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                    <text>DEL

EL

RIO

DIARIO
MEXICO: Sábado 29 de Abril de 1865.

NUI. 98.

T0I0 l.
nombramiento sea de cabo, contestará por medio de un simple oficio
PAR:J' ~:!~1!!".;-1~=1!:º:~~~ ~::O~~ :X,~ºe.~n:~d~::::!ce;~-::-=º83~~ al Coronel, aprobándolo, y éste, en pliego chico, lo trascribirá al in1 aargentos.-Av!so de la c:lran C&amp;nclllería de las ordenea lmpe- teresado, cuyo documento le servir,( de titulo.
~abW ~a 101pnombramlen\o8 de cabo8 Y
rt!i~lra
que lot agTaclados acudan por ,us dlplomas.-Partea de ~as Prefecturas sobre tranquilidad
u é ingenieros, sueltas, mientra,
..~ • • • "_
__... . . .,.,....... - . , . _ .- OM ,.., .,.,.,....,.,• .,.
41 En las Compañías de Artillería
wwco, de 10 de Marso 4e 1866.
•
no se forme? los Batallones, J en las Compañias escuadrones, suel-------1iiiiiiii!i=3'!!!Ei2;¡¡¡;¡;;=-iiiiiiia;;e;==B!ii3:3EEiii2i¡¡;;;;¡iil!ii!!;;;5i;a!E tas, los Cap1tanes comandantes harán la propuestá al respectivo DiPARTE OFICIAL•
rector,,~c?mpañando el espediente en que conste la boj~ de servicios
y su opimon.
.
ó~ En las Compañías presidia.les, loe Capitanes primeros remitirán
propuesta y opiníon al Inspector, y éste, con su parecer, los proCOJISE10 GEHEB:il DE BDE1ICEICIA.
pondrá al Director en la forma prevenida.
En la lista de las personas nombradas por S. M. en de- 6~ ~s Capitanes comandantes de Compañías 6 Escuadrones de
creto de 10 del presente mes ~e Abril, ..~ara componer el Guardias rurale~, _harán sus propues~ en la forma prevenida, á los
Consejo general de beneficencia, se omitió el nombre del Comandantes militares de sus respectivos Departamentos, quienes
SR. D. FRANCISCO VILLANUEVA. ne órden superior se hace las elevar~n al Gefe de la Division, el cual espedirá el nombra.míenesta aclaración, para hacer co~star que el Sr. Villanueva es ~ de oficio y en papel simple. Cada Capitan lo comunicará al agra'
ciado, sea de la clase que fuere, de la manera prevenida para los camiembro del expresado ConseJo.
-•~bo13 en el Ejército permanente. ·
JUBISTIBlO DE HACIENDA.
.7~ Siempre que hubiere un motivo urgente de hacer un nombrao!
SEcdroN 1~
.
.
miento de cabo~ sargento sekundo, y que por la distancia á que el
Circular núm. 60.
..
México, ~lml 23 de 1865:
Cuerpo 6 _Compañi~ se halle de la Corte, no sea conveniente esperar
Habiendo quedado habilitado para solo el c?mercio de cabotaJe el la r~olucion del D1r~ctor, qu}dan los Comandantes facultados para
puerto de Tllxpan, conforme al decreto eapedido por S. !,l. el E~- pubb'."r el nomb,amiento en la órden del dia, y dar á reconocer al
perador con fech¡¡ 10 del actual, procederá vd. á ponerlo en conoei- agraciado en eu clase, pero.,_),, con el carácter de provieion•l- Dimiento del comercio en los términos acostumbrados, deJando en con- cho nom?ramiento no causará sueldo, mientras no se espida el titulo
secuencia de certificar cualquier documento que se le presente para por el Director.
la imporlaoion de mercanCÚIB por el citado puerto, y dando aviso á 8! Entretaoto ee reform•n los reglamentos militares contenidos
este Ministerio de la fecha en que sea P.ublicada esta d_isposicion.- en las Ordenanzas de las-diversas armas, quedarán sin efecto cuanto
El Subsecretario de Hacje~da, ~- Campillo.7.Se comumcó á los Cón- en ellas se contenga contrario á estas disposiciones, que serán obBUlel y VioecónsuleB del Impeno en el estenor.
servadas puntualmente por quien corresponda.-El Ministro del&amp;
Es eopia, México, Abril 23 de 1866.
Guerra, ~ eza.
El Gefe dela .Beccion 1~,Es copm.
'El Subaeeretario de 1A Guerra,
J. M. DURAN.
JAVIER DE REYGADAS.
suMAR'I01

'

00 (ll ....

. p

,.

•••••

DE GUE~
'1 o I JIIBISTJlUO
oABINiTB,
Circular-

I

México, Abril26 de 1865.

GRil CllOILLERIA DE LAS ORDEliES IMPERIALES.

No teniendo noticia esta Gran Cancilleria de la habitacion de varias de las personas condecoradas en alguna de las Ordenes Imperialee, Ycuyas listas ee han publicado en el Diario del Imperio, por el
p:eeente !e les hace saber q~e pueden ocurrir. por ,u, correspon3ient~ d1ple!f!ae á la mencionada Gran Cancdler!a, sitnada en el

Centralizadas en el :Ministerio de la Guerra, 11 virtud del decreto
de 23 de Enero último, las funciones que ejercían las eetinguidBB
I..-pecciones de Infante,!&amp;, Caballería, Arliller!a é Ingenieros, y notániloae que para loe nombramientos de cabos y sargento,, estas no
procedian en 1&amp; espedicion de los títulos con la. debida unüormidad, Pala~io Impenal.
El Gran Canciller,
he tenido por conveniente, para subsanar este defecto, que se obser- México, Abril 29,de 1866,
ALM:ONTE,
ven las -reglas siguientes:
1!- Los nombramientos de cabos, sargentos segundos y sargentos primeros, los harán precisa.mente los Directores de las armas, á pro•• •
puesta de los Comandantes de Compañias, .Batallones, Escuadrones
PARTES DE LAS PREFECTURAS
Regimjt!ntos
sueltos.
Los mismos
para lasterritoGuar- L S Prefectos· de Veracruz, Q~erétaro, Jalacmgo
· .
.
diaa
rurales, ,eran
espedidos
por losnombramientos
Gefes de las Divisione•
y Orizava,
riale1, dando parte al l,linisterio de la Guerra para ,u conocimiento, ~an Par;ticipado recrentemente al Gobierno de S. M. que la tranquiy pmia la propuesta en los mismos t.érminoe que para el Ejército li_dad publica ~o ha ~ufndo alteramon en ,u, respectivas demarcapermanente.
ciones. El último anade, que el 23 del actual eabó de alll para Ve-

~

º' (~·

2'!- La propuesta se hará por el Capitan de la Compañia de~ agra- racruz el Sr· Marques de Montholon.
ciado a.l Mayor del cuerpo, para cabo, sargento segundo y sargento
PARTE NO OFICIAL.
primero, de entre loe inaividuos de 11u propia Compañia. Aquel Gefe, con la filiacion, si fuere cabo, ú hoja de servicios si sargento, y
su opinion s?bre el pr~puesto, pasará el espediente al coronel, quien
con presencia de loe informes anteriores, y lo que él mismo sepa En la villa de Mascota, Alos cinco dias del mes de Abril de mil ochoacerca de la conducta, instruccion, eté., del agraciado, pondrá su cien_tos sesenta y cinco, el Subprefecto de este partido, en cumplimiento de
dict.ámen en el mismo espediente, y lo remitirá al Director con un la circular de la Pref6?tura del Distrito, fecha 10 del pr6ximo pasado Marpliego de propuesta separado, sin tema sino único y esclueivo II ca- '°• en la que t,a,c,.b, la del sec,elario sup.,ior dol D,parlamonto, de 6
aa
individuo
'
del propio mes, y en esta la suprema de 5 de m¿.,.bre del &amp;fio anterior,
3!- El Dir~ctor respectivo exam,inará
el asunt o, Y Bl• aprueba 1.ª del
Fomen~o, relativa
q~e _con laque
brevedad
p_osible se pro.
cedaMinisterio
Ahacer elde
nombraID1ento
de los~mdiv1duos
han de eJercer el cargo

propuesta, estenderá el nombraIIJ:1ento de sargento segundo 6 pn- de diputados de minería en la demarcacion de este partido, y en el periodo
mero en la forma que marca el adJunto modelo: en Cl'SO de que el que previene el µt. 2 de las Ordenanzas de minería; reunidos en jwlta los

�.

406

Dil .\RIO

e;;;

DIARIO DEL IMPERIO~

,

v;-ir

DEL IMPERIO.
- - - - - - -·-

v

e~!!!!!!!!!!!!!!!~~~~~~~~~~~
'
'
NOTICIA de pagos de /Uitos de capitales que retDnou el Exmo, .dpntamiento.
de mo~e~to bajo su mas estri~ta responsab ilida&lt;l, •· J ititer~sado. En cuan·
to al reintegro de los cuatrocientos pesos, ~e Acuei:, do ~n la ~ra. f ~ñ~, se
Febrero de 1865.
Pagos,
Quitas.
procedeyá Aar~itrar recursos como se previellle,. en la citada d1sposic1on su·
T11Stamentaría de D~ Agustina Neira, remate de$ 2
prema,.01
~
•
, • ,
,
23 cs. con una quita de 31 por 100 . ..... ...... .
1 54
00 69
La 'Comision de mercados presentó un e ~1ctl 1men sq}&gt;re el negocio Id. de D. Sebastian Neira, remate de 1 716 78 cs. con
relativo á la solicitud presentada por el I 11c. Zere~ro á no~br~ de
una quita de 31 por 100 .. . . .. .. .. .. .. .. .. .. .. 494 58
222 20
los comerciantes en el,rao;io de volatería, que termma en la s1guien- Felipe Saavedra, capellanía Campa-Coz, remate de
$ 145 61 cs. con una quita de 28 1;1or 100..... .._. 104 84
40 77
te proposicion:
No ha lugar á lo qne solicita el Lic, -Zerece ro en su ocurso anterior.
.T9tal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 609 96
263 66
l'uesto á discusion fué apr9bado.
•
.
.
La misma Comision,.de merc_i}dos p~e se~t6 \ m mforme r~lativo á
NOTICIA de pagos á cuenta di créditos pasivos de la Municipalidad.
la formacioÓ del mercado en la p1~zuela de la 1'rl forced, cuyo mforme,
Febrero de 1865.
aprobado que fué, se mandó se trascriba al Sr. Prefecto políticQ, en Señores:
.
Pago,.
contestación á su qppio relati!o d~ fec,h , 23 de·, l próximo pasad~ Fe- Mbia y Juncal .. ..... : .. . •. : ... .... i • • • • • • • • • • 600' oo
brero.
:, i
·
•
Menores de Ortiz de&lt;Montellano.. ... .. . .. .. ...... 100 00
La Con¡isiort de aguas 1&gt;resent6 un &lt;hctá!llem que termina eón )as Vicente Fernandez, saldo .......................• 1,253 71
.
; · · -·
,
• Amado Valdés, idem . .. ... ; .•........ , ...... ,. . . 130 ,oo
siguientes proposicione~: •
•
r
~ S. Condon, por poder -de A. Soubervielle, ídem... , .., 40 00 .•
l. ~ Se accederá la solicitud del du-i:,ctor de calza .dau, en que pide permi· Raf!'el Sedillo, id~m . . ; ........ , .. , . , ..... . , .. . . . , 27' 75
so para colocar db finne unos sifoD.~s y estraer por ello~ \{8ttªr:ente ySsin Lúca.$ Prieto, idem ; . : . : .... : : : . ....... ..... : ,. .. . . 26 00
desperdicio, eJ agua pr1ecisa J&gt;,8,_'¡·a el ri¡igo de las calza das, e ap tepec, an F. Gama Fletch: . : . : .. . , : ; : ,•...· .....·......... , ..... . 100 00
11
1
Cosme y la Verónica.
.
,
~
~,
i
Miguel :Mateos, por transaccion,... : 1 , ,. 1,., . ... ... 250 00
2 ~ Ek númE)rp rle estos Sifones sera de cinco en la arquena del agua Mariano Palacios por poder de Femandez García Magorda, y de cuat~~ en la de 'la agua delgada, con la dAta-ó ,medida.de diez, 1yora y Piedra:'crédito·de $352 25 cs.,don unaqui.
'
dauna.
.·~· _
paJasca
' ,, 1 ·· r
, ' , ,, , ,
· '" ta. de 21:..,por 100....... : .. ·. ......... : . ....... 264 19
88 06
' 3. o:i Los sifon~s del agua gordw•'se-.. estableet;r~n · en1Ós PJ!.nto~-q~~•lll,ílS' J os~ ,Zamora: crédito de $ 496 50 cs., con una quita
convengan al director de c,lzad~st·con ,lqs reqms1to-S'- que propone, e mter- ,de 25 por 100': •.. •...·..·. .·. ..·. , ......... . . . . . . 372 37
124 13
vencion del arquitec~ de,_ciudad y .fon~anero mayo!·· -;-Los del ~ua ddelgbadáa
, 1•
Gabina _ij, de Arroyo.. r. • .. • • • 273 75
1·10. L uut
· ~,
n · Borromeo, por el
Se Colocarán de la misma manera,· pero el mas pro&gt;amo á la mudad e er AI~uroo1u..,....,.11ano,
.. eoml4•nron 111 ..,_...
quedar antes de 1ª zanja cuadrada, que es el punto do!!_de ,P,stá codlocad~ la
intestado de Neira ......• :. 271 00
llave reguladora para e;y:itar QJJ.e se me1me e1_agua. del &lt;lOns-umo e 1a cm· José M. Moliña, por poder de V. Arellano: crédito de
dad, que es aquella quéÍpuedeñll.n\.i:odMiLs ~ ~ ~j / I
$ 160 12 cs., con una'qui~•de 25·por 100. . ... .. 120 09
40 03
4. --Si b. esperiencia-demost-ram q-ue- no se...co'O.Siguen..1os o~jeto~ gue se Id. por poder. de Trinidad Jimenez: crédito de $ 95
buscan, .de mayor limpieza y econonúa del íquidoJ ó no convini,9re á los in•
50 es., con qui'ta de 25 por 100......•. ... ...... 71 62
23 88
tere~pel ~yiµitalf,i~nto, seuresen;a la_!flunicipaHdad, la facultad'. de anular
, .,
1·
este oonvemo, · •
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' " · 1 ' ' ,
,
Total ·
-3 900 48
276 10
.,,

mineros que comparecieron con este objeto, en virtud de la _esc!tativa que adeuda por sueldos como Administrador que fué del hospital de San
con anterioridad se les hizo p~ra el día de ai_er, y son los s1gment_es: Por Hip6lito.-A la Comisiorn de Hacienda.
el mineral ~e Cuale, p, José María Santana, µ. Félix Baes, D. Ju~ian GarDe D. Agustin Belderl"ain, Comisario de en1fpdas del bosftal de
cía y D. Manuel Madtigal; por la municipalidad d~ Jalpa, D. Diego Pe- San Andrés, pidiendo se le exonere del nuevo cargo ~e que se Je
rez, D. Francisco Rosas, D. Bibiano Robles, D. Lms Palo~e;a, D. Clemen- ha encomendado, de esp1~dir las boletas para ~1 paqteqn de Santa
te Fre.goso, D. Antonio Sanchez, D. Mateo _Arreola, D. Cecil~o Vargas YD. Paula, por ser muy corto el sueldo que disfruta.-A la Comi ·on ele
Valentin Casillas; por el mineral de la Navidad, D: Celed?mo Ramos, D. Hacienda.
Antonio Arechiga, D. Francisco Arizon, D. F:anc1sco Q~mtero, D. Fran.
cisco Rubio, D. Agaton Arce, D. Sotero Ram~rez, D. Gmllermo Tob~r, D.
Se di6 cuenta con los siguientes acuerdos de la Junta de Hacien'José Heredia D. Estéban Velasco y D. Refugio Guerrero; por el romeral da, que fueron aprobados.
de Guachina~go, D. Juan Aldama; por el :nineral de San Sebastian, D.
"México, Marzo 8 de 1865.-Vista en Junta de Hacienda la nota que di·
Juan J. Encarnacion; por el mineral de Jal~p~ D. Manuel Arr~dondo, D. rige el señor regidor de Mercados, sobre arrendamientos de l2s locales que
Felipe Rodriguez, ~- Isidoro Ru~las,
Tri~idad Flores, _D. ,Cr~san1ío Ava• constan en la adjunta np~icia, se acordó aprobar dichos contratos, dando
los D. Basilio Ta_p1a, D. Florentmo V1llasenor, D. Dam1án Michel -y D. cuenta al Cabildo.,,
•
Da'río Perez· por la municipaliaad de Mascota, D. Juan Ammam, D. Se•
verino Bern~ y D. Tomás Perez; cuyos individuos fueron calificados por el
La noticia á que se refiere el anterior acuerdo es la siguiente:
Presidente y la Junta especial que se nombró de entre estos mismos rindi. NOTICIA de lo, cajDnes arrendados p&lt;&gt;r uta A~i11istracion, segun las instrucciones
viduos, habiéndoseles estendido sus' oorrespondientes oredenciales,1pa~a que ,
dadas p&lt;&gt;r la Comi~¡i dél ramo.
con arreglo al art. 2 del título- citátlo, se les .es.tiendan sus ~,rr~spond1entes
MERCADO PRINCIP~.
,
, J "~ 1,l/:Wt!i~L
matrícU:as por qnien corresponda. En segujda, y en \JUWJ&gt;hpupntó d~ los
B
d ,,
fi'
'
ll
D R
G
l ,uu
51 ernar ino lnartinez, auor · amon a• ~ , ',' 1 i.,¡,
artículos 4 y 7, se-procedió á la eleccg&gt;Jt por ,medio 1~ r~dulas, formando Anverso
v; 'resultó e1ecto por ·mayo•, ·
viño, Marzo 1~ · · • · · · · · · · · · · ·; · 1 • • • 1 !6 50 _...,Uú~q
Un voto cada uno de los individuos espresados,
'
••1
1
R
67
y
68
_Agustín Miguel Pacheco, id. D. Mi
.¡, r,;~z~M
ría de 25 votos, D. Gabriel Ber,~al; para p~imer 511putado, por 8 ~ue obmv◊' everso
1
D. Manuel Madrigal, 4 D. Juan Ammam y 1 D. Severmo Bemal: ~cfo
nue1 llana Romero, id.- º ·····L.,• •· ~ 00
1 Guadalupé'dZ.úfiiga, id. D. José María Carcontinuo se procedió á la ele~i5m del ~egun?o diputado, resultando" e1e9to Seccion 1 !'
00 _
D. Severino Bernal pbr mayoria de 21 votos que obtuvo, por 10 J) Jt11an.
mona, 1 · 7 · · · ·. · · · · · · ~ · ·····,· t.!...!.!.- 6 _
Ammam 4 D. Manuel Madrigal, 2 D~E!euterio ~anta.na y 1 D. Felj~iano 1
2 }!acaria ES-Oalona, id. D., Mariano Suarez,
Encarn~ion. A continuacion se procedió á la eleccion del pri-Jilei¡ sustituto?
id. 1'. · · · · · · · · · · · · · .'1 . ·..-. ·· .';.&lt;.~f. 6 00
3 Y ~ Petra Escalona, id. D. Andrés ~apios,
y resultó úombrado D. Manuel Mad.i:iful po~ Jll,&amp;yo~ía de 13 iivq~o$ ~ue ob·
~ 3.
· A · ·o0 D
A
4 D acarias Her
id. 7 ... .' ..... r •. . • • • . •. . . • • • . • • • . . 12 00
D
9
1g
tuvo';' por
· nam_o gmrre; - •• uap~~mm,am, . , :
',, . ·
· T. 1 d s ¡ o:i rr. Jesus Guarneros, id. D, Ctes-cencio Casti.
, o&gt;,"
1
nandez, 2 D. Eleuter10 Santana y 2 D. J,ose Mari~ del mismo apellido. Se ing a 0, eo. • •
•
procedió. l~ego á)a ,eleccion del segundo sust1t~to, y ¡esult6 e~c~o :Q., Juan ·'
llo, id. 4 · · · · · · · · · ;'¡ · · • • • · • • • · • • •· • .. !7 , OO.~ , {)
111 V '\:· •· . ,.,, ~
Amn,!\m _por mayoría de 13 votos que obtuvo, por 9 D. I~amo Agl!1r;re, 4
':.&gt;
ff
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M'
h 1 4 D z
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D . D am~an ic~,ei-~
: acari"" . ernan ez,
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. 7 .., . ...,, ...!, . . . .d. ~ 65 50
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D. Francisco Aguirre, 1 D. Elehter10 Santana, 1 D. Jose Ramos,J D. M1•
.
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1,
guel García y l
Manuel Orozco. Sé proce~ó igual_metite no~br~~ , NoTA.-El caJon anverso nume~o 51, se vació el dia:" tLel presen~.1. ,._
miepto del tercer sustituto, y salió elec.to D. IgnacJo Agu1rrj por may,ona
"México, Marzo 8 de 1865.;:--Vista en Junta de Hacienda la noticia que
de 11 votos, pÓr 10 que obtuvo D_. Damiaq Migue), 6_D. So~ro Gil, 1 ~ D. dirige el señor regid?r de Mercados, soh~e irr.enda.tn~ntos de los ~ocales
Zacarías Hernandez, 3 D. Eleuteno Santana, 1 D. Lm11 Palomera y 1 D .. que constan en la adJunta nota, se .acord9 aprobar dichos arrendamientos,
Francisco Rosas Rvsas. Por 4ltimo, se procedió á nombrar el cuarto sus. dando \menta a~ Cabildo."
.f" .n. ,
titutQ, y resultó electo D.,D!!,mian MicñeI por 11 votos que obtuvo, 9
La noticia á que se refiere este acuerdo es1Ja-que ,sig1.3e.: 1. • , "
Manuel Orozco, 6 D. Sotero Gil, 6 D. E{euterio Santana, 3 D. Zacarias
'
i' vu 1 1c IJ
1
Hernandez l D. José María Santana 1 D. Ptancisco Rosas y 1 D. Félix
Para el debido conocimiento de V. S., tengo el honor de Pl¼rtiéipa;1e qu~m
Baes.
''
· '
con sujecion á las instrucci_ones que ha tenido V. S. á bien 09.mruiica,;net· ,1
Concluida la eleoción se levantó la sesion, y firmando la¡pres_ente acta quedan alquilados los cajones siguientes, que deben. h~ei:. •us _P.M&lt;Jf, desd~
1
que se re~itirá original al Sr; Prefecto del Distrito, en cu?1pl}mient~ de la las fechas que se espres~n.
•
1 ,11 , 1 ,,IJ!?.
circular citada. y del art. 14 tit. 2 de 1~ Ordenanzas de Mmer~, hab1endose
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dispuesto que se comunique.su nombramiento por oficio á cada uno de ~os
ne1 .J.uCerl!lloUó nnficipa' deccDipnp1d. '~.er◊-,;~ ~~ á·~ r!; "' . r '
·
1 , ·
· é l t 11 d 1
nue1 allterq con anzJI, e . e ro \ll'U~ier."'" Jav , ·~r, rr 1 , &gt;
electos, para qµe se preseqten ,en e \erm.uw que prev1en e ai¡ .
e Te• 1
cad , '
d d 1O' d a, :et' al·
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f, ' ¡ .i •• s M r
ferido tít 2 de dichas Ordenanzas it tomar posesion \ie su empleo.-El
sos a numero es e • · e a u · ~ · · · · '-· ·····••u·-, ::i .,,J ,. ..,..,y3 f:-1
i- •
J.. A ntonw
• Barba.-.uuis
r !. • n lome -JJ r.ua·· Ammam _
1 En el Mercado de J esus, anverso número 7, de trés pú_
,~~rV J• L•qf '
S ubpre1ecto,
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d D Pl' ~·d n· rlellH\ll,
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Seve-rino Bernal.-Antonio Sanche~.-Francisco Rosas.-Oesilio Vargas,!._
D. Ign~io oreno, con anza e · aci o· 'J&amp;~;.n•~r.e ·, 'J ,'l3
r. , .u.Lana
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i.r. teo A rreo a.-Pe
-,;,,¿i..,
·,,. Baes. -])• Dam;a
, 1r;chel.del corriente en ...• , ... , , .•. . . • . . . . . . . . . . . • . . . • . . . . . . . 32 Ov·
vose
ana.-m.a
• ·, • .Lu,
JJ. Es:éban Velasco.-'.D. Tomás Perez.-JJ. Francisco Harrison.-JJ. Ma·
· 1
• ''• I
nuel Arredondo.-JJ. ls-idoro Ruelas.-JJ. Oeledonio Ramos.-D. Juan Al. '
Suma.··· · · · · · · · · · · · · · · 4o 00
dana.-JJ. Trinidad Flore,.-JJ. Basilio Tapia,JJJ. Manuel Madrigal.Otro consultando se le _conteste
Sr. Mejía que se tomará en
JJ. Bibfano Robles.-A ruego de los que no saben firmar, Ze/erino S. consideracion su oficib, ert'qllé) manifiélta1osmconvenientes que hay
García.
E p t1
.;., l' .
C
d
para gue algunos jóvenes que -existen ·en la cárcel de Bethlem, esEs cqpia. Autlan, 4,-bril 9 de 1865.- 1 .ré ecto t'o itic? y- ornan ante tén
el comun' de 1os presos, cuando los fondos municiN1.J~inermilit~, el Comandante de Escuadron, .A.. de Oyarzábdl.
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."º y: , mita9i continuar la obra·de I' refeÑdar cttcali I, •o é1t;Í".l~H.sP
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OtrO' en el cual se"tnandá,dar cumplímien~r~rJm ~µPFt6rije~
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AYUNTA~~E: T~l'DE MEXICO,
~obre que portet ·É x~o., 4-t~ntainiento.se pa-gueo i&amp;l $¡¡. _
"
V. de,la Cad'ena\sus venc1míel!'tos como .,~óntadQt,t4u~Jpé.1~~ la, ~i~
1
En la ciudad de México, hoy viernes diez de·Marzo de iml-oclio- minístracion de Rept,as Municip&amp;les, 1ieméndorul)4,,,prps~nt~ 4 l ño•
cientos sesenfuvy cinco, se reunieron en la Sala Capitular á las doce 'señor errlos répattos q~e s~ hagan, conf9rme ló permitan los.fo,Qpis}
y tres cuartos del dia, para celebrar Cabildo ordinario público, los del ó por 100 de amort1zae1on, á reserva de J:ef4)h!fr pel, ~pJie!J!p
1
Sres. Prefecto Municipal) Rin.C-Qilt Bmanzo, Cervantes, Mejía, Rul, Gobierno l(tesoluéíorl de q~~,el•eruió tiuo~eip3lrtn$l.{A~W~ PJ'.l&amp;!,1ª
Ibarrola, Labat, Villanueva y_Rascon.
_ .,
cesantía del·Sr.-Ca.dena. ~ .' •
• 1•;1 ,1,? '}·;&lt;J. 11ih1H r • ,BO , J "O
Se ley6 y aprobó la acta del Cabildo celebrado el martes 7 del
Otro cónsultando se-'Conte&amp;te.&amp;ltSupremóL~~l~J.DJ), guq, P~M~,
ábtual.
.
,
'
portando' p01: ahora·gravám!;ln•para1 el Ayun.tamt~1Jt.Q,_-~9,r§,~1Wl'i
dió cuenta con··un oficio flel' Sr. D. José Joaquin Morales, dan- plimiento á li 6'rden suprema sobre qqe.. por el erar~o ~1qn~fJan
do las gracias á la Exma. ~Cor~oraéiorl por haber recibido por su pagada,.en Jo sucesivo la cesap'tia-del Sr..-~VeJazq~~f~t l~rC}Yj¡n,,a1¡iffi
conducto la Medalla de MP-rito Oifll con ~ue S. M. el Emperador lo cuenta de lo que adeuda dicho erario á la ::Mun1c1pa~1qad;1á.f~J~rva
1
1
agració.-A sus antecedentes. ·
"
de pedir al Gobierno declare que los fondo~ de la ciudad 11º ~~p~n
Se dió cuenta con los ocursos siguientes.:
_
en obligacionide pagar la cesantfa! del.,refendo Sr, Y,e~iu~ ~e IIL
De D. Mariano Garcia, que pi eruna media mérced de agua en Cadena
, ,
.,
,,, 1
,
1
· arrendamiento para. la casa número 22 di!Ia calzada de Santa Ma- · u• . · M
··a
,
'
L"
Junta
dé
Haéienda
ensesionr
dehova;.;.~.
f -A I C . . d
. .1.!J.0XICO, arzo 8 e 1865.- .. 1' .
. . .. '
.
' .., . ':"
r a.
a omis10n e aguas. .
.
dó .,8 eleve un ocufsó al Supremo · Gób1efuo, pidiendo que si en l&amp; rievis.)-Qn
D~ D. J. M. Vazquez, que P!de media merced de agua ~narren- iiedan alguna~ cas~ d~ _l~ q?e. necesita la municipalidad para1a,pep;ura,de
darmento pnra su c~sa número ·ó 9e la calle del puente de Santo lines y edificaciones ele almeamtentói,,se le prefiera, i ,
Domingo.-A la misma Comision.
·
Méxioo Marzo 8 de 1865.-La Jµntq. de }Jacienda, ensesion de poy &amp;o/&gt;Í-·
De D. Cárlos Villada, qu,e pide permiso 'para dividir la merced de dó se ele;e al Supremo Gobierno1. 'Hl atento...,oficio_supl!~dq!e se sir.v1-J;e·
agua que· disfruta la casa numero 4 del puente de la Misericordia solver el punto sobre fianzas de los ~mpleatlo~ d,e la mµmcipalidad1 que~ le
•
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•
•
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,,,1.,1
,u-c .. r!,
en dos medias, una para la misma casa y la otra para la del ·número tiene pedidoM.
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L J · d uon· d
'mth1 ¡fue-. jfu
186
5
3 de la misma calle, ambas de su propiedad.---A la misma Comi- .Méxidco, . frdzo ~ ~ . :-t,,ª,,.; u~~taób e, ';::"'~e1a ªs'rean Dse:~R_ ..~ l,,,d· ·
•
,puesta e 1a Or et1¡ ~Uprema an er10r,
re '1u 8 ~
,
llrau.,..,(:$ 8 1&amp;
swn.
..
. .
. . "
.
·Peña se le satls,f~im lós réditb'l 1lle\11capltM •que le l!8COllObeJl loé fot)d~ ~e
D~ D. Tranqmlmo Hm_oJosa, p~d10nd~ ser_ exammado pa~a. obte- Beneficencia; ha acordado que paséf~1Ia11administraci.on, de-f1lntas¡-lllu~9ipaner t1tul? de pro~esor de rnstrucc1on pr1mana.-A la Com181on de les para que haga efectiva la órden del ,Gobierno Impe_rial, cobr_ando l?s réInstrucmon pública.
ditos de la finoa de Mixcoac, donde esta fincado el capital de mil doscientos
De D. Juan J. Tames, que pide se le mande, pagar lo que se le pesos á que se refiere la 1mprema órden citada, y entregándolos sin pérdida

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I Tgualme;te se dió.
·:~~ ·b;r~·~r~;entada por ·el Sr.
A~zorena, de los trabajos ejecutados por la direccion de Obras púlativo~á la-peticiop prese"1~a4a por ,loslvecinos del pueblo de Santa ,~hcas.
Fe, soticitando dos naranjas .d~ agu~ de 1~ que baja del Desierto, el Noticia de los trabajr/s ejecutado, por la JJir:ccion de obras públicas en el
cu~t~o~c1uye en 1as. propo~1mo9es· que SI~uen:
,,
1
,
• : 7J1,es de Fe~rero de 1865:
,,¡ '
Pu~tos ~dis:usi¿n ~o~. iuiteriore~)artículos f~)r~,n apr9l;&gt;ados,

u

L'a miettia Comision presentó otro dii:itamen acel'éa. üel n,e:goc~q ~!3-

,,

1

1, ~ ,No ha lüga(á fa solicitud"de~los vecinos d~ la villa_de Saota,Fe~1en1

Cuadrilla qe reposiafon de tapas.-Esta cuadrilla, á cargo· de un sobres.
1
que piden dos naranJas de agua potable para.regadíos del pueblo.
i'
funte con cua,tro albañiles y cuatro peones diarios' ha repuesto veintiseis ta2. o:i .Para surtir de agua po~'ble á la poblacio!l de Santa_F_e, eu el niv~l ·p~ _de cinco cuartas cuatro de vara; ha arreglado, nivelado y macizado en
necesano pai:a llll'mayor- ~mod1dad1 el Ayuntamiento deMex1co le cam91a d1stmtas calles novecientas diez y siete tapas, construyendo 33 metros linea.
la cantidad.de agu~ que disfru~a, en la barranca del Bosque por.do.s t!)m~, les de citarilla de at~1-Jea; y colocó seis·coladeras en la calle del Puente de
la ?na de cmoo fªJas 9.ue s~a tomando en la barran~, y la otra .~e diez ~a Leña: En l~ ata;Jea lateral de la plazuela de Santo Domingo, asentó 109
paJas que tomara en la altura de la loma del agua que vrene de CUaJunalpa fosas chicas. L1mp1ó los comuneS' de la cárcel de la Callejuela. Repuso en
y los Leones. • , ,
.
.
,
.
.
el puente del Paseb'Nuevo 6 vigas, terraplenando una superficie de 18 me•
,3:':Fiik ~w..~to 1~·C.llld~(l re&lt;ltifi~ra- prev1am_enta.s1 ~~ ,!1ª que ·ce4.e iros. .
· •·
Ial~l!'a•Pªsa &amp; las-,quu1ce paJas ofrecidas en CIJ:mb10J,! c~~lfs ~ean lh\lJ d4· 1 Cuadrilla u ~~intrbl.:....Esta cuadrilla, compuesta de tres empedtadores
m&amp;nsJpn,é!i ~ue1deb~ dar~~ lá data en la ~1,tm:a .Je , 1a ,}.p~a. ~~1:ª que solo 'y tres peones diariós,. han rep,uesto 412 metros cuadrados de empedrado en
produzca diez cu'.a~1l~os o hbra 4~ agua por mmutQ¡ &amp;~ni;hendo %la i:x:tt\cha- Ja calle de San Franc1sc6, 240 en la dg Chiquis 80 en la de San Andrés 95
1
presion que ahí se ~érce.
r
.,.,
,,r, • · '
, , bn Pl~teros, 75 en 1~ dé ia Profesa, 75 en la deÍ Correo Mayor, y 28 ~e.
Dispeósádoslos tr~i~s_; (!!é..puesto,_á di~c~sio,n y aproHado, acor- tros lme~les de a~royd ~n·_el·Puente de la Aduan~ Vieja.
dándose se remita,al Ministerio de Fomento. ·
l , Í uadril!a de cespedes;-Está compues~a d~ cuatro,peo~~s; ~n diez_dias sa.
El Sr. Labat presentó la·siguiente proposicion:
¡cg ,800 .~spedes para 1!18 P~ de la· limpia de la ata:,1ea. ' •
Cuadrilla de banqú,Uas.-Esta compuesta de dos oñciales y dos peones·
Ditand&lt;1 la oa'pilla·.situadaren la plazue4i, de )a poncepcion en estado de 'en once di~ ¡&amp;seil;tÓ 139 metros cuadrados de enlosado y acuñó y rebocó
rulna,y clausurada eón &amp;nterioridad, pídase al Supremo Gobierno a;utoriza- 1245 metros.
· · ·
,.
'
cion para de__r~baJl~, por haber estableoido' en dicho local una plaza de mer•
Ouµdrilía e~ el edificio de la .Diputacion.-Está compuesta de u albañil
cado , ,,
, ,·.
,
•
y U!! p_eon; en cuatro días repuso 2 metros cuadrados del techo de la Lonja
•"
,
. - ·- _ : . . .. . •
colocó ,una reja de fierro e~ un tragaluz, y raspó y blanqueó las paredes
Con dispensa de trámites fué aprobada.
'
.
techos del cuerpo de guardia y cuarto del oficial.
El-Sr.1Rascon.,ptesent6,la siguieqt~, que como la anterior tambien . Ouadritla del mercado de Jesus.-Con un sobrestante, cuatro albañiles y
fué aprob~~:•. .
. ..~ •
. CJnco p~ones,construyo 48 metros cuadrad.os de pared, con un espesor de
•
•.
4,3 centimetros, t4•ll:~tros cuadrados.de tabique de ladrillo, aplanó 170 me·
Suplico al Ayuntamiento ,que con ,dispensa de trámites se sirva aprobar tros cuadrados, ·sub10, colocó y mMlZÓ 31 metros lineales de cornisa supe·
la siguiente proposicbn:-$e darán al hospital de San Hipólito, en partidas rior de cantería, construyendo encima de esta un pretil de mampostería de
parciales, cuatrocl~tos pe~ó11 parll: vestidos de los dementes. •. ·., · o 1 metro de altura, macizó 7 puertas y formó 12 metros lineales de zoclo en
1
S d' 6
' ,., ' ' '
• '
una pieza baja,
•
·
e. .1 cuenta con las siguientes noticias, pre~entadas por el ,l Ouqdrilla,del cuartel de la Nerced.-A cargo de un sobrestante con tres
Admmtstrador de tentas municipales, que por acuerdo del Cabildo all;&gt;imiles y cuatró'~eones, abrió una capa de 15' metros de longitud, 1 de es.
se insertan en la acta.
pe,sQr y 1 de profundidad, habiéndola r'ellenado·c9rí'piedra dura; construy6
.,
uná, pared de 1241metros,cuadi-ados con'un espesbr de 60 centímetros, re•
NOTJCI.d de pago, de capitalu que reconoce el Exmo. Ayuntamiento.
calzó 6 metros cuadrados de pared antigua; levantó cuatro mdchetas de ven•
Febrero
de
1865.
ta.na Y dos de puerta; construyó dos cerramientos de ladrillo, y colocó dos
'1
"
Quitas.
umbrales de madera.
'
¡ ¡ -1
Setoi-es:
. . '" (
•
O~~drilla 4~ {a calle de la Aniarg'!1'ra.-A ~go de un'sobrestante con tres
luatilt,Alai;nan ...... , . ... , .~..............•. .'. 250 oo
albamles y seis peones, desempedro 5~7 metros cuadrados, abri6 91 metros
Testamentaria de- D. t11 Agustin11, Neira, remate del ca·
de cepa, colocó 215 metros cuadrados de plantilla de losa en la atarjea y al·
pital del 1,166 66 cs. con una quita de 31 por 100 805 00
361. q6 bafiales, y conistrnyó 112 metros lineales de citarilla.
Id. d,e D. Sebastian Neira, remate de un capital igual
Cuadrilla en la 2fÓf4lp de &amp;,n Jy,an y J&gt;~nte ~ Petedo.-A cargo de un
al anterior, con la misma quita .. ·: . ~: ...... ,,,... 805 00
361 66 sobrestante con...cuatra albañiles y ocho peones, desempedró 633 metros cuaPagado::á- D ..Rrancisco del Pozo:
drados, abrió wia cepa de 186 metros lineales, colocó 53 metros de plantilla
F. Saavedra, remate de un capital procedente de la ca•
1 en 1~ ~tarjea~ co'nstrilyó 186 metrós Je citarilla de mampostería, colocó y
pellanía. Campa·Coz t 3,400 con una quita de 28
macizó 75 tapas de c!nco cuartas, limpió 26 metros de atarjea y abrió un
por 100 ......... . ...........••. •.••.. ', ..... 2,448 00
952 00 éa~o d.e ~~sagµe de 18 .metros. , ' ,
(
, ,
1
Vuadrilla: eh el costado de la Ez-Acordada..J...Con un sobrestante cuatro
Total• , , , • , , , · , , , • , i 1 • 1 , , , • i • 4;,308 00 1,675 32 albai\iles y cinco peones, abrió· una cepa de 7 metros 50 centímetro; de Ion~

r

y

�408

DIARIO DEL IMPERIO.
NueTo," 11ituadu ambas en la tialzada que va de la iglesia de S. Coame á la garita del Calnrio, por no haber ocurrido con•. oportunidad las personas que pretendian hacer postllra á
dicha finca, he dispuesto se cite .nueva almoneda, con calidad de remate, que se verificará
en el despacho de esta Administrucion el dia 10 del entrante. á las dos de la tarde; Jo •ue
se ama al público para que las pt,raonae que se interesen á dicha finca, presentenus posturas, acomJ?añadaa de loa correspondientes papeles de abono, sirviéndose hacerlo con Ja
debida antic1paoion, para que puedan ho.cerse opo1tunamente loa reconocimientos de las
firmas; siendo de advertir que la repetida finca no h&amp; pertenecido á ninguna corporacion
civil ni eclesiástica, y que en 1u última 1\raslaoion de dominio verificada en Diciembre del
Metroe
·
empedrados. año próximo pasado, fué estimada ,en 12,500 pesos.
Administracion Principal de ReD1tas. :México, Abril 26 de 1865.
•
180 00
El Administrador Principal-de Rentas,
J:J
lg,1acio de la Barrera.
36 00

gitud, colocó 55 metros lineales de plantilla en la atarjea, construy6 95 metros de citarilla, cubriendo parte de esta con 60 tapas de cinco cuartas y cegando 61 metros de zanja.
Ouadrilla en el callejon de Jilrias.-Con un empedrador y un peon, en tres
dias, empedr6 89 nietros cuadrados, arreglando el correspondiente terraplen.
REPOSIOION DE EMPEDRADOS.

1~ cuadrilla, con un sobrestante, siete oficiales y siete peones,
empedr6 en la calle del Relox ...... . ...... . ... . ...... .
En la calle de Santa Catarina Mártir ................ , ... .
En la ídem de San Ildefonso. . . . . . . . . . . . . . . . . . ......... .
En la. 1~ y 21\ del Indio Triste .......................... .
En la calle de Montealegre ........................... ..
2~ cuadrilla, con un sobrestante, cuatro empedradores y cuatro
peones en el Puente de la Leña ....................... .
En la calle de la. Pulquería de Palacio ................... .
En la. ca.lle de Zuleta ... ............................•..
3~ cuadrilla, con un sobrestante, seis.emped,!a~or~ y seis peones en las calles del Rastro .......................... .
En la ca.lle de San Hip6lito ............................. .
En la calle de la Acequia ............. . . .. ............. .
En la calle de Regina. ....................... ; ......... .
En la ca.lle de Medinas ....... .- ...... . ...............•..
En la calle del Esclavo ........ , .. , .........•..........
4~ cuadrilla, con un sobrestante, siete empedradores y ocho
peones en San Hipólito. . . . . ......................•..
En la calle del Refugio y Coliseo Viejo .....•....•.......•

180 00
840 00
540 00
1,256 00
100 00
694 00

470 00
317 00
140 00
40 00
360 00
16 00

1

r.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
T

CUADRILLAS DE LIMPIA DE ~TARJEAS,

METROS.
LlmplA. Tapas ma•

•

REMATE :QE 'IJlU mcA.
Núm. 663.-Para cubrir un ad&lt;eudo á favor de la Hacienda Pública, debe procederse á
la vonta·de la casa núm. 7 de la 11?- calle de Necatitlan, eatimada en su última traalacion
de dominio, verifi6!ld&amp; en ~¡ i_nés de Setiembre del año próximo puado, en precio de 5,400
peso1; lo que ee aV181l al publico para que las personas que quieran hacer postura las presenten á esta Administracion acompañadas de los correspondientes papeles de abono, con
la debida oportunidad, á fin de c¡ue puedan hacerse loa reconocimient.os de laa finnu an•
tes de las &amp;lmonedu, que ae verificarán en el despacho de esta propia ,Aduµnistpicion á
las dos de la tarde de los diaa l '.l, 11 y 22 del entrante, siendo la última con caliíÍad de ;e,
m&amp;te. Admioistracion Principal de Rentas. México, A.bril 26 de 1865.
,
r•
El Administrador Principal de Rentas,
Ignacio iu la Barrera.
, ~

AVISO.
1,150 00 Números de loa espedientes para cuyo despacho
se necesita en esta Oficina la presen•.
810 00 eia de'.loe int.ereaados:
,

Suma .•.•.•. , . • . • . . . • 7,129 00
Estas cuadrillas han desempedrado ademas 6,230 metros cuadrados, habiendo destruido en el frente de San Hip61ito 50 metros lineales de cimiento de los antiguos arcos.
.
•

1~ cuadrilla, con un sobrestante y 20 peones, limpió en la
calle de la Canoa .....•.................... •&gt;-- ••••
En la. calle de Manrique ................ : .. : • ~ ••...•
En la calle del Esclll,vo. . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . ..
2~ cuadrilla, con un sobrestante, cuatro albaftiles y veinte
peones, en la calle del Refugio ..................... .
En el frente de la Diputacion y calle del portal ........ .
En la calle de Meleros ............................. .
En la ca.lle de Santa Isabel.. . ....................... .
3~ cuadrilla, un sobrEistante, veinte peones y cuatro oficia,.
les, en la. ca.lle de Cocheras ........................ .
En la. ca.lle de la. Enca.rnacion ........ .. ............. .
En la. calle de la. Estampa. de Regina ......•...........
En ,la. 2~ ca.lle de Mesones .... ,. ..................... .
4~ cuadrilla, un sobrestante, veinticinco peones, cuatro oficiales, en la 1ª calle de Mesones ................... .
En el callejon de la Condesa .......... ............... .
En la 1ª y 2" calle de las Damas................ . .... .
En la calle de las Ratas............................. .
En la calle de Alfaro ..... ... ...................... .
5~ cuadrilla, en la calle del Apartado, un sobrestante y
diez peones ..................................... .
En la ca.lle de los Rebeldes ............. ... ......... .
Presidarios:--Un sobrestante y diez mancuerl).as, en la calle
de Chiquihuiteras. . . . . . . ...•.....................
En la calle del Puente del Santísimo y San José ....... .
En la. ca.lle de Venero . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..... .... .
En la. ca.lle de Cordobanes ... .. ..................... .

ADMINISTACION PRINCIPAL DE RENTAS.

'

Ju.

Seccion 11?--30, 31, 44, 59, 70, 89, 94, 95, 118, 164, 165, 192, 251 y~Seccion 21?--69, 346, ffl, 456,621,636,637 y 640.
M6xico, Abril 28 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizadoa,
Juan Suarez 11 Na'/Jarro.

,

'1711

ANUNCIOS JUDICIALES.

clzadas.

151
104

63

rozGADO 6\&gt; DE LO CIVIL.

,
r
155
Sr. Juez 5\&gt; de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado que se proceda á ia veríta•1•
44 deEl
la caia núm. 1 del callejon del.Padre Lecuona, que ha sido valuada en cinco mil tres 38 cientos veintidoe pe808 veinticinco centavos ($ 5,322 25 cs.}, señala.ndo para laa almone-

das los días 2, 13 y 26 del próximo Mayo, á lu doce; siendo la última

193
226
134

192

COBJ ealidad

de re-

94 mate. Laa penonas que desearen hacer postura, ocurran á la ee&lt;¡ret,ría de eat.e Ju.zgad°r
ae darán instrucciones.
104 donde
México, Abril 25 de 1865.-Sebasti{in Peñaloza, Escribano público.
268-3a-J. , •M•
89
COl'VOCATORIA.
60
Por aut.o de hoy ha mandado el Sr. Juez 5\&gt; de lo civil, ae convoque por loe periódiooÍ
á las personu que se crean con derecho á heredar al finado Presbítero Fr. Jesos Jimenez,
para que en el t.érmino da treinta diu, contados desde la publicacion da este aviso, se
presenten en su J~o, 1it.o en el Palacio de Justicia, á comprobar sus derechos. Lo
que h~o saber al publico para los efect.os espresadoa.
MéXIco-, Abril veinticinco de mil ochocientos sesenta y cinco.-José Vice11te Tiña, Es
cribano público.
269-2&amp;- i
'

100
80

69
62
39
40

116
192
170
90
90

60
44
ORDEN,
30 Ignorándose la habitacion de D. Manuel }forales, por la presente ·se Je emplaza para quL
el improrogable término de ocho fliae, contados desde la primera publioacion de eate
29 en
aviao, comparezca en ,&gt;at.e Juzgado, sito en la calle cerrada de la Moneda núm. 10, ~r si

30
54

20 rio, sobre pesos, le promueTe D. Manuel Cevalloa, como apoderado de loe Sres. Labadié
54 y C~, apercibido de que si no comparece se dará por intentado est.e acto.
'

164
164

,I

54

LIJIPEBIO JDXICAR0,-1UZGADO 1\&gt; l[D'OB DE LA COBTE.

ó por apederado, inatruido y eapeDB&amp;do, á contestar la demanda que en juicio conciliato-

281
90
60

164

100
60
50
90

México, Abril 22 de 1865.
• El Juez 1\&gt; menor, Lic. Joa_qum Perez 11
rozGADO, 7? UIOB.-DOlfCELFJI

(]jeme:, 27().,;.3e....il -

•

IIJÍ)

1f01l, 29.
J

ORDEN.

'1'

Ignorándose el paradero del Co~andant.e de Escuadron D. Enrique So~, por el pre•
sente se Je emplaza para que en el término de ocho diaa, contadOII desde la pl'\Illera pµ•
Sumas .......... : . . . 2,908 1,385 mera publicacion, se presente en eat.e Juzgado á reconocer su firma y á contestar la 'demanda que sobre pesos, procedent.es de un p~aré y como cesionario de D. Antl&gt;nio Espinoaa, le promueve D. Ignacio Medinilla; apercibiendo á diche Sr. Sosa de que 1i no se preN';)TA,-Las atarjeas del frente de la Diputacion, hasta la calle de la Ace- senta,
le parará el perjuicio que haya lugar en derecho.
quia son dobles.
México, Abril !8 de 1865.
Cuadrilla de carros.-Con dos mayordomos y veinticinco carreteros, han
El Juez 7\&gt; menor, Lic. Josl de Jtiiuga,.
271-&amp;-t

levantado los lodos en las calles en que se ha hecho la limpia; han surtido de
. t
IllPEBIO JDXICANO.-JUZOADO l\&gt; JIDOB DE LA COBTE.,
piedra,. tierra y mezcla á todas las cuadrillas, y trasportado las tapas, tapillas y guarnicion de banqueta al Puente de Peredo1 calle de la Amargura,
Oalle cmada de la .Moneda núm. 10.
costado de la Ex-Acordada y calle de San Juan.
ORDEN.-lgnorándose la habitacion de D. SecUBdino Perez, por el presente se le haée
saber, 5tue s.i ha radicado en este Juzgado la t.erceri&amp; que interpnao 11u loa bienea emba-rTerminó la sesion á las dos de la tarde.

N-o asistieron con licencia los Sres. Payno y Espinosa, y siñ ella
los Sres. Buck, Cañas, Hope, Gomez, Ortiz Cervh.ntes, Velez, Reyes, Cosio, La.bastida, Parada é Hidalgo y Teran: por enfermedad,
los Sres. Galindo y Barreiro y por un cuidado de familia el Sr. Pimentel.
.
Es copia. México, Abril 21 de 1866.
El Secretario general del Exmo. Ayuntamiento,

Lrc. JuAN A. MATEos.

ANUNCIOS OFICIALES.

gados a D. Antonio Diaz Salgado, por D. Jolian Peña.
México, Abril 28 de 1865.
,
El Juez l\&gt; menor, Lic. JoafUÍf! Pem, Oilemez. m-1-11
rozGADO 1~ KDOB.-CALLE CEBlW&gt;A DE LA KODDA

1"J)(,

10.

ORDEN.

Ignorándose la habitacion y paradero de la viuda ó legitima representante de la suce-,
cion de Mr. Pedro Dupug, por el presente se le emplaza para que en el improrogable Ur·
mino de ocho dias contados &lt;lesde la primera publicaoion de este anuncio comparezca en
est.e Juzgado per si ó por apoderado mstruido y espensádo á cont.estar la demanda que en
juicio yerba] s&lt;1bre ~8?ª Je pro~ueve D. Pascual Labaiz _como cesion&amp;rio en pago de]).
Jolian Pestail; aperc1b1da que s1 no comparece se aentene1ará en,rébeldfa.
México, Abril 21 de 1865.
El Juez l\&gt; menor, Lic. Joaqu.i11 Perei y G-llemez.
259;-3a-3

ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
BDATI DE lJlfJ. FllfCA.
Núm. 662.-No habiéndo11e verificado en la almoneda &amp;11unciada, por esta oficina Jlar&amp;
el dia 10 del actual, el remate 4e la casa contigua á la conocida con el no111bre de "J'ac.al

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
B.UC'8 Dli: JIAN •ou8TIN, N\Jl,f, ] , ,

.

.

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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DEL

EL

DIARIO
r

MEXICO: Lunes 1? de Mayo ~e 1865.

I

· TOIO l.

NUI. 99.

Con la medalla de plata del lllllTO KtLl.TAB, por decreto de ló de
Abril,
~.:i'/:S
A Simon Vicencio, artillemi
!?f
tupe.-Varlas personas cond=adas
concofonoe-Pasajeros llegados~ Veracru•, 11 Mar.~O;,.ii .• ~ Climp~
08 para ¡ ttvu nla Guardia rural
10
ierrenoe del Sr. Rascon, de5 l
,,
Pablo
Gonzalez,
,,
·'
'
~
che en el mee de Mano.-I~tyu~~onesvtr! .8e del Emperador (contlnuaclon).
PARTE NO OFICIAL.-,.,..erwr.- "'
,
,, Paulino Cruz,
,,
i
Eaterior.-Pormenores sobre los aseslnutos de Washlng\on.•,
,, Marcos Sanchez,
,.
,, Nicanor Ricabar, Sargento de Temapache.s,
PARTE OFICIAL.
,, Antonio Reyes, Cabo,
,,
,,
Macedonio
Hernandez,
Soldado,
,,
ORAN CANCILLEBIA DE LAS ORDENES lllPEBIALES.
,, D. Cárlos Gomez, 2? Ayudante.
Al Gran Mariscal de la Corte y Ministr? de la Casa Imperial.
Para que la_ $ecretaria de la Gran Canmllería d2 las Ordenes Im- México, Abril 29 ·de 1865.
El (h&amp;n Canciller,
periales, pueda llenar los deberes que le están encomendados, DESUMARIOt

.

,

¡ aos y sueldos de la Seoret&amp;ría de la Grao Coocllleno.

PARTE O'FIOIAL.-Decreto sobre planta de emp e':nendador y varios Oaballeros de la Orden de Guado.•
de las Ordene&amp; Imperlales.-Nombramlentfs
del mérito civil y mltltar.-Oomunlcaélon sobre los

CRETAMOS:

--•-·1 · ,•

,

Art. 1? La planta de empleados de la Secretada de la ~ran Cancillería de las Ordenes Imperiales, y los sueldos de que disfrutarán,
serán los siguientes:
A!!IUALEB.
Un secretario con........... . .... ·: ....... • .. • $ 3,000 00
Dos escribientes con 720 cada uno......... .. . . . . 1,440 00
Suma ...•.•... •.... $ 4,440 00
2? Nuestro Gran Mariscal de la Corte y Minmtro de la Casa Imperial, queda encargado del cumplimiento del presente decret?, procediendo desde luego á instalar la Secretarla de lo. Gran Canc1lleria,
y á proponer los empleados para desemp_eñar sus laboree, los que
podrán aumentarse cuando fuese necesano.
Dado en San Salvador, á 27 de Abril de 1865.
MAXIMILIANO.
Es copia del original.
1

El Gran Mariscal de la Corte"y Ministro de la CaaaJmperíal,
.
ALMONTE,
1

s. M. el Emperador ha tenido á bien nombrar, por decreto de 15
del actual,
Comendador de la e&gt;run de Ouac1alupe

AurpNT.E.

IIINISTEBIO DB FO){ENTO.
SEOOIOt,1

4~
,t

· México, Abril 28
deX 1865.
•

Exmo. Sr.-Con fecha de ayer me dice D. José ~ascon lo que sigue:-Exmo. Sr.-Contesto el oficio de V. E., _fecha 26' de Al&gt;ril,
manifestándole que inmediatam_ente he escrito á Tampico~ para 9.ue
á los emigrantes que se han presentado se lea in~tale en los ,terrenos
de mi propiédad mas conveniente al efecto.-Participo á y. E. que
la Compañía" American and Mexican Emigraot Company, :, que se
ha iniciado en los Estados-Unidos, ha tomado mis terrenos para sus
primeras pru,ebas, y qúe por lo tanto no puedo seguir recibiendo
mas emigrantes en clase de arrendataiios, ni espensarles los gastos
de instalacion, ni los elementos de semillas, animales, etc., para el
trabajo.-Por lo tanto, á V. E. suplico se digne dar parte vio1entg
de esto que refiero, á nuestro Consul en los Estados-Unidos, asi co- .
mo á los puertos y al público en general. Protesto á V. E. Jas consideraciones de mi distinguid'o aprecio.-Y lo traslado á V•.E. para
que se sirva dar conocimienpo al agente del Imperio en los EstadosUnidos, de lo que manifiesta el Sr. Rascon:-El Ministro de Fomento, L1tis Robles.-Exmo. Sr. Ministro de Negocios Estranjeros.-Se
trasladó á los capitanes de los puertos de Veracruz y Tampico.
Es copia. México, Abril 29 de 1865.
El Subsecretario de :Fomento,

Al Sr. General D. Tomás Marin, Gobernador de la isla del
Cármen.

MANUEL ÜROZCO.

Caballeroa de la miama Orden:

\

• A D. José Salvat, capitan del puerto de Túxpan.
• D. Pedro Martos, capitan de Milicia.
·
D. Cirilo Santiago, capitan de los Temapaches.
D. Agustin Pelouz, médico.
.•
México, Abril 29 de 1865.
, El Gran Canoilln,
ALMONTE,

'S. M. el Emperador ha tenido á bien agraciar, poi· decreto del 16
de Abril, con las medallas del
JDlUTO CIVIL:

De oro,
De plato.,
,,
,,
,,

A D. José Barragan, vecino de Túxpau.
A D. Manul:ll Llorente, ,,
,,
1
A D. Nemesio Flores,
,,
,,
A D. Joaquín Abarca,
,,
,,
A D. Joaquín Herrera. ,,
,,
'

Por dac1·eto del 23 de Abril, con la medalla del
DR1'l'O CIVIL:

A D. Nicolás_ Chequini, patron de lancha,
A D. Procop10 Hemandez Xicotenoal.
De plata, A Antonio Conique, barquero,
•
A Ger6nimo Hernandez, idem 1 ,IJ 1'
,,
A Francisco Cordero, idem.

De oro,

"

.

•nnsTIRIO DE DGOOIOS ESTlUNJEROS.
NoTIOfA. de lo, pMajeros llegados á Vfracruz durante el r¡¡es próximo PªSJI•
•
do, con· espresion de su n11ciona.lidad )' sexQ.
•

Hombre.:• Ul\lereJ,

Franceses.. • . . • • . . . ..
Españoles...••••••. .". ,. ,
Italianos. .• . • •• • • • • • . • . .
Mexicanos ••••••..•.....
Norteamericanos...••••..
Suizo ••••••...••.•.....
Alemanes..•......• •.•..
Ingleses .....•.......• : .
Belgas .. .....•...••... •
Prusiano...... ••.. ......

75
26
7

84
15

1
16
32
5

_ 1,

, 212
RESUMEN,

1

Hombres. . . . . . . • . . . . 212
Mujeres. . . • . . . • . . . . . 6

•
•M4xioo, Abril ~ de 1865.

Total. .•••• 218

1
2

"
"

"
",,
3 '

"
6

'

'

(Jfi

'

�410

DIARIO DEL IMPERIO~

NOTICIA de los pasajeros lle¡,¡ados á Mazatlan durante el mes próximo pasado, sin espresion de sus flllCionalidades,¡porque no las espresa el Sr. Capi- _El eng:anche en la fuerz~ ~ural será voluntario: el tiempo de él dos
anos; y s1 el Gefe de la d1V1s1on lo creyese necesario establecerá una
tan del puerto.
·
¡,rima. de cuatro á seis pesos para los enganchados.' Los desertores
Hombres .... _. . . . . . . . . • • • . . . 141
serán Juzg~dos y condenados conforme á las leyes militares.
Mujeres ......•.••.. _• . . . . . . . 11
. Los capitanes propondrán de sargento abajo y el Gefe de la diviston los aprobará. El Comandante militar propondrá los oficiales al
Total... . . • • . . . . . . . . . . ló2
Gefe de _la division, quien los aprobará y dará cuenta al Gobierno.
Los oficiales deberán se~ del Ejército Permanente, 90mo queda diNor1c14 de lo• pasajeros llegados á Campeche durante el mes próximo pa- ~ho, y p_ara su nombramiento se tendrá presepte lo prevenido en ¡
88
sado, con espresion de su sexo y nacionalidad.
mstrucm~~es generales; pero e~ algunos casos podrán los QomanH,mb,..
dantes militares proponer á vecmos honrados para Rubtenientes ó alMexicanos . . . • • . . . . • . . . . . . . . . 18
féreces en calidad de auxiliares.
Españoles. - • · · · • · • • · ··· · · · - · ·

4

L?s haberes para los gefes, oficiales y tropa de la G~ardia rural
~óvil
(pues la e~tab!e no los tendrá), serán los que marca la tarifa
Total. ...••..•. , • • . . . . 22
v1gentl\
para el Ejército Permanente: cada oficial de caballería ten' ~
I¡ &lt;
M41ico, Abril 29 de 186ó.
dr~ su' caballo m~utenido gratis. Siempre que el Gefe de la division
El Oere de la SeccTon de Caneillor!a,
lo Juzgu_e convemente, se pondrá en receso la parte de Guardia ru~i. ,, 11 nA, J O
,J. H. 1lfA)IEBO. r
ral ~óvil que designe! y en este clll!º• no tendrá haber, escepto los
a -1 •
-·-oficiales, sarg:ento~ ~r~meros_ y Ja mitad de los segundos, que disfru' _1,.,
tarán e_I ~~ dis_pomb1hdad; s1 eo l~gar de ponerla en receso, el Gefe
MINISTERIO DE GUERRA.
,,I
de l_a d¡v1~1on J~tgas~ oportuno d1s?lverl11, la tropa de sargento prilNBTIIUCCIOIIE8
meio abaJo se hcenc1ará, y los oficiales que pertenezcan al Ejército
1,
l!elati,., á la organizacion, ,enicio, oto., do las Guardia, ~n.rale1, mpq~dq, ob,ervar Permanente pasa~n a] Depósito que se les qesigne. En cualquiera
por B. ~l.. y oirculadaa á loa Gofe¡ de las Diviaioriea terdwri,Ie, níihtam en JO del de los clos casos, es de res9rt ne Gefe de la division proveer aiJ6np_reseo.te A~ri~, euyaa io1tfuodioilo1 deben ier'cempliOaa exactame.Dti, por-todos loe fuo- d y có
d b
i
d ~
c1onarto, publico,•• 1~ p,r,to que lea cor~••ponda, ¡11111 ou.i,,,, 111~nw ,4 mJJ&lt;lifican Ja, 8 . mO se. e e
ger
ª! _ar ~• armamento, vestuario y
ley•• que ,obre Ouard1&amp;a rurales "I e,¡nd,!!"" oon focba 7 de,l\o•;emb,:e y 28 de Di equipo. Se deJa entender que el Mm1steno de la Guerra debe tener
c,embr~ do 1864 próximo psaa~o: · "·' ~
,. '
conocimiento d~ ~o y podrá de~probar Iasmediclaií que.tomen los
Los impuestos establec_1dos para el pago de la Guardia rur.al, se- Gef?s _de ,1a, d1v11 19nes: para ayit~r_lo~ males que se ,seg_uirian¡á la
rán recaudados por laHamenda púbhca, y ésta se hará catgo tl~l man- 1d1~m~l~n.a e11¡ C88o d~ una desapro\¡aoion de los actos de loa Gcfes de
tenimiento de· la espresada
Guardia.
las. tliv1s1o_nes co~o msp~ctores, ,d,eben eµ todos casos, escepto en los
1
Cesan desde luego en todas sus funciones las juntas menores crea- de urgencia notoria, proponer sos medidas al Ministerio de la Guerra.
das por el ~rt. 2~ de la l?Y de 28 de Diciembre último. Los Prefec- _,,Los d~umentos d~ servicio de la Guardia rural, será~ los prévetos respectivos pasa ~ !1si3 ~e ell~ ~I _Corµandante militar del De- md,os por las leyes militares! y los pasarán con regul~ri~,d los capipartamento, para que les esp1da la oraen correspondiente, dándoles tanes á l~s Comandantes militares, llevando con toda precision ¡
8
las gracias por ,~us,servicios. •
alt~ y baJa del armamento, vestuario y equipo. En cuanto á 8'u conLa G~rrdia ~.Yf~l !,i¡6yjl .~u1~da únic,a y esclusivam nte dependien- t_a]¡rhdad, será e_n un t?do conforme con los miNmos reglamentos mite
Mm.1J1e1;9.~e 111~~e'rr~, Y~or _c?nsecu~nda~ su áuto}'idad so- htai_-e_s, con In diferencia, que en fugar de pa_ga~qr habrá· un oficial
penor en las dw1s10nes, es el (fefe mrhtlir dd ella: los Ópníandnhtes ha!nhtado en cada una de las compañ!as 6 escuadrones, el cual ejermilitlires' d~ lbs' Dep'artll?ieñtos, lo serán inmediatament~ ife, la pe ~e{á su~ f~nciones inter_venido' por el mismo capitan; que desempesu~ rEllJp~\:~tv~s dema cac:?ne~; pero dependientes sie9p,re riel Gef~ nanijns iI~ ~ayor. Pasada..!a revis_ta, que será precisamente de preae la d1v1s1on.
·
,
: '
. §e~.~e, remitirá c~da- r,ompa!fl~ su hst11 ypresopu~sto al Comandante
Los Subprefeét?s ó Pr_efectos pr'opon.drá~ al Prefecto ~uperior el !ll)l~ta_r Y al Admmi~~rador ,de rentas del Departamento, 6 á un com1mero de Guardia m~v1l que debe b¡¡ber en sus respectivos Distri- ~1~á~10 esp~c1al J!ll0 ~e designe (esto lo propoqdrán los Gefes dé las
tos, quien acordará con el Comandante militar del Depa1tamcnto d!vis10ues s1_ lo orey11ren conveniente), como representante de la Hala aprobacioo ó alte,acion
del ntim~ro propuesto, segun el servici9 menda pública. _El prim~ro,_lo,,remitir~ to,~o al Gef11 de la divisioo
1
1
lo e~ija y el estado de _p~cifüfa~ji°n ~n •!!~e '&amp;e halle aq~~I ]o Pfrm\- para la formac10n deb,p~esulluesto ge~eral que i~á al Minjs,terio dé
1
tan; pero pP caso d_e_ ifü/e'.~~ncm dtQpír!10n, prevalecef.á s1e1~pre1a Guerra_ para s_u .ª~!·obamon: _el segundo remitirá dichos documentos
del Coma\id11ote m1htii~, quien dará cuenta al gefe d lii divis'wi' y á la qurnta D1reccion d'el.!n1smo, en donde se formará el presopueséste dará la final aptoVacidn 'y lo"participará al Mieis erio oe,la to general de_ la division, que se confrontará! con el que mande! el
Go~ri:a,, qiie~ e1n su ,cu ;o.~16il~á m,bd'ficar l~ ~eterminacion de aquel. Gefe _de la n:1sma; y uo11, vqz apro_bad_os aquellos se devolverán á la
Se de~a entén&lt;ler qu~ cada Coqi¡mijante l'mhtar lia de obrar en esos A?mmistracion de rentas ó comisarios por conducto de Hacieuda.
c~sos pbr ~o'nóc!miehto- cte''liis l1ClÍhtla\1?9_ de su Departa~ento, y ,si M!en~ras se aprueban los pre~op~estos, dichos Administradores ó Cosi no las' tien_ \ irá_persooal,n¡ete 'á adqui¡1rl11s. El·G;éfe de la div~i,or/ ¡n1sar10s ~arán suple~en~r JUICIOSOS á fin de que las fuerz~ no catendi;á espemal cuidado en que,~os ,~!1Já9dantes, militares,,hli obfén rezcan de su haber.
·
con hger~za en esos asuntos, ~t1garán cbn ~úspens~on ó remoc10n
El_ armamento, vesfoa~or equipo y f~najes· serán pagados por el
de su caigo ~1-Coman?ante m1htar que ~omet_1ere esa falta.
Er¡m~: PHª la cp~st~ncc10n del ~.11stua~10 Bfl harán )o~ pedidq.s al~iU~a vez ~Jado el numero de la Guardia ~mal, se procederá á ?ª" msteno d_e Guerra, qmen ?etermmar~ lo conveniente: el vestuario
termmar, siempre por el Comandante ~ihtar, la proporc10n de m- será sencillo como se prevJene 8.Q las UJBtrucciones generales y los
fanter)a y caballería en que áelle estar, s10ndo de esta última el ma- Gefes de la,s ¡!\visiones m~np¡i1~q n¡odelos para, su, adopcion.' Mienyor ~~mero Y, ~t su ~ota eIJ¡ \Wh\)11 :/l5% !IPf r1J,qp~rirlo as! el tras se determina si eHorrajij se )¡¡;,de ap9nar Rºr pre~o diario y vaserv1c10 á_que la m1sn:a Guar?Ia esl¡i'destma~a, á saber: la seguridad riable seg.un ijiP,recio corriente qe pastura11, se a)&gt;onar~mensualmende] .. ~espoblado ~ lit pers~cuc,on de los b¡¡,od!~os. Arreglada la pro- te el de la tarifa para cada c11bajl9 ó mulac, ,
,
pormon. d~ _las dos armas, ·el Com~ndante m1)ita'r propondrá al Gefe
Queda prohibido todo descuento al BQlda~o l¡ajo enalquier pf¡~tésde la DIVIs1on l?s cuadros respectivo~ de oficmles, sargentos y cabos, t?,. escept~ el· de gasto 1comun: S. M. quiere que los Gefes de las diobser~an?o estrictamente la P!oporc10n. marcadai en el Reglamento vlSlones eJerz~n la•in~yor vigilancia á este respecto.
del ~1~rmto P~rmanente publ_1cado .en. 26 de llln!!ro dltinw, ~ siendo
En las prevenciones generaleue.espresa que la voluntad del Emcondic1on premsa que los oficmles p~rtene~lJ á,iJ1c~o Ejército Per- perador es que cesen las milicias irregulares y que se conviertan en
manente, y toma_dos da la clase. de.d1spo~ibihdad. ··~ procu1ará has- Guardiál! rurales. S. M•. éoncedel-á, ona reco1hpeo111 al Gefe de- ]1rdita _donde sea posible, que la fuerza orgamzadaseparadamente, nunca vision en que por completo desaparezcan p1•ir11éro IM milioiMI irn,.
baJe de una compa_ñla ó e~cu~dron-compail!a, qoe"se denominará guiares, mientras que verá, con desagrado el comportamiento del
". de tal 6 cual Part1do!ó D1.Str1to/' y que aunque 811 divida, lo será Gefe de la diyision qµe ,~ea la última 'err h~erla&amp;'_desapareoer.
srnmpre en la propor.CJon ~o~vemente. Estas com¡)!üllas sueltllf ó esCesa toda in~ervencion deL l\li~isteriq peG,obernacion en ]a Guarcuadrones, en este oaso ultimo,. ~olo habrá-el capi!an pr!mero; de- dia Rural móvil y en todo lo que á e!J conGieroa; y íos Prefectos,
penderán de lo~ ~omandantes mihtares y con, ellos se entenderán en aquello que se roce con la misma, qp,ed~r.án á las órdenes del Gepara todo sus.capitanes,_
_
fe de la Division territorial, quien se entenderá 9qn ellos, sea direcEn ca_s? de qu~ se rnunan dos companlas ó escuadrones, el Coman- tamente ó por conducto de los Comandantes militares.
dante mihtar des1gn~r~ qmén.de loa dos capitanes toma el mando de
La fuerza armatlá de'&amp;e'guridnd púlfücll dentró de las poblaciones,
armas, ~egu_n su ant1guedad, en l_o econóo¡,ico¡ p¡;da uno conservará queda dependiente y pagada-por, los .A:!7untamientos, y por conseaus atnbuc1_ones e sus respectivas _comp¡¡ñjjlll; pero en _el caso _de cuenc_ia á_ ]~ ó~dll)\~ij~~l¡Min~tro •de Q~l&gt;,l,rnacion en ,cuanto á
10
que se reumeran m d dos de estas, el Com~ndante mihtar des1g- orgamzac1on .é Ill,Bpecm&lt;!n;,pero en el P'.119dp de armas dependerán
n~rá un gef? para q_ue, las ~and~,,cqn aprobac1on del de la division; de los ComandantesjDiJ'tarllJ! Y, renibirán el santo Y. órden de la plab1en entend1~0, que conclu_1da la operae10¡Q,1 volvei:~.~ ~m1!Jilfas za, donde la haya.
,
r • , ,
'•
,-,01 rflptct1vu demarcacionu.._
La Guardia eatablt.d!lW'n~ t8111\liM, de , )finiJtro de Goberna•

~¡8/

f

I

DIARIO DEL IMPERIO.

411

cion por conducto de los Prefectos; peto estos remitirán estados de preparado. Acompañaron á S. M. en la mesa las autoridades y algunos de

su fuerza armamento, etc., á los Comandantes militares para la for- lo~rincipales vecinos del pueblo.

macion d~ los estados generales que el Gefe de la Division debe re- 'Nopalucan, como otros muchos pueblos, conservará una memoria grata
mitir mensualmente al Ministerio de Guerra:. La Guardia estable se del tránsito del soberano. Habiendo sabido que aqueUa poblacion carece de
instruirá convenientemente como se espresa en las instrucciones ge- agua, mand6 inmediatamente que se abriera un pozo artesiano, cuyos gastos
se cubrirán de su caja particular, é hizo que se distribuyese una suma, tamnerales.
bien de su peculio, entre los mas menesterosos del pueblo. A él sali6 el Sr.
La justicia militar se aplicará~ l_as ~?ardias estables y móviles, D. José María Esteva, Prefecto político de Puebla, ácumplimentar al Empor sus delitos y faltas en el servicio mihtar.
·
perador.
Los oficiales de la Guardia estable 'serán elegidos por los ciudada- Por todos aquellos pueblos y raucberías las gentes salian al camiuo, annos de entre ellos mismos, y no disfrutarán sueldo alguno. La Guar- siosos de ver al Soberano, y manif~stan~o de mil mane~as e1 contento que
dia estable cuando esté armadá, tendrá depositadas sus armas en el sentían. En la hacienda de San Jóse babia arcos de ram•Je y flores, y al pacuartel ó e~ la casa Consistorial: bajo ningun pretesto tendrán lo• sar por allí S. M. los moradores de la finca y la comarca quemaron multiciudadanos las armas en sus casas. El número de Guardia estable tud de cohetes é hicierón otras demostraciones de regocijo.
S. M. llegó aquel dia á San Salvador el Seco, donde visitó la iglesia y la
que deba haber en c~d_a poblacion, será sometido al Gefe de la Di- escuela, y en la tarde salió con el Sr. Ministro de Negocios Estranjeros á revisioo, sin cuyo requisito no mandará entregar artñamento. El Ge- córrer el lugar, q11e aunque muy pobre J de poblacion escasa, dió seiialadas
fe de la Division solo permitirá que se arme la Guardia estable en pruebas del gozo que experimentó con la visita del Soberano. Comieron con
aquellas poblaciones que sean notoriamente adictas al Emperadur. el Emperador las aut-0ridades y la señora de la casa en que fué alojado. S. M.
En caso de que una vez armada cometieren algun desórden, se les pernoctó aUi.
desarmará, y con los promovedores de él, sé hará un c&amp;Btigo ejemDía 28.-Sali6 el Emperador para San Andrés Chalchicomula. En el caplar.
,
mino la comitiva impérial se vió agradablemente sorprendida con un bert¡ioEl Emperador prohibe ~ )os Gefes. ?ª las ~ivisiones, todá perse- s'o aroo de lie'nzo y fl9res, que los indígenas de Coat~pec y sus cercanías hacucion de personás por opmlones pohtic~, baJo su mAs estr~clJa res- bían le1•antadp en medio del camino y frente ti su pueblo, aunque estese halla
ponsabilidadi- pero en cuso de que hubrnre personas notor111mente situado á considera llle disfancia, tTna mú,sic.i de los pismos indígenas aguarperjudicialea _al órde11c l)úblico, pod~ manifeetA_rlo ál Gomisario Im- daba en aq,ueI P.Wifo~ y acompaii6 largo ~ec'ho á S.1). mezclando sus alegres
sones con los vivas ae la multitu~ entusiasmada.
perial, de qmen recabará la resoluc10n co_uvemen~. .
A firr de qué pueda proveerse á Tos oficiales necesil'loi! á la Guar- S. M. lle¡¡é temprano á San Áµdrés cl'íalchicomula, cuya poblacioh no
qu8l1arse utfás en las demós\raciones de adhesion que por todas partes
dia Rural, se formará un depósito de ellos en la capital de cada Di- quiso
recibe el Soberano. La poblooion entera sali6 ál encuentro de S. M., J. rovisioo territorial, siendo el centro y matriz de todos el de esta Corte. deando su car¡ uaje, Je acompañó hasta su residencia con gritos de jubilo.
U'na circular fija el l!'érviclo que se debe exigir á lqs oficiales en Pintorescos afcos de pañuelos y de flores adornaban las calles; vistosas oordisponibilidad.
.
•
,
tinas y otros adornos Jucian en las ventanas; y todo daba tí la poblacion un
S. M. recomienda á los G;efes de las Divisiones, que no toleren en aire inusitado de regocijo y de fiesta.
Visitó S. M. Ja.iglesia, ~l hospita~ y la cárcel, é hizo al ho~pitaT una dolo mas mínimo el maI COllJportamiento de los militares que sirvan
en su demarcacion; y el que cometa la 1ñás ligem falta que desdiga naoion de ochocientos pesos. Condecoró con la cruz de San Cárlos á la Sra.
~el decoro de un militar, será fuertemente castigado y aun suspenso D~ Ana Bulries 4e Couto, y con la de Oficial de Guadalupe al Sr. D. José
del abono de"su sueldo como medida preliminar y de mas inmediato María Borbol1t Tanto en el almuerzo como en la oomida, tuvieron, fa hpn;
ra de acomp'l11ar en la mesa al Emperador las autoridades de la ciudad y a1efecto.
,
gunas otras ~rsonas.
..
Estando los Gefes de las Divisiones inveatidos con las facultade
En 1a noclié del 28 pernoctó· S. M. en San Andrés Chalchicomula, dispoinspector&amp;,!, las ejercerán plenamente dando cuenta de todo al Mi- niéndose á salir el 20 paia.Orizava.
·
nisterio de Guerra para su aprobacion, remitiéndole al mismo los
documentos de reglamento. Si algun punto no está-prevenido.en esEXTERIOR.
tas instrucciones, lo suplirá el tacto y saber del Gefe de la Divilion.
ESTA.Dos~uNIDOS.
México, Ábril 10 de 1866.
llemos publicado ya fas terrfülee noticias de aquel pais, llegadas por el
El Minietro de lai Guerro,
último correo. Los pormenores de ellas no son menos horrorosos.
PEZA.
La aurora de la paz asomaba en los Estados-Unidos. La fortuna de la
guerra se babia mostrado como nunca propicia á los hómbres del Norte.
Sus armas habían alcanzado espléndidas victorias á fines de Marzo. RichPARTE NO OFICIAL.
mond, la ?J'Pital confederada, había caido en su poder el J de Abril. Lee, el
guerrero mdomab\e, alma de la guerra del Sur, se habia rendido el 9 coq
todo su ejércit-0. Mr. Lincoln debia estar contento: el triunfo de su causa paVIAJE DEL EE'ERADOR.
recía definitivo. De su gozo debía participar Mr. Seward, su Ministro de EsCONTINUACION.
tado, el alma de su poli \ica.
Día 25 de Abril.-Este dia permaneció S.M. ~n Tla,csla~ ocupándose en
No tuvieron tiempo para gozar de aquellas satisfacciones. La muerte los
visitlir la iglesia- parroquial, la escuela, la Mrcel, el hospital y otros edificios: asaltó cuando apenas habian empezado á saborearlas. Hó aquí algunos de
A'quí, comd en todas partes, dejó el Emperador vivos testimonios de su bon- los pormenores de los atentados de que fueron víctimas, tales como fueron
\lAd "l)oer&amp;oa y de la proteccion que siempre dispensa á las clases meneste- publicados en Nu~va--York en la mailana del 15 de Abril.
- , habiendo ordenado que se dieran tre!!Cientos pesos para sooorfer á las
11
Washington, Abril 15, á lA8 tres y media de la mañana.
faajlias indigentes.
.
.
.
,1En esta antigua ciudad, llena de ruinas y recuerdos, no podiah menos de "El Presiaente Lincoln y su esposa, acompafiados de algunos amigos, fueescltarse las memorias de otros· dias en la mente del au~usto viajero y de sus ron anoche al teatro de Ford para ver la representacion de "Our American
ooom~lltintes. S. M. visitó el palacio de HernlÍD Cortés, y la iglesia de San Cousin." Los periódicos habían anunciado que el general Grant asistiría
Franc,soo, donde está el lugar, y aun la pila, donde la tradicion dice que fué igualmente ála representooion; pero el general salió para Nueva Jersey en
bautizado·el primer sénador tlax'calteca.que abrazó el cristianismo. Vió tam- el tren de la tarde. .
bien S. M. un ídolo notable que fué enoontrado en el patio de una casa, y "El teatro estaba lleno de gente, que parecía absorta ante el espectáculo.
ahora se .halla en la aduana.
·
En el tercer acto se oyó 1a detonacion de un pistoletazo, pero nadie fijó en
. Este dia tu~ier~n 1~ honra de ser e_onvidados á comer en _la mesa im'¡le- ello la atencion, ha¡,ta que un hombre blandiendo un puñal largo en la mano·
nil la:s n~rson!"' s1gu1ep.~:,Sr. General ,Ormaechea; D. :r,fariano Martinez, derecha, apareció frente al palco ocupado por el presidente esclamando "sic
P'refecto mtermo; el Sr. Sierra, empleado en la•Prefectuta, y los dos oficia&lt; semper tyrannis;" y saltando al escenario, lo &amp;travesó en toda su estension
les de laa guardias austriaca y mexicana.
hasta' salir por la parte poslhior del telitro, montar en un caballo que tenia
dispue.!lto, y hu\r.
Día 26.-Salió el Emperador de Tlaxoala, y se dirigió á Huamantla. En "Ilos gritos de la Sra. Lincoln presto hicieron saber IÍ la concurrencia que
Sa~ Pablo Apetatitla se detuvo S. M. á ver la iglesia y la escuela, y en se- el presiderlte hañia sido herido, y todo el mundo se pus~ en_ pié espontán~agtudad d0!1tlnu1 p~ra el pueblotde San Francisco, y la hacienda de .Acocotla mente esclamando: "Detenedle, deterledle." La sobreesc1tac1on del púbhoo
dq~ e althprzo 8. M. invitando ¡\ su mesa al administrador y empleados-d~ babia llegado il su colmo, y por medio de un segundo movimiento se agolpó
la nnca. Poco antes de llega• {¡¡ Huamantla, esperaba á S. M. el general frente al palco del presidente de donde salían los gritos de "Retiraos; dejad
cond_e de ,Thuh con una peque!la escolla y se reunió ti- la comitiva it'nperial aire," que hicieron rettoceder á los curiosos. N momento se partió en bus•
cbhtinuando en ella todavía.
'
' ca de médicos y medicinas.
Htia?1aht1a. fué recibid? el ~mperador con demostracjones de entu- "D':'c6brióse que el presidente h~bi~ recibido una bala en la cabeza, qu~
~1aamo, sal1en~ a darle Ja bienveruda todas las autoridades, el clero y un• le hab,a roto el hueso frontal, ocas10nandole una filtracion cerebral. Fue
íDniensa_~ult!tud de peroo~as de todas cl&amp;Ses. A Ja !l()mida-concurrieron lM trasladado á una casa frente al teatro y se mandó llamar inmediatamente al
~nóiills _slgtuentes: D. Miguel_ Sesma, presidente' d~l Ayimta'miehto, y su cirujano del ejército y á algunos otros médicos.
1a¡_el,L1c. D. Rafael Serrano,Juez de,,let,as; D. Joaquín Morales y su se- "Al examinar el palco, se halló en la alfombra una pistola descargada.
l!ora, D. Lorenzo Fuentes y sus dos hiJas; D. Fr~ncisco Alvisuri adminis- "Tan luego como·la noticia fatal se difundió en 18' ciudad, una multitud intr&amp;dor ,de rentas; D: Nicolás Mellado; D: lnscio Seron Prefecfu• D Joa- mensa de.gente acudió á la casa adonde fué trasladado Mr. Lincoln, aguarquín Mellado1 y el vicario de la parroquia 15. Gabriel Amador. 'S. M. se dando con ansiedad el fallo de los médicos. A media noche algunos de los
dlgn6 obseqwar con un regalo á la sel!ora del Sr. Morales y al Sr. Sesma. miembros del gabmete llegaron y fueron introducidos á la alcoba en que yaDia !h.-Llegó el 'Emperador á N'opaluean, y aúlique no babia pensado cía Mr. Lincoln sin sentido. En vano agotaron los médicos su habilidad padetenal'le en eate pueblo, tuvo , bien aoeptar el almuerzo que alli Je tenían ra reanimar al herido y'ba'oe,Je recobrar el conocimiento, y al cabo declararon perdida toda •peraru&lt;a.

:•En

�412

DIARIO DEL IMPERIO.
Washington, 15 de Abril.

"En los momentos en que 1:,11 sobreescitacion causalla por el asesinato de
Mr. Lincoln estaba en su apogeo, circuló súbitamente el rumor de que el
secretario Seward babia sido igualmente asesinado.
''Todo el mundo acudió á la residencia de Mr. Seward, y la halló rodeada de un gentío compacto, contenido apenas por una guardia militar. Presto se tuvo la certidumbre de que el rumor era fundado. La confusion era tal,
que fué casi imposible recoger noticias inteligibles. Hé aquí los hechos mas
precisos que pude saber:
«A eso de las diez de la noche un individuo llamó á la puerta de Mr. Seward, y declaró al criado de color que acudió á abrirle, que iba enviado por
el Dr. Verdi, médico particular de la familia de Seward, para entregar á éste una receta. Llevaba, en efecto, en la mano un papel doblado. Pidió ser
introducido cerca de Mr. Seward, y habiéndose negado á ello el criado, pretendió tener que hacer al enfermo recomendaciones especiales acerca del uso
de la medicina. Al saber que era imposible que se le dejára entrar en la alcoba, empujó bruscamente al criado y se dirigió á la pieza de Mr. Seward.
En la puerta halló á Mr. Federico Seward, á quien repitió el cuento im~rovisado al doméstico.
"Se ignora lo que pasó tras este diálogo; pero se sabe que el desconocido
hirió al Subsecretario de Estado, con una porra, le dejó en tierra sin sentido
y le infirió graves heridas en el cráneo. El asesino penetró en seguida al
cuarto y atacó al mayor Se,ward, pagador del ejército americano, á Mr.
Hansell, empleado del Departamento de Estado, y á otros dos señores que
cuidaban del enfermo, quedando heridos lo,s cuatro. Precipitóse entonces sobre el secretario Seward, que estaba en la cama, y le asestó tres puñaladas
en el cuello. Se cree y se espera que ninguna arteria haya sido cortada,
aunque la sangre mana profusamente de las tres heridas.
"El asesino ganó inmediatamente la puerta, montó á caballo y partió á
gal&lt;&gt;pe antes de que se diera el grito de alarma, lo mismo que en el teatro
de ]'ord.
· "Se cree que las heridas del secretario Seward no son mortales, y que lo
mismo sucede respecto de los damas individuos; nadie se disimula, sin embargo, que son bastante graves.
"La ciudad toda se halla en una sobreescitacion imposible de descrihir, y la
indignacion pública no conoce límites. Las autoridades militares han enviado destacamentos de caballería en todas direcciones, para prender, si es posible, á los asesinos. Toda la policía metropolitana está en pié1 y d~splega
la mayor actividad para apoderars~ de los criminales.
"Los dos crímenes han sido perpetrados en el teatro y en la casa de Mr.
Seward, casi á una misma hora, es decir, á las diez. Esta circunstancia prueba que había un plan preconcebido para asesinar al presidente y al secretario de Estado. La policía sigue el rastró al asesino del presidente, y tiene
ya en sus Ir.anos algunas pruebas de la culpabilidad de un individuo de quien
se sospecha.
·
"El vicepresidente J ohnson se halla en la capital, y su casa está custodiada por tropa. "
Dejamos para mañana otros pormenos. Solo añadiremos por ahora, que
el presidente Lincoln espiró el 15 á las 7 y 22 minutos de la mañana, y Mr.
Seward á las 9 y 35. Ambos estuvieron privados de sentido desde que fueron heridos hasta que murieron. El hijo de Mr. Seward murió t.ambien.
Wilkes Boot, el asesino de Mr. Lincoln, fué preso: el de Mr. Seward babia logrado escaparse.
El Vicepresidente, Mr. Johnson, tomó posesion de la presidencia el mismo dia 15 de Abril por la mafiana.

ANUNOIOS JUDIOIALES.
ALJ!ONEDAB JUDICIALES.
El Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic: D. l\fa.nuel Pavon, ha mandado se proceda á !na de 111
casa núm. 7 de la 1~ calle de Necatitlan, de esta capital, valuada por el perito wgeniero
D. José Higinio Gutierrez en $9,210; señalando, al efecto, loe dias 5, 16 y z, de Mayo
próximo, en el local del Juzgado, situado en el Palacio de Justicia de esta capital ÍI las
doce de la mnñann; siendo la tíltima con calidad de remate.
'
Lo que aviso por el presente, para que las persoll88 que quieran hacer post,ura ocurran
ÍI la secretaria del Juzgado, donde recibirán las instrucciones que ministran los ~utoa.
México, Abril 28 de 1865.-Mamul Fernandez Guerra, Escribano público. Zl3-3s-l
rozoADO 6~ IIEN0R.-1~ DE LA )l[ONTJWLLA 1'lllt 7.
En el juicio que sigu.e D. Ignacio Medinilla, en representacion de D. Juan do El¡¡uea
contra D. Cárlos Antonio Berguido, he mandado se cite pvr los periódicos al Lic. D. Ra:
fael Gonzalez Garay, para que al día tres del entrante Mayo, &amp; la una de la tarde, se presente en eate Juzgado pa.ra rc~o:nocer su firma y contestar ni tenor de un interrogntorio·
presentado por el actor; aperc1b1do de tres pesos de multa si no se presenta.
México, Abril 25 de 1865.-Lic. Labat.
266-38-8

OOlfVOCATOBIA.
El Sr. Juez 3~ de lo civil ht. mandado que se convoquen por loa periódicos á las eereo
nae que s_e crean con derecho ~ loa bi~nea del inte~tado de m Manuel&amp; Torrea To1,ja de
Coeto, para qne se presenten a deducirlo en su Juzgado, dentro de trei1ta dias· ap11rcibidoa los qne no lo verifiquen de lo qne haya lu~ar en derecho.
'
Y otl.Dlplo con el a.nterior mandato por medio de la presente.
México, Marzo 17 de 1865.-Lic. Né1tor Monte,, Eacrib11no de diligencias.
245-30,-14
Illl'EJUO JIEXICilO.-JlJZGADO 1~ KDOR DI LA OORTI.
ORDEN.

11

Ignorándose la habitacion de D. Ma.nuel Morales, por la presente se le emplaza. para que
en el iioprorogable término de ocho mas, contados desde la primera publicacion jle eate
aviso, comparezc~ en ,•~te Juzgado, sito en la calle cerrada de la Moneda núm. 10, 'P.or si
ó por apoderado, mstrwdo y espeneado, á contestar la demanda que en juicio concilia.to•
rio, sobre pesos, le promueve D. Manuel Cevallos, como apoderado de los Sres. Labadié
y C~, apercibido de que si no comparece se dará por intentado este acto.
México, Abril 22 de 1865.
El Juez J'! menor, Lic. Joaquín Perez y Gll~tz. . 'i:10-3&amp;-2
TlUlltJlJAL DE OOJORCIO DI IIEJICO.

Bn l11. demanda promovida por D. Ignacio Medinilla contra D. José Jiménet Peña., el
TribuDlll acordó que se cite por loa periódicos á dicho D. José Jiioenez Peia, para queen el término de quince dias, contados desde la primera publicacion, se presente á recono•
eer la firma puesta con su nombre en un documento exhibido por D. Ignacio Mtdinilla.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente en México, á 22 de Abril de 1865.
Jo1é María Cardtfta, Oficial 2~ encargado de la Secretaría.
261-3a-3
rozGADO 7~ DlfOR.-D01'CELFJJ 1'U](. 119.
ORDEN.

1

A

El capitan D. Francisco Barragan se presentará en este Juzgado en el perentprio "término de treinta días, contados desde la fecha de la primera publicacion de este aviso, á
purgar In rebeldia en el jui,iio que sobre
de cuarenta y 8018 pesos, procedentes de un
pagaré, le ha promovido D. Ignacio Me · a como cesionario en pago de D. Antonio Espinosa; y habiendo elegido el act-0r la via de asentam.ient-0, por el presente se le hace eber
al repetido Barragan, para que sien el término prefijado no comparece, le parará el perjuicio que haya lugar en derecho.
México, Marzo 29 de 1865.
El Juez 7'! menor, Lic. José de JaitJ.aga.
262-3&amp;-3

l~~u

COlfVOCATORIA.
Ante el Sr. Juez 2'! de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, ae ha presentado
D. Agustin N. Gochicoa, como apoderado jurldico de m María de Jeaua Ortega de Solla,
D~ Soledad Schiafino de Merchan, O! Guadalupe García de Romo, D! Pila.r Orte¡¡a d11
Correa y D~ Soledad Ortega de Palacio, previa la licencia de sus maridos respeetivoa; de
D~ Concepcion García, con autorizacion de su padre D. Rafael García, y de D!· Dolore•
ADMINlSTRACJON DE BIENES NAC10NALliADOS.
Schiafin&lt;, Somoza por medio de su curador D. Francisco de P. Palacio, con 11.ntorisacion
AVISO,
eapresa del Juzgado; y por último, de m Lniaa, m Luisa de la Luz, D. Luis y D. Pedro
·
Nómcros de loe espedientea para cuyo despacho se necesita on esta Oficina 111. presen- Schiafino, as! como de D. Francisco de P. Ortega.
Con'esta representacion, manifiesta tiene acciones que deducirá las herencias de D. Juan
cia de loa interesados:
Pedro y D. Manuel Tomás Schiafino, muertos intestados, y las cuales consiJten en loa1deEn la Seccion 1~-30, 31, 44, 59, 70, 89, 94, 95, 118, 164, 165, 192, 251 y 286.
En la SecciQn 2~-69, 427, 4!i1, 456, 467, 621, 636, 637 y 640; advirtiéndose qu,e no se rechos á los bienes de D. Simon Sohiafino, que testó en Granada de España, dejando dóa
tercios del caudal 6. su hermano D. Juan Pedro, y un tercio á su sobrino D. Man\lel To.
puede dar ningun giro Í!. estos negocios, si esta comparecenoia no se verifica.
mÍIB Schiafino. Que á fin de justificar el entronque y ascendencia de sua J&gt;&lt;)derdantea con
México, Abril 29 de 1865.
.
loa intestados referidos, pide al Juzgado se sirva emplaur por los periódlcoe &amp;loa que se
El Administrador de bienes naeionalizftdoe,
crean con derechos que dedncir contra dichos intestados, bajo el apercibimiento de estilo;
Juan Suarez y Naruwro.
entendiéndose las diligencias ultoriorea con el Sindico del Exmo. Ayuntamiento y con el
abogado clel fisco, por tratarse de la herencia directa de D. Juan Pedro y la truveraal de
D. Manuel Tomás Schiafino.
DEPOSITO GENERAL DE SEitORES OEFFJJ Y OFICIALF.S.
El Sr. Juez ha. señalado al efecto el término de veinte dias, contados desde la p,rime!'I
México, Mayo 1~ de 1865.
publicaci,m de esta convoca.toria; y en cumplimient-0 de lo ma.ndado, pongo el preaente e
Todos los Sres. Gefes y Oficiales que lo forman, que cum~liendo con la disposicion de México, á 7 de Abril de 1865.-Joaé Maria Ocampo, Escribano de diligenciu. 1'
242-lOa-9
S. M. de fecha 11 de Abril, se presentasen en el 11cto serio de la revi,ta de Comisario,
mandada pasar el dia 5 del presente &amp; las nueve de lá mañ&amp;na, con su insignia milita.r, no
se retiraran hasta despues de concluida, para formar en la oficina del Dotal una relacion
COlfVOCATO:aIA.
nominal de ellos para pasarla en el momento 6. su alto conocimiento; probai.do aei qu~ saben cumplir con su deber en uniformarse como pueden, IIIAllÍÍe~tando en ello que \&gt;erte- Ante el Sr. Juez 59 de Jo civil de esta capital, Lic. D. ¡Tor¡¡e Perea, ha pr111entado un eanecen á la honrosa ~arrera de las arma«, que hoy principia á recibir se brillo y di,01plina erito D. Gregorio Lamadrid, manifestando que a~ padre D. José Manuel Lamadrid falleoié
olvidada.
en l\Iéxico á 28 de Julio de 1858, dejando como bienes dos vínculos, uno por parte de padre
El Goneral Gefe de la Corporacion,
y otro por parte de madre, aitoa en San Vic8!1~ de la Barquel"!', provino1~ de Santanderetl
Es_paña, y nombrando albaceas y h~~ederos a dicho D. G_regor10 Lam~d, auhermano.D.
E. de Grimarert1
Manuel Lamadrid y Flo!es, y los h1JOB ~e ést~. Que habiendo mne~!-0 dich? D-M~nel Lamadrid y Flores, é ign!)randose 1~ s_upervivenc1a y pa~dero de los ~JOB de e~te, ped1a se lea
MINISTERIO DE HACIENDA.
llamara por loa periódicos; nperc1b1éndoloe, así como a otros cualquiera que se creyeran con
derecho á la suce_sion, de que _si dentt"? aeJ plazo 9-ue se fij~ra no co~parécia~, té entenSECCION 1~
dería que renunciaban cualquiera ae-0101 que hubieran podido deducu. Y habiendo el Sr.
Conforme á lo prevenido en el regllllllento de 11 de Julio de 1853, 011 el entrante mea Juez decretJ1dO de conformidad, se sirvió señalar el plazo de treinta diaa, que se contarán
de Mnyo deben salir conductas de caudales de esta capital para Veracruz¡ de Zaca.tecaa, aesde la primera publicacion de esta convocat-Orin, par&amp; la preaentaoion referida. Y en
. Guanajunto y San Luis Potosi, para Tampico; de Monterey, pnra Matamoros; de Guada. cumpli1D1e11to de lo mandado, pongo el presente; r,dvirtiendo que mi despacho e~tá situa
)ajar&amp;, para San Blaa; y de Duran~o para Maz&amp;tlan, si el comercio tuviese diapueato1 al- do en los bajoe del núm. 7 de fa calle de la Moneda.
México, Abril 7 de 1865.-J/afff&amp;tl T, de Menuu, Escribano público. 243-l0a-8
guno3 caudales para el efecto, y e1 se pueden proporcion&amp;r lae escoltas neceeria, que deben custodiarlas.
Lo q_ue se pone en couociioiento del público para loe efectjl8 coneiguientea. ·
Mé:uco, Abril ~6 de 1865.
Por 6men del Sr. Sub1eeretario de Haei.enda,
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. E'3CALAN'.l'E,
El Gefe de la.SOeeion 1~,
i
8.4101 11• 11.lf AGVl'l'l1', N\TM, 1.
fl
Jomr 4t R.,11140..

ANUNOIOS OFIOIALES.

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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Asesinatos de Washington</name>
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                    <text>DEL

EL

DIARIO
r,

NOII. 150.

MEXICO: Sábado 19 de Julio de 18,65.

TOIO U.

NO OFICIAL.

SUMARIO
PARTE OFIOIAL.-lleiloras condecoradas con la Cruz de San Oiirlos.-Penonas condecoradas con la
Crus de Ouadalupe.-Perzonas agraciadas con la Medalla del Mérito civil.
NO OIIICIAL.-Operacionu milltaru.-COmunlcaclonea sobre la ocupaclon de Uruapan y muerte de
Puebllta
y Sa!IIB,
Dl!poslc!on
del Sr. Comandante en gere,del ejórclto, sobre en1'1o de lmdos por los convoyes írancesea.
P1•opWJ.a4 littlrarla.-COnceslon ae ella sobre una cartilla y dos al1abar!os,
N~!J• maurialu.-Inlrodncclon de agua potable en lluatusco.
S&lt;,cudq.d, d6 G«,grafla, '!/ E,tad'18tica.-1Jna acta de esta Sociedad.
Juma de Oolonúaclo11.-Oont!núa el Proyecto pendiente.
•
Varios pasajes de una correspondencia de Nueva-York sobre México.

PARTE OFICIAL.
GRAN CANOILLERIA DE LAS ORDENES lllPERIALES.

SS. MM. II. han tenido á bien condecorar con la Cruz de la Orden de San Cárlos, en las fechas que se expresan, á ]as señoras siguientes:
22 de Junio de 1865. D~ Manuela Torres, Presidenta de ]a asociacion
de caridad de San Vicente, en Puebla.
ld, de id. de id. Srita. D~ Ana Almendaro, Presidenta y fundadora de una asociacion de beneficencia en
Puebla.
México, 28 de Junio de 1865.

El Gran Canciller,

INTERIOlt
OPER!CIONF.8.Jm:l;TARES,

Por la siguiente corounicacion se verá que Uruapan ha sido ocupada por las tropas imperiales, y que murieron allf, entre otros disidentes, los gefes Pueblita y Salas.
Ministerio de Guerra.-Ejército imperial mexicano.-Brigada Tapia.Pátzcuaro, Junio 24 de 1865.-Núm. 35-.-Exmo. Sr.-En copia tengo el
honor de acompañar á V. E. para su con6Cimicnto, la comuuicacion que desde Uruapan y por extraordinario me ha dirigido el Sr. Coronel Clinchant.
-El teniente Coro-ce! Vander Smissen e&lt;&gt;n la columna que trajo de Morelia, aumentada con cuatrocientos hombrea y dos obuses de montaña de la
fuerza Ae mi brigada, ha salido á la madrugada de hoy para Ario, donde ha
llegado en la tarde.-Yo, con el resto de mis fuerzas, permanezco en esta
ciudad en espectativa. de los disidentes, que perseguidos por las columnas del
coronel Clinchant y Vander Smissen pueden intentar pasarse al Norte del
Departamento, en cuyo caso se los impediré;obliglmdolos á volver al terre·
no dentro del cual es preciso encerrarlos para poder concluir con ellos.Los s_ub~ecuentes acontec~ient.os oportU11amente cuidaré de ponerlos en el
conoc1m1ento de V. E.-D1os eto.-El general comandante de b brigada
Luis Tapia.-Exmo. Sr. Ministro de Guerra.-México.
'

Ejército imperial mexicano.-Brigada Tapia.-Uruapan, Junio 23 de 1865.
-"Señor General:-He llegado-t Urea_p.n hoy á. la una y media de la tarde. El enemigo, prevenido de mi aproximacion, había evacuado la ciudad
desde en la noche. A pesar de todo esto, he sorprendido á Pueblita con cerS.M. el.Emperador se ha servido condecorar con la Cruz de la ca de 40 hombres en esta plaza: les he matado cosa de 15, y entre los muerOrden de Guadalupe, en las clases y fechas que se expre1mn, á las tos s~ hallan Pueblita y el Comandante ~alas. He perseguido al resto de su
tropa, la cual ha tomado el rumbo de Patzcuar.o. Marcho mañana sobro Tapersonas 'siguientes:
GRAN OFICIAL,
retan, adonde llegaré en el día. Me veo forzado á caminar violentamente
7 de Junio de 1865. Dr. D. Manuel Moreno y Jove, Dean de la para no dejar al enemigo en tranquilidad. Tomad vuestras disposiciones pa~
ra hacer lo mismo. Están en mi poder algunos oficiales heridos y otros que
Catedral de México.
se han escapado de las manos de los liberales despues de haber sido hechos
prisioneros: he dado 6rdenes para que los heridos sean atendidos;-los demas
COMENDADORES,
vienen conmigo.-Recibid, señor general, las seguridades de mi alta consideracion.-Olinc/iant.&gt;'-Es copia. Pátzcuaro, Junio 24 de 1865.-El gene·
Id.de id. de id. D. Victorio Dueñas.
ral comandante de la brigada, lAl,is Tapia.
24 de id. de id. D. Mariano Morett, General de Brigada.
Es copia.-El Subsecretario de Guerra, J. M. J)urán.
Au.wnE.

OFICIALES.

de
Id.de id. de
22 de id. de
Id.de id. de
7 de id.

id.
id.
id.
id.

D. José Gutierrez de Villanueva, médico.
D. Juan Ortega, General de Brigada.
D. Juan Múgica y Osorio.
D. Dionisio José de Velasco.
CABALLEROS,

20 de id. de id. D. Estéban Osuna, Capitan de Rurales.
22 de id. de id. D. José Rafael lsunza, abogado.
Id. de id. de id. D. Rafael Ramirez.
Id. de id. de id. D. Diego Arrioja, comerciante.
Id. de id. de id. D. Joaquin Uriarte, abogado.
24 de id. de id. D. Cárlos Ricoy.
México, 28 de Junio de 1866.
El Gran Canciller,

Esta noticia. se encuentra confirmada por la siguiente comunicacion del Cuartel general frances:
México, 30 do Juuio do 1865.

El Coronel Clinchaut con -una columna compuesta de 200 hombres, dos
piezas de artillería y un escuad.ron de caballena, entr6 en Uruapan el 23 de
Junio á. la una de la tarde. Había salido de Puruándiro á. marchas forzadas
al saber el movimiento de Régules y de Salazar, pero no pudo llegar á
tiempo para salvará. Uruapan. Cuando entró en aquella ciudad, se halbba
allí Pueblita con unos 40 hombres. El Coronel Clincbant le hizo atacar inmediatamente, dando muerte á 15 de ellos, el'ltre los cuales se cuentan Pueblita y el Comandante Salas. Fueron recobrados en Uruapan algunos oficiales y soldados de la brigada Tapia, que hnbian caído en poder de los disidentes despues que tomaron á. Uruapan.
Algunas columnas están persigiiiendo con la mayor actividad á las bandas
de Régules.-El coronel gefo de Estado mayor general, J)'Osmond.

ALMO~TE.

PREFECTURA POLITICA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE IIEXICO.
SECCION DE llAOIENDA.

S. M. el Emperador, por decreto de 22 del presente, se ha digna·
Núm. 468.
MIÚico, Junio 30 do 1865.
do conceder la Medalla del Mérito civil de 2~ cTase, :'i
El sefior general comandante de l:t. subdivision, en nota de la fecha, dice
D. Honorato Quinard, fabricante de vidrio,
á. esta Prefectura lo siguiente:
D. José Marfo Fernandez Mantecon, empleado, y
"El Sr. Mariscal, comandante en gefc, mo encarga que haga saber á V. S.
D. Francisco Morales, pintor.
que en lo sucesivo, los negociantes de México no deben enviar sus fondos
con nuestros convoyes, si no es obteniendo una autorizacion."
México, 28 ele Junio de 1865.
Lo que de 6rden del Sr. Prefecto político se publica en el Diario del lm•
El Gran Canciller,
A1,MONTE.

perio para conocimiento de los interesados.-El s('cretnrio general de Jo Prefectnrn, Aleja11d1'0 Villaseiiol'.

�2

DIARIO DEL IMPERIO.
CONC.F.SION DE PRIVILEGIO,

Ministerio de Gobernacion.- Exmo. Sr.-El Lic. Luis G. Duarte, ante
V. E. respetuosamente espongo: que como principio de un plan combinado
de primera enseñanza que tengo formndo, he dndo á la prensa un silabario,
una cartilla y un silabario compendindo, y deseando obtener la propicdnd de
esas tres obritas elementnles, así como la de los aparatitos de que habla la
última, á V. E. pido encarccidnmente se sirva hacer la declaracion que he
dicho y que veré como un acto de la bondad de V. E.-México, Junio 26
de 1865.- Luis G. J)uarte.
En vista de lo solicitado por vd., con fecha de ayer, el Gobi~rno de S.M.
el Emperador se ha servido declararle la propiedad literaria do la cartilla y
siJabarios de que es vd. autor, debiendo disfrutar dicha propiedad sin perjuicio de tercero, conforme á las disposiciones contenidas en los artículos 1?
y 2? del decreto de 3 de Diciembre do 1846, bajo el concepto de que depositará vd. dos ejemplares de la obra en el archivQ del Ministerio de Instruccion pública, segun lo previene el art.14 del mencionado decreto.-El Ministro de Instruccion pública, encargado del Ministerio do Gobernacion.-

Siliceo.

11:FJOB!S DTEBIALES,

Ministerio de Fomento.--:-Direccion del camino de Perote .á Veracruz.Huatusco,Junio 17 de 1865.
Exmo. Sr.-Cumpliendo con lo prevenido en la comunicacion de V. E.,
de 28 del pasado Mayo, y segun las instrucciones que se sirvió darme verbalmente, vine á esta villa con el objeto de hacer un reconocimiento y presupuesto aproximado de lo que costará la introduccion del agua potable.
Para ello pedí que me condujesen á los diversos manantiales, de los que
puede conducirse el agua á esta villa, y fuí en pri,mer lugar al nacimiento
del río de Aguacapa, que está al Poniente de la poblacion y corre al Sur de
ella. Este nacimiento está al pié del cerro de Tenestepec, que es calizo; el
agua tiene buen sabor y el jabon hierve en ella; traje á la poblacion una botella de agua tomada en ese lugar, y la analicé segun la órden de V. E. Por
este análisis encontré que la cantidad de cal que contiene es tan pequeña,
que á mi entender no puede ser dañosa, y puede 'ser algo benéfica por la
porcion de fierro que contiene. Este nacimiento está á cuatro kilómetros,
poco mas ó menos, de la poblacion, y el acueducto que se debería construir,
no pasaría tal vez de cinco á seis kiJómetros de longitud. Introducida esta
agua hasta la parte alta de la poblacion, seria ya fácil construir seis cajas
repartidoras, comunicadas con la principal por medio de cafierías, q,ue podrían ser de barro, supuesto que en esta poblacion no hay carruajes de ninguna especie. Mi opinion es que toda la obra costará diez ó doce mil pesos,
incluyendo en esta cantidad el costo de seis fuentes públicas y otros tantos
pilancones para bestias. Los otros nacimientos, que tambien visité, están
tal vez á doble distancia, y el terreno por donde debería .atravesar el acueducto es en estremo quebrado, lo que aumentaria mucho su longitud, haciendo que su costo fuese doble. Esta es la opinion que he formado sobre
este asunto, que me apresuro á comunicar á V. E. cumpliendo con sus superiores órdenes.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Ingeniero, J. A.
de la Peña.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-México.
Es copia. México, Junio 28 de 1865.-El Subsecretario de Fomento,

Manuel Oroico.

SOCIEDAD JIEXICANA DE GEOORil'U Y F.ST~IS'l'ICA.

México, J u.nio 16 de 1865.

Publicamos á continuacion la acta núm. 23 de dicha Sociedad.
Aprobada la acta anterior, se di6 cuenta: ·
l? De una carta del Sr. Baron Hoben de Kentzing, remitiendo la traduccion de sus apuntes sobre las diferencias de los climas parciales entre sí.A la Comision de redaccion del Boletín para su insercion.
2? Del Prefecto político de Oajaca, acusando recibo del dictámen que se
le trascribió, relativo á los libros y manuscritos que donó á tsta Sociedad.
3? De la Junta auxiliar de Cuernavaca, acusando recibo do las circulares
que se le han remitido y postulando á varios individuos para Socios corresponsales en los principales puntos do aquel Departamento.-Quo se tengan
presentes para otra sesion.
4? De la Junta auxiliar de Oajaca, remitiendo la acta de su instalacion.A su espediente, y contéstesele de enterado eón satisfaccion.
5? De los Sres. D. Juan H. Anton, de Morclia; D. V. Falcon, de Oajaca;
D. Rafael de Urbizú, de Zamora, acusando recibo de sus nombramientos de
Socios corresponsales, y de otra del Prefecto político de San Luis Potosí,
ofre~iendo remitir la acta de instalacion de aquella Junta auxiliar, á que concurrió el Sr. Cabrera.-A sus respectivos espedientes.
6? El Sr. socio, coronel Fieury, present6 un cuadro sinóptico de los árboles.de los b~sques del Canadá,\formado por el Capitnn N. H. E. Faucher de
Samt-Maurice, para esta Sociedad.-Que pase á la Comision de botánica
para que lo examine y omita su opinion.
7? Del Socio corresponsal en Viena, D. F. Heller de Hellevaldz ofreciendo encargar~e de la pub~c.'lcion de una nueva carta del Imperio Mexicano, á cuyo fin pide se le remitan todos los datos necesarios, pues aunque sabe que se.._han hecho recientemente algunas publicaciones de este género en
México, ~ien~e d~ir que ~º-son aún conocidas en Europa.-Que se pase est:i, comumcacion a la Comision de geografia para que la tome en considerac10n, y que desde luego se pidan al Ministerio de Fomento 25 ejemplares de
la carta general publicada últimamente por aquel Ministerio para su circulacion á las Sociedades científicas de Europa que se hallan en relacion con
esta.
8? El Sr. Vicepresidente present6, á nombro del Sr. D. Leopoldo Río do
la Loza, u_n cuaderno sobre la pluralidad de las razas humanas, ensayo anthropológ1co por M. Jorge Pouchet.-En comision á los seiiores socios Pimentel, Ortega D. Aniceto y Orozco, para su exámen.

3

DIARIO DEL IMPERIO.

9? El señor socio Dr. Romero donó á la sociedad un diccionario geográfico universal, en 3 tomos, publicado por D. Antonio Montpaláu, edioionde
Madrid de 1794.-Se le dieron las gracias y que se registre en el libro de
donaciones.
10. Se di6 lectura á las siguientes postulaciones:
"En atenoion á los méritos y cualidades del Sr. Fauchet de Sanit-Maurice, capitan de caballería en el Canadá, lo postulamos para socio corresponsal en el Canadá."
México, Junio 16 de 1865.- Fonseca.-J. L J)urán.-Coronel Fleury.
"Hallándose en esta ciudad el Sr. F. M.. Maury, últimamente Director
del Observatorio Astronómico de Washington en los Estados-Unidos, autor de varias obras, entre otras, una sobre ''la Geografia fisica del mar," lo
proponemos para socio honorario residente en Virginia, por reunir todas las
condiciones que previene el reglamento."
México, Junio 16 de 1865.-Fonseca.-José Miguel Arroyo.- .Manttel
Larrainzar.-M. .A. O' Gorma.n,

Con lo que conclu1.ó la presente sesion, á que asistieron los Sres. Vice:{&gt;residente, Castillo (D. Antonio), Dr. Durán, coronel Fleury, Larrainzar
(D. Manuel), O'Gorman, Dr. lfomero, Soto y el secretario perpetuo que
suscribe, J. M. Arroyo.
11mTA DE COLOBlZACION,
Pro¡ecto para el establecimiento de una Compañía de inmigracion y colonizacion en M6:nco,_por el Sr. D. Ramon Sotomayor Valdés, leido en la aesion del día 7 de Junio
de 1865, cuya acta se insertó el diA Z'/.
(CONTINUA.)

TITULO PRIMERO.

Se establece en México una gran compañía, con un capit.al. nominal de 15
millones de pesos, cuyo objeto es fundar en el territorio mexicano colonias
de estranjeros, ó de estranjeros y mexicanos, así en las tierras baldías, como
en las de propiedad municipal 6 particular, y traer inmigrantes no colonos,
para los diversos oficios industriales.
La sociedad deberá tener sus agentes, y emplear todos los recursos necesarios para dar á conocer, ora los terrenos colonizables, ora las ventajas de
colonizarse, industria ú oficio, que por contrata sean llamados á ejercer en
México los inmigrantes.
La sociedad llevará el nombre de "Gran Compañía de inmigracion y co-

lonizacion ele México."

SlWCION H
DE LA COLONIZAOION.

CAPITULO PRIMERO.
De las tierras colonizables.

Art. 1° Son colonizables:
1? Todos los terrenos baldíos de propiedad fisc.'ll 6 municipal que la
compañía designase con tal carácter.
2? Todas las tierras de propiedad particular, cuyos propietarios quieran
colonizarlas.
Art. 2? La Compañía se obliga á esplorar, estudiar y mensurar á su costa las tierras públicas que juzgare aptas para la colonizacion. Los planos
que de estas tierras hiciere levantar la Compañía, se acompañarán de todos
aquellos datos primordiales que les den á conocer bajo el punto de vista industrial é higiénico.
Art. 3? Reunidos estos documentos, se dividirán las tierras mensuradas
en secciones coloniales, mas 6 menos numerosas, y mas 6 menos estensas,
segun la calidad, situacion y demas condiciones del terreno. La tercera parte de cada una de estas secciones coloniales, será cedida en toda propiedad
á la Compañía, en compensacion de los trabajos y gastos de que va hecho
mérito. La parte de tierra cedida á la Compaijía, estará libre de contribu.
cion territorial durante diez afios.
·
Art. 4? Cada seccion colonial se dividirá en lotos que no pasarán de 30
1!_ectáreas de tierra, ni bajarán de diez, segun la calidad y &lt;lemas circunstancias del terreno. Cada lote ó hijuelo será representado por un vale especial
que emitirá la Compañía para los efectos que mas adelante se espresan.
Art. 5? Las tierras colonizablos en propiedad privada, serán designadas
por sus mismos propietarios, y su medicion y estudio, se harán por cuenta
de la Compañía, prévio un contrato, segun el cual la Compañía tendrá el
derecho á la propiedad de una parte mayor 6 menor del terreno designado
para colonia, atenta su ubicacion y calidad.
Art. 6? En la formacion de planos para las colonias, do establecerse en
tierras particulares, se procederá de una manera análoga á la de los planos
para las colonias públicas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, y pudiendo ademas disminuirse ó aumentarse las hijuelas para la colonia en proyecto, á voluntad del propietario interesado.
Art. 7? Serán remitidos de cuenta de la Compañía á todos sus agentes
en el esterior, los planos y estudios de los terrenos colonizables, y las condiciones de la colonizacion, todo con los requisitos y solemnidades que se
estimaren conducentes al crédito y buen éxito de la empresa.
CAPITULO II.
Primera ocupacion de las tierras colonizablcs.

Art. 8? La Compañía consignará en manos de sus agentes 1a cantidad de
vales territoriales correspondientes á los lotes en que se hubiere fraccionado
cada seccion colonial. Se distribuirá graciosamente entre los primeros colonos de cada seccion, una cantidad de lotes que no baje de cincuenta, ni pase
de quinientos, á razon de un lote por cada colono aislado, y de dos por cada familia compuesta de padre y madre y uno ó mas hijos.
Art. 9? Trasportado á México el tenedor de un vale territorial, lo hará
efectivo, escogiendo dentro de la circunscripcion de la colonia á que el vale
se refiere, el loto de tierras indicado por éste.
Art, 10. El colono poseedor de un vale gratuito, está en la obligacion de

r1:::

A t 27 La Coro afiía se obligará á poner en el terreno ~lonizable la
.
~
de entrar en posesion del :ote de tierra corresponcant~d~
de colonos ~edidos por el propietario, el cual a~on:ia. ~ la
hacerlo efect1~0, esto,cs, h
á ntar desde la adquisicion del vale,
diente, en el tiempo de O(} o meses, co
ñía veinte pesos por cada colono, en el momento de su ms acion
pena detperLdcr su der~chogr.atu'1ta de tierras se entiende solamente de las
Art l. a ocupacion
,
lonia.t 28 Los astos de traslacion y mantenimiento del colono, hasta su
que ~rtenecen al dominio público.

iit:.l·:t~.i:t~~J-!:f~f:~:3:.'f1::\.-~1~

CAPITULO III.
Ocupacion subsiguiente de tierras coloniales.

Art. 12. Ago~dos los l~:ugr!~~o~~ ;:i~:n~tt~~!1~~ !r:~b~~~!
damas lotes de tierras ~ar. 0 ;a la ad· udicacion de dichos lotes.
el sistema de remate pubhc dp.. bli do\, pagar al fisco por décimas partes
colono que a o ga
á
te
Art. 13·. Cada
.:i a·
afios el valor de su respectivo lote, ó reconocer es
en el espacio u.e ie~
' 1 . res de 4 pº al año.
valor á censo redimible ~n ~;:~:ccion colo~al, 6 donde las circunsta~cias
Art. 14. En el .ce~tro _e e marcará y dejará un espacio proporc10~l
locales lo aconsoJara meJor, so de este es acio el que se estime necesario
para formar una aldea,! y dentr escueh u/hospital una casa consistorial y
para edificar un temp o, u~
''
'
una cárcel.
d
. d d de cada colono sobre su respectivo lote,
· ad t
Ar 15 El título e propie ª
t. · • ó d · ·d á título oneroso, quedará perfecc1on ~ an
ya sea gratmto a qum o
did al un traba·o aarícola, de edificapronto como el colono h~ya e.m.pren :bfe como c~lon~ en el testimonio
cion 6 deslin~e, y hecho m~cnb1r su ~~ ue deberá abrÍl' la administracion
de este trabaJo, en la,matn~ul\~1~~ dipropiedad colonial, es trasmisible
colonial. Desde este msta~ , e
y negociable como cualqtuera otro.

!\r!~~:ise~eu~ ;is~ 0°3,nc:,:~ garantía de esta ~bl~acion, eiprofuie~io
~~orgará hipoteca á. favor de la Compam~, le depositara letras ipo carias,

_si las tuvier~ Pº{ la ca~!ª:~o¡rf:!'~~:=~h-cunstancias y pormenores de
Art. 29. or o que P
1 . . d tierras particulares quedan
tomar en cuenta, en órden ál Iba coan ºe~~:c~~nCo~pañía y los propi;tarios, y
para los contratos que se ce e r
entre éstos y los emigrantes.
CAPITULO VI.
De l&amp; Comisi.on de deslindes.

Art 30 Con el nombre de C'omision de deslindes, no~brará ?l ~obierno
. . de cinco 6 siete peritos para cada una de las crrc_unscr1pc1ones q,u~
ulna J_unta G b' o des1·gne la cual tendrá por incumbencia resolver en JUl·
e mismo o 1er-n
,
. d d d te
y con mocio práctico todas las cuestiones qu~, sobre prop1~ a el isc:;~~: particulativo de la colonizacion, puedan suscitarse, ora ~~ _e
. :
a entre estos mismos, ora entre los mumcip1os y el Gob.ernó.
.
resb; 3l La Comision de deslindes, asesorándose con un ~bo~~do Yun agnmens~r afustará su procedimientos y ~ecisiones á loJs prmcipI?S cor~r:
'
• •1
Las resoluciones de esta unta son mape ª '
del derecho c~V11,· Lmcoxn1canresºp·ecto á ellas mas que el recurso de injusticia noy no se permi ir1.1,
'
d l rt· ·
CAPITULO IV.
6
De los colonos.
tm;~
:iuti!;í~: ;:::r~c~~e~l G~ble!~·cuidará de
0
Puede
ser
colono
en
México,
tod?
extranjero
apto
para
el
trabaestablecer
los
reglamentos
á. que hubiere lugar.
At 1
r· ·
,
d t d ota mfumante
CAPITULO VII.
jo,
n~r~::r::~~~x:d:!ºldeeCos~mepªaconn_!1ºan~~~: e~!pt~ººaes:c~!~t:: s!
· d las agencias e a
,
h"
De las expropiaciones por cause. de utilidad ~ública.
. . .
l
cua q~era e. h á. .
'bir su nombre el de su mujer y el de sus IJOS,
hombna do bien, ar msw . a emi ~r con lo que obtendrá de la agenArt 32 Cuando de las esploraciones de la Compañia y de_los JU~CIOS pro.d. ~te la Comision de deslindes, result.'lre ser nulas 6 msufic10ntes as
no emancipado_s, s~ rn e!~s ~~~r:nte á ~ndicion civil. Este vale es permovi_ ods d del Estado para establecer colonias públicas, hará valer el Gocia el vale temtoria cor
sin consentimiento de la agencia.
prop1e a es
·1·a d 'bl.
especsonal, y no se potá trasm1tiosesion de un vale territorial, se le concederán bierno el derecho de expropiacion por causa uti i a ~u ica, con r
Art. 18. Al co ono en p robar ue Pasado este tiempo, la agencia po- to á todas aquellas tierras de propiedad mumc1pal 6 particular que no estudos meses pa~af:prepadrar ~~o°colon¿ d~l vale de que aquel estuviese en pose- vieren cultivadas.
• · ·
'd d · ti
drá disponer 11, avor e o~
,
La ráctica de este derecho se sujetar~ á ;os prmc1~10s conoc1 ?s e JUS ·
· enpel parti'cul""
..,, tales como indemmzac10n, tnsacion por peritos de los
sion.
L Co
-·a de inmigracion y colonizacion, se compromete c1a,
Art. 19. a
mpam_
te· lº á costearle la mitad de los gastos de terrenos expropiables, &amp;c.
.
,
d
para con cada colono emigran . b .' e hasta el de desembarque en MéxiA t 33. Pedrá tambien el Gobierno celebrar cual~mera otro genero ~
1
trasporte, desde 1 pu~u:i:1aº:is~iucolonia; 2?, á ministrarlti diez pesos tran:n~ciones y contratos en los municipios, 6, los pa~tic~lares, para la adqt·
co, y aun hl:'8~ e pun_ .
cinco si no la tiene, desde el día de su desem- sicion de terrenos colonizables, tales como la const1tuc1on de censos ~n. ~
·
de los propietarios' que abandonan su domm,o a
c.'\da mes, s1
tiene
familia,
~
es m"~
en contierras
exprop1'adas a' f:avor
,
·u ·, · 00 hast.'l seJS mes
..., ta1·de·, 3º' á proporcionarle
.
d
barque en iuexi '
d
l te y al culth·o que en él qmera empren er, mano's del Estado, &amp;c.
ld . h
Art. 34. La Compañía de colonizacion so reserva por su P!rte e 01ec o
cepto á la_ estension ?ll su ~lorizadas· 4º á proporcionarle ademas una
cierta cantidad de semi as v
ado tas'ado todo al costo de adquisicion de adquirir tierras, por cualquiera especie do contrato espontaneo.
d b yes con un apero y ar ,
•
yunta e ue _J • 5º á darle alo·amiento provisorio en todas 1~ 5?CC1ones
CAPITULO VIII.
para la Compam~, ·,
. ~ientras levanta su propio aloJamiento.
coloniales donde uere ne~ar1ado'os por el artículo precedente hasta el inciso
Principios
generales
y
garantías
para el gobiern~ de !ns coloniaa públi.~.
.
.
Ar t 20 Los gastos ocas10n
. . . . 1 h á la Compañía de cuenta del gobierno mexicano, y po~
Art. 35. Depender{\ esclusivamente del Gobwrno general, el '.·eg1men de
4~ mclus1ve, os ar. . El mismo obierno cubrirá todos estos gastos a las colonias públicas, bajo un sistema que las asegure su mayor mcremento
via de ava~co p_e:udartravor de ella ~ales por una cantidad igual con inte1
la Compama, guan o d0
décimas partes en diez plazos anuales. Es- y propiedad.
Art. 36. El Estndo garantiza, des_de lueg?, á.los co onos:
. ._
rés de 8 por 100, Y paga ~ f°r ntía los derechos y acciones del gobierno
1~ La exencion de toda contribumon tcrr1torml y ele alcabalas sob, e p1o
tos vales ~ndrán por ~ pecia g~: colonizar, y sobre los colonos mismos..
.
,
_
sobre las tierras colomzadasdy ~ bl'gados á devolver al gobierno las anti- iedades raíces, por el espacio do diez años.
4
. .
l d p 2º Exencion del impuesto de patente poi· el tiempo do ~meo a~os. (Esto
A t 21 Los colonos que ar1.1n o i
. r_ · ·
r fiere el artículo anterior, por d1V1dendos an',la es e l · te,• concesion se cstendorán L'\mbien á las colonias particulares.)
a an nor
,
•· l
c1paciones á que se e 1 ·mer dividendo un año despues de la toroa de y 3º
L'bre administracion de sus intereses mu111cipa es.
.
10 P~, d:~i1n: i~:~a~
deuda de los colonos á favor del gobierno, n?
4~ L~brc ejercicio de su culto dentro de los límites de la coloma.
poses10án.mteeres,
o y quedarÍ\• gar:mtizacl_a
por la hipoteca do los lotes colom5 o Justicia é instruccion primaria gratuitAfl.
causar
'
A. t 37 Se considera. como ciudadano mexicano, el colono que _una Yez
zados.
Art. 22. Por cada colon,o de 14 an-os arriba, E\l gobierno abonará diez pe- avecfnd.'ld¿ en una colonia pública vparticular, declare ante la autor1da? política á que estuviere inmediatamenpe sometido, la voluntad de asumir la
sos do prima á la Compafila.
ciudadanía mexicana.
d ••
·
CAPITULO V.
Cuando omitiere est.'l doclaracion, valdrá por el1a y pro ucira sus_m1s~os
De las colonias en tierras particulares.
efectos la residencia de tres años, si el _colono es soltero; de dos anos s, es
El establecimiento do estas coloni_as ~erá materia de_ un contra- casado, y do uno si es casado con mexicana.
( Co11cliiirá.)
to
entre la Compañía y ~os P:opietar1os mtcresndos, baJO las bases
encralcs que se enuncian á contmuacion.
d
•
g Art. 24. Al designar el propieta:io el ter:e~o que. pretenb e 1~m!ar'.
EXTERIOR.
robará á los ojos de la Compafua su domm10 efectivo ,so re ic o or
comp asimismo las caraas y responsabilidades que sobre el resan.
NOTICIAS EXTRANJERAS,
rel~dfcará del mismo mgdo las condiciones que pone y ventaJns que ofrece

t, ·

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a:

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f

De una correspondencia de Nueva-York tomamos los siguientes

á 1,X~f~~~~~propietarios podrán ceder el todo 6 parto de sus tierras á pasajes relativos á México:
.
los colonos:
, .
_.. . Des ues de un viaje reciente á Washington, durante el cual he_.tcm1º Por contrato enfiteutico.
. d
2¿ En ropiedad plena, á. cambio de _servicios personales por detcrmmn o do ocasion ae hablar con el pr88idente J oh~son y Mr. Seward, secretauo de
tie~po, ó\e cier~as mejoras en la propiedad del hacendado, tales como plan- Estado me inclino á creer qui) no hay motivo alguno para temerluna rup- ' los dos pa·lSes• s·i buscais el origen de •los rumores
tura entre
• a ormantcs
h a·
que se han puesto en circulacion, veréis que gobierno nmencaTo ¡3 ~tíos~
canal~
~~::r1~'
!º~•
!recría
que,
segun
las
condiciones
y
el
tiempo
do
3
cho una alabra que revele disposiciones hostiles por su ~arte. o o e ru~Po: e podrá termi·na~, 6 porla plena propiedad
su d·urac1on
l
· del· colono sobre el terMonroe,
empieza
áaddar 'lugnr a
d
did ó or su devolucion á manos de prop1ctar10.
o que sep 1evantó á riombre do la doctrina
.
u • ·
~ 11
· · mas sana, de las venta1as
a . que .lucx1co ~t1.1 am, o a enconreno ce º1 PCom añía mandará hacer los estudios, mensur~ y planos una apreciac10n
.
.
A;t. ~G.t ~ la empprosa de colonizar tierras parLiculares, fraccionándolas trar en las nuevas instituciones que lo rigen.
cons1gu1on es 1.1
•import.incia
· do las t'ierr,ns·, y
El
residente
y
el
secretario
de
Estado,
lo
mismo
que
l_
o
s
senador~
mimension
segun
la
d
en lotes de mayor 6 menor
'
· · J • · •en ,t\ il
p Mr. w·¡
uycntes
1 s0n y Mr· Summer' so han esprcsado enh convorsac,ones
a
estos antecedentes um'dos á las
' proposiciones
• que los propieta1·1os
· d I c u 01e1
-·
parLicula~es
á
favor
del Im~e~io: Mr. J?hnson sobro todo, a expresa o !'!O·
los colonos que soliciten, serán remitidos a las agencrns e a ompau,a en
bre esto opiniones muy dec1d1das y claias.
•
consecucion de su objeto.

e;

¡o

�DIARIO DEL IMPERIO.

4
\

CONVOCATORIA 1UDICIAL.
La política que el presidente piensl seguir, es una política de paz con toE11 el intestado de la .Madre Sor Catarina Unanue, el Sr. Juez 5~ de lo civil, Lic. D.
do el mundo.
Jorge Perea, ant.e quien ha sido denunciado, mandó por auto de veintitres del próximo
•

•• •

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1

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I

O t

Nuestro pais nada puede ganar con una política de ridículas aventuras.

..... ................... ................... ..... .................
El gobierno de Washington no tiene la menor intencion de mezclarse en
los negocios del Imperio Mexicano, y continuará reprimiendo enérgicamente
los proyectos de expediciones á mano armada. La conducta del gobierno, de
un mes á esta parte, testifica altamente sus intenciones á este respecto; y la
presencia de un cuerpo de ejército considerable en Tejas á las órdenes del
general Weitzel, no tiene otro fin que mantener el órden en la frontera del
Rio Grande. Por lo demas, todo el mundo está convencido aquí de que Mé•
xico, con las fuerzas europeas é indígenas de que dispone, nada tiene que temer de las bandas de aventureros que malaconsejados pueden invadir su
territorio. Estad seguros de que no serán alentados por el gobierno americano.
La mayor parte de los americanos que se hallaban en México el invierno
pasado, y que han podido juzgar de la situacion por sus propios ojos, han
traido la conviccion de que las nuevas instituciones convienen esencialmente
á ese pais, y procuran disi,Par los errores que la ignorancia de las cosas había hecho nacer en los esp1ritus.
En Nueva-York se cree que la colocacion de capitales americanos en México, es el medio mas_seguro de mantener relaciones amistosas entre ambos
paises.

asado Marzo, que so convoquen por los periódicos á las personas que se consideren con

~erecho iL la herencia, para que se presenten en el término de treiata diaa, contados desde
1a focha de esta publicacion, á deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo se

tendrán por renunciados. En consecuencia, pongo la -presente ¡,ara loa efectos de ley.
México, Mayo 18 de 1865.-Miguel F. Guerra, Escribano publico.

318-30s-2!J

JUZGADO 2° DE LO CIVIL.
En los autos dol concurso á bienes de D. Juan de la Cajiga, el Sr. Juez 2? de lo civil
de esta capital, Lic. D. Manuel Pnvon; anta quien están radicados, ha pronunciado con
techa 16 del corriente la sentencia que en la parte resolutiva conducente dice á la letra:
" Se aprueba igualmente el proyecto de grnduacion que ha presentado el Sr. Síndico y
hace suyo el presente Juez, por los fundamentos legales en él cspresados, declarándolo formal eent,encia de graduacion, y se condena ÍI estar y pasar por él á loa acreedores quo lo
han consentido y aprobado en la misma junta, escepto á los ausentes representados de ofieio por el Lic. D. Cornollo Prado, á quienes, así como á loa acreedores cuyo domicilio se
ignora, se hará saber esta aprobacion por medio de avisos que se publicarán por ocho dias
consecutivos en tres de los principales periódicos de esta capital, prevmiéndoseles q.uo si
dentro de un mes contado desde la publicacion de los avisos no concurrieren al oficio del
actuario á imponerse de la graduac1on, ni interponen dentro de ese término y del presente nuto los recursos legales que les aPistan para el caso de que se estimen agrn'fiados, se
reputará consentida por todos la graduacion y ejecutoriado este auto, procediéndose, en
consecuencia, sin otro trámite, ii la liquidacion del concurso."-Y en cumplimiento de Jo
mandado y para los efectos prevenidos en el preinserto auto, se publica el presente aviso
en México, á 22 de Junio de 1865.-Antonio LandgraTJe, Escribano público.
403--Bs-7
CONVOCATORIA 1UDICIAL
El Sr. Juez 2? de Jo civil ha mandado por auto de 22 del corriente, se convoque por los
periódicos á las personas qe.e se crean con derecho como herederos á loa bienes del inSe empieza á comprender que el restablecimiento del órden y la conso!i. reatado de la Madre Sor Maria Guadalupe del Señor Ecce-Homo, religiosa del convento
dacion de un estado de cosas conforme á su condicion social, pueden llamar de Regina de esta ciudad, conocida en el siglo con el nombro do María Guadalupe Nájera,
para que se presenten á deducirlo dentro del término de treinta dias; apercibidos los que
á México á muy altos destinos.
no lo verifiquen, de Jo que haya Jugar en derecho.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en México, ÍI 2'2 de Mayo do 1865.
-Manuel R(}mero, Escribano público de la Nacion.
386--30s-13

...............................................................

AVISOS OFICIALES.

AVISO IMPORTANTE.
FRACCIONAMIENTO DE LA HA0IENDA DE SAN BARTOLO,

ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
REMATE DE UNA FINCA.
Debiéndose proceder á la almoneda, con calidad de remate, de una linM situada en la
calzllda que va de la iglesia de San Cosme á la garita del Calvario, contigua á la conocida
con el nombre de" Jacal Nuevo," se hace saber al público, á fin de que los que se interc.
sen á comprar dicha finca, puedan verificar su postura, acompañándola del correspondien.
te papel de abono; en el concepto de que el remate se verificará en esta Administracien
princ1\&gt;al el dia 8 del entrante Julio, á las doe de la tarde, y de que la finca de que se t ra.
ta, estimada en su última traslacion de dominio, verificada en Diciembre del año próximo
pasado, en ($12,500) doce mil quinientos pesos, no ha pertenecido nunca á corporncion
civil ni eeleaiáatica.
México, Junio Zl de 1865.
El Administrador principal,
l. de la Barrera.

SITUADA A INMEDIACIONES DE MOftP.LJ.X.

La Junta menor del concurso do D. Juno de Dios Gomez, en CWDplimiento doloocarga
que por los acreedores del mismo le fué he.cho, y con arreglo á las facultades qúe le Íl'le•
ron concedidas en el convenio general habido entre los mi1mos el 9 de Agost.o del año anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la hacienda de SaQ. Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
fuere mas conveniente á los intereses generales del concuno. En tal virtud, se invita ii
todas las personas qne deseen adquirir alguna ó algunas de las porciones de terreno de la
mencionada hacienda, se sirvan ocurrirá la referida Junta menor, que tiene su rodicacion
en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que so ha fijado
como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
l\forelia, Junio de 1865.-Luis Iturbide.-Luis G. Segura.-Luis G. Barrera.
382-40s-15

AVISOS PARTICULARES.

INTERESANTE.
SECOION ESPECIAL DE LA COYTRIDUCIOY DE

oono AL MILLAR SOBRE FINCAS.

REMATE PARTICULAR
Se hace saber á los causantes do la contribucion espresada, que dentro de los primeros
diez dias del presente moa, están en la obligacion de ocurrir á las recaudaciones respecti.
Del Sr. D. Luis R. H. L. Heidsicch, Cónsul general de los Paises Bajos, en la calle de
'IJas á satisfacer lo correspondiente al cuarto bimestre del presente año, que comienza en Cadena núm 13, para loa dias 6, 7 y 8 de Julio de 1865, á la UNA EN PUNTO; estando
esta fecha; advertidos de que si omiten el cumplimiento de es.'\ obligacion, inci¡.rrir311 en á la vista el mártes 4 y miércoles 5.
las penas impuestas por la ley á los causantes morosos.
Las ventas son al c:mtado y sin reclamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
México, Julio 1? de 186.5.
antes do 24 horas.
El Gofe de la Seccion, lg11aeio de Altamira. 3s-1
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.
. Ignacio Diaz Triujeque. 417--Sa-2

'

AVISOS JUDICIALES.

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
COMPAÑIA DE SEGUROS DE GLADDACH.

CONVOCATORIA.
Capital de fondo.... .. • • . . • . • • • • • 3.000,000 pesos prusianos.
De órden dol Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, se convoca á los que se
crean con derecho á los bienes del int.eatado del Coronel D. Ignacio Ruiz, para que en e1
término de treinta dias comparezcan ÍI deducirlo; apercibidos de Jo que haya l11gar.
COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILEA (BABEL},
México, Junio 28 de 1865.-Manuel Rtm1eTo, Escribano público de la Nacion.
Capital
de fondo . • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 10.000,000 francos,
418r:3a-1
AVISO 1UDICIAL.
So aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
1
A consecuencia de haberse presentado D. Pedro Boisson, demandaudo á los Sres. J ecker necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compaiiíne,
400-lSOs-8
y C! ante el Tribunal de Comercio, el Juzgado 3? de lo civil ha ini()iado la competencia1 calle de San Bernardo núm. 3.
que fué aceptada por el espresado Tribunal. Hasta que el Supremo Tribunal la dirima, se
suspende la junta general do acreedores convocada para el 3 del entnuite J nlio por el Sr
Juez 3? de lo civil; y por su órden lo pongo en conocimiento de los interesados.
México, Junio Zl de 1865.-Lic. Néstor Montes, Escribáno de diligencias. 41!)-1

DIVERSIONES PUBLICAS.

JUZGAD9 6? m:NOR.-1',\ MONTERILLA BUM, 7.
TEATRO IMPERIAL.
En el juicio que sigue D. Sebastian Borra contra D. Gregorio Bazaldúa, he pronuncia.
En la noche de hoy, á la horn acostumbrada, se pone en escena la comedia en cuatro
do la sentencia que en su parte resolutiva dice: "fallo: que D. Gregorio Bazaidúa pague actos, de110minnda: El tejado de wlrw.
á D. Sebastian Berra, dentro do diez dias, la cantidad demandada de sesenta y dos p,isos
ADONO DE OCHO FUNCIONES,
fres reales siete octavos, con los _¡¡astos tle est.e juicio; apercibido de ejecucion si no Jo ve
rifica. Hágase saber por los periodicos, ete." Y para conocimiento del demandodo se po.
Para mayor comodidad del público, está abierto en la contaduría de este teatro un abono el presente.
no por ocho funciones; haciendo saber á los favorecedores de él, que disminuirá en lo de
México, Junio 28 de 1865.-Lic. Lorenzo Labat.
421-Js-1
adelanto el número do funciones semanales, con el objeto de que sea mas cómodo á 1011
concurrentes.
JUZGADO 6? DE LO CIVIL.

Habiéndose denunciado en este J11zgado el intestado de D. José Arenas, que falleció c11
Iluetamo, el Sr. Juez, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado se convoque por los periódicos
á las personas que se crean con derecho ii suceder en los bienes de dicho intestad'o, pat·a
que dentro de treinta dias se presenten á deducirlo; apercibidas de que si no lo verifican
en el término espreaado, se tendrá por renunciado.
E!1 cumplimiento de lo mandado y para los efectos espresados, pongo el prosonte, qu o
surtirá los de citacioft en forma, en Mexico, á veintiocho do Junio do mil ochocientos se.
aent-A y cinco.-Pedro Cancl, Escribano público.
416-3s-2

Domingo 2 de 1ulio.
En la tardo, á las cuatro, tendrá lugar la representacion de la comedia en tres actos, intitulada: ¡ ViTJa la libertad! y en ~eguida la pieza en un acto: No mas secretos.
En In noche, á las ocho, se representará la pieza en u11 neto, que se intitula: Para dos
perdices, dos. Cantará, en seguida, la aeiíorita Carolina Duelóa la cnncion espnñola llamada La salerosa, y t.erminará el espectúculc• con la represent-acion de la zarzuela en dos 11ctos, intitul11d11: El d11c11de.

CONVOCATORIA.
El próximo ju6vea se verificará el beneficio del actor D. Gonzalo Duclós, para el cnnl
El Sr. Juez l? sustituto do letras de esta capital, que conoce del intestado de D~ Lean.
dra Degollado, ha prevenido en auto de aiete del presente, que se convoque por edictos y se ha preparado una nueva traduccion dol drama intitulado: El jorobado.
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
t~do, á fin de qu~ dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí ó por personas suOI·
ORAN CIRCO DE CHIARINL
c1e~Íl:~en_te autonz!ldas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, do que les parará el
Funcionos hoy en la tarde y en la noche á laa horas do costumbre.
perJu1c10 a !{Ue hubiere Jugar.
~n cu!llpluniento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
fMPR:&amp; TA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
qmenea importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco Jlfigurl Jlcrrrro , Escribano público de IR Nacion.
390--00s-l 3
BA.JOS DK BAN AGU8TTN1 NUM, J,

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Agua potable</name>
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        <name>Cruz de Guadalupe</name>
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        <name>Cruz de San Carlos</name>
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        <name>Medalla Mérito Civil</name>
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        <name>Señoras condecoradas</name>
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        <name>Urupuan</name>
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                    <text>EL

•
/

DEL

",,

DIARIO

IMPERIO
•

MEXICO: Lunes 3 de Julio de 1865.

TOMO 11.
SUMARIO

•

NO OFICIAL.-Tnterior.-Oon,eJo m-incipal ds be11ejicencia. Personas nombradas por S. M. la Empe•
ratriz para formar las Comisiones de vfgUancta de los estableclmlentos de benefl.cencla de esta capital.
OerMM'fl,ial para el dla 6 de Julio cum_pleaños del Emperador.
•
Escuela~~ Hermanas~ Za Oarldad.-Oomunlcaclon del Sr. Ministro de Fomento a ta Visitadora,
Este1'ior.-:F°r(IIIUJia11 B/l!Diem. Tratado de propiedad literaria y artística.
...
Noticia sobre la fragata llamada A1•ckid1¡q11e .Ma'1JimiUano,

NlJI. Uit.

za, D~ Dolores A. de Yañez, Dª Josefa C. de Paredes, D~ Dolores B. dE!
Muñoz.
Suplentes.-Sras. D~ Rafaela P. P. de Elguero, D~ Antonia F. de Tagle, D~ Merced E. de Bonilla.
.

Casa de E.'Cp6sitos.

NO OFICIAL.
CONSEJO PRINCIPAL DE BENEFICENCIA.

Propietarias.-Sras. D~ Catalina P. G. de Escudero, Dª Ana N. de
O'Gor._... Guadalupe A. de Escandon, D~ Dolores G. de Elguero, lJ~
R6mul~ Béisteaui.
•
Suplentes.-Sras. Doiia Dolores F. de Rivas, Dofi.a Luz R. de Urquiaga, Doña Ignacia A. de Torres.

S. M. 1a Emperatriz, en el Consejo celebrado el dia 29 de J un.-pr6ximo
Hospital del Divino Salvado1·.
pasado, se dignó nombrar á los Señores que á continuacion se mencionan,
Propietarias.-Srita. Dofi.a Guadalupe Bros, Srl}s. Doña Victoria T. de
para formar las Comisiones de vigilancia de los establecimientos de beneficencia de esta capital; así como á las Señoras y Señoritas que en seguida se Barreiro, Doña Manuela L. de Erdozain, Sritas. Doña Soledad Cervantes,
.
expresan, siendo el primero de los propietarios de cada Comision, el presi- Doña Luz Segura.
Suplentes.-Sra. Doña Gertrudis G. de Herrera, Srita. Doña Jgnacia
dente y el último el secretario.
Rondero, Sra. Doña Concepcion V. de Barreiro.

Hospicio de Pobres.

San Andrés.
Propietarios, Sres. D. José María Godoy, D. Aniceto Ortega, D. Miguel
Cervantes D. Antonio Mier y Célis, D. Juan Sanchez Azcona.
Propietarias.-Sras. Doña Dolores O. de Sanchez Navarro, Doña R. de
Suplen~s, D, Rafael Cancino, D. Félix Cuev• . Manuel Soriano.
Rincon Gallardo, Doña Leonor R. de Adalid, Sritas. Doña Fernanda Flores, Doña Margarita Galinier.
Casa de Maternidad.
Suplentes.-Sritas. Doña Amalia Molinos, Dofia Elena Molinos, Doña
P1·opietarios, Sres. D. José María Linares, D, Agustín Andrade, D. Vi- Paz Elguero.
cente Escandon,D.Francisco Buck,D José '\fo!.i'\Aragon~. .
San Juar. Je Eios.
Suplentes, D. Faustino· Goríbar, D. Agustín García, D. Manuel Urquiaga.
Propietarias.-Sras. Doña Concepcion T. de Adalid, Doña Agustina G.
Hospital de San Andrés.
de Flores, Doña Mariana T. de Goríbar, Doña Soledad V. de Cervantes,
,
Propietarios, Sres. D. Manuel Cordero, D. Rafael Lucio, D. Timoteo F. Doña Ignacia Moran.
Suplentes.-Sritas. Doña Mariana Urrutia, Doña Cármen Urrutia, Dolia
de Jáuregui, D. Ramon Villaurrutia, D. Juan ~errera.
.
.
Suplentes, D. Joaquín Teran, D. Angel Iglesias, D. Francisco CarbaJal. Margarita Gargollo.
Hospital de San Juan de Dios.

San Pablo.

Propietarias.-Sras. Doña Josefa H. de Villagran, Doña Micaela M. de
Propietarios, Sres. D. Francisco Villavicenéio, D. José María Andrade, Polo, Doña Emilia G. de Collado, Doña Concepcion L. de Valle, Doña Ja.
D. Manuel Carmona, D. Javier Torres Adalid, D. Francisco Artigas.
, viera E. de Buck, Doña Margarita E. de Buck, Doña C. de Artigas, DoSuplentes, D. Juan T. Rocha, D. José Rascon, D. Antonino Hebromar. ña Mariana G. C. de Terreros, Doña Dolores R. de Rubio, Doña Elena R.
de Labadie.
Hospital de San ?ablo.
Suplentes.-Sritas. Doña Concepcion Gayoso, Doña Guadalupe GayoPropietarios, Sr~s. D. Antonio Moran, D. Luis Martinez del Villar, D.
so,
Doña María de la Luz Ponce.
Francisco de P. Rubio, D. Javier Cervantes, D. Mariano Vega.
Suplentes, D. Francisco Ruiz, D.. Manuel I~jta, D. José María Vazquez.

Hospital de Dementes [hombres].

CEREMONIAL

PARA EL DIA 6 DE J ULIO DE 1865, FIESTA DEL OUMPLEAROS DEL EMPERADOR,
Propietarios, Sres. D. Hilario Elguero; D. Felipe Barros, D. Francisco
Menocal, D. Clemente Saenz, D. Eduardo Viñas.
l. A las ocho de la mañana, la Emperatriz irá en coche á la Catedral, de
Suplentes, D. Patricio Murphy, D. Genaro Sanroman, D. Manuel Gar· gran gala.
·
mendia.
II. El órden de los coches se arreglará segun el formulario.
Hospital de Dementes [mujeres],
III. La guarnicion de México estará formada en la Plaza mayor desde las
siete
y media de la mafiana. La tropa formará valla desde la puerta del cenPropieta1;ios1 Sres. D. Te6filo Marin, D. José María Rodriguez Villanuetro
de
Palacio hasta la del centro de Catedra}, y desde allí p~bos lados
va, D. José María !turbe, D. Jesus Urquiaga, D. Ramon de la Cueva.
del coro hasta el altar mayor. Al avistar á la Emperatriz, L., tropas preSuplentes, D. Manuel Gil Urquiaga, D. Luis G. Palma, D. Ignacio Cosío. sentarán las armas, batirán marcna, y todas las músicas tocarán.

Casa de Niños Exp6sitos.
Propietarios, Sres. D. Napoleon Saborío, D. Francisco Ortega, D. Rafael O. de la Huerta, D. José Moría Rincon Gallardo, D. Antonio Mijares.
Suplentes, D. Miguel Rul, D. Jorge Murphy, D. Mariano Basurto.

Tecpam.
Propietarios, Sres. D. Urbano Fonseca, D. Lndislao de la Pascua, D. Miguel Alvarado, D. Francisco lturbe, D. Francisco Morales Medina.
Suplentes, D. Lázaro Ortega, D. Manuel Merino, D. José María Cordero.
SE'NORAS.

Hospicio.
Propietarias.-Sras. Dª Guadalupe J. de Silíceo, D~ Catalina B. de Escandon; Sritas. D~ Carlota Escandon, D~ Cármen Pesado; Sra, D~ Francisca Perez Galvez.
Suplentes.-Sras. D~ Guadalupe G. de Echeverría, D• Clara Segura, D~
Aurora Batres.
·

Casa de Maternidad.
Propietarias.-Sras, D~ Mel'ced E. de Hidalgo, D~ Juliana A. de Pedra-

IV. Cuando llegue la Emperatriz, al atrio de Catedral se forrl\ará el séquito en el siguiente 6rden:
,
l. Los Secretarios de las Ceremonias.
2. Los Capellan~s de la Corte.
3. Los Médicos de la Corte.
4. El Secretario de la Intendencia.
El Tesorero. ·
5. Los oficiales de Ordenes.
6. Los Chambelanes.
7. Los Ayudantes de Campo.
8. El .Intendente general de la Lista civil.
9. El Gran Chambelan de la Emperatriz y el Gran Maestro de Ceremonias. 10. El Gran Mariscal de la Corte.
11. S.M. LA EMPERATRIZ.
12. Las Damas de Palacio.
13. Las Damas de Honor.
A la derecha de S. M. irá el Capitan de la Guardia Palatina, y á la izquierda el Chambelan de servicio.
V. El Arzobispo, acompañado del Cabildo, recibirá á la Emperatriz en la
puerta principal de la Catedral y le presentará el agua bendita.
. VI. El Arzobispo y el Cabildo se colocarán en el séq uito entre el Jnten-

�/

6

dente General de la Lista Civil y el Gran Chambelan de la Emperatriz y en
Los empleados de los .Ministerios y de las oficinas del gobierno y del
este órden acompafia.rán á S. M. hasta el dosel.
'
Ayuntamiento.
VII. La Guardia Palatina. esperará á S. M. á la entrada de la Catedral y Los Doctores de la Universidad y de los Colegios Imperiales.
formará valla acompañandola.
'
En medio la Guardia Palatina.
VIII. Todas las autoridades, la oficialidad y los empleados deberán encontrarse ya en el lugar que de antemano estará dispuesto para ellos en la Ca.
ESC11ELA DE LAS BElUWU! DE LA CARIDAD.
tedral, o~~ando_ cada uno el puesto que le corresponda, por su gerarquía segu!} el d11eno adjunto.
El S_r. ~inis~o ?e Fomento ha dirigido á la madre visitadora la
IX. El Arzobispo celebrará la Misa de Pontifical.
comumcac1on siguiente:
,
X. Despues de la Misa, el Arzobispo cantará el Te Deiim y el Domine
México, Junio 28 de 1865.
salvum fac, y en seguida acompañará á la Emperatriz hasta la puerta, obserMuy grato y satisfactorio me ha sido presenciar los adelantos que
vándose en este acto el mismo órden que en su recibimiento.
en
la escuela del digno cargo de vd. hacen las educandas en los raXI. La Corte volverá al Palacio en el zn»mo órden prefijad~para ir á
1!1º.s de ge?grafia y ar~tmética, estudiando particularmente en este
la Catedral.
•
Los cañonazos y repiques anunciarán los momentos solemnes de la ultimo el sistema métrico-decimal, que está mandado se observe en
func1on.
·
el. ramo de contabilidad, con lo cual ha coadyuvado ese estableciXIII. ?espues de 1~ f1!ncion religiosa, se reunirán en la gran sala todas miento á las ilustradas disposiciones de S.M. el Emperador.
las ~tor1dades, la oficialidad y los empleados, y se colocarán segun su ge.E.n te~timoni? del apremo con que ha visto dichos adelantos este
rarqma.
MmISteno,. remito á vd. una carta con la nueva division del Imperio
XIV. La Emperatriz saldrá entonces de su departamento acompañada y cuatro eJemplares de las tablas del sistema métrico-decimal, fordel gran servicio de honor; irá á. la gran sala y llegará hasta ~rea del trono, donde _se mante~drá de pié para recibir las felicitaciones que en un dis- madas por la seccion cientifica de esta Secretaria.-El Ministro de
curso alusivo á la circunstancia, ·1e dirigirá el Ministro de Estado interino Fomento, L. &amp;bles.
R. M. Visitadora de la Hermanas de la Caridad.
en nombre de todos los presentes.
'
XV. La E~~eratriz se dignará contestar al Ministro de Estado.
XVI. S~ira despues el desfile en el órden siguiente:
EXTERIOR.
l. El Mmistro de .Estado con los Ministros.
2: El. Presidente del Consejo de Estado con los Consej-..Ctivos y La magnifica fragata de coraza "Archiduque Maximiliano " fué botada al
honorarios.
•
..
agua en Trieste el dia 24 de Mayo :íltimo. Su Alteza Real eÍ Duque de Mó3. El Mariscal Bazaine con toda la oficialidad.
4. El Presidente del Supremo Tribunal con todos los Magistrados J ue- dena, el Exmo. S_r. _Mariscal de Campo del ejército l. y R. Hartung, el Cóns~} g~neral de Mex1co, Sr. Herzfeld, y muchos oficiales austriacos, tanto del
ces, y el Tribunal mercantil.
'
ejerc1~4lmo de_ ~a fuer~ naval! asistieron á ese acto imponente, y á cuya
5. El Arzobispo con todo el clero.
solemmdad acud1_0 ta.mb1en 1;1llª mmens~ ~ultitud de espectadores. Este her6. El Prefecto depa!t:amental con el Consejo del Departa.mento.
moso buque ha sido constrmdo en los astilleros del caballero Tonello y mi7. El Prefecto muru01pal con los Regidores.
,
de
253 piés d_e eslora por 31 piés y 7 pulgadas de puntal, y 4,784 to;eladas
8. Los Subsecre~?s d~ los Minis_terios acompatlados cada uno de los
empleados de sus M1ruster1os respectivos, y con los de las oficinas que de- de desplazam1ento. La coraza pesa 800 toneladas, y su artillería se compondrá de 32 piezas de á 100, siendo las dos máquinas de fuerza de 800 capenden de ellos.
ballos.
El órden será el siguiente:
11;-5 músicas entretuvieron á la multitud durante los preparativos de la
l. El de Estado.
mamobra, que se efectuó con felicidad y perfeccion. Üllando cayó el último
2. El de Negocios Estranjeros.
punta! del buque, se
rápida y majestuosamente hasta colocarse frente
3. El de Justicia.
a~ astillero! donde sol
anclas, llen_ándose el espacio con los ecos del
4. El de Gobernacion.
himno nacional de Austria y de las aclamaciones de los espectadores.
5. El de Instruccion pública.
Des_pue~, Ell Sr. Tonello, acompañado de muchas personas, emprendió una
6. El de Fomento.
escurs1on a bordo de su vapor "Marco Polo" hácia Mira.mar y al llegar
7. El de Guerra.
frente á aque_l sitio Imptnfal, aclam~~n á nuestro Monarca, 'gritando por
8. El de Hacienda. •
~II. El Gran. Maestro de Cere_monias se colocará enfrente de la Empe· tres veces: ¡V1va el Emperador de MeXIco! y saludando con el pabellon-1 conratriz, para anunciarle las corporaciones en el órden que se vayan presen· cluido lo cual, regresaron á la rada para desembarcar.
tando.
X~III. Los Secretari~s de las Ceremonias cuidarán de que el órden en la
FRANCIA Y BAVIERA.
suces1on de las corporaciones no se interrumpa.
.
XIX. Todas las personas tendrán que asistir de gran uniforme, 6 de fi·ac
T!.U'ADO DI PROPIEDAD LrrEBABlA Y ilTIB'l'ICA.
y corbata blan~. El luto de corte se suspenderá ese día.
Decreto ~mperial pr~mulgafldo la Con1JtnM concluida d 24 de Mano th 1865, e11tre la
XX. A las seIS de 1~ tarde habrá en Palacio un banquete.
Fra11e1a 11 la Bai,1era, para la garant{a recíproca de la propiedad de la, obra, de letra1
~l. El Gran Mar1~l de la Corte y Ministro de la Casa Imperial, pro- 11 artes.
nunc1~~ durante ia comida, en el momento oportuno un brindis alusivo á NAPOLEON, por la gracia de Dios y la voluntad nacional, Emperador de
la festividad.
'
los franceses,

xp.

&lt;!C~ó

COLOCACI01' EN LA IGIJESIA,

~- M. LA EMPERATRIZ en el lug_ar correspondiente al lado del Evangelio. El Clero enfrente, al lado de la jjjpÍstola.
A la ~ere~ha del Altar el Gran Mariscal de la Corte.
'
A la izqmerda del dosel de S. M. el Capitan de la Guardia P,1atina. A la
derecha el ~ran Chambelan de la EMPERATRIZ. Mas abajo el Secretario de
las Ceremoruas.
,
A la derecha del Altar bajo las grada.'! del Presbiterio·
Las Damas de Palacio y de Honor.
,·
Las Grandes Dignidades de la Corte.
Los Ayudantes de Campo.
.
Los Chambelant:9, Oficiales ~e. Ordenes y Empleados de la Corte.
Los Subsecretarios de los Mimsterios.
Los Prefectos Políticos Superiores.
Los Generales de Brigada.
El Prefe~to .Municip~~ y el Ayuntamiento.
G ~s Oficiales ~el EJerc\to y de la Guardia rural, los Comendadores de
u a1upe Y 0 fic1ales, Caballeros de las Ordenes del Aguila Mexicana y
Guadalupe.
'
A la izquierda:
.Maris~l. Bazaine, Presidente del Consejo Ministro de Estado
Los .Mm1stros.
'
·
El Presid~nte de la Suprema Corte de Justicia.
Los Consejeros de E stado efectivos y ltonorarios.
Los Grandes Cruces de Guadalupe.
Los Generales de Division.
Los Miembros de la Suprema Corte de Justicia.
Los Mi~mbros del Tribunal Superior.
El Presidente del Tribunal Mercantil.
Los Grandes Oficiales de Guadalupe.
Los Co~endadores del Aguila Mexicana.
Los Obispos.
Losd empleados superiores de los Ministerios y de los ramos que depen.
den e e11os.
Los empleados del Gabinete del Emperador.

A todos los presentes y futuros, salud:

7

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

1

(?ido Nuest:o Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Negocios Extranjeros,
Hemos decretado y decretamos lo que sigue:
. ARTICULO l.
Ha~iéndose concluido ~na convencion el 24 de Marzo de 1866 entre la
~ranc.~a y la B~vi:ra, para l~ _garantía recíproca de la propiedad de ias obras
hterauas y artisticas, y hab1endose cambiado las (ratificaciones de este "Oto
el 10 de Mayo de 1865, será plena y enteramente ejecutada dichaconvencion
que es del tenor siguiente:
'
S. M. :1 Emperador de los franceses y S. M. el Rey de ltaviera, igualmente a~ados del deseo de adoptar de comun acuerdo las medidas que les
han parecido mas á propósito para garantizar recíprocamente la propiedad
de las obras de letras y artes, han resuelto concluir una convencion para es·
te efecto, y han nombrado para sus plenipotenciarios, á saber:
S. M. el Emper~dor de los franceses á M. ~duardo Drouyl'! de Lhuys,
Senador del Imperio, Gran Cruz de la Orden imperial de la Legion de Honor, e~., etc., etc:, su Ministro y secretario de Estado en el departamento de
Negocios Extranjeros;
Y S. M. el. Rey de Baviera al Sr. Baron Augusto de Wendland su Chambelan, su enviado extraordinario y Ministro plenipotenciario cer~ de S. M.
el Emperador de los franceses, Gran Comendador de la Orden del Mérito
d_e la corona de Baviera, Gran Cruz de la Orden de San Miguel Gran Ofi.
mal d~ la Orden imperial de la Legion de Honor, etc., etc., etc.'
Quienes, ~espues de haber cambiado sus plenos poderes, y hallé.dolos en
buena Y debida forma, han convenido en los artículos siguientes:
A:t. 1? ~os autores de !i~ros, folletos ú otros escritos, de composiciones
mus1ca!es o arreglos de mus1ca, de obras de diseño, pintura, escultura, grabado! htogr~fia! y de todas las demas producciones análogas del dominio Ji.
terar10 ó art:ist1co, gozarán en cada uno de los dos Estados, recíprocamente,
de las ventaj~ que en ellos consigna ó consignará la ley á la propiedad de
las obras de literatura ó de arte, y tendrán la misma proteccion y el mismo
r~curs~ legar co~tra todo ataque dado á sus derechos, que si es~ ataque hubiera s1~0 co;Det1do contra los autores de obras publicadas por primera vez
en el pa1s mismo.

Sin embargo estas ventajas no les serán recíprocamente aseguradas sino
durante la existencia de sus derechos en el pais donde se haya hecho la publicacion original, y la duracion de la propiedad en el otro pais no podrá
exceder de la fijada por la ley para los autores nacionales.
.
Art. 2? Será recíproca~ente lícita la publicacion eu cada un? de los' do_s
países, de extractos ó pasajes enteros de º?ras_ que hayan par~c1do por primera vez en el otro con 'tal que estas pubhcac10nes sean espemalmente apro·
piadas y adoptadas para la ensimanza ó el estudio, y que est~n acompañadas
de notas explicativas ó de traducciones interlineales 6 marginales en la len·
gua del país en que están impresas.
Art. 3? Para asegurar á todas las obras de le~ras ó artes la pro~coion estipulada en el art. 1? y para que en consecuencia
~uto~es ó ?d1tores d~
ellas sean admitidos en los tribunales de ambos pa1ses a perseguir las falsificaciones, bastará que dichos au~ores ó editores ju~tifiqu~n ~us derechos de
propiedad, probando con un certificado de la autoridad publica competente
de cada país, que la obr~ en cuestion es un~ obra original, y que go~-en. el
pais en que ha sido pubhcada, de la protecc1on legal contra las fals1ficac10nes ó reproducciones ilícitas.
·
Para las obras publicadas en Francia, este certificado será expedido por la
oficina de la librería en el Ministerio del Interior, y legalizado por la mision
de Baviera en Paris: para las obras publicadas en Baviera, será expedido por
el Ministerio de Cultos é Instruccion pública en Munich, y legalizado por la
Jegacion de Francia en Munich.
.
,, Art. 4? Las estipulaciones del art. 1~ ~e. apli?8rán _igualmente. á la eJe~ucion ó representacion de las obras dramat1cas o musicales, publicadas, eJe·
cutadas o representadas por primera vez en uno de los dos paises despues
que esté en vigor la presente convencion.
Art. 5? Son de la misma condicion que las obras originales las traducciones hechas en uno de los dos Esf.ados, de obras nacionales ó extranjeras. En
consecuencia, estas traducciones gozarán de la proteccion estipulada por el
art. 1? en lo que concierne á su reproduccion no autorizada en el otro Estado. Debe entenderse, sin embargo, que el objet? del p~·esente artículo es
simplemente proteger al t~uctor con respect:o a la vers10n ~ue ha hec~o de
la obra original, no conferir el derecho exclusivo de traducc1on al primer
traductor de una obra cualquiera, escrita en lengua muerta ó viva, salvo el
caso y los límites prescritos por el artículo siguiente.
Art. 6? El autor de toda obra publicada en uno de los dos paises, gozará
durante cinco años, contados desde el día de publicada la traduccion de su
obra autorizada por él, del privilegio de proteccion contra la publicacion en
el otro pais de toda traduccion de la misma obra que él no autorice; y esto
bajo las condiciones siguientes:
. .
,
.
1~ Será preciso que el autor haya mdica~o a la cabeza de su obra, su mtencion de reservarse el derecho de traducc1on.
2~ Dicha traduocion deberá haberse pubJicado, á lo menos en parte, en el
espacio de un año á contar desde la fecha de la publicacion de la obra origi•
nal, y en su totalidad en el término de tres años contados desde la misma
fecha.
Para las obras publicadas por entregas, bastará que la declaracion del autor reservándose el derecho de·traduccion, se exprese en la primera entrega
de ~a tomo. Sin embargo, en lo que concierne á los términos asignados
por el presente artículo para el ejercicio del derecho privilegiado de traduccion, cada entrega será considerada como una obra separada.
Por lo qlle hace á la-traduccion de las obras dramáticas ó á la representa•
cion de estas traducciones, el autor que quiera reservarse el derecho exclusivo de que se trata en los artículos 4? y 6?, deberá hacer publicar ó representar su traduccion seis meses despues de la pul)licacion ó representacion de la
obra original.
Art. 7? C'uando el autor de una obra especificada en el artículo 1? haya
cedido su q.erecho de publicacion ó de reproduccion á un editor en el terri.
torio de cada una-.de las Altas Pa~tes contratantes, bajo la reserva de que los
ejemplar.es ó ediciones de ~ta obra, ~í publicad_os ó_r?producidos, no pod_rán
ser vendidos en el.otro pa1s, estos ejemplares o ed1c\ones serán respectivamente considerados como reproduccion ilícita.
Las obras á que se aplica el artículo 7?, serán libremente admitidas en los
dos paises, de tránsito para cualquiera otro.
Art. 8? Los representantes ó apoderados legales de los autores, traductores, compositores, dibujantes, pintores, ~cultor.es, grab~ores, litógrafos, etc.,
gozarán recíprocamente y en todos sentidos, de los mismos derechos que la
presente convencion concede á los mismos autores, traductores, compositores, dibujantes, pintores, escultores, graba.dores y litógrafos.
Art. 9.• No obstante las estipulaciones de los artículos 1~ y 5? de la presente convencion, los artículos tomado~ ó extractados de los periódicos ó revistas periódicas publicados en uno de los dos paises, podrán ser reproducidos ó traJucidos en los periódicos ó revistas del otro, con tal que se indique
la fuente de donde se han tomado. Sin embargo, esta facultad no. se estenderá á la reproduccion en uno de los dos paises, de los artículos de periódicos 6 revistas publicados en el otro, cuando· sus autores hayan declarado formalmente en el periódico ó revista. en que se hayan publicado, que prohiben
su reproduccion. Esta interdiccion no se estenderá en ningun caso á los articulos de discusion política.
Art. 10. Quedan prohibidas la venta y la exposicion en cada uno de los
dos Estados, de obras 1Í objetos de reproduceion no autorizada, definidos por
los artículos 1?, 4?, 5? y 6?, salvo lo que se dice en el artículo 12, ya sea que
dichas reproducciones no autorizadas provengan de uno de los dos países, ya
procedan de cualquier país extranjero.
Art. 11. En caso de contravencion á las disposiciones de los artículos precedentes, serán recogidos los artículos, y los tribunales aplicarán las penas determina.das por las legislaciones respectivas, de la misma manera que si la
infraccion se hubiera cometido en perjuicio de una obra 6 produccion de orígen nacional. Los caracteres constitutivos de la falsificacion, serán determinados por los tribunales de uno y otro pais, conforme á la legislacion vigente en cada uno de ellos.
Art. 12. Los dos Gobiernos tomarán, por via de reglamentos de administracion pública, las medidas necesarias para prevenir toda dificultad 6 com-

!os

..

plicacion, en razon de la posesion y de la venta, por los editores, impresores
ó libreros del uno ó del otro de los dos países, de reimpresiones de obras de
propiedad de los súbditos respectivos, y que no hayan entrado al dominio
público, fabricados ó importados por ellos antes de regir la presente convencion, 6 actualmente en curso de fabricacion y de reimpresion no autorizada.
Estos reglamentos se aplicarán igualmente á los clichés, maderas y planchas grabadas de toda clase, así como á las piedras litográficas que tengan
en almacen los editores ó impresores franceses ó bávaros, y que constituyan
una reproduccion no autorizada de modelos franceses ó bávaros. Sin embargo, estos clichés, maderas y planchas grabadas de toda clase, así como las
piedras litográficas, no podrán ser utilizados sino durante cuatro años, á contar desde que se ponga en vigor esta conv¡,ncion.
Art. 13. Mientras dure la presente convencion, serán recíprocamente admitidos, libres de derechos, sin certificados de orígen, los objetos siguientes,
á saber:
Libros en todos idiomas,
Estampas,
Grabados,
Litografias y fotografir.s,
Cartas geográficas ó marinas,
Música,
Planchas grabadas en cobre 6 madera, y piedras litográficas cubiertas de
dibujos, grabados ó escrituras para imprimirse en papel,
Cuadros y diseños.
Art. 14. Los libros de importacion lícita que vengan de Baviera, serán
admitidos en Francia, tanto á la entrada como para el tránsito directo ó por
depósito, á saber:
1~ Los libros en lengua francesa, por las oficinas de Forbach, Missemboi¡tg, ,Strasbourg, Pontorlier, Bellegarde, Pon-de-la-Caille, Saint-Jeande-!rfaurienne, Chambery, Niza, Marsella, Bl!Jona, San Nazario, el Havre,
Lila, Valenciennes, Thionville y Bastia;
2° Los libros en cualquiera otro idioma que no sea el' frances, por las
mismas oficinas, y ademas por las de Sarreguemines, San Luis, Verrieresde-Joux, Perpifian (por el Perthus), el Perthus, Behovia, Burdos, Nantes,
San Malo, Caen, Ruan, Dieppe, Bofonia, Calais, Dunkerque, Apach y Ajaccio: sin perjuicio, no obstante, de otras oficinas que podrán ser ulteriormente designadas para el mismo efecto.
En Baviera los libros de importacion lícita que vayan de Francia, serán
admitidos por todas las oficinas de a.duana,del Zollverein.
Art. 15. En el caso de que un derecho de consumo llegare á estllblecerse
sobre el papel en uno de los dos paises, se entiende que este impuesto gravaría proporcionalmente los libros, estampas, grabados y litografias importadas del otro país.
Sin embargo, en lo que concierne á los J.ibros, este impuesto no será eventualmente aplicado sino á los que hayan sido publicados en el uno 6 en el
otro país, con posterioridad á la creacion del derecho de consumo de que se
trata.
Art. 16. Las dispvsiciones de la presente convencion no podrán perjudicar en nada al derecho que tiene cada una de las dos altas partes contratantes, de permitir, vigilar 6 prohibir, por medio de medidas de legislacion 6 de
policía interior, la circulacion, l~ representacion ó la exposicion de toda obra
ó produccion sobre las cuales la autoridad competente tenga que ejercer este
derecho.
La presente convencion no podrá menoscabar el derecho de la una ó de la
otra de las dos Altas.Partes contratantes, de prohibit· en sus propios Esta·
dos, libros que segun sus leyes interiores ó estipulaciones hechas con otras
potencias, son falsificaciones 6 fueren declara.dos tales.
Art. 17. Se reserva el derecho dé adherirse á la presente convencion, á
todo Estado que ~ertenece actualmente ó pertenezca en lo sucesivo al Zollverein.
Esta adhesion pod1·á verificarse por un cambio de declaraciones entre los
Estados contratantes y la Francia, ·
Art. 18. La presente convencion será puesta en vigor el 1 ~ de Julio del
corriente año.
Durará el mismo tiempo que los tratados de comercio y navegacion concluidos el 2 de Agosto de 1862, entre la Francia y los Estados del Zollverein.
Art. 19. La presente convencior. será ratjficada y' las ratificaciones se
cambiarán en Paris en un término de cuatro semanas.
En fe de lo cual los Plenipotenciarios respectivos la han firmado y pues·
to en ella el sello de sus armas.
Hecho en Paris por duplicado, á 24 de Marzo de 1865.

(Sello) DROUYN DE Luuvs.
(Sello) BARoN DE WENDLARD.
ARTICULO II.
Nuestro .Ministro y Secretario de Estado en el Departamento de Negocios
Extranjeros, está encnrgado de la ejecucion del presente decreto.
Dado en el Palacio de las Tullerías, en Consejo de Ministros, á 10 de
Mayo de 1865.
Por el Emperador,
y en virtud de loa poderes que noa b11 con611do,

EUGENIA.
Por la. Emperatriz regente,
El Kiniatro de Negocios Extranjero3,

DROUYN o's LnUYs.
Visto y sellado con el sello del Estado:
El Oua.rdaaelloa,

}Iiliatro de Juetioil\ y de Cnlto,,

J.

B1.ROCHE •

�DIARIO DEL IMPERIO.

8

promo'rido, quedando el juicio recibido á prueba por los quince dias de ley, que ~rá!1 do
contarse desde la publicacion del presente, por el cual se le emplaza ~ara el dia diez Y
ocho del próximo Julio, á las doce, á presenciar el juramento de loe testigos que el aator
presentará, y para el diez y nueve ~el mism?, _á}as doce,~ publicacion de pruebas Y, ale
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
gar. con calidad que de no concurrir, se rec1buan los testigos en su ausencia y sedara por
alegado, quedando desde laego citado á sentencia.
AVISO.
México, Junio 30 de 1865.
Relacion de los espedientes para cnyo despacho se necesita la presencia de loa intoreEl Juez 89 menor, Lic. Zubiaga.
424-3s-1
aados en esta oficina.
En la Seccion 1~-316, 483, 1,152 2,539 y 2,932.
CONVOCATORIA.
En la Seccion 2~-493, 636, 640, 646, 786, 789, J,407, 1,408, 1,494, 2,675 y 2,989.
El Sr. Juez 19 sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D'.'-_Lean
Advirtiéndose que no se puede dar ninguu giro á estos negocios, si esta comparecenciá
dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edi~tos Y
no se verifica.
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido mtes
México, Julio lº de 1865.
tado á fin de que dentro de sesenta dins ocurran á deducirlo por si 6 por personas snfi
El Administr&amp;dor de bienes nacionalizadoe,
cientemente ant.oriz!ldas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les pnrará el
Jua11 Suarez y Navarro.
perjuicio á que hubiere lugar.
.
,
..
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue a noticta de
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.
AVISO.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-14
Debiéndose sacnr á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
casa núm. 14 de la calle de Venero, valuada en la cantidad de 5,044 pesos 9-2 centavos, se
CONVOCATORIA roDICIAL.
pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurEn el intestado de la Madre Sor Catarina Unanne, el Sr. Juez 59 de lo civil, Lic. D.
ran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 22 del presente mes, á las nueve Jorge Perea, ante quien ha sido denunciado, mandó por auto de veintitres del próximo
de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la C(lncurrencia que haya, teuiéndoRe pasado Marzo, que se convoquen por los perióaicoe á la~ person~ que _ae consideren con
presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 25 y 27 de la citada ley.
derecho ~ la herencia, para que se presenten eh el ténnmo de tremta dias, con~oa desde
México, Julio 19 de 1865.
la fecha de esta publicacion, á deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo se
El Administrador de bienes nacionalizados,
tendrán por renunciados. En consecuencia, pongo la presente iara los efectos de ley.
20s-1
Juan Suarez y Navarro.
México, l\hyo 18 de 1865.-Migtul F. Guerra, Escribano publico.
318-30s-30

AVISOS OFIOIALES.

. DEPOSITO DE DISPONIBILIDAD.
Debiendo pasar revista de Comisario esta corporacion el dia cinco del presente, so hace saber á todos las señores Gefcs y Oficiales que la forman, para que á las nueve de la
mañana de dicho dia concurran al acto, sin falta alguna, y como está prevenido.
México, Julio 19 de 1865,
El General Gcfe de la Corporacion,
2s-1
E. de Grimarcst.
J

lUZGADO DE LETRAS DE .JILOTEPEC.
AVISO.

El dia 22 del corriente fué encontrado en los macheros del meson de la Luz, sito en el
pueble de Soyaniquilpan, el cadáver del súbdito frances Basile Guigal, y en la causa que
estoy instruyendo con ese motivo, tengo mandado, entre otras cosas, que se solicite por
los periódicos á la persona ó personas que puedan deducir derecho al caballo, ropa, armas y dinero que conducia el referido Guigal, para que vengan á deducirlo en este Juzgado dentro de tres meses, contados desde la publicacion de este aviso; apercibidos de que
si no lo hacen, les parará el perjuicio que hubiere lugar.
Jilot.epec, Junio 26 de 1865.-José Anastasio Rego.- Asistencia, Lcmginos Agiiirre.A.sistencia, Librado García.
6a-J

AVISOS JUDICIALES.
NOTIFICACION.

En los autos seguidos en el Juzgado 59 de lo civil de esta ciudad, por D. Rafael 01·tiz
de la Huerta, subregado despues por D. Ant-0nio López Lazcano, contra la Sra. D~ Guadalupe Alfaro, sobre pesos, recayó la resoluci.on siguiente:
"México, Marzo 24 de 1865.-Vistos estos autos, promovidos por D. Rafael Ortiz de
la Iluerta, patrocinado por el Lic. D. Agustin Landa y Manzanera, de acuerdo con D!
Guadalupe Alfaro, representada al principio por D. Mariano Basurto y despues por D. Mariano Jesus Campos, sobre venta judicial de una casa de la propiedad de dicha señora,
ubicada en la villa de Tacubaya, en el barrio de 111 Santísima, para satisfacer con el producido de la venta los dos mil ciento setenta y un pesos que sobre la misma casa recone
ció la espresada señora á favor de Ortiz de la Huerta por escritura pública, y los réditos
que tambien estuviese debiendo, á razon de un medio por ciento mensual, así como las
costas que se causasen hasta que se verificase el pago; el valúo del perito nombrado de comun acuerdo de las partes; los respectivos pregones y almonedas; la cesion quo de la misma escritura hizo el referido Ortiz de la Huerta á favor de D. Antonio Lazcano¡ lo pedido
por el representante de este señor, para que se le adjudique en pago la dicha casa en las
dos terceras partes dol avalúo hecho por el mismo porito; lo espuesto por el citado Campos, manifestando que su poderdante falleció sin dejar hecho testamento, y haber por lo
mismo cesado en su encargo; lo pedido por el representante de Lazcano, para que por los
periódicos se convocase á los que representaren los derecho¡¡ de la mencionada D~ Guadalupe, con el apercibimiento de procederse á ~ adjudicacion de la finca si no se presentaban en el término que se fijase; el auto ~ne recayó á ese pedimento; la convocacion que se
hizo por los periódicos Diario del Imperio y Pájaro Verde; la exhibicion que de esoij periódicos hizo el Lic. D. José María Medina, representante de Lazcano, y lo que pidió en
ese acto sobre que se hiciese á su parte la adjudicacion quo tenia pedida, con todo lo demas que se tuvo presente y ver convino. Considerando que en ninguna de las tres almonedas que se celebraron se presentó postor alguno¡ que en esta virtud, conforme á derecho,
podia hacerse la retasa correspondiente, la que no se verificó pot la renuncia que de ese
derecho hizo el acreedor; que el pedimento que éste ha hecho para que se le adjudique 111
caaa en las dos terceras partes de su avalúo está arreglado á lo que previene el art. 403
de la ley de procedimientos; que la señora desde la conciliacion estuvo conforme con que
se hiciera al acreedor pago del importe de la escritura y de lo que importasen igualmente
las costas, que habian de ser de cuenta de la propia señora; que del fallecimient-0 de ésta
no hay mas constancia que el simple dichll de su apoderado D. Mariano Campos; que en
los quince dias que se fijó de plazo por los periódicos para que compareciesen los que
representaran los derechos de la Sra. Alfaro, ni el mas tiempo que ha trascurrido, se
ha presentado _Persona alguna á nombro de esa señora, por lo mismo debe hacerse efectivo el aperciblllliento que contenia el auto publicado por los periódicos. Con fundamento
del artículo antes citado1 se adjudica á D. ~tonio ~azcano lalrelacionada casa en las dos
terceras partes del aval!1o _hecho Y,?r el perito D. M1~el ~- O'Gorman, que corre á fojas 2,
en pago de la suerte prmc1pal, reditos legales que se liquiden estarse desiendo con presencia de la acta ~e conc~cion, y las cost~s causadas y que se causen _hasta ei completo
pago, y el resto, B\ l? hubiere, lo mant~adra Lazcano ep. .su poder ~ disposicion de este
Juzgado para exhibulo &lt;iuando se le pida, ganando el rédito legal, s1 asi le conviniese al
precitado Lazcano¡ pues de lo contrario, exhibirá éste la cantidt\d antes referida en la Secretaria de este Juzgado, á efecto de que se remita en calidad de depósito al Monte de
Pi~ de Animas _de esta co~: _en ~onsecuencia de lo antes ~elacionado, otórguese la escritura correspondiente de ndJudicac1on en favor de D. Antomo Lazcano, y notifiquese á
quien corresponda, entregue dentro de tercero dia al actuado los títulos de dominio de la
referida casa; bajo el apercib~ento ,de procederse á lo qu! hubiese legar en derecho, si
no cumple con esta prevenc1on. Ha.,aase saber este auto a Lazcano á la Sra. Alfaro ó á
quien la represente, por medio de dos periódicos de los de m M circ~lacion de esta c¿rte
A.si definitivamente juzgando lo decretó, mandó y firmó el Sr. Juez 59 de lo civil, Lic. D:
Jorge Parea. Doy fe.-Jorge Perea.-Mateo Portuaal,"
Y cumpliendo con,I~ preyeni_do_en el presente au"to, y v.ara los efectos que espresa, pongo la presente en Me:uco, a vemticuatro de Marzo de nnl ochocientos sesenta y cinco Jos~ Vicente Piña, Escribano público.
420-2a-1 ·

CONVOCATORIA roDICIAL.

El Sr. Juez 29 de lo civil ha mandado por aut-0 de 22 del corriente, se con~oque por !os
periódicos á las personas que se crean con derecho como herederos á los bienes del mtestado de la Madre Sor María Guadalupe del Señor Ecce-Homo, religiosa del convento
de Regina de esta ciudad, conocida en el siglo con el nombre de Maria Guadalupe Nájera,
para que se presenten á deducirlo dentro del término de treinta di11B; apercibidos los que
no lo verifiquen, de lo que haya lugar en derecho.
.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en México, á 22 de Mayo de 1865.
-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
386-30s-14

,

AVISO IMPORTANTE.

FRACCIONAMIENTO DE LA HACIENDA DE SAN BARTOLO,
SITUADA A INMEDIACIONES DE MOll:'ELI.'\..

La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
que por los acreedores del D;lllmo le fué h~cho, y con arr~lo á las facultades qué 1~ füeron concedidas en el convemo general habido entre los llllSmos el 9 de Agosto del ano anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del ~smo, ha resuelto fraccion~r la hacienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y ténrunos que
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
todas las personas que deseen adquirir alguna ó 11lgun119 de las porciones de terreno de la
mencionada hacienda, se sirvan ocurrirá la referida. Junta menor, que tiene su radicacion
en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
l\forelia, Junio de 1865.-Luis lturbide.-Luis G. Segura.-Luis G. Barrera.
382-40s-16 _
1UZGADO 69 DE LO CIVIL.
Habiéndose danunciado en este Juzgado el intestado de D. José ArenllB, que falleció en
Huetamo, el Sr. Juez, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado se convoque por los periódicos
á las personas que se crean con derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para
que dentro de treinta dias se presenten á deducirlo; apercibidas de que si no lo verifican
en el término espresado, se tendrá por-renunciado.
En cumplimiento de lo mandado y pl!.l'a los efectos espresados, pongo el presente, que
surtirá los de citaciol\ en forma, en Mexico, á veintiocho de Junio de mil ochocient-0s.sesenta y cinco.-Pedro Canel, Escribano público.
416--3s-3

AVISOS PARTICULARES.
En esta fecha, por mutuo convenio, se retira de nuestros negocios el Sr. D. Enrique
G. Loose.
México, Junio 30 de 186.5.-A. G. Lascuraiii y e.a
422-3s-l
Habiendo llegado á mi noticia que el Lic. D. José M. Medina trata de arrendar los al•
tos de la casa núm. 6 de la calle de Tacuba, 1$ cual pertenece 111 intestado del Sr. D. Teodoro Labadie, de cuyos bienes soy administrador; por el presente ha~o saber al público,
que en caso de que alguna persona arrendase dicha casa al Lic. Medina, quedará sujeta á
sufrir las conse'cuencias que traiga la resolucion de un juicio que sigo contra dicho Medina, que sea cual fuere el resultado, con los pormenores que crea necesarios, ·tendré el honor de pablicar para inteligencia y conocimiento del público.
México, Junio 30 de 1865.-L. U. Deschamps.
423-38-1
REMATE PARTICULAR
Del Sr. D. Luis R. H. L. Hcidsicch, Cónsul general de los Paises Bajos, en la calle de
Cadena núm 13, para los dias 6, 7 y 8 de Julio de 1865, á la UNA E~ P~TO; estando
á la vista el mártes 4 y miércoles 5.
Las ventas·son al ~)ntado y sin reclamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
antes de 24 horas.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.
Ignacio Diaz Triujeque: 417-&amp;-3

'

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
COMPAR!A DE SEGUROS DE GLADDACH.

Capital de fondo .••••• , • • • • . • • • • • 3.000,000 pesos prusianos,
COMPAR!A DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL}.

Capital de fondo •• . •• • •• • • •• • • • • • • • •• • • 10,000,000 francos.

♦

Se asegUPau muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañias,
calle de San Bernardo núm. 3.
400-lSOs-9

DIVERSIONES PUBLIOAS.
GRAN

omco·DE OHIARm.

lUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUM. 8.
En la noche de hoy se verificará, ti. beneficio de la Sociedad ltalia11a de betirficencia, una
Seminario 11tlm. 8.
funcion muy variada á la hora de costumbre.
Por el presente se hace saber á D. Ernesto Reiter, que á instancia del reprcsentnnte
de la. Sra. m ~ uliana Azc~r~te &lt;le :i::edrnzn, se ha da~o por contestada la. demanda c¡ue
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE 1' F .. ESCAt,ANTE,
por desocup11c100 de la vmendn num. 5 de la cnsa num. 10 do la cnlle ¡)e In Canoa lo ha
BAJOS D.S: SAN AGU8TJN1 NUV,

1.

•

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        <name>Fragata Archiduque Maximiliano</name>
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        <name>Tratado de propiedad literaria y artística</name>
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                    <text>DEL

!
1

NlJI. 152.

· MEXICO: Martes 4 de Julio de 1865.

TOMO 11.
J.J

SUMARIO

14. Ejercer en la capital del Imperio las atribuciones correspon-

PARTE OFIOl!Li-Decreto Imperial estableciendo una "Junlá pc1manente de exposiciones y proooc~~ra dientes á la junta departamental del Valle de México.
,
&lt;le la lndustria."-Personas que c:omponen esta Junta.-cornun\caclon del Ministerio de Fomento r,1a,1va •
• •
S
d
l •
d
'b'
ltl
1
olmlsmoclecreto.-Ca1iasdenatnralizaclonconcedldnsporS. M.
.
1 ', .. "ATt, 4? e conce ~n á ªJuntn. os {!SC11 ien es con e sue o anua
NO OFICIAL.-.(legislro cwü.-Comunlcacian del IUmo. Sr. Obispo de ORJ~ca. ·
d
·
·
't
d
1
t,
,
' t
b
.
Afeyoraunatel'ial es.-Telégralo entre Orizava y Veracm.
e SelSClen OS pesos Ca a UllO, OS CU a es, U pl opueS a,suya, nom I R·
.Admi&gt;ni8tracio,t de bie11es 1UteionaUaadoB.-Enttada y salida de expedientes en uta oficina Y, movl- rá Nuestro Ministro de Fomento
.
miento de valores.
,
•
l
Di-!rin'on teN'Uori.al.-Sobrc el Departamento de Oaj~ca.
Art. ó? Tampien se le conceden doscientos pesos para 'gastos de
El cllmpleaflos de la Emperntrlz en Yucatan.
•
•
•

t

l

J

e;;;;;;;;;;;¡¡;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;.;;;;;;;;;;;;;¡;;;;;;;a;;;;;;;¡;;;;;;¡;;;;;;;;;;;¡,,¡;.;;;;;3!!!R!'

PART~ OFIC~.
-----------.,...------------

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MExrno:
,!
Deseando proteger por cuantos medios sean_convenientes todos
los ramos de industria del Imperio;
Considerando que uno de esos medios es el restablecimiento de las
exposiciones públicas, interrumpidas hace algun tiempo por las guerras civiles;
1
•
...
Y atendiendo á lo expuesto por Nuestro Ministro de Fomento, sobre la reorganizacion de la junta permanente de exposiciones y creacion de otras departamentales,
')
DECRETAJ\lOS:

1
escrito,r10.
,
Art. 6? Eñ cada· una de las capitales.de los Departamentos se instalará una junta, compuesta. del Prefecto·politico, c~mt&gt; presid1mte,
y de cinco, vocales propuestos por éste á la junta central para su
aprobacion. Elegirán de entre ellos un vfoep,residente y un secretario.
Art. 7? Son atribuciones de las juntas a~partamentales la 1~, 2~,
7~, 8~, 11 y 13 desigrtadas á-lá junta central.
Art. 8? Las juntas departamentales- depend!)n inmediatamente de
la junta ce11tral, á la que consultarán y propondrán cuanto juzgaren
convenir al buen desempeño del encargo. que se les confiere, siendo
uno de los pdncipales el de la esploracion y remiston,de los productos de utilidad industrial.
.
· r
t
•
Art. 9&lt;,&gt; La.junta central se ooupará desde luegQ en la formacion
del reglamento 'interior para el ejercicio de ~us atribuciones, en la
organizacion de las juntas departamentales y en la revision de los reglamentos de estas, que se le remitirán á la mayor brevedad posible.
Art.-10. Queda autorizak Nuestro Ministro de Fomr,nto para
erogar los gastos que demanden las exposiciones y la reparticion de
premios. ·
Dado en el Palacio de México1 á 29 de Junio de 18G6.

Art. 1? Se establece en la capital del lmp'erio, una junta que se
denominará "permanente de exposiciones y protectora de la industria," á cuyo cargo queda el fomr.nt&amp;de tps exposiciones industriales
y artísticas nacionn.les, así como el cuidado de que figuren en las ex•
tranjeras los frutos y producciones de su territorio.
Art. 2? La j untn. se comp~ndrá de Nuestro Ministro de Fomento, '
MAXIMTJ.XANO.
como su presidente Iiato, y de un vicepresidente y siete voi;iales que
POR EL EMPERADOR,
nombrará el mismo Ministro~ Uno de los vocal~~· de es~ jµtjta, elegiEl Ministro de Fomento,
do por ella, fun.cionará de secretario.
Luxa ROBLES PEzUELA"
Art. 3? Las atribuciones de la junta, son:
e Procurar por cuantos medios pueda el fomento y adelantamien.JUNTA PERMANENTE DE EXPOSICIONES.
to de toda clase de industrias.
2~ Procurar del mismo modo las explora~iones y explotaoion de Ministe:rio de Fomento.-En cumplimiento del soberano decreto de 29 de
1
Junio último, se ha procedido á organizar y queda instalada la Junta perlas producciones naturales. · · · · ·
_
3:~..Reglamentar y ordenar las exposi'ciones periódicas nacionales, manente de exposiciones, compuesta de las personas siguientes:
Presidente nato, el }j:xmo. Sr. Ministro de Fomento D. Luis Robles Pe.
asi como las-extraordinarias.
··
4~ .Dispoper coñ oportunidad todo lo conveniente para la colecta- zuela.
Vicepresidente D. Leopoldo Río de'·la Loza.
·
cion y remision de los objetos que hayan de ser presentados en las Prim~r
vocal, Sr. Consejero de Estado, Lic. D. Urbano Fon!leca.
exposiciones extranjeras, y en las que conviniere tomar parte.
Segundo id., D. Aniceto Ortega.
·
5~ Resolver las consultas que hicieren las juntas de los Departa- Tercer id., D. Cárlos Sanchez Navarro.
mentos, y éomunícarles las aísposiciones que acordare la junta Cuarto id., Dr. Jourdllnet.
central.
·
.
Quinto id., D. Patrich Murphy.
6~ Dictaminar en los negocios que le encarge el Ministerio de Fo- Sesto id., D. Enrique Griffon.
Sétimo id. D. Ignacio Cumplido.
mento.
•. , •
• ,
•
•
1
'
1
1
7~ Recoger y ordenar los datos necesarios para la formac1on de El local destinado, por ahora,. para
las s~sio1ies de ,esta Junta, es el que
las estadísticas agríco1u, mineralógica, fabril, artística y manµfac- ocupa en el convento de la Encarna~ion fa .,Sociedad d~ Geografia y Esta·
dística.
turera.
~ ~:1
., .,
1
8~ Proponer premios extra-exposicion, á aquellos qúe se hicter~n Mé'xico,_Julio 3 de 1864.-El Subsecretario d~Fomento, Marmel Orozro,
acreedores por su laboriosidad ó por su genio a1-tístico ó industrial.
9~ Ponerse en relacion con las corporaciones 6 personas encarga- Ministerio de Fomento.-Seccion 2~-México, Julio 3 de 1865. - Acompaño á vd. copia del decreto expedido por S.lM. el Emperador con fecha 29
das de las exposiciones extranjeras.
·
10. Formar los presbpuestos de toda clase de gastos, dictaminar del pasado, estableciendo la Junta permanente de Exposiciones y las departamentales que le estarán sujetas.-Mañana deberá salir inserto en el "Diario
sobte los que consultaren las juntas departamentale~, y revisar to- del
Imperio, al que por obligacion están suscritos todos los Prefectos, oficidas las cuentas que le fueren presentadas.
.
nas y corporacion,es dependientes del Gobierno, en cuyo n\Ímero se com11. Auxiliar en cuanto sea compatible con su institucion, á los es- prende esa.Junta, que de sus gastos menores pagará el preció de la suscritablecimientos de enseñanza industrial, fabril, manufacturera y ar- cion.-En consecuencia, puede vd. dirigirse desde luego á dichos Prefectos,
tistic~, facilitándoles, sobre todo, algunas muestras de las produccio- con referencia al presente oficio, .Para que en virtud del art. 6? de dicho decreto, procedan á proponer á esa Junta, los cinco vocales de que debe comnes útiles, con la noticia de su procedencia.
12. Establecer una publicacion periódica que contenga, entre ponerse cada una de Ta!! que han de'instalarse en las capitales de los Deparotras cosas, una revista de los adelantamientos y mejoras de la in- tamentos, designadas en el estado adjunto; bajo el concepto de que hoy libro
órden al administrador general de correos, para. que.la con e~pondencia de
dustria, tanto extranjera como del país, y que vulgarice y ponga al esa
misma Junta, en cuyas cubiertas deberá su secretario certificar que es de
alcance de tQdas las clases, los manuale13 agrícolas, fabriles é indus- oficio, sea libre de porte, por emanat· 6 dirigirse á urla corpora.cion depentriales public~dos en el país y fuera de él.
diente del Gobierno.-El Ministro de Fome1;1to, L. Roble$.
13. Proponer ternas para el nombrá.miento de vocales de la junta Es copia. México, Julio 3 de 1865,-:-El Subsecretario de Fomento, Maen las vacantes que ocurran.
~
mtel Orozco.

-.

--•----

•

J

~¡

~

�---

DIARIO DEL IMPERIO.

10

OABTAS DE lUTUlL&amp;LIZACION.

'iiECCI0N DE ESTADISTICA,

Esta consiste en
Esped~i:ntes pendientes por falta de antecedentes en la oficina. .
ldem, 1dem,po_r operaciones practicadas en los Departamentos.
ldem, en tramite con los interesados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Idem, por opera:cion~s practicadas por Compañías, y para cuyo
despacho se necesita la reunion de todos.. . . . . . . . . . . . . . . . .
ldem, por litigiosos y no haberse pr_esentado las dos partes.. . .

MOVIMIENTO ~e ex;ed~ntes tras~rr:e:;Pr, del pr6ximo pasado Mayo, al 30 del

. Ministerio de Negócios Extranjeros.-S. M. el Emperador ha tenido á
18
bien conceder, con fecha 25 del próximo pasado, cartas de naturalizacion co18
mo mexicanos, á D.Jorge Fader,D. Jorge W.Leovy,D. Plácido J.Spear,
34
D. J~ Oryac, y D. A. N. Fontant Beauregard, en virtud de sus solicitudes
relativas y renuncia de su nacionaliqad norteamericana.
69
. Jgu~ concesion se ha ~~rvido hao~ á José A~tonio Pardo y D. Euge50
nio U_n~, que lo ~n.sohcitado y ren~nciado su nacionalidad espafiola.
Asimismo se ha dignado conceder cartas-de naturalizacion como mexicafgual. ............... 189 189
n_os, á D. F~ancisco Bosano, D. José Dañino, D. JuanBe~:ardés,D. Francisco ~angl_ais y _D•.C· P. Marsden, en vista de sus sol'tcitudes yrenunciade
~éx10, Junio 30 de 1865.-El Gefe de la Seccion 2~, S. J. Prado.su nacionalidad: 1tahana de los dos primeros· portuguesa del' tercero· francesa V. B. -El Administrador, J. Suarez y Navarro.
del cuarto, é inglesa del último.
'
'
México, Julio 1~ de 1865,-:El Gefe de la Seccion de Cancillería J. 11.
SECOION DE ESTADISTICA.
Manero.
·_ '
MOVIMIENTO de valores á revisar, correspOfldiente al periodo de 15 de Marzo último

p.

_

NO OFICIAL.
1101

1

1i BEGISTRO cxvm,.

1

. ~~ Boktiñ Oficiál de Oajac_a publica !a siguienie cbmunicacion,
dmg¡da :{&gt;Or el Ill~o. Sr. Obispo al señor Prefecto Municipal de
aquella mudad.

en que se estableci6 esta ailministracion, á la fecha.
Entrada.

200 Espedientes recibidos del Exmo.
Consejo para su revision, del 15 al
31 de Marzo por.....,......... . ·U .808,689
523 idem, id. en el mes de Abril por.. .
5.245,407
384 Idem, id. en él mes de Mayo por.
3.129,'011
359 Idem, id. en el mes actual por ....
2.950,267

GobiJrno eclesiástico de Oajaca.-Tengo el honor. de aeJir á V. S. en respuE:5ta a su ~tent~ n?~ de 1_7 del corriente, que supuesto todo to que á la 1,466 Espedientes . ... ... ... ... ..... .
so~iedad Y a s~s mdmduos 1mp9rta un exacto registro civil á ,u estableciSalida.
miento la Jgl~ia _no se ha opuesto ni se oponará jamás, ;ino1 q'ue antes bien,
49
Espedientes-remitidos
dentro _de l_o~ limites de sus fa,c~ltad_es y deberes conforme á su aisciplina y
al Exmo. Oonsejo, reen. e\ eJercio10 de, su .santo mmi~terio, cooperara1 siempte á tan interesante
visados den5 al 31
obJ&lt;ito.
de
Marzo, por...... $ 278,530 43
_Así lo he manifeiitado á. V. S. de palabra y por escrito· y'consecuente con
161
ldem,
iit en Abril, por. 1.288,165 50
mi of~rta, de. la que V. ·s. se dió por satisfecho, l¡i. Parroquiadel Sa ario de
157
ldem,
id. en Mayo, por.
1.806,429 32
es~ ?mdad tiene la correspondiente 'Órden para que á los fieles cristios que
76 Idem, id. en J unio1 por.
819,300 46
1:c1bieren el S¡:mto Sacramento del Matrimqnio los instruyán en la ohliga.cion q~e la ~ey oi~il les i_~póne, y en las penas á que segun la misma ley 443
que.daran sujetos si no qu1S1eren contraer el matrimonio civilmente
. ~upongo que es~ prevencion estará obsequiada; mas si V. S. tu;iere noDiferencia. . . .. , . .
ticia. de l? contrario, espero se di~ne denuncia~e los hoohos, seguro de que
A deducir.
se dictaran por parte de este ~ob1erno las providencias oportunas.
1
7 Espedientes devueltl)s
Muy gra!q me es renovar a V. S. las protestas de mi fino 'aprecío.-Dios
por no comprenderles
1
nu8:3tro Sen_or guarde á V. S. muchos años.-Oajaca, Junio 20 de 1865.la revision. . . . . . . . . $ 40,840 02
Jostee V. Salinas.-Señor Prefecto municipal D. Manuel M. Fagoaga.-.Presen •
12 Idem,Jd. por ser referentes á unas mismas
1 ,
1
1 I
pro~eda.es.. . . . . . . ,
86,250 00
IIE.TORAS IUTERIALEs.
!J~nis~rio de Foment?.-Seccion 3~-Direccion del telégrafo eléctrico .de
Mexico a Veracruz.-Mexico, Julio 1~ de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo el ho- 1023 Espedientes existentes, por::: ...
nor de poner en conocimiento de V. E., que hoy ha quedado establecido un
Comprobacion.
s~undo alan;bre entre Orizava y Veracruz, á fin de espeditar las comunicaciones. telegraficas entre ambos puntos.-Al participarlo á V. E. hago los Suma e1 libro de fincas, "propiedad raiz"· ' $9.367 5e5 74
3.765,810
85
mas smceros vo~s por qu,e la Pr~videncia escoja á V. E. para dar el mayor Idem, id., "capitales y capellanías".....
«
..
•
,
Y mas c?mpleto impulso a las meJoras materiales de nuestra patria..-Dios
Igual á lá entrada. $ 13.133,376 59
gu~~de a V. E. mucho_s afios.-El Ilii:ector, José de la Vega.-Exmó. Sr:
Suma el libro de ":revisiones concluidas". , r ,
Mmistro de Fomento.,
·
Igual á la salida.. t 4.192,425 71
Es copia. México, Julio 2 de 1865.-El Subsecretario de Fomento , Maldem !ll de "devoluciones", por no com- , , r
nuel Orozco.
'
prenderles la revision. : . . . . . . . . . . . .
40 840 02
ldem el de '!Deducciones", por referencia
'
AD!llNISTRACION DE BIENES NACIONALIZADos.
á las mismas propiedades. . . . . . . . . . .
86,250 00
! i,.
t ~,
SECCION 1~
NO TJCIA de la entrada, salida y exi3tencia de espedientes en esta Sueion desde 15 de
Total igual. . . . . . . . $4.319,515 7?
A

$13.133,376 59

*4,192,425 71
$8.940,950 88

127,090 02
$ 8.813,860 86

....

1

. .

Marzo que se estableci6 l.a oficina hasta l.a f uha.

'

Reci?1?os del ~xmo. Consejo .........._... : . ..... , ,.. .
Remitidos al mismo ya sustanciados ............ ; . . . . . . 185
Entregados al Señor Administrador para. su -di,ctámen. . . . 278

'.463

$8.~13,860 86

'

795

úílOJ

-,J

, BALANCE GENEJUI, DEL LIBRO MAYOR,

VALORES A REVISAR.
.¡
Títulos.
Débito.
Crédito.
Deudor.
332 Folios.
Acreedor.
.---J
1 -,
·•
2 Fincas urbanas
Cuya existencia guarda el órden siguiente:
••
.
en. llféxico.... $3,220,069 53 $8,164,103 81 r $
'
" " .J. $4.944,034 28
" " ')
Con antecedentes y en. ví,a ae ~despacho ... : .: ..... ~...... . . . . . . . 1o!1 - 3 ld., id., en los
11,993 t8 , r3\0,8b6 94 .
11,
Faltos de algunos datos que deben ministrar los interesados........
to nr5
,, ,. ..., ~,813 76
E~. ~pera de otros espeqientes referentes. . . • . . . . . ............. ., 21
México
......
47,436
00
415,144
Z'/
.Litlgiosos _en espera de opositores ... .. .........'. . . . . . . . . . .. . . .
14' _, · r1 Jd., iq., en 10, ,
" " .,e 9 36'7,708 Z'/
io3,583 34
De operaciones que se practicaron en los Departamentos y cuyos
l
De}lartam• ..
586,076 00
,482,492 66
" "
ant:ecedentes no se 1\3,n . recibido. .. . .. . . .. .. . . . . .. . .. .. .. .. .
60 9 Capeíianías so,
Penfidi~ntes de antecedentes por no encontrarse en el archivo de est~
t:a!11y~1:
&lt;
o cma
294,694 '74
993,711 47
· · · "· • · · · · · · · · · · · · · · · · · · · • · •, • • • •, . ,......... . . . .
28
nas en México
699,016 73
12 Id., id., id., id.,
" "
1
· en los DeparIgual .•.. ,............•..
332
tamentos . _.
257,948 75 1.832,932 Sl
1.574,983 56
so" "
México, Junio 30 de 1865.-El Gefe de la Seccion A. Lozano.-V? B ? 13 Capellanías
,.,
r
bre
id.,
id.,
id.
-J. Suarez y Návarro.
'
, en Méx.ice ...
,117,250 75
4Z'/,833 75
310,583 00
15 Id., sobre id., id.
" "
,.
id. en los DeSECÓJO,N 2~
1 ' •
partamentos.
. 73,449 42
326,318 62
399,768
NOTICIA d~ la entrad'-!, salida Y ~Í3/enc!" de es_pedie11US en esta Secciot1, desde 15 de 18 Valores totales
" "
.Marzo que se estab'leci.6 la oficina hasta la f uha.
.
de desamortizacion .. .. . .
13.133,376 59 4.192,425 71 8.940,950 88
h
Entrada.
R eci'b'd
19 Fincas rústicas
" "
i os asta hoy dia 30 . .• . ... ..... . ....••.. . .. ..... .
67'1
y urbanas en
Salida.
el eetranjero.
3,0~ 00
3,000 00
"
"
" "
Remitidos al ~o?sejo para su revision .... . ............. r. • • 258
$17°.525,802 30 $17.525,802 30 $8.940,950 88 f8.940,950 88
ldem á la adm1mstrac1on para su dictámen .. . ... ; . . . . . . . . . . 224 482
---t.___.._
t)

_

Exis
· tencia
· ....\ , ...... ~. .

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~- -~

1ll:::•~~

0

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Existencia .. ........ . .

º

-!~~'

•

69
83
51
56

México, Junio 30 de 1865.-EI Gefe de la Seccion, Francisco .Arteaga.189 V ? B ? , Juan Sitare,: '!I Nav_arro.

·
496 espedientés existentes el 15.de Ma~ con 1os'números 5; 6, 8 , 9• ll,
13, 23, 30, 31, 34, 43, 4,4, 48, 58, 50, 6.l, 65, 69, 72, ~9, io5, 106, 108,
1171 1181 120, 121, 122, 127, 129, 130, 13_7, 24, 26, 27, 28, 29, 147• 148•
152 1541 155, 156, 1.57, 164,165,166, 171, 174, 176, 179, 180, 181, 182•
l84'. 186, 187, 188, 190, 143; -144, 1~2., 1_93, 197, 199, 29o, 201 , 2 2• 203,
204', 205, 207, 218, 219, 220, 883, 884,229,231, 2'38, 242, 246• 249• 251,
253, 257, 258, 266, 267, 2§8, 274, 2761 281, 288, 296, 29?, 3oo, 3 1 • 3o5,
307, 311, 316, 320, 328, 329, 330, 331, 3'34, 335, 336, 337 , 338, 341• ~42•
349 350; 3~2, 356, 358). 359, 3.§.0, 361 3§2 3~, 364, 365, 366, 367• 368•
369: 370, 371, 372, 373, 374, 375, 37(}, 377, 378., 380, 381, 382,, 383• 384•
385, 386, 387, 388, 389, 390, 391, 392, 393, 3,94, 397, 399, 4 4• 4-05, 406,
407,408,412) 41~, 4211 422,423,424,415,41 7, 420H25, 427t 416• 824•
428, 429, 43,1, 432, 433, 434, 435, 43?, 437,. 438, 43 9, 442, 4,44 · 4~f·
447 448 451 1 452,453, 454, 455, 457, 458, 459, 460, 461, 4G2,,
'
'
847'. 853: 854, 899, 475,476,477,478,480,481,482,483,484, 4~5, 487, 48'8,
489,. 490, 491, 492, 493, !194, 496, ~97, 498, 499, 50l, 5oa, 5~6• 5o7, 5 81
509 510 511 512, 517, 520, 521, 522, 523, 549, 1,47(), 518, 519,.524,
525: 530,' 53,4,' 535,536,537, 538, 53~, 540, 541, 54-2, 543, 544, 527, 528,
SALIDA,
546, 548, 551 1 5521 554, 555, 556, 55'1, 558, 55t 561, 562, 563¡ 566, 567,
568 571 512 752 573; 574, 576, 576, 571, 578, 579,,580, 58,fJ 582, 583,
Mayo 16.---- 7rexpedientes-n_úmeros 120, 174, 329,590,608, €;141 752.
584: 585: 586'. 587: 588, 589, 590, 591, 5~2, 593, 594, 1,592,,1,6'13¡ :595,
1dem 8, 58 350, 429, 474, 753, 594, 635,
595 1 5971 598, 6'00, 601, 602, 603, 604, 605, 606, 607, 608, 609., 6101 1611, )!"' Idem 19,-13 1dem
612,613, .614, 6l5, 616, 617, 619, 62'0, 621, 622, 623, 624, 625, ~~l
iJt~¾'l,476, 2,635, 2d1,534, 2,~33. 1508 l 509
' , •
628, 6::!9, 630, 631, 632, 63,3, 634, 6351 636, 637, 638, 63~, p40,,6.11-1, 42, _ JJJ,a.,ro 22.--:-,2 éxp~ entes n~eros , , , .
643, 644, 645, 646, 64-7, 6,18, 649, 650~653, 654, 655, 656~ 657, 658, 59,
Idem 23.-7
1dem
1dem 127, 257, 481, 577, 604, 1,468, 3,359.
661,662, 663, 664, 665, 666. 667, 1,83-0-, 668, G69, 670,671,672,673,674,
Idem 24.-6 - ,.idem
ídem 199, 229, 296, 530, 65, 3,272.
f,75, 676, 677, 678, 679, 680", 6y81, 682, 683, 684, 6~5, 686, 687, 688, 690,
Idem 26.-11.. "- ídem ·~ ídem 156,276, 155, 121, 170, 485, 589, 591,
691 692 693 694 695 696 (5~7, 6981190, 702, 703, 7&amp;4; 705, 706f) 707,
1,054, 1,055, 1,467. ·
.
08:
709'.
no'.
111:
112:
754:
755,
743,
744',
781,
7tl~,
'fí62,
865,
.912,.
913,
¡da.yo
29.-,,7,ex~entes
n~eros
1,555,
2,140,
l,47,
184,
311,
674,
675.
7
1
916,917,959,960, 1,002, 1,129, 1,130, 1,190, 1,191; 1,2441' ~,245, ~1316,,, " Ide~ 30.-4 ~ 4 ~dem · ~da.ro 1~1, 204,759, 2,956.
l ,~11, 1,416, 2,172, 2,175, 2,176, 2,177, 1,099, 713, 1,41711,448,0 1 449; , f Jümo 1~-8 ,.,, 1dem
1dem 43, 89, 393, 335, 568, 938, 1,936,·3,015,
1 /503 1 504 1 594 1,595 1,663, 1,664, 1,689, 1,690, 1,691, 1,692, "I 693, ' Idem 2.-3
idem
idem 61, 246, 3,011.
'
694,
1
'695'
1696
'1
697
'1
698
1,699,
1,700;41,468,
1,412,
1,902,
714,\715,
Idem
5.-7
idem
idem
300, 499, 555, 780, 932, 2,447, 2,448.
1
1
7Í6, 717, 1Í8, 719, 720, 721, 72~, 723, 724, 725! 726, 727, 728, 729, 730,
Idem 8.-9
idem
idem 349, 525, 2,6~0, 1,497, 2,118, 3,012,
731 753 987 2 083 1578 I 898 y el 64 ·eso1us1vo.
3,361, 3,363, 748.
'
'
' ' ' ' ' ' '
Junio 10.-9expedientesJiúmeros 512, 770, 1,324, 2,734, 2,958, 28, 2,964,
ENTRADA,
,....1,571, 2,764.
~ íl Mayo 15.~2 expedientes números 150, 1,891.
~
..
Junio 12.-9 .,..1 idem • idem 451, 510, 742, UU, 2,985, 3,242,
Idem 17.-62 idem números 746, 747, 871, 872, 873, 81-1~ 932, "1286,
3,568, 137, 3,567.
l,287, 1,298, 1,317, 1,411, 1,465; 1,495, 1,498, 1,892, 2,821, 2,140;' 533, ' Junio 16.-7 •· idem
idem 447, 2,248, 2,111, 2,431, 2,601, 2,704,
2,534, 2,535, 2,714, 2,772, 2,773, 2774, 2775, 2,776, 2,777, 2,778, 2 779,
3,784.
2 780 2 781, 2,782, 2,783, 2,784,-2,780, 2,786 1 2,787, 2,788, 2,789, 2 790,
Junio 19.-6 . ídem
idem 328, 1,005, 1,329, 1,649, 3,929, y 64
1
2;nn: 2:792, 2,793, 2,794, 2,795, 2,796, 2,797, 2,798! 2,799," 2,800, 732,
exclusivo.
733, 734, 735, 736, 737, 738i 739, 740, 74)., 742.
,
Junio 21.-6
ídem
ídem 484, 1,339. 1,548, 2,040, 3,894, 3,895.
Mayo 19.-20 expedientes números 745, 748, ·7 119, 750, 902, "904, 922,
Idem 26.-12
idem
ídem 50, 72,202, 219, 1,246, 1,578, 1,841,
923, 924, 92é, 967, 938, 1,054, 1,055, 1,497, 2,111, 2,227, 2,248, 463,
12,430, 2,597, 2,605, 2,977, 3,650.
2,483.
'JJotal de- 181 salida, 133.
Mayo 20.-3'.s'~xpeaiepte ñíípíeto _2,964,J1956/J ,958, 751, 796, 858,
,,
_ l,164, 1,223, 1,248, 1,46..4, 2,8..()1, .2,80.íb .2,803, 2,804, 2,805, 2,806, _ 807,
Entrada . . . • . • . . . . • • • • • • • • . • • • • • • • 1,156
2,808, 3.359, 3,361. 3,363, 1,46?, 1,555, 2,433, 2,750, 1,571, 2,905, 906,
\l·'"' Salida .•..•••. - ••. .•• - . . . • • • • • • • • • 133
3,060, 3,229, 3,230, 3,231, 2,203, 3,225, 3,272.
' 1
•
•
..
Mayo 22.-26 expedienjes números 1,744,_1,773, 1,~7!1• ,1,831, 1 841,
- ~ Eñs~nc1a para Julio. • • • • • • • . • • • • . • 1,023
1,508, 1,509, 2,084, 2,lÜ), 2,118, 2,174, 2,188, 2,263, 2,300 2,391 2 346,
.
.
.
•
2,347, 2,432, 2,44'7, 2,4'4~, 2,450, ~,531, 2,532; 2,53'J7 2;5g9¡12,60~.
. -M.éxicorJunio-.30-de--1865-El Gafe de la.-secc10n, F.--Arteaga.-V.º B.º
Mayo 24.-29 éxpedieñ~s números 768, 9So: 2,289; 2,6~ , ~)6(55:,~2,617, -Juan S1mrez y.Navarro.
2,619, 2,674, 2,675, 2,713, 2,704, 2,705, ~,809, 2}310, 2,81}, 2,'8i2, ~,813, .
2,814, 2,a.15, 2,s16, 2,811, 2,818, 2,819. 2,82d, 2,822, 2,823, 2,851," 2,120,
.
.
3,248.
. . 01
.;tu. DIVDIOJí TIBBITOlUAL.
3
13
7
966
Mayo 26.-27 expedientes nú~eros 9~ ,
,, l,l~l,,1, ~, · l,I.~ , l ,I ,t,., .¡-iJ!)l ~Bolétitt -Ofici.alr..de Oajaca publica. la.suprem1Ldisposiown que
1.421. 1,423, 1, 424, 1,425, 1.JA;i, I,Ho, 1,832, 1,833, 1,834, 1,8;:so, 1,830, .
~
r.
sigue·•
, . r •·
.
1,837, 1,838, 1,839, 11840, 11.7~9, /3,734, 2,932, 2,994, 3,412, 1,936.
Mayo 27.-27 expedientes números 780,"926, 9'27,1'928, 92~, 1,094, l,135,
Ministerio de Gobernacion.-Seccion !~-México, Junio 12 ,de 1865.1.136, 2,127, 2,128, 2,129, 2,130, 2,131, 2,132! 2{133¡ 2,03ll;'2;232¡v],23.3, Contesto la nota de V,, $.1fecha 29 del mes anterior, manifestándole que ha2,290, 2,490, 2,889, 2,596, 2,881, 2,855, 2,692, 2,42"41 _759. ,
- - hiendo consultáao al Exmo. ConseJO de Estado, sobre los inconvenientes que
Mayo 29.-49 expedientes número~ 760, 761, 843, 844,, 953, 1,358, ,644, pulsaba esa Prefectura pa:i:---ej~q~ la ley de division territorial en ese De1,750, 1,795, 1,857, 1,952, 2,101, 2,161, 2,126, 2,162, 2,2(6, 2,252, ,253~( :ear,~mento; la,indicad11¡ C?rporacion-ha dicF3minado,. de conf~rmidad con lo
2,502, 2,516, 2,517, 2,597, 2,668, 2,689, 3,014, 3,239, 3,543, 3,540, 3,p45, que v .,S.-¡propone en Sjl Ol~da nota, y en~11secuenc1a_el ~Qblem.o¡ge s. M.
3,025, 3,541, 3,007. 3,015, 2,754, 3,002, 2,872, 2,977, 2r9'19, 2,983, 3,a69l_,,hw'.dmpúesto::setsuspend~n los efectos de,la m~eya division ~rritotiaL.respec3,406, 3.422, 3,426, 3,424. 3,019, 3,012, 3,005,.3,003, 2,832.
1• i: , to 1~é' ese Departamento, menos en lo relativo á Telm~ntepe\},. quedando por
Mayo 30.-24 expedientes números 2,882, 2,107, 3,009, 3,542, 3.~46, i ó"~ismo'las~eosás,en) l:estado 'que tenian' antes-de la pµbli~cJop¡ ;~elenun3,008, 3,000 3,538, 3,028, 3,020, 3,013, 3,004, 3,001, 3,027, 3,026, 3,02i, ciad&amp; decreto.
,
3,022, 3,010, 3,029, 3,169, 2,148, 3,539, 3,018, 3,ól6.
.
11 • 1h ..El MiniswdeJnstruccionPúbli~, encargado del Ministerio4le ,GobernaJunio 1.º-59 expedientes números 3,011, 2,678, 2,358, 980, ·1,088,¡ 887, cion.-Siliceo.-Señor Prefecto del Departamento ¡le Oajaca. ·
2,677, 2,676, 2,712, 757, 758, 762, 763, 764, 766, 766, 767, 769, 770, 771,
112, 773,774,777, 778, 779, ·783, 785, 786, 787, ?88, 789, 791,.792, 793,
794, 790, 795, 888, 948, 903, 950, 961, 954, 963, 985, 1,065, 1,066, 1,067,
· EL ctl1[ll.1Wtos D LA EMPERATRIZ.
1.070, _1,084, 1,085, 1,1~7, 2,519: 1,139, 1,1401 l,15~, 1,195, 1,225.
J u. El'"'Periót!íco O.ficw1 de' Yucatan di~e lo siguiente:
·
Jumo 6.-31 expedJentes numeros 2,201, 1,257, 1,328, 1;839, 1,395,
'
d
•
1,396, 1,399, 1,913, 2,170, 2,030, 2,322, 2,400, 2,379, 2,$~'4, 2,89~,'2,65~, v~ El•fü.'-'cura;-pá.1;roc~ de.Ixil, D. Manuel N. O~orio, ha, cel~br~ 0 exponta2,401, 2,402, 2,985, 2,987, 2,9119, 3,032, 3,033, -8,178, 3,201, 3,t66, á,fi 6, neamente fl~ cumpleano~ ~e S. M. Ja Emperatriz, con ·,una \~á. solemne!
3,203, 3,663 2,764, 3,242.
~
?ºn. exposic10n del Sant~simo Sacramento y .Te-Z!e~, a 4~~ ~1St¡eron poi
J nnio ¡ ~27 éxpdientes núníe os 1 ~3:5 1 510 2 090 21091 2 1391 299 mvitacion suya todos-los componentes de la repubhca de ipdígenas Y los
943, I,4oi, 1,407, 2,184, 1,408, 1,579, 1,589, 1:591, Í,7 85, '1,906, 2:3115; '?ifio~ de',ia: escuela, á quienes hizo una explicacion del óbjetq,~~1.ta fu~cion,
2,539, 973, 974, 1,828, 1,774, 1,829, l,'894, 1,863, 1,895, 1,915.
'
marufestandoles el deber en que tQdos..no..s ballam~s,.Jk.bendec1~ al Senor Y
Jonio 8• -40 expedientes nú¡,eros
2
115
2
187
3
433
3
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2
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i.
nuestr'1s• a11gustos.sober11nos, pornue.
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I
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2,323, 2,353, 2,431, 855, 892, 8 7, 1,006, 1,412, 1¡466, 3,08:01 2¡092, \,515, tras necesidades,
.
, ,. ·
..
8 7381 l 577 2 504 3 664 1 40 9 21556 2 555 3 665 3 M6 l fit6 J3 185i •)Estas son,pálabras textuales .de un ofici,o que e1 expresado Sr. cura dms', 184, 2''545', 2,'f25', 2,295', 2,'¡ 22, '2, 112,'1 ,949, '1 ' ~09, '2,421 , ' 1,56$' !Jr·',,ij'f20', 1t5"'
ññó-al,gobierno,
quien le contestó dedla manera
•
. . mas satisf39toria,
l
l . ] d.
. ándole
2,875.
• '' gr!cias por este ~cto ~e devocion y e pat~1otismo, que rev~ ~r, a 1umon que
Jonio IO.-f9 expedientes números 1,494, 3,568, 1,1n, 1,782, ,783, existe y debe existir siempre entre la Iglesia y el Estado.
·
2,004, 2,005, 3,414, 2,430, 2,124, 2,186, 2,454, 1,068, 1,071 , 1,144, 1,150,
• .....

º
º

'

1,156, 1,246, 1,410, 1,4H, 3,550, 2,595, 1,755, 1,036, 3,734, 1,485, 2,041,
2 042 2 040- 964, 1,327, 893, 3,784, 3,567, 3,193, 3,197, 3,195, 3·,220,
3:222: 315591' r,318, 1,083, 3,·171, 1,781, 3,199, 3,216, 3,224, 3,226, 3,265.
Junio 13.--16 expedientes números 1,492, 1,677, 1,843, 1,854, 3,58~,
3 584 11865 1 005 1,993, 2,024, 2,033, 2,0!~, 2.224, 3,403, 2,274, 3,400,
'Ju1~¡0 ]6_..:__49 e¡pijdieutes números 1,324, 1,092,-2,481, J,3~9, 1,649,
J lfíl 2 234 2 824 2 235 940 1572
1352 917 ·2 29&amp;1 l 10031 3,130,
1
1
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1
1
a'Bao' 2 825 2'294 9~1 '992 '2 275 2438 2 3i7'1 Úl9 -2 '501 2,544,
1' 565: 3,'160, \ 641, 'a,013'. 1,064, s,591, a'.926: a,278, a,'284,\'009; 2,728,
Ú13 3,083, 3,235, 989, 3,081, 3,085, 2,423, 990, 2,284, ~88, 3,925.
Ju~io 19.-46 expedientes números 1,090, 3,929, 3,398, 3,415, 3,417,
3,445, 3,573, 3.574, 3,648, 1,063, 1,746, 1,242, 1,243, 1,308, 2,19.l, 2,462,
2 846 3 058· 3 4021 3 8941 3 895 3,731, 1,548, 1,549, 978, 8,086, 2,708,
Ú54: 1,670.' 1.743, 3,Í06, 3,218, i,597, 1,420, 1,666, 1,667, 1,672, 1,115,
850. 851, 852, 3.087, 3,089, 3,267, 3.760, 1,669.
.
11 Junio 21.-21 expedientes números 1,052, 1,304, 1.333, 1,307, \,413,
1,926,·2;4'80, 3,063', 3,068, 848, 849, 1,306, 1,335, 2,616, 2,633, 2,730, 2,732,
2 733 2116 3 038 2 831 .
: Ju~io' 23 ..:...21 e;pedieñtes números 3,797, 1,087,983, 1,254, 3,671. 3,021.
3,927, 3,280, 3,767, 3,928, 3,930, 3,327, 1,159, 1,334, 3,79.6, 3,28'7,-~84 2~,
3 799 3 700 3 945 3 789
'Total.de 1~ ~ntr¡d;,. i,Í56 .

?

;í

l .

•

!

1

�DIARIO DEL IMPERIO.

12
• t(,

•

~~

AVISOS OFICIALES. ,

,.

AVISO IMPORTANTE.

~

,ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS; '
.

~

AVISO.

Relacion de los espedientes pt1ra cuyo despt1Cno se necesit!I la preseJl()ia de loa intere•
111do1 en esta oficina.
En la Seccion 1~-316, 483, 68'.2, 1,152 2,539 y 2,932.
·
En la Seccion 2~-23, 493, 636, 786, 1,352, 1,494, 2,501, 2,675, 2,989 y 3,730.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos- negocios, si esta comparecencia
no se verifica.
México, Julio 3 de 1865.
·
.El Administrador de bienes nacionalizados,
Juaii Suarez y Naf!arro.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
ÁVISO.

Debiéndose sacar á. remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero 'último, la.
()asa. situada en la esquina de las calles de la Encarnacion y Santa. Catalina, valuada. en
' • la. cantidad de 9,770 peaos 26 centavos, se pone en conocimiento del público, para que las
personas que quiera.n hacer postura, ocurran á. la Administracíon de bienes nacionaliza.dos
el dia 24 del presente mes, á las nueve de la mañana, á cuya. hora. comenzará. el remate
• con la concurrenc\a que hayo, teniéndose pres.entes para el efecto las prevenciones de los
artículos 25 y 27 de la citada ley.
México, Julio 3 de 1865.
El Administrador de bienes nacion¡ilizados,
lOs-1
Juan Suarcz y•Ná f!arro.
CONVOCATORIA.

,Lá Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque por medio de este aviso á los ncreedo-

reilil l'ondo de amorfüacion que tengan créditos escriturados, liquid~e y reconocidos,
para que concurran el día 10 del actual, á las doce del dia, al Salon d~ sesiones deLExmQ.
Ayuntamiento, donde conforme á. lo preveniao por la ley relativa, la espresaqa Junta re•,
. matará la C\lntidad hastá ahota reunida, entre los acreeaores qu'e pfrezcan m11.yor rebaja.
1
•
México, Ju1io 3•de 1865.
1
•
• • &lt;·
'
El Secretario general del Exmo. Ayuntamiento,
r , ¡3s-l
Lic. J. T. D/J:r,alos.
&lt;J
- - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1
MAYORIA DE ORDENES DE LA PLAZA DE MEXICO.
• ,
México, Julio 2 de 1865.
Necesitándose la presencia del Capüan D. Antonio Soriano en esta ,Mayoría, para 'co•
,&lt; 1 mUDicarle ilna resoluQion sµpremu, é iguorando cuál sea su domicilio, de órden del Exmo.'
Sr. Ministro de la Guerra suplico á vdes. que ,e sirvan insertar en las columnas del Dia•
rio de~ Imperio, por tres dias seguidos, el prespnte aviso, para que llegapdo á conocimien•
to dél interesado, surta sos efectos.
El General Mayor de Ordenes,
Luis G. Martinez.
3s-1

,IO , ,----- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - &lt;1 •

•1.:\:

1,i.1 r.

JUZGADO 4? DE LO CRIMmAL.
En este de mi cargo se instruye causa contra Manuel Gaona por haber sido sorprendí•
do eu la noche del dia 10 de Mayo del presente año, con un tercio de azúcar, cuya adqui·
sicion no ha justificado, y com6 hasta al1ora de las constancias del proceso no aparezca
quién sea el dueño de dicho tercio, pov el presente se convoca á las personas que se crean
con derecho á. la azúcar mencionada, para que en el término perentorio de quince días,
conta.dos desde la primera publicacion de él, se presenten á deducirlo en este juzgado, en
el concepto que de no verificarlo les parará el perjuicio que en derecho tenga lugar.
México, Julio 1? de 1865.
•"
_ El Juez 4° de lo criminal, fernandez.
3s-l

.

DEPOSITO DE DISPONIBILIDAD.
Debiendo pasar Tevista de Comisario esta corporacion el dia cinco del presente, se ha•
ce saber á. todos las señores Gefes y Oficiales que la fü1man, para que á las nueve de la
mañana de dicho día concurran al acto, sin falta. alguna, y como está prevenido.
México, Julio l\l de lef35.
,
El General Gefe de la Corporacion,
2s-2
E. de Grimarcst.
•

AVISOS JUDICIALES.

,ff •. ,_.___________________.,_,..,.._......,_..._.;:;
~.;;.;..~- -

0

,

ll'

1.

JUZGADO 2&lt;? MENOR.-EMPEDRADILLO NUM 5.
- ' v
Ignorándose el paradero de D. Cristóbal Seura, se le cita por el presente, para que den•
tro de nueve días, contados desde la publicacion de este aviso, se presente por si ó por
apoderado instruido y espe~ad9, á contestar l!!, demanda que como albacea y heredero de
D~ Antonia Moreno, le proll\'!eve,el Lic. D. losé Francisco }lari¡¡cl\l, como apoderadó
del Lic. D. Benigno Pairó,·sobre pago de setenta pesos cuatro reales, procedentes füt honorarioe devenga.dos por el Sr Pairó; apercibido de seguirse el juicio por sus trámites en
su ausencia y rebeldia.
1
•
, México, Junio 30 de 1865.
El Juez 2? menor, Lic. U11anu~ y ~avon. 425-3a-1

,:)

'J ,, t

FRACCIONAMIENTO .DE LA HA0IENDA DE SAN BARTOLO,
SITUAl&gt;A A IN!lffiDIACIONES DE llfORELJA •

éa&lt;
,8 '
,:

t

-~..__-,:-:-'-!• ..,__ _ _ _ _ _ _ _ _ _,--_ _ _.....,._ _ _ _ _ _-::,:--

JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUM. ,8.
Seminario n(tm. 8.
1 ,
' Por el pre~ente se hace saber á D. Ernesto Reiter, que ÍI instancia del repres'entante
ae la Sra. D'!- Juliana Azcárate de Pedraza, se ha da.do por·contestada la. demanda que
rpor desocupacion de la vivienda ,núm. 5 de la casa núm. 10 de la calle de Ja, ,Canoa le ha
promo,\do, quedando el juicio recibido á prueba por los quince dias de ley, que serán de
contarse desde la publicacion del presente, por el cual se le emplaza para eJ dia diez y
ocho del próximo Julio, á las doce, á presenciar el juramento de los téstigos qne el aator
presentará, y para el diez y nueve del mismo, á las doce, á. publicacion de prlr.ebas J ale•
gar; con calidad que de no concurrir, 116 recibirán los testigos en su 11ns.eú!lla yee dará por
alegado, quedando desde lllego citado á sentencia.
, ,
México, Junio 30 de 1865.
'
El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
424-3s-21

La Junfa menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga

que por los acreedores del mismo 11;1 fué hecho, y con arreglo á las faculta.des que le ftte.
ron poncedidas en el convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año anterior, ap,oba.do judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la ha•
cienda de San Bartolo y-procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
fuere mas conveniente á. los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
todas las personas que deseen a.dquirir alguna ó algunas de las porciones de terreno de la
mencionada hacienda, se sirvan ocurrir á la referida Junta menor, que tiene su ra.dicacion
en esta ciudad, ~ hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
como úlW!lO término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
Morelia, Junio de 1865.-Luis lturbide.-Luis G. Segura.-Luis G. Barrera.
382-40s-17
,

TRll!UlUL DE COMERCIO DE lllEXICO.

En los autos del concarso á. bienes de D. Vicente Caatillo, este Tribunal, eh auto de
hoy, hf\ declara.do cerrado el esta.do de créditos, y manda.do se cite á junta general para
el exámen y reconocimiento de ellos, á todos los acreedores de dicho concurso, la que ten.
drá lugar en la audiencia del miércoles 5 del entrante Julio, á la una de la tarde, hacién·
dose la citacion por medio de avisos en los periódicos, edictos y cédulas.
•
Lo que pongo en conocimiento de los interesados por medio del presente, en cumplimiento de lo manda.do.
Méxicp, Junio 23de 1865.-J. M. Cardeña, Oficial 29 encargado do la Secretaría
414-3a-3
JUZGADO 5\' MENOR.-1'!- MONTERILLA NUM. 7,

EnMjuicio que sigue D. Sebaatian Berra contra D. Gregorio Bazaldúa, he pronuncia•
do laJsentencia que en su parte resolutiva dice: "fallo:. que D. Gregorio BazaJdúa pague
á. D. Sebastian Berra, dentro de diez diae, la cantidad demandada de sesenta y dos pasos
t!es reale,s siete octavos, con losJa~tos (le e~te juicio; apercfbi~o de ejecucion ei no lo ve
r1fica. Bagase saber por los per1odicos, eta. ' Y para conoc1m1ento del demandodo se po•
ne el P!esente..
.
·
México,' Jurno 28 de 1865.-Lic. Lorenzo Labat.
421-Js-2
rozGADO 2° DE LO CIVIL.

En los antoa del concurso á bienes de D, Juan de la Cajiga, el Sr. Juez 2? de lo mvil
de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon; ante quien están radicados, ha pronunciado con
fecha 16 del c~rtiénte la sentencia que en la par~ resolutiva conducente dieb á la letra:
'1 ~ aprueba igualmente el proyecto de gra.duac1on que ha presentado el Sr. Síndico y
hace .suyo el presente Juez, por los fundamentos legales en él espresados, declarándolo for.
,nal sentencia de graduacion, y se condena á estar y pasar por él á los acreedores que lo
h!ID con,sent\do y aproba~o en la mi_sma_junta, escepto ~ los ausentes representados de ofic10 por el Lic. D. Cornelio Prado, a quienes, así como a los acreedores cuyo dómicilio se
ignora~ se hará saber esta aprobacion·por medio de avisos que se publicarán por ocho dina
consecutivos en tres de los principales periódicos de esta capital, prevmiéndoseles que si
dentro_ d~ ~n mes contado desde la publi~cion de los avisos no concurrieren al oficio del
actuario a imponerse de la graduac1on1 m mterponen dentro de ese té!IIDno y del preRen•
te auto !os recur~os legales que les a¡,¡sta~ para. el cas~ de que se estimen agraviados, se
reputara c~nse~ttda por ~os 1~ gr~du~c10':1 y eJecutonado este auto, procediéndose, en
consecuencia, srn otro.tramite, a la hqwdac1on del concurso."-Y en cumplimiento de lo
mandad? Y para los efectos prévenidoe en el preinserto auto, se publica el presente aviso
en México, á 2-2 de Junio de 1865.-ilnto11io Landgrar;e1 Escribano público.
403-Ss--8
,
CONVOCATORIA.
.
De órden del Sr. Juez 2? de ¡0 civil, Lic. D. Manuel Pavon, 80 convoca á. los que 80
crean con derecho á los bienes ilel íntestado del Coronel D. Ignacio Ruiz, para que en l'1
término de treinta dias comparezcan á deducirlo; apercibidos de lo que haya lugar.
México, Junio 28 de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
418-3a-2

AVISOS PARTICULARES.
.

•\,

~

En esta fecha, por mutuo convenio, se retira de nuestros negocios el Sr. D. Enriqne
G. Loose.
"
Mé~co, Junio 30 de 1865.- 4. G. LascuraÍII y C.d.
422-3s-2
Habiendo llega.do á mi noticia que el Lic. D. José M. Medina trata de arrendar los al•
tos dll la casa núm. 6 de la calle de Tacuba, J~ cual pertenece 111 intesta.do del Sr.D. Teodoro Laba.die, de cuyos bienes soy a.dministradór; por el presente ha~o sabe,1: al público,
que en caso de 4110 alguna perso!_!a arrendase dicha casa al Lii,. Medina, quedará sujeta á
.sufrir las consecuencias que traiga la resolucion de un juicio que sigo C('ntra dicho Medi•
na, que ~ea cual fuere el resultado, con los pormenores que crea necesarios, tendré el honor de p11blicar para inteligencia y conocimiento del público.
Mexico, :runio 30 ile 1865.-L. U. .Descliamps.
423-3s-2
-.,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ' : ; . __ _ __ __
REMATE PARTICULAR
Del Sr. D. Luis R. H. L. Htidsicch, Cónsul general de los Países Bajos, en la calle de
Ca.dena núm 13, para los dina 6, 7 y 8 de Julio de 1865, á la UNA EN PlJ~T(;); estando
á. la vista el má.rtes 4 y miércoles 5.
Las ventas son al contado y sin reclamt1Cion, y los objetos rematados deberán sacarije
antes de 24 horas.
.
Oportunamente so darán listas pormenorizadas.
Ignacio Día% Triujeque. 41.7 -Ss-4

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
C!)MPAÑIA DE SEGUROS DE GLADBACH.

Capital de fondo ••••••••.•.••••• , 3,000,000 pesos prusianos.
1

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILEA (BABEL),

•1

Capi~ de fondo ••••••••••••••••• , • • •• • 10,000,000 francos.

CONVOCATORIA.

El Sr. Juez l? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de m Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, 'que se convoque por edictos y _Se u~guran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los ·ínfortnes
Estas Compaiífas
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de
400-180s-l0
'
ta.do, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á. deducirlo por si ó por personas stifi. calle de San Bernardónúm. 3.
cientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
: .'
,, r
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para,que llegue íi noticia de
quienes i111porte1 en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta r cinco.Miguel Barrera, Escribano público de la. Nacion.
390-60s-15 1 '

D.IVERSIONES PUBLICAS.

,1

'

JUZGADO MENOR Dm::"'CUARTEL MAYOR BUM, 8.-SEENARIO NUll. 8.

11

TEATRO IMPERIAL.

Esta noche, á las ocho, se representará, primero: el drama do costumbres andaluzas en
En el juicio q~ sobre pesos sigue ~l Lic. D. Miguel Blanco, en representacion de D-. un acfi?, que tiene por tít1do: El corazon de "" bandido: en seguida la pieza en un a~to
Jesus Goríbar, contra la testame~ta~1a de fl. Ramon Va~a, ~r la pres~nte se cita al al• ~enommada: I?· José, Pepe y Pepito, y pam clar fin, la otra pieza, tambien en un neto, ¡11'.
bacea par~ _que compa~ezca el día siete del entrante Julio, a las 4oc~, a absolver posi,cio- titulada: U" pié y 1111 :apato.
' u.ea; aper01b1do el referido albacea de darse por absueltas y quedar citado pa1·11, sentencia,
si no concurre.
J
México, Junio 26 de 1865,
IMPRENTA DE J. M, ANDRADE Y F. ESCALANTE,
El Juez 8~ menor, Lic. Z11bioga.
413-3a-3
/
IAJOB l&gt;B BAN AGVSTIN1 NUM, },

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Bienes nacionalizados</name>
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                    <text>DIARIO
MEXICO: Miércoles 5 de Julio de 1865.

TOMO 11.

SUMARIO

.

PARTE OFICIAL.-Decreto sobre aumento de tres pla~as de celadores para la Aduana marítima de Tam•
plco.-Instrucclones para los vlsltndores de las recaudaciones de conlribuclones dlrectas.-Denegaclon de
¡,rlvlleglo para la lntroducclon de africanos y asiáticos en el pals.
NO O~'IOIAL.-htterior.-Oeremonlal para la lnstalaclon1de ll\ Academia de Clenclas y Literatura.
Pai·tes do Prefecturas.-Del Departamento de Iturbide, sobre vnrlas ocurrenclas,-Del Valle de México sobre una sentencia de la Corte Marcial.
E&lt;ttarwr.-Movlmlento mercantil en el Havre y en ~amburgo.
DENUNCIOS Y SOLIOITUDES.-De un manantial de petróleo.

PAI\TE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
HEMOS venido en aprobar que el Gefe de servicio en Tampico haya dispuesto se aumenten en el resguardo de aquella Aduana marítima tres plazas de celadores con la dotacion de setecientos pesos
anuales c~da una, y tres bogas para las falúas con el sueldo de veinticinco pesos al mes, tambien cada uno.
Dado en el Palacio de México, á 29 de Junio de 1865.
MAXIMILIANO.
.rv
Al Subsecretario de Hacienda.
POR EL EMPERADOR,

El Subsecretari(de Hacienda,

.......

Féli:c Campillo.

l!IIIKISTERIO DE HACIENDA.
Scccion 2~ directi vn.
INSTRUCCIONES A QUE DEBERAN SUJETARSE LOS VISITADORES DE LAS RECAUDACIONES DE ÜO.NTRIBUCIONES DIRECTAS.

NOM. Ui3.

10~ Si del corte resultare que no es_tá ca al la existencia, y que la falta es
mayor ele lo que el responsable tuviere
vencido de ho.n01:ario, que la cuenta
1
de caja esté en blanco 6 con atraso de mas de tres clias, desde luego el visitador suspenderá al responsable' y encargará la recauclacion ó. ' -gna persona ,
que nomlh·e con acuerdo de la autoridad política, de una manera provisional
y dará conocimiento á la Sec'l_ion 2~ directiva, 6 á la recaudacion ,Principal,
en su caso, informando sobre las cualidades del encargado, y al juez' de Hacienda respectivo pa1·a los efectos correspondientes.
11~ Si del corte de caja resultare que todo esté en corriente, desde ese momento conservará el 'l(Ísitador la llave de la caja é intervendrá. en todas las
operaciones de recaudacion, basta la conclusion de la visita.
12~ Del estado corte de caja se, harán cinco ejemplai·es, ele los cuales uno
dejará el visitadot 'en poder del"i;espon.sable, con otro se quedará el mismo
visitador, otro dará á la autoridad que intervino en, su faccion y dos ejemplares remitirá á la reeaudacion principal, en su caso, 6 á la Seccion'. 2~ directiva de este Ministerio. Las recaudaciones principales remitirán un ejemplar del expresado estado á dicha Seccion.
,
13~ Los visitadores procederán desde·luego á 13xaminar los padrones, los
valúos de fincas, las calificaciones de giros mercantiles y de establecimientos
industriales y, las boletás de todos los ramos, pai:a cerciorarse de si están en
la forma debida los primeros y con las cuotas qué· manifiestan los &lt;lemas documentos respectivos; si todos ellos están correctos, sin testaduras, raspaduras 6 entrerenglonaduras, y compararán los asientos de las boletas con los
de los libros auxiliares.'
14~ Los defectos indicados en la instruccion anterior, será materia de suspension para el respoñs'able, en cuyo caso el vi$itador obrará conforme {i la
instruccion 10ª
15ª La falta de padrones, de calificaciones 6 de boletas, y la falta de libros
ó que estos estén en blanco, tambien será materia para que el visitador suspenda al respo11sable y obre conforme á la instruccion 10\ debiendo proceder
desde luego á formar los documentos que falten, y á organizar la contabilidad. .
,
16~· Procederán los visitadores á liquidar los adeudos pendientes Y á hacer que se pongan en vía de cobro, pidiendo á los causantes, tanto en este
caso como al recibir los pagos corrientes, los últimos documentos que tengan que acrediten.pago, para ,cerciorarse de si están escritos en la cuenta.
_17~ Si se .encontraren algunos documentos que no lo estén, y éstuvieren
expedidos de una manera oficial, se dará por bien pagada la cantidad que rete d l
presenten por par e os ClLllsantes; pero se recogerán estos documentos dando á los interesados copia autorizada de ellos, para remitir los originales al
juzgado de Hacienda, para qne obren contra el responsable á qdien' se suspenderá desde luego.
'
~
18~ Si dichos docümentos no tuvieren ningun carácter oficial, se exigirá
de los causantes el pago como si no tuvieran esos documentos, y aunque ellos
deducirán sus derechos contra el responsable, los visitadores siempre darán
cuenta de esos b'ecbos al juez de Hacienda, para los efect.os á que haya lugar.

1~ Los visitadores antes de marchar á una visita, se _proveerán de las leyes, circulares Y órdenes comunicadas á la oficina que van á visitar! de' una
copia del último estado corte de caja, del inventario de papeles que forman
el archivo, Y si hubiere muebles Y útiles en la recaudacion que ha de ser vi~11itada, que sean de propiedad del)mperio, tambien llevarán una copia del
- inventario:
~
a
b' d' b án .
. l ~ 'ta-d .
· h b' . d dir' •. á
2. Tam 1~11 e _er . p.i:ovee~e os .v~si ores, si u 161011 0 iguse
una recaudac~on prmcipal, de una noticia de la~ subalternas que _están b~jo
su depende~ma, de l_os nombres de los que l~s sirven,, del ~onorar10 que d1sfrutan, de s1. todas tienen afianzado su ma~eJo, ~n que cantHlad, de los nombresª Y~pell!dos de los fiadores Y d~ la residenma de éstos .. ,.
~. S1 se. tratare ~e una ~ec.audacion subalterna, las noticias de ~ue habla
la mstrucc1on antenor, se limitarán al responsable de ella por 10 que toca á
sus fiadores.
,
4~ Los visitadores recibirán, ademas, las instrucciones.¡privadas que deba
DE LA INSTRUCCION.
darles la Seccion 2~ directiva de este Ministerio, si se dirigieren á una recau- 19~ Los visitadores deben ejercerla, enseñando, advirtiendo, corrigiendo
dacion principal, 6 la recaudacion principal respectiva, si se tratare de una aquellos defectos que encuentren en el sistema de cobranza y en la contabilisubalterna, y de una. comunicacion que los acredite como tales visitadores .dad, en que por ignorancia 6 mala inteligencia incurran los responsables, y
ante el Prefecto político del Departamento, para que éste mande ó. la autori- esta parte siempre debe acompañar á--1a fiscalizacion.
_ dad correspondiente, que _autorice el corte de caja con qu'e debe principiar la 2Q~ Siendo tan importante, bajo todos aspectos, para e1 sistema de contrivisita, é imparta al visitador los auxilios que pueda necesitar para el buen buciones, la exactitud de los catastros y padrones, los visitadores procurarán
desempeño de su encargo.
con el mayor empeño que las oficinas que visiten no carezcan ·de esos docu5~ Al llegar al punto en que debe verificarse la visita, los visitadores cui- mantos, y que se hallen arreglados con sus análisis respectivos, teniendo predarán de no esternar el objeto de su llegada; de no alojarse en las casas de sente que solo la primera1parte de ese análisis puede y debe quedar concluida
los responsables, ni de sus deudos, ni de sus dependientes; de no pedir en di- al principio de cada año; pues la otra parte que se ttifiere á los aumentos y
chas casas ningun alimento, y de no recibirlo aun cuando se lo ofrezcan.
diminuciones que en el trascurso de él tengan las fincas, giros y estableci6~ Tampoco deben los visitadores pedir 6 tomar dinero alguno de la ofici- mientos, no puede ponerse sino á su conclusion, con vista de las notas aclarana visitada, para cuyo efecto antes de partir, deberán dejar arreglado el pago tot'ias que consten en los mismos padrones, las cuales deben asentarse en el
de sus sueldos por donde les sea mas conveniente.
momento que ocurra 1~ variacion.
7~ Deben tener presente los visitadores, que toda 'Visita comprende dos 21 ~ Habiéndose espedido modelos para llevar los libros principales y auxipartes: la primera de fiscalizacion, y la segunda de instruccion.
;
liares, así como para las boletas, que al mismo t.iempo de ser la cuenta personal de cada causante, son los comprobantes de dichos auxiliares, los visitaDE LA FISCALIZACION.
dores cuidarán de que se hallen arreglados y se lleven con la claridad y lim8~ Para principiar la visita, el visitador, acompañado de la autoridad, pa- pieza correspondientes.
·_
sará á la recaudacion de contribuciones, y desde luego se procederi á practi- 22~ Examinarin si las juntas calificadoras y revisoras han llenado su decar un corte de caja de primera operacion, en el estado en que se encuentre ber y sujetádose á la ley, promoviendo, en caso contrario, el remedio conel respectivo libro.
veniente.
9~ Si al presentarse el visitador con la autoridad, no estuviére el recaudaREGLAS GENERALES.
dor en su oficina, pero sí dentro de la poblacion, se le llamari desde luego 23~ Para formarse perfecta idea de un recaudador, deberán los visitaclores,
para practicar el corte de caja; peró si estuviere fuera, la operacion se prac- por la vía reservada, pedir informes sobre su conducta oficial, á las autoridaticará con·la persona que lo represente, y se Je llamará por medio ele un pro- des y á los vecinos principales del luga1;, averignanclo al mismo ti~mpo si
pio á su costa.
son prop~nsos lí algunos YicioA.

\

�14

15

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL Ll\IPERIO.

Nada se ha hecho en palo de tinte ni en los demas frutos mexicanos.
Las exportaciones para Vel'acruz siguen su curso ascendente: el buque
"Nicolás Poussin," que salió el 12 del presente, lleva carga completa, y el
"Leontine," que zarpará el 5 del entrante, irá igualmente lleno y aun dejará
quizá alguna carga en tierra; siendo de advertirse que poi' efecto del desarrollo
3. Los Oficiales de la Guardia Palatma.
de nuestro comercio, los remitentes se Yen obligados, á pesar de los mayores
4. Los Chambelanes.
gastos que ocasionan los trasbol'ctes, á enviar las mercancías ~uyo v~lorpue5. Los Ayudantes de Campo.
6. El Intendente de la Lista civil y el Gran Chambelan de S. M. la Em- de costear los subidos fletes que cobran los vapol'es, por la via de L1verpool
y Southampton. Los empresarios de estas lineas mandan á este puerto pe•
peratriz.
quefios vapores que vienen á tomar las mercancías que se dirigen al conti7. El Gran Maestro de Ceremonias.
nente mexicano.
8. El Gran Mariscal de la Corte.
En el presente año no ha habido expedicion pal'a Tampico; mas esto no
SUS MAJESTADES.
debe atribuil'se á falta de carga, pues las mercancías se dirigen entretanto
~- Las Damas de Palacio.
para Burdeos y Liverpool, muchas de ellas con destino á. Tampico.
10. Las Damas de Honor.
XII. Cuando ~S. MM. entren á la sala, todos los concurrentes se .pondrán
CIUDADES ANSEATICAS.
en pié y no se sentarán sino despues que SS. MM..hayan tomado asiento.
Hamburgo, 29 de Mayo de 1865.
XIII. El Subsecretario del Ministerio de Estado, dará lectura del decl'eto
.Movimimto ml}rcantil de este puerto con los &lt;lel i mperio Mexicano.
que instituye la Academia de Ciencias.
·
~
XIV. En seguida S.M. el Emperador se dignará pronunciar una breve
El 6 del presente salió para Mazatlan la barca hamburguesa Persia, con
alocucion declarfr.ndo instituida.la Academia, é investirá á su Presidente con 1,357 bultos de diversos efectos. El 15, para Matamoros, el bergantin-goleta.
la cadena: distintivo prescrito en el artículo 15 del referido decreto, que tam• dinamal'qués Elice, con 1,433 bultos, 732 barras, 230 liachos de fierro y 3
bien le entregará.
, .
barras de estaño. El 20, para Veracruz, el bergantín hamburgués Tol1tca,
XV. En el momento opor~uno, el Ministro de lnstruccion Publica, toma. con 3,648 bultos de diversos efectos.
rá de la mesa la cadena y el decreto de fundacion, para ponerlos en manos
En estos días ha llegado á Bremen, procedente de Matamoros, el buque
de S.M.
l
1 hannoveriano Gerhardino, con 402 pacas de algodon.
XVI. El Presidente de la Academia contestará á S. M., despues de o cua
el Subsecretario de Estado leerá los nombres de los miembros de la AcadeC01'SULADO DEL DIPERIO MEXICANO D EL 11AVRB.
mia, e¡recificando sus cargos.
XV . El Presidente del Consejo de Estado, como académico, pi·onun- NOTICIA del cargamento que conducen á los puertos del Imperio, los buquesldespaclados
en esta oficina en todo el presente mes.
ciará un discurso alusivo á las circunstancias.
XVill. SS. MM. regresarán á sus habitaciones con el mismo acompaña·
Mayo 11.-Fragata francesa "Nicolás Poussin," 447 toneladas, oon des•
tino á Veracl'uz, 2,181 bultos, 4,148 quintales peso bruto; cargamento dos
miento que á su entrada.
coches, diez pianos, muebles y adornos de salon, libros, artíéulos de en~uadernador, cristales, mercería, pelo de conejo y objetos de sombrerero, vmo,
PARTES DE PB.BFECl'tJRAS,
loza, ~uincallería, drogas, ferretería, máquinas para la industria, papel, _\)er·
Prefectura politica del Departa~e~to de Iturbid~.-Cuernavaca, Junio 26 fumeria, sardinas en conserva, armas, tejidos, ropa hecha, sederías y artícude 1865 -Exmo. Sr.-Para conoc1m1ento del Gobierno de S. M., tengo 13. los de modista, becerrillos, paraguas y otros artículos de industria, consig·
honrad; manifestar, que en la semana ª?terior han oc_urrido enest~ Depa:- nado á los Sres. Ritter y C\ Labadie y C\ Carredano, Oleire, Hoffmann,
tamento las novedades siguientes:-El dia 21 fueron_ ejecutados J?se Empi- Heymel Bonne, Cónsul italiano, Brehm, Cónsul frances, Neron Wittenez,
lote y José Antonio1 condenados por la Corte Marcial de esta mudad, por Lozada Chorro, Camenen, Biesterfeld, Hargous, W atermeyer Schmitz,
delito de robo.-El dia 24 llegaron á esta ciudad, procedentes de Iguala, cien Bussing Mertens, Leffman Gutheil, Lelong, Viya hermanos, Martin Darán,
caballos con el Sr. Coronel Comandante superior, D. Abraham Peña, con Guitchenné, Ribere, Calleja, :Martinez, Cambuston, &amp;c.
•
quien la Prefectura se ocupa de arreglar la designacion del_ nú.mero de fuer• Havre, 30 de· Mayo de 1865.-El Cónsul de S. M, J. M. de Mora y
zas rurales que debe haber en el Dep~rtamento.-En ?l. D1str~to.de Cuerna- Oita.
vaca se ha conservado inalterable el. orden y la tranquilidad pubhca.-En el
Distrito de Morelos se encontró el cadáver de un hombre asesinado, de cu•
yo hecho se practica la averigu~ion correspondi?nte: tuvo lu~ar el hu;to de
CONSULADO DE :DXICO EN EL 11AVRE.
un baul en la hacienda de Coahmstla, y la autor1dad respectiva ha dictado NOTICIA de los buques que ha11 entrado en este plUTto en todo el mes de Mayo del presente
las providencias que exig~ el. caso. ~n dicho distrito se conserva in!lterable
año, procede11tes de los puertos mexicanos, y cargamentos qut ltan conducido.
el órden y tranquilidad pubhca.-D1os guarde á V. E. muchos anos.-El
Mayo
11.-Goleta francesa "Ariel," procedente de Tuxpan; cargamento
Prefecto político, F. Gff,41'(/o Ganiez.--Exmo. S1-. Ministro de Gobernacion.
2,087 trozos palo moral, 100 idem madera para ebanista, 300 cueros secos
-México.
.
.
Es copia. México, Julio 2 de 1865.-El Subsecretano de Gobernac10n, de res, 50 fardos zarzaparrilla.
Havre, 30 de Mayo de 1865.-El Cónsul de S. M.-J. M. &lt;le .Moi-a y
XI. A la una en punto saldrán ~S. ~M. de sus hab~tac_iones, y pasarán

MODELO DEL RESUMEN DE ALCANCES.

24ª Los visitadores llevarán un diario de sus operaciones, de que semanariam~nte darán copia á las oficinas de que dependan, sin perju!cio de consigVisita de la Becawiacion principal (ósubalt.erna) de contribuciones directas de.. , •
nar el original en el expediente principal de visita.
'
.
25~ Por cada asunto que ocurra en la visita, formarán los v_isitadores un R&amp;'lUMEN de toa alcances que resultan en contra del Recaudador
D.N. N. yde loe que á su favor aparecen,
expediente especial, para evitar que en uno solo estén confundidos t-0c1os los aegun las oper&amp;clones practicadas por el visitador D. F. M. desde el di&amp;... . .... en que comemó la visita
por BUprema órden de tal fecha, hasta hoy dla en que la concluye; Ycomprende el periodo de tal atal fe·
negocios.
cha que el responsable ha servido dicha oficina.
26~ De todas las dudas que ocurran con motivo de las operaciones de la
. CARGO.
vista, ya ¡j(\a porque los visitadores no conozcan por qué los responsables han
obrado de tal ó cual manera, ó aun cuando no haya duda, si en algunos casos Diferencia que resultó segun el co~ de. -~j~ de pri~~ra openo han obrado de conformidad con las leyes, reglamentos ú órdenes, les haracion de tal fecha, con que se d1ó prmmp10 á la VlSlta . . . . $
rán las observaciones por escrito, bajo la forma síguiente:
Tantos pesos que cobró á D. N. por tal cosa y no se cargó .. .
"Visita de la Recaudacion de contribuciones de tal pMte (sigue la fecha). Tantos pesos que cobró de menos á D.N. por tal contribucion,
pues debiendo ser tanto por tal y tal razon, solo aparecen
"Diga el responsable de esta Recaudacion por qué ha hecho tal ó tal cosa,
cargados en tal libro tal cantidad.. . . . .. • ...... • • • • - • •
ó por qué ha dejado de hacer tal ó cual otra."
'l'antos
pesos que se abonó de mas por honorarios, pues dehienMedia firma del Visitador.
do haber sido tal cantidad, por tal y tal razon, se dató tal
27ª Al fin de cada observacion comenzará el responsable su contestacion,
cantidad en tal libro y tal fecha... -.......•..... • - ... •
que debe ser escrita bajo su firma, y los visitadores deben tener presente ~ue 'fantos pesos que en tal fecha se dató indebidamente por tales
toda interrogacion á los responsables debe ser hecha y contestada por escrito,
gast-0s que hizo sin estar autorizado para ello.. - . . ...... .
para acumularse á los expedientes d.e visÍta.
. . .
Tantos pesos que segun la lista adjunta resultan incobrables
28ª Con las contestaciones que dieren los responsables formarán JU1c10 los
por culpa del responsable, etc., etc .... .. ...... - • • .•. - .
visitadores para obrar conforme á las instrucciones que anteceden, y en oasos
dudosos consultarán á la oficina ele que dependieren.
Suma.. . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . $
29ª Concluidas que sean las operaciones de la visita en sus dos partes, de
fiscalizacion y de instruccion, los visitadores harán un resúmen de los alean•
DEDUCCIONES.
ces que resulten en contra de los responsables, con expresion de su pro~dencia, conforme al formulario adjunto, y deducidos los que aparecieren á su Tantos pesos que por error se cargó de mas en tal libro, pues
habiéndolo hecho de tal cantidad, y no debiendo ser sino ele
'favor, segun el mismo formulario, les exigirán el reintegro dentro de tercero
tal
otra, por tal causa, son á su favor .... -.. ..... ... .. .
dia, y si no lo verificaren, ocurrirán á su!! fiadores.
Tant-0s
pesos que por honorarios se abonó de menos en tal fe30~ Los alcances contra los responsables pueden ser: 1°, de cantidades cocha, poi' tal y tal causa, etc., etc ....... -.......... : .. .
bradas de menos: 2º, de cobradas bien y cargadas de menos: 3?, ele honorarios abonados de mas; y 4-?, de cuotas no cobradas.
,
Suma .• . ........ .. . .. ... .. ....... $
31~ En el primer caso, harán los visitadores que se cobre de los causantes
la diferencia, y si estos han desaparecido con las cosas que oausaron la conCOMP!RACIO~.
tribucion, han llegado al estado de insolvencia, ó por oualquiera otra ca~sa
\
Suma
el
cargo
.•.
.
.
..
.
- ................... . - .
no pudiere realizarse el cobro de los legítimos deudores, entonces se deduc1l'á
Deducciones........•......... - .• ....... . ....
como alcance contra los responsables.
32~ En el segundo y tercer caso son indudables los alcances contra los
Diferencia contra el responsable . ..•............
responsables, y en el cuarto, procurarán los visitadores que se ponga en accion el cobro de las cuotas insolutas; y si algunas se hicieron incobrables por
Fecha y firma del Visitador.
no haberse exigido á su debido tiempo, en uso de la potestad económico•ooactiva de que. están investidos los recaudadores, los visitadores las deducirán
como alcance líquido en su contra.
DDEGACION DE PRIVILEGIO.
33~ Del pago de alcances, ó Pº! lo menos del depósi~ de su va~o~, hecho
por los mismos responsables ó por sus fiadores, acompanarán los v1s1tadores
Ministel'io de Fomento.-Seccion 4~-México, Julio 3 de 1865.-La Jun.
al expediente principal de la visita la certificacion correspondiente.
ta de ·colonizacion, á. cuyo exámen pasó la solicitud de vd.1 sobre que se le
34~ Los alcances á favor de los responsables pueden ser: primero, de can- concediera privilegio para la introduccion en el Imperio de cien mil colonos
tidades cobradas bien y cargadas de mas, y segundo, de honorarios abonados africanos y chinos, aprobó 1111 dictámen (ln que se prop~ne ~o siguiente:de menos.
" Consúltese al Gobierno de S. M. por conducto del Mm1sterw de Fomento,
35~ Esoos alcances se pagarán á los responsables, quienes darán de ello la no ser de conceder el privilegio exclusivo que solicita D. Abdon Morales pa..
constancia correspondiente que los visitadores acompañarán al espediente ra la introduccion de cien mil africanos y asiáticos."-Y estando conforme
principal de visita.
.
esta Secretaría con la :&gt;pinion de la Junta mencionada, declara que no ha lu36~ Pueden resultar tambien algunos alcances á favor de los contribuyen- gar á la solicitud de vd.-El Ministro de Fomento, L. Robles.-Sr. D. Ab.
tes, porque hayan pagado de mas, por error suyo ó de las recaudaciones; los don Morales.
visitadores en esos casos, legalizados los hechos, pueden mandarles devolver
Es copia.-El Subsecretario de Fomento, Man1tel Orozco.
sus alcances, dando recibos duplicados: los prinQipales, para la comprobacion
de las cuentas de las recaudaciones, y los duplicados para los expedientes de
visita.
NO OFICIAL.
37~ Terminada ésta, los visitadores entregarán á la oficina de que dependan todos los espedientes que hayan formado durante su oomision, con un ínCEREIIOinAL
dice de ellos.
México, Junio 26 de 1865.
PARA LA JNSTALACION DE LA ÁCADEMIA DE CIENCIAS Y LITERATURA, EN EL
El Gefe director,
PALACIO DE MEXICO, EL 6 DE JULIO DE 1865, A LA UNA DEL DIA.
J. M. López Monroy.
' imprimir por el Sr. I. La instalacion se verificará en la Gran Sala de Palacio.
NoTA.-Esta instruccion ha.sido aprobada y mandada
II. Todas las personas que deberán concurrir, recibirán un ejemplar de es·
Subsecretario de Hacienda, segun consta de su acuerdo fecha de hoy.-Mé- te ceremonial. El traje para los señores será frac y corbata negra; y para
xico, ,Junio 27 de 1865.-Lopez Monroy.
las señoras vestido de seda alto.
III. Concurrirán á esta ceremonia las comisiones de cuatro individuos de
•••
las
corporaciones siguientes:
, .
MODELO PARA EL CORTE DE CAJA DE 1~ OPERACION.
1~ Sociedad de Geografia y Estad1st1ca.
2? Claustro de Doctores de la Universidad.
Vilita de la Recaudacion p1incipal (Ó subalt.erna) de contribuciones directu de. ...
3? Junta de la Academia de San Cárlos.
.
ESTADO corte de caja comprensivo desde el dla ...... , ..•....•..... en que se practicó en dicha oficina,
huta el di&amp; de 1&amp; fecha; yse forma para dar principio a la visita que por órden superior de tal fecha, de•
4? Catedráticos y profesores, inclusos Rectores ó Directores d.e los Colebe practicar el vlaltador D. F. N.
gios de Minería, San Ildefonso, San Juan de Letran, Medicina, Agricultura,
Existencia que result-0 ( en tal fecha) .•.•••••..
Comercio y Escuela de Artes.
Importa la total recaudacion habida desde el dia tal basta la feIV. El número de alumnos que de cada· uno de estos Colegios deberá asischa, segun el libro general de caudales, ( de caja, diario 6 lo
tir no excederá de cuatro y serán precedidos por sus respectivos superiores.
que sea) de fojas
á
.•.•••••..•.••••••..•..•
V. El Gran Maestro de Ceremonias citará á las personas de la Corte, así
como á los invitados particulares.
Total cargo . ., •.••••................. - . ... . ..... .
VI. El Ministro de Instruccion pública citará á los ~inistros, al Consejo
Id. la data, segun el mismo libro de fojas
á
de Estado, á las Corporaciones y Colegios arriba mell:c1onados.
VII. En el fondo dél salon estar:í.n dispuestos dos sillones para SS. MM.
Existencia que debe haber .. ... ... .. .... .... .• . ...•
y detras de estos las sillas para las perso_nas de la Corte. .
. .
A la derecha habrá sillas para el Presidente del Consejo y los Mirustros,
RECONOCIMIENTO DE LA CAJA. ,
y á la izquierda para los Consejeros de E~tado_.
.
En oro ....... . ...•.. ... ............. . . •. .
En seguida de los Ministros, se colocaran asientos para las Corporaciones,
En plata .•...........••. i ••••••• •• •••••••
y detras de los Consejeros para los colegios.
En libranzas ••.••••••..•.•....••••.•••..••
vrn. Todas las personas al llegar, 'lcuparán inmediatamente sus asientos
correspondientes.
Igual (6 diferencia en favor ó en contra) •••.. • ...••••
IX. La Corte se reunirá en la Sala de It1,1rbide.
X. Los Secretarios de las Ceremonias cuidarán del 6rden, y cuando todo
Lugar y fecha.
esté listo, se lo comunicarán al Gran Maestro de Ceremonias, que ír. su ver.
lo pondrá en conocimiento de SS. MM.
El Recaudador.
El Visitador.

-----

-----

.......

----

á la Gran Sala acompañados del seqmto en el órden s1gmente:
1. Los Secr~tarios de las Ceremonias.
•
2'. Los Oficiales de Ordenes.
.

Francisco J. Villalobos.

Ozta.

PU1ECT11BA POLITICA DEL DEPUTAJIDTO.,DEL VALLE DE MEXICO.
SBCCION DE JUSTICIA.

Núm. 4,434.

México, Julio 4 de 1865.

DENUNCIOS Y SOLICITUDES ANTE EL MINISTBRIO DE FOMENTO.

Por la· Corte Marcial, con fecha de hoy, se dice á esta Prefectura lo si•
guiente: _
.
.
.
"Tengo el honor de informaros que la Corte Marcial en su ses1on del d1a
4 de Julio de 1865 condenó á la pena de muerte al llamado Jtftio Valentin,
reconocido culpabl~ de robo en cuadrilla armada, golpes y heridas á los habitantes, y pilla.Je en casas habitadas."
,.
.
. .
Y por disposicion del señor Prefecto polit1co, se mserta en el D1ar10 del
Imperio.-=-El Secretario general de 1~ Prefectura, Alejandro Villaseñ01·.

México, Julio 4 de 1865.

Don Alfonso Rimond ha hecho formal denuncio de un manantial de petil'óleo en el lugar nombrado Potrero de Otapa, situado entre el cerro de las
G:uevas, la laguna llamada de Tio Felipe y la Mata Redonda, en la Municipalidad de Hidalgotitlan, Distrito de Minatitlan, y de un pozo de sal mineral en el lugar que está entre medio del Potrero de la Trinidad y de la laguna
de Tio Felipe, en el mismo Distrito.
Y habiéndose admitido con fecha 3 del actual los dos denuncios anterio•
res, en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las
El Proyecto de inmigracion y colonizacion que hace pocos días se publicó Ordenanzas, se avisa al público, para que si alguna persona se encuentra con
en el .Diario d,el Imperio1 está conforme con el original que para este efecto derecho á oponerse, lo déduzcaante la Px:efectura de Tehuantepec, á quien se
fué remitido á la oficina del periódico. Si hay en él alteraciones ó equivo- le oomunicó.-El Subsecretario de Fomento, Jfaiwel Orozco.
caciones, no son responsables de ellas los que cuidan del .Diario, ni la imprenta en que se publica.

AVISOS OFICIALES.

EXTERIOR.
CONVOCATORIA PARA EL SISTEn IllETRICO DECIJUL.
KOVDUDTO JIDCAlmL.

Havre, Mayo 31 de 1865.

El mercado de algodon durante el presente mes, ha sido regular y los precios firmes realizándose en la última semana 7,420 pacas, de las cuales 10
fueron de México y se vendieron al p'l'ecio de 180 francos los 50 kilógramos.
En cueros hay bastantes ventas; pero los precios no mejoran á causa de
grandes importaciones hechas de la Plata y Rio Grande. Por lo que respec•
ta á los de México, en la semana pasada se vendieron 1,200, secos de Tam.
pico á 73 fra11cos ~os de b~ey y á 71 los de v~ por 50 kilógram~s.. Ante.
riormente se habmn realizado 1,625 de 67 a 71 francos, y por último, se
vendieron en pública subasta por causa de avería, 238 de 44 francos 50 cs. á
61 50 cs. los 50 kilógramos, segun su estado; de consiguiente, el total de cueros de Tampico reafüados en el presente mes, asciende á 3,000.
Los azúcares comienzan á subir. El Habana, que se ofreció el mes pasado
de 29 á 30 francos se vende hoy de 31 á 32 los 50 kilógramos.
El café sostiene 'su buen precio, celebrándose importantes transacciones,
tanto por el consumo como por la especulacion.

llflNISTEBIO DE FOMENTO.

Con el objeto de espedit&amp;r la plant~acion del sistema métrico decimal de peses y medi.
das en el Imperio, conforme esta prevenido, se convoca por la presente á las personas qne
deseen hacer proposiciones para la fab1-icacion de los referidos pesos y medidas: dichas
propoaiciones, que se recibirán en la Seccion 1~ del Ministerio de Fomento, en pliego cerrado, deberán hacerse bajo la, bases siguient.es:
Todas las medidas se fabricarán con arreglo á los modelos que exist.en en el Ministerio,
y previa la comprobacion de su exactitud, recibirán el sello que autorice su circulacion.
Ademas de las medidas se construirán las romanas propias del sistema, igualmente comparadns y selladas.
La comprobncion de todas las Rieza.s estará á cargo de un inspector nombrado por el
Gobierno y p~ado por el contrat1Sta.
No podrán crrcular otras medidas que las autorizadas con el sello que se adopte; éstas
saldrán de los talleres del contratista, quien tendrá el goce de todas laa utilidades, reservándose el Gobierno el cinco por ciento sobre el precio de venta de todas las piezas qne
se espendan.
Se especificará en las proposiciones el precio de cnda unidad de medida, segun su claae
y la materia de que se haga; al efecto, los interesados pollrán ocurrir al Ministerio, donde
se les manifestarán los modelos y en 1u vista hacer la determinacion del precio.
En cada Departamento deberíi hnber un desp11cho con todns lns piexas necesnri11s ~ las

�,

DIARIO DEL IMPERIO.

16

"

I

CONVOCATORIA.
exigencias del público, debiéndose situnr de nutemnno, ni precio fijndo, un stutido comple,
to en cada una de las municipalidades principales.
El Sr. Jnez 3? de lo civil, Lic. D. Jos6 Maria Cordero, ante q1Uen se halla 1·adicado el
Las proposiciones deberán hacerse dentro del término da h'einta dias, contados desde mtestado de la Sra. D\l Merced Carbajnl de Junco, ha disJ?uesto se- convoque por los peIr\ fecha; pasado dicho término no se admitirán ningnnns.
riódicos á las personas que so crean con derecho á los bienes del int.estado, para que se
México, Junio 27 de 1865.
3t1-l
presenten ni Juzgaáo á deducirlo, dentro de dos meses, contados desde la primera publicncion; bajo el aporcibimien.to, á los que no lo verifiquen, de que les parará el per.,uicio
ADMINfSTRACION DE BIENES NACTONALIZADOS.
que haya lugar.
AVISO.
Y en cumplimiento do lo mandado, pongo la presento.
Relacion do los espedient.es para ~uyo despacho se necesita In presencia de los intoreMéxico, Junio 6 de 1865.--Lic. Néstor Montes, Escribano do diligencias.
ell.dos en esta oficina.
.
371-6sm-5
En la Secoion l~-316, 483, 68-2, 1,152 2,532 y 2,539.
1UZGADO
MENOR
DEL
CUARTEL
JliYOR
NU!I,
8,
En la Seccion 2~-23, 493, 636, 786, 1,3.52, 1,494, 2,501, 2,675, 2,989 y 3,130.
Seminario núm. 8.
Advirtiéndc1e que no se puede dar niogun giro á estos negocios, si esta comparecencia
Por el presente se hace saber á D. Ernesto Reiter, que íí. instancia del representante
no se verifica.
·
de la Sra. D~ Juliana Azcárate de Pedraza, se ha dado por contestada la demanda que
México, Julio 4 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
por desocupacion de In vivienda núm. 5 de la casa núm. 10 dé ln calle de la Canoa le ha
Juan Suar,i p NaTJarro.
promovido, quedando el juicio recibido á prueba por los quince dias de ley, que serán do
contarse desdo la. publicacion del presente, por el cual se le emplaza para el dia diez y '
ocho del próximo Julio, á las doce, á presenciar el juramento de los testigos qne el actor
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
presentará, y para el diez y nueve del mismo, á las doce, íí. publicacion de pruebas y aleREMATE Í&gt;E UNA FINCA.
gar; con calidad que do no concurrir, so recibirán los t.estigos en su ausencia y se da!'á por
Debiéndose procederá la almonedo, con calidad de remate, de una finca situada en la alegado, quadando desdo In.ego citado á sentencia.
México, Junio 30 de 1865.
calzada que va de la iglesia do San Cosme á la garita del Calvario, contigua á,la conocida
El Juez 8? meno!', Lic. Zubiaga.
424- 3s-3
con el nombre de" Jacal Nuevo," se hace saber ni público, á fin de que los que so interesen á comprar dicha finca, puedan verificar su postura, acompañándola del correspondienCONVOCATORIA.
te papel de abono; en el concepto de que el remate so verificará en esta Administracien
principal el din 8 ele! entrante Julio, á !ns dos de la tarde, y de quo la finca de quo se trnEl Sr. J uoz l ? sustituto de letras do esta capital, que conoce del intestado de D\l Leanta estimada en su última traslncion do dominio, verificada en Diciembre del año próximo dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
p;sado, en ($12,500) doce mil quinientos pesos, no ha pertenecido nunca á corporacion por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
civil ni eclesiástica.
tado, á fin do que dentro de sesenta días ocurran á deducirlo por sí ó por personas sufiMéxico, Junio 27 de J865. '
cientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
El Administrador principal,
perjuicio á que hubiere lugar.
/. de la Barrera.
En cumplimiento do lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.ADMINISTRACION DE BlENES NACIONALIZADOS.
Miguel Herrera, Escribano público do la Nacion.
390-60s-16
AVISO.
Debiéndose sacar á remato, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
AVISO DIPORTANTE.
casa situada. en la esquina de las calles do la Encarnacion y Santa Catalina, valuada en
FRACCIONAMIENTO DE LA HACIENDA DE SAN BARTOLO,
la cantidad de 9,770 pesos 26 centavos, se pone en conocimiento del público, para qne las
SITU.~DA A INllfEDIACIONl!S DE l\lOl\:ELIA,
personas que quieran hacer yostura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados
el dia 24 del presente mes, n. las nuevo do la mañnnn, á cuya hora comenzará el remate
La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
con la concurrencia que haya, teniéndose presentes pam el efecto las prevenciones do los que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le fueartículos 25 y 27 de la citada ley.
•
ron concedidas en el convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año anMéxico, Julio 3 de 1865.
terior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la haEl Administrador de bienes nacionalizados,
cienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
Juan Suarcz y NaTJarro.
l0s-2
fuero mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
todas las peraonas que deseen adquirir algnna ó algunas de las porciones do terreno de la
CONVOCATORIA.
mencionada hacienda, se sirvan ocnrrir á la referida Junta menor, qµe tiene su ndicacion
La Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque por medio de este aviso á los acreodo- en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto do que se ha fijado
rea. al fondo de amortizacion que tengan créditos escriturados, Hqnidos y reconocidos, como último t.érmino para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
para que concurran el din 10 del actual, á las doce del dia, al Salon de sesiones del Exmo.
l\forelia., Junio de 1865.- Luis lt11rbidd.- L11is G. Segura.- Luis G. Barrera,
Ayuutamien~, donde conforme á lo prevenido por la ley relativa, la espresada Junta re382-40s-18
matará la cantidad hasta ahora reunida, entre los acreedores que ofrezcan mayor rebaja.
• rozGADO 5? MENOR.-1~ MONTERILLA NUll 7.
Méxreo, Julio 3 de 1865.
El Secretario general del Exmo. Ayuntamiento,
En el juicio que sigue D. Sebastian Berra contra D. Gregorio Baznldúa, he pronunciaLic. J. T. DáTJalos.
3s-2
do lalsentencia que en su parte resolutiva dice: "fallo: que D. Gregorio Bazaldúa pague
· á D. "Sebastian Berra, dentro de diez dias, la cantidad demandada de sesenta"y dos pesos
JliYORIA DE ORDENES DE LA PLAZA DE MEXICO.
tres reales siete octavos, con los iastos de este juicio; apercibido de ejecucion si no lo ve
México, Julio 2 de 1865.
rifica. Hágase sabor por los periodicos, et~." Y para conocimiento del demandodo se poNecesitándose la presencia del Capitan D. Antonio Soriano en esta Mayoria, pam co- ne el presente.
municarle lllla resolucion supremo, é ignorando cuál sea su domicilio, de órden del Exmo.
México,.Junio 28 de 1865.-Lic. Lorenw Labat.
421- Js- 3
Sr. Ministro de la Guerra suplico á vdes. que se sirvan insertar en las columnas del Diario del Imperio, por tres dias seguidos, el presente aviso, para que llegando á conocimiento del interesado, surta sus efectos.
El General Mayor de Ordenes,
Luis G. Martinez.
3s- 2

AVISOS PARTICULARES.

rozGADO 4? DE LO CRIMINAL.
En este de mi cargo se instruye causa contra Manuel Gaona por haber sido sorprendido eu la noche del din 10 de Mayo del presente año, con un_ tei;cio de azúcar, cnya adquisicion no ha justificado, y como huta ahora de las constancias del proceso no apa.rezca
quién sea el dueño de dicho tercio, por el presente se convoca á las personas que se crean
con derecho á la azúcar mencionada, para que en el término perentorio de quince dias,
contados desde la primera publicacion de él, se presenten á deducirlo en este juzgado, en
el concepto que de no verificarlo les parará el perjuicio que en derecho tenga lugar.
}léxico, Julio l? de 1865.
El Juez 4º de lo criminal, Femandez.
¡3s-2

AVISOS JUDICIALES.
rozGADO 4? MENOR.-1~ DE SANTO DOMINGO NU!I. 8.

En esta fecha, por mutuo convenio, se retira de nuestros negocios el Sr. D. Enrique
G. Looso.
México, Junio 30 de 186.5.-A. G. Lascurai11 y e .a
422-38- 3
Habiendo llegado á mi noticia que el Lic. D. José M. Medina trata de arrendar los altos de la casa núm. 6 de la calle de Taeuba, la cual pertenece 111 intestado del Sr.D. Teodoro Labadie, de cuyos bienes soy administrador; por el presente ha~o saber al público,
que en caso de que alguna persona arrendase dicha casa al Lic. Medina, quedará sujeta á
sufrir las consecuencias que traiga la resolucion de un juicio que sigo C(lntra dicho Medina, que sea cual fuere el resultado, con los pormenores que crea necesarios, tendré el honor de yttblicar ¡¡ua inteligencia y conocimiento del público.
México, Junio ~O de 1865.- L. U. Descharnps.
• 423-3s-3
REMATE PARTICULAR
Del Sr. D. Luis R. H. L. Heidsiuh, Cónsul general de los Paises Bajos, en la calle de
Cadena núm 13, para los dias 6, 7 y 8 de Julio de 1865, á la UNA EN PUNTO; estando

á la vista el mártes 4 y miércoles 5.
Las ventas son al C'.mtado y sin reclamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
Por la presente se hace saber á D. Juan Manuel Espinosa de los Monteros, que en el antes de 24 horas.
juicio seguido por D, Enrique Vallejo on su contra, sobre pago de doscientos set.enta y ' Oportunamente se darán listas pormenorizadas.
Ignacio ,Diaz Triujeque. 417-Ss- 5
tres pesos vintiocho centavos, procedent.es de ocho vales de desamortizacion, se ha p:ronunciado un fallo que en sn parte resolutiva es como sigue:- " So condena al Sr. Espinosa
SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
de los Monteros al vago de la cantidad demandada y de todas las costas de este juicio,
dentro de tercero dUI¡ apercibido de ojocucíoa á su costa."
/
México, Julio 4 de 1865.
COMPAÑIA DE SEGUROS DE GLADBACH,
El Juez 4? menor, Lic. Poulel.
427- 3s-l
Capital de fondo...... •• •• • . • ••• • 3,000,000 pesos prusianos.
ORDEN.

1UZGADO 4? MENOR,-1\l DE SANTO DOMINGO NUM, 8,
ORDEN,

Cmt1PAÑIA DE SEGUROS DE BAsILEA (BASEL).

Por ignorarse el domicilio del Sr. Lic. D. Benigno Márquez, se!; cita y emplaza. por
Capital de fondo •• • • • • •• • • • • . •• • • • • •• . • 10,000,000 francos.
111 prel'ente, para que en ol término de ocho dias, contados desde la primera publicac1on
de este aviso, se presente en este de mi cargo, por sí ó por apoderado instruido y espenSe aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos loa informes
llado, á contestar la demanda 4110 en juicio verbal sobre pngo de cuatro vales do desamortizacion, con hipot.eca do la casa núm. 4 de la calle de San Ildefonso, le promueve D. Ga- necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compaiíías,
400-lBOs-ll
bino Chavez Ganancia; apercibido, si no concurre, de darse por contostnda la demanda, calle de San Bernardo núm. 3.
iliguiéndose el juicio con los estrados del Juzgado.
México, Julio 3 doJ865.-Lic. Poulct.
428-3s-l
ALMONEDAS JUDICIALES,
El Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda á las de lo
casa n(un. 7 de la primera calle de Necntitlan, do esta ca¡&gt;itnl, valuada por el perito ingeniero D. José Higmio Gutierrez en nuevo mil doscipntos diez pesos($ 9,210); señalando
al efecto los dias 20 y 30 del corriente y 10 del entrante Julio, en el local del Juzgado, sito
en el Palacio di J usticin de esta ciudad, á las cloco de In. mnii11n::1, siendo la última con cnJidad de remate.
Lo quo aviso por el presente, para que las personas quo quieran hacer postura, ocurran
á la Secretaría del Juzgado, donde recibirán las illl!tmcciones que ministran los autos.
México, ,Junio 10 de 1865.-Migucl F. Guerm.
402-6a-5

DIVERSIONES PUBLICAS.
GRAN CIRCO DE CHIARINI.
Funeion esta noche, á la hora de costumbre, en In cual vuelve á aparecer el Sr. Chiarini.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCAf_,ANTE,
11AJCl8 DR SAN AOVBTTN1 Nl.Jl,f,

•

1.

T

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Aduana marítima Tampico</name>
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        <name>Africanos</name>
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                    <text>DEL

EL

·rMPERIO .
-

- -- - r

MEXICO: Jueves 6 de Julio de 1865.

TOIIO 11.
SUMARIO

PARTE OFTCIALc-Indultos y gracias concedidos por S. M.-Coml.ecoraciones.-N'ombramiento de Chn'm·
belanes.-lleóretó legitimando a las bijas del Coronel Mora yBa.sadre.-Ot,e, babll!t:\ndo de ed11d /1 D. ~fa-

•

nu~hp~~ictAL.-Noticla de un&amp;so;cltud elevada ó. S. M, sobre terrenos baldíos,-;-Proyecto de lnmlf&amp;•
cion y colonlzayloo (concluye).-Acwiaclon en In Casa de Moneda de Méx!PQ en Junio. Tlalnepantla. l revenclones para celebrar el cumpleallos de 8. M.-Cu'!'pleanos del Emperado1·.

PAllTE OFICIAL.
MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECOION

2~

zados por la Corte Marcial de Zncatecas, se le conmuta en cinco
años de la misma pena.
A Pantalenn Zepeda, sentenci~do á diez años de trabaj~s forza~os
por la Corte Marcial de GuadalnJara, se le conmuta en mnco anos
de la misma pena.
A Pedro Esparza, sentenciado á trabajos forza1os ~erpetuos p~r
la Corte Marcial de Zacatecas, se le conmuta en diez anos de la misma pena.
.
Y lo comunico á V. S. para que sean puestos en libertad desde
luego, los rnos indultados de toda pena, que dependan de esa Prefectura comprendidos en estas gracias.
El Miniatro de J ueticia,

México, Julio 6 de 1865.

s. M. el Emperador ha tenido á bien otorgar en el dia de hoy las

,

Sr. preiec
l.' t
lit' d
o po 1co e ...•..

.

PEDRO E sc u DERO.

siguientes gracias:
. A Gregorio Espindola, condenado en 23 de Mayo de 1~61 á cuat ro años de prnsid!o, y reaprehe~dido en 22 de Marzo últlmo por el
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IJtlPERIALES.
juez de I~ instane1a de Onzava, i~dulto.
.
.
S. M. el Emperador se ha servido conceder, por decreto de e~ta feA J esus Montaño y Juan Ramirez, sentenciados ~or el ConseJO_de
cha,
guerra frances en Zacualtipan á cinco años de trabaJOS forzados, rn- cana,laalCruz de Comendador de la Imperial Orden •del Aguila Meiidulto.
.
'Sr. Dr. D. Teodosio Lares, Consejero de Estado.
A José Maria Hoyo, reaptehendido e~ 2~ de Abril de ~s.te año paMéxico, 6 de Julio de 18615.
ra continuar extinguiendo- la pena de seis meses de serv.ic10 de h?sEl Gran Canciller,
pital en Jalapa á que fué condenado en 11 de Marzo de 18157, mALMONTB,
d~l,to.
A Nicanor Peña, sente~ciado por la Corte Marcial francesa de es~
.
.
ta capital á cinco años de prision, indulto.
.
S. M. el Emperador ha temdo á b~en, por decreto de esta fecha,
A Agustin Niño de Rivera, sentenciado por la Prefectur¡\ mun~- condecorar con la Cruz de la Impenal _Or~en de Guadalupe, en las
cipal de Puebla en 11 de Octubre próximo pasado á un año de pn: clases que se expresan, á las personas siguientes:
sion, ind1,1lto.
.
oRANDEs OFICIALES.
A Blas Muñiz, condenado por el ConseJo de guerra frances en•
.
. .
Mazatlan en 4 de Febrero último á dos años de prision, indulto.
Exmo. Sr. D. Luis Robles _Pezuela, ~I~IStro ~e Fornen~.
A Ricardo Ros¡ls, condenr.do po,r la Corte Marcial de Pa~huéa á Illmo. Sr. Dr. D. José Maiía Covarrubias, Obispo de OaJaca.
trabajo/i forzados á perpetuidad en 22 de Agosto de 1863, mdulto.
coMENDADOREs.
A Sóstene&amp; Juarez, condenado por la Corte Marcial de esta capi- D. Bonifacio Gutierrez, Consejero de Estado honorario.
tal á cinco añóa de trabajos forzados, indulto.
·
D. Bruno Aguilar, General de Brigada, Ay·uaante de Campo de S.M.
A Miguel y Juan Sant&amp;, Maria y Conde, presos en Puebla desde el Emperador.
Febrero de 1867 y condenados á diez años de prisi~n, ind ulto. ·
D. Vicente Rosas Landa, General de Brigada, Gefe de la 1~ Division.
A Bernardino Navarre~, sentenciado á muerte, se le conmuta la
pena en la de diez años de ;presidio.
·
OFICIALES.
A, Julian Castro, se~~nmado á muerte, se le conmuta la pen¡\ en. D. Francisco Somera, Prefecto municipal de México.
la de diez años de presidio.
.
.
_
..
Dr. Federico Semeleder, Primer Médico de S. M. el Emperadoi;_
A Cipriano Escobar, ~entenciado ~ cmco aaos _de pnsion por la Dr. D. José Braulio Sagaceta, Primer Capellan de S. M. el EmpeCorte Marcial de GuanaJuato., se le mdulta del tiempo que le falta rador.
para cumplir su condena..
.
_
..
. D. Tomás López Pim~ntel, Propietario.
A Jesus Perez, _sentenmad~ á mnco anos. de pr1s10n por la Goite Presbítero Dr. D. Felipe Barros..
Marcial de GuanaJuato, se le mdulta. del tiempo que le falta. para D. Pascual Gonzalez Fuentes, Prefecto de Toluca.
cumplir su condena.
·.
.
_
..
D. Francisco de P. Villanueva, Miembro de la J unta protectora de
A Rafael Contreras, sentenciado á cinco aocs de pns10n por la las clases menesterosas.
Corte Marc~al de Guanaj~at9;, se le indulta del tiempo que le falta D. Patricio Murphy, Director de la Espuela Impe_rial de Minas.
para cumplir su ?onruma. .
_ ,
.
Lic. D. Manuel Dublan, Director del Instituto de Oajaca.
A Angel Marcial, senteocmdo..á dos anos de trabaJo&amp;forzados por D Rafael Lucio' Profesor de ]a Escuela de Medicina.
la_Corte M~rcial de ~a~atecas, se le indulta del tiempo que le falta
Enrique de Grimarest, General graduado, Coronel, Gefe del Depara cumphr su condena.
.
.
pósito de Gafes y Oficiales.
A Pascual Rosaies, sentenciado á. tres ~ese~ de t,:ab~JOS fo1·zados D. José María Durán, Coronel, Subsecretario de Guerra.
por la Corte Ma1:c1~ d~ ZacatecílS, se le iqdulta del tJempo. que le D. Francisco Montero, Intendente de Ejército, Gefe de la 6~ Direcfnlta, para cumplir su conden~.
_
. .
cion del Ministerio de Guerra.
A Ventura Ramos, sentenciado á ~os auos de tr~lfaJos forzados por D. José del Rosario Gil, Coronel, Comandante interino de la Isla del
la Corte Marcial de Zacatecas, se le. mdulta del tiempo que le falta Cármen.
para cumplir su condena. .
.
_
..
D. Francisco Javier Reygadas, Gefe director de la Seccion 1~ del
A Ventura Perez, sentenc~ado á 01nco anos de priS10n por la Cor- Ministerio de Hacienda.
,
te Marcial de Guanajuato, se le conmuta la pena en la de dos aüos D. José Francisco Alvarez, Gefe de la Seccion 8~ del mismo Minisde la misma pena.
terio.
A Arcadio Mal'tinez, sentenciado á cinco años de prision por la D. Estéban Villalva, Recaudado_r principal de contribuciones direcCorte Marcial de G:uanajuato, se le ~onmut~ la p_ena en dos ~üos.
. tas del Departam.ento de México_.
.
A Victol'iana Iilernandez, a,entencmda á d1ei auo,s de trabaJos for- Lic. D. Te6filo Marm, ex-Secretario del Despacho.

n:

~

NOl.ia.t.

�comparecer en juicio sin necesidad de curador, .no gozando en ninD. José Antonio Nieto, Administrador principal de rentas de Gua1
gun caso del _b~neficio de re_s~tucion in integrum.
dalajara.
CABALLEROS.
Nuestro M1mstro de Justwia queda encargado de la ejecucion de
este
decreto.
Lic. D. Miguel Hidalgo y Teran, regidor.
Dado
en el Palacio de México, á, 6 de Julio de 1866.
D. Nicolás Poliakowitz, Secretario de la Intendencia de la Lista
civil.
MAXIMILIANO.
POR EL EMPERADOR,
D. l)omingo Bilimek, Dr. en filosofía y custodio de los Museos ImEl Ministro de JU11ticia,
periales en México.
PEDRO ESCUDERO.
D. Mariano Degollado, vocal de la Junta protectora de las clases
menesterosas.
D. Telésforo Tuñon Cañedo, Comandante de la Guardia Rural de
NO OFICIAL.
Chafoo.
D. Timoteo Fernandez de Jáuregui, regidor.
D. Alfonso Labat, regidor.
S. M. el Emperador recibió antes de ayer en Palacio á una comiDr. D. Joaquin Teran, profesor en la. Escuela Imperial de Minas.
sion de la Junta protectora de las clases menesterosas, la cual tuvo
D. Próspero Goyzueta, profesor de la misma Escuela.
el honor de poner en manos de S. M. una exposicion de la misma
D. J oaquin Arriaga, Ingeniero y Director de caminos.
Junta, pidiendo lo siguiente:
D. Benito Leon Acosta, id., id.
1? Que de los terrenos baldíos que de cualquiera manera se desD. Jesus Rodríguez, Comandante de escuadron en el de Lanceros cubran en adelante, y se destinen á la colonizacion, se adjudique de
de Salamanca.
preferencia una parte á los naturales del país que deseen estableD. José Maria Riquelme, Contador de la Administrncion principal cerse en ellos, recibiendo una proteccion igual á la que se dispensa
de Rentas de Puebla.
á los colonos extranjeros.
D. Manuel Medel, oficial de Correspondencia de la misma.
2? Que solo se consideren baldíos los terrenos que poseídos sin
México, 6 de Julio de 18G6.
título legítimo por algun propietario ó hacendado, rio pertenezcan á
El Gran Canciller,
los ayuntamientos 6 pueblos colindantes, á quienes hayan sido usurAu,10NTE.
pados.
_
S. 1\-I. se dign6 recibirá la comision con su bondad acostumbrada,
ofreciendo tomar en consideracion las peticiones de la Junta.
S. M. el Emperador, por decreto de esta fecha, se ha dignado conceder la Medalla del Mérito Civil de 2~ clase, á las personas siguientes:
JUNTA DE COLONIZACION.
Proyecto para el establecimiento de una Compañía de inmigracion y colonitaoion en M éExmo. Sr. D. Luis Robles Pezuela, Ministro de Fomento.
x1co, por el Sr. D. Ramon Sotomayor Valdés, leido en la sesion det dia 7 de Jnnie
D. Francisco Pimentel, miembro de la Sociedad de Geografía y Es- de
1865, cuya neta se insertó el dia 27.
tadistica.
·
(CONCLUYE,)
Lic. D. Joaquín Raz y 'Guzman, Comisario de policía de salubridad.
Lic. D. Dionisio Rodríguez.
SEOOION2\'
D. Pablo Mejía, Comisario del pueblo de Ahuacatlan.
DE LA INMIORACION DE INDUSTRIALES EXTRANJEROS,
Y con la del Mérito Militar de 2~ clase, á D.N. Vidaurri, sargento
CAPITULO IX.
2? del batallon de San Luis.
Contra~ sobre importacion de industriales.
México, 6 de Julio de 1866.
El Gran Canciller,
Art. 38. Podrán pedirse á la compañ.ía de parte de Gobierno 6 de los parALMONTE.
ticulares, toda clase de industriales, ya para la direccion, ya para la ejecucion de trabajos rurales, de ingenios, de minas, de manufacturas, de caminos, etc., etc.
Art. 39. La Compafiía se hará cargo de trasmitir en proyecto á sus agenS. M. el Emperador, por decreto de hoy, ha tenido á bien nomcias
las condiciones ofrecida~ y exigidas á los industria.les extranjeros para
brar Chambe_lanes á los señores síguientes:
que se trasladen á México á trabajar, bajo la fe de un contrato en toda forD. Alonso Peon.
ma _celebrado entre los emigrantes y empresarios ó patronos que los hayan
D. José Pimentel.
pedido.
Art. 40. En los contratos que la Compañía celebre con los que demanden
D. Luis Mora.
industriales, la Compañía a.sumirá la representacion de estos; por manera
D. Manuel Mier y Celis.
que ,una vez aceptados formalmente por los emigrantes pedidos, las condicioD. Felipe Robles.
nes-propuestas por los empresarios, quedará. perfeccionado el contrato entre
D. Miguel CeP(antes.
unos y otros.
México, Julio 6 de 1865.
Art. 41. En cuanto á los gastos de traslacion y colocacion de los emigranEl Gran Ma1·iscal de la Corte
tes pedidos por contrata, serán de cuenta de l9H empresarios ó particulares
y Ministro de la Casa Imperial,
que los hayan pedido, pues podrá lastarlos la CompañÍa, como en los casos
de los colonos para las tierras de propiedad privada, bajo las condiciones y
AtMONTE.
garantías que tuviere á bien.
.Art. 42. Por cada emigrante puesto en el lugar adonde le llama su contrata, la Compañía cobrará veinte pesos al contratante que lo pidió.
MAXIMILIANO; EMPERADOR DE MEXICO: \
CAPITULO X.
Tomando en consideracion la solicitud del Coronel D. Agustín
Franquicias á favor de la inmigracion.
~~ra y _Basadre, ve~_ino de _la capi~al del Im~erio, en que pide la leArt. 43. Son libres de derechos en las Aduanas exteriores de la nacion los
g1timac1on de sus h1Jas J uha y Lmsa, y en VJsta de las constancias equipajes y artículos de uso inmediato y personal de lo¡¡ colonos y emig~anrespectivas,
tes que la Compafi.Ía trajere á México.
DECLARAMOS hijas legítimas, para todos los efeetos civiles, á las
Son igualmente libres de los mencionados derechos, las semillas, las priniñas Julia y Luisa Basadre,. habidas en D?- Refugio Soto y Toscano meras materias industriales, los instrumentos de labranza, las máquinas y
útiles de industria y los animales que respectivamente importaren los colopor el Coronel D. Agustin Mora y Basadre.
Espídanse por Nuestra Secretaría de Justicia las órdenes corres- nos é inmigrantes para establecer su industria en México.
Art. 44. Los buques que importaren de una vez cincuenta 6 mas colonos
pondientes.
'
6
inmigrantes,
tratados por la Compañía, no pagarán los derechos de tonela.
Dado en el Palacio de México, á G de Julio de 1866.
da, anclaje y faro, cualquiera que sea la procedencia de dichos buques, y ora
M:AXIMILJANO.
pertenezcan á fa Comparua, 6 á otros propietarios.
POR EL EMPERADOit,
Art. 45. Los mismos buques podrán hacer el comercio de cabotaje en los
El Ministro de Justicia,
puertos de México, y tomar carga en el puerto de desembarque de los colo.
~os, para llevarla directamente, sea á otro punto de la nacion, sea al extranPEDRO ESCUDERO.
Jero.

de votos por los accionistas que tuvieren de cien a~iones arriba, debiendo
componerse de individuos sacados de entre estos rrusmos.
Art. 48. Las reuniones de accionistas tendrán lugar en México: ó en Europa segun donde hubiere mayor cantidad de acciones. En estas asambleas
po&amp;án hacerse representa¡ por ~po~erado los accionistas aus~t1;9.,
Art. 49. Aunque todos los acc1omstas ten~án derec_ho de. as1st1~ a 1~ reuniones generales, no tendrán voto en ellas smo los que tuvieren 01en o mas
acciones.
Cada doscientas cincuenta acciones sobre ciento, darán á cada accionista un
voto mas.
_
Un reglamento particular determinará el tiempo y forma en que se han de
celebrar las asambleas de accionistas.
·
Art. 50. La duracion de la Compafi.Ía de inmigracion y colonizacion será
de cincuenta años, y podrá prorogatse por decenios, si en ello eonvinieren el
Gobierno y la Compañía.
Art. 51. La CompañÍa podrá liquidarse y dejar de existir de quinquenio
en quinquenio desde su fundacion, si así lo exige el voto de la mayoría de sus
accionistas, de lo que dará aviso al Gobierno al menos seis meses antes.

.

CAPITULO XII.
De la Sociedad gerente.
Art. 52. La sociedad gerente de la Compafi.Ía se compondrá de cinco
miembros, debiendo renovafse uno cada año y puaiendo cada miembro ser
reelegido.
Art. 53. Es incumbencia de la sociedad gerente:
1? Establecer las oficinas, empleados y agencias que fuese necesario al
servicio de la C0mpañía.
2? Contratar y corresponder con las compañías de inmi~cion que hubiere en el extranjero, para obtener su cooperacion al obJeto y fin~ de l:i.
Compafi.Ía de inmigracion.
'
3? Hacer efectivo el capital social de la Compañía, á medida que el giro
de la empresa lo demande.
La accion de la Sociedad gerente, contra los accionistas morosos es ejecutiva.
4? Representar ante las autoridades á !ª Compañía general, en todos los
juicios, demandas y recursos que se ofreciere~ en el curso de la emp7esa.
5? Dar cuenta al Gobierno y á la Compañia, de todas las operaciones á
que se refieren estos Estatutos, por medio de una Memoria anual.
6? Velar espontáneamente por el fiel cumplimiento de los contratos celebrados entre los colonos é inmigrantes, y los hacendados y empresarios, ó
patronos que los hubieren contratado.
7? Proponer á la asamblea de accionistas, las modificaciones y reformas
que el curso de los acontecimientos y la esperiencia recomendas~n ~op. relacion á estos Estatutos, para pasarlas una vez aprobadas, al qonoc1m1ento del
Gobierno, y obtener su sancion.
8? Dictar los reglamentos que fuesen necesarios para espeditar y llenar
los propósitos de la Empresa, en conformidad con el espíritu de estos Estatutos, y
9~ Reunir extraordinariamente la asamblea de accionista§, para los negocios y objetos que crea de·su deber proponerle.
Art. 54. La Socied~ gerente no podrá disponer de las tierras ú otra pro·
piedad importante de la Compafi.Ía, sea para venderlas, arrendarlas ó permutarlas, sin eonsultarse previamente en un Consejo de doce a~ionistas con
voto, que serán designados anualmente en la asamblea. general .de accionistas, y elegidos entre los que, por su residencia, pudieren mas fácilmente des·
empeñar su oficio, cerca de la Sociedad gerente. Cualquiera contrato de los
indicados, consumado sin la aprobacion de la mayoría de este Consejo, hará
á la Sociedad gerente responsable de daños y perjuicios.
Art. '55. La Sociedad gerente recabará de la ilust.racion y equidad del Gobierno mexicano, todas las medidas de proteccion y de justicia que juzgare
conducentes al fomento y progreso Je los inmigrantes y colonos.

•

.......

•

111

ACUAACION,
ORO,

PLATA.

Pesos ............. . 292,000 00 Onzas.-Su m'tmero .•.•• , · 12,000
3,003 25
Pesetas..........•..
2,005 20
Décimos ........ . ..
1,428 90
Vigésimos ...•.....•
Total valor........ _.. $ 298,437 35 Su valor.............. .. t 32,000
Total en iparcos .. ...• 35,047m234 Peso en marcos ..•• •..... 234"'969
Suma de valores........•. $ 330,487 35
México, Julio 1~ de 1865.-El Interventor, Lnis Varela.
.,.,..

TLALNEPANTLA.

La Socied.ad de hoy publica lo siguiente:
Subprefectura del Oeste de México.-Tlalnepantla, Julio 5 de 1865.-El
día de mañana es el cumpleaños de nuestro augusto Soberano, y cabe á Tlalnepantla el celebrarlo con toda la efusion de la gratitud hácia el Príncipe
ilustre que, lleno de fe y de abnegacion, ha venido á darnos patria, libres
instituciones, y de consiguiente un hermoso porvenir.
En consecuencia, la villa entera deberá guardarlo como un gran dia de
fiesta, engalanar el frente de sus casas con visto~ cortinas y hacerlos brillar por esta noche y la de mañana con las correspondientes il~minaciones.
A este fin se servirá vd. dar sus respectivas órdenes, haciendo valer su bien
merecido influjo, para que la poblacion secunde tales miras, y para que e1
dia corresponda al interes grandioso que tomen sus habitantes en celebrarlo.
Nuestro primer deber, señor alcalde, será dirigirnos al templo para dar
gracias á Dios por el inmenso bien que ha proporcionado á nuestro suelo;
señalando con su dedo divino á tan excelso regenerador. Tras este imperio·
so deber de prosternacion ante el Altísimo, vd. se servirá acordar las demas
circunstancias que tengan por objeto la celebracion del día, formando al efecto el correspondiente programa que se servirá remitir á esta Subprefectura
en la mañana de hoy para su aprobacion.
Dios guarde á vd. muchos años.-El Prefecto político, Man11el M. E.~co
hai·.-Señor alcalde municipal D. Luis G. Perez.

cutirPWios DE s.

M. EL É:M.PERADOR.

Este aniversario se ha celebrado hoy con extraordinaria pompa,
conforme al ceremonial que se publicó .antes de ayer en este periódico. S. 1\-1, la Emperatriz, lujosamente vestida, con una magnífica
diadema y un inmenso manto de escarlata, ha asistido á la funcion
religiosa de la Catedral, rodeada de toda su corte. Un inmenso gentío llenaba el templo y la plaza, donde estaban tendidas las tropas.
La multitud se apiñaba en torno de los carruajes imperiales, contemplando con especial adm~racion la dorada carroza en que S. M.
fué á la Catedral y regresó á Palacio. Despues de la ceremonia religiosa, S. M. ha recibido en la gran sala de honor las felicitaciones
de los altos dignatarios de la corte y del Estado, y de las autoridades de la capital.
Acaba de inaugurarse en Palacio la Academia de Ciencias y Literatura; interesante ceremonia con la cual ha querido celebrar el Emperador el aniversario de su nacimiento. Este acto solemne empezó
á la una y acabó á las dos y media de la tarde. En consecuencia, no
podemos decir hoy más sobre un acontecimiento que formará época
en la historia de las ciencias y de las letras mexicanas.

AVISOS OFIOIALES,

CAPITULO XIII.
De otras diapo~iciones.
Art. 56. La CompaflÍa de lnmigracion y colonizacion, hará por su cuenta
ésploraciones mineralógicas en las tierras colonizables 6colonizadas por ella,
ti efecto de abrir nuevos horizontes á la industria minera.
Art. 57. La Compafi.Ía podrá habilitar el trabajo de las minas, de cualquiera especie que descubra.
Si no habilitare en el tiempo oportuno y legal la esplotacion de los mine' no obstante, el derecho de un CJnco
•
rales descubiertos por ella, tendra,
por
ciento sobre la.sutilidades líquidas de las esplotaciones hechas en dichos descubrimientos.
El expresado derecho lo gozará la Compañía, mientras ella dure .
México, Setiembre 9 de 1864.
Se levantó la sesion, á. la que no asistieron por ocupacion los Sres. Schultz
y Masseras.-J. Urbano Fonseca.-J. Rascon.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

-.. Relacion de los eepedientes para cuyo despacho se necesita la presencia de loe intere•
eados en esta.oficina.
En la Soccion l ~-316, 483,682, 783, 1,152 2,53'2 y 2,639.
En la Seccion 2~-23, 493, 636, BBO, 9l5, 934, 983, 1,352, J,494, 2,501, 2,675, 2,989
Y3En
,l30.
la Seccion 4~-918.
Advirti_éndo1S que no se puede dar ningun giro &amp; estos negocios, si esta comparecencia
no se v_erifica..
México, Jnho 5 de l865.
El Administr&amp;dor de bienes nacionalizadoa,
Juan Suarer. y Nat1arro.

.

AYUNTAMIENTO DE MEXICO.
roRADO CALIFICADOR DE VAGOS.

-

México, Junio 30 de 1865.

Se han c&lt;•nsignado á este Tribunal desde el dia 22 de Mayo en que se instaló, hasta la

focha, cincuenta. y dos individuos, habiendo sido absueltos treinta y declarados vagos veintidos.
NOTICIA do las introducciones de plata y oro, y de la acuñacion hechas en esta Casa de
Lo que se hace saber al público para su conooimient-0.
Moneda en todo el mes de Junio próximo pasado.
El Secretario, J. T. Dát1alos.
INTRODUCCION.
CASA DE MOHEDA DE IIEXICO.

SEOOION 8\1

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

19

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

18

CONSTITUCION Y ADMINISTRACION DE LA COMPARIA,

CAPITULO XI.
Tomando en consideracion la solicitud de D. Manuel Parra, veciConstitucion de la Compañía.
no de Zacatecas, y en vista de las constancias que obran en el espeArt.
46.
La
CompañÍa
de
inmigracion y colonizacion, se constituye en fordiente respectivo,
ma de sociedad anónima por acciones del valor de cincuenta pesos cada una
HEMOS venido en decretar y DECRETAMos,lo siguiente:
las cuales serán divisibles en quintas partes; por manera que el capital sociaÍ
Se habilita á D. Manuel ~arra de _1~ edad_ que le falta, con arreglo de quince millones de pesos se dividirá en trescientas mil acciones.
á la ley, para entrar en la libre admm1strac1on de sus bienes y poder Art. 47, La Sociedad gerente de la Compañía será nombrada 6, pluralidad

..

PLATA.

Mar~. Mms.

ORO.

A ley de cambio ... • .. 49,456 378 A ley de cambio ..... .
A ley de moneda.. . . . . 50,217 245 A ley de moneda..... .

Marcos. Mms.

MAYORIA DE ORDENES DE LA PLAZA DE JltEXICO.
México, Julio 2 de 1865,

107 597
Necesitándose la presencia del Capitan D. Antonio Soriano en esta Mayoría, para CO·
112 721 mnnicarle
una resolucion supreme, é ignorando cuál sea su domicilio, de 6rden del Exmo,

Sr. MiDietro de la Gnerra suplico &amp;vdes. que se sirvan insertar en !ns columnas del Dia•
Valor á ley de moneda. $426,846 59 Valor {t ley de moneda.$ 15,330 02 tio del Imperio, por tres dias seguidos, el presente aviso, para que llegando á conocimienro del interesado, surta sus eti:,ctos.
El General Mayor de Ordenoa,
3s-3
Litis G. Mllrti11ez.
Suma de valores, ••••..•.• $ 442,176 Gl
;

•

�201

DIARIO _,,DEL IMPERIO.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.
Debi~ndose sacar á remate, con arreglo al art. 24)df;l Ja ley .ile 26 de Febr¡¡ro último, la
casa situada en la esquina de las calles de la Encarnacion y $anta Catalina, valuada en
la cantidad de 9,770 pe11os 26 centavos, se pone en.,conoeimiento del púb1ico, para que las
personas que quieran hacer postura, ocurran á la A-¡lministracion de bienes nacionalízadps
el dia 24 del presente mes, a las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate
con-la1l0llcurrencia que haya, teniéndose presentes par-a "61.efooto las prevenciones de los
artil'Uioií.~ y Z'/ de la citada ley.
Méxi~o, Julio 3 de 1865.
El Administradorae bienes nacionalizados,
Juan Suarez, y Na'l!lLrro.

ADMINIS'l'RAOION DE BIENES NACIONALIZADOS.

sencia de-la acta dJ co,nciliacion, y las costas causadas y que se causen has~ el completo
pago, y el resto(, si lo hubiere, lo mantendrá Lazcano en su poder á disposicion de- este
Juzgado para exhibirlo cuando se le pida, ganando el rédito legal, sl así le, convini68Jl,.1al
precitado Lazcano; pues de lo contrario., exhibirá éste la cantidad aBi:es referida en la :secretaría de este J uzgadQ, á efecto de,que se remita en calidad de dep9sito al MQ¡1te de
Piedad de Animas de esta corte: en consecuencia de lo antes i·elacionado, otórguese la. escrj.tura correapondiente ,d&lt;i adjudicacion en favor ele D'. Antonio Lazcano, y notifrquese. í1
quien corresponda,entregue1lentro d&amp; tercero dia al ac~uario loe títulos de dominio dEI1a
referida casa; bajo el .apercibimiento de proce.dlll'Se á Jo que hubiese lugar en derecho,; sj
n~ cumple con esta prevencion. Hágase saber este auto á Lazcano, á 111 Sra. Alfarp, O a.
quien, la represente, por medio de dos periódicos de los de maa circulacio11 de está cort¡e,
!rí definitiva_!llente juzgando lo decretó, mandq y firmó el Sr. Juez ú~ de lo civil, Lic. D.
Jorge Perea. Doy fe.-Jorge Perea.-Mateo Portugal."
,
Y cumpliendo. con lo prevénido en.el presente auto, y P.!U'&amp; los efectostque esp~esa, pon,
g9 la presente en México, á veinticuatro de Marzo de nul ochQoientos ;sese.nfl} y ciuco.José Vic1)11te Pifia, Esoribl)no público.
•
420-2a-2

. AVISO,
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
CONVOCATORIA.
casa núm. 14 de la calle de Venero, valuada-en la cantidad de 5,044 pesos 92 centavos, se
De órden del Sr. Juez 2~ de Jo civil, Lic. D. Manuel Pavon, se conv.oca. á los que se
pone en conocimiento del pv.blico, para que las personas que quieran hacer postura, ocur- crean·cou dru:echo.á los bienes del intestai!_Q.d\ll Corqnel D. Ignacio Rniz, para_qne en el
ran á la Administracion de bienes nacionalizados•el dia 22 del presente mes, á las nueve término de tr¡¡~nta,di~ comparezcan á deducirlo; ape,:cibidos de lo que haya lugar.
1
de la mañana, á cuya hora comenzará el re.mate con la c&lt;•ncurrencia que haya,-tenién~Oft6
México, Junio 28 de 1865.-Mamiel Romero, Escribano público de la Nacion.
presentes para el efecto las prevenéiones de Jos artículos 25 y Z'/ de la citaaa ley.
418-311-3
Mbico, Julio Jg de 1865.
El Administrador de bienes nacionaijzados,
rozGADO 2? KENOR.-~RADILLO NUM 6.
20s-2
Juan Suarez. y Na'l!arro.
Ignorándose el p11radero de D. Cristóbal Seura, se le cita por el presente, para que dentro de nueve dias, contados desde la publicacion de este aviso, se presente por sí ó por
JUZGADO DE LETBAl DE nLOTEPEC.
·apoderado instruido y espensado, á contestiµ- la demanda que como albacea y here.dero de
AVISO.
D~ Anto¡¡ia Moreno, le promueve el Lic. D. José Francisco Mariscal, como apoderado
El di&amp;' 22 del corriente fué- encontrado en los macheros del meson de la Luz, sito ,en el del Lic. D. Benigno Pairó, sobre J?llgO de setenta pesos cuatro reales, procedentes de bo•
pueblo de Soyaniquilpan, el cadáver il.el súbdito frances Basile Guigal, y,en la cansa que norarios devengados por el Sr Pairó; apercibido de seguirse el juicio por sus trámites en
estoy inatruye'.1.4P con ese. motivo, tengo mandado, entre otras cosás, que se solici~ por BU ausencia y rebeldía.
los p(lriódicos á' la ¡iersona ó perspnas-que puedan deducir derecho al caballo, ropa, arMéxico, Junio 30 de 1865.
mas y dillero que conduci~ el referido Gtrigal, para que vengan á deducirl9 en este Juz¡¡aEl Juez 2? menor, Lic. Unanue y Pavon. 425-3a-2
do dentro de•trés ~eses, contadoSJ deed'e-la publicacion de este aviso; apercibidos de que
si no lo hacen, les p11r11rá el pe1juicio que hubiere lugar.
CONVOCATORIA.
~iloi:eJ!llc, ~unio 26 de 1865.-José Ar¡astasio Rego.-Asistencia, ~onginos .dg1917e.El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ante q11ien se halla radicado el
As1stenc111, Librado García.
6a-2 •
mtestado de la Sra. D~ Merced Carbajal de Junco, ha dis)?uesto se convoque por los periódicos á las perBO.D.118 que se croon con.derecho á los bienes del intestado, pai-a que se
presenten al Juzgado á deducirlo, dentro de dos meses, contados desde la· primera f l\blicacion; bajo el apercibimiento, á los que no lo verifiquen, de que les parará el perJuicio
que haya 1ugar.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo la presente.
CONVOCATORIA.
México, Junio .6 de 1865.--Lic. Néstor Montes, Escribano de diligjincias.
371-6sm-6Se hace por el presente á las personas que se crean con derecho ÍI la sucesion intestada
de la Sra. D~ Guadalupe Flores A]atorre de Larrañaga, para que so presenten adeducirCQlffOCUORIA.
lo ante el Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José María Cordero, dentro del término dti treinEl Sr. Juez 1? sustituto de letras,de esta capiui.l, que conQce de4intestad9dém Le11qta dias, contados desde la primera publicacion de este anuncio; bajo el apercibimiento, si dr11 DegQUf\Q..O', ha prevenido en auto de siete del p¡esente, que se convoque ¡ior edictos y
no lo verificasen, de seguirse y determinarse en los autos sin audiencia.
por el .Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido' intes
México, Junio 19 de 1865.-Urba1zo Morali, Escribano público.
430-3a- J
tado, a fin de•que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por si ó per personas sÓfi•
cientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
JlJZQADO 4g KENOR.-1~ DE UNTO DOMINGO NUII. 8.
perjuicio á que hubiere lugar.
·
En comglimiento-0.e lo mandado, pongo el presente aviso,pa~a que llegu~ á noticia de
ORDEN,
quiene&amp;importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.'Por la presente se hace saber á D. Juan Manuel Espinosa de los Monteros, qne en el Migud Herrera, Escribano público de la Nacion.
390..:...60s-17
juicio seguido ror D. Enrique Vallejo en su contra, sobre pago de doscientos setenta y
tres pesos vint1ocho centavos, procedentes de ocho vales de desamortizacion, se ha proAVISO lltPORT.AllTE.
nunciad.o un fallo que en su parte resolutiva es como ~igue:-" Se condena al St·. Ellpinosa
de loa Monteros al vago de la cantidad demandada y de todas las costas de estti jti\c~o,
FRACCIONAMIENTO DE LA HAeIENDA DE SAN BARTOLO,
SITU.WA A INMEDIACIONES DE MORELIA,
dentro de tercero dia; apercibido de ejecucioB á su costa."
.
México, Julio 4 de 1865.
La
Junta
menor
del
concurso
de-D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
4Z7-:ls-2
El Juez 4? menor, Lic. Poúlet.
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo ÍI las facultacles que Je fueron concedidas-en el conveni•o general habido,entre los mÍ$mos el 9 de Agosto del año anlUZGADO 4? KENOX.-1~ DE SANTO DOMINGO BUM. 8.
terior, aprobado judicialmente en 24. de Octubre deL¡pismo, ha resuelto fraccionar la haORDEN,
cienda de San.Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
mas conveniente á los intereses generales- del concurso. En tal virtud, 110 invita á
Por ignorarse el domicilio del Sr. Lic. D. Benigno Márquez, se le cita y emplaza l?ºr fuere
las..pei:sonas que deseen adquirir alguna ó algunas de las p4&gt;rciones de terre110 do la
la pret&gt;ente, para que en el término de ocho dias, contados desde j¡yprimera publicac1on todas
mencionada hacienda, sereirvan ocurrirá la referida Junta menor, que tiene su radicacion
de este aviso, se,pre&amp;ente en este de mi cargo, por sí ó por apodérado inshuido y espenesta ciudad, á hacer sus proposiciones de,compra; bajo el concepto de que se ha fijado
sado, á contestar la demanda qee en juicio verbal sobre pago de cuatro vales de desamor- en
último término para estas operaciones, el 31 de Julio prqximo.
tizacion, con hipoteca de la casa núm. 4 de la calle de Sán.Ildéfonso, le promueve D. Ga- como
Morelia, ,Junio de 1865.-Luis ltiirbide.-Luis G. Segura.-Luis G. Bar,rera.
bino (lhavez Ganancia; apercibido, si no concurre, de darse por contestada la demanda,
382--40s-19
siguiéndose el juicio cou los estrados del J uzgádo.
r
México, Julio 3 de 1865.!....Lic. Poulet.
428-3s-2

AVISOS JUDICIALES.

•

NOTIFICACION.
En los autos seguidos en el Juzgado 5g de lo civil de esta ciudad, por D. Rafael Ortiz
de la Huerta, subregado despues por J.), Ant-0,nio Lóvez Lazcano, contra la Sra. D~ Guadalupe Alfaro, sobre pesos, recayó la rnsolu.cion sigwente:
"México, Marzo 24 de 11,65.-Vistos estos autos, promovidos por D. Rafael Ortiz de
la Huerta, patrocinado por el Lic. D. Agustiu La'nda y Manzanera, de acuerdo con D~
Guadalupe Alfaro, representada al principio por•D. Mariano Basurto y despoes por D. Mariano Jesus Campos, sobre venta judicial de una casa de la propiedad de dicha señora,
ubicada en la villa de Tacubaya, en el barrio de la Santísima, para satisfacer con el producido de la venta los dos mil ciento setenta y un pesos que sobre la misma casa recom,
ció la espresada señora á favor de Ortiz de la Huerta por escritura pública, y los réditos
que tambien cistuviese debiendo, á razon de un medio por ciento mensual, así como las
costas que se causasen hasta quo se verificase el pago; el valúo del perito nombrado de comun acuerdo de las partes; los respectivos pregones y almonedas; b ceeion que de 1a mis·
ma escritura hizo el referido Ortiz de la Huerta á favor de D. Antonio Lazcano; lo pedido
por el representante de este señor, para que se le adjudique en pago la dicha casa en las
dos terceras partes del av!\lúo hecho por el mismo perito; lo espuesto por el citado Campos, manifestando que su poderdante falleció sin dejar hecho testamento, y haber por Jo
mismo cesado en su encargo; lo pedido por el representante de Lazcano, para que por los
periódicos se convocase á los que representaren los derechos de la mencionada D! Guadalupe, cou el apercibimiento de p1·ocederse á la adjudicacion de la flnca si no se presentaban en el término que se fijase; el auto que recayó á ese pedimento; la convocacion que se
hizo por los periódicos Diario del Imperio y Pájaro Verde; la exhibioion que de esoR periódicos hizo el Lic. D. José Maria Medina, representanre-de Lazcano, y lo que pidió eu
ese acto sobre que se hiciese ÍI su parte la adjudicacion que tenia pedida, con todo lo demas que se tuvo presente y ver convino. Considerando que en ninguna de las tres almonedas que se celebraron se presentó vostor alguno; que en esta virtud, conforme á derecho,
podia hacerse la retasa correspondiente, la que no se verificó por la renuncia que de ese
derecho hizo el acreedor; que el pedimento que éste ha hecho para que se le adjudique la
casa en las dos terceras partes de su avalúo está arreglado á lo que previene el art. 403
de 1~ \ey de procedimientos; qu~ la señora desde 1~ conciliacion es~uvo conforme con que
se h1c1era al acreedor pago del importe de la escntura y de Jo que lDlportasen igualmente
las costas, que habían de ser de cuenta de la propia señora; que del fallecimiento de ésta
no har mas constancia ~ue el simple dich'l de su apoderado D. Mariano Campos; que en
los quince dias que se fiJó de plazo por los periódicos para que compareciesen los que
representaran los derechos de la Sra. Alfaro, ni el mas tiempo que ha trascurrido se
ha presentado persona alguna á nombre de esa señora, por lo mismo debe hacerse efectivo el apercibimiento que conteni11 el auto publicado por loe periódicos. Con fup.da'Q;Je11to
del artículo antes citado, se adjudica á D. Antonio Lazcano la relacionada casa, en las doa
terceras partes del aval_úo ~echo P?r el perito D. l\1ig11:el~. O'Gorman, que corre á fojae 2,
en pago de la auerte prmc1pal, réditos legales que se hqmden estarse debiendo, con pre.

AVISOS PARTICULARES.
REMATE PARTICULAR
Del Sr. D. Luis R. H. L. Heidsicch, Cónsul general de los Paises Bajos, en la calle de
Cadena núm 13, para los días 6, 7 y 8 de Julio de·1865, á la UNA EN PUNTO; estando
á Ja vista el márte~ 4 y miércoles .5.
·
Las ventas son al contado y sin. reclamacion, y los objetos rematMos deberán sacarse
antes de 24 horas. ·
'
Oportunamente se_daráu listas pormenorizadas.
Ignacio Diaz Triujeg11,1J. 417-Ss-6

SEGUROS CO~TRA INCENDIOS.
CoMPARrA DE sEouRos DE GLAD.BAOH.

Capital de fondo ..••. .. ..••.••... 8.000,000 peeos prusiano,.
COMPARIA DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Capital de fondo . . . • • . . . . • • • . •• • • • • . . . . 10.000,00Q francos.

Se asegumn muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
necesarios para los que gusten asegnntrse, en la AGENCIA GENERAL de E stas Compañfas,
calle de San Bernardo núm. 3.
400-lS0s-12

¡ATENCION!
Eu la calle de las Escalerillas, junto al núm.14. se vende la prodigiosa POMADA ORIENTAL, que sin charlataneria, os la única para ha~er nacer, crecer y hermosear el pelo; asegurando que la persona mas escasa de Pi, á las doce veces de usar esa pomadn, verá su
cabeza cubierta con un cabello fino y abundante.
Precio del pomo, dos peso$,
:345-40-Jú

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
'

BAJl'S O&amp; SAN AOIISTTN , NUM . ) •

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DIA_RIO
TOIO 11.

IMPERIO
,

·MEXICO: Viernes 7 de Julio de 1865. .

NlJM. tSS.

II.
SUMARIO
PARTE OFIOIAL.-Nombra.m!ento de Damas de Palac!o.-Dlscursos oficiales por et cumplealios del Em1
perador.-Instrucctones
sobre de
flaru:as
de los recaudadores
-~ segun práCt'lCa estableCI'da, t antoS fiadOre~ de .i:u, dOS llil'} p0•
NO OFIOIAL.-Instalacion
la Academia
de Cienciasdey contribuciones.
L!teratura.-Festejos por el cumpleaíloe del Se admit'll'an,
Empcrador.-Otras noticias de la capltal.-Junta de Colonlzaclon. Una acta de asta Junta.
sos cacla uno, cuantos completen el valor que se baya de' asegurar.

u¡.

PARTE OFICIAL.

Podrán admitirse tambi~n uno solo 6 mas fiadores que se constituyan con
las solemnidade~ prescritas, responsables del total importe de la fiahza, y han
de renunciar expresamente en tal caso, cualquiera beneficio 6 disposicion que
S. M. la Emperatriz se ha servido nombrar, con fecha 6 del cor-' los
limite á serlo, de dos mil pesos cada uno.
riente, Damas de Palacio, á las señoras
D~ Rosa Blanco de Robles, y
D~ Concepcion Pimentel de Mier y Celis.

Hé aquí la felicitacion que el Exmo. Sr. Ministro de Estado dirigió ayer á S. M. la Emperatriz:
,

IV.

Igualmente se admitirán hipotecas de haciendas, presentándose los títulos
de pertenencia, ,de los cuales se instruirá su valor por la última compra 6 adjudicacion, y por el conocimiento que pueda adquirirse judicial 6 extrajudicialmente de lo que desde ella se hubieren aumentado 6 disminuido: y del valor
que así resultare se rebajará el de los censos impuestos sobre ellas (que se
harán constar por certificacion del Secretario del Ayuntamiento), y del s.obran~
te se rebajará tambien la tercera parte, y el valoi: de las otras dos es el que se
ha de hipotecar y dar por fianza, previniéndose que en las escrituras se han
de expresar los bienes raíces con que se fia, sus sitios y linderos, y hacer constar con cartas legítimas de pago que los réditos de las imposiciones 6 censos
perpetuos 6 al quitar que tengan, están satisfechos hasta el dia del otorgamiento, para que los enunciados tantos mil pesos de la fianza queden indemnizados.

Señora:
Doy cumplimiento al grato deber que me impone la solemnidad del dia,
presentando á V. M. los votos y felicitaciones de los altos funcionarios, dignidades y servidores del Imperio, que Lienen el.honor de encontrarse en vuestra presencia.-México goza la ventura de celebrar por segunda vez el feliz
natalicio de su augusto Soberano. ¡Que la Divina Provide~cia, bajo cuya
proteccion· ha p1,1esto sus pensamientos y sus acciones, prolongue su interesante vida por qilatados años, para l_a dicha Y prosperidad del pueblo mexi- Para la admision de dichas flanza:,1 ¡irecederá por el juez de letras respeccano, á la sombra de la paz, del 6rden y de ia libertad!
tivo ó autoridad que esté encomendada de estas funciones, la recepcion de una
1
informacion de abono de los fiadores, la que se hará siempre que se pueda en
S. M. contestó' de esta manera:
la capital del Departamento, 6 en el lugar en que esté situada la recaudacion
del eirt'pleado á quien se fie. Los testigos se examinarán, no de parte, sino de
Señores:
Me haré hácia el E~perador el órgano de vuestros votos, y séame permi- oficio, y que sean de arraigo, crédito y facultades, dando fé el escribano 6juez
tido aseguraros, en su nombre, de la cordialidad con que los recibe, y de la de su conocimiento. Los testigos declararán si los fiadores son de notorias
confianza siempre -creciente ·en el pueblu que lo escogió, con la cual cumple conveniencias propias 6 encomendadas: si están ligados á algunas otras obligaciones de fianza, en particular á favor de la Hacienda pública, y si tienen
este segundo aniversario en ~iestro queddo país.
principales á daño en sus negociaciones (que uno y otro es nulidad para la
admision) haciéndoselas las damas preguntas y repreguntas conducentes y
oportunas ¡ indagar la idoneidad de los fiadores propuestos: de modo que se
MINISTERIO DE HACIENDA.
venga en conocimiento específico y no por absolutas expresiones y generalidaSecc1on 2~ directiva.
des de su abono, bienes, trato 6 comercio, siendo de la obligacio°' del escribalNSTRUOCION A QUE HAN DE ARREGLARSE LAS FIANZAS QUE SE OTORGUEN no 6 juez imponer á los testigos en la responsabilidad que contraen, si con
EN RESGUARDO DE LAS CONTRIBUCIONES DIRECTAS, V EN CUYA FORMA dolo, malicia 6 fraude faltaren á la rerdad en perjuicio del erario¡ procurándose que sean imparciales, salvo que conduzca al intento de-averiguar la verHAN DE AD!IIITIRSE V NO EN OTRA,
dad el examinar algunos que les comprenden las genérales por el mucho mas
I.
conocimiento que tengan adquirfdo de las facultades y bienes, y para ello, en
Las personas que se obliguen han de ser legas, llanas y abonadas, mayores caso de excusarse se les pueda apremiar á que declaren en estas informaciode veinticinco años, que así lo han de declarar y han de 1·esponder por la can- nes, que no solo han de ser de oficio sino secretas, como que en ellas se versa
tidad que se señale, bien por los recaudadores principales autorizados para el recomendable interés de la Hacienda pública. Si de dichas informaciones
ello, 6 por la seccion segunda directiva del Ministerio de Hacienda, expresan- resultase inc}agada la propiedad y libertad, 6 que la pa1te del manejo que le
do los fiadores que lo hacen en resguardo de las contril:fuciones directas, con está asignada á la persona á quien se fia compone el duplo del va}or de la
expresion de tal recaudacion desde la fecha de la escritura en adelante, por el fianza, se 3dmitirá en este caso, y en su defecto no, á menos que otro de matiempo que fuere á cargo por cuen~ de la H3.9ienda pública del individuo, yores facultades los apone, constituyéndose en la propia obligacion que el abocuyo nombre se dirá. Si el fiador subroga :í. otro, entonces explicará que su nado 6 abonados¡ pero tambien podrá suplir que se aumente el número de los
obligacion la retrotrae al tiempo de ~u \l,ntecesor; esto es, que se obliga desde fiadores de á dos mil pesos, 6 que se mancomunen, para que la falta de algula fecha en que el primero, 6 sea anterior fiador, se constituyó responsable. no ó algunos dudosos de la idoneidad, sea subsanada con los sobrantes de los
Todos los fiadores se han de obligará responde1· por los sustitutos 6 interinos damas y se verifique ·poi· este medio la íntegi·a exaccion en cualquier descuque sirvan en las ausencias y enfermedades de los recaudadores á quienes fien bierto.
VI.
y manejen caudales¡ y ademas, se han de obligar tambien por todos los alcances, así en efectos como en caudales que en dicho manejo resultare, como tam- Cuando no fuere posible recibir dichas informaciones de abono en la capibien por las costas y salarios que .en su exaccion se causaren, sin que para tal del .Departamento, 6 1ugar donde esté la recaudacion, por no haber allí
ello sea necesario hacer excusion de los bienes del empleado á quien se fie, testigos de conocimiento, se cometerá su recepcion al juzgado de l~tras del
porque se han de obligar los fiadores como principales pagadores de manco- Distrito de que sea vecino el fiador 6 fiadores. Recibida que sea la mfo,r~amun insolidum, haciendo de deuda ajena suya propia con sus personas y bie- cion, conforme á los particulares que contiene el art.foulo antecedente, é msnes muebles, raíces y semovientes, que han de obligar é hipotecar general- truyéndosti á los testigos como va prevenido en la responsabilidad que conmente hasta la expresada cantidad, costas y salarios· de la cobranza, renun- traen faltando á la verdad, el juez ha de informar lo que le constare y supieciando todas la.s leyes, fueros y derechos de su favor, con el beneficio de la re sobre el asunto de la propia informacion.
division y excusion y deinas de la mancomunidad¡ y que para la exaccion del
alcance 6 alcances, así en efectos como en caudales, no sea necesario mas insv11.
trumento que la escritura de fianza y certificacion de la oficiña glosadora de
cuentas, 6 la cuenta líquida por algun visitador ú otra cualquiera persona que Podrá suplirse la enunciada informacion de abono, cuando en la capital 6
sea parte legítima, sometiéndose los otorgantes al fuero y jurisdiccion de los pueblo donde subsista la recaudacion del fiado, tenga'n los fiadores corresponjueces y just\cias del Imperio, y con especialidad á los del Distrito en que sales de acreditado y conocido caudal, que informen con juramento constaresté la reoaudacion y á los Gefes de Hacienda que al presente sean, y en ade- les, por el trato y comercio que con ellos tengan, ser sugetos de caudal propio, escesivo al importe de la. fianza.
l1mte fueren.
·

v.

..

�22

'

DIARIO DEL IMPERIO.

VIII.
Si por las averiguaciones hechas, resultare que lo que .P?see el fiador e~
del dot.e de su mujer, se hará que ésta present.e su consentimiento, y firme, s1
sabe, ó si no, otro por ella.

IX.

¡

,-j!MA._ .11:,- ,u Siepipre que sea casado el fiador,. deberá concurrir su mujer á la obliga-

,.~/u u,,__ oion éD 1011 términos regulares que dISpone el derecho, para que no pueda ale.,,.~,,...z;. -;- gar preferencia por razon de dote ni otro algun título.
e-f ,... 2.J7

l'l?f,Á
' ·

~

a-v

X.
Cuando los fiadores dieren poder para que los obliguen, ~e declara~á en él
si el que lo otorga es mayor ~~ veintici~co ~ños, y si en ello se ofreciese ~uda. por su aspecto, no se admitirá la obl1gac10n y _pode!, á m~nos _que pre_viamente jure que no se llamará á menor de ed~d, ru pedirá restituc1on; ! dl~ha
obñgacioiehecha con tal juramento, tendrá s1_empre la.mas e~acta. val)damon,
sin que el que la hiciere así pueda pedir ni alegar n~hda~, m rest1tuc10~ contra el tal contrato, aunque diga y alegue que padeció leS10~, y se proh1_be el
que se otorgue ni admita ningun poder de esta.naturaleza, sm que se reciba y
halle incorporado en él el dicho juramento. Y est.e órden se observará tambien en las fianzas que en derechura y sin necesidad de poder se otorgaren y
adntitieren, siempre que el fiador sea menor _de eda.d.
XI.
Dichos poderes se otorgarán ant.e los escribanos públicos de los respe~ti' vos pueblos, y á falta de ellos ante los jueces de letras ó alcaldes constitucionales que actúen P,Or receptoría c?n testigos de asistencia, á fin de que así
se asegure la formalidad y constan01a en los protocolos.

XII.
Las personas que dieren poder para que las obliguen por tales fi~dores,
aclararán en particular los bienes que obligaren, los h1gares y ténnmos en
que los tuvieren y las cargas de ellos, recibiéndose informaqion en. el parlicular por el escribano 6 juzgado ante quien se otorg~r~n 1os mencionados poderes, con expresion del caudaLó bienes del otorgante, y de si son suyos,
cuantiosos y valiosos para el efecto, y de ser los tales fiadores pe~sonas abon~as en la cantidad que iial'len, de que darán fé y de su conocumonto; Y. n~
comprendiendo dichos requisitos, no se admitirán poderes, p~r no sur fá01~ m
posible adquirir en la capital ó pueblo donde exista la re5J&gt;ect1va recaudac1on
del fiado, mayor instr1,1ccion ni conocimiento del que puede tenerse en la
misma vecindad y residencia del otorgante.

esta diligencia; ni tampoco otro instrumento que el testimonio de esta escritura y certi.ficacion de la oficina glosadora, ó la cuenta liquida por el visitador que se nombre, ú otra cualquiera persona que sea part.e legítima para el
efecto; entendiéndose que esta obligacion del mismo modo que va expuesta y
sin exceder la cantidad de tantos mil pesos á que la sujetan, es extensiva por
los sustitutos é int.erinos que manejen 6 sirvan en las ausencias ó enfermedades del recaudador, pues en el caso de que en estos intermedios ó temporadas haya algun descubierto, pagarán el alcance que resulte á dichos sustitutos é interinos, haciendo el desembolso bajo los mismos términos y requisitos que quedan expuestos respecto del principal mengano. Y á la validacion,
guarda, firmeza y cumplimiento de esta escritura, se obligan los otorgant.es en
toda forma, y dan poder á los señores jueces y justicias del Imperio, de cualquier parte que sean, y en especial á los del Distrito y Departamento donde está la recaudacion, y á los gefes de rentas que al presente son y en adelante fueren, á cuyo fuero y jurisdiccion se someten, para que á lo dicho los
compelan y apremien, aunque sea pasado el decenio por todo rigor de derecho, y como si fuera por sentencia consentida y pasada en autoridad de cosa
juzgada: renuncian su fuero, domicilio y vecindad y las demas leyes de su
favor y defensa, con la que prohibe su ge~eral renunciacion, y así lo otorgarpn y firmaron, siendo testigos (4).
NOTAS.
Adviértase que 1os poderes que se dieren para la fianza, se han de otorgar,
si no hubiere escribano, ante el juez de letras ó quien haga sus veces, y su ,
contesto se reducirá á conceder facultad al apoderado para que obligue al
que la confiera en los términos que contiene la escritura de fianza, declara~do en particular el otorgante, los bienes que hipotecan, los lugares y térm1qos en que están, y las &lt;largas que tienen, por prevenirio así el capítulo 12
de la instruccion.
Si el fiador fuere menor de veinticinco años, ó por su aspecto se dudare si
lo es, deberá jurar en la escritura de fianza 6 en el poder . que otorgue, que
no se llamará á menor de edad~ ni pedirá restitucion, entendido de que no la
puede pedir, ni alegar nulidad contra esa obligacion, aunque represente haber sido dañado.
·
Asimismo debe tenerse presente que el primer pliego y los demas de la
escritura original que queda en el protocolo, ha de ser del sello ter(,!ero, y el
del testimonio del primero y los restantes del tercero, con arreglo á la ley.
Es copia. México, Junio 25 de 1865.
'
El Gefe director,
J. M. Lopez Monroy.

XIII.
A fin de ocurrir al efugio de que se va.len frecuentemente los fiadores, de
NO OFICIAL.
si se toman ó no las cuentas en tiempos oportunos, que no es dable verificar en
muchos casos, se ordena que en dichas obligaciones se escluya este recl~mo,
Ayer á la una se verificó Ja instalacion de la A~ademia de Cienpreviniéndose que aunque así suceda y las cuentas no se_ tomen á sus tiemcias y Literatura, creada por decreto qe !º de Abril. Esta cerem_opos regulares, no se valdrán de est.e pretesto para escusar la paga.
nia tuvo lugar en la gran sala de Palamo, conforme al ceremomal
XIV.
que ya se publicó, y con asistencia de las corporaciones científicas y
Las diligencias de iuformacion de idoneidad, las remitirán los jueces origi- literarias que en él se señalaron.
nales á quien corresponda, con testimonio de la escritura de fianza.
SS. MM. el Emperador y la Emperatriz se preeen~ron á la hora
Lo contenido en los catorce artículos de esta instruccion, t.endrá su pun- anunciada; y despues de tomar asiento en los sillones destinados patual y débida observancia por los jueces, escribanos y empleados á quienes ra este efecto en el fondo del salon, el Emperador pronunció con voz
corresponda, debiendo unos y otros arreglarse á cu11,nto dispone en la parte
que les toque, y en lo demas lo hagan cumplir y ejecutar inviolablement.e, clara, fuerte y sonora el siguiente discurso:
po.r convenir así al mejor servicio público.
.
Sefiores:
Nuestra querida patria me ha confiado una noble tarea, la de poder trabajar por ella; y lo hago con todo mi corazon, con toda mi alma.-Entre los
mas·interesantes deberes de esta tarea, figura el de buscar, desarrollar y utiFORMULARIO
lizar las innumerables riquezas con que la Providencia ha dotado á este herDB U. BSORITURA QUB DEBEN OTORGAR LOS FIADORES DE LOS B)!QAUDADORES DE
moso país. Nuestro gobierno se afana con lealtad por hallar lo!! mediQs de
OOliTIWllJOIONXS Dmxaus DEL UlP:&amp;RIO .l,IEXIO.L"'iO, OON ALGUNA.JI WVBBTBNClill
hacer florecer la agricultura en estos terrenos tan fecundos, que prodiJcirán
PARA LOS VARIOS OAJIOS QUE PUEDAN OOURRIR, TODO OON ARREGLO A LA rns:rauctodo cuanto el reino vegetal poné á la disposioion del hombre: alista brazos
OION QUE SE HA P'ORJU.DO SOBRE LA RECEPOION DE FIANZAS.
para realizar sus miras: traza caminos para facilitar el cambio de estas riEn la ciudad, villa, mineral ó pueblo de tal parte, áiantos de tal mes y quezas: celebra arreglos _para recorrer lbS inmensas distancias de una tierra de
año, ante mí el escribano y testigos, ó ante mí N., juez de letras ó alcalde, porvenir por líneas férreas: surca las olas de dos océanos por los vapor~ de
encargado del juzgado de este distrjto, que actúo por receptoría, con testigos poderosas compafiías que aproximen sus puertos, y po11gan su comercio en
de asist.encia á falta de escribano, comparecieron fulano y sutano, que doy fé comunicacion con el movimiento universal: fomenta sus inagotables min$,S
conozco, vecinos de tal parte, quienes declararon ser mayores de veinticinco de metales preciosos y útiles: en todo esto trabaja el Gobierno con actividad.
años, y dijeron: Que para resguardo de la recaudacion de contribuciones (1)
Hay, ademas, un tesoro, que ciertamente en nuestra bendecida patria no se
de tal parte, que sirve ó para que está nombrado mengano, se obligan insoli- busca inútilmente, y que es sin duda el mejor de esta creacion: hablo de la
dum y de mancomum, desde que tome posesion en adelante, ( 2) como sus fia- inteligencia, de este destello de Dios que ilumina el universo.
México la posee, y con ella el elemento mas indispensable de las ciencias,
dores lisos y llanos pagadores, por el tiempo que estuviere á su cargo la referida recaudacion, á pagar todos los alcances, así de caudales-como de efectos que el positivo y solo duradero triunfo de la humanidad. La intelig~ficja, y por
en el manejo de ella resulten, hasta la cantidad de dos mil pesos cada uno ( 3) medio de ella las ciencias, unen todas las riquezas &lt;;le lo creado, todos sus
y las costas, salarios, atrasos y perjuicios que se causaren en su cobro, tesoros para· servir al desarrollo y á la felicidad del hombre: el que trabJ'ja
deferida la prueba en el juramento de la parte legítima, sin qut1 para ello por las ciencias, trabaja, pues, por el bien público. Así lo- entiendo yo, y
sea necesario hacer excusion en los bienes de mengano, porque desde luego conmigo el ~obierno; por esto nues.tro mas vivo deseo era reunil' las p.timese obligan como principales pagadores, haciendo de deuda ajena suya pro- ras capacidades de nuestra patria en una sociedad permanente y duradera,
pia, con sus personas y bienes habidos y por haber, los que hipotecan gene- la cual estimulase á todos nuestros compatriotas á lucir en la carrera cieµtíralment.e á la expresada paga, y renuncian todas las leyes, fueros y derechos fica, y pudiese por otra parte iluminar al gobierno con sus sabios consejos
de su favor, con el beneficio de la excusion, division y demas de la manco- y sus proposiciones de mejoras en el vasto campo intelectual. Un c~ntro,
munidadt expresando que para la exacéion del alcance ó alcances que resul- una autoridad en este sentido, es no solo útil, sino ya necesaria. México lo
t.en, así én caudales como en efectos, no ha de ser necesario que las cuentas comprende a.sí desde mucho tiempo hace; pero faltaba la paz interna como
se tomen en tiempos oportunos, pues bastará que en cualquiera se practique base para tal edificio. Las ciencias florecieron ya hace siglos y siglos; pero á
manera de esas flores misteriosas que brotan, sorprenden, arrancan la admi(1) Cuando el principal entra en el empleo, puede otorgar su obligaeion con las cláu· racion y no dejan al desaparecer, mas que un perfume suave y ~o frutos
aulaa reapectivas, en una escritura con loa fiadores.
•
provechosos.. Ha habido algunos meteoros qu? ilumina~on !~ noch? artifi(2) 81 ea aubrogacion se ha de decir: subrogándoae en lugar de N. y N,, desde que cial de tres siglos, con una luz momentánea, sm color, sm util1pad, sm otro
19uelloa ot.orgaron. 111 obllaacion, retrotrayendo en coaaecuencia su responsabilidad al
tiemr de loe antenore1 fiaoorea. ·
(3 Si c,-da fiador ea por maa de dos mil pesos, so ha de añadir de1pue1 de expresar
(4) Si de laa averiguaciones be!)h&amp;s result&amp; c¡ue lo que pOIMl6 el fiador ea 4\el dof., de
aquella mayor cantidad á qne ae obllauen, renunciando loa otorgante,, como renunciap, ,u mvJer, se hará q~e éata preatAI eu con1entim1ento y firme ai sabe, la eacritur~, y •i no,
el privilegio 6 di1po1ioion que limita la fianza á do, mil pe1oa.
otro por ella.

DIARIO DEL IMPERIO.

\

23

resultad? que ~rmar 6, los poderosos de_ Ultramar que prolongaban esta
La señora. c~ndesa había dado á luz tres niños cuatro días ant~s, y
noche fria y triste. Lugar es este de oons1guar con tanta admiracion como
su
muerte ha sido consecuencia de su laborioso alumbramiento. Dos
exactitud, que apenas se relajaron los resortes de esa política sombría, perde
los
recien nacidos han muerto tam bien.
mitiendo á la gran inteligencia de Humboldt investigar y dar á conocer las
Las
1~ecomendables prendas y cristianas virtudes que adornaban á
rique,zas de est.e pais, cuando despertándose la atencion del mundo entero
esta
senora,
hacen que su muerte sea profundamente sentida en la
sobre tan :valios?s t?s~ros, nació la idead~ darles_ provech_o~a esplotacion; y
puede decirse, sm hiperbol~, que los trabaJOS del ilustre v1aJero sirvieron de sociedad mexicana.
precursores á la emancipacion de México.
S. M. el Emperador, al tener hoy noticia de este triste aconteciTodo lo permanente que la ciencia en nuestro.país puede mostrar con 01·· miento, se trasladó inmediatamente á casa del Sr. Conde del Valle
gullo al Universo, son las grandes tradiciones de la parte de nuestra pobla- y se dignó expresarle toda la parte que toma en su desgracia.
'
cion, que es una de las mas antiguas é ilustres del globo. Las pirámides de
Teotihuacan, las gigantescas ruinas de Uxmal, el admirable calendario que
EL FERROCARRIL DE CHALCO,
existe en nuestra hermosa capital, los pocos manuscritos que nos dejó conLa
Sociedad
dice
hoy lo siguiente:
servar un ciego fanatismoí muestran que hubo un dia triunfos de ciencia y
de arte en este suelo, queha.bia genios que unidos por grandes fines creaban
La empresa activó notablemente sus labores con el objeto de dejar ayer
obras milagrosas, genios que se habían encumbrado en muchos puntos é. éolocados los rieles en el Paseo Nuevo, en celebridad del cumplealíos del
una posicion mas elevada que la misma "Vieja Europa. Estos hechos son Emperador. Cerca de 8~0 operarios est~vieron trabajando dia y noche, y
consoladores, porque nos demuestran que despues de la noche puede en es- ayer, á las cuatro y media do la tarde, vmo el tren desde la Alameda de Tate pais llegar el dia, dia mas luminoso que el de ayer.
oubaya hasta el espresado Paseo Nuevo, celebrando los trabajadores su lleA vosotros,.sefi_o~es, corresponde desde hoy una gran parte de esta tarea; gada con cohetes y vivas, y una lluvia de flores.
vosotros debe1s v1g1lar sobre el desarrollo de las ciencias patrias· la inteli- Da~10s el par~bien á los empresarios, cuyo empeño en cumplir sus comgencia no ~Ita en_ estas comarcas, y !º por mi parte os promet0 t~do el apo- prom1sos,, cada dia es mas patente y augura el pronto y cabal establecimienyo que este e~ m1 poder. Como primera prueba de mi buena voluntad, os to de la v1a férrea, q/e pondrá á las principales poblaciones del Valle en co·
doy por Presidente un hombre que ha sabido adquirirse un nombre que sue- municacion con la capital.
na hasta del otro lado de los mares.
Reunís, ad~mas, entre vo~otros mismos todas las Íllllrzas necesarias: dejad
á un lado la. mfundada humildad que hasta ahora desgraciadamente ha caracJUNTA DE OOLONIZACION.
terizado este pai~; obrad con celo y valor, porque de hoy en adelante el mundo será vuestro Juez.
.
Publicamos á continuacion la acta número 13 de la sesion der dia
Seíior Presidente: Yo declaro con esto instalada 1a Academia Mexicana de 9 de Junio de 1866.
ciencias; os entrego las insignias de vuestras altas funciones y el decreto de
Re~nidos los Sres. Presidente Fonseca, Vicepresidente Collado, Pimen·
su fundacion firmado .por Mí.
'
te!, P1ñ~ y Cuevas, Sohultz, Burnouf, Sauvage, Ludert, Davidson, Perry y
secreta.no Rascon, se di6 lectura á la acta de la sesion anterior, y fué apro•
. En seguida el S~. Subsecr~tario de Estado leyó el decreto de crea- bada.
mon de la Academia, concluido lo cual, S. M. el Emperador se digSe d.ió cuenta con una comunicacion del Ministerio, remitiendo el proyec·
nó poner al cuello del Exmo. Sr. Ramirez, Presidente de la nueva to presentado por D. Perfecto Vadillo sobre colonizaoion en la Isla del Cár·
corporacion, la cadena, que es el distintivo de su encargo, entregán- men y villa del Palenque.-Se dispuso que pase á la Comision que tiene antecedentes.
dole al mismo tiempo el decreto.
.
El mismo Sr. Ramirez leyó despues un discurso alusivo á la so- . Se_ leyó la p~ticion de _D. Ab~on M?rales, relativa áque se le conceda prilemnidad, lleno de erudicion científica y literaria, el cual publicare- v~eg10 para la mtroducc10n de cien mil colonos chinos y negros al Imperio,
as1 como el proyecto de contrato de estos colonos, y los dictáménes recaimos otro dia.
~os sobre este ~egocio en el Ministerio. En seguida., los Sres. Sauvage y PiFueron leidos tambien por el Sr. Subsecretario de Estado el de- na y Cu~vas, d1eron segunda lectura á sus• dictámenes respectivos sobre es,
creto de instalacion de la Acaaemia, y el que contiene los nombres de ta matel'la, despues de lo que fué puesto á discusion en lo general, el asunto
los académicos con sus comisiones, terminando la ceremonia con otro de que se trata.
discurso que leyó el Sr. Lacunza, Presidente del Consejo de Estado
T?mó la palabra el Sr. Collado, manifestando no creer sea de la oompe·
y miembro tambien del mismo instituto. Tambien publicaremos otro t?il~1a de esta Junta, puesto que el Ministerio solo lo remitía para su cono01miento.
día este discurso.
~on~stó el Sr. Burn~~ é igualmente el Sr. Pimentel, diciendo que de. Despues. qu~ acabó el Sr. Lacunza1 .SS. MM. se levantaron y se
ber1a
siempre dar su op1mon estaJ:unta, admitiendo alguno de los dos dicdignaron ding1r afectuosamente la palabra á los señores académicos támenes.
á los S~es. Ministro,s y á varias personas de las que estaban presen~ El Sr. Schultz agrega, que ~abi_é~dose formado una Comision para que se
tes, retirándose en seguida á sus habitaciones.
ocupase de este punto, era de Justicia ocuparse del resultado de] trabajo de
, ~· M: e! ~mperador vestia sencill3i1?ente de negro, llevando por esta Comision.
umco d1Stmtivo la banda de la Orden del Aguila Mexicana. No era . El Señor Presidente dijo deberse discutir el proyecto, no solo por lo ya
menos sencillo el traje de S. M. la Emperntriz, pues consistía en un dicho por los otros sefiores, sino por no ser necesario dejarlo pendiente hasta que salgan las q.isposiciones generales sobre colonizacion.
vestido alto de seda azul y mantilla.
. Todo en esta ceremonia. füé sencillo, grave y digno, como las cien- , Tom6 .I~ pa!abra el ~r. Davidso~, manif~stan~o . no comprender por qué
piden pr1vileg10 exclusivo para la mtroducc1on hm1tada de cien mil colonos.
c111s y las letras á que estuvo consagrada: ella dejará recuerdos tan
El ~efior Presidente contest~, que babia impropiedad en pedir privilegio ex·
gratos como duraderos en todos los que aman los progresos intelec- elusivo; pero que hay analogia en el pensamiento.
tuales, y dar~ eterno tes~im?nio de la manera provechosa con que
El Sr. Pimentel y los Sres. Burnoufy Rascon, hablaron en lo sustancial
celebra sus dias el príncipe Ilustrado y generoso que rige los desti- del negocio: el primero en contra del ' privilegio que pide el Sr. Morales,
nos de México.
hasta una qora muy avanzada, por Jo que se dispuso continuar la discusion
el lúnes p1·6ximo, que habrá sésion extra01dinar1a.
•
Se levantó la sesion, á la_que no asistió el Sr. Masseras por ocupacion.Entre las personas que asistieron ayer en Palacio á la instalacion J. IUrbano Fonseca.-J. Rascan.
de la Academia de Ciencias y Literatura; se hallaba el Sr. Maury
ilustre sabio americano.
'

AVISOS OFICIALES.

Ayer por la ~de se dispuso en la Plaza de Armas un hermoso
gallo, en e~ cual tomaron parte muchas señoras. Todos los qrue lo
for~aban, iban con velas encendidas, y precedidos por una banda de
música, pasaron del~nte de Palacio grita~do vivas al Emperador.
S. M. 1~ Emperatriz, _llamada por las vivas aclamaciones del gallo
y ~e un~ mmensa multitud que se babia reunido cerca del Palacio,
sah6 vanas veces ~1 balc?n par&amp;_ dar.gracias en nombre del Emperador por estas manife~tac~ones de sincera simpatia, y fué ardienteme~te saludada con mfimda~ de vivas.-Una diputacion de señoras
sub16 á la antesala del Palamo, donde S.M. la Emperatriz se dignó
reci_birla con la afabilidad y bo~dad de corazon tan generalmente conocida, dando con algunas cordiales palabras, las gracias por esta manifestacion de afecto y adhe$ion hácia la augusta persona del Emperador.
El gallo se retiró despues atravesando varias calles de la ciudad
Y poco á poco se dispersó la multitud de la Plaza.
'

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

Relacion de loe_ espedient.es para cuyo deapacho se neoeait&amp; la presencia de los intere11\d.oa en esta oficina.
En la Seccion 1~-316, 483, 783, 1,152 2,539 y 2,932.
En la Seccion 2~-23, 493, 636, 880, 915, 934, 983, J,352 J 494 2 501 2 675 2 989
y 3,130.
' ' ' ' ' ' ' '
Eii la Seccion 4~-918.
Advirti_éndoae que no ae puede dar ningun girQ á estos negocios, si esta comp11recencin
no se verifica.
México, Julio 6 de 1865.
Por el Administrador de bienes nacionalizados,
El primer Contador,
Agustin Pardo y García.
COMPAfu LANCASTERillA DE IIEXICO,

En la eesion ordinaria del lúnee 3 del corriente, dispuso esta Compañia que ee cite á los
~ñores socios á una junta general que deberá celebrarse el próximo lúnes 10, á las orac1onea de la noche.
México, Julio 6 de 1865.-W. Reyes, Secretario.

Ayer á las cuatro de la tarde falleció la Sra. D~ Gertrudis Enrinm:m:sANTE.
quez de Suarez Peredo, dama de honor de S.M. la Emperatriz v ~s , . sRoc10N ESPECIAL nx LA cosTRIBuo~oN ~E cono AL llflLtAR soBP..E F1No.ls.
posa del Sr. Conde del Valle de Orizava gran Chambelan d c, u I .. .,() ~,.oe sabor á los cauaautee de la contr,bu_c,on espreenda, &lt;flle dentro de los primero,
'
e -'• .w. diez dias del presente mes, están en l1t obligac,on de ocurrir 6 /ns recnud11rionts usputi·

�24

DIARIO DEL IMPERIO.

;

roZGADO 4? MENOR.-1~ DE SANTO DOIIIBGO lfOII. 8,
vas á satisfacer lo correspondiente al enarto bimestre del presente año, que comienza en
esta fecha; advertidos de que si omiten el cumplimiento de osa obligaeion, incurrirán en
ORDEN,
las penas impuestas por la ley á los causantes morosos.
México, Julio 1? de 1865.
Por la presente se hace saber á D. Juan Manuel Espinosa de los Monteros, que en el
El Gefe de la Seeeion, lgnaeio de Aüamira. 3s-2 juicio seguido por D. Enrique Vallejo en su contra, sobre pago do doscientos setenta y
tres !!esos vintiocho centavos, procedenros de ocho vales de desamortizaeion, se ha pronunciado un fallo que en su parte resolutiva es como sigue:-" Se condena al Sr. Espinosa
ADMINISTRACION DE BIENES NACIÓNALIZADOS.
de los l\tonteros al vago de la cantidad demandada y de todas las costas de este Jnieio,
AVISO,
dentro de tercero d18; apercibido de ejecucioa á su costa."
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 do la ley de 26 de Febrero último, la
México, Julio 4 de 1865.
.
casa situada en la esquina de las calles de la Encarnacion y Santa Catalina, valuada en
El Juez 4? menor, Lic. Poulet.
427-3s-3
la cantidad de 9,770 pesos 26 cent-avos, se pone en conocimiento del público, para 9.ue las
'
personas que quieran hacer postura, OClll'ran á la Administracion de bienes nacionalizados
rozoADO 4? MENOR.-1~ DE SANTO DOllIINGO lfDlt 8,
el din. 24 del presente mes, a las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate
ORDEN,
con la concurren~ia que haya, teniéndose presentes pnra el efecto las prevenciones de los
artículos 25 y Z1 de la citada ley.
Por ignorarse el domicilio del Sr. Lic. D. Benigno Márquez, se le cita y emplaza l)Ol'
México, Julio 3 de 1865.
la prerente, para que en el término de ocho dias, contados desde la primera publicac1on
El Administrador de bienes nacionalizndos,
de este aviso, se presente en este de mi cargo, por si ó por apoderado instruido y espen•
lOs-4
Juan Suarez y Navarro.
eado, á contestar la demanda qae en juicio verbal sobre pago de cuatro vales de desamor•
tizacion, con hipoteca de la casa núm. 4 de la calle de San Ildefonso, le promueve D. GaADMINISTRACION DE BIENES NAC[ONALIZADOS.
bino Chavez Ganancia; apercibido, si no concurre, de darse por contestada la demanda,
siguiéndose el juicio con los estrados del Juzgado.
AVISO.
México, Julio 3 de 1865.-Lic. Poulet.
428-38-3
Debiéndose sacar á remato, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
casa núm. 14 de la calle de Venero, valuada en la cantidad de 5,044 pesos 92 centavos, se
CONVOCATORIA.
pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocurEl Sr. Juez l? sustituto de letras de esta capital, que conoce delintestadodeD~ Leanran á la Administraoion de bienes nacionalizados el dia 22 del presente mes, á las nueve
de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la cvncurrencia que haya, teniéndose dra Degollado, ha prevenido en auto ile siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intee
present~s para el electo las prevenciones de los artículos 25 y 27 de la citada ley.
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por si 6 por personae sufiMéxico, Julio 1? de 1865.
cientemente autorizadas¡ bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
El Administrador de bienes nacionalizados,
perjuicio á !lue hubiere lugar.
20s-3
Juan Suarez y Navarro.
En cnmplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue é. noticia de
qnienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.lUZGADO DE LETRAS DE J'ILOTEPEC.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-18
AVISO,

El dia 22 del corriente fué encontrado en los macheros del meson de la Luz, sito en el
AVISO IMPORTANTE.
pueblo de Soyaniquilpan, el cadáver del súbdito frances Basile Guigal, y en la causa que
estoy instruyendo con ese motivo, tengo mandado, entre otras cosas, que se solicite por
FRACCIONAMIENTO DE LA HAeIENDA DE SAN BARTOLO,
los periódicos á. la persona ó personas que puedan deducir derecho al caballo, ropa, arSITUADA A INMEDIACIONES DE l\lORELlA,
mas y dinero que conducía el referido Guigal, para que vengan á deducirlo en este JuzgaLa
Junta
menor
del
concurso
de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
d_o dentro de tres meses, contados desde la publicaoion de este aviso; apercibidos de que
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le faes1 no lo hacen, les parará el perjuicio que hubiere lugar.
Jilotepec, .Junio 26 de 1865.-José Anastasio Rego.-Asistencia, Longinos Aguirre.- ron concedidas en el convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la haAsistencia, Librado García.
6a-3
cienda de San Bartolo y_ procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
CONVOCATORIA PARA EL SISTEMA METRICO DECIMAL.
todas las personas que deseen adquirir alguna ó algunas de las porciones de terreno de la
MINISTERIO DE FOMENTO.
mencionada hacienda, so sirvan ocurrirá la referida Junta menor, que tiene su radicaoion
Con el objeto de espeditar la plant€aoion del sistema métrico docimal de peses y medi- en esta ciudad, é. hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
das en el Imperio, conforme está prevenido, se convoca por la presente á llls personas que como último término para estas operaciones, el 31 de J nlio próximo.
deseen hacer proposiciones para la fnbrieacion de los referidos pesos y medidas: dichas
Morelia, Junio de 1865.-Luis Iturbide.-Luis G. Scgura.-Luis G. Barrera.
proposiciones, que se recibirán en la Scccion 1~del Ministerio de Fomento, en pliego cer382--40&amp;-20
rado, deberán hacerse bajo las bases siguientes:
Todas las medidas se fabricarán con arreglo á los modelos que existen en el Ministerio,
y previa la comprobacion de su exactitud, recibirán el sello que autorice su circulaoion.
Ademas de las medidas se construirán las romanas propias del sistema, igualmente comparadas y selladas.
La comprobacion de todas las ~iezas estará 6. cargo de un inspect-Or nombrado por el
Gobierno y p~ado por el contratista.
AVISO IMPORTANTE.
No podrán cucular otras medidas que las autorizadas con el sello que se adopte; éstas
¡ATENCION!
saldrán de los talleres del contratista, quien tendrá el goce de todas las utilidades, reservándose el Gobierno el cinco por ciento sobre el precio de venta de todas las piezas que
El Lic. D. Manuel del Valle, como apoderado de D~ Antonia Ca&amp;til!o, viuda de D. Pase espendan.
blo Castillo, y curador de los menores hijos de ambos, y D. Angel Amero, con poder eR
Se especificará en las proposiciones el precio de cada unidad de medida, segun su clase forma de D'!- Yicenta C~tillo, hija, heredera y adjudicataria de los bienes de la ~stameny la materia de que se haga; al efecto, lc;s interesados poilrán ocurrir al Ministerio, donde taria del precitado Castillo, sabedores de q,ue se han embargado una casa y corrales aitos
en Tepeji del Rio, por D. Ramon Jimeno, a ·virtud de demanda peraonal contra n.' José
se les manifestarán los modelos y en su vista hacer la determinaoion del precio.
En cada Departamento debera haber un despacho con todas las piezas necesarias á las Mari.a Morales, en_ el concepto erróneo de que dichos bienes pert~necen á DI!- Estéfana
exigencias del público, debiéndose situar de antemano, al precio fijado, un slil-tido comple, Castillo en su c~lidad de heredera del mentado D. Pablo Castillo; en cumplimiento de
nuestros respectivos encargos, hacemos presente: que el hecho ilegal del embargo ha veto en cada una de las municipalidades principales.
.
Las proposiciones deberán hacerse dentro del término de ti·eiuta dias, contados desde nido á ata.car la posesion y propiedad do m Vicenta Castillo, y los derechos hipotecarios
la fecha; pasado dicho término no se admitirán ningunas.
que los me~ores Castillo y sus coherederos tienen sobre tales cosas; y tanto por semejanMéxico, Junio Z1 de 1865.
3a-2
te vnlnerac1on de derechos establecidos é inconcusos, cuanto porque pueden vrecipitarse
los sucesos hasta sacarse los bienes &amp; almoneda judicial, nos vemos en el preclBO C81lO de
hacer ostensibles nuestras acciones, protestando desde ahora de nulidad contra el acto del
secuestro y contra cualquiera operacion subsecuente qtie se quiera practicar en les enunCW:dos bienes, á reserva de ejercitarlas en forma cuándo y cómo nos convenga, y contra
qwenes corresponda.
México, Julio 7 de 1865.-Lic. Manuel Valle y Terlin.-Angel Arnero. 432--4a-1
rozGADO 5? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 59 de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado que el dia diez y ocho del
REIIATE PilTICtrLAR
corriente mes, á las doce, se verifique la tercera y última almoneda para el remate de la
casa número uno del callejon del Padre Lecuona, valuada ·en cinco mil trescientoR veintiDel Sr. D. Luis R. H. L. Heidsiuk, C6nsul general de los Países Bajos, en la calle de
dos pesos veinticinco centavos. Las personas que deseen hacer pootura, ocurran á la Se- Cadena núm 13, para los dias 6, 7 y 8 de Julio de 1865, é. la UNA EN PUNTO; estando
cretaría de este Juzgado, donde se darán instrucciones.
á la vista el mártes 4 y miércoles 5.
México, Julio 4 de 1865.-Sebastian Peñalo:.a, Escribano público.
429-3a-1
Las ventas son al contado y sin reelamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
antes de 24 horas.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.
lUZGADO 4? MEN0R.-1~ DE SANTO DOMINGO l'flJM. 8.
.
Ignacio Diaz Triujeque. 417-Ss-7
ORDEN,

AVISOS PARTIOULARES.

AVISOS JUDICIALES.

Por ignorarse el domicilio de D~ Dolores Arauz, se le cita por la presente, para que en
el término de ocho días, contados desde la primera publicacion de este aviso, se presente
en este Juzgado, por si ó por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda
que en juicio conciliatorio sobre pago-de cinco vales de desamortizacion de las casas números 6 y 7 de la calle del Monton, lo promueve D. José A. Bonilla; apercibida de darse
por intentado aquel si BO concurre.
México, Julio 5 de 1865.
El Juez 4? me11or, Lic. Poulet. 431-3s-1

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.

JUZGADO DE LETRAS DEiTLAXCO,

Capital de fondo....................... 10,000,000 franoos,

CoMPA~IA DE l'lEGUROS DE G1ADBACH.
Capital de fondo...... • • • • . •• • • • • 3,000,000 peaos pl'118ianoe,
CoMPAilIA DE sEounos DE BASILEA (BASEL),

CONVOCATORIA,

Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos loe informes
En los autos de esperas de los acreedores, solicitadas por la¡testamentaria de D. Ignacio Bemol, radicados en este juzgado, el suscrito Juez letrado ha proveido auto en esta necesal'ios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compaíifas,
400-lSOs-13
fecha, é. pedimento del representante de dicha testamentaría, mandando se convoque é. los calle de San Bernardo núm. 3.
acreedores que no han sido listados, para que en el término de quince dias, contados desde la primera publicacion de este aviso, se presenten é. deducir su derecho; apercibidos de
lo que hubiere lugar si no lo verifican.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en Tlaxco, á 17 de Junio de 1865.
-Lic. Mauricio Bdtra11.
4s-1

DIVERSIONES PUBLICAS.

JUZGADO DE LE'rRAS DE TLALPill,
TEATRO DtPERIAL.
D. José Velasco se presentaré. en este de mi cargo, sito en la calle de la Moneda, á las
A las ocho de la noche de hoy se verificará, é. beneficio del primer galan j6ven D. Gon•
once de la mañana del dia seis dél actual, á contestar la demanda que en juicio verbal y zalo D11cl6s, el drama de grande espectáculo, denominado: El jorobado.
sobre pesos le vromueve D1 Cecilio Amador López¡ apercibido qu11 de no comparecer,'se
Je ee11tenoiará a su perjuióio en su ausencia y rebeldía, dándose los estrndos del Juzgado
por bastantes, y procediéndose por la via de asentamiento.
fMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCA.LANTE,
Tlalpam, Jnlio l? de 1865.
El J11ez de paz propietario, lg11ado Rodea.
3a-1
BAlOS DI SAN AOUSTJN1 N11ll, 1,

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>•

EL

DEL
1

DIARIO
TOMO 11.

l

IMPERIO '

MEXIOO: Sábado 8 de Julio de 1865.

NlJI. iij6.

SUMARIO
ignorancia, solitarios beneméritos;consagrados á la piedad y al estudio, ex
NO OFICUL.-Dlscurso 1e140 en 1&amp; lnslalaclonde la Academia de O!enc!as y L!t~ratura por el Sr. Raml- traían laboriosá y pacientemente los fragmentos de la ciencia y literatura de
r~
Presidente
de ella.-Dlacúno del Sr. Lacunza, miembro de la Academia, en el mismo acto.-.."allda del los_antiyuos, que fueran la cartilla y dieran }a direccio_n
correo
para Europa.
_ á la ciencia y litera·
tura de os modernos. La historia, particularmente, les debió servicios inestimables con ol inmenso tesoro de noticias y monumentos, que aun no puede
consumir la insaciable voracidad de nuestros escritores.
NO OFICIAL.
El siglo _último creía haber consuma.do sus conquistas en los dominios de
las ciencias fisibas, políticas y morales, y buscando nuevo alimento á su inDISCURSO
fatigable actividad, se lanz6 á las -ruinas y á los sepulcros, pidiendo á la desLIIDO BN LA. INSTALAOION DJI: LA A0ADEMTA DE 0IRN0IAS Y LlTEI!ATURA, POR EL truccion y á la muerte memorias que el tiempo había cubierto con un velo
EDlO, SR, DON JOBÉ FBRÑA.NDO RililREZ, mNISTRO DE NEGOOIOS · EXTRL'&lt;,J1lROS,
ENOARGADO DEL M:INISTERIO DE ESTADO, Y PRBSIDIDl'TE DE LA :MISMA ACADEMIA, impenetrable. El inmenso cementerio q,ue bañan las aguas del Nilo, habia
permanecido mudo á todas las preguntas. Las figuras y caractéres esculpí·
SEROR: SERORA:
dos en sus muros, obeliscos y estatuas, insignificantes para los unos y mis·
El espíritu elevado del ilustre é ilustrado monarca que rige lós destinos teriosos para los otros, ó no daban respuesta alguna, 6 las dapan tan várias,
de nuestro país, habiendo llevado su inteligente y tierna solicitud del uno al que la historia no podía sacar de ellas ningun provecho. El jesuita Atanaotro estremo del Imperio, para establecer y mejorar la administracion pÚ· sio Kircher, hombre de inmenso saber, y de imaginacion quizá superior á su
blica en todos sus ramos, no podía permitir que continuara abandonado á, ciencia, fué el Edipo iro_térprete de estos arcanos. Sus sábias elucubraciones
su voluble destino el que en nuestro siglo contribuye tan poderosamente al solo contribuyeron é. hacerlos mas oscuros; suerte que igualmente cupo á
mayor lustre, honor y estimacion de las-naciones. Cada siglo tiene sus gus- las del caballero Pahlin, Y de otros, aunque caminando por diverso rumbo.
tos y tendencias que le dan una fisonomía particular, siempre en pos de la per- El profundo escritor dinamarqués George Zoega, vislumbró la vida y los
feccion y del progreso, que constituyen la ley universal de la creacion. Si la tesoros de instruccion que esas figuras fantásticas encerraban para el conocibarbarie se atravesó alguna vez en el camino de la civiliza.cion, dejando ape- miento de la historia, de la religion y de las artes de esos pueblos, deposinas visible su huella, no fué para destruirla, porque el hombre nada puede tario.s de los conocimien~os ~e la antigüedad. El Gran Capitan del siglo y de
contra la obra del Creador, sino para regenerarla, y hacerla despues brotar, los tiempos modernos, a qmen los grandes sucesos que á. su voz conmovían
mas pura, mas perfecta, mas vigorosa. En esta sucesion incesante de des- el suelo de la Europa, no hnpedian pensµ en el adelanto de las letras potruccioÍl y de reproducciqn, 1a grandeza y esplen4or de las naciones se bus- niéndose á la cabeza de una colonia de sabios, quiso ta~bien interroga; por
caron, ora en la dominacion de la fuerza, ora en la vana gloria militar, ora sí mismo las ciudades de los Faraones. Esta expedicion memorable y de
en un devoto y belicoso entusiasmo.
gloria imperecedera, di6 al ilustre Champollion los medios de hacer hablar
La aparicion de-la ciencia y de la literatura entre esas escena.'l de luto y en su lengua Mtiva esos monumentos, por tantos siglos sileRCÍOsos. A la
de violencia., cambi6 la faz del mundo; y si bien en su nacimiento recibió un luz de estos descubrimientos desaparecieron las falsas \deas y -absurdas traterrible bautismo de sangre, ésta doctrinó á las generaciones venideras, en- diciones que la ciencia y la erudicion, descaminadas, habian elaborado con
señé.ndo1as que solamente la paz, la concordia, el trabajo y el estudio, pue- tantas fatigas.
den constituir la sólida gloria y prosperidad de los pueblos. Cuando el homApenas explotada esta mina, apareció otra, perdida durante siglos· más
bre, comenzando á sacudir los resabios de su rudeza primitiva., dió el pri- preciosa por su antigüedad y principalmente por sus recuerdos, que no; trasmer paso en aquella via, un nuevo, vasto y rico horizonte se desplegó a su portan á. la cuna de la restauracion de la especie humana. tCuál fué el asienvista y á su imestigacion. Al ardor febril que consumia la savia de la vida to de la capital del potente imperio de la Asiria; de la ciudad de las maraviy de la inteligencia en vanas disputas, estériles para el bien, fecundas para llas, del poderío, de las riquezas, de los placeres y de la maldicion de los
la desgracia de la humanidad, sucedi6 la infatigable y temeraria actividad, Profetas1 tDónde estuvo BabiloniaL. Hé aquí una pregunta que se repetía
que lanzándose á mares y peligros desconocidos, devolvió al seno de la so- de siglo en siglo, y á que se r~spondia con conjetúras y disertaciones erudiciedad universal una gran _parte de la especie humana, separada de la otra tas, sin que ninguno pudiera fijar el lugar. La incertidumbre desapareció en
durante siglos, que no podemos enumerar, y diseminada en lo que impro- nuestros dias, y Babilonia y Níniy_e y otras ciudades bíblicas han salido á. la
pis.mente se llamó Nuevo-Mundo. Y á. un poblador de México, Juan Bra- luz, de las tumbas que les formaban sus propios escombros, dándonos á la ?ez
vo de Lagunas, cupo entonces la gloria de ser el primero que diera la vuelta en ellos preciosos y perdidos recuerdos de su historia. Los misteriosos ca~l gl?bo ter~estre, ª?riendo con su viaje un vasto y rico campo é. la ciencia, racté~es ~n que los dejó escrito~ y que pa~eciau_ desafiar la sagacidad humaa la mdustr1a y al p1enestar.
na, tamb1en haD; encontrado Edipos. Los mgemosos y pacientes trabajos de
El siglo de los descubrimientos, por mar y tierra, llevaba consigo el de Grotefend, C?ntinuados y perfeccionados por Burnouf, Lassen, y últimamentraslacion, destinado á hacer cumpli~ la ley universal de fraternidad, y que, te po~ Rawhnson y Oppert, hacen esperar que al fin se llegaré. á. la completa
reintegra al hombre en la posesion de su derecho á, ser considerado como lectura de esas páginas de antigüedad tan venerable.
ciudadano en cualquiera parte del mundo. Con aquel venia tambien el camLos monumentos del viejo mundo trajeron á la memoria los del nuevo
bio de 1os productos de la civilizacion por los de la naturaleza, representado que no le ~de en edad. Ya desde su descubrimiento se babia trabajado e~
en vastas empresas de monopolio, que aunque mercantiles, no ~onstituían buscar el vinculo de su comunicacion; pero como todos los sistemas giraban
el comercio. La industria lo creó, lo fortificó y lo elevó hasta constituirlo en entonces en el círculo de las ideas dominantes en el siglo, los sistemas 11e
una potencia; y el comercio, convertido en vehículo
seguro de comunicacion multiplicaron á lo infinito sin provecho sensible. Tomándose solamente en
I
entre !os pueblos mas remotos, miqistr6 á la inteligencia y al estudio los co~sideracion la existencia del hombre americano y relacionándola con la
~ateria~es para la restauracion de ras ciencias y de las letras, perdidas en la un1?ad de la especie, establecida por la tradicion bíbli~ los medios probamundac10_n de l~ barba:ie. La navegacion con sus noticias, el comercio con tonos ~uero~ los que minis~aba la escol~stica, quedando tan solo al ingenio
sus camb10s, la mdustr1a con sus productos y la ciencia con sus investiga- la gloria de inventar el medio mas veros1mil de tra.slacion del uno al otro
ciones, ~yudándose y sosteniéndose mutuamente, han puesto al hombre en continente. Para el hombre se encontraron tantos, que nada nuevo se'puede
1~ posesion de conocer todos.los accidentes que cubren la superficie de la hoy decir; pero todos fracasaron en el tránsito de los animales. Libres pentie~, de sondear _la profundidad d~ sus abismos, de medir la inmensidad de s~dores . bus~ron la. solucion de~t:?yendo la unidad de la especie. La solulos cielos, de seguir _el ~m~o. de los rnnumera.?18:' mu~dos que los p.ueblan, c1on sena sat1sfactor1a; m8.;I adm1tlendola,,destruimos tam bien la relacion ende pesar las ,sustanc\as mv1s1bles y de comprimir l~s impalpables; en suma, tre lo_s hombres y los contmen~s--:-La cntica moderna ha tomado otra via,
de arrancar. a ~a naturaleza. ~us mas recó~~tos y m1sterio~os secretos.
estudiando_el P:oblema en las c1en01as natura.les, en lo!! varios de~artam~nEse mo~1mien~o y f:otac10n de los ~spmtu~ no fueron utiles solamente al t?s de la h1stori_a y en la filoso~a.-Despues de haber agotado su~ investigahombre fis1?0 y ~ sus mtereses matenal~s? fueronlo tambien al hombre in• c!ones _en el a.nt1~uo mundo y nea con los conocimientos que en el ha adquitelectual y a sus mtereses mora.les y políticos. Los numerosos crea.dos por r1do, viene á pedir al nuevo el tan deseado hilo de continuida.d.-Ha lleg11do
las,t~ansacciones de _cada dia, y la necesida?_de ga;a?tizar ~as.personas y las su turno á los estudios americanos.
P:Op1edades, perfeccionaron ~l derecho ~&gt;0lí~1co, cml y cr1mmal. Las rela- El campo que se les presenta es vasto, rico y variado, bien que cubierto
c~one~ que forman el comermo y comumcac10n de los pueblos y la conve- de la ruda maleza que en él han sembrado á manos llenas tanto la ciencia
menc1a, ya que no se escuche el deber, d" ~onservar la P.ªz y a.mistad, crearon como la ignorancia. Más trabajo habrá para escoger que p;ra. buscar, y esto
el derecho de gen.tes y templaron la ferocidad de la antigua ley de la guerra. en lo conocido, quedando todavía mucho ignorado. :S:aciendo á un lado el
De entre l?-5 cemzas y escombros amontonados _por un fanatismo impío y inmenso campo de exploracion que presenta la naturaleza en todos sus 88•
cruel, surg~ó la voz de la filosofía, que ~leva esc,rita en su bandera la ley de pectos y producciones, y fijándonos solamente en la obra del hombre, lapoamor Y caridad. En fin, de entre las rumas que por todas partes sembró la demos estudiar en todas sus graduaciones, desde los primeros y rudimenta-

�..

'

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO~

26

or tiosa rica masa de tradiciones originales, bastantes para sac)ar la curiosirios esfuerzos ?e su mtehgen~ia, hasta la ultima pe~fecc10n, per f;:~~t/vi- dad li{eraria de nuestro siglo, y dar so~rado aliI\len~o al vemdero. Mu~ho
supuesto, relativa: como lo fue la de los pueblos antiguos, que so
ha explotado el terreno de la antigüedad mexicana; no obstante, bien
ven hoy en sus ruinas y 81! sus repuer?º~· .
h
,
ó sp:ede decirse sin hipérbole, que aun está vírgen, aunque sembrado de ás- _
Si buscamos la obra del hombre pr1m1t1vo 1a a11aremos aqm en 1a gr 1
'
sera alineacion ~e piedra seca, idea y forma rudi~ental de las o~ra¡¡ de for- peSe ~:b~\xtrañado ue al mencionar los monumentos arquitectónicos de
tifitacion y de defensa. Las montañas del Nayarit nos present~a~ u1a,
México olvidara las fa~osas pirámides de Papantla y Xochfoalco que ofrecen
en fas tradiciones de sus indíg~~as, co~servan el re~oto re~rer .º e
1estudio un-dilatado campo. Excúseme lá desconfianza habitual con que trabus belicosas del Norte que vm1l:'ron a bus?Bf un a~1~nto en as tierras. ec~l, : stas materias temeroso siempre de inducir á otros en error.-Dudo que
dadas por los rayos directos del st•l.-El ojo¡del v1aJer1 d~ubfe1l.%Ul y a ooe monumento; aunque asentados en el corazon del antiguo imperio mepequeña.'&gt; aglomeraciones de tierr~, en. forma piramida ' ~umu os um m: ::C:no sean obr~ 'de los mexicanos.-Parécenme la fl:ontera de una mas ~~­
destinados á resguardar los despo¡os humanos, de la fer?c1~~d d; 1us s\
t'
'· 'lizacion separada de su centro por la invas1on de aquella fam1ha
jantes ó de la voracidad de las, fieras, idea igua~~~nteyrimit1va e º\so er- ~gl~:o~~v~Esos ~onu~entos nos conducen via recta y quizá por entre. exbios monumentos que en una epoca de alta c1V1hzac10n _fueron tum as so- :años, ~unque embutidos en el gran todo, tales como l~s palacios de Mitl~,
berbias sepulcros suntuosos y mausoleos. . .
.
d
. h t
t ar en Palenque proseguir con Yucatan y termrnar el). Centro AmeSi b~scamos al hombre en el albor de la mtel1genma, ~~a~taf o 11º! 1ºJºS _as.ª e:t:os verdaderos' de una antiquísima y adelantada civilizacion.-He
de la tierra, donde hallaba todos sus goces y penas, y ele,,an o os a a°1e o en rica! cf E . to americano· foco en mi juicio de toda la luz y de todo el sap~s de esperanzas y consuelos, tambien lo hallare1:1os, y muy ce~r e noso: tqmd\ faos ~n el conti~ente' á lo menos ¿n la parte septentrional, y ecliptros en la monumental planicie de Teotihuaca,n,· tierra de ma,,,f.YI!l c~s .Y_es- e~ t un t 1 fué siem re la-alta civilizacion por la barbarie que viene á retup~ndos recuerdos, habitada por los dio~es antes q~e los astf'°~ e~1st~eran, sa r~~ co~e~e~ernr las rJerzas agotadas por el ¿xceso de la civili_zacio1~ mi~ma.
cúna del sol y de la luna, y que en su mismo nombie lleva_ e t1tu o e su Pª. .Y
y catan Guatemala magníficas y misteriosas láminas históricas,
orígcn divino.-Allí 'l,'emos obras, groseras .en. verdad ~ªJº el aspee~ ~el
,Ch_1!Pª) ~dos leídas por ninguno! Mas si el ingenio y la actividad del
arte 1&gt;ero grandiosas J suolimes cuando se-',consideran la mmensa y ru ; a- ~ono~1 _as u;ieron ~rrancar la voz á. las losas del Egipto y de.la Asiria, murea ~ue se impusierQn sus constrvctore$, y el sentimiento que les daba uer- domdre p te s'glos . por qué las de América no responderán cuando las in•.
as uran
i ' iInvesti(l'adores superficiales,
.
. .
de nombrad'ia
z~ y'iconstancia
pa.rp, IIev¡:11·las aI cabo.
,
' . dr
e la ciencia1
y amb1c10sos
Allí no hay, en genera1, mas_ que ~iedra ~rnt~ acum~lada; pero e~a pie a t~rrr:~fa asando rá idame~te la vista por esos monumentos han formulado
fo}lna pirámides q'ú&amp;pot sus dnnens10nes nvahzan con las. de Egipto. La l~te
'p anzadopinterpretacLones que la buena crítica desecha, como parpr9longada y anchurosa yia_formada por montí~ulo~ a¡-ti~cial~s, ,Yd qr ~~ :~s:~~ª:n! ;:ca y desprovista inteligencia.-Verdad es qu~ no los co~pren1::v fünO"ua mexicana conser"9'0 el nombre de Carnina e miie-i t e o e os '
.
todo bien odemos asegurar que en ellos se mamfiestan accidentes
y la ba'.$la constrbccion de uno da sús extremos, vulgarmente lden~- demos, co~ os 'aun lops i'gnorantes Cualquiera que haya adquirido alguna
f 'úiito~
, ,
. ·
. .
~ .
·a y fatiO"as que as p1- que aprec1am
....
·
.
el
minada la Oi1tdadela, hl,l cx1g1do mayor perse e1anc1
o
d
b
. d 1 arte grá.fico primitivo debí¡¡, reparar, Mcesanamente, en agrupar~m.{des .mlstnas porq·ue en el vastísimó te~re11-o que ocupan, se ebsc_u ren n~.ciotn ~ 'tr'co de figuras fantásticas y extrañas trazadas, ya en relacion
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' /rí b - ·da que la cu r1an en m1en o s1me ~
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tod· vía los r~stos de 1a argal:nasa e ca1 y are a rum '
fi ' h
t as humanas y dispuestas en la manera que se ven en 1as ap1 as e
toda su extensiop. Algunos enormes monolitos ta~lados~ ?ra en 1u:as /ºt r de la Asiria como las de Palenque; ya en monolitos figurativos de
marías ora en fantást~cas, encerrados dentro de los mo11~1culos, no eJan u- d
y llenando s~ pedestal y dorso como las de Guatemala; ya en fin,
da!" ~obre el sagrado destino de aquellas rudas construcc1on~s. d
t
~11 ad es,y cubrº1e.ndo tóda la superficie de una ó mas. anchas lápidas co,rno
. . . de al~un a'espota, nue
domman
.
·iY fueron acaso la msp1rá,c1on
-i,
M' .. o. su
1 vas
t . beo a1
ots·aa as
de Palenque. El Códice mexicano
de ])_resde, cop1'ado en 1a ~xpl'end"d
i a.
y poderoso Imperio, quisi:~a rep!·?dUCll' en el ralle de ex1rl i8 rs
ie~cion de' Kinsborougb, y el de Paris recientemente rep:odu~1do por...)a
drama qüe los hijos. de Israel se vreron forzad?s a repr~se~tar e a ierra cot
fia nos dan un volúmen entero de aquellas figuras m1ster10sas.-1'la,
Egi.ptó1
Parece
inverosímil,
porque
m
cerca
m
leJOS
se
descubren
'~d~
ogdra
·a'ante·s .ue tene1a una ligera nocion de la gráfica primitiva podia dude ,
.. · •
. .
,
• tró r asolada Su ei!tado se 1e ec1
,q
b
'd' t·
los vestigios que deJa siempre tras s1 u~a me: poi .
N. ha si uiera da; que aq,,uellas figuras eran los caractéres de una escritu:a, 1 en ica, por_ ~u
desdribe con una sola frase. No ha,y rumas de poblac101_1. o y
1
. tema á la del Egipto y con aplicacion y destino semeJantes. iMas quien
cimientos; mas aún, no existe en las inme~ac~r.nes la cante: te d~~
Sl~dia 1:erlós... 1 iDó~de hallar su alfabeto ... i y aun hallado, ien cuál
constructores extrajerof lbs gran~es monohto~ de que antes, a no ;~s . ma- fengua estaban escritos1 . . . Ni cabia siquiera la esperanza de enco_ntrar en.
enbsa tarea y prolongados trabaJoS empleado_s pa,ra su ~aspo1; e, "! . 1 Am, .ca una piedra de Roseta ó una roca de Béhístoun, q_ue nos dieran en
~or~s impeµdido~· en 1a oo11strucdion de a~u~l!á, hoy, ruma sol::~a, ~':oe ;~, sus rí:eas trilingües la clave d; los miste1·iosos caractére~ american~s, como
con toda evidencia la obra qe; hombre p~1~mtiyo, 9-ue da el P\ . p . t'bl llá dieran la de los geroglífi.cos egipcios y la de las escn~uras cune~fór~es.
estado salvaje al civilizado,. dandon.os ~o~ el, tamb1~n, la prue a irr~1:~tu~ ~Pero la es eranza nace viva y ardienté con el m~nusc1;1tQ qu~ el mfat1gade que el sentimiento religioso es mge111to "! tan msepara~~efi ~e s
. 1 ble Abate Bfasseur ha sacado del olvido en que yació, casi tres siglos, en uno
raleza, como cualquiera di) los otros que constituyen nuestro se1 :s~~ )ti::a'. de los ricos é inexplorados tesoro~ literarios que guarda la corona de E~pael iv\o puesto que ocupamos en la obra
t' d 1 S1' el Obispo de Yu&lt;!a~an Fr. 'Diego de Laµda, autor. de aquel premoso
y a' 'los cuales debemo&amp;
•
t!
ivo e na.- mento his·to'rico y los que
' lo mst1·uw,n
.
. en 1as antiguas
.
t.rad'1e1ones,
.
co-,
.,,1·on Esas ruinas s1tt
arte
:n1~ a1·mo, son~11llonumento conmemora
i 1 11
"tránsito
.- que hizo el' culto•religioso,
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a
1
montañas
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monu
'
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pasan ~ . e as.
,
·_ C 'Í nocian bien su asunto una de las primeras y mas ~aves 1 cu a es est'a J~
&lt;donde la pirámide v'ino á conservar 1~ remunscenma de su origen. t ua
.d El alfabeto d~ esa escritura mi~teriosa se ha encontrado.-Queda
fué el p1ieblo que la edific'ó1. . . . Lo 1gnoramos.
.
ve~c1 ~;averiguarla lengua en que escribían los hierogramatás yu~ateco~.A su vista se.le-v.antan las montañas de Tetzcoco,·asiento q.el e~tinguido y Hé
el único escollo en que podrán fraca$ar los esfuerzos del mgemo y
. ·m erio cbicbimeca, .vivo hoy solamente en las labor10sas. obras de '1a ciencia.
.
.
pode1 oso tnc~ladas en sus rocas.-Si bien no comprendemos el destmo de
Pero aun cuando tal fuera el triste destmo que la aguardara, sie_,rnpre quedel arte ~aro oco odemos ·aceptar las explicaciones. vulgares que les d~ dará vivo un hecho que no~ dará la medida d~l g;ande_ desarroll~ mtel~ctual
ª~au~~:pec.ho;a tr!dicion. Juzgándolas por lo que.p,resenyin_, Y, con los aux1- de esas generaciones olvidadas, y ~ue la hi_stona hterar1a recoger,~ }º~í~ta
~ s de la-buena crítica, bien podemos estar segur?s _de que a~1. hubo un a.r- sus :males.-Ese hecho, que sabran apreciar los que conoce;1 cua ue e 1ue éste fué inspirado tan;ibien por. el .sentimiento rebg1oso, cuando ficil, laborioso ~ infinitamente lento el'progreso del ~r.te g_ra.fico, ha~t~ ilega~
t 'd~vfa existía el culto en las alt\lras, y para ~arle mayor .lustre' y esplen- al descubrimiento del alfabeto, que ?ºY n.~ es permitid? ignorar m a os m_
d~r. En su ob,sequio se elnprendieron obras gigantescas, c~ns~rvandose au~ jios ni á los rudos; los que sabe~ cuantos s1~los trascurrieron en )~n~sosfi~n
la huelln del dilatado acueducto, que pasando por las cre,sJ;as_ de, una ?ord1 sayos, antes que el hombre hubiera descub1erto,el estupe_n;f me
e Jªi
1· su lida en varias partes por la mano del hombre, vema a sur_t1r los 1os sonidos y de inmortalizar la palabra, podran. compre er_ y es ima:r e
1:~~sito~ curiosamente escavados en la montaña sagr~da'de Tetzcutzi~co, y adelanto intelectual de los·antiguos moradores. de Yuca~n, E~1e~do quE~us
, las cuales dan acceso largas escalinatas abiertas en 1~ •roca¡¡, de su,. ª?-co· monumentos gráficos los colocan á mas_ alto I).lVel qu~ os g1pc1qs.
os
El vulgo ha querido ver allí un baño del monarra mas fartlJ&gt;SO en la h1~to· tambien hal¡ian descubierto é introduc1dó en su escritura,. el_ e\ement\ que
ria en las tradiciones chichimecas y mexicanas; mas no .pµede dudarse 9-ue constituye toda llt. vida del arte, y sin el cu.al no pue?e ex1st1r a escri ura..
obras ertenecian tambien al servicio del cultQ. Ta! vez conteman
Los caractéres yucatecos, segun los desct1be el Ob1syo Landa, eran ent~aguas 1!trales, pues nadie ignora que la lustracion fon¡1~ba una parte ramente. fo,néticos, p~esentando, r.especto de los d~l Egi~tol trzs1:º;:b~~~o~t
esencial en las práctievs religiosas de estos pueblos.
,
ferencias que por su mdole le~ dan en general un Just~ ~tu o . . p d 1
Triste es decir que las dos fam.ilias que ?cupan el primer,(lugar í'..n nu~- dad.-]'~eron ciertamente inferiores á lo~ demóticos, ultima pe~ficc10n ev:.
tras tradiciones searr las que nos hayan deJado el menor ¡:¡umero de obias ciei:icia. egipcia bajo el aspecto de la sencillez. Sus f~rmas capnc osas{ h.
arquitectónicas.' Nada bien·probado co:rioce_,rnos _de los , 'l'óltecas, ni d~ la riadas tasgos debian hacer.la escritura len~a y embarazosa, cual lo fué a teadelantada civilizacion que le dan las h1ston~s, bien ,que ?~bamos con:ntt ,rática, con la cual presen}a bastante semeJanza.
. .
raria pálidamente reflejada en la de los ~ex1can9~- Muchís1.mo,. en a.que a
Este inconven,iente, de m~ra práctica manual, quedaba s~perab~ndantelínea, hemos perdido de est0.s, porque la .1g~oran01a., el sórdido. mteres Y_ un
nte compensado con las ventajas que le daban las otras d1ferenma~,-:-~ª
zelo ,b,árbai:amente indiscret_o, pasó el martillo y el_ara~o sobre su~ constru~ ~n: consistía en el reducido número de sus caractérE)S, porque con vemt1s!eciones, no dejanp.o visible m aun la huella de su as1en~o. Plaza~, -call~s, ca te si nos fi' os sin variantes, completaba su alfabeto, á la vez qu~ los eg~~sa~ y, la Catedral, con su amplio atrio, ocupan el _lugar del andt¡gu~ y
cios gsegunJno!lo muestran los interesantes tm]:&gt;ajos de Ch~mp~llton el JO·
con los espoJoS e
,
La tei·cera y verdaderamente mest1mable ven,
tem Plo de los mexicanos· El Rastro está construido
d 'd S A t · Ab d ven eran muy numerosos.
'd b
hermosa. pirámide erigida á la entrada de la ca1za a e an ? -01110
a . . ' la lleva en su uniformidad, que permitía fijar con. toda cert1 um r? 1a
·e'n
uede
reconocer
en
la
desolada
plaza
de
Tlaltelolco
el
inmenso
roertaJa
.
.
tes
no
ue'den
producir
grandes
embarazos,
a la
i Qul P
Q •,
d , d · d ' de lectura porque seis vanan
P
. . 1 •
1 ·
cado frecuen~o por millares de personas1, t .u1~n nos po _ra_ eo1r on
u~ los' abundantes homofonos de la escritura eg1~01a y ª. mterca ac1on
estaba su gran Teocalli; quién nos mostrara siquiera lE cimientos
lo: vez iora hacerse de geroglificos ora puros, ora hieráticos, deJan dudoso el
palacios de los reyes1 .... Todo ha desaparecido . ... . 11 nuest~os . ias, . quetido1 á lo menos ara los egiptologos de nuestros dias.-1!nacuarta, y no
la vista de las personas que me escuchan, se ha demolido la p1rám1de de sen :
. bl p ta'a odria señalar en la representac10n delos caracba
donde
el
insensible
y
fiero
conquistador
de
México
lloró
el
tremenII;enos,..
m~Jlt{ec1ad
el ven
l t ~as' pvocales auxilio de que carecia la escritura egipTacu '
l
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1one 1cos e as e r
,
, .
d 1
O bre de teres
.
t -a en var1·as de las orientales.-Fam1 es compren er as
do desbarato, memorable en nuestros fastos, con e sen t o ren m
cia y que se ex ran
.
•
Tl
1 t
Noche triste.
.
.
M' e uivocaciones á que diera lugar entre personas 1mper1tas.- a era e es aPero si los monumentos arquitectónicos han desaparecido cl_el Valle_d~ e- dq d d 1 t . telectual á que habia llegado la antigua familia yucateca,
xico, nos quedan todavía fuera de él otros m~chos que estudiar y qmza qu~ .º de ~a ep.~~e~;:a y civilizada, y que desapareció en una época á q_ue no ~}descubrir, y nos queda gran parte de sus preciosos fragmentos, con una cuan sm u
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canzan nuestros recuerdos históricos. Tales son tambien los preciosos ele- progreso de otra cosa más grande que la naoioil, de la ciencia, que•ap~ovecha
mentos con que el hombre inteligente y laborioso cuenta para arrancarle al- á todos los pueblos, y que desde e§tos focos de luz radia sobre todoi el unigunos de sus sepreto~. Tal es, en fin, el anchuroso y frugífero campo que se verso. Los estudios, los descubrimientos, ' l'os escritos tle una Academia, no
desplega á nuestra investigadon.
,
'
solo son una enseñanzas un beneficio para el· Estado en que ella existe, sinó
~ · Hasta aquí solo he presentado 1m reducido y risueño bosquejo de los 'ri- que difundidos al par de la civilizacion, aprovechan á todos los humbres, son'.
cos tesoros que póseemós, trazado de' la manera menos imperfecta que en mj un bien para, la humanidad.
,
actual situacion me era posible hacerlo. Réstame dar una breve idea de
Oada una de las obras que producen estos cuerpos lleva impreso el carácter
las dificultades, inconvenientes y aun peligros que se atravesarán al paso del del progreso mentál, que es el de ser eminentemente comunicativo. Si el priinvestigador de la antigüedad americana.
•
pier grifo de aprobacion y de aplauso se lanza en el estrecho recinto del salon
Aunque parezca paradógico diré, que el primero de los inco~venientes, ó me- de la Academia, muy pronto sale de él ·y se difunde por toda la nacion, salva
jor quizá peligros, se encuentra en la abundancia misma de la ciencia, y mas si los límites de ésta y vuela por el mundo civilizado que disfruta. el provecho
va acompañada de una imaginacion ardiente, 6 se discurre con ideas precon- del descubrimiento 6 de la enseñanza, y hace suyos los trabajos. de hombres
cebidas.-Carñinando por e¡¡ta falsa ruta se encuentra á su término, no con cuya existencia le·era descónocida.
,,
J
la verdad, sirio con el ob'jeto 'del deseo.-Ks\ es como algunos eruditós y
Esta es,la diferencia' de los monumentos aun mas ilustres -del trabajo1mapiadosos devotos investigadores de nuestra an~güedad veian en ella las hue- teJJial y de las obras del genio' de las ciencias. Pai:a gozar de las veútajaa·6
Has y aun las prácti~s del cristianismo, disfrazadas 6 pervertidas por los ri- para conocer y admirar al menos una pirámide, un pa,lacio 6 un templo, es
tos gentílicos de los me,xicant&gt;s. Así tambien, por tomar apretadamente á la necesario estar presente en los lugares en que ellos se constl'Uyeron y á las
!etra algut¡.as palañra:s del E-vangelio, convirtiéndolas en una ley de la histo- personas dfatantes no llega sino ,una descripcion ó una pintura, retrato mas 6
ria, se ha traidó1 ya al apóstol Santo Tomas, ya á San Bernabé, para predi,- menos perfecto, pero privado del soplo de la Yidá. No así las obras del sabio
car en la Am~rica la doqtrina del Crucificádo. Así, escritor\!S respetables y sus docttfoas: éstas se trasmiteµ á los lugares remotos y á lós siglos futuque forman autoridad en la materia, vieron el .diluvio y, la confusJon de las ros, dotadas como lo está el pensamiento, imágen de la Divinidad, de las dos
lenguas en un manuscrito mexicano pictográfico, que examinad-O sin preocu- grandes calidades de estar presente en todas partes y de no morir jamas.
pacion,, nos da tan solo n;ie¡:norias de sucesos acaecidos en nuestro suelo.- . En esta tierra nueva de América, separada del resto. del mundo por la inEl oceano desbordado y la torre de Bapel que allí veia Jajmaginacion, .están mensidad de los mares, la existencia de las pirámides de Egipto, del Coliseo
á las puertas de estii ciudad. Así1 en fin, se vió la historia complet¡i, de la Romano, de los p\lacios de París 6 de L6ndres, de las catedrales de Italia,)
Pásion d_el Salvador en otro ma¡mscrito, ignalmente pictográfiéd,· que repre- de todos los ID!)numentos materiales del antiguo mundo, apenas se prestan á
sentapa las q~e,·ellas de_ dos pue?lós sobr~ posesion de tierras. .
· la n~ti~ia de algunos ou_riosos á su estéril admiracion; pero los estudios y des. Los e~travfos de la )Jie?ad y dé la e.rµd1c1011 sagrada, mal encammadas, se. cubrlllllentos de los sabios de · Europa, nos llegan vivos y son de provecho
reprodujeron en los trabaJós ·de la erudicion y critica profanas, mudando so: :pi·áctico para nosotJ:os. Las invenciones, de Wat sobre la potencia del vapor
lo de objeto.-La tendencfa mas ó menos sistemática de ambos, serán siem- las de G.alvani 'sobre la electricidad, las' füí· Le Verrieli sobre la astronomía:
pre un obstáculo, al descubriml~nto de la verdad, fin y objeto de tolla inves- las ensañan.zas de Francreur y de Biot, los. pensamientos de Humboldt·1 no,
tiga~ion. Los ~sórit?res pro:an?s siguier¡n diversos rumbos, tómando por son objetos·de curiosa diversion, sino que los aslmilamos á nuestiro propio sér;
, med)o de averiguac10n y criterio, para istablecer la conexion entre -ambos como si nosóti:os m_i.smos los hubiésemos hecho, •son medios de utilidad práécon4nentes, los usos y costumbres de ¡;us, habitantes . .La via era re(}ta, mas ,tica y efectiva, y, los aprovechamos para el aumento del biehestat de nuestra,
~µiliien_Je descarri~ron, .n por sistem~tioos, ya por,_uovele¡¡os.. ~us produc-'. existencia fisica y social.
.
.
c10nes.d1erou materia al U1menso y curJoso reperto1110 deJérud1c10n que saDespues de. veinte siglos medimos con las te011as-'dé Euclides. nuestros
c6 á luz, por se~up¿a _
'Ve~, ,él,ed_itor ¿el ~Qm~ica110 'Fr: Greg_orio 'García, . Y. campos, e,&lt;;~s campos que Euclides no sabia que existieran: á una distancia
qu,e mas qne ~na b1bhoteca o hrst?r!a hterana de los mve~t1gad,ores de ,lo_s ·del de~cúbndo1·, que;excede la ]ongitu~ del radio terrestre, ·desaguamos nues-'
or~genes ame1;1canos, parece una satira de sus ¡i.utores.-:Quie.n leyere eseli- tras romas y movemos nuestras máqumas'con la potencia del vapor puesta
bxo debe perder la e&amp;peranza de decir. cosa nueva, porque no hay; quizá, en ejercicio por primera :vez en Europa: nuestras palabras son conducidas, nor
pueblo alguno, que no encuentre alli su título de primei· poblador del-Nue- ya.con la ligereza del viento, sino sobre las alas mas veloces ae la eleotrici-,
vo Mundo.-Reclamóse en favor de 1os egipcios Ji,esde los tiempos inmedia- dad: y en la profundidad de,nuestrb trasparente cielo, buscamos en el silenJ
tos á la conqu_ista mex.icana. Olv\dados mucno tieJ:llpo pqr los j1ebreos, han cío de lªs noches el planeta cuya existencia y lugar, antes de haherle ,visto:
recobrado en nu!)str&amp; época sus derechos, contando entre sus defensores una marcó el genio del hombre: aquí nuestl'aS poblaciones-destinadas á la deforfalanje numerosa _c).e sabios, nutridos con toda la .ciencia de los ,antiguos y midad ó á la muerte,.se apliaan la vacuna, y la madre puede estrechar al hijo
guiados por los torrentes de luz que sobre ella derraman 'los descuprimien- en sus brazos sin temor de perderle ó de V'er desaparecer su belleza. Los homtos d~ ws _mode~nos.
. .
.
_
, ; .
.
bres iue nos procuran estos bienes no pensaban en n.osotros; pero enseñaballl
· He aqm las d1fi~u-~tades .Y pehg;'o~ que ante;s senalaba a los_ u¡1vestigado;. al universo entero: Nuestros jóvenes ·aprendeQ en algunos meses las cienciasr
res de nuestr~ ant1gueda¿; de a~m vienen las ~alezas qu~ Jec11), cubren ~u · que han co_stado siglo¡; de trabajos ~ sabios á quienes-no conocemos, pero cu-'
ter~·eno y que ~ necesario desv1~r .Pª!'ª descubrir su prop10 fondo. Tu·~o sis- !º ~ens~nuento es ahora el pensamiento del género humano. ¡ Gloria á las·
tema es un obstll?ulo al descu)mm1érrto de _la ~erd~~.-La co1;1para.c1?n de msti,t~c19nes que hacen progresa1•, y que con~ervan la ciencia f El sabio, donlas_ º?ras del arte,_de los usQs,_costumbre~, mst1tuc~nes, práct1~~. cmles _y d~ 4,q1era qu~ se levanta una frente que piensa, encuentra un hermano, un
rehg14&gt;sas de los 4~fereu~es pueb1o~1 son sm duda alguna el med10 11~cesar10 di.scrpulo, un protegido á quien prodigar sus bene.ficios, "-De.us nobis luec otia
~ara •reconocer su con.ex1on y relamones; mas _d_ebe emp!earse con se_vera crí- fecit,'.' ~eoja un poeta &amp;ntiguo. La cieucjai'nos ha formado esta felicidad, pue-1
. ~º~·-=:Los 9-ue solamente c~nce~en á las fam1h~ amencanas la facilitad ?e _d?!l' dec1r,todos .los hombres al di;3frutar cualquiera de las comodidades de la.
1m1tac10n, o no conocen la historia de la .humamdatl; {J dei¡echan sus lecc10- vida.
,
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nes.-iPor cuál razon, un sér dotado de inteligencia y coi1 órganos adecuay
las palab""a'
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dad- ,
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o om res , son ver eras en su mayor es ensmn,
dos- a' su eJerc1c10,
gman ose e a uz 1V1na que e m un 10 su rea or, porque !i!todos alo •z el b' • . d 'd
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no podria descubrir lo que otro descubrió e,n remotas é_igno"rtdas re~i~nes1.~.. qúe consei.,van tiu 1:~; au~!~la1: s~º~s~l~~d:r. s~t\~opore:::r~! ~~o~rl~7;
Tampóco p.or esto deberá rechazars~tod~idea~~relacwn.-Ha e,xtSt tdo, sm_ reunion dabombres consagrados al estudio, no contrYbuye pá la:felicfdad dij
duda, mas no.la 9u_e, vulgarmente se imagma, m e~ la forll;l\ ,4\18 se bus&lt;lll: 1 los dernas, que su objtlto es el placer moral de solo los que-la componen; ero·
ESto que para mi es, u~ punto firm: _de creer.cia, podria Ser un err?r,,A una leve 1atenci6n hace comprender que no es ·a~í. La vertladera' ciencia~ •Iii/
vosotros, senores ª?ª~emicqs, es~á pa~ t~cularmente enco~eniada 1~ tarea de ciencia ele(nuestra época, no es otra cosa ue la e:x erién'cia t\azonada acúdesvanecerlo. Tene1s a vuestra d1spo$lCt0n.todos los medios. A la vanguar- hmlada,p'Q.r los s'glus
A1 h b .0 1 q d d ~ ~
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dia de esta nueva empre¡,a-¡:le explóracion literaria se hacoloc-adp ¡yala.Eu- l
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om r nod.!l es ~o ~rmar e,e ~~. _s ~~ev 8 e? 1
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ropa''cientyica; Jl~.va_ndorla: bancler~ la na.cion il~.tr'~da á ·,qÜ~eu ;e ·deb~~ _los h~~e~1~!ªs:::1r~ª~?as~u~ !:~:~[d!d:eó ~~::-~s pra~:;e~e~{l1ac:tf~~á1~t~l~~
imeros descu br1m1entos y conqmstas de la ant1gueda.d africana. yi as1at1ca. vaoi'dn t"l .,.e" t 'vi·a·l
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, y que par ce .Rº"" 1mpo1·1,an . i ara. qu serruu.i o o
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ago I us re q_ue ocupa e rorro . e . r.an Oapit~n 81• stg16, sigú\en"'.-9 Dio!l lo 'sabe~Jconio' sabe el tlestiiÍo del árbol qué ha de nauer ' del é ueño
los pasos de su glor10so antecesor, ha mst1tq1do ya en Pai;1s una academ1.a grano de se. · ill . . 8 ' b tad P 1 • to n fi ti h Pb, 4...,11..
esp_ecial para su estudio y ,dispe.~sádo su proteccion á la que en México di'{) "t m ij a que ?.
ot
vrnnl • estae~·o
re",:ua-)
rige su representante, tan estimable por su ciencia como por las prendas per- cen repi _en n ~xpenmen ' nace .ª ez P_0r 1:a _c~siµt , a una ?ºm. ma9ion,
sonales que lo distinguen. El sabio y magnánimo soberano ue ri é nues- y 1tod? e_sto, rru,méndos0' d.e g~nerac10n en generab10n, forma U~'-CQllJUpto '?e:
tros destinos, y que reuniendo la ciencia del GobiernÓ á la d11as 1ftras, se cot1ocim1~ntos ligados entre_ s1, 9ue al fin ~orna ~l nptnbre de'uno de lo~ran1~~1~
esfuerza en colocar nuestro país á la altura á que lo llaman sus destinos, del sabei hu!-llano, es una. ~Ie~cia q~e n~ció._
.. . • , ,
i . ,L
dispensándonos una amplia y munificente proteccion, llama á su lado, y
En el ~nJu~to d(:) cono01m1~n_tos la c1ep.cia_ es acMsrbl? á pocos, Y' o~ b1~-,
constituye en academia á las personas que juzgó capaces de llevar al cabo nes ó ~u~ .ós placeres que ella puede p_roporc1onar se éstrend?U; ~olo á un nusu patriótico y generoso intento. Nosotros, los poseedores de esos monu- mero limitado de personas e~ cada nao1on, aun, d? las mas ClVlhza~as. Pero
mentos, de esas t_radiciones y de los ricos tesoros que encierran, no podemos º?ando alguno d_e esos hopib1 e~ aunque sea el un~co capaz)d~ ell?, fiJa la mehacerno8 sordos a su voz Si'ga'mosla Aceptem"' t b'
. . 'd
d1da de una fueiza, descubre un agente, éncuentra una combmac1on ó un pro.
.
vS• aro ten IeC0il0CI os 1a ;¡• • to t
,
lf
d ' l lim'!tallo
.:J.. á
d 'd'
.
g!)ncrosa ayuda con que nos briuda la sábia Eui:ppa; mas una vez puestos á. ce.,.!mieJl._ Jo ro num~1:0_1ya . ~e11 g.i:an e, ~o e
una:re uci ª. corpolá obra, QO!oquémonos en. el lugar que nos perteneÓe; en el que nos ·señalan , raci~~• m ª°:11 á su,_patria, smo que S? estrende á_t?dos los que tt:abaJan e~
el amor á, nuestro pais y .á la ciencia; en el que nos indica la voz de nuestro un rnmo d? mdu~tna 6_ én muchos, d1~fruta Ja utilidad de\_nueyo método. ,Nr
ilustre Soberano, de acuerdo con el que no~ prescribe el honor naci0na!
.es ~ec_esar10 9ue el ar~1sta sea Y.ª sabio: le basta la co~umcac1on de un pro,- •
•
:
cedim1ento bren descnto, para que él le aproveche, y muchas veces le perfec-1
--◄1-e•◄
--•• - -cione y extienda sus aplicáciones. .
,
DISCURSO
Ahora se trata ya del bien de una clase tan recomendable, como extensa en
LEIDO IN EL MISMO ACTO POR EL EXMO. SR. u, ~OSE MARIA. LACUNZA, 1'RE- el mundo: la de los hombres dedicados el trabajo, cuyo sudor de cada día, cuÉ
yas penalidades van á disminuirse, á quienes va á economizarS-ij tiempo y á sm NTE. DEL CONSEJO DE E:filADO Y MIEMBRO DE LA ACADEMIA. , ·
dejarse algunas horas, ó pa~1i. otsaj j)cupacioMs luQrativas, ó lo que es mas
'El ~cto á que asistimos ahóra, la instalacion de una Academia de ciencias importante, para el cultivo de su.en.rendimiento y para elevar -con él la peres uno de aquellos sucesos que forman época en las naciones, y son un título feccion de su sér ~º:!:li Lf1t:ciencl~ .ahoxa se ha con~ertido ~~ arte: dis~inude gloria para los soberanos por cuyo mandato se verifican. .Ajeno este yó tal "Vez su subhm1dad especulativa, pero estendí6 su utilidad pr6.ctwa y
acontecimiento á las inspiraciones de los partidos, extraño aun á los esfuerzos social.
:
.
de propia conservacion que puede hacer un gobierno, contiene la demostraGrande como ha sido esa ·extension, no es ella el último límite. El procedicion mas clara de los conatos para el. progreso de lai nacion y aun .para el miento científico hace que el arte . produzca su obra mas perfect.a, á menoi-

r

anti~

4

~f._/

I

¡ºf 'ºb.

�DIARIO DEL IMPERIO.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
pteci&lt;&gt;, _en mayor húmero ·de objet.os. Antes era accesible su adquisioion á. muy
AVISO.
poeos; ahora el objet.o adquiere una propagaoion y una baratura que lo pone
al aloance de t.odos, se ha convertido el frut.o exquisit.o en product.o comun, Relacion de loa eapedientea para cuyo deapaeho 86 necesita la preeeacia de loa intereen esta oficina.
en objetb popular. Todo lo que ha antecedido desaparece de la vista de los aados
En la Seccion 1~16, 483, 783, 1,152 2,539 y 2,932.
hombres, que solo miran y logran la utilidad de la ob1a: ellos ignoran la su- En la Secoion 2!--23, 493,636, 880, 915, 934, 983, 1,352, 1,494, 2,246, 2,501, 2,675
ma de ciencia que se ha requerido para formar aquel instrumen_to, 6 aquel U~y~~
.
'
objeto, hasta. ponerlo en el estado en que llega á sus manos: no conocen ni los En la Seccion 4!--918.
que no 86 puede dar ningun giro á estos negocios, si esta comparecencia
nombres de los inventores 6 perfeccionadores; pero el fin útil que estos y aque- noAdvirtiéndoee
se verifica.
llos se propusieron, el servicio que desearon obtuviese la humanidad, ese lo México, Julio 7 de 18.65.
percibe cada hombre que posee el objet.o, y se sirve de él para lo que mienEl Administrador de bienes naeionalizadoa,
Juan Suarez !/ Naf!arro.
tras mas acertado es el procedimiento, menos trabajo y m11nos conocimientos
se necesitan.
Muchas veces me ha ocupado el pensamiento de est.os tres grados, por los
AVISOS JUDIOIALES.
que pasa el saber, aplicado á las comodidades materiales, cuando me ha ocurrido la idea de un navío, de un fusil, de un telégrafo; pero est.os objetos complicados, y en los que ,cada uno percibe desde luego la parte que en ellos tie. TRIBUNAL DE COIIERCIO DE 11'.EXICO,
ne la ciencia, no son los únicos ejemplares del bien que ella produce. El pan Con fecha de hoy ha proveido este Tribunal el auto aiguient.e:
"México, Julio 5 de J865.-Resultaudo de I&amp; anterior informaoion, que D. Ponciano
que comemos cada dia, la tela aun de inferior clase de que nos vestimos, el al- Castro
ha suspendido sus pagos, se le declara en estado de quiebra, cuya época deberá
filer que sujeta los pliegues de un prendido, 6 la flor artificial que adorna la contarse par&amp; loe efectos de que hablan loa artículos 781 y siguientes del Código de Cofrente de una j6ven hermosa, tambien han puesto á contribucion, para llegar mercio, desde el dia de la fecha, salvo lo que deepues aparezca: procédase al aseguramiento
de loe libros, papeles y demas bienes del deudor (entre los que ae deberán considerar loa
i existir la. mecánica, la metalurgia. y la química.
·
que se dicen eetraidos por D. José Maria !turbe) y á la deteacion de su correspondencia,
Los medios con que se producen han sido algun día descubrimientos que conforme
al art. 794 del mismo Código: Ubrese atento oficio al Sr. Juez 4'? menor, para
formaron la gloria de un sabio, despues procedimiento comun en las artes, y que se sirva remitir las actuaciones que ante él sigue D. Lúcae Perez contra el deudor
ellos mismos son ya objeto popular, que todos usamos, olvidados del sabio y comun: sanombra síndico administrador á D. José MariaNava,judicial al abogado de podel artista, sin los que jamas hubieran existido. Las mismas ciencias que pro- bres Lic. D. Jesua Bejarano, y defensor del deudor, ausente, segun aparece de la misma
al Lic. D. Miriel Enrique, fijándose á loa acreedores el plazo de quince diu
ducen el fusil, el telégrafo, el navío, se aplican á la par para ,reducir el trigo informacion,
para que presenten al síndico admimstrador los justificantes de sus créditos, y publicáll
, harina, para producir la gasa trasparente, para teñir las hojas de la flor dose la ~rovidencia por medio de edictos y en los periódicos: fórmese el eepediente de la
que imita la naturaleza, para que se forme el alfiler.
calliioac1on de la quiebra. Los Sres. Presidente y colegas lo proveyeron y firmaron.-Ca,
La. distancia prodigiosa que média entre el salvaje que vaga en nuestros tillo.-Garda.-.Abadiano.-Luis Rodri~uez y Palacio."
Lo que pongo en conocimiento de los mtere~ados por medio del presente en cumpli
desiertos del Norte y el hombre civilizado y opulento de las ciudades, grande miento
de lo mandado.
como aparece á primera vista y realmente es, no mide todavía los beneficios México, Julio 5 de 1865.-J. M. Carde11a,·06cial 2\1 encargado de la Secretaria.
de la ciencia humana, es pequeña para. esto; porque aun el salvaje tiene ya
4.36-1
algo de ciencia, tiene conocimientos acumulados por la experiencia. Él tamCOliVOCAl'ORIA.
bien aumenta su hermosura, á su modo de ver, pintando su rostro con diver- El Sr. Juez 1'? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D!- Leansos colores: él tambien abriga su cuerpo cubriéndolo con pieles, construye la dra Degollado, h&amp; prevenido en auto ae siete del presente, que se convoque por edictos y
choza 6 la tienda movible en que descansa, prepara sus armas, y cuenta los por el Diario del Imperio á los que se creau con derecho á los bienes del referido inte1
tado, á fin de que dentro de sesenta dill8 ocurran á deducirlo por sí ó por pel'!lonas lllfi.
días de la luna y prevé sus fases: aunque rudos, aunque limitados, allí están cientemente
autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que lea parará el
los elementos de la ciencia, que se aplica á aprovechar para aliviar las penas perjuicio á que hubiere.lugar.
de la trahsitoria vida, todos los objetos que ministra. la naturaleza. Para dar Eu cumplimi~nto de lo mandado, pongo el preaent.e aviso para que llegue á noticia de
una medida proporcionada ~ la elevacion que el hombre debe al saber, es pre- quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cineo.390-608-19
oiso tomar la distancia que média entre la oscura y fétida caverna del tigre 6 Migud Herrera, Escribano público de la Nacion.
del leon, y nuestros templos 6 nuestros palacios, entre el animal que parece
AVISO lllPORTANTE.
dotado de alguna centella de inteligencia, y un Newton 6 un Laplace.
FRACCIONAMIENTO DE LA HA0IENDA DE SAN BARTOLO,
Siendo tal el fruto de las ciencias, toda la felicidad humana sobre la tierra,
SITUADA A INMEDIACIONES DE MORELIA.
,
la creacion de cuerpos destinados á conservar y hacer progresar ese constitu- La Junta menor del concul'llo de D. Juan de Dios Gomez, ~n cumplimiento del encarga
tivo del bien humanitario, es un beneficio otorgado, no á un partido, no á una _que por los_ acreedores del D?Í'mo le fué h~ho, y con ar~lo á las facultades que l! f116naoion sino á la raza humana toda entera. Supone una alta idea la de aproxi- ro11; concedidas e~ 81• ~onvewo general habido entre los .=moa el 9 de Aaosto_ ael auo an,
.
. . .
'
tenor, aprobado Jud1c1almente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto iracc1onar la hamar la Imágen del Cnador que éste impnm1ó en el hombre, mas Y mas á su cienda de San Bartolo y procurar la venta de 1as•fracciones en el modo y términos que
Divino Autor: sueone un deseo de bien universal, que dá esplendente brillo fuere mas conveniente á los intere~.s generales del concurso. En_tal virtud, se invita á
aLcarácter moral del que la pone en ejecucion.
todas_las pel'llon_aa que de~een adq1111:1' ~Iguna ó_algunas ae las porc1on~s de terre11:o d~ la
No es esta, en verdad la vez primera que se inauguran en México seme- mencion~a hac~eucla, se Sll'Van_oc~1Tir II la refenda Jun~ menor, que tiene su radi~1on
.
. . .
'
.
. .
en esta ciudad, a hacer sus propos1c10nes de compra; baJo el concepto de que se ha fijado
J&amp;ntes mstituciones: otros gobiernos han acometido igual empresa; pero poco como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
estables ellos mismos, no pudieron dar estabilidad á sus creaciones, y en la Morelia, Junio de 1865.-Luis lturbide.-Luis G. Segur1.-Luis G. Barrera.
ola.de la revolucion que envolvió á los hombres, fueron tambien arrebatadas
382--408-21
sus obras, que para producir algo, necesita.han el tiempo, la vida prolongada,
la durauion.
.
'
AVISOS PARTIOULARES.
Ahora que el Imperio tiene delan~ de sí mas extenso porvenir, hoy que es
el dia de las esperanzas, existe la agradable espectacion de que este instituto,
AVISO AL CO!IERCIO
á cuyo nacimiento asistimos, vivirá y crecerá tambien, y dará íi. su tiempo los Con esta fecha y de comun acuerdo,
queda disuelta la sociedad mercantil que giraba en
frutos que han dado en todas partes sus hermanos. Y cuando las pompas de esta plaza bajo la razon de Romano y Parres.
·
un dia, los monumentos que el tiempo gasta y arruina, el siglo mismo con sus
D. Femando Parrea, continúa por su cuenta los negocios de la extinguida sociedad, y
hombres, sus grandezas, sus miserias y sus pasiones, hayan desaparecido en se encarga de liquidar loe pendientes con la misma.
433--61-l ·
esa. corriente imposible de detener, que se llama el tiempo, el nombre de México, á 30 de Junio da l865.
Maximiliano se encontrará enlazado de una manera gloriosa á tina COBa que
REUTE PARTICULAR
nµnca muere: "El progreso de la ciencia y de la humanidad."
Dd Sr. D. Luis R. H. L. Heidsicch, Cónsul general de los Países Bajos, en la calle ae
Los hombres tienen algunos días que gustan señalar de una manera espe- Cadena núm 13, para los dias 6, 7 y 8 de Julio de 1865, á la UNA EN PUNTO; estando
cµi,l en su vidJI,. Entre esos dias se encuentra el aniverssrio de su nacimiento. á la vista el márt.ea 4 y miércoles S.
Las ventas son al c:&gt;ntado y sin reclamacion, y loe objetos rematados deberán sacarse
Las fiestas y los placeres se suceden ordinariamente en ellos. Pero cuando antes
da 24 horas.
sus ideas se elevan á mayor altura, objetos mas elevados tambien ocupan Oportunamente se darán listas pormenorizadas.
lgnac-io Diaz Triiyeque. 417--&amp;-8
e~t,os días. Así hemos presenciado que hoy el prjmer pensamiento de los Emperadores se levantó al cielo: el segundo, en este momento, se emplea en un
objeto de bien del género humano, y estamos seguros que el aislamiento misDIVERSIONES PUBLIOAS.
mo del Emperador producirá bienes á su patria actu11,l.
Dios le conceda que por muchas veces vea repetir este aniversario, y que
llfine las breves horas de estos días como está llenando las de hoy.
GRil CIRCO DE CRIARm.
Funcion esta noche, á la hora de costumbre, á beneficio del Sr._R~driguez.

-----•-

COBRESPOBDEliCIA PilA EL llTBJUOR.

Domingo 9 de lulio,

La administracion general de correos publica el aviso siguiente:
El dia 11 ~el ~rriente á las doce, despach~ esta. Admi!l,istracion general
por extraordmar10 hasta Vera.cruz, la correspondencia que deben, conducir
para Europa y los Estados-Unidos los vapores-correos "Paquete Frances"
y "Vera?ruz,." to~ndo éste en la Ha.han~. Lo que se participa al público
para su mtehgenma y efectos correspondientes.
México, Julio 7 de 1865.-.Luis de la Peza.

TEATRO DlPERIAL.
,
E·u la tarde de hoy, á las cuatro, se pone en escena la pieza en 1ID acto, denominada:
Para dos perdices, dos: la señorita D11clós cantará en seriida la cancion española llamada
La salerosa, y termina el espectáculo con la representac1on de la zarzuela en lloa actos,
intitulada: El duende.
En la noche, á las ocho on punto, se represeatará el drama de grande aparato, que se
intitula: El jorobado.

AVISOS ·OFIOIALES.

.

COIIP.du LllCASTEBiilA DE IIBXICO.

~n la se~on ,or~ria del lúnes 3 del corrient.e, dispuso esta Compañía que se cite á loa
s~meree socios -a una Junta general que deberá celebrarse el próximo lúnes 10 á las oraciones de la noche.
'
México, Julio 6 de 1865.-W. Rtye,, Secretario.

TEATRO PRINCIPAL.

En la tarde, á las cuatro en punto, se pone en escena la comedia en un acto, que se intitula: .Adan y Eva, y en seguida la comedia en dos actos, denominada; Los pavos reales.
En la noche, y en celebridad del cumpleaño1 de S. M. el Emperador, tendrá lugar la repreaentacion de la comedia nueva, dividida en tres actos y denominada: De la mano á
la boca.

El teatro estará adornad&amp; é iluminado interior y estenorment.e.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
JIA.1(18 DA SAN AOU8TIN1 NUV,

l.

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>MEXICO: Martes 11 de Julio de 1865.'

TOIO 11.

NUM. ta8.

SUMARIO

aprovechados darán abundl\l}tes frutos á la agricultura, por 1a abundancia y
buena calidad de los terrenos, al comercio por la facilidad que estos presentan para upa pronta y cómoda &amp;&gt;municaciop con el puerto de Tuxpan y á
1~ historia del pais por las ruin11s y antigüedades qlie en el\os se eMuehtran.
-En esta virtud se servirá. V. S. manifestar á dicho Subprefecto el ~rado
con que se ha visto su referido Informe que se ha mandado publicar, y por
el cual se le dan las mas espresivas gracias, esperando remita 1os planos que
ofrece, así como las antigüedades que ha recogido, para cuyo trasporte ponPARTE OFICIAL.
drá. un carro á su disposicion el ingeniero D. Cárlos Villada, á quien se da
la órden correspondiente.-Al mismo tietnpo puede V. S. asegurar al inencionado Subprefecto, que de conformidad con lospeseos q4ehamanifestado,
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MExrno:
serán presentados á S. M. el Emperador los objetos que especialmente le
Tomando en consideracion la so1icitud de D. Antonio Cabrera, ve- destina, así como tambien una copia del Informe referido.-El Ministro de
cino de Cadereita, en el Departamento de Querétaro, y en vista de Fomento, L1,fr Robles.-S1·. Prefecto político del Departalllento de Tlaxcaln.

PARTE Ol!ICIAL.-Deerelo habllliando ae edad a D. Antonio C1brera1 vecino de Cadereita.-E.-tablecl·
miento de una Agencia de la Admiolstraclon de bienes llllqo~ eyi Zacatecu.
NO OFICIAL.-Cnrloso Informe del Subpreíeclo de Iluaucbln&amp;ngo sobre los terrenos nacionales de la
Sierra, y documentos relativos il esto.-Exposlclon del Mlnll!l&lt;!rlo ~&amp; Fomcnfo a, S.M., sobre la Memoria que
ha presentado la Comlslon científica del Valle de Múxlco.-NQticla de to, \rabajos eJecu~dOII en el desagile
de Iluehnetooa, de Enero a Junio de este año.
·
DE."füNCIOS Y l!()LIOITUDES.-SObre un criadero de fierro.

las constancias que obran en el expediente respectivo,
HEMOS venido en decretar y DECRIWAMOS lo siguiente:
Se habilita á D. Antonio Cabrera de la edad que le falta, con arreglo á la. ley, para entrar en la libre administracion de sus bienes y
poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en
ningun caso del beneficio de restitucion in integrum.
Nuestro Ministro de Justicia queda encargado de la ejecucion de
este decreto.
Dado en el Pall.lcio de México, á 7 de Julio de 1865.
MAXIMILIANO.

El Informe á que se refieren la.s anteriores comunicaciones es el siguiente:
Prefectura política y Comandancia militar de Huauchinango.-HuauchiEl :Ministro de Justicia,
nango, Junio ~7 de 1865.-En cumplimiento de la sup1·ema disposicion de
PEDRO ESCUDERO.
su señoría, el Subsecretario del Ministerio de Fomento, de fecha 22 del
___..
próximo pasado, que me fué &lt;J&gt;municada por el respetable epnd.ucto de V. S.,
con
fecJ¡a 26 del m\smo 1p.~s, y r~laijva á que con toda brev-edad, empefio y
)(IHISTERIO· DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS.
eficaciaJ procediera á. visitar en persona el terreno baldío de que dí á. V. S.
Méxi,co, Julio 9 d~11865.
parte, se me habia informado existir á diezc 6 doce leguas al Oriente de esta
S. M. el Emperador ha tenido á bien dispon~r se establezca una poblacion, y que examinando las ruinas de la antigua pol:&gt;lacion, levantara
Agencia de la Administracion de bienes nacionalizados en el Depar- sus planos yTecogiesecuanto pudiera de antigüedades; emprendí de esta poblacion mi marcha el,dia 8 del actual, á las tres de la tarde, y á las cinco de
tamento de Zaoateoas, servida por un agente con el sueldo anual de la
mi~ma llegué al pueblo de Jico. El dia 9, antes de mi salida, quise visidos mil cuatrocientos pesos, y un ~cribiente con el de seiscien,tos tar el punto en ,que los tl~xca.ltecas, aliados del conquistador Cortés, en
pesos.
umon de sus huestes, atacaron á los chichimecas, los que d~pues de un reLo digo á vd. para su inteligencia y cumplimiento.
ñido combate, sucumbieron, quedando bajo el poder de sus dominadores.
Subí á la Xochipila, que traducido al castellano, quiere decir "Fuente de
El Ministro do Instruccion públicii y Culto~,
Flores": es un monumento de seis á ooho varas de altura, consti·µido ,de maSrLICEO.
terial de piedra y mezcla, al pié de un arroyo que lo circunvala, y se sube
Sr. Administra~or de bienes nacionalizadQs.-Presente.
por escalones enlosados, á manera de caracol: en su cima está formada una
especie de tribuna con respa.ldar y balaustrada del TQ.ismo ,naterial; segun
tradiciones, ese fué el sitio donde se hicieron los tratados de sumision á la
conquista, y donde se les leyó á los chichimecas. He podido saoo.r copia de
NO OFICIAL.
este curloso documento, que com¡ervan l9s indígenas como unacosa sagrada:
TEJUlU'OS BALDIOS EN LA SIERRA DE HUAUCHINANGO,
está en idioma mexicano, y he sacado igualmente su traduccion al castellaPrefectura política del Departamento de Tlax:cala.-Seccion l ~-Tlaxca· no: anualmente celebran en el mismo sitio aquel, acto con sin¿.ulacro~ d_e
la, Junio 30 de 1865.-Tengo el honor el.e :r;emitir á V. S.,pa~~opocimien- guerra y danzas, en las que to~a parte el cura p_arroco, dand? á,cada md~to de S. M. el E~perador, el informe que acabo de rec¡bir del Prefecto del _gena ~na ~u~ve bofe~ª?ª en s~nal de. quedar bautizados. ~ontinue en seg\n·
Distrito de Huauchinru¡ao, acerca de la visita que ha practJ,cado de los. ter· da m1 marcha y llegue ese mismo d1a al puebl? ~e Jalap1lla, 3: lns dos de la
renos baldíos en la sier1~ que e;iste á. diez ó doce leguas al Oriente del Dis- tarde; no _pude pasar de-este pun~, ~orque _el no iba m~y crecido y no ?ªY
trito.-Es de tal importaqcia.la descripcion que hace el~!µl:mrefecto i¡!)ferido, embar~c1one~ de traspor~e. El s1gm~nte d1a 1~ amaneció aun mas crecido,
¡:le cuanto observó en la. visita. de estos terrenos, su feraQidad, sus productos, y me fue preciso pasar!~ a nado. Como en los mforme$ que he procu;ado
sus antigüedades históricas y su situacion geográfica, q_ue estoy seguro de recoger des~e que me h1~e cargo de esta ~re~ectura, de todo lo que enmerra
que S. M. l. ;recibirá con agrado este informe, que puede lla.ma\'se con exac- la comprens1on de est.E: rico y hermoso p1stl'!to, comprende _el de otro hertitud la revelacion de tesoros inapreciables.-A nombre de s. M. y como ~oso terreno que pudiera re~u!t~r bald_10, y por est~r mas d1s~nte de~ que
de\egado suyo ha dado esta Prefectura las gracias al Subpr~fectQ de Huau- ~ á. V. S. parte, me pro.ruse v1s1tar primeramente es~ y llegue el ~1smo
cbinango D. Juan B. Campo, por su eficacia en el desempeiio de la comision dia de que hago referenc1~, al pueblo de Pai~tep~, terne~d? que pas¡ir igualque le copfü:ió el M;inisterio del digno cargo de V. S.
mente á nado otros tres r1os. El 11, a1 medio d1a., llegue a los terr~nps que
Tan lúego como reciba los plano$ que está concluyendo serán remitidos llevan el nombre de "La mesa de Metlatoyuc.'l.'¡ ae este Distr,ito, que traducomo complemento del adjunto informe.-Dios guarde á V. s. muchos años. cido al castellano, quiere, decir '.'~f.agueyes en p~dregal"; 1a parte de este dia
-El Prefecto político, J. .Bibiaiu) Belti-an,-Sr. Subsecretario del Ministe- y el 1-2, y ~3, lo emplee en. v1s1tar una ¡&gt;eque~a parte del terren?: entre
rjo Je ·FomQnto.-México.
Norte y Oriente, sobre la misma mesa, descubn una extcn~~ y ant1iua poblacion que fué habitada por chichimecas, antes de la conqwsta: representa
.Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, Julio 8 de 1865.-Con el haber sido una grande ciudad de la. monarquía chichimeca; existen multitud
oficio de V. S. de 30 de Junio último se ha recibido en esta secretaría el In- de monumentos que nadie había descubierto hasta hoy, q1¡e~ándome la saforme que el Subprefecto de Huauchinango ha dado con motivo del recono- tisfaccion y el honor de considerarme como el primero de sus descubridocimiento que ha hecho de unos terrenos nacionales en la sierra, que existen res. La ciudad se halla fuertemente amurallada, de material de pi~dra roca,
á diez 6 doce leguas al Oriente de aquel Distrito.-Este Ministerio está de de cinco varas de espesor y de diez de elevaci.on: en una pnerta, q\le form11
acuerdo con la opinion que V. S. manifiesta acerca de la importancia de este la muralla como única entrada, comienza 1111 camino cubierto y está defendescubrimiento que revela la existencia de tesoros inapreciables, y que bien dido por uM especie de fortines construidos con material de piedra. AsalPOR RL-EMPBJUDOR,

.....

•

Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, Julio 8 de 1865.-:El señor Subprefecto de Huauchinango, D. Juan B. Campo, ha recogido varios
ídolos y otros objetos de antigüedades que debe remitir próximamente á ésta capital, unos con destino al Museo nacional y otros paro S. M. el Empe·
rador.-A fin de que el trasporte de esos objetos se haga del mejor modo
posible y con toda seguridad, se pondrá vd. de acuerdo con dicho señor acerca del tiempo en que le ha de remitir un carro dotado competentemente de
las acémilas necesarias.-El Ministro de Fomento, ~is Robles.-Sr. D.
Cárlos Villada, director del camino de México á, Tulancingo.

~

�34

35

DIARIO DEIJ IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.
....

ranchito en la misma mesa. Mandé llamar al representante de la familia y
tado á cada momento por emociones fuertes que sufría mi corazon, al ver le pregunté qué derechos creía tener como dueño del referido temmo, y me
aquellos gigantescos monumentos construidos por la mano de los antiguos contest-0 que era una herencia de familia. Le pregunté~igualmente por los
mexicanos, descubrí el palacio, residencia, en mi concepto, de la familia real, document-08 y títulos que acreditaran su propiedad, y me manifestó que no
edificio que á. primera vista revela que las artes en esa época estaban los tenia, porque se le habian extraviado á sus antepasados, y que babia esá. una altura que no nos quieren conceder las demas naciones civilizadas del tado haciendo empeiío para ver si en Puebla se encontraban los títulos, con
mundo: la arquitectura, la escultura y pintura, allí se encuentran empleadas. objeto de saber verdaderamente si á los Solis ú otra familia de apellido
El edificio de que me ocupo está construido en su totalidad de piedra finísi· Coroneles, con quien estaban emparentados, pertenecia; pero que no se ha·
ma de amolar,-toda labrada á. manera de losas; ni el tiempo ni la intempe- bian podido conseguir hasta hoy, y que la hacienda del Chapopote,quelinda
rie han podido destruir en su totalidad el reboque de mezcla y pintura que con estos terrenos, sabiendo que no tenian los títulos, se habia tomado una
se encuentra en algunas partes del edificio, en las paredes exteriores; así co· gran parte para cría de ganados.
La colonizacion en estos terrenos seria de unos resultados grandiosos pamo un meridiano que se encuentra en otro edificio al P oniente del Palacio,
con el que hacian sus cálculos para saber las horas del día: es un óvalo á. ra el Imperio. El rio que pasa á. su orilla es navegable para embarcaciones
manera de la carátula de un reloj, con rayitas marcadas de una tinta negra, mayores y pequeii.as, como pailebots, lanchas y botes, hasta la. altura de los
y como instantes de la hora: á cierto número de rayitas están marcados ar· mismos terrenos: la proximidad al puerto de Túxpan, por tierra, puede tranriba unos puntos gruesos; abajo del meridiano está pintada una figura indí· sitarse por carros, y los colonos podrían desembarcar en Túxpan, y en dos
gena mirando hácia él, y con una espada en la mano de estilo chino ó mo· jornadas á. caballo estarían en los mencionados terrenos, y con carga harian
runa, y en actitud de tirar una cuchillada. Lo que mas me sorprendió, fué tres jornadas, encontrando allí un porvenir seguro.
La temperatura varía desde fria, templada y caliente. .En el terreno desque la pintura de dicho meridiano traspasa la costra de mezcla, que es de
una pulgada de grueso en que está pintl\do, pues en la piedra de amolar del montado, donde están unas miserables casitas de las familias Solis, Coroedificio, ha quedado grabado; y lo pude observar por un pedazo que falta de neles y J ácomes, es deliciosísima, 'Pues sopla continuamente un viento reila costra de la indicada mezcla. El palacio tiene seis puertas laterales tapa· nante de Oriente, Norte y Sur, y segun me informé, en el espacio de cindas herméticamente con losas de piedra de amolar: su bóveda se desplomó cuenta aiíos jamas se ha experimentado allí epidemia ninguna, pues ni el
al centro del edificio, y todo quedó cubierto con -sus escombros; la vegeta- chólera se ha aparecido en ninguna época.
El 14 emprendí mi marcha para los terrenos baldíos de que dí á. V. S.
cion que vino despues ha acabado de cubrir el centro de dicho edificio, y es•
to me hizo dificil poder destapar alguna de las puertas, para ver si lograba parte y que llevan el nombre de la "Mesa de Amistlan," que traducido al
introducirme al interior, en donde deben existir los tesoros del monarca de castellano quiere decir "Agua del Gato," rindiendo la jornada al pueblo de
aquella época, y curiosidades de antigüedad de bastante valor. .Al Norte del Mecapalapa. El 15 salí haciér.dola al pueblo de Apapantilla. El 10 entré á
palacio se halla un aljibe, y me presumo que haya babido allí algun punto los terrenos y empecé á. examinarlos: es una inmensa mesa de un monte vír·
de recreo de la familia real. Defienden el edificio unos- monumentos en fi. gen, en donde se encuentran toda clase de exquisitas maderas finas de cons·
gura de castillo, de un trabajo prodigioso, y de los ángulos y centros del truccion, y cedros gigantescos. Para que V. S. se forme una idea de estos
palacio, parten las calles de la ciudad: éstas están enlosadas tambien con árboles que se remontan al período de muchos siglos, diré á V. S. que entre
piedra de amolar, y se extienden al interior del bosque; que es un monte ocho hombres asidos de las roanos no pudimos abarcar uno de-ellos. Lama·
virgen, con árboles gigantescos, como cedros, mameyes, chicozapotes, pi• dera de construccion y ~orr.as elásticas es abundantísima, así como pimienta
mienta, clavo de comer, ~bano, zapote-cabello-, caoba, rosa, palo de hule, y vainilla silvestre: esta regado el terreno por muchos arroyos y ojos de
multitud de limonares, naranjos agrios, aguacates, y otra variedad de árbo- agua, y en algunas partes hay sabanas con abundante pasto, y palmares, enles de madera fina, tinte y construccion, palmares de diversas clases, y mul- tre los que se encuentra la "palma real" y la que produce los coyol~s y co·
titud de pitales, de los que se extrae la pita floja, de muy buena clase y de yol real: tambien abunda en pitales, de los que se extrae excelente pita floja
la que hacen uso los talabarteros y zap~teros. Hay porciOJI de pozos que re· de la misma clase que el anterior. Descubrí las ruinas de la poblacion aun·
cibian depósitos de agua por medio de cañerías perfectamente combinadas, que en menos escala que la anterior, pero de la misma arquitectura.y mate·
evitando con este acueducto que la agua se derramase al llenarse un pozo, rial, es decir, de piedra de amolar, y en mi concepto deb~ l!Jtender:ie al inrecogiendo despues la sobrante los aljibes de grande extension que se en- terior del bosque: se encuentran en la parte que pude visitar varios ídolos,
que algunos curiosos cazadores han roto sin saber apreciar s1,1 mérito. No
cuentran actualmente en buen uso.
Pude recoger varios ídolos en el pequeño círculo que anduve, y entre ellos, me fué posible pasar mas adelante, porque los víveres se me. concluyeron y
tres bastante grandes, pues uno pesará. de cuatro á. cinco quintales: es de pie- mi expedicion la hice sin ir provisto de tiendas de campaña y demas recurdra de amolar finísima; tiene al principio figurada una mitra, á manera de sos para haberme quedado en los terrenos y seguir examinándolos. Tienen
corona imperial; arriba y á. sus lados unas estrellas ó flores, de donde baja una extension poco mas ó menos, segun lo que pude alcanzar con el anteojo
una especie de cortinaje á manera de dosel. En el centro de la piedra y en de 14 á. lG leguas de largo: la temp~ratura ea entre templada y caliente,
figura de nicho, está. un busto que representa una mujer con los pechos des- se reproducen en sus terrenos los mismos frutos que en los anteriores que
cubiertos y abultados: por el reverso de dicha piedra está. figurado el ropaje, visité de Metlatoyuca. En las orillas y faldas de la mesa hay muchas labor·
y un signo de la Cruz. Otros dos ídolos, tambien bastante grandes, y de un citas de caña de azúcar, maiz, algodon, tabaco, etc., etc. A nadie pagan renpeso sobre tres quintales cada uno, son muy curiosos por su figura, y están ta, por ser terrenos verdaderamente baldíos, aunque algunos particulares de
algo maltratados por el tiempo y palos que de los árboles les caian encima. Jico y esta poblacion han pretendido denunciarlos: al llegará los terrenos me
Todos estos ídolos, y otros chicos, que por su curiosidad no se puede cal- costó grande dificultad se me diesen algunos informes, porque todas eran necular su valor, los saqué de las ruinas hasta los primeros ranchos que se en- gativas y dificultades que se me ponían poi· los que tienen allí sus labores
cuentran en la misma mesa, y fué necesario emplear veinte peones para con- tal vez con el objeto de que no fueran examinados por mi.
'
La colomzacion en ellos da.ria al Imperio los mismos resultados que dejo
ducir los tres ídolos grandes ya indicados, en cuyo punto los dejé depositados á. una persona, recomendándole mucho su cuidado hasta, el mpmento en mencionados en los de Metlatoyuca. Están circunvalados por dos rios cauque mande recogerlos, y ya. he dictado las órdenes necesarias para que se dalosos que desembocan, uno á la barra de ''Cazones," y el otro á la de
conduzcan á. brazo de peones hasta esta poblacion. Y para la condnccion de ''Tecolutla." Abunda en ellos toda clase de peces, y aun con la vista natuellos hasta la capital del Imperio, podrá el Sr. Subsecretario del Ministerio ral pude ver infinidad de ellos.
La caza en ambos terrenos es abundantísima, principalmente en faisanes
de Fomento librar una órden para que de Tulancingo se me mande en el
momento que sea. necesario, un carro para hacer la remision de ellos bajo copelites, chacha.lacas, venados, jabalíes, que campean en partidas mas ó me'.
la responsabilidad del comisionado que nombre yo eµ ésta para que haga la nos numerosas, tigres, leones, tejones y otra variedad de animales como
pájaros de un plumaje finísimo y colores vivísimos y variados. Quedan esentrega.
En mi concepto, la. poblacion se extiende al interior del bosque, y me fué tos terrenos á una distancia de esta poblacion de doce leguas entre Norte y
dificil penetrar mas adentro sin riesgo de extraviarme, pues tanto yo como Oriente: de Tuxpan les calculo una distancia de treinta leguas de buen ca·
las personas que me acompañaban, nos era preciso estarnos voceando para mino, y de Papantla de 18 á 20 leguas.
Mandé sacar una coleccion de las maderas mas finas y principales que se
llevar un mismo rumbo, y-no obst.ante esta precaucion, nos estraviá.bamos á
cada momento, dirigiéndome con una brújula en la mano para nú perder el encuentran en el bosque, y las remitiré igualmente con los ídolos al Minister1o de Fomento, y por separado remito uno que mi respeto y adhesion
rumbo por donde entramos.
Y por lo que pude observar he podido colegir, que los habitantes de esa ofrece á. S. M. l. para su museo particular: representa la figura de un hom·
poblacion eran guerreros en su totalidad, y que temían ser invadidos por el bre jóven sentado, con la pierna izquierda cruzada y la derecha levantada,
rumbo del Oriente, cuidando las avenidas del puerto de Túxpan y Tamie.- descansando el brazo derecho sobre la rodilla, y la mano en actitud de estar
hua: que abandonaron la ciudad para salir á alguna expedicion, con la espe- agarrando alguna cosa, pues la tiene taladrada; la izquierqa la lleva sobre
ranza de volver, por la precaucion que tomaron en dejar fuertemente tapa• el vientre: le pasa un taladro por el interior que le sale por la boca, que tiene
bastante aguzada, y por donde se cree arrojaba un chorro de agua: su -ta.roa·
das las puertas del palacio y demas edificios.
El terreno de la mesa será de una extension, segun mi cálculo, de diez á ii.o es de un poco menos de media vara, y de material de piedra finísima de
doce leguas de largo; lleva el nombre que dejo referido; á su orilla pasa un metate; asimismo dos máscaras de mármol blanco de un tamafio natural,
caudaloso rio, abundante en toda clase de pescad ') 1 y va á. desembocar á la perfectamente labradas, y una chica con jaspes verdes y mas curiosa que las
barra de Túxpan, navegable para pailebots y lanchas; sobre diez leguas des- primeras: una piedrecita en que está grabado un caracol de una inanera pro·
de la misma barra río arriba al rancho de San Isidro, -que podrá servir de digiosa. Cuyos objetos ruego á. V. S. se sirva suplicar al Sr. Subsecretario
punto de depósito. El terreno á. este puert-0 es plano para la via carretera: del Ministerio de Fomento, se digne presentarlos de mi parte á. S. M:. l.
se hacen dos jornadas á. caballo, y tres con mulas·de carga. Se reproduce en
Segun el reconocimiento que practiquó sobre los distintos caminós que
sus terrenos prodigiosamente la caña de azúcar, á. la que se le dan siete cor- vienen de Tuxpan hasta esta poblacion, puede quedar abierto uno para via
~; el tab~co, algodon, cafó de unn excelente clase, vainilla silvestre y supe• carretera hasta este punto, en su mayor parte de veinte varas de ancho, coh
r1or, y ma1z, levantándose dos cosechas en el año, y no dándole roas benefi- la ventaja de pasarse un solo rio, conocido con el nombre de "Jalapilla:" en
cio á. la tierra que el primero para sembrarlo, no vol viendo los que lo siem• las secas pueden pasar los trasportes perfecta.mente, por ser plano y llevar
bran hasta el momento de cosecharlo, rindiendo éste de 300 á. 400 cargas por muy poca agua, y en las aguas pueden facilitarse por medio de uno ó dos
una que se sien_ibra. La. piña se dn con abundancia, y es deliciosa al tomarla, chalanes.
por lo dulce y Jugosa: el mango, la sandía, el melon, el plátano, y por últi- La apertura de este camino puedo asegurará V. S. que en tres meses
mo, cuanto se siembra en aquellos terrenos se reproduce con brillantes resul- quedaria concluida en el trabajo de desmonte. Hay brazos suficiente11 de
que pQd!'r disponer, y su ooato no pasaría de cinro mil pe11os, inclusQ• los
tados, como me informaron y pude presenciar.
Procuré averiguar quiénes eran los duetíos de dichos terrenos, y despucs puentea de madera.
de muchas dudas y evasivas, se me dijo que una familia Solís, que tiene un

y

Creo igual~en_te necesario decir á. V. S., que de Tuxpan hasta los linderos de este D1str1to
· sacarse un
, fi
. con
. el Departamento de Tulancingo podria
rama
""'mi·no para rec1'b"11· e1
1 bl telegra co, s1rv1en o los mismos árboles del ""
a am re, pues es una a~ameda continua, por la que se caminaría ba·o de
sombra
al. puerto de Tuxpan, con escepc1011
· de algunos
~
t h desde
ó1 esta-poblamon
d d
rec os cort s a on e se podl'la conducir la madera con 1 •h r. ·1·d d
pa1·a el uso del telégrafo.
nuc a 1ac1 1 a
Por no re~dar este Informe, no acompaño con él lo planos de ambos
terrenos y r~1~a~ de las antiguas pt,blac)ones que hay en ellos: me ocupo de
saoorlos en hrop10, y muy pronto tendre el gusto de remitirlos á V s
:e~:. por su conducto lleguen al Sr. Subsecretario del Ministt1rio · d/-f.~:

a

,

La reserva absoluta que se procura guardar en que permanezcan oculto5
los terrenos que deben pasar á la propiedad del Imperio es por ue de ello
hacen,su monopolio l?s pueb_los, haciendas y ranchos in~ediato;:
s
.Con ln espuesto de;o termmado este informe, que V. S. recibirá or du·
phcado, como una muestra de mi obediencia y respeto
p
Dios guarde
V. S. muobos
po1·1·t1·co y comandante
¡¡·
r.
Bá. rr,.
-S años ·-El Prefecto
,
m 1tar, .,uan . w1np0'. r. Prefecto pohtico del Departamento d TI .
cala
e nxS~n copi11s. México, Julio 9 de J8(i5.
El Subsecretario de Fomento,

Manuel Orozco.
)

Se co?tinu6 la limpia en 512 metros de largo por 9 de ancho y O50 de
profun~1dad, que hacen 2,304 metros cúbicos de desazolve.
'
. A~nl.-En el canal desde la Bóveda Real hasta el Paso de Chichon se
hhmp1ml·o5nl!27,5090 metros, d~ longitud por 5 de ancho y 1 5 de profundidad'que
acen ,u metros cub1cos.
'
'
_se des~ruye1:on dos cortinas de mampostería derrumbadas ue formaban
presa. á la comente, lns cuales teninn 39 metros de larao 2 deqalto y O50
o ,
, ,
,
delrueso.
n el rio de Cuat~titlan (Paso de San Juan) se continuó profundizando el
cauce en una extens1on de 353 metros por 7 de ancho y O70 d
fi di
dad, que hacen 1,729 metros cúbicos de escavacion. ,
'
e pro un .
el canal desde el Paso de Chichon hasta la compuerta del Tu
~?d~e tmp~aron 1,450 metros de longitud por 5 de ancho y 15 de profun.
1 ,_qde acen 10,876 metros cúbicos. Se destruyó una cortina de maro.
postena errumbada que tenia 6 metros de largo por 2 de alto y O50 d .
espesor.
1
,
e
Se ~e3stdrozó uhn caido en la Escalera del Ciego, que tenia 12 metros de largo
e anc o y 1 de vueso.
.
tros d!~a~~puer~ de la ireyna se hizo arriba una contra.zanja de 54 meg pdorbo de anchlo, y 0,50 de hondo, para impedir que las corrientes
de las lomas es r en e canal.
En el punto de la Bóveda Hermosa se hizo un bordo de césped d 42
tros
decanal.
largo por 1 metro de ancho, y otro de alto para contener ele desbormede del

fªY~:-~º

IºI

En. el ~io de Cuautitlan. se continuó profundizando el cauce en el punto

)

COIUS101' CIDTIFICA DEL VALLE DE DXICO.

Mini~t~rio ~e F_ome11to.-México, Junio 27 de 1865.-Número 349 La com1s_1on c1ent1fioo del Valle de México, ha entregado en esta secret¡ría
los trabajos que ha hecho,_en el afio próximo pasado.
Constan de. una Memoria con 2~ fojas, de siete lanos 11 • 1 l
losadotros
mineros
_era leares
unoar·
Y
d det poblaciones,
•
d
. 6 de detalles, de Palguno'sgeeJemp
m . os e P~Jaros, e una colecc1on de maderas y del primer tomo d l h
bario.
e erEncuéntranse en la Memoria pormenorizados los datos
"d d
el levanta1?1i?nto y que sirvieron para la formacion de losrecfg1 ~s urante
dro estad1st1co y minero de Paehuca Real del Monte p anos~ un cuanúmero de observaciones magnéticas y' meteorológi"°"" y Atotomlco; gran
· l d
• .
"""' como un comple1
ro ento necesario, a etermmac1on astronómica de San Juan T 0fh
encomendada al i~eniero geógrafo D. Francisco Jimenez ge"1 de 1 u~n,
científi
de t
· · te ·
•
•,
, e e a secc1on
. ca. es e ims r10, qmen 1a fi;o por observaciones directas en union
del_mgerue~~ D. Ramon Almaraz, gefe de la comision, y ademas cuarenta
y s_1ete posiciones geográficas de diversos puntos deduiidas de I t ·
lacion.
'
a r1angu·
abrazan el
ft Estos
· trabajos
to
áfi
ló Distrito
•
.de Pachuca, del, que se marcan 1as cons-

fu~~~~:t
qº~ee~a':nª e25xte9ns10tn de ~ah.metros por 5 de ancho, y 0,70 de proE
,
me ros cu 1cos.
5 dena~~f:~n~tiu;::JuPJtdtapó ud h~yo que ~nia 12m_etros de largo,

~!:~::,e:r:::

~~a ~¡~:f

~~~:~::

Se recorriero~ tod~ la:ºa:o~
l~s
como las que tienen torta; se puso una puerta y se remendó una ven-

~~~

Juni~.-Sedquitaron en el punto del Meson Viejo tres grandes cai®s que
'
por 1a merza e 1as aguas se derrumbaron.
~e terraplenaron cinco abras que habían hecho las corrientes de las 1
en os bo~des del canal, siendo la mayor de 5 metros de ancho la
cf° piedra Y césped, Y se hizo una zanja de'5¡ metros ~e
E
cir as aguas Y que no volviesen á. perjudicar los bordos
d 11 el dt:5foguedde San lgnacio (Tepotzotlan) que el afio pasado la fu¿rza.
e 1as crecientes errumbaron la presa tem l d
.
componer ésta, se hizo una zanja de 160 metfo:
el ob;eto de poder
de profundidad, para conducir por ella las aguas· perog~a~~! _de
y1
menzar/a.obra por las continuas crecientes del ;io de Tepotzo~ºrolocf"
¿(e se uciese ahora se~i.a perdido, pues aun cuando levantando ud oco
empo las daguasl~rm1t1esen construir la mampostería ésta esta.ria fún m e
· d
•d
'
uy
firesca cuan o vo viesen á, carga
con la autoridad de aquel puebl¿ ~:rtsu:Spetrntdu.da. l Pobr lo que, de acuerdo
S h
·
d
. , ,
1 o a o ra.
..
,
8 an acQpi=o os mil cespedes para for
disminuya la cantidad de agua que entra por ~ª~e~~:
pr_
o ~onal que
10

::t:

f:i.:~ ;:r~z!;f~~~

J;(;cm

antf

a°

1 uc10nes pogr ca, geo g1ca y mmera; están relacionados son
·
mente continuacion de los de la Carta Hidrográfica del v 11 y t ~ropdm•
con
· especia
· 1 de H"istor1a
. natural, conteniendo
a e,algunas
ermman
. una Memona
cosao
imtportdantes acerCB, de un _ramo que pocas veces se ha estudiado entre nos
so ros e una manera sér1a.
·
El i!1teres presentado por el conjunto, así por su exactitud como
de ~:r~¿, 1; ~r ~1/ee!:z; dey ~;d~e ~tolado derecho
d:sfu::: e 7\netros
0
extens1on, y el que pueda colocársele entre las labores de . .por su
E dele'b'r1ilo
dC
.
e uautitla~ se 'han reforzado
varios tl'amos del bordo que es
~rueban que el personal de la comision ha cumplido con su df~~e1 tden, taba~
es
con
encortmados
de
césped
tod ~
t1sfecho los deseos de este Ministerio, que hace cuanto está á. su aiJn sa.· larJo .Pºr 2, 5 de ancho y 3 de alto.
'que os iorman 165 metros de
el adelanto de los ramos que le están encomendados
ce por
uho 3 de 1865.-El ingeniero Admimstrador, Rom••nld
"
""' o R ,vera.
Al nacer á. V. M. esta breve resefia, me anima la ~s eranza d
,
e: agraVdo estos trabajos, que se proseguirán en el ca~po h~
~er~
t o e1 a.U~, con las cadenas de montaiías que lo cercan. '
I m1na1
DENUNCIOS Y SOLICITUDES
Con el obJeto de que no desapareu:an 6 queden se ultado
.
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
,.
ruego á V.M. se sirva autorizarme para hacer los iastos dse ~n el ~lv1do},
cuyo ?fecto tengo la honra de someter Í'. V. M. el adJ"unto ac imdpr-Ses10~, a
-Luis &amp;bles Pezuela.
uer o. enor.
,J

resa

di

f

fu~

DIUCCI01' DEL DESAGÜE DE JIUEHOETOCA.

NOTICIA, dt loa trabajos ejecutados dudt 1~ de Ellero áfin dt Junio de 1865.

Enero.-En el canal del desagüe d d 1
hácia arriba, se limpiaron 1060metr:: d!fo p~nto adon~e comienza la roca
de profundidad, (tél·roinos :Uedios) que hace°!i~iotºr CltOCO d!b~ncho y tres
~~
l
~~~~h~
Para esta operacion se han tenido que destruir 84
:
que el mayor tenia 17 metros de largo por 11 de al~randes ca1dos, de los
menor, 2 metros de largo por 1 5 de alto 2 d
y 5 de grueso, y el
restos de ellos un ademe á. los lados del ~al dee r;eso, formando con los
AVISOS OFIOIALES.
En la casa del desagüe se ocuparon una semana do metros de largo.
na y escombrar un cuarto sacando la tierra fuera d sl peones en acarrear a.re.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
Febrero -En el
l r .
e a casa.
tidas has~ el caño:~ ;~ ,mpiaron desde el punto llamado Vado de ParAVISO.
Relacion
deoficina.
los eapedient.ee par&amp; cuyo despachO 86 necesita
. la presencia de loe interede profundidad (términos ;~~s~,4!! 1:!rºi de largo por 5 de ancho y 2 lados
en eata
yendo cinco grandes caidos y muftfuid de ned~,440 metros cúbicos, destru- EEnla Seoc\on 1~316, 483, 1,152 2,539 2 837 y 2 932
1úmen era de 7 metros cúbicos.
m tano tamafio, cuyo menor vo- 2 675n 1a2 Seoc1on
' ,' 965, 983,
' 1,352,
·
989 V 32,.-493
7"09 1 6361 8801 9}&amp;, 934
J,494, ] 95) 2 246 2 5())
Se
puso
cubierta.
de
madera
al
puente
de
V
·t"d
I
nuevo.
et eras, terraplenándolo de En la Seto1on 4!--918.
,

,

,

,

,

•

J

'

,

,

,

'

·
. i eatoe negocios, si esta comparecencia
noAdvirtiénd086
se verifica. que no 86 puede dar ningun
giro

En el rio de Cuautitlan desde el lindero de Co
. .
metros de longitud por 4 de ancho y ¡ de profundi~:¡ie;c, s~ hmp1ar~n 1,122 México, Julio JO de 1865.
El Administrador de bienes naoionlllizadoe
hacen 4,488 metros cúbicos, reforzando los bord d \té~mmo$ medios), que
Juan Suare:z: y Nai,a.rro.
'
Marzo.-En el canal se limpiaron desde el _os e r1?·
eipio de_ la Bóveda Real, 1,601 metros de lo
de Vireyes hasta el prinA Y UNTAMIENTO DE MEXICO.
profund1d~d, que hacen 9,007 metros cúbico~
por 5 de ancho y 1,5 de
J1JlW&gt;O CALIFICADOR DE VAGOS.
En el r10 de Cuautitlan en el punto del p
d S
zado el cauce de él 60 centímetros ara ui::° e an Juan, se ha profundi- Se ha? c&lt;,naigoado á eat.e Tribunal deade el día 22 d!l:i!º~• Junio 30 d_e 1865.
cmcueub1 y do• individuoe' habiendo sido nbaueltoa t~e1·netnaqude
insdtaló,
baata
la
te, lo que detiene las lamas y hace :ue
alto _que forma, de tepeta- f~dba,
1 oa.
Y ecselarn
os vagos
Yeinte de atras. Esta operaoion se pract1"có
ve cons1~erablemente la pat·- t
lo ·t d
..,
en una extens1on de 31 t
d
Lo q1te 88 llaoe 1&amp;ber al público para ,u conocimiento.
llil u por ' de ancho que forman 108•5 roet ros cu'b"tcos de escavacion.
me ros e
El Serretario, .r. T. Dfrrolo,.

ca.r:i:

! az~t11

�DIARIO DEL IMPERIO.

36

AD1iílNJSTR,AClON DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

Debi.éndose sacar ÍI r~mate, con arreglo al art. 24 de la ley de-26 de Febrero último, la
casa situada en la esq11i.na de las cnlles de la Encarliaoion y Santa Catalina, valuada en
la cantidad de 9,770 pe11os 26 centavos, se pone en conocimiento del público, pari1 9.ue las
personas qu.e quieran hacer ¡ostu.ra1 ocu.rran á la Administracion de bienes nacionalizados
el dia 24 del'presente mes, a las nueve de la mañana, 'á cuya hora comenzará el remate
con la concurrencia que haya, teniéndose preaenttis para el efect-0 las prevencioueRde los
artícu.los 25 y 27 de la citada ley.
México, Julio 3 de 1e65.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan Suarcz y Navarro. ,.
lOs-7
• ADMINISTRACION

DE BIENES NAC[ONALIZADOS·
AVISO.

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley 11,e:26 'de Febrero último, la
casa núm. 14 de la calle de Venero, vl}luada en la cantidad de 5,Q44 pesos 92 centavos, se
pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocur- ,
ran á la Administracion de bienes nacionalizados el día 22 del presente mea, á las nueve
de la maña!lll, á-cuya hora comenzará el remate con la e&lt;•ncurrencia que haya, teniéndose
presentes para el efecto las prevenciones de los articu.Jos 25 y 27 de la citada ley.
México, Julio 1'? dt11865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
208--4
Juar,,Suarez y Nar;arto.
rozGADO DE LETRAS ,DE nLOTEPEO, ,

1UZGADO S? DE LO CIVIL.
En loa áutoa que sigue la Sra. D~ Agustina Robledo de Revuelta, sobre que se libren
unos oficiQs á los Sres. Jueces de esta éapital y de Morelia, y que se le reciba'una informacion, el Lic. D. Joaquín María Alcalde, como curll&lt;Ulr ad litem del menor D. Daniel
Chavez, ha presentado un escrito, al que recayó el siguiente a11to:-" Mó.xie,o, Junio 2 de
1865.-Traslado por el término del derecho. Lo decretó el Sr. Juez y firmó: doy fe.Corrlero.-lslas y Bustamante, Secretario." '
•
Con fecha 16 de Junio, el mismo curador se ha presentado, manifeitanáo qne el anterior inserto auto no se ha notificado á la Sra. .R11bledo por haberse auaentado, y pidiendo
se Je notjfiqne por los periódicos, que si no se lpresenta dentro le ocho diaa por el 6 por
apoderado instruido y espensado, continuarán 1as dilig~ciae en su. rebeldiil, entendióndoae
con loe estrados del Tribunal. Y el Sr. Jaez, con la mia'tha fech'a; ha proveido el siguiente
auto:-" Como lo pide."
~
Y cumpliendo con lo mandado, pengo la presente para que surta sus efectos.
México, Julio 5 de 1865.-Lic. N. Montes, Escribano de diligencias.
437-3&amp;-l

;

El Sr. Juez 1~ sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D! Leandra Degollado, ha prevenido en auto Ele siete del preseote, que se convoque por'edictos y
por el Diario del Imperio á loa que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta di&amp;s ocu.rran á dednciJ,fo,por si 6 ,por pereOlllla euficien~mente autorizadas; bajo el apercibimiento, si po lo hicieren, de que les parará el
petjuicio á que hubiere lugar.
·
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente avi~o para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientod sesenta•y cineo.Miguel Herrera, Escribano ,público de la Nacion.
390-00a-21

AVISO.

El dia 22 del corriente fué encontrado en los macheros del meson de la Luz, sito en el
pueblo de Spyaniquilpan, el cadáver del súbdito frances Basile Guigal, y en la causa qu.e
estoy instroyendo co,11 ese motivo, tengo man&lt;iado, entre otras cosas, que se solicite por
los periódicos á la persona 6 personas que pued~n deducir derecho al caballo, ropa, armas y dinero que condu.cia el referido Guigal, para qu.e vengan á deducirlo en este Juzgado dentro de tres meses, contados desde la puhlicaeion de este aviso; ápercibidos de que
si no lo hacen, les p,µ-ará el perju.icio qui) .hubiere ~ugar.
Jilot.epec, Junio"26 de 1865.-José Anastasio Reuo.-Asistencía, Longinos Aguirre.Al!istencia Librado García.
"
6a--4

CONVOC'ATORIA.

AVISO IMPORTANTE.
FRACCIONAMIENTO DE LA 11A0IENDA DE SAN BARTOLO,
SITUADA A rN!IIEU,ACIONES DE MORELIA.

·
.
. .
La Junta menor del concll!sº de D. Juan de J)10s Gomez, e~ cumplimiento del encarga
que por los. acreedores del n:usmo le fué h~cho, y con arr!l8'io a las facultades que 1e file1'.0D; concedidas e~ e~ c_onvemo general habido entre los _llll.Smos el 9 de ~os!O. del año an~r1or, aprobado Judic111lmente en 24 de Octubre del Jll!S!Ilº, h&amp; resueltdflaccio~r1la ha•
c1enda de ~ B~lo Y, prOC)lrat la vent.a de las fracciones en el modo. y ~ O l l . qu~
'
1 fuere mas convemente 11 !9s mtereses generales del concurso. En t,J vll'tud, se mvita a
CONVOCATORIA PARA EL SISTEMA METRICO DECIMAL.
todas_las person~s que de~een adqu.ir!r ~lguna 6 _algunas de las porcione_s de terreno,d~ !11
MINISTERIO DE FO,MEYTO.
menc10n~a hae~enda, se sirvan oo~~ a la refenda Jun~ menor, que tiene su radics~ron
1
•
•
•
•
•
•
•
• · en esta Ciudad, a hacer sus propos1c10nes de compra; baJO el concepto de que se h&amp; iijado
Con el obJete_de-eapeditar la vlanteac!PD del Bllitema mátnco decnnal_de•pesas y medi- como últjmo tórmino para estal! operaciones, el 31 de Juliopi6ximo.
das en el Impeno, conforme esta pre:verudo, se convoca por la presente a las personas que
Morelia, Junio de 1865.-Luis Jturbide.-Luis G. Segura.-Luis. G. Barrera.
deseen hacer proposicioi¡es para la fabricacion de los referidos pJlsOa y medidas: dichas
382--40s-23
proposiciones, que se recibirán en la Sección 1~ del Ministerio de Fomento, en pliego cer•
TIido, deberán hacerse bajo la9 bases siguientes:
1UZGADO 4&lt;.&gt; DNOR.-1\' DE SANTO DOIIING0-1nJK. 8.
Todas las· IQedidas se fabricarán con arreglo á los modelos que e;itisten en el Ministerio,
ORDEN,
y previaJa comprobacion de su exactitud, recibirán el selló qu.e autorice su cironlaoion.
Ademas ~e las meclidas áe construirán las romanas propias del sistema, igualmente com- Por ignorarse el domicilio·de D\' Dolores Arauz, se le cita por la presente, para que en
1
paradas y selladas.
el Mrmino de ocho dias, contados desde la primera publicjlcion ·de este aviso,'se presente
La comprobacion de todas las piezas estará á eargo de u.n inspector nombrado por el en este Juzgado, por sí 6 por apoderado instruido y eapensaao, á .contestar la dllmanda
Go,bierbo y Pllf{&amp;d&lt;&gt;'por el contratista.
•
que en ju.icio conciliatorio sobre pago de cineo vales de desamortisacion,de las cuas nú,
No pQ&lt;Irán circular otras medidas que las autorizadas con el sello qu.e se adopt-e; éstas meros 6 y 7 de la calle del Monton, le promueve D. Josó A. Bonilla; apercibida de dtlrse
saldri.ñ de los talleres del contratista, quien tendrá el goce de fódas las utjJidades, reser- por intentado aquel si 110 concurre.
vándose el Gobierno el cinco por ciento sobre el precio de venta de todas las piezas que · México, Julio 5 de 1865.
·
se eapendan.
,
El Juez 4? me1tor, Lic. Poulet. 431-3s-3
Se especificará en las proposiciones el precio de cada unidad·de medid~, segun su clase
y la materia de que se haga; al efecto, los interesados p06.l'án ocurrir al Ministerio, donde
s~ les manifestarán los modelos len su.vista hacer la dete~cio~ del precio. . ,
En cada DeP,artamento ~bera haber un despacho con todas llis ptezas necesarias a·}as
exigencias del públi~ 'deb.iéndose situar de antemano, al precio fijado, un sttrtido completo ~n cada una de las municipalidades principales.
•
Las proposiciones deberán hacerse dentro del término de t;reiat.a dias, ,contados desde
AVISO.
la fecha; pasado dicho término no se admitjrán ningunas.
Los-acreedore&amp;
al
concurso
de
J.
Coquelet
pueden oeunir al despacho del los Sres. 'l'.
México, Jmµo 27 de 1865.
,.
· 3a- 3
Labll,di.e y C\' en liquidacion, calle d~ Don Jnari Manuel núm. 22, ítrecibir un dividenllo de
15 por 100 sobre el importe de sus créditos.
INTERESANTE,
1
México, Julio 7 de 1865.-L. U. Deschamps.
438-38-1
BEOOION IISPEOIAL DE LA OOl)fTRIBUCION DE oono AL MILLAR SOBRE FINOAS.
Se hace a&amp;ber á loa causantes de la contribucion espresada, que dentro de los primeros
AVISO AL COMERCIO
;¡j-ezcdias-del preséllt&amp;-mes, están en la obligacion de ocurrir á las -recaudaciones respecti·
Con esta fecha y de comun acuerdo, queda disuelta la sociedad mercant1l que giraba en
vas á satisfacer lo ijQJT0spo001ente al cua¡:w bimeatra del presente' año, que comienza en
·
,
esta fecha; adveriiaos de 4,ne si omiten el cumplimiento de esa obligacion, incurrirán en .esta plaza bajo la razon de Romano y Parres. .
D. Fernando Parres, continúa por su cuenta los negocios de Ja extinguida sociedad, y
lns penas impuestas por la ley á los caúsantes morosos.
se encarga de liquidar los pendientes con la misma.
Móxicó, Julio l &lt;.&gt; de 1865.
•
·
México, á 30 de Junio de 1865.
~ 433--&amp;-3 •
El Gefe de la Seccion, Ignacio de Altamira. 3s-3

AVISOS PARTIOUVA.RES.

b

'.A:DMINISTRACION
DE BIENES NACIONAúlZADOS.
.
~

¡ATENCION!

)

AVISO. '

En la calle de las Esoalerillas,jnnto-al núm.14, se vende la pnxliaiosa POIUDA OBIIN•
•Las
~ue quieran hacer postura á cualqu.iera de las C!\Sl}S édyo remate anuncie TAL, qu.e sin charlatanería, es la única ~ara hacer nacer, crecer y hermosear el pelo; aaeeáta A · •' trac1on, deberán presentar previamente'im pa1&gt;el de abóno á satisfa.ccion de gurando que la persona..maa escasa de f'}, á las doee veces, de usar esa pomada, verá eu
la ;misma oficina, y por el cual se asegure da que en cl\80 de que el rematante no lleve á ct1bez11 éubiert11 con un cabello fino y abundante.
efecto la operacion, esté obligado á llevarla el fiador respectivo.
México, Julio 6 de 1865.
Preoio del pomo, doe peeos.
El Admi,nistradot de bie~s nacionálizad9s,
3a-L2
· Juan Suarez y Ná:darro.
·

!;,~~:a.a

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
-r-

1UZGADO DE LETRAS DEL SUR DE TAMAULIPAS.
EDICTO,

ÜOMPÁRIA DE ~E&lt;,úROS DE GtADBACH.

Cuantos se consideren con de,l'echo de. dominio á ,l!&gt;~ bieqes que quedaron por falleciCapital de fondo ••••••••".. ... • •• • 3.000,000 pellOB prusianos.
miento d.e la Sra. m• Maria Cármen del CasÍíllo,ofiiuy-pal'ticularmente entre ellos la finca
rústica denominada el "Conejo,'' sita en el Depl\rtamento de Tamauli~t1s, se p,resentarán
'.l
á deducirlo en el Juzgado de 1~ instancia y de Hacienda de este Distrito del Sur del misCoMPARIA DE s,oua9s DE,B.As~LEA (BA13w.).
mo Departamento, radicado en el puerto do Tampico, dentro de un año á mas tardar,
t11,pital
de fondo ......... ~·.. •• • • •• • • • • 10,000¡0001~
..·
que se contará desde esta fecha; apercibidos que de no hacerlo, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar, considerándose dicha ~nea como mostrenca.
Tampico de Tamaulipas, Abril 8 de 1865.-Él Juez de l~instancia y de Hacienda, M.
Se n81lg-11ran. muebles é inmuebles á prémios modera,dos1 y se \laíinl todo&amp; loe informes
Romero.-Asistencia, PauU110 Prieto.-Asistencia, Miguel Mar.
necesarios para los qu.e gusten asegur1me, en la AGENOtA GEttRRAJlde,Eatas Compilñias,
Funciones hoy en la tarde y en la noche .[1-las horas de C'óst\lllibre.
cnlle de San Bernardo núm. 3.
,r400-180s-l5

AVISOS JUDICIALES.
REMATE.

DIVERSIONES PUBLIOAS.
.

u:

En el juicio promovido por D. Francisco Nieva, en represcntacion de D. Manuel Perez
TEATRO DIPERIAL.
1
Fernandez, contra D! Miguel Mateos, sobre _pesos, el Sr. J nez 1\&gt; de lo civil, que conoce
de los autoe, ha ma,ndaclo se proceda a1 remate de la casa sftuada en la. calle del J ardin
E,éta noche, á 1~ ocho, so representan, primero: la p¡:imera,'l!arte del drama ~e coa..
de Tolsa de esta ciudad, contraesquina de la ex-Ac11rdada, y fabricada en el lugar qu.e tumbtes andalu.zas, denominado: El coraion de.un bandido; despues la pieza~q 1¡1-ll·aoto,
Bntes ocupó la capilla llamada ael Calvario, valuada por el perito tercero en dis90rdia, D. intitulada: D. José, Pe:ee y Pepito, y parll conclu'ir, la otra pieza, en un acto tamb1e11¡ que
Manuel Bustillo; ~n la cantidad de 4,119 pesos 69 centavos; señalllndo para las respecti- 11e intitula: Un pié y 1m zapato. ·
vas almonedas los días 12 y 24 del corriente, y 5 del entrante Agosto, siendo todas á las
doce del di11, y la última con calidad ae remate. Lo que hago saber por el presente, parll,
que las personas que quieran hncer postura, ocuri:nn al Juzgado, ó antes de los dias desig•
nadoe, al despacho del qne suscribe, sito en los bajos de la cn¡¡a núm. 7, caije de la MoneíMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
da, donde se les darán las instru\:ciones que minisLren los nu.tos.
iAJCl,8 DlC SAN AGlJSTTN1 Ntllf, ] ,
México, Julio 3 de 1865,-Ml!lmcl T. tlr Mmeses, Escril&gt;nno público. 426-3a-1

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Aguas de Jamapa</name>
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        <name>Condesa del Valle</name>
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        <name>Cruces de constancia</name>
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        <name>Inundación de Silao</name>
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        <name>Junta de colonización</name>
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                    <text>MEXICO: Martes 11 de Julio de 1865.'

TOIO 11.

NUM. ta8.

SUMARIO

aprovechados darán abundl\l}tes frutos á la agricultura, por 1a abundancia y
buena calidad de los terrenos, al comercio por la facilidad que estos presentan para upa pronta y cómoda &amp;&gt;municaciop con el puerto de Tuxpan y á
1~ historia del pais por las ruin11s y antigüedades qlie en el\os se eMuehtran.
-En esta virtud se servirá. V. S. manifestar á dicho Subprefecto el ~rado
con que se ha visto su referido Informe que se ha mandado publicar, y por
el cual se le dan las mas espresivas gracias, esperando remita 1os planos que
ofrece, así como las antigüedades que ha recogido, para cuyo trasporte ponPARTE OFICIAL.
drá. un carro á su disposicion el ingeniero D. Cárlos Villada, á quien se da
la órden correspondiente.-Al mismo tietnpo puede V. S. asegurar al inencionado Subprefecto, que de conformidad con lospeseos q4ehamanifestado,
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MExrno:
serán presentados á S. M. el Emperador los objetos que especialmente le
Tomando en consideracion la so1icitud de D. Antonio Cabrera, ve- destina, así como tambien una copia del Informe referido.-El Ministro de
cino de Cadereita, en el Departamento de Querétaro, y en vista de Fomento, L1,fr Robles.-S1·. Prefecto político del Departalllento de Tlaxcaln.

PARTE Ol!ICIAL.-Deerelo habllliando ae edad a D. Antonio C1brera1 vecino de Cadereita.-E.-tablecl·
miento de una Agencia de la Admiolstraclon de bienes llllqo~ eyi Zacatecu.
NO OFICIAL.-Cnrloso Informe del Subpreíeclo de Iluaucbln&amp;ngo sobre los terrenos nacionales de la
Sierra, y documentos relativos il esto.-Exposlclon del Mlnll!l&lt;!rlo ~&amp; Fomcnfo a, S.M., sobre la Memoria que
ha presentado la Comlslon científica del Valle de Múxlco.-NQticla de to, \rabajos eJecu~dOII en el desagile
de Iluehnetooa, de Enero a Junio de este año.
·
DE."füNCIOS Y l!()LIOITUDES.-SObre un criadero de fierro.

las constancias que obran en el expediente respectivo,
HEMOS venido en decretar y DECRIWAMOS lo siguiente:
Se habilita á D. Antonio Cabrera de la edad que le falta, con arreglo á la. ley, para entrar en la libre administracion de sus bienes y
poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en
ningun caso del beneficio de restitucion in integrum.
Nuestro Ministro de Justicia queda encargado de la ejecucion de
este decreto.
Dado en el Pall.lcio de México, á 7 de Julio de 1865.
MAXIMILIANO.

El Informe á que se refieren la.s anteriores comunicaciones es el siguiente:
Prefectura política y Comandancia militar de Huauchinango.-HuauchiEl :Ministro de Justicia,
nango, Junio ~7 de 1865.-En cumplimiento de la sup1·ema disposicion de
PEDRO ESCUDERO.
su señoría, el Subsecretario del Ministerio de Fomento, de fecha 22 del
___..
próximo pasado, que me fué &lt;J&gt;municada por el respetable epnd.ucto de V. S.,
con
fecJ¡a 26 del m\smo 1p.~s, y r~laijva á que con toda brev-edad, empefio y
)(IHISTERIO· DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS.
eficaciaJ procediera á. visitar en persona el terreno baldío de que dí á. V. S.
Méxi,co, Julio 9 d~11865.
parte, se me habia informado existir á diezc 6 doce leguas al Oriente de esta
S. M. el Emperador ha tenido á bien dispon~r se establezca una poblacion, y que examinando las ruinas de la antigua pol:&gt;lacion, levantara
Agencia de la Administracion de bienes nacionalizados en el Depar- sus planos yTecogiesecuanto pudiera de antigüedades; emprendí de esta poblacion mi marcha el,dia 8 del actual, á las tres de la tarde, y á las cinco de
tamento de Zaoateoas, servida por un agente con el sueldo anual de la
mi~ma llegué al pueblo de Jico. El dia 9, antes de mi salida, quise visidos mil cuatrocientos pesos, y un ~cribiente con el de seiscien,tos tar el punto en ,que los tl~xca.ltecas, aliados del conquistador Cortés, en
pesos.
umon de sus huestes, atacaron á los chichimecas, los que d~pues de un reLo digo á vd. para su inteligencia y cumplimiento.
ñido combate, sucumbieron, quedando bajo el poder de sus dominadores.
Subí á la Xochipila, que traducido al castellano, quiere decir "Fuente de
El Ministro do Instruccion públicii y Culto~,
Flores": es un monumento de seis á ooho varas de altura, consti·µido ,de maSrLICEO.
terial de piedra y mezcla, al pié de un arroyo que lo circunvala, y se sube
Sr. Administra~or de bienes nacionalizadQs.-Presente.
por escalones enlosados, á manera de caracol: en su cima está formada una
especie de tribuna con respa.ldar y balaustrada del TQ.ismo ,naterial; segun
tradiciones, ese fué el sitio donde se hicieron los tratados de sumision á la
conquista, y donde se les leyó á los chichimecas. He podido saoo.r copia de
NO OFICIAL.
este curloso documento, que com¡ervan l9s indígenas como unacosa sagrada:
TEJUlU'OS BALDIOS EN LA SIERRA DE HUAUCHINANGO,
está en idioma mexicano, y he sacado igualmente su traduccion al castellaPrefectura política del Departamento de Tlax:cala.-Seccion l ~-Tlaxca· no: anualmente celebran en el mismo sitio aquel, acto con sin¿.ulacro~ d_e
la, Junio 30 de 1865.-Tengo el honor el.e :r;emitir á V. S.,pa~~opocimien- guerra y danzas, en las que to~a parte el cura p_arroco, dand? á,cada md~to de S. M. el E~perador, el informe que acabo de rec¡bir del Prefecto del _gena ~na ~u~ve bofe~ª?ª en s~nal de. quedar bautizados. ~ontinue en seg\n·
Distrito de Huauchinru¡ao, acerca de la visita que ha practJ,cado de los. ter· da m1 marcha y llegue ese mismo d1a al puebl? ~e Jalap1lla, 3: lns dos de la
renos baldíos en la sier1~ que e;iste á. diez ó doce leguas al Oriente del Dis- tarde; no _pude pasar de-este pun~, ~orque _el no iba m~y crecido y no ?ªY
trito.-Es de tal importaqcia.la descripcion que hace el~!µl:mrefecto i¡!)ferido, embar~c1one~ de traspor~e. El s1gm~nte d1a 1~ amaneció aun mas crecido,
¡:le cuanto observó en la. visita. de estos terrenos, su feraQidad, sus productos, y me fue preciso pasar!~ a nado. Como en los mforme$ que he procu;ado
sus antigüedades históricas y su situacion geográfica, q_ue estoy seguro de recoger des~e que me h1~e cargo de esta ~re~ectura, de todo lo que enmerra
que S. M. l. ;recibirá con agrado este informe, que puede lla.ma\'se con exac- la comprens1on de est.E: rico y hermoso p1stl'!to, comprende _el de otro hertitud la revelacion de tesoros inapreciables.-A nombre de s. M. y como ~oso terreno que pudiera re~u!t~r bald_10, y por est~r mas d1s~nte de~ que
de\egado suyo ha dado esta Prefectura las gracias al Subpr~fectQ de Huau- ~ á. V. S. parte, me pro.ruse v1s1tar primeramente es~ y llegue el ~1smo
cbinango D. Juan B. Campo, por su eficacia en el desempeiio de la comision dia de que hago referenc1~, al pueblo de Pai~tep~, terne~d? que pas¡ir igualque le copfü:ió el M;inisterio del digno cargo de V. S.
mente á nado otros tres r1os. El 11, a1 medio d1a., llegue a los terr~nps que
Tan lúego como reciba los plano$ que está concluyendo serán remitidos llevan el nombre de "La mesa de Metlatoyuc.'l.'¡ ae este Distr,ito, que traducomo complemento del adjunto informe.-Dios guarde á V. s. muchos años. cido al castellano, quiere, decir '.'~f.agueyes en p~dregal"; 1a parte de este dia
-El Prefecto político, J. .Bibiaiu) Belti-an,-Sr. Subsecretario del Ministe- y el 1-2, y ~3, lo emplee en. v1s1tar una ¡&gt;eque~a parte del terren?: entre
rjo Je ·FomQnto.-México.
Norte y Oriente, sobre la misma mesa, descubn una extcn~~ y ant1iua poblacion que fué habitada por chichimecas, antes de la conqwsta: representa
.Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, Julio 8 de 1865.-Con el haber sido una grande ciudad de la. monarquía chichimeca; existen multitud
oficio de V. S. de 30 de Junio último se ha recibido en esta secretaría el In- de monumentos que nadie había descubierto hasta hoy, q1¡e~ándome la saforme que el Subprefecto de Huauchinango ha dado con motivo del recono- tisfaccion y el honor de considerarme como el primero de sus descubridocimiento que ha hecho de unos terrenos nacionales en la sierra, que existen res. La ciudad se halla fuertemente amurallada, de material de pi~dra roca,
á diez 6 doce leguas al Oriente de aquel Distrito.-Este Ministerio está de de cinco varas de espesor y de diez de elevaci.on: en una pnerta, q\le form11
acuerdo con la opinion que V. S. manifiesta acerca de la importancia de este la muralla como única entrada, comienza 1111 camino cubierto y está defendescubrimiento que revela la existencia de tesoros inapreciables, y que bien dido por uM especie de fortines construidos con material de piedra. AsalPOR RL-EMPBJUDOR,

.....

•

Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, Julio 8 de 1865.-:El señor Subprefecto de Huauchinango, D. Juan B. Campo, ha recogido varios
ídolos y otros objetos de antigüedades que debe remitir próximamente á ésta capital, unos con destino al Museo nacional y otros paro S. M. el Empe·
rador.-A fin de que el trasporte de esos objetos se haga del mejor modo
posible y con toda seguridad, se pondrá vd. de acuerdo con dicho señor acerca del tiempo en que le ha de remitir un carro dotado competentemente de
las acémilas necesarias.-El Ministro de Fomento, ~is Robles.-Sr. D.
Cárlos Villada, director del camino de México á, Tulancingo.

~

�34

35

DIARIO DEIJ IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.
....

ranchito en la misma mesa. Mandé llamar al representante de la familia y
tado á cada momento por emociones fuertes que sufría mi corazon, al ver le pregunté qué derechos creía tener como dueño del referido temmo, y me
aquellos gigantescos monumentos construidos por la mano de los antiguos contest-0 que era una herencia de familia. Le pregunté~igualmente por los
mexicanos, descubrí el palacio, residencia, en mi concepto, de la familia real, document-08 y títulos que acreditaran su propiedad, y me manifestó que no
edificio que á. primera vista revela que las artes en esa época estaban los tenia, porque se le habian extraviado á sus antepasados, y que babia esá. una altura que no nos quieren conceder las demas naciones civilizadas del tado haciendo empeiío para ver si en Puebla se encontraban los títulos, con
mundo: la arquitectura, la escultura y pintura, allí se encuentran empleadas. objeto de saber verdaderamente si á los Solis ú otra familia de apellido
El edificio de que me ocupo está construido en su totalidad de piedra finísi· Coroneles, con quien estaban emparentados, pertenecia; pero que no se ha·
ma de amolar,-toda labrada á. manera de losas; ni el tiempo ni la intempe- bian podido conseguir hasta hoy, y que la hacienda del Chapopote,quelinda
rie han podido destruir en su totalidad el reboque de mezcla y pintura que con estos terrenos, sabiendo que no tenian los títulos, se habia tomado una
se encuentra en algunas partes del edificio, en las paredes exteriores; así co· gran parte para cría de ganados.
La colonizacion en estos terrenos seria de unos resultados grandiosos pamo un meridiano que se encuentra en otro edificio al P oniente del Palacio,
con el que hacian sus cálculos para saber las horas del día: es un óvalo á. ra el Imperio. El rio que pasa á. su orilla es navegable para embarcaciones
manera de la carátula de un reloj, con rayitas marcadas de una tinta negra, mayores y pequeii.as, como pailebots, lanchas y botes, hasta la. altura de los
y como instantes de la hora: á cierto número de rayitas están marcados ar· mismos terrenos: la proximidad al puerto de Túxpan, por tierra, puede tranriba unos puntos gruesos; abajo del meridiano está pintada una figura indí· sitarse por carros, y los colonos podrían desembarcar en Túxpan, y en dos
gena mirando hácia él, y con una espada en la mano de estilo chino ó mo· jornadas á. caballo estarían en los mencionados terrenos, y con carga harian
runa, y en actitud de tirar una cuchillada. Lo que mas me sorprendió, fué tres jornadas, encontrando allí un porvenir seguro.
La temperatura varía desde fria, templada y caliente. .En el terreno desque la pintura de dicho meridiano traspasa la costra de mezcla, que es de
una pulgada de grueso en que está pintl\do, pues en la piedra de amolar del montado, donde están unas miserables casitas de las familias Solis, Coroedificio, ha quedado grabado; y lo pude observar por un pedazo que falta de neles y J ácomes, es deliciosísima, 'Pues sopla continuamente un viento reila costra de la indicada mezcla. El palacio tiene seis puertas laterales tapa· nante de Oriente, Norte y Sur, y segun me informé, en el espacio de cindas herméticamente con losas de piedra de amolar: su bóveda se desplomó cuenta aiíos jamas se ha experimentado allí epidemia ninguna, pues ni el
al centro del edificio, y todo quedó cubierto con -sus escombros; la vegeta- chólera se ha aparecido en ninguna época.
El 14 emprendí mi marcha para los terrenos baldíos de que dí á. V. S.
cion que vino despues ha acabado de cubrir el centro de dicho edificio, y es•
to me hizo dificil poder destapar alguna de las puertas, para ver si lograba parte y que llevan el nombre de la "Mesa de Amistlan," que traducido al
introducirme al interior, en donde deben existir los tesoros del monarca de castellano quiere decir "Agua del Gato," rindiendo la jornada al pueblo de
aquella época, y curiosidades de antigüedad de bastante valor. .Al Norte del Mecapalapa. El 15 salí haciér.dola al pueblo de Apapantilla. El 10 entré á
palacio se halla un aljibe, y me presumo que haya babido allí algun punto los terrenos y empecé á. examinarlos: es una inmensa mesa de un monte vír·
de recreo de la familia real. Defienden el edificio unos- monumentos en fi. gen, en donde se encuentran toda clase de exquisitas maderas finas de cons·
gura de castillo, de un trabajo prodigioso, y de los ángulos y centros del truccion, y cedros gigantescos. Para que V. S. se forme una idea de estos
palacio, parten las calles de la ciudad: éstas están enlosadas tambien con árboles que se remontan al período de muchos siglos, diré á V. S. que entre
piedra de amolar, y se extienden al interior del bosque; que es un monte ocho hombres asidos de las roanos no pudimos abarcar uno de-ellos. Lama·
virgen, con árboles gigantescos, como cedros, mameyes, chicozapotes, pi• dera de construccion y ~orr.as elásticas es abundantísima, así como pimienta
mienta, clavo de comer, ~bano, zapote-cabello-, caoba, rosa, palo de hule, y vainilla silvestre: esta regado el terreno por muchos arroyos y ojos de
multitud de limonares, naranjos agrios, aguacates, y otra variedad de árbo- agua, y en algunas partes hay sabanas con abundante pasto, y palmares, enles de madera fina, tinte y construccion, palmares de diversas clases, y mul- tre los que se encuentra la "palma real" y la que produce los coyol~s y co·
titud de pitales, de los que se extrae la pita floja, de muy buena clase y de yol real: tambien abunda en pitales, de los que se extrae excelente pita floja
la que hacen uso los talabarteros y zap~teros. Hay porciOJI de pozos que re· de la misma clase que el anterior. Descubrí las ruinas de la poblacion aun·
cibian depósitos de agua por medio de cañerías perfectamente combinadas, que en menos escala que la anterior, pero de la misma arquitectura.y mate·
evitando con este acueducto que la agua se derramase al llenarse un pozo, rial, es decir, de piedra de amolar, y en mi concepto deb~ l!Jtender:ie al inrecogiendo despues la sobrante los aljibes de grande extension que se en- terior del bosque: se encuentran en la parte que pude visitar varios ídolos,
que algunos curiosos cazadores han roto sin saber apreciar s1,1 mérito. No
cuentran actualmente en buen uso.
Pude recoger varios ídolos en el pequeño círculo que anduve, y entre ellos, me fué posible pasar mas adelante, porque los víveres se me. concluyeron y
tres bastante grandes, pues uno pesará. de cuatro á. cinco quintales: es de pie- mi expedicion la hice sin ir provisto de tiendas de campaña y demas recurdra de amolar finísima; tiene al principio figurada una mitra, á manera de sos para haberme quedado en los terrenos y seguir examinándolos. Tienen
corona imperial; arriba y á. sus lados unas estrellas ó flores, de donde baja una extension poco mas ó menos, segun lo que pude alcanzar con el anteojo
una especie de cortinaje á manera de dosel. En el centro de la piedra y en de 14 á. lG leguas de largo: la temp~ratura ea entre templada y caliente,
figura de nicho, está. un busto que representa una mujer con los pechos des- se reproducen en sus terrenos los mismos frutos que en los anteriores que
cubiertos y abultados: por el reverso de dicha piedra está. figurado el ropaje, visité de Metlatoyuca. En las orillas y faldas de la mesa hay muchas labor·
y un signo de la Cruz. Otros dos ídolos, tambien bastante grandes, y de un citas de caña de azúcar, maiz, algodon, tabaco, etc., etc. A nadie pagan renpeso sobre tres quintales cada uno, son muy curiosos por su figura, y están ta, por ser terrenos verdaderamente baldíos, aunque algunos particulares de
algo maltratados por el tiempo y palos que de los árboles les caian encima. Jico y esta poblacion han pretendido denunciarlos: al llegará los terrenos me
Todos estos ídolos, y otros chicos, que por su curiosidad no se puede cal- costó grande dificultad se me diesen algunos informes, porque todas eran necular su valor, los saqué de las ruinas hasta los primeros ranchos que se en- gativas y dificultades que se me ponían poi· los que tienen allí sus labores
cuentran en la misma mesa, y fué necesario emplear veinte peones para con- tal vez con el objeto de que no fueran examinados por mi.
'
La colomzacion en ellos da.ria al Imperio los mismos resultados que dejo
ducir los tres ídolos grandes ya indicados, en cuyo punto los dejé depositados á. una persona, recomendándole mucho su cuidado hasta, el mpmento en mencionados en los de Metlatoyuca. Están circunvalados por dos rios cauque mande recogerlos, y ya. he dictado las órdenes necesarias para que se dalosos que desembocan, uno á la barra de ''Cazones," y el otro á la de
conduzcan á. brazo de peones hasta esta poblacion. Y para la condnccion de ''Tecolutla." Abunda en ellos toda clase de peces, y aun con la vista natuellos hasta la capital del Imperio, podrá el Sr. Subsecretario del Ministerio ral pude ver infinidad de ellos.
La caza en ambos terrenos es abundantísima, principalmente en faisanes
de Fomento librar una órden para que de Tulancingo se me mande en el
momento que sea. necesario, un carro para hacer la remision de ellos bajo copelites, chacha.lacas, venados, jabalíes, que campean en partidas mas ó me'.
la responsabilidad del comisionado que nombre yo eµ ésta para que haga la nos numerosas, tigres, leones, tejones y otra variedad de animales como
pájaros de un plumaje finísimo y colores vivísimos y variados. Quedan esentrega.
En mi concepto, la. poblacion se extiende al interior del bosque, y me fué tos terrenos á una distancia de esta poblacion de doce leguas entre Norte y
dificil penetrar mas adentro sin riesgo de extraviarme, pues tanto yo como Oriente: de Tuxpan les calculo una distancia de treinta leguas de buen ca·
las personas que me acompañaban, nos era preciso estarnos voceando para mino, y de Papantla de 18 á 20 leguas.
Mandé sacar una coleccion de las maderas mas finas y principales que se
llevar un mismo rumbo, y-no obst.ante esta precaucion, nos estraviá.bamos á
cada momento, dirigiéndome con una brújula en la mano para nú perder el encuentran en el bosque, y las remitiré igualmente con los ídolos al Minister1o de Fomento, y por separado remito uno que mi respeto y adhesion
rumbo por donde entramos.
Y por lo que pude observar he podido colegir, que los habitantes de esa ofrece á. S. M. l. para su museo particular: representa la figura de un hom·
poblacion eran guerreros en su totalidad, y que temían ser invadidos por el bre jóven sentado, con la pierna izquierda cruzada y la derecha levantada,
rumbo del Oriente, cuidando las avenidas del puerto de Túxpan y Tamie.- descansando el brazo derecho sobre la rodilla, y la mano en actitud de estar
hua: que abandonaron la ciudad para salir á alguna expedicion, con la espe- agarrando alguna cosa, pues la tiene taladrada; la izquierqa la lleva sobre
ranza de volver, por la precaucion que tomaron en dejar fuertemente tapa• el vientre: le pasa un taladro por el interior que le sale por la boca, que tiene
bastante aguzada, y por donde se cree arrojaba un chorro de agua: su -ta.roa·
das las puertas del palacio y demas edificios.
El terreno de la mesa será de una extension, segun mi cálculo, de diez á ii.o es de un poco menos de media vara, y de material de piedra finísima de
doce leguas de largo; lleva el nombre que dejo referido; á su orilla pasa un metate; asimismo dos máscaras de mármol blanco de un tamafio natural,
caudaloso rio, abundante en toda clase de pescad ') 1 y va á. desembocar á la perfectamente labradas, y una chica con jaspes verdes y mas curiosa que las
barra de Túxpan, navegable para pailebots y lanchas; sobre diez leguas des- primeras: una piedrecita en que está grabado un caracol de una inanera pro·
de la misma barra río arriba al rancho de San Isidro, -que podrá servir de digiosa. Cuyos objetos ruego á. V. S. se sirva suplicar al Sr. Subsecretario
punto de depósito. El terreno á. este puert-0 es plano para la via carretera: del Ministerio de Fomento, se digne presentarlos de mi parte á. S. M:. l.
se hacen dos jornadas á. caballo, y tres con mulas·de carga. Se reproduce en
Segun el reconocimiento que practiquó sobre los distintos caminós que
sus terrenos prodigiosamente la caña de azúcar, á. la que se le dan siete cor- vienen de Tuxpan hasta esta poblacion, puede quedar abierto uno para via
~; el tab~co, algodon, cafó de unn excelente clase, vainilla silvestre y supe• carretera hasta este punto, en su mayor parte de veinte varas de ancho, coh
r1or, y ma1z, levantándose dos cosechas en el año, y no dándole roas benefi- la ventaja de pasarse un solo rio, conocido con el nombre de "Jalapilla:" en
cio á. la tierra que el primero para sembrarlo, no vol viendo los que lo siem• las secas pueden pasar los trasportes perfecta.mente, por ser plano y llevar
bran hasta el momento de cosecharlo, rindiendo éste de 300 á. 400 cargas por muy poca agua, y en las aguas pueden facilitarse por medio de uno ó dos
una que se sien_ibra. La. piña se dn con abundancia, y es deliciosa al tomarla, chalanes.
por lo dulce y Jugosa: el mango, la sandía, el melon, el plátano, y por últi- La apertura de este camino puedo asegurará V. S. que en tres meses
mo, cuanto se siembra en aquellos terrenos se reproduce con brillantes resul- quedaria concluida en el trabajo de desmonte. Hay brazos suficiente11 de
que pQd!'r disponer, y su ooato no pasaría de cinro mil pe11os, inclusQ• los
tados, como me informaron y pude presenciar.
Procuré averiguar quiénes eran los duetíos de dichos terrenos, y despucs puentea de madera.
de muchas dudas y evasivas, se me dijo que una familia Solís, que tiene un

y

Creo igual~en_te necesario decir á. V. S., que de Tuxpan hasta los linderos de este D1str1to
· sacarse un
, fi
. con
. el Departamento de Tulancingo podria
rama
""'mi·no para rec1'b"11· e1
1 bl telegra co, s1rv1en o los mismos árboles del ""
a am re, pues es una a~ameda continua, por la que se caminaría ba·o de
sombra
al. puerto de Tuxpan, con escepc1011
· de algunos
~
t h desde
ó1 esta-poblamon
d d
rec os cort s a on e se podl'la conducir la madera con 1 •h r. ·1·d d
pa1·a el uso del telégrafo.
nuc a 1ac1 1 a
Por no re~dar este Informe, no acompaño con él lo planos de ambos
terrenos y r~1~a~ de las antiguas pt,blac)ones que hay en ellos: me ocupo de
saoorlos en hrop10, y muy pronto tendre el gusto de remitirlos á V s
:e~:. por su conducto lleguen al Sr. Subsecretario del Ministt1rio · d/-f.~:

a

,

La reserva absoluta que se procura guardar en que permanezcan oculto5
los terrenos que deben pasar á la propiedad del Imperio es por ue de ello
hacen,su monopolio l?s pueb_los, haciendas y ranchos in~ediato;:
s
.Con ln espuesto de;o termmado este informe, que V. S. recibirá or du·
phcado, como una muestra de mi obediencia y respeto
p
Dios guarde
V. S. muobos
po1·1·t1·co y comandante
¡¡·
r.
Bá. rr,.
-S años ·-El Prefecto
,
m 1tar, .,uan . w1np0'. r. Prefecto pohtico del Departamento d TI .
cala
e nxS~n copi11s. México, Julio 9 de J8(i5.
El Subsecretario de Fomento,

Manuel Orozco.
)

Se co?tinu6 la limpia en 512 metros de largo por 9 de ancho y O50 de
profun~1dad, que hacen 2,304 metros cúbicos de desazolve.
'
. A~nl.-En el canal desde la Bóveda Real hasta el Paso de Chichon se
hhmp1ml·o5nl!27,5090 metros, d~ longitud por 5 de ancho y 1 5 de profundidad'que
acen ,u metros cub1cos.
'
'
_se des~ruye1:on dos cortinas de mampostería derrumbadas ue formaban
presa. á la comente, lns cuales teninn 39 metros de larao 2 deqalto y O50
o ,
, ,
,
delrueso.
n el rio de Cuat~titlan (Paso de San Juan) se continuó profundizando el
cauce en una extens1on de 353 metros por 7 de ancho y O70 d
fi di
dad, que hacen 1,729 metros cúbicos de escavacion. ,
'
e pro un .
el canal desde el Paso de Chichon hasta la compuerta del Tu
~?d~e tmp~aron 1,450 metros de longitud por 5 de ancho y 15 de profun.
1 ,_qde acen 10,876 metros cúbicos. Se destruyó una cortina de maro.
postena errumbada que tenia 6 metros de largo por 2 de alto y O50 d .
espesor.
1
,
e
Se ~e3stdrozó uhn caido en la Escalera del Ciego, que tenia 12 metros de largo
e anc o y 1 de vueso.
.
tros d!~a~~puer~ de la ireyna se hizo arriba una contra.zanja de 54 meg pdorbo de anchlo, y 0,50 de hondo, para impedir que las corrientes
de las lomas es r en e canal.
En el punto de la Bóveda Hermosa se hizo un bordo de césped d 42
tros
decanal.
largo por 1 metro de ancho, y otro de alto para contener ele desbormede del

fªY~:-~º

IºI

En. el ~io de Cuautitlan. se continuó profundizando el cauce en el punto

)

COIUS101' CIDTIFICA DEL VALLE DE DXICO.

Mini~t~rio ~e F_ome11to.-México, Junio 27 de 1865.-Número 349 La com1s_1on c1ent1fioo del Valle de México, ha entregado en esta secret¡ría
los trabajos que ha hecho,_en el afio próximo pasado.
Constan de. una Memoria con 2~ fojas, de siete lanos 11 • 1 l
losadotros
mineros
_era leares
unoar·
Y
d det poblaciones,
•
d
. 6 de detalles, de Palguno'sgeeJemp
m . os e P~Jaros, e una colecc1on de maderas y del primer tomo d l h
bario.
e erEncuéntranse en la Memoria pormenorizados los datos
"d d
el levanta1?1i?nto y que sirvieron para la formacion de losrecfg1 ~s urante
dro estad1st1co y minero de Paehuca Real del Monte p anos~ un cuanúmero de observaciones magnéticas y' meteorológi"°"" y Atotomlco; gran
· l d
• .
"""' como un comple1
ro ento necesario, a etermmac1on astronómica de San Juan T 0fh
encomendada al i~eniero geógrafo D. Francisco Jimenez ge"1 de 1 u~n,
científi
de t
· · te ·
•
•,
, e e a secc1on
. ca. es e ims r10, qmen 1a fi;o por observaciones directas en union
del_mgerue~~ D. Ramon Almaraz, gefe de la comision, y ademas cuarenta
y s_1ete posiciones geográficas de diversos puntos deduiidas de I t ·
lacion.
'
a r1angu·
abrazan el
ft Estos
· trabajos
to
áfi
ló Distrito
•
.de Pachuca, del, que se marcan 1as cons-

fu~~~~:t
qº~ee~a':nª e25xte9ns10tn de ~ah.metros por 5 de ancho, y 0,70 de proE
,
me ros cu 1cos.
5 dena~~f:~n~tiu;::JuPJtdtapó ud h~yo que ~nia 12m_etros de largo,

~!:~::,e:r:::

~~a ~¡~:f

~~~:~::

Se recorriero~ tod~ la:ºa:o~
l~s
como las que tienen torta; se puso una puerta y se remendó una ven-

~~~

Juni~.-Sedquitaron en el punto del Meson Viejo tres grandes cai®s que
'
por 1a merza e 1as aguas se derrumbaron.
~e terraplenaron cinco abras que habían hecho las corrientes de las 1
en os bo~des del canal, siendo la mayor de 5 metros de ancho la
cf° piedra Y césped, Y se hizo una zanja de'5¡ metros ~e
E
cir as aguas Y que no volviesen á. perjudicar los bordos
d 11 el dt:5foguedde San lgnacio (Tepotzotlan) que el afio pasado la fu¿rza.
e 1as crecientes errumbaron la presa tem l d
.
componer ésta, se hizo una zanja de 160 metfo:
el ob;eto de poder
de profundidad, para conducir por ella las aguas· perog~a~~! _de
y1
menzar/a.obra por las continuas crecientes del ;io de Tepotzo~ºrolocf"
¿(e se uciese ahora se~i.a perdido, pues aun cuando levantando ud oco
empo las daguasl~rm1t1esen construir la mampostería ésta esta.ria fún m e
· d
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'
uy
firesca cuan o vo viesen á, carga
con la autoridad de aquel puebl¿ ~:rtsu:Spetrntdu.da. l Pobr lo que, de acuerdo
S h
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. , ,
1 o a o ra.
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,
8 an acQpi=o os mil cespedes para for
disminuya la cantidad de agua que entra por ~ª~e~~:
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o ~onal que
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f:i.:~ ;:r~z!;f~~~

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1 uc10nes pogr ca, geo g1ca y mmera; están relacionados son
·
mente continuacion de los de la Carta Hidrográfica del v 11 y t ~ropdm•
con
· especia
· 1 de H"istor1a
. natural, conteniendo
a e,algunas
ermman
. una Memona
cosao
imtportdantes acerCB, de un _ramo que pocas veces se ha estudiado entre nos
so ros e una manera sér1a.
·
El i!1teres presentado por el conjunto, así por su exactitud como
de ~:r~¿, 1; ~r ~1/ee!:z; dey ~;d~e ~tolado derecho
d:sfu::: e 7\netros
0
extens1on, y el que pueda colocársele entre las labores de . .por su
E dele'b'r1ilo
dC
.
e uautitla~ se 'han reforzado
varios tl'amos del bordo que es
~rueban que el personal de la comision ha cumplido con su df~~e1 tden, taba~
es
con
encortmados
de
césped
tod ~
t1sfecho los deseos de este Ministerio, que hace cuanto está á. su aiJn sa.· larJo .Pºr 2, 5 de ancho y 3 de alto.
'que os iorman 165 metros de
el adelanto de los ramos que le están encomendados
ce por
uho 3 de 1865.-El ingeniero Admimstrador, Rom••nld
"
""' o R ,vera.
Al nacer á. V. M. esta breve resefia, me anima la ~s eranza d
,
e: agraVdo estos trabajos, que se proseguirán en el ca~po h~
~er~
t o e1 a.U~, con las cadenas de montaiías que lo cercan. '
I m1na1
DENUNCIOS Y SOLICITUDES
Con el obJeto de que no desapareu:an 6 queden se ultado
.
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
,.
ruego á V.M. se sirva autorizarme para hacer los iastos dse ~n el ~lv1do},
cuyo ?fecto tengo la honra de someter Í'. V. M. el adJ"unto ac imdpr-Ses10~, a
-Luis &amp;bles Pezuela.
uer o. enor.
,J

resa

di

f

fu~

DIUCCI01' DEL DESAGÜE DE JIUEHOETOCA.

NOTICIA, dt loa trabajos ejecutados dudt 1~ de Ellero áfin dt Junio de 1865.

Enero.-En el canal del desagüe d d 1
hácia arriba, se limpiaron 1060metr:: d!fo p~nto adon~e comienza la roca
de profundidad, (tél·roinos :Uedios) que hace°!i~iotºr CltOCO d!b~ncho y tres
~~
l
~~~~h~
Para esta operacion se han tenido que destruir 84
:
que el mayor tenia 17 metros de largo por 11 de al~randes ca1dos, de los
menor, 2 metros de largo por 1 5 de alto 2 d
y 5 de grueso, y el
restos de ellos un ademe á. los lados del ~al dee r;eso, formando con los
AVISOS OFIOIALES.
En la casa del desagüe se ocuparon una semana do metros de largo.
na y escombrar un cuarto sacando la tierra fuera d sl peones en acarrear a.re.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
Febrero -En el
l r .
e a casa.
tidas has~ el caño:~ ;~ ,mpiaron desde el punto llamado Vado de ParAVISO.
Relacion
deoficina.
los eapedient.ee par&amp; cuyo despachO 86 necesita
. la presencia de loe interede profundidad (términos ;~~s~,4!! 1:!rºi de largo por 5 de ancho y 2 lados
en eata
yendo cinco grandes caidos y muftfuid de ned~,440 metros cúbicos, destru- EEnla Seoc\on 1~316, 483, 1,152 2,539 2 837 y 2 932
1úmen era de 7 metros cúbicos.
m tano tamafio, cuyo menor vo- 2 675n 1a2 Seoc1on
' ,' 965, 983,
' 1,352,
·
989 V 32,.-493
7"09 1 6361 8801 9}&amp;, 934
J,494, ] 95) 2 246 2 5())
Se
puso
cubierta.
de
madera
al
puente
de
V
·t"d
I
nuevo.
et eras, terraplenándolo de En la Seto1on 4!--918.
,

,

,

,

,

•

J

'

,

,

,

'

·
. i eatoe negocios, si esta comparecencia
noAdvirtiénd086
se verifica. que no 86 puede dar ningun
giro

En el rio de Cuautitlan desde el lindero de Co
. .
metros de longitud por 4 de ancho y ¡ de profundi~:¡ie;c, s~ hmp1ar~n 1,122 México, Julio JO de 1865.
El Administrador de bienes naoionlllizadoe
hacen 4,488 metros cúbicos, reforzando los bord d \té~mmo$ medios), que
Juan Suare:z: y Nai,a.rro.
'
Marzo.-En el canal se limpiaron desde el _os e r1?·
eipio de_ la Bóveda Real, 1,601 metros de lo
de Vireyes hasta el prinA Y UNTAMIENTO DE MEXICO.
profund1d~d, que hacen 9,007 metros cúbico~
por 5 de ancho y 1,5 de
J1JlW&gt;O CALIFICADOR DE VAGOS.
En el r10 de Cuautitlan en el punto del p
d S
zado el cauce de él 60 centímetros ara ui::° e an Juan, se ha profundi- Se ha? c&lt;,naigoado á eat.e Tribunal deade el día 22 d!l:i!º~• Junio 30 d_e 1865.
cmcueub1 y do• individuoe' habiendo sido nbaueltoa t~e1·netnaqude
insdtaló,
baata
la
te, lo que detiene las lamas y hace :ue
alto _que forma, de tepeta- f~dba,
1 oa.
Y ecselarn
os vagos
Yeinte de atras. Esta operaoion se pract1"có
ve cons1~erablemente la pat·- t
lo ·t d
..,
en una extens1on de 31 t
d
Lo q1te 88 llaoe 1&amp;ber al público para ,u conocimiento.
llil u por ' de ancho que forman 108•5 roet ros cu'b"tcos de escavacion.
me ros e
El Serretario, .r. T. Dfrrolo,.

ca.r:i:

! az~t11

�DIARIO DEL IMPERIO.

36

AD1iílNJSTR,AClON DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

Debi.éndose sacar ÍI r~mate, con arreglo al art. 24 de la ley de-26 de Febrero último, la
casa situada en la esq11i.na de las cnlles de la Encarliaoion y Santa Catalina, valuada en
la cantidad de 9,770 pe11os 26 centavos, se pone en conocimiento del público, pari1 9.ue las
personas qu.e quieran hacer ¡ostu.ra1 ocu.rran á la Administracion de bienes nacionalizados
el dia 24 del'presente mes, a las nueve de la mañana, 'á cuya hora comenzará el remate
con la concurrencia que haya, teniéndose preaenttis para el efect-0 las prevencioueRde los
artícu.los 25 y 27 de la citada ley.
México, Julio 3 de 1e65.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan Suarcz y Navarro. ,.
lOs-7
• ADMINISTRACION

DE BIENES NAC[ONALIZADOS·
AVISO.

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley 11,e:26 'de Febrero último, la
casa núm. 14 de la calle de Venero, vl}luada en la cantidad de 5,Q44 pesos 92 centavos, se
pone en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer postura, ocur- ,
ran á la Administracion de bienes nacionalizados el día 22 del presente mea, á las nueve
de la maña!lll, á-cuya hora comenzará el remate con la e&lt;•ncurrencia que haya, teniéndose
presentes para el efecto las prevenciones de los articu.Jos 25 y 27 de la citada ley.
México, Julio 1'? dt11865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
208--4
Juar,,Suarez y Nar;arto.
rozGADO DE LETRAS ,DE nLOTEPEO, ,

1UZGADO S? DE LO CIVIL.
En loa áutoa que sigue la Sra. D~ Agustina Robledo de Revuelta, sobre que se libren
unos oficiQs á los Sres. Jueces de esta éapital y de Morelia, y que se le reciba'una informacion, el Lic. D. Joaquín María Alcalde, como curll&lt;Ulr ad litem del menor D. Daniel
Chavez, ha presentado un escrito, al que recayó el siguiente a11to:-" Mó.xie,o, Junio 2 de
1865.-Traslado por el término del derecho. Lo decretó el Sr. Juez y firmó: doy fe.Corrlero.-lslas y Bustamante, Secretario." '
•
Con fecha 16 de Junio, el mismo curador se ha presentado, manifeitanáo qne el anterior inserto auto no se ha notificado á la Sra. .R11bledo por haberse auaentado, y pidiendo
se Je notjfiqne por los periódicos, que si no se lpresenta dentro le ocho diaa por el 6 por
apoderado instruido y espensado, continuarán 1as dilig~ciae en su. rebeldiil, entendióndoae
con loe estrados del Tribunal. Y el Sr. Jaez, con la mia'tha fech'a; ha proveido el siguiente
auto:-" Como lo pide."
~
Y cumpliendo con lo mandado, pengo la presente para que surta sus efectos.
México, Julio 5 de 1865.-Lic. N. Montes, Escribano de diligencias.
437-3&amp;-l

;

El Sr. Juez 1~ sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D! Leandra Degollado, ha prevenido en auto Ele siete del preseote, que se convoque por'edictos y
por el Diario del Imperio á loa que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta di&amp;s ocu.rran á dednciJ,fo,por si 6 ,por pereOlllla euficien~mente autorizadas; bajo el apercibimiento, si po lo hicieren, de que les parará el
petjuicio á que hubiere lugar.
·
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente avi~o para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientod sesenta•y cineo.Miguel Herrera, Escribano ,público de la Nacion.
390-00a-21

AVISO.

El dia 22 del corriente fué encontrado en los macheros del meson de la Luz, sito en el
pueblo de Spyaniquilpan, el cadáver del súbdito frances Basile Guigal, y en la causa qu.e
estoy instroyendo co,11 ese motivo, tengo man&lt;iado, entre otras cosas, que se solicite por
los periódicos á la persona 6 personas que pued~n deducir derecho al caballo, ropa, armas y dinero que condu.cia el referido Guigal, para qu.e vengan á deducirlo en este Juzgado dentro de tres meses, contados desde la puhlicaeion de este aviso; ápercibidos de que
si no lo hacen, les p,µ-ará el perju.icio qui) .hubiere ~ugar.
Jilot.epec, Junio"26 de 1865.-José Anastasio Reuo.-Asistencía, Longinos Aguirre.Al!istencia Librado García.
"
6a--4

CONVOC'ATORIA.

AVISO IMPORTANTE.
FRACCIONAMIENTO DE LA 11A0IENDA DE SAN BARTOLO,
SITUADA A rN!IIEU,ACIONES DE MORELIA.

·
.
. .
La Junta menor del concll!sº de D. Juan de J)10s Gomez, e~ cumplimiento del encarga
que por los. acreedores del n:usmo le fué h~cho, y con arr!l8'io a las facultades que 1e file1'.0D; concedidas e~ e~ c_onvemo general habido entre los _llll.Smos el 9 de ~os!O. del año an~r1or, aprobado Judic111lmente en 24 de Octubre del Jll!S!Ilº, h&amp; resueltdflaccio~r1la ha•
c1enda de ~ B~lo Y, prOC)lrat la vent.a de las fracciones en el modo. y ~ O l l . qu~
'
1 fuere mas convemente 11 !9s mtereses generales del concurso. En t,J vll'tud, se mvita a
CONVOCATORIA PARA EL SISTEMA METRICO DECIMAL.
todas_las person~s que de~een adqu.ir!r ~lguna 6 _algunas de las porcione_s de terreno,d~ !11
MINISTERIO DE FO,MEYTO.
menc10n~a hae~enda, se sirvan oo~~ a la refenda Jun~ menor, que tiene su radics~ron
1
•
•
•
•
•
•
•
• · en esta Ciudad, a hacer sus propos1c10nes de compra; baJO el concepto de que se h&amp; iijado
Con el obJete_de-eapeditar la vlanteac!PD del Bllitema mátnco decnnal_de•pesas y medi- como últjmo tórmino para estal! operaciones, el 31 de Juliopi6ximo.
das en el Impeno, conforme esta pre:verudo, se convoca por la presente a las personas que
Morelia, Junio de 1865.-Luis Jturbide.-Luis G. Segura.-Luis. G. Barrera.
deseen hacer proposicioi¡es para la fabricacion de los referidos pJlsOa y medidas: dichas
382--40s-23
proposiciones, que se recibirán en la Sección 1~ del Ministerio de Fomento, en pliego cer•
TIido, deberán hacerse bajo la9 bases siguientes:
1UZGADO 4&lt;.&gt; DNOR.-1\' DE SANTO DOIIING0-1nJK. 8.
Todas las· IQedidas se fabricarán con arreglo á los modelos que e;itisten en el Ministerio,
ORDEN,
y previaJa comprobacion de su exactitud, recibirán el selló qu.e autorice su cironlaoion.
Ademas ~e las meclidas áe construirán las romanas propias del sistema, igualmente com- Por ignorarse el domicilio·de D\' Dolores Arauz, se le cita por la presente, para que en
1
paradas y selladas.
el Mrmino de ocho dias, contados desde la primera publicjlcion ·de este aviso,'se presente
La comprobacion de todas las piezas estará á eargo de u.n inspector nombrado por el en este Juzgado, por sí 6 por apoderado instruido y eapensaao, á .contestar la dllmanda
Go,bierbo y Pllf{&amp;d&lt;&gt;'por el contratista.
•
que en ju.icio conciliatorio sobre pago de cineo vales de desamortisacion,de las cuas nú,
No pQ&lt;Irán circular otras medidas que las autorizadas con el sello qu.e se adopt-e; éstas meros 6 y 7 de la calle del Monton, le promueve D. Josó A. Bonilla; apercibida de dtlrse
saldri.ñ de los talleres del contratista, quien tendrá el goce de fódas las utjJidades, reser- por intentado aquel si 110 concurre.
vándose el Gobierno el cinco por ciento sobre el precio de venta de todas las piezas que · México, Julio 5 de 1865.
·
se eapendan.
,
El Juez 4? me1tor, Lic. Poulet. 431-3s-3
Se especificará en las proposiciones el precio de cada unidad·de medid~, segun su clase
y la materia de que se haga; al efecto, los interesados p06.l'án ocurrir al Ministerio, donde
s~ les manifestarán los modelos len su.vista hacer la dete~cio~ del precio. . ,
En cada DeP,artamento ~bera haber un despacho con todas llis ptezas necesarias a·}as
exigencias del públi~ 'deb.iéndose situar de antemano, al precio fijado, un sttrtido completo ~n cada una de las municipalidades principales.
•
Las proposiciones deberán hacerse dentro del término de t;reiat.a dias, ,contados desde
AVISO.
la fecha; pasado dicho término no se admitjrán ningunas.
Los-acreedore&amp;
al
concurso
de
J.
Coquelet
pueden oeunir al despacho del los Sres. 'l'.
México, Jmµo 27 de 1865.
,.
· 3a- 3
Labll,di.e y C\' en liquidacion, calle d~ Don Jnari Manuel núm. 22, ítrecibir un dividenllo de
15 por 100 sobre el importe de sus créditos.
INTERESANTE,
1
México, Julio 7 de 1865.-L. U. Deschamps.
438-38-1
BEOOION IISPEOIAL DE LA OOl)fTRIBUCION DE oono AL MILLAR SOBRE FINOAS.
Se hace a&amp;ber á loa causantes de la contribucion espresada, que dentro de los primeros
AVISO AL COMERCIO
;¡j-ezcdias-del preséllt&amp;-mes, están en la obligacion de ocurrir á las -recaudaciones respecti·
Con esta fecha y de comun acuerdo, queda disuelta la sociedad mercant1l que giraba en
vas á satisfacer lo ijQJT0spo001ente al cua¡:w bimeatra del presente' año, que comienza en
·
,
esta fecha; adveriiaos de 4,ne si omiten el cumplimiento de esa obligacion, incurrirán en .esta plaza bajo la razon de Romano y Parres. .
D. Fernando Parres, continúa por su cuenta los negocios de Ja extinguida sociedad, y
lns penas impuestas por la ley á los caúsantes morosos.
se encarga de liquidar los pendientes con la misma.
Móxicó, Julio l &lt;.&gt; de 1865.
•
·
México, á 30 de Junio de 1865.
~ 433--&amp;-3 •
El Gefe de la Seccion, Ignacio de Altamira. 3s-3

AVISOS PARTIOUVA.RES.

b

'.A:DMINISTRACION
DE BIENES NACIONAúlZADOS.
.
~

¡ATENCION!

)

AVISO. '

En la calle de las Esoalerillas,jnnto-al núm.14, se vende la pnxliaiosa POIUDA OBIIN•
•Las
~ue quieran hacer postura á cualqu.iera de las C!\Sl}S édyo remate anuncie TAL, qu.e sin charlatanería, es la única ~ara hacer nacer, crecer y hermosear el pelo; aaeeáta A · •' trac1on, deberán presentar previamente'im pa1&gt;el de abóno á satisfa.ccion de gurando que la persona..maa escasa de f'}, á las doee veces, de usar esa pomada, verá eu
la ;misma oficina, y por el cual se asegure da que en cl\80 de que el rematante no lleve á ct1bez11 éubiert11 con un cabello fino y abundante.
efecto la operacion, esté obligado á llevarla el fiador respectivo.
México, Julio 6 de 1865.
Preoio del pomo, doe peeos.
El Admi,nistradot de bie~s nacionálizad9s,
3a-L2
· Juan Suarez y Ná:darro.
·

!;,~~:a.a

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
-r-

1UZGADO DE LETRAS DEL SUR DE TAMAULIPAS.
EDICTO,

ÜOMPÁRIA DE ~E&lt;,úROS DE GtADBACH.

Cuantos se consideren con de,l'echo de. dominio á ,l!&gt;~ bieqes que quedaron por falleciCapital de fondo ••••••••".. ... • •• • 3.000,000 pellOB prusianos.
miento d.e la Sra. m• Maria Cármen del CasÍíllo,ofiiuy-pal'ticularmente entre ellos la finca
rústica denominada el "Conejo,'' sita en el Depl\rtamento de Tamauli~t1s, se p,resentarán
'.l
á deducirlo en el Juzgado de 1~ instancia y de Hacienda de este Distrito del Sur del misCoMPARIA DE s,oua9s DE,B.As~LEA (BA13w.).
mo Departamento, radicado en el puerto do Tampico, dentro de un año á mas tardar,
t11,pital
de fondo ......... ~·.. •• • • •• • • • • 10,000¡0001~
..·
que se contará desde esta fecha; apercibidos que de no hacerlo, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar, considerándose dicha ~nea como mostrenca.
Tampico de Tamaulipas, Abril 8 de 1865.-Él Juez de l~instancia y de Hacienda, M.
Se n81lg-11ran. muebles é inmuebles á prémios modera,dos1 y se \laíinl todo&amp; loe informes
Romero.-Asistencia, PauU110 Prieto.-Asistencia, Miguel Mar.
necesarios para los qu.e gusten asegur1me, en la AGENOtA GEttRRAJlde,Eatas Compilñias,
Funciones hoy en la tarde y en la noche .[1-las horas de C'óst\lllibre.
cnlle de San Bernardo núm. 3.
,r400-180s-l5

AVISOS JUDICIALES.
REMATE.

DIVERSIONES PUBLIOAS.
.

u:

En el juicio promovido por D. Francisco Nieva, en represcntacion de D. Manuel Perez
TEATRO DIPERIAL.
1
Fernandez, contra D! Miguel Mateos, sobre _pesos, el Sr. J nez 1\&gt; de lo civil, que conoce
de los autoe, ha ma,ndaclo se proceda a1 remate de la casa sftuada en la. calle del J ardin
E,éta noche, á 1~ ocho, so representan, primero: la p¡:imera,'l!arte del drama ~e coa..
de Tolsa de esta ciudad, contraesquina de la ex-Ac11rdada, y fabricada en el lugar qu.e tumbtes andalu.zas, denominado: El coraion de.un bandido; despues la pieza~q 1¡1-ll·aoto,
Bntes ocupó la capilla llamada ael Calvario, valuada por el perito tercero en dis90rdia, D. intitulada: D. José, Pe:ee y Pepito, y parll conclu'ir, la otra pieza, en un acto tamb1e11¡ que
Manuel Bustillo; ~n la cantidad de 4,119 pesos 69 centavos; señalllndo para las respecti- 11e intitula: Un pié y 1m zapato. ·
vas almonedas los días 12 y 24 del corriente, y 5 del entrante Agosto, siendo todas á las
doce del di11, y la última con calidad ae remate. Lo que hago saber por el presente, parll,
que las personas que quieran hncer postura, ocuri:nn al Juzgado, ó antes de los dias desig•
nadoe, al despacho del qne suscribe, sito en los bajos de la cn¡¡a núm. 7, caije de la MoneíMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
da, donde se les darán las instru\:ciones que minisLren los nu.tos.
iAJCl,8 DlC SAN AGlJSTTN1 Ntllf, ] ,
México, Julio 3 de 1865,-Ml!lmcl T. tlr Mmeses, Escril&gt;nno público. 426-3a-1

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 2, No 158, Julio 11</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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IMPERIO
TOMO 11.

MEXIOO: Miércoles 12 de Julio de 1865.
SUMARIO

'

PARTE OFIOIAL.-Decreto imperial sobre fincas que pertenecieron al clero 6 que le reconocieron capltales.-Otro con las reglas para el cumplimiento del artículo 6 !le la ley de 26 de Febrero sobre operaciones
de desamortizacion 6 naclonalizaclon.-Otro, sobre contrlbucion de herencias trasversales.-Otro, con la
planta de empleados de la :Adminlstraclon de rentas de Jálapa.-Otro, creando una plaza de tenedor de libros en la Adminlstracion de rentas de Veracruz, y nombrando al que ha de desempeñarla. Orden del illlnlsterio de Fomento para que los Directores de caminos no se ocupen en otros trabajos que los que tienen
encomendados por el Gobierno.
NO OFIOIAL.- Gran baile en Palaclo.- El cumpleaños del Emperador en Tulancingo y en Tlalnepantla..
- Parles de Prefecturas. De Monterey, participando haberse restablecido el órden en aquella cludad.-Del
Valle de México, sobre sentencias de la Corte Marcial-De otras partes, sobre tranquilidad pública.-Ferrocarrll de Ohalco. Comunlcacion sobre estar zanjadas las dificultades de la Empresa con el Ayuntamiento
de Tacubaya.-EI Paquete frances. Noticias de Europa.
,

PARTE, OFICIAL.
M~IMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

NUM. ta9.

fundo no desamortizado, tiene ,derecho á q.ue se le adjudique por el
precio que resultare, computada la renta como rédito mensual de
medio por ciento: si esta base no fuere conocida, se fijará por valúo
de peritos.-II. Para gozar de este derecho, deberán presentarse á
que se les baga la adjudicacion dentro de los ocho dias contados desde la publicacjon de esta ley en cada lugar.-III. Hecha la adjudicacion, cuya escritura otorgará el Administrador de bienes nacionalizados ó sus agentes, y cuyos gastos serán de cuenta del adjudicatario,
éste gozará de las ventajas y exenciones concedidas en el art. 1?
de esta ley, entendiéndose respecto de las rentas lo que en él 'Be dice
de los réditos.
Art. 9? El que fuere detentador con 'cualquier título, de finca ó
fundo que habiendo pertenecido al clero no se hubiere sujetado á
operaciones de desamortizacion ó nacionalizacion, queda sujeto á las
penas impuestas por el art. 3? de esta ley, á la devolucion de frutos
percibidos ó la segunda paga de rentas que hubiere satisfecho á quien
no ha tenido titulo ~al para pereibirlas.•.•••
Art. 10. En todo caso, la Administracion de bienes nacionalizados
recogerá los testi¡nonios de las escrituras, hará llli liquidacion de réditos y los cobrará, así como las multas, llevando cuenta separada
de estos ramos por lo que respecta á los negocios pendientes de re1~
solucion.
A11t. 11. Siempre que sea necesario proceder judicialmente, el Administrador de bienes nacionaliz~ os dará cuenta al Ministerio, para
que éste á su vez ordene, que se remita el negocio al abogado defensor, ó por su impedimento nombre persona-que lo sustituya.
Art. 12. A estás presci:ipciones se sujetarán los agentes de los Departamentos, pero bajo el concepto de que, de todo darán conocimiento ,á la Administracion principal, y de que no podrán obrar sin
la aprobacion de ésta.
•
Dado en México1 á 3 de Julio de 1865.
MAXIMILIANO.

Oído Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS:
Art. 1? Los poseedores de fincas en que se reconocen capitales
que pertenecieron al clero, y que no hayan sido redimidos ni consignados á algun ramo de beneficencia ó instrtrccion pública, ó á algun
particular por donacion remuneratoria ó pago de algun adeudo personal, que hubieren hecho la manifestacion voluntaria en cumplimiento del art. 20 de la ley de ~6 de Febrero último dentro del plazo
que ella designa, gozarán de los términos y de las ventajas, para la
redencion, concedidas en el art. 25 de la misma ley, se les hará una
remision de un 60 por 100 de los réditos que adeuden, y el pago del
saldo en su contra, se les admitirá en me::sualidades de un 4 por 100
del capital reconocido, ademas del ré"dito á razon de un 6 por 100
anual, libre de todo gravámen, todo con hipoteca especial de la finca, ó de otra que tenga libre otro tanto del capital reconocido.
Art. 2? Los poseedores de fincas en que se reconocian capitales
al clero, que no hubieren cumplido con Jo prevenido en el art. 22 de
la citada ley de 26 de Febrero, han perdido todo derecho á la redencion, y las escrituras de imposicion-revivirán por el valor que tuvieron primitivamente.
,
POR EL EMPERADOR,
Art. 3? Los que encontrándose en el caso del art. 1? de esta ley,
El Ministro de Instruacion pública y Cultos,
no hubieren hecho manifestacion alguna, pagarán de contado por via
MANUEL SrLICEO.
de multa el 25 por 100 del importe de los capitales, debiendo efectuar la redencion á la fecha del cumplimiento del plazo de la escritura, y si esta estuviere cumplida, á los seis meses de hecha la inti- MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MExICo:
macion. Nunca el importe de la m_µlta podrá ser mayor de 15,000 Considerando que es necesario fijar las reglas segun las que, en
pesos.
cumplimiento del articuló 6? de la ley de 26 de Febrero, debe haArt. 4? En los casos,previstos en los artículos anteriores, la Admi- cerse el pago al Tesoro de las cantidades que resulten á su favor en
nistracion de bienes nacionalizados procederá desde luego, y usando las operaciones irregulares de desamortizacion ó.nacionalizacion, que
de la facultad económico-coactiva, á asegurar los capitales, y á que deban reducirse á las bases de las leyes de 26 de Junio de 856 y 12
se otorguen directamente á favor del Erario, á quien representa pa- y 13 de Julio de 859;
ra este objeto el Administrador, escrituras en forma, con las mismas
Oído Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS: · .
hipotecas y privilegio.11 que las anteriores de imposicion, dando noti- Art. 1? En el caso del .art. 6? de ·la ley de 26 de Febrero del precia circunstanciada de todo ello al Ministerio de lnstruccion pública sente año, los· interesados en las operaciones que se declaren irreguy Cultos cada semana.
lares, deberán manifestar dentro de ocho días, contados desde el de
Art. 5? Siempre que por parte del poseedor de una finca en que la correspondiente notificacion, si están ó no conformes en que la
se reconociere un capital no redimido, se alegare un derecho propio, operacion se reduzca á los términos prescritos en las leyes d,e 25 de
fundado en concesion de ley ó de órden del Gobierno anterior, espe- Junio de 1866 y 12 y 13 de Julio de 18'59. Si dejaren pasar los ocho
dida en tiempo hábil, la Administracion de bienes nacionalizados se dias sin dar respuesta, ó si manifestaren no estar conformes en la rereducjrá á asegurar el capital ó á formar un expediente instructivo ·duccion, la operacion de que se trat~ quedará insubsistente y la ofisobre los derechos alegados, y á remitir éste con informe al Ministe- cina de Administracion de bienes nacionalizados recogerá la finca ó
río de Cultos para su resolucion.
capital que fué objeto de la operacion, cumpliéndose lo prevenido en
Art. 6? Obrará de la misma manera la Administracion de bienes los artículos 13 y 14 de la citada ley de 26 de Febrero último.
nacionalizados, siempre que por cualquiera motivo un tercero que no Art. 2? Estando el interesado co9forme en la reduccion, se liquisea el propietario, alegare derechos adquiridos con anterioridad, por dará la cantidad que resulte á favof del Erario y ~erá. pagada con dos
desvinculacion, denuncia ú otro título, en cuyos casos, absteniéndose quintas partes en dinero y tres quintas en ~réditos de la deuda intede todo procedimiento definitivo y. de toda calificacion, remitirá la rior, reconocidos por la Tesorerfa general.
queja. ú oposicion, con el expediente instructivo é informe, al Minis- Art. 3? Para el entero de esos créditos se cohcede el plazo de un
terio, para los efectos del articulo anterior.
mes, -contado desde la fecha de la liquidacion. Si pasado este término
Art. 7? Cuando se tratare no de capitales reconocidos en una fin- no se hubiesen entregado los créditos, no senín admitidos, y su valor
ca,~ino de la finca misma, cuya propiedad no se hubiere trasladado nominal deberá ser pagado en dinero efect~vo y al contado, proceá algun particular por operaciones 4e desarnortizacion, se aplicarán diendo á exigirlo la oficina de Administrac1011, en uso de las facultalas disposiciones anteriores, con las modificaciones siguientes:
des económico- coactivas.
Art. 8? l. El que haya manifestado en tiempo oportuno finca ó Art. 4? El pago de las dos quintas partes en numerario,, se hará al

,.

�contado ó á plazos, á eleccion del interesado. En el primer caso, hecho el entero en la Administracion de bienes nacionalizados, ésta expedirá un certificado que se trasladará al protocolo, lo mismo que el
de revision. En el segundo caso, el plazo nunca será mayor de diez
y ocho años, pactándose que el pago se haga por anualidades, de
manera que al término del plazo total, quede efectuada la redeucion.
Por ese plazo y cesando á proporcion de que se vayan haciendo las
exhibiciones, se pagará por tercios adelantados el rédito de un seis
por ciento anual libre de todo gravámen. De todo ello se otorgará
escritura en forma con hipoteca especial registrada de la finca, objeto de la revision, ó de otra que represente el duplo del capitAl impuesto, siendo los gastos todos de cuenta del interesado.
Dado en México, á 3 de Julio de 1866.
MAXIMILTANO.
POR EL EMPERADOR,

El Ministro de Instruccion pública y Cultos,
MANUEL SILIOEO.

MAXIMILIANO, EMP;ERADOR DE MEnco:
Considerando la necesidad de uniformar los impuestos en todo el
Imperio, y para remover las dudas que se han suscitado en diversos
Departamentos acerca de las leyes á que en ellos deba sujetarse el
cobro de la contribucion por herencias trasversales, sobre testamentarias radicadas con anterioridad al decreto de 6 de Noviembre de
1864, que aun se hallan ilíquidas y no han satisfecho el referido impuesto, asi como para facilitar la cobranza y asegurar la percepcion
de los _derechos que correspondan al tesoro:
Oído Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS:
Art. 1? Las testamentarías que aun se hallen pendientes de liquidacion, se liquidarán y sujetarán para el pago del impuesto sobre
herencias trasversales, á la ley vigente en cada lugar, en la fecha de
la muerte del causante; y en consecuencia, cuando ésta hubiere
í4,.z
J acaecido en los Depai:t3:mentos antes de publicada en ellos la Circu1.. ~ .f-0ar de la Regencia, d~ 8tS 0ctab10 de 863, la ley aplicable será la
r,:-~ .,¿_ especial del extinguido Estado, ó la que en éste se hubiere conside1
/
M,
rado como vigente: si el fallecimiento del causante fuere posterior á
D 1
la publicacion de esa Circular, el pago del impuesto se hará con arreglo á 1~ de 28 de Febrero de 861, y si fuere posterior al de-t;l
creto de
Ne1ri:emlne de 864:, se sujetará á lo en él prevenido,
/ 2A ~ MAJiquidándose las testamentarías con total arreglo á la ley de ·10 de
v~,..,__._ Agosto de 857.
¿ /,4;{4
Art. 2? Para que en las testamentarías ó intestados en que tiene
interes la Hacienda pública, queden concluidos los inventarios dentro de los plazos que señala el articulo 5? de la ley.de 14 de Julio
de 1854, y se .haga la liquidacion del tanto por ciento, establecida
por el articulo ·10 de la ley de 10 de Agosto de 857, se presentará
con ellos una cuenta comprobada de los gastos hechos en su formacion, deudas pasivas de la herencia, y gastos de la última enfermedad y funerales del difunto, que son las únicas deducciones que al
efecto deben hacerse.
Art. 3? Al computarse la pension, no se tomarán en cuenta las
deducciones de que habla el articulo anterior, si no quedan justificadas dentro de
plazos que en él se expresan.
,
Art. 4? Tratándose de legados puros y simples de cantidades determinadas, se liquidará el tanto por ciento que le corresponda, luego que se pida la licencia para formar los inventarios sin esperar á
su terminacion.
Art. 5? Si los legados puros fuesen especificos, la liquidacion solo
dilatará el tiempo absolutamente necesario par,a el avalúo de las cosas legadas, lo que el juez hará se ejecute sin demora.
Art. 6? No se a~mitirá reconocimient_o de la pension, sino que se
pagará en numerar10 cuando su producto no llegue á quinientos pesos: llegando á esta cantidad, quedará á eleccion del deudor pagar 6
reconocer su monto al seis por ciento anual, libre de toda deduccion,
con tal _que la finca que se haya de hipotecar sea de las de la sucesion, 6 propia de los herederos ó legatarios, que tenga un valor ·doble del monto de la liquidacion, y no reporte gravámen alguno.
Art. 7? Cuando deba hacerse el pago de la pension en numerario,
quedará efectuado precisamente dentro de un mes, contado desde
la no_tificacion que haga al causante la oficina recaudadora respectiva, sm aguardará que se realicen los bienes de la herencia. Si el
obligado no estuviere conforme con la liquidacion, deberá manifestarlo dentro de aquel mismo plazo á la oficina, la que haciendo uso
de l~s facultad~s económico~coactivas, procederá al aseguramiento
de b1~nes sufic1en~es á cubm el adeudo, y pasará luego el expediente al Juez de Hacienda para que, oyendo á las partes, determine en
justicia.
Art. 8? En caso ~e que el causante prefiera reconocer la pension,
entr~gará _en 1a oficma rec~udadora, dentro de quince dias, el testimomo reg1strado de la escntura de reconocimiento. Por el solo hecho
de dejar ~asar est; ~lazo sin ha~r la entrega, quedará obligado al entero en dmero efectivo, procediéndose en este caso como expresa el
artículo anterior.

/tg

Art. 9? Siempre que se haga contenciosa la exaccion de, la pension, el debate judicial será sumario. Si solamente se trata de exigir
el pago porque éste no se haya hecho por los herederos legatarios ó
albaceas, dentro de los plafos establecidos en esta ley, el juicio será
verbal, como en los de comiao, exigiéndose ademas los réditos causados desde el dia siguiente al en que hayan fenecido los plazos.
Art. 10. Mientras no sea pagada ó reconocida la pension, en los
términos prefijados, quedan plenamente hipotecados á su pago los
bienes raices de la sucesion, aun cuando pasen á tercer poseedor.
Art. 11. Sin perjuicio de hacerse, en su caso, el depósito y lo demas que previene el articulo 8? de ' la ley de 14 de Julio de 1864,
los agentes del fisco serán tenidos por partes, siempre que lo pretendan, en lo tocante á esta pension, en los pleitos que sigan las testamentarías ó intestados, ya sea como demandantes ó ya como demandados, á reserva de lo que sobre este punto se resuelva por leyes posteriores.
Dado en México, á 3 de Julio de 1866.
MAXIMILTAN().

elusivo objeto 6, que deben consagrar todo el tiempo y toda su atencion.
Para evitar este grave mal, y que en lo sucesivo no haya ni la menor duda acerca de los deberes inherentes al indicado empleo, le advierto á vd. que está expresamente prohibido á los Directores de
caminos ocuparse de otros trabajos que no sean los de la vía que tengan encomendada, y los que este Ministerio les encargue; y que para
admitir cualquiera comision extraña á dichos trabajos es indispensable obtengan previamente permiso especial de este mismo Ministerio;
en la inteligencia de que serán castigados con una multa los que no
cumplan con este requisito.-EI Ministro de Fomento, L1tis .RoblPs.

__,._._._

NO OFICIAL.

POR EL E!IIPERADO!t,

El Ministro de Instruccion pública y Cultos,
MANUEL S1LIOEO.

1~

SECCION

Señor Director del camino de ....
Es copia. México, Julio 9 de 1865.
El Subsecretario de Fomento,

Manvel Orozco.

GRAN BAILE EN PALACIO.

MINISTERIO DE HACIENDA.
México, Julio JO de 1865.

S. M. el Emperador se ha servido dirigirme, con fecha 3 del ~ctual,
el decreto que sigue:
"Autorizamos la reforma de la planta de empleados de la Administracion de Rentas de Jalapa, en los términos que se expresan á continuacion, tanto para arreg1ar útilmente el servicio de las rentas,
como parn realizar economías en los gastos públicos.
Administrador ..•..•.••• _•••. su sueldo anual. $ 1,800
1,200
Contador . . . . . • . . • • • • . • . . . . .
ídem.
700
Oficial 1? ••• _. _•••••.•• _... .
idem.
600
Oficial 2? •.••••.••••••• _• • . •
idem.
600
Oficial 3?. . . . • • • . • • • • . •. . . . .
· idem.
180
Receptor volante. • • . • • • . . . . . .
ídem.
70Ó
Comandante de g_eladores.. . • . •
ídem.
Gefe de ronda...•••. •• •• _. • • .
ídem.
600
Cuatro celadores de ídem, á 600
ídem.
2,000
pesos.••••• _.... ~ ..•.•••.•
Tres encargados de garita, á 360
ídem.
pesos.••..•••.• _••..••••••
1,080
Dos encargados de garita á 300
ídem.
600
pesos •••.•.••••••• •-:• .••.•
Suma ..... . ..................... S 9,960
Por Nuestro Ministerio de Hacienda se e;xpedirán las órdenes correspondientes.
Dado en México, á 3 de Julio de 1866.-MAXIMILIANO.-Al
Subsecretario de Hacienda."
Y lo traslado á V. para su inteligencia y fine$ consiguientes.-El
Subsecretario de Hacienda, Félix Campi,llo.
Señor Administrador principal de Rentas del Departamento de· Ve
racruz.

Antes de ayer tuvo lugar en el Palacio Imperial el primer gran
baile de Corte, y escusado es decir que á él concurrió la mas alta
sociedad mexicana y extranjera, residente en esta capital.
A las ocho salieron SS. MM. de sus habitaciones, acompañados
del gran servicio de honor, y pasaron á la sala de Iturbide, en la
que formaban corro los miembros del cuerpo diplomático, S. E. el
Mariscal Bazaine, los Ministros y las señoras de algunos de estos
personajes.
Detrás de los Ministros extranjeros se hallaban los individuos de
sus respectivos países, que debían ser presentados por ellos á SS.
MM. conforme á la costumbre de otras cortes, observada en esta
ocasion por primera vez en México, segun la cual los extranjeros
deben ser invitados á la corte por conducto de sus representantes.
Concluida la ceremonia de las presentaciones, pasaron SS. MM.
á la sala del baile, en la que se encontraban los demas copvidados,
é inmediatamente despues se formó la cuadrilla de .honor, en la cual
S. M. EL EMPERADOR bailó con la Sra. del Mariscal Bazaine, y S. M.
LA EMPERATRIZ con el Sr. Ma1iscal referido. Los Ministros extranjeros y algunos de los Ministros de S. M. formaron parte de esta cuadrilla, teniendo por compañeras varias damas de Palacio y otras señoras.
A las diez pasaron SS. MM. al salon de refresco, el cual estuvo
abierto toda la noche para los convidados.
SS. MM. se retiraron á las doce á sus habitaciones, y á esta hora
se dispersó la concurrencia.
Todos los que tuvieron e! honor de asi~ir á esta gran fiesta, quedaro~ en ~xtre~o complacidos ?e la brillantez, la elegancia y la
cordial ammac10n que en ella remaron. SS. MM. estuvieron bondadosos y afables, como siempre, y en los iutermedios del baile r.ecorrieron el salon, dirigiendo la palabra á los concurrentes.
El Emperador llevaba el uniforme de General de Division, con la
b~nda de la 9rden ~e la Aguila Mexi_cana. El traje de la Emperatriz era un neo vestido de seda amanlla, con encajes blancos, pre&lt;¡iosa diadema de brillante~, y los cordones de San Cárlos y de Malta.
cunLB.lÑOS DE S. ](. EL Elll'ElWlOR.
FELIOITACION QUE DIRIGEN A S. M. EL EMPERADOR LOS AR'.I'ESANO; DE
TuLANCINGO.

S.M. el Emperador se ha servido dirigirme, con fecha 3 del actual,
el decreto que sigue:
"Autorizamos la creacion de una plaza de tenedor de libros para
la Administracion principal de Rentas de Veracruz, con el sueldo
anual de un mil quinientos pesos, nombrando provisionalmente para
servirla á D. Miguel L. Valenzuela.
Por Nuestro Ministerio de Hacienda se expedirán las órdenes correspondientes.
Dado en México; á 3 de Julio de 1865.-MAXIMILIANO.-AI
Subsecretario de Hacienda."
Y lo inserto á V. para su icteligencia y fines consiguientes.-EI
Subsecretario de Hacienda, Féliz Campillo.
Señor Administrador principal de Rentas del Departamento de Veracruz. ·
Son copias. México, Julio 10 de 1866.
El Gefe Director de la Seccion 1~,

Javier de Reygadas.

MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION

Circular núm. 14.

39

DIARIO DEU IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

38

5ª

México, Julio 9 de 1865.

Esta Secretaría tiene conocimiento de que algunos Direct.ores .se
ocupan de comisiones y trabajos que les encomiendan los particulares ú oficinas, con perjuicio de las obras de los caminos, único y ex-

Señor:
. De los m~ remotos términos del ~pe~io llegarán á. vuestro augusto so·
ho, la espres10n del amor de vuestros subditos, y los mas sinceros parabienes
por el feliz acontecimiento que hoy celebramos: nosotros, pobres y oscuros ar·
te.11anos, creeríamos traicionar á los sentimientos de nuestro corazon si guar·
dando silencio no os ofreciéramos el tributo de nuestra lealtad y d¡ nuestro
afecto. ~stamos seguros, Señor, de que lo aceptaréis, que es de príncipes
magná.mmos, pagarse mas del amor de sus puebJos, que de las brillantes
demostraciones que alguna vez lo acompafi.an.
En medio de nuestra pequeñez, nos alienta á hablaros así la historia
C?rta ho~,. pero ya ha:to gloriosa, de vuestro reinado, que ~cusa vue'3tr~
tierna solicitud por el bien aun del último de vuestros súbditos.
. Así es que elevamos á. Dios los mas fervientes votos por vuestra prosperidad! grandeza (que lo _son tambien de 'nuestra patria), lisonjeándonos de
que s1~ndo Vuestra MaJ~tad. nuestro padre, largos años des&lt;ll\llsaremos
tranquilos al amparo de la Justicia y de la prudencia, que forman la sólida
base del trono que os sustenta.
Tulancingo, Julio~ de 1865.-Por el ramo de hortaliza Pedro Hue;rta.
-Por el gremio de curtidores, Vicente Aguilar.-Por el iemio de sastre•
ría, Rafa.el Soto.~Por el gremio de plateros, .Miguel Guzman.-Por el ra. ~o de pa~aderos, José Maria Gonzalez.-_Por el gremio de zapatería, Mariano Mo~ina,-;~or los ~rroceros y carpinteros, Oristóbal Lechuga.
Es cop18. Mexico, Juho 10 de 1865.-El Subsecretario de Gobernaoion
Francisco J. Villalobos.
'

que el dia siguiente era el cumpleaños de S. M., nuestro augusto sober~no.
Las músicas, la iluminacion, los cohetes, se disputaban á porfía ser los pri·
meros en saludar al dia que el Eterno fijara para recordar el natalicio deun
príncipe que sus secretos reservó para la regeneracion de nuestro país.
La noche se pasó con ansiedad; pero la aurora del siguiente dia se dejó
ver, y los vecinos que la esperaban, comenzaron á saludarla con músicas,
repiques de campanas, salvas de cámaras, cohetes, vivas y otras muestras de
regocijo. Todos y cada uno pe sus habitantes, con el mayor entusiasmo, hacían fervientes votos por la salud del regenerador de nuestra patria. Lapo·
blacion se engalanó con colgaduras, enarbolándose el pabellon nacional, y á
las nueve de la mafiana se reunieron en la casa municipal las autoridades
empleados y vécinos, para dirigirse al templo, en que tuvo lugar una mis~
de gracias y un solemne Te IJeum. Acto continuo, la comitiva se dirigió á
la casa de Ayuntamiento, adonde el Sr. Subprefecto del Distrito, general
D. Manuel María Escobar, pronunció un discurso, e~presando con los mas
vivos colores, propios de su entusiasmo, la gratitud que debemos á S. M., y
de cuanto somos deudores á un príncipe que con la abnegacion digna de su
nacimiento, dejó.su patria para procurar la felicidad de la nuestra, identifi,
cando su suerte con la de los mexicanos. Los vivas, parece i_nútil referir
fueron la conclusion de un acto tan solemne y placentero.
·
A continuacion salió un paseo por las calles, formado de los niños de los
establecimientos de primeras letras, acompañado de la música, los cuales hicieron resonar los aires con vivas á S. M., comunicando al pasajero el placer
de que estaban poseidos y de que disfrutaba la poblacion entera.
Por la noche se iluminaron los edificios públicos, e~ cuartel y las casas particulares, haciéndose oir de nuevo la música, los cohetes y vivas. A las diez
terminó la festividad, pesando al vecindario que i;¡us elementos no le permitieran poder ha-0er una demostraciou digna de nuestro caro Príncipe, no obstante que sus corazones, rebosando de placer y gratitud, deseaban solemnizar,
con el ~xplendor debido, el grandioso dia del 6 de Julio de 1865.
Hé aquí el pequeño discurso del Sr. Subprefecto:
Celebrar en su cumpleafios á los grandes príncipes que gobiernan. con
tino y acierto los pueblos, y cuyo preelaro nombre se asocia 9e dia en dia
á verdades políticas que han de realizarse luego, á esperanzas que no deben
estinguirse, sino alimentarse lisonjeramente: al sentinüento de asociacion en·
carnado en el nombre augusto del monarca, y al mas importante y elevado
todavía, al de la soberanía representada por nuestros votos y puesta en sus
manos imperiales: celebrar así, repito, los dias de un gran,príncipe es cele•
brar, señores, el natalicio de l1vpatria.
'
S. M. el Emperador Maxitnilian~ es Mé1tiilo,. la arcilla reanimada de
Hidalgo y de Iturbide, la personificacion de los hijos de Moctezuma el lu·
minar espléndido de la independencia.
'
Saludémosle, pues, en su dia, porque es el dia de la patria: regocijémonos
con nuestro libertador; él nos ha hecho libres y dichosos, él consumará su
obra con su genio descollante, y nosotros nos elevaremos tambien llamán•
dole Maximiliano el (}rande.
•
......
Señores, ¡que viva el Emperador! ¡Que viva nuestra graciosa y bella Emperatriz!
PARTES DE PREPECrUJWI.

, ~inistorio de Gobernaoion.-Im.perio Mexicano.-Prefectura superior política del Departamento de Nuevo-Leon.-Monterey, Junio 25 de 1865.Exmo. S1:,-Restablecid? el órden público en esta ciudad y en virtud del
nombramiento que ~n m~ persona ha hecho el Sr. Coronel J eanningros, para que me encargue mtermamente de la Prefectura superior de este Departa..
mento, tengo la honra de participar á vd., á fin de que se sirva elevarlo al alto
conocimiento de S. M. l., que el 22 del corriente he tomado posesion de aquel
empleo, ocupándome en la actualidad, de toda preferencia, de hacer que la,s
cosas vuelvan al estado ~ue guardaban an~es de ta ocupacion de esta capital
por las f~er~ de?· M1gu;l N~rete.-Sirvase V. E. aceptar las seguridades de m1 d1stmgmda cons1derac1on y alto respeto.-El Prefecto superior
político, José María García.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Julio 11 de 1865.-El Subsecretario de Gobernacion
.Francisco J. Villalobos.
'
PREFECTURA POLITICA DEL DBPABTAKDTO DEL VALLE DE DXICO.
SECCION DE JUSTICIA,

México, Julio 11 de 1865.

El Comisario Relator de la Corte Marcial, en nota de la fecha, dice á esta
Prefectura lo siguiente:
·
·
"Tengo el honor de informar á V. S. que la Corte Marcial de México en
su sesion de hoy, ha declarado culpables de asesinato cometido en cuadrilla
á., Fr~~cisco Flores, de ~ad d~ 30 añ~s, jornalero, vecino de Cuatepec; á. Jose Cmaco, de 30 afi.os, Jornalero, vecmo de Cuatepec, y á. Victoriano Peralta, de 47 años, jornalero, vecino de Cuatepec.
En &lt;,1onsecuencia, la Corte condena por unanimidad á los dos primeros á
muerte, y al tercero á diez años de trabajos forzados."
Lo que de órden del señor Prefecto político se publica en el Diario del Imperio.-El Secretario general de la Prefectura, Al6jandro Villa-Señor.
TRANQUILIDAD PUBLICA.

Los Sres. Prefectos de los Departamentos de Autlan, Colima y ZacateCAs
han participado recientemente al Gobierno de S. M., que la tranquilidad se
ha conservado inalterable en sus _respectivas demarcaciones.
FERROCARRIL DE CHALCO.

Se han zanjado las dificultades que babia entre la municipalidad
de Tacubaya y la empresa de este ferrocarril, segun se ve por la
La Sociedad ~e hoy publica lo siguiente:
comunicacion siguiente:
~a.villa de Tla.Jn~pantla, el 5 del corriente, se p1·eparaba para una gran Ministerio de Fomento.-Seccion 5~-Ayuntamiento de Tacubaya.-Tafestmdad. Sus habitantes, llenos de placer, manifestaban en sus semblantes cubaya, Julio 8 de 1865.-Habiendo dado cuentn á la Corporacion de esta

�40

..

'•

DIARIO DEL IMPERIO.

villa con la nota de V. E. de 1? del actual, en que se sirve co mun_icarle l¡i
superior resolucion que ha tenido á bien dictar en el negocio promovido por
la misma sobre que no ingresara la vía férrea de Chalco por las calles céntricas de esta Villa, con mucha satisfaccion ha visto que V. E. combinando
el interés de la nacion con los del Ayuntamiento, ha zanjado las dificultades
que surgían entre éste y la empresa.
Por ello le tributa las debiiias gracias, y le ofrece que por su parte cumplirá exactamente con la parte que le corresponde.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Alcalde municipal, Jesus Palma.
-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Es copia. México, Julio 11 de 1865.-Mamtel Orozco.

·.

CONVOtlATORIA.
El Sr. Juez 1~ sustituto de letras de esta capital, que conocodelintestadodeD~Lean
dra Degollado, ha prevenido en nuto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocn'rran á deducirlo por sí ó por persolUls snfi
cientemente autorizadas; bajo el 11percibimieuto, si no lo hicieren, de que les parará e
perjuicio á que hubiere Jugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-22

AVISO IMPORTANTE. .
FRACCIONAMIENTO DE LA HACIENDA DE SAN BARTOLO,
SITUADA A INllfEDIACIONES DE MORELIA,

EL PAQUETE FRANOES.

Llegó ayer á Veracruz á las siete y media de la mañana. Las únicas noticias que ha trasmitido hasta ahora el telégrafo, son que S.M.
el Emperador de los franceses regresó de Argel y fué recibido en
Francia con grande entusiasmo; que la renuncia del Príncipe Napoleon fué admitida; que continuaban las negociaciones entre Roma y
Floren(lia con muchas probabilidades de buen éxito, y que tocaban
á su término las turbaciones de la Argelia.
Estas y otras noticias se encuentran en el siguiente parte telegráfico trasmitido ayer de Veracruz:

La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le fil.e
ron concedidas en el convenio general hRbido entre los mismos el 9 de Agosto del año an
terior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la ha
eienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tlll virtud, se invita á
todas las personas que deseen adquirir alguna ó algnnal! de las porciones de terreno de la
mencionada hacienda, se sirvan ocurrir á la referida Junta menor, que tiene su radicacion
en esta ciudad, á. hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
Morelia, Junio de 1865.-Luis lturbide.-Luis G. Segura.-Luis G. Barrera.
•
382-40s-24
JUZGADO DE LETRAS DE TLAXCO.
CONVOCATORIA.

En los autos de esperas de los acreedores, solicitadas por la testamentaría de D. Igua
cio Berna!, radicados en este juzgado, el suscrito Juez letrado ha proveido auto en esta
fecha, á pedimento del representante de dicha testamentaría, mandando se convoque á los
Paris, 15 de Junio.
acreedores que no han sido listados, para que en el término de quince dias, contados des
"Ha llegado la correspondencia de mediados de Mayo y el coronel Shaffer. de la primera publicacion de este aviso, se presenten á deducir su derecho; apercibidos de
Se han recibido noticias de los Estados-Unidos que han calmado comple- lo que hubiere lugar si no lo verifican.
Y en c~plimiento de lo mandado, pongo el presente en Tlaxco, á 17 de Junio de 1865.
tamente los aprensiones que habia respecto á su actitud con Méxi:co.
-Lic. Mauricio Beltra11.
435-6a-3

'

Las noticias de Matamoros han satisfecho mucho aquí, y se hace el debido elogio del general Mejía.
En las cámaras volvió el diputado Favre á atacar al Gobierno por la
cuestion de México.
,
El Ministro de Estado le contestó enérgicamente, y al citar los brindis
de los mexicanos juaristas en Nueva York, y las cartas al ejército frances,
de Juarez y Jules Favre, hubo una esplosion de indignacion en los diputa·
dos de la mayoría.
La política del gobierno se aprobó P..Qr 232 contra 13.
El general Má.rquez hit'l&gt;ffieritado jr el collar al Sultan.
El Emperador Napoleon ha vuelto de Argel, cuya colonia queda paci·
ficada.
S. M. está en perfecta salud y ha sié!.o acogido con grande entusiasmo.
El cuerpo diplomático se apresuró á felicitarle tambien.
En este yiipor va el ministro de J?ortugal.
Hoy envío la carta del Shah de Persia sobre notificacion del Imperio.
El caballo frances ha ganado en Inglaterra, y á esto se le ha dado aquí las
proporciones de un acontecimiento nacional.
,
Las escuadras blindadas de Francia é Inglaterra van á visitar los respectivos puertos, como una prueba de las buenas relaciones que existen entre
los dos países.
·
Los gobiernos de Francia, Inglaterra y España han cesado de considerar
á los Estados del Sur como beligerantes.
La mision de M. Vegezzi á Roma, que tiene por objeto arreglar la cuestion puramente religiosa con Víctor Manuel, está á punto de termin¡lrse satisfactoriamente.
La cuestion de los ducados de Dina.marca pone cada dia mas tirantes las
relaciones entre la Austria y la Prusia.
.
El Emperador de Austria ha estado en la· capital de Hungría donde ha
sido muy bien recibido.
En España, dos regimientos de guarnicion en Valencia, han estado á
punto 1e pronunciarse; pero fueron descubiertos sus gefes, arrestados y llevados á un consejo de guerra.
Las cámaras francesas se han prorogado hasta el 30 de Junio.
Los informes que ha enviado, de Orizava el nuevo Ministro 'de Francia Sr.
Dano, han hecho muy buen efecto. La prensa se ha ocupado de ellos.
El Rey de los Belgas sigue bien de salud.
El Sr. Eloin y el Sr. Barandiaráu han llegado á Viena.
El Sr. Facio ha entregado las condecoraciones á la Reina de Portugal.
La doble dimision del príncipe Napoleon ha sido aceptada por el Emperador.

.TUZGADO DE LETRAS DE TLALPAJII.
D. José Velasco se presentará en este de mi cargo, sito en la calle de la Moneda, á las
once de la mañana del din seis dél actual, á cont.estar la demanda que en juicio verbal y
sobre pesos le promueve D. Cecilio Amador López; aper,;iibido qm, de no comparecer, se
le sentenciará á su pe1juieio en sn ausencia y rebeldía, dándose los estrados del JuzgRdo
por bastantes, y procediéndose por la via de asentamiento.
Tlalpam, Julio 1\1 de 1865.
El Jaez de paz propietario, Ignacio Rodea.
3a-3

AVISOS PARTICULARES. ,
AVISO.
Los acreedores al concurso de J. Coquelet pueden ocurrir al despacho de los Sres. T.
Labadie y C~ en liquidacion, calle de Don Juan Manuel núm. 22, á recibir un dividendo de
15 por 100 sobre el importe de su.s créditos.
México, Julio 7 de 1865.-L. U. Deschamps.
438-3s-2
AVISO AL COMERCIO
Con esta fecha y de comun acuerdo, queda disuelta la sociedad mercantil que giraba en
esta plaza bajo la rnzon de Romano y Parres.
D. Fernando Parres, continúa por su cuenta los negocios de la extinguida sociedad, y
se encarga de liquidar los pendieut.es con la misma.
México, á 30 de Junio de 1865.
433-6s-4
'

AVISO.
Con D. Ignacio Berna) tuve varies negocios, por los cuales me quedó adeudando una
cantidad de dinero, habiendo fallecido éste sin haber concluido la liquidacion por capital
y rédites: ha fallecido tambien uno d.e los albaceas del Sr. Berna!, y como se me haya asegurado que se trata de enajenar los bienes de éste, me veo en el caso de protestar contra
semejante enajenacion, y de quii he de perseguirlos, ·sea cual (uere la persona que los pos~a, hasta ser íntegramente pagado de lo que se me debe.
México, Julio 7 de 1865.-Julian Gonzalez.
434-Sa-2 ,

AVISO IMPORTANTE.

¡ATENCION!
El Lic. D. Manuel del Valle, .como apoderado de D~ Antonia Castillo, viuda de D. Pablo Castillo, y curador de los menores hijos de amhos, y D. Angel Arnero, con poder 011
forma de D~ Vicenta Castillo, hija, heredera y adjudicataria de los bienes de la testamentaría del precitado Castillo, sabedores de que se han embargado una casa y corrales, sitos
en Tepeji del Rio, por D. Ramon Jimeno, á virtud de demanda perllonal contra D. José
María Morales, en el concepto erróneo de que dichos bienes perrenecen á D~ Estéfana
Castillo en su calidad de heredera del mentado D. Pablo Castillo; en cumplimiento de
nuestros resp()ctivos encargos, hacemos present.e: que el hecho ilegal del embargo ha venido á atacar la posesiou y propiedad de D~ Vioenta Castillo, y los derechos hipotecarios
que los menores Castillo y sus coherederos tienen sobre tales cosas; y tanto por semejante vulneracion de derechos establecidos é inconcu.sos, cuanto porque pueden ~recipitarse
Veracruz, Julio 11.
Han llegado en el paquete algunos oficiales con 6 sargentos y 389 solda- lo,e sucesos hasta sacarse los bienes á almoneda j11dicial, nos vemos en el preciso caso de
hacer ostensibles nuestras acciones, protestando desde ahora de nulidad contra el acto del
dos franceses.
'
secuestro y contra cualquiera oper11cion subsecuent.e que se quiera practicar en les enunciados bienes, á. reserva de ejercitarlas en forma cuándo y cómo nos convenga, y contra
quienes corresponda.
México, Julio 7 de 1865.-Lic. Manulll Valle y Terán.-Angel Arnero. 432-4a-3

AVISOS JUDICIALES.

-

¡ATENCIONI
.TUZGADO 6~ MENOR.-CORDOBANES NUll. 8,
ORDEN,

·

¡;l

En la calle de las Escalerillas, junto al núm.14. se vende la prodilriosa POIIADA ORIBNTAL, que sin charlatal)ería, es la única.para hacer nacer, crecer y ñermosear el pelo; asegurando que la persona mas escasa de Pl, á las doce veces de usar esa pomada, verá su
la presen~ se le cita y cabeza cubierta con un cabello fino y abundant.e.

Ignorándose el paradero de D. José Hurtado de Mendoza,
emplaza, para que en el término de ocho dias se presente en este Juzgado, por sí 6 por
apoderado instrnido y espensndo, á contestar la dem1111da que en juicio verbal, sobre pesos,
le promueve el Lic. D. Alejandro Gomez por la casa de D. Manuel Murgnía; apercibido
que de no comparecer, seguirá el juicio en rebeldfa, entendiéndose con los estrados del
•Juzgado.
México, Julio 11 de 1865.-1. Bravo.
439-Ja-1 1
.TUZGADO 6\1 MENOR.-CORDOBABES NUM. 8.

Precio del pomo, dos pesos.

345-40-18

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO PRIN9IPAL.

ORDEN.

En la noche de hoy, á las ocho en punto Re representará la comedia en dos actos, intitulada: Bruno el tejedor, y en seguida la otra en un acto, denominada: Don Ramon.

Jgnorímdose el paradero de D. José Bringas, por la presente se le cita y emplaza, para
que en el tél'mino de ocho dias comparezca en este Juz~ado á contestar la llemanda que
en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Pedro Stnmatter; apercibido de que si no
se presenta, se seguirá el juicio en su ausencil\ y rebeldfo.
México, ,Julio 8 de 1865.-1. Brni•o.
440-8s-1

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
DAJ(IB D11: SAN AOUSTTN, NUM, J.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Administración de rentas</name>
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                    <text>DEL

DIARIO

IMPERIO
,

TOIIO 11.

MEXICO: Jueves 13 de Julio de 1865 ..
SUMARIO

NUM. t60.

:µo, á causa de ser pobre el depósito, la Secretaría de Fomento declarará que no ha lugar á la solicitud. ,
Art. 9? Otorgada la concesion, la autoridad que sustanció el expediente procederá á dar la posesjon con las solemr¡idades marcadas
en la Ordenanza.
Art. 10. En ningun caso se dará mas de una sola pertenencia, y
la medida se hará señalándose las.líneas con arreglo al meridiano asPARTE OFICIAL,
tronómico y no al magnético. ·
Las dimensiones de la pertenencia serán:
GRAN MARISCAL DE LA CORTE Y MINISTRO DE LA CASA IMPERIAL.
Para las minas de s_al gema, ai;ufre, piedras preciosas y alumbre, '
México, Julio 10 de 1865.
un cuadrado de doscientos metros por lado.
S. M. el Emperador ha tenido á bien, por decreto de hoy, conce- Para el karlin ó tierra de porcelana, un cuadrado de cuatrocientos
(jer el permiso correspondiente al Exmo. Sr. D. Gregorio Barandia- metros por lado. .
ran, Ministro Plenipotenciario de S. M. en Viena, para aceptar y usar Para el carbon de piedra, betun, petróleo y pozos salados, un cualas insignias de la Gran Cruz de San Mauricio y San Lázaro, con que drado de un kilómetro por lado.
lo. agració S. M. el Rey de Italia.
Para los lagos salados y asfalto, el Ministerio señalará las dimenEl Gi-an Canciller,
siones de la pertenencia, previo el informe de las autoridades respecALMONTE.
tivas.
Art. 11. Entre dos concesiones de petróleo, quedará una faja protectora
de quinientos metros, no denunciable, análoga á lo que se
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
llama demasías ~n las Ordenanzas, y entre las concesiones de pozos
Considerando que en el articulo 22 del titulo 6? de las Ordenanzas ó lagos salados la faja protectora será de mil metros. Esta faja no
de Minería no se fijan las reglas á que debe stíjetarse el laboreo de podrá ser dada ni repartida sino previo formal y expreso consentilas sustancias que no son metales preciosos, y siendo ya una nece- miento de todos los colindantes.
sidad establecerlas, por el desarrollo· que estos ramós importantes
Art. 12. Para ºpedir nµevas pertenencias, mejora de boca, cambio
van tomando;
de estacas, para las relaciones entre dos minas vecinas, y en general
Oídos Nuestros Consejos de Estado y de Ministros,
·
para to~o aquello que no esté expresamente prevenido en esta ley,
·DECRETAMOS:
se seguirán las reglms el!tnblooi.d~ 0n le.-Orderumza de Minería.
P.REVENCION:ES GENERALES.
Art. 13. Cuando el objeto del registro estuviere situado sonre u11
Art. 1? Nadie puede explotar minás de sal, fuente ó pozo y lagos terreno de propiedad párticular, el denunciante está obligado á inde agua salada, carbon de piedra, betun, petróleo, alumbre, karlin y demnizar al propietario, á juicio de peritos,. no solamente del valor
piedras preciosas, sin haber obtenido antes la concesion expresa y for- del terreno que OCl)pe y del desmejoramiento' consiguiente al estamal de las autoridades competentes, y con la aprobacion del Minis- blecimiento de la especulacion, sino tambien á pagar los daños y per.terio de Fomento. Las florescencias superficiales de cualquiera espe- juicios que la explotacion le cause en los sembrados¡ arbolado ó cuacie, y todas las otras sustancias no expresadas en este artículo, no lesquiera ot~os frutos que con aquella reciban perjuicio. Es de enson denunciables.
tenderse que la indemnizacion por ~l terreno no se ha de dar por toda
Art. 2? Los registros ó denun9ios de los objetos expresados en el la superficie que abraza la pertenencia que se señale, sino únicaartículo anterior, se harán ante las Diputaciones de Minerfa, y don- mente por la área que en realidad se ocupe con l~ explotacion y tode no las hubiere, ante la autoridad política del Departamento en das sus oficinas anexas. Sobre lo demas de la pertenencia, el Señor
cuya demarcacion estén situados, y con total sujecion á lo preveni- del suelo conserva el dominio directo, y solo podrá pedir al dueño
do en las Ordenanzas de Minería con respecto á las minas de meta- de la explotacion que le indemnice sucesivamente por el terreno que
les en el art. 4?, tít. 6?, y &lt;lemas disposiciones concordantes. _
vaya ocupando, hasta llegar á los linc"ies de la pert~nencia, y bajo
Art. 3? Admitido el denuncio, se publicará fijando rotulones y por ningun pretesto ni motivo, mas allá de esos mismos lindes, si no es
- medio de los periódicos, por todo el tiempo prescrito en el repetido con el consentimiento del propietario.
art. 4?, tit. 6? de la Ordenanza, instruyendo el expediente en los tér- Art. 14. Les concesionarios están obligados á mantener la explominos prevenidos en ella.
tacion durante el tiempo necesario para la extraccion de los producArt. 4? En el caso de que el registro ó de-1uncio se refiera á ter- tos que se les han concedido; si suspenden el trabajo ó lo desertan
reno de propiedad particular, se le dará conocimiento al dueño, para por el tiempo prefijado en las Ordenanzas"de Mineria, incurrirán en
que dentro del término que se le fije exponga cuanto á su derecho las penas establecidas en ella misma para el laboreo' de las minas.
convenga.
Se exceptúan los trabajos relativos á la sal, los cuales si dejan de
Ar_t. 5? Es admisible toda oposicion que se haga al registro ó de- explotar durante un añ9, los concesionarios pierden todo derecho y
nuncio, dentro de los noventa dias que señala el art. 4?, tít. 6? de la sus explotaciones se hacen denunciables.
Ordenanza, y las Diput_aciones de Minería, ó las autoridades politi- Art. 16. La parte de terreno de la pertenencia que ocupen en los
cas en su caso, las sustanciarán en los términos prevenidos por Ta trabajos de la explotacion 1 deberán cercarlo á fin de que no resulte
misma. •
daño alguno al propietario de la superficie, en el uso de las tierras
Art. 6? No pueden hacerse registros para explotaciones en los lu- que linden con el establecimiento.
_
gares en que sea preciso inutilizar un camino, edificio ó establecí- Art. 16. Toda explotacion subterránea está sujeta á las prevenciomiento público.
·
nes de la Ordenanza de Minería, respecto á la solidez, comodidad é
Art. 7? Instruido el expediente del registrn 6 denuncio en la for-_ hi11iene. '
ma expresada, se remitirá original al Ministerio de Fomento, quien, Art. 17. Al abandonarse una explotacion el terreno volve~·á al prosi el punto de que se trata fuese puramente administrativo 6 con- pietario, pero si quedare de tal manera ruinosa que le ocas1one pertencioso administrativo, resolverá lo que estime conveniente acerca juicios, éste será indemnizado por los explotadores, á juicio de pede la concesfon, .otorgándola ó negán~?la, se~un fuere de justicia. Si ritos.
:
.
no fuere del órden expresado, lo rem1t1rá al Juez competente.
Art. 18. El que sin obtener conces1on de la autondad competente
Art. 8? Si del expediente resultare que no obstante que exista la hiciere la explotacion de alguno de l&lt;?s productos indicados en esta
sustancia registrada, la explotacion ha de ser escasa y por corto tiem- ley, sufrirá la pena de perder los útiles, instrumentos y máquinas,
PARTE OFICIAL.-Permlso concedido por S.M. al Sr. Ilaranularan para usar las insignias de la Gran
Cruz de San Mauricio y San Lázaro.-Decreto Imperial sobre e&gt;.-plotaclon y laboreo de sustancias que no
son metalicas.-Otro, 1-estableciendo en Oajaca el registro de gi·anas y el lmJJuesto sobre este artículo, y organizando la oficina respectiva.-Prevenciones para el cumplimiento de este decret-0.
NO OFICIAL.-El cumpleaños del Emperador en los Departameutos.-Voto de gracias del vecindario de
Calpulalpan al Emperador. -Llegada del vapor americano.

�DIARIO DEL IMPERIO.

42

enseres y semovientes que empleare en la explotacion, una m~lt~ _de
quinientos á mil pesos, y resarcirá al dueño del terreno los perJuimos
que le hubiere causado.
• .
Art. 19. Los que exploten actualmente las susta_nc1as expresa~as
en terreno de propiedad particular sin haber obtemdo la conces1on
competente, deberán ocurrir á las autoridades respectiva~ dentro de
l!!eis meses de publicada esta ley, para obtener la concesion: el que
no cumpliere con este requiiito, incurre en las penas del articulo anterior.
PREVENCIONES PARTICULARES.

Art. 20. Es de obligacion de los exrlotadores de una mina de carbon 6 betun llevar sus obras con solidez y ~rocurar una buena ventilaciolil, pa;a lo cual se exigirá que cad~ mma _tenga por_ lo menos
dos bocas 6 comunicaciones con el extenor, _á diferentes mveles.
Tambien es obligatorio el uso en estas mmas de las lámparas de
seguridad, para preservarlas del incendio de los gases..
. .
En cada mina habrá, por lo menos, un aparato de aire ~ompnr~ndo, para poder penetr~r e~ las labores sofocadas 6 que contienen aue
impropio para la respuac100.
. ..
Art. 21. La contravencion á las determmaciones anter10res, ser_án
castigadas con multas, á juicio del Ministerio de Fome~to, pr~vios
los informes respectivos de dos peritos idóneos y de las ~1putaciones
de l\finetia, 6 autoridades politicas en sus ca~os respectivos:
Art. 22. En el caso de que una explotac10~ bar~ de eJec~tarse
dentro del casco de una hacienda, 6 de que se mut1hc~ ~l _cultivo !
aprovechamiento de una parte considerable de ella, á JUICIO del Ministerio de Fomento, solo podrá admi~i~se el d~nunci~ con el expreso consentimiento del dueño, y á cond1cion de mdemmzarle suficientemente.
Art. 23. Todo propietario tiene derecho de explotar dentro de s~
propiedad la sal que exista en ella; pero antes deberá dar conommiento á la Prefectura respectiva de la explotacion que se propone
emprender, especificando el lugar 6 sitio en q~e ha de establecerla,
á efecto de que se tome razon de todo en el registro que se_ h~ de llevar de los denuncios y concesiones, .Y de que s~ dé conomm1ento al
Ministerio de Fomento, quedando SUJeto en seguida á las leyes generales.
Art. 24. Las disposiciones de esta ley no se refieren á las_ pequeñas salinas que explotan los indígenas, los cuales deben s~gmr en los
mismos términos que hasta la presente.
.
..
Art. 25. Esta ley no altera los derecho~ legítimos adqumdos por
contratos particulares, debidamente autonzados por el Supremo Gobierno.
d •· á d
Art. 26. Desde la publicacion de es~a ley no s~ a m1t1r n enuncios de canteras, ni de ningunn sustanma no mAt11hcll. qua no eo h~llo
monoiona.dc. cu ~na; pero Tas canteras que hay y las que en lo sucesivo se pongan en explotacion, deben quedar sujetas_á las_ reglas establecidas en las Ordennnzas respecto á labores, fortificac1on y ventilacion.
Dado en México, á 6 de Julio de 1865.
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Fomento.
POR EL EMPERADOR,

El Ministro de Foment.o,

Luis ROBLES PEzoELA.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE

DIARIO DEt IMPERIO.

Gastos menores ..•••.•• _- - - • - •• - ••........ • •. - • • • •
Para enseres, útiles y muebles necesarios á la instalacion
de la oficina, por una sola vez ••••• - . . • • . . . . • . . ••.

Un Administrador depositario con la dotacion anual de.... $
Un veedor primero con la. de ................... : -.- .••
Uno id. segundo, que escriba bien y ayude al Adm1mstrador á llevar las cuentas, con•••..••••••.•• -'•• - ... ..
Un portero y mozo de aseo .................... - .... .
Renta de casa ...••••••••• _•• •• ...•.•....•.••••.•. •

800
600

500
100
400

500

---Suma.. • • • . . • • • . • ••. . . . . . . . $ 3,000

Art. 4? El Prefecto político de Oajaca _p~ocederá á no~brar una
Junta, compuesta de seis comerciantes, ehgie~do dos me~icanos, un
español, un inglés, un frances y un aleman, sien?º presidente nato
de esa Junta el mismo Prefecto, con voto de cahdad. Estos vocales
durarán por ~hora en el ejercicio de sus funciones, la parte q?e falta del presente año, y todo el entrante de 1866. ~n )o. sucesivo se
renovarán á fines de Diciembre, para que en prm_cipios _de Enero
quede instalada la Junta; pero podrán ser ree.lectos mdefimdamente,
estando á su arbitrio aceptar 6 no la reelecci?n, _en caso de qu~ por
el servicio gratuito que presten, resulten pe11udicados en sus mtereses.
Art. 5? A propuesta de esta Junta, 6 de acuerdo con ella, elP~efecto nombrará el Administrador depositario y los dos veedores, qmenes afianzarán su manejo á satisfaccion del mismo ~refecto, con la
cantidad de dos mil pesos el primero, y con la de mil ~ad~ uno de
los segundos. De igual modo serán nombrados un depositar10 y dos
veedores suplentes, para cubrir las faltas absolutas temporales de
los primeros nombrados,. en cuyo caso darán las mISmas fianzas, Y
disfrutarán el sueldo designado en la planta:
.
Art. 6? Para ser Administrador deposita.no 6 veedor, se reqmere,
ademas de una comprobada honradez y conocimi.ent~s. en el r~mo,
no tener abierto ningun establecimiento mercantil, m mtervemr en
compra 6 venta alguna de granas, ya sea con el carácter de corredor, 6 con cualquier otro título.
.
.
.
Art. 7? La Junta tendrá á su cargo el cuidado de mtervem~ y vigilar en turnos periódicos por Comisiones _de su seno,_ la oficm~ de
registro, obligando á los causantes á autorizar en los hbros los as~entos de cargo y data, procurando que los empleados cumplan debidamente con sus obligaciones, y dando cuenta al Prefecto de las faltas
4 ue notare, para que dicte las. medida~ que. correspondan. Queda
ademas facultado para intervemr en la mvers1on que se dé á los doscientos pesos señalados para gastos menores, y e~ el q_ue haya de
hacerse para enseres, útiles y muebles de la pr?pia oficma, y e~·la
eleccion de casa y ajuste de su renta;_y_ por último, para exammar
previamente las cuentas que el Admmistrador, ha de pres~ntar al
Prefecto, dentro de los dos primeros mese~ de cada año, poméndo!es
el visto bueno, y promoviendo cuanto estime conducente al m_eJ_or
servicio de la oficin11.. E11a11 cuentas serán glosadas por la Adm_1m~tracion principal de alcabalas, dentro de otros dos meses, y fimqmtadns que sean, quedarán depositadas en el archivo del Ayuntamiento.
·
Art. 8? Si la experiencia acreditare que es susceptible de alguna
rebaja el derecho de registro que por es~ decreto se restable?e, para cubrir los gastos que demanda la oficma. que ha de practic~r~o,
deberá disminuirse la cuota por mandato expreso de_ Nuestro Mm!stro de Fomento, previa consulta del Prefecto de OaJaca, con los mformes comprobadoR que se requieren.
Art. 9? Se derogan todas las leyes y reglamentos que se hayan
dado antes de esta fecha, sobre registro de granas; y para la debida
observancia de este decreto, Nuestro Ministro de Fomento formará
y publicará el respectivo reglamento.
Dado en Nuestro Palacio de México, á 3 de Julio de 1866.

?

MEXICO:

Tomando en consideracion lo consultado por, el Prefecto político
de Oajaca, y por Nuestra Secretaria de Fomento, de acuerdo con la
de Hacienda, DECRETAMOS:
.
Art. 1? Se restablece en la capital del. Departamento d~ ÜaJaca,
el registro de granas, al cual quedan obligadas las poblaciones ~secheras, como Ejutla, Miahuatlan y las demas d_e la comprension
del antiguo Estado de Oajaca, aun cuando p_or virtud de la nueva
division territorial, no pertenezcan hoy al mismo Departamento de
Oajaca.
·
.
,
.
Art. 2º Tambien se restablece el impuesto de doce y medio centavos por cada arroba de grana que se presente al registro, cuyo derecho se cobrará sin perjuicio de continuar exigiendo el de doce pesos cincuenta centavos, que á cada bulto de ocho arrobas de grana
impuso Nuestro acuerdo de 15 de Junio últir?º·
.
Art. 3? Para el cobro del impuesto de registro, se orgamzará en
la capital de Oajaca la respectiva oficina, cuya planta de empleados,
sueldos y gastos, es la siguiente:

200

POR

EL EMPERADOR,

MAXIMILIANO.

El Mi11istro de Fomento,

Luis Ront:es PEZOELA.

y para que el ant~rior d~cr~to tenga debido cumplimiento, se ob
servarán las prevene10nes s1gwentes:
1~ Cuando ocurriere alguna vacante en los v?cales de la Junta, será cubierta por el Prefecto, con sujecion á lo prevenido en el arL. 4~, y las que
sobrevengan en los cargos de Administrador depositario y veedores, los cubrirá el mismo Prefecto con los suplentes.
.
.
2• El portero mozo de aseo, será nombrado y removido por el depositario, con la obligacion de dar aviso al Prefecto para los efectos correspon•
dientes.
d
d t·
·
3• Ni el depositario ni los veedores podrán separarse e sus es mos sm
previa licencia del Prefecto.
. .
4~ La casa en que el registro se practique, es~á á carg? del depositario, y
ademas de tener las comodidades posibles, ~ebera es~ar situada_ en el centro
de la ciudad, ó próxima á él, segun lo pernuta1;t las c1rcunstanc1~.
5~ El depositario y los veedores quedan obligados. á con?urrll' y permanecer diariamente en la oficina de registro, por espacio de siete horas, que
de acuerdo con el Prefecto, distribuirán. de la man;r~ mas confo~e á los
intereses y servicio del comercio, anunciando al pubh?o las que fiJen.
6~ Luego que se presente alguna grana p~r~ su registro, .Yª sea en muc~a
ó en corta cantidad, se practicará el reconoc1m1ento respeci1vo, que de mn·

43

gun modo se verifi.cará por la llamada Cala, como en otro tiempo se hacia,
ca," y con cara.ctéres manuscritos se anotarán en ellas por el depositario el
sino precisamente vaciando en sábanas una cuarta parte de los bultos que eli- nombre
apellido del que presentó la grana, la clase de ésta bultos que hajan el depositario y los veedores, sin perjuicio de abrirlos todos y practicar yan sidoyregistrados,
de arrobas que contengan y l;s fechas, tanto
un escrupuloso registro en el caso de qull tuvieren alguna sospecha ó des- en la que el registro senúmero
hizo,
como
la en que se expida la boleta, todo con
confianza.
número.Y
letra,
firmándose
aquella
por el depositario, los veedores y el que
7! No se procederá al registro de ninguna grana, sin que previamente se presento la grana.
haya hecho la separacion respectiva de sus diferentes clases, bajo el concep17. No se permitirá la extraccion de ninguna cantidad de grana para fue•
to de que solo se admitirá la clasi~cacion que sigue:
ra
del Departamento de Oa.jaca si no está registrada, y solo la administraPrimera. Grana blanca de cngordadura y cosecha.
cion
principal de alcabalas podrá expedir guias para su conduccion, presenSegunda. Granas madres ó zacatillo y granilla.
tándole
sin postdata ni enmienda la boleta prevenida, con la cual se acredita•
Si esa separacion no se hubiere hecho, se mandará practicar por el depo- rá que está
registrada la grana, siendo de la responsabilidad del administrador
sitario y veedores, á costa de los dueños.
la
infraccion
que se note en esta parte, para. lo cual se conservarán en el ar8~ El registro se practicará porJos veedores precisamente en la casa des- chivo de la Administracion
las boletas referidas.
tina.da al efecto y á presencia. del depositario y del interesado, cuidando ba18.
Mensualmente
remitirá
esa oficina á la junta una noticia circunstan•
jo su mas estrecha responsabilidad, de que se haga. la separacion de clases
ciada
de
las
guias
que
se
hayan
expedido para la extraccion de granas, exde que habla. la prevencion anterior, y de que la grana, sea de la clase que
presando
el
punto
á
que
se
dirijan,
número de sobornales 6 bultos, arrobas
fuere, no contenga en sí materia alguna de a.dulteracion, como lo es toda esque contengan, clase de grana, fecha en que la guia se expidió y derechos
pecie de goma, escepto la muy poca que naturalmente contiene la grana, que
hayan causAdo. Igual noticia, por lo tocante á boletas exfedidas en el
piedras de hormiguero, tízar 6 tizaque, terrocidades ó los llama.dos bodo·
mes,
pasará el depositario á la misma Junta, para que confronta.ndolas entre
ques, semillas de cebollas, gusanos 6 grana fingida, marmaja ó arenilla, gresí,
pueda
conocer si ha habido fraude, y promueva ante el Prefecto la prota ó cal en disolucion por medio de agua, almidon para color, y todo otro vidench que corresponda.
cuerpo estraño.
19. La conduccion de granas á la casa del registro, así como las operacio9ª La Junta designará los harneros con que se ha de practicar el reconocines
de envase, harneaduras para reconocimientos, seperacion de clases, nue·
miento, y los veedores, para ejecutarlo, observarán el siguiente procedi~
vos envases, lavados y todo lo demas que fuere conducente, será costeado
miento:
En primer lugar, harán uso del harnero que se fije para examinur si hay por los dueños, llevando al efecto los operarios necesarios para que todo se
haga con la violencia y oportunidad que requiere el mejor servicio.
exceso de polvo, ó si !11s primeras clases contienen granilla.
En seguida tomarán una parte del efecto y despues de un exámen escru- 20. El depositario habitará en la casa _de registro para la debida seguripuloso hecho por su práctica á la simple vista, echarán la grana en el agua dad de los intereses que van á quedar á su cargo. En una de las piezas se
contenida en una jarra de cristal, para observar si inmediatamente se preci- conservarán los sellos y demas utensilios, y en una caja bien construida y
reforzada con tres llaves diversas, se guardarán las cajitas de muestras de la
pitan al fondo las materias estrañas, como sucede cuando hay fraude.
grana
registrada. De esas tres llaves una tendrá en su poder el depositario
Por último, separarán otra cantidad de grana, que puesta dentro de una
otra
el
primer ;veedor, y la tercera el comisionado en turno de la Junta, qu~
botella pequeña con agua, y agitada despucs, demuestre si la grana está
adulterada con sal 6 algun otro ingrediente, haciendo ademas cuantos espe- conforme al art. 7~ del anterior decreto debe intervenir y vigilar las operarimentos juzguen convenientes para persuadirse de si hay ó no adulte- ciones de la oficina de registro. La puerta de la pieza tendrá tambien dos
llaves diferentes, de las que una conservará el depositario y otra el segundo
raéfon.
·
10. En caso de que resulte adulterada la grana presentada al registro por veedor, quedand? prohibido, bajo lar~sponsa.bilidad de estos empleados, que
se use de esos mismos sellos y utensilios por persona extraña, y que por
el comerciante, satisfará éste todos los gastos que se originaren hasta su motivo
alguno se saquen de la oficina.
completa purifica.cion, anotándose ademas en la boleta de registro que se
21.
El
depositario llevará un libro en que deberán constar por numeraexpida, y en el rótulo de la que se conserve en la cajita de muestras, para
cion
progresiva
todos los registros que se practiquen; asentándose la partida
contestar á los reclamos que puedan hacerse, que dicha grama fué lavada y
luego que aquellos se verifiquen y expresándose en ella el nombre y apelliacondicionada por el registro.
Este se hará por el órden con que los interesados se presenten, y la mues- do del que presentó la grana, las clases de ésta, número de sobornales ó bultra de cada partida se depositará en una pequeña caja, cada una de las cua· tos, arrobas que contengan y la fecha del registro, cuyas partidas serán fir.
les se sobrecartará, uniéndose el_ papel con oblea y lacre, cuyos gastos se madas por el depositario, los veedores y el que presentó la grana.
cubrirá.u de la cantidad destinada para los menores. Solo en el caso de que 22. Al fin de cada semestre entregará el depositario dentro de ocho días
ella no bastase á cubrir esos gastos, se tomará del fondo el importe de lo al Prefecto político, una copia de todas las partidas que se hubieren asentaque faltare, haciéndose entonces los respectivos asientos de egreso, con au- do, la cual se pasará. á la Junta, para que con presencia de los datos á que se
refiere la prevencion 18, forme un estado comprensivo de todas esas partitorizacion del depositario y los dos veedores. Sobre la cubierta de las refe- das,
el cua.l se remitirá á este Ministerio.
ridas cajas, se anotará por el gefe del registro la fecha en que esta operacion
23.
Al recibir el depositario la grana para su registro, expedirá al que la
se practicó, el número de la partida, el de fardos de grana igual á la de la
muestra contenida. en la caja, el número de arrobas y el nombre y apellido presente, un recibo circunstanciado de ella, con expresion del número de sode la persona que presentó la grana al registro, firmándose esta razon por bornales, su peso y calidad, cuidando de recoger ese recibo cuando la grana
esa misma persona, y ademas por el depositario y veedores: todo lo cual se devuelva despues de registrada, y de que el interesado le extienda un-documento en que conste la devolucion, redactado ell' los mismos términos cuse ejecutará inmediatamente que el registro se concluya.
'
11. A fin de que pueda satisfacerse á Joq reclamos que se hagan por yas constancias se conservarán por órden en el archivo del registro.
24.
Cuando
á
algun
comerciante
ó
individuo,
así
de
la
capital
de
Oajaca
las operaciones del registro, se reservarán á la oficina por espacio de dos
años, las cajas de que habla la prevencion anterior; y si dentro de ese tér- como de otro punto, se le propusiere en venta en cualquiera parte del Demino se promoviese algun reclamo, serán abiertas las cajas en presencia de parta.mento alguna grana y tuviere funda.dos motivos para creer que está
la Junta, y en ca.so de resultar adulterada. la grana respecto de lo asenta.dt, adulterada, podrá ocurrir á. la oficina del · registro para que del todo de la
en la boleta de registro que para su despacho se expidió, procederá á puri- muestra, se practique el reconocimiento correspondiente. Si por este resulta
ficarse la parte dañada, pesándose ésta y calculándose la que contendría los comprobada la adulteracion, se dará conocimiento inmediatamente al juez
tercios cuyo número consta registrado; se exigirá el importe que-tenia al tiem- de Hacienda, para que disponga la trasla.cion de la grana, y purificada de la
po de haberse hecho el registro al depositario y veedores que lo practi- parte dañada, se cobrarán los gastos de la operacion, y el resto desu importe luego que se realice, ingresará á los fondos de la oficina de registro en
caron.
armonía con lo que dispuso la prevencion 25 del decreto de 20 de Oct;bre
12. Registrada Ja, grana y califica.da de buena, se cerrarán los fardos en de 1855, circulado en 22 del mismo.
la forma acostumbrada, cosiendo ademas las cabezas con hilos que no con25. Todo habitante del Departamento de Oajaca, tiene derecho para detengan añadiduras; y unidos sus estremos, á cuatro pulga.das de ellos se en- nunciar la existe°:cia de gra?as a.dult.er~das ó las preparaciones g_ue se hagan
lazarán con un firme a.marre de plomo que se sellad. á golpe de martillo. para su adulterac1on, y los Jt1eces á qwenes se presente la denuncia, proceTodos los bultos serán ademas sellados con el marchamo de tinta, sobre las derán inmediatamente á asegurar la grana 6 materias denuncia.das, cuidando
cuatro costuras de ambas cabezas, y en la medianía de los cuatro costados, que dentro de veinticuatro horas se practique el reconocimiento respectivo
concluido todo lo cual se procederá á su envase.
p~r la oficina del registro y por dos peritos de notoria honradez y C()noct13. Se esceptúan de la prevencion anterior los tercios· de pura granilla mientos en el ramo, nombra.dos por la Junta, procediendo á instruir la cau•
que solo llevarán los marchamos de tinta sobre las costuras de ambas ca~ sa respectiva con arreglo á derecho y á la aplicacion de la pena corresponbezas.
dieJ1te; pero si la denuncia resultare falsa se entregará la grana al denunciado,
14. El sello para la marca de tinta será circular y de cuatro pulga.das de y el denunciante quedará obliga.do á resarcir á aquel los perjuicios que le
diámetro, llevando en el centro el escudo de armas del Imperio y en la or- hubiere ocasiona.do, en lo que los estime, por relacion jurada, á juicio y cala el mote de "Gr~a registr~a en Oajaca." El que se estampe sobre el lificacion de la misma Junta, y en caso de no tener el propio denunciante replomo, será de la c1rcunferenc1a de un cuarto de peso, con el mismo sello y cursos pecuniarios con que hacer la indemnizacion, sufrirá una pena de seis
el mote de "Imperio mexicano."
meses hasta dos años ~e obras púb~icas, segun las circunstancias, y lo que
15. Cerra.dos y sellados los bultos, quedarán en la oficina del registro en esta parte estableció la prevenc1on 27 del referido decreto de 20 de Oc·
cuidando el defositario d~ su conservacio°: en el mejor estado, sin permitk tubre de 1855.
que se abran m por el mismo dueño, á qwen se entregarán para que en la
26. Conforme á la última prevencion del mismo decreto, si la grana resulmisma casa del registro se levante la carga cuando salga á su destino sien- tare adulterada., al denunciante se le dará la mitad de la que quede buena, y
do de la res~onsab!lidad del propio d~positario, la falta de cumplimi;nto á la otra mitad se aplicará á los fondos de la oficina de registro. Si la denuncia
esta prevenc1on, as1 como de la au~ruiad que por cualquier motivo dispen- fuere de las preparaciones paro su adulteraciou y resultare cierta, se imponse en parte ó en todo su observancrn. En ·caso de que el depositario la in- drá ta.mbien por el juez al culpado, una multa proporciona.da. al delito, que
frinja, darán parte los veedores á la Junta; y si la autoridad política contra- se dará íntegra al referido denunciante.
viniere á ella, la misma Junta dará cuenta del hecho á este Ministerio.
México, Julio 11 de 1865.
16. El depositario tendrá el competente número de boletas impresas pa·
El Ministro de Fomento,
ra que concluido el acto del registro, se expida al que hubiere presentado la
Lurs RoDLES PxztraLA.
grana, una que contenga el número progresivo correspondiente al de la partiqa de asiento en el libro y en la caja de la muestra. La parte impresa de
la boleta tendrá un sello y un letrero que diga: "Registro de granas en Oaja-

�DIARIO DEL IMPERIO.

44

NO OFICIAL.
CUMPLEAÍiOS DE S. !l. EL EMPERADOR.

-

almonedas los dias 18 y 28 del corriente, y 8 del entrante mes de Agosto, á las doce, sien
do la última con calida&lt;l'de remate.
Lo que aviso 111 público, para que la persona que quiera hacer postura, ocurra á la Se
cretaria del propio Juzgnd0, donde se 1e darán lns instrucciones que ministran los autos
México, Julio 13 de 1865.-Por ocupacion de mi compañero Fernandez Guerra, Urba
no Morali, Escribano público.
444-6a-1

Ha sido celebrado en todas partes con grande entusiasmo, segun
vemos en los periódi'cos ,fo los Departamentos. Publicarnmos en los
JUZGADO 2? DE LO CIVIL.
próximos números las descripciones de las fiestas con que algunas poEl Sr. Juez 2? de lo ci,il, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda ni remat.e de
blaciones han solemnizado los dias del Soberano.
la casa núm. 7 de la primera. calle de Necatitlan, de es~ capital, valuada por el perito in
VOTO DE GRACIAS A S. !l. EL EMPERADOR.

Prefectura política del Departamento de Tlaxcala.-Tlaxcala, Julio 3 de
1865.-Exmo. Sr.-El presidente de la. Municipalidad de Calpulalpan, en
oficio de 30 del mes anterior, dice á esta Prefectura superior, lo que sigue:
"Impuesto el ilustre Ayuntamiento y este vecindario, del imperial decreto
por el que se ha servido. S. M. el Emperador ?oncedernos las ag~as de los
manantiales de Atrompa, que podemos conducir para esta poblacion por el
acueducto anti~uo, se han lle~rndo de júbilo y entusias~o para proceder. inmediatamente a la limpia de ese acueducto, para que as1 cesen las necesidades que tanto tiempo se han sufrido con notorio perjuicio de la salubridad
pública, por la que jamas se han interesado ni de aquella~ se han compadecido los que han sido dueños de la hacienda de Nanacam1lpa, hasta su actual
poseedor D. Fernando Pontones. A 1a expresada Corporacion el vecindario
le ha encomendado manifieste á S. M. J. su reconocimiento por el bien ta¡:¡
sefialado que se ha dignado dispensarle, engrandeciéndolo. Así, el ilustre
Ayuntamiento, al cumplir con este deber, da á S. M. I., tanto por su parte,
como por la del vecindario expresado, un voto singular ~e gracias en reconocimiento de dicho beneficio, por lo que no cesará de repetir la cumplida
justicia y benevolencia con que S. M. I. se sirvió expedir el decreto expresado. En consecuencia, tengo el honor de comunicarlo á V. S. por acuerdo
de la misma Corporacion, suplicándole se digne elevar por su respetable
conducto, este voto á S.M. J., obsequiando así los deseos de esta poblacion."
Y tengo la honra de trascribirlo á V. E. para conocimiento de S. M. el Emperador.-Dios guai·de A V. E. muchos años.-El Prefecto superior, J. Bibiano Belti-an.-Exmo. Sr. Ministro de Instruccion pública y cultos, encargado del Ministerio de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Julio 10 de 1865.-El Subsecretario de Gobernacion,

Fmncisco J. Villalobos.
LLEGADA DEL VERA.CRUZ.

Este vapor americano ha llegado á Veracruz hoy en la mañana,
procedente de Nueva-York. Entre las noticias que trae, se anuncia
la de haber muerto D. Manuel Doblado en Nueva-York el 19 de
Junio.

AVISOS OFIOIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

geniero D. José Higinio Gutierrez, en nueve mil doscientos diez pesos($ 9,210); seiialando
para la t.ercera almoneda, con calidad de remate, el 20 del corriente, á las doce, en el local
del Juzgado, sito en el Palacio de Justicia.
Lo que a.viso por el presente, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran
á la Sccretnríti del mismo Juzgado, donde recibirán las instmcciones que ministran los
autos.
México, Julio 12 de 1865.-Migud F. Guerra.
445-4s-1
JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NU!I. 8.
ORDEN.

Ignorándose el paradero de D. José Briagas, por la presente so le cita y emplaza, para
que en el término de ocho días comparezca en este Juz~ado á contestar la demanda que
en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Pedro Stnmatter; apercibido de que si no
se presenta, se seguirá el j uioio en su ausencia y rebeldia.
México, Julio 8 de 1865.-1. Bravo.
440-Se-2
CONVOCATORIA.

El Sr. Juez l\&gt; sustituto de letras de esta capita.l, que conoce.del intestado de D! Lean
dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio ÍI los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta ellas ocurran ÍI deducirlo por sí 6 por personas eufi
cientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará e
perjuicio á que·hubiere Jugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajnato, á nuQve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-23

AVISO IMPORTANTE.
FRACCIONA.MIENTO DE LA HA.&lt;'JIENDA DE SAN BARTOLO,
SITUADA A INMEDIACIONES DE MORELIA.

La Junta menor del concurso de D. Jnan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
que por los acreedores del mismo le fuá hecho, y con arreglo á las facultades que le foe•
ron concedidas en lü convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año an•
terior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la hacienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
fuere mas conveniente á los intereses generales del conclll'llo. En tal virtud, se invita á
todas las personas que deseen adquirir alguna 6 algunas de las porciones de terreno de la
mencionada hacienda, se sirvan ocurrirá la referida Junta menor, que tieno su radicacion
en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
como último término para. estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
Morelia, Junio de 1865.-Lttis lturbide.-Luis G. Segura.-Luis G. Barrera.
382--408-25

AVISOS PARTIOULARES.
GRAN REMATE
DE LAMPARAS DE KEROSENE,

Para el mártes 18y miércoles 19 dd corrient;;á las DOCE EN PUNTO, en d Gran Hotel
de Comisio11es, calle de la Perpetua núm. 8, estando á la vista el domitlgo 16 y lúnes 17.
Relacion de loe espedientes para cuyo despacho se nooesita la presenoia de los intereEl que suscribe rematará una gran factura de lámparas de Kerosene, candiles, globos,
1ados en esta oficina.
veladores de papel, mechas, etc., etc., por cuenta de una casa importadora de esta corte.
En la Seccion l~-316, 483, 1,152, 2,539, 2,831 y 2,93'2.
Estos efectos, como todos los que se venden en esta casa, se rematarán real y positiMEn la Seccion 2~-493, 636,915,934,965, 983, 1,352, J,951, 2,5012,521, 2,641, 2,675, mente al mejor postor, y por lo tanto, hasta los comerciantes encontrarán una oportunidad
2¡989 y 3,709.
rarísima para. obtener surtidos ~andes y de gust.o de dichos artículos.
1
En la Seccion 4~-918.
Las ventas son al contado y s111, reclamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios, si esta comparecencia antes de veinticuatro horas.
no se verifica.
México, Julio de 1865.-lgmicio Diaz Triujeque.
443-6s-1
Nota.-Se hace saber ÍL la persona interesada en el espediente núm. 2,932, que su preAVISO.
sencia se hace ya indispensable en esta oficina para el despacho de dicho espediente. AdLos acreedores al concurso de J. Coquelet pueden ocurrir al despacho de los Sres. T.
virtiéndole, que si dóntro de ocho dias de la fecha de la pnmera publicacion no se presenta en esta oficina, se hará la revision de ese negocio con las noticias solas que hoy se tie- Labadie y C! en liquidacion, calle de Don Juan Manuel núm. 22, á r.ecibir nn dividendo de
15 por 100 sobre el importe de sus créditos.
nen, parándole el perjuicio que baya logar.
México, Julio 7 de 1865.-L. U. Deschamps.
438-:is-:-3
~ México, Julio 12 de 1865.
El Administrador de bienes naciunalizados,
AVISO AL COMERCIO
Juan Suarez y Na!larro.
Oon esta fecha y de comun acuerdo, queda disuelta la sociedad mercantil que giraba en
esta plaza bajo la razon de :Romano y Parres.
D. Femando Parres, continúa por su cuenta los negocios de la extinguida sociedad, y
se enca.rga de liquidar los pendientes con la misma.
México, á 30 de Junio de 1865.
4~s-4
' '
AVISO.

AVISOS JUDIOIALES.

r

NOTIFICACION.

El Sr. Juez 3\&gt; de lo civil, Lic. D. José Maria Cordero, ha mandado por auto de 7 del
que rige, se haga saber á las personas que ae presentaron como interesadas en el fidaicocomiso de D. Bartolomé Ruiz de Morales y no han deeiguado sua casas, ni han vuelto por
lo mismo á saber las determinaciones del Juzgado, que quedan abiertos los respectivos in
cidentes á prueba por treinta ellas improrogables, contados desde la primera p11blicacion
de este aviso; entendidos que si dentro do ese término no justifican su entroncamiento con
ol fundador, no serán considerados como parte en el prorateo que deberá hacerae del sobrante que quedó en el conou1·so á bienes del reiterado fideicomiso.
Y en cumplimiento de lo mando, pongo el presente en México, á 11 de Julio de 1865.José Raz G11zma11, Escribano público.
441-3a-1

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
4

CoMPARIA DE SEGUROS DE GLADBACII.

Capital de fondo...... •••• • . . . ••• 3,000,000 pesos prusianos.
CoMPARIA DE SEGUROS DE BAsILEA (BAsE1).

Capital de fondo . • ••• • . ••• • • • •• •• •• •••• 10.000,000 francos.

Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
necesarios para Jos que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,
400-lBOs-16
Habiéndose presentado D. Manuel Urrutia note el Sr. Juez 4\&gt; de lo eivil, solicitando calle de San Bernardo núm. 3.
ee Je dé segundo testimonio de la eecritur&amp; de reconocimiento por la cantidad de 3,602 pe~os 6 reales, fecha lP de Noviembre de 1819, otorgada por D. Juan Iguacio Fuentes en
favor de D~ JosefaFagonga, ante el Escribano D. Francisco Calápiz, y que i~orándose
&lt;1uiénes seaa los hercJderos 6 albacea del Sr. Fuentes, se les cite por loa periódicos; el Sr.
Juez proveyó de conformidad, señalando el término de quince días, contados desde la pri•
TEATRO IJrll&gt;ERIAL.
mora publicacion de est:e aviso.
México, Julio 11 de 1865.-Maimd T. de Meneses, Escribano público. 442-3a-1
En la noche de hoy y ú. beneficio do la Sra. D. Raimunda Miguel, se verificará la fun.
cion siguiente:
JUZGADO 2º DE LO CIVIL.
Se representa1·á la pieza en un acto, denomil).llda: Como marido y como amante; en se,
El Sr. Juez 2\&gt; de lo civil ha mandado se proceda al remate de dos casas y un terreno, guida la beneficiada bailará La madril.eiia, y para t.erminar el espectáculo se pondrá en
ubicados en Ciudad de Morelos, conocidos con los nombres de II Casa de Diligencias," escena el viajo en cuatro cuadros, intitulado: ¡Por seguirá una mujer!
"Fábrica del Calvario" y el II Colmenar," y los aparatos de destilacion que existen en la
fíibrica, valuttdls por el ingeniero civil D. Fl'Rncisco Chavero, en la cantidad de 5,283 pe,
IMPRENTA DE J . M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
sos 2ií ccubwos la primern; la segunda, en 13,289 pesos 50 centavos; el tercero, en 1,946
IIAjf\8 O&amp; SAN AOUSTIN'1 NlTM. ] ,
pesos 50 centa,·os, )' loR útiles &lt;fo In fübricn en 4,172 peRos; eeií11lándose ni efecto para las
CITACION.

DIVERSIONES PUBLIOAS.

,

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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EL

DEL

DIARIO

IMPERIO
\

MEXICO: Viernes 14 de Julio de 1865.

TOMO 11.

PROPIEDAD LI.TElWUA.

SUMARIO
PARTE OFIOIAL.-Cauclon presentada por el Dlreclor de las Compaftfas de seguros sobre la vida y con
tra incendios.
•
NO OPICIAL.-liiterior.-Noticlas diplomátlcas.-Operaclones mllltarr-i. Sumlsl(!n de unos disldenta en
el Departamento de Mazatlan -Mejoras moterlales. Prolongaclon de la linea telegraftca hasta Leon.-Propledad literaria. Oonceslon d; ella sobre una obra lntlt~ada: "Iconología."-Dlvlslon territorial. Traslaclon
de la Subprefectura de Iguala a Tasco.-El cumplenftos del Emperador en Orlzava Pue~la y Veracru.z.Entrada de pasajeros en Vcracruz y Guaymas en Junlo.-Socledad de Geografta y &amp;tad1sllcn. Acta del 22
de Junio.
Ell:úrior.-UJUmas noticias extranjeras.

PARTE OFICIAL.
MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION

Nlll. 161.

3ª
l\téfico, Julio 13 de 1865.

S1Jñor.-José· María.Maya, ante Vuestra Majestad Imperial respetuosamente manifiesta: que teniendo anunciada la publicacion de la obra intitulada:
"Iconología, ó tratado de alegorías y emblemas," para cuyo efecto se está
haciendo la traduccion del original frances, ilustrándolo con notas; y deseando aprovecharme de los beneficios que concede la ley de 3 de Diciembre de
1846, en su artículo 3~, que es el que trata de obras como la que pretendo
publicar; A Vuestra Majestad ocurro, suplicándole se sirva acordarme la
propiedad literaria que dicho artículo concede al traductor ó anotador de
cualquiera obra, para cuyo efecto acompaño á este escrito dos ejemplares del
prospecto que anuncia la publicacion,protestando enviar en lo sucesivo los
de las entregas que vayan viendo la luz, en lo cual recibiré una especial gracia.-Señor.-José María Maya.-A Su Majestad el Emperador¡Maximiliano.-México, Julio 8 de 1865.

D. Tomás Raya, Director delas Compa~ías sobre la vi~a y de inMinisterio depobernacion.-Seccion'3~-México, Julio 11 de 1865.-Accendios "La Bienhechora" y la "La Prev1sora," ha caucionado su cediendo
S. M. el Emperador á lo solicitado por vd., ha tenido á bien conmanejo por dicha D_i~eccion en 1~ cantidad de cien mil pesos, bajo cederle propiedad literaria para la publicacion de la obra intitulada: " Iconolos términos y_condiciones presentas por esta Secretaría.
logía, ó tratado de alegorías y emblemas;" en el concepto de que deberá deEl Subsecretario de Fomento,

Manuel OrozcQ.

NO OFICIAL.
NOTICIAS DIPLOf\{A'l'IC.AS.

S. M. el Emperador ha recibido las siguientes cartas autógrafas de su au·
gusto hermano el Emperador de Austria:
Comunicándole que la Serenísima Princesa María Anunciada, Esposa de
Su Alteza Imperial, Monseñor el Archiduque Cárlos Luis, Hermano de ambos Soberanos dió á luz un Príncipe que recibió en el bautismo los nom·
bres de Otto Francisco José Cárlos Luis María.
Participándole que la Serenísima Señora Archiduquesa Clotilde, Esposa
de Su Alteza Imperial, Monseñor el Archiduque José, dió á luz una Archiduquesa;á quien se pusieron los nombres de Isabel Clementina Clotilde María Amalia Josefa.
Aceptando las insignias de la Orden Imperial del "A~uila Mexicana", que
le fueron enviadas por nuestro augusto Soberano, lo mismo que á Su Alteza el Archiduque Rodolpho, Príncipe Imperial de Austria.
· Ha recibido tambien S.M. el Emperador dos cartas de S.M. el Rey de
Italia· una aceptando las insignias de la Orden Imperial del "Aguila Mexicani, y la otra enviando á. S. M. el Emperador las de la Suprema Orden
, "de la Santísima Anunziata".
Por último, recibió tambien nuestro augusto Sobet'ano, una carta de S.M.
el Rey de Suecia y Noruega, aceptando las insignias de la referida Orden
Imperial del "Aguila Mexicana", y enviando á S. M. el Emperador las de
Su Orden de "los Serafines".
México, Julio 11 de 1865.
4

OPERACIODS lfiLl'l'AUS,

Ministerio de Gobernacion.-Imperio Mexicano.-Prefectura política del
Departamento de Maza.tlan.-Mazatlan, 12 de Junio de 18G5.-Exmo. Sr,
-El Comandante de la Guardia rural móvil del Rosario, Capitan de infantería D. Mauricio Castañeda, en comunicacion oficial de 8 del corriente me
dice que el 21 del próximo pasado Mayo, emprendió un movimiento con la
fuerza de su mando sobre la Sierra situada al Oriente de aquel Distrito, con
el objeto de atacar á los rebeldes de los pueblos de Matatan, Santa María y
Oto.titan, que se encontraban reunidos en el canton de Hornos; cuya operacion dió por resultado que sin combatir se sometieran los disidentes al nuevo
órden de cosas, segun las actas de recono,cimiento y adhesion al Gobierno
Imperial que en copias certificadas tengo el honor de adjuntar á V. E.
Qued; asegurado el reposo interior del mencionado Distrito, y la. mayor
parte de sus habitantes entregados IÍ. sus pacíficas ocupaciones ordinarias.
Dígnese V. E. elevar lo expuesto al conocimiento de S.M. el Emperador.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefeeto político, G. Almade.
Es copia. México, Julio 11 de 1865.-Jilrancisco J. Villalobos.
JitETORAS MA'l'ERIALF.S,

México, Julio 10 de 1865.

positar dos ejemplares de la obra en el Ministerio de Jnstruccion pública.El Ministro de Instruccion pública y Cultos, Encar~ado del Ministerio de
Gobernacion, Siliceo.
Es copia. México, J ulio,il 1 de 1865.-El Subsecretario del Despacho de
Gobernacion, Fmncisco J. Villalibos.
. DIVISION 'l'ERRITORIAL.

Prefectura política del Departamento de lturbide.-Cuernavaca, Julio 3
de 1865.-Exmo. Sr.-Aprobada pot el Gobierno de S. M. la division provisional del territorio de este Departamento, en 9.ue fué designado Tasco como Cabecera de la Subprefectura que residia en Iguala, se ha trasladado dicha oficina el dia 4 del corriente á la expresada poblacion de Tasoo.-Tengo
la honra de comunicarlo á V. E. para su conocimiento.-Dios guarde á V. E.
muchos años.-El Pr.efecto político, F. Gerard,o Gomez.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Julio 12 de 1865.-El Subsecretarió de Gobernacion,
Francisco J. Villatobos.
EL ClJl[pLEAÑOS DE S. lt EL DPERADOR.

El Orizave,io dice lo siguiente:
El 6 del corriente, cumpleaños de S. M. el Emperador, ha sido solemni·
zado en esta ciudad de la manera siguiente:
A las seis de la mañana hubo repique general en todas las iglesias. A las
nueve se cantó una solemne misa y Te Deum, á la que asistieron, ~emas
del respetable clero y varios particulares, el Señor Prefecto político, todas
las autoridades y empleados, el comandante superior y la oficialidad de la
guarnicion. En este acto hubo las descargas de ordenanza. El pabellon nacional fué enarbolado en todos los e~ificios públicos durante el dia, y las ca·
sas particulares estuvieron adornadas con cortinas. En la noche hubo ilumi·
nacion á pesar de la copiosa lluvia que caia.
El Señor Prefecto político felicitó á S. M. el Emperador á nombre del
Distrito, por medio de la comunicacion telegráfica siguiente:
.
"Hoy celebra México agradecido el 33~ aniversario del natalicio de V. M.
◊rizaba, Señor, que os debe por mas títulos que los demas pueblos del
Imperio, su adhesion y gratitud, pide en este instante al Dios de las nacio·
nes, en la iglesia parroquial, por medio de las autoridades que la represen·
tan, una feliz longevidad para el augusto príncipe en cuyas manos ha puesto
sus destinos.
Como mexicano y como representat;ite de este Distrito, me complazco, Señor, y tengo la honra de haceros esta manifestacio~ que puede dignarse recibir como un sincero homenaje del mas puro rendimiento y gratitud que
profesan á V. M. los habitantes de Oriz4.va."
S. M. el Emperador se dignó contestar en los términos siguientes:
"Remitido de México, Julio 6 de 1865.
Recibido en Orizava á las dos y cuarenta y ocho minutos de la tarde.
El Emperador al Prefecto Alonso M. Peon.
Bastante conmovido por la amable felicitacion que en nombre de la poblacion de Oriza.vame dirige V., le doy las mas espresivas gracias por sus
deseos, y V. las dará en Mi nombre á los habitantes de esa hermosa
ciudad."

Exmo. Sr. Ministro.. de Fomento.-Tengo el honor de poner en conocimiento de V. E., que con esta fecha queda prolongada la línea telegráfica del
Del Periódico Oficial de Puebla:
Interior hasta la ciudad de Leon.
El dia 6 de Jitlio.-Un repique á vuelo y las salrns de la artillería del
Recibid, señor Ministro, las seguridades de mi respeto y consideracion.fuerte de Loreto, anunciaron la aurora del dia feliz en que los hijos de Pue·
El Director, Miguel Vazquez Mellado.

�46

•

DIARIO DEL L'1PERIO.

bla, con extraordinario júbilo, se preparaban á celebrar por segunda vez el
aniversario del natalicio de nuestro augusto y muy amado Soberano.
Desde bien temprano, los balcones de las casas se adornaron con oolgaduras y vistosas flámulas, estando izado en todos los edificios públicos el
pabellon nacional. A las nueve de la maíiana, la comitiva se dirigió Qel palacio de la Prefectura política á la Santa Iglesia Catedral, donde se hallaba
el Sr. Comandante de la 2~ Division territorial, con todos los Sres. gefes y
oficiales de la guarnicion, celebrándose en seguida una solemne Misa, despues de la cual se cantó un Te-Deum, en accion de gracias al Todopoderoso, por haber concedido un afio mas de existencia al esclarecido monarca
que hoy empufia el cetro del Imperio mexicano. Concluida la funcion religiosa, regresó la comitiva al Palacio del gobierno, donde se disolvió. En la
noche estuvieron perfectamente iluminados, tanto los balcones de- todos los
edificios ocupados por oficinas del gobierno, como muchos de los particulares. Las músicas de uno de los cuerpos austriacos y la del RP.gimiento de la
Emperatriz, se situaron en la Pl¡iza de Armas desde las siete de la misma noche, tocando alternativ~mente hermosas y variadas sonatas. A las diez tuvieron lugar unos vistosísimos y bien dispuestos fuegos artificiales, cuyas ingeniosas combinaciones poblaron el aire de multitud de cohetes y luces de brillantes y variados colores. Así manifestaron el gobiei:no y los hijos de esta
hermosa ciudad, cuánta es su felicidad bajo el cetro paternal del Emperador
Maximiliano, por cuya larga vida dirigen sin cesar los mas ardientes votos
á la adorable Providencia.

El Monitor Veracruzano dice sobre lo mismo:

recorrieron las calles, víctoreando, con entusiasmo extraordinario, al Soberano de México.
~ntes d~ ~~cluir, pondremos en co~ocimiento de nuestros lectores que,
ha_b1end0 d1r1~1~0 e~ Sr. Prefecto super1~r y el Sr. Presidente del Ayuntamiento sus fehm~1ones al Emperador, a nombre del Departamento el primero, y de esta mudad el segundo, S. M. se ha dignado cont,estarles por la
via telegráfica lo siguiente:
"El Emperador al Prefecto de Veracruz.-Doy á V. las gracias por su
amable felicitacion y buenos deseos. En Mi nombre las dará V. á todo el
Departamento.
"El Emperador al Ayuntamiento.-Doy á vdes. y á la ciudad las mas
expresivas. gracias por s~ amable felicitacion ~e ayer, y la Emperatriz agradece tamb1en los votos smceros que le mamfiestan en el dia de mi cumpleaños."
Tambien se dignó S. M. dirigir al Señor Prefecto otro mensaje teleoráfico,
al saber que en su Augusto nombre iban á ser distribuidos á los pobres los
víveres á que hemos hecho referencia. Hélo aquí:-"El Emperador al Prefecto de Veracruz.-Por su telégrama veo las disposiciones tomadas para
celebrar el aniversario de mi nacimiento, inspiradas por sus humanitarios
sentimientos. Apruebo con placer estas medidas, y doy é. V. las gracias por
el recuerdo que las ha dictado, complaciéndome sus buenos deseos."
Terminaremos manifestando que, amantes como el que mas de nuestro
bondadoso Soberano, anhelamos que la Providencia lo colme de felicióades,
lo mismo que á nuestra Augusta Emperátriz, deseando que SS. MM. se
dignen cuanto antes visitar nuestra ciudad, para que personalmente reci:ban
sus demostraciones de fidelidad y adhesion.

ANIVERSARIO DEL NACIMIENTO DE S. M. EL EMPERADOR,

'

..

.

Bien decíamos en nuestro editorial del número anterior, cuando afirmábaLLEGADA DE PASAJEROS.
mos que los habitantes de Veracruz se apresurarian á demostrar su júbilo
México, Julio 13 de 1865.
con motivo del natalicio de nuestro augusto Soberano, significando de estQ
modo su agradecimiento por los beneficios que S.M. se ha dignado dispen- NOTICIA de los pasajeros llegados á Veracruz durante el me, pr6ximo pa,.
sado, con exprsnon de su sexo y nacionalidad.
sar á la ciudad. Así ha sido, en efecto, y preciso es confesarlo, en este año
Hombree. Mujeree.
hemos visto mas entusiasmo en la celebracion del cumpleafios del EmperaEspañoles
.
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43
2
dor. Esto, indudablemente, es el resultado de lo que tambien indicamos en
Franceses................................ 51
8
nuestro artículo anterior. Los mexicanos comprenden que Maximiliano I
Norteamericanos.. •· . ... . •..... . . . .... . . , . . 42
4
salvará su nacionalidad, y por lo mismo su carifio hácia él es cada dia maMexicanos
•..........
..
......
:
.
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.
25
2
yor. Cualesquiera que sean las opiniones políticas en México, tratándose de
Ingleses ................ , . . . . . . . . . . . . . . . . 4
1
la independencia nacional, existe la union.
Alemanes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , 5
En la noche del dia 5, víspera de la fiesta del Emperador, estaba p1·epara.Austriacos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
2
do un gran víctor, que debia recorrer las calles de la ciudad; pero los fuertes
Belgas...................................
1
aguaceros que cayeron desde las diez hasta el amanecer del 6, no permitieP ortugueses. . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . .. 2
ron su salida: no obstante esto, á la hora acostumbrada la. banda de música
Italiano...
.. .. .... .. .... .. .. ..... ... .... . 1
militar se situó en la Plaza de Armas, donde tocó durante una hora.
Despues del Te J)eum cantado á las ocho de la mañana en la iglesia maTotal .•................... 176
19
triz, al cual conrurrieron con el Seíior Prefecto superior político, el sefior Co, mandante de la Marina con la oficialidad de ella, el' sefior Comandante superior con los gefes y oficiales de la guarnicion, y las autoridades y empleados NOTIC_IA; d~ los pasajtros lugados al puerto de G,,~yma_s durante d mes de Mayo &lt;iltimo.
en los diversos ramos de la administrácion; volvió la comitiva al Palacio mu- con distincwn de su sexo, no expres6ndose sus nacionalidades por no haberlu indicado d
nicipal, y antes de disolverla, el seíior Prefecto le dirigió la siguiente alocu- capitan dd puerto.
cion:
Hombres........ . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . 42
Mujeres...................................... .. 7
Señores.
El segundo aniversario que se celebra hoy en México, del natalicio de
Total .. .. , . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . 49
nuestro augusto y magnánimo Emperador, es una festividad que debe ser
muy grata y solemne para todos los buenos mexicanos, que suspiran por el
El Gefe de la seccion de Cancillería, J. H. Manero.
bienestar y engrandecimiento de su patria, y que conocen las virtudes con
que la Providencia ha dotado al príncipe ilustre que, con tanto valor y abSOCIEDAD JIEXICANA DE GEOGRAFIA Y F..STADISTICA.
negacion, ha tomado sobre sus hombros la noble empresa de regenerar nuesMéxico, Junio 22 de 1865.
tro angustiado pais; na teniendo otro deseo que el de unir á todos los mexicanos y hacerlos olvidar los odios de partido, para que de este modo México
Publicamos á continuacion la acta número 24 de esta Sociedad:
lleoue á ser una nacion poderosa y feliz.
Aprobada
la acta anterior se dió cuenta:
,
§eñores: Dio¡;¡ guarde al Emperador Maximiliano; al sosten de nuestra
1?
De
una
comunicacion
del
Ministerio
de
Fomento,
remitiend,o para su
nacionalidad.
Cuando el Señor Prefecto pronunció las últimas palabras, un grito de ¡vi- publicacion en el Boletín, una Memoria sobre la determinacion de la posicion astronómica de San Juan Teotihuacan, practicada por el ingeniero ge6- ·
va el Emperaáor! se oyó resonar en todo el salon.
grafo
miembro de esta Sociedad, D. Francisco Jimenéz.-A la comision de
A las dos de la tarde pasó el seíior Prefecto á la cárcel pública, y puso en
libertad, á nombre del Emperador, cuatro de los correC'-cionales á quienes Boletín para su publicacion.
2? Del Sr. socio Nieto, de Córdoba, remitiendo el resúmen de las obserfaltaban pocos, días para cumplir sus sentencias.-Debemos consignar aquí,
vaciones
meteorológicas hechas por él en todo el año próximo pasado, y
que por disposicion del mismo funcionario, se repartieron entre los pobres
de la poblacion 1,500 libras de carne, 500 de pan, 300 de arroz, 400 de man- ademas, un cuaderno de instrucciones meteorológicas y tablas usuales presentadas é. la Sociedad meteorológica de Francia por su s~cretario el Sr.
teca, 400 de frijol y 200 de azúcar.
La ciudad estuvo engalanada todo el dia; cortinas y banderolas se veian Renou.-Que pase Este cuaderno é. la comision respectiva, y las observaen casi todos los balcones. Los pabellones de las naciones amigas fueron ciones meteorológicas á la comision de redaccion del Boletín.
3~ Del capi~an del 2? de Zuavos }fr. Ed. Pierron, remitiendo la contienarbolados en los edificios que ocupan los consulados.-Al comenzar el TeJ)eum y al ponerse el sol, fueron disparadas por los fuertes de San Juan de nuacion del trabajo que ha emprendido de la Formacion de un cuadro completo de todas las alturas barométricas conocidas 6 no de los puntos mas imUlúa y Santiago, las correspondientes salvas de artilleríii.
En la tarde tuvimos el gusto de ver bastante concurrido el paseo, que se portantes del Imperio, reducidas al sistema métrico-deci111.al.-Que se le dén
hallaba elegantemente adornado con banderas y escudos colocados á los dos las gracias y se pasen en comision al Sr. socio Jimenez.
4? El Sr. socio Durán (D. Rafael), presentó á nombre del Sr. general
lados de la Alameda. Sirvió de distraccion la cucafia que se hallaba puesta
en el centro de ella, y á que pretendieron subir algunas personas, habiéndo- D. Alejo Barreiro, un itinerario razonado del camino del Mineral del Monlo conseguido el matriculado Antonio Sanchez, quien con una destreza ad- te é. Tampico de Tamaulipas.-Que pase á la comision de itinerarios pamirable {le hizo dueño de las monedas y otros objetos destinados como ra su exámen, dando las gracias al donante.
5? Del socio D. Antonio García y Cubas, manifestando que por un grapremio.
Por la noche estuvieron iluminadés los edificios públicos y casi todos los ve y sensible cuidado de familia no habia podido remitir los documentos y
frentes de las casas particulares; pero lo que llamó la atencion fué una mag· planos que se le tien~n pedidos, y que ofrece remitir cuanto antes.
6? Se dió lectura al siguiente dictámen, que se inserta en la acta por
nífica portada, iluminada con gas, que se hallaba colocada en la puerta de
Merced. Las iniciales del Emperador, con una corona encima, se veían en acuerdo de la Sociedad:
ella, significando que esa demostracion era originada por el natalicio del SoLa Ulla, procedente del Departamento de Querétaro, que para su exáberano.
men pasó la Sociedad al que suscribe, ha dado los productos siguientes, cal·
La iluminacion de la Alameda estuvo perfectamente dispuesta, y la con· culados en cien partes.
currencia fué numerosísima. Dadas las diez de la noche se retiró de allí,
despues de haber sido quemados unos bonitos fuegos de artificio y elevados
Carbon ...•.......•.....•...•.•.•..•....•.. 69 00
algunos globos aerostáticos.
Cenizas .....•...........•.••....•••......... 8 80
Mas tarde, segun hemos tenido el gusto de saber ayer, muchas personas
Aceite betuminoso ..••.•.....•..•..... • ••••.• 10 00

47

DIARIO DEL IMPERIO.
Agua .....•... .... ...•.••.... . ...... ...... .
Gases, combustibles y pérdida .......•..•...•..

5 40

6 80
100 00

O .sea en Cok. . . . .. . • .. . . . . . . . . 77 80
Productos volátiles. . . . . . . . . . . . . 22 20
100 00
Las cenizas han dado arcilla ferruginosa, sulfatos, cloruros y carbonatos
de cal, de magnesia y de sosa.
La densidad de la Ulla es de 1,4084. El cok es compacto, algo desmoronadizo y de buena combustion: así es que si _e~ cria~ero fu~se abundante !n
Ulla, su esplotacion ha de ser de grande utilidad, mdustr1al y aun domestica.
Debo hacer notar que en el ejemplar recibido aparece algun carbon vegetal, bien caracterizado.
México Junio 14 de 1865.--rL. Rio de la Lora.
'
,
7? Se dió cuenta con el siguiente dictámen de la comision revisora de periódicos científicos:
"Comision revisora de periódicos cientificos.-El número primero del tomo décimoquinto de la Revista de Madrid sobre los progresos de las ciencias, contiene varios artículos de interes, pero extraíios en su mayor parte á
los trabajos de esta Sociedad. Merecen especial recomendacion, el resúmen
de las observaciones meteorológicas, hechas en el real Observatorio de Madrid duranté el afio de 1864. Las diversas consideraciones que se propuso
sati;facer el autor de este trabajo, y los buenos datos que ministran las tablas que ha formado, hacen el escrito muy recomendable.
Hay tambien un artículo sobre paleontología, relativo al descubrimiento
del esqueleto fósil pitecoideo, de un hombre encontrado en una de las cavernas de las cercanías de Gibraltar.
Una noticia sobre los petróleos de los Estados-Unidos, cuyo artículo es
de interes actual.
Por último, bajo el rubro de "Variedades", se hallan diversos artículos
de ciencias naturales, siendo uno el programa de los premios que ofrece la
Sociedad Económica Matritense, sobre agricultura, artes y comercio.
Los dos cuadernos de la "Sociedad Imperial de Aclimatacion", correspondientes á los meses de Enero, y Febrero del presente año, son bajo diversos
puntos de vista, de grande interes científico y económico. Los artículos relatí vos é. la aclimatacion en España, del arbusto papirífero del J apon, la Crónica y el Boletín de conferencias y lecturas, llaman laatencion entre los contenidos en el número l. Pero el número 2 es aun mas interesante, como puede juzgarse por la simple enumeracion de las materias que ~atiene,
y son: la organizacion de esa Sociedad para el año actual; los trabajos d~ la
sesion pública anual, entre los que figuran, ademas de la acta correspondiente, los premios propuestos por la Sociedad, y los que han sido fundados por
algunos de sus miembros; el discurso de apertura pronunciado por Mr. Drouyn
de Lhuys; la relacion de los trabajos de la Sociedad en 1864, leida por el
Secretario de la misma; el estudio de las Sociedades de Aclimatacion, presentado por Mr. Richad; la ojeada histórica del Dr. Martín ,de Moussy, sobre la introduccion y aclimatacion de los animales domésticos en el Continente, y con e~pecialidad del buey en el Rio de la Plata; por último, hay
una relacion del Conde D'Epremesnil, á nombre de la Comision de premios,
en que se ven los muchos que hay ofrecidos y que tapto influyen en los buenos resultados que actualmente obtienen las Sociedades de ese género.
Se ve, pues, que aunque extrafias esas materias á las que ocupan de preferencia á la Sociedad de Geografía, los individuos que la forman y el público en su caso, encontrarán en esas publicaciones diversos artículos instructivoá y útíles.
La Comision ha visto el cuaderno correspondiente al mes de Mayo de este año de los Archivos genera\es de Medicina. El simple anuncio de esa
public:i.cion mensual, tan conocida de los profesores de las ciencias médicas,
lleva colisigo la recomendacion que tiempo hace tiene ganada. Mas como
por una parte, las materias que comprende_ son igualmen~e ext'~as á la Sociedad de Geografía, y por otra, es convemente, ya que esta recibe los cuadernos, que se aprovechen de ellos aquellas personas á quienes interesa la
lectura de los artículos que coy.tiene, juzga conveniente el que suscribe que
se ponga en las actas el índice de los artículos, anunciando que los que tuvieren interes en leerlos, pueden pasar á la Secretaría de la Sociedad. La
Comh,ion cree qu&lt;! varios de los artículos' contenidos en el número que ha
examinado, como el del Dr. E. Pean, sobre el Endoscopio y _sus aplicaciones, la Revista general, los trabajos académicos y_ otros, serán vistos con interes. Convendria, ademas, que la Sociedad se proporcionara la Topografia
é Historia Médica de Estrasburgo, y del Departamento del Bajo Rhin, escrita por los profesores Stocber y Jourdes, obra recomendable por la exactitud de los datos que han servido á su formacion, y porque no es extraíia á
los trabajos de la Sociedad.
La última publicacion que se ha pasado al que suscribe, es una hoja suelta relativa é. la expedicion científica de México, por el Sr. D. Ramon de la
Sagra. El interes que por su naturaleza inspira todo cuanto se escriba con
relacion á nuestra patria, sea en el sentido que fuere, decide á la Comision
á consultar, que haciendo traducir el artículo del Sr. la Sagra, sea publicado
tanto en el acta como en el Boletín. La Comision omite el dar á conocer el
juicio que ha formado de esa publicacion.
En vista de todo lo dicho, tiene el honor de consultar las siguientes proposiciones:
1~ La Secretaría haré. que sea publicada. en el acta una lista de todos los
artículos contenidos en los l!iguientes periódicos: Revista publicada en Mádrid, sobre los progresos de las ciencias; Boletines de la Sociedad Imperial
Zoológica de Aclimatacion; Archivos generales de Medicina.
2~ La Secretaría pedirá al Ministerio de Fomento, que haga traducir para su publicacion íntegra, tanto en el Boletin como en el acta, el artículo relativo á la Expedicion científica de México.
México, Junio 21 de 1865.-L. Rio de la Loza.

Tomados en consideracioñ los dos artículos des~ parte resolutiva, 'fueron
aprobados despues de una ligera discusion.
.
8? La Sec:retaría dió cuenta con el expediente relativo á la rectificacion
de un estandarte que existe en los archivos del Ayuntamiento de Tlaxcala,
y se supone ser del conquistador D. Fernando Cortés.-Que pase el expediente en comision á los Sres. Río de la Loza y Dr. Romero, para que dictai;ninen lo conducente.
9? El Sr. socio D. Rafael Durán, presentó un mapa del Imperio con la
division nuevamente acordada en cincuenta Departamentos, que el Ministerio de Fomento remitía á la Sociedad.-Que se registre en el libro respectivo y pase al Sr. Durán (D. Rafael) para que la tenga presente en los trabajos de itinerarios de 1ue se ocupa. •
10. Se recibió el resumen de las observaciones magnético-meteorológicas heéhas en el Real Colegio de Belen de la Habana, pertenecientes al mes
de Abril último.-A su expediente.
11. Se tomó en consideracion la postblacion que con fecha 7 del corriente hace el Presidente de la Junta auxiliar de Cuernavaca, de socios corresponsales, en los Distritos de Tasco, en D. Celso Muñoz; para Iguala, en D.
Manuel Lavin; para Yautepec, en D. Ignacio Ecala; para Cuautla Morelos,
en D. Lúcas Urrutia, y para Tetecala, en D. Albino Celis, cuyas personas
fueron aprobadas por unanimidad.
12. Se tomaron en consideracion las dos postulaciones hechas en las sesiones anteriores del dia 11 de Mayo último y 16 del corriente, para socios
corresponsales, del subteniente del 1? de Zuavos D. Emilio Savary, y del
capitan de caballería Mr. Fouchet de Saint-Maurice, en el Canadá, quienes
fueron aprobadoiil.
Con lo que conéluyó la presente sesion, é. que asistieron los Sres. Vicepresidente, Aguilar (D. Jesus María), Andrade, Castillo y Lanzas, Dr. Durán, Durán (D. Rafael), Fleury, Larrainzar (D. Manuel), O'Gorman, Ortega, Dr. Romero, Rio de la Loza, Soto y el secretario perpetuo que suscribe.-J. M. Arroyo.
EXTERIOR.
ULTllUS NOTICIAS DE EUBOPA.

El dia de la llegada del Emperador Napoleon á Paris, de regreso
de Argel, el Príncipe Napol~on dió una caida del carruaje por haberse desbocado los caballos, lo cual le impidió presentarse el dia siguiente en las Tullerías.
La discu ion del presupuesto en el Cuerpo Legislativo, dió lugar
á un ruidoso debate sobre los asuntos de México. Ya se sabe, por el
despacho telegráfico publicado ayer, que el articulo relativo se aprol,6 yor unanimidad, menos trece votos.
Entre las especies que alegó la oposicion para combatir la polftica del Gobierno en México, una fué que el general de Castagny hauía hecho incendiar una villa llamada. de San Sebastian, con tres ó
cuatro mil habitantes. Excusado es decir que todo México sabe que
esto es un cuento.
Una carta de Roma, de que hablan las correspondencias de Paris,
dice que la Comision mexicana babia tenido muchas conferencias
con el representante de la Santa Sede, y que las negociaciones continuaban siempre con esperanzas de buen éxito.
El Emperador de Austria había hecho un viaje á Hungría, donde
fué recibido con grande entusiasmo.. "Va á operarse, dice una carta,
una reconciliacion entre Austria y Hungrfa."
"Se han celebrado exequias en muchas iglesias de Bélgica, dice
una carta de Paris, por los que sucumbieron en el co¡nbate de Tacámbaro; y al mismo tiempo (era cosa prevista) 300 voluntarios se
han presP.ntado para marchar á México y vengar á sus compatriotas. La Bélgica no se limita á llorará sus hijos, sino que los reemplaza. Nada es tan contagioso como el heroismo."
S. M. la Emperatriz Eugenia, durante la ausen0ia del Emperador
condecoró con la cruz de la Legion de Honor á la Srita. Rosa Bonheur, célebre pintora de paisajes y animales.
El Emperador Napoleon entró en Paris el 10 de Junio á las cinco
de la tarde. La Emperatriz babia salido á recibirle á Fontainebleau
con el Príncipe imperial. Su entrada en Paris se señaló por grandes
demostraciones de entusiasmo.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES -NACIONALIZADOS.
AVISO.
Relacion de los eepedientea para cuyo deepacho ee neceeita la presencia de loe int.ere•
sadoe en eeta oficina.
En la Seecion 11!-316, 483, 1,152, 2,539, 2,831 y 2,932.
En la Seccion 2~-493, 636, 915, 934, 965, 983, 1,352, 1,768 1,951, 2,5012,521, 2,641,
2,675 y 3,709.
En la. Seccion 4!- 918.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negooioe, ei esta comparecencia
no se verifica.
Nota.-Se hace saber á la persona intereeada en el espediente núm. 2,932, que su presencia se hace ya indispensable en esta oficina para el despacho de dicho eepediente. Advirtiéndole, que si dentro de ocho dias de la fecha ~e la pnmera publicacion no se preeenta en eeta oficina, ee hará la revieion de ese negocio con las noticias solas que hoy se tienen, parándole el perjuicio que haya lugar.
México, Julio 13 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Juan Suarez y NaTJarro.
'

I

�DIARIO DEL IMPERIO.

48

para la tercera almoneda, con calidad de remate, el 20 del corriente, á las doce, en el local
del Juzgado, sito en el Palacio de Justicia.
Seminario núm. 9.
Lo que aviso por el presento, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran
Ignorándose la habitncion de D. Luis Barragnn, y necositrmdose en esta Secretaría pa- á la Secretarla del mismo Juzgado, donde recibirán las instrucciones que ministran los
ra hacerle una notificncion relativa al cspcdicnte núm. 1,468, se le cita por ol presente autos.
445-4s-2
para que concurra á ella dentro de tcrceM din; npcrcibido que de no verificarlo, se se- México, Julio 12 de 1865.-Miguel F. Guerra.
gnirá adelanto el negocio sin oirlo.
JUZGADO 6~ MENOR.-CORDOBANES NUM, 8.
l\161ico, Julio J3 de 1865.
El Subsecretario del Consejo de Estado,
ORDEN.
4a- 1
José M. Rodriguez y Cosío.
Ignorándose el paradero de D. José Bringas, por la presente se le cita y emplaza, para
que en el término do ocho dins comparezca en este Juz$ado á contestar la tlemanda que
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Pedro Stmnntter; apercibido de que si no
AVISO INTERFJIANTE.
se presenta, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
En los almacenes de esta Aduana existen sin documento, los bultos que.espresa la lista
México, Julio 8 de 1865.-1. BratJo.
440-Ss- 3
que se pone á continuncion, y á cuyos duc~os se citn por medio del presente, para que
dentro de treinta dins, contados desdo esta fecha, ocurran á sacarlos, acreditando su proCONVOCATORIA.
piedad; entendidos de que de no verificarlo, se procederá á lo que hubiere lugar.
El Sr. Juez 11? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D, LeanAdministr11cion principal do rentaa ele :México, Julio 8 de 1865.
dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
•
El Administrador principal, ·
tado, á fin de qu~ dentro ~e sesenta ~i~s !)Curra~ á deduci_rl!) por si ó por persoflas !ufil. de la Barrera.
cientemente autonzadas; baJo el aperc1blilllento, s1 no lo h1c10ren, de que les parara el
LISTA de los bultos que sin documento existen en los almacenes de esta Aduana, hoy perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
•
dia de la f ulta.
Fech3s de entrada.
Bultos. quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s- 24
Mnrzo 4 de 1865. Un bulto, m~rcn o. ~ic... .......... .. . . .. . . .. .. .. .. . .. . . . . 1
Id. 14 de id. Dos cajas vino... . ......... ................ . ... . .......... 2
AVISO IMPORTANTE.
Id. 31 de id. Una caja marca NW.... • •• . . •.. . • • •. • • • •.. . • •. . . •.. . .. •.. 1
FRACCIONAMIENTO DE LA HACIENDA. DE SAN BARTOLO,
Abril 12 de id. Tres cojas puros, conducidas por Rafael Hernandez... . . . • •. • 3
SITUADA A INMEDIACIONES DE MORELIA.
Id. 15 do id. Una caja, marca L. T........... ................. .......... 1
Mayo 9 de id. Una barrica pasas........ . . . .. .. .. .. • • . . .. ... . .. .. • . .. .. .. 1
La Junta menor del cortcurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
Id. 26 de id. ·Una caja conducida por Dionisio Nava....................... 1
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le faeJunio 12 de id. Una caja conducida por Souvervielle, y rotulada á D. Ramon
ron concedidas en el convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año anCésar ................................................. 1
terior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del ~o, ha resnelto fraccion~r la haId. 16 de id. Una barrica, marca ar. o. c., conducida por Bauche..... •. . • • . 1
cienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y ténnmoa que
Id. 26 de id. Una cajita rotulada á Labadie.... .... .. .. .. • • .. .. .. ... .. .. . 1
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
Id. 28 de id. Dos bultos equipaje, conducidos por Gregorio L6pez.. ........ 2
todas las personas que deseen adquirir algnna 6 algunas de !ns porciones de te:i,-eno de la
Id. id. de id Una caja, marca Mv.. ................... .................. 1 mencionada hacienda, se sirvan o·currir á la referida Junta menor, qne tiene su radicacion
en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijo.do
_16
como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
México, Junio 30 de 1865.-EI Guarda-almacen, Joaquin Carbajal.
6a-l
Morelia, Junio de 1865.-Luis Jturbide.-Luis G. Segura.-L!tis G. Barrera,
.
382-40s-26

CONSEJO DE ESTADO.

AVISOS JUDICIALES.
CITACION JUDICIAL
El Sr. Juez 4~ de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, por auto de 8 del que cursa, en los
del concurso á bienes de la Sra. D~ Carlota Bullon, ?ara la eleccion de la persona que
forme el proyecto de gradnacion de créditos contra dicho concurso, ha mandado se cito á
junta general para In mañana del 20 ilel corriente, á las doce, haciéndose Ia· citacion por
los periódicos á los acreedores cuyo paradero y dolllÍcilio se ignora.
Y cumpliendo con lo mandado en el auto que se cita, pongo el presente, que surtirá los
efectos do notificacion personal respecto al Lic. D. Mateo Ortiz Perez y D. Ignacio Pedroso.
México, Julio 10 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
446- 3s-l

JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUM, 8.
Seminario n{¡m, 8.

-

rozGADO 3'? DE LO CIVIL,
En los autos que sigue la Sra, D~ Agustina Robledo de Revuelta, sobre que se libren
unos oficios á los Sres. Jueces de esta capital y de Morelia, y que se le reciba una infor.
macion, el Lic. D. J9aquin María Alcalde, como curador ad litem del menor D. Daniel
Chavez, ha presentado un escrito, al que recayó el siguiente a11to:- " México, Junio 2 do
1865.-Traslado por el término del derecho. Lo decretó el Sr. Juez y firmó: doy fe.
Cordero.-lslas y Bustamante, Secretario."
Con fecha 16 de Junio, el mismo curador se ha presentado, manifeatando que el 8Dterior inserto auto no se ha notificado á la Sra. Robledo por haberse ausentado, y pidiendo
se le notifique por los periódicos, que si no se presenta dentro de ocho días por sí ó por
apoderado instruido y espensado, continuarán las diligencias en su rebeld!a, entendiéndose
con los estrados del Tribunal. Y el Sr. Jaez, con la misma fecha, ha proveido el siguiente
auto:- " Como lo pide-."
Y cumpliendo con lo mandado, pengo la presente para que surta sus efectos.
México, Julio 5 de 1865.-Lic. N. Montes, Escribano de diligencias.
437-3a- 2

Por el presente y á instancia de D. Porfirio Mncedo, se cita á D. Juan Diaz, para que
por sí ó por apoderado con los requisitos de ley, se presente en este Juzgado en el término de ocho dins, contados desde In publicacion del presente, á contestar el juicio verbal
que por pago de pesos le promueve el nominado Macedo; apercibido de sentencia en reTENEDURIA DE LIBROS.
beldía si no comparece.
México, Julio 11 de 1865.
Una persona que ha recorrido el Interior, dedicado á la enseñanza del hermoso sistema
El Juez 8~ me110r, Lic. Zubiaga.
447-3a-l
d&amp;contabilidad por partida doble, cuyos conocimientos ha lo~rado propagar con muy buen
éxito, se propone fijar su residencia en esta capital con el llllSmo objeto. Garantiza su enTRIBUNAL DE COMERCIO DE lll:EXICO,
señanza, por honorarios convencionales, al alcance de las mas módicas fortunas, exhibidos
por una sola vez, y se.a cual fuere el tiempo que el discípulo tarde en aprender.
México, Junio 30 de 1865.
Este Tribunal ha proveido hoy el auto siguiente: '
La misma perRona se ocupará de hacer balances y liquidaciones de cuentas de comer. " México, Junio 30 de J865.-Por presentado con los documentos que acompaña. De- cio, de testamentarías y concursos, dentro y fuera de la poblacion.
Las personas que gusten ocuparla, pueden ocurrir á la Administt:acion de este periódiclárase l D. Fernando Rodriguez en estado de quiebra, cuya época deberá contarse para
los efectos de que hablan los artículos 781 y siguientes del Código de Comercio, desde el co, Bajos de San Agustín núm. 8, en donde se les darán mas amplias instrucciones.
·
dia de la fecha del presente auto, salvo lo que despues aparezca: procédase al aseguramien- México, 12 de Julio de 1865.
to de los libros, papeles y demas bienes del deudor, y á la detencion de su correspondencia,
GRAN REMATE
conforme al art. 794 del mismo Código: se nombra eíndico administrador á D. Mariano J.
Pllllqucl, y judicial al Dr. D. Cárlos Carpio, fijándose á los acreedores el plazo de veinte
DE LAMPARAS . DE KEROSENE,
dias para que presenten al síndico administrador los justificantes de sus créditos, y publicándose la providencia por medio de edictos y en los periódicos: fórmese el espediente de Para el mártes 18 y miércoles 19 del corriente, á las DOCE EN PUNTO, en el Gran Hotel
calificacion de la quiebra. Los Sres. Presidente y colegas lo proveyeron y firmaron.-Cas-' de Comisiones, calle de la Perpel.1ta n{¡m. 8, estando á la msta el do7!1ingo 16 y lúnes ]7
tillo.-García.-Abadiano.-Luis Rodriguez y Palacw."
'
El que sn.scribe rematará una gran factura de lámparas de Kerosene, candiles, globos,
Lo que pongo en conocimiento de los señores acreedores en cumplimiento de lo man- veladores de papel, mechas, etc., etc., por cuenta de una oasa importadora de esta corte.
dado.
Estos efe1Jtos, como todos los que se venden en esta casa, se rematarán real y posititJa
J. M. Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
448- 3a-1
mente al wjor postor, y por lo tanto, hasta los comerciantes encon~arán una oportunidad
rarísima para obtener surtidos grandes y de gusto de dichos artfotílos.
rozGADO 6? 111:ENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
Las ventas son al contado y sin rulamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
ORDEN.
antes de veinticuatro horas.
'
México,
Julio
de
1865.-Ignacio
Diaz
Triujcque.
443-,.6s-2
Se hace saber á D. Jacobo Carrera, que en su rebeldía se ha dado por contestada la
demanda 9.ue sobre pe~o~ 1~ promueve D. Jos~ Lozano, recibiéndose el juicio á prueba
AVISO AL CO111ERCIO
por tres dias, con nperc1b1m1ento que de no rendir la que le corresponde en dicho térmiOon esta fecha y de comun acuerdo, queda disuelta In sociedad mercantil que giraba en
no, se pronunciará sentencio. definitiva en este juicio.
esta plaza bajo la rnzon de Romano y Parres.
Mó11co, Julio 13 de 1865.-1. Bra¡¡o.
449-3s-1
D. Femando Parres, continúa por su cuenta los negocios de In extinguida sociedad, y
se encarga de liquidar los pendientes con la misma.
JUZGADO 3~ MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
México, á 30 de Junio de 1865.
433-Gs-G

AVISOS PARTICULARES.

ORDEN.

Se hnce saber al General D. Luis Percz Gomcz, que en su rebeldía so ha dado por contestada In dem&amp;n~n que sobre p~~os_le promueve D. Jos~ Lozano, recibiéndose el juicio á
prueba por tres d1as! con aperc1b1m1cnto que de no rendir la que le corresponde en dicho
t~nnino, so prouuncinrá sentencia definitiva en este juicio.
Mé1ico, Julio 13 de 1865.-J, Brm;o.
450-3s-1

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
CoMPARrA DE SEGUROS DE GLADBACH.

Capital de fondo... . . . •.. . • . • • • • • 3.000,000 pesos prusinnos,

JUZGADO 4'? MENOR.-1, DE SANTO DOMINGO NUM. 8,
ORDEN,

Co.MPARrA DE sEo uRos DE BAsrLEA (BAsE1).

Capital de fondo •• • •.. •• • • • • • • • • • •.. • • • 10,000,000 francos,
Por i~nornrse el domicil_io de D: ~g~neio L6pez, por la presento se le hace saber que
queda _citado para se,E,tencia en el Ju1c10 que en sn contra ha seguido en esto de mi cnrgo
Se aseguran muebles 6 inmuebles ÍI premio~ moderados, y se darán todos los infonnes
D. Gmllermo Garduno, sobre pesos y desocupneion
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañias,
México, Julio JO de 1865.-Lic. Poulet.
~
451-1
calle de San Bernardo núm. 3.
400-ISOs-17
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
El Sr. yucz 2~ ele lo ~ivil, Lic. D. Manuel Pavon, lm mandado se proceda ni remate de
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
la c~sn num. 7 ,do !ª.P!'1mer~ cnlle de Nccntitlan, de esta capital, valuada por el perito inge111ero D. ,Josu lltgml() Gut1c1·rcz, en nueve mil closcientos diez pesos ($ 9,210); seii11lanclo
BAJCl8 DB SAN AOUll'l'TN NUM , l ,

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>•

DEL

EL

IMPERIO

DIARIO
1

MEXICO: Sábado 15 de Julio de 1865.

TOIIO Il.

SUMARIO
PARTE OFICIAL.-Prevenclones para regularizar la enseñanza primaria en el Imp~rlo.
NO OFICIAL.-Artículo sobre especies falsas circuladas en Eutopa con relaclon al lmperio.-La C-Omlslon mexicana en Roma.-El cumpleaños del Emperador en Querétaro y Oajaca.-Mejoras materiales. Una
obra en el camino de Matamoros.-Sociedad de Geografia y Estadística.· Acta del 80 de Junio.
DENUNOIOS Y SOLIOITUDES.-Varios documentos sobre esto.

PARTE OFICIAL.
MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTO$.
SECC10N

l~

México, 13 de Julio de 1865.
Para regulariznr en el Imperio la enseñanza primaria, y mientras
se publica el Plan general de Instruccion pública, S. M. ·el Emperador se ha servdo disponer se observen h!s pr~venciones siguientes:
e Las autoridades políticas y municipales cuidarán por todos los
medios posibles, de que los padres de familia manden á sus hijos á
las escuelas, desde la edad de cinco á la de quince años, á menos de
que á juicio del preceptor, antes de cumplir ésta, tengan ya adqui~
rida la instruccion suficiente, castigando la renuencia 6 faltas de asistencia sin causa justa y calificada, con multas de un real á un peso,
segun las circunstancias del caso: cuyas multas ingresarán á los fondos del ramo.
2:1- Con este fin, harán que los respectivos preceptores les pasen
semanariamente una noticia de los alumnos que hayan tenido f~ltas
de asistencia, con expresion del número de ellas. La cantidad que en
el curso del mes se cobrare por mult.i.s, .se hará figurar en el estado
corte de caja respectivo.
.
3~ Los preceptores de las cabeceras de Distrito 6 Municipalidad,
darán academias los sábados en la tarde y los d1as feriados que hubier.e entre semana, á los preceptores de los pueblos y haciendas
de las demarcaciones respectivas, con el objeto· de uniformar el método de la enseñanza, y con el de proponer y adoptar en ella los medios que la experiencia tenga acreditados, para que los adelantos
sean r,ápidos y sólidos. Las aca&lt;lemias no se limitarán á esto solo, sino que en ellas los preceptores de las cabeceras procurarán dar instruccion á los de los pueblos y las haciendas en los diversos ramos
de la enseñanza primaria, especialmente en aquellos de que advirtieren mayor necesidad.
4~ Sin perjuicio de que las juntas locales de instruccion pública
visiten los establecimientos, como les está mandado pcr las leyes, los
Subprefectos y alcaldes municipales harán á menudo las mismas·visitas para cerciorarse de los adelantos de los alumnos, de la regularidad de las distribuciones, y de que los preceptores traten á los discípulos con la dulzura y buenas maneras que exige su delicado
ministerio.
ó~ Las autoridades locales vigilarán que los preceptores asistan
con puntualidad á los establecimientos, durante las horas de reglamento, castigando con multas proporcionadas al haber de un día, las
faltas que tuvieren en el c~mplimiento de sus deberes.
6~ Dichas autoridades, y las juntas respectivas de instruccion primaria, vigilarán igualmente, bajo su mas estrecha responsabilidad,
sobre la buena conducta y moralidad de los preceptores, teniendo
presente que en esta parte los buenos ejemplos son mas eficaces que
las palabras.
7~ Los Prefectos de los Departamentos procurarán generalizar la
enseñanza primaria, cuidando de establecer escuulas en todos los lugares donde falten, proveyéndolas de buenos preceptores y de los
útiles necesarios, y proponiendo arbitrios para su sostenimiento.
• Y de órden de S. M. lo comunico á V. S. para su inteligencia y
puntual observancia, á cuyo fin circulará las anteriores prevenciones
á los Subprefectos y autoridades municipales de ese Departamento.
Circular.

El Ministro de Instruccion pública y Cultos,

NlJI. f 62.

NO OFICIAL.
Habiendo los desafectos al Imperio perdido la esperanza de prolongar ventajosamente la lucha, sacandola del estado de vandalismo y pillaje que ejecutan algunas partidas sueltas en los puntos menos poblados, se han dirigido
á sus correligionarios y simpáticos amigos de Europa, para continuar la
guerra en otro teatro y con otras armas, proponiendose desacreditar el Imperio con groseras calumnias y fábulas absurdas.-Parece que un periódico
inglés [el Morning Advertiser] ha dado el tono, publicando que nuestro Emperador habia enviado su secretario de gabinete en mision especial cerca de
Napoleon IIIf para s~licitar que e~giera solemnemente del gobierno de los
Estados-Unidos el l'econocimiento del Imperio, advirtiendole que sin él le
seria imposible conservarse en el trono, y así se vería en la precision de abdicar.-A esta fábula absurda acompañan otras, tales como la de que el imaginario enviado de S. M. solicitó una audiencia del presidente de los Estados-Unidos para presentarle una carta autógrafa. de S. M., y que sufrió una
abierta repulsa.
La correspondencia particular recogió todas estas vulgaridades y otras
mayores, entre ellas la de que el Emperador negociaba con su augusto hermano, el recobro de sus derechos eventuales al trono de Austria; y como
esas especiotas se han repetido en letras manuscritas, se les dió crédito, sin
advertir que son copia de las impresas, y el efecto natural de las:adiciones
que hacen siempre los propagadores de noticias.-Lo único que en el caso
se puede extrañar es, que en la prensa de la capital se hayan reproducido
esas extravagantes especies por periódicos que se dicen adictos al Imperio, y
que en esai y otras publicaciones se manifiestan,-ó enteramente destituidos
de prudencia y prevision, ó sojuzgados todavía por el espíritu
,,, de rebelion
que ha causado las desgracias del pais.-Afortunadamente son conocidas sus
tendencias y motivos que las inspiran.
Para todas ellas no hay mas que una respuesta, que dispensa de entrar en
pormenores. Son absolutamente falsas: son invenciones malignl\S de los que
viendose vencidos y abandonados por la voluntad nacional, procuran falsearla alarmandola.-El imaginario enviado del Emperador no ha sido portador
de carta alguna: tan solo por la comodida:d del viaje tocó en los EstadosUnidos.-No solicitó del Presidente la audiencia que se supone, ni tenia
asunto que tratar con él. Tampoco el Emperador juzga que la nacion mexicana necesite como condicion necesaria para su existencia, el reconocimiento
de alguna otra. Quien así piense, la degrada, y los mexicanos son demasiado
celosos de su dignidad y autonomía para colocarse en tal condicion.-Si la
política de los Estados-Unidos exige que su Gobierno guarde la posicion que
ha tomado, aunqu~ sea sensible para México por las buenas relaciones de
amistad que ha mantenido con él, no por esto se alarma, pues con sus actos
ha ~ostra.do de una manera solemne, que guardará. fielmente las d~claraciones de neutralidad que ha hecho. Aun las empresas de filibusterismo que
malos mexicanos fomentaban, han caído por su propia impotencia.-En cuanto á las ideas y sentimientos personales del Emperador, solo hay que decir:
que siendo mexicano por adopcion voluntaria, llenará cumplidamente los
deberes sagrados que. le impone su nueva patria; que en la prosperidad ó en
la adversidad' se encontrará siempre á la cabeza de sus compatriotas, y que
si la Providencia, por sus i.nexcrutables designios, quisiera afligir al pais con
desgracias, se le encontrará. en el puesto que le ha señalado.

SrLICEO.

Se cirnu16 á los Prefectos de los Departamentos.

-·►

Recibida por Su Santidad la mision extraórdinaria que envió el Emperador, y excitada para indicar los puntos que deben ser materia de la negocia-

�•

50

•

t

cion, los presentó con un memorandum en que expuso el estad9 de la situaMucho sentimos que la improvisacion del Señor Prefecto no pueda ser cocion. Su S;intidad los acogió benévolamente, pasandolos á una congregacion nocida de nuestros lectores; pero habiendo sabido, que tanto el Illmo. Sr.
Obispo como porcion de los señores que la escucharon, se han dirigido á su
para que le diera dictámen. Esperábase que despachara próximamente.
Señoría para suplicarle que escriba su discurso, tenemos la esperanza de po·
derlo dar en otra ocasion.
,
Un tercer globo aerostático y los golpes de música, pusieron fin á la ceEL CUllPLEdOS DE S. M. EL EMPERADOR,
remonia, y la concurrencia quedó disuelta.
A las cuatro de la tarde se situaron dos músicas; una en la Plaza del ReDe la Esperanza, periódico oficial de Querétaro, tomamos lo si- creo,
para tocar en la maroma, y la,otra en la Alameda, para amenizar el
guiente:
·
paseo. En ambos puntos la concurrencia fué grandisima.
Et .ANIVERSARIO DEL NACIMIENTO DE s. M. EL EMPERADOR.
Los fuegos artificiales comenzaron á las nueve de la noche y terminaron á
Querétaro se ha conducido en la solemnidad del Santo de nuestro Sobe- las diez y media. Los aplausos del pueblo premiaron los trabajos del hábil
rano, no solamente como cumple á un pueblo leal y sinceramente decidido pirotécnico que se encargó de ellos. La serenata concluyó despues de las
en favor del Imperio, sino como corresponde á un pueblo que ama con ver- once de la noc~e.
dadera cordialidad al Emperador. Y decimos así del puebló de Querétaro,
CoNVITE. - El_señor Prefecto político, en celebridad del Santo de S. M.1
al dar principio á nuestra crónica del día 6, porque aunque sus festividades
·
fueron ordenadas por la autoridad, lo que ésta no puede mandar ni disponer dió una comida en su casa, á la que sabemos que fueron invitados:
y lo que el pueblo hizo, constituye el mayor mérito de la funcion. Por to- El Sr. Presidente del Consejo.
El Sr. Comandante superior y dos oficiales mas de In. guamicion francesa.
das partes se ha visto al pueblo, desde la ceremonia religiosa de la Catedral
El Illmo. Sr. Obispo.
hasta la terminacion de los fuegos artificiales y la serenata, lleno de regociEl Sr. Provisor.
jo, victoreando á S. M., y sin que el mas ligero desórden, en medio de la
El Sr. Cura de la paq-oquia del Sagrario.
multitud que estuvo llenando las calles, las plazas y paseos, viniese á acibaEl Sr. Comandante militar.
rar el gusto general del dia.
El Sr. Prefecto municipal.
Con ~rreglo al ):¡ando-progiama de la Prefectura municipal, desde la maEl Sr. Presidente del Tribunal Mercantil.
ñana temprano anduvieron las músicas y las bandas recorriendo la ciudad
El Sr. Administrador de rentas.
con el acompañamiento del pueblo y los víctores. A las diez de la mañana,
Los Sres. jueces de letras de lo civil y de lo criminal.
la comitiva reunida en la Prefectura política pasó á. la Iglesia Catedral, en
El Sr. D. Desiderio Sam_aniego.
donde el lllmo. Sr. Obispo cantó el Te-Deum, habiendo asistido al acto el
El Sr. D. Antonio Septien.
Sr. Comandante superior y veinte oficiales de la guarnicion francesa. ConEl Sr. Lic. D. Víctor Covarrúbias.
cluida la ceremonia religiosa, S. lllma., y los espresados señor comandante
El Sr. ingeniero Soto, encargado de la direccion del camino de Tampico.
superior y oficiales del ejército frances, se sirvieron agregarse á la comitiva
El Sr. Secretario de la Prefectura.
del Sr. Prefecto político para. concurrir al acto de las felicitaciones, las cua·
El Sr. D. Ignacio de la Borbolla, y los Sres. Regidores Lizardi, Galeana
les se verificaron en el salon del M. l. Ayuntamiento, por ser la localidad
y Cha.vez.
mas espaciosa y mejor dispuesta de palacio, en el órden siguiente:
La mesa estuvo muy animada y se pronunciaron brindis llenos de entuEl Consejo departamentaf
•
siasmo
y sumamente cordiales, segun el grande y noble objeto de la reunion.
El limo. Sr. Obispo, por sí y en nombre de todo el clero de su diócesis.
El Sr. Provisor, Lic. D. José María Ochoa, en nombre del cabildo eclesiástico.
El Boletin oficial ·de Oajaca del dia 7, dice lo siguiente:
El Sr. Regidor decano D. José María Li:r.ardi, á nombre del Ayunta-·
EL DI.A DE .AY.ER.
miento.
.
El Sr. Comandante superior, por sí y en nombre de la fuerza francesa perLas salvas de artillería, repique á vuelo de campanas y músicas que samanente y de tránsito en esta ciudad.
ludaron á. la aurora, anunciaron que el 6 de Julio es un dia de gozo y regoEl Sr. Comandante militar, por la guarnicion mexicana.
cijo pata el pueblo mexicano, porque es el natalicio de S. A. S. dE!l ilustre
El Sr. Lic. Cárcoba, juez de letras de lo civil.
príncipe escogido por la Providencia para traer la paz y dar la tranquilidad
El Sr. Administrador de rentas, por sí y en nombre de sus empleados. á este pueblo por tantos títulos digno de mejor suerte.
El Sr. Lic. Arreguiu, por el Tribunal mercantil.
A las diez del dia, reuni~os en el palacio nacional los funcionarios y emEl Sr. Cura Guisasola, vicepresidente del Consejo de Beneficencia.
pleados del órden civil y militar, y algunas personas particulares de la po·
El Sr. Recaudador de contribuciones.
blacion, se dirigieron para la santa iglesia Catedral, presididos por el Señor
. El Sr. Monsalve, empleado de la Administracion de Correos, por su ofi- -Prefecto político, y allí se cantó un solemne ,Te JJeitm, á que asistió el lllmo.
cma.
prelado diocesano y todo el venerable Cabildo. Durante la ceremonia la
El Sr. inspector de escuelas, en nombre de los establecimientos de edu- guardia de honor, compuesta de una compañía austriaca, hizo dos descargas
cacion.
magníficas por su igualdad, que hizo oír un solo tiro en cada una de ellas.
El Sr. Prefecto contestó particularmente las felicitaciones del lllmo. Sr. Concluida dicha ceremonia, la comitiva volvió al palacio de donde babia sa'
Obispo, Cabildo eclesiástico y Sr. Comandante superior, y en lo general las lido.
de los demas señores y corporaciones dichas.
. Al medio dia, el jóven aeronauta D. Sabino Escarreola, hizo su tercera
No hemos podido conseguir aún las copias de las felicitaciones y contesta- ascension aerostática, partiendo de la Plaza de Armás á la presencia de un
ciones del Sr. Prefecto, por lo que no las insertamos en este lugar; pero lo numerosísimo concurso que hacia presentar á dicha plaza sus balcones porharemos en otro de este número ó en el sigujente si las consiguiéremos.
tales y azoteas, una vista hermosísima y digna de la ate~cion de los 'fotóTerminada la felicitacion, el Sr. Prefecto invitó á los circunstantes para grafos para copiarla, como en efecto parece que algunos la copiaron. El
que los que gustasen se sirvieran acompañarlo á la distribuciori de premios aer?nat~ al emprender su marcha, lo verificó con Jal entusiasmo, valor y
á. la honradez y laboriosidad, cuyo acto debía verificarse en el salon público res1gnacion, que no pudo menos de arrancar mil v1ctores de aquel pueblo
d1sp~esto. y adorna?º al efecto en la plaza de la ~1dependencia. Todos los lleno de admiracion, cuando él al dar su despedida victoreó á la Nacion,
func10na~·1os y par~iculares p~·esentes aceptaron la invita:iion, y en el mismo armado con un pab~llon tricolor en cada mano, los que fué dejando caer seórden en qué volvió el eorteJ0 de la Catedral salió para el e~presado salon. gun se elevaba, haciendo otro tanto con un perrito que llevó, y que cayó sin
Colocados en sus asientos los concurrentes y en medio de un inmenso gen- novedad por el auxilio del paracaídas, lo mismo que Escarreola, que al destío, se inauguró el acto con una pieza de música, tocada por la banda mi- cender, y todavía á una distancia de mas de doscientas varas, salió de la
litar: concluida, se dió lectura al acta de premios qu~ verán nuestros lecto- ~nas~ill.a mediante el auxilio de un.a r~ata, en la_ cual ejecutó varias figuras
res en otro lugar, y se repartieron porcion de ejemplares de ella entre el g1:nnast1cas, entre las que la mas digna de atenc1011 fue una escuadra bien
pueblo. Los individuos premiados fueron llamados, y el Sr. Prefecto puso formada y por mucho tiempo sostenida. Vuelto á la tierra, regresó á Palaen las ~anos de_c~~auno,,en nombre de S.M. el premio y el diploma cor- cio, en donde recibió los aplausos y agradecimientos debidos á su mérito.
respondientes, dmgiendo a todos las palabras de conaratulacion mas adecua- En la noche toda la ciudad estaba iluminada, los edificios públicos, espedas al motivo de la distincion honorífica que habia; merecido. Por no ha- cialmente el Palacio, la Catedral y el Instituto de ciencias, presentaban una
l~a1:se presente el ex-religioso agustino Enciso, su premio y diploma los re· vista muy lucida; pero sobre todo, la Alameda central en que se formó un
c1b1ó, para presentárselos, el lllmo. Sr. Obispo. La música estuvo tocando templete para colocar, como se colocó en él el busto de nuestro Soberano
4urante la reparticion ~e las actas y la entrega de los premios.
estalaa brillante y costosamente iluminada por una numerosa cantidad de fa~ ·
Dos globos aerostáticos e1evados de entre la multitud, á la cual arrojaron rolitos de cristal de diversos colores, y por multitud de arañas con grupos
versos, am~ciaron al pueblo la. terminaci?n del reparto.
de otros mas chicos, formando figuras caprichosas é iluminados con gas. El
En seguida el Sr. Prefecfo hizo saber a la concunencia que en nombre de templete y la fuente estaban adornados con ma!míficas cortinas y flores del
0
§, M. para so~emnizar su anive!·sario ~on un_ ac~ pr?pio de.su paternal tiempo, colocadas con sencillez y elegancia.
amor a los n:iex1~nos y de su gemal munificencia, iban a repartirse ci.ncuen·
La concurrencia era tan abundante, que en la misma alameda, en que se
ta y dos vestidos a los presos mas necesitados de la cárcel y con efecto el hallaban colocados diversos grupos de músicos que alternativamente tQcaban
Sr. Chavez, regidor encargado del ramo, recibió del Sr. Pr~fecto los ve~ti- escogidas piezas; en el atrio de Catedral y en las calles laterales, no podía
~os dichos y .la listn de los agraciados, á quienes pasó aquel señor á repar- andarse con paso firme y seguro por el numerosísimo concurso de personas,
tirlos.
•
que unas se1;1tadas, otras paradas, y las mas paseándose, impedian el paso.
La ~u.merosa reunion d~l pueblo que estaba presenciando; como atónita No será exagerado decir, que allí se hallaban reunidos todos los habitantes
pero v1s1ble1~ente_conmov1da,. la inusitada ceremonia de que vehimos ha- de esta _ciudad, sin dist_i_ncion de colores p'olít!cos, como empeñado eada cual
blando, parec1a como que ped1a algo de mas para sí misma; y el Señor Pre- en marufestar su regoc1Jo por el suceso plausible que motivaba la fiesta. No
f~cto, aprovechando tan ~avorable circunstancia,, subió á la tribuna é impro- tendrían todos ese objeto; pero sr podemos asegurar que la mayor parte de
visó para el pueblo un discurso análogo, que fue escuchado con recogimien- este pueblo leal y constante en sus compromisos ama á su Soberano, á quien
to y aplauso:. Creemos no equivocamos ~iciendo que el paraugon estableci- se consideran obligados por mil motivos de gratitud, y por lo mismo toman
ª? _POr el Se1101: Prefecto, entre l~s venta.1as de la virtud y los peUgros del parte muy gustosos en todo lo que á él concierne. A las once de la noche se
v1c10, p~ra la vida pu~amente socml, y la pin~ura de la solicitud penosa de desprendieron de la citada alameda varios grupos, cada uno con su respectila auto_r1dad par~ ca~t,gar, y la agradable y tierna para descubrir y pramiar va música, reconiendo la ciudad en diversas direcciones, formando cierta es
las 11cciones mentol'las, no son lecciones perdidas é infructuosas en esta vez. pecie de ,,íctorés, y así pasaron lo mas de la noche sin que se haya notad&lt;;&gt;

l

51

DIARIO DEL IMPER10.

DIARIO DEL IMPERIO.
!ª

el mas ligero desórden que diera por resultado perpetracion de a]gun de·
Jito ó falta que ocupara la atencion de las au~orid~des. . .
,
Nosotros, pues, á nombre del pueblo oaJaqueno, felicitamos a S: M. el
Emperador por su feliz natalicio, le deseamos-toda clase de prospendades,
y muy especialmente el esfuerzo necesario p~ra que concluya la ~raude obra,
cuanto dificil, de la regeneracion de este pa1s, que ha empren?1do con tan
buenos auspicios, y por lo que se ha captado y se capta cada d1a mas el muy
sincero afecto de sus habitantes.
MEJORAS ]l{ATElUALES.

Ministerio de Fomento.-Direccion del cami_no de Pu~bla á México.Puebla Julio 12 de 1865.-Exmo. Sr.-Obseqmando deb1~amente la comunica~ion de V. E. fecha 10 del actual, en la que me prev1en~ se reponga
la barranca de la Galarza, en el c.'\mino de Matamo~os, se ha~ dictado yal~.s
órdenes convenientes, y ]a semana entrante quedara.estab!ec1da,una cuadnlla ara mejorar el referido tramo.-Con. este mot1~0 reiter? a V...E. las
Erolestas de mi profundo resp~t~.-El director, Jose {o~quin Ari iaga.Exmo. Sr. D. Luis Robles, Mimstro de Fomento.-Me_xico.
Es copia. Mé~ico, Julio 14 de 1865.-El Subsecretano de Fomento, fr!a·

avisa al público, para que si alguna persona se encue~tra con derecho ~op~nerse, lo deduzca ante la Prefectura de Tlaxcala, á qmen se le comumc6.El Subsecretario de FomentQ, Manuel Oroz~o.
(TERCERA PVBLlCACION) ,

JI

-

México, Mayo 24 de 1865.

D. lldefonso López, súbdit-:&gt; español, por sí y en representacion de D.~-

0. Pared't!s, vecino de esta corte, haciendo formal registro de un manantial
de etróleq ó sustancias betuminosas, que se hall.a en el pu~t? ll~ml!,do los
ce!ncitos, sito al Oriente de la hacienda de BeJarano, m~mcipal1dad de la
villa de Al?ama, Estado de Tamaulipas, y de_ otro de lo m1s~o,_q_ue s.e halla
entre la hacienda de Bejarano y 1~ de la GuaJolota, en la mumc1pahdad y
Estado ya indicaJos.
y habifandose admitido los dos anteriores registros con e~ta fecha, en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme a las Ordenanzas,
se avisa al~público, para que si alguna persona se ?ncuentra. con derecho á
oponerse lo deduzca ante la Prefectura de Tamaul1pas, á quien se le comnnicó.-Ei Subsecretario de Fomento, Manitel Orozco.
/ .

Don Ildefonso Lopez, súbdito español, por-sí, y en representacion ~e D.
J. M. Aguirre, residente en esta cor~e, ~an pre~entad? ~n ocurso expon!endo:
nuel Orozco.
que habiendo practicado un reconocimiento mmeralog1co en las serrama~ conocidas con el nombre del Salitre en terrenos del pueblo de Tlamacasapa,
AYUNTAMIENTO DE lllEXICO.
Distrito de Iguala Departamento de Iturbide, han hallado en este punto mulEn la ciudad de México, hoy viérnes 26 de Mayo de 1865, se ~·euniero~ titud de vetas metálicas, y todas las cond_iciones que se pueden apetecer para
en la Sala capitular, á la una y diez ~e.la tarde, ~ara celebrar Ca~ildo ordi- la formacion de un mineral; que reconocidas sus leyes P;ueban_la bondad Y
n·ario público los Sres. Prefecto mumc1pal, Barreiro, Cervantes, Rmcon, Go- riqueza de sus metales, y que por estas razones le denomman Mmeral de Al1
mez y Ferna~dez de J áuregui.
'
.
fonso, y hacen en él los denuncios siguientes:
.
,
Se leyó y fué aprobada la acta del Cabildo público, celebrado el -dm 23
De una veta en la Barranca del Diablo, en el fondo, Junto a un amate grandel actual.
de, corre de N. E. á S. O., y le dan el nom~re ~e Mina de las Flores, en terSe dió cuenta con los oficios siguientes:
,
renos, municipio, Distrito y Departamento mdicados.
.
De la Prefecturalolítica del Departamento del Valle, co~unicando habe~
De otra veta que se halla situada en_la ladera de la Barranca del Diablo
admitido al Sr. D. ntonio Espinosa y Cervantes, la renuncia que presento en una cañadita que se forma en la misma lad~r~, form~ la veta creston Y
del cargo de regidor del Exmo. Ayuntamiento de esta Corte.-A su expe· r,Corre de N.O. á S. E. y le dan el nombr_e d_eMma del Milagro, en terrenos,
diente acusándose recibo.
municipio, Distrito y Departamento ya mdicados.
.
. d 1
De la misma Prefectura, acusando recibo de la notici~ presentada por la
De otra veta que se halla situada en la Barran?3 del Salitre, miran
Comision de Instmccion pública, y que comprend? el numero de ~scuelas Mediodía y junto á un árbol llama~~ !epe~ua~e, y le dan el nombre. ~
en esta cap1tal.-A su expediente.
Mina de la América, en terrenos, mumc1p10J Distr1to y Departamento ya m
ru'ños de ambos sexos que existen
para
. • reVJsora,
·
· do que en el ex• dicados.
Del señor presidente de la Com1Sion
comumcan
d 1 p
d' t elativo á la adjudicacion de la casa número 4 del Puente QuebraDe otra veta que se halla situada en la ladera de la Barranca ? a oza ,
i:na:e~ ue D. Guillermo Prieto se obligó al pago de la cantidad de Verde, cerca de las paredes de la jurisdiccion, en. la cañ~da que baJa de Cer- Pesos 61 centavos que resultaba de diferencia entre el valor de la fin- ro Alto en medio de dos árboles llamados Cap1res, mirando al Sur en un
364
ca y )a su~a en que 1a'redimió, por lo que se _le deb~r~ cobrar el adeudo, tiro vieJo, y le dau el nombre del Ra~o, ?n terrenos del pueblo de Tlasmatoda vez ue no ha sido cubierto, segun se mformo -a esa Junta en 14 laca del Distrito y Departamento ya mdicados.
.
del actual.~A la Administracion de Rentas Municipales, para que proceda
De otra veta que se halla situada en el cerro de San Martín, con frenrte :~
al cobro de la cantidad que se expresa.
Norte y mirando al pueblo de Coscotlan, Y le dan.el !1ombre del Vapo,
Se dió tambien cuenta con los ocursos siguientes:
terrenos municipio, Distrito y Departamento ya mdicados.
.
De D I Martin del Villar pidiendo en arrendamiento media merced de
De otra veta que se halla en la barranca conocida de San Martm: co:re
agua go;d~ para su casa núrn'ero 2 de la calle de Corchero.-A la Comision de N. E. á s. O., junto á dos amates grandes, y le dan el nombr~ d~ ~ma
d
as
la Vizcaína en terrenos municipio, Distrito y Departamento ya rndica os.
e
D. Alonso L. Peon de Regil, á nombre ~el señor su padre D.
De otra ~eta que se halla en la barranca cono~ida con el nombres de TroAlonso M. Peon, solicitando en arrendamiento .media mer~d de aw1.ª .Para ya, junto á un amate amargoso: corre de N. ?·.ª.S. E_., ~ le ponen el nomsu casa número 7 del callejon del Espíritu Santo.-A la misma Com~s1?n· bre de Mina de la Empresa, en terrenos, mumc1p10, D1str1to y DepartamenDe D José Torres pidiendo se reforme la contrata del pan que mm1stra to ya indicados.
.
, 1 . á ·celes y se 1e'conceda proveerá los hospitales de San Pablo, San
y habiéndose admitido con fecha 22 los siete denuncios an~er10res, en
lerDios' y el Hospicio de Pobres, rebajando del total consumo un 8 cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme a las Or~eor 100.-A la Comision de Hacienda.
. .
, nanzas, se avisa al público para que si alguna personas? en~uen~ra con e:
P De D. Mariano Anaya, pidiendo se ordene al com1sar10 del cuartel nu- recho á oponerse, l_o deduzca ante la Prefectura de lturbide, a qmen se le co
mero 8, que no le impida hacer el uso que le ,convenga _en un terren~ de su municó.-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
propiedad, situado en la colonia de Santa Mana de la R1bera.-Al senor regidor del cuartel.
AVISOS OFICIALES.
De D. Cárlos G. Jimenez, pidiendo se le P~?e lo que se. le adeuda como
2? ayudante de la cárcel nacional.-A la_Com1s10n de Haci~n.da.
.,
A continuacion fte dió cuenta con un d1ctámen de la Comis1on de poh~i~,
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
sobre el expediente relativo al informe pe~ido por el Señor Prefecto poht}•
AVISO.
·
.
co acerca de si es asequible el que D. Jul1an Gonzalez establezca una ma- Relacion de los espedientes para cuyo despacho ~e necesita la presencia de los mtereq;ina movida por vapor para hacer tortillas, en u!1 _lote ~el _convento de San sados en esta oficina.
En la Seccion 1ª-316, 483, 1,152, 2,539, 2,831 y 2,932.
2 2 641
Francisco, y cuyo dictámen termina en la P:oposic10n s1g~iente:
.
En la Seccion 2~-493, 636,915,934,965, 983, 1,352, 1,768 1,951, 2,5012,~ 1, , ,
"Unica. Remítase al Sefí.or Prefecto poht1_?0 este expediente con el. prn· 2,675 y 3,709.
sente dictámen. Puesto á di11cusion se acordo que el Ji:x~o. Ayuntamrento En la Seccion 4!-918.
. ,
.
. •·
.
no encuentra inconveniente en que se establezca esa maquma para ha~er to;• Advirtiéndose que 00 se puede dar ningun giro a estos negocios, s1 eslJQ comparecenc,a
tillas en otro lugar que no sea en el que se propone ocupar el prop1etano no se verifica.
de di~ha máquina, por ser muy cén~rico; y bajo ese concepto fué aprobada Nota -Se hace saber á la persona interesada en el espediente nÚIJ!,, 2,932,xe su
sencia ~e hace ya indispensable en esta ofic~a para el despacho de ~ch~ esp ente. A •
la proposicion.
,
.
. virtiéndole, que si dentro de ocho dias de la fecha ~e la primera i&gt;~bhcac1on no se pres~nSe levantó la sesion pública para entrar en secreta, a la una y vemte _mi- ta en esta oficina, se hará la revision de ese negocio con las noticms solas que hoy se he•
nutos de la tarde No asistieron con licencia, los Sres. Pay110, Cañas, Villa- nen, p.arándole el perjuicio que haya lugar.
nueva y Rul; po; enfermedad, los Sres. Galindo y Mejía, y sin , avi_so los México, Julio 14 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Sres. Berganzo, Labat, Hoppe, Rascon, Reyes, lbanola, Parada e Hidalgo
Juan Suarez y Navarro.
y Teran.
·
.
d ¡E
RECAUDACION DE CONTRIBUCIONES DIRECTAS DE TACUB~YA..
Es copia. México, Junio 28 de 1865.-El Secretar10 genera1 e ' xmo.
En atencion á que la mayor _parte de los pr_opietarios. ~e esta demarcac100
Ayuntamiento, J. T. JJávalos.

.º ;

a~

rfe~ s;.

ju:~

,

P1

Vlárt

DENUNCIOS Y SOLICITUDES
.ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.

(PRIMERA l'UBLICACION).

México, Julio 14 de 1865.

D. José María Bello y García ha hecho formal denuncio de un criade!'º
de carbon de piedra y petróleo, situado en el ranch~ de Calpula, de ~~ pr~piedad de D. Rafael Castañeda, en terrenos pertenecientes _á la mu111c1palidad
de Teziutlan y á siete leguas al N. E. de aquella poblac1on.
Y habiéndose·admitido con fecha 12 del actual el den~ncio, en cuanto ha
lugar en derecho, sin pe1juicio de tercero y conforme a las Ordenanzas, sA

o~::

~!ª~efu:

facilidad de arreglar sus negoc1~s en esta cap1odta!d, pdod
el~
pba~~~l despacho
dos de la cabecera, el que slll!cl'lbe, para com i a .i c os ~en , !
1 núm 112
de la oficina en Tacubaya, de nueve á doce, on la callde dC
elhAvem,a1·1a¡
que ~e po'.
y por la tar~e,. en México1d~ dos á cinc?, en. la c~lle e avama num. ·
ne en ~noctm)cnt:o del ~lico pina su mtehgencm:
México, Juho 13 de 1 . El Recaudador, J, M. de Pereda y Castañiza.
3a7l

JUt lo

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS. .
· AVISO,

.

·
h
t
'
1 uiera de las casas cuyo remate anllllme
Las pe~ª?ºªª 4.ue quiera~ acer pos ura a_cua qte un papel de abono á satisfaccion de
esta Adm1mstrac1on, deberau presentar prdeviame~n caso de que el rematante no llev" ti
la misma oficina y por el cual se asegure a que
f
•
efecto la operac{on, esté obligado á llevarla el fiador respcc ivo.
M6xico, Julio 6 de 1865 ·
El Aclministrndor de bienes nncion111iz!ldo,,
J11n11 S1111rez y Navarro.
3a- 3

�DIARIO DEL IMPERIO.

52

AVISOS JUDIOIALES.
.JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO.
En los autos del intestado de D. Felipe Ortega, el Sr. Juez de 1~ instancia de este Par
tido, ql!.6 conoce de ellos, ha mandado se publiquen avisos por los periódicos, para que
los que se crean con derecho á loa bienes del referido intestado, se presenten en este J uzgado deatro del término de treinta dias á deducirlo en forma; apercibidos de lo que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en Texcoco, á 11 de Julio de 1865.
El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Ol'Ocra.
452-4a-1
JUZGADO 6\&gt; DE LO CIVIL.
Habiéndose denunciado en este Juzgado el intestado de la Sra. D~ Francisca SantaAnna, el Sr. Juez, Lic. D. Jorge Parea, ha mandado se convoque por los periódicos á las
personas&lt;q_ue se crean con derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para que
dentro de treinta días se presenten á deducirlo; apercibidas de que si no lo verifican en el
término espresado, se tendrá por renunciado.
En cumplimiento de lo mandado y para los efectos espresados, pongo el presente, que
surtirá los de .citacion en forma, en México á veintisiete de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.-Pedro Canel, Escribano público.
453-3a-J
~

lo ante el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, dentro del término de treinta días, contados desde la primera publicacion de este anuncio; bajo el apercibimiento, si
no lo verificasen, de seguirse y determinarse en los autos sin audiencia.
México, Junio 19 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
430-3a-3
.JUZGADO 6? IIENOR.-CORDOBANES NUll. 8,
ORDEN,

Se hace saber á D. Jacobo Carrera., que en su rebeldía se ha dado por contestada l\
demanda que sobre pesos le promueve D. José Lozano, recibiéndose el juicio á prueba
por tres dias, con apercibimiento c¡.ue de no rendir la que le corresponde en dicho término, se ~ronunciará sentencia defimtiva en este juicio.
Ménco, Julio 13 de 1865.-1. Bra'Do,
449-3s-2

ALM:ONEDA.

Para proceder á la venta judicial de la casa núm. 4 de la Portería de Regina, valuada.
por el perito D. Antonio de G.-Romero en la cantidad de 4,558 pesos, el Sr. Juez 2\&gt; de lo
civil, Lic. D. Manuel Pavon, .ha. mandado se celebre la última almoneda, con calidad de
remate, la mañana del 20 del corriente, á las doce. Y para conocimiento del público, y
qne los que quieran hacer postura. se eatere11. de las constancias de los autos relativos, pu•
blico este anuncio; advirtiende que a&lt;1,uellas se manifestarán en el dePpacho del que suscribe, situado en la esquina. del Palacio y calle del Arzobispado.
México, Julio 12 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
454-3s-1

JUZGADO 3? IIENOR.-CORDOBAlraS Iroll. 8.
ORDEN,

Se hace saber al General D. Luis Perez Gomez, que en su reb'eldia se ha dado por contestada la demanda que sobre pesos le promueve D. José Lozano, recibiéndose el juicio á
prueba por tres días, con apercibimiento que de no rendir la que le corresponde en dicho
término, se pronunciará sentencia definitiva en este juicio.
México, Julio 13 de 1865.-I. Bra'Do.
450-3s-2
JUZGADO 2? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 2\&gt; de lo ci,il, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda al remate de
la casa núm. 7 de la primera calle de Necatitlan, de esta capital, val11ada por el perito ingeniero D. José Higinio Gutierrez, en nueve mil doscientos diez pesos ($9,210); señalando
para la. tercera almoneda, con calidad de remate, el 20 del corriente, á las doce, en el local
del Juzgado, sito en el Palacio d&amp; Justicia.
Lo que aviso por el presente, para que las personas que quieran hacer postura, ocurran
ÍI la Sécretaría del mismo Juzgado, donde recibirán las instrucciones que ministran los
autos.
México, Julio 12 de 1865.-Mi,,.uuel F. Grurra.
445-4s-3

TRIBUNAL DE CO!IERCIO DE mEXICO.
México, Julio l4 de 1865.
En los autos que a.nte este Tribunal sigue D. Benito García contra D. Sebastian López, se encuentra un decreto que á la letra dice:
. "Por presentado con el documento que acompaña y rubricará la Secretaria. Cítese por
los periódicos á D. Sebastian López, para que dentro de ocho días, contad.os desde la primera publicacion, se presente en este Tribunal en cualquiera dia útil, de doce á cuatro de
' la. tarde, pa.ra reconocer la firma puesta con su nombre en un documento exhibido por D.
Benito García; apercibido de que si no lo verifica., le parará el perjuicio que haya 1ug&amp;r.
El Sr. Presidente lo proveyó y firmó.-Castillo.-J. M. Cardeña, Oficial 2\&gt;"
En cumplimiento de lo mandado se espide el presente.-J. M. Cardeña, Oficial 2\&gt; en:
cargaao de la Secretaría.
455-3a-l
,
. .
JUZGADO ~? DE LO CIVIL.
.
Igu~randose la hab1t~1on de D. Anto~o Cubas, p~r el pr~sen~ s~ le cita para q.ue con_- 1
curra a e~te Juzgado, situado en el Pala~1~ ~e Justicia, el d.ia vemtiuno del corne~te, a
las doce, a contestar la demanda que en JU1c10 verbal, sobre pesos, le promueve el Lic. D.,
José María Sanroman; apercibido que de no hacerlo, se dará por contestada dicha demanda, quedando entendido, ademas, que de pedimento del mismo actor, este Juz~ado,
por via de providencia precautoria, ha ma1te.ado retener á D. Luis Gomez, comerclllnte
de esta plaza, la suma de 120 pesos, de la que tiene en su poder perteneciente al propio,
D. Antonio Cubas.
México, Julio 12 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
456-3a-1

JUZGADO 6\&gt; DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 5~ de lo civil, Lic. D. Jorge Parea, ha mandado que el d.ia diez y ocho del
corriente mes~ á las doce, se verifique la tercera y última almoneda para el remate de la
casa número uno del callejon del Padre Lecuona, valuada en cinco mil tresciento~ veintidos pesos veinticinco centavos. 'Las personas que deseen hacer postura, ocurran á la Secretaría de este Juzgado, donde se darán instrucciones.
México, Julio 4 de 1865.-Sebastian Peñalo;a, Escribano público.
429-3a-S
REMATE.

JUZGADO 6? IIENOR.-CORD011ANES NUll. 8.
ORDEN.

Ignorándose el paradero de D. José Briagas, por la presente se le cita y emplaza, para
que en el término de ocho dias comparezca en este J UZ$ado á contes~r_la demanda. que
en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Pedro Stnmatter; aperc1b1do de que 81 no
se presenta, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
,
México, Julio 8 de 1865.-J. Bra'Do.
440-Ss--4
CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 1? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D~Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con dereoho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dontro de sosenta días ocurran á deducirlo por sí 6 por personas suficient.emente autoriz_adas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les pa.rará el
perjuicio ÍI ~ue hubiere lugar.
.
,
..
En cumplimiento de lo mandado, pongo el pre~nte a~so P&amp;I:' que llegue a no~c1a de
quienes importe en Guanajuato á nueve de JUlllo de mil ochocientos sesenta y cmco.
Mi,,.ll'Uel Herrera' Escribano público de la Nacion.
~Os-25
______,_________________ _ _ _ _ _ _ __

AVISO IMPORTANTE.
FRACCIONAMIENTO DE LA lfAeIENDA DE SAN BARTOLO,
SITUADA A INMEDIACIONES DE lllORELIA.

La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cwnplimiento del encarga
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le ft1.eron concedidas en ol convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la hacienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
t-Odas las personas que deseen adquirir alguna ó algunas de las porciones de terreno de 1A
mencionada hl\cienda, se sirvan ocurrirá la referida Junta menor, que tiene su radicacion
en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
como último término para estás operaciones, el 31 de Julio próximo.
l'tforelia, Junio de 1865.-Luis Jt11rbide.-Luis G. Segu.ra.-Luis G. Barrera.
382-40&amp;-27

En el juicio promovido por D. Francisco Nieva, en repreaentacion de D. Manuel Percz
},ernnndez, contra D. Miguel Mateos, sobre pesos, el Sr. Juez 1~ de lo civil, que conoce
de los autos, ha mandado se proceda al remate de la casa situada en la calle del Jardín
de Tolsa de esta ciudad, coutraesquin11 de la ex-Ac0rdada, y fabricada en el lugar que
antes ocupó la capilla llamada del Calvario, valuada por el perito tercero en discordia, D.
llfnnuel Bustillo; en la cantidad de 4,119 pesos 69.centavos; señalando _para las respectivas almonedas los días 12 y 24 del corriente, y 5 del entrante Agosto, siendo todas á las
doce del d.ia, y la última con calidad de remate. Lo que hago saber por el presente, para
que las personas que quieran hacer postura, ocurran al Juzgado, ó antes de los días desigGRAN REMATE
nados, al despacho del que suscribe, sito en los bajos de la casa núm. 7, calle de la MoneDE LAMPARAS DE KEROSENE,
da, donde se les darán las instrucciones que miuisLren los autos.
Mé:xico, Julio 3 de 1865.-ManuJJl T. de Meneses, Escribano público.
426-3a-2
Para el m/irtes IS y miércoles 19 del corriente, lilas DOCE EN PUNTO, en el Gru.n Hotel
de Comisiones, calle de la Perpetua mím. 8, estando ti la 'Dista el &lt;lomingo 16 y lúnes 17.
JUZGADO 6? IIENOR.-CORD011ANES lflJ!l, 8.
El que suscribe rematará una gran factura de lámparas de Kerosene, candiles, globos,
ORDEN,
veladores de papel, mechas, etc., etc., por cuenta de una casa importadora de esta corte.
Estos efe1Jtos, como todos los que se venden en est&amp; casa, se rematarán real y positi.,,a
Ignorándose el paradero de D. José Hurtado de Mendoza, por la presente se le cita y mente
al mqor postor, y por lo tanto, basta los comerciantes encontrarán una oportunidad
emplaza, para que en el té.rmino de ocho días ¡¡e presente en este Juzgado, por si ó por rarísima. para obtener surtidos grandes y de gusto de dichos artículos.
apoderado instruido y espensado, á contestar la dem&amp;Bda que en juicio verbal, sobre pesos,
Las ventas sou al contado y $in reclamaoion, y los objetos remntados deberán sacarse
Je prom11eve el Lic. D. Alejandro Gomez por la casa de D. Manuel Murguia; apercibido antes de veinticuatro horas.
que de no comparecer, seguirá el juicio en rebeldía, entendiéndose con los estrados del
México, Julio de 1865.-Ignacio Diaz Trii¡jeq1u.
443-6s-3
Juzgado.
México, Julio 11 de 1865.-1. Bra'Oo.
439-Ja-2

AVISOS PARTICULARES.

JUZGADO DE LETRAS DE TLAXCO,

..

DIVERSIONES PUBLIOAS.

CONVOCATORIA,

,.

En los autos de esperas de l~s acreedores, solicitadas por la testamentaría de D. IgnaTEATRO IMPERIAL.
cio Berna!, radicados en este juzgado, el suscrito Juez letrado ha proveido aut-0 en esta
Esta noche, á las ocho, se pone en egcena la comedia intitulada: La cruz del matrimofecha, á pedimento del representante de dicha testamentaria, mandando se convoque á los
acreedores que no han sido listados, para que en el término de quince días, contados des- t1io, y en seguida la pieza en uu acto, denominada: Un puntapié y u11 retrato.
de la primera publicacion de este aviso, se presenten á deducir su derecho; apercibidos de
lo que hubiere lugar si no lo verifican.
Domingo 16 de Julio,
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en Tlaxco, á 17 de Junio de 1865.
-Lic. Mauricio Beltran.
435-611-4
En la tarde, á"l.as cuatro, se pondrá en escena el drama dividido.en.cuatro actos y diez
cuadros, que lleva por título: El iorobado.
.
CITACION JUDICIAL
En la noche, á la hora aco.stumbrada, se representará la comedia en tres actos, que se
El Sr. Juez 4\&gt; de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, por auto de 8 del que cursa, en los intitula: El todo por el todo, y en seguida la otra en un acto, denominada: E. H.
del concurso á bienes de la Sra. D~ Carlota Bullon, para la eleccion de la persona que
forme el proyecto de graduacion de créditos contra dicho concurso, ba mandado se cite á
TEATRO PRINOIPAL.
junta general para la mañana del 20 del corriente, á las doce, haciéndose la citacion por
A las cuatro de la tarde de hoy, se representa la comedia intitulada: De la mano á la
los periódicos á los acreedores cuyo paradero y domi.cilio se ignora.
Y cumpliendo con lo mandado en el auto que se cita, pongo el presonte, que surtirá los boca •••. se pierde la sopa, y en seguida la otra comedia en un acto, denominada: Don
efectos de notificacion personal respecto al Lic. D. Mateo Ortiz Perez y D. Ignacio Pe- Ramon.
En la noche, á la hora de costumbre, tend_rá lugar la representacion del drama cómico
droso.
dividido en tres actos é intitulado: La quiebra de un banquero.
México, Julio 10 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
446-3s-2
CONVOCATORIA.
Se hace por el presente á las personas que se crean con derecho á la sucesion intestada
de la Sra. D~ Guadalupe Flores Alatorre de Larrañaga, para que so presentin á deducir-

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJOS OJC SAN AOUSTIN1 NUl(,

l,

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>•

EL

'

DEL

DIARIO

\

IMPERIO

MEXICO: Lunes 17 de Julio de 1865.

TOMO 11.

NlJI. t63.

SUMARIO

rar con la Medalla de plata del Mérito militar á los militares del
cuerpo de voluntarios austriacos siguientes:
Schubert Juan, sargento.
Langer Arturo, cabo.
Knoth Antonio, cazador.
Czeniek Antonio, soldado de 1~ clase.
Terzabek Juan, soldado de 1~ clase.
Sedl Jorge, cazador.
PARTE OFICIAL.
Dírexler Eduardo, cazador.
Axmanu José, cazador.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO :
Habiendo oído á Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS lo Nuestro. Gran Canciller de las Ordenes Imperiales queda encargado de la ejecucion de este decreto.
siguiente:
..
Art. •1? Una comision revisará todos los proyectos de ley 6 decre- Dado en el Palacio de Chapultepec, á 10 de Julio de 1866.
to antes de su promulgacion, para corregir los defectos de estilo que
MAXIMILIANO.
pueda haber en su redaccion.
.
.
_
Al Gran Canciller de las Ordenes Imperiales.
Art. 2? La comision, al revisar el proyecto, ex~mmará s1 contrene
POR F.I. EMPERADOit,
alguna disposicion contraria á ley~s 6 decr~tos anterior~s, cuya.moEl Gran Canciller,
dificacion ó derogacio.1 no sean obJeto del proye~t? re!1sado. S1 noALMONTE.
tare alcruna contradiccion, la hará presente.al Mm1ster10 en que estuvier~ radicado el negocio, para que· se determine lo que corresponda.
.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Art. 3? La comision la formará un Consejero de Estado nombra- En consecuencia de Nuestra resolucion, de dar en adelante una,
do por Nos.
·
·
muestra visible á los militares que por su buena conducta delante
Art. 4'? Luego que un proyecto de ~~y 6 decreto esté aprobado del enemigo se hacen acreedoresa Nuestras alabanzas, Hemos tenipor Nos, se pasará á la comision para los efectos q~e expresan .los do á bien conceder á los soldados siguientes, propuestos con anterioartículos anteriores; y el ejemplar que haya de serv1r de autógrafo, ridad, Nuestra medalla del Mérito militar, de bronce,
no se Nos presentará para firmarlo, si no es haciéndose constar á su Por su buena conducta en la accion de Tlaliscoyan, el 2 de Marmárgen, con la rúbrica del individuo de la comision, que ha sido ya zo del corriente:
revisado por ésta.
.
.
A los cazadores Roman Lutzenberger, Andreus Struoznik, Georg
Nuestro Ministro de Justicia queda encargado de la eJecuc10n de Jesohko de la 13~ compañia, JosefKaspat, Franz Indru, Faul Bareste decreto.
·
tólsky y Leopold Kinell de la 14~ compañía.
Dado en México, á 13 de Julio de 1865.
En la !lccion de Xochiapulco, el 13 de Abril corriente: á los teMAXJMILIANO.
nientes
Carl Gruber y Sigismund Krause, á los subtenientes Franz
POR El, EMPERADOR,
Lautnet,
Osear conde de Auersperg;
El Ministro de Justicia,
Raimund
Mauer y Albert Radl de los cazadores, y Leopold Mi rPEDRO E s cuDERO Y E c nANOVE.
zik de la artillería del cuerpo de voluntarios austriacos: á los 1mbtenientes mexicanos Udváry, Zenvio y Hiacinto: al sargento ·Josef
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Neubauer;
Debiendo dar esa Gran Cancillería desde el 10 de Abril del pre- A los cazadores Josef Schneider, Alexander Nagy, Franz Kratosente año las insicrnias de las Ordenes Imperiales á las personas que chwil y Mathias Trefsler de la 3~ cotr,pañía;
Nos agra~iemos; c~nsiderando que ese dis~intivo h~n?rífico solo per- Al cazador de 1~ clase Anton Hausner;
tenece á la p~rsona agraciada, y ~ue al ~eJar de existir no debe pasar A los cazadores Michael Kopiek, Hermann Herzing, Emanuel
á su familia 6 herederos, HE temdo á bien DECRETAR:
Rotter, Anton Graf, Paul Mariani, Frany Schwetz, Mathias LausArt. 1? En caso de muerte de cualesquiera miembro, mexicano 6 ter, Georg Gensweider y Wenzel Tiala de la 5~ compañía;
extranjero, de las Ot·denes Imperiales del Aguila Mexicana, Guada- Al sargento Franz Kudlik;
lupe y San Cárlos, la familia, he~·ederos 6 parientes ~el ~n~do, devol- Al guia Emil Lauba von Rosenfeld, Andreas Mookerl y al cabo
verán á la Gran Cancillería de drnhas Ordenes, las ms1gmas que le Pedro Rauter de la 7~ compañía;
habían sido concedidas.
A los cazadores Emanuel Hofmann, Georg Vogelsang y Josef
Art. 2? En el caso de que trata el artículo anterior, harán otro Krán de la 9~ compañía;
tanto las familias, herederos 6 parientes de ~ s personas condecora- Al cazador de 1~ clase J osef Moser;
das con Medallas del Mérito civil 6 militar.
A los cazadores Franz Baekfun Yohann Regensburgsky, Anton
Art. 3? Los Gefes de los cuerpos del ejército mexicano y el Di- Martinko y Eduard Zumner de la 10~ compañia;
rector de la casa de Inválidos, harán efectivos para con sus subordi- Al artillero Frany John, y
nados los artículos 1? y 2'?, en el caso que ellos tratan. '
Al conductor J osef Pradl de la 1~ bater[a de montaña:
Dado en el Palacio de México, á 13 de Julio de 1865.
Al cabo Friedrich Kwn, y
,.
MAXIMILIANO.
Al pionero Georg Reiter II de la e compañía de pioneros.
Nuestro'Gran Canciller de las Ol'denesimperiales queda encargaAl Gran Canciller de las Ordenes Imperiales.
do
de la ejecucion de este decreto.
POR EL EMPERADOR,
Dado en el Palacio de México, á 10 de Julio de 1865.
El Gran Canciller,
MAXIMILIANO.
ALMONTE.
I
Al Gran Canciller de las Ordenes Imperiales.
PARTE OFICIAL.-Decreto imperial mandando que una comls!on revise los proyectos d~ leyó decreto
antes de ser promulgados.- Otro, dlsponlendo que al mori~ los.condecorados con las Ordenes unperlales, sus
r millas hereder0$ 6 parientes devuelvan a la Gran Cancillen¡¡, las inslgnlas.-Otro, condecorando con la
n1:edalla' de plata del Mérito militar á varios individuos del cuerpo de voluntarlos austrlacos.-Personas condecoradas con la Cruz de Ouadalupe.-Nombramiento de una Dama de honor.
PARTE NO OFIOIAL.-Intel'ior.- Felicitaciones de las autoridades de Querétaro el dia del cumpleallos
del Emperador -La fiesta del Emperador en Guanajuato.-EI ferrocarril de Chalco.-Correspondencla para
el Barcelona.- Convocatoria para escribientes en el Ministerio de Instruccion p~blJca.
.
E:eurior.-Austria. Noticias sobre el viaje de ~- M. ~l Emperador de Austria a Hungrl11.-La vmda de
Cobden. Penslon que se le ha ofrecido por el gobierno mglés.

1

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

En atencion á los buenos servicios y á su valiente comportamiento en las últimas acciones de guerra,· HEMOS tenido á bien condeco-

POR EL EMPERADOR,

El Gran Canciller,
A LMONTE.

�DiARIO DEL IMPERIO.

54

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
S. M. el Emperador se ha servido condecorar con la Cruz de la
Orden de Guadalupe en las clases y fechas que se expresan, á'las
personas siguientes:
COMENDADOR.
6 de Julio de 1865. D. Juan Calderon, General de Brigada.
Id. de

id. de

Id. de id. de
12 ·d e id. de
Id. de

id. de

México, Julio

OFICIALES,
id. D. Angel Ituarte, Intendente de marina.
CABALLEROS,
id. D. Cárlos Casas, médico; en Jalapa.
id. D. Juan Iglesias Dominguez, Visi__tador de cárceles.
id. D. N. Comprian, Alférez del Escuadron Motilla, de las fuerzas de San Luis. Potosí.
12 de 1865.
El Gran Canciller,

ALMONTE.
GRAN MARISCAL DE LA CORTE Y MINISTRO DE LA CASA¡ IMPERIAL.

·México, Julio 15 de 1865.

Con fecha 1~ del actual, S. M. ha tenido á bien nombrar dama de
honor de S.M. la Emperatriz, á la Srita. D~ Josefa Varela.
El Gran Mariscal de la Corte
y Ministro de la Casa Imperial,

ALMONTE.

PABTg NO OFICIAL.
QUERETARO.

Publicamos las felicitaciones que dirigieron á S. M. el Emperador", el día de su cumpleaños, el Illmo. Sr. Obisp.o de aquella diócesis, el Cabildo Catedral, el Señor comandante superior, el presidente del tribunal mercantil, el Consejo de beneficencia y el inspector
de instruccion primaria. En seguida se verán tambien las contestaciones del Señor Prefecto, en cuya presencia fueron pronunciadas
estas felicitaciones:
Del lllmo. Sr. Obispo de la di6cesis.
"~eñor Prefecto politicó.-En estos momentos solemnes en que celebramos el cumpleañQs de nuestro augusto Emperador Maximiliano, muy justo
es que manifieste á V. S., como su dig!ío representa1t.te,los sentimientos que
me animan con todo el clero de la diócesis, hácia tan ilustre personaje, y con
de~ear árdientemente que e1 cielo prolongue por muchos años ¡os dias de su
vidaJ y tenga la du1ce satisfacuion de que, arregladas con la silla apostólica
las cuestiones eclesiásticas' que están pendientei, este arreglo tenga el felicí •
simo resultado de la quietud de las conciencias, de la consolidJcion de la paz
y la union de todos los ma'íicanos, y que estas tres cosas sirvan como debase al hermoso edificio de la prosperidad y, engrandecimiento del Imperio mexicano."
El Sr. lÁc. IJ. JoQé María Oclwa, Provisor y vicario general de este obispado, 'canonigo de esta Santa iglesia Catedral, á nombre del ilustre y ven'erable
Cabildo, dijo:
"Señor Prefecto si:perior polítjco.-El llustrí.simo y .venerable Cabildo,
que tengo él alto ho~or de representar en este día solemne, consagrado á ce·
lebrar el cumpleaños de S. M. nuestro Emperador Maximiliano I, cumple
con el satisfactorio deber de fehcitar á V. S., y en su respetable persona, á
la muy digna del Emperador, por un acontecimiento que aplauden con entusiasmo todos los reinos y todos los Imperios del orbe: 'el natalicio de sus
monarcas. Para nuestra patri~ es mucho mas plausible, porque inaugura,
despues de tantas y tan amargas lágrimas, el remedio radical de la mas violenta situacion, la éra suspirada de la paz y del ór.den, éra dichosa de su engrandecimiento. Anegada én la sangl:e de guerras fratricidas; despedazada
por sus propios hijos; en los congojosos momentos de su agonía, volvió por
todas partes sus lánguidos ojos, y solo en el Archiduque ele Austria pudo
áistinguir al genio salvador que la Divina Pro'9idenci~ le s~ñalara para enjugar sus párpados cansados de ll◊rar, y curar sus herid3ª ennegrecidas con
el cáncer de la perfidia, y restituirla á 11\ plenitud de vida y al glorioso apogeo de la grandeza que le corresponde por sus elementos de prosperid~d.
¡Mision sublime, aunque plagada de dificultades! ¡Empresa gloriosa tanto
mas, cuanto que para consumarla era necesari,? afrontar peligros y removerlos!
Empero, Maximiliano rompe los mas antiguos y estrechos vínculos; cambia los gloriosos títulos de la dinastía austriaell pqr el nombre de rnexicano;
sacrifica todo su porvenir á los nobles deseos de su corazon, que aspira á
estender una mano protectora á. todo el que padece, y ahí ·e_stá en el trono
de México, para consagrarle su vida y sus esfuerzos, y h.acerlo verdaderamente feliz; porque tal fué el objeto que en la empresa S(I propusiera, y tal
el fin que Dios le señaló al destinarlo para regir este nu~vo Imperio. Y lo
conseguirá, porque el cielo siempre corona con el buen éxito la rectitud de
las intenciones, y México será grande :(&gt;Orque Dios lo quiere, y lo querrá
sin duda el Emperador, que ha basado su Gobierno en la inviolable observancia de su principio: "Equidad en la justicia."
El Illmo. y venerable Cabildo que represento, no dejará de dirigir sus votos al Eterno por la conservacion de la importante vida de ·s. M., que pondrá en accion todos los esfuerzos de su ·genio para establecer la mas perfecta armonía entre la Iglesia Católica y el Estado, y con ella la quietud de las

concier.oias, y que trabajará sin descanso en dar nuevo vigor á los resortes
de la moral cristiana, muy relajados y casi perdidos por los lamentables
acontecimientos de la última época; que no dejará de trabajar en el arreglo
de todos los ramos de la administracion pública, ni olvidará jamas la necesidad de impulsar todos los objetos de adelanto que necesita nuestro pais
para su engrandecimiento. Por tantos beneficios, el reconocimiento de México y su amor hácia su magnánimo Emperador, serán eternos, y yo, al concluir mi felicitacion, me honro en proclamarlo cordialmente: Segundo libertador insigne de la gran nacion mexicana.-DIJE."
El señor comandante superior dijo:
"Los señores oficiales franceses de la guarnicion de Querétaro, suplican á
V. S. se digne recibir sus felicitaciones respetuosas, á la ocasion del cumpleaños de S. M. el Emperador Maximiliano, así como sus votos sinceros
para la prosperidad de México."
SEÑOR P&amp;EFECTo.-El primer vicepresidente del tribunal mercantil de
esta ciudad, por sí y á nombre de los jueces y_empleados que lo Cúmpouen,
tiene el honor de dirigiros la palabra 'Para esplicar los sentimientos que los
animan respecto de su amor y gratitud á nuestro augusto Soberano, en este
gran dia de su ilustre natalicio. tSeré yo quien pueda cumplir con tan hon·
rosa mision, á fin de enaltecer, como debiera, nuestra lealtad y adhesion por
lo mucho de que somos deudores á tan gran monarca1 Sin duda que no; pe·
ro bástame indicar que el ilustre personaje de que me ocupo, ha cumplido
hoy poco mas de un año en su Gobierno, y ya vemos casi establecida la paz
en nuestro vasto territorio, debido á su inteligencia para organizar una nacion educada en la guerra civil: á su energía para moralizar á un pueblo
acostumbrado al desórden: á su prudencia para apagar odios encendidos bajo la influencia de un sol ardiente, despues de tanta sangre y tantas lágrimas: á su influencia, en fin, por habernos hecho olvidar nuestros antiguos re·
sentimientos, acometiendo, en verdad, una empresa tan dificil que ha asombrado á todas las naciones.
Con la paz, este don precipso del cielo, tenemos vida, familia y bienes.
Sin ella, iquién podri!J- asegurar que no fuésemos víctimas de los funestos
efectos del desenfreno de las pasiones mas ruines de partido? Por ventura
faltaría un osado malhechor, que en una ocasion dada, encendido en torpes
llamas, ajara y burlara la honestidad de nuestras esposas, de nuestras hijas1
tPuede nadie asegurar que una série de exacciones é impuestos no nos dejaran hundidos en la mas desesperante miseria1 Si tenemos .garantías á con·
secuencia de la paz: tacaso no se debe al inmortal Emperador Maximiliano 11
tQué mas podemos desear del salvador de México?
Nuestro amor, Señor Prefecto, nuestra gratitud y nuestra lealtad, deben
ser tan profundas y respetuosas como corresponde l!-1 desinteres, á_la noble
abnegacion y acendrada constancia con que nuestro magnánimo Soberano,
nos ha procurado l!l, paz y el restablecimiento del órden, con la libertad bien
entendida y con el eDgrandecimiento del Imperio.
Roguemos, pues, al Eterno por que conserve la vida del héroe, que dando
el último adios á sus deudos y al suelo que lo vió nacer, ha s.abido conquistar para su nueva patria adoptiva, los bienes mas inestimables.-Dije.-J.
Martiniano Arreguin.
Señor Prefecto.-El Consejo de Beneficencia, á quien tengo el distinguido honor de representar, se complace hoy en manifestar á S. M. el Empe·
rador de México, sus mas cordiales y respetuosas felicitaciones, por el digno conducto de V. S.
·
Si los hombres de Estado felicitan én nombre de los pueblos al monarca
que dignamente rige sus destinos, el Consejo de Beneficencia, en nombre de
los desgraciados, felicita al padre ben~volo que desde la elevacion del trono les tiende una mano bondadosa, y derrama sobre ellos el bálsamo de la
consolacion.
Señor:-Hoy que con regocijos y demostraciones públicas celebra México el feliz cumpleaños de su augusto monarca, cumple á mi deber c~mo inspector de instruccion primaria, y á nombre de los niños que se educan en
los establecimientos del Departamento y de sus preceptot'es, felicitar á S.
M. por conducto de V. S., y presentarle nuestros votos de adhesion y de
lealtad.
EL SR. PREFECTO CONTESTÓ:
"lllmo. Sr. Obispo.- Venerable cabildo.-Despues del justo gozo que ac/1·
bamos de recibir en la Casa de Dios, asistiendo á la augusta ceremonia en
que hemos dado gracias á la MAJESTAD de ci¡µos y t~erra por el beneficio d,e
habernos dado á nuestro Emperador, orando á la vez por fa larga vida y la
ventura de Maximiliano I, nada puede ser mas grato á la Prefectura de
Querétaro, que el recibir en la casa de Gobierno las felicitaciones que las
altas dignidades del clero de esta diócesis, en nompre de todo él, dedican á
S.M. por el aniversario de su nacimiento; y mi primer deber es retornar
los deseos del clero queretano por la feli~idad temporal y eterna del monarca, con mis mas ardientes votos por la dicha y prosperidad individua~ y colectivamente, del clero á. que me dirijo.
En cuanto á las piadosas y sociales aspiraciones por ver pronta y felizmente allanadas las graves dificultades religioso-políticas q)le tienen en inquietud los ánimos, y en espectll.tiva á la nacion, puede decir la Prefectura
por única, pero muy satisfactoria respuesta, que los ilustres precedentes de
S.M., su vida nobilísima y sus actos en el trono de México, como el primero y el mejor de los hijos de esta nacion eminentemente católica, son la mas
cumplida garantía de que abunda en los deseos expresados por el clero. La
comision que en estos momentos se encuentra en Roma, tratando con Su
Santidad sobre la solucion de aquellas cuestiones, prueba la rectísima intencion y la paternal solicitud de S. M. Todos debemos esperar que Dios se
dignará bendecirlas, y que se salvarán el decoro del Imperio, las exigencias
de la época, los derechos del Estado y las justas prerogativas del clero, porque Dios, que no abandona al mas pequeño de sus hijos, vela por.las naciones y particularmente por las que mas lo aman.
Sefíor Comandante superior:
"De ser sincera la adhesion de la guarnicion francesa al Emperador de México, da el mas cumplido testimonio su sangre generosamente vertida en lo:J
campos de mi patria para hacer su felicidad.
El mundo obsenra la brillante conducta de la gran nacion á que teneis la

DIARIO DEL IMPERIO.
dicha ae pertenecer, y el mundo la admirará eternamente ilustrado por la
historia. Los buenos mexicanos os corresponden con su amor y gratitud.
La Prefectura retorna las felicitaciones que dirigís á Mazimiliano I con
sus votos, por la inmortalidad del Emperador de los franceses.
.A todot los circunstantes:
"Señores.-Este es el segundo aniversario del nacimiento del Emperador
que tenemos la dicha de solemnizar despues de su advenimiento al trono de
México, y es muy grato á la Prefectura política de Querétaro, recibir las cordi&amp;les felicitaciones que se dirigen en este día á S. M. Hace un año, saludamos á nuestro Soberano con el título de Salvador de México, y con efecto
era digno de él porque libraba este bello pais de la anarquía y de la disolucion: un año trascurrido en estudiar sus males, sus necesidades y sus recur,sos; un año empleado con constancia y solicitud en conciliar los ánimos, en
aplicar á aquellos males los remedios posibles, y en utilizar los recursos propios bajo el apoyo de los extraños precisos; 4n año empleado en hacer amar
el Imperio por medio de los beneficios que derrama, y las nobles aspiraciones que estimula, es un año aprovechado bien para la prosperidad social. Espíritu.s ligeros y"superficiales se lamentan de no ver aún consolidados y generalizados los beneficios prometidos á la nacion, queriendo ó aparentando
querer desconocer que se necesitan algunos años para reparar los estragos
causados por mas de medio .siglo de desolacion y de esterminio: no hagamos
cuenta de pretensiones tan absurdas ni de las críticas de las malas pasiones.
Reconozcamos que la regeneracion de México es obra del tiempo, ele la
paz y de la union de los mexicanos, di1;gidos por una voluntad decidida y un
corazon recto. Reconozcamos que estas dotes concurren en nuestro Soberano: ayudémosle en su grandiosa obra con lealtad y empeño. Tengamos fe
en el porvenir del Imperio, y pidamos á Dios Omnipotente que las muestras de adhesion que se dirigen este dia á S. M., no sean un mero cumplímie~to ni una vana ~remonia en toda la estension del país·. ~u~ esos testi-.
momos de consagracion personal llevados al terreno de la practica, propor·
ciouen al Soberano los recursos de la accion benéfica que ~tilizará. por todas
parte~, como los ríos que fertilizan los campos para morir en el mar que es
su ongen.-Señores, en nombre de S. M. retorna la Prefectura vuestras felicitaciones, con sus sinceros votos por la Independencia, la paz, la libertad
-y los progresos de México."
____

I

CUMPI.Edos DEL EMPERADOR.
El Semanarw oficial de Guanajuato, del dia 9, dice lo siguiente:
EL 6 DE JULIO DE 1865.
En este día se solemnizó de una manera digna el cumpleaños de S. M. el
Emperador.
Izados los pabellones tricolores en los edificios públicos, y engalanados
los balcones con vistosos cortinajes, á las doce del dia un repique á vuelo
anunció á toda la ciudad que era et dia en que nuestro augusto Soberano vino al mundo para que hiciese la felicidad de nuestra cara patria, protegiéndola y sacándola del abismo á que la condujera la desoladora guerra civil,
que tantos males ha causado á este pais digno de ocupar el primer rango
entre las naciones civilizadas.
La música, convenientemente situada en el jardín del Cantador, y bajo la
direccion de los entendidos profesores D. Vicente Cortés y D. Telésforo
Vargas, tocaron selectas y escogidas piezas, cuyas armonías hacian palpitar
de gozo los corazones de la numerosa concurrencia.
El Sr. Prefecto político, en nombre del Departamento, y despues de haber felicitado á S. M. el Emperador por la vin telegráfica, pasó á hacer
!Bual fe}icitac}on al Exmo. Sr. Co!nis~rio Imperial, en u~o~ del Sr. coronel
1J. Jose Maria Farquet, que lo hizo a nombre de la. ofic1ahdad y tropa de
la guarnicion.
·
.
En la hOChe hubo gran serenata en el jardin de San Diego, donde el concurso era inmenso, y sentimos sobremanera que la iluminacion general que
estaba preparada no haya podido lucir como esperábamos, porque un fuerte
viento vino á impedirla, lo mismo que el que la música recorriera todas las
calles de la ciudad.
En la solemnidad reinó el mayor órden, y concluida se retiró la reunion,
llevando grabado en la memoria un recuerdo al Soberano, á quien le deseamos que el Omnipotente le conserve su vida por muchos y felices dias.
EL

55

dencia que ha de conducir al exterior el vapor español "Barcelona." Lo que
se participa al público para su inteligencia y efectos correspondientes.
México, Julio 15 de 1865. huis de la Pezr1,.
·
Ministerio de Instruccion pública y Cultos.-México, 15 de Julio de 1865.
-Debiendo proveerse cuatro plazas de escribientes, vacantes en la Secretaría de este Ministerio, y dotadas cada una con el sueldo de 600 pesos anuales, so convoca á los que aspiren á obtenerlas, para que dentro de ocho dias,
contados desde la fecha, presenten sus solicitudes; bajo el concepto de que
los aspirantes han de sujetarse á un exámen, cuya materia será: ortografia,
forma de letra y escritura correcta, así como la redaccion de minutas, acuses de recibo y despacho de asuntos sencillos ó de mero trámite.-El Subsecretario de lnstruccion pública y Cultos, M. O. Montellano.
EXTERIOR.
AUSTRIA.

Dice un periódico de Europa lo siauiente:
v

El Emperador de Austria llego ayer (6 de Junio) á la capital de Hungría, que vuelve á ver al cabo de una larga ausencia. Ha recibido una acogí·
da muy simpática, y ha respondido al cardenal Scitowski, que le cumplimentó, á nombre de.los magnates del reino, q?e-Tesp~nderia á lac_onfianza de los
hungaros convocando lo mas pronto la Dieta nacional y volviendo á Buda á
ceñir la corona de San Estéban. Al mismo tiempo, segun un telégrama de
Viena, que publica el Barrsen Halle, un manifiesto del gobierno ha anunciad~ el fin del régimen provisional que ha existido en el país desde hace ocho
anos.
El mismo periódico dice en otra parte.
.
,
~l Empe1:'ador, ante~ ~e deJar Hungr~a, ha firm;1d_o .~ decreto que su.
prime ~os tribunales militares a!li establecidos, ! ha dirigi~o una carta de
~esped!da al Conde Palffy, aludiendo de n~evo a s~ ~oronac10n. Se-sabe que
a los ?J,°S ~el pueblo magyar, esta ceremoma es la umca que puede consagrar
la leg1t1midad del Soberano.
Hé aquí la carta que, antes de partir de Pesth, dirigió S. M. al
Gobernador de la Hungria. La traducimos del frances.
Mi querido Conde Palffy.
Durante mi permanencia en el corazon de mi reino de Hungría, he recibido sin cesar las mas ardientes é incontestables pruebas de una fiel adhesion
de los habitantes de todas clases y condiciones de las dos ciudades hermanas
así como de todos lo's puntos del pais. Conmovido por la cordial confianz~
que de un modo tan evidente se manifiesta con respecto á mis intenciones,
os encargo que expreseis á todos mi sin~ro agradecimiento y las seguridades de mi completa benevolencia.
Al dejar á mi amada Hungría donde habría~querido permanecer mas largo tiempo, llevo b dulce esperanza de volver dentro de poco, para poder terminar de la manera que indiqué á ~i llegada, 1a·obra dichosa á que todos
aspiramos. Para conseguirlo, cuento con la proteccion de la Providencia y
espero con confianza el apoyo enérgico de todo fiel húngaro.
'
FRA~CISCO JOSE.
Ofen, 9 de Junio de 1865.

:ª

LA VIUDA DE COllDEN.

Dice el Evening Star de Lóndres:
Se ha dicho hace algun tiempo, que el gobierno estaba dispuesto á conceder uúa pension á la señora viuda de Cobden, en recompensa de los eminentes servicios que su marido prestó cuando se negoció el tratado de comercio
entre Inglaterra y Francia.
Podemos anunciar que la oferta ha sido hecha en una carta de Lord Palmerston, y que la suma propuesta era de 1,500 libras esterlinas al año (unos
7,5.00 pesos); durante la vida de la Señora Cobden.
. Agregaremo.s que laseñ?ra ~a renunciado la pension, expresando al mismo
tiempo la gratitud que le msp1ra la benevolencia de la Corona y del gobier·
no. El público sabrá con satisfaccion, que la familia del sentido hombre de
Estado tiene una posicion que bace inútil 1.a pension del gobierno.

FERROCARRIL DE IIEXICO A CH!LCO.

Ministerio dé Fomento.-Seccio: 5~-México, Julio 14 de 1865.-Siendo
AVISOS OFICIALES.
un tropiezo para la fácil y cómoda cireulaoion de los carruajes que concurrerr
al paseo de Bucareli, la altura á que se ha elevado la .via ferrea que vdes.
ADMINISTRACION DE ÉIENES NACIONALIZADOS.
con11truyen, atravesándo dicho paseo, es necesario que con la debida prontiAVISO.
.
tud dispongall' que á los costados del camino se establezcan rampas empe- Relacion de los. espedientes para cuyo despacho
se necesita la presencia de los interedradas, bien repartidas, y suaves declives, para evitar el inconveniente ya iu- sados en esta oficma.
dicado.-El Ministro de Fomento, huis .Robles.-Sres. D. Francisco Arbeu En la Seccion 1~316, 483, 1,152, 2,539, 2,831 y 2,932. .
En la Seccion 2~-493, 636, 915, 934, 965, 983, 1,352, 1,768 J 951 2 5012521 2 641
y socjos, empresarios del ferrocarril de México á Chalco.
Ferrocarril de México á Chalco.-Direccion general.-México, Julio 15
de 1865.-Esta Empresa ha recibido la comunicacion de V. E., fecha de
ayer, en que se sirve comuni~rl? sean construidas rampas empedradas, bien
repartidas, en el paso de la v1a feprea que cruza el Paseo de Bucareli. La
Empresa. tiene el gusto de contestará V. E., manifestándole que las referidas rampas se estaban construyendo ya, y que hoy mismo quedarán concluidas.-Protestámos á V. E. las consideraciones de nuestro aprecio y res·
peto.-.Ar.~u y socios.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Son copias. México, Julio 15 de 1865.-El Subl!ecretario de Fomento, Manuel Orozco.

2,675 y 3,709.
' ' '
' ' ' '
En la Seccion 4!-918.
Ad~éndose que no B8'Puede dar ningun giro á estos negocios, si esta comparecencia
no se verifica.
·
_

N~ta.-Se hace.sa~er á la persona intere~ada en el espediente núm. 2,932, que su pres~n?1a se hace Yª. mdispensable en ~ata oñcm11 para el despacho de dicho espediente. Adv1.rtiéndole, 4.u~ s1dentro de och? ~as de la fecha de la pnmera publicacion no se presenta en esta oficma, se hará la revl8Jon de ese negocio con las noticias solas que hoy ae tienen, parándole el perjuicio que haya lugar.
México, Julio 15 de 1865. ·
El Administrador de bienes nacionaliz¡¡dos,
Juan Suarez y Na'l!arro,
MINISTERiO DE GUERRA.

,

.AVISO.

•

f

Igno_rándose la ha~itacion del súbdito español D. Manuel Caballero, al que se tiene que
comumcar la resoluc1on de nn asunto que le concierne, se le hace saber por el presente
La Administracion general de correos, publica el aviso siguiente: que pu~de oc~rrir á la 2~ Direcéion de e~te Ministerio para el objeto indicado.
'
Para el dia 20 del coniente, á las doce, se ha fijado por esta Administra. Mé11co, Julto 15 de 1865.
El Subsecretario de Guerra,
cion general la salida de un extraordinario para Veracruz, con la correspon.
4a-1
J. M. Durán.
CORRESPONDENCIA PARA EL BARCELONA.

�DIARIO DEL IMPERIO.

56

AVISOS JUDICIALES.
ALMONEDA JUDICIAL

Chavez, ha presentado un escrito, al que recayó el siguiente auto:-" México, Junio 2 de
1865.-Traslado por el ténnino del derecho.•Lo decretó e) Sr. Juez y firmó: doy fo.
Cordero.-Islas y Bustama11te, Secretario."
Con fecha 16 de Junio, el mismo curador se ha presentado, manüestando que el ant.e
rior inserto auto no se ha notificado á la Sra. Robledo por haberse ausentado, y pidiendo
se le notifique por los periódicos, que si no se presenta dentro de ocho días por si ó por
apoderado instruido y espensado, continuarán las diligencias en su rebeldía, entendiéndose
con los estrados del Tribunal. Y el Sr. J nez, con la misma fecha, ha proveido el siguiente
auto:- " Como lo pide."
Y cumpliendo con lo mandado, p&amp;ngo la presente para que surta sus efectos.
México, Julio 5 de 1865.-Lic. N. Montes, Escribano de diligencias.
437- 3a-3

En los autos qae sigue D. José Cottier contra D. Valentin Mendoza, sobre pesos, el
Sr. Juez 39 de lo civil, Lic. D. José Corde~o, ha señalado los dias en q~e d~ben verificarse las almonedas para la venta de la casa num. 1? ,de la 5~ &lt;l!'Ue de Revillagigedo (a) callejon del Bosque y son los aiguient.GR: para la pnmera, el dia 24 del preaeate: para la segunda, el dia 4 d¿l entrante Agosto; y para la tercera, que será con calidad de remate, ~l
ilia 16 del mismo todas á las once de la maiiana, en el Juzgado qne so halla en el Pfll~c10
de Justicia, calle' de la Moneda; advirtiendo que dicha casa está valuada por los pentos
D. Remigio Sáyogo y D. Ventura Alcérreca en 4,014 pesos.
.
JUZGADO .39 MENOR.-CORDOllANES NUM. 8.
Lo que pongo en cono~imie!l~ del público, _para que las personas que se mt.eresen·en la
ORDEN.
ePpreaada casa ocurran a recibir las m1trucc1ones necesanas.
Se hace saber al Genernl D. Luis Perez Gomez, que en su rebeldía se ha dado por conMéxico Juli~ 13 de 1865.-El Escribano público de la Nacion, Joaquin Guzma11.
'
457--6a-1
testada la demanda que sobre pesos le promueve D. José Lozano, recibiéndose el juicio á
prueba por tres días, con apercibimiento que de no rendir la que le corresponde en dicho
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
término, se pronunciar~ sentencia definitiva en este juicio.
En el juicio verbal que siguen los Sres. Ponton herman?B co,ntra D. Leonardo Lare~o,
México, Julio 13 de 1865.-I.}Jravo.
450-3s-3
este Tribunal en acuerdo de diez del que cursa, mandó citar a las partes para sentencia,
y que la citacion del demandado se haga por medio de los periódicos.
·
J1JZGADO 69 !IENOR.-CORDOJIANES ~ . 8.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.
ORDEN.
Mé.1100, Julio 12 de 1865.-J. M. Cardeña, Oficial 2° encargado de la Secretaria.
·
458-3s- 1
Ignorándose el paradero de D. José Bringas, por la presente se le cita y emplaza, para
que en el término de ocho dias comparezca en este J uz~ado á contestar la demll!lda que
JUZGADO 49 MENOR.-1~ DE SANTO DOIIINGO N1JlL 8,
en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Pedro Stnmatter; apercibido de que si no
se presenta, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
•
ORDEN.
México, Julio 8 de 1865.-J. Bra'Oo.
440-8s-5
Por ignorarse el domicilia de D. Augusto Granier, se le cita y emplaza por la presente,
para que en el término de cinco dias, contados desde la primera publicacion de este aviso,
CONVOCATORIA,
se presente en este Juzgado á absolver lns posicione¡¡ que le articulará el Sr. Lic. D. Már
El
Sr.
Juez
19
sustituto
de
letras
de esta capital, que conoce del intestado de D~ Leancoa Velllzquez Rosas, y reconocer una firma, en el juicio que le tiene pro~ovido el mismo
letrado; apercibido de que si no concurre, se darán p&lt;•r absueltas las posiciones y por re- dra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
conocida la fi~a, á su perjuicio, siguiéndose el juicio segun su estado con los estrados por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por sí ó por personas sufidel Juzgado.cient.emente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
México, Julio 11 de 1865.-Lic. Poulet.
459-4.s-1
perjuicio á que hubiere lugar.
.
,
..
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue a noticia de
JUZGADO 39 MENOR.-CALLE DE 1ESUS ltARIA NUM, 7.
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cmco.
Por la presente se hace saber á D. Rafael López, que por no haber comparecido á la Miguel Herrl'!T'a, Escribano público de la Nacion.
390--60s-26
citacion que se le hizo, se ha dado por contestada la demanda promovida en su contra por
D. Manuel García, sobre pago de doscientos diez y siete pesos noventa y cuatro centavos,
AVISO IMPORTANTE.
recibiéndose el juicio á prueba por los quince dias seiialados por la ley. Asimismo se le
cita á dicho López para que el dia diez y ocho del corriente, á las dos de la tarde, compaFRACCIONAMIENTO DE LA HACIENDA DE SAN BARTOLO,
rezca en este Juzgado á presenciar la ratificacion que de una firma puesta en un docuSITUADA A INllfEDIACIONES DE l\lORELIA.
mento debe hacer D. Abundio Lltjan¡ apercibido de que se practicará la diligencia en su
La
Jl!llta
menor
del
concurso
de-D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
ausencia.
que por los acreedores del mismo· le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le ftteMé.uce, Julio 13 de 1865.-Morales.
460-1
ron concedidas en el convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la ha· JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUM. 8.
cienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
Semi11ario 11(1111. 8.
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
Por el presente y á instancia de D. Porfirio 111acedo, se cita á D. Juan Diaz, para que todas las personas que deseen adquirir alguna ó algunas de 1118 porciones do terreno de la
por si 6 por apoderado con los requisitos de ley, se presente en este Juzgado en el térmi- mencionada hacienda, se sirvan OCUlTir á la referida Junta menor, que tiene su radicacion
no de ocho dias, contados desde la publicacion del presente, á contestar el juicio verbal en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
que ¡or pago de pesos le promueve el nominado Macedo; apercibido de sentencia en re- como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
beldía si no comparece.
l\forelin, Jllllio de 1865.-Luis Iturbide.-Luis G. Segura.-L11is G. Barrera,
México, Julio 11 de 1865.
382-40s-28
El Juez 89 me11or, Lic. Zubiaga.
447-3a-2
TRIBUNAL DE COJIIERCIO DE MEXICO.
México, Junio 30 de 1865.
Este Tribunal ha proveido hoy el auto siguiente:
" México, Junio 30 de 1865.-Por presentado con los documentos que acompaña. Declárase i D. Femando Rodrignez en estado de quiebra, cuya época deberá contarse para
los efectos de que hablan los artículos 781 y siguientes del Código de Comercio, desde el
dia de la fecha del presente auto, salvo lo que despues aparezca: procédase al aseguramiento de los libros, papeles y demas bienes del deudor, y á la d.eteao1on de su correspondencia,
conforme al art. 794 del mismo Código: se nombra sindico administrador á D. Mariano J.
Puquel, y judicial al Dr. D. Cárlos Carpio, fijándose á los acreedores el plazo de veinte
dias para que presenten al sindico administrador los justificantes de sus créditos, y publicándose la providencia por medio de edictos y en los periódicos: fórmese el espediente de
calificacion de la quiebra. Los Sres. Presidente y colegas lo proveyeron y firmaron.-Castillo.-García.-.tibadiano.-Luis Rodrig11ez y Palacio."
Lo que pongo en conocimiento de los señores acreedores en cumplimiento de lo mandado.
J. M. Carde,1a, Oficial 2\&gt; encargado de la Secretaría.
448- 3a-2

AVISOS PARTICULARES.
GRAN REMATE
DE LAMPARAS DE KEROSENE,
Para el mártes 18 y miércoles 19 del corrie11tc, á las DOCE EN PUNTO, en el Gr1m Hotel
de Co111isi011es, calle de la Perpelija 11úm, 8, estando á la ?Jista el tlomingo 16 y lúnes 17
El que suscribe rematará una gran factura de lámparas do Kerosene, candiles, globos,
veladores de papel, mechas, etc., etc., por cuenta de una casa importadora de esta corte.
Estos efectos, como todos los que se venden en esta casa, se rematarán real y positiva
mente al mejor postor, y por lo tanto, hasta los comerciantes encontrarán una oportunidad
rarísima para obtener surtidos grandes y de gusto do dichos artículos.
Las ventas son al contado y sin rcclamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
antes de veinticuatro horas.
México, Julio de 1865.-Jgnacio Diaz Tri1¡jeq11e.
443-6s-4

NOTIFICACION,

El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de 7 del
que rige, se haga saber á las personas que se presentaron como interesadas en el fideicomiso de D. Bartolomé Ruiz de Morales y no han designado sus casas, ni han vuelto por
lo mismo á saber las determinaciones del Juzgado, que quedan ablertos los respectivos in
cidentes á prueba por treinta dias improrogables, contados desde la primera publicac1on
GRAN
DE CHIARINI,
de este aviso; ent.endidos q_ue si dentro de ese término no justifican su, entroncamiento con
OPERA
ITALIANA,
el fundador, no serán considerados como parte en el prQfateo que deberá hacerse del sobrante que quedó en el concurso á bienes del reiterado fideicomiso.
Dentro de muy pocos dias quedará. trasformado él local del anti~uo circo en teatro de
Y en cumplimiento de lo mando, pongo el presente en México, á 11 de Julio de 1865.- la ópera, habiéndoselo hecho las variaciones y mejoras que son consignientee al cambio de
José Raz Guzman, Escribano públi~.
.
441-3a-2
espectáculo que se va á verificar en él; sin haber omitido gasto alguno la nueva empresa,
para dejarlo digno de la cultura del público.
,
CITACION.
La comvañía de ópera que trabajará en el antiguo circo, consta de las partes siguientes:
Habiéndose presentado D. Manuel Urrutia ante el Sr. Juez 49 de lo eivil, solicitando Sras. Maria Bocciardi, Elisa Tomasi, Fanny Nataly, Maria Pagliary y Josefina Sntos.
se le dé segundo testimonio de la escritura de reconocimiento por la cantidad de 3,602 pe- Sres. Luis Stefüni, Enrique Testa, Francisco Restano, Alejandro Ottaviani, Juan Matrei,
~os 6 reales, fecha 10 de Noviembre de 1819, otorgada por D. Juan Ignacio Fuentes en Ignacio Solares, Rafael Quesadas, Cárlos Fattori, F. Strebinger y Bruno Flores.-La orfavor d~ D~ JosefaFagoaga, ante el Escribano D. Francisco Calápiz, y que i~orándose questa la dirigirá el Sr. Fattori, y se compondrá de los mejores profesores, tant-0 mexicaquiénes BOIIB los hertderos ó albacea del Sr. Fuentes, se les cite por los periódicos; el Sr. nos como austriacos, formando parte de ella, como primer violiu concertista, el Sr. StreJuez proveyó de conformidad, seüalando el término de quince dias, contados desde la pri- binger, y el profesor de arpa Sr. D. Tito Rocco, arpista de eámara de S. M.-Todas las
mera publicacion de este aviso.
decoraciones serán nuevamente pintadas por el Sr. D. Man11el Serrano, que queda forMéxico, Julio 11 de 1865.-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 44.2-3a- 2
mando parte de la compañia como pintor escenógrafo, estando contratado tambien para
maquimsta el Sr. D. Antonio Franco..,-Forma parte, ademas, de esta compañia, la priJUZGADO 2º DE LO 9JVIL.
mera bailarina señorita D~ Teresa Ferdinand.- El cuerpo de coros de ambos sexos, el
El Sr. Juez 29 de lo civil ha mandado se proceda fil remate de dos casas y un terreno, alumbrado del local, el servicio de la escena, la guardaropía, y por último, cuanto tiene
ubicad?ª en Ciudad de Morelos, conoci~os con los nombres de "Casa de Diligencias," relacion al mejor lucimiento del espectáculo, serán montados con lujo y servidos por per"Fábrica del Calvario" y el "Colmenar," y los aparatos de destilacion que existen en la sonas de inteligencia.-La empresa ofréce al público variar de óperas en cada abono, y,
fábrica, valuados por el ingeniero civil D. Francisco Chavero, en la cantidad de 5,283 pe, si le es posible, dar las doce de que se compondrá cada uno, distintas, escogiendo de las
sos 2.5 centavos la primera; la segunda, en 13,289 pesos 50 centavos; el tercero, en 1,946 conocidas hasta aqui las mas populares y añadiendo las nuevas de mas nombradía, cuyo
pesos 50 centavos, y los útiles de la fábrica en 4,172 pesos; señalándose al efecto para las repertorio poseo.-Desde el dia 16 del actual ha quedado el abono abierto, recibiándoso
almonedas los dias 18 y 28 del corrient.e, y 8 del entrante mes de Agosto, á las doce, sien• las solicitudes en la administracion del circo, hoy t.eatro de la ópera, bajo los precios sido la última con calidad de remate.
guientes:
Lo que aviso al público, para que la persona que quiera hacer postura, ocurra á la SePor un palco con seis entradas para doce funciones .•••• $ 60
cretaria del propio Juzgado, donde se le darán las instrucciones que miuistrnn los autos.
Por un asiento eu el patio para idem idem...... . • • • • • • 10
México, Julio 13 de 1865.-Por ocupacion de mi compañero Fernandez Guerra, UrbaPor un asiento en las sillas delanteras de gradas para id. 5
110 Morali, Escribano público.
444-611- 2
Por doee entradaa á. las gradas,... . •• • • • • • • • • • • . •• • • • • 3

DIVERSIONES PUBLICAS.
cmco

JUZGADO 39 DE LO CIVIL,
En los autos que sigue la Sra. D~ Agustina Robledo de Revuelta, sobre que se libren
unos oficios á los Sres. Jueces de esta capital y de Morelia, y qne se le reciba una infor•
macion, el Lic. D. Jonquin Maria Alcalde, corno curador ad litem del menor D. Daniel

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
1!!1(18 DB SAN AGUSTIN NUli.

1,

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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EL

DEL

DIARIO

IMPERIO

TOMO 11.

~fEXICO : Martes 18 de Julio de 1865.

ffll. 164..

legislaturas y gobernadores, y á establecer y á multiplicar las escuelas de primeras letras. Aquellos ensayos tenian aún graves defectos y numerosos vacíos, debidos á. que la civilizacion se hallaba
en mantillas, y á la falta de profesores que diesen ciertas enseñanzas.
A excepcion del colegio de Guanajuato, en el que ·desde el año de
828 se hizo una r!lvolucion en las materias, métodos y textos para
la enseñanza; á excepcion del colegio de Guanajuato que introdujo
el
estudio de las matemáticas puras, del frances, de la geografía,
PARTE OFICIAL.
cronologfa é historia, de la economía política y de los derechos ~atural, internacional y público en la carrera del abogado; á. excepc1on
'
l!INISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Y CUL'fOS.
del colegio de Guanajuato que arregló los cursos de derecho de una
Señor:
manera ideológicamente cientifi.ca y progresiva, todos los demas EsInmediatamente que fuéen mi poder la in~e~esante car~ de V.M., tados, con pocas ó ligeras modincaciones, continuaron en la ~ala rude 11 del mes próximo pasado, en la_que se dignó comun~carme_los tina que habian adquirido de la Metrópoli;. y sin embarg~, la ilustraprincipios á que debe sujet¿rse el código qu~ ha d~ reorgamzar la ms- cion se difundía y la educacion se generalizaba. Los legisladores de
truccion pública del Imperio, tuve la sat1sfacc1on de contestar á esos primeros años de la vida.intelectual de México, incidieron en
V. M. que el proyecto estaba en~eramente co°:clui~o, y yo e;1 espe- un error que era entonces muy natural y muy disculpable: como en
1,1 de la vuelta de V. M., para. suJetatlo á su mtehgente ex.imen y el régimen vireinal no se conocían como carre~·as cieotíficas sino la
aprobacion, aprovechando lo q_ue restase del pr~sentc año en prepa- de d'Crecho, la eclesiástica, la médica, y recientemente la del minerar todo lo necesario á fiu de ponerle en práctwa con la extens1on ro, con ~sos antecedentes, en los institutos de los Estados se quisie&lt;.J.Ue fuese posible, al comenzar el próximo entrante año escolar.
ron establecer todas ó algumrs de esas ~arreras, de las que la tercera
Ha llegado el momento de que dé _cuenta á V. M. del proye?to, y y la cuarta necesit~ban un per~onal nu_meroso d~ profes?res hábiles,
voy á ptlrmitirrne nacer algunas expitcaciones y 'ií. entrar en ciertos y gastos muy considerables dq, ,osta.lacion, de conservac1on y de medetalles, para que V.M. tenga á b10n formarse una idea exacta de jora de las c4tedras que debían cursarse para hacer los estudios del
la obra, para preparar la discusion en ~l Consejo de _Mi~istros, y pa- médico y del ingeniero .con v~rdadero aprovechamiento. Ese error
ra facilitar la ejecucion de la ley, obtemendo la autonzac1on deV.-M., tuvo graves consecuencias sociales. En cada Estado se formó un
aue tendré el honor de pedirle al concluir este Informe.
plantel de abogados, y en algunos otro tambien de· médicos; tanto ~ La instruccion pública en México, al hacerse la independencia, porque no se abriera otro porvenir á la juventud, como por la faciHsobre todo la primaria, que sin discusion es la mas importante, se dad que había para llegar pronto á la terminacion de la carrera, los
hallaba en un atraso lamentable, ya porque en aquella época los do- profes(?_res en derecho se fueron y·se han seguido multiplicando hasminadores de la nueva España no podían enseñar mas de lo que sa- ta un número muy superior á las necesidades sociales. Respecto· de
bian, ya porque formase parte de su política ~on_servar en la igno- los médicos no se puede decir ló mismo, t~n.to porque los focos eran
rancia á las clases populares y en el embrutemm10nto á la numero- m~nores, como porque presentando mas alicientes la carrera del abosa poblaciou indígena. Si se exceptúa el estudio propio de las cien- gado, que preparaba para los altos puestos en la aqrninistracion 6
cias forenses y de las eclesiásticas, y algo de las literarias, que en en la judicatura, era preferida por los estudiantes. De la del minero
algunas épocas y en muy raros establecimiento~ se hacia, dirigido poco puede decirse, porque solo fué establecida, primero en México,
por profesores inteligentes, aunque con. métodos defectuosos, las á fines del siglo próximo pasado, y despues en Guanajuato, en el
ciencias médicas y las físico-matemáticas participaron del atraso de año de 28; yde la del eclesiástico, que reducida á los seminarios conla época, y las de aplicaciou eran enteramente desconocidas, asi co- ciliares, acaso por las necesidades espirituales, acaso por consecuen~
mo lo era la enseñanza de los idiomas, exceptuando el latín, y la de cía de las revoluciones, se cuidó poco de ilustrar los pastores encarh. geografía, la cronología, la historia, la economía política, el qere~ gados inmediatamente de conducir la grey: muy frectJ.entemente
cho público, el internacional y las ciencias naturales. El número de bastaba que aprendiesen un poco de latín y de teología moral, para
las escuelas de educacion primaria _era reducidísimo, y en eUas se ser ordenados y autorizados á administrar los Santos Sacramentos, y
limitaba la enseñanza á la de la lectura, de la escritura y de las.pri- á ejercer la delicada oura, de aireas. En todas partes se olvidó ó no
meras operaciones de aritmética, y por todo principio de religion á pudo establecerse el es~úJio de las cieucias de aplicacion á la indus~prender de memoria el catecismo del Padre Ripalda. Para las mu- tria y á las artes; en todas partes, á _excepcion de GuaníJ,juato, se siJeres no habia escuelas: en el hogar doméstico se les dedicaba á las guió con la enseñanza indigesta de lo que se llamaba filosofía, que
faenas de su sexo, aprendían de memoria el catecismo del Padre Ri- estaba reducida al conocimiento de la lógica, metafísica y ética, y á
~alda, y apenas se les permitía adquirir copocimientos de lectura, las nociones ligeras y muy elementales de matemáticas y de física.
s10ndo para esto necesario que perteneciesen á. familias decentes y
A pesar de esos errores y de ese atraso, tengp el honor de repeacomodadas. El talento, la aplicacion y los esfuerzos individuales, tir á V. M., que la. instruccion p1iblíca y la educacion de las masa$
que alguna vez pro~orcionaron victimas .á la ignorancia y al fanatis- se fué ampliando y generalizando, y que á pesar de nuestros trastormo del Santo Ofimo, _formaron exc~pc1ones tanto mas honrosas, nos y de nuestras desgracias de to&lt;lo género, se·adelantó y se ha adecuanto mas ra,ras,. relativame~te cons1~eradr,s.
.
•
lantado mucho en este importante ramo de la admi;üstracion públiCousu~ada la mdependencia, un pa1s lleno de vida, dé riqueza y ca, hasta el punto de que, sin exageracion puede asegurarse, que
de pon:emr, deseoso de tener un lugar prominente en la familia de hoy habrá pocas naciones en Europa que sean superiores á México,
las naciones, y alentado con l?s progreso~ que la república vecina. relativamente hablando, en el número, método y perfeccionamiento
Ylos pueblos de Europa hacian en las ~iencia-s, en la literatura y de las escuelas primarias. Mucho·se ha hecho; mucho hay aún que
en las artes, se la~zó con fé en _ese cammo, por desgracia todavía hacer, sin embargo.
con lae preocupac10nes que hab1an puesto su planta en México, des- La. cápital dé la antigua república se conservó hasta cierto punpue~ de centenares de años y con la f~lta de direccion y de un recto to estacionaria en fa enseñanza que heredó del gobierno vireisent~do, que solo podían deberse á la práctica ilustrada de que era nal; pero ya en el año de 833 se intentó mejorarla, y sobre todo
preciso que careciese. En la primera época de la federacion, todos en 843, que se expidió' el Plan general de instruccion pública, delos ~st~dos á porfia y con un noble estimulo, se a.presnraron á full- bido principalmente al talento y á la instruccion muy superior
dar mstitutos ó colegios mas ó menos perfectos para aquella época, del difunto Sr. D. Manuel Baranda, quien ya en el año de 828
segun los elementos morales ó material~s de que podían &lt;lisponersus había cooperado en la legislatura de Guanajuato, á la formacion de
SUMARIO.

a

PAR'IE OFIOIAL.-Exposiclon del Ministro ~e Instrucclo_!l pnbllca y Cultos _ll ~!-, yobl'e un proye~to
general de l'lstraccion públlca.-.Jecret.o imperial sobre en~enaclonea de f.o ,is_ o capn,a.es qae pertenecieron e los munlcl¡,ios 6 á la instrucclon pública. 6 henellcenc1a.-Otro, que contiene el, regla,mento pnra la.
ejecucion del antorlor.-Otro, encargando temporr.Jmente del despach_o de los negocios de, Mlnlsterlo de
Fomento al Subse~reta.rio durante la ause'lcla del Mln.istro.-Nombram1ento del Coll3eJero de Estado D. HIiario Elgnero pa.ra que forme la comlslon revisora de los proyectos de ley antes de su promulgaclon.
PAF.Tll NO OFIOIAL.-No\!cias de San Francisco de California..-Sel!os u.el correo. lvfao delaAdmir.ls·
traclon general.

�(

•

í

58

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

la ley que fundó su coleg~o, Y de Ia que tomó las principales bases con ~os establecim~entos en que reciban su educacion; la de acordar
para el plan _ge~eral. La mstrucc1on ~e~undaria y la profesional en- pensiones, _colo_ cac1ones y recompensas honoríficas á los sabi'os naci·otraron
en ot~a v~a, tanto
de las materias' como nales 6 ext ranJeros notoriamente distinguidos; y la "de dotar compeor la-organ
d 1 port labl amphacion
. .
izacwn e os es a ec1-l}nentos y por los fondos con que tentemente el profi
d J
tr. d 1 ¡
ueron dotados; pero se inci?ió en el antiguo error de multiplicar las
..
esora. o, eva~ an o o á a altura que le corresescuelas de derecho, no abnendo la puerta á carreras que debian re- a~f
de la mstrucc1on. Tal es el objeto del capítulo H
putarse p~pulares, y que tendieran á descubrir y aprovechar nuestros. cuant10sos ~lementos d_e riqu~za en las primeras materias que . Centraliza?ª la instruccion, indispensable era uniformarla y ·dirise _piden con av1_dez _por la mdustl'la y las artes, y á establecer la en- ~irla convementem~nte _en todos ~us ramos, desde las escuelas profes~nanza de las ciencias agrícolas, comerciales é industriales. Di6se, swnales hasta las pnma!·ras del último pueblo. De aquí el capítulo 2º
sm embargo, un gran paso, y la instruccion pública debe reconocer que se ocupa &lt;!e la "Direccion central de instruccion pública," forlos esfuerzos del Sr. ~~randa por ~u mejora y adelanto.
mada por un cuer_po científico representante de todas las facultades
~quí es la oportumaad de rendir un voto de gracias á los distin- q~e ~erá el Con~eJo ?atural y necesario del Ministro de Instruccio~
gmdos profes~res ~e la Escuela de Medicina de México, que hacien- publ~ca, con atr~buc1ones ejercidas bajo la inspeccion de éste, que
~o toda es!!ecie de esfuerzos, sujetándose á sacrificar su tiempo sin son 1~portantís1!11ªª para conservar el órden, la regularidad y la
I~mu~erac1on alguna en favor de la enseñanza y del adelanto de la exactit~d en_ el s~stema, siendo á la vez cada uno de los individuos
mencia, y no ~arándose en los obstáculos y dificultades que se pusie- de la Direccion mspector de las escuelas 6 establecimientos de su,
ron en s~ c~mmo, l_ograron ver l~vantada esa "Escueia de Medicina," facultad Y. de todas las otras que .s~ sost_ienen con los fondos públien un edificio propio, y esta_bl~c1das las cátedras, de las que salen cos, .Y temendo ~demas la sobrev1g1lanc1a de los establecimientos de
profesores que honr~n á México y á la ciencia misma; y todo ó la partwular~s, ab_rnrtos con el permiso de la autoridad.
~ayor parte f~é debido Jí. esos beneméritos profesores, y muy espe- D~ la J?1reoc1on central de instruccion pública dependerán las
malp:i_ente al difunto Sr.. D: Pedro Escobedo que influyó tanto en la subd1recc1ones est~blecidas en los Departamentos, con un iuspector
creamon 1de es~ e5:tabl~m~1ento en San Hipólito, y despues, al tras- á_ s~ ca~eza, orgamzadas como aquella, y de éstas las comisiones de
ladarlo al antiguo edificio de la Inquisicion, al Sr. Dr. D. Urbano v!gilanma en l~s ~ubprefecturas y en las municipalidades, para. viFonseca, que hace muchos años trabaja en México sin descanso
gilar el cumphm~ento de la ley respecto de la instruccion primaria.
co_n un noble desprendimiento, por los adelantos de la instruccion
Esta es la matena del capítulo 3?
bhca Y por el desarrollo de nueva$ y útiles profesiones. Por fortuna
~1 4? se ocupa de l~ organizacion de las facultades científicas,
no son t.~ raros los hon:ibre~ que tienen esa santa vocacion en nues- desi~nando el personal de cada una de ellas, despues de haber estatr~ patria, de desear sena, sm embargo, que su número se multi- bleci_do e~ el capitulo
que reunidas todas bajo la presidencia de
phcase.
1~ D1reccion_ central d~ mstruccion pública, constituyen la "Univerpespues del año de 843 vino el Plan general de estudios de 19 de Sl_dad Impenal de ~éx1co." La palabra Universidad para mí es tam.~iciembre de .8?4, publicado por el Sr. Dr. D. Teodosio Lares Mi- bien vacia de sentido, y en M~xico 1o ha sido siempre. Con el resms_tro de Justicia é Istruccion pública en aquella época; y ese plan peto que me merecen los sab10s que han pertenecido á ella ni sé
umdo á su r?glamento de 13 de Junio de 866, que hacen honor á 8~ que haya heclio _cosa alguna útil en favor de la enseñanza 'ni co,
autor, orgamzando la instruccion pública en todos sus ramos unifor- n?zc~ los trabaJos que haya impendido para el adelant~ de las
mándola en todo el pais, sujetándola á una conveniente di;·eccion ciencias. _Esta obse~v_a?ion se_ refiere al cuerpo y no ásus individuos,
dando entra~a. ya á nuevas carreras, y preparando el terreno par~ ~orque m me perm1tma alus10n alguna personal, ni me son extraotras_ que se m_an planteando, -segun lo requiriesen las necesidades n~s l~s obras de algu~os de ellos.-La "Universidad Imperial de Mépú_!Jhcas, amphó el campo de la ciencia y comenzó á facilitar la en- xwo, co~o se orgamza hoy, será un cuerpo propiamente docente
senanza _de algunos deª?ª ramos, no apreciados como debieran serlo, q_ue reu;11rá en su seno todo lo mas distinguido de nuestras ilustra:
e~tablec1énd_ose en segmda l~s escuelos del agricultor, del veterina- c1on~s científicas, y que pres~á grandes s01-vicios á la inetrnceion
r10, del marisc_al, del comerciante y del ingeniero civil, con mas ó púbhca.
men?s perfecc1on, segun el estado ~el Tesoro, y segun el mayor 6 me- El capitulo 5? se ocupa ya de las diferentes clases de inst . •
nor mtere~ P~! ~os prog'.e~os d_e la Juventud, que_teni~n las personas que so~ la primaria, s?bdividida en elemental y de perfoccio~~~~~~~
ll~madas á d111gir los Mm1stenos de que depend1a la mstruccion pú- cundaria ó prepar¡¡,torra, la superior ó profesional y la a t
bhca
.
'
e o ras en.
_
senanzas que cont~1buyen á 1~ c~onomía y buen órden social. En
Al _llegar V.M. á su nu_ev~ patna, se babia ya centralizado lains- _ese capitulo s~ ~e~ignan las 1:1atenas _de enseñanza que corresponden
t~ucmon: algunos establee1m1entos de enseñanza secundaiia y profe- á las .~os subdms10nes de la mstrucmon primaria, y se procura que
sional e~taban cerrados en las cafital~s _de los Departamentos, y po- los mn~s de ~mbos sexos amplíen sus conocimi~ntos, no solo con el
cos contrnúan así _en espera de d1spos1c10nes ulteriores; y los demas, de l~ grnmátlca castellana en todas sus ~artes, smo con el de la. arittanto d~ esta capi~al como de füera de ella, en que siguen los cursos méti~a co_mpleta Y razo?ad_a, f con noe1ones de cronología, geograacadémtcos, se res1ent~n de la falta fondos, perdidos en los años fia, historia sagrada y ~ibuJo hneal, que no se habían enseñado en
pasad.os, lo _que ha obligado á r_educir los _profesores-y sus dotaciones nuestras esc~_elas de pnmeras letras. Por supuesto que_ }¡1 generali-·
y ha 11_nped1do hacer ga~to~ de importancrn para la reparacion y con- d~d. de los mnos que concurran á e_Ilas, no podrá adquirir tales conoseryac1on de algunos ed1~c1os, y Pª!'ª la ~ompra de máquinas, útiles c~mie?tos; pero mucho se habrá adelantado con que reciban la insY. hbro~ de 9ue muchos tienen una impenosa necesidad. La instruc- tr_ucc1on elemental, que les presentará un porvenir de que están muy
~10n pnmana padece por la bancarota casi general de las municipa- di~tantes los ~ombres que no conocen la lectura, la escritura y los
hdades, y tanto_ ella como la secundaria y la profesional exigen una pnmeros rudimentos de la aritmética.
esmerada atenc10n de V. 11'.L • •
,
Es de toda necesidad formar profesores de primeras letras ara sa0~echa. á grandes ras'gos la h1stona ?e n~estra_ instruccion pública, car á muchos de ellos de las antiguas rutinas, para uniformar) 08 méri4~? m 1ª nat~raleza este trab~JP m._el tiempo me permiten todos ~e enseñanza, y para ampliar y perfeccionar sus conocimientos
. a e m~s extens_1on, V. l\'1, ~abrá temdo ~ bien ?onvencerse de que la con obJeto de que se pong:.n en aptitud, tanto en 1a arte reli ·osa ·
ms~r~cc10n pública en México sol? necesita nmformarse y perfeccio- y mora_l, como en la cieutifica y social, de dirigir con?eniente!ente
mnse, p1ro q~e par~ ello ~e necesitan foncfos cuantiosos, y hacer que á los mños en los primeros pasos que van á dar en la ciencia. El ca
se c~m~ a~ sm c3nsi1erac10n las prescripciones legales.-Es el mo- pítulo 6?, pues, establece las escuelas normales de profesore~ y demen e escen era exámen del.proyecto Je ley que respetuosa- signa las materias que en ellas deben enseñarse.
'
•
mente pQngo en .~anos de V. M., explicando tambien someramente L
l 7o o
•
.
el plan que presidió á su formacion y enunciando algunos d
d b os c~bp_ítu ~s · Y 8. se ocupan de la mstrucmon secundaria que
detalles.
e sus e e reci use en 1os Liceos, Colegios y Escuela Politécnica la cual
Conveniente era para r.Je.todizar la materia reunir
puede ser ó I!reparatoria para diversas carreras profesionalc~, ó simcuerpo las atribuciones concedidas por V.M. á'su Minia:~ 1 ~o1O alefente somal Y muy útil para los alumnos que no quieran emprentruccion pública, y algunas otras que pueden considerara~º el~ ns: er a~;. porque _adem~s a.e aprender en los. Liceo~ el idioma frances,
rollo,6 complemento de aquellas como la de estable
lé _esar adqumrá~ n_omones ae mglés, aleman, latm y gnego, perfeccionarán
liceo.s, designando los estudios ·q ;e en ellos se ha an ~e:
gios _Y s1,1s conocimie~tos de Crún!&gt;logí! y geogr~:fia, y arrend~rán la álgebra,
aprovechar l~s elementos de riqueza de. las respltivas loe~~~ ~ª1~ ~eometría Y tn~onometrí~ rectil_ínea, lógic~ y ética, historia antigua,
la de generahzar la enseñanza pdmaria no solo multiplic d ª es, h~ la ~dad média Ymoderna, fis1ca Y. química generales, nociones de
cuelas gratuitas para niñoR de ambos s;xos, sino creando ~~s 1as_e~: istona nat~ral Y de _ec~nomía polít1ca, elementos de mitología, tecales y nocturnas para adultos y estableciéndolas 1
¡mim ne_durfo de hbros .Y d1b11Jo natural de la estampa, de ornato y de paireccion, en las cárceles y en l~s presidioR; la de es:br:c:~sasa e cr~ s~e: en los Colegios se rec_ibirá la enseñanza del idio,ma latino en tres
las casas de asilo, proporcionándolas á cada localidad· la
re~ a~ anos, y ademas se perfeccionará ~11. del aleoian ~ el inglés, cursánnúmero de alumnos de gracia que deba haber e
e 1 e dose en esos t~cs anos en academias nocturnas prmcipios de literatu1 1
establecimientos científicos del Estado determi~a
eos "br e~as ra Y de oratona, Y haciéndose un estudio especial de la reliofon canes que deben contraer con las municipalidade á n
igacio- t?hca; Y en la ~sr.nela Politécnica se dará la enseñanza de I~s mate~ que pe1 enezcan Y nas preparatorias para las carreras especiales del minero, del profe-

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59

sor de agricultura, de los ingenieros militar, mecánico y naval, y del enseñanza, 6 llamándolos al hogar doméstico; pero era preciso que:la
marino.
autoridad pública conservase la sobrevigilancia de esas casas, ti.mto
Desde el capítulo 9? hasta el 31, el proyecto de ley se ocupa de la para cuidar de que los directores y maestros fueran dignos, como de
enseñanza profesional que abraza los conocimientos necesarios para que los ramos de enseñanza, los métodos y los textos correspondielas carreras siguientes: la del filósofo, que comprende al literato y al sen á su objeto; y era preciso tambien abrir la puerta para que los
agente administrativo; la del abogado, notario-escribano público, estudios que se hicieran en los establecimientos de particulares y la
agente de negocios y ministro ejecutor, eclesiástico, médico, farma- enseñanza doméstica, tuvieran el valor de cursos académicos. A eso
céutico, flebotomiano, dentista, partera, naturalista, agricultor te6ri- tienden las prescripciones de los artículos 36 y 37.
co-práctico, profesor de agricultura, mariscal, médico veterinr.rio, El siguiente se ocupa de la situacion de los establecimientos de
arquitecto, maestro de obras, agrimensor, ingeniero de caminos y enseñanza, y en él han quedado resueltas cuestiones de muy grave
canales, ingeniero de minas, beneficiador y apartador, ingeniero me- trascendencia. El proyecto quiere que en todos los lugares donde
cánico, ingeniero geógrafo, militar, náutico, industrial, comerciante haya veinticinco familias, se establezcan escuelas de instruccion priy artista que comprende al pintor, escultor, grabador, músico y actor maria elemental para ambos sexos; .que en donde haya una poblacion
de teatros. Cuando V. M. se digne pasar sus ojos por esos capítulos, que no baje de cien familias, ·se funde una escuela de instruccion prique es la parte mas dificil de la obra, se servirá observar que dando maria de perfeccion; que unas y otras, sostenidas por las municipael lugar que merecen á las ciencias filosófico-morales, las fisico-ma- 1!dades, sean gratuitas y obligatorias; que la enseñanza el~mental y
temáticas, las naturales y las de aplicacion entran, y con mnc1,o, ::.. :.,. ' de perfeccion para el soldado; se dé en sus respectivos cuarteles; que la
sistema general de enseñanza; que se han abierto ·nuevas y muy im- secundaria que comprende la de los liceos y de ·los colegios, se esta.portantes carreras pai"a la explotacion de las primeras materias de blezca en las capitales de los Departamentos, y en· algunos otros luque se aprovecha la industria, y con las que la Providencia ha dotado gares de grande importancia por el número de sus habitantes, por la
pródigamente este suelo privilegiado; que se ha procurado mejorar extension de su territorio, por los recursos natmales con que cuente
la instrucdon poniénJola á la altura de la ciencia en los paises mas la poblacion, y por el género de industria que convenga desarrollar
adelantados; que las bellas artes en todos sus ramos han sido tam bien en ella; que tanto la·E~cuela Politécnica, preparatoria para ciertas
consideradas, como un signo de la civilizacion del país, para cultivar carreras, como las escue1as especiales de estudios profesionales, se
las dotes y la inclinacion que los mexicanos tienen á ellas. No me abran por ahora en esta' corte, á reserva de que 1engan despues coparece que en este asunto se haya olvidado nada de lo que pertenece legios universitarios donde se establezcan todas 6 algunas de esas
á un plan general de e'nseü.anza.
carreras, en Guadalajara, en Durango y en el lugar que se consideLos capitulos 32, 33 y 35 contienen la parte disciplinaria de los re mas á propósito de la península de Yucatan, segun los medios maCistablecimientos, y en ellos se establecen los principios generales que teriales y morales con que se pueda contar para que los estudios
daben,regir para las matriculas, cursos, exámenes parciales y profe- profesionales sean tan amplios y tan perfectos como debe desearse;
sionales, grados, títulos académico¡¡ y régimen interior de las casas y que los seminarios conciliares queden en las cabeceras de las di6n&amp;ciomles de instruccion. Los principios que contienen esos capitu- cesis, despues de haberse dicho en el lugar oportuno, que están bajo
]os, son do muy grande importancia no solo para uniformar los esta- la direccion exclusiva de los Muy Reverendos é Ilustrísimos Señores
blecimientos en los puutos á que se contraen, sino para cortar abu- Arzobispos y Obispos, aunque sujetos á la sobrevigilaucia de la au-sos y para dar á su direccion todo el vigor que debe tener y cuya toridad pública.
carencia se nota con séntimieuto en algunos de ellos, no habiendo en El establecimiento, direccion y cuidado de los observatorios asotros m siquiera reglamentos que fijen las atribuciones de los supe- tron6mico y meteorológico, de las bibliotecas, de los museos y del
riore~ y las obligaciones de los alumnos.
jardin botánico, que será tambien zoológico y de aclimatacion, son
Por desgracia nuestro cuerpo de profesores, cori pocas y muy hon- la materia de los capítulos 39, 40, 41 r 42. .
.
rosas excepciones, no ha tenido toda Ja respetabilidad, toda la consi- . El 43 se ocupa de los fondos d~ _la mstrucc1on_p_úbh~a, establederacion, todo e] prestigio de que son tan dignos los hombres que c~endo r~gl~s a~ecuadas Ynecesans1mas para su vigilancia, recaudatienen la abnegacion de dedicarse á la enseñanza de la juventud. Las oion Y d1a-tnbuc1on.
ca.usas de esto son bien conocidas.. ~esde la é~oca ~el go_bierno vi- Por último, ~l 44 comprende algunas disposiciones generales, de
remal los profesores de loij establecimientos tema.n as1gnamones muy las que la mas importante se refiere á la obligacion que se impone á
miserables como tales profesoi:es, que sin embargo, se compensaban en todas las municipalidades, de mandar al liceo de su, Departamento
mucho~ oasos con las p~ng~es rentas que _recibían Pº1: otros títulos: uno de _los alumnos que hayan c~ncluido su educacion primaria de
en el tiempo de la Republtca quedó lo pn_mero y faUó lo segundo; y petfe~mon, y que tenga las cual~dades de pobreza, aptitud, aproveeso ha hecho que en muchos establecimientos los maestros sean 6 chamiento y buena conducta; obhgacion que se extiende á sostenersimplemente practicantes de la carrera á que se dedican, 6 'Profeso- los, ·cuando hayan concluido sus estudios del liceo ó colegio, en la
res de poca clientela, por haberse acabado de recibir, que consideran escuela especial que elijan hasta la terminacion de su carrera. De .estransitoria su ocupacion en un colegio y e! sueldo como un pequeño ta manera, y :fijadas las obligaciones que los agraciados contraigan
auxilio para sus gastos. Este es un grav~s1mo mal para la enseñ_anza con sus municipalidades, los conocimientos superiores se irradiarán
y para ~1 adelanto de 1~ ciencia. Ne~esltam~s ilustr~ci?nes cientifi- has'ta el último pueblo,_ y los b~neficios que produzcan serán de incas nacionales y _extranJeras, que dediquen, s1 no excmsivan:iente, la c~Iculables consecu~nmas, supliéndose a.si las dificultades que los
may_or y la mas ~mp~rtaute parte de. sus luces, de _su práctica y de h1JOS ~e l?s prol~tanos que descuelle? por su talento y por su amor
su tiempo á la d1recc10~ d~ los estudiante~, á Ia meJora de los méto- á la mencia, pudieran tener para dedwarse á una profesion literaria.
dos y al arreglo y pubhcac1on de textos, siguiendo de año en año el
Hé aquí, Señor, eLconjunto de las disposiciones numerosas que
progreso de las ciencias; necesitamos un cuerpo de profesores que abraza el Código de instruccion pública que tengo el honor de traer
secun~e con intelig~n?ia y con buen~ vol~utad las mira~ de V. _M. al e~tudio y á la aprobacion de V. M.: muy fácil es que se hayan
enun~iadas por su M1rnstro y por su pireccion central de mstrucc10n deslizado muchos y graves errores en una obra tan dificil, y en la
p~bl:ca; y esto no podrá lograrse mientras el profeso~ad_o ~o sea re- que se han toc~do y resuelto c?estiones de una importancia vital
~nbm~o, compete~temente, y no se vea rodeado d~ dis~mc1ones, de para el porvemr moral y m~tenal del Impe1io; pero estoy seguro de
mmumaades que mfluyan en que los hombres de menc1a tengan un que el talento y la ciencia de V. M. y de los Sres. Ministros mis
poderoso estímulo para pertenecerá él.
compañeros, subsanarán esos errores y darán la conveniente soluEsta es una materia importantísima en él plan general de Instruc- cion á estas cuestiones.
cion públ~ca, porque ~e nada servirá que V.M. abra nuevas carre• Pero una vez que V.M. se digne aprobar el proyecto, hemos ller~s, c~mbme los estudi?s de cad~ ~n~ de. ellas, procure s? _buena gado sin duda á la parte mas dificil:-á su ejecucion. Se necesitan
~1recc1on y arregle el s1sterpa ~1sc1p~mano de los ~stablemmientos, f~ndos ~uy cuanti~sos para la instalacion, conservacion y perfecsi llegado el momento de la eJecuc10n no hay qmen comprenda y monamiento de vanas de las escuelas profesionales, y de muchos de
pueda ó quie~a desarr~llar convenientemente el sis~e1:1a, ~or fortu- los liceos y colegios en México y en los Departamentos, sin contar
na para México ~ay dU'ectores y p~o~esores muy d1st~ngmdos, que los colegios universitarios, que será necesario crear del todo. Por lo
llenos de abnegac10n y de desprendimiento se han dedicado á la en- pronto, para poner en planta la ley que es necesario que comience
señanza por sol~ el am?r ~ la Juventud Y. á 1~ gloria de su patria; pe- á tener su ejecucion' en el año entrante, estarán reunidos en la Esro no ~s conv~o1ente m digno de un Gobierno abusar ?e esas vi_rtu- cuela de Minas; la Politécnica, la profesional del minero, del mecádes, m es posible tener un cuerp? abundante de maestr?s guiado nico y del geógrafo, y un liceo; en la Academia de San Cárlos las
solo por ellas. E~to se logrará úmcamente ~on otra.. especie de . es- carreras del arquitecto, del ingeniero de caminos y canal~s y de betímulos, establecidos e~ el_.~rt. 34, que ~Jª ta!11b1en las cuahda- llas artes, exceptuando los ramós de música y declamac1on;, eu el
des que deben ~~er los md1v~~uos que quieran _1~gresar al profeso- colegio de San Ildefonso, la escuela de derecho y 1~ enseñanza de
rado y las_condic1on:es y ~·eqmsito~ para su _adm1S1on. ·
.
tod~s ~as materias designadas para los liceos y c?legios; y en el coConvemente y ~~cesar10 era deJar _á ~os Ciudad~nos en la libertad leg10 de San Juan de Letran las carreras del literato, del agente
de ~~~dar á su~ hIJOS á los _estable~m11entos nacionales, en los que administrativo y del com~rciante; pero la verdad es, que varias de
r~c1bman gratmtamente la mstrucc10n, ó ?e ponerlos bajo la direc- esas escuelas especiales, para que tengan toda la perfeccion y todo
c1on de profesores de su confianza, que tuvieran casas particular&amp;s de d dJsarrollo que merecen, exigen edificios separados que es preciso

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DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

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levantar de nuevo ó adaptar á su objeto, tomando algunos conventos como el de la E~carnacion, la Enseñanza y otros á propósito.
Por ahora, s~gun_mis cálculos, q?e no pueden pasar de aproximados, se necesitan de uno á dos millones de pesos para estos importantes gastos. ¿De dónde tomarlos, supuesto el estado del tesoro?
Solo del fondo que se está formando con los resultados de la revision de las operaciones de bienes nacionalizados. Ya en estos
momentos existen en capitales, en fincas y en terrenos, cuantiosas
sumas que pueden irse aprovechando, si V. M. me autoriza á ello,
para la ereccion de las escuelas especü¡.les, liceos y colegios que fue.
sen necesarios en la Corte y en los Departamentos, y de esta marrer~ habremos llegado al completo desarrollo del sistema que envuelve el Código de Instruccion Pública, debiendo México á su Soberano un bien de inapreciables consecuencias.
De V. M. adicto y obediente servidor.
Señor.
El Ministro de Instruccion pública y Cultos,

M.

S!LIOEO,

México, Junio 27 de 1865.

MAXIMILIANO,

-·-·-

EMP;ERADOR DE

MExrco:

Oidos Nuestros Consejos de Ministros, de Estado y general de Beneficencia,
.
DEcRETAMos:
Art. 1~ Las enajenaciones de bienes raíces ó _capitales de las municipalidades, ó consagrados á la beneficencia é instrucoion pública,
serán revisadas conforme á las disposiciones siguientes:

CAPITULO I.
Operaciones de desamortizacion.

Art. 2? Son regulares y legítimas las operaciones de desamortizacion que se hayan hecho en conforn;iidad de las bases establecidas en
la ley de 25 de Junio y su reglamento de 30 de Julio de 1856.
•
Art. 3? Los Ayuntamientos ó establecimientos de beneficencia é
instruccion pública, solo podrán reclamar esas operaciones en el caso
de que se hayan violado en perjuicio de ellos aquellas disposiciones.
Los particulares podrán reclamar, siempre que se haya desconocido
6 violado algtm derecho perfecto que tuviesen ante(de dichas leyes,
ó el de preferencia á la adjudicacion.
Art. 4? Declarada irregular- una operacion de desamortizaoion, no
se devolverá la finca ó fondo á la corporacion, si no fuere la irregula
ridad por violacion del art. 8? de la ley de 25 de Junio de 1856.
Queda á la eleccion del tenedor actual regularizar la operacion si fuere posible, arreglándola á la expresada ley, 6 si no fuere posible 6 no
le conviene, pasará la finca que haya pertenecido á los establecimien·
tos de bi&gt;neficencia ó instruccion pública, á la oficina de Administracion de bienes nacionalizados, si no se declara á un tercero con dere·
cho preferente p1Ha la adjudicacion, á efecto de que dicha oficina la
enajene segun lo dispuesto en la ley de 26 de Febrero de este año, y
su reglamento de 9 de Marzo, y el precio al contado 6 á reconocer,
qued11rá á beneficio de la corporacion á que pertenecía el censo. Si la
finca fué de alguna municipalidad, entrará en la posesion de ella para
enajenarla, segun se disponga en el reglamento.
Art. 5 9 En caso de quedar privado de la finca el actual tenedor
de ella, tendrá derecho á que se le devuelvan:
I . Las sumas que hubiese redimido á cuenta del capital del censo:
II. La alcabala en los mismos términos y especies que la haya satisfecho.
III. El precio actual de las mejoras de cualquiera clase que justifique haber hecho en la finca, regulado por peritqs que se nombrarán
conforme á derecho.
,
Art. 6? Si el actual tenedor fuere privado de la finca para darla á
otra persona, quien la reciba estará obligádó á las devoluciones del ar·
tículo anterior, las que hará al contado ó dentro de un año, á su eleccioo. Si elige hacerlas dentro de un año, abonará ¡.,or el tiempo que
tarde en hacer la devolucion, un seis por ciento a.mal sobre su importe; ademas, afianzará competentemente el pago de capital y réditos.
No recibirá el fundo desamortizado antes de dar la fianza; y si dentro
de u,n mes de hecha la declaracion á su favor, ~o hu~iere dado l~ ga1·ant1a, perderá todo derecho, y el fundo s~ enaJenara como se ha dis·
puesto en el art. 4?
Art. 7. 0 Si el fundo pasa á la oficina de Administracion de bienes
nacionalizados, ó á las de las municipalidades para su venta, las devoluoione~ de que babi~ el art. 5 q se harán precisamente de las prime•
ras partidas del precio que abone el comprador, y no de otro fondo ni
anticipándolas, y no se admite compensacion de estos pagos con créditos de ninguna clase, ni .:1un con los réditos que adeude el privado de
la finca, que se le cobrarán por separado á beneficio de la cornoracion.
Art. e ~ En caso de que al rematar la finca ó fundo no se ~acare un
precio tal que deje á favor de la corporacion un capital igual 6 mayor
que el que se le reconooia á censo, y que ademas alcance para hacer
l~s abonos q11e previene el art. 5 q, se aplicará de preferencia el prec1o•á formar un capi~al á favor de la corporacion, igual al que últimamente se le reconoc1a, y solo el exceso se aplicará al adjudicatario, sin
que tenga derecho á otrá cosa; pero tal exceso, liquidado, no se le pa-

gará sino de los primeros abonos que haga el comprador. Si el rAembolso de_morase mas de seis meses, se abonará ademas el 6 por 100
sobre el importe adeudado desde el princiDio. Se concede al tenedor
de la finca el derecho del tanto, del cual· podrá hacer uso dentro de
nueve dias perentorios y fatales, y en los términos establecidos por la
legislacion vigente.
CAPITULO II.
De las enajennciones de fincas y capitales,

Art. 9 q Todas las redenciones de capitales de municipios, de estable~imientos. de ben~ficencia y de instruccio_n pública, sea que dichos
capitales tuvieren origen en los censos de bienes de desamortizacion,
sea que _procedieren de cualquiera otra causa; y cuyas re&lt;lencione;i se
hayan e3ecutado por error 6 por malicia, en viriud de las leyes de 12
y 13 de Julio de 859, considerando los capitales como sujetos á ellas,
quedan declaradas nulas.
Art. 1O. Las personas 6 corporaciones que estén interesadas en dichos capitales, pueden reclamar estas redenciones. Los representantes
de las municipalidades 6 establecimientos tienen la obliaar,ion
de ha0
cer la reclamacion bajo su responsabilidad personal.
Art. J1. Si alguna Qperacion se declara nula por esta causa, el que
la practicó quedará reconociendo el capital, deducidos los valores pagados en dinero.
·
Respecto de los valores insolutos que se hallen en forma de vales al
p_orla_dor, por el cuarent~ P?r ciento del i~porte de la finca ó capital;
s1 existen en el tesoro publico, se agreg-aran al monto del capital destruyendo los vales en presencia del interesado; y se deducirán del precio si se encuentran en poder de particulares.
Art. 12. Por los valores que el adjudicatario haya debido pagar en
créditos, si en lugar de ellos enteró dinero, solo se le deducirá lo que
realmente haya pagado; si enteró los créditos, se le abonará solo un
diez por ciento por ellos, sea cual fuere- la clase de los créditos. Si el
interesado no eistuviere conforme con esta valuacion, E&gt;e le espedirá un
certificado en que consten los créditos que enter6, y entonces en el cálculo del precio exhibido nada se le abonará por este motivo.
Art. 13. Todas las redenciones que se hayan hecho de capitales de
municipios ó establecimientos de beneficencia é imtrur.0ion pública,
por 6rdenes generales ó particulares, em,madas del Gobierno federaló de sus agentes expresamente antorizados para darlas, y que se hayan perfeccionado por instrumento público ó chancelnciones en los
protocolos, otorgados el instrumento ó la chancelacion antes del 1. 0
de Junio de 1863, deben reformarse de la manera siguiente:
Se duplicará el importe del numerario exhibido, agregándosele en
seguida el valor de los bonos, segun la prescripcion del artículo anterior, si los hubo, y fa diferem:ia del precio de la finca, 6 de la cuantía
del capital, se entregará ó reconocerá pol' el adjudicatario, asegurando
competentemente el capital y los réditos á razon de un seis por ciento
anual, libre de todo gravámen.
Art. 14. En todo caso en que la operacion se haya efectuado ú otorgádose los documentos ue ella, despues del 31 de Mayo de 863, es in•
subsistente, como si no hubiese existido. Se exceptÚ;,n de esta regla
las operaciones que se hubieren ejecutado, aunque 11ea despues de esa
fecha, en capitales reconocidos ó respecto de fincas situadas en pun•
tos donde aun residían las autoridades del Gobierno federal, en el ejercicio de sus funciones y con su órden expresa, cuyas operaciones se
sujetarán precisamente á la regla del artícub anterior.
Esta presoripcion se refiere á las operaciones hechas hasta la fecha
de este decreto: las posteriores son y se declararán enteramente insub·
sistentes.
Art. 15. Las disposio(ones de los artículos 13 y 14, se aplicarán á
las cesiones, ventas, adjudicc1ciones en pago, ó cualquiera otra operacion por la que se haya enajenado el dominio del capital que tenia la
Municipalidad, el fondo de Len:;ficencia ó el de instruccion pública;
pero con la esencial diferencia de qu9 si la opeiacion se hizo con el
poseedor de la finca 6 con el antiguo cens&amp;tario, si no se devuelve
desde luego, la diferencia del capital-será reponocitla por él ó suúucesores sobre el inmueble obligado; mas si ra redencion no se hizo al
Gobierno, sino á un tercero subrogado, éste se hallará en el deoer de
responder por el resultado de la revision, asegurando competentemente la diferencia de la operacion y sus réditos, ó enterándolR en los pla·
zos y con las garantías que se acuerden con él.
Art. 16. Las antllriores dis¡.,osíc:iones son aplicables cÍ las enaj1ma·
ciones de bienes raíces de Municipios, de Corporaciones de beneficen·
cía. y de instruccion pública, hech ..s en virturl rl.e cualesquiera leyes ó
disposiciones que no sean la de: 25 de Junio de 856.
Art. 1'7. Las enajenacio,ies qur se h.iyan hecho de fincas ó capitales, de los establecimientos de beneficen-:ia é instruccion pública ó de
Municipios, durante el tiempo en que imperaba la administracion de
los generales Zuloaga y Mi&lt;amon, deberán ser rectificadas si no hubiere perjui&lt;;io de tercero, por derecho anteriormente adquirido.
CAPITULO III.
Del modo de proceder y prevenci•nes generales.

Art. 18. Dentro de dos meses de la publicacion de esta ley en ca·
da lugar, estarán en la obli!!"acion de manifestar sus operaciones de
adjudfoacion, redencion ó adquisi.::ion, todos los actuales posredores de
fincas ó capitales que p:.,rtcnicicron á Municipalidades, estableoimien·
tos de beneficencia ó iustruccion pública. Esas presentaciones así co-

mo las reclamaciones de particulares, 6 de los representantes de las
Municipalidades, de los establecimientos de beneficencia y de instruccion pública, deben hacerae ante los Prefectos de cada Departamento, que procederán á la revision unidos á los Consejos de Prefectura.
Art. 19. El Prefecto y Consejo conocerán de estos negocios á verdad sabida y buena fe guardada, practicando las diligencias que para
ello consideren necesarias.
Art. 20. Dictada por el Prefecto y Consejo la resolucíon que corresponda, si las partes se conformaren con ella, se llevará á ejecucion,
dando noticia al Ministerio de Instruccion pública y Cultos: lo mismo
se hará si alguna no se conformare, y el valor de la finca ó capital no
pasa de quinientos pesos; pero si excede de esta suma, en aquel caso
se remitirá el expediente por el inmediato correo al propio Ministerio,
para que vuelto á examinar, se concluya definitivamente, sin recurso
alguno.
Art. 21. Si no se hiciere la manifestacion en el plazo á que se re•
fiere el art. 17, se tendrán por nulas las operaciones de adjudicaoion y
redencion, y las fincas, si fueren de los establecimientos de beneficen
cia 6 de instruccion pública, se recogerán para que sean enajenadas
por la Administraoion de bienes nacionalizados y capitalizado su producto en favor del fondo de beneficencia ó de instruccion pública. Si
se trata de fincas que pertenecieron á las Municipalidades, éstas las
recogt:rán y se enajenarán segun se disponga en el reglamento. Si
fueren capitales los que primitivamente se adjudicaron y -redimieron,
trascurridos los dos meses, desde luego volverán al fondo respectivo.
Art. 22. El término para las manifestaciones es fatal y corre en dias
feriados, contra el fisco, corporaciones, menores, impedidos ó cuales
. quiera privilegiados, sin lugar al beneficio de restitucion ni otro recurso que impida su efecto.
·
Art. 23. Mientras los interesados no hagau las manifestaciones, que•
dan suspensos sus derechos de tales propietarios, que solo podrán ejercitar comprobando que se han presentado y otorgado la fianza respectiva.
Art. 24. Los preceptos de esta ley no solo comprenden los bienes
qu_e fueron originariamente de los municipios, de establecimientos de
beneficencia y de instruccion pública, sino tambien los que habiendo
sido de otra pertenencia, se han aplicauo despues á estos fondos por
cualquiera motivo.
Art. 25. Los municipios, establecimientos de beneficencia y de instruccion pública, dependientes del Gobierno, remitirán al Ministerio de
Jnstruccion pública y Cu!tos una noticia de los capitales y fincas de
que hayan sido privados desde 25 de Junio de 856 hasta hoy, expre
sando el modo con que los hayan perdido, sin perjuicio de las reclamaciones que los actuales administradores. de estos fondos tienen obligacion de hacer en todos los casos en que haya lugar á ellos, segun
esta ley.
Art. 26. Los arreglos hechos por las juntas revisoras, de las enajenaciones de bienes de _Ayuntamientos, de Beneficencia y de Instruccion pública, y cualquiera providencia de ellos en que hayan estado
conformes los internsados, quedan firmes_é irrevocables, y las operaciernes sobre que hayan recaído, no se sujetarán á esta revision.
Art. 27. Mientras se efectúa la revision de las operaciones á que se
refiere es\a ley, se establece en el Ministerio de Instruccioo pública y
Cultos una seocion compuesta de
Un gefe de se-ccion con •• __ .• _._ ..•••• ___ • $ 2,000
Un oficial primero .• •• _. ___ ._ ••. _•• __ •••• ~
1,200
1,000
Un oficial -segundo tenedor de libros._ •• _-. __
1,200
Dos escribientes con 600 pesos ·cada uno ..•• •
5,400

Art. 28. Nuestro Ministro de Instrucoion pública queda encargado
del cumplimiento de esta ley, dictando los reglamentos necesarios',
Dado en México, á 5 de Julio de 1865.
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Instruccion pública y Cultos.
l'OR EL EMPERADOR, •

El Ministro de Instrucc1on pública y Cultos,
~

MANUEL SILICEO,

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MJ!}XICO: -...
Oido Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS:
Para la exacta ejecucíon de la ley de 5 del corriente mes de Julio, el siguiente
REGLAMENTO.
Art. I ,º Las presentaciones para la revision de las operaciones de dese.mortízacion y redcncion de bienes pertenecientes á los fondos de beneficen•
cia, instruccion pública y municipales, se harán ante la primera autoridad de
cada lugar.
Art. 2.• La presenta.cion be hará, exhibiendo los títulos originales de la
e.djudicacion 6 redencion, acompañll.ndo una copia simple. La autoridad po•
lítica ante quien se haga la manifestacion, revisará y confrontará los títulos
con la copia simple, certificará al calce de -ésta su conformidad con aquellos
y devolverá al interesado los originales. La presentacion ele los documentos
deberá hacerse dentro de los dos meHes de la·publícacion de este Reglamento
en ce.da lugar; pera si uo se pudiere efectuar por los interesados dentro de ese

plazo, les serán admitidos en el tiempo que dure la revísion del neiocio, con
tal de que se hayan hecho oportunamente las manifEfStaciones correspondientes.
Art. 3.•. Estas manifestaciones deberán contener, si se tratare de fin•cas ó
fundos:
Primero.- Fecha del título primitivo, procedente de las leyes de 25 de
Junio y 30 de Julio de 856, con expresion del nombre de los otorgantes y
del escribano que lo autori~ó, corporaeíon ó instituto á que pertenecía la
finca, y la sucesion de éste hasta el actual poseedor.
Segundo. Causa de la adquisicíon: si ésta se hizo por corupensacion de
créditos, Re especificará. la calidad y procedencia de ellos.
Tercero. Precio de la adquisicíon. Se determinará el , de la acljudicacion
primitiva, expresándose reepecto de la redencion, si ésta se hizo en virtud de
resolucíon general ú órden especial del Gobierno, designando su feche. y determinando 111s cantidades exhibidas, oficina 6 persona que las recibió y parte que aun se adeude. Si para el pago del precio.se otorgaron documer.tos,
se expresará cuántos y su calidad, número de los amortizados y personas á
quienes se hizo el pago.
Cuarto. Si se pagó alcabala, se expresará la cantidad y especies en que se
hizo la exhíbicion, determinándose •sus cantidades y las oficinas que las recibieron.
Quinto. Si la finca perteneci6 antes á otra. persona que la adquiriera en
virtud de la ley de 25 de Junio, ó por venta convencional que le hiciera la
corporacian propietaria.
Sesto. Si en el caso antes prevenido, entr6 en arreglos con el antiguo adjudicatario 6 comprador, para indemnizarlo y adquirir sus derechos, y cuál
fué el arreglo que celebró.
·
Sétimo. Si la finca está en litigio con alguno que alegue mejor dereeho
por título de adjudicacion 6 por eoajeoacion que le hubieren hecho al Go•
bierno ó la corporacion á quien perteneció, expresándose las personas que lo
contradicen y el tribunal de que pende el litigio.
Octavo. Si la finca reconoce algunos graván:,enes hipotecarios, se d~terminarán su fecha, tít11lo, cantidad y nombre de la persona en cuyo favot estuvieren constituidos.
Noveno. Si el poseedor ha hecho mejoras en la finca, cuáles se11.n y nu costo.
Décimo. Si adeudan réditos, cuánto y por qué períodos, prcsentando·los
comprobantes de pago.
Art. 4.º Los que hubieren redimido capitales, créditos ó accione&amp;, ya directamente al Gobierno·ó á las corporaciones, ya á los subrogatarios de aquel,
pre~entarán S\lS títulos en la forma prescrita en el art. 2. acompaflando una
relacion en que ademas de las noticias contenidas en las fraecioues l.ª, 2.ª y
3.ª del artículo auterior, se exprese:
Primero. Si redimieron el todo ó parte del capital, rleterminando l&amp;s cantidades que exhibieron en numerario y en créditos, y acompañando la liquidacion formada por la oficina, si ante alguna del Gobierno se hizo la redencion, el recibo y chancelacion de la escritura, si la redencion se efectuó á favor de un subrogatario del Gobierno, y el conveuio qne para el pago se he.ya
celebrado, bien sea de próroga, bien de nueve, escritura ó bien de pagarés ú
otras oblTgaciones endosa;bles.
Segundo, Cnál fué la parte que quedó sin redimir, eu favor de quién la
continuaron reconociendo, y si han pagado st~n réditos.
·
Tercero. Si el capital se encuentra en alguno de los casos prtivistos respecto de las fincas en las fraccioIJeP 5.•, 6.• y 7.• del artículo anterior.
.A.rt. 5.0 Los que sin reconocbr capitales en finca propia, se subrogaron en
lugar de las corporaciones, por contrato, denuncia 6 rerlencion a: Gobierno, y
con tal carácter, ó cobraron de los censualistas esos capitales 6 se tieDen como
dueños de ellos, celebrando con los interesados convenios de próroga, nuevas
escrituras, etc., deberán monifestar:
Primero. El orígeu de la subrogacion, con las órdenes, documentos y liquidaeiones respectivas, expresando en e1lso de qne el capital lo hubiesen recibido en pago·de un crédito anterior, cuál hayo-sírlo éste.
Segundo. La forma y especies en que hayan convenido el pago con el censualista, determinando las fechas de b escritifra primitiva y rle las posterio•
res, con las anotaciones y chancelaciones que hayan tenido lugar.
Tercero. Réditos estipulados y percibidos.
·
Art. ó.º. Las operaciones que tn los plazos designados no fueren manifesta•
das para su revisiou, quedarán insobsihtentes, y los bienes que hr..bir.ren sido
objeto de ellas, serán rerogict,.1s despnes de vencido el térmiro, por la Admi•
nístracion de bienes nacionalizadvs, si pertenecieren á loA foudos do beneficencia é instruccion -pública, y por los ayuntamientoe si se tratare de bienes
municipales. Tanto el AdministraJor de bienes nacionalizados, como sus agentes, de la misma manera que los ayuntamientos, se sujetaran eu cuanto·á la.
manera de recoger esos bienes, á las instrucciones d!i.das al priu1ero en lo relativo á fincas y capitales que fueron eclesiásticos, en decreto de 3 cJel 1:orriente mes, dando de todo noticia circunsLanciaoa y precisa al Ministerio de
Instrnccion Pública y Cultos,
'Art. 7.º En las oficinas de cada una de las autoridades políticas de Partido,
se abrirá un libro, en que por rigoroso órden numérico y sin dej!lr renglon en
blanco, se asienten todas las presentaciones que se hagan, expresándose el
nombre de la persona que hace la m11nifostacioo, la cosi. ó coRM po ·que se
he.ce, el ramo, ya de beneficencia, ya 'te instruccion pública, YP muuicipa.l, á
que pertenece, y los títulos que Sil acomp.1ilan l,as vropias autorirlades expedirán al interesado, en papel timbrado de la oficina, copia certiticada de
este asiento, con expresion del número de la partida y cl(j la foja del lihro 1•n
que se encuentre. Cou esta certificn.;:i,m acreditará el intercsu.do h1,ber cumplido con el~equisito de la ley,
.
Art. 8. El que tenga que presentar á h revisiou dos ó U1as operai:1oneH,
acompañará separadamente los documentos y manifestaciones couceruieutea
á cada una, haciéndose los asientos tambien separad,unentc.
·
Art. 9.0 El dia último de cada semana remitirfo las autoridadE-s políticas
de cada lugir á la Prefectura del Departnmento r~sJJecti vo, todas las manifestaciones cou los documentos relll.tivos que se h11h1eren prti~entauo en el cor•
so de la semana acompaflándole 'copia db los asientos hechos en ol libro de
registros en el ~ismo período. U::o topin. igual se remith-á al Ministerio ele
Iustruccion Pública. La lista se trasladará al libro de asieutos de la Preft:c•
0

1

0

�62

DIARIO DEL IMPERIO.

tura clasificando las presentaciones en tres ramos separados, á saber: el de
ben;ficencia el municipal y el de instruccion pública, dando á las presentaciones de cada ramo el número que en él le corresponda.
.A.rt. 10. Las manifestaciones que las Prefecturas reciban directamente ó
de las autoridades políticas que les están subalternadas, las pasarán á los
agentes ae bienes nacionalizados donde los hubiere, ó en su defecto á los recauda¡lores de rentas, pam que instruyan el expediente, consultando los libros
y expedientes de las oficinas, pidiendo por medio del Prefecto los documentos y noticias que consideren necesarias, y dictaminando sobre las cuestiones
'que se ventilen para lo que se reunirán en un solo expediente las manifestaciones de los p~seedores de las fincas ó capitales, y las oposiciones ó reclamaciones relativas hechas por las personas interesadas ó por lo~ representantes
de los municipios ó establecimientos, con arreglo al art. 10 de la ley de 5 del
corriente mes.
.A.rt. 11. Los Consejos Departamentales, presididos por el Prefecto para.
desempeñar las funciones q?~ les atr!bu~e el art. 19 de la le~ de 5 del ~orriente nombrarán tres comisiones umtartas: una de beneficencia, otra de ms•
truccijn pública y otra de municipalidades, para que.abran dictámen, snhre
el que recaerá la resolucion del Consejo.
.A.rt. 12. Luego que el Prefecto reciba de la .Agencia. de b,t'Dl.,8 !lacioaalizados ó de la Recaudaciou de rentas, algun expediente ya instruido, lo pasará inmediatamrnte &amp; la. comision unitaria respectiva, la que presentará su
dictámeu dentro de ocho diás.
'
.A.rt. 13. Presentado ese clietámen, se hará saber á los interesados, teniéndose como tales á los que hayan hecho la manifestacion, á los repre~entantes
de las corporaciones que hubieren reclamado ú opuéstQ13e; en los negocios
da beneficencia, al miembro del Consejo del ramo, á quien éste designe al
efecto· en los de instruccion pública, al Director del establecimiento interesado, en todo caso al agent? de bi~nes n~ci?nalizados ó al. admini~~ra~or
de rentas1 en los negocios de mstruccion publica y beneficenma, y al fündico
del .A.yuntamiento en lo relativo á bienes de municipalidades. Estas notificaciones se harán verbalmente en la oficio~, esperando para ello á los interesados, tres dias. Si las notificaciones tuvieren lugar, se asentarán las contestaciones verbales que dieren: si los interesados no se presentaren, se seguirá
adelr.nte con solo la audiencia de los que lleven la voz fiscal.
.A.rt. 14. Vencido el plazo de que habla el artículo anterior, se presentará
el expediente en Consejo pleno, y se señalará dia para su vista, que será
el octavo del en quP. haya espirado el plazo d~ tres dias, y esto se anunciará
por medio de avisos fijados en la puerta extenor de la Prefectura.
Art. 15. Llega.do el dia de l~ vista, ésta se ~ará en audiencia pública, y
dando lectura al expediente, oyendo cuanto los interesados tuvieren que exponer, así como recibiendo los doc?m,entos Y ~cla.raciunes conducentes. Concluida la vista el Consejo resolvera, a mayoria absoluta de votos, dentro de
tercero dia. No tendrá voto en el Consejo el administrador de rentas, en el
caso de que haya llevado la voz fiscal. El voto del Prefecto es de calidad en
el caso de empate.
.A.rt. 16. No habrá lugar á la recusacion de los individuos de las comisiones.
.A.rt. 17. Dictada la resolucion por el Consejo, se hará saber á los interesados, y si cupiere el recurso al Ministerio1 estos lo interpondrán, manifestando no' estar conformes dentro de tercero dia. Si no fuesen habidos fácilmente
los interesados se les ~itará por el periódico oficial, si lo hubiere, ó por medio de avisos fiJados en la puerta exterior de la Prefectnra, señalándoles ocho
dias para su comparecencia, y si no se presentaren al vencimiento de ese plazo,
se tendrá por consentida la resoluclo~.
,.
.A.rt. 18. Ejecutoriada uua resoluc1on del Conse;o Departamental, el Prefecto pasará el expediente al Ayuntamiento respectivo, si se tratare de bienes
municipales, ó al agente de bienes nacionalizados, y en sa caso al racaudador
de rentas, si se tratare de bienes de beneficencia ó instrnccion pública. Cada
uno de estos, recibidos los expedientes, procederá á ejecutar la resolucion
dictada, usando de la facultad económico-coactiva para asegurar las fincas
y capitales, y procediendo en el órden judicial, por la via de apremio, siempre que hubiere resistencia de parte de los interesados.
·
.A.rt. 19. El .Administrador y los Agentes de bienes nacionalizados y los
recaudadores de rentas á 8U vez, abrirán cuenta especial separada á los ramos de instruccion púbjica y beneficencia, remitiendo cadi/ semana á la .A.dministracion principal y al Ministerio de Instrucciou Púbiica, copia de los
asientos del Diario, y en cada mes los estados cortes de caja y balances respectivos. Lo mismo harán los .Administradores de' fo::dos municipales en lo
relativo á negocios de revision.
.A.rt. 20. Los Consejos Departamentales garán al Ministerio de Instruccion
Pública en cada semana, una noticia de los negocios que hubieren revisado,
con expresion de la fecha en que pasaron las manifestaciones á la oficina encargada de formar el expediente instructivo, de la en que ésta lo devolvió,
de la en que se vió el negocio, y de la en que se dictó la resolucioo, con un
extracto de ésta.
.A.rt. 21. En cada mes, los .Agentes de bienes nacionalizados, y á su vez
los recaudadores de rentas, remitirán á la .A.dministracion de bienes nacionalizados, y ésta al Ministerio de Instrncciou Públicci, un estado del movimiento
de expedientes habido en el mes. .
.Art. 22. En el caso de que los interesados no se conformaren con la resolucion de los Consejos Departamentales, éstos remitirán inmediatamente el
expediente respectivo al Ministerio de Instruccion Pública para que dicte la
resolucion final, dando noticia de esa remision á las partes. El Ministerio de
Instruccion Pública, tomando los informes que considere necesarios, resolverá á verdad sabida y buena fe guardada, y comunicará su resolucion á quien
corresponda ejecutarla.
,
.A.rt. 23. En lo relativo á fianzas y remates, se aplicarán en su tenor literal los artículos 20, 21 1 211, 23, 24, 25 y 26 del Reglamento de 9 de Marzo
del presente ai!.o, debiéndose practicar los remates de bienes municipales por
los Subprefectos asociados á una comision de los Ayuntamientos, compuesta
de dos individuos de su seno, y los de los de bienes de beneficencia é instrnccion pública, por la .A.dministracion de bienes nacionalizados, agentes de
ésta y recaudadores de rentas. Las actas todas serán remitidas a.l Minieterio
de Instruccion Pública.

y

DIARIO DEL IMPERIO.

.A.rt. 24. Se tendrán igualmente como parte ge este Reglamento, lasJprevenciones contenidas en los artículos del 27 al 32 del diverso ya citado de 9
de Marzo.
.A.rt. 25. Terminado definitivamente un negocio y otorgada la escritura.
conducente, se remitirá el testimonio de ésta al Ministerio de Instruccion
Pública para que haga las aplicaciones respectivas á los ramos que correspondan. Mientras no reciban noticia de esta consigna.cion, la .A.dministracion
de bienes nacionalizados, los .A.gentes de la misma, los recaudadores de rentas, y á su vez (os .Ayuntamientos, percibirán los productos de los bienes recogidos, que conservarán en depósitO' á disposicion del Ministerio de Instrnccion Pública.
.
.A.rt. 26. La Seccion especial creada en éste para los objetos de este Reglamento, llevará la correspondencia, la contabilidad de los tres ramos, el registro de las Qperaciones, y formará la estadística de los bienes municipales,
de instruccion pública y de beneficencia, ministrando las noticias que se le
pidan, con cuyo objeto tendrá á su disposicion los archivos de beneficencia é
instruccion pública, y se le darán por los .A.yuntainientos los da.tos que
solicite.
.
.A.rt. 27. Mientras dnre la revision, las Secretarías de las Prefecturas se
aumentarán con un oficial y un escribiente, con el sueldo que propongan los
Prefectos; la .A.dministracion de bienes nacionalizados con un oficial con
($1,200) mil doscientos pesos de sueldo, y un escribiente con ($600) seiscien•
tos pesos, y las .Agencias de la misma con un escribiente con ~neldo de ($600)
seiscientos pesos; cuyos sueldos serán cubiertos con cargo á los resultados de
la revision.
.A.rt. 28. Desde la publicacion de este Reglamento en cada lugar, cesan en
sus fuMiones las juntas revisoras creadas por la ley de 6 de Julio de 1863;
en consecnencia1 pasarán todos los expedientas y sus archivos á los Oonsejos
Departamentales y Prefecturas. ·
.A.rt. 29. Los negocios en que habiendp recaído resolucion de las juntas
revisoras, hubieren pasado á los Tribunales, por no estar conformes los interesados, serán remitidos al Ministerio de Instruccion P_ública y Oultos, para.
la resolucion final.
.A.rt. 30. Nuestro Ministro de Instrnccion Pública, oyendo á la Junta pro■
tectora de las clases menesterosas, formará el reglamento especial sobre las
bases generales del presento, para la revision de las operaciones de desamortizacion, relativas á.bienes de municipalidades llamados de comunidad, de repartimiento y demas de los pueblos, y para qtre la adjudicacion y division de
esos bienes se haga real y efectivamente entre los que tengan derecho á ellos
imponiéndoles las cargas correspondientes.
Dado en México, á 17 de J ulio de 1865.

ga y Ochoa últimamente llegado como comisionado de J uarez, el
,cónsul de éste y otros cuantos partidarfos suyos, y, peroraron y formularon ciertas decisiones de reprobacion y enojo contra el Imperio, mezclando en todo ello varias especies inexactas sobre la conducta política de S.M. Nuestro cónsul refutó por la prensa tales errores.
Hablábase de que dicho Ochoa habia llevado consigo algunos millones de papel ó de bonos que pretendía ver si podia realizar. Algunos destacamentos militares del Norte se concentraban en la frontera del Arizona.-En los condados del Sur ha aparecido una guerrilla de confederados que no deja en sosiego á los habitantes.-Ahora
se trata de la introduccion forzosa del papel moneda, lo cual puede
ser causa de serios y prolongados disturbios.

AVISOS OFICIALES.

POR EL EMPERADOR,

El Ministro de Instruccion pública y Cultos,
MANUEL S1LWEO.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE M.Exico:
Durante la ausencia de Nuestro Ministro de Fomento, el Subsecretario D. Manuel Orozco y Berra queda enca.rgado del despacho
temporal de los negocios de la Secretaría del ramo.
Dado en el Palacio de México, á 16 de Julio de 1865.

JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO,

ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
AVISO INTERESANTE.

México, Julio 15 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien nombrar á vd. para qu1;i forme la comision revisora de todos los proyectos de ley 6 decreto antes de BU promulgacion, creada por el de_creto de 13 del corriente.
Comunicolo á vd. para Bu conocimiento.
.
,
El Ministrofde Justicia,
ESCUDERO.

Sr. Lic. D. Hilario Elguero, Consejero de Estado.

PARTE NO OFICIAL.
De San Francisco de California, con fecha 6 de Junio se participan oficialmente al Gobierno de S. M. varias noticias que no dejan
de tener interes.
·
Los gefes y capataces del filibusterismo fueron llamados ante el
tribunal competente, el cual despues de una investigacion previa,
declaró haber lugar á formacion de causa, y no puso en •libertad á
los acu~ados sino despues de haber otorgado fianza por sus personas
de á $ 2,600 cada una.-Este hecho no solo retarda la ejecucion de
los planes de los disidentes, sino que tambien ha resfriado á lamayor parte de sus secuaces.
Para contrariar este mal efecto que producía entre los suyos la
conducta de la autoridad, se reunieron en público los generales Ve-

AVISO.

AVISO.

Para el dia 20 del corriente, á las doce, se h&amp; fijado por esta Administracion general la
salid&amp; de un estraordinario para Veracmz con la con-espondenci.a que h&amp; d8 conducir al
esterior el vapor español "Barcelona." Lo que se partic1pa al público para su inteligencia
y efectos correspondientes".
México, Julio 15 de 1865.-Luis de la Peza.

MINISTERIO DE JUSTICIA.

ADMJNISTRACION DE BIENES NAC[ONALIZADOS.

?tlINISTERIO DE GUERRA.

INTERESANTE .AL PUBLICO.

/

----·---

Juan Suarez y Navarro.

lOs-8

ADlilINISTRACION GENERAL DE CORREOS,

MAXIMILIANO.

El Ministro de Fomeato,
En su ausencia el Subsecretario,
.Manuel Orozco y Berra•

AVISO.

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de 111. ley de 26 de Febrero último, la
casa situada en l&amp; esquina de las calles de la Encarnacio~ r Santa C~t~a, valuada en
la cantidad de 9,770 pesos 26 centavos, se pone en con_o~ume~to del p_ubli_co, p~ra 9.ue las
personas que quieran hacer postura, ocurran á l&amp; Admlllistrao10n de bienes nacionalizados
el dia 24 del presente mes, a las nueve de la mañana, á cuy&amp; hora comenzará el remate
con l&amp; concurrencia que h&amp;y&amp;, teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los
articulos 25 y 27 de la citada ley.
México, Julio 3 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,

Ignorándose l&amp; habitación del súbdito español D. Mtuel Caballero, al que so tiene que
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
comunicar la resolucion de un asunto que le concierne, se le hace saber :ror el presente
AVISO.
que puede ocurrir á la 2~ Direccion de este Ministerio ar&amp; el objeto indicado.·
Relacion de los espedientes p&amp;r&amp; cuyo despacho se necesita la presencia de los intere- México, Julio 15 de 1865.
·
sados en est&amp; oficina.
El Subsecretario de Guerra,
En l&amp; Seccion 1~-316, 483, 1,152, 2,539, 2,831 y 2,932.
4&amp;-2 ·
J. M. Durán.
En la Seccion 2!-493, 636, 915, 934, 983, 1,352, 1,768 1,951, 2,501 2,521, 2,641,
2,675 y 3,709.
En l&amp; Seccion 4~-918.
AVISOS JUDICIALES.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios, si esta comparecencia
no se veriftc&amp;.
México, Julio 17 de 1865.
JUZGADO 4\&gt; MENOR.-1~ DE SANTO DOMINGO Ntm:. 8.
El Administrador de bienes n&amp;cionaliz&amp;dos,
ORDEN.
Juan Suanz 11 Navarro,
Por la presente se hace saber á D. Ignacio López, por ignorarse su domicilio, que ene
juicio que sol,re _pesos y desocupacion de-Clisa, .siim.e eJl su oontrs D . Guillermo flarduño
MINISTERIO DE INSTRUCCIOli .PllllLICA Y CULTOS.
he pronunciado el fallo que en la parte resolutiva es como sigue:-'' Se declara, con fun
.
México, Julio 15 de 1865.
de las leyes•"!\', tít. 4, lib. 4, R.; 10, tít. 22, Part. 3~; 6, "tít. 18, Part. 5!, y 8~
Debiendo proveerse cuatro plazas de escribientes, vacantes en la Secretaría de este Mi.- damento
3?, Part. 3~, que D. Ignacio López debEí pagar dentro de terce1·0 di&amp; desde la publica
río y dotadas cada un&amp; con el sueldo" de 600 pesos anuales, se convoca á los que aspiren á tít.
de esta senteucia en el "Diario Oficial," los arrendamientoa vencidos por l&amp;localidad
obtenerlas, pu.ra que dentro de ocho días, contados desde l&amp; (echa, presenten sus solicitu- cion
que h&amp;ocupado en el meson de San .A.ntonio, en el puente de Tezontlale, que hasta el dia
des; bajo el concepto de g_ue los aspirantes han de sujetarse á un exámen, cuya n¡.&amp;teria trece
Mayo último hacen la suma de cuarenta y ocho pesos, lo vencido con posteriori
será, ortografi&amp;, forro&amp; de ~etr&amp; y escritura_ correcta, asi ºº11}º !&amp; redacoion de minutas, dad áde
es&amp;
fecl¡_a, y lo que se venz&amp; hasta la desoeupacion, y á esta misma, aoi como el pago
acuses de recibo y despacho de asuntos sencillos ó d~ mero tramite.
de todoR los gastos deljuieio dentro de igual término; apercibido de ejecucion y lanza.míen
El Subsecretario de Instruceiotl pública y Cultos,
to á su costa. .A.sí definitivamente fall~ndo, lo pronuncié, 11\.andé y firmé con los de asis
tencia. Doy fe.-Lic. Crist6b11l Poulet y Mier.-F. Alegre.-J. Flores."
M. O. Montellano.
El Juez 4? menor, Lic. Pculet. 461-1

MAXIMILIANO.

POR EL EMPERADOR,

ADMINISTRACIO~ DE BIENES NACIONALIZADOS.

Debiéndose sacar á remate, con arreglo &amp;l art. 24 de I&amp;ley de 26 de Febrero último, la,
casa núm. 14 del&amp; calle de Venero, valuada en l&amp; cantidad de 5,044 pesos 92 centavo3, se
pone en cono~~en~ del pú~lico, par!' qu~ las perso?as que quieran hacer po_stura, ocur/
ran á l&amp; Administracion de bienes nac10nahzados el di&amp;22 del presente mes, a las nueve
de I&amp;mañana, á cuy&amp; hor&amp;comenzará el remate con la Cl•ncurrencia que haya, teniéndose
SELLOS DEL CORREO,
presentes para el efecto l&amp;s prevenciones de los artículos 25 y 27 de la citadlJ, ley.
México, Julio 1~ de 1865.
La Administracion de correos publica el siguiente:
El Administrador de bienes nacionalizados,
Jllan Suarez 11 Navarro.
20s-5
Habiendo sido interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo, al
ser conducidos á su destino, con el fin de evitar su circulacion y que el pÚ·
JUZGADO DE LETRAS DE JILOTEPEC,
blico sea sorprendido al adquirirlos, se pone en su conocimiento que los exAVISO,
presados sellos están marcados con el número 112, cuyo distintivo se da á El di&amp; 22 del corriente fué encontrado en los macheros del meson de la Luz, sito en el
conocer para que los que lo contengan, no sean admitidos por estar conside· pueblo de Soyaniquilpan, el cadáver del súbdito frances Basile Guigal, y en. la caus11 que
rados nulos y de ningun valor para el objeto á que eran destinados, pudien- estoy instruyendo con ese motivo, tengo mandado, entre otras cosas, que se solicite por
do ser consignado el que los posea ante el juez competente, para la averi- los periódicos á la persona ó personas que puedan deducir derecho al caballo, ropa, 1u
guacion que corresponde y se aplique al culpable el ca-stigo á que es acree· mas y dinero que conduci&amp; el referido Guigal, para que vengan á deducirlo ea este Juzga
do dentro de tres meses, contados desde l&amp;publicacion de este aviso; apercibidos de que
dor como defraudador de los intereses públicos.
si no lo hacen, les parará el perjuicio que hubi_ore lugar. .
.
.
.
México, Julio 13 de 1865.-Luis de la Peza.
Jilotepec, .Junio 2q de 1865.-José Anastas-w Rego.-Asistenc1a, Lo-nginos Aguirre.
Asistencia, .Librado García.
6a-5

.A.! Ministro de Instruccion Pública y Cultos.

Al Ministro de Fomento.

63

En los almacenes de esta Aduana existen sin documento, los bultos que espresa l&amp; lista
que se pone á continuacion, y á cuyos dueños se cita por medio del presente, para que
dentro de treinta dias, contados desde esta fecha, ocurran á sacarlos, acreditando su propiedad; entendidos de que de no verificarlo, se procederá á lo que hubiere lugar.
'
Administracion principal de rentas de México, Julio 8 de 1865.
El Ad.ministrador principal,

En los autos del intestado de D. Felipe Ortega, el Sr. Juez de l~nstancia de este Par
tido, q11e conoce de ellos, ha mandado se publiquen avi&amp;oa por los periódicos, para que
los que so crean con derecho á los bienes del referido intestado, se presenten en este Juzgado de11tro del término de ti:,einta dias á deducirlo en forma; apercibidos de lo que hay&amp;
lugar en derecho si no lo verifican.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente eri Texcoco, á 11 de Juiio de 1865.
El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Olvera.
.,
452-4&amp;-2

-

J'UZ.GAXO 5? DE LO CIVIL.

Habiéndose denunciado en este Juzgado el il'!testado de I&amp; Sra. O~ Francisca Santa
Anna, el Sr. Juez, Lic. D. Jorge Perea, h&amp; mandado se coavoque por los periódicos á las
personas que se crean can derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para que
dentro de treinta dias se presenten á deducirlo; apercibidas de que si M lo verifican en el
término espresndo, se teudrá por renunciadG.
En cumplimiento de lo mandado y para los ~rectos espres&amp;d'os, pongo .el presente, que
I. de la Barrera.
surtirá los de eitacion en forma, en Mexico á veintisiete de Junio do mil ochociento~ se463-3a-2
LIS TA de los bultos que sin documento existen eu los almacenes de esta Aduana, hoy senta y cinco.-Pedro Canel, Escribano público.
dia de la fed1a.
Fechas de entrada.

Marzo 4 de 1865.
Id. 14 de id.
Id, 31 de id.
Abril 12 de id.
Id. 15 de id.
Mayo 9 de id.
Id. 26 de id.
Junio 12 de id.
Id.
Id.
Id.
Id.

16 de
26 de
28 de
id. de

id.
id.
id.
id

Bultos.

RC

Un bulto, marca G. KXC..... • - • • • • • • • • • •• • • • • • • • • • • • • • ••• • • •
Dos cajas vino.. . •. •. . . •• •. . . . . . . . . . . . . . •. . . . . . . . . . . •. •. ..
Una caja marca Nw... . . . . . . . . . •• •. •. . . . . • . . • • • • . . • . . . • • . .
Tres cajas puros, conducidas por Rafael Hernandez..... •. •. . •
Un&amp; caj&amp;, maro&amp; L. 'I,'...... . . . . . . . . . . .• . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Un&amp; barrica pasas..... . . • ••. . . . . . . . •. . •. . . . . •. . . . . . . . •. • •.
Un&amp; C3ja conducida por D,ionisio Nava..... . ••. . . . . . •. . . . •. . .
Una caj&amp; conducida por Souvervielle, y rotulad11 á D. Rarp.on
César...... . . . . . ••. . . •• . . . . . . . . . . . . •. . . •. . . . . . . . . • • •••
Una barrica, marca M. G. c., conducida por Bauohe..... . •• • •.
Una cajita rotulad&amp; á Labadie .•............ • _........ .• . .. .
Dos- bult-Os equipaje, conducidos por Gregorio López... . . . . •. .
Un&amp; caja, m&amp;rca MV........... .. .. .. .. .. .. . . . . . . .. .. .. . . ..

México, Junio 30 de 1865.-El Guarda-almacen, Jqaqui11 Carbajal.

6a-2

RECAUDACION DE CONTRIBUCIONES DIREm'AS DE TACUBAYA,

1

2
1
3
1
J

1
l

1
1

2
1
16

TB.IllUNAL DE COMERCIO DE MEXICO,

México, J111io l4 do 1865.
En los autos que ante este Tribunal sigue·D. Benito García contra D. flebaatian L6pez, se encuentra un decreto que á la letra dice:
"Por presentado con el documento que acompaña y rubricará la Secretaría. Cítese por
los periódicos á D. Sebastian Lópoz, par&amp; que dentro de ocho dias, contados desde l&amp; primer&amp; publicacion, se presente en este TribU11al en cualquiera dia útil, de doce á cuatro de
la tarde, para reconocer la firma puesta con su nombre en un documento e1-hibido por D.
Benito García; &amp;percibido de que si no lo verifica, lo parará el perjuicio que haya lugar.
El Sr. Presidente lo proveyó y firm6.-Castillo.-J. M. Cardeña, Oficial 2?"
En cumplimiento de lo mandado se esiJide el presente.-J. M. Car&lt;kñ~, Oficial 2~ enc&amp;rga&lt;fo de 1~ Secretaría.
455-3:i--2
JUZOADO

~~

DE LO &lt;;IVIL.

•

Ignorándose l&amp; h&amp;bitacion de D. Antonino Cubas, por el presente se le cita par&amp;. q.ue concurra á este Juzgado, situado en el Palacio de Justicia, el dia vtiiutiuno del come~te, á
las doce, á contestar l&amp;det¡1anda ,me on juicio v&amp;rbal, subre pesos, le pro1uueve el Llo. D.
José María Sanroman; apercibiJo que de no hacerlo, s«¡ dará _Por contestad&amp; dicha demanda, quedando entendido, ademas, que de pedhnonto deJ IlllStn? actor, esta Juz~ado,
por via' de providencia precautorü1, h:i maaEl.rulo retener á D. Lms Gomez, comerciante
de esta plaza, la suma deJ20 pesos, de la que tienll en su poder perteneciente al propio
D. Antonino Cuj)as.
:.. México, Julio 12 de 1865.-Urbano Morali, Escr:bnno público.
456-3a-2
------------- - - - -·

]!:~ atencion á que la mayor .Parte de los pi:opietarios_ d_e esta demarcacion tienen ~s
facilidad de arreglar sns negocios en esta capital, por v1vu- en ella ó en puntos mas retirados de l&amp; cabecera, el que su¡¡cribe, para comodidad da dichós señores, hace el despacho
de la oficina en Tacubaya, de nueve á doce, en la calle del Avemaría, junto al nÚ.ill. 112,
REMATE,
y por la tarde, en México, de dos á cinco, en la calle de Chavarrí&amp; núm. 21. Lo que se pone en conocimiento del ¡¡úblico para su inteligencia.
En el juicio promovido por D. Frnñcisco Nieva, en repreaontacion de D. Mauuel Perez
México, Julio 13 de 1865.
Fernandez, contra D. Miguel :.!ateos, sobre pesos, el Sr Juez 1g do lo civil, que conoce
El Recaudador, J. M. de Pereda y Castañiza. 3a-2 de los autos, ha mandado se proceda al ramate de la casa situnda en la calle del Jardín
'

.

�64

I

DIARIO DEL IMPERIO.
CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 19 sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D! Leandra Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del refe1ido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta días ocurran á deducirlo por sí ó por personas suñcieµtemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
qni,mes importe, en Guanajuato, ii nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.Migml Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s-27

de Tolsa de esta ciudad, contraesquina de la ex-Ac0rdada, y fübricad11 en el lugar que
antes ocupó la capilla llamada del Calvario, valuada por el perito tercero en discordia, D
Manuel Bustillo; en la cantidad de 4,119 pesos 69 centavos; señalando ~ara las respectivas almonedas los dias 12 y 24 del corriente, y 5 del entrante Agosto, siendo todas á 1as
dore del día, y la fütima con cahdad de remate. Lo que bago saber por el preijente, par11
qu11 las personas que quieran hacer postura, ocurran al ,Juzgado, ó antes de los dias dlsi gna.dos, al despacho del que suscribe, sito en los bajos de la casa núm. 7, calle d&lt;1 la Moneda, donde se les darán las instrucc•iones que minie! reo los autos.
México, Julio 3 de 1865.-Maniwl T. de Meneses, Escribano público.
426-3a-3
JUZGADO 69 MENOR.-COilDO:BANES NU!d, 8,

ORDEN.
Ignorándose el paradero de D. José Hurtado de Mondoza, por la prer-ente se le cita y
emplaza, par&amp; que en el término de ocho días se presente en Este T uzgado, por si ó por
apoderad&lt;&gt; instruido y espensado, á contestar la demaada.~ue en jwcio verbal, sobre pes.os,
GRAN REMATE
le proITJaeve el Lic. D. Alejandro Gomez por la casa d3 v . r, 1an11t'll Murguía; apercibido
que de no comparecer, seguirá el juicio en rebe:dia, entendiéndose con los estradou del
DE LAMPARAS DE KEROSENE,
Juzgado.
'
Para el mártes 18 y miércoles l9 del corriente, á las DOCE EN PUNTO, en el Gran Hotel
México, Julio 11 de 1865.-l. Bravo.
439--Ja-3
de Comisiones, calk de la Perpetua ntím. 8, estando á la vista el domingo 16 y lúnes 17.
JUZGADO DE LEl'RAll DE TLAXCO,
El que suscribe rematará una gran factura de lámparas de Kerosene, candiles, globos,
veladores de papel, mechas, etc., etc., por cuenta de una casa importadora de esta corte.
,
CONVOCATORIA,
Estos efectos, como todos los que se venden en esta casa, se rematarán real y positiva
En los autos de esperas de los acreedores, solicitadas por la testamentaría d,3 D. Igna
cio Berna!, radicados en este jllzgndo,~l suscrito Juez letrado h11 provl';,1 , ~uto en esta mente al mejor postor, y por lo tauto, basta los comerciantes encontrarán una oportunidad
fecha, á pedimento del representante de di.'cha testamenta,{ .. l&gt;'ll¡¡ _ ;:!.~ "º convoque á loB rarísima para obtener surtidos ~andes y de gusto de dichos artículos.
Las ventas son ai contado y sin reclamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
acreedores que no han sido listados, parn que en el término clo qllinc~ di11s, contados de8•
de l.. primera publicaeion de este aviso, se presenten á dt,ducir su derecho; apercibidos de antes de veinticuatro horas.
México, Julio de 1865.-Ignacio Diaz Tri11Jeqmi.
443-6s-5
lo que hubiere kgar si no lo verifican.
.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en Tlaxco, á 17 de Junio de 1865
-Lic. Mauricio Beltran.
435--(¡a-5
AVISO IMPORTANTE.
¡ATENCION!
CITACION JUDICIAL,
El
Lic.
D.
Manuel
del
Válle,
como
apoderado
de D~ Antonia Castillo, viuda de D. PaEl Sr. Juez 49 de lo civil, Lic. D. Antonio Rebollar, por auto de 8 del que cursa, en lo8
del concurso á bienes de la Sra. D~ Carlota Bullon, para la eleccion de la persona que blo Castillo, y curador de los menores hijos de ambos, y D. Angel .A.mero, con poder eD
forruo el proyecto de graduacion de créditos contra dicho concurso, ha mandado se cite á forma de D\' Vicenta Castillo, hija, heredera y adjudicataria de lo.s bienes de la testamenjauta ganeral para la mañana del 20 del corriente, á las doce, hadéudose la citacion por taria del precitPdo Castillo, sabedores de c¡ue se han embargado una casa y corrales, sitos
en Tepeji del llio, por D. Ramon Jimeno, á virtud de demanda personal contra D. José
los vcriódicos á los acreedores cuyo paradero y domicilio se ignora.
".., cumpliendo con lo mandado en el auto que se cita, pongo el pres&amp;nte, que surtirá loB María Morales, en el concepto err6noo de que dichos bienes pertenecen á D\' Estéfana
efectos de notificacion perrona! respecto al Lic. D. Mateo Ortiz Perez y D. Ignacio Pe- Castillo en su calitlad de heredera del mentado D. Pablo Castillo; en cumplimiento de
nuestros respectivos encargos, hacemos presente: que el hecho ilegal del embargo ha vedroso.
,
nido ii P,tacar la posesion y propiedad de D~ Vicenta Castillo, y los derechos hipotecarios
l\léxico, Julio 10 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
446-3s-3
que los menores Castillo y sus coherederos tienen scbre tales cosas; y tanto por semejan~
t e vulneracion de derechos establecidos é inconcusos, cuanto porque pueden ~recipitarse
JUZGADO 2\l DE LO CIVIL.
El Sr. Juei: 29 de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda al remate de 1os sucesos hasta sacarse los bienes f\ almoneda judicial, nos vemos en el preciso caso de
In ca11a núm. 7 de la primera calle de Necatitlan, de esta capital, valaada por el perito in hacer ostensibles nuestms acciones, ~rotestando desde ahora de nulidad contra el acto del
geniero D. J osé liiginio Gutierrez, en nueve mil doscientos diez pesos($ !l,210); señalando secuestro y contra cualquiera operac1on subsecuente que se quiera practicar en les enunpera la tercem almoneda, con calidad de remate, el 20 del corriente, á las doce, en el local ciados bienes, ÍI reserva. de ejercitarlas en forma cuándo y cómo nos convenga, y contra
quienes corresponda.
del Juzgado, rito en el Palacio de Justicia.
México, Julio 7 de 1865.-Lic. Manuel Valle y Terá11.-Angel Ar11ero. 432-4a-4
Lo que aviso por el presente, para que las personas que-quieran hacer postura, ocurran
á la Secretaría del mismo J uzgndo, donde recibirán las instrucciones que ministran lo8
¡ATENCION!
autos.
México, Julio 12 de 1865.-Miguel F. Gutrra.
445-4s-4
En la calle de las Escalerillas, junto al núm.14. se vende la prodwosa POMADA ORIENTAL, que sin charlatanería, es la única para hacer nacer, crecer y liermosear el pelo; aseALMONEDA.
gurando que la persona mas escasa de M, ii las doce veces de usar esa pomada, verá su
Para p1'ooeder á la venfajudicinlde ~casa núm. (de la Portería de RegÍ!la valuada cabeaa cuhi,u,ta oon un aabelli&gt; Sno "i o.bund.anto,
por el perito D. Antonir, de G. Romero en la cantidad de 4,558 pesos, el Sr. "Jue~ 29 de lo
Precio del pomo, dos pesos.
345-40-1\)
civil, Lic. D. Manaol Pavon, ha mandado se celebre la última almoneda, con calidad de
remate, la mañana del 20 del corriente, á las doce. Y para conocimiento del público, y
AVISO.
que los que quieran hacer po~tura se euteri;n de las constancias de los autos relativos, publico este anuncio; advirtiendo que .aquellas se manifestarán en el despacho del que sus- ·con D. Ignacio Berna! tuve varie3 negocios, por los cuales me quedó adeudando una
oribe, situado en la esquina del Palacio y calle del Arzobispado.
cªº??ªd de dinero! habiend!l fallecido éste sin haber concluido la liquidacion por capital
México, Julio 12 d11 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
454-3s-2
y redites: ha fallecido tamb1en uno de los albaceas del Sr. Berna!, y como se nie baya asegurado que se trata de enajAnar los bienes de éste, me veo en el caso de protestar contra
JUZGADO 6\l MENOR.-CORDOBANES N'UM. 8,
8emejante enajenacion, y de que be de perseguirlos, sea cual fuere la persona que los poORDEN.
Sea, hasta se1: íntegramente pagado de lo que se me debe.
434-Sa-3
Se hace saber á D. J acobo Carrera, que en su r11beldia se ha dado por contestada la México, Julio 7 de 1865.- Julian Gonzalez.
demanda que sobre p:isos le promueve D. José Lozano, recibiéndoije el juicio á prueba
AVISO AL COMERCIO
por tres di11R, con apercibimiento que de no rendir la que le corresponde en dicho t6nniOon esta fecha y de comun acuerdo, queda disuelta. la sociedad mercantil que giraba en
no, ~ llronun~i~rá seltteucia definiHva en este juicio.
esta plaza baj~ la razon de Romano y Parres.
Me.X1co, Julio 13 de 1865.-1: Bravo.
449-3s- 3
D. Fernando Parres, continúa por su cuenta los negocios de la extinguida sociedad y
'
8e enc,rga de liquidar los pendientes con la misma.
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
México, á 30 de Junio de 1865.
'433-6s-6
En el juicio verbal que siguen los Sres. Ponton hermanos contra D. Leonardo Laredo
SEGUROS CONTRA INCENDIOS. .
este Trib~nal! en acuerdo de el iez del que cursa, 1:llandó citar ~ las partes para sentencia'
'
y que la 01tdc10n del demandado se hag8 por medio de los ponódicos.
Lo c¡.ue bag.o saber por el presente en cumpli'!liento de lo maddado.
· COMPAÑIA DE SEGUROS DE GuDBACH.
Mé.uco, Julio 12 de 1865.- J. M. Cardeña, 011cial 2º encargado de la Secretaría.
Capital de fondo...... . . . . . . . . . . • 3,000,000 pesos prusianos.
458-3s-2
.JUZGADO 4\l MENOR.-1! DE SANTO DOMINGO NUM. 8.
Co,MPAÑIA DE SEGUROS DE BASIL~A (BASEL).
ORDEN.
Capital de fondo...... •• • •• . . . • . • . . • • • . 10.000,000 francos.
Por ignorarse el d.omicilio. de D. Augusto Grani!lr; se le .cita y e:nplaza por la presente,
para que en el térnuno do c1?co d111s, contado~ ~esde la ¡;muera publicacion dtl este aviso,
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
se presente en este Juzgado a absolver las pos1c1onM que le articulará el Sr. Lic. D. Már
cos Velazquez. ~osas, y rec~nocer una firma, en ?l juicio que lo tiene promovido el mismo necesarios para los que gu•· Oil 11segnrarse, en la AGENClA GENERAL de Estas Compañias,
400-lSOs-18
letrad.o; aperc1b1do,de que .s1. º.º co?c~rre, se dar'!-11. p_&lt;•r absueltas las posiciones y por re- calle de San Bernardo núm. 3.
conocida la firma, a su pe1Jwc10, siguiéndose el JWCIO segun su estado con los estrados
TENEDURIA DE LI13ROS.
del Juzgado.
·
México, Julio 11 de 1865.-Lil;. Poulet.
459-4s-2
Una persona que ha recorrido el Interior, dedicado á la enseñanza del hermoso sistema
de c;ontabilidad por partida dóble, cuyo$ conocimientos ha fo~rado propagar con muy buen
.JUZGADO 6~ MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
éxito, so propone fijar su residencia en esta capital con el nusmo objeto. Garantiza su enORDEN.
I
señanza, por honei:arios convencionales, al alcance de las mas módicas fortunas, exhibidos
lgnorándfse.el paradero d.e D. José Bringas, por la presente se le cita y emplaza, para por una. sola vez, y sea cual fuere el tiompo que el discípulo tarde en aprender. .
La mISIDa persona se ocupará de hacer balances y liquidaciones de cuentas de comerqu~ ~n.el termmo de ocho dias comparezca en este Juz~ado á contestar la demanda que
en Jinmo verbal, sobre pesos, le promueve D. Pedro Strllllatter- apercibido de que si no cio, de testamentalias y concursos, dentro y fuer~ de !,a poblacion.
Las personas que gusten ocuparla, pueden ocurrir á la .A.dministracion de este periódise presenta, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldja.
'
co, Bajos de San .A.gustin núm. 8, en donde se les darán mss amplias instrucciones.
México, Julio 8 de 1865.-I. Bravo.
440-Ss-6
México, 12 de Julio de 1865.

AVISOS PARTICULARES.

-

-·

1

AVISO IMPORTANTE.
·FRACCIONAMIENTO DE LA HACIENDA DE SAN B.A.RTOLO,
SITUADA A INMEDIACIONES DE MORELJA.
La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
que por los. acreedores del D!-1smo le fué h~cho, y con arreglo á las facultades que le ftteTEATRO IMPERIAL.
ro~ concedidas e1;1 el. c.onvemn general habido entre los mismos el 9 de Agosto do! año nnFUNOION A BENEFICIO DE LA AOTRIZ SEÑORITA MARIA DE JES{!S !ERVIN.
~nor, aprobado Judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fr11coion11r la hae1enda de San Bartolo y procurar 111 vonta de las fracciones en el modo y términos que
~s~a
noche, á la hora de. c~stumbre, se ver~cará la repreflentacion del drama nuevo,
fuere mas conveniente á los. intere~e~ generales del concurso. En tal virtud, se invita á d'
en cuatro actos é mtitulado: La 111.endiga y Juan Pablo el /,errero, y en seguida la
todas. las person.as que de~een adqu1r~r ~lguna ó .algunas de las porcioned de terreno de la mdido
mcnc1on~da hac!enda, se aman ocui:1r a la referida Junta menor, que tiene su rad!cacion de la zarzuela, nueva tambien, en un acto, denomint1dn: En las astas del toro.
en est~ C!udad, a ~ftcer sus propos1c1ones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
eomo úl~uno té~llllno para estas. opera~iones, el. 31 de Julio próximo.
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
Norelia, JUl)lo de l865.-Luis lturbide.-Lu1s G. Segura.-Luis G. Barrera.
BAJOS DB SAN AGUBTIN 0 NUN. l.
382-40s-29

DIVERSIONES PUBLICAS.

,,

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

EL

DIARIO
SUMARIO
PARTE OFICIAL.-S. M. aprueba el contrato celebrado entre el :llinl~terlo de Fomento y el Sr. A. de
Tourville para1a formaclon de una colonia en la Slerra de Zongollca.. Cout.rato il que se refiere el decreto.Reglamento acordado entre el MlnisteJio de Fomento y el de Hacienda para que se cumpla el art. 4. 0 del
contrato para la construcclon del ferrocarril de Veracruz a Méxfoo, sobre exenciones.-Orden sobre responsabilldad de los que.venden papel sellado.-Otra, para socorrer en San Luis Potosí a los que hayan ido á
aquella ciudad huyendo de los bandos sublevados de Tamaullpas.
PARTE NO OFIOIAL.-Recepcion dc1 General Míir quez por el Gran Sultan.-Camino carretero de Oa,
jaca..-Reparaclon de los diques de Zumpango y San Cristóbal.-Tarifa del correo para la correspondencia
de los vapores amerlcanos.-,-Comision para visitar la Slerra ele lluauchh1ango. .

PARTE OFICIAL.

o -

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE ME'XICO:
Aprobamos el contrato celebrado entre Nuest ro Ministro de Fomento y el teniente A. de Tourville, para el establecimiento de una
colonia en la sierra de Zongolica con militares del regimiento extranjero, cuyo tiempo de servicio haya terminado; y en consecuencia lo autorizamos para que emplee -en ese objeto hasta la cantidad
de veintiun mil pesos, de la cual el Ministerio de Hacienda le abrirá
el crédito correspondiente.
Dado en el Palacio de México, á 13 de Julio de 1865.
MAXJMILIANO.
Al Ministro de Fomento.
POR EL EMPERADOR,

El Ministro de Fomento,

Luis

NUI. t65.

·MEXICO: Miercoles 19 de Julio de 1865.

TO~IO 11.

Ron LES P EzUEL A.

'

~

celebrado entre el Ministerio de Fomento y el Teniente del Regimiento extranjero A. de Tourville, para la formacion de una colonia en la Sierra de Zongolica
con militares de dicho Regimiento cuyo tiempo de servicio hubiere cumplido.

CONTRATO

Art. 1? Mr. de Tourvitle, con el carácter de Director que por el presente
le confiere el Gobierno, se compromete á formar en los terrenos que reciba,
una colonia compuesta precisamente de militn1'es de dicho regimiento, cuyo tiempo de servicio haya cumplido.
Art. 2? Al efecto, el Ministerio de Fomefüo le mand:u·á entregar el terreno necesario para doscientos colonos, éOTI cuyo númem se dará principio á
la formacion de la expresada colonia; bajo el concepto de que á cada uno se
le señalan cien acres, cuyo valor será el de un peso á un peso cincuenta centavos, segun su clase.
Art. 3? Para la compra de animales, semillas é instrumentos de labranza,
el Gobierno se compromete á ministrar al Director de la colonia la cantidad
de once mil setecientos pesos; de los· cuales recibirá seis mil lue~ que haya
tomado posesíon de los terrenos y presente en el Ministerio de .!!'omento la
lista, de los colonos que ·se han de trasladar á ellos, y los otros cinco mil setecientos, cuando justifique competentemente el empleo que se haya dado á
los seis mil anteriores.
·
Art. 4? El Gobierno se compromete á ministrar para los alimentos de los
colonos durante seis meses, contados desde el dia en que tomen posesiou de
los terrenos, la cantidad de 25 centavos por cada uno, y el pago lo hará por
mesadas adelantadas·, conforme á la lista de revista que oportunamente le
remitirá el Director con el V? B? del agente del Ministerio de Fomento.
Art. 5? El desmonte de los terrenos, oonstruccion de habitaciones y de_mas trabajos necesarios para el cultivo de aquellos y prosperidad de la colonia, se harán en comun durante los cinco primeros años, conforme á los
reglamentos que.dicte el Gefe y Di1·ector de la misma. En consecuencia, la
responsabilidad del reintegro de las sumas que se ministren á los colonos segun este contrato, será tambien comun á todos; de manera que si alguno 6
algunos faltaren por cualquiera causa, los que quedaren tienen la obligacion
de satisfacer las sumas que aquellos adeudaren.
Art. 6? Para evitar los ·perjuicios que de la separacion de algunos colonos
puedan ocasionarse á los demas, deberán comprometerse todos á no dejar la
colonia antes de haber satisfecho al Director la parte proporcional de los
gastos que hubiere causado. Si alguno lo hiciere, podrá el Director perseguirlo ante los tribunales, á fin de que lo obliguen al reintegro.
Art. 7? Para los efectos del artículo anterior, el Director abrirá cuenta
corriente á cada uno de los colonos y les cargará en ella proporcionalmente
el valor de los terrenos que á cada uno corresponda, el de los instrumentos
y animales de labranza y el de los víveres que se les ministren.
_A;rt. 8? El pago del valor de los terrenos y de las &lt;lemas cantidades que
mm1stre el Gobierno conforme á este contrato, lo hará el Director en cinco
a.fios, á ra1.0n do una quinta parte en cada uno; debiendo contarse el primero
desde el dia en que tomen posesion de los terrenos.

· Art. 9~ Coacluidos dichos cinco años, y' pagados los adelantos que hubiere el Gobierno hecho, cada colono queda esolusivo dueño de los cien acres
que por este contrato le corresponden, y tiene derecho á que se le repartan
proporcionalmente los animales, instrumentos de)abranza y demas productos que entonces hubiere en la colonia.
Art. 10. Mr. de Tourville declara por sí y á nombre de los colonos, que
se han de establecer en la Sierra de Zongolica: que por el acto de recibir los
ten-enos y demas auxilios que se mencionan en este contrato, deberá entenderse que renuncian sus derechos de extranjería, y que en todas las cuestiones que se susciten con motivo de la propiedad y carácter de colonos que
adquieren, se some~n á las leyes y tribuuales del país.
Art. 11. El Ministerio de Fomento declara á nombre1 del Gobierno de
México, que éste solo es responsable del cutnplimiento de las condiciÓnes
estipuladas en este mismo contrato, y que en ningun tiempo, ni bajo ningun
pretesto, se le podrán exigir indemnizaciones diplomáticas por perjuicios que
sobrevengan á los colonos, los cuales tendrán siempre expeditos sus derechos para reclamarlos ante los tribunales nacionales.
Art. 12. En el lugar que juzgue á prop6sito el Director, se destinará el
terreno necesario para la formacion de la poblaoion que han de habitar los
colonos, cuidando de que se divida en calles que tengan la suficiente regularidad y anchura.
Art. 13. En compensacion de los trabajos que como director de la colonia tiene que desempeñar Mr. de Tourville, y de la responsabilidad que contrae, el Gobierno le concede gratuitamente la cantidad de ochocientos acres,
de los cuales adquirirá el derecho de propiedad en el caso de que á los cinco años quede completamente establecida la colonia ·y satisfechos los valores que se le hubieren ministrado. Durante ese tiempo podrá cultivarlos y
usufructuarlos de la misma manera que ~ ieden ha:ierlo los colonos.
Art. 14. A todos los militares que tomen parte en la colonia que tráta
de estab\ecerse, se les leerá este contrato piira que entendidos de él, firmen
su conformidad con las condiciones expresadas y queden enterados de que
tienen que obedecer las 6rdenes y disciplina. que establezca Mr~ Tourville,
como Gefe y Director de la colonia, y con el carácter y atribuciones de juez
de paz de la misma que se le confiere durante los dos primeros años del establecimiento de la poblacion.
Art. 15. El Ministerio de Fomento excitará á S. E. el Mariscal Baza.ine
para que proporcione á los colonos las armas y municiones necesarias á su
defensa.
Art'. 16. El presente contrato se someterá á la aprobacion de S: M., y
mientras ésta no se obtenga, no compromete á ninguna de las partes contratantes.
México, Julio 12 de 1865.
t

1

El Ministro de Fomento,

-•-·

LUIS ROBLES PEZUELA,

A. de Toutvilte.

••--...

MINISTERIO PE HACIENDA. .
Para que tenga su débido cumplimiento el art. 4? del contrato celebrado en 23 de Enero último, para Ja construccion del camino de
fierro de Veracruz á México, cuyo contrato se sirvió aprobar S. M.
el Emperador por decreto de 26 del mismo mes, el Exmo. S1-. Ministro de Fomento y el Sr. Subsecretario de Hacienda, encargado del
despacho, han acordado el siguiente
·
REGLAMENTO.
Art. 1? Los objetos especificados en el citado art. 4? que la Compañía Imperial importare del extranjero, vendrán directamente al
puerto de Veracruz, con factura visada por el agente consular mexicano que resida en el punto de su embarque, comprendíendose
tambien en el manifiesto general del buque, segun_previene la Ordenanza de Adu~nas marítimas. La omision de estas formalidades se
castigará con las penas que impone la misma Ordenanza.
Art. 2? A su arribo á Veracruz deberá la aduana registrarlos para
cerciorarse de su identidad, esto es, de que son de los comprendidos
en el mencionado art. 4?
·
Art: 3? La aduana marítima de Veracruz, para permitir el despacho de los efectos libres de derechos, exigirá en cada caso un documento extendido por _e l agente de la Compañfa Imperial en Veracrµ z, en que certifique, bajo su firma, que los mismos efectos vienen
por cuenta de la empresa para ser empleados única y exclusivamente en las obras del cami.10.

�66

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

Art. 4? La internacion se hará precisamente por los puntos que último no se comprende la exencion del derecho de circulacion rpo
estén en la direccion que sigue el camino, en donde deberán em- el numerario que la Compañia remita á Veracruz para los gastos del
plearse y consumirs~ los efectos, amparandose co~ ~uias que expe- camino, atendiendo á que la mente de S.M. el Emperador es de condirá la aduana marfüma de Veracruz, sobre la sohmtud del agente ceder á la empresa todas las franquicias posibles, se le podrá permitir el envio á dicho puerto, libre del citado derecho de circulacion,
de la Corñpaiiia residente en dicho punto.
.
.
de
las cantidades que sean necesarias para los pagos que indispensaLas citadas guias se recogerán en el lµgar donde se haga la mtroblemente
deban hacerse en el mismo puerto; á cuyo fin, todas las veduccion, en el c'ual se inutilizarán expidiendose la tonmgufa corresces
en
que
haya que remitirse algunos fondos, la Compañia pedir~ al
pondiente.
Ministerio
de Fomento la órden conveniente, explicando el motivo,
Art. 6? Si los mencionados objetos tuvieren que pasar por algun_a
para
que
si
lo estiml). bastante el mismo Ministe!·io, lo comuniqu~ al
poblacion donde haya aduana, los conductores de ellos deberán exhide
Hacienda
á fin de que mande extender la gum con la anotac10n
bir las guias en dichas oficinas. La exhibicion d~ ellas asegurará el
de
libre
de
derechos.
libre pase de los objetos referidos.
Art. 16. Queda derogado el reglamento de 18 de Abril de 1866.
Art. 6? Los conductores de mulas ó carros, que trasporten de un
México,
Julio 13 de 1866.-El Ministro de Fomento, L1tis Robles
lugar á otro los mencionados objetos, irán acompañados de un boleto
Pezuela.-El
Subsecretario de Hacienda, F. Campi,llo.
de la Compa~ía.
.
Es
copia.
Méxtco,
Julio 16 de 1866.
Art. 7? Los empleados de la Compañía portarán consigo un tituEl Gefe Director de la Seccion l~,
lo que les acredite como tales. Este será expedido por la Compañía
Javier de Reygadas.
y visado por la autoridad del Distrito donde ejercerán ·su encargo.
Estos gozarán de la exencion .del impuesto de peajes que les otorga. el art. 4? del convenio de 23 de Enero, respecto de los carruajes Y
SEccrnN 3~
cabalgaduras que owpen sus personas ó dependientes en los difeMéxico, Julio 7 de 1865.
nd
rentes viajes que tengan que empre er.
.
Dada cuenta á S.M. el Emperador con el oficio de V. S. de 1? del
Art. 8? Los ~fectos qu~ se compren en el interior para los usos de actual, en que propone como medio de que se aseguren mas los inla Compañia disfrutarán la exencion concedida en el referido a.rt. 4?, tereses del erario en la venta que se hace del papel sellado en los
previa una boleta que expedirá al introductor el agente comisiona- expendios de dentro y fuera de la capital, de que por el hecho de
do para el efecto. Esta boleta la recogerá la administracion de ren- aceptar la comision se constituyen fieles depositarios de las ventas
tas respectiva Y.la amortizará, acreditando con. ella el motivo de no que fueren habiendo para enterarlas en esa Administracion princihaber cobrado los de)'echos.
•
pal los 'días 15 y 1? de mes, sin mas deduccion que el cinco ,por menArt. 9? Los útiles y efectos pertenecient«}s á la Compañía que ha- to de honorario, y que cualquiera inversion que dén á estos fondos
yan de trasladarse de un punto á otro de los de la ruta que siga el haciendo mal uso de ellos, aun cuando sea con el ánimo de reponerferrocarril, siempre que sean de los especificados en el repetido ar- los, de cuyos hechos resultan los descubiertos á la hora de una visiticulo 4? del decreto de 23 de Enero, irán resguardados con un pase ta, no ha de limitarse la accion de la oficina á que pague el dueño
expedido por la administracion-de rentas del púnto de la salida, cu- del expendio, ó por su insolvencia el fiador, sino que ademas dará
yo documento recogerá é inutilizará 1a del lugar de la introduccion. parte al juzgado de Hacienda para que proceda contra el dueño del
Las cabalgaduras y carros contratados ó alquilados por cuenta de expendio, le forme causa y aplique las leyes relativas al castigo de
la Compañia para el trasporte de sus materiales ó efectos, gozarán los que malversan los fondos de la Hacienda Imperial; S.M. se ha
d~ la misma exencion ~e peajes sobre ~a exhibicion de una _certifica- servido accederá lo que V. S. propone, mandando se haga saber esta
c1on firmada por el agente correspond1ent~ _de la Compan!a, cons- providencia por medio del Diario Oficial.
tando que en efecto so_n empleados al serv1c1~ de la Compañía.
- Dfgolo á V. S. en contestacion para los fines consiguientes.
Ar~. 10. _La Companía puede formar depósitos de viveres para los El Subsecretario de Hacienda, Félix Campillo.-Señor AdministrabaJadores, y de pasturas para el consumo de las caba~gaduras, en trador principal de rentas de esta capital.
los puntos que l_e convenga, los cuales han de ~er prec1same~te d_e
Es copia.. México, Julio 1.7 de 1865.
la linea del cammo de fierro. No podrán negomar con ellos m aphEl Gefe Director de la seccion,
ca,rlos á ningun otro destino; y los que asi lo hicieren serán castigaAgustín Tornel.
dos como defraudadores á las rentas públicas.
- •-• ..
Art. 11. Los efectos introducidos en alguna poblacion, ctmo pe~MINISTERIO DE GOBERNACION.
tenecientes á la Empresa./ que se extraigan despues para otra que se
SEccrnN 2ª
halle fuera de la línea del camino, deberán salir con su respectiva
Mél'.ico, Julio 16 de 1865.
guia ó ,pase, adeudando los derechos que correspondan en el lugar de · Con fecha 4 del presente se ha servido ordenar S. ~- el Emperasu venta ó final destino.
dor, lo que sigue:
Art. 12. Los empleados que estén autorizados para expedir las
La Administracion de Rentas del Potosi suministrará al Prefecto
boletas de' que hablan los articulos 6? y 8?, mandarán cada mes al de Tamaulipas la cantidad de diez pesos diarios para socorrerá las
agente de la Compañía Imperial en México, duplicados de las bole- personas ,que, habiendo sostenido en el segundo de dichos Departatas que hayan expedido.
mentos la causa del órden, hayan emigrado á la capital del primero,
Art. 13. Tanto la aduana maritima de Veracruz como las admi- para sustraerse á las extorsiones que 'pudieran sufrir de parte de los
nistracioQe¡¡ de rentas de los puntos por donde pase el camino de bandos sublevado.s.
fierro, lleva1·án un registro de todos los efectos que se importen.é in- En la entrega y distribucion del numerario, .así como en la renditroduzcan por dichas oficinas libres del pago de de~echos, remitiendo cion de cuentas, se observarán, en lo posible, las formalidades prescada dos meses al Ministerio de Hacienda un resúmen por clases, pa- critas por la legislacion fiscal militar.
ra lo que pueda convenir.
,
Y lo inserto á V. S. para su conocimiento.-Se comunicó al señor
Art. 14. Aunque el art. 4? del repetido contra.to de 23 de Enero Subsecretario de Hacienda y al Prefecto de Tamaulipas, para su
de este año solo exceptúa del pago de derechos á los viveres para los_ cumplimiento.
trabajadores, el Gobierno conviene en que la referida concesion se Es copia. México, Julio 16 de 1866'.
haga extensiva á la zapa ordinaria que se introduzca para.los operaEl Subsecretario del Despacho de Gobemacion,
ríos del ferrocarril por cuenta de la Compañía, así _como á las proviFrancisco J. Villalobos.
siones que se destinen á la subsistencia de los empleados y dependientes de ella; entendiendose que esta franquicia se limita á los
PARTE NO OFICIAL.
artículos del consumo natural y comun, sin comprender á los de
puro lujo.
RECEPCION DEL EXMO. SR. GENERAL MARQUEZ POR EL ORAN SULTAN.
La calificacion de los efectos comprendidos en esta 'exencion, así
El Exmo. Sr. D. Leonardo Márquez, Enviado Extraordinario y
como la de la cantidad á-que haya de extenderse en cada caso, segun
Ministro
Plenipotenciario de S. M. en la Sublime Puerta, presentó
la necesidad, at~ndiendo al número de empleados y trabajadores que
sus
credenciales
el 24 de Mayo último, á S. M. el Gran Sultan, en
tenga la Compañía y al consumo que puedan hacer, fa ejecutará prosu
Palacio
Imperial
de Beyler Beyi, poniendo ademas en sus manos
visionalmente el Administrador q.e la aduana marítima de Veracruz,
el
gran
cordon
del
Aguila
Mexicana.
de acuerdo con el agente de la Compañía que reside en aquel puerEste
ceremonial
se
verificó
con toda la grandeza, pompa y magnito, á reserva de que el Ministerio de Hacienda confirme ó revoque la
ficencia
que
caracterizan
á
la
Corte
Oriental.
expresada calificacion en vista de la noticia que debe remitirle la
S. M. el Gran Sultan envió á su introductor de Embajadores, vesaduana cada dos meses, segun se previene en el artículo anterior; en
el concepto de que cu:.indo el Ministerio juzgue que algunos efectos tido de gala, y en una barca lujosamente dispuesta para conducir á
no debieron ser comprendidos en la exencion por no pertenecer á la nuestro Ministro á Palacio, donde encontró formadas las guardias,
clase de aquellos á que se ha concedido, ·deberán cobrarse los dere- que le hicieron los honores debidos á su clase; habiendo salido á recibirle á la puerta principal los Chambelanes y demas personas de
chos respectivos á la Compaüía.
Art. 16. No ohstnnte que r.n el art. 6? del contrato de 23 de Enero la Corte, quienes le introdujeron al salon en que Re hall~ban SS. AA.

el Gran Visir y Aaly Pachá, Ministro de Negocios Extranjeros, y S. con oportunidad las providencias que dicten las necesidades del momento;
de advertir que aunque este Ministerio trabaja siempre solícito en la
E. Ariti Bey, prill'.ler intérprete de la Sublime Puerta, los que le tri- siendo
atencion de este ramo, y ha procurado por cuantos medios están á sv- alcanbutaron toda clase de atenciones y obsequios. De allf, el General ce llevar á cabo un plan gener~l de desagüe, la insuficiencia de los fondos de
Márquez, acompañado de su Secretario y su ayudante, fué conducido que dispone le han impedido emprenderlo; pero espera, sin embargo, poder ·
por SS. AA. á la pre~encia del Gran Sultan, qu~ le esperaba de pié realizarlo cuau'to antes.-El Ministro de Fomento.-Sefi.or Prefecto polítien el salon del trono; y presentando las credencmles en una. cartera co del Departamento del Valle de México.
de terciopelo blanco bordada de oro, y el Gran Collar en. una mag- Prefectu:ra política del Departamento del Valle de México.-Seccion de
Gobernacion.-México, Julio 14 de 1865.-Exmo. Sr.-En contestacion al
nifica caja,- pronunció el discurso siguiente:
oficio de V. E. de esta fecha, tengo el honor de manifestarle, que ya se Ji.
Señor:
bran las órdei:ies correspondientes al Subpre~ect◊ de Cuautitlan y al de TlalTengo el honor de poner en manos de V. M. I. mis credeñciales, en cali- nepantla, para que con el prestigio de su autoridad, pongan en práctica los
dad de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de S.M. el Em- medios mas eficaces para impedir que las infiltraciones que se manifiestan
perador de México cerca de Vuestra Augusta persona.
en los diques de Zumpango y San Cristóbal, causen una inundacion.-Dios
Mi Soberano, por su gran bondad, se ha dignado encargarme de una mi- guarde :í. V. E. muchos años.-El Prefecto político, Atcárate Mi,g1¡,el Masion tan elevada como importante, que espero llenar felizmente, porque estoy 1·fa.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
lleno de confianza en la alta sabiduría de V. M., la justicia que marca todos
sus actos, y los lazos de verdadera amista_d que lo unen con el ilustre SobeADMINISTRACION GENERAL DE COJ!,REOS DEL Dll'ERIO MEXICANO.
rano que me envia.
El Emperador Maximiliano, tan pronto como ocupó el trono de México, Tarifa para los portes de mar y tierra que debe cobrarse á la corresponse apresuró á dar conocimiento á V.M. l. de este grande acontecimiento; y
ahora, deseando dar un testimonio del placer con que mi Soberano ha visto denda que conducen los vapores-correos ile la Compañía' "MéxicoAmericana", establecidos entre Veracritz y Nueva-York, con escala
comenzar las relaciones entre los dos Imperios, me ha encargado de poner
en manos de V. M. l., como tengo el honor de hacerlo, el gran cordon del
en la Habana.
Pesos. Os.
Pesos; Cs.
Aguila Mexicana, cuya Orden altamente distinguida, acaba de crear.
5¼
onzas..
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
.
6 20
Por
carta·
sencilla..
•
.
O
57
Solo me resta asegurar á V. M. 1. que al llenar mi m.ision, haré todo lo
5½
ídem
...
;
•
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..
..
•
6
53
½
onza
..
:
•
.
•
.
.
.
.
•
.
.
O
83
posible por obtener Su agrado, y que me tendré por feliz si V, M. me juz5t idem.. .. • .. .. • .. 6 77
¼idem ............ . l 07
ga digno de un honor tan grande.
6 onzas............ 7 10
1
l 40
A todo esto, S. M. el Gran Sultan se dignó contestar, despues de
6¼ idem............ 7 34
1¼ idem......... ·.. . 1 64
haber recibido aquellos objetos en propia mano como una prueba de
6½ idem............ 7 67
1½ ídem............ 1 97
6¾ ídem............ 7 91
particular distincion, que de.sde que nuestro augusto Soberano ocu1¼ ídem ...... .. .. .. 2 21
7 onzas............. 8 24
pó el trono, Su Majestad el Sultan no -ha dejado de recibir muestras
2 onzas............ 2 54
2¼ idem.. .. .. • .. .. . 2· 78 7¼ idem........,. .. . 8 48
de benevolencia y buena amistad, agregando á ellas el presente que
2½ idem ...... ...... 3 11 7! idem.... ........ 8 81
acababa de recibir, y que conservaría com._o un precioso recuerdo,'
7¼ idem............ 9 05
2l
idem ............ 3 35
dando á tan grande Emperador las mas rendidas gracias: que de- .
8 onzas............. 9 38
3
onzas............
3
68
seaba toda clase de bienes á S. M. I. y ~ esta nacion tan grande y
8¼ ídem............ 9 62
3¼ idem... ... .... .. 3 92
llena de riquezas; y finalmente, que está muy complacido de las bue- ,
8½ idem........ ! • . . 9 95
3½ idem........ .... 4 25
nas relaciones amistosas que existen entre los dos Imperios, y que
3¼ idem......... ... • 4 49 8¾ ídem.... ·. . . • .. .. 10 19
9 onzas............ 10 52
desea se conserven siempre en la mejor armonía como dos pueblos
4
4 82
4¼ idem... . .....•.. 5 06 9¼ idem.. .. • • . • .. . • 10 76
hermanos en la gran familia del mundo.
4½ ídem.. ,..•....•.. 5 39 9½ idem.. . .. .. .. . . . 11 09
Terminado el acto, el Sr. Márquez salió acompañado por el mis4¾ idem.••...• •.•• • 5 63 9¼ idem... .. ....... 11 33
• mo séquito con que había entrado, y recibiendo nuevos obsequios
5 onzas . • •• ••• •••.• 5 96 10 onzas.. . .. .. . .. • . • 11 66
hasta que se embarcó para regresar á su casa.
El dia 6 del próximo pasado Junio, tambien fué recibido en el El excedente de 10 onzas se cobrará en la siguiente proporcion sobre el
Palacio Hebéc, de S. A. el Gran Visir, á quien hizo entrega en ma- valor de lo que importan las 10 onzas: se cobrará por la primera cuarta 18
no propia de la Gran Cruz del Aguila Mexicana, que nuestro Au- centavos: por media onza 29 centavos: por tres cuartas 44 centavos, y por
gusto Soberano se dignó concederle.
una onza 53. De las 20 onzas en adelante, á 32 centavos onza.
Eptre el enviádo de S. M. y el Gran V.isir mediaron las palabras Nota 1~-Por las gacetas diarias ó no diarias, con tal que vayan cerradas
mas cordiales; y al recibir aquel presente, expresó su mas profunda con una sola. faja., pagarán sobre los 7 centavos libra que están designados
gratitud por tan señalada muestra de distincion, añadiendo que lo en la. tarifa vigente, un centavo mas por onza como porte de Iuar.
2~-La correspondencia que quiera dirigirse por la via ordinaria,
conservaría como prueba de la union que existe entre ambos paises, soloNota
pagará lo que expresa la segunda tarifa que está en uso, con el aumenasegurando al Emperador, que está dispuesto á hacer en su esfera to del porte de mar que es de 7 centavos por cada media onza de peso.
cuanto sea posible por estrechar estas buenas relaciones, y deseando Nota 3~ Los que quieran disfrutar del beneficio del extraordinario, ya sea
toda prosperidad y engrandecimiento para México y su ilustre mo- en los Departamentos 6 en el extranjero, lo expresarán así en las cubiertas,
pagando en las estafetas los portes con arreglo á esta tarifa. En el concepto
narca.
de que por ahora saldrán de México los correos extraordinarios los días 11
y 25 de cada, mes, y la correspondencia debe ponerse en los lugares fqráneos
CAMINO CARRETERO DE OA1ACA.
con la anticipacion correspondiente.
Direcoion del camino de Puebla á Oaj,aca.-Puebla, 13 de Julio de 1865. Nota 4~ Por las revistas ú otras publicaciones periódieáS, folletos impre-Con esta fecha se ha presentado el ingeniero ayudante, D. Fernando lñi- sos ú otros impresos, se pagará el porte de un centavo por cada onza 6 fracgo, y tanto él como D. Ignacio Monterde, marchan pró~imamente á Tehua- cion de una onza de peso.
can en compañía del que suscribe, á establecer los trabaJOS del camino car- México, Julio 3 de 1865.-Luis de la Peza.
rtltero de Oajaca.-Lo que tengo el honor de participará V. E. para su su- ,
perior conocimiento.-El Director, Jo;é Joaquín Arriaga,-:-Exmo. Sr. MiCOMISION CIENTIFICA PARA: LA SIERRA DE KUAUCHINANGO.
nistro de Fomento.-México.
·
Ministerio
de Fomento.-Seccion 4~-México, Julio 15 de 1865.-En
Es copia. México, Julio 15 de 1865.-El Subsecretario de .Fomento¡
únion
del
ingeniero
D. Antonio García Cubas, marchará V. desde luego á
· Manuel Orozco.
reconocer el camino entre Tulancingo y Huauchinango, y luego que llegue á
este último punto, se pondrá V. de acuerdo con el Subprefecto D. Juan B.
DIQUES DE ZUMPANGO Y.SAN CRISTOBAL.
Campo; para examinar los teuenos baldíos á que se contrae su informe de
'Ministerio de Fomento.-Seccion 1~.:-México, Julio 14 de 1865.-Con 27 ·de Junio último, levantanclo de ellos á la vista un croquis que dé una
esta fecha digo al señor administrador del desagüe de Iluehuetoca, lo que idea aprox_imada de su situacion y tamaño, haciendo al mismo tiempo una
descripcion de su clima, producciones y demas accidentes que convenga cosigue:
"Consecuente con las órdenes que se l_e han trasmitido ayer, pondtá V. nocer, en el caso de que, como se asegura, dichos terrenos puedan aplicarse
en ejecucion, con la brevedad que demanda el caso, todos los recursos que con ventaja á la colonización.-Luego que llegue V. al lugar donde éxiste la
el arte proporciona y sean eficaces para atacar las infiltraciones que empie- antigua poblacion, _tuyas n1inas describe minuciosamente el Subprefecto, lezan á mmúfestarse en los diques de Zumpango y San Cristóbal, ·pues como vantará de ella un plano, y procurará sacar copia de las vistas y objetos cuno se ocultará á V., si éstas toman incremento, ningun esfuerzo bastará á riosos que se encuentren, aprovechando para esto la buena voluntad ~el ,S~.
contener la invasion de sus aguas en el lago de Texcoco, y de allí la.inunda- D. Guillermo Hay, que acompaña á la Comision, y que pone á su d1sp~s1cion de la. capital. En vista de un peligro tan inminente y de tan desastro· cion sus conocimientos é instrumentos fotográficos.-Procurará V. tamb1en
sas consecuencias, se recomienda á su cuidado, bajo su mas estrecha respon- hacer del modo que le sea posible, un reconocimiento y descripcion de las
sabilidad, dar todo el ensanche á los trabajos que se juzguen necesarios, pa· antigüedades que se encuentren en dichas ruinas, i:ecogiendo las que puedan
ralo que contará V. con el concurso de las autoridades políticas, cuyos au- trasladarse fácilmente á esta capital, á cuyo fin se pondrá~·. de acuerdo con
xilios le espeditarán todos los medios conducentes al cnso; dicho concurso se el Director del camino, D. Cárlos Villa.da, para que le facilite los carros y
pide hoy mismo á In, Prefectura del Departamento. Para que este Ministe· &lt;lemas medios de conduccio11 c1ue fuert:n necesarios.-Yo espero del celo de
rio pueda dictar con la oportunidad debida, si fuese necesario, medidai. ex- V., por los adelantos de las oiencias, que proce~erá en el de~empeño de la
traordinarias, remitirá V. un parte diario de los trabajos que se hagan, cuá- cornision que se le confiere, con la misma. eficacia que ha mamfestado en las
les sean éstos y las ventajas que se obtengan en la conjuracion del peligro; diversas que se le han encomendado, sirviéndole de gobierno que esta c~municacion la traslado al referido Subprefecto para que preste á la Com1Y' si esto no se consigue, el desarrollo de éste."
·
sion
todos los auxilios que -pueda necesitar, y si posible fuere, la acompañe
Y lo traslado á V. S., á fin de que se sirva hacerlo á las Subprefecturas
locales, para que concuniendo con el prestigio de su autoridad, se apliquen y la ilustre con los conocimientos prácticos que tiene de los ten:enos, y de

onza......... ....

onzas............

•

67

�DIARIO DEL IMPERIO.

68

ALMONEDA JlJDICIAL.
los cuales ha dado una prueba en el informe mencionado, del que acompaño
En los autos que sigue D. Josó Cottier contra D. Valentin Meodoza, sobre pesos, el
á V. un ejemplar.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro.-El Subsecreta- Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José Cordero, ha señalado los dias en que deben verificarrio de Fomento, Manuel Orozco y Berra.-Señor ingeniero D. Ramon Al- se las almonedas para la venta de la casa núm. 17 de la 5~ calle de Revillagigedo (a) callejon del Bosque, y son loe siguien~s: para la primera, el dia ~ del pr~se11te: para la semaraz, gefe de la Comision científica exploradora del Valle de México.

México, Julio 15 de 1865.-Con esta fecha digo al gefe de la Comision
científica exploradora del Valle de México, D. Ramon Almaraz, lo siguiente:
.
.
México, Julio 15 de 1865.-Los Sres. D. Ramon Almaraz, D. Antomo
García Cubas y b. Guillermo Hay, portadores de esta circular, están nombrados por este Ministerio para desempeñar una comision importante al
servicio nacional; y como pueden necesitar del auxilio de las autoridades
por donde transiten, espero que en el caso de que requieran la de V., les
preste sin excusa ni pretexto todos los auxilios que le pidan para su seguridad y buen desempeño de la comision que se les ha conferJdo.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro.-El Subsecretario de Fom1,nto, Manuel Orozco.
Señores Prefectos, Subprefectos y demas autoridades políticas y militares á
quienes les sea presentada esta Circular.
Son copias. México, Julio 17 d'e 1865.-El Subsecretario de Fomentó,
Manuel Orozco y Berra.
Y lo traslado á V. para su inteligencia y á fin de que preste á la Comision
de que se trata, todos los auxilios que pueda necesitar, proveyénd_ola de buenos guíal;l que le den conocimiento de los terrenos, y de escolta si fuere necesaria, para que estén con toda seguridad el tiempo suficientEl á desempeñar su encargo; bajo el concepto de que este Ministerio deseara que V. mismo, si le fuera posible, los acompañara, pues les serian · de mucha utilidad
los conocimie_ntos especiales que V. posee en los te1"renos ·y demas pormenores que expresó én su ·mencionado informe.-Por aüsencia ·del Exmo. Sr.
Ministro.-El Subsecretario de Fomento, Manu'el Otozco y Be1·1·a.-Señor
Subprefecto del Distrito de Huauchinango.
·

AVISOS OFIOIA1ES:

gund'a, el dia 4 del entrante Agosto; y para la tercera, que sera con calidad de remate, el
dia 16 del mismo, todas á lae once de la mañana, en el J nzgado que se halla en el Palacio
de Justicia, calle de la Moneda; advirtiendo que dicha CMa está valuada por los peritos
D. Remigio Sáyago y D. Ventura Alc6rreca en 4,014 pesos.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que se interesen en la
ePpresada casa, ocurran á recibir las iostruccionet1 necesanas.
México, Julio 13 de 1865.-El Escribano público de la Nacion, Joaquin Guzman.
·
457-6a-2
JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUM. 8.
Seminario n(¡m. 8.
Por el presente y á instancia de D. Porfirio Macedo, se cita.á D. Juan Diaz, para qne
por si ó por apoderado con los requisitos de ley, se presente en este Juzgado en el término de ocho dias, contados desde la publicacion del 'presente, á contestar el jnieio verbal
que por pago de pesos le promueve el nominado Macedo; apercibido de sentencia en rebeldía si no comparece.
• México, Julio 11 de 1865.
El Juez 8? mél\or, Lic. Zubiaga.
447- 3a-3
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
México, Junio 30 de 1865.
Este Tribunal ha proveido hoy el auto siguiente:
" México, Junio 30 de 1865.- Por presentado con los documentos que acompaña. Declárase á D. Femando Rodrignez en estado de qniebra, cuya época deberá contarse para
los efectos de que hablan los artículos 781 y siguientes del Código de Comercio, desde el
dia de la fecha del presente auto, salvo lo que despues aparezca: procédase al aseguramien
to de los libros, papeles y demas bienes del deudor, y á la detencion de su correspondencia,
conforme al art. 794 del mismo Código: se nombra síndico administrador á D. Mariano J.
Pnsquel, y judicial al Dr. D. Cárlos Carpio, fijándose á los acreedores el plazo de veinte
dias para que presenten al síndico administrador los justificantes de sus créditos, y publicándose la providencia por medio de edictos y en los periódicos: fórmese el espedieote de
calificacion de la qniebra. Los Sres. Presidente y colegas lo proveyeron y firmaron.-Castillo.-- García.- Abadiano.-Luis Rodríguez y Palacio."
Lo que pongo en conocimiento de los señores acreedores en cumplimiento de lo mandado. •
J. M. Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
448-3a-3
.JUZGADO 4? MENOR.-1~ DE SANTO DOJdINGO NUIL 8.

/

ORDEN.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.
Relacion de los espedientes para cu¡o de8pacho se necesita la presencia de los intereeados en esta oficina.
·
·
·
•
.·
En la Seccion 1~-316, 483, 1,152, 2,539, 2,831 y 2,932. ,
En la Secc.ion 2,-493, 636, 915, 934, 9':!3, 1,142, 1,352, l,768 1,951, 2,501, 2,521,
2,641 y 2,675. .
En la Seccion 4~-918.
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios; si esta comparecencia
no se verifica.
··
México, Julio 18 de 1865.
El AdmioistradOl de bienes nacionalizados,
Ju,m Suarez y Na1Jarro.

ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
AV,ISO AL PUBLICO.

Habiendo sido interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo lll ser conducidos á su destino, con el fin de evitar su circulacion y qoe el público eea sorprendido al adquirirlos, se pone en su conocimiento que los espresados sellos están.marcados con el número 112, cuyo distintivo se da á conocer, para que los que lo contengan no sean admitidos por estar considerados nulos y de niognn valor pnra el objeto á que eran destinados,
pudiendo ser consignado el q1te los posea ante el juez competente para la averiguacion
que corresponde, y se apliqué al culpable el castigo á que es acreedor como defraudador
dé los intereses públicos.
México, Julio 13 de 1865.-Luis 1Je la Pcza.
3a-1

AVISOS JUDIOIALES.
NOTIFICACION.
El Sr. Juez S? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por auto de·to del
que rige, se convoque á los herederos de la Madre Sor María Erigida de San Luis Goozaga Barron, del convento de San Geróuimo de esta ciudad, para que se presenten en sn
Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, á deducir el derecho que tengan a los bienes de
la religiosa intestada, dentro de un mes contado desde la p1·imera publicacioo de eYte avis~; apercibidos de 'lUe les parará el perjuicio que haya lugar en derecho ai no lo verifican.
Lo que hago saber en cumplimientQ de lo mandado.
México, Jttlio 11 de 1865.-José Raz G11zma1i, Escrib~no público.
462-3a-1
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. J osó María.Cordero, ha mandado por auto de doce
del corriente, se proceda á la -venta de la casa número cuatro de la la plazuela de Santo
Tomás y de los enseres de un molino .de aceite y una fábrica de agnardiente que en dicha
casa se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. Francisco Chavero; la finca en la cantidad de ocho mil setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres
de la fábrica y molino en In de dos mil cien pesos; señalando para las alm,ooedaa las mañanas del veinticinco del presente, y cinco y diez y siete del entrante, á las once, siendo
la·última con calidad de remate.
Los enseres de la fabrica y moliuo mencionados, son los signientes: los del molino, una
tahona cuya muela y taza están ,;;iochadas de fierro, con sus. correspondientes palancas
para dos mulas; unit rueda con banda de cuero que da movimiento á nueve ruedas y árboc
les, unos de madera y otros de fierro, y !ID molino de tristurar aceituna.
El aparato de destilacion es de cobre forjado, con tubos de cómuoicncion del mismo
metal, una re~orta de fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete ·grandes.cubas de
madera con cmchos de fie1To, y otra mas grande anexa al aparato de destilacion.
~o que aviso al público en &lt;,mmplimiento de lo mandado,..y para que._las persoOlls que
qmern~ _hacer postura, ocurra!1 a la hora señalada; en conce~to de que las instrucciones
que mm1stmn los autos, ee daran en el despacho del que snscr1be, ubicado en los bajos de
la casa núm. 2 de la calle de la Moneda.
México, Julio 18 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
463-15a-l

Podguorarse el domicilio de D. Augusto Granier, se le cita y emplaza por la presente,
para que en el término de cinco dias, contados desde la primera publicacion de este avi,,
se present.e en este Juzgado á absolver las posiciones que le articulará el Sr. Lic. D. Mar
cos Velazquez Rosas, y reconocer una firma, en el jnicio que le tiene promovido el mismo
letrado; apercibido,de que si no concurre, se darán p(lr absoeltns las posiciones y por reconocida la firma, á su perjuicio, siguiéndose el juicio segun su estado con los est.radoe
del Juzgado.
México, Julio 11 de 1865.-Lic. Poulet.
459-4s-3
JUZGADO 6? MENOR.-COBDOBANES .NUH. 8.
ORDEN.

Ignorándose el paradero de D. José Bringas, por la presente se le cita y emplaza, para
que en el término de ocho_días comparezca en este Juzgado á cont.estar la demanda que
en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D . Pedro Strimatter; apercibido de que si no
se 'presenta, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Julio 8 de 1865.-L Bravo.
440-Bs-7

AVISO IMPORTANTE.
FRACCIONAMIENTO DE LA HAGIENDA DE SAN BARTOLO,
~

SITUADA A INMEDIACIONES DE MORELIA.

La Junta menor del concurso de D. Jnan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le ftteroo concedidas en el convenio general habido entre los mismos el 9 de Agosto del año anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la hacienda de Sao Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
todas las personas que deseen adquirir algnna ó algunas de las porciones de terreno de 111
mencionada hacienda, se sirvan ocurrir á la referida Junta menor, que tiene su radicacion
en esta ciudad, á hacer sus proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
Morelia, ,Junio de 1865.-Lnis lturlfide.-Luis G. Segura.-Luis G. Barrera.
382--40s-30
CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 1? sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D~ Leandra Degollado, ha prevenido en auto Ele siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta dias ocurran á deducirlo por si ó por personas suficientemente autorizadas; bajo el-apercibimiento, si no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
•
En cumplimiento de lo mandado, pongo el presente aviso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s -28

AVISOS PARTIOULARES.
GRAN REMATE
DE LAMPARAS DE KEROSENE,

Para el mártes 18 y miércoles 19 del corriente, á las DOCE EN PUNTO, e1t el Gran Hotfl
de Comisiones, calle de la Perpetua núm. 8, estando {¡, la 1!Ísta el domfogo 16 y lúnes 17.
El que suscribe 1'6matnrá una grao factura de lámparas de Kerosene, candiles, globos,
veladores de papel, mechas, etc., etc., ptr cuenta de una casa importadora de esta corte.
E stos efer,tos, como todos los que se venden en esta'casa, se remataráo real y positi1Ja
mente al mejor postor, y por lo tanto, hasta los comerciantes encontrarán una oportunidad
rarísima para obtener surtidos grandes y de gusto de dichos artículos.
Las ventas son al contado y sin reclamacion, y los objetos rematados deberán sacarse
antes de veinticuatro horas.
México, Julio de 1865.-/gnacio Diaz Triujeque.
443-6s-6

DIVERSIONES PUBLIOAS.

ALMONEDA.
Para procede1· á la venta judicial de la casa núm. 4 de la Portería de Regioa, valuada
p~~ el ~erito D. Antonio de G. Romero en la cantidad de 4,558 pesos, el Sr. Juez 2?.de lo
TEATRO :PRINCIPAL.
ClVII, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se celebre la última almoneda, con calidad de
En In. noche de hoy, á lae ocho eri punto, se pondrá en escena la ,comedia en tres acto~,
remate, la ma~ana del 20 del corriente, á las doce. Y par~ conocimiento del público, y denominada: La corte de los milagros.
,
·
q~e los que qmeran hacer postura se enteren de lae constancias de loe autos relativos, pub~co este anuncio; advirtieode que aquellas se manifestarán en el de~pacho del que suslMPRENTA DE J. M. ANDH.ADE Y F. ESCALANTE,
cribe, ~1tuado ~n 11\ csqnina del Palacio y calle del Arzobispado.
,
México, Julio 12 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
454-3s-3
BAJOS D&amp; SAN AGUSTTN, NUY. l.

f

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Bandos sublevados</name>
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DEL

IMPERIO

DIARIO

r

TOIIO 11.

MEXICO: Jueves 20 de Julio de 1865.

PARTE OFICIAL.

presencia de S. M. la Emperatriz, á quien fué presentado por la señora de Almonte. S. M. se hallaba en la Sala de Audiencias, rodeada de varias de sus Damas de Palacio y de Honor. El Sr. Ministro
tuvo la honra de poner en manos de S. M. las insignias de la Orden
de Santa Isabel.
El Enviado de S. M. Fidelísima fué conducido á su morada en
carruajes de la Corte y con el mismo ceremonial, y tanto á la ida
como á la vuelta, la guardia le hizo los honores correspondientes.

RECEPCION DEL SR, MINISTBO DE PORTUGAL, EN JIISION ESPECIAL, CERCA
DE S. :M. EL DIPElWlOR,

Ayer á las seis y media de la tarde hubo en Palacio un banquete
en honor del Sr. Vizconde de Soto-Mayor, Ministro de Portugal.

SUMARIO.
PARTE OFICIAL.- Recepclon del Sr. Ministro de Portugal.-Circular del Ministerio de Hacienda sobre
gulas para. trasportar efectos de un punto ll. otro.-Otra, sobre pago de derechos Impuestos a la grana yal
añil procedentes de Oajaca,- Cónsul mexicano en Jerusalem.-Cart113 de naturallzaclon concedidas II varios extranjeros.-Resoluclon del Gobierno sobre recusac!on de los miembros del jurado.
PARTE NO OFICIAL.- l11tel'ior.-EI cumpleaños del Empera1lor en Tulanclngo y Yucatan.- Camlno
&lt;le Puebla ñ Perote.-Tranquilida.d pub!lc&amp;.
EeteMoi•. -Noticias de Bélgica y de los Estados-Un!dos.-C11rta S. M. el Shah r1 S. M. el Emperador
Maximlllano.

1

Ayer, á la una de la tarde, fué recibido en audiencia solepme, en
el Palacio de México, por S. M. el Emperador, el Exrilo. Sr. Vizconde de Soto-M!\yor, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de S. M. el Rey de Portugal, en mision especial ctrca de S.M.
el Emperador.
Media hora antes de la señalada para la ceremonia, el Sr. Chambelan de servicio, D. Javier Cervantes, se trasladó en un coche de
la Corte, tirado por cuatro caballos y precedid_o de un picador, á la
morada del Señor Ministro, para conducirle á Palacio.
S. E. f1::1é recibido en lo alto de la escalera por los Secretarios de
las ceremonias, y el gran Maestro de las ceremonias le esperaba en
la puerta de los salones para introducirle. El Seño1· Ministro fué
· presentado á S. M. por el Gran Mariscal de la Corte 'Y Ministro de
la Casa Im·perial.
El Emperador se hallaba en la sala de Iturbide, teniendo á su izquierda al Exmo. Sr. Ministro de Negocios Extranjeros, y rodeado
de las personas de su Casa civil y militar, que estaban de servicio.
El Sr. Vizconde de Soto-Mayor, al presentar ~us . credenciales á
S. M,, pronunció el discurso siguient~:
Señor:
Tengo el honor de entregará V. M. la carta. del Rey mi Augusto Sooerano, que me acredita cerca. dé V.M. como su Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en mision especial, para felicitarlo por sú advenimiento al trono.
El Rey al encargarme d~ esta. alta mision, me ha ordenado e?cazmente
expresar a1 V.M. los muy smceros votos que hace por la prosperidad y la
grandeza. d~l Imperio de Méxi~o. El Rey, q~e _conoce las_ ~Itas cu~lida~es
que os d1st1?g_u.en, ~o duda, Senor, del buen ex1to de la m1s1on providencial
de que
. Aesta1st mvest1
s b do.
. d a ,y M ,
t·
t t'
.
M1 :ugus o o era.no, quenen o ar a . . u.1 par 1cu1ar es 1momo
de la estima.cion que os profesa, y de su afectuoso respeto hácia S. M. la
Emperatriz, se ha dignado encargarme, igualmente, de entregar á V. M. la
Gran Cruz de sus Ordertes militares reunidas, y á S. M. la Emperatriz el
Gran Cordon de Damas nobles de Santa Isabel.
Señor: yo me tendr·é por feliz si V. M. se digna ratificar Ja· eleccion que
el Rey, mi Au~~~to Soberano, _h~ hecho d~ mi persona en ~sta ~ircun,st~nci~
s?lemne, perm1t1endome espern1 su graciosa benevolencia dm ante JJU m1-

......

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION

Al concluir este discurso, el Sr. Vizconde de Soto-Mayor pr~sen-,
t6 á S. M. sus credenciales y lns insignias de las tres Ordenes militares de Portugal.
S. M. el Emperador se dign6 contestar en estos términos:
Sr. Vizconde:
Mucho ·¾crradezco la amabilidad del Rey en haber manda.do tan digno represenl.ante en mision especial, pam felicitarme por Mi advenimien~ al
trono.
·
Tambien os doy gracias por los sentimientos de afecto que Me expresais
en su nombre, los cuales son cordialmente correspondidos por Mí y por la
Emperatriz.
.
La amistad personal que me une con Vuestro Soberano, el interés que ha
demostrado por México, Me hacen doblemente grato la Gran Cruz de sus
Ordenes militares.
Os ruego le aseguréis del sincero aprecio que Me han merecido esa y las
otras pruebas que acaba de darme de su estimacion.

lª

Circular núm. 54.

México, Abril 4 de 1865.

Para que esa Administracion y sus subalternas puedan arreglar
sus procedimientos en los ~sos en que pidiéndose guias para trasportar efectos gravados ó libres de derechos, ho tenga efecto inmediatamente la ~alida de _ellos y se pretenda ampliar las propias guias
ó devolverlas s1 ya no tienen caso, se observarán las prevenciones
siguientes:
Si los indicados documentos no se presentan con la carga que
cubren en la garita de salida eu er término de tres días, contados desde la fecha en que fueron expedidos, tendrán que habilitarse nuevamente en la Administracion, poniéndoles la anotacion de
"Sale hoy. Fecha y firma," -siempre que desde la fecha de la respectiva guia, á la en que se pida la habilitacion, no se cuenten ocho
dias, pues pasando éstos, se devolverá la guia al remitente de los
efectos sin habilitacion alguna, quedando viva su responsiva para
exigirle la tornagufa á su tiempo, y por falta de ésta, el pago de los
correspondientes derechos.
s·1 dentro del propio· térmrno
· d
e ocho dias devuelve algun remitente. la gufa,. ~anifest~ndo _que no sale-la carga por cualquier motivo, se 1~ ad,_mtirá, pomén~ole la nota de "No corrió," y agregándose
á_la o~l~ga~10n de responsiva, la que qued~rá chancelada; pero tanto
la hab1htac10n de la guía como su devoluc1on solo se verificará cuando resulte que los efectos á que se refieran dichos documentos, no
han podido llegar al punto de su destino en los ocho dias indicados·
·
pues respecto de ]os que han t em'do t·1empo suficiente
para ello, se-'
l d'
• 1.
~
•
• •
•
gun. ~ istancia a q~e se halle e~ l_ugai, no se hab¡h~ará la guia m se
adm1tuá su devol_u~10n p~ra_precaver qu~ con un TI?-IBmo do~umento
se hagan dos remlSlones dIStmtas, ó que SI se logró mtroduc1r la car~
ga clandestinamente, con la devolucion de la guia y la chancelacion
de la responsiva, quede consumado el fraude de los derechos.
To_do lo que comunico á V. _para su cumplimiento, y que, con iguales fines lo traslade á sus oficinas subalternas.

SIOU,

I

NlJI. 166.

El Subsecretario de Hacienda,

Fél~x Campillo.

Señor Administrador principal de rentas de. . . •
S&amp;CCIGN

Circular núm. 82.

,

1~
México, ,Julio 18 de 1865.

Con el objeto de evitar que la grana y e' añil procedentes del
Departamento de Oajaca, ~-aporten un doble pago de impuestos,
prevengo á vd. que cuando en esa oficina ó en sus subalternas se
presente cualquiera partida de aquellos efectos, con procedencia del
citado Departamento, no se le cobre el derecho de alcabala señalado en la tarifa respectiva, siempre que en la guía 6 pase conste haber quedado pagado al tiempo de la extraccion el derecho que á la
grana impuso el decreto de 10 de Agosto de 1860, y el que señaló
al añil el de 3 de Diciembre de 1862; cuya anotacion, que deberá
sec autorizada con la firma del Administrador ó Receptor, y el sello
Concluida la ceremonia, S. M. se dignó conversar un rato con el de la oficina, deberá. contener la expresion de la cantidad que se coSr. Vizconde de Soto-Mayor, y en seguida fué S. E. conducido á la bró por derechos, y Ja foj a del libro en que se cargó la partida,

�•

constando ademas en la gu·ía ó pase el cumpiido de la garita, s1 la Por mi part~, Exmo. Sr., he tenido momentos de conmocion, graduando
por•mis propios sentimientos los que he visto reflejá.rse en los semblantes de
hubiere en el punto por donde se verificó la salida.
dos concurrentes, quedando tanto mas agradecido, porqué las demostraciones
Lo que comunico á. vd. para los efectos correspondientes.
han sido ,verdaderamente espontáneas.
El Subsecretario de Hacienda,

Félix Campillo.

Sr. Administrador principal de rentas del Departamento de ....
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
México, Julio de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien nombrar al Sr. D. Pedro Haro
Cónsul general en Jerusalem.
El Encargado de la Seccion d Consulados,

Ignacio María de lea.za.
México, Julio 18 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á,bien conceder cartas de naturalizacion como mexicanos, á. D. Fra1rcisco Larrea, D. José Monasterio,
D. Juah Landavura, D. Luis de Stein, D. Oton V. Sobbe, D. Jorge
Simpson, D. Jorge .Wallace y D. Francisco Chelo, en virtud de sus
solicitudes relativas y renuncia de su nacionalidad, española de los
tres primeros, francesa del cuarto, alemana del quinto, inglesa del
sesto y sétimo, é italiana del último.
El Gafe.de la Seccion de Cancillería,

1

J. H. Manero.

JtlINISTERIO DE GOBERNACION.
SECClON

2ª
México, Julio 16 de 1865.

En contestacion al oficio de V. S., fecha 8 del corriente, en. que
trascribe el de la Subprefectura de Tepeaca, consultando si los miembros del jurado son recusables, y cómo deberán suplirse sus faltas,
debo decir á V. S. que el Gobierno de S. M. ha tenido á bien resolver lo siguiente. Cada reo presunto puede recusar sin causa, •por
una sola vez, á la mayoi;ía del jurado, y las recusaciones ulteriores
solo podrán hacerse coQ éausa justificada, conforme al derecho comun. Para sustituir á los miembros recusados llamará. la autoridad
política á alguno ó algunos de los capitulares del Ayuntamiento que
actualmente funcione ó de los Ayuntamientos anteriores por su órden.
El Ministro de Gobernacion,
ESTEVA.

Sr. Prefecto del Departamento de Puebla.

PARTE NO OFICIAL.
1NTERIOR.
EL CUMPLEAÑOS DEL EMPEBADOR.
TULANCINGO.

Ministerio de Gobernacion.-Prefectura· superior del Departamento de
Tulancingo.-Número 261.-Tulancingo, Julio 6 de 1865.-Exmo. Sr.Las autoridades y vecinos de esta capital han demostrado una vez mas en
este día sus sinceras antiguas afecciones por el Pr¡noipe ilustre que rige los
destinos de nuestra muy amada patria. Anticipadamente se preparaban lle
nas de júbilo para.solemnizar debidamente el natalicio de S. M., y he visto
muy satisfactoriamente desde ayer que diferentes vecinos engalanaban sus
casas con vistosas colgaduras y con el retrato del Emperador. La madrugada de este fausto día fué saludada con repique á vuelo en la Catedral y .demas iglesias de esta capital, armonizándose con la 'salva de artillería y los
numerosos cohetes que poblaban el aire.
A las ocho de la mañana las autoridades política, municipal-, militar é indicia!, formando comitiva, hemos concurrido á la Misa de Gracias, despues
de la que fué cantado un solemne Te Deum. En seguida nos trasladamos á
las casas consistoriales, y en ellas he recibido del ilustre .Ayuntamiento, del
señor Comandante militar superior del Departamento, del señor Juez de
letras, del Consejo de Gobierno, Jueces de paz, Administrador de rentas, del
de Correos, Presidente de fa Corte Marcial y demas empleado~, las mas cordiales felicitaciones para nuestro Soberano; que bien demuestran el justo y
merecido apreció de que se ha hecho digno. A los presos de la cárcel se les
ha servido una comida, regular en cuanto ha sido posible, formando yo mismo parte de los servidores, que tambien lo han sido las demas autoridades
y algunos vecinos. La fuérza austriaca de caballería al mando de su Comandante, ha demostrado en un simulacro verificado en terrenos do la hacienda
de San Francisco, inmediata á esta poblacion; que sabe aprovecharse de sus
diarios ejercicios; y la oficialidad ha ostentado su agilidad en las carreras y
dificiles saltos, comprobando de mil diferentes maneras que están orgullosos
de servir á un Príncipe grande y virtuosp.
Un paseo en las Hortalizas, en la tarde, ha realzado las anteriores demostraciones de alegría, haciéndolo mas interesante y ameno la concurrencia de
los jóvenes de ambos sexos, entre los que se encuentran niños inocentes que
victoreaban con sincero entusiasmo á S. M. Maximiliano y á nuestra muy
amada Emperatriz. A la hora en que despacho la presente, se advierten los
grupos entusiastas que se dirigen, en medio de una animada iluminacion, á
presenciar los fuegos de artificio dispuestos por la fuerza austriaca, y un baile selecto s~uirá dando término á los acontecimientós de dia tan plausible.

entre Mérida y Sisal la buena nueva de Su venida á visitar esta Península;
y que trasmitirá, no lo dudeis, noticias siempre de paz en el Imperio, la llegada de colonos á nuestras costas y la actividad de un comercio floreciente
en vuestros puertos; sí, en vuestros puertos, porque t¡i.l llegará á ser la
prosperidad de la Península bajo el Imperio, que afluirán de todas partes
del globo inulti~ud de embarcaciones á Sisal, Campeche, Bacalar y diferentes puntos de las costas, y á todos ellos trasmitirá vúestras órdene~•el telégrafo.
•
"Repitamos, señores, y no nos cansemos de repetir con la voz y mas con
el corazon, que ¡viva nuestro amado Emperador Maximiliano!"
En seguida colocó S. E. el primer poste con su resplandeciente aislador
de vidrio verde en la punta, por donde debe pasar el hilo metálico que ha
de correr entre esta capital y el puerto de Sisal.
.
Aquí se repitieron los víctores á. S. M. el Emperador y al Exmo. Sr. Comisario, y, resop.ó tambien en el aire el alegre nombre de S. M. la Emperatriz.
Tanto despues de la 'inauguracion del pozo a1-tesiano, cuanto de la del telégrafo electro-magnético, se sir,vió á los concurrentes un abundante ambigú, en los sitios destinados para este objeto.
En esté estado, otra salva y otro repique á vuele\ anunciaron á la ciudad
que era eJlmedio dia.
No debemos omitir el nombre del ingeniero director de ambas obras: es
el Sr. D. Manuel Rivera, mexicano.
El Sr. coronel D. José M. Adalid, como Prefecto político del Departamento, en nombre de éste; el Sr. Dr. D. Antonio Mediz, representan~o al
poder judicittl; y los señores concejales D. Angel A. Toledo, D. Anselmo
Duarte y D. Estéban· Martinez, por el ip.unicipio de Mérida, felicitaron en
su casa .al Exmo. Sr. Comisario Imperial, con-motivo de los memorables
sucesos que acabamos de referir; pero sobre todo, por el grande objeto á
que han sido consagrados.
S. E. el Sr. Comisario Imperial, queriendo que la tropa tuviese parte en
su liberalidad, mandó socorrer con un d.ia de pagá, sobre sus haberes corrientes y hasta anticipados, á todos los .heróicos y sufridos militares que cubren nuestras líneas de..defensa, y en general á todos los de la Peníusula.
Al ponerse el sol, una tercera salva y un tercer repique á vuelo, vibraron
en los oidos de todos.
Subamos ahora á las altas regiones del poder.
Convidadas por S. E. el Sr. Comisario Imperial y su aprecia..bilísima
esposa la Sra-. Dª Julia Campillo, varias personas notables de la ciudad, de
ambos sexos, para una comida en la tarde y una tertulia en la noche, celebráronse ambas con la mayor suntuosidad.
Ricos y variados manjares, vinos de exquisita clase, todas las frutas del
tiempo y delicados dulces, coronaron las mesas del banquete: todo fué en
este cordialidad, circunspeccion y finura: cruzáronse pocos, pero expresivos
brindis, porque S. E. no gusta mucho de palabras: hechos y no mas que hechos, conmueven su sensible corazon.
Una armoniosa música tocaba á intervalos.
De las mesas pasóse, á eso de las ocho de la noche, á los salones de la
.tertulia, que estaban profusamente iluminados de gas: la concurrencia, tanto
de señoras cuanto de caballeros, se aumentó de una manera considerable, en
razon de que para esta fué mayor el número de convidados.
·
·
Ex&lt;:msado es decir que desde esa hora hasta las doce de la noche, en que
todo concluyó, pagóse tributo á Terpsícore. No debia esperarse otra cosa
de una sociedad elegante, lucida y animada.
Hemos concluido con las cosas de la tierra: vivan SS. MM. II.: vivan el
Exmo. Sr. Comisario y !'\Udignísima esposa.
Elev-émonos ahora hasta el cielo.
"
¡Rey de reyes y Señor de señores! Dignao.s bendecir y coronar las obras
que ayer bajo vuestros soberanos auspicios han sido inauguradas; pero á este fin, mandad que cese el azote de la guerra de castas que hace años nos
aflige. Vos castigais como juez, pero perdonais como padre: cubrid con el
velo de vuestra clemencia nuestros extravíos pasados; y no vuelvan á mezclarse en vuestros templos con los alegres himnos de accion de gracias que
os dirigimos, las tristes endechas de los funerales de nuestros compatriotas
muertos en defensa de la religion y del Estado.

Dígnese V. E., si á bien lo tiene, dar conocimiento á S. M., asegurándole
que siempre aclamaremos al Todopoderoso para que aume•te y conserve
llenos de salud y felicidad sus preciosos días, y que le prodigue la paciencia
y resighacion necesarias para llevar á cabo la obra de Tegeneracion que ha
emprendido, seguro de que nuestros venideros y gene.raciones lo aclamarán
llenos de gratitud, bendiciendo su nombre.
Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior, A. Ricoy.
Es copia. México, Julio 12 de 1865.-El Subsecretario del Despacho de
Gobernacion, Francisco J. Villa.lobos._

Tomamos lo siguiente del Periódico oficial de Yucatan, fecha 7
del corriente:
La plaza de la Independencia, vistosamente iluminada, y tambien lQs edificios públicos y particulares de esta capital, anunciaron la noche del 5 del
corriente, que era víspera de una gran solemnidad: esta solemnidad era nada menos que el aniversario del nacimiento de S. M. el Emperador de México, cuya vida guarde Dios muchos años para bien de sus pueblos.
A pesar de la incesante lluvia de la tarde, que dejó el piso en malísimo
estado y el aire saturado de humedad, 1~ concurrencia fué numerosa: 1Ílegres músicas y fragantes flores deleitaban el oído, el olfato y la vista de los
espectadores; y la luna medio velada contribuía á imprimir al sitio un a;,ipecto solemne y misterioso.
Algunos fuegos de artificio daban mayor retlce á la reunion.
.Al rayar el dia 6, una salva doble de ar¡illería y el repique á vuelo de
todas las campanas, despertaron á la poblacion, y le recordaron que tenia
que dar gracias á Dios por un suceso remarcable. ¡Oh incomprensibles decretos del Altísimo! iQuién había de prever que el nacimiento de un niño
el 6 de Julio de 1832, allá en el palacio de Schrembrunn, ubicado en los
confines de h corte de Viena, había de influir tan poderosamente en los
destinos de México1
iSerá·esto casual1 tSerá obra de los hombres1
•
A las ocho y media de la mañana se reuni·eron en el palacio del Exmo.
Sr. Comisario Imperial de la Penínsul~, D. José Salazar Ilarregui, las autoridades y corporaciones, y los empleados políticos, militares y de hacienda,
y presidido\ todos por S. E. se dirigieron á la Santa Iglesia Catedral, en la
que se cantó un solemne Te-Deum en accion de gracias al Todopoderoso,
por el nacimiento y conservacion de la importante vida de S. M. I.
El templo estaba adornado é iluminado con sencillez, pero con gusto. ¡Oh
asilo santo del Dios vivo, eón qué. piadoso recogimiento se postró la comitiva en tu vasto pavimento!
En los balcones y ventanas de la ciudad ondeaban vistosas colgaduras '
distinguiéndose entre todos los edificios el palacio del Exmo. Sr. Comisari~
Imperial, el de la Prefectura política y ~1 del municipio. El !!seudo y el pabellon nacional ostentaban por doquier sus alegres colores. Mil flámulas y
gallardetes, y graciosos óvalos con la inicial del nombre de S. M. l., embellecían la plaza de la Independencia, y las de San Juan y Santiago.
A las diez y media en punto se hallaba henchida de lujosos carruajes y de
personas de ambos sexos la plata de San Juan: el sonido del cañon y los
armoniosos ecos de la música del batallon Fijo de Yucatan, animaban la
concurrencia.
_
El Exmo. Sr. Comisario Imperial, con visibles muestras de emocion, dirigiéndose á los circunst~ntes, dijo lo siguiente:
"Yucatecos:
"El Dios de Israel existe: es el nuestro, y esperemos llenos de fe, en que
así como en los siglo~ pasados hizo brotar agua de una roca en el desierto
hará aquí con su misma Omnipotencia, que de la profündidad de la tierr~
salte el líquido de vida por este conducto ó pozo artesiano, q.ie comienzo á
abrir en vuestra preséncia.
'
r
"Que trasmJtais á vuestros descendientes todos los años, el 6 de Julio
dia que será siempre solemne para vosotros y para ellos, la memoria d~
que hubo aquí un Comisario Imperial que, gobernando en paz, procuró en
cuanto pudo cumplir con las órdenes mas terminantes que S.M. el Emperador
Maximiliano le diera al mandarlo á esta Península, diciéndole: "Id . á pro" porcionar á los yucatecos la paz y cuantos bienes son consiguientes: id á
1
' poner en práctica entre ellos los votos de mi corazon para todos lvs me" xicanos."
·
"Y vd., señor ingeniero, cuya capacidad, instruccion y actividad me son
conocidas, ayudad á la voluntad de Dios, dirigiendo esta obra con toda la
eficacia de esas dotes; y gritad por ahora conmigo, y vosotros, señores gritad tambien todos con la mayor efusion: ¡Viva nuestro amado Empe;ador
Maximiliano!"
En seguida, aCf,rcándosé S. E. al aparato cient'úico que se colocó hace
dias en el lugar conveniente, di6 tres golpes de taladrQ para la perforacion
del primer pozo saltante que ha de verse en esta Penínsul~, en memoria del
cumpleaños de S. M. el Emperador de México.
Alegres vivas á S. M. y á su digno representante entre nosotros, sucedierqn á este .acto nuevo y conmovedor.
Trasladado el inmenso gentío á la plaza de Santiago, la detonacion del
cañon y la música marcial, anunciaron una nueva inauguracion, no menos
importante que la precedente: la colocacion del primer telégi·afo electromagnético en nuestra Penín81fla, en M,moria tambien del cumpleaños de S.
M. el Emperador.
El Exmo. Sr. Comisario Imperial, con la misma emocion que antes, dijo:
"Yucatecos:
"Grato, muy grato será á S. M. el Emperador de México, saber que en
este dia en que celebramos su cumpleaños, hemos agregado á la alegría y
fiesta general, la inauguracion de dos Iffiljoras necesarias para Yucatan.
Acabamos de comenzar la apertura de un pozo artesiano, y voy ahora á poner el primer poste por donde ha de pasar el hilo metálico que trasmita

71

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

70

1

1

•

El Sr. Ministro de la Guerra, baron de Chaza! y su familia, habian' ordenado este servicio fúnebre, en el cuc.l &lt;1fició el Sr. Verhoustraeten, cura de
la iglesia colegial, ,dean del Distrito de !lruselas, asistido por un clero numeroso.
'
La afluencia de asistentes, civiles y militares, era verdaderamente extraordinari:i.; la multitud refluía hasta en la plaza contigua á la igl~sia.
La decoracion funeraria era imponente. El coro y la 01:ujía estaban enteramente cubiertos de negro. El altar mayor estaba superado pot· un dosel
de vastas proporciones, lo mismo que el catafa1co que se elevaba en el centro de la iglesia. Pirámides de luces y un gran número de cirio.s que ardían
por todas partes, completaban la decoraoion y trasformaban la mitad del
templo en capilla ardiente.
El catafalco, que se elevaba bajo las bóvedas de la crujía, cm,:onado por
un cenotafio de ropajes blancos, tenia dos. cojines de raso del mismo color; /
el uno con una triple corona de flores, y el otro con una espada y su vaina
cruzándose, con cuatro coronas de laurel mezcladas con hojas de oro.
Desde las diez y media la multitud empezó á invadir el vasto templo.
Vióse llegar sucesivamente en cuerpo á los oficiales pensionados en disponibilidad y en actividad de toda la guarnicion; diputaciones de cuerpos
dk oficiales de di versos regimientos de guarnicion en las provincias; los
generales residentes en la capital y en algunos puntos inmedit}tos; el personal ~el Ministerio de la Guerra y muchos empleados de otros Departamentos, suboficiales y soldado~ de la guarnicion; en fin, ciudadanos pertenecientes á todas las clases de la sociedad.
Tres carruajes de la Corte condujeron á'las p~rsonas de la Casa Real, encargadas de representarla oficialmente: los Sres. teniente general Du Pont;
ayudante de campo del Rey, antiguo Ministro de la Guerra; general Frison,
ayudante de campo del Duque·de-Bravante; teniente coronel Burnell, ayu~ante de campo del conde de Flandes, y oficial de ordenanza del Rey; el ter,iente coronel ayudante de campo, tesorero del Duque de Bravante, y muqros oficiales de ordenanza.
Venian en seguida vestidos de paisanos, el Mariscal de Palacio, Conde
Van der Straeten-Ponthoz; el Sr. Julio Van Praet, Ministro de la Casa del
Rey, y otras personas de la Casa civil de S. M. y de SS. AA. RR.
Estaban presentes en la ceremonia muchos miembros del Cuerpo Diplomático, entre otros los Ministros de México y de Austria, como tambien el
Sr. Rogier, Ministro de Negocios Extranjeros.
En las gradas, al lado del Evangelio, se colocaron los Sres. teniente general baron Chaza!, Ministro de la Guerra y sus tres hijos, los barones Gustavo Chazal, capitan oficial de ordenanza del Rey; Adolfo Chazal, teniente
~n el regimiento de Guías, y Alejo Chaza!, subteniente en el cuerpo de Est,ado Mayor.
Los ayudantes de campo del Ministro se colocaron tambien en el gran
coro, donde vimos igualmente al Canónigo Mr. de Haerne y á otro~iembros de la legislatura; al Sr. Leclercq, procurador general en el tribunal de
casacion, y á otras muchas notabilidades.
•
Al ofertorio, que duró tres cuartos dthora, el Dies irce fué cantado por
~l Maestro de capilla, Mr. Fischer, acompañado de los coros, produciendo
una emocion profunda.
La misa de difuntos se dijo en canto gregoriano.
No debemos dejar de citar entre los asistentes, gran número de hombres
~e la revolucion de 1830, de otros condecorados con la Cruz de Hierro y
heridos de Setiembre, extranjeros de diferentes naciones, residentes en Bruselas; señoras pertenecientes á nuestra.alta sociedad, vestidas de luto, funcionarios de la administracion comunal, &amp;c.
' Eran mas de las doce y media cuando terminó la ceremonia.

. El mismo periódico, en su número de 13 de J ?nio, dice lo que
,1gue:

Ayer se celebraron unas solemnes exequias en la iglesia colegial de San
Miguel y San Gudul, por el Sr. Capitan Delannoy, uno de los bravos oficiales belgas que sucumbieron heróicamente en el sangriento combate ~e T~pámbaro.
La asistencia fué numerosa. Ademas de los miembros de la familia, veían§.e en el coro, la crujía y la nave principal, al Sr. Teniente general baron
Chazal, Ministro de la Guerra, vestido de paisano, á los hijos del Ministro,
á
los miembros de las cámaras legislativas y á muchos altos funcionarios,
CAIUlfOS.
magistrados del órden judicial, muchos oficiales de todos grados pertenecienMinisterio de Fomento.-Direccion del camino de Puebla á Perote.- tes á las diversas arn;i.as, oficiales pensionados, &amp;c.
Puebla, Julio 17 de 1865.-Tengo el honor de participará V. S. que hoy ha
El Ministro de México y los miembros de la Legacion y del consulado de
quedado establecida una cuadrilla de 25 hombres en el camino de Cholula, y aquel país, y otras notabilidades, ocupaban tambien lugares reservados en el
espero que muy pronto estarán repuestos los malos pasos de este trar.no, á coro.
pesar de la estacion y de la escasez de operarios por este rumbo.
La decoracion fúnebre del coro y del altar mayor era muy sencilla. Sobre
Con tal motivo reitero á V. S. las protestas de mi profundo respeto.
el catafalco, que estaba cubierto de un paño hlanco, había coronas de laurel
;El Director, José Joaquín .Arriaga.--Sr. D. Manuel Orozco, Subsecreta- y de siemprevivas.
rio de Fomento.-México.
Es copia. México, Julio 18 de 1865.-El Subsecretario de Fomento, MaNew-York, 24 de Junio.
mtel Orozco.
'
El Presidente de los Estados-Unidos ha expedido un decreto, en el cual
TRANQUILIDAD PU]ijJCA.

Los señores Prefectos políticos de los Departamentos de Puebla y Querétaro, han participado recientemente al Gobierno de S. M. que no ha sido
alterada la tranquilidad en sus demarcaciones respectivas.
EXTERIOR.

\

,·

L'Ind,ependence Belge dice lo siguiente en sú número de 3 de Ju~

nio último:
Ayer, á. las once, se celebrar.on solemnemente en la iglesia colegial de San
Miguel y San Gudul, unas exequias por el Sr. baron Ernesto Chazal, capítan ayudante mayor en el regimiento Emperatriz Carlota, muerto heróicamente en el combate de Tacámbnro, el 11 de Abril último.

se dispone que desde el 1~ de Julio estarán abiertos al comercio extranjero
los puertos situados al Oeste del Mississippi.

-----

CARTA DE S. 14, EL S;HAR _A S. M. EL EMPERADOR.

Ayer se publicó la narracion de lo ocurrido en el recibimiento
hecho por el Gran Sultan á. nuestro Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario cerca de la Sublime Puerta, segun las noticias oficiales que ha comunicado al Gobierno Imperial el mismo Sr.
general Má.rquez.
·
Ahora damos á luz la traduccion de la carta que S. M. el Shah de
Persia dirigió á nuestro augusto Soberano, en respuesta á la en que
le participó su advenimiento al trono de México. El retardo con
que se da á luz, depende de la demora que ha sufrido en la embajada de Persia en Paris, para ser traducida del original al frances.

�72

DIARIO DEL IMPERIO.

Despues de las fórmulas de costumbre, que consisten en la accion
.de gracias al Todopoderoso y en las alabanzas á los Profetas, cuyo
número es infinito, la carta comienza así:
Altísimo, poder~sísimo, magnanimísimo y honradísimo Príncipe~· M. Maximiliano, Emperador de México. - Nuestro querido y perfecto am1go.-He
recibido la carta amistosa que V.M. ha tenido á bien dirigirme, para ::munciarme su elevacion á la dignidad de Emperador del Imperio de México.
Al recibir esta noticia, he experimentado una alegría indecible, y en atencion á los sentimientos de amistad de que estoy animado hácia V.M. aprovecho esta ocasion para presentaros mis mas sin~ros cumplimientos, y deciros que vuestro advenimiento al trono de México, tan merecido por vuestro nacimiento y altas cualidades, ha llenado mi corazon de gozo y alegría.
Esfero q,ue la_persona de V.M. será rodeada siempre de la dignidad imperia de que está investida, y que las relaciones tan felizmente comenzadas
entre nosotros, se aumentarán de dia en &lt;lia, permitiéndonos disfrutar de
sus ventajas. ·
Hecho en Tehéran, en el mes de Cheival, 1,281 del año de la Egira.
Por la traduccion, conforme.-El primer secretario intérprete de 1a legacion de Persia en Paris, Nazare Aga..

·

CONVOCATOBU,

El Sr. Juez 1\' sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D~. Leandrn Degollado, ha prevenido en auto de siete del presente, que s~ convoque por.edi~tos Y
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho á los bienes del referido mtes
tado, á fin de que dentro de sesenta ~i~s ?curral'! íí deduci_rl? por si ó por personas !uficientemente autorizadas; bajo el nperc1b1_m1ento, s1 no lo b1c1eren, de que les parara el
pe1juicio á.que hubiere lugar.
.
,
..
Bn cumplimiento de lo mandado, pongo el pre~ente a~1so par~ que llegue a not!c1a•de
quienes importe, en G_unnaju~toi á nueve de ~umo de mil ochocientos sesenta Y mnco.
Miguel Herrera, Escnb1mo publico de la Nac10n.
390-60s -29
JUZGADO
6~ MENOB.-CORDOBANES NU:M, 8.
;
ORDEN,

Iguorándose el paradero de D. José Bringas, por la. presente se le cita y emplaza, para
que en el término de ocho dina comparezca en este Juz~ado á con~es~r.la demanda _que
en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Pedro Strllllatter; aperc1b1do de que s1 no
se presenta, se seguirá el juicio en sú ausencia y rebeldía.
México, Julio 8 de 1865.-1. Bra'Do.
440-8s-8
JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO.

En los autos del intestado de D. Felipe Ortega, el S:· Juez de 1~ ins?ln~i11deestePar
tido qtte conoce de ellos, ha mandado se publiquen avisos por los pen6dicos, para que
los que se crean con derecho á los bienes del referido intestado, se presenten en este Juzgado·de11tro del término de treinta dias á deducirlo en forma; apercibidos de lo que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en Texcoco, á 11 de Julio de 1865.
El Secretario del Juzgado, Lic. Francisco de P. Olvera.
452-4a-3_
JUZGADO 59 DE LO Cn'IL.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.
Habiéndose denunciado en este Juzgado el intestado de la Sra. D~ Fran~isc!l Sa_!1ta.Relacion de los espedientes para cuyo despacho se necesita la presencia de los intere- Anna; el Sr. Juez, Lic. D. Jorge Perea, ha mandado se convoque por los penódico~ a las
eados en esta oficina.
personas que se crean cen derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para que
En la Seccion l~-316, 483, 1,152, 2,539 y 2,831.
dentro de treinta dias se presenten á deducirlo¡ apercibidas de que si no lo verifican en el
En In Seccion 2~-493, 636,_915, 934, 983, 1,142, 1,352, 1,768 1,951, 2,501, 2,521, término espresado, se tendrá por renunciado.
2,641, 2,675 y 3,297.
·
En cumplimiento de lo mandado y para los efectos espresados, pongo el p¡esente, que
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro á estos negocios, si esta comparecencia surtirá los de citacion en forma, en México á veintisiete de Junio de mil ocll'ocientos se·
no se verifica.
senta y cinco.-Pedro Cand, Escribano público.
453-3a-3
Nota.-La persona interesada en el despacho del iispediente núm. 918 por la casa núTRIBUNAL DE CO:rir:EBCIO DE Jd'.EXICO.
mero 1 d~I callejon del Puente de Juán Carbonero, se presentará en esta Administracion
dentro del término de tres dias para la práctica de algunas diligeneias.
México, Juliol14 de 1865.
México, Julio 19 de 1865.
En los autos que ante este Tribunal sigue D. Benito García. contra D. Sebastian LóEl Administrador de bienes·nacionalizados,
pez, se encuentra un decreto qne 6, la letra dice:
, .
,
Ju.in Suarez y Na!!arro.
" Por presentado con el documento que acompaña y rubricará la Secretaría. Cítese por
los periódicos á D. Sebastian López, para que dentro de ocho dias, contados desde la priADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
mera publicacion, se presente en este Tribunal en cualquiera dia útil, de doce á cuatro de
la taTde, para reconocer la firma puesta con sn nombre en un documento exhibido por D.
México, Julio 19 de 186.5.
De órden de S. M. el Emperador se suspende el remate de la casa situada en la esqui- Benito García; apercibido de que si no lo verifica, le parará el perjuicio qne haya lugar.
na de las calles de Santa Catalina de Sena y Encarnacion, anunciado para el 24 del pre- El Sr. Presidente lo proveyó y firmó.-Castillo.- J, M. Cardeña, Oficial 2?"
En cumplimiento de lo mandado se espide el presente.-J. M. Cardeña, Oficial 29 en
sente.
carga'1.o de la Secretaría.
455-3a-3
El Administrador de bienes nacionalizados,
4a-l
Jua11 Suarez y Navarro.
JUZGADO 39 DE LO .CIVIL.
Ignorándose la babitacion de D. Antonino Cubas, por el presente se le cita para que concurra á este Juzgado, situado en el Palacio de Justicia, el dia veintiuno del corriente, á
las doce, á contestar la demanda que en juicio vorbal, sobro pesos, le promueve el Lic. D.
José María Sanroman; apercibido que de no hacerlo, se dará por contestada dicha deJUZGADO 5? MENOR.-1~ MONTERLLA NUM. 7.
manda, quedando entendido, ademas, que de pedimento del mismo act-or, este Juzgado,
En el juicio que sigue D. Teodol'O Gou~aud contra Mr. Raimon de Breuil, he pronun- por via de providencia precautoria, ha maBaado retener á D. Luis Gomez, comerciante
ciado la sentencia que e11 su parte resolutiva dice:-" fallo: que Mr. Raimon de Breuil de esta plaza, la suma de 120 pesos, de la que tiene an en poder perteneciente al propio
pague dentro de ocho dias á D. Teodoro Gon~aud la cantidad demandada de treinta y cin- D. Antonino Cubas.
co pesos, y los gastos legales¡ apercibido de eJecucion si no lo verifica." Lo que se hac~
México, Julio 12 de 1865.- Urbano Morali, Escribano público.
456-3a-3
saber por el presente al demandado.
- - - - - - - - - - - - -- - - -- -- ·-·
México, Julio 12 de 1865. ,
NOTlFICACION,
El Juez 5? mi nor, Lic. Lahat.
464-2a- 1
El Sr. Juez 39 de lo civil, Lle. D. José María Cordero, ha mandado por auto de 7 del
que rige, se haga saber á las personas que se presentaron como interesadas en el fidt;licoTRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
miso de D. Bartolomé Ruiz de Morales y no han designado sus casas, ni han vuelto por
México, Julio 18 de 1865.
lo mismo á saber las determinaciones del J nzgado, que quedan abiertos los respectivos in
No habiendo podido tener verificativo la junta mandada citar por auto de 23 de Junio cidentes á prueba por trointa dias improrogab1es, contados desde la primer¡¡ pu.blicacion
próximo pasado, par,a el exámen y reconocimiento de créditos de los acreedores al con- de este aviso; entendidos que si dentro de ese Mrmino no jnstifican su entroncamiento con
curso á bienes de D/ Vicente Castillo, á peticion ·del síndico de dicho concurso, este Tri- el fundador, no serán considerados como parte en el prorateo que deberá hacer11e del sobunal, en auto de hoy, ha mandado se cite nuevamente ájunta general para aquel mismo brante que quedó en el concurso á bienes del reiterado fideicomiso.
objeto, la que tendrá lugar en la audiencia del viérnes veintiuno del corriente, á la una de
Y en cumplimiento de lo mando, pongo el presente en México, á 11 de Julio de 1865.la tarde, haciéndose la citacion en los términos prevenidos en el art. 770 del Código José Raz G1izma11, Escribano público.
441-3a-3
1
hC~nciL
Lo que pongo en conocimiento de los señores acreedores en cumplimiento de lo manTRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
dado.-J. M. Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
465-1
En el juicio verbal que siguen los Sres. Ponton hermanos contra D. Leonardo Laredo,
este Tribunal, en acuerdo de diez del que cursa, mandó citar á las partes para sentencia,
JUZGADO 3? :QE LO CIVIL.
y que la citacion del demandado se haga poT medio de los.periódicos.
El Sr. Juez 39 de lo civil, Lic. D. José María. Cordero, ha mandado que se proceda á
Lo que hago sabor por el presente en cumplimiento de lo mandado.
la venta de la casa núm. 3 d.e la segunda calle del Sapo,de esta ciudad, retasada por el
México, Julio 12 de 1865.-J. M. Cardeña, Oficial 2° encargado de la Secretaría.
perito D. Manuel Rincon en la cantidad do 4,536 pesos 82 centavo!li señalando para la al458-3s-3
moneda con calidad de remate, la mañana.del dia 28 del presente Julio, á las once, en su
Juzgado, situado en el Palacio de J nsticia.
Lo que ponfo en conocimiento del público, para que la persona que quiera hacer postura, ocurra a Juzgado,-donde se le darán·las instrucciones necesarias.
México, Julio 17 de 1865.-Antonio Landgrave, Escribano público.
466- 3a-l

AVISOS OFICIALES.

AVISOS JUDICIALES.

'

AVISOS PARTICULARES.

JUZGADO 4? MENOR.-1'!- DE SANTO DOMINGO NUM. 8.

AVISO.

ORDEN.

C?n D. Ign!'-cio Bern~l tuve vari~s n~goci?s, por los cual~s me _qu~dó adeudando una
cantidad de dinero, habiendo fallecido este sm haber conclwdo la liqwdacion por capital
y réditos; ha fallecidq tambien uno de los albaceas del Sr. Berna!, y como se me haya ase-gurado que se trata de enajenar los bienes de éste, me veo en el caso de protestar contra
semejante enajenacion, y de que be de perseguirlos, sea cual fuere Ja persona que los posea, hasta ser íntegramente pagado de fo que se me debe.
México, Julio 7 de 1865.-Julian Gonzalez.
434-8a-4

Por ignorarse el domicilio.do D. Augusto Granicr, se lo cita y emplaza por la presente,
para que e11 el término de cinco dias, contados desde la primera publicaéion dti este aviso,
se presente en este Juzgado á absolver las posiciones que le articulará. el Sr. Lic. D. Már
.coa Velazque:t Rosas, y reconocer una firma, en el juicio que le tiene promovido el mismo
letrado¡ apercibido de que si no concurre, se darán por absueltas las posiciones y por reconocida la firma, ÍI su perjuicio, siguiéndose el juicio segun su· csbtdo con los estrados
del Juzgado.
,
México, Julio 11 do 1865.-Lic. Poulet.
459-4.s-4

AVISO IMPORTANTE.
FRACCIONAMIENTO DE LA HAeIENDA DE SAN BARTOLO,
&amp;lTUADA A"INMEOfACIONES DE l'ttORELIA.

SEGUROS CbNTRA INCENDIOS.

..

CoMPAf:IA DE SEGUROS DE GLADDACH,

Capital de fondo .•••••••••• -~.... 3.000,000 pesos prusianos,

La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gofi\ez, en cumplimiento del encarga
CoirPAÑIA OE SEGUROS D:E BASILEA (BABEL).
que por los acreedores del mismo Te fué hecho, y con arreglo á las facultades que le fueCapital
de fondo. .. .. . . •• • • • . • •• • • • • • • • 10.000,000 francos,
ron concedidas en el convenio general habido entre los mi~mos el 9 de Agosto del año anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la hacienda de San Bartolo y procurar la venta do las fracciones en el modo y términos que
Se as~guran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes
fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita á
necesnr,os para los que gusten nsegnrarse, en-la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,
todas las personas que deseen adquirir alguna ó algunas de las porciones de terreno de la calle
de Sa11 Bernardo núm. 3.
400-J80s- 19
mencionadalmcienda, se sirvan ocurrirá la referida Junta menor, que tiene su radicacion
en esta ciudad, ÍI hacer sus proposiciones de compra¡ bajo el concepto de 'JUe se bn fijado
como último tórmino para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
J\forelia, .Junio ile IA6rí.-L11is ft11rliitlt.-L11is G. Sng11ro,-L11is G. Barrero.
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCA.LANTE,
:l82-40s-31
8AJl'8 01' BAN AGUBTTN NUM. ] ,

-

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                    <text>EL

DEL

DIARIO

IMP·ERIO

TOIIO 11.

MEXICO: Viernes 21 de Julio de 1865.
SUMARIO.

PARTE NO OFICIAL.-Operncloncs mU!laree. Derrota de dlsldentee.-El cumpleaños de la Emperatriz
en la Isla del Cármeu.-Correspondencla para el extranjero. Avlao de la Admlnlstraclon de correoe.-Pasajeroa llegados á Campeche en el mes de Junlo.-Caea de Moneda de Guadalajara.-Consejo departamental
de la Laguna.-El canton de Jonut.a. Noticias de los dlsldent~ de Tabneco.-Socledad de Geograllay Estadística. Dos actas de esta Sociedad.
DENUNCIOS Y SOLICITUDES.-Tercera J&gt;Ubl!cacion de varios.

PARTE NO OFICIAL.
OPERACIODS IOLITARES.

México, Julio 19 do 1865.

NlJI. 167.

reinó la mayor cordialidad, y en todos los semblantes se veia pintada la
mayor alegría y la mas positiva satisfaccion.
A las doce de la noche, el Sr. Gefe superior político -invitó con la mayor
amabilidad IÍ. la concurrencia á. pasar á un salon interior en que estaba preparado un ambigú, y en las diferentes mesas que había en él, se encontraba.
cuanto de agradable y bueno puede ofrecer esta ciudad. En aquel acto fueron debidamente obsequiadas las señoras, distinguiéndose á porfia el sexo
fuerte en dar muestras de atencion y urbanidad al sexo débil y amable, que
con su presencia hizo tan grata y aprecia.ble la reunion.
A las dos y media de la mañana del día 8 concluyó el baile, distinguiéndose muchas personas, y especialmente el Sr. Gefe superior político, en las
mas vivas demostraciones de sus deseos y de sus votos por la salud y pros.peridad de nuestros Soberanos, singularmente por S. M. la Emperatriz en
el aniversario de su cumpleafios, porque, como dijo nuestro augusto Soberano, ha consagrado al pais todos los nobles sentimientos de ,ma 1Jirt11d rristiana y toda la dulzura de 1ma madre tierna.

El Prefecto político de Querétaro en telégrama dirigido á este Ministerio
con fecha 18 del actual, participa: que en el Portezuelo, rancho situado á
tres leguas de San Luis Potosí, sobre el camino de Rioverde, el Coronel
Laffaille derrotó completamente á una fuerza enemiga, fuerte de cuatrocientos
caballos· habiendo dejado el mismo enemigo cineuenta muertos, armas y caballos. Este parte está corroborado por otro del mismo Prefecto en que
manifiesta tener tambien noticia de que la columna del Coronel de Courcy
CORBESP01'DDCIA PARA EL EXTB.&amp;.l(JDO,
ha batido y dispersado una fuerza de ·cuatrocientos disidentes, acaudillados
por Escobedo en persona, habiendo tenido lugar la accion á tres cuartos de
La Administracion de correos publica lo siguiente:
legua de Santa María del Río, camino de San Luis Potosí.-El Subsecreta- El dia 25 del corriente, IÍ. las once de la mañana, se despacha de esta Adrio de Guerra, J. M. J)urán.
ministracion general un extraordinario para Veracruz con la correspondencia que debe conducir IÍ. Nueva-York, con escala en la Habana,el vaporcor-'
reo "Manhattan." Lo que se participa al público para su inteligencia y efecEL CUIU'LEAIOS DE S. JI. LA DIPElW'lUZ.
tos correspondientes.
El Periódico Oficial del Departamento de la Laguna, dice lo si- México, Julio 20 de 18G5.-ú.,i,1 de la Peza.
guiente en su número del 1O de Junio:
.El 7 del corriente ha sido un dia de gala y festejo para todos los habitan- Noticia do joe pasajeros llegados ÍI Campeche durante el mé• próximo p11s11do,!con e1pretes de esta capital. Nacida la Emperatriz Carlota en Bruselas el 7 de Junio
eion de su nacionalidad y ee10.
•
de 1840, acaba de entrar en sus veinticinco años, siendo este el segundo aniversario de su natalicio que pasa en su nueva patria, recibiendo las muestras
Norteamel'icanos.. .. . .. ......... . . 2
,,
mas inequívocas del intenso carifio y profundo respeto que los buenos meEspañoles . . . . . • . • . . . • • . • . . . • . . . . 6
,,
xicanos le profesan. •
Italiano.. . . . . . . • . . . . . • • • . • • • . . . . . l
,,
La ciuda1l del Cármen, una de las primeras en proclamar el Imperio y en
Mexicanos . . . . . . . . . • . • . • • . . . • . . . . 11
2
ofrecer el trono al gran Maximiliano, no ha estado escasa en la manifestacion del júbilo y regocijo de que estaban poseídos su__s habitantes al celebrar
Suman .•.•.•.•.••. 20
2
con las mas vivas demostraciones el aniversario del n.'\talicio de S.M. la EmMéxico, Julio 20 de 18G5.-El Gefe de la Seccion de Cancillería, J. H.
peratriz, nuestra Augusta Soberana. Desde la noche del 6 del corriente aparecieron iluminadas la fachada del palacio de Gobierno, todos los edificios Manero.
públicos y casas particulares. La banda de música se situó desde las siete
de la noche en la bonita plaza de Marin, adonde afluyó un concurso numeCASA DE IIONEDA DE GtJADAWARA.
roso de personas de todas clases, que disfrutó hasta las diez el placer de oír
tocar varias piezas, escogidas al efecto por su inteligente director el Sr. Se acuñaron en esta en el presente mes, 42,322 pesos, con peRo de 4,979
Chavao.
m:ircos, 3 ochavas, 4 tomines, 7 granos.
La aurora del día 7 fué saludada con cohetes y otros fuegos artificiales Guadalajara, Junio 30 de 1865.-El Interventor de la Casa, José Vallal'ta.
disparados en la casa de gobierno y en varios puntos, apareciendo las fachadas de todos los edificios públicos y casas particulares adornadas con cortinas y colgaduras de 'gusto. A las siete y media de la mañana, reunidos en el
CONSFJO DIPARTAIIDTAL,
palacio de Gobierno,el Sr. Gefe superior político D. Manuel M. Sandoval,
El Periódico Oficial del Departamento de la Laguna, dice lo siel sefior coronel comandante superior militar D. José del Rosario Gil, el
muy ilustre y R. Ayuntamiento, los Sres. Agentes consulares de las nacio- guiente con fecha 17 de Junio:
nes extranjeras, la oficialidad del Aviso de vapor de S. M. l. "Brandon," El 13 del corriente, despues de prestar el juramento debido, fué in.'3talatodas las autoridades, empleados públicos y muchos particulares salieron do en esta capital el Consejo Departamental, compuesto de loa Sres. sibajo de mazas con direccion á la santa iglesia parroquial, adonde el Sr. Vi- guientes:
cario interino D. Braulio Mendoza cantó un solemne Te-neum enaccion de Juez de 1~ instancia del ramo civil y de Hacienda, Lic. D. ,1osé Conea.
gracias al Todopoderoso por el feliz aniversario del natalicio de nuestra Administrador de Rentas, D. Cárlos Romellon.
•
graciosa Emperatriz, contribuyendo mucho á dar mayor realce y solerpnidad Comerciante, D. Pedro R-equena.
al acto, la concurrencia de algunos aficionados que gratuitamente se asocialndustrial, D. Victoriano Nieves.
ron al coro, haciendo lucir su sonora, acentuada y agradable voz en los diAgricultor, D. ,Nicanor Montero.
versos tonos y variaciones que requiere la música y el canto del Te-J)e'ltm.
Concluida esta funcion religiosa, á que asistió tambien la banda de música,
regresó la comitiva á la casa de Gobierno, en donde fué atentamente disuelta
EL CANTON DE .JOIUJTA.
la reunion por el Sr. Gefe superior político.
El mismo periódico dice lo que sigue en su número de 1~ del acPara la noche de ese mismo dia se dispusv y preparó un gran baile en el
hermoso salon del Palacio de Gobierno, recientemente concluido, que al efec- tual:
to fué adornado con profusion y el mas esmerado gusto por la comision res- Teniendo noticia los señores Prefecto superior político, y Comandante supectiva; y aunque por un momento se temió que podía ser deslucido por la perior militar de este lJepartnmento, que los rebeldes de Tabasco se habían
fuerte lluvia de la tarde, que duró hasta el anochecer, la detonacion de varie- presentado en mayor número al otro lado del rio, en el mismo punto en que
dad de cohetes anunció desde luego á. los concurrentes. la hora próximamen- fueron derrotados el Odel corriente, dispusieron, de acuerdo con el sefior Cote fijada para dar principio al baile. Así fué que á las diez de la noche el sa- mandante de la estacion naval de S. M. I. en este puerto, enviar al Teniente
lon y las piezas inmediatas estaban todns cubiertas de personas de ambos Coronel Traconis un refuerzo de tropa franco-mexicana y la canoa de vapor,
sexos decentemente vestidas. Las señoras, sobre todo, fueron vestidas con que salió de este puerto la mañana del 26 del corriente en medio de las mM
excelente gusto y elegancia, y algunas con lujo sobresaliente. En la reunion virns demostraciones dP entusiasmo, pues fupron repetidas veces victoreados

�•

74

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

por ella S. M. el Emperador y las autoridades superiores de este Departamento.
Con este refuerzo podrá el Sr. Traconis satisfacer sus deseos de buscar á
los rebeldes en su guarida, batirlos y obligarlos otra vez á correr como unos
galgos.
El sejíor Prefecto superior político acaba de recibir por un expreso una
carta del Sr. Teniente Coronel Traconis, fechada en Jonuta el 28 del próximo, ~ado, que por falta de espacio no podemos publicar íntegra, haeiéndolo umcamente del párrafo de mas importancia, que literalmente dice así:
"A las tres de la madrugada de hoy empecé mis operaciones de embarque, e1;11:wendiendo en seguida mi marcha sobre el cuartel de los rebeldes, y
regrese a este canton entre tres y cuatro de la tarde sin hacer ningun mal
grave al enemigo, fisicamente hablando, pues lo que es en lo moral estoy seguro _que ha llevado un desengaño que le costará caro por sus consecuencias.
Huyo tan pron~ como percibió mi marcha s~bre su cuartel general, y aunqu~ lo persegm algunas leguas, solo consfm hacerle cuatro prisioneros y
obhgarlp á bo_tar, al rio su ca.ñon del que únicamente pude ~car el mástil y
una rueda. Mi tr?Pª n~da ha~ia tomado desde el dflsayuno de la madrugada.
-Ya verá V., m1 quendo amigo, que pongo todos los medios de acabar con
esa turba de bribones; pero que su cobardía no los pone á mi alcance."

El Periódico Oficial de Yucatan, dice lo siguiente en su número
de 3 del corriente.
Los disiden~ de Tab~, en número de 600, asomaron segunda vez frentu á. Jon~ta, no por medio, el 25 del mes próximo anterior, con el objeto de atr1:11ch!rarse; pero el Sr. coronel Traconis se los impidió valiéndose
de su art1llena. Llegada esta noticia al Cármen, salieron de allí para J-onu~ dos"e°:1bar:;3ciones de guerra con mas de 100 hombres. De Campeche SJlh6 la Pique , con otros 100, y el Sr. almirante Cloué en el "Adóhis" con
fuerzas suficientes de desembarque para el caso de ser necesarias_
'

?e

ci~tar á_la S?ciedad una copia de los documentos que hubiere, relativos al
ongep,.identid~d y demas concernientes á dicho estandarte.
Mex1co, Jumo 30 de 1865.-.Dr. José 0. Romero.-L. Río de la Loza."
To~ado _en consideracion, como de obvia resolucion, despues de una Jiger~ d1scusion ~ero~ aprobados los dos artículos de su parte expositiva.
8 El _Sr. soc10 P1~e?tel pre~entó un cu,aderno impreso en Paris, sobre
los trabaJ_Os de la comis10n c1entifica en Mexico, llamando la atencion sobre
e~ contemdo de algunos de sus artículos.-Que pase á la comision de revis1?n de obras, para su exámen, teniendo presente las indicaciones del Sr
Punentel.
·
- C?n lo que concluyó la presente sesion, á que asistieron los Sres. Vicebes1dente, Dr. Durán, Larrainzar (D. Manuel), Pimentel, Rio de la Loza,
r. Romero, Soto y el secretario perpetuo que suscribe.-J. M. .A1-royo.
México, Julio 7 de 1865.

Aprobada la acta anterior se dió cuenta:
l_? De un ofi~io del Presid~nte de la Junta auxiliar de j a.lapa, remitiendo
un informe_ escrito por el socio D. Cárlos Casas sobre la produccion y cultivo de_la raiz de la planta conocida con el nombre de Jalapa.-Que se acuse
¡il r:c1bo dándo~e.las ~racias y que pase á la comision especial de agricultura.
2_. De los M~1s~r~os ~e Fo~ento é Instruccion pública, invitando á la
Sociedad para asJSt1r a la mstalac1on de la. Academia de Ciencias y Literatura.-Se nomb:ó con tal objeto en comision á los Sres Dr. Romero, Lic. D.
'.Manuel Larrarnzar, D. Rafael Castro y D. José María Reyes.
•
3? La secretaría leyó la n?ticia que habia formado del contenido del n:ímero 1, tomo XV de la. Revista de los progresos de las ciencias exactas y
n_aturales y la_ de los_ artículos del número 1, tomo XI del Boletin de la Sociedad d? Aclimatacion de Paris.-Que pasen los cuadernos á. la comision
de Boletm.
4~ Se ~ecibió el número 4 del tomo ll, perteneciente á Abril del Boletin
de la ~o.c1edad Imperial zoológica de Aclimatacion de Paris.-A la comisivn
de reVJSion de obras.
5~ Se dió lectura á Ia siguiente postulacion:

SOCIBDAD DXICAXA DE GEOGR!l'I.A Y ESTADISTICA.
México, Junio 30 de 1865.

"L?s que suscrib~mos, tenemos el honor de proponer para miembro honorario de ?sta Soc10~ad al Sr. Coronel Doutrelaine, que reune las condicio. Publicamos á continuacion las aotas números 26 y 26 de esta So- nes necesarias prevemdas por el reglamento.
•
ciedad:
~éxico, Junio 7 de 1865.-José Urbano Fonseca.-Francisco Pimentel _
Jose Rafael de Castro.-J. l. J)urán."
•
Aprobada la ~ anterior ,se dió cuenta:
. 1? De una comunicacion del Ministerio de Fomento, remitiendo los 25
e~empla:e.s de la Carta general de México por García y Cubas, que se ha- ' .Quedó_ como de prim~ra lectura por falta de número, disponiendo el Sr.
b1an sohc1~do.-Q~e s,e acuse el recibo y se remita un ejemplar á. cada una 'V1cepres1dente se cite á Junta general para el juéves próximo con objeto de
de las Sociedades científicas en relacion con la nuestra, anotándose las que tomar esta y las demas que se hallan pendientes en considera~ion
Se levantó la sesion, á ~ue asistieron los Sres. Vicepresidente éastro Di·
sean.
Durán,
Durán (D. R_afael), Larrainzar (D. Manuel), Pimentel; Dr. &amp;me~
. 2~ Del mismo Ministerio, remitiendo diez ejemplares del dibujo de los
ro, Soto y el secretar10 perpetuo qu.e suscribe.-J. M. .Arroyo.
ms,tr?mentos empleados,para levanta1· la Carta hidrográfica del Valle de
Me!ico.-Q?e se u~a~ a la Memoria respectiva.
3 Del mismo, pidiendo una coleccion completa del Boletin de la Sociedad,. ~ara uso del Comisario imperial que va á, Sonora.-Que se conteste
DENUNCIOS Y SOLICITUDES
rem1t1endo la coleccion que se solicita.
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
4~ ?el Sr. soci~ Rivera, ca.pitan del puerto de Vera.cruz, o'freciendo sus ,- --:~--:-,iT'--- - - - - - - - - - ----:--;--:,-~_:_~::_'..._
(TERCERA Pt;BLICACION).
serV1c1os como soc10 corresponsal de la Sociedad.
5~ De una car~ del Sr. D. Ramon de la Sagra, manifestando la necesi. .
México, Mayo 22 de 186.'&gt;.
dad de que la. Sociedad tenga un agente comercial en Europa para remitir- Solimtud de D. Márcos Ball, pidiendo privilegio exclusivo com; introductor do las , · ·
!~, por s~ conducto, algunas publicaciones hechas por él.-S¿ recibió tamnas de prensa para embalar, inventadas por John K. Harria.
maqmbien un impreso_ suyo sobre la expedicion científica francesa en México.Seiior:-El que suscribe, ciudadano del Estado de Nueva-Yo.rk e I
Que ~o~re l_a primera se arregle verbalmente por el Sr. Vicepresidente con
el M~msterio de Fomento, _lo que pueda hacerse en el particular siendo Unidos de ~mérica, á V. M. I. reverentemente expone: Que es dueño, ;n ~ii:
muy mteres~nte p~ra la Sociedad el adoptar la indicacion del Sr. l~Sagra. de otros ciudadanos de estos ~stados, cuyos intereses representa en este caso
-Q_ue el articulo 1?'°preso se pase al Sr. Andrade para su traduccion é in- por compra que han hecho al _mventor, de una importante y moderna prensa
serc1on en el Boletm de!ª Sociedad, lo mismo que el artículo escrito por el ó cond?nsador, por la cual el mventor ha obtenido tres diferentes atentes
Sr. Dr. Jourdane~, ~ublicado, e~ la Estafeta del 28 de Abril próximo pasa- co~cedida~ en s,u _favor por_ el Departamento de patentes de los :lstádosmvento es conocido baio el nombre de "P
do, sobre la estadist1ca de Mexico en relacion con el nivel de su suelo y con Umdos de America, cuyo
'"(H ' b
~
reusa
Cod
. n en~adora dH
e arns.
ams ea.ter press), y cuya descripcion minula ~Iimatacion d~ l~ difer~ntes razas humanas que la habitan.
cios~, dis~os y documentos, tiene el honor de acompañar y someter á la
6. Se leyó el s1gu1ente d1ctámen de la comision de botánica:
•
considerac10n
de
. ta
te V.M.
•
, l.,. habiendo sido, perfectamente probada ypuesta en
"El que suscribe ha visto el catálogo de las maderas que sé encuentran en ab1er com,P~ ncia practica por un periodo de tres años, con todos los inlos bos~ues del Canadá, cuyo cuadro presentó á. esta Sociedad el ca.pitan de ventos mecamcos de esa clase conocidos; y en la prueba ha quedado demoscaballeria .Y. caballero de la Orden Imperiál de Guadalupe Mr. Foucher de trado palpablemente ser el agente mas económico, potente y efectivo, ue
San Mauricio.
hasta ahora se.haya emp~eado par~ reducir á la solidez y densidad de madtra
En sentir de la comision, puede mandarse publicar en el Boletín ese ca- dura,_cualesqmera_mater1as voluminosas, tales como el algodon, lana, cáñatálogo, en el caso de que se consiga que el traductor del Ministerio ponga á mo, lmo, heno, PªJª, &amp;c., ~c., ~roduciendo tam bien marcada economía en los
cad~ una de las plantas el nombre espaiiol correspondiente, dejando como gastos de fletes de exportac1on a Ultramar y trasportacion al interior or ue
estan los ~o?'°b~es franceses y latinos.
ocuparán solamente una tercer~ parte del espacio cúbico que otras 'icasqde
La co~1s1on Juzga ademas que debe darse las gracias á Mr. Foucher por su clase; ademas, es tal la pres10n que reciben las materias que I p
á
el ob~e~mo qu~ ha hecho á la Sociedad.
&gt;
salvo
en la trasportacion
de contingencias ordinarias de i·n'cendio as
,
,
y dpone
e aveMexico, Jumo 28 de 1865.-L. Rio de la Loza."
r1as, aun expuesta~ a mer~d d~ los elementos, pues quedan, no solamente á
Tomado en consideracion, fué aprobado. Con motivo de este dictámen pr~eba de f~ego, smo ta~bien a la de aire y agua. Las pacas de heno de
y
- construidas·1·por med10 de esa prensa, son de un gran m'er1'to en campael Sr. D_r. Romero ofreció á la Sociedad una coleccion de ciento veinte cla: PªJª
na
y
en
usos
mi
1tar~,
porque
se
pueden
trasportar
sin
riesgo
de
mermas,
ses de diversas madera~, muchas de ellas muy preciosas, recogidas todas en
el Departamento de M1choacan, cuyo catálogo y clasificacion tenia ya for- y hacer uso de ~llas facilmente en la construccion de parapetos. El departamento de forra.Je de los ~stados-Unidos no hace actualmente uso de otra
mado.
~rensa
para embalar fo_rraJe en la desgraciada guerra que al presente desola
7~ Se leyó en seguida el siguiente dictámen:
a_este_desventurado pa~s, por cuyo útil servicio se ha consignado á los ro"La comision encargada de consultar á la Sociedad lo que convenga ha- p1etarios un gran prem10 sobre cuantos se han concedido á todo otro in~encer en el asun_to relativo al ~standarte que posee el Ayuntamiento de Tlax- to ~e esa c~ase.-El efecto de operacion de esa prensa está causando tan gran~la, ha exammado el expediente y tomado tambien algunos informes. En ~e 1mp:es1on en lo~ Estados-Unidos de América, en los Departamentos de
vista de todo y á reserva de dar verbalmente las razones que para ello tie- ~dustr1a, y comercio, como caus6 el invento de la prensa para algodon de
ne, presenta las siguientes proposiciones:
. r. Wh1tne1--En el flete de trasportacion produce un ahorro de mas de
La secr.etaría dirigirá un oficio al Sr. Prefecto político de Tlaxcala pi- ciento por ciento, por ~uya razon las pacas prensadas por ella se prefieren
diendole se sirva mandar sacar una copia fiel y exacta, arreglada á es~la, altamente por el comercio en los puertos de mar para la exportacion d1· •
d?l. estafin?artt: que posee el Ayuntamiento de esa ciudad, que segun la tra- do~e cargar completamente de lana, algodon, heno, &amp;c., solamente /s~n
dici~n ue t~a1do por ?l ,conquistador D. Fernando Cortes.
c?sidad de lastre, un vapor 6 barco de vela, merced á la potencia de com re2. Tambien se ped1ra al mismo Sr. Prefecto que tenga la bondad de fü- s1on de esa prensa en el embalamiento, efecto desconocido y que hasta iho-

.t

!~:

75.

recho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, s~ avisa al púra no se ha obtenido de ninguna otra en uso. Su embalaje es peculiarmente blico, para que si alguna persona se encuentra con derecho a oponerse? lo
adaptable para el trasporte por terrenos quebrados y montañosos, en po- deduzca ante la Prefectura superior de Tehuantepec, á quien se le comumc6.
blaciones en donde el forraje se conduce necesariamente en cabalgaduras, de -El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
modo que un ejército pue~e c6mo~amente ~levar en su ~ en el abasteci!11iento quenecesite.-Por medio de la mtervencion de acreditadas corporac10nes,
México, Mayo 30 de 1865,
compuestas de mie!llbros del Congreso, altos funcionarios de justicia, gobernadores de diferentes Estados, y gran número de los mas acaudalados y resD. Santiago Barsoy y D. Antonio Gep, han hecho formal denuncio de
petables ciudadano_s de n?estro pais, se_ ha propo~cionado ~tu~lmente_ un in- una mina de carbon de piedra, situada á cien varas Este, poco masó menos,
menso capital destmado a poner en activa operacion esa maquma en diferen- de la casa llamada la Pila, á la izquierda del camino de esta capital á Toluca.
tes lugares de los Estados-Unidos. La prensa hidráulica para condensar alY habiéndose admitido con esta fecha el denuncio, en cuanto ha lugar en
godon, única máquina que ~e 1~ asemej~ en lo~ Estado~-Unidos,,es muy cos- derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanz~, se avisa al pú-_
tosa siendo su valor, por terromo medio, dosc10ntos mil pesos, a la vez que blico para que si alguna persona se encuentra con derecho a oponerse, lo deel d~ la que se menciona en esta instancia puede reducirse á dos mil pesos, duz~ ante la Prefectura del Valle de México, á quien se le comunicó.-El
siendo de fácil manejo, cómodo trasporte de un lugar á. otro, y puede con Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
facilidad y prontitud ponerse en operacion, funcionando lo mismo por medio
de fuerza hidráulica 6 animal, como de vapór, y necesita solamente tres ope.A.VISOS OFICIALES.
rarios para ponerla en efectiva y productiva operacion.-El que habla, Sefior llama humildemente la atencion de V. M. l., hácia esta importante mejor~ de la ciencia mecáni~, y _cree sinceramente qu? ~erá de inmensa utili?ad
AJ)MINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
á la clase agricultol'll de subd1tos leales en los domm1os de V.~- I.,. me~1anAVISO.
te á que por virtud del ahorro en los costos de trasportes del mter10r a los Relacion de los espedientes para ouyo despacho se necesita la presencia de los interepuertos de mar, y de los de exportacion á Ultram_ar, se renovará el estímulo sados en esta oficina.
En la Seccion 1~-316, 483, 1,152, 2,539 y 2,831.
para el cultiv? de algod?n, _heno y otras produccione~ de esa y otras clases En
la Seccion 2!--493, 636, 915, 934. 983, 1,142, 1,352, 1,768 1,951, 2,501, 2,521,
de importancia en los D)str1tos remotos en el Imperio de V.M., en donde 2,641, 2,675 y 3,'S/.
hasta ahora ese cultivo se ha mirado con poca ó ninguna atencion, por razon Advirtiéndose que no se puede daT ningun giro á estoa negooios, si esta oomparecencia
de la inmensa distancia que los separa de los adecuados mercados; y de esa no se verifica.
manera podrán competir vefltajosamente con otras comarcas, empleadas en Nota.-La persona inooresada en el despacho del espedienre ~úm. 918 por 1~ ~asa ~úigual tráfico, aun cuando estén mas convenientemente situadas. De ese mo- mero 1 del callejon del Puenre de Juan Carbonero, se presentara en esta Adlll1Ill&amp;trac1on
do se provocará y asegurará. un inmenso comercio, cuyo valor en aspecto dentro del término de tres dias, contados dosde la primera publicacion, para la práctica de
di~encias.
progresivo, es de creer llegaría muy pronto al conocimiento d~ V.M. I., y algunas
México, Julio 20 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
seria debidamente apreciado.-Los puertos de ma~ del Irr.perio de_ V. ~Juan Suarez y Na-oarro,
serian prontamente visitados por barcos de vapor a hacer el comercio, atra1dos por la clase de flete, no solo nuevo, sino ventajoso, que con el auxilio de
llINISTERIO DE lliSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS.
México, Julio 15 de 1865.
esa máquina se les proporcionaria, pu_es hasta ahora por razon del volúmen
y condicion combustible ha estado suJeto solamente ha ocupar barcos de ve- Debiendo proveerse cuatro plazas de eacribientcs, vacanree en la Secretaria de este lilirio y dotadas cada una con el sueldo de 600 pesos anuales, se convoca á los que aspiren á
la, y aun así estaban esos ~arcos obligados á embarca~ varias cl'."8es del~- obtenerlas,
para que dentro de ocho dias, contados desde la fecha, presenoon sus solicitutre que ahora no necesitarian, porque los bultos tendran la densidad y sq_}i- des; bajo el concepto do que los aspiranoos han de sajetarse á un exámen, cuya maooria
dez convenientes, proporcionando ademas seguridad y provecho.
será, ortografia, forma de letra y escritura correcta, así como la redacoion de minutas,
El objeto del suplicante, Señor, contando con el favor y proteccion_ de V. acuses de recibo y despacho de asuntos sencillos 6 de mero trámite.
El Snbsecretario de Instrncoion pública y Cultos,
M. l., es establecer inmediatamente en diferentes lugares del Imper10, esM. O. Montdlano.
tensas fundiciones y manufacturas de maquinaria adecuada para la empresa que se propone, segun se ha verificado en los ~stados-l!nidos, para_ la
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS
construccion de las máquinas, en las que encontraran traba.JO y ocupacion
AVISO INTERESANTE,
gran número de súbditos leales de V. M., y de ese m~d_o se ~odrian prop~r- En los almacenes de esta Aduana existen sin documento, los bultos qne espreea la lleta
cionar medios de obtener su sustento y el de sus familias, siendo la humil- que se pone á continuacion, y á cuyos dueños se cita por medio del presenté, para que
de opinion del que habla, que la hacienda pública del Imperio recibirá al- dentro de treinta diae, contados desde esta fecha, ocurran á sacarlos, acreditando su progunas sumas considerables por derechos de importacion, sobre la introduc- piedad; enoondidos de que de no verificarlo, .!!e procederá á lo que hubiere lugar.
Administracion principal de renpas do México, Julio 8 de 1865.
cion de enseres y materiales para el establecimiento de ellas.
El Administrador principal,
El suplicante, Selíor, tiene el honor de felicitar á V. M. por el gran triunl. de la Barrera.
fo de las armas imperiales; especia,mente por las recientes grandes victorias
obtenidas, cuyas noticias acaban de recibirse en este pais, cuyo pueblo ob- LISTA de los bultos que si11 documento existen en los almacenes de esta Aduana, hoy
dia de/,a fecha.
serva con marcaJa admiracion la incansable solicitud de V. M. l. por el proBultos.
greso del Imperio, que presenta los grandes signos característicos de una Fechas de entrada.
RC
'
Marzo
4
de
1865.
Un
bulto,
marca
o.axe:
----------.
------...
--------l
nacion próspera é ilustrada, así como por la estraordinaria seguridad personal, y de propiedades que bajo el gobierno de V.M. reciben todas las Id. 14 de id. Dos cajasvino.. -----. _--- _. __________ . ___ - _--- __ -__ . _____ 2
Id. 31 de id. Una caja marca Nw - _'_- • - - ... - - - - - - - •• - - - - - - - - - - - - - - - - _- - 1
clases sin distincion de rango ó condicion, por la sábia política adoptada Abril
12 de id. Tres cajas puros, conducidas por Rafael Hernandez. ----• -__ - 3
por V. M. l., para ~l mejoramie°:to de las artes y de la indus~ia; ~or el ~e- Id. 15 de id. Una caja¡ marca L. T .. - - -- - _... - . - - --- - -- - - - •• - - - - • - - - - __ - 1
cidido empefio mamfestado tambien por V.M. en lo tocante a meJoras in- Mayo 9 de id. Una barrica pasas. ___ - _----- -. _. --. ----- . ----- . ----. _--__ - 1
teriores en términos generales; por el exaltado patriotismo, así como la no- Id. 26 de id. Una caja conducida por Dioniiio Nava,_ -- ------- -- ---- . --- -- 1
ble devocion y celo cristiano manifestado en todas partes por el progreso Junio 12 de id. Una caja conducida por SouvervieJle, y rotulada á D. Ramon
César· -- -- -----·-------·----· ---·-----·-- ------ ·-----· 1
de nuestra Santa Religion; por las obras benéficas y de carJdad prodigadas Id. 16 de id. Una barrica, marca M. G. c., conducida por Bauche. ____ . • • •• . 1
tan extensa como liberalmente por V.M., y por todas las ilustradas medi- Id. 26 de id. Una cajita rotulada á Labadie ___ - --- - --__·- ---- ___ - -__ - -- __ 1
das proyectadas y fielmente ejecutadas por V. M., que constituyen de un Id. 28 de id. Dos bultos equipaje, conducidos por Gregorio López __________ 2
modo imperecedero el cimiento s6lido del Imperio, así como aseguran la leal- Id. id.de id Unacaj11,marca111v,-------·-----·-·---------------·------ 1
tad delos súbditos háciael trono de V.M., encaminando con pasos agiganta16
dos el Imperio, hasta colocarlo en el rango de las naciones mas ilustradas y México, Junio 30 de 1865.-El Guarda-almacen, Joaquin Carbajal. &amp;-3
poderosas de la tierra.-Col!- mér~to de todas esas conside~acion~, de los
RECAUDACION DE CONTRIBUCIONES DIRECUS DE TACUBAYA.
crecidos gastos hasta ahora mcurridos, y de los en que se mcurrirán para En aoonoion á que la mayor parte de los propietarios do esta demarcacion tienen mas
establecer las máquinas en el Imperio, si así fuere la voluntád de V. M., así facilidad de arreglar sus negocios en esta capital, por vivir en ell&amp; 6 en puntos mas retiracomo en vista de los grandes beneficios que reportarán los súbditos de V. dos de la cabecera, el que suscribe, parn comodidad d@ dichos 86ñores, hace el despacho
M. con la introduccion en el Imperio de este gran descubrimiento, el expo- de la oficina en Tacnbaya, de nueve á doce, en la calle del Avemaría, junto al núm. 112,
nente ocurre á V.M. l., rogando se digne concederle privilegio exclusivo y por la tarde, en México, de dos á. cinco, en la calle de Chavarría núm. 21. Lo que se poen conocimiento del público para su inteligencia.
para introducir, construir y vender esas máquinas, con el derecho de usar- ne!léxico,
Julio 13 de 1865.
las en los dominios de V. M. I, por el espacio de tiempo que sea de ley
El Recaudador, J. M. de Pereda y Castañi%a.
3a-3
otorgar, y tambien concederle tales privilegios é inmunidades, como reguADMINISTRACION DE BIENES NACIONAVI.ZADOS.
larmente se confieran en semejantes casos: constituyéndose desde luego el
suplicante y sus representados, para siempre y sin reserva, al servicio del Debiéndose sacar á remate, con arregloAVISO.
al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
gobierno de V.M. l., de la manera que V.M. con su elevada ilustracion se casa núm. 14 de la calle ile Venero, valuada en la cantidad de 5,044 pesos 92 centavos, se
digne disponer.-Dios guarde muchos años la importante vida de V. M. l., pone en conooimiento del público, para qne las personas que quieran hacer postura, ocnrpara llevará cabo la divina mision que V.M. ha sido llamado á llenar, y ran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 22 del presenre mes, á las nueve
de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la ct•ncurrencia que haya, t.eniéndoRe
cuyo glorioso término está. ya tan cercano.
presenres para el efecto las prevenciones de los artfoulos 25 y 9:l de la citada ley.
Nueva-York, Marzo 10 de 1865.-Sei?,or.-A L. R. P. de V. M. I.- México, Julio 1~ de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Márcos Ball.
Juan Suarez y Navarro.
Lo que se publica en el Diario del Imperio, con arreglo al art. 14 de la
20s-6
ley de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario de :romento, Manuel
ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
Orozco.
AVISO AL PUBLlOO,
México, Mayo 29 de 1865.

El Sr. D. R. C. M. Hoyt, Cónsul de los Estados-Unidos y vecíno de Minatitlan, ha hecho formal registro de los criaderos de chapopote ubicados en el
terreno de J onalapa, en los potreros que en aquel punto llaman Chapopote,
situado tres leguas poco mas ó menos de China.meca, media legua del rio
Huascintan y cerca de ·una salina.
Y habiéndose admitido con fecha Z7 el registro, en cuanto ha lugar en de-

Habiendo sido interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo al ser conducidos á su destino, con el fin de evitar su circulacion y que el público sea sorprendido al adquiridos, se pone en su conocimiento -que los espresados sellos están marcados con el número 112, cuyo distintivo se da á conocer, para que los que 1~ conrengan no sean admitidos .Pºr estar considerados nulos y de ninguu valor para el obJeto á que eran destinados,
pudiendo ser consignado el que los posea anoo el juez competenoo para la anrignacion
que corresponde, y se aplique al culpable el castigo á que es acroedor cómo dofraudador
de los intereses públicos.
México, Julio 13 de 1865.-Luis de la Peza.
31\-2

�DIARIO DEL IMPERIO.

76

JUZGADO DE LETRAS DE nLOTEPEC.

AVISO IMPORTANTE.

AVISO,

FRACCIONAMIENTO DE LA HAeIENDA DE SAN BARTOLO,

El dia 22 del corriente füé encontrado en los macheros do! meson de la Luz, sito en el
pueblo de Soyaniquilpan, el cadáver del súbdito francos Basile Guigal, y en la causa que
estoy instrnyondo con ese motivo, tengo mandado, entre otras cosas, que se solicite por
los periódicos á la persona ó person11s que puedan deducir derecho al caballo, ropa, armas y dinero que conducía el referido Guigal, para que vengan á deducirlo en este Juzga•
do dentro do tres meses, contados desdo la publicacion de este aviso; apercibidos de que
si no lo hacen, les pRrnrá el perjuicio que hubiere lugar.
Jilot.epec, Junio 26 de 1865.-José Anastasio Rcgo.-Asistencia, Longinos Aguirrc.Asistencia, Librado García.
_
611-6

ADMINJSTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

SITUADA A INMEDIACIONES DE MORELIA,

La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encarga
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que 1~ f!leron concedidas en el convenio general habido entre los lllÍBmos el 9 de Agosto. del ano anterior, aprobado judicialmente en 24 de Octubre del m!smo, ha resuelto fracc1on~r la hacienda de Snn Bart-0!0 y procurar la venta de las fracciones en el modo y térmmos que
fuere mas conveniente ÍI los intereses genero.les del concurso. En tal virtud, se invita á
todas las personas que deseen adquil'ir alguna 6 algum¡.s de las· porciones de tenen_o d~ la
mencionada hacienda, se sirvan ocurrir á la referida Junta menor, que tiene su radicn01on
en esta ciudad, ÍI hacer sus proposiciones de compro.; bajo el concepto de que so ha fijado
como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo.
Morelia, Junio de 1865.-Lttis lturbide.-Lttis G. Scgura.-Luis G. Barrera.
382-40s-32

México, Julio 19 de 1865.
~
De órden de S. M. el Emperador se suspende el remate de la casa situada en la esquiCONVOCATORIA,
na de las cnlles de Snnta Catalina do Sena y Encarnacion, anunciado para el 24 del preEl Sr. Juez l'.' sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de m Leansento.
·
dra Degollado, ha prevenido en auto de siet.e del presente, que se convoque por edictos y
El Administrador de bienes nacionalizados,
411-2
Juan Suarez y Navarro.
por el Diario del Imperio á los que se crean con derecho ÍI los bienes del referido intes
tado, á fin de que dentro de sesenta días ocurran á deducirlo por s[ ó por personas suficientemente autorizadas; bajo el apercibimiento, si no lo hicieren, do que les parará el
perjuicio á ~ue hubiere lugar.
.
,
..
En cumplimiento de lo mandado, pongo el present.e aviso para que llegue a not!c1a de
quienes import-0, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y orneo.JUZGADO 3~ MENOR.-CORDOBANF.S NUl'tl. 8.
Miguel Herrera, Escribano público de la Nacion.
390-60s 30

AVISOS JUDICIALES.
ORDEN,

Ignorándose el paradero do D. Francisco Anoyo, de D. Pedro Sandi y D. Francisco
Echegamy, por la presente se les cita y emplaza, paro. que en el término de ocho dias
comparezcan OI\ este Juzgado á cont-Ostar la demanda que en juicio verbal, sobre pesos, les
promueve (), Felicinno del Rivcro, como cesionario do D. Miguel Legorreta; apercibidos
que de no concurrir, so dará por contestada la demanda, siguiéndose el juicio en su ausencia y rebeldfo. ·
Mé1ico, Julio 20 de 1865.-l. Bravo.
467-3a-l
JUZGADO 1'! DE LO CIVIL DE l'tlEXICO,
CITACION,

Por oxhort.o librado por el Sr. Juez do l ~ instn'ncia do! Distrito de San Antonio de Cádiz (Espaíin), que ha recibido este Juzgado por el Ministerio do Justicia, se le requiere
para que haga saber á los herederos de D. Mariano Valdovinos Blanco, y sus en.usa habientes por canlquicr título universal ó particular, que con fecha veint.e de Marzo de este
aiío decretó dicho Juzgado, entre otras cosas, que se fijon edictos en esta corte, :previniéndoles quo comparezcan en el Juzgado requerent.e á deducir sus derechos en el Juicio
de 11quidacion y division de las tres cuartas partes de la mitad del vínculo titulado Vald0vinos Blanco, dentro de cuatro meses, contados desde que dicho auto se publicó en la Gaceta de Madrid (focha que no se espresa en el exhorto), legitimando su personalidad.
Y habiendo dispaesto su seíioría que se dé cumplimiento al referido exhorto, hago á los
indicados herederos la eitacion prevenida, por medio del presente.
l\féxico, Julio 8 de 1865.-Lic. N. Montes, Escribano de diligencias.
468-3a-l
JUZGADO l'tlENOR DEL CUARTEL MAYOR HUM. 8.
Seminario núm. 8.

Por el fresente so hace saber a D. Vicente Vaca, como albacea de D, Ramon Vaca,
que en e juicio que por pesos le tiene promovido D. Jesus Goríbar, ha recaido un fallo
que en lo sust.\ncial dice: " pague Vaca al actor en término de ocho días, contados desde
l11 publicacion del presente, los~ciento novonta y seis pesos cincuonta centavos, resto de los
vales presentados; los cincuenta y seis pesos ochenta y dos centavos, réditos vencidos, y
los que se vencieren hasta el t-otal pago; los doce pesos treinta y siete centavos, gastos
causados en el primer litigio, y los gastos legales del prosente juicio, con inch1sion do! 6
por 100 de ley sobre el interes versado en el juicio; apercibido de ejccucion si no cumple."
Lo que se hace saber por el presento para los efectos legales.
México, Julio 18 de 1565.
El Juez 8'! menor, Lic. Zubillga.
469-3a-l
CITACJON.

lbbiéndose presentado D. Manuel Urrutia ante el Sr. Juez 4'! de lo 11ivil, solicitando
se le dé segundo testimonio do la escntura de reconocimiento por la cautid.ad do 3,602 pe~os 6 reales, fecha 10 de Noviembre de 1810, otorgada por D. Juan Ignacio Fuentes en
favor de D~ JosefüFngoaga, ante el Escribano D. Francisco Calápiz, y que ignorándose
quiénes seRB los hercideros ó alb11Cea dol Sr. Fuentes, se les cite por los periódicos; el Sr.
Juez proveyó de conformidad, señalando el tórmiuo do quince dins, contados desde la primero. publicacion de esto aviso. .
.México, Julio 11 do 1865.-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 442-3a-3
JUZGADO DE LETRAS DE TLAXCO.
CONVOCATORIA.

En Jos autos de esperas de los acreedores, solicitadas por la testamentaría de D. Ignacio Berna!, radicados on este juzgado, el suscrito Juez letrado ha proveido auto en esta
fecha, á pedimento del ropresentant-0 de dicha testamentaría, mandando so convoque á los
acreedores que no han sido listados, paro. que en el término de quince días, contados desde la primera publicacion do este aviso, se presenten á deducir su derecho; apercibidos de
lo que hubiere lugar si no lo verifican.
,
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en Tlaxco, á 17 de Junio de 1865.
-Lic. Mauricio Bdlran.
435-6a-6
NOTIFICACJON.

AVISOS PARTICULARES.
EL DIARIO DEL DIPERIO
Se publicará, en lo sucesivo, todos los días á !ns doce, menos los festivos en que estén
cerradas las oficinas del Gobierno.
·
El despacho del DIARIO se encuentro. establecido en la ca~ (!úm, 8 de la c~e de los
Bajos de S. Agustín, en donde se reciben únicamente las suscnc1ones de la Capital; cuyo
precio es:
Por un mes-._ •• __ -•• -.. -•••••.•. ---.••.• -•.•• -• -•..••••. $ 1 50
Por un trimestre •. ---·---·----··-···--··------··--·-··-·-·· 3 00
En los Dap11rtamentos recibir4n y cobrarán las suscricioncs los Sres. Administradores
do Correos, quienes seguirán siendo los solos agentes del DIARIO en ellos.
La suscricion foránea, francnde porte, vale por un trimestre •• __ $ 3 75
El pago de las auscricioncs, así en l\féxico como en los Departamentos, so verificartt
adelantado.
Los números sueltos del Diario del Imperio, no 11iendo mayores que do un pliego, valen
11n real y á. los que sean de mas tamaño so les fijará precio al tiempo de ser publicados.
El de los anuncios será convencienal, pagado precisamente adelantado, siu cuyo requisito no se publicarán.
Está encargado de la administraciou del DIARIO, D. José L. Gutierrez, quien firmará
loe recibos de la Capital y las comunicaciones referentes, y con el cual debeu entenderse
los suscritores pnra sus reclamaciones.

AVISO IMPORTANTE
A LOS SE~ORES AGENTES Y SUSCRITOREB DEL

II

DIARIO DEL IMPERIO."

Cumpliendo la administracien del Diario la ofert-a que tenia hecha, de completar á los
suscritorcs sus colecciones, ha comenzado á enviarles los números que les faltaban, y seguirá haciéndolo hasta llenar su compromiso.
Habiéndose agotado de nuevo algunos números del periódico, correspondientes al primer
triemestre del año, se va á hacer una recopilacion do todas 1118 leyes, decretos y disposiéiones que se publicaron en aquel período, con sus reglamentos y aclaraciones. De este modo, los suscritores que han pedido colecciones completas desde el primer número, lograrán su objeto á menos costo que el quo rcsultaria de reimprimir totalmente los nÚl}leroa
publicados en el primer trimestre.
Como se ha anunciado ya, los Sree. Administradores de correos son los agentes del Diario en los Dep~rtameutos. En consecuencia, la administracio!l del periódieo supli~ á los
suscritorcs foraneos, que pongan en poder de esos señoree el importe de sus euscr1c10nes,
sin espernr á sor requeridos para el pago de ellas, ya porque dicho importe debe satisfacerse siempre por trimestres adelantados, ya para evitar gastos y molestias á los espresados señores ~entes.
Se suplica a los Sres. Administradores de correos de oficinas subalternas, que remitan
loe fondos quo recauden por suscricionos en sus demarcnciones respectivas, ÍI las Admistraciones principales, paro. que estas puedan hacer las remisiones á esta capital, con arreglo á los cargos que les ha hecho en sus cuentas la administracion del Diario.

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
COMPARIA DE SEGUROS DE GLADBACII.

Capital de fondo ••• _., ____ --··-·- 3.000,000 pesos prusianos.

..

COMPARIA DE SEOUROS DE BASILEA (BABEL).

Capital de fondo •••••• ••• ··-- .......... 10.000,000 francos.

El Sr. Juez 3'! de lo civil, Lic. D. José Maria Cordero, ha mandado por auto do 10 del
que rige, se convoque á los herederos de la Madre Sor María Brígida do San Luis GonSe asegumn muebles é ,inmneblés á premios moderados, y se darán todos los informes
zaga Bnrron, del convento de San Goróuimo de esta ciudad, para que se vrcsenten en su necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENEUAI. de Estas Compaií!as,
Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, ÍI deducir el dorecho que tengan a los bienes de calle de Sau Bernardo núm. 3.
"
400-lSOa-20
1A religiosa intestada, dentro de un mes contado desde la primera publicacion de este aviso; apercibidos do que les parará el perjuicio que haya lugar en derecho si 110 lo vorificnn.
¡ATENCION!
Lo que hago saber en cumplimiento do lo mandado.
Mé:dco, Julio 11 de 1865.-José Raz G1izman, Escribano público.
462-3a-2
En la callo de las Escalerillas, junto ni núm.14. se vende la prodigiosa POIIADA ORIBNTAL, que sin charlatanería, es la única para hacer nacer, crecer y hermosear el pelo; asegurando quo fa persona mas escasa de PI, á las doce veces de usnr esa pomada, verá su
JUZGADO 39 DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3'.' do lo civil, Lic. D. José María Cordero, ba mandado por auto do doce cabeza cubierta con tm cabello fino y abundant&lt;i,
del corrieute, se proceda á la venta de la casa número cuatro de la la ).llnzuela de Santo
Precio del pomo, dos pesos.
345-40-20
Tomás y de los enseres de un molino de ncoite y una filbrica do aguardiente que en dicha
enea se encuentran, valuados por los peritos D. Ventura Alcérreca y D. Francisco ChnTENEDURIA DE LIBROS.
vero, la finen cu la cantidad de ocho mil setecientos noventa y cinco pesos, y los enseres
de la ffibrica y molino en la de doe mil cieu pesos; seíinlnndo pnra las almonedas las maUna persona que ha recorri4o el Interior, dedicado ÍI la ouseiianza del hermoso sistema
íianas del veinticinco del presente, y olnco y diez y siete del outrnnto, á hts once, siendo de contabilidad por,partida doble, cuyos conocimientos ha lo~ado propagar con muy'lmen
la última con calidad de remate.
éxito, se propone fijar su residencia en esta capital con el 1DJsmo objeto. Garantiza su enLoe enseres do In fábrica y molino meQcienados, son los siguientes: los del molino, w1a seiinnzn, por honorarios convencionales, al alcance de las mns módicllS fortunas, exhibidos
tahona cuya muela y taza están ~inchadas de fierro, con sus cotTespondientcs palnncns por una sola vez, y sea cual fuere el tiempo que el discipulo tarde en aprender.
pam dos mulas; una rneda con banda do cuero que dn movimiento á nueve ruedas y árboLa misma per~ona se ocupará do hacer balances y liquidaciones de cuentas de comerles, unos de madera y otros de fierro, y an molino do triturar aceituna.
cio, do testamentarías y concu.rsos, dentro y fuero. de 1/1 poblacion.
El aparato do destilacion ce de cobre forjado, con tubos de comunicacion del mismo
Las personas quo gusten ocuparla, pueden ocurrir ú la Adminietrncion de est.e periódimetal, una retorta do fierro colado, un tinaco y una bomba, diez y siete grandes cubns de co, Bajos do San Agustin núm. 8, cu donde so los darún mns amplias instrucciones.
madorn con cinchos de fierro, y otra mns grande nnexa al aparato de destil11Cion.
México, 12 do Julio do 1805.
~o que aviso al público en cumplimiento d~ lo mandado, y para que las personns que
quieran hacer poatura, ocunan a la hora soualada; en concepto de que l11s rnstrncciones
que ministran los nntos, so daríin 011 el despacho del que suscribo, ubicado en los bnjoe de
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
la casa núm. 2 do l1t calle de In Moneda.
Máxiro, Julio 18 de IS(i;í,- J . Rry110s0, Esrribnno ptíbliro
~6:l-l!ía-2
BA,H 'B Dg SAN AOUBTTN1 NUM, ) ,

'

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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 2, No 167, Julio 21</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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