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                    <text>•

•

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EL

.DEL

:DllRIO
,.
Los números sueltos valen 12 centavos.
\

TOMO

III.

NUM. 398 '

MEXIUO.-Sábad"o 2'8 de .A:1,ril de .J:"S66,.
2~DffiECCION'.-1~ DMSlON'.

AVISO DE COllTE.

México, Abril 27 de 1866.

A consecuencia del fallecimiento de S. M. la Reina María Amalia la Corte
tomará el hüo, durante seis semanas, desde el 28 de Abril hasta el de Junio
de 1866..
Las dos primeras semanas: gr3u luto de Corte.
Las tercera y cuarta: lutó de Corte.
Las quinta y sexta: medio luto.

9

GRAN

LUTO Y LUTO DE CORTE,

. P~ra los Señores, con uniforme y traje de Corte, crespon negro en el brazo
izqmerdo, corbata blanca y guantes blancos; con traje de mañana, todo de ne,•
gro y crespon negro en el sombrero.
Pa:a las_ Señoras de la Corte, vestido de lana negra con alhajas negras, dur~'nte el primer mes; durante el segundo, seda negro 6 terciopelo negro y solo
diamantes,
·
' ·

Por .no baber cumplido con las ·6rdenes del Gobierno, se da de baja en el
ejército, sin _opcion á volverá servir en él, al Subteniente de artillería D. Ismael Tagle.

Por su mal comportamiento· en el servicio militar y no haber cumplido con
las 6rdenes del Gobierno, se da de baja _en ef ejército, sin opcion á volver á
servir en él, al Ofi~ial 2~ de artillería D. Casimiro Loza.
El Gener&amp;l Subsecretario de Guerra,

José Marút, ·V. de la, Cadena.

MEDIO LUTO.

PARTE NO OFlfJIAL;

. P~ra los Señores, con uniforme y traje de Corte, crespon negro en el brazo
iz~merdo, corbata blanca y guantes blancos; el traje de mañana será negro 6
gris, guantes 'de los mismos colores.
Pa~.ª las Señoras, vestido de seda negro, moracTo 6 blanco,· con adornos de
los Inismos colores, guantes morados, grises 6 blancos y toda clase de alhajas.
Todos los Señores que no pertenezcan á la Corte y que tengan la honra de
presentars~ al Emperador. 6 á la EIJ?,peratriz Jurante las cuatro primeras semana!!, lo verificarán con tr~Je negro, guantes negros, corbata negra, sin crespen
en el sombrero; en la qumta y· sexta semana, de medio luto.
Las Señoras que no pertenecen á la Corte, se presentarán con vestidos de
los mismos colores que los indicados para las de la Corte.
Los militares se presentarán, durante seis semanas, con crespon negro en el
brazo izquierdo.
.
SVM:4.B.IO.

...
Fnncion teatral.
La que se dió anoche en el Teatro Imperial á beneficio de los pobres, ~stu'vo
muy concurrida. La circunstancia de haoor sido iniciada por la Emperatriz; los
esfuerzos de las señoras que sooundaron "rl_)8nsamiento; el anuncio de que S. M. ·
honraria con su presencia el espectáculo, y el objeto, en fin, á que se destinaba,
que nunca deja de mover á los habitantes de e.ta capital, fueron otros tantos
atractivo1;1 pam llamar una lucida y ~umerosa cc.ncurrencia. El Tea.tro estaba
adornado é iluminado con gusto y elegancia, tant&gt; interior como exteriormente:
la Emperatriz asistió en efecto á la funcion, y fué objeto de respetuosas simpatías; y el público quedó tan complacido de la bonfad del espectáculo como de
haber contribuido con su asistencia á'remediar las miserias de los pobres.
.

-~ARTE OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de G11adalupe.-Comandante
llllhtar del Departamento de Toluca y Comandante del Distrito de Huejutla.-Un Subteniente
y un 9ficial de artillerla dados de baja.'
P A,RTE NO OFICIAL.-Funcion teatral.-Correspondencia para.el extranjero.-Noticias
de Or}zav~.--El vapor Rb.one.-?bserva.ciones meteorológicas del mes de Noviembre de 1865.
Noticias extranjeras,

PARTE OFICIAL .
GRAN .CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.

.

'

Corre-sir~llencia para· el- Extranjero.

Administracion general .de Correos.-Aviso al público.-Con motivo de la
pérdida que ha sufrido el vapor-correo "Veracruz," segun de ello tiene conocimiento esta Administl'.acion general, se ha dispuesto que la corresponden.cía que
dirigia el público por este conducto, se le dé curso por la Admini,stracion de
Correos de Veracruz, remitiendo la consignada á la Habana y Europa por el
Paquete inglés que sale de aquel puerto el próximo· 2 de Mayo; y la destinada á.
los Estados-Unidos por el vapor español •JPatis," que saldrá igualmente el dia
6 del mismo mes, si antes no se presenta otro conducto mas directo.
Lo que se pone en conocimiento del público para su inteligencia.
México, Abril 28 de 1866.-El
Administrador
general, Luis de la Peza.
.
.

.

México 27 de Abril de 1866.

S. M. e! Emperador, por acuerdo de 23 del actual, Ha tenido á bien conde-

'

'

cora~ co_n la Cruz de Caballero ele la Imperial Orden de Guadalupe, á los señores s1guien~es:
.
.
D. Juan 'l'reviño, Teniente Coronel;
D. 'l'iburcio Treviño, Te~iente, .

· Noticias de 01•izava.

Tomamo~ ~el Orizaveño ~as siguientes:
•'ZONGOLIC.A..-Como anunciamos en nuestro número anterior, fué ocupada
aquella demarcacion por las tropas del Gobierno, que para,.ese efecto mandó el
ambos de·!.~ guardia rur&amp;l móvil de Nuevo Leon, por su bizarría y brillante señor Coronel Subprefecto del Distrito.
"En los últimos dias de la semana pasada'. pasó á inmediaciones dPr Zongolica
comportanuento en la campafia de dicho Departamento.
Carrera con su fuerza; pero como la tropa imperial se preparó para batirlo, pro•
D. CTabriel Diaz Martinez, Alférez,
curó con toda velocidad alejai-se del punto en que se encontraba. En la actualipor su valerosa conducta en la acéiou rle Jalpan el 24 de Enero del presen- dad se halla en San Andres Mixtla, de donde será desalojado de un momento á
otro.
te año.
1'}1 Secretario encargado de la. Gran Cancillerla,
"A principios de esta sexp.ana se dirigirá el señor S~bprefecto D. Juan de Olloqui á Zongolica pal,'a organizar todos los ramos de la Administracion pública en
José H. Gonzawz.
aquellos lugares."
,
"EMP.A.DRON.AMIENTo.-Se ha comenzado ya el de las fincas urbanas y estable.
.
cimientos de comercio de esta ciudad, bajo la direccion de Mr. Hectod Thomas,
MINISTERIO DE G.UERRA.
que fué comisionado por el Sr. Delabau~e para ese objeto. El Sr. Thomas es
1~ ,DIRECGJON.-1~ DIVISION.
persona de finos modales y de bastante actividad, cuyas cualidades son tan neMéxico, Abril 25 de 1866.
cesarias para el desempeño de la comision que se le ha confi~do."
Ha sido nombrado con esta fecha, Comandante militar del Departamento de
Toluca el G~ne:al gradua~o Coronel]).. ~auuel Diaz de la Vega; y ComanEl "Rhone."
dante del_D1strito de Hur3utla, el Comandante de Escuadron D.. Juan Ortiz
Monasterio.
Este trasporte frances llegó á Veracruz el 21 del corriente, trayendo á su
bordo algunas tropas francesas.

'

��...

'

EL DIARIO DEL IMPERIO.

432

Jll'OUOJA.8 llJ:'.f:Ji.411'n'IB.A.S.

Ayer lleg6 á Verncruz el ~apor español proced~nte, de la Habana, de do~de
11ali6 el 22 del actual. Tamb1en lleg6 el Paquete mgles. Por ellos se ha terudo
noticia de ~ue el vapor "Veracruz," que sali6 de Nueva-York el 10 del corriente, se perdió el 12 en las costas de la Carolina del Norte, en medio de una·
espesa niebla. Afortunadamente se pudieron salvar los pasajeros, la correspondencia y los equipajes. ·Hé aquí ahora el parte telegráfico con las noticias del
Paquete inglés:
·
•
·
Paris, 1'? de Abril de 1866.

Citacion judicial.
A pedimento de D. Sebastian Cabrales, como apoderado de D. Pedro Perez, el Sr. Juez 2?
de Instruccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Penicjle, por providencia provisional y
precautoria, mandó asegurar los enseres de la tabla carnicería situada en los ba)OS de la casa
marcada con el núm. 6 de la calle de la Acequia, perteneciente á D. Lucio QniJano, quien no
hallándose en esta capital, se ha determinade por el mismo Sr. Juez se- le emplace por !os periódicos, para que en el término de ocho días, contados desde la 1)Ublicacion de este aviso, se
presente eri su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, á contes!llr la de·
manda que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve el Sr. Cabrales; bajo el apercibimiento
de que si no concurre, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Abril Z'/ de l866.-Casi111iro I'er-na,.tez, Escribanp público.
921- 3s- l

- ---- - -- - -- - - - - - - - - - - - --

Citation jiulicial,
El Cuerpo legislativo presentó al Emperador la respuesta al discurso del troA pedimento de D. Manuel Alcocer, como cesionario de D. José Lasso, quien tiene que
no, y en ese acto S. M. pronunció otro que fué acogido con mucha satisfaccion y promover
una demanda en jlúcio verbal, sob1·e pesos, contra D. IgnaeJo Alcántara, el Juez 2~
ha merecido la aceptacion pública. Crecen las preocupaciones con moti'vo de los de Instmccion
de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon •Penicbe, ha mandado se cite al referido
asuntos públicos en .Alemania.
.
Alcántara por los periódicos, para que en el término de ocho dias, contadoK desde la pnblicaLas disposiciones militares que en Prusia y .Austria se toman, hacen temer cion de este aviso, comparezca en el propio Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, á contescomo inminente un conflicto, y que los esfuerzos de la- diplomacia no sean sufi- tar el juicio respectivo; apercibido que de no concurrir, seg-uirá el negocio en su ausencia y
rebeldía.
cientes para cons"erv'ar la paz.
.
México, Abril Z'/ de 1866.-Joaquin GUZ1nan, Escribano público.
922-38-1
La Reina María .Amalia murió en Clermont el 25 del actual, y sus exeqniaa
tendrán lugar el 3 del presente, á las que parece concurrirán gran número de los
lnzgado de letras de Cuernavaca.
adictos á la casa de Orleans. Tambien ha. muerto el Landgrave de Hesse Hom.AL PlJBLICO.
bourg, y por tal circunstancia aquel Estado se w:prá á la Hesse Darmstad.
En el espedientc de intestado á bienes del finado Presbítero D. Ambrosio Rueda, seguido
. Se teme que. surjan algunas dificultades entre la Inglaterra y los Estados- tn este Juzgado, he proveido un auto que en lo conducente di~:
.
. Unidos, á causa de las maniobras del fenianismo en contra del Canadá. James
"Publíqnese el intestado, á cuyo fin se fijarán rotulones en esta ciudad y se convocará por
Stephens, gefe de los fenianos, logró salir de Inglaterra y se encuentra en esta periódicos de la capital del Imperio á todos los que se crean con dereeho á los bienes del
Presbítero D. Ambrosio Rueda; advirtiéndoles que si dentro de treinta dias, contados desde
capital. Se cree que tiene la iutencion de dirigirse á los Estados-Unidos.
la publicacion, no comparecen á este Juzgado por sí 6 por apoderado á deducir sus acciones,
Una órden del .Almirantazgo manda seis buques para reforzar la escuadra. in- les parará el perjuicio que baya lugar."
glesa en el San Lorenzo.
Cuerna.vaca, Abril 23 de I866.-Fra11cisco Zulillo.-Asistencia, Brígido Calderon.-Asis9l6d- 3s-3
. El Príncipe Napoleon ha salido de esta capital con direccion á Florencia. La tencia, Juus Patiño.
muerte del Sr. Langlais ha causado mucha sensacion en esta corte.
Convocat.oria.

A los snscritores del Diario.
Habiendo terminado el primer trimestre del afio actual, se suplica á los suscritores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que
lo verifiquen inmediatamente, porque la. .Administracion del periódico necesita
recoger el impo11te de todas las suscriciones ven(lidas hasta el día último de
Marzo.

Por fallecimiento de la Sra. D~ Cármen García Mazo, el Sr. Juez 3'? civil de Instrnccion,
Lic. D. Cristóbal Poulet y M.ier, que conoce de su intestado, ha mandado que por los periódicos se convoquen á las personas que se crean con derechos á los bienes de esa intestamentaría, para que lo verifiquen dentro del t~mino de dos meses, contados desde la primera publicacion de este anuncio; bajo el apercibimiento de que les parará el perjuicio á que haya lu~ar
si no lo verifican. Lo hago saber á los interesados por medio del presente, que surtirá los efectos que quedan indicados.
México, Abril 16 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
906-3a- 3

Juzgado primero de Jnstruccion de lo civil.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTR.ACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
B.llMA.Tll.
Se p~cipá al público que con arreglo á los·artículos 24, 25 y Z'/ de la ley de 26·de Febrero
de 1865, se va~ proceder a_l del terreno situado en suburbios de la ciudad de Oajaca, valuado
en noventa y s1eté pesos cmcuenta centavos; y se publica para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el día 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana en
cuya hora se verificará esta almoneda.
'
México, Abril 17 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suan~ y Nnam,.
·
6a-5

ADMINISTRACION DE BIENES N.ACION.ALIZ.ADOS. •
A.VISO.
Necesitándose de la presencia de D. Plut-atco Montes de Oc.a en la Caja de esta Admini.8tracion para un negocio relativo á su persona, se le hace saber por el presente aviso, para que
ae sirva pasará la espresada Caja á entenderse en ella con el Cajero, que lo es el Sr. D. J011~
ll. Bros.
·
México, Abril 21 de 181¡6.- El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suar~ y
NaTJarro.
3a-3

~uzgado de letras de Morelos.
Áufll.átai¿_do á D. Nicolás Perez-.-En el espediente que se sigue en este Juzgado contra el
Juez d-e paz de Cuahuistla, por responsabilidad, be proveido un auto que á la letra: dlce:
"Morelos, Abril JO {}e 1866.-Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de D.
Nicolás Perez, citesele por medio del Dialio oficial del Imperio, para que dentro del término
de quin&lt;i&lt;: ~ias perentor)os, contad_os desde la pri1;11era publicacion, se presente en cst{l Juzga~
do; aperc1b1do de que s1 no lo venfica, se determmará en esta causa sin su audiencia lo que
C?rresponda. El Lic. Juan Manuel J?iaz Barreiro, Juez de 1~ instanc)a del D~trito, que actúo por receptoría á falta de Seeretano, lo mandé y firmé. Doy fe.-D1az Barreir,.-A:sistencia, A. Moreno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de lo_ mandado y para 9ue sur_ta los e'.ectos legales, pongo el presente
en Cuautla de Morelos, á diez y ocho &lt;le Abril de mil ochocientos sesenta y seis.-El Juez de
l! instancia del Distrito, Diaz Barreiro.
6a-l

d.d.ministracuni de ,,.entas de Claalw.
A.VISO:

Palacio de Justicia.-En los autos del intestado de D. Vicente Arnaiz, que siguen en este
Juzgado que es á cargo del Sr. Lic. D. José María Garay, por aut-0 de 10 del corriente se ha
mandado por dicho Sr. Juez, entre otras cosas, se convoque por los periódicos á las personas
que se crean con derecho á los bienes del referido intestado, para que en el término de treinta
dias sé presenten á deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo, les parará el perjuicio que baya lugar.
•
•
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente en México, á veinte de Abril de mil
ochocie~tos sesenta y seia.-J11a1&amp; Nepomuctno Carrion, Escribano público.
90S-3a-3

AVISOS PARTICULARES.
COMPd.Ñid. BE .71UNd.S BE Ld. ~BINllJd.B,
Algunos accionistas atrasados en sus pagos, han solicitado se amplie el plazo que para· el
arreglo de cuentas y pago de atrasos fijaro11 los avisos publicados en los números 362, tomo 3?
del Diario del Imperio, y 63, tomo 4~ del Pájaro Verde, cortespondientes al dia L4 de Marzo
anterior: la J~ta directiv~, accediendo á est~ solicitud, acordó en se~ion de ayer se prorogue
el plazo referido hasta el d1a 10 de Mayo próximo; y de órden de la misma Junta pongo este
aviso para conocimiento de los interesados, advirtiénd6les ~ue no se otorgará nueva próroga.
México, 20 de Abril de 1866.-Mdriano de la Peña y Santiago.
909-3a-3

Mi,aa tle Nuest,,.a Se1'iora del &amp;fligio, (a) los Trompillo,,
en Paclttica.
-El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y ante sí, ser dueiio de
ninte barras aviadoras en la mina del Refugio (a) los Trompillos, haciendo mérito de una
1entencia judicial que no ha causado ejecutoria. Como este negocio está pendiente de la resolncion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en ningun tiempo pueda &amp;er sorprendiclo pqr el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco pr~cavidas, que confiadas en las seguridades quo se atJeve á estampar !ln su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresad11s.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favorabltl á los derechos de Fuertes, protestamos á nombre de todos los intf'resados en
la espresada m\na., que no reconocemos los derechos qno se alegan; que todos los contratos
que se celebren bajo este concepto, los consideraremos ahora y en todo tiempo nulos y de
~n¡¡-~n valor, basta que los tribunales resuelvan definitivamente de parto de quién está la
JUStlCJa,
·
México, á 2.5 de Abril de 1866.-Junta menor directiva, L. Benito Murul.-R. Cancino.Bartolomé de B6c,¡,
917-6a-2

.

Se .P~rtici~a al pú~lico, pa!'a qne las personas que quieran hacer postura concurran á esta
Admm1strac1on el d,a 15 del entrante Setiembre, á las nueve de la mañana, en que se verificará el remate del ra!lc~o ~~ocido con el 11ombre del "Jardin," ubicado en la municipalidad
de &lt;;&gt;z~ba, de esta JU11sd1cc1on, con arreglo 6. lo acordado por el Sr. Administrador de bienes
na~1onaliz~dos en 5 del presente Abril, y valuado en ($6,635 42 cs.) seis mil seiscientos
tremta ! cinco pesos cuarenta y dos oentavos; siendo de advertir á las personas qno se intere&amp;en á dicho rancho, que al Erario solo reconoce esta finca 3 800 pesos y que habrá ademas
que garantizar_á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pe~os, y el s¿brante á quien justifique ser el dueno.
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriano Carrillo. . 10-1

AVISOS JUDICIALES.
BEMd.TE,
Tribunal de 1~ instancia.-!~ Sala.-A las doce de la mañana del dia c:nco del entrante
Mayo, se b&amp; de proceder por la 1~ Sala d_e este Tribnn:tl al remate d~ la casa núm ..6 de la primera ~álle ~cha, aval~ada_po; los peritos D. Antomo Torres ToriJa y D. Juan Cardona en
la cantidlid ~e catorce i:ml vemt1ocho pesos sesenta y ci~co centavos ($14,028 ó5 cs.)
.Lo que av:1so al público, para que las personas que qweran hacer postura lo verifiquen el
dia Y ~o~ citados; en concepto de que la Secretaría de dicha 1~ Sala dará las instrucciones
que m1mstran los autos.
México, Abril 26 de 1866.-Estéban Tomá, Ca~as, Escriban(epúblico.
919-3a-J

A.viso judicial.
En los ~utos' 4.ue sigue D. Mariano Bancbe contra la testamentaria de D. ]!'ernando Pouret
Y D~ M':nana D1az! sobre pesos, el Sr. .fuez 2? de Instmccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon,Pewcbe, á pedimento de D. Casimiro Rios, ha mandado se cite la almoneda con calidad
de rem}te,.del corral ó terreno situado en el callejon de Luna, cbn entrada por ~l meson de
S~n Ffanc¡gco,. de ls calle real de Santa Ana de esta ciudad, valuado por los arquitectos D.
~1cente Here~1a YD. ~anuel Rincon en la cantidad de 2,819 pesos 29 centavos, la que se venficará la mana~a del d1a 1 de Mayo del presente año, á las diez, en el Juzgado del espreaado Sr. Juez, situado 6Jl. el Palacio de Justicia calle de la Moneda.
·
México, Abril 21 de 1866.-Casimiro Ftrn•1ii.~z, Escribano público.
9-20-3s-1

l'IA.NO DE VlllVTA.
Un piano de rosa, de 8iete octavas, con todas las mejoraa moaeruas, enteramente nuevo, se
vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14, callojon de Santa Clara, primer piso.

DIVERSIONES PUBLICAS.
Domingo 29 de .Abril.

TEATRO .IMPE°RIAL.
COMPAÑL\ DRAMATICA.

En la tarde del referido dia, it las cuatro en punto, la compañia empresaria del Teatro Principal pondrá en escena las dos conocidas zarzuelas, denominadas: La isla de San Balandran,
y La cola del diablo.

'rE.ATRO PRINCIPAL.
C0111PAÑIA DRAMATICA .

En la noche, á la hora acostumbrada, se representará la comedia nueva, en tres actos, in·
titulada: La tertulia do confia11za.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRAMATICA,

En la tarde, á las cuauo on punto. se pone en escena la pieza quo se intitula: Los muebles
de Don Toni6,s, y en seguida la zarzuela denominada: La cola. del diablo, bailándose ademas
diveraas piezas.
•
En la noobo se vonen en escena las comedias intituladas: En la cara utá la edad, Los treinta
mil del pico, y Cuidado con los s.mbreros; terminando la funcion con una polka que bailará la
pareja principal del ramo.

JIEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL
.
.,

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Juan Ortíz Monasterio</name>
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        <name>Observaciones meteorológicas</name>
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        <name>Reina María Amalia</name>
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I-IP.·1:BlO
Los números sueltos valen 12 c~ntavos.

MINISTERIO DE JUSTICIA.

S1J'MAllIO.
. PARTE OFICIAL.-Decreto· autorizande al llinistro de Fomento para ejecutar el desagüe
dire~to del ~all~.-Caballer~ de Guadalupe.-Sueldo de losjueces.-Guarda en la Administrac1on de S1Jao.-Méd1co adJunto del cuerpo médico militar.
PARTE NO OFICIAL.-Recepcion del Ministro de Prusia.-Suscricion para los inundados.-Naufragio del Anfion.-Registro civil.
Solicitudes y denuncios·.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

•

Consi~erandu_ qup, es de_una necesidad ~rgente evitados male¡¡ que ocasionan las mundac1ones parciales que peri6dicamente sufren la mayor parte de los
terrenos del Va lle de México durante las estaciones de lluvias, y la general á
,que está expuesta la capital del Imperio, que en caso de verificarse causaría
pérdida~ materiales y trastornos de consideracion;
'·
: Considerando que el modo único de estar á cubierto de semejantes males, es
la ejecu~ion ~el d~sa~ü~ directo, á cuya obra deben contribuir de preferencia
los propietarios é mdmduos que con ella sean inmediatamente beneficiados;
Oido nuestro Consejo de Ministros,
DECRETAMOS:

•

1

NUM. 399

JJIEXICO.-Lunes 30 de Abrif dé IS66.

TOMO III.

SECCION

1~

México, Abril 29 de 1866.

En vista de la consulta que contiene el oficio de V. S., fecl:fa 26 del presente, sobre el aumento de sueldo .que deba hacerse- á los jueces que sustituyan á
otros jueces de igual categoría, en virtud de lo dispuesto en el art, 152 de 1a ley
de 18 de Diciembre último, S.M. el Emperador se ha $ervido acordar diga áV, S.
en contestacion, que siendo el servicio que los jueces prestan en los casos expresados una carga anexa al empleo que desempeñan, es claro que por este motivo no deben gozar un aumento de sueldo ni otra remuneracion que la desig:
nada á la judicatura q~e obtienen.
Dígalo á V. S. para que esta resolucion le sirva de regla general y·se eviten
consultas innecesarias.
'
El Ministro de Justicia,
ESCUDERO.

----·----

..,

~r. Prefecto político de Toluca.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION

1~

México, Abril 26 de 1866.

De conformidad con lo que vd. ~~sulta en su oficio núm. 167 de 15 del ac.tual, le manifiesto que puede disponer que en la administracion de rentas de
Silao se aumente una plaza de guarda, con la misma dotacion que tienen asignada los que hoy existen.
Lo que comunico á vd. para los fines coooguientes.-El Subsecretario de
Hacienda, E. TTiltawa.-Sr. Administrador pi:incipal de r_entas de Guanajuato.
Es copia. México, Abril 26 de 1866.

A!t· l ~ Se autori~a á ~ uestro Ministró de Fomento para que proceda inmediatamente á la eJecuc1on de ias obras necesarias para llevar á cabo el .desagüe d_irectó del Valle_ de México, siguiendo el pr~yectQ formado en 1848 por
el Temente M. L. Smith y presentado al Ayuntamiento de México, con las modificaciones que se juzguen necesarias por d ingeniero que se nombre director
de las obras, previa la aprobacion que de dichas modificaciones haga Nuestro
El Subsecretario de Hacienda,
referido Ministro.
··
E. Villalva.
Art. 2~ Para subvenir á los gastos de la obra, en los cuales serán comprendidos los sueldos de ingenieros y demas indispensables, se duplica por el tiemMINISTERIO DE GUERRA.
po necesario, ·desde 1° de Mayo entrante, la contribucion municipal que se re6~ DIRECCION.
cauda en la Aduana de esta capital, y se aumentan en un veinticiuco por cienMéxico,·Abtil 28 de letii.
to las contribuciones directas que se causan actualmente en el Valle de México
Por acuerdo de S. M. el Emperador, fecha 26 del corriente, ha sido confey se recaudan en la Direccion general de contribuciones direct,as.
,
Art. 3~ El monto de estas contribuciones se tendrá en dep6sito en la teso- rido el empleo de médico adjunto de 1~ clase del cuerpo médico-militar al pro'
rería de la Municipalida:d de México, á disposicion exclusiva del Ministro de fesor de medicina y cirujia D. Ramon Urzúa.
El General Subsecrttario de Guerra,
Fomento, sin que de sus productos pueda distraerse cantidad alguna con otro
objeto que no sea el' del desagüe, bajo la roa~ estrecha responsabilidad del teJosé María V. de 7,a Caden~.
sorero, y sin que por este cobro, depósito y cuenta carrespopdiente, cobre dicho tesorero, ni otro empleado sueldo ni emolumento alguno.
·
PARTE :NO OFICIAL.
Art. 4~ Nuestro Ministro Je Fomento será responsable de la buena y_legal
inversion de las can~idade~ que por su órden se saquen de la oficina menciona_E~ Emper~dor recibi6 el s_ábad~ en aud!encia solemne al Sr. Baron de Magnus,
da, haciendo que se justifiquen debidamente, así como de la buena construccion Mm1Stro residente de Prusia en esta Corte, quien tuvo la honra de poner en
de las obras que se pract.iquen.
'
manos ~e S. M.. las insignias del Collar del Aguilá Negra, con que S. M. el Rey
Art. 5° Nuestro 11-finistro de Fomento ~ueda plenamente autorizado para
de
Prusia ha condecorado al Emperador de México.
nombrar y remover el ¡rnrsoual necesario para la ejecucion de las obras del desPor el luto no tuvo lugar la gran comida anunciada ese dia en bonor de esagüe, y para tomar todas las disposiciones necesarias á fin de deslindar, medir
y amojonar los ~errenos uacionales actualmente ocupados por las aguas, pa'ra te obsequio.
que en lo sncesivo se l.es pueda dar el destino que convenga, y de hacer pracAyer á las siete de la mañana salió S. M. la Emperatriz de la capital para
ticar las mismas operaciones en los de propiedad particular, para que en vista
Cuerna
vaca.
.
.
del mayor valor que tomen por causa de;l desagüe, pueda valuarse este aumen~o, que los dueños de ellos deberán satisfacer al erarin.
OONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
Dado en el Palacio de nlhico n 27 de Abril de 1866.
Suscricion en favor de los inundados.
MAXIMILIA.l'iO.
'
' (Continúa.)
Al Ministre, de l!1 omento.
$ 31,227 31
Suma anterior . . ............. .
Por el Emperador,
.ADMINISTRACION DE".RENT.A.S DE IXMIQUilPAN.
• El Ministro de Foll'.lento,
3 00
Administrador D. Javier Unanue ................ .
FRANCISCO SOMERA.
1 00
Escribiente 1~ D. Jesus Terán .................. .
O 50
,,
2~ ,, Nieves Olguin .... . ........... .
O 25
Guarda
1
~
D.
Tiburcio
Ortiz
.
.
.................
.
11
O 25
,_, 2° ,, José María Romero ........ •. ......
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
O 25
,, 3° ,, Adolfo Arroyo .. , ......... : .....•.
México 29 de Abril de 1866.
O 25
,, 4~ ,, Antonio Cortés ................... .
O
50
Receptor
de
.Alfajayúcan
D.
Juan
Hernandez
.....
.
S. M. ,el Emperador, por acuerdo de 26 del actual, Ha tenido á bien no~O
25
Guarda
de
idem
D.
Adelaido
Arteaga
............
.
br~r Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe é D.• Manuel Fernan'dez,
Receptor de Tasquillo D. Pedro Fuentes ......... .
o 372
Miembro del Consejo departamental de beneficencia de Túxpan.
Idem de Chilcuautla D. Rafael Olguin ........... .
O 25
El Secretario encargado de la Gran Cancillerla,
Idem de San Salvador D. Juan J. Hernandez ..... .
O 37½
7 25
José H. Gonsalez.
A la vuelta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 31,234 56

t

�•

434

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

435

t '

De la vuelta.. .' .....

$ 31,234 56

SUDPREFECTURA DE IXTLAHUAC.A..

,f 00

Sr. Subprefecto D. José María Becerril. .......... :
Juez de letras, Lic. D. Dionisio Fernandez.... ..•. .
.Administrador de Rentas D. Juan Sicilia .. ..... ..•
D. Cárlos M, .Amero .............•.........•...•
Guarda. D. Eusebio María García. •••....••......•.
,,
,, Trinidad Galvan ..•.............•.•..
Receptor de Rehtas de San Felipe ... : .•...••..••.
,,
,,
de .Atlacomulco .•...•.......•.
,, ·
' ,,
de Temascalcingo .....•......
,,
,,
de J ocotitlan ... ...... .... . .. .
,,
,,
de Jiquipilco . . ... ........... .
,,
,,
de Temoaya ........ .. ...... .
Prefecto--municipal D. ;Blas Berna........•........
.Administrador de .Correos D. Luz García .•...•....
J;&gt;. Guillermo García ....................•......
,, Juan B. Bernal............. .' ... . .• ..•....•.
,, Marcial Flores ....................•.. .. .. . .
,, Teodoro Rodríguez .....,....•........•......
,, .Agustín Puente •...•.....••...............•
,, José María Velazquez .. •.• ...•..••..••... ..•
,, Francisco Miranda ........................ ..
,, J esus Miranda .....••.....•••••••..•......•
,, .Andrés .Arratia ....•.•..••.•.•••..••....•..
,, Modesto Velazquez •.•••.••••••.••..•••.•••.
,, Narciso Rojas.......••••••••••••••••••.. ~ ••
,, Vi~ente Basurto .. •....••.••••.•••••••.•• •1 ..
,, .Antonio Trujillo.•..•••••.•••••••••••••.••••

2 00
2 00
O 50
O 25
O 50
O 50
O 50
O 50
O 50
O 50
0 50
1 00
O 50
O 25
O 50
O 50
O 25

'

O 2[&gt;

O 25
O 50
O 25
O 50
O 25
O 50
O 25
O 25

15 25

LOS VECINOS DE ZIM.A.P.A.N.

Comandante militar D. Macedonio Victoria......•..
.Administrador de Rentas D. Higinio Sanchez .....•
Escribiente de la .Aduana D. Melesio del Bello . .. .. .
Guarda de id. D. Simon Soberanis ............... .
Idem de idem D. José María .Alarcon ... ......... .

1 00
3 00
· 1 00

1 00
1 00

7 00

.Administrador de Rentas de Huichapan D. José María Inclan .....•.................•..........
Producto de la suscricion abierta en el Departamento
de Durango.. ... . . . . . •...•...... . ...........
Idem de ídem en la Península de Yucatan ........ .
Producto ·de una soirée dada en Nueva-York, en casa
del Sr. Borg, encargado del Consulado general del
Imperio, para auxilio de los inundados de México..

3 00

255 50
1,116 26
600 00

Suma.................. .
\

...

. $ 33,231 57

( Continuará.J

NauCi•agio del "Anfion."
•

Leemos en el Franco-Mexicano, periódico de Veracruz, lo siguiente:
"El vapor de guerrafran~es ''Ánfion," encalló antes de ayer (20 de.Abril], á la
una de la mañ¡i,na, en los arrecifes de la Anegada de afuera, á cinco leguas de
este puerto. Por un· avis_o que trajo de Sacrificios un bote del mismo buque, el
Comandante de la marina, Mr. Peyron, supo inmediatamente la desgracia y se
apresuró á dar auxilio con la fragata de vapor "Magallanes" y el aviso "Ado·nis." Segun nuestros informes, que son buenos, no será posible poner á flote el
"A.nfion," y se trata, en consecuencia, de salvar de él lo que se ¡rueda."

Registro civil.

las espirituales: al que gozase de un doble poder semejante, le seria en extremo
fácil abusar de él, una vez que contaba con medios físicos y morales para reducir á sus subordinados; en una palabra, poner el sacerdocio y el imperio en las
mismas manos, seria reunir dos cosas incompatibles -por su fin y medios de que
disponen. •
·
. ,
. ,
"De aquí ha venido la Gonveniencia reconocida por la cjvilizacion moderna,
de la separacion de ambas potestades, la política y .la eclesiásjÍca, cuya separacion ha sido reconocida por los pastores de la Iglesia. "~ tí encomendó Dios el
Imperio y á nosotros las cosas de la Iglesia," decía el Obispo O~o al Emperador Constanoio (Epístola de -San Atanasio á los solitarios). El Papa Nicolás I
argüía al Emperador Miguel diciéndole cw-e Jesucristo había separado las fun.
cionee de Pontífice y Rey con actos propíos y funciones distintas (Epístola 8
y Distinc. 96, capítulo 6), lo cual no podia ser de otra manera, pues la mision
de la pótestad religiosa es puramente espiritual, mientras que la de·la civil se
consagra á los negocios temporales. A la sombra de ésta y bajo su vigilancia
emplean los ciudadanos el trabajo de sus manos, alcanzan el fruto de su industria y entran en relaciones con otros pueblos, -sin que para esto necesit13n del
concurso del poder eclesiástico, el cual es del todo ajeno á tales fines.
·
"No d~bemos olvidar en esta materia la famosa respuesta. de: ".Al César lo que
es del César," dada por Jesucristo,. quien tambien pagó tributo cuando se le
exigió.
"De acuerdo con estas reflexiones, no }lodremos menos de convenir en que todo el que pertenece á una nacion debe sujetarse á sus leyes, participar de sús
ventajas y gravámenes, arreglándose en los actos particulares y públicos á la$
reglas prescritas por los gobernantes, pues estos no se proponen mas fin que el
bien de la sociedad.
''Resumiendo lo anterior, resulta: l? Que la potestad eclesiástica y civil son
distintas y no ·pueden existir ~n una misma persona. 2? Que ambas potestades
se proponen fines distintos. 3? Que el de la primera es puramente espiritual, y
el de la segunda es la proteccion de los derechos individuales, la conservacion
del órden público y el a1Teglo de los actos civiles.
"Como aplicacion de estas consecuencias, trataremoi¡¡ ya el punto de la conformidad de las leyes·de registro civil con los Cánones de la Iglesia: mas como quie~
ra que la oposicion mas fuerte se ha dirigido siempre á la parte relativa. á los matrimonios civilt&gt;s, nos ocuparemos principal.mP,nte de estos, haciéndolo de los
otros puntos solo por incidencia.
, '
"Es el matrimonio el vínculo de las 'familias que multiplicadas han de da,· nacimiento á nuevas sociedades. Cualquiera que fuese el territorio que hubiesen de
ocupar los habitantes de un pueblo, y poi• mas ó menos variadas que estuviesen
las atribuciones de los encargados del régimen político, habia de ser indispensable el elemento primordial, el matrimonio, para procurar nuevas relaciones entre
los ciudadanos. Las condiciones que se prescribiesen á su celebiacion, variarían
segun las circunstancias, como los demas contratos. Este carácter le víene desde
los tiempos mas remotos, ,Y siempre ha sido considerado en su ·esencia como un
acto de mera convencion; de manera que en su orígen y largo tiempo despues,
solo fué considerado bajo su aspecto •civil, sin que posteriormente lo haya' p~rdido por la intervencion religiosa.
.
"Así, pues, en el matrimonio, en este delicado contrato iJ,,1 cual pende la felicidad de las familias y por. consiguiente de toda la -soci,·u,.1!, de cuyo punto e¡¡
solo responsable la potestad civil, ésta tiene necesidad de establecer leyes que
impidan su mala celebracion, castiguen á los iufractores y anulen tales actos cuando _se hu~iesen ejecutado con infraccion de las mismas. iQué .razou habría para
someter á ~a vigil~ncia y direccion d~ los g??ierriós to.dos los actos en que se versan cada dia los cmda.dauos, y excluu· precisamente los mas importantes, como
el nacimi~nto, ~l P}ct~ funda!11~ntal de las familias qiie, tanto afecta por sus resultados a las mst1tuc1ones civiles, y la muerte, entregandolos á la inspeccion de
una potestad distinta, diversa del todo, por el fin .que se propone1 ·Antes de la
promulgacion del Evangelio, los gobiernos tenían intcrvcncio11 directa en estos
acontecimientos de la vida humana, por su carácter civil y en virtud de las otras
razones antes expuestas; ipqr qué motivo, pues, se les trata de'negar hoy la misma facultad, existiendo las mismas circunstancias y las mismas r~acioncs de la
sociedad1 Se ha pretendido dar á la cuestion el giro de que la potestad civil no
puede mezclarse en la administracion de sacramentos; pero en esto hay una equivocacion, porque á. la vez que el nacimiento, matrimonio y muerte de los ciudadanos tienen que ver con la religion de cada uno, no por eso dejan de afectar su
carácter de asociados y hallarse sujetos á las disposiciones del poder secular:
cuando mas, podría inferirse que la autoridad espiritual ha de intervenir por lo
que á ella concierne, en lo cual estamos conformes; pero nunca en conceder que
sea la autoridad eúcargada de vigilar estos actos. .
"Tales son los principios aceptados por el Gobierno Imperiál y desarrollados
en la ley que con fecha l? de Noviembre del año próximo pasado ha sido promulgada. Ellos, como se ve, no pugnan en nada con la potestad eclesiástica,
sino que antes ,bien le d~jan un completo y libre ejercicio de sus facultades.
Próximamente haremos una explicacion de ella, demostrando con el texto en la
mano la verdad de lo -que antes se ha dicho.-.Lic. Miguel F. -Bklnco."
'

El "M~xicano" ha publicado el artículo siguiente:
"Desde que la .América española se fué sucesivamente independiendo de ·la
madre patria, apareció en una posiciol). del todo nueva, con fuertes y delicá'dos
compromisos que ofüsca~an el porvenir. Criaturas, las nuevas naciones del siglo
XIX, tenían que obedecer su impulso hácia la civilizacion y adelanto; hacer á
un lado las opiniones. verdaderamente retrógradas que no guardasen armonía con
el estado actual del progreso europeo; someter otras á exámen y darles nueva
forma cuando la requerían, procurando en todos caso,s abrir amplia puerta á las
mejoras; todo ello regido por la pradencia que debe reinar en las empresas difíciles, y contra las cuales el espíritu de retroceso trata de aglomerar obstáculos.
No es dable á nuestros jóvenes países permanecer en la inaccion y ser simples
espectadores de lo que pasa en nuestro gigantesco vecino del Norte: un feliz des·enlace de sus contiendas sobre independencia, los ha puesto en actividad; y si
SÓLJ()ITJJDES DE PRIVILEGIO
otra cosa intentasen, se olvidarían de sí mismos, siendo responsables á la posteridad de tan culpable apatía.
·
.AlffE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
"A muchos objetos son aplicables las reflexiones anteriores; pero ahora las apli(2~ publicacion.)
camos al registro civil, que es entre nosotros una de las instituciones nuevas mas
dificiles, por razon de ser católico en su mayor parte el pu~blo mexicano, cuya Solicitud de D. Félix Oluissin, pídiendo privilegio exclusivo conw introductor de
circunstancia hizo al principio aparecer serios y formales inconvenientes para el
la máquina para fabricar pan por el siitema del Dr. Dang'lish.
establecimiento de tan importante mejora.
"Segunda clase.-:-Cuatlo reales.-Para el bienio ~e·mil ochocientos sesenta y
"Diremos algunas palabrns sobre las facultades de los Gobiernos para establecer los registros civiles, y la ninguna repugnancia de tal institucion con los Cá~ cuatro y seae~tay cmco.-y-alga para los años de 1866 y 1867.-El Gefe Direcnones de la Iglesia católica, pasando despues á explicar la ley que entre nosotros toi: de la Secc1on 3l!-, Agustm Tor~l.-Exmo. Sr.-Félix Chassin, súbdito francá's, de este comercio, con habitacion en la casa núm. 2 de la calle de Olmedo,
se ha promulgado.
.
ante V. E. respetuosamente digo; Que deseando introducir reformas en el ramo
. "~n los primitiv?s tiempos del género humano, el sacerdocio y el imperio se
eJercian por una misma persona: desde esa época y con mas frecuencia despues, de pa~adería, he ~ncont~ado la mejor obra ac.:'1.bada entre todas, escrita Pº! el Dr.
Danghsh y conocida ba.10 el nombre de Tke Danglisli- system of acrated bread .
los reye~ agregaban á su _dignidad la investidura sacerdotal. Constad~ la Sagramanufacture.-Toda
la Inglaterra ha visto con aplauso este nuevo sistema aproda Escntura, que Melqmsedec, rey de Salero, era sacerdote del .Altisimo. No
hay duda que aceptado el exclusivismo religioiio, la reunion de auto1·idades en bado por los comités de salubridad, y era de esperarse que así fuera, por com~a m!sma ~e~s?na producía al~nos resultados favorables, siendo uno de ellos prenderse e1;1 aquel sistema todas las ventaj3:s posibles que pudieran desearse.
La elaborac10n del pan se hace por medio de una maquinaria ingeniosament.e
unpedir 1~ divl8lon y competencia de los poderes, de lo que existen muy escaJJ.dalosos eJemplos en la historia. Pero si bien es cierto lo que acabamos de decir, combinada, con la cual se consigue una gran limpieza en el efecto, y lo que es
mas, que necesitándose un corto número de empleados, queda por lo tanto abo~o l? e~ menos que !a misma_historia nos j_u~t!fica los males inmensos que tal
lid.a esa especie de esclavitud que hasta hoy se ha conservado en las panaderías.
i~~tltuc1on trae _co~igo. La costumbre de dmgu-,con cierto imperio las cosas po•
En
efecto, los operarios casi sepultados en oscuros y desaseados amasijos, no
hticas, expondr1a mdudablemente al Soberano a tratar de hacer lo mismo con
·
solo
son víctimas de las enfermedades consiguientes á un temperamento excesi\

..

•

vamente calil)nte y falto de ventilaciol'l, sino del mal que resulta·de miasmas in- la Purificacion, pertenecientes al Distrito .de Texc~co, de ejercici? minero, y él
salubres producidos del encierro de muchos individuos en lugares tan reducidos. segundo labrador, ante V. E. comparecemos y decllÍlos: que al pié del cerro de
Ademas, es notorio que S. ?lL ha visto con pena la lamentable situacion en que se Soltepec, en una barranca nombrada Tlalpochico Tisacalco, terrenos a~l Molino
hallan los opei·arios de que hago mencion, y estoy seguro de qué quedaría com- de Flores, por el Sur, jurisdiccion de Texcoco, hemos descubierto un cnadero de
placicJa al saber que ?~Yª una persona que aso~iándose á sus _:filantrópicos esfuer- blanco de España, que corre de Oriente á Poniente, al que ponemos por nomzos, contribuya al almo de esta clase tan abatída.-Por el sistema del Dr. Dan• bre el Patriarca San José; y ante V. E. hacemós formal denuncio de él, como
glish se consigu611 las ventajas siguientes: 1~ Que el pan sea absolutamente fósil, con arreglo al art. 1~, tit. 6~ de la Ordenanza del ramo de Minería.-! V. E.
limpio, pues la harina está amasada únicamente por la maquinaria, ,con lo cual pedimos 9.ue con arreglo al art. 5? del mismo título, se sirva admitir nuestro d~&lt;¡ueda la masa libre del sudor natural del cuerpo y de otra falta de aseo.-2~ nuncio, y que tomada razon de él se nos devuelva para nuestro resguardo, lit¿ne el pan sea absolutamente puro, pues no lleva mezcla ninguua, por- ser indis- brando las órdenes á que haya lugar, conforme á las mismas Ordenanzas.-Es
pensable que se haga con harina de trigo de buena clase.-3~.Su contestu.ra celu- justicia que pédimos,jurando lo necesario, &amp;c.-Texcoco, die~ y nueve de Marlular es clara y uniforme, su color es blanco limpio y en lugar de ser agrio el pan y zo de mil ochocientos sesenta y seis.-José María Monterubio.-Marcos Velazmuchas veces acedo por la mucha cantidad y mala calidad de levadura con que hoy g_uez. "-Prefectura política. del Departamento del Valle de México.-México,
lo benefician, tiene un sabor peculiarmente agradable.-4 ~ E s soluble en el pala- Marzo 20 de 1866.-Por presentado en cuanto haya lugar én derecho: regístredar y en el estómago, siendo tambien nutritivo é higiénico, muy especial para se en el libro respectivo y devuélvase al interesado para los efectos legales.las personas de ocupaciones sedentarias, los inválidos, enfermos, convalecientes y Por el Sr. Prefecto político, el Secretario general, Cárlos Zavala.
_)
particularmente para los niños y ado1escentes.-5~ Como este pan se hace sin
fermento ó levadura, no solo no causa flatulencia, sino que la hace desaparecer,
pues personas que padecen de tal enfermedad, tienen un remedio en el mencioA los snscritores del Diario.
nado pan, así como los que sufren de la gota, reumas, asma y otros desórdenes
Habiendo terminado el primer trimestre del año actual, se suplica á los suscrónicos.-5~ Es muy conveniente para los ti·abajadores, labradores, etc., puta eritores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que,
las mejores propiedades del trigo [las que contribuyen al desarrollo de los ner- lo verifiquen inmediatamente, porque la Administracion del per!ódico necesita
vios y de la musculacion] están conservadas en el pan elaborado por el sistema recoger el importe de todas las suscriciones vencidas hasta el día último de
del Dr. Danglish, mientras que en el present1: sistema de pan fermentado, todas Marzo.
estas benéficas propiedades quedan· nulificadas.-7~ 11:s muy soluble en el agua,
•
en la leche y en todos los líquidos.-8~ Puede comerse impunemente acabado de
fabricar, y se conserva en buen estado hasta mas de diez dias.-9~ Es muy eco.AVISOS OFICIALES.
nómico, y sin embargo de tantas cualidades es el mas barato, proporcionalmente entre todas las clases de pan hasta hoy conocidas.-En tal virtud, deseando introduMINISTERIO DE ESTADO.
ciren el Imperio mexicano las mejoras de que hago mencion, y usando de la franAUDIENCIAS .MINISTERIALES. •
qtri.cia que me concede el art. 3° de la ley de privilegios,-A V. E. suplico se
Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen 6rden que. exige 1~ e~pedisirva concederme privilegio como primer introductor del sistema del Dr. Danglish para manufacturar el pan, por el término de doce años; debiendo comenzar cion de los n1;gocios de las Secretarias del De~pac~oi ha ac_ord_ado el ConseJo de Mimstros,
con autorizac1on de S. M. el Emperador, las d1spos1ciones s1gwentes:
á contarse, ~i no puede ser antes, á los dos años de la fecha en que me sea con1'!- El Ministro de Estado dará audiencia diaria de diez á onee de la mañana.
'
cedido el privilegio.-En todo lo que recibiré merced y gracia.-Dios guarde á
El de Negocios Estranjeros, los lúnes, miércoles y sábados, de diez á once de la mañana.
El d.e Goberñacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
V. E. muchos años.-México, Marzo 26- de 1666.-Félix Ohássm."
El de JJIBticia, los lúnes. miércoles y viérnes, de tres á cuatro de la tarde.
. Lo que se publica en el ·Diario del Imperio. conforme al artí~ulo 14 de la ley
El de Instruccion pública y Cultos, los mártes, juéves y sábados, de diez y medi~ á doce
de 3 de Noviembre.de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco de la mañana.
J,i,menez.
El de Guerra, los lúnes, miércoles y viérnes, d~ doce á una de la tarde.
El ·de Fomento, todos los dias, de -las dos á las tres de la tarde.
El Subsecretario de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á la una del dia.
·SECCION 2~
Las personas sarán r.ecibidas en el órden con -que se hayan presentado, sin distincion de
(2~ pu~licacio~.)
México, Abril 4 de 1866.
0
rá2~ É1 que quisiere ser oido en audiencia particular, deberá pedirla por ~edio de una esSolicitud de D. José María Flores Verdad, ·pidienil/J privilegio exclusivo por ocho quela, indicando el asunto. Si no concurriere con exactitud á la hora que se le hubiere desigaños, como introductor de un nuevo procedimiento para destilan· maderas.
nado, ·no se le recibirá.
•
•
.
...
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se dmg1rán al
"Srgunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta Oficial
de partes.
.
·
y cuatro y sesenta y cinco.-ImperiQ Mexicano.- Ministerio de Hacienda.4~ Se recomienda á las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la espo·
Valga para los años de 186(:¡ y 1867...:...El Gefe director de la Seccion 3~-.Agus- sicidn de sus negocios.
-1&gt;~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion los negocios
tin Tornel.- Exmo. Sr.-José María Flores Verdad, ante V. E. con el debido
•
respeto digo: que pretendo introducir en el país un procedimiento para destilar oficiales.
. 6~ A fin de estirpar la costumbre tanMl~:ciosa al buen servicio como al decoro del Gobiermaderas, para el cual se ha concedido una patente en los Estados-Unidos, que no, con que se molesta y ofende á los
· tros, ya moviéndoles influjos para el despacho de
se está explota.J}.do en Nueva-York por la Compañía llamada "National chemi- los negocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á los intecal works," ('l'rabajos nacionales d.e química).-Por este nuevo sistema puede de- resados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que S. l\:b ha prohido espresamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingerencia en negocios estraños
cirse qne se aumenta la riqu_eza pública, por obtenerse de la materia primera mas ásuramo.
productos y mas variados que los que dan los procedimientos hasta ahora usa7'!- Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los "Mi·
dos en el país.-.A. V. E. suplico que siendo yo el primero que se presenta á pre- nisterios.
México, 8 de Agost-0 de 1865.
tender la introduccion de este nuevo procedimiento para destilar maderas, se sirva tenerme por legalmente presentado, y á su tiempo concederme la patente respectiva por ocho años, con arreglo á la l!:ly, en lo que recibiré gracia.-México,
BOLETIN BE L&lt;vl.S LEFES.
Marzo 27 de 1866.-José M. Flores Verdad.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
México, 18 de .Abril de 1866.-Se ha publicado la enti·ega núm. 9 del BoleLo que se publica en el Diario del Imperio, conforme al artículo' l4 de la ley
de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco tín de las Leyes~ y se halla p,ara su venta, al precio de catorce centavos, en est&amp;
.Administracion y en los expendios de papel sellado en que se han vendido las
Jimenez.
anteriores.- El Administrador principal, José Maria de Icaza é I turbe. 6a- 5
(2~ publicacion.)
México, Abril 4 de 1866.
.. ADMINISTR.AfüON DE BIENES NACIONALIZADOS.
Solicitud de D. Edgar T. Singer, pidiendo pr·ivil,egio exclusivo como inventor de

"'

.

.

una máquina para crear vapor, g_ue denmnina "Engendrador de vapor."

•

''Segunda clase.- Cuatro reales.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
seis y sesenta y siete.-Exmo. Sr.-Edgard T. Singer, á V. E. respetuosamente ,
hace la peticion siguiente:-El que suscribe declara que es inventor de una máquina para crear vapor, que se titula "Engendrador de vappr," la cual lleva muchas ventajas sobre toda máquina usada ó inventada hasta esta fecha. Entre
otras ventajas se pueden especificar las siguientes:-1 ? La máquina, siendo pe.queña en comparacion con las ya inventadas, y tambien mas sencilla en su construcoiou, puede ser fabricada y trasportada con menos costo.-2? Para pro'ducir iguales resultados con otra máquina, gasta menos agua y menos pábulo -de
leña ó de carbon.- 3 ? Que consumiendo igual pábulo con otra máquina produce resultados muy aumentados.-Ademas, deseo representar á V. E. que este''Engendrador" puede ser aplicado á cualesquiera ingenio de vapor que se halle
hoy en uso.-.Adjuntas con esta peticion, sírvase V. E. ver una descripcion del
Engendrador, un dibujo de él y un índice de las piezas.-Por todo lo expuesto,
á V. E. suplico se sirva concederme patente para esta invencion por el término
de doce años.-Juro que todo lo expuesto es la verdad, y protesto estar voluntario á pagar lo que designe V. E.; y á cumplir con. todos los requisitos de la ley.
-México, 27 de Marzo de 1866.-Edgar T. Singer.-Exmo. Sr. Ministro de
Fomento."
Lo que se publica ·en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez.

B.emate.
Con arreglo á los art.ículos 24, 25 y Z'l de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á procedeaal de la casa, cuartel l ?, manzana 5~, núm. 1, calle de la Loca, en Oajaca, valuada en($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al públi.co,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 18 de 1866.-EI Administrador de bienes nacionalizados, Jwan S1Wrec y
Navarro.
6a-4

Secretaria del Consejo de listado.

"

Seminario nfim. 9.

Ignorándose la residencia de D. Santiago'.Xicario, y necesitándose en esta Secretaria para
hacerle una notificacion en .el espediente núlil': 5,626 y anexq, se le emplaza por el presente
para que concurra por sí (í por apoderado, para el fin indicado; fijándose al efecto el término
de ocho dias, que comenzarán á contarse desde la fecha; apercibido que si no lo verifica, se
seguirá adelante el negocio sfn oirle.
México, Abril 24 de 1866.
3a-2
,•

Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en esta Secretan,.
para hacerle una notificacion en el espediente núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el p~
sente para q_ue comparezca á ella del1tro de quince dias, que ,::omenzarán 'á contarse desde la
ilcha; apercibido de que si no lo verifica, se seguirá el negocio adelante sin oirle.
México, Abril 17 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, Jos€ M. Rodrigi,a
y Co1fo.
6a- 5 •

,....,

4dministrac~on principal de rentas de México.

DEMJN()IOS ANTE LA PREFE()TlJRA POLITl()A
que se publican en el Diario del Imperio conforme al artículo 14
de la ley de 3 d_e Noviembre de 1858.
(2~ publicacion.)
"Segunda clase.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y seis y sesenta y
siete.-Sello '3?-Vale cuatro reales.-Exmo. Sr.-José María Monterubio y
Marcos yelazquez, el primero natural de .Atotonilco y el segundo del pueblo de

REMATE DE UNA FINO.A,

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, ha sido embargada por
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la calle d~ Santa Clara, apreciada en su última traslacion de dominio en diez y seis mil pesos; fijándose para las almonedas los dias 20 y
30 ae1 actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que la última es con calidad de remate, el
eual tendrá lugar en el despacho de est~ oficina, á las dos de la tarde: lo que se hace saber
al público, para que las personas que quisieren hacer postura, la hagan acompañando sus respectivos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion princip~l de rentas. México, Abril 13 dil 1866.-J. de la BarrBTa. 6a-4

.

I

�•
\

EL DIARIO DEL IMPERIO.

436

E•cuelas gratuitas.

.Juzgado' de letras de 'J!emascalíepec.

Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-;Núm. 865.-La
En los autos seguidos por este Juzge,do en el intestado del súbdito espaií.ol°D. Martin UnComision de Instruccion pública, con fecha 10 del corriente ha participado al Sr. Alcalde 11t1eta, el Juez que suscribe, por auto de véintidos del próximo pasado Febrero, ha mandado
municipal, que se~un lo dispuesto por el Exmo. Ayuntamiento, han quedado establecidas y ee cite por el presente á los que se crean con derecho á los bienes correspondientes á dicho
abiertas para el publico tres escuelas gratuitas para niños pobres, de las cuatro acordadas por intestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de treinta días, contados
la misma corporacion; la primera en la calle de la Concepcion núm. 9, la segunda en la calle desde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por apoderados instruide Muñoz núm. 3, y la tercera en la Rinconada de San Sebastian. Lo que por órden del mis- dos y bastantement~ espensados¡ en la i11teligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
mo Sr. Alcalde se pone en conocimiento del público, á fin de que los padres de familia que logar en derecho si no lo '1eriftcan.
•
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establecimientos mencionados.-El Secretario
Temascaltepec,·Abril 21 de lti66.-El Juez letrado, Manuel Graj;id1.1.- Asistencia, Ignacio
del Exmo. Ayuntamiento, Luis G. Pastor.
6a-3
. .Muñoz.-Asisteucia, Rafael Romero.
6a-2

-------------~--------------

- --

Administracion principal de rentas de México.
.A.VISO INTERESANTE.

Núm. 544.-En los almacenes de esta Aduana existen los bultos que espresan las listas que
se ponen á continuacion, y á cuyos dueños se cita pol' medio del presente, para que ocurran á
sacarlos en el término de treinta clias, contados desde esta fecha; quedando éntendidos
de que pas~do ese término se procederá á lo que haya lugar, con arreglo á las disposiciones
de la matena.
Administracion principal de rentas del Departamento del Valle de México, Abril 13 de
1800.-El ~dministrador principal, J. de la Barrera.

Lis-ta de les individuos que tienen ejecws cumplidos en los almacenes de es-ta
Aduana, hoy df,a de la fecha.
Fechas de entrada-: Bult.
Efectos.
Consignatarios.
Febrero 8 de 1866. 3 Equipaje •.. ...••.. G. Perogordo y hermano.
8
,, • 1
,,
... . ...•.. Mr. Tyssierre.
8
,,
l
. ......... Billet.
,, 8
l
.......... Sr. General Castagni.
,, 8
1
,.
.......... Lambert.
. , 17
,,
1 Cuadros •.••...••. . Sr. GefedelGabinetecivilde S.M.
Marzo 9
,,
2 Vinotinto .•.... ·.... C. Sauz.
,, 14
,,
1 Equipaje •. •...... . Lamesset.
,. 15
,,
1 Dro~as ...•.. .. .... Taillart.
,, 24
,,
1 Eqrupaje .......... Pierrot.
,. 24
1
..••...•.. Tapia.
,. 24
,,
1
.....•.... Condarmine.
,, 24
,,
6
..•.•..•.. Sr. Director de Artillería.
27
4
.......... D. Cárlos Sanchez Navarro.
27
,1
1
,,
.......... Cárlos Natuecy. .
1 ,, 27
1
,,
..••..•... Conducido por Solano.
,. 27
1 Piedras minerales . .. H. D'Oleire y C'!-

Venta judicial.
En los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo Wagncr contra D. Joaquín Abadiano, sobre
pesos, el Sr. Juez 2? civil de Instrnccion, Lic. D. .Miguel Rendon Peniche, ha señalado para la venta de los ranchos La Tenería y Los Reycs,.ubicados en jnrisdiccion de Tlalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los dias 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo próximo entrantes, á las
doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber al público por medio del
presente anuncio.
•
México, Marzo 22 de 1866.-Manuel Romero, Escribano· público de la Nacion. 889- 9a-8

Diptitacion de Jfiinería de Gtianajuato.
.A.VISO.

La Diputacion de Minena del Departamento, por decreto de 14 del corriente, ha mandado.
oitar á los Sres. Jecker y C~, vecinos de México, por meclio de los periódicos intitulados Diario del Imperio y Semanario Oficial, fijándoles el término de veinte días, contados desde la fecha de la pub_licacion que se haga en el primero de ruchos periódicos, para qµe establezcan
. en esta ciuda'c! el apoderado de que habla el artículo 1? del decreto de 8 de Enero de 1865, á
:fin de que los dueños de la mina de San Vicente-de Paul, de cuyo fundo son aviadores aquellos señores, traten las cuestiones que desean; bajo apercibimiento que si no lo verifican en e1
término ya inclicado, que será improrogable, les par11rá el perjuicio á que hubiere lugar.
Secretaría de la Diputacion de Minúía de Guanajuato, l!0 de Marzo de 1866.-Jgnaci-O R •
Hernandez, Escribano público de laNacion.
912--3a-3

Aviso judicial.
En el juicio verbal promovido por el Sr. D. Ignacio Esquive! contra D. Estéban Muño11~
sobre pesos, á su pedimento ha mandado el Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se haga saber al Sr. Muñoz, 'que no habiell.do ccncurrido á contestar 1~ demanda, se da ésta por contestada y se recibe este negocio á prueba por ocho dias; determmando ~
la vez, que en el término de ocho dias se presente en su Jur.gado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, á reconocer su fuina, puesta en un pagaré; bajo el apercibiento que
• haya lugar si no lo verifica, y ademas se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Abril 24 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
915-3a-3

28

AVISOS PARTICULARES.

Lis-ta de los bulws que sin documenw existen en les almacenes de es-ta Aduana,
hoy d~ de la fech,J.,.

Fechas de entrada. Bultos.
Noviembre 15 de 1865. 1 Con oficio de la Comandancia del Resguardo, una caja botellas.
Diciembre 11
,,
1 Un ba{il conducido por Souberbielle y rotulado á Gabino Llano.
,,
20
,,
1 • Un baúl equipaje, conducido' por Centeno.
Febrero
6 de L866. · 3 Tercios de cacao.
·
15
,,
1 Bulto, marca E. R., conducido por Landaluce.
8
21 Bultos db plomo.
9
,,
1 Un baúl conducido por Plauchu y rotulado S. Luis Villanueva.
24
1 Un baúl conducido por Miguel Somonte.
"
30 bultos.
México, Marzo 31 de 1866.-El Guarda-almacenes, Joaquín Carbajal.

SEGURO CONTRA INCENDIO.
La Compafí'ía Hamb11r,;11 esa-Bremes'!- tle Seguro•
CONTBd. INCENDIO,
Formada de entre los comerciantes mas ricos y. respetables de Hamburgo y Bremen,
y ofreciendo, pues, todas las garantías que puedan desearse.
A.sEGUR..A. MUEBLES E INMUEBLES A PREMIOS

l!6Dicos.-D.AN

INFORMES

y ARREGLAN PÓLIZAS

Los Agentes,
&amp; GUTHEIL,
Bajos de Porta-Creli núm. 4.

6a-2

LEFFM.A.NN.

AVISOS JUDICIALES.
N otüicacion.

l!21-90a-30

1'IINd DE N'llESTBd SEÑOBd. DEL BEF'l!GIO
EN GU.A.NAJU.A.TO.

Habiéndose puesto en productos la mina de Nuestra Señora d'el R!)fugio, aviada por D.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos ejecutivoll que este señor seguía contra D. Felipe Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer reparto de las utilidades, conforme a.
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el promoven- la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros
te se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedore.s actuales de las barras aviadas,
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el pata que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí ó
auto que á la letra dice:
por persona debidamente autorizada, y e:x.hibiendo el título ó documento que compruebe su
"México, Ab~il 25 de 1866.-Como lo pide. Haciendo la publicacion por ocho dias en el · actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su &lt;:aDiarw del Impi~io y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Cristó- lificacion.
bal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Mimiel F. Guerra, Escribano SeGuanajuate, ,calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan d~ D. Salgado. 899-30a-6
cretario."
.
º
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gon-¡:alez .de Aragon, publico
MINd DEL BEF'llGIO, alias LOS TBOJ11PILLOS,
el presente, que surtirá sus efectos legales.
DE PACHUCA.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
9-23-Ss-1
Aviso.-Desde Abril de 1858 soy dueño de veinte barras aviadoras en la mina de los
Trompillos de Pachuca. Mucho tiempo despues, y estando amparada la referida mina, los priCitacion· judicial.
mitivos duoños, que me la habian cedido, fo,rmalizaron un segundo avío con otras personas;
Por disposicion de Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se cita á estas dividieron las acciones de ella en doce barras aviadoras y doce aviadas. Como éste seJ:?· FrancIBco Berthe para que comparezca en el Juzgado que se halla en el Palacio de Justi- gundo avío jamas ha sido reconocido por mí, fué necesaiio seguir un litigio en el Juzgado de
cia, calll:l de la Moneda, dentro de ocho dias, á continuar el juicio que le promovió D. Pedro Pachnca, dando por resultado que aquel tribunal, por sentencia definitiva, mandase con fecha •
Strittmatter, sobre pesos; apercibido de que si no lo hace, se seguirá en su rebeldía entendién- . 2~ de .Enero. de 1864 "que se me re::1tituyese á la posesion de mi avío, y se me· entregase la
roma rnmediatamente.
dose las diligencias con los e~trados del mismo J uzg!ldo.
'
'
La Compañía formada por el sernndo avío interpuso una tercena, y piclió que antes de po•
México, Abril 28 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público.
9-24-::ls-l
nerme en posesion de la mina, -se Ya oyese: los tribunales accedieron á esta solicitud, ordenando tambien que se me pusiera en posesion de ocho barras aviadas y quedasen secuestradas
Ju:z¡;ado tercero de Ins:tr,ucion del ramo citJil,
las cuatro restantes entretanto sean pagadas las costas y perjuicios á que fueron condenados
Palacio de ~usticia.~El. Sr. Juez 3?.civil d~ Instruccion, Lic. D. CristóbalPoulet y Mier, los aviados.
·
P?r aut~ proveido en vemtitres del co1;nente, ti~ne m~ndado se cite por los periódicos á D. BeEstoy, pues, en posesion de dichas barras, llamadas por ahora aviadas; y con objeto de que
m~ ~uJula, para que dentro del térmmo de qrunce d1as, á contar desde el de la primera pu- el público tenga un perfecto conocimiento de que esclusivamente me pertenecen, hago la prebhcacion, se presente en su Juzgado á contestar la demanda que en juicio verbal por pesos le sente manifestacion; advirtiendo á la vez, que las doce barras aviadoras están igualmente
promueve D. José Antonio Bonilla;.apercibido de ,darse por contestada la demanda si no com- comprendidas en la m·encionada sentencia de 23 de Enero de 1864,'fuspendida por ahora únipare~e, sigui~ndo el juicio en !ebeldía con. los, estrados, que se dan po~ bastantea. Doy!e.- camente respecto de ellas, mientras se decide la tercería interpuesta por la Compañía.
México, Abnl 25,ie 1866.-Lic. José Manano lf!vya de Ctmtreras, Escnbano público.
, México, 23 de -:'-bril de 1866.-Man~l Fuertes.
913-3a-3
9-25-3s-1

AVISO.

Oitacion judicial.

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
p~pe l de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne se dará al precio desde 3 hasta .5 realespieza.
.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á precios sumament~ cómodos.
En la misma casa se encuentra nn surtido de porCtJlana, loza y cristal.
910-15a-3

A peclime~to de D. ~e~ast~n Cabr~les, como apoderad.o de D. Pedro Perez, el Sr. Juez 2?
de Instru~cion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Peruche, por providen~ia provisional y
precautona, mandó asegurar los enseres de la ~abla carnic~ría situada en· 1-0s baJos de la casa.
:p1arcada con el núm. 6. de la calle deJa Aceqrua, perteneciente á D. Lucio Quijano quien no
h.all~ndose·en esta capital, s~ ha determin~do por el.mi§mo Sr. Juez ~e 1~ emplace por los peTOdLLd DE VEN'lJS,
nódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso se
EFECTOS DE PERFUMERM. DE LAS ME/ORES FABRICAS DE PARIS.
presente en su :1~.gado, sito en el Palacio de Justicia, calle de,lá Moneda, á contestar la 'de·
manda que en Jruc10 verbal, sobre pesos, le promueve t;l Sr. Cabrales· bajo el apercibimiento
de que. si no concu1Te, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía. '
•
E~ la tlapalería de los Ve,iadf!S, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
MéXJco, Abril 27 de 1866.-Casimiro Ferna11dez, Escribano público.
921-3s-2
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de recibir otro
magnifico,.de perfumería, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.-Estracto;
de esencias ~l~periores.-Agua de Colonia legítima.- -Aceites para el pelo.-Jabones superioCitacioti judicial,
re~ y de fam1lia.-Polvos de a1Tw·root, arroz y haba.-Elíxires y polvos para la dentadura.A pedimento de D. Man~e~ ~ cocer, como cesionario de D. José Lasso, quien tiene que Vlilagre de gen-seng para el uso esterno de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de Yénus.promover u~a deman~a _en J?-icio ver~al, sobre pesos, ~ntra D. Ignacio Alcántara, el Juez 2? Yinagre aromático y de color.-Los mentados ja~ones de lechuga y contemporáneo, etc., etc.
de Instruccion de lo cml, Lic. D. Miguel Rendan Pemche, ha mandadó se cite al referido
A;Icántara por ~os periódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publica'J'.odos estos P.fectos ~on de clase suprema, y sin embargo se venderm'.\ sumamente baratos,
cion&lt;le. e~t? aviso, C?m~arezc~ ~n el propio Juzgado, .sito en ~l Palacio de Justicia, á contes- haciendo á los consumidores que tomen por docenas tlc ellos, una rebaJa importante todavía
20a-2sI11-l8
tar el_Ju1c10 respectivo, apercibido que de no concumr, segwrá el negocio en su ausencia y sobre los precios á que se menudean.
zebeldía.
México, Abril 27 de 1866..:-.Joaquin Guzman, Escribano público.
9-22-3s-2
,1'1EXIC:O.-IMPRENTA IMPERIAL.
1

•

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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caballero de Guadalupe</name>
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                    <text>..

EL
.

.

DEL

"

DIARIO
Los números sueltos valen 12 centa/Vos.

TOMO

III.

NUM. 400

lffEXICO.-JJlartes 1~ de Mayo de 1S66.

,..
S1J'MAB.IO.
PARTE ÓFICIAL.-Carta del Emperador al Intendente general de la Lista civil.-Per•
s.onas condecorada~ con }a Cruz de constancia.-Caballero de la Orden de GuadJ1lupe.-Certificados de superv1vtnc1a de gefcs y oficiales retirados.
P~RTE NO OFICIAL.-lnforme sobre gastos de la Lista civil.-El Emperador y la esclaVJtud.
Noticias extranjeras.

RABTE OFICIAL.

•

· Mi querido Ministro é Intendente· general de la Lista civil:
La Regencia que Nos precedió, al establecer las bases del Imperio, promulgó un decreto en el que se asigna al Emperador
de México para todos sus gastos particulares y oficiales, así como para el mantenimiento de la Corte y sus funci(marios, la
misma dotacion que tuvo hace medio siglo el Emperador Iturbide, por decreto del Congreso Nacional expedido el 18 de Diciembre de 1822. Acordó tambien, como es de costumbre en las
demas naciónes, que los gastos de conservacion, reparacion, arreglo interior y nuevas fábricas de los p~lac.ios imperiales, fuesen por cuenta del Estado.
Sien·do para Nos desagradable tratar puntos que tocan tan de
cerca intereses personales, aceptam0s la determinacion de la
Regencia sin alterarla expresamente, pero disminuyendo de hecho la suma decretada, tomando.sobre Nuestra dotacion la asignacion de los Príncipes de Itlll'bide y la cantidad de 661,845 ps.
82 cs. á que montan los gastos de construccion y arreglo interior del palacio de México, alcázai· de Chapultepec y compra
de algunos terrenos adyacentes á éste, cuyos gastos debían ser
de cuenta del Estado y no de Nuestra Lista ci-ril, conforme á
las disposiciones mencionadas. Estos gastos se erogaron. no solo
por la necesidad de hacer habitables dichas residencias, sino con
el objeto de proporcionar, como sabeis, un sitio que á la vez que
sirva de recreo al público, se multipliquen en él plantas y semillas exquisitas para disti-ib1úrlas gratuitamente y fomentar las
artes é industi-ia nacional que tanto apoyo merecen. Tambien
dispusimos gravar Nuestra Lísta civil en be11efi.cio del Estado, tomando de olla los 150,000 ps. dados á la familia del mencionado
Emperador Agustín, á cuenta de su crédito contra el erario, y
10.0,000 ps. que se depositan como equivalente del palacio de
Buenavista con sus jardines y parques.
Mas ha llegado el momento de ocuparnos detenidamente por
la primera vez de tan delicado asunto. La situaoion hacendaría
del Imperio exige toda Nuestra atencion, y consideramos conveniente y como un deber, que el Gefe de -la Nacion sea el P.rimero que dé el ejemplo ele someterá la mas estricta economía
sus gastos personales, los de su familia y ca~a. No se entienda
por·esto que censuramos á funcionario alguno de Nuestra Casa
Impe1ial. Al contrario: despues de haber visto con sa.tisfaccion
las cuentas que han rendido, co1Tespondientes á la últiq:ia anualid3:d, los creemos dignos de elogio. Pero en vista de las exigen-.
cias actuales del tesoro, y enh'etanto que las circunstancias de
la Ilacienda pública sean difíciles, es Nuestra firme resol11cion
que percibais solamente del tesoro del Estado para la Lista civil, la tercera parte de la dotacion anual que l{' corresponde segun el referido decreto de la Regencia; esto es, la suma de
500,000 pesos para todas las atenciones referidas.
Cuidai·eis, poi'. consiguiente, del .cumplimiento de este Nuestre expreso acuerdo, proponiéndonos desde luego y conforme
á él, el presupue!sto reduri&lt;lo de los gastos de la Casa Imperial,
que senir{. para los meses restaptes del preaente año. Al introducir todas las economías indispensables y ya señaladas por

•

Nos con sati.sfaccion, porque son en· alivio d~l tesoro público,
procurareis que no se perjudique el buen servicio de Nuestra
Casa, ni. se olvide la proteccion debida y para Nos tan car.a) á
las ciencias y á las artes; y mas que todo, q~e. no se desatien-:
dan los·pobres que llenos de confianza se ~rigen ~ N?so~·os.
Esta reduccion en los gastos Nos es prefenble por mclinac1on,
al esplendor y amplit~d que es de cos:umbro en las Corte~ europeas; porque la sencillez y mode.racion se acomoda meJor á
las ideas democráticas que Nos animan, y ademas realza el prestigfo del Monarca, tanto como el brillo de 1ma ·Corte espléndida.
Recibid las seguridades de la benevolencia de
V úestro afectísimo,
MAXIMILIANO.

..

Cuerna.vaca, Marzo 15 de 1866.

GRAN CANCILLERIA DE LAS .ORDENES IMPERIALES.
.

México 30 de Abril de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo de is &lt;¼l. actual, Ha tenido á bien conceder la Cruz de constancia de segunda clase á los se~ores:
General graduado, Ayudante general de Estado
mayor, D. Alejo Barreiro.
Coronel D. José María Márquez y
Teniente Coronel D. Juan J. Jáuregui.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 28 del actual, Ha tenido á bien nombrar Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe á D. Ramon ·Herrera, Oficial 1~ de la Prefectura de Guanajuato.
El Secretario encargado de la Gran Cancillería,

José H. GonzaT.ez.

MINISTERIO DE GUERRA.
1~ DIBECCION.
México, Abril 29 de 1866.

Conforme á lo prevenido en el artículo 2~ del Decreto de 1~· de Febrero de
1849, los gefes y oficiales retirados é ilimitados que cobran en esta capital, tienen ·que acreditar su supervivencia ante la b~ Direccion de este Ministerio, en el
mes entrante, y al efecto están señalados los días 3, 4 y 5 del mismo.
El General Subsecretario de Guerra,

José Maria V. de la Caikna.

PARTE 1'0 OFICIAL.
INFORME SOBRE GASTOS DE LA t.lSTA CIVIL.

SEÑOR:
.
Al dar cuenta á V. M. de la Administracion de la Intendencia general de la
Lista civil y de la direccion del Gran Chambelanato, siguiendo las prescripciones
de V. M., nos será permitido trazar un cuadro completo de los trabajos y gastos que se han hecho en las dos últimas anualidades, comenzando desde 10 de
Abril de 1864.
Los que suscribimos nos permitimos acompañar estos largos y pormenorizad0s detalles para mayor claridad, haciendo ·un informe general y sucinto st&gt;bre
las disposiciones que se han tomado, tanto en el arreglo de las residencias imperiales, como respecto de los otros gastos principales de la Lista civil.
Para hacer á V. M. una exposicion clara, es menester recordar dos puntos:
1~, el decreto que por órden de la Regencia fija al nuevo Soberano su dotacion correspondieute á la Lista civil, compreildiendo en ella. todos los gastos
relativos á la Ca$a imperial; y 2" la ~üuacion en la cual se hallaron las resi·
dencias del Gefe de la Nacion á la llegada de V. M.
·
Para la Lista civil de la Casa imperial se asign6 la misma suma que el Co11greso de la uacion decret6 hace casi medio siglo, el 28 de Diciembre de 1822,
para la Casa imperial del Emperador lturbi_de, es decir, la de 1.500,000 pesos
anuales; siendo de notarse que fué dr;cretada en un tiempo en que las condiciones y necesidades sociales eran muy diferentc3 á las del dia de hoy. V. M.
acept6 esta lista civil, antes de su llegada al país, y comenz6 ú vencerse desde

1.

�I
I

I

438

EL DIARIO DEL IMPERIO.

el 10 de Abril de 1864. Un acuerdo de la Regencia fijó ademas que los gastos Artes, eH.Cargándoles que hicieran las obras autes mencionadas. Para fomentar
de fábricas y rlparaciones, así como la.compra de mueblas y de terre:nos en las la escultura ordenó V. M. que se hicieran estatuas y bustos, aprovechándose en
residencias imperiales, correspondiese como es de costumbre en los demas pai- estas obras por primera vez los ·magníficos mármoles del país.
ses, al tesoro público.
·
Para que el Ministerio de Negocios Extranjeros pueda recibir de una mane· Refiriéndonos ahora al segundo punto, nos vemos precisados á entrar en al- ra digna de la nacion, á los diplomáticos extranjeros, ordenó V. M. que se argunos porm~nores para caracterizar mas claramente la ~ituacion. Las residen- regl_ase1;1 algunos departamen~os. del Palacio con este fin:. tambien se preparan
cias en México del Gefe de la Nacion, consisten en el Palacio nacional y Al- habitac10nes para huéspedes ilustres, algunas de las cuales han servido ya para
cázar de Chapultepec. Ambos edificios los encontró V. M. . en un, completo el recibirniento de diputaciones extranjeras.
abandono, debido á las críticas circunstancias porque ha atravesado el país. Del
ijabiéndose descubierto en los adelantos de las· obras, que el Palacio está
primero no babia habitable para el Soberano, sino una parte demasiado reduci- construido de piedra chiluca, V. M. se dignó ordenar se limpiase poco á poco ·
da; y en los otros departamentos, de los cuales algunos han caído en ruina, ba- este precioso monumento, poniéndolo én armonía con los dos mas hermosos
bia oficinas públicas, oficios de notarios y escribanos, tribunales, Co»te marcial, edificios de la capital, como son Catedral y Minería.
cárceles, almacenes, depósitos de guerra y de pólvora, panadería Jl!ilitar, oficina
Es muy e~traño, Señor, ~~e en el Pal~cio de los ".ireyes, de Soberanos que
de correos, de pap•el sellado, etc., habitaciones privadas, y hasta en las azoteas llevaron el rt:nombre de catolicos no hubiera una capilla decente para el serviexistían chozas habitadas por muchas familias, sin autorizacion de\ Gobierno. cio divino, siendo tanto mas de notar, que habiéndose prodigado ihfiniclad de
; El Alcázar de Chapultepec, antigua residencia vireinal, estaba trasformado locales á multitud de Corporaciones, como lo prueban las antiguas y numeroen gran parte en cuartel, otra había caído en ruinas. No se encontraba en él sas inscripciones que se observ,an aún sobre muchos de ellos, no se hubiera
ni una silla, ni una mesa, y faltaban hasta puertas y ventanas. Los dos palacios destinado en Palacio uno digno para el cu)to. En tiempo de los presidentes
estaban completamente deteriorados, é indignos de la nacion que V. M. rige. fué cuando se erigió con este objeto una capilla; pero su pequeüez y mala coRabia, ademas, el peligro de la insalubridad, falta completa de buen órden -locacion la hacían inútil para su destino, pues no podía avenirse con las exiy seguridad.
·
.
.
gencias del servicio religioso que V. M. manda observar con tanta regularidad.
Los techos estaban en muchos lugares á punto de caer: el agua se filtraba Ademas,_ Señor, como la capilla 1_10 sirve únicame11te para los Emperadores, sial interior de !as piezas. Las escaleras se hallaban descompuestas; las puertas, no tambien para toda la parroquia de la Corte, as, corría para todas las grandes
donde.las habia, no podían cerrarse. Las aguas inundaban los patios, y mil in- dignidades_del Estado, que concurren á las solemnidades de la Semana Santa
mundicias llenaban los zaguanes. El tao -afamado parque ~e Chapultepec, or- y á las demas funciones religiosas de reglame11to, era de todo punto indispengullo de los tiempos pasados, se encontraba en parte cubierto de maleza, y en sable que su nueva construccion correspondiera á su objeto.
otra ccmvertido en pantano insalubre.
•
.
Conse~uente con sus principios, V. M. ordenó que la mayor sencillez reinaLa dignidad á la cual llam6 á V. M. la voluntad nacional, no permitía dejar ra en la nueva y mas. amplia capilla, y así se ha hecho, · dando de esta mimera
tal estado de cosa~ en ¡&gt;ié: el Emperador no podía representar la nacion deco- ~u relevante testimonio de que no se necesita hacer alarde de riquezas, ni osrosamente en medio de este abandono. Por otra parte, V. M. tomó en conside- tentacion de tesoros para rendir el culto debido á Dios, al celebr,1r los misteracion dos medidas análogas á sus principios democráticos: la economía y la rios de nuestra religion.
·
sen~illez, conciliadas con la justa proteccion debida á las artes y á· la industria
~n e_) Aldzar de Chapultepec ordenó
.M. la restaui'acio11 de las péqueiias
nac10nal. Nos tocó la honrosa tarea de ejecutar en este sentido las intenciones habitaciones Imperiales, en el sencillo estilo urbano, ponieudo ventanas y puerimperiales, y nos lisonjeamos de no haber •omitido afan a_lguno para conse- tas que faltaban completamente, y acabando el edificio principal con las dimengmrlo.
,
si01~es modestas de una quinta. Entre l_as obras grandes .,e puede contar la consSe principiaron las obras de reparacion en el Palacio nacional, subiendo el truccion_ del camino nuevo al cerro, obl'a de _sum.a necesidad por ser el antiguo
nivel de los patios y zaguanes. Como prueba del estado de abandono en que se muy_ peligroso á causa de su mala construcc10n. y precipitada pendiente, que ·
hallaban estos, puede citarse el hecho de que, cuando se iba á derribar el peque- ocas~onó algunos grav~s accidentes. Se verificó la compra de algunos terrenos
ño cuartel que servia para la guardia. de caballería, era tal la cantidad de basu- contiguos para regularizar el parque, que como se ha dicl:w, se hallaba en der~ gµe en ~l se encontraba, que fué necesario que sesenta y siete carros estu- plorable abandono.
_
vie~an hac_iendo d_of viajes diarios durante veintiun dias para sacarla. Este deCon el objeto de evitar la pérdida de sus árboles magníficos, históricos y sepósito de mmundicias era sumamente perjudicial á la salud pública. Para sal- culares, testigos mudos de la llegada de los primeros mexicanos al territorfo en
var los patios interiores de las inundaciones en el tiempo de aguas se levantó que fundaron despues su floreciente Imperio, y con 1~ mira de formar un par-,
el nivel de ellos mas de un metro.
'
que de recreo público que sirva de desahogo á la poblacion, mandó V. M. qt!e
La segunda medida que debía tomarse en el Palacio nacional, era darle ven- se podaran los expresados árboles, que se abrieran c6moda~ culzada~ y que se
tilacion y luz, derribando varios cuerpos del edificio que se encontraron en un desaguaran los muchos insalubres pantanos que habia. Tambien or&lt;lell6 V. M.
estado de completa ruina, amenazando desplomarse próximamente, éon • gran ~ue se :rrincipi~ra á_ formar en él ua jardín zoológico qqe sirviera á la vez de
peligro de sus habitantes. Esta operacion sirvió mucho, aislando los diversos mstrucc10n y divers10n al público".
.
edificios para evitar los riesgos de incendio, y se hizo sin que costara el mas
Queriendo V. M. dar á la ciudad de México una prueba mas de .su constanleve sacrificio, cubriendo con el valor del material los gastos de los varios der- te anhelo por verla embellecer, y facilitar. al público la comunicacion con el
rumbes.
parque de Chapu_ltepec, 1;1andó construir un camino, costeado por la caja de
Una de las administraciones pasadas mand6 levantar en el jardin botánico V. M., que lo uru~ra en lmea ~ect~ con el expresado Alcázar, y V. M.. ha regaladel Palacio un cuartel, que al poco tiempo se hizo inhabit~ble por falta de so- do esta cómoda v1a d¡1 comu111cac10n á la capital, logrando de, esta manera dolidez, y V. N{. ordenó que éste desapareciera para dar á dicho jardín su antigua tarla de un nuevo paseo que un dia será uno de los mas hermosos del país.
forma y extension.
Aunque las obras del ~alacio nacional, así como del Alc~zar de Chapultepec, ·
Se quitaron de las azot~s todas las chozas que pesaban_sobre las vigas, cau- sus muebles y la compra el.e alg~nos terrenos anexos, deberían ser por cuenta
sando muchísimo perjuicio al buen estado de ellas; se niveló la azotea y se in- d~J Estado con arreglo al menc10nado decreto y acuerdo de la Regencia, en
trodujo un sii-tema nuevo y sencillo para la corriente de las aguas, pambiándose virtud de 6rden expresa de V. M., dictada en Cuernavaca, fecha 15 de Marzo
á la vez los techos y vigas que amenazaban caerse.
de _1866, se toma excepcionaimente desde el dia de la llegada de V. M. al país,
Se necesitaba en el Palacio nacional una !ocalidad amplia para las. grandes el importe de lo erogado en dichos objetos, que asciende á $661,)i45 82 cs.,
recepcion~s de los Embajadore5 y Ministros extranjeros, y en los días de fiestas del monto de la suma que adeuda el tesoro del Estado al fondo de la Lista Cinacionales para poder colocar en ella á todas las dignidades del Estado, evitan- ~l, se~un l~ liquidacion formada hasta la presente, a~í como las cantidades que
do así el gran inconveniente que aconteció el 16 de Setiembre de 1864, de que a coutmuac10n se ex~resan: 100,000 pesos que se depositan y que V.M. toma
una gran parte de los prime¡os empleados de la nacían; autoridades y corpora- á su cargo como equivalente del obsequio nacional que se hizo del Palacio de
ciones, perm_ane9iesen en las galerías y patios por falta .de local. Con el fin de Buenavista con sus jardines y parque; 150,000 pesos dados á la familia del
obtenerlo, mandó V. M. reunir en una galería las tres localidades que antigua- Emperador Iturbide por cuenta del crédito que tiene contra el- erario en virmente formaban .los estrechos salones de recepcion. Las viaas de cedro que tud de las concesi?nes acordadas por diversos Congresos; quedando d~spues de
adornan es~s piezas, y que provienen de los agotados bosques°de Tacubaya, se hechas las deducc10nes que anteceden, un saldo á favor de la Lista Civil de
,
han .descu~ierto _en esta ocasion, despue~ de un largo período de estar tapadas $222,0M 46 cs. que no se percibe todavía.
p_or mezqumos melas rasos de tela pintada. Por medio de estas sencillas reforA mas de todos estos gastos tomados por órdeu soberana, .excepcionalmente
mas, V. M. ha podido el 10 de Abril próximo pasado recibir en la solemne dis- con cargo á la Lista Civil, deben agregai;se. las dotaciones de la Princesi y
tri~ucion de los premios, ~ todas las gran~es Corporaciones del E~tado, la ju- Príncipes de Iturbide.
ventud de los escuelas nac10nales, sus parientes y profesores.
·
. No hablamo~ de l?s gastos ordinarios de la Casa imperial, como son los suelConsecu~nte co~ sus ideas__dem?cráticas, V. M. se dign0 disponer que la dos de los fu~o10narios y e~pleados de la Corte, los ªalarios de la servidumbre,
~ayor sen:cillez remase en el mterior de los departamentos, dejando las paredes gasto~ de cocm~ y caballeriza, fie~tas, etc., porque son conocidos de todos los.
pmtadas de blanco. El gasto mas grande y de absoluta necesidad era el cam- que tienen la dicha de acercarse a V. M.; pero sÍJJreemos de nuestro deber llabio de .las ventanas, vidrieras y puertas. En el mismo estilo sencillo se están mar la atencio~ s_obre lo~ gastos causados por los v_arios y largos viajes de V.M.
arreglando las pocas piezas antes deterioradas y malsanas destinadas para las -y la ~mp_eratnz a 1~ leJa1_1as comarca::i del país en provecho de éste, así como
habitaciones de los Emperadores.
'
,
tambien a las cuantiosas limosnas y muchísimos regalos debidos á la magnaniPara honrar á los hombres mas ilustres y preclaros de la patria, V. M. de- midad del Eiµperador.
, cretó que ~e fo~mara una coleccion de retrat~s de_ ellos en la gran galería lla. El nob~e ejemplo de ahorros y economías que V. M. es el primero en dar en
máda de Iturbide, representados con verdad histónca por pintores nacionales; y hempos d1fíc1l~s, no dejará de i~primir un nuevo timbre de gloria á su corona,
se ven brillar en ella los trabajos ~e los Sres.. Monroy, Ramirez, Obregon, Pe- y ser otro motivo mas de adhesion sincera de parte de la nacion que le ha conrez y _Sagredo, que han reproducido respectivamente las heróicas figuras de fiado t1us destinos.
Iturbide, del Cura Hidalgo, Matamoros, Allende y Guerrero. El retrato de
SEÑOR.
~orelos por 11:fonroy y varias obras mas, están en via de ejecucion. La protecSomos .1
c10n que ha dispensado V. M. á los_ jóvenes artistas mexicanos, ha ocasionado
de v·:M. I.
que se hayan dado á conocer multitud de artesanos distinguidos, habiéndose
obedientes servidores.
logrado con este solo hecho despertar el buen gusto de los artistas mexicanos
El Direcúw del Gran Ohambelandtq.
que se hallaba postr~do y en el mas· completo letargo. Solo á V. M. era dado
El Seer-etario de la Intendencia general
levantar de ese desaliento á los jóvenes discípulos de la Academia .de Bellas
de la Lista Oivil.

y.

..

439

EL DIARIO DEL IMPERIO.
EJ Emperado1· y la esclavitud.
Los periódicos de esta capital han publicado en estos días varios pasajes contra la esclavitud, sacados de dos obras que dió á luz en 1860 el A.rchiduque
Maximiliano de Austria, hoy Emperador de México~ despues de su viaje al
Brasil. Esta publicacion, hecha primeramente en las columnas de la Sociedad,
ha venido á desmentir de la J:!lane¡-a mas solemne· las i:alumnias de algunos órganos de la prensa americana y europea, que habian osado atribuir al Emperador de México, propensiones á la esclavitud, y :&amp;asta la intencion de introducirla en el país de- una manera disimulada. El Mexica,i Times) peri6dico que
publican en eEta capital algunos expatriados confederados, dijo lo siguiente,
despues de reproducir en su último número los pasaje~ d.ti que se trata:

"'

.

Una de las mas atrevidas pruebas que se han hecho de la. credulidad americana, es la teútativa del representante del Sr. Juarez para inducir á aquel
pueblo á creer qlw el Emperador de México trataba de restablecer la esclavitud
en este país. La cortesía diplomática obligaba sin duda á ]\fr. Seward, Mr. Speed
•, y Mr. Bigelow á recibir seriamente cualquiera comunicacion de,un enviado r~conocido, ó tal vez, impacientemente tolerado por su Gobierno: per_o es muy dificil hacer creer á nadie que esos hombres de Estado, tan bien informados y tan
perspicaces, hayan dado jamas entero crédito á una acusacion tan descabellada.
!íos que conocen la política americana, no ven en toda esa correspondencia mas
que el propósito hábilmente manejado de chasquear al Sr. Romero en esta cuestion, prestando á su nota toda aquella atencion que era necesaria. para provocar
una explícita y autorizada negativa de tan absurdos cargos.
.
Este objeto se ha logrado completamente. La atencion pública se ha fijado en
varias leyes y i ecretos del Emperador, qué no solo contienen accidentales medidas para la proteccion y mejora de las clases mas pobres, sino un amplio é
ilustrado sistema encaminado á organizar el trabajo en México de una manera
conforme al espíritu del siglo, y de acuerdo con los.principios y sentimientos que
profesa el pueblo mexicano contra la institucion de la esclavitud. Y para hacer
que la piedra viniera á dar contra el que la tiró, la Sociedad ha tomado ocasion,
de la calumnia de Juarez para presentar af público las opiniones del Emperador
expresadas hace seis años sobre esta misma cuestion de la esclavitud. Al. publicar esta traduccion, no podemos menos de hacer notar que la concision, elegaxv
cía y claridad del estilo del Emperador, el profundo sentimiento q~e sus observaciones revelan y la presciencia de los acontecimientos que en ellas se nota,
abonan &amp; la par en sumo grado su gracia de escritor y su habilidad de estadista.
Uno de nuestros colegas de esta ciudad indica que la publicacion de las observaciones del Emperador sobre la esclavitud, puede tal vez irritar las susceptibilidades del pueblo del Sm-, abatido ahora, pero manifiestamente destinado á
recobrar muy pronto, como parte que es del gran partido.conservador de los Estados-Unidos, el poderoso influjo que antes tuvo en los consejos de la nacion ve. cina. Estamos seguros de que si la Sociedad hubiera tenido algun fundamento
para temer que tal cosa pudiera lastimar los sentimientos de hombres valientes
pero desgraciados;se habría abstenido de publicar sus decisivos testimonios contra: los calumniadores del Emperador, y que este caballeroso S~ber~o habi;ia
dejado que le vindicara el tiempo, mas bien que hacerlo· á q¡sta de criticar sil uiera. en la apariencia una ca.usa caida, en la hora de sn desgracia.
Pero las aprensioúes de nuestro colega no tienen fundamento alguno. Las
opiniones del~mperador contra la esclavitud, ha.ce mucho tiempo que son cono-·
ciclas por los americanos expatriados en México; y es tiempo ya de que sepa el
público que muchos, y tal vez oosi todos los confederados que ci:uzáron el Rio
Grande el verano último, para buscar, no un lugar de conspiraciones, sino una
tierra en que trabajar y ejercer pacíficamente su industria, han venido aquí, no
solo preparados,.sino ansiosos de labrtr su nueva fortuna sin es11, institucion de
la esclavitud, que la triste experiencia de una larga guerra civil les ha e~señado
á considerar aomo orígen fecundo de debilidad social, política y militar. .Ademas,
el pueblo del Sur, como todo concurre á demostrarlo, ha aceptado al fin de buena
fé el sistema de trabajo que la suerte de la guerra le impuso primero. Ninguna
de sus susceptibilidades quedará, pues, herida por saber que antes de su lucha
por la independencia; el .Archiduque de .Austria, llamado despues al trono de
México, expresó los mismos sentimientos que Washington y J efferson proclamaron hace ochenta años, en una época én que Inglaterra vacilaba en abolil' el tr~
fico de esclavos, y los buques de la Nueva Inglaterra podían ejercerle libremente. La verdad es que acostumbrados de tiempo atrás los hombres del Sur, no solo á tolerar, sino tambien á prestar su apoyo á los demócratas del Norte, que
eran opuestos á la esclavitud como sistema, aunque sostenían el derecho de los
•
Esta.dos á conservarla,, encontrarán las expresiones del Emperador naturales y
propias de la pluma de un descendiente de José II, de un Almirante de .Austria, cuya bandera, casi la única entre las de las naciones marítimas, nunca ha
ondeado sobre un buque de esclavos. Lo mismo que su grande antepasaao,
Maximiliano cifra su orgullo en ser uno de los primeros que llevan en alto la.
bandera de la civilizacion, del prog1:eso y de la verdadera libeitad personal y
política.

. El Congreso belga continúa ocupándose de la reforma elec~oral. En L~eja hubo un meeting de 500 personas sobre la reforma. En la Camara el diputado
Orts hizo hi, pro"posicion de que se·aumentase el nú~oro de representantes; Y. ~espues de upa discusion muy acálorada, se aprobó por 59 co~tra 45.-"!JIO el
Rey un decreto sobre fiestas nacionales, y se conserva la de la mauguracio~ ~el
reinado de Leopoldo I.-Se ha prf&gt;puesto el pueblo belga levantar por suscri~ion
un monumento al fundador de la dinastíl}, y ya se han colectado sumas considerables. Se cree que- el monumento será uno de los mas hermosos ~e. Europ~-El Rey debía salir el dia 2. de Abril p3:a Lónd:es con el fin de asistir al entíe~ro de su venerable abuela la Reina Mana .A.malia.-El Conde de Fla~de~ serna
en Roma con la idea de no admitir la corona moldo-valaca........La ep1zotí&amp; sigue
haciendo destrozos en Bélgica y Holanda. . .
.
El Emperador Napoleon, al recibir la Com1S1dn de los Diputados con la re~puesta al discurso del trono, pronunció estas ~otables palabra~: "La Francia
quiere lo que t_odos _quere1:los,.el progreso y la libertad; pero la libertad ~ue _des~
arrolla la inteligencia, los mstmtos generosos, los nobl~s esfuerzos del tr,ab:1,Jo, y
no la que, vecina de la licencia, excita las mala~ pasiones, destruy~ todas las
creencias, reanima los odios y engendra los motmes: 4,u~remos la liberta~ que
disc.ute los actos del Gobierno, y no aquelta que sirve umcamente pa~a mmarlo
sordamente y derrocarlo."-Se decia en París que ;ª e~_Em~erad?.r a hacer un .
viaje por todos los Departamentos, para presentar a su 1m~erial h1Jo al pueblo.
-Los cereitl.es han bajado de precio por la suma abundancia d~ las cosechas.

AVISOS OFICIALES:
ADMINlSTR.A.CION DE BIENES N.A.CION.A.LIZ.A.DOS.
.
B.EMA'l'E.

Se particip~ al público que con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 ?e la ley de~ de Febrero
de 1865, se va á proceder al del terreno situado en sub~bios de la cmdall de OaJaca, valuado
en noventa y siete pesos cincuenta centavos; y se publica para que las personas qu~ deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el dia 7 del entrante M~yo,á las nueve de la manana, ea
•nya hora se verificará esta almoneda.
.
.
.
México Abril 17 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez Y Naf!arro.
'
• •
·
6a-6

CONVOCA'l'OB.IA.
Ayuntamiento de México.-Núm. 975.-La Junta de H~cie?-da ha dispuesto se _convoqu!l
por medio de este aviso á los acreedores al fondo de am~rt1zac1on que tengan créditos escrimrados, líquidos y reconocidos, pára que concurran el d1a 7 del entrante Mayo, á las Jioce.ge
la mañana, al salon de Cabildos del Exn:¡o. Ayuntamieut? donde confoxme á )o preveru 0
por la ley relativa, la espresada J1;1-nt-a rematará la cantidad hasta ahora reumda, entre los
acreedores qu11 ofrezcan mayor rebaJa.
.
.
.
p {o
México, Abril 30 de 1866.-El Secretario del Exroo. Ayuntannento, Lu. Luis G. as r.
.
3a-1

Depósito de Di1po11,i,b ilidad.
Debiendo pasar revis~ de Comisario esta corporacion _el dia cuatro del presente mes, ser·
ce yaber por medio de este aviso _á los Srés. Gefes y Oficiales que pertenece~ á la espresa a,
para que con la puntualidad debida concurran al acto, á las nueve de la manana en punto, en
el lugar de costumbre.
·
.
México, Mayo l ? de 1866.-El General Gefe de la corporacion, E. de Grimarest.
3s-l

.

.

Becaudacion principal de Contribuciones directas
DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE l\lEXICO.

En todo el prese~te mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio.
de las contribuciones siguientes:
•
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de idem sobre establecimientos industriales.
Contribucion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de algodon, lana, lino y las de papel.
Lo que se recuerda á !os. ~usantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el !eferido plazo, se procederá eJecut1vamente contra los _causantes morosos, para hace, efoctivo.el
pago de sus adeudos, inclusos los recargos en que mcurran, conforme á las leyes de la materia.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
México·, Mayo l ? de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco Diaz
Mo11taño.
•
·
·
8s-1

p

.Tu~gado de letras de Morelos.
Auto citando á D. Nicolás Perez.-En el espediente que Sl'l sigue· en este Juzgado contra el
Juez de paz de Cuahuistla, por responsabilidad, he proveido un auto que á la letra dice:
'"Morelos, Abril 10 de 1866.- Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de D.
:Nicolás Perez-, cítesele por meaio del Diario oficial del Imperio, para que dentro del término
de quincd dias perentorios, contados desde la primera publicacion, se presente en este Juzgado; al!ercibido de que si no lo verifica, se determinará en esta causa sin su audiencia lo que
eorresponda. El Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro, Juez de E instancia del Distrito, que actúo por receptoria á falta de Secretario, lo mandé y firmé . .Doy fe.-Diaz Barreiro.-,-Asisteneia, A. Moreno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de lo mandado y para que surta los efectos legales, pongo el presente
en·Cuautla de Morelos, á diez y ocho de Abril tle mil ochocientos sesenta y seis.-El Juez de
H instancia del Distrito, Diaz Barreiro.
~
6a-2

:NO'l'ICIAS EX'l'B.A:N.TEB.AS.
La cuestion grave que ocupa.hoy la atencion de E~opa, es la de .Austria y
d.dniinistracion de re11,tas de Clialco.
Prusia. Unos Diarios aseguran que absolutamente no hay temor de guerra, y otros
que la habrá. La Gaceta del Norte de .Alerµania dice que es un absurdo creer aun
AVISO. .
,
Se participa al público, para que las personas que quieran hacer postura concurran á esta
en la posibilidad de la guerra, porque hoy no ae emprende-una guerra por desacuerdo entre los Gabinetes, sino únicamente cuando grandes intereses naciona• Administracion el dia 15 del entrante Setiembre, á las nueve de la.mañana, en que se verifiel remate del rancho conocido con el nombre dél "Jardin," ubicado en la municipalidad
les están de por medio. El Observadcr de Altona dice que ·Austria y Prusia se cará
de Ozumba, de esta jurisdiccion, con arreglo á lo acordado por el Sr. Administrador de bienes
han puesto de acuerdo en la ?u~stion de los Ducados de Elba, y que no es dID:- nacionalizados en 6 del presente Abril, y valuado en ($6,635 42 cs.) seis mil seiscientos
cil que se entregue el Holstem a la segup.da. La, Oorresp(&gt;nda'flce général,e_ ~titri- treinta y cinco pesos cuarenta y dos eentavos; siendo de advertir á las personas que se interechienne de 28 de Marzo, '!luda que haya guerra, a pesa1· de los aprestos militares sen á dicho .rancho, que al Erario solo reconoce esta finca 3,800 pesos,, y que habrá ademas
que garantizar á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante á quien justifique con actividad y reserva, hasta donde es posible, está. haciendo la Prusia. que
ser el dueño.
,
El Austria, dice aquel Diario, está muy preparada para la defensa, y no será
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriaiio Carrillo. lOa- 2
sorprendida. Se estaba esperando en Viena de un dia á otro el ultimatum que
los papeles de Berlín decían estaba redactando Mr. de Bismadr. .A pesar de to-·
IMl'OB.'l'AlV'l'E.
do, se cree generalmente que á lo mas habrá suspensiot de relaciones diplomátiCorte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
cas entre los dos Gabinetes, y que la cuestion se ai\·eglará en protocolos, pues
Smith para una diligencia judicial, con motivo del asalto y robo que sufrió cerca de la
la Francia y la Inglaterra interpondrán sus buenos oficios..El Emperador de, Tomás
garita de Vallejo la noche del 18 de Enero último, y teniendo noticia de que este individuo
.Austria ha mandado distdbuir medio millon de florines en Galicia•para remediar es transeunte, por el presente se escita á las autoridades de los lugares por donde pueda enlas necesidades del pueblo. ·
contrarse, se si~an notificar de arraigo á Smith, dando aviso á esta Co1ie Marcial, situada en
Un Diario aleman asegura que- la Rusia ha puesto una fuerza respetable en la • el Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea exa•
·
orilla del Pruth á las órdenes de Kotzebue, para estar pendiente de los sucesos minado.
México, Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
de los Principados del Danubio.
10-a-4

�'
440

..

I'
I

EL DIARIO DEL IMPERIO.

Administracion principal de la renta del Papel sellado

Venta judicial.

EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO.

El Sr. Juez l? de Inmuccion de lo civil, Lic. D. José l;faría Garay, por auto de esta fecha,
h a mandado que se proceda á la ve.nta do la casa número uno y me~io del callejon d~ Tepeehichilco de esta ciudad, retasada por el perito D . J osé Higinio Gutierrez ~n la cantidad de
euatro mil setecientos treinta y cuatro pesos; señalando al efecto para la última almoneda, con
ealidad de remate, el lúnes s!ete de Mayo próximo, á la' una de la tar~e._ Lo que h~go_ saber
a1 público para que las personas que deseen hacer postura, con conocimiento de los md1cados
a~tos, pas~n á la Secretaría del p~opio Juzgado, en '1onde les serán ministradas las constane 1as roíerentes.
•
México, Abril 26 de 1866.- Nanuel V~ra1 Escribano público. '
·
918-3a-2

Máxico Abril J8 de 1866.-=El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en suprema órden fecha 15 del corriente, que las Administraciones de esta renta procedan á hacer
efectivo el cobro de las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrero de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos ~ue previene el artículo IS de la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837, sobre facultad coactiva.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su debido cumplimiento; pero considerando que entre las muchas personas á quienes
comprende, puede haber algunas que por causas involuntarias no hayan ocurrido á. terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este aviso para que las que quieran evitarse nuevas contestaciones y aun mayo'res gastos, ocurran á verificarlo dentro del plazo de ocho días, contados
desde la fecha de su publicacion.
·
· Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor parte de los corredores de esta plaza, á quienes por no haberlos encontrado en sus casas los comisionados de esta
oficina, les han dejado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los libros de
eu giro, y otros aunque los han presentado, al ver que n.o estaban arreglados, lo.a han reco~ido ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual no han cumplido. Todos con.atan -en los registros de esta misma oficina, y pasado el plazo de los espresados ocho dias, se dará conocimiento
de los q\1e queden pendientes al Tribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negocios de Hacienda, respecto de los que se hallen en el primer caso, y en cuanto á los del se;segundo, espedirán loi correspondientes mandamientos de embargo.-El Admiuistrador principal, José María de [caza é llurbe.
. ·
6a- 3

.AVISOS JUDICIALES.
coxvoqA'l'Ol\IA
POR EL TRIBUN_¡\L MEROANTIL DE QUERETARO,
Y DECLARAClON DE QUIEJlRA DE LOS SRES. GARCIA Y GALEANA.

El Tribunal, en auto de esta fecha, ha mandado se convoquen por l)ledio de los periódicos
oficiales del Gobierno' del Imperio y el de este D epartamento, á los acreedores ausentes y d~sconocidos que se crean con derechos que deducir contra el concurso á bie1;1es de la Co_mp~ñía
"Garcia y Galeana," señalándoles quince días, á contar desde e} de la pnmera publicac1on,
para que por si ó por apoderados pres!}nten los justificantes ret1pectivos de su~ créditos' á los
sfndi·cos admimstradores D. Antonio R. Fuentes y D. Andrés Romillo; entendidos que de no
verificarlo dentro del término, les parará el p•1juicio á que hubiere lugar. Asimismo, ha fijado
la época de la quiebra·a1 veintioch¡¡ de Setiembre del año anferior, en que la Compañía deudora comenzó á suspender sus pagos.
·
Y conforme á lo mandado, se hace saber por el presente á quien corre"sponda.
Querétaro, Abril 25 de l tl66.-El Secretario del Tribunal, Lic. Sebastian Larrondo.
926-3s-l

Citacion judicial.
Ignorándose la habitacion de D . füpólito Zamora, por el presente y en virtud de lo mandado por el "Sr. Juez~? de. Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon P'eniclte, se le cita y emplaza
para que dentro de ocho di~s se presente ante dicho Sr. Juez, á contestar la demanda que en
Juicio verbal, sobre pesos, le promueve el representante de D. Francisco Campí; apercibido
que de no comparecer, será sentenciado en rebeldía.
.
México, Abnl :!8 de 1866.-Joaquili Guzma11, Escribano público de la Nacion. 927-3s-1

Emplazamiento judicial.
Juzgado 1? de Instrnccion de lo civil.-En el juicio verbal que sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha manda.do el Sr. Juez se
cite por los periódicos al referido D. Juan Fuentes, para que en el término de cuarenta días,
contados desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y
espen.sado, á conlestar dicho juicio; apercibido que de no hacerlo seguirá en su au.sencia y rebeldía, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá SUB efectos !~gales.
México, Abril 30 de 1866.-El Escribano de diligencias, José María Co11arrob11is.
9-28-Ss- 1

Citacion judicial.
A pedimento de D. Sebastian Cabrales, como apoderado.. de D. Pedro Perez, el Sr. Juez 2?
de Instmccion de lo civil, Líe: D. Miguel Rendon Peniche, por providencia provislonal y
precautoria, mandó asegurar los enseres de la tabla carnicería situada en los baJOS de la casa
marcada con el ·núm. 6 de la calle de la Acequia, perteneéiente á D. Lucio Quijano, quien no
hallándose en esta capital, se ha determinado por el mismo Sr. Juez se le emplace por los pe.
riódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso, se
presente en su Juzgado, sito en el P alacio de Justicia, calle de la Moneda, á contestar la de.
·manda que enjuicio verbal, sobre pesos, le promueve el Sr. Cabrales; bajo el apercibimiento
de que si no concune, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Abril 27 de 1866.-Casimiro Fernandez, E scribano público.
921-3s~3

Citacioti jiulicial.
A pedimento de D. Manuel Alcoecr, como cesionario de D. José Lasso, quien tiene que
promover una demanda en j uicio verbal, sobre pesos, contra D. Ignacio Alcántara, el J uez 2n
de Instmccion de Jo civil, Lic. D:Miguel Repdon Peniche, ha mandado se cite al referido
Alcántara por los periódicos, para que en el ténnino de ocho días, contados desde la publica.
ciou de este aviso, comparezca en el propio J uzgaJo, sito en el Palacio de Justicia, á con tes.
tar el juicio respectivo; apercibido que de no ~oncurrir, seguirá el negocio en su ausencia y
rebeldía.
,
México, Abril 27 de 1866.-Joaqilin G1m11a11, E scribano público.
922-3s-3

1'Totificacion.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio P erez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano P erez de Tac,le, en los autos ejecutívos que este señor seguia contra 1'. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el 1_&gt;romoven.
te se tengan como radicados los mencionados ante ·e1 Juzgado á. quien ocurre, haciéndose 1a
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, .el Sr. Juez proveyó e1
auto que á: la let_ra di~e:
. .
.
. .
.
"México, Abnl 25 de 1866.-tomo lo pide. Haciendo la pub11cac1on por ocho dias en e1'
Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Cristó
bal P oulet y Mi11r, lo proveyó y firI11;ó. Doy fe.-Poulet.- Miguel ,F. qtlerra, Escdbano Se.
cretario."
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. F e~e Gonzalez de Aragon, publico
el presente, quo surtirá sus efectos legales.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
923-Bs-2

Oitacion judicial.·
Por disposiciou de Sr. Juez 29 do I nstruccion, Lic. D. Miguel Rendon Penich~, se cita á
Francisco Berthe para que compa!·ezc~ en el Ju~gado qu~ ~e.baila en el Pala~10 de_Justicia, calle de la MonPda, dentro de oeno d1as, á coutmuar el JU1c10 que le promoVJó D. P edro
Strittn1attcr, sobre pesos; apercibido de que si no lo hace, se seguirá en su rebeldía, entenuién.
dose las diligt'ncias con los estrauos Je] mismo J uzgado.
México, Abril 28 de 18(,6.-Joaquin Guzman, Escribano público.
924- 3s- 2

I!·

..

Aviso judicial.

En el juicio seguido por D. Manuel y D '!- ~i~ia ?e los Angeles Osio contra el intestado de
D . Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez l ? de lo cm!, Lic. D. José Maria Garay, ha mandado se
proceda al remate de la casa núm. 2 ?e la calle ?e Corchero, em_bargada ~l espr~sado_i~testado y valuada por el perito D. Apolomo Tellez G1ron .en la c~nt1dad de siete Illll qmmentos
pesos (7,500 pesos); señalándose para las almonedas, los d1as 23 del pre~entt1 y 3 y 15 del
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que áe mteresen puedan
mstruirse pasa~do .á informarse á es~a Secre_taría.
.
,
.
México, Abnl 10 de 1866.- Joaqmn Abadiano, Escnbano público.
894-9a-6
_ _ ___;1.._._ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

-=----.

BEMd.TE,
Tribunal de E instancia.-!~ Sala.-AJas doce de la mañana del dia cinco del entrante
Mayo se ha de proceder por la 1~ Sala de este Tribunal al remate de la casa núm. 6 de lii primera. 'calle Ancha, avaluada por los peritos D. Antonio Torres Torij a y D. Juan Cardona en
· 1a cantidad de catorce mil veintiocho pesos sesenta y cinco cantavos ($ 14,028 ó5 cs.)
Lo que aviso al público, para que las personas que qui~ran hacer postura lo yerifiqu~n el
día y hora citados; en concepto de que la Secretaria de dicha 11!- Sala dará las mstrncc1ones
que ministran los autos.
.
, .
México, Abril 26 de 1866.-Estéban Tomús Casas, Escnbano publico.
919- 3a- 2

A.viso judicial.

.

En los autos que sigue D. Mariano Bauche contra la tes~amentari~ ~e D: Fema~do Pouret,
y DI!- Mariana Diaz, sobre p~sos, el Sr. Juez 2? de Instrucc1on de \o civil, Lic. D. Miguel ~en-·
don P eniche, á pedimento de D. Casimiro Rios, ha mandado·se Me la almoneda, con cahdad
de remate, del corral ó terreno situado en el callejon de L una, con entrada por el ~eson de
San Francisco, de la calle real de Santa Ana de esta ciudad, valuado por los arqmtectos D.
Vicente H eredia y D. Manuel Rincon en la cantidad de 2,819 p~sos 29 centavos, la que se verificará la mañana del día ·1? de Mayo del presente año, á las diez; en el Juzgado del espresado Sr. J uez, situado en el Palacio ae Justicia, calle de la Moneda..
México, Abril 21 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
920-3s-2

.

Venta judicial.

En los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo Wagncr contra D. Joa9-uin Abadi_ano, sobre
pesos el Sr. J uez 29 civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Pemche, ha senalado para la ~enta de los ranchos La Tenería y L os Reyes, ubicados en jurisdicciorl de T lalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los dias 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo pr6~m? entrantes, _á las
doce, siendo la última con ca1idad de remate. Lo que hago saber al publico por medio del
presente anuncie.
.
.
.
.
México, Marzo 22 de 1866.- Manuel Romero, Escnbano público de laNac1on. 889- 9a-9

AVISOS. ·PARTICULARES.

COMPAÑIA ANGLO-MEXICANA
DE Ld.S .M.INJS DE OBO

Situadas cerca de los l'lac;eres del De,i,artamento de 1\1.Eichoacan.
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotacion de las minas de S.A.N ISIDRO,
LA CUEVA SANTA, S.A.N MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE IlE CRISTO, con
fecha 28 de Febrero último quedó instalada la Junta Menor Directiva, compuestl\ de las personas siguientes:
Presidente .• .• . . . ...•......... El Sr. D.
Primer vocal. ..•...•.......·... ;, ,, ,,
29
., •. .... .. ..•....... ,, ,, ,,

Petlro Hope,
F1•a11,cisco de P . Bi1,bio.
José Jiian Cervantes, CONDE
DE SANTIAGO.

José Hope,
,,
,, ................ "· ,, ,, José d . y Escatid on.
Director de la Compañía.. . • . . . . ,, ,, ,, Luis de Stei11,,
Vocal suplente .. ... . .•..• . .... ,, ,,

,,

Depósito de fondos y'.Banco 5El :Banco de Lóndres,
de la Compama....... . . t •Y Sud-América.

México

Concluida la impresion de los Bonos de dicha negociacion y entregados estos al BANCO
DE LONDRES, MEXICO Y SUD-AMERICA, la Junta Menor Directiva acordó: que se
avise á los interesados para que ocurran al indicad9 B.A.NCQ por sus acciones, y se ponga en
conocimiento del público que queda abierta la suscricion en el referido BANCO, CA.LLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y en la casa del SR. HOPE, TIBURCIO NUMEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
México, Abril 1? de 1866.
El Secretario de la Junta,
886-l5a- 8
J. B. d.scortJe.

Mina de Nuestra Se1"iora de( Befu¡;io, ( a) los 7'ronipillos,
en. Pacliuca.
El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y ante sí, ser dueiio de
veinte. banas aviadoras en la mina del Refu~io (a.) los Trompillos, haciendo mérito de una
sentencia judicial que no ha causado ejecatoria. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en ningun tiempo pueda ber sorprendido por el Sr. Fne:t\"s y a~use de la buena fo de algunas p~rsonas poco precavidas, que confiadas en las seguridades que se ayéve á estampar en su av1So, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo 6. las barras espresadas.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favorable á los derechos de l&lt;'uertes, protestamos tí nombre de todo~ los interesados en
la espresada mina, ·que no reconocemos los derechos que so alegan; que todos los contratos
que se celebren bajo este conc~pto, los conside!'aremos .aI1ora y en todo tiempo n_ulos y de
ningun valor, hasta que los tnbunal~s resuelvan dcfimtivamente de parte de qmén está la
j usticia.
.
.
.
. 1
•
MéXico á 2/í de Abril de 186(i.-Junta menor directiva, L . Bemto M,m~l.- R. Cancino.Bartolo,né de B61Jes.
917- 6a- 3

DIVERSIONES PUBLICAS.

Ju~;;ado terce1·0 de Instnicciou del ra'IJlo civil.
Pft1ncio de J usticia.-El Sr. J~ez 39 civil de Iostruccion, L ic. D . C1istóbal Poulet y Mier,
por auto proveido on vriutitres del corriente, tirno mandados~ cite por los periódicos 6. D. l3enito Rujula, para c¡ne dentro rlel térrniuo &lt;le quince dias, á contar desde el de la primera pu.
blicacion, se prcse~te en.su Juzgado á contestarla a~manda que en juicio verbal por pesos le
promueve D. José Antonio Douilla; apercibido de darse por contestada la demanda. si uo com.
parec!l, siguiendo el juicio en rebeldía con los estrados, qull se dan por bastantes. Doy fe.'.....
México, Abril 25 de 1866.-Lic. José Ma¡iauo Moya de Contreras, Escribano pnblico.
925-3s-2

.

'l'EATRO DE ITURBIDE .
COMPAÑIA DRAMATICA.

En la noche, á. la hora de costumbre, se pone en esceu'a la comedia en tres actos, denóminada: La piel de leon, y en seguida la pieza que se intitula: E11 la cara está la edad..

'

lUEXltJO.-IMPRENTA IMPERIA-1.

...

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>...

'

DEL

E~

DIARIO.
Los números sueltos valen 12 centavos.
T OMO

NUM. 401

MEXl(;O.-·llliérceles 2 de Mayo de 1S66.

III.

SV'MAIUO.
PARTE OFICIAL.-Milita.res mutila.dos en guerra. extranjera..-Exequa.tur concedido al
Vicecónsul inglés en Maza.tlan.- Ha.bili,tacion de edad ..:....Despachos militares.
P~TE NO OFICIAL.- ~sumideros ?n el Valle,:--Derra.mes exteriores en la. capita.J.Porta.c1on de armas.- Ferrocarril de Morelia á ·Guana.Juato.-Correspondencia para el exterior.- Movimiento en el ferrocarril de Cha.leo.
Registro civil.

PARTE OFIOIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

Queriendo dar una prueba de la consideracion que Nos merecen los militares
mutilados en guerra extranjera;
.
Oido Nuestro Consejo de Ministros,
DECR.ETAi\IOS lo siguiente:
Artículo únic.o. Los Geuerales, Gefes y Oficiales retirados del ejército, que
por heridas -recibidas en guerra extranjera hayan sufrido mutilacion de pié,
'pierna, brazo, mano, 6 pérdida de la vista, pasarán revista de Comisario en la
Plan~ Mayor del Cuerpo de Inválidos,, por .do~de percibirán sus respectivas
pensiones,
Nuestro Ministro de Guerra 'queda encargado de la ejecucion del presente
decreto.
A
.
•
Dado en el Alcázar de Chapultepec, á 29 de Abril de l 860.
711AXIMILIA.NO.

De id. de id. id., á D. Francisco Rodríguez.
De Alférez de Caballería permanente, á D. Cá!los Cruz de Echeverría.
De id. de id. id., á D. José Ramon de la Portilla.
De primer teniente de la Armadá nacional, á D. Tomás Spenee.
,

Sm

f

POSICION EN EL EJERCITO.

Al titulado Comandante de Escuadran D. Bartolomé Ballesteros.
Al id. Teniente de Caballería activa D. Ignacio Quiroz.
Al id. id. de id. id. D. Manuel Vazquez.
Al id. Alférez de id. permanente D. Uanuel Tovar.
Al id. id. de id. id. D. Susano Martinez.
Al id. id. de id. activa D. Agapito Hidalgo.
Al Oapitan de Infantería permanente D. José María Cortés.
Al 2~ Ayudante de id. id. D. Francisco Dominguez.
Al titu\ado Subteniente de id. id. D. Antonio Gomez.
Al id. id. de id. id. D. Benito Rodríguez.
Al Subteniente de id. id. D. Miguel Jorges.
Mexico, Mayo l~ de 1866.

/

El General Subsecretario de Guerra, .

José María V. de la (J.adena.

'".PARTE .N O OFl(;IAL.
Resumid...eros.

Ministerio de Fomento.-Con fecha 3 &lt;!el actual se remitió para su informe
Por el Emperador,
al señor Director de las aguas del Valle, la siguiente comunicacion dirigida al
El Ministro de Guerra,
Ministerio de Fomento por la Prefectura política del Departamento del Valle de
JosE MARIA GARCIA.
México: '
"Exmo. Sr.-Con fech~ 29 del próximo pasado dice á esta Prefectura el Subprefecto de Chalco lo que sigue:
·
.
MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA:
''Alarmados los pueblos de AyotziBgo, Tesompa, Mixquic, Tetelcó y otros
inmediatos á las lagUtJ.aS de Chalco y'Tlahuac, á consecuencia del aumento de
México, Abril 3Ó de 1866.
agua
bastante notable en los tres primeros, y á fin de cerciorarme de los fundaPór decreto de ayer, S. M. el Emperador Ha tenido á bien conceder su exementos de sus temores, he pasado personalmente á inspeccionai;, _¡¡,quellos puequatur á la patente en que S. M. B. ])ombra al Sr. Cárlos Woolrich, Vicec6n- blos, y he visto que en efecto ha subido el agua poco mas ó mew;&gt;~ diez y ~40
sul de aquel reinó en el puerto de Mazatlan.
•
.
pulgadas en el tiempo corrido del 1~ á la fecha 4e1 presente.- Para evitar si ,es
posible los graves males que se temen, he reunido -ayer 1ma jul\ta d!)_;yecinos en
El Direct~r GefE¡, de la Seccion política y diplomática,
el pueblo de Ayotzi~go citado, y teniendo noticia de seis resumidero¡¡ que exisJ. Rafael Larrañaga.
ten en las inmediaciones del propio pueblo, nombré una comision,ds-,seis indivi( !
duos que, reconociendo la capacidad de cada resumidero hasta dond~ fuese posible, sus dimensiones y utilidad que proporcionen al desagüe, espeehi,lmente uno
MINISTERIO DE FOMENTO.
que puede recibir y absorber el rio de .Ayotzingo, bast,ante caudaloso en tiempo
de
lluvias, me den cu~nta con sus observaciones, para determinar le que sea conS. M. el Emperador, con fecha 27 de Abril anterior, se sirvi6 expedir e\
veniente.He dispuesto asimismo se comiencen los trabajos que me han pareciacuerdo siguiente:
Habilitamos de la edad qtte le falta á D. Benigno Camportedondo, vecino do del pronto mas necesarios, de acuerdo con las autoridades y vecinos, y cuide Veracru~, _par~ que despues q~e se le extiend~ la respectiva patente por daré de dar á V. S. parte oportunamente con los resultados y pormenores lll,a/!
interesantes al objeto."
•
,
Nuestro Mm1ster10 de Fomento, eJerza la correduna en el referido puerto.
"Tengo el honor de trascribirlo á V. E. para. su conocimiento y demas efectos."
:México, Abril 80 de 1866.
El Subsecret~o interino de Fomento,
A cuyo oficio contestó el señor Director de las aguas del Valle lo siguiente:
Frart;eisco Jimenez.
"Exmo. Sr.-Por acuerdo de V. E., fecha del día 3 del presente, se me comu·•JJ 1 1
nicó el oficio del Sr. Subprefecto de Chalco, en que se ocupa de los resumideros
\
inmediatos al pueblo de Ayotzingo.
"En todas las orillas 'de los lagos del Sur exi~ten multitud ele lugar~s conociMINISTERIO .DE GUERRA.
dos con el nombre de "resumideros," en los.cuálea desaparecen las aguas llove;ECCION DE CLASIFICACION.
dizas ó las de las corrientes que se dirigen á ellos: En este número se cuentan
RELACION DE LOS INDIVIDUOS CUYOS DESPACHO;' HAN sm'o CLASIFICAJ)OS,
todat1 las hoyas que se hallan en, las faldas del .Ajusco y otrbs montes del Sur,
FIJ.ANDQSELES SU POSICION EN EL EJERCITO EN LOS EMPLEOS QUE A CON·
que absorben el a~a de todos los torrentes que bajan de lo alto. A un nivel inTINUACION SE EXPRESAN:
ferior se encuentran los resumideros de Peña-Pobre, de Tetepa, del cerro de 'la
Estrella y de Contreras, existiendo en este último lugar una pr¡:isa llamada del
De teniente Coronel tle Infantería permanente, á D.' :Francisco Carreon.
Rey, que contiene las avenidas del rio de San Angel, é introduciendo sus .aguas
De la misma clase y arma, á D. José Mariano Troncoso.
1
,De Comandante de Batallou de Infantería activa en receso, á D. Telésforo sobre el Pedregal, estas desaparecen por completo.
''En lo general todas estas aguas absorbidas en p1mtos mas ó menos altos,
Tuñon Cañedo.
brotan por otros mas bajos á orillas del Pedregal, ó comunican dir~ctamente con
De Oapitan de Infantería permanente, á D. Vicente Hernandez.
el agua de los lagos, que en definitiva reciben sus aguas por conductos subterráDe la misma clase y arma, á D. Hip6lito Jurado.
/
.,
neos. ~e esta clase pueden ser los Ojos que-se hallan cerca del pueblo de AyotDe Capitan de Caballería permanente, á D. Luis Robles.
zingo, fuera de la madre de la laguna; pero no así los que se hallan dentro de la
/
De id. de id. id., 6. D. Atilano Romero.
misma.
De •id. de id. activa, á D. Luis Montero Ramos.
"En el parte que dí á ese Mjnisterio con fecha 21 del mes de Febrei·o próxiDe ?,'eniente de Infantería permanente, á D. Estéban Ramirez.
mo pasado, decia: "En las lagunas del Sur, la&amp; aguas. represadas por el dique
. de Culhuacan, tienen desde hace quince dias su nivel estacwnario. Más tarde inDe 1d. de id. activa, á D. Alejandro Jordan.
formaré por separado á ese Ministerio sobre este importante resultado de las nueDe id. de id. id., á D. Clemeute Ra~s.
vas obras." Hoy aprovecho la oportunidad pa,ra rendirá V. E . el informe que
De Subteniente de id. permanente, á D. Cárlos Miranda.
entonces ofrecí.
De id. de id. id., á D. Pablo f;ejutlo.
.

4

..

•

0

..

.

.

, '

I

�442

EL DIÁRIO DEL IMPERIO.

' . ..

".Al proponer anJe _la Junta de ingenieros y Cabildo municipal, reunido en el
mea de Octubre prox1mo pasado, que se cerrase el dique de Culhuac
"'-'
té. , en....
...e otras cosas, que uno de 1os resultados inmediatos de tal d" an,·man11es·
• 'das por la mayor altura del l'q "d 11spos1c1on, seI·1a e1 de hacer que compnmi
·
b
i UI o, as numerosas
vertientes• 3ue . rotan. en la madre. de
los lagos del Sur, ru
- 1 sub"rr 1as a as re re•
sadas por e m1smo dique, producman menos cantidad de a
· gull b p ,
desdcarecer del todo. ·
gua 81 no ega an a
" ontenidas, pues, las. aguas ~n Culhuacan, se extendieron en los vasos ba·os,
{e~ ~e estos se llenaron, aquellas subieron de nivel paulatinamente ~ El
!ª 1 e. .~. reroDmarcaba el agua diez y ocho . centímetros de altura sobr~ su
mv~ prum iv~. espues os?iló entre diez y ocho y diez y nueve centímetros
:tiendo. Y.l iªJ8j1do alternativamente. Las vertiente.~ de les lagos evidentemente s~
. an equi z ra &lt;IS. Co~enzaron las lluvias el mes pasado, se roro ió el e uilibno _y las aguas ascendieron hasta veintiun centímetros Cambió t'
qh
cesa?º los chubascos, y el nivel de los lagos de Ohalco de X h:mfiempo, _an
c,o ditras hda reclobrado su equilibrio: sus aguas marcan de nuevo ~~e~ y ne;~;::Un·
t une os e a tura.
·
. "Hoy las vertientes del Sur solo producen el agua necesar;~ pa
1
· d
.
"" ra reponer a
que• lfü! 1agunas p1er
en por absorcum y por evaporncion; pero el fenómeno mas
~uuoso que resulta de este es~ado de coeas, es el producido por la difi
· d
uerz~ brotante de las vertientes. Siendo estas muy numei:osas en los e~ei:;a e
1
que tienen mas fuerza a_scendente continúan brotando á pesar de la rfsio~
las ~as represadas, _Inientras que otras con menos fuerza, teniendo ;us a uas
. p_ropias mono~ elevac1on que la de las lagunas, no solamente se hall n fi gd
· smo que dotmadas por la mayor presion del líquido que las cubre~
so comun e excedente de ~as que arrojan las fuentes que tienen mas em u·e
A est~ causa, entre otras, mdudaolemente es debido el que de l
ti p J ;
e:able de la cxi~tencia de resumideros en algunos p:!t: dee~~ºla~

mas de permitido uso, los agentes del Gobiemo que tengan necesidad de portarlas.
·
.
"-~-rt. 59. ~as lice~cias de armas de. permitido uso se expedirán por la respectiva ~~t?rid~d pohtica, y solo se concederán á las personas que acrediten tener ddi~~icilio fiJo, ,buena conducta y ócupacion honesta, expresando cuál sea La
expe cion se hara mediante Ja respectiva fianza.
·
. "~. 60. So~ armas permitidas pa~a el uso de los particulares, mediante la
licencia respecti:v~, las espadas, machetes,. sables y lanzas, y las de fuego que
no sean de mum~ion y se port~u visiblemente. Todas las armas no es ecificada8
en,~a pa.rte anter~or ,de e,ste articulo, son de prohibido uso.
p
. .A.~. 61. Nadie podra ~oseer, fabri?ar, importar ó exportar armas de munic~on sm la expresa con_cesJOn del Gob)erno; entendiéndose por armas de munimon las q_uo por su calibre, forma y dimensiones, están señaladas por las •Je es
para servn· al uso del ejército. Los contraventores á este artículo perde , 11
armas y paga,,
ult d
,
ran as
.
~a~ _una m a e 100 a 1,000 pesos, ó sufrirán una prision de tres
meses, sm perJU1C10 de -ser sometidos ál juez competente si de la . .·
•·
resultare indicio de delito.
'
avenguac1on
Art. 62. Las personas que tengan para su, venta armas de cualquiera la
estarán en la obligacion de ayisa:rio á la primera autoridad, .especificando
mero d? ellas, para que la antor1daq, segun las circunstancias de la loe J'd
1 d
respectiva, toine las ~recauciones necesarias, á efecto de evitar los ablltios ~ a
pueda dar lugar el libre tráfico de ellas La infraccion de esta d'1 .. ª que
casti&lt;&gt;'a .,
lta d 10 ,
·
spos1c1on se
o ia con 111:1ª. ~u
e
O a 500 pesos, y en caso de reincidenci
1
doble Y la prohib1c1on de hacer .este tráfico.
a, con e
"~·t. 63. La prof,-sion de arrner? no po,lií 1.-j nc&lt;•n,e sino con licencia de la
autoridad local. Lo!' armeros dcberan llevá't't1n revistro
foliado y b · d
0 '
su. primera
· por e1.Alealdc. .c..n
1.,
ru nea.
o en
, . y u' lt'lllla fiOJa
el registro
so hará conRtar
la espe
me )'.' ~nt1dad de las armas que se fabriquen, vendan ó compren; lo~ nombres •
domicilios de los compradores y vendedores· las fechas de las autortz' ··
dy
"El estado esta~ionario 1ue de cincuenta días á esta fecha ·guardan las a uas . armeros
· de armas· concedidas
' á dichos vendedores aciones
e
o, de 1as r1cencms
6
e;ias lagun~s~ a ~esar de laEr que reciben en su seno, ya de las que aun \rodores,
y
Ja
autoridad
de
quien
emanen
los
títulos
enunciados
.
Oua
d
1
compra_,n ~s ;anantiald Sentro de él, 6 bien de las que víerten los ríos de la. Comparos reciban una remesa de armas, darán de ello oportuno avi~ al
ºidos armema, e enango, e an Juan. de Dios, de San .Buenaventura, de San Antonio pañando
9
cop1a
· d'e la f.ac.,ira.
....
La. JU
· fracc1ou
. de cualquiera de estas
ca e, acoro,
.
revencion
!ie~~;~:~~arue~a 1J~~aria de que l~s ~orrientes subterráneas que antes ali- sera _castiga~a con una multa de 50 á 200 pesos, y del dob.lc en cls 1 . • e~,
. . . s agos e 1a co y de Xochimi'tco, lzoy en sti mayorfa tienen su cur- dencia, cerrandose el taller.
• 0 e e remciso !'f'e,t~do, Y q~ de brotan(~ que era~ se han convertiilo e11 absorbentes.
"A~. ?4- Lo~ Alcaldes visitarán cad,, mes los r8ll"istros para aseg
d1
aº. servacion de estos mteresantisimos resultados me ha h h
b"
esperanzas fundadas para el porvenir.
'
ec o conce rr c~mpluniento de las disposiciones contenid,i~ en el a~·tículo anterior yd:rse . e
ran ante la Prefectura las contravenciones que noten En caso de q'
nuncia.d ".A.seÍurado México de las ª!\'e.as del Norte por el dique de S:i.n Cristóbal y ca
excesivo l '
d
did
·
ue 1es parez..
e,
nu_mero
e
armas
ven
as
para
el
uso
particular
de
una
erson
la:m;e~
qu~ hd~ ~e consolidan y se aumentan, se verá libre por otro lado de
lo mamf()staran sm demora al Prefecto quien formará una ave ·
•P
a,
N
'
~erce
ª
as
~ueva~
~brns
que
ejecuto;
pero
mientras
los
vasos
del
ndr
del destino que se haya dado á dichas 'arruas oyendo , I
. nguadcion 11&lt;:erca
a~ ufa capacidad linnta~a, los de les lagos dél Sur podrán absorber s· d J
·
·
' ,·
ª a peisona enunciada
~ ~ a~er!guac1on r~sultaren indicios de delito, será sometido el resunt0 ·
de c:lliu~~: fe hagb~ de t~~ losl no~ de ese :umbo sin llenatsejamas: el dique a, i JUnsdicc1on
del Tribunal competente.
P
reo
u
es a 1a cér,'1.UU e paso para siempre.
''Art. 65. Por las licencias de armas, autorizaciones concedi·das , 1
Con fecha 2 del presente mes tuve ocaaion de poner en conocimiento de S M
'b · · · d 1
·
,
a os .armeros
l
las _espeÍa.nzas que ~brigo por las ca.usas expuestas: fundándome en ellas res~lví Y ru r1~ac1on e os registros, se pagara el impuesto municipal que
expm~n os
. ;:nar e cs_so delhr10 d~ Ohurubusco, aprisionándolo dentro del dique de Oul-. ro~pect1vos decte1?s de ar~itr!os de ~ada !funicipalidad.
Art. 66. En nmgun ed1fic10 podra conservarsé pólvora en canti·dad
.
. acan, coworme e temdu el honor de comunicarlo á V E Olrstá ul ·
da de dos k"l ,
· 1
•·
que exce1 o~mmos, sm ~ permiso especial de la autol'idd competente quien
yisptostanme ?ªll: impedido e~ dar principio á esa obra que ~on.sidero de :fyr;; d , .
llll or
cia para 1a segundad de ~xico.
dab~/stc
permiso sol~ en casos m1~yllecesarios, y tomándoi;c las pn·ca:iciones
e I a~ con respecto a las cohetenas y lugares donde se de · -1 •, .·
"Tengo la. honra ae poner en el superior conocimiento de V E t d
ta
observaciones,,.P_rote_stándole mi respeto y consideracion."
. . o as .es s Cualqmera depósito de pólvora de propiedad particular se gfi:s.1e ~ f,,~nque.
no se destine á su objeto, en los polvorines militares 'en cas I ara, mientras
Cuyas comttmcaCicmes, por ser de interes general de órden de S E l'M· ·
en
el lugar-~ue designe la autoridad local y con las , ;ecaucion::e no _ha?erlos,
tro de Fomento se mand~ publicar en el Diario deÚmpe,·io.-México:lbril~~
par~ poner a salvo al vecindario de la-s poblaciones, ~e las . conf cons)gUJ~ntes,
de _1866.-El Subsecretano_interino de Fomento, Francisco JitJienez.
pudi~J'ª _cl~r lugar el descuido de la conservacion de dicho art' t~1ncias a que
que mfrmJan estas disposiciones pagarán una multa desde 5;c;1 ~-000ªª personas
d
gun la gravedad de la infraccion."
a I
pesos, se-

f n;ª

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Derrames exteriores.

· ~tamien'to de México.-Palacio municipal.-Mérico, Abril 27 de 1866 _
. ?rme hl m. ~51 de la. ley de 1? de Noviembre de 1865 ubli d
·
Dzar1ó áel Impenrr, corresponqiente al l? de Diciembre d l . 'p - ca a edi~ el
"Qued',.,.. íli'b.d t d d
e mismo ano, que ce·
~},ro 11 i o o o errame exterior de canal-0a, caños ó albañales en 1~
eonst~emonet\ -huevas que se hagan; y con respecto á las ue a ,
sedara l&gt;ór el ..A.ymitamiento de cada Municipalidad un Ia~o c!nv!:n hechas,
·que loe ptopiet!trios corrijan eae defecto, bajo el apercibfuuento d 1 ~e, para
respondient~, que so hará efectiva;"
,
e a m ta corSe hace sabei· á los propietarios que tengan canales ú otros derram¿s . t •
res en sos cas~B1 q~e en el pere~t?1-io término de dos meses, contados desi
~ecfá, ~t~ran qmtados, conv1rtiendo todos los derrames exteriores al interio
'bl os e t1 clios; eltn e~ concepto de que pasado este plazo se hará efectiva irremi~
i!l ~e~ e a mu a a que se hayan hecho acreedores.
.A.s1m1smo se les hac,e saber que sin J.&gt;erjuicio de la remoeíon de los derram
procedan desde luego a saldar sus cuentas en la .A.dmin·18tr . d . . es,
Exmo. .A.ymitamiento:
acion e propios del
Y de órden del señor .Alcalde muni · 1
· 1 'bl'
él'c los interesados.- EJ Secretario del~~;e;y:suªtaª,)ut icLo.pa1Lu·ac?nGocimiento
·
uu.en
te. is . Pastor.

·· ,

:i;:erroca1•ril ·d e Mo1·elia á GuanajJiato.

I(

Leemos en la Bandera Imperial de l\fordia lo .siguiente:

. . "Ahora ~ue en Uéxico se pieusa.~eriamente en la realizacion de .
s
J?ra,s matem~.les, que verdaderamente produzcan el en randecimient~rand~.~ mendad del pa1s, llamamos la atencion, así del Sr. Minis~ro d F
y p ospelas personas de la capital del Imperio ara, uienes
e o~ento como de
delespe~ulacio~es, sobre la importanci! de constru::fo;ªd~ol:_~i~s fi~~~ clatie
en ace a Moreha con Guanajuato La ri uez
,
~ enea que
choacan sus fertilísimas zonas, cálid&amp;,
y t:mapglndcolal qube prd·opo~c1onan ~ Mid
t~1:
'
ª a, a a un anc1a y variedad
e .v.enas me &lt;U.leas q~~·cubren por todas partes su suelo y la facilidad d ad
qumr un puertQ mar1timo en el Océa p ífi.
' .
e ·
~el río de las Balsas, ya escogiendo e:º el ~ftor:t !Jª
lata~eg~~tn ·
es que .presenta para el ancla y descarga de los buques y dema 0r asta~e I Io recomiendan, son elementos que impulsarían en rad '
s ven. ijªª qué '
0
te la vía férrea, y podrían acaso fijar los de la corfpañ~
a;f::resJs
_eracruz, para dar cima M ¡n:imitivo pensamiento de un ferrocarril inter~:éa~
meo. .
d~•~or otra p~rte, de la opulencia del Departamento de Guanajuato
,
Portacion
armas.
mmenso trafico mercantil que sostiene con Michoacan el im . • as1 como
Prefectura política del Departamento del y alle de M , .
.A. . .
que_ uno y otro representan en el comercio general del intirior y ~o~ta~te ~ªPfl
te·-·El Sr. Preecopoi1co
fi t
l't• hanotadoquenosedaeldex1co.VlSO
b.d
• .un.portan
, • :~;~:~ dt~~~sesto decimos ea inútil habl~r, porc¡ue son materias ~:r;~dos eco~
prevenciones contenidas en el capítulo 8º de la ley de 1~ oNc~plimbie~to a las
:z:rfü~_tome á su cargo tan ~tilíeipróximo pasado s b
li ,
al ·
· e · OVlem re del año ma empresa, quee:;10ea~a:i0iu:0
bli
d
o re po c1a ~ener ; y en 'consecuencia ha determinado se pu- 1as autoridades y vecinos
do los dos De arta a fe iva y eficaz cooperac1on da
cui'auedn ? nuevo esas _prevenciones, á fin de que en lo sucesivo no se alegue ex da proteccion del Emperador."
P men os, Y sobre tqdo con la ilustrae~~~~
-

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a:U.E;:;:~:;
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°,

de

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~~:t

za!~i:.ico, Mayo l? de 18\j6.- El Secretario general de la Prefectura, Cárles
Las pl'evendnnes de que se trata son las siguientes:
CAPITULO OOT.A.VO.
ARMAS.

"Art. 58· Nadie podrá portar armas de cual ·
l
con la licencia. respectiva de la autorid 'd L quiera a~~~~ sean, si no es
cio~, pdor ese solo heulcho perderá las an:a~, /sf!::~~o:~~ p:1~b~d! :;~pop:
gara a emas una m ta de 5 á 100 pesos ó sufrirá
.. , '
de imponérselo el mayor castigo á
, h
un des de pr1s1on, a reserva
haya hecho de ellas. Se exceptúan 1:ras!ec:f~a~c~t: l orli~ po~ el mal uso que
a cencia para portar ar-

t['

•

Co1•respondencia pai•a el Extei·io;..

.

~dmini?tracion general de Oorreos.-.A.viso al público -El dia 5 del r
te, a las cmco de la tarde se despacha de esta Adm· . tr. .
al p esent
d. • I
&lt;
IllIS aCion gener para Veraor m~no con la correspondencia que ha de conducir á NnevaL I
cala e_n. Sisal Y la Habana, el vapor-correo "Manhattan"
ºt
que
se
participa al público para su conocimiento y efectos· correspoudien es.

r.;;;;:\::::

México, Mayo l ? de 1866.-El Administrador general, Luis de lts Pe&amp;a.

•

EL DIARIO DEL IMPERIO.
Ferrocarril de 111é:ñeo á Chalco.
COMPAÑIA :MEXICANA.

N~~ia del 77Wl!imiento de p¡¡,sajeros habido entre

México y M'ucoac y puntos intermedio,
la semana del 23 al 29 de Abrü.
Pasajeros.
Productos.
•

f

De 1~ clase. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7,802
De 2~ clase. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • 22,270

$1,139 25
~,591 68f

Sumas .....•.... 30,072

$2,730 93¡

México, Mayo 1~ de 1866.-,frbeu y Socios.

,Regist1·0 civil.
Bajo el título de "explicacion de la ley del Registro civil," publicó el "Mexicano" lo siguiente:

443

pasado, son muy claras y sencillas. En el término de ocho dias despues de nacido el niño, será presentado de liecho al Oficial del Registro, Pº: el padre, el mé•
dico, la partera 6 cualquiera otra persona que haya presenciado el alumbramiento; exigiéndose esto así, porque lo que el legislador se propone es obtener de
este modo l! declaracion de testigos presenciales del acto. En caso de enfermedad del niño se justificará esta circunstancia legalmente, es decir, por inedio de
certificados de médicos, ó ae otro modo, si no los hubiere; y entonce~ el AJ.calde pasará al lugar donde está el recien nacido, verificando allí el registro.
"Hecha la presentacion ante la autoridad y los testig_os, se 1évantará una acta
que deberá expresar el día, hora y lugar de] ,nacimiento, el. sexo del niño, su nombre y apellido, lo mismo que los de sus padres, profesion y domicilio, haciendo
otro tanto con los de los testigos, dando :fin á la acta con la firma de los interesa- .
dos que estuvieren presentes. 'Si el padre de la criatura fuese ignorado, !le hai:á
solo mencion .de la madre, cuyo apellido llev.ail~ en lo sucesivo el niño. ·
'' El artículo diez y seis prohibe terminantemente hacer inaagaciones para
descubrir el padre de una criatura; mas se i:omprende luego que esta prohibicion hace referencia á la autoridad del Registro civil y al acto de verificarso1éste,
y no despues; de manera que si con posterioridad á él y fuera. dG la oficina se
ti·atase de probar la filiacion de una persona, se podria obrar con entero arreglo á las leyes vigentes, sin que por eso se faltara á las prevenciones del citado
artículo.
"Se ocupa en seguida el legislador de un caso por desgracia algo comun entre nosotros, y es el abandono de los niños recien nacidos, por sus padres. I,mpone á cualquiera persona que se encontrare una cdatura en e~te estado, la obligacion de presentarlo con los vestidos ú objetos que fuere hallado, al Oficial del
Registro civil ó al Comisario de policía, para que la autoridad, que vigila por
todo, se encargue de un desgraciado cuya vida ha empezado cpn antecedentes bien
trist.es, y sea reparada en lo posible la falta cometida por la barbariclad ó miseria de los auto.res de sus dias. Hecha la presenta.cion se levantará una acta de
lo ocurrido, asentándose los nombres dados al niño, los de la persona que do él
se encargue y el orfanatorio á que sea destinado.
"En seguida previene la ley á los jueces que cuando pronuncien alguna sentencia sobre reconocimiento, adopcion ó arrogacion de alguna persona, avisen
al Oficial del Estado civil, á fin de que levante su acta, haciéndose en ella mencion de la del na~imiento, si la hay; y que respecto del ocurrido en alta mar, será
inscrito en el libro diario del buque, remitiéndose una copia certifieada del acta
al cónsul de la nacion del niño en el primer puerto de es!:ala. El cónsul enviará al Oficial del Estado civil del lugar donde estuviere avecindado el padre
de la criatura, una copia del acta de nacimiento registrada á bordo.
".Aquí concluyen los artículos ·de la ley que se refieren al punto de que venimos tratando: ellos por sí son, como ya diji_mos, muy claros, y basta para su
completa inteligencia las Iigerísj.mas explicaciones dadas al relatarlos; pero he. mos pasado por alto hasta ahora expresamente el 15~, por haber llamado la aten- ·
cion su contenido y creerse contrario á los Cánones, sobre cuyas circunst3J1cias
haremos una explicacion mas detenida.
"El artículo dice a-sí: "Se procederá como si el padre no se conociese, siempre que el ·matrimonio fuese posterior á la publica~ion de esta ley y no fuese'·regi¡¡trado.11 'Salta á los ojos desde luego, y así lo han comprendido todos, q~e tanto. el texto como el espíritu d~l decreto se refieren á los efé~tos civiles deL,Registro: en consecuencia, en es¡e particular el legislador ha obrado de entero aeuex.do
con los principios que ya conocemos. Si el poder temporal no debe ni puede
reconocer como bueno un matrimonio celebrado sin los requisitos fija~os'1&gt;or él,
¡,cómo ha .de concederle el privilegio ele producir los mismos efectos que1os arreglados á 1a ley1 Esta misma lógica ha observado la potestad eclesiástica., fundada en las sábias leyes r9manas, que decian: "Padre es aquel iÍ. quien designan
como tal las nupcias legítimas." No hay pues que extrañar que el legislador r4vil
adopte las mismas reglas, y deduzca iguales consecuencias.
" La otra objecion que se hace contra el artículo es de circunstancias, pues se ·
dice que estando la paz aún lejana de ser alcanzada, el partido disidente hostilizando todavía á las tropas del Imperio, y el territorio demasiado extenso para
ser ocupadó, no ha.y ~eguridad en las poblaciones, y el establecimiento de las oficinas ael Estado civil, lo mismo que su estabilidad, ofrecen graves dificultades:
que esto produciría el resultado de que tal vez un ciudadano viera á su hijo considerado como legítimo por la potestad eclesiástica, mientras que pat2. el poder
civil no era sino de padre desconocido, á causa de que á la fecha del nacimiento
del niño no habia sido registrado en la oficina del Estado civil, ya sea porque
ésta no se encontrara establecida, 6 porque las autoridades qúe la forman hubiesen tenido que disolverse. Pero en primer lugar, es de advertir,que este inconveniente se verificaría aun· con los curas de los pueblos, c9\}lo hos lo acredita
la experiencia, por cuya razon no se salva la dificultad con el medio que se
propone de dejar en manos de la Iglesia el registro de nacimientos. En segundo,
que la ley no obliga á los ciudadanos: sino -mientras la sociedad está en estado
de ~oderse cumplir con ella; y mal sé·haria en culpa.1· al que no hv,bia concurrido a la oficina del Registro civil en un paraje donde no hubiera sido establecida
6. estuviese sustraido de la obediencia del Gobierno; porque éste en tanto tiene
derecho para exigir acatam.iehto .á sus órdenes en cuanto presta las suficientes
garantías para que sus suborqinados sean respetados. E,n apoyo de esta opinion
viene un principio de de.,recho que.dice: que alimpedido no le corre término ni le
pára pe1juicio1 y es enteramente aplicable al punto de que nos ocupamos; pero si
bien es cierto lo anterior, no lo is menós que.una vez ¡:iubl_icada la ley' en un pa,
raje y establecida la oficina, débe cumplirse ,con aquella, y que en caso de interrupcion del órden legal, las dísposiciónes recobran su fuerza tan pronto como
éste es restablecido. Vemos pues qúe el inconveniente, en caso de existir, es el
mismo para la Iglesia que para el poder civil; que la ley no presenta los obstáculos que se le atl'ibuyen, los que antes por el contrario son muy fáciles de
allanar; y en fin, que si los males de una revolucion fueran razones para no promover el adelanto de un país, desgraciado del que hubiese sufrido un solo trastorno, porque jamás se veria libre de su.s resultados.
'' .A.qui concluimos por hoy, reservándonos continuar próximamente la esplicacion de la ley, pues la cortedad de nuestras columnas µos impide hablar en
un solo artículo_de tan importante materia."

"En nuestro artículo primero sobre _el asunto que sirve de título al presente,
dejamos ya consignados de una maner¡i. c;Iara y terminante los fundamentos en
que con jueticia se apoya el poder temporal para recob~ar en la actualidad sus
derechos acerca del estado civil de las personas. Hoy nos vamos á ocupa.r ya de
la explicacion de la ley, segun ofrecimos, procurando cuanto nos sea posible desvanecer las objeciones.que contra ella se han hecho, ~empre que estas ataquen
los principios antes consignados y no sean meras dificultades de momento que
tan solo requieren mejoras pasajeras.
· .~
"Los nueve artículos primeros son tan claros y sencillos que no requieren explicacion alguna, pues se reducen á manifestar lo~ actos de la vida humana que
.deben constar en el registro, como el nacimiento, adopcion, arrogacion, legitimaeion, matrimonio y muerte; la autoridad que de~e intervenir en ello, que lo es
el Alcalde ~unicipal ac~paüado al efecto de testigos mayores de diez y ocho
años, procurando .sean parientes de los interesados, en lo cual la ley no pierde
' de vista la circunstancia de que generalmente en las sucesiones se originan pleitos y disputas sobre parentesco, que pueden evitarse con el testimonio de los
deudos. Igualmente determina la manera de llevar el registro, segun sea. el acto
que se trata de anotar, haciéndolo en tres libros separados: en el primero los na.cimientos, adopciones, arrogaciones y Iegitimacion; eu el segundo los matrimonios, y en el tercero los fallecimientos. Estos libros ser~n duplicados, los que se
depositarán en l¡¡. Prefectllra r,espectiva, sirviendo los primeros para el registro
y guardándose en los archivos del munici~io. Prescribe tambien el modo de asentar las actas, prohibiendo abreviaturas, numeros; y en fin, procura tomar todas
las seguridades que en general se requieren hoy en el otorgamiento de instrumentos públicos, entre cuya clase han sido colocadas las actas de Registro civil. '
"Antes de concluir la. cxplicacior¡ de los artículos de que nos vamos ocupando,
debemos llamar la atencion sobre la novedad introducida por el sexto, respecto
de la miposibiljdad de concurrir por parte de los interesado¡¡, los cuales pueden
hacerse representar por ot,ra persona, pero autorizada por escrito. Esta dispo~icion, á la vez que va d&lt;, acuerdo con la obligacion de concurrencia personal que
la. ley impone en ciertos casos, facilita el cumplimiento de ella, sin que por eso
falten las garantías necesarias. Antes se-presentaba un individuo á bautizar una
criatura, y con la simple relacion que hacia del orígen de ella, era suficiente y se'
asentaba en los libros parroc¡uiales, sirviendo esto despues. como prueb'a de parehtesco. No podrem?s menos de confesar que tal medio era en extremo riesgoso y
.que se prestaba á infinitos abusos de graves trascendencias, de lo que nos presenta nuestra historia muchos ejemplos. En cuanto al matrimonio, continúa, vigente la disposicion antigua que requería poder especial y en forma para poderlo
contraer por medio·de mandatario. Una vez verificado el registro, se previene
tambien la formacion de expedientes con los documentos relativos que se hayan
presentado, para que en todo tiempo_existan ~s constancias_necesarias y se pue-·
da ocurrir á ellas, lo que aumenta las garantías de los interesados para los casos
de duda. Ultima.mente, se requiere la legalizacion de la firma del .Alcalde municipal, cuyo acto consiste en que ti:es escl'ibanos certifican al pié de ella en la copia, ser aquella la firma de la persona que expresa.
.
"Respecto del acta civil de ·un mexicano residente en el extranjero, se requiere
pal'a que sea válida la conformidad con la.a leyes del país en que füé formulada
y el visto bueno del agente diplomático respectivo. Esta disposicion está basada
en los principios de derecho internacional que exigen para la validez en cuanto
á la forma de los actos ejecutados en país extranjero, su entera conformidad á las.
leyes del lugar donde se verifican.
·
"El artículo décimo trae consigo un.a disposicion mas importante que las anteriores, tanto por el priucipjo que consigna, como por las observaciones que contra
-0lla so lían hecho, El previene que para lo futuro el estado civil de las personas
se determinará por las constancias del registro; y que respecto del tiempo ante:
rior á la expedicion de la ley, deberá ocurrirse á. los antigµos libros parroquiales.
Esta dispo!&gt;jcion, .como se ve á primera vista, no pue.de ser mas aneglada á las
doctrinas que ya hemos asentado. Una vez recobrada por la autoridad temporal la i:ntervencion directa en asuntos de Registro civil, nada mas natural que
ordenar para lo sucesivo una completa y estricta observancia de la ley que
promulgara en tal sentido; pero como quiera que á esta ley no se le puede dar
efecto retroactivo, era tambien indispensable respetar .la validez de los actos ejecutados bajo el imp,erio de la antigua. En cuanto á. las 01:fervaciones que la po.testad espiritual hace respecto de la justicia con que el Gobiemo Imperial ha
procedido al dictar tal artículo, creemos inútil detenernos mas sobre el particular, pues nos referimos en un todo á lo que dijimos últimamente, y ademas, si
hubiere variacion posterior en la. ley, toma.ria orígen tal vez del concordato que
se celebre, del cual por ahora no nos ocupamos.
·
"Es cierto, y aparece de la historia, que el respetable Sr. Pio VII se opuso
al desarrollo en Francia de los principios civilizadores que hoy se trat&amp; de fijar
en México, f que en aquella época hubo sériaRdiscusiones entre el Primer Cónsul y la Corte de Roma, sobro el arreglo que debía establecer para lo futuro la
suerte de la Iglesia francesa; pero no debemos olvidar que Su Santidad se conformó al fin con,los puntos relativos al Registro civil; siendo de advertir que el
- gobiemo de Francia, al obrar así, procurnba llevar su independencia del trono
AVISOS OFICIALES.
de San Pedro hasta la exageracion, pues ni aun siquiera quiso reconocer por
religion del Estado. la Católica, .Apostólica, Romana, sino simplemente como el
ADMINISTR.A.CIQN DE BIENES N.ACION.A.LIZADOS.
culto profesado por la mayoría de los ftahceses, que debía estar subordinado al
B.EMA'!!ES.
gobierno como única autoridad de la nacion, y seria vigilado lo mismo que los
El dia 9 del entrante Mayo, á las nueve de la maiiana, se procede~á al de la Ca$&amp;. ubicada
otros.
en Oajaca, en el cuartel 4?, manzana 17, calle de S!!,n Antonio, valuada en ($144) ciento cua"En punto á. nacimientps, las prevenciones del decreto de l? de Noviembre renta y cuatro pesos, cuya almoneda se Terificará con arreglo á los artículos 24, 25 y Z'/ de la

I

I

�444

EL DIARIO DEL IMPERIO.
11'otificacion.

ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen
hacer postura oourran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Abril 20 de 1866.

3a- l

El dia 15 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa y solar,
mlnzana 35, cuartel 4?, calle del Desastre, en Oajaca, nluada en ($115 50 cs.) ciento qitince
pesos cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de Febrero
_,,. de 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia1y hora citados.
México, Abril 23 de 1'866.
3a- l
El dia 16 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicada
en Oajaca, en el cuartel 4?, manzana 11, calle del Soplo núm. 2, valuada en ($ 495 37~ cs.)
cuatrocientos noventa y cinco pesos treinta y siete y medio centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que se participa al púb1ico, para que las
personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Abril 26 de 1866.
3a- l

A escrito presentado por el Lic. D. Prota~io i:erez de Tagle, ~roo here~ero del Sr. Coro~el
D. Mariano Perez de Tagle' en los autos eJeculivos que este senor segma contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el 1;&gt;romovente se ten¡l'an como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificac1on de la rlldicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
. auto que á la letra dice:
·
"México, Abril 25 de 1866.- Coroo lo pide. Haciendo la publicacion por ocho dias en el
Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr, Juez 3? de lnstruc~ion de lo civil, Lic. J?· Cristóbal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.- Poulet.- Miguel F. Guerra, Escnbano Secretario."
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. F~lipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
9'23-8s- 3

.A VI SOS P .ARTICULARES.

.,,,

MIN.11. JJB S.11.N C.11.FBT .!I.NO EL B OBJJO
Con arreglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de Febrero de Í865, se va á proceder
al de la casa, cuartel l ?, Illllnzana 5~, núm. 1, calle de la Loca, en Oajaca, valuada en($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del entr~nte
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J21a11 Stu1m y
NaTJarro.
6a- 5

\

...

EN PACHUCA.
Por acuerdo de la Junta meno; directiva, se convoca á todos los l!eñores aviadores de dicha
mina para la junta general estraordinaria que se ha de celebrar el dia siete del corriente, á las
dos de la tarde, en la Tesorería de esta negociacion, calle de Capuchinas núm. 7; en la inteligenciá de que los señores que no concurran estarán obligados á pasar por lo que acuerden
los concurrentes.
México, Mayo l'.' de 1866.- Por ausencia del ~ecretario, R. Martinez.
930--38-1

Escuelas gratuitas.

\

Ayuntamiento de México.- Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-Núm. 865.- La
Comision de Instni.ccion pública, con fecha 10 del corriente ha participado al Sr. Alcalde
municipal, que segun lo dispuesto por el Exmo. Ayuntamiento, han quedado establecidas y
abiertas para el público tres escuelas gratuitas para niños rib.res, de las cuatro acordadas por
la misma eoryoracion; la primera en la calle de la Qoncepc1on núm. 9, la segunda en la calle
de Muñoz num. 3, y la tercera en la Rinconada de San Sebastian. Lo que por órden del mismo Sr. Alcalde se poile en conocimiento del público, á fin de que los padres de familia que
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establlleimient-0s mencionados.-El Secretario
del Exmo. Ayuntamiento, Luis G. Pastor.
6a-4

.AVISOS JUDICIALES.
Bmpla%amie11to judicial.
Juzgado 1? de Instruccion de lo civil.- :ln la demanda que sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha mandado el Sr. Juez se
cite por los peri6dicos al referido Fuentes, para que en el término de cuarenta dias, contados
desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó pnr apoderado instruido y espensado,
á contestar la indicada demanda; apercibido que de no hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.- El Escribano de diligencias, José Maria COTJarrúbia$.
929-3s-l

COKVOC.&amp;'l!OJUA
POR EL TRIBUNAL MERCANTI L DE QUERETARO,
Y DECLARACION DE QUIEBRA DE LOS SRES. GARCIA Y GALEANA.

El Tribunal, en auto de esta fecha, ha mandado se convoquen por medio de los periódicos
o&amp;cia~ del ·Gobierno del I mperio y el de este Departamento, á los acree.dores ausentes y d~sconocidos que se crean con derechos que deducir contra el concurso á b1e~es de la C~mp~a
"García y Galeana," señalándoles quince dias, á contar desde el de la primera publicac1on,
para que por sí ó por apoderados presenten los justificantes respectivos de sus créditos á los

8Úldicos administradores D. Antonio R. Fuentes y D. Andrés Romillo; entendidos que de no
verificarlo dentro del término, les parará el perjuicio á que hubiere lugar. Asimismo, ha fijado
la época de la quiebra al veinlioc\¡o de Setiembre del año anterior, en que la Compañía deudora comenzó á suspender sus pagos.
Y conforme á lo mandado, se hace saber por el presente á quien corresponda..
Querétaro, Abril 25 de 1866.- El Secretario dél Tribunal, Lu. Sebastian Larrondo.
9'26-3s- 2

Citacion judicial.
Ignorándose la habitacion de D. Hipólit.o Zamora, por el presente y en virtud de lo manda&lt;lo por el Sr. Juez íl? de Instruccion, Lic. D. MiguelRendonPeniche,se le oita y emplaza
para que dentro de ocho dias se presente ante dicho Sr. Juez, á conte~tar la demanda q~e.en
Juicio verbal, sobre pesos, le promueve el representante de D. Francisco Campí; aperc1b1do
que de no comparecer, será sentenciado en rebeldía.
México, Abril 28 de 1866..:...Joaquin Guzma11, Escribano público de la Nacion. 927-3s- 2

ALMANAQUE l·MPER.IA.L
PARA 1866.
Este .Almanaque es sin disputa el mejor de cuantos se han publjcado en México hasta ahora. Consta de mas de 400 páginas de impresion flillpia, hermosa y
correcta, hecha en papel de lujo, y contiene una multitud de noticias curiosas é
. interesantes, que son necesarias para muchos, y·útiles para toda clase de personas .
Está dividido en cincotsecciones y un Apéndice.
La 1~-contiene notas cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas nacionales.
La 2~ trata de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuerpo diplomático mexicano y extranjero, Oasa del Emperador y de la Emperatriz,
Secretaría privada y Ministerio de la Casa Imperial.
La seccion 3~ contiene noticias de todos los Ministerios y de las dependenciaa
de cada uno.
•
La 4~ está destinada. á la Gran Cancillería y á las Ordenes Imperiales: contiene los nombres de todas las personas condecoradas con ellas, los de los mexicanos que tienen condecoraciones extranjeraa, y los de los extranjeros que tienen
condecoraciones mexicanas.
La seccion ó~ trata d~ la Prefectura del Departamento de México, de los Tribunales, Corporaciones y Oficinas públicas, establecimientos de enseñanza y baneficencia, etc., etc., etc.
El Apéndice contiene los cambios de personal que han ocurrido en la Corle y
en el Estado, durante la i.mpresion del .Almanaque.
El extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porque
no lo consienten la multitud, extension y variedad de sus noticias.
El .Almanaque Imperial se halla de venta en la librería de los Sres. Andrade
y 0\ Portal de Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio,"
Bajos de San Agustin núm. 8.
PRECIOS.

A la rústica.. . . . . . . . . . . . 2 pesos cada ejemplar.
•Empastado á la holandesa. 3 ,.
,,
,.

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.&amp;VISO.

En la tlapalerla de LA SillENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de·
papel de tapi11&gt;de b"onitos y elegantes dibnjos1 el qne se dará al precio desde 3 hasta 5 reales
pieza.
. .
.
.
Tambien se han rec1b1do hules para pis.o y para coche, á preCJos s_umamente cómodos.
En la misma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-4

Emplazamiento judicial.
Ju;gado.l'.' de Instmccion delo civil.-En el juicio verbal que sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha mandado el Sr. Juez se
cite por los p~riódi~os al referido D. Juan Fuentes, para que en el término de cuarenta dias,
contados desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y
espensado, á contestii.r dicho juicior apercibido que de no hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía, sin mas óltaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimient-0 de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.- El Escribano de diligencias, José Mar(a CoTJaTTÚbúu.
~3s- 2

Citacion judicial.

••

T0.11.LL.'I. JJB VBN'fJS .
'EFECTOS DE PERFUMERIA DE L.A.S ME10RES FABRICAS DE P.A.RJS.

En la tlapalería de los Venados, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
surtido abundap.te y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de r.ecibir otro,
magnifico, de perfumería, compuesto de lo siguiente:- Pomadas de t-0das clases.- Estractos
de esencias superiores.- Agua de Colonia legítima.--Aceites para el p11lo.- Jabones superiores y de fanúlill.-Polvos de amv-root, arroz y haba.-Elixires y polvos.para la dentadura.Vinagre de gen-seng para el uso estemo de las señoras.-Blanco perla.- Toalla de Vénus.Vinagre aromático y de color.- Los m\ntados jabones.de lechuga y contemporáneo, etc., etc.

Por disposicion de Sr. J uez 2'.' de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se cita á
D. Francisco Berthe para que comparezca en el Juzgado que se halla en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, dentro de ocho dias, á continuar el juicio que le promovió D. Pedro
Strittmatter, sobre pesos; apercibido de que si no lo hace, se segbirá en su rebeldía, entendiéndose las diligencias con los estrados del mismo Juzgado.
México, Abril 28 de 1866...-Joarin Guzman, Escribano público.
. 924- 3s- 3

Todos estos efectos son de clase suprema, y sin embargo se venderán sumamente baratos,
haciendo á los consumidores que tomen por docenas de ellos, una rebaja importante todavía
sobre los precios á que se menudean.
20a- 2sm...:..19

J u :zgado tercerQ de Itistruct:io11 del ,-amo civil .

La Co mp a,ii a Ht.unb ur,;u;s a- Bre~e sa dtr Se,;iu•o•
CONTB.JJ. INCENDIO.

Palacio de Jus,icia.- El Sr. Juez 3'.' civil de Instruccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier,
por auto proveido en veintitres del corrientEt, titme mandado se cite por los periódicos á D. Benito Rujula, para que dentro del término de quince dias, á contar desde el de la primera publicacion, se presente en su Juzgado á contestar la demanda que en juicio verbal por pesos le
promueve D. José Antonio Bonilla; apercibido de darse por contestada la demanda si no comparece, siguiendo el juicio en rebeldía con los estrados, que se dan por bastantes. Doy fe.México, Abril 25 de 1866.-Lic. José Mariano Moya de Contreras, Escribano público.
925-3s- 3

•SEGURO CONTRA INCENDIO. Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables de Hamburgo y Bremen,
y ofreciendo, pues, todas las garantías que puedan desearse.
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Los Agen~s,

A viso judicial.
En los ~utos 9.ue sigue D. Mariano Bauche contra la testamentaría de D. Fernando Pouret
y D'!- M~nana D1az, sobre pesos, el Sr. Juez 2? delnstmccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Pemche, á pedimento de D. Casimiro Rios, ha mandado se cite la almoneda, con calidad
de remate, del corral ó terreno situado en el callejon de Luna, con entrada por el meson de
San Francisco, de la calle real de Santa Ana de esta ciudad, valuado por los arquitectos D.
Vicente Heredia y D. Manuel Rincon en la cantidad de 2,819 pesos 29 centavos, la que se verificará la mañana del dia 1'.' de Mayo del presente año, á las diez, en el Juzgado del espresado Sr. Juez, situado en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda.
Héxico,·Abril 21 de 1866.-Casimiro Fcl"llan&lt;hz, Escribano público.
920- 3s- 3

LEF];'lLANN &amp; GUTHEIL,

821-90a-3l

Bajos de Porta- Creli núm. 4.

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vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14, callejon de Santa Clara, primer piso.

1'1EXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

•\

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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 401, Mayo 2</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>Et.

:1 n1a~

Dl a111u:

•
Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

• NuM. 402.

lflEXl(JO.-.Jneves· 8 ·de ]Bayo de 1S66.

III.

...
SVKAB.10.

PXRTE OFICIAL.-Personas condecoradas con la Cruz de Gnadalnpe.,-Disposicion sobre el Tribunal de Justicia de Jalapa.
PARTE NO OFICIAL.-Casas de Moneda.-Acaqemia de ciencias y literatura. Acta
núm. 29.-Caminos.-Mineral de Plateros.
.

PARTE OFl'CIAL.
GRAN CANCllLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México 3 de May~ de 1866.

S. M. el Emperador, poi- acuerdo de .29 del pr6ximo pasado, Ha tenido ~
bíen nombrar Oficial de la Imperial Orden de Guadalupe, al Sr. D. Cárlos Sada, Subprefecto de Sombrérete; y Caballero de la misma Orden, al Sr. D. Pe·
dro Rivas Mendez, Administrador de correos de Yucatan.

CASAS DE MONEDA.
.

l

José H. ~aleH.

•

De México .••.••..•.•.• eo.o24
,, Guanajuato. -~ • : ..••. 42.~00 "
"
,, Zacatecas... ,. •~ ••••.
'!
"
, 1 Guadalajara••• " ••.•.
"
"
2.i44
,. Durango ...•••...•••
"
,,
,, Catorce ••...••.•....
"
,, San Luis Potosí. •..••.
"
"
1.120
,, Oajaca. ~ .............•

SECCION 1~·
~

México, Mayo 2 de 1866.

Con el objeto de que no se paralice la administracion de justicia, S. M. el
Emperador Ha tenido á bien disponer que mientras queda instalado, con arregl8
á la ley de 18 de Diciembre ·último, el Superior Tribunal de Justicia de Jalapa, continúe el que preside V. S. ejerciendo su jurisdiccio.n en el Deparlamento de Veracruz. .
.
·
Lo que comunico á V. 8. para su cumplimiento.
El Ministro de Justicia,

ESCUDERO.
Sr. Presidente del Tribµnal Superi.or de Justicia de Puebla.

Casas de Moneda.

Noticia de las cantidades de oro y R°tata acuñodas en las Casas de Moneda que ·se
expresan, durante 7,os meses de Enero, Febrero y M_arzo dei corriente año.
ENERO.

PLATA.

De México ..... . .......
,, Guanajuato ...... : •..
,," "
"
,, Zacatecas............
" "
,, Gnadalajara.......... 12.176
"
,, Durango .......... . .
"
"
,, Catorce .............
"
"
,, San Luis Potosí ......
"
,, Oajaca.............. 2.a68

\

"

.

Sumas ...... 14.544

"

ORO.

25

375.438 25
272.000
310,000 "
62.688 "
62.000 "

"
"
"

"

,,

"

"
"
lo.118 "

.! I'

13.750 "

"

"

1.083.700 25 1.098.244 25
PLATA.

De México .....
" ,r
,, Guanajuato •..·•..••.. 56.000
,, Zooatecas........•.... 16.000 "
"
,, Guadalaja:r~· ..•......
" ,1"
,, Durango .••...••.... 9.808
,.
,, Catorce .... ~, •. ~•- •.
,, San Luis Potosí ......
,, "•t
' 3.872
" o.
&amp;Jaca. . . •••••••••••
v ••• , •••

.,

,,"

TOTAL.

FEBRERO.

T

..

375.438
272.000
310.000
50.512
62.000

...

Sumas .•. ·... 85.680

"

TOTAL.

336.528 55
27l,OOO
314,000 "'I
34.561 ,r
80.000 ,,
167.860

,,

lS.800.

·"~
"

336.5,28 5~
327.000
330.000 "
34.561 ,,"
89.808
167.860
('

,,

·22.6'72

"

,~"
,;

1.222.749 55 t:308.429 55
\

,,

,,

-JJ

p

123.140' ,, m
28.893- ,, ~: ,

----1.509.397(' ,/'" '1
L

1.383.709 ,,

•

'

lJ?i!J

Bestime••

TOTAL.

ORO.
,

De· México ••••••.•••.•.
,, Guanajuato ••••••••••
,. Zacatecas.••••.•....••
,, Guadalajara..••••••••
,, Durango •.••••••••••
,, Cato.roo .•.•••••••••••
,, San Luis Potosí ••••••
,t

Oajaca. ..... -...• -- -

,

1.082,202 80 1.162.226 80
935.000 ,.,
837.090 ,r
1.064.000 H 1.080.000 ,,
143.809 ,,
131.633
236.352 ,,
22~ÓOO "
,, " 167,860 "" 167.860 ,,
" 123.140
123.140 ,,
" .,
67.683 ll
60.323 "
'1.360

80.024
98.1100 ",;
16.0QO ,¡
12.176
12,352 "

,.

• 1

•

"

S1U11ae. ~- ••• 2eó.9i2 ,, 3,690.168- so 3,916.070: so
NOTA. No se inclu~n las noticias de la. ~ttñacion ~8ias Cááite. d~ Monedtdbi
Chihut:ili:aa, Cnliacan, lrermosillo y AJ.amos, por no liaJlerse- ree1b1do hasta :O.
fecha.
Seccfon 1~ del Ministerio de Hacienda. México, Abril.25 de- 1866.-El ~
Director de la Seccion 1~. Javier de Reygai11M.

29,
Concurrieron los Sres. Vicepresidente Rio dé la Loza,.~al\; .A.rriola, Buatillo, Cuevas, Castillo, Fonseca, Jimenez D. Miguel, Montes ae 0-.ca,..M~ez,
Orozco y Berra, Vértiz y el Secretario_qu~ suacribe.
Aprobada el acta de la sesion..anterioti se dio cuenta con las comunicaeion01!
siguientes:
.
U.na del Gran Chambelan de S. M. la Emperatriz, ofreciendo á gu nombre á
la Academia, un libro intitulado: "Breve noticia sobre las antigüedades de Jonuta." (M. S.)-Que se registre El1J. el libro de donaciones y se den. á S. M► 1ae
mas expresivas gracias.
•
Otra del Exmo. Sr. Ministro de Instruccion pública, preguntando si el ga11to
para la impresion de la obra de D. Andrés Grayson se halla comprendido en el
presupuesto remitido por.la Academia e}.27 de Diciembre último. El Sr. Cue.
vas hizo algunas observaciones sobre el mucho costo de dicha impresion,. y la.Academia acordó que. se conteste al Sr. Ministro, manifestándole que ese gasto
no está incluido en el presupuesto; qne la impresio.n de la obra de que se tra.tlf
costará mas d~ 60 mil pesos, y que el término de su impresion será el de tre~
años.
Otra del Sr. Segura avisando qua salia para- Europa, donde ofrece sus servicios á la Academia.
.
.
1 •
Se presentaron -cuatro opúsculos recibidos en, la semana, intitW;ados: 1•M1mual
enciclopédico de ciencias, agricultura y artes" (1 ~ entrega); Ensayo- histórico
sobre las revoluciones de Yucatañ, desde el año de 1840 hasta 1864" (entrega
7~); "Cuatro Memopas sobre,puntos de administl'.acion\ por D. Vicente Ortigoaa;" "Historia de la guerra de C118taB de Yueatau, por el Lic. Apolinar García y
García" (2~ entrega}.
·
El Sr. Oucvae leyó la Meim&gt;ria que previene el reglamento, cuyo asunto fué_
h«icer una JTesefia. hietárieo--emiea de, laJneratw:,i mexiC11J1a.
,
,
. No conc~rieron..por ooupa~ron;,Joii Sré/J. Presidente Ramipezj GarJM, Icaab&amp;lceta, Herrem¡ Laewma, .Tunenez D: :Elranciseo, Salazar Iluregui y More~o
y-Jove.-Por enfermedad, los Sres, Miei: y Terán, y .A:rango y Escand,oniPor estar ausentee,..los Sre~. Lao-ainzai-1 Larea, Máury y Segura; y ·sin a.viso,
el Sr. Roa Bárcena.
MéJác-o1 .Abri12-'de 1866.-El S ~ o inwino, F r ~ Ptmemd.
.ACTA NUM.

Ministerio de Hacienda.-México, Abril 26 de 1866.-SEÑOR.-En cumplimiento de lá circular de 1~ de Noviembre del año próximo pasado, en la qu.e se
ordena que cada tres meses se presente. á V. M. por este Ministerio una noticia
de las cantidades de oro y plata acuñadas en las Casas de Moneda del Imperio,
tengo la honra de acompañar la .9.ue correspond~ á los meses. d.o E~ero, Febrero
y Marzo del presente año.-SENOR.-El Presidente del Mwster10, encargado
de los negocios de Hacienda, José Maria de Lacwnza.-Al Emperador.

ÜRO.

"

123.140 ,,
27.773 ,,

kff:demi~ Imperial d_e Ciencias y Literatqra.

PARTE NO OFifJIAL.

CASAS DE MONEDA.

, _'.;;.
~_T_o_TAL_._ , «d
---. ''±"'50'.-o
.~
, '!i1*
310 •236 "
,:,u
294.000 ,,
336.000, ,, .
440.000 ,,
440-.000 ·,, :~
560 "
·•46:560
11
• 46 •
b,
., ,
82.000 ,,
o4.5H ,, •

"

-

MINISTERIO DE JUSTICIA.

o

PÚTA.

()Ro.

El Secretario encargado de la Gran Cancillería,

•

:

MARZO.

.,, .

o.&amp;m:r11oa.
Ministerio_de lliomento.-'1Direceio11 ,gener~ ® caminos y p1Jentes.-Direcci.on del camino de Perote á-,V~racrnz.-Relacion. de las obras ejecutadaa. en e~t~
camülo en la s,e~conta.q.a. del 8 al 14 de .A.bril de 1866.-Han t,rab,a.do e11;
las obras de reparacion de este camino, en dicha semana, 97 operarios, 5 so-

'

�446

•

brestantes¡ 6 capataces, 3 carreteros cop. do¡¡, carros de.cuatro ruedas y un~ de dad de esta Direccion. Se ocupó, ademas, por espacio de tres dias, una carreta
dos. Han rayado, inclusos los capataces, la suma de doscientos setenta y nueve tirada por bueyes, que se pagó á razon de un peso c}.iario. Hicieron 689½ tareas
pesos veintinueve y cinco bctávos centavos ($ 279 29!). Los puntos en que han- y se gastaron trescie¡itos treinta y seis pesos treinta y uno y un cuarto centavos
trabajado son los que á continuacion se expresan: Riofrio, de Paraje de Carros ($336 31¼ cs.) Se ha continuado trabajando en los mismos puntos en que se
á Tostlacuaya, Parajillos, San Miguel del Soldado, Sedeño, Con-al En-me y hizo la semana anterior, de la manera siguiente:
Mata de Caña. Las obras ejecutadas son las siguientes:
"Riofri~. _En este punto ha trabajado una cu~drilla de 22 operarios con un ca.
Riefrio.-U'.na cuadrilla compuesta de 24 operarios, con un capataz, ha con- pataz, é hrcreron 134-tareas en la semana, que importaron.la suma de cincuenta
tinuado la calzada nueva que se está haciendo en la subida de este nombre. Hi- y dos pesos cincuenta centavos ($52 59 cs.), siendo el jornal de fos operarios de
zo en la semana 146 tareas, por las que se pagaron cincuenta y siete pesos ($57} 37¼ cs. y de 50 cs. el del capataz. Siete operarios se ocupáron en la extraccion
siendo.el jornal de los.peones de 37¼ca. y de 75 cs. el del capataz. De )os 24 del material, 10 en conducirlo con carretillas de mano á distancia de 22 metros
operarios, 7 se ocuparon en la extraccion del material, 3 en la division de la pie- y 5 en la construccion de la calzada y el terraplen. Construyeron una calzada
dra, 10 en la conduccion ó trasporte del material con carretillas de mano á dis- de 37 me,tr?s de longitud, 6 de latitud y 0,4.0 de espeso·r, con volúmen de 88,8·
t~~ia de 53 metros? 4 _en .constru~· la .calzada y el terraplen y en desmontar. Se metros cubrcos, y un terraplen de 37 metros de longitud, 6 de latitud y 0,60 de
hicieron las obras s1gmentes: Un terraplen de 39 metros de longitud, 9 de lati- espesor, cuyo volúmen es de 19.9,8 metros cúbicos.
tud y 0,60 de espesor medio, con un volúmen de 210,6 metros cúbicos. Una cal''Parqje de Carros. Ha trabajado en este punto.una cuadrilla de 12 operarios
zada del sistema de Telford, de 39 metros ele longitud, 6 de latitud y 0,40 de con un Jornal d~ 37¼ cs.'. y un carrete~·o con una caneta de esta Dirección que
espesor, cftl un volúmen de 93,6 metros cúbicos. ·Desmonte hech&amp; á ambos la- gana 50 cs. de Jornal: hrzo esta cuadrilla 58z tareas, y se le pagaron veintidos
del camino en un bosquecillo de arbustos, con una extension superficial de pesos cincuenta centavos ($22 50 cs.). De los 12 operarios 4 · se ocuparon en la
5874 metros .cuadrados, teniendo 241 metros longitudinales y 12 de latitud á extraccion del material, 6 en trasportarlo, sirviéndose para ello de carretillas de
cada lado.
mano, á una distancia de 60 metros; dos en construir la calzada: el carretero soDe Paraje de Carros á Tostlacuaya.-Trabajó en este tramo una cuadrilla de lo trabajó un día trasportando piedra de una distancia de 60 metros, no habién~ operar~os Y. un carreter? co~ ~ c~r? de dos ruedas y una mula, perteneciente dolo hecho los otros dias de la semana por haberse roto la carreta y haberla
a esta D1recc1on. En 6 dias utiles hicieron 40 tareas y rayaron quince pesos traido á esta ciudad para su reposicion. La obra ejecutada consistió solamente
ochenta, y siete y medio centavos ($ 15 87½), siendo de 37½ cs. el jornal para en una calzada d,e 18 metros de loñgitud, 7 de latitud y 0,40 de espesor, cuyo
los p~ones Y.:. de 5~ cs. para el carretero: ~ operarios se han ocupado en la ex- volúmen es por consiguiente de 50,40 metros cúbicos.
·
traccron ~el material, 3 en su trasporte con carretillas de mano á distancia de
"Parqjillos.-En este punto trabajó una cuad6lla de 10 operarios y un capa12 metros, y uno en la construccion de la calzada y la superestructura. El carro taz, qu~ hicieron 63 tareas y rayaron veinticinco pesos ochenta y siete y medio
trasportó piedra de una distancia de 300 metros. Consistió la obra ejecutada, en centavos ($25 87¼ es,), siendo de 37½ cs. el jornal de los operarios y de 75 cs.
una calzada de 20 metros de longftud, 4 de latitud y 0,40 de espesor medio: un el del capataz: 2 operarios se ocuparon en 1a extraccion del material, 4 en su
terraplen de 25 metros longitudinales, con 7 de latitud y 0,10 de espesor medio, trasporte con carretillas de mano á una distancia de 60 metros; 1 en partir pieque forma la superestructura del cardino. La cuba.tura de la calzada es de 32 d_ra,, 1 en la construecion de la calzada y superestructura, y 2 en. hacer excavametros cúbi.cos, y la del terraplen de 17,50.
· crone~ para des_a~olvar alcantarillas. U11a carreta tirada por bueyes trabajó por
•:P_arajillós.-E'!1 este p_unto trabajó una cuadrilla de 8 hombres con capataz, e~pacro de tres dias á razon, de un peso diario, y trasportó piedra de una distané hrcreron 54 tareas, con 3or~al de 37¼ cs. los operários y de·75 cs. el capataz, era d~ 80 metros. La obra &lt;¡jecutada fué la siguiente: una calzada de 36 metros
h~~ie~do impo~o.la raya veintido~ ~eso~ cincuenta centavos($ 22 50). Se lon~tudinales po~ 5 de latitud y O,70 de espesor; un terraplen de 36 metros de
divrdio esta cuadrilla de la ~anera s1gwente: 2 operarios extrajeron el material, l~ngrt~d, 6 de latitud y 0,30 de espesor; una excavacion para desazolvar una al5 lo trasportaron con carretillas de mano de una distancia de 25 metros, uno cantarilla, de 12 metros de longitud, 1 de latitud y 1,3 de profundidad, y otra
construyó la calzada y el terraplen. Se hicieron: una calzada de 25 metros de excavacion practicada con el mismo objeto,.de 13 metros longitudinales, l,Hí de
longitud, 7 de latitud y 0,10 de espesor medio; otra calzada para cubrir un ba- latitud y 1,7 de profundidad. La cubatura de la calzada es de 126 metros cúbiche, de 15 metros de longitud, uno de latitud 0,05 de espesor medio; un terraplen cos, la del terraplen 64,80 y la de las excavaciones 17,30. El costo total de es~e tezontle menudo para la superestructura, con 25 metros de longitud, 7 de la- tas obras fué de veintiocho•pesos ochenta y siete ymedio centavos ($28 87½ cs.).
titud y 0,10 de espesor; otro terraplen de 15 metros de longitud, uno de latitud
San Miguel
So14ado.-Diez operarios con un capataz y un carretero han
Y 0,05 de espesor. La cubatura de las calzadas es de 18,25, y de 18,25 tambien formado esta·cuadrilla, con un Jornal de 37½ cs. los primeros, de 7i cs. el segunlos terraplenes.
.
do y de 75 cs. el ter~ero; hicieron 71 tareas, por las que se les rayaron treinta y
"San Miguel del Solddilo.-Una cuadi:illa de 10 -0perarios, con un capataz y un pesos doce y medio centavos ($31 12½ cs.): 2 operarios extrajeron el mateun carretero con un carro de 4 ruedas tirado por cuatro mulas; perteneciente .á rial,, 6 lo trasportaron con carretillas de mano á distancia de 15 metros desde la
esta Direccion, hizo 73 tareas é importó su raya treinta y dos pesos veinticinco cantera ~asta la orilla del camino, desde donde lo 'trasportó un carro de cuatro
centavos ($ 32 25), siendo el jornal de }Oll- operarios de 37¼ cs. y de 75 cs. el ráedas, tirado por cuatro mulas, perteneciente á esta Direccion, hastfl. el punto
del capataz y el carretero: 3 operaríos extrajeron piedra y cascajo, 5 lo traspor- del trab~jo, que dista 60 metros: 1 operado hizo la calzada y otro el tC'rrapfon y
taron con carretillas d~ mano á !listancia de 25 metros ha.eta la orilla del eamino, excavacron ~e un foso de desagüe. Hicieron una calzada de 25 metros de longiel carro lo traspo.rtó desde este punto hasta el del trabajo, en una distancia de tud, 4 de latitud y 0,25 de espesor; otra de 5 metros dé longitud, 6 de latitud. y
100 metros, 2 peones construyeron la calzada y el terraplen. El trabajo que hi- 0,50 de espesor; un terraplen de 25 metros de longitud, 4 de latitud y 0,25 de
cieron para cubrir unos baches, fué el siguiente: Una calzada de 5 metros de espes?r, y otro de 5 metros de !ongitud, o de latitud y 0,15 de espesor; una exlongitud, 4 de latitud y 0,50 de espe¡;or medio; otra de 40 metros de longitud, 4 cav~cion de 50 metros de longitud, 0,42 de latitud y 0,15 de profundidad. El
de latitud y 0,50 de espesor, y otra de 10 metros de longitud, 4 de'latitrid y 0,50 volumen de las calzadas es de 65 metros cúbicos, el de los terraplenes de 29 50
de espesor. Un terraplen de 5 metros de longitud, 4 de latitud y 0,18 de espe- y el de la excavacion de 3,15.
·
'
sor; otro de 40 metros de longitud, 4 ae latitud y 0,25 de espesor, y otro de 10
. ''.Sedeño.-Oompusieron esta cuadrilla 17 operarios con un capataz, los que
. metros de longitud, 4 de latitud y 0,25 de espesor. Un foso de 80 metros de hic~eron 102 tareas_y rayaron ·cu~renta pesos cincuenta centavo■ ($40 50 es,),
longitud, 0,50 de latitud y 0,18 de profundidad. La cubatura de las calzadas es temendo los operar~os 37½ cs. de.Jornal y el capataz 75 ~s.: 8 operarios se ocude 110 metros, y la de los terraplenes de 53,6 metros cúbicos: la de la exca.va- paron en la extracc~on del ~ater1al, 6 en su trasporte á 200'metros de distancia,
cion hech~ para e! foso,de desagüe es de 7,2.
y~ en la. construcc1on de la calzada y superestruct11ra. Ejecutaron las t&gt;bras siSedeño.-Una cua:drilla compuesta de 12 operarios y un capataz hizo 62! ta- ' gmentes: una calzada de 32 metros_ de longitud, _3,5 de latitud y 0,50 de espereas y se le pagaron veinticinco pesos aetenta y ocho un octavo centavos ($25 78!), sor; terraplen de 30 metros ele longi1ud, 4 de latitud y 0,10 de espesor· otro de
siendo el jornal de los peones· de::l7½ cs. y de 75 cs. el del capataz: 6 peones se 30 metros de longitud, 0,50 de latitud y 0,35 de espesor La cubatura de la calocuparon en extraer y partir piedra, 3 en trasportarla con carretillas de mano á zada ei de 56 metros cúbicos, y la de los terraplenes de 17,25.
una distancia de 180 metros, 3 en construh: la calzada y el terraplen, consoli"Corral Firme.-Ha tr~bajado en e~t~ punto una cuadrilla de 25 operarios y
dándolo cou el pison. Hicieron una calzada de 46 metros de longitud, 4 de lati- un capataz, con 50 cs. de Jornal los primeros y de un peso el segundo; hicieron
tud y 0,27 de espesor, y un terraplen para la superestructura, con 46 metros en la_semana 156_ tareas y _se les rayaron ochenta y un pesos ($81.): 4 operarios
longitudinales, 4 de latitud y 0,10 de espesor. La calzada tiene 49,6 metros cú- extraJeron y partieron la·piedra, 4 la trasportaron con parihuelas de cuero á 300
bicos, y ,el terraplen 18,4.
metro!! de dista~cia, 5 extrajeron tepetate para la superestructura, 6 la traspor"Con·al Firme.-Trabajó en este punto una cuadrilla compuesta de 25 opera- taron con carretillas de mano á 200 metros de distancia, 5 construyei•on la cal- ·
rios~ un capataz, hizo 143 tareas, por.las q_ue se pagaron setenta y cuatro pe- zada y uno el terraplen. Los trabajos que hicieron son: una calzada de 60 mesos crncuenta centavos ($ 74 50}, siendo el Jornal de 50 cs. para los optlrarios y tros de longitud, 4 de la~it~d y 0,50 de espesor por té1ill.ino medio, cuyo volúde un peso para el capataz: ;4- peones extrajeron y partieron piedra 4 la tras- menes de l~0 metros cubrcos; un terraplen de tepetate con 75 metros de longiportaron con parihuelas á una distancia de 110 metros, 5 construyer~n la calza- tud, 4 de latitud r 0,10 de espesor con volúmen de 30 metros cúbicos.
da y uno el terraplén. La obra ejecutada fué la siguiente: Una calzada de 88
"Mata de Caña.-La cuadrilla de este punto ha constado de 17. operarios con
metros de longitud,. 4 de latitud y 0,50 de espesor; un terraplen de 4:8 metros de un capataz y un carretero con un carro de cuatro ruedas y cuatro mulas, pertelongitud, 4 de latitud y 0,10 de espesor, que forma la supérestruct11ra. I:.a cal- neciente á esta Direccion. El jornal de los operarios es de 56¼ cs. y de un peso
zada tiene un volúmen de 176 metros cúbicos y el terraplen de 19,2.
el del capataz y el carretero, é importó la raya sesenta y nueve pesos ochenta
Mata de Caña. La cuadrilla que trabajó en este punto se compuso de 12 ope- y uno y un CU8:ftO cent3:vos ($trn 81¼ _cs.), por 11'4 tareas que hicieron en la serarios, co~ 1;1Il jornal de 56'¼ cs., y de ~ capa~ ! un carretero con un peso ca- mana: 8 ope~arios. extraJeron el material, 7 lo trasportaron auxiliados por el carda uno: hicieron 81¼ tareas, y la raya importó cmcuenta y un pesos treinta y ro, de una drstancra de 430 metros,uno se ocupó en 1~ construccion de la calsanueve centavos ($51 39). Dos peones se ocuparon en la extraccion de piedra, 4 da y 1;illº en la del terraplen: hiciero~ una calzada de 10 metros de longitud, 6,S
en su trasporte con carretillas de mano á distancia de 200 metros, 3 en la extrac- de latitud y 0,40 de espesor, con volumen de 26 metros cúbicos: un muro de recion de cascajo, 1 en construir el terraplen y el muro de piedra y 2 en hacer vestimiento de piedra seca de 48 metros longitudinales, por 0,4 y 0,2, cuyo vocalzada_. El carretero c?n ~ carro de euati:o ruedas, tirado por cuatro mulas, de lúmen e_s de 3,84 meh·os cúbicos; un ter~aplen de 37 metros longitudinales con
lo propiedad de esta Direccron, trasportó piedra durante tres dias de una distan- 7 de latitud Y'0,32 de espesor, cuyo volumen es de 82,88 metros cúbicos.--Jacia de 200 metros, y cascajo los tres dias restantes, de distancia de 345 metros. lapa, .Abril 26 de 1866.-El Director, J. Ant-Onio de la Peña."
Los siguientes fueron los trabajos ejecutados: un tenaplen con '12 metros de longitud, 7 de latitud y 32 centímetros de espesor: una calzada de 33 metros de '
"Direccion del camino de Guanajuato á Lagos.-Leon, .Abril 17 de 1866.· longitud, 6,5 de latitud y 40 centímetros de espesor; y el muro lateral de piedra Tengo el honor de poner en conocimiento de V. S. los trabajos ejecutados en
grande con 44 metros longitudi~ales, 40 centímetros de latitud y 20 de espesor. · este camino de mi cargo en la. semana del 9 al 15 del presente:
La cubatura del terraplen es de 26,88 metros, y la de las calzadas reunida.a.de
"En el tramo de Guanajuato á Marfil trabajó una cuadrilla de 25 hombres,
49,32.--Jalapa, .Abril 20 de 1866.-El Director, J. Antonio de la Peña,."
haciendo un rebaje en conglomerado rojo de 13 metros largo, 4 metros ancho y
0,7 alto por medio de. 48 barrenos, y trasportando la piedra q• de ellos resultó
"Di:eccion del ~amino de Pero0 á Veracruz.-Relacion de los trabajos ejecu- á distancia de 11 metros para desembarazar el camino: el costo que saca el metados en este ca.mrn,p en la semana del '15 al 21 de .Abril de 1866.-Los traba- tro cúbico ya trasportado es de $1 3 cs.
jos en la expresada semana han sido hechos por 113 operarios, 6 capataces y 3
"En la calzada de .Aguilares á Silao han trabajado 2 cuadrillas de á 40 homcarreteros,
., con dol! carros de cuatro ruedas y 1.lna carreta, que son de la propie- bres, é hicieron: un terraplen de 70 metros largo, 7 metros ancho y 0,56 alto

otro terraplen de 220 meÚ·os largo, 4,5 an_cho y 0,45 alto; el costo de estos terraplénes es á razon de 61 cs. metro: un rebaJe de 50 metros largo, 4,5 metros ancho
y o 1 .alto· un foso de 232 metros largo 1,2 ancho medio y 1,5 profundidad, cuyo
costo es
64 cs. metro cúbico; trasportaron á distancia de 700 'metros 21 metros cúbicos de piedra, á 3 21 cs. metro cúbicos; trituraron 80,5 metros cúbicos
de basalto en trozos de 0,02 á 0,03 para la capa superior de la calzada, á $ 7 25 cs.
"Calzada de los Magueyes á Jerez.-Trabajaron dos cuadrillas, una de 60
hombres ·y otra de 27 muchachos, é hicieron: á distancia de 1,024 metros en terreno montuoso trasportaron 62 metros cúbicos piedra basalto, costando el metro
cúbico de trasporte$ 3 42 cs.; quebraron 70 metros cúbicos de piedra basalto, en
trozos de 0,03, costando á 80 cs. el metro cúbico; más 160 metros cúbicos en trozos de 0,05 á 0,08 para la capa intermedia, á 17 cs.
·
"Üalzada de Lagunillas .111 Saucillo.-De empedrado comun, una cuadrilla de
40 hombres hizo: un terraplen de 50 metros largo, 7 metros ancho y 0,2 altura
média, costando el m(}tro cúbico á 34 cs. con tierra á distancia de 50 metros; un
tramo de calzada de empedrado comun de 119 meJros largo y 7 meh·os anch?,
cuyo costó por metro· cuadrado es de 38 cs.; se dieron 42 barrenos para abm
las cepas para las llaves del empedrado, costando sobre 10 cs. por barreno, término medio de la mano de obra.
"Calzada del Saucillo á San José.-Trabajó una cuadrilla de 40 hombres con
7 •carros, haciendo: 14 metros cuadrados· de dovelas colocadas en la bóveda
del puente: un pilar de cal y canto de 12 metros largo, 0,6 espesor y 0,5 _al~o: un
rehen·chido de 12 metros largo, 1 metro espesor y 1 metro alto; una cort~a para
contener el teiTaplen, de 10 metros largo, 0,5 espesor y 1,,2 alto; otra rde~ ~e
10 metros largo, 0,5 espesor y
al~o; Toda esta Qbra! eJecut3:d~ con cal 3: distancia de 18 kilómetros, arena a 3 kilometros, cantera a dos kilometros; piedra
á 500 metros y agua á 1,5 kiló:iietros: la raya de esta cuadrilla f~é de $ 80 75 cs.
••En los .Aguirres una cuadrilla ambulante de 10 hombres hrzo un terraplen
de 61 metros largo, 7 metros ancho, y 0,2 altura me~, c~stando el metro cúbico 28 cs., con tierra á distancia de 30 metros.
"Se vigila y conservan en buen estado varios tramo~ de calzada que hace~ seis
kilómetros, y se riegan y cuidan 108 chopos ~or medio de, 16 guarda-camrn~s y
regadores, cuya raya importó $ 45 50 cs.-Dros guarde a V._ S. muchos anos.
-El Director, Manuel Moncada.-Sr. Director general de camrnos y puentes.

de

ªºª

1

•

der

.44.7

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

tal como lo han ve~ificado otras OompañÍas, por cuyos esfuerzos se han fundado
y sostenido diversas negociaciones.
.
.
.
"iQué designio se ha llevado en mantener en la rnercra las romas de Platerosr
Si no debian explotarse, ipara qué se saca1;on del poder de sus pos~edores, que
con mas ó menos afanes emprendían trabi:t.)OS en ell~s, tal como lo hi_zo el finado
Sr. Munguía? iPor qué estar simulando ~ ~paro rne~caz, contr~no al desa~rallo del trabajo, contrario al bienestar publico, contrario al porvemr del Fresmllo, cuya suerte se Jiace depender exclusivamente, con esa especie de entredicho,
de la }legociacion de Proaño1 ·
.
''Ante una situacion tan incierta, tan anómala, tan estéril, varios vecinos de
la enunciada. poblacion han concebido el proyecto de restaurar los trabajos en el
mineral de Plateros formando para ello una asociacion numerosa, en que entren á ser represent;~os todos los ~ terese~- Nunca como ahora se ha necesita~o
tanto de ese esfuerzo por ser notorias las diftcultades con que marcha la negocia'
cion de Proaño; dificultades
qu~ si no se sa_lvan Y. precaven, pueden anastrar a,
una ruina momentánea esa ciudad de vernte mil almas.
"La iniciativa de hacer entrar al · movimiento y al trabajo una riqueza abandonada, ihallará la acogida que se merece1 ió se le presentarán trabas y obstá. culos1 Ya tendremos al público al corriente del resultado, reservando para entonces ¡i,mpliar nuest1;as obser~aci?~es y hacer ~asonar nuestra voz tan alto ~omo
se necesite, para¡ que,.se haga JUst1c1a al afan smcero de los que desean meJora,
la condicion desgraciada 4e los pueblos.-S. Oosio}'

AVlSOS OFICIALES.

?,9

..

· "Direccion del caroino de Guanajuato á Lagos.-Leon, Abril 23 de 1866.Tengo el honor de informar á V. S. de los trabajos ejecutados en este camino en
la semana del 16 al 22 del presente.
.
.
.
"Entre Guanajuato y Marfil, en el punto llamado la Garita, se hIZo un rebaje
en peña de :!5 metros de largo, 4 metros ancho y 0,5 profundidad, por medio de
56 barrenos; se trasportó el material extraído á distancia de 25 metros y se emparejó el piso con piedra quebrada.
''Estos trabajos han sido hechos por una cuadrilla de 37 hombres, cuya raya
importó $ 43 68! cs.
·
"En la calzada de .Aguilares á Silao trabajaron 2 cuadrillas, una de á 30 y
otra de á 38 }1ombres, 'é hicieron lo siguiente: un terraplen convexo de 85 metros
de largo, 7 metros ancho y 0;2 altura média; otro terraplen plano de 60 metros
largo, 4,5 ancho y 0,5 de altura; se trasportaron 2~ ~ etros c~bicos de piedra á
distancia de 853 metros; se quebraron 63 metros cub1cos de piedra para la capa
superior, en trozos de 0,02 á 0,03. La raya de estas cuadrillas ~portó $107 25 cs.
"En los .Aguirres, entre el .Alto y los Magueyes, una cuadrilla ambulante de
10 hombres y que venció $15 hizo un terraplen de 97 metro~ de largo, 7 metros
de ancho y 0,4 alto.
•'En la calzada ~e los Mague.yes á Jerez trabajó una cuadrilla ~e 30 hombres
y otra de 37 mue-hachos, é hicieron: un tramo ~e calzada ó superesti:uctura del
sistema Trésagnet, tenienfº. 79 metros la~·go~ 7 _metro_s ancho y 0,25 de espesor,
trasportando 87 metros cub1cos del material a drsta¡icra de 345 metros, 38 metros
á distancia de 940 metros y 48 metros cúbicos á distancia de 750 metros: la raya de estas cnadrillas importó 75 87½ cs.
"En la calzaét'a del Saucillo á San José trabajó una cuadrilla de 40 hombres
con cuatro canos, haciendo lo siguiente: se colocaron 12 metros cuadrado~ de
dovelas con lo cual se cerró la segunda bóveda del puente; un muro de calicanto de 27 metros de largo, 0,5 espesor y un meh·o alt~; se embetunó la primera
bóveda de 12 metros y 2 metros de abertura: un rebaJe de 7 metros de largo,
1 metro ancho 1 metro pr-0fundidad; un terraplen de 10 metros de largo, 10 metros de ancho y 0,5 altura médif· Pa~a, esta obra ·se ha tenid,o que .~aspo~·tar la
cal á 18 kilómetros, la arena a 2 ki1ometros, la cantera a 3 kilometr~s, el
agua á 2 k'.ilómetros y fa piedra á 500 metros; importó la raya de la cuadrilla y
los carreteros $ 93 37¼ cs.
"Por medio de 17 guarda-caminos y regadores, ~u7araya importó $ 36 75 c_s.,
se vigilaron y cons~rvaron en, buen estado 6 ~ilometros.de calzada, y se riegan 708 chopos.-D10s guarde a V: S. muchos ano,~.-El DU'ector, Manuel~&lt;&gt;nca,la.-Sr. Director general de camrnos y puentes.
. .
.
. .
Son copias. México, Mayo 2 de 1866.-El Secretario mterrno, José Luis Gu-

..

J

BOLETIN DE Ld.S LBFES.
México, 18 de Abril de 1866.-Se ha publicado la entrega púm. 9 del Bol►
tin de las Leyes, y se halla para sil venta, al precio de catorce centavos, ~n esta.
Administracion y en los expendios de papel sellado en que se ha~ vendido la.a
anteriores.-El .Administrador principal, J_osé María de Icata é I túrbe. 6a-6

'

.

ADM!l'fIS'l'B.AOIO!f (HJll'JlB.AL DB OOB.B.BOS.
.A.VISO AL PUBLICO.

El dia 5 del presente, á las cinco de la tarde, se despacha de esta A~stracion gener&amp;l
para Veracruz un estraordinario con la correspondencia que ha de conducir á Nueva-YorJ,
con escala en Sisal y la Habana, el vapor-correo "Manhá.ttan." Lo que s·e participa al públi
co para su conocimiento y efectos correspondientes.
.
México, Mayo H de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
2s-l _
Operacioti de-la vacuna.
En los dias 5 y 6 del corriente se practicará ésta en ei edificio de la Diputacion, de once ' '
once y media de la mañana..
·
México, Mayo 2 de 1866.-Mercado.
•2s-l

Secretaria del Consejo de Estado.
Seminarw núm. 9.

.Ignorándose la residencia de D. Santiago Vicario, y necesitándose en esta Secretaría para.
hacerle una notificacion en el espediente núm. 5,626 y anexo, se. le emplaza por el prese!lte
para que concurra por si 6 por apoderado, para el fin indicado; :li~á!ldose al :13fecto el ~rmmo
de ocho dias, que comenzarán á cont&amp;rse desde la fecha; aperc1b1do que s1 no lo verifica, se
seguirá adelante el negocio sin oirle.
México, Abril 24 de 1866.
.
3a- 3

tierrei.

Jllineral de Plateros.

1

'

•

Leemos en el Pabellon naci-0nal del Fresnillo:
"Existe á una legua Noroeste de Fresnillo, un_ antiguo ~eral, n~mbrado r1ateros, compuesto de varias minas, las que han ardo trabajadas en diversos tiempos, produciendo resultados mas? menos favorables;_pero los c:uales han demostrado que 'allí se e!lc~entra una riqueza de la mayor rmportancr~.
·
"Hact. como vernticuatro años que la mayor parte de esas mrnas se contrataron á una Compañía mexicana, que representaba el !inado Sr. D. Jo~é .?onzalez Echeverría, cediendo los poseedores de aquellas a cuanto se les ex1g10, para
llegar á un arreglo, en la c0nfi.anza de que se explotasen con todos los elementos
que se suponian en la Compañía aviadora.
"Sus esperanzas quedaron f1;11stradas, ¡mes á excep~ion de algunas demostr~- •
ciones insignificantes, que de tiempo en tiempo se hacran para denotar que babia
algun amparo, las minas han permanecido abandonadas, no emprendiéndose.trabajo serio en ellas.
,
"Primero ha venido la muerte á arrebatar de este mundo á la mayor parte de
los referidos poseedor~s, y al que representaba la Compaií.ía aviadora, que sé
pusiera en movimiento á Plát_eros.
.
. ,
,
"Bien comprendemos las dificultades que ha hecho nacer la s1tuac1on del pa1s,
para llevar adelante las empresas minerales; pero el tiempo que ha trascurrido
es demasiado largo paraJue la Compa~ía aviador.a, que tomó bajo su res~onsabilidad el dar impulso expresado mmeral, hubiese llenado sus compromisos

1

•

Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en esta Secretaria
para hacerle una,notificacion en el espediente núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el presente para que comparezca á ella dentro de quince días, que comenzarán á contarse desde la
fecha· apercibido de que si no lo verifica, se seguirá el negocio adelante sin oirle.
México Abril 17 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodrigua
y Cosío. ' .
·
6a- 6
COKVOOA'l'OB.IA.
Ayuntamiento de ~éxico.-Núm. 975.-La Junta de H:1-cie~da ha dispuesto s~ ~onvoque
por medio de este aviso á los acreedores al fondo de amortizac1on que tengan créditos escñturados, liquido~ y reconoci~os, para que concurran el_ ella 7 del entrante Mayo, á las doce.de ·
la mañana, al salon de Cabildos del Exmo, Ayuntauuento, donde conforme á lo prevemdo
por la ley relativa, la espresada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida, entre los,
acreedores qui ofrezcan mayor rebaja. .
.
.
.
México, Abril 30 de 1866.--El Secretano del Exmo. Ayuntauuento, Lic. Luis G. Pastor.
3a-2

'

,Juzgado de letras de 1\11orelos.
Auto citando á D. Nicolás Perez.-En el espediente que se sigue en este Juzgado contra el

Juez de paz de Cuahuistla, ror responsabilidad, he proveido un auto que á la letra dice1
"Morelos, Abrii 10 de 1866.-Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de D.
Nicolás Perez, cítesele por medio del Diario oficial del Imperio, para que dentro del término
de quinu dias perentorios, contados desde la primera publicacion, se presente en este Juzga'do; apercibido de que si no lo verifica, se determinará en esta causa sin su audienci'a lo que
corresponda. El Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro, Juez d.e 1~ instancia del Distrito, que actiio poF receptoría á. falta de Secretario, lo mandé y firmé. Doy fe.-Diaz Barreiro.-Asistencia, A. Moreno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de lo mandado y para que surta los efectos legales, pongo el presente.
en Cuautla de Morelos, á die11 y ocho de Abril de mil ochocientos sesenta y seis.-El Juez de,
l! instancia del Distrito, Diaz Barreiro.
6a-3
d.dministracion de 'l'e1&amp;tas de lJhalco.
AVISO,

Se participa al público, _para que las personas que quieran hacer postura concurran á esta
Administracion el ella 15 del entrante Setiembre, á laa nueve de la mañana, en que se verifi- cará el remate del rancho conocido con el nombre del "Jardín," ubicado en la municipalidad
de Ozumba, de esta jurisdiccion, con arreglo á lo accidado por el Sr. Admin!stra~or ~e ~ienes
nacionalizados en 5 del presente Abril, y val~ado en ($ 6,6~ 42 cs.) seis mil se1S~1entos
treinta y cinco pesos cuarenta y dos centavos; siendo de advertir á las personas que se mter&amp;6en á dicho rancho, que al Erario solo recon~ce esta finca 3,800 pesos, y que hab~á a!1emas
que garantizar á D. Oalixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante á qmen Justifique ser el dueño.
. .
.
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriano Carrillo. lOa-3

'

'

IMl'OB.'!fAll'H,
Corte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
Tomás Smith para una diligencia judicial, con. motivo d~l asalto Y. r~bo que sufrió ~r~ ?e la
garita de VaUejo la noche del 18 de Enero últ1mol y temendo noticia de que este mdmduo
es transeunte, por el pr?sente se escJta á las ~utoiidadcs d~ los lugares por don.dii p_ueda encontrarse, se sirva1:1 !lºtificar de. arr&amp;1~0 á Smith, dando aV1So á e~ta Corte MaIC1al, situada en
el Palacio de J ustic1a1 para que se libre el exhorto correspondiente á fin de q;ne sea examinado.
.
México Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
'

10-a-5

•

.,...

�Et DIARIO DEL IMPERIO.

448

Llamamiento de herederos.

Bepórifo de .IJu_poNffnlÑl«d.
Debiendo pasar revista de Comisario esta corporacion el dia cuatro del presente mes, se ha.
ce saber por medio de e~te aviso _á los Sres. Gefes y Oficiales que pertenecen á la espresada,
para que con la puntualidad debida concurran al acto, á las nue'fe de la mañana en punto, ea
el lugar de costumbre.
México, Mayo 19 de 1866.-El _General Gefe de la corporacion, E. de Grimamt.
3s-2

AYTSOS JUDICIALES.
,

•

Citacion judicial.

Iiabiéndose prescnt,iló :;;, , el Juzgado 2~ de Instruccion en lo civil, D. Josó Diaz Manry,
por su esposa D':' Cármen ~hdariaaa, pidiendo: que con citacion de la Sra. D! Concepcion
Cosfo, lle notifique al Sr. NotarioD. Jos6 Villela espida á costa del promovente, testimonio
de la escritura de imposicion del capital de tres mil pesos sobre la casa núm. 4 del callejon
del Padre Lecnona, otorgada ante el Escribano D. José Ildefonso Verdiguel á seis de Julio
de mil ochocientos treinta y seis; y que la citacion se hag¡ por los periódicos, por ignorarse el
paradero de dicha Sra. Cosfo. El Sr. Juez, en auto de veintiocho del corriente, decretó de'
conformidád, señalando el término de ocho días para la publicacion del trámite.
Y en ClllDplimiento de lo mandado pongo el presente para los efectos legales, en Méxice, á
treinta de Abril de )llil ochocientos sesenta y seis.-José Vicente Piña, Escribano público.
931-3s- 1

Citacion,
Tribunal del':' instancia.-2'!- Sala.-Por el presente, y en cumplimiento de lo mandado
por esta 2'!- Sala del Tribunal de 1! instancia del Departamento ae1 Valle de México, cito y
emplazo á D. Jos&amp; Man~ Arteaga para que en el término de ocho dias, contados desde hoy,
comparezca ante dicho Tribunal á hacer el reconocimiento ele una firma puesta en ún docu.
mento presentado por parte de D. lnés-Marin, ~n cliuicio que s1gne contra el citado Sr. Ar.
teaga sobre pesos.
•
México, Mayo 19 de 1866.-Estébaii Tomás CUOB, Escribano público.
932-3s-l

AVISO.

Bn el espediente que sobre inventarios 11.a segnido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los Albaceas el Sr. D. Blas Pereda, residente en San Luis Poto.sí, y :Q. Antonio Martinez,
vecino ~e Ciudad FernandP.z, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reyther, veeino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad, en auto de Z1 del actual, se cite
por low periódicos del Imperio á D. Andrés Reyther y á D~ Mana Ana Angela Hegnes, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó parientes inmediatos del testador, vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenabat, perteneciente al círculo gubernativo Arnesver.
gnen de los Estados de Alemania, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para 1¡ue dentro
del perentorio término de un año, quo se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por si ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que ten•
gan 4 los bienes que se hallan en drp6sito, pertenecientes á la testamentaría del espre.sado D.
Federico Reyther; bajo el apercibimiento· de que si no lo verifican, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que deterrmne la ley. Y pa:ra que lo
mandado t.enga su cumplimiento, pongo el presente aviso en la ciudad de Rioverde, á los
veintiocho dias·del mes de Octubre de mil ochocientos sesenta y cinco, que firmó con los de
mi asistPncia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domingo Utku.rri-Asistencia, Gil Mendez..A..sistencia, J. Blas Oribe.
• 683-60a-51

BERdTE,
Tribunal de l\l instanéia.-1~ Sala.-A las doce de la mañana del dia cinco del entrante
Mayo, se lia de proceder por la 1~ Sala de este Tribunal al remate de la casa núm. 6 de la p¡j. ·
mera Calle Ancña, avaluada por los peritos D. Antonio Torres Torija y D. Juan Cardona en
la cantidad de catorce mil veintiocho pesos sesenta y cinco centavos ($14,028 b5 cs.)
Lo que aviso al público, para que las personas qne quieran hacer ·postura lo verifiquen el
dia y hora citados; en concepto de que la Secretarla de dicha l! Sala dará las instrucciones
que ministran los autos.
México, Abril 26 de 1866.-Estéban 7'.omás Casas, Escribano público.
919-3a- 3

AVISOS PARTICULARES.

EmpltuamieJ1,to judicial.

JrllNd DE M.N c.a.rETdNO,EL BORDO

JuzJ?&amp;(lo 19 de Instrnccion de lo civil.-En la demanda que sobre pesos promueve D. En·
riqne ile la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pediment-0 del act-Or ha mandado el Sr. Juez se
cite por los periódicos al referido Fuentes, para que en el término de cuarenta dias, contados
desde este. fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y espensado,
á contestar la indicada demanda; apercibido qne" de no hacerlo seguira en sn ausencia y rebel•
día, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
M~xioo, Abril 30 do 1866.-El Escribano de diligencias, Jo,é María Coi,arr(d,ias.

EN PACRUCA.
Por acuerdo de la Junta menor directiva, se convoca á todos los señores aviadores de dicha
mina para la junta general estraordinaria que se ha de celebrar el dia siete del corriente, á las
dos de la tarde, en la Tesorería de esta negociacion, calle de Capuchinas núm. '7; en la inteli•
gencia de que los señores que no concurran estarán Qbligados á pasar por lo que acuerden
los concurrentes.
·
México, Mayo 19 de 1866.- Por ausencia del Secretario, R. Martinez.
930-3s-2 •

929-311-2

00:SVOOA'.NIJl.rA
POR EL TRIBUNAL MERCANTIL DE QUERETARO,
Y DECLARACION DE QUIEBRA DE LOS SRES. GARCIA Y GALEANA.

El Tribunal, en auto de esta fecha, ha mandado se convoqu~n por medio de los periódicos
oficiales del Gobierno del Imperio y el de este Departamento, á los acreedores ansentell y desconocidos que se crean con derechos que deducir conqa el conC111'1!o á bienes de la Compañia
"García y Galeana," señalándoles quince dias, á contar desde el de la primera publicacion,
para que por sí 6 por apoderados presenten los justificantes respectivos de sus crMitos á los
síndicos administradores D. Antonio R. Fuentes y D. Andrés Romillo; entendidos que de no
nrificarlo dentro del término, les parará el perjuicio á que hubiere lugar. Asimismo, ha fijado
la. época de la quiebra al veintiocho de Setiembre del año anterior, en que la Compama..deu,.
dora comenzó á suspender sus pagos.
·
Y conforme á lo mandado, se hace saber por el present.e á quien corresponda.
Qaelélaro, Abril 25 de 1886.-El Secretario del"Trlblmai, Lio.. ~ Lllf"ftlflll..
926---3i1,--8

Citacion JudiciaL
Ignorándose la habitacion de D. Hip6lito Zamora, por el presente y en virtud de lo mandado por el Sr. Juez~? de Instrnccion, Lic. D. MiguelRendonPeniche,se le cita y emplaza
para que dentro de ocho dias se presente ante dicho Sr. Juez, á contestar la demanda que en
Juicio verbal, sobre pesos, le promueve el representante de D. Francisco Can¡pí; apercibido
que de no comP.arecer, será sentenciado en rebeldía.
México, Abril 28 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público de la Nacion. 927- ~ - 3

Emplaemieato j1idioiaL

'

.

Juzgado 19 de Instrnccion de lo civil.-En el juicio verbal que sobre pesos promueve D. En•
rique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pediment-0 del actor ha mandado el Sr. Juez se
cite por los peiiódicos al referido D. Juan ~nentes, para que en el término de cuarenta dias,
contados desde esta fecha, se presente en este Juzgado, por sí ó por apoderado instmido y
espensado, á contestar dicho juicio¡ apercibido que de nb hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía, sin mas citaciones ni emplazamientos.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que surtirá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.-El Escribano de diligencias, José Maria C01Jarr(tbi«s.
9-28--3s-3

ll'otificacion.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos cj1:cutivos que este señor segnia contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos. y en cuyo escrito pide el promoventé se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificaeion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
auto que á la letra dice:
'.'~éxico, Abri_l 25 de _1866.-Como lo pide. Haciendo la p~blicacion p~r oc~o dias en el
Diario da Imperio y Pá;aro Verde. El Sr. Juez 3\&gt; de Instmcc1on de lo crvil, Lic. D. Cristó.
bal Ponlet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Migttel F. Guerra, Escribano Se.
cretario."
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
.
Ml!xico, Ábrtl de 1e66.-Urbano Morali, Escribano pú'blico. ·
923-Ss-4

Juzgado dé letras de 'l'emascaltepec.
En los autos segnidos por este Juzgado cn el intestado del súbdito espaiiol D. Martín Un.
zue~, el Jnei que suscribe, por auto de veintidos del próXimo pasado Febrero, ha mandado
. ~e 01te por el present.e á los que se crean con derecho á los bienes correspondientes á dicho
mdtestado, ya co~o herederos, ya como acreedores, para que dentro de tremta dias, contados
esde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por ª\J&lt;&gt;derados instrui.
dos Y bastantemente espensados¡ en la in\eligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
.
.
Temascaltepec, A.bril 21 de lb66.-El Juez letrado, Manuel GTacida.-Asistencia, Ignacio
Muñoi.-Asistencia, Rafael Romn-o.
6a-3

V.Jita j1Ullutal.
El Sr. Juez 19 de Insrruccion de lo civil, Lic. D. JoséKariaGa,ay, por antodeeeta feeba,
ha_~dado que ~ 11rOQBda á la ventt. de la número uno y medio del callejon de Tepech1ehilco.de es~ cmdad, !ewada por el perito D. José ffiginio Gutierrez en la..,anüdad d4I
c~tro mil setec1entoa treinta y cµat¡o pe11t11; señalando al eíeeto para la última almoneda, COll
calidad. de remate, el lúnea siete de Mayo próximo, á la u.aa d, la tarde, Lo (J1l6 hago eaber
al público, para que las ~WIII que deseen hacer poetnra, con conocimiento de los indicados
a~s, pasen á la Secretaria del propio Jugado, en donde les serán ministradas las ~
cw refereDtee.
México, .üril 26 de 1866.- Manuel Vera, Escribano público.
918-3a-3

•

COMPANIA ANGtO-MEXltANi
JJE Ld8 MIJV.1.1.S DE ORO
S ituadas cerca de los :flaceres del :Departamento de mlchoacan.
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotaeion de las minas de SAN ISIDRO,
LA CUEVA SANTA, SAN MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE DE CRISTO, con
fecha 28 de Febrero último quedó instalada la Junta Menor Directiva, compuesta de llls per•
sonas signientes:
Presidente•••••• •••••••••••••• El Sr. D. Pedro • ~ •
Primervocal••••- •••••••••••• ,, ,, ,, hatldsco de P , Bulrio.
2'!
,, ·•·•-· ······ · ·· ···,, ,, ,, JWl!°Jffan. Cer11«n~ CONDE
Dll SANTIAGO.

Voeal suplente... . .. •. • •• . . •. . ,, ,, ,, JN6 a.i,e.
,,
,, . . . . . . .. . . . . . . . . ,, ,, ,, José d . y ESMNdoN,
Director de la Compáiiía.. • • • • • . ,, ,, ,, LNn 4e Skin,
Depósito de fondos y Banco S E l :Banco de Lóndres, México
de la Compañía.••.• •••. ! "J Snd•Amértca.
Concluida la impresion de los Bonos de dicha negociacion y entregados estos al BANCO
D:J!) LON~RES, MEXICO Y SUD- ~RICA, la Junta Menor Directiva acordó: que se
ame á los interesados para que ocurran al mdlcado BANCO por sus acciones, y se ponga en
conocimiento del público que queda abierta la suscricion en eL referiao BANCO, CALLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y en la casa del SR, HOPE, TIBURCIO NUMEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
México, Abril 1? de 1866.
El Secretario de la Junta,
886-15a..:.9
J. .B. dscort1e.

J1Ii:na de NlutJtra Sefíora del ~1'11.¡;io, ( a) lotJ Trompillos,
e,1, Paduu;a.
El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y ante sí, ser dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio (a) los Trompillos, haciendo mérito de una
sentencia judicial que no ha causado ejecutoria. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en ningun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco preca•
vidas, que coníladas en las segnrida.des que se atreve á estampar en su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresadas.
Para evitar, pues, esta sorpres:1, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro si•
lencio favorable á los derechos de l!'nertes, protestamos á nombre de todos los interesados en
la espresada mina, que no reconocemos los derechos que se alegan; que todos los contratos
que se celebren bajo este concepto, !'os COD$ideraremos ahora y en todo tiempo nulos y de
ningnn valor, hasta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de quién está la
justicia. .
México, á 25 de Abril de 1866.-Junta menor directiva, L. Benito Murid.-R. Cancino.- ·
Bartozom, de B6r;es.
917-6a-4

1'HNd DE NlJESTBd SEÑOBJ.. DEL ~FlJGIO
EN GU.ANAJUATO.

Habiéndose puesto en productos la mina de Nuestra Señora qel Refugio, aviada por D.
Gtegorio Jlmenez, y habiéndo_se verificado el primer reP,arto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que suseribe, miembr.:, de la Junta ·representativa de los parcioneros,
aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedores actuales de las barras aviadas,
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí ó
por persona•debidatnente autorizada, y exhibiendo el título ó docnmento que co~ruebe su
auwu po888ion, para ponerlo en conocimiento de la Juntl\-repreaental.iva y someterlo ásu.ca•
lilieacion.
Gnanajnato, calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. SalgaM. 899-30a-7

l9IA11'0 Dl1 V¡¡ic,4.
Un piano de rosa, de siete octavas, con todas las mejoras modernas, enteramente nuevo, se
vende al precio de costo. Se puede ver en el núm. 14-, callejon de Santa Clara, primer piso.

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRAHATICA.

Bn la-noche de hoy se pone en escena, á'la hora de coetumbre, la comedta·ettun ~ e
86 intitulal Lo, treitM mU d,l pu;, y en seguida 1A .zarsue~a denomiDacla: L~ cola dtl ·
.

IIIBI.H},0 ..-1MPBM1N'.V.A. IMPERIAL.

I

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 402, Mayo 3</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>•
..

,

t

•

•
Los números sueltos valen 12 centavos.

ToMo

m.

MEXlfJO.-Viernes 4 de Mayo de 1S66.

NUM. 403

Art. 9° Los alumnos que- no obtuviere'll en los exámenes del año una cal!D--

SV'MAB.IO.

cacion por lo menos· mediana [La~- 2.-Art. 117 _de la ley de Instrucc1on
PARTE OFICIAL._;_Becas de los Colegios nacionales.
PARTE NO OFICIAL.-La ley del Registro civil.-Bienes nacionalizados.-El viaducto. Pública], perderán la beca de gracia, así como tamb1en los de mala conducta,
de Metlac.-Casa de Moneda de México.-Estadística de Guanajuato.
Denuncios.

PARTE OFl()IAL.

..

MAXIMILIANO,

EMPERADOR DE MEXICO~

Oído Nuestro Ministro de In~truccion pública y Cultos,
DECRETAMOS el siguiente
REGLAMENTO '

declarándose el lugar vacante.
.
.
Art, 10. De las solicitudes informailas por los directores, se formará un expediente en el Ministerio de Instruccion pública, d~l cual se Nos dará cuenta
en el mes de Noviembre de cada año, acolllpañando los estados de que habla
el art. 8° y un informe circunstanciado del Ministro, en que funde las pro•
puestas que Nos hará de los j6venes en quienes hayan de proveerse las vacantes que resulten, segun sus méritos y condicionas, prefiriendo siempre á aque-.
llos que llenen mejor los requisitos q~e. quedan pre.fijados.
.
En seguida, Nos, haremos las prov1S1ones, y la lista de los agra01ados se pu~ blicará en el peri6dico oficial.

PARA LA l'ROVISION DE LAS BECAS .DE GRACIA EN LOS COLEGIOS DE ESTA
CAPITAL,

Art. 1~ El número de becas de gracia costeadas por el Erario en 16s Colegios nacionale~ de esta capital, se fija para lo sucesivo en las siguientes:
ÜOLEGIO DE S.A.i'f lLDEFONSO.

,

/

,·

'

En la Escuela especial de Derecho ...· 8} ºO , 20 0·
l
. y Colegio
· L"t
·
lº ¡;, _.
ps. anua es,
L1ceo
1 erario.. . .•. . . . . . . . . r.
CoLEoro DE SAN Ju.A.N DE LETRAN,
En la E~uela especial de Filosofía.. . 8} 20 á 200
al
Liceo y Colegio de Artes.. . . .. . .. . . .. . . l2
ps. anu es.
En la Escuela de Minas ...... ............. : 50 á 360 ,,
,,
,, , ,,
de Agri~ultura............. 20 ,, 300 ,,
,,
,,
,,
de Medicina. ............ ... 6 ,, 200 ,,
,, •
,, Acade13:ia de:san Cárlós (pensiones). 20 ,, 180 ,,
,,

Art. 2~ En el Colegio de San Ildefonso están comprendidas en las veinte
que se le designan, las cuatro becas llamadas de Cristo y la de Balderrama; pero no lo están las de la fundacion del Dr. Llergo, que se seguirán proveyendo
con arreglo al decreto de 24 de Noviembre de 1836, ni las de Lardizábal,
Santin, Torres y Villar, respecto de las cuales se seguirán observando para su
provision, las cláusulas prescritas en las respectivas fundaciones.
Art. 3~ En el Colegio de San Juan de ·Letran están com~rendidas en las
veinte becas designadas, las ocho que se llaman de ~an Ramon.
Art. 4~ La provision de las becas de gracia en los establecimientos expresados, se hará en lo sucesivo por Nos con vista del expediente é informe de que
habla el art. 10.
•
• Art. 6~ Son requisitos indispensables para obtener becas de gracia en los
establecimientos públicos, los siguientes:
1~ Notoria pobreza.
2~ Instruccion sobresaliente en los ramos de enseñanza primaria para los
Liceos y Colegios, y de enseñanza secundaria para las escuelas especiales.
3~ Moralidad l buena conducta.
• '
Para las que se refieran á la Escuela de Minas, será recomendacion atendible que los j6venes aspirantes sean hijos 6 descendientes, 6 parientes pr6ximos
de mineros, y en general para cualquier establecimiento lo serán los buenos servicios prestados á la patria por fOS padres 6 parientes tle los interesados.
,!i-rt. 6~ Eu las solicitudes de becas do gracia, se observarán las reglas siguientes:
•
1~ Los padres 6 tutores de los j6venes pretendientes, las dirigirán al Ministerio de Instruccion pública, acompañadas de certificados y constancias que
acrediten los requisitos de que habla el artículo anterior.
2~ El Ministerio de Instruccion pública las remitirá luego que las reciba,
al Director·del establecimiento á que se refieran, para que informe con vista de
los documentos que las acompañen, y previas las averiguaciones que juzguen
necesarias.
Art. 7~ Los Directores comunicarán inmediatamente al Ministerio de fostruccion Pública, cualquíera beca de gracia que vacare en sus respectivos establecimientos en el trascurso del año, expresando el motivo; pero n&lt;;&gt; se llenará
la vacante sino hasta hacerse la próvision general el dia último de Novie,nbré,
Art. ~~ ,al fin de cada año escolar, los Directpres remitirán al Ministerio de
Instruccion Pública1 un estado de las becas de gracia que exprese: l? El nombre _d11l álumno que la obtiene. ;/,~ Tiempo que lleva de disfrutarla. 3~ Clases
que curs6 en el ~fio. 4° Calificacion que obtuvo en el exámen. 6? Conducta
que haya observado,

,

..

ilTÍCULOS TRANSITORIOS.

1° Los alumnos que actutlmente disfr~tan ·becas de gra~ia! seguirán en posesion de ellas, sujetándose para lo súces1vo á las prescnpc1ones de este Reglamento.
I.
.
,
2° Para cubrir las vacantes que exista~ hoy 6 qu~ resulten en _v:i,rtud de l_a
designacion que se hace á los establecimientos, los directore_s rem1tirán al Ministerio de Instmccion pública, dentro de ocho dias de pubhcado. este decr~o,
un informe de los lugares que hayan de . proveerse en sus respectivos colegios,
con. cuyo informe y las solicitudes pendientes Nos dará cuenta opohunamente
el Ministro,
.
Dado en México á 30 de Abril de 1866.
MAXOOLIANO.
Por el Emperador,
1

,

.

El Ministro de Justl.cfa,
Encargado del despacho de Instruccion pública y Cultos,
PEDRO EscunERo Y EcHANoVE.

PARTE 1'0 OFICIAL.
Ley de Registro civil.
Publicamos este otro artíc~lo del Mexicano, sobre la importante :materia del
Registro Civil:
.
"El artículo 20 establece una novedad muy notaJ;ile respecto de las leyes y cánones que hasta hoy han estado vigentes en México. Se requiere par&amp; lo sucesivo la e_dad de diez y ocho años en el va.ron y quince en la mujer, á fin de poder
celebrar el contrato de matrimonio, reservándose el Soberano la facultad de dispensar la edad en casos graves. Este artículo ha provocado, como habrán visto
nuestros lectores, algunas reflexiones por parte de uno de los venerables prelados de la Iglesia católica, que á primera vista parecen de alguna fuerza; mas
si se examinan los fundamentos del legislador al dar el decreto, como tambien
las verdaderas causas de los matrimonios precoces en los indios, se convendrá
en que la ley es benéfica y ~ecesaria en nuestra sociedad.
· ''Al principio, los romanos exigian para el matrimonio la pubertad en amboscontrayentes; y como ésta varia segun la constitucion ñsica de cada persona, de
ahí resultó que nó se fijase una edad determinada. Esta incertidumbre dió lugar
á las opiniones &lt;JaSiana y proculeyana, que consistían: Ia'-primera, en fijar la pu
bertad por la aptitud del cuerpo; y la segunda, por el número de años. Largo
tiempo d~raron las cuestiones sobre ambos sistemas, hasta que el sabio Justiniano dió fin á la contienda declarando que los hombres á los catorce años y las
mujeres á los doce eran hábiles para casarse. Las leyes de Partida y el Derecho
Canónico, fieles imitadores del romano, adoptaron el mismo principio, el cual ha.
estado vigente hasta nuestros dias, á pesar de que la experiencia ha ido demostrando sus inconvenientes á todas las naciones que lo acogieron, y luego se han
vistó obligadas á desecharlo. .Ahora bien; en la misma legislacion romana, de
donde tomó sti origen, se confiesa que no era una regla general la que establ~cia respecto del desarrollo de la pubertad de hombres y mujeres en la edad que
fijaba; pero que se adoptaba como buena en virtud de ser lo mas comun; reconoéiend,o, no obstante, que la plenitud de este grado de la vida humana, no era
sino hasta los diez y ocho y catorce años. Ademas, las leyes de Justiniano es
n&lt;'lorio que procuraban promover los matrimonios por cuantos medios podían, á
causa de la corrupcion de las costumbres de la época, sin cuidarse mucho de los
resúltados qk tales uniones podían tener. Vemos una prueba de ello en la infinidad. de requisitos que ·exigían para todos los actos de la vida en los menoree,
cuyo consentimiento nunca lo consideraban por sí bueno; y sin embargo, para
el matrimonio, acto de1tantas trascendencias en el porvenir de las personas, que
no tiene remedio alguno una vez llevado á cabo, que liga para siempre á los que
lo contraen, estimaba suficientemente el discernimiento infantil, digamos así, de

.

,,

�•

450

'

EL :IDIARIO ·. JfflL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

la edad tutelar. No es pues remoto que Justiniano, al dat tal disposicion, obrase
"Otros impedimentos dirimentes loa constitúyen el miedo y violencil!, ó fuerzas
bajo la influencia de su decidido empeño en proteger las nupcias legítimas.
graves, bastantes para quitar la libertad de obrar, la locura constante é il\CU·
' "Por otra parte, no hay duda, y la experiencia así nos lo demuestra, que aun rable y la impotencia perpetua para la generacion.
cuando el varon y la mujer, á la edad designada por la ley romana, estén ya
"Respecto de los dos primeros, es muy fácil comprender la razon de la ley.
desarrollados, son muy comunes los malos l'esultados de una union precoz, tan Esta no es otra que la falta de consentimiento libre ó espontáneo como se requie• .
perjudiciales para los individuos como para la nacion, y consecuencia precisa del re en todos los contratos; y siendo el matrimonio uno de ellos, nada 'mas natuuso ó abuso del matrimonio en una edad en que ambos sexos experimentan revo• ral que declarar su nulidad cuando falta la base sobre que descansa..
luciones tan asombrosas como las que entonces produce en s_v. sér la mano de la
"En cuanto á la impotencia perpetua, ya provenga de' la naturaleza ó de al·
naturaléza.
gun accidente imprevisto, anula el contrato si ya. está celebrado, .quedando libre
"Las ideas que llevamos expuestas son enteran:iente aplicables á los inatrimo• el cónyuge potente para casarse; mas para ·ello debe ser la impotencia anterior
nios que por lo regular celebran los indios en nuestra sociedad. No podremos ne· al matrimonio, pues si sobreviene despues de contra.ido el vínculo, no produce
g_ar que la raza indígena está ya degen~rada. entre n~sotros, tanto por la opre• nulidad.
s1on en que ha estado, como por el descmdo natural de su género de vida; si á
"Por último, dirimen tambien el acto civil, el hecho de haber atentado contra
esto se agrega la facilidad de casarse muy jóvenes, el mal seguirá aumentando la vida de alguno de los cónyuges, para casarse con el que quede libre; el matri~
sus estragos, de.generacion en generacion, hasta reducirlas á un estlj,do infinita• monio anterior viviendo ambos consortes, y los esponsales legítimos, síempre
men~e mas infeliz del que por desgracia guardan. Al Gobierno toca poner el re• que ~onsten por e~critura pública, y no se hayan disuelto por el mutuo disenso
medio en el particular, como en efecto lo ha hecho con la disposicion del artícúlo de los mismos que los contrajeron.
20 de la ley.
"El fu}1.da.mento de las dos primeras prohibiciones es la misma moral: repug"Hay tambien que tener presente otras cÍl'cunstancias que no son de menos na. á la naturaleza misma legalizar una union que reconoce por orígen un críinterés que las anteriores. En muchas de las haciendas de México se acostum• . men, u,n delito; y pugna igualmente que un varon ó una mujer esten casados
bra pagar un salario mayor á los jornaleros casados que á los solteros, porque con varias personas,·por cuyo motivo continúa entre nosotros prohibida. la. poliaquellos prestan mas garantía por .su familia para la constancia en el trabajo; y . gamia."-.Lic. Miguel F. Blanco.
taro.bien,. ~n _las diver~as époc~s de _nuestros diferentes gobiern~s, en que para
fqrmar e3ercitos ocurr1an al odioso sistema de levas en las poblaciones y hacien•
A J O l!J.I:. .'1
_{.j_q
nas, muchos de los aprehendidos se salvaban por tener mujer ó hijos. Estos.
l ,if¡.
son Y, no otros.l?s mo?vos de_ esos ma~onios t~n perjudiciales com9 ya diji•
ADlHNISTRACrüN DE BIENES NACIONALIZADOS~
mos,, a las familias y a la sociedad. Nadíe negara, pues, attintas las reflexiones .
que ne.vamos hechas, la bondajl de los fundamentos en que descansa el art. 20
SECCION DE ESTADISTICA.
del decreto sobre Registro civil; y por consiguiente tendrá que convenir en que
la disposicion es benéfica y sus resultados deben ser de igual naturaleza.
.Mommunto dt walore, á rt1Jisar, wrrespondiente al período corrido de 15 &lt;k bfano de lBGi
''Teniendo los contrayentes la edad antes aeter,minada, ordena en seguida la
en qae ,e establai6 uta Adminiltraciim, ~ la jedta.
ley que se presenten al .Alcalde municipal manifestándole su intencion de con•
traer matrimqnio, y acompañando sus actas respectivas de nacimiento para comENTRADA.
p~obar la edad, y que 13e pueda ver si han de obtener previamente el consentí•
m1ento paterno ó de sus curad9res. En el caso de ser el varon menor de vein• • 200 Expedientes recibidos·del Exmo. Conticuatro años y la mujer menor de veintidos, deberán presentar el consentimien•
sejo para su revision, del 15 al 31 µe
to del padre por escrito; por muerte de éste el de la madre, adjuntando el acta
Marzo, por valor de ............. . 1.808,689 69
de defuncion¡ y á falta .de uno y otra, el del curadpr, con los respectivos c~rti•
523 Id. id. de id. én todo Abril ......... . 5.245,407 83
:ficados en que consté haber fa~ecido los padres: Se levantará entonces el acta
384 ,,
,, en todo Mayo........ ~ . 3.129,011 51
de presentacion, la que ha de publicarse por medio de avisos :fijados durante dos
359 ,,
,, en todo Junio:......... . '.2.950,267 56
4'75
,,
,,
entodQJulio .....•.... 2.860,013 16
S~li;8?ª~ cons~c~t!vas en la puerta principal de la. casa de Ayuntg,rniento del mumc1_p10 o m~cipios en que los contrayentes residan. El primer dia de la publi•
673 ,,
,, en todo Agosto........ . 4.500,761 21
cacion deberá ser un domingo, conteniendo el aviso los nombres, apellidos, edad,
570 ,,
,, en todo Setiembre ...•.. 3.497,676 08
profesion y domicilio de los contrayentes, y los nombres, apelli~os, profesion y
446 ,,
,, en todo Octubre.. ...... . 2.463,'576 92
domicilio de los padres ó cura.c}Qres. Estas son las prevenciones contenidas en
350
,, en todo Noviembre ..... . 2.523,328 54
250 ,,
,, en todo Diciembre. : ... . 1.152,806 16
l~s art~cul~s 21, 22 y 23, cuya claridad bª'sta por sí sola sin requerir explica01ones mútiles.
·
.
252 ,,
,, en todo Enero· de 866 .. . 1.688,355 64
"El artículo 24 trata :un punto que, aunque mas del,icado, no creemos, sin·em397 ,,
,, en todo Febrero de id .. . 2.108,701 '54
bargo, que su redaccion ni mente puedan dar ca.biaa. á las dudas que sobre él se
491 ,,
en todo Marzo de id .... . 2.212,459 73
l1an propu~sto. Dé acuerdo el legislador eón el principio de que fa religion que
473
,,
,,
eu todo Abril de id ..... . 2.176,096 62
profesa y protege el Estado es la Datólica Apostólica Romana, no puede menos
'
de ~xigir á los que confiesan profesarla, cumplan con los preceptos que ella 5,843 Expedientes por valor de ...........•............
$ 38.317,152 19
impone; y así v~mos que la ley terminantemente previene que los católicos no
?
están exentos, por el acto civil, de contraer el matrim~nio conforme á las pres•
SALID.A.
cripciones de la religion del Estado; 'debiendo presentar antes del contrato civil,
t!omo condicion precisa é indispensable, la constancia de haber llenado ante su
4'9 Expedientes remitidos al E. (Jonpárroco todos los re9.uisitos ordenados por la Iglesia de Cristo para recibir el Sasejo, revisados, del 15 al 31 de
cramento, so pena de no celebrarse el matrimonio. Atenta la tolerancia de cu}.
Marzo de 1865.............. .
278,530 43
tos que en el país se ha establecido, era imposible redactar de otra manera el ar161 Id. id. dé id. en todo Abril ..... . l .2&amp;8,165 50
tículo; pero aun se pregunta:·"los que 's~endo católicos y no lo declaran así ante
157
,, ,
,,
en todo Mayo ...•.. 1.806,429 32
76 ,,
,, en todo Junio ..... .
el Alcalde municipal, ino se les obliga de algun modo á hacer la profesion públi•
819,300 46
ca de fé que la ley impone á los de su clase1" Es evidente que no; porque la au•
207 ,,
,, en todo Julio ...•.. 1.610,158 20
toridad civil no puede, en virtud del Estatuto y del principto civilizador de la
4'23
,,
,,
en todo Agosto.... . 2.882,364 60
tolerancia, hacer uso de su fuerza para estrechar á los individuos á que conti364 ,,
,, en todo Setiembre.. . 2.565,976 53
. núen creyendo en tales ó cuales principios religiosos, los que se supone no acep•
559 ,,
,, en todo Octubre. • .. 3,g85,663 26
394 ,,
,, en todo Noviembre.. · 2.509,011 57
tan ya, una vez que llegado el momento de obrar con .arreglo á ellos, se niegan
voluntariamente á hacerlo.
·
469 ,,
,, en todo Diciembre... 2.941,086 12
"En cuanto á los inconvenientes para expedir el certificado, la resolucion de
390 ,,
,, en todo Enero de 866. 2.826,335 84
la dificultad es sencilla, porque si á una perspna se le niega y por consiguiente
369, ,,
,, en todo F ebrero.... . 2.286,198 28
243 ,, . ,, en todo Marzo ... . . 1.076,223 88
no lo presenta, es seguro que no ha cumplido ante el párroco con los requisitos
de la religion católica, y que por tanto no puede casarse, sin que en este parti152 ,,
,, en todo Abril ....••
916,190 08
cular la ley imponga al cura el deber de manifestar á la autoridad civil las razones de su negativa:
4,013 Expedientes salidos por...•... " '.... • ..•. ; ..... , $ 27.791,634 0.7
"El artículo 25 se ocupa exclusivamente de los impedimentos dirimentes pa•
ra celebrar el conttato civil. Introduce algunas novedades, por cuyo motivo será 1,830 Id. de ·diferencia. por. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . $ 10.525,518 12
conveniente detenerse algo en su explicacion. El primero de que trata es el er•
ror esencial respect&lt;1 de la persona. Por error esencial se entiende el 'l.ue recae
A deducir ..
directamente sobre la persona y no sobre sus cualidades, fortuna ó vicios; tiene
lugar cuando creyéndose casar, por ejemplo, con Juana, se contrae el vínculo con
7 Expedientes devueltos por no corres•
María; entonces el matrimonio es nulo por derecho natural, pues falta el con•
ponderles la rev~sion . . • . . . . . . . . .
40,840 02
sentimiento que constituye la esencia dei contrato; pero no sucedería lo niismo
17 Id. id. por pertenecer á unas _mismas
ai creyéndose casar con_ una persona rica, bella ó virtuosa, no lo fuese en realipropiedades ..•. . .. !........ . ...
103,875 00
- 144,715 02.
dad; ó que aun cua.ndó el error fuese esencial, se ratificase el consentimiento
despues de conocido aquel.
Existencia... . . • • . . . . . . . . . • . . . . . . . $ 10.380,80:l 10
"El parentesco de consanguinidad legítima. ó natural es otro de los impedimentos. Se extiende en la línea de padres á hijos, sin limitacion, y en la colateral ó
0OMPR013A0ION.
de los herma.nos hasta los hijos de estos. Los tios que se encuentren en •tercer
grado con sus sobrinas, ó al contrario, tampoco podrán unirse en matrimonio; . Suma el Libro de Fi~cas ''Propiedad raíz"•. _ 21.147,440 80
,, ,, ,; de "Capitales y Capellanías".. 17.169,711 39
debiéndose co}l1putar el referido grado, conforme al derecho civil, es decir, con•
tando las generaciones desde una de las personas hasta llegar al tronco comun,
.Igual ala entrada ..•. 38.317,152 19
y bajando despues á la otra. A semejanza. de lo que se verifica. con el parentesco
Suma el Lfüro de."Revisiones
de consanguinidad, ha reconocido la ley el impedimento civil que nace de
concluidas." Igualálasalida. 27.791,634 07
fl
a.dopcion conforme al derecho antiguo, dejándolo en un todo tal cual estaba an•
40,840 02
tes. Segun el derecho de las Partidas, comprende á las personas siguientes: al Id. el Libro de "Deducciones"
adoptante y al adopta.do,.aunque se disuelva la adopcion: al adoptado y los hijos Id. el iq. de id. por correspon•
der á una.misma propiedad.
103,875 00 27.936,349 09
carnales del adoptante, mientras dure aquella; pero los hijos adop~vos de una
misma persona pueden casarse unos con otros, así en el caso de subsIS• como en
el de haberse disuelto la adopcion. Igualmente alcanza al hijo y madre a.do~tiIgual •••.•..••.•• ·•••. $ 10.380,803 10
vos, subsista. ó no el vínculo. ·

...

•

l.,

Ja

.

\

•

451

BALANZA GEN]¡:~AL DEL LIBRO MAYOR {'VALORES A REVISAR."
SALDOS.
MOVIMIENTOS.
•
·

conoce ton 'el ~omlii'e ile ''8ierra•'0:orda," y la segundá en el centro, con el. de
"Sierra dé Guanajuaio/' éúya provefbial riqueza es ' tan conocid~ e~·t~dos .lós
ángulos del viejo y nuevo m,undo por ¡ms producciones naturalés; ,si romerales
Fol.
Títulos.
• Debe.
Haber.
Deudor..
Aer~.
como agrícolas, de lo cual se hablará én s'U lugar,
• '
·'
'
,,,
1
1Fincas urbanas, Depar· ·
1.13S,46S 48
·El a~pecto que presenta: el Depa~amdentot es md~)d·esdtudoéso, taY'P.hº ·ha dejéa~p 'que
tamenwi ... a ••.•••••• $ 4.143,439 79 5.281,908 ~'i
"
"
desear a los viajeros qué han admira o 1a. recun 1 a
es , ermosa tmpor2 Fincas'nisticas en Mé•
:rico................ 129,347 44
485,305 51
355,958 07: tante ~arte del Imperio: Hé aquí cómo ló ~sci:_ibe el "Bole~in de Geografía. y
"
"
8Fincas rústicas en DeEstadistica: "
'
·
partamentos.. ...•.. 1.939,774 3.'i 2.854,276 86
914 ,502 51
"El suelo de·los llanos del Bajío, en la parte del Sur del Estado (hoy Depar"
"
36 Capitales sobre fincas
tamento), en una extension de mas dé 34 leguas desde Apaseo hasta mas adelante
rústicas y urbanas en
México ..•••....•••. 2.312,985 77
2.339,175 75
26,189 98 de Leon, esté. cubierto de tierra vegetal arcillosa, fertilísima, especialmente para
"
32 Id. id. id. id. en,Depar.
las plantas cereales y gramíneas, que ~e producen allí con la mayor abundancia.:
tamentos ........... , 6.6().(,7S2 28 · 11.222,577 15
4 617 844
· • 'o/ 1 otro tanto sucede al Norte en los lla.nos de San_ Felipe; de modo que solamente
,\
40 Capellanías id. id, id. en
43,25;l ,, pueden considerarse como estéril~s algnn,al! de..las montañas porfiríticas y ramales
México .•..••.••••.
830,292 45
'o/3,545 45
"
12 Id. id. idJd. en Depardé la sierra de Santa Rosa, que atraviesa por elmedio del Estado, en direccion del
tamentos .. : . . ..... 1.384,467 30 2.619,669 20
1~.~1 90 S. Ji). al N. O., y ·de que se hablará b.delante.-Entre las divers~S' formacione!l
"
"
• 16 Fincas rús'tic~ y urba~.?" ,ri-.·
sobrepué!!tas á las rocas nrlmitivas del auelo de Guanajuato, .apare.celen varias
nas en el extranjero·.
3,000 ,,
3,000 "
" · " partes una Qaliza compa.ofu, como la que'áe ve e,ntre Temascatio y Burras, cer~
20 Valores totales de de~•
amortizacjon ..... :.. 38.317,152 19 27.791,634 fil 10.525,518 lt
de Lo,de Sierra (municipio' de Irapuato), la cual está acompaña~a de otras sus•
24 Fincas mbanas en Métáneias, pero que segun él Ba.ron de Humboldt, por a.u tes~!¼ unida y casi con•
.:rico .............. . 10.492,594 69 12.613,641 97 .
2 121 47 28
· •º
coidea, se asemeja á la del monte :¡urf· La misma caliza ffif~li.liérva en la hacie'll• .
"
28 Capitales sobre bienes
indefinidos...........
31,000 ,,
104,052 03,
73,052 03 da de- la Calera, cere3/ de Irapuato, f-en otros puntos que lleváñ una direc"Cion
" "
.
,
&lt;1.e N. O. á S. E., esto es, un ángulo cas.i .recto con las vertientes de las mont&amp;Totales:, ..•. $66.188,786 •26 $66.188,786 26 $10.525;518 12 $10.525,5iB 12 ñás ~e Guanaj~ato y con._un deanive~ de muc:has varas respectoJ~ aquellas. Es.
'
tas c1rcunstanc1as geológicas, tan analoga.s á las que se han obs,erva.do en Fran, México, Abril-30 de 1866.-El Gefe de la Seccion, E. L. Galw.-V~ Bº..:.. cia. en las parajes en que han producido buen efecto lós pozos artesianos, sugieren
El Aáministrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y Navarro
un buen pensamiento que por su mucha importancia deberla ensayarse si:i reali.
.~
zacion. En efecto, las infiltraciones de los cerros de Guanajuato deben dirigirse
naturalmente á estos puntos mas bajos, y encontrando la impene'trabilidad de la
El viaducto de 1'1etlac.
caliza. compacta, detener su corriente, formándose depósitos d~ agua subtenáneo1
El dia 26 de Abril se ínauguraron los tra.bajo,a del puente por donde ha. de dé mucha. considera.cion: si eato es así, como lo indican las probabilida.deei y el
pa.a~ eJ ferro carril Imperial, á dos leguas de Oriza.va. Es la obra. de arte :mas agua se extrajere por medio de los pozos artesianos abiertos en los puntos congrande de este camino, y una.,de las ·má¡¡ notables que de su género existiJán en venientes, es incalculable ~l ~néficio que 'resultaria. d~ poner bajo d~ rieg~ las
el mundo.
· •
.haciendas, y de que naturalmente se de.saguasen las ID1llaS de Gu&amp;naJuato, infil. .
La barranca de Metlaq tiene m~ de. 900 piés de anchura y 375 de profundi. trándose las aguas que ha.y en ellas contenidas, acaso por éstos depósitos. Este
dad, y estas serán las diménsiones del puente que ha empezado á cqnstruirse y proyecto me parece mas practicable y menos costoso que el socavon indicado p_or
que será todo de hierro. •
Humboldt, .Para el desagüe general de las.minas en los llanos de Temascatio.
Asistieron á la ceremonia las autoridades civiles y milita.res de Oriza"Va, mu• 'Una Compañía de mineros y labradores iñteresados en el proyecto de los pozos
chos particulares de todas clases y c~ndiciones, y gran número de señoras. El . artesianos, podria á poca costa (1) hacer un ensayo acaso muy productivo, pues
Cuerpo de.oficiales austriacos, la Guardia rural y la del ferrocarril estaban ta.ro• ya: es·tiempo de apreciar lo que vale el espíritu de asociacion para las grandes
bien presentes.
empiesas y conocer lo inútiles que son los esfuerzos particulares para esta clase
La Compañía imperial estaba representa.da por el Sr. Escandon y el Sr. Fal. de obras.-Toda la Sierra de Santa Rosa forma una ·cadena de montañas, la macott hijo; la ·empresa constructora por el Sr. Lloyd, autor del proyecto del via- yor parte de pórfido y mas 6 menos altas, 'á que los habitantes llaman siempre
ducto/el Sr. Brannif, .inspector general, y el Sr. Bucha.nan, ingeniero encargado cerros y designan con diversos nombres, siendo el mas. elevado el cerro de los
de los trabajos. Todos los demas empleados.del camino estaban allí.
·
Llanitos, dos legua,11 al N. de la capital, &lt;lUYl!- altura absoluta. sobre el nivel del
El Prefecto del' Distrito, Coronel D. Juan de Olloqui, presidia la :fiesta como . mar es de 3.359 varas, punto mas alto áel Estado. En la misma sierra a.p~rece,
representante del gobierno, y puso la primera piedra en.el fondo de la barranca. entre otras, una enorme masa porfirítica llamada el cerro de O'i:l,lzones, notable
El párroco de Oriza.va. bendijo la obra, despues de lo cual el Sr. Lloyd pronun• p_o~ditj_
diéndose en cañadas por dos la.dos opuestos, ~ida o~n á dos rios,
.ció, en español un discurso análogo.
··
·
de que se hablará en el lugar correspondiente. Un poco mas al Oeste se eleva el
El puente de Metlac se llamará Viaducto de Maximi7tiaño, y los empresarios cerro del Gigante, que parece mas alto por lo bajo de loe puntos de donde se oh.le ponen bajo la egida protectora del Emperador y la Emperatriz.
serva en el caminp, y cerca de Silao descuell3¡ el Cubilete, cubierto exteriormen·
..,
te de basalto, y cuyo nombre viene de su formlt, aguda en la cima y ensanchán•
dose gradualmente hácia la base. Otros muéhos cerros que limitan los !fa.nos de
Casa de .Moneda de México.
que se ha9ló antes, i:io son mas qua ramales de la sierra mas 6 menos elevados,
y.
~as ó menos separados; pero entre estos es digno de aten,ci9n el de Culiacan,
Esf.ado que manifiesta las introduccianes de me.tal.es y su acuñacion en e,sta Casa
cerca de Celaya, porque estando ya en elllano, parece muy alto, y se divisa desde Moneda, en Wdo el mes de Abril próximo ~ado.
de, muchos puntos del Estado: esta úitima. circunstancia, qúe igualmente presen•
•
"·
INTRODUdCIQN.
tan el Cubilete, el Gigante, el cerro de San Juan en Mendoza; el de Santa Rosa
· ORO. .
PLATA.
cerca de Temascatio, y otros mas del Sur, debe aprovecharse, porque estando ya
•
Mares. Ms.
)iarcs, Ms.
1
fija.da su posicion astronómicamete•por D. José.María Busja.mante, se facilita. en
A la ley- de cambio.. . . . 57.525 '372 A la ley de cambio .••..
82 019 e~tremo la forma&lt;¡ion de ·una buena carta por medio de simples operaciones geb• A.la ley de moneda.... 58.410 885 A la ley de moneda •..•
85 925 métricas. El,cerrb de la Garrida y el pequeño de Be.i:nalejo, en jurisdiccion de f~apuá.to, proveen de metaf,es y mokajef,es á las'mujeres de los habitantes, de cuyos
Va.for á la ley de moneda. $496.492 53 Valor á la ley de ]Jloneda.. $11.685 74. utensilios hacen tanto uso, y del último se sa~an igualmente las píedras para. los
molinos de trigo, pues estos cerros son de-un basalto muy á propósito para el caso.
Suma de valores .• , .. $508,178 24
El ce~ro ~de la Batea1 en el Valle de Santiago, llamado así por la figura d&amp; su ci•
ma., ~t\ de tierra sobrecargada de siliza, lo 9.ue la hace á propósito para el cultivo
.A.CUÑ.A.CION J)E PLATA.
de las papas y otros plantas, cuyas raíces se quieren engrosar, pues en ella se
En marcos.
· Su valor.
51.322 453 . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . Pesos....... . . . . . . . . . • . 437,000 00 'desartollan mas fácilmente que en {quella e~ que apanda la alumin-a. El cerro
990 00 de la Bufa, cerca la capital, es notable, asi por su enorme mas¡¡. de pórfido,
116 141 ...... . .... . •.....•... Pesetas·. . . . . . . . . . . • • . . .
84 656 ..... • ..... ,........... Décimos.·: .... .-..... • . .
721° 40 como por lo extraño de su aspecto y con:figuracion. En fin, de otros varios cer50 000 . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . • • Vig~simos. • . • . • . •
428 35 ros menos elevados, pero muy importantes por su riqueza mineral y otras pro•
ducciones, se tendrá ocasion de hablar en diferentes artículos de esta Memoria."
•
¡Las dos
T
tal
51,573 250 . . . . • . . . . . . • • . •. . . . . . . o es... -..•.....•... . . 439,139 75
l. sierras
d d de
t que
d se
di ha hablado
talantes,
d están cruzadas ~n
, todas
al direcciones
t
1
por mu titu · e ve as e versos me es: e estas se· tratara con guna ex en•
siou, al ocuparse de las producciones del Departamento, y se fijará, á lo menos
México, Mayo 2 de 1866.-El Interventor, .huis Varela.
de lai3 mas notables, el rumbo, extension, laboreo y metales q~e se extraen de
cada una.
,
,
Rros.-Se
tienen
como
principales
en
e1
Departa.mento
el
de
Lerma,
Rio
Gran•
ESTADISTICA DEL DEPARTAMENTO DE GUANAJUATO,
de ó•de Totolotlan, que entra por el S. E. con direccion á Acámbaro1 pasa por
·FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEI¡ MISMO, 1 Salva.tierra,. rqmbo á N. f),.y corre por el :Valle de Santiago y Sa.}~ca; toma
al S. O. po:r las haciendas de Pa.ntoja y.Rodeo de Mancera, hasta el rancho de
En cumplimiellto de lo disp.esto en el art. 5~ de los transitorios de la Le,
Zambra.no para entrar al Lago de Cha.pala. por la hacienda de Santa Ana y pue•
de 3 d~ .Mano del propio año.
•
blo de la Pied~d, despue.s de treinta y cinco leguas de camino. El rio de la Lli.·
SITUACION, EXTENSION Y LIMITES.-Situado casi en el centro del Imperio ja., que na.ce. al N, de la fu.Ida oriental de la montaña. de Calzones, pasa ~r la
mexicano entre los 20° y 21° (4' latitud septentxiiona.1, y los o0 30' y 2° 47' . Quemada, rancho de la Soledad, Atotonilco, Sa.D" Miguel de .Allende, Chamalongitud O. del meridiano de México, linda por el N. con el Departa.mento de San cue.ro, San J ua.n de la Vega, · San Miguelito, Oelaya, Cortaza.r y Salamanca., y
Luis Potosí, por el E. con el de Querétaro, por el S. con el de Michoaca.n, y por se junta al ~io Grande en el rancho de las Adju¡itas, de la municipalidad de la
el O. con e1 de Agua¡¡calientes. Tiene hoy una superficie, en virfud de la ley de última pobladon de las que se acaban de mencfona.r, despues de treinta leguas
3 de Marzo de 865 sobre nueva division territorial, y segun el cálculo mljl! verí- de travesía. El rio Turbio ·comienz11, tambien cerca de la montaña de Calzones,
dic9, de mil quinientas sesenta y una leguas cuadra.das, y treinta y tinco centé- se engruesa. con los vertientes de los Altos de !barra, se dirige á la ciudad de
ffllllO,S,j}e legua, de 26!f al grado.
Leon de los.Aldamas, pa¡¡a por las )J.aciendas de Cañada de Negr(&gt;s, Jalpa, ViCONFIGURAOION.-Se puede considerar aproximadamente el De¡ia.rtarnento de lla de Piedra.gorda, la Sierra de San Qi-egorio, y se un.e"al Río G,a.nde en el
una.. :figura elíptica., cuyo eje mayor de N. E. á S. O. es de 65 leguas, desde el punto de Zambra.no, habiendo recorrido veintisiete 10gt1M en direccion N. S. Ha.y
lindero de Sierra.Gorda con los Departamentos de San Luis Potosí y Querétaro, ademas muchas corrientes, que :aunque impropia.mente tienen tit título de rios,
hasta el del pueblo de J esus María. con.el Departamento de .Aguascalientes;,y el son arroyos ó torrentes que solo eobl'all importancia en la estacion de las aguas.
menor de N. O. á S. E. es de 35, que da UJ1. perímetro de 150 leguas. ' .
Talea son: el que nace del Monte de San Nicolás y mineral dé Santa.Rosa. en la
AsPECTO FISico.-El territorio del Departamento de S. E. á N. E. lo recorren
' "
.
dos cadenas de monta.ñas sin intem1pcion: la primera, situad&amp; hácia el N., se co(1) Respectivamente al importe que se babia presupuestado para el socavon H~boldt.

\

,, ¡

---

a~

~

I

•

• I

�452

EL DIARIO U.EL IMPERIO.

sierra de Guanajuato al N., y los diversos arroyos que coi;rcn por las e.añadas
sobre las que e11pá asenta:da la ciudad; !l,travil}~a muchas calles de su poblac;ion,
y sigue su c¡rso por la cañada de :ft{arfil, _llilS/1, por este mineral, haciendas de
Cuevas, Burras, Oalera, Copal, has~ el S. E. de Irapuato, en donde se une con
los de Silao y J aripitio, siguiendo su corriente por las haciendas de la Vírgen,
San Roque y Pueblo Nuevo, en cuyo punto ,e incorpora con el rio de Lerma. En
los cerros de Rincoh de Ortega al ij. toma su origen el río de Silao con direccjon
á la hacienda de Chichimequillas, pasa por los suburbios del mismo Silao, haciendas de Benavente, Trejo, Serrano, .Arandas y España,'UD.iéndose al de Guanajuato, en el lugar expresado arriba. En los cerros de Santa Cruz se forman
dos arroyos que se comunican en San Nicolá/!, corren por Temascatio, Maraüon,
Buenavista, Mancerita y Mancera, en donde toman su corriente con el rio de
Lerma.
'
De las mont~as situadas al N. y N. E. de 1~ Sierragorda., nacen dos arl"Qy9s
llamados Victoria y Tierrablanca: el J:&gt;!Ímero tjene su origen en los cerros de
Santa Rosa y Xichú, y el segundo en l~s del Pinar y Cebolleta. Estos arroyos
atraviesan casi todo el pistrito,y vienen á reunirse (W el rancho de J esus María,
siguiendo r~unido su curso hasta desembocar en el pp de San Migµel .Allende
6 de la Laja. En la sierra de San Pedro y al O. d~ 1.San Felipe, comienza su
curso el rio de Bravo, y sigue su corriente por términps de la hacienda. del Jaral, rumbo á ~anJi~is Potosí.
.
,
Hay en la muni(lipalidad de Piedragora'.11,, á mas del Turbio, los ríos conoch
. dos cqn 1os p.ombre~ de Jalpa 'YJ del Sabino, é igual número de arroyos, el d~l
Sa~ y Prieto ~ie traen s_u curso del nepartamento de Aguascalientes, incorporandose al nµsmo Turbio en varios puntos.
Del cerro dti Tlasaguan nace un arroyo que viene. á reunirse con el de la Laja en el rancho de las Adjuntas de municipio de Hidalgo. En su lugar se tratará del uso de las aguas y de lt&gt;s pantanos. .

(Continuará.) ,

.DElmlYCIOS ANTE LA. PREFECTlJRA. POLITICA.
que se publican en el Diario del Imperio conforme al artículo 14
de la ley de 3 de Noviembré de 1858.

"Segunda clase.-Para el bienio de mil ochoci~ntos sesenta y seis y s~senta
y siete.-Luifo de Stein, por sí y á nombre del Sr. D. Juan B. Ascorve, ant~

'" ·~r

n •

AVISOS JUDICIALES,

.Tu%t;ado de Inatruuioti de '.l;excoco.
En lós autos del intestado de D. Luciano Santa Cruz, que giran en este Juzgado, .se ha
prevenido que por los periód,icos 11e convoque á las personas que se crean con derecho á suceder en los liienes de dicho intestado, para que se presenten á deducirlo en el término de quince dias, que comenzarán á contarse desde la primera publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, les parará el perjuicio á que hubiere lugar en
derecho.
•
Texcoco, Abril 30 de 1866.-El Juez de Instruccion, Mcuro F: de C6rdoba. 933-Sa-1

C:itacion judicial.
Jilabiéndose presentado.ante el Juzgado 2~ de Instruc&lt;tion en lo civil, D. José Diaz Maury,
por su esposa D~ Cármen Madariaga, pidiendo: que con citacion de la Sra. D~ Concepcion
Cosio, se notifique al Sr. Notario D. José Villela espida á costa del promovente, testimonio
de la escritura de imposicion d61 capital de tres mil pesos sobre la casa núm. 4 del callejon
del Padre Lecuopa, otorgada ante el Escribano D. José Ildefonso Verdiguel á seis de Julio
de mil ochocientos treinta y seis¡ y que la citaeion se haga por los periódicos,.por ignorarse.el
paradero de dicha Sra. Cosio. El Sr. Juez, en auto de veintiocho del corriente, decretó de
conformidad, señalando el término de ocho dias para la publicacion del trámite.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente para los efectos legales, en Méxice, á •
treinta de Abril de mil och~entos seB!lnta y seis.-José- Yuente Piña, Escribano público.
931-38-2

.

Cítacimi.

,

y

Tribunal® l '.' instancia.-2~ Sala.-Por el pr~ente, en.cumplimiento de lo mandado
por esta 2~ Sala del Tribunal de 1!- instancia del Departame~to del Valle de México, cito y
emplazq á D. José María Arteaga para que en el término _de ocho dias, contados desde hoy,
com¡¡~ezca ante dicho Tribunal á hacer el reconocimiento de una firma puesta en un documento presentado por parte de D. Inés Marin, en el jnició que sigue contra el citado fü. Arteaga sobre pesos.
'
· México, Mayo l ? de 1866.-Estéban Tomás Casas, Escribano público.
932-3s-2

Empla~amimeo Judicial,
Juzgado l? de Instruccion de lo civil.-En la demanda que.sobre pesos promueve D. Enrique de la Tijera contra D. Juan Fuentes, á pedimento del actor ha mandado el Sr. Juez ¡;e
cite por los periódicos al referido Fuentes, para que en el término dll cuarenta dias, contados
desde' esta fecha-, se presente en este Juzgado, por si ó por apoderado instruido y espensado,
á contestar la indicada demanda¡ apercibido que de no hacerlo seguirá en su ausencia y rebeldía sin mas citaciones ni emplazamientos. ·
Yen cumplimiento de lo mandado pongo el presente, que snrfuá sus efectos legales.
México, Abril 30 de 1866.-El Escribano de diligencias, José María Cot1arrúbias.
9-29-3s-3

V. S. con el debido respeto expongo:-Que habiendo encontrado un'a,mina de
plata abandonada y conocida con el nombre "La Mina Vieja," ubicada en el cet- 1
. 11'oti6cacion.
ro Grande, jurisdicción de Tlalnepantla y Municipalidad de San Cristóbal EcaA escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del.Sr. Coronel
tepec, á V. S. respetuosamente suplico se sirva, en cuanto há lugar en derecho, D. Mariano Perez de Tagle, en los autos ejecutivos que este señor seguia contra D. Felipe
admitir este formal denuncio, y pasados Ios trámites de estilo, se nos adjudique Gonzalez Aragon, sobre pa~o de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el :eromoveny dé la, posesion debida.-México, Abril 9 de 1866.-Luis &lt;le Stein.-Señor te se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificacion de la radicacion al ilemandado. por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
Prefecto político del Valle de México."-Abril 10 de 1866.-Por presentado en auto
que á la letra dice:
cuanto há lugar en derec\w.-Regístrése en el libro respectivo, devolviéndose , "México, Abril 25 de 1866.-Como lo pide. Haciend,o la p~blicacion p~r oc~o dias e!l el
á los interesados para los efectos convenientes.-A~ lo acordó el Señor Prefec- Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Inatruc~1on de lo oml, Lic. J?· Cnstóbal Poulety Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Migud F. Guerra, Escnbano Seto.-EI SecrJtario general, Oárws Zavala..
·

'.

cretario."
Y para hacer sa)&gt;er lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
.
México, Abril de 1866.-U,bano Morali, ~\lribano p1Íblico.
9-23-8s-5

AVISOS OFICIALES.
ADMJNISTRACION PE BIENES NACIONALIZADOS.
UKA'!rJIS.
•

L

:1

~

.

~
.
El dia 16 del entrante Mayo, á las nueve de la maíiana, se procederá al de la. cilsfubicada
en Oajaca, en el c.ut.rtel 4?, manzana 11, caUe!d_él.Soplc Mm: 2, valuada en ($49&amp; 37~ cs.)
cuatrocientos noventa y cinco pesos tr$ta y siete y medio centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y_9:/ Q.e la ley de 2Q de Febrero de 1865. Lo q.úe se ,J?articipa al público, para qne 1~
personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficma el dia y hora citados.
1
México, A:bril 26 de 1866.
1 1
'
3a- 2

t

:~ ' .,_

AVISOS PARTICULARES.
.

'· ' 1

El dia 9 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicada
en Oajaca, en el cuartel 4?, manzana 17, calle de San Antonio, valuada en ($144) ciento cua;renta y cuatro pesos, cuya almoneda se verffieará con arreglo á los artículos 24, 2,5 y Z7 de la
ley de 26 de Febrero,de 1865. Lo que se pal:timpa.al público, para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á jl8ta ofiéina el dia y hora ~itados.
México, Abr.i). 20 de 1866.
3a-2
.
El dia 15 del entracte-Mayo, á lasJ1ueve de la moñba, se procederá al.de la casa y sola,r,
If}~ana 35, cuartel 4?, calle del l)esastre, en Oajaca, valU1lda en (fl;! lló 50 cs.) ciénto quince
11esós cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de ,Febre~o
de 1865. Lo que se participa, al público, para que las.personas que·deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados1í
México, Abril 23-de 1866.
..¡
3a-2

.;

MINd DE SdN CdFETdNO BL BORDO
EN PACHUCA.
P-0r acuerdo de la Junta menor directiva, se convoca á todos los señores aviadores de dicha
mina para la junta general eslraordinari,a que se ha de celebrar el dia siete del corriente, á las
dos de la tarde, en la Tesorería de esta negociacion, calle de Capuchinas núm. 7¡ en la inteligencia de. que los señores que no concurran estarán obligados á pasar por lo que acuerden
los concurrentes.
México, M~yo 1? de l~.-Por,ausencia del Secretario, R. Martimz.
930-3s-3

SEGURO CONTRA IN.CENDIO.
La Compat'iía .fEambur;;'H.esa-Bremesa de Seguros
CONTB.11. INCENDIO,
1

Formada'de entre los comerciantes mas ricos y respetables de Hamburgo y Bramen,
•
y ofreciendo, pue~, todas la,~ garantías que puedan desearse.

'"

•' ASEGURA

MuEBLEs

)

)

Con arreglo á los art.ículos 24, 25 y Z7 de la ley de 26 de f eP.rero. de 1865, se va á proceder
al de la casa; cuartel l'?, manzana 5'.', núm. 1, calle de la Loca; en Oajaca, valuada en($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas .qué de~en hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del. entrante
Mayo, á las nuev:I\ de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
,
,
México, Ábril 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J1¡1m Suarez y
Na-oarro.
'
6a-6

E INMUEBLES A PREMIOS M6mcos.-DAN INFORMES·
Y AEREGLAN P6LIZAS

Lbs Agentes,
,'

!.
82L- 90a- 32
t

LEFJl'lLANN

&amp;

GUTHEIL,

Bajos de Porta- Cooli núm. 4.'

AVISO.

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
papel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne se dará al precio de~d,e 3 hasta 9 reales
Eacuela$ i;ratmtas,
,
' Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-Núm. 865.-~a pieza.
Comision de Instruccion pública., con fecha' 10 del corriente' ti.a participado al Sr. Alcalde · 1 TiµnQien $6 han· recibido hules para piso y para coche, á precios sumamente cómodos.
E'n'la misma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-5l
municipal, que segnn lo dispuesto por elE.mre. Ayuntamiento, han quedado establecidas y
abiertas para el público tres escuelas gratuita¡¡ para nii!os :pobtes, de Jas cuatro acordadas por
la ,nisma corporacion¡ la primera en la calle de la C,cmqepc1on n(up. 9, la segunda en la caUi:
SBG~BOS CONTR,;8. INl:BNDIOS.
de Mnñoz núm. 3, y la tercera en la'Rinconada de'Sarl Sebastian. LQ que pór órden del mis,..
mo Sr. Alcalde se pone en conocimiento del público, álfin M q_lle los padres de familia que
~l,
O,
.
1
ÜOYP.AÑIA
DE
SEGtra&lt;JSIDE
GLADB.A:CH.
C&amp;TI\zcan de recursos, manden á Sllll'hijos á los eatablecimientos:'menclonados.-El Secretario
Capital de fondo............. 3.000,000'pesos prusianQs.
,del Exmo. Ayuutamiento, Luis G. Pastor.
,; j
6a-5

ADMl11'ISTB.AOI011'' CH1lnllLA:r. DJI

c:o:a...,.os.

4,VISO AL PUBLICO.

I

'

ÜOID'.!IDA: DE SEGUROS ~E BASILEA (BASEL) . .

Capital de fondo •.. . .: . . . . . . . • . . . . . . 10.000,000 francos.

El dia 5 del presente, á las cinco de la tar~, se despacha de esta Administracion general
, para Veracruz, un estnoi:dinario con la corr!lspondencia que ha de conducir á Nueva-York,
con escala en Sisal y la Hab'ana, el vapor-correo "Manhattan. "' Lo que se participa-al público _p~ su conocimie'nto'y ef~tos corre~n.di611tes.
México, Mayo J.'? de 1866,..-El Admiri1atriulor general¡ Luil de la Pt-u,,,
2s-2

Se aseguran mueblelf é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los lnfqm¡e'n ¡ecesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Coúipamas,"tálli!
de San Bern&amp;)'.do núm. 3. ~
·
.
4Q0-180s-164 , •

Ofl6P,uion de lfi V«t:fflUI.,
En los ~ 5 y 6 &lt;lel_corriente se practic&amp;rji ésta en el edilicio de la Diputacio~, de once á
once y media de la manana.
H~D,ll&gt;, Mayo 2 de 1866.--ercado.
24¡-2 \

Un piano de roea,, de siete octavas, con todas las mejoms modernas, enteramente nuevo, se
vende al precio ¡le coeto: Se- puede ver en el ntµn. 14, c!',llejon de S~ta Cl~I', primer pilo.

191All'O DJI Vl11WT.4..

ltlEXICJO¡-JllPRENTA IMPERIAL.

•

�</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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DIARIO

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Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

8111\IAB.IO.
PARTE OFICIAL.-Prevenciones sobre guías para la intemacion de efectos extranjeros.
-Adscriciones de eacribanos.-Snpresion de los tribunales mercantiles de Qnerétaro, Morelía y Orizava. ,
.
PARTE NO OFICIAL.-Obras del desagüe.-Corte Marcial de Tnla.-Sal en Gnanajnato.-Estad.ística de Gnanajuato (continúa)/

PARTE OFICJIAL.
MINISTERIO DE HACIENDA.
lléxico, Abril 30 de 1866.

•

Prevenga vd. á los Administradores de las Aduanas marítimas que están bajo su depen(\encia, que en todas las guías que expidan en cumplimiento clel re-•
gl~mento de 23 del último Febrero, para la internacion de efectos extranjeros,
asienten en la_ columna de observ_acion.es que co~tienen las mismas guías, el
nombre, apelhdo y punto de residencia del amero 6 conductor de los efectos, y lo mismo del consignatario que haya de recibirlos.-Igualmente recordará vd. á los propios Administradores, la puntual observancia de los·artículos 8~ y 9~ _del citado reglamento,, que previenen que los comerciantes declaren pormenorizadamente el número, peso y medida de los efectos que cubran
las guías; la marca y numeracion de los bultos; los derechos de Aduana que se
han pagado. ~or el d?recho pri~cipal y,...cada uno de:los adicionales; y todos los
demas req~1S1tos y c1rcunstancias _que en los referidos artículos se especifican,
y que semrán para que el respectivo ccmsignatario pueda declarar en la Aduana de final destmo, que está conforme ese pormenor con el contenido de la carga que se le rem_ite, ahorrándose de formar po: su parte una nueva factura' 6
declaracion de la misma carga.
Lo que comunico á vd. para su inteligencia y fines consiguientes.
El Subsecretario de Hacienda,

E. ViUa'bva.

•

Señores Directores de las Aduana~ marítimas del Golfo y del Pacífico.

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECCION

3~
México, Abril 29 de 1866.

Quedan aprobados por este Ministerio los puntos que contiene el a¡:iuerdo
de ese Tribunal superior, que V. S. acompaña á su nota fech1' 14 del presente,
relativo á las adscriciones-á los Tribunales y Juzgados de esta Corte, ele los escribanos de diligencias que están expeditos.
.
Lo digo á V. S. en respu~sta á su citada nota; bajo el concepto de que con
esta mi~ma fecha se manda publ_icar el referido a,cuerdo.
I

. cío, jueces de instruccion de lo pi_vil y crim.inal, y_jueces municipales, ~uedando
aprobadas las siguientes propos_1c1?nes:-\ Se fiJ_ª el_ número de eswba~os ae
diligencias de esta Corte, en, vemtmno.-2; Los escnban~s que se,adscnben .Y
los que en lo su.cesivo lo fueren;' presentaran luego sus titulos al _s~ñor Pres~dente de este Trlbunal, para que se haga constar en ellos 1~ adscric1,o~, y avisarán por medio de oftcio cuando hayan cesad? en su respectiva ~dscrtc10n, p~a ,,
que se considere que hay vacante.-3~ Eh virt~d de)o p~evem_do en el. oficio
del Ministerio de Justicia de 26cl'e Febrero últibio, l!e hacen por este Tribunal
las adscriciones siguiente~ de los escribanos que están ~peditos:
A las dos Salas de l~ Civil del Tribunal de 1~ instancia:

SEcdroN· l~

-

NuM. 404

MEXlfJO.-Sáhado li de Mayo de .1S66.

El Ministro de Ju¡¡t.i,oia,
ESCUDERO.

Señor Presidente del Tribunal superior de esta Corte.

lVota á que se refiere la aprobacion anterior.
"Tribunal Superior del Departamento del Valle del Imperio Mexicano.México, Abril 14 de 1866.-Exmo. Sr.-Por acuerdo de este Tribunal Superior, tengo la 1honra de acompaña!' á V. E. el relativo 'á las ..ádscricior.es á los
tribunales y juzgado~ de esta Corte, de los escribanos de diligencias que están
expedit.os, para que sj V. ]. lo tieue á bien, lo mande publicar en el Diario
Oficiat.-Dios guarde á V. E. muchos afios.-El 'Presidente del Tribunal Superior, 'l!eójito .Llfarirt.-Exmo. Sr. Ministro de Justicia."
Tribunal Superior del Departamento del Valle delimperio Mexícauo.-México, Abril 14 de 1866.-Este Tribunal Superior, á quiel'I se dió cuent~ con
el oficio del Exmo. Sr. Ministro de Justicia, feéha 27 de1mes próximo pasado, ·
en que comunica que S. M. el Emperador Ha tenido á bien aprobar el acuerdo
_ relativo á las adscriciones de los escribanos de diligencias, que se le había elevado con e11e objeto, ha mandado se le dé publicidad por medio del ])iario det
Imperio, á :fin de que los comprendidos en ellas, ocurran· á este Tribunal con
sus t,ítulos, para hacer en ellos las anotaciones que se previenen en la frac1cion 2~
•
El acuertlo á que se refiere es el si,guien'-e:
México, Marzo 14 de 1866.-Se procedi6 -á, tratar de la adscricion de escribanos en el Tribunal Supremo, en éste, en el de 1~ instancia,·en el de Comer-

D. Manuel Romero,
,, José María Natera~
,, Estéban Casas y
., Antonio Landgrave. • •
•

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..
11

Al Juzgado 1~ de instr)lccion de lo Civil:
1 /'1 rnu
D. Joaquin Abadiano,
,, José Sebastiall'Oovarrúbias,
,, J uari N. Carrion y
.
,, :Manr~el Vera en clase de supernumerario.
Al Juzgado 2~- de lo Civil,
. D. Casimiro Fernandez,
,, J oaquin Guzman y
r ,
· ,, Vicente Piña.
Al Juzgado s&lt;de lo Civil:
Lic,fD. José Mariano Moya,
,, Miguel Femandez Guerra y
rz '•{.
,, Urbano Morali.

Al Juzgado 4~ de lo Civil:
'' D. Jesus Reynoso,
,, José Raz y Guzman y
,, Manuel TellQ de Meueses.
Al Tribunal de Comercio: '
•
D. Mariano López y
,, Joaquín Negreiros.
4~ Que no pudiendo practicar el Escribano D. Pedro Canel, que se considera
adscrito á este Tribunal, las diligencias que se le encomiendan por las Salas de
lo Civil y Criminal, •por ser muchas, se :consulte al Ministerio de Justicia la
adscricion de D. Sebastian Peñaloza á la Sala de lo Civil, sin sueldo, y con la
facultad de cobrar sus honorarios con arreglo á arancel, en cuyo caso el referido Canel quedará adscrito á la de lo Criminal, con el goce de la dotacion que ·
disfruta; y finalmente, al Tribunal Supremo á D. R6mulo de Cevallos.-5~ Que
los jueces de Instruccion de lo Criminal podrán ocupar á los escribanos adscritos á los juzgados de lo Civil, en aquellas diligencias que no puedan practicar
~n concurrencia con los secretarios, sin que puedan resistirlo, teniendo igual
facultad los jueces municipales, siempre que lo verifiquen á horas distintas.Ns copia que certifico..L.José.Mfría de la{ª: Ávvarez, Secretario..

8ECCION

1~
México ·Mayo 2 de 1866,.

Hoy digo al presidente del Tribunal mercantil de Queretaro lo sig-niente!
"S. M. el EmpJrador Ha tenido á bien suprimir el Tribunal que vd. presi-.
d_e, disponiendo que quede disuelto luego que reciba la presente comunicacion-J
y que pase su archivo y el conocimiento de los negocios que tenga peudientes,~
al de la jurisdiccion ordinaria respectiva."
'
Lo inserto á V. S. para su iuteligencia y efec~os consiguientes.
ro.
El Ministro ~e J111ticia, •
ESCUDERO.

Señor Prefecto político de Querétaro.
Se comunicó á los Tribnnalea superiores de Veracmz y Michoacan, por lo relativo á la suprellion de los Tribunales mercantilea de Orizava ,y Morelia.

I

.

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1

454

O~B.AS l&gt;JII. DJISA~VE.
. Ministerio ~e Fomento.-"Direccion de las aguas del Valle de México.-México,. Mayo 1. de 1866.-E~o. Sr.-Tengo el honor de acompañará V. E. una
relaCion sneinta de los~ra:'baJÓI! materiales ejecutados por esta Direcc· d
.
cargo en 1?do el m~s de Abril que acaba de pasar. E él los trabajos
te:ido ·
quJ resentits~ considerablemente, por el trastorno qu'8iempre causan en 1
.
drillas de trabajadores las fiestas periódicas: Las de la Semana Santa
cud
Pascua han sido fatales para las cuadrillas del Sur del Valle. De mil a!sci:~to:
hombres que las formaban, se han visto reducidas á menos de tresc'e t
haberse disem~n~do los operarios, regresando á los pueblos masó me~o~ 1!!a~~:
de donde provnneron: otras causas graves que V E. no ignora, no han pe~mitido á esta Direccion el reparar los males causado~.
"En el Norte del Valle el trastorno en las obras ha sido menos sensible· en
P~!e, por s_er la gente trabajadora de los pueblos inmediatos.
'
E!l el dique de Zumpango se ha continuado trabajando, reforz3J].do ·considerablemen~e el terraplen que forma. El muro que lo .defiende del lado dél agua,
se halla sm ~~argo muy maltratado por la accion de las olas, y por ser extremadamente ~eq1l: asegurado ya el terraplen, convendría reponer el muro á medida que baJan las ~as. En todo el mes se ha hecho en el ala del Oeste un so-.
brebordo ~e 360 metros de lo~gitud por 1,25 de base y 86 centímetroa de alto, y
se aUJilento ~l terraplen del guamo lado en 418 metros de distancia. con 75 cenm~ de altura y 3 metros 75 centímetros de b,ase.
·
".El canal de Vertid~ros, por el cual está desfogan~o fuera
Valle el lago
de Zump~g.o por el ta.JO de Hueh1,1etoca, quedq tennmadofoi; coµipleto, habiénd~~~4iwtado 1al\;Rt;~B~ que s colocaron p_ara facilitar el trabajo: con objeto de
7 el canal ,2 metros en 'una distancia de 1,360
t ~ l o , se acalío de ampli8.J
trós por uno. de prob~aaa. .U. cantidad de agua q_ue dti ta laguna sale por él
es tan considerable, qite dificulta ·los trabajos de limpia en el 'tajo de Huéhuetoca.
·
.
. "La rotura que sufrió el año próximo pasado el bordo derecho del rio de Cuautitlan, cerca de la hacienda de San José, fué ca.usa de que se destruyesen masó
menos los bordos en una p.istancia de tres cuartos de legua. Hoy los bordos se
hallan as.egurados .Y se h~n elevado ~ reforzado; se ha ampliado, rectificándose
en lo _posible, la c~Ja del no, y contin~an completándose y perf~c.:cionándose los
trabaJoS. ~n A~ril, con el fin ~e ampliar Ta caja y de consolidar los berdos, se
recortaron interiormente, formandoles talud de 4¡0 eJi,nna extension de 190 metros,, con 3-metros ~e altura, y teniendo el recorte de espesor medio un metro 30
centIIDetros. Exteriormente, para consolidar el bordo, se hizo un recorte de 85
metros de largo por un metro 30 centímetros de altura y 50 centímetros de espesor.
"En distintos ptin1os se sacaron los escomlíros de los bordos caídos formando
todos ellos la distancia ~?tal ~e 450 metros con 3 metros de altura y ~ de un
metro de e~pesor. ~ mis~o tiempo se cortaron ochenta árboles de todos tamaños
q~e obstrman la caJa ·del no, y se trozaron c;iento nueve·troncos salientes en la
IIllsma. Se rellenó una oquedad al pié de un borao, de 48 metros de largo por
. un,:n,etro c'!,e an~ho y otro t~to de profundidad.
Tanto mtenorm~nt~ al no cuanto en la parte exteri°'1', se revistieron los borJos con césped en distintos puntos, haciendo en todo 204 metros de longitud por
l metro 5 decímetros de espesor medio y 2 metros de altura.
"Para consolidar mas los boraos del rfo, convendría estacar su base interiormente para_ impedir q~e la corriente en Ia_s avenidas los mine y destruya: igual~ente ~e ~1spuesto, si los fondos lo permiten, que se _haga un acopio de estacas,
V?gas, Jarcia y ~ost~les, par.a poder atender inmediatamente en la próxima estacio~ de las l).uvias a cualquiera rev:entazon del rio, que pueda ocurrir. .
~on el fin de hacer ~enos _sensibles los males que ocasione con sus crecientes
el no de Tepotzotlan, tnbutano del de Cuautitlan, dispuse la limpia del canal
por donde desfoga.
·
''En el mes se han limpiado 2,365 metros lineales de la caja de este canal con
1 ~etro de profundidad y 4,50 de anchura.
"He mandado"'que la ladronera que tiene á su entrada el expresado canal cuyo estado es ruinoso, se reponga.
•
' .
"E~ la caja del río de Cuaut!tl~n se sigue trabaja~do .en la limpia. De Coy~tepec a Huelruetoca se profundizo el cauce 50 centIIDetros quitando un banco
de tepetate, en una distancia de 1,209 metros con 10 metros de ancho. Se amplió
igualmente la caja 1,25 en longitud de 340 1;11etros y 3 metros de profundidad:
finalmente, se destruyeron dos machones antiguos de mampostería que obstruian
el paso á las aguas.
··
·
' !UD: el tajo de·Huehuetoea se recorrió y limpió de los caidos el· rio en un~
e:xtensio~ de 5,170 metros, sacando fuera algunos azolves y caidos y formando
con l~_piedra y ~epetate en _algunos puntos muros en seco, laterales al canal de
d~s~ue. Los caidos removidos miden aproximativa.mente mas de 1,300 metros
cub1cos.
. ''De .Coyo~ep~c, 'río arriba, la limpia sigue haciéndose por los pueblos ha- ·
hiendo trabaJado en ella de 170 á 200 hombres diariamente. Se han lim.piailo en
el mes ~,5i3 metros lineal~s de 1~ caja_ del rio con 10 metros de ancho y de 25 á
50 centunetros de profundidad, dandosele 25 centímetros solamente en los lugares en que la dureza del fondo no permite penetrar mas á las palas de madera
con que trabajan los indígenas.
"V?nctendo mil obstáculos para conseguir_ operarios y material, se ha comenzado a r?poner y reformar el dique de San Cnstóbal. -En otra ocasion he llamadt
la ate1:c1on de V. E. !obre el ~echo de que el muro del expresado dique tiene una
d~pres1on que ll~ga a 81 cent1metros, cerca de su extremo Norte. En tal virtud,
dISpuse qne se mvelase el muro del dique y .que ademas se le aumentase medio
metró ~e ~l~. Con esta disposicion el contenido del vaso de las lagunas de
San Cristóbal y de Xaltocan se aumentará prodigiosamente, duplicándose cuando menos, pues el nivel de sus aguas podrá subir 1 metro 31 centímetros mas
e el que tiene hoy dia el. dique, sin ri~sgo de que derramen sobre el lago de
e;:coco. Con el _fin de activar este trabaJO mandé que la cortina de mampostetena_~e elevase simultáneamente por sus dos extremos, poniendo una cuadrilla de
albamles en cada uno de ellos que marche una á encontrarse con la otra en er
centro.
"La cua~illa del lado de Sa~ Cristóbal ha. elevado el muro.70 eentíznetros en
~a extension. de 549 metros; y la cuadrilla. de Venta de Carpio ha hecho la
misma operac1on en, una extension de mas de 700 metros, con mas de 1 metro
de altur~ y -iO centímetros de espesor. En todo el presente mes el _muro del di-

h:

i

!º

dif

me-

/

1

~~animidad de vot~s, quelosllamadosGnad~lupe dolin y JoséD~roteo s~fran.la
pena de muerte senalada por las leyes ya c1tadas.-Esta sentencia ha sido eJe•cutada el dia 28 de Abril de 1866 á las doce y veinticinco minutos del dia citado.
-Por el extracto conforme, ef Actuario, Ocúwiáno Ledesína.-V~ B~.-El Comisario relator, Bartolomé Diaz de Leon.-Es copia de su original, que certifico.
-Tula, Abril 30 de 1866.-El Secretario general de la Preféctura, José J. Zú-

que quedar~ nivel3:do á la altura requerida,. siempre que no haya tropiezo que
entorpezca o paralice las obras emprendidas.
':Con el ~n de ~ormar juicio sobre las_ dificultades que podrían presentarse pa•
ra mtro_duc1r el r10 de San Juan Teot1huacan en la laguna de San Cristóbal, ·
sustrayéndolo de~ vaso, de Texcoco, he hecho practicar nn reconocimiento cuyos
•resultados me animan ~ emprender 1~ ob1:a, y la emprenderé, siempre que los
fondos de que pueda disponer esta Direcc1on me lo permitan.
"En el sur del V~le se ha seguido tr~ba.jando en la ímporta,nte obra del_ dique ~e Culhuacan. En su mayor extens1on la obra se eleva 1 metro 50 centimetros o 2 metros sobre las aguas de la laguna de Xochimilco. Se continúan los"
terraplenes, elevando la calzada, anc~ándola y formando los. taludes. En· algunos puntos se construyen bordos de cmta para sostener las tierras y defenderlas
del a~. En to~~ su longitud, que es la de 4,000 metros, puede transitar un
carruaJe con facilidad.
.
•
.
"La obra hecha en todo el mes de Abril próximo pasado, es la siguiente:

ñi,ga." · ,

..

Intro~uccion de s3:l' en Guanajuato.
Ministerio de Fomento.-" Administracion principal de tas de Guanajuató.
-Noticia de la sal intr~ducida á esta·capital en 'todo el mes de Abril, con expresion de la cantidad de cargas, su procedencia, y precio que guarda en la plaza,
formada en cumplimiento de la suprema órden de fecha 19 de Diciembre de 1865.
Procedenttd.

JI, totfd de carn
s·

Precio q,u guarda en la.
plaza.

De Salinas (Departam~ } 2 779
r@ { De 8 á 9 ps. con pla-i 3,300 libras.
de San Luis Potosí).
'
carg. 9
zo de 3 á 4 meses. Quint. 70 ps.
De Colima......•,.. .. .
106 .,, O,, Al7ps.carg.alcontº al contado.

~:!~ , ,

Administracion principal de rentas de Guanajuato, Abril 30 de 1866.-El Administrador prin~ipal de rentas, J. J. Robles."

.

.

&amp;. copia. México, Ma.ytr ~de 1866.-El Subsecretario interino de Fomento 1
Francisco Jimenez.

ESTADISTICA DÉL DePAHTAJtfEMTO DE GUANAIUATO,
FORMADA ÉN 1865 POR LA PREFECTURÁ POLITiCA.DEL MISMO,
En cumplimiento de lo di,¡,uesto im el art. 5? de lo, traftlitorios de la ~
de 3 ae Marzo del propio año,

(CONTINUA.)
OONS'l'ITUCION GEOLOGIC.A..-Las rocas qull fbi:man parte del Dietritó de Gua.najuato, son en su mayor parte perteneciente!J al terren() de transicioh, habiéndos&amp; observado hasta ahora que la mas antigua es la _pizarra arcillosa (thonschiefer)
que descansa sobre las rocas graníticas de Zacatecas y el Peñon Blanco. Al
abrir el tiro general de Valenciana se 'observaron varios bancos de sienita, pizarra a.nfibólica, y serpentina, alternando entre sí y formando bancos subordinados en la pizarra. Esta última, que se encuentra en los-planes de la mina de Valenciana, vuelve á aparecer en la superficie á ocho~ientos metros mas arriba,
sobre la loma de la sierra de Santa Rosa, Encima de esta pizarra descansan dos
f'ormaciones ~astan~e dif?rentes; u~a de pórfidos _á muy graraes alturas, y la
otra de aremsca r0Ja antigua. El porfido forma masas de :figuras extrañas, cortadas á pico, 'conocidas generalmente con el nombre de Bufas, que se elevan
hasta cuatrocientos metros sobre el nivel de las llanuras. A la falda meridional
de la sierra, sobre.todo hácia Valenciana, Guanajua.to y Marfil, se encuentra en
grande abundá.ncia el conglomerado rojo, que no es mas que una brecha. de base arcillosa, teñida por el óxido de fie1To¡ los fragmentos que la constituyen son
por lo general~aii cuarzo, piedra de toque, piedra cornea, sienita y pórfido. Las
dimensiones de estos elementos hacen variar mucho los caractéres del conglome•
rado.
Sobre eata formaciop. descansa otra mas moderna; una especie de conglomerado feldespático, conocido en Guanajuato con el nombre de lo.cero, y del cual se
.sacan las hermosas.piedras de construceion de que se sirven en esta ciudad.
JÍlstas areniscas antiguas sirven de base á otras rocas de formacion secundaria,
como por ejemplo la caliza que se encuentra en los llanos de Temascatio, hácia
la parte que nombran "Lo de Sierra;'.' es una caliza compacta, llena muchas veces de cavidades entapizadas de espato calizo.
Al poniente de la quebrada de Marfil se encuentra úna formª9ion bastante diferente de las que se acaban de indicar, y consiste en rocas basálticas y alternancias de sienita y roca verde; de manera que se puede decir que la cañada de
Marfil separa la formacion porfirítica de aquella en que predomina la sienita y la
diorita (grunstein). ,
.
Hay otras dos formaciones cuyas dimensiones son dem,asiado reducidas, el caliche y elfrijolillo: el caliche es una caliza compacta de un gris negruzco, y el
frijolillo no es mas que una brecha caliza.
t
CLJ.'M.A., TEMPER.A.TUR.A. MEDIA, EXTREMA y MÍNIMA.~La temperatura média
en Guanajuató es de 19° á 20° del termómetro centígrado: la extrema ó máx:ima es de 30º centígrados: la mínima es de + 8° centígrados.
Lluvia caída en Guanajuato en los años que se expresan:

·

«:,orte Marcial de Tola. ·
. ~refect~ra. política del Departamento del Valle de México.-S'eccion de J usiic1a.-Num. 3,994.-•'Prefectura de Tula.-1 ~ Division militar territorial.-Departamento de Tula,-;--Serie ~nual 4.-Serie general 22.-Corte Marcial.-M.A.nMILIA.NO, por la graCia d~ Dios y la voluntad nacional, Emperador de México, á
todos los present~s-y v,ell!de;ºª ~3'.1~d--~~ Cprte Marcial del Departamento de
Tul~, c~rre!pond1e~te a la 1. D1vmon militar territorial, ha pronunciado la sen•
tenc1a s1gurnnte:
.
"Hoy, veintisiete de Abril.de mil ochocientos sesenta y seis, la Corte Marcial
del Departamento d&amp; Tula, 01do al Comisario relator en sus peticiones y conclusiones, ha declarad.o por unanimidad de votos, á los llamados Guadalupe Colin
Y José Doroteo, culpables d?l hecho que se les imputa: que cometieron este hecho con m~cada premediro:c1on, seduciendo para llevar al terreno de sus críme•
nes P:emeditado~, por medios hal~güeños, á D. Luis Zarza; á quien mataron con
ventaJa y alevosia; todo lo que ex¡~~ plenamente P!obado, sin que pueda considerara~ atenuante la falta de previs1on del facultativo para determinar cuál de
l~J hend~s qn~ a~bos le dieron causó la muerte, en vista de que el art. 57 del
n~. 15 del Có~1go penal ordinario, manda que los cómplices de un crímen ó
~ehto, ~ean castigados con las mismas penas de los autores de ese crímen ó delito. Por todo lo cual la Corte declara estar incluso el delit.o perpelrado por Guadalupe.~olin y José Doroteo en el art. 1~ del decreto de 14 de Junio de 1863 y
en el ID1Smo art.,l ~ del _dec!e~o d~ _3 de Octubre de\ año _próximo pasado, y en el,
art. 221 del Código de JUSticia militar.-En consecuencia, manda por la mis~a.

.

Certifico ser copia de la que obra en esta Secretaría.-Méx:ico, Mayo 3 de
1866.-El Secretario general de la Prefe~tura, Oárlos Z1vala.

Bordo ~e cinta, 273 metros lineales de 5.metros de ancho y 0,65 cent. de alto.
" ,, " 351 ,,
,;
de 2
" ,,
" y 0,60 " " "
JXERR.A.PLENES.
..,,.. . .335 metros lineale,s con ·10 metros s.e ancho y 0,30 cent. de altura.
167
,,
,,
" 10 " ,, ' ,, ,, 0,20 ,,, " "
~~~ ,,
"
" ~,5 decímetros de ancho y 0,20 de ,,
. ~ 64!l "
,,
,, 6 metros
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210 "
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" 6 "
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52 "
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" 5 ''
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" '' l,OO " ''
Exteriormente á los. bordos que sostienen las tierris se arreglaron los taludes
del lado del .agua, en una extension de 330 metros, con altura média de 2,50. .
"La~ razone~ á que he, ~ludido al principio.de ~st~ part~, han impedido el que
se comience la IIDportant1sIIDa obra de la denvac1on del no de Churubusco, con
el fin d~ e~ar su~ agu~s dentro del vaso del dique de Oulhuacan: los trabajos
p_reparator,1os es~an, sm embargo, todoe practicados; y •si las circunstancias var1an, podra termmarse,la obra en el presente mes.
"En los alrededores de México se ha hecho la importante reposicjon del albarradon de Guad~lupe, levantando desde cimientos un tramo que estaba caído, de
30 metros de largo, d~ dob~e encortinado_de mampostería, por 3 metros de altura, con terraplen ele tierra entre los dos muros.-Ademas, se ha levantado el e:1cpr~s~do albarradon 60 cent. de altura en toda la parte del centro que estaba deprmnda: Roy se revoca y consolida toda la obra, que en varios puntos amenlf'
zaba ruma.
;;La péqu~ña cua~ril1a ambulante re~uso las pres~ de Chap~tepec, &amp;c., &amp;c.
En la pnmera mitad del mes de Abril los chubascos fueron frecuentes en todoel.:Valle d_e ~léxico. ~Hácia su 'fin levantó el tiempo. A pesar de las lluvias, la
b~Jª en l~s ~guas de los lagos ha sido constante. En el de Zumpango, hasta el
tlia 28 proxIIDo pasado, la baja total desde el 2 de Diciembre ha sido de 49 cent.
En el de San Cri:Uóbal, 1a baja desde el 7 de Diciembre á la misma fecha ha
sido de 40 cent.
' '
"En los lagos de Chalco y de Xochimilco las aguas sé hallan en equílibJio
perfecto, eonfo.r~? ?e te~do el honor de manifestarlo á V. E. en el Wforme que
por separado dir1g1 el d1a 26 del mes próximo pasado al ltÍinisterio de Fomento.
~as aguas de_ los lagos marcan, sobre el nivel que tenían estas el día 20 de Nt1~
vie~bre, medidas ~cmprano por la ma_ñ,ana, 19 cent., .Y medJdas por la tarde 18 y
medio cent. La baJa en el d1a de 5 mihmet..·os la. atribuyo a la evaporacion. En
1~ noche los manantiales restituyen á los lagos el agua que han perdido en el
dia, _Y se ~es~blece el e~l!ilibrio, quedando el nivel constante dentro de esa pe~uena osC1!ac1?n de 5 milímetros. Las lluvias de estos días solo han producido
hgeras· oscilamones del momento.
·
. "El fenómeno que se ha ~roducido. en las aguas de los lagos del Sur con el
dique d~ Culhuacan, es el mismo que se .ve diariamente cuando se apretila un
m~~antl~l; pero_ de segur~ nunca se ha visto en una escaia tan gigantesca.
. AbaJO del dique meneionado, tod!Ls las ciénagas que se extienden hasta las
orillas de la~ agu,a~ de _Texcoco, se hallan secas como nunca se habían visto. Los
potreros de San Lazaro y ~r~gon se secan rápidamente. La calzada del Peñon
reaparece fuera do las aguas, pudiendo ser recorrida en coche con facilidad° á
pesar d~ la destruccion que ha sufrido, hasta el puente Blanco, á legua y media
de México.
:•El nivel del lago _de •.r,excoco ha bajado, de Noviembre acá, 57 cent.: la esquma N. O. de palacio esta 98 cent. sobre las aguas.
Protesto á V. E. mi respeto y c?n.sideracio'n.-El director de las aguas del
Valle, F. de Garay.-Exmo. Sr. Mm1stro de Fomento."
·
Es ~opia,. México, Mayo 4 de 1866.:- El Subsecretario interino de Fomento,

Francisco Jimenee.

45·5

EL· DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO~
PARTÉ 110 OFl()IAL.

.,

•

En
,,
,,
,,

1862.. . . . . . . . • • . . . . . . . .
1863.•••.•.·. . . . • . . . . . . .
1864.••..•.......... ~ •.
1865.. . . . . • . • • . . . . • • . . .

537"'
360
744
967

4 milímetros.'
8
"
2
,,
4

Por término médio en un año. . . . . • . 652m45

.

.

.

"

"

Presion atmosférica en Guanajuato, ó altura del barómetro es de 600ª 95 milímetros.
·
'
VIENTos.-Son en lo general del N. E. al S. O., pero varian con mucha freC'á:encia.
.
DIVISION FISIC.A. DEL TERRITORio.-Sin datos que den á coiiocer la extension
de lae regiones montañosas, de las mesetas, de las llanuras de las tierras arables,
de las dehesas y los b~sques, solo puede decirse que ~os. terceras partes del Dep_artamento son montanosas; Y. respecto de bosques, s1 bien es cierto que en los
tiempos d_e la bonanza d~ la roma de V:iJenciana se destruyó casi en su totalidad
el de la sierra de GuanaJuato, que surt1a de madera la miquina. de va.l?or para
ex~raer el agua de la ~a, se ha ~ogrado 1eponerse, y la Diputacion de minería
0111.da de su conse"ac1on por medio de un resguardo que tiene en la síerra, la
q_ue ~oy prov~e de leña, carbo~ y madera, n~ solo á la ciudad .rde Guanajua.to,
smo ~ las haCiendas de beneficiar metales y a los demas minerales próximos á la
localidad.

'

D.IVISION POLÍTICA. Y Á.DMINISTRATIV.A..-El Departamento de Guanajuato
está subdividido: ·
·
1~ en lo poJítico.
'
2~ ,, ,, jrtdicial.
3~ ,, ,, militar.
•
4? ,, ,, financiero.
5? ,, ,, eclesiástico .
JtraISDICOION.-La accion política, militar y financiera se extiende á todo el
Dep.artamento: la judicial al mismo y á los de Michoacan y Querétaro; la eclesiástica, por lo respectivo al obispado de Leqn (su cabecera), á. esa ciudad, curatos de San Francisco y Purísima del Rincon, Piedra Gorda,, PénJamo, Irapua•
to, Romita, Silao, la Luz, Guanajuato, Allende, San Luis de la Paz, San Diego
del Bizcocho, Dolotes Hidalgo y San Felipe; y por lo que hace al de Michoacan,
á los curatos de Salamanca, Celaya, Santa Cruz y Chamacuero. .
AUTORIDADES Y E:MPLEA.DOs.-En el Departamento de Guanajuato hay un
Prefecto, Subprefecto, Alcaldes municipales, Ayuntamientos, Consejo de gobierno, Consejo de beneficencia, Junta auxiliar de exposiciones, Tribunal de justicia,
Jueces de letras, ídem de paz, T~bunal mercantil, Diputacion de minería, Administracion de rentas, Defensoría fiscal, Ensaye de cajas, Interventor de la casa
de moneda, idem de la Administracion de rentas, Administraciones de correos,
Agencias de desamortizacion, Comandancias militares, en esta forma:"
{fuatiajuato.-Prefectura politica.-Prefecto político, Sr. Lic. D. Pablo
Gonzales Montes.
.
Alcalde municipal, Presidente del M'. I. Ayuntamiento, Sr. Coronel D. Miguel
Afaman.
~es.-Ayuntamiento.-SeñorM: Lic. D. lgnacio Ayala, D. Pedro IbaTgüeng&lt;&gt;itía, D. Francisco Cal!táiieda, Líe. D. Ignacio Alcaráz, D. Ignacio Ajuria.,
D. Mariano Robles, D. José Bribiesca.
· Procurad-Ores.-~. Jésus .Alcocer, D. Vieente O. Patiño.
~ o ~mentai de gobier-no.-Señores: Presidente, Líe. D. Juan Chico.
-Miembr()s: D. Jo~ Francisco Roble'!!, Lic. D. Demetrio Montesdeoca, D. Manuel Echeverría, D. Ignaci!) M. Alarcon.
Oonsejo departamental de beneficencia.-Señores: Presidente, Lic. D. Pablo
Gonzalez Montes: Vicepresidente D. Ignacio M. Siliceo.-Miembros: D. Antonio Ginieux de Campos, D. Pedro Jimenez, Lic. D. Manuel Chico y Alegre, D.
Ignacio Rocha é Iramátegui, D. Lucio Marmolejo.
Jwnta de caridad.-Presidente, D. Luis G. Reinoso.-Vocales: D. Pantaleon
Parres, D. Francisco de P. Gomez.
Jwnta aum?,iJ,r &lt;k e(Cposiciones.-Señores: Presidente, Lic. D. Pablo Gonzalez
Montes; Vicepresidente, D. Epifanio Jimenez.-Vocales: D. Ignacio Alcocer, D.
Cárlos Augk. D. Alfredo Dugés, D. Lucio Marmolejo.
. Tribunal dejusticia.-Señores Magistrados: D. Juan Chico, D. Estéban Rernandez y García, D. Néstor Hernandez, D. Pedro Ajuria, D. :Manuel Aguilar y
Sanchez, D. Manuel Chico y Arizmondi, fiscal: D. Vicente Morin, agente fiscal.
Jueces de letras.-1?, Sr. Lic. D. Francisco de P. Esquive}: 2?, Sr. Lic. D.
José Matía Sixtos. .
·
·
Jueves de pas.-l? Sr. D. Francisco Servin, 2? D. Ignacio Jimenez, 3~ Lic. D.
.Francisco Rodríguez Becerra, 4? D. Lorenzo Marmolejo.
Tribunal mercantil.-Presidente, Sr. Lic. D.José María Chico: Vicepresidente 1~, Lic. D ..Joaquin Chico, idem 2? Lic. D. Ignacio Arizmendi; 2~ colega D.
Pántaleon Parres; primer sup\ente D. :Manuel Ajuiia, 2? D. Ignacio Moreno, 3~
D. Pedro Jimenez, 4? D. Francisco de P. Gomez.

·

( Continuará.)

AVISOS OFICIALES.
A1lministracion principal de rentas d!' l'fléxico.
REMA.TE DE UN.A. FINCA.,

, ,

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienaa pública, ha sido embargada por
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la .calle de Santa Clara, apreciada en su última traslacion de d9minio en diez y seis mil pesos; fijándose ;para las almonedas los dias 20 y
30 del actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que la Ílltima es con calidad de remate, el
cual te1;1drá lugar en el despacho de esta. o_ficina, á las dos de la. tarde: lo que se hace saber
al p~blico, para que las personas que qu1$1eren hacer postura, la hagan acompañando sus"res•
poct1vos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion principal de rentas. México, Abril 13 _de ~866.-J. de la Barrera.. 6a-S

&amp;caudacion principal de ·Contribuciones directas
DEL DEPARTA.MENTO DEI; VALLE DE M~XICO,

En todo el presente mes de Mayó debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio
de las contribuciones signientes:
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de idem sobre establécimientos industriales.
Contribucion impuesta á las fábriclll! de hilados y tejidos de algo.
don, lana, lino y las de papel.
Lo que se recue'rda á !oa c~usantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el referiao plazo, se proceder~ eJecutivamente contra los .causantes morosos, para hacer efectivo el
pago dé sus adeudos, mclusos los recargos en qus mcurran, conforme á las leyes de la materia.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
México, Mayo 1~ de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco ~
:M01itaño. ,
Ss-2

C:OXVOOA'l'OIUA.
Ayun~miento de ~éxico.-Núm. 975.-La Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque
por medio de. este aruo á l?s acreedores al fondo de amortizacion que tengan créditos escñturad~s, líqmdos y reconoc1~os, para que concurran el día 7 del entrante Mayo, á las doce de
la manana, al s~lon de Cab¡ldos del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo prevenido
por la ley relativa, la espresada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida entre los
acreedores que ofrezcan mayor rebaja. 1
'
México, Abril 30 de 1866.-El Secretario del Exmo. Ayuntamiento, Lic. Luis G: Pastor.
3a-3

IK•OB.S'AN"l'II.
Corte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
To~ás Smith p_ara una diligencia judicial, con. motivo d~l asalto y róbo que sufrió cerca de la ·
ganta de ValleJo la noche del 18 de Enero último, y temendo noticia de que este individuo
es transeunte,_por el pr~sente se ese.ita á las ~utotidades d_e los lugares por donde pueda encontrara~, se sirva1;1 !1ºtificar de arra1g_o á Sllllth, dando aVISo á esta Corte Marcial, situada en
el. Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea e:ummado.
México, Abril 14 de, 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
10-a-6

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

456

Administracion principal de la renta del l'apel sellado
EN EL DEPARTAMENTO DEL V,_ALLE DE llfEXICO.

México Abril 18 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en suprema órden fecha 15 del corriente, que las A~traciones de esta renta procedan á hacer
efectivo el cobro de las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrer'o de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos que previene el artículo 18 ¡le la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837, sobre facultad coactiva.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su debido cumplimiento¡ pero considerando que entre las l!lUchas personas á quienes
eomprende, puede .haber algunas que por causas involuntarias no hayan oc111Tido á terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este aviso para que las que quieran evitarse nuevas contestaciones y aun mayores gastos, ocunan á verificarlo dentro del plazo de ocho dias, contádos
desde la fecha de s11 pub!icacion.
•
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor parte de los corredores de esta plaza, á quienes por no haberlos encontrado en sus casas los comisionados de esta
oficina, les han dejado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los libros de
811 giro, y otros aunque los han presentado, al ver que no estaban arreglados, los han recogi-do ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual no han cump!idó. Todos constan en los registros de esta misma ofieina, y pasado el plazo de los espresados ocho dias, se dará c9nocimiento
de los que queden pendientes arTribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negoeios de Hacienda, respecto de los que se hallen en el primer caso, y en cuanto á los del seeegundo, espedirán los con-espondientes mandamientos de embargo.-El Administrador principal, José Maria de [caza é !turbe.
t
6a-4

e

•

Oitacion judicial.

llabiéndose presentado ante el Juzgado 2? de lnstruccion en lo civil, D. José Diaz Ma.U!f,
por su esposa D~ Cármen Madariaga, pidiendo: que con citacion de la Sra. D~ Conc.epc1~n
Cosfo, se notifique al Sr. Notario D. José Villela espida á costa del promovente, testimo!llo
de la escritura de imposicion del capital de tres mil pesos sobre la casa ~úm. 4 d~l calleJ~n
del Padre Lecuona, otorgada ante el Escribano D. José I!defonso Verd!guel á s~1s de Julio
de mil ochocientos treinta y seis¡ y que la citacion se haga_ p~r los periódico~, por ignorarse el
paradero de dicha Sra. Cosfo. El Sr. Juez, e~ auto de vem?o~o del com~nte, decretó de
conformidad, señalando el término de ocho dias para la publicac10~ del tránnte. •
.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente para los efectos legales, en Méxice, á
treinta de Abril de ¡nil ochociento~ sesenta y seis.-José Vicente Piña, Escribano público.
931-38-3

A VISOS PARTICULARES.

AL M~A~ AQUE IMPERIAL
P.AR.A 1866.

Este Almanaque es sin disputa el mejor de cuantos se han publicado en México hasta ahora. Oonsta de mas de 400 páginas de impresion limpia, hermosa y
correcta, hecha en papel de lujo, y contiene una multitud de noticias curiosas é
_interesantes, que son necesarias para muchos, y útiles para toda clase de perAVISOS JUDICIALES.
sonas . .
Almoneda judicial.
Está dividido en cinco secciones y un Apéndice.
Debiéndose proceder á la venta de la casa con su huerta y merced de agua, ubicada en el
La 1~ contiene ~otas cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas napueblo de San Angel, plazuela de los Licenciadps, que se conoce con el non1bre de su finado cionales.
dueño el Sr. Lief. D. Manuel de Zea, contra cuya testamentaría sigue actualmente autos el
La 2~ trata de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuerSr. D. Manuel Payuo, sobre ejecucion de un fallo del Exmo. Consejo; el Sr. Juez 3~ civil de
lnstruccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, por el proveido en 28 de Abril próximo pasado, po diplomático mexicano y extranjero, Casa del Emperador y de la Emperatriz,
señaló para celebrar las almonedas correspondientes los días doce y veinticinco del corriente, Secretaría privada y Ministerio de la Casa Imperial.
1
y ocho del entrante Junio, todas á las doce, y la última con calidad de remate. ,
La, seccion 3~ contiene noticias de todos los Ministerios y de las dependencias
Lo hago saber al público, para que las personas que se interesen en la compra de la mencionada finca y deseen tomar otras instrucciones referentes,)curran á la Secretarla del men- de cada uno.
La 4~ está destinada á la Gran Cancilléría y á las Ordenes Imperiales: concionado Juzgado, adonde se les ministrarán las 9,ue consten de autos¡ entendiéndose que la
venta tendrá lugar conforme á la retasa de los pentos D_.Alonso Mariscal y D. Isidoro Cha- tiene los nombres de todas las personas condeooradas con ellas, los de los mexivero, fijada en 23,799 pesos.
,
canos que tienen condecoraciones exo;anjeras, y los de los extranjeros que tienen
México, Mayo 3 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
934-3a-1
condecoraciones mexicanas.
'La seccion 5~ trata de la Prefectura del Departamento de México, de los Tri'Jiuga,d,o de letras de H1iicliapa11,.
bunales, Corporaciones y Oficinas públic_as, estab)ecimientos de enseñanza y beneficencia, etc., etc., etc.
CITACION JlJDICIAL.
El .Apéndice contiene los cambios de personal que han ocurrido en la Corte y
Huichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cálltulo Dorantes,
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quin- en el Estado, dmante la impresion del Almanaque.
ce _dias, conta~os de~de la primera_pubhcatjon de ésta, corpparezca ~or sí ó por apoderado suEl extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porque
ficientemente mstrmdo y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre no lo consienten la multitud, exten.sion y variedad de sus noticias.
pe~os, le promueve el Coronel D. Ignacio del Peral¡ apercibido de que se dará por intentada
El .Almanaque Imperial se halla 'de venta en l.11, librería de los Sres. Andrade
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno Rome10.
y 0\ Portal de .Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio,"
935-l5s-l
Bajos de San Agustin núm. 8:
Aviso Judicial.
PRECIOS.
En el juicio seguido por D. Manuel y D~ María de los Angeles Osio contra el intestado de

D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez 1&lt;! de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al rémate de la_ casa núm. 2 de la calle de Corchero, embargada al espresado intestado y valuada por el perito D. Apolonio Tellez Giron en la cantidad de siete mil quinientos
pesos (7,50Q pesos); señalándose para las almonedas los días 23 del presente y 3 y 15 del
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se intere¡;en puedan
instruirse pasando á informarse á esta Secretarla.
lléico, Abril 10 de 1866.-Joaquin Abadiano, Escribano público.
894-'9a-7

.Juzgado de letras de Temascaltepec.
En los autos seguidos por este Juzgado en el intestado del súbdito espaii.ol D. Martin Un:meta, ~l Juez que suscribe, por auto de veintidos del próximo pasado Febrero, ha mandado
se cite por el presente á los que se crean con derecho á los bienes corres.pondientes á dicho
intestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de tremta días, contados
desde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por 4.poderados instruidos y Mstantemente espensados¡ en la inteligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
t
Temascaltepec, A.bril 21 de 1866.-El Juez letrado, Manl«!l Gracida.-Asistencia Ignacio
Jfuñoz.-Asistencia, Rajad Romero.
6a-4'

I.lamam~ento de herederos.
AVISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido·
por.los alba~eas el Sr. D. Bias Pereda, ~es_idente en San_Luis Potosí, y D . .Anto~io Martinez,
vecmo de l;:mdad Fernandez, por fallecumento del súbdito aleman D. Federico Reyther ve• cino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad, en auto de 27 del actual se'cite
por los periódicos ilel Imperio ~ D. Andrés Reyther Y.á D~ ~arla 4-D-a Angela Hegue;, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó panentes mmediatos del testador vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo .Á.rnesverguen de los ~stado~ de A1ema~a, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
del perentono térmmo de un ~o, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por sí ó por med10 de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tengan á los bienes que se hallan en depósito, pertenecientes á la tes.tamentarla del espresad~ D
Federico Reyther; bajo el apercibimiento de que si no lo verifican les parará el pe1juroio á
. que hubiere lugar y se ap_lic_arán dichos bienes al objet~ que deten:une la ley. Y para que lo
m~n~ado te~ga su cumplmuento, pongo ~l prese~te aviso en la ciudad de Rioverde, á los
v~mt~ocho ?1as del ID:es de Octubre d~ mil ochoc1en~os sesenta y cinco, que firmé con los de
llll asistencia, con qmenes doy fe.-Fmnado.-Domingo Uthurri-Asistencia Gil Mendez Asistencia, J. Blas Oribe.
~Oa- 52 ·

A 1a rústica. . . . . • . . . . . • . 2 pesos cada ejemplar.
Empastado á la holandesa. 3 ,,
,,
,,
.V'ina de ..VÍU•tra &amp;iíora del Re"l''U/IW, ( a) lo• 7.'rolftpillo8,

'

en Pucluua.

El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y anté sí, ser dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio ( ~) los Tl:ompillos, haciendo mérito de una
sentencia judicial que noha causado ejecutoria. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en pingun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco precavidas, que confiadas en las seguridades que se atreve á estampar en su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresadas.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favorable á los derechos de J&lt;uertes, protestamos á nombre de todos los interesados en
la espresada mina, que no reconocemos los derechos que se alegan¡ que todos los contratos
que se celebren bajo este concepto, los consideraremos ahora y en todo tiempo nulos y de
~n¡p1;n valor, hasta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de quién está la
JUStlClll.
,
,
México, á 25 de Atril de 1866.- Junta menor directiva, L. Benito Muriel.-R. Cancino.Bartolomé de B6"Des.
917-6a-5

TOd,LLd. DE VENlJS,
EFECTOS DE PERFUMERU. DE LAS MElORES FABRICAS DE PARIS.

En la tlapalena de los Vena,d,os, situada. en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de recibir otro,
magnífico, de perfumería, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.- Estr~tos
de esencias superiores.-Agua de Colonia legítima.--Aéeites para el pelo.-Jabones superiores y de familia.- Polvos de amv·root, arroz y haba.-Elíxires y polvos pata la dentadura.Vinagre de gen-seng para el uso esterno de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de,Vénus.Vinagre aromático y de c?lor.-Los mentados jabones de lechuga y contemporáneo, etc., etc.

....,__

'

T~dos estos efectos son de clase suprema, y sin embargo se venderán sumap:¡ente baratos,
haciendo á los consumidores que t-omen por docenas de ellos, una rebaja importante todavía
sobre los precios á que se nienu,dean.
20a-2sm-=-20

DIVERSIONES PUBLICAS.
D01ninga 6 de Mayo.

Citacion.
Tribunal de 1~ instancia.-2~ Sala.-Por el presente, y en cumplimiento de lo mandado
por esta 2~ Sala del Tribunal de 1~ instancia del Depa~erito del Valle de México, cito y
emplazo á D. José María Arteaga para que en el té~o de ocho dias, contados desde hoy
comparezca ante dicho Tribunal á hacer el reconocimiento de una firma puesta en un docu:
mento presentado por parte de D. Inés Marin, ~n el juicio que sigue contra el citado Sr. Arteaga sobre pesos.
.
México, Mayo 1~ de 1866.-Estéban Tomás Casas, Escribano público.
932-3s-3

N otifieacion.
A es~rito presentado por el Lic. D. Prota:iio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos eJecutivos que este señor seguia contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos. y en cuyo escrito pide el promovente se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre haciéndose la
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. juez proveyó el
auto que á la letra dice: ·
'.'~éxico, Abrl_l 25 de _1866.-Como lo pide. Ha~iendo la publicacion por ocho dias en el
·Diano de{ lmpe;10 Y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3~ de lnstruccion de lo civil, Lic. D. Cristóbal P?ulet y M1er, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Migud F. Guerra,-Escribano Se-'
cretano."
.
Y para hacer sabe~ lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon., publico
el pres~nte, qu? surtirá sus efectos legales.
.
México, Abnl de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
923-81!-6

,

TEATRO IMPERIAL.
En la tarde, á las cuatro en punto, la compañia dramática del Teatro Principal poadrá en
escena las zarzuelas intituladas: La isla de San Balandran y La cota del diablo.

TEATRO PRINCIPAL.
CO)IPAÑJA Dll:AMATICA.

En la noche, á la hora de costumbre, se pone én escena la comedia dividida. en tres actos,
que se intitula: El suplicio de una mujer, y en seguida la otra en un acto, denominada: Para
mentir, las mujeres.

TEÁ.'TRO DE ITURBIDE.
COJ\IPAÑIA IIRA!IIATICA.

A las cuatro en punto de la tarde se representarán las comedias denominadas: En la eara
est{i la edad, y Cuidado con los sombreros; en seguida la pieza que se intitula: El amor y el almtlef'%o, y por conclusion se. bailará el baile inglés.
En la noche, á la hora de costumbre, Ja comedia en tres actos, denominada: La tertulia de
conft.anza; en seguida otra en un acto1 1P1fit se intitul~ El smigo ik c01fftaua, y por último, se
bailará un paso á cualro.
•
•

1'1Ell(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.
/

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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DEL

EL ·

IIPEBII
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Los númerOll sueltos valen 12 centavos. ·
TOMO

S'IJ'MAB.10.'
PARTE OFICIAL.-Carta del Emperador sobre recompensas y ascensos militares.-De·
creto indultando á un sentenciado.
.
PARTE NO OFICIAL.-Observaciones mcteorol6gicas.-Aguardiente, pulque y azúcar.
-Corte Marcial de Tula.-Correspondencia para el exterior.
•
Noticias extranjeras:

PARTE OFit;IA.L.
Palacio de México, á 7 de Mayo d11 1866.

r

•

NUM. 405

MEXl()O.-·Lunes 7 de Mayo de 1S66.

III.

....

La gerarquía militar CO?'.llprenderá:
Soldado de 2~ clase,
Soldado de 1~ clase,
Cabo,
Sapgento 2?,
Sargento l?,
Ayudante,
\
Subteniente 6' Alférez,
Teniente,
Capitan,
.
Capitan Ayudante mayor,
Comandante,
....,
Teniente CoroneL
Córonel,
. .
Genetal de Brigada,
"
General de Brigada con mando, _
General de Division,
General de Division con mando.
Nadie podrá ser nombrado SRrgento si no sabe leer, _escribir
y contar, y ademas las obligaci-bnes del arma en q~e _sirve:
El ascenso ·al empleo de Oficial se dará por elecc.ion entre
los Sargentos 1.0 ª y Ayudantes. Bn los Cuerpos facultativos habrá que sujetarse á previo exámen.
.
Desde el empleó de Subten;.ente al de Cómandante, las vacantes se proveerán por ipitad al turno de antigüedad, y la otra
mitad al tmno de eleccion, siguiendo este sistema de un modo
invariable.
·
.·
·
Desde el empleo de Teniente Coronel hasta el de General de
Division, todos los ascensos se darán por eleccion.
·
Para obtener el empleo al ascenso supe1i.or será preciso h3:
ber desempeñado dmante tres años el infe1i.or, á menos que circunstancias extraordinarias de guerra hagan v~ar e~ta·disposicion.
La antigüedad se hará constar -en el escalafon del_Ejército. '
Los grados sin goce del emplo efectivo no se conferirán en .
· adelante.
.
La profunda expeii.encia de los vocales del Consejo pii.vado
Nos son una garantía de que el.Reglamento que les está encomendado, f!aldrá digno de los prowesos del siglo, y dará los mejores resultados para el bien del Ejército.
;
'
Reéibid
las segmidades. de la beri~volencia de
.
VuestrQ afectísimo

Mi querido Ayudante Ui'aga;
Para lleva1· á cabo la reorganizacion de Nuesv:o bizarro
Ejército, que cuenta con excelentes elementos, Queremos que
Nuestro Consejo privado de Asuntos militares, prosiguiendo su
tarea con el mismo celo y acierto, redacte reglamentos pormenorizados para·la concesion de recompensas honoríficas y los as:censos, conforme á las·bases que vamos á bosquejar.
Las recompensas honoríficas serán:
· .
l? La inencion honorífica en la Orden general del Ejército.
2? La Medalla del M&lt;irito Militar.
3? La C111z de Guadalupe.
4? La Cruz ael Aguila Mexicana. .
.
Para merecer la mencion honorifica en la Orden general
del Ejército, se necesitará. una accion distinguida a.l frente del
enemigo, debidamente justifica~a por declar~cion del _Co~andante de la columna, y cierto numero de testigos que fiJare1s;
Haber salvado la vida á un General 6 haber tomado up.a bandera 6 ca.ñon al enemigo, 6 por fin, haber ·recibido 'una herida
grave marchando sobre el enemigo.
La Medalla del 'Mérito Militar se obtendrá por cierto número
de años de servicios sin nota alguna en la hoja de ellos, 6 ha~er_
obtenido una mencion honorífica en la Orden general del EJército. . ··
.
,
.
La·Cruz de Guadalupe se dará po'r un número mayor de
años de servicios sin nota, prestados en circunstanoias penosas y
· difíciles, por haber ofüenido mencion honorífic~ en la Orden general del Ejército, 6 por haberse señalado vanas veces por su
valor.
.
La Cruz del Aguila Mexicana'se obtendrá á lo menos á los
20 años de servicios sin nota, prestados en circunstancias peligrosas y con· tal que el agraciado esté ya condecorado con la
Cruz de Guadalupe, por haber prestado un, servicio eminente á
la Nacion 6 al So~erano, 6 por haber mereci~o p_or tres veces
mencion honorífica en la Orden general del EJérc1to.
Las condiciones que. deberán concUITi.r para obtener ascenso
en las Ordenes de Guadalupe 6 del águila Mexicana, fuera q.e
las acciones de guerra ó de eminentes· servi~ios prestados al E_stado, deberán ser las siguientes:
Para obtener la condecorn.Qion de Oficial, será menester portar desde hace tres años la de Caballero, y ser Capitan 6 asimilado. ·
Para ser Comencladór será preciso llevar dos años la de O:fi-_
cial de la misma Orden y ser Gefe del Ejército 6 'asimilado..
Para pretender la Cru'z de Gran Oficial será menester haber
sido dos años Comendador y tener el empleo de General 6 asimil~do.
Para obtener la GraR Cruz será necesario haber sido tres
anos Gran Oficial y tener el empleo de General 6 asimil~do.
Pasemos ahora al sistema de ascensos.
Las bases para este poderoso elemento de emulacion; serán
las siguientes:
•

l

M.AXIMILI.ANO.

MAXIMILIANO, EMPERADOR

DE

•
HEMOS venido en decr~tar lo siguiente:

MEXICO:

Se indulta al reo Emigdio Reyes de la pena capital á que le s~ntenci6· la
Corte Marcial de Guadalajara, por el delito de r~bo, conmutándole aquella pe·
na en la de diez afios de presidio.
·
Nuestro Ministro de· Guerra queda encargado de la ejecucion del;presente
decreto.
Dado en México, á 27 de Abril de 1866.

MAXIMILIA.NO,

Por el Emperador,
El Ministro de Guerra,

JOSB

MARIA

G.A.RCI.A.,

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.~b~mtati:out1l ~tttaift,gita~..kttbj . ,n . llt _~~tutla _ltttptrial dt flliua~
EN EL l\{.ES DE ThICIEMBRE DE 1865
BAROl\'.IETRO,

DÍAS

HpRAS,

DE

Term.
libre.

OBSERVAC. ·

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Di! 2.

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58 856 13
58 602 19 5
58. 623 18 5
58 872 16 2
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58 902 14 2
58 724 19.
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58 764 15 8
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58 506 17.
58 557 . 14 6
58 480 19 5
58 425 17 2
58 683 15 4
58 476 1í) 5
58 465 18
58 933 15 8
58 668 20
58 623 18
58 902 14 2
58 700 19 5
58 806 16 5
58 958 13 8
58 816 18 2
58 724 16 8
58 922 . lB 5
58 801 18 9
59 034 16 5
58 902 12 7
58 746 18 9
58 729 16. 9
59 065 14
58 851 19 8
59 055 17 _5

HI.GROMETRO.

Temp. Punto Ten. del
Patron. Máxim. Mínima. ambient
derocfo. • vapor.
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:Patron. M;áxim. Mínima. ambient de rocío. vapor.
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Sereno.
El N. del h. y el Z. sereno, ~n lo demas Ou.
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S ereno.•
Cir-Cu. en todo el cielo.
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Cir-.St. en el O. y N. del h. lo demas sereno.
6 2
Cu y St. en el li.. el Z. sereno.
6 5
En el h. alga, Cu. el Z . se;reno .
5
5 1 .Alga. Cu: en el h. el Z. aereno.
sereno.
6 2 Calma. en todo el h. el
4 7 ·Sereno.
·
·
· . ,; ·
6 3 En el h . alga. St. en el Z. Cir- St. .
6 8 El S. y O. del h. sereno, en lo demat Cu. r. Cir-C•· '•: · - ·,' '
algs. Cir-Ou,
·
5 8 Cu en todp el h. en el
.Abunda. Cu. y Ou-St. e:r;1. to&lt;io el cielo..
5
7 4 En el h. a1 s. Cu. y Cit. el.z; ~e~Q.
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5 4 Ou. y Cir- u. en t.odo el cielo~
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5 _7 Cu. St. Cu- St. y eir - St. en todo ~ eifl0¡,
Sereno.
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4 4 Cu. en el h. el Z. aereno.
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5 2 · Ca. St. y Cu - St. en el h. ~ Z. set~Sereno.
.
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Cu. en. el h . alga. Cir. ~ el z.
5
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7 5 .Algs. St. en el h. el Z. sereno.
. ·
7 1 Sereno.
5 7 - Ou. -en el h.' el Z. aei;eno.
sereno.
6 2 Ou- St. ·en el h.·d
6 1 Cu. en todo el cielo,
4, 4 En el Z. alga. Cir. en ~ h. Ou.
6 3 .Al S. del h. alga. St. lo d~mas sereno.
6 04 Ou. y Oír - Ou. en el h. el Z,. éereno.
5 4 .Alga. Cu. y .Ciz-9u. en el·h. el Z. a.-eno,._
5 4 Ou. y Cu - St,. en el h. el Z. sereno.. •
Sereno.
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:5 3 .Alga. Ou. en e:1 h. el Z. s.ereno.
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4 7 Sereno.
5 4 Sereno.
4 2 .Alga. Cu. y Cix - Ou. en e~ h. el Z. ~eno.
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4 3 S er eno.

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Las obaervaciones del actinómetro se
han hecho á. las 7, f:! y 9 de la noche.

Vaior medio d e la presion ~tmosfétjca en el pr!)BeQte mel\- ••••••••••••••••••·
Temperatura média en grados centígr~os .............•.•.•.• - ,•• - •••••••

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Oir, Oii:rus, n11b~ blQi;Uqu\scp, p~eei.q,s,s á lailana ea,rdl\da, y ~biea ~g_qnas veces~ 1-e. bar.bae... de una. plum!!,,
Cir-Cu. O_irro-ChÚn~ol!, ,r6Ul}Í()ll, de ~.eégieñ.., nubei ~d.qnda.a. ~mejantell ~ la lapa, y que. cÚ-1;1,do s~ d-ejon ver·e.e dice q~~ está el ci~o abou~ado. St. S~~ib ca~. d&amp; nubei,. h~~ontalea qµe BEl observ:a.l) ql po:qer,e el sol, Ou-Si.
Cumulo Str~t\18, UlUI, reunioade 0\1,Jill-W.111! d.~ lll!llt y a p p ~ Oir-St. Qino-Strátus, fo~ de naj:}flli! JUl,l'eJ:ida á loa
Oirrus, ½&gt;ero que se d~n4P8JI. QD•,qllt están fei:ma&lt;las
fi~éat&lt;la maa delg_adoa.y ~ rauúficadt&gt;t'I (se.gun A. p.¡ey)·
Nim. ~imb~.ó nuhea ~• ~via no tievq fonpa part~ukr...f ll9lo se l~,-~istin~e p~ lilJl colo'-~u~t'.er4'le,

NoT.A..-0reo conveniente explicar las abrevµi.tura.s que s.e encuentran en la columna del estado del &lt;1ielo, y son
las siguientes: ~- h. Ou. Oir. Oir-Cu, St. Cu-St. y Oir-St y Nim. La, Z. quiere decir Z enit;.lugar mas alta- del cielo
qu~ se encu entra directamente sobre nue¡¡tra~ cabezas. La h. significa horizonte, que es el círculo que limita nuestra
vista y en donde el cielo parece unirse con la tier1·A;· este es el horizonte sen sible. Las abreviaturas Cu-Cir. Cir-Ou.
St. Ou-St. Cir--St y Nim, corresponden á. la figura d e las nubel:'I , segun la nome nclatura establecida por :E(oward en
1802, que ea la que s;gue: Ou. Cumulos, nubes ll,~red_ondadali que 110 asem eJan á montañas colocadas unas sobr e otra.a.

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TERMO METROS.

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fijo.
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15º5 14o7 59 039
20 5 20 .2 58 8-06
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15 8 15 2 58 933
58 765
20 8 20 i
18 3 18 05 58 7&amp;0 .
r47 58 912
15
19 4 19 1 58 785
17 7 17 1 58 999
15 2 14 4 58. 882
19 1 18 8 58 775
18 05 17 2: 58 872
14 5 · 13 8 59 049
19 5 19 · 1 58 877
17 5 17 2 58 836
16 9 15' 8 58 958
21 4 20 8 58 755
18 3 18 05 58 689
16 8 ·15 8. 58 901
58 '653
20 8 2(j 2
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EL DIAR!O DEL IMPERIO.
Aguardiente, pulque y azúcar.

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.Administracion principal de rentas ·del Departamento del Valle de Mé~co,
llayo 3 de 1866.-Para regularizar el despacho que s.e hace en las garitas y en
esta .Aduana por intreducciones de aguardieD:te de caña, ó de pulque :y azúcar
del país, ha dispuesto el Supremo Gobierno, en órflen de 30 de .Abril anterior,
por el Ministerib de Hacienda, se observen· l~s disposiciones sigizjentes, que se
publican para conocimiento del comercio. .
·
1~ Se·hace extensivo al aguardiente de caña y demas licores del país, el plazo
de quince dias útiles á los cargamentos de tránsito que nó puedan continuar su
,marcha, para qu.e permanezcan depositados en las .A.dUánas respectivas sin causar el derecho de almacenaje, segun dispone la, órden circular de 18 de Mayo
de 1864.
,
· .
2~ Los quince días útiles deberán considerarse, excluy~ndo los feriados, el de
la introduccion y el de ·l a salida, sin adeudar el derecho de almacenaje, el cual SQ
causará en el caso de que se conserven mas tiempo los·licores en el depósito, y
solo por los días de exceso, liquidánclose al .respecto de -seis y· cuarto centavos
diarios por cada barril comun de ocho jai:ras y por ocho arrobas de peso si se
,presentan en cajas.
.
3~ En la garita de entrada declarará el introductor ó dueño si la carga ha
de seguir conpinuando su escala, el todo ó parte· de ella, ó no. En el primer caso, previo reconocimiento, se pondrá razon en la misma guía firmada por
el gefe de lá. 'garita, y de ésta se podrá llevar el dueño ó consignatario la carga
á su casa, previa fianza de acreditar la salida de ella -á su destino y el pago del
derecho de almacenaje si se causare·. Si no otorga la fianza, se conduch-á la carga á la .Aduana para que se almacene. .A los cincuenta di~s, contados desde la
entrada en la. garita, si no se ~an pagado los derechos ó acreditado la salida de
la carga, ya no habrá lugar á la escala, cobrándose .todos los derechos que se
hayan causado. Si la carga, no obstante que la guía designe pun!os de escala,
no ha de continuar ésta sino qt:ie ha de consumirse en la .Aduana de esta capital,
así lo declarará el conductor 6 _(lueño, pudiéndos¡i llevar la carga á su casa, previa fianza y obligaci9n de ocurrir á la oficina. al siguiente día, sin necesidad de
estacion, á pagar los derechos y rec_oger su fi31!Za y tornaguía. Si no ocurre y
da lugar. á providencias coercitivas, ya no se le admitirá la fianza para lo sucesivo y se despachará la carga en la .Aduana.
·
·
·
4~ Si un cargamento de aguardiente fuere declarado en la garita de entrada
· por el conductor ó dueño, para que siga -los pimtos de su escala, y despueá se
pidiere adeudar en la .Aduana, se procederá á la Hquidacion de almacenaje, en
., el caso ·de que ~e haya causado, considerando ocho días útiles, excluyendo los
feriados, el de la introducciQn y el de la salida, sin almacenaje, pero caTgando
éste á los demas días del depósito, pues los quince días &lt;;oncedidos sin almacenaje se concretan á los cargamentos que positivamente verifican su marcha á
los puntos de escala, y no á los que adeudan en la .Aduana.
5~ El consignátario ó ·dueño, al pedir el despacho de la guía de escala para
9.ue siga su marcha, ~rtificará en papel blanco, dirigiéndolo á la .Aduana, que
Jo contenido va por su c~enta, sin haber verificado ninguna venta en esta capital, expresando los nombres, apellidos y vecindád de la persona á quien consigna la carga y del arriera ó conductor; y si éste J:Jal~ á buscar compradores por
cuenta del consignatario de la guía del punto de partiaa, por cuyo motivo no se
puede ~esignar persona á quien se remite, así se expresará. Con preeencia de
esta certificacion se habilitarán las guías, expresando en ellas las circunstancias
referidas; y el .Administrador que h'aga este _despacho, lo avisará por oficio dirigido por el coneo al del punto donde va guiada la carga, para 11us opernciones.
6~ Todas las anteriores disposiciones se aplicarán en sus casos á las guías de
azúcar que se han de escalar, pues .respecto de aquellas que no hagan uso de la
escala, se cobrarán los derechos' en la garita: el mismo dia de la entrada.-El
.Administrador principal, Ignacio de la Barrera.
.

...

'

.

Corte Marcial de T~la.

,Prefectura polítrca del Departamento del Valle de México.~"!~ Division nµlitar territorial.-Destacamento de Tula.-Serie anual 14.-Serie general 14.Corte Marciat-MAXIMILIANO, por la gracia de ·rnos y la voluntad nacional,
' Emperador de México, á todos los presente~ y ve~deros, s~l~d:-La C_ort~ Marcial del Departamento de Tula, correspondiente a la 1~ DIVIs10n terntonal, ha
pronunciado la sentencia siguiente:
.
"Hoy,. treinta de .Abril de mil ochocientos sesenta· y. seis, la Corte Marcial
del Departamento de Tula, oido al Comisurio relator en sus peticiones y conclu-.
. siones, ha declarado: l ? Que elllamado Toribio Trejo no es culpable del hecho que
se le imputa de h1rac'cion del art. 6 del decreto ~e 3 de Octubre del-.añ? próximo pasado, como mcidente sacado del proceso num. 14, y con anter1ondad definitivamente sentenciado. 2?. Que los indicios por los cuale11 se procedió en su
contra, han quedado destruidos con las pruebas rendidas, · haciéndose en consecuencia. marcable la inculpabilidad del acusa'do Trejo. 3\ Que no es de tomarse en
consideracion la pena que el Comisario Relator pide contra D. Miguel Trejo y,
Gregorio :Montalvo, por no existir prueba de crímen ni delito, ni mérito para pérseguirlñs.-En consecuencia, la Corte, ·por la misma unanimidad de.votos, manda
que el llamado Toribio Trejo sea puesto inmediatamente en.libertad, si no estuviere detenido por otro delito.-El año de 1866, el dia 30 de Abril, se leyó la
presente sentencia absolutoria por mí, el Escribano que abajo firma, al llamado
Toribio Trejo, quedando en ab'soluta libertad en el acto.-El .Aetuario, Octaviano
Ledesma.-Una l'Úbrica.-El Comisario relator, Bartolomé Diaz de Leon.- Una
rúbrica.....:..Es copia que certifico.-11Iayo 1?· de 1866.-El Secretario general dé
la Prefectura, José J. Zúñiga."
· Es copia. México, .Mayo 5 de 1866.-El ·secretario general de la Prefectura,
Oárlos füvala.

Noticias de Europa y los. E.stados•lJnidos.
Antes de ayer por la mafíana lleg6 á Veracruz el vapor am_ericano Manhattan,
y en él han venido los pasajeros del JTeracruz que se perd16- ~r. la costa de la
Carolina del Norte. Las noticias de Europa y los Estados-Umdos constan eµ
el siguiente parte telegrá-fico:
•
Nueva-York, 25 de Abril de 1866.

La cuestion de las pesquerías del bacalao se complica, cada vez mas, y en vista del envío de bhques de guerra americanos é ingleses á las eostas de Terranova, a.e considera difícil una solucion pacífica de la cuestion.
.
. ,
Mr. Stephens, gef!) de los fenianos de Irlanda, ha llegado de mcógruto a
Nueva-York, despues de algqnos dias de permanencia en Paria.
·
Los fenianos siguen haciendo esfoerzos para invadir el Canadá; pero el Gobierno de los Estados-Unidos, en vista de bis reiteradas protestas del Ministro
inglés, ha mandado' al General Meade á la frontera con un Cuerpo de observa- .
cion, y ha dictado algunas otras medidas preventiv_ás.-Se asegura qu~ la Cámara ha señalado para su claúsura los pnmeros d1as del mes de Juruo.-Los
vapores ' 'England" y "Virginia," procedentes de Europa con emigrados, ~an sido condenados á una rigurosa cuarentena á su llegada á este puerto en días pasadosr por haberse presentado muchos casos de cólera á bordo durante la travesía de los cuales mas de ciento han causado la muerte.-Desde su ~legada
hasta' la fecha se han presenutdo algu~os casos JI(a,s, :&gt;: la Comision de sal~brida~
pública está adoptando todas las medidas que estan a su. alcance para 1mpeml"
que la poblacion se contagie.
,
. .
.
Han llegado aj.gunos otros vapores· de Europa, pero no han. temdo mn~:s
novedad. Las noticias de Elll'opa alcanzan hasta -el 11 de .A.bril.-La cuestion
alemana continuaba casi en el mismo estado.
El Gobierno de Pi:usia babia- prohibido la exportacion de caballos.-Se asegura que el Embajador de Italia en Berlín ha escrito á su Gobierno que creía que,
la guerra era ineyitable.-El Conde Walderseé de Prusia fué arrestado en Fraga como espía de su Gobiemo, habiéndole encontrado un pland de fortificaciones a.e 1A ciudad.-Se decia que !ifr. de Bismark tomaria represalia.s con los súbditos austriacos.-No se había podido arreglar aún la cuestion de los Principados, y se ignora cuándo volverá á reunirse la Confere~cia europea.

AVISOS OFICIALES.
Becaudacioti principal de Contribucio~ies directas
DEL DEPARTA.MENTO DEL VALLE DE JIIEXICO.

En todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo terci•
de las contribuciones siguientes:
.
.
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.'
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de ídem sobre establecimientos industriales.
Cont1:ibucion impuesta á-las fábricas de hilados y tejidos de algodon, lana, lino y las de papef.
.
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos; en el cóncept9, que pasado el referido plazo, se procederá ejecutivamente contra los causantes morosos, para hacer efectivo el
pago de SUB adeudos, inclusos los recargos en que incurran, conforme á las leyes de la materia•.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana:
México, Mayo l\' de 1866.-El Recaudador prineipal del Departamento, .Francisco Diaz
Montaña.
Ss-3 ,

AVISos · JUDICIAL.ES.
Tribunal Jriercantil de ~Hajuaio.
Guanajuato, 30 de Abril de 1866.-Este Tribunal, en los autos seguidos por la quiebra deD. Luis Manriquez, con feeha de hoy ha proveido el siguiente:
•
"Guanajuato, SO qe Abril de 1866.-Vistas las constancias de estos autos, y apareciendo de
ellas que D. Luis Manriquez ha suspendido el pago de SUB obligaciones líquidas y cumplidas,
se le declara en ei¡tado de quiebra, segun lo prevenido en el art. 759 del Código de Comercio
vigente, cuya época es de contarse desde esta fecha, á reserva de lo que despues aparezca:
procédase al aseguramiento de todos los-bienes, libros y papeles del deudor, así como ála detencion de su correspondencia, ~:~u!º que se librará el respectivo oficio á la Administracion
de correos:. se nombra síndito a · 'strad?r á D. ~uan _Casillas, y judii;ial al Lic. D. Ignlfcio
Alcázar, fiJándose á ios acreedores el térnnno de diez d1as para qu~ presenten al síndico ad-ministrador los justificantes de sus ctéditos, haciéndose las notificaciones en los términos que
previene el a¡t. 813 del Código mercantil: publíquesé la quiebra conforme á lo dispuesto en el
art. 794 del proJ?iO Código, y f6!ll1ese el espe~iente de calificacion d~ la quiebra, haciéndose
saber á los síndicos sus respectivos nombraill!entos. Así lo mandaron y fumaron los señores,
Presidente y colegas del Tribunal Me,rcantil: doy fe, como tambien de que los señores que
forman dicho Tribunal, son el Lic. D. J osé. lt{aría Chico, D. José &lt;:}~adalupe lbargüeugoitia
y D. Pantaleon Parres.-José María Clnco.-J. G. Ib11,rg1lengoitia.-P. Parns.- Mi!!Utl
Herrera." -Por tlnfermedad del Sr. Secretario,_Migiul Herrera, Escribano de diligencias"'del
Tribunal. 3a-l

Citacion judicial.

1

. En la demanda que D. Julian Maldonado intenta poner á :Q. José Carranza, sobre devolucion de un caballo, á peticion del actcr ha mandado el Sr. Juez 2\' de Instruccion, Lic. 1);
Mig,uel Rendon Peniche, se cite por los perió,dicos al méncionado D. José Carranza á contes-tar esa demanda; ayercibido que de no comparecer por sí 6 por apoderado instruido y espensado, con dicho obJeto, dentro del término de·ocho dias que al efecto se le señalan, seguirá el
juicio en su rebeldía. Lo que se le hace saber por el presente aviso; en concepto de que loo
ocho dias se contarán desde la tercera insercion de dicho aviso en los periódicos.
México, Mayo 5 de 1866.-Joaquin Gu,rnum, Escribano público.
936-3s- 1

Citacion judicial.
A solicitud de D. Jnlian Romero, se lra mandádo por el Sr. Juez ~\' de Instruccion de lo.
civil; Lic. D. Miguel Rendon Peniche, que por providencia precautoria y provisional, retenga
á disposicion del Juzgado, D. José Mruioz, de la cantidad de trescientos pesos que tiene e.D
su poder, pertenecientes á D. Francisco Muñoz, ciento cincuenta pesos, citándose á éste para,
que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, dentro de
ocho dias, contados desde la pub!icacion de este aviso; bajo el apercibÍmiei:J.to de que si no
concurre se seguirá el juicio en rebeldía.
•
•
México, Mayo 3 de 1866.-Casimiro Femandez, E scr\bano público.
937-38-1

tJorrespondencia pa1·a el Exterior.

Ju1't;ado de Instruccion de Texcoco.

Administracion general de Correos.-Aviso al público.-El dia 10 del actual,
á las cinco de la tarde, se d1¡Bpacha de esta Admiuiotracipn general para Vera.cruz, un extraordinai·io con la col'l'espondencia que ha de conduch· al extE!rior el
"Paquete frances."
·
·
Lo que se participa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.-México, Mayo 5 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.

En los autos del intestado de D. Luciano Santa Cruz, que giran en este Juzgado, se ha
prevenido que por los periódicos se convoque á las personas que se crean con derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para que se presente~ á deducirlo en el término de quince ¡Has, que comenzarán á contarse desde la primera pubbcacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, les parará el perjuicio á que hubiere lugar en
derecho. .
.
Texcoco, Abril 30 de 1866.-El Juez de ll!struccion, Mauro F. de C6rdoba. · 933-Sa-2

1'1EXl(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.

•

•

•

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                <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 405, Mayo 7</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Ascensos militares</name>
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                    <text>...

DEL
,

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

MEXl(JO.-Dartes S de ~ayo de IS66.

III..

NuM. 406

i

SU'lVIAB.10,
PARTE OFICIAL.-Medalla. del Mérito civil concedida á un correo de Yucata.n.-Cartas
de natura.lizacion á dos extranjeros.
'
•
PARTE NO OFICIAL.-Documentos para la historia.-Ley de Registro civil.-Noticias
de Querétaro.-Naufragio del va.por "Vera.cruz."
Solicitudes de privilegio.

PARTE OFlfJIAL.

- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, 6 de Mayo de 1866:

S. 'M. el Emperador, por acuerdo de 3 del actual, Ha tenid9 á bien conceder la medalla de plata. del Mérito civil á D. José Antonio Palma, correo de
Yucatan, por su her6ico comportamiento en un asalto que sufri6 de unos in·
dios sublevados, en Diciembre ctel año anterior.

. mera de las que se conservan en el Archivo nacional, es la que di6 el ~onde de
Revillagigedo (el primer Yirey de este nombre) á ~u sucesor el Marqu~s d~ las
Amarillas, y esta es la primera que_ vamos á publicar a~ora. A ella seguuán
otros documentos curiosos de la misma época, y en segmda se darán todos los
demas de la misma especie.
.
.
.
.
~- Ademas de las Insi~u~ciones que cada 1irey deJab~ al que ~e sucedía en el
mando todos ellos rec1b1an otras del Rey f1 del ConseJo de Indias. Al~unas de
ellas s~ conservan en el Archivo, son tambien interesantes, Y. las publicaremos
en esta coleécion.
, Al principio de cada ~strucci?n, 6 serie de documentos, darémos ~n~ breve
noticia biográfica del V1rey á quien se refier~n; y de este modo adqumrán los
lectores un conocimiento útil de los personaJes y de !ªs épocas. .
De estas publicaciones se tirarán aparte algunos eJemplares:,u~ie~ido las doi
de cada semana, y se venderán á im real en el despacho del Diario del Imperio."
.
.
.
Al concluirse cada tomo, se dará la portada y el índice de las materias que
contenga.

'El Secr¡¡tario encargado de la Gran Cancillería,

José JI. Gonzal.ez:

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y. MARINA.
SECCION DE C.ANCILLERIA Y CO}."T.A.BILIDAD.

..

'

México, Mayo 6 de 1866'

S. M. el Emperador, por acuerdo de fecha 2 del corriente, Ha tenido á bien
conceder carta de naturalizacion como mexic::mos, á D. Jo~é Martina y á D.
Francisco Joaquín de Coya, en vista de sus solicitudes y renuncia que hacen, el
primero de su nacionalidad italiana, y el segundo de la española.
,
El Gefe de la Seccion,

Ignacio M. de. Castillo.

PARTE NO ,OFlfJIAL.
DOCUMENTOS PARA LA HISTORIA
S. M. el Emperador se ha servido· dirigir al Exmo. Sr. Ministro de Estado
la carta siguiente:

Las riquezas que encierra el Arch:ivo general, quedan ignoradas del todo para la nacion, pues son muy pocas las personas
que pueden visitarlo y tomar conocimiento de sus manuscritos.
De consiguiente, Determinamos que en el Diario del Imperio,
dos veces por semana, ·se publiquen con toda regularidad algunas obras inéditas del .Ai·chivo general que conciernan á la Historia nacional, á la Agricultura y á la H~cienda.
Dareis, pu·es, las órdenes respectivas para que esta disposiciOJ?•
surta sus efectos á la mayor brevedad, y velareis sobre su exacto cumplimiento.-MAXIMILIANO.

.

'

11

\

En cumplimiento de esta disposicion del Soberanq, empezarémos mañana á
publicar algunos manuscritos del Archivo, destinando á este objeto una hoja
-del "Diario," dividida en páginas, para que se puedan encuadernar y.formarse
volúmenes separados del peri6dico. Dos veces cada semana haremos esto mismo,
con~orme á la 6rden de, S. M.; y esperamos que mas tarde se aum,entarán las
págmas de esta publicacion, para que corresponda al interes que no puede menos de excitar entre los amantes de nuestras fuentes hist6ricas.
Entre las mas 11otables se cuentan las ''Instrucciones reservadas de tos Vi.
reyes," y damos principio á esta publicacion con ellas. Pol' la ley 23, títul&lt;~ 3~,
libro ~? de la Recopilaciou de Indias, y por otras Reales Ordenes posteriores,
~os V1reyes de Nueva España tenian obligacion, al-concluir su encargo, de deJar escrita para sus sucesores una Iustruccion reservada que les sirviera de guía
·e~ el gobierno del país. Si todos hubieran cumplido esta obligacion, y :si existieran todas las Instrucciones de los que la cumplieron, tendríamos una abun. dante ~oleccion de documentos preciosos, en los cuales se encontraTia no solo
la relacion de los acontecimíentos mas notables de cada período vireinal, sino tambien l~ descripcion del estado en que se hallaba el país bajo el punto de vista
material, moral y político. Mas por una parte, la prevencion cay6 por.algun tiempo en desuso, y por otra no se conservan ya todas las Instrucciones de los Vireyes que las dieron. Son sin embargo muy interesantes las que eXJsten. La pri-

LeJ de Registro civil.
Publicamos en seguida el tercer artículo del Mexicano, sobre la importante
materia del Registro Civil.
"Veamos el punto de los esponsales. En el d~rec~o antigu~ flneron consid?·
rados como impedimento impediente para el matrímonw, es decir, que se oporua
á lo lícito del acto, pero que una vez celebrado no lo anulab~n. Tanto el Concilio de Trento como las leyes de Partida prevenian se cumpliese la promesa de
casarse que.envuelven los esponsales, y ann ademas de la. indemnizacion de perjuicios á que condenaban, impedían el matrimo~o con otra persona que no ~~ra
la desposada, compeliendo al que trataba de librarse de él con censura eclesiastica, como lo ordenó el Papa Alejandro IIL
"Las leyes de la No~ima R~copilacioil. v¿,ni~ron ~stableciendo_ una nov~~ad,
pues mandaron que en mngun tribunal ecles,astico ru secular pudiesen admitirse
demandas de esponsales que no estuvieran celebrados por personas habilit3:das
para contraer por sí mismas ó con autorizacion de sus ~ayores, y prometidos
por escritura pública, y que en _est,as demandas s~ procedie~e como a~unto~ puramente civiles; pero no concedió .ª los despo~ono~ el,caracter de unpe~unento
dirimente. En la marcha progresiva de la leg1slac10n s1 se nota que Pe ha ido procurandó estrechar mas y mas á los que contraen esponsales, á cumplir su palabra, hasta que el decreto de 1~ de Noviembre consumó la obra, ~eclarando_ que
el que hubiese hecho promesa de casarse otorgando sobre el particular escr1~ura
pública, no podria unirse á persona distinta de su esposa, so pena de nulidad
mientras que no se Ubre del primer compromiso.
"Esta novedad va de acuerdo con la mente y propósito del Derecho Canónico,
como se comprenderá fácilmente; pues supuesto que la Iglesia Católica mandaba
aun compeler con censura eclesiástica á los resistentes. y no podía hacer ~S? de
la coaccion civil por estar fuera de su alcance; hoy ésta le presta su auxilio, y
aun declara nulos los matrimonios celebrados con perjuicio de unos desposorios legítimos.
.
·
.
.
Los esponsa!es pueden contraerse desde la edad de S\e(e años cumplidos, con
tal que no haya entre los interesados impedim~nto dirimente y sean ratificados de una manera tácita ó expresa al llegar á la plena pubertad.
'•Se celebran no solo entre presentes, sino tambien .entre ausentes, por procurador con poder especial; pero si se le revocase el poqer antes de otorgar la es- ·
critura, será nulo lo hecho aunque ni el apoderado ni el otto contrayente tuviesen noticia de la revocacion: pueden tambien contraerse pura y simplemente ó
bajo condiciones con intervencion de arras ó sin ellas, para dia señalad'O ó sin
designacion de tiempo.
·
·
''Si dentro del término de las publicaciones Sil denuncia1·e al Oficial del Registro civil algun impedimento, lo hará constar ratificando simplemente á la persona '
que lo denunciare y remitiendo despues el expediente al tribunal de primera instancia para que califique ese derecho como corresponda; si fuere necesaria prue- ·
ba, recibirá las que estime convenientes de todos los interesados, ~o empleando
en ellQ mas que tres•dias, excepto en el caso de tenerse que ocurm fuera de la
poblacion, pues entonces concederá el plazo menor posi'ble. Recibidas las pruebas, el tribunal fallará sin mas recurso que el de responsabilidad, si existe ó no
el impedimento, haciéndolo sa\Jer á los interesados y á la oficina del Registro civil, para que en el primer caso continúe sus procedimientos y en el segundo anote
el fallo en el acta de presentacion, no debiendo ir adelante si no es previa dispensa que solo podrá otoi:gar S. Jvl·. La infraccion d~ ~ste artículo import~ nulidad de lo hecho, y pena de uno a croco años de presidio para el func1onar\o del
Registro que en ello intervenga.
"Para declarar su voluntad de casarse los esposos, se presentarán en la casa
de Ayuntamiento del municipio de cualquiera de ellos; siendo de advertir que
basta una residencia de seis meses para adquirir el derecho de vecindad. JDn el
día design3&lt;lo concurrirán acompaüados de cuatro testigo·s, y despues de dar lectura á los docu_mentos relativos, se les deberá préguntar si se toman por esposo

•

�.'

462

EL DIARIO DEL IMPERIO.

y esposa, cleclará11clolos unidos en nombre de la ley, si su respuesta es afirmativa. Este acto no produce mas que efectos civiles, y deja á los contrayentes en
libertad para cumplir con los mandatos de su religion. En el momento se extenderá 1 acta de matrimonio que tienen obligacion de firmar el Oficial del Estado
civil, los cónyuges y los cuatro testigos, pudiendo tambien hacerlo los demas
presentes si qlúeren.
· "El acta expresará lo siguiente: 1~ Los nombres, apelli4os, edades, lugares de
nacimiento y domicilio de los cónyuges. 2~ Si son mayores ó menores de edad.
3~ Los nombres, apellidos, domicilio y profesion de los padres, vivos ó difuntos.
4~ El consentimiento de los que deben prestarlo ó sus respectivas actas de defu.ncion. 5? Los avisos que se publicaron. 6~ La dcclaracion de quedar unidos los
contrayentes. 7? Los nombres, apellidos, domicilios y profesiones de los testigos,
como tambien su declaracion de si son ó no parientes de los interesados. 8? La
declaracion ele si hubo contrato anterior ante notario. ·
·
''Las omisiones ó errores pueden rectificarse á pedimento de los interesados' ó
en virtud de órden judicial. En caso de que unq de los cónyuges se negasl:l á firmar el acta, no será nulo el matrimonio, ·pues éste lo constituye la dcclaracion
hecha por el Juez de quedar unidos los interesados en nombre de la ley.
"El artículo 36 im)?one una multa de cien á mil pesos al sacerdote y todos los
que La:x:an contribuido á la celebracion de un casamiento religioso sin que previamente se exhiba el certificado de haberse verificado el contrato civil; tambien
ordena que serán reputados como concubinarios todos los matrimonios que les
falte algunos de los requisitos marcados en la ley, negándoles ademas la facultad
de producir efecto alguno civil. Dos son las objeciones que se han hecho contra
el ~ículo. Es la primera, que se convierte á los párrocos en meros ejecutores
de la ley, lo cual va en contradiccion con los cánones¡ y la segunda, que en varios puntos del Imperio no están establecidas las oficinas del Registro ci\til, ó que
aún cuando lo estén, suele suceder que los empleados de ellas se ven forzados á
abandonarlas por las peripecias de la revo!ucion, y no p~ede tener efecto la ~~.Y·
"La respuesta de estos argumentos esta en las doctrmas que he desti,rrollaB.o
en los artículos anteriores. La Iglesia está obligada á respetar las leyes del poder temporal, muc\10 mas cuando no se oponen á sus principios; pues no se debe
olvidar que es una asociacion constituida bajo la salvaguardia y apoyo de la autoridad civil, única soberana en la sociedad. Por lo que respecta á las dificultades de cumplir con el decreto de 1~ de Noviembre en ciertos puntos del Imperio,
aunque el legislador no lo expresa, es innecesario advertir que la ley nunca
castiga al impedido justamente de observarla.
"El artículo 37 se ocupa ya del divorcio, advirtiendo que nunca deja hábiles
á las personas para contraer nuevo enlace mientras viva alguno de los divorciados. Las causas para la separacion son las mismas que hasta hoy han estado
vigentes entre nosotros, por cuyo motivo no nos detenemos á especificarlas.
"La autoridad ante quien se ha de &lt;;icurrir es el Tribtmal de primera instancia que deberá conocer enjuicio sumario, quedando á la parte agraviada dos recursos de apelacion y súplica expeditos contra la sentencia. El Tribunal supel'ior conocerá en segunda instancia, teniendo lugar la tercera, ya seá confirmado
ó no el fallo de la primera. La accion de adulterio solo podrá _ser ejercitada
por el marido ó su mttjer. A ninguna otra persona se le concede ni aun el derecho de denuncia. Cuando la mujer intente esta accion ó la de divorcio, podrá
ser amparada por sus padres 6 abuelos.
"Los artículos 42 y 43 atribuyen al Tribunal de primera instancia el conocimiento de los juicios sobre nulidad y divorcio, _menos euando haya mediado
el Sacramento católico, en cuyo caso co1Tesponde á la autoridad eclesiástica.
Las demas cuestiones sobre alimentos, gananciales, etc., tocan siempre á los jueces civiles, con arreglo á las leyes vigentes.
«El artículo 44, último de los relativos á matrimonios, da el carácter de provisional á la ley en los puntos concernientes á este contrato, mientras se promulga el código civil, que entendemos será formado de acuerdo con los arreglos que
para esa fecha se habrán tenido con la corte de Roma.
''Concluye la ley ocupándose de las defunciones. Acerca de este particular se hacen tambien algunas novedades en el Derecho antiguo. En los dos dias siguientes
al fallecimiento, cualquiera de sus parientes ó alguna de las personas que lo hayan presenciado, harán la declaracion ante la oficina del Registro, donde se
levantará úna acta que será firmada por dos parientes, vecinos ó personas que
hubieren asistido á la defu.ncion. El acta expresará el nombre, apellido: eda~, domicilio y ptofesion del difunto y de los testigos, como tambien si el muerto era
casado, célibe ó viudo. Si el fallecimiento ocurre en los hospitales, prisiones ú
otras casas públicas, :firmarán el acta los directores ó dueños de ellas, estando
obligados á tener un registro de defunciones. El Oficial del Registro Civil enviará una copia del acta al Oficial del últjmo domicilio del muerto.
. "Estas prevenciones tienden á evitar los fraudes que antes se cometían fácilmente, p~cs con el simple dicho de cualquiera, era baatante para asentar la partida de fallecimiento sin saberse de tma manera segura quién era el sepultado.
"Las inhumaciones deberán verificarse despues de veinticuatro horas de acaecida la muerte y con autorizacion del Oficial del Estado civil, quien concederá gratuitamente la licencia. Podrá hacerse antes del término fijado por órden de lapolicía ó de acuerdo con sus reglamentos, pero previo aviso á la oficina del Registro. Si la muerte fuere violenta, se hará el entierro despues que un agente de
policía, acompañado de un médico, levante una acta de ello, que será remitida al
oficial del Estado civil, quien dará parte á la autoridad judicial. ·
"Dentro de las veinticuatro horas siguientes á la ejecucion de una sentencia
de muerte, el escribano de la causa remitirá á la oficina una razon de los dato¡;¡
necesarios para formar el acta. Así en este caso como en el de muerte violenta,
no se hará en ella mencion de estas circunstancias. Si el fallecimiento ocm-re
á bordo de un buque, se inscribirá en el diario, remitiéndose en el primer puerto
de desembarque una copia del acta al oficial del Registro ó éónsul de la nacion
del difunto.
"Los nif1os que nazcan muertos, no serán inscritos en el Registro¡ pero los padres tienen obligi,icion de declararlo á la policía.
·
.
•'Como se ve, la ley ha procurado tomar toda clase de precauciones en el punto de que venimos tratando, para evitar fraudes de graves trascendencias en la
sociedad y en las familias. Ya no se verán expuestas ambas á ser burladas, ni
tampoco dejarán de ser castigados los que lograsen, aunque con dificultad, evadir las prev~nciones del legislador.
.
".Antes de concluir, debemos llamar la atencion sobre un punto del cual no se
ocupó el decreto de 1'! de Noviembre, y que por su importancia exige, á nuestro juicio, ocuparse de él. Tal es la celebracion de matrimonios en artículo de
muerte.
"La ley siempre ha tratado de legalizar las uniones y legitimar los hijos¡ de
manera que el vacío notado en la que hoy explicamos, es contra el fin que se

•

(3~ publicacioú.)

ha propuesto. Muy conveniente, pues, seria que en el Código Civil se diesen
ciertas facultades sobre el particular á los alcaldes municipales, para que obren
en vista de la gravedad de·las circunstancias, observando siempre la mayor pru1
dencia posible.
•
,
"Üon est4 refl.exíon damos fin á la promesa hecha en nuestro pnmer articulo. Tal vez háyamos incurrido en algunos errores; pero si es así, son disculpables por ser hijos del convencimiento con que escribimos: en fin, nos_ cabe la
,satisfaccion de que en la vieja Europa se verá que México. adopta las ideas del
siglo.-Lic. Miguel F. Blanco."

Noticias de Q,ue1·éta1•0.

•

9

SOLIClITlJDES DE PRIVILEGIO

--

ANTE EL MINlSTERIO DE FOMENTO.

•

SECCION 2~

(2~ publicacion.)

México, Abril 20 de 1866.

Solicitud de D. Manuel del J:alle, pidiendo privilegio exclusivo como introductor ik
un procedimiento para hacer pan.niecánicamente, con gas y ácido carbónico en
lugar de /,evadura.
"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
seis y sesenta y siete.-México, Abril 13 de 1866.-Exmo. Sr.-Manuel del Valle, ante V. E. con el debido respeto digo: que pretendo introducir en el país un
pro~edimiento para hacer pan mecánica.mente con gas y ácido carbónico en luga1·
de levadura, como expresa la descripcion que tengo el honor de acompañar en
un pliego cerrado.-Siendo mi solicitud conforme á la ley, á V. E. suplico, que
siendo yo el primero que se presenta á pretender la introduccion de este nuevo
procedimiento para amasar y usar gas ácido carbónico en lugar de levadura, se
sirva t~nerm.e por legalmente presentadJ, y á su tiempo conce~~r~e la patente
respectiva por ocho años, con arreglo a la ley, en lo qne rec1brre grac1a.-M.
del Valle.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.''
Lo que se publica en el Diario del Impe-rio confo1:11e al artículo 14 de la ~ey
de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario intermo de Fomento, Francisco

Jimenez.

.J.imenez.
México, Marzo 17 de 1866.

Solicitud de-D. Julio .Arnaud, pidiendo privilegio exdu-sivo por la introduccion
de un nuevo método pam fundir fierro col,ado.
"Segunda clase.-S~llo 2?-Cuatro pesos.-Para lbs años de mil ochocientos
,sesenta y cuatro y sesenta y cin~o.-Imperio Mexicano:-Ministerio de ~acie~..da.-Valgo para los años de 1866 y 1867.-El Gefe !)1recto: de la Secci?n. 3.,
.Ag,ustin Tornel.-Exmo. Sr. Ministro.-El que su~cnbe, J~10 .A.rnaud,_ 0~1gmaTio de Francia, como consta por la carta de matricula adJunta, maqumista de
profesion, que vive en la calle de las Delicias núm. 2, se '1.irige á V. E. con el
,objeto de pedir patente de introduccion para ocho años por un nuevo método pa,ro. fundir fierro colado.-A.l efecto remito adjlmto un pliego cerrado con la des·eripcion del procedimiento, y ~n dibujo del aparato.-Como el buen_ éxito ~e este nuevo método ha; de produc1r buenos resultados en favor de la mdustria del
país en general, espero se servirá V. E. apreciar · debidamente mi demanda.Queda de V. E. su muy atento servidor-J. .Arnaud.-Exmo. Sr. }fü1.istro de
Fomento."
,
Lo q~ se inserta en el Diario del Itnperio,.conforme al art. 14 de la l~y de?
\de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

Naufragio del vapor "Veracruz."

.,

«E:x:mo. Sr.-German F. Pohls, ante V. E. con el debido respeto expongo:
que el ingeniero D. Alfredo No bel ha in~entado ll1:método para aplic~r ~l nitro .glycerin como agente para hacer volar piedras, penas, &amp;c., con un ex1to muy
"5uperior al que puede produ~iJ: 1~ pó.lvo_ra.-E~ ~r. Nobel de~e:i, as_egurarse las
ventajas que le debe producir su mvenc1on, solicitando del Mmtsteno de Fomento de~ Imperio Mexicano una patente para la im~ortacion y expendio exclu~ivos
en el Imperio, y eventualmente para su elaborac1on,"para ~uyo efecto. dara. s_u
poder especial ~ los Sres. Sohole Lohmann y 0\ de ~uanaJuato.-~a. llllpos1b1lidad de conchur el poder para este correo, es el motivo porque ant1c1po la presentacion de la solicitud mediante el ocurso presente, que ruego á V. E. se sirva
.admitir como presentado, á fin de que surta los efectos á que hubiere lugar.Por tanto, á V. E. suplico se sirva acceder á mi peticion, en lo que rec~b~ré gracia.-Hamburgo, Febrei:o 13 de 1866.-German Polhs.-E~o. Sr. Mm1stro de
Fomento.-México:''
Lo que se publica en el Diario del Imperio ~o~or~e al artículo 14 de la ~ey
Ae 3 de Noviembre de 1858.-Elt Subsecretario mtermo de Fomento, Francisco.

·(3~ publicacion.)

Noriega.

:enm:r:e:r-etts

México, Marzo 16 de 1866.

- Soli.ci&amp;ud que hace D. German Pohls á nombre del ingeniero D. .Alfredo Nóbel, pidiendo privilegio exclusivo por la invencion de un método para aplicar el nitro glycerin, conw 1,gente destinado á l,a, Minería.

Ministerio de Gobernacion.-"Prefectura política de Querétaro. - Subprefectura de Toliman.-Mayo 2 de 1866.~Ayer ha regresado de Alberca uno
de mis exploradores que estaba en observacion de los movimie°:tos de las c~u.smas enemigas que merodean por aquellos rumbos, y ha _ratificado la uot1C1a
de la. muerte del cabecilla Tiburcio Gutierrez y uno que lo titulaban Coronel del
Valle, asesinado por los mismos compañeros en una riña que tuvieron en Rioverde. El cabecilla Amanta, con una fuerza que se denomina ••Escuadron del
Bajío," tiene su cuartel en el rancho de la Tinaja, y á e~ta fuerza se han incorporado los soldados de Tiburcio Gutierrez: siguen cometiendo sus excesos de cos. tumbre, y algunas avanzadas han llegado al rancho del Chupadero, camino para este rumbo.-Lo que me honro en participar á vd. para el superior conocimiento de Su Señoría, á quien se dignará manifestar para su satisfaccion, que estas poblaciones están dispuestas á defender sus vidas é intereses y el honor del
Gobierno de S. 11.-Dios guarde á vd. muchos años.-El Subprefecto J . .Antonio M. Velazquez.-Seqor Secretario gen.eral de la Prefectura del Departamento de Querétaro.-Es copia. Querétaro, Mayo 4 de 1866.-El Secretario general, J . .Antonio Septien."
Es copia. México, Mayo 7 de 1866.-El Subsecretario de GoberJ1acion, J.

menez.

AVISOS OFICIALES.
MINISTERIO DE ESTADO.
AUDIENCIAS l\DNISTERfALES,

f .

463

EL DIARIO DEL IMPERIO.

J

Hé aquí lo que dice sobre esto·una correspondencia de Nueva-York: .
"Lo~ pasajeros dormían profundamente, cuando á eso de la una y med1~ dela
madrugada oyeron un ruido tremendo como si fuese causa~o por la explos1on de·
la má_quinü¡ y en este concepto, creyeudo llegado su ~ltimo mo~etl.to, echaron
á buscar los medios de salvarse, olvidando cuanto poseíttn, en medio de la mayor
confusion. Lo primerd que picieron fué _salir_ sobre cubierta en do~de el de~ór;
d,en no. era menor; unos corrían en unl!, d1recc1on, otros en otra, nadie obedec1a .ª
• nadie, ningun subalterno reconocia á su superior, y por todas p_artes se repet1a
el grito de "¡sálvese quien pueda!" La noche estaba clara mien~as tan_to; el
cielo estrellado, y las olas que reventaban ·al chocar cont1:a los arre~ifes, ~e~aban
ver su espuma de nieve á una distancia de mas ele una i_n1lla: El plloto, naJO-Cllyo cuidado estaba la guardia, daba gritos desaforado~ a gmsa de órJcnes que
ninguno obedecía. El buqu~ se Labia varado, se hae1a pedazos sobre un banco
sacudido por las mareas, las olas y las corrientes, hasta que abriéndoselo roturas por todas partes, penetró el agua, que inutilizó la_máquina apagando los fogones, é hizo saltar por el aire la chimenea este cambio brusco de temperatura.
''El Capitan, que se levantó al ruido no sabi~ndo dónde se hallaba, trató de
formarse una idea del estado de cosas por lo que veia á su alrededor; y persuadido de que no había remedio, procedió á dictar las medidas que creyó oportunas para salvar á los pasajeros. Dispuso que se uniese la embarcacion con la
playa por medio de una cuerda; por l:¡. que los botes iban y venían á tierra. desembarcando pasajeros y equipajes, con tanta lentitud, que á las diez del dia la
operacion no había terminado.
•
"La costa, que se veia á corta distancia, era la isla Bo~y, l~ngua ~e tierra que
se extiende tres millas al Norte de la ensenada Oregon, a tremta millas del cabo Hateras Al encontrarse los pasajeros con sus equipajes, tuvo lugar otra escena indescribible; maletas cuyas cerraduras habían sido forzadas, otras cortadas
medio á medio y bauks hechos pedazos; y en todos casos el contenido valioso
de esos bultos había desaparcci~o: algunos de lo~ pasajeros perdieron h~sta tres
mil pesos, y el que menos y mas afortunado, tema que lamentar la pérdida completa de su ropa de uso. . .
·
.
:
''Desde el.sitio del naufragio hasta Nueva-York, los pasaJeros tuvieron que
ha-cer un viaje de ocho dias, que les ha costitdo inmensas molestias y cuantiosos
gastos, cubiertos en parte por la Compañía.''

.

-Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen 6rden que. exige la. e~pedicion de los negocios de las Secretarias, del De~pach?,. ha ac?rd:ido el ConseJo de Ministros'
con autedzacion de S. M. el Emperador, las disposiciones s1gu1entes:
_
1~ El Ministro de Estado dará audiencia diaria de diez á once d? la manana.
_
El de Negocios Estranjeros, los lúnes, miércoles y sábados, de diez á once de la manana
El de Gobemacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
El de Justicia, los lúnes, miércoles y viémes, d~ tres á-cuatro de la tru:de.
.
El de Instnlccion pública y Cultos, los mártes, Juéve.s y sábados, de diez y media á doce
de la mañana.
·
El de Guerra, los lúnes, miércoles y viémes, de doce á una de la tarde.
'El de Fomento todos los dias, de las dos á 18'! tres de la tarde.
.
· El Subsecretario de Hacienda, los mártes, jué~es y domingos, de las doce ~ la ?D:ª d_el d1a
Las personas serán recibidas en el 6rden con que se hayan presentado, sm d1stmmon de
tango.
.
2~ El que quisiere ser oido en audiencia particular,
~eberá ped'rr1a por med'10 d.e una ?squela, indicando el asunto. Si no concurri!lre con exactitud á la hora que se le hubiere des1gnado, no se le recibirá.
.
d" • á
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se mgrr n a1
Oficial de partes.
•
. .
4~ Se recomienda á las personas que concurran á la &amp;ud1enc1a, que sean breves en la espo.
, sicion de sus negocios.
.
. .
.
5~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ru tratan en su hab1tac1on los nego90s
o'ñciales.
..
d
d G b·
6'; A fin de estirpar la costumbre tan :eerniciosa al bue_n serv1c1? co~o a1 ecoro e1 o 1erno, con que se molesta y ofende á los Mmistros, ya moviéndoles mflOJOS para ~l despach? de
1os negocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á _lo_s mte.
resados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra f~lta, y qll:e S. M. ha p_roh1b1do _esprésamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar mgerenc1a en negocios estranos
.á. su ramo.
•
·7~ Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los Ministerios.
México, 8 de Agosto de 1865.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
B.E:MA.TES.
El dia 18 el.el actual se procederá, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley ~e 26 de
Febrero de 1865, á la almoneda de la casa ubicada en Celaya, núm. 21, calle del Molino, valuada en($ 3,363 78 cs.) tres mil trescientos sesenta y tres pesos setenta y ocho cent~vos.
Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta
-oficina á las nueve de la mañana del dia citado.
México, M11yo i&lt;.&gt; de 1866.
4a-1
El día 21 del actual se procederá, con arre~lo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de.
'Febrero de 1865, á la almoneda de la casa ubicada en Oajaca, en la calle qe la Cochera del
Santísimo, cuartel l?, manzana 36, valuada en($ 1,382 62½ cs.) mil trescientos ochenta y dos
,pesos sesenta y dos y medio centavos. Lo que se participa al público, para que las personas
que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia citado á las nueve de la mañana.
México, Mayo 1&lt;.&gt; de 1866.
5a-1
El día 9 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicada
en Oajaca, eri el cuartel 4&lt;.&gt;, manzana 17, calle de San Antonio, valuada en ($144) ciento cuarenta y cuatro peR-Os, cuya almoneda se verificará con arreglo á los artículos 24, 25 y ?:l de la
1ey de 26 de Febrero de 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Abril 20 de 1866.
· 3a-3
El dia 15 del entrante Mayo, á las nueve de la IIU\ñana, se procederá al de la casa y solar,
manzana 35, cuartel 4&lt;.&gt;, calle del Desastre, en Oajaca, valuada en ($115 50 cs.) ciento quince

sos cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y ?:l de la ley de '26 de Febrero
ªee 1865. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocur3a
ran á esta oficina el día y hora citados.
3
México, Abril 23 de 1866.
0

-

El dia 16 dlll entrante Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa ubicad&amp;)
en Oajaca, en el cuartel 4?,. manzana 1~, cálle _del Soplo ~(un. 2, valuada en ($ 495 37~ cs._
cuatrocientos noventa y cmco pesos tremta y siete y medio centavos, con arreglo á los artí1u
los 24 25 y ?:l de la ley de 26 de Febrero de 1865.ILo que se participa al público, para que as
perso¿as que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y liora_ citados.
México Abril 26 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez !J
3a-3
N,avarro. '

A.DMI:NISTB.AC:ION GENEB.A.:L DE C:OB.B,EOS.
.A.VISO .A.L PUBLICO.

El dia 10 del actual, á las cinco de la tarde, se despa~ha de esta Administ:acion ge~eral
para Veracrnz, un estraordinario ,con la corre~poodenc1a que ~a .de conducir al es tenor el
" Paquete frances." Lo que se participa al público para su coµocumento y efectos correspondi
i:!~1~o, Mayo 5 de 1866.-El Administrador general, Lius de la Peza.
2s-l

MO:NTE DE PIEDAD.
Manuel de los Cobos, Juez interino del departamento de ventas, Y Juan Estanislao Mo.nterde, Interventor del mismo, participan al público que el l(mes (14) _catorce _del que cursa
recomenzará ·el remate de la ropa empeñada en el ~es de Octubr~ del ano anten~r.
Las persol\as interesadas en ella, pueden ocurro con oporturudad á desempenarla 6 á P .
6enciar su venta; en concepto que ésta principiará á las doce en punto, con la concurrencia
que hubiere.
, é y. í
México, Mayo 7 de 1&amp;65. - Manuel de l-os Cobos. - Por el Sr. Interventor, JOS ar 11
Mdlet.-V&lt;.&gt; B&lt;.&gt; Lazpita.
3a-1
'
Juzgado de letras de Jll.Eorelos.
Auto citando á D. Nicolás Perez.-En el espediente que se sigue en este Juzgado C?ntra el

J uez de paz de Cuahuistla por responsabilidad, he proveido un auto que,á la .letra dice:
"Moreios, Abril 10 de 1866.-Por cuanto aparece que se ignora la actual residencia de _D.
Nicolás Perez, cítesele l'ºr medio del Diario ofic)al del Im~rio! para que dentro del térmmo
de quinc.i dias perentonos, contados desde la pn?Jera pub1icac1on, se _presente ~n es~e Juzgado; apercibido de que si no. lo verifica, se detenmnará en esta c~usa s11;1 su au&lt;µe~cia lo que
corresponda. El Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro, Juez de 1! mstanc!a del D~tnto, q~e aotúo por receptoria á falta de Secretario, lo mandé f firmé. Doy fe.-Diaz Barreiro.-Asistencia, A. Mortno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de'lo mandado y para 911e sm:ta los e~ectos legales,, PºI!go el presente
en Cuautla de Morelos, á diez y ocho de Abril de mil ochocientos sesenta y seJS.-El Juez de
6a-4
1! instancia del Distrito, Diaz Barreiro.

d.dministracion de rentas de Chalco.
.

.A.VISO.

Se participa al público, para que las personas que quieran hacer pos~ura concurran á e~ta
AdminiBtracion el dia 15 del entrante Setiembre, á las nueve de la mauana, en que. s~ v~rificará el remate del rancho conocido con el nombre del "Jardín," ubicado ~~_la mumc1pa~dad .
de Ozumba, de es?' jurisdiccion, éon arreglo á lo acordado por el Sr. Admm~tra~or ~e ~1enes
nacionalizados en 5 del presente Abril, y val~ado en ($ 6,6~ 42 cs.) seis mil se1s~1entos
treinta y cinco pesos cuarenta y dos centavos; siendo de advertir á las personas que se mteresen á dicho rancho, que al Erario solo reconoce esta finca 3,800 pesos, y que hab!á ª?eID; s
g_ue garantizar á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante á qmen JUBti que ser el dueño.
•
. .
.
Chalco, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Vtctonano Carrillo. lQa-4

6

Escicelas gratuitas.
Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de ~~6.-Núm. 865.-La
Comision de Instruccion pública, con feclía ·10 del corriente ha participado al Sr. ~calde
municipal, que segun lo dispuesto por el Exmo'. Ayuntamiento, han quedado est!\blec1das y
abiertas para el público tres escuelas gratuitas para niños pobres, de las cuatro acordadas por
la misma corporacion; la primera en la _calle de la Concé'pcion-~úm. 9, la segunda en la ca~e
de Muñoz núm. 3, y la tercera en la Rmconada de San Sebast1an. Lo que por 6rden dehm.smo Sr. Alcalde se pone en conocimient.o del público, á fin dé que los padres de familia que
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establecimientos mencionados.-El Secretario
del Exmo. Ayuntanuento, Luis G. Paswr.
6a-6
IMPOB.'l'A.NTE.
Corte Marcial de México.-Siendo de·interes averiguar el paradero del súbdito americano
Tomás Smith para una diligencia judicial, con motivo del asalto y robo que sufrió cerca de la
garita de Vallejo la noche del.18 de EnérQ último, y teniendo noticia de que este individuo
es transeunte, por el presente se escita á las anUlridades de los lugares por donde pueda encontrarse, se sirvan notificar de arraigo á Smith, dando aviso á esta Corte Mru:ci.al, situada en
el Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea examinado.
México, Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Mtmuel Riego.
l~a-7
A.dministracion principal de rentas de México.

.e

REM.A.'rE DE UN.A. FINO.A..

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, ha sido ?mbargada p~r,
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la calle de Santa Clara, apreciada en_ su últ1-.
ma traslacion de domi~o en diez y seis mil pesos; fijándose para las almonedas los d1as 20 y
30 del actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que. la vltima es con calidad de remate, el
cual tendrá, lugar en el despacho de esta oficina, á las 610s de la tarde: lo que se hace saber
al público, para que las personas que quisieren hacer postura, 1a hagan acompañando sus'respectivos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion principal de rentas. México, Abril 13 de 1866.-J. de la Barrera. 6a-6

A.dministracion principal de la renta del l'apel sellado
EN EL DEPARTAJIIENTO DEL VALLE DE MEXICO.

México, Abril 18 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en,auprema 6rdEl.n fecha 15 del corriente, que ias Administraciones de esta renta procedan á hacer
efectivo el cobro de las cantidades que se deban al 'fesoro Imperial, con arreglo_ á la ley de
14 de Febrero de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos &lt;¡.ne previene el artículo 18 de la diversa ley fecha 20 de _Enero de 1837, sobre _facultad coacti,:a. .
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema d1spos1cion su debido cumplimiento; pero considerando qué entre las muchas personas á quienes '
comprende, puede haber algunas que por causas involuntarias D:º haya0; ~currido á terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este aviso para que las que qmerau evitarse n~evas contestaciones y alm mayores gastos, ocurran á verificarlo dentro del plazo de ocho d1as, contados
desde la fecha de su publicacion.
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor part~ ~e los corredores de esta plaza,~ quienes por no haberlos.encontrado en sus casas los com1s1onados. de esta
oficina, les han deJado el recado correspond1eme, no han presentado .hasta ahora los libros d~
su giro, y otros aunque los han presentado, al ver que.no e_staban arreglados, los han recoirdo ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual no han cumplido. Todos constan en lo~ r_eg1stros de esta misma oficina, y pasado el plazo de los espresados ocho días, se dará conocmnento
de los que queden pendientes al Tribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negocios de Hacienda, respecto de los que se hallen _en el primer caso, y en cuan~o. á los del ~
segundo, espedirán los correspondientes mandamientos de embargo.-El Admm1Strador principal, José María de [caza é lt11rbe.
6a-5

..

�•
í

EL DIARIO DEL IMPERIO.

464

Becaudtuion principal de ContrilJIUione, d:wectm

11'otificacion.

DEL DEPARTAMÉNTO DEL VALLE DÍ: MEXICO.

A !lScrito presentado por el Lic. D. Prota~io P_erez de Tagle, como here?ero del Sr. Coro1;1el
D. Mariano Perez de Tagle, en los aut_os eJ~Cuhvos que este señor se~a ~ntra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago dé tres mil y,p1co de pesos, y en cuyo escntó pide el 1;1romovente se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á qujen ocurre, haciéndose la
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
auto que á la letra dice:
·
"México, Abril 25 do 1866.-Como lo pide. Haciendo la puhlicacion por ocho días en el
-Diario del Imperio y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Insti-uccion"Cl.e lo civil, Lic. J?:Crist6bal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poukt.-Mi~ F. Guerra, Escnbano Secretatio."
.
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico
el presente, que surtirá sus efectos legales.
•
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Esoribai;io público.
923-Ss- 7

En todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio

ce las contribuciones siguientes:

Cuatrp al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
, Derecho de patenté sobre giros mercantiles.
· Idem d~, idem sobre establecimientós industriales.
Contribücion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de alg&lt;!don, lana, lino y las de papel.
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el refeñdo plazo, se procederá ejecutivamente contra los causantes morosos, para hacer efectivo el
pago de sus adeudos, inclusos los recargos en que incurran, cónforme á las leyes de la materia.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
.
México, Mayo l? de 1866.-EI Recaudador principal del Departamento, Framisco Diar.
Montaño.
·
Ss-4 ·

AVISOS PARTICULARES.

AVISOS JUDICIALES.
,Juzgado segundo de primera instancia de Orizava.
AVISO.

Por auto de esta fecha, el Sr. Juez 2? de 1~ instancia de esta ciudad, Lic. D. Manuel José
de Urrieta, ha dispuesto se cite por medio de los periódicos á D. Rafael Rivera, para que en
el término de diez dias comparezca á contestar la acusacion criminal que por injurias graves le
tiene promovida el Sr. Adniinisttador de rentas D. Domingo Villaverde; con apercibimiento
de que si así no lo verificase, se procederá á lo que haya lugar en derecho.
Orizava, Mayo 4 de 1866.-Pedro Paz, Escribano público.
Ss-l

- - -- - - - - - - - -- - -- - - - - - ----'--- - - - - - - ,Juzgado tercero civil de Jnstruccion.
Palacio de Justicia.-El Sr. Jnpz 3~ civil de Insb:uccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier,
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene mandado se cite por los periódicos á D.
Juan Lorenzana, para, que dentro- de ocho dias precisos se presente á contestar la demanda
que en juicio. verbal, sobre pesos, le promueve D. Lnis Moral.i¡ apercibido de darse por contestada en su rebeldía.
México :Mayo 7 de 1866.-Lic. José .Mariano .Moya de Contreras, Escribano púbico.
939-Ss-l

Citacion judicial.
. En la demanda que D. Julian Maldonado intenta poner á D. José Carranza, sobre devolnc1on de un caballo, á peticion del actc;r ha mandado el Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D.
• Miguel Rendon Peniéhe, se cite por los periódicos al mencionado D. José Carranza ácontestar esa demanda; ª.Percibido que de no comparecer por si 6 por apoder.ado instruido y espen~a~~• con dicho obJeto, dentro del término de ocho dias que al efecto se le señalan, seguil"á el
JlllC10 ~n su rebeldía. Lo que se le hace saber por el presente aviso; en concepto de que los
ocho d!as se contarán desde la tercera insercion de dicho aviso en los periódicos.
Mé:1;1co, Mayo 5 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público.
936-3s-2

C'itacion judiciat
A solicitud de D. Julian Romero, se ha mandado por el Sr. Juez 2? de Instruccion de lo
ci~ Li~..D. Miguel Rendon Peniche, que por providencia precaut&lt;]ria y provisional, retenga
á dispos1c1on del Juzgado, D. José Muñoz, de la cantidad de trescientos pesos que tiene en
au poder, pertenecientes á J:?. Francisco Muñoz, ciento cincuenta pesos, citándose á éste para
que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, dentro de
ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que si no
concurre se seguirá el juicio en rebeldía.
México, Mayo 3 de 1866.-Casimiro l'ernandez, Escribano público,
937-3s-2

- · - - - - -- - Almoneda judicial.
Debiéndose proceder á la venta de la casa con su huerta y merced ile agua, ubicada en el
pueblo de San Angel, plazuela de los Licenciados, que se conoce con el nombre de su finado
ilueño el Sr. Lic. D. Manuel de Zea, contra cuya testamentana sigue actualmente autos el
$r. D. ~anuel_Payno, ~obre ejecuc\on de~ failo del E~o. Coi¡sejo; el S~. Juez 3? civil de
Instrucc1on, Lic. lJ. Cnst6bal Poulet y Mier, por el proveido en ~ de Abril próximo pasado,
señaló para celebrar las almonedas coITespondientes 1os días doce y veinticinco del corriente,
y ocho·del entrante Junio, todas á las doce, y la últúna con caliilad de reµiate. ,
Lo hago saber al público, para que las personas que se interesen en la compra de la mencionada linea y deseen tomar otras instrucciones xeferente$, ocurran á fa Secretarla del mencionado Juzgado, adonde se les ministrarán las que consten de autos; entendiéndose que la
venta tendrá lugar confbrme á la retasa de los peritos D. Alonso Mariscal y D. Isidoro Chavero, nJada en 23,799 pesos.
•
•
.
México, Mayo 3 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
934-3a- 2

.. .

Ju%glÜlo tü letras de Huicliapan .
CITACION JUDfCIAL.

B'.uichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cá¡¡tulo Dorantes,
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quince días, contados desde la primera publicacion de ésta, comparezca J?Or sí 6 por apoderado suficientemente instruido y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre
pesos, le promueve el Coronel D. Ignacio del 'Peral; apercibido de que se dará por intentada
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno R01ñero.
.
935-15s-2

COMPilUA PRMLEGIADA

PJI.Bd E.!l.BBIC.!l.B _HIELO.
Como representante de la Sc,ciedad anónima, que está debidamente autorizada por el privilegio esclusivo concedido el 18 de Setiembre último conforme á la ley, para importar aparato&amp;
para producir hielo, tengo el honor de avisar al público que én el mes de Junio próximo se
abrirá en esta ciudad un espendio de hielo por mayor y menor, á precios. inferiores á los a~
tuales, y que estoy autorizado, para establecer esta mejora en otras poblaciones, á fu:atar con la&amp;
personas que presenten garantías é informes á satisfaccion de la Junta directiva de la empresa.
•
·
Puede ocurrirse al local de la Compañía, Plazuela del Salto del Agua núm. 1, de nueve ~
once de la mañana.- Jul. Hottrcade, representante de la O~
938-16a-2sm-1
MI~d DE NlfESTBd SEÑOBd DEL BEPlfGIO
EN GU.A.NAJUATO.

Habién.dose puesto en productos la mina de Nuestra Señora del Refugio, aviada por D.
Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros.
aviados y encargado de la tesoreiía, convoca á los poseedorns actuales de las banas aviadas,
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por si 6,
por persona debida¡:nente autorizada, y exhibiendo el título ó documento que compruebe su
actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su calificacion.
•
Guanajuato, calle deBelen núm. 33, Abri18d~ 1866.-Juande D. Salgado. 899-30a-8

AVISO.
En la tlapaleria de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido 1Ul surtido de
p~pel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el que se dará al precio desde 3 basta 5 reales
pieza.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á precios sumamente cómodos.
En la ºmisma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-6

COMPAÑ.IA DE COLONIZACION ASIATICA
ESTABLECIDA EN mxrco
POR DECRETO IMPERIAL DE 10 DE DICIEMBRE DE 1865.
SUSCRICION ABIERTA EL 8 DE MARZO DE 1866,

En la Direccwn G=al, calle de las Éscak1'illas núm. 17, y en el Banco de L6ndres,
México y _Sud América, calle de Capuchinas.
BANQUEROS DE LA Co11IPAÑÍA.

~ Barr~u Por_bes ?I ~P~ .

_ .

l Batu;ode '1:.oudres, M~xacoy Sud dméf'ica

&amp; publicará oportunametite lo, nombres de los Agentes
en lo$ ]Jepartamentos.
·

0

Uapital Social $ 2.000,000

1

Representado por A0,000 acciones de á S 100 cada un'a, pagaderas por cuartas partes,á
saber:
En el acto de suscribirse-_ - ____ - _. _. _. _. 25 por 100
A los seis meses-- .. , ____ ---·---·_____ __ 25 ,, ,,
·A los doce meses- -- - --- - --. - - ---- --- - -- 25 ,, ,,
A los diez y ocho meses _____ • __ ____ . __ . . 25 ,, .,
Al efectnar este último entero, se entregarán la aaio11 ó título definitivo, recogiendo los
certificados provisionales, conforme al art. 11 de los Estatutos,
Se recomienda al público la lectura del art. 56 de los Estatutos, por el que vendrá en cono-cimiento de la preferencia concedida á los dccio'llitJtas en el traspaso de las contratall'
á la llegada de los trabajadores. En el mismo artículo se dice: "En, el caso que se presente'II
varios accionistas solicitadores, se les cederán las contratas, segun el número de 6rde1i de s-us tít►
los, y 'á razon. de un trabajador por cada dos acciones."
Todo lo que se pone en conocimiento del público, de órden del Consejo dé AdÍninistracion;
en la inteligencia de que la suscicion se cerrará precisamente el, d~ 30 de Abril.

CONSEJO DE ADMINISTRACION.
,Juzgado de letras de 'l'emascaltepec.
PRESlDENTE.-El SeñOT Co11de del Valle de Orizava, - Gran Cliambelan de ,S. M. la Empe,11'.En los .autos seguidos por este Juzgado en el intestado del súbdito espaií.ol D. Martin Un,
zue~, el Juez que suscribe, por auto de veintidos del próXimo pasado Febrero, ha mandado triz, propietario.
Sr. D. Andrés "PizaT&lt;To, ex:Presidente del Se11ailo, propietario.
~e cite por el presente inos que se crean con.derecho á los bienes correspondientes á dicho
Sr. D. Nicolás Poliako?!its, Secretario de la Int&amp;ndtncia de la Lista Ciml.
mtestado, ya como hered~ros, ya como acreed_ores, para que dentro de treinta dias, contados •
Sr. D. Miguel Ctn!antes, Chambelan del Emperador,propietario.
desde la fe~ha de_est~~s.o.,, se present~n ante ~l á d.educirlo, por _sí 6 por apoderados inBtruiSr. D. Luis Barreiro, RegidlJ'r y propietario.
dos y bastii.ntemenfe espensaaos; en la mteligencia de que les parará el perJuicio á que haya
Sr. D. Manuel Valay. Abogado y propietario.
lugar en de¡echo si no lo verifican.
SECRETARto.-Sr. D. Santiago Lolm, comercia!IÜ de la casa F. A. Lohse é Hijos.
Temascaltepec, Abril 21 de 1866.-El Juez letrado, Manuel G1-acida.-Asistencia Ignacio
Muñoz.-Asistencia, Rafael Rimwro.
6a-5'
NOTA.-Los trabajadores vienen contrntados por diez años, ganando euatro pesos mensuales 1
mantencion, y se les darán dlJs 1fiudas de ropa anuales.
·
Llamamiento de herederos.
En virtud d? arreglos hechos con anticipacion por la Direc!!ion General, llegarán y se repartirán los p¡:nl.1.eros colonos, antes de pagarse el segundo plazo. Por lo tanto, las personas que
AVISO• .
En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido quisieren contratar trabajadores, plleden desde ahora inscribirse en la
por _los albaceas el Sr. D. Blas Pereda, residen~ en San Luis Potosí y D. Antonio Martinez
Direccion General, calle de las :Escalerillas núm. 17.
vecmo de Ciudad '.Fernandez, por fallecimiento del súbdito ~leman D. Federico Reyther ve'.
861-30s-12
cino que fué de e¡¡ta ciudad, he mandado ·por mi autoridad en auto de 27 del actual se'cite
por los periódicos del Imperio ~ D. Andrés Reyther l'..á m Ml,\.11a Ana Angela Hegue~, padres
del espresado ~r. ~eyther, ó bien sus hermanos 6 pan.entes inmediatos del testador, vecinos
DIVERSIONES PUBLICAS.
de una pequena ciudad llamad3: Callenahat1 perteneciente al cfr(;ll].o gubernativo Arnesverguen.de los ~stado~ de Alemarua, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
TE.A.'l'RO DE ITlJRIHDE.
del pe¡entono térmmo de un ~ño, que s~ contará desile la primera publicacion de este aviso,
«e presente!1 por sí ó por medio de ápoderado, á este Juzgado, á deducir e. derecho que tenCOMPAÑIA DRAJIUTICA:
gan á _los bienes que ~e hallan ~n.d~pósito, perten~cientes á 1~ tes.tamentapa del espresado D.
En la n~che de hoy, á la hora de costumbre, se_pone en escena la comedia dividida en-~
Fedenc~ Reyther; baJo el apel:c1b1m1ento de qno s1 no lo verifican les párará el perjuicio á
que hubiere lugary se ap_lit;ar~ dichos bieJ).es al obje«! que dete~e la ley, Y para que lo actos é intitulada: Otro gallo le cantara, y en seguida la otra nueva, en un acto, que se mü·
m~~ado te~ga su cumpllinie,ntó1_pong\&gt; el present¡l. aV1so en la ciudad de Rioverde, á los tuJ.a: La tapa de cuello.
v~m~ocho ~1as del ~es de Óctubre d? mil ochocientos s~enta y c;;tco, que firmé con los de
1111 as}\lf.enc1a, con qmenes doy fe.-Firmado.-llomingo 17thurri"-Asistencia Gil .Mendez Asistencia, J. Bias Oribe.
6~a-53 ·
MEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

~.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>..

EL

· ·,-IIPERIO

-DIARIO
•

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

MEXIOO.-lffiéreoles 9 de Mayo de 1S66.

NuM. 407

WMañana no se publicará el DIARIO por ser dia de fiesta.

Secretaría privada del Emperador.-Direccion militar.-Núm. 2071.___:Palacio de México, á 6 de Mayo de 1866.-Exmo. Sr. Ministro:-Tengo la honSVMAIUO,
ra de poner en el superior conocimiento de V. E., en contestacion á su nota
P~TE OFIC~.-Decreto sobre la moneda del Imperio.-Prefecto 'de Aguascalientes número 2890, relativa á la consulta que hace V. E. sobre los despachos del
aTemente de Ingerueros.-Subteniente _de idem, y Guarda de 2~ clase.-Médico adjunto d~ Cuerpo de Sanidad militar, que -S. M. el Emperador Ha tenido á bien dispol . c1ase.-Despacbos del Cuerpo de Sarudad militar.
PARTE NO orICIAL.- D ~e del Valle.-Ferrocarril de Chalco.-El viaducto de ner se suspendan respecto de ellos los efectos de la circular del Ministerio de
Hetlac.-Estadística de GuanaJuato (continúa.)
Hacienda, de 14 del pr6ximo pasado, hasta que se les expidan los despachos
que definitivamente deben tener, sirviéndoles entretanto las 6rdenes que hoy
Solicitud de privilegio.
tienen del Mini~terio del digno cargo de V. E.
J.wcibid, Señor Ministro, las seguridades de mi alta consideracion.-De órden del Emperador, el Subsecretario de Marina, director de los asuntos militares, L. nét-royat.-Exmo. Sr. Ministro de Guerra.''
PARTE OFICJIAL.
Son copias. México, Mayo 8 de 1866 ..

MAXIMILIANO,

'

,

EMPERADOR DE MEXICO:

El General, Subsecretario de Guerra,

Atendiendo á la convenienc~a de que todas las operaciones relativas á lamoneda que se labre en el Impeno reconozcan un solo centro para que su direccion tenga la uniformidad debida;
'
Oido Nuestro Consejo de Ministros,
HEMOS decretado lo siguiente:
Artículo único. Estando al cargo de Nuestro Ministerio de Hacienda cuidar
de la a~uñacioo, peso, ti_po y ley ~e 1~ moneda, segun Nuestro decreto de 10
de Ab~1l de. 1.865! que fiJa las atribuciones de los Departamentos Ministeriales,
el prop1? M1mste~o entenderá en todos los puntos é incidentes que ocurran acer·
~ de .dichos particulares, 3:1í como en los qu~ se habían sefialado á Nuestro Mimster10 ele Estado por el diverso decreto de 1a mi~ma fer.ha sobre moneda.
Nuestro Ministerio de Hacienda queda encargado de 1~ ejecucion de este
decreto.
Dado en México, á 25 de Abril de 1866.
MAXIMILIANO.
Por el Emperador,

José María V, de la Cadena.

PARTE NO OFIUIAL.
Desagiie del Valle.
CONVOCATORIA.

Ministerio de Fomento.-Estando decretado se proceda á. la ejecucion del desagüe directo del Valle de México, se convoca por la presente á. todos los que
deseen hacer proposiciones. para la apertum del Tunel que irá de Zumpango al
rio Tequisquiac; en el concepto de que en este Ministerio se darán las instrucciones necesarias, y de que dichas proposiciones solo se recibirán hasta el día
25 del presente.
México, Mayo 8 de 1866.-Por 6rden de S. E.-El Subsecretario de fomento, Francisco Jimenee.

El Presidente del Ministerio,
encargado de los negocios de Hacienda,

J. M. DE LACUNZA.

Ferrocarril de México á Clhalco.
COMPAÑIA MEXICANA,

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION

1~

Noticia del mollimiento de pasajeros habido entre México y Milcoac y pu11ws intermedios
la semana del 30 de Abril al 6 de Mayo.

Pasajeros.

México, Mayo 4 de 1866.

S. M. el Emperador Ha tenido á bien expedir el acuerdo siguiente:
"En atencion á las circunstancias que cancurren en el General D. Manuel
Arteaga, HEMOS tenido á bieu nombrarlo Prefecto ,iolítico del Departamento
de Aguascalientes."
Lo que comunico á V. S. para su inteligencia, previniéndole que desde luego se presente á tomar posesion del cargo qué S. M. le confia.-lll Ministro
de Gobernaciou, 8Al'fAZ4R lLARREGur.-Sr. General D. Manuel Arteaga.
Es copia. México, Mayo 4 de 1866.

De 1~ clase ....................... . 9,009
Abonados ....... ...... ...... . ..... .
55
De 2~ clase .................. r .... . 21,396
Abonados ........ ......... ..... . .. .
95
Po_r bultos ........................ .
Sumas. . . . . . . . . . 30,554

Productos.

$ 1,320
177
1,395
162
2

37½
00
62~
00
25

$ 3,057 25

México, Mayo 8 de 1866.-Arbeu y Socios.

El Subsecretario de Gobemacion,

----•----

Joaquin Noriega.

MINISTERIO DE GUERRA.
3~ DIRECCION,
México, 8 de Mayo de 1866.

. S. M. el _Emperador, por de.creto de. 80 de Abril pr6ximo pasado, se Ha serVldo conferir el empleo de Temente de mgenieros á D. Víctor Mattute de Castel.
S. M. el Emperador, por decreto de 5 del actual, se Ha servido conferir el
empleo de Subteniente de ingenieros, á D. Ricardo Erb, y de guarda de 2~ clase de la misma arma á D. ,Fernando Kosak y á D. Luis Gomez.
6~

DIRECCION.

S. M. el Emperador, con fecha 6 del corriente, Ha conferido el empleo de
Médico adjunto de primera clase del Cuerpo Médico-Militar, al Profesor de Medicina y Cirugía D. Manuel T. Gonzalez.

El Viaducto de Metla~.
Publicamos nuevos pormenores sobre la inauguracion de esta obra, tomándolos del Orieaveiio.
'
"A las doce del dia del jueves 26 del actual faé colocada la primera piedra
del Puente de Metlac, en medio de la mas grande alegría. En aquellos momentos solemnes, las mas grandes esperanzas se notaron en todos los concurrentes,
al pensar que esa obra maestra va á. dar lugar al término feliz del ferrocarril que
ha de unir esta ciudad al puerto de Veracruz. Las generaciones venideras recordarán con orgullo que bajo la proteccion del ilustre Monarca que hoy dirige
al país por el sendero de su engrandecimiento, se llevó á. cabo una obra grandiosa, que contribuirá para su cóm¡Ieto restablecimiento.
"La compañía inglesa. contara tambien con la admiracion general, porque comprendiendo su mision, ha sabido de una manera. loable corresponder á las miras
de Maximiliano I, y á. las esperanzas de todos los mexicanos. Adelante, p11es,
para que bien pronto esa obra colosal tenga su término.
11
S. M. la Emperatriz Carlota faé la que se dignó apadrinar el acto solemne
de la colo~cion de la primera piedra; y como no le fué posible pasar personalmente á esa ceremonia, di6 facultad para que el Sr. Barron lo hiciera á su nombre. El vapor en que este individuo venia de Europa naufragó, aunque segun
sabemos, todos los pasajeros se salvaron; y habiendo tenido noticia de ello S. M.,
se dignó otorgar ese honor al Sr. Coronel OlJoqui, Subprefecto del Distrito.

�\

466

.,

.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

"El Sr. ]'.j, Antonio Escandan hizo conocer al Sr. Olloqui esa soberana resolucion en los momentos solemnes de la ceremonia, y su señoría manifestó su gratitud en los términos siguientes:
"Sr. Escandon:-Tengo á un alto honor el desempeñar la comision que S.M.,
mi augusta ama, ha tenido la gran bondad de confiarme para que pong:1 la primera piedra de ~n viaducto que por ~u grand~za hará época en los fastos de la
historia de México. Yo estoy seguro que lo gigantesco del monumento corresponde á la elevacion de la augusta persona que. se ha dignado apadrinarlo."
"Antes de colocar la piedra que es el principio de la obra de que nos ocupamos, Mr. Lloyd entregó al Señor Subprefecto los instrumentos con que debia
efectuarlo. Al recibirlos dicho señor ~ubprefecto, dijo:
"Señor Director en gefe del ferrocarril Imperial Mexicano, Mr. Lloyd:-Recibo con agrado de manos de vd. los instrum;intos con los cuales voy á .colocar la
primera piedra de una obra sin igual en todo el continente de América. México
debe estremecerse de placer al ver en su senq una maravilla que solo la constancia proverbial y el saber del gran~e pueblo inglés es capaz de llevar á su térmi
no. Yo doy las gracias como mexicano á la ilustre Compañía inglesa por sus esfuerzos, que verán coronados con la admiracion del mundo y la gratitud de la
nacion mexicana.
"El glorioso nombre que lleva el viaducto de S. M. el Emperador Maximiliano, recordará á las generaciones venideras sus beneficios, y la gran sabiduría
de su Gobiern_o. ¡¡Gloria eterna á nuestros muy amados Soberanos!!"

\

D. Marcelino Rocha............. .
,, Miguel Alaman.......•.... . ..
,, Manuel Echeverría... ........ .
,, Manuel Ajuria............... .
,, Mariano Robles.•... .. .... .. ..
,, Maca.río Morales...... ....... .
,, Nicanor Herrera............. .
,, Néstor Hernandez .........• ...
,, Pablo Gonzalez Montes ....•...
,, Pedro Ajuria .... .... .. . ..... .
,, Pedro Jimenez .......... .. .. .
,, Pedro Ibargüengoitia. .. .. . .. . .
,, Pantaleon Parres . ........ .. . .
,, Rafael Madrid............... .
,, Ramon Herrera.............. .
,, Tomás Chavez .............. .
,, Vicente Ciro Patiño . ......... .
,, Vicente Mean.a ...........•...

Propietario.
Minero.
Comerciante.
Minero.

"
Empleado.
Abogado.

" minero y. comerciante.
Abogado,
Abogado.
Comerciante.
Propietario.
"
Beneficiador
de metales.
Empleado.•
Médico.
Abogado.
Perito de minas.

SrTUACION LOCAL.-Guanajnato, capital del Departamento de su nombre, está
situado á 94 leguas N. O. de la del Imperio, y bajo los 21° lat. N., 1° 49' long.
O. del meridiano de México.
NIVEL.-Su altura sobre el nivel del mar, es de 1.020 toesas; la de la plaza
mayor, de 2.084 metros sobre el mismo nivel; y la de la boca-mina de Valenciana, de 2.313 metros.
ESTADISTICA DEL DEPART~~ENTO DE GUANAJUATO,
ÜRIGEN DE I,A POBLACION y FUNDACION DE LA CIUDAD.-Guanajuato, habiFORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO, tado por las tribus errantes, conocidas en los primeros tiempos de la dominacion
española con el nombre genérico de chichimecas (dice el Diccionario de historia
.E11 cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5~ de los tra11sitorios de la ley
y de geografia, tomo 3?, pág. 708, edicion de 1853), no cobró alguna importande 3 de Mano del propio año.
•
cia hasta que el descubrhniento de las minas atrajo la poblacion á fijarse en las
(CONTINUA,)
montañas de la cordillera: entonces el país, sujeto á la audiencia de México, reDiputacion de Minería.-:-Presidente, Sr. D. Vicente Meana; Diputado menos cibió un alcalde mayor que fué á residirá Celaya,.y se nombraron subdelegados
antiguo, D. Luis Obregon; primer sustituto, D. Ignacio María Alcacer; segun- para otros lugares, cuyas atribuciones casi estaban reducidas á recoger el tributo
de los indios. Al hacerse la division de la Nueva España en Intendencias, Guado, D. Luis G. Rcinoso; tercero, D. Domingo Soto; cuarto, D. Manuel Ajuria.
najuato, que babia ya cobrado gran impor-tancia, fué declarado una de ellas, y la
Administracion ile rentas.-Sr. D. J. Francisco Robles.
.
constitucion de 824 no le quitó su rango, contándolo como uno de los Estados
IJejensorÍ(l,fiscal.-Sr. Lic. D. Canuto Villaseñor.
Ensaye de caj~.-Ensayador-1? Sr. D. Mariano Cataño; idem 2? D. Ignacio de la federacion. La ciudad de Guanajuato, por la ti:adicion se sabe que se fundó
el año de 1548. Una casualidad hizo que al pasar unos arrieros de México á ZaM. Alcacer; idem 3? D. Teodoro Laguerenne.
Interventor de la casa &lt;le Moneda.-Sr. D. Pantaleon Espinosa de los Mon- catecas, hicieran alto en el cerro del Cubilete, en una de cuyas faldas y al hacer
te~
'
.
lumbre, descubrieron la veta de San Bernabé, que fué la primitiva mina, la cual
In-ter-ventor de la Administracion_principal de rentas.-Mr. Thebault.
está situada en las pertenencias de la de la Luz, de tanta nombradía por los ricos metales que ha producido. Los arrieros comunicaron lo acaecido á unos esAdministracion de correos.-Administrador, Sr. D. Rafael Revilla.
Agencia ae cksarrwrtizacion &lt;le bienes nacionalizados.-Agénte, Sr. D. Ignacio pañoles, los que conocedores de los preciosos metales descubiertos, levantaron,
Soria.
ara defenderse de los chichimecas algunas fortalezas, una de ellas en GuanaComandancia militar.-Comandante militar, Sr. Coronel D. José María Fai:quet. juato, al que pusieron por nombre Real de Minas: comenzaron á trabajar ese fun.,
Corte marcial.-Presidente, Sr. Teniente Coronel D. Felipe Rivera; vocal, Sr. do metálico, y así sucesivamente los demas que iban descubriendo los que inmiCapitan D. Rafael Roncal; i~em, Sr. Capitan D. Sotero Rendon; relator, Sr. Te- graban en las montañas.
niente D. Luis David.
ETIMOLOGIA DE LA PALA.:nRA "GuANAJUATO."-Quanashuato, despues Gua.Cura párroco.-Sr. D. Ignacio Arciga.
naxuato y hoy Guanajuato, significa "lugar montuoso de ranas," y es tanto mas
cierto esto, cuanto que hasta hoy existe en esta ciudad una calle con el nombre
PERSONAS NOTABLES.
_de "Cantarranas," porque era el punto donde habitaban muchas. La capital del
GUANAJUATO.
Departamento se tituló antes "Real de minas de Santa Fé de Guanajuato," y el
nombre de Santa Fé se le atribuyó por el Sr. Lic. D. Antonio de Lara. y MoD. Agustín Villalobos...•.••..... Médico.
grovejo el año de 1658, segun es de verse en la obra sobre estadística publica.da
,, Antonio Lemus.. . . . . . . . . • • . . . Abogado.
por el Canónigo Doctoral D. José Guadalupe Romero en 1862.
,, Antonio Posadas •........•... Comerciante.
,, Archivaldo Mac Goun.. . • . . • . . Director de la casa de Moneda.
DIVISION POLITICA DEL DEPARTAMENTO DE GuANAJUATo.-ElDeparta,, Benito Herrera.. . . . . . . . . . . . . . Minero.
mento está di.vi_dido en cinco Distritos, cuyas cabeceras son:
,, Celso García de Leon ....•.... .Aliogado.
,, Canuto Villa.señor. . . . . . . . • . . .
,,
DISTRITOS Y SU SÚPERFICIE,
,, Cenobio Vazquez... •......... Farmacéutico.
Leguas cuadradas.
,, Demetrio Montesdeoca. . . . . . . . Abogado y minero.
Legs. cents.
1 G-uanajuato, el cual tiene de superficie... . . . . 235 75
,, Domingo Galvan. . . . . . . . . . . . . Ingeniero.
1 Leon,
,, .
,.
,,
. . . . . . . 328 85
,, Domingo Mendoza.. . . . . . . . . . . Minero.
1 Celayá.,
,,
,,
,,
43 79
,, Estéban Hernandez y García.. . Abogado.
1 .Allende,
,,
,,
,,
. . . . . . • 695 27
,, Epifanio Jimenez . . • . . . . . . . . . Comerciante.
1 Sierragorda, ,,
,,
,,
257 69
•~ Francisco de Paula Gomez.. . . .
,,
,, Francisco Robles. . . . . . . . . . . . . Empleado.
5 distritos.
Total. . . . . . . . . . . . . . . . • 1,561 35
,, Gregorio Jimenez •......... • . Propietario.
,, Gabriel Montesdeoca. . . . . . . . . . Fotógrafo.
,, Gabino Barreda. . . . . . . . . . . . . . Médico.
,, Guadalupe Ibargüengoita. . . . . . Propietario.
SOLICJIT1JDES DE PRIVILEGIO
,, Hilario Ibargüengoitia . . . . . . . . Sacerdote.
ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO,
,, Ignacio .Ai·ciga.. . . . . . . . . . • . . . Cura párroco.
,, Ignacio Jimenez. . . . . . . . . . . . . . Minero.
,, Ignacio Ajuria. . . . . . . . . . . . . . . Propietario.
SECCION 2~
,, Ignacio Alcacer... . . . . . . . . . . . .
,,
México, Mayo 8 de 1866.
,, Ignacio Alcacer .......... ·. . . . Perito de minas.
,, Ignacio Ayala. . . . . . . . . . . . . . . Abogado.
Solicitud ~ D. José IJesaubleaux, pidiendó privilegio exclusivo por un nuevo pro,, Ignacio Arizmendi. . . . . . . . . . . •
,,
cedimiento de inmersion para fabr-icar velas de sebo.
,, Ignacio Origel. . . . . . . . . . . . . . . . Cura.
,, José M. de Liceaga. . . . . . . . . . . Abogado.
••Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de 1866 y 1867.-.-México,
,, José M. Chico...............
,,
Mayo 5 de 1866.-Exmo. Sr.-José Desaubleaux, ciudadltllo mexicano, ante
,, José M. Arizmendi.. . . . . . . . . . .
,,
V. E. con el debido respeto, expongo: que por los documentos adjuntos verá
,, Juan Chico. . . . . . . . . . . . • . . . . .
,,
V. E. que desde 1861 solicité del Congreso nacional privilegio exclusivo por diez
,, J oaq\lin Chico... . . . . . . . . . . . . .
,,
años para fabricar velas de sebo por el procedimiento de inmersion, que es nue,, Jacinto Rubio.. . . . . . . . . . . . . . . Propietario.
vo en nuestro país, y cuya explicacion se hace en uno de los citados documen,, Joaquin Z. Obregon...........
,,
tos: V. E. advertirá ~ue mi solicitud, no obstante haber sidó bien acogida, no
,, Joaquín Rocha é Iramategui.. .. Abogado.
llegó á acordarse definitivamente. Y conviniendo á mis intereses el que lo sea
, 1 J. M. Farquet.... .. ... .. ..... Militar.
por el actual Supremo Gobierno, á V. E. suplico se sirva proveer de conformi,, Luis G. Reynoso.. . . . . . . . . . . . . Beneficiador de metales.
dad mi referida solicitud, en lo que recibiré gracia.-Exmo. Sr.-José Desau,, Luis Gonzalez Montes....... : . Abogado.
bleaux.-Exmo. Sr. Ministro de l!"'omento."
·
·,, Luis Nieto. . . . . . . . . . . • . . . . . . .
"
Lo que se publica. en el Diario del · Imperio, conforme al art. 14 de la ley~de
,, Luis ,Sámano . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
3
de
Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji,, Manuel Aguilar y Sanchez1. . . .
,,
tnene.e.
,, Manuel Chico y Alegre. . . . . . . .
,,
,, Manuel Chico y Arizmendi. . . . .
,,
,, Manuel Leal del Castillo. . . . . . .
,.
,, Miguel Bribiesca.. . . . . . . . . . . . .
,,
ltlEXICJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

..

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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DEL

EL

DIARIO

IMPERIO-.
Los números sueltos valen 12 centavos.

TOMO

lllEXlfJO.-Viernes 11 de Mayo de 1S66.

III.

NUM. 408

les hay 6 oficiales. Segun parece, la banda de este gefe ha sido destruida, Y. él
S1J'MAB.IO.
PARTE. OFICIAL.-Decreto sobre publicaciones peri6dicas.-Carta de naturalizacion á • no se pudo salvar mas que con un corto número de hombres. Todo está trandos extranJeros.
quilo en Matamoros y en sus inmediaciones.
PARTE ~O OFIC~.-Acto de re_paracion.-Vapores de lalíneaamericana.-Prisione"l'll Gilneral Gefe de Estado M1.yor,
ros de Cortina.-Estadística de GuanaJuato (continúa.)-Observaciones meteorológicas de
Enero.
A. D'OS:MOND,"
Noticias de Europa.

Vapores.

PARTE OFifJIAL_.
MAXIMILIANO,

E:rifi&gt;~RADOR DE MEXIC0:
Oido Nuestro Consejo de Ministros,
DEORE'r.rnos lo siguiente:
Art. 1~ Para el establecimiento c;Ie:cualquiera peri6dico 6 publicacion que deba hace_rse á tiempos fijo~ 6 indeterminados, y que haya de ocuparse en todo 6
e1;1 parte de asuntos. políticos, es necesario el permiso de la autoridad, no pu·
1endo ~onc_ede:se s1~0 por Nuestro Gobierno, y como delegados Nuestros; por
.os Com1s.arifs 1mper!ale~, 6 los Prefectos políticos, sin que esto induzca censura previa a la pubhcamon de los artículos 6 escritos que hayan de publicarse.
Nuestro Ministro de Gobernacion queda encargado de la ejecucion del presente decreto.
Dado en México á 6 de Mayo de 1866.
MAXIMILIANO.
Por el Emperador,
El Ministro de Gobemacion,
J OSE SALAZ.A.R lLARREGUI,

f

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA.
SEOCION DE CANCILLERIA Y CONTABILIDAD.
•
Méxieo, Mayo 8 de 1866.
~- M. e~ Emperador, por acuerdos de 22 y 29 del mes próximo pasado, Ha
temdo á bien conceder cartas de naturalizacion como mexicanos, á los Sres. D.
Mateo L6pe_z y D. Agustín ~uy~u, en vista de sus solicitudes y renuncia que
hacen, el primero de su nacionalidad española y el segundo de la francesa.
El Gefe de la Seccion,

Ignacio M. de Castillo.
I

PARTE :NO OFICIAL.
ACTO DE B.EPAB.ACIOl'I.
Se ha publicado un decreto hace algunos dias, ordenando que los mutilados
del Ejército ingresen al Cuerpo Imperial de Inválidos, rlonde serán socorridos
y honrados por la patria.
.
. Siempre nos ha par.ecido muy ingrato el hecho de dejar perecer en la miseria al ho~b.re que en defensa ?e una buena causa ha perdido alguna de sus fa.
cultades f1sicas, quedando así impotente para ganar la vida. El repugnante espectáculo qu~ o.frecen á 1~ socie~ad, es una protesta ,iviente de la ingratitud
de que son victimas, al mismo tiempo que el padron de una indiferencia sacrílega por sus defensores.
No se c!ea, sin embargo, qu~ hayan faltado leyes que los amparen. Pero ent~egados siempre nuestros Gobiernos á los incesante~ trabajos de la guerra civil, por la que constantemente se han visto combatidos, no han atendido, como
erá &lt;le e~1~er~rse, el cump\imiento de aquellas prevenciones.-De aquí proviene
~ue fal!nh~rizados, p~ro no c~nformes con ese abandono que los ha condenado
a la _:111serrn, esos vahe1~tes, chgnos de la ,mas alta consideracio11, hayan servido
de. :emora para que la Juventud adopte con decision y entusiasmo la carrera
m1htar, que tantos nombres ha ilustrado en Europa.
El E~peraclor, en cuyo esclarecido ánima han pesado estas consideraciones,
~a querido reparar, e~ cuanto lo..permita .la escasez del erario, est,a injusticia,
as:gurando el porvemr de los biJOS predilectos de la patria, que han debido
mirarse como los r~presentantes .de la honra del Ejércitg.
_ En ~ste acto de Justa reparacion, vemos un testimonio de la munificencia
lmperial, digno po.r todos títulos &lt;le la eterna gratitud de los mexicanos.

Prisioneros de Cortina. ·
El cuartel general ha publicado lo siguiente:
"México, Mayo 9 de 1866.
"El Tartare, que estaba de estacion en Bagdad, embocadura del Río Grande
acaba de llegará Veracn1z con 104 prisioneros hechos á Cortina, entre los cua:

Los de la línea americana continuarán como hasta aquí, segun vemos en el siguiente párrafo de l'Ere Nouvelle:
"Podemos anunciar que la pérdida del vapor Veracmz no alterará en nada el
servicio de la línea de New-York. La, compañía ha adquirido otro vapor nuevo,
llamado .Andrew Jolvnson, el cual alternará con el Manhattan. El .Andrew Jolvn,.
son debe partir hoy mismo (10 Mayo}¡ y llegará por consiguiente del 20 al 21 del
corriente."

ESTADISTICA DEL DEPARTAMENTO DE GUANAJUATO,
FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO,
En cumplimiento de lo dispU6Sto en el art. 5? de los transitorios de la ley
de 3 de Marzo del propio año.
{.CONTINUA,)

Cada Distrito lo forman sus respectivas Municipalidades, de la manera siguiente:
LnnTES DEL DISTRITO DE GuANAJUATo.-El Distrito de Guanajuato, que
confina por el N. con el de Allende1 por el O. con el de Celaya, por el S. con el
Departamento de Michoacan y por el P. con el Distrito d13 Leon, se compone de
lae Municipalidades de:
1 Guanajuato,
1 La Luz,
1 Silao, con el Partido de Romita, (1)
l lrapuato (con el de Cuitzeo),,
1 Salamanca.
5 municipalidades.
,
. MUNICIPALIDAD DE GuAN.A.JUATO, Sus Lil!ITES.-La Municipalidad de Guanajuato, que linda por el N. con la de la Luz, por el O. con la de Allende, t,or
el S. con la de Silao y por el P. con la de Leon, se compone de las poblaciones
siguientes: .
Ciudades.-Guaftajnato.
Minerales.-Rayas, Mellado, Cata, Valencian~, Peregrina, el Tajo, San Bruno, Cardones, Sirena, la Aldana, Marfil, Santa-An.na, Santa Rosa, Monte de San
Nicolás, Villalpando.
·
Ingenios de plata.-San Nicolás del Cubo, Rocha, Barrera.
Haciendas.-Santa Teresa, Santa Catarina de Cuevas, Cañada de Bustos,
San José de Llanos (á) Burras, Nuestra Señora de Guadalupe, Santiago, Zangarro de Dolores, San Nicolás del Chapin, la Sauceda, la Trinidad.
Ranchos.-Llanitos de Santa-Anna, el Durazno, Melchores, La Ooncepcion,
Agua Colorada, Angostura, Olla de Lobos, Ojo de Agua Colorada, el Laurel, Mesa
Cuata, Buenavista, San Rafael Chichindaro, Mesitas, la Barranca, San Antonio,
el Encinal, el Terrero, el Chocolate, Mesa del Pino, Palo gacho, Puentecillas,
el Piloncillo, Ciénaga de negros, la '.l'rinidad, el Cajon, Ojo de agua de Medinas,
Cueva del Cedro, el Zorrillo, la Víbora, Palo gordo, el Cuervito, Plaza de gallos,
Llanitos, San Bartolo, la Calera, la Cienaguita, el Va1·al, Santo Domingo, la Vírgen, Mesa de Hernandez, Rancho viejo, la Zanja, el Potrero, Lagunillas, Rancho
de En medio, Picones, la Fragua, Calvillo, Ojo de agua de Calvillo, Quinteros,
Puerto de Lino, San .Agustin, Cañada de las Flores, Camino Nacional, Puerto .
de Santa Rosa, los Juarez, el Teposan, los Núñez, la Ciénaga, Ce'l1olletas, Rosa de Castilla, Calderones, Pueblito de Rocha, la Higuera, Paso de Perules, Cervera, Pachonas, la Ordeña, la Piedad, Carretas, Rancho seco, Maluco, Huachimole, Molino de .Animas, el Limon, el Camote, Haciendita, Soledad, los Gutierrez, Puentecillas, la Presa, el Pedregal, la dieneguita,· el Cajon, Molinero, el
Pulque, la Yerbabuena, la Carbonera, Chileras, los Juarez, Rancho nuevo, los
Fuentes, el Zapote, los Nicolases, el Sauz, la Rinconada, Rancho viejo, el Cer·rito, el Coyote ~e arriba, el Coyote de aba.jo, Venta de la Purísima, San Pablo
Comedero, Pozo zarco, la Gritería, el Sombrero, el Castillo, el Paso, el Maguey,
Villaseca, la Lobera, Banera, Codornices., Tejabanee, Calderon, la Mitra, Campuzano1 San Francisco del Chapin, Montelongo, Ojo de agua, el Potrero, la Cieneguita, la Tinaja, el Rodeo, Sotelo, las Liebres, la Ordeña, Ojo de agua, el Cas
tillo, Chapin de abajo, Montecillo, Tabarés, Arroyo'hondó, Solano.

(Continuará.)
(1) Tanto al pueblo de Romita como á otros que están ensu caso, seles llama "Partidos,"
por ser unos puntos tan pequeños que no merecen elevarse á la categoría de Municipalidad,
y están gobernados por uno 6 dos Jueces de paz, suj!ltos siempre á. la cabecera de su respectivo municipio.

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EN EL MES DE ENERO DE 1866
BAROMETRO.

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HORAS.

DE
OBSERVAC.

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Term.
fijo.

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1

HOR.AS.

OBSERVAC.

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Día 20.
Dia 21.
Dia22.
Dia 23.

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58 572 14 3
58 882 13
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58 602 14
58 999 12 9
58 785 18
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ESTADO OEL CIELO.

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N. de vtas. pr.1'1100
1000

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Sereno.
Algs. Cu. al S. y E. del h. lo clem¡¡,s sereno.
Sereno.
,
Sereno.
Sereno.
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Sereno.
Cu. y Cir-Ou. en todo el cirio.
du. y Cir- Cu. en todo el cid o.
Cu. en todo el cielo.
Nublado.
Algs. Cu. en el h. el Z. sereno.
Cu. y Cu-St. en todo el cielo.
S ereno.
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
'
Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir- Cu. en todo el c.;ielo.
Cu. y Cir - Ou. en tpdo el cielo.
Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir - Cu. en todo el cielo.
En el h. algs. Cu. el Z, sereno.
St. y Cu - St. en el h. el Z. sereno~
Sereno.
·
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir - St. en todo el cielo.
Cu. y Cir- Cu. en todo el cielo.
:
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
Cu. y St. en todo el cielo.
,. . .
Cirro - Cumulus en todo el cielo.
Nublado.
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Nublado.
Cirro - Cumulus en todo el cielo.
,,
Cu. y Cir - Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cir- Cu. en todo el cielo.
Sereno. ·
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Gir - Cu. en todo el cielo.
Cu. y Cu-St. en todo el cielo.
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Sereno.
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1
Algs. Cu. en el h. el Z. sereno.
Sereno.

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NoT.A..-Oreo conveniente explicar las abreviaturas que se encuentran en la columna del estado del cielo, y son
las siguientes: Z. h. Cu. Cir. Cir-Cu, St. Cu-St. y Oir-St y Nim.. La Z. quiere decir Zenit, lugar mas alto del' cielo
que se encuentra directamente sobre nuestras cabezas. La h. significa horizonte, que es el círculo que limita nuestra
vista y en donde el cielo parece unirse con la tierra; este es el horizonte sensible. Las ~b1·eviaturas Cu-Cir. Cir-Cu.
St. Cu-St. Cir-St y Nim, corJesponden á l a figura de las nubes, segun la nomenclatura establ ecida por Howard en
1802, que es la que sigue: Cü. Cumulos, nubes arredondadas que se.asemejan á montañas colocadas unas sobre otras.
V'? B'?,

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Valor medio de la presion atmosférica en el presente mes. - - ...... . .. ........
Témperatura média en grados centígrados ... - .. - ........ : . - ... - .........

drutphy.

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ANEMOMETRO.

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4 6
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4 6
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4 6
3 6
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PLUVIOMETRO.

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Algs. Cu-St. en el O. del h. lo demas se1·eno.
6 2
Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
5 7
Cu. y Cir - Cu. en todo el cielo. ·
5
Cu. y Cu- St. en el O. del h. lo demas ::iereno.
5 9
Algs. Cu. al O. del h. lo demas sereno.
5 8 . Cumulus en todo el cielo.
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Nublado.
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Sereno.
3 1
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Sereno.
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Sereno.
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Algs. Cu. al E. del h. lo demas sereno.
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Sereno.
2 9
Sereno.
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Nublado.
4 3
El N. del h. sereno, en lo clemas Cir - Cu.
4 1
Sereno.
4 7
Nublado.
4 1
dir - Cu. en todo el cielo.
3 8
St. en el h. en el Z. Cir - St.
4 7
Nublado.
5
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Sereno.
3 8
Sereno.
4 3
Algs. Cu. en el E. y N. del h. lo demas sereno. .
4
Sereno.
3 6
En el h. St. en el Z. Cir- St.
4 1
Algs. Cu. al N . y E. del h. lo demas sel'eno.
3 2
Cir - Cu. en todo el cielo.
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3 3
El Z. sereno, el h. nublado.
4 9 . Sereno.
4 2
Sertno.
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5 7
Sereno.
5 2
Sereno.
4 5
Cirro - Cumulus en todo el cielo.
4 6
St. y Cir - St. en todo el cielo.
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Sereno.
3 9
Sereno.
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4 8
Sereno.
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Sereno.
4 6
Sereno.
4 4
Sereno.
3 7
Sereno.
4 8
Sereno.
3 8
Sereno.
4 5 1, Cu. y Cir-Cu. en todo el cielo.
6 5
Alga. Cu. en el h. el Z. sereno.
7 04 Nublado.
4
Algs. Cu. en el S. ··:t E. del h. lo clemnfl sel'eno.
5 8
Sereno.
4 5
Sereno.
4
Algs. Cu. en el S. y O. clel h. lo demas sereno.
4 7
Sereno.

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Temp. Punto Ten. del
Pation. Máxrm. Mínima. ambient\de rocío. vapor.

A.ltura.

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12 8
17 5
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TERMDMETROS.

BAROMETRO.
DIA.S
DE

ESTADO DEL CIELO.

BRUJULAS,

ACTINOMETRO.

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Temp. Punto Ten. del
Patron. Máxim. Mínima. ambient
de rocío. ·vapor.

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Oír. (Ji;rrus, nubes blanqúl:t.Ct1,tl l'=cvlüa.o 6, la, Ja,oa; v,:uaaoa;; y ; ;awoft&gt;D n&gt;.5 uQ « ~ • vvva, ó, 1 - 1.,,• • 1.,,:.c, U'v u11a pluma.
Cir-Cu. Óirro-Cumulos, reunion. de p equeñas nubes r edondas sem ejantes á la lana, y que cuando se dejan v er se dice que está el cielo aborregado. St. Stratus, capas de n_ubes horizonta\es q11e se observan al ponerse el sol. Cu-St.
Cumulo Stratu-s, una ;eunion de Cumulus densa y agrupada . Cir-St. Cirro-Stratus, form~ de· nubes parecida á los
Cin-us, pero que se diferencian en que está.'n fo1·madas de :filamentos mas d elgados y mas ramificadoi:: (segun A. Poey).
Nim.. Nim.bus ó nubes de lluvia no tienen forma particular, y solo se les distingu~ por su col or gria uniforme.

.

Ignacio Cornqo.

�470

EL ,DIARIO DEL IMPERIO.
Noticia de E•ropa.

Kll'fIS~EB.IO DE GO'EB.B.A.

Ayer llegó á Veracruz el vapor:'rances procedente de San Nazario. Hé aquí
el despacho telegráfico en que se omunican las últimas noticias:
"París, 15 de Abril.

"Hasta hoy sigue reinando la p:z en Europa; pero no disminuyen las preocupaciones por la gravedad de los as:mtos de .Alemania. La proposicion de la Prusia, relativa á una asamblea deri,;,,da del sufragio universal, da á los asuntos
alemanes una impulsion inesperad. Los armamentos continúan en Viena y en
Berlin. Las Cámaras en Francia hn vuelto á abrir sus sesiones despues de las
vacaciones de la Pascua, y contiman tratando de negocios que. importan al régimen interior del Imperio. Todoslos fondos públicos están sufriendo bajas por
temor de una guerr.a. Se continúa1 las conferencias de las potencias signatarias
al tratado en Paria con respecto á.os principados Danubianos."

GABINETE,

Noticia de las comunicaciones que e~ten en este Ministerio, y no se ús ha dado curso por ignorarse la ltabitad01i de las person11s á quienes van dirigidas.
A los Sres. Tenientes Coroneles de Auxiliares~- Juan Cortés, D. ~anuel Guzman, D. Ignacio Cienfuegos, D. Francisco Carreon; Comandante superior Tancrede della Sala¡ Capitanes D. Cárlos Mismer y D. Ignacio Rosas, ídem retirado D. Francisco Romanos¡ 2'? Ayudante
D. Miguel Lailson¡ Capitan D. J~sé Donaciano Cervantes; Tenie~te ~- Francisco Javie! Salas· Subteniente D. Salvador Zenil; Sres. D. Adolfo Unda, D. Hipóhto Salazar, D. Lms G,
Gu'tierrez, D. Nabor Sanchez Ibana, D. Refugio Gonzalez, D. José María Castillo, D. Manuel Hernandez, D. J esus Osorno, D. Manuel María Lachica', D. Jesus Pavía, D. Estéban
Valero D. Antonio Rios, D. Alberto Caro, D. Ramon Rodríguez, D.' Juan Domingo Elguezabal, b. José Leon Rosales, D. Alejandro Vélez, D. Manuel Reyero, D. Alejandro Silvestrini.
México, Mayo 7 de 1866.
3a-J

Compaíiía Lancasteriana de México.

AVISOS OFICIALES.
Agua1•diente de caia, aguardiente de pulque,
yazúcar.
.A.dministracion principal de renas del Departamento del Valle de México,

Mayo 3 de 1866.-Para r~gulariza- el despacho que se hace en las garitas y en
esta .Aduana por introducciones deaguardiente de caña, ó de pulque, y .azúcar
del país, ha dispuesto el Supremo fobierno, en órden de 30 de Abril anterior,
por el Ministerio de Hacienda, se füserven las disposiciones siguientes, que se
publican para conocimiento del conercio.
1~ Se,hace extensivo al aguardimte de caña y demas licores'del país, el plazo
de quince dias útiles á los cargammtos de tránsito que no puedan continuar su
marcha, para que permanezcan deiositados en lai, Aduanas respectivas sin 'causar el derecho de almacenaje, segm dispone la órden circular de 18 de Mayo
qe 1865.
.
2~ Los quince dias útiles deberái considerarse, excluyendo los feriados, el de
la introduccion y el de la salida, su adeudar el derecho de almacenaje, el cual se
causará en el caso de que se conseiven.mas tiempo los licores en el depósito, y
solo por los días de exceso, liquidán.dose al respecto de seis y cuarto centavos
diarios por cada barril comun de otho jarras y por ocho arrobas de peso si se
presentan en cajas.
3~ En la garita de entrada declarará el introductor ó dueño si la carga ha
de seguir continuando su escala, el todo ó parte de ella, ó no. En el primer caso, previo reconocimiento, se pondrá razon en la misma guía firmada por
el gefe de la garita, y de ésta se palrá llevar el dueño ó consignatario la carga
á su casa, previa fianzá de acreditar la salida de ella á su destino y el pago del
derecho de almacenaje si se causarE. Si no otorga la fianza, se conducirá la carga á la Aduana para que se almac.me. A los cincuenta dias, contados desde la
entrada en la garita, si no se han pagado los derechos ó acreditado la salida de
la carga, ya no habrá lugar á la escala, cobrándose todos los derechos que se
hayan causado. Si la carga, no obEtante que la guía designe puntos de escala,
no ha de continuar ésta sino que ha de consumirse en la .Aduana de esta capital,
así lo declarará el conductor ó dueño, pudiéndose llevar la carga á su casa, pre/ via fianza y obligacion de ocurrirá la oficina al siguiente dia, sin necesidad de
citacion, á pagar los derechos y recoger su fianza y tornaguía. ~i no. ocurre y
da lugar á providencias coercitivas, ya no se le admitirá la fianza para lo sucesivó y se despachará la carga en la .Aduana.
.
4ª Si un cargamento de aguardiente fuere declarado en la garita de entrada
por el conductor ó dueño, para que siga los puntos de su escru.a, y despues se
pidiere adeudar en la .Aduana, se procederá á la l:iquidacion de almacenaje, en
el caso de,que se haya causado, considerando ocho dias útiles, excluyendo los
feriados, el de la introduccion y el de la salida, sin almacenaje, pero cargando
éstll á los demas dias del depósito, pues los quince dias concedidos sin almacenaje se concretan á los cargamentos que positivamente verifican su marcha á.
los puntos de escala, y no á los que adeudan en la Aduana.
5~ El consignatario ó dueño, al pedir el despacho de la guía de escala para
que siga su marcha, certificará en papel blanco, dir.igiéndolo á la .Aduana, que
lo contenido va por su cuenta, sin haber verificado ni:qguna venta en esta capital, expresando los nombres, apellidos y vecindad de la persona á quien consigna la carga y del arriero ó conductor; y si, éste sale á buscar compradores por
cuenta del consignatario de la guía del punto de partida, por cuyo motivo no se
puede designar persona á quien se remite, así se expresará. Con presencia de
esta certificacion se habilitarán las guías, expresando en ellas las circunstancias
referidas; y el Adininistrador qu~ haga este despacho, lo avisará por oficio dirigido por el correo· al del punto donde va guiada la carga, para sus operaciones.
6~ Todas las anteriores disposiciones se apliearán en sus casos á las guías de
azúcar que se han de escalar, pues respeto de aquellas que no hagan uso de la
escala, se cobrarán los derechos en la garita el mismo dia de la entrada.- El
.Administrador principal, Ignacio de la Barrera.
·
2s-l

En la sesion ordinaria de anoche dispuso esta Sociedad, que se recuerde á los artesanos
adultos la existencia del curso nocturno y de la escuela dominical, establecidos en el edificio
de ex-Bethlemitas, como tambien que no harán gasto alguno, pues la Compañía Lancasteriana
les da todos los útiles que se necesitan para la enseñanza de los ramos de educacion primaria.
México, Mayo 8 de 1866.-TV. Reyes, Secretario,
6a-l

AVISOS JUDICIALES.
Venta judicial.
El Sr. Juez 2? de Instruccion de esta corte, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha mandado
se proceda á la venta de la casa ubicada en la calle de Belen, dela ciudad de Jalapa, marcada con el número ochenta y medio, propia que fué de D:Juan de la Fuente, valuada en
1,254 pesos, señálando para la almoneda con calidad de remate la mañana del jué:ves 24
del corriente á las doce, en su Juzgado, sito en el Palaclo de Justicia.
Lo que pongo en conocimiento dill público para que la persona que quiera hacer postura,
ocurra á la Secretaría de dicho Juz~ado, donde se ministrarán las instrucciones necesarias.
México, Mayo 8 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
940-3s- 1 ·

Almoneda judicial.
El Sr. Juez 2? de lo civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha mandado
que s~ proceda á la ~enta ~e la casa_ núm. 6 de la calle de Zul?ta de esta ciudad, valuada por
el pento tercero en d1scord1a, D. LUlS G. Anzorena, en la cantidad de 6,739 pesos, señalando
para la primera almoneda la mañana del dia diez y seis del corriente á las doce, en su J uz. gado, situalio en el Palacio de Justicia.
.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que se interesen en la
finca y desearen algunas instrucciones, ocurran á dicho Juzgado, donde se les darán las que
ministran los autos.
México, Mayo 4 de 1866.-José Vicente Piña, Escribano público.
941- 3s_:l

Juzgado tercero civil de Instruccion.
Palacio de Justicia.-El Sr. Juez 3~ civil de'Instruccion, Lic. D. Crist.6bal Poulet y Mier,
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene mandado se cite por los periódicos á-D.
Juan Lorenzana, para que dentro de ocho dias precisos se presente á contestar la demanda
que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Luis Morali¡ apercibido de darse por contestada en su rebeldía.
·
México Mayo 7 de 1866.-Lic. José Mariano Moya~ Contreras, Escribano púbico.
939-Bs-2

Citacion judicial.
A solicitud de D. J ulian Romero, se ha mandado por el Sr. Juez ~? de Instruccion de locivil, Lic. D. Miguel Rendou Peniche, que por providencia precautoria y provisional, retenga
á disposicion del Juzgado, D.,,José Muñoz, de,la cantidad de trescientos pesos que tiene en
su poder, pertenecientes\á D. Prancisco Muñoz, ciento cincuenta pesos, citándose á éste para
que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio qe J usticia, calle de la Moneda, dentro de ocho días, contados desde la publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que si no
concurre se S!!guirá el juicio eµ rebeldía.
México, Mayo 3 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
937- 3s- 3

Ju~,;ado de letras de Huicliapati.
CITACION JUDICIAL.

Huichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cástulo Dorantes,
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quince días, contados desde la primera publicacion de ésta, comparezca ~or sí ó por apoderado sutiéientemente instruido y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre
pesos, le promueve el Corónel D. Ignacio del Peral¡ apercibido de que se dará por intentada
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno Romero.
935-15s-3
/
1'fotüicacion.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano.Perez de Tagle, en los autos ejecutivos que este señor seguia contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo ~scrito pide el promovente se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el
auto que á la letra dice:
"México, Abril 25 de 1866.-Como lo pide. Haciendo la publicacion por ocho días en el
Diario del Imperio y Pájaro Verde, El Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.- Poulet,-Miguel Jt. Guerra, Escribano Secretario,"
r
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon, publico.
el presente, que surtirá sus ~fectos legales.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público. ~
923-Bs-8

¿Recaudacion principal de Contribucienes directas
DEL DEPARTAMJNTO DEL VALLE DE MEXICO.

En todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio
de las contribuciones siguientes:
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de idem sobre e¡¡tablecimientos industriales.
Contlibucion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de algodon, lana, lino y las de papel.
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos¡ en el concepto, que pasado el referieo plazo, se procederá ejecutivamente contra los causantes morosos, para hacer efeetivo el
pago de sus adeudos, inclusos lo~ recargos en que incurran, conforme á las leyes de la materia,
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana. ·
México, Mayo 1? de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco Diaz
Montaño.
Bs-5

DESAGÜE DEL VA:LLE.CONVOCATORIA..

Estando decretado se proceda á la ejecucion del desagüe directo del Valle de México, se
convoca por la presente á todos los que deseen hacer proposiciones para la apertura del Tonel que irá de Zumpango al rio Tequisquiac¡ en el concepto de que en este Ministerio se da·
rán las instrucciones necesarias y de que dichas proposiciones solo se recibirán hasta el dia
25 del presente.
' ,,.
México, Mayo 8 de 1866.- Por órden de S. E., el Subsecretario de Fomento Francisco Jinu11ez.
Sa-1

A VISOS PARTICULARES.
Jriina de Nliestra Setiora del Refugio, ( a) los Trompillos,
en Paclt'llt:a,
El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y avre sí, se~ dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio (a) los Trompillos, hacidndo ménto de una
sentencia judicial que no ha causado ejecutoria, Como este negocio está pe~diente ,de la resolucion definitiva de los tribunales, _10 participamos al público para qne en nmgun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse dE) la buena fe de algunas pe.rsonas poco precavidas, que confiadas en las seguridades que se atreve á estampa/' en su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresadas,
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpre~ar nuestro silencio favorable á los derechos de Fuertes, protestamos á nombre de todos los mteresados en
la espresada mina, que no reconocemos los derechos que se alegan; que t~dos los contratos
que se celebren bajo este concepto, 1·0s consideraremos ahora y en todo tiempo D;Ulos y de
~~~n valor, hasta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de qmén está la
Justicia.
.
México, á 25 de Abril de 186(i.-Junta menor directiva, L. Benito Muriel.-R. Cancino.Bartolomé deB6-oes.
917- 6a-6

l'IAl'fO DE VJll'f~A.
Un piano de rosa, de siete octavas, con todas, las mejoras ~odernas, enterament~ nuevo! se
vende al precio de costo. Se puede ver en el num, 14, calleJon de Santa Clara, pnmer p!8o.

1'.IEXIOO.-IMPRENT.A. IMPERIAL.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Carta de naturalización</name>
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                    <text>[)EL:

IIPERIO

DIARIO

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

NuM. 409

MEXICO.-Sábado 12 de Mayo de IS66.

================.;:;á;;=;;;;;;;;;;;;-================--MINlSTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA.

SVM:AB.JO.
PARTE OFICIAL.-Decreto aumentando la fuerza de Gendarmes.-Personas condecora~ con la Cruz de Guadalupe y Medalla del Mérito militar.-Nombramiento de un Teniente
~e navío.
.
. ~ARTE NO O~IOIAL.-R~paraciones en la Universidad.-Caballos para la Guardia muCU&lt;llpal.-Estadística de GuanaJuat.o (continúa).

-

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

Visto Nuestro decreto de 9 de Junio de 1865 sobre la organizacion d~ una
Compañía de Gendarmería, y la necesidad de completar su pié de fuerza,
DECRETAMOS:
Se aumentará el efectivo de la 1~ Compañía de Gendarmería, como sigue:

2 Sargentos montados,
2 Cabos montados.
40 Gendarmes tambien montados.
. l Cabo y 3 Gendarmes á pié.

Nuestro Ministro de Guerra queda encargado de la. ejecucion del presente
decreto.
Dado en México é. 8 de Mayo de 1866.

MAXIMILIANO.
Por el Emperador,
El Ministro de Guerra,
MARIA GARCIA,

GRAN CANCILLERIA DE LAS.ORDENES IMPERIALES.
México, Mayo 11 de 1866.

S. M. ~l Emperador, por acuerdo de 6 del actua~ Ha tenido á bien conce·
der las condecoraciones siguientes, en atencion al valor y buen comportamiento con que se han distinguido en varias acciones de guerra los individuos que
se expresan:

/

México, Mayo 11 de 1866.

B. M. el Emperador, por decreto de 2 del actual, se Ha servido nombrar Teniente de Navío de la Armada Imperial, al Teniente de Artillería del Cuerpo
de voluntarios austriacos D. Fernando Waldherr.

PARTE OFICIAL.

JosE

DEPARTAMENTO DE !r[ARllTA,

lMPERlAL ÜRDEN DE GUADALUPE.

El Subsecretario de Marina,

:{i. Détrcyat.

PARTE 1'0 OFICIAL.
Convocatoria.
Ministerio de Fomento.-Seccion l~-México, Mayo 9 de 1866.-Necesitándose hacer varias reparaciones en el edificio de la ex-Universidad, se convocan
postores al efecto, cuyas proposiciones se recibirán en el Ministerio de Fomento,
hasta el dia 25 del actual inclusive.
La obra consiste por ahora en la construccion de seis tabiques de seis pulgadas
de espesor, blanquear siete piezas, rasgar cinco ventanas, convirtiéndolas en
puertas cuyas mochetas de can~ría obedezcan á las ~old~ras de las mochetas
ya existentes.-El Subsecretario de Fomento, Frarunsco Jimenes.

Caballos para la Guardia Municipal.
Ministerio de Guerra.-5~ Direccion.-México, Mayo 11 de 1866.-Aviso al
público.-Por órden suprema debe procederse el clia 14 del corri.e1;1te, á las diez
de la mañana, á la compra de unos caballos y mulas para el serv1C10 de la Guardia Municipal.
Lo que se avisa al público para que las personas que gusten, se presenten á
la Comision de remonta, situada en el patio del local en que está. establecida la
Caja central.-Por órden del Exmo. Sr. Ministro, el Gefe de la Direccion, Francisca Montero.

ESTADISTICA·DEL .DEPARTAME~TO DE GUANAJUATO,
FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO,
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5~ de los trans.Uorios de la ley
de 3 de .Marzo del propio año.

OFICIAL,
(CONTINUA,)

A D. Inocencio Rubio, Prefecto político del Parral.
CABALLEROS,

I

A D.
,, ,,
,, ,,
,, ,,
,, ,,
,, ,,

",, ",,
,, ,,
,, ,,
,, ,,

~

Guillermo Ortiz, Oorriandante militar del Parral.
Matías Peralta, Comandante de la Guardia civil.
Bernabé Ramirez, Capitan de la Guardia estable.
Javier Legorreta, Capitán.
~
Luciano Tellez, Contador de la Aduana.
Trinidad Montero, Teniente de Artillería.
Francisco Quesada, Teniente de Caballería.
'
Juan Cabrera, id. id.
·
Francisco Goitia.
Agustín Fuertes.
Luis Arellano.
MEDALLA DEL MERITO MILITAR,
DE PLATA,

A D. Aniceto Sota.
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,

,, José María Dávila.
,, Rafael Goitia.
,, Te6filo Muñoz.
,, Rodrigo Bernal.
,
Tránsito Ledesma, Sargento de la Guardia fütable del Proaño.
Manuel Moureal, id. id. id.
.Francisco Solano, Sargento de la Guardia municipal del Parral.
Brígido Lunas, cabo de id. id. id.
Doroteo 16pez, soldado d_e id. id. id.
El Secretario encargadode la Gran Cancillería,

José H. Gmzalez.

Mm.irCIPALIDAD DE LA Luz. FUND.A.CION.-Ya se dijo en su lugar que la
mina de San Bernabé, COJltigua á la ae la Luz, fué la primera que se descubrió
y cuyo registro se hizo en Yuririapúndaro, como el pueblo mas inmediato que
había el año de 1554. La Luz, que está situada en una enorme altura que domina aun á la cumbre del cerro del Cubilete, se comenzó á reunir bajo un
órden regular el año de 1844, en que las minas com'e~aron á dar frutos en
bonanza. El terreno donde está el caserío era estancia de ganados, y segun se
sabe, los dueños de la Luz fueron unos vecinos pobres de Silao, apellidados Cervantes.
.
Ai,toridades y empleados.-Alcalde municipal D. Filómeno Luna, y presidente
del Ilustre Ayuntamiento.-Ayuntamiento: Regidor 1? D. Plácido Rodríguez,
id. 2? D. Atanasio Garrasi, id. 3? D. Trinidad Delgado, id. 4? D. Marciano Ruiz;
Síndico procurador D. Ramon l!,rausto.-Juez l? de paz D. MiguelLanderos, id.
2? D. Antonio Castellanos, id. 3? D. Epitacio Llorente, id. 4? D. Simon Vazquez.
'-Administrador de Rentas D. Juan B. Jimenez, id. de Correos, el mismo.Tesorero municipal, id.-Cura D. FraI,1cisco Garcidueñas.
Pf¡Ysonas not,ab"les.-D. Antonio Silva, médico; D. A. Gavino de Campos, rescatador; D. Aurelio Maycote, farmacéutico; D. Filomeno Luna, comerciante; D.
Francisco. Haincelin, rescatador; D. Francisco de P. Leal, farmacéutico; D. Ig'nacio Olmedo, minero; D. José M. Romero, comerciante; D. Plácido Rodríguez,
id.; D. Ramon Frausto, rescatador.
.
Situacion local. Límit.es.-La Luz, situada 21º50' de latitud y 1º451 de longitud del meridiano de México, y á cinco leguas al P. de _Guanajuato, confina por
el N. con la Municipalidad de San Felipe, por el E. con la de Guanajuato, por
el S. con la de Silao y por el O. con la de Leon.
·
La Municipalidad de la Luz se compone de las .poblaciones que siguen:
Minerales.-La Luz (cabecera del municipio), Villa.riño, Purísima, Rosario,
San Pedro, Mejiamo~a, Puertecito, Joya, Pabellon.
•
Ranch-Os.-Realejo, Melladito, Tecuan, Majada; Huilota, Socavon, Palma, Picachos, Lorenzos, Árperos, Cuesta de San Juan, Magdalenas, Calera, Estancia
de Comanjilla, Cabras, Joya, Granas, Ojo de agua, San Ant-0nio la Ovejera,
Guajolotes, La Estrella.

•

�EL ,DIARIO DEL IMPERIO.

472

MUNICIPALIDAD DE Sn,Ao.-Las única; noticias que se tienen de su fundacion, dice el Sr. Canónigo Dr. D. José Guadalupe Romero, en su obra citada,
son las siguientes:
F'Undacion de la ciuda-d~"Era una miserable aldea de indios chichimecas, antes de la conquista; verificada ésta, emprendió Nuño de Guzman la reduccion de
Nueva Galicia, y llegó hasta las inmediaciones de Silao, tomando antes posesion
de los terrenos donde están hoy situadas las poblaciones de Pénjamo é Irapuato, en nombre del Rey de España: D. Juan de Villaseñor Cervantes, uno de los
primeros espaiioles que vinieron á radicarse á México, se opuso judicialmente á
aquella posesion, ¡alegando tenérsele encomenclado aquellos pueblos que Mbian rlado obediencia á Cortés, cuando los de Michoacan, segun afirma Mota Padilla; (1)
sin embargo de esta oposicion, Guzman se apoderó de ellos en nombre del Monarca, y quedaron desde entonces como conquista de la Corona.
"Por el año de 1553 se avecindaron allí siete familias de españoles, bajo la direccion del Sr. D. Francisco Cervantes Rendon: se agregaron algunos indios otomites y se fundó una pequeña Congregacion, que fué erigida en curato secular
par el Illmo. Sr. D. Vasco de Quiroga él año de 1550: este prela.do nombró para
· primer párroco á uno de los clérigos que había traído consigo de España: despues, por los años de 1599, en que se llevó adelante con todo rigor la cédula llamada de Oongregacwnes, se aumentó notablemente el vecindario.
Orígen del nombre.- "El nombre de Silao le fué puesto por los vecinos á la
nueva Congregacion, por la yerba de aquel nombre que abundaba on sus inme- .
diaciones: esta yerba e$ un género de planta de la familia de las umbilíferas, cuya especie'típica crece en los prados húmedos, y á la que los botánicos llaman

Stlao."
•
Autoridades y empleados.-..A.lcalde municipal y presidente del Ayuntamiento
D. Rafael Chavez.- Ayuntamiento: Regidor 1° D. Macario Iñiguez, id. 2~ D. Manuel Pesqueira, id. 3~ D. Justino Ramirez, id. 4° D. Guilebaldo Urrutia, id. 5~
D· tLuis Porr~a, id. 6~ D. Jesus Gonzalez Cos; Procurador 1~ D. Pedro Romero, id. 2~ D. Susano Re~oso.- Juez de letras D. Pedro Negrete, id. 1~ de
paz D. Vidal Pesquera, id. 2~ de id. D. Roman Arreguin, id. 3º de id. D. J . M.
Guzman.-.A.dministrador de Rentas D. Manuel Vazquez, hijo; Comandante militar D. Juan Jurado, Cura párroco D. Miguel Sámano.
Petsonas notables.- "J? . ..Antonio LariB, labrador; D . .Antoll.Ío Maldona«ro, comerciante; D Juan Manuel García, labrador; Br. D. Pablo Darío Reinoso, labrador; D. Vicente Gonzalez, ídem.
Títulos que ha obtenido Silao.- El año de 1833, en que Silao conservaba el título de Oongregacion, se le dió por e1 Consejo del extinguido Estado de Guanajuato, el de Villa; y en-1861 fué elevado al -rango de Ciudad, en conmemoracion
de los triunfos adquiridos por el ejército liberal sobre el de los gobiernos de los
señores Zuloaga y Miramon.
Situacion local.- Silao está situado á una altura de 1858 metros 56 centímetros sobre el nivel del mar, y casi al pié de la falda del cerro del Cubilete á los
20° 43' lat., y 2° 40' long. del meridiano de México, á cinco leguas al P. de Guanajuato.
Límites.- Linda por el N. con la municipalidad de la Luz, por el O. con la de
Guanajuato, por el S. con la de Irapuato, y por el P . con las de Leon y Piedra
Gorda.
Pueblos que tiene el municipw de Silao.-La municipalidad de Bilao comprende las poblaciones ceignientes:
Oiudades.- Silao, cabecera del municipio.

Pueblos.-Romita.
Oongregacwnes.- ..A.ldea.
Haciendas.-San Diego, Sitio, San Isidro, Cañada de Bustos, Vallejos, Carritos, Capulin, .Aguas t8uenas, San Agustín, Chichimequillas, Olmedos, Cabras,
Benavente, Grasa-a, Rivas, Puerta, Mezquite Gordo, F ranco, Gonzalez, Coecillo,
Silva, Mezquite, Loza de Barrera, Sauces, Nápoles, Jagüey, Sardina, SantaAnna del Conde, Gavia, Trejo.
Ranclws.- Pila, Menores, Calaberna, Cañada de Damian, Mulada, Cuarta
Parte, San Márcos, .Aguilares, Baños, Noria, Labor, Pabileras, Paraíso, Tunamansa, Tecolote, López, Toma de .Agua, Pastle, Adjuntas, Arperos, Vaquería,
Cabras, Zapote,. San Juan, Cruz de Aguilar, Ojos de Rana, 'l'ejamanil, Rubí,
Mosco, Mosquito, Muerto, Agujas, Jagüey, Ocotes, Monte de Ocotes, San Vicente, Tuna Agria, Terrero, Raso, Fernandez, Bajío de Pallares, Bajío 'de Bonillas, Pnchote, Escondida, Charco, Mancerrúa, Santa Rosa de Rivas, 'Santa Rosa
de Araujos, Soledad, Gallegos, Borrego, .Arenal, Laborcita.
MUNICIPALl'.DAD DE lRAPUATO. Su FUNDACION.- .Aunque las diligencias
que el l. .A.yunta-miento practicó en Enero de 1852 para dar al Gobierno una noticia del orígen y fundacion de Irapuato, no fué posible que se hiciese de datos
fehacientes, y los que encontró solo se refieren á unas copias simples, que sin
embargo merecen fe por estar apoyados en la tradicion.
Dichas copias son de una real Cédula, fechada en México el 15 de Febrero de
1547, en que consta la donacion hecha á D. Francisco Hernanclez, D: Estéban
Gamiño, D. Andrés López y D. Antonio Francisco de Sixtos, de siete mil varas
de radio en circunferencia, toinando su centro en la iglesia del pueblo de San
Márcos de J.riguato, que debían fundar.
Otra copia se contrae á la vista de ojos para lá posesion, fecha 11 de Marzo
del mismo año, y en ella se cita los varios puntos que se tocar.on hasta volver al
centro, en donde se celebró Misa en una enramada; y la última se refiere á la
posesion que se dió á los mencionados señores el 17 del propio mes y año, y son
relativas á las medidas tiradas del centro de la poblacion hácia los cuatro vientos, todo lo cual acaeció el). tiempo del vireinato de D. Luis Velasco.
Estos son los únicos datos que se han podido adquirir acerca de la fundacion
de Irapuato; no exhibiéndose copia de los documentos que se citan, por haberse
/ extraviado hace pocos años, en las continnas revueltas políticas por que ha pasado el pueblo referido.
Tít11:lo gue·obtwvo Itapunto.- Irapuato conservó por muchos años el título de·
Congregacion; y en vista de su estado floreciente se le elevó al rango de Villa,
por el Congreso del Estaclo de Guanajuato, en 8 de Mauo de 1826.
Autoridades y empleados.- ..A.lcalde municipal y Presidente del I. Ayuntamiento, D. Femando Santana.-Ayuntamiento: Regidor 1~, D. Antonio Flores; id ..
2?, D. 8óstenes Galvan; id. 3~, D. Ignacio G. Gonzalez; id. 4~, D. Gabriel Vega; Proc1;1rad?r 1~, D. Refugio López; id. 2?, D. Juan Lanuza.-Juez de letras,
D. Ignac10 V1llalpando; Juez 1~ de paz, D. J. M. Hernlmdez; id. 2~ de id., D.
Domingo García; id. 3~ de id., D. Gana.ro Lanuza.- Óomandante militar, D.
Eduardo Soubiekuski.
Personas notable$.- D. Andrés Garny, comerciante; D. Antonio Rivera Aran-

jo, labrador; D. Antonio Cangas, comerciante; D. .Agustín Rivera, labrador; D.
Antonio Ayala, abogado; D. Atenógenes Cosío, músico; D. Agustín Moncier, labrador; D. Agustin Licea, sacerdote; D. Alfonso Cha.vez, ídem; D. Benigno Godines, abogado y escribano; D. Bonifacio Palomino, labrador; D. Domingo Rivera, médico; D. Dolores Ramirez, labrador; D. Diego Gonzalez, sacerdote; D.
Evaristo Betancourt, médico; D. Estéban Bustos, comerciante; D. Epitacio Sanchez, farmacéutico; D. Epigmenio Rivera, labrador; D. Estéban H-ernandez, comerciante; D. Francisco B. Alcántara, agricultor; I), ·Fran()isco P. Alcántara,
comerciante; D. Francisco .Aguirre, farmacéutico; D. Francisco Muro, labrador;
D. Guadalupe Rivera, comerciante; D. Gregorio Sattdtez, ídem; D. Gabino Chavez, sacerdote; D. Genaro Acosta, comerciante; D. Ronorato Chico, labrador·
D. Hilarlo Rivera, sacerdote; D. Ignacio Sanabria, co:nerciante; D. Ignacio San~
chez, agricultor; D. Ignacio Buso, ídem; D. Juan RiV'3ra, comerciante; D. Joaquín del Moral, telegrafista; D. Juan Alcántara, admitistrador de correos; D..J.
M. Garay, comerciante; D. Juan Vargas. ídem; D. Jolé Barquín, ídem; D. Jacinto Corla, ídem; D. J. M. Hernandez, ídem; D. Joaquín Gonzalez, dependiente; D. Juan N. García, sacerdote; D. Juan López, iden; D. Jesus Lejarzar, labrador; D. Jesus Gonzalez, ídem; D. Luis Beltran, ídem¡ D. Luis Garay, eclesiástico; D. Manuel Morales, agricultor; D. Miguel Oro~co, médico; D. Macario
Lastiri, labriego; D. Manuel Alcántara, comerciante; D. Miguel Licea, labrador·
D. Manuel Cuadra, comerciante; D. Miguel Godines, tacribano; D. Matilde R{
vera, comerciante; D. Manuel Bocanegra industrial; D. Martín Ruiz, sacerdote·
D. Miguel Alegre, iaem; D. Manuel Boullosa, ídem; D. Nbolás Baltierra, comer:
ciante; D. Pedro Vargas, ídem; D. Pedro Martinez, ídem; D. Pedro Hernandez,
ídem; D. Pablo Rivera, médico; D. Plácido Licea, sacerdote; D. Pablo Chavez,
ídem; D. Rafael Marafion, labrador¡ D. Ricardo Villaseñor, comerciante; D. Rafael Rivera, labrador; D. Tomás Sanabria, comerciante¡ D. Vicente Lastiri, labrador; D. Vicente Vargas, comerciante; D. Víctor Gutierrez, labrador.
Situacwn local.-La situacion geográfica de. Irapuato es á los 200 40' de
latitud y 1° 57' de longitud.
Límites.- Linda por el N. con las municipalidades de Silao y Guanajuato,
por el O. co~ la de ~alamanca, por el S. con la del Valle de Santiago, y por él P.
con las de Piedra Gorda y Pénjamo.
Pueblos que tiene el municipw de Irapu-á:to.- La Municipalidad de Irapuato
abraza las poblaciones que siguen:
Villas.- Irapuato.
,..
Pueblos.-Cuitzeo de Abaso1o.

Aldeas.- Oalera.

,
( Continuará.)

AVISOS OFI CI ALES.
COl'l'SE.JO DII E STADO.
Seminario núm. 9.,
Ignor_ándose quién sea el legítimo representante de la téstameritana de D~ Teresa Améscua,
y necesitándose en esta Secretarla para hacerle una notificacion relativa en el espediente número 3,292, se le emplaza por el presente para que concurra á ella dentro de ocho dias que
c?menzarán á contarse desde la fecha; apercibido de que si no lo verifica se seguirá el ~egocio adelant.e.
,
México, Mayo 12 de 1866.- El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodriguez
y Cosío.
3a- l

Operacimi de la Pacutia.
En los días. 13 y 14 de~ corriente se practicará ésta en el edificio de la Diputacion de once
á once y media de la manana.
'
México, Mayo 11 de 1866.- Mercado.

AVISOS JUDICIALES.
J u~gado primero de Instruccio,i de lo civil, '
En el juicio ejecutívo que sigue·1a Sra. D~ Dolores Febles contra la Sra. m- Josefa Perez
-4-rr~yo de Becerra, ha mand~do- el Sr.. Juez_ 1? de Inatruccion se cite á la última por los pen6d1cos, para que en el ténmno de yemte dias, contados desde la última publicacion se presente en 1:ste Juzgado para la práctica de una diligencia; apercibida de lo que haya Íugar en
derecho s1 no concutre.
México, Mayo 9 de 1866.- Por mi compañero A.badiano, Manuel Vera, Escribano público.
942-3s- l

Tribunal de

1~ instancia del Departamento del 1Talle de México.
1~ SALA,

Por auto proveido en 2 del presente ines, la !~ Sala de lo civil del Tribunal de I ~ instancia
de esta capital ha aprobado la graduacion de créditos á cargo de la testamentaría de D. Fernando de Pontones, que formar~n el apoderado del albacea y el interventor nombrado por los
acreedor~s, y present~on_en la J~nta celeb~a~a _en 13 del próximo pasado Abril, mandando
se anuncie por do~ pe~16d1cos; baJó el a~erc1b1miento de que si dentro del término legal, contad? desde la pubhcac1on de este ~nuncio, los _acreedores que no asistieron á la referida junta
no mterpo_nen el recurso ~ apel~c10n contra dicha graduacion, en el caso que se crean por
ella ag;rayiados, quedará e,ecutonado y consentido el auto por el cual ha sido aprobada. y en
cumpb!111ento de lo mandtdo ~ongo ~l presente. .
Mé:uco, Mayo 7 de 1866.- El Oficial mayor, Lic. Juan Ferriz.
943-3s- 1

DIYERSIONES PUBLICAS.
Domingo 13 de Mayo.

TEATRO IMPERIAL.
COMPAÑIA DRAJ\1A'rICA.

La compañía empresaria del Teatro Principal pone en escena; en la tarde del dia referido
las dos zarzuelas intituladas: La isla de San Balandran, y La cola del diaUo,
'

.

TEATRO PR.JNCIPAL.
COMPAÑIA DRAMATICA.

En la _noche,. á la hora ce cost!ll1bre, se pone en escena la comedia en tres actos, denominada: Viva la libertad, y e11 segmda la otra en uu acto, que se intitula: Los treinta mil del pico.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRA.itlATIOA,

En la tarde, á las cuatro en puntd, el drama dividido en tres actos, que se intitula· Lances
de honor, finalizando la fumion con una pieza de canto y otra de baile.
•
En la noche, á la hora de costumbre, la comedia nueva en tres actos, denominada: Dulces
cadeiias.

(l) Cap. 3&lt;.&gt;, § 2&lt;.&gt;

ME XICO.- IMPRENTA IMPERIAL.

•

,,

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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>,il,

EL
•.)

DIARIO
Los núme!Os sueltos valen 12 centavos.
TOMO

1'1EXl()O.-Lnnes 14 de 1'layo de IS66.

III.

IVMAB.IO.
lib~~T~c~!1~Ce~i~t~:. condecorada con la Cruz de !&amp;11 Cárlos.-Madera nacioQal
P~TE ~O OFI~. .-Aviso de la Administracion di! contribuciones sobre el decreto
de.tad de_ Abn!.-Not1~1as de Q~erétaro.-Turbonada elécttlca.-Noticias de Tamaulipas _
1
de Gu_11naJuato (continúa).
·
E s 1shca
Noticias extranjeras.
Solicitudes de privilegio.

PARTE OFI()IAL.
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, Mayo 12 de 1866.

SS. MM. II., por acuerdo de 6 del actual, Han tenido á bien conceder Ja
Cruz de la Imperial Orden de San Cárlos á Doña Nestora Tellez profesora de
primeras letras de Q,uerétaro.
'
El Secretario enaargado de la Gran Cancillería,

José H. Ganzalez.

MINlSTERI0 DE HACIENOA.

•

. S: iL el Emperador, con fecha 6 del actual, se Ha ~ef\·ido expedir el acuerdo
s1gmente:
"En vista de lo informado por Noestro i\1iniste1, de Hacienda, Hemos venido en disponer que la madera nacional que ~e introduzca en los puertos del
Imperio para consumir5e en ellos, quede libre de pagar el derecho de alcabala."
México, 11ayo H d&lt;' 1866.
El Subsecretario de Hacienda,

E. Villalva.

PARTE NO OFl()IAL.
Contribuciones directas.
Rccaudaciou principal de contribuciones directas del Departamento del Valle
de ~éxil:°.-A fin _de dar el debido cumplimiento al Supremo decreto de 27 de
Abril último, relativo al aumento de un 25 por 100 á todas las contribuciones
dire~tas que se causan actualmente en &lt;'l Departamento, cuyos productos están
consignados á la obra del desagüe dircct,; del Valle, por el presente se hace saber ó. los causantes que hayan satisfecho el importe del segundo tercio del presente año, el deber en que están de ocurrir á esta oficina en todo lo que falta del
mes actual ~ hacer el_ entero del expresado aumento del 25 por 100, á cuyo efecto presentaran el ree1bo que les hubiese expedido esta Recaudacion principal,
par~ que sea anotado; en el concepto de que pasado este plazo se procederá. ejecutivamente contra los que así no lo verificaren, para hacer efectivo el cobro, con.
mas los recargos en que incurran, con an-eglo á las leyes de 1a materisi.-México, )!ayo 12 de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco

l)iaz M&lt;mtaño.

(lueréta1·0.
'romamos de la Esperanza la!\ siguientes noticias:
"TELEGRAFO D'EL CENTRO.-El dia 3 del corrieute ha quedado uuida la capital de Guanajuato con las poblaciones de Dolores llidalgo y San Luis de la Paz,
Y. muy pronto la lí~ea se c~t~nderá hasta. San Lu_is Potosí. ¡Ouan dignas de clog10 son la. constane1a y act1VLdad de los rmpresar1os en medio do las dificultades
y los dcst:·ozos ·del vandalismo! Estod ejemplos de mejoras positivas infundirán
mayor odio contra los deva!'ltadores, y á la larga toda hL buena sociedad se a1zaró. contra ellos.
"~ ~LTIMA nona.-Por r~ensaje telegráfico de Ochya ~ab&lt;' la Prefectura que
los d1s1dentes_que ~tacaron .ª Santa Cruz, fueron completonwute ni;rrotados y
huyeron en d1spers10n por diversas partes, en virtud de l11 per~ecucion que se les
hizo. Las _tropas salidas de Celaya regresaron anoche. P:i.m hoy esperamos pormenorea circunstanciados que publicaremos en el próximo nÚn\1::ro. El destrozo
qu~ causa~on á. la línea telegráfica queda reparado, y por consiguiente la. línea
esta expedita hasta Leon."

Tm•bonada elécti·ica del 11 y cantidad de agua llovida.
"En la marea máxima de la maí1aua de 9 h 45' á. 10 h 15' el barómetro marcó 587,05 mil_ímetros. A _las 8 h de la mañana se prrsentó del SSE. una ca.pa de
nubes denommadas Palho-Oumulus; en nerredor clrl horizontP habia tambien

NuM. 410

unos Oumulus montañoso~ y algunas Cirrus. A las 2 h de la tarde se habia formado al NO. un poco de turbonada, el cual se disipó á. las 3 h 15' al 1'1E., volviendo á. relucir el sol. Mas á. las 4 h tornó á. formarse del OSO. al ONO. otro
poco de turbonada, que fué el que trajo la. lluvia fuerte que empezó á. las 4 h 30'
y duró una hora, hasta las 5 h 30', c~yendo á. las 4 h 50' una granizada, cuyos
granizos eran como una lenteja, teniendo algunos de ellos un núcleo de nieve.
"Continuó la. llovizna basta la 9 b pO' de la noche. Esta turbonadafué acompañada, como de costumbre, con frecuentes truenos y relámpagos en la direccion
de los focos de lluvia, desde el SO., antes de comenzar el agua, hasta el E. y SE.1
donde terminó. Cayó un rayo al O. á. las 4 h 28'. A las 6 h se desprendió del horizonte del E. há.cia el S. una cadenl$ de Fracto-Cumulus tempestuosos y desgarrados, los cuales progresaban con bastante rapidez; á las 6 li 15' se dh-igieron
del N. y á las 7 h del NE., invadiendo todo e• cíe1o, eran, por decirlo así, los derrotados del combate celeste que se habian librado las nubes.
"Por último, el agua llovida se elevó á la res.petable ca!ltidad de 55 milímetros, la mayor parte del N. y NO. y luego del O., de cuyos rumbos oscilaba el
viento con frecuentes ráfagas que recorrían cien metros por segundo de velocidad
média.
"Üoncluiré haciendo notar que la presion barométrica, desde por la mañana,
no presagiaba una turbonada tan intensa y tal cantidad de agua. El dia 9 último se mantuvo el b¡uómetro de dos á. tres milímetros mas bajo que hoy, y sin
embargo, la perturbacion fué mucho menos considerable, y la cantidad de agna
llovida de solo once milímefros. La hora tropical de las mareas mínima de la
tarde y máxima de la noche, tampoco fueron perturbadas el 11 y acontecieron
como en el estado normal, á las !h 301, y 10 h 301• A las 12 h de la noche los
Cumulus seguian del NE. con mucho menos abundancia y el &lt;lielo empezaba á
despejarse.
"Übservatorio de Santa Clara.-Att-~rés Poey."
o

Tamaulipas.
Leemos lo siguiente en el Moniwr de la Front,era:
"A continuacion insertamos el parte oficial que el valiente Sr. general Olvera
da al Exmo. Sr. general MejÍá, de la accion dada el dia de ayer ó. la una de la
tarde por la columna que ó. sus órdenes salió la noche anterior de esta ciudad,
contra la fuerza de Cortina, en el rancho del Palito Blanco. Por él verán nuesíros lectores que el enemigo ha sufrido una derrota completa, que su fuerza constaba de 150 á 200 hombres, que de ellos han ~uedado muertos en el campo cosa
de 20 6 25, y 50 prisioneros que han entrado u. esta ciudad, así como todo el armamento y 130 caballos quitados por los soldados al enemigo. Ademas de estos
triunfos, ha dejado el mismo Cortina su pr!Jpia espada, su chaqueta, su reloj y
su cartera con toda la correspondencia, inclusa la que tenia preparada para fir
mar y cuyos documentos mas importantes probablemente se publicarán. El se
ha escapado casi desnudo en un caballo en pelo, ·merced al conocimiento práctico que tiene del terreno, á lo espeso del monte y á la multitud de prisioneros y
de caballos, mulas y armamento que los soldados tuvieron necesiqad de recoger.
"El parte oficial es el siguiente:
"Santa Fe, 27 de Abril de 1866.-Exmo. Sr.-Hoy á las doce y media del
dia hemos logrado poner en completa derrota á la banda de Cortina.
"Üonforme á las instrucciones de V. E., aproveché los aviáos exactos de nueitros exploradores, emprendiendo la marcha de esta plaza hoy á las cuatro de la
11::,.üana, con 300 infantes del ~~. batallon ~e Sier~a. Gorda y ·300 caballos de los
düerentes cuerpos d_e la guar01c1on. Segu1 la margen derecha del Río Grande
tocando á los ~anchos de las ~usias, Guadalupe, Tahuacal y Punta del Agua:
donde la guerrilla de vanguardia capturó un espía del enemigo é hirió á otro que
logró fugarse. El campo de Corti~a dis~ba de ese punto poco mas ,de una legua.,
Y. tem1, con fundament~ que el ~spia herido llevara la noticia de nuestra presene1a; as1 es qu~ 01·d~né a los ten!entes coroneles Montejan:o y Mcndoza que avanzaran con rapidez a la ca.ballena. Esta fuerza cumplió mis órdenes y sorprendió
completamente_ ó. la de Cortina en lo mas espeso de un bosque perteneciente al
rancho de Pahto ~lanco. Todo el campamento del enemigo está en poder de
nuestros soldados, mclurendo la papelera, el equipaje, el ~hallo, las armas y
aun el sombrero ~e Cortma. Este pudo escaparse sobre un caballo sin montura.
-Entro l~s pérd1?a~ cl~l _enemigo figunm _p_rincipalmente nnos 29 muertos, algun_os oficiales y t&gt;O md1v1du0fl de tropa pr1.21oncros, 80 rifles y 130 caballos recog1~0s. La correspon_dencia contiene documentos del mayor interes. Un oficial
americano de graduac100 quedó muerto, y dos de orígen mexicano están pi;isioneros.- Nuestrqs soldados han hecho 14 lcguas de marcha y han llenado todos
sus deberes, tocando á la caballería ejecutar este importante golpe de mano.Tengo el_honor ~e participar,lo á V, E., felicitándolo ~or el feliz re,sulíado de esta operac10n.-D1os guarde a V, E. roucl1os aüos.-El General de 'Brigada, Comandante de la columna expedicionaria, Rafael Olvcra."
"Nos apresuramos á publicar sin comentarios el siguiente parte oficial del Sr.
General D. Rafael Olvera, comandante de la columna de tropas dPstacadns de
esta plaza en la mañana del 28 do Abril último:
'
'
"Division )Iejía.-Columna cxpcdiciona.ria.-General Comandante.-Rancho
del Sabinito, 30 de Abril nr 1866.-Exmo. Sr.-SPgun el partP que tuve&gt; 1-l honor

�/

474

415

EL ..lllARJO. ·IlffiL(IMPB10~:

EL ,DIARIO DEL IMPERIO.

do dirigir á V. E. la noche del 28, emprendí mi marcha al amanecer del 29, ad- Dolores, Varitas, los Cerritos, Llano de la Milpa, Bermmbo, Maravillas, Santa
quiriendo durante ella fi:ecuentes noticias del enemigo por algunos de sus guer- Catarina, Angostura, J oconostle.
·
rilleros que logramos capturar. La fuerza enemiga seguia el camino ael rancho
El pueblo de Cuitzeo de los Naranjos se ~enomina hoy "Pueblo de Ouitzeo
del Soldadito, propiedad de Cortina, y sus intenciones eran dirigirse probable- de Abasolo," por concesion de l!!, 7~ legislatura del antiguo Estado Je Guanajuamente al lugar conocido con el nombre de la Sierrita. Anoche, por mas esfuer- to, la que al darle esa nueva denominacion lo elevó al rango de Pueblo, pues
zos que hice no me fué _l)Osible prolongar el movimiento, pues la tropa se encon- antes era Congregacion.
traba en un estado tal dfl fatiga, que ha muerto por esa causa un soldado de la
El Rancho d~"los Frijsles" se denomina·hoy "San Oristóbal;'' el de "la Descompañía de Zapadores. Aéampamos en el llano de la Esperanza, cuatro leguas molada" "la Soledad;" el del "Gato" "la Providencia," y el de "Rincon de
dist~~te. de este rancho que el enemigo desocupó ayer á las tres de la tarde, pa- Aguirre" •'Rincon de San Miguel."
ra dirrg¡rse despueil al Derramadero de Buena-Vista, donde hsmos logrado darMmuctl'ALIDAD DE S.A.LAM.A.NCA.-"Muchos años antes de que se fundara la
le alcance.
Villa de este nombre (dice el Sr. Dr. Romero), erigió el Curato el Illmo. Sr. D.
"Nuestra fuerza se puso en marcha hoy á las tres de "la mañana, füvidida en Vasco de Quiroga, y nombró para servirlo uno de los primeros clérigos que trajo
dos columnas, una de ataque al mando del Teniente Coronel D. José Oria, cbm- consigo.de España. Así lo asegura el Dr. D. Juan José Moreno en la vida de
puesta del regimiento y escuadron de San X,uis, Escuadron de Ixquimilpan y fuer- aquel venerable Obispo. Esto me hace presumir que el año de 1~63, en que fué
za rural de Matamoros, y otra destinada á servir de apoyo á. nuestra retaguardia, creado el beneficio, habia ya alguna pequeña Congregacion, que fué elevada al
comprendiéndose en esta última nuestra infantería y la guerrilla extranjera, á rango de Villa el año de 1603, en los últimos meses del Gobierno del Vi n•y D.
las órdenes del Cpronel D. Miguel de la .Peña -y Teniente Coronel D. Salvador Luis de Velasco II.
Iglesias. Me adelanté con la primera columna y volvimos á tomar nuevos pri"El&lt;venerable Basalenque, historiador de mucho mérito, hablando de esta fun_
sioneros, que con sus noticias me pusieron en aptitud de juzgar exactamente so- dacion, dice: "Esta Vill~ se,fündó el año 1603; en unas tierras que eran estancia
bre el numero y verdadera posicion del enem1go. En esos momentós éste, con de ganado mayor.'' Sea de esto lo que fuere, lo cierto es que el Sr. Quiroga asig150 infantes, un cañon rayado de á 6 y 30 ó 40 hombres de caballería, nos aguar- . nó á este beneficio en 1563 lo:s cuatro :novenos decimales por la pobreza de sus
daba e¡¡tablecido en batalla dentro del mezquital. Al descubrirnos nos hizo dos productos. La poblacion no tomó incremento sino hasta mediados del siglo XVII."
oillparos de c¡i.'ñon yun vívísimo fuego de fu:silería por unos-cuantos minutos, pues
._.Aut-Oriclades ~empleados.-AlcaldemunJcipal, Pre~idente del I. A.yun~ento,
s-egun mis. órdenés nuestros soldados se preci~itaron con el sable y la lanza· sin Oordnel D. M-anano Pacheco.-Ayuntam1ento: Regidor 1?, D. Ignacio lfa.ohu~,o,ispál'ár ún'. s.ólo tiro, h'asta ptmetrar' en el eentro·de su:s-fila:s yióníiirlo prisionero.· jd, 2?, p.. Eduardg P.-Gonza~ez; id. ,3?, p. Pedro Miranda, id-. r4?,,D. j 1m0
''Quedaron en nue'átro podel' 1181prision'ero¡i con otros tantos tifles'ó fusiles, Ye11f.!; íd~~. p. Isl!M Uonúnguez; id. 6?, D. G-uadofope G-0.rcía.-Proc\\rador
00 cábiplos y :mttlás, 2 catteton'es éorr 2&lt;Y .c aj~ dé Pil;qu~, 2,60ó' capsules·-y al- 1?, D. Tomás M. Moreno; id. 2?, D. Ambrosio Jaím~:-Jnel!l 1':l de Páz, r&gt;. José
_giµiás libr1ts' ~e ~~rro y de plomo; ~enei\ló.l! tamb1e~ la pi~z~ _rayáda con tres tiros Jaime; id. 2? id., D. Leonardo Mota; id. 3? id., D. Domingo García.
&lt;te. _:¡nulas y m'tm.'icrohes corres~ndientes. El enem.Jgo periñó ademas cincuenta
Personas notables.-D. Antonio Aduna, filarmónico;' D. Antonio García rebo,~~tos ~ombres mue~tol!; muchos de elfos s!&gt;n americanos que hacían e1 sern- cería; D. Diódoro Jimenez, abogado; D. Fermin Ramos, escribano; D. Inés Pede, attilleros, y vanos h,erido¡, que ~aré conchrcir h-asta esa -plaza. Nuestras rez, carpintero; D. Joaquin García, labrador; D. Lu,ciano Roa, Administrador·
' ~10
novedades son muy pequefias. El"Oa¡)ltltn D. Antonio Garza fiié·1evemente he- de rentas; D. Luis Sáavedra, cura párroco; D. Mariano Ojeda, Administrador de
rido pór un c~co de granada, 'Y gravemente un sargento del e:icuadron de Ixquic correos; D. Regino Arredondo, preceptor; D. Teófilo Araujo, filarmónico.
milpan: álgunos-caba'llos mllettos. El combate'-'tuvo lugá,r á las ocho de la maSituacion local.-La situacion ·local• de Salamanca es á los 1o 52' longitud y
ñana.
•
20° 32' 811 latitud, y los límites de la municipalidad son estos:
'
"El. comportamiento del 'Teniéfite C'oro'nel Oria fué brillante/ lo mismo que el
Límites.-Linda por el N. con la de Guanajuato, por el O. con la de Celaya
né ~odos~los Gefes, Ofrciales y {loldados de la columna, de quienes estoy alta- por el S. con la -del Valle de Santiago que perteneei3 á Michoaéan, y por el P. co~
mente sátisfec~-o. Son dignas tl:é r'ecoinendacion la Tuerza Rural y la de Policía. la de Ir3puato.
•&lt;Fué im1&gt;osfMe que nuestra seccion de infantes siguiera el rápido movimiento
La municipalidad de Salamanca se forma de las' poblaciones que en seguida
de l'a columna que yo conducía. A las nueve de la mañana solo pudo llegar á s-e expresan:
aós leguas· de distancia del lugar de la acccion. Nos hemos reincorporado despues, Villas.-Salamanca.
Y-_acabo de ~e~ar ~ é~t'e rancho, de donde continuaré 1-a marcha á las cuatro de
.Aldeas.-]?ueblo Nuevo.
la tarde.-Dros gnArtte ·'á. V. .E:-niitchos afios.-Ell Genetal Comandante de la
Haciendas.-La Loma de Granados, Cruces, Mendi)Za, Los dos Rios, Mari' columna e:x.RedicíonaM.a, 'Rafaei Qwera.-Exmo. Sr. Genéral de division D. Tb- gomez, Guadalupe, Ancor, Doña Rosa, Sardinas, Dolores, Cerrogordo, Aguilaniás Me.f!a."
·
res, San Bernardo, Sotelo, Casca, Santiaguillo, Mendoza, Temascatio, Yortiro,
Balderrama.
_
Ranchos.-Mesa
de
los
Mosquedas,
Los dós Rios ú Olla de los Villafañ:i.s
: '
?rfarigomez, Guanajuatillo, Puertas, J qconostle, Barron de Marigomcz, San An~
ESTADISTICA DEL DEPARtÁrlENTO DE GUANAJUATO,
tonio, Troje de Sardinas, Tena, idem, Tenota, Tenita, Santa Oatarina, otro idem
FORMADA EN 1865 POR LA.PREF·EC.'NJ'R.A. POLITICA DEL MISMO,. idem, idem, idem, idem, i~'m, Peñas, ídem, Orozcos, Godoy, Vírgen Casa Blan~
En citmplimiento dt lo dispuesto en el art. 5~ de los transitorios de la ley
ca, Salgado, idem, idem, ídem, Zapote, idem, ídem, Perico, idem, ídem, idem,
de 3 6$ Mano del propio año.
.
Casas Nuevas, idem, Rodeo, idem, ídem, idem, idem, Tierras Negras, Puerto de
Valle, idem idem, San Rafael de Uruétaro, Jaulillas, Baltierra ídem idem ídem
(CONTINUA,)
Medina Baltierra, La Labor, idem, Magdalena, idem, San Ju~n, Chavez 'ídem'
1Iacienilas.-Jorge López, la Caja, San Di~go de España, Santa Bárbara, ide~, Aguilill_a, S~n .An~onio, Los ~az~s, San Pe,dro, ide~, San Ignacio, D'. Pedr¿
Serrano, Arandas, San Antonio del Rico, San Vicénte, la Calera, la Gatrida, el Soto, Mancer1ta, rdem, rdem, Santiagmllo, Balden-ama, rdem, idem, idem idem
Copal; el Carrizal, San Nicolás, Borja, Témascatio, Animas, Marañon, Buena- iilem, ídem, ídem, fdem, ídem, idem, Capilla, M~eyal y Baldeuama,..Oa.~'
vista, _la Vírgen, San Roque, Tomelopez, Tomelopitos; San Juan, la Soledad, ídem; idem, ídem, ídem, ídem, ídem, idera, Crucitas, Loma Pelada, ídem idem'
Guadalupe, San Miguelito, Coecillo, San Cristóbal, Cuchicuato, San José, Murr- ídem, ídem, idem, idem, Sanchez, idem, ídem, idem, idem, idem, Paso de Guada:
guía, 'taripitío, San Isidro, Huanímaro, Peralta, Tierra Blánca, Joya de Cal- !ajara, Soledad, Soto, Guadalupe, San Antonio, San José, Braeda, San Antonio
villo.
.
San Is.idro, Cerrito, San Juan, Animas, Ramon Berna!, San Rafael Panales'
Ranchos.-Lo de Juarez1 Lo de Cárlos, Lo d~ Sierra, Tierras Blancas, lá Ma- idem, ídem, idem, ídem, idem, Panal, Durazno, Montecillo, Hornilla; Cerrito'
sa, Presa de --Oribe, Laguna larga, la Joya, Rancho de la Nativa, el Rubí, Rin- iqem, idem, idem,' rdem, Bernales, San Ai;itonio, J acona, San .Ant¿nio Sa~
con de Don Pedro, Paso del Venado, Paso de Piedra, Santo Ecce Romo, las Pa- Miguel.
'
Jomas, Tejamanil, los Amoles, Paso Blánco, el Zapote, la 'Cruz del Demandante,
( ConUnua,rá.)
los Pintores, San Lorenzo, la Esperanza, Sonaja, San Vicente Hidalgo, Monte
de la Cocina, la Canoa, Mogotes, f edro Gomez, Tamasula, Santa Rita, los ll'or,
NO'l'ICIAS EX'l'B.AN.TEB.AS.
doB, el Caliché, el Mezquitillo, el Monton, Cerro Blanco, el Copalillo, Tierra
' 1
:Blanca, San Antonio Belmonte, Loma de Enmedio, los Matas, San Jacinto, CaBOMBARDEO DE VALP.Á.RAIS0.
ñada de la Muerte, e1 Encino, domedero Viejo1 Estancia dél Copal, Peñuelas,
Dice
el
Diario
de
la
Marina
de la Habana:
Charco Vera~, San Francisco, el Chapulin, la Úof'radía, Santa Rosa, el Ojo de
1
kgua, San Jtran, Sán 0ayétáno, Rancho de Luna; Paredones, Estancia de Bue"El vapor •La France" de St. Nazaire, que ha hecho escala en San Thomas,
navista, el Serrero, Zapote de :Buenavi-sta, Rancho Nuevo de id., la Nopalera, nos trae noticias muy importantes de Valparaiso que alcanzan hasta el 2. El 31
Ranc~o S~co, Lomad~ Conejo~, el Tecomate,_el Refugio, el Santísimo, la Oapí- de Marzo, despues de haber concedido cuatro dias de término para que pudiesen
lla, Vrborillas, la Zárca, los M1gueles, Estancia de San Roque, Zahurda, el Cer- evacuar la plaza las personas incapaces de defenderla, el Sr. brigadier Mendez
1'ito, el J ardin, los Mórillos, la Purísima, DiviS'adero, las Maravillas, la Trinidad, Núñez procedió al bombardeo de Valparaiso, no sin haber contestado enérgica
'Rancho de Rivera, los Coyotes, el Gallo, las Liébres, Potrerillos, San José del y decididamente á las observaciones que le hicieron los gefes ó almirantes de
•Pedregal, Zapote, Horta, el Salero, el Chocolate, San :Antonio de Horta, la Sa- • la6 escuadras extranjeras surtas en el mismo puerto, que cumplfria á l-Odo trance
oanilla, el Gato, los Hqngos, la Charca, ·zapote de Santa Rosa, Rancho Nuevo con las órdenes de su gobierno.
·ae la Estacada, Cofraáía de Rancho Nuevo, San Javier, el Zorrillo, Rancho de
"Al efecto, l~~ fragatas "Villa ~e Madrid," "Blanca," "ResolucioÍ:t" y la gole'Guada1upe, la Hilacha, San Juan de la Morada, la Isla, Crucitas, l()s Pato:s, el ta "Vencedora, se acoderaron y a las nueve y cuarto de la mañana rompieron
$~litre, Capap_etiro, Rancho Nuevo, Ojos de Agua, C!l.Upadero, el Encinal, la el fuego, la!! dos primeras éontra los almacenes fiscales, la ••Resolucion" contra.
Mina, Buenavrsta, la Peña, Rancho de los'Lunas, el Pedregal, el Caño, Rancho los edificios del ferrocarril y la "Vencedora" contra la Bolsa, causando en todos
Seco, Novilletos, San José, el Pitallo, Huizátaro, la Chinche, San Ramon, las ellos daños considerables, pues de los nueve almancénes fiscales solo uno ~ueda
Mesas, Peralta, la Ordeña, el Curadero, Puerta de San Isidro, Saucillo, Coma- en pié y los otros ocho hechos cenizas: mas de cincuenta casas que todav1a esl~ros, la M_~ra, Lláno Grande, la China, el Alto, ~orta, San Cayetano, el Refu- taban ardiendo el día 1° de A.bril, la Bolsa y la Intendencia acribilladas á balagio, los FnJoles, las Pamas, los Coyotes, la Sandia, la Gata, San Antonio, Nom- zos, la estacion del ferrocarril estropeada, varios balazos en otros puntos de la
bre de Dios, la Lobera, San Francisquito, Ahualulco, la Providencia, la Loma, poblacion y el asta de la bandera del fuerte rota.
"Dolores, Santa Rosa, San :Antonio Peñuelas, San Nicolás, las Cruces, San Sal"Tres horas, poco mas ó menos, d~·6 el fuego, en cuyo tiempo se dispararon
_vador, ~l Fresno, la_s qarretas, Marañon, Paso de Piedras, Ojo de Agua del Pa- unos 500 proyectiles, con la circunstancia recomendable, y que dice mucho en
so de Piedras, la TinaJa, los Arreguines, la Carroza, Santa Bárbara, el Ojo de favor de la serenidad y buena instruccion de nuestros marinos y artilleros, de
agua, el Puer~o, la Alameda, Pichicuatillo, la Soledad, ~apote de Peralta, 'Ran- no haber ocurrido la menor desgracia á bordo.
c~o Nuevo, P~edras Negras, Guadalupe, la Labor, la Vugen, Boquillas, Buena••Durante el bombardeo, la fragata "Berenguela" quedó custodiando las J&gt;reVlSta de Boquillas, Alameda 6 Montecillo, la Cantera, las Estacas, Paso de Car- s~s y convoy, y la "Numancia" presenciándolo todo y mandando las operaretas, C?yotes ~e ~yala, Cucaracha, Guadalupe, los Frijoles, San Ramon, , crones.
la Loberrta, la TmaJa, el Tu.le, los Otates, Cora, Corita, San Cristóbal Paso de
."Segun noticia dada por ef comandante del ponton inglés al gefe de nuestra
Oobos, el Cerrito, la Desmolada, J arcillas, J orochos, Zapote, Zapotito, Du- escuadra, el dia 30 de Marzo la "Almansa" había capturado á la ''Esmeralda"
raznitos, la Lobera, Santa Rita, la ' Loma, el Monte, la Gata, el Gato, San en un puerto del Sur. Nuestros oficiales deseaban ver llegar á 11!, "Almansa" y
Juan, San Juanito, los Oopales, Santa Gertrudis,·Rincon de Aguirre, Varal, la confirmacion de aquella noticia, no inverosímil, pues por el mismo conducto

llegó anticipadamente la. de haber apresado-el ''Paqul!f,ede.Maule," que despues á su casa,' previá fianza de acriait» Rl..salidir de ella á su destino y el pago del
salió cierta. Tambien induce á · esperar 1111 confümacion de esa presa, el saber derechQ de almacenaje si. s~ causare. $i no otorga. la. íia,uza, se conducirá la carque el brigadier Mendel!l Núñez habia comunicado ~iertas instr~cciones al co- ga á la Aduana, para qoo ~ almacena., k los cincuenta dias; ;éentados desde la
entrada eri la garita, si no sé h8f ~agá'\% l&amp;s dprechos ó' a-cre_ditado fa salida de
mándante de la ''AlmanBal' por via de Mont~deo.
"N°ada se snhi:i de Ió que pensaba hacer el' gefe. de nuestra escuadra: creíase la carga, ya no habtá l~~r ~ ,l¡i. e~cala,,,co,brán.dose tod9s los dereclws q)le- ije
hayan causado. Si la carga, no obstante que la guía- de:signe pµn.tos de escala,
que-trataba de·esperar la llegada de la. "Trinidad" y de la "Almansa."
"Aunque ~o sean propiamente noticias del Pacífico, debemos sin duda hacer no ha de continuar ésta sino que ha de consumirse en la, Aduana de ellta capital,
mencion aquí de dos muy importantes por lo que á la guerra se refieren. La pri- así lo declarará el coñductor ó dueño, pudiéndose llevar la carga á su casa, premera. es la validez, que ya no podemos poner en duda., de los anuncios que con vi11, fianza y obligacion de ocurrir á la oficina al siguiente día, sin necesidad de
insistencia ha hecho la Crónica de Nueva-York respecto de la salida de fuertes citacion; á pagar los derechos y r~coger sn fianza y ~orn1,tguía. Si no .ocune. y
buques blindados pa1·a aumentar nuest~·as fuerzas en el Pacífico, al mando de un da lugar á providencias coercitivas, ya no se le admitirá la fianza para lo sucesivo y se despachará la carga en Ia Aduana.
oon.ocidb genéral•de nuestra armada.
.
11Larotra, impqrtante tambien, la recibimos de Washington: se da por cierto
4ª Si un cargamento de agúardíente fuere declarado en la garita de entrada
gne él gobiérlio americano está dispuesto á ofrecer su mediacion en el conflicto por el conduétor ó dueño, para que siga los pmrtps de su escala, y despues se
pengiente entre Eapai1a y las repúblicas de UhilEl y, el Perú. A eso podemos de- pidiere adeudar en la Aduana, se pr'bcederá á la.liquidacion de alm,acenaje, en
cir los españoles, que despues.de haber obtenido un. desagravio severo y sufi.- el caso de. qy.é -se haya causaao, considerando ocho dias útiles, excluyendo lo_s
i,riados, el de la introduccion y el de la salida, sin almacenaje, pero cargando
ciente de los insultos recibidos: bien venida sea la mediacion de los amigos."
ést~ á los &lt;lemas días de1 depósito, pueB los quince dias conced-idoi sin almacenaje se éOncretan á loa' cariamentos que p,osjtivámente verip.ea,;¡ iiu m,archa. á
S9:tlf}l'flJDES BE PRIVmEG-ffl
los punto¡¡, de escalá, y no a los que adeudan en fa .A.dua.i:ur.
:
5.~ El consignatario •6 dueño, al pedir el despacho de la guía de- eeoala pata
ANTE 'EL l)1INISTE,Rt(), l&gt;l!l iO:MlWT0.
qtte siga su marcha, certificará err papel blanco, dírigierrdolo á la Adua11a, que
lo contéíndb va por s11 cµenta1 sin haber,verificado ninguna ven~ en esta ~apiSEOOION- 2'
¡al,
exp.rei11IDao los- n?m?r.es; ,apellidos .y v:ecin.dad de }.á persona á quien consig~
, p~ publicacion.)
México, Abril 4 de 1~
M la, carga y del amero ó•conduotor{ y t!r ·éste. sale a \fascar comprador~s !&gt;Of
S o ~. D. José María Flores Verdad, pidiendo priviley-io exclusivo por ocho cuenta-del const~ário ~de fa ~nfa d~l]?unto ~e partida ~~; cn,yo motivo ~o se
1
años, como introdudor de un nuevo procedimienl-0 para destilar maderas.
puede desigñai; P,erBOna,, a quien- se remJ~e, as1 ¡le _oxpresa¡;a. Con preaencia _de
••Se'gQirda clase....-Cuatfo reales-.-Pal'a el bieni:o ere-mil o·chocientos B'etreirta y · esta certinC!),ciÓn se habilitarán las gufas, expresando en ellas las circunstancias
cuatro y sesenta y cinco.-Imperio Me:ricano.-Ministerio de Haeienda.-Valga referidas; y el Administrador que haga este despacho, lo avisará por oficio diripua.los años de Is:66 y 1867.-El Gefe D¡.-ect,or de-la.Soooion 3&amp;, .Agustin Por- . gido por el correo al del punto donde, va guiada la carga., para sus operaciones.
~.-E:tmo. Sr.~osé-M:aria Floreá Vérdad, ante' V. E . con. el debido-res_neto
~ 'Tudas..las.anteriorea disposiciones se-aplicarin en-sus casos- á las guías de
4igo~ (iUe pretend'o in't,roducir en el país-mi procedimientó'pata destna,r maderá,s, azúcar que se han de esca.lar, puee respeto de aquellM- que no hagan uso de la
iMll eI cnal--ae ha concedido una patente en l~s ~oarUnidos, que se está escala, se cobrarán los derechos en la garita. el mismo dia de la entrada.-El
explotando en Nu:e..v&amp;Yonk p·or la oompañfa llam:a.da "Nationa1.ehemical rormt•• Adminiatre8.dor pr4ncipa.1, Ig~acio de la Barrera.
·
2s-2.
(TrabajQs nacionales de quim~)._.Por este iruevo s-i1tema.puede-decm!e-que se
a'tltnentlí la riqrléza pública, por obtenerse &lt;le la úiat~rlá primerá mas, produc~s
ABM!NISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
y mas. variados que los qµ.e- da.n los _pi:oeedi.míent()BI hasta- ahora tUJad0&amp; en el
país.-A V. E. suplico que siendo yo el primero que se presenta á pretender la
JLJIIIIADS.
introduccion de este nuevo procedimiento para destilar maderas, se sirva tenerEl dia 18 del aetual 86,ptoceder~ con arr~lo á les artículos 24, 25 y 27 de la ley ~e 26 de
me por legalmente ~tesentado, y á su tiempo conc'edertne bt patente respectiva Febrero de 1865,.ála almoneda de la casa ub1cadaen-Cela:ya, núm. 2-1, calle del M'olmo, vaen($ 3,363 78 cs.) tres mil trescientos sesenta y tl&lt;es pesos setenta y ocho centavos.
por ocho años, con arreglo á la ley, en lo q_ue recioiré gracia.-México, ·Marzo luail:a
Lo que se participa al público, para, que las personas goo. deseen haoor postura ocurran á esta
27 de 1866.-José María Flores-V~:xmo. Sr. Ministro de Fomento."
oficina, á las nueve de la mañana del aia citado.
Lo que- 8'6---publroa eR . el Dúww del Imperi-0, confu:rme- a-1 artículo 14 de la ley
México, Mayo l\&gt; de 1866.
4a-2
3 de· Noviembre de 1858.-EI Subsecretario interino de Fo'Illento, Ji'rqndis:co
El dra 21 del áctual ~ procederá, con arreglo á los ~rtículos 24, 25 y zi de la ley de 26 de
Jímenez.
1

n:

ae

(3~ publicacion.)

México, Abril 4 de 1866.

Solicitud de D. Edgar T. Singer, pidiendo .12ri1&gt;ileg.io exclusivo com-0 inventor de
ima máquina para crear vapor, que denomina "Engendrador de vapor."

Febrero de 1865, á la a1nronéda de la casa ubicad~ en Oajaca, en la caUe de la óóchera del
Santísimo, cuartel 1'?, manzana 36, valuada en ($' 1,38'2 62½ cs.) mil trescientos ochenta y dos
Fesos sesenta y dos y medio centavos. Lo que se participa a1/úb1ico, para que las personas
que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia citado las nueve de la mañana.
.
México, Mayo 1'? de 1866.-EI Administrador de bienes nacionalizados, Juan S1umz !f
Navarro.
5a-2

----=------------------~~-------'

"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ocliocientos sesenta y
001'VOOA'l'OB.14.
seis y sesenta y siete.-Exmo. Sr.-Edgar T. Singer, á V. E. respetuosamente
Ministerio de Fomento.-$eccion l ~-México, Ma.yo 9 de 1866.-Ne.cesitándose hacer vahaee la peticion-siguiente:-El quih uscribe.declara.-que-es inventor de una má- rias reparacione's en el edificio de la ex-Universidad, se convocan postores al efecto, cuyllB
quina para crear vapor, que se titula "Engendrador de vapor," la cual lleva mu- proposiciones se recibirán: en el Ministerio de Fomento hasta el día 25 del actual inclusive.
La obra consiste, por ahora, en la construccion de seis tabiques de 6 pulgadas d.e espesor,
chas ventajas sobre toda máquina usada ó inventada. hasta esta fecha. Entre
siete piezas, rasgar cinco ventanas, convirtiéndolas 11n puertas, cuyas mochetas de
otras ventajas se pueden especificar las siguientes:-!? La máquina, siendo pe- blanquear
cantería obedezcan á las melduras de las m9chetas ya existentes.-El Sub.secretario de Foqueña en comparacion con 1as ya inventadas, y tambien mas sencilla en su cons- menfo, Francisco Jimenez.
3s-1
truccion, puede ser fabricada y trasportada con menos costo.-2? Para producir igualo resultados con otra máqüina, gasta-men0s agua y menos pábulo de
Prefectura pol·í tica ((el Departamelf,to del Valle de México.
leña ó de carbon....;..3~ Que consumiendo igual pábulo con otra máquina produSECCION DE JUSTIClA.
ce resultados muy aumentados.-Ademas, deseo representar á V. E. que este
Méxieoi Mayo 11 de 1866.-Recogido un macho por la policía, se anuncia al público para
"Engendrador" puede ser aplicado á cm.desquiera ingenio de vapor que se halle que la persona que tenga derecho á él, ocurra á deducirlo á esta Prefectura, de donde se le
hoy en uso.-Adjuntas con esta peticion, sírvase V. E. ver . una descripcion del mandará entregár, previas las señas que ministre.-El ,Secretario general de la Prefectura,
·
3a-l
Engendrador, un dibujo de él y un índice de las piezas.-Por todo lo expuesto, Cárlos Zavala.
á V. E. suplico se -sirva concederme patente para esta invencion por el término
Ruaudacionrprint!ipal de emitrilnu:icnies directas
de doce años.-Juro que todo lo expuesto es la V'0rdad, y protesto estar volunDEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEX1éO.
tario á pagar lo que designe V. E., y á cumplir con_ todos los requisitos. ~e la
En todo el presente mes de Mayo· debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio
ley.-México, 27 de Marzo de 1866,-:-Eilgar T. Singer.-Exmo. Sr. Mmrstro de las contribuciones siguientes:
de Fomento."
'
'
Cuatro al mill~r sobre fincas urbanas,
Lo que se publica en e1 Diario del Imperw conforme al art. l+ de la ley de 3
Siete al millar sobre fincas rú.sticas.
de- Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco JiDerecho de ,patente sobre giros mercantiles.
'hi61Jee.

;.

AVISOS OFICIALES.
Aguardiente de caña, aguardiente de pulque,
y azúcar.

I

1.

Administracion principal de rentas del Departamento del Valle de México,
Mayo 3 de 1866.-Para regularizar el despacho que se hile&amp; en las garitas y en
esta Aduana por introduccionea de aguardiente de caña., 6 de pulq1fe, y az'(icar
del país, ha dispuesto el Supremo Gobierno, en órden de 30 de Abril anterior,
por el Ministerio de Hacienda, se observen las diaposiciones siguientes, que se
publican para conocimiento del comercio.
1~ Se hace extensivo al aguardiente de caña y demas licores del país, el plazo
de quince dias útiles á los cargamentos de trán&amp;ito gue no puedan continuar su
marcha, para que permanezcan depositados en laP Aduanas respectivall' sin causit.r el derecho de almaci:lnaje, i,egun dispone la órden circular de 18 de Mayo
de 1865.
2~ Los quince diae útiles deberán considerarse, excluyendo los feriados, el de
la intrmluccion y el de la salida, sin adeudar el derecho de almacenaje, el cual se
ca.usará en el caso de que se conserven mas tiempo los licores en el depósito, y
solo por los días de exceso, liquidándose al res¡iecto de seis y cuarto centavos
diarios por cada barril comun de ocho jarras y por ocho arrobas de peso si se
presentan en cajas.
.
3~ En la garita de entrada declarará el introductor 6 duefio si la- carga ha
de seguir continuando su escala, el todo 6 parte de ella, ó no. En el primer caso, previo reconocimiento, se pondrá razon en la misma guía firmada por
el gefe de la garita, y de ésta se podrá llevar el dueño 6 consignatario la carga

Idem de idem sobre establecimientos industtj.tlee.
.
Contribucion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de algodon, lana, lino y las de papel.
Lo que se recuerda á los causantes de esto.s impuestos; en el concepto, que pasado el referido plazo, 86 procederá ejecutivamente contra los causantes morosos, para h,cer efeetivo el
pago de sus adeudos, incl11Sos los recargos en que incurran, conforme á las leyes de la materia.
La Qfieina se halla situada en el edificio de la Aduana.
Méxi~o, Jdayo 1 \&gt; de 1866.-1\11 Recaudador principal del Departamento, Francisco Diaz
Montmío.'
Bs--6

DBl.&amp;OÜ'B DEX. 'VAIJ.11,
CONVOCATORIA.

Estando decretado se procedaá la ejecueion del desagüe directo del Valle de México, se
convoca por la presente á todos los que deseen hacer proposiciones para la
del Tonel que irá de Znmpango al rio Tequisqtiiac; en el concel?to de que en estt: . 8terí1) se d~rán las instru,cciones necesarias y de que dichas proposiciones solo se recibirán hasta el día
25 del presente . .
Ménco, Mayo 8 de 1866.-Pqr 6rden de S. E., el Subsecretario de Fomento Francisco Ji.
Sa-2
mcnu.

:f¡~fmª.

.!l.dfflitnuwacio,1, de rentas de Chako,.

AVISO.
Se participa al público, para que las personas que quieran hacer pos__tura concurran á e~ta
Administracion el dia 15 del en.trante Setiembi:e, á llll nueve de la manana, en que se verificará el remate del rancho conocido con el nombre del "Jardin," ubicado en la mllllicipalidad
de Ozumba, de esta jurisdiccion, con arreglo á lo acordado por el Sr. Adm~tra~or ~e 1:&gt;ienes
na~ional.iñdos en 5 del presente Abril, y vah~ado en ($ 6,~ 42 cs.) se1S mil se1S~1entos
treinta y cinco pesos cuarenta y dos centavos; siendo de advertirá las personas que se mteresen á dicho rancho, qtte al Erario solo reco.noce esta finca 3,800 pesos, y que ~ab~á ª?e~
que garantizar á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante á qruen JWIÚll·
que ser el dueño.
.
Chalco, Abril 17 de 1866.-EI Administrador de rentas, Victoriano Camilo. l0a-5

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

476

Ju~gatlo de letra&amp; de Huiclaapau •

.raz¡rado de letras de Korelos.
Auto citando á D. Nicolás Perez.-En el espediente que se sigue en este Juzgado contra el
Juez de paz de Cuahuistla, por responsabilid,-d, he provefd? UD auto que á la !etra ~ice:
"Morelos Abril 10 de 1866.-Por cuanto aparece que se ignora la actual res1denc1a de D.
llicolás Per~z, cítesele por medio del Diario oficial del Imperio, para que dentro del tétmino
de quin&lt;ld dias perentorios, contados desde la primera publicacion, se presertte en este Juzgado· apercibido de que si no lo verifica, se determinará en esta causa sm su audiencia lo que
co~esponda. El Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro, Juez de 1~ instanc!a del Di~trito, q~e a&lt;&gt;túo por receptoría á falta de Secretario, lo mandé y firmé. Doy fe.-Diaz Barre1ro.-As1Stencia, A. Moreno.-Asistencia, A. L6pez."
Y en cumplimiento de lo mandado y para que surta los efectos legales, pongo el presente
en Cuautla de Morelo11, á diez y ocho de Abril de mil. ochocientos sesenta y seis.-El Juez de
l~ instancia del Distrito, Diaz Barreiro.
6a-5

,

•

Tribunal Merca,itil de Guauajiiato.
Guanajuato, 30 de Abril de 1666.-Este Tribunal, en los autos seguidos por la quiebra de
D. Luis Manriquez, con fecha de hoy ha proveido el siguiente:
.
"Guanajuato, 30 de Abril de 1666.-Vistas las constancias de estos autos, y apareciendo de
ellas que D. Luis Manriquez ha suspendido el p¡igo de sus obligaciones liqui~as y cumplida~,
se le declara en estado de quiebra, segun lo prevenido en el art. 759 del Código de Comere,ii
vigente, cuya época es de contarse desde esta fecha, á reserva de lo que despues aparezca:
procédase al aseguramiento de todos los bienes, libros y papeles del deudor, así como ála detencion de su correspondencia; para lo que se librará el respectivo oficio á la Administracion
de correos: se nombra síndÍco administrador á D. Juan Casillas, y judicial al Lic. D. Ignacio
Alcázar, fijándose á los acreedores el término de diez dias para que presenten al síndico administrador los justificantes.de sus cré&lt;l!tos, haciéndose las.notificaciones en los_términos que
previene el art. 813 del Código mercantil: publiquese la qmebra conforme á lo dispuesto en el
art. 794 del propio Código, y f6~ese el espe~iente de calificacion de la quiebra, haciéJ:dose
saber á los síndicos sus respectivos nombramieµtos. Así lo mandaron y firmaron los senO?es
Presidente y colegas del Tribunal Mercantil: doy fe, como tambien de que los señores que
forman dicho Tribunal, son el Lic. D. José María Chico, D. José Guadalupe Ibargü.engoitia
y D. Pantaleon Parres.-José María Chico.-J. G. lb«rgae11goitia.-P. Parres.-Migud
Herrera.'' -Por enfermedad del Sr. Secretario,'Miguel Herrera, Escribano de diligencias del
Tribunal.
Sa-2

AVISOS JUDICIALES.
lazgado primero de Instraccion de lo civiL
Palacio de Justicia.
Por auto de 8 del corriente, proveido por el Sr. Juez 1~ de Instruccion de lo civil, Lic. D
José María Garay, en un exhorto que le tiene dirigido el Sr. Lic. D. José Rafael Porras, Juez
2? de lo criminal de la ciudad de Puebla, encargado del Juzgado 2? de lo civil, de confor.
rnidad con los proveidos por aquel Juzgado, con fecha veintisiete de Abril último y cinco del
actual, á escrito presentado por D. José María Zambrano y comparecencia de éste en repr«;sentacion legítima de la Sra. D'.' Cármen López Obando, como heredera y albacea de m-Mi.
caela Obando y D. Buenaventura López, y ademas por sí, solicitando esperas de sus acreedores, que obran en dicho exhorto, se ha mandado se cite por los periódicos á los_acreedores
_para que el dia quince del presente, á,las diez de la mañana, concurran al citado Juzgado de'
Puebla, á fin de que tenga efecto la junta; previniéndoseles á los acreedores concurran á ella
con los títulos ó comprobantes de sus respectivos créditos, y que los que no pudieren asistir
personalmente, lo hagan por apoderado con el corre_,§pondiente poder que para estos casos se
requiere. Y no sabiéndose la habitacion de D. Isidfo Rincon, y estando ausente de esta cap~l
D. Tomás Guillow, se citan por i;nedio del presente para que concurran en la fecha y hora c1.
tada al espresa.do Juzgado de P.uebla, como acreedores, en los términos mandados. ,
México, Mayo 12 de 1666,.-Juan Nepomuceno Carrwn.
944-J

CITACION JUDICIAL.

Huichapan, Abrit14 de 1866.-Ignorándose el para~ero de D. Vicente Cástulo Doran~,
V ecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de qmnce dias, ~ontados des\le la primera publicacion de ésta, comparezca J.lº~ ~í 6 por_apod~rado suficientemente instruido y espensado, á c?ntestar la deman~3: que en JU1C10 conciliat~no, sobre
esos, le promueve el Coronel D. Ignacio del Peral; aperc!b1~0 de q~e se dará por mtentada
fa conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del D1stnto, BemgM.Romero.
935-15s-4

Almoneda judicial.
El Sr. Juez 2? de lo civil de Instruccion, Lic. D. Miguel. Rendon Peniche, ha mandado
qne se proceda á la venta de la casa núm. 6 de la calle de .Zuleta de est-a ciudad, valuada por
e1 perito tercero en discor~ia, D. _Luis G. Ai;zo~ena, en.la cantid3:d de 6,739 pesos, señalando
para la primera almoned~ la mana1;13: del d1a diez y seis del comente á las doce, en su Juz·
·
.
gado situado en el Palirc10 de J ust1c1a.
Lo' que pongo en conocimiento del público, para que las personas que se mteresen en la
finea y desearen algunas instrucciones, ocurraná dichoJ.UZgado, donde se les darán las que
ministran los autos.
México, Mayo 4 de 1866.-José Vicente Piña, Escribano público.
941-38-2

Ju~gado 11rimero de Instriucion de lo civil.
En el juicio ejecutivo que sigue 1~ Sra. m Dolores Febles contra la Sra. D~ Josefa Perez
Arroyo de Becerra, ha mándado el Sr•. Juez. 1? de lnstruccion se cite. á la últi!l'a .Pºr los _periódicos para J,ue en el término de vemte dias, contados desde la última puohcac1on, se preBente e~ este uzgado para la práctica de una diligencia; apercibida de lo que haya lugar en
derecho si no concurre.
México, Mayo 9 de 1866.-Por mi compañero Abadiano, Manuel Vera, Escribano público.
942-3s-2

'l'ribanal de 1 ~ instancia del Departamento del Valle de México.
1~ SALA.

;

Por auto proveido en 2 del prel!ente mes, la 1~ Sala de lo civil del Tribunal de 1~ instancia
de. esta capital ha aprobado la graduacion de créditos á cargo de fa testamentaría de D. Fernañcio de Pontones, que formaron el apoderado del albacea y e~ interventor no~brado ~or los
acreedores, y presentaron en laj~ta celeb~a~a _en 13 del pró~o pasado Ab1;1l, mandando
se anuncie por dos periódicos; baJo el a~erc1blll?-1ento de que s1 dent,ro,del térmmo l~galt eontado desde la publicacion de este anuncio, los acreedores que no as1Stieron á la refenda Junta
no interponen el recnrso de apelacion contra dicha graduacion, en el caso. que se crean. Po/
ella agraviados, quedará ejecutoriado y consentido el auto por el cual ha sido aprobada. Y eµ
cumplimiento de lo mandado pongo el presente.
México, Mayo 7 de 1866.-El Oficial mayor, Lú. Juan Ferriz.
943-3s-2

.A. VISOS PARTICULARES.
INTEBESd.NT.E,
El que suscribe, apoderado jurídico de la testamentaría del Sr. D. ManuelEscandon, pone
en •conocimiento del público, que todos los bienes raices de los Sres. Flor~s hermanos, están
hipotecados especialmente al pago de una fuerte suma que ade~dan á di~ha testament9:11a,
y el Sr. Lic. D. Ignacio Fuentes es~ nombrado para intervemr por escrito en c~lesqlll~ra
contrato de venta: en consecuencia, ninguna venta puede verificarse legalmente sm esa ID·
tervencion.
Méixco, Mayo 12 de 1866.-Leandro Teija y &amp;nande.
946-8s-1

EDIO'l'O.

•
ESCRIBANIA PUBLICA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SOMBRERETE.
En las diligencias que giran en este Juzgado eon motivo de lt muerte de D. PedroTigeot
acaecida en esta .ciudad el dia diez y ocho ael corriente, por auto de fecha veinticuatro del'
mismo se mandó se convoquen á todos los que se crean con derecho á los bienes-del intestado
del espresado Tigeot, para que comparezcan á deducirlo dentro del término de seis meses
contados desde la fecha del auto, y que esta convoc¡ltoria se publique para su efecto en el pe.'
riódico oficial del Departamento y dos de la capital del Imperio, librándose igualmente exhorto
31 lugar de la residencia de los herederos del finado.
Sombrerete, Abril 26 de 1866.-Juan Undiano.
945-15a-1

.POR DEÓRETO IMPERIAL DE 10,DE DICIEMBRE DE 18ü5.

Aviso judicial.

- 5Barrou FOIJ'bes y Comp.
BANQUEROS DE LA CollrPANÍA. &lt;BaucodeLó1ul:res,Aié1·uoy Suddniérica

En el juicio seguido por D. Manuel y D~.Maria de los Angeles Osio contra el intestado de
D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez 1~ de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al remate de la casa núm. 2 de la calle de Corchero, embargada al espr!)sado intesta.
do y valuada por el perito D. Apolonio Tellez Giron en la·cantidad de siete Ilíil quiniontos
pesos (7,500 pesos); -señalándose. para las almonedas los dias 23 del presente y 3 y 15 de l
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se interesen puedan
instruirse pasando á informarse á es.ta Secr~taría. .
,
México, Abril 10 de 1666.-Joaquin Abadiano, Escnbano público.
894-9a-8

.' COMPAÑIA DE COLONIZACION ASIATICA
ESTABLECIDA EN MEXICO

SUSCRICION ABIERTA EL 8 DE IIIARZO DE 1866,
En la Direcdon General, calle de las Escakrillas núm. 17, y en el Banco de L6_pdres,_
México y Sud América, calle !l-e Capuchinas.
•

&gt;

0

&amp; publicará oportuname11te los nombres de los Agentes
en

los Departamentos.

CJapital Social $ 2.000,000

Representado por 20,000 acciones de á $ 100 cada una, pagaderas por cuartas partes, á
saber: ·
En el acto de suscribirse ....••. , • . . . . • .. 25 por 100
A los seis meses ....... ,................ 25 ,, ,,
.Juzgado segundo de primera instancia de Orizava.
b
A los doce meses ••......•• ... •.... : • • . . 25 ,, ,,
AVJSO.
A los diez y ocho meses... • . . . . • . . . . . . . . 25 ,, ,,
Por auto de esta fecha, el Sr. Juez 29 de 1~ inst.anoia de esta ciud:ad, Lic. D. Manuel José
Al efectuar este último entero, se entregarán la accion ó título definitivo, recogiendo los .
de Urrieta, ha dispuesto se cite por medio de los periódicos á D. Rafael Rivera, para que en certificados provisionales, conforme al art, 11 de los .Estat'l.1,tos.
.
el término de diez dias comparezca á contestar la acusacion criminal que por injurias graves 1e
Se recomienda al público la lectura. del art. 56 de los E.statutos, por el que, vendrá en conotiene promovida el Sr. Administrador de rentas D. Domingo Villaverde; con apercibimiento cimiento de la preferencia concedida á los d.ccionistas en el traspasó de las contratas
de que si así no lo verificase, se procederá á lo que haya lugar en derecho.
á la llegada de los trabajadores. En el mismo artículo se dice: "En e7, caso que se presente;n
Orizava, Mayo 4 de 1866.-Pedro Paz, Escribano público.
a~- 2
'!larios accionistas solicitadores, se les wlerán las contratas, segun el número de 6rden ck sus títulos y á razon de un tra}¡ajador por cada dos acciones."
Cttacion judicial.
Todo lo que se pone en conocimiento del público, de órden del Consejo deAdministradon:
En la demanda que D. Julian Maldonado ha entablado contra D. José Carranza, sobre de- en la inteligencia de que la suscicion se cermrá precisamente el ilia ·30 ile Abril.
volucion de un caballo, á peticion del actor ha mandado el Sr. Juez 2~ de Instruccron, Lic. D. '
CONSEJO DE ADMINISTRACION.
Miguel Rendon Peniche, se cite por los periódicos al mencionado D. José Carranza ácontesPRESIDENTE.-El Señor Conde del Valw de Orizava, Gran Chambelan de S.M. la Emperatar esa demanda; apercibido que de no comparecer por sí ó por apoderadQ instruido y espen- triz, propietario.
·
sado, con dicho obJeto, dentro del término de ocho dias que al efecto se le señalan, seguirá el
Sr. D. Andrés Pizarro, ex-Presidente del Se;nado, pr~ario.
juicio en su rebeldía. Lo que se le hace saber por el presente aviso; en concepto de que los
Sr. D. Nicolás PolialunJits, Secretario de la Intendencia de la Lista Ci!!il.
ocho dias se contarán desde la tercera insercion de dicho aviso en los periódicos.
Sr. D. Miguel Ceroant~, Cliambelan del Emperador,propietario.
México, Mayo 5 de 1866.-Joaquin Gúzman, Escribano público.
936-3s-3
Sr. D. Luis Barreiro, Regidor y propietario.
!
Sr. D. Manuel Valay. Abogado y propietario.
SECRETARTO.-Sr. D. Santiago Lollse, comerciante de la casaF. .(1. Lohse é Hijos .
.Tazgado de letras de 'l'emascaltepec. ~
En los áutos seguidos por este Juzgádo en el intestado del súbdito espaiiol D. Martin UnNOTA.-Los trabajadores 'Dienen contratados 11or diez año~, ganandlJ euatro pesos mensuales y
zueta, el Juez que suscribe, por auto de veintidos del próximo pasado Febrero, ha mandado
se cite por el presente á los que se crean con derecho á los bienes correspondientes á dicho mantencion, y se l&amp;s darán dos mudas de ropa anuales.
En virtud de arreglos hechos con aI1ticipacion por la Direccion General, llegar4n y se reintestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de treitJ.ta dias, contadOs
desde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por'a:poderados instrui- partirán los primero~ col~nos, antes de pagarse ri! segun_do_pifi,~o. Por lo tanto, la~ personas_que
dos y bastantemente espensados; en la inteligencia de que les parará el pe!Juicio á que haya quisieren contratar trabaJadores, pueden desde ahora rnscnb1rse en la
lu~ar en derecho si no lo verifican.
Direccion General, calle de las Escalerillas núm. 17.
remascaltepec, Abril 21 de 1666.-El Juez letrado, Manuel Gracida.-Asistencia, Ignacio
861- 30s-13 ;
Muñoz.-Asistencia, Rajad Romero.
,
6a-6

.Juzgado tercero civil de !nstruccion.
Palacio de Justicia.-El Sr. Juez 3~ civil de In~truccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier,
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene maudado se cite por los periódicos á D
Juan Lorenzana, para que dentro de ocho dias precisos 'se presente á contestar 1~ demanda
que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Luis Morali; apercibido de darse por conteS·
tada en su rebeldía.
México Mayo 7 de 1866.-Lic. José llfariano Moya de Contreras, Escribano púbico.
939- es-3

AVISO.
En l[( tlapaleria de LA SIRENA, calle del Refugio núm. lj), se h_a recibido un surtido de
papel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne se dará al precio de,sde 3 hasta 5 reales
pieza.
.
Tambien se han recibido hules para piso y pnra coche, á precios sumamente cómodos.
En la misma casa se encuentra un surtido de porcelana, loza y cristal.
910-15a-7

1'IEXICO.=- IMPRENTA IMfERIAL.

\.

I

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>, EL

•

DEL .

I
t.

1 •

•
Los números sueltos valen 12 centavos.

Tmro III.

1'IEXICO.- 1'Iartes lá de JJlayo de IS66.
SU'M.4.IUO.

Nm1. 411

Esta suma está dedicada á la casa de Maternidad, conforme á los deseos de
S. M. la Emperatriz, que infatigable en el prop6sito de estaillecerla lo mas pronto posible, ha dispuesto aumentar los fondos mencionados con el producto de
una rifa de varios objetos, que tendrá lugar dentro de algunos días en el salon
de Minería.
Las Damas de S. M., muy dignas de secundar sus generosos impulsos, prestarán su cooperacion y dirigirán este acto. Creemos que contribuirán todas las
personas caritativas con objetos 6 dinero que recibirá como comisionado al
efecto el Señor Consejero de Beneficencia D. Fr{lncisco Campero, para._que el
éxito de la rifa sea digno de la filantropía que ha inspirado este medio de socor·
, rer á los pobres.

PARTE OFICIAL.-Personas conde_coradas c~n la Cruz de Guadalupe y la de S. Cárlos.
~ARTE NO OFICIAL.-Beneficenc1a.- PasaJeros llegados á Veracruz en Abril.-GuanaJnato.-~orre~pondencia para elExtranjero.-Estadísti.ca de Guanajuato (conti.núa).-Do&lt;lumentos históricos.

PARTE OFICIAL.

.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, Mayo 14 de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 8 del actual, Ha tenido á bien condecorar con la Cruz de la Imperial Orden de Guadalupe á las personas siguientes:

Pasajeros llegados á Veracruz.

COMENDADOR.

M,inisterio de Negocios Extranjeros y Marina.- Noticia de los pasajeros llegados al puerto de V~racrnz en el mes de Abril próximo pasado, con expresion
de su sexo y nacionalidad.
·

D. Salvador Vazquez.

. Hombs. Mujs.
OFICIALES.

D. Manuel Velez Escalante, Prefecto de Sonora.
,, Antonio Groso, Prefecto de Mazatlan.
,, Francisco Castillo Negrete, Coronel.
,, Pedro Camou.
,, Fortino Vizcaino.
,, Agustín Migoni.
,, Santiago Campillo.
,, Joaquín Astiazaran.
,, Juan Salazar.
,, José María Casanova y Geraldi.
,, Dionisio Gonzalez.
CABALLEROS,

D.
,,
,,
,,
,,

•

Gil Osuna.
Rosalío Paez.
Conrado Izaba!.
Angel L6pez Portillo:
José Casanova y Geraldi.
,, Jesus Betancourt, Ministro del Tribunal .de
Justicia de Mazatlan .
,, J esus Ferreira.

SS. MM. II., por acuerdo de 8 del actual, Han tenido á bien conceder la
Cruz de,la Imperial Orden de San Cárlos á las señoras

Mexicanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . .
46
Franceses . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
Españoles.... ...................... , . . . . . . . . . 74
Americanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 132
Ingleses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
Alemanes .. .. ___ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
Italianos ... ....•.... ....... ... ........... . .... 17
Prusianos. . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1
Belgas. . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2
Escoceses. . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . .
2
Húngaro ...................... - . . . . • . . . . . . . . .
1
Austriacos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3
Suizos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5
Portugués. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1
376

10

6

13
17
4
4
,,
1
,,
,,
.,

2
,,

,,
57

Resúmen.
Hombres . . . . .. . . . .. . . . . . . . .
Mujeres ....... . . . . . . . .. . . . .

376
57

Total.. . ....... . ..

433

México., Mayo 12 de 1866.-El Subsecretario de Marina, L . Détroy'af.

Guanajuato.

El Sr. Comisario Imperial de la 3~ Division territorial ha dictado las siguientes medidas:
"Comisaría Imperial de la 3~ Division territorial.-Guanajuato, Mayo 1~ de
1866.- Habiéndome manüestado muchos dueños de haciendas, que aunque les
asiste el derecho de quitar algunos ranchos mal avecindados que se encuentran
en sus posesiones, no tienen fuerza para ello; y eiendo notorio que los expresados ranchos son muy perniciosos, porque habitados por gente depravada, sirven
El Secretario encargado de la Gran Cancillería,
de asilo y punto de reunion á los malhechores, y de ellos es de donde generalJosé H. Gonzalez.
mente se forman las gavillas, se servirá V. S. dar sus órdenes á las autoridades
que le están subordinadas, á fin de que presten auxilio y proteecion á los propietarios para que lleven á cabo esta medida que tanto debe contribuir á la sóliPARTE NO OFICIAL.
da paz del Departamento, y para que ai1·imando á la ~a~~ de la hacien~a á los
vecinos honrados de los ranchos, se encuentren en pos1bihda~ de cumplir el deber que tienen de defenderse.
.
.
BEN'El'ICEN'CI.4..
"Los señores gefes militares á quienes hago la misma recomendae1on, no duLa funcion que bajo los auspicios de S. M. la Emperatriz tuvo lugar el 27 do que prestarán su apoyo, pues ~ejor que nadie conocen la utilidad de esta de&amp;e Abril último en el Teatro Imperial, dedicada á la Beneficencia, produjo la terminacion...:...El Comisario Imperial, Luis Rob'les Pezuela......Señor Prefecto posuma de 8 2,017 62½ cs.
lítico de este Departamento.
La ejecucion de tan humanitario pensamiento fué confiada por S. M. á las
''Comisaría Imperial de la 3~ Division territorial.-Guanajuato, Mayp 1~ de
Señoras Doña Catalina Barron de Escandon, Doña Concepcion Lizardi de Va- 1866.-La lenidad y tolerancia con los desertores, ha favorecido de tal manera
lle, y Señotita Doña Carlota Escandon, quienes en el desemtJeño de su honroso este vieio entre nuestras tropas, que ya necesita una severidad de hierro para
encargo han manifestado la mejor voluntad y acierto.
corregirlo.
El producto líquido, aumentado con la suma de$ 300 que como donativo di6
"Los males que produce son muy conocidos de una per~ona tan experimentaS. M. la Emperatriz de su caja particular, ascendi6 á la cantidad de $ 2,317 da como vd.: la defraudacion del erario, la pérdida del eqmpo y armamento, y lo
62½ cs., invertida conforme á su destino, de la manera siguiente:
que es peor, que los d,esertores con frecuencia van á engrosar las gavillas de
malhechores.
Producto líquido aumentado.......... ... ...... $ 2,317 62½
"Para remediar esto, espero se sirva vd. recordar á. todas las autoridades ~iliEn pagar varias obras concluidas en el Hostares que le están subordinadas, la obligacion en que se hallan de persegmr y
picio de Pobres...............................
893 29
castigar con brevedad y energía á estos criminales, aplicándoles todo el rigor _d_e
la ley.-El Comisario Imperial, Luis Robles Pepuela.- Señor Comandante miliQueda .. .. ....... ....... $ 1,424 33½
tar, General D. Felipe Chacon.
D~ Francisca N úñ.ez de Castillo Negrete,
,, Cárrrien Andrade de Almada,
,, Loreto Iriarte de Izabal,
,, 0oncepcion Aguilar de Gándara,
,, Aglae 0amon de Camon.

\.

;

�EL I)IARIO DEL' IMPERIO.

478

"Comisaría imferial de la 3ª division territerial.-Guanajuato, Mayo 1~ de
1866.-Cuando e reclutamiento del ejército se hacia forzado ó por leva, alguna
disculpa podiqn tener los soldados para desertarse, y las autoridades para disimularlo; pero actualmente que nuestro justo Emperador ha prohibido aquel medio inícuo, sustituyendo el enganche voluntario, prévia la lectura de las leyes
militares y una prima que recibe el enganchado, no debe perdona1·se á los desertores, ni omitir medio alguno para aprehenderlos y castigarlos.
·
".A.~í, se servirá V. S. reco1·dar á todas las autoridades civiles del Departamento, la obligacion en que se encuentran de perseguir y áprehender á los desertores, así como que la omision ó disimulo de este deber constituye un delito; dando á esta diaposicion publicidad, á fin de que los particulares no olviden que,
segun nuestras leyes, que van á ser severamente cumplidas, el que favorece de
cualquier modo ú oculta á los desertores, se hace su cómplice é incurre en la
misma pena que ellos.-El Comisario imperial, Luis Robles Pezuela.-Señor Prefecto político de este Departamento.
·

..

doa, presbítero; D. José de la Luz Rozas, abogado; D. José L. Fuentes; id. D.
JuanN. Contreras, agrimensor; D. José Leal, ensayador; D. José M. R. de Nava,
médico; D. José García Sa.avedra, id.; D. José M. Gutierrez, 1id. D. Jesus García de Leon, id.; D. José M. García Garfias, id.; D. J. M. Martinez, fag:nacéutico;
D. Joaquin Gonzalez, comerciantl); D. Juan Ruiz, id.; D. José de la Luz Pacheco Gallardo, escritor;· D. Leonardo Canal, comerciante; D. Luis Gonzalez, farmacéutico; D. Luis Corona, abogado; D. Miguel T. Barron, Abogado; D. Mariano J.
Martinez, id.; D. Manuel Moneada, agrimensor; D. Mariano Leal, ensayador; D.
Miguel Alfaro, médico; D. Miguel Esqueda, comel'Ciante; D. Manuel Medrano, id.;
D. Manuel Castillo, talabartero; D. Miguel Lavalle, médico; D. Pedro Esteves,
comerciante; D. Procopio Ocampo, prepósito del Oratorio; D. Pablo Torres, magistral y juez hacedor; D. Santiago Manriquez, comerciante; D. Susano .A.randa,
id.; D. Sotero Zúñiga, doctoral; D. Tomás T. Obregon, abogado; D. Tomás Palomino, comerciante; D. Tiburcio Torres, labrador; D. Victorio Morales, talabartero; D. Vicente .Arriaga, presbítero.
(Continuará.)

Cor1•espondencia para el Exterio1·.

Documentos histó1·icos.

.A.dministracion general de correos.~.A.viso al público.-El dia 19 del corriente, á las cinco de la tarde, se 'despacha de esta Administracion general para Veracruz un extraordinario con la -correspondencia que ha de conducir á la Habana
el vapor español "Ciudad Condal," y el oia siguiente, á la misma hora, saldrá
tambien otro extraordinario para el mismo puerto con la correspondencia que ha
de llevar á Nueva-York el vapor-correo "Andrew .Tohson," quien tocará igualmente en la Habana, y ambos en Sisal. .
•
·
Lo que ~e participa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.-Méx1co, Mayo 14 de 1866.~El .Administrador general, Luis de la Peza.

La primera entrega de los que se publican en el "Diario del Imperio," está ya
lista para los que quieran comprarla. Son 8 páginas ~e impresion en 4~ mayor,
y se venden á un real en eijdespacho del "Diario," Bajos de San .Agustín núm s..

ESTADISTICA DEL DEPARTAMENTO DE GUANAJUATO,
_FORMA~A EN 1865 POR LA PREFECTURA .POLITICA DEL MISMO,

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 5? de los transitorios de la ley
de 3 de Mimo del propio año.
( CONTmUA,)

DISTRITO DE LEON.-Sus LIMITEs.-Leon, cabecera del Distrito de su
nombre, esJá situado al O. de Guanajuato y á la márgen derecha del rio Turbio:
por el N. lmda con el de .A.Hende, por el O. con el de Guanajuato, por el S. con
el Departamento de Michoacan y por el P. con el de .A.guascalientes, y se cempone de las muntcipalidades de:
1 Leon.
1 San Francisco del Rincon.
1 Purísima del Rincon.
1 Piedragorda, con los partidos de Pueblo Nuevo y Jesu1;1 María.
1 Pénjamo.
5 municipalidades.

AVISOS OFICIALES.
Becawtacion prin,cípal de Contribuciones direci.s
DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE 111EXICO.

A fin de dar el debido cumplimiento al supremo decreto de 27 de Abril último, relativo al
aumento de un 25 por 100 á todas las contribuciones directas que se ca11San actualmente en
el Departamento, cuyos productos están consignados á la obra del desa¡¡üe directo del Valle,
por el presente se hace saber á los causantes que hayan satisfecho el importe del segundo
tercio del presente año, el deber en que están de ocurrir á esta oficina en todo lo que falta del
mes actual á hacer el entero del espresado aumento del 25 por ciento, á cuyo efecto presentarán el recibo que les hubiere espedido esta recaudacion principal para que sea anotado¡ en el
concepto de que rasado esre plazo se procederá ejecutivamente contra los que así no lo verificaren,
para ~acer efectivo el cobro, con mas los recargos en que Íllcurran, con arreglo á las leyes de la

;nateria.

México, Mayo 12 de 1866.-El Recaud'ador principal del Departamento, Francisco Diaz

.Montaña.

3s-l

AVISOS JUDICIALES.
.

Oitacion judicial.

Las Sras. D~ Ignacia, D~ Nieves y D~ Rafaela Arciniega se han presentado ante el Sr.
Juez5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ofi:eciendoinformacionparajustificar que les corresponde en propiedad un capital que se reconoce al Presbítero D. Juan I. Lyon en las haciendas de San Miguel Totolqueme y Santiago Tepacaltepec, de lá testamentaría de D. Miguel
Nájera. El Sr. Juez ha mandado se reciba la fnformacion, con citacion de los herederos del
espresado Presbítero; é ignorándose el paradero de estos, ha prevenido se haga la citacion por
los periódicos, señalándoles el término de quince dias: en cuyo cumplimiento, los cito por
medio del presente anuncio.
·
México, Diciembre 21 de 1865.-.Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
·
947-3s-1

Citacion judicial,
MUNICIPALIDAD DE LEON, FUNDACION,-"Antes de la Conquista, dice el Sr.
En.el
juicio
verbal
que
sob_re
pesos
pro~ovió D. Ignacio Esquivel por D. Simon Gu.tm¡n,
Dr. Romero, el sitio que hoy ocupa la ciudad, era habitado podas tribus de los
contra D. J. A. Franco, el pnmero ha pedido que se haga saber al último laradicacion de este
indios chichimecas: cuando Pedro .A.lmindes de Chirinos hizo sus incursiones á juicio
por el órgano de la prensa; que en la propia forma se le cite para el reconocimiento de
Lagos y Comanja, algunos de sus soídados llegaron hasta Leon y le dieron á la documentos, con el ~per~ib~miento de darse por reconocidos_ si no .co~curre; y por último, se
le haga sabe~, que s1 premslJlte en !1-º comparecer ~l llamam1ento Judicial, se seguirá el juicio
comarca el nombre de Valle de·Señora.
en su a11Sencia y rebeldía: y proveido de conformidad, el Sr. Juez 3~ civil de .Instruccion
"Aunque el decreto para la fundacion de Leon lleva la fecha de 12 de Diciem- Lic.
D. Cristóbal Poulet y Mier, que conoce actualmente del juicio, mandó en nueve del pre:
bre de 1575, yo creo que muchos años antes se avecindaron allí al,,.unas
familias
0
sente ~es se netifique esta determinacion á D. J . A. Franco, para que dentro del término de
con autorizacion del Gobierno de México, y hasta el año .referido no se expidió ocho dias que se le conceden, se presente en el Juzgado referente, cuyo término se contará
la real cédula. Apoyo mi juicio en que Cárlos V, en el decreto que dió para la desde que se publique por primera vez este anuncio, que surtirá los efectos qe notificacion
fundacion de Pénjamo, fechado en_ Valladolidad el 12 de.Agosto de 1552, encar- personal.
México, Mayo 14 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
·
948-3s-1
ga su cumplimiento á vos mi alcalde m,ayor de esa villa de Leon. Sin embargo de
todo esto, la fundacion legal no se verificó hasta que ef virey D. Martín E;riAVISOS PARTICULARES.
quez de Almanza trató de reunir á los indios en congregaciones numerosas, donde pudiesen aprender la doctrina cristiana, dedicarse al trabajo y adquirir las
maneras de la vida, social: entonces cometió la ejeoucion de la cédula al Dr. D.
E_
Juan Orozco, Consejero real que pas.ab¡¡. para Guadalajara. Este magistrado auPAR.A. 1866.
torizó el nombramiento de los primeros alcaldes y concejales, y declaró terminaEste .Almanaque es sin disputa el mejor de cuantos se han publicado en Méxida la fundacion de la villa el 20 de Enero de 1576. Trascurrieron todavía muco
hasta ahora. Consta de mas de 400 páginas de impresion limpia, hermosa y
chos años para que se expidiera por la corte de España el título respectivo, que
correcta,
hecha en papel de lujo, y contiene una multitud de noticias curiosas é
n? llegó ~ public~rse sino hasta el 22 de Marz? dJ 1712. Las armas que ennoble01an la villa contienen, ent!'e otras cosas, la imagen de San Sebastian mártir, interesantes, que son necesarias para muchos, y útiles para toda clase de personas.
patron del lugar.
• .
Está dividido en cinco secciones y un .A.pénd-ice.
"Á.scenso que ha obtenido.-El aumento de poblacion y comercio que tuvo Leon
. La 1~ contiene notas cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas naªespues de nuestra indep~ndencia fué tan rápido, que ei segundo Congreso de
Guanajuat9 lo elevó al rango de ciudad y cabecera del Departamento de su nom- cionales.
La 2~ trata de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuerbre (hey Distrito)."
Á.'t(,toridades '!J emplead.os.-Ptefecto político, D. Ildefonso Portillo.-Alcalde po diplomático mexicano y extranjero, Casa del Emperador y de la Emperatriz,
municipal, D. Antonio.Feña.-Juez de 1~ instancia, Lic. D. Manuel M. Ledo.- Secretaría privada y Ministerio de la Casa Imperial.
La s.eccion 3~ contiene noticias de todos los Ministerios y de las dependencias
Con~ejer~, D. Teodoro G. de Velasco; id. D. Isidro Camarena.-Juez 1° de paz,
propietario, D. Angel Bustamante; 2~ de id. id., D. Miguel Urteaga; 3~ id. id., D. de cada uno.
La 4~ está destinada á la Gran CancillerÍá y á las Ordenes Imperiales: con1!i~go_Muñoz; 4º_~d. id.,~- Salom~ ~ocha; 1~. de id. suplente, D. Jesus Molina;
2. 1d. id., D. Juan Maldonado; 3° 1d. id., D. Vicente Mal.donado; 4~ id. id., D. Li- tiene los nombres de todas las personas condecoradas con ellas, los de los mexibrad~ Go~zalez.-~e¡sidor decano, D. Miguel Sámano; id. subdecano, D. Martín canos que tienen condecoraciones extranjeras, y los de los extranjeros que tienen
Garcia; 3., D. Cas1m1ro Guedea; 4?, D. Juan B. Contreras; 5?, D. Miguel Tor- condecoraciones mexicanas.
res; 6~, D. Juan M. del Campo; 7', D. Leopoldo Obregon; 8~, D. José Rosas.- . La seccion 5~ trata de la Pl'efectura del Departamento de México·, de los Tribunales, Corporaciones y Oficinas públicas, establecimientos de enserianza y beProcurador 1~, D. Ramon Sanchez; id. 2?, D. Luis Montes.
Perso~as notab~s.-D. .Agapito .A.y~la, canónigo; D. .A.nastasio Yepez, pro- neficencia, etc., etc., etc.
secretario de Cabildo; D . .A:nacleto Ont1veros, abogado; D. Buenaventura .A.ran- · El .Apéndice contiene los cambios de personal que han ocurrido en la Corte y
.
·
da, co~er~iante; D. Eutitnio C. Serrano de P?rtugal, sacristan mayor del Coecillo; en el Estado1 durante la im_presion del .Almanaque.
El extracto anterio.r está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porque ---.,
Epifa_mo Mend~ze., talabart~ro; D. Evanst? Gutierrez, agrimensor; D. Fran01sco TeJada, provisor y arcediano; D. Francisco T. Leon, cura del Sagmrio· no lo consienten la multitud, extension y variedad de sus noticias.
El Almanaque Imperial se halla de venta en la librería de los Sres. Andrade
D. ~rancisco García, abogado; D. Francisco Calderon, id.; D. Francisco Bárce:
n~, id.; D.'Francisco Leal, médico; D. Francisco García, comerciante; D. Geró- y C~, P.ortal de .Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio,"
mmo Torres, labrador; D. Gerónimo Hoyo\, id.; D. Herculano Ram.irez, arqui- Bajos de Sa~ .Agustín núm. 8.
PRECIOS.
tect~; D. Ilde~onso Portillo, propietario; D. José María de Jesus Diez de Solla.no
.A. la rústica.••..•....•. : 2 pesos cada ejemplar.
y De.va~os, obispo de Leo:n; D. J. M. Espinosa, canónito; D. J. M. Sierra, id. y
Empastado á la holandesa. 3 ,,
,,
,, .
secretario; D. Juan B. Villasefior, canónigo; D. Jeeus M . .Aguirre, prebendado;
D: José de la Illerce~ Sierra, secretario del Cabildo eclesiástico; D. Jesus N. RaMEXICO.-IMPRENT.A. IMPERIAL.
mJ?ez, cura de San Miguel; D. Juan H-ernandez, id._del Coecillo; D. José M. Gor-

_ALM·.ANAQU 1MPERIAL

J?·

�</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

Dl.lR·IO:.
·Lo&amp; números sueltos valen 12 centavos. •

MEXHJO.-Miércoles 16 de Mayo de 1S66.
S1J'MAB.JO,
PARTE OFICIAL.-Decreto indultando á unos disidentes condenados á muerte -Medalla del Mérito civil concedida á D. J. A. Palma.
·
PARTE NO OFI9IAL.-Noticias de la frontera.-Inundados socorrid~s.-Sociedad de
Geografia y Estadística. Acta del 12 de Abril.
Solicitud de privilegio.

PAliTE OFlfJIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

HEMOS venido en decretar lo siguiente:
Art. 1° Se indulta á los reos Francisco Gutierrez, Andrés Olvera Jesus
~roa y Felipe ~odriguez, de la pena capital á que los sentenci6 la Corte Marmal de San Luis Potosí, como individuos pertenecientes á una banda de disidentes armados.
Art. 2? Los e:x.presados reos serán confinados á la Península de Yucatan por
el término de seis años, permitiéndoseles dedicarse á algun trabajo honesto bajo la vigilancia de la autoridad.
'
Nuestro Ministro de Guerra queda ~ncargado de la ejecucion de este decreto.
·
Dado en el Palacio de México á 5 de Mayo de 1866.

1fAXIMILIANO.

Por el Emperador,
El Ministro de Guerra,

J OSE

M ARIA

t.

GARCU.

.GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, ?4ayo :r's de 1866.

S. M. el Emperador, en atencion al mérito é importantes servicios prestados
por D. J. Antonio Palma, empleado de la posta de la Administracion de correos de Yucafan, Ha tenido á bien, por acuerdo de 7 del.corriente, concederle
la medalla de bronce del Mérito Civil.
El Secretario encargado de la Gran Canaillería,

José H. Gonza'lez.

PARTE NO OFlfJIAL.
I

Noticias de la Ct·ontera.

NuM; 412

".Al amanecer el dia siguiente, sábado, el enemigo, que se babia mantenido
hasta entonces á una distancia, respetable, comenzó á tirotear el convoy, embosc~ndose en diferentes puntos del camino. Cortina hacia dos ó tres días que,babia estado por el rancho del Prieto, y desde allí, en la confianza de que Canales
se hallaria en espectativa de los franceses y no tendrian fácil ocasion de caer sobre él á retaguardia, .pasó á situarse por la noche en la prolongacion del camino
que debia seguir nuestra columna. A. las cuatro de la mañana emprendió ésta
su marcha, y un cuarto de hora despues se oyó á vanguardia un tiro disparado
al aire, y que debió ser la señal para que el enemigo rompiera el fuego, como lo
verificó por la vanguardia y e.entro. El Sr. General, que á pié se habia adelantado :bastante con su Estado Mayor y hecho caminar la cabeza de los carrds,
mandó destacar sobre el enemigo unas guérrillas del Batallon Cazadores, del 2?
de Sien-a Gorda y de las compañÍas de Rurales. Cuando se rompió el fuego en el
centro, no por este motivo, sino por haberse.atorado las ruedas de un can-o en
un mezquite á la orilla del camino, se detuvo por algunos instantes el resfb de la
celumna, pero siguió adelante mientras los soldados sacaron aquel carro. Esta
coyuntura la aprovechó el enemigo. para atacar mas vigorosamente y echarse
encima de los carros; pero el Teniente Coronel D. José Oria, Gefe de la caballería, con el Regimiento de San Luis cargando inmediatamente sobre el enemigo,
lo puso en completa díspersion, haciéndolo pedazos y quitándole doce caballos
ensillados, cuyas monturas estaban llenas de sangre.
. "En seguida se rompió el fuego poi: retaguardia, y aunque hubo un momento
enfque éste se hizo general por todas partes, fué sin ningnn..resultado. El Sr. General Mejía en persona cayó con algunos ayudantes sobre una emboscada del
enemigo, habiendo corrido gran riesgo á causa de que el caballo que montaba no
era el suyo, y excitado por la cai:ga -se había desbocado y no pouia contenerse.
El enemigo afortunadamente huyó; pero como atravesó en esto el camino, y la
columna habia ·seguido su marcha, hubo un instante en que el general se encontró á retaguardia de aquel, y á consecuencia de esto el Capitan D. A.gapito Ramirez, que no pudo incorporarse pronto con el Sr. General, acosado por cinco ó
seis, permaneció como tres horas perdido, hasta que resultó á retaguardia del
enemigo, y á su vista logró incorporarse con la columna. Por lo demas, despues
de algunos ataques parciales á la retaguardia que venia cubriendo la caballería,
y que fueron contestados, el enemigo se retiró definitivamente con bastante pér-,
dida de gente, á lo que creemos, pues 110 volvió .á .molestar en el resto del camino.
·
·
"D.,e nuestra parte,. las perdidas son las siguientes: un oficial del J!'ijo de Sierra Gorda-y otr-0 del escuadron de Ixmiquilpan, heridos; dos sargentos muertos
y tres soldado¡¡ heridos; cuatro caballos muertos y uno herido.
''Las f~bulas y cuentos que han hecho circular los emigrados de Brownsville,
no merecen refutarse, porque ya sabe todo el mundo que lo que allí escriben son
mentiras, y bastante clara y terminante es la lógica de los hechos.
"El Sr. General ll_egó á Matamoros como á las cuatro ó cinco de la tarde, y
todo el mundo h.a podido_ver el buen órden de la columna y el numeroso tren de
carros que bajo la custodia, primero de la columna franco-mexicana del Sr. General Jeanningros, y luego de la del Sr. General Mejía, ha atravesado 100 leguas de territorio por en medio de las bandas de disidentes que se convocaron
inútilmente para atacarlo.
'"Ál dia siguiente de la llegada del Sr. General Mejía, las compañías auxiliares que patrióticamente estaban dando servicio hacia algun tiempo, fueron li- .
cenciadas.
"Durante la ausencia do la columna, el Sr. Cónsul francés y el muy apreciable caballero Mr. de Wurt¡emberg, ex-vicecónsul, con cincuenta individuos más
d.e su&amp; entusiastas y valientes nacionales. concurrieron diariamente al servicio de·,
la plaza, lo mismo que muchos apreciabilisimos ciudadanos. alemanes y españo•les. Nos complacemos· en manifestar 4,.ue la expresion de los ciudadanos españoles tuvo un carácter absolutamente personal, pues los Sres. Cónsules inglés y
español, no juzgando peligrosa la situacion, se abstuvieron de toda excitativa con
sus nacionales, y estos, por consiguiente, obraron por mera espontaneidad."

Del Monitor de 21 de A.bril tomamos las que siguen:
"R~GRESO DEL SR. GENERAL MEJIA..-El sábado 14 del c~rriente regresó á
esta cruditd el Exmo. Sr. General Mejía con la tropa que llevó consigo y ademas
el Batallon Fijo de Sierra Gorda y el Escuadron de Ixmiquilpan, despues de hab_er co,nferenciado largamente con el Sr. General Jeanningros sobre asuntos relativos a la campaña.
"Para conseguir esto, el Si-. General Mejía, á la jaa, aceleró su marclia desde
el llano del Rusio hasta Charco Escondido, el jueves, dejando la infantería en el
rancho de Santa Cruz y siguiendo con la caballería hasta Charco Escondido,
donde llegó á las seis de la tarde. La tropa francesa y el Regimiento de la Emperatriz se hallaban acampados en aquel lugar. El Sr. General J eanningros salió ·
á recibir al Sr. General Mejía, y la tropa francesa se colocó en dos alas por to~a la ~r.olonga_cion de la ú~ica ~all~ del rancho, formando valla y tocando la múCONSEJO GENERAL D:B BENEFICENCIA.
sica militar, mientras la art1lleria disparaba en honor del Sr. General Mejía una
salva de 21 cañonazos, y un piquete de los Cazadores de-.Africa pasaba á hacerle LISTA de las personas inundadas que ha socorrido la Comision del Consejo ae
la guardia de honor á su casa.
Beneficencia, nombrada por S. M. la lJ}mperatriz, con los prodiucto$ de la suscricion.
•:~a entre~i~ta de los ~os Generales, á mas d_e la grandísima: importancia que
poht1ca y militarmente tiene, estuvo llena de mteres por diferentes causas cir. S~ma anterior ......... . $18,009 18
cunstanciales; por la franqueza, cordialidad y amable galantería del Sr. General
841 José Naranjo, San Nicolás Tlascutitlan .....•.•..
10 00
f~ances, y por la sencilla naturalidad con,que el Sr. Gent:ral Mejía logra impre842 Cruz Rosas,
,,
. ,,
_.. _. _...•
8 00
sionar tan profundamente por su carácter, atrayéndose invariablemente las sim843 :Basilio Romero,
,,
,,
. ... •.. .• _
15 00
patías de las perPonas que lo tratan.
844 Antonio A.lguero, ,,
,,
. ... ... _..
6 00
"El Sr. General J eanningros obsequió al Sr. General Mejía y á ·su Estado Ma845 Modesto Tapia,
,,
,,
. _..... _..
6 00
yor con una cena.
846 Remigio '.Mendoza, ,.
,,
. ...•...• _
8 00
, "Las conferen~ias de los dos Generales duraronl/un poco mas-de tres horas, y
847 Cleto Flores,
,,
,,
. . .. _..• _.
6 00
a las ~nce y media de la noche el Sr. General MeJ1a se despidió del Sr. General
848 Miguel Pacheco,
,,
,,
. _•.•. __ ..
10 00
Jea?nmgros, y regresando á Santa Cruz, levantando la infantería y trenes, .siguió
849 Félix T¡¡.pia,
,,
,,
.. _•.... _.
16 00
el v1érnes su marcha hasta Santa Rita, donde pernoctó el convoy y toda la fuerza esa noche.
A. la vuelta ... .
18,094 18

�.

De la vuelta .........•... : . . .... . . . . . . 18,094 18
5 00
850 Genovevo Romero, San ~icolás Tlascutitlan -- ... .
5 00
851 Luis Figueroa,
,,
,,
......... .
8 00
852 Gerónimo Zárate, ,,
,,
........•.
10 00
853 Felipe Zárate,
,,
,,
.. ...... . .
9 00
854 Dolores Mendoza, ,,
,,
. .. .. .... .
8 00
855 Juan Rojas,
,,
,,
....•.....
15 00
856 Juana Ramos, Azcapotzalco••..•..••..... - .. - - - 6 00
857 Petra Gonzalez, callejon de la Pulquería de Palacio.
6 00
858 Ignacio Cureño, - ,,
,,
,,
,,
8 00
859 Manuel Villegas, ,,
,,
,,
,, n~ 11.
10 00
860 J esus Tirado, Puente del Molino, Corral .. . ..... .
20 00
861 Epigmenio Robles, Azcapotzalco .. ... ..... -. - - . 10 00
862 Vicente Ramirez,
. . ..... - .... - .. .
20 00
863 Matilde Mendoza,
,,
• .. -- - - - - - - - - - • •
20 00
864 José Acosta,
,,
.... - - - - - - - • - • • •
10 00
865 María Tapia,
,,
..... - - - -- - • - -• •
30 00
866 Agustín Rocha,
,,
..... - - . -- -- - -- •
10 00
867 Higinio Torres,
. ,,
... . -• • -- - - • • • • ·
20 OQ
868 Pedro Mar.cial,
,,
.... - - - . - . - • - • • •
5 OÓ
869 María Dionisia,
,,
.... . .•; - - . - .. -5 00
870 Pedro Romero,
,,
...... - ...... - ..
871 Francisco Sanchez,
,,
~ .•... . ..... . . . .
7
5 00
872 Orispin Soriano
,,
............. . . .
6 00
873 Vicente Romero,
,,
............... .
87 4 Pascasio Zárate,
,,
...... .. - .. - . - . 5
5 00
875 Vicente Perez,
,,
... •....... - ....
6 00
,876 José Romero,
,,
. .. .... - ... - - - ..
6 00
'Sri Albino Picazo,
,,
..........•.•.. - . •
8 00
878 María Ascencia,
,,
. •...•.... ... . .•
4 00
.879 Angel Romero,
,,
.. ... - ... - - .•• • •
7 00
880 Tomás Torres,
,.
..•. . ..• - ..••• • •
15 00
881 Pascuala Gutierrez,
,,
•........••• ..••
'5 00
882 F ernando Castelo, ,
,,
• • •...••.•.•• - • •
5 00
883 José Bernal,
,.
... .'.-... - - • - . • - , 5 00
884 María Toribia,
,,
•... ..•. ... • • • • •
5 00
885 Serapio Castelo,
,,
.•....•• . .•...•.
3 00
886 Juan Francisco Miranda,
.. .... .. ..... . . .
8 00
.887 Luis Flores,
,,
•.......•. - . - . • •
8 00
888 José de la Puente,
,,
•...•.•......•..
889 Ventura Olvera,
.,,
.. . ...... . .. - . • •
2
3 00
890 Vicente J ual'eZ,
,,
..... - - .. • • • • • • •
5 00
891 Ambrosio Gonzalez,
,.
......... - •... • •
4 00
692 V alentin Gonzalez,
,,
, ........ - . . - - - • •
9 00
893 Guadalupe Zárate,
,,
.........• • • • • • 5 00
894 Eugenio V anegas,
,,
..... - . - • - - - • • • 5 00
895 Crescencio Soriano,
,,
•..•.•.... - • • -• •
4 00
896 José Hipólito,
,,
.. - -.. • - • • • • - - · ·
8 00
ll97 Severina Torres,
,,
.. ... - . - - . • • • • • 898 Encarnacion Yañez, callejon de San José de Gracia
5 00
número 2.... .. ..•. .. .... ... .... . ." ........ .
5 00
899 Matilde Peña, Pte. de Pedro y S. Pablo núm. 3.
10 00
900 Antonio Ayala, Puente del Correo Mayor núm. 10.
50 00
.901 Juana Sanchez, Tlalnepantla ..••..... ...... . . ..
10 00
-902 Doxninga Alvarez, Santa Teresa número 12 ... ... .
-90il Víctor Bermudez, Rinconada de San J osé de Gra5 00
cia número 2......... . ....... ... ... - .. - - .. .'
10 00
904 Juana Villa.nueva, Puente del Fierro número 10 .. .
25 00
905 Jesus Mondragon, callejon de Yescas número ~- .. .

ºº
ºº

/3·

Suma •..............•. _$ 18,612 18

(Continuará.)

Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística.
ACTA NUM,

-

rector de la Seccion 3\ Agustín Tornel.-Exmo. $r.-Félix Chassin, súbdito
frances, de este ·comercio, con habitacion en la casa número 2 de la calle de Olmedo, ante V. E . respetuosamente digo: Que deseando introducir reformas en
ei ramo de panadería, he encontrado la obra mejor acabada entre todas, escrita
por el Dr. Danglish y conocidá bajo el nombre de The Danglish system of acrated bread maniifacture.-Toda la. Inglaterra ha visto con aplauso este nuevo sistema aprobado por los comités de salubridad, y era de esperarse que así fuera,
por comprenderse en aquel sist-enia todas las ventajas posibles que pudieran desearse. La elaboracion del pan se hace -por medio de una maquinaria ingentosamente combinada, con lo cual se consigue una gran limpieza en el efecto, y Jo
que es mas, que necesitándose un corto número de empleados, queda por lo tanto abolida esa especie de esclavitud que hasta hoy se ha conservado en las panaderías. En efecto, los operarios, casi sepultados en oscuros y desaseados amasijos, no solo son víctimas de las enfermedades consiguientes á un temperamento
-excesivamente cal~ente y falto de ventilacion, sino del mal que resulta de miasmas
insalubres producidos del encierro de muchos individuos en lugares tan reducidos,. Ademas, es notorit&gt; que S. M. ha visto con pena la lamentable situacion en •
que se hallan los operarios de que hago mencion, y estoy seguro de que quedaria complacida al saber que haya una persona que asociándose á sus filantrópicos esfuerzos, contribuya al alivio de esta clase tan abatida.- Por el sist~ma del
Dr. Dangljsh se consiguen las ventajas siguientes: 1~ Que el pan sea absolutamente limpio, pues la harina está amasada únicamente por la maquinaria, con lo
cual queda la masa libre del sudor natural del cuerpo y de otra falta de aseo.2~ Que el pan sea absolutamente puro, pues no lleva mezcla ninguna, por ser indispensable que se haga con harina de trigo de buena clase.-3~ Su contestura
,celular es clara y unifo¡·me, su color es blanco limpio, y en lugar de ser agrio
el pan y muchas veces acedo por 1~ mucha cantidad y mala calidad de levadura
con que hoy 1~ benefician, tiene un saJ:&gt;or peculiarmente agradable.-4~ Es soluble en el paladar y en el estómago, siendo tambien nutritiv.o é higiénico, muy
especial para las personas de ocupaciones sedentarias, los inválidos, enfermos,
convalecientes, y particularmente para los niños y adolescentes.-5~ Como este
pan se hace sin fermento ó levadura, no solo no causa flatulencia, sino que la hace desaparecer, pués personas que padecen de tal enfermedad, tienen un remedio
en el mencionado pan, así como los que sufren de la gota, reumas, asma y otros
desórdenes crónicos.-6~ Es muy-conveniente para los trabajadóres, lab;adores,
etc., pues las mejores propiedades del trigo (las que contribuyen al desarrollo de
los nervios y de la- musculacion), están conservadas,en el pan elaborado por el
.sistema del Dr. Danglish, mientras que en el presente sistema de pan fermenta; do, todas estas benéficas propiedades quedan nulificadas.-7~ Es muy soluble
en el agua, en la leche y en todos los líquidos.-8~ Puede ~omerse impunemente acabado de fabricar, y se conserva en buen estado 'hasta ma~ ~e diez dias.9~ Es muy económico, y sin embargo de tantas cualidades es el m.as barato, proporcionalmente entre todas las clases de pan hasta hoy conocidas.-En tal virtud, deseando introducir en el Imperio mexicano las mejoras de que hago meneion, y usando de la franquicia que me concede el art. 3? de la ley de privilegios;- A V. E. suplico se sirva concederme privilegio como pr.imer introductor
del sistema del Dr. Danglish, para manufacturar el pan, por el término de doce
años, debiendo comenzar á contarse, si no puede ser. antes, á los dos años de la
fecha en q!le me sea concedido el privilegio.- En todo lo que recibiré merced y
gracia.-Dios guarde á V. E. muchos años.- México, Marzo 26 de 1866.-Fé-

histórica de los trabajos de la Sociedad y de los datos históricos, geográficoYó
estadísticos que ésta haya adquiri~; ins~rtando la noticia. que le pase e~ so~io
bibliotecario, de los manuscritos, hbros impresos, mapas, mstrumentos c1ent1ficos, etc., que haya comprado ó !e ba~an sido dona~os. 5~, ~ener bajo ~u inmediata responsabilidad el archivo y obJetos pertenecientes a el, fo1:mando,de todo
separadamente el respectivo índice. 6~ ~Iacer que s~ lleve ~n reg1st~o de l~s o~jetos que se donen á la Sociedad, expidie~do el corr?spondterrte r_e~~bo. 7. Cmdar de que se lleve un l~bro ~onde se _registre~ por orden de _antiguedad todos
los diplomas que se expidan a los socios de numero y honorarios, y por Depai:.tamentos los de los corresponsales. 8~ Refrendar los diplomas que expida la Sociedad en union del primer Secretario temporal. 9~ Cuidar de que se formen listas de los socios de número y honorarios para colocarlas en la sala de juntas, y
lo mismo hará cada año con la lista de los individuos que compongan las comisiones.
"Art. 23. Son obligaciones del primer Secretario tem~oral: 1ª Dar cuenta en
las sesionea de lo que, haya oc~1nido, ! hacer que se copien las actas_ aprobada"
en el libro destinado a este obJeto, asi como que se forme al fin de dicho libro el
índice de su contenido y remitir copia de las actas á los periódicos que determine lá Sociedad, para su publicacion, formando las colecciones de el~as. 2~ Corregil' las pruebas de todo lo que se imprimie~e por órdeu de_ la Soc1~dad, ?u~ndo
no lo hagan los mismos autores de los escritos que se publiquen. 3. Sustitu_1r en
to.do al Secr~tario perpetuo cuando falte. 4~ Cmdar de que se lleven los hbros
de acuerdos de la Sociedad.
•'Art. 24. El segundo Secretario temporal suplirá al primero cuando faltare
éste, y por consiguiente desempeñará sus funciones.

ºº

12.
México, Abril 12 de 1866.

:,r

SECCION CUAilT.A.

De la Bibliiotec·a.
"Art. 25. En la Biblioteca de la Sociedad se conservarán, ademas de los libros
manuscritos, cartas y mapas, instrumentos y demas objetos curiosos que posee
y todos los que adquiera por.,,,donaciones ó compras.
. .
.
"Árt. 26. La Biblioteca está exclusivameute á cargo de un Bibhotecar10 nombrado por la Sociedad de entre sus socios- d~ número, con _los mismos requi~i~os
que lo son el Vicepresidente y los Secl'etanos; pero el tiempo de su comision
será indefinido.
,,Art. 17. Son atribuciones del Bibliotecario: 1~ Cuidar del arreglo y cons~rvacion de todos los objetos que co~tenga la Biblioteca, y_colocarlos en el meJ0!'
órden para que ,se hallen con _facilidad c~ndo se n~cesiten., Al efec~o forma~a
los catálogos é indices que estIIDe neces~r1os, consu~tand?los a la So?iedad para
su aprobacion. 2~ Impedir que se extraiga mai;uscrlto,. libro, mapa, mstrument_o
ú objeto alguno de la Biblioteca. 3~ P~opoi~er a la Socie_dad lf _com~ra y adq~sicion de libros, mapas, instrumentos u obJetos que estime utiles o neces~rioa
para el desempeño &lt;le 1'os trabajos de la ~ociedad, Y. t~do aquello que considere
indispensable al mejoramiento y perfe~c1_on de la Bi?hotec~ d_e su c~rgo.
,
••Art. 28. Para las labores de la Biblioteca podra el Bibhotecano ocupar a
uno de los empleados de la Secret~i·ía, cuando fuese necesario.
SECCION QUIN'fA.

Tesorero.

lia; Ohassin."

"Art. 29. El Tesorero se nombra anualmente de ~ntre los socios de nú~ero,
despues de la eleccion del Vicepresidente y Secretarios, y c.omo ellos, podra se_r
reelecto.
,
.
Art. 30. Son atribuciones del Tesorero: 1~ Recoger con las órdenes del Vtcepr.esidente de la Sociedad, todos los fon~os que ésta tenga por ley, y ademas los
que adpii~a. 2~ Guardarlos en una caJa con dos llaves, una de las cuales tendrá, y la ot,:a el :Vicepresidente de la Sociedad.
·
".á.rt. :t-1. Todo gasto, excepto los sueldos de los empleados de la Secretaría,
será previamente acordado por la Sociedad.
_''Art. 32. Cada cuatro meses presentará el Tesorero á la Sociedad un corte
de caja, visado por el Vicepresidente.
_
,
. .
"Art. 33. En el mes de Enero de cada ano presentara el Te~orero la cuenta
documentada de gastos, la cual, 9losada por un~ ~omi~ion especial y aprobada
por la Sociedad, se pasará inmediatamente al M1mster10 de Fomento para los fines consiguientes.
.
.
.
' .
·
"Art. 34. Es exclusiva de la Sociedad la cahficac1on de los- mot1vos que haya
para la exoneracion de los ,cargos de _Vic_epresi~ente, Secre~arios, Biblioteca~io·
y Tesorero, la cual no podra hacerse 11m 011· precisamente en Junta general el dictámen de una comision especial.

El Sr. Vicepresidente abrió la sesion, y leida y aproba_da el acta anterior, se
SECCION SEX'fA.
(
dió cuenta:
_
Empleados de la Secretaría.
1? De una comunicacion del Ministerio de Fomento, excitando á los miembros
de la Sociedad para que contribuy_an con sus escritos, con _objeto de ~ar á cono~Art. 35. Para las labores económi~as de la Secretaría de la Sociedad, se pocer la fertilidad y riqueza de México, y ~e este modo re_ctificar
i~~a~ que a drán poner'los empleados necesa;ios, _que se pedirán a~ Gobiern? de los que eseste respecto puedan tenerse en el extranJero; cuyos escntos podran r_emitirse pa.· tén sin ocupacion, los que no seran m~embros de la Sociedad.. Dichos empleados
ra. su publicacion á la redaccion del Diario del Imperio, de conformidad con las estarán bajo las órdenes del Vicepres1dente y de los Sec~etar101:t.
.
órdenes de S. M.-Que se conteste de conformidad y quedar nombrada la secreArt. 36. Estos empleados serán ~ropuestos por la Soc~edad al Gobierno para
taría en comision con.este obj eto.
su aprobacion, á fin de que se· les mcluya en el respectivo presupuesto para la
2~ Del Sr. Socio D. Rafael Durán, remitiendo la (\arta del Imperio eón la percepcion de los sueldos que por ley les cprresponde. Uno de ellos se encarganueva division política.-Que se le acuse el ~ecibo y se anote en el libro res- rá del archivo.
"Art. 37. Dichos empleados podrán ser removido~
1~ Sociedad cuando ~o
pectivo.
.
.
. .
. .
,
3~ El Sr. Socio Pereda manifestó haber as1Stido la coID1s10n que se nombro, estime conveniente: sus obligaciones y el arregh&gt;, economico de_la ,Secretai:i,a
y de que él formaba parte, para concurrir á la reparticion de premios e~traordi- constarán en el reglamento que al efecto propondran los Secretarios a la Socienarios á los alumnos de los colegios nacionales, que tuvo lugar en palacio el 10 dad para su aprobacion."
.
.
del corriente.
Se levantó, la sesion á la que concurrieron los Sres. Fonseca,_Vicepresidente;
4~ Se continuó la discusion de las reformas del reglamento. Siendo varios de Azcárate, Castro, Dr. Durán, Hermosa, F lem·y, O'Gorman, P1~entel, Pe1:eda,
los artículos propuestos los mismos del anterior reglamento, solo se discutiei:on Río de la Loza D. L., Soto, y el Secretario pe1·petuo que suscnbe.-J. Miguel
los nuevamente presentados por la comision, y alguna que otra li9era modificacion hecha á los otros, quedando aprobados despues de haber mamfestado la co- Arroyo.
mision las razones que habia tenido en apoyo de las reformas propu~stas, y una
SOLICITUDES DE PRIVILEGIO
ligera diacuaion sobre la redaccion, que fué modificada; quedando asi aprobados
ANTE EL MINISTERIO pE FO:MEN'fO,
desde el 22 al 37 inclusive, en los términos siguientes:
·

menez.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRAOION DE BIENES,. NACIONALIZADOS.
BEMA'l'ES.
El dia 23 del presente, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa s_ituada e!1 Oajaca, en el cuartel 29, manzana 22, calle del Soplo, valuada en ($ 417) cuatrocientos die:r. y
siete pesos, con arreglo á los artículos 24, 25 y Z'/ de la ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que
se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficma
el dia y hora citados.
México, Mayor, de 1866.
3a- l
El dia. ~ del presente, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa situa?a en Oa·
jaca, en el cuartel 2?, manzaD:,a 22, calle del Salto, valuada en ($ 301 50 cs.) trescientos un
pesos cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y Z'/ de la ley de 26 de Febrero
de 1865. Lo que se participa al público, para que las personas q_ue deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
•
México, Mayo 5 de 1866.
~a- 1

.

El dia 26 del presente á las nueve de la mañana, se procederá, con arreglo á los artículos
24, 25 y 27 de la ley de 2(i de Febrero de 1865, al de la casa situad~ en la ?alle del Nazare~o,
en Oajaca, cuartel 4?1 manzana 10, valuada en ($ 350 50 cs.) tr!)SC1entos cmcuenta P6fOS cmcuenta centavos. Lo que.se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Mayo 5 de 1866.
3a-1

!ªª

El dia 18 del actual se procederá, con arreglo á los artículos 2_,4, 25 y 27 de la ley ~e 26 de
Febrero de 1865, á la almo¡reda de la casa ubicada en Celaya, num. 21, calle del Molino, valuada en ($ 3,363 78 cs.) 1.res mil trescientos sesenta y tres pesos setenta y ocho centavos.
Lo que se participa al público, para que las personas qne deseen hacer postura ocurran á esta
oficina á las nueve de la mañana del dia citado.
México, Mayo l? de 1866.
4a-3

Pº:

pleados de la Secretaria cumplan con los deberes que les impone el reglamento
interior de la oñcina, dado por la Sociedad, y distribuir los trabajos entre ellos.
2~ Extender las actas, las minutas de las comunicaciones, firmando todas aquellas
que n~ co1:respondan Vicepresi~ente, lo ?1ismo que l~s. citas par~ ;iesiones e_xtraordinanae. 3~ Facilitar al Gobierno copia de las noticias que p1da de ofici?,
a.notándolas para conocimiento de la Sociedad. 4~ Formar cada año una :Memona

~!

SECCION

(3~ publicacion.)

2~
México, Abril 4 de 1866.

Solicitud de D. Félix Ohassin,.pidiendo prfvilegio txclusivo. como introductor de la
niáquina para fabricar pan por el sistema del Dr. Danglish.
••Segunda clase,-:Cuatro reales.-Para el_bienio de mil ochocientos sesenta.r
cuatro y sesenta y cmco.-Valga para los anos de 1866 y 1867.-El Gefe Di-

Documentos históricos.
La primera entrega de los que se publican en el "Diario del Imperio," está ya
lista para los que quieran comprarla. Son 8 páginas de impresionen 4~ mayor,
y se venden á ·un real en el despacho del "Diario," Bajos de San Agustín núm 8.
Prefectura política del Departamento del Valle de México,
SECCCON DE 3USTICIA.

El dia 21 del actual se procederá, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de
Febrero do 1865, á la almoneda de la casa ubicada en Oajaca, en la calle d:i la Cochera del
Santísimo cuartel 19, manzana 36, valuada en ($ 1,382 62~ cs.) mil trescientos ochenta y dos
pesos sese~ta y dos y medio centavos. Lo que se participa al público, para que las personas
que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el día citado á las nueve de la mañana.
México, Mayo l? de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y
Navarro.
5a- 3

_

México, Mayo 11 de 1866.- Recogido un macho por la policía, se anuncia al público para
que la persona que tenga derecho á él, ocurra á deducirlo á esta Prefectura, de donde se le
mandará entregar, previas las señas que ministre.7El Secretario general de la Prefectura,
Cárlos Zavala.
,
3a- 2

ADMl:NIS'l'B.A.CIO:N GE:NEBAL DE COBB.EOS.
AVISO AL PUBLICO.

El dia 19 del corriente, á las cinco de 1~ tarde, se despacha de esta Administracion general
para Veracruz un estraordinario con la ~or~es~ondencia qu~ ha de conducir á la _Habana el
vapor español "Ciudad Condal;" y el dia s1gruente, á 1~ misma hora, saldrá tamb1en otro estraordinario para el mismo puerto con la correspondencia que ha de llevar ~ Nueva-York el
vapor- correo "Andrew Johnsón," quien toc~rá.igualmente en la Habana1 y ambos en Sisal.
Lo que se participa al público para su ?o_noclllllento y efecto~ correspondientes.
México, Mayo 14 de 1866.-}:l Adm1mstrador general, Lms del&lt;, Peza.
3s- 1

Becaudacton principal de Contribiicianes directas

--·

DEL DEPARTAAIBNTO DEL VALLE DE MEXICO.

Én todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio
de las contribuciones siguientes:
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de ídem sobre establecimientos industriales.
Contdbucion impuesta á las fábricas de hllados y tejidos de algodon, lana, lino y las d,e papel.
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el !eferi
do plazo, se procederá ejecutivamente contra los _causantes morosos, para hacer efeetívo.el
pago de sus adeudos, ~clusos los reca_r~~s en que mcunan, conforme á las leyes de la matena.
La oficina se halla situada en el ed1fic10 de la Aduana.
,
.
.
México, Mayo 1? de 1866.-,,El Recaudador principal del Departamento, lran~sco Diai
Montaño.
• 8s- ,

DESAGVE DEL VALLE,
CONVOCATORIA.

Estando decretado se proceda á la ejecucion del desagüe .d~ecto del Valle de México, se
convoca por la presente á todos los qne deseen hacer propos1c1ones para la ªl?e~ura. del Tu
nel que irá dt\ Zumpango al r_io Tequisquia~; en el conC~J?tO de que en este_ ~imsteno se d~
rán las instrucciones necesarias y de que füchas propos1c10nes solo se rec1buán hasta el d1a
25 del presente.
.
.
México, Mayo 8 de 1866.-Por 6rden de s_. E., el Subsecretario de Fomento Fr
Ji
mencz.

8:~á°

Cmnpañía Lancasteriana de México.
En la sesion ordinaria de anoche dispuso esta Sociedad,, que se recuer?e á los artes_an?s
adultos la existencia del curso nocturno y de la escuela doIIllmcal, establec1_dosJen el edi~c10
de ex-Bethlemitas, como tambien que no harán gasto alguno, pues la Compañía L~ncas~ena!la
les da todos los útiles que se necesitan para la enseñanza de los ramos de educac1on pnmana
México, Mayo 8 de 1866.- W. Reyes, Secretario.
6a- 2

CO:NSE,10 -Dll %11'.rADO,

,

Lo que se publica en el Diario del Imperio, conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembrn de 1858.-El Subsecretario· interino de Fomento; Francisco Ji-

11

"Art. 22. Son obligaciones del Secretario perpetuo: 1~ Cuidar de que los em-

481

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMP~RIO.

480

Seminario núm. 9.
Ignorándose quién sea el legítimo representante de la Jestai_n,entaría_ de D~Teresa ~éscua,
y necesitándose en esta Secretaría para hacerle una not1ficac10n relativa en el esped1ente número 3 292, se le emplaza por el presente para que concurra á ella dentro de ocho dias, que
comen;arán á contarse desde la fecha; apercibido de que si no lo verifica se seguirá el negocio adelante.
México Mayo 12 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, José M. Rodríguez
y Cosfo. '
.
3a-2

CO:NVOCA'l'OBIA.
Ministerio de Fomento.- Seccion ! ~-México, Mayo 9 de 1866.-,-Necesitándose hacer varias reparaciones en el edificio de la ex-Universidad, se convocan postores al efecto, cuyas
proposicionesse recibirán en el Ministerio de Fomento hasta el dia 25 del actual inclusive.
La obra consiste, por ahofJ', en la construccion de seis tabiques de 6 pulgadas de espesor,
blanquear siete piezas, rasgar cinco ventanas, convirtiéndolas en puertas, cuyas mochetas de
cantería obedezcan á las molduras de las mochetas ya existentes.-El Subsecretario de Fomento, Francisco Jimenez.
3s- 2

IMl'OB'l'A:N'l'E.
Corte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
Tomás Smith para una diligencia judicial, c,on_motivo d~l asalto Y, r?bo que sufrió c~r~ ~e la
garita de Vallejo la noche del 18 de Enero último, y temendo not1c1a de que este mdmduo
es transeunte, por el presente se escita á las autoridades de los lugares por donde pueda encontrarse, se sirvan notificar de arraigo á Smith, dando aviso á esta Corte Marcial, situada en
el Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea examinado.
México, Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
10-a-8

Ml:NIS'l'EB.10 DE G-VEBB.A.
GABINETE.

Noticia de las comunicaciones que existen en este Minisurio, y no se les ha dado curso por ignorarse la habitacion de las personas á quienes van dirigidas.
A los Sres. Tenientes Coroneles de Auxiliares D. Juan Cortés, D. Manuel Guzman, D. Ignacio Cienfuegos, D. Francisco Carreon; Comandante superior Tancrede della Sala; Capitanes D. Cárlos Mismer y D. Ignacio Rosas, ídem retirado D. Francisco Romanos; 29 Ayudante
D. Miguel Lailson; Capitan D.·José Donaciano Cervantes; Teniente D. Francisco Javier Salas; Subteniente D. Salvador Zenil; Sres. D. Adolfo Unda, D. Hip6lito Salazar,· D. Luis G.
Gutierrez, D. Nabor Sanchez !barra, D. Refugio Gonzalez, D. José María Castillo, D. Manuel Hernandez, D. Jesus Osorno, D. Manuel María Lachica, D. Jesus Pavía, D. Estélian
Valero, D. Antonio Rios, D. Alberto Caro, D. Ramon Rodríguez, D. Juan Domingo Elgue' zabal, D. José Leon Rosales, D. Alejandro Vélez, D. Manuel Reyero, D. Alejandro Silves~L

,

México, Mayo 7 de 1866.

3a-2

.!ldministracuni
de rentas de Chalco.
,
AVISO.

'

.AIJMINISTRAOION DE BIENES NACIONALIZADOS.
SECCION 5~
•
Núm. 151.-México, M;yo 12 de 1866.-Ignorándose la re¡¡idencia de D. ManueÍ Barron,
á quien esta oficina tiene que comunicar una resolucion respecto de dos capitales cuya redencion ha solicitado, por el presente se le cita para que en el término de quince dias contados
desde la fecha, comparezca en esta Adminiatracion con el objeto indicado; bajo la inteligencia que si así no lo verificare, esta oficina procederá, como es de su deber, al aseguramiento
de los capitales referidos.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y Nm,arro.
3a-l

Se participa al público, para que las personas que quieran hacer postura concurran á esta
Administracion el dia 15 del entrante Setiembre, á las nueve de la mañana, en que se verifi,
cará el remate del rancho conocid~ con el nombre del "Jardín," ubicado en la municipalidad
de Ozumba, de esta jurisdiccion, con arreglo á lo acordado por el Sr. Administrador de bienes
nacionalizados en 5 del presente Abril, y valuado en ($_6,635 42 cs.) seis mil seiscientos
treinta y cinco pesos cuarenta y dos centavos; siendo de advertir á las personas que se intere•
sen á dicho rancho, que al Erario solo reconoce esta finca 3,800 pesos, y que habrá ademas
que garantizar á D. Calixto Ceballos un capital de 2,000 pesos, y el sobrante ~ ~uien justifique ser el dueño.
Cha.leo, Abril 17 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriano Carrillo, IOa-6

�-;

I

EL DIARIO. DEL IMPERIO.

482

Recaudacun• JtNnri}'fll de OIN,~es directas
DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO.
A fin de dar el debido cumplimiento al supremo decreto de Z7 de Abtil último, relativo al
aumento de un 25 por 100 á todas las ccntribuciones directas que se causan actualmente en
el Departamento, cuyos productos están consignados á la obra del desa~üe directo del Valle,
por el presente se hace saber á los causantes que hayan satisfecho el importe del segundo
tercio del fresente aiio, el deber en que están de ocurrir á esta oficina .en todo lo que falta del
mes actua á hacer el entero del espresado aumento del .25 por ciento, á cuyo efecto presentarán el recibo que les hubiere espedido esta recaudacion principal para que sea anotado; en el
concepto de qire pasado este plazo se procederá ejecutivamente contra los que así no lo verijicaren,
para hacer i/ecti-co el cobro, con mas los recargos en que incurran, con arregÚJ á las leyes tk la

-~

' Diaz..
México, Mayo 12 de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco
M1mtaño.
3s-2
_.

AVISOS JUDICIALES.
Oitacion judicial,
Por el presehte, y de órden del Sr. Lic. D. J. M. Mirafuentes, Juez 4? instructor de lo civil y de Hacienda, cito á Néstor :Rendon, para que en el término de ocho dias, contados desde la publicación de este aviso, por sí ó por apoderado instruido y espensado, se presente en
este Juzgado, sito en el Palacio de :Justicia, á contestar la demanda que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve el Lic. D. Manuel Lombardo, como cesionario de D. Bonifacio Quintanilla; apercibido qud de no concurrir, se dará por contestada la demanda.
México, Mayo 9 de 1866.-J. Reyrwso, Escribano público.·.
950-3s-l

Oitacion judicial.

Ju%gado

f'"tnet'O

de mstrucrion ,u lo ci~l.

En el juicio ejecutivo que sigue la Sra. D~ Dolóres '.Feble!! contra la Sra. D~ Josefa Petez
Arroyo de Becerra, ha mandado el.Sr. Juez l'? de Instmccion se cite á la última por los periódicos, para que en el término de veinte días, contados desde la última publicacion, se presente en este Juzgado para la práctica de una diligencia; apercibida de lo que haya lugar en
derecho si no concurre.
México, Mayo 9 de 1866.-Por mi compañero Abadiano, Manuel Vera, Escribano público.
942-3s-3

AVISOS PARTICULARES.
B.lJMA'l'IJ :itAB.'l'IOV'LAB.
.
En la calle de la Perpe.tua núm. 8,
El miércoles 23 y jueves 24 de Mayo de 1866, á la una de la tarde, estando á la vista
.
el lúnes 2 l y martes 22.

Las ventas son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas
po.rmenorizadas.-Jgnacio Diaz T-riujeque.
949-6s-l
INTEBBSd.NTE.
El que suscribe, apoderado jurídico de la testamentaría del Sr. D. Manuel Escandon, pone
en conocimiento del público, que todos los bient1S raíces de los Sres. Flores hermanos, están
hipotecados especialmel!te al pago de una fuerte suma !lue ade~dan á di~ha testament~a,
.y el Sr. Lic. D. Ignacio Fuentes está nombrado para rntervemr por escnto en cualesqru~ra
contrato de venta: en consecuencia, ninguna venta puede verificarse legalmente sin esa mtervencion.
,
México, Mayo 12 de 1866.-Leandro Teija !J Senantk.
946-Ss-2

Las Sras. D~ Ignacia, D~ Nieves :y D~ Rafaela Arciniega se han presentado ante el Sr.
Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ofreciendo informacion para justificar que les corresponde en propiedad un capital que se reconoce al Presbítero D. Juan I. Lyon en las haciendas de San Miguel Totolqueme y Santiago Tepacaltepec, de la testamentaría de D. Miguel
Nájera. El Sr. Juez ha mandado se recil:ía la informacion, con citacion de los herederos del
espresado Presbítero; é ignorándose el paradero de estos, ha prevenido se haga·la citacion por
los periódicos, seiialándoles el término de quince dias: en cuyo cumplimiento, los cito por
medio del presente anuncio.
México, Diciembre 21 de 1865.-Manml Romero, Escribano p~blico de la Nacion.
947-3s-2

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
papel de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne se dará al precio desde 3 hasta 5 reales
pieza.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á.precios s_umamente cómodos.
En la misma casa se encuentra un surtido de poicelana, loza y cnstal.
910-15a-8

C::itacion judicial.

DE Ld.S Jtl.INd.S DE OBO

En el juicio verbal que sobre pesos promovió D. Ignacio Esquive! por D. Simon Gutman,
contra D. J . A. Franco, el primero ha pedido que se haga saber al último laradicacion de este
juicio por el órgano de la prensa; que en la propia forma se le cite para el reconocimiento de
documentos,.con el apercibimiento de darse por recónocidos si no concurre; y por último, se
le haga saber, que si preinsiste en no comparecer al llamamiento judicial, se seguirá el juicio
en su ausencia y rebeldía: y proveido de conformidad, el Sr. Juez 3? civil de Instmccion,
Lic. D. Cristóbal Poulet y .Mier, que conoce act.ualmente del juicio, mandó en nueve del presente mes se netifique esta determinacion á D. J. A. Franco, para que dentro del término de
ocho días que se le conceden, se presente en el Juzgado referente, cuyo término se contará
desde que se I!,Ublique por primera vez este anuncio, que surtirá los efeetos de notifi.cacion
personal.
México, Mayo ,14 de 1866.- Urbano Mor~i, Escribano público,
948-3s-2

Situadas cerca \fe los :itlaceres del Départamentó de Michoacan.

Venta judicial.
El Sr. Juez 2? de Instruccion de esta corte, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha mandado
se proceda á la venta de la casa ubicada en la calle de Belen, dela ciuda.d de Jalapa, marca·
da con el número ochenta y medio, propia que fué de D. Juan de la Fuente, valuada en
1,254 pesos, señalando para la almoneda con calidad de remate la mañana del juéves 24
, del corriente á las doce, en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia.
Lo que pongo en conocimiento del público par11, que la persona que quiera hacer postura,
ocurra á la Secretaría de dicho Juz~ado, donde se ministrarán las instrucciones necesarias.
México, Mayo_8 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
940-3s-2

.Juzgado. segundo de primera instancia de Orizava.
AVISO.

Por auto de esta fecha, el Sr. Juez 2? de 1~ instancia de esta ciudad,·Lic. D. Manuel José
de Urri~ta, ha ~ispu_esto se cite por medio de los periódi~os á _D., Rafael River~, para que en
e_l térmmo de_ diez d1as com~~·ezca á contestar la acusac1_on cnm_mal que por inJurias graves le
tiene promoVIda el Sr. Admm1strador d~ rentas D. Dollllilgo V1llaverde; con apercibimiento
de que si así no lo verificase, se procederá á lo que haya Iugar en derecho.
?.rizava, Mayo 4 de 1866.-Pedro Paz, Escribano público.
8s- 3

AVISO.

COMPANIA ANGLO-MEXICANA
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotacion de las minas d.e SAN ISIDRO,
LA CUEVA SANTA, SAN MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE DE CRISTO, con
·recha 28 'de Febrero último quedó instalada la Junta Menor Directiva, compuesta de las personas siguientes:
Presidente..•...•..••••...•••. El Sr. D. Pedro Hope.
Primervocal•••••..••••.•••••. ,, ,, ,, :E"l'ancisco de P, Rumo,
2?
,, •••.•••••••••••.•• ,, ,, ,, José Juan Cervatites, CONDE
DE SANTIAGO.
Vocal suplente ••.••.•••••.•••. ". ,, ,, José Hope.
,,
,; ................ ,, ,, ,, José d., y Escandan,
Director de la Compañía. . •• • . • . ,, ,, ,, Lt1is de Steiti,
Depósito de foi:dos y Banco 5111 Banco dE! L.óndres, México
de la Compañía.••..••.. } y Sad-Aménca,
Concluida la impresion de los Bonos de dicha negociacion y entregados estos al BANCO
DE LONDRES, MEXICO Y SUD-AMERICA, la Junta Menor Directiva acordó: que se
avise á los interesados para que ocurran l!l indicado BANCO por sus acciones, y se ponga en
conocimiento del público qllll queda abierta la suscricion en el refen«o BANCO, CALLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y en la casa del SR. HOPE, TIBURCIO NUMEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
México, Abril 1? de 1866.
El Secretario de la Junta,
886-l5a-10
J, B. ~scorve.

SEGlJBOS CONTBd INCENDIOS,
COMPAÑIA DE SEGUROS DE GLADB.A.CH.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .

3.000,000 pesos prusianos.

tuzgado tercero civil de Instruccion.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILE.A. (BASEL).

. Palacio d~ J~~ticia.-EJ S~. J u11z.3Y civil ~e ~nstruccion, Lic. J?. Cristóbal P?nlet y Mier.
con fei:ha vemtis1etl) del pró:omo pasado Abril tiene mandado se cite por los penódicos á D,
Juan Lorenzana, pára que dentro de ocho dias precisos se presente á contestar la demanda
que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Luis Morali; apercibido de darse por contestada en su rebeldía.
México Mayo 7 de 1866:-Lic. José Mariano Moya de Contreras, Escribano púbico.
939-8s-4

Capital de fondo . ...... .. ... : . . . . . . . 10.000,000 francos .

JU~Rado de letras de Huichapan,
CIT.A.CION JlJDICI.A.L.

Se aseguran muebles é inmuebies á premios· moderados, y se darán todos los informes necesarios para los que gusten asegurarse; en 1a AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
áe San Bernardo núm. 3.
400-180s.L..165
COMPANlA PRIVILEGIADA

PJI.RJI. PJI.BRECJI.R HIEL O.

Huichapan, Abril 14 de 18fl6.-Ignorándo;e el paradero de D. Viéente Cástulo Dorantes
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quin'.
ce _días, conta~os de~de la primera publicacion de ésta, comparezca \lºr sí ó por apoderado suficientemente rnstrrudo y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio sobre
pesos, le promueve el Coronel D. Ignacio del Peral; apercibido de que se dará por in~ntada
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno Romero. ·
.
9a5-l5s-5

• Como representante de la Sc,ciedad anónima, que está debidaménte autorizada por el privilegio esclusivo concedido el 18 de Setiembre último conforme á la ley, para importar aparatos
para producir hielo, tengo el honor de avisar al público que en el mes de Junio próximo se
abrirá en esta ciudad un espendio de hielo por mayor y menor, á precios inferiores á los actua1es?,t que estoy autorizado, para establecer esta mejora en otras poblaciones, á tratar con las
personas que presenten garantías é informes á satisfaccion de la Junta directiva de la empresa.
·
Puede ocurrirse al local de la Compañía, Plazuela del Salto dei Agua núm. 1, da nueve á .
once de la mañana,-Jul. Hourcade, representante de la C!
· 9~16a-2sm-2

Almoneda judicial.

MIN.f. DE NllBSTR.tl. SEÑOBd DBL BBPllGIO

El Sr. J~ez 2? de lo civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha. mandado
que s~ proceda á la ~enta ~e la cas3: núm. 6 de la calle de Zuleta de esta ciudad, valuada por
el pento tercero en discordia, D. Ltns G. Anzorena, en la cantidad de 6,739 pesos señalando
para la primera almoneda la mañana del día diez y seis del corriente á las doce 'en su Juz•
gado, situado en el Pa1acio de Justicia.
'
'·
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que se interesen en la
fiJ?C~ y desearen algunas instrucciones, ocurran á dicho Juzgado, donde se les darán las que
mm1stran los autos.
.
México, Mayo 4 de 19?6,-José Vic,mte Piña, Esc1ibano público.
941-3s.,-3

EN GUANAJU.A.TO• .

Habiéndose puesto en productos la mina de Nuestra Señora del Refugio, aviada por D.
Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer reparto de las utilidades, conforme á 1
la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros·
aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedores actuales de las barras aviadas,
para que ocurran á percjpir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí ó
por persona debidamente autorizada, y exhibiendo el título ó documento que compruebe su ·
actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su e;a.
lificacion.
Guanajuato, calte de Be!en núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. Salgado. 8~30a-9

'l'ríbunal de 1~ instancia del Departamento del Valle de México,
l a:'- SALA.
Por auto proveido en 2 del presente mes, la 1~ Sala de lo civil del TribUlfal de 1~ instancia
de esta capital ha aprobado la graduacion de créditos á cargo de la testamentaria de D. Fer.
nando de Pontones, que formaron el apoderado del albacea y el interventor nombraaopor-los
acreedores, y presentaron en la junta celebrada en 13 del próximo pasado Abril, mandando
se anuncie por dos periódicos; bajo el apercibimiento de que si dentro del término le~al, con•
tado desde la publicacion de este anuncio, los acrelldores que no asilltilfrqn á la refeiliaa junta
no interpo_nen el recurso d~ apel~cion contra .ili~ha graduacion, en el cáSo, que se créan por
ella agraviados, quedará eJecutonado y consentido el anto por el cual ha sido aprobada. Y en
cumplimiento de lo mandado pongo el presente.
México, Mayo 7 de 1866.-El Ofi&lt;lial mayor, Lk Juan Ferrii.
943-3s-3

(Jd.BTibLd. GBOGR.f.FIC~ Pd.Bd.

tos NINQS,

POR D. ANSELMO DE LA PORTILLA.
Se halla de venta en los puntos siguientes: Librería Madrileña, Portal del Aguila de Oro.Li~rería de los Sres. Andrade y C~, Portal de Agnstinos.-Imprenta litera1ia, 2~ calle de Santo Domingo núm. 10.
.
PR:&amp;OIOS,

Un ejemplllI'.• : ••••• , ••.•• , • • . . . . • • • • . •• • • • . 1 real.
U~ docena •••••• ••••••.. •.•... .•• •..• •• .1. . 6 reales.

MEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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          <name>Título Uniforme</name>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Antonio Palma</name>
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        <name>Condenados</name>
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                    <text>.-·

EL

. J

, •
\

1'

.

.

.

•

Il·PERIO

D.-11810

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III. .

MEXICJO.-Jneves l7 de Mayo de 1S66.

NUM. 413

S'UMAB.10.

DATOS

~-~PARTE OFICI~:-Médico adjunto del'!- clase.-Idem de 2~-Plazo par'a la presentac1on de desp~chos militares.
PAR1:E ~O OFIC.IAL.-De~rotadedisidentes.-Datos pala la geografia de México.EstadísJ,1ca de GuanaJuato {continúa).
;

DEL 1 ,...PERIO
GE O GR A F I .A.
na
ME XI C.A. NO ,

PARA LA

Coordi11ados, reducidos al, sistema métrico,

g presentados á la Sociedad de Geografia y Estadística del fmperio Mexicano

España y Chile.

POR D. EDUARDO PIERRON
capitan de.l'2~ Reglmieñtllfrances de Zua'llos.-1864.

PA_RTE OFICJIAL.
•

MINISURIO DE GUERRA.
6~ DIRECCION.
México,·Mayo 14 de 1866.

. S. M. el _Emperador, por dec!eto d~ 26 de Abril pr6ximo pasado, se ~a se~v1do confom el empleo de Médico adJunto de P clase del Cuerpo Méd1co-M1litar, á D. Cárlos Bohuslasvek.
México, Mayo 15 de 1866.

S. M. el Emperador, con fecha 13 del corriente, se Ha servido conferir el
empleo ele Médico de 2~ clase del Cuerp? Médico-Militar, al Prole~or de medicin~ y cirujía D. José Cirilo Márquez.

5~ DIRECCION,

Ministerio de Hacienda.-Seccion 5~-México, Mayo 14 de 1866.-Exmo.
Sr.-En atencion á las razones expuestas por V. E. en su oficio de 11 del actual, sobre las dificultades que se presentan para que los Sres. Gefes y Oficia·
les den cumplimiento á lo dispuesto por este Ministerio, en su circular núm.
177 de 14 del mes pr6x.imo pasado, tengo la honra Je manifestarle que se proroga por un mes el plazo para la presentacion de los despachos; pudiendo ese
mismo Ministerio librar .por el telégrafo las 6rqenes respectivas.- El Subse·
cretario de Hacienda, 1$. Pillaka.-Exmo. Sr. Ministro de Guerra.
Son copias. México, Mayo 16 de 1866.
El General S,ubsecretario de Guerra,

José María V. de la Cadena.

PARTE NO OFICJIAL.
No es cierto que S. M. el Emperador del Brasil di6 el título de Príncipe al
Presidente del Uruguay, como se asegur6 con relacion á una noticia publicada
en los peri6dicos de Nueva-York.

Derrota de disidentes.
.
Se ha publicado el comün.icado siguiente del Cuartel general:

•

lKDICII.
I.
PERFIL DEL CAMINO DE TAMPICO DE TA.MA.ULIPAS A. SAN BLAS.
Apéndice núm. !.-Elevaciones sobre el nivél del mar de varios puntos
en la serranía de Zacateoas.
Ap. núm. 2.-Tablas que manifiestan las variaciones del barómetro en el
mineral de Veta-Grande.
·
Ap. núm. 3.-Perfil del camino de Zacatecas á Catorce.
Ap. núm. 4.-Itinerario en círculo en el Departamento de iacatecas.
Ap. núm. 5.-Perfil del camino de Tepic á.Acaponeta. ·
Ap. núm. 6.-Variaciones ~el barómetro en· Guanajuato, Veta· Grande.,
Bolaños y San Blas.
II.
PERFIL DEL CAMINO DE VER.A.CRUZ..,A. Ac.A.PULco.
Apéndice núm. 7.-Perfil del camino de Veracruz á Puebla.
Ap. núm. 8.-Variaciones del termómetro y del barómetro en la ciudad
de -México.
'
Ap. núm. 9.-Perfil del camino de México al mineral del Cardona.}.
Ap. núm. 10.-Itinerario de México á Querétaro, por Zimapan. .
Ap. núm. 11.-Elevaciones sobre el nivel del mar, en la serranía. de Zimapan.
Ap. núm. 12.-Perfil del camino de México á Morelia.
Ap. núm. 13.-Itinerario en círculo en el Departamento de Mjchoacan.
Ap. núm. 14.-Variaciones del termómetro y del barómetro en Tlalpujahua.
Ap. núm. 15.-Perfil del camino de Tlalpujahua á Atotonilco el Chico.
Ap. núm. 16.-Perfil del camino de Tla1pujahua á Zimapan.
Ap. núm. 17.-Perfil del camino de México al mineral de Huautla.
Ap. núm. 18.-Perfil del camino de México al mine·ral de Zacualpan.
Ap. núm. 19.-Perfil del camino de México al mineral del Christo.
Ap, núm. 20.-Perfil del camino del mineral de Zacualpan á Cuautla de
Amilpas.
III.
ISTMO DE TEHU.A.NTEPEC.
IV:
PERFIL DEL CAMINO DE TEHUA.NTEPEC-A. GHIHUAHUA.
Apéndice núm. 21.-Elevaciones sobre el nivel del mar de varios puntos
en la serranía de Guanajuato.
Ap.· núm. 22.-Pendiente de varios rios.
.Ap. núm. 23.-;-Elevaciones sobre ~l nivel del mar de los principales cerros, en México.
:111..a ~
Ap. núm. 24..!..Reunion de las observaciones hechas por el autor mismo•

México, 16 de Mayo de 1866.

PERFIL DEL c.A.MINo DE T.AMPrco DE TAMAULIPA.s A SAN Bus,
"El General Aymard acaba de obtener un brillante triunfo sobre las bandas
pasando por Tu.la, San Luis Potosí, Zacatecas, Bolaños y Tepu.
de lMgido Torrea.
Lugares.
"Perseguidas 'desde hace algun tiempo estas bandas por las tropas francesas
TAMPICO
DE TAM.A.ULIP.A.S, puerto. en el Golfo de '
en las dos orillas del rio de Lerma, trataban de internarse de nuevo en el DeparMéxico,
y ciudad capital dél Distritel del Sur, De- ·
tamento de Guanajuato, cuando el general Aymard las alcanzó el 15 de Mayo
parta.mento
de 1ramaulipas:
en Frías, hacienda situada á siete kilómetros al Norte de San Pedro Piedralat. N.=22º 14' 4" . . ~ ••••••••••• segun Burkart.
gorda.
·
.
11Brígido Torres aceptó el combate. Las dos tropas se me~cl::iron, y la cabalo~g. E. de México· 1º 13' ól"... . ,,
"
llería francesa dió cargas brillantes. El enemigo fué hecho pedazos, y se disperElevac. sobre el nivel del mu.
só con grandes pérdidas.
•
.
Altamira, ó. Villerías, pueblo. • • • • • . • . . • • • • • • • • 2~ metros segun Burbit.
"El mismo dia el Capitan Clary sorprendió en el Potrero al gefe dE&gt; banda Esteros de la Tuna., lagunillas_ •••••••••••••• .'. 13 ,.
,,
,,
Cbavez, matándole 19 hombres y tomá.nd~le porcion de ~as y caballos.
GuaJ.lu¼ cerca del Carrizo, rancho • • • • • • • • • • . . • • 63 .,
,,
,,
El General Gefe de Estado Mayor,
Horcas1tas, pueblo grande.•• : •• -: • • • • • • • • • . •• . • 25 .,
,,
,,
:B.io Limones, arroyo y rancho. • . • • • • • • • • • • . •• • 39 ,,
,,
,,
A, D'OsxoND."
Santa Bárbara, púeblo........ ... ·, • • • . • .. • . • . • 346 ,,
,,
,.
Cuesta de la Contadera. • •• .. • .. • . .. • • .. • .. • • • 850 .,
,,
.,
Puerto de los Gallos, cerro. . • . . . . . • .. . • • • • . . . . . .1403 ,,
,,
~'
I

•

�..

484

EL DIARIO DEL IMPERIO.

Lugares.

Elevac. sobre el nivel del mar.

TuLA DE TAM.A.ULIPAs, ~illa, cabecera de la muni-

cipalidad del Distrito del Centro (Ciudad-Victo-

ria), Departamento de Tamaulipaa:
lat. N.=22º 52' 14". . . . . . • • . . . . . segun Burkart.
long. O. de México=0º 59'. • • . • . .
,,
,,
Elevacion sobre el nivel del mar.= 1171 metros segun Burkart.
La Hincada, rancho y hacienda de la municipalidad
de Gnadalcázar, del Distrito de San Luis Potosí,
Departamento de San Luis Potosí:
Elevacion sobre el nivel del mar.= 1130 ,,
"
"
Guadalcázar, pueblo, cabecera de la municipalidad
del Distrito de San Luis, Departamento de San
Luis Potosí, y real de minas:
·
lat. N.=22º 31' 25". . . . . • . . . . . . .
long. O. de México=lº 34'. . . . . . .
Elevacion sobre el nivel del mar.=
Guaje, rancho entre 'Guadalcázar y la ciudad de
San Luis. . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . • •
Peotillos, hacienda.. . . . . . . • . . • • . . . . • • . . . . . . . .
SAN Lurs Po;rosr, capital del Departamento del
mismo nombre:

segun Burkart.
,,
,,
1596 metros segu¡i Burkart.

lat. N.=22° 4' 58" •.•.•••..•.•
long. O. de México=lº 59' 4711••••
Elevacion sobre el nivel del mar.=
Sauce Gordo, rancho entre San Luis y el mineral
de Pinos . . . . . . . . . . . . . . . . . . • • . . • . . . . . • . . . .
Cerro de la Cruz, que domina á Pinos.. . . . . . . . . .
Pinos, real ,d e minas, villa, cabecera de partido y
municipalidad y Distrito de su nombre, Departamento de Zacatecas:

segun Burkart.

J.

1739
1472

,,
,,

,,

"
"

"

"

,,

1817 metros segun'.Burkart.
2065
2943

Elevacion sobre el nivel del mar.= 2(33
Peñon Blanco, cerro que domina Í Salinas.. . . • . . 2717
La Palma, rancho entre el mineral de Pinos y el
real de los Angeles.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • 2080
Los Angeles, real de minas, cabecera del partido y
municipalidad de su nombre, Distrito de Pinos y
Departamento de Zacatecas:
Elevacion sobre el nivel del mar.= 2278

La Blanca, real de minas entre Salinas y Zacateca.a. 20t9
Cerro Santiago, que domina á Ojo Caliente.. . . . . . 2600
Ojo Caliente, ciudad, cabecera de la municipalidad,
Distrito del Venado, Departamento de San Luis. 2047
La Sauceda, hacienda de beneficio del partido y Distrito de Zacatecas:

,,
,,

"

,,
"

"

"

"

"

"

"

,,

,,
,,

".,

,,

,,

"
"

Jl

,,

Elevac. sobre el nivel del mar.

BOLAÑOS, ciudad mineral. Elevacion sobre el nivel
del mar (Mercado) .... . ................... .

. ,,

,,
,,

"

Bufa de Bolaños, cerro: elevacion sobre el nivel del
mar.. . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Barbería, rancho....... ......... .......... .. .
Cerro del Chivo, al E ste del camino de Bolaños para Tepic. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . . .
Cuesta de Tlaxcala.. . . . . . .. . . . . . . . . . .. . . . .. .
Confluencia de los -ríos de Tlaxcala y de Comotlan.
Comotlan, hacienda .................. . ..... ..
Cuesta.de Huasqnimia, entre la hacienda de Comotlan y el rancho de Huasquimia. . . . . . . . . . . . . .
Huasquimia. rancho.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .
Cuesta de los Huichotes... .. .. . .. . . . . .. .. . . . .
Cuesta de Alica; cumbre, lat. N.= 21° 29' 25"
Elevacion. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Paraje de los Blancos.. . . .. . . . . . . . . . .. . . . . . . . .
Vado del Rio Grande, ó Rio de Santiago, en el camino que conduce de Paraje de los Blancos para
Pochotitlan... . .................... , . . . .. .
Pochotitlan, pueblo del Distrito y Partido de T epic,
Departamento de Jalisco. . . . . . . • . . . . . . .. . . . .
Mora, hacienda é ingenio de azúcar.. . . . . . . . . . . .
TEPIC, ciudad, lat. N.=21º 26' 17" .. ...... .• ..
log. O. de México = 5º 551 • ••• •• ••
Elevacion sobre el nivel del mar.. . .

,,

"

"

La.jitas, rancho entre Tepic y el puerto de S. Blas.
SAN BL.A.S, puerto de mar en el Oceano Pacífico:

"
"

lat. N.= 21° 32' 24" ............ .
long. O. de México= 6Q 12' 18".. .
Elevacion sobre el nivel del mar .. .
lat. N.= 21° 32' 34" . . ......... .
long. O. de México= 6° 8' 5311•• ••

"

942 meta. segun Berghes.
941
,,
,,
Burkart.
946
,,
,,
Bustam.
1383
2478

"

,."

2712
2232
1088
1181

,,
,,"

"

,,
,,

,,

"

"

2230
1131
1197
1765
S78

175

795
878

"

"

"
"
"

,,
"
"

"

,,"

,,

,,

,.

,,
,,

"
",,

,,

,,"
893
896
778

"
Burkart.

,,
,,

,,

,,

,,
,,

,,

Beechey.

"

Burkart.

,, Cap. Hall.

,,

-,,

27
,,
,,
Burkart.
segnn Duflot de Mofras.

"
,,
(Continuará.)

"

lat. N.=22º óO'. . . . . . • • . . . . . . • • . segun Oharters.
Elevacion sobre el nivel del mar.= 2295 metros segun Charters.
Cerro del Angel, que domina la serranía. de Zacatecas . . . . . . . . . . . . . . . . • . • . . . . . . . . . . • . . . . . • 2727
,,
Burkart.
"
Z.A.CATECAS, ciudad y mineral, capital del Departamento y cabecera del partido y municipalidad de
su nombre:
lat. N.=22º 47' 19" ............... segun Burkart.
,, ,, =22º ! 7' 5". . . . . . . . . . . . . . .
,, Charters.
,, ,, =22º 46' 3" . . • . . • . . . . . . . . .
,, Bustamante.
long. O. de México
3° 22' 11"
,, ºBirckbeck y Burkart.
,, ,, ,,
,,
_
3° 45'
,, Mascaro.
,, ,, ,,
,,
. _ 3° 21' 24"
,, Bustamante.
long. O. de Greenwich=102° 27' 41"
,, Sclrnchardt y Burk.
long. O. de Paria
=101º 47' 41"
,,
,,
,,
Eleva.e. sobre el nivel del mar=pié de la Catedral.=2431 met. ,,
,,
,,
,,
·2485 ,, ,,
Bustamante.
Veta-~ande, mineral de la municipalidad y partido
de su nombre, Distrito de Zacateca.a:
lat. N. de la iglesia = 22° 56' 22" segun Berghes y Burkart.
long. O. de México = 3° 21' 1511
,,
Brickbeck y Burkart.
long. O. deGreenwich=102º 26' 45" ,, Burkart.
long. O. de Paris
= 104° 46' 4511
.,
,,
lat. N. del tiro gen~rnl= 22° 49' 5311
,,
Dr. Coulter.
,,
= 22° 50' 1O"
,, Burkart.
long. O. de Greenwich,
del eje del tiro genl.=102º 26' 0"
,, Dr. Coulter.
Elev. sobre el nivel del mar=iglesia.=2605 metros segun Burkart.
JEREZ, ciudad, municipalidad y partido de su nombre, Departiµnento de Zacatecas, elevacion . . . . . 2009
,,
,,
"
Elev. de Jerez sobre el nivel del mar. 2081
,, Bustamant.
"
El Cacalote, rancho. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1885
,, BÜrkart.
"
Cerro de Santa María, que domina á Col()tlan .... 2287
,,
,,
,,
S·a nta María de los Angeles, pueblo del Distrito "de
Colotlan, Departamento de Jalisco:
lat. N.=22º 10'. . . . . . . . . . • • . . . . . . segun Burkart.
long. O. de México=4º 4' 5011 ••••••
,,
,,
Elevacjon sobre el nivel del mar.= 1725 metros segun Burka.rt.
ÜOL0TLAN, ciudad, cabecera de Distrito y partido en
el Departamento de Jalisco, elevacion. . . • . . • . . 1694 ,,
"
"
lat. N.=22º 8' 5011 (Narvaez) Elevac. 1732 ,,
,, Buetamant.
C11rtagena, rancho .....• _.. . . . • . • . • • • • • • • • • • • 1624 ,,
Burkart.
Atotolco, rancho. . . . . • • . . . . . . . . . . • • • . . . . • . • • • 1797
,,"
"
Cotatiche, pueblo. . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . • . . . . . 1847 "
"
"
"
Salitre, pueblo ....... .. .... ·. . . . . . . . . . . • . . • . . 1776
,,
,,
Oerro del Pinal, cumbre del Esté : .• : •••. : • • . • . . 2294 ,,"
,,
,,
/

Lugares.

Cerro del Aguila, que domina. á Bolaños, rumbo al
Elite. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1672 metros segun Btfrkart.
Despacho de Bolaños, arriba de la poblacion..... 967
,,
,,
,,
Bolaños, ciudad mineral, Depart~ de Guadalajara:
lat. N.=21° 50' 36". . . . . . . . . . . . . . segun Burkart.
long. O. de México=4º 38' 30"... .
,,
,,

",,

ESTADISTICA DEL DEPARTAMENTO DE GUANAJUATO,
FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO,

En cumplimitnto de lo dispuesto e11 e/, art. 5~ de los transitorios de la lt y
de 3 de Marzo del propio año.

(CONTINUA,)

Situacion.geográfica de .Leon.-Está á los 2° 17' de long. y 21° 4' 38" lat.
.Iiímites.-La municipalidad de Leon, que linda por el N. con la de San Felipe, fºr el O. con las de la Luz y Silao, por el S. con las de San Francisco y
Punsima del Rincon, y por el P. con la de Lagos del Departamento de Aguascalientes, consta de las poblaciones siguientes:

Oiudades.-Leon. (1)
·
Pueblos.-San Francisco del Cerillo, San Miguel de Leon.
Congregaciones.=--San Pedro ele los Hernandez, los {Jastillos.
Hacilmdas.-Loza de los Padres, San Juan de Abajo, Carrito de J erez, la
Sandia, Santa Rosa, Pompa, Corra-1 de Piedra, la Olla, Lagunillas, Palote, Cerrogordo, San José de la Palma, (2) Sitio de San Ignacio, Tlachiquería, Cañada
de Alfaro, Potrero, (3) San Nicolás de Arriba, !barrilla, Duarte, los Otates, San
Nicolás ele Arteaga, (4) Noria de Septien, Noria de las yueltas.
Ranchos.-Rincon Grande, la Laborcita, Los López, el Zapote, Guaracha, Santa Lucía, Magueyes, San José del Alto, (5) La Trinidad, San Pedro del Monte,
San José de la Zampa, (6) el Limon, Guadalupe, Los Gomez, La Patiña, Los
Perez, Villaseca, el Capulin, Palos Colorados, Huisache, Gigante, Estamita, Me~ª de la Vírgen, San Cayetano Medina, .Mesa de Medina, Saltillo,Jos Naranjos,
La Concepcion, Santa Gertrudis, Los Aguirres, San Isidro, Maravillas, el Resplandor, Mirasol, Cuye, Arcos, Batan, Guaje, Propios, Tortugas, San Jorge,
Garabatillo, Tocoliche, Calderas, Alisos, Sardanetas, Echeveste, Sauces de Garraci, (7) Carmona, Capellanía, Campoverde, Crespo, Cruces, Capellanía de Esquive!, ()ha.reo Azul, Españita, Egido, Grangeno, Hoyuela, Hipozote, Joconostle,
Mora, Ojo de Agua, Piscina, San Nicolás de Hernandez, Reatengo, San Miguel
de los Otates, San Antonio, Sán José de Sartuchos, Santa Rosa.lía, los Tapias.
MUNICIPALIDADES DE SAN FRANCISCO y PURÍSIMA DEL RINCON. FUNDA·
CION.-Lo único que se sabe es, que por los años de 1603 se fundaron estos dos
pueblos, que fueron reunidos en virtud de la cédula de congregaciones, y cuyas
poblaciones dependieron por algunos años del curato de Leon, ha-sta el de 1690
en que se erigieron en curato. La mayo? parte de sus habitantes eran indios tarascos y otomíes, por lo cual el beneficio se daba á un eclesiástico que poseyera
esos idiomas.
El pueblo de la Purísima, que dista media legua del de San Francisco, es de
mejor condicion que éste: desde la independencia hasta nuestros clias ha progresado de una manera notable, tanto en sus fincas urbanas como en eu vecindario.
Título que obtuvo San Prancisco.-Por decreto de S. M. el Emperador Maxi-

Antiguame-nf,e se denominaba "Villa de San Sebastian de Leon."
Hoy "hacienda de Arriba."
Hoy "San José del Potrero."
Hoy "San Nicol.ás."
5 Hoy "San Nicolás.!'
6 Hoy "San Judas."
7 Hoy "Sauces."
1
2
3
4

485

EL DIARIO DEL IMPERIO.
miliano I de México, se concedió el título de Villa á San Francisco del Rincon,
a.tendido el estado t!.oraciente en que se halla.
•
Autoridades de San Francisco.-Alcalde municipal, D. Trinidad Salgado.,.Juez 1~ de paz, D. Francisco Barajas; id. id. de id. suplente, D. Cleofas Rojas;
Id. 2~ de id., D. Pantaleon Rodriguez; id. id. de id. suplente, D. Francisco Orozco.-Regidor 1~, D . Tomás H ernandez; id. 2~, D. Francisco Rodriguez; id. 3~,
D. Porfirio Orozco.-Síndico procurador, D. Lúcas Galvan.
Personas noúwles.-D. Antonio Mercado, comerciante; D. Agapito Guerrero,
-labrador; D. Antonio Ramirez, id.; D. Apolinar López, receptor de rentas; D.
.Anastasio Porrea, comerciante; D. Antonio Hernandez, labrador; D. Anselmo
Hornelas, id.; D. Angel Guerra, id., D. Antonio Mogica, id.; D. Bernardino
Leon, comerciante; D. Benito Mena, id.; D. Cipria.no Ferra, labrador; D. Caledonio Arcebes, id.; D. Domingo Aguine, comerciante; D. Estanislao Rizo, id.;
J). Eusebio Rojas, labrador; D. Epifauio Ba~adez, id.; D. Félix Landeros, comerciante; D. Francisco Palomino, labrador; D. Francisco Suarez, comerciante;
D. Francisco Rojas, labi·ailor; D. Guilebaldo Gonzalez, comerciante; D. Ignacio
Camarena, labrador; D. Ignacio Rodriguez, id.; D. Ignacio Gonzalez, comerciante; D. Isidro Camarena, id.; D . Juan Goazalez, id.; D. Jesus Gonzalez, id.; D.
Jorge Gonzalez, id.; D. J .esus Barajas, id.¡ D. J. M. Anaya, labrador; D. Juan
Rodríguez, id.; D. J. M. Rico, comerciante; D. Jesus Puente, id.; D. José Anna
Rosas, labrador; D. J. M. Rojas, labrador; D. Justo llosas, id.; D. Julio Guerra,
id.; D. Laureano Frausto, id.; D. Mariano Muñoz, preceptor; D. Mariano Rodri_guez, labrador; D. Miguel Puente, comerciante; D. Miguel Segura, id.; D . Manuel Guerrero, labrador; D. Prudencio Orozco, comerciante; D. R efugio Hernandez, id.; D. Refugio Guerrero; labrador; D. Rosa.lino Guerrero, id.; D. Rosalino
Rojas, id.; D . Silvestre Gutierrez, comerciante; D. Santiago Orozco, id.; D. Trinidad Aguirre, id.; D. Valentin Hornelas, labrador; D. Wenceslao Oviedo, no•
tario.
Autoridades ele Purísima-Juez 1~ de paz, propietario, D. Ramon Gonzalez;
id. id. de id. suplente, D. Domingo Gonzalez; i~ 2~ de id., propietario, D. Pedro
García; id. id. de id. suplente, D. Julian Alcalá.
Pers&lt;ma.s notable.s.-D. Agustin Santa.na, comerciante; D. Antonio Prado, labrador; D. Benito Prado, comerciante; D. Candelario Aldama, labrador; D. Dionisio Nav:arro, carpintero; D. Eustaquio Gonzalez, labrador; D. Fermin Ríos, id.;
D. Florentino Guerrero, id.; D. Gregorio Lozano, comerciante; D. Higiuio Loya,
labrador; D. Juan 111w1oz, id.; D. J. 111. Cervantes, id.; D. Matías Aranda, id.;
D. Miguel Maldonado, comerciante; D . Pablo l!'ranco, labrador; D. Ramon Ledesma, id.
.Iiímites de la Municipalidad de San Francisco del Rincon.- Linda por el N.
.con la de L eon, por el O. con la de Silao, por el S. con la de Piedra.gorda, y por.
el P. con la de Pw·ísima del Rincon.
La 1\Iunicipalidad de San Francisco del R~con se compone de las poblaciones
.siguientes:
Piteblos.-San Francisco del Rincon.
Hacienda.s.-Peñuelas, Lobo, San Isidro, Cañada de Negros, Tanques.Ranclws.-Santa María, San Roque de los Gonzalez, Mogotes, Soledad, Silva,
-Cordero, Ranchos Nu•wos, Swn Bernardo, San Gerónimo, Descubridora, San
Angel, Puerta del T~c?lot?, Túnes, P~~nque. .
.
L ímites de la Municipalidad de Purzsin¡a del Rincon.- Lmda por el N. con la
Municipalidad de Leon, por el O. con la de San Fra1;cisco, por el S. con.la de
Piedragorda, y por el P. con la de Adobes, perteneciente al Departamento de
Aguascalientes.
La Municipalidad de Purísima del Rincon tiene estas poblaciones:
Pueblos.-Purísima del Rincon.
Aldeas.-San Miguel.
.
Hac~das.-Santiaguillo, Guadalupe, San German, Terrero, Sapos, Puentee,
.Sarteneja, Sauz de Armenta.
.
Ranchos.-Guardarayas, Potrerillos, Capilla, San Antonio, Oasas Blancas,
"Ilesa de Cha.vez Puerto, Puerta de Buena.vista, Pedregoso, Puerta de San Judas, San Roque de Montes, Barranca, Rancho de D. Agapito, Talayote, Paso de
:Ovejas, Mezquitillo, Loma del Macho, Jaralillo.
MUNICIPALIDAD DE PIEDRAGORD.A.. FUNDACION.-Segun el Sr. Dr. Romero, la Congregacion de San Pedro Piedra.gorda, habitada a:ites de la conqui~ta
por las tribus guachichiles, fué fundada. por D. Juan Montaués y otros espano·
,les en Enero de 1684.
Si bien es cierto que la poblacion se ~alla situada. al pié de unQ, loma,,s~ primitiva fundacion la tuvo cerca de la haetenda de Santa Lugarda, que esta a tres
c uartos de legua al N. de San Pedro, en _un punto d?,nde existía un~ enorm~ pie;
dra, por lo cual le vino el nombre de "Piedrago_rda. Esta traslacion se hizo a
consecuoncia de los muchos robos que se comet1an sobre la falda de las lomas
en que está situada la poblacion, ~mino para P énjamo y la Piedad, y así se ~ogró extirpar los mal~s que re~ent1an los transeuntes. E sto es lo que por la tra•dicion saben los vecmos de P1edragorda.
Título que ha obtenido.-Por mucho tiempo conservó el nombre de pueblo,
.hasta que S. 11-1. el Emperador ~faximilia~o I de ~éxico, pol' decreto de 15 de
Enero de 1865 le concedió el titulo lde villa en virtud de los adelantos de un
.pueblo en cuyo recinto han nacido _algunos personaje,s notables, Y,donde se cuenta con todos los elementos necesanos para elevarse a esa categoria.
Autoridades y empleados.-Alcalde municipal, D. Florentino Quesada;_ Juez
l ~ propietario, D. Gregorio Guerrero; id. 2? id.:' D_. Ire~~o López; ~d. 3_~ td., ~Francisco Soto· id. 1~ suplente, D. Juan Magana¡ id. 2. id., D. D es1der10 Ort1z;
id. 3~ id.,-D. Eieno Segura; Regidor l?, D. Mariano Palomino; id. 2?, D. Francisco S. Rodríguez; id. 3~, D. Luis_Rodriguez; id. 4~, D. H ~rm_enegildo ~anchez;
id. 5~, D . .Angel Gutierrez; id. 6~, D. Abraham Ló~z.-Smd1co procurador, D.
Agustin Quesada; id. 2°, D. Julio Vega.-Secretar10, D. Pedro Torres.

( Oont-inuará.)

España y Chile.
'L a ciudad de Valparaiso fué bombardeada el 31 de Marzo último por la escuadra española. El gefe de l~ ~scuadra dió cuatro dias de plazo para _que se salieran de la ciudad los que q';llsie7~n .. El bombardeo duró cuatro horas,. y caus?
grandes estragos. Antes ha}na dmgi?o el g~fe de la escu~dra el ma~ifiesto siguiente al Cuerpo diplomático extra~Jero residente en San~1a~o de Ch~e.
«El memorandun dirigido por el d~funto Exm_o. Sr. P~re~a a.los G~b1ernos de
las repúblicas hispano-americanas en 24 de Setiembre ultimo; las_ c~rculares de
fecha posterior del Exmo. Sr. D . Manuel Bermudez de Castro, Mmis~o de Estado, han debido imponer cumplidamente al Cuerpo de que V. E . es digno deca-

no, de las causas de la guerra entre España y Chile, é indudable~ent~ han debido manifestarle tambien que la naturaleza de esas causas no deJaba. a España
otro camino, rehusado por Chile el desagravio de las ofensas que las mismas causas constituían y constituyen, que el de apelar á la última razon de los Gobiernos para obtenerlo.
•
'•'roda.vía en esta sensible necesidad, quisieron el de España y su representante en estas aguas, arrastrado puede decirse por la proverbial generosidad de
la nacion española; generosidad natural ~n un pueblo que se siente noble y grande, emplear sus medios de fuerza con toda lenidad posible, creyendo qué apreciados á un tiempo por Chile lo sobradamente fuerte de esos medios y la generosidad con que se empleaban, se avendrian al desagravio que de toda justicia ha
debido y debe España; justicia ostensiblemente reconocida por dos de las primeras potencias de Europa, desqe el momento en que para poner en práctica sus
bueno¡¡ oficios, convinieron con España unas condiciones que demuestran, sin lugar alguno á duda, esa justicia. y ajustadas á las cuales podia ponerse, decorosamente para ambas partes, término al conflicto.
_
"Establecióse el bloqueo de Chile y practicóse con tal generosidad, que ni
neutrales ni enemigos de España podrán jamas desconocer que no era daao llevarla á.mas límites dentro de los que impone la ley de la guerra. Tal vez no se
registre en los anales de las habidas hasta aquí, entre las naciones civilizada~,
más lenidad, más tolerancia. Tal vez, tambien, esta lenidad y esta tolerancia hayan servido para hacer creer á un enemigo que tiene la desgracia de no comprenderlas, que puede impunemente negarse á lo que la justicia le demandaba y
le demanda.
"Si así es, como todo induce á pensarlo, siempre aparecerá España, en esta
ocasion, obrando con la dignidad de su carácter; siempre dirá la historia, que cometió en esa propia ocasion el error que enaltece, más que nada, á un país entre
los demas civilizados.
«y que el juicio de la manera con que se ha practicado y se practica el bloqueo es debido á la mas estricta verdad, lo demuestra la unanimidad en reconocerlo así por parte de los ministros y agentes de las naciones neutrales. Pero no
bastaba á España, asistida como estaba y está de la justicia y de la fuerza para
sostenerla, llevar hasta los mas extremos límites su moderacion; desde el mom~nto que le fueron presentados por _Fra.11.cia é Inglat~i-ra, aceptó _los buenos oficios con que ambas noblemente le brmdaron para termmar el confüc~ de ma~era
que dejaban á cubierto la honra de dos países, que solo una obcecac1on pumble
en el derecho de gentes, como lo es la de Chile, podia,ponerlos en guena.
"Antes de la ruptura d'e las hostilidades y despues practicán~olas, no hay un
solo acto que no demuestre cumplidamente el desinteres de la conducta de España, su constante deseo de restablecer la paz. Son testimonios tan res~etables
como irrecúsables de ello en América, el que puedan dar los Estados-Umdos; en
Europ:t, el que tambien pueden dar las otras dos citadas nacion~s.
. .
"Con tales antecedentes no es posible á España llevar mas leJOS su sufrumento. Los paises que tienen conciencia de lo justo de ~u c1.1.usa y de su fuerza p~ra
sostenerla, pueden sacrificar en aras de la moderac1on pe amba_s cosas l?s tm•
ponen, su legítimo deseo de tomar desde luego por su mano el desag:a~10 que
injustamente se les niega; pero no pueden en manera alguna p~sar el lmnte,. salvado el cual queda lastimada su honra, menoscabado el prest1g10, que una h1sto
ria, cada una de cuyas páginas relata una ~loria, le ha conquistado.
"Llegado es á España ese límite, y se le hace preciso, indispensable, por consiguiente, romper definitivamente con un gobierno que tan mal comprende los
deberes que la civilizacion le impone en · sus relaciones con los demas; que tan
mal interpreta lo que esa misma civilizacion prescribe al de Jodo _País en su go.
bernacion inte'rior, puesto que no titubea en hacer arrostrar a Chile los males de
una guerra injusta por su parte: con un gobierno, en fin, que desconoce lo que
la dignidad de los otros reclama.
••Puestas las cosas en esa situacion, España ha hecho lo que ml\rca la honra:
ha prevenido á..sus buques-en el Pacífico que busquen á sus coaligados enemigos, y esa prevencion ha tenido ?umplimiento, comprome~iéndose dos de ellos,
náuticamente hablando, por para1es sembrados de todas dificultades, aun maro•
res por lo incierto de su situacion; pasando por d~nd_e no otro~ de su porte ha~ian
pasado, llegando liasta donde puede rayarse en naut1ca tem_endad, para dai; vista
á los enemigos, gue ,situados en punto perf?c~ente_ e~eg1do y co~ obs~aculos
que impedian tocar a sus penoles, solo rec1b1eron, s1 bien de cons1derac1on, el
daño que ruede causar un fuego hecho á larga distancia.
"Todavia no arredraron esas dificultades, mejor dicho, esos continuos peligros
de la localidad, ni las frecuentí.simas nieblas que diariamente puede decirse los
cubre· y otra nueva expedicion fué en busca del enemigo, que, no creyéndose
aún bastante seguro en el punto que ocupaba, babia buscado su salvacion en las
tan multiplicadas como estrecha~ sinuosidades que, _á la ~a~ _de barrera inespugnable para el que se oculta detras de ellas, lo es de 1mpos1b1hdad
poder hij!tilizarlo con la clase de buques que componen la escuadra espanola en estos
mares.
"La imposibilidad, por lo tanto. de llegar á tir_o de ~aves q~e se guarecen tras
las insuperables barreras de localidad, y la persistencia de Chile en nega~ el desagravio que con justicia le demanda, imponen á España el doloroso pero IIDpre~cindible deber de hacerle sentir todo el peso del rigor á que se expone el pais .
que absolutamente desconoce quiere desconocer los deberes impuestos á la comunidad civilizada del universo; y en tal concepto, y por RAZON DE GUERRA, los
CAÑONES de la escuadra española BOMBARDEARAN la ciudad _de V A~P~.A.ISO Y
cualquiera otra que crean conveniente; hostilidad, ~~n~ue temble, ~eg1tímada por
las irrebatibles razones que enumeradas quedan; leg1t1m1dad que hara :~caer sobre
el gobierno de la república toda la responsabilidad del daño que or1gmar pueda
á los intereses neutrales, para resguardo de los cuales en este puerto, se conceden cuatro dias, que espirados, tendrá lugar el indicado bombardeo.
"A bordo de la fragata Numancia, en la bahía de Valparaiso, á 27 de Marzo
de 1866.-CASTO MENDEZ NuÑEZ."

Pª:ª

9

AVISOS OFICIALES.
DES .&amp;GÜ'JJ DEL V 4.L:LJI.
CONVOCATORIA.
Estando decretado se proceda ~ la ejecucion del desagüe _d~eeto del Valle de México, se
convoca por la presente á todos los que d~seen hacer propos1c1ones para la
del Tunel que irá de Zumpango al rio Tequisqma~; en el conc~~to de que en est~ .
teno se d~rán las instrucciones necesarias y de que d,1cHas proposiciones solc se recibirán hasta el d1a
25 del presente.
·
F
· ;·
Mé:uco, Mayo 8 de 1866.-Por 6rden de S. E., el Subs.ecretario de Fomento r :~o ,.
mtncz.

)l!~t;ira-

8

�EL .DIARIO DEL IMPERIO.

486

Becaudadon principal de Conh'ibuci,m.es directas

Oitacion judicial.

Por 111 presente, y de órden del Sr. Lic. D. J. M. Mirafuentes, Juez 4? instmctor de lo ciEn todo el presente mes de Mayo debe hacerse el entero eu esta oficina, ·del segundo tercio vil y de Hacienda, cito á Néstor :iendon, para que en el término de ocho días, contados desde la publicacion de este aviso, por sí ó p~r apoderado instmido y espensado! ~e. presente en
de las contribuciones siguientes:
'
este Juzge,do, sito en el Palacio de Justicia, á contestar la dem!lnda, que enJmc1~ ve!bal, ~
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
bre pesos, le promueve el Lic. D. Manuel Lombardo, como ces1onar10 de D. Bomfac10 QumSiete al millar sobre fincas rústicas.
. tanilla; apercibido quc1 de no concurrir, se dar~ por co~te~tada la demanda.
Derecho de patente sobre giros mercantiles. ,
México, Mayo 9 de 1866.-J. Reynosd, Escnbano publico. ,
950-3s-2
Idem de idem sobre establecimientos industriales.
Contribucion impuesta á las fábricas de hilados y tejidos de algoOitacion judicial.
don, lana, lino y las qe papel.
En el juicio verbal que sobre peso; promovió D. Ignacio Esquivel por D. Simon Gutman,
Lo que se recuerda á los causantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el referi- contra D. J . .A.. Fnnco, el primero ha pedido que sf! haga saber al último la radicacion de este
do plazo, se procederá ejecutivamet1te contra los _causantes morosos, para hacer efeetivo.el juicio por el órgano de la prensa; que en la propia forma se le 'cite para el reconocimiento de
pago de sus adeudos, inclusos los recargos en que mcurran, conforme á las leyes de la matena. doc.umentos, con el apercibimiento de darse por reconocidos si no concurre; y por último, se
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
le haga saber, que si preinsiste en no comparecer al llamamiento judicial, se seguirá el juicio
México, Mayo l? de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco Diai: en su ausencia y rebeldía: y proveido de conformidad, el Sr. Juez 3? civil de Instrucciim,
.Montaño. ·
Ss-8
Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, que conoce actualmente del juicio, mandó en nueve del presente mes se netifique esta detenninacion á D. J . .A.. Fraµco, para que d.entro del término de
ocho dias que se le conceden, -se presente en el Juzgado referente, cuyo término se contará
ADM:Jl'IJS'l'B.ACJOl\T GJll'IEB.A:r. DE COB.B.EOS.
desde que se publique por primera vez este anuncio, que surtirá los efectos de notificacion
AVISO AL PUBLICO.
personal.
El dia 19 del corrieI\te, á las cinco de la tarde, se despacha de esta A~tracion general
México, Mayo 14 de 1866.-Url¡ano Morali, Escribano público.
948-3s-3
para Veracruz 1,u~ estraordinario con la ~on:es~ondencia qu~ ha de conducir á la ~abana el
vapor español "Cmdad Condal; " y el d1a s1gruente, á la misma hora, saldrá tamb1en jtrO estraordinario para el mismo puerto con la correspondencia que ha de llevará Nueva-rork el
Venta judicial•.
vapor-correo ".A.ndrew Joh~són," quie!I toc~rá,igualmente en la Habana! y ambos en Sisal. •
El Sr. Jue.z 2? de Instmccion de esta corte, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha mandado
Lo que se participa al púbhco para su conocimiento y efectos correspondientes.
se proceda á la venta de la casa ubicada en la calle de Be1et:Í, dela ciudad de Jalapa, marca•
México, Mayo 14 de 1866.-El_.A.dmínis,trador general, Luis de laPeza,
3s-2
da con el número ochenta y medio, propia que fué de D. Juan de la Fuente, valuada en
1,254 pesos, señalando para la almoneda con calidad de remate la mañana del juéves 24
del corriente á las doce, en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia.
COl'IVOCA'l'OB.JA.
"Lo que pongo en conocimieuto del público para que la persona que quiera hacer postura,
Ministerio de Fomento.-Seccion 1~-México, Mayo 9 de 1886.-Necesifándose hacer varias reparaciones en el edificio de la ex-Universidad, se convocan postores al efecto, cuyas ocurra á la Secretaría de dicho Juzsado, donde se mini~trarán las i,nstmcciones necesarias.
México, Mayo 8 de 1886.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
940-3s-3
proposiciones se recibirán en el Ministerio de Fomento hasta el dia 25 del actual inclusive.
La obra consiste, por ahora, en la constmccion de seis tabiques de 6 pulgadas de espesor,
blanquear siete piezas, rasgar cinco ventanas, convirtiéndolas en puertas, cuyas mochetas de
Juzgado sega~do de primera. instancia de Orizava.
cantería obedezcan á las 'molduras de las mochetas ya existentes.-El Subsecretru.io de Fomento, Francisco Jimenez.
. 3s-3
.A.VISO.
Por auto de esta fecha, el Sr. Juez 2? del'?- instancia de esta ciudad, Lic. D. Manuel José
de Urrieta, ha dispuesto se cite por medio de los periódicos á/D, Rafael Rivera, J.&gt;ara que en
Tri1ninal Mercantil de Guanajuato.
Guanajuato, 30 de Abril de 1866.-Este Tribunal, en los autos seguidos por la quiebra de el término de diez dias comparezca á contestar la acusacion criminal que por injunas graves le
tiene pro.movida el.Sr. Administrador de rentas D. Domingo Yillaverde; .con apercibimiento
D. Luis Manriquez, con fecha de hoy ha proveido ¡il siguiente:
,
"Guanajuato, :lO de .A.b1il de 1866.-Vistas las constancias de estos autos, y apareciendo de de que si así no lo verificase, se procederá á lo que haya lugar en derecho.
Orizava, Mayo 4 de 1866.-Peilro Paz, Escribano público.
Ss-4
ellas que if. Luis Manriqucz ha sus'pendido el pago de sus obligaciones liquitlas y cumplidas,
se Je declára en estado de quiebra, segun lo prevenido en el art. 759 del Código de Comercio
vigente, cuya época es de contBrse desde esta fecha, á reserva de lo que despues aparezca:
Ju~,;ado de leh'as de Huichapan.
procédase al aseguramiento de todos los bienes, libros y papeles del deudor, así como ála deCIT.A.CION JUDICIAL,
tencion de su correspondencia, para lo que se librará el respe9tivo oficio á la .A.dministracion
de correos: se nombra síndico administrador á D, Juan Casillas, y judicial ~l Lic. D. Ignacio
Huichapan, Ábril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cástulo Dorantes,
Alcázar, fijándose á los acreedores el término de diez días para que presenten al síndico ad- vecino
que ha sido de esta villa, pw la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quinministrador los justificantes de sus créditos, haciéndose las notificaciones en los términos que ce días, contados desde la primera publicacion de ésta, comparezca _{)Or sí ó por apoderado supreviene el art. 813 del Código mercantil: publíquese la. quiebra confc.rme á lo dispuesto-en el ficientemente inptruido y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre
art. 794 del propio Código, y fórmese el espedien te de calificacion de la quiebra, haciéndose pesos, le promueve el Coronel D. Ignacio del Peral; apercibido de que·se dará por intentada
saber á los síndicos sus respectivos nombramientos . .A.sí lo mandaron y fumaron los señor-e~ la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno Romero:
Presidente y colegas del Trtbunal Mercantil: doy fe, como tam bien de .que los señores que
935-15s-6
forman dicho Tribunal, son el Lic. D. José Ma1fa Chico, D. José Guadalupe Ibargüengoitia
y D. Pantaleon
Parres.-José
María
Cliico.-J.
G. lb«rgamgoitia.-P. Parres.-Miguel
Herrera: 11 -Por enfermedad del Sr. Secretario, Miguel Herrera, Escribano de diligencias del
A VISOS PARTICULARES.
Tribunal.
3a-3
DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO.

..

B.11 M .A 11' E J!' A B. T I C U' :r. A B.

Becaudacíon priticipal tle Contribuciones directas

En la calle de la Perpetua num. 8,
El miércoles 23 y jueves 24 de Mayo de 1866, á la una de la tarde, estando á la vista
el lúnes 21 y martes 22.
'

, DEL DEPAR'¡.'AMENTO DEL VALLE DE MEXICp.

A fin de dar el debido cumplimiento al supremo decreto de 27 de Abril último, relativo al
aumento de un 25 por 100 á todas las ccntribuciones directaS' que se causan actualmente lln
el Departamento, cuyos productos están consignados á la obra del desai¡-üe directo del Valle,
por el presente se hace saber á los causantes que hayan satisfecho el importe del segundo
tercio del presente aii.o, el deber en que están de ocurrir á esta oficina en todo lo que falta del
mes a(ltual á hacer el entero del espresado aumento del 25 por ciento, á cuyo efecto presentarán el recibo ~ue les hubiere espedido esta recaudacion principal para que. sea anotado; en el
concepto de qÚe tasado este plazo se procederá ejecutii,amente oontra los que así no lo i,erificaren,
para /iacer efectivo el cobro, con mas ws recargos en que incurran, con arreglo lí las leyes de la
materia.
México, Mayo 12 de 1866.-E( Recaudador principal del Departamento, Frm1cisco Diaz
Montaña.
, • 3s-3

Las ventas son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas
.pormenorizadas.-Ignacio Diaz Triujeque.
949-6s-2

INT.EBESJJ.NTE,
El que suscribe, apoderado jurídico de la testamentaría del Sr. D. Manuel Escandon, pone .
en conocimiento del público, que todos los bienes raices de los Sres. Flores hermanos, están
hipotecados especialmente al pago de una fuerte suma que adeudan á dicha testamentaría,
y el Sr. Lic. D. Ignacio Fuentes está nombrado para intervenir por escrito en cualesquiera
contrato de venta: en consecuencia, ninguna venta puede verific.arse legalmeI¡te sin esa intervencion.
,
México, Mayo 12 ,de 1866.-Leandro Teija y Senande.
946-8s-3

AVISOS JUDICIALES.

-----,---------- ------------ -=-=--e=-,-- '
ED!C'l'O.

SEGURO CONTRA INCENDIO.

!

ESCRIDANJA PUBLICA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SO~IBRERETE.

En las diligencias que giran en este Juzgado con motivo de la muerte de D. Pedro Tigeot,
acaecida en esta ciudad el dia diez y ocho del corriente, por auto de fecha veinticuatro del
mismo se mandó se convoquen á todos los que se crean con derecho á los bienes del intestl\dO
del espresado Tigeot, para que comparezcan á deducirlo dentro del término J e seis meses,
cgptados desde la fecha del auto: y que esta convocatoria se publique para su efecto en el pen'ffilico oficial del Departamento y dos de la capital del Imperio, librándose igualmente exhorto
al lugar de la residencia de los herederos del finado.
.
Sombrerete, Abril 26 de l866.-Ju.a11 Yndiano.
945-15a-2

------------------------ ----.- !
JtuKado de Insh'uccio1i de Texoooo,
En los autos del intestado.de D. Luciano Santa Cruz, que giran en este Juzgado, se ha
prevenido que por los periódicos se convoque á las personas que se crean con derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para que se presenten á deducirlo en el término de quince días, que comenzarán á contarse desde la primera publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que, en caso de n.o verificarlo, les parará el perjuicio á que hubiere lugar en ,
derecho.
·
Texcoco, Abril 30 de 1886.-El Juez de Instmccion, Mauro F. de C6rdoba. 933-Sa-3

'

Juzgado tercero civil de lnstruccion.

La Compañia Hamburguesa-Bremesa de Seguro.•
CONT.Bd. INCENDIO,
Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables deHamburgo y Bremen,
y ofreciendo, pues, todas las garantfas que puedan desearse.
ASEGURA MUEBLES E INMUEBLES A PREMIOS M6nrcos.-D.A.N INMRMEs
Y ARREGLAN P6LIZAS

Los .A.gentes,
LEFFMANN

821-90a-33

&amp; GU'.DHEIL,

Bajos de Porta-Cceli núm. 4.

SEGUROS CONT.Bd. INCENDIOS.
ÜOJiil?AÑIA DE SEGUROS DE GLADBACH.

Oapital de fondo ....... - ... - .

3.000,000 pesos prusianos,

00MP.A.ÑIA DE SEGURO.S DE BASILEA (BABEL).
Palacio de Justicia.-El Sr., Jur.z 3? civil de Instmccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier.
Capital ele fondo.-.... . .............. 10.000,000 francos.
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene mandado se cite por los periódicos á D, ·
Ju¡n Lorenzana, para que dentro de ocho días precisos se presente á contestar la demanda
que en juicio werbal, sobre pesos, Je promueve D. Luis Morali; apercibido de darse por contes- • Se aseguran muebles'é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes ne.
tada en su rebeldía.
cesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
Méxieo Mayo 7 de 1866.-Lic. José Mariano Moya de Contraas, Escribano púbico.
de San Bernardo núm. 3.
.
400-lSOs-166
939-8s-5

Oitacion judicial.
Las Sras. D'!- Ignacia, D\1- Nieves y D~ Rafaela .A.rciniega se han presentado ante el 'Sr.
Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, ofreciendo infounacion para justificar que les corresponde en propiedad un capital que se reconoce al Presbítero D. Juan I. Lyon en las liacieft.
oas de San Miguel Totolque¡ne y Santiago Tep&amp;Cll,ltepec, sle la testamentaria de D, Miguel
Nájera. El Sr. Juez ha mandado se recilia la informacion, con citacion de los hered'eros del
espreaado Presbítero; é ignorándose el paradero de estos, h9. prevenido se haga la citacion por
los periódicos, seDalándolea el témúno de quince días: en cuyo cumplimiento, los cito por
medio del presente anuncio.
.
Hµico, Diciembre 21 de 1865.-Manud RorMro, }i:scril¡ano público de la Nacion.
·
947-3s-3

Cd.BTILLJJ. GEOG.Bd.E'ICJJ. Pd.Bd. LOS NINOS,
POR D. ANSELMO DEL.A. PORTILLA.
Se halla de venta en los punios siguientes: Librería Madrileña, Portal del Airuila de Oro.Librería de 1os Sres. A.ndrade y -C!, Portal de ).gustinos.-Imprenta literaria,~ cálle de Su:tto Domingo núm. 10.
.
,
PRECIOS.

Un ejemplar•• ·-- ••"•• •• •••••••••••• -~ •• -- • • 1 real.
Una docena ••••• ; ••••••••• : •••••••••••••••• 6 reales.

ftEXICO.-IMPRENT.A IMPERIAL.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

EL

/

-IIP.BRIO

DIAR-10

.

.

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

Del frente....................

SVMAJUO,
PARTE O~ICIAL.-Decreto habilitando de edad á dos aeüoras de Veracruz.-Cireular
c obre postulaciones para Subprefec!--0~ y nombramiento de Secretarios de las Prefecturas.
P~TE NO OFICIAL:-Susenc1on para los inundados.-Sociedad de geograña y esta•
-llíshca. Acta del 26 de Abnl.-Derrota de disidentes.-Movimiento en el ferrocarril de Chalco.

DE LA MU!-'ICIPALIDAD DE XOCHITEPEC.

D. José Lámbarrí. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ......•...
11 Abundio Estrada ........................... .
Mariano Maldonado ........................ .
11
11 Tomás CarrillQ ............................ .
Luis Arellano ..•......•.•. .: .•...............
11 Víctor Idiaquez ........ . ................... .
11 José María Morgado .......•................
Jorge Arellano ............................ .
,, J esus Garfias ......•.........•.............
.Antonio Pineda.....•..•......•.....•.......
11 Agustín Popoca ...•...................••....
11 Felipe de la Paz .........•....· •.. . ..........
11 Cayetano Posada ..............•............
,, Luis Gama .....•.....•.....................
Bachiller D. Felipe Gonzalez ..................•.
Operarios de la hacienda del Puente .•.•.•........
11

PARTE OFl~IAL.
MAXIMILIANO,

11

EMPERADOR DE MEXICO:

_Torna~do en consi~eracion la solicitud de D~ Emilia Gago de· Rojas, y de
D. Amaha Gago, vecmas de Veracr¡, y en vista de los informes que obran en
,el expediente respectivo,
·
DECRETAMOS lo siguiente:
Se habilita á D~ Emilia Gago de Rojas y á D~ Amalia Gago, de la edad
~ue les falta, con arreglo á la ley, para entrar en la libre administracion de sus
bienes y poder comparecer en juicio sin necesfdad de curador, no gozando en
.uingun caso del beneficio de la restitucion in (ntegrum de los menores de edad.
Nuestro Ministro ae Justicia queda encargado de la ejecucion de eete de1.creto.
1
Dado en Cuernavaca, á 12 de Mayo de 1866.

MAXUIILIANO.

.Al Ministro de Justicia.
Por el Emperador,
El Ministro de JU8ticia,

,

NUM. 414

1'IEXl~O.-Viernes IS de Mayo de 1S66:

III.

•
11

D. Silvestre Ortiz ... . •••.......................
,, Félix Martinez .....•.......................
11 .Andrés !filia ...............•.......•......•
11 Gregorio Osorno ..•..•..•...................
,, J esus Camito .......•..•..•....••.....•.•...
,, Melquiades Almanza ••••.••••.•••.....• . .•.•

ºº

24 00
11 50
11 50
,, 50
1 00
,, 50
11 25
,, 25
1 00 ,
1 00
,, 50
1 00
,, 50
2 00

,,
.,
,,
1
,,

50
25
25
00
50
11 25
,, 25
1 00
,. 25
,. 50

11

11

,, 25

,, 25
11 25
., 12½
11 12½
11 12½
11 12½
11 12½
11 25
,, 25
11 25
11 25
,, 12½
11 25
11 25
,, 12½
11 12½

11

11

11

11

11

11
11

11
11

11

11

18i!

25
,, 50
11 25
11 12½
11 25
,, 25
,, 12½
11 25
,, 12½
,, 12½
,, 25
11 12½
,, 12½
11

11

11

17 87

2 3¡

lliguel Marin . ............... ........... : .. .

Domingo Garcés ......•.......••......•.....
Macedonio Pozos.: ..•.....•... ........ . .....•
11 Manuel Sanchez •...••.......•...•...•.....•
11 Domingo García .....•... . ..................
,, Tomás General. •..........•••........•.....
MINISTERIO DE GOBERNACION.
11 Crist6bal .Qi!tcía. .....•..•...••..............
,, Concepcion Ayala . ......................... .
SECCJON 1~
Circular n&lt;un. 3'l.
México, Mayo 11 de 1866.
,, José Inés ...........•................••...
Deseando el Gobierno de S. M. que los puestos públicos sean desempefia- ., Francisco Juarez ................... ,.......•.
·&lt;los por personas de conocido civism~ á la vez que de buena conducta é inteli- ,, José Presentacion .......•.................•.
·gencia, Ha tenido ú bien disponer se diga á V. S., que cuando tenga esa Pre· ,, Pablo Hernandez ....••...................•.
fectura que hacer alguna postulacion para cubrir las vacantes que ocurran de ,, Fernando Villanueva...........•..•....... , •
las Subprefecturas, se le envíe á este Ministerio tema de personas que reunan ,, Alejo Carrillo ..........•....•.... ·- ....... .
,, José :María Espinosa ............•....••.....
las cualidades indicadas; exponiéndose á la vez respecto de cada una de ellas ,, Manuel Pacheco .................. :: ....... .
-sus antecedentes, profesion 6 ejercicio, é iuforrnándose de su reputacion y hon- ,, Ventura Pastran ..............•.... . . J ••••••
radez.
,, Luis Castañeda ............................ .
Igual informe previene el mismo Gobierno se le haga de las personas que
Gregorio Ayala ............................ .
'fueren nombrada~ para Secretarios·de las Prefecturas, al dar el aviso debido del
Domingo L6pez ........................... .
nombramiento, para que recaiga la aprobacion segun lo dispone el art. 3~ de la 11 Demetrio Hernandez .................... . ... .
Juan Guevara .......•.............. . .......
ley orgánica departamental:
Por el Ministro de Gobernacion,
Francisco Aldana ...................... , ...•
El Subsecretario,
,, Domingo Amador ............. . ....... . . . .. .
Joaqllin Noriega.
José Lucio ...........•.................... .
Dionisio Rivas . ............................ .
Sr. Prefecto del Departamento de ......
J oaquin Morales •...........................
,, Nicolás Camacho ...... •.•................•.
Agustín Guevara...............•...........
11
,, Petronilo Varon ....... . ....... . .......•....
PARTE NO OFl~IAL.
l
11 José Jurado ...... . .............. : ........ .
Cenobio Montero ....................•...•...
CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
Ignacio García...........................•.
11 José Chavez. . . . . . . . . . • . . . . .
. ............ .
Suscricion en favor de t-0s intmdados.
,, Vicente Martinez ...•..•.............•...•...
(Continúa.)
,, Rafael Castañeda .......................... .
S 33,231 57
Suma anterior ................ .
,, .Antonio Cristino •. . .....•....... .'..•....•...
Agustin Perez ...................•......•...
Recibido como producto de la ausericion abierta en la
11
657 50
ciudad de Oajaca. ...........•. - ........ • • • • • •
Pablo Of}orno .....•.•..•..•...........•..•.
11 Pablo Camacho ...•..••...............• ! •.••
DEL JUZGADO DE PUENTE DE IXTLA,
,, Abraham Ayala . .......................... .
1 00
D. Feliciano Perez .............. • • • • • • • - • • • • · · •
,,
Francisco Molgado ....•.....................
1 00
,, Juan Guzman .......... • • • • • • • • • • • • · • • · · · · ·
,,
Doroteo
Urueta ......••.•.•..•..............
1 00
1, Vicente Segura .....•... •. • • • • • • • ••• • • • • • · · · ·
,, Lucio Cahrera .......•.••...............••..
' 11 50
,, !li~el Bodriguez ...... • • • ••• • • • • • • • • · · · · · · ·
,, Luis Guevara .•...•..••...•...•....•..••.••
10 00
Preeb1tero D. Juan N. López .•· •. •. • • • •. • • • • • • • •
Procopio Hcrnandez .••.....•................
11
1 00
,, Hip6lito Olea .....•......... -.....
.,
Basilio Pacheco. , .•..•...•..•.... , ..•..•...•
1 00
Alejandro Oliveros .••.......•......
,,
Crescencio Chavez ............•...•..•.••...
11 50
Pedro Reyes .........•. • • • • • • • · • · •
11 25
16 25 ,, Manuel Ordoñez .......••..•.••.....••..••..
,, Pablo Oambron........ • • • • • • • · · · · · ·
A la vuelta. . . ...... .
Al frente. . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . S 33,247 82
PBDR0 ESCUDERO,

82

DE LA MUNICIPALIDAD DB OAXTEPBC,

11

; l

$ 33,247

0

11

I

6¼

,, 12½
,. 25
,, 12½
11 12½
,, 12!
,, 12½
,, 12½
,. 25
11

12½

,, 12¡
11 25
11 25

-ºº- 2 00

8 15

8 33,265 69

�EL- DIARIO DEL IMPERIO.

488

De la vuelta •. • . ... .•
El Señor Cura D. Francisco Sa.Iaza.r .. ..•...•..•••
D. Lucio Amador .....•••.••.•........ ..•.•....
,. J oeé Manuel Garcés. . • . . . • . . • . . . . . .... . .. ..
,. Miguel Torres ..... : .... . ..•.............•..
, José Palacios ........ _. ...••..... . .... . .. ...
1

$

ló
10
1
10

00 $ 33,265 69
00
00
00

,, 50
' 5 00

Suma •••.••••••• •· ...

41 50
$

33,307 19

OOXIIJIO DJI 118'.fA.DO.
Seminario núm. 9.
Ignorándose quién sea el legítimo repre~ent.ante de la ~•~entaría. de DI!' Teresa ~méscua,
y necesitándose en esta Secretaría para hacerle una notificacion relativa en el espediente número 3,292, se le emplaza por el presente para que concurra á ella dentro de ocho dias, que
comenzarán á contarse desde la fecha¡ apercibido de que si no lo verifica se seguirá el negocio adelante.
México, Mayo 12 de 1866.-El Subsecretario del Consejo d~ Estado, José M. Rodrigtuz
y Cosío.
3&amp;-3

KOIRIJ DIJ •DIDA.D.

Seciedad

■exicana

de Geografla y Estadística.

ACTA NUM.

13.
Mé%.ico, Abril 26 de 1866.

El Sr. Vicepresidente Fonseca abrió la sesion; se dió lectura al acta de la an•
terior, y aprobada, se djó cuenta:
·
1? De una comunicacion del Sr. Ministro de Fomento, trascribiendo otra del
de Gobernacion, en que pide se le facilite por el archivo de esta Sociedad ejemplares de las Memorias que tenga de los antiguos Estados, 6 actuales Departamentos del Imperio.-Se acordó la remisitn de los quti haya, para obi'equiar los
deseos ae dichó Sr. Ministro.
.
2~ Del mismo Ministerio, trascribiendo 1a resolucion del de Hacienda para
que no se vise nómina alguna en que estén incluidos sueldos de empleados que
no tengan despachos, ó no hayan tomado legalmente posesion de su destino.Que .se tenga presente para su caso.
3~ De la Prefectura política d.e Puebla, remitiendo un cajoncito que con tal
objeto entregó para la Sociedad el Sr.' Blazquez, con los nidos de la cigarra
ceoófito.- Acúsese recibo, y que el cajoncito pase á la comision que tiene los antecedentes.
4~ Del Sr. Coronel Doutrelaine, Presidente -de la Comision científica de México, remitiendo un ejemplai: de la segunda entrega del tomo segundo de los Ar-.
chivos de dicha Comision.- Que se le acuse recibo y pase á la comision de revision de obras.
5~ Del Sr. socio D. Manuel Orozco, devolviendo la Memoria escrita por el Sr.
Romero Gil sobre el estado moral y social que tuvieron los indios bajo el imperio
azteca.- Que pase á la comision de historia para que ia examine y emita su
opinion.
.
6~ El Exmo. Sr. General García obsequió á la Sociedad con una. copia de la
Carta del Departamento de Jalisco, formada recientemente por los ingenieros
del Cuerpo expedicionario frances; y ademas, otro plano impreso del puerto del
Manzanillo y ensenada de Santiago, levantado por los pilotos ingleses E. Mole
y J. Gray en el afio de 1824.-El Sr. Vic~presidente le dió las gracias pcr tan
apreciable donacion1 disponiendo que ambos planos se registren en el libro respectivo y se coloquen con los demas.
7~ La comision encargada de dar el pésame á nombre de la Sociedad á su
Vicepresidente, por la pérdida lamentable que babia s'!:lfrido últimamente en su
familia, dijo h¡ber cumplido eficazmente su reision.
8~ Se recibió el número 8, p~r di:plicado, del tomo 2? de la Gaceta Médica
de México; igualmente el r~súmen de las observaciones magnético-meteorológicas heclias en el mes de Enero próximo pasado en el Real Oolégio de Belen de
la Habana.- Que estas se pasen á la comision de Boletín, y la Gaceta se úna á
su coleccion.
9° Se recibieron dos cuadernos en aleman1 publicado.e en Dresde por la Sociedad de Agricultura de aquella ciudad, quien los dirige á ésta. Al mismo tiempo
acusa el recibo de las obras que se le han re!l)-itido.-A·su expediente.
Se levantó la sesion, á que concurrieron los Sres. Fonseca, Vicepresidente;
General Blanco, D. Santiago; . ídem D. Miguel; Castro, Castillo, D. Antonio;
Carbajal y Espinosa, Durán, D. Ignacio; Fleury, Exmo. Sr. Ministro de Guerra
General García, Pimentel, Pereda, Rio de la Loza, D. ~-i Salonio, Soto, y el
Secretario perpetuo que suscribe.-J. M. Arroyo.

Manuel de los Cobos, Juez inwtino del departamento de ventas, y Juan Estanislao Monterde, Interventor del mismo, participan al público que el jnéves (24) veinticuatro del 9.ne
cursa comem:iu:á el remate de las alhajas empeñadas en el mes de Octubre del año antenor.
Las personas interesadas en ellas pueden ocurrir con oportunidad á desempeñarlas ó á presenciar su venta; en concepto de que ésta principiará á las doce en punto, con la concurrencia
que hubiere.
..
.
.
México, Mayo 17 ~e 1866.-Mamul de las Cobos.- Con m1 mterveB.c1on, Juan Estamslao
onterde.- V? B? Lazpua.
3s-1
Mi_

Becau(}acion principal de Contrilniciones clirectas
DEL DEPART.UIBNTO DEL VALLE DE 11mx1co.
ILemate de fincas.
Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública or contribuciones directas, han sido
embargadas por esta oficina principal las casas números y 2 de la calle de Aleonado, la número 29 del Puente Quebrado y la marcada con la letra A de la calle de los Siete Príncipes.
apreciadas segun las constancias que obran en esta oficina, las dos _primeras en la cantidad
de 14,500 pesos, la segunda en la de 14,740 pesos, yia tercera en la de 1,189 pesos.
Lo que se participa al público, para qi¡e las personas que quieran hacer postura ocurran á
esta _propia oficina á las doce de la mañana del día 14 del próximo mes de Junio en que severificará la almoneda; en el concepto que deberán presentar con anticipacion su respectivo
papel de abono para su reconocimiento.
México, Mayo 15 de 1866.-El Recaudador principal, Francisco Diaz 1'fontaño.
3s-1

1

A.VISOS JUDICIALES.
luzgado tercero civil de lnstruccion.
Palacio de Justicia.-El Sr. Jnez.3~ civil de Instrnccion, Lic. D. Cristóbal Ponlet y Mier.
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene mandado se cite por los periódicos á D,
Juan Lorenzana, para que dentro de ocho dias _precisos se presente á contéstar la demandai
que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Luis Morali¡ apercibido de darse por cont$tada en su rebeldía.
México Mayo 7 de 1866.-Lic. José Mariano Moya de Ce&gt;ntreras, E~cribano púbico.
.
939-Bs-6

'.rribUDal de Oomercio de México.

México, Mayo 11 de 1866.-En la. solicitud de D. Antonio Barquín, pidiendo se declare en
estado de quiebra á D. Fructuoso Femandez, este Tribunal proveyó el auto siguiente:
"México, Mayo 8 de 1866.-Acúsese recibo de estos diversos espedientes remitidos por el
J nzgado 1? de Instrnccion de lo civil, espresando la Secretaria por qué hasta hoy se ha dado.
cuenta, teniendo el oficio de remision fecha 5 del presente mes. Agregándose las actuaciones
formadas á instancia de D. Antonio Barquín, f6rmese con ellas y las remitidas á este Tril,unal un solo cuaderno. Apareciendo de las constancias ane obran en los documentos presentados á dicho Juzgado, y diligencias practicadas por el nusmo á solicitud de varios acreedores
de D. Fructuoso Femandez, que éste se hallaba ejerciendo el comercio; que, si bien no consta haya suspendido el pago de sus obligaciones comerciales liquidas y cumplidas, su fuga y
el abandono de su negociacion, que están acreditados, lo ponen en la imposibilidad de cums
plirlas, induciendo una vehemente presuncion de hallarse en quiebra; cuya presnncion corrobora la prueba que resulta de la carta firmada bajo su nombre, que fué presentada por D'!- Con•
cepcion Ortega de Mora con su escrito en que solicita el embargo provisional de la tienda deFemandez, y teniendo presente lo dispuesto en el art. 907 del Código de Comercio y en la
· ley 11!- y 6~, tít. 32, lib. 11 de la Nov. Recop., se declara en estado de quiebra á D. Fructuoso
Femandez, fijándose como época de ella la fecha de este auto, á reserva de lo que despnes
resultare: procédase al secuestro de los bienes, p1~~!~sy libros del quebrado, y á la detencion
de su correspondencia, librándose oficio al Sr. A · · trador de correos para que tenga su
efecto dicha detencion, hasta que por el Tribunal se le comunique la persona que debe recibirla. Se noJUbra síndico de la. quiebra á D. Antonio Barquin,jndicial al Lic. D. Pedro Molina, y defensor del fallido ausente al Lic. D. Fidencio L6pez, á quienes se les hará saber
para su aceptacian y desempeño, publicándose este auto por los periódicos y por edictos que
se fijarán en los parajes a~stumbrados: f6rmese~spediente de calificacion de la quiebra, para
lo que se compulsará copia de este auto, y dése cuenta al Tribunal en la próxima audiencia,
haciéndose saber á los acreedores que se han presentado. El Sr. Presidente lo proveyó y fir.
mó.-Bejarano.-Luis Rodriguez y Palacio."
Der1•eta de disidentes.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeña,
Oficial
2~ encargado ~e la Secretaría.
951-3a-1
.
Ministerio de Gobernacion...:.._"Secretaría de la Prefectura de Guanajuato.-Im.

perio mexicano.-Alcaldía ae Salamanca.-Núm. 148.- Salamanca, Mayo 9 de
1866.- Tengo el honor de poner en conocimiento de V. S. que el día 7 del actual la columna del Sr. Coronel Lenane emprendió su marcha de esta póblacion
para la de Santa Cruz, en donde se decia que·atacaba el enemigo, logrando en el
mismo dia darle un alcance en el que le hizo veinte muertos, quitándole ademas
sesenta. caballos. Esto tuvo lugar en el punto de las Pilas.-El Alcalde municipal, Coronel Mariano Pacheco.-Sr. Secretario ae la Prefectura política de Guana.juato.-Es copia que certifico. Guanajuato, Mayo 11 de 1866.- El Secretario de la Prefectura, Luis Niéto."
Es copia. México, Mayo 16. de 1866.-El Gefe Director de la Seccion 1~, J.

G. Martinez.

Fer1·ocarl"il de México á Chalco.
COMPAÑIA MEXICANA.

N11ticia del moliimicnto de pasajeros habido entre México y Mi2.coac y puntos intermedios
la semana del 7 al 13 de Mayo.
·
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México, Mayo'15 de 1866.-Arbeu y Socios.

A.VISOS OFICIA.LES.
Documentos históricos.
La primera entrega de los que se publican en el "Diario del Imperio," está ya
lista para los que quieran comprarla. Son 8 páginas de impresionen 4~ mayor,
y se venden á un real en el despitcho del "Diario," Bajos de San.Agustín núm 8.

Citacion judicial.
Por el Juzgado 4? de Insiruccion, D. Juan Adalid se ha presentado solicitando, qµe poi·
ignorarse la residencia de D. Joaquín Priego, se le cite por los periódicos, para que en el término que el Juzgado le señale se presente á contestar la demanda que enjuicio verbal, sobre pesos, le p_roq¡ueve¡ apercibido d~ darse por ?ontcstada la d~manda y seguir el juicio con los _es•
trados s1 no comparece. Y habiendo proveido de confomudad el Sr. Juez, señaló el térmmo
de ochQ dias.
México, Mayo 15 de 1866.-Manu,l T. de Me11eses, Escribano público.
952-3s-l

Citacion judicial.
En los autos del concurso á bienes de D. José María Camacho, de que conoce el Sr. Juez 2~
de Instmccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, en junta celebrada el día tres del
corriente mes fué nombrado síndico el Sr. Lic. D. Ricardo Cícero, facnltándosele ampliamente para la enajenacion de la casa número tres y medio del callejon del Coyote, valuada
en 11,750 p,esos 25 centavos; y se acordó que dentro de un mes, contado desde la fecha citada, presente su proyecto de graduacion, con el que se dará cuenta y se determinará por los
señores acreedores lo conveniente en otra junta, en la que todas las dificultades ú oposiciones
serán decididas definitivamente, pues al efecto renunciaron todo recurso. Igualmente se acordó que dentro del citado plazo presenten los acreedores al síndico los justificantes de sus créditos, y qua para los efectos legales se haga saber todo lo dicho por medio de los periódicos á
los que no concurrieron.
Y en cumplimiento de lo acordado pongo el presente en México, á 5 de Mayo de 1866.Casimiro Fer,1andez, Escribano públi&lt;!o.
953-3s-l

Citacion judicial.
En el juicio verbal que sigue D. Francisco Mejía con D. Antonino Chavero, sobre pesos,
á pedimento del actor ha mandado el Sr. Juez 2~ de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, que se cite por los periódicos al espresado D. Antonino Chavero para que comparezca
en el Juzgado dentro de ocho días, á absolver posiciones¡ bajo el apercibimiento de darse por
absueltas si no se presenta. Lo que se le hace saber por medio del presente.
México, Mayo 17 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público.
954- 3s-1

.Juzgado ·de letras de Sultepee.
En los autos seguidos en este Juzgado sobre el intestado del Presbítero Br. D. Mariano
Ayllon, tengo mandado se citen á los que se consideren con derecho á los bienes de dicho intes!ado, para que lo deduzcan en este Juzgado denti:o de treinta días, CQDtados desde la publicacion del presente aviso, y con apercibimiento que de no verificarlo les parará el perjuicio
que haya lugar.
Y en cnmplimi1mto de lo mandado pongo el presente en Sultepec, á nueve de Abril de mil
ochocientos sesenta y seis.-El Juez de letras, Joaquin Jimenez. •
3a-1

-ftEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

..

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Amalia Gago</name>
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                    <text>EL

DEL

-.r

'

tlP-BIIO.

-n-1.ttlO

Los números sueltos valenc 12 centa.VQIJ.
TOMO

III.

SU'MAB.10.
P~T~. OFICIµ,.-Personas condecoradas con la Cruz de Guadalupe y .Medallas del
Ménto militar.-Ministros suplentes del Superior Tribunal de Justicia de Puebla.
. PARTE NO_ OFICIAL,-:Departamento del Fresnillo.-Instruccion en Querétaro.-Solic1tud y denuncno.-Observac1ones meteorológicas de Febrero.

PARTE OFICIAL.
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México 19 de Mayo de 1866.

S. M: el Emperador, por acuerdo de 13-del corriente, Ha tenido-á bien conceder las condecoraciones siguientes:
hrPEltIAL ÜRDEN DE GUADALUPE.
CABALLERO.

A

NUM. 415

MEXICO.-Sábado 19 de Mayo ,le 1S6"G.

D. Modesto Loiseau, Capitan del R_.egimiento de voluntarios belgas.
MEDALLA DEL

MERITO MILITAR.

DE PLATA.

A

D. Aniceto Villareal, Sargento l de la Guardia rural de Monterey.

,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,,
,~

Isidoro Cantu, Sargento 2~ de id. id. id.
Fulgencio Chavarría, Cabo de id. id. id .
Lorenzo Treviño, soldado de id. id. id.
Macedonio Martinez, id. de id. id. id.
.A.lleyn, sargento de volunt:irios :Belgas:
Noirsain, cabo de id. id.
Felipe Vandenhout, soldado de id. id.
Emilio Mabille, id. de id. id. •
Juan Volpé, id. de id. id.

O

todos loa daños que de mucho tiempo antes han sufrido aquellos. Entre los beneficios que con ese destacamento se conseguirán, el primero será ~cerse sentir
la accion del gobierno en esa frontera por medio de laa autoridadesdaSan Juan
de Guadalupe, las que teniendo fuerza que haga respeiar sus disposieiiones, y en
combinacion con los vecinos de órden, procurarán la p.az ttecesaria para asegurar sus intereses, así como el buen éxito de sus empr~sas mineras y de comercto. &amp; con~eguixá igualmente, eximir ít-l~ioa del Departamento de
los continuos auxilios que á solicitud del gobierno prestan para !~ atenciones
de la misma frontera, y de los que solo se necesitarán ya, en caso de una invasion -en forma, y esto por un tiempo limitado al motivo que los ocas1one: por es;
to es que la visita que el Sr. Prefecto ha emprendido-debe producir resultados
benéficos para la segoridad pública y el bueñ gobien¡o del Departamento."

lnstruccion primaria.

1

La Esperanza de Querétaro dice lo siguiente en su número de 13 del actual:
"El Subprefecto de Tancanhuitz participa á la Prefectura políti~, que segun
sus órdenes, quedaban establecidas ocho escuelas en los diversos p].eblos del
Distrito, donde antes no había ninguna: se le han pedido estados ciNmnstanciados de estos establecimientos, y cuando los remita los publicaremos.
"Fuera de est¡as escuelas de Tancanhuitz, y con los datos oñciale8-de las demae del Departamento, expensadas por los fondos públicos, haceml&gt;lf"Pür curiosidad el cáteulo siguiente:
"Tiene ef.Departamento 97 escuelas, á que concurren 4,773 ahmmos.-El
gasto mensual importa $ 1,078 63 cs., que dan un r~tado anual de.$ 12,943
56 cs.-Repartida esta cantia'ad entre el cita.do número de 4,773' alumnos, se ve·
rá que-cuesta. la educacion de cada uno ~ 2 71¼ cs.-Puede calcularse que en
-tres años. se termina la instra~cion...primapa ·de un niño; y en.este.callo costará
$ 8' •l-3½ cs.-Itveducaaion de cada uno de ellos."

_: SOLICJITIJDES DE PRIVILEGIO
.ANTE EL MINISTERIO DE FOMEÑTO.

•

DE BRONCE.

-,&lt;

Si::cornN' 2~
México, Mayo 8 de 1866.

(z1 publicaéin).

A D. .Francisco Guerra, Capitan de la Guardia rural de ~fof!terljJ.•
,, ,, Domingo Garza;- Capitan de- id. i'tl. id.
,, ,, C. E. Cárlos Gauchin, Capitan de voluntarios Belgas. •
,, ,, Luis Defaunoy, Capítan Ayudimte mayor de id. id.
,, · ,, L. H. Au.gusto Wa'¼ters, Capitan de ía. id.

.BolicitJ.ui. dLJJ. José .l)es.aubleaúx, pida 12li,llileg_io excl~ivo por Uti. nuevo p1 oc.edir,Iilll.to de inmersion para fabricar vela$ de cebo.

"Segumla. clase.-Cu&amp;tro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
seis )Z--SeBenta y si.ete.-Méx.i.co,.,.5 cle~1l del866.-E-x:mo. Sr.-Jo¡ré Desaubleaux, ,eiudadano mexicano, ants V. E. con el debido respeto expong.o: que por
El Secretario encargado de la Gran Cancillería,
los doenm'entos adjuntos verá.V. E. EJ.Ue desde 1861 solicité del Con~so nacioJ1al p.civilegio exclusivo _por diez _!1,ñ_gs P!!'.ª fabricar velas. de cebo por.el procediJosé H. Eonzalez.
mieuto de inmarsion, ·que es nuevo en nuestro país, y cuya explicacion se hace
-en uno de los citad,;is.d~entos,.,V. E. advertirá que mi solicitud, no obstante
MHtlS-TEflJO l!E JUSTICIA.
haber sido acogida, no lleg6 á acordañ!e definitivamente. Y conriñiendo á mis
jnteresesel
- que lo ~Jla por el actujl Supremo Gobierno;- -A V. E. Bun!íoo se sire;
8-EooION 1~
.va-prov_eer ife &lt;;onformidad IJlÍ ,referidl} solicitud, en lo q1+e recibiré gracia.México, Mayo18 de 1~.
Sr.-José Desaub'leaua,.-Exmo. Sr. Miuistro de Fomento."
-S. M. el EmpeM&lt;lOf)-por aooe-r~ d6-l~ del-actual, da~ CuernaY.ac'a,_se - Exmo.
:C-o1 que se pub1íca ~n el DúNt?rdit Imperio conforme al.artículo 14 de la ley
Ha servído nombtát MinistrOS" suplentes de ese superior Tribunal de Justicia de 3 ae Noviembre de 1858.-ErSubsecretarfu interino de Fomento, Francisco
á las personas sigdientes:
'J'imeneÍ,,
'

•

Lic. Ir. Jnaqum-Zm:rra-uomr.
,, ,, 1Ianuel Cardoso y Torija.·
,, ,, .Toaquin Úriuíe.
-~c ......__
,,
Rañiort AmrJ"ft'e:""
11
~.
O""l
l ::., ~:
,, ~ ,, José Anton'io s~lazary Jlmenez.
,, _ ,, Cúrlos Baefu,
.
Y lo com1mico á V. $....u.ara su cqÍ1ocíI!0ento y fines consiguientes.

-DEMJNCIOS AN'EE LA PREFECTlJRA POLITICJA
~se-publican en.el.Diario del Imperio conforme al artículo 14
de la ley de 3 de Noviembre de IB58. -

-

• El 'Ministro-de J ustioi&amp;,

_ Escun1rno~
~ Sr. Prefecto potítfo1nret Dep,11 ta111e11tq de Pu:ebhr.
,..-

.

T"" _...,...._ _

PABT-E Ne- OFICJIAL.
Departame1do
del Fresnillo.
•

~
-

. v;:,-c;
."' . . . ·--r!"I~

.

(2~ publicationJ

- ·

El Pabellon Nacional dice lo eiguiente en su número del 6:
"8EGU1UD.A.D PUBLICA DEL DBP.A.RTAMENTo.-El dia 4 delcorriente ha salidu de esta,~itarer&amp; J&gt;refe~t,u polít_icg, con diieccion áloe dietrito11 de Nie't'e!!
y San Juan ele Guadalupe, en lo~ que á mas -de arreglar tocfo' lo- conducente~á
los -negocios de gobierno, de acuerdo con la autoridad militar-, lleva la mira especial .de allanar cuantas dificult1tdes puedan presentarse para establecer un fuerte destacamento en el últiino d~ dichos distritos, y da?' de esta manm-a la seguridad posible á los pueblos lim1trofos con los de 1i Laguna, de donde se rccilien

''Segunda cla~.-Para el bienio dé mil ochocientos sesenta y sejs y sesenta Y~
,ai~te.- Selfo 3~V11le ~uat~ xeaTe.s.- Wxmo. 'Sr.-José María Monterubio y
){arcos Velazquez, el pt!Dlero natural de. Atotonilco y el segundo del pueblo de
ta Pnriftcaciun, pllrterrecienteS' mDietritir de Texcoco, de ejercicio minero, y el
Jegmiao labrador, ante-V. E:":comparecmmmryihrcimos: que al pié del cerro de
SqltE}pec, en una barranca nombradá 'l'la!J&gt;echico Tisacalco, terrenos del Molina
de:-:Flores, por el 8111·, jm·isdiecion-0.e- 'r-e:i.coco, hemru; descubierto un criadero de
iltmco de Espafl.a, que corred~ Oriente á Pott:ieBte, -sl-Eflle ponemos por nombre el Patriarca San J Otlé¡ y-ame V. E. ñaeemos formal denuncio de él, como
f6eil, con arreglo-al art. 1.._,; tív.6-º deJa Ordenanza del ramo deMinería.-A V. E.
pet1imoé que-con arreglo al art. -0~-d~l mimlo título, se sirva admitir nuestro denuncio, y que tomacla razon d~ él se noa devuelya para nuestro resguardo, librando las órdenes. á que haya lugar, conform~ á las mismas Ordenanzas.-Es
· · ·
·
j\H'&amp;nae le noeosarig, &amp;e -Texcoco, ..diez y nueve de Mar:Zo dé mi o o_c1ent1ís se~e11Ía.y-sl!iS'.-J'OSé 'Maria Monterubio.-Márcos Velatquez."-Prefectura. política del Departamento del Valle deo México.-México,
.Marzo 20 de 1866.-Por pre5entado en cuanto haya lug.ar en derecho: regístre'Se en el libro respectivo y d0'1"uélvase al interesado para los efectos legales.Por el ~r. Prefecto político, el Secretario general, Oár1cs Zavala.

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3 3
Cu. en todo el h. el Z. seJ,"~no.
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6 04 Cu. en ~l h. el z. sereno.!
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Cu. en todo el ciJ:llo.
6 4
Cu. en ,todo el cielo.
4 9
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5 1
Cu. en todo el cielo.
5 4
Sereno.
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En el h. Cu. el Z. s~reno.
5 5
Algs. Cu. en el h. el Z. sereno.
4 4
Sereno.
· .
4 6
Cu. y Cir - Cu. en todo el ciclo.
4 9
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5 4
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3 6
El Z. sereno, el h. cubier to.
3 8
Sereno. .
,
3 7
Algs. Cir-Cu. en el h. e l Z. B&lt;'r cno.
3 8
Cir-Cu. en todo el cielo.
4 4
Cir- Cu. en todo el ciclo.
4 7
Sereno.
4 6
Sereno.
4 8
Cfr-,Cn. e n todo el cielo.
5 4
Sereno.
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Sereno.
4 6
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3 7
S ereno.
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Sereno.
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Sereno.
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Cu. en todo el cielo., · ' ·.·i,:
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Valor medio de la pres ion· atmosfériea en el presente mes. ·.. f-. ... .... .. }:..-. . 58cc84
Temperatura média en grados centígrados ........ ~ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1509
En los siete primeros dias d el mes han llovido 22 centímetros cúbicos , qu~ en a ltma corresponden á 3,19 milímetros.
N OTA.-Creo conveniente explicar las abreviaturas que se encuentran en l a columna del estado del cielo, y son
las siguientes: Z. h. Cu. Cir. Cir-Cu, St. Cu-St. y Cir-St y Nim. La Z. quiere decir Zenit, lugar mas alto del ~ielo
que se encu entra directamente sobr~ nues trás .c~bezas. La h. significa horizonte, que es el círculo que limita nue~tra~
vista y en donde el cielo parece unirse con la tierra; este es el horizonte sensible. Las abreviaturas Cu-Ch-. Ch--Cu.
St. Cu-St. Oir-St y Nim, corresponden á la figura d e las nubes, segnfi la nomonclatm-a establ ecida por Howard e'n
1802, que es la que sigue: Cu. Cumulos, nube!! an:cdo,u dailas que se asemejan á montaflas colocadas unas sobr e otras.

.,

V&lt;? B'?,

Murplf.11•

L~

Cir: Cirrus, nube!! blanquizcas parecidas á la laI)a ca,rdada, y tambien algunas veces á las barbas de una pluma.
Cir-Cu. Cirro-Cu.mulos, r eunion de pequeñas nubes r edondas semejantes á la l ana, y que cuando se dejan ver se di•co que está el cielo aborregado. St. Stratus, capas de nubes horizontales que se observan al ponerse el sol.; Cu-St.
Cumulo Stratus, una r eunion de Cumu1us dénsa y agrupada. Cir-St. Cirro-Stratus, forma. de nubes parecida á los
Ch·ró.s, pero que se difer encian en que están formadas de :filamentos mas d elgados y mas r ~mifi.cadol' (seg1m A. Poey)•
Nim. Nimbus ó nubes de lluvia no tienen forma particular, y solo se les distingue por su color gris uniforme .

,...
.........'

.Ignaci o · Cornejo.

�EL DIARIO DEL ThIPERlO.

492

AVISOS OFICIALES.

lugado segando de primera instancia de OriHVL

.A.DMIÑISTRA0ION DE BIENES NACIONALIZADOS.
IUl1VU.'l'JJI.

Por auto de esta fecha, el Sr. Juez 2'.' de 11!- instancia de esta ciudad, L\c. D. Manuel JO&amp;é
á_D . Rafael~
el término de diez días coml?arezca á contestar la acnsac1on enroma! que por mJnnas-gr ves le
tiene promovida el Sr. Administrador de rentas D. Domingo Villaverde; con apercibí iento
de que si asi no lo verificase, se procederá á lo. que haya ~ugar en derecho.
Orizava, Mayo 4 de 1866.- Pedro Paz, Escnbano público.. ,
Ss- 5

El día 23 del preaente, 4 las nueve-de la mañana, se procdderá al de la casa situada en Oa•
jaca en el cuartel 2&lt;.&gt;, manzana 22, calle del Soplo, valuada 6n ($ 417) cuatrocientos die:r. y
siet~ pesos, con arr.eglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que
se participa al púbríco, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficma
el día y liora citados.
.
México, .Mayo 5 de 1866.
3a-2
El día 25 del pr@ente, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa situada en Oajaca, en el cuartel 2'.', manzana 22, calle del Salto, valuada 6n (.$ 301 50 cs.) trescientos un
pesos cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de F~brero
de 1865. Lo que sé participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el día y hora citados.
México, Mayo 5 de 1866.
3a-2
·
El.di&amp; 26 del presente, á las nueve de la mañana, se procéderá, con arreglo á los atlfoulos
24, 25 y r,r, de la ley de 26 de Febrero-de 1865, al de la casa situad!'- en la ~e delNazare~o,
en Oajáea, cuartel 4'.', manzana 10, valuada en ($ 350 50 cs.) treseientos-e1DCt1entapesos cincuenta centavos. Lo que se participa al público, para que laá personas que deseen haoorposmra ocurran á esta oficina el día y hora citados.
Méxfco, Mayo 5 de 1866.
3a-2
El dla 21 del actual ~ procederá, con arre~lo á los artículos 24, 25 y '%1 de la ley de 26 de
Febrero de ·1865, á 1a almóneda de la casa ubicada en Oajaca, en la calle de la Cochera del
Santísimo, cuartel l '.', manzana 36, valuada en($ 1,382 62½ cs.) mil trescientos ochenta y dos
pesos Í{eíenta y dol y medio centavos. Lo que se participa al público, para que las personas
que deBéen hacer postura ocurran á esta oficina el día citado á las nueve de la mañana.
México, Mayo l? de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez !J
Naf!arro.
,
·
5a-4

.A.VISO•
dt, Uuieta, ha diepttee~ ee ~ medio-de-los pe1i6di~e

Jti~gado d-e letras de Hiiichapan.

GABINETE.

C10SVOOA'1'0JLIA.
Encontrándose vacante la. direccion de la escnela de instrnccion primaria de esta poblacion,
por destitucion del que la S'ervia, y clébiéndose proveer cuanro antes de preceptor, por la presente se convoca á las personas que consideránaose con los requisitos de la ley, quieran oprar
dicho encargo,·presentando sus solicitudes á la ·secretaría del Ayuntamiento de este lugar,
dentro del térmmo de qninoo dias contados desde la fecha, adonde se les impondrá de la dotacion que deben disfrutar.
Teotibuacan, Abril 27 do 1866.-El Alcalde municipal, Ptttricfo Rodríguez.
3a- l

Qpt!'l'4cion
-

~f!

Huichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cástnlo Doran~1
vecino que ha sido de esta vilia, pot la ptesente seie cita y emplaza, pata que dentio-de qmnce días, contados desde la primera publicacion de ésta, comparezca {'O:~ 6 por_lpoderado suficientemente instruido y espensado, á contestar la demanda que en JU1c10 conci.liat.orio, sobre
pesos, le promueve el Coronel D. '¼nacio del Peral; aperc!bi~o de q~e se dará por irMutada
i!. conci:!iacion si no compattce.-Ei Jaez de lehas del D1sh1to, Bm,gn0 ltuml!tt}. 935-15f-7-

AVI&amp;O&amp; -PARTIO-ULARES.
B. JI 111.A 'l' JJ 1' A JL 'l' l O 17 Ja A JL
Etila calle de la P.-tiilm. 8,El miércoles 23 y jueves 24 de Mayo de 1866, á la una de la tarde, estando á la ~ta
el lúnes 21 y martes 2-2.
'

Las ventas son al contado y sin reclamacion.- Oportunamente se darán listas
pormenorizadae.-Ignacio Diaz Triujeque.
949-6s- 3
COMPANIA PRIVILEGIADA

PJlBJl PJ.1. BBICJ.I.B HIEL o.

Prefectura pólitic~ del Def,tn'ramento del Valle de Jriéxico.
SECCIOK DE lUSTICIA.

México, Mayo 11 de 1866.~Recogido ua-;macho por la policfa,..$e anuncia al público para
que la persona que tenga derec1io á él, ocurra á' deducirlo á \!sta Prefectura, de donde se le
mandará entregar, previas 1~ mas que miiliiitre.-El Secretario general de la Prefectura,
Cárlos ZaMla.
3a- 3

las

MIN.!I. DE NlJESTR.!I. SEÑORJ. DEL REPIJGIO
EN GU.ANAJU.A.TO.

Habiéndose puesto en producto~ la mina de Nuestra Señora del Reftl~o, aviada por D,
Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer ,J:eparto de las utili&lt;¾Ldes, conforme á
la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junfu representativa de los parcioneros
aviados y encargado de la tesorería, convoca á los ~ores actuales de las barras aviadas,
para que ocurran á pércibir la parte que les corresponda~en el reparto, presentándose por sí ó
por persona debidamente autorizada, y exhibiendo él 5tulo ó documento que compruebe su
actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junt.a representativa-y someterlo á su calificacion.
• _
Guanajuato, calle de Belen núm. 33, Abril 8 da 1866.-Juan de D. Sii¿giulo, 899- 30a-10

COMPANIA ANGtO-ME~ICANA
DE Ld.S MIN.!I.S DE ORO

Situadas cerca de los l'llceres del Departambnto -cle 1\llichoacan.
Habiendo quooado fomaqala Oom~añía par_á. la esplot-acion de las minas de SAN ISIDRO,
LA CUEVA SANTA., SAN' MIGUEL y LA.PRECIOSA SANGRE DE CRISTO, con
feéba 28-de Febrero 'tíltiúi.o quedó ins1alada la Juma Mener Di:rectiv&amp;,-compuesta de las pers.onas siguientes:.
Píesídente. : . ... ... . ... ~ .... . . El-Sr.
Priniervocal.. .. . :
~

En los autos del intestado de D. Luciano Santa Cruz, qtle giran en este Juzgado, se ha
prevenido que por los periódico,s se ClOnvoque á las personas que se crean con derecho á suceder en los bienes de dicho intestado, para que se presenten 4 deduoillo-en-01 término de quince días, que comenzarán á contarse desde la primera publicacion de este aviso; bajo el apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, les parará el perjuicio á que hubiere lugar en
derecho.
Te:xeoco, Abril 30 de 1866.-El Juez de Instmccion, Mauro F. de C6rdoba. 93~a-4

Almoneda judicial.
Debiéndose proceder á la venta de la casa con su huerta y merced de agua, ubicada en el
pueblo de San Angel, plazuela de los Licenciados, que se conoce con el :qpmbre de su fiñaao
dueño el Sr. Lic. D. M11n-uel de Zea, contra cuya testamentaría signe actualmente autos el
Sr. D, Manuel Payno, sobre ejecucion de un fallo del Exmo. Consejo; el Sr. Juez 3'.' civil de·
Instrnccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, por el proveido en 28 de Abril ~óximoiasªªº•
señaló para celebrar las almonedas correspondientes los día¡¡ doce y vemticinco clercorriente,
y ocho del entrante-Junio, to&lt;las á las doce, y la última con calidad de remate,
Lo llago saber al público, para que las peraonas que se interesen en la compra de la meneionada-ñnea y deseen tomar otras iñstrncciones referentes,~ocnrran á la Secretarla del men✓
eionado Juzgado, adonde se les ministrarán las que consten de autos; entenáiéndose que la
venta tendrá lugar conforme a la retasa de los peritos D. Alonso Matiscal • .--fstdlll'lfCDavero, fijada en 23,799 pesos.
México, Mayo 3 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
934- 3a- 3

Citacion judicial.
Por el presente, y de órden del Sr. Lic. D. J. M. Mirafuentes, Juez 4'.' instructor de lo civil y de Hacienda, ciro á Néstor Rendon, para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso, por sí ó por apoderado instruido y espensado, se -presente en
este J uzgado, sito en el Palacio de Justicia, á contestar la demanda que enjnici() ~rb,1, sobre pesos, le promueve el Lic. D . .Manuel Lombardo, como cesionario de D. Bonifaeio Quintanilla; apercibido gu" de no concurrir, se dará por contestada la demanda.
México, Mayo"9 de 1866.-J. Regnoso, Escribano público.
950-Ss-3

b . .Pedro Hope.

-----~-=----· ,, ,, ,,

Prancisco de P. Rubw.
,, ..........; . . . . . . . ,, ,, ,, .J'bse :Jilan ürvauies, CONDE
bE SANTIAGO.

AVISOS JUDICIALES.
Ji1,¾t;ado de Instí'UetJ!on· de Texcooo,

o

Como representante de la Sc,ciedad anónima, que es.t á debidamente autorizada por el privilegio esclusivo concedido el 18 de Setiembre último conforme.á la ley, para importar ~arat~
para producir hielo, tengo el honor de avisar al público que en el mes de Junio pr6íimo ae
abrirá en esta ciudad un espendio de hielo por mayor y menor, á precios inferiores áJos ~
tuales, y qu~estoy autoriza:J:ª establecer esta m~ora en otras poblaciones, á tratar Mn
personas quefresenten gar
é iafeFB1ee á eaHS~eeien de la Junta directiva de la-empresa.
Puede ocurrirse al local de la Compañía, Plazuela del Salto del Agua núm. 1, de nueve j
once de la_mañana.-Jul. Hourcade, representante de la C'!938-16a-2sm- 3

ra Vacuna.

En los dias 21 J 2-2 del corriente se practicará ésta en el edificio de la Diputacion, de once
á unce y m¡idia de la mañana.
México, Mayo 18 de 1866.- Mcrcado.
, 2s- 1

.,

CIT.A.CION JUDICIAL,

MIIIÜHJLIO B:&amp; &amp;'IJ'J'IB.JLA.
Noticia de las c01nunicacioncs que existen en este Ministerio, y nó se les ha dado curso por igtt0rarse la l1abitaciun de las periO?las á quienes 11an dirigidas.
A los Sres. Tenientes Coroneles de Auxiliares D. Juan Cortés, D. Manuel Gnzman, D. Ignacio Cienfuegos, D. Francisco earieon; Comand~te superior Tancrede della Sala; Capitanes D. Cárlos Mismer y D. Ignaeio ll.osas, ídem retirado D. FnmciselJRo1?1lllfOS; 2'.' Ayudante
D . .Miguel Lailson; Capitan D. José Donaciano 'Cervantes; 'l'eniente D. Francisco Javier Salas; Subteniente D. Sldvador Zenil; Sres. D. Adolfo Unda, D. lilip6lito Salazar, D. Luis G.
Gutierrez, D. Nabor Sanchez !barra, D. Refimio Gonzalez, D. J osé María Castillo, D. Manuel Hemandez, D. Jestis Osomo, D. Manuel Uarla Lacbiea, D. Jesus Pavía, D. Estéban
Valero, D. Antonio Rios, D. Alberto Caro, D:Ramon Rodriguez, D, Juan Domingo Elgnezabal, D. José Leon Rosales, D. Alejandro Vélez, D. Manuel Reyero, D. Alejandro Silvestrini.
México, Mayo 7. de 1866.
3a- 3

~en

•'

Vocal suplente ..••.. -----·--·· ,, ,, ,, José Hope,

- ,,

.......... :-: . :.-: ,, ,, ,, -.To-tt..,,_.,,._,-.11..--iEli's-.it..,a,..,"'t,-.;d,-.o..,,,....
,.

Director de la Compañía.. . • • • • . ,, ,, ,, .Luis de Stein,
Dep6sito de foi:dos y BattWS JJI :a-aireo d"e Ia6hares; .éxioo :_
de la Oompaüfa.••.• ---- l --y-81:Rl-América.
·
Concluida la impresion de los Botlos de dicha negociacion y entregádos·é'J!tos al BANd(}
DE- LONDRES, .MEXICO~Y SUD- llffiRICA, la Júnfá ilénor D.irectíva aco~ó: que de
avise á los interesaaos par!._9.ue ocnrra11..11l indicado BANCO~us accion~..ae..pob.a-1} 1!11
conocuruen o del público que queda abierta la susericion ,en eL referitio B CO, d.AlaIB
DE tAPUCHlNAS NUM. 3, y en la casa del SR. HOPE, TIBURC!O ,NUMEROS 22 ty
23¿ ~asde estic-misma fecha.
·
~
.México, Abril l '.' de 1866.
El Secretario de lt Junta,
886-J5a- ll
J. --B. dl€tWV6,

illVE1IBI0NES -P1J1lLICAS.-Domingo 20 de Mayo.

'rE.A. T RO IM:PERI.A.L.
COMPAÑIA DRA!IIATICA.

La compañía empresaria del Teatro Principal pondrá-en escena, en la tarde del citado día,
la"COmposicion nueva, en nn acto, qtrn se intitula: Ocho niil doscientas m1yercs por dos centaf!OI;
-seguirá una pieza de baile, 7 ¡ror ií.lttmo, ba cota del diiiliw.

TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DRMlATICA.

En la noche, á la hora de costumbre, la comedia dividida en tres actos é intitulada: Lleg~,
y f!encí.
.........,._

'l!Í,

TEATRO DE ITURBlDE .

.Tusgado tercero civil de Instruccion.

COMPAÑIA DRAMATICA.

Palacio de JUBticia.-El Sr. Juez 3~ civil de Instrnccion, l.ie: D. Orietóbal Poulet-y-Mier.
con fecha veintisiete del próximo pasado Abril tiene mandado se cite por los perló11icos "'á l),
Juan Lorenzana, para que dentro de ocho días precisos se presente á contestar la demanda
que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Luis Morali; apercibido de darse por contestada en su rebeldía.
México Mayo 7 de 1866.-Lic. José Mariano Moya de Contre.ras, Escribano púbico.
939-Ss- 7

-"En Ta 6.r"ae, á las cuatro en punto, la comee.ia diviaida en trea .aeioe, deaominada: IJulees
cad-enas; luego una cancion andaluza, y por último una pieza d11 baile.
·
En la noche, á las ocho la comedia en tres actos, que se intitula: La boda de Quet:aio, y tin
segni~a la zarzuela intitulada: En las astas del toro.
.

JIEXIClO.- IMPRENTA lMPERIAL.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Cruz de Guadalupe</name>
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                    <text>•

EL_

DEL

.....

IIPBRIO:

DIARIO

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

IUEXIfJO.- Lunes ~l de Mayo de 1S66.
S11:MAB.IO.

PARTE OFICIAL.-Caballero de la Orden de Guadalupe.- Magistrados del Superior Tribunal de Justicia de Oajaca.-Id. id. de San Luis Potosí.
PARTE NO OFICIAL.-Situacion política (artículo editorial).-l'ersecucion á unos
ladrones.-Datos para la geografia del Imperio."-Convocatoria á los ingenieros.-Salinas del
Peñon Blijnco.
.

-PARTE OFlfJIAL.
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORD~NES IMPERIALES.
México 20 de Mayo de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 16 del actual, Ha tenido á bien nombrar Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe á D. FraRcisco Barajas, Alcalde municipal de San Francisco del Rincon.
El Secretario encargado de la Gran Cancillería,

José H. Gonza7,ez.

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECCION

1~
México, Mayo 14 de 1866.

Para la formaciou del Tribunal superior de Justicia de esa ciudad, 8. M. el
Emperador Ha tenido á bien nombrar ·á las personas siguientes:
Presidente, Lic. D. Juan María Santaella.
Magistrado, ,, ,, Manuel Dublan.
'
,,
,, ,, Cenobio M1rctu~z.
,,
,, ,, Fernando Lar,ramzar.
,,
,, ,, Jo.sé María C~ázari.
Supernumerario, Lic. D. José Inés Sandoval.
Procurador Imperial, Lic. D. Ger6nimo Larrazabal.
Lo comunico á V. S. para su conocimiento y efectos consiguientes.
El Ministro de Justicia,
ESCUDERO.

Sr. Prefecto político de Oaxaca.
Para la formacion del Tribunal superior de Justicia de esa ciudad, S. M. el
Emperador Ha tenido á bien nombrar á las ~ersonas siguientes:
Presidente, Lic. D. Juan Ortiz CHeaga.
Magistrado, ,, ,, Julio 'Pedroza.
,,
,, ,, Miguel Barron.
,,
,, ,, Manuel Muñoz Ledo.
,,
,, ,, Macedonio Gom,ez.
Supernumerario, Lic. D. Francisco Monge.
Procurador Imperial, Lic. D. Tiburcio Gasea.
Lo comunico á V. S. para su conocimiento y efectos consiguientes.
El Ministro de Justicia,

Escum:Ro.
Sr. Prefecto político de San Luis Potosí.

PARTE :NO OFlfJIAL.
SITVACION POiiITICA.

No es nuestro ánimo abrir una discusion ni sostener una polémica en nuestras columnas sobre la. política de la Francia con los Estados-Unidos en la
cuestion mexicana, ni sobre los hechos hist6ricos que han precedido al establecimiento del trono en México; aceptado por la voluntad nacional y apoyado hoy
por la gran mayoría de los mexicanos.
Las ideas políticas, las creencias de nuestros conc:udadanos para el bien público y la felicidad de la patria, aunque sean contrarias á las nuestras, las respetamos filosóficamente, y creemos que el que las publica ejerce un derecho
sagrado que la ley protege. Pero cuando á la sombra de esta libertad, cuando
á pretexto de los acontecimientos actuales, se citan hechos falsos y se forman
conjeturas para predecir la anarquía y la ruina de la sociedad, con el fin de
sublevar los ánimo's por medio del terror y encender de nuevo las pasiones de
los partidos, es preciso convenir en que el escritor no goza de las garantías de
la ley, y n'uestro deber nos llama á desmentir suposiciones alarmantes y falsas
y á calmar la confianza pública siniestramente inquietaua.
La marcha de las tropas frnnce$as que se ha anunciado en las notas diplo-

NUM. 416

máticas que todo!! hemos leido; los prü:~cipios sentados de la política americana,
y la oposicion al Imperio de los sectarios de lr. causa pasad~, s~n los datos con
que algunos esc,itores demuestran la gran catástrofe como mevitabl? y segura,
señalando el dia de la venganza y haciendo cargos para que sea mexorab~e.
Así se insulta á la nacion. Este es el sentir de los redactare~ del nuevo peri6;
dico El Marqués de Caravac~ e_n sus editoriales "la_ c~ísis" y "s?bre un volea~."
Repetimos que nuestro principio es respetar las ?pmio_ne~ políticas, cualesqu:,era que ellas sean· pero sí condenamos como :mti-patr16tico y cruel el espíritu
de venganza que; á la ilusion de un desquiciamiento social, invent~ _acusacion~s
contra un partido, señala víctimas y espera la anarquía. Tal espíritu, lo decimos sin embozo, es enemig_o del 6rden y de la moral.
Nuestro intento en el presente artículo es manifestar francamente qu_e lo~
acontecimientos de la política exterior no quebrantan la fuerza del Imper10, m
destruyen los elementos con qqe cuenta para sostenerse.
Formar juicio de la política de los Estados-Unidos, así como de la de 1~ Francia, por solo las notas que conocemos, es exponerse á un error. La cueshon mexreana en ambos Gabinetes ha sido tratada con prudencia y COI_l _buena fé. La
vuelta á Francia de su ejército ha sido siempre un punto conve~1do, no sol~ en
la discusion diplomática, sino con el Imperio. La no interyencion del Gobierno americano en México, tambien ha sido otro compromiso º?servad? hasta
hoy y confirmado en las correspondencias oficiales de la ·repú?hca vecma: en
consecuencia, de la marcha del ejército frances no puede i~femse el desbor?amiento de los americanos armados, para destruir un Gobierno qu~ la nac1~n
mexicana se ha electo libremente. El Gobierno americano, que no tiene agravio
alguno de México, no puede faltará sus principios ni al derecho de gentes, haciendo una invasion en nuestro sueJo, ni puede tener interés en que -la anarquía
y la guerra civil se perpetúen en nuestro país, como há aqontecido desde la época
de la independencia. Esto está en la 16gica de la razon, ~n los hechos y conducta de aquel Gobierno, y en las creencias de los hombres de ~stado de_la
Unían americana, como lo hemos visto exp.reso en sus notas repetidas ocas10nes. Así, es claro llUe el acuerdo entre los Estados-Unidos y la Francia, _so?re
la cuestion mexicana y la salida del ejército frances, ni es una emerg_encia imprevista, sino un acontecimiento que debia realizarse, ni se debe considerar como el principio de una invasion del Norte. No encontramos, pues, fundamento,
ni en la retirad~ de los franceses ni en los principios prácticos de la Union americana, para creer que un elemento extranjero venga á destruir el Imperio.
En cuanto á lo interior, queda la nacion mexicana para sostenerse· con los
recursos que tiene física y moralmente. ¿Cuáles son? N~, cierta~en~e,. u~os
centenares de la Legion extranjera y algunos soldados mexrnaJl0S, sm disciphna
y sin elementos para llevar adelante la obra de reconstruccion y sostener el trono de Maximiliano, como dicen los redactores del Marqués de Caravaca.
Queda la nacion mexicana con el instinto de su salvacion, con el deseo de
la paz: del 6rden, y con el horror á las venganzas y á la gu:erra civil. Queda
con el sentimiento de los pueblos que cansados con las revoluciones y- con ~a
pérdida de sus intereses, se empeñan en sostener un Gobierno que les da posi·
tivamente la libertad civi~ y mejoras materiales incuestionables. Queda co~ un
ejército nacional tan numeroso, disciplinado y provisto cómo, el que se retir~; •
y sobre todo, queda con garantías y con libertades, que á pesar de lo qu~ se diga en contra, por pasion 6 por espíritu de partido, no se han gozado srno en
el Imperio.
Figurarse la evacuacion de las plazas y de las ciudades por el ejército que
sale, dejándolas en el abandono, sir1 auxilio, sin fuerzas que conserven el 6rden, es una mera suposicion.
· Calificar desventajosamente al ejército mexicano suponiéndolo falto ~e dis·
ciplina y de recursos, es hacerle un agravio injusto y ofender á los mexicanos
asegurando que no son capaces de salvar lo que han proclamado.
.
Los elementos nacionales del, Imperio•no han de desaparecer con la retirada
del ejército frances: por tanto, es seguro que en vez del cuadro de anarquía y
exterminio que se presenta para dividir'de nuevo la opinion y provocar los odios
de partido, hay esperanzas de la completa pacificacion, y certeza de consolidar
por último un gobierno estable. Este sabrá sostener la transicion á fuerza de
energía y actividad, y confia en el poder de la nacion.
La política del Emperador es la union, abolir los partidos, y su con,tancia
en estos principios es bien conocida. Las ideas liberales y democráticas que lo ·
animan, provienen de la conviccion y de la conciencia; 119 son un sistema para
deprimir un partido, sino un medio de razon para convencer y procurar que todos sigan las luces del siglo y las nuevas doctrinas del mundo. El gobierno no
marca á los hombres ·como partidarios; los llama á todos á una causa: á los
intereses del pueblo, á la salvacion de la nacionalidad.
Si al pueblo se le ha eugañado en épocas anteriores con palabras, haciéndole sufrir una triste realidad, tambier'l el pueblo sabe despertar, al goce de Jas

.

\

\

�, EL DIARIO DEL IMPERIO.

494

e) Cañada de la Sacra Familia.
verdaderas garantías, y despreciar las jiusiones con que se le ha agitado arrastrá1idolo á la guerra civil. Este desengaño es el que forma en el dia la opinion
Puntos.
pública que ha buscado de buena fé el EmperadoJ', y esta es la fuerza moral tan Hacienda de beneficio de Cinco Señores.
poderosa que sostiene á los gobiernos y que será otro apoyo para lo futuro.
Huerta de Cieneguilla de arriba . . .. ...
En resúrnen, el gobierno cuenta con el prestigio de su política y relaciones
,,
· ,,
de abajo.. . . . . . .
exteriores, con la causa popular quyos intereses cuida y desarrolla, y en fin, con
f) Cañada de la Pimienta.
reemplazar suficientemente al ejército que regresa á Francia. Estos elementos
son efectivos é inspiran con'fianza; no son como las quiméricas suposiciones Puerto del Cerro Plomoso.. . . . . • . . . . .
con que se ha querid&lt;,alarmar al público, anunciándole una época de terror y
de anarquía. La nacion sabrá aprovecharlos y asegurar el porvenir por sí misma.
g) Cañada de la Plata.

Pe1·secucion á unos lad1•ones.
Ministerio de Gobernacion.- "Seáetaría de la Prefectura de Guanajuato.- Alcaldía municipal de Irapuato.- Núm. 60.-Irapuato, Abril 30 de 1866.-E l Teniente municipal de Abasolo, con fecha 27 del que hoy fina me dice lo que
copio:
"Aba¡;;olo, Abril 27 de 1866.-Participo á vd. para.su conocimiento, que hoy
despues del medio día tuve noticia que por el Monte del rancho de Gomez, camino real de aquí á esa poblacion, estaba una pequeña gavilla de ladrones robando á los tranS'euntes, y un pobre arriero vino á darme quej~ que le habían quitado unas cargas de piloncillo que conducia para su venta. Me pareció tma indolencia negar mi proteccion á las víctimas del pillaje, y á pesar de que no se
cuenta aquí con ninguna fuerza armada y disponible para sdlir á expedicionar,
y del inminente riesgo que con e con_las grandes gavillas de perversos que merodean por estoa p~ntos, cualquiera corta reunion de ciudadanoa honrados que
aaJgan á reprimir sus desmanes, invité á algunos vecinos de á caballo de esta poblacion á que fuésemoa. á.perseguir á los ladrones, y con la mejor voluntad y
decision se me presentaror.. cosa de veinte hombres montados y armados á prestarine el auxilio que les pedí.
.
''Con esta comitiva salí de aquí cosa de las tres de la tarde, y, dirigiéndome al
punto donde habian estado robando los ladrones, ya no los encontré, pero sí tuve noticia que iban con las cargas que habían quitad.o en el camino, con direccion
al cerro de P eralta: seguí en pos de ellos á paso veloz, y en efecto, ya tocando al
pié de dicho cerro logré.alcanzarlos. Eran solo cinco los ladrones; hicieron alguna resistencia cambiándonos algunos tiros de arma de fuego; pero como mi fuerza era superior, no pudieron aquellos resistirla y entonces á todo escape y aun ti:
raudo en la carrera una ó dos írazadas, emp1:endieron su fuga subiéndose por lo
mas escarpado y montuoso del cerro, adonde ya no los pude seguir porque era
bastante tarde y porque-.o tengo conocimiento de aquella sierra. Sin embargo,
abandonaron en su fuga cinco cargas de piloncillo que llevaban robadas con todo y burros, y con est~pequeño triunfo he regresado á esta poblacion á las seis
de la misma tarde, sin novedad alguna por nuestra parte.
"Las cargas han sido devueltas á su dueño; y esté vd. seguro que siempre que
pueda proteger á los desgraciados transeuntes, lo haré de la misma forma, pues
abundo en sentimientos de órden, y solo quisiera contar con recursos de-guerra,
para hacer una persecucion ,violenta y con provecho cuando se ofrezca un
caso como el de hoy."- Y lo traslado á vd. para su conocimiento y el del
Sr. Prefecto político del Departamento.-El Alcalde municipal, .A. Rivera Diosdad-0.-Sr. Secretario de la Prefectura política de Guanajuato."- Es copia que
certifico. Guanajuato, 14 de Mayo de 1866.-El Secretario de la Prefectura,

Luis Nieto."
Es copia. México, Mayo 19 de)866.-El Subsec1:etario de Gobernaciou Joa

quin Noriega.

DATOS
PARA LA

GEOGRA.FIA. DEL l1'IPERIO 1'IEXICA.N O ,
coordinados, reducidos·al sistema métrico,
y presentados á la Sociedad de Geografia y Estadística del Imperio Mexicano

POR O. EDUARDO PIERRON
Capitan del 2? Regimientofrances de Zuavos.-1864.

(Continúa.)
AI'ENDICE N1JM, l.

Elevaciones soln·e el nivel del mu,,. de va'rios pi,,ntos en la .
se,•rania de z,icatecas.
a) Cañada de Zacatecas.
Puntos.
Z.A.CATEC.A.S, ciudad (- pié de la catedral).
,,
. ..... . ..... . .....
Molino de pólvora de Bracho . . . .. ~ ...
Hacienda ele beneficio de La Florida. ~.
,,
,,
de La Granja. . . .
,,
,,
de Bernardez.. . .
Convento de Guadalupe.. . . . . . . . . . . . .

Elevac. sobre el nivel del mar.
2431 metros segun Burkart.
2485 ,,
,, Bustamaute,
2475
,, Burkart.
2360 ,,
,,
,,
2304 ,,
,,
,,
2338 ,,
,,
,,
2278 ,,
,,
,,

b) Óaftadas de Leones y Po"lvorista.
Puerto de San Francisco..... 1 •••••• • 2679
H acienda de beneficio de Leones. . . . . . 2500
,,
,,
.del Polvorista: .. 2304

"

"

"
,,"

,,
"
"

c) Cañada de Sau!]eda.
P uerto de Veta-Grande . . . . . . . . . . . . . .
Hacienda de beneficio de San Tadeo. . .
,,
de Guadalupe . . .
,,
,,
de La Saucéda. .

,

267 4
2346
2305
2295

d) Cañadas de .A1·zola y Pánuco.

Puerto entr; los cerros de San Felipe y
Biznaga. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2534
Rancho Gutierrez .. . . .. ..... . ... . , • . 2230

"
"
"
"

"

"
"

"
"

"

"

"
Oharters.

Burkart.

"

APIDIDICE
Elevac. sobre el nivel del mar.
2420 metros segun Burkart.
2321 ,,
,,
,,
2302 ,,
,,
,,

.,

2605

"

.

1829

"

"

"
"

",,

"
"

"

1

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Bustamante.
Burkart.

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•

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AÑO.

,,

1830
2724
2506
2668
2606
2643

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2615
2710
2700
2657

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"

m) Cuadro de los cerros de la sierrct de
2700
2714
2728
2568
2578
25_31
2475
244·0
2467
2600
2621,

2618
2700
2472
2348
2724
2425
2555
2492
2558
2514 .
2571
2590
2711
2641
2569
2648
2595
2716
2509
2471
2393
2657
2460
2486
2450
2438
2439
2409
2369
2404
2568
2437
2578
2458
2463
2530
2504
2433

,, Burk. y Schuchardt.

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,, Bustamante.
,, Schuch. y Burkart.

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14,12 562,m"'00

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,,

Temperatura Bar6metro.
Temperatura
Barómetro.
Del aire. Del azog.
Del aire. Delazog.

-

Enero..·. . ..
F ebrero . ...
Marzo .... .
Abril .....•
Mayo .... ..
Junio ..... . .
Julio .. . . ..
Agosto .. . ..
tetiembre . .
Octubre . . . .
Noviembre..
Diciembre ..

Término medio.

Zacatecas.

Cerro Milanesa. . . . . . . . . . . .•. . . . . . . . .
,, Sau Acasio .. . ... .. ... ... ... .
,, Sitn .Angel. . . . . . . . . . . . . . . . . .
• ,, Mira1rdillo . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, 1\Iaestrante....... . .. : ..... -~ .
,, Papanton . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Cantera.. . ... . ..... . .........
,, Guerreros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Agua Salada ... .. ......... . ..
,, Buenavista.. . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, San Martín.. . . . . . ... . . . . . . . . . .
,, de la Bufa de Zacatecas. . . . . . . . .
,,
,,
,,
........
,, del Infante........ . ..... .. ~ . .
,, Matapulgas.. . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cumbre de la Mesa del Cerrillo. . . . . . .
Cerro Las Canteras ...... ~ . . . . . . . . . .
,, L os Padres. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Las Huertas. . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, La Nueva Valenciana . .........
,, La Pimienta.... . ..... . . . . ....
,, San Jorge . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Plomillo... . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Cal y Canto. . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Magistral. .... . ..... .. -. . . . . . .
,, F rijol . .. ..•. . ....... .•. .. ·- . . .
,, La Sierpe. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, El Gil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, La Chica.. . . . . . . . . . . • . . . . . . . .
,, Desierto. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, La Palma...... . ..... . .. .... .
,, del Pilar, cer9a de Chupaderos.. .
,, Armados. .. . . .. . : . . . . . . . . . . . .
,, Zapopa . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . .
,, Don Antonio, cerca de Muleros.. .
,, Carroza.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, San Felipe. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, El Moro. . . . . . . . . . . . . . . • . . . . .
,, de los Tajos de Pánuco.. . . . . . . .
Loma de San J oaquin. . . . . . . . . . . . . . .
Cerro Tescucp . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . .
,, Biznaga, . : . . . . . . . . . • . . . . . . . . •
,, Lechuguilla . . . . . . . . . . . . . . . . . •
,, Palenque . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Quemado . . . . ..... .• •. : . . . . . •
,, Hornitos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . •
,, Tadeo. . . . • • . . . . . . . . . . . . . . . . .
, , Saucillo. . . . . . . . . . . . . . • • . . . • .
,, S-auceda. . . . . • • . . • . . . . . . • . . . .

·, MESES.

--

ñuelos y Fresnillo.

·

14, 14 563,mm6o 13,97

Máximum, á las 8½ de la mañ. Mínimum, á las 4½ de la tarde.

1) Cadena de cerros entre los llanos de Ba
Punto mas ele;ado en la Mesa del Cerrillo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cerro del Viejo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, del Grillo ... .. .......... : . . . .
,, •de la Llamarada . . . . . . . . . . . . . .
,, de Malanoche.. . . . . . . . . . . . . . . .
Tiro de la Concordia, en el llano de los
Coyotes...... : . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cerro del Huachichil. . . . . . . . . . . . . . . .
,, ~rnauesa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,, Armados.. . . • . . . . . . . . . . . . . . . .

13,86

Centígr. Milímetros.
8,89 559,mm39
12, 30 561, 49
,, l
"
562, 00
15,50
16, ,20 561, 67
17, 00 561, 64
15,25 562, 40
15,50 562, 73
15,25 562, 25
,14, 50 563, 11
14,00 562, 47
11, 00 562, 38

Tabla II que manifiesta el estado del Barómetro en el mineral de Veta (}rande,
(lat. N.=22º 56' 22"; long. O. de México=3º 21' 15") segun Burkart.

k) Cañada de Muleros.

Puerto de .Armados ....... . . -~ . • . . . . 2650

--- ---

"

j) Cañada d, Chupaderos.
Tiro de Gallega, parte superior..• •.. . . 2581

- -- ---

Centígr. Centígr. Milímetros. Centígr.
Enero ...•. 8,89
8,90 56o,mm88 8,87
Febrero . .. . 10,00 12, 46 563,. 52 10,50
Marzo . . . . .
" 563," 77 15,"64
Abril. .. ... 15," 46 16,00
Mayo.... . .. 15,98 16,00 563, 60 16, 16
Junio ...... 16, 83 16,75 563, 24 17,19
Julio . .... . 15, 14 15, 20. 563, 52 15,26
Agosto.. . .• 15,23 15,25 564, 31 15,35
Setiembre .. 15,00 15,00 564, 36 15, 18
Octubre.. ... 14,92 15,00 564, 87 14,56
Noviembl'e. 13,88 14,00 564, 05 13,84
Diciembre . . 11, 19 11,00 563, 57 11, 17

Término medio

,,

"
"

'

· Temperatura Bar6metro.
Temperatura Bar6metro.
Del aire. Delazog.
D~l aire. Del azog.

.

ig) Cañada de Bracho.
Puerto de 'reposan... . .. , . . . . . . . . . . . 2634
Rancho de Bracho ... o..: • • • • • • • . • : • • • 2380

MESES.

..

,,"

h) Cañada de La Chica.
2674
2782
2510
2391

2.

Máximum, á las 8½ de la mañ. Mínimum, á las 4½ de la tarde.

--

"

NUM,

Tabla I que manifiesta el estado del Barómetro en el mineral de Veta Grande,
(lat. N.= 22º 56' 22"; long. O. de México= 3º 21' 15") segun Burkart.
AÑO.

Puerto de Malanoche. . . . . . . . . . . . . . . . 2588
Hacienda de beneficio La Plata . . . . . • . 2480
Huerta del Gil. . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . 2404

Puerto de Veta-Grande ....... ·. . . . . . .
Cerro de Veta-Grande. . . . . . . . . . . . . . .
Hacienda de beneficio La Chica.......
Primera casa de la Hacienda Nueva ...

495

EL DIARIO DEL IMPERIO.

---

Centígr. Centígr.
9,00 11, 19
10,50 12,26
14,00 14,70
15, 50 15,74
18,50 18,47
18,00 17, 99
16,00 f6,13
15, 00 14, 83
13,77 14, 13
13, 84' 14,99
11, 27 13,21
10, 23 1 11, 58

Milímetros.
563,mm93
563, 16
563, 88
563, 16
563, 62
563, 82
564, 15
564, 31
564, 23
564, 23
563, 38
562, 96

Centígr.
11, 13
12, 00
14,50
15,90
19,Q7
18,00
16,50
.15,50
15,20
15,25
13,07
11, 85

13, 80 1 14, 60 563,mm72 14,83

--Centígr.
11, 13
11,85
14,44
15,90
19, 00
18, 07
16,56
15,45
15, 10
15,28
12,88
11,74

Milímetros.
562,mmo7
561, 44
561, 94
561, 16
561, 74
562, 20
562, 58
562, 61
562, 33
562, 55
561, 46
561, 39

14, 76 561,mm69

APE:N'DICE Nill!. 3.

Perfil del camino de Zacatecas para Catorce, pasan&lt;lo por Ramos y Oltarcas.
Lugares.
Elevac. sobre el nivel del mar.
Z.A.C.A.TEC.A.S, lat. N. de la catedral=22° 47' 19 " ..
segun Burkart.
lorig. O. de México id.= 3° 22' 11". .
,,
,,
Elevacion sobre el nivel del mar ......• 2431 metros ,,
,,
La Calera ael Sauce, rancho. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2055 ,.
,,
,,
Ramos, real dQ minas y villa, cabecera de la municipalidad del Distrito del Venado, Departamento
de San Luis Potosí:
·
lat. N.=22º 50' 41" ..... ... .... .. . .
"
"
Barómetro=590,mm44, . .... . . ... . .. .
"
Elevacion sobre el nivel del mar ...... 2136 ,,
"
"
Cerro Zamora, que domina á Ramos . . . . . . . . . . . . 2366
"
"
"
Cornejo, rancho y laguna:
lat. N.=22º 58' 49". Elevacion. . . . . . 1973

..

"

"

San Juan del Tusa!, rancho ..... . ...... . • . . .. . 2070
Mingole, hacienda de ganado menor, de la municipalidad de Charcas, Distrito del Venado, Departamento de San Luis Potosí:
lat. N.=23º 21' 13"
Elevacion sobre el nivel del mar . ....• 2237.
San Isidro, rancho cerca de Catorce (cinco leguas). 1777 "
CHARCAS, real de minas, villa, cabecera de la municipalidad del Distrito del Venado, Departamento
de San Luis Potosí:
lat. N.=23º 7' 44"
Barómetro=596,mm90
Elevacion sobre el nivel del mar . . ... . 2111
Guadalupe el Carnicero, hacienda de labor y ganado,
de la municipalidad de Charcas, Distrito del Venado, Departamento de San Luis. Ele!aciou. -:- 1936
Catorce (Concepcion de los Alamos de), 01udad, mineral, cabecera de partido del Distrit? del Venado, Departamento de San Luis Potosi:
lat. N.=23º 41' 17" .. . ..... . _.. : . . . .
E lev. del mercado sobre el nivel del mar1 2677
Barómetro= 556,mm41
Cañada de Catorce, haciendas de :henencio. . . . . . . 2140
Cerro de los Angeles, una legua al Sur de Catorce. 3160
La Barriga de P lata, cerro á media legua, Este de
Catorce .•.. ... . . . ..... . . .. .... . .. . . . - .. ; . 3028
El Potréro, barranca cerca de los Alamos de Catorce, el rancho .. .. . .. ... . . . .. .. .. .. .. .. • . . . . 2324

"

"

Lugares.
Elevac. .sobre ei nivel del mar."
Cerro de la Cantera, en la sierra de Catorce. .. . .. 2947 metros segun Burkart.
El Cedral, villa, cabecera de la municipalidad del
Distrito idel Venado, Departamento de San Luis
,..
Potosí. Elevacion.. . . . . . . . . . . • . . . . . . • . . . . . . 2294 ,,

"

APENDICE NU.M. 4.

Itinerario en círculo JJOr el Departamento de Zacatecas, pasand-0 por Fresnillo,
Baños de Valparaiso, Villanueva y Jerez.
Lugares.
E!evac. sobre el nivel del mar.
Z.A.C.A.TEC.A.S [véase a] .. .. . . .... : . . . . 2431 metros segun Burkart.
La Calera, rancho en el llano entre Veta•
Grande y Fresnillo.. . . . . . . . . . . . . . . 2152 ,,
"
Arroyo de Enmedio, rancho entre la Ca-lera y Fresnillo.. . . . ..... . . .. .... . 2146 ,,
"
"
•
FRESNILLO, villa y mineral, cabecera del
Distrito de su nombre, Departamento
de Zacatecas:
fat. N.=23º 9' 29" . .. . . .. . .. .
" P. "Arenas.
,, ,, =23º 91••• •••• • • •• • •••
" Burkart.
long. O. de México= 3º 41' O" . .
" P. Arenas.
Barómetro=587 milímetros ... . .

"

Temperatura.
Máximum en Mínimum en
el dia.
el dia.
Octubre 1855 16º centígr. 11° centígr.
Novbre. ,, 17,5
7,2
Dicbre. ,, 17,1
7,5
Vientos dominantes=S-E, y N- O.. . ..
Evaporacion diaria=nueve milímetros . .
,, ,
en un año-3,1)1285mm ... . .
Elevacion sobre el nivel del mar.. . .. . . 2202
2239
"
"
2222
"
"
Santa Cruz, hacienaa á 4 leguas de Fresnillo al O. N- 0.:. . . . . . . . . . . . . . . . . 2136
Trujillo, hacienda á 8 leguas de Fresni- .
•llo, al O. N- 0.. . . . . . . . . . . . . . . . . . 2104
Bañps de Yalparaiso, al pié del cerro Lechuguilla, Distrito de Fresnillo, Departamento de Zacatecas. E levaciou . . .. 1950
Rancho de los Garcías. . . . . . . . . . . . . . . 2526
Hueju~ar, pueblo del Distrito y partido
de Colotlan. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1858
Villanueva, villa, cabecera de partido, municipalidad. y Distrito de sn nombre,
Departamento de Zaeatecas. Elevac. 1914
La Quemada, hacienda del partido, municipalidad y Distrito de Villanueva,
Departamento de Zacatecas:
lat. N.=22º 22' 45"... . . . .... .
long. O. de México=3º 351 45" .
Elevacion sobre el nivel del mal'. 1992
Meses.

,,

"

"
"
"
"

"

,,"

"
" Burkart.
"
" P. Arenas.
" Berghes.
"

"
"
"

,,

Burkart.

"
,,

"

,.

"
"
"

"
"

,,

,,

"

Bustam. y Berghes.
Burkart.

"

"

,,

"
"
"

.,"

"

Los Edificios, ruinas antiguas, entre Villanueva y la ciudad de Zacatecas:
lat. N,=22º 26 1 36 11 [cruz mas elev~] segun Nebel, Burkart y Berghes.
long. O. de México=3º 351 4311• • • • • ,,
,,
,,
_ ,,
Elev. de la cruz sobre el nivel del mar. 2257
,,
,,
,,
tfonte de García, cerro que domina á
Jerez. .. . ..... • . .. . . .. . . . ..... . . 2642 metros segun Burkart.
San Pedro de la Boca, pueblo inmediato
•
á Jerez al O. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2183 ,,
,,
,,
Sacamecate; rancho en la sierra de Jerez. 2536 ,,
,,
,,
JEREZ, ciudad, municipalidad y partido
de su nombre, Departa.mento de Zacatecas .. . .. . ...... . .-...... . . . . . . , 2009 ,,

"

"

"
APENDICE NIDI:. 5.

Perfil del canii?w de Tepic pára .Acaponeta y (}u(J¡jicori..t.

"

,,

,,

,,

,,
,,
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"

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"

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"

,,

"

"

,,

"

"

'I

Elevac. sobre del nivel el mar.
Lugares.
TEPIC, ciudad, Departamento de Jalisco [v. arriba]:
segun N arvaez.
lat. N .=21° 28' 30" . . ...... . . .. .. . .
,, Burkart.
Elevacion.. . . .. .... .... . . ... . . . .. . 893 metros
Lajitas, rancho... . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 778
Santiago, pueblo ~n la márgen derecha del rio grande de BU nombre, á catorce leguas de Tepic:
lat. N,= 21° 46' 611
,
- E levacion. . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . • . 21

y

Rosa Morada, pueblo hacienda, cabecera de la municipalidad, Distrito y partido de Tepic, al Norte
de Tepic . . . . .. . ... ..-. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Buenavista, hacienda, entre Tepic y Acaponeta. . .
Ac;lPONET.A., vill¡i, cabecera de la municipalidad d\ll
Distrito de Tepic, Departamento de Jalisco:
lat. N.=22º 34' 4911• • • • • ••• • • • • •• - •
long. O. de México= 6º 24' 20" .. ..•.
Elevacion sobre el nivel del mar.: ... .
Huajicoria, pueblo de indios, del Distrito de T epic,
á 57 leguas al Norte de Tepic:
·
lat. N.=22º 35' 44".•. . . . .••..•. . ..
E levacion sobre el nivel del mar. . . . . .

60
95

"

"

"

"

Beechey.

"
"

"

Burkart.

65

"·

92

"

"

"

,,

11

,, _Erly."
,, Burkart.

"
"

"
"

�496

-

EL DIARIO DEL IMPERIO.

1

ÁPENDICB NUH,

Convocatoria á los ingenieros.

6.

Varituione, del Barómetro en ,lW:éxico.
Las variaciones regulares del barómetro son las mensuales y las horarias.
Las variaciones mensuales han sido observadas hasta hoy en pocos lugares;
sin embargo, parece que en los meses de Junio ó Julio, el barómetro llega al estado mas bajo, y én los meses de Octubre ó Noviembre al estado m!s alto [véase Apéndice núm. 2]. La diferencia. entre el máximum -y el mínimum de esta oscilacion asciende, en la ciudad de México, á o,m00635; P9!º en varios puntos,
como en Tlalpujahua y Veta-Grande, no pasa de o,moo5 [cmco milímetros].
Las variaciones horarias son como sigue: el barómetro alcanza su punto mas
alto á las nueve por la mañana, despues va bajando y alcanza su punto'mas bajo
cerca de las cMtro y media de la tarde. Entonces va subiendo, hasta las diez y
media de la noche en que alcanza su segundo punto mas alto, y á l~s cuatro de
la mañana vuelve á encontrar tle nuevo su :eunto mas bajo. [Véase Apéndice
núm. 6 bis.] La diferencia entre las dos primeras posiciones del barómetro, es
decir, entre el máximum de la mañana y el mínimum de la tarde asciende á
o,moo1778 ó 0,'"002032, mie~tras que la diferencia que va entre el _máximum de
la noche y el mínimum de la mañana no baja de o,moo0762 ó no pasa de
o,mooo889.
Las variaciones irregulares del barómetro, en México, son causadas por vientos f~ertes; á veces, estos vientos, cuando soplan algunas horas seguidas, hacen
bajar el barómetro o,moo5 menos del término medio de su estado regular.
N. 13.-Para fijar el nivel de un país· por medio del barómetro, es preciso observar su estado en cada punto á la misma hora; en caso contrario, -puede suceder que pára calcular la elevacion sobre el nivel del mar, se tome en un lugar el
máximum del barómetro [véase arriba], y en otro el mínimun.
Ademas, es necesario tener en cuenta q_ue la temperatura del azogue, en el barómetro, no es la misma qué la del aire. lConsúltese: "Reconocimiento del istmo
de Tehuantepec, por M. RoblesJ C. Moro, y de la Troupliniere"].
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.Juzgado quinto Municipal.
· Tacuba núm. 3.
Ignor~dose la habitacion de D. Luis Cabrera, por el presente se le cita para que dentro
de ocho_d;:!;! comparezca por ~í ó por apoderado instruido y espensado á contestar la demanda
que en .¡mc1? verbal, s?~re _pesos y deso~upacio_n _de casa, le rcronmeven los Sres. Martín Dar~n y C.; baJO el ap~rc1bumento de segmrse el Juicio en rebe día, entendiéndose las diligencias con los estrados del Juzgado.
México, Mayo 17 de 1866.-0l,nos.
955- 3s-1

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AVISOS JUD_ICIALES.

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AVISOS OFICIALES .

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Lo que pongo en conoe~ento de V. E. reiterándole mi
consideracion y
aprecio.-El Prefecto poht1co, Darío Reyes.-Exmo. Sr. Mlllistro de Fomento.
-México."
.
E s copia. México, Mayo 19 de 1866.-El Susbecretario interino de Fomento,

AVISO.

~~~~~ocici~~~~~~~~~cicicicici

•

5,019

Ignoriíndose la casa habitacion de D. Ignacio Guerrero, y necesitando de su persona la Seccion de Caja de esta Administracion, se le hace sabeJ por el presente, que si dentro de tercer
dia al de la fecha no concurre á dicha Seccion, le parará el perjuicio á que diere lugar.
México, Mayo 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y
Navarro.
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Total de cargas.. . . . • . . . . . . . .

1,616¼
136¼
19¼
3,246¼

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~

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Sal par.a comer, 1~ clase, á $ 5 21 cs............. .
Id. id. id, ~~ clase, á 4 25 ,, ... .. ..... .
Id. id. id. 3~ clase, á 3 50 ,, .......... .
Id. para beneficio, á $2 58 es .....••.....•.....

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Ministerio de Fomento.-"Prefectura del Potosí.-San Luis, Mayo 8 de 1866.
-Núm. 33.-Exmo. Sr.-Teng_o el honor de manifestará V. :S. que durante el
mes de Abril anterior se ha extraído de las salinas del Peñon Blanco la cantidad
de sal que á continuacion se expresa:

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Salinas del Peñon Blanco.

C:itacion judicial.
En e1 incidente de apelacion !romovido por D. Sebastian Ocampo en el juicio seguido contra de él por la Administracion e rentas del Distrito, sobre comiso de un cargamento de sebo,
he proveido un auto qlfe en lo conducente dice:
"Actotam, Mayo 8 de 1866.- •... y de la razon puesta por el Escribano D. Joaquin Gnzman, fec a 21 del último Marzo, que D. Sebastian Ocampo falleció, y que se ignora quién es
el albacea ó defensor de su intestado, cítese por medio de un aviso inserto en el Diario del
Imperio y en el periódico intitulado El Pájaro Verde, para due dentro de ocho dias contados
desde la fecha de la publicacion, se presente en este Juzga o el que sea albacea é defensor
del enunciado_intesta_do, para &amp;ue se le haga 1~ notifieacion de_mi auto pronunciado en 21de
Octubre del ano próximo pa~a o, etc. Doy fe.-Calderon,-As1stencia, Manuel V. Martinez
-.Aaistencia, M. C. Martinez de Larrieta!'
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Actopam, May9 8 de 1866.-El Juez de 1~ instancia, Márcos Calderon de la Barw. 3s-l

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Necesitándose un ingeniero que con presencia de los títulos. d~ propiedad,. haga el deslinde y. mensura de los terrenos de los pueblos de P1ruhu~ y ántiiuo
Gamotes, en el Distrito de&gt; Rio Verde, del Departamento de San Luis Potosi, se
convo·ca é. los que quieran ejecutar aquel trabajo, para que presenten sus _propuestas á este Ministerio acerca del wecio que se les ha de dar por él; baJo el
concepto de que se les satisfará á razon de un t~to por cada legua q~e d~slinden y midan, segun conste en el plano que deberan presentar, y en la mteligencia de que el plazo para hacer dichas propuestas termina el 31 del presente mes.
-Ministerio de F omento, Mayo 19 de 1866.-El Subsecretario interino d1: Fomento, Franc-isco Jimenes.
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Ignorán?ose el parad~ro de D. Manuel Ortiz, por la pres~nte se le cita y emplaza, para ue
en el t.érmmo de ocho d1as, c?ntad~s desde la pnmera publicacion, comparezca en este fuzgado, por sí ó por apoderado mstnudo y espensado, á contestar la demanda ue enjuicio •
al le promueve~- Ramol!- ~anche~, sobre pago ~e veinticinco pesos, valor ae un ~larvde
puros que le ven?1ó; aperc1b1do Orti~_de q~e segwrá el juicio en su ausencia y rebe día si no
concurre, entendiéndose todas las diligencias con los estrados del Juzgado
México, Mayo 17 de 1866.-0lmos.
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956-3s-1
Ignorándose el parad~ro de D. Fernando Esq~ivel, por el presente se le cita y emplaza, ara que dentr_Q de ocho d;as, c~ntados desde la pnmera publicacion, concurra por sí 6 por ap0•
derado suficientemente mstrmdo y espensado, á contestar el juicio verbal que sobre e PI
promueve D. Gab~iel Gu~i~rrez;_ aperci~i~o. que de no verificarlo se dará por contestaaasl°:de~
manda, y las ulteriores diligencias del Jlllc10 se entenderán en los estrados de este Juz d0
México, Mayo 21 de 186fi.-Juez 5? municipal, Olmos.
957_ 3s-l ga ·

Convocatoria judicial.
. ~ pedimento de D. Antonio Bocanegra, ba mandado el Sr. Juez 29 de Instrucciou en lo
civil, se convoque á los tenedores de los pagarés marcados con los números 6 7 12 13 14
15, 18, ~9, 20, 21, 22, 23! 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 .; 39'.
pertenecientes á la casa numero dos de la Portería de Regina, y cuyos valores son de treinta
y cuatro pesos dos centavos por ~ada pagaré, á fin de iue en el término de ocho días te presenten _en este Juzgado á deducir sus derechos; aperci idos de declararse nulos y de ningun
valor m cfdcto.
Y en_~~bido c~mpli~en~o pongo el presente en México, á 18 de Mayo de 1866.-José Vicente Pina, Escribano publico.
_,958-8s-l
Almoneda judicial.
El Sr. Juez 2? de lo civil de Instruccion! Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha mandado que
se proceda_ á la venta de l_a cas~ número. seis de la calle de Zulet~, de esta ciudad, valuada
po~ el perito tercero en ~1scordia D. Lms G. Anzorena en la cantidad de seis mil setecientos
tremta y nueve }esos; senalando para la segunda almoneda el día veintiscis del corriente á
las d~ce,. en su uzgado, situado en el Pa\acio de Justicia. Lo aue pongo en conocimie~to
del publico, par~ Sue las personas &amp;ue se mteresen en la finca y esearen algunas instrucciones, oc_urran á die o Juz¡ado, don e se les darán las que minisl;ran los autos. •
_Mé~co, Mayo 17 de 1 6.-Jo!é Vic1!11te Piña, Escribano público.
959-3s-1

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ME:X:ICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caballero Orden de Guadalupe</name>
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•

El

DEL

DIARIO
Los números sueltos valen 1.2 centavos.
TOMO

III.

1'1EXlfJ0.-1'Iartes 22 de Mayo de IS66.
SVMAB.IO.

P A:RTE OFI(?IAL.-Carta del Emperador al Ministro de Gobernacion, sobre los víveres
de pnmera neces1dad.-Decreto mandando formar otra compañía de gendarmes.f
PARTE NO OFICIAL.-Atent,ado contra el Czar de Rusia.-Suscricion para los inundados.-Lluvias.-Estadística de Guanajuato (continúa).

PARTE OFl()IAL.
Palacio de México, á 21 de Mayo de 1866.

Mi querido Ministro Salazar Ilall'egui:

NUM. ,417

PARTE 1'0 OFl()IAL.
A.tentado contra

s. lll. el C:zar de Rusia.

Sabemos que S. M. el Emperador ha dirigido una carta por conducto. de
nuestra legacion en Rusia, á S. M. el Czar, con motivo del atentado cometido
contra su persona. Una grande sensacion caus6 la noticia de tan horrible crímen en el ánimo del Emperador y de S. M. la Emperatriz.
Las simpatías y buenas relaciones que nos ligan con la corte de Rusia, hi•
cieron mas viva la impresion, que por sí sola conmueve contra un delito alevoso y atroz. Es admirable la serenidad y valor de S. M. el Czar en los momentos de ser agredido y á presencia del asesino. La Providencia, en sus justos y
elevados designios, ha protegido visiblemente la existencia de uno de los mo·
narcas mas poderosos de Europa.
•

Ha llegado á Nuestro conocimiento el grave mal que sa sobre esta capital, provenido del precio excesivo que tienen todos
los efectos de primera necesidad. El pueblo, cuya situacion cóCONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
moda y feliz es objeto de Nuestra solicitud y cuidado, sufre
Suscrici-On en favor de los inundados.
mucho por serle dificil adquirir con su afanoso trabajo lo nece(Contin~a.)
sario para sus alimentos.
Suma anterior........•........
$ 33,307 19
Son
cargo
seiscientos
cincuenta
y
siete
pesos
cincuenta
Es de Nuestro deber remediar una calamidad que aflije princentavos que se recibieron de Oajaca, y que por distraccipalmente á la clase pobre, y procurarlo con toda la fuerza de
cion no se aumentaron á la 15uma de la noticia última~uestra voluntad, hasta obtener el resultado: por tanto, dareis
mente publicada. en el diario' del dia 18 del mes presente. . . . . . . . . . . . . ... . . , . . . . . . . . . . . . . ...... .
las órdenes convenientes pal'a que se vigile el Rastro general de
657 50
Se
recibió de la. ciudad de Ouernavaca:
la ciudad, á fin de que los introductores de ganado vacuno y laD. Ambrosio Femandez y Osante .......•..... .
5 00
nar puedan introducirlo sin dificulfad, y no se vean obligados á Sres.
,, ,, Pablo Güemes .........•......•..........
2 00
ceder á monopolizadores que indirect..1mente se apoderan de es,, ,, Ireneo Serrano ......................... .
1 00
te ramo; que se deje á los conductores de semillas y granos con
,, ,, Ricardo Argandar. •....... . ... ......... ..
1 00
,, ,, .Antonio Chávarri........................ .
1 00
que se abastece México, entrar libremente al interior de la ciu,, ,, Pedro Fano............................... .
,, 50
dad, sin que los regatones les impidan el paso; que se procu,, ,, Miguel Cárdenas ........ ... ·"' ........... .
,, 50
re que los efectos se repartan en el comercio para el consumo,
,, ,, Vicente Solórzano. ......... ............ . .
1 00
,, ,, Juan Mendoza .......................... .
sin que manejos fraudulentos hagan subir su valor, ocasionan,, 50
,, ,, José Nonato.....................•... . ...
,, 50
do la escasez; que el Ayuntamiento cuide del precio equitativo
,, ,, Frll,llcisco J uarez........................ .
., 25
de los comestibles, de la exactitud de los pesos y medidas, así
,,
,1 D~mi~go Ju~rez ........................ .
co~o de la observancia de las demas disposiciones que como
",, 256¼
,, ,, Cnspm Barrios........•.. .. . .. .. . ... . ... .. .
,, ,, Francisco Cabrera. ... ... ... ... ..... ...... .
estas se encuentran prevenidas por los bandos y ordenanzas
., 12½
,, ,, Luis Galindo . . . . . . . ..... . . . •... ... .. ... .
municipales.
,, 25
,, ,, Bemabé Mariaca.............. : .......... .
,, 25
Os confiamos la ejecucion de estas providencias, y os encar,. ,, Va.lente Rivera ......... . .. ....•........ .
,, 25
14 43!
gamos de preferencia todo lo concerniente al alivio y bienestar
de la poblacion menesterosa, Dándonos cuenta del resultado de
Suma... . . . . . . •.. . . . .
$33,979 12f
(Continuará.)
vuestros trabajos y del éxito que tengan, para saber si el pueblo consigue disminuir los males que Tenemos tanto empeñ&lt;? en
evitar.
Lluvias.
Recibid las seguridades de la benevolencia de

V uestro afectísimo,
MAXIMILIANO.

MAXIMILIANO,

E~IPERADOR DE MEXICO:

Considerando que importa mantener la seguridad de los caminos por medio
de una vigilancia constante y e¡itable,
DECRETAMOS:

Se formará una segunda compañía de Gendarmería, bajo el mismo pié que
Ja que. existe actualmente.
Nuestro Ministro de Guerra queda encargado de la ejecucion de este Decreto.
Dado en Cuernavaca á 18 de Uayo de 1866.
Por el Emperador,
t

El Minisfro de Guerra,

JosE lf. G.ARCIA.

MAXIMILIANO.

Tomamos de la Sociedad de ayer lo que sigue:
"Lluvias del 19 y 20.-EI 19 hubo varias lloviznas, con algunas interrupciones, desd,e las 12h 30' haata. las 6h 30' de la tarde, hora en que comenzó un
aguacero que duró sin discontinuar hasta las 12h de la noche, y de la lh 45' á
las 2h 15' dé la madrugada volvió á lloviznar.
·
"Derivaron todas estas lluvias del SO., O., NO. y N. La cantidad total de
agua caida. fué de 14 milímetros y 1 décimo, la mayor parte del NO., luego del
O.yN.
"El 20 á las 2h 55' aconteció un chubasco fuerte del NO. con truenos, relámpagos, granizos del tamaño de una lenteja é inten.sas ráfagas de la misma direccion, el cual duró un cuarto de hora y concluyó á las 3h 25'. De las 6h á las
6h 20' y de llh á 12h de la noche volvieron á caer otros dos chubascos mas ligeros. La cantidad total de agua llovida ha sido de 21 milímetros y 2 décimos,
la mayor parte del NO. y N.
"Observatorio de Santa Olarn.-Andl'tfs Poey."

ESTADISTICA DEL DEPARTAM~NTO DE GUANAJUATO,
FORMADA EN 1865 POR LA PREFECTURA POLITICA DEL MISMO,
En c1t11lplimi,nto dt lo dispuesto tn el art. 5&lt;.&gt; de los transitorios de la ley
de 3 de Marzo del propio año.
•

{CONTINUA.)

Personas twfables.-D. .Anastasio Gutierrez, labrador; D. Arcadio Barajas,

Bachiller; D. Benigno Villavicencio, labrador; D. Brígido López, comerciante;
D. Oárlos Becerra, id.; D. Oárlos Basauri, labrador; D. Eugenio Núiiez, cirujano; D. Epitacio Basauri, labrador; D. Faustino .Arias, comerciante; D. Felipe
Quesada, escribiente; D. Hilario Castro, Bachiller; D. Jesus Castro, comercian-

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

498

•

te; D. Joaquín Gil, labrador; D. Joaquín Basauri, id.; D. J. M. Martinez Negrete, id.; D. Luis Lozano, id.; D. Luis G. Villanueva, id.; D. Merced Cano, Bachiller; D. Merced Plácido, preceptor; D. Marciano Torres, sastre; D. Marciano
Muñoz, labrador; D. Pantaleon Martinez, id.; D. Pedro Raso, id.; D. Pedro Magaña, comerciante; D. Ramon Q. Montes, id.; D. Rafael Gutierrez, id.; D. Rafael
Basauri, labrador; D. Santiago Vega, comerciante; D. Vicente Vega, Presbítero; D. Wenceslao Chavez, labrador.
Situacion local.-La sitnacion geográfica de Piedragorda se calcula á los 20
38' de longitud, y 20° 441 de latitud.
.Límites.-Confina por el N. con las Municipalidades de San Francisco y Purísima del Rincon, por el O. con las de Silao é Irapuato, por el Sur con la de
Pénjamo y por el P. con la de .Arandas, del Departamento de Aguascalientes,
y se compone de los pueblos que siguen:
Villas.-Piedragorda. (1)
Haciendas.-La Concepcion, Maravillas, Puerta de San Juan, Tultitan, Sauz,
Atotonilquillo, Santa Rita de Serrano, (2) Santa Lucía, Santa Inés, Santa Lugarda, San Gerónimo, Frías, J alpa, Paso de la Canoa.
Ranchos.-Bolaños, Tecuan, Escondida, Calle Honda, ·Zapote de Saludo, Laguna, Salados, Caja, Guayabo, Peñuelitas, Calera, Palo Alto, Ojo de agua del
Laurel, Montuoso, Huisache, Puerta del La1,1rel, Piedra parada, Jagüey, Colorada, Calichal, Casas Blancas, Tambor, Venado, Vado de 13aldivia, el Carrizo,
Charco Azul, el Fresno, Santa Rita, el Guayabo, Sinagua, la Calzada, Tecocan,
la Urraca, San Rafael, la Culata, Tangamanga, San Luisito, Vado de Montes,
Adjuntas, las Tablas, San Juanico, Toriles, Puerta de frutos, Sabina, San I sidro, Torrecilla, el Aguacate, Garabato, el Guayabo, Organos, el Perico, San Antonio, Zapote de Adjuntas, Capulin, Pastita, el Tepetate, Sabinillas, Margaritas,
Chupadero, Cerritos, Paso Hondo, la Quesera, Paso Hondo de Zaragoza, el Saucillo, la Ladera, la Orilla, el Liebrero, las Aburradas, el Tanco, Ramblas, el
Guajolote, la Cantera, la Rosilla, Monte redondo, Paso blanco, el Güinduví, Cuadrillas, la Noria, Guadalupe, el Calicanto, el Ojo de Agua, la Estancita, la Ordeña, Camarena, Cañada honda, Canales, Corral de piedra, Carrizo de Rubio,
el Cli'ero, el Churincio, Estancia vieja, el Fraile, los Fresnos, Lagunas y Grangenos, el Ojo Zarco, el Laurel, Manga Vieja, Mesita de los Buiiyes, Ojo de agua
del Obispo, los Pulidos, Santa Lucía, Realito de la Chinta, las Peñitas, el Santo
Niño, Santa Gertrudis, San Pedro Buenavista, Salgado, San Miguel, San J uanito 1~, San Juanito 2~, la M+&gt;ra, Mesa de los Caballos, la Higuera, la Cintilla, la
Granza, la Cuesta, la Frontera, el Derrumbadero, el Conejo, los Capulines, los
Otates, los Tomates, las Tortugas.

•

Aittoridades y ernpkados de Pueblo Nuevo.- Comisario municipal, D. F1:ancisco Macías.-Juez único de paz, D. Miguel Rodríguez; id. id. suplente de 1d., D.
Felipe Navarro.-Síndico, D. Fernando Blanco.
. .
. .
Personas notables.-D. Andrés de la Peña, labrador prop1eta,no; D. Eutinno
Velasco, id. id.; D. Félix Muñoz, eclesiástico; D. J. M. Navarro Ascencio, labrador; D. Jesus Navarro, id.; D. Severiano Macías, id.
•
Autoridades y .empleados de Jesus María.-Comisario municipal, D. Juan A.
Ramirez.-Juez único de paz, D. Antonio Rizo; id. suplente, ·D. Tqribio Hornelas.-Síndico procurador, D. Pedro Torres.
Persona~ notables.-D. .Agustín Rizo, comerciante; D. Jesus Hernandez, notario; D. Nazario Mendez, comerciante; D. Rafael'A. de Torres, preceptor; D. Saturnino Márquez, comerciante:
(Continuará.)

P«rtidos que se han incor,orad-0 á la Municipalidad de Predragorda, en mrtudde lo ordenado eii
el art. 2~ de las disposwwnes transitorias de la léy de 3 de Marzo de 1865, sobre di1Jision territorial del lmpefti: dichos Partidos pertenecían antes al Departamento de Jalisco.

.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
UMATES.
El dia 29 del corriente Mayo, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa de Diezmos en lrapuato, valuada en $7,165 2.'í cs., con arreglo á los artículos 24, 25 y Z'l de la ley
de 2ti de Febrero de 1865. Lo que se partitipa al público, para que las personas que deseen
hacer postura, ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Mayo 10 de 1866.
3s-1
El dia 30 del mes que cursa, á las uueve de la mañana, se procederá al del meson de la.
Merced, ubicado en la segunda calle de San Antonio, en Celaya, valuado en $250, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de F ebrero de 1865. Lo que se avisa al público,
para que las personas que quieran hacer postura, ocurran á esta oficina el dia y hora fijados.
México, Mayo 11 de 1800.
3s-1
El dia 23 del presente, á las JMeve de la mañana, se procederá al de la casa situada en Oajaca, en el cuartel 2?, manzana 22, calle del Soplo, valuada en ($ 417) cuatrocientos dier. y
siete pesos, con arreglo á los articulos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que
se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina
el dia y .hora citados.
.
·
México, Mayo f&gt; de 1866.
3a- 3
El día ~el presente, á las nueve de la mañana, se procederá al de la casa situada en Oa·
jaca, en et"g'uartel 2?, manzana 22, calle del Salto, valuada en ($ 301 50 cs.) trescientos un
pesos cincuenta centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero .
de 1865. Lo que se participa al público, para que ta, personas que deseen hacer postura ocur•
ran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Mayo 5 de 1866.
~ia--3
1

El dia 26 del presente, á las nueve de la mañaua, se procederá, con arreglo á los artículos
24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, al de la casa situada en la calle del Nazareno,
en Oajaca, cuartel 4~, manzana 10, valuada en($ 350 50 cs.) trescientos cincuenta pesos cineuenta centavos. Lo que se participa al público, para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia y hora citados.
México, Mayo 5 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Jmrn Suarez y
Navarro.
3a-:l

PARTIDO DE P-tJEBLO NUEVO:

Pueblos.-Pueblo Nuevo.
Haciendds.-Huiscato, Salitre Villareño.
Ranchos.-San José Buenagua, Roble, Corral de Piedra, Tinaja, 'l'inajera,
Rancho Nuevo, Quirino, ~ontaña del Colorín, Derrumbadero, la Cruz, Potrerillos, Sabinillas, Paso de Tarimoro, Ojos de agua, la Chanela, la Alegría, Loma
de la Soledad, San José de la Cantera, Tarimoro, el Desierto, la Víbora, San
Gabriel, Divisadero, Enramadas, Sabinos, Mezquitillo, Terrero, Mezquite Grande, el Padre, el Zapote, Cruces, la Camecha, la Tijera, los Jicotes, las Limas, la
Lagartija, la Espada, el Puño, Churapuato, el'Bañadero, la Cañada, la Sanguijuela, Altamira, Puerto de Catarina, Barbechitos, el Marijo, Falsarienda, Jaras,
la Tiricia, Terrero ele Sevillas, San Francisco, Salsipuedes,
Ranchitos, Palo
1
Verde, la Providencia, Caracol.
Parte del rmmicipio de Ayo á la márgen oriental del rio.
Haciendas.-La I sla, Santa Rita, Salitre de Yurécuaro, Maluco, Cañada del
Molino.
Ranchos.-Caracol, Paredones, el Fraile, San Gerónimo Viejo, San Gerónimo
Nuevo, la Concepcion, el Alacran, San Rafael, Ojo de agua, Callejones, el Gato,
Once Pueblos, el Chifion, el Cito, Loma atrave,sada, e! Chaveño, Barbosa, la Lagartija, Peña Blanca, Mesa de Ayo, id. de la Grulla, la Malaobra, Tuna mansa,
barrio de Ayo que lo separa el rio de este nombre, de la poblacion; Tierra Prieta.
Parte del mu,nicipio de la Barca, situada á la már,qen oriental del t·io.
Haciendas.- Guadalupe.
Ranchos.-Limoncillos, el Bajío, parte del Rancho del Cármen.

Convocatoria á los Ingenieros. ·
Necesitándose un ingeniero que con presencia de los títulos de propiedad baga el deslinde
y mensura de los terrenos de los puoblos de Pinihnan y antiguo Gamotes en t:I Distrito de
Rio Verde, del Departamento de San Luis Potosí, se convoca á los que quieran ejecutar aquel
trabajo, para que presenten sus propuestas á este Ministerio acerca del precio que se les ha de
dar por él; baj? el concepto de que se les satisfará á razon de un tanto por cada legua que
deslinden y midan, segun conste en el plano que deberán- presentar, y en la inteligencia de
que el plazo para hacer dicha~ propuestas termina el 31 del presente mes.
Ministerio de Fomento, Mayo 19 de 1866.-El Subsecretario interino de F omento, Francisco
Jimenez.
3a-l
\

AVISOS JUDICIALES.
Ju~¡;ado de itistriucio11, del Disi,-ito de Otwniba,
En el juicio verbal ejecutivo, promovido por D. Eugenio Linarte contra D. Benigno Hernande~, sobre pesos, se ha mandado_por este Juzgado.se citen postores para la venta de una
casa situada en el pueblo_ de Nesqmp~yac, de la propiedad del referido Hernandez, cuya casa está _valuada en la cantidad de $2o;:i 90½ cs. Lo que se hace saber para que las personas
qu~ qmeran hacer postura ocurran á es~Juzgado, donde se les ministrarán los datos que necesiten.
Otumba, Mayo 17 de 1B66.-Ramon Montaño.
960-9s-l

Citacion judicial.

PARTIDO DE JESUS MARÍA:

. Por el Juzga?º 4?_ de Instmccio~, D. _Juan Ada~d se ha _presentado solicitando, que por
ignorarse la res1denc1a d_e D. JoaqumPnego, se le cite por los periódicos, para que en el término que el Juzgado le s~n~le se presente á contestar la demanda que enjuicio verbal, sobre pesos, le p_romueve¡ aperc1b1do d~ darse por ?Ontestada la d~manda y seguir el juicio con los estrados si no comparece. Y habiendo proveido de conformidad el Sr. Juez, señaló el término
de ocho dias.
México, Mayo 15 de 1866.-Manuel T. de Meneses, Escribano público. ·
952-3s-2

Pueblos.-Jesus María.
Ranchos.-San Nicolás, Tierra Colorada, Pocitos, la Palma, Mesa de la Muerta, el ~ino, el Rodeo, Banca de Zárates, los Robles, Santa ~ucía, Uña de gato,
Estanc1ta, Guadalupe, Mesa de la Grulla, Sacamecate, el Ranero, San Vicente,
e_l ~allero, Llanitos, Canoa~, Cebo~et~, Oapulin_ ~e Ohavez, el Codito, el Capuhncito, M?ctezuma, la M~s1ta, la TmaJa, el Sabmito, Cruces, la Laja, Ojozarco,
:Barranq~lla del agua, Rmcon de Morillos, Palo Colorado, Rancho de Lara, Presita de Scher, Rancho Viejo, el Tecolote, el Nopal, Troje, Loma Colorada, la
Malaobra, el ~abino, _Moctezumillas, el Salt~llo, San ~osé de las Pilas, el Regladero, la Ordena, Poc1to de Fuentes, el Saucillo, Carrizo de Fuentes, Lao-unas,
0
Puertecito, Lagunitas, Otomites, la Joya, la Ycrbabuena, Huerta, Piedra Grande, Arroyo Seco, San Agustín, la Soledad, Paso de Acámbaro, Salitrillos, Presas, la Leonera, Palo caido, San Miguel, el Piojo, la Escondida, Romerillos, la
Malaobra, el Carricillo, Puerto de Catarina, el Capulin de Galvan, la Leona,'
Guanajuatito, Milpillas, los .Anastres, Tres Mezquites, los Nogales, Paredones,
Guadalupe, el Sauz, San José, Ciénega, Cieneguita, Ayo el Grande, Santa Rita, la Joya, San Antonio, las Palomas, el Salto, el Pandillo, los Nopalitos, los
Lobos.

Citacion judicial.

,Juzgado de letras de Sultepec.
En los autos seguidos en ~ste Juzgad? sobre el intestado del Presbítero Br. D. Mariano
Áyllon, tengo mandado se citen á los qne se consideren con derecho á los bienes de dicho inte~tad?, ,para que lo ded~can en este ~u~g~do dentro de treinta dias, contados desde la pnbhcac1on del presente aviso, y con aperc1b1miento que de no verificarlo les parará el perjuicio
que haya lugar.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el preseqte en Sultepec á nueve de Abril de mil
ochocientos sesenta y se1s.-El Juez de letras, Joaquín Jimenez. '
3a-2

MúNICil'ALIDAD DE PIEDRAGORDA.

Resúmen.

Villas............ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Pueblos................. . ..... . ........ 1
Haciendas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Ranchos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 301

•

En_eljuicio verbal que sigue D. Francit!c~ejía con D. Antonino Chavero, sobre pesos,
á _pedimento de_l a~tor ha•ma!!,da~o el Sr. Juez 2~ de Instrnccion, Lic. D. Miguel Rendon Pe-•
ruche, que se cite por los periódicos al espresado D. Antonino Chavero para que comparezca
en el Juzg~do dentro de ocho días, á absolver posiciones; bajo el apercibimiento de darse por
absuel~as si no se presenta. Lo que ~e le hace saber ~or medio del presente.
México, Mayo 17 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público.
954-3s-~

.IÍu¡;ado de Inst,-iucion de Texcoco,
,

(1) Antes se_ c&lt;mocia este pueblo con la den&lt;miinacion de San Pedro P.iedragorda, y por concesion de 8. M. el Emperadot tiene hoy el titulo de "Villa de Piedragorda."
(2) Hoy se denomina "Santa Rita."

En l?s autos del intest~do_de D. Luciano Santa Cruz, que giran en este Juzgado, se ha
prevemdo q~e por los _pen~d1cos se convoque á las personas que se crean con derecho á suceder ~n los bienes de dicho mtestado, para que se presenten á deducirlo en el término de quine~ ?i~s, que comenzarán á contarse desde la primera publicaciop. de este aviso; bajo el aper- '
tibmnento de que, en caso de no verificarlo, les parará el perjuicio á que huhoare lugar en
derecho.
W"
Texcoco, Abril 30 de 1866.-El Juez de Instruccion, Mauro F. de C6rdoba. 933-8a-5

MEXICO.-IMPRENTA IMPERIAL.

,

�</text>
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