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
NOTIFICACION.
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.390--®s-43
El Sr. Juez 2~ del ramo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, ante quien se ha- Miguel Hemra, Escribano público de la Nacion.
llan radicados los aut-Os de concurso del Teniente Coronel D. Marcelo Alvarez, ha proveiCITACION JlJDICIAL.
do el 11uto que copio.
Por el presente se cita á D~ María do la Luz Franco, como madre de sus dos menores
"México, Julio 31 de 1865.-;Visto el anterior ocnrso, en que el sindico del concurso de
D. Marcelo Alvarez pide se apruebe el proyecto de graduacion que presentó, consentido hijos, que dice lo fueron tambien de D. Manual Braceras, y á D. Vicente Fernandez, co~or la mayoría de los acreedores, y que corre de fojas 36 á 45 de este cuaderno; atendiendo mo curador de la menor D~ Margarita Braceras, para qne en el término de ocho dias,
a que los bienes del concurso consisten todos en el precio del rancho de Jico, vendido en contados desdo la pnblicacion de este nviso, se presenten á probar el derecho que les asisasta pública i. D. Francisco de P. Movellnn en($ 30,024) treinta mil veinticuatro pesos; te á los bienea del int.estado D. Manuel Braceras.
á que con esta cantidad han de ser pagadas de preferencia las costas del concurso, y luego
"! de órden del Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D, Antonio Rebollar, se publica el presente
los acreedores en el 6rden que se les da en la gradncion, en el cual el primer lugar se aVJSO,
asigna al crédito del Duque de Terranova y Monteleone, importante por solo capital
México, Agosto 3 de 1865.-El Escribano público de la Nacion, Joaqu.in Guzman.
~$ 14,000) entorca mil pesos;_el_segu~do á.1?· Francisco Je P. Movellan por su crédito,
488-Ss-3
importante($ 21,581 4j) vemtiun IDll qwment-Os ochenta y un pesos cuatro reales cinco
o~tavos, y el_ tercero á D. Andr~s del Rio por ($2,465) dos mµ cuatrocientos sesenta y
mnco pesos, importe de su crédito, de que es hoy tenedor el mismo Movellan; á que estos
tres créditos importan mayor cantidad que la que constituye hoy el fondo del concnrso y
no pueden, poi· lo mismo, ser pagados los otros de lugar posterior; á que á esos tres acr~edorcs por quienes ~stá consentida la graduacion no se _h11 disputado la preferencia, ni por
los otros que tamb1eu se conforman con el proyecto, m por los que lo objetaron los 011.ales
SEGURO8 CONTRA INCENDIOS.
solo cuestionaban los lugares asignados en el mismo proyecto, desde el cuarto en ade1_11~te; á q?e ~~pu~stos estos hechos, constantes !odos de los autos, es ya enteramente in,
CoMPAíUA DE SEGUROS DE GLADBACII.
util y perJnd1c1al a los acreedores que alcanzan a ser pagados, ocuparse de !ns cuestiones
Capital de fondo...... • • • • • •• • • • • 3.000,000 peso1 prusianos.
de preferencia, ~uscitad1111 entre los que evidentement? ~o pueden serlo; y finalmente, á
que los Sres. Pena hermanos, uno de los acreedores dmdentes, son los únicos que nada
han dicho sobre, si disfrutaban ó .º? 1~ preferencia á los crédito_s graduados en los tres priCOMPA~IA DE SEGUROS DE BASILEA (BABEL).
meros lugares, a pesar del aperc1b1m1cuto con que se les conmmó, del largo tiempo que
Capital
de fondo •• • • • • •• • • •• •• • • • • • •• • • 10.000,000 franCOB,
despues ha trascurrido, y de la última citacion que se les hizo; por estos fHndamentos y
de conform_idad con lo pedido por el síndico, se .ªP!ueba en todae sus partes el proye~to
de graduac1on preEentado por éste con fecha vemtinuevo de Julio de mil ocht•cientos cinSe as~gurnn muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
cuenta Ynueve en la junta cel~brnda ~u eso dia, condenándose á los acreedores á estar y necesanos para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañias,
pasar per él_nhor!l y en todo tiempo, a cuyo efecto el presente Juez interpone su autori- calle de Snn Bernardo núm. 3.
400-180s-33
d~d y este Jud1c1al _decreto cua_nto ha lugar por derecho: se declara igualmente, que en
y1rtud de la aprobac1on de ese proyecto de graduncion, lo cunl se hará saber á todos los
mtercsados, debe procederse desde luego ni pago de los acr~edores por el órden con que
están g!ndu~~s, despues de satisfacerse }as _costas, y hns~ ~onde alcance el precio del
r~ncho de J1co, y n~ efecto _se fa~ulta al smd1co para que hqmdados por él los créditos, espida los correspo?dientes hbrallllento~ á cnrgo del rematador del mencionado rancho, presentan~o en segmda la cuenta_ respecbvn, con la cual, obtenida que sea su aprobacion,
TEATRO IIIPERIAL.
quedara de todo ¡unto C?n~lu1~0 el concurso. Asi por este auto lo rroveyó, mandó y fir.
Se pondrá en escena la noche de hoy la comedia denominada: El amlJr y el interes, y en
mó ol Sr. Juez 2. do lo cml, Lic. ~- lllnnuel Pavon, por nnte mí e suscrito Secretario, seguida l11 znrzuela dividida en dos actos é intitulada: La isla tic Sa,1 Balandran.
ele que doy fe.-Ma1111el Pavo11.-Lic. M. Frias, Secretado."
Y ÍI c~us11 de ignorarse C?ál se11 la residen_cia de nlgunos de los ncreedóres, á pedimento
del s_lod1co del concurso, Lic. D. Ju~ Bautista Alam~n, el Sr. Juoz ha dispuesto que por
T,~ empresa de este teatro abre 11.n último abono de seis funciones, con una rebaja de
m~d10 d~l presente se les haga snb?r e\ nuto que va mserto, para que en el término de
y ?frece para él espectáculos nuevos, c¡ue espera serán acogidos con entusiasmo
vemte d1as, contados desde la pnbhcac1on del presente, ocurran al oficio del actuario á ha- precios,
por su ménto.
&lt;'e_r uso de sus derechos segun les c0nveoga; apercibidos de que por solo el lapso del térmmo se les reputará por conformes con dicha sentencia, y se procederá á hacer en todo
com? 001:resp?nde al estad? de los autos. Y e!1 cumplimiento de lo mandado y para los
afee.os p1even1dos en el premserto auto, se pubhcn el presente Rrieo rn México á 5 de
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE1
Agosto de 186:i.-A11/o,1io Lt111rlgmrr, Escrib1mo públi&lt;'o.
4~i-3:-1
BAJOS DE SAN AOUSTIN NUM. l.

AVISOS JUDICIALES.

AVISOS PARTICULARES.

DIVERSIONES PUBLICAS.

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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Capellanes honorarios</name>
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