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                    <text>[)EL:

IIPERIO

DIARIO

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

NuM. 409

MEXICO.-Sábado 12 de Mayo de IS66.

================.;:;á;;=;;;;;;;;;;;;-================--MINlSTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA.

SVM:AB.JO.
PARTE OFICIAL.-Decreto aumentando la fuerza de Gendarmes.-Personas condecora~ con la Cruz de Guadalupe y Medalla del Mérito militar.-Nombramiento de un Teniente
~e navío.
.
. ~ARTE NO O~IOIAL.-R~paraciones en la Universidad.-Caballos para la Guardia muCU&lt;llpal.-Estadística de GuanaJuat.o (continúa).

-

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

Visto Nuestro decreto de 9 de Junio de 1865 sobre la organizacion d~ una
Compañía de Gendarmería, y la necesidad de completar su pié de fuerza,
DECRETAMOS:
Se aumentará el efectivo de la 1~ Compañía de Gendarmería, como sigue:

2 Sargentos montados,
2 Cabos montados.
40 Gendarmes tambien montados.
. l Cabo y 3 Gendarmes á pié.

Nuestro Ministro de Guerra queda encargado de la. ejecucion del presente
decreto.
Dado en México é. 8 de Mayo de 1866.

MAXIMILIANO.
Por el Emperador,
El Ministro de Guerra,
MARIA GARCIA,

GRAN CANCILLERIA DE LAS.ORDENES IMPERIALES.
México, Mayo 11 de 1866.

S. M. ~l Emperador, por acuerdo de 6 del actua~ Ha tenido á bien conce·
der las condecoraciones siguientes, en atencion al valor y buen comportamiento con que se han distinguido en varias acciones de guerra los individuos que
se expresan:

/

México, Mayo 11 de 1866.

B. M. el Emperador, por decreto de 2 del actual, se Ha servido nombrar Teniente de Navío de la Armada Imperial, al Teniente de Artillería del Cuerpo
de voluntarios austriacos D. Fernando Waldherr.

PARTE OFICIAL.

JosE

DEPARTAMENTO DE !r[ARllTA,

lMPERlAL ÜRDEN DE GUADALUPE.

El Subsecretario de Marina,

:{i. Détrcyat.

PARTE 1'0 OFICIAL.
Convocatoria.
Ministerio de Fomento.-Seccion l~-México, Mayo 9 de 1866.-Necesitándose hacer varias reparaciones en el edificio de la ex-Universidad, se convocan
postores al efecto, cuyas proposiciones se recibirán en el Ministerio de Fomento,
hasta el dia 25 del actual inclusive.
La obra consiste por ahora en la construccion de seis tabiques de seis pulgadas
de espesor, blanquear siete piezas, rasgar cinco ventanas, convirtiéndolas en
puertas cuyas mochetas de can~ría obedezcan á las ~old~ras de las mochetas
ya existentes.-El Subsecretario de Fomento, Frarunsco Jimenes.

Caballos para la Guardia Municipal.
Ministerio de Guerra.-5~ Direccion.-México, Mayo 11 de 1866.-Aviso al
público.-Por órden suprema debe procederse el clia 14 del corri.e1;1te, á las diez
de la mañana, á la compra de unos caballos y mulas para el serv1C10 de la Guardia Municipal.
Lo que se avisa al público para que las personas que gusten, se presenten á
la Comision de remonta, situada en el patio del local en que está. establecida la
Caja central.-Por órden del Exmo. Sr. Ministro, el Gefe de la Direccion, Francisca Montero.

ESTADISTICA·DEL .DEPARTAME~TO DE GUANAJUATO,
FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO,
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5~ de los trans.Uorios de la ley
de 3 de .Marzo del propio año.

OFICIAL,
(CONTINUA,)

A D. Inocencio Rubio, Prefecto político del Parral.
CABALLEROS,

I

A D.
,, ,,
,, ,,
,, ,,
,, ,,
,, ,,

",, ",,
,, ,,
,, ,,
,, ,,

~

Guillermo Ortiz, Oorriandante militar del Parral.
Matías Peralta, Comandante de la Guardia civil.
Bernabé Ramirez, Capitan de la Guardia estable.
Javier Legorreta, Capitán.
~
Luciano Tellez, Contador de la Aduana.
Trinidad Montero, Teniente de Artillería.
Francisco Quesada, Teniente de Caballería.
'
Juan Cabrera, id. id.
·
Francisco Goitia.
Agustín Fuertes.
Luis Arellano.
MEDALLA DEL MERITO MILITAR,
DE PLATA,

A D. Aniceto Sota.
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,

,, José María Dávila.
,, Rafael Goitia.
,, Te6filo Muñoz.
,, Rodrigo Bernal.
,
Tránsito Ledesma, Sargento de la Guardia fütable del Proaño.
Manuel Moureal, id. id. id.
.Francisco Solano, Sargento de la Guardia municipal del Parral.
Brígido Lunas, cabo de id. id. id.
Doroteo 16pez, soldado d_e id. id. id.
El Secretario encargadode la Gran Cancillería,

José H. Gmzalez.

Mm.irCIPALIDAD DE LA Luz. FUND.A.CION.-Ya se dijo en su lugar que la
mina de San Bernabé, COJltigua á la ae la Luz, fué la primera que se descubrió
y cuyo registro se hizo en Yuririapúndaro, como el pueblo mas inmediato que
había el año de 1554. La Luz, que está situada en una enorme altura que domina aun á la cumbre del cerro del Cubilete, se comenzó á reunir bajo un
órden regular el año de 1844, en que las minas com'e~aron á dar frutos en
bonanza. El terreno donde está el caserío era estancia de ganados, y segun se
sabe, los dueños de la Luz fueron unos vecinos pobres de Silao, apellidados Cervantes.
.
Ai,toridades y empleados.-Alcalde municipal D. Filómeno Luna, y presidente
del Ilustre Ayuntamiento.-Ayuntamiento: Regidor 1? D. Plácido Rodríguez,
id. 2? D. Atanasio Garrasi, id. 3? D. Trinidad Delgado, id. 4? D. Marciano Ruiz;
Síndico procurador D. Ramon l!,rausto.-Juez l? de paz D. MiguelLanderos, id.
2? D. Antonio Castellanos, id. 3? D. Epitacio Llorente, id. 4? D. Simon Vazquez.
'-Administrador de Rentas D. Juan B. Jimenez, id. de Correos, el mismo.Tesorero municipal, id.-Cura D. FraI,1cisco Garcidueñas.
Pf¡Ysonas not,ab"les.-D. Antonio Silva, médico; D. A. Gavino de Campos, rescatador; D. Aurelio Maycote, farmacéutico; D. Filomeno Luna, comerciante; D.
Francisco. Haincelin, rescatador; D. Francisco de P. Leal, farmacéutico; D. Ig'nacio Olmedo, minero; D. José M. Romero, comerciante; D. Plácido Rodríguez,
id.; D. Ramon Frausto, rescatador.
.
Situacion local. Límit.es.-La Luz, situada 21º50' de latitud y 1º451 de longitud del meridiano de México, y á cinco leguas al P. de _Guanajuato, confina por
el N. con la Municipalidad de San Felipe, por el E. con la de Guanajuato, por
el S. con la de Silao y por el O. con la de Leon.
·
La Municipalidad de la Luz se compone de las .poblaciones que siguen:
Minerales.-La Luz (cabecera del municipio), Villa.riño, Purísima, Rosario,
San Pedro, Mejiamo~a, Puertecito, Joya, Pabellon.
•
Ranch-Os.-Realejo, Melladito, Tecuan, Majada; Huilota, Socavon, Palma, Picachos, Lorenzos, Árperos, Cuesta de San Juan, Magdalenas, Calera, Estancia
de Comanjilla, Cabras, Joya, Granas, Ojo de agua, San Ant-0nio la Ovejera,
Guajolotes, La Estrella.

•

�EL ,DIARIO DEL IMPERIO.

472

MUNICIPALIDAD DE Sn,Ao.-Las única; noticias que se tienen de su fundacion, dice el Sr. Canónigo Dr. D. José Guadalupe Romero, en su obra citada,
son las siguientes:
F'Undacion de la ciuda-d~"Era una miserable aldea de indios chichimecas, antes de la conquista; verificada ésta, emprendió Nuño de Guzman la reduccion de
Nueva Galicia, y llegó hasta las inmediaciones de Silao, tomando antes posesion
de los terrenos donde están hoy situadas las poblaciones de Pénjamo é Irapuato, en nombre del Rey de España: D. Juan de Villaseñor Cervantes, uno de los
primeros espaiioles que vinieron á radicarse á México, se opuso judicialmente á
aquella posesion, ¡alegando tenérsele encomenclado aquellos pueblos que Mbian rlado obediencia á Cortés, cuando los de Michoacan, segun afirma Mota Padilla; (1)
sin embargo de esta oposicion, Guzman se apoderó de ellos en nombre del Monarca, y quedaron desde entonces como conquista de la Corona.
"Por el año de 1553 se avecindaron allí siete familias de españoles, bajo la direccion del Sr. D. Francisco Cervantes Rendon: se agregaron algunos indios otomites y se fundó una pequeña Congregacion, que fué erigida en curato secular
par el Illmo. Sr. D. Vasco de Quiroga él año de 1550: este prela.do nombró para
· primer párroco á uno de los clérigos que había traído consigo de España: despues, por los años de 1599, en que se llevó adelante con todo rigor la cédula llamada de Oongregacwnes, se aumentó notablemente el vecindario.
Orígen del nombre.- "El nombre de Silao le fué puesto por los vecinos á la
nueva Congregacion, por la yerba de aquel nombre que abundaba on sus inme- .
diaciones: esta yerba e$ un género de planta de la familia de las umbilíferas, cuya especie'típica crece en los prados húmedos, y á la que los botánicos llaman

Stlao."
•
Autoridades y empleados.-..A.lcalde municipal y presidente del Ayuntamiento
D. Rafael Chavez.- Ayuntamiento: Regidor 1° D. Macario Iñiguez, id. 2~ D. Manuel Pesqueira, id. 3~ D. Justino Ramirez, id. 4° D. Guilebaldo Urrutia, id. 5~
D· tLuis Porr~a, id. 6~ D. Jesus Gonzalez Cos; Procurador 1~ D. Pedro Romero, id. 2~ D. Susano Re~oso.- Juez de letras D. Pedro Negrete, id. 1~ de
paz D. Vidal Pesquera, id. 2~ de id. D. Roman Arreguin, id. 3º de id. D. J . M.
Guzman.-.A.dministrador de Rentas D. Manuel Vazquez, hijo; Comandante militar D. Juan Jurado, Cura párroco D. Miguel Sámano.
Petsonas notables.- "J? . ..Antonio LariB, labrador; D . .Antoll.Ío Maldona«ro, comerciante; D Juan Manuel García, labrador; Br. D. Pablo Darío Reinoso, labrador; D. Vicente Gonzalez, ídem.
Títulos que ha obtenido Silao.- El año de 1833, en que Silao conservaba el título de Oongregacion, se le dió por e1 Consejo del extinguido Estado de Guanajuato, el de Villa; y en-1861 fué elevado al -rango de Ciudad, en conmemoracion
de los triunfos adquiridos por el ejército liberal sobre el de los gobiernos de los
señores Zuloaga y Miramon.
Situacion local.- Silao está situado á una altura de 1858 metros 56 centímetros sobre el nivel del mar, y casi al pié de la falda del cerro del Cubilete á los
20° 43' lat., y 2° 40' long. del meridiano de México, á cinco leguas al P. de Guanajuato.
Límites.- Linda por el N. con la municipalidad de la Luz, por el O. con la de
Guanajuato, por el S. con la de Irapuato, y por el P . con las de Leon y Piedra
Gorda.
Pueblos que tiene el municipw de Silao.-La municipalidad de Bilao comprende las poblaciones ceignientes:
Oiudades.- Silao, cabecera del municipio.

Pueblos.-Romita.
Oongregacwnes.- ..A.ldea.
Haciendas.-San Diego, Sitio, San Isidro, Cañada de Bustos, Vallejos, Carritos, Capulin, .Aguas t8uenas, San Agustín, Chichimequillas, Olmedos, Cabras,
Benavente, Grasa-a, Rivas, Puerta, Mezquite Gordo, F ranco, Gonzalez, Coecillo,
Silva, Mezquite, Loza de Barrera, Sauces, Nápoles, Jagüey, Sardina, SantaAnna del Conde, Gavia, Trejo.
Ranclws.- Pila, Menores, Calaberna, Cañada de Damian, Mulada, Cuarta
Parte, San Márcos, .Aguilares, Baños, Noria, Labor, Pabileras, Paraíso, Tunamansa, Tecolote, López, Toma de .Agua, Pastle, Adjuntas, Arperos, Vaquería,
Cabras, Zapote,. San Juan, Cruz de Aguilar, Ojos de Rana, 'l'ejamanil, Rubí,
Mosco, Mosquito, Muerto, Agujas, Jagüey, Ocotes, Monte de Ocotes, San Vicente, Tuna Agria, Terrero, Raso, Fernandez, Bajío de Pallares, Bajío 'de Bonillas, Pnchote, Escondida, Charco, Mancerrúa, Santa Rosa de Rivas, 'Santa Rosa
de Araujos, Soledad, Gallegos, Borrego, .Arenal, Laborcita.
MUNICIPALl'.DAD DE lRAPUATO. Su FUNDACION.- .Aunque las diligencias
que el l. .A.yunta-miento practicó en Enero de 1852 para dar al Gobierno una noticia del orígen y fundacion de Irapuato, no fué posible que se hiciese de datos
fehacientes, y los que encontró solo se refieren á unas copias simples, que sin
embargo merecen fe por estar apoyados en la tradicion.
Dichas copias son de una real Cédula, fechada en México el 15 de Febrero de
1547, en que consta la donacion hecha á D. Francisco Hernanclez, D: Estéban
Gamiño, D. Andrés López y D. Antonio Francisco de Sixtos, de siete mil varas
de radio en circunferencia, toinando su centro en la iglesia del pueblo de San
Márcos de J.riguato, que debían fundar.
Otra copia se contrae á la vista de ojos para lá posesion, fecha 11 de Marzo
del mismo año, y en ella se cita los varios puntos que se tocar.on hasta volver al
centro, en donde se celebró Misa en una enramada; y la última se refiere á la
posesion que se dió á los mencionados señores el 17 del propio mes y año, y son
relativas á las medidas tiradas del centro de la poblacion hácia los cuatro vientos, todo lo cual acaeció el). tiempo del vireinato de D. Luis Velasco.
Estos son los únicos datos que se han podido adquirir acerca de la fundacion
de Irapuato; no exhibiéndose copia de los documentos que se citan, por haberse
/ extraviado hace pocos años, en las continnas revueltas políticas por que ha pasado el pueblo referido.
Tít11:lo gue·obtwvo Itapunto.- Irapuato conservó por muchos años el título de·
Congregacion; y en vista de su estado floreciente se le elevó al rango de Villa,
por el Congreso del Estaclo de Guanajuato, en 8 de Mauo de 1826.
Autoridades y empleados.- ..A.lcalde municipal y Presidente del I. Ayuntamiento, D. Femando Santana.-Ayuntamiento: Regidor 1~, D. Antonio Flores; id ..
2?, D. 8óstenes Galvan; id. 3~, D. Ignacio G. Gonzalez; id. 4~, D. Gabriel Vega; Proc1;1rad?r 1~, D. Refugio López; id. 2?, D. Juan Lanuza.-Juez de letras,
D. Ignac10 V1llalpando; Juez 1~ de paz, D. J. M. Hernlmdez; id. 2~ de id., D.
Domingo García; id. 3~ de id., D. Gana.ro Lanuza.- Óomandante militar, D.
Eduardo Soubiekuski.
Personas notable$.- D. Andrés Garny, comerciante; D. Antonio Rivera Aran-

jo, labrador; D. Antonio Cangas, comerciante; D. .Agustín Rivera, labrador; D.
Antonio Ayala, abogado; D. Atenógenes Cosío, músico; D. Agustín Moncier, labrador; D. Agustin Licea, sacerdote; D. Alfonso Cha.vez, ídem; D. Benigno Godines, abogado y escribano; D. Bonifacio Palomino, labrador; D. Domingo Rivera, médico; D. Dolores Ramirez, labrador; D. Diego Gonzalez, sacerdote; D.
Evaristo Betancourt, médico; D. Estéban Bustos, comerciante; D. Epitacio Sanchez, farmacéutico; D. Epigmenio Rivera, labrador; D. Estéban H-ernandez, comerciante; D. Francisco B. Alcántara, agricultor; I), ·Fran()isco P. Alcántara,
comerciante; D. Francisco .Aguirre, farmacéutico; D. Francisco Muro, labrador;
D. Guadalupe Rivera, comerciante; D. Gregorio Sattdtez, ídem; D. Gabino Chavez, sacerdote; D. Genaro Acosta, comerciante; D. Ronorato Chico, labrador·
D. Hilarlo Rivera, sacerdote; D. Ignacio Sanabria, co:nerciante; D. Ignacio San~
chez, agricultor; D. Ignacio Buso, ídem; D. Juan RiV'3ra, comerciante; D. Joaquín del Moral, telegrafista; D. Juan Alcántara, admitistrador de correos; D..J.
M. Garay, comerciante; D. Juan Vargas. ídem; D. Jolé Barquín, ídem; D. Jacinto Corla, ídem; D. J. M. Hernandez, ídem; D. Joaquín Gonzalez, dependiente; D. Juan N. García, sacerdote; D. Juan López, iden; D. Jesus Lejarzar, labrador; D. Jesus Gonzalez, ídem; D. Luis Beltran, ídem¡ D. Luis Garay, eclesiástico; D. Manuel Morales, agricultor; D. Miguel Oro~co, médico; D. Macario
Lastiri, labriego; D. Manuel Alcántara, comerciante; D. Miguel Licea, labrador·
D. Manuel Cuadra, comerciante; D. Miguel Godines, tacribano; D. Matilde R{
vera, comerciante; D. Manuel Bocanegra industrial; D. Martín Ruiz, sacerdote·
D. Miguel Alegre, iaem; D. Manuel Boullosa, ídem; D. Nbolás Baltierra, comer:
ciante; D. Pedro Vargas, ídem; D. Pedro Martinez, ídem; D. Pedro Hernandez,
ídem; D. Pablo Rivera, médico; D. Plácido Licea, sacerdote; D. Pablo Chavez,
ídem; D. Rafael Marafion, labrador¡ D. Ricardo Villaseñor, comerciante; D. Rafael Rivera, labrador; D. Tomás Sanabria, comerciante¡ D. Vicente Lastiri, labrador; D. Vicente Vargas, comerciante; D. Víctor Gutierrez, labrador.
Situacwn local.-La situacion geográfica de. Irapuato es á los 200 40' de
latitud y 1° 57' de longitud.
Límites.- Linda por el N. con las municipalidades de Silao y Guanajuato,
por el O. co~ la de ~alamanca, por el S. con la del Valle de Santiago, y por él P.
con las de Piedra Gorda y Pénjamo.
Pueblos que tiene el municipw de Irapu-á:to.- La Municipalidad de Irapuato
abraza las poblaciones que siguen:
Villas.- Irapuato.
,..
Pueblos.-Cuitzeo de Abaso1o.

Aldeas.- Oalera.

,
( Continuará.)

AVISOS OFI CI ALES.
COl'l'SE.JO DII E STADO.
Seminario núm. 9.,
Ignor_ándose quién sea el legítimo representante de la téstameritana de D~ Teresa Améscua,
y necesitándose en esta Secretarla para hacerle una notificacion relativa en el espediente número 3,292, se le emplaza por el presente para que concurra á ella dentro de ocho dias que
c?menzarán á contarse desde la fecha; apercibido de que si no lo verifica se seguirá el ~egocio adelant.e.
,
México, Mayo 12 de 1866.- El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodriguez
y Cosío.
3a- l

Operacimi de la Pacutia.
En los días. 13 y 14 de~ corriente se practicará ésta en el edificio de la Diputacion de once
á once y media de la manana.
'
México, Mayo 11 de 1866.- Mercado.

AVISOS JUDICIALES.
J u~gado primero de Instruccio,i de lo civil, '
En el juicio ejecutívo que sigue·1a Sra. D~ Dolores Febles contra la Sra. m- Josefa Perez
-4-rr~yo de Becerra, ha mand~do- el Sr.. Juez_ 1? de Inatruccion se cite á la última por los pen6d1cos, para que en el ténmno de yemte dias, contados desde la última publicacion se presente en 1:ste Juzgado para la práctica de una diligencia; apercibida de lo que haya Íugar en
derecho s1 no concutre.
México, Mayo 9 de 1866.- Por mi compañero A.badiano, Manuel Vera, Escribano público.
942-3s- l

Tribunal de

1~ instancia del Departamento del 1Talle de México.
1~ SALA,

Por auto proveido en 2 del presente ines, la !~ Sala de lo civil del Tribunal de I ~ instancia
de esta capital ha aprobado la graduacion de créditos á cargo de la testamentaría de D. Fernando de Pontones, que formar~n el apoderado del albacea y el interventor nombrado por los
acreedor~s, y present~on_en la J~nta celeb~a~a _en 13 del próximo pasado Abril, mandando
se anuncie por do~ pe~16d1cos; baJó el a~erc1b1miento de que si dentro del término legal, contad? desde la pubhcac1on de este ~nuncio, los _acreedores que no asistieron á la referida junta
no mterpo_nen el recurso ~ apel~c10n contra dicha graduacion, en el caso que se crean por
ella ag;rayiados, quedará e,ecutonado y consentido el auto por el cual ha sido aprobada. y en
cumpb!111ento de lo mandtdo ~ongo ~l presente. .
Mé:uco, Mayo 7 de 1866.- El Oficial mayor, Lic. Juan Ferriz.
943-3s- 1

DIYERSIONES PUBLICAS.
Domingo 13 de Mayo.

TEATRO IMPERIAL.
COMPAÑIA DRAJ\1A'rICA.

La compañía empresaria del Teatro Principal pone en escena; en la tarde del dia referido
las dos zarzuelas intituladas: La isla de San Balandran, y La cola del diaUo,
'

.

TEATRO PR.JNCIPAL.
COMPAÑIA DRAMATICA.

En la _noche,. á la hora ce cost!ll1bre, se pone en escena la comedia en tres actos, denominada: Viva la libertad, y e11 segmda la otra en uu acto, que se intitula: Los treinta mil del pico.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRA.itlATIOA,

En la tarde, á las cuatro en puntd, el drama dividido en tres actos, que se intitula· Lances
de honor, finalizando la fumion con una pieza de canto y otra de baile.
•
En la noche, á la hora de costumbre, la comedia nueva en tres actos, denominada: Dulces
cadeiias.

(l) Cap. 3&lt;.&gt;, § 2&lt;.&gt;

ME XICO.- IMPRENTA IMPERIAL.

•

,,

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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DEL

EL

DIARIO

IMPERIO-.
Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

lllEXlfJO.-Viernes 11 de Mayo de 1S66.

III.

NUM. 408

les hay 6 oficiales. Segun parece, la banda de este gefe ha sido destruida, Y. él
S1J'MAB.IO.
PARTE. OFICIAL.-Decreto sobre publicaciones peri6dicas.-Carta de naturalizacion á • no se pudo salvar mas que con un corto número de hombres. Todo está trandos extranJeros.
quilo en Matamoros y en sus inmediaciones.
PARTE ~O OFIC~.-Acto de re_paracion.-Vapores de lalíneaamericana.-Prisione"l'll Gilneral Gefe de Estado M1.yor,
ros de Cortina.-Estadística de GuanaJuato (continúa.)-Observaciones meteorológicas de
Enero.
A. D'OS:MOND,"
Noticias de Europa.

Vapores.

PARTE OFifJIAL_.
MAXIMILIANO,

E:rifi&gt;~RADOR DE MEXIC0:
Oido Nuestro Consejo de Ministros,
DEORE'r.rnos lo siguiente:
Art. 1~ Para el establecimiento c;Ie:cualquiera peri6dico 6 publicacion que deba hace_rse á tiempos fijo~ 6 indeterminados, y que haya de ocuparse en todo 6
e1;1 parte de asuntos. políticos, es necesario el permiso de la autoridad, no pu·
1endo ~onc_ede:se s1~0 por Nuestro Gobierno, y como delegados Nuestros; por
.os Com1s.arifs 1mper!ale~, 6 los Prefectos políticos, sin que esto induzca censura previa a la pubhcamon de los artículos 6 escritos que hayan de publicarse.
Nuestro Ministro de Gobernacion queda encargado de la ejecucion del presente decreto.
Dado en México á 6 de Mayo de 1866.
MAXIMILIANO.
Por el Emperador,
El Ministro de Gobemacion,
J OSE SALAZ.A.R lLARREGUI,

f

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA.
SEOCION DE CANCILLERIA Y CONTABILIDAD.
•
Méxieo, Mayo 8 de 1866.
~- M. e~ Emperador, por acuerdos de 22 y 29 del mes próximo pasado, Ha
temdo á bien conceder cartas de naturalizacion como mexicanos, á los Sres. D.
Mateo L6pe_z y D. Agustín ~uy~u, en vista de sus solicitudes y renuncia que
hacen, el primero de su nacionalidad española y el segundo de la francesa.
El Gefe de la Seccion,

Ignacio M. de Castillo.
I

PARTE :NO OFICIAL.
ACTO DE B.EPAB.ACIOl'I.
Se ha publicado un decreto hace algunos dias, ordenando que los mutilados
del Ejército ingresen al Cuerpo Imperial de Inválidos, rlonde serán socorridos
y honrados por la patria.
.
. Siempre nos ha par.ecido muy ingrato el hecho de dejar perecer en la miseria al ho~b.re que en defensa ?e una buena causa ha perdido alguna de sus fa.
cultades f1sicas, quedando así impotente para ganar la vida. El repugnante espectáculo qu~ o.frecen á 1~ socie~ad, es una protesta ,iviente de la ingratitud
de que son victimas, al mismo tiempo que el padron de una indiferencia sacrílega por sus defensores.
No se c!ea, sin embargo, qu~ hayan faltado leyes que los amparen. Pero ent~egados siempre nuestros Gobiernos á los incesante~ trabajos de la guerra civil, por la que constantemente se han visto combatidos, no han atendido, como
erá &lt;le e~1~er~rse, el cump\imiento de aquellas prevenciones.-De aquí proviene
~ue fal!nh~rizados, p~ro no c~nformes con ese abandono que los ha condenado
a la _:111serrn, esos vahe1~tes, chgnos de la ,mas alta consideracio11, hayan servido
de. :emora para que la Juventud adopte con decision y entusiasmo la carrera
m1htar, que tantos nombres ha ilustrado en Europa.
El E~peraclor, en cuyo esclarecido ánima han pesado estas consideraciones,
~a querido reparar, e~ cuanto lo..permita .la escasez del erario, est,a injusticia,
as:gurando el porvemr de los biJOS predilectos de la patria, que han debido
mirarse como los r~presentantes .de la honra del Ejércitg.
_ En ~ste acto de Justa reparacion, vemos un testimonio de la munificencia
lmperial, digno po.r todos títulos &lt;le la eterna gratitud de los mexicanos.

Prisioneros de Cortina. ·
El cuartel general ha publicado lo siguiente:
"México, Mayo 9 de 1866.
"El Tartare, que estaba de estacion en Bagdad, embocadura del Río Grande
acaba de llegará Veracn1z con 104 prisioneros hechos á Cortina, entre los cua:

Los de la línea americana continuarán como hasta aquí, segun vemos en el siguiente párrafo de l'Ere Nouvelle:
"Podemos anunciar que la pérdida del vapor Veracmz no alterará en nada el
servicio de la línea de New-York. La, compañía ha adquirido otro vapor nuevo,
llamado .Andrew Jolvnson, el cual alternará con el Manhattan. El .Andrew Jolvn,.
son debe partir hoy mismo (10 Mayo}¡ y llegará por consiguiente del 20 al 21 del
corriente."

ESTADISTICA DEL DEPARTAMENTO DE GUANAJUATO,
FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO,
En cumplimiento de lo dispU6Sto en el art. 5? de los transitorios de la ley
de 3 de Marzo del propio año.
{.CONTINUA,)

Cada Distrito lo forman sus respectivas Municipalidades, de la manera siguiente:
LnnTES DEL DISTRITO DE GuANAJUATo.-El Distrito de Guanajuato, que
confina por el N. con el de Allende1 por el O. con el de Celaya, por el S. con el
Departamento de Michoacan y por el P. con el Distrito d13 Leon, se compone de
lae Municipalidades de:
1 Guanajuato,
1 La Luz,
1 Silao, con el Partido de Romita, (1)
l lrapuato (con el de Cuitzeo),,
1 Salamanca.
5 municipalidades.
,
. MUNICIPALIDAD DE GuAN.A.JUATO, Sus Lil!ITES.-La Municipalidad de Guanajuato, que linda por el N. con la de la Luz, por el O. con la de Allende, t,or
el S. con la de Silao y por el P. con la de Leon, se compone de las poblaciones
siguientes: .
Ciudades.-Guaftajnato.
Minerales.-Rayas, Mellado, Cata, Valencian~, Peregrina, el Tajo, San Bruno, Cardones, Sirena, la Aldana, Marfil, Santa-An.na, Santa Rosa, Monte de San
Nicolás, Villalpando.
·
Ingenios de plata.-San Nicolás del Cubo, Rocha, Barrera.
Haciendas.-Santa Teresa, Santa Catarina de Cuevas, Cañada de Bustos,
San José de Llanos (á) Burras, Nuestra Señora de Guadalupe, Santiago, Zangarro de Dolores, San Nicolás del Chapin, la Sauceda, la Trinidad.
Ranchos.-Llanitos de Santa-Anna, el Durazno, Melchores, La Ooncepcion,
Agua Colorada, Angostura, Olla de Lobos, Ojo de Agua Colorada, el Laurel, Mesa
Cuata, Buenavista, San Rafael Chichindaro, Mesitas, la Barranca, San Antonio,
el Encinal, el Terrero, el Chocolate, Mesa del Pino, Palo gacho, Puentecillas,
el Piloncillo, Ciénaga de negros, la '.l'rinidad, el Cajon, Ojo de agua de Medinas,
Cueva del Cedro, el Zorrillo, la Víbora, Palo gordo, el Cuervito, Plaza de gallos,
Llanitos, San Bartolo, la Calera, la Cienaguita, el Va1·al, Santo Domingo, la Vírgen, Mesa de Hernandez, Rancho viejo, la Zanja, el Potrero, Lagunillas, Rancho
de En medio, Picones, la Fragua, Calvillo, Ojo de agua de Calvillo, Quinteros,
Puerto de Lino, San .Agustin, Cañada de las Flores, Camino Nacional, Puerto .
de Santa Rosa, los Juarez, el Teposan, los Núñez, la Ciénaga, Ce'l1olletas, Rosa de Castilla, Calderones, Pueblito de Rocha, la Higuera, Paso de Perules, Cervera, Pachonas, la Ordeña, la Piedad, Carretas, Rancho seco, Maluco, Huachimole, Molino de .Animas, el Limon, el Camote, Haciendita, Soledad, los Gutierrez, Puentecillas, la Presa, el Pedregal, la dieneguita,· el Cajon, Molinero, el
Pulque, la Yerbabuena, la Carbonera, Chileras, los Juarez, Rancho nuevo, los
Fuentes, el Zapote, los Nicolases, el Sauz, la Rinconada, Rancho viejo, el Cer·rito, el Coyote ~e arriba, el Coyote de aba.jo, Venta de la Purísima, San Pablo
Comedero, Pozo zarco, la Gritería, el Sombrero, el Castillo, el Paso, el Maguey,
Villaseca, la Lobera, Banera, Codornices., Tejabanee, Calderon, la Mitra, Campuzano1 San Francisco del Chapin, Montelongo, Ojo de agua, el Potrero, la Cieneguita, la Tinaja, el Rodeo, Sotelo, las Liebres, la Ordeña, Ojo de agua, el Cas
tillo, Chapin de abajo, Montecillo, Tabarés, Arroyo'hondó, Solano.

(Continuará.)
(1) Tanto al pueblo de Romita como á otros que están ensu caso, seles llama "Partidos,"
por ser unos puntos tan pequeños que no merecen elevarse á la categoría de Municipalidad,
y están gobernados por uno 6 dos Jueces de paz, suj!ltos siempre á. la cabecera de su respectivo municipio.

�'
,I

@b$tnrariattt$ 1Jtttatalógira$ htrhas

la ~~nttli tmptrial dt. IJina~

tu

EN EL MES DE ENERO DE 1866
BAROMETRO.

D~S

HORAS.

DE
OBSERVAC.

Term.
libre.

Term.
fijo.

14º7
19 1
16 9
14 4
19 2
16 3
14 1
16 8
9 1
6 6
13 4
8 05
7 2
12 7
11 1
11 1
11 1
11 1
9 1
14 9
11 1
8 8
12 7
11 1
10 6
15 5
13 6
10 1
15 2
13 6
12 7 '
16 9
14 4
11 3
17 7
15
13 3
18 2
15
13 ·8
18 5
15 8
14 8
18 6
16 3
14
17 5
15 8
13 6
18 05
16 1
14"4
18 2
16 1

13º3
18 6
16 3
13 8
19 1
16 1
13 05
16 1
9 1
6 1
13 05
8 05
6 1
12 2
10 5
8 3
8 ,05
10 8
8 05
12 2
10 5
8 05
11 1
10 5
9 4
15 2
13 05
10
15
13 05
12 5
16 3
12 7
11 3
17 2
14 4
12 7
17 5
15
13 2
18
15 5
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15 5
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17 5
16 1
13- 8
17 7
15 5

TERMOMETROS.

HIGROMETRO.

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Dia 1'? {

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Dia 2.
Dia 3.

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Día 9. i

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58
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58
59
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58
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58
58
58

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024
212
049
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780
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912
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572
795
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541
892
662
602
635
582
547
887
668
623
968
821
764
009
806
760
902
729
770

1

HOR.AS.

OBSERVAC.

Día 19.
Día 20.
Dia 21.
Dia22.
Dia 23.

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A las 9. d.m.
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Dia29.
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Dia 27.i

1Term.

9. d.m.
2. d. t.
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9. d. m.
2. d, t.

" 6. " ,,

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9. d.m.
2. d . t.
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T enn.
fijo.

12°7
18 9
16 9
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19 5
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16 9
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13 8
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17 2

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18 6
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1'3 8
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13 3
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15 8
15 2
18 8
15 8
14 1
18 6
17 2
14 1
19
16 9
14 2
18 8
16 3
12 7
16 3
14 2
13 3
16 9
13 6
13 2
18 3
16 1
12 7
18 3
16 9
10 8
15 -8
16 3

15º1
16 8
17 5
15
16 3
17 5
14 7
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11 5
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10 6
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8 8
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13 7
11 2
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15 1
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16 2
16 3
13 7
16 3
17 6
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17 5
17 5
15
15
18 7
14
16 2
16 3
15
16 2
16 3

1º6
11 1
15
3 7
11 1
14 7
3 6
112
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-1 2
2 5
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2 1
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5
8 7
-1 2
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11 2
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6° 2
11 2
-1 2
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11 5
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11 2

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HIGROMETRO.

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58 729 16 2
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59 009 19 5
59 080 15 9
59 237 14
59 049 17 4
58 983 16 2
59 095 13 4
58 9.38 16 5
58 760 15 9
59 009 14 3
58 765 18 2
58 713 15 8
58 948 13 5
58 755 18 9
58 719 17
58 912 13 5
58 902 18 3
58 699 16 9
58 917 . 13 8
58 745 18 7
58 562 16 6
58 867 11 9
58 704 16 5
58 572 14 3
58 882 13
58 657 17 5
58 602 14
58 999 12 9
58 785 18
58 648 16
59 039 11 8
58 836 18
58 ·693 16 9
59 070 10 5
16 5
58 841
58 764 16

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-

15º
17 5
17 5
15
18 7
18 7
14
16 2
17 5
15
15
16 2
15
16 2
17 5
14
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17 5
15
17 5
17 5
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17 5
15
15
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15 1
15, 1
12 5
18 3
16 2
13 7
16 2
17 5
15
18 3
20
•

!

2°5 12º4
17 2
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15
2 3 13
11 2 19 2
13 8 16 2
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5
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16 6
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11 2 16 6
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3 5 14
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15
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11 2 18 4
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1 5 13 2
11 2 17 6
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10
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11 2 15
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3 7 13
16
10
12 5 13 8
3 7 12 2
17
10
12 5- 15 8
2 5 11 4
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10
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15
6 1 10 4
8 7 16 2
15 8
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PLUVIOMETRO.

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1

1

-ACTINOMETRO.

N. de vta1. pr. 1'500

1

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1

1

l

1

BRUJULAS.

Temp. T. del
T en.
ambient Actin6m. zenital.

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PIRHELIOMETRO,

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ESTADO OEL CIELO.

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N. de vtas. pr.1'1100
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.

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Sereno.
Algs. Cu. al S. y E. del h. lo clem¡¡,s sereno.
Sereno.
,
Sereno.
Sereno.
'
Sereno.
Cu. y Cir-Ou. en todo el cirio.
du. y Cir- Cu. en todo el cid o.
Cu. en todo el cielo.
Nublado.
Algs. Cu. en el h. el Z. sereno.
Cu. y Cu-St. en todo el cielo.
S ereno.
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
'
Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir- Cu. en todo el c.;ielo.
Cu. y Cir - Ou. en tpdo el cielo.
Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir - Cu. en todo el cielo.
En el h. algs. Cu. el Z, sereno.
St. y Cu - St. en el h. el Z. sereno~
Sereno.
·
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir - St. en todo el cielo.
Cu. y Cir- Cu. en todo el cielo.
:
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
Cu. y St. en todo el cielo.
,. . .
Cirro - Cumulus en todo el cielo.
Nublado.
- ,·.
Nublado.
Cirro - Cumulus en todo el cielo.
,,
Cu. y Cir - Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir- Cu. en todo el cielo.
Sereno. ·
, .
Gir - Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cu-St. en todo el cielo.
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Sereno.
.
1
Algs. Cu. en el h. el Z. sereno.
Sereno.

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NoT.A..-Oreo conveniente explicar las abreviaturas que se encuentran en la columna del estado del cielo, y son
las siguientes: Z. h. Cu. Cir. Cir-Cu, St. Cu-St. y Oir-St y Nim.. La Z. quiere decir Zenit, lugar mas alto del' cielo
que se encuentra directamente sobre nuestras cabezas. La h. significa horizonte, que es el círculo que limita nuestra
vista y en donde el cielo parece unirse con la tierra; este es el horizonte sensible. Las ~b1·eviaturas Cu-Cir. Cir-Cu.
St. Cu-St. Cir-St y Nim, corJesponden á l a figura de las nubes, segun la nomenclatura establ ecida por Howard en
1802, que es la que sigue: Cü. Cumulos, nubes arredondadas que se.asemejan á montañas colocadas unas sobre otras.
V'? B'?,

-

. '

.

•.

.

-.

-

.

-

.

Valor medio de la presion atmosférica en el presente mes. - - ...... . .. ........
Témperatura média en grados centígrados ... - .. - ........ : . - ... - .........

drutphy.

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..

•

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ANEMOMETRO.

Decliuac.

-

1

-'

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Inclinac.

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1

Ten.
Temp. T. del
ambie'nt Actin6m zenital.

' 1,.:

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4 3
4 7
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4 7
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5 2
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2
5 7
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4 6
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o
4 7
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4 5
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4 6
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4 6
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4 4
4 6
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4 6
3 6
-5
-7 2
3 1
5 2O4

2 4
-2 6
-2' 2
-1
-4
-1
3

w ... ,

PLUVIOMETRO.

PIRH~LIOMETRO,

·.

' ~~ ~~
4 2mm S ereno.
·•
'4 6
Sereno.
3 7.
Algs. Cu-St. en el O. del h. lo demas se1·eno.
6 2
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
5 7
Cu. y Cir - Cu. en todo el cielo. ·
5
Cu. y Cu- St. en el O. del h. lo demas ::iereno.
5 9
Algs. Cu. al O. del h. lo demas sereno.
5 8 . Cumulus en todo el cielo.
.
5
Nublado.
' .
3 4
Sereno.
3 1
"' -- ~
Sereno.
3
Sereno.
2 9
Algs. Cu. al E. del h. lo demas sereno.
3 5
Sereno.
2 9
Sereno.
4 3
Nublado.
4 3
El N. del h. sereno, en lo clemas Cir - Cu.
4 1
Sereno.
4 7
Nublado.
4 1
dir - Cu. en todo el cielo.
3 8
St. en el h. en el Z. Cir - St.
4 7
Nublado.
5
. .
Sereno.
3 8
Sereno.
4 3
Algs. Cu. en el E. y N. del h. lo demas sereno. .
4
Sereno.
3 6
En el h. St. en el Z. Cir- St.
4 1
Algs. Cu. al N . y E. del h. lo demas sel'eno.
3 2
Cir - Cu. en todo el cielo.
'
3 3
El Z. sereno, el h. nublado.
4 9 . Sereno.
4 2
Sertno.
;
5 7
Sereno.
5 2
Sereno.
4 5
Cirro - Cumulus en todo el cielo.
4 6
St. y Cir - St. en todo el cielo.
.4 4
Sereno.
3 9
Sereno.
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4 9
Sereno.
4 8
Sereno.
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Sereno.
4 6
Sereno.
4 4
Sereno.
3 7
Sereno.
4 8
Sereno.
3 8
Sereno.
4 5 1, Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
6 5
Alga. Cu. en el h. el Z. sereno.
7 04 Nublado.
4
Algs. Cu. en el S. ··:t E. del h. lo clemnfl sel'eno.
5 8
Sereno.
4 5
Sereno.
4
Algs. Cu. en el S. y O. clel h. lo demas sereno.
4 7
Sereno.

•.
.
Temp. Punto Ten. del
Pation. Máxrm. Mínima. ambient\de rocío. vapor.

A.ltura.

- -

12º4
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13 2
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15 2
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TERMDMETROS.

BAROMETRO.
DIA.S
DE

ESTADO DEL CIELO.

BRUJULAS,

ACTINOMETRO.

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Temp. Punto Ten. del
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de rocío. ·vapor.

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Oír. (Ji;rrus, nubes blanqúl:t.Ct1,tl l'=cvlüa.o 6, la, Ja,oa; v,:uaaoa;; y ; ;awoft&gt;D n&gt;.5 uQ « ~ • vvva, ó, 1 - 1.,,• • 1.,,:.c, U'v u11a pluma.
Cir-Cu. Óirro-Cumulos, reunion. de p equeñas nubes r edondas sem ejantes á la lana, y que cuando se dejan v er se dice que está el cielo aborregado. St. Stratus, capas de n_ubes horizonta\es q11e se observan al ponerse el sol. Cu-St.
Cumulo Stratu-s, una ;eunion de Cumulus densa y agrupada . Cir-St. Cirro-Stratus, form~ de· nubes parecida á los
Cin-us, pero que se diferencian en que está.'n fo1·madas de :filamentos mas d elgados y mas ramificadoi:: (segun A. Poey).
Nim.. Nim.bus ó nubes de lluvia no tienen forma particular, y solo se les distingu~ por su col or gria uniforme.

.

Ignacio Cornqo.

�470

EL ,DIARIO DEL IMPERIO.
Noticia de E•ropa.

Kll'fIS~EB.IO DE GO'EB.B.A.

Ayer llegó á Veracruz el vapor:'rances procedente de San Nazario. Hé aquí
el despacho telegráfico en que se omunican las últimas noticias:
"París, 15 de Abril.

"Hasta hoy sigue reinando la p:z en Europa; pero no disminuyen las preocupaciones por la gravedad de los as:mtos de .Alemania. La proposicion de la Prusia, relativa á una asamblea deri,;,,da del sufragio universal, da á los asuntos
alemanes una impulsion inesperad. Los armamentos continúan en Viena y en
Berlin. Las Cámaras en Francia hn vuelto á abrir sus sesiones despues de las
vacaciones de la Pascua, y contiman tratando de negocios que. importan al régimen interior del Imperio. Todoslos fondos públicos están sufriendo bajas por
temor de una guerr.a. Se continúa1 las conferencias de las potencias signatarias
al tratado en Paria con respecto á.os principados Danubianos."

GABINETE,

Noticia de las comunicaciones que e~ten en este Ministerio, y no se ús ha dado curso por ignorarse la ltabitad01i de las person11s á quienes van dirigidas.
A los Sres. Tenientes Coroneles de Auxiliares~- Juan Cortés, D. ~anuel Guzman, D. Ignacio Cienfuegos, D. Francisco Carreon; Comandante superior Tancrede della Sala¡ Capitanes D. Cárlos Mismer y D. Ignacio Rosas, ídem retirado D. Francisco Romanos¡ 2'? Ayudante
D. Miguel Lailson¡ Capitan D. J~sé Donaciano Cervantes; Tenie~te ~- Francisco Javie! Salas· Subteniente D. Salvador Zenil; Sres. D. Adolfo Unda, D. Hipóhto Salazar, D. Lms G,
Gu'tierrez, D. Nabor Sanchez Ibana, D. Refugio Gonzalez, D. José María Castillo, D. Manuel Hernandez, D. J esus Osorno, D. Manuel María Lachica', D. Jesus Pavía, D. Estéban
Valero D. Antonio Rios, D. Alberto Caro, D. Ramon Rodríguez, D.' Juan Domingo Elguezabal, b. José Leon Rosales, D. Alejandro Vélez, D. Manuel Reyero, D. Alejandro Silvestrini.
México, Mayo 7 de 1866.
3a-J

Compaíiía Lancasteriana de México.

AVISOS OFICIALES.
Agua1•diente de caia, aguardiente de pulque,
yazúcar.
.A.dministracion principal de renas del Departamento del Valle de México,

Mayo 3 de 1866.-Para r~gulariza- el despacho que se hace en las garitas y en
esta .Aduana por introducciones deaguardiente de caña, ó de pulque, y .azúcar
del país, ha dispuesto el Supremo fobierno, en órden de 30 de Abril anterior,
por el Ministerio de Hacienda, se füserven las disposiciones siguientes, que se
publican para conocimiento del conercio.
1~ Se,hace extensivo al aguardimte de caña y demas licores'del país, el plazo
de quince dias útiles á los cargammtos de tránsito que no puedan continuar su
marcha, para que permanezcan deiositados en lai, Aduanas respectivas sin 'causar el derecho de almacenaje, segm dispone la órden circular de 18 de Mayo
qe 1865.
.
2~ Los quince dias útiles deberái considerarse, excluyendo los feriados, el de
la introduccion y el de la salida, su adeudar el derecho de almacenaje, el cual se
causará en el caso de que se conseiven.mas tiempo los licores en el depósito, y
solo por los días de exceso, liquidán.dose al respecto de seis y cuarto centavos
diarios por cada barril comun de otho jarras y por ocho arrobas de peso si se
presentan en cajas.
3~ En la garita de entrada declarará el introductor ó dueño si la carga ha
de seguir continuando su escala, el todo ó parte de ella, ó no. En el primer caso, previo reconocimiento, se pondrá razon en la misma guía firmada por
el gefe de la garita, y de ésta se palrá llevar el dueño ó consignatario la carga
á su casa, previa fianzá de acreditar la salida de ella á su destino y el pago del
derecho de almacenaje si se causarE. Si no otorga la fianza, se conducirá la carga á la Aduana para que se almac.me. A los cincuenta dias, contados desde la
entrada en la garita, si no se han pagado los derechos ó acreditado la salida de
la carga, ya no habrá lugar á la escala, cobrándose todos los derechos que se
hayan causado. Si la carga, no obEtante que la guía designe puntos de escala,
no ha de continuar ésta sino que ha de consumirse en la .Aduana de esta capital,
así lo declarará el conductor ó dueño, pudiéndose llevar la carga á su casa, pre/ via fianza y obligacion de ocurrirá la oficina al siguiente dia, sin necesidad de
citacion, á pagar los derechos y recoger su fianza y tornaguía. ~i no. ocurre y
da lugar á providencias coercitivas, ya no se le admitirá la fianza para lo sucesivó y se despachará la carga en la .Aduana.
.
4ª Si un cargamento de aguardiente fuere declarado en la garita de entrada
por el conductor ó dueño, para que siga los puntos de su escru.a, y despues se
pidiere adeudar en la .Aduana, se procederá á la l:iquidacion de almacenaje, en
el caso de,que se haya causado, considerando ocho dias útiles, excluyendo los
feriados, el de la introduccion y el de la salida, sin almacenaje, pero cargando
éstll á los demas dias del depósito, pues los quince dias concedidos sin almacenaje se concretan á los cargamentos que positivamente verifican su marcha á.
los puntos de escala, y no á los que adeudan en la Aduana.
5~ El consignatario ó dueño, al pedir el despacho de la guía de escala para
que siga su marcha, certificará en papel blanco, dir.igiéndolo á la .Aduana, que
lo contenido va por su cuenta, sin haber verificado ni:qguna venta en esta capital, expresando los nombres, apellidos y vecindad de la persona á quien consigna la carga y del arriero ó conductor; y si, éste sale á buscar compradores por
cuenta del consignatario de la guía del punto de partida, por cuyo motivo no se
puede designar persona á quien se remite, así se expresará. Con presencia de
esta certificacion se habilitarán las guías, expresando en ellas las circunstancias
referidas; y el Adininistrador qu~ haga este despacho, lo avisará por oficio dirigido por el correo· al del punto donde va guiada la carga, para sus operaciones.
6~ Todas las anteriores disposiciones se apliearán en sus casos á las guías de
azúcar que se han de escalar, pues respeto de aquellas que no hagan uso de la
escala, se cobrarán los derechos en la garita el mismo dia de la entrada.- El
.Administrador principal, Ignacio de la Barrera.
·
2s-l

En la sesion ordinaria de anoche dispuso esta Sociedad, que se recuerde á los artesanos
adultos la existencia del curso nocturno y de la escuela dominical, establecidos en el edificio
de ex-Bethlemitas, como tambien que no harán gasto alguno, pues la Compañía Lancasteriana
les da todos los útiles que se necesitan para la enseñanza de los ramos de educacion primaria.
México, Mayo 8 de 1866.-TV. Reyes, Secretario,
6a-l

AVISOS JUDICIALES.
Venta judicial.
El Sr. Juez 2? de Instruccion de esta corte, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha mandado
se proceda á la venta de la casa ubicada en la calle de Belen, dela ciudad de Jalapa, marcada con el número ochenta y medio, propia que fué de D:Juan de la Fuente, valuada en
1,254 pesos, señálando para la almoneda con calidad de remate la mañana del jué:ves 24
del corriente á las doce, en su Juzgado, sito en el Palaclo de Justicia.
Lo que pongo en conocimiento dill público para que la persona que quiera hacer postura,
ocurra á la Secretaría de dicho Juz~ado, donde se ministrarán las instrucciones necesarias.
México, Mayo 8 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
940-3s- 1 ·

Almoneda judicial.
El Sr. Juez 2? de lo civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha mandado
que s~ proceda á la ~enta ~e la casa_ núm. 6 de la calle de Zul?ta de esta ciudad, valuada por
el pento tercero en d1scord1a, D. LUlS G. Anzorena, en la cantidad de 6,739 pesos, señalando
para la primera almoneda la mañana del dia diez y seis del corriente á las doce, en su J uz. gado, situalio en el Palacio de Justicia.
.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que se interesen en la
finca y desearen algunas instrucciones, ocurran á dicho Juzgado, donde se les darán las que
ministran los autos.
México, Mayo 4 de 1866.-José Vicente Piña, Escribano público.
941- 3s_:l

Juzgado tercero civil de Instruccion.
Palacio de Justicia.-El Sr. Juez 3~ civil de'Instruccion, Lic. D. Crist.6bal Poulet y Mier,
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene mandado se cite por los periódicos á-D.
Juan Lorenzana, para que dentro de ocho dias precisos se presente á contestar la demanda
que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Luis Morali¡ apercibido de darse por contestada en su rebeldía.
·
México Mayo 7 de 1866.-Lic. José Mariano Moya~ Contreras, Escribano púbico.
939-Bs-2

Citacion judicial.
A solicitud de D. J ulian Romero, se ha mandado por el Sr. Juez ~? de Instruccion de locivil, Lic. D. Miguel Rendou Peniche, que por providencia precautoria y provisional, retenga
á disposicion del Juzgado, D.,,José Muñoz, de,la cantidad de trescientos pesos que tiene en
su poder, pertenecientes\á D. Prancisco Muñoz, ciento cincuenta pesos, citándose á éste para
que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio qe J usticia, calle de la Moneda, dentro de ocho días, contados desde la publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que si no
concurre se S!!guirá el juicio eµ rebeldía.
México, Mayo 3 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
937- 3s- 3

Ju~,;ado de letras de Huicliapati.
CITACION JUDICIAL.

Huichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cástulo Dorantes,
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quince días, contados desde la primera publicacion de ésta, comparezca ~or sí ó por apoderado sutiéientemente instruido y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre
pesos, le promueve el Corónel D. Ignacio del Peral¡ apercibido de que se dará por intentada
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno Romero.
935-15s-3
/
1'fotüicacion.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano.Perez de Tagle, en los autos ejecutivos que este señor seguia contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo ~scrito pide el promovente se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
auto que á la letra dice:
"México, Abril 25 de 1866.-Como lo pide. Haciendo la publicacion por ocho días en el
Diario del Imperio y Pájaro Verde, El Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.- Poulet,-Miguel Jt. Guerra, Escribano Secretario,"
r
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico.
el presente, que surtirá sus ~fectos legales.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público. ~
923-Bs-8

¿Recaudacion principal de Contribucienes directas
DEL DEPARTAMJNTO DEL VALLE DE MEXICO.

En todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio
de las contribuciones siguientes:
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de idem sobre e¡¡tablecimientos industriales.
Contlibucion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de algodon, lana, lino y las de papel.
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos¡ en el concepto, que pasado el referieo plazo, se procederá ejecutivamente contra los causantes morosos, para hacer efeetivo el
pago de sus adeudos, inclusos lo~ recargos en que incurran, conforme á las leyes de la materia,
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana. ·
México, Mayo 1? de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco Diaz
Montaño.
Bs-5

DESAGÜE DEL VA:LLE.CONVOCATORIA..

Estando decretado se proceda á la ejecucion del desagüe directo del Valle de México, se
convoca por la presente á todos los que deseen hacer proposiciones para la apertura del Tonel que irá de Zumpango al rio Tequisquiac¡ en el concepto de que en este Ministerio se da·
rán las instrucciones necesarias y de que dichas proposiciones solo se recibirán hasta el dia
25 del presente.
' ,,.
México, Mayo 8 de 1866.- Por órden de S. E., el Subsecretario de Fomento Francisco Jinu11ez.
Sa-1

A VISOS PARTICULARES.
Jriina de Nliestra Setiora del Refugio, ( a) los Trompillos,
en Paclt'llt:a,
El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y avre sí, se~ dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio (a) los Trompillos, hacidndo ménto de una
sentencia judicial que no ha causado ejecutoria, Como este negocio está pe~diente ,de la resolucion definitiva de los tribunales, _10 participamos al público para qne en nmgun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse dE) la buena fe de algunas pe.rsonas poco precavidas, que confiadas en las seguridades que se atreve á estampa/' en su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresadas,
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpre~ar nuestro silencio favorable á los derechos de Fuertes, protestamos á nombre de todos los mteresados en
la espresada mina, que no reconocemos los derechos que se alegan; que t~dos los contratos
que se celebren bajo este concepto, 1·0s consideraremos ahora y en todo tiempo D;Ulos y de
~~~n valor, hasta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de qmén está la
Justicia.
.
México, á 25 de Abril de 186(i.-Junta menor directiva, L. Benito Muriel.-R. Cancino.Bartolomé deB6-oes.
917- 6a-6

l'IAl'fO DE VJll'f~A.
Un piano de rosa, de siete octavas, con todas, las mejoras ~odernas, enterament~ nuevo! se
vende al precio de costo. Se puede ver en el num, 14, calleJon de Santa Clara, pnmer p!8o.

1'.IEXIOO.-IMPRENT.A. IMPERIAL.

/

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Carta de naturalización</name>
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                    <text>..

EL

· ·,-IIPERIO

-DIARIO
•

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

MEXIOO.-lffiéreoles 9 de Mayo de 1S66.

NuM. 407

WMañana no se publicará el DIARIO por ser dia de fiesta.

Secretaría privada del Emperador.-Direccion militar.-Núm. 2071.___:Palacio de México, á 6 de Mayo de 1866.-Exmo. Sr. Ministro:-Tengo la honSVMAIUO,
ra de poner en el superior conocimiento de V. E., en contestacion á su nota
P~TE OFIC~.-Decreto sobre la moneda del Imperio.-Prefecto 'de Aguascalientes número 2890, relativa á la consulta que hace V. E. sobre los despachos del
aTemente de Ingerueros.-Subteniente _de idem, y Guarda de 2~ clase.-Médico adjunto d~ Cuerpo de Sanidad militar, que -S. M. el Emperador Ha tenido á bien dispol . c1ase.-Despacbos del Cuerpo de Sarudad militar.
PARTE NO orICIAL.- D ~e del Valle.-Ferrocarril de Chalco.-El viaducto de ner se suspendan respecto de ellos los efectos de la circular del Ministerio de
Hetlac.-Estadística de GuanaJuato (continúa.)
Hacienda, de 14 del pr6ximo pasado, hasta que se les expidan los despachos
que definitivamente deben tener, sirviéndoles entretanto las 6rdenes que hoy
Solicitud de privilegio.
tienen del Mini~terio del digno cargo de V. E.
J.wcibid, Señor Ministro, las seguridades de mi alta consideracion.-De órden del Emperador, el Subsecretario de Marina, director de los asuntos militares, L. nét-royat.-Exmo. Sr. Ministro de Guerra.''
PARTE OFICJIAL.
Son copias. México, Mayo 8 de 1866 ..

MAXIMILIANO,

'

,

EMPERADOR DE MEXICO:

El General, Subsecretario de Guerra,

Atendiendo á la convenienc~a de que todas las operaciones relativas á lamoneda que se labre en el Impeno reconozcan un solo centro para que su direccion tenga la uniformidad debida;
'
Oido Nuestro Consejo de Ministros,
HEMOS decretado lo siguiente:
Artículo único. Estando al cargo de Nuestro Ministerio de Hacienda cuidar
de la a~uñacioo, peso, ti_po y ley ~e 1~ moneda, segun Nuestro decreto de 10
de Ab~1l de. 1.865! que fiJa las atribuciones de los Departamentos Ministeriales,
el prop1? M1mste~o entenderá en todos los puntos é incidentes que ocurran acer·
~ de .dichos particulares, 3:1í como en los qu~ se habían sefialado á Nuestro Mimster10 ele Estado por el diverso decreto de 1a mi~ma fer.ha sobre moneda.
Nuestro Ministerio de Hacienda queda encargado de 1~ ejecucion de este
decreto.
Dado en México, á 25 de Abril de 1866.
MAXIMILIANO.
Por el Emperador,

José María V, de la Cadena.

PARTE NO OFIUIAL.
Desagiie del Valle.
CONVOCATORIA.

Ministerio de Fomento.-Estando decretado se proceda á. la ejecucion del desagüe directo del Valle de México, se convoca por la presente á. todos los que
deseen hacer proposiciones. para la apertum del Tunel que irá de Zumpango al
rio Tequisquiac; en el concepto de que en este Ministerio se darán las instrucciones necesarias, y de que dichas proposiciones solo se recibirán hasta el día
25 del presente.
México, Mayo 8 de 1866.-Por 6rden de S. E.-El Subsecretario de fomento, Francisco Jimenee.

El Presidente del Ministerio,
encargado de los negocios de Hacienda,

J. M. DE LACUNZA.

Ferrocarril de México á Clhalco.
COMPAÑIA MEXICANA,

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION

1~

Noticia del mollimiento de pasajeros habido entre México y Milcoac y pu11ws intermedios
la semana del 30 de Abril al 6 de Mayo.

Pasajeros.

México, Mayo 4 de 1866.

S. M. el Emperador Ha tenido á bien expedir el acuerdo siguiente:
"En atencion á las circunstancias que cancurren en el General D. Manuel
Arteaga, HEMOS tenido á bieu nombrarlo Prefecto ,iolítico del Departamento
de Aguascalientes."
Lo que comunico á V. S. para su inteligencia, previniéndole que desde luego se presente á tomar posesion del cargo qué S. M. le confia.-lll Ministro
de Gobernaciou, 8Al'fAZ4R lLARREGur.-Sr. General D. Manuel Arteaga.
Es copia. México, Mayo 4 de 1866.

De 1~ clase ....................... . 9,009
Abonados ....... ...... ...... . ..... .
55
De 2~ clase .................. r .... . 21,396
Abonados ........ ......... ..... . .. .
95
Po_r bultos ........................ .
Sumas. . . . . . . . . . 30,554

Productos.

$ 1,320
177
1,395
162
2

37½
00
62~
00
25

$ 3,057 25

México, Mayo 8 de 1866.-Arbeu y Socios.

El Subsecretario de Gobemacion,

----•----

Joaquin Noriega.

MINISTERIO DE GUERRA.
3~ DIRECCION,
México, 8 de Mayo de 1866.

. S. M. el _Emperador, por de.creto de. 80 de Abril pr6ximo pasado, se Ha serVldo conferir el empleo de Temente de mgenieros á D. Víctor Mattute de Castel.
S. M. el Emperador, por decreto de 5 del actual, se Ha servido conferir el
empleo de Subteniente de ingenieros, á D. Ricardo Erb, y de guarda de 2~ clase de la misma arma á D. ,Fernando Kosak y á D. Luis Gomez.
6~

DIRECCION.

S. M. el Emperador, con fecha 6 del corriente, Ha conferido el empleo de
Médico adjunto de primera clase del Cuerpo Médico-Militar, al Profesor de Medicina y Cirugía D. Manuel T. Gonzalez.

El Viaducto de Metla~.
Publicamos nuevos pormenores sobre la inauguracion de esta obra, tomándolos del Orieaveiio.
'
"A las doce del dia del jueves 26 del actual faé colocada la primera piedra
del Puente de Metlac, en medio de la mas grande alegría. En aquellos momentos solemnes, las mas grandes esperanzas se notaron en todos los concurrentes,
al pensar que esa obra maestra va á. dar lugar al término feliz del ferrocarril que
ha de unir esta ciudad al puerto de Veracruz. Las generaciones venideras recordarán con orgullo que bajo la proteccion del ilustre Monarca que hoy dirige
al país por el sendero de su engrandecimiento, se llevó á. cabo una obra grandiosa, que contribuirá para su cóm¡Ieto restablecimiento.
"La compañía inglesa. contara tambien con la admiracion general, porque comprendiendo su mision, ha sabido de una manera. loable corresponder á las miras
de Maximiliano I, y á. las esperanzas de todos los mexicanos. Adelante, p11es,
para que bien pronto esa obra colosal tenga su término.
11
S. M. la Emperatriz Carlota faé la que se dignó apadrinar el acto solemne
de la colo~cion de la primera piedra; y como no le fué posible pasar personalmente á esa ceremonia, di6 facultad para que el Sr. Barron lo hiciera á su nombre. El vapor en que este individuo venia de Europa naufragó, aunque segun
sabemos, todos los pasajeros se salvaron; y habiendo tenido noticia de ello S. M.,
se dignó otorgar ese honor al Sr. Coronel OlJoqui, Subprefecto del Distrito.

�\

466

.,

.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

"El Sr. ]'.j, Antonio Escandan hizo conocer al Sr. Olloqui esa soberana resolucion en los momentos solemnes de la ceremonia, y su señoría manifestó su gratitud en los términos siguientes:
"Sr. Escandon:-Tengo á un alto honor el desempeñar la comision que S.M.,
mi augusta ama, ha tenido la gran bondad de confiarme para que pong:1 la primera piedra de ~n viaducto que por ~u grand~za hará época en los fastos de la
historia de México. Yo estoy seguro que lo gigantesco del monumento corresponde á la elevacion de la augusta persona que. se ha dignado apadrinarlo."
"Antes de colocar la piedra que es el principio de la obra de que nos ocupamos, Mr. Lloyd entregó al Señor Subprefecto los instrumentos con que debia
efectuarlo. Al recibirlos dicho señor ~ubprefecto, dijo:
"Señor Director en gefe del ferrocarril Imperial Mexicano, Mr. Lloyd:-Recibo con agrado de manos de vd. los instrum;intos con los cuales voy á .colocar la
primera piedra de una obra sin igual en todo el continente de América. México
debe estremecerse de placer al ver en su senq una maravilla que solo la constancia proverbial y el saber del gran~e pueblo inglés es capaz de llevar á su térmi
no. Yo doy las gracias como mexicano á la ilustre Compañía inglesa por sus esfuerzos, que verán coronados con la admiracion del mundo y la gratitud de la
nacion mexicana.
"El glorioso nombre que lleva el viaducto de S. M. el Emperador Maximiliano, recordará á las generaciones venideras sus beneficios, y la gran sabiduría
de su Gobiern_o. ¡¡Gloria eterna á nuestros muy amados Soberanos!!"

\

D. Marcelino Rocha............. .
,, Miguel Alaman.......•.... . ..
,, Manuel Echeverría... ........ .
,, Manuel Ajuria............... .
,, Mariano Robles.•... .. .... .. ..
,, Maca.río Morales...... ....... .
,, Nicanor Herrera............. .
,, Néstor Hernandez .........• ...
,, Pablo Gonzalez Montes ....•...
,, Pedro Ajuria .... .... .. . ..... .
,, Pedro Jimenez .......... .. .. .
,, Pedro Ibargüengoitia. .. .. . .. . .
,, Pantaleon Parres . ........ .. . .
,, Rafael Madrid............... .
,, Ramon Herrera.............. .
,, Tomás Chavez .............. .
,, Vicente Ciro Patiño . ......... .
,, Vicente Mean.a ...........•...

Propietario.
Minero.
Comerciante.
Minero.

"
Empleado.
Abogado.

" minero y. comerciante.
Abogado,
Abogado.
Comerciante.
Propietario.
"
Beneficiador
de metales.
Empleado.•
Médico.
Abogado.
Perito de minas.

SrTUACION LOCAL.-Guanajnato, capital del Departamento de su nombre, está
situado á 94 leguas N. O. de la del Imperio, y bajo los 21° lat. N., 1° 49' long.
O. del meridiano de México.
NIVEL.-Su altura sobre el nivel del mar, es de 1.020 toesas; la de la plaza
mayor, de 2.084 metros sobre el mismo nivel; y la de la boca-mina de Valenciana, de 2.313 metros.
ESTADISTICA DEL DEPART~~ENTO DE GUANAJUATO,
ÜRIGEN DE I,A POBLACION y FUNDACION DE LA CIUDAD.-Guanajuato, habiFORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO, tado por las tribus errantes, conocidas en los primeros tiempos de la dominacion
española con el nombre genérico de chichimecas (dice el Diccionario de historia
.E11 cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5~ de los tra11sitorios de la ley
y de geografia, tomo 3?, pág. 708, edicion de 1853), no cobró alguna importande 3 de Mano del propio año.
•
cia hasta que el descubrhniento de las minas atrajo la poblacion á fijarse en las
(CONTINUA,)
montañas de la cordillera: entonces el país, sujeto á la audiencia de México, reDiputacion de Minería.-:-Presidente, Sr. D. Vicente Meana; Diputado menos cibió un alcalde mayor que fué á residirá Celaya,.y se nombraron subdelegados
antiguo, D. Luis Obregon; primer sustituto, D. Ignacio María Alcacer; segun- para otros lugares, cuyas atribuciones casi estaban reducidas á recoger el tributo
de los indios. Al hacerse la division de la Nueva España en Intendencias, Guado, D. Luis G. Rcinoso; tercero, D. Domingo Soto; cuarto, D. Manuel Ajuria.
najuato, que babia ya cobrado gran impor-tancia, fué declarado una de ellas, y la
Administracion ile rentas.-Sr. D. J. Francisco Robles.
.
constitucion de 824 no le quitó su rango, contándolo como uno de los Estados
IJejensorÍ(l,fiscal.-Sr. Lic. D. Canuto Villaseñor.
Ensaye de caj~.-Ensayador-1? Sr. D. Mariano Cataño; idem 2? D. Ignacio de la federacion. La ciudad de Guanajuato, por la ti:adicion se sabe que se fundó
el año de 1548. Una casualidad hizo que al pasar unos arrieros de México á ZaM. Alcacer; idem 3? D. Teodoro Laguerenne.
Interventor de la casa &lt;le Moneda.-Sr. D. Pantaleon Espinosa de los Mon- catecas, hicieran alto en el cerro del Cubilete, en una de cuyas faldas y al hacer
te~
'
.
lumbre, descubrieron la veta de San Bernabé, que fué la primitiva mina, la cual
In-ter-ventor de la Administracion_principal de rentas.-Mr. Thebault.
está situada en las pertenencias de la de la Luz, de tanta nombradía por los ricos metales que ha producido. Los arrieros comunicaron lo acaecido á unos esAdministracion de correos.-Administrador, Sr. D. Rafael Revilla.
Agencia ae cksarrwrtizacion &lt;le bienes nacionalizados.-Agénte, Sr. D. Ignacio pañoles, los que conocedores de los preciosos metales descubiertos, levantaron,
Soria.
ara defenderse de los chichimecas algunas fortalezas, una de ellas en GuanaComandancia militar.-Comandante militar, Sr. Coronel D. José María Fai:quet. juato, al que pusieron por nombre Real de Minas: comenzaron á trabajar ese fun.,
Corte marcial.-Presidente, Sr. Teniente Coronel D. Felipe Rivera; vocal, Sr. do metálico, y así sucesivamente los demas que iban descubriendo los que inmiCapitan D. Rafael Roncal; i~em, Sr. Capitan D. Sotero Rendon; relator, Sr. Te- graban en las montañas.
niente D. Luis David.
ETIMOLOGIA DE LA PALA.:nRA "GuANAJUATO."-Quanashuato, despues Gua.Cura párroco.-Sr. D. Ignacio Arciga.
naxuato y hoy Guanajuato, significa "lugar montuoso de ranas," y es tanto mas
cierto esto, cuanto que hasta hoy existe en esta ciudad una calle con el nombre
PERSONAS NOTABLES.
_de "Cantarranas," porque era el punto donde habitaban muchas. La capital del
GUANAJUATO.
Departamento se tituló antes "Real de minas de Santa Fé de Guanajuato," y el
nombre de Santa Fé se le atribuyó por el Sr. Lic. D. Antonio de Lara. y MoD. Agustín Villalobos...•.••..... Médico.
grovejo el año de 1658, segun es de verse en la obra sobre estadística publica.da
,, Antonio Lemus.. . . . . . . . . • • . . . Abogado.
por el Canónigo Doctoral D. José Guadalupe Romero en 1862.
,, Antonio Posadas •........•... Comerciante.
,, Archivaldo Mac Goun.. . • . . • . . Director de la casa de Moneda.
DIVISION POLITICA DEL DEPARTAMENTO DE GuANAJUATo.-ElDeparta,, Benito Herrera.. . . . . . . . . . . . . . Minero.
mento está di.vi_dido en cinco Distritos, cuyas cabeceras son:
,, Celso García de Leon ....•.... .Aliogado.
,, Canuto Villa.señor. . . . . . . . • . . .
,,
DISTRITOS Y SU SÚPERFICIE,
,, Cenobio Vazquez... •......... Farmacéutico.
Leguas cuadradas.
,, Demetrio Montesdeoca. . . . . . . . Abogado y minero.
Legs. cents.
1 G-uanajuato, el cual tiene de superficie... . . . . 235 75
,, Domingo Galvan. . . . . . . . . . . . . Ingeniero.
1 Leon,
,, .
,.
,,
. . . . . . . 328 85
,, Domingo Mendoza.. . . . . . . . . . . Minero.
1 Celayá.,
,,
,,
,,
43 79
,, Estéban Hernandez y García.. . Abogado.
1 .Allende,
,,
,,
,,
. . . . . . • 695 27
,, Epifanio Jimenez . . • . . . . . . . . . Comerciante.
1 Sierragorda, ,,
,,
,,
257 69
•~ Francisco de Paula Gomez.. . . .
,,
,, Francisco Robles. . . . . . . . . . . . . Empleado.
5 distritos.
Total. . . . . . . . . . . . . . . . • 1,561 35
,, Gregorio Jimenez •......... • . Propietario.
,, Gabriel Montesdeoca. . . . . . . . . . Fotógrafo.
,, Gabino Barreda. . . . . . . . . . . . . . Médico.
,, Guadalupe Ibargüengoita. . . . . . Propietario.
SOLICJIT1JDES DE PRIVILEGIO
,, Hilario Ibargüengoitia . . . . . . . . Sacerdote.
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO,
,, Ignacio .Ai·ciga.. . . . . . . . . . • . . . Cura párroco.
,, Ignacio Jimenez. . . . . . . . . . . . . . Minero.
,, Ignacio Ajuria. . . . . . . . . . . . . . . Propietario.
SECCION 2~
,, Ignacio Alcacer... . . . . . . . . . . . .
,,
México, Mayo 8 de 1866.
,, Ignacio Alcacer .......... ·. . . . Perito de minas.
,, Ignacio Ayala. . . . . . . . . . . . . . . Abogado.
Solicitud ~ D. José IJesaubleaux, pidiendó privilegio exclusivo por un nuevo pro,, Ignacio Arizmendi. . . . . . . . . . . •
,,
cedimiento de inmersion para fabr-icar velas de sebo.
,, Ignacio Origel. . . . . . . . . . . . . . . . Cura.
,, José M. de Liceaga. . . . . . . . . . . Abogado.
••Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de 1866 y 1867.-.-México,
,, José M. Chico...............
,,
Mayo 5 de 1866.-Exmo. Sr.-José Desaubleaux, ciudadltllo mexicano, ante
,, José M. Arizmendi.. . . . . . . . . . .
,,
V. E. con el debido respeto, expongo: que por los documentos adjuntos verá
,, Juan Chico. . . . . . . . . . . . • . . . . .
,,
V. E. que desde 1861 solicité del Congreso nacional privilegio exclusivo por diez
,, J oaq\lin Chico... . . . . . . . . . . . . .
,,
años para fabricar velas de sebo por el procedimiento de inmersion, que es nue,, Jacinto Rubio.. . . . . . . . . . . . . . . Propietario.
vo en nuestro país, y cuya explicacion se hace en uno de los citados documen,, Joaquin Z. Obregon...........
,,
tos: V. E. advertirá ~ue mi solicitud, no obstante haber sidó bien acogida, no
,, Joaquín Rocha é Iramategui.. .. Abogado.
llegó á acordarse definitivamente. Y conviniendo á mis intereses el que lo sea
, 1 J. M. Farquet.... .. ... .. ..... Militar.
por el actual Supremo Gobierno, á V. E. suplico se sirva proveer de conformi,, Luis G. Reynoso.. . . . . . . . . . . . . Beneficiador de metales.
dad mi referida solicitud, en lo que recibiré gracia.-Exmo. Sr.-José Desau,, Luis Gonzalez Montes....... : . Abogado.
bleaux.-Exmo. Sr. Ministro de l!"'omento."
·
·,, Luis Nieto. . . . . . . . . . . • . . . . . . .
"
Lo que se publica. en el Diario del · Imperio, conforme al art. 14 de la ley~de
,, Luis ,Sámano . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
3
de
Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji,, Manuel Aguilar y Sanchez1. . . .
,,
tnene.e.
,, Manuel Chico y Alegre. . . . . . . .
,,
,, Manuel Chico y Arizmendi. . . . .
,,
,, Manuel Leal del Castillo. . . . . . .
,.
,, Miguel Bribiesca.. . . . . . . . . . . . .
,,
ltlEXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

..

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Cuerpo de sanidad militar</name>
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        <name>Teniente de ingenieros</name>
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        <name>Viaducto Metlac</name>
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                    <text>...

DEL
,

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

MEXl(JO.-Dartes S de ~ayo de IS66.

III..

NuM. 406

i

SU'lVIAB.10,
PARTE OFICIAL.-Medalla. del Mérito civil concedida á un correo de Yucata.n.-Cartas
de natura.lizacion á dos extranjeros.
'
•
PARTE NO OFICIAL.-Documentos para la historia.-Ley de Registro civil.-Noticias
de Querétaro.-Naufragio del va.por "Vera.cruz."
Solicitudes de privilegio.

PARTE OFlfJIAL.

- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, 6 de Mayo de 1866:

S. 'M. el Emperador, por acuerdo de 3 del actual, Ha tenid9 á bien conceder la medalla de plata. del Mérito civil á D. José Antonio Palma, correo de
Yucatan, por su her6ico comportamiento en un asalto que sufri6 de unos in·
dios sublevados, en Diciembre ctel año anterior.

. mera de las que se conservan en el Archivo nacional, es la que di6 el ~onde de
Revillagigedo (el primer Yirey de este nombre) á ~u sucesor el Marqu~s d~ las
Amarillas, y esta es la primera que_ vamos á publicar a~ora. A ella seguuán
otros documentos curiosos de la misma época, y en segmda se darán todos los
demas de la misma especie.
.
.
.
.
~- Ademas de las Insi~u~ciones que cada 1irey deJab~ al que ~e sucedía en el
mando todos ellos rec1b1an otras del Rey f1 del ConseJo de Indias. Al~unas de
ellas s~ conservan en el Archivo, son tambien interesantes, Y. las publicaremos
en esta coleécion.
, Al principio de cada ~strucci?n, 6 serie de documentos, darémos ~n~ breve
noticia biográfica del V1rey á quien se refier~n; y de este modo adqumrán los
lectores un conocimiento útil de los personaJes y de !ªs épocas. .
De estas publicaciones se tirarán aparte algunos eJemplares:,u~ie~ido las doi
de cada semana, y se venderán á im real en el despacho del Diario del Imperio."
.
.
.
Al concluirse cada tomo, se dará la portada y el índice de las materias que
contenga.

'El Secr¡¡tario encargado de la Gran Cancillería,

José JI. Gonzal.ez:

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y. MARINA.
SECCION DE C.ANCILLERIA Y CO}."T.A.BILIDAD.

..

'

México, Mayo 6 de 1866'

S. M. el Emperador, por acuerdo de fecha 2 del corriente, Ha tenido á bien
conceder carta de naturalizacion como mexic::mos, á D. Jo~é Martina y á D.
Francisco Joaquín de Coya, en vista de sus solicitudes y renuncia que hacen, el
primero de su nacionalidad italiana, y el segundo de la española.
,
El Gefe de la Seccion,

Ignacio M. de. Castillo.

PARTE NO ,OFlfJIAL.
DOCUMENTOS PARA LA HISTORIA
S. M. el Emperador se ha servido· dirigir al Exmo. Sr. Ministro de Estado
la carta siguiente:

Las riquezas que encierra el Arch:ivo general, quedan ignoradas del todo para la nacion, pues son muy pocas las personas
que pueden visitarlo y tomar conocimiento de sus manuscritos.
De consiguiente, Determinamos que en el Diario del Imperio,
dos veces por semana, ·se publiquen con toda regularidad algunas obras inéditas del .Ai·chivo general que conciernan á la Historia nacional, á la Agricultura y á la H~cienda.
Dareis, pu·es, las órdenes respectivas para que esta disposiciOJ?•
surta sus efectos á la mayor brevedad, y velareis sobre su exacto cumplimiento.-MAXIMILIANO.

.

'

11

\

En cumplimiento de esta disposicion del Soberanq, empezarémos mañana á
publicar algunos manuscritos del Archivo, destinando á este objeto una hoja
-del "Diario," dividida en páginas, para que se puedan encuadernar y.formarse
volúmenes separados del peri6dico. Dos veces cada semana haremos esto mismo,
con~orme á la 6rden de, S. M.; y esperamos que mas tarde se aum,entarán las
págmas de esta publicacion, para que corresponda al interes que no puede menos de excitar entre los amantes de nuestras fuentes hist6ricas.
Entre las mas 11otables se cuentan las ''Instrucciones reservadas de tos Vi.
reyes," y damos principio á esta publicacion con ellas. Pol' la ley 23, títul&lt;~ 3~,
libro ~? de la Recopilaciou de Indias, y por otras Reales Ordenes posteriores,
~os V1reyes de Nueva España tenian obligacion, al-concluir su encargo, de deJar escrita para sus sucesores una Iustruccion reservada que les sirviera de guía
·e~ el gobierno del país. Si todos hubieran cumplido esta obligacion, y :si existieran todas las Instrucciones de los que la cumplieron, tendríamos una abun. dante ~oleccion de documentos preciosos, en los cuales se encontraTia no solo
la relacion de los acontecimíentos mas notables de cada período vireinal, sino tambien l~ descripcion del estado en que se hallaba el país bajo el punto de vista
material, moral y político. Mas por una parte, la prevencion cay6 por.algun tiempo en desuso, y por otra no se conservan ya todas las Instrucciones de los Vireyes que las dieron. Son sin embargo muy interesantes las que eXJsten. La pri-

LeJ de Registro civil.
Publicamos en seguida el tercer artículo del Mexicano, sobre la importante
materia del Registro Civil.
"Veamos el punto de los esponsales. En el d~rec~o antigu~ flneron consid?·
rados como impedimento impediente para el matrímonw, es decir, que se oporua
á lo lícito del acto, pero que una vez celebrado no lo anulab~n. Tanto el Concilio de Trento como las leyes de Partida prevenian se cumpliese la promesa de
casarse que.envuelven los esponsales, y ann ademas de la. indemnizacion de perjuicios á que condenaban, impedían el matrimo~o con otra persona que no ~~ra
la desposada, compeliendo al que trataba de librarse de él con censura eclesiastica, como lo ordenó el Papa Alejandro IIL
"Las leyes de la No~ima R~copilacioil. v¿,ni~ron ~stableciendo_ una nov~~ad,
pues mandaron que en mngun tribunal ecles,astico ru secular pudiesen admitirse
demandas de esponsales que no estuvieran celebrados por personas habilit3:das
para contraer por sí mismas ó con autorizacion de sus ~ayores, y prometidos
por escritura pública, y que en _est,as demandas s~ procedie~e como a~unto~ puramente civiles; pero no concedió .ª los despo~ono~ el,caracter de unpe~unento
dirimente. En la marcha progresiva de la leg1slac10n s1 se nota que Pe ha ido procurandó estrechar mas y mas á los que contraen esponsales, á cumplir su palabra, hasta que el decreto de 1~ de Noviembre consumó la obra, ~eclarando_ que
el que hubiese hecho promesa de casarse otorgando sobre el particular escr1~ura
pública, no podria unirse á persona distinta de su esposa, so pena de nulidad
mientras que no se Ubre del primer compromiso.
"Esta novedad va de acuerdo con la mente y propósito del Derecho Canónico,
como se comprenderá fácilmente; pues supuesto que la Iglesia Católica mandaba
aun compeler con censura eclesiástica á los resistentes. y no podía hacer ~S? de
la coaccion civil por estar fuera de su alcance; hoy ésta le presta su auxilio, y
aun declara nulos los matrimonios celebrados con perjuicio de unos desposorios legítimos.
.
·
.
.
Los esponsa!es pueden contraerse desde la edad de S\e(e años cumplidos, con
tal que no haya entre los interesados impedim~nto dirimente y sean ratificados de una manera tácita ó expresa al llegar á la plena pubertad.
'•Se celebran no solo entre presentes, sino tambien .entre ausentes, por procurador con poder especial; pero si se le revocase el poqer antes de otorgar la es- ·
critura, será nulo lo hecho aunque ni el apoderado ni el otto contrayente tuviesen noticia de la revocacion: pueden tambien contraerse pura y simplemente ó
bajo condiciones con intervencion de arras ó sin ellas, para dia señalad'O ó sin
designacion de tiempo.
·
·
''Si dentro del término de las publicaciones Sil denuncia1·e al Oficial del Registro civil algun impedimento, lo hará constar ratificando simplemente á la persona '
que lo denunciare y remitiendo despues el expediente al tribunal de primera instancia para que califique ese derecho como corresponda; si fuere necesaria prue- ·
ba, recibirá las que estime convenientes de todos los interesados, ~o empleando
en ellQ mas que tres•dias, excepto en el caso de tenerse que ocurm fuera de la
poblacion, pues entonces concederá el plazo menor posi'ble. Recibidas las pruebas, el tribunal fallará sin mas recurso que el de responsabilidad, si existe ó no
el impedimento, haciéndolo sa\Jer á los interesados y á la oficina del Registro civil, para que en el primer caso continúe sus procedimientos y en el segundo anote
el fallo en el acta de presentacion, no debiendo ir adelante si no es previa dispensa que solo podrá otoi:gar S. Jvl·. La infraccion d~ ~ste artículo import~ nulidad de lo hecho, y pena de uno a croco años de presidio para el func1onar\o del
Registro que en ello intervenga.
"Para declarar su voluntad de casarse los esposos, se presentarán en la casa
de Ayuntamiento del municipio de cualquiera de ellos; siendo de advertir que
basta una residencia de seis meses para adquirir el derecho de vecindad. JDn el
día design3&lt;lo concurrirán acompaüados de cuatro testigo·s, y despues de dar lectura á los docu_mentos relativos, se les deberá préguntar si se toman por esposo

•

�.'

462

EL DIARIO DEL IMPERIO.

y esposa, cleclará11clolos unidos en nombre de la ley, si su respuesta es afirmativa. Este acto no produce mas que efectos civiles, y deja á los contrayentes en
libertad para cumplir con los mandatos de su religion. En el momento se extenderá 1 acta de matrimonio que tienen obligacion de firmar el Oficial del Estado
civil, los cónyuges y los cuatro testigos, pudiendo tambien hacerlo los demas
presentes si qlúeren.
· "El acta expresará lo siguiente: 1~ Los nombres, apelli4os, edades, lugares de
nacimiento y domicilio de los cónyuges. 2~ Si son mayores ó menores de edad.
3~ Los nombres, apellidos, domicilio y profesion de los padres, vivos ó difuntos.
4~ El consentimiento de los que deben prestarlo ó sus respectivas actas de defu.ncion. 5? Los avisos que se publicaron. 6~ La dcclaracion de quedar unidos los
contrayentes. 7? Los nombres, apellidos, domicilios y profesiones de los testigos,
como tambien su declaracion de si son ó no parientes de los interesados. 8? La
declaracion ele si hubo contrato anterior ante notario. ·
·
''Las omisiones ó errores pueden rectificarse á pedimento de los interesados' ó
en virtud de órden judicial. En caso de que unq de los cónyuges se negasl:l á firmar el acta, no será nulo el matrimonio, ·pues éste lo constituye la dcclaracion
hecha por el Juez de quedar unidos los interesados en nombre de la ley.
"El artículo 36 im)?one una multa de cien á mil pesos al sacerdote y todos los
que La:x:an contribuido á la celebracion de un casamiento religioso sin que previamente se exhiba el certificado de haberse verificado el contrato civil; tambien
ordena que serán reputados como concubinarios todos los matrimonios que les
falte algunos de los requisitos marcados en la ley, negándoles ademas la facultad
de producir efecto alguno civil. Dos son las objeciones que se han hecho contra
el ~ículo. Es la primera, que se convierte á los párrocos en meros ejecutores
de la ley, lo cual va en contradiccion con los cánones¡ y la segunda, que en varios puntos del Imperio no están establecidas las oficinas del Registro ci\til, ó que
aún cuando lo estén, suele suceder que los empleados de ellas se ven forzados á
abandonarlas por las peripecias de la revo!ucion, y no p~ede tener efecto la ~~.Y·
"La respuesta de estos argumentos esta en las doctrmas que he desti,rrollaB.o
en los artículos anteriores. La Iglesia está obligada á respetar las leyes del poder temporal, muc\10 mas cuando no se oponen á sus principios; pues no se debe
olvidar que es una asociacion constituida bajo la salvaguardia y apoyo de la autoridad civil, única soberana en la sociedad. Por lo que respecta á las dificultades de cumplir con el decreto de 1~ de Noviembre en ciertos puntos del Imperio,
aunque el legislador no lo expresa, es innecesario advertir que la ley nunca
castiga al impedido justamente de observarla.
"El artículo 37 se ocupa ya del divorcio, advirtiendo que nunca deja hábiles
á las personas para contraer nuevo enlace mientras viva alguno de los divorciados. Las causas para la separacion son las mismas que hasta hoy han estado
vigentes entre nosotros, por cuyo motivo no nos detenemos á especificarlas.
"La autoridad ante quien se ha de &lt;;icurrir es el Tribtmal de primera instancia que deberá conocer enjuicio sumario, quedando á la parte agraviada dos recursos de apelacion y súplica expeditos contra la sentencia. El Tribunal supel'ior conocerá en segunda instancia, teniendo lugar la tercera, ya seá confirmado
ó no el fallo de la primera. La accion de adulterio solo podrá _ser ejercitada
por el marido ó su mttjer. A ninguna otra persona se le concede ni aun el derecho de denuncia. Cuando la mujer intente esta accion ó la de divorcio, podrá
ser amparada por sus padres 6 abuelos.
"Los artículos 42 y 43 atribuyen al Tribunal de primera instancia el conocimiento de los juicios sobre nulidad y divorcio, _menos euando haya mediado
el Sacramento católico, en cuyo caso co1Tesponde á la autoridad eclesiástica.
Las demas cuestiones sobre alimentos, gananciales, etc., tocan siempre á los jueces civiles, con arreglo á las leyes vigentes.
«El artículo 44, último de los relativos á matrimonios, da el carácter de provisional á la ley en los puntos concernientes á este contrato, mientras se promulga el código civil, que entendemos será formado de acuerdo con los arreglos que
para esa fecha se habrán tenido con la corte de Roma.
''Concluye la ley ocupándose de las defunciones. Acerca de este particular se hacen tambien algunas novedades en el Derecho antiguo. En los dos dias siguientes
al fallecimiento, cualquiera de sus parientes ó alguna de las personas que lo hayan presenciado, harán la declaracion ante la oficina del Registro, donde se
levantará úna acta que será firmada por dos parientes, vecinos ó personas que
hubieren asistido á la defu.ncion. El acta expresará el nombre, apellido: eda~, domicilio y ptofesion del difunto y de los testigos, como tambien si el muerto era
casado, célibe ó viudo. Si el fallecimiento ocurre en los hospitales, prisiones ú
otras casas públicas, :firmarán el acta los directores ó dueños de ellas, estando
obligados á tener un registro de defunciones. El Oficial del Registro Civil enviará una copia del acta al Oficial del últjmo domicilio del muerto.
. "Estas prevenciones tienden á evitar los fraudes que antes se cometían fácilmente, p~cs con el simple dicho de cualquiera, era baatante para asentar la partida de fallecimiento sin saberse de tma manera segura quién era el sepultado.
"Las inhumaciones deberán verificarse despues de veinticuatro horas de acaecida la muerte y con autorizacion del Oficial del Estado civil, quien concederá gratuitamente la licencia. Podrá hacerse antes del término fijado por órden de lapolicía ó de acuerdo con sus reglamentos, pero previo aviso á la oficina del Registro. Si la muerte fuere violenta, se hará el entierro despues que un agente de
policía, acompañado de un médico, levante una acta de ello, que será remitida al
oficial del Estado civil, quien dará parte á la autoridad judicial. ·
"Dentro de las veinticuatro horas siguientes á la ejecucion de una sentencia
de muerte, el escribano de la causa remitirá á la oficina una razon de los dato¡;¡
necesarios para formar el acta. Así en este caso como en el de muerte violenta,
no se hará en ella mencion de estas circunstancias. Si el fallecimiento ocm-re
á bordo de un buque, se inscribirá en el diario, remitiéndose en el primer puerto
de desembarque una copia del acta al oficial del Registro ó éónsul de la nacion
del difunto.
"Los nif1os que nazcan muertos, no serán inscritos en el Registro¡ pero los padres tienen obligi,icion de declararlo á la policía.
·
.
•'Como se ve, la ley ha procurado tomar toda clase de precauciones en el punto de que venimos tratando, para evitar fraudes de graves trascendencias en la
sociedad y en las familias. Ya no se verán expuestas ambas á ser burladas, ni
tampoco dejarán de ser castigados los que lograsen, aunque con dificultad, evadir las prev~nciones del legislador.
.
".Antes de concluir, debemos llamar la atencion sobre un punto del cual no se
ocupó el decreto de 1'! de Noviembre, y que por su importancia exige, á nuestro juicio, ocuparse de él. Tal es la celebracion de matrimonios en artículo de
muerte.
"La ley siempre ha tratado de legalizar las uniones y legitimar los hijos¡ de
manera que el vacío notado en la que hoy explicamos, es contra el fin que se

•

(3~ publicacioú.)

ha propuesto. Muy conveniente, pues, seria que en el Código Civil se diesen
ciertas facultades sobre el particular á los alcaldes municipales, para que obren
en vista de la gravedad de·las circunstancias, observando siempre la mayor pru1
dencia posible.
•
,
"Üon est4 refl.exíon damos fin á la promesa hecha en nuestro pnmer articulo. Tal vez háyamos incurrido en algunos errores; pero si es así, son disculpables por ser hijos del convencimiento con que escribimos: en fin, nos_ cabe la
,satisfaccion de que en la vieja Europa se verá que México. adopta las ideas del
siglo.-Lic. Miguel F. Blanco."

Noticias de Q,ue1·éta1•0.

•

9

SOLIClITlJDES DE PRIVILEGIO

--

ANTE EL MINlSTERIO DE FOMENTO.

•

SECCION 2~

(2~ publicacion.)

México, Abril 20 de 1866.

Solicitud de D. Manuel del J:alle, pidiendo privilegio exclusivo como introductor ik
un procedimiento para hacer pan.niecánicamente, con gas y ácido carbónico en
lugar de /,evadura.
"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
seis y sesenta y siete.-México, Abril 13 de 1866.-Exmo. Sr.-Manuel del Valle, ante V. E. con el debido respeto digo: que pretendo introducir en el país un
pro~edimiento para hacer pan mecánica.mente con gas y ácido carbónico en luga1·
de levadura, como expresa la descripcion que tengo el honor de acompañar en
un pliego cerrado.-Siendo mi solicitud conforme á la ley, á V. E. suplico, que
siendo yo el primero que se presenta á pretender la introduccion de este nuevo
procedimiento para amasar y usar gas ácido carbónico en lugar de levadura, se
sirva t~nerm.e por legalmente presentadJ, y á su tiempo conce~~r~e la patente
respectiva por ocho años, con arreglo a la ley, en lo qne rec1brre grac1a.-M.
del Valle.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.''
Lo que se publica en el Diario del Impe-rio confo1:11e al artículo 14 de la ~ey
de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario intermo de Fomento, Francisco

Jimenez.

.J.imenez.
México, Marzo 17 de 1866.

Solicitud de-D. Julio .Arnaud, pidiendo privilegio exdu-sivo por la introduccion
de un nuevo método pam fundir fierro col,ado.
"Segunda clase.-S~llo 2?-Cuatro pesos.-Para lbs años de mil ochocientos
,sesenta y cuatro y sesenta y cin~o.-Imperio Mexicano:-Ministerio de ~acie~..da.-Valgo para los años de 1866 y 1867.-El Gefe !)1recto: de la Secci?n. 3.,
.Ag,ustin Tornel.-Exmo. Sr. Ministro.-El que su~cnbe, J~10 .A.rnaud,_ 0~1gmaTio de Francia, como consta por la carta de matricula adJunta, maqumista de
profesion, que vive en la calle de las Delicias núm. 2, se '1.irige á V. E. con el
,objeto de pedir patente de introduccion para ocho años por un nuevo método pa,ro. fundir fierro colado.-A.l efecto remito adjlmto un pliego cerrado con la des·eripcion del procedimiento, y ~n dibujo del aparato.-Como el buen_ éxito ~e este nuevo método ha; de produc1r buenos resultados en favor de la mdustria del
país en general, espero se servirá V. E. apreciar · debidamente mi demanda.Queda de V. E. su muy atento servidor-J. .Arnaud.-Exmo. Sr. }fü1.istro de
Fomento."
,
Lo q~ se inserta en el Diario del Itnperio,.conforme al art. 14 de la l~y de?
\de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

Naufragio del vapor "Veracruz."

.,

«E:x:mo. Sr.-German F. Pohls, ante V. E. con el debido respeto expongo:
que el ingeniero D. Alfredo No bel ha in~entado ll1:método para aplic~r ~l nitro .glycerin como agente para hacer volar piedras, penas, &amp;c., con un ex1to muy
"5uperior al que puede produ~iJ: 1~ pó.lvo_ra.-E~ ~r. Nobel de~e:i, as_egurarse las
ventajas que le debe producir su mvenc1on, solicitando del Mmtsteno de Fomento de~ Imperio Mexicano una patente para la im~ortacion y expendio exclu~ivos
en el Imperio, y eventualmente para su elaborac1on,"para ~uyo efecto. dara. s_u
poder especial ~ los Sres. Sohole Lohmann y 0\ de ~uanaJuato.-~a. llllpos1b1lidad de conchur el poder para este correo, es el motivo porque ant1c1po la presentacion de la solicitud mediante el ocurso presente, que ruego á V. E. se sirva
.admitir como presentado, á fin de que surta los efectos á que hubiere lugar.Por tanto, á V. E. suplico se sirva acceder á mi peticion, en lo que rec~b~ré gracia.-Hamburgo, Febrei:o 13 de 1866.-German Polhs.-E~o. Sr. Mm1stro de
Fomento.-México:''
Lo que se publica en el Diario del Imperio ~o~or~e al artículo 14 de la ~ey
Ae 3 de Noviembre de 1858.-Elt Subsecretario mtermo de Fomento, Francisco.

·(3~ publicacion.)

Noriega.

:enm:r:e:r-etts

México, Marzo 16 de 1866.

- Soli.ci&amp;ud que hace D. German Pohls á nombre del ingeniero D. .Alfredo Nóbel, pidiendo privilegio exclusivo por la invencion de un método para aplicar el nitro glycerin, conw 1,gente destinado á l,a, Minería.

Ministerio de Gobernacion.-"Prefectura política de Querétaro. - Subprefectura de Toliman.-Mayo 2 de 1866.~Ayer ha regresado de Alberca uno
de mis exploradores que estaba en observacion de los movimie°:tos de las c~u.smas enemigas que merodean por aquellos rumbos, y ha _ratificado la uot1C1a
de la. muerte del cabecilla Tiburcio Gutierrez y uno que lo titulaban Coronel del
Valle, asesinado por los mismos compañeros en una riña que tuvieron en Rioverde. El cabecilla Amanta, con una fuerza que se denomina ••Escuadron del
Bajío," tiene su cuartel en el rancho de la Tinaja, y á e~ta fuerza se han incorporado los soldados de Tiburcio Gutierrez: siguen cometiendo sus excesos de cos. tumbre, y algunas avanzadas han llegado al rancho del Chupadero, camino para este rumbo.-Lo que me honro en participar á vd. para el superior conocimiento de Su Señoría, á quien se dignará manifestar para su satisfaccion, que estas poblaciones están dispuestas á defender sus vidas é intereses y el honor del
Gobierno de S. 11.-Dios guarde á vd. muchos años.-El Subprefecto J . .Antonio M. Velazquez.-Seqor Secretario gen.eral de la Prefectura del Departamento de Querétaro.-Es copia. Querétaro, Mayo 4 de 1866.-El Secretario general, J . .Antonio Septien."
Es copia. México, Mayo 7 de 1866.-El Subsecretario de GoberJ1acion, J.

menez.

AVISOS OFICIALES.
MINISTERIO DE ESTADO.
AUDIENCIAS l\DNISTERfALES,

f .

463

EL DIARIO DEL IMPERIO.

J

Hé aquí lo que dice sobre esto·una correspondencia de Nueva-York: .
"Lo~ pasajeros dormían profundamente, cuando á eso de la una y med1~ dela
madrugada oyeron un ruido tremendo como si fuese causa~o por la explos1on de·
la má_quinü¡ y en este concepto, creyeudo llegado su ~ltimo mo~etl.to, echaron
á buscar los medios de salvarse, olvidando cuanto poseíttn, en medio de la mayor
confusion. Lo primerd que picieron fué _salir_ sobre cubierta en do~de el de~ór;
d,en no. era menor; unos corrían en unl!, d1recc1on, otros en otra, nadie obedec1a .ª
• nadie, ningun subalterno reconocia á su superior, y por todas p_artes se repet1a
el grito de "¡sálvese quien pueda!" La noche estaba clara mien~as tan_to; el
cielo estrellado, y las olas que reventaban ·al chocar cont1:a los arre~ifes, ~e~aban
ver su espuma de nieve á una distancia de mas ele una i_n1lla: El plloto, naJO-Cllyo cuidado estaba la guardia, daba gritos desaforado~ a gmsa de órJcnes que
ninguno obedecía. El buqu~ se Labia varado, se hae1a pedazos sobre un banco
sacudido por las mareas, las olas y las corrientes, hasta que abriéndoselo roturas por todas partes, penetró el agua, que inutilizó la_máquina apagando los fogones, é hizo saltar por el aire la chimenea este cambio brusco de temperatura.
''El Capitan, que se levantó al ruido no sabi~ndo dónde se hallaba, trató de
formarse una idea del estado de cosas por lo que veia á su alrededor; y persuadido de que no había remedio, procedió á dictar las medidas que creyó oportunas para salvar á los pasajeros. Dispuso que se uniese la embarcacion con la
playa por medio de una cuerda; por l:¡. que los botes iban y venían á tierra. desembarcando pasajeros y equipajes, con tanta lentitud, que á las diez del dia la
operacion no había terminado.
•
"La costa, que se veia á corta distancia, era la isla Bo~y, l~ngua ~e tierra que
se extiende tres millas al Norte de la ensenada Oregon, a tremta millas del cabo Hateras Al encontrarse los pasajeros con sus equipajes, tuvo lugar otra escena indescribible; maletas cuyas cerraduras habían sido forzadas, otras cortadas
medio á medio y bauks hechos pedazos; y en todos casos el contenido valioso
de esos bultos había desaparcci~o: algunos de lo~ pasajeros perdieron h~sta tres
mil pesos, y el que menos y mas afortunado, tema que lamentar la pérdida completa de su ropa de uso. . .
·
.
:
''Desde el.sitio del naufragio hasta Nueva-York, los pasaJeros tuvieron que
ha-cer un viaje de ocho dias, que les ha costitdo inmensas molestias y cuantiosos
gastos, cubiertos en parte por la Compañía.''

.

-Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen 6rden que. exige la. e~pedicion de los negocios de las Secretarias, del De~pach?,. ha ac?rd:ido el ConseJo de Ministros'
con autedzacion de S. M. el Emperador, las disposiciones s1gu1entes:
_
1~ El Ministro de Estado dará audiencia diaria de diez á once d? la manana.
_
El de Negocios Estranjeros, los lúnes, miércoles y sábados, de diez á once de la manana
El de Gobemacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
El de Justicia, los lúnes, miércoles y viémes, d~ tres á-cuatro de la tru:de.
.
El de Instnlccion pública y Cultos, los mártes, Juéve.s y sábados, de diez y media á doce
de la mañana.
·
El de Guerra, los lúnes, miércoles y viémes, de doce á una de la tarde.
'El de Fomento todos los dias, de las dos á 18'! tres de la tarde.
.
· El Subsecretario de Hacienda, los mártes, jué~es y domingos, de las doce ~ la ?D:ª d_el d1a
Las personas serán recibidas en el 6rden con que se hayan presentado, sm d1stmmon de
tango.
.
2~ El que quisiere ser oido en audiencia particular,
~eberá ped'rr1a por med'10 d.e una ?squela, indicando el asunto. Si no concurri!lre con exactitud á la hora que se le hubiere des1gnado, no se le recibirá.
.
d" • á
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se mgrr n a1
Oficial de partes.
•
. .
4~ Se recomienda á las personas que concurran á la &amp;ud1enc1a, que sean breves en la espo.
, sicion de sus negocios.
.
. .
.
5~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ru tratan en su hab1tac1on los nego90s
o'ñciales.
..
d
d G b·
6'; A fin de estirpar la costumbre tan :eerniciosa al bue_n serv1c1? co~o a1 ecoro e1 o 1erno, con que se molesta y ofende á los Mmistros, ya moviéndoles mflOJOS para ~l despach? de
1os negocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á _lo_s mte.
resados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra f~lta, y qll:e S. M. ha p_roh1b1do _esprésamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar mgerenc1a en negocios estranos
.á. su ramo.
•
·7~ Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los Ministerios.
México, 8 de Agosto de 1865.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
B.E:MA.TES.
El dia 18 el.el actual se procederá, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley ~e 26 de
Febrero de 1865, á la almoneda de la casa ubicada en Celaya, núm. 21, calle del Molino, valuada en($ 3,363 78 cs.) tres mil trescientos sesenta y tres pesos setenta y ocho cent~vos.
Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta
-oficina á las nueve de la mañana del dia citado.
México, M11yo i&lt;.&gt; de 1866.
4a-1
El día 21 del actual se procederá, con arre~lo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de.
'Febrero de 1865, á la almoneda de la casa ubicada en Oajaca, en la calle qe la Cochera del
Santísimo, cuartel l?, manzana 36, valuada en($ 1,382 62½ cs.) mil trescientos ochenta y dos
,pesos sesenta y dos y medio centavos. Lo que se participa al público, para que las personas
que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia citado á las nueve de la mañana.
México, Mayo 1&lt;.&gt; de 1866.
5a-1
El día 9 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicada
en Oajaca, eri el cuartel 4&lt;.&gt;, manzana 17, calle de San Antonio, valuada en ($144) ciento cuarenta y cuatro peR-Os, cuya almoneda se verificará con arreglo á los artículos 24, 25 y ?:l de la
1ey de 26 de Febrero de 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Abril 20 de 1866.
· 3a-3
El dia 15 del entrante Mayo, á las nueve de la IIU\ñana, se procederá al de la casa y solar,
manzana 35, cuartel 4&lt;.&gt;, calle del Desastre, en Oajaca, valuada en ($115 50 cs.) ciento quince

sos cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y ?:l de la ley de '26 de Febrero
ªee 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocur3a
ran á esta oficina el día y hora citados.
3
México, Abril 23 de 1866.
0

-

El dia 16 dlll entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicad&amp;)
en Oajaca, en el cuartel 4?,. manzana 1~, cálle _del Soplo ~(un. 2, valuada en ($ 495 37~ cs._
cuatrocientos noventa y cmco pesos tremta y siete y medio centavos, con arreglo á los artí1u
los 24 25 y ?:l de la ley de 26 de Febrero de 1865.ILo que se participa al público, para que as
perso¿as que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y liora_ citados.
México Abril 26 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez !J
3a-3
N,avarro. '

A.DMI:NISTB.AC:ION GENEB.A.:L DE C:OB.B,EOS.
.A.VISO .A.L PUBLICO.

El dia 10 del actual, á las cinco de la tarde, se despa~ha de esta Administ:acion ge~eral
para Veracrnz, un estraordinario ,con la corre~poodenc1a que ~a .de conducir al es tenor el
" Paquete frances." Lo que se participa al público para su coµocumento y efectos correspondi
i:!~1~o, Mayo 5 de 1866.-El Administrador general, Lius de la Peza.
2s-l

MO:NTE DE PIEDAD.
Manuel de los Cobos, Juez interino del departamento de ventas, Y Juan Estanislao Mo.nterde, Interventor del mismo, participan al público que el l(mes (14) _catorce _del que cursa
recomenzará ·el remate de la ropa empeñada en el ~es de Octubr~ del ano anten~r.
Las persol\as interesadas en ella, pueden ocurro con oporturudad á desempenarla 6 á P .
6enciar su venta; en concepto que ésta principiará á las doce en punto, con la concurrencia
que hubiere.
, é y. í
México, Mayo 7 de 1&amp;65. - Manuel de l-os Cobos. - Por el Sr. Interventor, JOS ar 11
Mdlet.-V&lt;.&gt; B&lt;.&gt; Lazpita.
3a-1
'
Juzgado de letras de Jll.Eorelos.
Auto citando á D. Nicolás Perez.-En el espediente que se sigue en este Juzgado C?ntra el

J uez de paz de Cuahuistla por responsabilidad, he proveido un auto que,á la .letra dice:
"Moreios, Abril 10 de 1866.-Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de _D.
Nicolás Perez, cítesele l'ºr medio del Diario ofic)al del Im~rio! para que dentro del térmmo
de quinc.i dias perentonos, contados desde la pn?Jera pub1icac1on, se _presente ~n es~e Juzgado; apercibido de que si no. lo verifica, se detenmnará en esta c~usa s11;1 su au&lt;µe~cia lo que
corresponda. El Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro, Juez de 1! mstanc!a del D~tnto, q~e aotúo por receptoria á falta de Secretario, lo mandé f firmé. Doy fe.-Diaz Barreiro.-Asistencia, A. Mortno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de'lo mandado y para 911e sm:ta los e~ectos legales,, PºI!go el presente
en Cuautla de Morelos, á diez y ocho de Abril de mil ochocientos sesenta y seJS.-El Juez de
6a-4
1! instancia del Distrito, Diaz Barreiro.

d.dministracion de rentas de Chalco.
.

.A.VISO.

Se participa al público, para que las personas que quieran hacer pos~ura concurran á e~ta
AdminiBtracion el dia 15 del entrante Setiembre, á las nueve de la mauana, en que. s~ v~rificará el remate del rancho conocido con el nombre del "Jardín," ubicado ~~_la mumc1pa~dad .
de Ozumba, de es?' jurisdiccion, éon arreglo á lo acordado por el Sr. Admm~tra~or ~e ~1enes
nacionalizados en 5 del presente Abril, y val~ado en ($ 6,6~ 42 cs.) seis mil se1s~1entos
treinta y cinco pesos cuarenta y dos centavos; siendo de advertir á las personas que se mteresen á dicho rancho, que al Erario solo reconoce esta finca 3,800 pesos, y que hab!á ª?eID; s
g_ue garantizar á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante á qmen JUBti que ser el dueño.
•
. .
.
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Vtctonano Carrillo. lQa-4

6

Escicelas gratuitas.
Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de ~~6.-Núm. 865.-La
Comision de Instruccion pública, con feclía ·10 del corriente ha participado al Sr. ~calde
municipal, que segun lo dispuesto por el Exmo'. Ayuntamiento, han quedado est!\blec1das y
abiertas para el público tres escuelas gratuitas para niños pobres, de las cuatro acordadas por
la misma corporacion; la primera en la _calle de la Concé'pcion-~úm. 9, la segunda en la ca~e
de Muñoz núm. 3, y la tercera en la Rmconada de San Sebast1an. Lo que por 6rden dehm.smo Sr. Alcalde se pone en conocimient.o del público, á fin dé que los padres de familia que
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establecimientos mencionados.-El Secretario
del Exmo. Ayuntanuento, Luis G. Paswr.
6a-6
IMPOB.'l'A.NTE.
Corte Marcial de México.-Siendo de·interes averiguar el paradero del súbdito americano
Tomás Smith para una diligencia judicial, con motivo del asalto y robo que sufrió cerca de la
garita de Vallejo la noche del.18 de EnérQ último, y teniendo noticia de que este individuo
es transeunte, por el presente se escita á las anUlridades de los lugares por donde pueda encontrarse, se sirvan notificar de arraigo á Smith, dando aviso á esta Corte Mru:ci.al, situada en
el Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea examinado.
México, Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Mtmuel Riego.
l~a-7
A.dministracion principal de rentas de México.

.e

REM.A.'rE DE UN.A. FINO.A..

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, ha sido ?mbargada p~r,
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la calle de Santa Clara, apreciada en_ su últ1-.
ma traslacion de domi~o en diez y seis mil pesos; fijándose para las almonedas los d1as 20 y
30 del actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que. la vltima es con calidad de remate, el
cual tendrá, lugar en el despacho de esta oficina, á las 610s de la tarde: lo que se hace saber
al público, para que las personas que quisieren hacer postura, 1a hagan acompañando sus'respectivos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion principal de rentas. México, Abril 13 de 1866.-J. de la Barrera. 6a-6

A.dministracion principal de la renta del l'apel sellado
EN EL DEPARTAJIIENTO DEL VALLE DE MEXICO.

México, Abril 18 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en,auprema 6rdEl.n fecha 15 del corriente, que ias Administraciones de esta renta procedan á hacer
efectivo el cobro de las cantidades que se deban al 'fesoro Imperial, con arreglo_ á la ley de
14 de Febrero de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos &lt;¡.ne previene el artículo 18 de la diversa ley fecha 20 de _Enero de 1837, sobre _facultad coacti,:a. .
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema d1spos1cion su debido cumplimiento; pero considerando qué entre las muchas personas á quienes '
comprende, puede haber algunas que por causas involuntarias D:º haya0; ~currido á terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este aviso para que las que qmerau evitarse n~evas contestaciones y alm mayores gastos, ocurran á verificarlo dentro del plazo de ocho d1as, contados
desde la fecha de su publicacion.
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor part~ ~e los corredores de esta plaza,~ quienes por no haberlos.encontrado en sus casas los com1s1onados. de esta
oficina, les han deJado el recado correspond1eme, no han presentado .hasta ahora los libros d~
su giro, y otros aunque los han presentado, al ver que.no e_staban arreglados, los han recoirdo ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual no han cumplido. Todos constan en lo~ r_eg1stros de esta misma oficina, y pasado el plazo de los espresados ocho días, se dará conocmnento
de los que queden pendientes al Tribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negocios de Hacienda, respecto de los que se hallen _en el primer caso, y en cuan~o. á los del ~
segundo, espedirán los correspondientes mandamientos de embargo.-El Admm1Strador principal, José María de [caza é lt11rbe.
6a-5

..

�•
í

EL DIARIO DEL IMPERIO.

464

Becaudtuion principal de ContrilJIUione, d:wectm

11'otificacion.

DEL DEPARTAMÉNTO DEL VALLE DÍ: MEXICO.

A !lScrito presentado por el Lic. D. Prota~io P_erez de Tagle, como here?ero del Sr. Coro1;1el
D. Mariano Perez de Tagle, en los aut_os eJ~Cuhvos que este señor se~a ~ntra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago dé tres mil y,p1co de pesos, y en cuyo escntó pide el 1;1romovente se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á qujen ocurre, haciéndose la
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
auto que á la letra dice:
·
"México, Abril 25 do 1866.-Como lo pide. Haciendo la puhlicacion por ocho días en el
-Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Insti-uccion"Cl.e lo civil, Lic. J?:Crist6bal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poukt.-Mi~ F. Guerra, Escnbano Secretatio."
.
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
•
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Esoribai;io público.
923-Ss- 7

En todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio

ce las contribuciones siguientes:

Cuatrp al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
, Derecho de patenté sobre giros mercantiles.
· Idem d~, idem sobre establecimientós industriales.
Contribücion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de alg&lt;!don, lana, lino y las de papel.
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el refeñdo plazo, se procederá ejecutivamente contra los causantes morosos, para hacer efectivo el
pago de sus adeudos, inclusos los recargos en que incurran, cónforme á las leyes de la materia.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
.
México, Mayo l? de 1866.-EI Recaudador principal del Departamento, Framisco Diar.
Montaño.
·
Ss-4 ·

AVISOS PARTICULARES.

AVISOS JUDICIALES.
,Juzgado segundo de primera instancia de Orizava.
AVISO.

Por auto de esta fecha, el Sr. Juez 2? de 1~ instancia de esta ciudad, Lic. D. Manuel José
de Urrieta, ha dispuesto se cite por medio de los periódicos á D. Rafael Rivera, para que en
el término de diez dias comparezca á contestar la acusacion criminal que por injurias graves le
tiene promovida el Sr. Adniinisttador de rentas D. Domingo Villaverde; con apercibimiento
de que si así no lo verificase, se procederá á lo que haya lugar en derecho.
Orizava, Mayo 4 de 1866.-Pedro Paz, Escribano público.
Ss-l

- - -- - - - - - - - -- - -- - - - - - ----'--- - - - - - - ,Juzgado tercero civil de Jnstruccion.
Palacio de Justicia.-El Sr. Jnpz 3~ civil de Insb:uccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier,
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene mandado se cite por los periódicos á D.
Juan Lorenzana, para, que dentro- de ocho dias precisos se presente á contestar la demanda
que en juicio. verbal, sobre pesos, le promueve D. Lnis Moral.i¡ apercibido de darse por contestada en su rebeldía.
México :Mayo 7 de 1866.-Lic. José .Mariano .Moya de Contreras, Escribano púbico.
939-Ss-l

Citacion judicial.
. En la demanda que D. Julian Maldonado intenta poner á D. José Carranza, sobre devolnc1on de un caballo, á peticion del actc;r ha mandado el Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D.
• Miguel Rendon Peniéhe, se cite por los periódicos al mencionado D. José Carranza ácontestar esa demanda; ª.Percibido que de no comparecer por si 6 por apoder.ado instruido y espen~a~~• con dicho obJeto, dentro del término de ocho dias que al efecto se le señalan, seguil"á el
JlllC10 ~n su rebeldía. Lo que se le hace saber por el presente aviso; en concepto de que los
ocho d!as se contarán desde la tercera insercion de dicho aviso en los periódicos.
Mé:1;1co, Mayo 5 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público.
936-3s-2

C'itacion judiciat
A solicitud de D. Julian Romero, se ha mandado por el Sr. Juez 2? de Instruccion de lo
ci~ Li~..D. Miguel Rendon Peniche, que por providencia precaut&lt;]ria y provisional, retenga
á dispos1c1on del Juzgado, D. José Muñoz, de la cantidad de trescientos pesos que tiene en
au poder, pertenecientes á J:?. Francisco Muñoz, ciento cincuenta pesos, citándose á éste para
que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, dentro de
ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que si no
concurre se seguirá el juicio en rebeldía.
México, Mayo 3 de 1866.-Casimiro l'ernandez, Escribano público,
937-3s-2

- · - - - - -- - Almoneda judicial.
Debiéndose proceder á la venta de la casa con su huerta y merced ile agua, ubicada en el
pueblo de San Angel, plazuela de los Licenciados, que se conoce con el nombre de su finado
ilueño el Sr. Lic. D. Manuel de Zea, contra cuya testamentana sigue actualmente autos el
$r. D. ~anuel_Payno, ~obre ejecuc\on de~ failo del E~o. Coi¡sejo; el S~. Juez 3? civil de
Instrucc1on, Lic. lJ. Cnst6bal Poulet y Mier, por el proveido en ~ de Abril próximo pasado,
señaló para celebrar las almonedas coITespondientes 1os días doce y veinticinco del corriente,
y ocho·del entrante Junio, todas á las doce, y la últúna con caliilad de reµiate. ,
Lo hago saber al público, para que las personas que se interesen en la compra de la mencionada linea y deseen tomar otras instrucciones xeferente$, ocurran á fa Secretarla del mencionado Juzgado, adonde se les ministrarán las que consten de autos; entendiéndose que la
venta tendrá lugar confbrme á la retasa de los peritos D. Alonso Mariscal y D. Isidoro Chavero, nJada en 23,799 pesos.
•
•
.
México, Mayo 3 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
934-3a- 2

.. .

Ju%glÜlo tü letras de Huicliapan .
CITACION JUDfCIAL.

B'.uichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cá¡¡tulo Dorantes,
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quince días, contados desde la primera publicacion de ésta, comparezca J?Or sí 6 por apoderado suficientemente instruido y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre
pesos, le promueve el Coronel D. Ignacio del 'Peral; apercibido de que se dará por intentada
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno R01ñero.
.
935-15s-2

COMPilUA PRMLEGIADA

PJI.Bd E.!l.BBIC.!l.B _HIELO.
Como representante de la Sc,ciedad anónima, que está debidamente autorizada por el privilegio esclusivo concedido el 18 de Setiembre último conforme á la ley, para importar aparato&amp;
para producir hielo, tengo el honor de avisar al público que én el mes de Junio próximo se
abrirá en esta ciudad un espendio de hielo por mayor y menor, á precios. inferiores á los a~
tuales, y que estoy autorizado, para establecer esta mejora en otras poblaciones, á fu:atar con la&amp;
personas que presenten garantías é informes á satisfaccion de la Junta directiva de la empresa.
•
·
Puede ocurrirse al local de la Compañía, Plazuela del Salto del Agua núm. 1, de nueve ~
once de la mañana.- Jul. Hottrcade, representante de la O~
938-16a-2sm-1
MI~d DE NlfESTBd SEÑOBd DEL BEPlfGIO
EN GU.A.NAJUATO.

Habién.dose puesto en productos la mina de Nuestra Señora del Refugio, aviada por D.
Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros.
aviados y encargado de la tesoreiía, convoca á los poseedorns actuales de las banas aviadas,
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por si 6,
por persona debida¡:nente autorizada, y exhibiendo el título ó documento que compruebe su
actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su calificacion.
•
Guanajuato, calle deBelen núm. 33, Abri18d~ 1866.-Juande D. Salgado. 899-30a-8

AVISO.
En la tlapaleria de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido 1Ul surtido de
p~pel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el que se dará al precio desde 3 basta 5 reales
pieza.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á precios sumamente cómodos.
En la ºmisma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-6

COMPAÑ.IA DE COLONIZACION ASIATICA
ESTABLECIDA EN mxrco
POR DECRETO IMPERIAL DE 10 DE DICIEMBRE DE 1865.
SUSCRICION ABIERTA EL 8 DE MARZO DE 1866,

En la Direccwn G=al, calle de las Éscak1'illas núm. 17, y en el Banco de L6ndres,
México y _Sud América, calle de Capuchinas.
BANQUEROS DE LA Co11IPAÑÍA.

~ Barr~u Por_bes ?I ~P~ .

_ .

l Batu;ode '1:.oudres, M~xacoy Sud dméf'ica

&amp; publicará oportunametite lo, nombres de los Agentes
en lo$ ]Jepartamentos.
·

0

Uapital Social $ 2.000,000

1

Representado por A0,000 acciones de á S 100 cada un'a, pagaderas por cuartas partes,á
saber:
En el acto de suscribirse-_ - ____ - _. _. _. _. 25 por 100
A los seis meses-- .. , ____ ---·---·_____ __ 25 ,, ,,
·A los doce meses- -- - --- - --. - - ---- --- - -- 25 ,, ,,
A los diez y ocho meses _____ • __ ____ . __ . . 25 ,, .,
Al efectnar este último entero, se entregarán la aaio11 ó título definitivo, recogiendo los
certificados provisionales, conforme al art. 11 de los Estatutos,
Se recomienda al público la lectura del art. 56 de los Estatutos, por el que vendrá en cono-cimiento de la preferencia concedida á los dccio'llitJtas en el traspaso de las contratall'
á la llegada de los trabajadores. En el mismo artículo se dice: "En, el caso que se presente'II
varios accionistas solicitadores, se les cederán las contratas, segun el número de 6rde1i de s-us tít►
los, y 'á razon. de un trabajador por cada dos acciones."
Todo lo que se pone en conocimiento del público, de órden del Consejo dé AdÍninistracion;
en la inteligencia de que la suscicion se cerrará precisamente el, d~ 30 de Abril.

CONSEJO DE ADMINISTRACION.
,Juzgado de letras de 'l'emascaltepec.
PRESlDENTE.-El SeñOT Co11de del Valle de Orizava, - Gran Cliambelan de ,S. M. la Empe,11'.En los .autos seguidos por este Juzgado en el intestado del súbdito espaií.ol D. Martin Un,
zue~, el Juez que suscribe, por auto de veintidos del próXimo pasado Febrero, ha mandado triz, propietario.
Sr. D. Andrés "PizaT&lt;To, ex:Presidente del Se11ailo, propietario.
~e cite por el presente inos que se crean con.derecho á los bienes correspondientes á dicho
Sr. D. Nicolás Poliako?!its, Secretario de la Int&amp;ndtncia de la Lista Ciml.
mtestado, ya como hered~ros, ya como acreed_ores, para que dentro de treinta dias, contados •
Sr. D. Miguel Ctn!antes, Chambelan del Emperador,propietario.
desde la fe~ha de_est~~s.o.,, se present~n ante ~l á d.educirlo, por _sí 6 por apoderados inBtruiSr. D. Luis Barreiro, RegidlJ'r y propietario.
dos y bastii.ntemenfe espensaaos; en la mteligencia de que les parará el perJuicio á que haya
Sr. D. Manuel Valay. Abogado y propietario.
lugar en de¡echo si no lo verifican.
SECRETARto.-Sr. D. Santiago Lolm, comercia!IÜ de la casa F. A. Lohse é Hijos.
Temascaltepec, Abril 21 de 1866.-El Juez letrado, Manuel G1-acida.-Asistencia Ignacio
Muñoz.-Asistencia, Rafael Rimwro.
6a-5'
NOTA.-Los trabajadores vienen contrntados por diez años, ganando euatro pesos mensuales 1
mantencion, y se les darán dlJs 1fiudas de ropa anuales.
·
Llamamiento de herederos.
En virtud d? arreglos hechos con anticipacion por la Direc!!ion General, llegarán y se repartirán los p¡:nl.1.eros colonos, antes de pagarse el segundo plazo. Por lo tanto, las personas que
AVISO• .
En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido quisieren contratar trabajadores, plleden desde ahora inscribirse en la
por _los albaceas el Sr. D. Blas Pereda, residen~ en San Luis Potosí y D. Antonio Martinez
Direccion General, calle de las :Escalerillas núm. 17.
vecmo de Ciudad '.Fernandez, por fallecimiento del súbdito ~leman D. Federico Reyther ve'.
861-30s-12
cino que fué de e¡¡ta ciudad, he mandado ·por mi autoridad en auto de 27 del actual se'cite
por los periódicos del Imperio ~ D. Andrés Reyther l'..á m Ml,\.11a Ana Angela Hegue~, padres
del espresado ~r. ~eyther, ó bien sus hermanos 6 pan.entes inmediatos del testador, vecinos
DIVERSIONES PUBLICAS.
de una pequena ciudad llamad3: Callenahat1 perteneciente al cfr(;ll].o gubernativo Arnesverguen.de los ~stado~ de Alemarua, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
TE.A.'l'RO DE ITlJRIHDE.
del pe¡entono térmmo de un ~ño, que s~ contará desile la primera publicacion de este aviso,
«e presente!1 por sí ó por medio de ápoderado, á este Juzgado, á deducir e. derecho que tenCOMPAÑIA DRAJIUTICA:
gan á _los bienes que ~e hallan ~n.d~pósito, perten~cientes á 1~ tes.tamentapa del espresado D.
En la n~che de hoy, á la hora de costumbre, se_pone en escena la comedia dividida en-~
Fedenc~ Reyther; baJo el apel:c1b1m1ento de qno s1 no lo verifican les párará el perjuicio á
que hubiere lugary se ap_lit;ar~ dichos bieJ).es al obje«! que dete~e la ley, Y para que lo actos é intitulada: Otro gallo le cantara, y en seguida la otra nueva, en un acto, que se mü·
m~~ado te~ga su cumpllinie,ntó1_pong\&gt; el present¡l. aV1so en la ciudad de Rioverde, á los tuJ.a: La tapa de cuello.
v~m~ocho ~1as del ~es de Óctubre d? mil ochocientos s~enta y c;;tco, que firmé con los de
1111 as}\lf.enc1a, con qmenes doy fe.-Firmado.-llomingo 17thurri"-Asistencia Gil .Mendez Asistencia, J. Bias Oribe.
6~a-53 ·
MEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

~.

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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 406, Mayo 8</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Historia nacional</name>
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                    <text>'

#

.

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DEL

EL ·

IIPEBII
•

•

-

.

Los númerOll sueltos valen 12 centavos. ·
TOMO

S'IJ'MAB.10.'
PARTE OFICIAL.-Carta del Emperador sobre recompensas y ascensos militares.-De·
creto indultando á un sentenciado.
.
PARTE NO OFICIAL.-Observaciones mcteorol6gicas.-Aguardiente, pulque y azúcar.
-Corte Marcial de Tula.-Correspondencia para el exterior.
•
Noticias extranjeras:

PARTE OFit;IA.L.
Palacio de México, á 7 de Mayo d11 1866.

r

•

NUM. 405

MEXl()O.-·Lunes 7 de Mayo de 1S66.

III.

....

La gerarquía militar CO?'.llprenderá:
Soldado de 2~ clase,
Soldado de 1~ clase,
Cabo,
Sapgento 2?,
Sargento l?,
Ayudante,
\
Subteniente 6' Alférez,
Teniente,
Capitan,
.
Capitan Ayudante mayor,
Comandante,
....,
Teniente CoroneL
Córonel,
. .
Genetal de Brigada,
"
General de Brigada con mando, _
General de Division,
General de Division con mando.
Nadie podrá ser nombrado SRrgento si no sabe leer, _escribir
y contar, y ademas las obligaci-bnes del arma en q~e _sirve:
El ascenso ·al empleo de Oficial se dará por elecc.ion entre
los Sargentos 1.0 ª y Ayudantes. Bn los Cuerpos facultativos habrá que sujetarse á previo exámen.
.
Desde el empleó de Subten;.ente al de Cómandante, las vacantes se proveerán por ipitad al turno de antigüedad, y la otra
mitad al tmno de eleccion, siguiendo este sistema de un modo
invariable.
·
.·
·
Desde el empleo de Teniente Coronel hasta el de General de
Division, todos los ascensos se darán por eleccion.
·
Para obtener el empleo al ascenso supe1i.or será preciso h3:
ber desempeñado dmante tres años el infe1i.or, á menos que circunstancias extraordinarias de guerra hagan v~ar e~ta·disposicion.
La antigüedad se hará constar -en el escalafon del_Ejército. '
Los grados sin goce del emplo efectivo no se conferirán en .
· adelante.
.
La profunda expeii.encia de los vocales del Consejo pii.vado
Nos son una garantía de que el.Reglamento que les está encomendado, f!aldrá digno de los prowesos del siglo, y dará los mejores resultados para el bien del Ejército.
;
'
Reéibid
las segmidades. de la beri~volencia de
.
VuestrQ afectísimo

Mi querido Ayudante Ui'aga;
Para lleva1· á cabo la reorganizacion de Nuesv:o bizarro
Ejército, que cuenta con excelentes elementos, Queremos que
Nuestro Consejo privado de Asuntos militares, prosiguiendo su
tarea con el mismo celo y acierto, redacte reglamentos pormenorizados para·la concesion de recompensas honoríficas y los as:censos, conforme á las·bases que vamos á bosquejar.
Las recompensas honoríficas serán:
· .
l? La inencion honorífica en la Orden general del Ejército.
2? La Medalla del M&lt;irito Militar.
3? La C111z de Guadalupe.
4? La Cruz ael Aguila Mexicana. .
.
Para merecer la mencion honorifica en la Orden general
del Ejército, se necesitará. una accion distinguida a.l frente del
enemigo, debidamente justifica~a por declar~cion del _Co~andante de la columna, y cierto numero de testigos que fiJare1s;
Haber salvado la vida á un General 6 haber tomado up.a bandera 6 ca.ñon al enemigo, 6 por fin, haber ·recibido 'una herida
grave marchando sobre el enemigo.
La Medalla del 'Mérito Militar se obtendrá por cierto número
de años de servicios sin nota alguna en la hoja de ellos, 6 ha~er_
obtenido una mencion honorífica en la Orden general del EJército. . ··
.
,
.
La·Cruz de Guadalupe se dará po'r un número mayor de
años de servicios sin nota, prestados en circunstanoias penosas y
· difíciles, por haber ofüenido mencion honorífic~ en la Orden general del Ejército, 6 por haberse señalado vanas veces por su
valor.
.
La Cruz del Aguila Mexicana'se obtendrá á lo menos á los
20 años de servicios sin nota, prestados en circunstancias peligrosas y con· tal que el agraciado esté ya condecorado con la
Cruz de Guadalupe, por haber prestado un, servicio eminente á
la Nacion 6 al So~erano, 6 por haber mereci~o p_or tres veces
mencion honorífica en la Orden general del EJérc1to.
Las condiciones que. deberán concUITi.r para obtener ascenso
en las Ordenes de Guadalupe 6 del águila Mexicana, fuera q.e
las acciones de guerra ó de eminentes· servi~ios prestados al E_stado, deberán ser las siguientes:
Para obtener la condecorn.Qion de Oficial, será menester portar desde hace tres años la de Caballero, y ser Capitan 6 asimilado. ·
Para ser Comencladór será preciso llevar dos años la de O:fi-_
cial de la misma Orden y ser Gefe del Ejército 6 'asimilado..
Para pretender la Cru'z de Gran Oficial será menester haber
sido dos años Comendador y tener el empleo de General 6 asimil~do.
Para obtener la GraR Cruz será necesario haber sido tres
anos Gran Oficial y tener el empleo de General 6 asimil~do.
Pasemos ahora al sistema de ascensos.
Las bases para este poderoso elemento de emulacion; serán
las siguientes:
•

l

M.AXIMILI.ANO.

MAXIMILIANO, EMPERADOR

DE

•
HEMOS venido en decr~tar lo siguiente:

MEXICO:

Se indulta al reo Emigdio Reyes de la pena capital á que le s~ntenci6· la
Corte Marcial de Guadalajara, por el delito de r~bo, conmutándole aquella pe·
na en la de diez afios de presidio.
·
Nuestro Ministro de· Guerra queda encargado de la ejecucion del;presente
decreto.
Dado en México, á 27 de Abril de 1866.

MAXIMILIA.NO,

Por el Emperador,
El Ministro de Guerra,

JOSB

MARIA

G.A.RCI.A.,

•

�-

•

•

.~b~mtati:out1l ~tttaift,gita~..kttbj . ,n . llt _~~tutla _ltttptrial dt flliua~
EN EL l\{.ES DE ThICIEMBRE DE 1865
BAROl\'.IETRO,

DÍAS

HpRAS,

DE

Term.
libre.

OBSERVAC. ·

Día 1?
Di! 2.

Dia

l
I

a:

ª·l
~

Di~ 4.

Dia 6, {
Dia 6.
Dia

l

1:{

Día . 8.1
~Diª 9.l
D~lO-!
Dia

.A las 9. d. m, 14°
,, ,, 2. d. t. 19 3
,,, ,, 6. ,, ,, 17 ·8
,, ., 9. d. m. 15 5
,, ~. 2.
t. 20 5
" ,, 6. ,, ,, · 18 3
,, ,, 9. d. m. · 14 3
,, ,, 2. d. t. 21 05
,, ,, 6. ,, ·,,
18 2
,, ,, 9:d. m. 15 5
,, ,, 2. d. t. 21 05
,, ,, 6. ,, ,, . 19 9
,, · ,, 9. d. m. 16
,. ,, 2. d. t. 20 8
,, ,, 6. ,, ,, 19 1
,, ,; 9. d. m. 14 9
,, ,, 2. d. t. 20
,, ,, 6. ,, ,,
18 8
,, ,, 9. d. m. 15 ~
,, ,, 2. d. t. 20 5
,, ,, 6. ,, ,, 19
,, ,, 9. d. m. 17 2
,, ,, 2. il- t. 21 4
,, ,, 6. ,, ,, 18 2
,, ,, 9. d. m. 15 8
,. ,, ·2.d. t. 19 5
,, ,, 6. ,, ,, 17 8
,, ,, 9. d. m. 16 7
,, ,, 2. d. t. 21 2
,, ,, 6. ,, ,, 17 7
d. m. 15
,, ,, 2. d. t. . 20
,, ,, 6. ,, ,, . 17 2
,, ,, 9. d. m. 16 1
,, ,, 2. d. t. 20 2
,, ,, 6. ,, ,,
18 3
,, ,, 9. d. m. 17 2
,, ,, 2. d. t. 20 5
,, ,, 6. ,, ,,
18 2
,, ,; 9. d. m. 14
,, ,, 2. d. t . 19 1
,, . ,, 6. ,, ,,
17 2
,, ,, 9. d. m. 14 7
,, ,, 2.· d. t. 18 8
,, ,, 6. ,, ,,
19 1
,, ,, 9. d. m. 15
,, ,, 2. d. t. 19 4
,, ,, 6. ,, ,, 17 3
. ,, ,, 9. d. m. 15
,, · ,, 2. d. t. 19 6
,, ., 6. ,, . ,, 17 2
,, ,, 9. el, m. 15 5
~., ,, 2. d.t. 20 5
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Día~-

Dia 13.,i
Dia 14.

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Dia 15.¡

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Dia 16.
Dia

17.1

,Di,-

18-l

'

.

TERMOMETROS,

Term.
fijo.

Altura.

13º06
19 1
17 5
Í5
20 2
17 7
14 1.
20 5
18 05
14 7
20 5
19 5
15 5
2Ó 3
18 8
13 6.
19 1
t8 6
13 8
20 2
is 6
16 9
21 2
18 05
·14 7
19 7
17 7
16 05
21 1
17 2
147
19 9
16. 9
15 8
19
18 05
16 8
20 3
18 05
13 6
19 7
16 9
14 .
18 8
11· 05
13 8
18 9
16 '6
14 1
19 1
16 9
15 •
20
17 6

ce
58 877 12º6
58 755· 18 ~
58 897 17
58 673 l.4 5
58 521 19 5
5'8 531 18
58 689 14
58 606 20
58 587 18
58 983 14 2
58 816 20 ·
58 755- 19 .
58 892 14 8
58 699 20
58 643 18 8
58 764 13
58 673 19
58 623 18 ·
58 856 13
58 602 19 5
58. 623 18 5
58 872 16 2
58 653 . 21
58 668 i7 5
58 902 14 2
58 724 19.
58 623 17 6
58 764 15 8
58 033 2i 3
58 506 17.
58 557 . 14 6
58 480 19 5
58 425 17 2
58 683 15 4
58 476 1í) 5
58 465 18
58 933 15 8
58 668 20
58 623 18
58 902 14 2
58 700 19 5
58 806 16 5
58 958 13 8
58 816 18 2
58 724 16 8
58 922 . lB 5
58 801 18 9
59 034 16 5
58 902 12 7
58 746 18 9
58 729 16. 9
59 065 14
58 851 19 8
59 055 17 _5

HI.GROMETRO.

Temp. Punto Ten. del
Patron. Máxim. Mínima. ambient
derocfo. • vapor.
15º6
Í7 5
18 7
16- 2
18 7
19 8
16 2
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18 1
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16 2
18 7
20
17 5
19 8
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17 5
18 7
16 2
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18 7
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HORAS,

OBSERVAC.

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Dia 19.j ,, ,; 2. d. t.
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,, 9. d. m.
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Dia20.
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Dia 21.
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17 4 ~ 1 O
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18 2 - 3
17 2 - 2 2

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HIGROMETRQ,

EST~_oo OH CIELO,

'J!i)mp. Purilo Ten. del
:Patron. M;áxim. Mínima. ambient de rocío. vapor.
14o5 16º 2
19 5 18 7
18 8 18
16 3
15
19 9 18 7
17 9 19
14 8 17 5
18 9 17 5
17 2 18 6
13 p 16 2
16 7
18
17 2 17 5
13 2 16 2
18 5 17 5
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17
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18 8 16 8
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18 5 17 5
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ACTINOllE'J~.

B.RUJULAS,

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ANEMOMET.RO.

-~~~~,~~!_J 2~~1 IncliDac, D~linac. 1

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Sereno.
El N. del h. y el Z. sereno, ~n lo demas Ou.
.1
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S ereno.•
Cir-Cu. en todo el cielo.
1
i .Alga. Ou, y Cir-Cu. en todo el. cielo. •
Cir-.St. en el O. y N. del h. lo demas sereno.
6 2
Cu y St. en el li.. el Z. sereno.
6 5
En el h. alga, Cu. el Z . se;reno .
5
5 1 .Alga. Cu: en el h. el Z. aereno.
sereno.
6 2 Calma. en todo el h. el
4 7 ·Sereno.
·
·
· . ,; ·
6 3 En el h . alga. St. en el Z. Cir- St. .
6 8 El S. y O. del h. sereno, en lo demat Cu. r. Cir-C•· '•: · - ·,' '
algs. Cir-Ou,
·
5 8 Cu en todp el h. en el
.Abunda. Cu. y Ou-St. e:r;1. to&lt;io el cielo..
5
7 4 En el h. a1 s. Cu. y Cit. el.z; ~e~Q.
.
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5 4 Ou. y Cir- u. en t.odo el cielo~
·- 1• .
5 _7 Cu. St. Cu- St. y eir - St. en todo ~ eifl0¡,
Sereno.
5 8
4 4 Cu. en el h. el Z. aereno.
1
5 2 · Ca. St. y Cu - St. en el h. ~ Z. set~Sereno.
.
6 5
Cu. en. el h . alga. Cir. ~ el z.
5
• 1
7 5 .Algs. St. en el h. el Z. sereno.
. ·
7 1 Sereno.
5 7 - Ou. -en el h.' el Z. aei;eno.
sereno.
6 2 Ou- St. ·en el h.·d
6 1 Cu. en todo el cielo,
4, 4 En el Z. alga. Cir. en ~ h. Ou.
6 3 .Al S. del h. alga. St. lo d~mas sereno.
6 04 Ou. y Oír - Ou. en el h. el Z,. éereno.
5 4 .Alga. Cu. y .Ciz-9u. en el·h. el Z. a.-eno,._
5 4 Ou. y Cu - St,. en el h. el Z. sereno.. •
Sereno.
.
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:5 3 .Alga. Ou. en e:1 h. el Z. s.ereno.
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4 7 Sereno.
5 4 Sereno.
4 2 .Alga. Cu. y Cix - Ou. en e~ h. el Z. ~eno.
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4 3 S er eno.

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Las obaervaciones del actinómetro se
han hecho á. las 7, f:! y 9 de la noche.

Vaior medio d e la presion ~tmosfétjca en el pr!)BeQte mel\- ••••••••••••••••••·
Temperatura média en grados centígr~os .............•.•.•.• - ,•• - •••••••

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Oir, Oii:rus, n11b~ blQi;Uqu\scp, p~eei.q,s,s á lailana ea,rdl\da, y ~biea ~g_qnas veces~ 1-e. bar.bae... de una. plum!!,,
Cir-Cu. O_irro-ChÚn~ol!, ,r6Ul}Í()ll, de ~.eégieñ.., nubei ~d.qnda.a. ~mejantell ~ la lapa, y que. cÚ-1;1,do s~ d-ejon ver·e.e dice q~~ está el ci~o abou~ado. St. S~~ib ca~. d&amp; nubei,. h~~ontalea qµe BEl observ:a.l) ql po:qer,e el sol, Ou-Si.
Cumulo Str~t\18, UlUI, reunioade 0\1,Jill-W.111! d.~ lll!llt y a p p ~ Oir-St. Qino-Strátus, fo~ de naj:}flli! JUl,l'eJ:ida á loa
Oirrus, ½&gt;ero que se d~n4P8JI. QD•,qllt están fei:ma&lt;las
fi~éat&lt;la maa delg_adoa.y ~ rauúficadt&gt;t'I (se.gun A. p.¡ey)·
Nim. ~imb~.ó nuhea ~• ~via no tievq fonpa part~ukr...f ll9lo se l~,-~istin~e p~ lilJl colo'-~u~t'.er4'le,

NoT.A..-0reo conveniente explicar las abrevµi.tura.s que s.e encuentran en la columna del estado del &lt;1ielo, y son
las siguientes: ~- h. Ou. Oir. Oir-Cu, St. Cu-St. y Oir-St y Nim. La, Z. quiere decir Z enit;.lugar mas alta- del cielo
qu~ se encu entra directamente sobre nue¡¡tra~ cabezas. La h. significa horizonte, que es el círculo que limita nuestra
vista y en donde el cielo parece unirse con la tier1·A;· este es el horizonte sen sible. Las abreviaturas Cu-Cir. Cir-Ou.
St. Ou-St. Cir--St y Nim, corresponden á. la figura d e las nubel:'I , segun la nome nclatura establecida por :E(oward en
1802, que ea la que s;gue: Ou. Cumulos, nubes ll,~red_ondadali que 110 asem eJan á montañas colocadas unas sobr e otra.a.

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TERMO METROS.

'.I'.erm. \ Te_rm. 1 Altura.
hbre.
fijo.
ce
15º5 14o7 59 039
20 5 20 .2 58 8-06
l8 3 17 5 58 755
15 8 15 2 58 933
58 765
20 8 20 i
18 3 18 05 58 7&amp;0 .
r47 58 912
15
19 4 19 1 58 785
17 7 17 1 58 999
15 2 14 4 58. 882
19 1 18 8 58 775
18 05 17 2: 58 872
14 5 · 13 8 59 049
19 5 19 · 1 58 877
17 5 17 2 58 836
16 9 15' 8 58 958
21 4 20 8 58 755
18 3 18 05 58 689
16 8 ·15 8. 58 901
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20 8 2(j 2
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16 9 16 9 -58 856
58 78Q
20 2 20
18 8 18 05 58 ()93 ·
17 2 16 9 58 .7 45
21 1 20 8 5!3 679
19 4 1s ·8 58 693
16 1 15 8 º 58 7ófí
21 1 ' 2º 5 58 704
17 7 17 5 58 729
15 2 14 7 58 861
19 4 19 1 58 790
17 5 17 2 58- 755
15 5 14-1 58 928
19 1 58 683
19 5
17 2 16 3 58 801
13 8 58 933
15
20 1 19 1 58 713
17 2 16 7· ó8: 653

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DIAS
DE

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· ANEMOMETRO,

11º4
0°2
5 ¡mm S1:1reno.
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15og . 9º~ · 1°5
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5 6 · .Alga. G.u . y Oír-Cu. en ~ h. el
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Sereno.
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El N. del h. se1·epo, en lo deipas Cir. y qµ--Qu.
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3 4
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Ou. en· todo el cielq.
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Cu. en todo el cielo.• ·
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Cu. St. y Ou-St. en todo el cielo.
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�460-

EL DIAR!O DEL IMPERIO.
Aguardiente, pulque y azúcar.

..

.Administracion principal de rentas ·del Departamento del Valle de Mé~co,
llayo 3 de 1866.-Para regularizar el despacho que s.e hace en las garitas y en
esta .Aduana por intreducciones de aguardieD:te de caña, ó de pulque :y azúcar
del país, ha dispuesto el Supremo Gobierno, en órflen de 30 de .Abril anterior,
por el Ministerib de Hacienda, se observen· l~s disposiciones sigizjentes, que se
publican para conocimiento del comercio. .
·
1~ Se·hace extensivo al aguardiente de caña y demas licores del país, el plazo
de quince dias útiles á los cargamentos de tránsito que nó puedan continuar su
,marcha, para qu.e permanezcan depositados en las .A.dUánas respectivas sin causar el derecho de almacenaje, segun dispone la, órden circular de 18 de Mayo
de 1864.
,
· .
2~ Los quince días útiles deberán considerarse, excluy~ndo los feriados, el de
la introduccion y el de ·l a salida, sin adeudar el derecho de almacenaje, el cual SQ
causará en el caso de que se conserven mas tiempo los·licores en el depósito, y
solo por los días de exceso, liquidánclose al .respecto de -seis y· cuarto centavos
diarios por cada barril comun de ocho jai:ras y por ocho arrobas de peso si se
,presentan en cajas.
.
3~ En la garita de entrada declarará el introductor ó dueño si la carga ha
de seguir conpinuando su escala, el todo ó parte· de ella, ó no. En el primer caso, previo reconocimiento, se pondrá razon en la misma guía firmada por
el gefe de lá. 'garita, y de ésta se podrá llevar el dueño ó consignatario la carga
á su casa, previa fianza de acreditar la salida de ella -á su destino y el pago del
derecho de almacenaje si se causare·. Si no otorga la fianza, se conduch-á la carga á la .Aduana para que se almacene. .A los cincuenta di~s, contados desde la
entrada en la. garita, si no se ~an pagado los derechos ó acreditado la salida de
la carga, ya no habrá lugar á la escala, cobrándose .todos los derechos que se
hayan causado. Si la carga, no obstante que la guía designe pun!os de escala,
no ha de continuar ésta sino qt:ie ha de consumirse en la .Aduana de esta capital,
así lo declarará el conductor 6 _(lueño, pudiéndos¡i llevar la carga á su casa, previa fianza y obligaci9n de ocurrir á la oficina. al siguiente día, sin necesidad de
estacion, á pagar los derechos y rec_oger su fi31!Za y tornaguía. Si no ocurre y
da lugar. á providencias coercitivas, ya no se le admitirá la fianza para lo sucesivo y se despachará la carga en la .Aduana.
·
·
·
4~ Si un cargamento de aguardiente fuere declarado en la garita de entrada
· por el conductor ó dueño, para que siga -los pimtos de su escala, y despueá se
pidiere adeudar en la .Aduana, se procederá á la Hquidacion de almacenaje, en
., el caso ·de que ~e haya causado, considerando ocho días útiles, excluyendo los
feriados, el de la introducciQn y el de la salida, sin almacenaje, pero caTgando
éste á los demas días del depósito, pues los quince días &lt;;oncedidos sin almacenaje se concretan á los cargamentos que positivamente verifican su marcha á
los puntos de escala, y no á los que adeudan en la .Aduana.
5~ El consignátario ó ·dueño, al pedir el despacho de la guía de escala para
9.ue siga su marcha, ~rtificará en papel blanco, dirigiéndolo á la .Aduana, que
Jo contenido va por su c~enta, sin haber verificado ninguna venta en esta capital, expresando los nombres, apellidos y vecindád de la persona á quien consigna la carga y del arriera ó conductor; y si éste J:Jal~ á buscar compradores por
cuenta del consignatario de la guía del punto de partiaa, por cuyo motivo no se
puede ~esignar persona á quien se remite, así se expresará. Con preeencia de
esta certificacion se habilitarán las guías, expresando en ellas las circunstancias
referidas; y el .Administrador que h'aga este _despacho, lo avisará por oficio dirigido por el coneo al del punto donde va guiada la carga, para 11us opernciones.
6~ Todas las anteriores disposiciones se aplicarán en sus casos á las guías de
azúcar que se han de escalar, pues .respecto de aquellas que no hagan uso de la
escala, se cobrarán los derechos' en la garita: el mismo dia de la entrada.-El
.Administrador principal, Ignacio de la Barrera.
.

...

'

.

Corte Marcial de T~la.

,Prefectura polítrca del Departamento del Valle de México.~"!~ Division nµlitar territorial.-Destacamento de Tula.-Serie anual 14.-Serie general 14.Corte Marciat-MAXIMILIANO, por la gracia de ·rnos y la voluntad nacional,
' Emperador de México, á todos los presente~ y ve~deros, s~l~d:-La C_ort~ Marcial del Departamento de Tula, correspondiente a la 1~ DIVIs10n terntonal, ha
pronunciado la sentencia siguiente:
.
"Hoy,. treinta de .Abril de mil ochocientos sesenta· y. seis, la Corte Marcial
del Departamento de Tula, oido al Comisurio relator en sus peticiones y conclu-.
. siones, ha declarado: l ? Que elllamado Toribio Trejo no es culpable del hecho que
se le imputa de h1rac'cion del art. 6 del decreto ~e 3 de Octubre del-.añ? próximo pasado, como mcidente sacado del proceso num. 14, y con anter1ondad definitivamente sentenciado. 2?. Que los indicios por los cuale11 se procedió en su
contra, han quedado destruidos con las pruebas rendidas, · haciéndose en consecuencia. marcable la inculpabilidad del acusa'do Trejo. 3\ Que no es de tomarse en
consideracion la pena que el Comisario Relator pide contra D. Miguel Trejo y,
Gregorio :Montalvo, por no existir prueba de crímen ni delito, ni mérito para pérseguirlñs.-En consecuencia, la Corte, ·por la misma unanimidad de.votos, manda
que el llamado Toribio Trejo sea puesto inmediatamente en.libertad, si no estuviere detenido por otro delito.-El año de 1866, el dia 30 de Abril, se leyó la
presente sentencia absolutoria por mí, el Escribano que abajo firma, al llamado
Toribio Trejo, quedando en ab'soluta libertad en el acto.-El .Aetuario, Octaviano
Ledesma.-Una l'Úbrica.-El Comisario relator, Bartolomé Diaz de Leon.- Una
rúbrica.....:..Es copia que certifico.-11Iayo 1?· de 1866.-El Secretario general dé
la Prefectura, José J. Zúñiga."
· Es copia. México, .Mayo 5 de 1866.-El ·secretario general de la Prefectura,
Oárlos füvala.

Noticias de Europa y los. E.stados•lJnidos.
Antes de ayer por la mafíana lleg6 á Veracruz el vapor am_ericano Manhattan,
y en él han venido los pasajeros del JTeracruz que se perd16- ~r. la costa de la
Carolina del Norte. Las noticias de Europa y los Estados-Umdos constan eµ
el siguiente parte telegrá-fico:
•
Nueva-York, 25 de Abril de 1866.

La cuestion de las pesquerías del bacalao se complica, cada vez mas, y en vista del envío de bhques de guerra americanos é ingleses á las eostas de Terranova, a.e considera difícil una solucion pacífica de la cuestion.
.
. ,
Mr. Stephens, gef!) de los fenianos de Irlanda, ha llegado de mcógruto a
Nueva-York, despues de algqnos dias de permanencia en Paria.
·
Los fenianos siguen haciendo esfoerzos para invadir el Canadá; pero el Gobierno de los Estados-Unidos, en vista de bis reiteradas protestas del Ministro
inglés, ha mandado' al General Meade á la frontera con un Cuerpo de observa- .
cion, y ha dictado algunas otras medidas preventiv_ás.-Se asegura qu~ la Cámara ha señalado para su claúsura los pnmeros d1as del mes de Juruo.-Los
vapores ' 'England" y "Virginia," procedentes de Europa con emigrados, ~an sido condenados á una rigurosa cuarentena á su llegada á este puerto en días pasadosr por haberse presentado muchos casos de cólera á bordo durante la travesía de los cuales mas de ciento han causado la muerte.-Desde su ~legada
hasta' la fecha se han presenutdo algu~os casos JI(a,s, :&gt;: la Comision de sal~brida~
pública está adoptando todas las medidas que estan a su. alcance para 1mpeml"
que la poblacion se contagie.
,
. .
.
Han llegado aj.gunos otros vapores· de Europa, pero no han. temdo mn~:s
novedad. Las noticias de Elll'opa alcanzan hasta -el 11 de .A.bril.-La cuestion
alemana continuaba casi en el mismo estado.
El Gobierno de Pi:usia babia- prohibido la exportacion de caballos.-Se asegura que el Embajador de Italia en Berlín ha escrito á su Gobierno que creía que,
la guerra era ineyitable.-El Conde Walderseé de Prusia fué arrestado en Fraga como espía de su Gobiemo, habiéndole encontrado un pland de fortificaciones a.e 1A ciudad.-Se decia que !ifr. de Bismark tomaria represalia.s con los súbditos austriacos.-No se había podido arreglar aún la cuestion de los Principados, y se ignora cuándo volverá á reunirse la Confere~cia europea.

AVISOS OFICIALES.
Becaudacioti principal de Contribucio~ies directas
DEL DEPARTA.MENTO DEL VALLE DE JIIEXICO.

En todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo terci•
de las contribuciones siguientes:
.
.
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.'
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de ídem sobre establecimientos industriales.
Cont1:ibucion impuesta á-las fábricas de hilados y tejidos de algodon, lana, lino y las de papef.
.
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos; en el cóncept9, que pasado el referido plazo, se procederá ejecutivamente contra los causantes morosos, para hacer efectivo el
pago de SUB adeudos, inclusos los recargos en que incurran, conforme á las leyes de la materia•.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana:
México, Mayo l\' de 1866.-El Recaudador prineipal del Departamento, .Francisco Diaz
Montaña.
Ss-3 ,

AVISos · JUDICIAL.ES.
Tribunal Jriercantil de ~Hajuaio.
Guanajuato, 30 de Abril de 1866.-Este Tribunal, en los autos seguidos por la quiebra deD. Luis Manriquez, con feeha de hoy ha proveido el siguiente:
•
"Guanajuato, SO qe Abril de 1866.-Vistas las constancias de estos autos, y apareciendo de
ellas que D. Luis Manriquez ha suspendido el pago de SUB obligaciones líquidas y cumplidas,
se le declara en ei¡tado de quiebra, segun lo prevenido en el art. 759 del Código de Comercio
vigente, cuya época es de contarse desde esta fecha, á reserva de lo que despues aparezca:
procédase al aseguramiento de todos los-bienes, libros y papeles del deudor, así como ála detencion de su correspondencia, ~:~u!º que se librará el respectivo oficio á la Administracion
de correos:. se nombra síndito a · 'strad?r á D. ~uan _Casillas, y judii;ial al Lic. D. Ignlfcio
Alcázar, fiJándose á ios acreedores el térnnno de diez d1as para qu~ presenten al síndico ad-ministrador los justificantes de sus ctéditos, haciéndose las notificaciones en los términos que
previene el a¡t. 813 del Código mercantil: publíquesé la quiebra conforme á lo dispuesto en el
art. 794 del proJ?iO Código, y f6!ll1ese el espe~iente de calificacion d~ la quiebra, haciéndose
saber á los síndicos sus respectivos nombraill!entos. Así lo mandaron y fumaron los señores,
Presidente y colegas del Tribunal Me,rcantil: doy fe, como tambien de que los señores que
forman dicho Tribunal, son el Lic. D. J osé. lt{aría Chico, D. José &lt;:}~adalupe lbargüeugoitia
y D. Pantaleon Parres.-José María Clnco.-J. G. Ib11,rg1lengoitia.-P. Parns.- Mi!!Utl
Herrera." -Por tlnfermedad del Sr. Secretario,_Migiul Herrera, Escribano de diligencias"'del
Tribunal. 3a-l

Citacion judicial.

1

. En la demanda que D. Julian Maldonado intenta poner á :Q. José Carranza, sobre devolucion de un caballo, á peticion del actcr ha mandado el Sr. Juez 2\' de Instruccion, Lic. 1);
Mig,uel Rendon Peniche, se cite por los perió,dicos al méncionado D. José Carranza á contes-tar esa demanda; ayercibido que de no comparecer por sí 6 por apoderado instruido y espensado, con dicho obJeto, dentro del término de·ocho dias que al efecto se le señalan, seguirá el
juicio en su rebeldía. Lo que se le hace saber por el presente aviso; en concepto de que loo
ocho dias se contarán desde la tercera insercion de dicho aviso en los periódicos.
México, Mayo 5 de 1866.-Joaquin Gu,rnum, Escribano público.
936-3s- 1

Citacion judicial.
A solicitud de D. Jnlian Romero, se lra mandádo por el Sr. Juez ~\' de Instruccion de lo.
civil; Lic. D. Miguel Rendon Peniche, que por providencia precautoria y provisional, retenga
á disposicion del Juzgado, D. José Mruioz, de la cantidad de trescientos pesos que tiene e.D
su poder, pertenecientes á D. Francisco Muñoz, ciento cincuenta pesos, citándose á éste para,
que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, dentro de
ocho dias, contados desde la pub!icacion de este aviso; bajo el apercibÍmiei:J.to de que si no
concurre se seguirá el juicio en rebeldía.
•
•
México, Mayo 3 de 1866.-Casimiro Femandez, E scr\bano público.
937-38-1

tJorrespondencia pa1·a el Exterior.

Ju1't;ado de Instruccion de Texcoco.

Administracion general de Correos.-Aviso al público.-El dia 10 del actual,
á las cinco de la tarde, se d1¡Bpacha de esta Admiuiotracipn general para Vera.cruz, un extraordinai·io con la col'l'espondencia que ha de conduch· al extE!rior el
"Paquete frances."
·
·
Lo que se participa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.-México, Mayo 5 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.

En los autos del intestado de D. Luciano Santa Cruz, que giran en este Juzgado, se ha
prevenido que por los periódicos se convoque á las personas que se crean con derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para que se presente~ á deducirlo en el término de quince ¡Has, que comenzarán á contarse desde la primera pubbcacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, les parará el perjuicio á que hubiere lugar en
derecho. .
.
Texcoco, Abril 30 de 1866.-El Juez de ll!struccion, Mauro F. de C6rdoba. · 933-Sa-2

1'1EXl(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.

•

•

•

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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DIARIO

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Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

8111\IAB.IO.
PARTE OFICIAL.-Prevenciones sobre guías para la intemacion de efectos extranjeros.
-Adscriciones de eacribanos.-Snpresion de los tribunales mercantiles de Qnerétaro, Morelía y Orizava. ,
.
PARTE NO OFICIAL.-Obras del desagüe.-Corte Marcial de Tnla.-Sal en Gnanajnato.-Estad.ística de Gnanajuato (continúa)/

PARTE OFICJIAL.
MINISTERIO DE HACIENDA.
lléxico, Abril 30 de 1866.

•

Prevenga vd. á los Administradores de las Aduanas marítimas que están bajo su depen(\encia, que en todas las guías que expidan en cumplimiento clel re-•
gl~mento de 23 del último Febrero, para la internacion de efectos extranjeros,
asienten en la_ columna de observ_acion.es que co~tienen las mismas guías, el
nombre, apelhdo y punto de residencia del amero 6 conductor de los efectos, y lo mismo del consignatario que haya de recibirlos.-Igualmente recordará vd. á los propios Administradores, la puntual observancia de los·artículos 8~ y 9~ _del citado reglamento,, que previenen que los comerciantes declaren pormenorizadamente el número, peso y medida de los efectos que cubran
las guías; la marca y numeracion de los bultos; los derechos de Aduana que se
han pagado. ~or el d?recho pri~cipal y,...cada uno de:los adicionales; y todos los
demas req~1S1tos y c1rcunstancias _que en los referidos artículos se especifican,
y que semrán para que el respectivo ccmsignatario pueda declarar en la Aduana de final destmo, que está conforme ese pormenor con el contenido de la carga que se le rem_ite, ahorrándose de formar po: su parte una nueva factura' 6
declaracion de la misma carga.
Lo que comunico á vd. para su inteligencia y fines consiguientes.
El Subsecretario de Hacienda,

E. ViUa'bva.

•

Señores Directores de las Aduana~ marítimas del Golfo y del Pacífico.

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECCION

3~
México, Abril 29 de 1866.

Quedan aprobados por este Ministerio los puntos que contiene el a¡:iuerdo
de ese Tribunal superior, que V. S. acompaña á su nota fech1' 14 del presente,
relativo á las adscriciones-á los Tribunales y Juzgados de esta Corte, ele los escribanos de diligencias que están expeditos.
.
Lo digo á V. S. en respu~sta á su citada nota; bajo el concepto de que con
esta mi~ma fecha se manda publ_icar el referido a,cuerdo.
I

. cío, jueces de instruccion de lo pi_vil y crim.inal, y_jueces municipales, ~uedando
aprobadas las siguientes propos_1c1?nes:-\ Se fiJ_ª el_ número de eswba~os ae
diligencias de esta Corte, en, vemtmno.-2; Los escnban~s que se,adscnben .Y
los que en lo su.cesivo lo fueren;' presentaran luego sus titulos al _s~ñor Pres~dente de este Trlbunal, para que se haga constar en ellos 1~ adscric1,o~, y avisarán por medio de oftcio cuando hayan cesad? en su respectiva ~dscrtc10n, p~a ,,
que se considere que hay vacante.-3~ Eh virt~d de)o p~evem_do en el. oficio
del Ministerio de Justicia de 26cl'e Febrero últibio, l!e hacen por este Tribunal
las adscriciones siguiente~ de los escribanos que están ~peditos:
A las dos Salas de l~ Civil del Tribunal de 1~ instancia:

SEcdroN· l~

-

NuM. 404

MEXlfJO.-Sáhado li de Mayo de .1S66.

El Ministro de Ju¡¡t.i,oia,
ESCUDERO.

Señor Presidente del Tribunal superior de esta Corte.

lVota á que se refiere la aprobacion anterior.
"Tribunal Superior del Departamento del Valle del Imperio Mexicano.México, Abril 14 de 1866.-Exmo. Sr.-Por acuerdo de este Tribunal Superior, tengo la 1honra de acompaña!' á V. E. el relativo 'á las ..ádscricior.es á los
tribunales y juzgado~ de esta Corte, de los escribanos de diligencias que están
expedit.os, para que sj V. ]. lo tieue á bien, lo mande publicar en el Diario
Oficiat.-Dios guarde á V. E. muchos afios.-El 'Presidente del Tribunal Superior, 'l!eójito .Llfarirt.-Exmo. Sr. Ministro de Justicia."
Tribunal Superior del Departamento del Valle delimperio Mexícauo.-México, Abril 14 de 1866.-Este Tribunal Superior, á quiel'I se dió cuent~ con
el oficio del Exmo. Sr. Ministro de Justicia, feéha 27 de1mes próximo pasado, ·
en que comunica que S. M. el Emperador Ha tenido á bien aprobar el acuerdo
_ relativo á las adscriciones de los escribanos de diligencias, que se le había elevado con e11e objeto, ha mandado se le dé publicidad por medio del ])iario det
Imperio, á :fin de que los comprendidos en ellas, ocurran· á este Tribunal con
sus t,ítulos, para hacer en ellos las anotaciones que se previenen en la frac1cion 2~
•
El acuertlo á que se refiere es el si,guien'-e:
México, Marzo 14 de 1866.-Se procedi6 -á, tratar de la adscricion de escribanos en el Tribunal Supremo, en éste, en el de 1~ instancia,·en el de Comer-

D. Manuel Romero,
,, José María Natera~
,, Estéban Casas y
., Antonio Landgrave. • •
•

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1 -1;1; ..,
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1

.~.

..
11

Al Juzgado 1~ de instr)lccion de lo Civil:
1 /'1 rnu
D. Joaquin Abadiano,
,, José Sebastiall'Oovarrúbias,
,, J uari N. Carrion y
.
,, :Manr~el Vera en clase de supernumerario.
Al Juzgado 2~- de lo Civil,
. D. Casimiro Fernandez,
,, J oaquin Guzman y
r ,
· ,, Vicente Piña.
Al Juzgado s&lt;de lo Civil:
Lic,fD. José Mariano Moya,
,, Miguel Femandez Guerra y
rz '•{.
,, Urbano Morali.

Al Juzgado 4~ de lo Civil:
'' D. Jesus Reynoso,
,, José Raz y Guzman y
,, Manuel TellQ de Meueses.
Al Tribunal de Comercio: '
•
D. Mariano López y
,, Joaquín Negreiros.
4~ Que no pudiendo practicar el Escribano D. Pedro Canel, que se considera
adscrito á este Tribunal, las diligencias que se le encomiendan por las Salas de
lo Civil y Criminal, •por ser muchas, se :consulte al Ministerio de Justicia la
adscricion de D. Sebastian Peñaloza á la Sala de lo Civil, sin sueldo, y con la
facultad de cobrar sus honorarios con arreglo á arancel, en cuyo caso el referido Canel quedará adscrito á la de lo Criminal, con el goce de la dotacion que ·
disfruta; y finalmente, al Tribunal Supremo á D. R6mulo de Cevallos.-5~ Que
los jueces de Instruccion de lo Criminal podrán ocupar á los escribanos adscritos á los juzgados de lo Civil, en aquellas diligencias que no puedan practicar
~n concurrencia con los secretarios, sin que puedan resistirlo, teniendo igual
facultad los jueces municipales, siempre que lo verifiquen á horas distintas.Ns copia que certifico..L.José.Mfría de la{ª: Ávvarez, Secretario..

8ECCION

1~
México ·Mayo 2 de 1866,.

Hoy digo al presidente del Tribunal mercantil de Queretaro lo sig-niente!
"S. M. el EmpJrador Ha tenido á bien suprimir el Tribunal que vd. presi-.
d_e, disponiendo que quede disuelto luego que reciba la presente comunicacion-J
y que pase su archivo y el conocimiento de los negocios que tenga peudientes,~
al de la jurisdiccion ordinaria respectiva."
'
Lo inserto á V. S. para su iuteligencia y efec~os consiguientes.
ro.
El Ministro ~e J111ticia, •
ESCUDERO.

Señor Prefecto político de Querétaro.
Se comunicó á los Tribnnalea superiores de Veracmz y Michoacan, por lo relativo á la suprellion de los Tribunales mercantilea de Orizava ,y Morelia.

I

.

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1

454

O~B.AS l&gt;JII. DJISA~VE.
. Ministerio ~e Fomento.-"Direccion de las aguas del Valle de México.-México,. Mayo 1. de 1866.-E~o. Sr.-Tengo el honor de acompañará V. E. una
relaCion sneinta de los~ra:'baJÓI! materiales ejecutados por esta Direcc· d
.
cargo en 1?do el m~s de Abril que acaba de pasar. E él los trabajos
te:ido ·
quJ resentits~ considerablemente, por el trastorno qu'8iempre causan en 1
.
drillas de trabajadores las fiestas periódicas: Las de la Semana Santa
cud
Pascua han sido fatales para las cuadrillas del Sur del Valle. De mil a!sci:~to:
hombres que las formaban, se han visto reducidas á menos de tresc'e t
haberse disem~n~do los operarios, regresando á los pueblos masó me~o~ 1!!a~~:
de donde provnneron: otras causas graves que V E. no ignora, no han pe~mitido á esta Direccion el reparar los males causado~.
"En el Norte del Valle el trastorno en las obras ha sido menos sensible· en
P~!e, por s_er la gente trabajadora de los pueblos inmediatos.
'
E!l el dique de Zumpango se ha continuado trabajando, reforz3J].do ·considerablemen~e el terraplen que forma. El muro que lo .defiende del lado dél agua,
se halla sm ~~argo muy maltratado por la accion de las olas, y por ser extremadamente ~eq1l: asegurado ya el terraplen, convendría reponer el muro á medida que baJan las ~as. En todo el mes se ha hecho en el ala del Oeste un so-.
brebordo ~e 360 metros de lo~gitud por 1,25 de base y 86 centímetroa de alto, y
se aUJilento ~l terraplen del guamo lado en 418 metros de distancia. con 75 cenm~ de altura y 3 metros 75 centímetros de b,ase.
·
".El canal de Vertid~ros, por el cual está desfogan~o fuera
Valle el lago
de Zump~g.o por el ta.JO de Hueh1,1etoca, quedq tennmadofoi; coµipleto, habiénd~~~4iwtado 1al\;Rt;~B~ que s colocaron p_ara facilitar el trabajo: con objeto de
7 el canal ,2 metros en 'una distancia de 1,360
t ~ l o , se acalío de ampli8.J
trós por uno. de prob~aaa. .U. cantidad de agua q_ue dti ta laguna sale por él
es tan considerable, qite dificulta ·los trabajos de limpia en el 'tajo de Huéhuetoca.
·
.
. "La rotura que sufrió el año próximo pasado el bordo derecho del rio de Cuautitlan, cerca de la hacienda de San José, fué ca.usa de que se destruyesen masó
menos los bordos en una p.istancia de tres cuartos de legua. Hoy los bordos se
hallan as.egurados .Y se h~n elevado ~ reforzado; se ha ampliado, rectificándose
en lo _posible, la c~Ja del no, y contin~an completándose y perf~c.:cionándose los
trabaJoS. ~n A~ril, con el fin ~e ampliar Ta caja y de consolidar los berdos, se
recortaron interiormente, formandoles talud de 4¡0 eJi,nna extension de 190 metros,, con 3-metros ~e altura, y teniendo el recorte de espesor medio un metro 30
centIIDetros. Exteriormente, para consolidar el bordo, se hizo un recorte de 85
metros de largo por un metro 30 centímetros de altura y 50 centímetros de espesor.
"En distintos ptin1os se sacaron los escomlíros de los bordos caídos formando
todos ellos la distancia ~?tal ~e 450 metros con 3 metros de altura y ~ de un
metro de e~pesor. ~ mis~o tiempo se cortaron ochenta árboles de todos tamaños
q~e obstrman la caJa ·del no, y se trozaron c;iento nueve·troncos salientes en la
IIllsma. Se rellenó una oquedad al pié de un borao, de 48 metros de largo por
. un,:n,etro c'!,e an~ho y otro t~to de profundidad.
Tanto mtenorm~nt~ al no cuanto en la parte exteri°'1', se revistieron los borJos con césped en distintos puntos, haciendo en todo 204 metros de longitud por
l metro 5 decímetros de espesor medio y 2 metros de altura.
"Para consolidar mas los boraos del rfo, convendría estacar su base interiormente para_ impedir q~e la corriente en Ia_s avenidas los mine y destruya: igual~ente ~e ~1spuesto, si los fondos lo permiten, que se _haga un acopio de estacas,
V?gas, Jarcia y ~ost~les, par.a poder atender inmediatamente en la próxima estacio~ de las l).uvias a cualquiera rev:entazon del rio, que pueda ocurrir. .
~on el fin de hacer ~enos _sensibles los males que ocasione con sus crecientes
el no de Tepotzotlan, tnbutano del de Cuautitlan, dispuse la limpia del canal
por donde desfoga.
·
''En el mes se han limpiado 2,365 metros lineales de la caja de este canal con
1 ~etro de profundidad y 4,50 de anchura.
"He mandado"'que la ladronera que tiene á su entrada el expresado canal cuyo estado es ruinoso, se reponga.
•
' .
"E~ la caja del río de Cuaut!tl~n se sigue trabaja~do .en la limpia. De Coy~tepec a Huelruetoca se profundizo el cauce 50 centIIDetros quitando un banco
de tepetate, en una distancia de 1,209 metros con 10 metros de ancho. Se amplió
igualmente la caja 1,25 en longitud de 340 1;11etros y 3 metros de profundidad:
finalmente, se destruyeron dos machones antiguos de mampostería que obstruian
el paso á las aguas.
··
·
' !UD: el tajo de·Huehuetoea se recorrió y limpió de los caidos el· rio en un~
e:xtensio~ de 5,170 metros, sacando fuera algunos azolves y caidos y formando
con l~_piedra y ~epetate en _algunos puntos muros en seco, laterales al canal de
d~s~ue. Los caidos removidos miden aproximativa.mente mas de 1,300 metros
cub1cos.
. ''De .Coyo~ep~c, 'río arriba, la limpia sigue haciéndose por los pueblos ha- ·
hiendo trabaJado en ella de 170 á 200 hombres diariamente. Se han lim.piailo en
el mes ~,5i3 metros lineal~s de 1~ caja_ del rio con 10 metros de ancho y de 25 á
50 centunetros de profundidad, dandosele 25 centímetros solamente en los lugares en que la dureza del fondo no permite penetrar mas á las palas de madera
con que trabajan los indígenas.
"V?nctendo mil obstáculos para conseguir_ operarios y material, se ha comenzado a r?poner y reformar el dique de San Cnstóbal. -En otra ocasion he llamadt
la ate1:c1on de V. E. !obre el ~echo de que el muro del expresado dique tiene una
d~pres1on que ll~ga a 81 cent1metros, cerca de su extremo Norte. En tal virtud,
dISpuse qne se mvelase el muro del dique y .que ademas se le aumentase medio
metró ~e ~l~. Con esta disposicion el contenido del vaso de las lagunas de
San Cristóbal y de Xaltocan se aumentará prodigiosamente, duplicándose cuando menos, pues el nivel de sus aguas podrá subir 1 metro 31 centímetros mas
e el que tiene hoy dia el. dique, sin ri~sgo de que derramen sobre el lago de
e;:coco. Con el _fin de activar este trabaJO mandé que la cortina de mampostetena_~e elevase simultáneamente por sus dos extremos, poniendo una cuadrilla de
albamles en cada uno de ellos que marche una á encontrarse con la otra en er
centro.
"La cua~illa del lado de Sa~ Cristóbal ha. elevado el muro.70 eentíznetros en
~a extension. de 549 metros; y la cuadrilla. de Venta de Carpio ha hecho la
misma operac1on en, una extension de mas de 700 metros, con mas de 1 metro
de altur~ y -iO centímetros de espesor. En todo el presente mes el _muro del di-

h:

i

!º

dif

me-

/

1

~~animidad de vot~s, quelosllamadosGnad~lupe dolin y JoséD~roteo s~fran.la
pena de muerte senalada por las leyes ya c1tadas.-Esta sentencia ha sido eJe•cutada el dia 28 de Abril de 1866 á las doce y veinticinco minutos del dia citado.
-Por el extracto conforme, ef Actuario, Ocúwiáno Ledesína.-V~ B~.-El Comisario relator, Bartolomé Diaz de Leon.-Es copia de su original, que certifico.
-Tula, Abril 30 de 1866.-El Secretario general de la Preféctura, José J. Zú-

que quedar~ nivel3:do á la altura requerida,. siempre que no haya tropiezo que
entorpezca o paralice las obras emprendidas.
':Con el ~n de ~ormar juicio sobre las_ dificultades que podrían presentarse pa•
ra mtro_duc1r el r10 de San Juan Teot1huacan en la laguna de San Cristóbal, ·
sustrayéndolo de~ vaso, de Texcoco, he hecho practicar nn reconocimiento cuyos
•resultados me animan ~ emprender 1~ ob1:a, y la emprenderé, siempre que los
fondos de que pueda disponer esta Direcc1on me lo permitan.
"En el sur del V~le se ha seguido tr~ba.jando en la ímporta,nte obra del_ dique ~e Culhuacan. En su mayor extens1on la obra se eleva 1 metro 50 centimetros o 2 metros sobre las aguas de la laguna de Xochimilco. Se continúan los"
terraplenes, elevando la calzada, anc~ándola y formando los. taludes. En· algunos puntos se construyen bordos de cmta para sostener las tierras y defenderlas
del a~. En to~~ su longitud, que es la de 4,000 metros, puede transitar un
carruaJe con facilidad.
.
•
.
"La obra hecha en todo el mes de Abril próximo pasado, es la siguiente:

ñi,ga." · ,

..

Intro~uccion de s3:l' en Guanajuato.
Ministerio de Fomento.-" Administracion principal de tas de Guanajuató.
-Noticia de la sal intr~ducida á esta·capital en 'todo el mes de Abril, con expresion de la cantidad de cargas, su procedencia, y precio que guarda en la plaza,
formada en cumplimiento de la suprema órden de fecha 19 de Diciembre de 1865.
Procedenttd.

JI, totfd de carn
s·

Precio q,u guarda en la.
plaza.

De Salinas (Departam~ } 2 779
r@ { De 8 á 9 ps. con pla-i 3,300 libras.
de San Luis Potosí).
'
carg. 9
zo de 3 á 4 meses. Quint. 70 ps.
De Colima......•,.. .. .
106 .,, O,, Al7ps.carg.alcontº al contado.

~:!~ , ,

Administracion principal de rentas de Guanajuato, Abril 30 de 1866.-El Administrador prin~ipal de rentas, J. J. Robles."

.

.

&amp;. copia. México, Ma.ytr ~de 1866.-El Subsecretario interino de Fomento 1
Francisco Jimenez.

ESTADISTICA DÉL DePAHTAJtfEMTO DE GUANAIUATO,
FORMADA ÉN 1865 POR LA PREFECTURÁ POLITiCA.DEL MISMO,
En cumplimiento de lo di,¡,uesto im el art. 5? de lo, traftlitorios de la ~
de 3 ae Marzo del propio año,

(CONTINUA.)
OONS'l'ITUCION GEOLOGIC.A..-Las rocas qull fbi:man parte del Dietritó de Gua.najuato, son en su mayor parte perteneciente!J al terren() de transicioh, habiéndos&amp; observado hasta ahora que la mas antigua es la _pizarra arcillosa (thonschiefer)
que descansa sobre las rocas graníticas de Zacatecas y el Peñon Blanco. Al
abrir el tiro general de Valenciana se 'observaron varios bancos de sienita, pizarra a.nfibólica, y serpentina, alternando entre sí y formando bancos subordinados en la pizarra. Esta última, que se encuentra en los-planes de la mina de Valenciana, vuelve á aparecer en la superficie á ocho~ientos metros mas arriba,
sobre la loma de la sierra de Santa Rosa, Encima de esta pizarra descansan dos
f'ormaciones ~astan~e dif?rentes; u~a de pórfidos _á muy graraes alturas, y la
otra de aremsca r0Ja antigua. El porfido forma masas de :figuras extrañas, cortadas á pico, 'conocidas generalmente con el nombre de Bufas, que se elevan
hasta cuatrocientos metros sobre el nivel de las llanuras. A la falda meridional
de la sierra, sobre.todo hácia Valenciana, Guanajua.to y Marfil, se encuentra en
grande abundá.ncia el conglomerado rojo, que no es mas que una brecha. de base arcillosa, teñida por el óxido de fie1To¡ los fragmentos que la constituyen son
por lo general~aii cuarzo, piedra de toque, piedra cornea, sienita y pórfido. Las
dimensiones de estos elementos hacen variar mucho los caractéres del conglome•
rado.
Sobre eata formaciop. descansa otra mas moderna; una especie de conglomerado feldespático, conocido en Guanajuato con el nombre de lo.cero, y del cual se
.sacan las hermosas.piedras de construceion de que se sirven en esta ciudad.
JÍlstas areniscas antiguas sirven de base á otras rocas de formacion secundaria,
como por ejemplo la caliza que se encuentra en los llanos de Temascatio, hácia
la parte que nombran "Lo de Sierra;'.' es una caliza compacta, llena muchas veces de cavidades entapizadas de espato calizo.
Al poniente de la quebrada de Marfil se encuentra úna formª9ion bastante diferente de las que se acaban de indicar, y consiste en rocas basálticas y alternancias de sienita y roca verde; de manera que se puede decir que la cañada de
Marfil separa la formacion porfirítica de aquella en que predomina la sienita y la
diorita (grunstein). ,
.
Hay otras dos formaciones cuyas dimensiones son dem,asiado reducidas, el caliche y elfrijolillo: el caliche es una caliza compacta de un gris negruzco, y el
frijolillo no es mas que una brecha caliza.
t
CLJ.'M.A., TEMPER.A.TUR.A. MEDIA, EXTREMA y MÍNIMA.~La temperatura média
en Guanajuató es de 19° á 20° del termómetro centígrado: la extrema ó máx:ima es de 30º centígrados: la mínima es de + 8° centígrados.
Lluvia caída en Guanajuato en los años que se expresan:

·

«:,orte Marcial de Tola. ·
. ~refect~ra. política del Departamento del Valle de México.-S'eccion de J usiic1a.-Num. 3,994.-•'Prefectura de Tula.-1 ~ Division militar territorial.-Departamento de Tula,-;--Serie ~nual 4.-Serie general 22.-Corte Marcial.-M.A.nMILIA.NO, por la graCia d~ Dios y la voluntad nacional, Emperador de México, á
todos los present~s-y v,ell!de;ºª ~3'.1~d--~~ Cprte Marcial del Departamento de
Tul~, c~rre!pond1e~te a la 1. D1vmon militar territorial, ha pronunciado la sen•
tenc1a s1gurnnte:
.
"Hoy, veintisiete de Abril.de mil ochocientos sesenta y seis, la Corte Marcial
del Departamento d&amp; Tula, 01do al Comisario relator en sus peticiones y conclusiones, ha declarad.o por unanimidad de votos, á los llamados Guadalupe Colin
Y José Doroteo, culpables d?l hecho que se les imputa: que cometieron este hecho con m~cada premediro:c1on, seduciendo para llevar al terreno de sus críme•
nes P:emeditado~, por medios hal~güeños, á D. Luis Zarza; á quien mataron con
ventaJa y alevosia; todo lo que ex¡~~ plenamente P!obado, sin que pueda considerara~ atenuante la falta de previs1on del facultativo para determinar cuál de
l~J hend~s qn~ a~bos le dieron causó la muerte, en vista de que el art. 57 del
n~. 15 del Có~1go penal ordinario, manda que los cómplices de un crímen ó
~ehto, ~ean castigados con las mismas penas de los autores de ese crímen ó delito. Por todo lo cual la Corte declara estar incluso el delit.o perpelrado por Guadalupe.~olin y José Doroteo en el art. 1~ del decreto de 14 de Junio de 1863 y
en el ID1Smo art.,l ~ del _dec!e~o d~ _3 de Octubre de\ año _próximo pasado, y en el,
art. 221 del Código de JUSticia militar.-En consecuencia, manda por la mis~a.

.

Certifico ser copia de la que obra en esta Secretaría.-Méx:ico, Mayo 3 de
1866.-El Secretario general de la Prefe~tura, Oárlos Z1vala.

Bordo ~e cinta, 273 metros lineales de 5.metros de ancho y 0,65 cent. de alto.
" ,, " 351 ,,
,;
de 2
" ,,
" y 0,60 " " "
JXERR.A.PLENES.
..,,.. . .335 metros lineale,s con ·10 metros s.e ancho y 0,30 cent. de altura.
167
,,
,,
" 10 " ,, ' ,, ,, 0,20 ,,, " "
~~~ ,,
"
" ~,5 decímetros de ancho y 0,20 de ,,
. ~ 64!l "
,,
,, 6 metros
" ,, '.'.
210 "
"
" 6 "
'' " ,, o,3·ó " "
52 "
"
" 5 ''
"
"
" "
"
"
"
--..,,
"
" '' l,OO " ''
Exteriormente á los. bordos que sostienen las tierris se arreglaron los taludes
del lado del .agua, en una extension de 330 metros, con altura média de 2,50. .
"La~ razone~ á que he, ~ludido al principio.de ~st~ part~, han impedido el que
se comience la IIDportant1sIIDa obra de la denvac1on del no de Churubusco, con
el fin d~ e~ar su~ agu~s dentro del vaso del dique de Oulhuacan: los trabajos
p_reparator,1os es~an, sm embargo, todoe practicados; y •si las circunstancias var1an, podra termmarse,la obra en el presente mes.
"En los alrededores de México se ha hecho la importante reposicjon del albarradon de Guad~lupe, levantando desde cimientos un tramo que estaba caído, de
30 metros de largo, d~ dob~e encortinado_de mampostería, por 3 metros de altura, con terraplen ele tierra entre los dos muros.-Ademas, se ha levantado el e:1cpr~s~do albarradon 60 cent. de altura en toda la parte del centro que estaba deprmnda: Roy se revoca y consolida toda la obra, que en varios puntos amenlf'
zaba ruma.
;;La péqu~ña cua~ril1a ambulante re~uso las pres~ de Chap~tepec, &amp;c., &amp;c.
En la pnmera mitad del mes de Abril los chubascos fueron frecuentes en todoel.:Valle d_e ~léxico. ~Hácia su 'fin levantó el tiempo. A pesar de las lluvias, la
b~Jª en l~s ~guas de los lagos ha sido constante. En el de Zumpango, hasta el
tlia 28 proxIIDo pasado, la baja total desde el 2 de Diciembre ha sido de 49 cent.
En el de San Cri:Uóbal, 1a baja desde el 7 de Diciembre á la misma fecha ha
sido de 40 cent.
' '
"En los lagos de Chalco y de Xochimilco las aguas sé hallan en equílibJio
perfecto, eonfo.r~? ?e te~do el honor de manifestarlo á V. E. en el Wforme que
por separado dir1g1 el d1a 26 del mes próximo pasado al ltÍinisterio de Fomento.
~as aguas de_ los lagos marcan, sobre el nivel que tenían estas el día 20 de Nt1~
vie~bre, medidas ~cmprano por la ma_ñ,ana, 19 cent., .Y medJdas por la tarde 18 y
medio cent. La baJa en el d1a de 5 mihmet..·os la. atribuyo a la evaporacion. En
1~ noche los manantiales restituyen á los lagos el agua que han perdido en el
dia, _Y se ~es~blece el e~l!ilibrio, quedando el nivel constante dentro de esa pe~uena osC1!ac1?n de 5 milímetros. Las lluvias de estos días solo han producido
hgeras· oscilamones del momento.
·
. "El fenómeno que se ha ~roducido. en las aguas de los lagos del Sur con el
dique d~ Culhuacan, es el mismo que se .ve diariamente cuando se apretila un
m~~antl~l; pero_ de segur~ nunca se ha visto en una escaia tan gigantesca.
. AbaJO del dique meneionado, tod!Ls las ciénagas que se extienden hasta las
orillas de la~ agu,a~ de _Texcoco, se hallan secas como nunca se habían visto. Los
potreros de San Lazaro y ~r~gon se secan rápidamente. La calzada del Peñon
reaparece fuera do las aguas, pudiendo ser recorrida en coche con facilidad° á
pesar d~ la destruccion que ha sufrido, hasta el puente Blanco, á legua y media
de México.
:•El nivel del lago _de •.r,excoco ha bajado, de Noviembre acá, 57 cent.: la esquma N. O. de palacio esta 98 cent. sobre las aguas.
Protesto á V. E. mi respeto y c?n.sideracio'n.-El director de las aguas del
Valle, F. de Garay.-Exmo. Sr. Mm1stro de Fomento."
·
Es ~opia,. México, Mayo 4 de 1866.:- El Subsecretario interino de Fomento,

Francisco Jimenee.

45·5

EL· DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO~
PARTÉ 110 OFl()IAL.

.,

•

En
,,
,,
,,

1862.. . . . . . . . • • . . . . . . . .
1863.•••.•.·. . . . • . . . . . . .
1864.••..•.......... ~ •.
1865.. . . . . • . • • . . . . • • . . .

537"'
360
744
967

4 milímetros.'
8
"
2
,,
4

Por término médio en un año. . . . . • . 652m45

.

.

.

"

"

Presion atmosférica en Guanajuato, ó altura del barómetro es de 600ª 95 milímetros.
·
'
VIENTos.-Son en lo general del N. E. al S. O., pero varian con mucha freC'á:encia.
.
DIVISION FISIC.A. DEL TERRITORio.-Sin datos que den á coiiocer la extension
de lae regiones montañosas, de las mesetas, de las llanuras de las tierras arables,
de las dehesas y los b~sques, solo puede decirse que ~os. terceras partes del Dep_artamento son montanosas; Y. respecto de bosques, s1 bien es cierto que en los
tiempos d_e la bonanza d~ la roma de V:iJenciana se destruyó casi en su totalidad
el de la sierra de GuanaJuato, que surt1a de madera la miquina. de va.l?or para
ex~raer el agua de la ~a, se ha ~ogrado 1eponerse, y la Diputacion de minería
0111.da de su conse"ac1on por medio de un resguardo que tiene en la síerra, la
q_ue ~oy prov~e de leña, carbo~ y madera, n~ solo á la ciudad .rde Guanajua.to,
smo ~ las haCiendas de beneficiar metales y a los demas minerales próximos á la
localidad.

'

D.IVISION POLÍTICA. Y Á.DMINISTRATIV.A..-El Departamento de Guanajuato
está subdividido: ·
·
1~ en lo poJítico.
'
2~ ,, ,, jrtdicial.
3~ ,, ,, militar.
•
4? ,, ,, financiero.
5? ,, ,, eclesiástico .
JtraISDICOION.-La accion política, militar y financiera se extiende á todo el
Dep.artamento: la judicial al mismo y á los de Michoacan y Querétaro; la eclesiástica, por lo respectivo al obispado de Leqn (su cabecera), á. esa ciudad, curatos de San Francisco y Purísima del Rincon, Piedra Gorda,, PénJamo, Irapua•
to, Romita, Silao, la Luz, Guanajuato, Allende, San Luis de la Paz, San Diego
del Bizcocho, Dolotes Hidalgo y San Felipe; y por lo que hace al de Michoacan,
á los curatos de Salamanca, Celaya, Santa Cruz y Chamacuero. .
AUTORIDADES Y E:MPLEA.DOs.-En el Departamento de Guanajuato hay un
Prefecto, Subprefecto, Alcaldes municipales, Ayuntamientos, Consejo de gobierno, Consejo de beneficencia, Junta auxiliar de exposiciones, Tribunal de justicia,
Jueces de letras, ídem de paz, T~bunal mercantil, Diputacion de minería, Administracion de rentas, Defensoría fiscal, Ensaye de cajas, Interventor de la casa
de moneda, idem de la Administracion de rentas, Administraciones de correos,
Agencias de desamortizacion, Comandancias militares, en esta forma:"
{fuatiajuato.-Prefectura politica.-Prefecto político, Sr. Lic. D. Pablo
Gonzales Montes.
.
Alcalde municipal, Presidente del M'. I. Ayuntamiento, Sr. Coronel D. Miguel
Afaman.
~es.-Ayuntamiento.-SeñorM: Lic. D. lgnacio Ayala, D. Pedro IbaTgüeng&lt;&gt;itía, D. Francisco Cal!táiieda, Líe. D. Ignacio Alcaráz, D. Ignacio Ajuria.,
D. Mariano Robles, D. José Bribiesca.
· Procurad-Ores.-~. Jésus .Alcocer, D. Vieente O. Patiño.
~ o ~mentai de gobier-no.-Señores: Presidente, Líe. D. Juan Chico.
-Miembr()s: D. Jo~ Francisco Roble'!!, Lic. D. Demetrio Montesdeoca, D. Manuel Echeverría, D. Ignaci!) M. Alarcon.
Oonsejo departamental de beneficencia.-Señores: Presidente, Lic. D. Pablo
Gonzalez Montes: Vicepresidente D. Ignacio M. Siliceo.-Miembros: D. Antonio Ginieux de Campos, D. Pedro Jimenez, Lic. D. Manuel Chico y Alegre, D.
Ignacio Rocha é Iramátegui, D. Lucio Marmolejo.
Jwnta de caridad.-Presidente, D. Luis G. Reinoso.-Vocales: D. Pantaleon
Parres, D. Francisco de P. Gomez.
Jwnta aum?,iJ,r &lt;k e(Cposiciones.-Señores: Presidente, Lic. D. Pablo Gonzalez
Montes; Vicepresidente, D. Epifanio Jimenez.-Vocales: D. Ignacio Alcocer, D.
Cárlos Augk. D. Alfredo Dugés, D. Lucio Marmolejo.
. Tribunal dejusticia.-Señores Magistrados: D. Juan Chico, D. Estéban Rernandez y García, D. Néstor Hernandez, D. Pedro Ajuria, D. :Manuel Aguilar y
Sanchez, D. Manuel Chico y Arizmondi, fiscal: D. Vicente Morin, agente fiscal.
Jueces de letras.-1?, Sr. Lic. D. Francisco de P. Esquive}: 2?, Sr. Lic. D.
José Matía Sixtos. .
·
·
Jueves de pas.-l? Sr. D. Francisco Servin, 2? D. Ignacio Jimenez, 3~ Lic. D.
.Francisco Rodríguez Becerra, 4? D. Lorenzo Marmolejo.
Tribunal mercantil.-Presidente, Sr. Lic. D.José María Chico: Vicepresidente 1~, Lic. D ..Joaquin Chico, idem 2? Lic. D. Ignacio Arizmendi; 2~ colega D.
Pántaleon Parres; primer sup\ente D. :Manuel Ajuiia, 2? D. Ignacio Moreno, 3~
D. Pedro Jimenez, 4? D. Francisco de P. Gomez.

·

( Continuará.)

AVISOS OFICIALES.
A1lministracion principal de rentas d!' l'fléxico.
REMA.TE DE UN.A. FINCA.,

, ,

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienaa pública, ha sido embargada por
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la .calle de Santa Clara, apreciada en su última traslacion de d9minio en diez y seis mil pesos; fijándose ;para las almonedas los dias 20 y
30 del actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que la Ílltima es con calidad de remate, el
cual te1;1drá lugar en el despacho de esta. o_ficina, á las dos de la. tarde: lo que se hace saber
al p~blico, para que las personas que qu1$1eren hacer postura, la hagan acompañando sus"res•
poct1vos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion principal de rentas. México, Abril 13 _de ~866.-J. de la Barrera.. 6a-S

&amp;caudacion principal de ·Contribuciones directas
DEL DEPARTA.MENTO DEI; VALLE DE M~XICO,

En todo el presente mes de Mayó debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio
de las contribuciones signientes:
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de idem sobre establécimientos industriales.
Contribucion impuesta á las fábriclll! de hilados y tejidos de algo.
don, lana, lino y las de papel.
Lo que se recue'rda á !oa c~usantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el referiao plazo, se proceder~ eJecutivamente contra los .causantes morosos, para hacer efectivo el
pago dé sus adeudos, mclusos los recargos en qus mcurran, conforme á las leyes de la materia.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
México, Mayo 1~ de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco ~
:M01itaño. ,
Ss-2

C:OXVOOA'l'OIUA.
Ayun~miento de ~éxico.-Núm. 975.-La Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque
por medio de. este aruo á l?s acreedores al fondo de amortizacion que tengan créditos escñturad~s, líqmdos y reconoc1~os, para que concurran el día 7 del entrante Mayo, á las doce de
la manana, al s~lon de Cab¡ldos del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo prevenido
por la ley relativa, la espresada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida entre los
acreedores que ofrezcan mayor rebaja. 1
'
México, Abril 30 de 1866.-El Secretario del Exmo. Ayuntamiento, Lic. Luis G: Pastor.
3a-3

IK•OB.S'AN"l'II.
Corte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
To~ás Smith p_ara una diligencia judicial, con. motivo d~l asalto y róbo que sufrió cerca de la ·
ganta de ValleJo la noche del 18 de Enero último, y temendo noticia de que este individuo
es transeunte,_por el pr~sente se ese.ita á las ~utotidades d_e los lugares por donde pueda encontrara~, se sirva1;1 !1ºtificar de arra1g_o á Sllllth, dando aVISo á esta Corte Marcial, situada en
el. Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea e:ummado.
México, Abril 14 de, 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
10-a-6

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

456

Administracion principal de la renta del l'apel sellado
EN EL DEPARTAMENTO DEL V,_ALLE DE llfEXICO.

México Abril 18 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en suprema órden fecha 15 del corriente, que las A~traciones de esta renta procedan á hacer
efectivo el cobro de las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrer'o de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos que previene el artículo 18 ¡le la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837, sobre facultad coactiva.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su debido cumplimiento¡ pero considerando que entre las l!lUchas personas á quienes
eomprende, puede .haber algunas que por causas involuntarias no hayan oc111Tido á terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este aviso para que las que quieran evitarse nuevas contestaciones y aun mayores gastos, ocunan á verificarlo dentro del plazo de ocho dias, contádos
desde la fecha de s11 pub!icacion.
•
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor parte de los corredores de esta plaza, á quienes por no haberlos encontrado en sus casas los comisionados de esta
oficina, les han dejado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los libros de
811 giro, y otros aunque los han presentado, al ver que no estaban arreglados, los han recogi-do ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual no han cump!idó. Todos constan en los registros de esta misma ofieina, y pasado el plazo de los espresados ocho dias, se dará c9nocimiento
de los que queden pendientes arTribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negoeios de Hacienda, respecto de los que se hallen en el primer caso, y en cuanto á los del seeegundo, espedirán los con-espondientes mandamientos de embargo.-El Administrador principal, José Maria de [caza é !turbe.
t
6a-4

e

•

Oitacion judicial.

llabiéndose presentado ante el Juzgado 2? de lnstruccion en lo civil, D. José Diaz Ma.U!f,
por su esposa D~ Cármen Madariaga, pidiendo: que con citacion de la Sra. D~ Conc.epc1~n
Cosfo, se notifique al Sr. Notario D. José Villela espida á costa del promovente, testimo!llo
de la escritura de imposicion del capital de tres mil pesos sobre la casa ~úm. 4 d~l calleJ~n
del Padre Lecuona, otorgada ante el Escribano D. José I!defonso Verd!guel á s~1s de Julio
de mil ochocientos treinta y seis¡ y que la citacion se haga_ p~r los periódico~, por ignorarse el
paradero de dicha Sra. Cosfo. El Sr. Juez, e~ auto de vem?o~o del com~nte, decretó de
conformidad, señalando el término de ocho dias para la publicac10~ del tránnte. •
.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente para los efectos legales, en Méxice, á
treinta de Abril de ¡nil ochociento~ sesenta y seis.-José Vicente Piña, Escribano público.
931-38-3

A VISOS PARTICULARES.

AL M~A~ AQUE IMPERIAL
P.AR.A 1866.

Este Almanaque es sin disputa el mejor de cuantos se han publicado en México hasta ahora. Oonsta de mas de 400 páginas de impresion limpia, hermosa y
correcta, hecha en papel de lujo, y contiene una multitud de noticias curiosas é
_interesantes, que son necesarias para muchos, y útiles para toda clase de perAVISOS JUDICIALES.
sonas . .
Almoneda judicial.
Está dividido en cinco secciones y un Apéndice.
Debiéndose proceder á la venta de la casa con su huerta y merced de agua, ubicada en el
La 1~ contiene ~otas cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas napueblo de San Angel, plazuela de los Licenciadps, que se conoce con el non1bre de su finado cionales.
dueño el Sr. Lief. D. Manuel de Zea, contra cuya testamentaría sigue actualmente autos el
La 2~ trata de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuerSr. D. Manuel Payuo, sobre ejecucion de un fallo del Exmo. Consejo; el Sr. Juez 3~ civil de
lnstruccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, por el proveido en 28 de Abril próximo pasado, po diplomático mexicano y extranjero, Casa del Emperador y de la Emperatriz,
señaló para celebrar las almonedas correspondientes los días doce y veinticinco del corriente, Secretaría privada y Ministerio de la Casa Imperial.
1
y ocho del entrante Junio, todas á las doce, y la última con calidad de remate. ,
La, seccion 3~ contiene noticias de todos los Ministerios y de las dependencias
Lo hago saber al público, para que las personas que se interesen en la compra de la mencionada finca y deseen tomar otras instrucciones referentes,)curran á la Secretarla del men- de cada uno.
La 4~ está destinada á la Gran Cancilléría y á las Ordenes Imperiales: concionado Juzgado, adonde se les ministrarán las 9,ue consten de autos¡ entendiéndose que la
venta tendrá lugar conforme á la retasa de los pentos D_.Alonso Mariscal y D. Isidoro Cha- tiene los nombres de todas las personas condeooradas con ellas, los de los mexivero, fijada en 23,799 pesos.
,
canos que tienen condecoraciones exo;anjeras, y los de los extranjeros que tienen
México, Mayo 3 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
934-3a-1
condecoraciones mexicanas.
'La seccion 5~ trata de la Prefectura del Departamento de México, de los Tri'Jiuga,d,o de letras de H1iicliapa11,.
bunales, Corporaciones y Oficinas públic_as, estab)ecimientos de enseñanza y beneficencia, etc., etc., etc.
CITACION JlJDICIAL.
El .Apéndice contiene los cambios de personal que han ocurrido en la Corte y
Huichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cálltulo Dorantes,
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quin- en el Estado, dmante la impresion del Almanaque.
ce _dias, conta~os de~de la primera_pubhcatjon de ésta, corpparezca ~or sí ó por apoderado suEl extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porque
ficientemente mstrmdo y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre no lo consienten la multitud, exten.sion y variedad de sus noticias.
pe~os, le promueve el Coronel D. Ignacio del Peral¡ apercibido de que se dará por intentada
El .Almanaque Imperial se halla 'de venta en l.11, librería de los Sres. Andrade
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno Rome10.
y 0\ Portal de .Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio,"
935-l5s-l
Bajos de San Agustin núm. 8:
Aviso Judicial.
PRECIOS.
En el juicio seguido por D. Manuel y D~ María de los Angeles Osio contra el intestado de

D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez 1&lt;! de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al rémate de la_ casa núm. 2 de la calle de Corchero, embargada al espresado intestado y valuada por el perito D. Apolonio Tellez Giron en la cantidad de siete mil quinientos
pesos (7,50Q pesos); señalándose para las almonedas los días 23 del presente y 3 y 15 del
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se intere¡;en puedan
instruirse pasando á informarse á esta Secretarla.
lléico, Abril 10 de 1866.-Joaquin Abadiano, Escribano público.
894-'9a-7

.Juzgado de letras de Temascaltepec.
En los autos seguidos por este Juzgado en el intestado del súbdito espaii.ol D. Martin Un:meta, ~l Juez que suscribe, por auto de veintidos del próximo pasado Febrero, ha mandado
se cite por el presente á los que se crean con derecho á los bienes corres.pondientes á dicho
intestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de tremta días, contados
desde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por 4.poderados instruidos y Mstantemente espensados¡ en la inteligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
t
Temascaltepec, A.bril 21 de 1866.-El Juez letrado, Manl«!l Gracida.-Asistencia Ignacio
Jfuñoz.-Asistencia, Rajad Romero.
6a-4'

I.lamam~ento de herederos.
AVISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido·
por.los alba~eas el Sr. D. Bias Pereda, ~es_idente en San_Luis Potosí, y D . .Anto~io Martinez,
vecmo de l;:mdad Fernandez, por fallecumento del súbdito aleman D. Federico Reyther ve• cino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad, en auto de 27 del actual se'cite
por los periódicos ilel Imperio ~ D. Andrés Reyther Y.á D~ ~arla 4-D-a Angela Hegue;, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó panentes mmediatos del testador vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo .Á.rnesverguen de los ~stado~ de A1ema~a, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
del perentono térmmo de un ~o, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por sí ó por med10 de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tengan á los bienes que se hallan en depósito, pertenecientes á la tes.tamentarla del espresad~ D
Federico Reyther; bajo el apercibimiento de que si no lo verifican les parará el pe1juroio á
. que hubiere lugar y se ap_lic_arán dichos bienes al objet~ que deten:une la ley. Y para que lo
m~n~ado te~ga su cumplmuento, pongo ~l prese~te aviso en la ciudad de Rioverde, á los
v~mt~ocho ?1as del ID:es de Octubre d~ mil ochoc1en~os sesenta y cinco, que firmé con los de
llll asistencia, con qmenes doy fe.-Fmnado.-Domingo Uthurri-Asistencia Gil Mendez Asistencia, J. Blas Oribe.
~Oa- 52 ·

A 1a rústica. . . . . • . . . . . • . 2 pesos cada ejemplar.
Empastado á la holandesa. 3 ,,
,,
,,
.V'ina de ..VÍU•tra &amp;iíora del Re"l''U/IW, ( a) lo• 7.'rolftpillo8,

'

en Pucluua.

El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y anté sí, ser dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio ( ~) los Tl:ompillos, haciendo mérito de una
sentencia judicial que noha causado ejecutoria. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en pingun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco precavidas, que confiadas en las seguridades que se atreve á estampar en su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresadas.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favorable á los derechos de J&lt;uertes, protestamos á nombre de todos los interesados en
la espresada mina, que no reconocemos los derechos que se alegan¡ que todos los contratos
que se celebren bajo este concepto, los consideraremos ahora y en todo tiempo nulos y de
~n¡p1;n valor, hasta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de quién está la
JUStlClll.
,
,
México, á 25 de Atril de 1866.- Junta menor directiva, L. Benito Muriel.-R. Cancino.Bartolomé de B6"Des.
917-6a-5

TOd,LLd. DE VENlJS,
EFECTOS DE PERFUMERU. DE LAS MElORES FABRICAS DE PARIS.

En la tlapalena de los Vena,d,os, situada. en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de recibir otro,
magnífico, de perfumería, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.- Estr~tos
de esencias superiores.-Agua de Colonia legítima.--Aéeites para el pelo.-Jabones superiores y de familia.- Polvos de amv·root, arroz y haba.-Elíxires y polvos pata la dentadura.Vinagre de gen-seng para el uso esterno de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de,Vénus.Vinagre aromático y de c?lor.-Los mentados jabones de lechuga y contemporáneo, etc., etc.

....,__

'

T~dos estos efectos son de clase suprema, y sin embargo se venderán sumap:¡ente baratos,
haciendo á los consumidores que t-omen por docenas de ellos, una rebaja importante todavía
sobre los precios á que se nienu,dean.
20a-2sm-=-20

DIVERSIONES PUBLICAS.
D01ninga 6 de Mayo.

Citacion.
Tribunal de 1~ instancia.-2~ Sala.-Por el presente, y en cumplimiento de lo mandado
por esta 2~ Sala del Tribunal de 1~ instancia del Depa~erito del Valle de México, cito y
emplazo á D. José María Arteaga para que en el té~o de ocho dias, contados desde hoy
comparezca ante dicho Tribunal á hacer el reconocimiento de una firma puesta en un docu:
mento presentado por parte de D. Inés Marin, ~n el juicio que sigue contra el citado Sr. Arteaga sobre pesos.
.
México, Mayo 1~ de 1866.-Estéban Tomás Casas, Escribano público.
932-3s-3

N otifieacion.
A es~rito presentado por el Lic. D. Prota:iio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos eJecutivos que este señor seguia contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos. y en cuyo escrito pide el promovente se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre haciéndose la
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. juez proveyó el
auto que á la letra dice: ·
'.'~éxico, Abrl_l 25 de _1866.-Como lo pide. Ha~iendo la publicacion por ocho dias en el
·Diano de{ lmpe;10 Y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3~ de lnstruccion de lo civil, Lic. D. Cristóbal P?ulet y M1er, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Migud F. Guerra,-Escribano Se-'
cretano."
.
Y para hacer sabe~ lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon., publico
el pres~nte, qu? surtirá sus efectos legales.
.
México, Abnl de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
923-81!-6

,

TEATRO IMPERIAL.
En la tarde, á las cuatro en punto, la compañia dramática del Teatro Principal poadrá en
escena las zarzuelas intituladas: La isla de San Balandran y La cota del diablo.

TEATRO PRINCIPAL.
CO)IPAÑJA Dll:AMATICA.

En la noche, á la hora de costumbre, se pone én escena la comedia dividida. en tres actos,
que se intitula: El suplicio de una mujer, y en seguida la otra en un acto, denominada: Para
mentir, las mujeres.

TEÁ.'TRO DE ITURBIDE.
COJ\IPAÑIA IIRA!IIATICA.

A las cuatro en punto de la tarde se representarán las comedias denominadas: En la eara
est{i la edad, y Cuidado con los sombreros; en seguida la pieza que se intitula: El amor y el almtlef'%o, y por conclusion se. bailará el baile inglés.
En la noche, á la hora de costumbre, Ja comedia en tres actos, denominada: La tertulia de
conft.anza; en seguida otra en un acto1 1P1fit se intitul~ El smigo ik c01fftaua, y por último, se
bailará un paso á cualro.
•
•

1'1Ell(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.
/

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..

,

t

•

•
Los números sueltos valen 12 centavos.

ToMo

m.

MEXlfJO.-Viernes 4 de Mayo de 1S66.

NUM. 403

Art. 9° Los alumnos que- no obtuviere'll en los exámenes del año una cal!D--

SV'MAB.IO.

cacion por lo menos· mediana [La~- 2.-Art. 117 _de la ley de Instrucc1on
PARTE OFICIAL._;_Becas de los Colegios nacionales.
PARTE NO OFICIAL.-La ley del Registro civil.-Bienes nacionalizados.-El viaducto. Pública], perderán la beca de gracia, así como tamb1en los de mala conducta,
de Metlac.-Casa de Moneda de México.-Estadística de Guanajuato.
Denuncios.

PARTE OFl()IAL.

..

MAXIMILIANO,

EMPERADOR DE MEXICO~

Oído Nuestro Ministro de In~truccion pública y Cultos,
DECRETAMOS el siguiente
REGLAMENTO '

declarándose el lugar vacante.
.
.
Art, 10. De las solicitudes informailas por los directores, se formará un expediente en el Ministerio de Instruccion pública, d~l cual se Nos dará cuenta
en el mes de Noviembre de cada año, acolllpañando los estados de que habla
el art. 8° y un informe circunstanciado del Ministro, en que funde las pro•
puestas que Nos hará de los j6venes en quienes hayan de proveerse las vacantes que resulten, segun sus méritos y condicionas, prefiriendo siempre á aque-.
llos que llenen mejor los requisitos q~e. quedan pre.fijados.
.
En seguida, Nos, haremos las prov1S1ones, y la lista de los agra01ados se pu~ blicará en el peri6dico oficial.

PARA LA l'ROVISION DE LAS BECAS .DE GRACIA EN LOS COLEGIOS DE ESTA
CAPITAL,

Art. 1~ El número de becas de gracia costeadas por el Erario en 16s Colegios nacionale~ de esta capital, se fija para lo sucesivo en las siguientes:
ÜOLEGIO DE S.A.i'f lLDEFONSO.

,

/

,·

'

En la Escuela especial de Derecho ...· 8} ºO , 20 0·
l
. y Colegio
· L"t
·
lº ¡;, _.
ps. anua es,
L1ceo
1 erario.. . .•. . . . . . . . . r.
CoLEoro DE SAN Ju.A.N DE LETRAN,
En la E~uela especial de Filosofía.. . 8} 20 á 200
al
Liceo y Colegio de Artes.. . . .. . .. . . .. . . l2
ps. anu es.
En la Escuela de Minas ...... ............. : 50 á 360 ,,
,,
,, , ,,
de Agri~ultura............. 20 ,, 300 ,,
,,
,,
,,
de Medicina. ............ ... 6 ,, 200 ,,
,, •
,, Acade13:ia de:san Cárlós (pensiones). 20 ,, 180 ,,
,,

Art. 2~ En el Colegio de San Ildefonso están comprendidas en las veinte
que se le designan, las cuatro becas llamadas de Cristo y la de Balderrama; pero no lo están las de la fundacion del Dr. Llergo, que se seguirán proveyendo
con arreglo al decreto de 24 de Noviembre de 1836, ni las de Lardizábal,
Santin, Torres y Villar, respecto de las cuales se seguirán observando para su
provision, las cláusulas prescritas en las respectivas fundaciones.
Art. 3~ En el Colegio de San Juan de ·Letran están com~rendidas en las
veinte becas designadas, las ocho que se llaman de ~an Ramon.
Art. 4~ La provision de las becas de gracia en los establecimientos expresados, se hará en lo sucesivo por Nos con vista del expediente é informe de que
habla el art. 10.
•
• Art. 6~ Son requisitos indispensables para obtener becas de gracia en los
establecimientos públicos, los siguientes:
1~ Notoria pobreza.
2~ Instruccion sobresaliente en los ramos de enseñanza primaria para los
Liceos y Colegios, y de enseñanza secundaria para las escuelas especiales.
3~ Moralidad l buena conducta.
• '
Para las que se refieran á la Escuela de Minas, será recomendacion atendible que los j6venes aspirantes sean hijos 6 descendientes, 6 parientes pr6ximos
de mineros, y en general para cualquier establecimiento lo serán los buenos servicios prestados á la patria por fOS padres 6 parientes tle los interesados.
,!i-rt. 6~ Eu las solicitudes de becas do gracia, se observarán las reglas siguientes:
•
1~ Los padres 6 tutores de los j6venes pretendientes, las dirigirán al Ministerio de Instruccion pública, acompañadas de certificados y constancias que
acrediten los requisitos de que habla el artículo anterior.
2~ El Ministerio de Instruccion pública las remitirá luego que las reciba,
al Director·del establecimiento á que se refieran, para que informe con vista de
los documentos que las acompañen, y previas las averiguaciones que juzguen
necesarias.
Art. 7~ Los Directores comunicarán inmediatamente al Ministerio de fostruccion Pública, cualquíera beca de gracia que vacare en sus respectivos establecimientos en el trascurso del año, expresando el motivo; pero n&lt;;&gt; se llenará
la vacante sino hasta hacerse la próvision general el dia último de Novie,nbré,
Art. ~~ ,al fin de cada año escolar, los Directpres remitirán al Ministerio de
Instruccion Pública1 un estado de las becas de gracia que exprese: l? El nombre _d11l álumno que la obtiene. ;/,~ Tiempo que lleva de disfrutarla. 3~ Clases
que curs6 en el ~fio. 4° Calificacion que obtuvo en el exámen. 6? Conducta
que haya observado,

,

..

ilTÍCULOS TRANSITORIOS.

1° Los alumnos que actutlmente disfr~tan ·becas de gra~ia! seguirán en posesion de ellas, sujetándose para lo súces1vo á las prescnpc1ones de este Reglamento.
I.
.
,
2° Para cubrir las vacantes que exista~ hoy 6 qu~ resulten en _v:i,rtud de l_a
designacion que se hace á los establecimientos, los directore_s rem1tirán al Ministerio de Instmccion pública, dentro de ocho dias de pubhcado. este decr~o,
un informe de los lugares que hayan de . proveerse en sus respectivos colegios,
con. cuyo informe y las solicitudes pendientes Nos dará cuenta opohunamente
el Ministro,
.
Dado en México á 30 de Abril de 1866.
MAXOOLIANO.
Por el Emperador,
1

,

.

El Ministro de Justl.cfa,
Encargado del despacho de Instruccion pública y Cultos,
PEDRO EscunERo Y EcHANoVE.

PARTE 1'0 OFICIAL.
Ley de Registro civil.
Publicamos este otro artíc~lo del Mexicano, sobre la importante :materia del
Registro Civil:
.
"El artículo 20 establece una novedad muy notaJ;ile respecto de las leyes y cánones que hasta hoy han estado vigentes en México. Se requiere par&amp; lo sucesivo la e_dad de diez y ocho años en el va.ron y quince en la mujer, á fin de poder
celebrar el contrato de matrimonio, reservándose el Soberano la facultad de dispensar la edad en casos graves. Este artículo ha provocado, como habrán visto
nuestros lectores, algunas reflexiones por parte de uno de los venerables prelados de la Iglesia católica, que á primera vista parecen de alguna fuerza; mas
si se examinan los fundamentos del legislador al dar el decreto, como tambien
las verdaderas causas de los matrimonios precoces en los indios, se convendrá
en que la ley es benéfica y ~ecesaria en nuestra sociedad.
· ''Al principio, los romanos exigian para el matrimonio la pubertad en amboscontrayentes; y como ésta varia segun la constitucion ñsica de cada persona, de
ahí resultó que nó se fijase una edad determinada. Esta incertidumbre dió lugar
á las opiniones &lt;JaSiana y proculeyana, que consistían: Ia'-primera, en fijar la pu
bertad por la aptitud del cuerpo; y la segunda, por el número de años. Largo
tiempo d~raron las cuestiones sobre ambos sistemas, hasta que el sabio Justiniano dió fin á la contienda declarando que los hombres á los catorce años y las
mujeres á los doce eran hábiles para casarse. Las leyes de Partida y el Derecho
Canónico, fieles imitadores del romano, adoptaron el mismo principio, el cual ha.
estado vigente hasta nuestros dias, á pesar de que la experiencia ha ido demostrando sus inconvenientes á todas las naciones que lo acogieron, y luego se han
vistó obligadas á desecharlo. .Ahora bien; en la misma legislacion romana, de
donde tomó sti origen, se confiesa que no era una regla general la que establ~cia respecto del desarrollo de la pubertad de hombres y mujeres en la edad que
fijaba; pero que se adoptaba como buena en virtud de ser lo mas comun; reconoéiend,o, no obstante, que la plenitud de este grado de la vida humana, no era
sino hasta los diez y ocho y catorce años. Ademas, las leyes de Justiniano es
n&lt;'lorio que procuraban promover los matrimonios por cuantos medios podían, á
causa de la corrupcion de las costumbres de la época, sin cuidarse mucho de los
resúltados qk tales uniones podían tener. Vemos una prueba de ello en la infinidad. de requisitos que ·exigían para todos los actos de la vida en los menoree,
cuyo consentimiento nunca lo consideraban por sí bueno; y sin embargo, para
el matrimonio, acto de1tantas trascendencias en el porvenir de las personas, que
no tiene remedio alguno una vez llevado á cabo, que liga para siempre á los que
lo contraen, estimaba suficientemente el discernimiento infantil, digamos así, de

.

,,

�•

450

'

EL :IDIARIO ·. JfflL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

la edad tutelar. No es pues remoto que Justiniano, al dat tal disposicion, obrase
"Otros impedimentos dirimentes loa constitúyen el miedo y violencil!, ó fuerzas
bajo la influencia de su decidido empeño en proteger las nupcias legítimas.
graves, bastantes para quitar la libertad de obrar, la locura constante é il\CU·
' "Por otra parte, no hay duda, y la experiencia así nos lo demuestra, que aun rable y la impotencia perpetua para la generacion.
cuando el varon y la mujer, á la edad designada por la ley romana, estén ya
"Respecto de los dos primeros, es muy fácil comprender la razon de la ley.
desarrollados, son muy comunes los malos l'esultados de una union precoz, tan Esta no es otra que la falta de consentimiento libre ó espontáneo como se requie• .
perjudiciales para los individuos como para la nacion, y consecuencia precisa del re en todos los contratos; y siendo el matrimonio uno de ellos, nada 'mas natuuso ó abuso del matrimonio en una edad en que ambos sexos experimentan revo• ral que declarar su nulidad cuando falta la base sobre que descansa..
luciones tan asombrosas como las que entonces produce en s_v. sér la mano de la
"En cuanto á la impotencia perpetua, ya provenga de' la naturaleza ó de al·
naturaléza.
gun accidente imprevisto, anula el contrato si ya. está celebrado, .quedando libre
"Las ideas que llevamos expuestas son enteran:iente aplicables á los inatrimo• el cónyuge potente para casarse; mas para ·ello debe ser la impotencia anterior
nios que por lo regular celebran los indios en nuestra sociedad. No podremos ne· al matrimonio, pues si sobreviene despues de contra.ido el vínculo, no produce
g_ar que la raza indígena está ya degen~rada. entre n~sotros, tanto por la opre• nulidad.
s1on en que ha estado, como por el descmdo natural de su género de vida; si á
"Por último, dirimen tambien el acto civil, el hecho de haber atentado contra
esto se agrega la facilidad de casarse muy jóvenes, el mal seguirá aumentando la vida de alguno de los cónyuges, para casarse con el que quede libre; el matri~
sus estragos, de.generacion en generacion, hasta reducirlas á un estlj,do infinita• monio anterior viviendo ambos consortes, y los esponsales legítimos, síempre
men~e mas infeliz del que por desgracia guardan. Al Gobierno toca poner el re• que ~onsten por e~critura pública, y no se hayan disuelto por el mutuo disenso
medio en el particular, como en efecto lo ha hecho con la disposicion del artícúlo de los mismos que los contrajeron.
20 de la ley.
"El fu}1.da.mento de las dos primeras prohibiciones es la misma moral: repug"Hay tambien que tener presente otras cÍl'cunstancias que no son de menos na. á la naturaleza misma legalizar una union que reconoce por orígen un críinterés que las anteriores. En muchas de las haciendas de México se acostum• . men, u,n delito; y pugna igualmente que un varon ó una mujer esten casados
bra pagar un salario mayor á los jornaleros casados que á los solteros, porque con varias personas,·por cuyo motivo continúa entre nosotros prohibida. la. poliaquellos prestan mas garantía por .su familia para la constancia en el trabajo; y . gamia."-.Lic. Miguel F. Blanco.
taro.bien,. ~n _las diver~as époc~s de _nuestros diferentes gobiern~s, en que para
fqrmar e3ercitos ocurr1an al odioso sistema de levas en las poblaciones y hacien•
A J O l!J.I:. .'1
_{.j_q
nas, muchos de los aprehendidos se salvaban por tener mujer ó hijos. Estos.
l ,if¡.
son Y, no otros.l?s mo?vos de_ esos ma~onios t~n perjudiciales com9 ya diji•
ADlHNISTRACrüN DE BIENES NACIONALIZADOS~
mos,, a las familias y a la sociedad. Nadíe negara, pues, attintas las reflexiones .
que ne.vamos hechas, la bondajl de los fundamentos en que descansa el art. 20
SECCION DE ESTADISTICA.
del decreto sobre Registro civil; y por consiguiente tendrá que convenir en que
la disposicion es benéfica y sus resultados deben ser de igual naturaleza.
.Mommunto dt walore, á rt1Jisar, wrrespondiente al período corrido de 15 &lt;k bfano de lBGi
''Teniendo los contrayentes la edad antes aeter,minada, ordena en seguida la
en qae ,e establai6 uta Adminiltraciim, ~ la jedta.
ley que se presenten al .Alcalde municipal manifestándole su intencion de con•
traer matrimqnio, y acompañando sus actas respectivas de nacimiento para comENTRADA.
p~obar la edad, y que 13e pueda ver si han de obtener previamente el consentí•
m1ento paterno ó de sus curad9res. En el caso de ser el varon menor de vein• • 200 Expedientes recibidos·del Exmo. Conticuatro años y la mujer menor de veintidos, deberán presentar el consentimien•
sejo para su revision, del 15 al 31 µe
to del padre por escrito; por muerte de éste el de la madre, adjuntando el acta
Marzo, por valor de ............. . 1.808,689 69
de defuncion¡ y á falta .de uno y otra, el del curadpr, con los respectivos c~rti•
523 Id. id. de id. én todo Abril ......... . 5.245,407 83
:ficados en que consté haber fa~ecido los padres: Se levantará entonces el acta
384 ,,
,, en todo Mayo........ ~ . 3.129,011 51
de presentacion, la que ha de publicarse por medio de avisos :fijados durante dos
359 ,,
,, en todo Junio:......... . '.2.950,267 56
4'75
,,
,,
entodQJulio .....•.... 2.860,013 16
S~li;8?ª~ cons~c~t!vas en la puerta principal de la. casa de Ayuntg,rniento del mumc1_p10 o m~cipios en que los contrayentes residan. El primer dia de la publi•
673 ,,
,, en todo Agosto........ . 4.500,761 21
cacion deberá ser un domingo, conteniendo el aviso los nombres, apellidos, edad,
570 ,,
,, en todo Setiembre ...•.. 3.497,676 08
profesion y domicilio de los contrayentes, y los nombres, apelli~os, profesion y
446 ,,
,, en todo Octubre.. ...... . 2.463,'576 92
domicilio de los padres ó cura.c}Qres. Estas son las prevenciones contenidas en
350
,, en todo Noviembre ..... . 2.523,328 54
250 ,,
,, en todo Diciembre. : ... . 1.152,806 16
l~s art~cul~s 21, 22 y 23, cuya claridad bª'sta por sí sola sin requerir explica01ones mútiles.
·
.
252 ,,
,, en todo Enero· de 866 .. . 1.688,355 64
"El artículo 24 trata :un punto que, aunque mas del,icado, no creemos, sin·em397 ,,
,, en todo Febrero de id .. . 2.108,701 '54
bargo, que su redaccion ni mente puedan dar ca.biaa. á las dudas que sobre él se
491 ,,
en todo Marzo de id .... . 2.212,459 73
l1an propu~sto. Dé acuerdo el legislador eón el principio de que fa religion que
473
,,
,,
eu todo Abril de id ..... . 2.176,096 62
profesa y protege el Estado es la Datólica Apostólica Romana, no puede menos
'
de ~xigir á los que confiesan profesarla, cumplan con los preceptos que ella 5,843 Expedientes por valor de ...........•............
$ 38.317,152 19
impone; y así v~mos que la ley terminantemente previene que los católicos no
?
están exentos, por el acto civil, de contraer el matrim~nio conforme á las pres•
SALID.A.
cripciones de la religion del Estado; 'debiendo presentar antes del contrato civil,
t!omo condicion precisa é indispensable, la constancia de haber llenado ante su
4'9 Expedientes remitidos al E. (Jonpárroco todos los re9.uisitos ordenados por la Iglesia de Cristo para recibir el Sasejo, revisados, del 15 al 31 de
cramento, so pena de no celebrarse el matrimonio. Atenta la tolerancia de cu}.
Marzo de 1865.............. .
278,530 43
tos que en el país se ha establecido, era imposible redactar de otra manera el ar161 Id. id. dé id. en todo Abril ..... . l .2&amp;8,165 50
tículo; pero aun se pregunta:·"los que 's~endo católicos y no lo declaran así ante
157
,, ,
,,
en todo Mayo ...•.. 1.806,429 32
76 ,,
,, en todo Junio ..... .
el Alcalde municipal, ino se les obliga de algun modo á hacer la profesion públi•
819,300 46
ca de fé que la ley impone á los de su clase1" Es evidente que no; porque la au•
207 ,,
,, en todo Julio ...•.. 1.610,158 20
toridad civil no puede, en virtud del Estatuto y del principto civilizador de la
4'23
,,
,,
en todo Agosto.... . 2.882,364 60
tolerancia, hacer uso de su fuerza para estrechar á los individuos á que conti364 ,,
,, en todo Setiembre.. . 2.565,976 53
. núen creyendo en tales ó cuales principios religiosos, los que se supone no acep•
559 ,,
,, en todo Octubre. • .. 3,g85,663 26
394 ,,
,, en todo Noviembre.. · 2.509,011 57
tan ya, una vez que llegado el momento de obrar con .arreglo á ellos, se niegan
voluntariamente á hacerlo.
·
469 ,,
,, en todo Diciembre... 2.941,086 12
"En cuanto á los inconvenientes para expedir el certificado, la resolucion de
390 ,,
,, en todo Enero de 866. 2.826,335 84
la dificultad es sencilla, porque si á una perspna se le niega y por consiguiente
369, ,,
,, en todo F ebrero.... . 2.286,198 28
243 ,, . ,, en todo Marzo ... . . 1.076,223 88
no lo presenta, es seguro que no ha cumplido ante el párroco con los requisitos
de la religion católica, y que por tanto no puede casarse, sin que en este parti152 ,,
,, en todo Abril ....••
916,190 08
cular la ley imponga al cura el deber de manifestar á la autoridad civil las razones de su negativa:
4,013 Expedientes salidos por...•... " '.... • ..•. ; ..... , $ 27.791,634 0.7
"El artículo 25 se ocupa exclusivamente de los impedimentos dirimentes pa•
ra celebrar el conttato civil. Introduce algunas novedades, por cuyo motivo será 1,830 Id. de ·diferencia. por. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . $ 10.525,518 12
conveniente detenerse algo en su explicacion. El primero de que trata es el er•
ror esencial respect&lt;1 de la persona. Por error esencial se entiende el 'l.ue recae
A deducir ..
directamente sobre la persona y no sobre sus cualidades, fortuna ó vicios; tiene
lugar cuando creyéndose casar, por ejemplo, con Juana, se contrae el vínculo con
7 Expedientes devueltos por no corres•
María; entonces el matrimonio es nulo por derecho natural, pues falta el con•
ponderles la rev~sion . . • . . . . . . . . .
40,840 02
sentimiento que constituye la esencia dei contrato; pero no sucedería lo niismo
17 Id. id. por pertenecer á unas _mismas
ai creyéndose casar con_ una persona rica, bella ó virtuosa, no lo fuese en realipropiedades ..•. . .. !........ . ...
103,875 00
- 144,715 02.
dad; ó que aun cua.ndó el error fuese esencial, se ratificase el consentimiento
despues de conocido aquel.
Existencia... . . • • . . . . . . . . . • . . . . . . . $ 10.380,80:l 10
"El parentesco de consanguinidad legítima. ó natural es otro de los impedimentos. Se extiende en la línea de padres á hijos, sin limitacion, y en la colateral ó
0OMPR013A0ION.
de los herma.nos hasta los hijos de estos. Los tios que se encuentren en •tercer
grado con sus sobrinas, ó al contrario, tampoco podrán unirse en matrimonio; . Suma el Libro de Fi~cas ''Propiedad raíz"•. _ 21.147,440 80
,, ,, ,; de "Capitales y Capellanías".. 17.169,711 39
debiéndose co}l1putar el referido grado, conforme al derecho civil, es decir, con•
tando las generaciones desde una de las personas hasta llegar al tronco comun,
.Igual ala entrada ..•. 38.317,152 19
y bajando despues á la otra. A semejanza. de lo que se verifica. con el parentesco
Suma el Lfüro de."Revisiones
de consanguinidad, ha reconocido la ley el impedimento civil que nace de
concluidas." Igualálasalida. 27.791,634 07
fl
a.dopcion conforme al derecho antiguo, dejándolo en un todo tal cual estaba an•
40,840 02
tes. Segun el derecho de las Partidas, comprende á las personas siguientes: al Id. el Libro de "Deducciones"
adoptante y al adopta.do,.aunque se disuelva la adopcion: al adoptado y los hijos Id. el iq. de id. por correspon•
der á una.misma propiedad.
103,875 00 27.936,349 09
carnales del adoptante, mientras dure aquella; pero los hijos adop~vos de una
misma persona pueden casarse unos con otros, así en el caso de subsIS• como en
el de haberse disuelto la adopcion. Igualmente alcanza al hijo y madre a.do~tiIgual •••.•..••.•• ·•••. $ 10.380,803 10
vos, subsista. ó no el vínculo. ·

...

•

l.,

Ja

.

\

•

451

BALANZA GEN]¡:~AL DEL LIBRO MAYOR {'VALORES A REVISAR."
SALDOS.
MOVIMIENTOS.
•
·

conoce ton 'el ~omlii'e ile ''8ierra•'0:orda," y la segundá en el centro, con el. de
"Sierra dé Guanajuaio/' éúya provefbial riqueza es ' tan conocid~ e~·t~dos .lós
ángulos del viejo y nuevo m,undo por ¡ms producciones naturalés; ,si romerales
Fol.
Títulos.
• Debe.
Haber.
Deudor..
Aer~.
como agrícolas, de lo cual se hablará én s'U lugar,
• '
·'
'
,,,
1
1Fincas urbanas, Depar· ·
1.13S,46S 48
·El a~pecto que presenta: el Depa~amdentot es md~)d·esdtudoéso, taY'P.hº ·ha dejéa~p 'que
tamenwi ... a ••.•••••• $ 4.143,439 79 5.281,908 ~'i
"
"
desear a los viajeros qué han admira o 1a. recun 1 a
es , ermosa tmpor2 Fincas'nisticas en Mé•
:rico................ 129,347 44
485,305 51
355,958 07: tante ~arte del Imperio: Hé aquí cómo ló ~sci:_ibe el "Bole~in de Geografía. y
"
"
8Fincas rústicas en DeEstadistica: "
'
·
partamentos.. ...•.. 1.939,774 3.'i 2.854,276 86
914 ,502 51
"El suelo de·los llanos del Bajío, en la parte del Sur del Estado (hoy Depar"
"
36 Capitales sobre fincas
tamento), en una extension de mas dé 34 leguas desde Apaseo hasta mas adelante
rústicas y urbanas en
México ..•••....•••. 2.312,985 77
2.339,175 75
26,189 98 de Leon, esté. cubierto de tierra vegetal arcillosa, fertilísima, especialmente para
"
32 Id. id. id. id. en,Depar.
las plantas cereales y gramíneas, que ~e producen allí con la mayor abundancia.:
tamentos ........... , 6.6().(,7S2 28 · 11.222,577 15
4 617 844
· • 'o/ 1 otro tanto sucede al Norte en los lla.nos de San_ Felipe; de modo que solamente
,\
40 Capellanías id. id, id. en
43,25;l ,, pueden considerarse como estéril~s algnn,al! de..las montañas porfiríticas y ramales
México .•..••.••••.
830,292 45
'o/3,545 45
"
12 Id. id. idJd. en Depardé la sierra de Santa Rosa, que atraviesa por elmedio del Estado, en direccion del
tamentos .. : . . ..... 1.384,467 30 2.619,669 20
1~.~1 90 S. Ji). al N. O., y ·de que se hablará b.delante.-Entre las divers~S' formacione!l
"
"
• 16 Fincas rús'tic~ y urba~.?" ,ri-.·
sobrepué!!tas á las rocas nrlmitivas del auelo de Guanajuato, .apare.celen varias
nas en el extranjero·.
3,000 ,,
3,000 "
" · " partes una Qaliza compa.ofu, como la que'áe ve e,ntre Temascatio y Burras, cer~
20 Valores totales de de~•
amortizacjon ..... :.. 38.317,152 19 27.791,634 fil 10.525,518 lt
de Lo,de Sierra (municipio' de Irapuato), la cual está acompaña~a de otras sus•
24 Fincas mbanas en Métáneias, pero que segun él Ba.ron de Humboldt, por a.u tes~!¼ unida y casi con•
.:rico .............. . 10.492,594 69 12.613,641 97 .
2 121 47 28
· •º
coidea, se asemeja á la del monte :¡urf· La misma caliza ffif~li.liérva en la hacie'll• .
"
28 Capitales sobre bienes
indefinidos...........
31,000 ,,
104,052 03,
73,052 03 da de- la Calera, cere3/ de Irapuato, f-en otros puntos que lleváñ una direc"Cion
" "
.
,
&lt;1.e N. O. á S. E., esto es, un ángulo cas.i .recto con las vertientes de las mont&amp;Totales:, ..•. $66.188,786 •26 $66.188,786 26 $10.525;518 12 $10.525,5iB 12 ñás ~e Guanaj~ato y con._un deanive~ de muc:has varas respectoJ~ aquellas. Es.
'
tas c1rcunstanc1as geológicas, tan analoga.s á las que se han obs,erva.do en Fran, México, Abril-30 de 1866.-El Gefe de la Seccion, E. L. Galw.-V~ Bº..:.. cia. en las parajes en que han producido buen efecto lós pozos artesianos, sugieren
El Aáministrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y Navarro
un buen pensamiento que por su mucha importancia deberla ensayarse si:i reali.
.~
zacion. En efecto, las infiltraciones de los cerros de Guanajuato deben dirigirse
naturalmente á estos puntos mas bajos, y encontrando la impene'trabilidad de la
El viaducto de 1'1etlac.
caliza. compacta, detener su corriente, formándose depósitos d~ agua subtenáneo1
El dia 26 de Abril se ínauguraron los tra.bajo,a del puente por donde ha. de dé mucha. considera.cion: si eato es así, como lo indican las probabilida.deei y el
pa.a~ eJ ferro carril Imperial, á dos leguas de Oriza.va. Es la obra. de arte :mas agua se extrajere por medio de los pozos artesianos abiertos en los puntos congrande de este camino, y una.,de las ·má¡¡ notables que de su género existiJán en venientes, es incalculable ~l ~néficio que 'resultaria. d~ poner bajo d~ rieg~ las
el mundo.
· •
.haciendas, y de que naturalmente se de.saguasen las ID1llaS de Gu&amp;naJuato, infil. .
La barranca de Metlaq tiene m~ de. 900 piés de anchura y 375 de profundi. trándose las aguas que ha.y en ellas contenidas, acaso por éstos depósitos. Este
dad, y estas serán las diménsiones del puente que ha empezado á cqnstruirse y proyecto me parece mas practicable y menos costoso que el socavon indicado p_or
que será todo de hierro. •
Humboldt, .Para el desagüe general de las.minas en los llanos de Temascatio.
Asistieron á la ceremonia las autoridades civiles y milita.res de Oriza"Va, mu• 'Una Compañía de mineros y labradores iñteresados en el proyecto de los pozos
chos particulares de todas clases y c~ndiciones, y gran número de señoras. El . artesianos, podria á poca costa (1) hacer un ensayo acaso muy productivo, pues
Cuerpo de.oficiales austriacos, la Guardia rural y la del ferrocarril estaban ta.ro• ya: es·tiempo de apreciar lo que vale el espíritu de asociacion para las grandes
bien presentes.
empiesas y conocer lo inútiles que son los esfuerzos particulares para esta clase
La Compañía imperial estaba representa.da por el Sr. Escandon y el Sr. Fal. de obras.-Toda la Sierra de Santa Rosa forma una ·cadena de montañas, la macott hijo; la ·empresa constructora por el Sr. Lloyd, autor del proyecto del via- yor parte de pórfido y mas 6 menos altas, 'á que los habitantes llaman siempre
ducto/el Sr. Brannif, .inspector general, y el Sr. Bucha.nan, ingeniero encargado cerros y designan con diversos nombres, siendo el mas. elevado el cerro de los
de los trabajos. Todos los demas empleados.del camino estaban allí.
·
Llanitos, dos legua,11 al N. de la capital, &lt;lUYl!- altura absoluta. sobre el nivel del
El Prefecto del' Distrito, Coronel D. Juan de Olloqui, presidia la :fiesta como . mar es de 3.359 varas, punto mas alto áel Estado. En la misma sierra a.p~rece,
representante del gobierno, y puso la primera piedra en.el fondo de la barranca. entre otras, una enorme masa porfirítica llamada el cerro de O'i:l,lzones, notable
El párroco de Oriza.va. bendijo la obra, despues de lo cual el Sr. Lloyd pronun• p_o~ditj_
diéndose en cañadas por dos la.dos opuestos, ~ida o~n á dos rios,
.ció, en español un discurso análogo.
··
·
de que se hablará en el lugar correspondiente. Un poco mas al Oeste se eleva el
El puente de Metlac se llamará Viaducto de Maximi7tiaño, y los empresarios cerro del Gigante, que parece mas alto por lo bajo de loe puntos de donde se oh.le ponen bajo la egida protectora del Emperador y la Emperatriz.
serva en el caminp, y cerca de Silao descuell3¡ el Cubilete, cubierto exteriormen·
..,
te de basalto, y cuyo nombre viene de su formlt, aguda en la cima y ensanchán•
dose gradualmente hácia la base. Otros muéhos cerros que limitan los !fa.nos de
Casa de .Moneda de México.
que se ha9ló antes, i:io son mas qua ramales de la sierra mas 6 menos elevados,
y.
~as ó menos separados; pero entre estos es digno de aten,ci9n el de Culiacan,
Esf.ado que manifiesta las introduccianes de me.tal.es y su acuñacion en e,sta Casa
cerca de Celaya, porque estando ya en elllano, parece muy alto, y se divisa desde Moneda, en Wdo el mes de Abril próximo ~ado.
de, muchos puntos del Estado: esta úitima. circunstancia, qúe igualmente presen•
•
"·
INTRODUdCIQN.
tan el Cubilete, el Gigante, el cerro de San Juan en Mendoza; el de Santa Rosa
· ORO. .
PLATA.
cerca de Temascatio, y otros mas del Sur, debe aprovecharse, porque estando ya
•
Mares. Ms.
)iarcs, Ms.
1
fija.da su posicion astronómicamete•por D. José.María Busja.mante, se facilita. en
A la ley- de cambio.. . . . 57.525 '372 A la ley de cambio .••..
82 019 e~tremo la forma&lt;¡ion de ·una buena carta por medio de simples operaciones geb• A.la ley de moneda.... 58.410 885 A la ley de moneda •..•
85 925 métricas. El,cerrb de la Garrida y el pequeño de Be.i:nalejo, en jurisdiccion de f~apuá.to, proveen de metaf,es y mokajef,es á las'mujeres de los habitantes, de cuyos
Va.for á la ley de moneda. $496.492 53 Valor á la ley de ]Jloneda.. $11.685 74. utensilios hacen tanto uso, y del último se sa~an igualmente las píedras para. los
molinos de trigo, pues estos cerros son de-un basalto muy á propósito para el caso.
Suma de valores .• , .. $508,178 24
El ce~ro ~de la Batea1 en el Valle de Santiago, llamado así por la figura d&amp; su ci•
ma., ~t\ de tierra sobrecargada de siliza, lo 9.ue la hace á propósito para el cultivo
.A.CUÑ.A.CION J)E PLATA.
de las papas y otros plantas, cuyas raíces se quieren engrosar, pues en ella se
En marcos.
· Su valor.
51.322 453 . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . Pesos....... . . . . . . . . . • . 437,000 00 'desartollan mas fácilmente que en {quella e~ que apanda la alumin-a. El cerro
990 00 de la Bufa, cerca la capital, es notable, asi por su enorme mas¡¡. de pórfido,
116 141 ...... . .... . •.....•... Pesetas·. . . . . . . . . . . • • . . .
84 656 ..... • ..... ,........... Décimos.·: .... .-..... • . .
721° 40 como por lo extraño de su aspecto y con:figuracion. En fin, de otros varios cer50 000 . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . • • Vig~simos. • . • . • . •
428 35 ros menos elevados, pero muy importantes por su riqueza mineral y otras pro•
ducciones, se tendrá ocasion de hablar en diferentes artículos de esta Memoria."
•
¡Las dos
T
tal
51,573 250 . . . . • . . . . . . • • . •. . . . . . . o es... -..•.....•... . . 439,139 75
l. sierras
d d de
t que
d se
di ha hablado
talantes,
d están cruzadas ~n
, todas
al direcciones
t
1
por mu titu · e ve as e versos me es: e estas se· tratara con guna ex en•
siou, al ocuparse de las producciones del Departamento, y se fijará, á lo menos
México, Mayo 2 de 1866.-El Interventor, .huis Varela.
de lai3 mas notables, el rumbo, extension, laboreo y metales q~e se extraen de
cada una.
,
,
Rros.-Se
tienen
como
principales
en
e1
Departa.mento
el
de
Lerma,
Rio
Gran•
ESTADISTICA DEL DEPARTAMENTO DE GUANAJUATO,
de ó•de Totolotlan, que entra por el S. E. con direccion á Acámbaro1 pasa por
·FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEI¡ MISMO, 1 Salva.tierra,. rqmbo á N. f),.y corre por el :Valle de Santiago y Sa.}~ca; toma
al S. O. po:r las haciendas de Pa.ntoja y.Rodeo de Mancera, hasta el rancho de
En cumplimiellto de lo disp.esto en el art. 5~ de los transitorios de la Le,
Zambra.no para entrar al Lago de Cha.pala. por la hacienda de Santa Ana y pue•
de 3 d~ .Mano del propio año.
•
blo de la Pied~d, despue.s de treinta y cinco leguas de camino. El rio de la Lli.·
SITUACION, EXTENSION Y LIMITES.-Situado casi en el centro del Imperio ja., que na.ce. al N, de la fu.Ida oriental de la montaña. de Calzones, pasa ~r la
mexicano entre los 20° y 21° (4' latitud septentxiiona.1, y los o0 30' y 2° 47' . Quemada, rancho de la Soledad, Atotonilco, Sa.D" Miguel de .Allende, Chamalongitud O. del meridiano de México, linda por el N. con el Departa.mento de San cue.ro, San J ua.n de la Vega, · San Miguelito, Oelaya, Cortaza.r y Salamanca., y
Luis Potosí, por el E. con el de Querétaro, por el S. con el de Michoaca.n, y por se junta al ~io Grande en el rancho de las Adju¡itas, de la municipalidad de la
el O. con e1 de Agua¡¡calientes. Tiene hoy una superficie, en virfud de la ley de última pobladon de las que se acaban de mencfona.r, despues de treinta leguas
3 de Marzo de 865 sobre nueva division territorial, y segun el cálculo mljl! verí- de travesía. El rio Turbio ·comienz11, tambien cerca de la montaña de Calzones,
dic9, de mil quinientas sesenta y una leguas cuadra.das, y treinta y tinco centé- se engruesa. con los vertientes de los Altos de !barra, se dirige á la ciudad de
ffllllO,S,j}e legua, de 26!f al grado.
Leon de los.Aldamas, pa¡¡a por las )J.aciendas de Cañada de Negr(&gt;s, Jalpa, ViCONFIGURAOION.-Se puede considerar aproximadamente el De¡ia.rtarnento de lla de Piedra.gorda, la Sierra de San Qi-egorio, y se un.e"al Río G,a.nde en el
una.. :figura elíptica., cuyo eje mayor de N. E. á S. O. es de 65 leguas, desde el punto de Zambra.no, habiendo recorrido veintisiete 10gt1M en direccion N. S. Ha.y
lindero de Sierra.Gorda con los Departamentos de San Luis Potosí y Querétaro, ademas muchas corrientes, que :aunque impropia.mente tienen tit título de rios,
hasta el del pueblo de J esus María. con.el Departamento de .Aguascalientes;,y el son arroyos ó torrentes que solo eobl'all importancia en la estacion de las aguas.
menor de N. O. á S. E. es de 35, que da UJ1. perímetro de 150 leguas. ' .
Talea son: el que nace del Monte de San Nicolás y mineral dé Santa.Rosa. en la
AsPECTO FISico.-El territorio del Departamento de S. E. á N. E. lo recorren
' "
.
dos cadenas de monta.ñas sin intem1pcion: la primera, situad&amp; hácia el N., se co(1) Respectivamente al importe que se babia presupuestado para el socavon H~boldt.

\

,, ¡

---

a~

~

I

•

• I

�452

EL DIARIO U.EL IMPERIO.

sierra de Guanajuato al N., y los diversos arroyos que coi;rcn por las e.añadas
sobre las que e11pá asenta:da la ciudad; !l,travil}~a muchas calles de su poblac;ion,
y sigue su c¡rso por la cañada de :ft{arfil, _llilS/1, por este mineral, haciendas de
Cuevas, Burras, Oalera, Copal, has~ el S. E. de Irapuato, en donde se une con
los de Silao y J aripitio, siguiendo su corriente por las haciendas de la Vírgen,
San Roque y Pueblo Nuevo, en cuyo punto ,e incorpora con el rio de Lerma. En
los cerros de Rincoh de Ortega al ij. toma su origen el río de Silao con direccjon
á la hacienda de Chichimequillas, pasa por los suburbios del mismo Silao, haciendas de Benavente, Trejo, Serrano, .Arandas y España,'UD.iéndose al de Guanajuato, en el lugar expresado arriba. En los cerros de Santa Cruz se forman
dos arroyos que se comunican en San Nicolá/!, corren por Temascatio, Maraüon,
Buenavista, Mancerita y Mancera, en donde toman su corriente con el rio de
Lerma.
'
De las mont~as situadas al N. y N. E. de 1~ Sierragorda., nacen dos arl"Qy9s
llamados Victoria y Tierrablanca: el J:&gt;!Ímero tjene su origen en los cerros de
Santa Rosa y Xichú, y el segundo en l~s del Pinar y Cebolleta. Estos arroyos
atraviesan casi todo el pistrito,y vienen á reunirse (W el rancho de J esus María,
siguiendo r~unido su curso hasta desembocar en el pp de San Migµel .Allende
6 de la Laja. En la sierra de San Pedro y al O. d~ 1.San Felipe, comienza su
curso el rio de Bravo, y sigue su corriente por términps de la hacienda. del Jaral, rumbo á ~anJi~is Potosí.
.
,
Hay en la muni(lipalidad de Piedragora'.11,, á mas del Turbio, los ríos conoch
. dos cqn 1os p.ombre~ de Jalpa 'YJ del Sabino, é igual número de arroyos, el d~l
Sa~ y Prieto ~ie traen s_u curso del nepartamento de Aguascalientes, incorporandose al nµsmo Turbio en varios puntos.
Del cerro dti Tlasaguan nace un arroyo que viene. á reunirse con el de la Laja en el rancho de las Adjuntas de municipio de Hidalgo. En su lugar se tratará del uso de las aguas y de lt&gt;s pantanos. .

(Continuará.) ,

.DElmlYCIOS ANTE LA. PREFECTlJRA. POLITICA.
que se publican en el Diario del Imperio conforme al artículo 14
de la ley de 3 de Noviembré de 1858.

"Segunda clase.-Para el bienio de mil ochoci~ntos sesenta y seis y s~senta
y siete.-Luifo de Stein, por sí y á nombre del Sr. D. Juan B. Ascorve, ant~

'" ·~r

n •

AVISOS JUDICIALES,

.Tu%t;ado de Inatruuioti de '.l;excoco.
En lós autos del intestado de D. Luciano Santa Cruz, que giran en este Juzgado, .se ha
prevenido que por los periód,icos 11e convoque á las personas que se crean con derecho á suceder en los liienes de dicho intestado, para que se presenten á deducirlo en el término de quince dias, que comenzarán á contarse desde la primera publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, les parará el perjuicio á que hubiere lugar en
derecho.
•
Texcoco, Abril 30 de 1866.-El Juez de Instruccion, Mcuro F: de C6rdoba. 933-Sa-1

C:itacion judicial.
Jilabiéndose presentado.ante el Juzgado 2~ de Instruc&lt;tion en lo civil, D. José Diaz Maury,
por su esposa D~ Cármen Madariaga, pidiendo: que con citacion de la Sra. D~ Concepcion
Cosio, se notifique al Sr. Notario D. José Villela espida á costa del promovente, testimonio
de la escritura de imposicion d61 capital de tres mil pesos sobre la casa núm. 4 del callejon
del Padre Lecuopa, otorgada ante el Escribano D. José Ildefonso Verdiguel á seis de Julio
de mil ochocientos treinta y seis¡ y que la citaeion se haga por los periódicos,.por ignorarse.el
paradero de dicha Sra. Cosio. El Sr. Juez, en auto de veintiocho del corriente, decretó de
conformidad, señalando el término de ocho dias para la publicacion del trámite.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente para los efectos legales, en Méxice, á •
treinta de Abril de mil och~entos seB!lnta y seis.-José- Yuente Piña, Escribano público.
931-38-2

.

Cítacimi.

,

y

Tribunal® l '.' instancia.-2~ Sala.-Por el pr~ente, en.cumplimiento de lo mandado
por esta 2~ Sala del Tribunal de 1!- instancia del Departame~to del Valle de México, cito y
emplazq á D. José María Arteaga para que en el término _de ocho dias, contados desde hoy,
com¡¡~ezca ante dicho Tribunal á hacer el reconocimiento de una firma puesta en un documento presentado por parte de D. Inés Marin, en el jnició que sigue contra el citado fü. Arteaga sobre pesos.
'
· México, Mayo l ? de 1866.-Estéban Tomás Casas, Escribano público.
932-3s-2

Empla~amimeo Judicial,
Juzgado l? de Instruccion de lo civil.-En la demanda que.sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha mandado el Sr. Juez ¡;e
cite por los periódicos al referido Fuentes, para que en el término dll cuarenta dias, contados
desde' esta fecha-, se presente en este Juzgado, por si ó por apoderado instruido y espensado,
á contestar la indicada demanda¡ apercibido que de no hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía sin mas citaciones ni emplazamientos. ·
Yen cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que snrfuá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.-El Escribano de diligencias, José María Cot1arrúbias.
9-29-3s-3

V. S. con el debido respeto expongo:-Que habiendo encontrado un'a,mina de
plata abandonada y conocida con el nombre "La Mina Vieja," ubicada en el cet- 1
. 11'oti6cacion.
ro Grande, jurisdicción de Tlalnepantla y Municipalidad de San Cristóbal EcaA escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del.Sr. Coronel
tepec, á V. S. respetuosamente suplico se sirva, en cuanto há lugar en derecho, D. Mariano Perez de Tagle, en los autos ejecutivos que este señor seguia contra D. Felipe
admitir este formal denuncio, y pasados Ios trámites de estilo, se nos adjudique Gonzalez Aragon, sobre pa~o de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el :eromoveny dé la, posesion debida.-México, Abril 9 de 1866.-Luis &lt;le Stein.-Señor te se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificacion de la radicacion al ilemandado. por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
Prefecto político del Valle de México."-Abril 10 de 1866.-Por presentado en auto
que á la letra dice:
cuanto há lugar en derec\w.-Regístrése en el libro respectivo, devolviéndose , "México, Abril 25 de 1866.-Como lo pide. Haciend,o la p~blicacion p~r oc~o dias e!l el
á los interesados para los efectos convenientes.-A~ lo acordó el Señor Prefec- Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Inatruc~1on de lo oml, Lic. J?· Cnstóbal Poulety Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Migud F. Guerra, Escnbano Seto.-EI SecrJtario general, Oárws Zavala..
·

'.

cretario."
Y para hacer sa)&gt;er lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
.
México, Abril de 1866.-U,bano Morali, ~\lribano p1Íblico.
9-23-8s-5

AVISOS OFICIALES.
ADMJNISTRACION PE BIENES NACIONALIZADOS.
UKA'!rJIS.
•

L

:1

~

.

~
.
El dia 16 del entrante Mayo, á las nueve de la maíiana, se procederá al de la. cilsfubicada
en Oajaca, en el c.ut.rtel 4?, manzana 11, caUe!d_él.Soplc Mm: 2, valuada en ($49&amp; 37~ cs.)
cuatrocientos noventa y cinco pesos tr$ta y siete y medio centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y_9:/ Q.e la ley de 2Q de Febrero de 1865. Lo q.úe se ,J?articipa al público, para qne 1~
personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficma el dia y hora citados.
1
México, A:bril 26 de 1866.
1 1
'
3a- 2

t

:~ ' .,_

AVISOS PARTICULARES.
.

'· ' 1

El dia 9 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicada
en Oajaca, en el cuartel 4?, manzana 17, calle de San Antonio, valuada en ($144) ciento cua;renta y cuatro pesos, cuya almoneda se verffieará con arreglo á los artículos 24, 2,5 y Z7 de la
ley de 26 de Febrero,de 1865. Lo que se pal:timpa.al público, para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á jl8ta ofiéina el dia y hora ~itados.
México, Abr.i). 20 de 1866.
3a-2
.
El dia 15 del entracte-Mayo, á lasJ1ueve de la moñba, se procederá al.de la casa y sola,r,
If}~ana 35, cuartel 4?, calle del l)esastre, en Oajaca, valU1lda en (fl;! lló 50 cs.) ciénto quince
11esós cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de ,Febre~o
de 1865. Lo que se participa, al público, para que las.personas que·deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados1í
México, Abril 23-de 1866.
..¡
3a-2

.;

MINd DE SdN CdFETdNO BL BORDO
EN PACHUCA.
P-0r acuerdo de la Junta menor directiva, se convoca á todos los señores aviadores de dicha
mina para la junta general eslraordinari,a que se ha de celebrar el dia siete del corriente, á las
dos de la tarde, en la Tesorería de esta negociacion, calle de Capuchinas núm. 7¡ en la inteligencia de. que los señores que no concurran estarán obligados á pasar por lo que acuerden
los concurrentes.
México, M~yo 1? de l~.-Por,ausencia del Secretario, R. Martimz.
930-3s-3

SEGURO CONTRA IN.CENDIO.
La Compat'iía .fEambur;;'H.esa-Bremesa de Seguros
CONTB.11. INCENDIO,
1

Formada'de entre los comerciantes mas ricos y respetables de Hamburgo y Bramen,
•
y ofreciendo, pue~, todas la,~ garantías que puedan desearse.

'"

•' ASEGURA

MuEBLEs

)

)

Con arreglo á los art.ículos 24, 25 y Z7 de la ley de 26 de f eP.rero. de 1865, se va á proceder
al de la casa; cuartel l'?, manzana 5'.', núm. 1, calle de la Loca; en Oajaca, valuada en($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas .qué de~en hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del. entrante
Mayo, á las nuev:I\ de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
,
,
México, Ábril 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J1¡1m Suarez y
Na-oarro.
'
6a-6

E INMUEBLES A PREMIOS M6mcos.-DAN INFORMES·
Y AEREGLAN P6LIZAS

Lbs Agentes,
,'

!.
82L- 90a- 32
t

LEFJl'lLANN

&amp;

GUTHEIL,

Bajos de Porta- Cooli núm. 4.'

AVISO.

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
papel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne se dará al precio de~d,e 3 hasta 9 reales
Eacuela$ i;ratmtas,
,
' Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-Núm. 865.-~a pieza.
Comision de Instruccion pública., con fecha' 10 del corriente' ti.a participado al Sr. Alcalde · 1 TiµnQien $6 han· recibido hules para piso y para coche, á precios sumamente cómodos.
E'n'la misma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-5l
municipal, que segnn lo dispuesto por elE.mre. Ayuntamiento, han quedado establecidas y
abiertas para el público tres escuelas gratuita¡¡ para nii!os :pobtes, de Jas cuatro acordadas por
la ,nisma corporacion¡ la primera en la calle de la C,cmqepc1on n(up. 9, la segunda en la caUi:
SBG~BOS CONTR,;8. INl:BNDIOS.
de Mnñoz núm. 3, y la tercera en la'Rinconada de'Sarl Sebastian. LQ que pór órden del mis,..
mo Sr. Alcalde se pone en conocimiento del público, álfin M q_lle los padres de familia que
~l,
O,
.
1
ÜOYP.AÑIA
DE
SEGtra&lt;JSIDE
GLADB.A:CH.
C&amp;TI\zcan de recursos, manden á Sllll'hijos á los eatablecimientos:'menclonados.-El Secretario
Capital de fondo............. 3.000,000'pesos prusianQs.
,del Exmo. Ayuutamiento, Luis G. Pastor.
,; j
6a-5

ADMl11'ISTB.AOI011'' CH1lnllLA:r. DJI

c:o:a...,.os.

4,VISO AL PUBLICO.

I

'

ÜOID'.!IDA: DE SEGUROS ~E BASILEA (BASEL) . .

Capital de fondo •.. . .: . . . . . . . • . . . . . . 10.000,000 francos.

El dia 5 del presente, á las cinco de la tar~, se despacha de esta Administracion general
, para Veracruz, un estnoi:dinario con la corr!lspondencia que ha de conducir á Nueva-York,
con escala en Sisal y la Hab'ana, el vapor-correo "Manhattan. "' Lo que se participa-al público _p~ su conocimie'nto'y ef~tos corre~n.di611tes.
México, Mayo J.'? de 1866,..-El Admiri1atriulor general¡ Luil de la Pt-u,,,
2s-2

Se aseguran mueblelf é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los lnfqm¡e'n ¡ecesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Coúipamas,"tálli!
de San Bern&amp;)'.do núm. 3. ~
·
.
4Q0-180s-164 , •

Ofl6P,uion de lfi V«t:fflUI.,
En los ~ 5 y 6 &lt;lel_corriente se practic&amp;rji ésta en el edilicio de la Diputacio~, de once á
once y media de la manana.
H~D,ll&gt;, Mayo 2 de 1866.--ercado.
24¡-2 \

Un piano de roea,, de siete octavas, con todas las mejoms modernas, enteramente nuevo, se
vende al precio ¡le coeto: Se- puede ver en el ntµn. 14, c!',llejon de S~ta Cl~I', primer pilo.

191All'O DJI Vl11WT.4..

ltlEXICJO¡-JllPRENTA IMPERIAL.

•

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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:1 n1a~

Dl a111u:

•
Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

• NuM. 402.

lflEXl(JO.-.Jneves· 8 ·de ]Bayo de 1S66.

III.

...
SVKAB.10.

PXRTE OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de Gnadalnpe.,-Disposicion sobre el Tribunal de Justicia de Jalapa.
PARTE NO OFICIAL.-Casas de Moneda.-Acaqemia de ciencias y literatura. Acta
núm. 29.-Caminos.-Mineral de Plateros.
.

PARTE OFl'CIAL.
GRAN CANCllLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México 3 de May~ de 1866.

S. M. el Emperador, poi- acuerdo de .29 del pr6ximo pasado, Ha tenido ~
bíen nombrar Oficial de la Imperial Orden de Guadalupe, al Sr. D. Cárlos Sada, Subprefecto de Sombrérete; y Caballero de la misma Orden, al Sr. D. Pe·
dro Rivas Mendez, Administrador de correos de Yucatan.

CASAS DE MONEDA.
.

l

José H. ~aleH.

•

De México .••.••..•.•.• eo.o24
,, Guanajuato. -~ • : ..••. 42.~00 "
"
,, Zacatecas... ,. •~ ••••.
'!
"
, 1 Guadalajara••• " ••.•.
"
"
2.i44
,. Durango ...•••...•••
"
,,
,, Catorce ••...••.•....
"
,, San Luis Potosí. •..••.
"
"
1.120
,, Oajaca. ~ .............•

SECCION 1~·
~

México, Mayo 2 de 1866.

Con el objeto de que no se paralice la administracion de justicia, S. M. el
Emperador Ha tenido á bien disponer que mientras queda instalado, con arregl8
á la ley de 18 de Diciembre ·último, el Superior Tribunal de Justicia de Jalapa, continúe el que preside V. S. ejerciendo su jurisdiccio.n en el Deparlamento de Veracruz. .
.
·
Lo que comunico á V. 8. para su cumplimiento.
El Ministro de Justicia,

ESCUDERO.
Sr. Presidente del Tribµnal Superi.or de Justicia de Puebla.

Casas de Moneda.

Noticia de las cantidades de oro y R°tata acuñodas en las Casas de Moneda que ·se
expresan, durante 7,os meses de Enero, Febrero y M_arzo dei corriente año.
ENERO.

PLATA.

De México ..... . .......
,, Guanajuato ...... : •..
,," "
"
,, Zacatecas............
" "
,, Gnadalajara.......... 12.176
"
,, Durango .......... . .
"
"
,, Catorce .............
"
"
,, San Luis Potosí ......
"
,, Oajaca.............. 2.a68

\

"

.

Sumas ...... 14.544

"

ORO.

25

375.438 25
272.000
310,000 "
62.688 "
62.000 "

"
"
"

"

,,

"

"
"
lo.118 "

.! I'

13.750 "

"

"

1.083.700 25 1.098.244 25
PLATA.

De México .....
" ,r
,, Guanajuato •..·•..••.. 56.000
,, Zooatecas........•.... 16.000 "
"
,, Guadalaja:r~· ..•......
" ,1"
,, Durango .••...••.... 9.808
,.
,, Catorce .... ~, •. ~•- •.
,, San Luis Potosí ......
,, "•t
' 3.872
" o.
&amp;Jaca. . . •••••••••••
v ••• , •••

.,

,,"

TOTAL.

FEBRERO.

T

..

375.438
272.000
310.000
50.512
62.000

...

Sumas .•. ·... 85.680

"

TOTAL.

336.528 55
27l,OOO
314,000 "'I
34.561 ,r
80.000 ,,
167.860

,,

lS.800.

·"~
"

336.5,28 5~
327.000
330.000 "
34.561 ,,"
89.808
167.860
('

,,

·22.6'72

"

,~"
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1.222.749 55 t:308.429 55
\

,,

,,

-JJ

p

123.140' ,, m
28.893- ,, ~: ,

----1.509.397(' ,/'" '1
L

1.383.709 ,,

•

'

lJ?i!J

Bestime••

TOTAL.

ORO.
,

De· México ••••••.•••.•.
,, Guanajuato ••••••••••
,. Zacatecas.••••.•....••
,, Guadalajara..••••••••
,, Durango •.••••••••••
,, Cato.roo .•.•••••••••••
,, San Luis Potosí ••••••
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Oajaca. ..... -...• -- -

,

1.082,202 80 1.162.226 80
935.000 ,.,
837.090 ,r
1.064.000 H 1.080.000 ,,
143.809 ,,
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S1U11ae. ~- ••• 2eó.9i2 ,, 3,690.168- so 3,916.070: so
NOTA. No se inclu~n las noticias de la. ~ttñacion ~8ias Cááite. d~ Monedtdbi
Chihut:ili:aa, Cnliacan, lrermosillo y AJ.amos, por no liaJlerse- ree1b1do hasta :O.
fecha.
Seccfon 1~ del Ministerio de Hacienda. México, Abril.25 de- 1866.-El ~
Director de la Seccion 1~. Javier de Reygai11M.

29,
Concurrieron los Sres. Vicepresidente Rio dé la Loza,.~al\; .A.rriola, Buatillo, Cuevas, Castillo, Fonseca, Jimenez D. Miguel, Montes ae 0-.ca,..M~ez,
Orozco y Berra, Vértiz y el Secretario_qu~ suacribe.
Aprobada el acta de la sesion..anterioti se dio cuenta con las comunicaeion01!
siguientes:
.
U.na del Gran Chambelan de S. M. la Emperatriz, ofreciendo á gu nombre á
la Academia, un libro intitulado: "Breve noticia sobre las antigüedades de Jonuta." (M. S.)-Que se registre El1J. el libro de donaciones y se den. á S. M► 1ae
mas expresivas gracias.
•
Otra del Exmo. Sr. Ministro de Instruccion pública, preguntando si el ga11to
para la impresion de la obra de D. Andrés Grayson se halla comprendido en el
presupuesto remitido por.la Academia e}.27 de Diciembre último. El Sr. Cue.
vas hizo algunas observaciones sobre el mucho costo de dicha impresion,. y la.Academia acordó que. se conteste al Sr. Ministro, manifestándole que ese gasto
no está incluido en el presupuesto; qne la impresio.n de la obra de que se tra.tlf
costará mas d~ 60 mil pesos, y que el término de su impresion será el de tre~
años.
Otra del Sr. Segura avisando qua salia para- Europa, donde ofrece sus servicios á la Academia.
.
.
1 •
Se presentaron -cuatro opúsculos recibidos en, la semana, intitW;ados: 1•M1mual
enciclopédico de ciencias, agricultura y artes" (1 ~ entrega); Ensayo- histórico
sobre las revoluciones de Yucatañ, desde el año de 1840 hasta 1864" (entrega
7~); "Cuatro Memopas sobre,puntos de administl'.acion\ por D. Vicente Ortigoaa;" "Historia de la guerra de C118taB de Yueatau, por el Lic. Apolinar García y
García" (2~ entrega}.
·
El Sr. Oucvae leyó la Meim&gt;ria que previene el reglamento, cuyo asunto fué_
h«icer una JTesefia. hietárieo--emiea de, laJneratw:,i mexiC11J1a.
,
,
. No conc~rieron..por ooupa~ron;,Joii Sré/J. Presidente Ramipezj GarJM, Icaab&amp;lceta, Herrem¡ Laewma, .Tunenez D: :Elranciseo, Salazar Iluregui y More~o
y-Jove.-Por enfermedad, los Sres, Miei: y Terán, y .A:rango y Escand,oniPor estar ausentee,..los Sre~. Lao-ainzai-1 Larea, Máury y Segura; y ·sin a.viso,
el Sr. Roa Bárcena.
MéJác-o1 .Abri12-'de 1866.-El S ~ o inwino, F r ~ Ptmemd.
.ACTA NUM.

Ministerio de Hacienda.-México, Abril 26 de 1866.-SEÑOR.-En cumplimiento de lá circular de 1~ de Noviembre del año próximo pasado, en la qu.e se
ordena que cada tres meses se presente. á V. M. por este Ministerio una noticia
de las cantidades de oro y plata acuñadas en las Casas de Moneda del Imperio,
tengo la honra de acompañar la .9.ue correspond~ á los meses. d.o E~ero, Febrero
y Marzo del presente año.-SENOR.-El Presidente del Mwster10, encargado
de los negocios de Hacienda, José Maria de Lacwnza.-Al Emperador.

ÜRO.

"

123.140 ,,
27.773 ,,

kff:demi~ Imperial d_e Ciencias y Literatqra.

PARTE NO OFifJIAL.

CASAS DE MONEDA.

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~_T_o_TAL_._ , «d
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294.000 ,,
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-

MINISTERIO DE JUSTICIA.

o

PÚTA.

()Ro.

El Secretario encargado de la Gran Cancillería,

•

:

MARZO.

.,, .

o.&amp;m:r11oa.
Ministerio_de lliomento.-'1Direceio11 ,gener~ ® caminos y p1Jentes.-Direcci.on del camino de Perote á-,V~racrnz.-Relacion. de las obras ejecutadaa. en e~t~
camülo en la s,e~conta.q.a. del 8 al 14 de .A.bril de 1866.-Han t,rab,a.do e11;
las obras de reparacion de este camino, en dicha semana, 97 operarios, 5 so-

'

�446

•

brestantes¡ 6 capataces, 3 carreteros cop. do¡¡, carros de.cuatro ruedas y un~ de dad de esta Direccion. Se ocupó, ademas, por espacio de tres dias, una carreta
dos. Han rayado, inclusos los capataces, la suma de doscientos setenta y nueve tirada por bueyes, que se pagó á razon de un peso c}.iario. Hicieron 689½ tareas
pesos veintinueve y cinco bctávos centavos ($ 279 29!). Los puntos en que han- y se gastaron trescie¡itos treinta y seis pesos treinta y uno y un cuarto centavos
trabajado son los que á continuacion se expresan: Riofrio, de Paraje de Carros ($336 31¼ cs.) Se ha continuado trabajando en los mismos puntos en que se
á Tostlacuaya, Parajillos, San Miguel del Soldado, Sedeño, Con-al En-me y hizo la semana anterior, de la manera siguiente:
Mata de Caña. Las obras ejecutadas son las siguientes:
"Riofri~. _En este punto ha trabajado una cu~drilla de 22 operarios con un ca.
Riefrio.-U'.na cuadrilla compuesta de 24 operarios, con un capataz, ha con- pataz, é hrcreron 134-tareas en la semana, que importaron.la suma de cincuenta
tinuado la calzada nueva que se está haciendo en la subida de este nombre. Hi- y dos pesos cincuenta centavos ($52 59 cs.), siendo el jornal de fos operarios de
zo en la semana 146 tareas, por las que se pagaron cincuenta y siete pesos ($57} 37¼ cs. y de 50 cs. el del capataz. Siete operarios se ocupáron en la extraccion
siendo.el jornal de los.peones de 37¼ca. y de 75 cs. el del capataz. De )os 24 del material, 10 en conducirlo con carretillas de mano á distancia de 22 metros
operarios, 7 se ocuparon en la extraccion del material, 3 en la division de la pie- y 5 en la construccion de la calzada y el terraplen. Construyeron una calzada
dra, 10 en la conduccion ó trasporte del material con carretillas de mano á dis- de 37 me,tr?s de longitud, 6 de latitud y 0,4.0 de espeso·r, con volúmen de 88,8·
t~~ia de 53 metros? 4 _en .constru~· la .calzada y el terraplen y en desmontar. Se metros cubrcos, y un terraplen de 37 metros de longitud, 6 de latitud y 0,60 de
hicieron las obras s1gmentes: Un terraplen de 39 metros de longitud, 9 de lati- espesor, cuyo volúmen es de 19.9,8 metros cúbicos.
tud y 0,60 de espesor medio, con un volúmen de 210,6 metros cúbicos. Una cal''Parqje de Carros. Ha trabajado en este punto.una cuadrilla de 12 operarios
zada del sistema de Telford, de 39 metros ele longitud, 6 de latitud y 0,40 de con un Jornal d~ 37¼ cs.'. y un carrete~·o con una caneta de esta Dirección que
espesor, cftl un volúmen de 93,6 metros cúbicos. ·Desmonte hech&amp; á ambos la- gana 50 cs. de Jornal: hrzo esta cuadrilla 58z tareas, y se le pagaron veintidos
del camino en un bosquecillo de arbustos, con una extension superficial de pesos cincuenta centavos ($22 50 cs.). De los 12 operarios 4 · se ocuparon en la
5874 metros .cuadrados, teniendo 241 metros longitudinales y 12 de latitud á extraccion del material, 6 en trasportarlo, sirviéndose para ello de carretillas de
cada lado.
mano, á una distancia de 60 metros; dos en construir la calzada: el carretero soDe Paraje de Carros á Tostlacuaya.-Trabajó en este tramo una cuadrilla de lo trabajó un día trasportando piedra de una distancia de 60 metros, no habién~ operar~os Y. un carreter? co~ ~ c~r? de dos ruedas y una mula, perteneciente dolo hecho los otros dias de la semana por haberse roto la carreta y haberla
a esta D1recc1on. En 6 dias utiles hicieron 40 tareas y rayaron quince pesos traido á esta ciudad para su reposicion. La obra ejecutada consistió solamente
ochenta, y siete y medio centavos ($ 15 87½), siendo de 37½ cs. el jornal para en una calzada d,e 18 metros de loñgitud, 7 de latitud y 0,40 de espesor, cuyo
los p~ones Y.:. de 5~ cs. para el carretero: ~ operarios se han ocupado en la ex- volúmen es por consiguiente de 50,40 metros cúbicos.
·
traccron ~el material, 3 en su trasporte con carretillas de mano á distancia de
"Parqjillos.-En este punto trabajó una cuad6lla de 10 operarios y un capa12 metros, y uno en la construccion de la calzada y la superestructura. El carro taz, qu~ hicieron 63 tareas y rayaron veinticinco pesos ochenta y siete y medio
trasportó piedra de una distancia de 300 metros. Consistió la obra ejecutada, en centavos ($25 87¼ es,), siendo de 37½ cs. el jornal de los operarios y de 75 cs.
una calzada de 20 metros de longftud, 4 de latitud y 0,40 de espesor medio: un el del capataz: 2 operarios se ocuparon en 1a extraccion del material, 4 en su
terraplen de 25 metros longitudinales, con 7 de latitud y 0,10 de espesor medio, trasporte con carretillas de mano á una distancia de 60 metros; 1 en partir pieque forma la superestructura del cardino. La cuba.tura de la calzada es de 32 d_ra,, 1 en la construecion de la calzada y superestructura, y 2 en. hacer excavametros cúbi.cos, y la del terraplen de 17,50.
· crone~ para des_a~olvar alcantarillas. U11a carreta tirada por bueyes trabajó por
•:P_arajillós.-E'!1 este p_unto trabajó una cuadrilla de 8 hombres con capataz, e~pacro de tres dias á razon, de un peso diario, y trasportó piedra de una distané hrcreron 54 tareas, con 3or~al de 37¼ cs. los operários y de·75 cs. el capataz, era d~ 80 metros. La obra &lt;¡jecutada fué la siguiente: una calzada de 36 metros
h~~ie~do impo~o.la raya veintido~ ~eso~ cincuenta centavos($ 22 50). Se lon~tudinales po~ 5 de latitud y O,70 de espesor; un terraplen de 36 metros de
divrdio esta cuadrilla de la ~anera s1gwente: 2 operarios extrajeron el material, l~ngrt~d, 6 de latitud y 0,30 de espesor; una excavacion para desazolvar una al5 lo trasportaron con carretillas de mano de una distancia de 25 metros, uno cantarilla, de 12 metros de longitud, 1 de latitud y 1,3 de profundidad, y otra
construyó la calzada y el terraplen. Se hicieron: una calzada de 25 metros de excavacion practicada con el mismo objeto,.de 13 metros longitudinales, l,Hí de
longitud, 7 de latitud y 0,10 de espesor medio; otra calzada para cubrir un ba- latitud y 1,7 de profundidad. La cubatura de la calzada es de 126 metros cúbiche, de 15 metros de longitud, uno de latitud 0,05 de espesor medio; un terraplen cos, la del terraplen 64,80 y la de las excavaciones 17,30. El costo total de es~e tezontle menudo para la superestructura, con 25 metros de longitud, 7 de la- tas obras fué de veintiocho•pesos ochenta y siete ymedio centavos ($28 87½ cs.).
titud y 0,10 de espesor; otro terraplen de 15 metros de longitud, uno de latitud
San Miguel
So14ado.-Diez operarios con un capataz y un carretero han
Y 0,05 de espesor. La cubatura de las calzadas es de 18,25, y de 18,25 tambien formado esta·cuadrilla, con un Jornal de 37½ cs. los primeros, de 7i cs. el segunlos terraplenes.
.
do y de 75 cs. el ter~ero; hicieron 71 tareas, por las que se les rayaron treinta y
"San Miguel del Solddilo.-Una cuadi:illa de 10 -0perarios, con un capataz y un pesos doce y medio centavos ($31 12½ cs.): 2 operarios extrajeron el mateun carretero con un carro de 4 ruedas tirado por cuatro mulas; perteneciente .á rial,, 6 lo trasportaron con carretillas de mano á distancia de 15 metros desde la
esta Direccion, hizo 73 tareas é importó su raya treinta y dos pesos veinticinco cantera ~asta la orilla del camino, desde donde lo 'trasportó un carro de cuatro
centavos ($ 32 25), siendo el jornal de }Oll- operarios de 37¼ cs. y de 75 cs. el ráedas, tirado por cuatro mulas, perteneciente á esta Direccion, hastfl. el punto
del capataz y el carretero: 3 operaríos extrajeron piedra y cascajo, 5 lo traspor- del trab~jo, que dista 60 metros: 1 operado hizo la calzada y otro el tC'rrapfon y
taron con carretillas d~ mano á !listancia de 25 metros ha.eta la orilla del eamino, excavacron ~e un foso de desagüe. Hicieron una calzada de 25 metros de longiel carro lo traspo.rtó desde este punto hasta el del trabajo, en una distancia de tud, 4 de latitud y 0,25 de espesor; otra de 5 metros dé longitud, 6 de latitud. y
100 metros, 2 peones construyeron la calzada y el terraplen. El trabajo que hi- 0,50 de espesor; un terraplen de 25 metros de longitud, 4 de latitud y 0,25 de
cieron para cubrir unos baches, fué el siguiente: Una calzada de 5 metros de espes?r, y otro de 5 metros de !ongitud, o de latitud y 0,15 de espesor; una exlongitud, 4 de latitud y 0,50 de espe¡;or medio; otra de 40 metros de longitud, 4 cav~cion de 50 metros de longitud, 0,42 de latitud y 0,15 de profundidad. El
de latitud y 0,50 de espesor, y otra de 10 metros de longitud, 4 de'latitrid y 0,50 volumen de las calzadas es de 65 metros cúbicos, el de los terraplenes de 29 50
de espesor. Un terraplen de 5 metros de longitud, 4 de latitud y 0,18 de espe- y el de la excavacion de 3,15.
·
'
sor; otro de 40 metros de longitud, 4 ae latitud y 0,25 de espesor, y otro de 10
. ''.Sedeño.-Oompusieron esta cuadrilla 17 operarios con un capataz, los que
. metros de longitud, 4 de latitud y 0,25 de espesor. Un foso de 80 metros de hic~eron 102 tareas_y rayaron ·cu~renta pesos cincuenta centavo■ ($40 50 es,),
longitud, 0,50 de latitud y 0,18 de profundidad. La cubatura de las calzadas es temendo los operar~os 37½ cs. de.Jornal y el capataz 75 ~s.: 8 operarios se ocude 110 metros, y la de los terraplenes de 53,6 metros cúbicos: la de la exca.va- paron en la extracc~on del ~ater1al, 6 en su trasporte á 200'metros de distancia,
cion hech~ para e! foso,de desagüe es de 7,2.
y~ en la. construcc1on de la calzada y superestruct11ra. Ejecutaron las t&gt;bras siSedeño.-Una cua:drilla compuesta de 12 operarios y un capataz hizo 62! ta- ' gmentes: una calzada de 32 metros_ de longitud, _3,5 de latitud y 0,50 de espereas y se le pagaron veinticinco pesos aetenta y ocho un octavo centavos ($25 78!), sor; terraplen de 30 metros ele longi1ud, 4 de latitud y 0,10 de espesor· otro de
siendo el jornal de los peones· de::l7½ cs. y de 75 cs. el del capataz: 6 peones se 30 metros de longitud, 0,50 de latitud y 0,35 de espesor La cubatura de la calocuparon en extraer y partir piedra, 3 en trasportarla con carretillas de mano á zada ei de 56 metros cúbicos, y la de los terraplenes de 17,25.
una distancia de 180 metros, 3 en construh: la calzada y el terraplen, consoli"Corral Firme.-Ha tr~bajado en e~t~ punto una cuadrilla de 25 operarios y
dándolo cou el pison. Hicieron una calzada de 46 metros de longitud, 4 de lati- un capataz, con 50 cs. de Jornal los primeros y de un peso el segundo; hicieron
tud y 0,27 de espesor, y un terraplen para la superestructura, con 46 metros en la_semana 156_ tareas y _se les rayaron ochenta y un pesos ($81.): 4 operarios
longitudinales, 4 de latitud y 0,10 de espesor. La calzada tiene 49,6 metros cú- extraJeron y partieron la·piedra, 4 la trasportaron con parihuelas de cuero á 300
bicos, y ,el terraplen 18,4.
metro!! de dista~cia, 5 extrajeron tepetate para la superestructura, 6 la traspor"Con·al Firme.-Trabajó en este punto una cuadrilla compuesta de 25 opera- taron con carretillas de mano á 200 metros de distancia, 5 construyei•on la cal- ·
rios~ un capataz, hizo 143 tareas, por.las q_ue se pagaron setenta y cuatro pe- zada y uno el terraplen. Los trabajos que hicieron son: una calzada de 60 mesos crncuenta centavos ($ 74 50}, siendo el Jornal de 50 cs. para los optlrarios y tros de longitud, 4 de la~it~d y 0,50 de espesor por té1ill.ino medio, cuyo volúde un peso para el capataz: ;4- peones extrajeron y partieron piedra 4 la tras- menes de l~0 metros cubrcos; un terraplen de tepetate con 75 metros de longiportaron con parihuelas á una distancia de 110 metros, 5 construyer~n la calza- tud, 4 de latitud r 0,10 de espesor con volúmen de 30 metros cúbicos.
da y uno el terraplén. La obra ejecutada fué la siguiente: Una calzada de 88
"Mata de Caña.-La cuadrilla de este punto ha constado de 17. operarios con
metros de longitud,. 4 de latitud y 0,50 de espesor; un terraplen de 4:8 metros de un capataz y un carretero con un carro de cuatro ruedas y cuatro mulas, pertelongitud, 4 de latitud y 0,10 de espesor, que forma la supérestruct11ra. I:.a cal- neciente á esta Direccion. El jornal de los operarios es de 56¼ cs. y de un peso
zada tiene un volúmen de 176 metros cúbicos y el terraplen de 19,2.
el del capataz y el carretero, é importó la raya sesenta y nueve pesos ochenta
Mata de Caña. La cuadrilla que trabajó en este punto se compuso de 12 ope- y uno y un CU8:ftO cent3:vos ($trn 81¼ _cs.), por 11'4 tareas que hicieron en la serarios, co~ 1;1Il jornal de 56'¼ cs., y de ~ capa~ ! un carretero con un peso ca- mana: 8 ope~arios. extraJeron el material, 7 lo trasportaron auxiliados por el carda uno: hicieron 81¼ tareas, y la raya importó cmcuenta y un pesos treinta y ro, de una drstancra de 430 metros,uno se ocupó en 1~ construccion de la calsanueve centavos ($51 39). Dos peones se ocuparon en la extraccion de piedra, 4 da y 1;illº en la del terraplen: hiciero~ una calzada de 10 metros de longitud, 6,S
en su trasporte con carretillas de mano á distancia de 200 metros, 3 en la extrac- de latitud y 0,40 de espesor, con volumen de 26 metros cúbicos: un muro de recion de cascajo, 1 en construir el terraplen y el muro de piedra y 2 en hacer vestimiento de piedra seca de 48 metros longitudinales, por 0,4 y 0,2, cuyo vocalzada_. El carretero c?n ~ carro de euati:o ruedas, tirado por cuatro mulas, de lúmen e_s de 3,84 meh·os cúbicos; un ter~aplen de 37 metros longitudinales con
lo propiedad de esta Direccron, trasportó piedra durante tres dias de una distan- 7 de latitud Y'0,32 de espesor, cuyo volumen es de 82,88 metros cúbicos.--Jacia de 200 metros, y cascajo los tres dias restantes, de distancia de 345 metros. lapa, .Abril 26 de 1866.-El Director, J. Ant-Onio de la Peña."
Los siguientes fueron los trabajos ejecutados: un tenaplen con '12 metros de longitud, 7 de latitud y 32 centímetros de espesor: una calzada de 33 metros de '
"Direccion del camino de Guanajuato á Lagos.-Leon, .Abril 17 de 1866.· longitud, 6,5 de latitud y 40 centímetros de espesor; y el muro lateral de piedra Tengo el honor de poner en conocimiento de V. S. los trabajos ejecutados en
grande con 44 metros longitudi~ales, 40 centímetros de latitud y 20 de espesor. · este camino de mi cargo en la. semana del 9 al 15 del presente:
La cubatura del terraplen es de 26,88 metros, y la de las calzadas reunida.a.de
"En el tramo de Guanajuato á Marfil trabajó una cuadrilla de 25 hombres,
49,32.--Jalapa, .Abril 20 de 1866.-El Director, J. Antonio de la Peña,."
haciendo un rebaje en conglomerado rojo de 13 metros largo, 4 metros ancho y
0,7 alto por medio de. 48 barrenos, y trasportando la piedra q• de ellos resultó
"Di:eccion del ~amino de Pero0 á Veracruz.-Relacion de los trabajos ejecu- á distancia de 11 metros para desembarazar el camino: el costo que saca el metados en este ca.mrn,p en la semana del '15 al 21 de .Abril de 1866.-Los traba- tro cúbico ya trasportado es de $1 3 cs.
jos en la expresada semana han sido hechos por 113 operarios, 6 capataces y 3
"En la calzada de .Aguilares á Silao han trabajado 2 cuadrillas de á 40 homcarreteros,
., con dol! carros de cuatro ruedas y 1.lna carreta, que son de la propie- bres, é hicieron: un terraplen de 70 metros largo, 7 metros ancho y 0,56 alto

otro terraplen de 220 meÚ·os largo, 4,5 an_cho y 0,45 alto; el costo de estos terraplénes es á razon de 61 cs. metro: un rebaJe de 50 metros largo, 4,5 metros ancho
y o 1 .alto· un foso de 232 metros largo 1,2 ancho medio y 1,5 profundidad, cuyo
costo es
64 cs. metro cúbico; trasportaron á distancia de 700 'metros 21 metros cúbicos de piedra, á 3 21 cs. metro cúbicos; trituraron 80,5 metros cúbicos
de basalto en trozos de 0,02 á 0,03 para la capa superior de la calzada, á $ 7 25 cs.
"Calzada de los Magueyes á Jerez.-Trabajaron dos cuadrillas, una de 60
hombres ·y otra de 27 muchachos, é hicieron: á distancia de 1,024 metros en terreno montuoso trasportaron 62 metros cúbicos piedra basalto, costando el metro
cúbico de trasporte$ 3 42 cs.; quebraron 70 metros cúbicos de piedra basalto, en
trozos de 0,03, costando á 80 cs. el metro cúbico; más 160 metros cúbicos en trozos de 0,05 á 0,08 para la capa intermedia, á 17 cs.
·
"Üalzada de Lagunillas .111 Saucillo.-De empedrado comun, una cuadrilla de
40 hombres hizo: un terraplen de 50 metros largo, 7 metros ancho y 0,2 altura
média, costando el m(}tro cúbico á 34 cs. con tierra á distancia de 50 metros; un
tramo de calzada de empedrado comun de 119 meJros largo y 7 meh·os anch?,
cuyo costó por metro· cuadrado es de 38 cs.; se dieron 42 barrenos para abm
las cepas para las llaves del empedrado, costando sobre 10 cs. por barreno, término medio de la mano de obra.
"Calzada del Saucillo á San José.-Trabajó una cuadrilla de 40 hombres con
7 •carros, haciendo: 14 metros cuadrados· de dovelas colocadas en la bóveda
del puente: un pilar de cal y canto de 12 metros largo, 0,6 espesor y 0,5 _al~o: un
rehen·chido de 12 metros largo, 1 metro espesor y 1 metro alto; una cort~a para
contener el teiTaplen, de 10 metros largo, 0,5 espesor y 1,,2 alto; otra rde~ ~e
10 metros largo, 0,5 espesor y
al~o; Toda esta Qbra! eJecut3:d~ con cal 3: distancia de 18 kilómetros, arena a 3 kilometros, cantera a dos kilometros; piedra
á 500 metros y agua á 1,5 kiló:iietros: la raya de esta cuadrilla f~é de $ 80 75 cs.
••En los .Aguirres una cuadrilla ambulante de 10 hombres hrzo un terraplen
de 61 metros largo, 7 metros ancho, y 0,2 altura me~, c~stando el metro cúbico 28 cs., con tierra á distancia de 30 metros.
"Se vigila y conservan en buen estado varios tramo~ de calzada que hace~ seis
kilómetros, y se riegan y cuidan 108 chopos ~or medio de, 16 guarda-camrn~s y
regadores, cuya raya importó $ 45 50 cs.-Dros guarde a V._ S. muchos anos.
-El Director, Manuel Moncada.-Sr. Director general de camrnos y puentes.

de

ªºª

1

•

der

.44.7

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

tal como lo han ve~ificado otras OompañÍas, por cuyos esfuerzos se han fundado
y sostenido diversas negociaciones.
.
.
.
"iQué designio se ha llevado en mantener en la rnercra las romas de Platerosr
Si no debian explotarse, ipara qué se saca1;on del poder de sus pos~edores, que
con mas ó menos afanes emprendían trabi:t.)OS en ell~s, tal como lo hi_zo el finado
Sr. Munguía? iPor qué estar simulando ~ ~paro rne~caz, contr~no al desa~rallo del trabajo, contrario al bienestar publico, contrario al porvemr del Fresmllo, cuya suerte se Jiace depender exclusivamente, con esa especie de entredicho,
de la }legociacion de Proaño1 ·
.
''Ante una situacion tan incierta, tan anómala, tan estéril, varios vecinos de
la enunciada. poblacion han concebido el proyecto de restaurar los trabajos en el
mineral de Plateros formando para ello una asociacion numerosa, en que entren á ser represent;~os todos los ~ terese~- Nunca como ahora se ha necesita~o
tanto de ese esfuerzo por ser notorias las diftcultades con que marcha la negocia'
cion de Proaño; dificultades
qu~ si no se sa_lvan Y. precaven, pueden anastrar a,
una ruina momentánea esa ciudad de vernte mil almas.
"La iniciativa de hacer entrar al · movimiento y al trabajo una riqueza abandonada, ihallará la acogida que se merece1 ió se le presentarán trabas y obstá. culos1 Ya tendremos al público al corriente del resultado, reservando para entonces ¡i,mpliar nuest1;as obser~aci?~es y hacer ~asonar nuestra voz tan alto ~omo
se necesite, para¡ que,.se haga JUst1c1a al afan smcero de los que desean meJora,
la condicion desgraciada 4e los pueblos.-S. Oosio}'

AVlSOS OFICIALES.

?,9

..

· "Direccion del caroino de Guanajuato á Lagos.-Leon, Abril 23 de 1866.Tengo el honor de informar á V. S. de los trabajos ejecutados en este camino en
la semana del 16 al 22 del presente.
.
.
.
"Entre Guanajuato y Marfil, en el punto llamado la Garita, se hIZo un rebaje
en peña de :!5 metros de largo, 4 metros ancho y 0,5 profundidad, por medio de
56 barrenos; se trasportó el material extraído á distancia de 25 metros y se emparejó el piso con piedra quebrada.
''Estos trabajos han sido hechos por una cuadrilla de 37 hombres, cuya raya
importó $ 43 68! cs.
·
"En la calzada de .Aguilares á Silao trabajaron 2 cuadrillas, una de á 30 y
otra de á 38 }1ombres, 'é hicieron lo siguiente: un terraplen convexo de 85 metros
de largo, 7 metros ancho y 0;2 altura média; otro terraplen plano de 60 metros
largo, 4,5 ancho y 0,5 de altura; se trasportaron 2~ ~ etros c~bicos de piedra á
distancia de 853 metros; se quebraron 63 metros cub1cos de piedra para la capa
superior, en trozos de 0,02 á 0,03. La raya de estas cuadrillas ~portó $107 25 cs.
"En los .Aguirres, entre el .Alto y los Magueyes, una cuadrilla ambulante de
10 hombres y que venció $15 hizo un terraplen de 97 metro~ de largo, 7 metros
de ancho y 0,4 alto.
•'En la calzada ~e los Mague.yes á Jerez trabajó una cuadrilla ~e 30 hombres
y otra de 37 mue-hachos, é hicieron: un tramo ~e calzada ó superesti:uctura del
sistema Trésagnet, tenienfº. 79 metros la~·go~ 7 _metro_s ancho y 0,25 de espesor,
trasportando 87 metros cub1cos del material a drsta¡icra de 345 metros, 38 metros
á distancia de 940 metros y 48 metros cúbicos á distancia de 750 metros: la raya de estas cnadrillas importó 75 87½ cs.
"En la calzaét'a del Saucillo á San José trabajó una cuadrilla de 40 hombres
con cuatro canos, haciendo lo siguiente: se colocaron 12 metros cuadrado~ de
dovelas con lo cual se cerró la segunda bóveda del puente; un muro de calicanto de 27 metros de largo, 0,5 espesor y un meh·o alt~; se embetunó la primera
bóveda de 12 metros y 2 metros de abertura: un rebaJe de 7 metros de largo,
1 metro ancho 1 metro pr-0fundidad; un terraplen de 10 metros de largo, 10 metros de ancho y 0,5 altura médif· Pa~a, esta obra ·se ha tenid,o que .~aspo~·tar la
cal á 18 kilómetros, la arena a 2 ki1ometros, la cantera a 3 kilometr~s, el
agua á 2 k'.ilómetros y fa piedra á 500 metros; importó la raya de la cuadrilla y
los carreteros $ 93 37¼ cs.
"Por medio de 17 guarda-caminos y regadores, ~u7araya importó $ 36 75 c_s.,
se vigilaron y cons~rvaron en, buen estado 6 ~ilometros.de calzada, y se riegan 708 chopos.-D10s guarde a V: S. muchos ano,~.-El DU'ector, Manuel~&lt;&gt;nca,la.-Sr. Director general de camrnos y puentes.
. .
.
. .
Son copias. México, Mayo 2 de 1866.-El Secretario mterrno, José Luis Gu-

..

J

BOLETIN DE Ld.S LBFES.
México, 18 de Abril de 1866.-Se ha publicado la entrega púm. 9 del Bol►
tin de las Leyes, y se halla para sil venta, al precio de catorce centavos, ~n esta.
Administracion y en los expendios de papel sellado en que se ha~ vendido la.a
anteriores.-El .Administrador principal, J_osé María de Icata é I túrbe. 6a-6

'

.

ADM!l'fIS'l'B.AOIO!f (HJll'JlB.AL DB OOB.B.BOS.
.A.VISO AL PUBLICO.

El dia 5 del presente, á las cinco de la tarde, se despacha de esta A~stracion gener&amp;l
para Veracruz un estraordinario con la correspondencia que ha de conducir á Nueva-YorJ,
con escala en Sisal y la Habana, el vapor-correo "Manhá.ttan." Lo que s·e participa al públi
co para su conocimiento y efectos correspondientes.
.
México, Mayo H de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
2s-l _
Operacioti de-la vacuna.
En los dias 5 y 6 del corriente se practicará ésta en ei edificio de la Diputacion, de once ' '
once y media de la mañana..
·
México, Mayo 2 de 1866.-Mercado.
•2s-l

Secretaria del Consejo de Estado.
Seminarw núm. 9.

.Ignorándose la residencia de D. Santiago Vicario, y necesitándose en esta Secretaría para.
hacerle una notificacion en el espediente núm. 5,626 y anexo, se. le emplaza por el prese!lte
para que concurra por si 6 por apoderado, para el fin indicado; :li~á!ldose al :13fecto el ~rmmo
de ocho dias, que comenzarán á cont&amp;rse desde la fecha; aperc1b1do que s1 no lo verifica, se
seguirá adelante el negocio sin oirle.
México, Abril 24 de 1866.
.
3a- 3

tierrei.

Jllineral de Plateros.

1

'

•

Leemos en el Pabellon naci-0nal del Fresnillo:
"Existe á una legua Noroeste de Fresnillo, un_ antiguo ~eral, n~mbrado r1ateros, compuesto de varias minas, las que han ardo trabajadas en diversos tiempos, produciendo resultados mas? menos favorables;_pero los c:uales han demostrado que 'allí se e!lc~entra una riqueza de la mayor rmportancr~.
·
"Hact. como vernticuatro años que la mayor parte de esas mrnas se contrataron á una Compañía mexicana, que representaba el !inado Sr. D. Jo~é .?onzalez Echeverría, cediendo los poseedores de aquellas a cuanto se les ex1g10, para
llegar á un arreglo, en la c0nfi.anza de que se explotasen con todos los elementos
que se suponian en la Compañía aviadora.
"Sus esperanzas quedaron f1;11stradas, ¡mes á excep~ion de algunas demostr~- •
ciones insignificantes, que de tiempo en tiempo se hacran para denotar que babia
algun amparo, las minas han permanecido abandonadas, no emprendiéndose.trabajo serio en ellas.
,
"Primero ha venido la muerte á arrebatar de este mundo á la mayor parte de
los referidos poseedor~s, y al que representaba la Compaií.ía aviadora, que sé
pusiera en movimiento á Plát_eros.
.
. ,
,
"Bien comprendemos las dificultades que ha hecho nacer la s1tuac1on del pa1s,
para llevar adelante las empresas minerales; pero el tiempo que ha trascurrido
es demasiado largo paraJue la Compa~ía aviador.a, que tomó bajo su res~onsabilidad el dar impulso expresado mmeral, hubiese llenado sus compromisos

1

•

Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en esta Secretaria
para hacerle una,notificacion en el espediente núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el presente para que comparezca á ella dentro de quince días, que comenzarán á contarse desde la
fecha· apercibido de que si no lo verifica, se seguirá el negocio adelante sin oirle.
México Abril 17 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodrigua
y Cosío. ' .
·
6a- 6
COKVOOA'l'OB.IA.
Ayuntamiento de ~éxico.-Núm. 975.-La Junta de H:1-cie~da ha dispuesto s~ ~onvoque
por medio de este aviso á los acreedores al fondo de amortizac1on que tengan créditos escñturados, liquido~ y reconoci~os, para que concurran el_ ella 7 del entrante Mayo, á las doce.de ·
la mañana, al salon de Cabildos del Exmo, Ayuntauuento, donde conforme á lo prevemdo
por la ley relativa, la espresada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida, entre los,
acreedores qui ofrezcan mayor rebaja. .
.
.
.
México, Abril 30 de 1866.--El Secretano del Exmo. Ayuntauuento, Lic. Luis G. Pastor.
3a-2

'

,Juzgado de letras de 1\11orelos.
Auto citando á D. Nicolás Perez.-En el espediente que se sigue en este Juzgado contra el

Juez de paz de Cuahuistla, ror responsabilidad, he proveido un auto que á la letra dice1
"Morelos, Abrii 10 de 1866.-Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de D.
Nicolás Perez, cítesele por medio del Diario oficial del Imperio, para que dentro del término
de quinu dias perentorios, contados desde la primera publicacion, se presente en este Juzga'do; apercibido de que si no lo verifica, se determinará en esta causa sin su audienci'a lo que
corresponda. El Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro, Juez d.e 1~ instancia del Distrito, que actiio poF receptoría á. falta de Secretario, lo mandé y firmé. Doy fe.-Diaz Barreiro.-Asistencia, A. Moreno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de lo mandado y para que surta los efectos legales, pongo el presente.
en Cuautla de Morelos, á die11 y ocho de Abril de mil ochocientos sesenta y seis.-El Juez de,
l! instancia del Distrito, Diaz Barreiro.
6a-3
d.dministracion de 'l'e1&amp;tas de lJhalco.
AVISO,

Se participa al público, _para que las personas que quieran hacer postura concurran á esta
Administracion el ella 15 del entrante Setiembre, á laa nueve de la mañana, en que se verifi- cará el remate del rancho conocido con el nombre del "Jardín," ubicado en la municipalidad
de Ozumba, de esta jurisdiccion, con arreglo á lo accidado por el Sr. Admin!stra~or ~e ~ienes
nacionalizados en 5 del presente Abril, y val~ado en ($ 6,6~ 42 cs.) seis mil se1S~1entos
treinta y cinco pesos cuarenta y dos centavos; siendo de advertir á las personas que se mter&amp;6en á dicho rancho, que al Erario solo recon~ce esta finca 3,800 pesos, y que hab~á a!1emas
que garantizar á D. Oalixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante á qmen Justifique ser el dueño.
. .
.
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriano Carrillo. lOa-3

'

'

IMl'OB.'!fAll'H,
Corte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
Tomás Smith para una diligencia judicial, con. motivo d~l asalto Y. r~bo que sufrió ~r~ ?e la
garita de VaUejo la noche del 18 de Enero últ1mol y temendo noticia de que este mdmduo
es transeunte, por el pr?sente se escJta á las ~utoiidadcs d~ los lugares por don.dii p_ueda encontrarse, se sirva1:1 !lºtificar de. arr&amp;1~0 á Smith, dando aV1So á e~ta Corte MaIC1al, situada en
el Palacio de J ustic1a1 para que se libre el exhorto correspondiente á fin de q;ne sea examinado.
.
México Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
'

10-a-5

•

.,...

�Et DIARIO DEL IMPERIO.

448

Llamamiento de herederos.

Bepórifo de .IJu_poNffnlÑl«d.
Debiendo pasar revista de Comisario esta corporacion el dia cuatro del presente mes, se ha.
ce saber por medio de e~te aviso _á los Sres. Gefes y Oficiales que pertenecen á la espresada,
para que con la puntualidad debida concurran al acto, á las nue'fe de la mañana en punto, ea
el lugar de costumbre.
México, Mayo 19 de 1866.-El _General Gefe de la corporacion, E. de Grimamt.
3s-2

AYTSOS JUDICIALES.
,

•

Citacion judicial.

Iiabiéndose prescnt,iló :;;, , el Juzgado 2~ de Instruccion en lo civil, D. Josó Diaz Manry,
por su esposa D':' Cármen ~hdariaaa, pidiendo: que con citacion de la Sra. D! Concepcion
Cosfo, lle notifique al Sr. NotarioD. Jos6 Villela espida á costa del promovente, testimonio
de la escritura de imposicion del capital de tres mil pesos sobre la casa núm. 4 del callejon
del Padre Lecnona, otorgada ante el Escribano D. José Ildefonso Verdiguel á seis de Julio
de mil ochocientos treinta y seis; y que la citacion se hag¡ por los periódicos, por ignorarse el
paradero de dicha Sra. Cosfo. El Sr. Juez, en auto de veintiocho del corriente, decretó de'
conformidád, señalando el término de ocho días para la publicacion del trámite.
Y en ClllDplimiento de lo mandado pongo el presente para los efectos legales, en Méxice, á
treinta de Abril de )llil ochocientos sesenta y seis.-José Vicente Piña, Escribano público.
931-3s- 1

Citacion,
Tribunal del':' instancia.-2'!- Sala.-Por el presente, y en cumplimiento de lo mandado
por esta 2'!- Sala del Tribunal de 1! instancia del Departamento ae1 Valle de México, cito y
emplazo á D. Jos&amp; Man~ Arteaga para que en el término de ocho dias, contados desde hoy,
comparezca ante dicho Tribunal á hacer el reconocimiento ele una firma puesta en ún docu.
mento presentado por parte de D. lnés-Marin, ~n cliuicio que s1gne contra el citado Sr. Ar.
teaga sobre pesos.
•
México, Mayo 19 de 1866.-Estébaii Tomás CUOB, Escribano público.
932-3s-l

AVISO.

Bn el espediente que sobre inventarios 11.a segnido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los Albaceas el Sr. D. Blas Pereda, residente en San Luis Poto.sí, y :Q. Antonio Martinez,
vecino ~e Ciudad FernandP.z, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reyther, veeino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad, en auto de Z1 del actual, se cite
por low periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D~ Mana Ana Angela Hegnes, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó parientes inmediatos del testador, vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenabat, perteneciente al círculo gubernativo Arnesver.
gnen de los Estados de Alemania, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para 1¡ue dentro
del perentorio término de un año, quo se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por si ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que ten•
gan 4 los bienes que se hallan en drp6sito, pertenecientes á la testamentaría del espre.sado D.
Federico Reyther; bajo el apercibimiento· de que si no lo verifican, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que deterrmne la ley. Y pa:ra que lo
mandado t.enga su cumplimiento, pongo el presente aviso en la ciudad de Rioverde, á los
veintiocho dias·del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmó con los de
mi asistPncia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domingo Utku.rri-Asistencia, Gil Mendez..A..sistencia, J. Blas Oribe.
• 683-60a-51

BERdTE,
Tribunal de l\l instanéia.-1~ Sala.-A las doce de la mañana del dia cinco del entrante
Mayo, se lia de proceder por la 1~ Sala de este Tribunal al remate de la casa núm. 6 de la p¡j. ·
mera Calle Ancña, avaluada por los peritos D. Antonio Torres Torija y D. Juan Cardona en
la cantidad de catorce mil veintiocho pesos sesenta y cinco centavos ($14,028 b5 cs.)
Lo que aviso al público, para que las personas qne quieran hacer ·postura lo verifiquen el
dia y hora citados; en concepto de que la Secretarla de dicha l! Sala dará las instrucciones
que ministran los autos.
México, Abril 26 de 1866.-Estéban 7'.omás Casas, Escribano público.
919-3a- 3

AVISOS PARTICULARES.

EmpltuamieJ1,to judicial.

JrllNd DE M.N c.a.rETdNO,EL BORDO

JuzJ?&amp;(lo 19 de Instrnccion de lo civil.-En la demanda que sobre pesos promueve D. En·
riqne ile la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pediment-0 del act-Or ha mandado el Sr. Juez se
cite por los periódicos al referido Fuentes, para que en el término de cuarenta dias, contados
desde este. fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y espensado,
á contestar la indicada demanda; apercibido qne" de no hacerlo seguira en sn ausencia y rebel•
día, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
M~xioo, Abril 30 do 1866.-El Escribano de diligencias, Jo,é María Coi,arr(d,ias.

EN PACRUCA.
Por acuerdo de la Junta menor directiva, se convoca á todos los señores aviadores de dicha
mina para la junta general estraordinaria que se ha de celebrar el dia siete del corriente, á las
dos de la tarde, en la Tesorería de esta negociacion, calle de Capuchinas núm. '7; en la inteli•
gencia de que los señores que no concurran estarán Qbligados á pasar por lo que acuerden
los concurrentes.
·
México, Mayo 19 de 1866.- Por ausencia del Secretario, R. Martinez.
930-3s-2 •

929-311-2

00:SVOOA'.NIJl.rA
POR EL TRIBUNAL MERCANTIL DE QUERETARO,
Y DECLARACION DE QUIEBRA DE LOS SRES. GARCIA Y GALEANA.

El Tribunal, en auto de esta fecha, ha mandado se convoqu~n por medio de los periódicos
oficiales del Gobierno del Imperio y el de este Departamento, á los acreedores ansentell y desconocidos que se crean con derechos que deducir conqa el conC111'1!o á bienes de la Compañia
"García y Galeana," señalándoles quince dias, á contar desde el de la primera publicacion,
para que por sí 6 por apoderados presenten los justificantes respectivos de sus crMitos á los
síndicos administradores D. Antonio R. Fuentes y D. Andrés Romillo; entendidos que de no
nrificarlo dentro del término, les parará el perjuicio á que hubiere lugar. Asimismo, ha fijado
la. época de la quiebra al veintiocho de Setiembre del año anterior, en que la Compama..deu,.
dora comenzó á suspender sus pagos.
·
Y conforme á lo mandado, se hace saber por el present.e á quien corresponda.
Qaelélaro, Abril 25 de 1886.-El Secretario del"Trlblmai, Lio.. ~ Lllf"ftlflll..
926---3i1,--8

Citacion JudiciaL
Ignorándose la habitacion de D. Hip6lito Zamora, por el presente y en virtud de lo mandado por el Sr. Juez~? de Instrnccion, Lic. D. MiguelRendonPeniche,se le cita y emplaza
para que dentro de ocho dias se presente ante dicho Sr. Juez, á contestar la demanda que en
Juicio verbal, sobre pesos, le promueve el representante de D. Francisco Can¡pí; apercibido
que de no comP.arecer, será sentenciado en rebeldía.
México, Abril 28 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público de la Nacion. 927- ~ - 3

Emplaemieato j1idioiaL

'

.

Juzgado 19 de Instrnccion de lo civil.-En el juicio verbal que sobre pesos promueve D. En•
rique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pediment-0 del actor ha mandado el Sr. Juez se
cite por los peiiódicos al referido D. Juan ~nentes, para que en el término de cuarenta dias,
contados desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instmido y
espensado, á contestar dicho juicio¡ apercibido que de nb hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.-El Escribano de diligencias, José Maria C01Jarr(tbi«s.
9-28--3s-3

ll'otificacion.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos cj1:cutivos que este señor segnia contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos. y en cuyo escrito pide el promoventé se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificaeion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
auto que á la letra dice:
'.'~éxico, Abri_l 25 de _1866.-Como lo pide. Haciendo la p~blicacion p~r oc~o dias en el
Diario da Imperio y Pá;aro Verde. El Sr. Juez 3\&gt; de Instmcc1on de lo crvil, Lic. D. Cristó.
bal Ponlet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Migttel F. Guerra, Escribano Se.
cretario."
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
.
Ml!xico, Ábrtl de 1e66.-Urbano Morali, Escribano pú'blico. ·
923-Ss-4

Juzgado dé letras de 'l'emascaltepec.
En los autos segnidos por este Juzgado cn el intestado del súbdito espaiiol D. Martín Un.
zue~, el Jnei que suscribe, por auto de veintidos del próXimo pasado Febrero, ha mandado
. ~e 01te por el present.e á los que se crean con derecho á los bienes correspondientes á dicho
mdtestado, ya co~o herederos, ya como acreedores, para que dentro de tremta dias, contados
esde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por ª\J&lt;&gt;derados instrui.
dos Y bastantemente espensados¡ en la in\eligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
.
.
Temascaltepec, A.bril 21 de lb66.-El Juez letrado, Manuel GTacida.-Asistencia, Ignacio
Muñoi.-Asistencia, Rafael Romn-o.
6a-3

V.Jita j1Ullutal.
El Sr. Juez 19 de Insrruccion de lo civil, Lic. D. JoséKariaGa,ay, por antodeeeta feeba,
ha_~dado que ~ 11rOQBda á la ventt. de la número uno y medio del callejon de Tepech1ehilco.de es~ cmdad, !ewada por el perito D. José ffiginio Gutierrez en la..,anüdad d4I
c~tro mil setec1entoa treinta y cµat¡o pe11t11; señalando al eíeeto para la última almoneda, COll
calidad. de remate, el lúnea siete de Mayo próximo, á la u.aa d, la tarde, Lo (J1l6 hago eaber
al público, para que las ~WIII que deseen hacer poetnra, con conocimiento de los indicados
a~s, pasen á la Secretaria del propio Jugado, en donde les serán ministradas las ~
cw refereDtee.
México, .üril 26 de 1866.- Manuel Vera, Escribano público.
918-3a-3

•

COMPANIA ANGtO-MEXltANi
JJE Ld8 MIJV.1.1.S DE ORO
S ituadas cerca de los :flaceres del :Departamento de mlchoacan.
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotaeion de las minas de SAN ISIDRO,
LA CUEVA SANTA, SAN MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE DE CRISTO, con
fecha 28 de Febrero último quedó instalada la Junta Menor Directiva, compuesta de llls per•
sonas signientes:
Presidente•••••• •••••••••••••• El Sr. D. Pedro • ~ •
Primervocal••••- •••••••••••• ,, ,, ,, hatldsco de P , Bulrio.
2'!
,, ·•·•-· ······ · ·· ···,, ,, ,, JWl!°Jffan. Cer11«n~ CONDE
Dll SANTIAGO.

Voeal suplente... . .. •. • •• . . •. . ,, ,, ,, JN6 a.i,e.
,,
,, . . . . . . .. . . . . . . . . ,, ,, ,, José d . y ESMNdoN,
Director de la Compáiiía.. • • • • • . ,, ,, ,, LNn 4e Skin,
Depósito de fondos y Banco S E l :Banco de Lóndres, México
de la Compañía.••.• •••. ! "J Snd•Amértca.
Concluida la impresion de los Bonos de dicha negociacion y entregados estos al BANCO
D:J!) LON~RES, MEXICO Y SUD- ~RICA, la Junta Menor Directiva acordó: que se
ame á los interesados para que ocurran al mdlcado BANCO por sus acciones, y se ponga en
conocimiento del público que queda abierta la suscricion en eL referiao BANCO, CALLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y en la casa del SR, HOPE, TIBURCIO NUMEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
México, Abril 1? de 1866.
El Secretario de la Junta,
886-15a..:.9
J. .B. dscort1e.

J1Ii:na de NlutJtra Sefíora del ~1'11.¡;io, ( a) lotJ Trompillos,
e,1, Paduu;a.
El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y ante sí, ser dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio (a) los Trompillos, haciendo mérito de una
sentencia judicial que no ha causado ejecutoria. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en ningun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco preca•
vidas, que coníladas en las segnrida.des que se atreve á estampar en su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresadas.
Para evitar, pues, esta sorpres:1, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro si•
lencio favorable á los derechos de l!'nertes, protestamos á nombre de todos los interesados en
la espresada mina, que no reconocemos los derechos que se alegan; que todos los contratos
que se celebren bajo este concepto, !'os COD$ideraremos ahora y en todo tiempo nulos y de
ningnn valor, hasta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de quién está la
justicia. .
México, á 25 de Abril de 1866.-Junta menor directiva, L. Benito Murid.-R. Cancino.- ·
Bartozom, de B6r;es.
917-6a-4

1'HNd DE NlJESTBd SEÑOBJ.. DEL ~FlJGIO
EN GU.ANAJUATO.

Habiéndose puesto en productos la mina de Nuestra Señora qel Refugio, aviada por D.
Gtegorio Jlmenez, y habiéndo_se verificado el primer reP,arto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que suseribe, miembr.:, de la Junta ·representativa de los parcioneros,
aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedores actuales de las barras aviadas,
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí ó
por persona•debidatnente autorizada, y exhibiendo el título ó docnmento que co~ruebe su
auwu po888ion, para ponerlo en conocimiento de la Juntl\-repreaental.iva y someterlo ásu.ca•
lilieacion.
Gnanajnato, calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. SalgaM. 899-30a-7

l9IA11'0 Dl1 V¡¡ic,4.
Un piano de rosa, de siete octavas, con todas las mejoras modernas, enteramente nuevo, se
vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14-, callejon de Santa Clara, primer piso.

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRAHATICA.

Bn la-noche de hoy se pone en escena, á'la hora de coetumbre, la comedta·ettun ~ e
86 intitulal Lo, treitM mU d,l pu;, y en seguida 1A .zarsue~a denomiDacla: L~ cola dtl ·
.

IIIBI.H},0 ..-1MPBM1N'.V.A. IMPERIAL.

I

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Casas de moneda</name>
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        <name>Cruz de Guadalupe</name>
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        <name>Mineral de plateros</name>
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                    <text>...

'

DEL

E~

DIARIO.
Los números sueltos valen 12 centavos.
T OMO

NUM. 401

MEXl(;O.-·llliérceles 2 de Mayo de 1S66.

III.

SV'MAIUO.
PARTE OFICIAL.-Milita.res mutila.dos en guerra. extranjera..-Exequa.tur concedido al
Vicecónsul inglés en Maza.tlan.- Ha.bili,tacion de edad ..:....Despachos militares.
P~TE NO OFICIAL.- ~sumideros ?n el Valle,:--Derra.mes exteriores en la. capita.J.Porta.c1on de armas.- Ferrocarril de Morelia á ·Guana.Juato.-Correspondencia para el exterior.- Movimiento en el ferrocarril de Cha.leo.
Registro civil.

PARTE OFIOIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

Queriendo dar una prueba de la consideracion que Nos merecen los militares
mutilados en guerra extranjera;
.
Oido Nuestro Consejo de Ministros,
DECR.ETAi\IOS lo siguiente:
Artículo únic.o. Los Geuerales, Gefes y Oficiales retirados del ejército, que
por heridas -recibidas en guerra extranjera hayan sufrido mutilacion de pié,
'pierna, brazo, mano, 6 pérdida de la vista, pasarán revista de Comisario en la
Plan~ Mayor del Cuerpo de Inválidos,, por .do~de percibirán sus respectivas
pensiones,
Nuestro Ministro de Guerra 'queda encargado de la ejecucion del presente
decreto.
A
.
•
Dado en el Alcázar de Chapultepec, á 29 de Abril de l 860.
711AXIMILIA.NO.

De id. de id. id., á D. Francisco Rodríguez.
De Alférez de Caballería permanente, á D. Cá!los Cruz de Echeverría.
De id. de id. id., á D. José Ramon de la Portilla.
De primer teniente de la Armadá nacional, á D. Tomás Spenee.
,

Sm

f

POSICION EN EL EJERCITO.

Al titulado Comandante de Escuadran D. Bartolomé Ballesteros.
Al id. Teniente de Caballería activa D. Ignacio Quiroz.
Al id. id. de id. id. D. Manuel Vazquez.
Al id. Alférez de id. permanente D. Uanuel Tovar.
Al id. id. de id. id. D. Susano Martinez.
Al id. id. de id. activa D. Agapito Hidalgo.
Al Oapitan de Infantería permanente D. José María Cortés.
Al 2~ Ayudante de id. id. D. Francisco Dominguez.
Al titu\ado Subteniente de id. id. D. Antonio Gomez.
Al id. id. de id. id. D. Benito Rodríguez.
Al Subteniente de id. id. D. Miguel Jorges.
Mexico, Mayo l~ de 1866.

/

El General Subsecretario de Guerra, .

José María V. de la (J.adena.

'".PARTE .N O OFl(;IAL.
Resumid...eros.

Ministerio de Fomento.-Con fecha 3 &lt;!el actual se remitió para su informe
Por el Emperador,
al señor Director de las aguas del Valle, la siguiente comunicacion dirigida al
El Ministro de Guerra,
Ministerio de Fomento por la Prefectura política del Departamento del Valle de
JosE MARIA GARCIA.
México: '
"Exmo. Sr.-Con fech~ 29 del próximo pasado dice á esta Prefectura el Subprefecto de Chalco lo que sigue:
·
.
MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA:
''Alarmados los pueblos de AyotziBgo, Tesompa, Mixquic, Tetelcó y otros
inmediatos á las lagUtJ.aS de Chalco y'Tlahuac, á consecuencia del aumento de
México, Abril 3Ó de 1866.
agua
bastante notable en los tres primeros, y á fin de cerciorarme de los fundaPór decreto de ayer, S. M. el Emperador Ha tenido á bien conceder su exementos de sus temores, he pasado personalmente á inspeccionai;, _¡¡,quellos puequatur á la patente en que S. M. B. ])ombra al Sr. Cárlos Woolrich, Vicec6n- blos, y he visto que en efecto ha subido el agua poco mas ó mew;&gt;~ diez y ~40
sul de aquel reinó en el puerto de Mazatlan.
•
.
pulgadas en el tiempo corrido del 1~ á la fecha 4e1 presente.- Para evitar si ,es
posible los graves males que se temen, he reunido -ayer 1ma jul\ta d!)_;yecinos en
El Direct~r GefE¡, de la Seccion política y diplomática,
el pueblo de Ayotzi~go citado, y teniendo noticia de seis resumidero¡¡ que exisJ. Rafael Larrañaga.
ten en las inmediaciones del propio pueblo, nombré una comision,ds-,seis indivi( !
duos que, reconociendo la capacidad de cada resumidero hasta dond~ fuese posible, sus dimensiones y utilidad que proporcionen al desagüe, espeehi,lmente uno
MINISTERIO DE FOMENTO.
que puede recibir y absorber el rio de .Ayotzingo, bast,ante caudaloso en tiempo
de
lluvias, me den cu~nta con sus observaciones, para determinar le que sea conS. M. el Emperador, con fecha 27 de Abril anterior, se sirvi6 expedir e\
veniente.He dispuesto asimismo se comiencen los trabajos que me han pareciacuerdo siguiente:
Habilitamos de la edad qtte le falta á D. Benigno Camportedondo, vecino do del pronto mas necesarios, de acuerdo con las autoridades y vecinos, y cuide Veracru~, _par~ que despues q~e se le extiend~ la respectiva patente por daré de dar á V. S. parte oportunamente con los resultados y pormenores lll,a/!
interesantes al objeto."
•
,
Nuestro Mm1ster10 de Fomento, eJerza la correduna en el referido puerto.
"Tengo el honor de trascribirlo á V. E. para. su conocimiento y demas efectos."
:México, Abril 80 de 1866.
El Subsecret~o interino de Fomento,
A cuyo oficio contestó el señor Director de las aguas del Valle lo siguiente:
Frart;eisco Jimenez.
"Exmo. Sr.-Por acuerdo de V. E., fecha del día 3 del presente, se me comu·•JJ 1 1
nicó el oficio del Sr. Subprefecto de Chalco, en que se ocupa de los resumideros
\
inmediatos al pueblo de Ayotzingo.
"En todas las orillas 'de los lagos del Sur exi~ten multitud ele lugar~s conociMINISTERIO .DE GUERRA.
dos con el nombre de "resumideros," en los.cuálea desaparecen las aguas llove;ECCION DE CLASIFICACION.
dizas ó las de las corrientes que se dirigen á ellos: En este número se cuentan
RELACION DE LOS INDIVIDUOS CUYOS DESPACHO;' HAN sm'o CLASIFICAJ)OS,
todat1 las hoyas que se hallan en, las faldas del .Ajusco y otrbs montes del Sur,
FIJ.ANDQSELES SU POSICION EN EL EJERCITO EN LOS EMPLEOS QUE A CON·
que absorben el a~a de todos los torrentes que bajan de lo alto. A un nivel inTINUACION SE EXPRESAN:
ferior se encuentran los resumideros de Peña-Pobre, de Tetepa, del cerro de 'la
Estrella y de Contreras, existiendo en este último lugar una pr¡:isa llamada del
De teniente Coronel tle Infantería permanente, á D.' :Francisco Carreon.
Rey, que contiene las avenidas del rio de San Angel, é introduciendo sus .aguas
De la misma clase y arma, á D. José Mariano Troncoso.
1
,De Comandante de Batallou de Infantería activa en receso, á D. Telésforo sobre el Pedregal, estas desaparecen por completo.
''En lo general todas estas aguas absorbidas en p1mtos mas ó menos altos,
Tuñon Cañedo.
brotan por otros mas bajos á orillas del Pedregal, ó comunican dir~ctamente con
De Oapitan de Infantería permanente, á D. Vicente Hernandez.
el agua de los lagos, que en definitiva reciben sus aguas por conductos subterráDe la misma clase y arma, á D. Hip6lito Jurado.
/
.,
neos. ~e esta clase pueden ser los Ojos que-se hallan cerca del pueblo de AyotDe Capitan de Caballería permanente, á D. Luis Robles.
zingo, fuera de la madre de la laguna; pero no así los que se hallan dentro de la
/
De id. de id. id., 6. D. Atilano Romero.
misma.
De •id. de id. activa, á D. Luis Montero Ramos.
"En el parte que dí á ese Mjnisterio con fecha 21 del mes de Febrei·o próxiDe ?,'eniente de Infantería permanente, á D. Estéban Ramirez.
mo pasado, decia: "En las lagunas del Sur, la&amp; aguas. represadas por el dique
. de Culhuacan, tienen desde hace quince dias su nivel estacwnario. Más tarde inDe 1d. de id. activa, á D. Alejandro Jordan.
formaré por separado á ese Ministerio sobre este importante resultado de las nueDe id. de id. id., á D. Clemeute Ra~s.
vas obras." Hoy aprovecho la oportunidad pa,ra rendirá V. E . el informe que
De Subteniente de id. permanente, á D. Cárlos Miranda.
entonces ofrecí.
De id. de id. id., á D. Pablo f;ejutlo.
.

4

..

•

0

..

.

.

, '

I

�442

EL DIÁRIO DEL IMPERIO.

' . ..

".Al proponer anJe _la Junta de ingenieros y Cabildo municipal, reunido en el
mea de Octubre prox1mo pasado, que se cerrase el dique de Culhuac
"'-'
té. , en....
...e otras cosas, que uno de 1os resultados inmediatos de tal d" an,·man11es·
• 'das por la mayor altura del l'q "d 11spos1c1on, seI·1a e1 de hacer que compnmi
·
b
i UI o, as numerosas
vertientes• 3ue . rotan. en la madre. de
los lagos del Sur, ru
- 1 sub"rr 1as a as re re•
sadas por e m1smo dique, producman menos cantidad de a
· gull b p ,
desdcarecer del todo. ·
gua 81 no ega an a
" ontenidas, pues, las. aguas ~n Culhuacan, se extendieron en los vasos ba·os,
{e~ ~e estos se llenaron, aquellas subieron de nivel paulatinamente ~ El
!ª 1 e. .~. reroDmarcaba el agua diez y ocho . centímetros de altura sobr~ su
mv~ prum iv~. espues os?iló entre diez y ocho y diez y nueve centímetros
:tiendo. Y.l iªJ8j1do alternativamente. Las vertiente.~ de les lagos evidentemente s~
. an equi z ra &lt;IS. Co~enzaron las lluvias el mes pasado, se roro ió el e uilibno _y las aguas ascendieron hasta veintiun centímetros Cambió t'
qh
cesa?º los chubascos, y el nivel de los lagos de Ohalco de X h:mfiempo, _an
c,o ditras hda reclobrado su equilibrio: sus aguas marcan de nuevo ~~e~ y ne;~;::Un·
t une os e a tura.
·
. "Hoy las vertientes del Sur solo producen el agua necesar;~ pa
1
· d
.
"" ra reponer a
que• lfü! 1agunas p1er
en por absorcum y por evaporncion; pero el fenómeno mas
~uuoso que resulta de este es~ado de coeas, es el producido por la difi
· d
uerz~ brotante de las vertientes. Siendo estas muy numei:osas en los e~ei:;a e
1
que tienen mas fuerza a_scendente continúan brotando á pesar de la rfsio~
las ~as represadas, _Inientras que otras con menos fuerza, teniendo ;us a uas
. p_ropias mono~ elevac1on que la de las lagunas, no solamente se hall n fi gd
· smo que dotmadas por la mayor presion del líquido que las cubre~
so comun e excedente de ~as que arrojan las fuentes que tienen mas em u·e
A est~ causa, entre otras, mdudaolemente es debido el que de l
ti p J ;
e:able de la cxi~tencia de resumideros en algunos p:!t: dee~~ºla~

mas de permitido uso, los agentes del Gobiemo que tengan necesidad de portarlas.
·
.
"-~-rt. 59. ~as lice~cias de armas de. permitido uso se expedirán por la respectiva ~~t?rid~d pohtica, y solo se concederán á las personas que acrediten tener ddi~~icilio fiJo, ,buena conducta y ócupacion honesta, expresando cuál sea La
expe cion se hara mediante Ja respectiva fianza.
·
. "~. 60. So~ armas permitidas pa~a el uso de los particulares, mediante la
licencia respecti:v~, las espadas, machetes,. sables y lanzas, y las de fuego que
no sean de mum~ion y se port~u visiblemente. Todas las armas no es ecificada8
en,~a pa.rte anter~or ,de e,ste articulo, son de prohibido uso.
p
. .A.~. 61. Nadie podra ~oseer, fabri?ar, importar ó exportar armas de munic~on sm la expresa con_cesJOn del Gob)erno; entendiéndose por armas de munimon las q_uo por su calibre, forma y dimensiones, están señaladas por las •Je es
para servn· al uso del ejército. Los contraventores á este artículo perde , 11
armas y paga,,
ult d
,
ran as
.
~a~ _una m a e 100 a 1,000 pesos, ó sufrirán una prision de tres
meses, sm perJU1C10 de -ser sometidos ál juez competente si de la . .·
•·
resultare indicio de delito.
'
avenguac1on
Art. 62. Las personas que tengan para su, venta armas de cualquiera la
estarán en la obligacion de ayisa:rio á la primera autoridad, .especificando
mero d? ellas, para que la antor1daq, segun las circunstancias de la loe J'd
1 d
respectiva, toine las ~recauciones necesarias, á efecto de evitar los ablltios ~ a
pueda dar lugar el libre tráfico de ellas La infraccion de esta d'1 .. ª que
casti&lt;&gt;'a .,
lta d 10 ,
·
spos1c1on se
o ia con 111:1ª. ~u
e
O a 500 pesos, y en caso de reincidenci
1
doble Y la prohib1c1on de hacer .este tráfico.
a, con e
"~·t. 63. La prof,-sion de arrner? no po,lií 1.-j nc&lt;•n,e sino con licencia de la
autoridad local. Lo!' armeros dcberan llevá't't1n revistro
foliado y b · d
0 '
su. primera
· por e1.Alealdc. .c..n
1.,
ru nea.
o en
, . y u' lt'lllla fiOJa
el registro
so hará conRtar
la espe
me )'.' ~nt1dad de las armas que se fabriquen, vendan ó compren; lo~ nombres •
domicilios de los compradores y vendedores· las fechas de las autortz' ··
dy
"El estado esta~ionario 1ue de cincuenta días á esta fecha ·guardan las a uas . armeros
· de armas· concedidas
' á dichos vendedores aciones
e
o, de 1as r1cencms
6
e;ias lagun~s~ a ~esar de laEr que reciben en su seno, ya de las que aun \rodores,
y
Ja
autoridad
de
quien
emanen
los
títulos
enunciados
.
Oua
d
1
compra_,n ~s ;anantiald Sentro de él, 6 bien de las que víerten los ríos de la. Comparos reciban una remesa de armas, darán de ello oportuno avi~ al
ºidos armema, e enango, e an Juan. de Dios, de San .Buenaventura, de San Antonio pañando
9
cop1a
· d'e la f.ac.,ira.
....
La. JU
· fracc1ou
. de cualquiera de estas
ca e, acoro,
.
revencion
!ie~~;~:~~arue~a 1J~~aria de que l~s ~orrientes subterráneas que antes ali- sera _castiga~a con una multa de 50 á 200 pesos, y del dob.lc en cls 1 . • e~,
. . . s agos e 1a co y de Xochimi'tco, lzoy en sti mayorfa tienen su cur- dencia, cerrandose el taller.
• 0 e e remciso !'f'e,t~do, Y q~ de brotan(~ que era~ se han convertiilo e11 absorbentes.
"A~. ?4- Lo~ Alcaldes visitarán cad,, mes los r8ll"istros para aseg
d1
aº. servacion de estos mteresantisimos resultados me ha h h
b"
esperanzas fundadas para el porvenir.
'
ec o conce rr c~mpluniento de las disposiciones contenid,i~ en el a~·tículo anterior yd:rse . e
ran ante la Prefectura las contravenciones que noten En caso de q'
nuncia.d ".A.seÍurado México de las ª!\'e.as del Norte por el dique de S:i.n Cristóbal y ca
excesivo l '
d
did
·
ue 1es parez..
e,
nu_mero
e
armas
ven
as
para
el
uso
particular
de
una
erson
la:m;e~
qu~ hd~ ~e consolidan y se aumentan, se verá libre por otro lado de
lo mamf()staran sm demora al Prefecto quien formará una ave ·
•P
a,
N
'
~erce
ª
as
~ueva~
~brns
que
ejecuto;
pero
mientras
los
vasos
del
ndr
del destino que se haya dado á dichas 'arruas oyendo , I
. nguadcion 11&lt;:erca
a~ ufa capacidad linnta~a, los de les lagos dél Sur podrán absorber s· d J
·
·
' ,·
ª a peisona enunciada
~ ~ a~er!guac1on r~sultaren indicios de delito, será sometido el resunt0 ·
de c:lliu~~: fe hagb~ de t~~ losl no~ de ese :umbo sin llenatsejamas: el dique a, i JUnsdicc1on
del Tribunal competente.
P
reo
u
es a 1a cér,'1.UU e paso para siempre.
''Art. 65. Por las licencias de armas, autorizaciones concedi·das , 1
Con fecha 2 del presente mes tuve ocaaion de poner en conocimiento de S M
'b · · · d 1
·
,
a os .armeros
l
las _espeÍa.nzas que ~brigo por las ca.usas expuestas: fundándome en ellas res~lví Y ru r1~ac1on e os registros, se pagara el impuesto municipal que
expm~n os
. ;:nar e cs_so delhr10 d~ Ohurubusco, aprisionándolo dentro del dique de Oul-. ro~pect1vos decte1?s de ar~itr!os de ~ada !funicipalidad.
Art. 66. En nmgun ed1fic10 podra conservarsé pólvora en canti·dad
.
. acan, coworme e temdu el honor de comunicarlo á V E Olrstá ul ·
da de dos k"l ,
· 1
•·
que exce1 o~mmos, sm ~ permiso especial de la autol'idd competente quien
yisptostanme ?ªll: impedido e~ dar principio á esa obra que ~on.sidero de :fyr;; d , .
llll or
cia para 1a segundad de ~xico.
dab~/stc
permiso sol~ en casos m1~yllecesarios, y tomándoi;c las pn·ca:iciones
e I a~ con respecto a las cohetenas y lugares donde se de · -1 •, .·
"Tengo la. honra ae poner en el superior conocimiento de V E t d
ta
observaciones,,.P_rote_stándole mi respeto y consideracion."
. . o as .es s Cualqmera depósito de pólvora de propiedad particular se gfi:s.1e ~ f,,~nque.
no se destine á su objeto, en los polvorines militares 'en cas I ara, mientras
Cuyas comttmcaCicmes, por ser de interes general de órden de S E l'M· ·
en
el lugar-~ue designe la autoridad local y con las , ;ecaucion::e no _ha?erlos,
tro de Fomento se mand~ publicar en el Diario deÚmpe,·io.-México:lbril~~
par~ poner a salvo al vecindario de la-s poblaciones, ~e las . conf cons)gUJ~ntes,
de _1866.-El Subsecretano_interino de Fomento, Francisco JitJienez.
pudi~J'ª _cl~r lugar el descuido de la conservacion de dicho art' t~1ncias a que
que mfrmJan estas disposiciones pagarán una multa desde 5;c;1 ~-000ªª personas
d
gun la gravedad de la infraccion."
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pesos, se-

f n;ª

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Derrames exteriores.

· ~tamien'to de México.-Palacio municipal.-Mérico, Abril 27 de 1866 _
. ?rme hl m. ~51 de la. ley de 1? de Noviembre de 1865 ubli d
·
Dzar1ó áel Impenrr, corresponqiente al l? de Diciembre d l . 'p - ca a edi~ el
"Qued',.,.. íli'b.d t d d
e mismo ano, que ce·
~},ro 11 i o o o errame exterior de canal-0a, caños ó albañales en 1~
eonst~emonet\ -huevas que se hagan; y con respecto á las ue a ,
sedara l&gt;ór el ..A.ymitamiento de cada Municipalidad un Ia~o c!nv!:n hechas,
·que loe ptopiet!trios corrijan eae defecto, bajo el apercibfuuento d 1 ~e, para
respondient~, que so hará efectiva;"
,
e a m ta corSe hace sabei· á los propietarios que tengan canales ú otros derram¿s . t •
res en sos cas~B1 q~e en el pere~t?1-io término de dos meses, contados desi
~ecfá, ~t~ran qmtados, conv1rtiendo todos los derrames exteriores al interio
'bl os e t1 clios; eltn e~ concepto de que pasado este plazo se hará efectiva irremi~
i!l ~e~ e a mu a a que se hayan hecho acreedores.
.A.s1m1smo se les hac,e saber que sin J.&gt;erjuicio de la remoeíon de los derram
procedan desde luego a saldar sus cuentas en la .A.dmin·18tr . d . . es,
Exmo. .A.ymitamiento:
acion e propios del
Y de órden del señor .Alcalde muni · 1
· 1 'bl'
él'c los interesados.- EJ Secretario del~~;e;y:suªtaª,)ut icLo.pa1Lu·ac?nGocimiento
·
uu.en
te. is . Pastor.

·· ,

:i;:erroca1•ril ·d e Mo1·elia á GuanajJiato.

I(

Leemos en la Bandera Imperial de l\fordia lo .siguiente:

. . "Ahora ~ue en Uéxico se pieusa.~eriamente en la realizacion de .
s
J?ra,s matem~.les, que verdaderamente produzcan el en randecimient~rand~.~ mendad del pa1s, llamamos la atencion, así del Sr. Minis~ro d F
y p ospelas personas de la capital del Imperio ara, uienes
e o~ento como de
delespe~ulacio~es, sobre la importanci! de constru::fo;ªd~ol:_~i~s fi~~~ clatie
en ace a Moreha con Guanajuato La ri uez
,
~ enea que
choacan sus fertilísimas zonas, cálid&amp;,
y t:mapglndcolal qube prd·opo~c1onan ~ Mid
t~1:
'
ª a, a a un anc1a y variedad
e .v.enas me &lt;U.leas q~~·cubren por todas partes su suelo y la facilidad d ad
qumr un puertQ mar1timo en el Océa p ífi.
' .
e ·
~el río de las Balsas, ya escogiendo e:º el ~ftor:t !Jª
lata~eg~~tn ·
es que .presenta para el ancla y descarga de los buques y dema 0r asta~e I Io recomiendan, son elementos que impulsarían en rad '
s ven. ijªª qué '
0
te la vía férrea, y podrían acaso fijar los de la corfpañ~
a;f::resJs
_eracruz, para dar cima M ¡n:imitivo pensamiento de un ferrocarril inter~:éa~
meo. .
d~•~or otra p~rte, de la opulencia del Departamento de Guanajuato
,
Portacion
armas.
mmenso trafico mercantil que sostiene con Michoacan el im . • as1 como
Prefectura política del Departamento del y alle de M , .
.A. . .
que_ uno y otro representan en el comercio general del intirior y ~o~ta~te ~ªPfl
te·-·El Sr. Preecopoi1co
fi t
l't• hanotadoquenosedaeldex1co.VlSO
b.d
• .un.portan
, • :~;~:~ dt~~~sesto decimos ea inútil habl~r, porc¡ue son materias ~:r;~dos eco~
prevenciones contenidas en el capítulo 8º de la ley de 1~ oNc~plimbie~to a las
:z:rfü~_tome á su cargo tan ~tilíeipróximo pasado s b
li ,
al ·
· e · OVlem re del año ma empresa, quee:;10ea~a:i0iu:0
bli
d
o re po c1a ~ener ; y en 'consecuencia ha determinado se pu- 1as autoridades y vecinos
do los dos De arta a fe iva y eficaz cooperac1on da
cui'auedn ? nuevo esas _prevenciones, á fin de que en lo sucesivo no se alegue ex da proteccion del Emperador."
P men os, Y sobre tqdo con la ilustrae~~~~
-

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a:U.E;:;:~:;
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°,

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~~:t

za!~i:.ico, Mayo l? de 18\j6.- El Secretario general de la Prefectura, Cárles
Las pl'evendnnes de que se trata son las siguientes:
CAPITULO OOT.A.VO.
ARMAS.

"Art. 58· Nadie podrá portar armas de cual ·
l
con la licencia. respectiva de la autorid 'd L quiera a~~~~ sean, si no es
cio~, pdor ese solo heulcho perderá las an:a~, /sf!::~~o:~~ p:1~b~d! :;~pop:
gara a emas una m ta de 5 á 100 pesos ó sufrirá
.. , '
de imponérselo el mayor castigo á
, h
un des de pr1s1on, a reserva
haya hecho de ellas. Se exceptúan 1:ras!ec:f~a~c~t: l orli~ po~ el mal uso que
a cencia para portar ar-

t['

•

Co1•respondencia pai•a el Extei·io;..

.

~dmini?tracion general de Oorreos.-.A.viso al público -El dia 5 del r
te, a las cmco de la tarde se despacha de esta Adm· . tr. .
al p esent
d. • I
&lt;
IllIS aCion gener para Veraor m~no con la correspondencia que ha de conducir á NnevaL I
cala e_n. Sisal Y la Habana, el vapor-correo "Manhattan"
ºt
que
se
participa al público para su conocimiento y efectos· correspoudien es.

r.;;;;:\::::

México, Mayo l ? de 1866.-El Administrador general, Luis de lts Pe&amp;a.

•

EL DIARIO DEL IMPERIO.
Ferrocarril de 111é:ñeo á Chalco.
COMPAÑIA :MEXICANA.

N~~ia del 77Wl!imiento de p¡¡,sajeros habido entre

México y M'ucoac y puntos intermedio,
la semana del 23 al 29 de Abrü.
Pasajeros.
Productos.
•

f

De 1~ clase. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7,802
De 2~ clase. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • 22,270

$1,139 25
~,591 68f

Sumas .....•.... 30,072

$2,730 93¡

México, Mayo 1~ de 1866.-,frbeu y Socios.

,Regist1·0 civil.
Bajo el título de "explicacion de la ley del Registro civil," publicó el "Mexicano" lo siguiente:

443

pasado, son muy claras y sencillas. En el término de ocho dias despues de nacido el niño, será presentado de liecho al Oficial del Registro, Pº: el padre, el mé•
dico, la partera 6 cualquiera otra persona que haya presenciado el alumbramiento; exigiéndose esto así, porque lo que el legislador se propone es obtener de
este modo l! declaracion de testigos presenciales del acto. En caso de enfermedad del niño se justificará esta circunstancia legalmente, es decir, por inedio de
certificados de médicos, ó ae otro modo, si no los hubiere; y entonce~ el AJ.calde pasará al lugar donde está el recien nacido, verificando allí el registro.
"Hecha la presentacion ante la autoridad y los testig_os, se 1évantará una acta
que deberá expresar el día, hora y lugar de] ,nacimiento, el. sexo del niño, su nombre y apellido, lo mismo que los de sus padres, profesion y domicilio, haciendo
otro tanto con los de los testigos, dando :fin á la acta con la firma de los interesa- .
dos que estuvieren presentes. 'Si el padre de la criatura fuese ignorado, !le hai:á
solo mencion .de la madre, cuyo apellido llev.ail~ en lo sucesivo el niño. ·
'' El artículo diez y seis prohibe terminantemente hacer inaagaciones para
descubrir el padre de una criatura; mas se i:omprende luego que esta prohibicion hace referencia á la autoridad del Registro civil y al acto de verificarso1éste,
y no despues; de manera que si con posterioridad á él y fuera. dG la oficina se
ti·atase de probar la filiacion de una persona, se podria obrar con entero arreglo á las leyes vigentes, sin que por eso se faltara á las prevenciones del citado
artículo.
"Se ocupa en seguida el legislador de un caso por desgracia algo comun entre nosotros, y es el abandono de los niños recien nacidos, por sus padres. I,mpone á cualquiera persona que se encontrare una cdatura en e~te estado, la obligacion de presentarlo con los vestidos ú objetos que fuere hallado, al Oficial del
Registro civil ó al Comisario de policía, para que la autoridad, que vigila por
todo, se encargue de un desgraciado cuya vida ha empezado cpn antecedentes bien
trist.es, y sea reparada en lo posible la falta cometida por la barbariclad ó miseria de los auto.res de sus dias. Hecha la presenta.cion se levantará una acta de
lo ocurrido, asentándose los nombres dados al niño, los de la persona que do él
se encargue y el orfanatorio á que sea destinado.
"En seguida previene la ley á los jueces que cuando pronuncien alguna sentencia sobre reconocimiento, adopcion ó arrogacion de alguna persona, avisen
al Oficial del Estado civil, á fin de que levante su acta, haciéndose en ella mencion de la del na~imiento, si la hay; y que respecto del ocurrido en alta mar, será
inscrito en el libro diario del buque, remitiéndose una copia certifieada del acta
al cónsul de la nacion del niño en el primer puerto de es!:ala. El cónsul enviará al Oficial del Estado civil del lugar donde estuviere avecindado el padre
de la criatura, una copia del acta de nacimiento registrada á bordo.
".Aquí concluyen los artículos ·de la ley que se refieren al punto de que venimos tratando: ellos por sí son, como ya diji_mos, muy claros, y basta para su
completa inteligencia las Iigerísj.mas explicaciones dadas al relatarlos; pero he. mos pasado por alto hasta ahora expresamente el 15~, por haber llamado la aten- ·
cion su contenido y creerse contrario á los Cánones, sobre cuyas circunst3J1cias
haremos una explicacion mas detenida.
"El artículo dice a-sí: "Se procederá como si el padre no se conociese, siempre que el ·matrimonio fuese posterior á la publica~ion de esta ley y no fuese'·regi¡¡trado.11 'Salta á los ojos desde luego, y así lo han comprendido todos, q~e tanto. el texto como el espíritu d~l decreto se refieren á los efé~tos civiles deL,Registro: en consecuencia, en es¡e particular el legislador ha obrado de entero aeuex.do
con los principios que ya conocemos. Si el poder temporal no debe ni puede
reconocer como bueno un matrimonio celebrado sin los requisitos fija~os'1&gt;or él,
¡,cómo ha .de concederle el privilegio ele producir los mismos efectos que1os arreglados á 1a ley1 Esta misma lógica ha observado la potestad eclesiástica., fundada en las sábias leyes r9manas, que decian: "Padre es aquel iÍ. quien designan
como tal las nupcias legítimas." No hay pues que extrañar que el legislador r4vil
adopte las mismas reglas, y deduzca iguales consecuencias.
" La otra objecion que se hace contra el artículo es de circunstancias, pues se ·
dice que estando la paz aún lejana de ser alcanzada, el partido disidente hostilizando todavía á las tropas del Imperio, y el territorio demasiado extenso para
ser ocupadó, no ha.y ~eguridad en las poblaciones, y el establecimiento de las oficinas ael Estado civil, lo mismo que su estabilidad, ofrecen graves dificultades:
que esto produciría el resultado de que tal vez un ciudadano viera á su hijo considerado como legítimo por la potestad eclesiástica, mientras que pat2. el poder
civil no era sino de padre desconocido, á causa de que á la fecha del nacimiento
del niño no habia sido registrado en la oficina del Estado civil, ya sea porque
ésta no se encontrara establecida, 6 porque las autoridades qúe la forman hubiesen tenido que disolverse. Pero en primer lugar, es de advertir,que este inconveniente se verificaría aun· con los curas de los pueblos, c9\}lo hos lo acredita
la experiencia, por cuya razon no se salva la dificultad con el medio que se
propone de dejar en manos de la Iglesia el registro de nacimientos. En segundo,
que la ley no obliga á los ciudadanos: sino -mientras la sociedad está en estado
de ~oderse cumplir con ella; y mal sé·haria en culpa.1· al que no hv,bia concurrido a la oficina del Registro civil en un paraje donde no hubiera sido establecida
6. estuviese sustraido de la obediencia del Gobierno; porque éste en tanto tiene
derecho para exigir acatam.iehto .á sus órdenes en cuanto presta las suficientes
garantías para que sus suborqinados sean respetados. E,n apoyo de esta opinion
viene un principio de de.,recho que.dice: que alimpedido no le corre término ni le
pára pe1juicio1 y es enteramente aplicable al punto de que nos ocupamos; pero si
bien es cierto lo anterior, no lo is menós que.una vez ¡:iubl_icada la ley' en un pa,
raje y establecida la oficina, débe cumplirse ,con aquella, y que en caso de interrupcion del órden legal, las dísposiciónes recobran su fuerza tan pronto como
éste es restablecido. Vemos pues qúe el inconveniente, en caso de existir, es el
mismo para la Iglesia que para el poder civil; que la ley no presenta los obstáculos que se le atl'ibuyen, los que antes por el contrario son muy fáciles de
allanar; y en fin, que si los males de una revolucion fueran razones para no promover el adelanto de un país, desgraciado del que hubiese sufrido un solo trastorno, porque jamás se veria libre de su.s resultados.
'' .A.qui concluimos por hoy, reservándonos continuar próximamente la esplicacion de la ley, pues la cortedad de nuestras columnas µos impide hablar en
un solo artículo_de tan importante materia."

"En nuestro artículo primero sobre _el asunto que sirve de título al presente,
dejamos ya consignados de una maner¡i. c;Iara y terminante los fundamentos en
que con jueticia se apoya el poder temporal para recob~ar en la actualidad sus
derechos acerca del estado civil de las personas. Hoy nos vamos á ocupa.r ya de
la explicacion de la ley, segun ofrecimos, procurando cuanto nos sea posible desvanecer las objeciones.que contra ella se han hecho, ~empre que estas ataquen
los principios antes consignados y no sean meras dificultades de momento que
tan solo requieren mejoras pasajeras.
· .~
"Los nueve artículos primeros son tan claros y sencillos que no requieren explicacion alguna, pues se reducen á manifestar lo~ actos de la vida humana que
.deben constar en el registro, como el nacimiento, adopcion, arrogacion, legitimaeion, matrimonio y muerte; la autoridad que de~e intervenir en ello, que lo es
el Alcalde ~unicipal ac~paüado al efecto de testigos mayores de diez y ocho
años, procurando .sean parientes de los interesados, en lo cual la ley no pierde
' de vista la circunstancia de que generalmente en las sucesiones se originan pleitos y disputas sobre parentesco, que pueden evitarse con el testimonio de los
deudos. Igualmente determina la manera de llevar el registro, segun sea. el acto
que se trata de anotar, haciéndolo en tres libros separados: en el primero los na.cimientos, adopciones, arrogaciones y Iegitimacion; eu el segundo los matrimonios, y en el tercero los fallecimientos. Estos libros ser~n duplicados, los que se
depositarán en l¡¡. Prefectllra r,espectiva, sirviendo los primeros para el registro
y guardándose en los archivos del munici~io. Prescribe tambien el modo de asentar las actas, prohibiendo abreviaturas, numeros; y en fin, procura tomar todas
las seguridades que en general se requieren hoy en el otorgamiento de instrumentos públicos, entre cuya clase han sido colocadas las actas de Registro civil. '
"Antes de concluir la. cxplicacior¡ de los artículos de que nos vamos ocupando,
debemos llamar la atencion sobre la novedad introducida por el sexto, respecto
de la miposibiljdad de concurrir por parte de los interesado¡¡, los cuales pueden
hacerse representar por ot,ra persona, pero autorizada por escrito. Esta dispo~icion, á la vez que va d&lt;, acuerdo con la obligacion de concurrencia personal que
la. ley impone en ciertos casos, facilita el cumplimiento de ella, sin que por eso
falten las garantías necesarias. Antes se-presentaba un individuo á bautizar una
criatura, y con la simple relacion que hacia del orígen de ella, era suficiente y se'
asentaba en los libros parroc¡uiales, sirviendo esto despues. como prueb'a de parehtesco. No podrem?s menos de confesar que tal medio era en extremo riesgoso y
.que se prestaba á infinitos abusos de graves trascendencias, de lo que nos presenta nuestra historia muchos ejemplos. En cuanto al matrimonio, continúa, vigente la disposicion antigua que requería poder especial y en forma para poderlo
contraer por medio·de mandatario. Una vez verificado el registro, se previene
tambien la formacion de expedientes con los documentos relativos que se hayan
presentado, para que en todo tiempo_existan ~s constancias_necesarias y se pue-·
da ocurrir á ellas, lo que aumenta las garantías de los interesados para los casos
de duda. Ultima.mente, se requiere la legalizacion de la firma del .Alcalde municipal, cuyo acto consiste en que ti:es escl'ibanos certifican al pié de ella en la copia, ser aquella la firma de la persona que expresa.
.
"Respecto del acta civil de ·un mexicano residente en el extranjero, se requiere
pal'a que sea válida la conformidad con la.a leyes del país en que füé formulada
y el visto bueno del agente diplomático respectivo. Esta disposicion está basada
en los principios de derecho internacional que exigen para la validez en cuanto
á la forma de los actos ejecutados en país extranjero, su entera conformidad á las.
leyes del lugar donde se verifican.
·
"El artículo décimo trae consigo un.a disposicion mas importante que las anteriores, tanto por el priucipjo que consigna, como por las observaciones que contra
-0lla so lían hecho, El previene que para lo futuro el estado civil de las personas
se determinará por las constancias del registro; y que respecto del tiempo ante:
rior á la expedicion de la ley, deberá ocurrirse á. los antigµos libros parroquiales.
Esta dispo!&gt;jcion, .como se ve á primera vista, no pue.de ser mas aneglada á las
doctrinas que ya hemos asentado. Una vez recobrada por la autoridad temporal la i:ntervencion directa en asuntos de Registro civil, nada mas natural que
ordenar para lo sucesivo una completa y estricta observancia de la ley que
promulgara en tal sentido; pero como quiera que á esta ley no se le puede dar
efecto retroactivo, era tambien indispensable respetar .la validez de los actos ejecutados bajo el imp,erio de la antigua. En cuanto á. las 01:fervaciones que la po.testad espiritual hace respecto de la justicia con que el Gobiemo Imperial ha
procedido al dictar tal artículo, creemos inútil detenernos mas sobre el particular, pues nos referimos en un todo á lo que dijimos últimamente, y ademas, si
hubiere variacion posterior en la. ley, toma.ria orígen tal vez del concordato que
se celebre, del cual por ahora no nos ocupamos.
·
"Es cierto, y aparece de la historia, que el respetable Sr. Pio VII se opuso
al desarrollo en Francia de los principios civilizadores que hoy se trat&amp; de fijar
en México, f que en aquella época hubo sériaRdiscusiones entre el Primer Cónsul y la Corte de Roma, sobro el arreglo que debía establecer para lo futuro la
suerte de la Iglesia francesa; pero no debemos olvidar que Su Santidad se conformó al fin con,los puntos relativos al Registro civil; siendo de advertir que el
- gobiemo de Francia, al obrar así, procurnba llevar su independencia del trono
AVISOS OFICIALES.
de San Pedro hasta la exageracion, pues ni aun siquiera quiso reconocer por
religion del Estado. la Católica, .Apostólica, Romana, sino simplemente como el
ADMINISTR.A.CIQN DE BIENES N.ACION.A.LIZADOS.
culto profesado por la mayoría de los ftahceses, que debía estar subordinado al
B.EMA'!!ES.
gobierno como única autoridad de la nacion, y seria vigilado lo mismo que los
El dia 9 del entrante Mayo, á las nueve de la maiiana, se procede~á al de la Ca$&amp;. ubicada
otros.
en Oajaca, en el cuartel 4?, manzana 17, calle de S!!,n Antonio, valuada en ($144) ciento cua"En punto á. nacimientps, las prevenciones del decreto de l? de Noviembre renta y cuatro pesos, cuya almoneda se Terificará con arreglo á los artículos 24, 25 y Z'/ de la

I

I

�444

EL DIARIO DEL IMPERIO.
11'otificacion.

ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen
hacer postura oourran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Abril 20 de 1866.

3a- l

El dia 15 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa y solar,
mlnzana 35, cuartel 4?, calle del Desastre, en Oajaca, nluada en ($115 50 cs.) ciento qitince
pesos cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de Febrero
_,,. de 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia1y hora citados.
México, Abril 23 de 1'866.
3a- l
El dia 16 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicada
en Oajaca, en el cuartel 4?, manzana 11, calle del Soplo núm. 2, valuada en ($ 495 37~ cs.)
cuatrocientos noventa y cinco pesos treinta y siete y medio centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que se participa al púb1ico, para que las
personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Abril 26 de 1866.
3a- l

A escrito presentado por el Lic. D. Prota~io i:erez de Tagle, ~roo here~ero del Sr. Coro~el
D. Mariano Perez de Tagle' en los autos eJeculivos que este senor segma contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el 1;&gt;romovente se ten¡l'an como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificac1on de la rlldicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
. auto que á la letra dice:
·
"México, Abril 25 de 1866.- Coroo lo pide. Haciendo la publicacion por ocho dias en el
Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr, Juez 3? de lnstruc~ion de lo civil, Lic. J?· Cristóbal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.- Poulet.- Miguel F. Guerra, Escnbano Secretario."
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. F~lipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
9'23-8s- 3

.A VI SOS P .ARTICULARES.

.,,,

MIN.11. JJB S.11.N C.11.FBT .!I.NO EL B OBJJO
Con arreglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de Febrero de Í865, se va á proceder
al de la casa, cuartel l ?, Illllnzana 5~, núm. 1, calle de la Loca, en Oajaca, valuada en($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del entr~nte
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J21a11 Stu1m y
NaTJarro.
6a- 5

\

...

EN PACHUCA.
Por acuerdo de la Junta meno; directiva, se convoca á todos los l!eñores aviadores de dicha
mina para la junta general estraordinaria que se ha de celebrar el dia siete del corriente, á las
dos de la tarde, en la Tesorería de esta negociacion, calle de Capuchinas núm. 7; en la inteligenciá de que los señores que no concurran estarán obligados á pasar por lo que acuerden
los concurrentes.
México, Mayo l'.' de 1866.- Por ausencia del ~ecretario, R. Martinez.
930--38-1

Escuelas gratuitas.

\

Ayuntamiento de México.- Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-Núm. 865.- La
Comision de Instni.ccion pública, con fecha 10 del corriente ha participado al Sr. Alcalde
municipal, que segun lo dispuesto por el Exmo. Ayuntamiento, han quedado establecidas y
abiertas para el público tres escuelas gratuitas para niños rib.res, de las cuatro acordadas por
la misma eoryoracion; la primera en la calle de la Qoncepc1on núm. 9, la segunda en la calle
de Muñoz num. 3, y la tercera en la Rinconada de San Sebastian. Lo que por órden del mismo Sr. Alcalde se poile en conocimiento del público, á fin de que los padres de familia que
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establlleimient-0s mencionados.-El Secretario
del Exmo. Ayuntamiento, Luis G. Pastor.
6a-4

.AVISOS JUDICIALES.
Bmpla%amie11to judicial.
Juzgado 1? de Instruccion de lo civil.- :ln la demanda que sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha mandado el Sr. Juez se
cite por los peri6dicos al referido Fuentes, para que en el término de cuarenta dias, contados
desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó pnr apoderado instruido y espensado,
á contestar la indicada demanda; apercibido que de no hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.- El Escribano de diligencias, José Maria COTJarrúbia$.
929-3s-l

COKVOC.&amp;'l!OJUA
POR EL TRIBUNAL MERCANTI L DE QUERETARO,
Y DECLARACION DE QUIEBRA DE LOS SRES. GARCIA Y GALEANA.

El Tribunal, en auto de esta fecha, ha mandado se convoquen por medio de los periódicos
o&amp;cia~ del ·Gobierno del I mperio y el de este Departamento, á los acree.dores ausentes y d~sconocidos que se crean con derechos que deducir contra el concurso á b1e~es de la C~mp~a
"García y Galeana," señalándoles quince dias, á contar desde el de la primera publicac1on,
para que por sí ó por apoderados presenten los justificantes respectivos de sus créditos á los

8Úldicos administradores D. Antonio R. Fuentes y D. Andrés Romillo; entendidos que de no
verificarlo dentro del término, les parará el perjuicio á que hubiere lugar. Asimismo, ha fijado
la época de la quiebra al veinlioc\¡o de Setiembre del año anterior, en que la Compañía deudora comenzó á suspender sus pagos.
Y conforme á lo mandado, se hace saber por el presente á quien corresponda..
Querétaro, Abril 25 de 1866.- El Secretario dél Tribunal, Lu. Sebastian Larrondo.
9'26-3s- 2

Citacion judicial.
Ignorándose la habitacion de D. Hipólit.o Zamora, por el presente y en virtud de lo manda&lt;lo por el Sr. Juez íl? de Instruccion, Lic. D. MiguelRendonPeniche,se le oita y emplaza
para que dentro de ocho dias se presente ante dicho Sr. Juez, á conte~tar la demanda q~e.en
Juicio verbal, sobre pesos, le promueve el representante de D. Francisco Campí; aperc1b1do
que de no comparecer, será sentenciado en rebeldía.
México, Abril 28 de 1866..:...Joaquin Guzma11, Escribano público de la Nacion. 927-3s- 2

ALMANAQUE l·MPER.IA.L
PARA 1866.
Este .Almanaque es sin disputa el mejor de cuantos se han publjcado en México hasta ahora. Consta de mas de 400 páginas de impresion flillpia, hermosa y
correcta, hecha en papel de lujo, y contiene una multitud de noticias curiosas é
. interesantes, que son necesarias para muchos, y·útiles para toda clase de personas .
Está dividido en cincotsecciones y un Apéndice.
La 1~-contiene notas cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas nacionales.
La 2~ trata de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuerpo diplomático mexicano y extranjero, Oasa del Emperador y de la Emperatriz,
Secretaría privada y Ministerio de la Casa Imperial.
La seccion 3~ contiene noticias de todos los Ministerios y de las dependenciaa
de cada uno.
•
La 4~ está destinada. á la Gran Cancillería y á las Ordenes Imperiales: contiene los nombres de todas las personas condecoradas con ellas, los de los mexicanos que tienen condecoraciones extranjeraa, y los de los extranjeros que tienen
condecoraciones mexicanas.
La seccion ó~ trata d~ la Prefectura del Departamento de México, de los Tribunales, Corporaciones y Oficinas públicas, establecimientos de enseñanza y baneficencia, etc., etc., etc.
El Apéndice contiene los cambios de personal que han ocurrido en la Corle y
en el Estado, durante la i.mpresion del .Almanaque.
El extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porque
no lo consienten la multitud, extension y variedad de sus noticias.
El .Almanaque Imperial se halla de venta en la librería de los Sres. Andrade
y 0\ Portal de Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio,"
Bajos de San Agustin núm. 8.
PRECIOS.

A la rústica.. . . . . . . . . . . . 2 pesos cada ejemplar.
•Empastado á la holandesa. 3 ,.
,,
,.

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En la tlapalerla de LA SillENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de·
papel de tapi11&gt;de b"onitos y elegantes dibnjos1 el qne se dará al precio desde 3 hasta 5 reales
pieza.
. .
.
.
Tambien se han rec1b1do hules para pis.o y para coche, á preCJos s_umamente cómodos.
En la misma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-4

Emplazamiento judicial.
Ju;gado.l'.' de Instmccion delo civil.-En el juicio verbal que sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha mandado el Sr. Juez se
cite por los p~riódi~os al referido D. Juan Fuentes, para que en el término de cuarenta dias,
contados desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y
espensado, á contestii.r dicho juicior apercibido que de no hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía, sin mas óltaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimient-0 de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.- El Escribano de diligencias, José Mar(a CoTJaTTÚbúu.
~3s- 2

Citacion judicial.

••

T0.11.LL.'I. JJB VBN'fJS .
'EFECTOS DE PERFUMERIA DE L.A.S ME10RES FABRICAS DE P.A.RJS.

En la tlapalería de los Venados, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
surtido abundap.te y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de r.ecibir otro,
magnifico, de perfumería, compuesto de lo siguiente:- Pomadas de t-0das clases.- Estractos
de esencias superiores.- Agua de Colonia legítima.--Aceites para el p11lo.- Jabones superiores y de fanúlill.-Polvos de amv-root, arroz y haba.-Elixires y polvos.para la dentadura.Vinagre de gen-seng para el uso estemo de las señoras.-Blanco perla.- Toalla de Vénus.Vinagre aromático y de color.- Los m\ntados jabones.de lechuga y contemporáneo, etc., etc.

Por disposicion de Sr. J uez 2'.' de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se cita á
D. Francisco Berthe para que comparezca en el Juzgado que se halla en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, dentro de ocho dias, á continuar el juicio que le promovió D. Pedro
Strittmatter, sobre pesos; apercibido de que si no lo hace, se segbirá en su rebeldía, entendiéndose las diligencias con los estrados del mismo Juzgado.
México, Abril 28 de 1866...-Joarin Guzman, Escribano público.
. 924- 3s- 3

Todos estos efectos son de clase suprema, y sin embargo se venderán sumamente baratos,
haciendo á los consumidores que tomen por docenas de ellos, una rebaja importante todavía
sobre los precios á que se menudean.
20a- 2sm...:..19

J u :zgado tercerQ de Itistruct:io11 del ,-amo civil .

La Co mp a,ii a Ht.unb ur,;u;s a- Bre~e sa dtr Se,;iu•o•
CONTB.JJ. INCENDIO.

Palacio de Jus,icia.- El Sr. Juez 3'.' civil de Instruccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier,
por auto proveido en veintitres del corrientEt, titme mandado se cite por los periódicos á D. Benito Rujula, para que dentro del término de quince dias, á contar desde el de la primera publicacion, se presente en su Juzgado á contestar la demanda que en juicio verbal por pesos le
promueve D. José Antonio Bonilla; apercibido de darse por contestada la demanda si no comparece, siguiendo el juicio en rebeldía con los estrados, que se dan por bastantes. Doy fe.México, Abril 25 de 1866.-Lic. José Mariano Moya de Contreras, Escribano público.
925-3s- 3

•SEGURO CONTRA INCENDIO. Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables de Hamburgo y Bremen,
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Los Agen~s,

A viso judicial.
En los ~utos 9.ue sigue D. Mariano Bauche contra la testamentaría de D. Fernando Pouret
y D'!- M~nana D1az, sobre pesos, el Sr. Juez 2? delnstmccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Pemche, á pedimento de D. Casimiro Rios, ha mandado se cite la almoneda, con calidad
de remate, del corral ó terreno situado en el callejon de Luna, con entrada por el meson de
San Francisco, de la calle real de Santa Ana de esta ciudad, valuado por los arquitectos D.
Vicente Heredia y D. Manuel Rincon en la cantidad de 2,819 pesos 29 centavos, la que se verificará la mañana del dia 1'.' de Mayo del presente año, á las diez, en el Juzgado del espresado Sr. Juez, situado en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda.
Héxico,·Abril 21 de 1866.-Casimiro Fcl"llan&lt;hz, Escribano público.
920- 3s- 3

LEF];'lLANN &amp; GUTHEIL,

821-90a-3l

Bajos de Porta- Creli núm. 4.

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Un piano de rosa, de siete octavas, con todas las mejoras modernas, enteramente nuevo, se
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•\

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>..

EL
.

.

DEL

"

DIARIO
Los números sueltos valen 12 centa/Vos.

TOMO

III.

NUM. 400

lffEXICO.-JJlartes 1~ de Mayo de 1S66.

,..
S1J'MAB.IO.
PARTE ÓFICIAL.-Carta del Emperador al Intendente general de la Lista civil.-Per•
s.onas condecorada~ con }a Cruz de constancia.-Caballero de la Orden de GuadJ1lupe.-Certificados de superv1vtnc1a de gefcs y oficiales retirados.
P~RTE NO OFICIAL.-lnforme sobre gastos de la Lista civil.-El Emperador y la esclaVJtud.
Noticias extranjeras.

RABTE OFICIAL.

•

· Mi querido Ministro é Intendente· general de la Lista civil:
La Regencia que Nos precedió, al establecer las bases del Imperio, promulgó un decreto en el que se asigna al Emperador
de México para todos sus gastos particulares y oficiales, así como para el mantenimiento de la Corte y sus funci(marios, la
misma dotacion que tuvo hace medio siglo el Emperador Iturbide, por decreto del Congreso Nacional expedido el 18 de Diciembre de 1822. Acordó tambien, como es de costumbre en las
demas naciónes, que los gastos de conservacion, reparacion, arreglo interior y nuevas fábricas de los p~lac.ios imperiales, fuesen por cuenta del Estado.
Sien·do para Nos desagradable tratar puntos que tocan tan de
cerca intereses personales, aceptam0s la determinacion de la
Regencia sin alterarla expresamente, pero disminuyendo de hecho la suma decretada, tomando.sobre Nuestra dotacion la asignacion de los Príncipes de Itlll'bide y la cantidad de 661,845 ps.
82 cs. á que montan los gastos de construccion y arreglo interior del palacio de México, alcázai· de Chapultepec y compra
de algunos terrenos adyacentes á éste, cuyos gastos debían ser
de cuenta del Estado y no de Nuestra Lista ci-ril, conforme á
las disposiciones mencionadas. Estos gastos se erogaron. no solo
por la necesidad de hacer habitables dichas residencias, sino con
el objeto de proporcionar, como sabeis, un sitio que á la vez que
sirva de recreo al público, se multipliquen en él plantas y semillas exquisitas para disti-ib1úrlas gratuitamente y fomentar las
artes é industi-ia nacional que tanto apoyo merecen. Tambien
dispusimos gravar Nuestra Lísta civil en be11efi.cio del Estado, tomando de olla los 150,000 ps. dados á la familia del mencionado
Emperador Agustín, á cuenta de su crédito contra el erario, y
10.0,000 ps. que se depositan como equivalente del palacio de
Buenavista con sus jardines y parques.
Mas ha llegado el momento de ocuparnos detenidamente por
la primera vez de tan delicado asunto. La situaoion hacendaría
del Imperio exige toda Nuestra atencion, y consideramos conveniente y como un deber, que el Gefe de -la Nacion sea el P.rimero que dé el ejemplo ele someterá la mas estricta economía
sus gastos personales, los de su familia y ca~a. No se entienda
por·esto que censuramos á funcionario alguno de Nuestra Casa
Impe1ial. Al contrario: despues de haber visto con sa.tisfaccion
las cuentas que han rendido, co1Tespondientes á la últiq:ia anualid3:d, los creemos dignos de elogio. Pero en vista de las exigen-.
cias actuales del tesoro, y enh'etanto que las circunstancias de
la Ilacienda pública sean difíciles, es Nuestra firme resol11cion
que percibais solamente del tesoro del Estado para la Lista civil, la tercera parte de la dotacion anual que l{' corresponde segun el referido decreto de la Regencia; esto es, la suma de
500,000 pesos para todas las atenciones referidas.
Cuidai·eis, poi'. consiguiente, del .cumplimiento de este Nuestre expreso acuerdo, proponiéndonos desde luego y conforme
á él, el presupue!sto reduri&lt;lo de los gastos de la Casa Imperial,
que senir{. para los meses restaptes del preaente año. Al introducir todas las economías indispensables y ya señaladas por

•

Nos con sati.sfaccion, porque son en· alivio d~l tesoro público,
procurareis que no se perjudique el buen servicio de Nuestra
Casa, ni. se olvide la proteccion debida y para Nos tan car.a) á
las ciencias y á las artes; y mas que todo, q~e. no se desatien-:
dan los·pobres que llenos de confianza se ~rigen ~ N?so~·os.
Esta reduccion en los gastos Nos es prefenble por mclinac1on,
al esplendor y amplit~d que es de cos:umbro en las Corte~ europeas; porque la sencillez y mode.racion se acomoda meJor á
las ideas democráticas que Nos animan, y ademas realza el prestigfo del Monarca, tanto como el brillo de 1ma ·Corte espléndida.
Recibid las seguridades de la benevolencia de
V úestro afectísimo,
MAXIMILIANO.

..

Cuerna.vaca, Marzo 15 de 1866.

GRAN CANCILLERIA DE LAS .ORDENES IMPERIALES.
.

México 30 de Abril de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo de is &lt;¼l. actual, Ha tenido á bien conceder la Cruz de constancia de segunda clase á los se~ores:
General graduado, Ayudante general de Estado
mayor, D. Alejo Barreiro.
Coronel D. José María Márquez y
Teniente Coronel D. Juan J. Jáuregui.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 28 del actual, Ha tenido á bien nombrar Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe á D. Ramon ·Herrera, Oficial 1~ de la Prefectura de Guanajuato.
El Secretario encargado de la Gran Cancillería,

José H. GonzaT.ez.

MINISTERIO DE GUERRA.
1~ DIBECCION.
México, Abril 29 de 1866.

Conforme á lo prevenido en el artículo 2~ del Decreto de 1~· de Febrero de
1849, los gefes y oficiales retirados é ilimitados que cobran en esta capital, tienen ·que acreditar su supervivencia ante la b~ Direccion de este Ministerio, en el
mes entrante, y al efecto están señalados los días 3, 4 y 5 del mismo.
El General Subsecretario de Guerra,

José Maria V. de la Caikna.

PARTE 1'0 OFICIAL.
INFORME SOBRE GASTOS DE LA t.lSTA CIVIL.

SEÑOR:
.
Al dar cuenta á V. M. de la Administracion de la Intendencia general de la
Lista civil y de la direccion del Gran Chambelanato, siguiendo las prescripciones
de V. M., nos será permitido trazar un cuadro completo de los trabajos y gastos que se han hecho en las dos últimas anualidades, comenzando desde 10 de
Abril de 1864.
Los que suscribimos nos permitimos acompañar estos largos y pormenorizad0s detalles para mayor claridad, haciendo ·un informe general y sucinto st&gt;bre
las disposiciones que se han tomado, tanto en el arreglo de las residencias imperiales, como respecto de los otros gastos principales de la Lista civil.
Para hacer á V. M. una exposicion clara, es menester recordar dos puntos:
1~, el decreto que por órden de la Regencia fija al nuevo Soberano su dotacion correspondieute á la Lista civil, compreildiendo en ella. todos los gastos
relativos á la Ca$a imperial; y 2" la ~üuacion en la cual se hallaron las resi·
dencias del Gefe de la Nacion á la llegada de V. M.
·
Para la Lista civil de la Casa imperial se asign6 la misma suma que el Co11greso de la uacion decret6 hace casi medio siglo, el 28 de Diciembre de 1822,
para la Casa imperial del Emperador lturbi_de, es decir, la de 1.500,000 pesos
anuales; siendo de notarse que fué dr;cretada en un tiempo en que las condiciones y necesidades sociales eran muy diferentc3 á las del dia de hoy. V. M.
acept6 esta lista civil, antes de su llegada al país, y comenz6 ú vencerse desde

1.

�I
I

I

438

EL DIARIO DEL IMPERIO.

el 10 de Abril de 1864. Un acuerdo de la Regencia fijó ademas que los gastos Artes, eH.Cargándoles que hicieran las obras autes mencionadas. Para fomentar
de fábricas y rlparaciones, así como la.compra de mueblas y de terre:nos en las la escultura ordenó V. M. que se hicieran estatuas y bustos, aprovechándose en
residencias imperiales, correspondiese como es de costumbre en los demas pai- estas obras por primera vez los ·magníficos mármoles del país.
ses, al tesoro público.
·
Para que el Ministerio de Negocios Extranjeros pueda recibir de una mane· Refiriéndonos ahora al segundo punto, nos vemos precisados á entrar en al- ra digna de la nacion, á los diplomáticos extranjeros, ordenó V. M. que se argunos porm~nores para caracterizar mas claramente la ~ituacion. Las residen- regl_ase1;1 algunos departamen~os. del Palacio con este fin:. tambien se preparan
cias en México del Gefe de la Nacion, consisten en el Palacio nacional y Al- habitac10nes para huéspedes ilustres, algunas de las cuales han servido ya para
cázar de Chapultepec. Ambos edificios los encontró V. M. . en un, completo el recibirniento de diputaciones extranjeras.
abandono, debido á las críticas circunstancias porque ha atravesado el país. Del
ijabiéndose descubierto en los adelantos de las· obras, que el Palacio está
primero no babia habitable para el Soberano, sino una parte demasiado reduci- construido de piedra chiluca, V. M. se dignó ordenar se limpiase poco á poco ·
da; y en los otros departamentos, de los cuales algunos han caído en ruina, ba- este precioso monumento, poniéndolo én armonía con los dos mas hermosos
bia oficinas públicas, oficios de notarios y escribanos, tribunales, Co»te marcial, edificios de la capital, como son Catedral y Minería.
cárceles, almacenes, depósitos de guerra y de pólvora, panadería Jl!ilitar, oficina
Es muy e~traño, Señor, ~~e en el Pal~cio de los ".ireyes, de Soberanos que
de correos, de pap•el sellado, etc., habitaciones privadas, y hasta en las azoteas llevaron el rt:nombre de catolicos no hubiera una capilla decente para el serviexistían chozas habitadas por muchas familias, sin autorizacion de\ Gobierno. cio divino, siendo tanto mas de notar, que habiéndose prodigado ihfiniclad de
; El Alcázar de Chapultepec, antigua residencia vireinal, estaba trasformado locales á multitud de Corporaciones, como lo prueban las antiguas y numeroen gran parte en cuartel, otra había caído en ruinas. No se encontraba en él sas inscripciones que se observ,an aún sobre muchos de ellos, no se hubiera
ni una silla, ni una mesa, y faltaban hasta puertas y ventanas. Los dos palacios destinado en Palacio uno digno para el cu)to. En tiempo de los presidentes
estaban completamente deteriorados, é indignos de la nacion que V. M. rige. fué cuando se erigió con este objeto una capilla; pero su pequeüez y mala coRabia, ademas, el peligro de la insalubridad, falta completa de buen órden -locacion la hacían inútil para su destino, pues no podía avenirse con las exiy seguridad.
·
.
.
gencias del servicio religioso que V. M. manda observar con tanta regularidad.
Los techos estaban en muchos lugares á punto de caer: el agua se filtraba Ademas,_ Señor, como la capilla 1_10 sirve únicame11te para los Emperadores, sial interior de !as piezas. Las escaleras se hallaban descompuestas; las puertas, no tambien para toda la parroquia de la Corte, as, corría para todas las grandes
donde.las habia, no podían cerrarse. Las aguas inundaban los patios, y mil in- dignidades_del Estado, que concurren á las solemnidades de la Semana Santa
mundicias llenaban los zaguanes. El tao -afamado parque ~e Chapultepec, or- y á las demas funciones religiosas de reglame11to, era de todo punto indispengullo de los tiempos pasados, se encontraba en parte cubierto de maleza, y en sable que su nueva construccion correspondiera á su objeto.
otra ccmvertido en pantano insalubre.
•
.
Conse~uente con sus principios, V. M. ordenó que la mayor sencillez reinaLa dignidad á la cual llam6 á V. M. la voluntad nacional, no permitía dejar ra en la nueva y mas. amplia capilla, y así se ha hecho, · dando de esta mimera
tal estado de cosa~ en ¡&gt;ié: el Emperador no podía representar la nacion deco- ~u relevante testimonio de que no se necesita hacer alarde de riquezas, ni osrosamente en medio de este abandono. Por otra parte, V. M. tomó en conside- tentacion de tesoros para rendir el culto debido á Dios, al celebr,1r los misteracion dos medidas análogas á sus principios democráticos: la economía y la rios de nuestra religion.
·
sen~illez, conciliadas con la justa proteccion debida á las artes y á· la industria
~n e_) Aldzar de Chapultepec ordenó
.M. la restaui'acio11 de las péqueiias
nac10nal. Nos tocó la honrosa tarea de ejecutar en este sentido las intenciones habitaciones Imperiales, en el sencillo estilo urbano, ponieudo ventanas y puerimperiales, y nos lisonjeamos de no haber •omitido afan a_lguno para conse- tas que faltaban completamente, y acabando el edificio principal con las dimengmrlo.
,
si01~es modestas de una quinta. Entre l_as obras grandes .,e puede contar la consSe principiaron las obras de reparacion en el Palacio nacional, subiendo el truccion_ del camino nuevo al cerro, obl'a de _sum.a necesidad por ser el antiguo
nivel de los patios y zaguanes. Como prueba del estado de abandono en que se muy_ peligroso á causa de su mala construcc10n. y precipitada pendiente, que ·
hallaban estos, puede citarse el hecho de que, cuando se iba á derribar el peque- ocas~onó algunos grav~s accidentes. Se verificó la compra de algunos terrenos
ño cuartel que servia para la guardia. de caballería, era tal la cantidad de basu- contiguos para regularizar el parque, que como se ha dicl:w, se hallaba en der~ gµe en ~l se encontraba, que fué necesario que sesenta y siete carros estu- plorable abandono.
_
vie~an hac_iendo d_of viajes diarios durante veintiun dias para sacarla. Este deCon el objeto de evitar la pérdida de sus árboles magníficos, históricos y sepósito de mmundicias era sumamente perjudicial á la salud pública. Para sal- culares, testigos mudos de la llegada de los primeros mexicanos al territorfo en
var los patios interiores de las inundaciones en el tiempo de aguas se levantó que fundaron despues su floreciente Imperio, y con 1~ mira de formar un par-,
el nivel de ellos mas de un metro.
'
que de recreo público que sirva de desahogo á la poblacion, mandó V. M. qt!e
La segunda medida que debía tomarse en el Palacio nacional, era darle ven- se podaran los expresados árboles, que se abrieran c6moda~ culzada~ y que se
tilacion y luz, derribando varios cuerpos del edificio que se encontraron en un desaguaran los muchos insalubres pantanos que habia. Tambien or&lt;lell6 V. M.
estado de completa ruina, amenazando desplomarse próximamente, éon • gran ~ue se :rrincipi~ra á_ formar en él ua jardín zoológico qqe sirviera á la vez de
peligro de sus habitantes. Esta operacion sirvió mucho, aislando los diversos mstrucc10n y divers10n al público".
.
edificios para evitar los riesgos de incendio, y se hizo sin que costara el mas
Queriendo V. M. dar á la ciudad de México una prueba mas de .su constanleve sacrificio, cubriendo con el valor del material los gastos de los varios der- te anhelo por verla embellecer, y facilitar. al público la comunicacion con el
rumbes.
parque de Chapu_ltepec, 1;1andó construir un camino, costeado por la caja de
Una de las administraciones pasadas mand6 levantar en el jardin botánico V. M., que lo uru~ra en lmea ~ect~ con el expresado Alcázar, y V. M.. ha regaladel Palacio un cuartel, que al poco tiempo se hizo inhabit~ble por falta de so- do esta cómoda v1a d¡1 comu111cac10n á la capital, logrando de, esta manera dolidez, y V. N{. ordenó que éste desapareciera para dar á dicho jardín su antigua tarla de un nuevo paseo que un dia será uno de los mas hermosos del país.
forma y extension.
Aunque las obras del ~alacio nacional, así como del Alc~zar de Chapultepec, ·
Se quitaron de las azot~s todas las chozas que pesaban_sobre las vigas, cau- sus muebles y la compra el.e alg~nos terrenos anexos, deberían ser por cuenta
sando muchísimo perjuicio al buen estado de ellas; se niveló la azotea y se in- d~J Estado con arreglo al menc10nado decreto y acuerdo de la Regencia, en
trodujo un sii-tema nuevo y sencillo para la corriente de las aguas, pambiándose virtud de 6rden expresa de V. M., dictada en Cuernavaca, fecha 15 de Marzo
á la vez los techos y vigas que amenazaban caerse.
de _1866, se toma excepcionaimente desde el dia de la llegada de V. M. al país,
Se necesitaba en el Palacio nacional una !ocalidad amplia para las. grandes el importe de lo erogado en dichos objetos, que asciende á $661,)i45 82 cs.,
recepcion~s de los Embajadore5 y Ministros extranjeros, y en los días de fiestas del monto de la suma que adeuda el tesoro del Estado al fondo de la Lista Cinacionales para poder colocar en ella á todas las dignidades del Estado, evitan- ~l, se~un l~ liquidacion formada hasta la presente, a~í como las cantidades que
do así el gran inconveniente que aconteció el 16 de Setiembre de 1864, de que a coutmuac10n se ex~resan: 100,000 pesos que se depositan y que V.M. toma
una gran parte de los prime¡os empleados de la nacían; autoridades y corpora- á su cargo como equivalente del obsequio nacional que se hizo del Palacio de
ciones, perm_ane9iesen en las galerías y patios por falta .de local. Con el fin de Buenavista con sus jardines y parque; 150,000 pesos dados á la familia del
obtenerlo, mandó V. M. reunir en una galería las tres localidades que antigua- Emperador Iturbide por cuenta del crédito que tiene contra el- erario en virmente formaban .los estrechos salones de recepcion. Las viaas de cedro que tud de las concesi?nes acordadas por diversos Congresos; quedando d~spues de
adornan es~s piezas, y que provienen de los agotados bosques°de Tacubaya, se hechas las deducc10nes que anteceden, un saldo á favor de la Lista Civil de
,
han .descu~ierto _en esta ocasion, despue~ de un largo período de estar tapadas $222,0M 46 cs. que no se percibe todavía.
p_or mezqumos melas rasos de tela pintada. Por medio de estas sencillas reforA mas de todos estos gastos tomados por órdeu soberana, .excepcionalmente
mas, V. M. ha podido el 10 de Abril próximo pasado recibir en la solemne dis- con cargo á la Lista Civil, deben agregai;se. las dotaciones de la Princesi y
tri~ucion de los premios, ~ todas las gran~es Corporaciones del E~tado, la ju- Príncipes de Iturbide.
ventud de los escuelas nac10nales, sus parientes y profesores.
·
. No hablamo~ de l?s gastos ordinarios de la Casa imperial, como son los suelConsecu~nte co~ sus ideas__dem?cráticas, V. M. se dign0 disponer que la dos de los fu~o10narios y e~pleados de la Corte, los ªalarios de la servidumbre,
~ayor sen:cillez remase en el mterior de los departamentos, dejando las paredes gasto~ de cocm~ y caballeriza, fie~tas, etc., porque son conocidos de todos los.
pmtadas de blanco. El gasto mas grande y de absoluta necesidad era el cam- que tienen la dicha de acercarse a V. M.; pero sÍJJreemos de nuestro deber llabio de .las ventanas, vidrieras y puertas. En el mismo estilo sencillo se están mar la atencio~ s_obre lo~ gastos causados por los v_arios y largos viajes de V.M.
arreglando las pocas piezas antes deterioradas y malsanas destinadas para las -y la ~mp_eratnz a 1~ leJa1_1as comarca::i del país en provecho de éste, así como
habitaciones de los Emperadores.
'
,
tambien a las cuantiosas limosnas y muchísimos regalos debidos á la magnaniPara honrar á los hombres mas ilustres y preclaros de la patria, V. M. de- midad del Eiµperador.
, cretó que ~e fo~mara una coleccion de retrat~s de_ ellos en la gran galería lla. El nob~e ejemplo de ahorros y economías que V. M. es el primero en dar en
máda de Iturbide, representados con verdad histónca por pintores nacionales; y hempos d1fíc1l~s, no dejará de i~primir un nuevo timbre de gloria á su corona,
se ven brillar en ella los trabajos ~e los Sres.. Monroy, Ramirez, Obregon, Pe- y ser otro motivo mas de adhesion sincera de parte de la nacion que le ha conrez y _Sagredo, que han reproducido respectivamente las heróicas figuras de fiado t1us destinos.
Iturbide, del Cura Hidalgo, Matamoros, Allende y Guerrero. El retrato de
SEÑOR.
~orelos por 11:fonroy y varias obras mas, están en via de ejecucion. La protecSomos .1
c10n que ha dispensado V. M. á los_ jóvenes artistas mexicanos, ha ocasionado
de v·:M. I.
que se hayan dado á conocer multitud de artesanos distinguidos, habiéndose
obedientes servidores.
logrado con este solo hecho despertar el buen gusto de los artistas mexicanos
El Direcúw del Gran Ohambelandtq.
que se hallaba postr~do y en el mas· completo letargo. Solo á V. M. era dado
El Seer-etario de la Intendencia general
levantar de ese desaliento á los jóvenes discípulos de la Academia .de Bellas
de la Lista Oivil.

y.

..

439

EL DIARIO DEL IMPERIO.
EJ Emperado1· y la esclavitud.
Los periódicos de esta capital han publicado en estos días varios pasajes contra la esclavitud, sacados de dos obras que dió á luz en 1860 el A.rchiduque
Maximiliano de Austria, hoy Emperador de México~ despues de su viaje al
Brasil. Esta publicacion, hecha primeramente en las columnas de la Sociedad,
ha venido á desmentir de la J:!lane¡-a mas solemne· las i:alumnias de algunos órganos de la prensa americana y europea, que habian osado atribuir al Emperador de México, propensiones á la esclavitud, y :&amp;asta la intencion de introducirla en el país de- una manera disimulada. El Mexica,i Times) peri6dico que
publican en eEta capital algunos expatriados confederados, dijo lo siguiente,
despues de reproducir en su último número los pasaje~ d.ti que se trata:

"'

.

Una de las mas atrevidas pruebas que se han hecho de la. credulidad americana, es la teútativa del representante del Sr. Juarez para inducir á aquel
pueblo á creer qlw el Emperador de México trataba de restablecer la esclavitud
en este país. La cortesía diplomática obligaba sin duda á ]\fr. Seward, Mr. Speed
•, y Mr. Bigelow á recibir seriamente cualquiera comunicacion de,un enviado r~conocido, ó tal vez, impacientemente tolerado por su Gobierno: per_o es muy dificil hacer creer á nadie que esos hombres de Estado, tan bien informados y tan
perspicaces, hayan dado jamas entero crédito á una acusacion tan descabellada.
!íos que conocen la política americana, no ven en toda esa correspondencia mas
que el propósito hábilmente manejado de chasquear al Sr. Romero en esta cuestion, prestando á su nota toda aquella atencion que era necesaria. para provocar
una explícita y autorizada negativa de tan absurdos cargos.
.
Este objeto se ha logrado completamente. La atencion pública se ha fijado en
varias leyes y i ecretos del Emperador, qué no solo contienen accidentales medidas para la proteccion y mejora de las clases mas pobres, sino un amplio é
ilustrado sistema encaminado á organizar el trabajo en México de una manera
conforme al espíritu del siglo, y de acuerdo con los.principios y sentimientos que
profesa el pueblo mexicano contra la institucion de la esclavitud. Y para hacer
que la piedra viniera á dar contra el que la tiró, la Sociedad ha tomado ocasion,
de la calumnia de Juarez para presentar af público las opiniones del Emperador
expresadas hace seis años sobre esta misma cuestion de la esclavitud. Al. publicar esta traduccion, no podemos menos de hacer notar que la concision, elegaxv
cía y claridad del estilo del Emperador, el profundo sentimiento q~e sus observaciones revelan y la presciencia de los acontecimientos que en ellas se nota,
abonan &amp; la par en sumo grado su gracia de escritor y su habilidad de estadista.
Uno de nuestros colegas de esta ciudad indica que la publicacion de las observaciones del Emperador sobre la esclavitud, puede tal vez irritar las susceptibilidades del pueblo del Sm-, abatido ahora, pero manifiestamente destinado á
recobrar muy pronto, como parte que es del gran partido.conservador de los Estados-Unidos, el poderoso influjo que antes tuvo en los consejos de la nacion ve. cina. Estamos seguros de que si la Sociedad hubiera tenido algun fundamento
para temer que tal cosa pudiera lastimar los sentimientos de hombres valientes
pero desgraciados;se habría abstenido de publicar sus decisivos testimonios contra: los calumniadores del Emperador, y que este caballeroso S~ber~o habi;ia
dejado que le vindicara el tiempo, mas bien que hacerlo· á q¡sta de criticar sil uiera. en la apariencia una ca.usa caida, en la hora de sn desgracia.
Pero las aprensioúes de nuestro colega no tienen fundamento alguno. Las
opiniones del~mperador contra la esclavitud, ha.ce mucho tiempo que son cono-·
ciclas por los americanos expatriados en México; y es tiempo ya de que sepa el
público que muchos, y tal vez oosi todos los confederados que ci:uzáron el Rio
Grande el verano último, para buscar, no un lugar de conspiraciones, sino una
tierra en que trabajar y ejercer pacíficamente su industria, han venido aquí, no
solo preparados,.sino ansiosos de labrtr su nueva fortuna sin es11, institucion de
la esclavitud, que la triste experiencia de una larga guerra civil les ha e~señado
á considerar aomo orígen fecundo de debilidad social, política y militar. .Ademas,
el pueblo del Sur, como todo concurre á demostrarlo, ha aceptado al fin de buena
fé el sistema de trabajo que la suerte de la guerra le impuso primero. Ninguna
de sus susceptibilidades quedará, pues, herida por saber que antes de su lucha
por la independencia; el .Archiduque de .Austria, llamado despues al trono de
México, expresó los mismos sentimientos que Washington y J efferson proclamaron hace ochenta años, en una época én que Inglaterra vacilaba en abolil' el tr~
fico de esclavos, y los buques de la Nueva Inglaterra podían ejercerle libremente. La verdad es que acostumbrados de tiempo atrás los hombres del Sur, no solo á tolerar, sino tambien á prestar su apoyo á los demócratas del Norte, que
eran opuestos á la esclavitud como sistema, aunque sostenían el derecho de los
•
Esta.dos á conservarla,, encontrarán las expresiones del Emperador naturales y
propias de la pluma de un descendiente de José II, de un Almirante de .Austria, cuya bandera, casi la única entre las de las naciones marítimas, nunca ha
ondeado sobre un buque de esclavos. Lo mismo que su grande antepasaao,
Maximiliano cifra su orgullo en ser uno de los primeros que llevan en alto la.
bandera de la civilizacion, del prog1:eso y de la verdadera libeitad personal y
política.

. El Congreso belga continúa ocupándose de la reforma elec~oral. En L~eja hubo un meeting de 500 personas sobre la reforma. En la Camara el diputado
Orts hizo hi, pro"posicion de que se·aumentase el nú~oro de representantes; Y. ~espues de upa discusion muy acálorada, se aprobó por 59 co~tra 45.-"!JIO el
Rey un decreto sobre fiestas nacionales, y se conserva la de la mauguracio~ ~el
reinado de Leopoldo I.-Se ha prf&gt;puesto el pueblo belga levantar por suscri~ion
un monumento al fundador de la dinastíl}, y ya se han colectado sumas considerables. Se cree que- el monumento será uno de los mas hermosos ~e. Europ~-El Rey debía salir el dia 2. de Abril p3:a Lónd:es con el fin de asistir al entíe~ro de su venerable abuela la Reina Mana .A.malia.-El Conde de Fla~de~ serna
en Roma con la idea de no admitir la corona moldo-valaca........La ep1zotí&amp; sigue
haciendo destrozos en Bélgica y Holanda. . .
.
El Emperador Napoleon, al recibir la Com1S1dn de los Diputados con la re~puesta al discurso del trono, pronunció estas ~otables palabra~: "La Francia
quiere lo que t_odos _quere1:los,.el progreso y la libertad; pero la libertad ~ue _des~
arrolla la inteligencia, los mstmtos generosos, los nobl~s esfuerzos del tr,ab:1,Jo, y
no la que, vecina de la licencia, excita las mala~ pasiones, destruy~ todas las
creencias, reanima los odios y engendra los motmes: 4,u~remos la liberta~ que
disc.ute los actos del Gobierno, y no aquelta que sirve umcamente pa~a mmarlo
sordamente y derrocarlo."-Se decia en París que ;ª e~_Em~erad?.r a hacer un .
viaje por todos los Departamentos, para presentar a su 1m~erial h1Jo al pueblo.
-Los cereitl.es han bajado de precio por la suma abundancia d~ las cosechas.

AVISOS OFICIALES:
ADMINlSTR.A.CION DE BIENES N.A.CION.A.LIZ.A.DOS.
.
B.EMA'l'E.

Se particip~ al público que con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 ?e la ley de~ de Febrero
de 1865, se va á proceder al del terreno situado en sub~bios de la cmdall de OaJaca, valuado
en noventa y siete pesos cincuenta centavos; y se publica para que las personas qu~ deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el dia 7 del entrante M~yo,á las nueve de la manana, ea
•nya hora se verificará esta almoneda.
.
.
.
México Abril 17 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez Y Naf!arro.
'
• •
·
6a-6

CONVOCA'l'OB.IA.
Ayuntamiento de México.-Núm. 975.-La Junta de H~cie?-da ha dispuesto se _convoqu!l
por medio de este aviso á los acreedores al fondo de am~rt1zac1on que tengan créditos escrimrados, líquidos y reconocidos, pára que concurran el d1a 7 del entrante Mayo, á las Jioce.ge
la mañana, al salon de Cabildos del Exn:¡o. Ayuntamieut? donde confoxme á )o preveru 0
por la ley relativa, la espresada J1;1-nt-a rematará la cantidad hasta ahora reumda, entre los
acreedores qu11 ofrezcan mayor rebaJa.
.
.
.
p {o
México, Abril 30 de 1866.-El Secretario del Exroo. Ayuntannento, Lu. Luis G. as r.
.
3a-1

Depósito de Di1po11,i,b ilidad.
Debiendo pasar revis~ de Comisario esta corporacion _el dia cuatro del presente mes, ser·
ce yaber por medio de este aviso _á los Srés. Gefes y Oficiales que pertenece~ á la espresa a,
para que con la puntualidad debida concurran al acto, á las nueve de la manana en punto, en
el lugar de costumbre.
·
.
México, Mayo l ? de 1866.-El General Gefe de la corporacion, E. de Grimarest.
3s-l

.

.

Becaudacion principal de Contribuciones directas
DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE l\lEXICO.

En todo el prese~te mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio.
de las contribuciones siguientes:
•
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de idem sobre establecimientos industriales.
Contribucion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de algodon, lana, lino y las de papel.
Lo que se recuerda á !os. ~usantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el !eferido plazo, se procederá eJecut1vamente contra los _causantes morosos, para hace, efoctivo.el
pago de sus adeudos, inclusos los recargos en que mcurran, conforme á las leyes de la materia.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
México·, Mayo l ? de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco Diaz
Mo11taño.
•
·
·
8s-1

p

.Tu~gado de letras de Morelos.
Auto citando á D. Nicolás Perez.-En el espediente que Sl'l sigue· en este Juzgado contra el
Juez de paz de Cuahuistla, por responsabilidad, he proveido un auto que á la letra dice:
'"Morelos, Abril 10 de 1866.- Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de D.
:Nicolás Perez-, cítesele por meaio del Diario oficial del Imperio, para que dentro del término
de quincd dias perentorios, contados desde la primera publicacion, se presente en este Juzgado; al!ercibido de que si no lo verifica, se determinará en esta causa sin su audiencia lo que
eorresponda. El Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro, Juez de E instancia del Distrito, que actúo por receptoria á falta de Secretario, lo mandé y firmé . .Doy fe.-Diaz Barreiro.-,-Asisteneia, A. Moreno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de lo mandado y para que surta los efectos legales, pongo el presente
en·Cuautla de Morelos, á diez y ocho de Abril tle mil ochocientos sesenta y seis.-El Juez de
H instancia del Distrito, Diaz Barreiro.
~
6a-2

:NO'l'ICIAS EX'l'B.A:N.TEB.AS.
La cuestion grave que ocupa.hoy la atencion de E~opa, es la de .Austria y
d.dniinistracion de re11,tas de Clialco.
Prusia. Unos Diarios aseguran que absolutamente no hay temor de guerra, y otros
que la habrá. La Gaceta del Norte de .Alerµania dice que es un absurdo creer aun
AVISO. .
,
Se participa al público, para que las personas que quieran hacer postura concurran á esta
en la posibilidad de la guerra, porque hoy no ae emprende-una guerra por desacuerdo entre los Gabinetes, sino únicamente cuando grandes intereses naciona• Administracion el dia 15 del entrante Setiembre, á las nueve de la.mañana, en que se verifiel remate del rancho conocido con el nombre dél "Jardin," ubicado en la municipalidad
les están de por medio. El Observadcr de Altona dice que ·Austria y Prusia se cará
de Ozumba, de esta jurisdiccion, con arreglo á lo acordado por el Sr. Administrador de bienes
han puesto de acuerdo en la ?u~stion de los Ducados de Elba, y que no es dID:- nacionalizados en 6 del presente Abril, y valuado en ($6,635 42 cs.) seis mil seiscientos
cil que se entregue el Holstem a la segup.da. La, Oorresp(&gt;nda'flce général,e_ ~titri- treinta y cinco pesos cuarenta y dos eentavos; siendo de advertir á las personas que se interechienne de 28 de Marzo, '!luda que haya guerra, a pesa1· de los aprestos militares sen á dicho .rancho, que al Erario solo reconoce esta finca 3,800 pesos,, y que habrá ademas
que garantizar á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante á quien justifique con actividad y reserva, hasta donde es posible, está. haciendo la Prusia. que
ser el dueño.
,
El Austria, dice aquel Diario, está muy preparada para la defensa, y no será
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriaiio Carrillo. lOa- 2
sorprendida. Se estaba esperando en Viena de un dia á otro el ultimatum que
los papeles de Berlín decían estaba redactando Mr. de Bismadr. .A pesar de to-·
IMl'OB.'l'AlV'l'E.
do, se cree generalmente que á lo mas habrá suspensiot de relaciones diplomátiCorte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
cas entre los dos Gabinetes, y que la cuestion se ai\·eglará en protocolos, pues
Smith para una diligencia judicial, con motivo del asalto y robo que sufrió cerca de la
la Francia y la Inglaterra interpondrán sus buenos oficios..El Emperador de, Tomás
garita de Vallejo la noche del 18 de Enero último, y teniendo noticia de que este individuo
.Austria ha mandado distdbuir medio millon de florines en Galicia•para remediar es transeunte, por el presente se escita á las autoridades de los lugares por donde pueda enlas necesidades del pueblo. ·
contrarse, se si~an notificar de arraigo á Smith, dando aviso á esta Co1ie Marcial, situada en
Un Diario aleman asegura que- la Rusia ha puesto una fuerza respetable en la • el Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea exa•
·
orilla del Pruth á las órdenes de Kotzebue, para estar pendiente de los sucesos minado.
México, Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
de los Principados del Danubio.
10-a-4

�'
440

..

I'
I

EL DIARIO DEL IMPERIO.

Administracion principal de la renta del Papel sellado

Venta judicial.

EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO.

El Sr. Juez l? de Inmuccion de lo civil, Lic. D. José l;faría Garay, por auto de esta fecha,
h a mandado que se proceda á la ve.nta do la casa número uno y me~io del callejon d~ Tepeehichilco de esta ciudad, retasada por el perito D . J osé Higinio Gutierrez ~n la cantidad de
euatro mil setecientos treinta y cuatro pesos; señalando al efecto para la última almoneda, con
ealidad de remate, el lúnes s!ete de Mayo próximo, á la' una de la tar~e._ Lo que h~go_ saber
a1 público para que las personas que deseen hacer postura, con conocimiento de los md1cados
a~tos, pas~n á la Secretaría del p~opio Juzgado, en '1onde les serán ministradas las constane 1as roíerentes.
•
México, Abril 26 de 1866.- Nanuel V~ra1 Escribano público. '
·
918-3a-2

Máxico Abril J8 de 1866.-=El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en suprema órden fecha 15 del corriente, que las Administraciones de esta renta procedan á hacer
efectivo el cobro de las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrero de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos ~ue previene el artículo IS de la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837, sobre facultad coactiva.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su debido cumplimiento; pero considerando que entre las muchas personas á quienes
comprende, puede haber algunas que por causas involuntarias no hayan ocurrido á. terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este aviso para que las que quieran evitarse nuevas contestaciones y aun mayo'res gastos, ocurran á verificarlo dentro del plazo de ocho días, contados
desde la fecha de su publicacion.
·
· Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor parte de los corredores de esta plaza, á quienes por no haberlos encontrado en sus casas los comisionados de esta
oficina, les han dejado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los libros de
eu giro, y otros aunque los han presentado, al ver que n.o estaban arreglados, lo.a han reco~ido ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual no han cumplido. Todos con.atan -en los registros de esta misma oficina, y pasado el plazo de los espresados ocho dias, se dará conocimiento
de los q\1e queden pendientes al Tribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negocios de Hacienda, respecto de los que se hallen en el primer caso, y en cuanto á los del se;segundo, espedirán loi correspondientes mandamientos de embargo.-El Admiuistrador principal, José María de [caza é llurbe.
. ·
6a- 3

.AVISOS JUDICIALES.
coxvoqA'l'Ol\IA
POR EL TRIBUN_¡\L MEROANTIL DE QUERETARO,
Y DECLARAClON DE QUIEJlRA DE LOS SRES. GARCIA Y GALEANA.

El Tribunal, en auto de esta fecha, ha mandado se convoquen por l)ledio de los periódicos
oficiales del Gobierno' del Imperio y el de este D epartamento, á los acreedores ausentes y d~sconocidos que se crean con derechos que deducir contra el concurso á bie1;1es de la Co_mp~ñía
"Garcia y Galeana," señalándoles quince días, á contar desde e} de la pnmera publicac1on,
para que por si ó por apoderados pres!}nten los justificantes ret1pectivos de su~ créditos' á los
sfndi·cos admimstradores D. Antonio R. Fuentes y D. Andrés Romillo; entendidos que de no
verificarlo dentro del término, les parará el p•1juicio á que hubiere lugar. Asimismo, ha fijado
la época de la quiebra·a1 veintioch¡¡ de Setiembre del año anferior, en que la Compañía deudora comenzó á suspender sus pagos.
·
Y conforme á lo mandado, se hace saber por el presente á quien corre"sponda.
Querétaro, Abril 25 de l tl66.-El Secretario del Tribunal, Lic. Sebastian Larrondo.
926-3s-l

Citacion judicial.
Ignorándose la habitacion de D . füpólito Zamora, por el presente y en virtud de lo mandado por el "Sr. Juez~? de. Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon P'eniclte, se le cita y emplaza
para que dentro de ocho di~s se presente ante dicho Sr. Juez, á contestar la demanda que en
Juicio verbal, sobre pesos, le promueve el representante de D. Francisco Campí; apercibido
que de no comparecer, será sentenciado en rebeldía.
.
México, Abnl :!8 de 1866.-Joaquili Guzma11, Escribano público de la Nacion. 927-3s-1

Emplazamiento judicial.
Juzgado 1? de Instrnccion de lo civil.-En el juicio verbal que sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha manda.do el Sr. Juez se
cite por los periódicos al referido D. Juan Fuentes, para que en el término de cuarenta días,
contados desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y
espen.sado, á conlestar dicho juicio; apercibido que de no hacerlo seguirá en su au.sencia y rebeldía, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá SUB efectos !~gales.
México, Abril 30 de 1866.-El Escribano de diligencias, José María Co11arrob11is.
9-28-Ss- 1

Citacion judicial.
A pedimento de D. Sebastian Cabrales, como apoderado.. de D. Pedro Perez, el Sr. Juez 2?
de Instmccion de lo civil, Líe: D. Miguel Rendon Peniche, por providencia provislonal y
precautoria, mandó asegurar los enseres de la tabla carnicería situada en los baJOS de la casa
marcada con el ·núm. 6 de la calle de la Acequia, perteneéiente á D. Lucio Quijano, quien no
hallándose en esta capital, se ha determinado por el mismo Sr. Juez se le emplace por los pe.
riódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso, se
presente en su Juzgado, sito en el P alacio de Justicia, calle de la Moneda, á contestar la de.
·manda que enjuicio verbal, sobre pesos, le promueve el Sr. Cabrales; bajo el apercibimiento
de que si no concune, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Abril 27 de 1866.-Casimiro Fernandez, E scribano público.
921-3s~3

Citacioti jiulicial.
A pedimento de D. Manuel Alcoecr, como cesionario de D. José Lasso, quien tiene que
promover una demanda en j uicio verbal, sobre pesos, contra D. Ignacio Alcántara, el J uez 2n
de Instmccion de Jo civil, Lic. D:Miguel Repdon Peniche, ha mandado se cite al referido
Alcántara por los periódicos, para que en el ténnino de ocho días, contados desde la publica.
ciou de este aviso, comparezca en el propio J uzgaJo, sito en el Palacio de Justicia, á con tes.
tar el juicio respectivo; apercibido que de no ~oncurrir, seguirá el negocio en su ausencia y
rebeldía.
,
México, Abril 27 de 1866.-Joaqilin G1m11a11, E scribano público.
922-3s-3

1'Totificacion.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio P erez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano P erez de Tac,le, en los autos ejecutívos que este señor seguia contra 1'. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el 1_&gt;romoven.
te se tengan como radicados los mencionados ante ·e1 Juzgado á. quien ocurre, haciéndose 1a
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, .el Sr. Juez proveyó e1
auto que á: la let_ra di~e:
. .
.
. .
.
"México, Abnl 25 de 1866.-tomo lo pide. Haciendo la pub11cac1on por ocho dias en e1'
Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Cristó
bal P oulet y Mi11r, lo proveyó y firI11;ó. Doy fe.-Poulet.- Miguel ,F. qtlerra, Escdbano Se.
cretario."
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. F e~e Gonzalez de Aragon, publico
el presente, quo surtirá sus efectos legales.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
923-Bs-2

Oitacion judicial.·
Por disposiciou de Sr. Juez 29 do I nstruccion, Lic. D. Miguel Rendon Penich~, se cita á
Francisco Berthe para que compa!·ezc~ en el Ju~gado qu~ ~e.baila en el Pala~10 de_Justicia, calle de la MonPda, dentro de oeno d1as, á coutmuar el JU1c10 que le promoVJó D. P edro
Strittn1attcr, sobre pesos; apercibido de que si no lo hace, se seguirá en su rebeldía, entenuién.
dose las diligt'ncias con los estrauos Je] mismo J uzgado.
México, Abril 28 de 18(,6.-Joaquin Guzman, Escribano público.
924- 3s- 2

I!·

..

Aviso judicial.

En el juicio seguido por D. Manuel y D '!- ~i~ia ?e los Angeles Osio contra el intestado de
D . Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez l ? de lo cm!, Lic. D. José Maria Garay, ha mandado se
proceda al remate de la casa núm. 2 ?e la calle ?e Corchero, em_bargada ~l espr~sado_i~testado y valuada por el perito D. Apolomo Tellez G1ron .en la c~nt1dad de siete Illll qmmentos
pesos (7,500 pesos); señalándose para las almonedas, los d1as 23 del pre~entt1 y 3 y 15 del
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que áe mteresen puedan
mstruirse pasa~do .á informarse á es~a Secre_taría.
.
,
.
México, Abnl 10 de 1866.- Joaqmn Abadiano, Escnbano público.
894-9a-6
_ _ ___;1.._._ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

-=----.

BEMd.TE,
Tribunal de E instancia.-!~ Sala.-AJas doce de la mañana del dia cinco del entrante
Mayo se ha de proceder por la 1~ Sala de este Tribunal al remate de la casa núm. 6 de lii primera. 'calle Ancha, avaluada por los peritos D. Antonio Torres Torij a y D. Juan Cardona en
· 1a cantidad de catorce mil veintiocho pesos sesenta y cinco cantavos ($ 14,028 ó5 cs.)
Lo que aviso al público, para que las personas que qui~ran hacer postura lo yerifiqu~n el
día y hora citados; en concepto de que la Secretaria de dicha 11!- Sala dará las mstrncc1ones
que ministran los autos.
.
, .
México, Abril 26 de 1866.-Estéban Tomús Casas, Escnbano publico.
919- 3a- 2

A.viso judicial.

.

En los autos que sigue D. Mariano Bauche contra la tes~amentari~ ~e D: Fema~do Pouret,
y DI!- Mariana Diaz, sobre p~sos, el Sr. Juez 2? de Instrucc1on de \o civil, Lic. D. Miguel ~en-·
don P eniche, á pedimento de D. Casimiro Rios, ha mandado·se Me la almoneda, con cahdad
de remate, del corral ó terreno situado en el callejon de L una, con entrada por el ~eson de
San Francisco, de la calle real de Santa Ana de esta ciudad, valuado por los arqmtectos D.
Vicente H eredia y D. Manuel Rincon en la cantidad de 2,819 p~sos 29 centavos, la que se verificará la mañana del día ·1? de Mayo del presente año, á las diez; en el Juzgado del espresado Sr. J uez, situado en el Palacio ae Justicia, calle de la Moneda..
México, Abril 21 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
920-3s-2

.

Venta judicial.

En los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo Wagncr contra D. Joa9-uin Abadi_ano, sobre
pesos el Sr. J uez 29 civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Pemche, ha senalado para la ~enta de los ranchos La Tenería y L os Reyes, ubicados en jurisdicciorl de T lalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los dias 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo pr6~m? entrantes, _á las
doce, siendo la última con ca1idad de remate. Lo que hago saber al publico por medio del
presente anuncie.
.
.
.
.
México, Marzo 22 de 1866.- Manuel Romero, Escnbano público de laNac1on. 889- 9a-9

AVISOS. ·PARTICULARES.

COMPAÑIA ANGLO-MEXICANA
DE Ld.S .M.INJS DE OBO

Situadas cerca de los l'lac;eres del De,i,artamento de 1\1.Eichoacan.
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotacion de las minas de S.A.N ISIDRO,
LA CUEVA SANTA, S.A.N MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE IlE CRISTO, con
fecha 28 de Febrero último quedó instalada la Junta Menor Directiva, compuestl\ de las personas siguientes:
Presidente .• .• . . . ...•......... El Sr. D.
Primer vocal. ..•...•.......·... ;, ,, ,,
29
., •. .... .. ..•....... ,, ,, ,,

Petlro Hope,
F1•a11,cisco de P . Bi1,bio.
José Jiian Cervantes, CONDE
DE SANTIAGO.

José Hope,
,,
,, ................ "· ,, ,, José d . y Escatid on.
Director de la Compañía.. . • . . . . ,, ,, ,, Luis de Stei11,,
Vocal suplente .. ... . .•..• . .... ,, ,,

,,

Depósito de fondos y'.Banco 5El :Banco de Lóndres,
de la Compama....... . . t •Y Sud-América.

México

Concluida la impresion de los Bonos de dicha negociacion y entregados estos al BANCO
DE LONDRES, MEXICO Y SUD-AMERICA, la Junta Menor Directiva acordó: que se
avise á los interesados para que ocurran al indicad9 B.A.NCQ por sus acciones, y se ponga en
conocimiento del público que queda abierta la suscricion en el referido BANCO, CA.LLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y en la casa del SR. HOPE, TIBURCIO NUMEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
México, Abril 1? de 1866.
El Secretario de la Junta,
886-l5a- 8
J. B. d.scortJe.

Mina de Nuestra Se1"iora de( Befu¡;io, ( a) los 7'ronipillos,
en. Pacliuca.
El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y ante sí, ser dueiio de
veinte. banas aviadoras en la mina del Refu~io (a.) los Trompillos, haciendo mérito de una
sentencia judicial que no ha causado ejecatoria. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en ningun tiempo pueda ber sorprendido por el Sr. Fne:t\"s y a~use de la buena fo de algunas p~rsonas poco precavidas, que confiadas en las seguridades que se ayéve á estampar en su av1So, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo 6. las barras espresadas.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favorable á los derechos de l&lt;'uertes, protestamos tí nombre de todo~ los interesados en
la espresada mina, ·que no reconocemos los derechos que so alegan; que todos los contratos
que se celebren bajo este conc~pto, los conside!'aremos .aI1ora y en todo tiempo n_ulos y de
ningun valor, hasta que los tnbunal~s resuelvan dcfimtivamente de parte de qmén está la
j usticia.
.
.
.
. 1
•
MéXico á 2/í de Abril de 186(i.-Junta menor directiva, L . Bemto M,m~l.- R. Cancino.Bartolo,né de B61Jes.
917- 6a- 3

DIVERSIONES PUBLICAS.

Ju~;;ado terce1·0 de Instnicciou del ra'IJlo civil.
Pft1ncio de J usticia.-El Sr. J~ez 39 civil de Iostruccion, L ic. D . C1istóbal Poulet y Mier,
por auto proveido on vriutitres del corriente, tirno mandados~ cite por los periódicos 6. D. l3enito Rujula, para c¡ne dentro rlel térrniuo &lt;le quince dias, á contar desde el de la primera pu.
blicacion, se prcse~te en.su Juzgado á contestarla a~manda que en juicio verbal por pesos le
promueve D. José Antonio Douilla; apercibido de darse por contestada la demanda. si uo com.
parec!l, siguiendo el juicio en rebeldía con los estrados, qull se dan por bastantes. Doy fe.'.....
México, Abril 25 de 1866.-Lic. José Ma¡iauo Moya de Contreras, Escribano pnblico.
925-3s-2

.

'l'EATRO DE ITURBIDE .
COMPAÑIA DRAMATICA.

En la noche, á. la hora de costumbre, se pone en esceu'a la comedia en tres actos, denóminada: La piel de leon, y en seguida la pieza que se intitula: E11 la cara está la edad..

'

lUEXltJO.-IMPRENTA IMPERIA-1.

...

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>'

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I-IP.·1:BlO
Los números sueltos valen 12 c~ntavos.

MINISTERIO DE JUSTICIA.

S1J'MAllIO.
. PARTE OFICIAL.-Decreto· autorizande al llinistro de Fomento para ejecutar el desagüe
dire~to del ~all~.-Caballer~ de Guadalupe.-Sueldo de losjueces.-Guarda en la Administrac1on de S1Jao.-Méd1co adJunto del cuerpo médico militar.
PARTE NO OFICIAL.-Recepcion del Ministro de Prusia.-Suscricion para los inundados.-Naufragio del Anfion.-Registro civil.
Solicitudes y denuncios·.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

•

Consi~erandu_ qup, es de_una necesidad ~rgente evitados male¡¡ que ocasionan las mundac1ones parciales que peri6dicamente sufren la mayor parte de los
terrenos del Va lle de México durante las estaciones de lluvias, y la general á
,que está expuesta la capital del Imperio, que en caso de verificarse causaría
pérdida~ materiales y trastornos de consideracion;
'·
: Considerando que el modo único de estar á cubierto de semejantes males, es
la ejecu~ion ~el d~sa~ü~ directo, á cuya obra deben contribuir de preferencia
los propietarios é mdmduos que con ella sean inmediatamente beneficiados;
Oido nuestro Consejo de Ministros,
DECRETAMOS:

•

1

NUM. 399

JJIEXICO.-Lunes 30 de Abrif dé IS66.

TOMO III.

SECCION

1~

México, Abril 29 de 1866.

En vista de la consulta que contiene el oficio de V. S., fecl:fa 26 del presente, sobre el aumento de sueldo .que deba hacerse- á los jueces que sustituyan á
otros jueces de igual categoría, en virtud de lo dispuesto en el art, 152 de 1a ley
de 18 de Diciembre último, S.M. el Emperador se ha $ervido acordar diga áV, S.
en contestacion, que siendo el servicio que los jueces prestan en los casos expresados una carga anexa al empleo que desempeñan, es claro que por este motivo no deben gozar un aumento de sueldo ni otra remuneracion que la desig:
nada á la judicatura q~e obtienen.
Dígalo á V. S. para que esta resolucion le sirva de regla general y·se eviten
consultas innecesarias.
'
El Ministro de Justicia,
ESCUDERO.

----·----

..,

~r. Prefecto político de Toluca.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION

1~

México, Abril 26 de 1866.

De conformidad con lo que vd. ~~sulta en su oficio núm. 167 de 15 del ac.tual, le manifiesto que puede disponer que en la administracion de rentas de
Silao se aumente una plaza de guarda, con la misma dotacion que tienen asignada los que hoy existen.
Lo que comunico á vd. para los fines coooguientes.-El Subsecretario de
Hacienda, E. TTiltawa.-Sr. Administrador pi:incipal de r_entas de Guanajuato.
Es copia. México, Abril 26 de 1866.

A!t· l ~ Se autori~a á ~ uestro Ministró de Fomento para que proceda inmediatamente á la eJecuc1on de ias obras necesarias para llevar á cabo el .desagüe d_irectó del Valle_ de México, siguiendo el pr~yectQ formado en 1848 por
el Temente M. L. Smith y presentado al Ayuntamiento de México, con las modificaciones que se juzguen necesarias por d ingeniero que se nombre director
de las obras, previa la aprobacion que de dichas modificaciones haga Nuestro
El Subsecretario de Hacienda,
referido Ministro.
··
E. Villalva.
Art. 2~ Para subvenir á los gastos de la obra, en los cuales serán comprendidos los sueldos de ingenieros y demas indispensables, se duplica por el tiemMINISTERIO DE GUERRA.
po necesario, ·desde 1° de Mayo entrante, la contribucion municipal que se re6~ DIRECCION.
cauda en la Aduana de esta capital, y se aumentan en un veinticiuco por cienMéxico,·Abtil 28 de letii.
to las contribuciones directas que se causan actualmente en el Valle de México
Por acuerdo de S. M. el Emperador, fecha 26 del corriente, ha sido confey se recaudan en la Direccion general de contribuciones direct,as.
,
Art. 3~ El monto de estas contribuciones se tendrá en dep6sito en la teso- rido el empleo de médico adjunto de 1~ clase del cuerpo médico-militar al pro'
rería de la Municipalida:d de México, á disposicion exclusiva del Ministro de fesor de medicina y cirujia D. Ramon Urzúa.
El General Subsecrttario de Guerra,
Fomento, sin que de sus productos pueda distraerse cantidad alguna con otro
objeto que no sea el' del desagüe, bajo la roa~ estrecha responsabilidad del teJosé María V. de 7,a Caden~.
sorero, y sin que por este cobro, depósito y cuenta carrespopdiente, cobre dicho tesorero, ni otro empleado sueldo ni emolumento alguno.
·
PARTE :NO OFICIAL.
Art. 4~ Nuestro Ministro Je Fomento será responsable de la buena y_legal
inversion de las can~idade~ que por su órden se saquen de la oficina menciona_E~ Emper~dor recibi6 el s_ábad~ en aud!encia solemne al Sr. Baron de Magnus,
da, haciendo que se justifiquen debidamente, así como de la buena construccion Mm1Stro residente de Prusia en esta Corte, quien tuvo la honra de poner en
de las obras que se pract.iquen.
'
manos ~e S. M.. las insignias del Collar del Aguilá Negra, con que S. M. el Rey
Art. 5° Nuestro 11-finistro de Fomento ~ueda plenamente autorizado para
de
Prusia ha condecorado al Emperador de México.
nombrar y remover el ¡rnrsoual necesario para la ejecucion de las obras del desPor el luto no tuvo lugar la gran comida anunciada ese dia en bonor de esagüe, y para tomar todas las disposiciones necesarias á fin de deslindar, medir
y amojonar los ~errenos uacionales actualmente ocupados por las aguas, pa'ra te obsequio.
que en lo sncesivo se l.es pueda dar el destino que convenga, y de hacer pracAyer á las siete de la mañana salió S. M. la Emperatriz de la capital para
ticar las mismas operaciones en los de propiedad particular, para que en vista
Cuerna
vaca.
.
.
del mayor valor que tomen por causa de;l desagüe, pueda valuarse este aumen~o, que los dueños de ellos deberán satisfacer al erarin.
OONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
Dado en el Palacio de nlhico n 27 de Abril de 1866.
Suscricion en favor de los inundados.
MAXIMILIA.l'iO.
'
' (Continúa.)
Al Ministre, de l!1 omento.
$ 31,227 31
Suma anterior . . ............. .
Por el Emperador,
.ADMINISTRACION DE".RENT.A.S DE IXMIQUilPAN.
• El Ministro de Foll'.lento,
3 00
Administrador D. Javier Unanue ................ .
FRANCISCO SOMERA.
1 00
Escribiente 1~ D. Jesus Terán .................. .
O 50
,,
2~ ,, Nieves Olguin .... . ........... .
O 25
Guarda
1
~
D.
Tiburcio
Ortiz
.
.
.................
.
11
O 25
,_, 2° ,, José María Romero ........ •. ......
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
O 25
,, 3° ,, Adolfo Arroyo .. , ......... : .....•.
México 29 de Abril de 1866.
O 25
,, 4~ ,, Antonio Cortés ................... .
O
50
Receptor
de
.Alfajayúcan
D.
Juan
Hernandez
.....
.
S. M. ,el Emperador, por acuerdo de 26 del actual, Ha tenido á bien no~O
25
Guarda
de
idem
D.
Adelaido
Arteaga
............
.
br~r Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe é D.• Manuel Fernan'dez,
Receptor de Tasquillo D. Pedro Fuentes ......... .
o 372
Miembro del Consejo departamental de beneficencia de Túxpan.
Idem de Chilcuautla D. Rafael Olguin ........... .
O 25
El Secretario encargado de la Gran Cancillerla,
Idem de San Salvador D. Juan J. Hernandez ..... .
O 37½
7 25
José H. Gonsalez.
A la vuelta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 31,234 56

t

�•

434

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

435

t '

De la vuelta.. .' .....

$ 31,234 56

SUDPREFECTURA DE IXTLAHUAC.A..

,f 00

Sr. Subprefecto D. José María Becerril. .......... :
Juez de letras, Lic. D. Dionisio Fernandez.... ..•. .
.Administrador de Rentas D. Juan Sicilia .. ..... ..•
D. Cárlos M, .Amero .............•.........•...•
Guarda. D. Eusebio María García. •••....••......•.
,,
,, Trinidad Galvan ..•.............•.•..
Receptor de Rehtas de San Felipe ... : .•...••..••.
,,
,,
de .Atlacomulco .•...•.......•.
,, ·
' ,,
de Temascalcingo .....•......
,,
,,
de J ocotitlan ... ...... .... . .. .
,,
,,
de Jiquipilco . . ... ........... .
,,
,,
de Temoaya ........ .. ...... .
Prefecto--municipal D. ;Blas Berna........•........
.Administrador de .Correos D. Luz García .•...•....
J;&gt;. Guillermo García ....................•......
,, Juan B. Bernal............. .' ... . .• ..•....•.
,, Marcial Flores ....................•.. .. .. . .
,, Teodoro Rodríguez .....,....•........•......
,, .Agustín Puente •...•.....••...............•
,, José María Velazquez .. •.• ...•..••..••... ..•
,, Francisco Miranda ........................ ..
,, J esus Miranda .....••.....•••••••..•......•
,, .Andrés .Arratia ....•.•..••.•.•••..••....•..
,, Modesto Velazquez •.•••.••••••.••..•••.•••.
,, Narciso Rojas.......••••••••••••••••••.. ~ ••
,, Vi~ente Basurto .. •....••.••••.•••••••.•• •1 ..
,, .Antonio Trujillo.•..•••••.•••••••••••••.••••

2 00
2 00
O 50
O 25
O 50
O 50
O 50
O 50
O 50
O 50
0 50
1 00
O 50
O 25
O 50
O 50
O 25

'

O 2[&gt;

O 25
O 50
O 25
O 50
O 25
O 50
O 25
O 25

15 25

LOS VECINOS DE ZIM.A.P.A.N.

Comandante militar D. Macedonio Victoria......•..
.Administrador de Rentas D. Higinio Sanchez .....•
Escribiente de la .Aduana D. Melesio del Bello . .. .. .
Guarda de id. D. Simon Soberanis ............... .
Idem de idem D. José María .Alarcon ... ......... .

1 00
3 00
· 1 00

1 00
1 00

7 00

.Administrador de Rentas de Huichapan D. José María Inclan .....•.................•..........
Producto de la suscricion abierta en el Departamento
de Durango.. ... . . . . . •...•...... . ...........
Idem de ídem en la Península de Yucatan ........ .
Producto ·de una soirée dada en Nueva-York, en casa
del Sr. Borg, encargado del Consulado general del
Imperio, para auxilio de los inundados de México..

3 00

255 50
1,116 26
600 00

Suma.................. .
\

...

. $ 33,231 57

( Continuará.J

NauCi•agio del "Anfion."
•

Leemos en el Franco-Mexicano, periódico de Veracruz, lo siguiente:
"El vapor de guerrafran~es ''Ánfion," encalló antes de ayer (20 de.Abril], á la
una de la mañ¡i,na, en los arrecifes de la Anegada de afuera, á cinco leguas de
este puerto. Por un· avis_o que trajo de Sacrificios un bote del mismo buque, el
Comandante de la marina, Mr. Peyron, supo inmediatamente la desgracia y se
apresuró á dar auxilio con la fragata de vapor "Magallanes" y el aviso "Ado·nis." Segun nuestros informes, que son buenos, no será posible poner á flote el
"A.nfion," y se trata, en consecuencia, de salvar de él lo que se ¡rueda."

Registro civil.

las espirituales: al que gozase de un doble poder semejante, le seria en extremo
fácil abusar de él, una vez que contaba con medios físicos y morales para reducir á sus subordinados; en una palabra, poner el sacerdocio y el imperio en las
mismas manos, seria reunir dos cosas incompatibles -por su fin y medios de que
disponen. •
·
. ,
. ,
"De aquí ha venido la Gonveniencia reconocida por la cjvilizacion moderna,
de la separacion de ambas potestades, la política y .la eclesiásjÍca, cuya separacion ha sido reconocida por los pastores de la Iglesia. "~ tí encomendó Dios el
Imperio y á nosotros las cosas de la Iglesia," decía el Obispo O~o al Emperador Constanoio (Epístola de -San Atanasio á los solitarios). El Papa Nicolás I
argüía al Emperador Miguel diciéndole cw-e Jesucristo había separado las fun.
cionee de Pontífice y Rey con actos propíos y funciones distintas (Epístola 8
y Distinc. 96, capítulo 6), lo cual no podia ser de otra manera, pues la mision
de la pótestad religiosa es puramente espiritual, mientras que la de·la civil se
consagra á los negocios temporales. A la sombra de ésta y bajo su vigilancia
emplean los ciudadanos el trabajo de sus manos, alcanzan el fruto de su industria y entran en relaciones con otros pueblos, -sin que para esto necesit13n del
concurso del poder eclesiástico, el cual es del todo ajeno á tales fines.
·
"No d~bemos olvidar en esta materia la famosa respuesta. de: ".Al César lo que
es del César," dada por Jesucristo,. quien tambien pagó tributo cuando se le
exigió.
"De acuerdo con estas reflexiones, no }lodremos menos de convenir en que todo el que pertenece á una nacion debe sujetarse á sus leyes, participar de sús
ventajas y gravámenes, arreglándose en los actos particulares y públicos á la$
reglas prescritas por los gobernantes, pues estos no se proponen mas fin que el
bien de la sociedad.
''Resumiendo lo anterior, resulta: l? Que la potestad eclesiástica y civil son
distintas y no ·pueden existir ~n una misma persona. 2? Que ambas potestades
se proponen fines distintos. 3? Que el de la primera es puramente espiritual, y
el de la segunda es la proteccion de los derechos individuales, la conservacion
del órden público y el a1Teglo de los actos civiles.
"Como aplicacion de estas consecuencias, trataremoi¡¡ ya el punto de la conformidad de las leyes·de registro civil con los Cánones de la Iglesia: mas como quie~
ra que la oposicion mas fuerte se ha dirigido siempre á la parte relativa. á los matrimonios civilt&gt;s, nos ocuparemos principal.mP,nte de estos, haciéndolo de los
otros puntos solo por incidencia.
, '
"Es el matrimonio el vínculo de las 'familias que multiplicadas han de da,· nacimiento á nuevas sociedades. Cualquiera que fuese el territorio que hubiesen de
ocupar los habitantes de un pueblo, y poi• mas ó menos variadas que estuviesen
las atribuciones de los encargados del régimen político, habia de ser indispensable el elemento primordial, el matrimonio, para procurar nuevas relaciones entre
los ciudadanos. Las condiciones que se prescribiesen á su celebiacion, variarían
segun las circunstancias, como los demas contratos. Este carácter le víene desde
los tiempos mas remotos, ,Y siempre ha sido considerado en su ·esencia como un
acto de mera convencion; de manera que en su orígen y largo tiempo despues,
solo fué considerado bajo su aspecto •civil, sin que posteriormente lo haya' p~rdido por la intervencion religiosa.
.
"Así, pues, en el matrimonio, en este delicado contrato iJ,,1 cual pende la felicidad de las familias y por. consiguiente de toda la -soci,·u,.1!, de cuyo punto e¡¡
solo responsable la potestad civil, ésta tiene necesidad de establecer leyes que
impidan su mala celebracion, castiguen á los iufractores y anulen tales actos cuando _se hu~iesen ejecutado con infraccion de las mismas. iQué .razou habría para
someter á ~a vigil~ncia y direccion d~ los g??ierriós to.dos los actos en que se versan cada dia los cmda.dauos, y excluu· precisamente los mas importantes, como
el nacimi~nto, ~l P}ct~ funda!11~ntal de las familias qiie, tanto afecta por sus resultados a las mst1tuc1ones civiles, y la muerte, entregandolos á la inspeccion de
una potestad distinta, diversa del todo, por el fin .que se propone1 ·Antes de la
promulgacion del Evangelio, los gobiernos tenían intcrvcncio11 directa en estos
acontecimientos de la vida humana, por su carácter civil y en virtud de las otras
razones antes expuestas; ipqr qué motivo, pues, se les trata de'negar hoy la misma facultad, existiendo las mismas circunstancias y las mismas r~acioncs de la
sociedad1 Se ha pretendido dar á la cuestion el giro de que la potestad civil no
puede mezclarse en la administracion de sacramentos; pero en esto hay una equivocacion, porque á. la vez que el nacimiento, matrimonio y muerte de los ciudadanos tienen que ver con la religion de cada uno, no por eso dejan de afectar su
carácter de asociados y hallarse sujetos á las disposiciones del poder secular:
cuando mas, podría inferirse que la autoridad espiritual ha de intervenir por lo
que á ella concierne, en lo cual estamos conformes; pero nunca en conceder que
sea la autoridad eúcargada de vigilar estos actos. .
"Tales son los principios aceptados por el Gobierno Imperiál y desarrollados
en la ley que con fecha l? de Noviembre del año próximo pasado ha sido promulgada. Ellos, como se ve, no pugnan en nada con la potestad eclesiástica,
sino que antes ,bien le d~jan un completo y libre ejercicio de sus facultades.
Próximamente haremos una explicacion de ella, demostrando con el texto en la
mano la verdad de lo -que antes se ha dicho.-.Lic. Miguel F. -Bklnco."
'

El "M~xicano" ha publicado el artículo siguiente:
"Desde que la .América española se fué sucesivamente independiendo de ·la
madre patria, apareció en una posiciol). del todo nueva, con fuertes y delicá'dos
compromisos que ofüsca~an el porvenir. Criaturas, las nuevas naciones del siglo
XIX, tenían que obedecer su impulso hácia la civilizacion y adelanto; hacer á
un lado las opiniones. verdaderamente retrógradas que no guardasen armonía con
el estado actual del progreso europeo; someter otras á exámen y darles nueva
forma cuando la requerían, procurando en todos caso,s abrir amplia puerta á las
mejoras; todo ello regido por la pradencia que debe reinar en las empresas difíciles, y contra las cuales el espíritu de retroceso trata de aglomerar obstáculos.
No es dable á nuestros jóvenes países permanecer en la inaccion y ser simples
espectadores de lo que pasa en nuestro gigantesco vecino del Norte: un feliz des·enlace de sus contiendas sobre independencia, los ha puesto en actividad; y si
SÓLJ()ITJJDES DE PRIVILEGIO
otra cosa intentasen, se olvidarían de sí mismos, siendo responsables á la posteridad de tan culpable apatía.
·
.AlffE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
"A muchos objetos son aplicables las reflexiones anteriores; pero ahora las apli(2~ publicacion.)
camos al registro civil, que es entre nosotros una de las instituciones nuevas mas
dificiles, por razon de ser católico en su mayor parte el pu~blo mexicano, cuya Solicitud de D. Félix Oluissin, pídiendo privilegio exclusivo conw introductor de
circunstancia hizo al principio aparecer serios y formales inconvenientes para el
la máquina para fabricar pan por el siitema del Dr. Dang'lish.
establecimiento de tan importante mejora.
"Segunda clase.-:-Cuatlo reales.-Para el bienio ~e·mil ochocientos sesenta y
"Diremos algunas palabrns sobre las facultades de los Gobiernos para establecer los registros civiles, y la ninguna repugnancia de tal institucion con los Cá~ cuatro y seae~tay cmco.-y-alga para los años de 1866 y 1867.-El Gefe Direcnones de la Iglesia católica, pasando despues á explicar la ley que entre nosotros toi: de la Secc1on 3l!-, Agustm Tor~l.-Exmo. Sr.-Félix Chassin, súbdito francá's, de este comercio, con habitacion en la casa núm. 2 de la calle de Olmedo,
se ha promulgado.
.
ante V. E. respetuosamente digo; Que deseando introducir reformas en el ramo
. "~n los primitiv?s tiempos del género humano, el sacerdocio y el imperio se
eJercian por una misma persona: desde esa época y con mas frecuencia despues, de pa~adería, he ~ncont~ado la mejor obra ac.:'1.bada entre todas, escrita Pº! el Dr.
Danghsh y conocida ba.10 el nombre de Tke Danglisli- system of acrated bread .
los reye~ agregaban á su _dignidad la investidura sacerdotal. Constad~ la Sagramanufacture.-Toda
la Inglaterra ha visto con aplauso este nuevo sistema aproda Escntura, que Melqmsedec, rey de Salero, era sacerdote del .Altisimo. No
hay duda que aceptado el exclusivismo religioiio, la reunion de auto1·idades en bado por los comités de salubridad, y era de esperarse que así fuera, por com~a m!sma ~e~s?na producía al~nos resultados favorables, siendo uno de ellos prenderse e1;1 aquel sistema todas las ventaj3:s posibles que pudieran desearse.
La elaborac10n del pan se hace por medio de una maquinaria ingeniosament.e
unpedir 1~ divl8lon y competencia de los poderes, de lo que existen muy escaJJ.dalosos eJemplos en la historia. Pero si bien es cierto lo que acabamos de decir, combinada, con la cual se consigue una gran limpieza en el efecto, y lo que es
mas, que necesitándose un corto número de empleados, queda por lo tanto abo~o l? e~ menos que !a misma_historia nos j_u~t!fica los males inmensos que tal
lid.a esa especie de esclavitud que hasta hoy se ha conservado en las panaderías.
i~~tltuc1on trae _co~igo. La costumbre de dmgu-,con cierto imperio las cosas po•
En
efecto, los operarios casi sepultados en oscuros y desaseados amasijos, no
hticas, expondr1a mdudablemente al Soberano a tratar de hacer lo mismo con
·
solo
son víctimas de las enfermedades consiguientes á un temperamento excesi\

..

•

vamente calil)nte y falto de ventilaciol'l, sino del mal que resulta·de miasmas in- la Purificacion, pertenecientes al Distrito .de Texc~co, de ejercici? minero, y él
salubres producidos del encierro de muchos individuos en lugares tan reducidos. segundo labrador, ante V. E. comparecemos y decllÍlos: que al pié del cerro de
Ademas, es notorio que S. ?lL ha visto con pena la lamentable situacion en que se Soltepec, en una barranca nombrada Tlalpochico Tisacalco, terrenos a~l Molino
hallan los opei·arios de que hago mencion, y estoy seguro de qué quedaría com- de Flores, por el Sur, jurisdiccion de Texcoco, hemos descubierto un cnadero de
placicJa al saber que ?~Yª una persona que aso~iándose á sus _:filantrópicos esfuer- blanco de España, que corre de Oriente á Poniente, al que ponemos por nomzos, contribuya al almo de esta clase tan abatída.-Por el sistema del Dr. Dan• bre el Patriarca San José; y ante V. E. hacemós formal denuncio de él, como
glish se consigu611 las ventajas siguientes: 1~ Que el pan sea absolutamente fósil, con arreglo al art. 1~, tit. 6~ de la Ordenanza del ramo de Minería.-! V. E.
limpio, pues la harina está amasada únicamente por la maquinaria, ,con lo cual pedimos 9.ue con arreglo al art. 5? del mismo título, se sirva admitir nuestro d~&lt;¡ueda la masa libre del sudor natural del cuerpo y de otra falta de aseo.-2~ nuncio, y que tomada razon de él se nos devuelva para nuestro resguardo, lit¿ne el pan sea absolutamente puro, pues no lleva mezcla ninguua, por- ser indis- brando las órdenes á que haya lugar, conforme á las mismas Ordenanzas.-Es
pensable que se haga con harina de trigo de buena clase.-3~.Su contestu.ra celu- justicia que pédimos,jurando lo necesario, &amp;c.-Texcoco, die~ y nueve de Marlular es clara y uniforme, su color es blanco limpio y en lugar de ser agrio el pan y zo de mil ochocientos sesenta y seis.-José María Monterubio.-Marcos Velazmuchas veces acedo por la mucha cantidad y mala calidad de levadura con que hoy g_uez. "-Prefectura política. del Departamento del Valle de México.-México,
lo benefician, tiene un sabor peculiarmente agradable.-4 ~ E s soluble en el pala- Marzo 20 de 1866.-Por presentado en cuanto haya lugar én derecho: regístredar y en el estómago, siendo tambien nutritivo é higiénico, muy especial para se en el libro respectivo y devuélvase al interesado para los efectos legales.las personas de ocupaciones sedentarias, los inválidos, enfermos, convalecientes y Por el Sr. Prefecto político, el Secretario general, Cárlos Zavala.
_)
particularmente para los niños y ado1escentes.-5~ Como este pan se hace sin
fermento ó levadura, no solo no causa flatulencia, sino que la hace desaparecer,
pues personas que padecen de tal enfermedad, tienen un remedio en el mencioA los snscritores del Diario.
nado pan, así como los que sufren de la gota, reumas, asma y otros desórdenes
Habiendo terminado el primer trimestre del año actual, se suplica á los suscrónicos.-5~ Es muy conveniente para los ti·abajadores, labradores, etc., puta eritores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que,
las mejores propiedades del trigo [las que contribuyen al desarrollo de los ner- lo verifiquen inmediatamente, porque la Administracion del per!ódico necesita
vios y de la musculacion] están conservadas en el pan elaborado por el sistema recoger el importe de todas las suscriciones vencidas hasta el día último de
del Dr. Danglish, mientras que en el present1: sistema de pan fermentado, todas Marzo.
estas benéficas propiedades quedan· nulificadas.-7~ 11:s muy soluble en el agua,
•
en la leche y en todos los líquidos.-8~ Puede comerse impunemente acabado de
fabricar, y se conserva en buen estado hasta mas de diez dias.-9~ Es muy eco.AVISOS OFICIALES.
nómico, y sin embargo de tantas cualidades es el mas barato, proporcionalmente entre todas las clases de pan hasta hoy conocidas.-En tal virtud, deseando introduMINISTERIO DE ESTADO.
ciren el Imperio mexicano las mejoras de que hago mencion, y usando de la franAUDIENCIAS .MINISTERIALES. •
qtri.cia que me concede el art. 3° de la ley de privilegios,-A V. E. suplico se
Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen 6rden que. exige 1~ e~pedisirva concederme privilegio como primer introductor del sistema del Dr. Danglish para manufacturar el pan, por el término de doce años; debiendo comenzar cion de los n1;gocios de las Secretarias del De~pac~oi ha ac_ord_ado el ConseJo de Mimstros,
con autorizac1on de S. M. el Emperador, las d1spos1ciones s1gwentes:
á contarse, ~i no puede ser antes, á los dos años de la fecha en que me sea con1'!- El Ministro de Estado dará audiencia diaria de diez á onee de la mañana.
'
cedido el privilegio.-En todo lo que recibiré merced y gracia.-Dios guarde á
El de Negocios Estranjeros, los lúnes, miércoles y sábados, de diez á once de la mañana.
El d.e Goberñacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
V. E. muchos años.-México, Marzo 26- de 1666.-Félix Ohássm."
El de JJIBticia, los lúnes. miércoles y viérnes, de tres á cuatro de la tarde.
. Lo que se publica en el ·Diario del Imperio. conforme al artí~ulo 14 de la ley
El de Instruccion pública y Cultos, los mártes, juéves y sábados, de diez y medi~ á doce
de 3 de Noviembre.de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco de la mañana.
J,i,menez.
El de Guerra, los lúnes, miércoles y viérnes, d~ doce á una de la tarde.
El ·de Fomento, todos los dias, de -las dos á las tres de la tarde.
El Subsecretario de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á la una del dia.
·SECCION 2~
Las personas sarán r.ecibidas en el órden con -que se hayan presentado, sin distincion de
(2~ pu~licacio~.)
México, Abril 4 de 1866.
0
rá2~ É1 que quisiere ser oido en audiencia particular, deberá pedirla por ~edio de una esSolicitud de D. José María Flores Verdad, ·pidienil/J privilegio exclusivo por ocho quela, indicando el asunto. Si no concurriere con exactitud á la hora que se le hubiere desigaños, como introductor de un nuevo procedimiento para destilan· maderas.
nado, ·no se le recibirá.
•
•
.
...
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se dmg1rán al
"Srgunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta Oficial
de partes.
.
·
y cuatro y sesenta y cinco.-ImperiQ Mexicano.- Ministerio de Hacienda.4~ Se recomienda á las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la espo·
Valga para los años de 186(:¡ y 1867...:...El Gefe director de la Seccion 3~-.Agus- sicidn de sus negocios.
-1&gt;~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion los negocios
tin Tornel.- Exmo. Sr.-José María Flores Verdad, ante V. E. con el debido
•
respeto digo: que pretendo introducir en el país un procedimiento para destilar oficiales.
. 6~ A fin de estirpar la costumbre tanMl~:ciosa al buen servicio como al decoro del Gobiermaderas, para el cual se ha concedido una patente en los Estados-Unidos, que no, con que se molesta y ofende á los
· tros, ya moviéndoles influjos para el despacho de
se está explota.J}.do en Nueva-York por la Compañía llamada "National chemi- los negocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á los intecal works," ('l'rabajos nacionales d.e química).-Por este nuevo sistema puede de- resados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que S. l\:b ha prohido espresamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingerencia en negocios estraños
cirse qne se aumenta la riqu_eza pública, por obtenerse de la materia primera mas ásuramo.
productos y mas variados que los que dan los procedimientos hasta ahora usa7'!- Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los "Mi·
dos en el país.-.A. V. E. suplico que siendo yo el primero que se presenta á pre- nisterios.
México, 8 de Agost-0 de 1865.
tender la introduccion de este nuevo procedimiento para destilar maderas, se sirva tenerme por legalmente presentado, y á su tiempo concederme la patente respectiva por ocho años, con arreglo á la l!:ly, en lo que recibiré gracia.-México,
BOLETIN BE L&lt;vl.S LEFES.
Marzo 27 de 1866.-José M. Flores Verdad.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
México, 18 de .Abril de 1866.-Se ha publicado la enti·ega núm. 9 del BoleLo que se publica en el Diario del Imperio, conforme al artículo' l4 de la ley
de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco tín de las Leyes~ y se halla p,ara su venta, al precio de catorce centavos, en est&amp;
.Administracion y en los expendios de papel sellado en que se han vendido las
Jimenez.
anteriores.- El Administrador principal, José Maria de Icaza é I turbe. 6a- 5
(2~ publicacion.)
México, Abril 4 de 1866.
.. ADMINISTR.AfüON DE BIENES NACIONALIZADOS.
Solicitud de D. Edgar T. Singer, pidiendo pr·ivil,egio exclusivo como inventor de

"'

.

.

una máquina para crear vapor, g_ue denmnina "Engendrador de vapor."

•

''Segunda clase.- Cuatro reales.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
seis y sesenta y siete.-Exmo. Sr.-Edgard T. Singer, á V. E. respetuosamente ,
hace la peticion siguiente:-El que suscribe declara que es inventor de una máquina para crear vapor, que se titula "Engendrador de vappr," la cual lleva muchas ventajas sobre toda máquina usada ó inventada hasta esta fecha. Entre
otras ventajas se pueden especificar las siguientes:-1 ? La máquina, siendo pe.queña en comparacion con las ya inventadas, y tambien mas sencilla en su construcoiou, puede ser fabricada y trasportada con menos costo.-2? Para pro'ducir iguales resultados con otra máquina, gasta menos agua y menos pábulo -de
leña ó de carbon.- 3 ? Que consumiendo igual pábulo con otra máquina produce resultados muy aumentados.-Ademas, deseo representar á V. E. que este''Engendrador" puede ser aplicado á cualesquiera ingenio de vapor que se halle
hoy en uso.-.Adjuntas con esta peticion, sírvase V. E. ver una descripcion del
Engendrador, un dibujo de él y un índice de las piezas.-Por todo lo expuesto,
á V. E. suplico se sirva concederme patente para esta invencion por el término
de doce años.-Juro que todo lo expuesto es la verdad, y protesto estar voluntario á pagar lo que designe V. E.; y á cumplir con. todos los requisitos de la ley.
-México, 27 de Marzo de 1866.-Edgar T. Singer.-Exmo. Sr. Ministro de
Fomento."
Lo que se publica ·en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez.

B.emate.
Con arreglo á los art.ículos 24, 25 y Z'l de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á procedeaal de la casa, cuartel l ?, manzana 5~, núm. 1, calle de la Loca, en Oajaca, valuada en($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al públi.co,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 18 de 1866.-EI Administrador de bienes nacionalizados, Jwan S1Wrec y
Navarro.
6a-4

Secretaria del Consejo de listado.

"

Seminario nfim. 9.

Ignorándose la residencia de D. Santiago'.Xicario, y necesitándose en esta Secretaria para
hacerle una notificacion en .el espediente núlil': 5,626 y anexq, se le emplaza por el presente
para que concurra por sí (í por apoderado, para el fin indicado; fijándose al efecto el término
de ocho dias, que comenzarán á contarse desde la fecha; apercibido que si no lo verifica, se
seguirá adelante el negocio sfn oirle.
México, Abril 24 de 1866.
3a-2
,•

Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en esta Secretan,.
para hacerle una notificacion en el espediente núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el p~
sente para q_ue comparezca á ella del1tro de quince dias, que ,::omenzarán 'á contarse desde la
ilcha; apercibido de que si no lo verifica, se seguirá el negocio adelante sin oirle.
México, Abril 17 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, Jos€ M. Rodrigi,a
y Co1fo.
6a- 5 •

,....,

4dministrac~on principal de rentas de México.

DEMJN()IOS ANTE LA PREFE()TlJRA POLITl()A
que se publican en el Diario del Imperio conforme al artículo 14
de la ley de 3 d_e Noviembre de 1858.
(2~ publicacion.)
"Segunda clase.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y seis y sesenta y
siete.-Sello '3?-Vale cuatro reales.-Exmo. Sr.-José María Monterubio y
Marcos yelazquez, el primero natural de .Atotonilco y el segundo del pueblo de

REMATE DE UNA FINO.A,

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, ha sido embargada por
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la calle d~ Santa Clara, apreciada en su última traslacion de dominio en diez y seis mil pesos; fijándose para las almonedas los dias 20 y
30 ae1 actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que la última es con calidad de remate, el
eual tendrá lugar en el despacho de est~ oficina, á las dos de la tarde: lo que se hace saber
al público, para que las personas que quisieren hacer postura, la hagan acompañando sus respectivos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion princip~l de rentas. México, Abril 13 dil 1866.-J. de la BarrBTa. 6a-4

.

I

�•
\

EL DIARIO DEL IMPERIO.

436

E•cuelas gratuitas.

.Juzgado' de letras de 'J!emascalíepec.

Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-;Núm. 865.-La
En los autos seguidos por este Juzge,do en el intestado del súbdito espaií.ol°D. Martin UnComision de Instruccion pública, con fecha 10 del corriente ha participado al Sr. Alcalde 11t1eta, el Juez que suscribe, por auto de véintidos del próximo pasado Febrero, ha mandado
municipal, que se~un lo dispuesto por el Exmo. Ayuntamiento, han quedado establecidas y ee cite por el presente á los que se crean con derecho á los bienes correspondientes á dicho
abiertas para el publico tres escuelas gratuitas para niños pobres, de las cuatro acordadas por intestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de treinta días, contados
la misma corporacion; la primera en la calle de la Concepcion núm. 9, la segunda en la calle desde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por apoderados instruide Muñoz núm. 3, y la tercera en la Rinconada de San Sebastian. Lo que por órden del mis- dos y bastantement~ espensados¡ en la i11teligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
mo Sr. Alcalde se pone en conocimiento del público, á fin de que los padres de familia que logar en derecho si no lo '1eriftcan.
•
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establecimientos mencionados.-El Secretario
Temascaltepec,·Abril 21 de lti66.-El Juez letrado, Manuel Graj;id1.1.- Asistencia, Ignacio
del Exmo. Ayuntamiento, Luis G. Pastor.
6a-3
. .Muñoz.-Asisteucia, Rafael Romero.
6a-2

-------------~--------------

- --

Administracion principal de rentas de México.
.A.VISO INTERESANTE.

Núm. 544.-En los almacenes de esta Aduana existen los bultos que espresan las listas que
se ponen á continuacion, y á cuyos dueños se cita pol' medio del presente, para que ocurran á
sacarlos en el término de treinta clias, contados desde esta fecha; quedando éntendidos
de que pas~do ese término se procederá á lo que haya lugar, con arreglo á las disposiciones
de la matena.
Administracion principal de rentas del Departamento del Valle de México, Abril 13 de
1800.-El ~dministrador principal, J. de la Barrera.

Lis-ta de les individuos que tienen ejecws cumplidos en los almacenes de es-ta
Aduana, hoy df,a de la fecha.
Fechas de entrada-: Bult.
Efectos.
Consignatarios.
Febrero 8 de 1866. 3 Equipaje •.. ...••.. G. Perogordo y hermano.
8
,, • 1
,,
... . ...•.. Mr. Tyssierre.
8
,,
l
. ......... Billet.
,, 8
l
.......... Sr. General Castagni.
,, 8
1
,.
.......... Lambert.
. , 17
,,
1 Cuadros •.••...••. . Sr. GefedelGabinetecivilde S.M.
Marzo 9
,,
2 Vinotinto .•.... ·.... C. Sauz.
,, 14
,,
1 Equipaje •. •...... . Lamesset.
,. 15
,,
1 Dro~as ...•.. .. .... Taillart.
,, 24
,,
1 Eqrupaje .......... Pierrot.
,. 24
1
..••...•.. Tapia.
,. 24
,,
1
.....•.... Condarmine.
,, 24
,,
6
..•.•..•.. Sr. Director de Artillería.
27
4
.......... D. Cárlos Sanchez Navarro.
27
,1
1
,,
.......... Cárlos Natuecy. .
1 ,, 27
1
,,
..••..•... Conducido por Solano.
,. 27
1 Piedras minerales . .. H. D'Oleire y C'!-

Venta judicial.
En los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo Wagncr contra D. Joaquín Abadiano, sobre
pesos, el Sr. Juez 2? civil de Instrnccion, Lic. D. .Miguel Rendon Peniche, ha señalado para la venta de los ranchos La Tenería y Los Reycs,.ubicados en jnrisdiccion de Tlalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los dias 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo próximo entrantes, á las
doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber al público por medio del
presente anuncio.
•
México, Marzo 22 de 1866.-Manuel Romero, Escribano· público de la Nacion. 889- 9a-8

Diptitacion de Jfiinería de Gtianajuato.
.A.VISO.

La Diputacion de Minena del Departamento, por decreto de 14 del corriente, ha mandado.
oitar á los Sres. Jecker y C~, vecinos de México, por meclio de los periódicos intitulados Diario del Imperio y Semanario Oficial, fijándoles el término de veinte días, contados desde la fecha de la pub_licacion que se haga en el primero de ruchos periódicos, para qµe establezcan
. en esta ciuda'c! el apoderado de que habla el artículo 1? del decreto de 8 de Enero de 1865, á
:fin de que los dueños de la mina de San Vicente-de Paul, de cuyo fundo son aviadores aquellos señores, traten las cuestiones que desean; bajo apercibimiento que si no lo verifican en e1
término ya inclicado, que será improrogable, les par11rá el perjuicio á que hubiere lugar.
Secretaría de la Diputacion de Minúía de Guanajuato, l!0 de Marzo de 1866.-Jgnaci-O R •
Hernandez, Escribano público de laNacion.
912--3a-3

Aviso judicial.
En el juicio verbal promovido por el Sr. D. Ignacio Esquive! contra D. Estéban Muño11~
sobre pesos, á su pedimento ha mandado el Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se haga saber al Sr. Muñoz, 'que no habiell.do ccncurrido á contestar 1~ demanda, se da ésta por contestada y se recibe este negocio á prueba por ocho dias; determmando ~
la vez, que en el término de ocho dias se presente en su Jur.gado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, á reconocer su fuina, puesta en un pagaré; bajo el apercibiento que
• haya lugar si no lo verifica, y ademas se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Abril 24 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
915-3a-3

28

AVISOS PARTICULARES.

Lis-ta de los bulws que sin documenw existen en les almacenes de es-ta Aduana,
hoy d~ de la fech,J.,.

Fechas de entrada. Bultos.
Noviembre 15 de 1865. 1 Con oficio de la Comandancia del Resguardo, una caja botellas.
Diciembre 11
,,
1 Un ba{il conducido por Souberbielle y rotulado á Gabino Llano.
,,
20
,,
1 • Un baúl equipaje, conducido' por Centeno.
Febrero
6 de L866. · 3 Tercios de cacao.
·
15
,,
1 Bulto, marca E. R., conducido por Landaluce.
8
21 Bultos db plomo.
9
,,
1 Un baúl conducido por Plauchu y rotulado S. Luis Villanueva.
24
1 Un baúl conducido por Miguel Somonte.
"
30 bultos.
México, Marzo 31 de 1866.-El Guarda-almacenes, Joaquín Carbajal.

SEGURO CONTRA INCENDIO.
La Compafí'ía Hamb11r,;11 esa-Bremes'!- tle Seguro•
CONTBd. INCENDIO,
Formada de entre los comerciantes mas ricos y. respetables de Hamburgo y Bremen,
y ofreciendo, pues, todas las garantías que puedan desearse.
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y ARREGLAN PÓLIZAS

Los Agentes,
&amp; GUTHEIL,
Bajos de Porta-Creli núm. 4.

6a-2

LEFFM.A.NN.

AVISOS JUDICIALES.
N otüicacion.

l!21-90a-30

1'IINd DE N'llESTBd SEÑOBd. DEL BEF'l!GIO
EN GU.A.NAJU.A.TO.

Habiéndose puesto en productos la mina de Nuestra Señora d'el R!)fugio, aviada por D.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos ejecutivoll que este señor seguía contra D. Felipe Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer reparto de las utilidades, conforme a.
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el promoven- la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros
te se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedore.s actuales de las barras aviadas,
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el pata que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí ó
auto que á la letra dice:
por persona debidamente autorizada, y e:x.hibiendo el título ó documento que compruebe su
"México, Ab~il 25 de 1866.-Como lo pide. Haciendo la publicacion por ocho dias en el · actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su &lt;:aDiarw del Impi~io y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Cristó- lificacion.
bal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Mimiel F. Guerra, Escribano SeGuanajuate, ,calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan d~ D. Salgado. 899-30a-6
cretario."
.
º
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gon-¡:alez .de Aragon, publico
MINd DEL BEF'llGIO, alias LOS TBOJ11PILLOS,
el presente, que surtirá sus efectos legales.
DE PACHUCA.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
9-23-Ss-1
Aviso.-Desde Abril de 1858 soy dueño de veinte barras aviadoras en la mina de los
Trompillos de Pachuca. Mucho tiempo despues, y estando amparada la referida mina, los priCitacion· judicial.
mitivos duoños, que me la habian cedido, fo,rmalizaron un segundo avío con otras personas;
Por disposicion de Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se cita á estas dividieron las acciones de ella en doce barras aviadoras y doce aviadas. Como éste seJ:?· FrancIBco Berthe para que comparezca en el Juzgado que se halla en el Palacio de Justi- gundo avío jamas ha sido reconocido por mí, fué necesaiio seguir un litigio en el Juzgado de
cia, calll:l de la Moneda, dentro de ocho dias, á continuar el juicio que le promovió D. Pedro Pachnca, dando por resultado que aquel tribunal, por sentencia definitiva, mandase con fecha •
Strittmatter, sobre pesos; apercibido de que si no lo hace, se seguirá en su rebeldía entendién- . 2~ de .Enero. de 1864 "que se me re::1tituyese á la posesion de mi avío, y se me· entregase la
roma rnmediatamente.
dose las diligencias con los e~trados del mismo J uzg!ldo.
'
'
La Compañía formada por el sernndo avío interpuso una tercena, y piclió que antes de po•
México, Abril 28 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público.
9-24-::ls-l
nerme en posesion de la mina, -se Ya oyese: los tribunales accedieron á esta solicitud, ordenando tambien que se me pusiera en posesion de ocho barras aviadas y quedasen secuestradas
Ju:z¡;ado tercero de Ins:tr,ucion del ramo citJil,
las cuatro restantes entretanto sean pagadas las costas y perjuicios á que fueron condenados
Palacio de ~usticia.~El. Sr. Juez 3?.civil d~ Instruccion, Lic. D. CristóbalPoulet y Mier, los aviados.
·
P?r aut~ proveido en vemtitres del co1;nente, ti~ne m~ndado se cite por los periódicos á D. BeEstoy, pues, en posesion de dichas barras, llamadas por ahora aviadas; y con objeto de que
m~ ~uJula, para que dentro del térmmo de qrunce d1as, á contar desde el de la primera pu- el público tenga un perfecto conocimiento de que esclusivamente me pertenecen, hago la prebhcacion, se presente en su Juzgado á contestar la demanda que en juicio verbal por pesos le sente manifestacion; advirtiendo á la vez, que las doce barras aviadoras están igualmente
promueve D. José Antonio Bonilla;.apercibido de ,darse por contestada la demanda si no com- comprendidas en la m·encionada sentencia de 23 de Enero de 1864,'fuspendida por ahora únipare~e, sigui~ndo el juicio en !ebeldía con. los, estrados, que se dan po~ bastantea. Doy!e.- camente respecto de ellas, mientras se decide la tercería interpuesta por la Compañía.
México, Abnl 25,ie 1866.-Lic. José Manano lf!vya de Ctmtreras, Escnbano público.
, México, 23 de -:'-bril de 1866.-Man~l Fuertes.
913-3a-3
9-25-3s-1

AVISO.

Oitacion judicial.

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
p~pe l de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne se dará al precio desde 3 hasta .5 realespieza.
.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á precios sumament~ cómodos.
En la misma casa se encuentra nn surtido de porCtJlana, loza y cristal.
910-15a-3

A peclime~to de D. ~e~ast~n Cabr~les, como apoderad.o de D. Pedro Perez, el Sr. Juez 2?
de Instru~cion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Peruche, por providen~ia provisional y
precautona, mandó asegurar los enseres de la ~abla carnic~ría situada en· 1-0s baJos de la casa.
:p1arcada con el núm. 6. de la calle deJa Aceqrua, perteneciente á D. Lucio Quijano quien no
h.all~ndose·en esta capital, s~ ha determin~do por el.mi§mo Sr. Juez ~e 1~ emplace por los peTOdLLd DE VEN'lJS,
nódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso se
EFECTOS DE PERFUMERM. DE LAS ME/ORES FABRICAS DE PARIS.
presente en su :1~.gado, sito en el Palacio de Justicia, calle de,lá Moneda, á contestar la 'de·
manda que en Jruc10 verbal, sobre pesos, le promueve t;l Sr. Cabrales· bajo el apercibimiento
de que. si no concu1Te, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía. '
•
E~ la tlapalería de los Ve,iadf!S, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
MéXJco, Abril 27 de 1866.-Casimiro Ferna11dez, Escribano público.
921-3s-2
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de recibir otro
magnifico,.de perfumería, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.-Estracto;
de esencias ~l~periores.-Agua de Colonia legítima.- -Aceites para el pelo.-Jabones superioCitacioti judicial,
re~ y de fam1lia.-Polvos de a1Tw·root, arroz y haba.-Elíxires y polvos para la dentadura.A pedimento de D. Man~e~ ~ cocer, como cesionario de D. José Lasso, quien tiene que Vlilagre de gen-seng para el uso esterno de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de Yénus.promover u~a deman~a _en J?-icio ver~al, sobre pesos, ~ntra D. Ignacio Alcántara, el Juez 2? Yinagre aromático y de color.-Los mentados ja~ones de lechuga y contemporáneo, etc., etc.
de Instruccion de lo cml, Lic. D. Miguel Rendan Pemche, ha mandadó se cite al referido
A;Icántara por ~os periódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publica'J'.odos estos P.fectos ~on de clase suprema, y sin embargo se venderm'.\ sumamente baratos,
cion&lt;le. e~t? aviso, C?m~arezc~ ~n el propio Juzgado, .sito en ~l Palacio de Justicia, á contes- haciendo á los consumidores que tomen por docenas tlc ellos, una rebaJa importante todavía
20a-2sI11-l8
tar el_Ju1c10 respectivo, apercibido que de no concumr, segwrá el negocio en su ausencia y sobre los precios á que se menudean.
zebeldía.
México, Abril 27 de 1866..:-.Joaquin Guzman, Escribano público.
9-22-3s-2
,1'1EXIC:O.-IMPRENTA IMPERIAL.
1

•

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>•

•

f

EL

.DEL

:DllRIO
,.
Los números sueltos valen 12 centavos.
\

TOMO

III.

NUM. 398 '

MEXIUO.-Sábad"o 2'8 de .A:1,ril de .J:"S66,.
2~DffiECCION'.-1~ DMSlON'.

AVISO DE COllTE.

México, Abril 27 de 1866.

A consecuencia del fallecimiento de S. M. la Reina María Amalia la Corte
tomará el hüo, durante seis semanas, desde el 28 de Abril hasta el de Junio
de 1866..
Las dos primeras semanas: gr3u luto de Corte.
Las tercera y cuarta: lutó de Corte.
Las quinta y sexta: medio luto.

9

GRAN

LUTO Y LUTO DE CORTE,

. P~ra los Señores, con uniforme y traje de Corte, crespon negro en el brazo
izqmerdo, corbata blanca y guantes blancos; con traje de mañana, todo de ne,•
gro y crespon negro en el sombrero.
Pa:a las_ Señoras de la Corte, vestido de lana negra con alhajas negras, dur~'nte el primer mes; durante el segundo, seda negro 6 terciopelo negro y solo
diamantes,
·
' ·

Por .no baber cumplido con las ·6rdenes del Gobierno, se da de baja en el
ejército, sin _opcion á volverá servir en él, al Subteniente de artillería D. Ismael Tagle.

Por su mal comportamiento· en el servicio militar y no haber cumplido con
las 6rdenes del Gobierno, se da de baja _en ef ejército, sin opcion á volver á
servir en él, al Ofi~ial 2~ de artillería D. Casimiro Loza.
El Gener&amp;l Subsecretario de Guerra,

José Marút, ·V. de la, Cadena.

MEDIO LUTO.

PARTE NO OFlfJIAL;

. P~ra los Señores, con uniforme y traje de Corte, crespon negro en el brazo
iz~merdo, corbata blanca y guantes blancos; el traje de mañana será negro 6
gris, guantes 'de los mismos colores.
Pa~.ª las Señoras, vestido de seda negro, moracTo 6 blanco,· con adornos de
los Inismos colores, guantes morados, grises 6 blancos y toda clase de alhajas.
Todos los Señores que no pertenezcan á la Corte y que tengan la honra de
presentars~ al Emperador. 6 á la EIJ?,peratriz Jurante las cuatro primeras semana!!, lo verificarán con tr~Je negro, guantes negros, corbata negra, sin crespen
en el sombrero; en la qumta y· sexta semana, de medio luto.
Las Señoras que no pertenecen á la Corte, se presentarán con vestidos de
los mismos colores que los indicados para las de la Corte.
Los militares se presentarán, durante seis semanas, con crespon negro en el
brazo izquierdo.
.
SVM:4.B.IO.

...
Fnncion teatral.
La que se dió anoche en el Teatro Imperial á beneficio de los pobres, ~stu'vo
muy concurrida. La circunstancia de haoor sido iniciada por la Emperatriz; los
esfuerzos de las señoras que sooundaron "rl_)8nsamiento; el anuncio de que S. M. ·
honraria con su presencia el espectáculo, y el objeto, en fin, á que se destinaba,
que nunca deja de mover á los habitantes de e.ta capital, fueron otros tantos
atractivo1;1 pam llamar una lucida y ~umerosa cc.ncurrencia. El Tea.tro estaba
adornado é iluminado con gusto y elegancia, tant&gt; interior como exteriormente:
la Emperatriz asistió en efecto á la funcion, y fué objeto de respetuosas simpatías; y el público quedó tan complacido de la bonfad del espectáculo como de
haber contribuido con su asistencia á'remediar las miserias de los pobres.
.

-~ARTE OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de G11adalupe.-Comandante
llllhtar del Departamento de Toluca y Comandante del Distrito de Huejutla.-Un Subteniente
y un 9ficial de artillerla dados de baja.'
P A,RTE NO OFICIAL.-Funcion teatral.-Correspondencia para.el extranjero.-Noticias
de Or}zav~.--El vapor Rb.one.-?bserva.ciones meteorológicas del mes de Noviembre de 1865.
Noticias extranjeras,

PARTE OFICIAL .
GRAN .CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.

.

'

Corre-sir~llencia para· el- Extranjero.

Administracion general .de Correos.-Aviso al público.-Con motivo de la
pérdida que ha sufrido el vapor-correo "Veracruz," segun de ello tiene conocimiento esta Administl'.acion general, se ha dispuesto que la corresponden.cía que
dirigia el público por este conducto, se le dé curso por la Admini,stracion de
Correos de Veracruz, remitiendo la consignada á la Habana y Europa por el
Paquete inglés que sale de aquel puerto el próximo· 2 de Mayo; y la destinada á.
los Estados-Unidos por el vapor español •JPatis," que saldrá igualmente el dia
6 del mismo mes, si antes no se presenta otro conducto mas directo.
Lo que se pone en conocimiento del público para su inteligencia.
México, Abril 28 de 1866.-El
Administrador
general, Luis de la Peza.
.
.

.

México 27 de Abril de 1866.

S. M. e! Emperador, por acuerdo de 23 del actual, Ha tenido á bien conde-

'

'

cora~ co_n la Cruz de Caballero ele la Imperial Orden de Guadalupe, á los señores s1guien~es:
.
.
D. Juan 'l'reviño, Teniente Coronel;
D. 'l'iburcio Treviño, Te~iente, .

· Noticias de 01•izava.

Tomamo~ ~el Orizaveño ~as siguientes:
•'ZONGOLIC.A..-Como anunciamos en nuestro número anterior, fué ocupada
aquella demarcacion por las tropas del Gobierno, que para,.ese efecto mandó el
ambos de·!.~ guardia rur&amp;l móvil de Nuevo Leon, por su bizarría y brillante señor Coronel Subprefecto del Distrito.
"En los últimos dias de la semana pasada'. pasó á inmediaciones dPr Zongolica
comportanuento en la campafia de dicho Departamento.
Carrera con su fuerza; pero como la tropa imperial se preparó para batirlo, pro•
D. CTabriel Diaz Martinez, Alférez,
curó con toda velocidad alejai-se del punto en que se encontraba. En la actualipor su valerosa conducta en la acéiou rle Jalpan el 24 de Enero del presen- dad se halla en San Andres Mixtla, de donde será desalojado de un momento á
otro.
te año.
1'}1 Secretario encargado de la. Gran Cancillerla,
"A principios de esta sexp.ana se dirigirá el señor S~bprefecto D. Juan de Olloqui á Zongolica pal,'a organizar todos los ramos de la Administracion pública en
José H. Gonzawz.
aquellos lugares."
,
"EMP.A.DRON.AMIENTo.-Se ha comenzado ya el de las fincas urbanas y estable.
.
cimientos de comercio de esta ciudad, bajo la direccion de Mr. Hectod Thomas,
MINISTERIO DE G.UERRA.
que fué comisionado por el Sr. Delabau~e para ese objeto. El Sr. Thomas es
1~ ,DIRECGJON.-1~ DIVISION.
persona de finos modales y de bastante actividad, cuyas cualidades son tan neMéxico, Abril 25 de 1866.
cesarias para el desempeño de la comision que se le ha confi~do."
Ha sido nombrado con esta fecha, Comandante militar del Departamento de
Toluca el G~ne:al gradua~o Coronel]).. ~auuel Diaz de la Vega; y ComanEl "Rhone."
dante del_D1strito de Hur3utla, el Comandante de Escuadron D.. Juan Ortiz
Monasterio.
Este trasporte frances llegó á Veracruz el 21 del corriente, trayendo á su
bordo algunas tropas francesas.

'

��...

'

EL DIARIO DEL IMPERIO.

432

Jll'OUOJA.8 llJ:'.f:Ji.411'n'IB.A.S.

Ayer lleg6 á Verncruz el ~apor español proced~nte, de la Habana, de do~de
11ali6 el 22 del actual. Tamb1en lleg6 el Paquete mgles. Por ellos se ha terudo
noticia de ~ue el vapor "Veracruz," que sali6 de Nueva-York el 10 del corriente, se perdió el 12 en las costas de la Carolina del Norte, en medio de una·
espesa niebla. Afortunadamente se pudieron salvar los pasajeros, la correspondencia y los equipajes. ·Hé aquí ahora el parte telegráfico con las noticias del
Paquete inglés:
·
•
·
Paris, 1'? de Abril de 1866.

Citacion judicial.
A pedimento de D. Sebastian Cabrales, como apoderado de D. Pedro Perez, el Sr. Juez 2?
de Instruccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Penicjle, por providencia provisional y
precautoria, mandó asegurar los enseres de la tabla carnicería situada en los ba)OS de la casa
marcada con el núm. 6 de la calle de la Acequia, perteneciente á D. Lucio QniJano, quien no
hallándose en esta capital, se ha determinade por el mismo Sr. Juez se- le emplace por !os periódicos, para que en el término de ocho días, contados desde la 1)Ublicacion de este aviso, se
presente eri su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, á contes!llr la de·
manda que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve el Sr. Cabrales; bajo el apercibimiento
de que si no concurre, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Abril Z'/ de l866.-Casi111iro I'er-na,.tez, Escribanp público.
921- 3s- l

- ---- - -- - -- - - - - - - - - - - - --

Citation jiulicial,
El Cuerpo legislativo presentó al Emperador la respuesta al discurso del troA pedimento de D. Manuel Alcocer, como cesionario de D. José Lasso, quien tiene que
no, y en ese acto S. M. pronunció otro que fué acogido con mucha satisfaccion y promover
una demanda en jlúcio verbal, sob1·e pesos, contra D. IgnaeJo Alcántara, el Juez 2~
ha merecido la aceptacion pública. Crecen las preocupaciones con moti'vo de los de Instmccion
de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon •Penicbe, ha mandado se cite al referido
asuntos públicos en .Alemania.
.
Alcántara por los periódicos, para que en el término de ocho dias, contadoK desde la pnblicaLas disposiciones militares que en Prusia y .Austria se toman, hacen temer cion de este aviso, comparezca en el propio Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, á contescomo inminente un conflicto, y que los esfuerzos de la- diplomacia no sean sufi- tar el juicio respectivo; apercibido que de no concurrir, seg-uirá el negocio en su ausencia y
rebeldía.
cientes para cons"erv'ar la paz.
.
México, Abril Z'/ de 1866.-Joaquin GUZ1nan, Escribano público.
922-38-1
La Reina María .Amalia murió en Clermont el 25 del actual, y sus exeqniaa
tendrán lugar el 3 del presente, á las que parece concurrirán gran número de los
lnzgado de letras de Cuernavaca.
adictos á la casa de Orleans. Tambien ha. muerto el Landgrave de Hesse Hom.AL PlJBLICO.
bourg, y por tal circunstancia aquel Estado se w:prá á la Hesse Darmstad.
En el espedientc de intestado á bienes del finado Presbítero D. Ambrosio Rueda, seguido
. Se teme que. surjan algunas dificultades entre la Inglaterra y los Estados- tn este Juzgado, he proveido un auto que en lo conducente di~:
.
. Unidos, á causa de las maniobras del fenianismo en contra del Canadá. James
"Publíqnese el intestado, á cuyo fin se fijarán rotulones en esta ciudad y se convocará por
Stephens, gefe de los fenianos, logró salir de Inglaterra y se encuentra en esta periódicos de la capital del Imperio á todos los que se crean con dereeho á los bienes del
Presbítero D. Ambrosio Rueda; advirtiéndoles que si dentro de treinta dias, contados desde
capital. Se cree que tiene la iutencion de dirigirse á los Estados-Unidos.
la publicacion, no comparecen á este Juzgado por sí 6 por apoderado á deducir sus acciones,
Una órden del .Almirantazgo manda seis buques para reforzar la escuadra. in- les parará el perjuicio que baya lugar."
glesa en el San Lorenzo.
Cuerna.vaca, Abril 23 de I866.-Fra11cisco Zulillo.-Asistencia, Brígido Calderon.-Asis9l6d- 3s-3
. El Príncipe Napoleon ha salido de esta capital con direccion á Florencia. La tencia, Juus Patiño.
muerte del Sr. Langlais ha causado mucha sensacion en esta corte.
Convocat.oria.

A los snscritores del Diario.
Habiendo terminado el primer trimestre del afio actual, se suplica á los suscritores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que
lo verifiquen inmediatamente, porque la. .Administracion del periódico necesita
recoger el impo11te de todas las suscriciones ven(lidas hasta el día último de
Marzo.

Por fallecimiento de la Sra. D~ Cármen García Mazo, el Sr. Juez 3'? civil de Instrnccion,
Lic. D. Cristóbal Poulet y M.ier, que conoce de su intestado, ha mandado que por los periódicos se convoquen á las personas que se crean con derechos á los bienes de esa intestamentaría, para que lo verifiquen dentro del t~mino de dos meses, contados desde la primera publicacion de este anuncio; bajo el apercibimiento de que les parará el perjuicio á que haya lu~ar
si no lo verifican. Lo hago saber á los interesados por medio del presente, que surtirá los efectos que quedan indicados.
México, Abril 16 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
906-3a- 3

Juzgado primero de Jnstruccion de lo civil.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTR.ACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
B.llMA.Tll.
Se p~cipá al público que con arreglo á los·artículos 24, 25 y Z'/ de la ley de 26·de Febrero
de 1865, se va~ proceder a_l del terreno situado en suburbios de la ciudad de Oajaca, valuado
en noventa y s1eté pesos cmcuenta centavos; y se publica para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el día 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana en
cuya hora se verificará esta almoneda.
'
México, Abril 17 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suan~ y Nnam,.
·
6a-5

ADMINISTRACION DE BIENES N.ACION.ALIZ.ADOS. •
A.VISO.
Necesitándose de la presencia de D. Plut-atco Montes de Oc.a en la Caja de esta Admini.8tracion para un negocio relativo á su persona, se le hace saber por el presente aviso, para que
ae sirva pasará la espresada Caja á entenderse en ella con el Cajero, que lo es el Sr. D. J011~
ll. Bros.
·
México, Abril 21 de 181¡6.- El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suar~ y
NaTJarro.
3a-3

~uzgado de letras de Morelos.
Áufll.átai¿_do á D. Nicolás Perez-.-En el espediente que se sigue en este Juzgado contra el
Juez d-e paz de Cuahuistla, por responsabilidad, be proveido un auto que á la letra: dlce:
"Morelos, Abril JO {}e 1866.-Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de D.
Nicolás Perez, citesele por medio del Dialio oficial del Imperio, para que dentro del término
de quin&lt;i&lt;: ~ias perentor)os, contad_os desde la pri1;11era publicacion, se presente en cst{l Juzga~
do; aperc1b1do de que s1 no lo venfica, se determmará en esta causa sin su audiencia lo que
C?rresponda. El Lic. Juan Manuel J?iaz Barreiro, Juez de 1~ instanc)a del D~trito, que actúo por receptoría á falta de Seeretano, lo mandé y firmé. Doy fe.-D1az Barreir,.-A:sistencia, A. Moreno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de lo_ mandado y para 9ue sur_ta los e'.ectos legales, pongo el presente
en Cuautla de Morelos, á diez y ocho &lt;le Abril de mil ochocientos sesenta y seis.-El Juez de
l! instancia del Distrito, Diaz Barreiro.
6a-l

d.d.ministracuni de ,,.entas de Claalw.
A.VISO:

Palacio de Justicia.-En los autos del intestado de D. Vicente Arnaiz, que siguen en este
Juzgado que es á cargo del Sr. Lic. D. José María Garay, por aut-0 de 10 del corriente se ha
mandado por dicho Sr. Juez, entre otras cosas, se convoque por los periódicos á las personas
que se crean con derecho á los bienes del referido intestado, para que en el término de treinta
dias sé presenten á deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo, les parará el perjuicio que baya lugar.
•
•
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente en México, á veinte de Abril de mil
ochocie~tos sesenta y seia.-J11a1&amp; Nepomuctno Carrion, Escribano público.
90S-3a-3

AVISOS PARTICULARES.
COMPd.Ñid. BE .71UNd.S BE Ld. ~BINllJd.B,
Algunos accionistas atrasados en sus pagos, han solicitado se amplie el plazo que para· el
arreglo de cuentas y pago de atrasos fijaro11 los avisos publicados en los números 362, tomo 3?
del Diario del Imperio, y 63, tomo 4~ del Pájaro Verde, cortespondientes al dia L4 de Marzo
anterior: la J~ta directiv~, accediendo á est~ solicitud, acordó en se~ion de ayer se prorogue
el plazo referido hasta el d1a 10 de Mayo próximo; y de órden de la misma Junta pongo este
aviso para conocimiento de los interesados, advirtiénd6les ~ue no se otorgará nueva próroga.
México, 20 de Abril de 1866.-Mdriano de la Peña y Santiago.
909-3a-3

Mi,aa tle Nuest,,.a Se1'iora del &amp;fligio, (a) los Trompillo,,
en Paclttica.
-El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y ante sí, ser dueiio de
ninte barras aviadoras en la mina del Refugio (a) los Trompillos, haciendo mérito de una
1entencia judicial que no ha causado ejecutoria. Como este negocio está pendiente de la resolncion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en ningun tiempo pueda &amp;er sorprendiclo pqr el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco pr~cavidas, que confiadas en las seguridades quo se atJeve á estampar !ln su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresad11s.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favorabltl á los derechos de Fuertes, protestamos á nombre de todos los intf'resados en
la espresada m\na., que no reconocemos los derechos qno se alegan; que todos los contratos
que se celebren bajo este concepto, los consideraremos ahora y en todo tiempo nulos y de
~n¡¡-~n valor, basta que los tribunales resuelvan definitivamente de parto de quién está la
JUStlCJa,
·
México, á 2.5 de Abril de 1866.-Junta menor directiva, L. Benito Murul.-R. Cancino.Bartolomé de B6c,¡,
917-6a-2

.

Se .P~rtici~a al pú~lico, pa!'a qne las personas que quieran hacer postura concurran á esta
Admm1strac1on el d,a 15 del entrante Setiembre, á las nueve de la mañana, en que se verificará el remate del ra!lc~o ~~ocido con el 11ombre del "Jardin," ubicado en la municipalidad
de &lt;;&gt;z~ba, de esta JU11sd1cc1on, con arreglo 6. lo acordado por el Sr. Administrador de bienes
na~1onaliz~dos en 5 del presente Abril, y valuado en ($6,635 42 cs.) seis mil seiscientos
tremta ! cinco pesos cuarenta y dos oentavos; siendo de advertir á las personas qno se intere&amp;en á dicho rancho, que al Erario solo reconoce esta finca 3 800 pesos y que habrá ademas
que garantizar_á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pe~os, y el s¿brante á quien justifique ser el dueno.
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriano Carrillo. . 10-1

AVISOS JUDICIALES.
BEMd.TE,
Tribunal de 1~ instancia.-!~ Sala.-A las doce de la mañana del dia c:nco del entrante
Mayo, se b&amp; de proceder por la 1~ Sala d_e este Tribnn:tl al remate d~ la casa núm ..6 de la primera ~álle ~cha, aval~ada_po; los peritos D. Antomo Torres ToriJa y D. Juan Cardona en
la cantidlid ~e catorce i:ml vemt1ocho pesos sesenta y ci~co centavos ($14,028 ó5 cs.)
.Lo que av:1so al público, para que las personas que qweran hacer postura lo verifiquen el
dia Y ~o~ citados; en concepto de que la Secretaría de dicha 1~ Sala dará las instrucciones
que m1mstran los autos.
México, Abril 26 de 1866.-Estéban Tomá, Ca~as, Escriban(epúblico.
919-3a-J

A.viso judicial.
En los ~utos' 4.ue sigue D. Mariano Bancbe contra la testamentaria de D. ]!'ernando Pouret
Y D~ M':nana D1az! sobre pesos, el Sr. .fuez 2? de Instmccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon,Pewcbe, á pedimento de D. Casimiro Rios, ha mandado se cite la almoneda con calidad
de rem}te,.del corral ó terreno situado en el callejon de Luna, cbn entrada por ~l meson de
S~n Ffanc¡gco,. de ls calle real de Santa Ana de esta ciudad, valuado por los arquitectos D.
~1cente Here~1a YD. ~anuel Rincon en la cantidad de 2,819 pesos 29 centavos, la que se venficará la mana~a del d1a 1 de Mayo del presente año, á las diez, en el Juzgado del espreaado Sr. Juez, situado 6Jl. el Palacio de Justicia calle de la Moneda.
·
México, Abril 21 de 1866.-Casimiro Ftrn•1ii.~z, Escribano público.
9-20-3s-1

l'IA.NO DE VlllVTA.
Un piano de rosa, de 8iete octavas, con todas las mejoraa moaeruas, enteramente nuevo, se
vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14, callojon de Santa Clara, primer piso.

DIVERSIONES PUBLICAS.
Domingo 29 de .Abril.

TEATRO .IMPE°RIAL.
COMPAÑL\ DRAMATICA.

En la tarde del referido dia, it las cuatro en punto, la compañia empresaria del Teatro Principal pondrá en escena las dos conocidas zarzuelas, denominadas: La isla de San Balandran,
y La cola del diablo.

'rE.ATRO PRINCIPAL.
C0111PAÑIA DRAMATICA .

En la noche, á la hora acostumbrada, se representará la comedia nueva, en tres actos, in·
titulada: La tertulia do confia11za.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRAMATICA,

En la tarde, á las cuauo on punto. se pone en escena la pieza quo se intitula: Los muebles
de Don Toni6,s, y en seguida la zarzuela denominada: La cola. del diablo, bailándose ademas
diveraas piezas.
•
En la noobo se vonen en escena las comedias intituladas: En la cara utá la edad, Los treinta
mil del pico, y Cuidado con los s.mbreros; terminando la funcion con una polka que bailará la
pareja principal del ramo.

JIEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL
.
.,

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                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

EL

,

DIARIO

IIPERI.O
Los número11 sueltos. valen 12 centavos.

TOMO

JJIEXIUO.-Viernes 27 de Abril de 1S66.

III.

SU'MAB.JO.
PARTE ~FICIAL.-Permiso áD. V. Escandonpara usar la Cruz de San Gregoriollagno.
-NombraIIllento del Sr. Delarbre para Caballero de Guadalupe.-Declaracionsobrerecurso1
de nnlidad en los juicios.-lndulto concedido á. dos disidentes.
PARTE NO OFICIAL.-Hacienda.-La Emperatriz en el Distrito de Otumba.-E:tposi-.
cion en Apam.-Minerales de Tasco.-~d. de Guanajuato.
Los españoles en .A.merica.

PARTE OFIUIAL.
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, 26 de Ab1il de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 25 del actual, Ha tenido á bien conce•
der permiso al Sr. D. Vicente fücandon, para que pueda usar la condecoracion
de Comendador de la Orden de San Gregario Magno que le ha4c-oñferido Su Santidad el Señor Pio IX.
'
S. M. el Emperador, por acuerdo de 22 del actual;Ha tenido á bien nombrar Caballero de la Imperial Orde~ de Guadalupe al Sr. D. TeófilP Delarbre,
en atencion á sus méritos y servicios.
F.1, Secretario encarl!" ·1o de la Gran Cancillería,

José II. Goozalez.

M, NI sTER Iolo E JusTfe I A.
SECCION 1~

México, .A.brif 25 de 1866.

Exmo. Señor: •
Dada cuenta al Emperador con el oficio de V. E., fecha 11 del actual, en
que adjunta el expediente relativo á b duda de ley ql}e ha ocurrido á la 1~ Sala de ese Supremo Tribunal, con ocasion del recurso de denegada nulidad interpuesto por D. Gumesindo Goirí contra un auto de la· 1~ Sala del Tribunal
Superior de Durango que desechó el expresado recurso deducido ~e8pecto de
una sentencia dictada en el juicio que contra dicho Goirí sigue D. Domingo Laurenzana, S. M. ha tenido á bien declarar, que no hay eluda en que tos recursos
de nulidad que al ponerse en observancia en cada Deparlamento la ley de 18 de
Diciembre último, no hayan sido definitivamente desechados ó admitidos, deben
considerarse como interpuestos, y con rste carácter sujetos á todas las pi;escripciones de la misma ley desde el dia eú que haya comenzado á regir en el Departamento en que se interpuso el recurso.
Lo digo á V. E. en respuesta á su citado oficio, y para los fines correspondientes.
El.Ministro de Justicia,
ESGUDEI~O.

Ex.me. Sr. Pre~idente del 'l'ribuual Supremo del Imperio.

-·-·MINISTERIO DE GUERRA.
1~ DIRECCION:-4~ DIVlilON.

México, Abril 25 de 1800.

S. M. el Emperador se ha servido conceder indulto á D. Luis y D. Adrian
Aguado que militaban en las bandas armadas dei cabecilla Riva Palacio, con
condicion de que firmen protesta de no volver á tomar las armas contra el Gobierno de S. M.
·
El General Subsecret.ario,de Guerra,

José María V. de la Cadena.

PARTE NO OFl(;IAL...

•

BACIEXDA.
No son los límites de un artículo de peri6dico los que pueden permitirnos
tratar una materia tan vasta como la de señalar recursos para la hacienda pública. La economía políLica es una ciencia que e1wuelve multitud de cuestiones y teorías bien difíciles, y ta11 variadas como discutible~ .. 'rampoco nos propottemos recomendar un s_istema para que sea preferido, ni indicar las reformas
del J&gt;lan hacendario de México. NO!l limitamos solamente á hablar de principios generales, de los recursos que deben explotarse en el país, y de la proba-

NuM. 397

bilidad suma de encontrar arbitrios para enriquecer el tesoro público, y tener
crédito, que es la co~secuencia. .
.
.
.
, .
.
Decir que en Ménco no ha habido hacienda m crédito publico, es decrr una
verdad que todo el mundo ha palp\\do; y asent~r que sin la un~ y el otro ~gun gopierno puede existir, es enunciar otra verdad mas conocida que la p,nmera. Estamos, pues, en la conviccion de c¡ue tenemos forzosamen~e que llenar
una necesidad indispensable y precisa, de h,iue depende la salvac1on de la so- ·
ciedad, su ¡1delanto y prosperidad.
·
Eu México no ha habido hacienda. En México, á pesar de los recursos con '
que la Providencia ha dotado su su~lo, los.gobier~os no hall; tenido la~ rentas
suficientes para proveer á sus neceSidades. Esta circunstancia se expb_ca ~uy
bie11, 110 por la pobreza del país ni por la ,sca'Sez de sus productos, que b~en
podrian, aun en los aiíos mas pobres, habar llenado con desahog? las atenmones de la nacion, y con la paz dar un sobrante, despues de cubrir las verdaderas necesidades.
La eaui;a c1e la escasez ha sido el des6r&lt;len y la guerra civil; la paralizacion
de todos los elementos del país y la mala administracion. Pero 1~ realidad es
que México tiene recursos sobra~os para e!lgrandecerse. Ha habido. ép~ca en
que casi solo la capital ha sostemdo u~ gobierno con un numeroso _e)6reito en
campaña, y el resto del país otro tambien CQll grandes fuerzas en pie de guerra· y á pesar de la mala administracion, de la paralizaeion del comercio, las arte~ y la agricultura, gobiernos y ejércitos se han sostenido y han dilapidado
sumss enormes.
Hay naciones que pasan por ricas, qu~ tienen los medios de atender á todos
los gastos públicos; y sin embargo, no cuentan con los elementos de riqueza
que tiene México. Lo que se ve generalmente en todos los pueblos de la tierra,
es que la Providencia les reparti6 las fuentes de prosperidad, á condicion de un
ímprobo trabajo para hacerse felices, y sin esa abundancia que vemos en nuestro país. A unos les di6 tierras feraces, pero sin los .elementos del comercio y
de la industria; :í otros los hizo comerciantes, negándoles la proporcion de ser
agrícolas. Todos, en fin, han tenido que suplir con un trabajo incesante, lo que
la naturaleza no les concedi6 6 les neg6 su posicion geográfica en el globo.
En México no sucede así. México posee las tres grandes fuentes de donde
viene la abundancia y la felicidad material de las naciones: la agricultura, el
comercio y la industria. Esta nacion puede y debe ser agrícola, industrial y
mercantil, porque sus tierras son de las mas feraces. La naturaleza no exige
grandes esfuerzos para producir con abundancia los frutos mas nobles y codiciados en el mundo.
•
Ei;tamos colocados en el punto ado.nde convergen los grandes caminos comerciales, y los Jbexicanos tienen la capacidad de elaborar las materias que
produce su suelo. A estas ventajas debe agregarse la riqueza de las minas.
En 'medio del abandono y del poco impulso que se ha da&lt;,lo á la exportacion,
en el año pasado han sálido para Hamburgo veintiocho navíos cargados con
frutos del país, con productos de los terrenos pr6x.imos á las costas. La exportacion podria hac:erse en grande escala de los efectos agrícolas, como la azúcar,
tabaco, algodon y los cereales, cultivándose la tierra, que en su mayor parte
está improductiva por falta de consumo y de brazos, pues es un hecho bien conocido que el labrador en México no aprovecha mas que la parte necesaria al
abasto interior, por no tener facilidad de la exportacion, ni los brazos suficientes para extender el e11ltivo.
·
Lo mismo 'acontece con los m~tales, como el fierro, el cobre y otros que podian figurar en los mercados extranjeros por su abundancia y buena calidad.
El dique q~e contiene este movimiento mercantil, son las cuestas, las montañas, las barrancas, en una palabra, la falta de caminos. Establézcanse las
vías férreas, y esta riqueza saldrá de la tierra para repartirse entre el erario y
el pueblo. Hace poco nuestras columnas publicaron UJ;l cálc:ulo de la exportacion posible del fierro por Tampico, si se hacia un ferrocarril de San Lllis á
este puerto, y el c6mputo era de poder extraerse veinte mil toneladas, valor de
Yeinte millones de vesos, que cambiadas por mercancías en el extranje10, harim1 un movimiento mercantil de cuarenta miltoues, que causarían seis de derechos para el.fisco.
La comunicacion interocéanica por Tehuantepec facilita iucuestionablemente
el comercio del mundo; y las rentas que de ese tráfico pueden sacarse, son incalculables. Tal vez ellas pudieran bastar al Gobierno para sus necesidades.
Hay Compañía que ofrece por el privilegio de la comunicacion de Tehuantepec,
pagar al Gobierno cinco pesos por cada pasajero, y ademas los derechos respectivos por las mercancías.
Es Terdad que todas estas mejoras demandan tiempo; pero tambien lg es
que solo al emprenderlas traen el crédito, desarrollan la riqueza y conducen á
la paz con las esperanzas que presentan: De toaos estos elementos vírgenes,
un Ministro puede sacar grandes ventajas que inmortalicen su nombre, si sabe
explotarlos, creándole suficientes fonclos al erario. ¿Qué comparacion puede

"'

•

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•,

•

haber entre estos recursos y los que tenia la Francia cuando Colbert l11zo su
reputacion financie1:a? ~in embargo, el genio del grande hombre supo sobreponerse á aquella s1tuac1011.
En 1778 y 79 se fir_m6 el .tratad? de Niem.es, ha?i~ndo la paz con la Holan·
da, la Es pafia, la Suema y el mpeno: En P~ns se hicier_on grandes fiestas. Ver·
salles debía hacer la suya, y esta deb1a ser d1~na _de Lms
Se habló_ al Rey
de un gran Carrousel, cuya magnificencia exc1taria la admirac1011 de los ilustres
extranjeros que iban 6. represiintar las dive~sas cortes de_ Europa. Los .gastos de
1
la guerra nabian agotado el tesoro. El pueblo estaba fatigado con h,s im~u_estos
y el Rey miRmo no pensaba afrontar un gasto. ante la economía del M1~1stro.
Esta ocasion se calculó para poner en desgrama ~ Colbert, p1;1es se preveia por
sus enemigos, que haciéndose 6 no la fiesta, caena en d~s~téd1to por lo~ gastos.
El :Ministro, sabiendo el golpe que se le preparaba, ~ng16 ignor~rlo y d1~p~so la
fiesta, habiéndole anunc1ado,al Rey que costaría un 1mllon ochoc1enta~ mil libras,
. suma que no existía en el tesoro. S. M., asombrado del gasto, renunció á ella. El
Ministro i11sistia y la anunció. La concurrencia· á París fué fabulosa. Todas las
poblaciones manufactureras lleval'On sus efectos y~~bo un enor_me consumo.. El
Ministro pidi6 4 S. M. Luis XIV, di~ri~se la fe8t1V1dad a'nunc1ada, y que ~Jera
un baile de corte. Los concurrentes asistieron mostrando sus galas y magmficas
vestidos que ya habían comprado para la otra fiesta. Esta se_ anunció o_tra vez,
para cuyo espectáculo se hicieron nuevas com~ras y preparativo~. Termm~da la
funcion, Colbert presentó las cuentas. Se hab1an gastado un m1llon doscientas
mil libras y quedaban en el tes_oro ochocientas mil, por,que ~os der~chos de l~s
mercancías y de los efectos traidos á la corte par~ el comerc1?, habrnn prod11?1·
do dos millones de libras.-México en su comercio, en su agricultura, en su mdustria, en sUs minas y en la posicion geográfica que g_uarda, puede proporcionar mejores oportunidades, y no ¡t.lta -una sola_ vez, smo para urear recursos
permanentes.
.
.
. .•
.
Si ha estado mal en su hacienda, es porque casi nunca se ha ~dmimstrado bien,
y casi siempre se ha gastado mal, porqu~ los gobiernos, aun l?s, 1:1as celosos,
han permitido fraudes, ;J los mas económicos han hecho gastos mutiles, y en fin,
porque jamas se han recaudado de 1?~ Departa!llenios l~s rentas que corresponden al gobierno con la pureila y actmdad debidas, teméndose presente que_ su
monto, bien manejadas, no,eolo cubriría los p_re_supu~stos departamentales, srno
que arrojaría un sobrante en favor d~ la admrn1str~cwn g~neral.
_
Conocidas las citusas porque MéXJco no ha temdo hacienda y senalados los
elementos que la constituyen, se deducirá que no es tan difícil formarla cual
corresponde y hacer nacer el crédito público.

f

;rv:.

La Emperatriz en el Distrito de Otumba.

t.

427

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL.. IMPERIO.

426

.

-~

no haber disfruta~? igualmente de_ la amable presencia de su ~ugusta esposa.
Hoy V. M. nos v1S1ta, y hoy tamb1en nuestros deseos son cumplidos, como cumplido nu&lt;J'Stro regocijo,
.
.
«Reciba, pues, V. M. el sincero y crecido afecto con qu? la saludamos, Y ac~pte los vofos que dirigimos al Sér S~1)remo por la prosperidad ~e V. M. Y por la
de vuesti·ó augusto esposo, nuestro ilustre monarca, pa1:a el bien de esta poblacion y distrito, y en, general para la felicidad de este pa1s, que tan generosamente VV. MM. han adoptado por suyo."

8

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"De la comision de señoras:- "Señota: Os presentamo5 los homenajes de amor
y respeto que por mi conducto os tributa el sexo débil d~ esta poblacion. Nue~tros corazones palpitan de júbilo al con~emplaros en medio de nosotras, y qmsiéramos poderos recibir qe un mo~o digno para cor~·e~ponder al alto hono_r que
nos prodigais: de este modo .9.uedar1an un tanto satisfechos nuestros ardientes
d~seos.
.
.
.
"Deseamos con vehomencia que el cielo• p~·olongue vuestros prec10so:; ellas y
loll de vuestro augusto esposo, pa~·a que po~ais termin3:· la grande obra de la regeneracion de nuestro querido pa1s. O~ pedunos una mirada maternal s~bre este
pueblo, dignJ&gt; por sus el~mentos de ~eJor suerte, . y no~ atrevemos, ~enora, fiados en vuestra bondad, a ponerlo baJO vuestra egida. ~1 V. M. lo admite, no ,ambicionarán mas sus habitantes porque v1,1estra mano bienhechora le colocara en
el lugar que le correspondc,_:'Margarita lle la Cueva."

Exposicion en Apam.

r.D.

f&gt;i·• .
A"'
&lt;

ffi·t

º'"'&lt;
~"'
r/2'"'

..

.Art. 1~ Todo socio cederá á favor de fa, Sociedad el objeto que presente á la
exposicion, ó un dibujo de él siempre que lo primero redunde en pe1juicio de sus
intereses.
.A.rt. 2~ El Jurado calificará el mérito del objeto, y los dueños quedan en el
derecho de fijar ~us precios para conocimiento dd público, á fin de que éste pueda hacer posturas sobre los objetos que le convengan. Los individuos que deseen desprender~e Je los objetos que presenten, lo manifestarán, á fin de que si
no hay postor&lt;:~, ~•· rematen en la rifü qm· se haga. Los domas, todos entrarán á
formar el Museo, llcvando,mcucion de 1~ elase los superiores, y de 2~ los de menor escala.
'
.Art. 3º Loa objetos 8erán:
I. Muestraa de m()tales: oro, plata, .cobre, fierro, plomo, zinc, estaño, platino,
mercurio, etc.
•
II. :Minerales: carbon de piedra, petróleo, asfalto, azufre, nitro, sosa, tierra de
porcelana, mármol, piedras de cal, yeso, magnesia, sílice, granit?, etc.
III. Granos, seda silyestro, lino, maguey, papa, caña de ma1z, maderas, gomas, frutas, plantas medicinales, productos ~im~les, etc..
IV. Objetos curiosos de historia natural, y ammales V1vos. •

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177 75
120 93

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Gobiernos, las Corporaciones ó cualquiera entidad moral, dejan de cumplir un
compromiso revestido de las formalidades legales que requiere.
. ..
Por consiguiente, en las reclamaciones de la clase que acabo .de mdicar no
procede la iotervencion del representante de S. M., mientras los mteresados no
acrediten que seles ha impedido el ejercicio de sus derechos y el uso de los recursos legales ante al Tribunal correspondiente; ó bien que despues de presentadas sus demandas les ha sido denegada la justicia co9 notoria infraceion de !,s
leyes que eu su favor invoquen. Una vez acreditado cualquiera de estos dos_ extremos, adquieren ya las reclamaciones á que 11e refieren, el carácter de motivadas por un atropello, y viene á legitimarse el apoyo oficial de la legacion en favor de los interesados, lo cual no sucede cuando se ha prescindido de los recursos legales para obtener la debida justicia.
Estos son los pri¡_¡cipios á que debe ajustarse la conducta de los representantes de S. M. en .América cuando hayan de dar .cm·so á reclamaciones de súbditos españoles; y no dudo que V . ... sab~á dejar satisfechos los deseos del Gobierno en la parte que le concierne.
Dios guarde á. V .... muchos años.- M. Bermullee de Castro."

A los s11Sc1~itores del Dfario;

Ms. 1,8i

&amp;-ancisco Jimenez.

Habiendo terminado el primer trimestre del año actual, se ,suplica á los suscritores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que
lo verifiquen inmediatamente, porque la .Administrácion del periódico necesita
:recoger el importe de todas las suscriciones vencidas hasta el 'dia último de
Marzo.
..

Minerales de Guanajuato.

Nombres
de las haciendas.

Cgs. demetal.

Valor aproxi-

Guadalup~ Pastita ....
F lores......•...•.• .
.San Matías ..........
Dolores Je Banera ...
Patrocinio............
San Juan ...........
Puerta Grande. . . ....
Durán ............. .
Dolores de Granaditas.
Noria .Alta . ...... ...
-San Luisito..........
S. Francisco de Pastita. ·
Salgado.............
Ran Agustin. . ... . . ..
Oa.¡¡as Blancas ...... :
Ptll"ísima... . . _. . .. . .
San Gerónitno .......
S. Francisco de Flores.
S. Antonio de Barrera.
La Trinidad .........
Cipreses .... . .......
Santa. .Ana ..........
,San Pedro de Rocha ..
P.i.rdo ..............
Sacramento..........
Rocha ......... ... ..
Sacramento de Barrera.

1,489 00
1,857 00
802 00
364 00
462
1,793 00
1,000 9
1,425 00
1,194 00
924 00
586 4
677 00
576 6
265 00
202 00
253 9
139 7
230 7
227 10
334 6
232 3
65 3
108 3
200 ,,
426 9
333 11
76

7,370
3,988
2,488
1,821
2,'762

ºº

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Total. .. • 16,245 3

Costo

4,876

55¼ 27 ps. por monton de 32 qq.
27½
"
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"
50
"
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"
QO
"
"
"
00

·ºº

4,525 76
1,565 31¼
3,131 12¼
529 21
2,069 10
4.699 26
1,329 26
516 20
1,371 00
412 16
91 4
437 6
648 00
928 54
996 63
40·00

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890
811 84
1,335 8
114 00

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49,747 51{

---\

I

.A.VISOS OFICIALES.

de maquila.

matiY.o.

1

Ms. 1,93

Estado que manifiesta la cantidad de mineral de plata beneficiada en el Dist,,ito de
Guanajuato, nombre lle "las haciendas donlle se Ita beneficiadfJ, número a~ cargas,
valor aproximativo de éstas y costo de maquiw..
·

Productos ,udurales.

J

$ 164 40

22=g21 ,, 7,a
2 ,,

Es copia. México, Abril 24 de 1866.-El Subsecretario interino de Fomento,

PROGR..UIA PARA. LA PROXDU.. EXPOSICION.

4º

2~
3~
4~
5~

No hubo beneficio·dc metales.
'l'a.sco, Abril 16 de 1866.-El Diputado 1~, Martín Chavarrieta."

•

En la. Sociedad de ayer lee'"mos lo siguiente:
Productos indu8triales.
"La ida de S. 111. la Emperatriz á Teotihuacau, se su;po allí con muy p~cas
horas de anticipacion, á pesar de lo cual hubo arcos, repiques, salvas, etc., a su
I. Hilados y tejidos, obras de metal, madera, ban·o, mármol, yeso, seda, palle,gada. Ademas de las dama-S y los CJiambelanes de servicio, acompañaba á pel, lana, algodon, cera, pelo,'hueso, marfil, etc.
.
S. M. el Sr. Ramirez. ·
II. .Azúcar de maguey, id. de papa, etc.; aguardiente de maguey, pulque en
''El 23 á las siete de la mañana, visitó S. M. las phámides de Teotihuacan; estado vinoso, etc.
pasó la n~che de ese dia en la hacienda del S_r: Escud~ro; salió á la ~a~ana siIII. Animales disecados, pieles en bruto y curtidas.
guiente en direccion del :Batan, donde la com1t1va tomo caballos para 1r .ª TetzIV. Figuras de madera, trapo, barro, etc.
cotzinco. Regresó al medio dia al :Batan, y despues de almorzar contmuó su
V. Productos químicos ó de farmacia.
marcha en retroceso, pasando por Texcoco á los famosos ahuehuetes del CantaVI. Instrumentos de todas clases.
dor á que dió á pié la vuelta, dirigiéndose á la hacienda de los Sres. Cervantes,
Belw.s artes.
lla~ada la Grande, don~e S. M. se detuvo á visitar á la familia. Provista allí la
I
.
Dibujos,
pinturas,
grabados,
planos y modelos de construccion.
comntva de otro carruaje y de los ti.ros q~e _necesitaba, cont~u~ h~s!a S,anta
II. Obras de antiguos mexicanos.
(Jla.ra, donde le espera.ha el ti.·en de ferrocarril, en que regreso a Mexico a las.
cincó y media de Ja tarde de anteayer.
81,plerf1ento.
''Las poblaciones del tránsito acogieron á S. M. con mucho entusiasmo, acomI
.
Antigüedades
de
todas
clases.
pañán&lt;lola multitud de gente á caballo.
. .
.
II. Cuantos objetos curiosos se puedan adquirir, especialmente en geología y
"En Teotihuacan fueron dirigidas á S. M. las s1gmentes alocuciones:
tecnolo(J'ía, tanto mecánica como arquitectónica.
"Del Subp;efecto.-"Señora:-El Distrito de Otumba, que ha tenido la ho~ra
.Art.
Para gobierno de la Comision de admision, la colocacion se hará en el
de recibir dos veces al Emperador, augusto esposo de V. ~r_., hoy que precisa- órden &lt;Jtlf.l forman los números siguientes: número 1, los I, II, III y IV; núm. 2,
mente es aniversario de su primera visita, disfruta la felicidad y el alto honor los I, II, III, IV, V y VI; núm. 3, los I y II; núm. 4, los I y II: las escalas. son
tambien, de que V. M. se digne pisar s~ ~uelo.
.
los números designados en el artículo anterior, limitadas á cada· ramo; y el nú"Sensible e~, Señora, que sean tan limitados los mo~entos que ~hemos_~1s- mero del objeto es el que le corresponda segun van mencionados, uno en_ pos
frutar de la presencia ~e V. M., y que la premura del_tiempo no ~ª!ª perm1~do de otro.
preparar una recepcion, que si bien no fuJr~ nunca digna del merito y -~levado
.Art. 5~ ,La Comision de admision invitará á todos los artesanos, labradores,
carácter de V. M., al menos shviese de debil muistra del respeto y carmo que industriale11, etc., para que remitan los objetos que gusten á la Exposicion, para
profesan á su augusta Soberana los habitan~s _del.Distrito.
.
ensanchar el círculo de ésta.
''Dígnese V. M. aceptar las placente~as felicitaciones que por mi co~ducto le
.Art. 6º El objeto mas precioso de cada escala se elevará á la exposicion futupresentan por su bienvenida, asegurándole que sus votos hácia. el O~mpotente, 1·a de la capital, para que la sociedad figure dignamente en ella, recogiéndolo,
se dirigen siempre para rogarle que cons()rve largos años la ex1ste~~1a del Em- terminada que sea la exposicion univeroal, para que venga á la coleccion de ésta.
perador Maximiliano y de V. M., de quienes estos p~eploá han recibido fr~cl~en.Art. 7º Un aviso, que se fijará en la puerta del salon, llenará lo demas que se
. tes demostraciones de benevolencia, y esperan la fehc1dad y el engrandecumen- hace necesario saber para el buen órden y rango de la exposicion apanense.to, regidos por su gobierno tan paternal cuanto sabio é ilustrado."
Apam, .Abril 25 de 1866.-El secretario de la ~ociedad, F_eliciano Madrid.
"De la autoridad local.-"Señora: Veis en derredor vuestro á las autoridades
de Teotihuacan á un pueblo que se engal:ma hoy, se regocija y viene presuroso
1'linerales de Tasco.
á saludar á su bella redentora, á la protectora del desvalido, á su m~y amada
"Estado que manifiesta la extraccion y'beneficio de minerales de plata habidos en el
Soberana. A nombre de es~s autoridades, tengo el honor de saludar a V. M. I.
mes de Marzo de 1866, segun los datos ministrados por los dueños 6 encargados
:Bien venida seais, augusta. princesa, y recibid ~ustosa el respetuoso y sincero
lle las negociaciones á que pertenecen w.s minas que se expresan.
homenaje de un pueblo q~e os ama, que os admira com~ la salv~dora de yuestra
nueva y desgraciada patria.. Yo deseara e~presar?s, Senom, cuan magn1fi~a ha
Ley média por carga.
Extraccion en cargas.
Su costo 6 valor.'
sido para nosotros la aurora de e~te dia; pero la simple palabra no es suficiente Minas: Por semanas.
Al nus. · Por $emanas. Al mes. Por semanas. Almes.
para manifestar la dicha d~ que está poseida y llen~ nuestra-alma con la presenMs. 1,20
$292 9
1~ 16 carg. 2 f@
cia de V. :M.: mas ya que no puedo complacer los vivos deseos de un pueblo q~e
~A 2~
255 95
23 ,, 8 ,,
con fé pura espera de vos su felicidad, á lo menos os ruega qu!} este ho.~ena;e,
"
H
3~ 16 ,, ,, ,,
28816
justísimo tributo á la virtud, i;ea considerado.por V. M. como un manantial cau"
~
232 20
1 4~ 13 "
1 "
p:l
daloso de gratitud que abrigan nuestros corazones."
"
21158
8 l 5" 7
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"
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" ~18. 1,20
$1.279 98
75carg. lll@
"Del }lárroco.-"Scñora: en fo. primera vez en que nuestra augusta- ~obcra,na
Ms.
1,40
$ 68 47
tiene la dignacion de visitar uno de sus mas pequeños pueblos, el humilde paró
11 ..,g. 1 ,a
66 91
~
2~ 12 ,, ,, ,,
roco de esta feligresía tiene· el alto honor de saluqar y felicitar á. V. :M. en nom"
75,,
~' 3~ 11 ,, 7 ,,
bre de todos sus feligreses.
t
"
11086
~
4~ 13 ,, 3 ,,
".Algun tiempo, Señora, estuvimos con el vehemente deseo de ver entre nos"
38 34
rJi
5~ 9
9 ,,
otros á nuestros predilectos Monarcas: S. M. el Emperador nos hizo por fin el
" Ms. 1,40
$ 359 58
56
11
honor. ,le visitarnos, y entonces no quedó en nosotros otro vacío; mas que el de

r'.

P. Plowes.

E1:1 copia extractada. México, Abril 25 de 1866.-El Subsecretario interino de
Fomento, Francisco Jimenez.
~

LOS ESl'AÑOLES EN AHEAICA.
1
El día 6 de Agosto, mes y medio despues de haber entrado el Sr. :Bermudez
-en el Ministerio, - comp~endiendo cuán peligroso era comprometer la política
.del país por imprudencias ó por reclamaciones de algunos 11úbditos españoles, dirigió á los representantes de S. M. C. en todas las repúblicas americanas, la cir-oular siguiente:
. '
"Con objeto de que· los Gobiernos ae las repúblicas de .América se persuadan
mas y mas de la rectitud de miras que animan al de España en sus relaciones con
ellos, y á fin tambien de que no puedan éstas resentirse de la mala inteligencia
qu8 ocasionaría la excesiva facilidad en acoger todo género de reclamaciones de
súbditos españoles, sin consideracion á su orígen y causas que las motivan, necesario es y de la ·mayor conveniencia que se establezca la debida distiucion entre aqtlellas reclamaciones que proceden t;le ilegalidades, atropellos y actos violentos cometidos en daño de las personas ó intereses de~úbditos de' S.M., acreedores á la proteccion del Gobierno del país en que residen; y aquellas que solo
se fündan en pe1juicios ocasionados por contratos, empréstitos voluntarios, suministroR y demas asuntos de naturaleza análoga, en que espontáneamente toman parte algunos espaiíoles, obrando con absoluta libertad y seducidos acaso
por la esperanza de un lucro inmoderndo.
•
•
"Las reclamaciones que se encuentran en el primer caso, es decir, que se fundan en causas de indudable justicia, deben ser siempre objeto del mas eficaz apoyo por parte de la legacion ele S. M., que no puede negar su proteccion ~ los intereses de los españoles cuando se les infiere un injusto pc1juicio por medidas
.arbitrarias ó abusos de autoridad á que no hayan dado motivo.
"Pero si los daños cuya indemnizacio~ reclamen los Íflteresados españoles, proceden de actos propios completamente hbres, y cuya naturaleza es la. de cualquier obligacion contraida ¡3ntre partes eón arreglo á condiciones libremente acept11das, natural y justo parece que la cuestion se ventile previamente ante los tribunales de justicia, como corresponde _en todos los casos en que las personas, los

BOLBTIN DE LdS LEFES,
México, 18 de Abril de 1866.- Se ha publicado la entrega núm.· 9 del Boletjn de las Leyes, y se halla para su venta, al precio de catorce centav.os, en esta
Administracion y en los expendios de papel sellado en que se han vendido -laa
anteriores,-:-El Administrador principal, José Maria de I caza é !turbe. 6a-4

.ADMINISTRACION DE BiENES N.ACIONALIZ.ADOS.
1
B.emate.
J
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, cuartel 1?, manzana 5~, núm. 1, calle de la Loca, en Oajaca, valuada en ($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del entrant.e
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez' '!/
Navarro.

6a- 3

Al.JMINISTRACION DE :BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.
Relacion de los espedientes que para su sustanciacion y pasarlos á dictámen deF Sr. Pr~
curador Imperial, se necesita de la presencia de los int.er~sados en esta oficina. .
Seccion l~-193, 868,869,867, 1,806, 1,817, 2,386, 2,011, 2,2-27, 2,372, 2,409, 2,584, 2,611,
2,618, 2,738, 2,850, 2,854, 2,866, 3,040, 3,074, 3,157, 3,32-2, 3,407, 3,489, 3,546, 4,157, 3,964,
3,806, 3,807, 3,940, 3,178, 3,961, 3,965, 6,166.
362 con el núm. 3 de Puebla.
7,535 con el núm. 79,1 t,le Puebla.
372
,~
13 ,,
5,425
,,
466 ,, Jrforelia.
373
14 ,,
,,
5,426
467 ,,
390
31 ,;
,,
5,427
,,
465 ,,
,,
798
,,
2 ,, Orizava.
5,428464 ,,
,,
84f&gt; sin número
,, Puebla.
5,431
461 ,,
,,
1,030 con el núm. 91 ,,
,,
5,433
,, • 471 ,,
,,
1,397 sin número
,, Ixmiquilpan. 4,315
,,
254 ,, Durango.
3,956 con el núm. 12 ,, Huamantla.
8,126 de D. Pedro Sosa, de San Angel.
4,000 sjn número
,, Villa Tlalistac, 2,935 sin número
·de Texcoco.
Oajaca. , _.l,984 con el núm. 2L ,, Jalapa.
5,150 con el núm. ll5 ,, Veracruz.
4,247
,,
186 ,, Puebla.
7,8.U sin número
,, Zumpanio.
4,249
184 ,,
,,
, 8,611 con el núm. 678 ,, Guad_alaJara.
4,252
,,
lfi7 ,,
· 4,196
,,
118 ,, Puebla.
4,253
,,
152 ,,
,,
6,100
,, • 402 ,, ,,
8,817 sin número
,, Iguala.
6,632
,,
151 ,,
Seccion 2~-4571 493,880, 1,778, 1,822, l,f.97, 2,014, 2,109, 2,134, 2,135, 2,149, 2,171, 2193
2,217, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460, 2,635, 2,928, 2,934, 2,936, 2,948, 3,065, 3,341; 3oo-i
al 3,645; 3,341, 3,478, 3,480, 3,572, 3,63', 3,675, 3,810.
'
1,106 de Querétaro con el núm.~..
1 4,751 de Puebla con el núm.... . . 197
1,533 ,, Guadalajara, sin número.
4,751 ,, ,,
. . . . . . 187
1,614 ,, Querétaro con el núm.... 2t 5,187 ,, Oajaca
. . . . . . 369
3,885 ,, ,,
sin número.
5,190 ,, ,, .
,, &gt;•••••'• • 373
4,362 ,, Puebla con el núm. _____ 648 7,620 ,, Puebla
,,
···-·· 1,733
4,497 de ·Guadalajara ,,
43 8,227 al 1643 de Puebla
.... _. 191
9,659 ,, Puebla
...... 1,090 8,451 de Puebla
,,
. . . . . . 546
Lo que se participa al público para conocimiento de los interesados.
México, Abril 26 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y Na-oaT'fo.

•

AJ&gt;M:INIS'rB.ACION GENEB.AL DE COB.B.EOS.
.A.VISO AL PUBLICO.

El aia 29 del corriente, á la.a cinco de la tarde, se despacha de esta Administraeion general
para Veracruz un estraordinario con la correspondencia que ha de C-Ondueir al esterior el
"Paquete inglés." Lo que se participa al público para Sil conocimiento y efectos correspondientes.
México, Abril 25 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
2s-1

Secretaría del Consejo de Estado.
Seminario nftm. 9.

Ignorándose la residencia de D:Santiago Vicario, y necesitándose en esta Secretaría para
hacerle una notificacion cm el espediente núm. 5,626 y anexo, se le emplaza tJOr el presente
para que concurra por sí 6 por apoderado, para el fii;i indicado; fijándose al efecto el término
de ocho dias, que comenzarán á contarse desde la fecha; apercibido que si no lo verifica, se
seguirá adelante el negocio sin oírle.
México, Abril 24 de 1866.
3a- l
Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en esta Secretaría
para hacerle,una notificacion en el espediente'núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el presente para que comparezca á ¡:!la dentro de quince dias, que comenzarán á contarse desde la
fecha; apercibido de que si nolo verifica, se aeguírií el negocio adelante sin oírle.
México, Ab~l7 de 1866.-Ei Subsecretario del •Consejo de Estado, José M. Rodrigiut
y Co,fo.
,
6a-4
• 1

\

,

�,
1

428

EL DIARIO DEL IMPERIO.
'

Escuelas r;i-atuitas.

Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-Núm. 865.- La
Comision de Instmccion pública, con fecha 10 del corriente ha participado al Sr. Alcalde
' municipal, que segun lo dispuesto por el Exmo. Ayuntamiento, han quedado establecidas y
abiertas para el público tres escuelas gratuitas para niños pobres, de las cuatro acordadas por
la misma corporacion; la primera en la calle de la Concepcion núm. 9, la segunda en la calle
de Muñoz núm. 3', y la tercera en la Rinconada de San Sebastian. Lo que por órden del mismo Sr. Alcaldé se pone en conocimiento del público, á fin de que los padres de famiiia que ·
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establecimientos mencionados.-.-El Secretario
del Exmo. .Ayuntam\ento, Luis G. Pastor.
6a- 2

J:Ml'OB.TAN~IJ.
Corte M~rcial de México.~Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
ToI?ás Sqnth p_ara una diligencia judicial, con motivo del asalto y robo que sufrió cerca de la
ganta· de Valle30 la noche del 18 de Enero último, y teniendo noticia de que este individuo
es transeunte, por el presente se escita á las autoridades de los lugares por donde pueda encontrarse, se sirvan notificar de arraigo á Smith, dando aviso á esta Corte Marcial; situada en
el _Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto co1Tespondiente á fin de que sea exammado.
'
México, Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
·
10-a- 3

AVISOS JÚDICIALES.
Venta judicial.
El Sr. Juez l\&gt; de Insrruccion de lo civil, Lic. D. José María Garay, por auto de esta fecha,
ha_~dado que s~ proceda á la venta de la sasa número uno y medio del callejon de Tepechichilco de esta ciudad, ,etasada por el perito D. José Higinio Gutierrez en la cantidad de
cuatro mil eetecientoa treinta y cuatro pesos; señalando al efecto para la última almoneda, con
calidad_de remate, el lúnes siete de Mayo próximo; á la una de la tarde. Lo que hago saber
al público, para que las persnnas que deseen hacer postura, con conocimiento de los indicados
a~tos, pasen á la Secretaría del propio Juzgado, en donde les serán !llinistradas las constancias referentes.
.
.
México, Abril 26 de 1866.-Manuel Vera, Escribano público.
918- 3a- l
,

Diputacion de Minería de Guanajuato.

JrHNd DEL BEPlJGIO, alias LOS TBOJrIPI.LLOS,

.A.VISO.

. La Diputacion de Minería del Departamento, por decreto de 14 del corriente, ha mandado
•1tar á los Sres.. Jecker y C~, vecinos de México, por medio de los periódicos intitulados Diario del hnperio y Stmanario Oficial, fijándoles el término de veinte dias, contados desde la fe.
•ha de la publicacion que se haga en el primero de dichos periódicos, para que establezcan
•n esta ciudad el apoderado de que habla el artículo 1? del decreto de 8 de Enero de 1865 á
:11.n de que los dueños de la mina de San Vicente de Paul, de cuyo fundo son aviadores aq~ellos señores, traten las cuestiones que desean¡ bajo apercibimiento que si no lo verifican en el
ténnino ya indicado,. que s~rá impr~rogable, les par~rá el perjuicio á que hnbiere 111$ª~·
Secretaría de la D1putac1on de Minería de GuanaJuato, 20 de Marzo de 1866.-Jgnacio R.
Jlffllllndez,, Escribano público de la Nacion.
. 912-3a-2

Aviso judicial.

En el j uicio seguido por J?. Manuel y D~ María de los .Angeles Osio contra el intestado de

D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez l\&gt; de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al remate de la ca~a núm. 2 de la calle de Corchero, embargada. al espresado intestado y valuada por el perito D . .Apolonio Tellez Giron en la cantidad de siete mil quinientos
pesos (7,500 pesos); señalándose para las almonedas los dias 23 del presente y 3 y 15 del
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se interesen puedan
instmirse pasando á informarse á e~ta Secretaría.
México, Abril l_Ode l866.-Joaqui11 Abadiano, Esclibano público.
894- 9a-5

• 1

A VJ:80 ll'fDB.ESAXTE.

:E:n los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo W agncr contra D. J oaquin Abadiano, sobre
pesos, el Sr. Juez 2? civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha señalado para la V'enta de los ranchos La Tenerla y Los Reyes, ubicados en jurisdiccion de Tlalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los días 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo próximo entrantes, á las
doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber al público pbr medio del
present!'l anuncio.
México, Marzo 22 de 1866.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion. 889-9a- 7

.

'¡

I¡;tiacio Dia~ 7.nujeque
vender~ al mejor postor, á la vista, al contado y sin reclamacion, todo el menaje de la hermosa casa de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme ~úm.12,
freµte al antiguo Tíboli, en los dias 26, Z'/ y 28 de Abril de 1866, á la una de la tarde, estando á. la vista el mártes 24 y miércoles 25.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz Triujequt.
Se arrienda UilJI bonita casa con muebles 6 sin ellos.
907-Bs-6
Teniendo la señora mi esposa D~Prajedis Aguinaga, varios negocios importantes que girar
en los Departamentos del Interior, c?nfiri? un po?er amplísimo e_n esta C_orte, _en diez de Enero del presente año, al Sr. D . .Antomo .Arias, vecmo de Guadala3ara, qmen sm embargo del
tiempo que ha trascurrido, no hay noti~ia de que lo haya puesfo en ejercicio, lo cual se infiere
de su falta de contestacion á diversas cartas que para indagarlo se Je han dirigido, Como el
Sr. .Arias es persona muy ocupada, acaso se perjufücarian sus intereses con la dedicacion efi.
caz á los negocios para que principalmente se le confirió el poder; y necesitándose de esta
eficacia para que no aumenten los perjuicios que ya resiente la interesa.da con la paralizacion
de sus negocios, y no por otra causa que en manera alguna pueda lastimar la bien sentada
reputacion del espresado Sr. D. .Antonio Arias, ha resuelto revocarle en el todo el espresado
poder, co..ao en efecto lo ha hecho en toda forma el dia de hoy, en que lo aviso á las personas
que tengan relacion con los neg~cios de 1!1Í señora, para que entretant? se h~ce el nombramiento de otro apoderado, se entiendan directamente con el que suscnbe, qmen desde esta
f11cha da por nulos todos los actos que se puedan ejercer por el Sr. Arias en ejercicio del poder que le queda revocado en el todo, y de que se le da aviso por conducto segu{o.
. México, Abril 2 de 1866.- Eduar'do Delpech.
897-8s-8

Venta judicial.

•

Contestacion á la Municipalidad de Zumpango.
En el núm..389 del Diario del Jniperio, correspondiente al dia 18 del corriente, aparece un
aviso de parte de la Presidencia municipal de Zumpango de la Laguna, diciendo qµe por sa.
berse que la testamentaría del Sr. Lic. D. Domingo Maria Perez y ]!'ernandez está concursa.
da se cuenta que el rancho de la Divina Providencia, ubicado en Zumpango, como pertenene~iente á los Propios de dicha municipalidad, fué adjudicado á favor del Sr. Perez y Fernandez, con arreglo á la ley de 25 de Junio de 1856, en la cantidad de do;¡ mil quinientos
pesos ($ 2,500) que reconoce especialmente el rancho esp~esado, siendo ademas respo~sable
al pa110 de quinientos setenta y ·cinco pesos ($ 575) que dice se debeB por causa de réditos...
Po~ toda contestacion espone el que suscribe, en representacion pe dicha testamentaría:
19 Que es de todo pauto falso que esté concursada ni espuesta á _llegar á tal _es.tado la citada.
testamentaria. 2? Que es igualmente falso que ésta debe la cantidad de réditos que se dice
por la mlmicipalidad de Zumpango. 3~ Que es falso que trate la misma testamental'Ía de ena.
1enar el mencionado rancho, para lo cual sin embargo tiene su derecho espedito, dejando intactos los que existen en favor de la espresada municipalidad de Zumpango.
En consecuencia, protesta el que suscrib" contra las falsedades espuestas, y protesta igualmente haéer valer los derechos de la testamentaría del Sr. Lic. Perez y Femandez por loa
daños y perjuicios que pudieran caUBarle á consecuencia del aludido aviso pnblicado por la
espresada municipalidad.
·
México, .Abril 24 de 1866.-Juan Verge, y Lobo.
916-3s-3

DE P ACHUC.A.

.

Aviso,-Desde Abril de 1858 soy dueño de veinte barras aviadoras en la mina de los
Trompillos de Pachuca. Mucho tiempo despues, y estando amparada la referida mina, los primitivos dueños, que me la habian cedido, formalizaron un segun.do avío con otras personas;
estas dividieron las acciones de ella en doce barras aviadoras y doce aviadas. ·Como este segundo avío jamas ha sido reconocido por mi, fué necesario se~uir un litigio en el Juzgado de.
Pachuca, dando por resultado que aquel tribunal, por sentencia definitiva., mandase co~ fecha
23 de Enero de 1864 "que se me restituyese á, la posesion de mi avío, y se me entregase la
mina inmediatamente.
·
La Compañía formada' por el segundo avío interpuso una tercería, y pidi6 que antes de ponerme en posesion de la mina, se la oyese: los tribunales accedieron á esta solicitud, ordenando tambien~ne se me pusiera en posesion de ocho barras aviadas y quedasen secuestradas
las cuatro restantes entretanto sean pagadAs las costas y perjuicios á que fueron condenados
los aviados.
Estoy, pues, en posesion de dichas barras, llamadas por ahora aviadas; y con objeto de que
el público tenga un perfecto conocimiento de que esclusivamente me pertenecen, hago la presente manifestacion; advirtiendo á la vez, que las· doce barras aviadoras están igualmente
comprendidas en la mencio»ada sentencia de 23 de Enero de 1864, suspendida por ahora únicamente respecto de ellas, mientras se decide la terce!Ía interpuesta por la Compañía.
México, 23 de Abril de 1866.-Mamlel Fiwttes.
913-3a-2

DIVERSIONES PUBLICAS .

Aviso judicial.
GRAN TEATRO IMPERIAL.
En. el juicio verbal promovido por el Sr. D. Ignacio Esquive! contra D. Estéban Muñoz,
1obre pesos, á su pedimento ha mandado .el Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel RenFUNCION EXTRAORDINARIA A FAVOR DE LA BENEFICENCIA PUBLICA,
don Peniche, se haga saber al Sr. Muñoz, que no habiendo ccncurrido á contestar la demanda, se da ésta por contestada y se recibe este negocio á prueba por ocho dias; detenninando á
QUFJ SE DIGNARA HONRAR CON su ASISTENCIA
la vez, que en el término de ocho dias se presente en su Juzgado, sito en el Palacio de Justic:ia, calle de la Moneda, á reconocer su firina, puesfa en un pagaré; bajo el. apercibiento que
S.11 1\11 A I E S TA D LA II MI' E B. A~ B. I Z.
haya lugar si no lo verifica, y adema&amp; se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, .Abril 24 de 1866.- Casimiro Fernandez, Escribano público.
915-3a-2
• En la noche ~e hoy se verificará esta funcion en el órden que sigue:
HIMNO NACIONAL.

Con1Jocatona,

Primer acto.- 1? Comedia en un acto, escrita por el Sr. D. Pelayo del Ca·stiDe 6rden de los señores Presidente y Jueces que forman la 1~ Sala de lo civil del Tribunal·
de 1~ instancia de) Departamento del Valle de México, se convoca á los que se crean con de- llo, lll;illlada: Los treinta mil del pico. Esta pieza será desempeñada por la comparecho á los bienes de la intestada D\' Teresa Marin, para que en el ténnino de treinta dias, ñía del Teatro Principal, que con toda generosidad y desprendimiento se ha presque se contarán desde la primera publicacion de este anuncio, .se presenten á deducido; bajo tado á una obra que es en provecho de la BENEFICENCIA. PUBLICA.
el apercibimiento de que les parará. el perjuicio que baya lugar.
·
2? En el intermedio, una pieza de Sacsophone, por el profesor Sr. D. José OrMéxico, Abril 18 de 1866.- Manud Romero, Escribano público de la Nacion. 905-3a-3
tiz, con acompañamiento de orquesta.. Este señor ha prestado sus servicios de
una manera generosa, escogiendo pa-ra tocar esa noche una preciosa composicion.
3? A continuacion, Cancion espaf!ola, por la señorita D~ Concepcion Mendez,
luzgado de letras de Cnernavaca.
quien animada de los mismos sentimientos que toda la compañía, ha ofrecido can.A.L PUBLICO.
En el espedientc de intestado á bienes del finado Presbítero D. Ambrosio Rueda seguido
en este Juzgado, he proveido un auto que en lo conducente dice:
'
''.Pu_blíquese el ~testado, á. CU)'.O fin se fijarán l'Otulones en esta ciudad y se convocará por
penódicos dji, la capital del Impeno á todos los que se crean con derecho á los bienes del
Presbítero D. Ambrosio Rueda; advirtiéndoles que si dentro de treinta días contados desde
la publicacion, no comparecen á este Juzgado por sí ó por apoderado á dedu~ir sus acciones
lés parará el perjuicio que haya lugar."
'
Cuemavaca, Abril 23 de 186P.-Francisco Zedillo.-Asistencia Brígido Calderon.-.Asistoncia, Jesus Patiño.
'
916d-3s-2

A VISOS PARTICULARES.
7'HN4, DE ,lt"UESTBd SEÑO&amp;~ DEL REFUGIO
EN GU.ANAJU.A.TO.

Hab~énd?se puesto en p_roductos la _mina de N~estra Señora del Refugio, aviada por D.
Gregono J1menez, y habiéndose verificado el pruner reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que susclibe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros
aviados y encargado de la tesorel'Ía, convoca á los poseedor~s actuales de las barras aviadas
para que ocurrall: á percibir la parte que les corresponda en el reparto. presentándose por sí I,
por persona. debidamente autorizada, y exhibiendo el título 6 documento que compruebe su
3:ctua~ poses1on, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su calificac1on.
.Guan11juato, calle de Belen nfim. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. Salgado. 899-30a- 5

I

tar La rnoza de mmbo.

SegULdo acto.-4? La divertida comedia en un acto, de D. José de Olona intitulada:_En la ca!·a está la edad, por la compañía del Teatro Iturbide, la qu~ ha
esta~o. ~1spuesta a consagrar para esta funmon todos los elementos que pudieran
ser utiles.
5? Di gioja insolita, wals, niúsica d~ Mauricio' Strakosch, por la señorita Joaquina Gonzalez.
6? Variaciones_ sobre temas esp_añoles y mexicanos, con guitarras y ja1·anita,
por los Sres. .A.ramas y San Martm. Estos señores al presentarse al públicq, animados solo por contribuir de alguna manera á una obra de beneficencia, suplican
se les pe~done si no tienen toda la ejecucion que desearan.
7? Bailes del pafs, por la pareja Maiquez, con acompañamiento de música de
b~dolones, etc. La pareja Maiquez, secundando la buena disposicion de la Compañía- del Teatro Iturbíde, ha querido tambien tomar parte en la funcion para
contribuir á una obra cuyo resultado para la Beneficencia depende del público,
si recibe con benevolencia los trabajos de las personas que se la dedican.
Las piezas escogidas por las dos compañías, son enteramente nuevas, y en los
teatros de Europa donde se hau daao, han sido repetidas siempre con aplauso.
El teatro, tanto en el interior como en el exterior, estará profusamente adornado é iluminado.
·
•

JIEXICO.-IMPRENT.A
IMPERIAL.
.
.

'

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                    <text>\

EL

DEL

DIARIO
Loll números sueltos valen 12 centa.voll.
TOMO

III.

lUEXICO.-Jne:ves 26 de Abril de IS66~
S17MAB.JO.

PARTE OFICIAL.-AlcaldemuniciJ!al de Tlaltizapan.-Licencia absoluta á un Teniente.
P AR';I'E NO OFICIAL.-Beneficenc1a.-Minerales de Zacatecas.-Correspondencia para

el extenor.

Exterior.-España y el Perú.
Denuncios y solicitudes.

PARTE OFICIAL.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
8ECCION 2~

México, Abril 25 de 1866.

El Gobierno de S. M: se ha servido aprobar el nombramiento hecho por esa
Prefect~ra ~n D. Donaciano Ay~starán para_Alcalde municipal de Tlaltizapan.
Lo digo a V. _S. en contestac1on.á su ofimo de 21 del corriente.-El Ministro de G?bernamon SAL.AZAR IL.A.RREGUI.-~eñor Prefecto del Departamento
de Iturb1de.-Cuernavaca.
lls copia. México Abril 25 de 1866.
El Subsecretario de Gobernacion,

Joaquín Noriega.

MINISTERIO DE GU-ERRA.
J~ DIRECCION.

M~xico, Abril 24 de 1866.

En _18 de Octubre del año anterior se expidió licencia absoluta al Teniente
del primer Batallon de línea D. Miguel Vivás, cuyo individuo no ha ocurrido
á recoger la credencial de dicha licencia, y deberá anunciarse en el Periódico
Ofici_al c_on objeto de que lo verifique, y de que se publique que no pertenece
al EJérc1to.
·
El General Subsecretario de Guerra,

José Mat·ía V. de la Cadena.

PARTE 1'0 OFifJIA~.
BEKEFJCENCIA.

,

NUM. 396

de la caridad, en medio de los aplausos de todos lo.s que sufrían, de todos los
desgraciados, en fin, de la gran maY,oría que cubre la tierra.
La cariclad se abrió un camino en el corazon ~el.rico, y el pobre fué objeto
de solicitu~ y cuidado. La sociedad humana dirigió una mirada de compasion.
á sus miembros afligidos. Fundó asilos para la indigencia, recibió al niño abandonado en la cuna, veló por él á su nacimiento y aun en el seno de la madre,
se propuso sostener hasta la tumba al anciano desvalido, á quien la ingratitud
había dejado sin apoyo, y se impuso el deper de auxiliar todas las necesidades
y todas las desgracias.
,
•
/
México no estaba marcado con el sello _del egoísmo y la falta de caridad.
Desde tiempos muy remotos tenia hospitales, orfanatorios, hospicios para los
pobres, asilos para la ancianidad y dotaciones para los indigentes. Penoso es
c¿nfesarlo; pero desgraciadamente todas estas instituciones venían cada día en
decadencia, la ruina era inevitable, y podemos asegurar que casi se cei:raban ya
las puertas de las casas ·de beneficencia á los ·desgraciados por falta de recursos.
Mas este sentimiento de la caridad pública_· adormecido, la indigencia olvi. dada y sus socorros en gran parte usurpado~, han encontrado un remedio poderoso y omnipotente. No solo en la capital, en todos los Depa~amentQs renace la beneficencia. Las primeras autori;lalles como los Comisár-io~ria-les, tienen la noble mision de miembros superiores de los Consejos de beneficencia; sus señoras tienen parte en tan meritorio encargo, y desde esta ciudad
hasta el 1íltimo Departamento, hay Cotnisione;, ·Consejós é instrucciones para
dar impulso á los establecimientos de caridad, erigirlos donde no existlQl, cuidar
de IR&gt; enseñanza de la juventud y socorrer todas las necesidades, desde las de
la infancia hasta las de la ancianidad.
·
Hemos visto las cartas é instrucciol\es dadas á las señoras de loa Comisarios
lmperi~les, para difu~1dir el espíritu de caridad y beneficencia en todas las po·
blaciones del Imperio.
Documentos admirables como el bien, y modestos como la virtud.
Nuestras columnas publicaron el 10 del presente el informe del Consejo
general de beneficencia á S. M. el Emperador, y el público ha conocido cuánto
se ha hecho en bien de las clases menesterosas.
Muchas veces las familias indigentes de la capital, han sabido que en su
desgracia tenían una puerta última abierta; y no llamaron á ella en vano: la.
caja. particular de Sus Majestades no se ha cerrado nunca ante el infortunio·l
Y s1 no estamos mal informados, los augustos Soberanos han consagrado discretamente una gran parte de su lista civil á esta fuente de beneficios.
No hay quien ignor~ la parte que S. M. la E~peratriz ha tomado en el renacimientq de la beneficencia y su influencia en las buenas obras. Ha consa.grado todo su esmero para.mejorar los establecimientos actuales de caridad:
Ypara cre~r otros allí en donde la humanidad doliente lós esperaba. Su au~.
gusta pr9teccion no puede sino producir nuevos progresos en ·tan laudables
institucidnes, y este ejemplo,.partiendo de lo alto, encontrará imitadores en
todos los corazones nobles.

Hé aquí, segun nosotros, el mas sublime testimonio, no solo de la O'euerosidad
t&gt;
'
de la filosofía y de.la virtud, sino de la grandeza del alma mas perfecta. Nosotros
· 110 dudamos afumar, que si la especie humana hubiera de desaparecer de la superficie de la tierra para da1· lugat á otra raza mas perfecta, ma~ inteligente y
superior al hombre, debería saharse de preferencia del naufragio, del incendio.
universal, una doctrina, una idea; la beneficencia. Ella podría servir de epitafio
á la humanidad muerta, para inmortalizarla y divinizarla ante la posteridad desconocida. Dios mismo se veria obligado á premiar ante su justicia la caridad
lmm~a, y á exigir su observancia á los nuevos seres mus perfectos. Sobre las
ruina.~ del mundo se leeria con rt cogimient.o h memoria de la beneficencia, ese
drama inmortal de tres actores: Dios, la caridad y el desgraci~do. Este drama
p~ede leerse ante el Sér Supremo sin distraerse de la Majestad y del temor &lt;lilffine1•ales de Zacatecns.
IMPERIO MEXICANO.-DEPARTAMENTO DE ZACATECAS.
vrno, porque es obra inspirada á la criatura por el -cielo.
La filosofía antigua habfa revelado las principales verdades sobre la fraterni- Estado qiu_, en cumplimiento de le dispuesto por S. M. el Emperador, expresa· el 11{¡miro dt
c'!rgas ~e mineral 4e p_la,ta, extrai~as en las mi,1a~ del Departameiito el mes de Marzo del cordad, la filantropía ó el amor del hombre á sus semejantes. E11 la India, la Chirumie ano, ll!I ~ Distrito de la capital, con expreswn de las Municipalidades á que pertenecen
n(¡mero de l1M1e11das, nom~res &lt;k éstas, vol.or aproximativo de la carga, costo de maquila y mé'.
na Yel Orioote hospitalario, se han practicado como una religion. Confucio,
tod~ emplead~ ~1 el beneficw de metales, segun consta de los estados ministrados por los proipietarios y admimstradores de las mismas haciendas.
,
Ciceron y otros filósofos, han dejado en sus máximas meinoria de la beneficen· Nombres
Metal To
Valor aproxic~a. Por l¡i. naturaleza, ¿qué somos? decia el Orad9r romano: despojos y víc.
TOTAL. _ Cost~ de
delasminas Cgas.
TAL.
mativo.
TOTAL.
MaqU1las.
timas de los animales. ¿De qué ot!o modo estamos seguros, sino ayudándol. Cinco Señores:
nos con mutuos oficios? Es cierto que la humanidad desvalida tenia en su
Sem~ 1~ 712
$1424
$1765 50
defensa estas doctrinas, que había quien tomara su causa; y sin embargo, el ~~
,, 2~ 835
1670
2079
mundo contenía en su sen~ al infeliz, al doliente, abandonados y sin verdadero ~
,, 3~ 737
1474. 00
1831 50
consuelo.
1620 00

.I

~

El cristianismo perfeccionó el corazon humauo y desarroll6 el sentimiento

N

------

l ,

4/ 810

., 5~ 613

ºººº

ºº

º'

2013 00
1518 00

1226
3707 - - -

7414 00 - - -

·9,207 00

'\

�422

EL DIARIO DEL IMPERIO.

Nombres ~etal TOTAL, Valor ~pro:ridelas minas (Jgas. .
mativo.

Costo de
Maquilas.

TOTAL.

~ - -- --- -

2. Juan Alonso:
Semª 1~
,, 2~
,, 3~
,, 4~
• P

466
466
.(60
463

5~ 266

3. San José: •
Sem~ 1~ 286
,, 2~ 326
,, 3~ 300
,, 4~ 320
,, 5ª 230.

2150 00
2150 00
2150 00
2200 00
1150 00
~121-798 00
837 50
931 00
1018 12
727 25
1468 - - ,

4. San Juan:
Sem~l~ 230
" 2~ 300
" 3~ 200
,, 4~ 310
,, 5~

5. Pinta:
Sem~ 1~
" i~
" 3~

" 4~
,, 5ª

"
"

,,

"
1040 - - -

"

"

" ,,
" ,,
,, ,,

"

72 ,,
" ,,
18- - - -

"

7. Patrocinio:
1
Sem~ 1~
2~

l
i

w.

,, 3~
" 4~
" 5~

8. Sauceda:
Sem~l~
,, 2~
,, 3~
,, 4~
,, 5~

"

900
300
600
300

"

,,

,,

,,

IJ

'7

,,

"

' ,, ,,

,, ,,

" ,,

772 87 - - -

ºº

1699 20
1843 20
2021 40
1886 40
846 00
- --

"

287 50

8296 20

5008 00

1600
2054
2194
1594
902

4000 Q0
4000 00
4000 00
4000 00
3000 00
8344 - - - 19000 00

3120 00
4017 00
4277 00
3107 00
19'50 00
16471 ·oo
- --

11. Florida:
Sem~l~
,, 2~
,, 3ª
,, 4~
,, 5~

700
700
700
700
700

5250 00
5250 00
5250 00
5250 00
5250 00
3500 - - - 26250 00

2100 00
2100 00
2100 00
2100 00
2100 00
- - 10500 00

13. Begoña:·
Sem~lª
,, 2ª
,, 3~
,, 4~
,, 5ª

646
653
640
643
372

1562 50
175.2 50
1775
1702 50
1697 50
3396 '- - - -

ºº ·

2068
2310
2354
2244
2244
8490 00 - -

2350 00
2350 00
3560 00
8000 00
1800 00
2954--- 18060

14. .Angeles:
Sem• 1~
"
" 2~ 600
" 3• 560
" 4~ 530
,, 5~ 420

"
2700
2240
2120
1680
2110 •

"
00
00
00
00

1300
1400
1400
1400
1200

00
00
00
00
00
11220 00
00
00
00
00
00

oo✓---

6700 00

,, "

1500 00
1400 00
1325 00
1050 00
8740 00 - - -

248 00
248 00
284'00
270 00
168 00

"
"40 00
30 óO

40
30

70--38151

2_030

ºº ---

1218

ºº

oo·

"
"60 00
45 00
70 00 - - -

$1 :H,370 O1

105 00
$87,917 20

1ª En la hacienda número 4 de este inf6rme, no aparece el valor de la carga,
por estar esta finca dedicada exclusivamente á maqúilas de particulares, y ser
tan vária la ley de los metales, que no le es posible al propietario dar el costo
aproxtmativo de rila. segun ha manifr·stado.
2~ Se notará que en varias bacienJas no beneficiaron más de una parte de
ca.rga en el mes de :Marzo último, por uo haberse trabajado en los dias de la semana mayor.-El método de beneficio lrn :--ido en todas las haciendas por amalgamacion, excepto en la de Patrociuio, que fué por fundicüm.
Zacatecas, Abril 15 de 1866.-El encargado del ramo, Lermardo Tovar.- Revisado.- El Secretario general de la Prefectura política, Mariano Sanchez."
Es copia. México, Abril 24 de 1866.- El Subsecretario interino de Fomento,

Administracion general de correoo.- Aviso al pú~li?º•-;-~l dia 29 d,el corri~nte, á las cinco de la tarde, se despacha de esta Admu11strac1on grnrrn I p,u-a \ el'acruz, un extraordinario con la correspondencia que ha de conducir al exterior
el "Paquete in"'lés."
Lo que se pfrticipa l\l público para su conocimiento y efectos corrct1po11dientes, México Abril 25 de 1866.- El Administrador general, Luis de la Peza.
0

,,

"
6260 00 - - -

470 00
430 00
440 00
400 00
290 00
679 - - -

2775

Correspon dencia para el Exterior.

1600
1600 00
1808 OO.

" ,,

588 00
684 00
684 00
613 50
305 50
2960 37 - --

medio de una circular dirigida á todos los l'epresentantes extranjeros residentes
en el Perú, excepto el español; siendo ademas de notar que hasta ial punto llegó
en aquel caso la falta de miramiento, que tambien- se privó de toda notificacion
al vicecónsul de Espaiía en _el Callao, mero agente comel'cial y desprovisto por
completo de representp.cion -política.
.
En odio á España publicó el mismo gobierno un decreto anulando todos los
actos de su antecesor; decreto encaminado indudablemente á destrnir el convenio del Callao, por mas que una medida de aquel género no puéüera atacar por
ningu'n título la validez y eficacia de un pacto solemne i)lternacional. Poro haciendo un alarde mas descubierto' y público todavía de su animosidad contra España, el gobierno de Lima prohibió, so pretesto de considerarlo como contrabando de guerra, el embarque del ca1·bon necéaario para el consumo de nuestra es:
cuadra, al paso que consintió, sin reparo ni embarazo, la exportacion del mismo
y auu de otros artículos de iguál importancia para los buques destina4os á Chile.
''Tales son, Sr. Ministro, los hechos que en su dia, han de servir de prece,
dente para hacer que. recaiga sobre quien debe la responsabilidad del rompimiento. La significacion y gravedad de todos ellos no han servido de obstáculo sin embargo, para que yo invitase vivamente á V. S, á permanecer en Madrid,
mientras pude tener la esperanza de que el gobiern9 peruano, procediendo- con
mayor cordura, se abstuviese de declarar la guerra á España; pero la determinacion definitiva de V. S. me inclina á sospechar que aquella esperanza era probablemente infundada, y en su consecuenr,ia he creído de mi deber recordar como declaracion preventiva y terminante los hechos que preceden.
·
· "Réstame ahora reiterar á V. S. por despedida las seguridades de mi mas éüstinguida consideracion y particnlai· estima, teniendo al mismo tiempo el singular
placer por· mi parte de manifestar que, dlll'ante el curso de nuestras relaciones
oficiales, he encontrado en V. S. un constant13 deseo de conciliacion y de hacer
cuanto en su mano estuviese para resolver pacíficamente las cuestiones que nos
estaban confiadas.- Manuel Bermudez de Castro."

TOTAL.

Francisco Jimenez.

ºº

2000
2000 00
2260 00
2504 - - -

546 00

287 50

3532 50 ,
3942 40
4492 00
4192 00
1880 00
18038 90
4607 - - -

,,

ºº

n

n

"

60

ºººº

2100 00 - - -

614 62
714 75
714 75
'573 50
342 75
1365 - - -

,,

" 5~

TOTAL.

Cost~ de
Maquilas.-,

ÜBSERVACIOl(ES.

10. Herrera:
Sem~ 1~
,, 2~
,, 3~
,, 4~
,, 5ª

12. Granja:
Semªl~ 6.25
,, 2~ 701
,, 3~ 710
,, 4~ 681
,, 5~ 679 ·

\

154

,.
17.' p uns1ma:
Sem~ 1~
" 2~
3~
4~

"

196 00
84 00
112

16. Cál'men: ·
Sem~ 1• -140
" 2~ 140
" 3~ 16¡
" 4~ 154
" 5~ 84

'l'OTALES........

,,

60 ,,
,, ''
72 - - -

772 87

"

3720 50

,,

,,

18 - - -

4500 00

ºº

,,

,,

9. Bernardes:,
Sem~ 1~ 800
,, 2~ 800
,, 3~ 904
,, 4~
" 5"

n

"

00
00
00
00

280
326
326
263
, ,, 5ª 170

2028 00

"

Nombres Metal To
Valor apro:xide las minas Cgas. TAL. mativo.
15. Refugio: ·
Sem~l"
,, 2~
,, 3~
,, 4~

00
00
00
,,

"

,, ,,

,,
"18

942
1024
1123
1048
470

,,

'

250 - - -

,,

"

455
585
390
598
,,

",, ",,

6. San Bernabé:
Sem~ l ~ 90
" 2~ 40
,, 3~ 70
" 4~ 50

, ,, M

731 00
784 00
7,65 00
833 00
607 50
4311 87 - - -

"
"

"

"
18

1000 00
700· 00
1200 00
900 00
700 00
9800 00 - - -

TOTAL.

Eb DIARIO DEL IMPERIO.

5275 00

ESPAÑA y :EL l'EB.U.
Hé aquí las últimas comunicaciones que mediaron entre el :Ministro de Estado español y el Representante del P erú en Espaiía,cuando éste dió por terminadas sus relaciones diplomáticas.
"El Ministro de Estado al :Ministro plenipotenciario del Perú.- Palacio, 9 de
l!~ebrero de 1866.
"Muy señor mio:-.A.l dirigirme por última vez á V. S. oficialmente, como ahora lo hago, cumple á mi deber dejar anotado de una manera terminante, para
que consten siempre que convengan, los hechos que han precedido á su retirada,
como las circunstancias que en ella han concurrido, á fin de .poner en claro de
antemano á quién deba in11rntarsc la responsabilidad de las consecuenciaE.
"Tres dias haoo que V. S. me manifestó verbalmente su propósito ~e retirarse
de esta corte y de dar por terminada su rcprcsentacion diplomática, -bajando en
prueba. de ello, como despues Jo ha hecho, el escudo. nacional de la legacion de
su cargo.
"No encontrando yo fundamento bastante para tan grave determinacion, invité á V . S. á permanecer en Madrid como representante del gobierno peruano,
asegurándole que seria Qonsiderado de igual manera que hasta entonces, supuesto que España, lejos de querer un rompimienty, deieaba mantener y estrechar
en lo posible las buenas relaciones con· el Peru. La insistencia de V. S. me obligó á respetar, no sin sentimiento, su resolucion; pero por lo mismo desde aquel
instante me creí precisado á recordarle ciertos antecedentes, necesarios hoy, para que aparezca bien deslindada la respectiva posicion en que quedan ambos gobiernos.
"Permítame V. S., pues, seiíor Ministro, que invoque su propio testimonio
para hacer constar que por mi parte he estado siempre dispuesto á resolver de
una manera conciliadora y amistosa todas las cuestiones pendientes entre lspaña y el Perú; hasta el extremo de ceder en cuanto era posible, movido del constante, deseo de formalizar pronto, para evitar dificultades ulteriores, el tratado de
paz y reconocimiento que, ya próximo á su terminacioñ, quedó en suspenso,
merced al cambio de gobierl}.O ocurrido en aquellá república.
"Este mismo espíritu de conciliacion y benevolencia inspiró lai, instrucciones
que llevó al Perú el representante español D. Jacinto Albistur, como tambien
las que repetidamente se le i;omunicaron despues. En unas y otras se le ordenaba evitar todo motivo de desavenencia, permanecer neutral en las discordia~ interiores del país, sin mostrar especiales simpatías por ninguno de 1o~ partidos
contendientes, y continuar, en suma, en buenas relaciones con el gobierno establecido, cualquiera que este fuese. La iinpareialidad del Sr. Albistur correspopdió, sin que en ello quepa duda, á tales prescripciones: de forma que. el gobierno
de S. M. puede estar completamente satisfecho do no b;-i.ber desmentido en manera alguna su buena fé y' amistosos sentimientos para con la república peruana.
"En cambio, el nuevo gobierno de Lima, procediendo desde un principio con
ánimo manifiestamente hostil, dejó conocer bien pronto su propósito de provocar
un rompimiento con España y de aliarse con la república de Chile, nuestra actual enemiga. Su advenimiento al poder f~é notificado á las demas naciones por

423

Por tanto, á V. E. suplico se sirva acceder. á mi peticioh, en lo que recibiré gra-'
cia.- Hambur~o, Febrero 13 de.1866.-German Polhs.-E~o. Sr. Ministro de
Fomento.- México."
.
Lo que se publica en el Diario del Imperio conforme al artícvlo 14 de la ley
de 3 de Noviembre de 1868.- El Subsecretario interino de Fomento, Francisr.o

Jimenee.

•

DENlJNCIOS ANTE LA PREFECTlJRA· POLITICA
que se publican en el Diario del Imperio conforme al articule 14
.
de la ley de 3 de Noviembre de 1858.
.
(3~ publicacion.)

"Sello tercero.-Segunda clase.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.- Cuatro reales.-Un sello.- Imperio Mexicano,-:Ministerio de Haciencla.-Valga para los años de mil ochocientos sesent~ y seis y
sesenta y siete.- El Gefe Director de la Sección 3~- Firmado, ,Agusttn Tornel.
-Exmo. Sr.- Manuel Monterubio, Tranquilino Monterubio, Dolores Ju~rez
y Longinos Ca.macho; el primero natural de Tex,coco, el segundo de .A.totomleo,
el terce~o del pueblo 4e Xometla, de oficio mineros, y el cuarto de Tepetlaxtoc,
vecino dé Texcoco y de profesion comerciante, ante' V. E. comparecemos y decimos: que en la loma de Santa-.A.nna, de la pertenencia de la hacienda de Chapingo, por ambos lados del rio, hemos 'descubierto un criadero _de oro ~on 'ley ~
plata, del que ante V. E . hacemos formal denuncio, con arreglo al articulo pri-_
mero, título sexto de la Ordenanza de Minería.- .A. V. E. pedimos que con arreglo al artículo quinto...ilel- mismo título, se sirva admitir nuestro registro, y que
tomada razon ·de él, se nos devuelva para nues~l'O resguardo, librando las órdenes
á que haya lugar conforme á la misma Ordenanza.- Es justicia que p~dimos, j~rando lo necesario.-Texcoco, Enero veintisiete de mil ochocientos sesenta y seis,. "El Ministro plenipotenciario dél Perú al Ministro de Estado.- ~adrid, 21 de - Firmado: Manuel Mrmterubio.-Tranq1dli-rt-0 Monterubio.- Dolpres Juaree.
Febrero de 1866.
·
- Longinos Oarriaclto.- Exmo. Sr. Ministl'o_de.Fomento.- Al márgen:-:-Den~"Exmo. Sr.- Impedido por una grave enfermedad durante varios dias·de po- cian un criadero de, oro en la loma de Santa-..Anna, llamada de la Purzsima, Disder contraerme á ningun asm¡.to, he retardado, bien á pesar mio, el acuslr reci- trito· de Texcoco.' 1- Vuelta.- Enero veintil!ueve de sesenta y seis.- Téngase
bo á V. E. de la nota que se sirvió dirigirme con fecha 9 del corriente.
'por hecha la denuncia _en cuanto há lugar en derecho.- Expídase á los d~nun''En nuestra última entrevista, al manifestar á V. E. verbalmente la resolu- ci¡mtes el correspondiente certificado, con expresion de la_hora en que_ se hizo la
eion q~e habia formado de retirarme de esta corte, le expresé las razones que denuncia.-Publíquese ésta por los p~riódiéos, ó al menoa en el oficial, la~ ve· me obhgaban á dar este paso, al mismo tiempo que el profundo sentimiento con ces que sean necesarias para la debida publicidad-_yPara loé efectos del articul~
que lo verificaba, muy particularmente teniendo presente los buenos «;Ieseos que cuarto, tftulo sexto de las Ordenanzas de Minería.-Dése conocimiento al Mihabía encontrado en V. E. en nµestras últimas negociaciones para.dar á estas un nisterio de _Fomento.- Por el señor Prefecto, el Secretario general, Oárlos Zatérmino satisfactorio. Desgraciadamente han cambiado las circunstancias, vinien- vala.- Un sello.- Prefectura política del Departa.mento del Valle de México.do á ser infructuosos nuestros propósitos; y el retiro del Ministro de S. M. C. En la vuelta.-Se ha presentado hoy á las doce y media del 1ia.- Enero veiD.de Lima, no me ha dejado otro camino que -seguir, que el dar por concluida mi tisiete de mil 'ochocientos sesenta y seis..- l!'irmado: Gomez de Portugal.
m1s1on.
"Por lo que respecta á los diferentes hechos que V. E. ha tenido por convets~ publicacion.)
mente exponer en su nota del 9, atribuyéndolos á un espíritu de hostilidad hácia España por parte del nue, v gobierno del Perú, siento no poder dar á V. E.
"Segunda clase.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesenta
las explicaciones que desearía con el fin de satisfacerlo, por no tener conocimien- y cinco.-Un.sello.- Imperio Mexicano.-Ministerio de Hacienda.- Valga para
to oficial d~ esos hechos; debiendo limitarme por consiguiente á asegurar á V. E. los años·de mil ochocientos sesenta y s.eis y mil ochocientos sesenta y siete.- El
que trasmito copia de su comunicacion á mi gobierno.
Gefe Director de la ~eccion 3\ Agustín Tornel.~ Hipólito Cabibel, súbdito fran"En medio de la profunda peña con que he visto intemunpidas nuestras rela- cés, de ejercicio fundidor de fierro, y v'ecino de esta capital, ante V. S. con el
ciones, es para mí una gran satisfaccion la justicia que hace V. E. á los senti- debido respeto hago presente: que he descubierto una milla ó criadero de fierro
~i~ntos de que me he hallado animado en el desempeño de mi misión: y agrade- en el Distrito de 'l'lalpam, en la falda -oriental del.cerro de Tlazala, del pueblo de_
ciendo como de?o las prue~as de c,ons~deracion que ~e recibido d_e V. E., apro- San Pedro Actopam, á orilla del camino que va á Milpa-Alta; y deseando _explo- ·
vecho esta ocas10n para reiterarle a m1 vez las seguridades de m1 alto aprecio: tarla, usando del derecho que me conceden las Ordenanzas del I'amo y decretos
-Domingo Valleriestra,"
·
vigentes, hago formal denuncio de ella; y-A V. S. s11plico, que habiéndola por
aéln}itida, se sirva mandar se haga el asiento correspondiente, y dicte las dcmas
providencias que son consiguientes, en lo. que recibiré gracia yjusticia.-Méxi-•
SOLICITUDES DE PRIVILEGIO
co, Febrero 26 de 1866.- Hipólito Oabibel."-Prefectura. política del Departamento del Valle de México.-Febrero 27 de 1866.-Téngase por hecho el deANTE EL MnfrSTERIO DE FO.MENTO.
nuncio en cuanto haya lugar en derecho: regístrese en el libro respectivo, devolviéndose
despues al interesado: publíquese en la forma prevenida en las Orde(2~ puluic1.cion.)
México, Marzo 17 de 186b.
nanzas y en el periódico oficial, y dése aviso al Ministerio de Fomento.-Por el
Solicitud de D. Ji,lio Arnaud, pidiendo privilegio .exclusivo por la introduccion señor Prefecto, el Secretario general, Cárlos Zavala.
de un nuevo método para fundir fien·o colado.
"Segunda clase.-Sello 2~-Ouatro pesos.-Para los años de mil ochocientos
A Jos suseritores .del Dia1•io.
sesenta cuatro y sesenta y cinco.-Imperio Mexicano.-Ministerio de Haeienda.- Va,ga para los años de 1866 y, 1867.- El gefe Director de la Seccion 3\
Habie11;do terminado el primer trimestre del año actual, se suplica á los s1,1sAgustín Tornel.-Exmo. Sr. Ministro.-El qne suscribe, Julio Arnaud, origina- critores que no hayan pagado ade1antada la'suscricion, como deben hacerlo, que
rio de Francia, como consta por la carta de matrícula adjunta, maquinista de lo verifiquen inmediatamente, porque la Administracion del periódico necesita
profesiou, que vive en.la calle de las Delicias núm. 2, se dirige á V. E. c9n el recoger el importe de todas las suscriciones, vencidas hasta el dia último de
objeto de pedir patente de introduccion para ocho años por un nuevo método pa- Marzo. ""
m fundir fierro colado.-Al efecto remito adjunto un pliego cei;rado con la descripcion del procedimi9nto, y uu dibujo del aparato.- Oomo el buen éxito de esAVISOS OFICIALES .
te nuevo método ha de producir buenos resultados en favor de la industria del
país en general, espero se servirá V. E. apreciar debidamente mi demanda._-Queda de V. E. su muy atento servid'or.-J. Arnaud.- Exmo. Sr. Ministro de
.AD:MINISTR.A.CION DE BIENES . N.A.CION.ALIZ.ADOS.
]!'omento."
B.:EIM:A'l':E.
Lo que se inserta en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3
Se p~cipa al público que con arreglo á los artíc~tlos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrer•
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jide 186:i, se-va á proceder al del terreno situado' en subutbios de la ciudad de Oajaca valuad•
menez.
en noventa y siete pesos cincue~ta cent~vos; y s~ publica para que las personas qu'e deseea
hacer postura ocurrl\ll á esta oficma el d1a 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana ea
cuya hora se verificará e¡¡ta almoneda.
'
(2~ publicacion:)
México, 1,farz'o 16 de 1866.
México, Abril 17 de 1866.- El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y NaTJam,.
6a- ( ,...Soli~tud &lt;J1tf! ~iac~D. Ger-i_nan Pokls_ á no":7&gt;re tlel ingeniero D. Alfredo Nobel, pi-

i

'.
I

diendo primlegw exclusivo por la invencion de un método para aplicar el nitroglycerin, como agente destinado á la Minería.
"Ex~o. S~·.-G-erman F. Polhs, ant_e V. E.. con e~ debido respeto expongo:

que el _mgemero D. Alfredo Nobel ha mv~ntado un metodo para aplicar el nitroglycerm como agente para hacer volar piedras, peñas, &amp;c., con un éxito muy
superior al que puede produ~ir la pólvora.-El Sr. Nobel desea asegllrarse las
ventajas que le debe producir su invencion, solicitando del Ministerio de Fomeuto del Imperio Mexicano, una patente para la importacion y expendio exclusivos
en el Im.pe~o, ! eventualmente para su elaboracion, para cuyo efecto dará su
~oder especial ~· los Sres. Sohole Lohmann y C~, de ~uanajuato.-La imposibilidad de conclwr el poder para este correo, es el motivo porque anticipo la present~~ion de la solicitud n;ediante el ocurso presente, qu,e ruego á V. E. se sirva
admitir como presentado, a fin de que surta los efectos a que hubiere lugar.-

ADMINISTR.A.CION DE BIENES N.A.CION.ALIZ.ADOS.
AVISO.
Necesitándose de la presencia de D. Plutarco Montesale Oca en la Caja de esta AdminiBtmcion para un negocio relativo á su persona, se le hace saber por el presente aviso, para que
se sirva pasará la espresada Caja á entenderse en ella con el Cajero, que lo es el Sr. D. José
M. Bros.
•
México, Abril 21 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suaru ,
Navarro.
_
..
3a-2
Prerectura poli tica del Departamento del Vaile de Jr.réx-ice.
SECCION DE JUSTICIA.

.México, Abril 17 de 1866.-En el Distrito ·de Chalco han sido recogidos dos caballos estraviados de sus dueño¡¡; y á fin de que estos puedan recogerlos, se anuncia al público por m11dio del presente aviso.-El Secretario general de la Prefectura, .Cárlo, Zal!ala.
3a-:-3

-..:

�424

EL DIARIO DEL IMPERIO.
.AIJMINISTR.ACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
,
.&amp;.VISO.

ALMANAQU. .E tMPERIAL

Relacion de los espedientes que para su sustanciacion y pasarlos á dictámen del Sr. ·Pro. PARA 1866.
eurador Imperial, se necesita de la presencia de los interesados en esta oficina.
Seccionl~-193, 868,869,767, 1,806, 1,817;2,386, 2,011, 2,227, 2,372, 2,409, 2,584, 2,611,
Este .Almanaque es sin disputa el mejor de cuantos se han publicado en Méxi2,616,.,2,738, 2,850; 2,854, 2,866, 3,040, 3,074, 3,157, 3,3'2-i, 3,407, 3,489, 3,546, 4,157, 3,964,
co hasta ahora. Consta de mas de 400 páginas de impresion limpia, hermosa y
3,806, 3,807, 3,178, 3,965, 6,166, 2,940, 3,961.
correcta, hecha en papel de lujo, y contiene una multitud de noticias curiosas é
362 con el núm.". 3 de Puebla.
4,196 con el núm. 118 ,, Puebla,
interesantes, que son necesarias para muchos, y útiles para toda clase de per37~ ·
13 ,,
6,100
40-~ ,,
373
.,
14 ,,
6,632
,,
l51 ,,
sonas.
390
,,
31 ,,
,,
7,267
,,
252 ,,
· Está diyidido en cinco secciones y un Apéndice.
·
798
. ,,
. 2 ,, Orizava.
4,247
186 ,,
La 1~ contiene notas cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas .na84fi sin número
,, Puebla.
4,249
,,
184 ,,
cionales.
1,030 con el núm. 91 ,,
,
4,252
,,
167 ,,
1,397 sin número
,, Jxm'¡quilpan.
4,253 ·
152 ,,
,,
La 2~ trata de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuer· 1,398
,,
,,
5,425
466. ,, Morelia.
po
diplomático mexicano y extranjero, Casa del-Emperador y de la Emperatriz,
1,438
,,
,, Chalchicom~
5,426
467 ,,
,,
Secretaría privada y Ministerio de la Caaa Imperial.
1,603 con el núm. 10 ,, Querétaro.
5,427
465 ,,
La seccion 3~ contiene 11oticias de todos los Ministerios y de las dependencia•
3;956
,.
12 ,, Huamantla.
5,428
464 ,,
4,000 sin número
,, Villa Tlalistac, 5,431
461 ,,
de cada uno.
·
Oajaca.
5,433
,,
471 ,,
,,
La
4~
está
destinada
á
la
Gran
Cancillería
y
á
las
Ordenes
Imperiales:
con5,150 con el núm. 115 ,, Veracruz.
4,315
,,
254 ,, Durango.
tiene
los..nombres
de
todas
las
personas
condecoradas
con
ellas,
los
de
los
mexi7,841 sin número
,, Z11IDpan¡;'O,
2,935 sin número
,, Texcoco.
canos que tienen condecoraciones extranjeras, y los de los extranjeros que tieneD
8,611 con el núm. 678 ,, GuadalaJara.
8,126 de D. Pedro.Sosa, de San Angel
1,984
,,
21 ,, Jalapa.
condecoraciones mexicanas.
·
.
Seccion 2~-457, 493,880, 1,778, 1,822, 1,597, 2,014, 2,109, 2,134, 2,135, 2,149, 2,171, 2,193,
La seccion 5~ trata de la Prefectur~ del Departamento de México, de los Tri!,217, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2;460, 2,635, 2,9'28, 2,934,.2,936, 2,948, 3,065, 3,341; 3,092 bunales, Corporaciones y Oficinas públicas, establecimientos de enseñanza y beal 3,645¡ 3,478, 3,480, 3,572, 3,63}, 3,~75, 3,810, 3,884.
l
neficencia, etc., etc., etc.
:
1,106 de Querétaro con el núm....
1 4,497 de Guadalajara con el núm.. 43
·
El
.Apéndice
contiene
los
cambios
de
personal
que
han
ocurrido en la Corte y
1,533 ,, Guadalajara, sin número.
5,187 ,, Oajaca
,,
.. 369
en el Estado, durante la impresion del .Almanaque.
1,614 ,, Querétaro con el núm.... 21 5,190 ,, ,,
,,
373
El extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porque
3,885 ·,,
,, ·
sin número.
7,620 u Puebla
u'
__ 1,733
4,362 ,, Puebla con el núm...... 648 . 8,227 al 1643 de Puebla
. . . 191
no lo consienten la multitud, extension y variedad de sus noticias.
•
4,535 ,,
,,
•
791 8,451 de Puebla
. . 546
El
A.vmanaque
Imperial
sé
halla
de
venta
en
la
librería
de
los
Sres.
Andradt
4,751 ,,
,,
187 9,619 ,,
,,
.. 1,090
y C~, Portal de Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio,"
1
Lo que se participa al público para conocimiento de los interesado~. ·
Bajos
de San Agustín núm. 8.
México, Abril 25 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suariz y Na'Darró.
PRECIOS•

Gentlarmería Imperial Mexica~
A VISO AL PUBLICO.

· El juéves 26 del corriente, á las diez de la mañana, se procederá-á la venta de cuatro caballos reformados, pertenecientes al cuerpo de la Gendarmería Imperial.
Dicha venta se hará al mejor postor y al contado, en·el cuartel de la ex-Acordada.
México, Abril 23 de 1866.-El Tesorero, Fa1Jal.
3s-3

Operacioti dt! la Vacu,ia,
En los días 26 y 27 del corriente se practicará ésta en el edificio de la Diputacion, de once
á once y media de la mañana.
México, Abril 23 de 1866.-Mercado.
3a-3

AVISos ·,JUDICIALES.
,Juzgado de letras de ~emaséaltepec.
En los autos seguidos por este Juzgado en el intestado del súbdito espai'iol D. Martín Un-

metlt, el Juez que suscribe, por auto de veintidos del próximo pasado Febrero, ha. mandado
ae eit, por el presente á lo¡¡ que se crean con derecho á los. bienes correspondientes á dicho
intestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de treinta días, contado,
desde la fecha de este aTiso, se presenten: ante él á deducirlo, por sí ó por apoderados instruidos y bastantemente espensados; en la inteligencia de que les parará el pel)uicio á que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
Telll$ealtepec, Abril 21 de 1866.-El Juez letrado, Manuel Gracida.-Asistencia, lgnacic
Jfuiioz.-Asistencia, Rafael, Romero.
6a-1

,Juzgado de letras de C::uernavacá.
AL PUllLICO'.

D:

En el espedientc de intestado á bienes del finado Presbítero
Ambrosio Rueda,· seguido
en este J uz:ado, he proveido un auto que en lo conducente dice: •

t.

"Publíquese el intestado, á cuyo fin se fijarán rotulones en esta ciudad y se convocará por
periódicos de la capital del Imperio á todos los que se crean con derecho á los bienes _del
Presbítero D. Ambrosio Ru~da; advirtiéndoles que si dentro de treinta días, contados desde
la publicacio~L no comparecen á este Juzgado por sí 6 por apoderado á deducir sus acciones,
lés parará el !frjuicio que haya lugar."
Cuernavaca, Abril 23 de 1866.-Francisco Zulillo.-As1stencia, Brigido Caldero11.-Asistencia, Jesus Patiño.
916d- 3s- l

.A la rústica..'. . . . . . . . . . . 2 pesos cada ejemplar.
Empastado·á la holandesa. 3 ,,
,,
,,
Oontestacion á la Municipalidad de Znmpango.
En el núm. 389 del Diario del Imperio, correspondiente al dia 18 del corriente, aparece un
aviso de parte de la Presidencia municipal de Zumpango de la Laguna, diciendo que por saberse que la testamentaría del Sr. Lic. D. Do~ngo Maria Perez y Fernandez está concursa-da, se cuenta que el rancho de la Divina Provllencia, ubicado en Zumpango, como perteneneciente álos Propios de dicha municipalidad, fué adjudicado á favor del Sr. Perez y Fernandez, con arreglo á la ley de 25 de Junio de 1856, en la cantidad de dos mil quinientos
pesos ($,2,500) que reconoce especialmente el rancho espresado, siendo ademas responsable
al .Pª_go de quinientos setenta y cinco pesos ($ 575) que dice se deben por causa de réditos.
.f_or toda contestacion espone el qne suscribe, en representacion de dicha testamentaría:
1C? Que es de todo panto falso que esté éoncursada ni espuesta á; llegar á tal estado la citada
testamentaria. 2C? Que es igualmente falso que ésta debe la cantid~d de réditos que se dice
por la municipalidad de Zum:pango. 3~ Qu_e es falso qu? trate la misma testa1!1enta~a de e1;1-aJenar el mencionado rancho, para lo cual sm embargo tiene su derecho espedito, deJ~do m- •
tactos los que existen en favor de la espresada municipalidad de Zumpango.
En consecuencia, protesta el qµe suscribd contra las falsedades espuestas, y protesta igualmente hacer valer los derechos de la testamentaría del Sr. Lic. Perez y Fernandez por los
daños y perjuicios que pudieran causarle á consecuencia del aludido aviso publicado por la
espresada municipalidad.
México, Abril 24; de 1866.-Juan Verges y Lobo.
.
916-3s-2

SBGVBOS CONTBd INtiBNDIOS.
COMPAÑIA. DE SEGUROS DE GLADB.A.CH.

Capital de fond-0. . . . . . . . . . . . . 3.000,000 pesos prusianos.
ÜOMPA:Ñ"I.A. ~E SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y "Se darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-lS0s-163

Igiuido Ditu 'J.lriujeqtttJ
venderá al mejor postor, á la vista1 al contado :y sin reclamacion, todo el menaje de la herEn los autos del intestado del Lic. D. Marcos Velazquez Rosas, se ha mandado con fecha mosa casa de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme núm.12, ·
lZ del corriente, por la 1~ Sala de lo civil del Tribunal del';' instail.cia, se convoqúe á las per- mnte al antiguo Tiboli, en los dias 26, 27 y 28 de Abril de 1866, á la una de la tarde, estan1onas que se crean con derecho á los bienes de dicho señor, para que lo deduzcan en el tér- do á la vista el mártes 24 y miércoles 25.
mino de treinta días, contados desde la primera publicaeion de este aviso; apercibidos de que
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz Triujeque.
llÍ no lo ve.rifican, les parará el perjuicio ,que haya lugar.
·
.
Sé
arrienda una bonita casa con muebles ó sin ellos.
907-os-i
Y en cumplimiento djl lo mandado pongo la presente en México, á 21 de Abril ~ 1866.Jo,é María Natera, Escribano público.
911-3s-3

Convocatoria.

OitaGiOD judicial.

r .

De 6rden del Sr. Juez 4C? de Instruccion de lo civil y de lfacienda, Lic. D. José María Mi·
rafuentes, cito á D. Eduardo York, para que en el término d¡¡ ocho días, contados desde la pu•
blicacion del presente, concurra por sf 6 por apoderado instruido y espensado, al Juzgado de
su cargo, situado en el Palacio de Justicia, á contestar la demanda que en juicio de conciliacion, sobre pesos, le promueve D. José Arcos; apercibido de darse por intentado el acto si no
ooncurre.
México, Abril 23 de 1866.-J. Rtynoso, Escrib;mo público.
9l4-3s-3

l'IAl\TO DE VEl\TTA.
· Un piano de rosa, de siete octavas, con todas las mcáoras modernas, enteramente nuevo, se
vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14, callejon de Santa Clara, primer piso.

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO PRINCIPAL.
C0~1PAÑJA DRA.ll~TICA.

AVIS'üS PARTICULARES.

En la noche, á la hora de costumbre, se pone en escena la comedia dividida en tres acto11,
intitulada: Aventuras imperiales.

.,1.lina de Nuestra. Seiitwa del. &amp;l'u,;w, ( a) los Trompillos,

en Ptu:hiu:a.
El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y ante sí, ser dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio (a) los Trompillos, haciendo mérito de .una
sentencia judicial que no ha causado ejecutoría. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en ningun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco precavidas, que confiadas en las seguridades qne se atreve á estampar en su aviso, puedan llegar
á c.elebrar un contrato r~lativo á las barras espresadas •.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favonble. á.los derechos. de Fuertes, protestamos á nombre de ts&gt;dos los interesados en
la espresada mina,·que no reconocemos los derechos que se alegan; que todos los contratos
que se celebren bajo este, concepto, los consideraremos ahora y en to.do tiempo nulos y de
ningun valor, hagta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de quién está la
justicia. .
.
·
México, á 25 de Abril de 186(¡.-Junta menor directiva, L. Benito Mu.rul.-R. Ca11cino.B11rtolomi de B61Jes.
917-6a-l

TEA'J.1RO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRAMATICA . .

En la noche, á las ocho, se representará la comedia en tres actos, denominada: Dos cartas

y un uraiol, y en seguidá 41 pieza que se intitula: ·Travesuras de Horte11sia, 6 f~uiero ·ser c6mica, en la cual la era. Espinosa desempe.nará diversos caractéres.
TERCER .ABONO.

Queda. abierto el mismo, desdo este dia,.pudiendo los señores que gusren renovar el suyo,
verificarlo hast.a las doce del domingo 29 del presente, en que tendrá lugar la primera funcion del citado abono. Los señores que tienen ya encargos para ocupar vacantes y los que
de nuevo lo hicieren, podrán obtenerlos despues de las doce de dicho dia.

IIEXIVO.-IHPRE~TA IMPERIAL.

1

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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DEL

Et
~

_DIARIO ·

l'IPERIO
Los número~ sueltos valen 12 centavos.

'MEXlfJO.-1'1iércoles 23 de Abril de IS66.

Tmm III.

· SVM.6.lUO.
PARTE OFICIAL.-Circnla¡ disponiendo que no se pagne1 á ningun empleado, á no aer
que presente su despacho en forma.-Indulto concedido á un disidente.
PARTE NO OFICIAL.-Hacienda.-Progresos de Tlalpan.-Hovimiento en el ferrocar·
ril de Chalet.

A.gricultnra.-Algodon en Aigel.

(

PARTE OFICIAL.
MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION

5~
México, Abril 14 de 18156.

Circular núm.177.

Estando terminantemente prevenido en los artículos 46 y 47 de la ley de 14
de Febr-ero de 1856 "que ningun funcionario ni empleado, cualquiera que sea
su clase ó categoría en las diferentes carreras del servicio público, podrá entrar
en el desempeño del cargo 6 empleo, sin la presentacwn previa det título 6 deapac'!w que justifique el uombramienLo, y que, al hacerse por una oficina el primer pago despu!ls del nombramiento d-e un empleado ó funcionario, se acompañará á la póliza respectiva copia en papel comun del despaclw correspondiente,
cuyo defecto obliga al empleado responsable al reintegro de todas las cantida·
des que hubiere abonado," se recuerda la extricta observancia de est!ls disposi•
ciones, por haberse notado el _desuso de J,,eclto en que últim·amente han caido.
En con8ecuencia, dispone S. M'. el Emperador que1desdc la 2~ quincena del
presente Abril en esta ca-pita!, y la de Mayo en la!' a~tninistraciones foráneas,
ninguna oficina pagadora del Imperio podrá satisfoc"'r l0t sueldos de empleados de l'Ualquiera clase, sin la previa presentacion á ella del de:&lt;pacho original
de su respectivo nombramiento y copia simple ael mismo ,para el primer pago
que se le haga; bajo el concepto de que se hará efectiva la pena que establece
el artículo 1,7 citado á los que descuiden el cumplimiento de este deber.
De órden de S. M. lo comunico á V. S. para su puntual cumplimiento.
El Subsecretario de Hacienda,

Estéban Villalva. ·
Sres. Prefecto y Administrador principat de reutas de....

---------

MINISTERIO DE GUERRA,
1~Dffi'ECCJON.-4~ DMSJON.

México, Abril 24 de lSM.

S. M. el Emperador se ha servido conceder indulto á D. Juan Moreno, ve·
cino del Departamento de Toluca, que militaba en las bandas armadas qu·e acau·
dilla Riva Palacio, con condicion de que el agraciado firmará protesta de no
volver á tomar las armas contra el Gobierno de S. M.
El General Subsecretario de Guerra,

José Marfa V. de la Cadena.

PARTE NO OFICIAL.
B.6.CIIIND.6.. '
Todos los ramos de fa Administracion pública se han ido organizando y estableciéndose sucesivamente, para sostener u 1 buen régimP.11 de Gobierno que
nos proporciona las veraaderas 1·e11tajas de vivir en sociedad. Mas para llegar
á consolidarlo es 11ecesario 8istemar la Hacienda. Venluderamente la máquina
social se apoya en las fina11zas, y su couservacion depende de los elementos del
tesoro con que se han de hacer los gastos indispensables y efectuar las mejoras
útiles y provechosas al paÍil. Sin Hacienda, sin un arreglo perfecto de los recursos con que deba contar la nacion para sus necesidades, e~ imposible subt1istir. lsta exigencia no puede olvi&lt;lai'Se ni desatenderse sin exponer, 110 ~olo
la estabilidad del Gobierno, sino la suerte misma de los ciudadanos. La miseria pública es la consecuencia inmediata del desórden do las rc11tas uacionales.
El déficit quú de él nace lleva consigo la paralizaciou de lo~ re~ort-es tlel Gobieruo, y produce á la vez el descrédito mas completo. Il~y ciertos principio~
que solo al enunciarlos·convencen, por ser verdades prácticas, señaladas por la
~xperiencia. Un Gdbierno que no tiene arreglados y proporcionados sus recursos, no puede existir.
. ·
Ln. memoria de nuestros hechos pasados nos ha de recordar mil ejemplos, de
la esca5ez del erario, por la desorganizacion de la Hacieuda pública; de la penuria universal dimanada de la pobreza en IJis arcas 111tc1ol1ales; de la injusticia
de las exacciones por la mala administracion, y últimamente de su ruina total
por la falta de recurso~. Todos conocemos estas verdades que hemos palpado
1

NuM. 395

de revolncion en revolucion, en las que hemos visto nacer y desaparecer ~n~as
administracion~, á medida que han teniw.1 mas ó menos el~mentos pecumar1oa
para sobreponerse á sus circ~~stancias.
.
.
Si pues buscamos la estabi!1dad de ut1 bue~ Gobierno; s1 1~ voluntad de la
nacion es asegurar la prosperidad en el porvemr, debemos aplicar todos nuestros esfuerzos para cooperar con los medioil indüipeusables para c~brir las atenciones públicas. Porque por la ley de_ la ~a~uralez~~ todos los _miem~ros d~ la
~ociedad civil están obligados á contnb01r l\ la utilidad y conservac1on s001al,
sin poder negarse á suministrar los recui:_sos _necesarios á _ese ?bjeto. . .
La ciencia del economista hará las aphcac1ones y combmaciones equitativas,
que sin inutilizar los_elementos _productores,. ~esarrollen la riqueza; pero·es necesario que los individuos contribuyan y faciliten la obra.
Los impuestos comunes y equitativ~mente reparti~os~ ~on la garantía q~e
ofréce la justicia y la buen!!. fé del Gobierno. Este pnnc1p10 cuya_ o\iservanc1a
siempre se ha deseado en México, porque en él consiste la protecc10~ 9ue la ley
da á la· propiedad, al fruto del tra~ajo, á lo que e~ hombre ha_ adqumdo, ~erá
la ba$C de todas las leyes haCJt11dar1as, que á medida que el tiempo pase, irán
perfeccionando un rn.mo (J.l',, casi nunca ha estado arreglado. .
.
La inquietud de varios eocdores ha señalado con impaciencia la necesidad
perentoria del arreglo de la Hacienda nacional. Se creía abandonado su estudio, nQ obstante que ha ocupado continunmente aun las horas ~e descani;o del
Emperador.
.
La formacion de los presupuestos acab6 de organizarse en Cuernavaca la óltima vez que estuvo allí el Soberano, retiradr• rn apariencia_ del trabajo del Gobierno, pero en realidad ocupado en la tarea ~as penosa é ~portante. El Con- ·
sejo de Ministros presidido por S. M., lleva d10s d_e _examrnarlos en largas sesiones, discutiendo sobre ecouomfas, recursos y arbitrios, para poner los funaa.
mentos de órden y estabilidad de la Hacienda pública.
Las luces del siglo y la práctica de las naciones civilizadas, han dado á cononocer numerosas causas de riqueza, así como grandes adelantos en la recaudacion, en la contabilidad y en la vigilancia de los caudales públicos. Estos
conocimientos aplicados á nuestra admi.Jristracion financiera, resolveráu el problema; habrá hacienda y crédito público, que es su consecuencia:
Los Atenienses conocieron únicamente e.u sus finanzas los productos de los
dominios 6 propiedades del Estado, las multa&amp;, las confiscaciones, concesiones
de minas, cuyo producto era la vigésimacuarta parte de las utilidades, la capitacion de extranjeros y libertos, los. derechos de aduanas equivalentes al dos
por ciento de las mercancías y algunos otro&amp; secundarios sobre los mercados,
casas de prostitucion y ligeros tributos impuestos á las ciudades cbnquistadas.
Los Romanos al principio solo tuvieron módicas exacciones en las naciones
á ellos sometidas; y cuando aumentaron sus necesidades con las grandes conquistas, con las legiones numerosas y con una admiuistracion gigantesca, su
legislacion fiscal estableci6 multitud de impuestos, la capitaciott, la cuota sobre la propiedad territorial, peajes, vigésima parte en. las sucesiones y el derecho sobre los libertos.
La administracion ele estos impuestos se hacia, tanto entre los A.teniensea
como entre los R n&lt;FHV1s1 por compañías que remataban las rentas y las cobraban con grande beneficio clel asentista, pérdida ·para el tesoro y descontenta
público.
El Bajo imperio sistemó un solo recurso, el impuesto personal. En el régimen del feudalismo, los reyes y los señores subsistian de las rentas de sus dominios; y las villas.y ciudades adminfatraban á su voluntad ·sus recursos.
En Italia tuvo orígen la verdadera ciencia del fisco. Venecia fué la que primero organizó las contribucione8 cürectas sobre la riqueza territorial y los impuestos indirectos en el consumo; de ahí han tenido orígen los adelantos que
paso á paso se han ido acew mdo á la perfeccion.
Verdaderamente 110 e~ comparable la exactitud de la adroinistracion moderna con las doctrins~ ~ tesirías de tau remoto tiempo; y no hay duda. que e1! la
época actual ~e ~acara mn• :~rovecho de las verdaderas fuentes de nqueza pública, i;e adminit'trarñ m,jor, y el reparto entre los contribuyentes será justo.
En la marcha progre~i\'a riel m11ndo los principios de utilidad, de justicia y
conveniencia, no se a.,c6uran e11 las sociedades humanas 5Íno á medida quepasan los siglos. Por r•to, á pesar de enconLr!lrse en Italia los primeros elementos,
de órden en la ciencia. econ6mica y financiera, desde Luis XII hasta Francisco I fueron víctima~ de lo~ rontratist-as rte las rentas públicas. El primero creó
1ecorsos con la venalitlad de la magistratura y de los enipleos púbticoa; y el se-.
guudo, con el derecho de la talla que causó muy graves extorsiones. En fin, los
afios &lt;le 15o0 y 1589 ofrecen ejemplos saludables para desvauecer las quimeras
que se inventan al establecer impuestos caprichosos sin consultar las costumbres y las facultades de los pueblos.
La ciencia moderna recomiendo como principios de economfa el arte de per-

�'

,.,

419

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

418

•

cibir las contribuciones al menos gasto posible: extender el impuesto hasta donde sea asequible con el fin de disminuirlo: buscar los productos reates é inmediatos ,de la tierra, y tener por objeto esencial, mas que la percepcion de
grandes sumas, el desarrollo y aumento de las materias coutribuyentes.
La razon y la com1e11iencia recomiendé!n estas reglas que contienen la positiva
utilidad de un buen gobierno. Una conLribucion E-'&lt;orbitante, una exaccion desigual, limitada á ci~.1:'ta_clase de individuos 6 á_ deter~inado ramo, ~o h~ce mas
que romper el eqmhbr10 del comercio, de la m!iustria 6 del propietario para
producir en breve tiempo y nulificar un recvrso que en lo futuro podría multiplicarse y ser por lo mismo mas productivo.
El Emperador ha recomendado en su carta se adopten e1~ el plan de Hacienda todos los principios provechosos, los resultados m11s ciertos y la experiencia
mas aCL·editada, sin preferencias ni sujecion á sistemas- dderminados. Que se
adopte lo ú.t il de cualquier programa y se aparten los inconvenientes.
La economía, el gasto en lo verdaderamente indispensable, será el punto de
vista del Gobierno. Las que se han consultado en todos Tos ramos, se e~;tán ya
poniendo en práctica, de manera que para el 1~ de Ma)") pr6ximo te31drán su
total veri.tlcativo, y la publicacion de los prasupuestos.no será mas que la expresion 'de las economías que de hecho existen.
·
..
Las esperanzas se fijan en la sabiduría Jel Ministerio, y pronto saldrán á luz
los presupuestos de los gastos del Imperio mexicano, y se conocerán los recursos para hacerles fr,ente. Más adelante haremos algunas observacio)les en est.a
materia, cuyo estudio nos parece muy ÍII:portante,
:

Progresos de '.ffa~pan.
"Üomandancia militar de los Distrif.os de 'l'lalpam y Chalco.-SEN'OR:-Há
poco mas dé un año que V. M. I . se &lt;ugnó encomendarme la. direccion del Distrito de Tlal¡:am, en su mando· milit.i.r y civil. Sucedió esto con úorta posteriori:lad al hecho atroz -de haber sido asesinados mis dos inmediatos antecesores en
el ejercicio de la .autoridad, y cuando la presencia de las gavillas de bandidos
en las montañas, la facilidad que tenian para penetrar en las poblaciones de que
estaban'hechos dueños, eran una amenaza con.tinua á las vidas y propiedr.1"~, ó
la realidad de la pérdida de estos bienes en el campo, en el camino, en el =•~mo
hogar doméstico; así, faltaba la. tranquilidad á las familias, la moralidad para toda empresa de especulacion y trabajo, l..., resortes de la obediencia ped idos; en
una palabra, el desórden social.
·
·
"Solo !1D. poder militar que .hostilizara con vigor y sin descanso á los bandidos;
que con constante vigilancia previniera, con prudente severidad reprimiera los
conatos del crimen, y que usara del último rigor en caso de que éste se consumara, convenia emplear en aquella situacion, que era necesario destruir, para
zanjar los cimientos de esta pequeña súciedad quú adolecia de los mi~mos males,
y que tenia las mismas neces1dades que cu;¡lquiera otra tomada en mayor escala.
. "Üon esta convicciori emprendí expediciones de campaña; dicté bandos de po•
licía; establecí penas que dieran por resultado una hambre rabiosa para los bandidos, que tenfan obstruida toda salida de la montañl;l; ofrecí y apliqué con lealtad los diversos indultos que V. M. I. ha promulgado, y obtuve felizme~te el fin
que deseaba, alcanzado principalmente por la accion eficaz del gob1erno de
V. M. !., unas veces dándome sus instrucciones y otras accediendo á mis propósitos.
·
"Así, Señor, es notorio que tiempo há en el Distrito ~e Tlalpam se goza d.e
seguridad en la vida y propiedad, se trafica li?~emente con empresas merc~n?"
les, y se cultivan los campos sin zozobra. Indicios son estos de que esta so01edad se reforma, de que camina á su perfectibilidad.
''En el cuadro comparativo que tengo el honor de presentar á V. M. ~-• comprobado con sus originales, están trazados algunos rasgos en confumac1on del
aserto antel'iormente asentado.
"En la industria fabril se nota aumento. En la administracion de justicia, las
medidas correctivas y número de reos juzgados en 1865, aumentaron notablemente sobre el de 1864. Los' frutos de las primeras se notan en el estado del primer trimestre del año presente, que acompaño, en el c~al ~e ve extraordinariamente disminuida la criminalidad. En las clases opera1·1a y Jornalera se nota mas
habitud al trabajo.
•
·
.
'
"Los ramos d~ comercio, agricultura y otros, cuy~ auge es el signo mas se~aro de la prosperidad pública, no figurn.n en este cuaarv por no haberse obtemdo
los datos mas exactos; pero puede decirse que todo8' caminan bajo ~na impul- ·
sion comun: la seguriC&lt;~:~ ir.é!ividual.
_
"He añadido como apéndice al cuadro, y tambien dedico á V. M. J. y le ruego se sirva aceptar, una coleccion de obras de caligrafia ~e los ~lumno_s d~ las
escuelas del Distrito, como prueba del adelanto en la mstrucc1on pr1mana; y
oportuno es consigna.r aquí que once establec'imicntos de enseñanza pública han
tenido su apertura durante mi administracion, algu110 á .expensas y con fa proteccion especial de S. M. la Emperatriz.
.
''Réstame protestar solemnemente á V. M. I ., que cuanto ha podido sugerirme
la conciencia mas religiosa y mi poca capacidad, que hay&amp; sido posible poner en
práctida para promover el bienestar de estos p,ueblos, no lo h~ omitido, deseoso
siempre de que V. M. I. encuentre el Distrito de Tlalpam pre~arado ~ara entrar·
en el sendero de engrandecimiento por donde el vasto Impeno Mex1cano debe
marchar bájo los a~1spicios de V. M. I., y á mí dispuesto á secundar sus miras,
donde quiera que se me destine á servir, como el 11úbdito mas respetuoso de
V.M. I.-SENOR.-Tlalpam, Abril 19 de 1866.-El General Subprefecto po·
lítico y Comandante militar, T. O'Horan.-A S.M. el Empe, ador."

.,.

Documentos relativos.

"ÁD.MINISTRACION DE RE~TAS DE TLALP.ilf.

Noticia que manijie,,~ los productos habidos en esta Administracwn en los ramos,
de alcabalas, contribuciones directas y renta de papel -:ellad-0, de 1º de Enero de
1864 á 31 de Diciembre de 1865.

·'

PRODUCTOS,

Año de 8864.

.AlcábalaB á diversas cuotas........ .. . $ 4.660 65½
4.875 65i
Iguala;:¡ por ef1..::tos nacionales ...... .. 3.598 27½
,, por pulques .. . ....... . - • -• • 1.2Sp 39
Veinte por ciento al aguardiento e.e: c1ña.
371. 41
Nueve reales ai barril de agu~rdiente.. .
4.430 · 1
Traslacion de dominio (venta de finc2s).

Año de 1865.

s.5.1_
4..5i o 24¡
24 75½
4.513 l~
q11 70
480 18
14.2.44 68

Al fr~•1te ........ S 19.201 39½ $ 30.264 58¼-

Año ele 1864.

rRoDUCTOS.

Año de 18{;6,

Del frente ... . $19.201 39½ $ 30.264 58¡
4.585 86¡
1.382 12¼
Derecho municipal. ........ . ....... .
42 10
46
2¼
'1.'ribunal mercantil....... ...... - . - • 2.168 6lj
l.197 95
Derecho de bultos.... : .... ...... .'. -•.
6 41
' ,,
al tabaco ·_.......... ·. - ... - .
" ,,
2 87
9
59¼
Dos por ciento para hospitales . ... : . - .
20 76
314 82
Peaje de Ssn Mateo Xalpa.. .. -- .. -..
26.459 56
Contribuciones directas .... . , ... . -- - . l l.533 48
776 45
495 8
Papel sellado ......... . ..... ...... .

-----

1,'otales. . . . . . . . . . . . $ 34.180 47 $ 64.327 211
COMPA Rl..CION,
Productos habidos en el año de 1864..... $ 34.l~O 47
,,
en el aµo de 18(;5.. . . . ·64.327 21k
·

•
Aumentó el afio de 1865..... $ 30.146 74-gNo'r.A..-El peaje de San Mateo Xalp~ Jisroinuyó ~n 1,j65, por ~iaberee cobrado sulo el primer mes y quedar suspend1~0 _su pago e. rest~ del au?.
,,
Tlalpam, Marzo 15 de 1866.-El Ad;rumstrador de Ren.as, l,uis Lanugo.
"DISTRI':0 D'E TLALPA:M,

Noticia de las causas criminales giradas en el JuzyadiJ de Instt·uccw:i de este Distrito, desde el a:iío a.e mil ochocie;;i,Js sesenta ?I tres hasta esta fecha.
Á.ÑO 'DE 1864.
Causas criminales pendientes de 1S63 . . ... ..... --.- . - - . - · -- - - 61 · ·
Entraron en este año . .... •.• ... ...... . ...... - ....... -•, • .. l!l

Suma • . ••.. •... . ...•... 202
Despachadas en 1864.. ........... .... ............ .... - . . . 160

Quedaron pendientes para 1865... .. - - - - . - . - - !2

Fábr·ica de ·Oontreras.
· "1864.-Solo ·trabajaron en este ajio 238 operarios, produciendo la fábrica 8.100
piezas de manta y 13,000 libras de hilaza.
"186~.-Una reforma radical para una nueva maquinaria que quedará puesta
el año de 1866. Trabajaron 392 operarios, fabricando 56,000 piezas ae manta
y 80,000 libras de hilaza.
,.
Fábrica de la HoN&gt;tiga~
. "1864.-En este ~ño permaneció con una maquinaria Tieja que fué renovada
el año siguiente con mej&lt;:&gt;res piezas. Trabajaron en ella 243 ·operarios, y produjo
70,420 piezas de man.ta y 120,200 libras de hilaza.
"1865.-Edificó una sala y fa oficina para un gasómetro de'220 luces: máquina nueva de fuerza de 20 caballos. Trabajaron ~63 operarios, y produjo 71,265
piezas,de manta y 115,600 libras de hilaza.

Fábricas de Peña_ Pobre y Loreto.
"1864.-En estas fábricas, de la pl'Opiedad del Sr. Benfield, trabajaron 517
o~erarios, haciendo 64,588 reamas de p1&gt;,pel. .
• "1865.-S~ lia,n construido dos salones para una nueva máquina de vapor, para
papel, de la fuerza de 30 cab~os, y trabajaron 55[; operarios, haciendo 71,643
reamas de papel."
·
0
Tla1pam, Abril 18 de 1866.-El Subprefecto, T. ·O'Homn."
Son copias. México, Abril 24 de 1866.-El Director de los negocios civiles
de la Secretaría privada del Emperador, J. IJevincentii:s.

R~of:! entrados en el año de 1864 ...... ................ - . - - • Si
Condenados en él.. . . . . . . . . . . . . .. ..... - - . .. - - -- - • • • • '. • -

Ferrocarril de México á Chalco.

Quedaron encausáll(iose para 1865 ... - .. - .. : . . Si
ÁfiO DJ;: 1865.
Causas criminales pendientes @ 1864 . ... ... - ..... - , -- - - - - - - 4!
Entraron en eE:te año. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246

N11ticia del min,i1niento de pasajeros luÚJido entre México y Miicoac y puntos intermedios
la semana del 16 al 22 ik Abril.
·
Pasajeros.
ProtllJctos.

Suma ... , .............. 288
Despachadas en 18G5... . .........' ........ ........... • . - . . . 26~

COMPAÑIA MEXlo-\.NA.

Delª clase . ... . ... : .. ·.... ... . .... . 9,420
Abonados.................. . ... ... .
20
De 2~ clase .......... .. ! . .... .' ..... • 21,133
Abonados................ _.•.. , ... .
6

Q-ueílaron para 1866.. . ... .' ........ : .. - . - - .. . 2i
t

.

~fornas . . . . . . . . . . 30,579

$ 1,347
33
1,518
6

37½
00
37½
75

$.2,905 50

84

Reo! existentes de 1864......•.. .... , ... - . • • - - -- • • • - · · • · · Entraron en 1865.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31•

México, Abril 24 de 1866.-Arbeu y Socios.

Suma ...... .' ........... iOO
Oondena~os, absueltos, etc ..........·.. ... .... -...... - . - ... - 341 .

AGRWULTURA.

11:L CU'L~IVO DEia A:LGODOll'JIB.O EJr LA 4.JLGELIA.
- Pendientes para 1866.. . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . 59
Tla.lpam::, Marzo 14 de 1866.-El
Juez del Distrito, IÁC. Luis G. del Villar."
.

"DrsrniTO DE TL.á.LPAJ,{.
Noticia de les e~edienf,es civiles giraiúJs en este JuzgaiúJ de Instruccwn de mi carg,,
•
desde el añ-0 de mil ochocientos sesenf;a y tres hasta la /eilia.
,
AÑO m: 1865.
Negocios civiles que quedaron pendientes en l863, y en giro.-. . . 42
Idem entrados en 1864 .. ~ ........ ... . . : .. . - .... - . . . • . . . . . 104

'l'otal. _ .. .. . . ... . ..... 146
Despachad.os en 1864 ......... . ... . . . .............. -.·.·... 60
Quedan pendientes par~ 1865.. . . . . . . . . . . . . . . 86
Entraron en dicho ¡iño de 1865..... . . - . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12~
'l'otal .... . ..... . . . . . .. 215
Despl\,chados eu 1865 ......... - ............ . .. ·..... ,- -.. -- 112
Quedan pendientes par:1 1866.... . . . . . . . . . . . . 103
NoTA.-Entr~ los que quedan hn.y muchos en que las _pa,rtes no promueven, J
por eso están paralizados.
_
Tlalpam, Marz_o. 14 de 1866.-El Juez del Distrito, Lic. Luis G. del Villar."

, --

"DISTRITO

DE

'rLj\LPA.M,

Año de 18M.

Primer trimestre.

EstaiúJ que manifiesta et número de causas y acl,a.s co1t que se da. cuenta eK tfl.
JuzgaiúJ de Instruceion del IJi.;trito de Tlalpam, en la visita general practicada
e! :;ábado 24 de Marzo de 1866, con e:.opresüm del número de reos de ambos -~ex&lt;&gt;s
y· sus delitos. .
Cansa8. !etas. Hombs. Mujere~.
Delitos.
6
Homicidio...... ... ..... .. • 2
"
1
Abuso de autoridad . ...... .
"1
,,
1
Lenocinio y adulterio...... .
,,
.2
P.obo . . .. . ... 1 . .•..•.. . . .
2
3
3
Hurto . ........... .. .. -. .
"
"
4
2
Riña y heridas ..... .'... .... .

..

"

'rots.l.. . . . . . . . .
6
5
,16
2
NOTA.-Quedaron pendientes del año aritr:-ior 25 expedientes: han·entrado
en el presente trin:estre 37: se han remitido al tribunal de 1~ instancia ,11: se
han dr,terminado 22 actas; se han consignado á la Corte Marcial 4: se han reservado 14, por estar-prófugos los reos, y quedan en .giro los 11 que expresa el a11terior est¡J,do.
•
Tlalpam, Marzo 24 de 1866.-El Juez del Distrito, Lic. Luis G. del Vilkw."

l.

1

-

La humedad detenida es mortal para esta planta, puesto que quiere terreno
arenoso y seco; la sal marina contribuye mucho á la buena.calidad de los produotos, pues se ha observado que las mejores varüidadés no prosperan· completamente sino á orillas del mar y b3tjo la influencia de laBbrisas marinas. La buena calidad de las semillas es indispensable, tanto, que no seldebe l'ecoger sino aquellu
de loa árboles cuyo tron_co es liso.
.
•

Industria fabril.

Fábricas de la l?arna y San FernandlJ.
"1864.-Estas fábricas, lo mismo que las otras, permanecieron este año en el
mismo estado, sin ha.cer nada de mejoras: el número ne operarios que trabajaron
en ellas fué de 317, y p1'-0dujeron 57,420 piezas de manta.
''1865.- ILw construido un edificio para la máquina a~vapor, de la fuerza de
35 caballos, con almacenes, una cuadra, y la fachada de habitacion. Trabajaron
414 operarios, haciendo 60,315 piezas de manta.
.
.
·

•

Ill.
El cultivo del algodonero exige los mas minuciosos cuidados, por cuya razon
no puede cubrir grandes superficies: en los Estados-Uni~os, las mayores plantaciones no ocupan mas de 15 á 16 hectáreas. Atended, pao3s, cómo se procede á.
una plantacion de algodoneros. Se escoge un terreno flojo y bien. dividido, á fut
de que las raíces de las plantas puedim extenderse cu:..nto qnieran; en este punto
se ha suscitado uua grave cuestion. Los riegos; iSOn útiles en Ctlanto á la calidad y cantidad de la recolcccion1 Generalmente se n.Jtnite 'que el al¡,cdonero necesita menor !!8,ntidad de agua que cualquiera otra plantlt,. "Sin embargo, dice
M. Blondel, que fas plantaciones no regadas han.·dado buen resultado en la.Argelia; creo que ·en este país, gen.éralmente mas seco que las coir,'.1.rcas de Améri,
ca que producen algodon, los riegos dirigidos con cuidado son útiles en todas
1
partes y necesarios en las regiones meridionales."
La simiente se siembra en línea ó en tresbolille (1) en hoyos de 25 á 30 cen- .
túnetros de profundidad, cavando 1lll metro de distancia para las variedades herl,,áceas, y metró y medio ó dos ni-etros para las mayóres: se pouen cuatro 6 cinco
granos de semilla alrededor de cada hueco, cuidandq,que quede entre ellos 10 ó
15 metros de distanoia; tambien hay que cuid"'1' de no enterrarlos á mas de do1
centímetros de profundidad: ocho 'dias despues de la siembra brotan lo¡; jóvenel!I
algodoneros, teniendo cuidado en seguida de escardar los tall.:is mas débiles, dejando solo los mas vigorosos.
La aparicion de la primera flor es saludada en las plantaciones como un acontecimiento importante; á la flor procede el capullo, que se abre en la épo.ca de a11
.madurez, es decir, 'sobre unos cinco mesug despues de la siembra: y cuando su
contenido se convierte en un copo de nieve, indica el momento de la recoleccion. Solamente que como ol capullo lleva en sí los botones, flores y frutos, esta
época dura algunos meses. La recoleccion se efectúa df's::,rendiendo con fa mal no las semillas y el yello que las cubre, dejando en el árbol el receptáculo que
les sirve de apoyo; lbs capullos tempranos dan un algodon de un precio mucho
mayor que los demas; la lluvia, cuando cae sobre el capullo, estando aún cerrado, no le altera de ninguna manera, pero, si está ya abierto, perjudica la calidad
y produce baja.
.
·
Loa algodoneros herbáceos producen desde el prime•.año; pero las otras variedades no está:n en completo desa1Toilo hasta el segundo: despnes de cinco ó seis
años las plantas pierden la facultad de producir, y entonces es necesario destruir
la plantacion para colocarla en otro sitio. En este pi;nto no estoy aMrde con M.
Blondel, qu~ dice que el alg?do~ero no eeteriliz,a el terreno, Sie11.do así qu~ en los
Estados-Umdós se cuentan a millones las -hectareas de terreno que ha deJado ea
la esterilidad.
Despues de la recoleceion se reunen los capullos de las mismao calidad.ea y 11•
les somete á la operacion del desengranaje, operacion delicada, pues influye directamente en el valor del producto, y tiene por objeto 1:1eparar el_ algodon de la,
semillas y demas materias extrañas que puedll.ll alterar su pureza.
La calidad del algodon la dividimos en el comercio en dos .grandes clases: de
, hiles largos y corros, subdividiéndose estas clases en otras que toman los nombres del lugar de su produccion. Es ténhino técnico la palabra número que ee
aplica al diámetro.del hilo; en Francia, esta palabra se aplica al número de kilómetros que tiene medio gramo en peso de algodon.

Las iuchas de que desde mediados del presente siglo vienen .siendo teatro los
Estados-Unidos de América, tienden, corno todos· saben, á la abolicion de la esclavitud. Siendo los Estados-Unidos los que surten del algodon necesario á
nuestras fábricas, y no enviándonoslo apenas, debemos proporcionarnos los medios de evitar estos perjuicios cultivándolo en nuestra Andálucía.
La cuestion de produccion del algodon eri la Argelia debe preocupair.la atencion de los hombres deseosos de librar ·á su patria del gran tributo que pagamos
á las naciones extranjeras.
, · .

II
El género algodonero pertenece al tipo de las malvá&lt;;ei&gt;.s, de que es principal
familia la malva comun; los vegeta,les quu componen este tipo son, por lo comun,
yerbas de larga vida, ó arbu. t')S que pueden llegar hast¡a 6 metros de altura. La
flor de las plantas comprendid.-.s en este título tienen cáliz compuesto de un~sola
pieza, dividida en_cinco partes (sépalos), corola de cinco piezas (pétalos), estambres monadelfos y carpelos numerosos puestos en verticilo alrededor de un .eje
central. Nada iguala en belleza á un algodonero cargado de sus grandes flores
de color l'ojo, púrpura ó blanco, y que reflejan perfectamente los rayos del sof.
Su fruto, ó vulgarmente su capullo, es una cápsula redondeaba en óvalo, puntiagudo en la parte- superior, el cual se abre en tres ó cuatro valvas que encierran
las semglas, las cuales están envueltas en una película ó copo de vello: este ligero copo es el que hace la riqueza de tantas naciones, bajo el nombre de algod.-On.
Los botánicos no están acordes en cuanto rJ número de especies del género algodonero; así, mientras Linneo apunta cinco, otros botánicos le elevan hasta veintinueve. Dejando á un lado estas divergencias, que solo interesan al sabio al meditar so~re ellas en su gabinete, cit:fremos las principales especies. El algodonero de Malta es una planta ~nual que mide, segun la fertilidad.del terreno, desde
50 centímetros ha~ta 2 metros: es oritmdo del Asia. El algodonero al'borescente
se eleva de 5 á 6 metros, produce un vello de excelente calidad, pero su altura
hace dificil la. recolerr.ion: es menos cultivado que el anterior. El velludo, origi- .
nario de América, es planta herbácea anual ó bienal. Muchas otras podríamos
citar, pero seria cansar á les lectores con largas enumeraciones. Contentémonos,
pues, por ahora, con dividir al a]godonero en tres grandes ,especies, atendfonao á
su altma: algodonero¡¡ herbáceos, arbustos y árboles.
Originario de las regiones tropicales, su cultivo ocupa una zona de grandísima
extension. Crece no solamente bajo el ardor tropical, P.ino tambien en todo país
cuya temperatura no baje no16 á 17 grados. En Europa, el cultivo del algodon
se detiene á 45º de latitud Norte; en Asia, se extiende hásta 46º dellado de Astrakau, y á 41° en la China y ,Tapon; los mismos casi son los límites en la .América del Norte, pero en la de Sur desciende á 36° de latitud austral, sobre la costa
oriental y á 33° sobre la occidental; en cuanto · al continente africano, le ocupa
en su totalidad. En resúmen, y para fijar un. té1'mino de comparacion, diremos
con Edu_ar~o Spach, que el algodonero puede ser cul~ivado ttllí donde prospera
el naranJO a campo raso.
·
0

IV.
Parece hoy día demostrado que la India inglesa es impotente para surtir de
algodon las numerosas fábricas de Inglaterra, porque el terreno do dicha India.
inglesa es demasiado .seco y cálido, y no produce mas que algodon seco, cqrto y
quebrado, muy inferior al de América. Réstanos solo probar que la Argelia sobrepuja á la India inglesa.
La Argelia está situada entre 32 y 23 grados de latitud setentrional, y por lo
tanto comprendida. en esa zona tan favorable al cultivo, y que ·esta paralela á los
Estados-Unidos del Sur, que soh los que producen mas algodon. Ved, pues, lectores queridos, la posicion climatológica que ocupa este país que tanto algodo11.
podía producir, y que no produce ni la cuarta pa1·te de lo que debiera.
En tiempos de Leon el Af~icano, el algodonero era cultivado al Sur de Con11' tantina (Argelia.), y en nuestros días se encuentra naturalmente en algunas de
eetaa localidades. En los primeroa años de su conquista, los colonos que allí se
estableci·eron hicieron muchas tentivas de cultivo, hasta que en 1838 vimos á
M. Dolfus, presentar á la .Academia industrial de Paria hilos y telas de algodo11.
primeramente producidó bajo el sol argelino. Concluyo, pues, diciendo que en
todas las posesiones de la Francia en Africa hay mas de 40;000 hectáreas de
terreno útil para el cultivo del algodonero.
.Madrid, 21 de Octubre de 1865.-Mar-iaoo Tort-0sa y Pican.
• "
(l} Modo de colocar los árbo1es de manera que cada cuatro forman un cuadrado,en ti tea•
tro del cual se coloca otro.

AVISOS OFICIALES.
,,:
BOLETÍN DE Ld.S LEFES,

México, 18 de Abril de 1866.--Se ha publici:do la entrega núm. 9 del Bole·tiu de las Leyes, y se ha'ila para su venta, al precio de catorce centavos, en esta.
Administracion y ei:i los expendios de pa!:)el sellado en que se han vendido la11
_anteriores.-El Administrador principal, José Maria de Icaza é Iturbe. 6a-S
ADMINISTRAOION DE BIENES NACION.ALIZ.ADOS.

B.em:!te.
Con arreglo á los artículos 24, 25 y ')f1 de la ley de 2ti de 'F:,brero de 1865, se va á proceder
al de la casa, cuartel 1'?, manzana 5~, núm. l, calJe de la Loca, en Oajaca, valuada en($ 52i
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo quo se participa al público,
para que las personas que d~seen hacer postura ocurran á esta oficina 'el dia 12 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que so verificar4 esta almoneda.
.
México, Abril 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Jt111,• ~ • ~
Na'!larro.
Ga-1

...,, .

•

..

�EL DIARIO DEL IMPERIO.
; '

Secre~fÚJ clel Gonsejo ele llatado.
&amp;mmariq •tm. 9.
Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en es~ Secretaría
Jllllf, hacerle niia notificaéion en el espediente núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el preaente para q,ue comparezca á ella dentro de quince días, que comeI1J1,ará11 á contarse desda la
lecha; aptl1o.,,!;::!o dd!-que si no lo verifica, se seguirá el negocio adelante sin oirle.
México, Abril 17 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodrigue:
, Cosío,
6a-3

Ad,niDistracion princ;ipal de rentas de 11.téxico.
REMATE DE UNA Fmc.A,.

I

Núm. 542.-Para ·cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, ha sido embargada por
411ta A.dmín¼tracion principal la C11Sa núm. 4 de la calle de Santa Clara, apreciada en su últim&amp; tr~lacion de don:iinio en diez y seis mil pesos¡ fijándose para las almonedas los dias 20 y
30 del actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que 4 última es con calidad de remate, el
cua1 tendrá lugar en el despacho de esta oficina, á las dos de la tarde: lo que se hace sab,er
al público, para que las personas que quisieren hacer postura, la haganacompañando sus respectivos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida pa,ra el reconocimiento correspondiente.
Administracion principal de rentas. México, Abril 13 de 1866.-/. de la Barrera. 6a-3

Gendarmería Imperial Jrcexicana.

AVISOS PARTICULARES.

"

Oontestacion á la Municipalidad de .Zumpango.
En el nfun. 389 del Dia.rio del Imperio, correspondiente al día 18 Ml corriente, aparece un
aviso de parte de la Presidencia municipal de Zumpango de la Laguna, diciendo que por 11&amp;berse que la testamentaria del Sr. Lic. D. Domingo Maria Perez y Fernande11 está concursada, se cuenta qne el ra;ncho de la Divina Providencia, ubicado en Zump&amp;ngo, como perteneneciente á los Propios de dicha municipalidad, fué adjudicado á favor del Sr. Perez y Fernandez, con arreglo á la ley de 25 de Ju.i;uo de 1856, en la cantidad de dos mil quinientos
pesos ($2,500) que reconoce especialmente el rancho-espresado, siendo aaemas responsable
al pago de quinientos setenta y cinco pesos ($ 575) que dice se deben por causa de réditos.
Por toda contestacion espone el qne suscribe, en representacion de dicha testamentaría:
1? Que es de todo panto f~lso que está concursada ni espuesta á )legará tal ~stado la cita_da
testamentaria. 2~ Que es 1gualmenJe falso que ésta debe la cantidad de réditos que se dice
por la municipalidad de Zumpango. 3~ Que es falso que trate la misma testamentaría. de enaJena.r el mencionado rancho, para lo cual sin embargo tiene su derecho espedito, dejando intactos los que existan en favor de la espresada municipa1idad de Zumpango.
.
En •onsectiencia, protesta el que suscribó contra las falsedades espuestas, y protesta igualmente hacer valer los derechos de la testamentaría del Sr. Lic. Perez y Fernandez por los
daños y pe1juicios que pudieran causarle á consecuencia del aludido aviso publicado por la
espresada municipalidl\d,
•
México, Abril 24 de 1866.-Juan Verges y Lobo.
916-38-1
(

AVISO AL PUBLICO.

COMPANIA ANGLO-MEXICANA

Eljuéves 26 del corriente, á 1'8 diez de la mañana, &amp;e procederá á la venta de c•o. •

"ballos reformado¡¡, pertenecientes al cuerpo de la Gendarmería Imperial.

DE Ld.S JrllN.11.S DE ORO

Dicha venta se hará al mejor postor y al contado, en el cuartel de la ex-A.cordada.
México, .Abril 23 de 1866.-El Tesorero, Faeal.
3a-2

Situadas cerca de los itl~ceres del Departamento de 1\l!ichoacan.

Operacion de ~ Vacu•a.
En los días 26 y 27 del corriente se practicará ésta en el edificio de la Diput&amp;cion, de onoe
, once y media de la mañana.
Héxico, Abril 23 de J866.-Mer1aio.
3&amp;-2

Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotacion de las minas de SAN ISIDRO,
L.A. CUEVA. SANTA, SAN MIGUEL y LA. PRECIOSA SANGRE DE¡CRISTO, con
fecha 28 de Febrero último qued6 instalada la Junta Menor Directiva, compuesta de las personas siguientes:

A'élministracion principal de la renta del Papel sellado

· Presidente .................... El Sr. D. Pedro Hope.
Primervocal ••• : .. -----· ------ ,, ,, ,, Francisco de P. Rubio.
2?
,, .••••.•••••.••_•• -. ,, ,, ,, José Jt.t.an Cer1Ja'lltes, CONDE

EN !i- DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO.-

Méxieo, Abril 18 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha sel,"VÍdo disponer~n suprema órden fecha 15 del corriente, que las Administraciones de esta renta procedan á hacer
tfectivo el cobro de las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrero de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos que previene el artículo 18 de la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837. sobre facultad coactiva.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su debido cumplimiento; pero consider,mdo que ent)·e las muchas parsonas á quienes
comprende, puede haber algunas que por causas involuntarias no hayan ocurrido á terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este-aviso para que las que quieran evltarse nuevas contestaciones y aun mayores gastos, ocurran á verificarlo dentro del plazo de ocho di.a$, contados
desde la fecha de su publicacion.
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorio¡¡, y la mayor parte de. los corredores ~e esta plaza, ~ quienes por no haberlos.encontrado en sus casas lós comisionados de esta
oficma, les han deJado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los libros de
su giro, y otros aunque los han presentado, al ver que n.o estaban arreglados, los han reco~i- '
do ofreciendo :volver á _hacer el pago, lo cual no han cumplido. Todos constan en los registros de esta =sma oficma, y pasado el plazo de los espresados ocho dia~, se dará conocimiento
de los que queden pendientes al Tribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negocios de Hacien~a, respecto de los que se hallen en el primer cllBo, y en cuanto á los del se.
segundo, espeduán los correspondientes mandamientos de embargo.-El Administrador principal, José María de [caza é lturbe.
,
.
6a-2

,

DE SAN'.fIAGO.

Vocal suplente .•••••.••••.•• .• ,; ,, ,, José Hope.
,,
,, ................ ,, ,, ,, José d. y Esca'IUlon.
Director de la Compañía.. . • • • • . ,, ,, ,, Luis de Stein.
Depósito de fondos y Banco 5El Banco de li6ndres, México
de la Compañía....... .. l y Sud-4.mérica.
Concluida l\impresion de los-Bonos de dicha negociacion y entregados estos al BANCO
DE LONDRES, MEXIdO Y SUD-AMERICA, la Junta 1\-Ienor Directiva acordó: que se
avise á los interesados para qui! ocurran al indicado BANCO por sus acciones, y se ponga en
conocimiento del público que &lt;tC'da. r.bierta la suséricion en el referido BANCO, CALLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y en la casa del SR. HOPE, TIBURCIO NmlEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
•
México, Abril 1? de 1866.
El Secretario de la Junta,
886-J5a-7
J. B. d.scortJe.

SEGVROS CONTR.11. INCEJt•DIOS.
ÜOMP.A.ÑIA DE SEGUROS DE GL.AD:BACH.

AVISOS JUDICIALE·S.

Capital de fo:b.do. . . . . . . . .. . . . .

3.000,000 pesQs prusianos.

ÜOMJ&gt;AÑIA DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Aviso judicial.
En el juicio verbal promovido por el Sr. D. Ignacio Esqui-ve! contra D. Estéban. Muñoz,
sobre pesos, á su pedimento ha mandado el Sr. Juez 2? de Instrnccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se haga saber al Sr. Muñoz, que no habiendo ccncunido á contestar la demanda, $6 da ésta por contestada y 86 recibe este negocio á prueba por ocho dias; determinando á
la vez, que en el término de ocho dias se presente en su Ju1.gado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, á rec.onocer ~u firm\, puesta en un pagaré; bajo el apercibieuto que
haya lugar si no lo verifica, y ademaa se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
.México, Abril 24 de 1866.-C,isimiro Ferna,ulez, Escribano público.
' 915-3a-l

Capital de fondo . . - ... -.· ............ 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán t-Odos los informes necesarios para los q:u.e gusten asegurarse, en fa AGBNOlA GENERAL de Est.as Compaiiías, calle
de San Ben¡ardQ nú.m,. 3.
400-l S0s-162

COMP.11.A"I~'I. DE ~1HN.ll.S DE Ld. TRINID.11.D.
Algunos acciouibtas atrasados eu s11;~ pagos, ha~ solicita~o se amplie e} plazo 9.ue para el
arreglo de cuentas y pago de atrasos fiJaron los avisos publicados en los numeros 362, tomo 3?
del Diario del Imperio, y 63, tomo 4? del Pájaro T'érde, conespondientes al dia 14 de Marzo
anterior: la Junta directiva, accediendo á esta solicitud, acordó en sesion de ayer se prorogue
el plazo referido ~&amp;:&gt;ta d día lO _de Mayo próxi~o;_y de ór~er de la misma Junta pongo este
aviso para conoc1mieTJto de los ~terPsados, advirtiéndoles que no se otorgará nueva próroga.
México, 20 de Abril de 1866.-M&lt;iriano de la Peña y Santiago.
909-3a- 2

1

Convocatoria.
En los autos del intestado del Lic. D. Marcos Velazquez Rosas, se ha mandado con fecha
12 del corriente, por la 1~ Sala de lo civil del Tribunal de 1'.'- instanci~, se convoque á las per1onas que se crean con derecho á los bienes de dicho señor, rara que lo deduzcan en el término de treinta días, contados desde la primara publicacion de este aviso; apercibidos de que
ti no lo verifican, les parará el perjuicio que haya luga'r.
•
Y en cumplimiento de lo mandado pongo la presente en México, á 21 de Abril de 18Qv.Jo,é María Natera, Escriba,no público.
911-3.s-2

Oitacion judicial.
De 6rden del Sr. Juez 4? de Instruccion de lo civil y de JJacienda, Lic. D. Jos6 María Mi:rafuentes, cito á D. Eduardo Xork, para que en el término de ocho _di.as, contados desde la pnblicacion del presente, concurra por sí ó por apoderado instruido y espensado, al Juzgado de
Jl,l cargo, situado en el Palacio de J,~sticia, á contestar la deinancla que en juicio de eu11ciliation, sobre pesos, Je promueve D. José Arcos; apercibido de darse por intentado el acto si no
toncurre.
, .
México, Abril 23 de 1866.-J. Reynoso, Escribano público.
914-3s-2

•

Lbunamiento de herederas.
.A.VISO.

.

En· el eApediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los albaceas el Sr. D. Bias Pereda, residente ~n San Luis-Potosi, y D. Antonio Martinez,
vecino de Ciudad Fernandflz, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reyther, vecino que fué de'esta ciudad, he Jnandado por 1Di autoridad, en auto de 27 del actual, se cite
por los periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D~ Maú,a Ana A.ugela Hegues, padres
del espresado Sr. Rcyther, 6 bien sb.s hermanos 6 parientes inmed,iatos del testador, vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo A.rnesverguen de los Estados de Alemania, pertcnecienl~s á S. M. el rey de Prusia, para que dentro ·
del perentorio término de un año, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presénieu por sí 6 por medio de apoderadp, á e,ste Juzgado, á deducir e derecho qur tengan á los bienes que se hallan en depósito, pertenecientes á la testamenta1fa del espresado D.
Federico Rcyther; bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar y be aplicarán dichos bienes al objeto que determme la ley. Y para que lo
mandado tenga sn cumplimiento, pongo el presente aviso en la ciudad. de Rioverde, á los
veintiocho dias del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.-Finnado.-Domingo Uthurri-A.sistencia, Gil Memlez.A.sistencia, J. Bias Oribe.
683-60a-50

ContJocaturia.
De.órden de los señores Presidente y Jueces que forman la 1! Sala de lo civil del Tribunal
del\'- i11stanc_ia del Dep~amento del Valle de M;éxico, se convoca á los (!,Ue se crean con derecho á. los humes de la 1ntesta,da D~ Teresa Mann, para que en el término de treinta días,
que se contarán desde la prim.era publicacion de este anuncio, se pr~senten á deducirlo· bajo
el aper~ibimie~to de que les parará el perjuicio que haya lugar.
'
México, Ahnl 18 de 1866.-Manuel Romero, Escriba110 público de la Nacion. 905-3a-2

AVXSq.
• En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha r~cibido un surtido de
papel de tapiz de bonito~ y t&gt;leganteo dibujos, el que se dará al precio desde 3 basta 5 reales
pit1za.
. .
. ·
.
Tambien se han recibido hules para pis.o y para coche, á prec10s s_umamente c6modos.
En J,a misma casa se encuentra ui;i surtido de porcelana, loza y cnstal.
910-15a-2

TO.rl.LL .'I. DE VENVS .
EFECTOS DE PERFUMEll.lA .l.lf.: LAS MEJ"ORES FABRICAS DE l'AIUS,

En la tiapalería de los Venados, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de sn ramo, se acaba de recibir otro,
magnífico, de pe~ería, compuesto de_lo sig11;iente:-P~madas de todas clases.--Estractos
de esencias supenorcs.-Agua de Colonia legíllma.--Ace1tes para el pelo.-Jabones superiores y de familia.-Polvos de amv-ropt, arroz y hab_a.-Elí.xires y polvos para la dentadura.Vinagre de gen-seng para el uso esterno de las senoras.-Blanco perla.-Toalla de Vénus.Vinngre aromático y de color.-Los mentailos jabone.a de lechuga y contemporáneo, etc., etc.
Tocios estéis P-fectos son dti cl~•&lt;3' ..uprt&gt;ma, y sin embargo se vender4n sumamente baratos,
haciendo á los consumidor,,, qnP ';mrn por clocPnas de ellos, u11a rebaja importante todavía
sobre los precios á que se menudean.
20a-2sm-17
:ffHnat;w .Dia:,: Tritijeque
v,en&lt;lerá al mejor posk&gt;r, á la vista, ni couta&lt;lo y sin reclamacion, todo el menaje de la hermosa casa de campo de! Sr. D. )íJ?-t1.IT.L DE SOTO, eu la Ribera de San Cosme núm.12
frente al antiguo 'NhoH. rulos dias 26, '.a y 28 el.e Abril de 1866, á la una de la tarde, estan:
do á la vista el mártés 24 y miércoles 25.
Oportanamentti •• üa a.u liotas pormeuo;ír,:ida,~.-.óiaz Triujcque.
Se arrlen:da una bo_uita. ca.si;. con muebled o siu ellos.
907-SS-4

------- _,,____,__ -

l»IAll"v DE Vllln!A.
Uu piano de rosa, de siete octavas,·con todas las mejoras modernas, entérameute nuevo, se
vende al precio de c~to. Se puede ver en el núm. 14, callejon dé Santa Clara, primer piso.

JIEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

•

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                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Despacho</name>
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                    <text>...

EL

DEL

DIARIO·

IIPElllO
,",J:'

a

'

Los números sueltos valen 12 ctint&amp;vos.

1'1EXIC0.-1'Iartes 2 .. de Abril de IS66.

III.

TOMO

')&lt;

NuM. 394~

grama de verdadera libertad y civiliza.don, hace brotar por todas paroos nuevos gérmenes de vida y de progreso.
,PARTE OFICIAL.-Alcalde municipal de Angangueo.-Id. id. de Calpulalpan ..
"Prueba de ello es la ley de 18 de Diciembre próximo pasadq que organizó
PARTE NO OFICIAL.-Tribunal superior de Puebla.-Fallecimiento.-lfoJoras.-Telélos tribunales y juzgados del Imperio. Publicada en esta ciudad, para que cografo.-Balanza de la Administracion de bienes nacionalizados.
menzase á regir faltaba solo la instalacion del Tribunal superior, ese acto solemne que acaba de pasar. Inaugurada cov él una nueva era de fecundas esperanSolicitudes de privilegio.
zas, tendrá que formar época en los anales del foro.
~""
"Señores Presidente y Magistrados: á nombre del ·Emperador se os acaba de
confiar el depósito sagrado de la justicia; queda en vuestras manos la recta administracion de ella, q.uedan confiadas l'i vuestra inteligencia y á vuestro celo
PARTE OFICIAL. lt
por el bien público las importanteJ! funciones de la m~gistratura; q~edais e~car• gados de desarrollar el gran pensamiento y hacer sentir la benéfica influencia de
la legislacion moderna.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
"A nombre pues de S. M. el Emperador, y á nombre tambien de la sociedad,
cuyos
sagradS&gt;s intereses tengo la honra. de representar, recibo la protesta que ·
SECCION 2~
acaba.is de hacer, y me prometo que vu.estros trabajos van á corresponder al geMéxico, Abril 23 de 1866.
1!eral aplauso con que se ha recibido la noticia.ide ~estros nombra,nrlentos.'-'

8V'MAJLJO.

El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar el nombramiento hecho por esa
Prefect~K en D. Clemente Jua~ez para Alcalde municipal de Angaµgueo.
Lo digo á V. S. en contést.a01on á su oficio de 20 del corriente.-El Ministro de Gobernacion, SALAZAR Iu.RREGUI.-Señor Prefecto del Departamento
de Toluca.
'

,

El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar el nomoramiento hecho por esa
Prefect~ra en D. José María Fl?res para ~calde municip~l de Calpulalpan.
Lo digo á V. S. e11 contestacrnn á su oficio de 18 riel corriente.-El Ministro de Gobernacion, SALAZAR lLARREGUJ.-Seflor Prefecto del Departamento
de Tlax.cala.

1

•

Fallecimiento. ....
L'Ere Nouvelle dice hoy:
"Üon profundo sentimiento anunciamos la muerte del Sr. Enriqu? W. Allen,
editor del Mexican Times. Almque se sentía mal desd~ hoce~ a1~ ti~mpo, nada
hacia presagiar esta desgracia, que tuvo lugar el dom.1ngo a medio dia.
"El Sr. Allen era uno de los desterrados de la guerra americana, en la cual
babia desemp·eñado un papel importante, durante su ú').tjmo período, como gobernador de la Ltrisiana.''
&gt;'

Son copias. México, Abril 23 de. 1866.
El Subsecretario de Gobemacion,

Joaquín Noriega.

PARTE :NO OFICJTAL.

• '

1

Tribunal superior de Puebla.
La Unifórmidad, periódico de Puebla, dice lo siguiente en su número de 18
del actual:
GRANDE .ACONTECIMIENTO.
\

"Áyer á las cinco de la tarde, y en el palacio de Justicia, el señor Prefecto
político del Departamento ha dado sole!llne posesion á los magistrados gue conforme á la nueva ley de administracion de justicia deben formar el Tribunal superior. La instalacion ha sido cual lo exige la solemnidad del acto: á él precedió
la protesta prevenida por el Estatuto, y los magistrados dieron sobradas muestras de que sabrían cumplir la promesa que acababan de pronunciar. Ha comenzado, pues, una nueva era en los anales del foro. La administracion de justicia
va á ~eguir una marcha absolutamente diferente de la que hasta aquí ha sido
conoe1da. En la nueva ley se ha procurado la brevedad ae los juicios, la simplifi_cacion en l?s trámit~s! y la economía en el sosten de los litigios; si esto se consigue, la sociedad habra alcanzado una verdadera ventilja. Nosotros, que conocemos perfectamente á las personas elegidas para la formacion del nuevo Tribunal superior, nada te~e~os que temer; todo lo esperamos de el}as, y estamos
seguros de que, la opm1on general del Departamento es la misma que tenemos
manifestad~. Distintos han sido los puestos públicos que catl\i ttno -de los elegidos ha sabido d~scmpeñar; honrosos s011 los antecedentes con que individualme~te se han hecho c_onoccr; Y. en el foro han sido siempre clistinguidos por su
~abe~ y su talento. S1 la elecc1on de las personas que deben servir los ju~gados
inferiores, es tan acertada como la que nos ocupa, ]11 sociedad h,ibrá. llenado sus
deseos.
"Üoucluido-el acto_de la inftalac)on, e~ Sr. Préfécto pronuució el iliscnrso que
ienemos el gusto de rnsertar a contmuac1on, al que contestó ,.¡ Sr. Presidente
Lic. ~- J,osé Rafael Isunza, ratificando la protesta que tenia hecha, ofreciendo
por s1 .Y a nom~r~ de los nuevos magistrados, cumplir fielmente el compromiso
contrmdo, y felicitando al Estado por tan plausible acontecimiento. Dice la alocucion que citamos:

"Señores:
. ••Las terrible~ convulsione~ pohticas que durante largo8 años agitaron el seno
de uuesti•a queridii p.itria, pta·d(• decirse que cesaron ya. El Imperio con su pro-

Mejoras.
Dice hoy el 1:ájaro Verde:
11El Sr. Alcalde municipal D. Ignacio Trigue~os, á cuya iniciativa ie deben
ya positins mejoras, tiene ya en planta. otras que entrarán la semana entrante
en via de ejecucion, segun l'Ere.
'':Pesde luego, todos los tráficos que afectan la salud del,público y su bol,sillo,
van á ser objeto de disposiciones análogas á las ya dictadas sobre panadenas y
carnicerías, y como éstas, serán cumplidas. La Alcaicería va á ser hermoseada,
y quizá se abran, prolongándolos, los .callejones hoy cerrados de ese dédalo.
en las plazas se ven Iioy fuentes y árboles que así proveen á 1.aa necesidades del
vecindario, como contribuyen á la salubridad y al ornato. Hace notar l'Ere que
todo lo hccho y lo proyectado, son prueba de que el Sr. Trigueros es funcionario que quiere, puede y sabe hacer benéfica su _autorid~d, y por .eeto aplaude qu~
vaya á ocuparse con empeño de precaver otra mundac10n.: ~aga que las personas que rodean al Sr. Trigueros y tienen conocimiento de sus proyectos, se mues•
tran llenos de esperanza en el resultado de· sus esfuerzos.''
'

TelégraCo.
"El día 15 del actual ha quedado instalado el alambre telegráfico entre Veracruz y la villa de Medellin, mejora que hacia algun tiempo habia iniciado el apreciable Sr. Prefecto que fué del Departamento, D. Domingo Bureau, y á cuya
actividad, celo y constancia se debe su realizacion.
"Los primeros partes que se cruzaron entre Veracruz y la villa de Medellin,
fueron éstos:
"Veracruz, Abril 15 de 1866.-Sr. ii1genier-0 D. P . J. Senties.-Medellin.Viva el Emperador! Viva la Emperatriz!-Salud al pueblo veracruzano! Salud
al pueblo laborioso, al pueblo inteligente! Viva la paz, que produce los b~neficios
de las mejoras materiales! Viva el Im~erio Mexicano!-El Comisario Imperial,

D. Bureau.''

·

"Vivan los Soberanos de México!-El pueblo de Medellin y sus autoridades
estarán siempre reconocidos al Exmo. Sr. D. Domingo Bureau, por las mejoras
que ha introducido, y que solo su energía. ha sido capaz de llevar á cabo. ¡Que
I

la Providencia vele por el Sr. Bureau!-El Juez municipal, M. Cuesta.''
"Doy las gracias al pueblo de Medellin y á BtrS autoridades, y les deseo toda
felicidad. ¡Vivan los medellineros!-D. Bureau."

�•

414

-

EL DIARIO DEL IMPERIO.-

EL DIARIO DEL IMPERIO.

415
:tftt!t

SOLICITIJDES DE PRIVILEGIO

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

.ANTE EL MINISTERIO DE FOMEN1'0.

S11:ccroN 2~
(3~ publicacion.)

Balanza General del 1~ de Ene.-o al 31 de lttarzo de 1S66.
'

FS.

r,

D.lfüE.

1 Bienes del clero nacionalizados, , , , .. , , , , , ~
7 Caja , , , , , , , , , , , , ,
, , , ,
18 Vales á cobrar, , , , , , , , , , , , , , , ,
23 Obligac,iones y pagarés en créditos , , , , ,
, ,
25 Fianza.a , , , , , , , , , , , , , , ,
,
26 Reconocimientos sobre fincas urbanas en México, , , , ,
26
,,
,,
,,
,,
en el Distrito ,
,
27
,,.
,,
., rústicas en ídem, , , , , •
28
,,
,,
,, urbana,s en los Departaméntos .
29·
,,
,,
,, rústicas en ídem , , , , ,
30 Fincas urbanas en México , , , , , , , , , , , ,
31
,,
,, en los Departamentos , , , . , , , ,
32
,, rústicas en ídem , , , , , , , , , , , , ,
33 Capitales sobre fincas urbanas en México , , , , , , ,
34
,,
,, rústicas en el Distrito , , , , , ,
35
,,
,,
,, urbanas en los Departamentos , , ,
36
1,
,,
,,
rústicas en ídem , , , , , , , ,
37 Conventos extinguidos , , , , , , , , , , , ,
39 Terrenos y magueyales en los Depart.amentos, ., , , , ,
40 .Arrendamientos de fincas en México, , , , . , , , , ,
44
,,
,, ,, en los Departamentos , , , , ,
49 Intereses al 6 pg sobre reconocimientos , , , , , , ,
51 Réditos de capitales sobrn fincas rústicas,y lll'banas • , ,
52 , ,,
atrasados pagaderos por mensualidades , , , , ,
55 Pagos por efecto de la revision'- , , , , , , , , , ,
60 Diez y 15 pg de désvinculacion de capellanías , i , , ,
61 Agencia de Guanajuato , , , , , , , , , , , , ,
62
de Michoacan
, ,
, , , , , , ,
63
,,
de Querétaro , , , , ., , , , , , , , ,
64
,,
de Oajaca, , , , , , , , , , , , , , ,
65
,,
de Veracruz, , , , , , , , , , , , , ,
66
,,
de San Luis Potosí , , , , , , , , , , ,
6~
.,11¡ de Tulancingo , , , , , , , , , , , , ,
68 ,. ,,, de Za.catecas, , , , , , , , , , , , , ,
69
de Durango , , , , , , , , , ,
,
70
,,
de Monterey, , ,
, , , , , ,
71
,,
de
72
,,
de Toluca
, , , ,
, , , ,
73
,,
de Orizava , , , , , , , , , , , , , ,
74
,,
de Cuernavaca ,
, , , , , , , , , ,
75
,,
de Colima, , , , , , , , , , , , , ,
76
,,
de Puebla, , , , , , , , , , , , , , ,
78
,,
de Tlaxcala , , , , , , , , , , , , , ,
79 Pagos por deudas del Clero anteriores á 1861, , , , ,
81 Subagencia de Perote, , , , , , , , , , , , , ,
82
,,
de Tlalpan , , , , , , , , , . , , , ,
87 Agentes recaudadores , , , , , , , , , , , , ,
88 Administvaéion principal de rent.as de Córdoba , , , , ,
89
,,
,,
,, de Cuautla , , , , ,
90
,,
,,
,,
,, 'de Querétaro , , , , ,
91
,,
,,
,, ,, de Zumpango , ,
,
92 Administracion principal de Rentas de Oajaca , , , , ,
93
,,
,,
de ,.
de Chalco,
, ,
95
,,
,,
de ,,
de Otnmba , , , , l ,
100 Seccion de bienes de Beneficencia, , , , , , , , , ,
101 Varios deudores , ; , , , , , , , , , , , , ,
102 Varios acreedores por redenciones insubsistentes,
,
103 Depósitos , , , , , , , , , , , , · , , , , ,
104 Sueldos y gastos de agencias , , , , , , , , , , ,
106 Suplementos á las agencias por oficinas del Gobierno , , ,
108 Devolucion de pagarés por redenciones consumadas,
, ,
109 Id..de créditos por ratificacion de redenciones, , ; , , ,
110 Diez por 100 de honorarios de recaudadores, , , , , , ,
111 Cuenta de contribuciones , , , , , , , , , , , ,
113 Honorarios de ejecutores y avaluadores, , , , , , , ,
116 Suplementos, , , , , , , , , , , , , , , , ,
118 Cuent;i. de Bonos , , , , , . , . , . , , , , ,
120 Auxilios de Señoras Religiosas, ,
, , , , , , , ,
121 Indemnizaciones , , , , , ,
, , ,
, ,
122 Monte de Piedad de Animas, , , , , , , , , , , ,
123 Pagos por redenciones anuladas desde 1861 , , , , , ,
124 Reparacion de fincas y obras de conservacion, , , , , ,
125 Gastos de Administracion , , , , , , , , , , , ,
127 DoteR de monjas , , ,
.1 ) J '
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ru1a , , , , , , , , , , ,. , , , , , , , , , ,

'

"Segunda clase.- Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.-Administracion principal de Rentas de Pachuca.Para los años de 1866 y 1867.-El Administrador de Rentas, Esparz~.-El encargaflo del ramo, J. N. Villa.-Exmo. Sr 1\Iinistro de Fomento.-Guillermo
Stoneman, de orígen inglés, súbdito de S. M. B., como consta del certificado de
nacionalidad que debidamente acompaño, y vecino del Mineral de Pachuca, en
ul Dis~rito de 'l'ulancingo, co~o mejor pr_oceda, á V..E. _expongo: que despues
de varios ensayos he logrado formar el diseño de una pequeña máquina de desaguar, de mi propia invencion (lo cual juro si fuere necesario), y cuyo sencillo
~ecauisn:o consiste en el desagüe ,su~esivo y violent~ ~ue puede hacerse por medio de caJones para extraer todo hqu1do y aun lodo o fango suelto, á cualquiera
profundidad, de la manera mas económica y rápida conocida hasta hoy.-Para
la mejor explicacion acompaño dos dibujos y un modelo de la máquina expresada, y pido á V. E. muy respetuosamente, que de conformidad con las prevenciones de la ley de la materia, mande se publique esta solicitud, certificándose por
. quien corre~?onda,_ que esta _m_áqu~a.es enteramen!e de nueva invencion, y no
de las conocidas, m del dom1mo publico; y en su vista y previos los requisitos de
estil~, conce~erme patente de invencion para el aprovechamiento de ella por el
t~rmmo de cmco años, conforme al art. 6~ de la ley de 7 de Mayo de 1832.Por tanto, á V. E. suplico así 19 determine, que es justicia y gracia que impetro.
Pachuca, F ebrero 28 de 1866.-Exmo. Sr.-Guillermo Storieman."
Lo que se inserta en el •Diario del Imperio, conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

:.

.

TITULOS DE LAS CUENTAS.

1

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$21,752 52
54,160 08
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93,216. 89
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menee.

(3~ publicacion.)

México, Febrero '%1 de 1866.

Solicitud de JJ. IÍéctor Gariaeio y JJ. Eduardo Muño.e,pidiendo privilegio exclusivo
para lafal»icacion de botones de todas clases.
.
"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
5eis y sesenta y siete.-Exmo. Sr.-Héctor Gariazzo y Eduardo Muñoz, ante
V. E. respetuosamente exponemos lo siguiente:-La fabricacion de botones de
todas clases, cuya manufactura forma ·uno de los ramos principales de la industria en varias de las primeras naciones de Europa, ha sido hasta ahora enteramente desconocida en México.-Loa exponentes nos proponemos plantear t.an útil como
importante industria. Para verificarlo, necesit.amos el amparo de un privilegio, sin
· el cual serian _inútile~ nues~ros esfuerzo_s para dominar los obstáculos que tiene que
superar toda mdustr1a naciente para sistemarse.- Confiando en la proteccion que
• en tales casos dispensan las leyes mexicanas á. alguna industria nueva para el
país, y muy especialmente en la alta ilustracion dl} V. E. y en su empeñp en proteger todo lo que pueda contribuir á la prosperidad de la industria mexicana,
ocurrim?s á V. ~- solicita1:1do que en vista d~ lo ex~uesto Y. de los beneficios que
resultaran de la mtroduccion de est.a nueva mdustria, se digne concedernos un
privilegio por quince años para la fabricacion de botones de todas clases.-Espera~o? que V. E. 1:1-os con~ederá I,o _que solicitamos, por ser de justicia, en lo que
rembrremos especial grac1a.-MeX1co, Febrero ~4 de 1866.-Héctor Garia.ezo.Eduardo Mimoz.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
Lo que se inserta en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3 .
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

menee.

,,

i06,792 26
520
2,000 00

(3! publicacion.)

México, Febrero '%1 de 1866.-

Soli_citud de p. Héctor Ga,·iaz.eo y D. Eduardo Muffoz, pidiendo privilegio exclusivo como introductores de los aparatos para limpiar, lavar y desengrasar la "lana por el sisterna caliente.
·
_"Segunda clase:-Cuatro real~s--P~ra el bienio ele mil ochocientos senta y
i1e1s y sesenta y 1nete.-Exmo. Sr.-Hector Gariazzo y Ecluardo Muñoz, ante
V. ~- rcspetu?samente exponemos ~o siguiente:-La lana que tanto ábunda en

$1.601,063 82

V~ B~-El Administrador de biene¡¡ nacionalizadoa,
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El primer Contador.

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México. Marzo 31 rle J866. •

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''Segunda clase.-:Cuatro r.eales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cmco.-Valga para los años de 1866 y 1867.-El o-efe Direc~or de la Seccion, 3a, Agustin Türnel.-Exmo. Sr.-J. L. Huici, en 1~epresent.ac1on de D. J. Sohs, ante V. E. respetuosamente expone: que mi poderdante es
inventor ~e un~ máquina para raspar el jenequen y aprovechar sus filamentos;
como esta suficientemente probado que es la mejor y mas sencilla que hasta-ahor~ se ha p~esentado,-A V.~• ocm·ro suplicándole se sirva concederme privilegio exclusivo por el maY_or tiempo que concede la ley de la mat(lria, ofreciendo
presentar antes del térmmo d~ dos meses el duplicado de la descripcion y dibi!jo
de la referida máquina, en lo q_ue recibiré gracia.-México, Enero 26 de 1866.
-José L. Huici.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento "
Lo 4'?-º sé inserta en el Diario del ImP:"i?, co_nf~rme- al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretano mtermo de Fomento, ]l·rancisco Ji-

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México, Enero 26 de 1866.

Solicitud de JJ. José SoUs, pidiendo privilegio exclusivo como inventor de una máquina para raspar el jenequen, aprovechando sus filamentos.

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UEUDOR.

.lliBER.

Mé,xico, Marzo 8 de 1866.

Solicitud de JJ. Guillermo Stoneman, pidiendo privilegio exclusivo por la inveneion
de una máquina para desaguar.

Jgwlin Pardo 'JI Garri•.

México, constituye_ uno de los esquilmos mas pobres é improductivos para los
hacendados, qui~nes gene1·almente sacan muy poco provecho de ella ó desdeñan
cosecharla. por lo insignificante que es para algunos de ellos el resultado de su
cosecha. La consecuencia n_atural de este mal, ~s la decadencia de la calidad y
la falta cle_esme~·o pa_ra mcJomrla.-La l~na. tiene que trasportarse ·:siempre á
eno~nutR ~1stanc1as, bien sea para consmmrse C'n las aplicaciones de la industria
nac:onal o para exportars~. En ambos, casos se trasport-a en el mismo estado de
suCJedacl en que se trasqmló, de lo que resulta las mas vect1s averías de mucha
consideracion, y muy poco precio para su venta en los mercados.-El modo de
remediar estos inconvenientes y de ensanchar 1a esfera del comercio de lanas
consiste, pues, en evitar las pérdidaB por avería, y en disminuir el costo de tras~
porte. Ambos objetos se obtendrán estableciendo en los puntos inmediatos á loa
productores de lo.nas, grandeR ,aparatos para limpiar, lavar y desengraeru· la lana

-

por el sistema caliente, que es el usado en Europa y los Estados-Unídoa para
las lanas destinadas á la manufactura de tejido$. Las lanas, previamente elasificadas, así preparadas y bien empacadas por prensa hidráulica ó de vappr, pódrán trasportarse sin riesgo de avería y con una grande economía de fletJ á lo1
puntos de consumo ó de exportacion, y obtener en ellos mucho mas piecio que·
el que tienen en la. actualidad.-Los exponentes, r.n vista de lo expuesto, ocurrimos á V. E. solicitando se nos conceda un privilegio por el t~,rmino de quince
años, para establecer y explotar en el territorio mexicano los aparatos para limpiar, lavar y desengrasar por el sistema caliente las lanas.-Las vent.ajas que los
agricultores é industriales obtendrán de la introduccion de este sistema, son notorias, y V. E. sabe apreciar su importancia dem_asiado bíen,, para que nos detengamos á enumerarlas. Confiando en la proteccion que V. E. dispensa á la introduccion de esta clase de mejoras, y en la que las leyes les cónMden, espera·mos que V. E. nos otorgará el privilegio que solicitamos.-México, F ebrero 24
de 1866.-Héctor Gariazzo.-Ed-uardo Mwwz.-Exmo. Sr. Ministro de Fo. mento."
·
Lo qU:~ se inserta en el Diario MI, Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858,-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jt-

mene.e.

ALMANAQUE IMPERIAL
PARA 1866.

-

Este Almanaque ca sin disput.a el mejor de cuantos se han pu,llicado en México hasta ahora. Consta de mas de 400 páginas de impresion liin'pia, hermosa 1
correcta, hecha en papel de lujo, y contione una multitud de noticias curiosas ó
interesantes, que son necesarias para muchos, y útiles para toda clase·de personas.
Está dividido en cinco secciones y un Apéndice.
•
La 1~ contiene not.as cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas nacionales.
La 2~ trata•de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuer~ diplomático mexicano y extranjero, Casa del Emperador y de la Emperatriz,
Secretaría p.rivada y Ministerio ¿le la Casa Imperial.
La seccion 3~ contiene noticias de todos los :Ministerios y de las dep~nderrciaade cada uno.
La 4~ está. destinada á la Gran Cancillería y á las Ordenes Imperiales~ contiene los nombres de todás las personas condecoradas con ellas, los de los mexicanos que tienen condecoraciones extranjeras, y los de los extranjeros que tienen
condecoraciones mexicanas.
La seccion 5~ trata de la Prefectura del Departamento de Jtiéxico, de los Tribunales, Corporaciones y Oficinas públicas, establecimientos de enseñanza y beneficenciá, etc., etc., etc.
El Apéndice contiene los cambios de personal qn.e han ocurrido en la Corte y
en e! Estada, durante la impresion del Almanaque.
El extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porqu
no lo consienten la multitud, extension y variedad de sus noticias.
El Almanaque Imperial se halla de venta en la librería de los Sres. Andrado
y C\ Port.al de Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio/•
Bajos de San Agustín n}Ím. 8.
PRECIOS.

,

A la rústica..... . ....... 2 pesos cada ejemplar.
Empastado á la holandesa. 3

,,

,,

,,

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

B.!IKA'.HJS.
Se participa al público que con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de ~ de Ji'ebrero
de 1865, se va á proceder al del terreno situado en suburbios de la ciudad de Oajaca, valuado
en noventa y siet{l pesos cincuenta centavos; y se publica para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el dia 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, en
cuya hora se verificará esta almoneda..
México, Abril 17 de 1866.
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Con arreglo á los articulos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, manzana. 27, cuartel 3?, calle de la Tamalera, en Oajaca, valuada en ($ 465)
cuatrocientos sesenta y ¡:inco pesos. Lo que se participa. al público, para que las personas que
deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia. 3 del entrante Mayo, á las nueve de lamaiiana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 6 de 1866.
0a-6
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, cuartel 3?, manzana 13, calle del Retiro, en Oajaca, valuada en($ 493 75 es,)
cuatrocientos noventa y tres pesos setenta y cinco centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 5 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 7 de 1866.-El Administrador de biE¡,1les nacionaliza4os, J. Suarez y NatJarro.
6a-6-

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

AVISO.
Necesitándose de la presencia de D. Plutarco Montes de Oca en la Caja de esta Administracíon para un negocio relativo á su persona, se le hace saber por ~l presente aviso, para que
se sirva pasar á la espresada Caja á entenderse en ella con el Cajero\ que. lo es el Sr. D. José
M. Bros.
México, Abril 21 dr 1866.-EI Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suam ,
Na'Darro.
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Gendtt.rmeria Iniperial Mexícana.
A VISO .AL PUllLICO.

El juévea 28 del corriente, á las diez de la mañana, se procederá á la. ven~ de cuatro caballos reformados, pertenecientes al cuerpo de la Gendarmería Imperial.
Dicha venta se hará al mejor postor y al contado, en el cuartel de la e:x-Acordada.
México, Abril 2.1 do l866.-El Tesorero, Fat,al.
3s-l

Operaciota de la Vacuna.
En los dias 26 y 27 del corriente se practicará ésta Pn el edificio de la Dlputacion, de onee
á once y media de la mañana.
México, Abril 2a de 1866.-Mweado.
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�116

EL DIARIO DEL IMPERIO.
'l'ribon.al superior de Justicia de 'l'oloca.

01'1'.A.mOS.

autlls sobre no haber aceptado el Juev. letrado de Tenancingo la competencia que
le fué inici~a por el de igual clase de Yautepec, en el negocio de arrendamiento de la hacienda de Tepopula, este Superior Tribunal, á peticion de D. Luis Ahedo, apoderado de D. Antonio Ortiz y Arvizu, se ha servido disponer se notifique al Lic. D. José María Aguirre de la
Barrera, por medio de los _periódicos intitulados Diarw del Imperw y Cronista, la radicacion de
•ichos autos en el espresado Tribunal; apercibiendo á dicho Lic. Aguirre de la Barrera que si
clentro de quince dias, contados desde la primera publicacion de este citatorio, no comparece,
se entenderán las diligencias con los e~trados del repetido Tribunal.
'f por órden de su señoría se publica el presente, para los fines indicados.
To1uca, Abril 13 de 1866.-El Secretario del Tribunal, Lic. José María Martinez. 3a-3

Por el presente, y de órden del Sr. Juez 4? instructor de lo civil y de Hacienda, Lic. D. JoséMaría Mirafuentes, cito á D. Manuel Orozvo para que en el término de ocho dias, contad~
desde la publicacion de este aviso, se presente por sí ó por apoderado instruido y espensado, en
el Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, á contestar la demanda que sobre pesos é indemnizacion de darios y perjuicios le promueve D. Crescenciano Gutierrez; bajo el apercimiento que
de no hacerlo, se seguirá el juicio en rebeldía, dándose los estrados. por bastantes.
México, Abril 16 de IP66.-J. Rey110s0, Escribano público.
902-3a-3

~ )es

•residencia municipal de Znmpango de la Itaguna.
Zumpango, Abril 16 de 1866.-El rancho de la Divina Providencia, ubicad9 en la villa de
Zmnpango de Victoria, de los Propios de su municipalidad, fué adjudicado por el Sr. Lic. D.
D. Domingo Perez y Fernatfdez, con arregloála ley de 25 de Junio de 1856, en la cantidad de
dos mil quinientos pesos, cuyo capital reconcce y quedó impuesto á favor de la misma, con
hipoteca especial de dicho rancho por capital y réditos, adeudándose por estos últ.imos la de
quinientos setenta y cinco pesos.
.
El Ayuntamiento ha sabido que los bienes pertenecientes á la testamentaria del espresado
Sr. Perez Fernandez están concursados, por cuya causa se trata de enajenar el rancho; y entretanto ocurre al Sr. Juez respectivo, manifiesta por el presente: Que se opone á la mencionada enajenacion hasta que se pague lo que se adeuda ó se aseguren sus derechos.-El Alealde municipal, C. Parra.
3a-3

C::l'l'ACJON.
Por órden del Sr. Juez 4? de Instruccion civil, se cita á D. Antonio Navarrete, vecino de
Tejupileo, para que dentro del término de ocho dias, contados desde la primera publicacion
de ei;te aviso, comparezca en este Juzgado por sí ó por apoderado con peder bastante, á contestar la demanda que en juicio de conciliacion le promueve, sobre cumplimiento de contrato,
D. Angel Zavalza, como apoderado de D. Juan Etchar,en; apercibido de darse por intentado
el acto si no concurre.
México, Abril 18 de 1866.-Lic. Nicolás Islas y Bustama11te, Secretario.
903-3a-3

A VISOS PARTICULARES.
MIN.11. DEL BEPlJGIO, aluu LOS TBOJr.CPILLOS,
' DE PACHUCA.

AVISOS JUDICIALES.
C::onvocatoria.
En los autos del,iatestado del Lic. D. Marcos Velazquez Rosas, se ha mandado con fecha
12 del corriente, pótla 1~ Sala de lo civil del Tribunal de 1~ instancia, se convoque á las personas que se crean con derecho á los bienes de dicho señqr, para que lo deduzcan en el término de treinta dias, contados desde la primera publicRcion de este aviso; apercibidos de que
1i no lo verifican, les parará el perjuicio que haya lugar.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo la presente en México, á 21 de Abril de 1866.Jo,é María Natera, Escribano público.
,
911-3s-l

Trompillos de Pachuca. Mucho tiempo despues, y estando amparada la referida mina, los primitivos dueños, que me la habian cedido, formalizaron un segundo avío con otras personas;
estas dividieron las acciones de ella en doce barras aviadoras y doce a.viadas. Como este segundo avío jamas ha. sido reconocido por mí, fué necesa1io seguir un litigio en el Juzgado de
Pachuca, dando por resultado que a9.uel tribunal, por sentencia definitiva, mandase con fecha
23 de Enero de 1864 "que se me restituyese á la posesion de mi avío, y se me entregase la
mina inmediatamente.
.
La Compañía formada por el segundo avío interpuso una tercena, y pidió que antes de ponerme en posesion de la mina, se la oyese: los tribunales accedieron á esta solicitud, ordenando tambien que se me pusiera en posesion de ocho barras aviadas y quedasen secuestradas
las cuatro restantes entretanto sean pagadas las costas y perjuicios á que fueron condenados

.

~~~

Diputacion de Minería de Guanajuato.
A.VISO,

'

Aviso.-Desde Abril de 1858 soy dueño de veinte barras aviadoras en la mina de los

'

La Diputaeion de Minería del Departamento, por decreto de 14 del corriente, ha manda/o
citará los Sres. Jecker y C~, vecinos de México, por medio de los periódicos intitulados Di«rio d&amp; lmpe,j(¡ y Semanario Oficial,, fijándoles el término de veinte dilll!, contados desde la fe.
tha ae la públicacion que se haga en el primero de dichos periódicos, para que establezcan
en esta ciudad el apoderado de que habla el artículo 1? del decreto de 8 de Enero de 1865, á

fin de que los dueños de la mina de San Vicente de Paul, de cuyo fundo son aviadores aquellos ~eñores! ~ten las cuestiones que desean; bajo apercibimiento que si no lo verifican en el
térmmo ya mdicado, que será improrogable, les parará el ~rjuicio á qmi hubiere ln,,.ar.
Secretaría de la Diputacion de Minería de Guanajuato, 20 de Marzo de 1866.-4nacio R.
Hernandez, Escribano público de laNacion.
912-3a-l

Citacion judicial.
· De órden del Sr. Juez 4? de Imitmccioa de lo civil y de lilacienda, Lic. D. José Mana Mi·
:rafuentes, cito á D. Eduardo York. para que en él término de ocho dias, contados desde la pu·
'b]4cacion del presente, concurra por sí ó por apoderado instruido y espensado, al Juzgado de
1111 cargo, situado en el Palacio de Justicia, á contestar la demanda que en juicio de conciliaeion, sobre pesos, le promueve D. José Arcos; apercibido de darse por intentado el acto si no
concurre.
México, Abril 23 de 1866.-J. Reynoso, Escribano público.
914-3s-l

J'uzgado de letras de los :Llanos de Apam.
En los autos ejecutivos que sigue en este Juzgado. D. Agustin Prajedis Qarrasco, por sí y
en representaci~n de I?· Gumesindo Bazau, coptra D. Estéban Muñoz, sobrepesos, el Sr. Juez
letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en auto de esta fecha se proceda á la
venta de dos casas y una carretela, situadas aquellas, una en esta poblaciou y la otra en el
pueblo de Tepeap_ulco, val~ado todo por el pe;ito tfücero en discordia, D. Antonio Espeje!, en
la suma de dos mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos tres centavos ($2,447 3 cs.); señalán. do!e para las almonedas los dias veintiuno del actual y catorce t veinticinco del próximo
Abril, siendo la última con calidad de remate.
. ~o que bago saber al público en cumplimiento de lo mandado por el referido Sr. Juez; adVIrt1endo que la persona que deseare hacer postura, puede ocurrir á la Secretaría de este Juz.
gado, donde se le darán las instruccione$ necesarias.
Apam, Marzo 8 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. José María Esptjel. 864-3a-3

Estoy, pues, en posesion de dichas barras, llamadas por ahora aviadas; y con objeto de qué
el público tenga un perfecto conocimiento de que esclusivamente me pertenecen, hago la pres
sente ma~festacion; advirtiendo á la vez, que las doce barras aviadoras están igualmente
comprendidas en la mencionada sentencia de 23 de Enero de 1864, suspendida por ahora únicament.e respecto de ellas, mientras se decide la tercería interpuesta por la Compañía.
México, 23 de Abril de 1866.-.Manirel F,urtes.
913-3a-1

It;tiacio Dia~ T'riHj(iqu.e
venderá al ml'Jor postor, á la vista, al contado y sin reclamacion, _todo el menaje de la hermosa casa de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme núm.12
frente al antiguo Tíboli, en los dias 26, Z'1 y 28 de Abril de 1866, ála una de la tarde, estan:
do á la vi8ta el mártes 24 y miércoles 25.
.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz Tri1¡jeque.
Sé arrienda una bonita casa con muebles ó sin ellos.
907-8s-3
,

A VISO lll'HB.IISAND.
Teniendo la señora mi espos~ D~ Praj~dis Aguinaga, va~os negocios importantes que girar
en los Departam~ntos del In tenor, éonfinó un poder amplísimo en esta Corte, en diez de Ener~ del presente ano, al ~r. D. Antonio.Afias, vecino de Guadalajara,. quien sin embargo del
t1.empo que ha trascurr¡?o, no ~ay noticia de que lo haya puesto en eJercicio, lo cual se infiere
de su falta de contestac1on á diversas cartas que para indagarlo se le han dirigido. Como el
Sr. Arias es per~ona muy ocu~ad~, acaso se perjudicarian sus intereses con la dedicacion efi.
caz á !os negoc10s para que prmc1pa~entc se te confirió el poder; y necesitándose de esta
eficacia para. _que no aumenten los perJuicios que ya resiente la interesada con la paralizacion
de sus negocios, y no pbr otra. causa que en maneb alguna pueda lastimar la bien sentada
reputacion dtil espresado Sr. D. Antonio Arias, ha re?uelto ~evocarle en el todo el espresado
-poder; eo.oo en e_tecto lo ha hecho _en toda for.ma el d1a de .hoy, en que lo aviso á las personas
q~e teng:rm relac1on con los negomos de ~i se1iora, para que entretanto se hace el nombraDUento cte otro apoden.do, se entiendan directamente eon el que suscribe, quien desde esta
fecha da por nnlos t-Odos,los actos que si, puedan ejercer por el Sr. Arias en ejercicio del poder qu,i le que_da revoca,?O en el t~o, y de &lt;¡ne se k da aviso por conducto seguro.
México, Ahnl 2 de 1866.-Eduardo Dtlpoo/1.
897- Ss-7

.

1'.UN.11.
DE Jt•lJBSTB.11. SENORd DEL REPllGIO
.
EN GU.ANAJUATO.

Aviso judicial.
En el juicio seguido por D. Manuel y D~ María de los Angeles Osio contra el intestado de
D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez 1~ de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al remate de la casa núm. 2 de la calle de Corchero, embargada al espresado intestado y valuada por el perito D. Apolonio Tellez Giron en la cantidad de siete mil quinientos
pesos (7,500 pesos); señalándose para las almonedas los dias 23 del presente y 3 y 15 del
próximo m~s de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se interesen puedan
instruirse pa~ando á informarse á esta Secretaría.
·
lléxico, Abril 10 de' 1866.-Joaquin Abadia110, Escribano público.
894-9a-4

Ju~;;ado cuarto de Itistri,ccion en fil ram.o citiil.
~l Sr. Juez de este Juzgado, euc:\l'gado tle los negocios de Hacienda Lic. D. José }!aria
llirafuentes, ha prevenido, á solicHud del Sr. D. José Dans, como sí~dico del concurso de
D. Gabor Napheg~, que en virtud den~ habe~se podido 7elebrar laju.ota emplazada para el
once del actual, ~1 fálta de concurrencia de numero suficiente de acreedores del referido concurso, se verifique el acto á las once del dia primero del inmediato :Mayo· bajo el apercibi~e~to de que e~tarán obpgados los que no concurran á pasar por lo que'acordaren los que
asistieren. Y ha_bi~ndose d1spu~sto que 1! citacion se haga por los periódicos, lo verifico por
el prPsente,. advirhen?~ que la Junta se celehrará en el mencionado J nzgado, que está situado
en el Palacio de Justicia.
México, Abril 18 de 1866.-.Agustiii Ptm dt. Lar11, Escribano de Hacienda. 904-3a-3

Hab\éndose puesto en p_rod.!1ctos la _mina de N~estra Señora del Refugio, ~viada por D.
Gregono J1mentz, y hab1énaos~ ve~cado el primer reparto de las u tilidades, conforme á
la ~ontrata de !lVÍO, el que suscnbe, mieXllbro de la Junta representativa de los parcioneros •
aviados y encargado de _13: tesorería, eonvoc'a á los poseedores actuales de las barras aviadas,
para que o-curran á perc1brr la partctque les corresponda en el reparto presentándose por sí ó
por persona. debidamente autorizada, .Y ~xhibiendo el título 6 docum'ento que compruebe su
3:ctua~ posesion, para ponerlo en conocmnento de la Junta representativa y someterlo á su &lt;;alificacion,
Guanajuato, calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. Salgado. 899-30a-4

.

SEGURO CO~JTRA INCENDIO.
La ca.,.,,.aiiáa Hanibur ;;iiesa -Bremesa tle Set;uro11 •
CONTRd INCENDIO.
Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables deHamburgo y Ilremen
y ofreciendo, pues, todas las garantías que pµedan desearse.
'

M6ornos,-D.Ll&gt;, INFOllJ[ES
.P6uus

ASEGURA MUEBLES :&amp; lli}fUKHLES A PREMIOS
Y ARREGLAN

c,nn,ocatoria..
_Por falle.cimiento de ia Sra. D~ Cárm61l García Mazo, el Sr. Jne¾ 3? civil de Instruccion,
Lic. D. Cnstóbal Poulet y Yier, qu~ conoce de su intestado, ha.mandado que por los periódicos se convoquen á_ las personas &lt;¡ne se crean. con d,~rechos á los bienrs de esa in testamentaría,_ para que lo ven6_queu_deut.ro de! t_ér'!lino de•dos me~t&gt;s, contados &lt;fosde la primera public~c1on de e~te anuncio; baJo .,1 :iperc1bm11ento de que les parará el perjuicio á que haya Jugar
s1 no lo venfica1;1. ~o bago saber á los interesados por medio del presente, que surtirá los efecios qu~ quedan indicados.
.
Mé:uco, Abril· 16 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
906-3a-2

Los Agentes,
LEFFMANN

---------.....,....-~~- --821-9(/a-29

&amp;

Gu-rHEIL,

Bajos de Porta-Cooli núm. 4.

PIANO DE VliJll'TA.

Un piano d~ rosa, de siete octavas, con todas las rn'ejoras modernas, enteramente nuevo se
vende al precio de costo. Se Fuede ver t&gt;n el núm. 14, &lt;1alll'jon dé Santa Clara, primer p~o.

DIVERSIONES PU BLICAS .

.Juzgado primero de Instroccion de lo civil.
Palacio de Justicia.-En los autos del intestado de D. Vicente Arn11iz, que siguen en eflte
Juzgado que e~ á cargo del Sr. Lic. D. José María Gamy, por auto'de 10 del corriente se ha
mandado por dicho Sr. Juez, ent~e otras cosas,_se ~nvoque por los periódicos á las personas
q~e se crean con derecho _á los bienes del rcfendo 1otestado, para que en el término de treinta
~1~. se presenten á deducirlo; bajo el i.percibimiento que de no verificarlo les parará el perJUJcio que haya lugar.
•
'
Y 1:n cumplimiento dt: lo mandado pongo el presente en México, á veinte de.Abril de mil
,oehoc1entos sesenta y se1s.-Jua11 Nepomuce110 Carrio,i, Escribano público.
908-3a-2

,

r&gt;

TEA'l'RO DE ITUH.BIDE.
COMPAÑIA DltAMATIC,-1..

1?n _la. noche, á la!' ocho en punto, se pone en escena la comedia dividida en~dos a.e.tos que
se 11lhtnla: El caballero p11bre, y en seg11ida la zarzuela denominada: La CQ[a del diablo. '

MEXICO.-IM.PREN'l'.A IMPERIAL.

•

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Tribunal Superior</name>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

-IMPERIO
Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

IUEXI&lt;JO.-Sábado 21 de Abril d~ 1S66.

III.

MINISTERIO DE GUERRA.

SVMAB.IO.
PARTE OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de Guadalupe y Medallas d11,l
mérito civil.-Alcalde municipal de Cerro de Leon.-Despach~ militares revisados y expedidos.
PARTE NO OFICIAL.-Artículo sobre agricultura.-Telégrafo de Veracrul! á Medellin.
-Caminos. De Perote á Veracrnz.-Desagüe de la Vega de Metztitlan.

... "

NUM. 392

SECCION DE CLASTFICACION.

RELACION DE LOS INDIVIDUOS CUYOS DESPACHOS HAN SIDO :REVISADOS, FII.AN·
DOSELES SU POSICION EN EL EJERCITO, EN LOS EMPLEOS QUE A CONTINUACIOlí
SE EXPRES.L'i":

A D. Juan B. Caamaño, de Coronel de infantería de auxiliares, con grado de
Solicitudes.
General.
Sabás Fernandez, de Teniente Coronel de id. permanente.
""
· con graddC
,, ,, Leandro Castañeda, de id. id. de id. 1d.
o. e _or?~e1:
PARTE OFICIAL.
:Mariano Zerecero de id id. de caballería id. con licencia 1hm1tada.
" " }'rancisco de PauÍa Gar~ica, de Comandante de batallon permanente.
;; :: Ignacio Rosas, de Capitan de infantería activa en receso.
•
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDrNES IMPERIALES.
,, ,, Atilano Romero, de id. de caballería permanente.
• _México, 20 de Abril de 1866.
,, ,, A.mado Beltran, de Teniente de infantería id.
S. M. el .Mmperador, por acuerdo de 12 del actual, Ha tenido á bien nom- ,, ,, Juan Gutierrez, de id. de caballería id.
,, ,, José María Palacios, de Subtenient.e de infantería id.
brar Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe;,
,, ,, }'rancisco Rodríguez de id. de id. id.
á D. Juan Lainé, Capitan del puerto de Veracruz,
,, ,, José Ramon de la Portilla, de Alférez de caballería id.
Y sin posicion, al titulado Subteniente de infantería permanente, D. Cruz
y conceder la :Medalla de plata del mérito civil ú los marineros
Torres.
Luis Lurdosa,
Crescencio Blizalde,
Francisr.o Garcé~,
JI.ELACION DE LOS DESPACHOS EXPEDIDOS POR ESTE lllNISTERIO EN EL MES DI
r'elipe Gonzalez,
l[AllZO PROXUlO PASADO.
Juan Prat,
3. Por acuerdo de esta fecha se concede el empleo de Capitan de caballería
Simon Rodrigue?. y
á
D.
"Eugenio Benescb.
•
.
. .
Eligio r:crnand,·z,
11. Por id. id. se concede el empleo de Alférez-porta del pnmer Regimienen ateucion á su valor y denuedo en el eminente servicio que prestaron salvan- to de caballería permanente á D. José M. Ortiz. · ·
do del naufragio á una Ballenera que estuvo en peligro de perderse con su
16. Por decreto y á solicitud del interesado, se concede retiro á dispersos
para
esta corte al General graduado Coronel de caballería permanente D.
gente.
Cárlos Valenzuela.
17. Por acuerdo de este dia se concede licencia ilimitada al Teniente de-caS. M. el Emperador, por acuerdo de 13 del actual, Ha tenido .í bien conceballería
permanente D. Fernando Humana.
der las condecoraciones siguientes:
_
20. Se concede licencia absoluta, por haberla solicitado, al Alférez del. priIM.PERlAL ÜRDEN DE GUADALUPE.
\
mer Regimiento de caballería D Te66lo Vera.
27. Por decreto de esta fecha se concede licencia absoluta, por haberla soOFICIALES.
D. }'élix Campillo, Administrador principal de Rentas del Depurtamenlo de licitado, al Capitan D. Nicolás Reina.
31. Al Capitan D. Ignacio Minon se le concede licencia absolutu por ha·
Puebla.
heria solicitado.
Lic. D. }'élix Béistegui.
CABALLEROS.
~léxico, Ahril 20 de 1866 .
•
El Geneal Subffecretario de Guerra,
D. Antonio Rescndis, Subprefecto del Distrito de Cadereita.
José María V. de la Cadena.
Lic. D. Pedro Aguirre.
MEDALLA DE PLATA n:BL MERITO CmL.

J.

D. }'rancisco Hernahdez, Alcalde 11unicipal que íué de la ciudad de Guadalupe Hidalgo.
"

México, 21 de A~ril de 1866.

S. M. el Emperador, pcr acuerdo de 17 del presente, Ha tenido á bien conceder la Medalla de bronce del Mérito Civil, al
Guarda &lt;le policía Pablo Telkz)
por su buen comportamiento y actividad en la aprehension de un ladron.
El S,•cretario encargado de Jv. Gran Cancilleria,
José JI. Gonta"lez.

MINISTERIO
DE GOBERNACION.
,
~léxico, i~bril 20

de1866.

El Gobierno de S. M. rn ha ~ervido aprobar el nombramiento hecho por esa
Prefectura en D. Evaristo Hernandez para Alcalde municipal de Cerro de
Leon.
Lo digo á V. S. en contestaeion á su oficio de 16 del corriente.-El .Mini;;tro de Gobernacion, SALAZAR lLARREGU1.-Sr. Prefecto del Departamento de
Veracruz.
.E&lt;1 copia. :\léxico, Abril':W de 1866.
•

El Subsecretario de Gobemacion,

Joaquin Noriega.

PARTE NO OFICIAL.
AGB.ICV'la'J!VB.A.
La agricultura desde los tiempos mas remotos ha sido una de las fuentes de
la. riqueza públic:i y á ella. se han consagrado, no solo los individuos de la. clase
indígena, sino tambien personas distinguidas de todas las clases sociales. Nada es mas natural, si se atiende al objeto de que se ocupa este ramo de los conocimientos humanos. Procurar producir con la mayor abundancia. y perfeccion
posibles los vegetales que son útiles al hombre y á los animales que están sujetos á su dominio, es el fin de la agricultura, y ésta por consiguiente forma la base de todas las demas artes.
Los pueblos verdaderamente salvajes, que han vivido ó viven en 1os desiertos
llin leyes que los gobiernen ni una autorida.d ordenada que los dirija, han deseo. nacido y desc~noceu los primeros elementos de la ciencia. agrícola; pero siempre
que en cualqmer punto del globo ha comenzado á. lucir la. aurora de la civiliza.cion, este hecho se ha presentado en uuion de establecimientos agrícolas mas ó
menos imperfectos. En los países cultos la. estadística ha probado que siete octavas partes de la poblacion se consagran á la agricultura, bien como directores,
bien como agentes.
La práctica. de esta. ciencia, no solo es indispensable para la prosperidad del
P?Ís, sino que coadyuva. de una manera ,Poderosa á la felicidad de los que se ded1can á. ella. Da salud al cuerpo, energta al alma, y contribuye á crear costumbres virtuosas, en particular la. templanza y la. moral pura. Hombres animados
de estos sentimientos son las columnas do un buen gobierno y el verdadero apoyo de la independencia nacional.
. Abel, A.braham y Noé se ocupaban de la agi:icultura, segun lo ategtiguan los
libros santos. Las naciones antiguas la. veían con alta estimacion, y los egipcios
fueron tan sensibles á sus beneficios, que atribuyeron el descubrimiento de esta

�406

ciencia á una fuente divina, y llevaron su gratitud al grado de. prestar adoracion
al buéy por sus servicios como labrador. Los antiguos escribieron obras sérias
sobre la agricultura, y aun algun~s de sus poetas tomaron este ramo de los conocimientos humanos como materia de sus poemas.
Las naciones modernas han adelantado en el saber agrícola, no solo por sus
operaciones práctica,, sino por los infinitos escritos. que han visto y ven la luz
pública en obras formales y periódicas en que constan los anales que demuestran el progreso de la agricultura, y se debaten de una mimera científica las cuestiones que á ella se refieren. A esto debe agregarse las muchas máquinas de diversas clases que se han inventado para facilitar los trabajos agrícolas.
La nacion española, despues de conquistar el Nuevo Mundo, sin destmir la
agricultura indígena, procuró y consiguió, en esas vastas rngiones, la introduccion de varios producto~ europeos.
Desde la época de la independencia hasta la presente, México ha presentado
adelantos en materia de jardinería; es decir, en un ramo hasta cierto punto de
ornato; pero en lo general los conocimientos agi1colas de mera utilidad han permanecido casi estacionarios. Las guerras civiles constantes que nos han destrozado, y fa blta de seguridad, consecuencia de esa situacion, han de haber influid!) en que los propietarios no hayan procurado introducir mejo~as, que ~espues
de grandes esfuerzos y del empleo de importantes sumas de dmero, pod1an ser
destruidas por alguna de las partidas vandálicas que recorrían la superficie
del país .
Ahora que la pai se encuentra establecida en una gran extension del territorio
mexicano, los agricultores podrian tomar empeño para perfeccionar el sistema
actual de cultivar sus fincas, y de introducir productos cuyo consumo necesita la
industria nacional, cuya venta, por consiguiente, seria indudable.
Un·guía seguro para sus trabajos lo encontrarían en el estudio de las obras europeas, que manifiestan de una manera teórica y práctica los medios de cultivar los diversos frutos que puede rendir la tierra. Para no exponer sus fortunas, podian comenzar con.ensayos en corta escala; y si ellos daban buen resultado, entonces cultivar en el mismo sentido terrenos de mayor extension. Ventajas incalculables resul. tarian en el porvenir,. de la realizacionde estas ideas. Creceria la fortuna de sus
introductores; disminuiría el precio de los efectos de industria nacional, supuesto
que el precio de sus primeras materias disminuiría tambien, y el sobrante en metálico por el aumento de riqueza de lo~ unos y por la parte que economizaban los
otros, estaría dispuesto á promover empresas nuevas que contribuyeran á la prosperidad individual y general.

TelégraCo de Ve1·acruz á 1'-ledeJliu.
Ministerio de Fomento.-Segun aviso dado á este Miuisterio.confecha 16 del
actual, por el Sr. Prefecto político de V el'acmz, el dia anterior quedó establecido el telégrafo entre dicho puerto y Medellin.
México, Abril 20 de 1866.-El Subsecretario interino de },omento, Francisco

Jimenez.

C::ADIJ:Il'l'OS.
Ministerio de Fomento.-Direccion general de caminos y puentes.-•'Direceion del camino de Perote á Veracruz.- Relacion de los trabajos ejecutados en
dicho camino en la semana contada del 1~ al 7 de Abril ,de 1866.-Las obras
de reparacion de este camino se han hecho por 107 operarios por término medio, con 5 sobrestantes, 6 capataces, 2 carreteros con 2 carros de 4 ruedas y 4
mulas, de la propiedad de la Dircccion, y una carreta alquilada tirada por bueyes. Las rayas de las cuadrillas incluyendo los capataces, han importado $ 283
98f cs. Los puntos en que han trabajado, son los siguientes: Riofrio, de Paraje
de Carros á Tostlacuaya, Parajillos, San Miguel del Soldado, Sedeño, CoPralfirme y Mata de Caña, en los que se han ejecutado las obras que á continuacion
se expresan:
Riofrio: Trabajó en este punto una cuadrilla compuesta de 25 operarios y un
capataz á las órdenes de un sobrestante; en 6 días útiles hicieron 156 tareas que
importaron, siendo el jornal de los operarios 37¼ cs. y el del capataz 75 cs.,
$ 6Ó 75. Estuvo dividida la cuadrilla ele la manera siguiente: 6 hombres se ocuparon en la extraccion del material, 11 en su trasporte con carretillas de mano
á la distancia de 25 metros, 4 construyendo el terraplen y la calzada, y 3-desmontando á los lados de ésta. La obra ejecutada fué la siguiente: un terraplen
de 36 metros do longitud, 9 de latitud y 0,6 de espesor, cuyo volúmen es de
194,4 metros cúbicos. Una calzada de 32 metros de longitud, 5 de latitud y 0,4
de espesor, con un volúmen de 64 metros cúbicos. Un desmonte de 225 metros
de longitud y 20 de latitud, con una superficie de 4,500 metros cuadrados.
"De Paraje de Carros á Tostlacuaya: En este tramo trabajó una cuadrilla de
15 hombres, que en 6 dias útiles hicieron 95 tareas y rayaron $ 36 50, siendo el
jornal de 37¼ cs. los peones y 50 el carretero. Cu¡itro operarios estuvieron ocupados extrayendo el material, 3 partiendo piedra, 2 haciendo la calzada, y 6 trasportando la piedra de una distancia de 30 metros, con carretillas de mano. Un
carro chico de dos ruedas, con una mula, perteneciente á esta Direccion, ha trasportado tezontle menudo de una distancia de 525 metros. Los trabajos hechos,
son: una calzada de 30 metros de loi;¡gitud, 4,5 de latitud y 0,6 de espesor medio,
con ·un volúmen de 81 metros cúbicos. Un terraplen de 30 metros de longitud,
4,5 de latitud y 0,1 de espesor, con un volúmen de 13,5 metros cúbicos. Esta
cuadrilla y la siguiente están á cargo de un sobrestante.
"Parajillos: La cuadrilla que trabajó en este punto se compuso de 10 operai·ios con ·un capataz: hicieron 62! tareas en 5i dias útiles, y rayaron $ 25 75,
siendo el jornal de 37½ cs. para los operarios y de 75 cs. para el capataz. Dos
operarios extrajeron el material; 5 lo trasportaron á distancia de 60 metros, 2
hicieron cxcavacion y 1 tcrraplen. Una carreta alquilada con dos bueyes, en un
peso diario, auxilió á esta cuadrilla en el trasporte dcl material. Las obras ejecutadas han sido: un terraplen de 16 metros de longitud, 7 de latitud y O, 7 de
espesor medio, con 78,4 metros cúbicos de volúmen. Excavacion para dcsazolvar una alcantarilla, 12 metros de longitud, 1 de latitud y 1 de espesor. Desazolvó de otra alcantarilla 10 metros de longitud, 1 de latitud y 1 de espesor. ,Excavacion de fosos de desagüe en una longitud de 30 metros, con 0,6 de latitud y
0,5 de profundidad. El total de la excavacion tiene un volúmen de 31 metros
cúbicos.
"San Miguel del Soldado: Eu la calle de este pueblo ha trabajado una cuadrilla. compuesta de 10 hombres con un capataz, y en 4z días útiles han hecho
51 tareas, y han rayado $ 21 37½ cs., siendo el jornal de los operarios 37½ cs.
y el del capataz 75 cs. No pudo tmbajarsc en medio dia del viérnes y en todo

el sábulo, por b consta~te lluvia. De los 10 operarios, 3 se ocuparon e~ la e~traccion del material, 6 en trasportarlb con carretillas de mano de una di~t~ncra
de 70 metros, y 1 en hacer calzada y completar la superestmctura.. Se hicieron
las obras siguientes: una calzada de 30 metros de longitua, 4 de ~atitud y 0,50
de espesor medio, con un volú_men de 60 metros cúbicos y un terraplen de tezontle menudo de las mismas dimensiones de longitud y latitud y 0,25 de espesor, cuyo volúmenes de 30 metros cúbicos.
"Sedeño: trabajó Una cuadrilla dl:l 10 hombres por término medio, con un sobrestante, un capataz, con un carretero y un carro de 4 ruedas y 4 mulas de esta Direccion: en cuatro dias útiles hic_ieron 53 tareas y rayaron$ 24 75 cs., con
unjomal de 37½ cs. los operai·ios y 75 el capataz y el carretero. La division de
los t1,abajos en esta cuadrilla ha sido muy variable, pues sólo tuvo 6 ho~?res el
primer día de la semana, 10 el segundo y 12 el tercer? y el cuarto, no habiendose
trabajado los aos últimos dias por la lluvia: 5 operarws se ocuparon en extraer
y partir la piedra, 5 en trasportarla á dist~ncia de 1.80 metros, y 2 en hace~· nua
calzada de 42 metros de longitud, 4 de latitud y 0,4 de espesor, con un volumen
do, 67,2 metros cúbicos. Tambicn se hizo por los mismos pconeH un desu10utc de
276Q metros cúbicos con 460 metros longitudinales. El ~obrestante ele esta cu.adrilla tiene á sn cargo los trabajos de la anterior de San Miguel.
''Corral firme: Esta cuadrilla se compuso de un sobrestante, nn capataz y 24
operarios por término medio, que trabajaron 5 días, pues 1~ _lluvia no lo p~r~tió
el sábado: 20 hombres tFabajaron los 5 dias, y 5 solo lo hicieron en 4; h1c1eron
126 tarea~ y rayaron S 66, siendo el jornal de los operarios de 50 cs. y de $ 1 el
del &lt;;apataz: 4 hombres extrajeron_ y partieron 1Jiedra,. ~ ll} trasporta~on de una
distancia de 100 metros, en clos panlmela~ de cuero; 5 h1c10ron excavac10n en tep~tate para formar el terrapleu, 6 lo Lnt$portaron con ~nrrPtil!as_dc mano á distancia de 100 metro¡;, 5 hicieron calzada y un tcrrapkn. Ourn eJecntada: una calzada de 42 metros de lo11gitud, 4 de latitud y 0,5 de (•:-pesor, con 84 metros cúbicos de volúmcn; un terrapleu de 36 metros ele longitud, 4 de latit11d y 0,1 de
espesor con un volúmen de 14,4 metros cúbicos. Los operarios ocupados en el
trasporte del material, auxiliaron en su trabajo á los que extrajeron y partieron

la~~~

407

EL DIARIO DEL IMPERIO·.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

.

.

"Mata de Caña: Una cuadrilla compuesta de 13 opemr10s y un carretero, con
un carro de 4 ruedas y 4 mul.tti pert.,iieócnte.; á etita lJireccion, con un sobrestante y un capataz, siendo los j ornale., d1• 56;}: cs. para los peones y de un peso
para el capataz y el carretero. En 5 dias útile&amp; hicieron 76¾ tareas y rayaron
$ 48 86~ cs. Se ocuparon 2 operarios extrayendo piedra, 5 en su tra~porte con
carretillas de mano á una distancia de 200 metros, 5 extrayendo cascaJo, el carro
en trasportarlo de una distancia de 345 metros, y un operario haciendo calzada
y terraplcn. Se hicieron las obras siguientes: un terraplen de 19 metros_ de longitud, 7 de latitud y 0,32 de espesor: otro terraplen de 6 metros de loug1tud, 4,5
de latitud y 0',2 de espesor, para cubrir un bache: una calzada de 6 metros de
longitud, 4,5 de latitud y 0,25 de espesor en el mismo bache: ott·~ de 3,3 de lo~o-itud 2 de latitud y 0,28 de espesor; y otra de 8 metros de longitud, 7 de lat1º y' 0,4 de espesor. El volúmen de los terraplenes es de 47,96 metros cu' b'1cos,
tud
y el de las calzadas de 30,998 riietyos cúbicos.
.
"No ha podido completarse el numero de op~rar10s que deb~ teu~r catla c~iadrilla, por escasearse siempre la gente en este tiempo, qne ded1e:m a lo!&lt; trabaJº"
del campo.
.
.
_
.
"Jalapa, Abril 11 de 1866.-El D1rector,José .Antonw de laPena.-Sr. D. Rautiago .Mendez, Director general de caminos y puentes.".
Es copia. l\Iéxico, Abril 17 de 1866.-El Secretario, JJ.f. Rami1'e~ Aparicio.

INFORME
SODB.E DESAGÜ'E DE LA VEGA DE ME'l'Z'l'I'l'I.Al'I',
POR EL INGENIERO D. ,TUAN C. BARQUERA.

Nombrado por el Exmo. Sr. l\finidtro de },omento antecesor de V. E., á pedimento de los vecinos de Mctztitlan, para que reconociese y proyectase la obra
de desagüe de la Vega del misnio nombre, hoy tengo la honra de poner en conocimiento de V . E. el resultado cl\J mis medidas, cálculos y apreciaciones.
No me parece fuera del caso repetir ahora, entre otras, algunas de las noticias
que ya se dieron á ese ::\Iinisterio por la Comision nombrada para el efecto, y que
constan en una exposicion elevada con focha 23 de Noviembre del año próximo
pasado.
,
•
La Veg~ de :lfetztitlau está lateralment,· cercada de altas y escarpadas montañas, y cerrada por la parte del Poniente por una colina de pequeña. altura, cuya poca elevacion ha dado lugar á que se crea l1aber sido formada por los derrumbes de las montañas laterales, concurriendo á favorecer esta idea la capa de
brecha que en algunos lugares se descubre sobrepuesta; pero en mi concepto, esta colina que forma el dique natural de las aguas, es contemporánea en formacion con las montañas vecinas, constituidas todas por una caliza compacta.
La citada Vega ocupa una extension de nueve leguas, y se puede tomar media
legua por su an,.,hura média. Recibe el caudal permanente de varios cursos de
agua, cuya cantidad aumenta ó disminuye, segun las diversas épocas del afio;
pero que nunca falta de una manera absoluta. A veces, en la época de las ere
cientes, afluyen en tal cantidad y violencia que en el breve espacio de tres días
queda anegada. Así se verificó en la última inundacion, que comrnzó el 28 de
Setiembre y llegó al máximo el 30 del mismo.
Do las nueve leguas de extension siete son las que se inundan tempornlmente,
durando bajo del agua de 5 á 7, 10 y ha1:1ta 18 años sin que lleguen {. descubrirse
en su totalidad, pues siempre persiste corca del dique un cúmulo considerable
que inutiliza una grande extension de su fertilísimo terreno. La parte aprovechable de éste produce cuando está desecado 134,400 cargas de maiz, cuyo ínfimo
valor es de 268,800 pesos, y e;;ta es la utilidad de los agricultores, pues los gastos de labranza quedan cubiertos con los productos de los frutos menores.
Desgraciadamente este cuantioso rendimiento está expuesto á perderse en totalidad ó cuando menos cu parte, por coincidir la época· de las cosechas con la
de las copiosas crecientes; y para precaver el mal en lo posible, se apresuran á
cortar y almacenar las mazorcas antes de que lleguen estas á su perfecto grado
de madurez en la caña; esto en mi concepto abrevia ht duracion del grano, que
en muy corto tiempo se pica.
Como cada año trascurrido en la Vega inundada, equivale ií una pérdida de
3 á 400,000 pesos, la obra del desagüe requiere una pronta determinacion y ejecncion. Esta pérdida tan considerable en dinero, bastaría por sí sola para dar ~
la obra el carácter de urgentemente necesaria, y aun contribuye al mismo fin exigiéndola de una manera imperiosa, la salubridad ele la~ poblacione~ que tie1¡en

.
L
~as abundantes que bajan de las
su asiento en las i'iberas ,le la laguna. , tªv:ga arrastran multitud de vegetaextensísimas vertientbe\bque co~curre: descomponerse bajo del agua, desprenles, muchos de ellos u osos,_ os qu
nzoñan· de tal suerte la atmósfera!
den en abundancia g~ses nocivo~ ~ue .e:~ºconformara con decir que en la époque quedaría mas baJo ~e la realidad s1_
Debe existir en el l\finisterio de Goca de las crecientes se_ diezma la p.ob~~c1~n._ formada á principios del año que
bernacion una Memoria sobre el particu ar,. . do por el Gobierno para este
., .
D . D A ustin Reyes com1s10na
corre, por e1 S r. r. · g
.'
fi
d
ta laga pei1od1ca.
fin; por ella podrán ªP:eciarsf l~s te~-n~le~ ,:t:~: q!ee~calona el pésimo sisteTampoco es despreciable e numero e_ ~1
la la una PQ.1· poco que sea el
ma de embarcacion~s que se ~sa~ par~ ;;~:1!sº;rime!as n~cesidad.es de treinta
movimiento comercial que ex1Ja e satis
d. innumerables veces durante el
y tantos pueblos, pide que la laguna sea cruza \1 saber que de tal á cual punto
largo período de su .anegacion, y es muy com_unmenos personas.
,
e se ahoo-aron mas o
'
.
se volteo una canoa y qu d 1 d "' .. ha sido conocida desde tiempoi! muy reLa necesidael de _la obra ~ . esa~u!
da or el trascurso de los años, pues
motos, segun acredita 1~ trad~c1on a u ter\oló ta' o, en busca del cual se emllegó ~ creerse en la ~xis~enc1a dedun ::1iscernim1.ento en la brecha superficial,
prendieron algunos trabaJOS lleva ~s
. ·umbes de los ue el mas notable selos cuales, ~orno era n~dturtl cds~~º:J:aores· lo's sencill~s habitantes ~e~ lugar
pultó un nume~o co~s1 era. e e , ra ~ al ~n enio enemigo, y denomma_ron
lo atribuyeron a la influenc1a,~alefi.ca ded' ~ n 1:S operaciones y no fué posible
el punto "el cerro encantado: se su,~pen mo
.
. persuadirlos á continuar la obr~ comenzada. abio coro atriota D: Tomás Ramon
En 1829 visitó ~quel~a localidad nue~:oósen
1, tegun dicho señor, la obra
183
. del Moral, y produJO un mforme q~e ed.pb J'.' del nivel que entonces tenían las
conveniente es un socav_on .2_5 varas o:oªiºel \!e tuvieron en Diciembre de 865,
aguas, y que supo~go d1_fen1t muy_ p
puei las crecientes mayores fluctúan
~poca en que yo ,hi~e mis o servac1one~, teresados o inaron por la apertura de
entre- estrechos hm1tes. Algunod de
m
toso PDespues de dicho señor se
un canal, y el Sr. del Moral lo esec o P~\~:cian· e·ecutar la obra bajo propohan presentado algunos especdulaldor~stqu d s Por~u'ltimo yo he hecho el cál. d . 'bl , . . io e os lD eresa o .
'
'al
siciones ma m1si es a JlllC
•
d cuerdo en los puntos esenc1 es
culo aproximado de ~bas obrals, y alunq~e Jetsocavon y en algunas otras circon el Sr. del Moral, difiero en a co ocac1on

!1

.
, b'
or metro cuadrado superficial,
tando que la evaporacion anual sea 1,5 cu icos_p
nsumirá 38403968 metros
y que el desagüe dure diez meses,d lla e~apo~dc1on :~an 992579047 metros cu.cúbicos; rebajados del ~olumen e pnsmoi e, qu
.
bicos.
.
.
Para determmar
el tiempo
en que el depósito se vaciaria, determino el gasto
por la fórmula que da la velo?idael

'

_

¡--2,....g.,....
h_ __

V 7/1+(¼-l)'+ ''~'·
en ella, sustituyendo los valores numéricos, pasa á ser

_ / 2X9.78X77.75 = 12. 2.
V -'\11 , 515+º·007~846X8,64
o.SS
fi .e de la seccion del socavon, que son 5,88,
multiplicando este valor J:&gt;º.r la sr:;t;~ hay que añadir la cantidad que se filtra
se tienen 71,73 metros ~ub1cos .. ue cantidad variable cuyo máximo, segun 1~.
por las grietas de ~a c;11iza de~ ~q os'¡ble, sin llegar á ser rigmosa, en 19 de Dimedida que ~ract1qude 1~ ~jor4 ~4 ;metros ciibicos por segundo, y que decrece
ciembre del ano pasa o, ue ~ , .
•
1
naturalmente á medida que baJd el ~)ve76 27 metros cúbicos si el nivel permaneAsí, el gasto total l!ºr segun o s~na ar¡ su desa· üe seria muy próximamente
ciese constante, y el tiempo nece~a¡i~ p s se tendri! de 6589728. Pero como en
150 dias, puesto que_ el lgdsto.e\ ha~~= ao-otarse el agua, emplearía ésta en sa:
el caso presente el mve esc1en e el t . "'· , esto es 300 días, ó poco mas o
lir un tiempo doble del que antes se e ernnno,
'

t~

cunstaneias.
V
or medio de un socavon de seccion elípYo propongo desagua~ toda la ega pes metros el menor ele dos y medio.
tica, cuyo eje mayor horizontal_ sea ~e tr diendo las extremidades que tiene
La colocacion del s?cav0n sena correspi; su uesto sin segtúr sus inflexiones:
hoy la obra superfic1~ente exca;;daél . icto del meridiano magnético. Su
por tanto, su rumbo sena 70º 4_0 . .
en estos la extension de un tajo ó
longitud seria ele 846 m,etros, s1Lcomt:en.d r el de la obra del lado de las aguas
canal de que me. ocuuare_ lueg?· !l' e!
d: la laguna y seguirá con una pentendrá su piso en la ~ontmuac1on de1 ionc o
'

r

re;r

-~{111

menos eliez meses.
b . él se puedan hacer apreciaciones; pero ~o
Consigno este dato, par\qu\so r~ 1 Vega pues segun el plan de operac10marca el ~iempo e~ ~e ~ ;sa 1raª:lae tas ao-u'as comienza poco tiempo despues
nes antenorme!1.te m ca o, ~ sa se aracio~ de la galería con el agua, y t;t~de empezarse a atacar el macizo ,~ed
agua que constantemente corre hacia.
oco he llevado en cuenta la canti a e
.
.
p
'al
la laguna.
..
, .
.
haciendo uso de datos prudenc1 es, c~a'l
Una vez vac10 el deposito, veremos,
·onan las grandes inundac10seria el tiempo .p ara que saliesen la~ aguas que ocas1
tiempo se verifican.
• d
nes que ele tiempo en
nece cubierta por el agua la mita ~neQueda dicho que general~e?te pe~a la inundó completamente en tres dias.
gable de la Vega., y que la ultima creclentcmanente tendré la cantidad que puePor tanto, si del volúmen tot.al resto e ,P?' . El ~álculo bastante aproximado
de afluir en una de las inundacione&amp; max1lmads:fi
. 7827 40438 es el número
,
,
2 48242577 · a 1 erenc1a
. da para el segundo volumen
. '.·
a extension de 24418 metros, y su
'b'
e buscamos· ocupanan un •
, •
te
de metros cu rcos qu.
'.·
b e el fondo 30 metros muy prox1ma~en .
nivel cerca del s_oca:von se ~dle~ar~a s: rque anteriormente, resulta que -el tiempo
Haciendo las mismas consi era~10ne
.
· n serian ocho meses.
•d
d
necesal'Ío para su csecac10
d . , . to veintinueve mil pesos, repart1 os
El costo total de la obra aseen eria a cien
.

/a

diente de cinco por ciento.
. inion deben ejecutarse las labores. de la manera que sigue:
e, 13.200
Pa110 á exponer la manera coi; que en IDl ~-p
·¡ cavon ó galería viene á
' ··· . - - . - - .. . . ,¡¡, 39.796
de 1as 1umbreras ···----·--,
Valor
Por las circnnsta.~cias topogrififase~~ ~;:~:~e:o,ª~egun su eje, y habrá ~or
,, del socavon - · · · - · ·_· - · - - · · · · · · · · - · · · · · - 38.462
quedar bastante baJO respecto e p .
da atacar la galería por varios
esto uece¡¡idad de labrar lumbreras para que s~ ptties y para que la extraccion. se
·;g~c~-y ·i_-e~~~ici~~ ·¿e· ia: h~;;a~~-: 1
,
O ·
e cinco son convemen e ,
.
puutos a la vez. , pmo qu
er rectan nlares, con una secc10n de 2 meSueldo de empleados. - - .. · -- - · · · .. · .. · · - · - - .. ·13.701
haga por ellas comodamente, ~eben 1ª b : gdero actual la primera lumbrera
Gastos imprevistos. - - - - - - · · - · - · -\ - - · · · · · · · · · · _ _ __
do por ono-en e eo arca
'
1
. t
5 T
tros por 1, . ornan
º d 334 la tercera, 500 la cuarta, y 640 a qum a.
distaría 20 metros, 168 la segun a,
.
tercera 70 metros la segunda,
Total._ . .-... : .. _. $ 129,000
Sacarian ele profund.idadi 50 ~~troplª};~~~rd!la supo;icion de que en ellas se
.
,
.
.
'fi
ante si ::;e compara con el bienestar
y 25 metros la cuarta Y a qum
ar i ,
rofundizadas se invertirán 17
Esta crecida suma viene a s~r msi_gm ~iatas los intereses que puede promocolasen 1,5 por semana mientras_ n~ ~tr:n~:~r la galería. Si de los 25 metros
que proporcionará ~ las pobla~Ha_°e~ dl.Dlll:ual de,la Veo-a, que puecle multiplicarse
semanas en llega~ con las mas ?orta . can trozos de 1,25 á la semana, 20 de
ver, y el asegm·a~mento del _PIO ~c\ ~ algodon la ~zúcar y el café, pues su
restantes de 1~ pr_imera y ter\er.~i s~ :~1:tanto, se h abrán colado 111 metros por
mbiando el cultivo del mmz Pº1 e e
' .
t'ble de producir los ricos frutos trop1ca1es.
. estas se neces1taran1Para conc uu as,_ cada uno de los extI·emos de la cuarta y ca 1
la extremid1;td del socavon, y ~O por tr : la semana en la segunda lumbrera, su~é!~c~:ªl?ni 7 de 1866.-Juan Cecilio Barquera. .
quinta lumbreras. Qolando so o t\n ~e do fa galería y se habrian cavado 411
tardaria·20 ~em~nas en alcanzar_e ~::anfzados los t~·abajos, creo que 40 sernaSOLICIT1JDES DE PRIVILEGIO
metros longitudmales e_n ella. :Bl~~ . ºmas rofunda, Qastarian para tener expeANTE EL :MINISTERIO DE FOMENTO,
nas despues, de conclmda la 1~m r~ra e
rimera arte de la obra tardaría un
dita la galena. Por tanto, 1~ e~ecuc1on d
do p;r abatir el macizo queméaiio y nueve meses, muy prox1mamente, que an
.
México, Abril 20 de 1866.

: ~:i ~::;

!:;~~

ª·

i

1!a

dia entre la prim~ra lumbrera y el ag: canal cuya anchura sea por lo menos
y en este macizo hay qu~ excavar
, .
un ue uede tener sus paredes
l· gual ·il eie mayor de la ehpse ele la galena, y ª1 q
p
talud de O 5 á 1
' ~
b
1
ca1·
a
compacta,
e supongo u.n
'
'
1
verticales cuando SI\ a re
a E ¡zl
esto de que la superficie del terreno
para la comodidad dPl_tra ªJº· , \ e
lle ar al fondo del depósito, como la
descienda con la pend1ente de 4 ~ d 1
saldrá ele 16164 y causará' el armayor altma son•40,41, l~~?ngii-;. a/i~°aensidad de la ~aliza 2,67, ,el peso
ranque de 53789d m~btros cu_a1clo4s3.6116en2 30 toneladas métricas. Suponiendo que el
d l.
Aa nor err1 ar ser1
'
. .
k ,
325
e a ma" f
fu
d 1 , 10 000 se neces1tanan 15.000 ., o sean
efecto de la pólvora ese e, a
ue agregar de un tercio á un cuarto de
quintales para solo el tUillbe, a lo qt:e ay
ntar El tiempo que exige su ejecuesta cantidad para lo que sea preciso que ra
·
d'
_
.
d d
b e 100 barrenos por la.
cion seria de seis mesJsa an o sol r b . total del elesagüe demauda dos años y
D e lo expuesto ~e e_ ucc,. qu~ a o. ra néficos efectos comenzarán á sentirse
medio ele un trabbªJº ª1si~t~tº1.ic.epa:1 !:::oe permitiéndose el derrame del agua por
desde que se re aJe e vei
'

t~

1i:?i:-

d

J

h '

t.

la galería.
. ,
18 de Octubre del afio próximo pasado, parPor el sondeo que pl~ctilu1r°~-titl hasta llegar al dique natural que llama~
tiendo de frente_ al pue º., e e z do de la la una tiene una pendiente umel Oerro del TaJO,, e1;contri. \ulee~!:aa mas proJndo fué de 36,034, res~lta la
forme, y como el ult~o !~6122· por esto cada metro. que baje el nivel, descubre
pendiente por m~tro e ' fi .' d
53 30 aras cuadradas.
170
por término m~d1~ una supe_r c1e o. rci~naria el socavon segun lo h e proyecDe ahí la prmc1pal vcntaJalq~elpSr~pdo I -.foral El socavon labrado 25 varas,
d
b . l ·opuesto por e c~e • 1. e .l.f
•
•
• •
d
1
ta
o, sodebaJO
IC ~ p1
. 1, d'istai1.a del fondo 15' 084 y deiaria
rnut1hza as para . a
20,95,
del mve
~
cultura 257,232 aras ~uadr~das. , d' s y suponiendo que la inclinacion de la
Considerando las dimension~s me_ ia '
, rismoid&amp; de siete leguas de longifalda de las montañas sea de 4 a 1, iesnlta unolu'roen asciende á 1.030983015,31
t ·
d
pada por el ao-ua, cuyo v
·
46350
tu ' ex e?s~on ocu
.
e á la evaporacion una superficie de61.4
metros cub~cos.La base~~Y~. o _ec endo hasta venir á ser nula; por esto solo
metr?s cua,dlrado~;l'ql~o;i;31;~ma:~~te el tiempo en que esto se verifica. Adopcons1derarc a me ia
,
.

h-

·a· ul
Solicitud de D. Manuel del Valle, pi W? 0
de u,n pt·ocedimiento para hacer pan mee
en lugar de levadura. ·

. 'l io exclusivo como introduct.or
Zi';.,!,~nt:e
con gas y ácido carbónico
. '

.

il ochocientos sesenta Y
1 b' · d
"Segunda clas~.- Cuatr,o :eale\rf;;~: ~r~Eex:o. Sr.- Manuel del, Va18
seis y sesenta y siete.- M?xico, A ai o· ue retendo introducir en el pa1s un
lle, ant~ ':· E. con ehl _de~ido rcspe~~ica~~nie c~n gas y ácido carbónico en lugar
proced1miento para acer pan meca_ .
1 honor ele acompañar en
de levadura, como exl!i·esa la _desf:1ft:~:ot1~r!:g¡ fa ley, á V. E. suplico, qué
un pliego cerra~o. -Siendo m1 so ic á retender la introduccion de este nuevo
!Íendo yo el primero que se presenta p ido carbónico en lugar de levadura, se
procedimiento, para amasar y u?ar g:sdac á SR tiempo j!Oncederme la patente
sirva tenerme por leg~mente prese~
yl . en lo que recibiré grac1a.-M.
respectiva por ocho anos, ~on arreg o a a ~!,•

ª, 1

del Valle.- E:xmo: Sr. MilmDst!o ~cdFloi;i;'Pn;~io conforme al artículo 14 de la ley
Lo ue se publica en e iario e .L",
•
F
t F · ncisco
q N oviem
. b re ele 1858,- El Subsecretario intenno de
de 3 de

ornen o,

,a

Jirnenez.

AVISOS OFICIALES.
,

BOLETIN DE Ld.S LEYES.

l

.
Se ha ublicado la entrega núm. 9 del BoleMéxico, 18 de Abril de 1866.al precio de catorce centavos, en esta
tin de ~as L~yes, Y se hall~ Pªa~ su/ª\\ sellado en que se han vendido las
1
Administrac1on y en .l~s expelen i~_s _e ~ :rosé Marta de Icaza é I turbe. 6a-2
anteriores. El Admm1stra or :rnnc1p '
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

B.EMA'l'ES.
,
d J&lt;'' b ·
ál
tí l 24 25 y27 de la ley de 26 e e rero
Se.Participa al público que con arregl\ ds ~: ~~b:·bi~s de l a ciudad de Oajaca, valuado
de 1865, se va á proceder :l:1 del terreno ºª. o
publica para que las person~s ~ue deseen.
en noventa y siete pesos cmcuenta ceo avos, y se

t1

.'

�408

EL DIARIO DEL IMPERIO.

hacer postura ocurran á esta oficina el dia 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, en
cuya hora se verificará esta almoneda.
México, Abril 17 de 1866.
.
•
6a-2
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de. Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, manzana 27, cuartel 3?, calle de la Tamalera, en Oajaca, valuada en ($ 465)
cuatrocientos sesenta y cinco pesos. Lo que se participa al público, para que las personas que
deseen hacer postura ocurran á esta oficina el din 3 del entrante Mayo, á las nueve de lamaiiana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 6 de 1866.
6a-5
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 do la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceqer
al de la casa, cuartel 3?, manzana 13, ~allc del Retiro, en Oajaca, ·valuad4 en($ 493 75 cs.)
cuatrocientos noventa y tres pesos setenta y cinco centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 5 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 7 de 1866.
6a-5
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 do Febrero de 1865, se va á proceder
al del terreno nombrado San Juan, en el barrio de Tlaltesepa en el pueblo de Tepepa, valuado en 30 pesos. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el día ~7 del presente Abril, á las nueve de la mañana, en que se
verificará esta almoneda.
México, Abril 4 de ld66.
Ga-6
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa núm. 77, calle de Chavarría, en Cela.ya, valuada en ($4,300 50 cs.) cuatro mil
trescientos pesos cincuenta centavos. Lo que se participa al público, para que las personas
que deseen hacer postura ocurran á esta oficma el dia 1'? del entrante Mayo, á las nueve de
la mañap.a, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 5 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y Na-earro.
,
Ga-6

Pref'ect11;,ra politica del Departamento del Valle de México.
SECCION DE JUSTICIA.

~léxico, Abril 17 de 1666.-En el Distrito de Chalco hán sido recogidos dos caballos estraviados de sus dueños; y á fin de que est-0s puedan recogerlos, se anuncia al público por medio del preseute aviso.-EJ Secretario general de la Prefectura, C/J.rlos Zar:ala.
3a-2

CITACION.
Por 6rden del Sr. Juez 4? de Instruccion civil, se cita á D . .A.ntonio Navarrete, vecino de
Tejupilco, para que dentro del término de ocho días, contados desde la primera publicacion
de este aviso, comparezca en este Juzgado por MÍ 6 por apoderado con poder bastante, 11 contestar la demanda que en jnicio de conciliacion le promueve, sobre cumplimiento de contrato,
D. Angel Zavalza, como apoderado de D. Juaxi Etcbarren; apercibido de darse por intentado
el acto sí no concurre.
•
México, Abril 18 de lli66.-Lic. Nicolás Islas y Bustamante, Secretario.
903-3a-2

AVISOS P A.R TICULARES.
COt11IP./l.ÑI.!1. DE AHJt•./1.S DE Ld. TBINID./1.D.

.\

Algunos accionistas atrasados en sus pagos, han Mlicitado se amplie el plazo que para el
arreglo dtJ cuentas y pago de atrasos fijaron los avisos publicados en los númPros 362, tomo 3?
del Diarw dd Imperio, y 63, tomo 4~ del Pájaro Verde, correspondientes al día 14 de Marzo
anterior: la Junta directiva, accediendo á esta solicitud, acord6 en sesion de ayer se prorogue
el plazo referido hasta el dia JO de Mayo próximo; y de 6rden de la misma Junta pongo este
aviso para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles &lt;J.Ue no se otorgará nueva pr6roga.
México, 20 de Abril de 1866.-Mariano de la Peña y Santwgo.
909-!ia-l

- - --

-----------~--

-

-

AVISO.

-- -

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
papel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne ¡¡e dará al precio desde 3 hasta 5 reales
pieza.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á precios sumamente c6modos.
En la misma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-l

Ignacio Dia:z Trittjeque
venderá al mejor postor, á la vista, nl contado y sin reclamacion, todo el menaje de la hermosa casa de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme uúm. 12
frente al antiguo Tíboli, en los días 26, 27 y 28 de Abril de 1866, á la una de la tarde, estan:
do á la vista el mártes 24 y miércoles 25.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz Triujeque.
Se arrienda una bonita casa con muebles 6 sin ellos.
907-85-2

- - ----- - ----- ---

AVISO INTEB.ESAN'l'JJ.
MINIS!l'IIB.IO DE GVEB.B.A.

'

Teniendo la señora mi esposa D!- Prajedis Agninaga, varios negocios importantes que girar
en los Departamentos del Interior, confiri6 un poder amplísimo en esta Corte, en diez deEne5~ DIRECCION. .
•
r? del presente año, al _Sr. D. Antonio.Afias, vecino de Guadalajara,_ q~e.n sÍJl embargo del
Segun suprema 6rden de esta fecha, debe procederse en almoneda pública á la venta de · !lempo que ha trascumdo, no hay noticia de que lo haya puesto en eJerc1c10, lo cnal se fufiere
treinta y cinco caballos sobrantes de la Guardia Municipal¡ y lo participo al público para co- de su falta de contestacion á diversas cartas que para indagarlo se le han dirigido. Como el
nocimiento de las personas que gusten concurrir al remate, que tendrá lugar en la plaza prin- Sr. Arias es persona muy ocupada, acaso se perjudicarían sus intereses con la dcdicacion eficipal de esta capital, á las diez de la mañana del dia 1!3 del corriente. .
caz á los negocios para que principalmente_ se Je confiri6 el poder; y necesitándose de esta
México, Abril 19 de ld66.-Por 6rden del E.uno. Sr. Ministro, el Gefe de la Direccion, eficacia para _que no aumenten los perjuicios que ya resiente la interesada con la paralizacion
Francisco Montero.
!is-2
de sus negocios, y no por otra causa que en manera alguna pueda lastimar la bien sentada
reputacion del .espresado Sr. D. Antonio Arias, ha resuelto revocarle en el todo el espresado
poder, co..oo en efecto lo ha hecho en toda forma el dia de hoy, en que lo aviso á las personas
Administracion principal de la renta del Papel sellado
que tengan relacion con los negocios de mi señora, para que entretanto se hace el nombraEN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE l\IEXICO.
miento de otro apodera,do, se entiendan directamente con el que suscribe, qnien desde esta
México, Abril H3 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en su- fepha da por nulos todos los actos que se puedan ejercer por el Sr: Arias en ejercicio del podér que le queda revocado en el todo, y de que se Je da aviso por conducto seguro.
prema 6rden focha 15 del corriente, que las Administraciones de esta renta procedan á hacer
México, Abril 2 de 1866.-Eduardo Dtlpoc/1.
897-Bs-6
efectivo el cobro do las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrero de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los térmÍJlos que previene el artículo 18 de la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837, sobre facultad coactiva.
T0./1.LL.rl. DE VB.Jrlls.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su dtJbido cumplimiento; pero considerando que entre las muchas personas á qnienes
EFECTOS DE PERPUMERU. DE LAS MEJORES FABRICAS DE PA.RJS.
comprende, puede haber algunas que por causas involuntarias uo hayan ocurrido á terminar
sus respectivos arr~glos, anticipo e,te aviso para que las que qnieran evitarse nuevas contesEn la. tlapalería de los Venados, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20 ademas del
taciones y aun mayores gastos, ocurran á verificarlo dentro del pla20 de ocho dias, contados
desde la focha de su publicacion.
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de ~ecibir. otro
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor parte de los corredo- magnífico, de perfumeria, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.-Estract~
res de esta plaza, á quienes por 110 haberlos encontrado en sus casas los comisionados de esta de esencias ~~periores.-Agua de Colonia legítíma.--Aceites para el pelo.-Jaboues superiooficina, les han dejado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los -'iros de re~ y de fam1lia.-Polvos de amv-root, arroz y haba.-Elíxires y polvos para la dentadura.su giro, y otros aunque los han presentado, al ver que no estaban arreglados, los han reco~í- Vmagre de gen-seng para el uso estemo de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de Vénus do ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual uo hau cumplido. Todos constan en los reg15. Vina.,"Te aromático y de color.-Los mentados jabones de lechuga y contemporán,·o, etc., ¡te.
tros de e6ta mitima oficina, y pasado el plazo de los espresados ocho dias, se dará conocimiento
de los que queden pendientes al Tribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los nego1'.odos estos Pfectos ~on de clase suprema, y sin'embargo se venderán sum.amente baratos,
cios de Hacienda, respecto de los que se hallen en el primrr caso, y en cuanto á los del se- haciendo á los consumidores que tomen por docenas de ellos, una rebaja importante todavía
20a-2.sm-16
gundo, se es~dirán los correspondientes mandamientos de embargo.-El Administrador prin- sobre los precios á que se menudean.
cipal, José Maria de Jca:a é ]turbe.
6a-1

------------

:,nN./1. DE Jt•~ESTB./1. SENOB./1. DEL BEFllGIO

AVISOS JUDICIALES.
.Juzgado primero de Instruccion de lo civil.
Palacio de Justicia.-En los autos del intestádo de D. Vicente Arnaíz, que siguen en este
Juzgado que Ps á cargo del Sr. Lic. D. José Maria Garay, por auto de 10 del corriente se ha
mandado por dicho Sr. Juez, entre otras cosas, se convoque por los periódicos á las personas
que se crean con derecho á los bienes del referido mtestado, para que en el término de treinta
dias se presenten á deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo, les parará el perjnicio que haya lugar.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente en MéXico, á veinte de Abril de mil
ochocientos sesenta y seis.-Juan Nepom1iu110 Carriim, Esc¡ibano público.
908-3a-l

Hab(énd?se puesto en p_roductos la. mina de N~estra Señora del Refugio, aviada por D.
Gregono Jununez, y hab1éndos_e ven~cado el primer reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que suscnbe, miembro de la Junta representativa dll los parcioneros
aviados y encargado de la tesorería, convoca tí los poseedorPs actuales de las barras aviadas
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí 6
por persona. debidamente autorizada, .Y ~xhibiendo el título 6 documento que compruebe su
actual
poses1on, para ponerlo en conoc1m1cnto
de la Junta representativa y someterlo á su talificacion.
,
Guanajuato, call de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Ju,m de]). Salgado. b'99-30a-3

Citacion judicial.

PIAN~ DE VEN!l'A.

· En los autos del concurso á bienes del finado Sr. Brigadier :i;&gt;. Joaqnin Gutierrez de los Rios,
el Sr. Juez 3'? civil de Instruccion, que de ellos conoce, Jia mandado por el proveido en 13
del que cursa, que se citen á todos los acreedores á junta general para el día 23 del corriente,
á las once; bajo el apercibimiento de que se pasará por el acuerdo de la mayoria.
Y para que la dtacion surta sus efectos respecto á los acreedores ignorados y de aquellos
cuyo domicilio tambien se ignora, publico la presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 14 de 1866.-l:rbano Morali, Escribano público.
900-3a-3

Un piano de rosa, de siete octavas, con todas las mejoras modernas, enteramente nuevo se
vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14, callejon de Santa Clara, primer piso.

CI!l'ACION.

'l'EATRO PRINCIPAL.

Por el pn·sentP, y de 6rden del Rr. Juez4'? i~structordc lo civil y de Hacienda, Lic.D. José
Maria :Mirafuentes, cito á D. Manuel Orozco p:1ra t¡ue en el término· de ocho dias, contados
desde la publicacion de estP aviso, s•· presente por SI 6 por apoderado instruido y eopensado, en
el Juzgado, sito en el Palacio do ,Justicia, á_contestar la &lt;lPmanda que sobre pesos 6 indemuizacion de dnúos y perjuicio~ le promueve D. CresCRnciano Gutierre1.: bajo el apercimiento que
de no h11(·nln, Rr seguirá el juicio en rebeldía, dándose los estrados por bastantes.
México, Abril 16 de lb66.-J. Reynoso, Escribano público.
90'2-3a-2

En lll tarde del citado dia, á las cuatro en punto, se pone en escena la comPdia dividida en
tres actos é intitula&lt;la: La Africana, y t·n scgnida la otra en un acto, denominnda: Los muebks de Don 'li11¡16s.
En la noche, á la hora de costumbrr, se representará la comedia dividida en tres actos y
denominada: lin J101rnnc ptíblico, y luego la otra en un acto c¡ue se intitula: Un mancdo
combustible.

l
,

EN GUANAJUA.TO.

J11~11ado c1t.arto de Insiruccio11, e,1, el ramo d1Jil.
El Sr. Juez de este Juzgado, encargado de los negocios de Hacienda, Lic. D. José María
Mirafuentes, ha prevenido, á solicitud del Sr. D. José Dans, como síndico del concurso de
D. Gabor Naphegy, qu!l en virtud de no haberse podido ~lebrar la junta emplazada_para el
once del actual, por falta do concurrencia de número suficiente de acreedores del referido concurso, se verifiquo el acto á las once del dia primero del mmcdiato Mayo; bajo el apercibimiento do que estarán ob!igados los quo no concurran á pasar por lo qu'.l acordaren los que
asistieren. Y habiéndose dispuesto que la citacion se haga por los pori6dicos, lo verifico por
el presente, advirtiendo que la junta se celebrará en el mencionado Juzgado, que está aituado
en el Palacio de Justicia.
México, Abril 18 de 18lif,,-AqustÍ11 Pcm de Lara, Escribauo de Hacienda. 904-3a-2

DIVERSIONES PUBLICAS.
Do111ingo 2-2 de Abril.
CO)rPAÑIA DRAl\lATICA

'rEA'l'RO DE ITURBIDE.
CO:\!PAÑIA DRAMATICA

En la tarde del r.-ferido dia, á las cflatro en punto, so ponen en escena las dos comedias, en
un acto cada una, denominadas: Un numctbo combustible, y Para mentir, lus 111ujercs. y en seguida la zarzuela intitulada: La cola del diablo.
En la noche, á la hora de costumbre, se pone en escena la comed.ia E'n tres actos, intitulada:
Vira la libertad; despues se bailará por la pareja del ramo un paso á dos, y porconclll8ion, se
representará la comedia en un acto, denominada: La mujer de Uliscs.

1'1.EXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

\

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

-IMPERIO
Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

IUEXI&lt;JO.-Sábado 21 de Abril d~ 1S66.

III.

MINISTERIO DE GUERRA.

SVMAB.IO.
PARTE OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de Guadalupe y Medallas d11,l
mérito civil.-Alcalde municipal de Cerro de Leon.-Despach~ militares revisados y expedidos.
PARTE NO OFICIAL.-Artículo sobre agricultura.-Telégrafo de Veracrul! á Medellin.
-Caminos. De Perote á Veracrnz.-Desagüe de la Vega de Metztitlan.

... "

NUM. 392

SECCION DE CLASTFICACION.

RELACION DE LOS INDIVIDUOS CUYOS DESPACHOS HAN SIDO :REVISADOS, FII.AN·
DOSELES SU POSICION EN EL EJERCITO, EN LOS EMPLEOS QUE A CONTINUACIOlí
SE EXPRES.L'i":

A D. Juan B. Caamaño, de Coronel de infantería de auxiliares, con grado de
Solicitudes.
General.
Sabás Fernandez, de Teniente Coronel de id. permanente.
""
· con graddC
,, ,, Leandro Castañeda, de id. id. de id. 1d.
o. e _or?~e1:
PARTE OFICIAL.
:Mariano Zerecero de id id. de caballería id. con licencia 1hm1tada.
" " }'rancisco de PauÍa Gar~ica, de Comandante de batallon permanente.
;; :: Ignacio Rosas, de Capitan de infantería activa en receso.
•
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDrNES IMPERIALES.
,, ,, Atilano Romero, de id. de caballería permanente.
• _México, 20 de Abril de 1866.
,, ,, A.mado Beltran, de Teniente de infantería id.
S. M. el .Mmperador, por acuerdo de 12 del actual, Ha tenido á bien nom- ,, ,, Juan Gutierrez, de id. de caballería id.
,, ,, José María Palacios, de Subtenient.e de infantería id.
brar Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe;,
,, ,, }'rancisco Rodríguez de id. de id. id.
á D. Juan Lainé, Capitan del puerto de Veracruz,
,, ,, José Ramon de la Portilla, de Alférez de caballería id.
Y sin posicion, al titulado Subteniente de infantería permanente, D. Cruz
y conceder la :Medalla de plata del mérito civil ú los marineros
Torres.
Luis Lurdosa,
Crescencio Blizalde,
Francisr.o Garcé~,
JI.ELACION DE LOS DESPACHOS EXPEDIDOS POR ESTE lllNISTERIO EN EL MES DI
r'elipe Gonzalez,
l[AllZO PROXUlO PASADO.
Juan Prat,
3. Por acuerdo de esta fecha se concede el empleo de Capitan de caballería
Simon Rodrigue?. y
á
D.
"Eugenio Benescb.
•
.
. .
Eligio r:crnand,·z,
11. Por id. id. se concede el empleo de Alférez-porta del pnmer Regimienen ateucion á su valor y denuedo en el eminente servicio que prestaron salvan- to de caballería permanente á D. José M. Ortiz. · ·
do del naufragio á una Ballenera que estuvo en peligro de perderse con su
16. Por decreto y á solicitud del interesado, se concede retiro á dispersos
para
esta corte al General graduado Coronel de caballería permanente D.
gente.
Cárlos Valenzuela.
17. Por acuerdo de este dia se concede licencia ilimitada al Teniente de-caS. M. el Emperador, por acuerdo de 13 del actual, Ha tenido .í bien conceballería
permanente D. Fernando Humana.
der las condecoraciones siguientes:
_
20. Se concede licencia absoluta, por haberla solicitado, al Alférez del. priIM.PERlAL ÜRDEN DE GUADALUPE.
\
mer Regimiento de caballería D Te66lo Vera.
27. Por decreto de esta fecha se concede licencia absoluta, por haberla soOFICIALES.
D. }'élix Campillo, Administrador principal de Rentas del Depurtamenlo de licitado, al Capitan D. Nicolás Reina.
31. Al Capitan D. Ignacio Minon se le concede licencia absolutu por ha·
Puebla.
heria solicitado.
Lic. D. }'élix Béistegui.
CABALLEROS.
~léxico, Ahril 20 de 1866 .
•
El Geneal Subffecretario de Guerra,
D. Antonio Rescndis, Subprefecto del Distrito de Cadereita.
José María V. de la Cadena.
Lic. D. Pedro Aguirre.
MEDALLA DE PLATA n:BL MERITO CmL.

J.

D. }'rancisco Hernahdez, Alcalde 11unicipal que íué de la ciudad de Guadalupe Hidalgo.
"

México, 21 de A~ril de 1866.

S. M. el Emperador, pcr acuerdo de 17 del presente, Ha tenido á bien conceder la Medalla de bronce del Mérito Civil, al
Guarda &lt;le policía Pablo Telkz)
por su buen comportamiento y actividad en la aprehension de un ladron.
El S,•cretario encargado de Jv. Gran Cancilleria,
José JI. Gonta"lez.

MINISTERIO
DE GOBERNACION.
,
~léxico, i~bril 20

de1866.

El Gobierno de S. M. rn ha ~ervido aprobar el nombramiento hecho por esa
Prefectura en D. Evaristo Hernandez para Alcalde municipal de Cerro de
Leon.
Lo digo á V. S. en contestaeion á su oficio de 16 del corriente.-El .Mini;;tro de Gobernacion, SALAZAR lLARREGU1.-Sr. Prefecto del Departamento de
Veracruz.
.E&lt;1 copia. :\léxico, Abril':W de 1866.
•

El Subsecretario de Gobemacion,

Joaquin Noriega.

PARTE NO OFICIAL.
AGB.ICV'la'J!VB.A.
La agricultura desde los tiempos mas remotos ha sido una de las fuentes de
la. riqueza públic:i y á ella. se han consagrado, no solo los individuos de la. clase
indígena, sino tambien personas distinguidas de todas las clases sociales. Nada es mas natural, si se atiende al objeto de que se ocupa este ramo de los conocimientos humanos. Procurar producir con la mayor abundancia. y perfeccion
posibles los vegetales que son útiles al hombre y á los animales que están sujetos á su dominio, es el fin de la agricultura, y ésta por consiguiente forma la base de todas las demas artes.
Los pueblos verdaderamente salvajes, que han vivido ó viven en 1os desiertos
llin leyes que los gobiernen ni una autorida.d ordenada que los dirija, han deseo. nacido y desc~noceu los primeros elementos de la ciencia. agrícola; pero siempre
que en cualqmer punto del globo ha comenzado á. lucir la. aurora de la civiliza.cion, este hecho se ha presentado en uuion de establecimientos agrícolas mas ó
menos imperfectos. En los países cultos la. estadística ha probado que siete octavas partes de la poblacion se consagran á la agricultura, bien como directores,
bien como agentes.
La práctica. de esta. ciencia, no solo es indispensable para la prosperidad del
P?Ís, sino que coadyuva. de una manera ,Poderosa á la felicidad de los que se ded1can á. ella. Da salud al cuerpo, energta al alma, y contribuye á crear costumbres virtuosas, en particular la. templanza y la. moral pura. Hombres animados
de estos sentimientos son las columnas do un buen gobierno y el verdadero apoyo de la independencia nacional.
. Abel, A.braham y Noé se ocupaban de la agi:icultura, segun lo ategtiguan los
libros santos. Las naciones antiguas la. veían con alta estimacion, y los egipcios
fueron tan sensibles á sus beneficios, que atribuyeron el descubrimiento de esta

�406

ciencia á una fuente divina, y llevaron su gratitud al grado de. prestar adoracion
al buéy por sus servicios como labrador. Los antiguos escribieron obras sérias
sobre la agricultura, y aun algun~s de sus poetas tomaron este ramo de los conocimientos humanos como materia de sus poemas.
Las naciones modernas han adelantado en el saber agrícola, no solo por sus
operaciones práctica,, sino por los infinitos escritos. que han visto y ven la luz
pública en obras formales y periódicas en que constan los anales que demuestran el progreso de la agricultura, y se debaten de una mimera científica las cuestiones que á ella se refieren. A esto debe agregarse las muchas máquinas de diversas clases que se han inventado para facilitar los trabajos agrícolas.
La nacion española, despues de conquistar el Nuevo Mundo, sin destmir la
agricultura indígena, procuró y consiguió, en esas vastas rngiones, la introduccion de varios producto~ europeos.
Desde la época de la independencia hasta la presente, México ha presentado
adelantos en materia de jardinería; es decir, en un ramo hasta cierto punto de
ornato; pero en lo general los conocimientos agi1colas de mera utilidad han permanecido casi estacionarios. Las guerras civiles constantes que nos han destrozado, y fa blta de seguridad, consecuencia de esa situacion, han de haber influid!) en que los propietarios no hayan procurado introducir mejo~as, que ~espues
de grandes esfuerzos y del empleo de importantes sumas de dmero, pod1an ser
destruidas por alguna de las partidas vandálicas que recorrían la superficie
del país .
Ahora que la pai se encuentra establecida en una gran extension del territorio
mexicano, los agricultores podrian tomar empeño para perfeccionar el sistema
actual de cultivar sus fincas, y de introducir productos cuyo consumo necesita la
industria nacional, cuya venta, por consiguiente, seria indudable.
Un·guía seguro para sus trabajos lo encontrarían en el estudio de las obras europeas, que manifiestan de una manera teórica y práctica los medios de cultivar los diversos frutos que puede rendir la tierra. Para no exponer sus fortunas, podian comenzar con.ensayos en corta escala; y si ellos daban buen resultado, entonces cultivar en el mismo sentido terrenos de mayor extension. Ventajas incalculables resul. tarian en el porvenir,. de la realizacionde estas ideas. Creceria la fortuna de sus
introductores; disminuiría el precio de los efectos de industria nacional, supuesto
que el precio de sus primeras materias disminuiría tambien, y el sobrante en metálico por el aumento de riqueza de lo~ unos y por la parte que economizaban los
otros, estaría dispuesto á promover empresas nuevas que contribuyeran á la prosperidad individual y general.

TelégraCo de Ve1·acruz á 1'-ledeJliu.
Ministerio de Fomento.-Segun aviso dado á este Miuisterio.confecha 16 del
actual, por el Sr. Prefecto político de V el'acmz, el dia anterior quedó establecido el telégrafo entre dicho puerto y Medellin.
México, Abril 20 de 1866.-El Subsecretario interino de },omento, Francisco

Jimenez.

C::ADIJ:Il'l'OS.
Ministerio de Fomento.-Direccion general de caminos y puentes.-•'Direceion del camino de Perote á Veracruz.- Relacion de los trabajos ejecutados en
dicho camino en la semana contada del 1~ al 7 de Abril ,de 1866.-Las obras
de reparacion de este camino se han hecho por 107 operarios por término medio, con 5 sobrestantes, 6 capataces, 2 carreteros con 2 carros de 4 ruedas y 4
mulas, de la propiedad de la Dircccion, y una carreta alquilada tirada por bueyes. Las rayas de las cuadrillas incluyendo los capataces, han importado $ 283
98f cs. Los puntos en que han trabajado, son los siguientes: Riofrio, de Paraje
de Carros á Tostlacuaya, Parajillos, San Miguel del Soldado, Sedeño, CoPralfirme y Mata de Caña, en los que se han ejecutado las obras que á continuacion
se expresan:
Riofrio: Trabajó en este punto una cuadrilla compuesta de 25 operarios y un
capataz á las órdenes de un sobrestante; en 6 días útiles hicieron 156 tareas que
importaron, siendo el jornal de los operarios 37¼ cs. y el del capataz 75 cs.,
$ 6Ó 75. Estuvo dividida la cuadrilla ele la manera siguiente: 6 hombres se ocuparon en la extraccion del material, 11 en su trasporte con carretillas de mano
á la distancia de 25 metros, 4 construyendo el terraplen y la calzada, y 3-desmontando á los lados de ésta. La obra ejecutada fué la siguiente: un terraplen
de 36 metros do longitud, 9 de latitud y 0,6 de espesor, cuyo volúmen es de
194,4 metros cúbicos. Una calzada de 32 metros de longitud, 5 de latitud y 0,4
de espesor, con un volúmen de 64 metros cúbicos. Un desmonte de 225 metros
de longitud y 20 de latitud, con una superficie de 4,500 metros cuadrados.
"De Paraje de Carros á Tostlacuaya: En este tramo trabajó una cuadrilla de
15 hombres, que en 6 dias útiles hicieron 95 tareas y rayaron $ 36 50, siendo el
jornal de 37¼ cs. los peones y 50 el carretero. Cu¡itro operarios estuvieron ocupados extrayendo el material, 3 partiendo piedra, 2 haciendo la calzada, y 6 trasportando la piedra de una distancia de 30 metros, con carretillas de mano. Un
carro chico de dos ruedas, con una mula, perteneciente á esta Direccion, ha trasportado tezontle menudo de una distancia de 525 metros. Los trabajos hechos,
son: una calzada de 30 metros de loi;¡gitud, 4,5 de latitud y 0,6 de espesor medio,
con ·un volúmen de 81 metros cúbicos. Un terraplen de 30 metros de longitud,
4,5 de latitud y 0,1 de espesor, con un volúmen de 13,5 metros cúbicos. Esta
cuadrilla y la siguiente están á cargo de un sobrestante.
"Parajillos: La cuadrilla que trabajó en este punto se compuso de 10 operai·ios con ·un capataz: hicieron 62! tareas en 5i dias útiles, y rayaron $ 25 75,
siendo el jornal de 37½ cs. para los operarios y de 75 cs. para el capataz. Dos
operarios extrajeron el material; 5 lo trasportaron á distancia de 60 metros, 2
hicieron cxcavacion y 1 tcrraplen. Una carreta alquilada con dos bueyes, en un
peso diario, auxilió á esta cuadrilla en el trasporte dcl material. Las obras ejecutadas han sido: un terraplen de 16 metros de longitud, 7 de latitud y O, 7 de
espesor medio, con 78,4 metros cúbicos de volúmen. Excavacion para dcsazolvar una alcantarilla, 12 metros de longitud, 1 de latitud y 1 de espesor. Desazolvó de otra alcantarilla 10 metros de longitud, 1 de latitud y 1 de espesor. ,Excavacion de fosos de desagüe en una longitud de 30 metros, con 0,6 de latitud y
0,5 de profundidad. El total de la excavacion tiene un volúmen de 31 metros
cúbicos.
"San Miguel del Soldado: Eu la calle de este pueblo ha trabajado una cuadrilla. compuesta de 10 hombres con un capataz, y en 4z días útiles han hecho
51 tareas, y han rayado $ 21 37½ cs., siendo el jornal de los operarios 37½ cs.
y el del capataz 75 cs. No pudo tmbajarsc en medio dia del viérnes y en todo

el sábulo, por b consta~te lluvia. De los 10 operarios, 3 se ocuparon e~ la e~traccion del material, 6 en trasportarlb con carretillas de mano de una di~t~ncra
de 70 metros, y 1 en hacer calzada y completar la superestmctura.. Se hicieron
las obras siguientes: una calzada de 30 metros de longitua, 4 de ~atitud y 0,50
de espesor medio, con un volú_men de 60 metros cúbicos y un terraplen de tezontle menudo de las mismas dimensiones de longitud y latitud y 0,25 de espesor, cuyo volúmenes de 30 metros cúbicos.
"Sedeño: trabajó Una cuadrilla dl:l 10 hombres por término medio, con un sobrestante, un capataz, con un carretero y un carro de 4 ruedas y 4 mulas de esta Direccion: en cuatro dias útiles hic_ieron 53 tareas y rayaron$ 24 75 cs., con
unjomal de 37½ cs. los operai·ios y 75 el capataz y el carretero. La division de
los t1,abajos en esta cuadrilla ha sido muy variable, pues sólo tuvo 6 ho~?res el
primer día de la semana, 10 el segundo y 12 el tercer? y el cuarto, no habiendose
trabajado los aos últimos dias por la lluvia: 5 operarws se ocuparon en extraer
y partir la piedra, 5 en trasportarla á dist~ncia de 1.80 metros, y 2 en hace~· nua
calzada de 42 metros de longitud, 4 de latitud y 0,4 de espesor, con un volumen
do, 67,2 metros cúbicos. Tambicn se hizo por los mismos pconeH un desu10utc de
276Q metros cúbicos con 460 metros longitudinales. El ~obrestante ele esta cu.adrilla tiene á sn cargo los trabajos de la anterior de San Miguel.
''Corral firme: Esta cuadrilla se compuso de un sobrestante, nn capataz y 24
operarios por término medio, que trabajaron 5 días, pues 1~ _lluvia no lo p~r~tió
el sábado: 20 hombres tFabajaron los 5 dias, y 5 solo lo hicieron en 4; h1c1eron
126 tarea~ y rayaron S 66, siendo el jornal de los operarios de 50 cs. y de $ 1 el
del &lt;;apataz: 4 hombres extrajeron_ y partieron 1Jiedra,. ~ ll} trasporta~on de una
distancia de 100 metros, en clos panlmela~ de cuero; 5 h1c10ron excavac10n en tep~tate para formar el terrapleu, 6 lo Lnt$portaron con ~nrrPtil!as_dc mano á distancia de 100 metro¡;, 5 hicieron calzada y un tcrrapkn. Ourn eJecntada: una calzada de 42 metros de lo11gitud, 4 de latitud y 0,5 de (•:-pesor, con 84 metros cúbicos de volúmcn; un terrapleu de 36 metros ele longitud, 4 de latit11d y 0,1 de
espesor con un volúmen de 14,4 metros cúbicos. Los operarios ocupados en el
trasporte del material, auxiliaron en su trabajo á los que extrajeron y partieron

la~~~

407

EL DIARIO DEL IMPERIO·.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

.

.

"Mata de Caña: Una cuadrilla compuesta de 13 opemr10s y un carretero, con
un carro de 4 ruedas y 4 mul.tti pert.,iieócnte.; á etita lJireccion, con un sobrestante y un capataz, siendo los j ornale., d1• 56;}: cs. para los peones y de un peso
para el capataz y el carretero. En 5 dias útile&amp; hicieron 76¾ tareas y rayaron
$ 48 86~ cs. Se ocuparon 2 operarios extrayendo piedra, 5 en su tra~porte con
carretillas de mano á una distancia de 200 metros, 5 extrayendo cascaJo, el carro
en trasportarlo de una distancia de 345 metros, y un operario haciendo calzada
y terraplcn. Se hicieron las obras siguientes: un terraplen de 19 metros_ de longitud, 7 de latitud y 0,32 de espesor: otro terraplen de 6 metros de loug1tud, 4,5
de latitud y 0',2 de espesor, para cubrir un bache: una calzada de 6 metros de
longitud, 4,5 de latitud y 0,25 de espesor en el mismo bache: ott·~ de 3,3 de lo~o-itud 2 de latitud y 0,28 de espesor; y otra de 8 metros de longitud, 7 de lat1º y' 0,4 de espesor. El volúmen de los terraplenes es de 47,96 metros cu' b'1cos,
tud
y el de las calzadas de 30,998 riietyos cúbicos.
.
"No ha podido completarse el numero de op~rar10s que deb~ teu~r catla c~iadrilla, por escasearse siempre la gente en este tiempo, qne ded1e:m a lo!&lt; trabaJº"
del campo.
.
.
_
.
"Jalapa, Abril 11 de 1866.-El D1rector,José .Antonw de laPena.-Sr. D. Rautiago .Mendez, Director general de caminos y puentes.".
Es copia. l\Iéxico, Abril 17 de 1866.-El Secretario, JJ.f. Rami1'e~ Aparicio.

INFORME
SODB.E DESAGÜ'E DE LA VEGA DE ME'l'Z'l'I'l'I.Al'I',
POR EL INGENIERO D. ,TUAN C. BARQUERA.

Nombrado por el Exmo. Sr. l\finidtro de },omento antecesor de V. E., á pedimento de los vecinos de Mctztitlan, para que reconociese y proyectase la obra
de desagüe de la Vega del misnio nombre, hoy tengo la honra de poner en conocimiento de V . E. el resultado cl\J mis medidas, cálculos y apreciaciones.
No me parece fuera del caso repetir ahora, entre otras, algunas de las noticias
que ya se dieron á ese ::\Iinisterio por la Comision nombrada para el efecto, y que
constan en una exposicion elevada con focha 23 de Noviembre del año próximo
pasado.
,
•
La Veg~ de :lfetztitlau está lateralment,· cercada de altas y escarpadas montañas, y cerrada por la parte del Poniente por una colina de pequeña. altura, cuya poca elevacion ha dado lugar á que se crea l1aber sido formada por los derrumbes de las montañas laterales, concurriendo á favorecer esta idea la capa de
brecha que en algunos lugares se descubre sobrepuesta; pero en mi concepto, esta colina que forma el dique natural de las aguas, es contemporánea en formacion con las montañas vecinas, constituidas todas por una caliza compacta.
La citada Vega ocupa una extension de nueve leguas, y se puede tomar media
legua por su an,.,hura média. Recibe el caudal permanente de varios cursos de
agua, cuya cantidad aumenta ó disminuye, segun las diversas épocas del afio;
pero que nunca falta de una manera absoluta. A veces, en la época de las ere
cientes, afluyen en tal cantidad y violencia que en el breve espacio de tres días
queda anegada. Así se verificó en la última inundacion, que comrnzó el 28 de
Setiembre y llegó al máximo el 30 del mismo.
Do las nueve leguas de extension siete son las que se inundan tempornlmente,
durando bajo del agua de 5 á 7, 10 y ha1:1ta 18 años sin que lleguen {. descubrirse
en su totalidad, pues siempre persiste corca del dique un cúmulo considerable
que inutiliza una grande extension de su fertilísimo terreno. La parte aprovechable de éste produce cuando está desecado 134,400 cargas de maiz, cuyo ínfimo
valor es de 268,800 pesos, y e;;ta es la utilidad de los agricultores, pues los gastos de labranza quedan cubiertos con los productos de los frutos menores.
Desgraciadamente este cuantioso rendimiento está expuesto á perderse en totalidad ó cuando menos cu parte, por coincidir la época· de las cosechas con la
de las copiosas crecientes; y para precaver el mal en lo posible, se apresuran á
cortar y almacenar las mazorcas antes de que lleguen estas á su perfecto grado
de madurez en la caña; esto en mi concepto abrevia ht duracion del grano, que
en muy corto tiempo se pica.
Como cada año trascurrido en la Vega inundada, equivale ií una pérdida de
3 á 400,000 pesos, la obra del desagüe requiere una pronta determinacion y ejecncion. Esta pérdida tan considerable en dinero, bastaría por sí sola para dar ~
la obra el carácter de urgentemente necesaria, y aun contribuye al mismo fin exigiéndola de una manera imperiosa, la salubridad ele la~ poblacione~ que tie1¡en

.
L
~as abundantes que bajan de las
su asiento en las i'iberas ,le la laguna. , tªv:ga arrastran multitud de vegetaextensísimas vertientbe\bque co~curre: descomponerse bajo del agua, desprenles, muchos de ellos u osos,_ os qu
nzoñan· de tal suerte la atmósfera!
den en abundancia g~ses nocivo~ ~ue .e:~ºconformara con decir que en la époque quedaría mas baJo ~e la realidad s1_
Debe existir en el l\finisterio de Goca de las crecientes se_ diezma la p.ob~~c1~n._ formada á principios del año que
bernacion una Memoria sobre el particu ar,. . do por el Gobierno para este
., .
D . D A ustin Reyes com1s10na
corre, por e1 S r. r. · g
.'
fi
d
ta laga pei1od1ca.
fin; por ella podrán ªP:eciarsf l~s te~-n~le~ ,:t:~: q!ee~calona el pésimo sisteTampoco es despreciable e numero e_ ~1
la la una PQ.1· poco que sea el
ma de embarcacion~s que se ~sa~ par~ ;;~:1!sº;rime!as n~cesidad.es de treinta
movimiento comercial que ex1Ja e satis
d. innumerables veces durante el
y tantos pueblos, pide que la laguna sea cruza \1 saber que de tal á cual punto
largo período de su .anegacion, y es muy com_unmenos personas.
,
e se ahoo-aron mas o
'
.
se volteo una canoa y qu d 1 d "' .. ha sido conocida desde tiempoi! muy reLa necesidael de _la obra ~ . esa~u!
da or el trascurso de los años, pues
motos, segun acredita 1~ trad~c1on a u ter\oló ta' o, en busca del cual se emllegó ~ creerse en la ~xis~enc1a dedun ::1iscernim1.ento en la brecha superficial,
prendieron algunos trabaJOS lleva ~s
. ·umbes de los ue el mas notable selos cuales, ~orno era n~dturtl cds~~º:J:aores· lo's sencill~s habitantes ~e~ lugar
pultó un nume~o co~s1 era. e e , ra ~ al ~n enio enemigo, y denomma_ron
lo atribuyeron a la influenc1a,~alefi.ca ded' ~ n 1:S operaciones y no fué posible
el punto "el cerro encantado: se su,~pen mo
.
. persuadirlos á continuar la obr~ comenzada. abio coro atriota D: Tomás Ramon
En 1829 visitó ~quel~a localidad nue~:oósen
1, tegun dicho señor, la obra
183
. del Moral, y produJO un mforme q~e ed.pb J'.' del nivel que entonces tenían las
conveniente es un socav_on .2_5 varas o:oªiºel \!e tuvieron en Diciembre de 865,
aguas, y que supo~go d1_fen1t muy_ p
puei las crecientes mayores fluctúan
~poca en que yo ,hi~e mis o servac1one~, teresados o inaron por la apertura de
entre- estrechos hm1tes. Algunod de
m
toso PDespues de dicho señor se
un canal, y el Sr. del Moral lo esec o P~\~:cian· e·ecutar la obra bajo propohan presentado algunos especdulaldor~stqu d s Por~u'ltimo yo he hecho el cál. d . 'bl , . . io e os lD eresa o .
'
'al
siciones ma m1si es a JlllC
•
d cuerdo en los puntos esenc1 es
culo aproximado de ~bas obrals, y alunq~e Jetsocavon y en algunas otras circon el Sr. del Moral, difiero en a co ocac1on

!1

.
, b'
or metro cuadrado superficial,
tando que la evaporacion anual sea 1,5 cu icos_p
nsumirá 38403968 metros
y que el desagüe dure diez meses,d lla e~apo~dc1on :~an 992579047 metros cu.cúbicos; rebajados del ~olumen e pnsmoi e, qu
.
bicos.
.
.
Para determmar
el tiempo
en que el depósito se vaciaria, determino el gasto
por la fórmula que da la velo?idael

'

_

¡--2,....g.,....
h_ __

V 7/1+(¼-l)'+ ''~'·
en ella, sustituyendo los valores numéricos, pasa á ser

_ / 2X9.78X77.75 = 12. 2.
V -'\11 , 515+º·007~846X8,64
o.SS
fi .e de la seccion del socavon, que son 5,88,
multiplicando este valor J:&gt;º.r la sr:;t;~ hay que añadir la cantidad que se filtra
se tienen 71,73 metros ~ub1cos .. ue cantidad variable cuyo máximo, segun 1~.
por las grietas de ~a c;11iza de~ ~q os'¡ble, sin llegar á ser rigmosa, en 19 de Dimedida que ~ract1qude 1~ ~jor4 ~4 ;metros ciibicos por segundo, y que decrece
ciembre del ano pasa o, ue ~ , .
•
1
naturalmente á medida que baJd el ~)ve76 27 metros cúbicos si el nivel permaneAsí, el gasto total l!ºr segun o s~na ar¡ su desa· üe seria muy próximamente
ciese constante, y el tiempo nece~a¡i~ p s se tendri! de 6589728. Pero como en
150 dias, puesto que_ el lgdsto.e\ ha~~= ao-otarse el agua, emplearía ésta en sa:
el caso presente el mve esc1en e el t . "'· , esto es 300 días, ó poco mas o
lir un tiempo doble del que antes se e ernnno,
'

t~

cunstaneias.
V
or medio de un socavon de seccion elípYo propongo desagua~ toda la ega pes metros el menor ele dos y medio.
tica, cuyo eje mayor horizontal_ sea ~e tr diendo las extremidades que tiene
La colocacion del s?cav0n sena correspi; su uesto sin segtúr sus inflexiones:
hoy la obra superfic1~ente exca;;daél . icto del meridiano magnético. Su
por tanto, su rumbo sena 70º 4_0 . .
en estos la extension de un tajo ó
longitud seria ele 846 m,etros, s1Lcomt:en.d r el de la obra del lado de las aguas
canal de que me. ocuuare_ lueg?· !l' e!
d: la laguna y seguirá con una pentendrá su piso en la ~ontmuac1on de1 ionc o
'

r

re;r

-~{111

menos eliez meses.
b . él se puedan hacer apreciaciones; pero ~o
Consigno este dato, par\qu\so r~ 1 Vega pues segun el plan de operac10marca el ~iempo e~ ~e ~ ;sa 1raª:lae tas ao-u'as comienza poco tiempo despues
nes antenorme!1.te m ca o, ~ sa se aracio~ de la galería con el agua, y t;t~de empezarse a atacar el macizo ,~ed
agua que constantemente corre hacia.
oco he llevado en cuenta la canti a e
.
.
p
'al
la laguna.
..
, .
.
haciendo uso de datos prudenc1 es, c~a'l
Una vez vac10 el deposito, veremos,
·onan las grandes inundac10seria el tiempo .p ara que saliesen la~ aguas que ocas1
tiempo se verifican.
• d
nes que ele tiempo en
nece cubierta por el agua la mita ~neQueda dicho que general~e?te pe~a la inundó completamente en tres dias.
gable de la Vega., y que la ultima creclentcmanente tendré la cantidad que puePor tanto, si del volúmen tot.al resto e ,P?' . El ~álculo bastante aproximado
de afluir en una de las inundacione&amp; max1lmads:fi
. 7827 40438 es el número
,
,
2 48242577 · a 1 erenc1a
. da para el segundo volumen
. '.·
a extension de 24418 metros, y su
'b'
e buscamos· ocupanan un •
, •
te
de metros cu rcos qu.
'.·
b e el fondo 30 metros muy prox1ma~en .
nivel cerca del s_oca:von se ~dle~ar~a s: rque anteriormente, resulta que -el tiempo
Haciendo las mismas consi era~10ne
.
· n serian ocho meses.
•d
d
necesal'Ío para su csecac10
d . , . to veintinueve mil pesos, repart1 os
El costo total de la obra aseen eria a cien
.

/a

diente de cinco por ciento.
. inion deben ejecutarse las labores. de la manera que sigue:
e, 13.200
Pa110 á exponer la manera coi; que en IDl ~-p
·¡ cavon ó galería viene á
' ··· . - - . - - .. . . ,¡¡, 39.796
de 1as 1umbreras ···----·--,
Valor
Por las circnnsta.~cias topogrififase~~ ~;:~:~e:o,ª~egun su eje, y habrá ~or
,, del socavon - · · · - · ·_· - · - - · · · · · · · · - · · · · · - 38.462
quedar bastante baJO respecto e p .
da atacar la galería por varios
esto uece¡¡idad de labrar lumbreras para que s~ ptties y para que la extraccion. se
·;g~c~-y ·i_-e~~~ici~~ ·¿e· ia: h~;;a~~-: 1
,
O ·
e cinco son convemen e ,
.
puutos a la vez. , pmo qu
er rectan nlares, con una secc10n de 2 meSueldo de empleados. - - .. · -- - · · · .. · .. · · - · - - .. ·13.701
haga por ellas comodamente, ~eben 1ª b : gdero actual la primera lumbrera
Gastos imprevistos. - - - - - - · · - · - · -\ - - · · · · · · · · · · _ _ __
do por ono-en e eo arca
'
1
. t
5 T
tros por 1, . ornan
º d 334 la tercera, 500 la cuarta, y 640 a qum a.
distaría 20 metros, 168 la segun a,
.
tercera 70 metros la segunda,
Total._ . .-... : .. _. $ 129,000
Sacarian ele profund.idadi 50 ~~troplª};~~~rd!la supo;icion de que en ellas se
.
,
.
.
'fi
ante si ::;e compara con el bienestar
y 25 metros la cuarta Y a qum
ar i ,
rofundizadas se invertirán 17
Esta crecida suma viene a s~r msi_gm ~iatas los intereses que puede promocolasen 1,5 por semana mientras_ n~ ~tr:n~:~r la galería. Si de los 25 metros
que proporcionará ~ las pobla~Ha_°e~ dl.Dlll:ual de,la Veo-a, que puecle multiplicarse
semanas en llega~ con las mas ?orta . can trozos de 1,25 á la semana, 20 de
ver, y el asegm·a~mento del _PIO ~c\ ~ algodon la ~zúcar y el café, pues su
restantes de 1~ pr_imera y ter\er.~i s~ :~1:tanto, se h abrán colado 111 metros por
mbiando el cultivo del mmz Pº1 e e
' .
t'ble de producir los ricos frutos trop1ca1es.
. estas se neces1taran1Para conc uu as,_ cada uno de los extI·emos de la cuarta y ca 1
la extremid1;td del socavon, y ~O por tr : la semana en la segunda lumbrera, su~é!~c~:ªl?ni 7 de 1866.-Juan Cecilio Barquera. .
quinta lumbreras. Qolando so o t\n ~e do fa galería y se habrian cavado 411
tardaria·20 ~em~nas en alcanzar_e ~::anfzados los t~·abajos, creo que 40 sernaSOLICIT1JDES DE PRIVILEGIO
metros longitudmales e_n ella. :Bl~~ . ºmas rofunda, Qastarian para tener expeANTE EL :MINISTERIO DE FOMENTO,
nas despues, de conclmda la 1~m r~ra e
rimera arte de la obra tardaría un
dita la galena. Por tanto, 1~ e~ecuc1on d
do p;r abatir el macizo queméaiio y nueve meses, muy prox1mamente, que an
.
México, Abril 20 de 1866.

: ~:i ~::;

!:;~~

ª·

i

1!a

dia entre la prim~ra lumbrera y el ag: canal cuya anchura sea por lo menos
y en este macizo hay qu~ excavar
, .
un ue uede tener sus paredes
l· gual ·il eie mayor de la ehpse ele la galena, y ª1 q
p
talud de O 5 á 1
' ~
b
1
ca1·
a
compacta,
e supongo u.n
'
'
1
verticales cuando SI\ a re
a E ¡zl
esto de que la superficie del terreno
para la comodidad dPl_tra ªJº· , \ e
lle ar al fondo del depósito, como la
descienda con la pend1ente de 4 ~ d 1
saldrá ele 16164 y causará' el armayor altma son•40,41, l~~?ngii-;. a/i~°aensidad de la ~aliza 2,67, ,el peso
ranque de 53789d m~btros cu_a1clo4s3.6116en2 30 toneladas métricas. Suponiendo que el
d l.
Aa nor err1 ar ser1
'
. .
k ,
325
e a ma" f
fu
d 1 , 10 000 se neces1tanan 15.000 ., o sean
efecto de la pólvora ese e, a
ue agregar de un tercio á un cuarto de
quintales para solo el tUillbe, a lo qt:e ay
ntar El tiempo que exige su ejecuesta cantidad para lo que sea preciso que ra
·
d'
_
.
d d
b e 100 barrenos por la.
cion seria de seis mesJsa an o sol r b . total del elesagüe demauda dos años y
D e lo expuesto ~e e_ ucc,. qu~ a o. ra néficos efectos comenzarán á sentirse
medio ele un trabbªJº ª1si~t~tº1.ic.epa:1 !:::oe permitiéndose el derrame del agua por
desde que se re aJe e vei
'

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1i:?i:-

d

J

h '

t.

la galería.
. ,
18 de Octubre del afio próximo pasado, parPor el sondeo que pl~ctilu1r°~-titl hasta llegar al dique natural que llama~
tiendo de frente_ al pue º., e e z do de la la una tiene una pendiente umel Oerro del TaJO,, e1;contri. \ulee~!:aa mas proJndo fué de 36,034, res~lta la
forme, y como el ult~o !~6122· por esto cada metro. que baje el nivel, descubre
pendiente por m~tro e ' fi .' d
53 30 aras cuadradas.
170
por término m~d1~ una supe_r c1e o. rci~naria el socavon segun lo h e proyecDe ahí la prmc1pal vcntaJalq~elpSr~pdo I -.foral El socavon labrado 25 varas,
d
b . l ·opuesto por e c~e • 1. e .l.f
•
•
• •
d
1
ta
o, sodebaJO
IC ~ p1
. 1, d'istai1.a del fondo 15' 084 y deiaria
rnut1hza as para . a
20,95,
del mve
~
cultura 257,232 aras ~uadr~das. , d' s y suponiendo que la inclinacion de la
Considerando las dimension~s me_ ia '
, rismoid&amp; de siete leguas de longifalda de las montañas sea de 4 a 1, iesnlta unolu'roen asciende á 1.030983015,31
t ·
d
pada por el ao-ua, cuyo v
·
46350
tu ' ex e?s~on ocu
.
e á la evaporacion una superficie de61.4
metros cub~cos.La base~~Y~. o _ec endo hasta venir á ser nula; por esto solo
metr?s cua,dlrado~;l'ql~o;i;31;~ma:~~te el tiempo en que esto se verifica. Adopcons1derarc a me ia
,
.

h-

·a· ul
Solicitud de D. Manuel del Valle, pi W? 0
de u,n pt·ocedimiento para hacer pan mee
en lugar de levadura. ·

. 'l io exclusivo como introduct.or
Zi';.,!,~nt:e
con gas y ácido carbónico
. '

.

il ochocientos sesenta Y
1 b' · d
"Segunda clas~.- Cuatr,o :eale\rf;;~: ~r~Eex:o. Sr.- Manuel del, Va18
seis y sesenta y siete.- M?xico, A ai o· ue retendo introducir en el pa1s un
lle, ant~ ':· E. con ehl _de~ido rcspe~~ica~~nie c~n gas y ácido carbónico en lugar
proced1miento para acer pan meca_ .
1 honor ele acompañar en
de levadura, como exl!i·esa la _desf:1ft:~:ot1~r!:g¡ fa ley, á V. E. suplico, qué
un pliego cerra~o. -Siendo m1 so ic á retender la introduccion de este nuevo
!Íendo yo el primero que se presenta p ido carbónico en lugar de levadura, se
procedimiento, para amasar y u?ar g:sdac á SR tiempo j!Oncederme la patente
sirva tenerme por leg~mente prese~
yl . en lo que recibiré grac1a.-M.
respectiva por ocho anos, ~on arreg o a a ~!,•

ª, 1

del Valle.- E:xmo: Sr. MilmDst!o ~cdFloi;i;'Pn;~io conforme al artículo 14 de la ley
Lo ue se publica en e iario e .L",
•
F
t F · ncisco
q N oviem
. b re ele 1858,- El Subsecretario intenno de
de 3 de

ornen o,

,a

Jirnenez.

AVISOS OFICIALES.
,

BOLETIN DE Ld.S LEYES.

l

.
Se ha ublicado la entrega núm. 9 del BoleMéxico, 18 de Abril de 1866.al precio de catorce centavos, en esta
tin de ~as L~yes, Y se hall~ Pªa~ su/ª\\ sellado en que se han vendido las
1
Administrac1on y en .l~s expelen i~_s _e ~ :rosé Marta de Icaza é I turbe. 6a-2
anteriores. El Admm1stra or :rnnc1p '
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

B.EMA'l'ES.
,
d J&lt;'' b ·
ál
tí l 24 25 y27 de la ley de 26 e e rero
Se.Participa al público que con arregl\ ds ~: ~~b:·bi~s de l a ciudad de Oajaca, valuado
de 1865, se va á proceder :l:1 del terreno ºª. o
publica para que las person~s ~ue deseen.
en noventa y siete pesos cmcuenta ceo avos, y se

t1

.'

�408

EL DIARIO DEL IMPERIO.

hacer postura ocurran á esta oficina el dia 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, en
cuya hora se verificará esta almoneda.
México, Abril 17 de 1866.
.
•
6a-2
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de. Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, manzana 27, cuartel 3?, calle de la Tamalera, en Oajaca, valuada en ($ 465)
cuatrocientos sesenta y cinco pesos. Lo que se participa al público, para que las personas que
deseen hacer postura ocurran á esta oficina el din 3 del entrante Mayo, á las nueve de lamaiiana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 6 de 1866.
6a-5
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 do la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceqer
al de la casa, cuartel 3?, manzana 13, ~allc del Retiro, en Oajaca, ·valuad4 en($ 493 75 cs.)
cuatrocientos noventa y tres pesos setenta y cinco centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 5 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 7 de 1866.
6a-5
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 do Febrero de 1865, se va á proceder
al del terreno nombrado San Juan, en el barrio de Tlaltesepa en el pueblo de Tepepa, valuado en 30 pesos. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el día ~7 del presente Abril, á las nueve de la mañana, en que se
verificará esta almoneda.
México, Abril 4 de ld66.
Ga-6
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa núm. 77, calle de Chavarría, en Cela.ya, valuada en ($4,300 50 cs.) cuatro mil
trescientos pesos cincuenta centavos. Lo que se participa al público, para que las personas
que deseen hacer postura ocurran á esta oficma el dia 1'? del entrante Mayo, á las nueve de
la mañap.a, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 5 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y Na-earro.
,
Ga-6

Pref'ect11;,ra politica del Departamento del Valle de México.
SECCION DE JUSTICIA.

~léxico, Abril 17 de 1666.-En el Distrito de Chalco hán sido recogidos dos caballos estraviados de sus dueños; y á fin de que est-0s puedan recogerlos, se anuncia al público por medio del preseute aviso.-EJ Secretario general de la Prefectura, C/J.rlos Zar:ala.
3a-2

CITACION.
Por 6rden del Sr. Juez 4? de Instruccion civil, se cita á D . .A.ntonio Navarrete, vecino de
Tejupilco, para que dentro del término de ocho días, contados desde la primera publicacion
de este aviso, comparezca en este Juzgado por MÍ 6 por apoderado con poder bastante, 11 contestar la demanda que en jnicio de conciliacion le promueve, sobre cumplimiento de contrato,
D. Angel Zavalza, como apoderado de D. Juaxi Etcbarren; apercibido de darse por intentado
el acto sí no concurre.
•
México, Abril 18 de lli66.-Lic. Nicolás Islas y Bustamante, Secretario.
903-3a-2

AVISOS P A.R TICULARES.
COt11IP./l.ÑI.!1. DE AHJt•./1.S DE Ld. TBINID./1.D.

.\

Algunos accionistas atrasados en sus pagos, han Mlicitado se amplie el plazo que para el
arreglo dtJ cuentas y pago de atrasos fijaron los avisos publicados en los númPros 362, tomo 3?
del Diarw dd Imperio, y 63, tomo 4~ del Pájaro Verde, correspondientes al día 14 de Marzo
anterior: la Junta directiva, accediendo á esta solicitud, acord6 en sesion de ayer se prorogue
el plazo referido hasta el dia JO de Mayo próximo; y de 6rden de la misma Junta pongo este
aviso para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles &lt;J.Ue no se otorgará nueva pr6roga.
México, 20 de Abril de 1866.-Mariano de la Peña y Santwgo.
909-!ia-l

- - --

-----------~--

-

-

AVISO.

-- -

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
papel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne ¡¡e dará al precio desde 3 hasta 5 reales
pieza.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á precios sumamente c6modos.
En la misma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-l

Ignacio Dia:z Trittjeque
venderá al mejor postor, á la vista, nl contado y sin reclamacion, todo el menaje de la hermosa casa de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme uúm. 12
frente al antiguo Tíboli, en los días 26, 27 y 28 de Abril de 1866, á la una de la tarde, estan:
do á la vista el mártes 24 y miércoles 25.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz Triujeque.
Se arrienda una bonita casa con muebles 6 sin ellos.
907-85-2

- - ----- - ----- ---

AVISO INTEB.ESAN'l'JJ.
MINIS!l'IIB.IO DE GVEB.B.A.

'

Teniendo la señora mi esposa D!- Prajedis Agninaga, varios negocios importantes que girar
en los Departamentos del Interior, confiri6 un poder amplísimo en esta Corte, en diez deEne5~ DIRECCION. .
•
r? del presente año, al _Sr. D. Antonio.Afias, vecino de Guadalajara,_ q~e.n sÍJl embargo del
Segun suprema 6rden de esta fecha, debe procederse en almoneda pública á la venta de · !lempo que ha trascumdo, no hay noticia de que lo haya puesto en eJerc1c10, lo cnal se fufiere
treinta y cinco caballos sobrantes de la Guardia Municipal¡ y lo participo al público para co- de su falta de contestacion á diversas cartas que para indagarlo se le han dirigido. Como el
nocimiento de las personas que gusten concurrir al remate, que tendrá lugar en la plaza prin- Sr. Arias es persona muy ocupada, acaso se perjudicarían sus intereses con la dcdicacion eficipal de esta capital, á las diez de la mañana del dia 1!3 del corriente. .
caz á los negocios para que principalmente_ se Je confiri6 el poder; y necesitándose de esta
México, Abril 19 de ld66.-Por 6rden del E.uno. Sr. Ministro, el Gefe de la Direccion, eficacia para _que no aumenten los perjuicios que ya resiente la interesada con la paralizacion
Francisco Montero.
!is-2
de sus negocios, y no por otra causa que en manera alguna pueda lastimar la bien sentada
reputacion del .espresado Sr. D. Antonio Arias, ha resuelto revocarle en el todo el espresado
poder, co..oo en efecto lo ha hecho en toda forma el dia de hoy, en que lo aviso á las personas
Administracion principal de la renta del Papel sellado
que tengan relacion con los negocios de mi señora, para que entretanto se hace el nombraEN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE l\IEXICO.
miento de otro apodera,do, se entiendan directamente con el que suscribe, qnien desde esta
México, Abril H3 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en su- fepha da por nulos todos los actos que se puedan ejercer por el Sr: Arias en ejercicio del podér que le queda revocado en el todo, y de que se Je da aviso por conducto seguro.
prema 6rden focha 15 del corriente, que las Administraciones de esta renta procedan á hacer
México, Abril 2 de 1866.-Eduardo Dtlpoc/1.
897-Bs-6
efectivo el cobro do las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrero de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los térmÍJlos que previene el artículo 18 de la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837, sobre facultad coactiva.
T0./1.LL.rl. DE VB.Jrlls.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su dtJbido cumplimiento; pero considerando que entre las muchas personas á qnienes
EFECTOS DE PERPUMERU. DE LAS MEJORES FABRICAS DE PA.RJS.
comprende, puede haber algunas que por causas involuntarias uo hayan ocurrido á terminar
sus respectivos arr~glos, anticipo e,te aviso para que las que qnieran evitarse nuevas contesEn la. tlapalería de los Venados, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20 ademas del
taciones y aun mayores gastos, ocurran á verificarlo dentro del pla20 de ocho dias, contados
desde la focha de su publicacion.
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de ~ecibir. otro
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor parte de los corredo- magnífico, de perfumeria, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.-Estract~
res de esta plaza, á quienes por 110 haberlos encontrado en sus casas los comisionados de esta de esencias ~~periores.-Agua de Colonia legítíma.--Aceites para el pelo.-Jaboues superiooficina, les han dejado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los -'iros de re~ y de fam1lia.-Polvos de amv-root, arroz y haba.-Elíxires y polvos para la dentadura.su giro, y otros aunque los han presentado, al ver que no estaban arreglados, los han reco~í- Vmagre de gen-seng para el uso estemo de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de Vénus do ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual uo hau cumplido. Todos constan en los reg15. Vina.,"Te aromático y de color.-Los mentados jabones de lechuga y contemporán,·o, etc., ¡te.
tros de e6ta mitima oficina, y pasado el plazo de los espresados ocho dias, se dará conocimiento
de los que queden pendientes al Tribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los nego1'.odos estos Pfectos ~on de clase suprema, y sin'embargo se venderán sum.amente baratos,
cios de Hacienda, respecto de los que se hallen en el primrr caso, y en cuanto á los del se- haciendo á los consumidores que tomen por docenas de ellos, una rebaja importante todavía
20a-2.sm-16
gundo, se es~dirán los correspondientes mandamientos de embargo.-El Administrador prin- sobre los precios á que se menudean.
cipal, José Maria de Jca:a é ]turbe.
6a-1

------------

:,nN./1. DE Jt•~ESTB./1. SENOB./1. DEL BEFllGIO

AVISOS JUDICIALES.
.Juzgado primero de Instruccion de lo civil.
Palacio de Justicia.-En los autos del intestádo de D. Vicente Arnaíz, que siguen en este
Juzgado que Ps á cargo del Sr. Lic. D. José Maria Garay, por auto de 10 del corriente se ha
mandado por dicho Sr. Juez, entre otras cosas, se convoque por los periódicos á las personas
que se crean con derecho á los bienes del referido mtestado, para que en el término de treinta
dias se presenten á deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo, les parará el perjnicio que haya lugar.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente en MéXico, á veinte de Abril de mil
ochocientos sesenta y seis.-Juan Nepom1iu110 Carriim, Esc¡ibano público.
908-3a-l

Hab(énd?se puesto en p_roductos la. mina de N~estra Señora del Refugio, aviada por D.
Gregono Jununez, y hab1éndos_e ven~cado el primer reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que suscnbe, miembro de la Junta representativa dll los parcioneros
aviados y encargado de la tesorería, convoca tí los poseedorPs actuales de las barras aviadas
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí 6
por persona. debidamente autorizada, .Y ~xhibiendo el título 6 documento que compruebe su
actual
poses1on, para ponerlo en conoc1m1cnto
de la Junta representativa y someterlo á su talificacion.
,
Guanajuato, call de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Ju,m de]). Salgado. b'99-30a-3

Citacion judicial.

PIAN~ DE VEN!l'A.

· En los autos del concurso á bienes del finado Sr. Brigadier :i;&gt;. Joaqnin Gutierrez de los Rios,
el Sr. Juez 3'? civil de Instruccion, que de ellos conoce, Jia mandado por el proveido en 13
del que cursa, que se citen á todos los acreedores á junta general para el día 23 del corriente,
á las once; bajo el apercibimiento de que se pasará por el acuerdo de la mayoria.
Y para que la dtacion surta sus efectos respecto á los acreedores ignorados y de aquellos
cuyo domicilio tambien se ignora, publico la presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 14 de 1866.-l:rbano Morali, Escribano público.
900-3a-3

Un piano de rosa, de siete octavas, con todas las mejoras modernas, enteramente nuevo se
vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14, callejon de Santa Clara, primer piso.

CI!l'ACION.

'l'EATRO PRINCIPAL.

Por el pn·sentP, y de 6rden del Rr. Juez4'? i~structordc lo civil y de Hacienda, Lic.D. José
Maria :Mirafuentes, cito á D. Manuel Orozco p:1ra t¡ue en el término· de ocho dias, contados
desde la publicacion de estP aviso, s•· presente por SI 6 por apoderado instruido y eopensado, en
el Juzgado, sito en el Palacio do ,Justicia, á_contestar la &lt;lPmanda que sobre pesos 6 indemuizacion de dnúos y perjuicio~ le promueve D. CresCRnciano Gutierre1.: bajo el apercimiento que
de no h11(·nln, Rr seguirá el juicio en rebeldía, dándose los estrados por bastantes.
México, Abril 16 de lb66.-J. Reynoso, Escribano público.
90'2-3a-2

En lll tarde del citado dia, á las cuatro en punto, se pone en escena la comPdia dividida en
tres actos é intitula&lt;la: La Africana, y t·n scgnida la otra en un acto, denominnda: Los muebks de Don 'li11¡16s.
En la noche, á la hora de costumbrr, se representará la comedia dividida en tres actos y
denominada: lin J101rnnc ptíblico, y luego la otra en un acto c¡ue se intitula: Un mancdo
combustible.

l
,

EN GUANAJUA.TO.

J11~11ado c1t.arto de Insiruccio11, e,1, el ramo d1Jil.
El Sr. Juez de este Juzgado, encargado de los negocios de Hacienda, Lic. D. José María
Mirafuentes, ha prevenido, á solicitud del Sr. D. José Dans, como síndico del concurso de
D. Gabor Naphegy, qu!l en virtud de no haberse podido ~lebrar la junta emplazada_para el
once del actual, por falta do concurrencia de número suficiente de acreedores del referido concurso, se verifiquo el acto á las once del dia primero del mmcdiato Mayo; bajo el apercibimiento do que estarán ob!igados los quo no concurran á pasar por lo qu'.l acordaren los que
asistieren. Y habiéndose dispuesto que la citacion se haga por los pori6dicos, lo verifico por
el presente, advirtiendo que la junta se celebrará en el mencionado Juzgado, que está aituado
en el Palacio de Justicia.
México, Abril 18 de 18lif,,-AqustÍ11 Pcm de Lara, Escribauo de Hacienda. 904-3a-2

DIVERSIONES PUBLICAS.
Do111ingo 2-2 de Abril.
CO)rPAÑIA DRAl\lATICA

'rEA'l'RO DE ITURBIDE.
CO:\!PAÑIA DRAMATICA

En la tarde del r.-ferido dia, á las cflatro en punto, so ponen en escena las dos comedias, en
un acto cada una, denominadas: Un numctbo combustible, y Para mentir, lus 111ujercs. y en seguida la zarzuela intitulada: La cola del diablo.
En la noche, á la hora de costumbre, se pone en escena la comed.ia E'n tres actos, intitulada:
Vira la libertad; despues se bailará por la pareja del ramo un paso á dos, y porconclll8ion, se
representará la comedia en un acto, denominada: La mujer de Uliscs.

1'1.EXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

\

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Agricultura</name>
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                    <text>D-Eb

EL

'
Loa números aueltos¡vail.en 12 centavos.
TOMO

III.

ME:Xlc:JO.-Vierne..s 10 de Abril de IS66.

NuM. 391
1,,

SU'MAB.IO.

PARTE NO OFifJIAJ'¿.

PARTE OFICIAL.-Personas condecoradas con Medallas del mérito militar.-Licencia
absoluta á un Teniente de Artillería.-.A.cuerdos imperiales sobre Visitadores de Hacienda.
PARTE NO OFIClAL.-Entrega de la Gran Cruz del .A.guila al Virey de Egipto.-Inundados socorridos.-El 10 de Abril en Orizava.-Corte Marcial de Tula.-Sal en Zacatecas.Caminos.-Sociedad de Geografia y Estadística. .A.eta del 5 de Abril.

Entrega de la Gran Ornz del Aguila Mexicana
al Virey de :Egipto. '

El dia 18 de Febrero se celebró con toda solemnidad en el Cairo la entrega
de la Gran Cruz del Agui1a Mexicana con que S. M. el .Emperádor tuvo á bien
Noticias extranjeras.
' condecorar á S. A. el Virey de Egipto en Octubre del año pasado.
.
Desde
el
.11
fué
avisado
por
el
telégrafo
el
cónsul
generaldel
Imperio
en
Denuncios y solicitudes. ·
Alejandría, el Sr. Zoghel, de que. al dia siguíente debía_ tener lugar_ !~·ceremonia. Nuestro cónsul salió en un tren expreso para el Cano en la manana d~l 18;
y fué recibido por S. E. Zeky Bey, quien le dijo q~e en la tarde se_ pondri~ en
PARTE OFlfJIAL.
manos del Virey la condecoraciou. A las cuatro sahó del Hotel Oriental el expresado c6nsul general; en un carruaje tirado por cuatrú caballos, y escoltado
ha~ta
el palacio Casser-el-Nil por un regimiento de cabal~ería y un ~uerpo de
GRAN CANCILLERIA· DE LAS ORDENES IMPERIALES.
infantería.,En la puerta del palacio había una gran guardia con música:
México, Abril 18 de 1866.
. En seguida penetró al salan de la ceremonia, donde se hallaba ~l V,irey, de
S. M. el Emperador, por acuerdo de 17 del corriente, Ha tenido á bien con- gran uniforme lo mismo que sus Ministros, del Interi?r, de Negamos extranjeros, de Hacienda, de Guerra, y el Ministro Secretario. Despues_ ~e haber ÍU7
-decorar á los individuos sig,:lientes:
mado el Virey su chebuk y tomado una taza de café, se puso en ~ie, y en_nomÜON LA MEDALLA DEL MERITO MILITAR DE PLATA:
bre de nuestro aagusto Soberano, recibió la Gran Cruz del Agmla Me~cana.
A D. Cárlos Sutter, Cadete, Subteniente fun, ionario de Cazadores aus- En ese mismo instante la detonacion de la artillería hizo saber á toda la cmdad
que~- A. recibía una gran condecoraciori, como es de uso en estos casos.
triacos.
· A Pedro Celestino, soldado de auxiliares.
,, José Cande1ario Castelano, idem ídem.
. CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
,, Antonio Speco, sargento idem.
LISTA ele 1,as personas inundadas que ha socorrido la Ocmii-sion elel Consejo de
,, Manuel Ascencion, idem idem.
Beneficencia, nombrada por 8. M. la Emperatriz, con ws productos ele la suscri,, Juan Luna, ídem idem.
cion.
.
,, José Nobertol, cabo idem.
Suma anterior......... -. $ 17,644 18
DE BRONCE,
797 José Fauatino Cano, .Apartado núm. 17 ........ .
5
10 00
798 Marcelino Peña, en el Paseo .. : .... ·. . -. - . -- . -A Francisco Per~utka, cabo de Citzadores austriacos.
5 00
799 Blasa Silva, Santa Cruz Tultengo..• -- --- - -- -• .
,, José Razini, ídem idem idem.
·
20
00
800 Gregorio J uarez,
,,
,,
.. .. ....... .
,, J uail. C&gt;rtega, soldado de auxiliares.
8 00
801 .Audrét Viarte,
,,
,,
. ... ... .. . . .
5 00
,, José Antonio 2°, idem ·idem.
802 Ignacio Tapia,
,,
,,
........... .
10
00
,, Fernando Tepezila, cabo idem.
803 Gerardo Zedilla,
,,
,,
... -..... --.
8 Ó0
,, José Manuel, soldado ídem;
804 Melchor Zedilla,
,,
,,
........... .
10 00
,, J esus Albarada, ídem ídem.
805 Eligio Naranjo, .
,,
,,
........ - -. 8 00
806
Manuel
Luna,
,,
,,
...........
.
,, Antonio Cleto, ídem idem.
5 00
807.
Hermenegildo
Luna
,,
,,
........
-..
.
,, Manuel Soto, ídem ídem.
10 00
808
Gregorio
Espinosa,
,,
,,
.....
-..
--.
,, José Mariano, ídem id.ero.
809 José Ma.ría Luna, ,,
,,
.. . ... .. ... .
,, José Vicente, ídem ídem.
55 00
810 Saturnino Tapia,
,,
,,
........... .
El Secretado encargado de la·Gran Cancillería,
10
00
811 Cleofas Zedillo,
,,
,,
........... .
José H. ·aonzalez.
812 José María Diaz, ,,
,,
..... . . .... .
5 00
10
813 Encarnacíon A.lvarado,
,,
........... .
6 00
814 .Andrés Luna,
,,
,,
,.... _. _. ... .
MINISTERIO DE GUERRA.
10 00
815 .Antonio Malcionado ,,
,,
.... . ... ... .
8 00
816 Eutimio Maldonado ,,
,,
........... .
2~ DJRECCION.-1~ DIVI/lION,
817 Hilario .Maldonado ,,
,,
.... . ...... .
•
6 00
México, Abril 18 de 1866.
818 Manuel Nieves, ·
,,
,,
. _. ____ .... .
,6
5 00
819 Bernardino Nieves, ,,
,, . . _.... _.... .
Con esta fecha se ha expedido licencia absoluta al Teniente de artillería D.
820 Rito Nievei,,
,,
,,
. ___ . _... _..
5 00
Francisco Aduna, por haberla solicitado.
.
821 Mónica Florea,
,,
,,
. __ , . __ . _.. _
8 00
El General Subsecretario de Gnerra,
822 Eligio Sanchez,
,,
,, .
. __ ... __ ... _
10 00
José Mm·ía V. de la Oadena.
10 00
823 Lorenzo Sanchez, ,,
,,
........ . . _.
824 Paacual Fortis,
,,
,,
. ____ ... _. . .
10 00
825 Nicolás Flores,
,,
,,
..... _. __. _.
8 00
826 José Flores,
,,
,,
. __ . _.. . _. __
10 00
MINISTERIO DE HACIENDA.
827 'l'irio Moreno,
,,
,,
_.. _....... .
10 00
SECCION 2~ DIRECTH'A,
828 .A.gustin Moren.o,
,,
,,
. __ . ___ .. .. .
10 00
829 Rito Sandoval,
,,
,,
.....•. _. _. _
S._ M: el Emperador, con fecha 15 del actual, se ha servido expedir el acuer10 00
do siguiente:
830 José María Villanueva, Ramita.............. .
10 00
831 Francisco Villanueva 1?,
,,
......... . . .
10 00
H1omos venido en declarar: que los visitadores &lt;le.Hacienda están comprendi832 Francisco Villanueva 2?,
,,
........... _.
10 00
dos en el art. 562 de la ley de__ procedimientos judiciales de 29 de Noviembre
833 Florencio Flores.
,,
...... . .... .
8 00
de 1~58, Yque en consecuenma deben dar sus declarllciones en los Juzgados
834
María
de
Jesus
Rosales,
,,
...........
.
'
10
00
y Tribunales por informes ó certificaciones.
835 :María Avila,
,,
...........
.
8
00
HEMOS venido tambien e1,1 acordar_: _que los Juzgados y Tribunales, no pue836 Gerardo Moctezuma,
,,
......... _..
8 00
den proceder contra los mismos V1S1tadores en lo relativo á sus actos oficia837 Soledad Zaµiora,
,,
_. _. __ . . __ ..
10 00
les, srn _que previamente sean suspendidos en sus funciones por el Ministerio
838 María Martinez, en el Paseo ... _. ..... , ...... _.
10 00
lle Hacienda y puestos á disposicion del poder judicial.
839 Ramon Lozano, Quesadas núm. 3 ... . . .. ... _. _.
5 00
México, Abril 18 de 1866.
5 00
840 Clara Gonzalez, Pulquería de Palacio núm. 11 . . _

.

ºº

ºº
ºº

ºº

El Subsecretario de Hacienda,

E. Villalva.

Suma . . . . . . . . . .

$ 18.009 18

�..
,

402

EL DIARIO DEL IMPERiO.
El dia 1O de Ab1•iJ.

Con este título dice el Jourml de Orizava lo siguiente:
''Este dia ha sido muy solemnizado aquí por la autoridad pública del Distrito.
Hubo Te-Deum, salvas de artillería, cortinas é iluminacion en la noche. Todo
tuvo lugar en conmemoracion de la aceptacion del trono por el Soberano."

Oorte ma1·cial de Tula.
Prefectura política del nepartamento del Valle de México.- Seccion de J usticia.- Núm. 3710.-México, .Abril 18 de 1866.-El Sr. Prefecto político de
Tula, en oficio de 15 del que rige, dice al de estn. Corte lo siguiente:
"El Refator de la Corte marcial de este Departamento, con fecha 13 del corriente me dice lo que sigue:-"Tengo el honorJe informar á V. S., que esta
Corte marcial, en su sesion de hoy, ha sentenciado á cinco años de prision en la
península de Yucatah, á los llamados Mariano Delgado y Bonifacio Leiva (á) Va
lecó, declarados culpables de asalto en cuadrilla y conato de robo y asesinato,
perpetrados en la noche del 18 de Junio del año próximo pasado en la casa del
Administrador de rentas de este Departamento; quedando en libertad absoluta
los llamados Guadalupe Villavel'de, Genaro Rodríguez, Juan: Rosales y Severo Benavidez, por haberlos declarado inocentes del delito de que se h·ata.Suplico á V. S. se sirva mandar se publique esta sentencia en el periódico oficial."-Tengo el honor de trascribirlo á V. S., suplicándole se sirva mandar
que la sentencia inserta se publique en el Diario del Imperio."
Y por disposicion del Sr.lrefecto político .se hace la publicacion como se pide
-El Secretario general de la Prefectura, Cárws Zavala.

Introduccion de sal á Zacatecas.
Ministerio de Fomento.-Administracion principal de rentas del Departamento de Zacatecas.-Noticia de las cantidades de sal que se han introducido á esta
capital, con destino al laboreo de las minas, en el mes de Marzo próximo pasado,
y que se forma en cumplimiento de la suprema disposicion de S.M. el Emperador
comunicada á esta oficina por el Ministerio de Fomento, en 19 de Diciembre último.
,
Procedenciá'. Cgs. de sal. -: Precios.
Zacatecas' ...............
Receptoría de Guadalupe...

---Salinas.

1030
$3
574
"3
,,
S. Cosme.
1,161
"4
NoTA.-Hasta esta fecha no se han recibido las noticias de las deroas receptórfas, y por esta razon se darán en el mes siguiente.- Zacatecas, .Abril 10 de
1866.-E l .Administrador principal de rentas, Manuel Plowes.

,,

Es copia. México, .Abril 19 de 1866.-El ~ubsecretario inter1no de l!,omento

Francis¡o Jimenes.

I

CAMINOS.

•

Ministerio de Fomento.-Direccion general de caminos y puentes.-"Camino
de Tehuacan á Oajaca.-Relacion pormenorizada de los trabajos que han sido
practicados en este camino en el mes de Marzo de 1866.-Los adelantos habidos
en este camino en los trabajos que en él se practican, fueron ejecutados solamente
por dos cuadrillas de operarios, cuya distribucion y adelantos ftleron los siguientes:
"En la primera semana, contada del 26 de Febrero al dia 3 de Marzo, la primera cuadrilla compuesta de 44 hombres, situada en la cuesta de San Francisco,
practicó una excavacion de 60 metros ·de longitud porJ.4 metros de latitud y una
profundidad ele 0,4 que hacen 336 metros cúbicos de volúmen; el objeto de este
trabajo fué conseguir tener lma pendiente uniforme y dar mayor anchura á esta
parte del camino, que se hallaba reducida ~ solo 6 metros. La excavacion fué
hecha en terreno muy resistente, pues está formado de una capa de calcáreo compacto, que se extiende cl~sde la parte superior de la cuesta hasta una distancia
de 300 metros de su pié.- Desd.e este punto, el antiguo camino de Tehuacan á
Oajaca sigue rumbo a,l E., dejando al pueblo de .A.jalpa hácia la izquierda á una
distancia de 2 kilómetros: esta parte de camino, hasta llegar al pueblo de San
Sebastian, es una línea quebrada en diferentes puntos, y desviándose de la línea,
recta, forma una curva hácia el E., lo que origina mayor tiempo para sel' recorrida.
-Habiéndose examinado esta parte de él para reconocer si presentaba ventajas
J_lara su reposicion, se notó: primero, que el carril que lo forma _tiene solo una anchura de 6 metros; que·su superficie se ha profundizado por el uso que hace muehos años se hace de él, dando por resultado que su superficie se halla inferior
.de nivel á los terrenos de ambos lados del camino, cuya circunstancia impide se
hagan con facilidad y pocos gastos los desagües natuPales; y por último, que estando el camino en su totalidad surcado de pequeñas barranquillas, habría necesidad, para sú reposicion, de levantar terraplenes en casi toda la longitud, cuyas
-0bras ocasionarían, si bien se ve, crecidos y supérfluos gastos. Por esta&amp; razones
_se extendió otra línea de camino, que partiendo del pié de la cuesta de San Francisco llegase al pueblo de San Sebaetian, procurando conciliar que ésta fuera
recta, y que el costo de su apertura fuese ínfimo al gasto erogado en Ja reposieion de la parte del camino antiguo, y esto se consigui(), pues la línea en cuya
.direccion se trabaja, une los puntos mencionados en línea recta, midiendo una
distancia de 6 kilómetfos; el terreno es plano en toda su extension, no presentando desigualdades notables; y ademas, no requiere gastos de construccion para
conductos de aguas y puentes, siendo en casi toda su extension de naturaleza
arcillo-arenosa, reuniendo la ventaja que el material, para la formacion de las
calzada~, puede tomarse de puntos bastante cercanos del camino.
"Lit seglmda cuadrilla, compuesta de 43 operarios, situada entre la Cuesta de
San Francisco y el pueblo de San Sebastian, comenzó á desmontar en di.reccion
.de esta línea, practicándolo en un terreno poco boscoso, siendo éste de pasto cubierto de arbustos (mezquites), logrando desmontar y arreglar de camino 287,6 de
longitud, con una anchm-ade 14 metros, lo que da una superficie de 4,026 metros
cuadrados de terreno desmontado: hizo ademas una limpia en terreno de labor de
.509 metros delargopor14deancho, ó sean 7,126metroscuadrados.- Siguiendo esta línea, la segunda semana del dia 5 al 10 de Marzo, la primera cuadrilla, que se
compuso de 59 operarios, desmontó en terreno boscoso una longitud de 37n metros
por 14 de ancho, ú sean 5,264 metros, cuadrados: se limpió de terreno sembrado
1,683 metros de largo pbr 14 de ancho, lo que da uua superficie de 23,562 metros cuadrados de camino.

''La segunda cuadrilla, que tuvo en 111 misma selllana 55 operarios, excavó en
terreno suelto, como es el de labor, 2,093 metros cuadrados, rebajando·las partes salientes del terreno.
"La tercera semana, del dia 12 al 17 de l\Iarzo, la primera y segunda cuadrilla,
trabajando en el mismo lugar, practicaron: la primera con 64 operarios 1ma excavacion de 490 metros éÚbicos, desmontando ademas una longitud de 770 metros
por 14, lo que da una superficie de 10,780 metros cuadrados. ,
"La \egunda cuadrilla, compuesta del mismo número de operarios, desmontó
un terreno boscoso de 25,340 metros, producto de 1,810 de largo por 14 metros de
anchura.-La última semana de trabajo en este mes comprende del dia 19 al 24,
en cuyo tiempo la primera cuadrilla, compuesta de 56 operarios, hizo de desmonte 918 metros longitudinales con 14 de anchura, lo que da una superficie de
12,852 metros·cuadrados: levantó uu tenaplen en terreno suave de 101 metros
de largo, dándole una anchlli'a de 14 metros y una altura de 0,3; hizo ademas la
apertura de un foso en terrenos tle la hacienda de Santa Cruz, de 224 metros de
largo por 1 de ancho y profundidad.
''La segunda cuadrilla hizo de trabajo, con el mismo número &lt;le operarios,
12,600 metros cuadrados de desmonte, producto de 900 metros de longitud por
14 de anchura: formó ademas nn terraplen de 98 metros de largi\ por 14 de latitud, con una altura 0,3, y por último excavó en el mismo punto que la primera
cuadrilla 224 metros cuadrados, cuya ·excavacion se hizo para la apertura de fosos:- Resulta de lo' expuesto, que tomando por término medio los ll0 operarios
que han trabajado en las cuatro semanas en este camino, e&amp;to;:; han abierto y arreglado de camino 7,254 metros longitudinales, los que hacen casi dos leguas de
trayecto, el cual se halla en ¡•stado dt• s1•1' transitado por canos y clemas vehículos de trasporte: ha habido ademas en el mismo tiempo 4,202 m?tros cuadrados
de trabajos de tierra.- Lo que tengo el h&lt;mor de po11e.r t:n-ul i&lt;uperior conocimiento de V. S., segun me lo tiene o,denado con a11tcrioridad.-El Director, Rafael
.Barba.-Si-. D. Sántiago Mendez, Directqr general de caminos y p11entes."
' Es copia . .Méxi~o, Abril 16 de 1866.-E l secretario, M. Ramirez Aparicio.

- -

de acom añar· á v. E. suplicamos, en
que en pliego cerrado tenemo~ la hoba d S ~ el ' privileo-io exclusivo que
virtud de la ley vigente relativa, reca ar e . . t"
ha~er uso de dicho
pedimos por doce años, para. poder,fi durante ~se, ;e~p~~l arbusto, otro de la
procedimfonto.-Acompañamos al e e~to l~nc!~.:~~t~o tambien de ésta en su
baya que produce y de la cual se extr~e
'bl
- I almente acompa. ..
t
fin de la misma, ya anca. gu
E
para el fin
al castellano los cuadernos impresos que en idioma al~- color pnmit1vo; Y o ro, en
' .
. d l 1 t y sus producciones....... 8
"5~ Man ar .ta b~ll' á la Comision para poder informar sobre ellos.-Mén- ñamos en distinto pliego la clas1ficac10n
el apreciable conducto de
man se pasaron am ien
ffi l a t ,,
gracia y ju~ticia-1ue esper~OSJ¡mr~~era F~te:- Otrosí: tambien suplicamos
co, Enero 18 de 18~1-J: Ra aedes~ueC: a!·un ligero debate, fueron aprobadas, V. E.- Manuel rigel ()rtiz.-:- ost cias serios admita este escrito en el pre'
. To~~das en co~s1 _erac;o¡.,10~men al Gobierno, con las Memorias~ que se re- que en atencion á nuestras Cll'cuns an '
dispóm~ndQse ~e reID1ta e
•
ue todo se ublique ·en el Boletm. •
sente papel.- Exmo Sr. Min:i8t!"0 de ;E'ome~~;º~~nforme al artículo 14 de la ley
, fiere con especl1al recomendac1on, y q .
. ael tomo 3º del Boletín por ha\ Lo que se publica en el DiaiEwl dSelblnip·etario interino de l!.,omento, Francisco
14~ El Sr. Dr. Duránlpropuslo la il·01mc?rneess1oqnue hay de
Tomada ~n consi- de 3 de Noviembre de 1858. u seer
d
hacer fa ta en as co ec 10
berse agota .º Y
. . olucion sin discusion fué aprobada.
.
deracion y s1end6 d~ ob~a res
..i eron los señores: Fonseca, Vicepresidente;
Se levantó la ses1on, a &lt;J,UP. cFolncmnH .
O'Gorinan Pimentel, Rio de la
A , t C stro Dr Duran
emy, ermosa,
' M A
NlJNCIOS ANTE LA PREFECTURA POLITICA
L;~:r(D~• L.), Soto y·el Secr¿tario perpetuo que suscribe.-J. . rroyo.
DE
.
l D' rio del Imperio conforme al articulo 14
que se_pubhca! l:y d: 3 de Noviembre de 1$58.
.
t Boletin las varias Memorias que sobre el culti".'o del
"4~ Pub~1car en nues r~ivo vid, morera, tabaco, cacao y caña de azúcar han
~g_o~on, ,r!iz;e ~11ª[:~~ aut¿res ó las juntas auxiliares, y que habiendo_p!sado
dmg1do a ~ . ocie a ·a1 ·a su exámen las devuelve con el presente m1or~e
á esta CoIIDs1on espec1 pa1
,
v

t~c;ªa.· .

•

~=::~,-~-~:'!~~~'!!'!!.'!~~~~~'!!!::~~!'!!':~==~~=~:~~~
l:

1'TOTlOIAS EXTJlAN.TEJlAS.

.

a° ;

AC'l'A NT~. 11.

...

. .
ta
d l
p a el bienio de mil ochoé1entos sesen y
''Sello tercero.- S_egun a e as~.- Un sello.- Imperio Mexicaúo.--:Micuatro y sesenta y cmco.- Cuat10 \e es~ de mil ochocientos sesenta y seis y
nisterio de Hacienda.-Val~a para
!nº;eccion· 3ª-Firmado: .Agustín Torsesenta y siete. -E l Gefe Director b~
b' o Monterubio Dolores Juarez y
nel.- Exmo. Sr.- llanuel . Monteru 10'¡ / ~xcoco el seg~ndo de .Atotonilco,
Manuel Ruiz Dávila, el pnmero natura , ~
te
E comparecemos y deciel tercero de ~ometla, y el cuarto d1 ~e~fJ;t:e un~ b~rranca?y de Oriente á
mos: que al pié del cerro de Mef,ecat ' a o
b. rt na veta ele plomo con ley
Poniente del Distrit? ele Texc~;_i,• hJ~~
q:: ante V. E. 1w.cemos f orde plata, que denomma~os,
d oe:Za~ del ramo -.A. V. E. pedimos que
-mal denuncio, con arreg o a as ~ ena dmitir nuest;o registro, y que tomada
conforme al art. 5? del tít. 6~, se digne a
d librando las órdenes á que
razon de él, se nos de~uelva_parao~t:~~:sguE: jº~sticia que pedimos, jur~ndo
haya lugar, conforme,a la misma_ / .et de. mil ochocientos sesenta y seis.lo necesario.-México, Enero
•lSle
Gabino Monterubio.-Dolores JuaExmo. Sr.-l!'irmado:
Manuel
onteru
R . D, 'la Exmo Sr M1mstro de F ornento .- .Al márgen:
. .rez.-Manuel un avi .1 t en el cerro de Metecatl, D1str1to
Denuncian una veta de-plomo con ey epa a .
Téngase por 'hecha la'deY se1s.- á los denunciantes
•
de Texcoco.- E nero v eintinuevedde. sesenta
ho - Expídase
el ~ertinuncia en cuanto haya lugar en ~rec d · 1 hora en ue se· hizo la denuncia.ficado correspondiente, con_ ~~preO~n.
veces n;cesarias para la mayor puPublíquese ésta por el Per10 ico º c:a 6! de las Ordenanzas de Minas.-Dése
blicidad, para los efectos del art. 4.ptit.
Prefecto el Secretario general.
noticia al Ministerio de Fz°me
f1'
~
i::;:tura polí~ica del Departamento
- Firmado: Cárlos Zava a.~ n se1 ºt d , las doce y media de hoy.-En.ero
del Valle de México.-Ha si o presen a ~/ l!'irmado· Gomez de Portugal.
veintisiete de mil ochocientos sesenta y se1 ..
(3~ publicacion.)

.
. . . 1 -tu 's un despacho, dándole las gracias_por
El gobierno espanol dmg16 a P,ºn ~ue p im Unos diarios de Europa dicen
la conducta que observó respecto ,ªF . u_an r .
que éste va á Italia, y otros ~e a ~rIBc'!ap checo Ministro d; negocios extrariCircula en España un manwesto. e r. ~ el 'gabinete de Lima para aliarjeros del Perú, exponiendo los motwos que e ::ababa de firmarse con España
se con Chile, anulando el, trafd~ de P~J:ao el documento, y se decía que el Sr
Toda la prensa de la penmsu ª1 a
en un cuaderno, ó de palabra, en las
Ministro Bermudez de Castro o re u aria
•
Cortes.
.d 1 . d endencia de la República de NiEl gabinete de Madrid ha reconoc1
m epamistad comercio y navegacion
caragua, celebr~ndo con ~lla ·ulan tr~ta o, e,b~i~as de C~ntro-América, antiguas
Con esto quedan reconocidas s cmco repu al
provincias de la Capitaní~dgenleral d.e 1&lt;t1J~::es~;a, Ministro plenipotenciario del
Se ha retirado de Madn e genera
tenta el Ministro de Estado Sr.
Perú. Al despedirse, le pasó unda nlota ti~IID1:rnt: que le causa la ausencia de aquel
d d C
e sen de los sucesoii del p eru.
,
·Beñnu ez e astro
.
' mostran
. ·ao reseña
caballerti, y haciendo. una ligerl y· 'e de Egipto piensa abrir á su costa un feIToEn J erusalem,se d1_ce que e u y. lo cual t1·ene ya ll·cencia del Sultan. El
cl
para de Sabara, y convertirá á Jerusalem en
carril del Cairo a,1a cm ª.el S a~td~sierto
camino atravesara un~ parte ~e l 1 bl la facilidad con que entonces podxán
una ciudad ae comerc10 Es mea cu a e
visitarse los Santos lugares.
.
, el tratado de extradicion entre InglaterSe cree que muy pronto se prorogara
ra y Francia.
p .
se decia que había sido reducido á
~l feni(lllo S~ephensfuse dhall!n~~ es~:~Jicia, porque el tratado de extradic1on
pr1son; pero carece_de n am
con Inglaterra hab1a. caducad~ d U .d s son de haber saliao buques con
Las últiinas noticias de los sta os~br:~ de~de alÍi' sobre Irlanda.
•
fenianos á ocupar las Bermudda;para_
·obó el proyecto de contestacion al
La Cámara de diputados e i;ancui, atphrle y se presentó ésta al Emperador.
.
·
· l or nnamayonarespe ª '
•l ' ·
gado
d1scur:;o imper1a ' p . .
da vez el Congreso dip omatíco encar
El 17 de Marzo se reumó por.se9und D nbianos sin que diera resultado
de arreglar la cuestion de los P rmc1pa os an
'

:°:1.

Sociedad Mexicana de Geografia f Erd.adística.
Uéxico, Abril 5 de 1866.
· El Sr. Vicepresidente abrió la sesion, y leida y aprobada el acta de la anterior,
se dió cuenta.:
l? De útla comunicacion del Ministerio de I&lt;,omento sobre la comision dada al
Sr. 1\ieto para la propagacion del árbol do lail quinas en el Imperio, pidiendo se
fije el presupuesto de los costos que hayan de hacerse con tal objeto.- Trascríbase este oficio al Sr. Nieto, y que pase á la comision respectiva, para que po- •
niéndose de acuerdo, presenten el correspondiente presupuesto.
2° Del mismo l\finisterio acusando recibo de las obras que se le mandaron del
Instituto Smithsoniano.- A su expediente.
·
3? Del mismo, remitiendo dos cartas del Imperio con la nueva divi:&gt;ion política.-Recibo.
4° Del mismo Ministerio pidiendo dos· colecciones empasta.dr;.-, &lt;lel H1,letin de
la Sociedad, que desde 1uego se remitieron.
•
5~ D&lt;:l mismo l\Iinisterio pidiendo un estado de todos los gastos qul' deuan 111&lt;cerse eu el mes próximo por cuenta de la Sociedad, para tenerlos PU considéracion en la formacion de los presupuestos.- Se remitieron en el acto.
6° Del socio corresponsal en Puebla D. José María del Castillo Urízar remitiendo unos apuntes ei;critos por el Sr. Blasquez sobre la cigarra zoófito con la
correspondiente lámfaa; y que ademas, tiene en su poder y ofrece á la Sociedad
unos nidos, que entregará allí á la persona que se le desigue.- Que se le den las
gracias, y se suplique al Sr. Prefecto mande recoger y remita á la Sociedad los
nidos que ofrece el Sr. Blasquez. Que todo pase á la Comision de ciencias- naturales parn su exámen.
7~ Del Prefecto político del Departamento de Mérida par.ticipándo la instal~ciou. de la Junta auxiliar de Geografia y Estadística.-Enterado con satisfaccio1,1,
y que se dé conocimiento de esto á la Comision respectiva.
'
8~ Del Sr. socio correspon;;al en la Isla del Cármen, D. P .. Vadillo, pregunt¡i,ndo si se recibió la descripción de los riós de aquel Departame,nto, qu~ remitió
á la Sociedad en Euero próximo pasado.-Que se le duplique el recibo.
9? Diversas comunicaciones de las Comisiones nombradas por la Sociedad
para el preeente año, aceptando sns eucargos.- AJ archivo.
1O~ Se recibió pbr duplicado el número 7 del 2? tomo de la Gaceta médica d,,
México, y dos cuadernos, uno sobre la pathología de la infancia y el otro de
la semiótica de la lengua, que ha-publicado recientemente el profesor de medici.
na y cirujía D. Manuel Soriano, quien los manda á la Sociedad.- Recibo dándose las gracias.
11~ Se recibió el Boletín de la Sociedad de Geografia de Parie del mes de
Enero próximo pasado, que contiene loij siguientes artículos:
"Consideraciones generales sobre el estado actual dvl Japon, por el Conde de
Montblanc.•'
/
'·Noticia geográfica, histórica, etlmográfica. y estadística de la Bosnie, por el
Cónsul de l!'rancia Rousseau.
"lnfltrucciones geográficas por M. Osmin Laporte.
''Actas de la Sociedad, algtmas noticias y hechos geográficos, y el índice de
las obras con· que habia sido obsequiada aquella Sociedad."
Se acordó pase para su exámen á la Comision de geografia.
12? El Sr. Rio de la Loza, D. Leopoldo, leyó un artículo que habia escrito sobre el opúsculo del Sr. Hay, relativo á. '1.'excoco.- Se acordó que concluida 111
lectura del opúsculo, ambos escritos pasen oportunamente á una comision para su
exámen.
18'.' Se tomó en. consideracion la parte rcsólutiva del dictámen pendiente de
la Comisiou especial de agricultura, que termina con las siguientes proposiciones:
"1 ª Remítase al Exmo. Sr. Ministro de Fomento el presente dictámen en contestacion á su iniciativa hecha á esta Sociedad, y que motivó el nombramiento
de la Comision de agricullura.
"2~ Solicitar del expresado Sr. Ministro la adopcion de las primas de ex-porta.cion para fomentar el aumento dela produccion c1e los frutos del país, dando así
fácil salida á los sobrantes de la produccion sobre el consumo; arbitrio que se
puede adoptar sin disminuir en lo mas mínimo los reuflimientos de las contribuciones que actualmente existen.
·
•
"3~ Recomendar al mismo Sr. Ministro de ~'omento, que en la órbita de sus
atribuciones influya á fin de que se varíe el.sistema fiscal que hoy pesa sobre la
agricultura, y que entorpece de una manera funesta su desarrollo y prosperidad.

d~ S~t;:r

d

él.

\

\

403

EL DIARIO DEL IMPERIO.

al"uno.
.
,
. o la el Congreso sanitario, compuesto ~e un
TaI)lbien se mstalo en. Ooustant,md. J? de cada n·ac1·on Parece que la prun.era
d. l 't' Y un me lCO
•
• • o' el
representante ip oma
.
pol1"c'1a en los lugares donde se ongm
bl icoUna rig
urosa
mocion fué de esta ecer
cólera el año pasado!. D
d Gramond presentó en Viena al Emperador el
El 10 de Marzo e uque He
l Príncipe imperial. Las palabras camgran cordon de la Legion de onorl· parta: deseo de .Austria y Francia de estreotivo expresan e mu u
.
biadas con est e m
·'
. d ne unen á ambos pa1ses.
char más y más los lazos de am1st~ 9- Couza ha protestado en Milan contra
Dice un diario il:3;liano quob~ Prntpi° s Principados del Danubio, porque se
la abdicacion que hizo del go ierno e o
.
le arrancó con violencia.
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~~~a.: ~:

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1r·-

AVISOS OFICIALES.
LIZADOS
ADMINISTR.A.CION DE "BIENES NACIONA
.

Jlemate.
24 2r- '.!'/ de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á pro($f~
Con arreglo á ros artículos '
1 calle de la Loca, en Oajnca, v3:h~ada en, . .
al de la casa, cuartel~?, !11anzana ·a num. n{edio centavos. Lo que se participa al publico,
121 es ) 1uinientos vemt1ocho pesos oce y
an á esta oficina el dia 12 del entrante
:1
•
nnstura
ocruT esta
• almoneda.
·
para
que
as personas que deseen
_ hacerurse
verificará

·;J ,

M~tri!~~sAb~t~ted~a ¡866~E{llministrado¡ de bienes nacionalizad~s,
Navarro.

i:~\ S11arez Y.

MI1'TISTEJ1IO DE GDJlB.A.
5'!- DlRECCION,

.
d be rocederse en almoneda pública á _la venta de
Segun suprema órden de esta fecha, Ge ta Municipal¡ y lo participo al público para ~otreinta y cinco caballos sobrantes
de
la
uar .· . al remate, que tendrá lugar en la plaza prmas aue gusten eoncurnr
nocimiento de las person r
- n del dia 23 del corriente.
. .
eipal de esta capital, á las diez de lóa
Exmo Sr Ministro el Gefe de la DIIE:,CCIOll,
México, Abril 19 de l866.-Por r en e
.· ·
'
:1s- l
··

fªa t

' DENUNCIOS y SOLICITlJ~ES

Francisw Montero.

A:N~E EL MINlSTERIO DE FOMENTO.

SECCION 1~

México, Febrero 16 de 1866.
(3~ publicacion.)
.
, .
h¡hecho formal registi·o de un críaD. Juan Santiago Ta1x, subd1tohfr~nc~~ada del Canton, á distancia de una
dero de azogue, situald~ e~ ld~ r~nc deenSanta Bárbara, Departamento de Tamaulegua de la del Nopa 'JUr1s icc1on
.
lipas.
.
to há lugar en derecho, sm perjuiy habiéndose admitido el ;eg1stro_/n cu:~ en atencion al estado de guerra
cío de tercero y con arregJo la1·~rd
p¿deirel interesado dirigirse á la auen que se encuentr~ aque a o_ca l úblico ara su. conocimiento: en e~ c?ncepto
toridad correspondiente, se avisa a pd 'l' ~ ulipas -El Subsecretario mterino
de que se comunicó á la trefectura e ama
.
de Fomento, Francisco Jimenez.

f

t ;:i

·

Escuelas ;;ratuitas.
,
.
. . 1 Mé . Abril 19 de 1866.-Num. 865.-La.
A ntamiento de México.-Palacio mumcipa · xic~, te ha articipado al Sr. Alcalde
Co~ion de Instruccion~ública, con fecha 1
~::!nto, / 11 quedado establecidas Y
1
municipa1, que se~un lo dispuestol por eltE·~ pari niños pobres Je las cuatro acordadas por
abiertas para el publico tre~ escue as gra ru de la Conce cion nfrm. 9, la segunda en la·ca~Q.
la misma corporacion; la pm:11,era en lR"calle ada de San ~ebastian. Lo que por 6rden _d~l lllls.de Muñoz núm. 3, y la tercera e~ 1~ mcon , . á fin de ue los padres de familia q~e
roo Sr. Alcalde se pone en conomm1e~~o del pub~ct1 . . ntJs mencionados.-El Secretano
carezcan de recursos, manden á sus hiJOS á los es a ecllllle
6a-l
del Exmo .•Ayuntamiento, Luis G. Pastor.

2!8\

.!l.din,inistracimi principal de l a ren, t a di! Papel seUatlo
EN EL DEPARTAllIENTO DEL VALLE DE MEXICO.

-

,r.
·¡es y de las Companías u:lnteresante á los tenedores de bonos de las Empresdas d~ los Jerrocarri
plotadoras e mmas.
b

50 d 1 1 de 4 de Agosto de 1860, los ono8
No pudiendo _hacer fé enjúirio, segun ~l art.ue.no\s~uiieren
impresos 6 escritos en papel
espedidos por dichas Empresas Y Co~Pªfª\\
ley se recuerda á los represen0 dé
I
1 c·tada
O
del sello que corr~SJ?Ollda, con arreg
~~ ~rson:a ue hubi~ren recibido de ellas bonos
SECCION 2~
tantes de las repetidas ~m~resas Y á to as
de resettarlos en esta oficina para su reva,
México Febrero 12 de 1866
sin ese requisito, la obligamqn en (ue ~e ha1¡~ª pre~ene sin cuya circunstancia son nulos Y
( 3ª publicacion.)
'
• · d
· "le · lidacion,
previo el pago d? lo que a ID)sma ydel Im erio
.
.
l ..A el Ortiz y D José de lá Fuente, pidien o prwi gw de nin~un val~r ante los JnzgaEdloAsdy ~1~u:1!~o~ princippal J~sé Marfa delcaza é ]turbe. :¼- 3
Solicitud_ de D. M_a.rn,ueto1·esngde un nuevo .procedimiento para blanquear ta cera veMéxico, Abnl lO de J8b6.
llllillS r
'
exclusivo co11w inven

d !

getal.

1

1- Par el bienio de mil ochocientos sesenta y cua"Segunda clase:- Un rea. ·o Mexicano.- Ministerio de Hacienda.- Valga
troy sese~ta y cmco.- ~~Er~-El Gefe Director .de la Seccion 3~. .Agustín
para los ano,s ~e 1866 ~ . · d 1866 _- Exmo. Sr.- Manucl Ang.el Ortiz y
2
1'ornel.- Mex1co, F(lb~ero
e.
·t
te V. E. con el debido respeto exé
dé
la
Fuente
vecmos
de
esta cor e, an
d' t b ·os y
J
os
h b'. d l . do des_pues de un incesante estn 10, 1:ª aJ
ponemos: que a ien o ogi a ,
. conoce ba· o el nombre de vegetal, al
experime~tos,l b:lan~l\ear la c:;:i~:,:elas abejas, gpor medio del procedimiento
grado ele 1gnn ar a a a que

I - ...OJ1TAN'.11E.

.

. s· d....,...
d · teres averiguar el paradero de¡ su' bd"tl o amencano
· d
Corte Marcial de Méxi~~-- i_en. 0 • ~ ID
motivo del asalto y robo que snfri6 ~r~ . e 1ª

i:ft

Tomás Srnith para una dili~ncia Judicial,
teniendo noticia de que este mdmduo
garita de Vallejo la noche ael 18 de _Enero t1~1\{ des de los luaares por donde pueda enes transeunte, por el pr~sente se esc)ta ~ ls~f~ ºaa:do aviso á esta Corte Marcial, situada en
contrarse, se sirvan ~otificar de arra1~bre el exhorto correspondiente á fin de que sea exael Palacio de Just1c1a, para que se
minado.
México, Abri'114 de 1866,-El Comandante ae Escuadron, Relato1·, Manu~l RlieO:go.
- a- ·2

r

�EL · DIARIO DEL IMPERIO.

404

'l'ribonal superior de .Justicia de 'l'oluca.

En los autps del cQncurso á bienes del finado Sr. Brigadier D. J oaquin Gutierrez d~ los Rios,
el Sr. Juez 3? civil de Instruccion, que de ellos con_oce, ha mandado por ?l ,Proveido ~n 13
del que cursa, que se citen á todos los acreedores á Junta general para el dia 23 del comente,
á las once; bajo el apercibimiento de que se pasará. por el acuerdo de la mayoría.
Y para que la citacion surta sus efectos respecto á los acreedores ignorados y de aquellos
cuyo domicilio tambien se ignora, publico la presente, que surtirá sus efectos legales.
México·, Abril 14 de 1866.-Urbano Morali, Escrillano público.
900-3a-25fj¡¡¡

Secretaria del Consejo de Bstado.

vender! al mejor postor, á la vista, al contado y sin rcclamacion, todo el menaje de la hermosa ca.y de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme nún'l.12,
frente al antiguo Tíboli, en los días 26, 27 y 28 de Abril de 1866, á la una de la tarde, estando á la vista el mártes 24 y miércoles 25.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz 'J'riiljeque.
Se arrienda una bonita casa con muebles ó sin ellos.
907-8s-l

Seminario núm. 9.
lg)!orándose la residencia de D. J esu.s Leon de Tejada, y necesitándose en est-a Secretaria
para hacerle una notificacion en el espediente núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el presente para que comparezca á ella dentro de quince días, que comenzarán á contarse desde la
fecha; apercibido de que si no lo verifica, se seguirl!. el negocio adelante sin oírle.
México, Abril 17 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodriguei
y Cosío.
6a-2

A v1sos PARTICULARES.
Ignacio Dia~ Tr-i:rijeq11e

COMPAÑIA DE COLONIZACION ASIATICA

Administra&amp;ion pfinGipal de rentas de Méxioo.

EST.A:BLECID.A. EN MEXICO

REMATE DE UN.A. FINCA.

POR DECRETO IMPERIAL DE 10 DE DICIEMBRE DE ºl865.

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, ha sido embargada por
esta .!dministracion principal la casa núm. 4 de la calle de Santa Clara, apreciada en su última traslacion de dominio en diez y seis mil pesos; fijándose para las almonedas los dias 20 y
30 del actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que la última es con calidad de remate, el
cual tendrá Jugar en el despacho de esta oficina, á ~as dos de la tarde: lo que se hace saber
al público, para que las personas que quisieren hacer postura, la hagan acompañando sus respectivos papeles de abono, los cuales presentarán c,on la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion principal de rentas. México, Abril 13 de 1866.-/. de la Bamra. 6a-2

SUSCRICION ,WIERTA EL 8 DE MARZO DE 1866,

M:OR'l'B DB l'HJDAD.

.,

Citacion judicial.

En lo¡¡, autos sobre no haber aceptado el Jue1, letrado de Tenancingo la competencia que
le fué iniciada por el de igual clase de Yautepec, en el negocio de arrendamiento de la hacienda de Tepopula, este Superior 'l'ribunal, á peticion de D. Luis Ahedo, apoderado de D. Antonio Ortiz y Arvizu, se ha servido disponer se notifique al Lic. D. José Marla.Aguirre de la
Barrera, por medio de los periódicos intitulados Diario del Imperio y Cronista,ia radicacion de
dichos autos en el espresado Tribunal; apercibiendo á dicho Lic. Aguirre de la Barrera \¡_ue si
dentro de quince dias, contados desde la primera publicacion de este tlt-atorio, no comparece,
&amp;e entenderán las diligencias con los estrados del repetido Tribunal.
Y por órden de &amp;U señorla. se publica el presente, para los fines indicados.
Toluca, Abril 13 de 1866.-El Secretario del Tribunal, Lic. José Mari¡¡ Martinez. 3a-2

Manuel de los Cobos, Juez interino del departamento de ventas; y Juan Estanislao Monterde, Interventor del mismo, participall"al público que el mártes (24) veinticuatro del que
cursa comenzará el remate de las alhajas empeñadas en el mes ile Setiembre del año anterior.
,
1
LIIS p~rsonas interesadas en ellas, pueden ocurrir con oportunidad á desempeñarlas ó á presenciar su venta; en concepto que ésta principiará á las doce en punto, con la concurrencia
que hubiere.
México, .Abril 17 de 186(l.-Manuel de los Cobos.-Con mi intervencion, Juan Estaiiislao
Monterde.-V? B? Lazpita.
3a-2

B.ecaudacion de Contribuciones directas de 'l'acubaya.
Tacubaya, Abril 16 de 1866.-El día 24 del presente mes se rematarán en esta oficina diez
mulas, tasadas en trescientos pesos, que se han embargado á la hacienda de la Ascension
para cubrir un adeudo que dicha finca reconoce por contribuciones vencidas. Las personas
que se interesen, pueden ocurrir el dia indicado, de Jos á cinco de la tarde, al despacho de
esta Rec11udacion, situado en la calle del Puente de Alvarado núm. 15.-El Recaudador,
J. M. de Pereda.
3s-3

l'residencia municipal de Zumpango de la J.aguna.
Zumpango, Abril 16 de 1866.-El rancho de la Divina Providencia, ubicado en la 'villa de
Zumpango de Victoria, de los Propios de su municipalidad, fué adjudicado por el Sr. Lic. D.
l). Domingo Perez y Femandez, con arregloála ley de 25 de Junio de 1856, en la cantidad de
dos mil quinientos pesos, cnyo capital reconcce y quedó impuesto á favor de la misma, con
hipoteca especial de dicho rancho por capital y réditos, adeudándose por estos últimos la de
quinientos setenta y cinco pesos.
El Ayuntamiento ha sabido que los bienes pertenecientes á la testamentaría del espresado
Sr. Perez Fernandez esMn concursados, por cuya causa se trata de enajenar el rancho; y entretanto ocurre al Sr. Juez respectivo, manifiesta por el presente: Que se opone á la mencionada enajenaoion hasta que se pague lo que se adeuda ó se aseguren sus derechos.-El AJ.
calde municipal, C. Prtrra.
3a-2

AVISOS JUDICIALES.

En la Direccio~Gwcral, calle de las Escalerillas núm. 17, ~ en el Banco tle L611dres,
México y Sud América, calle de Capuchinas.

- 5Barron Porbes 11 Ctm1p.
BANQUERos DE LA COMPA!'.'iA..
l Banco de Lóndres, Jriéxico·y ,Sr,d o!l.n1érica
So puhlioorá oportu!lllmente los nombres tle los Agwtes
·
tn los Departamentos.
.

Oapital Social $ 2.000,000
Representado por a0,000 acciones de á $ 100 cada una, pagaderas por cuartas partes, á
saber:
·
En el acto de suscribirse.... • •. . • . • . . • . . 25 por 100
A los seis meses........................ 25 11 11
A los doce meses.... • •. . . . . . . • • . . . • • • . . 25 11 ,,
A los diez y ocho meses .••.• _. . • . . . . • . . . 25 ,, ,,
Al efectuar este último entero, se entregarán la accion ó titulo definitivo, recogiendo los
certificados provisionales, conforme al art. 11 de los Esttctutos.
Se recomienda al p~blico la lectura del art. 56 de los Estatu~os, por el que vendrá en conocimient-0 de la preferencia concedida á los o!l.ccionistas en el traspaso de las contratas
á la llegada de los trabajadores. En el mismo artículo se dice: "En el caso que se preseilWI
'llarios accio11istas solicitadores, se les cederán las contratas, segun el número de 6rde11 de sus títulos, y á razon de un trabajador por cada dos acciones."
Todo lo que se pone en conocimiento del público, de órden del Consejo do Administracion:
en la inteligencia de que la suscicion se cerrará precisamente el dia 30 de Abril.
CONSEJO DE ADMINISTRACION.
PRESIDENTÉ.-El Señor Conde del Valle de Oriza-ca, Gran Cl1ambelan de S.M. la Emperatriz, propietario.
Sr. D. Andrés Pizarro, ex-Presidente del Swado, prbpietario.
Sr. D. Nicolás Poliakol1it.s, Secretario de la Intendencia de la Lista Ci'llit.
Sr. D. Miquel Cer11antes, Cliambelan del Emperador, propietario.
Sr. D. Lms Barreiro, Regidor y propietario.
Sr. D. Manial Valay. Abogado y propietario.
SECRETARIO.-Sr. D. Santiago Loll3e, comerciante tle la casa F. A. Lohse é Hijos.

Direccion General, calle de las Bscalerillas nÚJJl. 17.
861-30s-Il

Convocatoria.
De órdcn de los señores Presidente y Jueces que forman la 1'!- Sala de lo civil del Tribunal
de 1~ instancia del Departamento del Valle de México, se convoca á los que se crean con derecho á los bienes de la intestada D~ Teresa Mario, para que en el término de treinta días,
que se contarán desde la primera publicacion de este anuncio, se presenten á deducirlo; bajo
el apercibimiento de que les parará el perjuicio que haya lugar.
México, Abril 18 de 1866.-llJ:anud Romero, Escribano público de la Nacion. 905-3a-l

O&gt;n'IJocatoria.
Por fallecimiento de la Sra. D?- Cármen García Mazo, el Sr. Juez 3? civil de Instrnccion,
Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, que conoce de su intestado, ha mandado que por los periódicos se convoquen á las personas que se crean con derechos á los bienes de esa intestamentaria, para que lo verifiquen dentro del término de dos meses, contados desde la primera publi~ion de este anuncio; bajo el apercib½niento de que les p~rará el perjuicio á que haya lugar
s1 no lo veiW.can. Lo hago saber á los mteresados por medio del presente, que surtirá los efectos que quedan indicados.
México, Abril 16 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
906-3a-1

Venta judi~iaL
En los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo Wagner contra D. Joaquín Ahadiano, sobre
pesos, el Sr. Juez 2? civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha señalado para la venta de los ranchos La Tenería y Los Reyes, ubicados en jurisdiccion do Tlalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los dias 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo próximo entrantes, á las
doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber al público por medio del
presente anuncio.
.
México, Marzo 22 de 1866.-Manuel Romero, Escribano público de laNacion. 889-9a-6

X.lamamiento de herederos.
.A.VISO.

En el E&gt;spediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promQvido
por _los albaceas el Sr. D. Bias Pereda, residente en San Luis PotoRí, y D. Antonio Martinez
v~c1no de Ciudad Fer?-and,.z, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reyther, v;_
eino qu~ fuó de e,ta cmdad, he mandado por mi autoridad, en auto de 27 del actual se cite
por los periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á m Maria Ana Angola Hegue;, padres
ael cspresado _Sr. ~eyther, ó bien sus hermanos 6 parientes inmediatos del testador, vecinos
de una pequena cmdad llamada Callenahat, perteneciente al circulo gubernativo .Arnesver,.
guen de los ~stado~ de Alema~a, pertenecientes á S. M. el _rey de P~ia! para que dentro
del perentono térllllllo de yn ~no, que se contará d~sde la pnmera publicacion de este aviso,
ae presente!! por sí ó por medio de apoderado, á eate Juzgado, á deducir e derecho que tengan á _los bienes que ~e hallan en de_pósito, pertenecientes á la testamentaria del espresado D.
Fedenco Reyther; ba;o el apercibillllento de que si no Jo verifican les parará el perjuicio á
que hubiere lugar Y se ap_lic_arán dichos bienes al objeto que dete~ne la ley. Y para que lo
~11~ado te~ga su cumplimiento, pongo ?l presente aviso en la ciudad de Rioverde, á los
T~lllt\ocho ~ias del lll:es de Octubre d? mil ochocientos sesenta )'. cinco, que firmé con los de
llll asistencia, con qwenes doy fe.-Firmado.-Domingo Uthum -Asistencia Gil Mendez Asistencia, J. B/Ju Oribe.
~60a-49 ·

'

..

...

NOTA.-Los trabajadores 'llienen C011tratados por di.ez años, ganando euatro pesos mensuales y
mantencion, y se les darán dos mudas tle ropa anuales.
En virtud de arreglos hechos con anticipacion por la Direccion General, llegarán y se r~
partirán los primeros colonos, antes dt:pagarse el segundo plazo. Por lo tanto, las personas que
quisieren contratar trabajadores, pueden desde ahora inscribirse en la

SEGURO CONTRA INCENDIO.
La Conipa,iia Hatnbiir;;uesa-Bre1nesa de Se,;uro•
CONTBJ. INCENDIO,
Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables de Hamburgo y Bremen
y ofreciendo, pues, todas las gtirantfas que puedan desearse.
'
ASEGURA Mu.&amp;BLES E INMUEBLES A PilEMIOs M6mcos.-DAN INFORMES
Y ARREGLA~ P6LIZAs

Los Agentes,
LEFF:M.A.NN

821-90a-28

&amp;

GUTH.EIL,

Bajos de Porta-Cooli núm. 4.

AVISO IN'l'EB.ESA:Nll!E.
Teniendo la señora mi esposa D?- Prajedis .Aguinaga, varios negocios importantes que girar
en los Departamentos dellnterior, confirió un poder amplísimo en esta Corte, en diez deEner? del presente año, al ~r. D. Antonio_A:rias, vecino de Guadalajara,. qu~e? sin embargo del
tiempo que ha trascumdo, no hay noticia de que lo haya puesto en e;erc1c10, lo cual se infiere
de su ~alta de contestacion á diversas cartas qu~ p~ra (ndagarl_o se le han dirigid~. Como el
Sr. Arias es persona ItJUY ocupada, acaso se pe1Jud1canan sus mtercses con la aedicacion eficaz á los negocios para que principalmente se le confirió el poder; y necesitándose de esta
eficacia para que no aumenten los perjuicios que ya resiente fa i11teresada con la par¡tlizacion
de sus negocios, y no por otra causa que en manera alguna pueda lastimar la bien sentada.
reputacion del espresado Sr. D. Antonio Arias, ha resuelto revocarle en el todo el espresado
• poder, ro.o.o en efecto lo ha hecho en toda forma el dia de hoy, en que lo aviso á las personas
q~e tengan relacion con los neg~cios de ~i señora, para que entretant? se hace el nombra.
~1ento de otro apoderado, se entiendan duectamenJe con el que suscnbe, quien desde esta
fecha da por nulos todos los actos que se puedan eJercer por el Sr. Arias en ejercicio del poder que le queda revocado en el todo, y de que se le da aviso por conducto seguro.
México, Abril 2 de 1866.-Eduardo Delpecl1.
.
897-Ss-5

SEGllROS CONTRd. INCENDIOS.
COMPAÑIA DE SEGUROS DE GL.A.DB.A.CH.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .
.

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA. DE SEGUROS DE J3.ASILE.A. (J3.A.SEL).

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compaiúas calle
de San Bernardo núm. 3.
400-ISOs-161 '

1'.IEXl~O.-IMPRENTA lMPERIAL.

\.
1

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>1861-1867</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

EL

DIARIO
Los números sueltos{valen 12 centavos.
TOMO -

Para la formacion del Tribunal Superior de Justicia de Jalapa, S. M. el
Emperador se Ha servido hacer los siguientes nombramientos:

SlJ'MAIUO.
PA.RTE OFICIAL.-Magistrados del Tribunal Superior de Morelia.-ld. id. id. de Pue·
bla.-Id. id. id. de Guanajuato.-Id. id. id. de Veracruz.-Prácticos del puerto oe Veracruz.
- Despachos militares.
PA.RTE NO OFIClAL.-Salinas del Peñon Blanco.-Corte Marcial de Tlalpam.-Pasajeros llegados á Sisal en Marzo.-Noticias de Campeche.

PARTE OFIUIAL.
~

MINISTERIO DE JUSTICIA.

!?residente: Lic..D. Agapito Muñoz.
Magistrados: Lic. D. Antonio María Rivera.
,, ,, Manuel María Alva.
,, ,, Manuel Grajales.
,, ,, J oaquin Zetina.
Supernumerario: Lic. D. Fernando de Jesus Corona.
Procurador Imperial: Lic. D. Manuel A. Romo.

Y lo comunico á V. S. para su conocimiento y con el fin de que proceda
desde luego á la instalacion del Tribunal de que se trata.
'

México, Abril 13 de 1866.

S. M. el Emperador Ha tenido á bien acordar los siguient.es nombramientos
para la formacion del Tribunal Superior de Justicia de Morelia.

•

NuM. 390

MEXIUO.-Jueves 19 de Abril de IS66.

III.

Presidente: Lic. D. José Dolores Mendez.
Magistrados: ,,. ,, Rafael Carrillo.
·
,, ,, Ramou Cano.
,, ,, Alejandro Ortega.
,, ,, Francisco Castro.
Supernumerario: Lic. D. J acobo Ratnirez.
Procurador Imperial: Lic. D., I!'rancisco Vaca.•
Comunícolo á V. S. para su conocimiento, y á fin de q.u~ proceda desde luego á la instalacion del Tribunal de que se trat».
El Ministro de Justicia,
ESCUDERO.

Sr. Prefecto político del Departamento de Michoacan.-Morelia.

Para la formacion del Tribunal Superior de Justicia de esa ciud:,&lt;l, S. M. el
•Emperador se Ha servido hacer los siguientes nombramientos:
Presidente: Lic. D..José Rafael Isunza.
Magistrados: Lic. D. Ildefonso Amable.
,, ,, Trinidad Fernandez de Lara.
,, ,, Mariano Ponton.
,, ,, Francisco de P. Marin.
Supernun,erario: Líe. D. José María Carrasco.
Procurador Imperial: Lic. D. Félix. Béistegui.

Y lo comunico á V. S. para su conocimiento y con el fin de que proceda
desde luego á la instalacion del Tribunal de que se trata.

El Ministro de Justicia,
ESCUDERO,

Señor Prefecto políil~t..de Veracruz,

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA.
DEPARTAMENTO DE MARINA,

México, Abril 12 de 1866.

El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar la ·propuesta hecha por el Oapitan del puerto de Veracruz, con arreglo al reglamento general de Prácticos de
5 de Setiembre del año .1LCrior, para Prácticos de dotacion de aquel puerto,
en los individuos siguientes:
Práctico Mayor José María Flores.
Práctico de 2~ clase Antonio Garrido.
,,
,,
Agapito Perez.
,,
,,
Pilar U scanga.
,,
,,
Domingo Gonzalez:
,. Bartola Vila.
",,
Miguel 'l'iburcio.

"

El Subsecretario de Marina,

L. Détroyat.

MINISTERIO DE GUERRA.
1'!- DffiECCIOJ!! .-5~ nmsrnN.
ltELA.CION DE LOS DESPACHOS DA.DOS EN EL PRESENTE MES A. LOS INDIVIDUOS
C¿UE SE EXPRESAN,

De confirmacion en el empleo de Tenien~ Coronel de infanterí~ permanente
á D. Pedro A. Garay.
El Ministro de Justicia,
De Subteniente del 7? batallan de línea á D. Nicolás Andrés Teherepachini.
ESCUDERO.
De igual empleo para el mismo cuerpo á D. Donacia110 Brindis.
Del mismo empleo para el propio cuerpo á D. Norberto Doarmaux.
Sr. Prefecto político de Puebla,
De ídem idem á D. Julio Fegút.
De licencia absoluta por haberla solicitado al Capitan del batallon del Sur
D. Francisco Pereida.
•
De idem por enfermo al Capitan D. Fernando Rafoll, el cual no devolvi6 sus
Para la formacion &lt;lcl Tribunal superior de Justicia de esa capital, S. M. el
despachos, diciendo que se le extraviaron.
Emperador se Ha servido nombrar á las personas siguiente~:
De retiro para Yucatan con 45 pesos mensuales, por haberlo solicitado, al
Presidente: Lic. D. Nicanor Herrera
Capitan D. José Santos Ce11teno.
Magistrados: ,, ,, José de la Luz Rosas,
México, Abril 16 de 1866.
,, ,, José María Lozano.
El General Subsecretario de Guerra,
,, ,, Manuel Aguilar y Sanchez.
José María V. de la Cadena.
,, ,, Pedro Ajuria.
·
Supernumerario: Lic. D. José María Arizmendi.
Procurador Imperial:Lic. D. Francisco García .

•
Y lo comunieo á y. S. pará su conocimiento y con el fin de que proceda
desde luego á la iustalacion del Tribunal de que se trata.
El Ministro de Justicia,
ESCUDERO.

Sr. Prefecto polílico de Guanajuato.

PARTE NO OFIUIAL.
Salinas del Peñon Blanco.
Ministerio de Fomento.-Prefectura del Potosí.-Núm. 25.-San Luis, .A.l¡ril
9 de 1866.-Exmo. Sr.-En cumplimiento de la órden expedida por ese Ministerio en 19 de Diciembre último, tengo el honor de manifestar á V. E. que du-

�398

,I

EL DIARIO DEL IMPERIO.

rante el mes de Marzo anterior se han extraido de las salínas del Peñon Blanco,
4,473 cargas.de sal de las clases siguientes:
Sal de 1ª para comer,
Id. de 2~ idem idem,
Id. de 3ª ídem ídem,
Idem para beneficio

á$
á
á
á

5 21........ .. . . . . . . . . .

4 55 . . ......... .'. . . . . . .
3 90 . . . . . • . . . . . . . . . . . . .
2 58 . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Total de cm-gas . ... : .... .'.... . .

1,165
58
22
3,228
4,473

Lo que digo á V. E. para su debido conocimiento, reiterándole á la vez las
.ieguridades de mi atenta consideracion.-El Prefecto político, Darlo Reyes.Exmo. Sr. Ministro de Fomento.- México.
•

Corte Marcial de TlaJpan.
Prefectura política del Departamento del Valle de México.- Seccion de Jus:tieia.- Núm. 3,689.- México, .A.bril 17 de 1866.-El presidente de la Corte
.Marcial del Distí-ito de Tlalpan, con fecha de antes de ayer, dice al sei)or Prefecto político lo siguiente:
"Tengo el honor de poner en el superior conocimiento de V. S., para que se
'8irva mandarle dar publicidad por los periódicos que circulan en esa Corte, la
.sentencia pronunciada el dia de ayer por este -Tribunal en contra de los llama.dos .A.lbino Reyes y José Oasiano, acusados ambos del delito de ocultacíon de
suniciones en los montes del pueblo de Ajusco, recayendo sobre el primero la
pena de cinco años de presidio, que extinguirá en un lugar de la Península de
Yucatan, y al segundo la de un año de reclusion en la cárcel nacional de esa ·
Corte; cuyas sentencias tuvieron lugar en su vista del dia de su fecha."
Y por disposicion del señor Prefecto político se publica en el Diario del Im_perio.- El Secretario general de la Prefectura, Oárlos Zavala.

medio de este procedimiento irregular y molesto, es verdad, no se carece de dicho fluido.
"En copia. tengo el honor de adjuntar á V. E. lo~ cortes de caja de 1ª y 21.
operacion formados por la .A.dministraciou principal de rentas del Departamento,
en lo relativo á los meses de Enero y Febrero últimos. Ellos le impondrán que
mensualmente se acostumbra formar el estado comparativo de unos y otros. No
está demas manifestar que la referida oficina remite cada mes por triplicado al
Ministerio de Hacienda dichos cortes de caja que acreditan el movimiento de
caudales habido en el mes, y la existencia que al fin resulta.
"En el Departamento solo se publica el periódico oficial, y de él se forma coleccion lo mismo qué del Diario del Imperio que se recibe.
"Segun datos que existen en esta Prefectura, hay en el Departamento terrenos
baldíos, y los hay de diferente calidad; pero no es posible determinar cuál sea su
extension, porque ni están mensurados, ni cuenta este Gobierno con los recursos
necesarios para el efecto, como ya tuvo el honor de manifestarlo á V. E.
"En punto á antigüedades no se tienen noticias de que existan a,lgu11a,; &lt;l&lt;!R·
cubiertas ni por descubrir; pero si mas tarde las tuviere esta Pi:efectura, las suministrará oportunamente.
''Por ahora no juzgo necesario proponer á V. E. lista de personas dignas de ser
cond'3coradas, porque S.M. la Emperatriz, en su visita á este Departamento, condecoró á todos los que por _sus méritos se habian hecho acreedores á ello.
"Respecto del gremio·de agricultores, actualmente se están reuniendo los datos necesarios para remitir á S. E. el Sr. Comisario Imperial, que ha resuelto
distribuir el 6 de Julio próximo Ios premios asignados por su ley de 24 de Se-tiembl'e, al que hubiese cosechado la ruajor clase de algodon. al que tuviese cultivada mayor c,intidad de ese filamcuto, etc., etc., segtm órden oomnuicada para
el efecto á esta Prefectura.
«y por lo que hace á los ganaderos, uo couo;idcro qne ninguno sea digno de
recompensa, pues todos en lo general tienen abandonadas sus cría$ y no cuidan
del mejoramiento de las razas. Sin embargo, si mas adelante los hechos -me hicieren cambiar la apreciacion que por hoy tengo de esas personas, con el discernimiento é imprm.::~:: 1 ,d que me recomiendan, cuidaré de elevar las respectivas
propuestas.- Dio;; gu,1rdc á V. E. muchos aüos.- El Prefecto político del Dep11.rtamento, Jianue~ Ra,nos.-Sr. Subsecretario del :Ministerio de Goberuacion."

México, .Abril 18 de Í866.- El Subsecretario de Marina, L. Détrqyat.

Noticias de Campeche.
Ministerio de Gobernacion.-Imperio Mexicano.-''Prefectur11superior del Departamento de Campeche. -Núm. 307.- Campeche, Marzo 16 de 1866.- Exmo.
Sr.- Cumplien,do con la circular que bajo el núm. 7 expidió ese Ministerio con
fecha 19 de Enero último, tengo el honor de emitir los informes sobre los diversos puntos á que se coi;itrae. .
"En todo el Departamento solo hay una cárcel ubicada en esta capital, y á ella
se consignan los diferentes procesados de los Distritos que lo integran. El edi:6.cio es público y en él se observan reunidas la amplitud con la limpieza y comodidad de los aposentos que sirven de calabozos. El estado de su administraeion es bastante satisfactorio, pues el establecimiento se halla administrado por
el I . .Ayuntamiento de esta capital, y !le sostiene con los fondos del Municipio.
Es visitado .con frecuencia, por la comision de cárcel, compuesta de concejales
nombrados por la referida I. Corporacion, y semanalmente por las autoridades
del órden judicial, cuyas visitas producen el benéfico resultado que los desgraciados presos estén bien atendidos en sus alimentos y no se les aumenten las prisiones con mas rigor que lo que la ley previene. No hago mérito de las casas
públicas que existen en la mayor parte de las Municipalidades, porque no puede
dárseles el nombre de cárceles, en razon de que solo sirven para la detencion de
los castigados correccionalmente, pues no prestan la debida seguridad, c1,1ya causa ocasiona la necesidad de remitirlos á esta ciudad, donde extinguen sus respeciivas condenas todos los reos.
"En la comprension del Departamento no existe ninguna gavilla armada; de
modo que todas las poblaciones disfrutan de paz y tranquilidad bajo el actual
ór_den de cosa~, y los viajeros gozan de completa seguridad en los caminos públicos, cualqwera que sea la naturaleza de estos y la hora en que los-transiten.
"Durante los meses de Enero y Febrero últimos no ha habido ningun G/lBO de
robo, pero existen dos causas pendientes sobre hurto; y aunque la segunda se
inició desde Julio del-~º próximo pasado, se hallaba suspensa por estar prófugo el presunto reo: ultnnamente se ha logrado su aprehension y hoy continúa
el procedimiento.
"Por el estado que acompaño á V. E . sobre capitales de instruccion primaria,
1rerá que las escuelas públicas se sostienen con fondos de fundacion especial,
~ndos municipales, y con los asignados del Tesoro público; pudiendo V. E. venn: eL conocimiento, por dicho estado, de fa proporcion en que se distribuyen
esos fondos.
"No puede decirse que la propagacion de la, vacuna en el Departamento se ha
!la bastante regularizada; pero sí me atrevo á asegurar á V. E. que no se ha cai:e~ido de ella en las poblaciones de los respectivos Distritos, pues por órdcn de
+;;Sta; Prefe~tura ha _sido administrado en los pueblos el pus vacuno. Solo en esta
capital ~x1~te un du"ector encargado de su propagacion, mas no lo hay en los
41ltros D1str1tos, por cuya causa en unas partes es necesario traer los niños para
Yacunarlos, y en otras se les envia el pus vacuno; resultando de allí, que por

Fondos
especiales.

Lancasteriana. . . . . ...... . $2,654 12
De San Francisco.... . .... .
,, Guadalupe . . . . . . . .... .
"
,, SanRoman ...... . .... .
,," "
"I
,, Santa Lucía. .. . ....... .
" "
,, Lerma . . . . ........... .
,, Nuestra Sra. del Refugio.
,, ,,
,, Pueblo de Chiná....... .
"
,, Ohamppton........ . .. .
1

.J

"
"

:: Seyb¡ Play;.: : : : : : : : : :
,,"
Hecelchakan . ........ . 2;500
,, Oitbalché .......... ·... .
,. ""
,, 'l'enabo .............. .
"
., Boloncben........ . ... _r
" "
,, Hopelchen....... .. .... ·
,, ItUl'bide ...... . ....... .
,,
,, Sahcabclien....... . .... .
,¡
"
,, Oalkiní .............. . 8,000

"

$13,154 12

Fondos
del municipio.
42
55
43
20
25
14
25

"

91 32

"

" "
" "

"

"
"
"
,,
10 "
"
20 ,,
10

"
" "
,,
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"5 "
"
" "
" "
" "
" "

$262

Erario.

"

" "

" "

" "
"
llO "
40 "

"

" "
15
40 "
15 "
25
16 "
16 "
12
14
"
" "
$ 304 32

32

,,

,,"
"

"

"
"

" "

$ 563 32

Es copia de la n~ticia que existe en esta Prefectura. Campeche, Marzo 16 de
1866.- E l Secretarro de la Prefectura, Antonio Lanz Pimentel."
''Imperio Mexicano.-Alcaldía municipal.- Campeche, Febrero 22 de 1866.
- En contestacion á su nota de 20 del coniente, referente á que le ~é un informe del estado que guarda la vacuna en .este municipio, debo manifestarle que
está bien propagada y se continúa propagándola, cuidando especialmente de su
c5-mservacion.- El Alcalªe municipal, José Jesus Lavalk.- El Secretario, F .
Qttintana.- Sr. Prefecto superior del Departamento."
PREFECTURA SUPERIOR POLÍTICA DEL DEPARTA.MENTO DE CAMPECHE.
Estad-O corte de caja que manifiesta el movimiento de caudales de la Administracion
principal de rentas de Oampeche, en todo el mes de Enero de 1866.
INGRESOS.
.A. saldo existencia que resultó en fin de Diciembre de 1865......•
,, rendimientos de la .A.duana marítima de este puerto ... .. ..... .
,, idem de la .A.dministracion de Correos .... . ................ .
,, ídem de la renta de papel sellado............ . ......•........
,, idem del Instituto de San Miguel de Estrada ..........•.....
,, productos del derecho de contribucion general....... . ....... .
,, ídem del derecho de patentes para· la libre venta de licores .... .
,. ídem de idem de alcabala ele reses y cerdos para el abasto..... .
Al frente - .............. .

•

737 82

2,028
168
320
78
201
750
738

19
77
00

7i
55

17
94

5,024 20

5 55

22 15
172 60
3.578 23

Por presupuesto de la Comandancia superior militar. . .......... ídem de la MayoTÍa de Plaza . .................. . . . .... ..
'.'. idem de los señores gefes y oficiales en depósito .. . .. .. .... ..
idem de los oficiales sueltos en ~ervicio activo ............ . .
" idem de la capitanía del puerto . . , ....... , .. .. .. . ..... . . .
'.'. idem del vigía del puextÓ, escribiente y porteros de dicha capitanía . .... . - . - • • • • • •• - • • - · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · ·
los sueldos de los retirados é inválidos . ..... . . . .. . •. .. ....
",, ídem de las pensionistas militares . . .... .. . . . . .. . ...•.... .
,, presupuesto de las Compañías de ~ecelchakan, 'Hopelchen y C.
,, presupuesto de la Prefectura poht1ca ........ . . .... .. . .... .
sueldos de Subprefectos de los Distritos . . .......... . ..... .
",, idem del Juzgado de lo criminal. .. .. . . . . .... . ....... . .. .
,. idem del Juzgado de lo civil.. ........... . ......... . ... - ..
,, sueldo y gasto del escribiente de los Juzgados de paz....... .
presupuesto de la .A.dministracion de Rentas . .. .. . . . . . . . . . . .
'.'. sueldo de los agrimensores de la oficina d_e inspeccion de tierras.
, ,, presupuesto del resguardo terreatre ... . ... .. .. . .•.•.......
,. idem y gastos de co1Teos ........... .. .......... -.. .... . .
,, sueldos de los agentes de policía de He~elc~akan . ... •.. .. .· .
idem de los preceptores de enseñanza prnnana .. . ..... . .... .
:: cuenta jle lo que se debe de la asignacion del hospital. .... . . .
,, presupuesto de sueldos del instituto de San Mig1!~l._. .. .. -... .
,, gastos de imprenta y sueldo del redactor del periodico oficial .
,, idem de obras públicas .... .. . . ..... . ................... .
,, idem de obras de caminos ..... . .. . ..... . ... . ..... . .... . . .
,, gastos de la oficina de papel sellado ... ~ ........ . ..... . . . .
,, idem del Faro ... . ......... . ..... . ..... . ...... ... . .... .
,, crédito contra la Hacienda pública . . .................... .
,, gastos generales militares ..... . .................. ... ... .
,, idem extraordinarios de guerra ...... . .............. . .. . . .
,, idem idem idem de maestr1nza... .. . . . ... . .............. .
,, el 2½ por 100 remitido al banco de avío . . ...... . ... . . . . .. . .
,, el derecho de hariña remitido al Tesorero municipal. . . . .. .. .
,, pagos hechos por cuenta de la .A.dministracion de rentas de Mé-

J,, las escuP!s.

"
"
"
"

ºº

94
72

'EGRESOS.

Ga8t. mensles.
133
55
43
20
25
14
25
20
50
20
25
40
15
25
21
16
12
14

20
12
13
16
92
92

$ 10,460 73

"Alcaldía municipal.- Campeche, Febrero 21 de 1866.- Existeen este municipio una sola. cárcel, situada en uno de los ángulos al Sur del centro de esta
Ministerio de Negocios Extranjeros y Marina.-Departamento de Marina.- · ciudad. Se halla en un estado inmejorable, fa.nto, que obtuvo por su aseo y limNoticia de los pasajeros llegados al puerto de Sisal en el mes de Marzo, c&amp;n ex- pieza la aprobacion de S. M. la Emperatriz cuando se dignó visitarla: respecto
de su policía interior, en la actualidad es excelénte.
presion de su sexo y nacionalidad.
"Lo qué digo á V. S. en contestacion á su nota oficial fecha de ayer.- El AlHombres.
calde
municipal, José Jesus Lavalle.-El Secretario, F. Quintana.- Sr. Prefecto
Mexicanos. . . . . . . . . . . • . • • • • • • • • . . 5
superior político clel Departamento."
Españoles. . . . . . . . . . . • • . • • • • • • • • • 8
.Americanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
~
Inglés.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
"Imperio Mexicano.- Prefectura superior del Departamento de Campeche.Informe de los fondos de instruccion p1-imaria, con que se sostienen lae escuela¡¡
Ale,!llan . ..... . • . •. . ... . ·. . .. .. .. . 1
establecidas en el Departamento de Oan1peche.
Italianos....... . ... . ... '. . . . . . . . . 3
EsCUELAS.

5,024
453
204
174
13
13
510
28
259

Del frente ........ . . . .. .
rendimientos del derecho de patentes de giro . . ...... - ... . ... •
" idem del derecho de 16 por 100 de impol'tacion.. .. ..... .. ... .
•" ideni del idem de 1 por 100 sobre patentes de giro ... . ·....... .
-:: idem del idem del ½por 100 sobre ídem de idem. •. -..... . . . . .
idém del idem del ½por 100 de consumo . . . . ... • . • .... . . . .. .
" idem del idem de harina para el fondo municipal. ..... . . . .... .
" alcabala impuesta al tabaco . .. . ............ . .. . ... . ...... .
'' derecho de peaies .. . .......... . -• • • • • · · · · · · · · · · · · · · · · · · ·
" idem de 5 por ~100 so.bre 1·1t1g10s
· · .......... . . .. • . . . ....... . .
" ídem de 20 por 100 de contrareg1stro
.
................ . . . . . . .
"
1
alcabala de contratos pu' Lmicos
. ....... . ...... - . - .. . ....... .
" remesas del Exmo. Sr. Comisario Imperial, para las atenciones
" de esta .A.dministrac10:n
. ......... . ..... . .... -.. ....... . . .

.Pas3¡jeros llegados á Sisal.

Total.. .......... 20

399

EL DIARIO DEL IMPERIO.

rida . . .. .. . . . ...... ........ . . .. .. .. ...... . ........ .

•

549 50
223 80
163 OQ
113 12
225 00
76
185
48
2,456

00
33
64
53

"66

00

,,

,, ,,
"
"
",,

,,
"

"
"
"
383 29
42
199
2,028
368
136
64
740
10
31
50
49
328
110
138
510

06
24

19
67
66
25
00
00
37
00
86
50
12
85
00

423 07
739 74

saldQ existencia que pongo para igualar .................. .

$ 10,460 73

- --De la existencia,de ~39 ps. 74 cs. que resulta,
corresponden a caJa . . .. .. . ........... . .
5 32
A depósitos ........·.... . ........ . ... _.. . . 734 42
Igual ...•. . . .. . . . . .

---739 74

Estad-O corte de caja que manifiesta el movimwnto de los caudaks de la Administracion principal de rentas de Campeche, en tod-0 el mes de Febrero de 1866, á
saber:
'
',INGRESOS.
A saldo existencia que resultó en fin de Enero último .. ... ... . . .
,, rendimientos de la .A.duana marítima de este puerto. . . . . . . . . .
,, idem de la .A.dministracion principal de Correos.. . ........ . .. .
,, idem del papel sellado .. . . .. . . .. . .. . ... . . . ... . . .... .. . .. •
ídem del Instituto de San Miguel de E strada ........... ... .. .
:: idem del imp~esto de contribucion general .. ....: . . . . . ...•.. .
,, iclem del derecho de patentes sobre la venta do hcor~s.._. ..... .
,, ídem de idem de alcabala de carnes para el abasto publico ..·.. .
,, rendimientos del derecho de patentes de giro .. - . • . • - - • . .. - - - .
idem del derecho de 16 por 100 de importacion.......... - ... :: idem del derecho de 1 por 100 de idem sobre patentes_ de giro.. .
1
,, ídem idem del 2 ...por 100 sobre idem idem .. . .. .. .......... . •
idem idem del ¼por 100 de consumo ..... . . .. .. - - - • • • -- - • • ·
:: alcabala impuesta al tabaco ... . ...... . ........ . . . - . . . - - --:·
,, derecho impuesto al mismo efecto por decreto d~ 25 de .A.bnl
de 59 .... . .. . ...... . . . . .. . . ... . . . .. . ... . - · - · · - · · · · · ·
,, idem del 20 por 100 de contraregistro ...... . . - ... . .... - . - - •
,, alcabala de contratos públicos . .. . ......... . - . - • • • - • ••• - • • ·
,, derecho de peajes . . . .... . . ......... . ... • -- • • • • • • • •. • - • · · ·
,, remesas del iExmo. Sr. Comisario Imperial para las atenciones de
esta oficina . •. . .•... . . .. ... . . . . . . . .. . .. • • • • • - • -• •-• • • ·

739
1,376
192
220
99
1,670
644
628
59
374
150
18
18
79

74
73
00
00
15
81
54
44
55

37
28
46
46
75

1 00
11 08
91 50
183 16
8,957 80

· $ 15,516 82
EGRESOS.

Por presupuesto de la Prefectura superior política, de Enero y Fe. brero ....... - . ............. . ....... . • - ... • ••• -- • - •
,, ídem del Juzgaclo de lo criminal idem idem .. . . . ... . ...... .
,, idem del Juzgado ele lo civil idem idem . •. . ....... . . -... : . sueldos y gastos del escribiente de los J uzg~os de paz id id.
,, presupuesto de la Administracion principal de Re~tas, de Enero.
,, idem de los celadores del resguardo terrestre, de 1dem . .. . ... .
,, sueldos de loa agrimensores de la oficina de la inspeccion de
tierras, correspondientes á Enero y Febrero... ........... ,, presupuesto de la Comandancia militar . . ... . .... .. ... ~ - .. •
,, idem de la Mayoúa de Plaza.. . ....... . .. .. ............ •
,, idem de los señores gefes y oficiales en depósito . . . ....... . .
,, idem de los señores oficiales sueltos en servicio . .......... . .
,, idem de la ctpitanía del puerto . . .. . .... .. .. . .......... - ,, sueldos del vigía, escribiente y porte~os de dicha capitanía... .
,, idem de los retirados é inválidos .. . ............ .. . , ..... •
"· idem de las pensionistas militares .... . . . ........ . .... . . . ,, presupuesto de las compañías rurales de Hecelchakan, Hopelchen y Champoton .... .. ........ .. ...... . . . . . .. . ... ,. sueldos de los Subprefectos del Departamento .......... .. . .
., idem de la Administracion principal de Correos .. ....... .. . .
,, idem de los agentes de policía de Enero y Febrero .... . ... . .
,, idem de los preceptores de enseñanza primaria . .. ... . . ... . .
,, presupuesto de sueldos del instituto de San Miguel de Estrada.
,, sueldos del redactor del Periódico Oficial é impresion de dicho
periódico ... . ...... . . .. ............... . ... . .... . .. . .
,, idem de los empleados en la oficina de beneficencia, correspondientes á Enero y Febrero ... . .... .... .. ..... .. . .. . .... .
,, gastos de caminos y sueldo del iugeniero Director ..... .. .. . .
,, idem de obras públicas ............._. . . . . . . . .. . . . .. . ... .
,, idem de papel sellado .... . ............... . .... : ....... .
,, ídem del Faro ..... . . . . . ...... ... . . .•. . . . . .. ......... ..
,, cnenta de lo que se le debe al hospital de San Juan de Dios ..
,, ' el clos y medio por 100 sep.alado al banco de avío ....... . .. .
,, pagos hechos por cuenta de la .A.dministracion de Rentas de Mérida ... . . . ........ . ..... • • . • - -• • • • • - -· · · · · · · · · · · · · ·
,, gastos extraordinarios de guerra ........... .. ...... . . . .. .
,, idem idém de Hacienda ... .... .. . ....... . ... . .. ... . ... . .
,, idem generales militares ....... .......... . . . .. . . . . . .... .
presupuesto de sueldos de los matriculados en servicio ..... . .
,, saldo, existencia que pongo para igualar. . . . ............. .

1,139
440
666
56
592
210

85

350
549
223
148
.205
225
76
60
48

00
50
80
00
15
00
00
33
66

00
66
00
83
00

2,169 99.
186 00
368 72
1,515 00
309 25
367 10
136 66
93
650
90
10
32
1,721
143

32
00
43
00
50
51
00

400 54
No-rAs,_:.A.demas de los ramos que aparecen en blanco ain pagar, no están sa239 56
tisfechos en su totalidad el de policías, el de caminos, el de obras públicas y el
569 14
de gastos generales militares.
160 10
621 45
Los 50 pesos que aparecen en el ramo de créditos contra la hacienda pública,
740 77
son los mismos que se le entregaron á Dª Josefa Perera, completo de los 100
pesos que por órden de S. M. I. se le abonaron de un crédito que tenia contra el
$ 15,516 82
e,¡;ario.
Los 49 pesos 86 centavos de gastos genera.les militares, son 17 pesos del alDe la existencia de 740 ps. 77 cs. que resulta,
. quiler de la casa que sirve de cuart~l _á la gua~·nicion de esta pla~a, y 32 pesos
corresponden á caja .. . .. . ... . ... .. .... . $ 6 35
86 centavos, valor de las luces summ1stradas a los puestos de guardia.
·
Idem á depósito. . . . . .. . . . . . .. . . . . . . . . . . . 734 42
Los 328 pesos 50 centavos de gastos extraordinarios de guerra, provienen de
16 pesos pagados á D~ Concepcion Saldívar, en ~uenta de un ~rédito contra, el
Igual..... . ........ 740 77
erario por alcances de sueldos, •que resultó en el ªJuste formado a su finado esposo Juan Salazar, como cabo de artillería, y que por órden del Exmo. Sr. ComiNOTAs.-LoB 160 ps. 10 cs. que acredita el ramo d~ gastos generales m~~tasario Imperial se le está amortizando por mer¡sualidades: 304 pesos 50 centavos
res, se han invertido en esta forma: 29 ps. alquileres del cuartel de la guarmcion
entregados al guarda- parque D. Manuel Lavalle par~ gastos de maestranza: 2 pesos á D. Gabriel .A.ubry para utensilios de los puestos de guardia, y 6 pesos á de esta plaza y del de la villa de Champoton: 32 ps. 30 cs. valor de las luces suD. Manuel A. Manzanilla, por las hechuras de las banderas construidas para fi. ministradas á los puestos de guardia, y 98 ps. 80 cs. viáticos suministrados á
los Sres. gefes D. José Julian Qnijano, D . Gerónimo ~ópez de Llergo, y oficiajar en los puestos de reclutas.
les D. Clemente .A.lvarado y D. Miguel Cabañas, que marcharon á Mérida en
Los 110 pesos 12 centavos' que arroja el ramo de gastos extraordinarios de comision del servicio.
,
Hacienda, son 18 pesos 12 centavos abonados á D. Julian Ortiz, en cuenta de
Los 239 ps. 56 cs. que arroja el ramo de gastos extraordinarios de guerra, se
un crédito de alcances de sueldo como Capitan retirado, que se le mandó satisfa- pagaron en esta forma: 16 ps. á D~ Concepcion Saldívax por órden superior y
cer por mensualidades, de órden del Exmo. Sr. Comisario Imperial, y 92 pesos, en cuenta de alcances de sueldos de su finado esposo Juan Salazar, como sarcosto de madera y flete de su conduccion, para el buque que se está construyen- gento que fué de la brigada de artifüirfa: 200 ps. á la banda de músicos, cordo de órden superior.
.
respondientes á Enero y Febrero, de los 100 ps. ménsuales con que se contribuLos 64 pesos 25 centavos de obras públicas, son los mismos que se han paga- ye para el pago de ellos por órden superior: 17 ps. 56 cs. de .~ast~s de maestranza, octll'ridos en todo el tnes c1e Febrel'O, y 6 ps. para utensilios de· los puestos
do en este mes en la composioi&amp;n del muelle de esta ciudad.
de
guardia.
Es copia del estado que existe en esta Secretaría. Campeche, Marzo 17 de
Los 569 ps. 14 cs. eorrespondierites á gastos exttaordinarios de hacieo.da, son:
1866.- El Secretario de la Prefectura, Antonio Lanz Pimentel.
18 ps. 12 cs. abona.dos ~ D. Julian Ortiz por cuenta de t:11 documen~o y alcances de sueldos como cap1tan retirado, mandados abonar de orden superior: 165 ps,
62 cs. por la impresion de decretos, de órden de la Prefectura superior política:

·O

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

400

24 ps. por gastos ocasionados en las diligencias practicadas por el juzgado de lo
criminal en la averiguacion del crímen cometido contra la persona de D. Juan
lfaldonado en la villa de Hecelchakan, de 6rden de la. misma Prefectura: 4 ps.
flete de un cayuco que condujo unos pliegos de Champoton para la Prefectura
política: 100 ps. dados por recompensa, de úrden superior, á los cuatro matriculados que contribuyeron á salvará los náufragos D. Eduardo M. Gregor y demas, en la bahía de este puerto: 12 ps. valor de un sello para la oficina de la
inspeccion de tierras: 3 ps. alquiler de un caballo para una comision de la Prefectura política: 7 ps. á los jornalero!:! que trabajaron en el depósito de los enseres para la obra del buque que va á construirse de órden superior y costo de
la parte de madera que se va comprando pro-a este objeto: 92 ps. 56 cs. valor del
velámen del pailebot de guerra "Mérida," y 18 ps. 84 cs. importe de la madera
para la composicion del pailebot de guerra "Navarrete."-Campeche, Marzo 2
de 1866.
Es copia. Campeche, Marzo 17 de 1866.-El Secretario de la Prefectura,

.Antonio Lanz Pimentel.
Son copias. México, Marzo 31 de 1866.-El Subsecretario de Gobemacion,

Jiu,;ado c,1.arto ,u Instruccion eu el ramo cii,il.
El Sr. Juez de este Juzgado, encargado de los negocios de Hacienda, ~ic. D. J osé Maria
Mirafuentes, ha prevenido, á solicitud del Sr. D. Jo_sé Daos, como_s!ndico del concunm de
D. Gabor Naphegy, que en virtud de no haberse podido celebrar la.Junta emplazada_para el
once del actual, por i)llta de concurrencia ?e nú_mero sufici_ente d~ acreedores d~l refendo C?~curso, se verifique el acto 4 las once del d1a pnmero del mmediato Mayo¡ baJo el apercibimiento de que estarán obligados los que 11;0 c?ncurran á pasar por Jo_ q~e acordare11; los que
asistieren. Y habiéndose dispuesto que la c1tl\c1on se.haga por los pen6d1cos, lo venfi~o por
el presente, advirtiendo que la junta se celebrará en el mencionado Juzgado, que está situado
en el Palacio de JW1ticia.
México, Abril 18 de l86f&gt;.-Ag11stin Perez de Lara, Escribano de Hacienda. 904-3a-l

Citacion judicial.
En los autos del concurso á bienes del finado Sr. General D. Joaquín Gutierrez d? los Rios,
el Sr. Juez 3? civil de Instruccion, que de ellos conoce, ha mandado por el proveido en 13
del que cursa, que se citen á todos los acreedores á junta general para el día 23 del corriente,
á las once¡ bajo el apercibimiento de que se pasará por el acuerdo d~ la mayorla.
Y para que la citacion surta sus efectos respecto á los acreed?res ignorados y de aquellos
cuyo domicilio tarnbien se ignora, publico la presente, que surhrá sus efectos legales.
México, Abril 14 de 1866.-Urba,w Jforali, Escribano público.
900-3a-2

Francisco J. Villalobos.

Citacíon j'udicial.

JJe pedimento de D. José Degoulet, albac~a testamentario de D. Lui~ :A,ntonio Didi~r, en

AVISOS OFICIALES.
BOLETIJt• DE Ld.S LEl'°ES.
:M:éxico, 18 de Abril de 1866.-Se ha publicado la entrega núm. 9 del Boleii.n de las Leyes, y se halla para su venta, al precio de catorce centavos, en esta
Administracion y en los expendios de papel sellado en que se han vendido las
antel'iores.-El Administrador principal, J0sé Maria de I cazti é !turbe. 6a-1

los autos de esta misma testamentaria, radicada ante el Juzgado 3? civil de Instru.cc1on, el
Sr. Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, por auto de tres del mes que cursa ha mandado que se
citen á los acreedores del finado, para que en el término de treinta dias, contados desde la primera publicacion de este anuncio, presenten ~os justificantes de sus créditos, y á los qu~ con
cualquiera ~tulo se ere.a~ c?n derecho á los bienes del testador lo _d~d~1zcan dentr? de igual
término¡ baJo el aperc1buruento, á ~odos, de que les parará ~l pe1J111C10 á que h_ub1ere lugar.
Y cumpliendo con lo mandado, publico el presente, que surtirá los efectos mencionados en el
auto referente que se cita.
.
. .
.
México, Marzo 14 de l8G6.-Urba110 Morali, Escnbano público.
575-12a-12

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
B.JJ1\IIA':rJJS.
Se participa al público que con ~eglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero
de 1865, se va á proceder al del terreno situado en suburbios de la ciudad de Oajaca, valuado
en noventa y siete pesos cincuenta centavos¡ y se publica para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el dia 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, en
euya hora se verificará esta almoneda.
México, Abril 17 de 1866.
6a-1
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, manzana 27, cuartel 3?, calle de la Tamalera, en Oajaca, valuada en ($ 465)
cuatrocientos sesenta y cinco pesos. Lo que se participa al público, para que las personas que
deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 3 del entrante Mayo, á las nueve de lamaitana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 6 de 1866.
6a-4
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va-á proceder
al de la casa, cuartel 3?, manzana 13, calle dtil Retiro, en O~jaca, valuada en($ 493 75 cs.)
cuatrocientos noventa y tres pesos setenta y cinco centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 5 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 7 de 1866.
6a-4
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 186.5, se va á proceder
al d€ la casa, calle de CuP,ido, en Oajaca, manzana 40, cuartel 2?. valuada en($ 235 50 cs.)
doscientos treinta y cinco iesos cincuenta C&lt;:ntavos. Lo que se participa al público, para que
las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 24 del entrante Abril, á las
nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Marzo 28 de 1866..
13a- 8
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al del terreno nombrado San Juan, en el barrio de Tlaltesepa en el pueblo de Tepepa, valuado en 30 pesos. Lo que se participa al público, para que las persona,, que deseen hacer pos&amp;ura ocurran á esta oficina el dia '.l,7 del presente Abril, á las nueve de la mañana, en que se
verificará esta almoneda.
México, Abril 4 de 11:366.
. tia-5

•

AVISOS PARTICULARES.
AVISO Ill'TIIB.JJSAll'TJJ.
Teniendo la seiiota mi esposa D~Prajedis Aguinaga, varios negocios importantes que girar
en los Departamentos del Interior, confirió un poder amplísimo en esta Corte, en diez de Enero del presente año, al Sr. D. Antonio Arias, vecino de Guadalajara, quien sin embargo del
tiempo que ha trascunido, no hay noticia do que Jo haya puesto en ejercicio, lo cual se infiere
de su falta de contestacion á diversas eart.as que para indagarlo se Je han dirigido. Como el
Sr. Arias es persona muy ocupada, acaso se perjudicarían b'US intereses con la dedicacion efi.
caz á los negocios para que principalmente se Je confirió el poder¡ y necesitándose de esta
eficacia para que no aumenten los perjuicios que ya resiente la interesada con la paralizacion
de sus negocios, y no por otra causa que en manera alguna pueda lastimar la bien sentada
reputacion del es~resado Sr. D. Antonio Arias, ha resuelto revocarle en el todo el espresado
poder, co.no en efecto lo ha hecho en toda fonna el dia de hoy, en que lo aviso á las personas
que tengan relacion con los negocios de mi seiiora, para que entretanto se hace el nombramiento de otro apoderado, se entiendan directamente con el que suscribe, quien desde esta
fecha da por nulos todos los actos que se puedan ejercer por el Sr. Arias en ejercicio del poder que le queda revocado en el todo, y de que se Je da aviso por conducto seguro.
México, Abril 2 de 1866.-Eduardo Delped1.
897-8s-4

J,HNd DE Jt•lJESTRd SENORd DEL BEPlJGIO
EN GUANAJUATO.

Habiéndose puesto en productos la mina de Nuestra. Señora del Refugio,.aviada por D.
Gregorio Jimenez, y hai, 1, •se verificado el primer reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que .w;cribe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros
aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedores actuales de las barras aviadas
para que ocurran á petcibir la parte que les corresponda. en el reparto, presentándose por sf 6
por persona debidamente autorizada, y exhibiendo el título ó documento que compmebe su
actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta represent.ativa y someterlo á su talificacion.
.
Guanajuato, calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. Salgado. 899-30a-2

SEGUROS CONTRd IJt•CENDIOS.
COMPAÑIA. DE SEGUROS DE GLADBACH.

Con arreglo á Jo3 artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de l 665, se va á proceder
al de la casa núm. 77, ca.Ue de Chavarrfa, eu Celaya, valuada en ($4,300 50 cs.) cuatro mil
trescientos pesos cincuenta centavos. Lo que se participa al público, para que las personas
que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 1? del entrante Mayo, á las nueve de
la maiiana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 5 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y Naeoarro.

6a-5

Prefectura política dd Departa·m ento del Valle de .;lléxico,
SECCION DE JUSTICIA.
México, Abril 17 de 1666.-En el Distrito de Chalco han sido recogidos dos caballos estraviados de sus dueños¡ y á fin de qu~ estos puedan recogerlos, se anuncia al público por medio del preseut~ aviso.-El Secretario general de la Prefectura, Cárlos Zatala.
3a-l

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - --- -ADMill'IS'l'B.ACION CIJJll'JJB.A:.L DE COB.B.JJOS.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . .

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Capital de 'fondo . - .. .. - . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é&lt;inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten aseguran,e, en la AGENCI.A GENERAL de Estas Compaüfas calle
de San Bernardo núm. 3.
400-,180s-160 '

Cd.BTILLd GEOGBA.PICd Pd.Rd. LOS NINOS,
POR D. ANSELMO DE LA PORTILLA.
Se halla de venta en los puntos siguientes: Librería Madrileña, Portal del Aguila de Oro.Librería de los Sres. Andrade y C~, Portal de Agustinos.-Imprenta literaria, 2'.' calle de Santo Domingo núm. 10.
PRECIOS.

Un ejemplar...... . . . • . . . . • . . . . . . . • . . . . . . • . . 1 real.
Una docena...•.•.... -......•..... -. . . . . . . . . 6 reales.

AVISO AL PUBLICO.

El día 19 del corriente, á las cinco de la tarde, se despacha de esta Administracion general
para Vcracmz, un estraordinario con la correspondP-ncia que ha de llevar á la Habana el vapor español "Ciudad Condal;" y el dia siguiente, á la misma hora, saldrá tambien otro estraordinario para el mi ,mo puerto ~on la correspondencia que ha de conducir á Nueva-York
el vapor-correo "Veracruz," quien tocará igualmente en la Habana, y ambos en Sisal. Lo que
se participa al público para su inteligencia y efectos correspondientes.
México, Abril 14 de 1866.-El Auministrador general, Luis de la Pc:a.
3s-2

).¡,

AVISOS JUDICIALES.

3.000,000 pesos prusianos.

=

DIVERSIONES PUBLICAS.

--- -------

TEATRO PRINCIP .A.L.
COlfl'ASÍIA DRAMATICA.
En la noche de hoy, á la hora de costumbro, se pone en escena la comedia dividida en tres
actos é intitulada: ,Si sabremos quil,i soy yo? ....

CI':rACIOll'.
Por el presente, y de órden del Sr. Juez 4&lt;.&gt; instructor de lo civil y de Hacienda, Lic. D. José
liarla Mirafuentes, citt á D. .Manuel Orozco par.a que en el termino de ocho dias, cont:w.os
desde la publicacion de este aviso, tie presentti por sí ó por apoderado instruido y espensado, en
el Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, á contestar la dP• :\nda que sobre pesos é iudemnizacion de daños y perjuicios le promueve D. Crescenciano uutierrez; bajo el apercimiento que
de no hacerlo, se seguirá el juicio en rebeldía, dándose los estrados por bastantes.
México, Abril 16 de '866.-J. Reynoso, Escribano público.
902-3a-l

CITACIOll'.
Por órden del Sr. Juez 4&lt;.&gt; de Instrucciou civil, se cita á D. Antonio Navarrete, vecino de
Tejupilco, para que dentro del término de ocho días, contados desde la primera publicacion
de este aviso, comparezca en este Juzgado por sí ó por apoderado con poder bastante, á contestar la demanda que en juicio de conciliacion Je promueve, sobre cumplimiento de contrato,
D. Angel Zavalza, como apoderado de D. Juan Etcharren¡ apercibido de darse por intentado
el acto si no concurre.
México, Abril 18 de IliOO.-Líc. Ni,olái lilas !I Bustama1tte, Secretario.
903-3a-l

.,,,

SEGUNDO ..!.1301'0 DE SEIS FUXCIONES.

Con la funcion de esta noche concluyen las seis del primer abono: los señores que quieran
continuar con sus localidades para el segundo, podrán ocurrir por sus boletos hasta el sábado
21 del presente á las seis de la tarde¡ pasada dicha hora, se dispondrá de las que queden libres
á favor de las personas que las soliciten.

TEA'l'RO DE ITURBIDE.
COMP,U.-U DRAMATlCA.
En la noche, á las ocho, se pone en escena la comedia en un acto, que se intitula: Un maftctbo combu.stibu; en seguida la pieza denominada: Para mentir, las mujeres, y por último, la
zar.1uela en dos actos, intitulada: La cola dd diablo.

illEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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