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DEL .xi ~11M ·ª .,1~º
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MEXIC0: Jueves 23 de Febrero de 1865.

TOMO l.

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I

\,

PARTE OFICIAL.

P ~ POLITICA DELJ)EPABTADITO DEL VALLI ~JIDICQ,

11

Sxco10N m: gi:m~-Á.-Nu11. J.63.

MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTBllJBROS.

Méi1co, :E'ebrero 21 de 1865.

J
&gt;
llélico,·Febrero 18 de _1865.
El Sr. Prefecto político ~ ce una. invitacitm á l~~ familias que de
Habiéndose dignaao•S. M. el Emperador,.Nuestro Aúgusto Sob~ la villa de Zitácuaro y sus alrededores se salieron para Toluca y aun
rano, concede'r Su exequatur á la Patente eepedidá por eh Consejo para esta Corte, á fin de ·que vuelvan á sus hogares á disfrutar de
fede~l de ia Gonfederacion Suiza, en favor del Sr. D. .t\~.oldo Sqt- la tranquilidad que ·hanrrestableoido las fuerzas. del ejército fraJl(loter, ,p¡i,ra cqnsul gener~l en, México, se han libr_ado ~e confo12Pjda~ me~icano,, á la_s 6rdenel\ ,ilel &amp;r, ,coronel·~~ Potier. ,: • : "
.,
las 6rden es corr~s,P_ond1entes para , que el refe~do ,,.Sr. D. _Arnofd? 1
_EL,Seoretaño
gen'eral
de
la.PreCectura,
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'Sut~er sea reconomdo··con el espresado carácter y pueda_eJerce~ h~
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·bremente las funciones que,Ie son anexas. ' i • '
(Fffmado) ALEJAN~~º Vttfas~RoR.
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El Elica'rgado de la Seccion de Consulados,

(Firniado) ·lGNACIO M.

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......

DE
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CASTILLO.

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10rtn ,r. a q JUlfISTERIO DE HACIBNDA. .ió o.Ji d niirl ~r-l

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EL SEÑOR PREFECTO PoLITICOha dispu~ to qu~.e.n te¡ ¡&gt;róximo
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observe el siguiente Reglamento:,
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~,mavt\~~
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Art..d.-9 cNingun, bail~Jle1Máseara puede verificarse sin la licencia.
de la.autoridad política. Los ~ lon_tis.en que se efectúen deberán ser
Clrculár núm. 40.
c6mod9~ y de~At~s, y &lt;para.espedirse la licencia serán previamente
S. M. el Emperador se ha servido 1aco~dar
las ' .A'áministr~cio- reconocidos.
. ,
ne!Í de rentas-continúen verificaii&lt;lo la' de'tohicion ti~ los iÍerech6s
.Kit 2rf Nmguna'persona entrará á los salones con ~rm'a de nincobrados á los,co'ntratísms del ejército'frances, porifos efectos d~sti-' guna cfase,' .ni con Baston, á escepc'ion de las autoridades, policía y
na.dos.al coAsumo del mismo ejército, sujetándoae á las instrucciones militares-en servicio, bajo la, pena de cién pesos de multa ó seis meque se- diftaron e_n 10 de Agosto d~ 1~63. •.
·
ses de obras públicas.
· 1 J 1
1 ,
Lo que comumco á vd. para ~u mtehgenc1a y qnes que le .per,te- ,Art. 3~ En todo salon habrá dos bastonerQs, nombrados con apronecen.
·
bacjo9, det Comisario Ce~tral, y su ,obligacion será dirigir los b!rl~es
El Subsecretario de Haciendá,
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y cuidar el 6rden, siendo responsables á la autoridad de los deeó,rJH
(Firmado) M. DE ÜASTILW, . J
denes que se cometan, si no dieren parte 'oportuµo' para 'evitarlos o
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corregirlos.
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Art. 4~ Se dispondrá en cada salon una pieza con sus corresponl)OC UMENT O
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diente~
criados para r~ibir y d~volver las'capas, sombreros y demas
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abrigos, así como bastones y armas á los ~e quieran ~ositarlas,
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recibiendo un boleto ñumerado, á fin de evitar cualquier estravfo:
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CASA. DE MODDA DE ZAC~TEC,AS. ,, , 1 ' ( • La Empresa es responsable a_e1(l.UalquJ~i reclamacion que se haga.
R"EBUMlilN o¡¡: L'A.. Ao~.AolON RABI™, .E?1í Eár!. o.! S.A_ i&gt;i: w NimA .xN EL 1~ 0 pÉ..1.864. '¡
Art.-ó? En el interior- de los sal&lt;,nes no se venderá ninguna clase
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•, de licor. Si se notare ~ ~lguqo se introducf ébrio, será inmediata,
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mente espelido por la policf~ ala que darán parte los bastoneros, lo
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'PISO.
VALOR. ' ' TOTAL.
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mismo que á toda persona que se 'aesmande· de cualquiera manera.
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Marcos.
onzas. Ochavas.
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Art..6?,1El, Regidolj qy_~~presida el Teatro y el Comisario Central
~n.ero ...•.. - • • • ,35,261
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En los salones particulares tiene las m.ismas .facultades el Cof i.Junio.~. ;~.. ., . . .!'• • r .. 39,957
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Julio,··· - r.r '')' ...;1 · 4&amp;, 7.0
" ·· 4;29iQ.OO ,, oJ '.I rt'&gt; •·;• ' Art. 7~ Se prol:iibe "él uso lle vestidos que imit~rl' á Santos', 'Re1i4
33 tiq0p io!,m, , gios.os de·ambos sexos, Obis"pos y-Olérigo!J'.
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_Agosto- • : .• ••. · • · 38,9~~
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Setiemb~e. · · · · · · • ,2/3,220 '
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Art. 8? En las cantinas que se pongan con el corréspondíente-per~
Oetubre
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· se cob_rará e1J&gt;rnCIQ.
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· b. . . . . . . . . 32,9f7 ~ 4
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&gt;Art. ~ ¡ En1 las·ptiertas lle los teatros Y. en 1as de lds salones par!
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___ _ _ _ _ ú otras cosas que _p,uedan lastill}ar ,á.alguno; los qye ,dmJan p~labras
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r7 Total.''.. _.º. $4:ooo,ooo obscenas 6 insultllnf~s y altereb ·el 6rden, ya·s~ade !~s vestülo~ de
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·, , máscara ó parficulare1,1 séráh arrestados y c~tigados gubernativa_Zacatec~, Di~1~mbi:e 3~ de 1864.-(uq111• N., CleTTJ,pnt.-A. M. mente por la Brefe.et.ura,rlo mismo que ~os-que mterrumpan el ~rden
Kun.ball:-;-Con m1 mter~enc1~n y lá de mis a11-tE;cesores, segun cons- esta¡b\egi1~J?Jl;tª a.n;i,a¡c¡p~;5ie los car{QªJ.0§ -~m el p"8!;lO., y l()s gmetes
~ erl los documentós existentes de esta ofic1na.-Francisc~ Pala- !,J,Ue sa~ar~n ~~J&gt;aso Lnatural á,.8?,B,c.ab~llj?p, ¡i,hopiüian_do,16 nwl!)S'.
C'tos.
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tando á los transeuntes. ·
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'Me1ico, Febrero 15 de 1865.'

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DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

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Art. 11. Para comodidad y ~eguridad de 1a.s personas que concurran al Paseo en los dias de Carnaval, los que vayan á cabal}o 6 en
carruaje, se dirigirán por las calles del Pue.1te de San Francisco,
Corpus-Christi, el Hospicio y la Ex-Acordada; seguirán la linea del
Paseo basta la calzada de la Piedad, en donde daráp vuelta para resorrer ]a otra linea de} mismo Paseo basta la estatua de Cárlos IV,
en donde se v-0lverá á tomar la vuelta, pudiendo estenderla basta la
calle de Corpus-Christi ó la Alameda, ~i él número de carruajes lo
exigiere.
Al retirarse, lo harán precisamente tomando ]a calle del frente de
San Diego y Alameda, Portillo de San Diego, San Juan de Dios,
San Andrés y Santa Clara.
El Comisario Central queda encargado del exacto cumplimiento
de las anteriores prevenciones.
México, Febrero 21 de 1866.
El Secretarie General. de la P~efectura,
(Firmado) ALEJANDRO VILLASENOR,

SOLICITUDES.
MINISTERIO DE FODBTO.
S.EOOION 1~
Héxiea, Febrero 21 de 1865,
D. Vicente Quiroz y D. Vicente Herrera; han heeho formal registro de
una veta de plata con pirita, situada en la loma de las Ovejas y cañada de la
Canoa, terreno de Chimalpa, cuya cabecera es el pueblo de Naucalpan, del
Distrito de TlalnepantLa.
Y habiéndose admitido el registro con esta fecha, en cuautp ha lugar en
derecho, sin perjuicio de tercero, y conforme á las Ordenanzl!,S, se avisa
al público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á oponerse, lo deduzca ante este MinisteriÓ.
El Subsecretario de Fomento,
(; • 'J
(Firmado) MANUBL Oitozoo.
México, Febrero 21 de 1865.

D. Vicente Quir?z y D. Vicen~ Hen:era, hanhechoformairegistro deun
manto de carbon de piedr;i., sit~~d9 en el llano de Gaona, ó por otro nombre
de los Cristales, en terrenos de C,h~alpa, cuya ~becera es Naucalpan, del
Distrito de Tlalnepantla.
Y habiéndose admitido el registro con est:a fecha, en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conf9rme á las Ordenanzas, se avisa al público, para que si alguna persona se encv.entra con derecho á oponeJ.:,Se, lo deduzca ante ·este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL O1tozoo.

NOTICIA.
)lllfIS~IO ;Qij GUE,R4,
Sli:OOIOJ 1~
México, Febrero 20 de 1865.

.

coronel Peral y el comandante Velazquez con sus respéctivas columnas, deben haber ejecutado un reconocimiento minucioso de la sierra de San CárlosJ en los últimos días de Enero y primeros del presente.
En la línea fronteri:za. y eu los Departamentos de Nuevo-Leon y Coahuila se conserva inalterable la tranquilidad pública. El general López estará
de regreso en Monterey el dia 6, dejando ,:¡.segurado con tropas de su briga.da, el partido de Rio Grande.
Pios guarde á V. E. muchos años.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Guerra,
'
(Firmado) J. M. DuRAN,

D. Tomás Mejfa, en gefe de la Divisjon de su DQm-

campos se halla~ algunas moras producidas por la naturaleza, de lo que se taciones es indispensable cubrir las plantas traspuestas oon yerbas, trapos,
etc., para que el rigor del sol no las seque; descubriéndolas cuando éste deinfiere que podria cultivarse con provecho.
El cacao, el café y el olivo, no se han sembrado hasta ahora; y como no clina y volviéndolas á cubrir otro dia cuando se ele!a, hasta que han prenc
es conocida en este suelo la vegetacion de esas plantas, se ignora si podrán dido bien. Desde este punto, el cuidado consiste en limpiar las plantas, regarlas cada ocho dias á lo menos, desgrillarlas y quitarles el gusano que
fructificar en nuestra altura polar de 25 ° lat. N. á. que nos hallamos.
El otro pueblo de que se compone este Distrito, es la Villa de Rayones; crian co_n abundancia: la cosecha y último beneficio no merece mencionarse,
está situada entre las quiebras y sinuosidades de la Sierra Madre, al S. O. pues nunca se ha logrado que iguale con el estranjero.
de esta ciudad y á una altura considerable respecto de ella. La distancia á - Esta es la práctica observada hasta ahora en el cultivo de las plantas reque se halla de esta cabecera de Di':!trito por una línea recta horizontal é feridas, y creo con esto haber cumplido lo mejor que ha sido dable la coimaginaria, no pasa.ria. de ocho leguas, seis de las cuales pertenecen á esta mision que V. S. ha tenido á bien encargarme: deseo que cumpla las miras
jurisdiccipn, en cuyos confines se cultiya muy buena caña dulce; pero esa de la Superioriaad.
Montemorelos y hacienda-de Cisneros, Enero 9 de 1865.-Andrés lbar-ra.
proximidad no basta para que allá se crie esta planta-interesante: se han he-

;s;;;;==5,;s¡;;;;!!;E;;;;;;;;..;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;3o,;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡;;;;¡;;;;;;;;;;;:;;;;s;;;;.;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;s

VARJEDADES.
EL DISTRITO DE llOITE?tt:ORELOS (NUEVO-LE01'),

Prefectura política del Distrito de Montemorelos.-Paradarcumplimien·
to á la superior disposiGion, fecha 18 de Noviembre pltimo, que V. S. se sirvió trascribirme el 16 del próximo pasado Diciembr~, paso á tratar de la
materia á que se refiere. .
Este Distrito, aunque se compone de tres municipalidades, solo dos de
ellas, es decir, Montemorelos y Gener:$1 Terán están .en U.1)3 misma altura,
tienen el mismo clima, y por consiguiente sus_producoiones agrícqlas son de
igual especie. En ambos pueblos se cultiva éomo Pamo principal de riqueza
la cañll. dulce, de la que anualmente se cosechan, poco mas ó menos, de tres
mil quinientas cargas de piloncillo al estilo del pais; no obstante las bajas de
bastante consideracion que de diez años á esta parte sufre esa cosecha, á causa de la epidemia dll gusano, que horadando la caña en una ó muchas partes
y taladrándola por el centro ,de alt9 á bajo, forD,1.a en ella un estrecho tubo,
el que contiene alguna agua avinagrada, y sus paredes, casi leñosas, no tienen almíbar.
Se ltan hecho distintas operaciones para destruir esa plaga, ahora en unos
cañaverales, luego en otros, y en algunos que ya tienen siete años de establecida. Este insecto ha resistido todos los cambios de la escala barométrica, desde las largas lluvias de 185~ al 56 hasta la seca sj.u tradicion, que comenzando en 1858 y subiol\do de p\lDto"gradualmente h~ta. 1863 esterilizó
los campos. Igualmente ha resistido todos los cambios de temperatura que
ha sufrido nuestra zona en estos años, desde el hielo petrificado por tres dias,1
como en 1859, hasta el calor que se sint~6 en lqs añ,os de 1860 al 63, tan es-·
1
traordinario como la seca que lo causaba.
En los mismos dos pueblos se han hecho alguna.s sembraduras de algodon,
aunque en p~ue.i;i.o; pe:t:o la esperiencia ha demostrado que este se plaga mucho de gusano en la pera; por consiguiente, su producto, casi todo, despues
de· ser poco, es de mala clas~. No obstante, si se escogiese para la sembra·
dur~ de esta planta, el terreno mas á pro_p6sito vara ella, y se tuVi0f!e en su
cultivo el poco cuidado que demanda, es de ,creerse que daría buen resultado, máxime cuando no le es absolutamente necesario el riego, sino solo humedad para conservar su vida vegetal, la que casi siempre se la proporciona
la atmósfera.
El tabaco tambien se ha sembrado en los mismos pueblos, y es de creerse que se harian de esta planta escelentes cosechas; pero hay varias causas

que impiden su cultivo, y son: 1~ Que se ignora el Yerdadero y práctico
.
cultivo de esta plantl\, para que rivalizando en ca.lidad y bondad con el esbre, desde Matamoro.s y .con fecha. 6 del actu.al, comunica á este Mi- tranjero, dejara de hacerse necesaria la introduccion de ésta. 2~
· Que esta
nisterio lo siguiente:
planta necesita repetidos riegos para que se des.arrolle con celeridad y pueExmo. 'Sr.-Los últimos partes de las operaci.ones denuestt~ colu~as en dan hacerse dos cortés ó cosechas en el año, y el agua para esos riegos escaTamaulipas, me los trasmiten desde Soto la Marina, el corol}e} La_rrumbide sea en estos pueblos. 3~ Qu~ esta planta demanda cuidados muy prolijos y
con fecha 30 de Enero anterior, y el General Cortina de San Fernando, con esmerados desde que se siembra, y con poca diferencia hasta que se 'cosechá:
la de 3 del actual.
se ignora si será lo mismo ó aun mas para darle el último beneficio; y como
Carbajal ha dividido su fuerza, compuesta de ciento sesenta hombres,'de hay falta de brazos para atender á los ramos de agricultura, que se conoce
los que setenta solamente están armados, en dos partidas iguales. Una de aunque medianamente su tratamiento y productos seguros, por eso es que
ellas, mandada por D. Julian Cerda, se dirigió á la pequeña villa de Pres¡J,S, esos mismos brazos no se dedican á. trabajos que le son desconocidos y de
con la intencion visible de internarse en la Huasteca; la otra, á las órdenes dudoso resultado.
del mismo Carbajal, se ha fraccionado en gavillas de ocho á diezhombres, á
La parra, generalmente se.cree que no puede ~ultivarse en estos pueblos
inmediaciones de la sierra llamada de las Hermanas. Esta última. circrm.s- porque el sol es muy fuerte en las estaciones del Estío y del Otoño: por metancia y la total falta de recursos en ese te~reno desierto, dificulta algunas ra curiosidad se han plantado algunas vides, ;/ con muchas precauciones.y
veces, pero no debilita el vigor de la persecucion encomendada á las tropas cuidados esquisito~ se ha conseguido algun fruto de ella§_.
de los coroneles Gayon y ,Larrumbide. Estos han anticipado avisos oportu-· El trigo se ha sembrado algunas veces sin que prometa ventajas: haija ponos á la guarnicion de Tampico, á fin de que sea cubierto el camino de Pre- co, y la mayor parte de sus granos quedan vanos; pueae tenerse por causa
sas, que podría proporcionar al enemigo el paso para- la Huasteca.
de esto la proximidad al tr6'pico á que estamos: el escesivo calor, desgastan·
En el interior del Departamento ha quedado herido Mend~, y con vein- do prematuramente el jugo nutritivo, éste, cuando mas, queda reducido á
titres hombres solamente que le sirven de escolta, Paralogr~r su captura el pocos granos.
El Sr. General

La mora nunca se ha phm.tado en este suelo, por lo que, de ciencia cierta vado y en surcos á distancia· de una vara uno del otro, é igualmente las
no puedé decirse si fructificará; pero se advierte que en las labores y los plantas á la misma. distancia unas de otras. Durante este tiempo de trasplan-

\

cho esperimentos en diversos tiempos y no se ha. logrado que se desarrolle

..

SERVICIO DE DILIGENCIAS,
siquiera de un pié de altura.
Esta'circunstancia esplica bastante el cambio notable de clima que hay
/
DEL nmm.IOR.
de estos pueblos á aquel, y por consiguiente, que allá podrán vivir algunas
Dlaa y horu en que salen Dlu y horas en que en\ran
de Ménco.
. á Mélico,
plantas de las que se desea propagar, tales como el trigo y el tabaco que
LINEAS.
ya se cosechan, y otras que con estl\S puedan cultivarse; pero como la loca- De México para ArroyozarCO:
,,
8. Juan del Rio.
lidad es tan reducida, sin estension, porque como antes se ha dicho, solo
Lúnes, Miércoles y Má.rtee, Juéves y Sá,,
Querétaro.
Viernes á las 4 de
bados, entre 5 y 6
ocupa las sinuosidades de la sierra y del rio que atraviesa á. esta en distin,,
Salamanca.
la manana.
de la tarde..
,,
Guanajuato,
tas direcciones, siempre será poco productivo el ramo de agricultura en l:8ª
,,
Lagos.
,,
Guadalajara.
villa.
Este es por ahora el estado que guarda en este Distrito el cultivo de las De lléxioo para Arroyozaroo.
S. Juan del Rio,
plantas que se desea propagar en el Imperio. Si los estudios científicos que
Qnerétaro.
'',,
.Mártes, Jn4'=e¡¡ y Sá- Miércplee, Viérnes y
S. Miguel.
sobre este ramo pueden hacerse facilitan algunos inconvenientes que se enbadoe, á. las 4 de la
Domingos, entre 5
Dolores.
"
cuentran en su cultivo, es de creerse que aumentará notablemente la riquemana.na..
y 6 de la tarde,
la Quemada.
"
S.
Felipe.
"
za de esta parte de México.
Jaral,
.,"
Montemorelos, Enero 13 de 1865.-Tomás Ballesteros.--Sr. Prefecto suS. Luis Potosi.
~
"
perior político del Departamento.-Monterey.
DE 'l'OL'IJ'CA,
,
{ Todos loe día.e, escep- Todos loe dias, escepto el Domingo, ento el Domingo, á
De México para Tolnca.
tre 2y 8de la tarde
las 'l delamanana.
Sr. Prefecto político de este Distrito.-En cumplimíento de la comunicaDE ll0ULIA..
cion que V. S. tuvo á bien dirigirme para que dé una noticia del modo con De México para Toluca.
Juéves y Sáque se cultivan la caña, el algodon y el tabaco, paso á. hacer una reseña del
Ixtlahuaca..
} Ldn~, Yl!,ool"' y Lúnes,
bados, ente 2 y 8
Viérnes,
á
las
7
de
Mara.vatio.
"
cultivo de dichas plantas, con el convencimiento de que los métodos que esde la tarde.
la manana.
Acámbáro.
"
"
preso, si no son los mas á propósito, á lo menos sí son los mas generaliza..
}forelia.
"
DJl AMECA Y CIJAUTLA.
dos en estos pueblos.
De México para Chalco.
l{árt.es, J uévee y Sá- Lúnes, Miércoles y
Para sembrar la caña se abren surcos de 45 á 50 pasos y de dos piés de
Ameca.
Viérnes, (?ntre 3 y
bados, á las 6' de la
' "
Tenango.
ancho y 1 de profundidad, aunque esta va.ría ségun la feracidad del terreno: en
4 de la tarde.
manana,
j
"
Cnautla.
el mas feraz, mas profundidad: la distancia de uno á _otro ·surco, regularmen"
DJl PUEBLA.
te es de una y media varas, sin incluir el ancho de los surcos. Preparados
{ Todos los dias á. las 4 Todos los los días, enDe México para Puebla.
tre 5 y 6 de la tarde
delama!l&amp;na.
estos se siembra el cogollo de la caña con dos ó tres cañutos de lo mas de.
DJl VERACRUZ.
sabrido de ella: esta es la mejor semilla, aun mejor es cuando ha estado
De México para Ayotla.
cortada, rebota.da y amontonada de quince días á. un mes. La sembradura
S. Martín,
Todos loe dia.s, escep- Todos los dias, escepPuebla.
"
se hace, ó poniendo cuatro hileras de cogollos, á. continuacion 1:1no de otro,
to el Sábado, á la.e
to el Mártes, entre
S. Ag. del Palmar.
"
desde un estremo hasta el otro del surco, ó pouiendo en el centro una hile~ de la manana.;
5y 6 de la tarde.
"
Orizava.
Córdoba.
"
ra, como antes se ha dicho, y por los lados cogollos oblícuos de un ¼,do' y
Camaron.
"
,.
otro, que queden tocando con el estremo superior con la hilera del centro,
DE APAlt
y distando los oblicuos entre sí de tres á cuatro pulgadas. Concluida la sem- De México para S. Juan Teotihuacan) Lúnes, :Miércoles y Mártee, Jué,es y Sá"
Otumba.
~ Viernes á las 6 de
bados, entre Sy 4
bradura se cubre con una costra de tierra de una pulgada de grueso 6 un
"
Guarda.
· la mana~a.
de la tarde.
.,
Apam.
J
poco mas, se le da luego el primer riego, cuidando de tapar los cogollos
DE PAcmJCA YTULllCINGO.
que destape el agua, y se continúa limpiándola. cada cuarenta y cinco ó cinPara el primer punto 'Del primer punto tocuenta días, has~ que en virtud de su crecimiento, la misma caña no deja
dos loe dios, esceptodos los días, esto el Domingo, encepto el Domingo,
De México para S. Cristóbal.
crearse yerbas.
/
tre 8 y4dela tarde
· á las 6 de 1a man.
Ozumbil111,
,,
El algodon se siembra en surcos que se abren simplemente con el arado:
Fara elsegundopun~ Del segundo punto,
Tizayuca.
Mártes, Juéves y
to, Lúnes, Miérco"
Pachuca.
se siembra la pepita á. distancia de un pié una de otra; aunque esta no es la
Sábados, entre 8 y •.
les y Viérnes á las
"
mejor sembradura, sino á distancia de medio paso, para q_ue no se sombreen
4 de la tarde.
6 de la manaua.
unas con otras: luego se cierra el surco para tapar la semilla y se queda ya
DE CUERlfAVACA..
{ Lúnes, Miérco' es y Múrtes, J uéves y Sáen espera de que nazca para darle las limpias que necesite: el cultivo de esta De México para Tepepa.
,, _ Guarda.
v·ierues, "', las 6 de bados, entre 3 y 4
Huitzilae.
planta es muy sencillo; pero el ~ano lo perjudica mucho rompiendo la pede la tarde.
;:
Cuernavaca.
la mafl.ana.
ra antes de abrir, por lo que casi todo se convierte en pábilo.
DE PlJ'EBLA A RUAJlilTLA,
El tabaco se siembra en almáciga, en terreno muy bien preparado y aboDlu y horu en que Balen Dlas y horu en que entran
de Puebla.
á Puebla.
LIN.ltA.S,
nado: se esparrama la semilla de modo que quede bien regularizada, se cuLúnee, Miércoles y Mártes, Juéves y Sábre con abono y se riega con frecuencia. La sembradura-se hace cuando ya
bados, entre 3 y 4
Viérnes á las 6 de
De
ídem
para
idem.
{ la manana.
no haya peligro de hielo, por ser planta que no lo sufre; despues de nacide la tarde,
do, y cuando ya en el almácigo se estorban las plantitas, se trasplanta en
DE GlJ'AlUJlJ'A'l'O A LE01',
:M:ártes, Jnéves y S6.- Lúnes, Miércoles y
en contraalmáciga, es decir, en otras eras en que estén con mas holgura, y
badoe, 6. las 6 de la
Viernes, entre 1 -,
De
idem
para
ídem,
en las contraalmácigas están hasta que tomen figura de arbolito; cuando
mana.na.
2 de la tarde.
han tomado esta figura, se trasplanta por última vez, en terreno bien cultilléxico, Enero 7 de 18Glí,

.

l

y

f

l
l

/

,I•

�r

DIARIO DEL IMPERIO.

·184

, CITACIOB.
El St. Juez 2~ de 1o civil, Lic. D. Manuel Pávon, h~ mandado se c~te .á D. Andrés Be1
,
•
cerril, á fin de que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, el dia tres
. • .,
•
•
AoMiNISTRÁÓION
Gi:ri~RAL
DB
BSTA
del entrante M~~o, á las doce d~ la m~ñana, á.~r jurar los testig!"I que presentará, y á
1
E NTRADÁ UAttbA uE CORREOS EN LA
absolver las posiciones que le articulara D Felic1ano Ponce. en elJu1c10 que con él sigue
CAPITAL.
sobre pesos; con apercibimiento de que si no concurre, los testigos se examinarán y las
LLEGA CORRESPONDENCIA::
posiciones se darán por absueltas en 86Dtido favorable.
•
A tl S M t· Texmelucan Tlaxcala Puebla
Y en cumplimiento de lo mandado, po~o el presente en Mélico, á 23 de Febrero de
D
JUEVES.- e ' excoco, yo a, an ar m
T
Íxtl ' 1865.-José Raz Guzman, Escribano público.
•
149-3s-1
Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lem1a, o1u~, enancmgo1
a.
huaca, San Felipe del Obraje, Mineral del Oró, Tlalpu.1ahua, Maravat10,. Mo.
relia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecate~ec, P'achú~a, Tu~ancmgo,
Teotihuacan, O tumba, Aparo, Tlalnepantla, Cuau~1tlan, TepeJ1 ~el R10, SoyaSe ama á los interesados y dueños de moutes' inmediatos á la •linea, que se recibirán
niquilpan Polotitlan~ San Juan del Rio, Queretaro, Guan3:¡uato, Lagos, proposiciones para el nbastecimiento de los durmientes que ae necesiten en la conatrnc·
•
'
Aguascalientes, Guadalajll.ra, Zacatecas, Durango, Tula, Tlalpam, Cuernavaca. cion de esto Ferrocarril.
, Incesantemente se dará razon en las oficinas 11~ la Empre~a constructorjlt eil México ~n
SE DESPACHA C'ORRESPOBDENCIA:'
la 1~ calle de Plateros núm. 3, y en Orizava en la calle Real1 respecto á las dime11siones
y clases de madera que se requieren,.- los puntos en que loa contiátiatas tsn,drán que, haHASTA LAS 9 DE LA NOCHE:
cer sus entregas, y el tiempo en que estas deberán efectuarse.
.
J uEvEs.-Para Texcoco, Ayotla, San Martin Texmelt)can, Tlaxcala, Pue.
GWILLERMO LLOYD,
•
bla Orizava Córdoba V eracruz Tacubaya, Lcrma, Toluca, Txtlahu¡ica, .San
.Repreiren~to de 1~ Sociedad anónima de
c&gt;'rq
FeÚpe del Óbraje, Mi~eral del Oro, Tlalpujahua; Marava~ío;· Morel~a, Gua.-i
Smitk KnighJ. y C'! (Lomited),
o·r
dalupe Hidalgo San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancmgo, Teot1huacan,
Contratistas Conducl&lt;)res,
Otumba Apai Tlalpaw., Cuernavaca . Tl~lne:pantla, Cuaütitlan, Tepeji del
137-3é-2
Rio, TuÍa, Ixiniquilpán, Sóyaniq~lpa~, ~olotitla~, Sah Juan del Rio, Queré' (l
TUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
taro, Guanajuat-0, Lagos, Aguascahenfes~ GuadalaJara, Zacatecas, Durango.
CONVOCJ.ATORIA.
A
QTQS
;En los autos del concurso de D. Ramou J. Urrutia, el Sr. Juez ha dispuesto se éihi á
~ NUN .A.
•
los acreedores ájunt.a, _que tendrá lugar el lúmis '?/ ilel cor¡:ientl, á las once de la m~---.:....:---------------:------::-;
.,..:-, ;-;:
""'
:;;,-;L=-:-;;;-;:u;,--;, na, en su Juzga'dti, á fin lle que en ella se instruyan del proyecto de graduacion p'resentáao
por el ~índico, y deliber1.1n sobre él.
·
I Y á fin ae que llegue á noticia de los ausentes ó ignorado,, pongo e} presente.
' •
•
México) Febrero 20 de 1865.-Ljc. NéJtor b[&lt;mtes, Eécribano de diligencias.
El Diario,dM Imperio se publicará en lo sucesivo to_d~s los diM ~ las doce, menos los,
139-3a.- 2
domingos y clias festivos en que e.stén cerradas ~ oficmas del Go~1erno.
, .
El despacho se halla establecido en la casa numero 8 de los BAJOS de San Agustm.
JUZGADO 3~ :atENOR.-JESUS ~ NUM. 7.
El precio de la soscriciou será:
'
.Por la pr.esen~ se cita y emplaza al L\C. D. Marcelino Ezeta, para que dentro de ocho
En la Capital, por un mes ...... : ..... , , ... .- .... $ 1 5Q
o dias,-contados desde la primera publicaeion de este aviso, comparezca en este Juzgado, á
Id.
id.
por tres meses .......•.... , , , . : ~ .,. 3 00
fin de que -conti,núe el jµicio ve¡:bal que ti1me yendiente con D. Juan E. Perez, sobre peEn los Departamentos, por tres meses, .frmico de
soé; apercibido de que si uo 'concurre, segnira dicho juicio en el estado que gi;¡arda, 1iue
, ,
.
.
es,el de remate de los muebles embargados, y se entenderán las diligencias subsecueil'.teil
porte.•: ........... \' •. • • • • .·. • • • • • • · • .. · · · • • 3 75
con 1os e~trados del Ju~gado,.
1
' 141..'....3&amp;-2
El importe1de1a's suscriciones se pi!i(ará adelantado.
1
1 México, Felkero 15 de 1865.-Lic. Morales.
El precio de lds anuncios será couvliiicional, y deberá págarse preciso.mente ádelantado, 1 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - :,"",. , , . . - ~ - - - - - ~
sin cuyo requisito no podrán publicarse.
·
·
'
~
JUZGADO 4~ DE ~ CIVIL. V . t1,
J_
J
Los recibos deberán ir firll]ados por D. Jua¡t D~incentiis, en~ rgado de, En los aufus de concurso á bienes de la Sra. D'!- Carlota Bullon¡ y enjuntl¡. gene1al de
acreedores, celebrada eu 16 del que, curs'a, se acordó que conforme al 'órden de la lista
esta administracion.
• presentada por la propia señora al hacer la cesion de bienes en favor de sus acreedorea, se
No ee admiten reclamaciones'¡&gt;or. falta: de rccepcion del "DIARIO," sino hasta
corra á cada uno de estos traslado por seis- d.ias para que alegu.en de su dereeho res•
el dijl siguiente de publicado cada núm~re.
pecto á la preferen~ia de sus propios créditos. Y para cono~imien~ de los mismos acree•
dores que 119 estu-oerou wesentes en la junt.a conforme á lo manilado por el Sr Jaez del
CONVOCATORIA.
conc~o, publico.el presE!nte.
.
El Sr. Juez 3~ de lo civil, ante quien está radipado el intestado de D. Joaquin G. GraMéxico,Febrero14 de 1865.-Urbdno Mllrali, Escribano público. • · 136-311-'3
nadoa, ha mandado por auto de 25 del próximo ~asado Enero, se ~onyoq~ellá.'las :{&gt;erso~ils,
,
·
'
que 86 crean con derecho á loa bienee del intestado, pan qlfe en el té-rmm_o de tremt~ dias
IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
comparezcan, á deducir el que tengan; apercibidbs de lo que haya lugar s1 no lo verifica•
•
Rematará
re11. Y cumpliendo con lo mandado, pong_o !l,l ptlisente. .
,' 1
,
t
•
,
•
v
,
México Febrero 20 de 1865.....:.Manuel Raz G~zman, Escri~an6 i&gt;Úblico. 142-3a-1 j toa.o el menaje de la éasa núm. 8 de la calle de la Perpetua, el viernes 3 y sabado 4 de
'
'
Marzo de 1865, á la una en pun?J, estando ~ la vista los dias 1?.y 2.
• n
• CITACION J'UDICIAL.
r
,
Las ventas son al contado y sm reclamamon.-Oportunamente se darán listas porme•
D. Felipe·RosaJes se ha presenJ;ado por escrito ante e!Jozgado2~ civil, pidiendo se cite norizádl\ll.
·
x
•
por loa p,iriódicos al albacea de la tAlstamentaría de D. R. M.!de Elorduy para que compaSe reciben, e.omisiones al seis por cie¡ito, pe,ro no .se admite.la puja de euird11eños.
rezea en dicb,o Juzgado, dentro del término que se lo fije, ÍI contestar la demanda que soSe bacan valúos de mue.bles, alhajaé, ro'pa, &amp;ó.,
y se alquilan y trasportan muebles.
bre pago de unos vales de desamortizacion promueve á dicha testamentaría, y el Sr. _Juez,
]JI despacho está.en la,calle 1~ de Santo Domingo, ju,nto al núm. S.
'1 3~10s--3
Lic. D. Manuel Pavon, ha proveido el auto que sigue:
"México, Fellrero 20 de 1865.-:-Poi; pn)sent,µl.o con los document-Os que se acompañan,
1
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
.
cítese al albacea de la testamentaria de Elorduy por los periódicos, .señalándole el•término
de CJllÍneé' dias para que se presente á contestar la demanda; apercibido de que se proce-, En el juicio ejecutivo seguido por el1 Sr. Lic. D. Manuel Siliceo, contra D. Antonio
dera á lo que haya lugar si no comparece. Lo decretó y finnó el Sr. Juez: doy fe.-Ma~ Bonho,mme, hermano, este tribunal ha ma11dado en aut,o dé esta•fecha que se proceda á
niul Pav1m.-Por enfermedad del Secretario, Mipuel F. Guerra."
•
la venta, éh calidaa ae remate, gue t.endtl lugar ~n la audiencia del miércoles 22 !lel pre•
En consecuencia, lo cito por el presente.-Mexico, Febrert&gt; 21, d~ 1865.~ Miguel' F. sen~; á las doce del dia, de las :fincas lligúiéhtes, tef.asadas por los pelitos" D. Ventora
Guerra, Escribauo p!blico.
. 1
•'· '\
143-6a-l
Alcérreca y D; Francisco de P. Ver~, en l~s cantidad~s ,que se espres¡m.
·
,

SERVICIO DE CORREOS.

'

r

T

1.

.'

FERROCARRIL HIPERIAL MEXICANO.

AVIS Q

{',-J

1,1

\\

•

t

'

&amp;c.

.

1,
11JZ(j41)0 .ilroNICIPAL (DE IXTACALCO.
En el juicio vorl&gt;al que sobre devolucio'n de se¡s chinampas i)romiivi6 Mariano Galvan á
D~ Juana Vargas, he fallado: que la Vargas entl'egue á Galvan, como de su pro~iedad, las¡
seis chi.oamp~s qu~ ~eclama, en el término de d~z dias, con~os ~esde la po~licacion ~e:
este aviso; y a peticion de Petron1lo Galyan se ha'ce esta notificac1on por medio del penó
dico oficial, para que llegue á conocimiento de D'?· J nasa Vnrgns y surJa .sus efectos lega•
le~.-lxtacalco, Febrero 22 de l865.-EI Juez de paz, Gregor'ÜJ 'vegá.-As1st9néia, A.
Herrera.-,Asister¡qia, Jos~ María Gonzalfz. 1
' '' 144-3it"-l

.

ALl[01'EJ&gt;A J'UDICIAL.

•

,

u

Casa p¡Ím. 10 de la calleele Qhavari;ía...•• ,. -· .••••••••••• , en $ tl 11;l4Q
,, "
,',
4 de la calle de_Plateros .. ...... : ......... ..... ,,
!l,848
,1 , r,,
'l U dell;idio Tms~.,_·.... .-•..'•..... L--.i: .. . ... ,, 10,960

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~ 1: ~: ~:ll: 1:1c~::a~.~~:.~r~~~::::::::: :-1::: ::

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1

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" 6Iªd"!
A'duana
. "-+-'·
.. ·•··•··········•·--: .. ,,~
• 6 a
V18Jti........................ ¡,
,, 11 de la calle de Obnedo .... ._•••......•... : ..•. ,,
'! 2 de la plazpela. de Regina........... . . . . . . . , ••• ,, ,.

•~ ,
7,u30
3,949
5,438

1

0

~

'í[

Y en cumplimiento de lo mand~o.,.y se~nlo dispuesto en el art. 9~6 del Código dp
Co,nercio, pongo el presente, para que las personáe que quieran hacer postora, ocurran a
esta secretaría á tomar los informee qu,e1llecesiten.
· , ,1, • , : •
1
México, Febrero 9.de 1865.
•
José María Cardeña, Oficial 2?
•i05--.-12s-1t.P

Por disposicion del Sr. Jttez-2~ ~ lo .1/f·vil, 11!1,tA! quien 88' hallan radicados loa autos delll
concurso formado á la hacienda de San ,Nicólá$ 'áe la Torre, y de comun acuerdo de loa
•interesados, se celebra.rá l&amp; ultima almoneda para el remate de dicha finca el dia. veinti•'
· siete del entrante Marzo, á- las doce, teniendo verificativo est¡l acto e;i el Palacio de J usti-i
. cia de esta capital; debiendo advertir qne¡la,melleionada haciep.da ha sido retasada en ta1
ea.ntidad de l{í5,ll!O pesos 3 n. Y en vi.rtúcI.de Jo prevenidó, poogb e1,:presente, para que
JUZGÁno 4? DE LO CI'vIL.
' (
las personas 9ue ~uieran, puedan hacer postlll'a~ verificándolo; ·debienao publicarse este
nieo en el periódíco oficial de esta capital, de oerétaro y de Toluca, á fin de_dar al acto
El Sr. Juez 4? de lo ci.vil, Lic. D. EvarutoBeyes, en au~ d~ ayer, ha mandado se con1a bll8~nte 'publicidad, quedand~1a&amp;\ ~va~uado e . precepto. jodicia!. .
voque P.ºr los perió¡licp,s á los que ~ ,crean cqn .rerecho· 'á l9s bienes del intestado
D.
México, Febrero 22 de 18!l5.-José Vicpnle Piña, Escnbano publico.
145-Ss-l • M&amp;rcelino Sanchez, para que en el término de treinta d.ias se presentpn á ded11cir loe que
les competas; aperolbidos o.é lo que haya lugar ai no lo verifican.
:
JUZ.GADO 2.9 DE·LO CIVIL.
México,
Febrero 7 de 1865.-Manuel T. ile Menesef, EsctjbaJio pµblico, 97-301-12
1
1"
E.a los ~utos del concurso del intestad() D. Pedro Tello de Mene'sét!1 el Sr. Juez '29 tle '
'
•
•
'
lo civil, i:,1c. J?. !t{anuel Pavon1 ha manaado en auto de 20 del corriente, se cite á junta
lit
TUZGÁ.'DO 4~ DNOR DEL· CUARTEL JllYOR. N17HERO .
4
para el día vemtiocho del comente, á las doce¡ bajo el apereibim1ento de estar y pasar'
'T
los que no concurran, con lo que se acuerde en la mencionada junt,a, siendo ésta válida
1 ~ de Santo DomingÓ húm. 8,
con el número de per_sonas que asistan á ella¡ ó el Juzgado decida en caso de que no se 1
•
presenten.
•
ORDEN.-lgnorándoae el domieilio de D. Santiago Vicario, por la presente se le cita y
Lo que hago saber por el present,e alfuncio.
emplaza para (lU0 en el t&lt;Írmino de treinta di&amp;$ se pi:osenui en este de mi cargo por ld'6
Mél.ico, 22 de Febrero de 1865.-Manuel Romero, Escribnoo público de Ja. Nacion.
-por apoderado mstruido 'y espensadb, á cont.estar la demanda que en juicio verbal eobrft
146 38 1
: pesos le promueve el Lic. D. José Maria Aragon enrepresentacionde la t.estamenta'rfá de
- , . . - . - - - - ~ ~ ~ ~ - - - - D. Feliciano Rey; apercibido de que si no concmTe se le nombrará y.n defellllor de of\&lt;'Jo
v~,. 0.,
.con quien se entenderá la demanda.
··
. En 1~ autoa del concurso á bienes de D. Gabor Naphegy, que giran en el Juzgado 5"
México, Febrero 16 de. 1865.-Lic. Pl)ll,U,t._ ~ ,, ,
1, 1 ,
l35-J5a-2
de lo cml de esta Corte, com?~eneargado ele 1?9 negocip, fiscales, á mocion del Sr. Síndi
co D. José Dans, se ha prevemdó ,e celebre Junta de acreedores á las doce del dia cu
tro del.i_n~ediato Marzo; pi:ev)oión~ose que para la concurrencia de estos se left cit.e wir
'
l~• P6;1Pd.f~· Y con tal obJllro J&gt;&lt;!llgo la ~nlsente en cump~miento de lo lrianil.lido; lib MéIMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. E~CALANT,E,
xico, a v1.1mtiuuo de Febrere de mil ocb.001entos~esenta y 0111Co.-Agustin Percz ~e Lara
.d
Notario pí1blico y de hacienda.
.· ' &gt; ,
145-3a;_¡
'
,'
' BA~'('S DE SAN AOUSTIN, NUM. i. "

de

-----'----------.-~-.-CI-

•

')

"

'

"

,,

•

f.

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                  </elementText>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Casa de Moneda</name>
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        <name>General Terán</name>
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                    <text>DEL

EL

IMPERIO

'DIARIO

l

NlJI. .t6.

MEXICO : Viernes 24 de Febrero de 1865.
PARTE OFICIAL.
lffifiSTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
llélico, Febrero 22 de 1865.

Habiéndose digolldo S. M. el Emperador, Nuestro Augusto Soberano, conceder Su exequatur á la Patente espedida por el Gobierno
de S. M. C., en favor del Sr. D. Estéban Mandillo, para cónsul en
México, se hau librado de conformidad las órdenes correspondientes para. que el referido Sr. D. Estéban :Mandillo sea reconocido con
el espresado cal'úcter y pueda ejercer libremente las funciones que
le son anexas.
El Encargado de la Seccion de ConsuladQs,
(Firmado) IGNACIO

!f. DE

Imperial por esa comunicacion, me apresuro á. espresarle, con mis felicitaciones por su ad,·enimiento, mis mas sinceros votos por su felicidad rirsonal, así como por la prosperidad y salull de su reina.do. Vuestra MaJestad
Imperial me hace entera Justicia no dudando del alto interes que. te~go. por
el sostenimiento de la paz general y por todo lo que puede contribuir a e,;tender los beneficios de la civilizadon; y le suplico esté persuaclido del sincero
deseo que me anima recíprocamente de mantener y cimentar por lazos &lt;le
amistad lM relaciones de buena inteligencia entre Nuestras dos Coronas.
Con verdadera. satisfaooion aprovecho la presente oportunidad de ofrecer i
Vuestl'a Majestad Imperial la seguridad del alto aprecio y la adhesion invariable con que soy,
Señor mi Hermano,
De Vuestra Majestad Imperial
buen Hermano,

(Firma.do)

DE SU Jü1E8'UD :II. BBY D:I DIIAJlARCA,

NOTICIAS DIPLOl\lATICAS.

r.- '---'------------------------''--Contestaciones de varios Soberanos y Príncipes reinantes de Europa, á las cartas que les dirigió S. M. el Emperador, notificándoles
1m advenimiento al Trono de México.
"

8eñor mi Hermano:
Habiendo recifüdo por conducto del Enviado Estraordinario y .Ministro
Plenipotenciario de Vuestra Majestad Imperial, D. Francisco S. M01·a, la
,\3.rta por la cual Me anunciais Vu~tro advenimiento al Trono de México,
y esprcsais el deseo de entrar en relaciones amistosas con Mi Imperio, es un
verdadero -pfocer para Mí el de osegurar á Vuestra Majestad que estoy pronto á contribuir á todo lo que pueda consolidar relaciones cordiales entre
Nosotros y Nuestros Imperios. Invocando la bendicion Divina. para Vuestro
rc•inado, Os suplico acepteis la seguridad de la amistad sincera con que soy,

Señor mi Hermano:
He recibido con mucho interes la carta por la cual, con fecha Z7 de Junio
de este año, Vuestra Magestad Imperial me anuncia. su advenimiento cómo
Emperador de México. Vuestra Majestad Impedal tiene á bien espresar su
deseo de que los relaciones jntimas y amistosas entre Nosotros y nuestros
Esta.dos, contribuyan á. consolidar el nuevo Imperio. En cuanto {i Mí, dan·
do como doy toda importanc:.:., il la. realizacion de ese deseo, me apresuro ácorresponderé, esa espresion afectuosa de Vuestra MaJestad Imperial, y Le
suplico esté bien persuadido de que emplearé todos mis cuidados en conscrvar relaciones amistosas, que me son tan apreciables, y de que hago votó1-,
por la ventura de Vuestra Majestad Imperial, de Su Familia1mperial, y por
el bienestar de la Nacion cuyos destinos ha puesto la Divina Providencia en
manos de Vuestra. Majestad Imperial. A provecho esta agradable ocasion para espresar á. Vuestra Majestad Imperial la seguridad de la alta considPracion y deJ afecto sincero con los cuales soy

Seiior mi Heonano,
De Vuestra Majestad Imperial
•
·
buen Hermano,

(Firma.do) A'LEXAN'óRO,

Señor mi Hermano,
De Vuestra Majestad Imperial
buen Hermano,

(Firma.do)

ÜRISTlA:s

R. •

•

Castillo de Fredeneborg, 17 de Octubre de 1864.

(Refrendado) Bluhmt.

F.n Tsnrsio6 Sélo, 22 de Agorto de 186-t.
(Refrendado.) EPVicecauciller,

(Fjrmado) Príncipe A Gol'fclutcojf.
ij

Gu1LLERWO.

La Haya, 23 de Setiem,bro de Je&amp;i,

CASTILLO,

DE 8. I. EL EJIPERADOlf DE ron.u LAS RUBIAS.

,1.

DEL COlfSl10 P'EDEB.AI. DI LA COlfFEDEU CIOlf SUIZA.

Señor:
Hemos recibido la carta fecha en el Palacio de }!Iexico el 27 de Jm1io de
1864, por la cual Vuestra. Majestad Imperial notifica á la Confedcracion Suiza
sn advenimiento al Trono do México.
Al daros gracias, Señor, por esta notificacion, os suplic.'\mos acepteis con
nuei;tras felicitacionep ~n moti\•o de un acontecimiento tan feliz como importante para la Nacion que Os ha confiaao sus destinos, los votos muy sinceros
e¡ ur hacemos por la ventm·a de Vuestra Majestad, la duracion y gloria de Su
reinado, la conservaoion de Vuestra August.'\ .E'an'lilia, y por la prosperidad del
nuevo Imperio que Os deberá. los beneficios de la civilizacion y de la pnz tan
dP.-;eable por el inwres de los Monarcas, como por el de los Pueblos que son
llamados á gobernar.
~on estos sentimientos, suplicamo á VuO.'ltra :Majestad a(J('pte el home
JltlJe dr nuestro profund~ re.'1peto.
A nombre del ronlWjO Federal Suizo.

El Presidente de lit. Confcderacion

(Firmado) D. ,J. Duna.

DI L&amp; COlU'EDBliCl0I ODJIDICA.

Señor:
Los Príncipes soberanos y las Ciud_a.des libres de Alemania, han sabido
por la carta que Vuestra ?t~iestad tuvo á bien dirigirles con fecha 27 de
Junio último, que Vuestra Majestad tomó solemnemente posesion del Tro·
no ){exicano, como Emperador de México, el 12 del mismo mes.
Apresurándose ·á ofrecer á Vuestra Majestad sus sinceras felicitaciones,
forman__los mas sinceros Yotos por- Su felicidad y la prosperidnd. del Imperio
do Méxlco.
El deseo manifestado por Vuestra Majestad á la Confederaoion Germánica, de que se establezcan relaciones de a.mistad entre las dos potencias, ha
causado á los Príncipes Soberanos y á las Ciudades libres de Alemani~ una
verdadera satisfaccion. Ellos tratarán con empeño de corresponder por :1u
solicitud, 6. mantener esas tan deseables relaciones, y de aprovechar las oportunidades de dar testimonios á Vuestra. Majestad, de Su alta estimacióJl y
del vivo interes que totnan en los acontecimientos que Le conciernen.
Frar.cfort, ª/». 17 de Noviembre de 1864.
LA CoNrEriEnAcroN

~ERMANlOA,

Y en su nombre
El Ministro de Austria,

Presidente de la Dieta,

Serna, 7 de Setiembre de 1864.

ancil!er de 111 Confüderacion,

(FirmlMlo) BARON m,

KuJIEU.

(Firmado) Schieu,
DEL OBil DUCADO DE JmKL'B)[B'OBG ICRWDD'•

i

DE 8. K. EL JLEY JIE PBU81A.

Señor ~1~ Hermano:.
He recibido con un mteres p1:oporcionado_ á1a. importancia de su objeto,
1~ carta pod~ cual Vuestra Majestad Imperial me anuncia que :í consccuen~a del sufragio de la_mayor parte ,d~l pueblo Mexicano, ha tomado posesion
del Tró110 como Emperador de Mex1co. Dando gracias á Vuestra Majestad

Señol':
Vuestra Majestad Imperial se ha. dignado informarme pot 8u apreci¡l.ble
carta, del Z7 'de Junio último, que habiénd6\e ofrecido la Corona la !!tan
mc.yoría de la Nacion Mexicana, babia roma.do solemnemente posesiolidel
Trono, como Emperador de México, el 12 del mismo mes. Habiendo recibido esta notificacion con todo el intei:es que debe r.scitar un acontecimiento

�DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

186

importante, deseo de todo corazon que la Providencia Divina bendiga el
reinatio de Vuestra Majestad, y me consideraré feliz todas las ocasiones en
que encuentre oportunidad de darle pruebas de los sentimientos de muy alto aprecio y adhesion, con los cuales no cesaré de ser
·
·
Seííor,
De Vuestra Majestad Imperial,
Adicto hermano y Primo,
(Firmado) Fxmm1co FRANOisco.
Sohweriu, 28 de Noriembre de 1,864.
(Refrendado) 011:RTZEN.
tan

Pala llamada azada, de fierro acerado, peso 2 quilos de
fierro, cerca de 1 de madera ..•.•••••••••.••••••.
Martillo de cantero, peso 6 quilos, á fs. O 76 el quilo.
Cuñas de madera de roble para copuetes de camino de
fierro ••••••.••••..•..••.•••.• • •.••••••••••••.
Escala para reverbero· 2 m. 90 .....•• •• ..••• •• . •..•
id.
id.
4 m. OO••••• .-•••••••• ,•• •••• ••
Parihuela para estacion •.•• ••.•••• ••• ••.•.. ••.• •. .•
Potro para mercancia .•••• •••••• •••••••• ••••••• .•
Triado para equipajes.......................... . .
Wagon de servicio •••••••..••• ••••••• •••••.•••...

DEL OB.Alf D'D'QUJ: DE DCXLDJIOlJBO STBELITZ,

4: 00

o
16
26
92
40
126
180

10
00
00
00
00
00
00

Material, carretas, camion.

,·
Señor:
7 00
He tenido el hoQ.or de recibir la carta de 27 de Junio, por la cual Vues- Carreton de terraplenacion .•••.•.•••••.•••...• .· •.
,,
lavador para mina .••.••..•.••.•.••••••••
18 00
tra Majestad Imperial ha tenido á bien notificarme, que dcspues de haber
aóeptado la Corona que Le ofreció el pueblo mexicano, habia tomado pose,,
hectólitro para mina ••••••.•••..• -·· •••••
20 00
sion solemnemente del Trono, como Emperador de México.
,, , llamado segundo ....................... .
9 00
Dando gracias á Vuestra Majestad Imperial por esta comunicacion, así
,,
hectólitro . •• •••• •••••....••••.••••..•...
16 00
como por los sentimientos de amistad y de benevolencia que en esta ocasion
,,
del genio belga .•.....••••...••••••••••.
17 00
se ha servido espresarme, me apresuro á corresponder ofreciéndole mis fe.
,,
para ladrillo.••••..•.•.••...•.•••••..••
9 00
licitaciones y los votos que hago por la gloria de su reinado y por la pros,,
doméstico.
•
.
•
•
•
.
.
•
.
.
•
.
•
•
.••.••..•.•..•
u
· oo
peridad del nuevo Imperio. Que Vuestra Majestad se digne persuadirse de
,,
para
equipajes
en
la
estaciM
•••••••••••••
_
·
26
00
la sinceridad de los sentimientos que dictan estos votos, y del placer que
,,
'para el trasporte de piedras grandes ••.••••
18 00
esperimento al ofrecerle las seguridades de la mas alta y perfecta consideracion, con los cuales t~ngo la honra ·de ser,
,,
morillos •••••••••••••••••• '. • . • • ••••.•••
9 00
Camion de 2 ruedas, de flechas, de brazas de hombre,
Señor,
.
De Vuestra Majestad Imperial,
ruedas de fierro .. • ••.. •••••.•.••••. .••.•. •.••••
76 00
Buen Hermano,
Id. de madera ••••.•••.•••.•.•••.••.•.•••..
65 00
·
. (Firmado) F11:011:&amp;ícro Gu1LLBRMO►
Carreta. para trasporte de equipajes en las estaciones ••
160 00
Gran Duque.
Chirrion
de
un
caballo,
latitud
de
la
llanta
de
las
ruedas
NeU1trélitz, 1~ de Diciembre de 1864.
O m. 07 •••••••••.•••••.••••••••••••.••••..••.
36 00
(Refrendado) De Kardo.ff.
Wagon donocante 1 m. 3 00 separacion de la via O· m.
61, ruedas fundidas ........................... .
160 00
Id. fijo, ruedas fundidas, separacion de la via O m. 68;
DOCUl\lENTOS.
1
cubo O½ m. 3 • • • • • • • • • • • • • • •. • • • • • • • • • • • • • • • • •
80 00
3
Id.
derrocante
2
m.
00
separacion
de
la
via
1
m.
50
1
mISTERIO DE HACIENDA.
ruedas de fierro laminado: diámetro de las ruedas Om.
76
••••••••••••••••••••••• ·,· .. .. ... .......... - 650 00
CONVOCATORIA. ·
WAGONES.
Debiéndose proceder á la ejecucion de varias obras que necesitan
hacerse en las garitas de la Piedad y San Lázaro, se invita á los ar- Wagon plano de 16 cubas ••••••••••••••••••••••••
,, ,,
1o id•..•••.•••••••••••••••••••••
quitectos que deseen encargarse de ellas, para que presenten sus
,, para carbon 10 idem sin ¡uerta .•••• _••••••
propuestas en pliego cerrado á la seccion 6."' de este Ministeiio,
,,
,,
7 id. ½sin i ...••••••••.•..• .
dentro de ocho dias que comenzarán á contarse desde el 24 del pre,,
10 id. con id .•••••••••••••••••
. sente; en el concepto de que en la misma seccion se les darán las
11
,, para cal ...•••.••••••.. •• _• _• _•..•.•••.•
. instrucciones necesarias.
de 4 puertas.•••••.••••• •••••••••••
México, 26 de Febrero de 1866.
11
para
ca.rbon,
6 cubas sin puertas •• _••••••• _.
11
El Gefe de la Seccion,
para
trasporte
de cubo 3 m. 3 60 ruedas de
11
(Firmado) M. CALDERON.
41
fierro laminado. Diámetro de las ruedas . O·m.

PARA LACONSTRUCCION DE MATERIAL DE CAMINOS D' FIERRO, ETC,

A D11:ncoURT

y

c~

Material, herramientas.

Azadon de madera ferrada •••••••••••••••••••••••. fs.
Mango de azadon de fierro •••••• : _. • • • • • • • • • • • • • • •

6 00
O 80

de m~uera ferrada •••••••••• _. __ ••
11
o 80
,,
pala •••••• _•••.•••••••••••••.
3 00
Separacion de fierro._ ••••••••••••••••••••.••••••.
6 00
Nivel de madera para asentamiento de rieles ...••••• •
Alzaptuna de fierro acerado, de piés de cabra y otros
del peso de 10 á 16 quilos, á fs. O 48 el quilo.
19 00
Palanca, llamada espeque ••••••••••••••••••.•••••.
Masa de fierro de 10 á 12 quilos, á fs. O 60 el quilo.
Martillo de mano comun, peso 2 quilos, á fs. 1 00 el quilo.
:MaTtillo rµaza de dos cabezas, peso 3 quilos, á fs. O 90 el quilo.
Llave de hierro de horca para tuercas, peso 2 quilos, á fs. 1 40 el
quilo.
·
'Berrel, Barlete, peso 1 quilo, á fs~ 2 el quilo
· Nivel Pequeño de madera •••• ~ • • • • • • . • • • • • • • • • • • •
O 40
Llave para saca-fondos (cabez,a herragonal)..... . • • • •
4 00
.á
t
o
·
020
3 ur:.o
Taladro de b arrena, d1 me ro m.
• . . • • • • • • • • •• •
·t
d
d
l
fil
¿
2)
7 00
Az1
a dda, (1dat t u 11e o Om. 1O " O m. 1 . • • • • • • • • • •
0
T a a ro e torni , diámetro Om. 016. • • • • • • • • • • • • •
4 OO
Taladro de tornillo, diámetro Om. 020
Azadon de fierro, peso 3 quilos 60 á 4 quilos á fs. 086 el quilo.
Se pueden hacer modifica_ciones_en cuanto á la forma.
Pi~o de cabeza, 3 quilos 60 á 4 quilos á fs~ 86 el quilo.
Mielga ••••••••••••••• •••••••• ••• • ••••••••• ; . • •
6 00
c uadrada}.• ~ •••• • • • - •
3 60
Llave para saca-fio ndos (,.,.1...--a
vol.Jt:''' .&amp; 1
AZUe a, latitud del filo Om.-12.....................
6 00
rPala inglesa, n,·amada e1WOpa., de fierro batido, con cubo
,,

ú horquilla de mango, peso 3 quilos de fierro, cerca
del de madera, . •••.... -.... - - . . . . . . . . . . . . . . • . .

76 •• · ---- --························· ·
para carbon de 6 cubas, ruedas de simples vendajes (modelo antiguo) •••••••••• ••••••••
,, cerrado de 1 O cuhas .......... : .......... .
,,
,
de 7! id ••••••••• _•••••••••••••••
de
cok
de
10 ídem .................·••••• _.
11
,,
de 2 puertas .• ••• •••••••••••••••••
Carruaje para viajes l. oa clase 3 compartimª •••••••
,,
,,
,,
,,
,, 4 id.,· de los cuales dos
son cortados•.••••••
,, ·2. oa clase 5 compartim1 • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
,, 3. ce id. 5 compartim1• • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
Furgon para equipaje~ ••••.••••••••••••••••••••••

780

,,

SOCIEDAD DE ](ORLllWELZ

5

1,600
2,900
2,800
2,700
2,700
8,400
9,300
6,000
5,600
4,600

VARIEDADES.
DE ROJli A FLORENCIA.

AoRICULTURA Y run1TANTBB 011: LA ToscANA.
Hicimos noche 6- nueve millas de Siena en una aldeita de escasa poblacion, pero cuyo aspecto, a.seo y el esmero que se notaba en el interior de las
casas, y de que participamos en lad posada, nos dieron ventaiosa
idea del a.de•
~
lanto y cultura de los habitantes e1 gran ducap.o.
A 1a mañana pasamos por Co11a, vill a s1'tuada m1'tad en 11ano, m1'tad sobre
una altura. Las aguas del rio Elsa, que bañan este pueblo de alegre apariencia, aguas cuyas propiedades minerales cantó el Homero de la Edad media,
el inmortal autor de la Dlvina,Comedia, alimentan considerable número de
fábricas de papel. La tradicion supone que las primeras que hubo en Europa fueron las de C~lla, y aunque los eruditos varían acerca de la época y del
lugar del descubrimiento, parece verosímil que debido á los árabes supieron
apropiárselo
de Colla, pueblo que funda su prosperidad en e
d
d los habitantes
•d
esarro11o e esta m ustria.
El
l 'd
T
•
1 · l
• ·a
~b •
pape e 1a oscana no 1gua1a en esce enc1a a superior e 1as 1a neas
inglesas ni francesas, pero las ,calidades medianas pueden .. reputarse como
muy buenas, y es tanta la comodidad del precio, que el papel de la Toscana
00 se esporta con·gran ventaja para los mercados de América 'Y de Levante, y

187

pone ademas á la tipografia del gr.an ducado en el caso de vender sus pro- de la seda indígena. Aho¡a que la .decadencia de esta, como de las damas
industrias, ha trasladado á, Lyon los telares de Florencia, el cultivo de la
ductos á, precios que sostienen la competencia con los mas baratos.
No nos detuvimos en Colla lo bastante pára ver su catedral, obra debida morera ha recibido algun incremento, pues el estímulo de la esportacion ha
á la piedad de su primer obispo Usimbardo Usimbardi, ni la iglesi:i. de San reemplazado la demanda interior.
El cultivó de la vid participa en Toscana del m~todo generalmente se·
Agustin, edificios ambos del siglo XVI, y en los que es fama.se conservan
muy buenas pinturas. De paso observamos la torre llamada de Arnolfo di guido. Plántanse las cepas al pié de los árb9les, principalmente cuando las
Lapo, el gran arquitecto florentino, torre que parece ha sido habitada sin in- viñas están situadas en llano, dejando que los pámpanos apoyados en la raterrupcion por la familia de éste hasta hace poco tiempo, en que los últimos ma se enlacen unos con otros en forma_ de parra. Agrada sobremanera á la
vástagos de su descendencia han tenido-que abandonarla, temerosos de que se vista esta disposicion, pues como se halla~ colocados con simet;Ía tanto los
árboles como los pámpanos, caen estos en festones que graciosamente se
viniera abajo.
·
•
Volterra, que dejamos un.poco á la derecha del camino, merece ser citada mecen de rama en rama al soplo del mas ligero ambiente. Pero este sistema de cultivo, aunque de muy agrada.ble aspecto, no pue~e menos d~ recomo la capital de lQ!! antigüedades etruscas.
.
fluir-en
perjuicio de las cosechas, y el vmo ~ue dan estas villas es de calidad
Sus imJ.&gt;OI)entes murallas forman una enorme m~ de piedras~ colocadas
·
hace siglos una sobre otra, sm que para retenerlas Juntas y adheridas, el ar- inferior.
(COtN:luir6.)
te antiguo tuviera que recurrir al empleo del yeso, cal ó de cúalquiera otro
de losingredientes conocidos para obteneda adhe~encia de los materiales.
Volterra fué en lo antiguo ciudad libre é independiente, y los monumen·
tos y templos que todavía se conservan, atestiguan no fué inferior en riqueSERVICIO DE DILIGENCIAS.
za ni en ilustracion á las demas ciudades de la edad média.
En paraje elevado de la ciudad s~ levanta una torre que llaman del Mrutio, construccion atribuida al duque de Atenas, Señor de Florencia, en el siDEL nmmIOB.
glo XIll; edificio destinado en todo tiempo á trasmitir á la posteridad re·
!)l.a,a y boru en qo.e entra11
Dlaa y hora.a en que ,aien
á H6r:leo.
cuerdos de opresion y de tiranía. En esta torre moraba la guarnicion con
de M6nco.
LINEAS.
que el duque sujetaba y comprimia á los ciudadanos de Volterra. En época
para Arroyozarco..
posterior, Cosme III de Médicis, encerró en ella al desgracia~o Lorenzo Lo- De Méxjco
,,
8. Juan uel Rio.
renzini, acusado de haber favorecido los amores de Margarita de Orleans,
Lúnes, Miércoles y Yártes, Juéves y Sá,,
Querétaro.
mujer de Cosme, con su primo el príncipe Fernando.
.
Viernes á 18.11 4 de
bados, entre 5 y 6
,,
Salamanca.
la man.ana.
de la tarde.
Once años estuvo encerrado en un oscuro calabozo el desgraCiado Loren,,
Guanajuato.
zini, y en ellos tuvo la fortaleza de componer su gran tratado sobre las sec,,
Lagos.
,,
Guadalajara.
ciones cónicas, manuscrito que pocos días despues me fué enseñado en una
de las bibliotecas de Florencia. Todavía la torre del Mastio servia de pri- De lléxico para Arroyozarco.
sion política en tiempo .de Leopoldo Il; y si no se repiten en ella las crueles
,,
S. Juan del Rio.
,,
Querétaro.
escenas del Spilberg y del monte San Michel (1), debido era á la suavidad
Mártee, Juévee y 8á- Yiércolee, Viérnee y
,,
S. Miguel.
del gobierno toscano y al carácter tranquilo de sus súbditos. . . •
bados, á la., 4 de la
Domingos, entre 5
Dolores.
Mucho sentí que el órden de nuestra jornada, que aquel dia nos llevaba á
maftana.
y 6 de la tarde.
la
Qnemada.
"
comer á Florencia, no nos permitiese detenernos en V olterra para ver su cé"
S. Felipe.
lebre museo etrusco. ·Aunque no tan rico como el de Roma y Nápoles, con."
Jaral.
.,
tiene objetos mas preciosos, si bien en número inferior, y el observar las anS. Luis Potosí.
,,
tigüedades en el mismo sitio en que han sido descubiertas, en el paraje donde
DE 'lOL'D'CA.
el arte las creó y les dió existencia, agradará siempre mucho mas que las esTodos los días, escep- Todos los dias, esceptradiciones artísticas, á los hombres para quienes la historia .es mas que un De México para Toluca.
to el Domingo, á to el Domingo, entre 2y Sdela tarde
recuerdo y otra .cosa que una antigualla.
las '7 de la mafiana.
En Florencia supe dias despues que la familia del célebre pintor Daniel
DE ](OB.ELIA.
de Volterra existe todavía en su patria, siendo una de las principales, y ha.De
México
para
Toluca.
bitando la misma casa que oeupó su ilustre progenitor.
Lúnes, Miércoles y Lúnee, Ju~ves y Sálxtlahuaca.
Ya hemos llegado al corazon de la Toscana, al centro de la cordillera (\e
bados_ ente 2 y 3
Viérnes, á las 7 de
Maravatío.
"
·ramificadas sierras, que }¡ajo el nombre de Montes Apeninos atraviesan de
• de la tarde.
Acámbaro.
"
} la matl.ans. .
Norte á Sur toda la estension del gran ducado. En aquel territorio, cuya .
Morelia.
"
configuracion, si hemos de juzgar por lo que sucede en España, debería ser
"
DE AJOCA Y CUAUTLA.
árido, ó á lo menos aparecer inculto, la industria del hombre ha sabido ar- De México para Chalco.
1Mártes, Juéve!' y Sá- Lúnes, Miércoles y
rancar á la tierra los frutos de regiones mas favorecidas-. Las llanuras forAmeca.
Viérnes, entre 3 y
~ hados, á las 6 de la
madas por la sucesion de valles y por las macetas ó plataformas que sirven
Tenango.
4 de la tarde.
J
manana.
. de escalera al,Apenino, se hallan destin~~ á una especie de cultura, al paso
"
Cuautln.
· que lo están á otras las lader~ de las colinas ~enos eleva~as. La parte.. su"
DE P1JEBL&amp;.
perior de los montes mAs emplllados se ve cubierta de enemas, robles y cas5Todos loe dill8 á las 4 Todos los los diae, entaños, y la parte baja. ó inferior recibe la cultura que se da á las tierras abar- Do México para Puebla.
1 de la matl.ana.
tre 5 y 6 de la tarde
caladas de las colinas.
DE
VEBACRUZ.
En las llanuras formadas por tierras de aluvion, cuya superficie alteran
con frecue~ia las avenidas de los vecinos montes, se han practicado diques De México para Ayotla.
S. Martín.
de desagüe, para contener las inundaciones que en otro caso serian de temer.
Todos los días, escep- Todos los días, escepPuebla.
"
Los sembrados de las tierras elevadas se riegan por medio de canales ó ace:
to el Sábado, á las
to el Mártes, entre
S. Ag. del Palmar.
"
quías construidas con un arte que hace honor á la Toscana. El agua que se
4 de la manana.
5 y 6 de la tarde.
Orjzava.
"
trae de los ríos cuyo nacimiento parte de las montañas al nivel de aquellos
Córdobn.
"
terr~no~, despueii de fecundar las tierras, sirve para poner en movimiento fáCamaron.
,."
bricás.je papel, de hilado, de seda, molinos de aceite y de pan.
DE APAJI.
La agricultura toscana ha llegado á urt grado de sensible perfeccion. En
los terrenos llanos el sistema de cultivo es sabio y bien entendido, pues De México para S. J no.n Teotibuacan ) Lúnes, Miércoles y Mártes, Juévesy Sá,,
0 t,mnba.
~ Viernes á las 6 de
bnd.os, entre 8 y 4
participa deJas mejoras que la Inglaterra debe á sus métodos científicos.
"
Gunrdn.
. la mana~a.
de la tarde.
En lucrar de dejar en barbecho las tierras destinadas á la siembra de cerea·
.,
Apam.
J
les ca°mo hacemos en Es.paña y se practica en la Italia meridional, los agriDE PACHUCA YTULANCINGO.
cultores toscanos conocen el sistema de los assolements, por cuyo medio no
Para el primer punto Del primer punto tosolo recogen cosechas todos los años en la misma tierra; sino que la benefi·
dos los días, esceptodos los dias, esto el Domingo, enoian con la rotacion y variedad de las sementeras. Las tierras de pan lle- De México para S. Cristóbal.
cepto el Domingo,
f
tre 8 y4de la tarJe
· á las 6 de la mal\.
var, despues de recogido el grano, se siembran de lupin, de zánahorias, de
Ozumbilla.
Para el segundo pun- Del segundo punto,
"
Tizayi1ca.
lino y de otras plantas cuyas hojas sirven de estiércol al suelo: de esta suerMártes, Juéves y
to, Lúnes, MiércoPacbnca.
"
te pueden vot,ver á sembrarse al siguiente año, al mismo tiempo· que dan
Sábados, éntre 8 y
les y Viérnes á lns
"
productos estimados y forrajes para los animales.
4 ele la tarde.
6 de la manans.
Las hojas de los chopos se emplean tambien como alimento para el gaDE CUERNAVACA.
nado vacuno. Estos prados artificiales, la cosecha de trigo, de maíz, de habas, la hortaliza y los árboles frutales constituyen la riqueza de las campi- De México pam ',l'epepa.
Lúnes, Miérco·es y Mártes, Jué,•es y SáGuarda.
ñas. Sin embargo, es sensible la falta de ganados,. circunstancia que debe
bados, entre 3 y 4
Viernes, á las 6 de
"
Hnitzila.c.
{ lama.nana.
de la tarde.
atribuirse á que prevalece el cultivo en pequeño. Los Estados romanos pro·
Cuernavaca-.
;veen la mayor parte de la carne &lt;¡ue se consume en Toscana.
"
DE PUEBLA A H'D'All!NTLA.
La morera, cuyo cultivo introdujo en Italia en el siglo XII el co1:1de RoDias y horas en que salen Dlaa y horas en que enlran
ger de Sicilia, y cuya propagacion en la antigua Etruria parece ha debido
de Puebla.
á Puebla.
LINEAS.
ser muy estensa- en la époc¡¡. en que los manufactw·eros de Florencia surMártes,
J uéves y Sá•
Lúnes, Miércoles-y
tían al mundo de tejidos de seda, no se ha multiplicado ni entonces ni des·
bados, entre 8 y 4
Viérnes
á
las
6
de
pues, tanto como se ha creido. En la edad média los florentinos no temían De idem para ídem.
{ la manana.
de la tarde.
la competencia de ninguna industria rival; eran árbitros de sacar el precio
DE 0'0'~4J'D'A'l0 A LEON,
que querian por sus productos, y la elevacion de sus ganancias les permitia
Mártes, Juéves y Sá- Lúnes, Miércoles y
traer de fuera la primera materia, descuidando el generalizar la produccion
bados, á las 6 de la
Vierhes, entre 1 y
De idem para ídem.
{ rnanana.
2 de la tarde.

l

~

6,000
2,600
2,600
1,900
2,600
2,600
3,600
2,100

'

•

;

.

1

,,

l

1)

( l) Prisione~ de Eatado de Austria y de Francia.

México, Enero '7 de 1865.

�\

DIARIO DEL IMPERIO.

188

1UZGADO 4~ DE LO CIVIL.

ANUNCIOS OFICIALES.

CONVOCATORIA,

En loe autos del concurso de D. Ramon J. Urrutia, el Sr. Juez ha dispuesto 80 cite IÍ.
101 acreedores á junta, que tendrá Jugar el Júnas 27 del corriente, á Ju once de la mañaSBCRE'rARIA DEL E:urn. AvuNT.UUENTO DE Mxxxco.
na, en su Juzgado, á fin de que en ella se instruyan del proyect.o de graduacion presentado
AVISO.
por el Síndico, y deliberen sobre él.
Y á fin ile que llague á noticia do_ los ausentes ó ignorad~•• pongo e\ prese!1te·
El Exmo; Ayunt.amiento de esta Capital necellit&amp;. contratar para loa diez meaee contadoa ieade l ~ de ~arzo entrante baata fin de Diciembre .dol presente. año, ca!De, pan Y México Febrero 20 de 1865.-Lic. Néstor Montes, EB(lnbano de diligenc1as.
'
139-3&amp;-3
medicinas para Jaa cárceles, y paja y cobada para las bestiaa que mantiene la Cmdad. En
consecuencia, se invita á todas las personas que tengan esto~ ~fectol! y _deseen contrata:
rnzGADO 3~ JIENOR.-JF.SUS lWUA NUIL 7. .
loe, para que preaenten sue propuestas á la Secretaria Mun1~1pal e~ pliego ~rrade, y d1•
Por la presente se oita y emplaza al Lic. D. Maroelino Ezeta, para que dentro de ocho
rigido á la Junta de hacienda, que se ocupará do este negocio el lunes próxnno 27 del
días, contados dosde la primera publicacion de ~te a'\'iBO, comparezca en este Juzgado, á
corri&amp;tte.
fin de que contiaúe el juicio verbal que tiene pendiente con D. Juan E. Perez, sobre pelféJ:ico, Febrero 23 de 1865.
sos; apercibido de ¡ue si no concurre, seguirá dicho juicio en el estado que ~arda, q11e
El Secretario general del Exmo. Ayuntamiento, Lic. Juan ..t. Mateos.
es el de remate de oe muebles embargados, y se entendel'M lu diligenciaa subsecuenttij
con los estrados del Juzgado.
México, Febrero 15 de 1865.-Lic. Mora/u.
141-3&amp;-3

.A.NUNOJ:OS.
rozo.A.DO

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE

Rematará

3'.' DE LO CIVIL

CONVOCATORIA.

En los autos del intestado Lic. D. Manuel María Paeoe, el Sr. Juez, Lic. D. Jl'eé
Maria Cordero, que de ellos conoce, ha m~dado
el l!roveido en esta fecha, se conv¡oquen áloa que so crean con derecho á los bienes de dicho mte~tado, para que _ae presente!!
á deducirlo dentro del Mrmino de dos meses que al efecte&gt; se les concede, baJo el apercibimiento á que hubiere Jugar si no v.erificaaeu su comparecencia. Y para conocimiento de
los interesados publico la presente.
.
.
, .
Másico, Febrero 18 de 1865.-Urbano Morah, Escnbano publico.
147-4sm-J

Pº:

TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
¡.;n los aut.os que ant,e este Tribunal sigue D. }'rancisco F. M~vellan contr~ D. _Cárlos
M.ayer, 111 hacerse á D. José María Uriarte, como apoderado de este, u~a not1ficao1on re lativa á dichos autos, dijo: que "nada tiene que responder, porque habiéndose ausentado
" del Imperio ol Sr. Mayor, sin dar avi,o, ni dejar espensas, ni instrucciones, el que con" testa ha renunciado el poder, el que ÍI mayor abundamiento le está revocado por otro
" "eneral que otorgó posteriormente el Sr. M11yer en Orizava."
T como al estractar80 dicha rtspueata en la citacion que aparece en el núm.11 del
"Diario del Imperio" se omitió la. circunstnnci!I sustancilll de que el poder co~fendo al
esprcS&amp;do Uriarte, babia sido re'fonado Cll otr? g~11er11l_ q\lQ ~!ayer otorgó en 9nzava, ~ate Tribunal ha mandado se baga de nuevo la c1tac1on, disporuendo que el téf!DlllO ~e qwnce din señalado á Mayer para que, por sí ó por apoderado, se -presente a C9_ntinuar el
juicio pendiente, llO cuente desde la primera publicacion del presente y con el mismo aperd bimiento ~ue contiene la repetida citacion.
'México, 1' obrero 23 de 1865.-Jost Maria Carileña, Oficial 2?
150-3s-l
.JUZGADO 4? :DlfOR.-1~ DE SANTO D011INGO NUM. 8.
ORDEN.

/

_

todo el menaje de la casa núm. 8 do la calle de la. Perpetua, el ,ieroes 3 y sabado 4 de
Marzo de 1865, á la unnn punto, estando IÍ. la vista los días 1\&gt; y 2.
Las ventas son al contado y sin reclamacion.-Oportunnmente so darán listas ponnenorizadaa.
Se reciben comisionea al seis por ciento, pero no se admite la puja de sus dueñoe.
Se hacen valúos de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;o. y 80 alquilan y trasportan muebles.
El despacho está eo la calle 1~ de Santo Domingo, junto al núm. 8.
138-108-4
TRIBUNAL DE COMERCIO DE XEXICO.
En eljwcio ejecutivo seguido por el Sr. Lic. D. Manuel Silíceo, contra D. Aotonio
Bouhomme, hermano, este tribunal ha mandado en 11uto de esta fecha que ee proceda i
la venta, en oaliilad de remate, que tendrá lugar en 111 audienéia del miércoles 2'~ del presente, í,, las doce del dia, de laa fincas siguientes, retasadas por los peritos D. Ventura
Alcérreca y D. Francisco de P. Vera, en las C11Dti~es que ee espresan.
Caaa núm. 10 de la calle ae Chavarría.. -.•...•. -.••••. , •• -• en $ 11,S.W
,.
,, 4 de la calle de Plateros ........... . .. -.... , ... ,.
!&gt;,848
,,
., 71~ del Indio Triste...•.. ·---•· ·· ·-· · ... ..... ,. 10,960
.,
7 de la calle del Puente Quebrado..... _......... ,.
7,817
3 de la callo de Olmedo•. -..................... ,,
7,280
11
»
u
2
,,
,,
............ ~ .... ~ .. -~ ....... ,,
9,468
,,
,. 6 l! de la Aduana Vieja.••.. ·-·· .•. ·--··- ...... ,,
7,530
,,
., JJ do la calle de Olmedo. -.... ~ -..•... -•. : •• • • .. ,.
3,949
,,
,. 2 de la plazu11la de Regina..•.. -.••..•.• --•.. _.. ,,
5,438
en c~mplimieuto de lo mandado, y segun lo dispuesto _en el ,art. 996 d!ll Código
Comercio, pongo ol prc&amp;jlnte, para qoe las personas que qw~ran hacer postura, ocurran a
esta BMretaría á tomar los informes que llecesit.en.
liéxico, Febrero 9 de 1865.
Jos·é Mar(a Cardeña, Oficial 2?
1()5-12s-l2

Y

d~

lgnorándose el paradero de D. Juan Manuel Espinos~ de los Monteros, por In p~ese~te
118 le cita y emplaza para que dentro del fla.zo de ocho dias, contados desde la pubhcac1on
JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
de la presente, comparezca. en e«te de 1D1 cargo por @í ó por apodl)rado instruido y espen1111do, á contestar la demanda que en juic~o verbal sobre pesos le promoverá D. Ennque
El Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, ha mandado se oonVallejo; apercibido de eeguirse este juicio en su nusencia y rebeldía con loe tlstrados del voqueºpor los periódico&amp; á. los que 80 cre_an con de!9cho_á los bieoos del _intes~o de D.
Juzndo.
Marcelino Sane.hez, para que en el térwmo de tremta d1as se present.en a ded11c1r los que
México, Febrero 23 de 1865.-Lic. Pouút.
151-28-1
lee competan; apercibidoi de lo que haya ~ugar ,i LO lo verifi~. , .
Mé.xico, Febrero 7 de 1865.-.Ma,uwl 1. de Me,wu, Escnbano publico. 97-306-13
ALIIODDA rnDICIAL.
•
Por disposicion del Sr. Juez 29 de lo civil, ante quien se hallan radicados los autos dpl
PRO'l'mA.
concurso formado á la haci~ndr. _de San Nicolás de la Torre, Y de ?Omun acuer~o de_ l~s
Como 11i,oderado del Sr. D. Pedro Hinojosa, manifieato al públi~ ~ue e~te eeñor es
interesados, se celebrará la última almoneda para el remat.e de dicha finca el_ dia vem~- dueño de fa mitad del ex-convento de Santa Clara y nola Sra. D~ Luz Rodrig11ez en º\IYº
si11to del entrante Marzo, á. las doce, teniendo 'feri6cativo es~ acto en ~1 Palacio de Justi- favor aparece otorgada la escritura. Y como sé d~ un modoJpositivo que In me¡icionáda
cia. de esta capital; debiendo advertir que la mencionada. hacienda ha sido retasada en la. señora trata de enajenar ese lote, por si llegare á suceder, protesto á nombre del Sr. Hicantidlld de 155.130 pesos 3 rs. Y en ,·irtud de lo prernnido, pongo el presente, para que nojosa contra la enajenacion, que será nuJa.
Ju pet"8()nas que quieran, puedan hacer postura, verificándolo; debiendo pubJ.icarse eÑe
México, Febrero 13 de 1865.-Antonio García Puez.
lll-5a-5
aviso en el periódieo oficial de esta capital, de Querét.aro y de Toluca, á fin de dar al acto
la baatante publicidad, quedand? aaí evacuado el precepto judicial.
México, l&lt;'ebrero 2-i de 1865.-José J'iunte Piñn, Escribano público. 145-&amp;-2
CITACIO,N.
De
órtlen
del
Sr.
Juez
2~
de
Jo
civiJ,,Lic.
D. Manuel PMon, y á peílimento de D . .An1UZGADO 2? DE LO CIVIL.
tonio Barquin, cito 1&gt;0r el presentll á D. Vicente V~, vara que en el término de quince
Ea los autos del.concurso del intestado D. Podro Tollo de Meneses, el Sr. Juez 2? ae·
desde la fecha, se presente en el Juzgado de su cargo á reconocer la finna
Jo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado en auto de 20 del corriente, ae cite á junta dias,-contados
que con su nombre se encuentra en un documento presentado por dicho Sr. Barquín, y
para el dia Teintiocho del corriente, á las doce; bajo el apercibimiento de estar y pasar bajo el apercibimiento de darse por reconocida s~ no comp~rece.
'
los que no concurran, con lo que ae acuerde en la mencionada junta, siendo ésta válida
México, Febrero 7 de 186.5.-J. Reynoso, Escnbano públi~o.
104--Sa-6
con el número de person11s que asistan á ella; ó el Juzgado decida en caso de que no se
present.en.
TRIBUNAL DE COJIEBCIO DE MEXICO.
• Lo q,ue ha20 snbor por el pre~eott1 &amp;nU11cio.
.
. .
.
México, 2-l de Febrero de 1865.-Man11el Romero, Escnbano publico de la Nao1on.
México Febrero 6 de 1865.
146-3s-2
Este Trib110al, en auto de 30 de Noviembre del año próximo pasado, ha declarado en
estado de quiebra á D. Francisco Olasiregui, cuya época es de contarae desde esa fech~,
CITACION. •
salvo lo que despnos aparezca: ha nombrado síndico administrador, deapues de la renunEn los autos del eoncurao á bienes de D. Gabor Naphegy, que giran en el Juzgado 5" cia de los dos primeros nombrados, á D. Bruno @ndovilla, y jndicial al Lic. D. Bibiano
de lo civil de esta Corte, como encarg:ulo de los negocios fiscales, á mocion del Sr. Síndi Beltran, y fijado á los aoreedores el plazo de veinte difl8 para la presentacion de Jo, juR •
co D. José Dans, se ha prevenido 80 celebre junta do acreedores, á las doce del dia cua tificant.es de sus créditos al síndico administrador nombrudo.
tro del inmediato Mar.:o: previniéndose que para la concurrencia de estos, se les cite ¡,or
Y eo cumplimiento de Jo dispuesto en el art. 794 del Código de Cemcrcio, pongo el pre•
los pe1iódicos. Y con tal objeto pongo la pmeute en cumplimiento de lo mandado, en Mé- sente para conocimiento de los interosados.
.:cico, Íl. veintiuno dtl Febrere do mil ochocientos sesenta y cinco.-Ag11stin Perez de Lara,
Jost María Cardeña, Oficial 2?
~-7
:Nobirio pú~li¡¡o y do h11,cien~a.
148-3s-2
IMPERIO MEXICANO.-1'1JZGADO 1? JONOR DE LA CORTE.
CITACIO?f.
Ignorándose la habitacion de D. Ignacio Izaguirre, por el preeente ee le emplaza p:ira
El 81 .. Juez 2? do lo ,•h·il, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se cite á D. Andrés Be- que en el impro1ogable término de cinco dina, contados desde la publicacion de este avi('Orril, á fin de que comparc1.oa. en su ,Juzg11do, sito en el PulbCiO de Justicia, el dia tres so, comparezca en esta J tizgado, sito en el núm. 10 tle la calle &lt;¡errada del :Parque de la
del entrante Marzo, á lflS doce de lll mañtma, á ver jurar loa testigos que presentará, y ÍI Moneda, por eí ó por apoderado instruido y_eapensado, á con~s~r la demanda qu~ en juiabsolver las posicioues que le articulará D Foliciano Ponce en el jmc10 que coo él sigue cio Torbal, sobre pesos, le promueve D. Fe!ipe Zamora; 11porc1b1do de ser sentenciado en
robre pesos; con apercibimiento do que si no concurre, los testigos se examinarán y las su ausencia y rebeldía ai no comparece.
posiciones se darRn por abeueltae eu sentido favorable.
México, Febrero 18.le 1865.-El Juez J? menor, Lic. Joaqnin Pere: y G1lemez.
Y oo cumplimiento de lo mandado, pou~o el 1iresente en Mésico, á 23 de l!'ebrero de
J32-3a-3
1865.-Jo~li Rttz Guzman, Escribano público.
149-3s-2

FERROCARRIL IMPERIAL MEXICANO.

Se a.villA á los iutereaadoe y dueños de montea inmediatos á la línea, que se recibirán
propoeicionea ¡ua el abastecimiento de 101 dunnientea que se necesiten en la con11truc&lt;lion de este 1! errocarril.
Jncesantemente se dará ruon en las oficinas tle la Empresa con1tructora, en Mésico en
la 1~ calle de Plateros núm. 3, y en Oriz1w11 en la calle Real, respecto á las dimensiones
y elaaes de madera que ee requieren, los puntos en que 101 contratistas tendrán quo hater 1111 e11h-egu, y el !lempo en que elltue deberán efeotuarse.

JUZGADO 3~ DE LO CIVIL.
El iotest~do do! Sr. D. Benito Delgado ee ha denunciado ante el Sr. Juez 3° de lo civil, Lic. D. José María Cordero, quien ha nombrado defensor al Sr. Lic. D. .Francisco
Morales Medioa, y depositario de los bienes al Sr. corredor D. Victoriano Martiooren11,
y ha mandado se llame por los periódicos á las personas quo se crean con derecho á di•
ohos bienes, como herederoY ó acreedores, á fin de que ee presentfn á deducirlo ante el
Sr. Jut1z, dentro de treinta días, contados desde la fecha en que. 2e baga la primera publicacion en el periódico oficial. México, Febrero 20 de 1865.-EJ Escribano público, ,tntonio Campo, tk la Vega.
129-3&amp;-3

GwrtLERl\1O LLOYD,

,Representante de 111 Sociedad aoóDÍnlll de
.~111itli K11ight y C'f ( Lomited),
Co11tratist19 Oo~duotoree.

137-3s-3

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. F.SQALANTE,
BAJ('S DB SAN AOUBTJN; NUM.

l.

�</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 46, Febrero 24</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>·-

EL

DEL

DIARIO

IMPERIO
-

TOMO l.

- - z;

NUI.
_ _-47._.__ ur

MEXICO: Sabado 25 de Febrero de· 1865.
PARTE OFICIAL.
SUMARIO.
Organizacion del Ministerio de la Ouerra.-DLlposicioncs partlcubres.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

Ceremonias públicas, Revistas y otras solemnidades militares.
Honores y precedencias.
Competencias entre Autoridades.
Disciplina de las tropas en marcha, en guarnicion y eu acantonamiento.
Nombramiento de Oficiales y Sargentos del Ejército, para cubrir
los empleos del servicio público; asf corno la correspondencia á este
respecto con los Ministerios competentes.
Guardias Rurales en todo lo relativo al ramo de la guerra.
Policía é Inspeceion de todos los Oficiales en Disponibilidad.
Operaciones militares.
Marchas y maniobras militares.
Distribucion y movimiento de las tropas en campaña.
Itinerarios y designacion de etapas:
Comisiones militares.
'l
Efectivo del Ejército.

Siendo conveniente al mejor y mas violento despacho de los negocios militares, dará ~uestro Ministerio de Guerra una organiz~&lt;'ion adecuada á tal obJeto, HEMOS decretndo y DECRETA:.u:os lo s1gni1mte:
Art. 1~ Al ~1inistro de la Guerra está cometido, bajo su i'esponsabilidad para con el Emperador, el hacer ejecutar todas las Leyes
y Reglamentos Militares.
Al .Ministerio de la Guerra corresponde:
El reclutamiento, dotacion y organizacion del Ejército.
Los movimientos y operaciones milita.res.
2! DIVISION.
La inspeccion, policía y disciplina del Ejército.
(Ofieia-1es generales, y Est.adoe Mayores.)
La administracion del personal (Estados Mayores, Guardia Pala- Oficiales generales.
tina, tropas de todas armas, servicios administrativos y servicio de Estado Mayor del Detal de Plazas.
1
r 0 !1
sanidad).
Capellanes del Ejército.
,
Las recompensas militares.
Intérpretes y agentes del servicio telegráfico en el Ejéréito.
Los Establecimientos de Artillería é lnqeuieros, y el material de Escuelas regimentarías.
.
ambos.
8':' DlVDIOll.
Las Plazas de guerra y Fortalezas.
(Roolutamiento.)
Las Casas de Inválidos y Hospitales Militares.
Este servicio será detallado se~un la Ley que se prom',llgue sobre
La 3"usticia Militar.
reclutamiento.
· Los equipajes y trasportes militares; forrajes y víveres; vestuario;
4! DIVISIOH.
camas de tropa; campamentos; remontas, equipos y arneses; sueldos
(Justicia Militar.)
y gratificaciones de toda especie.
El Depósito de la guerra (Geodesia, Topografia, Dibujos y Gra- Correspondencia judicial en los asuntos civiles y criminale1.
bados, Trabajos Histórico-Militares, Estadistica Militar, Itinerarios, Consejos de guerra y Cortes Marciales.
Persecucion de desertores.
Biblioteca y Archivos Históricos).
Juntas
de Honor de los Cuerpos.
La Contabilidad l\Iilitar.
Prisiones
militares.
El Ordenamiento de gastos.
Aplicacion
de amnistías.
Los Presupuestos.
Indultos
y
conmutacion
de penas.
Las Cuentas generales y de material.
Extradicion.
Las Pensiones militares y socorros.
Prisioneros de guerra; su policia y su cange.
Archivos administrativos de la guerra.
Naturalizacion
de los Militares estranjeros.
J•
Estado General del Ejército.
5~
DIVISIOlf.
J ustificacion de servicios.
(Infantería y Caballería.)
Colonias Militares y Tropas Presidialcs.
Personal, Organizacion, Inspeccion y Estado Civil y Militar de los
Art. 2? El Ministerio de la Guerra se compondrá do:
Cuerpos sueltos de Infantería y Caballería.
GABINETE DEL llINISTRO.
Personal de los Oficiales de Infantería y Caballería en Disp-0nibilidad.
•
·
Le corresponde: Recepcion, registro y remision de la correspon6~
DlVlllOir.
dencia oficial. Centralizacion y rcsúmen de los trabajos 6 espedien( Gendarmería. )
tes para el acuerdo del Emperador. Audiencias públicas. ComuniEl
Coronel
Gefe
de
la
Legion
estará encargado de todo lo que eoncaciones á. la Prensa. Asuntos reservados. Negocios indiferentes.
cierne á este ramo, bajo las órdenes del Director.
Los empleados del Gabinete serán:
Los Empleados de la 1~ Direccion ser¡in:
·
El Subsecretario de la Guerra, Gefe del Gabinete.
Un Director.
Cuatro auxiliares.
Un Subdirector con funciones de Secretario general.
Art. 3?
1 ~ DIRECCIO~.
Cuatro Gefes de Division. (Uno mas cuando se organice el ReLe corresponde: Oficiales generales. Reclutamiento. Justicia Mi- clutamiento.)
litar. Infantería. Caballería. Gendarmería. Correspondencia gefteral. Doce Auxiliares.
Movimientos y Operaciones.
Art. 4?
2! DIRECCION.

-

1~ DIVIS101',
( Correspondencia general, y Operaciones .\1ilitaro~.)

ARTILLERIA.

1~ DlVIIION.
Correspondencia con las Autoridades Civiles y Militares, para
(Personal.)
todo lo que concierne á la seguridad interior del Estado, la. conservacion del 6rden y tranquilidad pública, que fü-mará siempre el P~rsonal, Organizacion, Inspeccion, Estado_ Civil y Militar de los
Ministro.
Oficmles, Guardas, Empleados y tropa de Artillería.
La aclaracion é interpretacion de los Reglamentos de todas las Equipo y Arneses de los caballos de tropa.
armas, así como las modificaciones que deban introducirse en ellos. Escuelas Regiinentarias del arma,
.1\plicacion de las Leyes generalcs•del Bstndo al Ejército.
Nombramiento de Armeros para los Cuerpos.

�servirá al Ministro de Comité consultivo en to~~s los casos relativos perando que hLdisposicion de S. M. tenga su mas puntual y exacto
cumplimiento.
á la higiene militar. Esta junta tendrá dos auxiliare~. .
El M.inist.ro de Guerr:i,
'
El Ministro de la Guerra queda encargado de la eJecuc10n del pre(Firmado) PEZ.A.
sente decreto.
Dado en el Palacio de México, á 23 de Enero de 1865.
81'. :Prefecto superior polltico del _primer Distrito rlel Departa(Firmado) MAXrnILIANo.
tnento de México.-Tol uca.

Establecimiento.a dependientes de ellos, tanto en e,l interior como en
los Ejércitos.
Arreglo de estancias en los Hospitales pertenecientes á las auto•
Escuelas y Direcciones de Artillería, Arsenales y Maestranzas,
Fundiciones, Fábricas de Armas, de Pólvora y de Capsuleria, De- ridades civiles.
Enfermeros regimentarios.
pósito Central y Museo de Artillería.
'
Depósitos de convalecientes.
Formacion de los Parques de sitio y Trenes de Campaña.
Contabilidad de estos diversos servicios.
Armamento de las Plazas de guerra y de las Costas.
Personal, administracion y contabilidad de Inválidos.
Talleres de reparacion de armas.
Armamento del Ejército y de las Guardias Rurales.
4~ DIVISION.
Almacenes de Municiones y distribucion de estas.
(Sueldos, revistas de contabilidad, ndministracion interior de los cuerpos de todas armas.)
Conservacion é inspeccion del armamento, pólvoras y capsuleria.
Sueldos é indemnizaciones dP. toda especie de los Estados MayoImportacion y trasporte de armas y máquinas de guerra.
res y de los Cuerpos de todas armas.
Contabilidad de los gastos relativos al servicio de Artillería.
Delegaciones.
Contabilidad del material.
Contabilidad interior de los.Cuerpos de tropa.
Los Empleados de la 2~ Direccion, serán:
Verificacion de recibos y cuentas.
Un Director.
Liquidaciones individuales.
Un Secretario.
El personal de esta Direccion se designará oportunamente.
Dos Gefes de Division.
Art. 7?
5~ DIRECCION.
Cuatro Auxiliares.
CONTABILIDAD G E NERAL.
Art. ó?
3~ DmECCION.
2! DIVISI0N,
(Material y Contabilidad.)

(Cuerpo d11 Estado Mayor é Ingenieros.)
1~ DIVISION.
(Personal.)

Por mnudato de S. M. I.
El Ministro de la Guerra,

MAXIMILIANO,

1t'1Ex1co:
Visto el espediente promovido ante el j uzgado de 1~ instancia de
Panindícuaro, del Departamento de Michoacan, por D. José Maria
y_ D. Albino_ Per_
ez, padr; ~ hijo, solicita~do ambos de comun_ acuerdo la emancipacion del ultimo de l~ patna potestad, y atet!&lt;liendo á
los méritos que en apoyo de la sghmtud obran en el refendo espediente:
HEMOS decretado y DECRETAMOS lo siguiente: .
Queda emancipado de fa patria potest_ad, D. Albmo Ferez. .
Este decreto se depositará en los archivos del Imperio, pubhcándose en el Periódico Oficial.
Dado en el Palacio de México, á 19 de Febrero de 1865.
(Firmado) MAXIMILIAN0,

(Contabilidad general, Pensiones, Servicio interior, Archivos.)
1~ DIVISION.
(Registro de loa gastos, contencioso, Pre11upuestos generaled, Relaciones con el Consejo
'
de lMado.)

(Firmado) Pedro Escudero.
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.

\

y

VARIEDADES.
El Cónsul de S. M. C. en esta capital, con fecha 21 del corriente
participa á este Ministerio, que teniendo que aus~ntarse de AguasDE ROMA A FLORENCIA.
calientes el Sr. D. Norberto Gomez de Hornedo, vicecónsul de S. M.
C., ha nombrado para que se encargue interinamente del des~acho
A oRICULTURA y HABITANTES DE LA T oscANA.
del viceconsulado, al Sr. D. Pedro Gomez de Hornedo; y habiendo
(Concluye.)
aprobado S.M. el Emperador este nombramiento, c~n esta fecha s_e
han librado las órdenes correspondientes á las autondades respecti- En las colinas la viña divide con el olivo la posesion de las tierras abanpara que el citado Sr. D;Pedro Gomez de Hornedo sea recono- caladas. A los árboles que en los llanos sirven para enredar y suspender
las cepas reemplazan en el terreno montuoso armazones de palo y de cacido como tnl vicecónsul interino.

vas,

ñas· y aunque por este medio los pámpanos en lugar de arrastrarse por el
suelo se encuentran suspendidos, el sol los pene~ra mas con sus rayos, y es
(Firmado) !GN.A.CIO M. DE CASTILLO.
mas estimado el vino que producen.
.
.
• El olivo de Toscana, célebre en todo el mundo por la escelencia de los
productos, so~o me pareció cultivad? con inteligencia ~nlas cer_canías de F lorencia y de P isa. Para que este delicado arbusto reciba el cmdado de que
MINISTERIO DE GUERRA.
necesita su crianza, conviene que la poda 6 tala se dirija de manera que nunMéxico, ] 'ebrero 23 de 1865.
ca se le deje sobrepujar la altura de un hombre. Entonces las ramas dd oliS. M. el Emperador, por decreto d~ 18 de~ ª?tua~, ha teni_d? á vo en vez de crecer y de encaramarse, se estienden en circuferencia y forman
bien disponer, que en atencion á los méntos y distrngmdos servicrns co:Uo una capa redonda. Esto permite que se coja siempre el fruto á la roa·
que prestó á la N~cion el esclarecido Ge~eral D. Manuel Robles no, sin necesidad de varear los árboles; método que, haciendo caer con la
Pezuela, que munó en San Andrés Chalch1comula el 23 de Marzo aceituna los cogollos mas tiernos de las rama~, destruye generalmente al code 1862, y en premio de ellos, se inscriba su nombre en el Escala- jer la cosecha presente, la mayor parte de la del siguiente año. Otra venta·
fon del Ejército como General de Division, y que en el caso de que ja de este sistema de crianza del olivo es la de poder sembrar las ti~rras en
se crian, pues la disposicion de las ramas no intercepta los rayos del sol
el espresado General haya dejado alguna sucesion debidamente le- que
y permite que las cosechas maduren y aumenten las utilidades del labrador.
gitimada, á ella se declare el montepfo que corresponde á su clase, La parte superior de los montes se halla cubierta con frondosos castañaconforme está prevenido por las leyes.
·
res. Este árbol es un precioso recurso para el pais. Con estas ramas se elaboran los palos destinados á servir de armazon ó. las viñas plantada~ en las
El Subsecret&amp;rio de Estado y del Despacho de Guerra,
colinas, y su fruto, mondado y secado al fuego lento, produce una harma sus(F irmado) J . M. D uRAN.
tanciosa y de sabor azucarado, que se consume en forma de pan, y mas
comunmente en la de un guiso llamado polenta., .itlgo parecido á las gachas
que la gente del campo come en Andalucía, y de que sus abuelos los moros
S ECCION 1~
hacen tau amplio uso bajo el nombre de alcuzcuz.
México, Febrero 21 de 1865.
La propiedad territorial de Toscana se encuentra todavía en manos de la
Dada cuenta á S. M. el Emperador con la comunicacion oficial nobleza, del clero secular y de la clase que los franceses llaman haute bo1wrde V. S., de~ del corriente, en que trascribe la que·con fecha. 1~ geosie, compuesta de las familias que se han enriquecido en el comercio, en
dirigió á esa Prefectura el Subprefecto de Temascaltepc?, relativa la agricultura y én la industria, y cuyos capitales les permiten vivir de sus
á la presentacion solicitando in~ulto, de Je~us ~ ópez, v~cmo de Te- productos ó rentas. P ero no obstante esta a.glomeracion de la propiedad~ l_a
jupilco, Dámaso Balbuena., oficial de la estmgmda secc10n Valdés, influencia del códiao civil frances, subsistente en Toscana en la parte relativa
á las sucesiones y t&gt;el sistema de arriendos, modifica en tales términos el hey..Andrés Garcia, que hace poco fué indultado en la Martinica,
cho
de la presente distribucion de la propiedad, que puede asegurarse que en
diendo V. S. las instrucciones necesarias para normar en lo sucesisus
efectos
prácticos se tocan ya los inconvenientes del sistema contrario.
vo sus procedimientos respecto de Jlegocios como el de que se tra- Las heredades
de la Toscana, arrendadas en pequeñas proporciones, lo es- ·
ta, el Soberano ha tenido á bien dictar por decreto de fecha 18, la tán generalmente bajo uno de los dos sistemas, el enfitéutico, que prevalece
resol ucion siguiente:
en los llanos y en las tierras del clero, y el de medianería que es el mas an" ORDENAMOS: que á los individuos que no pertenezcan á la clase tiguo y quizás el mas estendido.
de tropa, y que con el carácter de oficiales permanecen én las filas El contrato enfitéutico abraza cuatro generaciones, al cabo de las cuales
de los disidentes, que abjurando sus errores pasados y protestando se renueva por igual espacio de tiempo, aumentando á la renta 1!11 tanto·que
vivir pacíficamente se presenten á las autoridades del Imperio soli- se gradúa en la quinta ó sesta parte del rendimiento de las meJoras, ó aucitando la gracia de indulto, se les conceda sin perjuicio siempre de mento de valor y productos que ha recibido la heredad. La renta se paga en
.
tercero; n.o haciéndose estensiva. esta gracia á aquellos en quienes especie. y muy rara vez en dinero.
El sistema de medianería, poco favorable en sí á los pro~reso_s de la agriconcurre circunstancia agravante, ó que habiendo obtenido ya una cultura, constituye una asociacion entre el colono y el propieta~10. Este povez de Nos.el indulto de sus faltas, han vuelto á reincidir en su re- ne la tierra y la mitad del grano y del estiércol; aquel su trabajo y la otra
beldía, y no son acreedores á ella; debiéndoseles por tanto perse- mitad de semillas y abono. Los productos brutos de la here~31, se han de
guir y castigar conforme á las leyes.
partir rigorosamente al tiempo de la cosecha entre los dos part1~1pes. ~emcjante sistema escluye toda posibilidad de que. el colon~ haga meJoras m em"Dado, &amp;c."
Y lo traslado ú. V. S. como resultado de su consulta relativa, es- plee capitales propios ni prestados en beneficio de la tierra que labra. P or
El Encargado de la Seccion de Consolados,

5~ DIVISION.
(Servicio interior.)

1~ DIVISION.

'

De una carta de Ambcres fecha 14 de Enero, tomamos lo que sigue:
"Creo que el desarrollo d~l c?mercio entre México y la Bélgica, adquir_irá
una aétividad mayor en lo sucesivo; y fundo esta esperanza en la formac1on
de una Sociedad de esportacion, cuyo promotor es el ,sr. D. Leon :'ercken,
Secretario de la Junta de Comercio de Amberes y Consul de Pers1a en la
misma ciudad.
Esto será un nuevo conducto qdc encontrarán los productos belgas para
su mas fácil salida, por estar apo_yada en fuertes cauda}es,,Y. ade~~ por la
emigracion ocasionada con la Legion Belga, que ~tra~ra hac~a. Mex1co una
colonia especial, lo que no cabe duda estableccra, ~ªJº cond1mon'es de regularidad y estabilidad, las relacio~es ~ntr~ ambos ~aises.
.
Llamo su atencion sobre esta mst1tuc1on, especialmente protegida por el
Gobierno Belga, P?r la importancia que en lo venidero le pueda estar reservada. A su paso para las Indias Inglesas, Su Alteza Real el Duque de Brabante protector constante celoso é inteligente de las ideas comerciales, y
'
.
muy en.particular
cuando 'van dirigidas al_ desarrollo de nuestro comcrc10,
se dignó conceder una audiencia al referido Sr. ercken, en la cual tuvo á
bien enterarse de las bases en que se funda la Sociedad, sus recursos y la naturaleza de sus operaciones.
.
.
.
Dicha Sociedad se propone establecer dos Agenmas en el Imperio Mexicano· la primera en México y la segunda en Veracruz. Los agentes son dos
jó;enes belgas, que muy pronto saldráµ para México."

Mésico, Febrero 22 de 1865.

Trabajos de Fortificacion y los de los Establecimientos Militares.
Trabajos mixtos, concernientes á los diversos Ministerios y al de
Reparticion de los fondos generales.
Guerra.
Sobrevigilancia del empleo de los créditos.
Arrendamientos de edificios y terrenos para el servicio militar.
Emision de las órdenes de pago de todo género.
Asiento general de cuarteles para tropa y edificios para el estaTema de Contabilidad por Partida doble.
blecimiento de la Adriiinistracion militar.
Establecimiento y 9ortes de cuentas generales.
Alojamientos para tropas por cuenta de las Autoridades civiles de
Pago de gastos urgentes.
las poblaciones.
S\' DIVISION.
Dominio militar.
(
C¿ntabilidad
de objetos.)
Servidumbre militar en el radio de las plazas de guerra.
Contabilidad de los gastos relativos al servicio de Ingenieros.
Centralizacion y verificacion de la Contabilidad de todos los objeContabilidad del material relativo al mismo servicio.
tos del servicio.
Los Empleados de la 3~ Direccion, serán:
Glosa.de las cuentas generales de todos los ramos de la contabili•
Un Director.
dad pública.
4~ DIVISI0N.
Un Secretario.
(Pensiones, Socorros.)
Dos-Gefes de division.
Cuatro auxiliares.
Declaracion de las Pensiones, Montepíos y Retiros militares, así
,.
como su liquidacion y la de los socorros á viudas y huérfanos.
4~ DIRECCION,
Art. 6?
Socorros generales y especiales.
·
.A.DMINISTR.A.CION.

1

EMPERADOR DE

Por mandato de S. M. l.
·
El Ministro de Justicia,

2~ DIVISION,
(Fondos, Ordenes de pago, Cuentas generales.)

Personal de la Administracion central de la guerra y de la, serví•
dumbre.
(Inspeccion y Comisariato, Servicio de march.as, Trasportes, Equipajes Militares.)
Abonos y suscriciones.
Inspecciones administrativas, su estado civil y militar. Estado CiMenaje de oficinas.
~
·
vil y material del Cuerpo de Equipajes Militares.
Guarda y entretenimiento de los sellos del Ministerio.
Equipo y arneses de' los caballos de tropa de los Cuerpos.
Impresiones y litografias del servicio de guerra.
Servicios de marchas, comprendiendo los convoyes militares.
Gastos del Diario Oficial.
Gastos de Correos y Estraordinarios.
Correspondencia con los antiguos militares que soliciten er,npleos
Idem de Comisiones estraordinarias.
civiles.
Trasportes de tropas por caminos de fierro.
6~ DIVISI0N.
Comunicaciones y trasportes maritimos.
(At"chivds.)
Servicio de trasportes generales.
Registro y rectificacion de todos los Decretos, Circulares, etc.,
2~ DI1ISI0N,
aprobados por el Emperador, y e.1 general de todas las piezas de que
(Subintendencias militares, vestuario, campamentos.)
la Oficina pueda tener necesidad para el tr.abajo diario.
Pérsonal y Estado Civil de los Obrer?s Militar~s de Administra• Legalizacion de documentos.
cion.
Emision de los estractos de todos los documentos depositados en
Ejecucion de todos los ramos del servicio, sea directamente 6 por los archivos.
contrata. Forrajes, Vestuario, Campamento, Víveres.
Archivos de los cuerpos de tropa, Ejércitos activos, etc.
Construccion y entretenimiento de vestuario, escepto para la GenTraducciones.
darmería.
·
.
'
Inaercion á los Diarios Oficiales.
Reglamentos sobre uniformes.
Servicio de las comisiones temporales: conservacion de ~us arModelos de id.
chivos.
Contabilidad de los objetos de estos diferentes servicios.
Ordenes Nacionales y Estranjeras.
Redaccion de informes al Emperador, para la espedicion de retiS~ DmBI0N.
(Personal de los oficiales de sanidad, Hospitales Militares, Enfermerías regimentariaa• ros, pensiones, etc.
Inrálidos.)
Impresion y publicacion del Escalafon.
El personal de esta Direccion se designará oportunamente.
Personal y Estado Civil de los Oficiales de Sanidad.
Art. 8? El Inspector del Cuerpo Médico, con ,u.n médico princiCapellanes de los Hospitales Militares.
pal,
uno de primera clase y el Farmacéutico principal, formarán una
Personal y Estado Civ.il de las enfermerias militares.
Comision
que pueda estar anexa al Ministerio de la Guerra, y que
Admini.stracion del servicio de los Hospitales Milita~es y de los

NOTICIAS ESTRANJERAS.

(Firmado) Juan de D. Pcza.

Personal, Organizacion, lnspeccion, Estado Civil y Militar de los
Exámen y discusion de los negocios contenciosos, así c'omo de las
Oficiales del Cuerpo de Estado Mayor; de los Oficiales, Guardas,
cuestiones generales y reglamentarias concernientes á la contabiEmpleados y tropa de Ingenieros.
lidad.
Escuelas Regimentarías de Ingenieros.
Relaciones con el Consejo de E~tado.
Escuelas Militares para los Oficiales de todas armas.
Formacion ·de Presupuestos.
Equipo y arneses de los caballos de tropa.
Revision y rngistro de los gastos de todos los servicios.
2~ DIVISION.
Débitos há.cia el Estado: su reembolso ó exoneracion por gracia.
(Material y Contabilidad.)

(Inspeccion y Comisariato. Servicio administrativo. Tropas de administracion. Parsonal
de los Oficiales de Sanidad. Sueldoa.)

191

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

190

P!-

1

I

�192

DIARIO DEL IMPERIO.

esto las mejores heredades están dadas

á enfiteusis, y la poblaeion agrícola,

TRIBUNAL DE COMERCIO DE IIEXICO.

si bien exenta de la miseria que aflige á la de otros países, no presenta el as- Jo:n los autos que ante este Tribunal sigue D. r~rancisco F. Movellnn contra D. Cárlos
al hacerse á D. José María Urir1rte, como apoderado de éste, una notificacion re
pecto de desahogo y opulencia que distingue al ~ricultor suizo y al inglés. Mayer,
lativa á dichos itntos, dijo: que "nada tiene que responder, porque habiéndose ausentado
Las encarnizadas guerras civiles de la Edad media; las sostenidas contra '' del Imperio el Sr. Mayor, sin dar avio.o, ni dejar espens11.B, ni instrucciones, el que conlos estranjeros, y por estos entre sí desde el siglo XVI hasta fines del pasado, comprimieron el desarrollo de la poblaeion en esta parte de Italia, á la
que tan terrible golpe dió la peste del siglo XIU, r epetida en Toscana en 1630.
Bajo el reinado de los Médicis mantúvose á un mismo nivel el número
de habitantes, y aun disminuyó en tiempo del débil Gaston, último de aquella raza. PE-ro la ilustrada administracion de Leopoldo I cambió favorablemente este estado de cosas, y el movimiento ascendente de la poblacion,
debido a.l mayor bienestar de que disfruta el pueblo, á 1~ observancia de
prudentes precauciones higiénicas y tí la gencralizacion de la vacuna, ha cono
tinuado sin detenerse.
•
En 1814 la poblacion de t.odo el gran ducado a.scendiaá 1.154,686 almas.
En 1824 era de 1.243,254; en 1836llegó á 1.4.01,336; y en 1850 á 1.847,638.
La de la capital h11, aumentado desde 80,000 habitantes que contaba. en
1834,~á 140,000 que se le regulan en el dia, comprendiendo los arrabales
extramuros.
•
La circunscripcion administrativa. del país y su correspondiente poblacion
eran las siguientes antes del último censoi
Departamento de Florencia, 833,631 habitantes:
De Pisa, 242,154.
De Siena, 116,819.
De Grasseto, 50,650.
Las llanuras'y los valles son lo mas poblado de los Estados de Toscana.
.En la parte superior del Apenino las habitaciones escasean, pero en cambio
la rlloZ/l, que nace y vive et¡ aquellos cerros, lleva una decidida ventaja á los
naturales de la tierra baja. Los hijos de Florencia, en particular, son de esta.tura reducida y de facciones poco gra.ciosas, al paso que los de la montaña se distinguen por sus bellas formas Y la armo1úa Y regularidad de sus
1·ostros. P or lo &lt;lemas, se observa la mayor y mas inesplica.ble desigualdad
en cuanto á los accidentes fisicos de la poblacion r eunida en un territorio
tau corto como el del gi•an ducado. En la Siena Ia.-s mujeres son notables
por su hermosura y gallardía. Cuarenta millas mas allá, en las cercanías de
Florencia y en los barrios de esta capital, con dificultad se encuentra un rostro agraciado entre la gente del pueblo; lo mismo sucede en Pisa con corta
diferencia, y á trece millas de esta ciudad, en Luca, el sexo atrae desde luego la. atencion poi· su esterior, donaire y belleza.
El carácter de los antiguos florentinos, representado por los historiadores
.;omo pendenciero y violento, ha cambiado totalmente desde que terminaron
las guerras civiles. La benignidad de las leyes reformadas ó hechas por el
gran Leopoldo, que abolió la pena de muerte y obligó al clero á dar sus tierras á enfiteusis á los colonos, ha dulcificado las costumbres sobremanera; y
como esta smLvidad de la legislacion guardaba compas con la tolerancia de
que usaba el gobierno, con la moralidad de la administradon, con el afan
que ésta mostraba en favor de la iustruccion pública y de la propagacion de
las ideas, y recibia un impulso estraordinario del gran número de estranjeros que constantemente l1abitaban, residian 6 atravesaban sin cesar la Toscana, el pueblo de Florencia es el que á todas luces ha hecho mas progresos
en Italia en las artes y en las prácticas de la civílizacion; aquel en cuyas ola.
ses inferiores ha penet1·ado mas completamente el aseo, la abundanci, y cultura que distinguen á las sociedades mas a&lt;lelantadas de Europa.
,

ANDRES BORREGO.

" testa ha renunciado el poder, el que á mayor abundamiento le está revocado por otro
" general que otorgó posteriormente el Sr. Mayer en Oriza~a."
Y como al estracl:arse dicha respuesta. en la citacion que aparece en el núm. 41 del
"Diario del Imperio" 8e omitió la circunstancia sustancial do que el poder conferido ni
eapresado Uriarte, babia sido revo~ado en otro general que Mayer otorgó en Orizava, es
,te Tribunal ha mandado se haga de nuevo la citacion, disponiendo que el término de quince dias señalado á Mayer para que, por sí ó por apoderado, se presente á continuar el
juicio pendiente, se cuente desdo la primera publicacion del presente y con el mismo apercibimiento que contiene la repetida citacion.
México, Febrero 23 de 1865.-José Maria Cardeña, Oficial ~
, 150-3s-2
JUZGADO 4~ MENOR.-1~ DE, SANTO DOIIINGO

NU1l. 8.

ORDEN.

Ignorándose el paradero de D. Juan ?tl.lUluel Espinosa de los Monteros, por 111 prest1nte
se le cita y emplaza para que dentro del plazo de ocho días, contados desde la publicacion
de la present.e, comparezca en este de mi cargo por si ó por apoderndo instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre pesos le promoverá D. Enrique
Vallejo¡ apercibido de seguirse este juicio en su ausencia y rebeldía llOn 108 estrados del
Juzgado. México, Febrero 23 de 1865.-Lic. Poukt.
J51-2s-2
ALMONEDA JUDICIAL.
Por disposicion del Sr. Juez 2? de lo civil, ante quien se hallan radicados los-autoe del
concurso formado ÍI la hacienda de San Nicolás de la Torre, y de comun acuerdo de los
interesados, se celebrará la última almoneda para el remate de dicha finca el día veintisiete del entrante Marzo, á las doco, teniendo verificativo este acto en el Palacio de Justicia de ests capital¡ debiendo advertir que la µiencionada hacienda ha sido retasada en la
cantidad de 155.130 pesos 3 ra. Y en virtud de lo prevenido, pongo el presente, para que
las personas que quieran, puedan hacer postura, verificándolo¡ debiendo publicarse este
aviso en el periódico oficial de esta capital, de Querétaro y de Toluca, á fin de dar al acto
la bastante publicidad, quedando así evacuado el precepto judicial.
México, Febrero 2-i de 1865.-José Vicente Piña, Bsoribaao público. 1145-Ss-=3
JUZGADO ? DE LO CIYIL.
2
En los autos del concurso del intestado D. Pedro Tello de Meneses, el Sr. Juez 2? i!e
lo civil, Lic. D. Manuel Pavoa, ha mandado en auto de 20 del corriente, se cite ÍL jt1Dfa
para el dia veintiocho del corriente, ÍL las doce; bajo lll npercibimiento do est11r y pasar
los que no concurran, con lo que so acuerde en la mencionada junta, siendo ésta válida
~~~s:~~~~ero de persouas que asistan á ella;. ó 01 Juzgado decida 6 '1 0860 de qne no lj(l
Lo que hago saber por el presente anuncio.
··
México, 2:i de Febrero de liJ65.-Manucl Romero, Escribano público de la Nacion.
l4_6_-_3s_-_3_ __ _
CITACION.
En los autos del concurso á bienes de D. Gabor Naphegy, que giran en el Juzgado 5,,,
de lo civil de esta Corte, como oncargndo de los negocios fiscales, á mocion del Sr. Sínd
co D. J osJ Dans, se ha prevenido se celebre junta de acreedores, ÍL las doce del día cua
tro del inmediato Marzo; previniéndose que para la concurrencia de,estos, se les cite por
los periódicos. Y con tal objeto pongo la presente en cumplimiento de lo mandado, en México, ÍI veintiun.o de Febrere de mil ochocientos sesenta y cinco.-Agustin Perez de Lara,
Notario público y de hacienda.
148-3s-3

·---------=--------'-____

•

CITACION.
El Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se cite á D. Andrés Becerril, á fin de que comparezca en su Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, el dia tres
del entrante Marzo, á las doce de la mañana, á ver jurar los testigos que presentará, y á
absolver las posiciones que le articulará D. Fcli.ciano Ponce en el juicio que con él sigue
sobre pesos¡ con apercibimiento de que si no concurre, los testigos se e:xaminarán y laR
posiciones se darán por absueltas en sentido favorable.
Y en cumplimiento áe lo mandado, pon~o el presente en México, á 23 de Febrero de
1865.-José Raz Gu.zman, Ernribano público.
J49-3s-3

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE

Rematará
todo el menaje de la casa núm. 8 de la calle de la Perpetua, el viernes 3 y sabado 4 de
Marzo de 1865, ÍI la una en punto, estando ÍI la vista los días l? y 2.
Las ,ent¡¡.s son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente 80 darán listas ponn11norizadas.
CITACION JUDICIAL.
Se reciben comisiones al seis por ciento, pero no se admite la puja de sus dueños.
:\ LOS :\ VI ADORES y AVIADOS DE LA MINA DE SA!-1 FELIPE.
Se hacen valúes de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c. y se alquilan y trMportan muebles.
El despacho está en la calle 1~ de Santo Domingo, junt-0 al núm. 13.
138--108-5
Eu la jwntn celebrada el clia 21 del presente mes, acord11ron los interesados que estu\'Ítron pre11Cntes, que ca ntencion al corto número que concurrió, se difiera para el dia 2
JUZGADO
4?
DE
LO
CIVIL.
tfo Marzo próximo, á la una de la tarde, en ól local del Juzgado 1? civil. situndo en el PaEl Sr. Juez 4~ de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, ea auto de ayer, ha mandado se oonlacio de Justicia de esta capital, haciéndose las citaciones ú todos los interesados por el
p,li'iódico oticial; bajo el apercibimiento de estar y pasar los ausentes por lo que acordare voque ~or los periódicos á los que 80 crean con derecho á los bienes del inhlst11&lt;lo de D.
la mayoría de los que concurran. Y habiendo mandado el Sr. J ucz de conformidad, los Marcelino Sanchez, para que en el término de treinta días se prcsent.en á deducir los que
les competan; apercibidos de lo que haya lugar si r.o lo verifican.
,·it-0 por el prc8ente.
México, Febrero 7 de 1865.-Ma·nuel '1'. de Menese~, Escribnno p(1blico. 97-308-14.
~iéxico, l&lt;'obr.iro 23 de li365.-Miguel F. Guerr11., Escribano público,
I52'.--3a-1
CONVOCATORIA.
JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO.
El S1·. Juez 3~ do lo civil, ante quien está radicado el inhlstado de D. Joaquín G. GraTexcoco, r'ebrero 17 de 1865.
1-;l Sr. ,Juez ele 1~ instancia de este Pa1-tido, Lic. D. Antonio M. Vizcaino, ha mandado nado·s, ha mnndado por auto de 25 del próximo pasado Enero, so convoquen á las versonas
qne se crean con derecho á los bienes del intestado, para que en el término de tremta dias
i&lt;e citen por los periódicos de la cttpital á lns persona~ que se crean con derecho á los bienes del intc~tatlo de D. Vicente Morales, vcciuo que fue de Acuescoin:w, en esta jurisdic- comparezcan á deducir el que tengan; apercibidos de lo que haya lugar si no lo verificacion, para que en el término de un mes, contado desde la primera. pu~licacioa de este ar-i- ren. Y cumpliendo con lo mandado, pon"o el presente.
México, Febrero 20 de 1865.-Man;td Raz Guzman, Escribauo público. 142-33.-2
so, se presenten á deducirlo en forma en este Juzgado. Aiiimismo ha mandado se cite á
D. ,Juan Moral,:s y D. Espiridiou Vazquez, para que se presenten ú este mismo JuzCITACION J'UDICIAL.
gatlo á um1 juuta pedida por el defensor del mismo intestado, el día 7 del entrante Marzo
D.
Felipe
Rosales
se
ha
presentado
por escrito ante el Juzgado2~ civil, pidiendo se cite
á la~ diez de la mnñana; apercibidos de lo quo por derecho hubiere lugar si no compare- por los P')riód1cos al albacea de la testamentaría de D. R. M,!de Elorduy para que compacen. Y en cmflplimiento de lo mandado pll'ngo el pre3enttl, á fin do que la citacion produz rezca en dicho Juzgado, dentro del término que se le fije, á contestar la demanda que @olos d'ectoH en derecho consiguientts. .
·
bre pago de unos vales do desamortizacion promueve ú dicha testamentaria, y el Sr. :Juez,
~:¡ Secretario del .Juzgado, Lic. Fra11cisco de P Ol1Jera.
153-1-1
),ic. D. Manuel Pavnn, hll. proveido el auto que sigue:
-.
"México, Febrero 20 de ]865.-Por presentado con los documentos que se acompaüan,
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
Bsfo Tribunal. en auto de hoy, ha declarado en estado do 1¡uiebra Í1. D. Frnucisco Or•, cítese al albncea de la testamentaria dtJ Elorduy por los perióclicos, señalándole el término
fa l'ardo, ,lesde el dia '.!'/ de r~ne1·0, salYo lo quo despues aparezca: ha nombrado sindico de ~vinco días para que se presente á contestar la demanda; apercibiclo de qua-se proce,..dministrMdor á D. Ventura 1"rancisco Gutierrcz, y judicial al Lic. D. Miguel Madrid, y dera á lo que haya lugar si no comparece, Lo decretó-y fil'llló el Sr. Juez: doy fe.-Malijado á lo~ acreectores el térn1ino de quincr dins para que presenten al síndico ndmirus- nucl Pa1Jo11.-Por enfermedad del Secretario, Mi¡uel 1'. Guerra."
En consecuencia, lo cito por el presente.-Uexico, Febrero 21 de 1865.-Migiul F.
trador losjustitlcantcs 1le ~u~ cr6tlitos.1nau1hindo igualmente se anuncie la providencia por Guerra,
Escrib11110 público.
·
143-fü-2
los periódicos.
_
Lo quo ~e hac,~ saher :1 los Íl!teresados per medio del presente en cumplimiento de lo
JUZGADO IIUNICIPAL DE IXTACALCO.
m11.ucla.!o. lféxico. Febrero 2 de 1865.-José Maria Cardeña, Oficial 2?
154-3s-l
En el juicio Yerba! que sobre devolucion de seis ahinampas promovió Mariano Unhan á
D'.' Juana Vargas, he fallado: que la Vargas entregue á Galvan, como de sn propiedad, las
JUZGADO 3? DE LO CIVIL
teis chiuampas que reclama, en el término de diez dias, contados desde la ¡,u,blicacion de
CONVOCATORIA.
rsto aviso¡ y ii peticion do Petrouilo Galvan se hace esta notificacion por medio del perió
1-:n lu~•autos &lt;ld intestado Li,·. D. Manuel María Pasos, el Sr. Juei:, Lic. D. JC1sé dico oficial, para que llegue á conocimiento de D~ Juan Vargas y surta sus efect-0~ Jegalliufa Uqrdcro, 1¡uo de ellos conoce, ha mandado por el proveido en esta fecha, se conw- les.-Ixtacalco, Febrero 22 de 1865.-EI Juez de paz, &lt;hegorio Vcga.-Asikteneia, ,i.
quen á los que !!O crean con derecho á los bienes de dicho inte~tado, para que se presenten Herrcra.-Asistencia, José Mar(a Gom:alcz.
J44-3a- ~
á deducirlo dentro del téruüno de dos meses que al efect11 se les concede, bajo el apercibimiento á qu., hubine lugar si no verificasen su comparecencia. Y para couocimient-0 de
IMPRENTA DE J. :M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
l&lt;JH interesado~ publico la presente.
lfé1ico, Febrero 18 de 1865.-Urbano Morali, Escribano p1íblico.
J47-4sm-2
DAJ('8 DE SAN AOUSl'rN, !H:M , ] ,

-

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

IMPERIO

.

'

MEXICO: Lunes 27 de Febrero d~ 1865.

TOMO l.

PARTE OFICIA~.
SUMARIO.
Decreto sobre tolerancia dé cultos.-necreto sobre revlslon de bienes' naclonall1adoe.-Orden para los oficiales de la armada.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Habiendo oido á Nuestro Consejo de Ministros y al de Estado,
HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Art. 1? El Imperio protege la Religion Catól_ica, Apostólica, Romana, como Religion del Estado.
Art. 2? Tendrán melia y franca tolerancia en el teriito1_i~ _dél
Imperio todos los cu os que no se opongan á la 1?1º!ª1, á la CIVlhzacion, ó á las buenas costumbres. Para el establec1m1ento de un culto se recabará previamente la autori~acion del Gobierno.
Art. 3? Conforme lo vayan exigiendo las circunstancias, se espedirán los Reglamentos de policia para el ejercicio de los cultos.
Art. 4? El Consejo de Estado conocerá de los abusos que las autoridades cometan contra el ejercicio de los cultos, y contra la libertad que las leyes garantizan á sus ministros.
Este decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicándose·en el periódíco oficial:
Dado en el Palácio de México, á 26 de Feorern de 18?6·
(Firmado) MAXIMILIANO.
Por.m~qato de 8. M. I.,
El Miniatro de Justicia,

(Firmado) · Pedro Escud,ero y Echanove.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
· Habiendo oido á Nuestro Consejó de Ministros- y al de Estado,
HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Art. 1? El Consejo de Estado revisahí todas las operaciones de
desamortizacion y nacionalizacion de bienes eclesiásticos, ejecutada~
á consecuencia de las leyes de 26 de Junio de 1866 y 12 y 13 de
Julio de 18ó9 y sus concordante~.
A'rt. 2? El Consejo, al hacer la revision, enmendará los escesos é
injusticias cometidos por fraude, por violacion á las citadas leyes, 6
por abusos de los funcionarios encargados de su ejecucion.
Art. 3? El Consejo hará la revision á verdad sabida y buena fe
guardada, y sin mas trámites que los que considere él necesarios en
cada caso, para su ilustracion y esclarecimiento de la verdad.
Art. 4? Las resoluciones del Consejo son irrevocables y se ejecutarán de plano y sin admitir escepcion alguna.
.
Art. 6? Las operaciones legitimas ejecutadas sin fraude y con sujeeion á las leyes antes citadas, serán confirmadas. Las que no se encuentren en este caso se declararán insubsistentes.
Art. 6? Las operaciones irregulai:es que se hayan ejecutado contra
el tenor de dichas leyes con aprobacion derGobierno federal, podrán
ratificarse, reduciéndolas previamente á los ténninos prescritos en
las mismas leyes, siempre que no haya perjuicio de tercero.
Art. 7? Las operaciones que se declaren insubsistentes pueden
rehabilitarse siempre que se reduzcan á los términos de la ley de 13
de Julio de 1869, se entere al contado y en numerario una multa de
un veinticinco por ciento sobre el valor total de la finca ó capital
adjudicados, y no se cause perjuicio á un tercero por derechos adquiridos con anterioridad á la rehabilitacion.
Art. 8? Las concesiones hechas por Ell Gobierno federal para que
la parte en numerario de las adjudicaciones 6 redenciones se cubriese
con créditos provenientes de servicios person~les de servidores del
Estado, no vician la operacion, con tal que la concesion se entienda
eolo é inmediatamente en favor de los que prestaron esos servicios.
Art. 9? Los derechos legítimos adquiridos por la. ley de 26 de Junio
d~S66; no ae conaiaerarán perdidoa 6 estinguidos sino por renuncia
-,rt111ró cón1\ancia·de haberse ejecutado 1imutadamente lá opéra--

NUM. 48. ,

"

don de que se }ieriva. No 11urtii:án efecto las renuncias de las mujeres que carecieren de otra pr,opiedad miz, ni las de las tutores 6 cu,
radores á nombre de sus pupi~os.
Art. 10. Para calificar los derechos que ge deriven de las ~eferidas'
leyes y los efectos que·deban producir, se considerará la fecha desµ
publicacion en cada lugar, conforme á los principios de legislacion_.
Art. 11. L¡¡.s enajenaciones que el Clero hizo de fincas que le fuel'OQ devueltas en los lugares en que imperaba la ad~inistracfon de
los Generales Zuloaga y Miramon, podrán ser ratificadas si no hubiere pe,juicio de tercero, por derecho anteriormente adql.lirido. Por
la misma calidad podrán ser ratificadas las operaciones que se hubieren ejecutado á virtud de las leyes de 12 y 13 de Julio de 186~,
y con sujecion á ellas ante&amp; de su publicacion en el lugar respectivo.
Art. 12. En las opel'aeiones sobre que hubiesen recaído sentencias ejecutoriadas, laudo,s homologados ó trans.accion·es, la revision
se limitará á hacer reintegrar al Fisco, con arreglo á las prescripciones de esta ley, lo que se le hubiere defraudado en la operacion. El
reintegro deberá hacerlo el actual poseedor de la finca ó capital.
Art. 13. Declarada la insubsistencia de una operacion, deberá devolverse al que la ejecutó las cantidages en numerario y los valores
que hubiese enterado en las mismas especies, forma y plazos en que
él hizo el entero. Se- les abonará ademas el interes legal de las cantidades pagadas en numerario, correspondiente al tiempo trascurrido
y el valor actual de las mejoras que e~istieren en las fincas. Est9s
reembolsos no tendrán lugar en los casos en que conste que la operacion.se ejecutó fraudulentamenro.
----- .
Art. 14. Para la devolucion de los créditos que no existan en las
oficinas públicas, el Consejo espedirá un certificado que producirá
los mismos efectos legales que el crédito reemplazado.
Art. 16, La devolucion de las fincas ó capitales que hayan sido
objeto de operaciones nulas, deberá hacerse con los frutos ó réditos
que aquellos hubieren producido.
Art. 16. Se establece una Administracion de bienes nacionalizados.
Tendrá á su cargo la administracion,de los bienes de esta clase que
no hayán entrado legítimamente al dominio privado: acopiará los datos que considere oportunos para la revision, practicará las operaciones administrativas y ec9nómicas consiguientes á cada acto d~
revision, ó que le prevenga el Consejo. Y para los Departamentos
en que lo con~idere necesario, Nos propondrá el nombramiento de
agentes que desempeñen las funciones que les encargue. Un Consejero 6 Auditor nombrado por Nos, á propuesta del Consejo, será
Inspector de ella.
Art. 17. Todos los capitales de bienes nacionalizados que no se
hayan enajenado 6 redimido, los que se recobren por la revision y
los que procedan de las f,majenaciones de fincas que despues se hagan, estarán á cargo de la oncina de bienes nacionalizados, quien
cuidará 'de administrarlos y de cobrar sus réditos, mientras se les da
aplicacion.
A1t. 18. Ningun derecho que directa ú originariamente proceda
de operaciones de desamortizacion ó nacionalizacion, podrá ejercitarse ni hacerse valer jqdici~~1ó extrajudicialmente, iµi~ntras no se ha~
ga constar en debida forma que ha 'sido ya revisada la operacion de
donde procede.
~
Art. 19. Aunque no esté consumada la revision, si se acredita
en debida forma que se ha ejecutado ya la presentacion para obtenerla, podrán ejercitarse los derechos á que se refiere el ar__tfoulo
anterior; pero lo que por. ellos se obtenga deberá afianzarse á satisfaccion del juez de 1~ instancia, ó conservarse en depósito judicial hasta que qu~de concluida la revision.
Art. 20. Tampoco podrá ejercerse judicial ni estrajudicialmente
ningun dereého relativo á bienes nacionalizados, que no se hayan inchiido en operaciones de desamortizacion ó nacionalizacion, ó que
hayan sido devueltos á las corporaciones eclesiásticas. Los poseedores ó detentadores de estos bienes, deberán .manifestar}~ dentro de
dos meses en la forma que prescriba el reglamanto de esta ley.
Art. 21. Loa contraventor01 de los tres articuloa anterioree y 1u1

I

�DIARIO DEL IMPERIO.

194

cómplices, incurrirán en una multa de un mil á quince mil pesos, ó
en la pena de seis meses á cinco años de presidio. La pena se apli. cará de plano y sin pe1juicio de la nulidad del acto ó actos que se
hubieren ejercitado.
Art. 22. Las redenciones de capitales se manifestarán dentro de
dos meses. Si no se hiciere la rnanifestacion, se considerará nula la
redencion, recobrando todo su vigor la escritura de reconocimiento.
Art. 23. Los negocios pendientes hoy en los tribunales en que se
cuestiona la vali&lt;lez ó preferencia de derechos adquiridos por las leyes de desamortizacion ó nacionalizacion, pasarán al Consejo, quedando aquellos inhibidos de seguir conociendo.
Art. 24. Las fincas de bienes nacionalizados que no hayan sido
enajenadas á consecuenc~~ ~e las leye_s antes citadas, y las qu~ se
recojan á virtud de la rev1S1on, se enaJenarán en la forma y térmmos
que las leyes previenen para la venta de los bienes del Fisco, y observándose las prevenciones que prescriba el reglamento de esta ley.
Art. 25. El precio de las enajenaciones se reconocerá al seis por
ciento anual con hipoteca de la misma finca y plazo de diez y ocho
años para c~brirlo en anualid~d~s y por partes iguales. La diminucion en el tiempo del reconocmuento y el pago al contado del todo
ó parte del precio, no constituye mejora de postura.
.
Art. 26. Las fincas rústicas, para su enajenacion, se dividirán en
fracciones, y el proyecto de division que en cada caso se forme, se
Nos presentará para su aprobacion. .
Art. 27. En toda enajenacion de finca urbana, será preferido en
igualdad de posturas el que no tenga otra propiedad raiz, y en niogun caso podrá enajenarse á una misma persona mas de dos fincas.
Art. 28. Las enajenaciones de predios rústicos, solamente podrán
hacerse en favor de las personas que no tengan otra propiedad territorial.
Art. 29. Los escribanos, notarios públicos y jueces receptores,
dentro de dos meses de la publicacion de esta ley, remitirán al Ministerio de J usticür una noticia circunstanciada de todas las escrituras otorgadas en sus protocolos desde 1? de Junio de 856, co11 relacion á bienes nacionalizados, con espresion de las notas que obren al
calce de ellas. Los que no cumplieren con exactitud y puntualidad
esta prevencion, incurrirán en la pena de privacion de oficio y de
una multa de quinientos á tres mil pesos.
Art. 30. Pasado el término espresado en el articulo anterior, Nuestro Ministro de Justicia podrá nombrar visitadores de los protocolos,
para examinar si se ha cumplido la prevencion anterior.
Este decreto E.e depositará en los archivos del Imperio, publicándose en el Periódico Oficial.
Dado en el Palacio de M~xico, á 26 de Febrero de 1866.
(Firmado) MAxrnILlANo.
Por mandato de S. M. l.
El Ministro de Justicia,
(Firmado) Pedro Escudero y Eclianove.
MINISTERIO DE GUERRA.
8Ecc10N 5~-CmcuLAR.

-

México, Febrero 25 de 1865.
Habiendo llegado á noticia de S. M. el Emperador, que se hallan
navegando en buques mercantes varios oficiales de la armada, sin el
competente permiso, ha resuelto S. l\f. que esa Capitanfa de Puerto
les haga entender á los que arriben á él, la obligacion en que están
de presentarse en la capital del Departamento de marina, bien para ser empleados en el servicio d{ll Imperio, ó bien para recabar la
respectiva autorizacion, á fin de que puedan dedicarse á la navegacion mercantil; en el concepto de que el que asf no lo hiciere, se le
considerará sin empleo.
Lo que comunico á vd. para su mas exacto eumplimiento.
:e1 Ministro de Guerra,
(Firmado) PEZA.
Sr. Ca.pitan del puerto de ..... .

PARTES DE LAS PREFECTURAS.
ENISTERIO DE G013ERNAOION.
SEccioN 2~

DIARIO DEL IMPERIO.

El martes se ha verificado la inauguracion de los trabajos del ferrocarril en las cumbres de Maltrata, presidiendo este acto el Sr. D.
Antonio Escandon.-El sábado por la noche ha llegado tambien á
esta ciudad el Sr. Ayudante de Su Majestad, D. N. Boleslauski, de
vuelta de la penfnsula de Yucatan, habiendo continuado ayer por la
mañana su viaje para México.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefecto político superior,
(Firmado) ALONSO MANUEL PEoN.

par á S. M., que en la semana que hoy termina no ha habido novedad en este D~partamento, ni otra ocurrencia notable que la derrota de una gavilla en el pueblo de Jicotlan. del Distrito de Mat.amoros, cuyo hecho comunico á e8e Ministerio en comunicacion separada.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefecto superior,
(Firmado) F. PARDO.

. Puedo, pues, asegurar al Supremo Gobierno, que aniquilada la gavilla que merodeaba en los montes de Huitzilac como
1
metf al destinar esclusivarnente una fuerza basta~t
me ¡° prosiguiera con tenacidátl y constancia, muy en brevee paradquáe eól~der4ue ar s I ate fi
d I t
Td d
mdend a anlzadal a ra_nqm I a ydseguridad del Distrito, y resultanº a emas a e cammo que con uce á la Corte com
villas s?n las q~e únicamente han merodeado en' él, ~pi-~:e~i::t0
cualqmera ocaston para cometer sus robos.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefecto Pol!tieo,
Prefectura Politica del Departamento de Puebla.-Seccion 1~Pu~bla, Febrero 20 de 186~.-Exmo. Sr.-Previoe los requisitos de
(Firmado) F. GERARDO GoMEZ.
El Subsecretario de Gobernacion,
estilo, hoy he tomado poses10n de esta Prefectura Superior para cuyo empleo fui nombrado por.bondad de S.M. el Emperad¿r,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLA.LOBOS.
Tengo la honra de comumcarlo á V. E. para conocimiento de
S.M.
Dios guarde~ V. E. muchos años.
DOCUMENTOS.
El Prefrcto Superior,
IIINIS'l'ERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
(Firmado) JosE MARIA ESTEVA.
r
.
México, Febrero 25 de 1865.

Prefectura superior polftica del primer Distrito del Departamen•
to de México.-Toluca, Febrero 21 de 1865.-Exmo. Sr.-El Subprefecto de la villa del Valle dice á esta Prefectura, con fecha 19 del
actual, lo que copio.-Dígnese V. S. poner en conocimiento del Sr.
Prefecto superior politieo, que en este partido se conserva la tranquilidad. .
Y lo traslado ií. V. E. para el debido conocimiento de S.M., y en
cumplimiento de lo prevenido en la circular de ese Minieterio, fecha
28 de Diciembre del año próximo pasado; debiendo agregar que el
dia 14 ílel presente entraron á esta ciudad los prisioneros hechos por
las tropas imperiales, en el rancho de Paparendan, incluso el disidente Romero, los cuales salieron para esa el 16 del mismo, en cuyo dia se recibió en esta Prefectura el parte del Subprefecto de Sultepec, relativo á la derrota que sufrió el comandante D. José Mar•
cial, en el pueblo de San Antonio. El mismo día 16 participó el
Subprefecto de Temuscaltepec la muerte del disidente Francisco
Leon, y de haber sido gravemente herido Nicolás Tapia, y hecho prisionero D. Juan Leon.-El dia 19 se recibió del mismo Subprefecto, el parte relativo á la derrota y muerte de los disidentes Juan
de Dios y Mariano Ramon, en el punto llamado los "Cirianes."-Lo
espuesto es todo lo ocurrido en la semana anterior, pues en los demas Partidos, incluso el de esta cabecera, se ha conservado inalterable el órdeo público.
,
Dios guarde á V. E. muchos años.
1
El Prefecto superior político,
(Firmado) PASCUAL GoMEz FUENTES.

Prefectura Superior Política del Departamento de Zacatecas.Nó.mero 418.-Zacatecas, Febrero 13 de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo l_a ~onra de participar á V. E., para que se sirva ponerlo en conoe1m1ento de S. M. l., que en la semana que finalizó el día 11 del
~ue rige no ha ocurrido Pu el D~partamento de mi cargo cosa alguna notable q11e merezca la atenc10n del Supremo Gobierno relativa
á la policía de seguridad.
'
Renu~vo á V. E. los testimonios de mi distinguida consideracion
y aprecio.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefoct-0 Superior Político interino,
(Firmado) JosE MARIA PEREDA.

Prefectura politica de Orizava.-Núm. 24.-Orizava, Febrero 20
de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de participará V. E., para
conocimiento de S. M. el Emperador, que en la semana próximo pasada se ha conservado inalterable el órden público en este Distrito.
Debo igualmente manifestará V. E., que el lunes último por la
tarde, han llegado á esta ciudad los Sres. Exmo. Sr. Ministro de Estado D. Joaquin Velazquez de Leon, Dimo. Sr. D. Francisco Ramirez, y el Sr. Lic. D. Joaquín Degollado, quienes han continuado al
dia siguiente su viaje para Veracruz, con la escolta que estaba previamente dispuesta, como se sirvió recomendar el Sr. Ministro de la Prefectura politica del Departamento de Puebla.-Secoion 1!-Guerra á esta Prefectura.
Puebla, Febrero 18 de 1866,-EXJ{IO, Sr.-Sí"aae V. E. pariiei-..

NoTicu de los pasaJeros llegados á. Tampico durante el mes de Enero próximo pasado, con espresion de su nacionalidad y sexo.
Hombres.

Españoles....•... _. . . . . . . • . . . . . 3
Norteamericanos.
l
Alemanes
· · · · · • · · · · .. · · · 1
Italia.nos. : : : : : : : : : ~ : : : : : : : : : : : : 3
8

Hombres . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . 8
Mujeres .. . . .. ..... ... ...... _. 2

Mujeres.

2"

"

"
2

Total. . . . . . . . . . . . 10
El Gefe de la Seccion de Cancilleria,

(

Prefectura política del Departamento de Puebla.-Seccion 1~Puebla, Febrero 18 de 1866.-Exmo. Sr.-EI Sr. Prefecto del Distrito de Matamoros, con fecha 16 del actual dice á la Secretaria de
esta Prefectura lo siguiente:
11
El Subprefecto de Chiautla, con fecha 13 del actual, me dice lo
que sigue:
"Con fecha 11 del actual me dice el Sr. Capitan D. Ramon Sanchez, desde el rancho de la Junta, lo siguiente:
"Pongo en el superior conoeimiento de vd., que á las cinco de la
mañana he logrado sorprender, con la fuerza que es á mis órdenes,
á una partida de disidentes que en número de mas de cien hombres
ocupaban las eminencias del pueblo de Jicotlan; el cual, despues de
haberse sostenido por medio de un fuego nutrido, se vió obligado á
abandonar sus posiciones, dejando en nuestro poder 18 caballos, los
cuales fueron distribuidos entre las fuerzas de seguridad pública
que concurrieron á esta jornada; y diez prisioneros, entre los cuales
se encuentran dos heridos, que son, Rafael Hernandez (á) Vivorita,
ex-comandante de escuadron, y José Mariano de Axuchapa, siete
muertos, sin contar los que han quedado en las ·huertas del mismo
pueblo, y de los cuales he tenido noticia al toque de marcha para
esa: por nuestra parte solo tuvimos un caballo muerto."
"Al comunicarlo á V. S., he juzgado conveniente manifestarle,
que en virtud de haber salido herido del hombro izquierdo por una
bala que tengo hundida, he encargado la fuerza al subteniente D.
Oayetano Matamoros."
Y lo trascribo á V. S. para su conócimiento y satisfaccion, manifestándole que como el referido se hallaba un poco molesto de la
herida, no pudo ir éste con la anticipacion que se deseaba.
Ofrezco á V. S. con esté motivo mis respetos." _
"Y lo trascribo á V. S. {on el objeto de que se sirva comunicarlo
al Sr. Prefecto superio1· político, para su conocimiento, manifestándole que por hallarse gravemente herido el espitan Sanchez, be dispuesto se traslade á esta ciudad para que sea atendido del mejor
modo posible; y en cuanto á los prisioneros, se ha ordenado al Subprefecto de Chiautla que con la sumaria respectiva los remita á esta misma ciudad, para que 1,ean consignados á quien corresponda."
Y tengo la honra de trascribirlo á V. E. para conocimiento de
·S. M.
1
Dios guarde á V. E. muchos años.
'{ .ni
El Prefecto político superior,
(Firmado) F. PARDO,

195

./

(Firmado) J. H. MANERO.
Prefectura Política del Departamento de Tlaxcala.-Febrero 18
de 18~5.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de participará V. E., para
Mé1ico, Febrero 25 de 1865.
el debido con?cimiento de S. !1f· el Emperador, que en la semana
No!ICIA
de
l?s
pasajeros
llcga&lt;los
á.
lifazatlan
en el mes de Enero último
que hoy ~ermrna, por lo relativo al órden y tranquilidad pública, se
sm
espres10n
de
su
nacionalidad,
por
no
haberla
manifestado el capi'.
cons~rva malterable en el Departamento de mi cargo.
tan del puerto. •
_
Dios guarde á V. E. muchos años.
Hombres. · · · · · · · · · · - -· · . · • - - . • • . . . . . . . . . . 128
El General Prefecto Superior,
Mujeres.. . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
(Firmado) J. I. DE ÜRMAECHE.A y ERNAIZ.
Total . . .............. . ... . 136
El Gefe de la 8eccion de Cancillerla,
Gobierno civil del territorio.-Número 36.-Cuernavaca, Febrero 20 de 1865.-Exmo. Sr.-Para conocimiento del Gobierno Im(Firmado) J. H. MANERO,
perial, tengo la honra de manifestar á V. E. que la semana anterior
hasta est~ fecha, se ha conservado inalterable el órden y trao·quiliSOLICITUDES.
dad púbhca en todos los pueblos de este territorio.
D10s guarde á V. E. muchos años.
ltINISTEB.IO DE FOMENTO.
El Prefecto Político,
SECCION 1~
(Firmado) J. GERARDO GOMEZ.
México, Febrero 24 de 1865.
D:
John_
M.
Leod
Murphy
ha
hecho
formal
registro de un manantial de
Gobierno Civil del territorio.-Número 37.-Cuernavaca, Febre- petroleo, situado e~1 e) cerro ~e Cuapinoloya, &amp;obre
la orilla derecha del rio
ro 20 de _1865.-Exm?· ~r.-El Comandante de la fuerza de seguri- de Goat~coalcos, a ~1~z y seis l~uas de Minatitlan (Istmo de Tehuantepec).
dad pú_bh~a de este D1stnto, con fecha de ayer, desde Ajusco me di• Y ha.~1end~s~ ~dm1t1do el registro con fecha 23, en cuanto ha lugar en dece lo siguiente: .
re~ho, sm rerJm?10 de tercero y conforme á. las Ordenanzas, se avisa á.l pú"Son las tres de la tarde del dia de hoy, y en este momento aca- blico para que s1 alg:u~a p~rsona se encuentra con derecho á. oponerse lo
'
bamos de derrotar completamente al enemigo, habiéndose comenza- deduzca. ante este Mimsteno.
do el ataque cosa de las doce de este dia por la infantería del pueEl Subsecretario de Fomento
'
blo de ~uitzilac, que V. S. se dignó confiarme, la quefué la del ata(Firmado) MANUEL Oitozoo.
que baJo las órdenes del Sr. Garcés, por no poder subir la caballería
por _lo esca~roso del ter~eno, y me quedé con las caballerías para imMéxico, Febrero 24 de 1865.
pedir la salida del enemigo en el p_rimer campamento que con las
D. Arca.dio García Figueroa y D. Pedro Rojas han hecho formal r istro caballe~as fué tomado, y en la retirada del enemigo logré matar uno de una veta de plata que nombran "La Providencia: " corre de o á,eg¡;
de los d1sidehtes ~ tomarles dos_ prisioneros, que fueron entregados las señas particularE:8 son dos cercas que forman una especie de ca.~ino p;ri
al Sr. Garcés; temendo que decir á V. S. que cosa de las doce se co- el tuebl~,de San M1~el Tlasoa!tepec, jurisdiccion de Sant.a Maria Amealoo.
menzó el ataque con la infantería que le encomendamos al Sr. Garha~iendo_s~ ~dm1t1do el registro con fecha 22, en cuanto ha lugar en decés, y les _hizo tres muertos y un herido, quitándoles veinticinco ca,- r8?ho, sm perJu1?10 de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al púballos ensillados y enfrenados, seis mula~ aparejadas, quince fusiles, blico para que s1 alguna persona se encuentra con derecho á oponerse lo
'
D?eve rno~quetes, una escopeta de dos tiros, tres carabinas á la Mi- deduzca. ante este Ministerio.
El Subsecretario
de Fomentol
~1é, una pistola francesa, diez espadas, el sombrero del bandido Mar•
tinez, el cual logró fugarse en un caballo en pelo: por nuestra parte
(Firmado) M,uruxL ORozco.
de las f~erzas que fuimos en cornbinacion, como manifesté á V.
México, Febrero 24 de 1865.
que temamos que obrar con el Sr. Garcés, no hubo desgracia que
lame~~r, y tanto los gefes como la tropa se han batido con valor . D. George S. Drew ha hecho formal registro de un manantial de petróleo,
situado en te:renos de la hacienda de los Almagres, á unas siete leguas al
Y decis10n, que corresponde á cumflir con sus deberes.
Sur de Acayuoan (Istmo de Tehuantepec).
S Tengo la satisfaccion de trascribirlo á V. E. para conocimiento de
Y ha~iéndo_s~ ~dmitido el registro con fecha 23, en cuanto ha lu~ar en de~ el Emperado~, añadiendo que ayer fué aprehendido en el pue- r8?ho,
sm per;mc10 de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al pú,
0
d' e S~nta Catarma, un correo que el faccioso Castelo mandó el bhco, para que si alguna persona se encuentra con derecho á. oponerse lo deta an~nor á su derrota, exigiendo dinero y víveres y hoy ha sido duzca ante este Ministerio.
'
entreg o á la Comandancia Militar del territorio p~ra que sea juzEl Subeecretarlo de Fomento,

s'.

hi

pdo.

(Firmado) M.u11n Oaozoo.

�DIARIO DEL IMPERIO.

196

M;éxioo, Febrero 24 de lfl6,5.

D. George S. Drew ha hecho formal registro de un manantial de petróleo,
situado en terrenos y á unas tres leguas del rancho de Baldovin, sohre el rio
Coachapa, en su orilla iz~uierda (Istmo de Tehuantepew).
Y habi~ndose admitido el registro con fecha 23, en cuanto ha lugar en dereého, sin perjuicio de tercero, y conforme á las Ordenanzas, !¡e avisa al
público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á oponerse. lo
deduzca anto este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MA).'UEL ÚRozoo.
México, Febrero 24 do 1865.

D. George S. Drew ha hecho formal registro de un manantial de petróleo,
situado al Sur de Aca.yucan, á unas cinco leguas cerca del pueblo de Sayula
(Istmo de Tehuantepec).
Y habiéndose admitido el registro con f~a 23, en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al
público, para que si alguna persona. se encuentra con derecho á oponerse, lo
deduzca ante este Ministerio.
El Subsecretari0 de Fomento,
(Firmado) MANUEL ◊Rozoo.

TBIBlJll'AL DE COIIERCIO DE JIEXIOO.
En loa autos qu&lt;' ante este Tri~unal sigue D. Fra_ncisco F. Movl,llan contra D. Oárloa
?líayer, al hacerse á D. José María Uriarte, como apoderado de éste, una notificacion ro.
lativa á dichos autos, dijo: que "nada tiene que responder, porque habiéndose ausentado
"del Imperio el Sr. Mayer, sin dar avi.o, ni dejar espensas, ni instrucciones, el que con" testa ha renunciado el poder, fil que á mayor abundnmiento le está revocado por otro
" general qne otorgó posteriormente el Sr. Mayer en Orizava."
Y como ni estractarse dicha respuesta en la eit.acion que aparece en el núm. 41 del
"Diario do! Imperio" se omitió la circunstancia sust.ancinl de que el poder conferido al
espresado Uriarte, babia sido rovo•adó eu otro general que Mayer otorgó en Orizava, este Tribunal ha mandado se haga de nuevo la citacion, disponiondo que el término de quince dias señalado á Mayer para que, por sí ó por apoderado, se presente á continuar el
juicio pendiente, se cuente desde la primera publieacion do! presente y con el mismo apercibimiento que contiene la repetida citacion.
México, Febrero 23 de 1865.-José María Cardeña, Oficial 2?
150--3s-3
ALJCOIEDA JUDICIAL.
Por disposicion del Sr. Juez 2? de lo civil, ante quien se hallan radicados los autos del
cononrso formado á la hacienda de San Nicolás de la Torre, y de oomun acuerdo de los
iuteresados, se celebrará la última almoneda para el remate de dicha finca el dia feintisiete del entrante Marzo, á las dooe, teniendo verifieati-ro est.e aot-0 en el Palacio de J uaticia de esta capital; debiendo advertir que la mencionada hacienda ha sido retaaada en la
cantidad de 155,130 pesos 3 rs. Y en virtud de lo prevenido, pongo el presente, para que
las person:\ij que ~uieran, puednn hacer postura, verificándolo; debiendo publicarse este
aviso en el periódico oficial do esta capital, de Quenítare y de Toluca, á fin de dar al acto
la bastante publicidad, quedando as! evacuado el precepto judicial.
·• México, Febrero 22 do 1865.-José Viunte Piña, Escribano público.
145--Se-4

IGNACIO DW TRitJ.TEQUE
Re1natará

todo 111 meD11je de la casa núm. 8 de la calle de la Perpetua, el viernea 3 y 11Abado 4 M
Marzo de 1865, á la una en punto, estando á la vista los días J'? y 2.
D. John M. Leod Murphy ha hecho formal registro de un manantial de Las ventl\8 son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listaa ponnepetróleo, situado en el pueblo de Minatitlan, á la orilla izquierda del rio norizadas.
Se reciben
comisiones al seis por ciento, pero no se admite la paja d,e sus dueñoe.
Goatzacoalcos, como á ocho leguas de su barra.
Se hneen 1v11lúos de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c. y se alquilan y trasportan muebles.
Y habiéndose admitido el registro con fecha 23, en cuanto ha lugar en de- El despacho está en la calle 11!- de Santo Domingo, junto al núm. ll.
138-l0s-6
México, ]:"obrero 24 de 1865.

• recho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al
JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
público, para que si alguna persona se encuentl'a con derecho á oponerse, lo
El
Sr.
Juez
4?
de
lo
civil,
Lic.
D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, ha mandado ae oon,
deduzca ante este Ministerio.
-roque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del intest-ado de :ó.
El Subsecretario de Fomento,
Marcelino Sanchez, para que en el término de treinta diaa se presenten á ded11cir lot que
les competan; apercibidos de h&gt; que haya lugar si r.o lo verifican.
(Firmado) MANUEi, Onozco.
México, Febrero 7 de 1865.-Manucl 7'. de Meneses, Escribano público. 97-30s-15

ANUNCIOS OFICIALES.
ADIIINISTRAOION GENERAL DE CORREOS.

CITACION.
De órden del &amp;r. Juez 2'! de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, y á pedimento de- D. Ant.onio BarquiJl, cito por el presente á D. Vicente Vaca, para que en el término de quince,
dias, contados desde la fecha, se present.e en el Juzgado de su cargo á reconocer la firma
que con su nombre se encuentra en un documento presentado por dicho Sr. Barquin, y
bajo el apercibimiento de darse por reconocida si no comparece.
México, Febrero 7 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
104-&amp;-7

AVISO.
A laa nue\"e de la mañana del próximo dia veintiocho despacha esta AdminiHtracion geTRDIUNAL DE OOKERCIO DE JIEXICO.
neral el estraordinario que debe conducir hasta Veracruz, la. correspondenciR para el esMéxico Febrero 6 de 1865.
terior p'lr el vapor "Paquete Inglés."
Est.e Tribunal, en auto de 30 de Noviembre del año próximp pasado, ha decla.rado en
Lo que ae puticipa al público para su conocimiento.
estado de quiebra á D. Francisco Oluiregui, cuya época es de contane desde esa. fecha,
México, 24 de Febrero de 186.'i.-Luis de la Pez,,.
salvo lo que despues aparezca: ha nolllhl'l!-do sindico administrador, despues de la renuncia de los dos primeros nombrados, á D. Bruno @ndovilla, y judicial al Lic. D. Bibiauo
Beltran, y fijado á lqs M:i:eedores el plazo de veint.e diaa para la presentacion de loe jDII
tificantes de sus crfditos al sindico !idministrador nombrado.
ANUNOJ:OS.
Y en cumplÍIDlent-0 de fo dispuesto en el art. 794 del Código de Cemercio, pongo el p~
aente parn, conocimiento de loe iatereeadoe.
·
José María Cardeiui, Oficial 29
95-8&amp;-8

AVISO.

JUZGADO 4'? DNOR DEL CUARTEL llAYOR NUJ1EJW 4.
Et Diario del Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á Jaa dooe, menos loe
l ~ de Santo .Domingo nítni. 8.
domingos y días festivos en que estén cerradas IM oficinas del Gobierno.
El despacho se halla. establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustín.
OROEN.-lgnorá.ndose el domicilio de D. Santiago Vicario, por la present.e se le cita y
El precio de la suscricion ,erá:
empl11za para que en el término de treinta días se ptesent.e en est-e de mi cargo por a{ ó
por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbRI aobre
En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . . ....... $ l 50
pesos le promueve el Lic. D. José María Aragon en representacion de la teatamentaria de
Id.
id. por tres meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
D. Felic¡ano Rey; apercibido de que si no concurrc, se le nombrará un defenaor de oftoio
En los Departamentos, por tres meses, franco de
eon quien se entenderá la demanda.
porte....................... ... ...... .. ..... 3 75
Melico, Febrero 16 de 1865.-Lic._Poul~t.
J35--J5a--3
El importe de laa susorioiones se pagará adelantado.
.JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
El precio de loe anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelanta4o,
sin cuyn requisito no podrán publicarse.
,
Debiendo rem11t11rse la casa núm. 8 del eallejon de la Polilla, valuada en cinco mil aeiacientos ochenta. y tres pesos (f 5,68'J) ha eeiialado el Sr. Juez ~ de lo civil, Lic. D. MaLos recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincentiis, encargado de nuel
Pavon, para las almonedas de dich11,_fü)ca, para 111 primera el dia 20delcorriente1 ptí,
esta administracion.
ra la segunda el J? y para la tercera el 11 del entrante Marzo, sielldo l&amp; última con calidad de remate, bodas á las doce del tlia. Lo que se avisa al públicd, para queJa, person11
No ae admiten reclamaoiones por falta de reoepcion del "DIARIO," sino hasta
que q1¡ieran hace, postura Jo verifiquen en el doepaoho del que suacribe, aito en la calle
el dia siguiente de publicado cada númere.
de la Moned11l bajos del núm, 7, don~e. se les darán los datos que resulten do autoe,
México, 'Febrero.14 de 1865.-Mamul T. de Meneses, Escribaoo público. J19-6a--4
1UZGADO 5? DE LO CIVIL
llJ2'.GADO DE LETRAS DE CHALCO,
ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DEL FISCO.
A
escrito
presentado
en
eato Juz¡¡ado por D. José María Trueba, ,ecino del pueblo de
Habiendo prerenido el Sr. Juez del referido Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, que
á laa doce de los dias seis, diez y siete y treinta del inmediato l\iarzo, se cel!lbren las al• Amecameca, haciendo depuncia en 1'onna de dos vetas, un11 de plata y otra de catbon de
mouej!as respectivas, siendo la última con calidad de remate, para la venta de la casa nú- piedra, que se hallan en el cerro de Alzomoni, pertcneciellte al mismo pueblo de Ameca,
mero 2 de la calle de Zuleta, valuada por el arquitecto D. Manuel Rincon en 10,491 pesos este Juzgado ha tenido por hecha. tal-denuncia en aut-0 de esta fecha, mandando ~e con•
26 ca., lo anuncio al público para que las personas que quieran hacer postura puedan ve- voque por los periódicos de mas circulacion en la capital, á las personaa que ae crean con
derecho á estas ,etaP, para que se presenten á deducirlo en est.e Juz_gado, en el término
rificarlo.
MélÍ,C¡¡, Febrero 21 de 1865.-.Agustin Porez de Lara, Notario público y de Hacienda. señalado por las Ordenanzas del ramo, á efecto de que pasado dicho termino, ~ prooederi
cou arreglo á las mismas Ordenanzas.
g-2a-1
Chalco, Enero.20 de 1865.
El Juez letrado, Lic. Lxis Ri'ller4 Melo. 134-3am.-2
llJZGADO 8? MENOR DEL CUARTEL llAYOR lfOlORO 8.
llJZGADO DI LB'l'.lllS DE CRALCO. ·
D. Vicente Vaca, albacea de D. Ramón Vaca, se presentará el ·di&amp; ocho del entrant.e
Marzo, á las doce del día, á contestar la demanda_ que en juicio verbal aobre pesos Je proChalco, F ebrero 8 de 1866.
mueve D. Jesus Goribar; apercibido de sentencia en rebeldi&amp; si no concurre.
D. José Tnieba .ha denunciado 11nte mi una veta de plata que se halla en 110 hoyo, ,¡.
México, Febrero 25 do 1865.-El Juez 8? menor1 Lic. Zubiaga.
155--3&amp;-l
tuado en el cerro nombrado las 1\1 in1111, en la juriediocion de Ameoa. Y habiendo Nte Jnz.
gado mandado, entre otras cosas, que se p11blique lll!ta. denuncia-por el periódico oficial¡ 1
otro de los de mas nombre de la capital, lo digo á vdes. para quo ro sirve.u hacer la publiTRD!UlUL DE COIIEBCIO DE JmXICO.
caoion mandada, á fin de que ai alguno se creyere con derecho á la veta denunciada, ocurra
Este Tribunal, en auto de hoy, ha dec]1¡rado en estado de quiebra. á D. Francisco Or- á deducirlo en fol11l11,
tiz Pardo, desde el !lía. 'r/ do Enero, salvo lo que des¡;mes ayarezoa: ha nombrado síndico
El J ue~ letra\111, d~l Diatriro, Lic. Luil Rititra Melp.
admioietra~or á D. Ventura Francisco Gutierrez, y Judioía al Lic. D. Miguel Madrid, y
133-3,m-2
&amp;)ado á los acreedores el ténnino de quince dias pa.ra que preaent.en al sindico administrador _loe Ju~tificantes de sus orédit-01, mand11Ddo igualmente ,e anuncje la providencia por
l01~n6dioo1.
·
IMPRENTA DE J.){. ANDRAD]; Y F, Fi!CALA~T&amp;;
~ que ae haee aaber á lo, intereaadoa per medio del preaent.e en oumplimient-0 de lo
HJ('I I&gt;~ LUf ~QtJIT»r, lltJlll. }.
mandaio. Mbioo, Febrero !i de J865.-Jo,I Maria C11rdtff11, 08oi&amp;l i ~
15'-2--4

..

l

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 48, Febrero 27</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>•

1

r

(•

•

DEL

EL
r

IMP'ERIO

-·DIARIO

,A

MEXICO: Miércoles 1~ de Marzo de 1865.

NOM. 49.

1

'!

"LA :rroEVA ERA."
.
.
.
.
.
A fin de evitar 9u~ el pú~lrno sea miluctd&lt;I en error, el Gobie~o
decl~a 9ue_el penódtco mtitulado La ~?teva Er!l', no so_lo no recibe
sus msp1rac1ones de los agen~es del G_obi_erno. mismo, smo que_ é~te
desaprueba los artí?ulos de ~•~ho ~eriódico, que est4n en oposicion
directa con la política del Mm'L8ter10.

NOTICIAS OFICIALES.
IUl'ISTDlO DE GUERRA.
ldéiico, Febrero 26 de 1865.

Ejército Imperial.-Divi&amp;ion Oronoz.-Colima, Febrero 10 de 1865.
..:..Exmo. Sr.-Despues de la derrot,a que sufrieron en Zapotlan los
cabecillas Echeagaray y Julio García, hice mover una columna de
cuatrocientos hombres, á las órdenes del Sr. Coronel D. Doroteo
Vera, para cortar al enemigo la retirada de ]a Sierra, dando por resultado que desde Tecalitlan me enviaren una comision los referidos
cabeeillas, solicitando una conferencia: como mi contestacion fuese
que no podia tener conferencias que no diesen por resultado el reconeeuniento d~l Gobierno de ~- M. el Emper~dor, recibf la nota que
en copia tengo el honor de acompañar a v. E., a.si como la de mi
contestacion; con lo que tengo el honor de anunciar á V. E. que
queda este Departamento y la parte del de Jalisco que se me ha encomendado, libre en lo absoluto de gavillas que estorsionen á los
habitantes.-Lo que tengo el honor de poner en el superior conocimiento de V. E.-El general en gefe de la division, Cárlos Oronoz.
-Exmo. Sr. Ministro de la Guerra y Marina.-México.
Es copia.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Querrn,

(Firmado) J. l\f.

para que se digne comunicarlo á S.M. el Emperador, que despues
de ocupadas las plazas de Teziutlan y Zacapoaxtla por las fuerzas
imperiales, los vecinos de este Distrito, libres ya del · odioso yugo
que los oprimia, han reconocido espontaneamente y con el mayo1·
júbilo al paternal gobierno de S.M., lo que no podia menos de esperarse de una poblacion tan conocida por su amor al órden y moralidad.
·
Por disposioion del Sr. Comandante en gefe de las citadas fuerzas, me he recibido hoy de los mandos político y.militar de este
Distrito, en cuyo puesto aguardo las superiores órdenes de V. E.
Tarobien suplico á V. E. se digne de'Cirme por qué conducto deba en lo s·ucesivo entenderme con el gobierno supremo, dándome·
ademas cuantas instrucciones (}rea necesarias para el arreglo de la
administracion pública, que he encontrado en una verdadera, confusio1 .
Termino manifestando á V. E. que dentro de breves dias tendré
]a grata satisfaccion de remitirle tambien las actas levantadas por
las poblaciones de que se compon~ este Distrito, quienes de pronto
protestan por mi humilde conducto la mas eiega obediencia y fidelidad á nuestro amado Soberano, del que con fundamento esperan
el completo término de sus males.
Reitero á V. E., &amp;c."
El Subsecretario de Estado y del deepaoho eje r.11erra,

(Firmado) J. M. DURAN.

DOCUl\lENTOS.
?rlINISTERIO DE JUSTICIA.

(

México, Febrero 21 de 1865.

DURAN.

En el número de hoy del periódico intitulado "La Era nueva," se
DOCUMENTOS RELATIVOS.
d~ce que en las puer:tns de los ~emplos de esa ciudad se han fijado
•
•
•
•
eJemplares
de la última Encfohca del Santo Padre. Como no se ha
EJérc1to Republ_1cano _del Cent_ro.-General 20 en gefe.-S1éndo- otorgado ni aun solicitado el pase que corresponde para.su publica~e ~e todo ~unto 1mpos1bl~ cont1~uarla guerra, por razones qu~ m_e Icion oficial en el Imperio, conforn;ie á las leyes vigentes desde el
Justificarán siempre ante mis concmd~danos, de acuerdo los pnnc1- tiempo del Gobierno colonial, ordena S. M. el Emperador investigue
p~les gefes de e_stas fuerzas, hemos d1Spuesto deponer lag armas y V. S. é informe detalladamente lo ocurrido en el particular, para
disolvernos, retirándonos á nues~ros hogares.
que se dicten las medidas que corresponden, pues teniendo S. M. el
Lo que _tengo el honor de demr á vd., consecuente _á lo acordado propósito firme de hacer que en el Imperio sea una verdad la exacta
por vd. mismo, segun se demuestra. en su carta oficial de f~cha ~; observancia de ]as leyes, sabrá reprimir con mano fuerte las trasgreesperando par~ hacerlo la contestac1on de v_d.-Inde~endenma y h- siones que de ellas se hagan.-El Ministro de Justicia, Escudero.-Sr .
. bertad. Tecahtlan, Febrero 8 de 1866.-Miguel Mana Echeagaray. Prefecto político de Puebla.
-Señor General D. Cárlos Oronoz,
\
Es copia.
Prefectura poHtica del Departamento de Púebla.-Seccion 3~El Subsecretario de Estado y d• 1Despacho de Guerra,
N
úm.
282,-Puebla, Febrero 24 de 1865.-Exmo. Sr.-No es cier(Firmado) J. M. DURAN,
to que se hayan fijado en las puertas de los templos de esta ciudad
. .
•
ejemplares de la última Encíclica del Santo Padre. Lo que apareció
EJérmto Imperial.-Division Oronoz.-Colima, Febrero 8 de en 1011 muros de la Catedral y en algunas esquinas, fué un anuncio,
1865.-Contesto la comunicacion de vd. de esta fecha, manifestándo- como negociacion particular, de estar de venta un cuaderno que conle que puede entregar las armas y demas efectos de guerra que tiene tiene la Encíclica, al precio de un real, en una de lag imprentas; y
en su poder,~ la autoridad política de esa poblacion, y retirarse con acaso esto ha dado márgen á la noticia que da '' La Era Nueva." Y lo
J~s _g~fes, ofic1ales y tropa á sus hogares.-El general en gefe de la informo á V. E. en cumplimiento de lo que se sirve prevenir á esta
d1v1s1on, (?árlos Oro1wz.-Es copia.-Cárlos Oro11oz.
Prefectura en su oficio del dia 21, que anoche recibi.-Dios guarde
Es copm.
á V. E. muchos años.-El Prefecto superior, José María. Estei:a.fü Subsecretario de Estado y del Despacho de Guerra,
Exmo. Sr. Ministro de J usticin.
(
,
(Firmado) J. M. DURAN,
Es copia~ México, Febrero 2G de 1865.

·~•··...,....__.

JlllfiSTElUO DE GUERRA.
J

México, }'ebrero 25 de 1865.

El Prefecto y Comandante militar del Distrito de Tlatlauqui, con
focha 18 del actual comunica á este Ministerio lo siguiente:
"Tengo la honra de poneren el superior conocimiento de V. E.,

El Subsecretario de Justicia,

{Firmado) FRANCISCO DF. P.

\
'fADUA.

�198
•

VARIEDADES.
J:N.FOEl.:ME

SOBRE l!L CULTIVO YPRODUCCION DEL ALGODON
EN EL DISTRITO DE JALAPA,
ESCKITO

PARA LA JUNTA AUXll,IAR DRGEOGRAFIA Y ESTADISTICA DR LA OIUDADDB JALAPA,
POR UNO DE SUS MIEMBROS,
En cumplimiento de una disposicion suprema, relativa al fomento y cultivo de algunos importantes artículos de agricultura, esta Junta se sirvió
conferir diversas comisiones sobre el asunto á varios de sus miembros, tanto
para cumplir la referida suprema disposicion, como para llenar el objeto de
nuestro instituto.
Tocóme á mí la tarea importante del algodon, y hoy tengo la honra de
presentar á la Junta los escasos resultados obtenidos hasta ahora.de mis indagaciones.-Por estas se sabe, que antes de la conquista de México por los
españoles, el algodon era cultivado por los aborígénes del Distrito de Jalapa;
que continuó cultivándose siglos despues, tanto que á principios del presente, los naturales de gran parte del Valle inmediato de Coatepec se vestian
con las telas que ellos mismos tejían con algodon cosechado en di'versos lugares de las cañadas del Valle, lugares que todavía hoy señala 'la tradicion
de los habitantes.
En los últimos años solo han conservado la costumbre de cosechar algodon y tejer sus mantas los indígenas del pueblo de Jalcomulco y sus rededores, donde se da perfeutamente el algodon de árb-91 y de mata blanco, y
un algodon especial de color gris, de árbol muy grande, conocido vulgar.
mente con el nombre de algodon coyote.
El alto precio á que la gran convulsion norteamericana ha elevado el artículo de que proveían al mundo manufacturero los Estados-Unidos, despertó de nuevo la idea de su cultivo entre los agricultores de Jalapa y de
sus inmediatas haciendas, y á pesar del estado inseguro y peligroso que guardaba y guarda la propiedad rústica y el producto del trabajo en los campos,
se hicieron diversos ensayos de siembra desde el año de 63, que se repitieron en 64, y que produciendo magníficos resultados, han sido causa de que
en el presente de 65 se empiecen á emprender siembras mas en grande del
algodon de mata.
Desgraciadamente, hasta ahora no hay mayor inteligencia ni conocimientos en el cultivo de tan preciosa planta, desconociéndose los adelantos á que
en otras partes ha llegado. Nada se sabe de las enfermedades del algodonero,. ni de la manera de curarlas; la esperiencia del cultivador le ha enseñado
que la mejor época de la siembra en estos contornos, son los meses de Junio y Julio, empezando la cosecha á recogerse en Diciembre la de los mejores terrenos, y en Enero, Febrero y aun Marzo la de los medianos.
Segun datos adquiridos, se han hecho ensayos de siembra en Paso del
Toro, hacienda al Norte de Jalapa, de algodon de árbol y de mata; en Mahuistlan, hacienda á cuatro leguas de esta ciudad (canton de Coatepec), de
árbol y mata; en la Orduña, otra hacienda del mismo canton, á dos y media
leguas de Jalapa, de mata y de árbol. La hacienda de Tuzamapa, á mayor
distancia que las anteriores, tiene magnificos y estensos terrenos para este
cultivo, que todavía no se han querido ó no se han sabido aprovechar.
En Pacho, hacienda la mas inmediata á J a.lapa, tambien ha dado escelente
fruto el ensayo de siembra de algodon, allí verificado.
En el rancho de Atezca, tres y media leguas distante rumbo á Veracruz,
se ha producido el mejor algodon del contorno, y en mayor abundancia. E n
los Ojuelos, rancho de la hacienda del Encero, se ha cosechado casi igual.
En el Palmar, rancho de la misma hacienda, y en Corral Falso, punto inmediato, se ha sembrado con buen éxito. I~ual buen éxito han tenido las siembras de_Monte Bejuco (rededores del Plan del Río) y las de Monte Tigre,
cerca del Puente Nacional.
En P aso de Ovejas, ya Distrito de Veracruz, y er. Tolome, punto mas lejano en el mismo éamino para la her6ica ciudad, se cosecha tambien el algodon con escelente resultado.
Del lado Norte de la carretera, el terreno es igualmente propio, así
como la temperatura, para este cultivo. Ya en Mizantla se ha producido el
algodon.
La cosecha total de este año en las cercanías de Jalapa, será de dos mil á.
dos mil doscientos quintales con pepita. Es sabido que despepitado rinde la
tercera parte; sin embargo ele que esperimentos hechos en esta ciudad con
algodon de Ojuelos y Tolome, han dado de cuare!)-ta á cuarenta y dos por
ciento de rendimiento.
La cantidad de terreno propio para cultivar algodon es grande, y fuera de
ec-ílculo, por falta de datos. La clase del algodon cultivado en la última siembra, ptimeros cortes, ha sido calificado por los fabricantes de good (bueno),
igual al 81tperior 900d de los Estados-Unidos.
w

.-

•

L~s clasificaciones de good, middling good,fair, middling fair, etc. (bueno,
mediano bueno, hermoso, mediano hermoso, etc.), dependen del 1~, 2~, 3~ y'
4~ corte, etc., de los capullos; cortes que se hacen con separacion en los Estados-Unidos, sin mezclar el algodon de uno con el siguiente, y curia del
cultivo no introducida toda.vía en México.
Las plantas del algodon producen desde ciento sesenta capullos la-s mas
cargadas, hasta las que solo tienen diez; cinco 6 ninguno. No se puede determinar por esta variedad un término medio de capullos por cada mata, y
tampoco el peso en general de los capullos. El algodon de Atezca ha pesado
dos onzas pór cada cinco capullos con pepita.
En una cuartilla de tierra se siembran, segun la calidad del terreno, desde
siete á diez mil matas,
Su producto por término medio, es de cincuenta quintales con pepita. En
San Cárlos, poblacion de la costa N. de Veracruz, á. ocho leguas de su capi:
tal, rinde una cuartilla setenta y cinco quint~les, pero tambitm el costo de la
produccion es mayor.
Para calcular el costo de la produccion en el Distrito de Jalapa, tomaremos por unidad de comparacion una cuartilla de tierra que rinde cincuenta
quintales con pepita; pondremos todas las operaciones del cultivo con su importe, desde preparar el terreno hasta llevar el algodon á las fábricas de
Jalapa.
Tala y _preparacion de una cuartilla de tierra, son sesenta y tres
tareas, á cuatro reales .........•...................... , $ 31 50
Siembra, seis tareas, á cuatro reales.. , ......... ... , ... .... .
•3 00
Primera limpia recien__ nacida la planta, veinticinco tareas, á cua,.
tro reales . •_..... , .........••......... .. • . ...........
12 50
Segunda limpia para capar la. planta, igual número de tareas, á
cuatro reales .....•. . ...• . ... . .•......•.•......... .. ..
12 50
Tercera limpia para cosecharla, id. id. id, ..•. , .... .. . •..••. .
12 50

Cosecha: un peso quintal, son 50 quintales.. . . . . . . . $ 50 00
Empaque: á 25 centavos por quintal... .•....... : . ,
12 50
Flete á Jalapa: 75 centavos id................... 37 50
Derechos (1) 2 reales por bulto de 8 arrobas. • • • . .
6 25

199

.DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

• DE illECA Y WAlJTLA.

fatal influencia d,el vómito de la costa, no podrá desarrollarse la produccion
del algodon en el Distrito, mientras no se venzan tres grandes obstácul!)s.

)

Primero. La falta de brazos.
Segundo. La falta de vías de comunicacion fác!les y baratas.
Tercero. La falta de sei:,auridad en los campos para las personas y propiedades.
Si lo que no es fácil de esperar, pudiera pronto tener lugar en el país la
inmigracion de trabajadores agrícolas, y se consiguiese la construccion de un
ramal de ferrocarril que enlazase este rumbo con el ferrocarril de Veracruz
á. México, y se obtuviese la seguridad consiguiente á estas mejoras, la produccion de algodon en el Distrito de J a.lapa seria consid~rable y constituiría
un importantísimo ramo de esportacion para México.
Entretanto, llamamos la atencion del Gobierno hácia las inmensas fuentes
de riqueza que encierra un Distrito que tiene de producciones agrícolas, la
caña de azúcar, cate, tabaco, vainilla, algodon, purga de Jalapa y casi toda
clase de granos; que encierra en las entrañas de sus montañas, oro, plata, cobre, plomo, &lt;!arbon de piedra, y el fierro en cantidad tan grande, que darla
abasto al consumo del mundo; y que produce frutos de todos los climas en
medio de una suave y perpetua primavera.
El dia en que una mano providente y sábia abra corriente á tales fuentes
de riqueza, y ofr;zca porvenir al trabajo y seguridad al capital, J a.lapa será
una ciudad grande y floreciente y su Distrito uno de los mas ricos é importantes del país.
En conclusion, presento á la Junta muestras de algodon de mata de Mahuistlan, la Orduña, Pacho, Ojuelos, Palmar, Atezca y Corral Falso; dos
muestras de J alcomulco, una de algodon blanco de mata, y otra del coyote
de árbol. Una muestra de algodon de árbol del que se cosecha en esta poblacion, y una muestra de algodon de Atezca, cardado.
Jalapa, Febrero 4 de 1865.
F. DE LANDERO Y Qos.

Costo total de 50 quintales .. . , . . . . • . • . . . . . . . . . .. . . . . . . .. $ 178 2!1 .
6 sean tres y medio pesos por quintal con pepita, 6 tres y medio centavos la libra. Despepitado sale el quintal á diez y medio pesos, ó diez·y medio centavos libra.
Estos 50 quintales vendidos en las fábricas de Jalapa al precio
de dqce pesos al contado, dan, .. , • • . . • . . • . . . • • . . . . . • . • . • $ 600 oo,.
Ganancia del cultivador.•••............. $ 421 75,
Débese tener presente tambien en este cálculo, que una vez preparado el
terreno, la pTimera partida de 31 pesos 50 centavos de su importe, desaparece en la segunda siembra, sustituida por o~ra menor que cuesta pasar una
vez el arado en el terreno.
·
No son siempre necesarias las tres limpias por completo, y en estas pue.
de hacerse alguna ecónomía.
.
Los jornales están calculados como se pagan á la entrada de la tierra ca.
liente á cuatro reales: en el Valle de Coatepec y al N. de Jalapa, solo se
pagan dos y medio ó tres reales por jornal..
Por todas estas razones me inclino á creer que verificándose la siembra
con cuidado y economía, el algodon en las inmediaciones de esta ciudad debe costar tres centavos por libra con pepita, y. nueve despepitado. En tal
caso, podrá situarse el algodon en el puerto de Vera.cruz al precio de 14 centavos, como se prueba en el siguiente cálculo.
Costo de produceion en J a.lapa de una libra despepitada.... 9 cs.
Idem de apreñsarla. y empacarla (2 pesos por quintal), sale
la libra á.......•..•.........•................ . ..
2 "
Flete de bajada á Vera.cruz, 1 peso quintal, la libra..... , . 1 ,,
Co.mision y gastos en Veracruz, 1 peso por quintal ... , .. .
1 "
Para gastos estraordinarios otro peso en quintal • •..•...
1 "

f

Valor de una libra de algodon despepitadv en Veracruz. 14 cs.
La clase de algodon que sale á este precio, ya hemos dicho que es gooá,
bueno, igual al mejor de la vecina República.
.
Pero á pesar de lo espuesto, á pesar de la grande estension de terreno que
existe propio para este cultivo, y situado en una zona templada, libre de la
( 1) ~ste derecho sobre el algodon lo cobra igual el administrador de la Aduana, vengan
los tercios con algodon en rama, despepitado 6 con pepita; de aquí resulta que el quintal
cosechado en los rededores de Jalapa, como viene sin despepitar, paga triple (6 seis reales) por tercio; y que el de la costa ó los Estados-Unidos que viene despepitado, solo pa•
ga dos reales por dos quintale, 6 tercio.

J

mafiana.

Lúnes I Miércoles y
Viémes, ·entre 8 y
4 de la tarde.

DE l'UEBLA.

j Todos los dias á las 4 Tod.oe los los dias, enl de la mafiana.
tre 5 y 6 de la tarde

Do México para ;puebla.

DE VERACRtJZ.
)
.
De México para Ayotla.
S.
Martin.
11
Todos los dias, esoep- TodOII los días, oscepPuebla.
to el Sábado, á las
to el Mártes, entre
S. Ag. del Palmar.
"
4 de la mafiana.'.
5 y 6 de la tarde.
Orizava.
"
Córdoba,
"
"
Camaron.

j

,.

.

DE APAJt

De México para S. Juan Teotihnacan} Lúnes, Miércoles y Mártes, Jnllves y Sá"
Otumba.
Viernes á las 6 de
bados, entre 8 y 4
"
Guarda.
la mnll.~a.
de la tarde.
.,
Apam.
J

DE P.&amp;.ClltrCA Y TULANCINOO.
Para el primer punto Del prim~r punto todos los dias, esceptodos los dias, esto el Domingo, enC(lpto el Domingo,
De Méxioo para S. Crisl6bal.
·
á
las
6
de
la
man.
tre3 y 4de la tardo
Ozumbilla.
11
Para el segundo pun- Del segundo punto,
,,
Tizayuca.
Mártes, J uéves/ y
to, Lúnes, MiércoPachuca.
Sábados, entre 3 y
les y Viérnes á las
"
4 de la tarde.
6 de la manana.

r

l

DE CUEB.lUVACA.

De México para Tepepa.
,,
Guarda.
Huitzilac.
Ouemavaca.
"11

PARTES TELEGRAFICOS.
106 25

1rMártes,
Juév(lll y Sáhados, á las 6 de la

De Méxioo para Cha.loo.
Amcca.
"
'fenango.
",,
Cuautln.

Lúnes, Mié'rco es Y Yártes, Juéves y Sábados, entre 8 y 4
Viernes, á las 6 de
{ lamafiana.
de la tarde.

DE PUEBLA A RUAlUn'LA.
Dlas -, horaa en que salen Dlas y horas en c¡ue entran
de Puebla.
á Puebla.

LINRA.8,

Veracruz, Febrero 26.
Está entrando el "Chone," donde viene de Matamoros el Exmo. Sr. Mi· De idem para ídem.
· nistro de Fomento.
La espedicion sobre el "Cocuite" salió anoche.-El Prefecto Político, D.

Bureau.
Veraeruz, Febrero 28.
Ausente el Senor Prefeeto que ha ido á de.~pedirse del Sr. Ministro de
Fomento á Paso del Macho, t~ngo el honor de participar á vd. que ha fondeado el Paquete Inglés. Conduce al Ministro español.
Luego que me entreguen la correspondencia tra-smitiré á vd. los despachos
de Paris.
Tambien llegaron en el Paquete el Enviado de S. M. el rey de Italia, el
Sr. Mora, Ministro de México en Rusia, y el Secretario de la legacion británica.-Hanuel J. Pernas.

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáViérnes ó. las 6 de
hados, entro 8 y 4
{ , la. mafia.na.
de la tarde.
DE GUANAJUATO A LEOlf.

Yártes, Juéves y Sá- Lú'1es 1 Miércoles y
hados, á las 6 de la
Viernes, entre 1 y
{ mafiana.
2 de la_tarde.

De ídem para ídem.
México, Enero 'f de 1865.

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA

Y

SALIDA DE CORREOS EN LA AnMINISTRACION GENERAL DB ESTA
CAPITAL.
LLEGA ~RRESPONDENCIA:

SERVICIO DE DILIGENCIAS,
DEL IBTEB.IOR.
LINEAS.

Dlaa-, horas en que salen
de México.

Dlaa y horas en qut entran
á lléxlco.

MIRRCOLES,-De Texcoco, Chalco, Amecameca, Ayotla, San Martin Texmelucan, Puebla, Jalapa, Orizava, Córdoba, Veracruz, Oajaca, Tacubaya,
Lerma, Toluca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpám, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, Soyaniquilpan, Polotitlan,
San Juan del Rio, Querétaro.

SE DESPACHA CQRRESPOlfDElfCIA
HASTA LAS 9 DE LA NOCHE.

De México para Arroyozarco.
,,
S. Juan del Rio.
Querétaro.
Salamanca.
Guanajuato.
Lagos.
Guadalajara.
"
De :México para Arroyozarco.
,,
S. Juau del Rio.
,,
Querétaro.
,,
S. Miguel.
,,
Dolores.
la Quemada.
"
S. Felipe.
Jaral.
.,"
S. Luis Potosi.

",,
"
"

,,

De México para Tolnca.

Lúnes, Miércoles y Mártes, J uéves y Sé.MiERCOLEs.-Para Texcoco, Chalco, Amecameca, Ayotla, San Martín TexViernes á las 4 de
bados, entre 5 y 6
melucan,
Puebla, Jalapa, Orizava, Córdoba, Veracruz, Oajaca, Ta.cuba.ya,
la mnll.ana.
de la tarde.
Lerma, Toluca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, Soyaniquilpan, Polotitlan,
San Juan del Rio, Querétaro, Allende, San Luis Potosí.

-=-···
Mártes, Juéves y Sá- Miércoles, Viérnes y
hados, á las 4 de la
Domingos, entre 5
manaua.
y 6 de la tarde.

INTERESANTE.
SEccioN ESPECIAL DE LA CoNTRrnucroN DE Ocno AL MILLAR soBRR FINCAS,
Se recuerda á los causantes de la contribuciou espresnda, que conforme á la Le,:, deDE TOLUCA.
ben satisfacer, dentro de los diez primeros diae del presente mes, en las recaudaciones
To.dos los dias, escep- Todos los días, escep- respectivas, lo correspondiente ni segundo bimestre que comienza ol dia de hoy; advertito el Domingo, en- dos de que las personas que no lo verifiquen, incurrirán en los recargos Y gastos de co{ to el Domingo, á
las '7 delamanann.
tre 2y 8de la tarde branza que la Ley impone á los causantes morosos.
México, Marzo 1~ de 1865.- lgnacio de Altamira.

DE :MORELIA.

De México para Toluca.
,,
Ixtlahuaca.
,,
Maravatío.
,,
Acámbaro.
:Morelia.

"

ANUNCIOS OFICIALES.

ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS.

INTERESANTE AL PUBLICO.
Lúnes, Miércoles y Lúnes, Juéves y SáViérnes, á las 7 de
bados, ente 2 y 3 . Esta Administracion general tiene couocimieu?&gt; de,haber si.do interceptada ci~rta can} la maf!ana.
de la tarde.
tidad de sellos del previo franqueo, al ser ci;onduc1dos ~ ~u destmo. En consecuenc!a, .Y con
el fin de evitar que el público sea sorprendido al adqumrlos, se pone en su conocun1ent-0,

�\

DIARIO DEL IMPERIO.

200

•.

que siempre que los espreeados selloa eatén marcados con los números 20, 204, 244, y ademas todos ellos con el número 8, son nulos y de ningun valor para el objeto á que están
destinados; pudiendo sar con.ignado el que los po~ea ante el Juez compe~nte, para 111
averiguacion q1111 ..corresponde1 y se aplique al culpable la pena,á que'es acreedor, como
defraudador de los intereses públicos.
México, Febrero 24 de 1865.-La¡i., ~ la Peza.

habitaoion de dicho 110ñor, ae ha mandado, á pedimento del Sindico, se le cite por el pe•
riódico oficial, pa,ra que dentro de seis diaa comparezea en el referido Juzgado; bajo el
concepto de que esta citacion surtirá eua efect&lt;,s.
Y cumpliendo con lo prevenido, pongo el presente en México, á veintiuno de Febrero
de mil ochocientos sesenta y cinco.-J. V. Piiia,.Eseribano nacional y público.
•
163-4s-1

ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS.

lfOTIFICACION A D. ROJroLO DEL VALLE.
En los autos que ante el Juzgado 2? de lo 'civil han promovido los Sres. D. Miguel Clavería y D. Ignacio Baz, Síndicos del concurso formado á bienes de D. José Gomez Linare111 contra D. Rómulo del Valle, sobre propiedad de la bacienila de Mapastlnn, 86 ha
proveido el siguiente aut&lt;í.
•
"México, Diciembre 21 de 1d64.-'Eligiendo esta parte 111 vi11 de asentamiento, se revoca el nuto de tres del corriente, y en consecuencia procédase á poner al actor ea posesion de bienes bastantea á cubrir su crédito, haciéndose saber por lOII periódicos esta resolucion á D. Rómulo del Valle, á quien se le señala el término de dos meses para que 86
presente á contradecir esta providencia. Lo decretó y firmó el Sr. Juez. Doy fe.-:Pa-co11.
-Lic. :Joaqu:in Raz y Guzman, Secretario."
·
Lo que le notifico por el presente; bajo el concepto de que en la parte relativa á que se
ponga al nctor en poseBion de bienes, lo ha sido ya, poniéndosele en la de la hacienda relacionada de Mapastlan, en virtud del auto de nueve de 1''ebrero corriente, que as[ lo mandó, para los efectos_del preinserto auto.
México, Febrero 28 de 1865.-Miguel F. Guerra, Escribano público.
164-3s-1

AVISO .AL PUBLICO.

Habiendo sidQ interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo-al IKlr conducidos á su destino, con el fin de evitar su circnlacion y que el público s_ea sorprendido al adquirirlos, se pone on su conocimiento, que los espresados sellos estan marcados con los
números 3 y 220, cuyo distintivo se da á conocer para que los que contengan esta numeracion no sean admitidos, por estar consideradoR nulos y de ningun valor, como NI efecto
lo son, para el objeto á que eran destinados; pudiendo ser consignado el que los posea ante
el Juez competente, para la averiguacion que corresponde, y se aplique al culpable el castigo á que es a~reedor, como defraudador de los intereses públicos.
México, Febrero 26 de 1865.
Por enfermedad de Sr. Administrador, Antonio J. Pillada.

.A.NUNCJ:OS.

TlllBUlfAL DE CODRCIO DE ltEXICO,
Eéte Tribunal, en auto de hoy, hn. declarado en esta.do de·quiebra á D. Francisco Or·
tiz Pardo, desde el aia Z'/ de Enero, salvo lo que despuee arezoa: ha nombrado síndico
El Diario dd Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á las dore, menos los administra.J.or á D. Ventura Francisco Gutierrez, y JUdicia al Lic. D. Miguel Madrid, y
fijado á los acreedores el ténnino de quinc11 días para ~e presenten al síndico admiai&amp;domingos y diae festivos en que estén cerradas las oficinas ael Gobierno.
trador los jll.lltificaut-es de sus créditos, mandando igualmente se anuncie la providencia por
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustin.
loe périódicos.
'
:Bl precio de la snscricion será:
Lo qqe se bnco saber á los interesados ptlr medio ilel present~ en cumplimiento de lo
En la Capital, por un :rnés .. .. ........ " ........ $ 1 50
mandado. Mé:á110, Febrero 2 de 1865.-José Marya Cardeña, Oficial 2?
154-38-3

ªf

AVISO.

Id.
id. por tres meses. . . .. . . . . . . . . . . .. . . . 3 00
En los Departamentos, por tres meses, fran&lt;¡&lt;&gt; de
porte ........._................... , . . . . . . . . . 3 75

AIJCONEDA lUDICIAL.
Por disposicion del Sr. Juez 2'? de Jo civil, ante quien se hallan radicados los autos del
concurso formado á la hacienda de San Nicolál! de la Torre, y de comun acuerdo de 16'
El importe de las suscrieiones se pagará adelantado.
El preejo de los anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelantado, interesados, se celebrará la úlfünli almoneda para el remate de dicha finca el d.ia veintisiete del entrante Marzo, á las doce, teniendo verificativo este acto en el Palacio de Justiain cuye requisito no podrá!! publicarse.
cia de esta capital; debiendo advertir que la. mencionada hacienda he sido retasada en la
Los recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincentiis, encargado de cantidad de 155,130 pesos 3 r~. Y en virtud de Jo preve,iido, pongo el presente, p11ra que
esta administracion.
las personas que quieran, puedan hacer postura, ve,iticándolo; debiendo publicarse este
(
'
aviso en el periódico oficial de esta capital, dt' Querétaro y de Toluca, á fin de dar al acto
No se admiten reclamaciones por falta de recepcion del ' 1DIARto," sino hasta
la bastante publicidad, quedando asi evacuado el precepto judicial.
el dia siguiente de publicado cada númere.
México, Febrero 2I! de 1865.-José Vicente Piña, Escribano público.
145-Ss-5
JUZGADO l'? DE LO CIVIL.
IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
El Sr. Juéz J'? de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Sie1Ta, ha mandado se proceda
al remate de un corral marcado con el número'cuatro, en la calle del Tepozan, que ha siRematará
ae valuado en mil treinta. y ocho pesos ochenta centavos ($ 1,038 80 cs.); señalando para todo el menaje de la casa núm. 8 de la calle de la Perpetua, el viernes 3 y sabado 4 de
las almonedu loa dias 2, 11 y 2-2 del próximo mes de Marzo, á las doce, siendo la última Marzo de 1865, á In una en punto, estnndo á la vista los dias J~ y 2.
con oaldad de remate. Las penon1e que deseen hacer postura, ocurran á la secretaría de · Las ventas .son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas pormee,te Juzgado, donde se darán instrucciones.
norizadas.
Hé:iieo, Febl'llro 18 de 1865.-&amp;bastian Peñaloza, Escribano público.
156-2e-l
Se reciben comisiones al seis por ciento, pero no se admite la puja qe sus dueños.
Se hacen valúos de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c. y se alquilan y trasportan muebles.
CITACION.
El despacho está en la calle 1~ de Santo Domingo, junto al núm. S.
138-108-7
Denunciado el intestado del Sr. D. Juan García Quintana, Canónigo que fué de la Colegiata de Nuestra Señora de Guadalupe, ante el Sr. Juez 4'? de lo civil, Lic. D. Evaristo
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
Reyes, se ha nomllhldo defensor al Sr. Lic. D. Francisco Morales Medina, y depositario
de los bienes al Sr. D. Blas Trujillo, y se ha mandado se llame por lós periódicos á las per,
El Sr. Juez 4'? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, ha mandado se coneonas que se crean con derecho á aquellos, á fin de que se presenton á deducirlo dentro voque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del intestado de D.
de treinta días contados desde la fecha.
·
Marceliilo Sanehez, para que en el término de treinta días ee presenten á deducir loe que
les competan; apercibidos de Jo que haya lugar si r.o lo verifican.
México, Febrero 28 de 1865.-EI Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
México, FeJ&gt;rero 7 de 1865.-Manuel '1'. de Meneses, Escribano público. 97-30.-16
157-3a-1
1VZGADO 6'? MENOR.-1~ MONTERILLA NUH. 7.
CONVOCATORIA.
Por el presente se cita al Sr. Teniente Coronel D. Antonio Diaz, para que el dia nueve
El
SI'.
Juez
3?
de
lo
civil,
ante
quien
está radicado el intestado de D. Joaquín G. Gra. del entl-ante Marzo, á las doce, comparezca por sí ó por apoderado instruido y espensado,
á contestar la demanda que le promueve D. Julio Robreau, sobre pago de ciento cinco pe- nados, ha mandado por auto-de 25 del prórimo pasado EneN, se con'l'oqnen á las _persono,
que se crean c.on derecho á los bienes del intestadó, para que en el término de treinta dias
sos, nlor de una cuenta de ropa; apereibido de sentencia en rebeldía si no concu,re.
comparezcan á deducir el que tengan; apercibidos de lo que haya lugar ai no lo verificLMéxico, Febrero Z'/ de 1865.-Lic. Labat.
158-3s-1
reD. Y cumpliendo con lo mandado, pongo el presente.
México, Febrero 20 de 1865.-Manuel Raz G11zman, Escribano púltlico. 142-3a-3
1UZGADO 6'? MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
Ignorándose la habitacion de D. Antonino Cubas, se le cita por el presente, para que
ClTACIOJr lUDiqJAL,
concurra dentro de •eis dias á este Juzgado á contestar la demanda que sobre pesos le
promueve el Lic. D. Francisco Diez de Bonilla; apercibido de sentencia en-rebeldía.
D. Felipe Rosales se ha presentado por escrito ante el Juzgado 2~ civil, pidiendo se cite
México, Febrero 22 de 1865.-1. Bra-co.
159-1-1
por los pflriódicos al albacea de la testamentminle D. R. M.'de Elordny para que comparezca eu dicho Juzgado, dentro del término que se le fije, á éontestar la demanda que soTRIBUNAL DE 00:MERCIO DE 11IEXICO.
bre pago de unos vales de desamortizaeion promueve á dicha testamentaría, y el Sr. 'Juez,
Lic. D. Manuel Pavon, ha proveido el auto que sigue:
•
· Febrero 23 de 1865.
En los autos seguidos por D. José Ponton con D?· Mariana R. de la Torre, este Tribu" México, Febrero 20 de 1865.-Por presentado con los d'ocument-Oa que se acompañan,
nal ha mandado se proceda á la venta, en calidad de remate, de los libros embargados á cítese al albacea de la testamentaría de Elorduy por los periódicos, ~alá'ndole el término
la Sra. de la Torre, valuados por el perito D. Mariano Galvan Rivera en 663 pesos· aeña- de 9uince días para que se presente á contestar la demanda; apercibido de que ee procelánd&lt;,so la 11udiencia del día cuatro del entrante Marzo, á las dos de la tarde.
'
dera á lo que haya lugar si no comparece. Lo decretó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-M11Lo que se avisa ni público, para que la persona que se interese por ellos ocurra á la nud Pa-c,m.-Por enfermedad del Secretario, Miguel F. Guerra."
cal\e 1~ de Santo Domingo núm. 10, en donde se le enseñarán por el depositario D. AnEn consecuencia, lo cito por el presente.-México, Febrero 21 de 1865.-Migvel F.
tomo Zamora.
Guerra, Escribano público.
.
.
143-6a-3
José Maria Cardeña, Oficial 2'?
160-3s-J
.JlJZGADO MUNICIPAL DE IXTACALCO.
'! .
TRIBUNAL DE COIURCIO DE marco.
En el juicio verbal que sobre devolucion de seis chinampas promovió Maria1;10 Galvan á
Febrero 24 de 1865.
D~ Ju~na Vargas, he fallado: que la Va!gas en~egu~ á Galvan, como de eu pro~iedad, ¡118
En loa autos do concurso formado á bienes de D. Pedro &amp;nchez, este Tribunal ha de- seis chinampas que reclama, en el térmmo de diez d1as, contados desde la publieacion de
clarado, en auto de osta fecha, cerrailo el eatado de créditos, mand11ndo se cite á junta ge- este aviso; y á peticion de Petronilo Galvan se hace esta noti.ficaci(ln por medio del perló
neral para el exámen y calificacion de loa mi,mos créditos; eeüft111ndo la audiencia del 1o dico oficial, para que llegue á conocimiento de D~ Jua1111 Vargas y surta sus efectos Jegadel próximo Marzo, á las dos de la tarde.
· les.-Ixtacalco, Febrero 22 de 1865.-El Juez de paz, Gregorio Vega.-Asiatencia, A.
Lo que se arisa á los señores acreedores en cumplimiento de Jo_man.J.11do.
Her~era.-Asistencia, José María Gomalez.
144-3a- 3
José Mt1ria Cardeña, Oficial 2~
l6J-l-l
CITACION lUDICIAL.
IllPERIO ?!IEXICAN0.-1UZGADO 1 '? IIENOR DE LA CORTE.

Calle cerrada de la Moneda núm. 10.

A

LOS AVIADORES y AVIADOS DE LA MINA DE SAN FELTPE.

En la j1mta celebrada el día 21 del presente mes, acordaron los iuteresados que estuPor el preaente se hac~ saber á ~- IR:nacio Izaguirre que con esta fecha se h11 dado por vieron presentes, que en atencion al corto número que concurrió, se difiera para el dia 2
co~estada, en su ausonc1a Y ~beld1a, fa demanda que sobro pews le tiene promovl~a D. de Marzo próximo, á la una de la tarcle, en el local del Juzgado 1~ civil, ;;ituado l)n el PaFelipe Zamora, mandando abnr este negocio á prueba por ocho días que comenzarún á lacio de Justicia de esta capital, haciéndose las citaciones Íl todos los interesados por el
contarep desde la primera publicacion de este aviso.
'
periódico oficial; bajo el apercibimiento de estar y pasar los ausentes por lo que acordare
México, 1''ebrero 'l7 de 1865.
la mayoría de loa que concurran. Y habiendo mandado el Sr. Jitez de conformidad lo~
cito por el presente.
'
El Juez Je_&gt; menor, Lic. Joaq11ili Perez y Gtiemez.
Mélico, Febrero 23 de 1865.-Miguel F. Guerra, Escribano público.
J52-3a-2
162-&amp;-J
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
Siendo necesaria en esto Juzgado, sito en el Palacio de Justicia 111 compare~cia del
Sr. P~bítero D. Joaq~n Martinez de la Rosa, par~ hacefle sabe; la postura heeh1' á 1A
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y ,F. ESCALANTE,
oa~II' n_u111ero 3 del cAll1•Jon de las Cabez:ts, pertenec1e11te a su concurso, é'ignorándose la ,
BJ.JNI DE B.AN AQUli'llN: NUM. l.

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

MEXICO: Jueves 2 de N:arzo de 1865.

TOIO l.

NOI. 60.

to de los que visite cori sus vapores de las dos líneas, y dará aviso de
eso al Gobierno con un mes de anticipacion, cuando comience á te-.
1
ner verificativo el presente contrato.
MAXBHLIANO, E~IPERADOR'DE MEXICO:
Las tarifas anexas son las mayores que el Gobierno reconoce, sin
que
la Compañía pueda aumentarlas.
Consiaerando que es de iuteres general el establecer relaciones reArt.
4'! Los vapores de la Compañía trasportarán correspondet1gulares y continuadas, por medio de vapores, entre Nuestros puercia,
pasajeros,
mercancías y metales de todas clases.
tos del Pacifico y la Alta California,
Art.
5'!
El
Gobierno
se reserva. el derecho, para cuando lo jijzgue
HEMOS decrétado y DECRETAMOS:
conv~niente
y
segun
las
exigencias que puedan presentarse, par;i
Art. 1'! Se concede á la casa Benja1uin Holladay, de San Francisobligará
la
Compañia
á
que
visite los puertos intermedios que tenco y Nuéva-Yor~, concesion por el término de siete años, contados
ga
á
bien
designarle.
desde esta. focha, para establecer lfneas de vapores, destinados á serArt. 6? Las tropas y todos los agentes del Gobierno Mexir.ano1
vir las de los puertos de San Franc\sco, La Paz, Guaymas, Mazatlan,
los
oficiales y agregados, así como toda carga que pertenezca al GoSan Bias, !foozanillo y Acapulco.
bierno
Mexicano, serán trasportados por la mitad del precio a~ Ja11
Árt. 2'! La Empresa tomará el nombre de '' Ü031'PANIA IMPERIAL
tarifas
:wexa~..
.
·
MEXIé.ANA DEL PACÍFICO."
'
Los
oficiales
y
agregados
tendrán
derecho
á
los
camarotes
y á la
Art. 3? Los buques de la Compañía trasportarán la correspondeumesa
de
las
primeras
clases.
·
cia, los pasajeros y mercancías, bajo las cláusulas y condiciones es~os suboficiales y agregados tendrán derecho á los camarot~s y
tipuladas en la anexa convepciori.
mesa
de las segundas clases.
Nuestro Ministro de Estado está encargado de la ejecucion del
Art.
7'! Los vapores de la Compañia están esceptuados de todos
presente decreto que será depositado en los archivos del Imperio.
los
derechos
marítimos, salvo los de practicaje, que pagarán conforDado en Chapultepec, á 31 ae Enero de 1866.
me á las leyes vigentes en el país.
·
(Firmado) }hx1MIUAYO.
El. carbon que n~cesite la Compañía se depositará en almacenes
separad'os, y solo en este easo \'lStá exento de derechos. Todo el carOC&gt;NV'ENOXC&gt;N
bon que se saque de dichos almacenes para emplearse en otro uso
CON .LA COMPANIA IMPERIAL MEXICANA DE PAQUETES que no sea el de la Compañía, pagará por ello la dicha Compafifa
unt\ fuerte multa que el Gobierno se reserva fijar, conforme á !ns cirDEL PACIFICO.
cunstancias del delito y en las que ésto se cometa.
Entre el Ministro de Estado, á nombre del Estado, y á reserva de El carbon de la Compañía que traigan otros mwios que no sean los
la aprobacion de la presente por decreto de S. M. el Emperador
que se emplean para el servicio de la.e¡ dos lineas, se depositará. en
los almacenes reservados á la Compañía, y en este caso no pa.g:i. dePOR UNA l'ARTE
y el Sr. John P. O'Sullivau, representante de la casa Benjamín Ho- rechos; pero los navíos que lo trasporten sí están sometidos á 188
mismas leyes y obligaciones que todos los buques del comercio.
tladay, de San Francisco y Nueva );ork,
Art. 8'! Los vapores de la Compañía podrán trasbordar, siempre
,
P~R OTRA PART}:,.
•
que lo quieran, de un buque n.l otro de los de su servicio, los pasaSe ha dicho Y conrnmdo lo que 81 gue:
jeros y mercancías con sus documentos, sin pagar por _e~to derechos,
Art. l'! Se autoriza á D. Benjamín Hollnday para formar una Com- puesto que el pago de estos derechos se hace en el puerto de destil,o.
pañia de vapores, bajo el nombre de" Comp~ñfa Imperial :Mexicana Urí agente del Gobierno (segun luego se dirá, art. 10), que deberá
de Paquetes del Pacjfico," á fin de que se sirrn las dos líneas si- estar á bordo en cada buque de los de la Compañía, vigilará eso!!'
guientes:
trasbordos y dará cuenta exacta de ellos, firmando los documentos.
1~ Linea de San Francisco á la Paz,
a.
Art. 9'! No se permite desembarcar mercancías ni fardos despu~
• Guaymas,
de puesto el sol. ,Solo se permitirán los desembarques por la n0che,
lfazatlan,
si la Compaüía se compromete á construir almacenes que permit.-u1
en el órden indicado y tocando á su vuelta en los mismos puertos; un trasporte fácil y directo de las mercancías, que se pondrán en lu2
,;s decir,
gar seguro y bajo la vigilancia de la Aduana.
do Mazatlan á
·· · •·
A este efecto se establecerá un despacho en cada uno de los al'
Guaymas,
macenes, para el empleado de la Aduana encargado de vigilar las en.
La Paz,
.....
tradas y salidas.
San Francisco.
Estos almacenes tendrán tlos ccrradurns diferentes. Una lla\"C l.1
2~ Línra desde Mazatlan hasta·Acapnlco, tocando en
depositará el agente de la Compañia y la otra el empleado de la
Acapulco,
Aduana designado para hacer el servicio de la Compañía.
lifanzanillo,
Este empleado tendrá una remuncracion de In Compañia, que !ffi
San Bina v
fijará ulteriormente, segun la importancia de su servicio, asi como
Mazatlan:
todos Jos empleados de las Aduanas que se empleen en los dcsemArt. 2? Los vapores de las dos líucus cstání.11 bien n.coudi·cionados. barqucs uocturnos.
Los de la pri~era serán de una capacidad de mil toneladas cuanArt. 10. Un agente de la oficina de correos del Gobierno Mexicado menos, y camrnarán con una velocidad de diez millas marinas por no, estará en cada buque de los de la Compañia. Este agente tiene
hora, haciendo el servicio una vez al mes ·por lo monos.
derecho á camarote y mesa de las primeras clnscs.
Los vapores podrá11 l!cvar _el pa.bellon Americano.
El trasporte de los agentes que se deberán embarcar en los buL?s de la segunda linea serán do una capacidad de 60"0 toueladas, qucs de 1~ linea de San Francisco, se hará á dicho puerto y á espene~~marán por términ-0 medio nueve. millus por hora, y harán dos sas de la Compaiiía en cuanto al viaje por mar.
.
vuyes al mes.
Art. U. La concesion para las dos líneas es por s1ete años.
Estos llrvaráu el pabellon ;[exicano.
Durante el término ne }a concesion, el Gobierno mexicano se cotnArt. ;3~ La Compañí...1. designará. al establecerse, el puerto que es- promete á pagar una subvencion anual para la primera línea, des~coge e~mo rl!nto central de e~ta scgund~ linea.
. senta mil pesos.
u
Dc111gnara igualmente los d1as de partida y llegada en cada puer- Para la segunda de veiuticiocQ mil pesos.

PARTE OFICIAi-'•

1

�'

202

Estas subvenciones se ,pagarán por trimestres y bajo el cuidado del
agente del tesoro mexicano, del puerto que designe la Compañía
cuando comience su servicio.
Se pagará() en oro ó pinta, moneda de pesos mexicanos.
El Gobierno se reserva el derecho de no hacer ningun pago en el
primer periodo de diez :y- ocho meses.
Despues de este térn1rno se compromete á arreglar la deuda total,
teniendo en cuenta los intei-eses á un 6 por 100.
El Gobierno comenzará á contar las subvenciones el dia en qu&amp;
empiece el servicio de las dos líneas, segun se indica mas abajo en
el artículo 18.
Art. 12. En el caso de que un agente de la Compañía haga ó favorezca el contrabando, será perseguido conforme á las leyes del país,
cualquiera. que sea su nacionalidad, por el crimen de" robo por abuso de confianza."
El capitan del navío será destituido del mando en todo caso, y
quedará inhábil para servir en las dos líneas.
Sin embargo, el Gobierno se reserva el derecho de imponer una
multa á la Compañía, segun el delito y las circunstancias en que se
comete.
·
Art. 13. Los buques de la Compañía deberán presentarse en todo
tiempo delante de los puertos que deben visitar, salvo los casos de
fuerza mayor, que deberá certificar el agente del Gobierno que esté
á bordo.
En los casos·en que sea imposible la comunicacion con tierra, lo
designará el capitan de á bordo. Entonces el capitan del navío queda libre para continuaT su camino y desembarcar en el puerto mas
vecino los efectos, mercancías y pasajeros. En cuanto /í, la correspondencia, se conformará con lo que determine el agente q,ue va á
~~~

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

.

dará cuenta exncta á las autoridades marítimas, para que estas tomen
las órdenes del Gobierno de México.
Si estas quejas fueren frecuentes, el Gobierno podrá imponer fuertes multas á la Compañia, y tomará las medidas que crea convenientes.
Art. 18. El presente contrato deberá tener su cumplimiento tres
meses despues de su confirmacion por el Emperador de México.
Si espirando esta fecha no ha comenzado el servicio de las dos lineas, ó ha empezado el de una solamente, la Compañía se compromete á pagar al Gobierno Mexicano, en el primer caso, una suma de
doscientos un pesos por cada dia de retardo, y en el segundo caso la
suma por dia que seiiale la tarifa indicada en el art. 16.
A los tres meses despues de la confirmacion del presente contrato, será cuando el Gobierno comience á conceder las subvenciones
acordadas por el art. 11.
Si el servicio de las dos líneas no se organiza enteramente en el
término de seis meses despues de dicha confirmacion, se declarar,
nulo el contrato.
Art. 19. El Gobierno rechaza el pagar cualquiera indemnizacion
que pueda exigir la Compañía en caso de pe1juicio, siempre que el
perjuicio no haya sido causado por el Gobierno mismo.
Art. 20. En el caso de que el Gobierno requiera por la fuerza buques de la Compañia, cuyo derecho de requisicion se reserva el Gobierno, el Consejo de Estado fijará la indemnizacion que se deba dar
á la Compañía, la cual tendrá en toda ocasion el derecho de hacerse
representar en las deliberaciones.
Art. 21. Son nulas y de ningun valor todas las concesiones que se
hayan acordado á Holladay y que no sean las que se fijan en el presente contrato.
Art. 22. El Gobierno de S. M. el Emperador de México, concede
su alta proteccion á la Compafifa Imperial Mexicana de Paquetes en
el Pacífico, y se compromete á rehusará cualquiera otra compafiía,
cualquiera que sea, toda subvencion ó concesion de privilegios que
puedan perjudicarla, para la esplotacion de las dos líneas que recorren los vapores de dicha Compañia, durante el tiempo de la concesion.
·
Artículo adicional. •La subvencion por el pasado se arreglará por
medio de una comision nombrada por el Emperador. El Sr. Holladay se hará representar en esa comision para defender los intereses
de la Compañia.
México, 31 de Enero de 1861t.

Si los pasajeros exigen ser desembarcados en el puerto que designen sus billetes (boletos), la Compañía está obligada á desembarcarlos allí, sin que tengan que pagar por esto ningun suplemeüto. Lo
mismo sucederá con las mercancías. En cuanto á las salidas de los
puertos en los dias señalados, si el mal tiempo impidiere la salida,
el capitan del puerto en los mexicanos y el agente consular mexicano en San Francisco, autorizarán á los navíos para retardar su viaje.
Art. 14. Con frecuencia se pasarán visitas á los buques, para asegurarse de su buen estado de limpieza.
En los puertos mexicanos estas visitas quedan bajo el cuidado de
los capitanes de puertos ó de los ageñtes especialmente designados
El Ministro de Estado,
por el Gobierno, y son gratuitas.
En San Francisco, el agente consular mexicano las hará hacer á
(Firmado) VELAZQUEZ DE LEON.
éargo de la Compañi'a, la cual se someterá á las decisiones tomadas.
Aprobada la escritura,
A toda infraccion en el presente artículo, se impondrá una multa
(Firmado) O'SULLIVAN.
que el Gobierno se reserva fijar'.
,. -e
La Compañía queda responsable por todas las consecuencias que
se origine'rl de dicha infraccion.
ESCALA DE PASAJES Y FLETÉS.
.l\rt. ló. Todo viaje que no se efectúe con las condiciones q.ue
aqui se estipulan, da al Gobierno el derecho de . imponer las multas
1, 0á.m!U'• V.~Cámara, Fleta.
, DE SAN Fl!.ANCISCO AL
siguientes:
Cabo de San Lúcas .. . ......... . .... . ........ . $ 65 $ 30 $ 10 •
Para la 1~ línea, cinco rnil pesos.
75
40
12 !
Guaymas ................ . ....... , ., .......•
10 .g
70
35
Para la 2~ 11nea, mil cuarenta y dos pesos.
·
La Paz ................ . ................... .
10 ~
70
35
Es decir, proporcionalmente á la; mbvencion acordada y en razon Mazatlan . ... . .... . ........................ .
75
40
10 ~
del número de viajes que tengan que hacer cada una de las líneas. San Blas .... . ... .... ....................... .
78
42
20~
En el caso de que por una causa cualquiera que provenga de la Manzanillo . ....... ... . : .. . ............. . ... .
20 ,3
45
80
Compañía, no lleguen los vapores á los puntos, ó no partan los días Acapulco .. , ................. ·....... . ..... . .
DEL CA:SO DE SAN LUCAS A
fijados, pagará ésta una multa por la l~ linea, por cada dia de atra45
28
s~, de sesenta y seis pesos, y para la 2~ línea por cada dia de retar- Guaymas ....................... . .......... .
22
30
La
Paz
..
.
..
.'
.................
.
.
.
...
.
..
.
..
.
.
do treinta y cinco pesos.
16
25
;
Mazatlan.
.
.
.
.
.
.
.
.
..............
,
........
..
.
Art.16. El agente del Gobierno que vaya á bordo, llevará un re- San Blas .... . .. ........... . . .......... ... •. .
25
35
gistro que hará firmar exactamente ~ la llegada y salida de cada Manza~illo ................... . : ............ .
28
45
puerto, en San Francisco, por el agente consular mexicano, y en los Acapulco ..... ... , ....... ........... . ... ... .
60
40
puertos de México por los capitanes de puerto, haciendo constar que
el servicio se ha desempeñado regularmente, segun el presente conDE GUAnus A
•
35
20
trato, ó indicando todas las infrnccivnes que se cometan. d
40
~2
Tendrá ta1ubien el registro el recibo de la balija entrega a por e1 San Bias .... ... ........... . .. . ... .... ...... .
50
25
60
30
agente.
·
Manzanillo ....... ................ •,•••••••••
35
70
A la presentacion de este registro al agente del tesoro, y .segun las Acapulco . . . ...................... , . .... . .. ,
indicaciones que en él consten, .se hará el pago del trimestre á la
DE u PAZ A
16
subveocion en entero 6 con las deducciones de multas que tenga que Mazatlan .................................. .
25
22
35
pagar la Compañfa.
San Bias .................... . .............. .
1
28
45
El agente de la Compañía estenderá un recibo al del tesoro, reci- Manzanillo .................... , ... , .......•
30
rt
hiendo él pri111ero el dinero al presentar el registro.
.Acapulco ..... • • •, •.· • · • • •· · • • • · • • • • • • • • • • • · · ·
Art. 17. Todos los vapores de las dos líneas están obligados á lle- .
DE lt!ZATLAN A
25
12
var á bordo un médico provisto de una caja de cirugía.
San Bias . ... ... , ...................... •, • • • •
40
20
A bordo de cada navío se embarcará un botiquin que contendrá Manzanillo.,.••••, •... • • ..... •·. • •. • • • • • • · · · ·
28
50
las medicinas de uso mas frecuente, segun las enfermedades que Acapulco · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · ·
existan en los parajes que visiten.
DE SAN BLAS A
12
25
A bordo de cada buque habrá un registro á la disposicion de los Manzanillo ................. . • • • • • •.. · · • • · • • •
25
40
pasajeros, qqienes tendrán derecho de dirigir sus quéjas al Gobierno Acapulco. • • • • • • • • • •• • • • • • • • • · · · · · · · · · · · · · · ·
~
por ese medio, sobre la manera con que hayan sido tratados .á bordo.
DE JLUZillLLO A
l
16
30
Este registro está bajo la vigilancia del agente del Gobierno;·quien Acapulco .•.•.......... . .,.................. .
111

..

t~:f¡~.'.'.'.'.'.'.'.:::.'.' ::·:: ::::::::::::::::::·:

'º

f

NOTA,-Estos precios de pasajes y fletes serán los mismos de subida ó bajada, escepto los destinados á San Francisco, que pagar~n
t.•°'mara. s.•c,..,...
De Acapulco.. . .. .. .. .. . . . . . . . . .. . . . . .. . . . . $ 100
50
,, Manzanillo ....... . ......,.. , ..... , . . . . ....
95
45
,, San Bias........ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..
90
45
,, Mazatlan ........ .. ... ... • • , • , . • • • . . . . ...
90
45
,, La Paz .•............. • .. , . • • .. • • . •. .. . .
90
45
,, Guaymas ... ·L·; ....... • • •...............
100
50
,, Cabo de San ucas...... , . , ....... , , . . . . .
80
40
1
2. Nipos de 8 á 12 años,· medio pasaje.
,, de 3 á 8 11 cuarto pasaje.
De menos edad no habrá cargo.
Sirvientes ó criados, medio pasaje de e cámara.

*

3. Todo pasajero puede llevar su equipaje personal libre de flete;
pero éste en ningun caso ha de esceder de 20 piés cúbicos por cada
adulto; todo esceso de equipaje se cargará como efectos de flete. .
Efectos no podrán llevarse como equipaje.
FLETES DE FONDOS.
De San Bias y Manzanillo á San Francisco, 1 y medio por 100;
de los &lt;lemas puertos á San Francisco 1 por 100, y de uno á otro
puerto en la costa de México 1 por 100:
Los fondos destinados á. ser trasbordados por la línea, ya sea en
San Francisco ó en Acapulco con destino á los Estados-Unidos ó á
Inglaterra, medio por ciento.

,

SECCION 4!

El Subsecretario de Fomento,

(Firmado) MANUEL Onozco.
hecho en las calzadas del centro y camino¡; de México á Monte
Alto, desde el 21 del mes próximo pasado hasta el dia de la. fecha.

P1ANTIO

NúlUrode planlu.

384
54.
89
614
80

Chopos.
Sauces y fresnos.
Sauces y chopos.
Sauces.
Suuc.es y choros.
Alamo, sauz y chopos.
Id.
id.
id.

4,337
Febrero 23 de 1865.-Benit&lt;&gt; Leon Acost:a.
Es copia. México, Febrero 26 de 1865.
El Subsecretario de E'omento,

(Firmado)

l\'ÍANUEL

ÜROZCO,

IliSPECCION GENERAL DE INFANTElUI.

México, Febrero 26 de 1865.

El Exmo. Sr. Ministro de la Guerra, con fecha 24 del actual, me
partieipa que á consecuencia del Soberano decreto de 23 de Enero
último, se da nueva organizacion al Ministerio, cesando _las inspecciones de infanteria y caballeria, cuyas funciones reasume la primera direccion, segun dicho decreto previene.-Y habiendo sido nombrado gefe de ella el general de division D. Anasta!lio Parrodi, á él
deberá V, dirigirse en todos los negocios correspondientes á la profesion militar, desde el dia 1? de Marzo er.trante en que empieza á
funcionar en su nuevo destino.
HERRERA Y

LozADA,

P.BBFICTURA POLITICA DEL DEPilTillENTO DEL VALLE DE JmXICO.
CoMISION REVISORA.

Direccion de los caminos de México á Monte Alto y calzadas del
Centro.-México, Febrerb 23 de 1866.-Cuando me disponia á contestar el comunicado qqe publicó "La Sociedad" en el número 207,
acerca de la poda hecha en la calzada de Tacubaya, recibí la comunicacion de V. S., datada el 18 del actual, para' informar sobre el
particular, y me resolví á satisfacer como debo al Ministerio, sin
atender ya al anónimo, á pesar de las modesta~ y multipficadas señas que da de sí mismo, anhelando sin duda el ser conocido.
Dos inculpaciones me dirige: la primera, porque no bago talar
una arboleda que se halla, no en la via pública, sino en una propiedad particular, en el rancho de los Alamos. Es evidente que no llegan á tanto las facultades de un ingeniero .de calzadas, y, sin embargo, •hice cortar aquellos árboles que por avanzarse y estorbar la
orilla del camino, se hallaban en cierto modo bajo mi jurisdiccion:
~sto fué en fines de 1863. La segunda queja, y la princi1:ial, consiste
en que he mandado podar con haclui los árboles de la calzada, sin
que el anónimo sepa adónde se plantan las estacas. E8 notable que
no haya marcado el destrozo por la vista de la arboleda, sino solamente por el ruido del instrumento; lo que indica que únicamente
se han _cortado, segun mis órdenes,.las_ ramas de direccion irregular.
Por lo que hace al corte, bastante sabido es que en la feracidad de
nuestra vegetacion, no son mn.s trascendentales las heridas causadas
. por el hacha en un árbol, que las inferidas con cualquiera otro instrumento que el anónimo ú otro individuo propongan acaso para el
corte de las ramas.
Respecto del plantío que con estas se haya hecho, habria sido mas
&amp;encillo preguntarlo á los peones, é ir á verlo, que no escribir un articulo para no recibir acaso contestacion, y desperdiciar la historia
del asalto de S. M. la reina de Inglaterra. Por lo que toca á lasati.sfaccion debida al Ministerio, acompaño la lista de los árboles nuevamente plantados en las diversas calzadas de mi inspeccion; y el
empeño que tomo en su cuiaado, lo es, segun espero, bastante convencido, pues cabalmente en·el ca.mino de que se trata he construido un' ~uente de mamposterfa, sustituyéndolo á otro de envigado, que
no ¡.,_odia durar mucho tiempo, á pesar de su reciente forrpacion.
D10s guarde á V. S. muchos añós.-EI Director de los caminos
de Monte Alto y el Centro.-Benito L eon Acosta.
Es copia. México, Febrero 26 de 1866.

De S. M. (hacienda de la Teja).
Buenavista .•.•.•..••.•..•..
Puente de Vigas .•.••••.....
Calauoa-ya y Atizapan ....... .
Paseo de S.M. (la Piedad).·•• •

198
700
30
324
800
464
600

(Firmado) JosE MARIA

IIINISTERIO DE FOMENTO.

.-

La. Ermita. ........ ...•.. ...
Niño Perdido y Panzacola ....
Belem ............. _•......
Via de Tlalpam ... ~ ••.......
Id. del Peñon ........ .. - .... .
Guadalupe y Estanzuela ..... .
Vallejo ..... . ............. .

El Inepect-Or general de infantería,

DOCU~IENTOS.

O.U.ZA.DAS,

203·

ESPECIES,

Mélico, Febrero 25 de 1865.

Sin embargo de fas diferentes escita.ciones que esta Junta ha dirigido á las personas i .teresadas en las operaciones hechas con bienes que pertenecieron á Ayuntamientos y establecimientos de beneficencia é instruccion pública, como quiera que no todos han slÍ.tisfeclío 1os deseos que animan á la misma Junta, ha tenido á bien.
a~ordar que para el cumplimiento de lo dispuesto en las leyes y dis;
posiciones relativas á revision de los contratos que se hicieron con
esos bienes por la Admini~tracion de D. Benito J uarez, remitan á
esta Secretaría, en el té:·mino de un mes improrogable, los informes
convenientes, tanto las personas que los adquirieron como las q~e
los administraban, á fin de que pueda tenerse perfecto conocimiento
de todo lo relativo, y activar los trabajos de la revision que se le ,
tiene encomendada; bi~o el concepto de que si no e!! atendida esta
escitutiva, la Junta se verá precisada á proceder con arreglo á las
últimas disposiciones supremas sobre la materia.
El Secretario de la Comision,

(Firmado) :M. DEL VALLE.

PAR'fES TELEGRAFICOS.
Vcrncrnz, Marzo 1'? de 1865.

Hoy han salido para esa capital los Sres. Ministros de Italia, España, y el
Sr. D. Francisco S. Mora. El Paquete Inglés sa.Je el di9: 3.
El Prefecto político,

D. Bua11Au.

NOTICIAS RECIENTES DE EUROPA.
Antes de ayer llegó el Paquete inglés á. Veracruz, y hoy ha llegado á esta
capital la correspondencia del estraor_dinario á las nueve y media de la mañana. Hé aquí algunas noticias que rápidamente hemos podido recoger en
cartas y periódicos:
Se habia calmado mucho en Europa la agitacion causada al principio por
la Encíclica del Papa.. En consecuencia, iba cesando la perturbacion que había afligido á los católicos liberales, que luchan hace tiempo por establecer
un acuerdo entre la re1igion y el liberalismo. Parece que la Santa Sede habia publicado una interpretacion oficial del Syllalnts, y que ella atenuaria el
efecto de ciertas qeclaraciones Pontificias, mal interpretadas por algunos.
El 11 de Enero murió en Viena el Conde Hartig, miembro del Senado
austriaoo, y uno de los hombres de Estado mas notables de aquel Imperio,
Tenia 76 años.
Parece que toda idea de anexion de los Ducados habia sido enteramente
abandonada por la Prusia, y 'que ésta en sus neg_o?iaciones con e! Am1tria,
solo trataba de las ventajas comerciales y martt1mas que deber1a obtener
por el abandono de sus derechos en favor del futuro soberano de aquello~

Chopos.
. Fresnos y chopos.
Sauces.
Estados.
Sauces, fresno y chopos. El consejo de Estado español se reunió el 24 de Enero para dar su dictámen
Fresnos y truevos.
sobre estas·tres cuestiones que el gobierno le habia sometido: 1~ Si conforme

�204

DIARIO DEL IMPERIO.

á las leyes y á las regalías del reino podia concederse el exequatur á la Encíclica: 2~ Qué responsabilidad habian contraido los obispos que la habian publicado: 3~ Si podía permitirse su publicacion en presencia de la libertad
que dan á la prensa. las leyes constitucionales del pais.
El Sr. Marqués de la Ribera, Ministro Plenipotenciario de España en México, que debe llegar mañana á esta capital1 fué recibido en audiencia _particular por el Emperador de los franceses, el 22 de Enerq, pocos dia.'3 antes de
embarcarse.
El 28 de Febrero era el dia señalado para la publicacion de la Vida &lt;le
Oésar, obra del Emperador Napoleon III. Iba á publicarse al mismo tiempo
en francés, aleman, inglés, italiano y español. El Sultan babia mandado hac~r una traduccion al turco.
El 31 de Enero debió celebrarse en Dresde el matrimonio entre el Príncipe Cárlos Teodoro de Baviera, hermano de la Emperatriz de Austria, con
la Princesa Sofia d.e Sajonia. El Emperador y la Emperatriz de Rusia iban
á asistir á la ceremonia.
El Príncipe Federico Cárlos de Prusia, que mandó el ejército austro-prusiano en la. última guerra del Holstein, hizo una visita á Viena ó, mediados
de Enero, y fué muy agasajado por la Corte.
El Duque de Brabante (hermano de la Emperatl'iz de México) llegó el 24
de Diciembre á Columbo, capital de la isla d_e Ceylan.
Monseñor Dupanloup1 Obispo de Orleans, babia publicado un folleto so·
bre la Encíclica, el cual era generalmente combatido por la prensa francesa.

ANUNCIOS ·OFICIALES.
INTERESANTE.
&amp;ccION )'Jl)PEClAL DE LA CoNTRIBUCION DE ÜCHO AL MILLAR SOBR~ FINCAS.

Se recuerda á los causantes de la contribuci(,n espresada, que conforme á la Ley, de-

ben aatiSÜtcer, dentro de los dioz primeros dins del preseut.e mes, en las recaudaciones
respectivas, lo correspondiente al segundo bimestre que comienza el dia de hoy; advertidoe de que las persouad que no lo vcrifiqu_en, incurrirán
los recargos y gastos de cobranza que la Ley impone á los causantes morosos.
México, Marzo l? de 1865.-lgnacio de Altamira.

eu

J'UZGADO 4? DE LO CIVIL
Sien~o necesaria en este J uz¡¡ado, sito en el Palacio de J uetieia, la comparecencia del
Sr. Pre~bítero D. Joaquin Murtinez de la Rosa, para, h11Cerle saber la postura hecha á la
casa número 3 del callejon de las Cabeus, perteneciente á su concurso, é ie-norándose la
babitacion de dicho aeñor, se ha mandado, á pedimento del Síndi~o, se le cit.e por el ~
riódico oficial, para que dentro de seis días comparezea en el referido .Juzgado; baj-0 el
concepto de que esta citacion surUrá sus efectos.
Y cumplicndQ c'on lo pr.,venido, pongo el present.e en México, i veintiuno de Febrero
de mil ochocientos sesenta y cinco.-J. V. Piña, J&lt;:scribano nacional y público.
J63-4s-2
NOTIFICACION A D. RO:r.roto DEL VALLE.
En los autos que ante el Juzgado 2~ de lo civil han promovido los Sres. D. Miguel Cl11veria y D. Ignacio Baz, Síndicos del concurso formado á bienes de D. Jo~é Gomez Linare111 contra D. Rómulo del Valle, sobre propiedad de 1a haciehda de Mapastlan, se ha
proveido el siguient~ auto.
"México, Diciembre 21 de lil64.-Eligiendo esta parte la via de asentamiento, se revoca el auto de tres del corriente, y en consecuencia prócédase á. poner al actor ea posesion de bienes bastante11 á cubrir su crédito, ha&lt;:iéndose saber por lQS periódicos esta resolucion á D. Rómulo del Valle, á quien se le señala el término de dos meses para que se
presente i contradecir esta providencia. Lo decretó y firmó el Sr, Juez. Doy fe.-Pawra.
-Lic. Joaquín Ra1. y Guzman, Secretario."
Lo que le noti6co por el presente; bajo el concepto de que. en la parte relativa á que ee
ponga al actor en posesion de bienes, lo ha si.lo ya, poniPndosele en la de la hacienda relacionada de Mapast1an, en virtud del auto de nueve de ~'ebrero corriente, que así lo IllaJl•
dó, para los efectos del preir,serto auto.
México, Febrero 28 de 1865.-Miguel F. Gu~rra, Eserib~no público.
164-3e-2

ALMONEDA JUDICIAL.
Por disposiciorl del Sr. Juez 2? de lo civil, ante quien se bailan rt1&lt;licado¡ loé autoli ool
concurso formado ~ 111 bnciPnda de San ~icolás de la ',rorro, y de c,omun acue~do de loe
interesados, se celebrará 111 última almoneda para el remato de dicha finca e1 día veintisiet.e del entrante l\Iarzo, ÍI las doce, teniendo verificntivo este acto en el Palacio de Justicia de esta (\l\pitnl; debiendo adver,tir que la moncionada hacienda ha sido retasada en ~
cantidad de 155.130 pesos 3 rs. Y en virtud de lo prevenido, pongo el prese~te, para que
las person!IS que quieran, puedan hacer postura, verificándolo; debiendo publicarse este
aviso en el periódico oficial de esta capital, de Querétaro y de Toluca, á fin de dar al acto
la bastante publicidnd, quedando uí evacuado el precepto judicial.
·
México, Febrero 22 de 1865.-José Vice11te Piña, Escribano público.
14~

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
Rematará

todo el menaje de la casa núm. 8 de la callo de la Perpetua, el viernes 3 y eabado 4 de
Marzo de 1865, á la una en punto, estando á In vista los días 1':' y 2.
~as ventas son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listaa pormenonzadas.
Se reciben comisiones al seis por ciento, pero qo se admite la puja de sus dnl)ños.
Se hacen vAlú.os de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;e. y se alquilan y trasportan muebles.
·El Diario del Imperio ee publicará en lo sucesivo todos los dias á las doco, monos los
El despacho está en la callo 1~ de Santo Domingo, junto al núm. 8.
138-10&amp;-8
domina:oa y días festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
El áeap11Cbo se hall11 establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustín.
;JUZGADO 4? DE to CIVIL.
'El precio de la snscricion ~erá:
·
El
Sr.
Juez
4?
de
lo
civil,
Lic.
D. Evaris~ Reyes, en auto de ayer, bamand11do ~e conEn la Capital, por un mes ... _. . . . . . . . . , ... ..... $ 1 50
voque por los periódicos ÍI los que se crc¡in con derecho ÍI los bienes del intestado de D.
Ia.
id. por tres meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
MarcelinQ Sanchez, para que eu el término de treinta din.e se presenten á dtld11cir ~e qn.o
En los Dcpart.'l-mentos, por tre1;, mes~, franco de
les competan; apprcibidos de lo que baya lugar si 1.0 lo verifican.
·
¡
México, Febrero 7 d~ 1865.-Manuel 'l'. de .Meneses, Escri~ano público, 97-30&amp;-=-l"
porte . .... : ....... : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 75

.A.NUNOXOS.

AVISO.

,

•

El import.e de las suscricionllR se pagará adelantlldo.
El precio de los anuncios será convencional, y deberá paga.rae preci!!ll.meute adelantado¡
llin cuyo requisito no podrán publica.rae.
,,

1

- ~-- - - -- -- - - - - - - - - - - - - - -- ~ --,.-·
t'

rozo~ 5? DE to. CIVIL

,N

,í '1

,-r

,ll.,

.
ENCARGA.Do DE 1.0s NEGOCIOS DEL' Fisco.
-,.
, Los recibos deberán ir firmado~ por D, Juan Devincentiis, ene.argado de Habiendo preve~ido el S"r. Juez del reforia'o Juzgado, sito en el P11Jacio de Justicia, ~ue
á las doce dé Jqs dias seis, dioa y siete y treinta del inmediato Marzo, se celebren las i.D
esta administra.cion.

monedas respectivas, siendo la última con calidad de remate, para la venta de la !'asa nú•
mero 2 de la calle de Zuleta, valuada por el arquitecto D. Manuel Rincon en I0,49i peso,
26 cs., lo anuncio ni público para que las penonas que quieran hacer postura puedan verificarlo.
,
Mé1ico, Febrero 21 de 1865.-Agustin Percz de Lara, Notario público y de Haoiendil.
JUZGADO 1? DE to CIVIL.
g-2a-2
l'or el presente se ·convoca ÍI las peraonas que se consideren con derecho ú. suceder en
loe bienes del intestado de 111 Sra. D~ María de J esus Mat-eos de Rubio, p11ra que ocurran
í ju.stificarlo~ en este Juzgado dentro de treinta dias, contados desde hoy 28 de Febrero
1UZGADO 8? MENOR DEL CUARTEL MAYOR RUllERO 8.
de 1865.-Sebastian Peñaloza, Escribano público.
165-3s-1
D. Vicente Vaca, albacea de D. Ramon Vaca, se presentará el dia ocho del entránle
Marzo, á las doce del dia, ÍI contestar la deI11anda que en juicio verbal aobre pesos le pro11JZGADO l? DE to CIVIL.
mueve D. Jesus Goríbar; apercibido de sentenc\a en rebeldía si no concurre.
Mé1ico, Febrero 25 de 1865.-El
Juez 8? menor, Lic. Miaga.__,.,
155-3a-2
~
....._
,_
El Sr. Juez 1~ ile lo civil, Lic. D. Manuel Maria de la Sierra, ha mandado se proceda
al remate de un corral marcado con el número cuatro, en la calle d~l Tepozan, que ha sido valuado en mil treint.'I. y ocho pesos Qchenta centavos($ 1,038 80 e~.); señalando para
CITACION.
laa almonedas los dias 2, 11 y 2-2 i!el próximo mes de Marzo, á las doce, siendo la última
De ór4en del Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Parnn, y á pedimento de D. .Anoon caJ;dad de remate. Las porsonaa que deseen h1teer postura, ocurran á la secretaría de
tonio Barquin, clto por el presento á D. Vicente Vaca, para que en el términoele quince
~te Juzgado, donde se darán imtrucc1onea.
México, Febrero 18 de 1865.-S,,bastian Peñalo:a, Esctibano público.
1M-2s-2 dias, contados desde la fecha, se presente en el Juzgado de su cargo á reconocer la finna
que con su nombre sc encuentra en un documento presentado por dicho Sr. Barquin, y
. . .. . - -- - - - - -- - - -- -- - -- - - - --- bajo el apercjbimiento de darse por rejl()nocida si no comparece.
1UZGADO 6? llBNOR.-1~ JIONTERILLA NUM. 7.
México, Febrero 7 de 1865.-J. Rcy110s0, Escribano público.
104-Sa- B
Por el prese.nte so oita 11.l Sr. Teniente Coronel D. Antonio Dinz, para que el din nueve
del enu-anto Marzo, i las doce, comparezca por sí ó por apoderado instruido y espensado,
11TZGADO 4? MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUMERO 4.
á contestar la demanda que Je promueve D. Julio Robreau, sobre pago de ciento cinco pePOI, valor de una cnenta de ropa; apercibido dti sentencia eu rebeldía si no concurre.
1~ &lt;le Santo IJomingo núm. 8.
México, Pebrero Z'/ do 1865.-Lic. Labat.
158-38-2
ORDF:N.-Ignorándose el domicilio de D. Santiago Vicario, por 111. present-0 se le cita ·y
empl11.za para que en el término de treinta dins se presente en esto de mi cargo por si 6
'.l'RD311NAL DE CO:MERCIO DE MEXICO.
por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda que t1n juicio verbal eob~
pesos le promueve f)l Lic. D. José Maria Aragon en representacion de la testame11tl\ría de
Febrero 23 dó 11365.
En loe aut-Oij seguido~ por D. Joaé Ponlon con D~ bfttriana R. dc la Torre, este Tribu- D. Felic1ano Rey; apercibido de que si no concurro se 111 IIOUJ~rará un defensor de !i611io
n..l ha mandado se proo;&gt;da á ht. venta, ('n &lt;i111id11d do remato, de los libros embargados á con quien se entonderá la demanda.
México, Febrero 16 de 1865.-Li~. Poulet. •.
135-1511-4
la Sra. dti la Torr&lt;', valnadoR por el perito D. Marinuo Galvan .Rivera en 663 pesos; seiíali,nd_ose la audiencia del dia cu11tro del entrante Marzo, ÍI lns dos de 111 tarde.
r,-0 que se avisa al pí1blioo, para que la persona c¡ue se interese por ellos, ocurra íi In.
1UZGADO 2? DE LO CIVIL.
talle l! de Snnhi Domingo núm. 1(1, en donde Re le enseñarán por el dtipositario D. Ant.(loio Zamora.
'
Debiendo remn.tarse la casa 01ím. 8 del callejon de In Polilla, valuada en cinoo mil l!!!isciootos ochenta y tres pesos ($ 5,fi83) ha señalado el Sr. ,Juez 2? de lo cil•il, Lic. D. MaJosé María Cardeña, Oficial 2?
160-3s-2
nuel Pavon, para las almonedas de dicha finca, para la. primera el dia 20dcl con;ente,pora la segunda el l? y para la tercera el 11 del entrante Marzo, siendo la última con cali·
Dll'ElUO XEXICAXO.-roZGADO l? lllENOR DE 1LA CORTE.
dad de remate, todas á las doce del dia. Lo que se avisa al público, p11ra que las personas
Calle cer¡ada de la Moneda núm. 10.
que quieran hacer postura lo verifiquen en el de11paebo del que suscribe, sito en la calle
de la llfoneda, bajos del núm. 7, doade se les darán los datos que resulten. de autos.
./
Por el preo-0nte se hflCe se,oer á D. Ignacio Izoguirrc qu9 con esta feel,a se ha dado por
México, Febrero 14 de. l~.-Man11el f. de Meneses, Escribano público. 119--0a-&lt;&gt;
COI\U}Stada, 011 su ausencia y reb~ldla, la demanda que SQbro posos Ir, tiene promovidl\ D.
1"tiliP41 Zl\mora, ma,ndt111do abrir est.e negocio ÍI prueba por ocho clias, que co1I1enznriln á
&lt;'ont&amp;ne desde la primera pnblicacion de eRt.e 11ri~o.
q
.Hérie.o, l&lt;'elirero Zl do 1865.
1
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ,E.:,CALANTE, ·')
F;I Ju..z 1~ .meno~, Lic. Joaq1ti11 Ptn;; r Gu.c,,,n
162-31!-2
B.U('8 DB SAll AGU&amp;Tln: litJll, ).
No ,e admit-en r6clamacioucs por falta do recepcion del "DIARIO," sino hasta
el di11 siguiente de publicado cada númere.

_________ ____________ ___

- --

�</text>
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_

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NOI. ot.

MEXICO :- Viernes 3 de Marzo de 1865.
y

Esperamos y deseamos sinceramente que el Gobierno de Vuestra Majes•
tad Imperial sea. una época llena de bendiciones, y que los beneficios- de una
paz tanto tiempo desMda, desarrollen en ese pais, ptivilegiado cual ninguno, ,
~~~~f':~co:J~t~o~=°;-1nad'8tlca.
todas sus riquezas, dando á. sus habitantes esa parte de felicidad ybienestar
Bollcllud eobre apar&amp;toe par&amp; alumbrado ele gaa.
que tanto merecen por haber puesto en manos d&amp; Vuestra. Majestad lmp&amp;rial la d:reccion de sus futuros destinos.
Al manifestar este sincero deseo, esperamos que Vuestra Majestad Imperial será siempre benévola hácia nuestro Estado libre, quedando por ello resNOTICIAS DIPLOl\lATICAS.
petuosamente agradecidos.
Bremeo,
5 de Dioiembre de 1864.
DEL DVQtrl Dll l'ASUV,
El Senado de lt. Ciudád
Libre y anaeliica de Bremen,
Alto y muy poderoso Emperador:
El Prelidente del Senado,
Bondadoso Emperador y Señor:
(Firtr1ado) Moua.
De mano del Enviado Éstraordinario y Ministro Plenipotenciario de
(F'U1llado) 811:Ankot.
Vuestra Majestad Imperial, D. Tomás lfurphy, be tenido el honor de recibit la carta. de Vuestra Majestad Imperial, fecha 27 de Junio de este año,
A Su Majestad Imperial Maximiliano, Emperador de Méxleó.
po1' la cuJl me comunica su advenimiento al trono Imperial de México.
1
Es traduccion del original.
1
Al manifestará Vuestra Majestad Imperial mi mas 1pl'ofundo agradeciEl Subseeret&amp;rio de NegociOI Eatranjeros,
miento poY esa comuuicacion, me prometo -que quedara, CQnvencida de la
(Firmado) PEoN DE REotL.
parte que tomo en ese (eliz acontecimiento para su casa Imperial.
Quiera la Divina Providencia favorecer con su .bendicion á Vuestra Majestad Imperial en la grande obra q_ue lia emprendido, y que el tiempo desu
PARTES DE LAS PREFECTURAS.
Gobierno sea una época feliz.
Apreciando el deseo manifes\ado por Vuestra. Majestad Imperial, sobre el
cultivo de las buenas relaciones que existen entre su Gobierno y el mio, le
Jml1STERIO DE GOBERNACION.
ruego admita la espresion del profundo respeto con que tengo el honor de ser
SUMARIO.

Oll1á c1e1 Doq11e de N111&amp;u al Emperador de Médco.-De ta ciudad de LO.b~k,-De la de Bremen.
sha.
. tu .Prefeetarae de Ou1111t,1uato1 Tolaca, .ralapa, 06tdoba, '\leracru, Tlaxcala, 4uerétaro y Orl·
PaTtea de

De Vlleatr&amp; )(ajeetad Imperial
Su obedienl.ó (&gt;limo y servidor,

(Firm&amp;40) AnoLrO,
Duque de Naaaau.
~n,:b, 24 de Novielllbni le la&amp;L

A Su Majestad el Emperador de México.
Es traduooion del original.
El Subeeeretario de NegocÍOII Estranjffl'ol,

(Firmado)

PBOlf DB RBG1t.

Guanajuato, 18 de Febrero de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo la honra
de informar~ V. E., para-conocimiento de'S. :M. e1 Emperador, que
en la semana que hoy: termina no ha ocurrido en este Departamento
de mi mando acontecimiento alguno que pueda llamar la a.tencion.
-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior político,
Maniul Chico y Alegre.
Es copia. México, Febrero 24: de 1866.
El Subaeoretaric de Gobemacion,

'

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOB0S.

DE LA CIIJDAD LIBBB Y ilBE&amp;TICA DE LVJBCJL

Prefectura superior política del primer Distrito del Departamento de México.-Núm. 4:6.-Toluca, Febrero 16 de 1865.-Exmo.
Sr.-" Con fecha de ayer dice á esta Prefectura superior poHtica la
Municipal de esta ciudad, lo siguiente.-Con esta fecha lie dirigido
al Sr. Síndico 1~, Lic. D. Jesus A. García, el oficio que sigue.-No
habiéndose vd. presentado el lúne.s último para tomar posesion de su
encargo, como se lo previne en oficio de 11 del corriente, está patente 1a desobediencia á la autoridad, que tiene el deber de hacerse
respetar; en consecuencia, con arreglo á las atribuciones que concede á esta Prefectura. la ley de 20 de Marzo de 1837, declarada. vigente por circular de 9 de Diciembre último, se impone á vd. la multa de veinticinco pesos que enterará desde luego en la Tesorería
municipal, y de no hacerlo, sufrirá vd. ocho dias de arresto en estas casas; advirtiéndole que con esta fecha doy cuenta á la Prefectura polttica, de mi procedimiento, para que obre con arreglo á sus
El Senado de la ciudad
atribuciones, respecto de la tenaz resistencia que ha manifestado vd.
Libre y anseática de Lllbeck;
,.
en el cumplimiento de los deberes que imponen las leyes, y el ridíEl Prelident.e del Senado,
culo en que se ha propuesto vd. colocar á las autoridades con lison(Firmado) C. L. Roi:cx.
jearse
en desobedecerlas.-Enterada la multa, se servirá vd. presenLtlbeck, 26 de Noviembre de 1864.
(Firmado) G. C. Onnnzonit,
tar á esta Prefectura el recibo que la justifique.-Y lo traslado á
Secretario.
V. S., manifestándole: que en las conferencias verbales que he tenido
Es traduooion del original.
con él, me ha espuesto que su conciencia politica no le permite acepEl &amp;baecretario do Negoeioa Estraojeros,
tar ni desempeñar el cargo, y que está resuelto á, reportar las conse(Firmado) PEON DB R1to1L.
cuencias, cualesquiera que sean; en cuyo concepto, la pena impuesta
por esta Prefectura no ha de surtir el efecto de obediencia que se busDI LA CI11D.&amp;D LIBBB Y AlHEATIC.l Dll B&amp;DID,
ca; y no teniendo ya. otras penas que imponer conforme á laaatribucioMuy alto y muy poderoso Señor:
nes que me da la ley, la autoridad queda, á mi entender, burlada, por
Por_ la a~bl~ ~~ ~e 27' de Junio de, este año, que Vuestra Majestad
Impe~al s~ s1rv1~ ~1r1g1rnos, _Y que ~o~ fue entregada por Su Enviado Es- la circunstancia de haberse hecho pública ya esta cuestioo entre la
traordmaho y M1rustro ~le~potenc1ar10 en la Corte Imperial de Viena, D. Prefectura que manda y el Capitular que se encapricha. en desTomásMurp_hy! Nos hemos impuesto con el mas vivo placer de la grata nue- obedecerla.-La Prefectura polítlca dispondrá lo que creyere conveva del adv~rum1ento de Vuestra. Majestad Imperial al trono de México.
niente para hacer respetar sus providencias, cumpliendo yo con ha. Al ~ar a Vuestra Majestad Imperial las mas espresiv&amp;a gracias por esa no- cerle saber lo ocurrido."
\16cac1on, le ofreeem08 nueatra mas cordial enhorabuena por tan fausto aoonLo quQ trascribo á. V. E., para que en su vista resuelva lo que e,.

Alto y muy poderoso Emperador:
Por la bondadosa carta de Vuestra Majestad Imperial, fecha 27 de Junio
de este año, que Nos ha sido entregaila por Su Enviado Estraordinario y Ministro Plenipotenciario, D. Tomás Murphy, quedamos impuestos de que
Vuestra Majestad, despues de haber admitido la corona de México, babia tomado posesion del trono el dia 12 del mismo mes.
No~ apresuramos á dar é. Vuestra Majest~d Imperial, por la presente,
Nuestra mas sincera enhorabuena con motivo de tan fausto acontecimiento.
Quiera el Dios Todopoderoso dar á Vuestra Majestad Imperial todo el
acierto necesario para llenar de felicidad al pueblo mexicano, que le ha sido
confiado por sus altos designios.
Damos las mM vivas gracias á. Vuestra Majestad Imperial, por los buenos deseos que Nos manifiesta en favor de nuestra ciudad, y trataremos de
cooperar eficazmente por nuestra parte para merecer tan benévolas inten·
ciones.
Alto y poderoao Señor:
De Vueatr&amp; Majeat:ad Imperial

teeimieoto.

•

..

�206

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

time por conveniente; en el concepto de que tanto esta Prefectura quedó abierta la escuela de varones en la Soledad, á cargo del precomo la Municipal, han agotado los medios de conciliacion y de pru- ceptor D. José María de la Rosa, y en ella reciben educacion cuadencia para vencer la obstinada desobediencia del Lic. García, que renta niños, segu~ me ha com~nicado el S_r. Comisario municipal de
se ha resistido hasta el punto de negarse á tomar posesion de su en- aqu_ella demarcac10n. En la mISma poblamon determinó ese funciocargo, no obstante la oferta que se le hacia de exonerarlo de él in- nario que fu~sen numeradas l~s casas,_ y al concluir ese trabajo se
mediatamente, despues de que con tal acto diera una pruel;&gt;a de su- ve que han sido marcadas doscientas mnco fincas.-Dios guarde á
mision á la autoridad, quien en este negocio no ha'pretendido otra V. E. muchos años.-El Prefecto político, D. Bureau,-Exmo. Sr.
cosa que no dejar violado su prestigio, por la publicidad con que di- Ministro de Gobernacion.
.
cho Lic. Garcia ha hecho alarde de desobedecerla; agregando á V. E.
Es copia, México, Febrero 26 de 1866.
que tal hecho no puede quedarse desapercibido, porque seria de muy
El Subsecretario de Gobernacion,
mal ejemplo para el restQ de los individuos; y en concepto de esta
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Prefectura el solo medio eficaz para hacer obedecer al repetido Sr.
García, es el de obligarlo á trasladarse á México, hasta tanto se dePrefectura política del Departamento de Tlaxcala.-Febre;ro 2ó
cida á obedecer.-Dios guarde á V. E. muchos afios.-El Prefecto
de
1866.-Ex~o. Sr.-Tengo la honra de participará V. E. las nosuperior político, Pascual Gonzalez Fuentes.-Exmo. Sr. Ministro de
vedades ocumdas en la semana: el 21 del actual, por haberse ido á
Gobernacion.-México.
Ministerio de Gobernacion.-Seccion 1~-México, Febrero 26 curar á Apam, con licencia, el Prefecto y Comandante militar del
de 1866.-Impuesto S. M. el Emperador de la nota de V. S., nú- Distrito de Tlaxco, D. Ignacio Gutierrez, y de la Comandancia mimero 46, fecha 16 del actual, en la que inserta la del Sr. Prefecto litar, el comandante de escuadron D. Juan Ahumada.-El 22 del
Municipal de esa ciudad, manifestando la resistencia del Lic. D. Je- mismo aconteció un incendio en una cohetería, en el pueblo de Istasus A. García para desempeñar el cargo de Sindico del Ayunta- cuistla, de qua fueron víctimas tres individuos, y merced á la actimiento de la misma, ha tenido á bien acordar lo siguiente.-Te- vidad de los vecinos no cundió el fuego á la poblacion.-En cuanto
niendo en consideracion: -1? Que hay tan estrecha dependencia al órden y ~ranquilidad pública, sigue inalterable en este Departaentre los derechos políticos y los deberes correlativos, que no debe mento.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior
legalmente ejercer los unos quien sin causa justa rehqse el cum- político, J. I. de Ormaechea y Ernaiz.-Exmo. ·sr. Ministro de Gobernacion.
plimiento de. los otros:-2? Que uno de los principales deberes
Es copia. México, Marzo 1? de 1866.
ae los ciudJ!.danos es desempeñar las cargas concejiles:-3? Que D.
El Subsecretario de Gobernaoion,
Jesus A. García se obstina en renunciar sin causa legal el cargo de Sin(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
dico primero del Ayuntamiento de Toluca;-Hemos decretado lo siguiente:-Queda suspenso D. Jesus A. García en el ejercicio de los
derechos de ciudadano durante el tiempo en que debería desempeñar
Prefectura superior política de Querétaro.-Querétaro, Febrero
el cargo de Sindico primero ·del Ayuntamiento de Toluca.-Lo que 26 de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de participar á V. E., pacomunico á V. S. para su .:conocimiento y fines consiguientes, y en ra conocimiento del Gobierno de S. M., que en este Departamento
respuesta á su citado oficio.-El Ministro de Gobernacion, Cortés y no ha ocurrido novedad en la semana que hoy concluye.-Dios guarEsparza.
de á V. E. muchos años.-El Prefecto político superior, M. Guti.erEs copia. México, Febrero 2ó de 1865.
rez.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Prefectura política.-Distrito de Jalapa.-Jalapa, Febrero 20 de
1866.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de poner en conocimiento de
'\t. E., que en la semana anterior se ha conservado inalterable la tranq~ilidad pública en las poblaciones de la comprension de esta Prefectura, y que han vuelto al seno -de sus familias varias personas que se
hallaban en puntos ocupados por fuerzas disidentes.-Dios guarde á
V. E. m,uchos años.-El Prefecto político, (firmado) F. P. Mora y
Daza.-Al Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Febrero 26 de 1866.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. ViLLALOBOS,
· Prefectura superior política del Departamento de Guanajuato.Guanajuato, Febrero 18 de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de
informará V. E., para conocimiento de S.M. el Emperador, queen
la semana que hoy termina no ha ocurrido en este Departamento de
mi mando, acontecimiento alguno que pueda llamar la atencion.Dios guarde á V. E. muchos años'.-El Prefecto superior político,
Manuel Chico y Alegre.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Prefectura política de Córdoba.-Córdoba, Febrero 20 de 1866.
-Exmo. Sr.-El que suscribe tiene el honor de poner en el superior conocimiento de V. E., que durante la semana anterior no ha
oc.urrido cosa notable en este Distrito, respecto de la seguridad.Dios guarde á V. E. muchos años.-EI Prefecto político de este Distrito, J. A. Nieto.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Es copia. México, Febrero 24 de 1866.
El Subsecretario de Gobernaoion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Prefectura política de Veracruz.-Núm. 342.-Veracruz, Febrero 20 de 1865.-Exmo. Sr.-Disfruto el honor de producir á V. E.
el parte de las novedades ocurridas en este Distrito en la semana
anterior, diciéndole que el presidente del Ayuntamiento de 'Alvaraclo, e~ _o~cio de 11 del que cursa, que recibí al siguiente.día de haJer dmgido á V. E. el Pª!te d~ aquel1~ semana, me comunica que
en la ma?rugada ~e ese dia se ID~r?dUJO en la poblacion una guetriJ
lla de 9umce ó v~mte hombi:es disidentes, disparando como siete ú
ocho tiros, pero sm que ocas10naran daño alguno, retirándose en seguida. En las demas localidades sujetas á esta Prefectura, no ha sufrido alteracion la tranquilidad pública.-El dia quince del corriente

El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
Prefectura política de Orizava.-Orizava, Febrero 27 de 1865.Exmo. Sr.-Tengo la honra de participará V. E. para conocimiento de S. M., que en la semana anterior se ha conservado inalterable
la tranquilidad pública.-Por resolucion del Exmo. Sr. Ministro de
la Gue,rra, el m~ércoles pasado rem~tió ~st~ ~refectura consignados
á la Corte Marcial de Puebla, los s1ete mdmduos de guardia rural
móvil del Distrito de Orizava que intentaron sublevarse en la noche
del 14 del corriente, como tuve la honra de decir á V; E. en comunicacion de la misma fecha. El jueves ha llegado á esta ciudad el
Exmo. Sr. Consejero de S.M., Sr. Schertzenlechner, quien al dia siguiente ha continuado su viaje para Europa.-En un telégrama recibido el dia de hoy del Sr; Prefecto político de Córdoba, he sabido
que el Exmo. Sr. Ministro de Fomento D. Luis Robles debe llegar
mañana á esta ciudad. He dictado mis órdenes para que en su tránsito por el Distrito tenga siempre la escolta conveniente, y ,al efecto
ha salido esta tarde de esta ciudad la fuerza que debe escoltarlo desde el Paso del Macho, por haberse disuelto por si mismo en la semana pasada el destacamento de la brigada del general Gal vez que se
hallaba de guarnicion en este punto, segun noticia de dicho Sr. Pr.efecto.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto político superior, Alonso Manuel Peon.-Exmo. Sr. Ministro de·Gobernacion.
Es copia. México, Marzo ~ de 1866.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

DOCUMENTOS.
El Sr. D. Rafael de Portas y Martinez ha presentado al Ministerio
de Fomento unas Bases para colonizar los terrenos que le pertenecen de la hacienda de Pom, situada en la Península de Yucatan,
cuyas Bases contienen, entre otras, las siguientes proposiciones:
1~ Los terrenos pertenecientes á la hacienda Pom, se destinan para una colonia, y en el lugar mas conveniente que elija un agente del
Ministerio de Fomento, se delineará una poblacion que contenga 64
cu_~rteles de á 160 metros por cada frente, que se dividirán en 30 posesiones para casas de á 20 metros de frente, y á 200 metros de distancia se tirará una linea esterior por los cu~tro lados, que cubra un
terreno de¡¡tinado solamente para el caso del engrandecimiento de la
poblacion.
2~ Las divisiones de los cuarteles se numerarán del 1 al 30: los
nú°:eros impares los cederé en propiedad, sin estipendio alguno, á
los mmigrados que vengan á establecerse en la colonia. Los núméros-

pares, así como el terreno que abraza la línea esterior, serán esclusivamente mios y para los usos que mas me convengan.
.
3~ Los colonos establecidos que deseen_ obtener ~lguna po~es10n
de las que me reservo, la obt~ndrán ~ediante precio convenmonal,
que me satisfarán en dos anualidades, sm que por esta espera me satisfagan rédito alguno.
.
.
4ª Cada colono obtendrá ademas en propiedad, y como donacion
perpetua un terreno que contenga una superficie plana de 120,000
metros c~adrados en el lugar que elija, siendo de su cuenta medirlo
señalarlo, para evitar que sea tomado p_or otro.
..
y 6~ El colono q1Je, ingrese con mas de s1ete personas de fam1h~, se
1e entregará en propiedad otro terreno de 120,000 metros, que JUSti reciado por peritos nombrados por ambas partes, pagará con el
por 100 de sus cosechas, sin que por esto quede obligado á rédito alguno.
'
.
.
6~ Por un colono se entenderá todo estranJero que mgrese á la
colonia, ya sea solo ó con familia que esté bajo su potestad doméstica.
. .
. .
. . 7~ Los colonos se harán ciudadanos mexicanos; por consiguiente,
tÓdo aquel que ocultando su dep~ndencia de faJ?ilia, se pres?ntare
como un colono á obtener las prop1edades conc~~1d_as, y se averiguare
y probare ser parte integrante de alguna ~am1ha mgresada. á la .colonia, se le castigará ?ºn arreglo á lo que haya lugar; y ~i hubiese
obtenido aquellas propiedades, las perderá, así como tamb1en el gefe
de la familia de quien dependa.
.
8~ ToElo hijo de familia que se emanmpe conforme á derecho, obtendrá las propiedades que un colono.
9~ El terreno que sea necesario ocupar para el levantamiento de
templos, casas municipales y plazas públicas, lo daré gratis.
El Sr. de Portas y Martinez manifiesta, que el terreno que ofrece
tiene un11. estension de ocho á doce leguas cuadradas, que es plano y
de los mas fértiles de la Península, produciendo el algodon, maíz, arroz, caña de azúcar, frijol, café, henequem y otra diversidad de frutos
de importancia.
. Contiene tambien llanos de pastura de ganado, y en sus montes
abundan las maderas preciosas, el palo de Campeche .y las de construccion.
·El terreno está regado todo por vertientes de agua manantial que
por medio de la ~analizacion puede~ formar peque~os rios que faciliten la esportac1on de productos; si.endo. de advertir, que hay tres
_rios navegables hasta dos leguas al rntenor.

i6

SOCIEDAD MEXICAN.A.

99 El Sr. General García concluyó la lectura de las noticias escritas por él, sobre la propagacion y cultivo del olivo en México.Que pase á la Comision especial de agricultura para los fines consiguientes, habiéndole manifestado desde luego el Sr. Vicepresidente
el agrado con que la Sociedad babi~ visto un trabajo tan interesante
y útil para los agricultores de México.
Con lo que concluyó la presente acta, á. que asistieron los Sres.
Vicepresidente, Andrade, Dr. Barros, Castillo y Lanzas, Castro, ~astillo (D. Antonio), Durán (D. Rafael), Dr. Durán, General Espmosa, General García, Ibarrola, Pimentel, Salonio, Soto, y el Secretario perpetuo que suscribe.
(Firmado) J. MIGUEL ARROYO,

¡¡;;;;;;;===========;;;;;;;;;=S=O;;;;;;;;;L;;;;;;3;IC;;;;;;;;;l=T;;;;;;;;;U;;;;D;s;;;;;.========;;;;;;3;~a
_ _ __:.a,!.:__ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _..;..._ _ __
MINISTERIO DE FOMENTO.
Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Francwco Bardet, ante V. E.
respetuosamente espone: que h~ visto en el IJ~ar!,o 1el lml!e-:io del 27 de Diciembre próximo pasado, un av1s0 sobre el privilegio solicitado por D.M.
Degollado para introducir el uso de aparatos destinados para alumbrado de
gas en las ~as, etc.-Mas como quiera que tanto el que firma como otros
muchos han tenido privilegios para los diferentes usos de diverso!3 aparatos
y medios distintos para hacer gas; que los medios empleados por ~l Sr, J?egollado se hallan consignados en los autores, de manera que no hay ~venc1qn
alguna; que el privilegio soli~itado no daria ~as. resultado. que_ disputas y
cuestiones con los demas fabricantes; que por último, hay infimdad que seocupan de este negocio sin .privilegio de ninguna clas~: !1-. V. ,E. suplico sesirva negar la solicitud del Sr. Degollado, por ser perJudic1al a los derechos
ya concedidos á solicitantes anteriores, y no producir adelanto alguno en el
sentido que se dice.-México, á 27 de Febrero de 1665.-F. Bardet,
Es copia. México, Marzo 1? de 1865.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozco.

NOTICIAS ESTRANJERAS.
Turin, 24 de Noviembre de 1864.

GABINETE DEL :MINISTRO DE MARINA,
AV:ESO A

DE
GEOG::R.APXA Y

7.

Aprobada la acta anterior, se dió cuenta:
19 De una comunicacion de D. Luis de Arroyo, fechada en Nueva-York el 17 de Enero próximo pasado, remitiendo un libro recientemente publicado allí, intitulado Contribuciones á la geografia, geología y fisica de Mé:i;ico.-Que se le den las gracias por su donacion
y se registre en el libro respectivo, y que pase al Sr. socio Castillo
para que emita sú opinion.
29 Del Presidente de la Junta auxiliar de Jalapa, remitiendo un
informe sobre el cultivo y produccion del algodon en aquel Distrito; acompaña un pe_queño cajon con muestras del que se produce
allf, y ofrece remitir después las noticias sobre el tabaco y demas
productos de aquel Distrito, que se le han pedido.-Acúsese el recibo y que se le den las gracias por su eficacia, pasándose todo á la
Comision especial de agricultura para los fines consiguientes.
3? Del Prefecto político de Tarnaulipas, de fecha 30 del próximo
pasado, residente en Ciudad Victoria, pidiendo se le duplique la comunicacion de esta Secretaria de 26 de Noviembre último, y las instrucciones y documentos que en ella se le mandaban para la instalacion d'e las Juntas auxiliares en aquel Distrito.-Contéstese de conformidad.
·
4? De lás Prefecturas de Mérida y Campeche, de quedar enteradas de la reeleccion de Vicepresidente y nombramiento de Secretario temporal de esta Sociedad.-Al archivo.
.
69 Del Pre~idente de la J unta auxiliar de Jalapa, acusando recibo del diploma del Sr. Rebolledo, que se le remitió.-Al archivo.
69 Se di6 segunda lectura á las postulaciones hechas por el Prefecto .político de Tepic, para socios corrE:sponsales allí, de D. Juan
Sanroman, D. Julio Perez y D. Gabriel Castaños, las que fueron
aprobadas.
7? .Fué postu_lado por los Sres. Vicepresidente y el Secretario que
suscnbe, D. Luis de Arroyo, residente en Comision del Gobierno en
Nueva-York, para socio corresponsal en los Estados-Unidos.-Quedó de primera lectura.
89 Se recibió por duplicado el número 11 de la "GacetaMédica"
de México.-Al archivo. ·

:e.os 1'TAV::EJGA1'T'!l'l!l&amp;. ·1
MAR MEDITERRANEO,

1'UEVO FARO EN LA CCLilU DE COZZO SPADARO

ESTA:D::CSTXOA.
México, Febrero 16 de 1865

ACTA NUMERO

207

(Costa meridional de Sicilia).

Se previeue á los navegantes, que el dia 1? del próximo Diciembre comenzará. á funcionar un nuevo faro, construido recientemente en la colina de
Cozzo Spadaro, sitio el mas culminante de TorreNobile, pequeña municipalidad de la Sicilia meridional y próxima á Capo Passero.
;Este faro será giratorio, produciendo luz blanca, qu,e variará sus fulgores
prolongados de dos en dos minutos: se halla elevado a 82 metros sobre el
nivel del mar, pudiéndose distinguir, con una atmósfera clara, á la distancia.
de 18 millas.
El aparato es dióptrico ó lenticular y de primer órden.
, La torre, que es de forma tronco-piramidal y de base octógona, construida sobre la casa de los guardas, siendo ésta cuadrada, con la dimension de
28 metros de cada lado, se eleva á la altura de 35 metros sobre el nivel del
suelo. El faro está situado en la latitud de 36° 4f 15" T., y longitud de
12.0 48' 40" L. de Paris.
Desde la época mencionada cesa de funcionar el actual faro de Capo Passero, situado cerca de una milla al Este del construido en .Cozzo Spadaro.
De 6rden del Ministro,
El Gefe del Gabinete,

E. D. AMIOO.

\

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA Y SALIDA

DE CORREOS EN LA AmdINISTRACION GENERAL DE ESTA
CAPITAL.
LLEGA CORRESPONDENCIA:

VIERNEs.-De Teicoco, Chalco, Cuautla, Amecameca, Ayotla, San Martin Texmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma,
Tol,uca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, Tlalnepantla, Ouautitlan, Tepeji del Río, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del
Rio, Querétaro, Allende,. San Luis Potosí, Monterey.
l?S};.,. ,

SE DESPACHA CORRESPONDENCIA

ill ~•..• '
HASTA LAS 9 DE LA NOCHE.
V1ERNEs.-Para Texcoco, Chalco, Cuautla, Amecameca, ·Ayota, San Ma.rtin Texmelucan, Puebla, Tacubaya, Lerma, Toluca, Temascaltepec, Sultepec,
Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal E~tepec, Pachu~, Tla1pam, Tlalnep~ntla, Ouautitlan, Tepeji del Rio, Soyamquilpan, Polot1tlan, San Juan del Rio,
Querétaro, Allende, San Luis Potosí, Monterey.

,1

�DIARIO DEL IMPERIO.

208

Dfi&gt;ERIO n:DCANO.--JUZGADO 1~ MENOR DE LA CORTE.

ANUNCIOS OFICIALES.

Calle cerrada de la Moneda núm. 10.

INn!R'ESAnE,
$:EccION K!h'ECIAL DE LA CoNTRIBUCION DE

OcHo

AL M1LLAB SOBRE FrncAs.

Se recuerda á los causantes de !11 contribucion espresada, que conformll á la Ley, doben satisfacer, dentro de los diez primeros diae del preeeq~ mee, en. las recaudncion~a
respectivas, lo correspondiente ni ee~ndo b~estre .4?e comienza el d1a de hoy; advertidos de que las personas qne no lo tcl'ifiquell, 1ncurman en los recllrgos y gastos de .cobt:anza que la Ley impone á loa ca.ue~n.tes morosos..
México, Marzo 1~ de 1866.-lgnacw de Altamira.

Por el presente se hace saber á D. Ignacio Izaguirril qúe con esta fecha se ha dad~por
con!'.eetada, e11 su ausencia y r~boldí11, la de_manda que sobre pesos. Je tiene promovida D.
Fehpe Zamora, mandando abrir este negocu, á prueba por ocho duui, que comenzarán &amp;
contarse desde la, primera publicaeion de este aviso.
México, Febrero Z'/ de 1865.
El Juez 1'? menor, Lic. Joa,quin Pere~ y Gilen¡et.
162-38-3

JU'ZGADO ~ DE LO CIVIL.
Siendo necesaria en este J uzgndo, sito en el Palacio de J usti&lt;;ia, la comparrcencia ,del
Sr. Presbítero D. Joaq1iin Mnrtinez de la Rosa, para hacerle .saber la postura hecha á la
ADIIINISTRAOION GENERAL DE OORBEOS.
011s11 número 3 d'el callt&gt;JOII de las Cabezas,.perteneéiénte á su eoucursd, é imorándol!ll Ja
habitacien de dicho señor, se ha mllDdado, a ped1Jnento' del Síndico, se le cite por el p_eI NTERESANTE AL PUBLICO,
riódico oficial, para q~e ~éntro d_e ,seis dias comparezca en el referído Juzgado; bajo-el
Esta Administracion general tiene couocimiento de haber sido interceptada cierta can- concepto de que ésta c1tac1on surt1r11 sus efectc.s.
tidad de sellos del previo franqueo, al ger conducidos á su destino. En consecuencia, y con
Y cuinpliendo con lo prevenido, pongo el presente en México, á 'Veintiuno de Fébrt,rt&gt;
el fin de evitar que el público sea sorprendido al adquirirlos, se pone en su conocimiento, de mil ochocientos sesenta y cinco.-J. V. Piña, Escribano nacional y público.
•
que siempre que los espresadllS irelloa estén marcadoe con los números 20, 204, 244, y ade
163-4a-3
mas todos ellos con el número 8, son nulos y de ningun valor para el objeto á que están
destinados; pudiendo ear con.ignado el que los po~ea ante el Juez competente, para 111
JlOTIFICACIOJJ A D. ROltULO DEL VALLE.
averiguacion que corresponde, y se aplique al culpable 111 pena á que es acreedor, como
En los autos que ante el Juzgado 2~ de lo civil han promovido los Sres. D. Miguel Cladefrnudador de los intereses públicos.
México, Febrer(J 24 de 1865.-Lffis de la Peza.
ve~ÍII y D. Ignacio Baz, Síndicos del concurS'o formado á bienes de D. JoRé Gomez Linare11, contra D. R6mulo del Valle, sobre propiedad de la hacienda de Mapastlan se ha
proveido el siguiente auto.
'
ADENISTRACION GENERAL DE OORREOS.
"Máxico, Diciembre 21 de 1864.-Eligienao esta parte 1111 via de aaentámiento ee re· AVISO AL PUBLICO,
voca el a¡¡to de tres del corriente, y en consecuencia procédase á ,Poner al actor e~ poseHabieddo f!ldo jnterceptada una c¡¡ntidad de sellos del previo franqueo 111 ~er conduci- sion de bienes bastantes á cubrir su crédito, haciéndmre saber por. loli petiódicos eat,a,redos á su destino, con el fin1de evitar su circ11lt1.Cion y que el público sea sorprendido al ad- solucion á D. Rómulo del Valle, á quien se le señala el término de dóll meses paraqire at
quirirlos, se.pone en su conocimiento, que los espresadoe selloa están. marcados con los presente á. contradecir esta providencia. Lo decretó yfirmó el s~. Juez. Doy fe.~P'"'611.
liúmeroe 3 y 220, cuyo di$tintivo se da II cónocer p11v11 que los que contengan esta nume- -Lú. Joaquín Raz y G,mnan, Secretario."
Lo que le notifico por el presente; bajo el concept.o de que en la parte re1atiff'á que at
nciort•no sean admitidos, por estar con1iderad0!! nulos y de ningun-valor, como l'n efecto
lo son, para el objet.o á quo,e1'llll destinados; pudiendo ser consignado el qúe los·posea, auto ponga al actor en posesion de bienes, lo ha sido ya, poniilnd066le eJI la del la hooiend~ reel Juez competentf', pa,a la averiguacion que corresponde, y se aplique al culpable el cas- lacionada de Mapastlan, en virtud del auto de nueve de Febrero corriente, que asl lo mandó, para los efectos del preinserto auto.
,
•
tigo á que es acreedor, oomo deft·audador de los intereses públicos.
M:éxico, Febrero 28 de 1865.-Migud F. Guerra, Escribano públiCQ.
164-3s-3
México, Febrero 26 de 1'865.
P'or enfermedad de Sr. Administrador, A_lllonio J. Pillada.
ALMONEDA roDICUI..
Por cliaposieion del Sr. Juez 2'? de lo civil, ante quien se hallan radicados lb1 autM del
concurso formado á 111 hacienda de San Nicolás de la Torre, y de comun acuerdo de l•
irtteresados, se celebrará la última almoneda para el remaf.e de dicha linea el dia veintisiete del entrant.e Marzo, á lu doce, teniendo verific11tivo este acto en el Palacio de Justicia de esta capital; debiendo advertir que la mencionada hacienda ha sido retasada en la
cantidad de 155,130 pesos 3 rs. Y en virtud de lo prevenido, pongo el presente, para qne
El Diario del Imperio se publicará en lo euceeivo todos los días á lae doce, menos los las personas qne quieran, puedan hacer postura, verificándolo; debiendo publicarse este
aviso en el periódico oficial de esta capital, de Querétaro y de Toluca, á fin de dar al acw
domingos y dias festivos eu que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
la bastant.e publicidad, quedando así evacuado el precepto judicial.
El deitpacho se halla establectdo en 111 casa número 8 de los Bajos de San Agustin.
México, Febrero 2'2 de 1865.-José Vicente Piña, Escribano público. 1145--Sa-7
El precio de lHuacricio,n aerá:

, AVISO.

En la Capital por un mes ............ • , .... , ... t 1 50
Id.
id. por tres meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
En los Departamentos, por tres meses, franco de ·
porte.... .................................. 3 75

IGNACIO DIAZ TB.IUJEQUE
Rematará

todo el menaje de la c11s11 núm. 8 de ta calle de la Perpetua, el viernes 3 y aabado 4 de
Marzo de 1865, á 111 una en punto, estando á la vista loa dias 1~ y 2.
El importe de las suscriciones se p«gará adefantado.
Las ventas son al contado y sin reclamacion.-Oportun11mente se darán listas pormeEl precio de los anuncios será convencional, y deberá pagarse preoiaamente adelantado,
norizadas.
ain ettyo reqnisito no podrán publicarse.
Se reciben comisiones al seis por ciento, pero no se admite la puja de sus dueños.
Los recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincentiis, encargado de
Se hacen vn.lúos de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c. y se alquilan y trasportan muebles.
El despacho está en la calle 1~ de Santo Domingo, junto alnúm. 8.
138-lOs-9
esta administracion.,
No ae admiten reclamaciones por falta de recepcion del" DIARIO," sino hasta
el día siguiente de publicado cada númere.

JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
El
Sr.
Juez
4?
de
lo
civil,
Lic.
D. Evaristo Reyes, en auto de ayer,.ha mandado se conJUZGADO 2? DE LO CIVIL.
voque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del intestado de D
El Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda á lá venta de Marcelino Sanchez, para que en el término de treinta di11s se presenten á dedllcir los qu;
la casa núm. 1 del callejon de la Santa Veracruz de esta ciudad, valuada por los peritoe les competan; apercibidos de Jo que baya Jugar si r.o lo verifican.
D. Manuel Gargollo y Parra y D. Juan Cardona en 111 cantidad de 5,621 pesos 25 cs.¡ seMéxico, Febrero 7 de 1865.-.Manuel 1'. de Menues, Escribano público. 97-30s-]7
ftalándose J.&gt;ara l11s alm(,nedas los di11s JO, 20 y 31 del corriente, á las doce, siendo la última CM1 calidad de remate. Y para conocimiento del público pongo el present.e, advirtiendo que las personas que quieran hacer postura, pueden ocurrir á la secretaria del mismo
CITACIOlf JUDICIAL.
Juzgado, adonde recibirán las i"strucciones convenientes.
México, Marzo 2 de 1865.-Pedro Canel.
166-6a,-l
D. Felipe Rosales se ha- presentado por escrito ante el Juzgado 2'? civil, pidiendo 11e cite
por los p1Jriód1cos al albacea de 111 testamentaría de D. R. M. de Elorduy para que compa;JUZGADO 3? DE LO CIVIL
rezca 11n dicho Juzgado, dentro del térmÍ)lo que se le fije, á contestar la demanda que soEl Sr. Juez 3~ de lo civil por eu auto de.22 del corriente ha mandado se cite y empla- bre pago de unos vales de desamortizacioli promueve á dicha testamentaria, y el Sr. Juez
ce 111 Sr. general D. José J. Alv11rez para 9-ue dentro de ocho días contados desde la pu- Lic. D. Manuel Pavon, ha proveido el auto que sigue:
•
'
blicacion de este anuncio, concurra por sí o por apoderado á contestar en concili11cion la
" México, Febrero 20 de 186.5.-Por presentadO' con los documentos que se acompañan,
demanda que le promueve D. Agustin Olim y á reconocer una cuenta, bajo el apercibi- cltese 111 albacea de la testamentaria de Elorduy por los periódicos, señalándole el término
miento que de no concurrir le parará el perjuicio que haya logar en derecho.
de c¡uince dias para que se presente á contestar la demanda; apercibido de qne se proce,
México, Febre10 23 de 1865.-Joaquin Negreiro,.
167-3s-1
dera á Jo que haya lugar si no comparece. Lo decretó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-MQ.
nuel Pai,on.-Por enfermedad del Secretario, Miguel F. Guerra."
CITACIOJJ,
En consecuencia, lo cito por el presente.-México, Febrero 21 de 1865.-Migtlel F.
A solicitud de D. Gregorio EscamiUa, el Sr. Juez 5'? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, Guerra, Escribauo público.
143-6&amp;.-4
ha mandado se cit.e por los periódicos á D. Teodoro Su11rez, para que se presente el día
diez y seis, á la, doce, en este Juzgado, á contestar la demanda que sobre pesos le proCITACI01' JUDICIAL.
mueve el eapresaao Sr. Esc11milla; apercibido de sentencia en rebeldía si no lo verifica.

N. Montes.

168-1-1

A LOS AVIADORES

y AVIADOS DE LA MINA DE SAN FELIPE.

. En la jRnta celebrada el día. 21 del prese11;te mes, acordaron_ loa in~reeados que eatuTUZ&amp;ADO 1? DE LO CIVIL.
v1eron presentes, que en atenc1on al corto numero que concurnó, se difiera para el dia 2
Por el presente ae convoca á las personas que se consideren con derecho á suceder en de Marzo próximo, á la una de 111 tarde, en el local del Juzgado 1g civil, 6ituado en el Palos bienes del intestado de la Sra. D~ María de J eeus Mateos de Rubio, para que ocurran lacio de Justicia de esta capital, haciéndose las citaciones á todos los interesados por el
á jll8tificarlos en este Juzgado dentro de treinta dias, contados desde hoy 28 de Febrero periódico oficial; bajo el apercibimiento de estar y pasar los 11usent.es por lo que acordare
la mayoría de los que concurran. Y habiendo mandado el Sr. Juez de conformidad, loa
de 1865.-Sebastian Peñaloza, Escribano público.
165-3s-2
cito por el presente.
México, Febrero·23 de 1865.-MiglUll F. Guerra, Escribano público.
152-3a-3 ·
;JUZGADO 6'? XDOB.-1~ BONTEBILLA 1'UM. 7.
Por el presente ae cita 111 Sr. Teniente Coronel D. Ant.ouio Di11z, para c,¡ue el día nueve
del entrante Marzo, á las doce, comparezca por sí ó por apoderado instrwdo y espensado,
CITACION.
á contestar 111 demanda que le promueve D. Julio Robreau, sobre ¡&gt;ago de ciento cinco peDenunciado
el
intestado
del
Sr.
D.
Juan
García Quintana, Canónigo que fué de la CollOII, valor de. una cuenta de ropa; apercibido de sentencia en rebeldía si no concurre.
legiata de Nuestra Señora de Guadalupe, ante el Sr. Juez 49 de lo civil, Lic. D. Ev11risto
México, Febrero Z'/ dé 1865.-Lic. Labat.
158-38-3
Reyes, se ha nombrado defensor 111 Sr. Lic. D. Francisco Morales Medina, y depositario
de los bienes al Sr. D. Bias Trujillo, y se ha mandado se llame por loe periódicos a las perTRIBUlUL DE COJaRCIO DE JICEXICO.
sonas que se orean con derecho á aquellos, á fin de que se presenten á deducirlo dentro
Febrero 23 de 1865.
de treinta di11s contados desde la fecha.
En los autos seguidos por D. José Pouton con m- Mariana R. de 111 Torre, este TribuMéxico, Febrero 28 de 1865.-El Eecrib11no público, Antonio Campos de la Vega.
nal ha mandado se proceda á la venta, en calidad de remate, de los libros embargados á
.
157-3a-2
la Sra. de la Torre, valuados por el perito D. Mariano Gal van Rivera en 663 pesos; aeñ11lánd&lt;1ee la audiencia del di11 cuatro del entrant.e Marzo, á las dos de la tarde.
Lo que se avisa al públi.oo, para que la persona que se interese por ellos, ocurra á la
oalle l!- de SIIDto Do,i:úngo núm. 10, en donde se le enseñarán por el depositario D. AnIMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
&amp;oaio Zamora.
BAJ('S DB SAll AGUSTI-N, NUM, l.
Jo,é Jfana Cardeila, Oficial 2'?
160-38-3

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.·o

,

',3

TOIO l.

NlJI. 62.

MEXICO: Sábado 4 de Marzo de 1~65.
,.
SUMARIO.

p ARTE OFICIAL.-Cartaa de naturall..,clon á los Sres. G&lt;&gt;nzalez y Oast&amp;ilos, espalloles, y á los S~es. Verlandez Powers y Croas, amerlcanos.-Orden del Ministerio de Justicia contra un Jue• prima-o menor de esta capital
DOOUMENTOS.-=-Oomunlcaclon del Cónsul mexicano en Nueva-Orleans, sobre colonlzaclon.-Dlspoelclones del Ministerio de Fomento sobre este punto.-Tlerras para colonos en la hacienda del Buey, en San LulJ
Potosl-Idem en la hacienda de Buena Vista, jurisdlccion de Tehuacan.-Decre'-? sobre franqulclM para
los colonos.-¡lalance de la Admlnistrnclon de Rentas de Celay&amp;i corr~or.dlente u 1864.
VARIEDADE8.-.Agricultur(ll: Tratado sobre el Café.

,1 ..

licitan y las instrucciones que V. E. crea conveniente se le den al
citado cónsul, para lo que deba contestar en casos semejantes,-,
Reitero á. V. E. las seguridades de mi consideracion.
_
El Ministro de Estado y Negocios Estranjeros,

•j

,

•

(Firmado) RAmuz. ,
Exmo. Sr. Minjstro de Fomento, etc., etc.

PARTE OFICIAL.
JUNIS'fERIO DE FOMENTO.
IIIBISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
México, Marzo 2 de 1865.

8Eod10N

Númoro 2.

4ª
- Méxic~, E'ebrero 22 de \865.

S. M. el Emperador se ha servido con_ceder carta de naturalizac~on Exmo. Sr.-Tengo la honra de contestar la nota de V. E., fecha
como mexicanos, con fecha 22 del próximo pasado, á D. Celestino 16 del corriente, en que me trascribe la que desde Nueva-York le
Gonzalez y D. Miguel Castaños, en virtud de su so~icitud relativa y remite al Señor cónsul del Imperio en Nueva-Orleans, diciéndole
que en mis comunicaciones antei·iores le he dado noticia de los 'terrenuncia de su nacionalidad española.
.
renos de que por ahora puede disponerse para la inmigracion, y las
El Gefe de la Seccion de Cancillería,
condiciones que .sus dueños ponen para la venta. Sin duda no he si(Firmado) J. H. MANERO,
do bastante esplícito en mis anteriores notas; y á. fin de hacerlas mas
perceptibles, me permitirá V. E. que insista acerca de los mismos
S. M. el Emperador ha tenido á bien conceder carta de natnra!izapuntos de que ya le be dado conocimiento.
cion como mexicanos, á favor de D. C. F. Verlandez, D. Santiago Las tierras de que ee puede disponer para los inm~grantes están
Powers y D. Juan S. Cross, á consecuencia de su solicitud y renun- situadas, las unas en el Departamento de San .Luis Potosí, las otras
cia de su nacionalidad norteamericana.
en el de Puebla. Las primeras son las de la hacienda nombrada del
El Gefe de la Seccion de Cancillería,
Buey, propia de D. José Maria Rascon; está situada entre la Vill~
(Firmado) J. H. MANERO,
de Valles, Tula de Tamaulipas y Valle del Maiz, á unas veinticinco
ó treinta leguas del puerto de Tampico, adonde los inmigrantes deberán venir á desembarcar, si quieren dirigirse sob~e aquel punto.
IIINISTERIO DE JUSTICIA.
Los terrenos son nuevos, con aburldante riego por algunas corrieñ..México, Febrero 24 de 1865.-Resultando del informe que ha pro- tes y ojos de agua; y por ellas atl'aviesa el camino de San Luis á
ducido el Visitador de los Juzgados de esta Corte, que el Juez 1~ me- Tampico, distando doce leguas de un rio que puede hacerse nav~ganor que fué, Lic.D. Ignacio Sanchez Trujillo, e~ el fallo que pr?nun- ble. Las tierras prodQcen la caña, él café, el tabaco, el algodon, ~te.; ·
ció en el juicio que ante él siguió D~ Cármen Piña co~tra D. Vrnente se encuentran bastaotes bosques y maderas de construccion, siE:ndq
Ortega, infringió los principios de justicia y omitió formas sustancia- en ello&amp; comun el cedro. El clima es caliente, pero sano1 supue~to
les del procedimiento, S.M. el Emperador, por decreto de 21 del pre- que no se conocen el vómito ni la fiebre amarilla. El dueño vende's~nte, manda que ese fallo indebidamente pronunciado, no se ejecute rá estos terrenos á razon de cuatro reales ó un pe~o el acre, segun la
en los bienes del d.emandado, sino en los propios del Juez que lo pro- calidad del terreno, y el precio será satisfecho en diez anualidades,
nunf.ió, sin pe1juioio de la pena á que se le declare acreedor en el reconociéndose un rédito de 6 por 100 al año. Esto es para·los cojuic10 de responsabilidad que le abrirá ese Supremo Tribunal.-Lo lonos compradores; mas para los que quieran hacerse arrendatarios,
que comunico á V. S. para los. fines consiguientes.-EI Ministro de el Sr. Rascon les proporcionará el dinero,,bastante para ir de TamJ usticia, Escudero.-Sr. Ministro en turno del Supremo Tribunal de1 pico á la hacienda; y para que se instalen y sirvan en ella, les sumiImperio.
·
nistrará en un año, ademas de las tierras, animales, instrumentos de
Es copia. México, Febrero 28 de 1865.
labranza y semillas, pagando el monto de todo esto con el 50 por
El Subsecretario de Justicia,
100 de la utilidad líquida que recojan de sus cosechas. µos inmi(Firmado) FRANCISCO DE P. TABERA.
grantes deben dirigirse en Tampico, por lo que toca á lasinstrúcciones de parté del Gobierno, al capitan del puerto, y por lo que respecta á la hacienda del Buey, se·entenderán con la casa del Sr. OhaDOCUl\lENTOS.
bal; corresponsal del Sr. Rascon. Los terrenos situados ~n el Departamento de Puebla son los de la hacienda de Buena Vista, en jurisHINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
diccion de Tehuacan, pertenecientes á D. Luis Olivier. Los inmiNúmero l.
México, Febrero 16 de 1865.
grantes que vengan á dichos terrenos, deberán desembarcar ·en VeExmo. Sr.-El Señor cónsu I del Imperio en N ueva-Orleans, me racruz, seguir el camino hasta Orizava y las Cumbres de Acultcindice desde Nueva-York, con fecha 22 de Enero último, en nota nú- go, y de allí por el Puente Colorado, y dirigirse inmediatament~ á
mero 34, lo que sigue:-Exmo. Sr.-Un Sr. Price, de Maryland, por Tehuacan. Eu Veracruz les dará las instrncciones bastantes el casi y á no'!lbre de un _número d~ individuos que pretenden emigrar pitan del puerto, y en Tebuacan se entenderán directamente pon
para México, me escn be haciéndome las siguientes preguntas: "1 :1- ¿Se Olivier. Los terrenos que á éste pertenecen son de pronto diez y seis
pueden obtener del Gobierno Imperial concesiones de tierras que leguas cúadradas, feraces, produciendo la caña de azúcar, el café, el
sean propias para el cultivo del algodon, caña y tabaco? 2~ ¿Se ven- cacao, el algo&lt;lon, etc. Son sanos y de clima algo caliente, cercanos
aerán_ tierras á los emigrantes á precios bojos, pagaderos en plazos al rio de Santiago Tolahualulco. El terreno será apreciado por dos
por ~1~rto nú~ero de años? 3~ ¿Se pueden obtener bajo las mismas peritos, uno que nombre el Ministerio de Fomento y otro el interecond1c1ones, tierras ó montes en que se encuentre cedro, caoba y ma- sado, y el valor tot-al que corresponda á cada colono, lo pagarán esdera rosa? 4:1- Se desea un completo informe sobre )a situacion de tos con la décima parte del producto neto &lt;l? sus cose?has, comenlas t_ierros, foc!lidades para el trasporte de sus productos, espresan- zand9 los abonos al segundo año de la poses1on del mismo terreno.
do s1 hay facilidad de obtener tierras de la Nacion en las zonas in- Los colonos han &lt;le ser agrícolas. El mismo propietario escogerá
me~ia~as al camino de hierro de Veracruz."-Lo que pongo en el co- hasta cincuenta familias, dando á cada una 150 pesos por quintas
noC1m1ento de V. E. para que se sirva darme los informes que se so- partes mensuales, conta.~os desde el primer día que ocupen el terre-

'

�,1

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

210

no, siendo las exhibiciones en dinero 6 en efectos necesarios para la
México, Febrero 22 de 1865.
labranza, al precio de plaza. El préstamo lo satisfarán los agracia- El_ ~ia 30 de Enero próximo p~sado se ~ign6 V. M. aprobar las
dos con otra décima parte de sus cosechas a~uales.
.
condlclones que consulté, determmando la manera de colonizar los
Como se ve por estas indicaciones, el Gobierno no faene terrenos' terrenos ofrecidos por D. Luis Olivier, en su hacienda de Buena Vispropios de que disponer; pero ofrece los de los particulares, qu~pre- ta.-Otras semejantes á las de Olivier ha presentado posteriormensent,n por ahora
mejores condiciones, á reserva de proporcionar t? D. José Mar!a Rascon, respecto de su hacienda llamada del Buey,
otr~ cuando Ja ocasion se presente. Los contratos, pues, entre los situada entre Villas de Valles, Tula de Tamaulipas, y Valle del Maíz1
colonos y los particulares, son absolutamente libres entre ellos; pero á que son ~plic~bles _las mismas.reglas acordapas para aquel.
el Gobierno se reserva la facultad de hacerlos cumplir una vez con- ~n esta mt?l1gencia, Y habiéndome dirigido la Secretaría de Necertados, á cuyo efecto establece desde luego las siguientes reglas, á goe1os. Estran.Jeros l~ nota que acompaño en copia bajo el núm. 1,
las cuales deben sujetarse:
he cre1do oportuno hbrar las comunicaciones marcadas con los nú1~ Las autoridades cuidarán de que se cumpla con las leyes y de ~eros 2 Y 3, reservándome dar conocimiento al Ministerio de Haque no se impongan condiciones onerosas á los colonos.
menda par_a cuando_ V. M. tenga á bien aprobar la franquicia de de2~ Los propietarios de los terrenos y los colonos, tienen obliga- recbos de 1mportac1on, otorgada á los efectos que introduzcan á su
cion de r.emitir á esta Secretaria, copia fiel de los contratos que ca- arrjbo \o~ colonos.
·
da uno éelebre, incluyendo un tanto del documento que manifieste Sobre esta franquicia es la que consulto~ M., supuesto que los
la estension y el valor del terreno adquiridos, los plazos de pago y otros P?ntos Y~ e~tán resueltos; y me permitiré hacer presente, que
todas las estipulaciones convenidas. .
ella es Justa é md1spensable para los inmigrantes.
1
3~ Los colonos vendrán armados para proveer á su propia de- Estos se deben conc~ptuar en general no muy abundantes de refensa.
.'
.
' ·· cu11sos, una v~z que Vienen á avec~d~rse en ~n. pais e~tr.anjerq, ;~q
4:1 Ademas, ~arán pr~c~sa°:ente cuenta en cada caso des~ ~úme- busca de traba~o .Y fortun~, y no ser.ia Justo ex1g1des p~r l¡)s úyn,!9
ro y de los medios con que vienen á avecindarse, para permitirles ó de labranz!}, serrnllas y anunales que traen pam ~l cu-lt,y;o y ·sµs~n,.-1
negarles,l&amp; entr.ad~1 aeñaláp.doles en el primer caso el lugar donde to, lo~ d~recbos aduanales, menoscl¡lban,do así S!} co~ papit.9tl; • · ·
pueden establecerse.
..
.
~s 11;1-d1sp~nsable, pues, proteger por medio de estas concesiones
6~ Por el solo hecho de presentarse con el carácter de colono, re- la mm1grac10n, para obte.nerla; ·y com,.o quiera que ello no causa
nuncian Hu nacionalidad, se hacen mexicanos, y quedan sujetos á to- mayor quebrant~ á las rentas públicas, si se considera que en últidas y ca~a u?a de la~ l~yes ~el Im~rio.
.
. mo 1:esultad~ meJorarán con el aumento de poblacion~y labranza de
6~ BaJo mngun motivo m pretesto podrán pedir los colonos m- las tierras enazas, creo que V. M. tevdrá á bien 11,uto~zar el adjundemnizaci.9n tij recl_amar daños 6 pe1juicios de ninguna clase.
to decret&lt;;&gt;,
7~ El' Gobierno Mexicano ampara y protege la in.migracion, .con
~os in,str~ment~s de agriou}tm1a, enseres, ganadoa: y semillas que
1V auto¡i~a.d' ;i 1eyes, pero no ,espensa gasto alguno de los q~e. n.e- ti•a1gan
consigo y])ertenezcan ~ los colonos, á su arribo en los f uertos
c~s~ ba~er e-1 c9l~o.
'
del Imperio, serán libres de los derechos deirliportacion,c"Nuestra8
'l 8~ 4si\hismq cu:iaa ':J vela sobre los colon·os, en los términos que
Secretarias de Hacienda y Fomento librarán las órdenes respectiitas
lo ,ejécuta cotl lbs'. dep:ias habitantes del Imperio.
, :
para que tenga efecto esta gracia, haéiendo las pi:evenciones sondu. 9~- Taml;&gt;i871 lwnc'ede la gracia de que no se cobre el derecho de
centes, á fin de que no se abuse de ella.-Dado en el Palacio de
!raslacton de dpm~nio, la prim.era vez ~ue él propietario v:mda ~er- México, á 24 de Febrero de 1866.-l\'.1.AXIMILIANo.-Al Ministro de
tenos. á un colono, quedando las ve11tas sqcesivas afectas al.pago de
~qmento.-Por mandato de S. M._I. En ausencia del Eimo.~r. Midicho impuesto.
·
'1
•
nis.tro de Fqm¡mto, el Subsecretar10, Manu.el Orozco }I Berra.
.
10. Se _permitirá ~ los colonos á su eptrada en los puertos, intro.Es
copia.
México,
F~bl'er.o
28
de
1866.
'
o'
-i
ducir libres de dei:echos sus instrumentos de agricultura, enseres,.
El Subsecxetario de Foµiii11-to,
·!l
y semillas,. cuidando las aduanas respectivl}S de ql,'le esta
(Firmado) ÜRozco.
~íl!-~Ja ynicamen.te se.c:ircunscriba á lo que se~ de p¡;oJ)i.edad. ~articular.de cada colono~ sin hace;se abuso de esta ~or¡.ce~1on.
.
"'.Esto es'lo ~lle·se ha proveido hasta ahora ·Jn psta mate1a; y si
ADMINISTRACION SUBAµ:ERNA DE RENTAS DE CELAYA.
V. E. 1? cree oportuno,. tendrá á bjen comunicarlo al $r. .Cónsb.J
en
~ueva-Orlean'~, para que.le sirya de instrucción en e!'!c'aso 1·del Sr.
Balance del libr¡¡ mayor wrrespon4i~nte q_t afio anterior de 1864.
J,&gt;ri.ce...de l{arylanil y lbs ,demas semejantes que se le _pr~sen.ten; en
•r
D&amp;BITOS.
Oll&amp;DITOS ' ' Saldwdndom.&gt; ~"_"'"''
el cótlcevto de lJu,e esta Seer.etaria trabaja actiramenfo y tiéqe fun83 13 ---";--' ~~
oadas esfertn'zas en.que otros propietarios de fincas rústicas, imi- Inventario de 186i................. . .
168 62
168 6.2
r
M~ebies y enseres! ....•..•....•.•....
tftldo el ejemplo de Rascon y O1ivier, y comprendiendo bien sus in- CIIJª·
.. ~ ••••• .••••••• ••••••••••••..• J,182 91
3,182 91 ·
,,
f~reses, faciliten sus tierras ,Pªra la colonizacio.n, pues las de p~opie- Derecho de alca)&gt;ala general. ••••• •..•.
10,200 84
10,200 ~
,, d~ alcl}bala de venta de finqie.
Jl,024 29
11.,0-Í4·~
o~d nacfooál aun no pueden ofrecerse, hasta. tanto se dicte una me304 94
,, de alcabala de tabaco nacional.
áJ4. 94
d¡da ~ener~l que corresponda á la alta importancia del negocio.
de ag\Ulrdiente del paie . .•. ...
3J9 09
319, 09
,, de Tribun~l ,m,ercantil ......•.
i!l3 ~
183 58
l)íps guárde á V. E. miJchos ~ños.

Isa

y.

Wª9ºª

.........

•

1

•

. P1&gt;r a114el)Ci\1' del Exino. f;!r; Ministro ji.e Foment-0,
, ,

,

El ~ubsecretsrio,

;

~~W~ 3.

,

Mp,xico, Febre¡.:o 22 cj.e l86p.

r

de .contaduría mayor ........ .
de desagüe ..••... . • .'•..•. •.•
u.. de contl')'registro..... .••••. •.
de hospitales 2 poi.' 100.•.....
,, de herencias trasver11ales.•..•.
¡ :Remisiones 4 la A.dministi,'lpion ·de .\'en•
j tas de México y Guanajuato ........ .
Devolucion de derechos.....•. . ....•..
1 Multas de empleados ............. ~ .. .
Sueld~s de empleados de esta adminis•
,1

(Firmado) MANUEL ÜRozco y B~RR.if.
1,

,,

12 48

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3,058 82
1,587 97
Su~d~:a ~i-~~sg;~;cio:::: :: :::::: :: :: :
1,587 97
393 44
44
.daqo relativamente á la inmigtacion y colonizacion estranjera; y CQ- Gastos meuore~ de. administr~~ion ..:.. ' 393
241 00
241 00
m9 esa capitanía tiene que desempeñar funciones de agei1;te :de este Gastos~traordmanosdeadmm1st.raNon.
--m. .
.
. .
,
Honorar1os y gastos de las receptorías
Mm\steno, en cuanto á rec1b1r á los colonos, letecQmiendo á vd, les• de A.paseo, Santa Cruz, {Jhnmacuero,
896 64
896 64
dé ~odas las instrucciones que cpntiene la citada copia, y las necesarias Cor.taza! Y Ta:mayo. • • • • • • • • • • • •• • •
12,684 13
12,684 13
l
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Contribuciones directas . . •............
respecto á os me 10s y pr?c1os e. rasp~r e, pos~ as, v veres y cuan- Mumcipal.... . . . . . . . . . . . • . . .•••... . 1,417 62 1,417 62
2,JOB 41
2,108 41
to conduzca ~ hacerl~s {áml su arnbo é mternac1on, para lo cual se- Pap~I sellado.. .... .... ...... ... ... ..
3 37 6,467 91
6,46.4 54
rá c,o¡¡veniente les ministre vd. un pequeñQ itinerario, que les dé á Pe~es. · ·· · • • · •· · · · · · · · .... ·· · · • · ·•·
118 23
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·J,a copia a,utorizada que remjtoadjunt,tl,, impondrá á yd. de lo a.por-

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refiere ~a últu~I} cond1c10n aco.t.dada por el Gobierno, el Ministedo
de Hac,enda
Ubrará las órdenes oportunas para que la gracia ten ga.
'fi ti
ven ca vo, y no s~ abuse á su sombra.-Esta Secretaría se promet~ del celo y eficac\a de vd., será desempeñaga la comision qµe se le
.c;onfia con tod~ la, exactitud que ella demanda.
Por ausencia del Ex.mo. Sr. Ministro,
El Subsec~etario' de Fomento,

(Fir_mado) MA,UEL ÚROZCO,
Sres. Capitan del puerto de Veracr1,1z y Capitan del puerto de
'fJ'Inpjco.

!:~~~~i~~ -~1~; ·;~i&gt;i~~~s "i,¡ i;;:.

3,883 45
fectura..• . . .....• ....• .,.•.... . .•.•
Administracion civil gastós de dicha oficine. .••••••.••.• '. •......•..••• .•• • . 525 93
A.dmioietracion de justicia.•. ~•••. - • -• • 1,8¡13 63
497 50
Correos.·····
· · ·de
· ······
·· ···· • · · · .· 22,887 47
Gastos generales
guerra··...........
4,945 33
Iustrllcéion pública .. ..... .•...... . ...

- --

3,883 45
525 93
1,813 63

497

50

22,887 47
4,~45 33

---

. ~
47,031 16 47,03J 16 45,429 07 45,429'117

Cel.aya, 1\&gt; de Enero de ~865.

El administrador,
(Firmado) V¡\LENTIN Pa~z DE CAST,RO.

El _contador,
(firmado) RE~G10 DAMIAN

Y. CASTILLO.

- -••Mat•---

cho mas pronta. E!11¡{1. opera~ion ~e ~Cll con e} trasplantado:¡-, qu~ arriyic¡¡, fácilmente con su cepollon la planta-, a la cual se cort¡¡. la mitad de la raii central cuando:sale fuera de él.
Para arrancar las plantas debe estar húmeda la, tierra del criadero y ~i no
TRATADO SOBRE EL CAFE.·
r
lo e.'itá se le dará un buen riego.
'
Las hoyas donde se VB.Y,an trasplantando los cafetos, se llenarán conman•
I.
tillo ó buena tierra.
/
.
El segundo método consiste en arrancar las plantas sin cuidarse de con•,, 'P
D.&amp;Sc.RIPOION DEL GENERO.
servar su cepollon.
,. ,
•
Las tierras fuertes, pantanosas, margosas y arcillosas, son malas para es¡ u:Esta planta pertenece á la clase 11~, familia de las r·u~iá'c~~~ de J ussieu Y tas plantaciones, porque los cafeteros aman los terrenos ligeros, cascajosos,
j la pentandria monoginia de Linneo.
.
.
pe~egosos y calientes. Necesitan calor y ventilacion part q_ue sean las CO·
El género comprende árboles y arbustos de hoJas opues~as y sen.C1llas, en sechas abundantes y delicados los_ frutos.
,
, ,
cuyo encuentro nacen generaln:ente las flores, aunque tambien algvnas veces
E1~los parajes secos es convemente dar á los cafetales la figura d7_un 1pahacen en ·el cogollo de las ramillas. Estas flores se componen de un peq11e· ralelogramo estrecho, largo y encerrado en el monte, que. se estienda de
ño cáliz con cuatro ó cinco dientes, de una corola monopétala, em~udada No1-te á Sur, dividiendo estos grandes paralelógramos á distanoias convecon cuatro ó cinco divisiones, y cuatro 6 cinco estam~res, y de ~n estilo ~on , nientes, por pequeñas c¡l,lles que dividiesen en ~uchos el cuadrilongo para
dos estigmas; el fruto es una baya oval, con un ombligo; y_ contiene ordma- la mejor ventilacion .. Si se temen los efectos de los vi~?t,qs del Noi:te y del
riame¡¡te dos semill!IS planas, asurcadas por un lado y convexas por otro. Sur; deben plantarse árboles en todas estas cal,les, hameñdolas, entonce¡:¡ an~ hojas del cafetero 6 ca.feto tienen en la base u~Qs puntos glandulos~s, Y chas, cuyas arboledaiS tambien abrigar~n á los pequeños cafeteros del as fuere,13¡~e sus peciolos, sobre la faz desnuda de los ramitos, se encuentran s1em tes lluvias.
pre dos estípulas opuestas.
.
La distancia á que se deben trasplantar los cafeteros unos de otros, es la
Hay en el número de especies q~e encierra este género, una muy,c~lE!pl'e, de siete á ocho piés en tresbolillo, modificada segun las circunstancias, .
que constituye la riq~eza de l~s pa1ses en que se_ ~rod?ce. Los bo~arucos la
Cuando menos, deben tener las plantas que se van á tr:15plantar de m~co
llaman cafetero arábigo por sospechar qu? es Ol'lgmario de Arabia, _6 mas á seis pulgadas, y las hoyas donde deben colocarse se abr1ran cuando este la
bien, por venir de allí los primeros individuos, de donde han provemdo to- tierra húmeda, haciéndolas anticipadamente para que reciban los abonos atd0s los cafeteros cultivados en los dos mundos.
.
mosféricos-sus paredes, y haciéndolas menos grandes en los terrenos húmé~ El cafetéro arábigo, coffea arábica de Linneo, es mas bien urr ar~usto ~ue dos que en los secos.
un ~rbol, siempre verde, de rápido crecimiento y que se eleva á la altura d~ Tres cosas esenciales hay que hacer en la trasplantacion, y son: arrancar
quince á veinticinco piés, de tronco derecho ~e tres á cuatro pul~adas de las plantas con todas las raíces que sea posible, cortar la cabeza de la planta
diámetro, de raiz central y fibi:osa de c?lor rOJfO, El tronco arroJa de tre- y la raíz de esta última en forma de pico de flauta en el misrr,o punto donde
cho en ~recho rama~ de dos en dos, y s1tuad~s de ma~er~ _que _un par cruza 'Se trasplanta, y po~erla en la hoya, la cual se llenará poco á po~o, no co~ lt
al ~~r1or perpendic1,1larmente; so~ muy ab1er~, ~s1 cilmdricas1 ~~dosas tierra 4:ue se le saco, sino con la de la superficie del terreno c;nmnvecmo,
~e tr~ho eli trec~o1 flei:::ibles y cub_1ertas de u~a. qor~eza delgada y :ºJ1za co· que es la mejor, apretándola blandamente con la mano, conforme se va.ya
;,;no el ;rpnqo, que a} se()llrse ~e a.grieta, i~ ep1dernus ~s bl~nquecma? y &lt;:&lt;&gt;r echando.
.
W}lelmente la cubierta de un verde claro. Las ra¡n.as infeno~es, ordinal'la·
Cuando despues de la trasplantacion sobreviene un sol fuerte que dura
mente sencillas, se e;stienden mas abie:tas que l~s.otras casi ho11iz~ntalmen• muchos dias, se hacen necesarios los riegos.
te, pero ambas siempre se hallan vest1dás de hoJas v~rdes opuestas, ovales,
Despues de la plantacion, los cuidados que requieren los ,Cltteteros, hasta
Iarroi&amp;, 1~, relucientes por arriba y opacas por abaJo, agudas en las ~stre· la época de la recoleccion, consisten principalmente en escardas hechas ámamidadcs y estrechas por la base, enterísimas, sostenid~s por cortos pec10los. no y en tener particularmente bien limpio el pié de la planta.
En cada nudo hay dos estípulas cortas, anchas ~ terminadas. e~ punta.
Los de.pósij;os de los rios y la arcilla pura son los mejores ~bonos par1'1os
En la mayor parte de los encuentros de la hoJas, salen rac1m1tos de cuatro terrenos secos.
r. ·
JS cu;ioo flores, sostenida cada una de _ellas por un pedúnculo corto; son blan- Cuando se hallaren los ~rboles, madera seca ó ramas medio quebradas, d~~
1
~~f foi;.tnadas 1e un. sQlo pétalo co~ estre?has escotad1;1,ras, Yr tubo c~rto con pe,n cor~a1:se por lo vivo, aplicando t,ierra húmeda á la herida.
'
c1!1J0 estambr¡¡s qué _sobresalen de el, co;n ,las anteras lmeal~s y a;marillentas.
Cuan.do los cafetos amarillean,..es porque padecen, y entonces debe cavax~e entreJq~ hilitos de los estambres íiale un estilo .a~orqwna~o, tan largo se la tierra para ver si su raiz central se encuentra atacada.por algun,inse&lt;r
CO}llO 111 corola . .Es~s flores tien_en un olor suave, se pasan pronto y son to, como por ejemplo, los piojos blancos q_ue devoran sus r'aices, los .cuales
.r~l'.llP,lf\zadas por u.nft, bna parecida á una cereza, 1!1iªs o m~,llOS _o_yal 6 re- se matan estregándolos con lodo. Si la raiz _se encuentra atacada, debe susdóndli.y de un color bscuro ~n, su ma~u.rez, 1~ cull-l tuwe un ó?,1l&gt;J1go en. la. tituírsele la tierra mezclándole ceniza 6 mantillo y regar el terreno si está
p~e i;uperior, y encie¡ra. una pulpa P~ª'jpsa y un pQCO dl}l()e que cubre o,os seco.
'
habitas 6 semillas di consistencia C?rnea, unidas una á otr.a y cubiertas de
Si por este medio no se cor:ta. el :gial, d.e\:\e desmocharse el árbol; y entonuna membrana coriácea. ~stas.h~b1tas son lor;; gra~s del cafeto, el café, los ces arrojará nuevos y muchos re~uevos, los que se cortarán' despues; dejancuales sufren algunas modlficac1ones, segun ¡¡1s variedades.
do ,sol¡imente el mas fuerte y hamendo este corte parci~lmente con a1$\lllº~
dias de intermedio. Si á pesar ae esto ,no sana el árbol, i;¡e.a.rrancará deJaaj?,
.abierta.'la hoya.
·
.
.· '
IL
Cuan.do se viéren los piojos en aas hojas ó ramas de los Cáfeteros, se cav~rá y ~ practicará lo arriba dicho, frotando tambien con lodo las hojas y
CULTIVO.
las ramas.
Esta planta padece una enfermedad rara, y se cubren (cuiwdo l¡i. ataca) sus
,La !llemb,ra debe ha~rse al descampado, dilsp,l\es dQ ha,ber volte¡i.do y !lho- hojas, sus ra¡mas, y aui;i frecuente.mente sus frutos, de una materia negra que
nado bien la tierra con mantillo.
se pega á ellos y se seca, interceptando la evaporacion de la savia, y á la
El terreno debe dividirse en tablas, en las que se practicarán surcos de cual están mas espuestos los árboles viejos que los nueYos.
media pulg:ida de profundidad, y distantes unos de otros siete ú ocho pulgaLos árboles deben desmocharse á los tres años y cortar despues anuaf.
das., E,n. ellos se echará el fruto despojado de su pulpa, p_ero no de su cu- mente los renuevos q_ue partan perpendicuJarmente del tronco para fijar los
·bie~ coriácea. Cada haba deberá quedar distante de la otra cosa de tr~s árboles á una .misma altura, y la época mejor para esta poda es en los mepulgadas, y todas éllas Q,ubiertas de buena tierra ó n;uµ1tillo.
ses de Mayo y Junio.
Para que nazcan bien las habas deben estar bien maduras y frescas, por- La madurez del café se conoce e1.1 que el color de los frutos toma un rojo
que si falta alguna de estas circunstancias, no germinan; y las que se desti- oscuro y comienza á negrear. Entonces se cogen las habas y se tienden en
nen para la siembra no deben estar mucho tiempo i,imontonadas, á causa de éras para que se sequen al aire y al sol, amontonándolas de noche y cub1:iénla fermentacion de la pulpa que daña al gérmen.
dolas para que no las liumed.ezca el rocío; pero todavía es JDfjor no amonto•
• La estaoion mejor para la siembra es por Marzo, Abril, Mayo y Junio; narlas, á causa de la'fermentacion, y cubriéndolas estendidas. Ta.mbien pueporque solamente tienen. qu11 sufrir las plantas el calor del sol de invierno, y de hacerse la desecacion en estufas, la cual no tiene estos inconvenientes y
se hallan ya crecidas para resistir el del verano, que haee perecer muchas de es mas rápida.
las nacidas en Diciembre.
Ya que el fruto está seco es preciso mondarlo, para lo cual se emplean
Esta planta necesita un terreno enteramente despejado; , así es que debe muchos medios. Unos lo machacan en un mortero de madera y otros emtenerse
. ,sumo cuidado de quitar las yerbas quenazcan en las almácigas, co.n plean los molinos. Quitadas las pulpas se lavan las aguas y se ponen á sepico o a J¡J.ano.
car al sol: se les hace soltar su cubierta coriácea, machacándolas, y se avenLa planta del c.a.fé ama la humedad, pero no· continua ni estremada; po.r· tan para limpiarlas.
que siendo así, la pone amarilla y la enferma. Los riegos que se le dan por
Despues de esta operacion es preciso aún secar el café antes de meterlo
la noche le son mas benéficos que los de por la mañana y por la tarde, y de- en los_costales, para lo cual es e,gcelente la estufa.
be tenerse cuidad,o que no sean tan abundantes que inunden ó sumerjan las
I
plantas.
·
La siembra debe hacerse todos los años para reemplazar los piés que des·
tr~yal}- los g11sanos, las arañas y los ardores del sol, particularmente en los
SERVIOIO DE CORREOS.
prwiero~ ,añ.os. Es muy conve~ente tener en los criaderos grandes cantidades d,e JHe~ para que nunCI¼ falten al hacer la trasplantacion y para ;ree;rn•

VARIEDADES.

)

plazar.

. La es.ta.cion m.as favorable para la trasplantacion, es en los meses de Juruo, J uho y Agosto; entonces generalmente tiene menos savia. el cafeto ~ue
en la estacion de las lluvias.
·
D~ ~os m~neras se trasp!anta el cafetero. El pdmero es mas seguro y
mas ut1l, aunque mas pro1iJo y dispendioso, y consiste en trasplantarlo con
su cepollon. Es mas seguro, porque así prosperan casi todas las plantas y
mas útil, porque se necesita un número menor de e1las, puesto que pere~en
menos: a mas de esto, no padeciendo al trasplantarlas, su vegetacion es mu-

ENTRADA Y SALIDA DE CORREOS EN LA ADMINISTRACJON GENERAL DE ESTA
CAPITAL.

LLEGA COBUSl'OlmD~:

S.ABADo.-:Oe Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, T.Ia.xcala, Pueb~
J,alapa, Orizava, Córdoba Veracruz,,'.J'acubara Lerma, ~olQ~, Teuancing~,
Temascaltepecj Sultepeo, Í1'.tla}maca1 San Felipe_del ObraJe, Mmeral del Ort&gt;1
Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepeo, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba, Apam, Tlalpam, Cuerna-

�-DIARIO DEL IMPERIO.

212

vaca, Tasco, Tepecoacuilco, Iguala, Tlalnepantla, Cuautitlan, T~peji del Rio,
Soyaniquilpan, Polotitlau, San Juan del Rio, Querétaro, GuanaJuato, Aguasoalientes, Lagos, Guadalajara, Zacatecas, Durango, Tula, l~iquilpam.
DoMJNGo.-DeAyotla, San Martín Texmelucan, Puebla, Qmava, Cól'doba,
V cracruz, Tln1ncpantla Cuantitlan Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan,
San Junn del Rio, Qu;rátaro, All~nde, San Luis Potosí, Monterey.
SEflDESP ACB'.A CORRESPONDENCIA.
HASTA

LAS 9 DE l,A NOCHE.

1UzqAD029DEW~

En eato Juzgado, y con rel&amp;ciou á loa aut.oe del&amp; testamentaria de D. Mnnrioio Paeh&amp;co, ha preeen~o un escrito D. _Domingo S~nt&amp; Cru~, manifestando, que teniendo d~reohos que deducir en los de D. Panfilo del mismo apellido, que corren unidos, y no hab1en•
do defensor con quien entenclérse, porque ol nombrado, que hace dos años que lo fué, D.
Manuel Gutierrez, ni ha hecho gestion alguna, ni se sabe eu paradero, pide al Juzgado so
sirva proceder á nuevo nombramiento, á lo cual recayó el anto siguienoo:
"Mé.xico, Febrero veinticince de mil ochocientos sesenta y cinco.-Citese por los periódicos al Lic. D. Manuel Gútierrez para que comparezca dentro de quince dias á continuar las ~estiones de )&amp; te!tlnnentaría do D. José Pánfilo P&amp;eheco; apercibido de que se
nombrar&amp; albacea dativo s1 no comparece. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez 2? de lo civil,
Lic. D. Manuel Pavon. l)oy fé.-Pavon. -Por enfermedad del Secretario y mand&amp;to del
Sr. Juez, Juan N. Carrwn, Escribano público."
Y en cumplimient.o de lo mandado espido el presente, por el cual se cita y empl&amp;za &amp;l
referido Sr. Gutierrez para que concurra al repetido Juzgado, sito en el Palacio de Justicia.
México, Marzo dos de mil ochocientos sesenta y oinco.-Juan N. Carribn, escribano
público.
170-2a-1 •

S.ABADo.-Para Texcoco, Ayotla, San Martin Texmelucan, Puebla, Jalapa,
Orizava, Córdoba, Veraoruz, Tlalpam.
DoM1Noo.-Para Ayotla, San Martín Texmeluoan, Tlaxcala, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Tenancingo, Ixtlahuaca, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan,
lUZGADO 3? DE LO CIVIL
Otumba, Apam, Tlalpam, Cuernavaca, Tasco, Iguala, Tepecoacuilco, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Tula, Ixmiquilpam, Soyaniquilpam, Polo- El Sr. Juez 39 de lo eivil por su auto de 22 del corriente ha mandado ee cite y emplace al Sr. general D. José J. Alvarez para que deutro de ocho diae contados desde la putitlan, San Juan del Rio, Querétaro, Guanajuato, Lagos, Aguascalientes, blicacion
de este anuncio, concurra por sí 6 por apoderado á contestar en conciliacion la
Guadalajnra, Zacatecas, Durango.
demanda que le promueve D. Agustin Olim y á reconocer una cuent&amp;, bajo el apercibi'

'

ANUNCIOS OFICIALES.
INTERESANTE.

miento que de no concumr le parará el perjuicio que huya lugar en derecho.
México, Febre1 o 23 dti 1865.-Joaquin Negrtiros.
167-3s-2
rozoADO 19 DE LO CIVIL.
Por el presente se convoca á las poraonae que se consideren con derecho á. suceder en
los bienes del intestado de la Sra. D! Mari&amp; de Jesne Mateos de Rubio, pli"ra que ocnrran
á.justific&amp;rlos en este Juzgado dentro de treint&amp; dias, contados desde hoy 28 de Fellrero
de 1865.-Sebastian Peñaloza, Escribano público.
165-3e-3

S1ccION E SP&amp;ciAL DE LA CoNTRrnuc10N DE Ocao AL MILLAR SOBRE FrncAs,

Se recnerd&amp; á los causantes de la contribncion espresad&amp;, que conforme á l&amp; Ley, deben s&amp;tisf&amp;eer, dentro de los diez primeros dias del presente mes, en las recaudaciones
respectivas, lo correspondiente al segundo bimestre que comienza el di&amp; de hoy; advertidos de que las personas qne no lo verifiquen, incurrirán en los recargos y gastos de cobranza qne la Ley impone á los causantes morosos.
México, M&amp;rzo l? de 1865.-lgnacw de Altamira.

ADENISTRAOION GENERAL DE CORREOS.
INTERESANTE AL PUBLICO.

Est.a Administracion general tiene conocimiento de haber sido interceptada cierta cantidad de sellos del previo franqueo, al ser conducidos á su destino. En consecuencia, y con
el fin de evit&amp;r que el público sea sorprendido al adquirirlos, se pone en eu conocimiento,
que siempre que los. eepresadoe sellos estén marcados con los números 20,204,244, y ade
mas todos ellos con el número 8, son nulos y de ningun VR!or p&amp;r&amp; el objeto á que están
deatinados; vudieodo sar coo.igoado el que los po~ea ante el Juez competente, par&amp; la
averiguaoiou que correspo.nde, y se aplique al culpable l&amp; pena á que es acreedor, como
defr&amp;udador de loa iot.ereses públicos.
México, Febrero 24 de 1865-Luis de la Pe;a.

ADJlINISTRAOION GENERAL DE CORREOS.
AVISO AL PUBLICO,

lUZGADO 4? DE LO CIVIL.

Siendo necesaria en este Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, la comparecencia áel
Sr. Pre~bitero D. Joaquín Martinez de la Rosa, para hacerle saber l&amp; postur&amp; hecha á la
cae&amp; número 3 del callejon de las Cabezas, perteoecient.e á su concurso, é ienorándose la
habitacion de dicho aeñor, se ha mandado, á pedimento del Síndico, se le cite por el periódico oficial, para que dentro de seis dias comp&amp;reze&amp; en el referido Juzgado; bajo el
concept-0 de qu11 eet&amp; cit&amp;cion surtirá sus efech,s.
Y cumplit~do con lo prevenido, pongo el P!~sen1;8 e~ México,. á veinti~n~ de Febrero
de mil ochocientos sesenta y cmco.-J. V. Pina, Escnbano nacwnal y pubhco.
163-48-4
ALMONEDA roDICIAL.
Por dispoeicion del Sr. Juez 2~ de lo civil, ante quien ee hallan radicados los auto, del
concurso fprmado á l&amp; hacienda de San Nicolás de 1&amp; Torre, y de comun acuerdo de los
intere~ados, se celebrará la última almoneda para el remate de dicha linea el di&amp; veintisiete del entrante Marzo, á las doce, teniendo 'l'erificativo est.e neto en el Palacio de Juetici&amp; de eet&amp; capitul; debiendo advertir que la mencionad&amp; hacienda ha sido retlUlltda en 1a
cantidad de 155.130 pesos a re. Y en virtud de lo prevenido, pongo el presente, para que
las personas que ~nier&amp;n, pu~dan hacer postura, verificándolo; dtibieudo pubticarao este
aviso en el periódico oficial de esta capital, de Querétaro y de Toluca, á fin de dar al acto
la bastant.e publicid&amp;d, quedando así evacuado el precepto ju.dicial.
México, Febrero 2-2 de 1865.!..José Vicente Piña, Escribano público.
145-88-8

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE

Habiendo sido in~rceptad&amp; una cantidad de sellos del previo franqueo al ser conduciRematará
dos á su destino, con el fin de evit&amp;r su circulaoion y que el público sea sorprendido al adquirirlos, se pone en su conocimiento, que los espresadoe sellos están mai¡ados con .los todo el menaje de la casa núm. 8 de la calle de la Perpetua, el viernes 3 y eabado • de
números 3 y 2'20, cuyo distintivo se da &amp;conocer para que los que contengan esta num&amp;- Marzo de 186.5, á la una en punto, estando á la vista los dias l? y 2.
racion no sean admitidos, por estar considerados nulos y de ningun valor, como en efecto
Las ventas son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas pormelo son para el objeto á que oran destinados; pudiendo Aer consignado el que los posea ante norizadas.
el Ju¡z competentP, pára la averiguncion que corresponde, y se aplique al culp&amp;ble el casSe reciben comisiones al seis por ciento, pero no se admite la puja de sus dueños.
tigo á 9ue es acreedor, como defraudador de loe intereses públicos.
·
Se hacen vlllúos de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c. y se alquiían y trasportan muebles,
México, Febrero 26 de 1865.
El despacho está en l&amp; calle I'.' de S&amp;nto Domingo, juuto al núm. 8.
1138-l0e-10
·
Por enfermedad de Sr. Administrador, Antonio J. Pillada.
rozoADO 4? DE LO CIVIL.

ANUNOJ:C&gt;S.

AVISO.

El Sr. Juez 4~ de lo civil, Lic. D. Ev&amp;risto Reyes, en auto de ayer, ha mand'ldo se convoque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del inoostado de D.
M&amp;rcelino Sanchez, para que en el término de treint&amp; dias se presenten á deducir loe que
les competan; apercibidos de lo que haya lugar si ::.o lo verifican.
México, Febrero 7 de 1865.-Manuel '.1'. de Memses, Eseribano público. 97-30&amp;-18

El Diario del Imperio se publicará en lo sucesivo todos los días á las doce, menos loa
JUZGADO 89 MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUltEltO 8.
domingos y diae festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
D. Vicente Vaca, albacea de D. Ramoo Vaca, se presentará el di&amp; ocho del entrante
El despacho se h&amp;ll&amp; establecido en la C!18&amp; número 8 de los Bajos de San .Aguetin.
Marzo, á las .doce del di&amp;, á conteBt&amp;r la demnnd&amp; que en juicio verbal sobre pesos le proEl precio de la euscricion 2erá:
mueve D. J esue Gorib&amp;r; apercibido de seot.eocia en rebeldía si no concurre.
.México, Febrero 25 de 1865.-El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
155-3&amp;--3
En la Capital, por un mes . . . . . . . . . . . . . ...... .. $ 1 50

Id.
id. por tres m,eses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
En los Departamentos, por tres meses, franco de
porte .. . . . ...... ............. .......... .. ,. 3 75

ORDEN.-lgnorándose el domicilio de D: Santiago Vicario, por la preseut.e se le cita y
emplaza para que en el ténnino de treinta días se presente en este de mi cargo por sí ó
por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre
pesos le promueve el Lic. D. José Marí&amp; Arngon en representacion de la testamentaría de
El importe de las euecriciones se pagará ade)autado.
El precio de los anuncios s~rá convencional, y deberá pagarse precieament-e adelantado, D. Felicinno Rey; apercibido de que si no concurre so le nombrará un defeDl!or de ofioio
con quien se entenderá la demanda.
ain cuyo reqnisito no podrán public&amp;rse.
Mélico, Febrero 16 de L865.-Lic. Poulet.
135-15&amp;--5

Los recibos deberán ir firmados ,por D. Juan Devincentiis, encargado de
esta administracion.
No se admiten reclamaciones por falta de recepcion del "DIARIO," sino hasta
el dia siguiente de publicado cada oúmere.

rozoADO 2? DE LO

CIVIL.

El Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Mannel Pavon, ha mandado se proceda á l&amp; rent&amp; de
la casa núm. 1 del callejon de la Santa Veracruz de esta oiudud, valuada por los peritos
D. Manuel Gargollo y P11rr&amp; y D. Juan Cardona en la cantidad de 5,621 pesos 25 ce.¡ señalándose para las &amp;lm•·,nedas los dias JO, 20 y 31 dol corriente, á las doce, siendo 1&amp; últirozGADO 4~ DE LO CIVIL.
m&amp; con calidad de remate. Y para conocimiento del público pongo el pre~ente, advirtienCITACION.
do que 1118 personas que quieran hacer postura, pueden ocurrir á la secretaria del mismo
Juigado, adonde recibirán fas i· struccionee convenientes.
Por anto de 22 do! corriente, el Sr. Juez 49 de 1o civil, Lio. D. Evaristo Reyes, ha manMé.xico, Marzo 2 de 1865.-Pedro Canel.
16&amp;-6&amp;~1
d!Ído se cite por segunda vez á D Vict-0ri~no Sanchez, para que dentro de seis dias, con,tados desde la primera publieacion de este aviso, se p1-esent.e en este Jnzgado á recfmocer
ijaie firmas puestas en otroa. tantos dooumontoe pr13sentados por el Lic. D. Pascual Floree,
como representante 'de la soñora albacea de la testamentarí&amp; de D. Sebastian BHlmaceda;
apercibido que de no comparecer, se procederá ~n arreglo á lo prevenido en el art. 383
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
de la ley de administracion de jnetici&amp; vigent.e.
BAJC'S DE SAli! AOU8TIN1 NUM, l.
México, Febrero 24 de 1865.-Joaguin Negreiro,, Eacribano públioo.
169-38-1

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DIARIO
1

.

.TOMO l.

MEXICO: Lunes 6 de Marzo de 1865.
SUMARIO.

NOM. :S.3.

. recibiendo yo dos contusiones de rifle, muy ligera la una. y de gra'

vedad la otra·
pero se consiguió• el obieto
porque• se les hizo .retro•'
J
'
ceder del pnmer foso del ¼'eferido cerro. No •tAftl\O.mos á la plaza!
d
•
• •
t'::.J..
don e convenisteis en que era necesario Ir ':uwu.O para propor.!'Ei:=;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;e;;;;;;;;;;;;;;;;;;,;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;~;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡ ..cionarme mas auxilios, .replegándome y
D Ja e~ que allí te·p ARTE OFICIAL
ni~ al c~rro d~ l~ Cruz:.~ los p,qcos mopi~l)~J ~osilde 1~ siet~ de
;;__ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _•_-----______ la noche volvió el enem1g9 á ocupar el cirfi"del C~!ao&amp;r. g y desde allí rompió nuevamente sus fuegos sobr~ los fu~a uz y el
,
AVISO DE_CORTE.
Zapote, evitando así el auxilio que estos hubieran n r prestado al _
A consecuencia del fallecimiento de S. A. I. y R. la Archiduquesa¡ Hospital, que como punto d~seado por ellos fué asal o por segunMaria Antonia Ana, Gran Duquesa Viuda de Toscana, tomarán da vez por cuatrocientos hombres, .empeñándose con
defensores
SS. MM. el luto durante catorce dias, contados desde el 4 de Marzo del fuerte un combate tan sangriento, que lleg@el cas e que á hade 1866.
l yonetazos fueron desalojados de la trinchera, dejando los fosos y
Los primeros siete dias serán de luto y los siete siguientes d~ .me- falda del citado fuerte 31 muertos, entre-ellos 2 capit s, 1 teniendio luto.
.
~ . te y 9 heridos, incluso un capitan de artUieria, dispers Rose los deTodas las personas que tengan el honor de presentarse oficialmen- rnaa en todl)S direcciQnes; lográndose con estq el triunfo completo
te á SS. MM. tendrán que observar el luto.
nuestra.B¡i&amp;rmas, pues .como á la una de la mañana se retiraron de
El luto para _las Señoras es de _sed¡i, 6 terciopelo negro, guantes sus poaesiones, ¡levándose consigo mayor parte de 1f er_ido&amp;
· negros y solo d1an;iantes. El medio luto es blanco y negro con m.o-j enterraQ~o á ~~s muertos. La péfd1da total se cal
,i
60· boIJ).rado ó gris y toda clase de alhajas.
•.
bres, pt¡~s'por los partes ttue he. recibido han terrad~ mucho~
~ara los Señores traje negro, guante negro, y para' los que usan mu_ertos ~ lOl!!-ranchos inmediatos. H~sta-_ ah&lt;!J.~n recogiao 6.5
umforme crespon en el brazo, guante blanco.
fusiles; 1, ~orget.a, 1 mula, y estoy persuad1dc(.ciue habrá mas que 1·e• t
~r. Por nJiestra parte lament~os la p_ér(l,ida de 9 indiYiduos ele
1tropa, illcluso uno de vuestros valientes, y1.5.theridos, tambien in" ••,.,
,
MINISTERIO DE GOBERliACION,
clusos 6 de los vuestros.
.
Con fecha 8 del actual se ha recibido de Tehuacan el despacho En esta jornada, señor comandante, la poblacion toda qué ha pal. telegráfico siguiente:
p~o nuestros grandes esfuerz_os é interes decidido por su defe~sa,
"Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-El Prefecto político de, visitando vos en :persona. todos los puntos .Yllenánd_olos 1e entus1as:
Tepozcolula ha derrotado completamente, en Tutla, el dia 22 del mo, os da por .m1 conducto las mas espres1Vas gra~rn.s; y yo por ~1
próximo pasado, á la fuerza diside~te que acaudillaba el.llamado Ge-1 parte no ,puedo menos- que encarecer el valor y ~ctiv1~ad que habeJS
·neral Leiva. La fuerza del cabecilla Morales se ha desbandado, pre- d~~ostrado en la defen_sa de esta_¡¡laza, y con esta m1sma fecha me
sentándose la mayor parte al Subprefecto de ü_cotlan.-:Oajaca, Mar- dmJo al Sqpremo Gobierno mamfest:1ndole t~nto como hay que :i:ezo J? de 1866.-EI Prefecto superior político~J. P. Franco."
conoceros. Me parece oportuno ~1amfestar~s que la fuerza co!l que
Es copia. México, Marzo 4 de 1865.
·
conté par~ la aefensa~ s~ compoma de 100 rndígenas de Temap11,ch;
El SubAecretario de Gobel'nllcion,
y 160 ;vecmos qu~ á _ultima hora se me p~·esentaron para \a defen~
Fi
mado)
FRANCISCO
J.
Vn,LALOBOS,
d_e
&amp;u pueblo, repartidos todos ep prop_orc1on en los trea puntos for( r
1 tificados y la plaza.-Réstame solo, isenor comandante, ~-ecQmenda____.,_,.,__
ros muy especialmente al intrépido teniente de marina -¡a citado, D.
Leon .~enont, al de igual clase D. Alfredo Tesson, que con 13 maMINISTERIO DE GUER~A.
rineros tomó parte bizarramente en la defensa del Hospital, al Sr.
,
Mélico, Marzo 3 de l865.
Prefecto p.olítico D. Pablo L. Lamar, que nada rne ha dejado que
Imperio Iifexicano.-Comandancia m~litar.-Núm. 17.-!uxpan, .dese~r, .l!,yuqáyqoqt~.~9 ~do cµapto fué 1!ecesari~, ~l ex-teniente
Febrero 22 de 1866.-Con esta fecha d¡ce esta comandancia al co coronel D. Enrique Llorente, gefe del Cerro de la Cruz, e¡-capftan D.
mandante del -vapor de guerra frances "Colbert" lo que sigue:
Andrés Llorente, comandante del Hospital, al capitan de artillerfa,
"Tengo el honor, Sr. Comandante, de daros el parte circunstan- D. Pedro N. Martos, comandante del Zapote, , mi ayudante D. Cátciado del a~aque que sufrió esta plaza ayer á la una de la tarde, por los C. Gomez, que-vos presenciasteis su temerario arrojo sobre el
oehocientos 6 mil hombres, segun la declaracion de los prisioneros, enemigo, á la cabeza de su,s pocos soldados, los empleados de la
-componiéndose la fuerza enemiga de quinientos front_erizos de línea1 ..A_duana qiar~rna y demas oficiuas, marcándoos con especialicTad al
y el resto de Papantla, al mando del Coronel D. Gerónimo Treviño. .Administrador de correos, D. Miguel Gomez, y al Administrador de
El ataque, como visteis, fué emprendido sobre e1 cerro del Hospital, rentas, D. Bernardo Arteaga, que en todos los empujes sobr~ erenepara lo cual se posesionaron del de la Ceyba y San Fernando, colo- migo me acompañaron siempre á la cabeza; al capitan de puerto, .D.
cando ~n el primero su artillería, compuesta de media batería de José Salvat, al juez conciliador, capitan de la 2~ compañia de .la
montana, y de donde los estaba desalojando, con los diez marineros Guardia estable, D. José de la Luz Fern~ndez, D. Manuel Pelotix,
~ue rne disteis y diez temapacheros; pero desgraciadamente fué he-· al p~dre de éste, médico cirujano de esta yilla, cuyos 'servicios eri su
rido de gravedap el sargento de armas Guet, y se tuvieron que ern- facultad soµ muy 1:e,comendables, D, José Barragan y su hijo D. Feplear cuatro hombr_es para conducirlo á la plaza, suc~diendo ?tro lipe, y á rr¡uohos vecjnos, cuyas casas fueron iqopndiadas y otra~ satanto con uno de mis soldados; entonces me detuve á tno de pisto- .queada., p¡:¡r. los ~nemigos."
Ja y os mandé ped'1r au~T10s, y me ~and~te1s
· d'tez manneros
·
~ tengo
,.
'
ar. 1~ª",. Tódo to . que
la alta satistaccion de,JIparticipar
á Y. E. p~ra
ór~~nes,,del,vah~nte temente de ~.arma D. L~on Fenont, que fué que se sirva elevarlo al soberano conocio;iiento de S. M. In felfoitaµhei:do de una p1_erna, y al que deJe encargado del _cerro del Campa¡ do ála nacion por este nuevo triunfo.-Dios guarde á V. E. ll)t,1cbos
nano, prol~ngac10n del _de San Fernando, para baJar á daros parte años.-El comandante militar, Manuel J. Lloi•ente.-Exmo. Sr. Mide la poses1?u del enemigo: regl'esé despues, y viendo que cargaban nistro de Guerra y Marina.-MéxiQo.
~l d~l Hospital, contramarché á proponeros un ataque por el flanco Es co ia ·
. 1••
'
'
!) rnqu1erdo, lo_ que aprobasteis con tanta decision que os pusisteis á la
p •
· · ·
~/ !~eza gEi·vemte,frnnceses y mexicanos, al mando los segundos del
El S11bsecretario de E1tado Y del aespacho de Guerra,
~r~lante:D. Cárlo~ e:omez, y cargamos á la b~yoveta sobre ~llos, .eo ·v.uwi.1i 1 '" v • .,
l' .(Fjrmado) J. M. DURAN.
PARTE OFICIAL.-AvisodeOorluobr~ luto por la muerte de la Archiduquesa lfarl~ AntonlaAna,I
Gran Duquesa viuda de Toscana.-Oomumcaciones sobre operaciones militares contra los disidentes.
PARTES DE LAS PREFECTURAS de Puebla, primer Distrito de México, Guana.juato Y Mlchoacan.
NOTICIA DIPLOMATICA.~Recepclon del Ministr&lt;&gt; Belga.
VARIEDADE!.-.4gric1urura.; Tratados sobre el Tabaco y la Oocblnilla Grana.

!ª

1

l.

ae
t

�PARTES DE LAS PREFECTURAS.

NOTICIA DIPLOl\lATICA.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
2~
Prefectura política del Departamento de Puebla.-Seccion 1~Núm. 787.-Puebla, Febrero 26 de 1865.-Exmo. S¡ .-Para conocimiento de S.M. I., tengo la honra de participará V. E. que en la
semana que hoy termina no ha habido en la comprension de este
Departamento otra ocurrencia notable, que la ocupacion de Zacapoaxtla por las fuerzas del Imperio, cuyo hecho aun no se comunica
oficialmente á esta Prefectura.-Dios guarde á V. E. muchos años.
-El Prefecto superior, (firmado) José María Esteva.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-Mexfoo.
· Es copia. México, Marzo 1? de 1865.

RECEPCION DEL SR. MINISTRO DE BELGICA.

SECCION

-

Hoy á la una ha sido recibido en audiencia pública por S. M. el
Emperador, el Exmo. Sr. Blondel, Enviado extraordinario y Ministro plenipotenciario de S. M. el rey de los Belgas.
·
El Sr. Blondel ha tenido el honor de pone.r en manos de S.M.
las cartas de su soberano, en que felicita al Emperador por su advenimiento al trono, y las que le .acreditan como Ministro plenipotenciario en México.
Esta ceremonia se ha verificado con la solemnidad de costumbre,

El Subsecretario de Gobernaciou,

-habiendo sido conducido á Palacio el representante belgá en carruajes de la Corte, y regresado de la misma manera á su· domicilio. •
Núm. 62.-Prefectura supérior política del primer Distrito del
Mañana insertaremos los discursos que se han pronunciado en e_
sDepartamento de México.-Toluca, Febrero 28 de1855.-Exmo. Sr.
-En cumplimi1mtq de lo que previene la circular de ese Ministerio, ta ocasion.
fecha 28 de Diciembre del año próximo pasado, tengo el honor de
,manifestar á V. E., que en todo el Distrito de mi cargo, y semaVARIEDADES.
na anterior, se ha 'conservado inalterable la tranquili_dad pública.Dios guarde á V. E. muchos años..-El Prefecto superior político,
(firmado) ]'ascual Gonzal.ez Fuentes.-Exmo. Sr. Ministro de Goberna
TRATADO SOBRE EL TABACO.
cion.-México.
1
Es copia. México, Marzo 2 de 1866.
l.
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,

El Subsecretario de Gobernacion,

'

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,

Prefectura superior política del primer Distrito del Departamento de México.-Toluca, Febrero 28 de 1866.-Exmo. Sr.-Con fecha 26 del que acaba dice á esta Prefectura el Subprefecto de la
villa del Valle lo que sigue:-"Suplico á V. S. tenga á bien poner
en conocimiento del Sr. Prefecto superior político, que en la comprension de este Distrito se conserva inalterable la tranquilidad pública."-Y tengo el honor de insertarlo á V. E. para su debido conocimiento.-Dios guarde á V. E. muchos años.-EI Prefecto superior
político, {firmado) Pascual Gonzalez Fuentes.-Exmo. Sr. Ministro de
Gobernacion.-México.
..
Es copia. México, Marzo 3 de 1866.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Prefectura superior política del Departamenta de Guanajuato.Guanajuato, 26 de Febrero de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo la satisfaccion de participar á V. E., para que se sirva elevarlo al conocimiento de S. M. el Emperador, que en la semana que hoy termina
no ha ocurrido cosa notable de que pudiera darse noticia á esa superioridad, pues se conserva inalterable la tranquiliaad pública en todo
el Departamento cuyo mando se me ha encargado.-Dios guarde á
V. E. muchos años.-EI Prefecto superior polftico, {firmado) Mamtel
Chico y Alegre.-Exmo. Sr. Ministro de Gol&gt;ernacion.-México:
Es copia. México, Marzo 3 de 1866.
·

,

DESCRfPCJON DE LA PLANTA,

Esta planta pertenece al género de las solanáceas de Jussieu, el cual la coloca ~n l~ octava clase; y segun Linneo, á la pent-andria monoginia y la llama nicotina tabawm.
El tabaco produce una flor rojiza, embudada, cuyo tubo es mas largo que
el cáliz; de limbo abierto dividido y plegado en cinco partes cuyas flores se
dan en ramilletes en la cima de los tallos.
'
. El/ruto.es u~a c~jita oval de dos celdillas que s~ abrenpor la parte supe1·10r y ~on_tiene mfimdad de granos, dán?ose en algunos con tal profusion,
que Ra1 dice haber encontrado hasta tremta y seis mil en uno sólo.
·
Las hojas están colocadas alternativamente en los tallos; son grandes, an·
chas, lanceoladas, de gruesos nervios, velludas, ligeramente glutinosas y adherentes al tallo por su base, la cual se prolonga por ellos.
Los tallos se elevan á cuatro 6 cinco piés, son del grueso de una pulgada
redondos, vellosos, ramosos y llenos de médula.
'
La raiz es ramosa, fibrosa y blanca.
Su sitio es la América, de donde es originaria, y se siembra y cosecha en
abundancia. E1: algunos puntos de Mé~ico se da mejor aún que en la Habana, como por eJemplo, en Sonora y ÜaJaca, cuyos tabacos si tuvieran el cuida.dos.o cultivo y beneficio_ que en la isla de Cuba y el del mareo, serian mas
apreciados que el de Ja rema de las Antillas; pero desgraciadamente la agricultura se encuentra tan poco protegida en nuestro país, y los cosecheros
generalmente hablando, son tan poco estudiosos y trabajadores que no 9
afanan en mejorarlos. Sin embargo de esto, tenemos, como lle;o dicho los
mejores tabacos del mundo, los cuales desmerecen mucho por el mod¿ de
beneficiarlos y labrarlos.
Diez especies distintas de tabaco cuentan los botánicos, pero aquí trataremos solamente de una que es la úpica que merece ser cultivada y es el
tabaco nicociana [nicotina tabacum] de Linneo.
'

¿

El Subsecretario de Gobernaciori,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Imperio Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-Seccion
de Gobernacion.-Núm. 88.-Morelia, Febrero 27 de 1865.-Cumpliendo con lo dispuesto por esa superioridad, paso á estractar los
partes de los dias anteriores, relativos á policia de seguridad.-EI
Presidente del Ayuntamiento de Tarimbaro, con fecha 4, manifiesta
que en la semana anterior á ese día nada ocurrió Be notllble ~n esa
municipalidad, que direc_tamente depende de esta !}apital.-Igual
cosa vuelve á decir con fecha 11 del actual.-Con fecha 11, el Prefecto d~ Acámbaro participa nada notable haber ocurlido en su Distrit-0.-Con la misma, la Prefectura de Pátzcuaro participa el robo
y maltrato sufrido por un correo procedente de dicha Cabecera, á
manos de ocho bandid(ls, al pasar por Huizamba, logrando al fin fugarse y llegar á Pátzcuaro: esto,ocurrió el día 6 del corriente.-EI
Subprefecto del Par~do de Indaparapeo manifiesta, con fecha 19,
que en su demarcacfo1LDaruvha habido ·notable en la semana anterior á ese dia.-El Prefecto de Maravatío, con fecha 21, manifiesta
lo mismo que el anterior.-EI Prefecto de Acámbaro, con la misma
fecha, manifi~sta igual cosa respecto de su Distrito.-EI Presidente
del. Ayuntamiento de Ta1ímbaro, ~on fecha 26, hace igual manifestac1on.-Lo que tengo el honor de poner en el conocimiento de -esa
superioridad, cumpliendo con lo prevenido.-Dios guarde á V. E.
mu_chos años.-EI Prefecto po.lítico del Departamento, (firmado) Antonio Moral.-Sr. Subsecretario de Gobernacion.-México.
Es copia. México, MarlO 3 de 1866.
El Sul&gt;eecretario de Gobernacion,
(Firmado) FRANCISCO J. V1LLALOBó8,
)

215

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

214

II.
TIERRAS CONVENIENTES, PREPARACION Y J.BON0,8.

Esta planta necesita para su cultivo una tierra sustanciosa, fresca y poco
húmeda. En los terrenos areniscos y pedregosos, en los destrontes de bosques y praderas, teniendo una capa de tierra vegétal de doce á quince pulgadas, se dan escelentes cosechas.
.
·
Cuando la siémbra sé hace sobre terrenos que hayan llevado otra semilla
en los años anteriores, se le darán dos fierros al terreno y se abonará con
estiércoles, lo&amp; cuales serán mejores cuanto mas añejos para el abono de las
sementeras de tabaco.
·
La siembra se hace en almáciga ó criadero para trasplantar las pfantas
cuando tengan el desarrollo conveniente.
,
,
Los semilleros se establecen en camas calientes en los climas donde la esbcion primaveral es fria, y. en éras de tierra de huerta al descampado donde es templada. La semilla-por ser muy menuda debe mezclarse con tres ó
cuatro tantos de arena 6 de ceniza, para que laa plantas no se sófoque.n unas
á otras al nacer; y debe asimismo procurarse muy cuidadosamente que 1a
capa de tierra que las cubra no esceda de dos líneas de grueso. Con".iene
asimismo comprimir la tierra con la rastra antes de ejecutar la siembra. par~ que l~ semi_lla no profundice mas de lo que debe con el riego, que debe
darsele mm:diatamente despues de sembrada con una regadera de agujeros
muy pequenos.

1u.TaÁ!!i&gt;LAN'rAc1oif,

La trásplantacion debe hacerse en cuanto s~ poslb1e en tresbolillo, á UM
vara de distanc~ cada mata en todos sentidos, y cuando ya no haya temor
de las heladas, que le son perjudiciales y aun mortiferas. Esta operacion se

,'fica.rá cuando tengan las plantitas cuatro 6 cinco hojas, dándoles el dia• co se suspende la operacion por el tiempo que se considere necesario para
ven
"' ·1roen te. sm
· r om· qu'e acabe de-sazonar bien, reconociéndola frecuentemente para que no ,,"e
anterior
un abundante riego, para que pucdan est raer~e 1ac1
perse ni lastimarse, y tambien para que saquen las ra1ces alguna tierra y se pase.
VIII.
resientan menos.
.
BENEFlOIOS
QUE
SE
DAN
AL TABAOO EN EL BEOADERO,
Las yerbas que comienzan á brotar pocos d1as despues de la trasplantacion, y que son muy nocivas al tabaco, deben ser arrancadas con _el almo~Una vez colocado el tabaco en el secadero, bien sea en sartas ó á horcaja..fre, haciéndolo con mucho cuidado pa~a, no maltratar las plant!tas reCien das se deja secar completamente para formar los manojos y ponerlos á fertrasplantadas. Esta operacion se repet1ra tantas veces cuantas se Juzgue con- me~tar- lo cual es la última operacion.
veniente, hasta que se robustez~.Y crezca la planta que entonces sofoca y
La U:ejor señal para -0onocer la compl~ia desecacion del ta~aco, ~ el estar c:&gt;mpletamente seco el cabo de la hoJa, y el 110 romperse esta, smo que
no deja progresar las yerbas darunas.
Despues de concluida esta operacion, se atierran 6 r.ecalza~ las pl~ntas, vuelva á estenderse prontamente cuando se oprime en la mano.
haciendo en derredor del pié de cada una de ellas un montonc1to de tierra,
En tal estado, se descuelgan las sart~ y se deshacen, formando manojos
cuya operacion, estando bien ~idgida, _les es ~uy. provechosa por atraer la con las hojas, igualándolas bien, de mod? que ningun cabo sobresalga. Cada
humedad atmosférica, econonuzar el l'lego y VIgonzar la planta.
uno de estos manojos se ata con una hop, dándole dos vueltas para que la
'
segunda
cruce sobre la prim~ra, y sujetan~o la atadura pasando por ~edio
IV.
del manojo la punta de la hoJa, Los mano1os pueden contener mayor o meEPOCA EN QUE ¡:&gt;EBE DESCOGOLLARSE LA PLANTA.
nor número de hojas, peró generalmen.te se hacen de veinticjnco.
El mismo método se sigue para hacer los manojos delas hojas que se han
Cuando se acerca la época de la florescencia del tabaco, se cubre la estremidad del tallo principal de cada mata de un boton, principio de la flor: este secado en las plantas, y en ambos deben hacerse tres montoncitos de hojas,
,
es el tiempo de desbotonarla 6 descog9llarla, cuya opera-Oion consiste en cor- separando las de primera, segunda y tercera ?lase.
Entretanto unos operarios hacen los ~nanoJos, otr?s los van colocando,
tar la estremidad del tallo para que así la sávia que debía dirigirse á las flo·
unos encima de otros oon los cabos para füera, en hileras dobles, de modo
res, refluya á las hojas y se ~mplee en nutrirlas y, roJ:&gt;ustecerlas mas.
Esta operacion debe repetirse con todos los brotes que aparezcan en las que estén punta con punta, formando cuadros 6 círculos hasta la altura de
inserciones de las hojas con los tallos, para ~ncentrar así la sávia en los que vara y media; pero de cualquie~a manera que se hag~n, deben C?locarse sobre maderos que levanten diez o doce pulgadas del píso, para deJar que vensé desea robustecer.
_
Desde la florescencia hasta la completa madurez, trascurre un mes ó mes tee el aire por la parte de abajo. Se cubre el tabaco perfectamente por los
y medio á proporcion de la estacion y á medida de lo mas ó menos favora- costados y se le coloca un peso fuerte. arriba para prensar bien ~o~ manojos.
S~endo muy nociva una efervescencia fuerte al tabaco, debe visitarse con'ble que ~ea la esposicion del terreno.
tinuamente para ver en qué estado se halla, el que se reconoce metiendo la
V.
mano en la pila, y si se siente un fuerte calor húmedo debe deshace1:3e inmediatamente, y rehacerse colocando en el centro de ella los manoJos de
DK LAS PLANTAS MADRES,
fuera
poniendo los de en medio en la superficie..
.
.
Las plantas mas lozanas y vigorosas que en sq primer estado de desarro- Estay operacion
es la mas delicada, y debe repet1rse siempre que las pilas
llo aparecen, deben ser cultivadas con ~µchísimo esmero_ynodescog?1larse, presenten los síntomas indicados, hasta que cese esa efervescencia tumultuosino dejarlas para recoger su semilla, a fin de tener la meJor para la siembra sa, despues de la cual deben meterse los manojos bien prensados, en barridel año próximo. Muchos cosecheros cultivan separadamente en sus huertas
unas cuantas matas con toda prolijidad, para recoger sus semillas para al- cas colocadas en sitios frescos y secos.
máciga, y á mi juicio es muy oportuno, con tanta mas razon, cuanto que por
TRATADO. DE LA GRANA COCHINILLA.
ser abundante su se~illa, no hay necesidad de cultivar muchas plantas.

.

VI.

J.

MADUREZ.

DESCRIPCION DJ!:L GENERO.

La grana es un insecto conocido por los natural~s~ _con el nombre. de
Son varias las señales que hay para conocer la madurez del tabaco,. pero
las mas notables son: la variacion de color, cuyo verde se pierde en Jaspes progalli insecto. Se compone de dos especies de mdmd!!-OB, de machos.y
irregulares de un aqiarillo vivo; el avejigarse, aqugarse é inclinarse las ho- hembras: los machos vuelan, y las hembras no se separan en su vida del lugar dande nacen.
jas lánguidamente, y por último, el ponerse ásperas y quebradizas.
El macho es una palomilla que tiene dos antenas 6 cuernecitos oompuesVII.
tos de diez articulaciones. y de oñce porcioncitas cóncavo-convexas que se
CosECHi\,
mueven una dentro de otra. En cada porcion se encuentran dos pelos que
forman ángulo con las antenas, que nacen juntas entre los ojos y son t~n larLa cosecha pue:le hacerse de dos modos: por hojas ó por plantas.
La que se hace por hojas se ejeüuta arrancándolas de la manera siguiente: gas como el cuerpo del insecto. Tiene seis ojos negros, y algunas veaes mas.
comenzando por las mas cercanas al suelo, se coloca el dedo pulgar de la El cuerpo es del tamaño de una liendre, de figura oblonga, terminando en un
mano derecha sobre la parte superior del peciolo de la hoja, y el índice, un cono hácia la parte posterior: los piés, en número de seis, se componen de
poco doblado, por la P,ª~te infe_rior, apoyado contra. el ta!lo de la planta, y cuatro articulaciones y terminan en una especie de uña con dos pelos, fortirando ligeramente hacia aba,10 se desprende la.hoJa fiimlmentc sm llevar mando con elJa. un trípode: las alas son horizontales como todas las rrial'ipoconsigo astillá. alguna. Una vez -arrancada la hoJa se coloca sobre e_l brazo sas falenas y perfectamente encimada una sobre otra, y de duplo tam:rño que
izquierdo: así se siguen arranoando las demas, colocando unas encima de el cuerpo, trasparentes, cubiertas de un polvillo blanquecino que les cubre tootras en el mismo sentido, hasta completar la brazada, la cual se deposita en do el cuerpo, y no tienen mas que dos nervios concéntric~s. Estas alas son
un surco determinado, recargándol3t'&gt; en él de manera que queden puestas las armas ofensivas y defensivas de este animalito.
Este insecto es enteramente rojo, menos las alas, como dijimos, apéndices,
las hojas de canto, por ser el modo mas cómodo y convenioote.
· Como esta operacion solamente se hace con las hojas enteramente sazona- y el polvillo blanco que tiene en todo el cuerpo. Esta palomilla nace en un
cilindro de seda.
das, es necesario repetirla dos ó tres veces hasta conc1uir la recoleccion.
Despues de arrancadas las hojas se llevan al secadero -.en carros, á lomo· La figura de la hembra es muy semejante'á. la de la verdadera cochinilla.
de bestias ó en parihuelas, que es lo mejor, y se colocan en el suelo con las El cuerpo es plano por abajo y convexo por arriba, compuesto de unos anillos 6 pliegues que no tienen número fijo, pero generalmente son de quince á '
puntas hácia arriba, arrimadas unas á otras. .
,
.
El piso de los secaderos debe de estar entanmado, o al menos cubierto veinte. Las antenas y los piés son tan pequeños, que solamente pueden verse
de paja, para evitar que las hojas se humedezcan y absorban las emanacio- con el microscopio, y el tamaño de la hembra es de un grano de trigo. Cuando la hembra se fija, se le cubren completamente los ojos con el polvillo
nes de la tierra.
Una vez puestas las hojas como · decimos, se dejan. dos 6 tres días así, en mencionado.
II.
cuyo tiempo comienzan á perder el agua de la vegetacion, lo cua1 llaman ¡¡udar, se calientan y comienzan á amarillear, poniéndose ~as flexibles.
PROPAGACJON DE LA GRANA Y DE SU NACIMIENTO,
Ya en este estado, se procede á formar las sartas. Unos las hacen por meNo se ha podido averiguar, pero se infiere que la grana se prop&amp;ga en las
dio q.e hilos gruesos, ensartando las hojas por el cabo, con una aguja de ar- tinieblas de la misma manera colocadas que las moscas y otros insectos.
ria; otros, ensartándolas en varitas aguzadas, y otros dejando una astilla del
Las granitas están cubiertas de unos pelos larguísimos, en la parte pos~tallo de las hojas, al tiempo de arrancarlas, para mancornarlas por ella y
rior
particularmente, y son hasta cinco veces mayor~ que el cuepo_ del aruponerlas en horcajadas sobre varas ó mecates; pero este último procedimien· malito,
sin duda para no ser lastimados cuando el VIento los arroJa de un
to es malo.
nopal
á
otro.
La cosecha por plantas se hace así: provistos los operarios de una hoz que La grana
es un animal ovíparo; pone muchos huevos, y generalmente enllevan en la _mano derec~, toman con la izquierda la mata, inclinándola al
lazados
de
tres
á cinco, como las cuentas de un rosario. Al principio del nalado contrario por donde quieren cortarla, lo cual hacen de un solo golpe de
cimiento
no
se
pueden
distinguir los machos de las hcm bras, ha'lt&amp; que estas
abajo arriba, y lo mas cerca que pueden-de la tierra. Inmediatamente que
comienzan
á
formar
su
telilla y se fijan.
las cortan las levantan y las tienden suavemente en el suelo para no lasti)
~arlas, colocándolas con la parte mas gruesa del tallo para el lado del
III.
viento.
'
DEL MODO DE FIJARSE LA GRANA EN tJOS NOPALES.
Un _operario diestro puede cortar de 200 á 250 matas por hora.
La
grana
en los dos 6 tres primeros días de su nacimiento, permanece
El corte se hace por la mañana, para llevar en seguida las plantas cortas
inerte, adquiriendo despues sus movimientos y caminando ¡&gt;Or toda la penal secadero y no dejarlas espuestas á los rocíos y las lluvias.
Tres ó cuatro horas despues de cortadas se atan con mimbres, de dos en ca, perdiendo esos grandes pelos que tiene al nacer. ~l macho, al estado 7edos, por lo mas grueso del tallo, dejándolas en el mismo lugar, y no remo- quisito, se fija sobre el polvillo de la grana, si es cult1v~da, y en la penca inviéndolas mucho al amarrarlas. Despues de verificada esta operacion se po- mediata á las granns si es silvest_re, pcrmimeciendo alh hasta q~c se ,trasnen cuidadosamente en las parihuelas y 1se llevan al secadero para que su- forma en palomill&lt;l. Las hembras, ó se agrcg1ln_ á algunas poblaciones. ofu11·
dan nuevas colonias cuando se desarrollan y se fiJán, quo es cuando com1enza11
den, despues de lo cual se ponen en horcajadas sobre morillos 6 sogas.
Cuando al cor~ las primeras hojas aparece la parte dura del tallo blnn- á cubrirse de ese polvillo blanco ~ue l?s r~lr\larda de la i~temperie. L:tc1
ca y no amarilla, que es la mejor pr~eba de la CQmpleta 1nadurez del taba- granas se colocan siempre muy unidas a semeJanza de las chmches.

.!..,

�216

DIARIO DEL L'1PERIO.

Aun no se ha podido averiguar de qué manera se nutre la grana; unos.
creen que por medio de ese polvillo blanco que absorbe los jugos de la penea, y otros que por medio de un filamento finísimo que les sale de la boca,
ó por mejor decir, de la prominencia agujereada que tienen en lugar de ésta,
y que es tan larga como los dos tercios de la longitud del cuerpo.
La grana fina ó cultivada es mucho mayor que la silvestre, lo cual solamente se verifica en las hembras: y en su constitucion orgánica no hay diferencia alguna. El color que producen ambas es igualmente hermoso, segun
co11vienen todos; y si la fina lo da mucho mas abun9ante, tambien su cultivo
&lt;'-'• costoso y- puede ser que los ga~tos que se hagan sobrepujen al es.cedente
de la produccion sobre la. grana silves~·e.

VI.
Mono DE co~QC.&amp;R LA

GRANA.

Para distin~uir la,grana l~gítima de ]~, falsificada, debe e¡iharse en una po-

ca de agua caliente o buen vinagre, y deJarJa humedecer hasta hincharse: entonces se examinará con una l~te, Y si tiene los anillos ó arruaas que caraqterizan la cochinilla, y sobre todo si registrándose oon la pun~ de un alfiler
se miran los infinitos globulillos que encierran, será verdadera grana.
a::;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;,2!!::;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;::;;;;;;;;;;;;;;;;;;;:;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡¡¡¡:;;;;;;;;;;;;;:;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;,;;;;;;;;;;.;.;;;;;;;;;;;;;;

-

ANUNOJ:OS.

IV.
CtrLTlVO DE LA GRANA.

JUZGADO 6~ MENOR,-CORDOJ!AltES NUJI, 8.
. _P_or la prese~te ~ hace s~ber á D. José M. Zerecero la radicacion en esto Juzgado del
Jt11C10 que cope~ sigue el Lic. D. Arcaruo Villalva, sobre pesos, y se le previene comparezca en el penn1~0 de ocho días, contados desde la publicacion de la presente, por si ó por
apoderad? instruido y e~pensado1 p_ara publi~~cion ~e pruebas y ~egato; apercibido que
de n~ ~erificarlo, se dara por practicada la diligencia, quedande citado para sentencia.
Mexico, Marzo 4 de 1865.-I. Bravo.
171-1-J

Cinco especjes de nopales solamente son propios para cultivar la grana, y
el mejor de ellos tiene las pencas dé.negridas, y la piel áspera. Estos nopales
no dan fruto, y los indios Je llaman tlalnopal (nopal de tinte). Tomamos el
modo de cultivar la grana de un informe clel Sr. D. Pantaleon Rniz de Montoya,.que dice así:
lUZGADO 1~ DE LO CIVIL.
,
"Los animalitos se agarran á la penca del nopal en que se crian, y de cuAnte
el
Sr.
Juez
1?
de
lo
civil
de
esta
capital,
Lic.
D.
Manuel
Marfade
la
se ha
yo jugo• se sustentan por espacio de cuatro meses, que es la duracion de su denunciado el fallecimiento intestado de D. Julian Martinez, y el Sr. Juez haSierra
manilildo se
vida, llegando á perderla con un parto tan fecundo de hijuelosmenudísimos, C?nvoquen por el "Diario del ~mperio,"_á las 1/oraonas que se crean con derecho á la herenque dejan á la madre sin jugo ni vida, y estos inmediatamente trepando por c!a, para que tlentr~ del térlJ!I~o de ~emta dia~ _se _presenten á deducirlo en su J uzgadó,
las pencas del nopal se agarran en el paraje mas jugoso de él, en donde se situado en el Pala010 de Justicia¡ baJo el aper01b1m1ento de que le parará el perjuicio que
ha,ya lugar, á quien en dicho ténnino no lo verifique. .
están sin movilllÍento perceptible el mismo tiempo de cuatro meses que su México, Marzo 3 de 1865.-Antonio Landgrave, Escribano público.
J72-3s-l
madre, hasta que tienen eI mismo fin, dejando su posteridad asegutada en el
JUZGADO 4?. DE LO CIVIL.
l)lismo nopal, de que p1ioviene una sucesion inter11:inable y tan abundante,
Cl'l'AOION, _,
que quitando la grana cuando está en sus mayores creces, antes que empiece
Por nu~o de 2'2 del corrient:e, el S~. Ju~z 4? de·lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, ha maná parir, nos asegura unqs cosechas abundantísimas."
se c1t-0 por segunda vez a D. V1ct-OnanQ Sanchez, para que dentro de seis dias conP~o como .9.-.iera que quitándqlas en este estado, llegaria á faltar la se- dado
tados desde la primera publicacion do este aviso, se presente en este J azgado á reco'nocer
milla ó sucesion, previenen los indios el reservar algunos nopales con grana, seis firmas puestas en otros tantos documentos presentados por el Lic. D. Pascual Flores
dejándola en él hasta que haya largado la mitad de sus hijuelos, y en este como _r~presentaute de la señora albacea de la testamentaria, de D. Sebastian Balmacedai
estado quitan á la madre, a&lt;iomodándola en un nido que hacen del moho de aper01b1do que de no comparecer, se procederá con arreglo a lo prevenido en el art. 383
la ley de administracion de justicia vigente.
.
los árboles (el pastle), la trásplantan á otro nopal que no tenga grana algu- deMéxico,
Febrero 24 de 1865.-Joaquill Negreiros, Escribano público.
169-3s-2
na, en donde horca.jan aquel nido entre penca y penca para asegurarlo de que
.JUZGADO 3? DE LO CIVIL
el viento no lo tire, y produciendo la otra lllÍtad de hijuelos, en el mismo nido van tapando ellos á las pencas, y se asegura la semilla en dos distintos El Sr. Juez 3? de lo eivil por su auto de 22 del corriente ha mandado se cite y empl&amp;ce al Sr. general D. José J. Alvarez para que dentro de ocho dias contados desde la puárboles, y en ocasiones en muchos mas, porque en el tiempo de quince días blicacion
de este anuncio, concurra por sí 6 por apoderado á contestar en conciliacien la
que está pariendo.Ja suelen mudar tres y cuatro veces á otros tantos nopa- demanda que le promueve D. Agustin Olim y á reconocer una cuenta, bajo el apercibiles, y en dos deja asegurada su sucesion, quedando la madre muerta en el miento que de no concurrir le parará el pe1juicio que haya lugar en derecho,
167-3s-3
último, an sin sustancia, que su éuerpo se reduce á una muy delgada con- México, Febrmo 23 de 1865.-Joaquin -Negreiros.
chuela ó casca.rita á que los indios llaman pastle, y sirve para el tinte lo mis1UZGADO 4? DE LO CIVIL.
mo que la que se cogió sin llegar á parir, aunque con mucho menos jugo, El Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyea, en auto de ayer, hamandado Ml convoque xior los periódicos á los que se crean con derecho ÍI los bienes del int-0stado de D.
porque la otra se cogió antes de largarlo en el parto.
Marcelino Sanchez, para que en el término de treinta dias se presenten á dedacir los que
De lq dicho hasta aquí se infiere que en el año viene á hacer tres partos la les
º?~peta~¡ apercibidos de lo que haya lugar 1i r.o lo V!lrifican.
grana, y en todos tres deja utilidad: la del pastle, que es la que murió en el MeX1co, :Eebrero 7 de 1865.- .Maniu:l '1'. tk Meneses, Escribano público. 97-308-19
nido; la grana madre,.que es la que mat6 el indio; y la de la cosecha, que es
JUZGADO DE LETRAS DE CHALCO.
fa que se mata cuando está el insecto en estado de proximidad al parto.
A escrito presento.do-en este Juzgado por D. José María Trueba, vecino del pueblo de
Cuando es tiempo de parto, todos los granos con indiferencia se ven pa- Amecameca, haciendo denuncia en forma de dos vetas, una de plata y otra de carbon de
l'ir, y manifiestan. una misma señal, que es un abultamiento de la. natura con piedra, que se hallan en el cerro de Alzomoni, pertenecieote al mismo pueblo de Ameca
una agüita que forma un huevecito como el de una hormiga, y es regla fija este Juzgado ha tenido por hecha tal denuncia en auto de esta fecha, mandando se con:
voque por los periódicos do IDllJ! circulacion en la capital, á las personas qu~ se crean con
del parto,.de la cual se valen los indios para conocer el tiempo en que se de- derecho
á estas vow, para que se presenten á deducirlo en este Juzgado, en el té1111ino
be trasponer á otro nopal para que haga su asemilladura.
señalado por las Ordenanzas del ramo, á efecto de que paaado dicho término, se procederá ·
Tambien sé cuida de limpiar continuamente los granos, sacándoles aquel con arreglo ÍI las mismas Ordenanzas.
.
polvillo con una colita de venado muy suave, para no tirarlos al suelo, por- Chalco, Enero 20 de 1865.
. El Juez letrado, Lic. Litis Rivera Melo. 134-3sm.-3
que entonces moririan, y al mismo tiempo espulgan y matan los insectos
enemigos que se la comen. Esta se mantiene en algunos países en que el
CITACION JUDICIAL.
temperame11to es p1·opio,. desde Junio hasta Octubre, en los ;nopales, en el D. Felipe Rosales se ha presentado por escrito ante el Juzgado 2~ civil, pidiendo se cite
• campo á la inclemencia del tiempo; pero otros llevan los nopales dentro de por los poriódicos al albacea de la testamentaría de D. R. M. de Elorduy para que comparezca eu dicho Juzgado, dentro del término que se le fije, á contestar la demanda que solas casas ó cuevas, y en ellas hacen sus semilladuras en los nidos de que se bre pago de unos-vales de desamortizacion promueve ÍI dicha testamentaría, y el Sr. ,.ruez,
habló arriba; y como el nopal mantenga tanto tiempo el jugo, aunque esté Lic. D. Manuel Pavon, ha proveido el auto que sigue:
•
desprendido de la tierra, se mantiene la grana en los cuatro meses de Juni,o "México, Febrero 20 de 1865.-Por presentado con los documentos que se acompañan,
á Octubre, en que, estando ya para parir, la trásplantan á los nopal!)s de\ citese al albacea de la testamentaría de Elorduy por los periódicos, señalándole el ténnino
de quince dias para que se presente á contestar la demanda¡ ap·ercibido de que se procecampo, valiéndose para ello del mi$mo arbitrio de los nidos.
derá á lo que haya. lugar si no comparece. Lo aecretó y firmó el Sr. Juez: doy fe.- MaPara hacer las plantaciones de lo~ nopales destinados á la grana, desmon- nuel Pavon.-Por enfermedad del Secretario, Miguel F. Guerra."
tan el terreno, generalmente alguna cañada, y van colocando en la tierra, muy En consecuencia, lo cito por el presente.- México, Febrero 21 de 1865.-Migud F.
143-6a-5
poco afumadr.s, pepcas ehtera.s ó pedaios largos de ellas, las cuales prenden Guerra, Escribano público.
á poco tiempo y forman Ja nopalera.
CITACION.
Debe tenerse muchlsimo cuidado con la limpia, y muy particularmente en Denunciado el intestado del Sr. D. Juan Garcia Quintana, Canónigo que fué de la Colos países calientes y húmedos, haciéndola muy á menudo. Es necesario res- legiata de Nuestra. Señora de Guadalupe, ante el Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo
Reyes, se ha nombrado defensor al Sr. Lic. D. Francisco Morales Medina, y depositario
guardarla de las lluvi)ls, Jos fuertes vientos tempestuosos y el rigor del in- de
los bienes al Sr. D. Bias Trnjillo, y se ha mandado se llame por los periódicos á lu pervierno. Cuando no llevan á los jacales las semilladuras las cubren en el cam- son&amp;11 que se crean con derecho á aquellos, á fin de que se presenten á deducirlo dentro
po con acahuales, enlazados unos con otros, para resguardarlas así de la in- de treinta días contados del!de la. fecha.
México, Febrero 28 de 1865.-El Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
tempene.
157-3a-3
Tódos los i!lsectos que ponen sus huevecillos en el nopal son enemigos de
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
la grana, y por eso rec?mendamos tanto se limpien y espulguen diariaEl Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda á la venta.de
me~&amp;
·

v.

la casa núm. 1 del callejon do la Santa Veracruz de esta ciudad, valuada. por los perito•
D. Manuel Gargollo y Parra y D. Juan Cardona en la cantidad de 5,621 pesos 25 ce.; se'Mono
DE MÁTAR LA GRANA.
ñalándose ~ara las almonedas loa dias JO, 20 y 31 del corriente, á,las doce, siendo la. últi1
ma con calidad de remate. Y para conocimiento de] público pongo el presente, advirtienMuchos mé~odo$ se emplean y pueden em.Plearse para matar _la. grana; pe· do que las personas que quieran hacer poi\l;ura, pueden ocur.rh· á la secretaría del mismo
1·0 algunos de los que practican los indios son viciosos, como por ejemplo, Juzgado, adonde recibirán las ir.struccienes convenientes.
,
166-6a-2
el ponerla en un comal que la hace perder muchas partes colorantes y po· México, Marzo 2 de 1865.-Pedro Canel.
nerla denegrida: pero esto lo hacen los que la cosechan en pequeño; general1UZGADO DE LErRAS DE ClW'¡CO.
mente la matan ó en el ternascal1 que ~fone á.ser una estufa, y en baño de
Chalco, Febrero 8 de 1865: .
maría. El primero de estos dos.métodos lo recomienda Duhamel. La me- D. José Ttueba .ha d,enunciado ante mí una veta de plata que lle halla en un hoy9, situado en el ~rro nombrado las Minas, en lajuri8diccion de Ameca. Y habiendo E'Stó Juzjor grana es ~qu~lla que queda blanca despues de la desecacion, por estar gado
mandado, entre otras cosas, que se publique eata denuncia por el periódico o,fieial, y
m~ limpia y bien desecada: se~un Sll color, que indica la bondad de ella por otro de los de mas nombre de~ capital, lo digo á vdes. para ~µe ee sirvan hacer la publiel beneficio, la dividen en tres clases, blanca, roseta y negra; siendo asi co- cacion mandada, á fin de qne 11i alguno se creyerp coo derecho a la veta denunciada, oour!'s
mo la deja el beneficio que t¡san.ordinariamente en Oajaca, por ser el mas á deducirlo en forma.
El Juez letrado dél Diltrito, Lic. luis Rioera Melcl.
espedito. Echan una corta porcion ~e agua,caliente en un perol, o1la ó vasi, J33-38m-3 1

ja, y lo llenan despue.s de grana, cuando el agua está hirviendo, revolviendo
. en seguida hasta que se ponga negra. Antes de ponerla en el agua debe limpiarse cu\dadosami.w~:pllríJ. separarla del tlasole, ó tela de araña que s~
del nopál.
'
'
,

IMPRENTA DE J·. :M. ANDRADE

Y F. ESCALANTE,

B.!1(18 DI S!'N AGVBTJlf, Nlhf,

l.

,

�</text>
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                    <text>EL

DIARIO

IMPERIO=

MEXICO: Martes 7 de Marzo ~e 1865.

TOIO l.

NlJI. 64.

Esta mision me ha colmado de gratitud; y para ejecutar las órde~gn:Jr~Mio'ii!~~ttfa~tí!:~~:{:'.ª~~º~~r~iglca, y cont~.taclon de s. ~1. el F.mpera- nes que recibí, tengo solo que espresar la simpática admiracion que
dor.-Recepclones dlplomátlcu.
•impone á todo hombre de corazon,del valor y la generosidad
DOOUMENTOS.-Acta del Ayuntamiento de México, 8 dt Febrero de 18615.
b'
dde un
·
Rasgo generoso de la Emperatriz.
príncipe tan elevado, que sacrifican O su patria, sus há 1tos e VIda y todas las dulzul'as de una existencia ilustre y tranquila, se consagra
á la felicidad de un pueblo cuyos largos y tristes desórdenes
PARTE OFICIAL.
le habían impedido colocarse en el rango á que la Providencia tan
manifiestamente lo llama.
Jll!NISTERIO DE FOMENTO.
Hace mas de cuarenta años que este grande y bello pais se emanNúm. 296.-El · director de la Academia de Nobles Artes de San cipó de su noble metrópoli. Estos cuarenta años están llenos de crueCárlos, hace presente en el adju1~to oficio, que la P!·oteccion dispeµ- le.s esperiencias y de vanas tentativas de organi~acion. V. M..r. le
sada por V. M. á este establecim1en~o, y el porvemr qu~ esa m1sma trae, en fin, st1. verdadera independencia, el respeto de las naciones
proteccion inspira á las,clases artísticas, han he~ho aflmr en el pre- y la libre disposicion de sí.mismo.
.
.
.
sente año tan grande numero de alumnos como Jamas lo ~ubo en l~s Todas las fuevtes de nqueza y bienestar que Dios prod1g6 á
años anteriores, puesto que hoy es cuádruplo del que babia en el ano México, han sido emancipadas, por el genio y el poder desinpasado.
.
teresado de un gran Soberano, de la influencia esterilizadora de las
Ese número de alumnos ha aumentado especialmente en las cla- discordias civiles: la historia confundirá, en una sola admiracion, la
ses nocturnas, y la mas ~um~rosa es la de artesanos, q"?e cuenta generosidad de la Francia, la sabiduría del pueblo mexicano q~e suciento sesenta personas mscntas ~n ella, porqu~ compoménd~se de po confiar sus destinos á tan dignas ma~ps, y la noble abnegamon de
la clase menesterosa, oc~pan el d1a en _proporc1onars~ _la subsisten- V. M. I., q:ue acepta la sublime mision de salvar á un pueblo Y, ~e
oia, y por la noche trabaJan_ en perfecc1ouar~e y adqumr nuev~s co- conducirlo al lugar borlroso que, le corresponde ~n la gran fam1hanocimientos, .dando asi un eJemplo de morahdad1 y correspondiendo de las naciones cristianas; lugar que alcanzará bien ·pronto, para
de esta manera á. la solicita y paternal. protecc10n _q~e V. M. le ha vuestra gloria imperecedera, para su felicidad y para bien de todos,
dispensado, al facilitarle el modo de meJorar de pos1c1on, con lo cual bajo la direccion tutelar de V. M. I.
conseguirán hacerse útiles á su patria.
·
.
El Rey mi augusto Soberano, y la Bélgica entera, que se asocia
Este significativo acrecimiento _de _alumnos ~ los cuales no pod1a con entusiasmo al pensamiento de su rey, hacen los mas ardientes
despedirse despues de habérseles invitado, ~raJo forzosamente ':l a_u- votos por la felicidad de V. M. I. y la prosperidad de su Imperio;
mento de gasto . de alumbi:ado en las_re~endas clases; gasto mdIS- votos tanto mas sinceros cuanto que la augusta y noble consorte de
pensable por ser para el primero .Y prmc1pal de los elementos co~- V.M. I. nació entre nosotros, y todo corazon belga le consagra un
que se debe contar para el !rabaJo, q~e es la luz._ Así es que el d1- tierno respeto, un afecto inalterable, y la acompaña portodas partes
rector, obligado por estas c1rcunstanc1as, no vaciló en compr~r las con su solicitud y su amor.
lámparas necesarias, y cohonestando la economía co~ la necesidad, Permítame V. M. I. que al poner en sus manos la carta del Rey,
mandó tambien componer todos los a~aratos de gas,_ rncluso el ga_s6- tambien ponga á sus piés el humilde homenaje de mi respeto y sometro de que en otro tiempo se servia 1~ A~ademm, Y.que yaman licite su benevolencia. Si tuviese yo la felicidad de merecerla? haabandonados, siendo en tal estado un capital 1mproduct1vo. En am- bré llenado los deseos formales del Rey, y quedará colmada rrn mas
bos objetos solo ha invertido la cantidad de 686 ps. 6~ cs.
cara ambicion: casi me atrevería yo á, esperarla, si para hacerme_
Recomendable es, por cierto, el empeñoso celo del ~1rector; Ycon digno de e11a bastase tener hácia V. M. I. una adhesion profunda,
personaB de su clase, de~e V. M. pro~eterse que un d1a, no muy le- sincera y respetuosa.
jano, llegará este Impeno al alto dest1~0 _á que ~~tá_ llamad?; y yo
CoNTEST.~CION DE S. M.
me congratulo en coady?yar á los patnótlcos d~s1gmos del director, Señor Ministro~
sometiendo á la aprobac1on de V. M. el respectivo acuerdo, para el Recibo con el mas vivo placer la ca1-ta q~e I?e presentais de vue~fructuoso y reducido gasto de que se trata.
tro Soberano, lo mismo que acepto los sentimientos de benevolencia
y afecto que tan noblemente habeis espresad~ en _su nombre y en el
Aprobamos el nuevo gasto de quinientos ochenta y seis pesos, se- de la Bélgica, patria querida d~ la Emperatm m1 augusta espos~.
senta y dos centavos, para Nuestra Academia de No_bles Artes de Siempre recordaré con emoc1on grata. y profunda las clarasy reiSan Cárlos, á fin de cubrir ciento ochenta y seis pesos sesenta y dos teradas muestras de adhesion que alli recibí y que nuevamente me
centavos invertidos en compra de lámparas, y los cuatrocientos P':· ha confirmado con el envio de su hermoso cuerpo de voluntarios.
sos restantes destinados á la compostura del gasómetro y demas úti- Seguro, Sr. Ministro, de mi estimacio_n hácia vuestra person~, ~edles del alumbrado de dicha Academia.
para con vuestro augusto Soberano, el mtérprete de los sent1m1en,
Dado en el Palacio de México, á 2 de Marzo de 1866.- tos del filial afecto que cordialmente le profeso.
MAxrnILIANo.-Al Mini;tro de FomeQto.-Por mandato de S.M. I.,
en ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario de Fomento,
RECEPCIONES DIPLOMATICAS.
Manuel Orozco y Berra.
Es copia. México, Marzo 4 de 1865.
Mañana serán recibidos en audiencia pública por S. M. el Emperador, el Exmo. Sr. Marqués de la Rivera, Ministro Plenipotencierio
El Subsecretario de Fomento,
de España, y el Exmo. Sr. Conde de La Tour, Ministro ~lenipoten(Firmado) MANUEL ÜROZCO.
ciario de Italia. Ambos presentarán á S. M. las creaenc1ales de sus
respectivos Soberanos.
SUMARIO.

NOTICIAS DIPLOIIATICAS.

BECEl'CION DIL BB. III1'I8TRO DE S. lit. EL REY DE LOS BELGAS.

D1scunso DE~ SR.

BLONDEL.

DOCUMENTOS.

AYTJllTAJtIEHO DE DXICO.
Señor:
• El Rey mi augusto Soberano se ha dignado encargarme de pre- · En la ciudad de México, hoy viernes tres de Febr':ro de mil ocho•
sent,ar á V. M. I. la espresion de sus sinceras y afectuosas felicita- cientos sesenta y ciuco, se reunieron en l~ Sala c~p1t~lar, á !as doce y tre11 cuartos del día, para celebrar Cabildo ordmano pú.bbco, los
ciones por el advenimiento de V.M. l. al Trono de México.

•

�218

, DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

\
Sres. Prefecto municipa} i~l,:Rincon, E spinosa, Cervantes, Hope,
lbarrola, Labastida, Orttzl éeHantes, Reyes, Velez, Cosio, Villanueva, Mejía, Rascon, Berganzo, Barreiro é Hidalgo y Teran.
Se ley6 y aprobó la acta del Cabildo público celebrado el dia
treinta y uno de Enero- próximo pasado.
Se di6 cuenta con los oficios siguientes:
.
De la P1sefectora ·polítioa, acompañandolara que se resuelva lo
conveníente, el ocurso que D. Clemente , Neve ha presentado á
S.M., solicitando se le provea de una escuela primaria, sostenida por
fondos de beneficencia.-A la Comision de Instruccion pública.
De la misma Prefectura, comunicando que S. M. el Emperador ha
tenido á bien acordar que el presupuesto de esa Prefectura sea pagado como todos los de su clase, por el Erario imperial.-A la oficina de Rentas municipales.
.])i\ la.propia Prefectura, comunicand&lt;1,,pafa los lfectos consiguientes, que el dia 30 de Enero próximo pasado, falleció el segundo practicante de ]a cárcel de ciudad.-A la Comision de cárceles para que
proponga á la persona que debe ocupa1· esa vacante.

subalternos y ~anoas en que viene el_a_gua desde sus fuentes; y el
Sr. Prefecto dispuso pasara á la Com1S1on
Hacienda.
El referido Sr. Rul present6su informe como comisionado de aguas
y fiscal de Secretaría, que debe tenerse presente al hacerse la compilacion de Ordenanzas, y á mocion del mismo señor se acordó que
se dé á la prensa, al publicarse la acta, así como todos los ilemas
que vayan siendo presentados por las diversas comisiqnes y administraciones subalternas.-El informe es el siguiente:
"l ~ El acúerdo de V. E., fecha 13 del corriente, impone á los Sefiores
Regidores la obligacion de rendir en el angustioso é improrogable término
de ocho días, un informe de los ramos que les están encomendados, y de
proponer las reformas ó variaciones que estimen convenientes para que de
todo tenga noticia la Comision especial de Ordenanzas.
'
2° Por enfermedad no asistí al Cabildo del día 13; pero si hubiera estado
presente, me habria permitido ,suplicar á V. E. ampliara el plazo .referido
ya porque de suyo eii c'otto é il:fsuficiente, y ya tambien porque sierl&lt;lo nue~
vos la mayor parte de los Señores Regidores en el ejercicio de sus respectivas comisiones, es difícil que1&gt;odamos ocuparnos con tal premura de todas
las modificaciones de que sean susceptibles.
3~ La circunstancia de estar nombrado para la Comision especial de Ordenanzas, que es la que debe estenderse y ampliar en el proyecto que tendrá el honor de someter á V. E. todas las indicaciones que hagan los Se'tiores Regidores en sus respectivos ramos, me escu~a de entrar en pormenores
prolijos sobre los que están á mi cargo, y me permite presentar á V. E., á,
grandes trazos solamente, la relaci'on de lo que existe y las variantes y mejoras que se me ocurrén en los pocos días que llevo de tenerlos á mi cargo.

ae-

De la indicada Prefectura, insertando, para los fines consill'uientes
0
otro del Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion, por el que se comuni:
ca que S. M. el Emperador ha ordenado quede encomendada al
Exmo. Ayunta~ient~ la_ direccion inmediata d~l Tecpan y de la
Casa de Correcc10n, eJerciendo la Prefectura política la direccion superior y sobtevigilancia que las leyes le encomiendan.-Al Si·. Regidor comisionado del Tecpan.
J?e! director del hospital del_ Divino Sa~vador, a.compañando una
AGUAS.
noticia de las fincas y demas bienes propios de ese hospital, así co4~ La Comision de aguas se desempeñó por mas de.un solo Señor Regimo de los demas recursos con que cuenta para subvenir á todos sus dor en algunos de los Ayuntamientos anteriores; lo que indica á primera
gastos y los indispensables del mismo establecimiento.-A la Comí- vista que, son pesados sus trabajos si debe desempeñarse con e:ficaci1t Exission de Hacienda.
ten unas Ordenanzas de aguas antiguas y algunas leyes relativas que llegan
hasta el año de 1836, bastant~ eficaces aquellas para l&amp;épocá en que fueron:
De D. Sabás Garcia, acompañando dos estados del registro civil, dictaaas, y ctryos preceptos, ampliados con las mayoresprecnuciones que' d~
forrniidos en la época en q~e tuvo á su c-ar~o el juzgado 2~ del ra- ben tomarse, y la mucha vigilancia que exige el adelanto de los tiempos y,
mo, á fin d~ que sean depositados en· el arch1vo, y de que de la com- la desmoralizacion de los especuladores, formarán un reglamento de aguas
paracion de ambos se puedan deducir los progresos de aquella in&amp;- bastante para llenar las necesidades del servicio público y procurar el matitucioJJ-. -Que se acuse recibo dando las gracias.
yor aumento de los fondos de V. E. La Comision tiene Pª)º su inspeccion
Se di6 tambien cuenta con los ocursos siguientes:
una oficina que se llama "Fontanería mayor de la Ciud~,• coJi la planta &lt;te
De D. Juan Ramirez, pidierrdo se le conceda la p1aza de Comisa-- empleados fijos é inventario de útiles J ensSres del servicio, qutrconstan ert
• d
t d d l h · l d S p bl
el estado número l. Los gastos variables del ramo, esto es, el pago de jorno e en ra as e ospita e · an a o, que se halla vacante.- nales de la gente que se ocupa en la reposicion y &lt;lOnservacion de los a-0Ue•
Al Sr. Regidor comisionado del hospital. ·
duetos interiores, arquerías y zanjas esteriores,materialesque se emplean, eto11
. De- D. J uau Puerto, B?licitando se le conceda la plaza de 29 prac- ha sido en los últimos cinco años, el que se demuestra en el estado númeticante de la cárcel de ciudad que se halla vacante por fallecimiento ro 2. La Comision ignora en virtud de qué ley se creó esta oficina, y no tiedel que la desempeñaba, y al efecto acompaña. dos certificados.-A ne el tiempo preciso para averiguarlo; sabe solamente que existe hace tnula Comision de cárceles.
chos aíios, y presume que de arreglos antiguos modificados por acuerdos,priDe D. José Mal'iano Gallegos, pidiendo se declaTe que el capital vados de V. E., ha venido á quedar este sistema de administracion. La Fonde dos mil pesos que el Molino de Belem ha reconocido á los tanería está abierta para el público todos los clias; allí se reciben las quejas
de los mercedados ó los avisos de 1?s agentes de policía, por deteriorog ó
fondos munipales se convirtió segun la ley de 25 de Junio de 18i6; daños ocurridos; se toma razon de todo, y al día siguiente se proeéde á, la
y que por la suma que queda debe pagarse el 6 por 100 de interes reparacion de tubos ó cañerías. El Fontaneró da un parte diario al Regidor
anual.-A la Comision de Hacienda.
del ramo, en el que constan los trabajos que se están verificafido, para que se
De D. J. J. Baggally, pidiendo media merced de agua en arren- cerciore de ellos, y ésta la de visar las Memorias semanarias y los pres«•
dimiento para su casa número 4 de la calle de la Cerbatana.-.! la puestos mensuales, dar trámites ú opinion sobre los espedientes de aguas que
Comision de Aguas.
ocurren y la posesion de los que se mercedan; visitar los acueductos y fas
De D. Ignacio Maria Caselo,•en tepresentacion de Doña Dorotea vertientes que están bastante distantes de la ciudad; vigilar el manejo de los
Bravo, nidiendo •se le paguen 21 pesos 6 reales que ge adeudan fondos del presupuesto, activar las cobranzas, y acusar, para que sean destir·
tuidos por el Cabildo, los empleados del ramo que faltan á su deber, ,son las
á su representada! desde el año de'1862, como atolera que fué del óbligaciones del Regidor comisionado de aguas. ,
Hospicio de Pobres.-A la Comision de Hacienda.
5? Las cobranzas por arrendamientos. de aguas y composturas sencillas ó
De D. Ponciano Gouzalez, de Teran, pidiendo se revoque el acuer- de deterioro que hace la Fontanería, se cobr~ pór la administracion prinoido en que s&amp; decretó la supresion de la plaza que tenia, encomenda- pal de ~·entas Municipales, y su producido en los últimos cinco aíios, es el
da para espedir las. boletas del panteon de Santa Paula.-A la Co- que con,sta en el estado número 3.
· .
,
nrision de Hacienda.
,
6° Tanto las acequias y subterráneos por donde viene el agua de susfuenA f
·
d'ó l t
d'
d
L'.
tes ú ojos, como las arquerías y tubos que la introducen á la ciudad f larecon muac¡0¡n se 1 ec ura, J con ¡spensa e trámites iué apro- parten, se encuentran en un estado de deterioro sumamente lamentable. El de
hado un dictámen· de la Comision de 4.guas, sobre el ocurso en que las- zanjas•y tuneles ó subterráneosr se esplica, porque,hace muchos años que
~ Francisca Mendoza, en representacion de s,u herrpana D:1- Dolo- con motivo delas- convulsiones'políticas, el trayecto de las, acequias en las fa.lres, pide se corte la merced de agua que disfruta la casanúm. 47d.e dasyvecindadesdelmontedeAjusco,donde,gea'brigal&gt;anyauna;brigantemila calle de San Fernando, y que se liquide la cuenta hasta el dia áo bles guerrillerosi es camino sumamente pelig,roso para las autori&lt;µ.des Municide Enero último, consultando, por no encontrar . inconveniente en pales; y no vigil~ndolo in~santemente, está el agua entregada á personas vulque se corte 1a agua, pase la solicitud á la administracion de ren- gar?s, de ~uya c1r~unstancia se aprovechan l_o~ labradores y ganader6s para
tas municipales para que liquide la cuenta, y al fontanero para que abrir p~rt1llos y d1sfru~ar de ella. La repetíc!on de estos actos y el ~ascurcorte el a
so del tiempo, han lastunado bastante las zanJas y tuneles, y establecido una
gua.
.
.
.
.
icostumbre
clif¡cil de estirpar. Las a1•querías, magníficos monumentos que reQue daron de P1:1~era los s1gme~te~:
velan la constancia y opulencia de nuestros mayores~ se encuentran en .mal
~no de la 9orn~1s!on de Obras publicas_ sobr~ el ocurso en que D. estado, porque las constantes escaseces de V. E. ha.Q. in¡.pedido i:emediar ra,.
Ar1steo CalleJas pide se le marque el ahneam1ento á su casa núrn. dicalmente los frecuentes estragos de los temblores de tiena, y los no pocos
32 de la calle del Tepozan.
causados por la trepidacion de la artillería y el golpe de sus proyectiles en
Otr? de la ~omision de, Cárceles, sobre· la solicitud en que D. , tantas convulsiones in~erior?s. Respecto de la_ arquería que se ~stiende d~sAgustm :Baz pide se le devuel'\l'a la contvata que tenia parn minis- de el Salto d~l Agua a la ~mdadela, se cometió el error de ~m.tarle la p1etrar las medicinas que se necesitan en las cárceles de 'la ciudad.
~ra de cantena que sosterua los arc&lt;&gt;;s, po~q~e se pensaba sust1turrlos con caEl Sr Rul resent6 las· · t
· ·
f é
b d
nones de plomo, pero esto no llegó a verificarse, y todo ag_uel trayecto está
. ~ •
P . .
rgmen e propo~icion que u apro a a con convertido en un fangal repugnante-y sumamentte dañoso pa11aJos desgraciadispensa de trámites.
,
, ,
dos vecinos.
. Pido al Exmo. Ayuntamiento mande pasar a1 Sr. Regidor de Policía el
7~ Ignora la Comision cuánto sea el verdadero caudal de agua que disfrueJemplar que acomp.~ño de un "Reglamento para. el servicio de bestias" ta la ciudad, en medidas científicas, y cree q.ue tampoco se han tomado, suque _escribí hace algunos años, por si creyere útil su aplicacion, con las co~·- puesto que en el últim? informe que da la Memoria Municipal, publicada
1
rece1ones que e~time prutlente consultát.
, hace pocos meses, se dice:
•
,
.
. '
,
.
· .
" Un reconocimiento hecho en estos diks ror el Fontan~ro, segun el anti- ~n segui.da• se_ ~6 c1.1;eota con un d1c_tám_en gel mismo Sr. Rul, re- guo é inexacto sis¼ma de medidas, ?a el resuWa;d&lt;l que espresa• el' pál':l'afó
lativo á 1a reposic10n de arquerías y hmp1a de las acequias, caños de su informe, que dice:
·

I

219

"La cantidad de ~aua de1gadá que vjeµe á lá ci?dad, es _la de un buey, ó trabajo, la fontanería debe hacer cargo mensualmente á la Administracion de.
un.perfecto, y ne- Rentas, de las mercedes en corriente, para que las cóbre.
una vara cuadrada'" Este resultado debe considerarse
sea·ta
17. Tambien se dispuso por la Comision que la limpia de la acequia desuna 1-ectüicacion exacta hecha con arreglo a' las medidas dl'
e sistema
cesi·mal en que se consideren' la pres10n
· y 1as per
'didas ocas1on
'adas por el de San Fernando hasta Buenavista, se haga por med,io de canales de madera
d
e:t~o del acueducto y otras varias circunstancias. Hablando el mismo in- movibles, para evitar, aunque á costa de algun gasto, que se ensucien y salf;
del c11.udal de agua gorda que procede de la Alberca de Chapultepec, piquen las fachadas de las casas, segun era antigua y repugnante costumbre.
18. Respecto de los saldos que tiene el ramo, resultan hasta el dia 31 de
orme
d·•ce por la arquería que viene
desde allí hasta el Salto del Agua,
ysecon..
,,
Diciembre
próximo pasado, á su favor por rezagos de cuentas de aguas,
di&lt;Íe ser de un 1:!uéy y dós zureos.
8º R pecto de la referencia de las datas ó tomas clel "Marco" para llegar $ 15,000 aproximadamente, y en su contra por alcances y sueldos de los em" -~ .e.slas á medidas decimales, la Comision no tiene otro dato legal si no pleados, $2,083 37 segun el estado número 5.
"'rooucu
. retir1en
. ' dose á unas dil'1gencias
. pract·119. Para concluir, manifiesta el Comisionado, que de parte del Fontanero'
etl'el uo ministra la propia Me1:1ona,
,d q
1 Sr ingeniero D. Miguel Constanzo, de las cuales resulta sobre D. J o$é F. Rossell, ha encontrado la mas esquisita atencion; que en los poca as por. eular· ."que la data equiva
. lé1ite u.,! tena pa;a,
•
,.t,
l'b 6
OJ rece ilna i ra c·uar- cos dias que lleva de manejar este ramo, 110 ha observado nada sospechosó
te partic
es
.
d'
.
t
l
a·
"
p
fl l d gua poi· minuto, y catorce y me io quinta es a ia.
unto de part'1- en la oficina que desempeña; que advirtiéndole que no parecia ' bien que la
O
da e:n concepto de la Comision debe adoptarse para todos los arreglos fontanería contratase con los particulares la colocacion de sus cañerías, manifestó que por acuerdos anteriores debe el Fontanero interveHir en toda obra
sub;~:uentes, que se referirán mas ta:rde al sistema decimal.
o A reserva de lo que se determme en el proyecto general de Ordenan- de agua, para evitar que se maltraten las cañerías y se hagan estracciones
9
.se me ocurre desde luego que para la mejor administracion del ramo de fraudulentas; que como esta intervencion embaraza á los propietarios genese necesita un vigilante desconocido d_e los empleados del ramo_ y de ralmente, y por práctica antigua ocurren al fontanero para que se encargue
las personas interésadas en usar del água furtivamente, ó lo que es lo mismo, de hacerlo, lo eJecuta con el lucro de tres centavos por vara. Parece prudenpatá evitar abusos y no proteger delaciones oficiosas,. autorizar al Regidor te á la Comision que no se toquen los caíios sin conocimiento del Fontanero;
encargado para que mensualmente haga el gasto de q~mce pesos, con los cua- y para obviar el inconveniente que resulta de esta práctica, será, bueno estale§ gratificará el vigilante por hacer dos ó t~es co~r~nas en ca~a mes y ~ 1~ blecer que el Fontanero trace y nunca ejecute la colocacion de caños, y que
Hora inesperada. El Regidor dará la órden o co1;11S10n por escnto,,y el vigi- por este trazo se le abonen por los interesados á razon de tres centavos por
lahte al traerla visada por los aguadores y rendir su parte, tendra derecho vara, como gaje de esta ocupacion estraordinaria: el mismo Fontanero maniá pe;cibir de la tesorería la gratificamon de cinco pesos por oada un viaje festó á la Cvmision que carece actualmente de caballo, y se sirve de uno alcompleto hasta las fuentes, ó una ca~tidad menor P?r visit~ determinadas, quilado para salir de la Ciudad, por haberlo perdido en uno de los viajes al
dentro y fuera de la ciudad. Una tanfa de multas bien combmada, para cas- monte, y que no le ha sido posible reponerlo, como está obligado á ha&lt;ierlo,
tigar á los robadores de ~u~, en cuyas multas se interesaría al vigilante se- en espera de algun abono á su cuenta de alcances, que le permita erogar el
gasto. Por lo espuesto, sin recomendar la Comision al Fontanero, que si
creto daría resultados pos1t1vos.
La falta de. un plan general de surtidores grandes y pequeños, hace cumple coThsu deber no merece recomendacion, se refiere respecto de este
que el agua se reparta ir~egulai:mente, y que l~s leyes naturales de pr~ion_ y señor .Y de todos los demas empleados, á las ideas generales que manifestará,
velocidad nulifique el antiguo sistema de medir las agu~s por _datas o ag~Je- en la parte de
SECRET.ABIA.
ros de evacuacion mas ó menos grandes, porque salta a los OJOS la observa,.
cion de que por u~a misma data ó agujero pueden pasar diversas cantidades
20. No he podido saber pormenores de cuáles sean las obligaciones que
de agua, segun la presion y consig?iente velocid~d con que Pll:5ª el liqui_do. debe desempeñar el Regidor Fiscal de Secretaría. El simple nombre de ~El aspecto desagradabl~ de l~s ant1~uas a~cantar1llas, que ser~an derespll'a,. cal, indica que debe fiscalizarlo todo y procurar que los empleados cumplan
deros 1~ecesarios de distanma en d1sta11i1a, para el curso fácil de las aguas, con sus deberes, haciendo visitas frecuentes é inesperadas á la Secretaría y
hizo que se dest;uyeran sin reponerlas, y esta falta esplica, en mi concepto, a~ Atohivo; debe imponerse del mismo modo de los espedientes en giro, y
las presentes roturas d~ las cañerías interiores, por la reaccion que ~erifica el oir las quejas del público contra los empleados; finalmente, acusarlos ante el
liquido encerrado en miles de met~os, cuando despue? de ~orrer libremen- Cabil4o en los casos precisos, para que sean destituidos, postergados ó multe, se cierran á la vez y por casualidad, y en puntos mmediatos, muchas de tados.
las llaves que le daban libre curso.
21. Tales obligaciones pueden fácilmente re3apitularse; y en ouanto á Ía
11. De este mal sistema de reparticion proviene que unas fuentes tengan reorganizacion general de la oficina, el acuerdo del día 13 dispuso que todos
agua. con esoeso y•la. desperdicien á todas horas, mientras que otras, tenien- los empleados superiores rindan informe y propongan mejoras para sus res,
do la misma ó mayor merced, apenas cubren sus necesidades, valiéndose del pectivas oficinas. La Comision de Ordenanza, con vista de todos esos inforarbitrio de recoger toda la noche en sus depósitos.
mes en que se le señalen los defectos actuales y se le incliquen las modifica12. Un plan general de distribucion de aguas, variando conforme á los ciones necesarias, se fijará en el plan general de oficinas que crea mas conadelantos actuales sus cañerías, ramificaciones y respiraderos, será una .ob1·a veniente; de manera que unas á otras se vigilen y estimulen, y puedan llegar
de pingües provechos y digna de los ip.genieros mas distinguidos, que solo al buen órden hasta pre.sentar balances mensuales en que consten todos los
concibe el Comisionado actual, siendo estraño á los conocimientos profesio- saldos y se dé noticia de todos los espedientés y trabajos de la Corporacion
nales que se requieren; pero las dificiles circunstancias que atravesamos, la Mspachados, en giro y pendientes. Entonces y solo entonces entrará ei
escasez de los fondos del municipio, y la necesidad de atender de preferencia Ayuntamiento de México en el desahogo que debe tener, y fundará el créá ·10 que existe, á pesar de sus defectos, sin destruirlo antes de tener con ple- dito que necesita para levantar fuertes capitales destinados á las grandes
na seguridad cosa mejor, alejan por ahora, y si no es por empresa; particular, mejoras y adelantos sociales, hipotecando los establecimientos mismos que
toda posibilidad de emprenderlo.
se edifiquen, para el pago de dichos capitales y sus réditos. Una triste espe13. Por fortuna, lo que existe, cuidado y atenclido con eficacia, y aplicán- riencia demuestra que las mejores leyes dotales, los fondos mas pingues
dole sucesivamente algunas mejoras prudentes y posibles, llenará por muchos y las ideas mas nobles, se han estrellado siempre ante 1a falta de método y
años más las necesidades públicas, dejando para mas tarde ó para cuando se el barullo de disposiciones aisladas y á veces contradictorias, que neutralizan
presente empresa idónea y abonada, la variacion completa y radical que de- todos los esfuerzos de los Capitulares empeñosos, que no han sido escasos
líe hacerse en el servicio de este ramo.
en esta Corporacion.
14. Estas mejoras consisten, á juicio de la Comision, en pedirá Inglaterra
22. Suelen las pequefias cau~s ser orígen de grandes efectos, y una de
un número suficiente de ciertos medidores de agua semejantes á los que estas pequeñas ~usas, en nuestro caso, es la malisima situacion de la parte
se usan para medir el gas de alumbrado, los cuales se colocarán en las lla- del Palacio Municipal que ocupa el Exmo. Ayuntamiento y sus oficinas suves de todas las mercedes de todos los particulares, para evitar el desperdi- periores. Para que el órden se sisteme, es preciso, segun Franklin: "que
cio, y: despues de, q~e los ingenieros de l~ Ciudad determine!-1 el número de cada cosa tenga su tiempo, y cada objeto su lugar;" y en un local tan estrepiés o pulg;idas cubicas que representan Justamente las medidas del marco cho y mal repartido, cortado por sucios callejones ó pasadizos, donde se
antiguo. Esta sola providencia corta de raiz todas las complicadas cuestio- agrupan las personas que llevan negocios con los concejales, ni puede haber
nes que hoy se suscitan sobre falta ó esceso de aguas, y evita el grandísimo el silencio y mesura que dan respeto á la autoridad, ni el que la desempeña
trabajo de igualar y dividir las ca.ñerías para obtener las presiones y veloci- cuenta con un lugar libre de toda inquietud, para pensar sus determinaciodades precisas que requieren paraserexactas las medidas del anti~uo marco. nes y esparcir con libertad los documentos de que tiene necesidad de im15. Sin ~oder referirse la Comision á otros datos que los practicos, re- ponerse.
sulta que si el cauda,l de aguas que surte á la Ciudad puede aumentars~ en
23. El desói-den en. que se encuentra el Archivo municipal, que segun cá,1un diez por ciento, atendiendo y reparando los acueductos, y del caudal así culo prudente contiene mas de cuatrocientos mil documentos ó piezas chicas.
aumentado puede economizarse todavía una tercera parte, se llenarán las ne- y grandes de todas épocas, está atestiguando cuánto han influido los defectos
•cesidades actuales y podrán surtirse, ademas de los particulares que se pi- de la localidad en el desI_&gt;acho de lo.s negocios y en el buen órden y método
dan, otras veinte ó vemticinco fuentes públicas. La economía de esa tercera de la oficina. A este gran A,rchivo se ha agregado el de Beneficm1cia, de que
parte del caudal de agua, ocurre á la Comisiou que puede obteherse fabri- que me ocuparé despues.
•
cando en las lomas de Tacubaya un tanque poco costoso para depositar por
24. El Ayuntamiento de México si lle,ga á girar• con amplitud y libertad
!as noches dos terceras partes de la masa de agua y detener los azolves, de- todos los ramos Municipales, necesita otro edificio espacioso, ó disponerpor
jando coner solamente la otra tercera parte para. que no se carezca de ella completo del Palacio Municipal, cambi~dose á otro local las oficinas polítien los establecimientos q~e la necesitan, y hallarla tambien á cualquiera hora cas; pero como ni uno ni otro podrá hacerse de pronto, y las condiciones de
en todos los tubos y surtidores para los casos desgraciados de incendio. El toda reforma prudente y justa¡ deben ser mejo1·ar sin destntir se ocurren alcosto del tanque, levantar media vara las citarillas de 1,as arquerías y au- gunos :rpedios de ir ord¡m~ndo poco á poco estas mismas ofi~inas, dividién•,
mentar dos surtidores generales donde concluyen, es un gasto basta~te so- dol~ y acomodándolas, con tabiques de poco 09sto, á. las necesidade\l máf¡
portable para el municipio en un lapso de tiempo que no bajará de tres años. precisas. Este medio se h'&lt;lce absolutamente indisp(}nsable ¡:in el,archivo, F9J!=;
16. Incluye la Co~sion, ?~jo el nú~ero 4, el éstado presentado por su an- que pi,·etender arreglarlo todo e~ obra de muchos años. Se. debe divjdir el
tecesor en la Memoria ml1Illc1pal publicada en Marzo del año próximo pa- gran salon que lo contiene (despues de poner alambrados y llaves á todos
sado, no siéndole posiblé practicar otro nuevo. En este estado se encuentran. los ~tantes con tres bastidores y vidrieras), en cuatro secciones diferentes:
registrad~. todas las fuentes. públicas y privadas de la Ciudad de que se la primera en que. se contengan los ramos estraños, protocolos, etc. que se
tiene not1c1a. Se esta practicando por la fontanería una subdivision de ese depositan allí por ley, aunque están á cargo de u~ escribano que no ~s el arestado, para saber cuántas pajas de agua se toman de cada uno de los surti- ch1ve~o: segunda, t?dos l?s documentos pertenecrnntes á este siglo, que irá
dores generales, ºº?1º una guia indispensable que debe tener la Comision de orgaruzando el archivero mcesantemente: tercera, el archivo de Beneficencia
aguas para negar o con~dei- las mercedes que se solicitan. Concluido este y la seccion, Junta ó mesa que entienda de este ramo: cuarta, todos los do~

;as,

10'.

�I

220

DIARIO DEL IMPERIO.

cumentos anteriores á este siglo, que no son de necesidad tan inmediata y
SOLICITUDES.
que podrán im-entariarse despues.
25. Así dividido el archivo, asegurados los estantes y puesto órden_para
IIINISTERIO DE FOMENTO.
lo corriente r para lo atrasado, hasta el año de 1860, serán aceptables en
una ó dos de estas divisiones, algunas de las ideas que contiene el proyecto
SEOOION }~
de reglamento debido á la inteligente pluma del Sefi.or Regidor Payno. DiMéxico, Marzo 3 de 1865.
go algunas y no todas, porque por ejemplo, entre otras, no me parece pruD. Pedro Arriaga ha hecho formal denuncio de una cantera de mármol
dente fundar un periódico Municipal, que nos haria criar nuevas entidades que existe en el cerro de Cacahualtepec, á inmediaciones de la Venta del Reperiodísticas y resbalarnos insensiblemente á la política, en que no debe de fugio, en jurisdiccion de Tula.
tomar parte el Ayuntamiento de ninguna. manera, cuando sobran periódicos
Y habiéndose admitido con fecha 2 del corriente, el denuncio en c~to
que publiquen nuestros documentos á poco costo; tampoco me lo parece im- ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas
poner á los Señores Curas, aun cuando sea de favor, laobligacion de dar nose avisa al público, para que si alguna persona se encuentra con derecho
ticias de los actos religiosos de sus parroquias: primero, porque es un tra- oponerse, lo deduzca ante este Ministerio.
bajo que importa gravámcn muy pesado, si se ejecuta para que haga fé púEl Subsecretario de Fomento,
blica: segundo, porque en el secreto de las notarías eclesiásticas, pasan cosas
reservadas de los fieles, que harían malísimo papel en las columnas del pe(Firmado) MANUEL O&amp;ozoo.
riódico Municipal.
26. Sin estas divisiones y seguridades previas, estoy porque nada se mueMéxico, Marzo 4 de 1865.
va en el archivo Municipal, temeroso de que el estravío de documentos perD. José Trueba ha hecho formal registro de los criaderos de carbon de
judique al municipio y desacredite á los Regidores actuales; pero tomadas piedra de dos cerros, y de una veta de plata, ubicados en_el cerro llamado de
estas medidas de órden y seguridad que poco cuestan, conviene activar sobre Altomoni, de la municipalidad de Amecameca, en el Distrito de Chalto; y
todo el arreglo de los fondos de Beneficencia, que segun las apariencias, son de otra veta de plata en el cerro llamado de las Minas.
de grande cuantía.
Y habi~ndose. ~1:11itido los registros con esta fecha, en cuanto ha lugar en
27. Al fijarse definitivamente la organizacion de todas las oficinas, con- derecho, sm perJUICIO de tercero, y conforme á las Ordenanzas, se avisa al
viene, en mi concepto, huir de dos estremos igualmente peligrosos: la propie- público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á oponerse, lo
dad de los empleos y la amovilidad de los empleados por órdenes espresas. deduzca ante este Ministerio.
•
Los empleados deben ser servidores de la Municipalidad; y sin convertir las
El Suhsecretario de Fomento,
plazas en patrimonio de los que las sirvan, debe oírseles antes de separarlos
del servicio. Puede establecerse que el Regidor , encargado de la oficina ó
(Firmado) Muo.EL O&amp;ozoo.
Comision, acuse ante el Cabildo y en sesion secreta, al empleado que falte;
.que en esta sesion se sorteen cinco capitulares, cuyos nombres sacará de la
ánfora el acusado mismo, y estos cinco capitulares, haciendo una averiguaNOTICIAS.
cion sencilla y reservada, resuelvan si el acusado se vindicó, 6 si fuá probada la acusacion, le apliquen la multa, posterga ó destitucion que haya mereRASGO GENEROSO DE LA EMPERATRIZ.
cido, sin pe1juicio de dar cuenta al juez ordinario si hubiere motivo para
El Sr. comandante Maréchal, comandante superior de Veracruz, acaba de
ello, y en este caso se constituye en parte para proseguir el juicio, uno de
los Señores Síndicos. De esta manera, estableciendo que se asciende á los morir gloriosamente cerca de Alvarado, en un encuentro con los dísidentes.
Luego que la Emperatriz tuvo noticia de esta desgracia, se apresuró á maempleos por rigorosa escala, y que los empleados sean pocos y bien pagados, la Municipalidad contará con servidores adictos, ajenos á toda pasion nifestar por telégrafo á la viuda del Sr. Maréchal toda la parte que tomaba
política y empeñosos en las labores de su empleo. Seria tambien muy opor- en su dolor; y no contenta con esto, dispuso que de su caja particular se en,
tuno para dar un golpe fuerte á la empleomanía y hacer una buena obra, es- tregaran á la misma viuda veinticinco mil pesos· para dote de su hija.
De este modo, la viuda y la huérfana del valeroso comandante, en medio
tablecer como regla fija é invariable, que pasados seis años, todos los empleos
de la Afunicipalidad, desde el cai·celero hasta el Secretario, deben ser optados de la dolorosa pérdida que han sufrido, han encontrado alivios y consuelos
conforme. voyan vaooudo, por los hijos adoptivos de la ciudad, esos pobres en la generosa simpatía. y en la alta munificencia de la jóven soberana.
niños de la Cuna que llevan el gran nombre del grande y filantrópico Arzobispo Lorenzana, fundador del establecimiento; los del Hospicio de Pobres,
Tecpan de Santiago y demas establecimientos de Beneficencia. Estos esta.A.NUNCIOS OFICIALES.
blecimientos dan abrigo, sustento, educacion y rudimentos profesionales á los
jóvenes de ambos sexos que los habitan; pero llegados á cierta edad, que es
TRIBUNAL MERCANTIL DE Q,UERETARO.
la mas peligrosa, se encuentran estos jóvenes en medio de la sociedad, aislaQuerétaro, Marzo 2 de 1865.
dos y estraños, con una iradicion de su niñez, que por las preocupaciones s~el espediente sobre declaracion de quiebra de D. Próspero Clairin, por aut-0 fecha
ciales les avergüenza, y mucha parte de ellos se malogran. Secundar las mi- '¿7En
de Febrero próximo pasado, el 'rribumll, entre otras cosns, lla mnudndo se convoque
ras benéficas de los fundadores de estos establecimientos y de sus protecto- por medio de los periódicos oficiales del G1,bieruo del Imperio y el que se publica en esta
res subsecuentes, es digno de la Corporacion Municipal, y hoy puede dispo- capital, á los acreedores ausente11 y desconocidos que se crean con derechos que deducir
ner para ello de las sumas que á los pobres y desvalidos pertenecen y cons- contra dicho concurso, á fin de que dentro de los veinte días siguientes al de la primera
publicacion, se presenten por sí ó apoderado al síndico administrndor D. .Mariano Rodritituyen los fondos de Beneficencia.
guez con los justificantes respectivos de sus créditos para los efectos que previenen los
28. Seria por tanto muy laudable destinar ciento y cincuenta mil pesos de artículos 813 y 814 del Códige de comercio.
lo primero que se capitalice de los fondos de Beneficencia, para costear con Y conforme á lo mandado se hace saber á quienes corresponda.
sus réditos la educacion de quince nifios y diez nifias, escogidos anualmente
El Secretario interino, Antonio Otero
entre los que mas se distingan en los referidos establecimientos. Estos niños,
dedicados á las carreras en que demostraran mas aptitud, vendrian á ser
con el tiempo los empleados superiores de la municipalidad en todos sus
A.NUNCJ:OS. .
ramos. Lo$ otros niños, menos aptos ó menos favorecidos por la suerte, se
dedicarian á aprender dentro de lo,s establecimientos lo preciso para ser bue1UZGADO 1'? DE LO CIVIL.
nos gendarmes, obreros profesionales y guardas de policía preventiva, los Ante el Sr. Juez l '? de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel María de la Sierra, se ha
hombres; y buenas preceptoras y parteras las mujeres. El grande número denuncindo el fallecimiento intestado de D. Julian Martinez, y el Sr. Juez ha mandado se
convoquen por el "Dmrio del Imperio," á las personas que se orean con derecho á la herende personas de ambos sexos que emplea el Ayuntamiento, hace esperar que cia,
para que dentro del término do treinta dias se presenten ÍI deducirlo en su J uzgado,
no faltaría colocacion para estos pobres niños, que deben considerarse siem- situado en el Palacio de Justicia; bajo el apercibimiento de que le parará el perjuicio que
pre como hijos predilectos de la Ciudad, que suplió en los establecimientos haya lugar, á quien en dicho término no lo verifique.
172-3s-2
debidos á la munificencia de hombres venerables, la falta egoista 6 involun- México, Marzo 3 de 1865.- Antonio Land/ra1!e, Escribano público.
taria de los autores de sus dias.
JUZGADO 4'? DE LO CIVIL.
29. Concluyo, Señor, este desaliii.ado informe, suplicando á V. E. disiCITACION.
mule los errores en que debe abundar; hijos los unos de mi poca capacidad, Por aut-0 de 2'2 del corriente, el Sr. Juez 4C? de lo civil, Lic. D. EvaristoReyes, ha manoriginados los otros por la violencia con que lo he escrito; y séame permiti- dado se cit.e por segunda vez á D. Victoriano Sanchez, para que dentro de seis dias, condo suplicar á los Sres. Regidores que lo escuchan, que antes de dar su voto tados desdé la primera publicacion de este aviso, se presente en este J uzgndo á reconocer
á toda innovacion,que no sea fundada y muy segura, mediten que en los re- seis firmas puestas en otros tantos document-Os presentados por el Lic. D. Pascual Flores,
como representante de la señora albacea de la testamentaria de D. Sebaatian Balmaceda;
glamentos y Ordenanzas que van á compilarse hay mucho bueno y laudable; apercibido
que de no comparecer, so procederá eon arreglo á lo prevenido en el art. 383
que si sus preceptos no alcanzan para atender á las necesidades de hoy, cul- de la ley de administracion de justicia ~gente. ,
.
, .
169-38-3
pa es del tiempo que todo lo destruye y trastorna, no de los autores de ta- Méxioo, Febrero 24 de 1865,-Joaquin Negreiros, Escribano publico.
les documentos, y que no debe negárseles el derecho que adquieren á perpeJUZGADO 4C? DE LO CIVIL.
tuar sus nombres en la gratitud de los habitantes, respetando sus obras é El Sr. Juez 4C? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, ha mandado se coninstituciones en cuanto sea posible.
voque por los periódicos á los que se orean con derecho á loe bienes del int.estado de D.

á

Se levant6 la sesion pública para entrar en secreta á la una y veinte minutos de la tarde. No asistieron con licencia el.Sr. Payno, y sin
ella el Sr. Buck, Mejfa, Cañas, Barreiro, Ortiz Cervantes, Parada é
Hida,lgo y Terán, y por enfermedad el Sr. Labat.
Es copia. México, 17 de Febrero de 186ó.
El Secretario general del Exmo. Ayuntamient.o,

(Firmado) LIC. J UAN A.

MATEOS,

Marcelino Sanchez, para que en el término de treinta días se presenten á dedttcir los que
les competan; apercibidos de lo que baya lugar si r.o lo v~rifi!l3n, , .
Mé.xico, Febrero 7 de 1865.-Manuel 7'. ile Meneses, Escnbano publico. 97-30e-20

ORDEN .- Ignorándose el domieilio de D. Santiago Vicario, por la present.e se le cita y
emplaza para IJ,Ue en_ el término de treinta días se presente en este de mi cargo por s[ 6
'por apoderado mstru.ido y espensad.o, á contestar la demanda que en juicio verbal sobro
pesos le promueve el Lic. D. José María Aragon en representacion de la testamentaría de
D. Felic1ano Rey; apercibido de que si no concurre se le nombrará un defensor de odcio
con quien se entenderá la demanda.
Mélico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
136-151--6

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
B-AJ('8 DB SAX AGUBTIN, NUM. l.

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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 54, Marzo 7</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DIARIO
MEXICO: MieTcoles 8 de Marzo de 1865.

. T0I0 l.

NilH. 55.

DEL DUQUE Y PBIHCIPE UlliANTE DE ANllALT-DESSAtJ.

SUMARIO.
PARTE OFIClAL.-.\.viso a los militares sobre reclamaciones 6 peticiones de audiencla.-Noticlas diplomitlcas.--Oarta del Gran Duque de Hesse ni Eropera!lor de ll~i&lt;lee.-Id del Eleetór de Hesoe.-Jd. del dn•
ue y príncipe reinante de Anhalt.-Partes de las PrefecioraS: de Jalapa, Paeb11ca, San Luis Potosí, Ml11
cboacan
y primer Distrito de Méx!ee.-Documentos: Acta del Ayuntamiento de Méxlee, de 7 de Febrero de
l~-Sollcltudes: Denuncio de una mina en el Dlstrito de Tlalnepantla.

Señor:
Por la carta que Vuestra Majestad Imperial se dignó dirigirme con focha
17 de Junio de este año, he sabido con el mas vivo interes, que el 12 .del
mismo mes había tomado solemnemente posesion del Trono como Emperador de México.
- •
,
PARTE OFICIAL.
Dirigiendo á Vuéstra Majestad Imperial mis muy humildes felicitaciones
por su advenimiento al Trono, ruego á. la Providencia Divina bendiga su
AVISO IllPORTANTE A LOS ELITARES.
reinado y le conserve hasta los tiempos mas remotos, librándolo, en .su ele.
Todos los militares ó empleados militares que tengan que dirigir meucja, _de todo aooidEmte.
á s..M. el Emperador reclamaciones ó peticiones de audiencia, de- A la vez suplico á Vuestra Majestad Imperial se digne continuar s11 preberán formular sus solicitudes por escrito y dirigirlas al Gefe del Ga- ciosa benevolencia hácia mí y mi Casa Ducal, aceptando la seguridi.d dt'I
mas grande respeto, con el cual tengo la honra de ser para síempn\
binete militar de S. M.
Todas las peticiones que no se hagan por este conducto, quedaDo Vuestra Majestad Imperial
Muy hlUllilde y muy adicto
rán sin contestacion. Se recuerda á los militares que todas sus soliPrimo y Servidor,
citudes deben ser trasmitidas por la via gerárquica de sus Gefes. Los
(Firmado) LEOPOLDO FEDER1co,
que no se conformen con esta prescripcion, ¡no recibirán respuesta,
Duque de Anhalt.
y se espondrán ademas á sufrir los castigos que merece toda infrac- Dessau, 22 de Diciembre de 1864.
cion de la disciplina del Ejército.
A Su Majestad Imperial el Emperador Maximiliano, de México.
El Gefe del Gabinete Militar,
.
Es traduooion del original.
(Firmado) C. LoYSEL,
El Subsecretario de Negoeios Estranjeros,

(~'irmado) PEoN DE REorL.

NOTICIAS DIPLOMATICAS.
.
►

de varios Soberanos y Príncipes reinantes de Europa, á las
cartas que les dirigió S.M. el Emperador, notificándoles su advenimiento
PARTES DE LAS PREFECTURAS.
al Trono de México.
---'"=:-'.':-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -~ _;!,
. DEL GRAN DUQUE DE REBS'E.
JIIINISTERIO DE GOBERNAOION.
11
Alto y Poderoso Emperador:
Prefectura
política.-Distrito
de Jalapa.-Jálapa, Marzo 2 de
Muy querido Primo y Hermano:
No quiero diferir el dar gracias á, Vuestra Majestad por la aprecia,ble Cí¼l'· 1865.-Tengo 1~ honra de poner en conocimiento de V. E. que en
ta que me ha sido entregada por Vuestro Enviado Estraordinario y Minis- la .~emana anter1~r _se ha conservado inalterable la tranquilidad pútro Plenipotenciario D. Tomás Murphy, y por la cual Os habeis servido lía· bl!ca en las poblactones de la comprension de esta Prefectura.cerme saber, que despues de haber aceptado la Corona de México que Os Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto político, F. P. Mofué ofrecida por la mayoda del pueblo mexicano, habíais tomado · posesion ra, y Daza.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
del gobierno el 12 de Junio del presente año, en presencia de las autoridaEs copia. México Marzo 6 de 1865.
des de la Capital y de las comisiones de los Departamentos.
...,.
El Subsecretario de Gobemacion,
Me apresuro á. dar á Vuestra Majestad mi mas cordial enhorabuena por
su elevacion al Trono, y á espresarle el vivo deseo de que Dios be11diga el
(Firmado) FRANCISCO J. VíLLALOBOS.
gobierno de Vuestra Majestad, y que sus resultados le sean satisfactorios y
,pró~peros para el pueblo que Os ha sido confiado.
. Muy agradecido á Vuestra Majestad por los amistosos sentimientos que
Prefectura política del Distrito de Pachuca.-Núm. 43.-Pachu~ne ha¡nanifestado, los correspondo de corazon con espresiones de alto res- ca, 5 de Marzo de 1865.-El 28 del pasado Febrero, salió la conducpeto y segura amistad, con lo cual quedo de Vuestra Majestad,
' ta de platas:de la Compañía de este mineral y el del Monte, y regresó
Su servidor, fiel Primo y Hermano.
el 3 del presente sin novedad.-El dia 1? salió la e Compañia de la
•
·
(Firmado) Luis.
~
fuerza rural•móvil, al mando del capitan D. Juan Corta.zar, al pue1
Dsnnstadt, 30 de Noviembre de 186A.
·• :B II bl 0 d
A Su Majestad Imperial el Emperador Maximiliano I, de México. t.
. e Ozumb~lla, catorce legu~ distante
de esta ciudad, en direcF:s traduccion del original.
c1on á esa capital, para conducir la cuerda de setenta y tres presíEI i::,1bsecretario do Negocios Estran)eroe,
.
.
darios que por conducto del Sr. Prefecto politico del Valle, se re\Firmado) PsoN o&amp; REOIL.
miten al presidio del Real del Monte, habiendo fallecido en el pueblo
--de Tizayuca, el dia 2, el reo Joaquín ó Fernando Blancas, que se
1
Señor:
DE s. A. B. XL ELECTOR DE HESSE.
sepultó en aquel cementerio, segun comprueban los documentos que
La carta por la cual Vuestra Majestad Imperial ha tenido á bien anunciar. se· acompañaron con el parte.-El día 3 llegó aquí la cuerda con seme que hahia tomado posesion del Trono como Emperador de México, el tenta Y dos presidarios, y el dia 4 marchó y llegó á su aestino sin
1~ de Junio último, me fué presentada por el Sr. D. Tomás Murphy. He novedad.-Se ha mantenido la tranquil&lt;lad pública en todo el Disrecibido esta comtrnicacion de Vuestra Majestad Imperial, como un testimo- trito sin alteracion alguna en la semana que concluyó ayer.-Lo que
nio de Su itmistad, y Le suplico esté persuadido del vivo interes que tomo me honro en comunicar á V. -E. para su conocimiento, y que se liiiren ~das ocasione~ por el biencst.a1· de Vuestra Majestad Imperial y la pros• va elevarlo al de S. M. el Emperador.-Dios,guarde á V. E. muchos
p_er1dad de _l~ N~c10n mexicana. Al dirigir á Vuestra Majestad Imperial mis años.-El Prefecto político, M. Belle Cisneros.-Exmo. Sr. Ministro
1:nn~ras fehmtac1ones por ese feliz acontecimiento, Le suplico acept~ las se- de Gobernacion.
gur1dades de la mas alta.oonsideracion é inalterable amistad, con las cuales
Es copia. México, Marzo 7 de 1865.
tengo la honra de ser,
CoNTESTACIONES

I

El Subsecretario de Gobernacion,

Seiíor,

• (Firmado) FRANCISCO J. Vu,LALOBos.

De Vueatr&amp; Majestad Imperial,
Buen Hermano,

'

(Firmado) FEDERICO Gu1LL'ERMO.

Cuse!, 23 de Dicieml&gt;re do 1864.

.
.
(Refrendado) AnEE.
-AE Su 11°ªJestad el Emperador de México.
· s tra1111ccion del original.

"' .,,

,

[).-¡j

:11• 111

1
n

f:I Subsecretario de Negocios Eetranjeroa,

(Firmado) PEoN DE REorL.
/'

•

Prefectura superior política del Departamento de S11in Luis J,&gt;oto-

1, ,,

cl.ii 1.,j
r, ol,n·

1

,

sí.-Sab Luis Poto~i, Marzo \? de 1865.-Exmo. 81:.:-:-Tengo la honra. de comunicará V. E. que se conserva la tranquilidad.pública en
·este Departamento, escluyendo el partido de Tanca~huitz, don~e no
hay noticia. todavfa de que se haya restablecido el órdcn.-DeT par-

�222

tido de Ciudad del Maiz, en que babia comenzado á formarse una
pequeña reunion de disidentes, he recibido hoy noticia de que aquella se ha alejado del espresado partido, y se persigue á los individuos
que la forman.-En cuanto á sucesos notables que hayan ocurrido,
solo tengo que decir á V. E. que el 24 del actual acaeció un incendio en la aduana de esta ciudad, el cual se presentaba alarmante al
tiempo de favorecerlo un viento ·estraordinariamente fuerte; pero á
virtud de las medidas oportunas de las autoridades y del auxilio de
la fuerza armada francesa y mexicana con el de muchos vecinos, se
logró apagar el fuego, habiendo resultado solamente la pérdida de
quince tercios de algodon quemados, y el deterioro de una parte del
local de 1~ oficina, segun tengo . dado conocimiento al Ministerio de
Hacienda. Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior
politico interino, José María Facha.
.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
Imperio Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-Morelia,
.Marzo 1'! de 1866.-Con fecha 27 del pasado dice á esta Prefectura
el presidente de la Junta de sanidad de esta cit1dad lo que copio:
"En cumplimiento de lo dispuesto por el Sr. Prefecto politico, digo á V. S., á nombre de esta corporacion, para que se sirva elevarlo al conocimiento de aquel señor, que en nuestro concepto no ha
habido en el presente mes enfermedad alguna epidémica en esta ciudad."-Y tengo el honor de trascribirlo á V. S. en obsequio de lo
dispuesto en el decreto relativo.-Dios' guarde á V. E. muchos años.
-El Prefecto político superior, Antonio Moral.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO ~- VILLALOBOS.
ENISTERIO DE FOMENTO.
Prefectura superior política del primer Distrito del Departamento de...México.-Toluca, Febrero 18 de 1866-Seccion 1!-Núm. 8.
Exmo. Sr.-Con fecha 13 del actual dice á esta Prefectura el Subprefecto del partido de Sultepec fo siguiente:
"En cumplimiento de la determinacion superior, se procedió en·
este partido á la renovacion de la diputacion territorial de minería;
y habiendo sido electos para diputados los Sres. D. Manuel Pardo y
D. José Santa Olalla, y para sustitutos los Sres. D. Francisco Mazedo, D. José de la Sancha, D. Jesus García y D. Miguel Navarro,
fueron puestos en posesion, y han comenzado á ejercer sus respectivas funéiones.-Particípolo á vd. con el objeto de que se digne hacerlo así presente al Sr. Prefecto superior político del Departamento."-Y tengo la honra de insertarlo á V. E. para su debido conocimiento.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior
político, Pascual Gonzalez Fuentes.-Exmo Sr. Ministro de Fomento.-México.
El Subseoretario de Fomento,

(Firmado) MANUEL ÜROZCO.

DOCUIIENTOS.
AYUNTAIIIENTO DE llEXICO.
En la ciudad de México, hoy martes 7 de Febrero de 1866, se
reunieron en la Sala Capitular á las doce y media del día, para celebrar Cabildo ordinario público, los Sres. Prefecto Municipal, Velez, Villanueva, Gomez, Pimentel, Rul, Espinosa, Berganzo, Reyes,
Cosío, Rincon, lbarrola, Labastida, Hope, Cervantes, Galindo y
Rascon.
Se leyó y aprobó la acta del ·dia '3 del a'Ctual.
Se dió cuenta con los siguientes oficios:
De la Prefectura política, insertando el dirigido por el Ministerio
de Gobernacion, comunicando haber concedido S. M. el Emperador,
al profesor de instruccion primaria D. José Joaquín Morales, ' la
m~dalla del mérito civil, recomendado por el Ayuntamiento por su
asiduidad y empeño en el ()umplimiento de sus deberes, y que opor. tunament~ se enviará el diploma correspondiente para que llegue á
poder del rnteresado.-Que tan luego como se reciba el diploma se
C'ntregue al interesado.
De la misma Prefectura, concediendo la autorizacion correspondiente para que por medio de uno de los Señores Síndicos, el Exmo.
Ayuntamiento pueda demandar á D. Anastasio Polo y á los demas
individuos que se encuentran en su· caso.-Se nombró al Señor Sindico 1'! para gestionar.
. Del Ministerio de Gobernacion, acompañando la solicitud que varias personas han elevado á S. M. el Emperador, pidiendo no se det1pi'da'n de la casa del Tecpan á los jóvenes de ambos sexos que no son
verd~deramente huérfimos.-A la Comieion del Tecpan.

. Del juez 2? d~ lo civil, pidiendo se le diga_en contestacion, si es
cietj;o que D. Joaquin Delgado y Gonzalez presentó á la Secretaría
del Exmo. Ayuntamiento, la Memoria que establece el articulo 7?
de la ley de 25 de '.Mayo de 1869, por necesitarse ese dato para la
prosecucion del espediente pr~movido en ese juzgado ·por dicho Sr.
Delgado, contra la Corporacion Municipf11, quejándose de despojo
del lote número 30 del convento de Jesus Maria.-A la Secretaría
para que informe.
Se &lt;lió tambien cuenta con los ocursos siguientes:
De D. José Figueroa, pidiendo una copia certificada del espediente en que consta haberse dado en propiedad perpetua cinco pajas de
agua á la casa número 7 de la callé del Estanco de Mujeres, en retribucion de una accesoria de la misma casa, ocupada con una fuente pública.-A la Cotnision de aguas.
De D. Manuel María Galicia, pidiendo permiso para construir demampostería la cañería que conduce la agua que disfruta un terreno situado entre los ríos Chico y del Consulado, cerca de la Escuela
de Artes, y cuya agua la toma de la que, sobrante de varias fincas,
corre por el rio Chico.-A la Comision de rios y acequias.
Se dió segunda lectura y fué aprobado un dictámen de la Comision de obras públicas sobre el espediente en que D. Aristeo Callej38 pide se le marque el alineamento á su casa número 32 de la calle del Tepozan; manifestando la. Comision que no es de accederse á
esa solicitud, en atencion áestar prohibido edificar en las plazas públicas.
Al darse segunda lectura á otro dictámen del Sr. Majía, sobre el
espediente en el que D. Agustin Ba:z pide se le devuelva la contrata
que tenia para ministrar las medicinas que se necesitaren en las cárceles de la ciudad, á mocion del Sr. Prefecto se acordó pase el espediente á la Junta de hacienda, para que oyendo á uno de los Señores facultativos de la Corporacion, consulte lo que estime por conveniente.
A continuacion se dió cuenta con los siguientes dictámenes, que
fueron aprobados con dispensa de trámites.
Uno·de la Comision de instruccion pública, que concluye con la
proposicion siguiente:"Unica. No se accede á la solicitud de la Sra.- D~ Ignacia Castillo
de Cordero, en que pide se le conceda la direccion de un establecimiento de primeras letras, sostenido por los fondos municipales."
Otro de la Comisio~ de aguas, sobre el espediente en que D. An~
drés Bic pide se aumente la agua que disfruta-en la casa número 2
del Puente del Clérigo, y cuyo dictámen termina en la proposicion
siguiente:
"Se accede á la solicitud de D. Andrés Bic, en que pide aumentar
á una, la media merced de agua que disfruta en arrendamiento, siendo de su cuenta el gasto que se erogue, y con sujecion á las Ordenanzas que rigen y arreglen definitivamente el ramo de aguas."
9tro de la misma Comision, que concluye con la proposicion sigmente:
"Se cortará el agua que disfrutan en arrendamiento, cerca del Molino del Rey, los Sres. Martinez del Río, hermanos, liquidando su
cuenta hasta hoy, conforme lo han solicitado.-Librense las órdenes
necesarias á la administracion y Fvntanería."
Otro del Sr. Rul, como fiscal de Secretaría, en el espediente que
contiene el proyecto del Sr. Payno sobre Ordenanzas para el archivo y biblioteca de esta Municipalidad, consultando, por estar comprendido lo que tiene que esponer sobre este negocio, en los párrafos 26 y 26 de su informe general, fechado el 26 del mes próximo
pasado, que se agregue el cspediente al relativo á la compilacion de
Ordenanzas.
El mismo Sr. Rul presentó algunas reformas que hace en la parte
de sustitucron de arquer\as, á su proyecto anterior presentado en el
Cabildo del dia 3 del presente, y que se acordó, como lo pide el señor su autor, pasen á la Comision de Hacienda para agregar á sus
antecedentes.
Quedaron de primera lectura los negocios siguientes:
Un dictá.men de la Comision de aguas, sobre el espediente en que
D. José María Castillo Ve.lasco pide se reduzca la to111a y se anoten
los titulos de dos mercedes de agua que disfruta en propiedad el baño de la Mariscala número 4, por haber vendido una de ellas á p.
Manuel Orihuela.
Un convenio celebrado entre la Junta de Hacienda y el Sr. Schiafino, sobre el modo de cubrir las responsabilidades que este último
señor tiene pendientes á favor de los fondos Municipales.
En seguida se dió cuenta con el siguiente corte de caja de segunda operacion, practicado por la administracion de rentas municipales
con espresion de los ramos de que proceden los caudales que forman el ingreso de los fondos, de su cargo y de la distribucion que
han tenido en todo el mes de Enero próximo pasado, y que por
acuerdo de Cabildo se inserta en . la acta para conocimiento del público.

.

223

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

\

Pagado al Hospital de San Andrés, idem ídem ..
,,
,, de San Juan de Dios, id. id..
,,
,, de San Hipólito, id. id .. .. .
,,
Hospicio de Pobres, id. id ....... . . .
Panteon de Santa Paula, id. id .. ... .
.,
9,691 73
Colegio de San Antonio, id. id .... . .
",, á las Cárceles. id. id ................ .
,, á la Limpia de Ciudad, id. id. : . . ..... .
,, al Alumbrado, id. id . ............ ... ,
,, á la Fontanería, id. id........ . .. . . .. .
,, por Obras públicas, sueldos y gastos... .
Paseos públicos, id. id ........... .
",,
Mercados, id. id ................ .
Administracion de coches, id. id.. . .
"
id. del Fiel-eontraste, id. id .. .... .
"
id. del Rastro de Ciudad, id. id.. .. .
",, al Guarda-ríos, sueldo ............. ·"
Guarda-compuerta8, id...... ..... . .
,, por devoluciones, como sigue:
Por importe del depósito para vestuario
- de los agentes de policía, entregado á
D. Plácido García como saldo de 2,251
pesos 25 cs. de su contrata ......... .
Por devolucion de descuento de sueldos á
los agentes de policía dados de baja...

3,420
786
774
2,589

81
16
51
,,
226 37
2,118 50
7,279 14
1,618 50

CORTE DB CAJA de segunda operacion-, practicado por la Administracion de Ren~ municipales, con espreaion de los ramos de_ qu~ PI'?ceden los cauda)es que forman el mgre80 de loe fondos de eu cargo, y de la distr1buc1on que han tewdo en todo el mes ele
Enero de 1865.
Ilf&amp;BB808,
$

Existencia queresultó en 31 de Diciembre de 1864.
Por arrendamiento de fincas ... •• •• · · · · • · · · • · · $
mercedes de agua....... .
Réditos d; capitales que se reconocen al Exmo.
Ayuntamiento.. . • • · · • · · · · · · : · · · · · · · · · · · ·
Id. id. correspondientes á obras p1as.......... .
Productos de mercados.· · · · · · · · · · · · · · · · · · · · ·
Fiel-contraste. . ..... _.. , •• , • • . •
"
Piso del Rastro ... . . : ... •• • • • . •
"
Loterías. Hospicio ........ 750 }
\

"
"

San Hipólito.. . . . 490
Panteon de Santa Paula .....•.•.

"

Estancias de hospitales ......... .

''

Donativos.. . . . ..••............
Dos y cuatro por ciento decomisos.
Licencias para obras de fincas.... .

"
"
"

1,178 ,,

8,565 33½
493 06
119 25
6,022 84
241 43
454 96

1,240
778
10
85
82

,,
75
50
,,
20
121 50

683 75
318 63
207 ,,

Derechos de licencias.... . ...... .

"
Multas...• • ....•... • ...•...•..
"
- . . ....... .
Contribucion
sobre Casas de emp~no

"

Juegos perm1t1dos......... .
Diversiones públicas ...... .

"
"

Canales esteriores...••.....
Carruajes particulares ..... .

,,
de alquiler ...... .
Panaderías... , ........... .
Fondas........... , •• • .. .
"
Cafés ... . .... . .......... .
"
1 Fábricas de cervem ...•....
"
· Espendio de licores.. ...... .
"
Casillas de pulque......... .
"
Vacas de ordeña ......... . .
,,
Carros de trasporte interiores.
Impor~ recaudado en la Aduana p &gt;r contribucion
sobre carros de trasporte en las garitas.. .. .. .
Id. id. por derechos municipales de tarifa.. .... .
Rezagos .... ... .... . . .. ....... ••• •••••••••
Devoluciones............... .. .. • • , •• •• • • ..
Importe de las heéhas por las Comi~arías
de policía números 5 y 8, por baJas de
agentes durante el mes............ . 29 59
Idem de la hecha por el ex-Regidor D.
Francisco Villalon, resto de los 100 ps.
que se libraron á su favor en Diciembre
6 "de 1864 para cubrir los gastos de exámenes de las escuelas municipales.. . . 39 75

639 ,,

544 36
1,253 88
1,051 70
1,482 34

"
"

/

5,586 91
1,002 72
8,132 86

1,713 ,,
821 47
346 50
192 62
174 87
50 ,,
16 ,,

426 88

39 ,,

427 27

á Diversos, como sigue:

" Por una. tercera pa.rte de m~ltas que cor-

responde á la Administracion de Fielcontraste .............. , . . ...... .
Por 8 al millar sobre capitales que se reconocen al Exmo. Ayuntamiento.. ...
Por socorros, gastos de alojamiento, etc.,
de la comision de indios Quicapus y
Mascoques, segun órdenes supremas
fechas 29 de Diciembre de 1864 y 21
de Enero de 1865 ...... .. . .•..... .
Por 2 por 100 de premio pagado á la
aduana por su recaudacion, según se
espresa en-los ingresos ($43,305 73
centavos) ........ . ............. . .

863 20
222 ,,
180 ,,

102 75
2,441 65

1,213 47
171 87½
19 50

815 ,,
42,490 73

15 15
f

"

12 66

8 01

684 67

866 li

1,571 45

por amortizacion:
de capitales que reconoce el Exmo. Ayuntamiento . ... .. .... ...... ... .. . . . . 1,574 63
546 67
de réditos de capitales : ............ .
de créditos pasivos ...... . . .. ...... .. 2,246 99

4,36~ 29

---Suma el egreso ....•...... . .

• 59,559 33

COKPARACIOJI',

Descuentos para vestuario:
Importe del hecho á los agentes de policía. 472 ,,
Id. id. á los celadores de policía.. . . . . . . 25 94
Reintegros. Importe del hecho por el Sr. Secretario cesante Lic. D. Cástulo Barreda, con arreglo á lo ac~rdado por la Junta de Hacienda en
1862............. ·,. · · · · · • • • · · · · · · · · · · ·
Depósitos................................ .

497 94

Exist,encia ........• 25,146 61
México, Febrero 2 de 1865.-Joaquin J. de Oastillo.-Fra'ncisco Najera.
41 66
296 91

EGlU!SOB.

"
"
"

11

"
"
",,
"

11

",,
,,"

,,
,,

"
,,

740 74
41 66

Administracion de Rentas municipales, sueldos ................... 1,088 49
41 66
Id. id., gastos, ....... ... . , ......
, los empleados jubilados, sueldos .. . ...
......
,, cesantes,
pensionistas , "Enero de
"
1864,sueldos . .......
pensionistas de obras pias ....... .
á la iglesia de S. Hipólito, gastos de culto.
á las Escuelas municipales, sueldos ...•.
á la Academia de música y de dibujo;por
sueldos y gastos................. , .
á la Compañía Lancasteriana, asignacion.
Prefectura Política,
,,
.
Seccion de pasaportes, sueldos... •.
Policía municipal y de seguridad, por
sueldos y gastos.. ... .. ........
Policía de seguridad, compañía francesa, por sueldos y gastos.......
á los celadores de policía, sueldos y pensiones ....... .. , ................
al Co~ejo superior de salubridad, asignac1on ....................... .-.
Hospital de San Pablo, sueldos y gastos . . .. ~ •.........• .• ..... . ...•.

7'5,014 21
$84,075 94

Suma el ingreso .......... . .
Pagado á la Prefectura Municipal, sueldos..... .
,,
Secretaría del Exmo. Ayuntamiento,
sueldos .................... ,·•
Id. id., gastos . ................. .

Suman los ingresos ............. $ 84,705 94
Id. los egresos.............. 59,559 33

•

349 99

Aor,nNISTRACION DE RENTAS DEL

Exll:o. AYuifTülIUTO o&amp; Mzxrco.

Sr. Presidente del Exmo. Ayuntamiento:
Para el debido conocimiento de la Exma.. Corporacion, tengo el honor de
hacer en seguida la correspondiente aclaracion· respecto de la existencia que
figura en el Corte de caja de segunda operacion, practicado en esta fecha.

782 40

Existencia segun dicho documento... . . . . . . . .
$ 25,146 61
Importe en efectivo disponible................ $14,080 08
,, del fon~o _de 5 po_r 100 de amortizacion
'
de cred1tos pasivos ..... . .. , ....... 1,635 15
1,130 15
,, del fondo de 5 por 100 de amortizacion
de capitales, etc . ....... ... ....... . 8,128 43
123 05
967 58
,,
de
Depósitos.. . .. ...... ........ , •.•
125
335 37 $25,146 61
,, de Documentos por datar ........ . . . .
"
25
100

"

"
41 66

El Sr. Prefect&amp; hizo mocion, que fué aprobada, para que se prevenga al Sr. Administrador de rentas, que especifique detalladamen" te desde el corte de caja que se acaba de leer y en lo sucesivo, la par153
tida asentada bajo el rubro de donativos.
375 "
levantó la sesion pública para entrar en 1eoreta á. la 'una y vei~" te Se
1,720 82
minutos de la tarde. No asistieron con licencia el Sr. Payno, y sm
80
" ella los.Sres. Buck, Mejía, Cañas, Ortiz Cervantes, Parada é Hidal'7,518 02 go y Terán, y por enfermedad el Sr. Labat.
Es copia. México, Marzo 4 de 1866,
., 818
153

"

499 96
(

J

83 33
2,264

"

El Secretario general del Exmo. Ayuntamiento,

(Firmado) Lic. JuA.N A. MATE08.

�224

DIARIO DEL IMPERIO.
ANUNOZ&lt;&gt;S.

SOLICITUD.
México, Marzo 7 de 1865.

D. José Manuel Escudero y D. Ausencio Espin9sa, han hecho formal.de-

INTERESilTE.
Habiendo. ~e~r~sado de Europa, he vuel~ á hacerme carge de todos los negocios de mi
casa y ~e llll Jar~m de p)antas ~e S_. Francisco. He revocado en c~nsecuencia los poderes
que te~a _conferidos, deJando II mis. apoderados en .ª~ buena opm_ion y fama; Jo que avi•
so al publico por el presente, para evitar abusos¡ partic1pa11do, al mismo tiempo en virtud
de las. faculW;des que me dan los rodares que t.engo, que la firma de mi citada ~asa, en lo
sucesi_vo, sera la de "Juan Ton..o y C~," la cual solo yo puedo usar, cesando en consecuencia la de "Tonel hermanos" qu1l'se U:saba.
···
·
México, Marzo 3 de 1865.-Por mi y mi hermano Agustin, Juan T011el. 173-3a-1

nuncio de una cata vieja con puntas ele plata, llamada "Mina Jácome" y está situada en terrenos de Chimalpa, cuya cabecera es Naucalpan, del Distrito de Tlalnepantla.
'
Y habiéndose admitido el denunció con esta fecha, en cuanto ha lugar en
derecho, sin pe1juicio de tercero, y conforme á las Ordenanzas, se avisa al
público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á oponerse, lo
&lt;lednzca ante este Ministerio.
CITACION Wl)ICIAL.
El Subsecretario de Fomento,
El Sr. Juez 4~ de lo civil de esta corte, Li«i: D..Evaristo Reyes, á solicitud de varios
acre~ores de D. Santiago Barthes, ha,1!1andado se, cite á los demas y se consideren con
(Firmado) MANUEL ÜRozoo.
el mismo derecho para.que concurran a Junta que se verificará el d·a 13 del ·corriente á

RECTIFICACION.

En (',} párrafo de ayer, relativo á la viuda y la huérfana del Comandante Marécbal, hay una equivocacion: donde dice pesos, debe
decir francos.

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA

Y

SALIDA DE CORREOS EN LA Am&gt;lINISTRACION GENERAL DE ESTA
CAPITAL.
LLEGA CORRESPONDENCIA:

M1&amp;RCOLEs...:.....De Texcoco, Chalco, Amecameca, Ayotla, San Martín Texmelucan, Puebla, Jalapa, Orizava, Córdoba, Veracruz, Oa.jaca, Tacubaya,
Lerma, Toluca, Guadalupe HidaJcro, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, Soyaniquilpan Polotitlan
Ran .Tuan del Río, Querétaro.
'
'

las doce, en s~ juzgado, sito en el Pal~ciO' de Justicia, calle de la :Moneda, con el objeto de
que se.formalice el concurso necesario. Y en cumplimiento de Jo mandado pongo el prtsente.
Méiico, Marzo 7 de 1865.-Casi!71ir~ Fernandez, Escribano público.
]74-5&amp;-J
CO!IPAibA DEL FERROCARRIL DE lllEXICO A PUEBLA.
(!elebrada tina ,;'16sio1!- del 9onseje Admi!1istrativo, el dia de ayer, para arreglar las operacione, prevma a la dieoluc1on de la Sociedad, se acordó que á pesar de estar reasumidas la mayor parte de las acciones en la persona del Sr. D. Antonio Eacandon se i;onvo
que una j~nta general para las 5 de la tarde del dia 15 de este I!les en el de~pacho del
Ferrocarril, plazuela de Guardiola, para tratarse de la dieolucion indicada. No bastando
segun los Estatutos, una sola sesion para tal objoto, se acordó igualmente la convocatori~
para ,1~ segunda junta, que se ve~ificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
Mexico, Marzo 7 de 1865.-Mier !/ Terán.-P. Almazan, secretario.
175-Ss-1
JUZGADO 1? DE LO CIVIL.
Ante el Sr. Juez l? de lo civil de esta ,capital, Lic. D.'Manuel Maríade la Sierra, se hit.
denunciado el fallecimiento intestado de D. /folian Martinez, y el Sr. Juez ha mándado se
convoquen por el "Diario del Imperio," á las personas que se crean con derecho Ítia heren,
cia, para que dentro del término de treinta días se presenten á deaucirlo en su Juzgado
situado en el Palacio de J ustieia; bajo el apercibimiento de que le parará el perjuicio qu~
haya lugar, á quien-en dicho término no lo verifique.
México, Marzo 3 de 1865.-Antonio Landgrave, Escribano público;
172-3&amp;-3

SE IDESPAC:UA ;coRRESPONDENCIA
llASTA LAS 9 DE LA NOCHE.

JUZGADO 4'? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, ha mand'ld.o ae convoque por los periódicos ÍI los que se crean con derecho á los bienes del intestado de D.
:M1&amp;RCOLEs.-Para Texcoco, Chalco,Amecameca, Ayotla, San Martin Tex- Marcelino Sanchez, para que en el término de treinta dias se presenten á dedeeir les que
mclucan, Puebla, Jalapa, Orizava, Córdoba, Veracruz, Oajaca, Tacubaya, les competan; apercibidos de lo que baya lugar si r.o lo verifican.
Lerma, Toluca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlal- México, Febrero 7 de 1865.-Manuel 7'. tk Meneses, Escribano público. 97-iOe--21

pam, Tlalnepantla, Cuautitla.n, Tepeji del- Río, Soyaniquilpan Polotitlan
San Juan del Rio, Querétaro, Allende, San Luis Potosí.
'
'

~ JUZGADO 2?. DE LO CIVIL.
En este Juzgado, y con relacion á'Ios autos de la tesíáment.aría de D. Mauricio Pacbeco, ha presentado un escrito D. Domingo Santa Cruz, manifestando, que teniendo derechos que deducir en los de D. Pánfilo del mismo apellido, que corren unidos, y no habiendo defensor con quien entenderse, porque el nombrado, que hace dos años que Jo fué, D.
Manuol Gutierrez, ni ha hecho gestion alguna, ni. ae sabe su paradero, pide al Juzgado ee
sirva proceder á nQ.evo nombramiento, ÍI lo cual recayó el auto siguient41:
"México, Febrero veinticinco de mil ochocientos se,enta y cinco.-Cítese por loa peADIIINISTRACI0N GENERAL DE CORREOS.
riódicos al Lic. D. Manuel Gutierrez para que comparezca dentro de quince dias á continuar las ~estiones de la testamentaria de D. José Pánfilo Pacheco¡ apercibido de qee se
INTERESANTE AL PUBLICO.
nombrara albacea dativo si no comparece. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez 2\1 de lo civil,
El dia 11 del corriente ÍI las once de la mañana, ee despacha de esta Administracion Lic. D. Manuel Pavon. D0y fé.-Pa11011. -Por enfermedad del Secretario y mandato del
general un estraordinario para Veraeruz con la correspondencia que debe conducir al Sr. Juez, Juan N. Carrion, Escribano público."
eaterior_el Paquete francés. Lo que se avisa al público para su inteligencia y efectos corY en cumplimiento de lo mandado espido !!l presente, por el cual se cita y empla2a al
respondientes.
referido Sr. Gutierrez para 'J.UO concurra al repetido Juzgado, sito en el Palacio de JucMésico, Marzo 6 de 1865.-Luis de la Peza.
ticia.
.
.
.
México, Marzo dos de mil ochocientos sesenta y cinco.-Juan N. CarM, escribano
-TRIBUNAL DRCANTIL DE QU.ERETARO.
público.
170-2a-2
Quer6taro, Marzo 2 de 18f:5.
En el espcdiente sobre declaracion de quiebra de D. Próspero Clairiu, por auto fecha
CITACION JUDICIAL.
27 de F~brero próxi~o. pasado,. el Tribunal,. entre otras cos_as, ha mandado se convoque
D. Felipe Rosales se ha presentado por escrito ante el Juzgado 2? civil, pidiendo se cit~
por.med!o Je los penodicos oficu1les del G&lt;•b~erno del Impeno y el que se publica en esta por los p11~ódicos al albacea de la te~ta~en_taría de D.~· ~· de Elorduy para qne compacapital, 11 los acreedores ausentes y desconocidos que se crean con derechos que deducir rezca en dicho Juzgado, dentro del férmmo que se lo fiJe, a contestar la deinán'da qne 80contra '1!cho concurso, á. fin de q!le dentro de lo~ v~inte di~s~iguientes al de la primera bre pago de unos vales de desamortizacion promueve á dicha testamentaría; y el Sr. Juez,
pubhcacion, se presenten por si o apoderado al smdico admm1strador D. Mariano Rodri- Lic. D. Manuel Pavon, ha proveido el auto que sigue:
guez con los justificantes respectivos de sus créditos para los efectos que previenen los
"México, Febrero 20 de 1865,-:Por_presentado con loe documentos que se acompañan,
artículoe 813 y 814 del Código de comercio.
cítese ni albacea de la testamentaría de ~lorduy por los periódicos, señalándole el término
Y conforme á lo mandado se hace saber á quienes corresponda.
de c¡:uince días para que se presente á contestar la demanda; apercibido de que se procedera á lo que haya lugar si no comparece. Lo decretó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-MaEl Secretario interino, Antonio Otero
11uel Patw11.-Por enfermedad del Secretario, Miguel F. G1UJrra."
En consecuencia, lo cito por el preaente.-Mé.xico, Feb1·ero 21 de 1865.-MigueZ F.
INTERESANTE.
Guerra, Escribano público.
143-oa-6

ANUNCIOS OFICIALES.

Sscc10N

ESPECIAL DE LA CoNTRIBUCION DE OcIIo I\L M1LLAR SOBRE FINCAS.

Se r~cuerda á los causantes.de la _contribu~ion espresada, que conforme á la Ley, deben eabafacer, dentro de los diez primeros aias del presente mes, en las recamlaciones
respectivas, lo correspondiente al seglllldo bimestre que co,mienza el dia de hoy; advertidos de que las personas que no lo verifiquen, incurrirán en los recargos v gastos da cobranza que la Ley impone á los causantes morosos.
·
México, Marzo l'? de 1865.-lg1111eio de Altamira.

ADMINISTRA.CION GENERAL DE CORREOS.
1NTERES.U1TE AL PUBLICO. ·
. Esta Aduiioistraciou _general tiene conocimien~o de ,haber si~o int.erceptada cierta cnutid~ de so!los del prct1? f!anqueo, al ser c_onduc1dos !_\ ~u destino. En consecuencia, y con
el tin _de evitar que el publico sea sorprendido al adqumrlos, se pone en su conocimiento,
que s1em¡ire que los esp~esados sellos estén ,marc~dQ¡ con los n(imeros 20, 204, 244, y !lile
mas todos ellos con el numero 8, son nulos y de n111gu11 valor para-el objeto á que están
deeti_nndo~; pudiendo ser con,ignado el que los posea ante el Juez competente, para la
~er1g11ac1on que correspondel y stl. aplique al culpable la pena á qi:e es acreedor como
ilefrafülador de los intereses publicos.
'
lffüdco, Fr.brero 24 de 1865 -Luis dt la Pcza.

ADltINISTRACION, GENERAL DE CORREO~.
AVISO

"

ÁL

PUBLICO.

H~bieudo ~ido i11tcrcf_ptnda u~a canti4ad de aellos del pm·io franqueo ni 11er éonducido~ ~ su d1ist1110, cou el fin de ~v!tar su circulaciou y que el público sea sorprendido al adq~mrlos, se pone en su ~o~oc:mieuto, 4,ue los espresados sellos están marcados con los
nul!lero~ 3 y 2'20, c~~o d1shnhrn se da ª. conocer para que los que contengan esta numeraeion no si-an ad.m1ti~os, por estur C?ns1dorados. nulos y de ningun volor, como en efecto
lo son, para el ()bJeto -a que era u ~est1~ados; pudiendo Rer consignado el que los posea anto
l'I .Jur.ii competente, phrs la avenguac1on que corrMponde, y se aplique al c11lp11ble el cnstil!o í que eij acreedor, como defraudador de los int.ereses públicos.
Mfaico, Pt•brero 2(i de 1865.
Por eofermodad de Sr. Administrador, -Am,mio J. Pillada.

JUZGADO 2'?. DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 2\1 de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda á la venta de
la cnsa núm. 1 del callejon do la Santa Veracruz de esta ciudad, valuada por loe peritoll
D. Manuel GargoUo y Parra y D. Juan Cardona en la cantidad ele 5,621 pesos 25 es.; señalándose ~ara las almonedas los ellas l O, 20 y 31 del corriente, á las doce, siendo la última con calidad de remate. Y para conocimiento del público pongo el presente, advirtiendo que laa personas que quieran hacer postura, pueden oculll'ir ÍI. la secretaría del mismo
J uzgllilo, adonde recibirá.u las i-:strucciones convenientes.
México, Marzo 2 de 1865.-Pedro Ca11el.
166-6a- 3
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.

CONVOCATORIA.
En lee aut-0s del intestado Lic. D. .Manuel María Pasos, el Sr. Juez, Lic. D. J(lsé
María Cordero, que de ellos conoce, ha mandado por el proveido en esta focha, se conv&lt;iquen á lQs que se crean con derecho á los bienes de dicho inte,tado, para que se presenten
á dedúcirlo dentro del término de nos meses que al efeci;Q se les concede, bajo el aperciimiento á que hubiere lugar si no verificasen su comparecencia. Y para conocimiento de
los interesados publico la presente. .
Mé1icQ, Febrero 18 de 1865.-Urba·no Morali, Eséribano público.
J47-4sm-3
JUZGADO 29 DE LO CIVIL
Debiendo rematarse la casa mim. 8 del callejon de la Polilla, valuada en cinco mil seiecientos ochenta y tres pesos($ 5,683) ha señalado el Sr. Juez 2? de lo cil'il, Lic. D. Manuel Pavon: pars las almonedas de dicha finca, para la primera el ella 20 del corriente, pa•
r&amp; la segunda el l ? y para la tercera el 11 del entrante Marzo, sieBdo h1 última con calidad de remate, todas á las doce del día. Lo que se avisa al público, para que las pel'8()nas
que quieran hacer postura lo verifiquen en el dellpacho del que suscribe, sito en la calle
de la Moneda, bajos del núm. 7, doade se lea darán loa datoe•que resulten de autoa.
México, l!'ebrero 14 de 1865.-Manuel -;e:. de Meneses, Escribano público. JJ9-6a-6

l.

IMPRENTA DE J. M. ANDR"ADE" Y F. ·ESCAf,ANTE,
B.AIC'8 DS SAN .A.OUBTJN, NUM. 1.

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• Pétmítame Vuestra Majestad manifestad&lt;¡ lo lisonje~do 'que estpy por'h~(f
NO'MC1AS DIPLOMATICAS.-Recepclon de los Mlnlstros de Espal!a ·i de ltnlla. Dl:,curaos que dirigieron ber sido designado para ser cerca de Vuestrl!, Augusta persona., el intérprete •
al Emperador y contestaciones de S. M.
·
•
PAl1TE8 DE J;AS PR,EFEOTURAS.-De Cuernavaca sobre la guerrilla d~ Castro.-Del primer Distrito de de los sentimientos ~l Rey mi Señot, y cuán feliz me consideraré si en el 1
. México sobre las guerrillas de Qli.lindo y Vald6s.7 1je 'fúx¡ía11 solíre ataque de aquelll. 'villa p~r los dlsl.- ejercicio de las funciones que me hf\n sido confiadas, llego á merecer la alta
dentes.-Del Valle de México sobre una casa de Juego sorprendida en esta capital.
. ,
1
benevolencia de Vuestra Majestad Imperial.
. ·
SOLÍÓITUDES.-Denunclo de un criadero de carbon de piedra en el Plll'tldo de Técall
•
~
•
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}'
OAJ,A:OA.-.:,~n.uacion de aqu~lla-ciuda~ y donativo de SS. M)I. pararemedlar su miseria.
1: ,
y .ARIEDADffl.-Not\cl83 geográlljlaS y estadíst~cas ~el ~ept(rtámen\o de l:oahuila.-Tratadó sobr &lt;&gt; el cacao,
S. M. el Emperador respondió de 1esta ~nera:
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Señor
Conde:
;, .
' .
La
espresion
de
los
afectuosos
sentimientos
que
me
manifestais
en
n◊m•
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NOTiCiAS DIPLOMATlCAS~
bre de1 Rey de Italia, vuestro . Augusto Soberano y mi querido primo, en.
cuentran unajusta correspondencia en los rl}ios propios. Complázcome en
recibir al primero de los Representantes de aquellá hermosa comarca, que
-il ,' . RECEPCIOH R._ LOS SEl'ORES JfiNISTROS DB EBPAI.&amp;: y DE IT~.'.
, ha arribado al suelo mex\cano para estreclui,r las relaciones de amistad 1
Ayer, á la una, un carruaje de la Corte con librea de gala, condu- buena correspondencia entre ambos países. Deséole cordia1mente todo ge1
jo á.Palacio al Exmo. Sr. Marqués•de la Rivera, Enviado Estraordi- nero·de prosperidades.
•
r
nario y Ministro Plenipotenciario de _S. M. C. Introducido en el sa- , Presentad .á. vuestro _Rey, Señor Ministro, estos mis votos c~~ _los que ,ha-·
Ion de Embajadores con las ceremomas de J:Ostumbre, el represen- go P?r s~ felicidad y bienestar; no dudando .vos que encontrareis en m1 la
tante de España tuvo el honor de poner en rmanos de S. M. el Em- ~gida a_que os dan der~ch_o la confianz¡¡. de yuestro Soberano y las venta-.~
perador, las cartas que como tal_ le acreditar(, y ~l_verifi2arlo dirigió Jo~as ~uahd~de1;1 que os ?i,~tmguen.
·'
',
.
. ..
1 ,
ti S. M. el discurso siguiente:
. _En, seguida! el Sr. Conde de La Tou~ regresó á su dor~nciho en el
·
.,._ ,-e
mismo carruaJe d~ la Corte que le- babia llevado á Pala010.
Señor:
Tengo la honra de entregará Vuestra Majestad Imperial'la carta en que é!5l!-;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;.;;;;;;;.;;;;;;;.;;;;;:;;;;;;;¡;,¡;;;;;.;;;;;;;;;;;;;;.;;;;;;;;;;;;;;:;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡¡;;;;;=5¡¡¡;¡¡¡;e
S. M: la Reina de España me acredita cerca de Voestra Majestad como su
En,viado Estraordinario y Ministro-Plenipotenciario. ~Ar cumplir .con 'tan
PARTES 1)E LAS PREFECTURAS.
hoJJro~ mision, debo.manifes.tar á Vues.tra.Majesw&lt;l, gu~ traig_o encargo es- _;....;.;._~--------------------'-...,.______.....,-,
peciaJ de la Reina mi Señora, de asegurarle de sus mas ami~tosos sentfinien.
• lllNIST,RIO DE·OOl3ERNAPfOH',, :.,
tos; y de los fervientes votos que hace por la prospe~id~1de V~estra. Majestad Jmperial y la. de Su Augusta Espos~, por la. gl?r1a ~e su remado y por '(lobiemo civil del Territorio.~Cuernavaca, Marzo 6 de,18&amp;6,la 'paz y concordia del P.ueblo que la Divma Providencia le ha _confiado; de Exlno. Sr.-En la semana anterior se ha conservado inalterablerel.
este pueblo Señor, ~ue está unido á la España con lazos ,de tan cerca.no 'pa- órderr y tranquilidad publica en todos los pueblos sometidos a.lJfu•.
rentesco, el'cual sepa siempre una garantía de l~s íntimas y·cordiales relaéioperio, pertenecientes á los tres Dístptos de este Territorio•..!...De ]os
nes en que deben vivir.
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Muy satisfactorip ha sido, por lo tanto, para mí, el que S. M. la Reina se restos de la gavma del cabecilla Castro, que merodeaba en.lps mon- 1
dignase encargarme de espresar á Vuestra Majestad Imperial estos senti- tes de Huitzilac, ignora esta Prefectura su paraderQ, no obstante hamientos, que son los de todo el pueblo español; y me lisonjeo que al desem- berlo procurado,-Tengo la honra de manifestarlo á V. E., para co- 1
peñar en México mi mision, tendré la suerte de hacerme tan digno de la alta nocimiento del Gobierno de S. M. el Emperador.-Dios guarde á
confianza que la Reina y su Gobierno han depositado en mí, como merecedor V. E. muchos años.-El Pl'efecto político, J. Gerardo· Gomez.-Exmo.
de la benevolencia de Vuestra Majestad Imperial y del aprecio de su ilus- Sr. Ministro de.Gobernacion.-México.
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trado,6obierno.
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Es- copia. México, Marzo 8 de 1r865.
· ,S.' M.' el Emperador se dignó éontestar en los-términos si~uientes:
El Subsecretario de Gobernacion,
Señor Marqués:
,
·
(Fir~ado) FRANCISCO J. VILLALOBÓS.
Mucho Me complace el ver que taml?ien la Españ,a entra.con Nosotros en
buenas y amistosas relaciones, y que ha reconocido la libre voluntad del pue1
blo Mexicano para disponer de sus destinos, erigiéndo~e- en Monarquía.
Prefectura supeiior política del primer Distrito del Departamen- 1
Teniendo·los dos Gobiernos el mismo deseo de hace;i: ,la (elicidad d~ su~ to de México.-Tolnca, Marzo 6 de 1866.-Exmo. Sr,-;-Con esta ,,
pueblos, Nos hallaremos unidos con iguales principio~por un mismo ca.mino. fecha digo al Exmo. Sr. Ministro de la Guerra lo que sigue:-i'De1$-s 1,
Me congratulo de que la Rein~; con su conocida sa)&gt;iduría,' haya. elegido de anoche comenzó á, tener noticia esta Prefectura de q,ue por el rum•
una persona tan distiuguida, para poder reanudal" las relaci9nes interrumpí- bo de Almoloya babia' aparecido una fuerza de ,disidentes, cuyo,, mí- ·,
das entre los dos paises, y estad seguro, Señor Ministro, de que os recibimos
con toda confianza.
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· .
mero, seg·un las diversas noticias, se hacia subir desde cuarenta hast~~
·neseamos á la Reina, Nuestra querida Pr¡I?a, to~a clase . de prosperida- doscientos hombres, á las órdenes de Galindo y Fermin Valdéa.- ~l!'.l
des ·para su reino, y esa tranquilidad y paz interiores tan necesarias para la el acto se puso de acuerdo esta Prefectura con la Comandancia su-:,
he~mosa Espáña, á fin de que continúe el de;iarrol\o .de toqas s~s riquezas, perior, á efecto de que saliera á su persecucion, co111,o re¡¡.lmente se.;
baJo la sombra de una verdadera y durable hbertad,!i
, . hizo en la mañana de hoy, mandando una peque.fia esp,edicion, 9om-,
. El Sr. M~rqués de la. Rivera fué despues conducido á su residen- pQ~sta de cuarenta ?ragones de la fue_rz~ rur11,l wóvil de 9stwci\l~!d, J
c1a en el m1smo carruaJe de la Corte.
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:::
~remta hombres de mfantería 'del Reg1mient9 del Emperador y, cui-- 1
De 1~ misma manera y co'n las mismas é~J.:emonias, fué conducido puenta de la misJ:?a· a1·rna de los voluntarios que .manda el Tenieppe ,
á Palacio y presentado-ante S. M., el Exmo. Sr. Conde de La Tour, Coronel D. Ignacio Lomas, cuyas fuerzas fuenm f!l-1 mando del _gefe ¿
Enviado Estraordinario y Ministro PleniP.otenciario de Italia. S. E., proyisional de la Guardia rural, ca.pitan; d~ · Cl\9allexia perm~nente r
al entregar al Emperador sus credenciales; pronunció estéJ dis&lt;furso: D. !Rafael Gonialez, quien regresa con la fü~.i¡z3i ~¡\lpresaqa en este
Señor:
momento ~ue so~ 1as ·sieté de la noch~, dicienpo qu~ ~PV,~Awu tresº
Tengo el honor de _Presentar á Vue~tra -Majestad lt?p,~rial la carta por la µe la tarde logr~ alca~zarlos en_ la bacienda de Zacan.g(!uqonde des~ual S. M. el Rey,..mi aug4sto .So~erano, rp.e acredita cerca de Vuestra Ma- pu~s de,una resistencia de media hora, los puso en p~~pleta, fuga;
Jestad, en calidad de su Ehviado Estraordinario yMinistro'Plenipotenciario. dispersándolos en div.ersas direécione'II y quitándoles qos caballos ,en•í
~\ R ha sa~ido, con l~ mas ,v~va satisfacci9n.,, la elevacion de _Vuestra sillados y_enfrenados, tres mosquetes en buen uso, dos lanz~,huiia
M~J~sta_ Imperial al trono de Mexico, y me encarga ofreceros, -Senor, sus maleta' con ropa fina y unos papeles insignificantes; creyendo fdemas
f~limtac1ones mas since~as, así como ~us votós ~or el1 bíenesta; y ta pí:ospe- que sé le¡¡ hicieron algunos muertos ó heridos,/por la sa11gre que' baridad de los pueblos-que Vuestra Majestad ha sido llamado á gobernar , · .
1
·
11
Los lazos de parentesco qu~ unen al Rey·y á1Vuestra Majestad'Impe~ial b1a, ,tanto ren el lugar.de~ combate cofl¡O en_e camino, qpe evaro,n.,,tl
servirán,'así lo espero, á estrechar las relaciones amistosas' ·gue éxisten y~ y que aunque se pets1g1116 á alguno~ pequenos grupos. en. los qae. se,1
entre las naciones Ita.liana y Mexicana.
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,,'·1 fraccionaron, lo fragoso del terreno, Y por hab~J:f~ me~idp en ~l -mqp"(0
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SUMARIO

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�226

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

te, donde ya no era posible la persecucion durante la noche.-A reserva de trascribir á;V. E. el parte detallado, luego que lo dé el referido
Ca.pitan Gonzalez, me apresuro á comunicar lo espuesto á V. E.,
agregándole que por parte de las fuerzas del Supremo Gobierno no
hubo desgracia ni pérdida alguna."-Y lo inserto á V. S. para su
conocimiento.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior polftico, Paicual Gonzalez Fuentes.-Exmo. Sr~ Ministro de
Gobernacion.
Es copia. México, Marzo 7 de 1866.
El Subsecretario de G&lt;&gt;bernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,

igual clase·n. Pedro Martos, y el de la Cruz el comandante de escuadron, D. Enrique Llorente, quienes demostraron cada uno á su
vez un !alor envidiable. Nada han ~ejado que desear todos los que
concumeron á la defensa de esta VIlla, que por muy justo título
merecen el nombre de muy valientes y dignos. En el momento en
que fué atacada esta plaza, el señor comandante militar quedó encargado de todo el mando, ayudándole esta Prefectura en fiodo lo
que le fué posible. Felicito á V. E. por el triunfo obtenido, protestáodole con tal motivo mi aprecio.-Dios guarde á V. E. muchos
años.-El Prefecto político, P. L. Lamar.-Exmo. Sr. Ministro de
Gobernacion.
El Subsecretario de Gobemacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
Imperio mexicano.-Prefectura política del Distrito de Túxpan.
-Ti':l~pan, Febrero 22 de de 1866.-Exmo. Sr.-El martes 21 del
preeerffe, á la una de la tarde, fué atacada esta plaza por el enemiPBD'EC'l'UBA POLITICA DEL DEPilT.&amp;llERTO DEL VALLE DE IIEXIOO.
go de Papantla, en número de 800 á 1,000 hombres, segun las deNúmero 1,914 ·
México, Marzo 7 de 1865.
claraciones recibidas á los prisioneros y heridos, cuya fuerza se componía de los de la Legion del Norte, Ligero Llave, dispersos de TlaEn el ex-convento de Santa Clara había establecido D~ María Pensado
colu1a y los papantecos, siendo los gefes principales los coroneles una casa de ju~o prohibido, la ~ue sorprendida. por la policía, en ella
D. Ger6nimo Tr~viño, Lara y .Martinez. La fuerza que cubria la fueron aprehendidos D. Juan Garc1a, D. Severiano Hernandez D. Juán Raplaza se compoma de 250 hombres, 100 de Temapacne y ló0 veci- bia,. el_ subteniente D. Ignacio Pineda, el teniente D. Manuel Cárdenas, D.
nos voluntarios de la poblacion, inclusive los empleados. El ataque Cas1m1ro Fernandez, D. José Serrano, D. Francisco Martinez, D. Francis~ Villanueva, D. Alberto Suarez, D. Leandro Elizondo, D .. Remigio Casse concretó al cerro ael Hóspital, lugar donde solo babia 70 •volun- tañeda, D. Felipe Romero, D. Camilo Velazquez, D. José María Machuca,
tarios, inclusos 13 franceses, los cuales por una casualidad llegaron D. Longinos Cervantes, D. Cornelio Becerra, D. Cristóbal Diaz, D. Hercula víspera en número de 35 con el Sr. comandante del vapor Colbert, lano Zubieta y la espresada iD~ María. Pensado, á quienes -ein perjuicio de
quien con la mayor deferencia, valor y actividad, se prestó á coope- habérseles impuesto las penas que demarca la ley de 25 de Febrero de 1864,
rar á la defensa y conservacion de la plaza; y no obstante que. alli conforme á la fraccion 2• del art. 4~ de la misma ley, se hace indispensable
se \e cargó el mayor grueso de fuerza, los defensores de la fortifica- que sus nombres queden publicados por tres ellas consecutivos en el periódicion, con un entusiasmo sin limite, resistieron el empuje, haciendo co oficial.
El secretario general de la Prefectura,
retirar al enemigo. En los momentos de que hago referencia, colo'
(Firmado) ALEJANDRO VILLASBIOR.
t.
caron sus piezas en la Ceiva y cerro de San Fernando, que como
medianía del Zapote y Hospital, tuvieron que repartir sus fuegos á
ambos cerros, y animados d.e esta disposicion, continuaron atacando E!!E!!!Ei!!!5;!!;oi!E!!i!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!5!!!;!;;e!!!!=;;;;;;;;;;;s;;~;;;.;;!!i,!;;;;EE!3i!i,EE!!i!!i&amp;31!E!=B.
;
el referido Hospital de una manera tan tenaz y valiente, que mas
SOLICITUD.
db1una vez 'la•fortun'a se iba negando. El peligro que se iniciaba, _ _ _ _ _..;.__ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.!.!:.;;.:...:;.::,;.:....._ _
cambió cuando el valiente comandante militar D. Manuel Llorente,
MINISTERIO DE FOIIENTO.
,{ ~con diez franceses y otros tantos indígenas de Temapache, tomó el
Prefectura politica del Departamento de Puebla.-Puebla, Marzo 5 de
ceno del Campanario, y con su serenidad caracterlstica, impuso al
1865.-Seooion 1~.-Núm. 927,-Los Sres. D. Fernando Pardo, D. Fere?emigo de upa m~nera, qae le desconcertó su plan hasta allí com- na.ndo Pardo y Osio y D. Juan A. Pardo y Osio, con fecha de ayer pres~ri.binado. Observado por este señor otro movimiento, se bajó del Cer- taron á esta Prefectura un ocurso, denunciando un criadero de carbon de piero á dar
al señor comandante del vapor, manifestándole la po- 8ra, en la nac1enaa ae Ifue.strn .senora de Halvanera, del partido de Tecall,
sicion de enemigo, y proponiéndole una carga á la bayoneta para de su propiedad, cúya denuncia admitió esta Prefectura. con ¡meglo á las
contener á los que avanzaban por las calles próximas á la plaza, pa- Ordenanzas del ramo.-Lo que tengo la honra de comunicará V. S. para su
rá posesionarse de ella. Admitida esta idea, el Sr. comandante Llo! conocimiento.--l:Jios guarde á V. S. muchos e.ños.-El Prefecto sqperior ,
&gt;
rent~, con cosa de diez franceses y quince vecinos de la poblacion y Jo,é :Maria E,teva.-Sr. Subsecretario dél Ministerio-de Fomento,
Es copia. :México, Me.rzo 8 de ÍSOO.
•
1
Térhapache, ·efectuaron el movimiento, el cual produjo efectos adEl Subsecretario de Fomento,
mir11bles, pues el enemigo huyó, y entonces, como 200 hombres que
(Firmado) M.úrUEL ORó~co.
flanqueaban el cerro para atacarlo á dos fuegos, fueron desorganizados por esta guerrilla, haciéndoles tomar la direccion primera por
- donde atacaban, en éuyo paso fué herido con dos cont'usiories el Sr.
OAJACA. ·
Llorente. La noche se aproximaba, y este señor se marchó al Hospital; pero no pudiendo pasar, y en virtud de ot ra noticia que réciEs increible el estado de ruina y de miseria á que dejaron reducida la ciu·
bió, se reconcentró al cerro de la Cruz á moralizar á sus defensores, dad los disidentes, por los destrozos que en ella hicieron, y por las violenporque se susurraba que estaba herjdo de gravedad; pero su presen- cias atrqces que cometi~otl contra sus habitantes. Miles de estos han quecia reanimó á todos, cambiando la escena en regocijo y animacion. dado sin hogar y sin recurso de ninguna especie, y vagan por las calles d'e1a
poblacion, cubiertos de harapos y moribundos de hambre, sin que las nueA los pocos momentos la decoracion se vió de otra manera, pues re- vas
autoridades puedan remediar tantas desventuras, no obstante los esfuersuelto el enemigo, dió una carga brusca al cerro del Hospital con la zos que hacen para ello.
tropa de linea, en ·número de trescientos y tantos hombres, y fué tan
Compadecido el Emperador de esta sltuacion, al mismo tiempo que ha
ruda, que llegaron á la contra-escarpa, lugar donde se presenciaron dictado las medidas convenientes para que tenga un pronto fin, ha dispuesto
hechos de un valor admirable, pues unos y otros se tomaron las ba- eri'Viar á Oajaca diez-mil pesos, de los cuales seis mil son de su caja partfouyo'netas, y a.lli la cuestion tocó á su término, quedando en el glásis lar y cuatro mil d!l la caja de la Emperatriz. :Ésta cantidad será repartida
31 fmÍertos y 1:0 heridos, y el cerro citado se coronó de gloria. En entre.los mas necesitados, de acuerdo con el Señor Gefe.J&gt;&lt;)lítico del Deparel momento
que se daba el ataque de que se hace mérito, la fuerza tame'nto; y tenemos entendido que será conductor de ella un general del
1
que saldrá de un momento á otro para su destino.
enelnigR. movió su resto'y simultaneamente atacó los cerros del Za- ejército,
La munificencia'de SS. '.MM. llevará pues el consuelo á los infelices hábipote y la Cruz; pero todo esto terminó con la decision del Hospital, tantes de Oajaca, mientras que la solicitud del Gobierno hará que renazca
cesando lo.s fuegos entre nueve y diez de la noche, abandonando· el pronto allí él bienestar que á la sombra de la paz y del órden no puede
caJilpO de- doce á una·de la mañana. El enemigo ha sufrido bastan- faltarles.
J •
te, p,rns hasta estos momentos, que será la una de la tarde, se han
recogido en la contra-escarpa, tres oficiales muertos, veintiocho de
tropa, un oficial herido y nueve de tropa, do&amp; cajones de parque y
VARIEDADES.
sese,n.ta y cinco fusiles'; lo que prueba que los que los embrazaban
\
han ~ido heridos, sin perjuicio de que segun los seis prisioneros que
se&gt; ~a;n hecho1 llevan múchos, y en sa tránsito y puntos que ellos ROTICI&amp;.8 GEOGBAFIC.AS Y ISTADISTIC.AS DEL DEPABT.&amp;llElfl'O DE 00.&amp;mJIU.
oeupaton, deJa-ron•bastantes sepultados, calculándose su pérdida tot~I, s~gun informe·s, ~ ·ciento y tantos. Por ,nuestra parte hemos teMlTNIOIPALIDAD JÍB Ynu DÍ MuzQuíz, DBL DISTRITO DB MONotovA.
mdo1tln sargento y siete soldados muertos, asi como once heridos; y
d~ 'los franceses, heridos, un teniente de marina, un capitan de ar- La estension dél tertit.orio de la municipalidad es de diez y ocho legúas •
m~(1 'soldados y ano muerto. Como aun se está recogiendo el en cuadro: la temper.átu~a ragradable, y el terreno el mas P~"to~escoi ti&lt;J? Y
campo, no se pue~e cfür un parte circunstanciado, pero lo verificaré feraz &lt;;!el Departamento. •Esto, unido á lo saludable de su olima, y á l? ab~n:i
dante ,d~ sus prO'du.ccio$1! minerales1 lo hacen uno de los puntos mas imporcuan_dó así lo r~cib~'· No puedo menos que recomendar ií
E. el
tantes de atender.
heró1eo comportarntento del Sr. comandant.e militar D. Manuel LloHay en la tn11nrcipalldad,dos ríos, diez y seis ojqs de agua, una villa, cuarente, asf cq'rno el eminente de los comandantes de los cerroS',' siendo tro haciendas. diez y nullve ranchos y tres estancias ·de ganado mayor,
el ael Hoépital el ca.pitan D. Andrés Llorente, ei dél Zapote el de
En la villa existe un templo, un cementerio•yuna cárcel.

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f

~s

v.:

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227

desnudo. En todos tiempos, Y particularmente en los dos solsticios se cubre
de una gran cantidad de flo~es, pequeñas y sin olor, esparcidas por'el tronco
Niños de 1 á 16 años............. , •• .. • 484 421 905
y las ramas, formando ramilletes. Estas flores son completas con el cáliz re·
J óvenes de 16 á 25........ , .• ,, , • • • • • • • 363 399 762
cortado en cinco hojuelas abiertas, lanceoledas y caducas. La'corola está forDe~á50 .......•.......•..... ..... . 386 388 769
tnada de cinco pétalos escavados en su base; los estambres en número de
Ancianos ••.•••.•.•.•.•..•.. •, • • • •, , • • 111 107 218
diez, reunen sus ltílitos por abajo en un tubo, de los cuales ~inco son estériles y largos, y los otros cinco cortos, los que se ocultan en la cavidad de los
Sumss . •• •. • •• •• • • • • • • • • • • • • • • • 1,344 1,310 2,654
pétalos. Cada uno de estos hilitos sostiene una antera con dos celdillas y
sobre
el ovario, que es superior y oval, se eleva un estilo coronado por ~inEl total de 2 654 habitantes lo forman:-484 hombres y 421 mujeres.co
estigmas.
Solteros 370 h~mbres y 307 mujeres.-Casados, 436 hombres y 486 muje- El fruto es una cápsula coriácea, semejante en su figura á una pifia, con la
res.-Viudos, 54 hombres y 146 mujeres.
superficie escabrosa y marcada con diez estrías de arriba abajo. El centro
está dividido en cinco celdas, llenas de una pulpa ·gelatinosa y ácida que cuLas ocupaciones de la poblacion son las siguientes:
bre las semillas ó habas, las cuales están pegadas á una placenta comun y
Labradores . , .• , , • • , , , • , , • , • , • • • • • • • • , • • • , , •• , , •• , , 314
central. Cada fruta tiene de veinticinco á cuarenta habas cubiertas con una.
ArtesiP.nbs • • • • • •••• , • • • • • • • , , , , •• , , .. , • • • • • • • • • • • • , • , 78
piel amarga. La pulpa mitiga la sed y es un refresco agradable,
Jornaleros . ....•..... , , . , , .. , . , , , , , , , , , ........ .. .• 81
Poblacion aotoal,

Hombree. Ha,feree. .folal.

Mineros ......• , . ••• , ..• • , •• . ,.,,, •,•, , .• • •..•• • •••
Operarios de minas . •...•••.•••..••... , .•.•..... , . , .
Sirvientes .•••.• , ••••. •... , .• • • , . •. . •• , • . , ... .• .••••

Saeristan .•••••• •. • •• . •••••• • .•.•.• •..••• ~• .••• ..• ••

Comerciantes. . . . . . . . , ..... .•..... . .... , ........•. , .
Médicos . .. . . .. .. . ...... . .. ...•...• .•.•. •.•... . ••..
Militares retirados .. ...... ...... , , ...•.••....•......
Emplead.os... .•. ..••• ••.• . . .. .• •..• .•.• , •.•••.•.•••
'

2
27
223

1
14
2
l
3

746

Hay un sacerdote secular, que es el cura de la villa.
Riqueza.-Ganadería.-Instruooion pública.

Nada de esto especifica la comision encargada de la geogtafia y estAdística de la municipalidad; pero de ello se puede formar una idea por las siguientes notas que pone.
1'0'rAS.

. " l ~ En el feraz terreno de la Municipalidad se cultiva el maíz, frijol trigo y caña de azúcar, de que se saca el mejor piloncillo dellmperio, y ~ uno
de los artioulos mas productivos.
~! La cría de ganado mayor ha disminuido bastante en estos últimos afios
á'óo'nsecuencia ae las incursiones de los indios barbaros; pero los terreno~
son'. inmejorables, y si hubiera una fuerza destinada á la persecucion de este
feroz enemigo, se sa.carian inmensas ventajas de la cría de dicho ganadQ.
8! Hay un considerable número de minas en la Sierra de Santa Rosa
que producen plata y plomo que se benefician por fuego. La mayor parte d~
estas minas están abandonadas, unas por la mucha agua que tienen, otras por
su dureza, y las mas por falta de brazos; á lo que se une la escasez de inteligentes en el ramo, y ile má.quinM para seguir obro.e al'l'oglodru:i y Sll&lt;lflJ' 00
Slill metales el producto que se debe, pues su ley es de bastante consideracion.
n;1
· 4! Para la instruooion pública hay. una escuela particula.r, y el Ayunta·
miento da el local que ocupa, oon la condicion de que el preceptor admita
gratis diez niños pobres que fa Corporacion designa."
Hasta aquí los datos recibidos.
Hablando de minas, la Comision que presenta los anteriores datos, olvidó
in,cluir el mineral de hierro virgen que se encuentra en el punto llamado la
Slerritá, perteneciente á. la misma municipalidad de Villa de Muzquiz, y que
es un tesoro abandonado y de que nadie hace caso, pero que si se esplotara
daría brillantes resultados. Tambien se dejan desapercibidas varias vetas de
carbon de piedra que allí existen. Nosotros, al hacer el resúmen de los dátos
geográficos y estadísticos que estamos publicando, nos proponemos hablar estensamente sobre los minera.las todos de esa municipalidad en que la pródiga naturaleza ha acumulado tesoros sobre tesoros, en los reinos mineral y
vt5getal; poniendo á cortas distancias, para que recíprocamente se ayuden en
su 1,éneficio, el carbon mineral, el hierro, el plomo y la plata, en tal abundanc!3( que no hay quien abra un agujero en la sierra, sin órden, sin método ni
sistema, y ponga en un mal horno de fundicion el metal estraido de cualquiera de las mil vetas que la cruzan, que no logre una mayor ó menor cantidad de plata, que es en esa localidad lo que se dedican á buscar, despreciando los demas metales.
Por otro lado, vemos fertilísimas praderas regadas por los ríos Sabinas
Al'~mos, y diez y seis abundantes manantiales; inmensos bosques de nogá.les:
sabinos, álamos, y otra porción de árboles corpulentos y utilísimos.
Y tanta riqueza que Dios ha puesto en esta localidad, debajo de un cielo
tan puro, de un azul tan hermoso como no se ve en otra parte del Imperio,
Y en donde los habitantes, disfrutando de un clima sano y benigno llegan
fue~tes y robustos hasta la mas avanzada l!llCianidad, yace en un estado de
lastimoso abandono, solo por falta de proteccion contra la destructora guerra
dél salvil.je.

,

1-

TRATADO SOBRE EL CACAO.

n.

CULTIVO.

El cacao requiere un terreno fértil, húmedo y profundo en razon de su
gran raiz central, y en los terrenos arcillosos y resistentes no prevalece.
Cuando el terreno es el que requiere la planta, comienza á fructificar en
abundancia á los tres años; y cuando el terreno es fuerte y húmedo, los árboles crecen mucho, pero no dan tantos frutos, En las tierras que no están
descansadas duran poco, y el fruto es de mediano tamafio y poco abundante,
Así es que se acostumbra desmontar los terrenos para hacer las plantaciones
del cacao.
Para ello se comienza por quemar el monte, y despues se cava profundamente, quitando todas las raíces que se encuentren y allanando despues la
superficie. La plantacion se ejecuta en tresbolillo mas ó menos abierto, se- /
gun la calidad del terreno, y se marcan con piquetes los puntos donde deben
sembrarse las habas, haciendo en ellos dos ó tres agujeros próximos y colocando en cada uno de estos una haba, cubi-iéndolas en seguida con una poca
lle tierra.
Para las plantaeiones deberán elegirse las habas mas maduras y sanas recien recogidas, porque si no son nuevas, no nacen. Las que no nazcan, se
repondrán.
Las plantaciones deben hacerse en sitios abrigados guarecidos con árboles
ae cierta altura, para que defiendan al cacao de los recios vientos que tanto
le perjudican, y tenga sin embargo bastante ventilacion.
La reposicion de las habas que no hayan nacido, se hace á los diez 6 doce
meses, cuando se arranquen las plantitas sobrantes, dejando solamente los
piés mas vigorosos de los que nazcan en cada punto del tresbolillo: En ¡¡l.
gunas partes acostumbran hacer criaderos y trasplantarlos en seguida, cuan•
do la planta está un poco arepida, parll. quP. Mí...r.esista mejor a)ol'I insectos;
pero muchas no prenden, por lo cual es mejor la siembra.
El cultivo, al principio del nacimiento y crecimiento de la planta consiste en quitarle las yerbas que impidan su desarrollo, y conservar ;l suelo
convenientemente húmedo.
Las habas tardan de siete á doce dias en nacer, y al cabo de veinte han
crecido de cuatro á seis pulgadas, y se hallan adornadas de cuatro ó cinco
hojas.
~gunos arbolitos comienzan á florecer á los dos aiios; pero se les quitan
cmdadose.mente estas flores para que no se debiliten fructificando tan temprano. Generalmente en esta época han crecido vara y cuarta ó vara y media. _A los tres años de vida f el árbol es C\lando ya le dejan las flores, proporcionando á su fuerza el numero de frutos, los cuales maduran ordinariamente á los cuatro meses despues de la caída de las flores, conociéndose Ja
madurez del fruto en que se pone amarillo. El fruto se da sobre las I"arfu'ls
gruesas y sobre el mismo tronco. Es ese4so en los primero~ ~ños: á los ocho
cada pié apenas da treinta cahoses; pero cuando están los árboles en su ma..
yor vigor, dan hasta doscientos cincuenta.
Sin embargo de estar ordinariamente cubiertos de flores y de frutos se
hacen dos cosechas principales, una á mediados del verano, y la otra qu~ es
la mas considerable, en Diciembre.
'
Para conservar la plantncion en buen estado durante veinte ó treinta años
es preciso labrar bien la tierra y recalzar las plantas, cortando las estremi~
dades de los árboles cuando estén secas, y quitando al árbol las lastimadas;
pero sin acortar las ramas vigorosas ni hacer grandes heridas, porque estos
árboles están llenos de un jugo lechoso y glutinoso que no es facil contener
y se debilitarian mucho.
'
Hay varias especies de ho'J'mi·gas y langostas que invaden loB'plantíos, comiéndose las hojas, y con preferencia Jos brotes, lo cual mata él árbol ó ret.arda su vegetacion. Las hormigas blancas, y aun mas las rojas, hacen estragos tan ~andes, que en una sola noche destruyen un plantel, particularmen- ·
te 's1 es nuevo. J¡;l medio de destruirlas es buscar los hormigueros y llenar1os
de agu~ hirviendo, y polvorear sus caminos de sublimado corrosivo.
En el Imperio de México se cultivan varias especies de cacao, y en'algunos ·Departamentos, como por ejemplo en Oajaca, se dan riquísimos, y son
~l Ca.tacas, el Maracaibo, el Guayaquil, el Trinidad ó Cáráquillas, 'el Mara.ñon, el Soconusco (tenido, así como el Caraca¡¡, por los mejores) y otros,pero
~ cultivo es igual en todas las ele.ses.
1

l.
DESCRI'l&gt;CION DEL GENERO,
•
ffi,
el T~ especie.e¡ conocidas hay de cacao, y son: el silvestre, el de Guayana 'Y
RECOLEocroN,
,éllltivado, dél que se hace el chocolate y al cual llama Linneo Jekobrónlf L La rooolecoion de las.pifias ó ca.boses se hace con horquetas de mad~
ár
.
.
· · ~esprendiéndolas cuando n.o se alcanzan con la mano,.echá~dolas. ep,~n s~co;
bol que produce el cacao es medianamente alto y grueso, mas ó·ma., o· cesto el cual una vez. lleno se conduce fuera de la platltac1on haciendo (ff)'H,ª
~~s~!;~ la naturaleza del terreno en que se éria. La corteza del tró'líco 'es tdas ettas iecóleccion~s un_ monton. A los tres ó cuatro. días de,sb.ar.~an.1¡¡¡',j
á bol
e canela, la c~al es tanto mas oscura cuanto mayor es la edad del iña,g doooe mismo se halfan y sacan las habas quitándoles la-pttlpa.mueiW1
• r ai' cuya made:ª. es J1gera_y porosa. Sus ramas están guarnecidas de ho- inosa que las cubria para ll~va'rlas á la casa, donde las colocan en' éesfQ1,·,
~i;nas, entensimas, pecioladas, grandes, lisas, colgantes y venosas por cajones ó barricas levantados del suelo, y las cubren con hojas; ~~-6't°i
e enves, que se suceden unas á otras de modo que el árbol jamas se mira hlas, clrgándol&amp;s despues de piedras. En tal estado permanecen cuatro días,

ú._,.

tf'

Jf

�.QIARIO DEL IMPERIO.

22Jt

volteándolas todlj,S las mañanas; á esta operaoion llaman sudar, la ou!ll convierte á )as habas, de bláí:ioas que efah .en rojizas oscuras. Esta fermentacion
es'ne~~$aria para ,q,ue no germinen con la humedí'd y no se resequen si el sitio c~ 1ca1ientb. •l)~11és de' esta ope):aoioh lo poneh á secar al aire y al sol,
y en seguida, cuandd ,está bien se~, se guarda en cajones 6 sacos en paraies secos.

ANUNCJ:OS.
' ;

AVISO IMPQRTANTE . ,

PARA. LOS SUSCRITORES DEL "DIARlO ·DEL DIPERIO."

Se van á reimprimir los números' de este perlódi~ desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hepha la reimpr.e¡:¡iqn ~~ rpmit¡rán estos números
SERVICiq DE CORREOS.
á los sus~rit!&gt;res que los han pedido.
.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban sttset·ibirse 1\1 Du.R101 se servirán decir lo mas pronto po·sible el número de
ENTRADA' y SALIDA DB CORREOS J¡N "LA Am.nNISTRACION GENERAL DB ESTA
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del périódico pueda
•
.
.
:. CAPITAL,
.
arreglar convenientemente sus trab~jos.
LLEGA COBBE.ffl&gt;ImENCIA:
Se suplica á los susoritores de los Departamentos que no han pagado toJ UEVES.-De Texcóoo, 'Ayotla, San Martín Texmeluoan, Tlaxoala, Puebla, davía el primer trimestre del a:qo actual, que r~mitan cuanto antes el imporOrizava Córdoba, Veraoruz, Tacubaya, Lerma, Toluoa, Tenancingo, Ixtla- te de las susoriciones correspon~iente¡¡ á. ()ste pl}~ipdo.
huaoa Sán Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, 'Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Eoatepec, Paohuoa, Tulanoingo,
Teotihuacan, Otumba, Aparo, Tlalnep.U"tla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan ~el Rio, Qucrétaro, Guanajuato, Lagos, El Diario del Imperio se publicará en lo sucesivo todos los diu á las doce, menos los
y días festivos en que estén cerra.fas las oficinas del Gobierno,
Aguasoalientes, Guadalajara, Zaoatecas, Durango, Tula, Tlalpam, Cuernavaca. domingos
El despacho se halla es~blecido jlll la ca11a núme¡o 8 de los Bajos de San Agustín.

AVISó . .

,,

SE II&gt;ESP AOHA IOORRESPONDENCIA

El precio de la au~cricion ae.rá:

•

HASTA I\AS 9 DE LA NOCHE,
En la Capital, por un mes ... , ....... . . • ... .. .... $ 1 50
Id.
id. por tres meses.. . . .. .. . . . . . . . . . . . . 3 00
· jUE~Es.-P~ra Texcoco, Ayotla, San Martín Texmeluoan, Tlaxcala, PueEn los Departamentos, por tres meses, franco de
bla Orizava, Córdoba,·Veracruz, Taci¡,baya, Lerma, Tolu-ca, Ixtlahuaca, San
porte........................... . .. .. .... .. 3 75
Félipll del Obraje,, Mineral·del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachúca, Tulancingo, Teotihuacan, El importe de las euacriciones se pagará adelantado.
Otumba, Apam, Tlalpam, Cuel,'navaoa, Tlalnepa1;1tla, Cuautitlan, Tepeji del El precio de los anuncios será convencional, y deberá pagano preoisamente adelantado,
ain cuyo requisito no podrán publicarse.
•
Rlo, Tula, Ixmlqui4ian1 Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétar?, G'ua,{ajuato, Lagos-, Aguasoalientes, Guadalajara, Zaoatecas, Durango.
Los recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincentiis, encargado de
esta admini(ltracion.

No ae admiten reclamaciones por falta de recepoion del "DIARIO," aino hasta
el dia siguiente de publicado cada númere.

ANUNCIOS OFICIALES.
P:uncruu POLlTICA DEL DEPABTADRTO DEL VALLE DE IBXICO.
CoMis10N REV1soRA.-C1TAOION,

1UZGADO 2° DE LO CIVIL.
En el espediente promovido por D. Angust.e Donssine, por D. Juan J. Torrea, contra elLic. D. Mariano Zavala, sobre pesos, ha mandado el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á pedimento del actor, se oit.e á dicho Sr. Zavala para que en el término de
diez dias se presente á sacar los de la matftria, á efecto de que alegue de su derecho; bajo
el 1Lpercibim1ento de que en caso contrario se le dará por citado para sentencia. En tal
virtud, hago la present~ citaoion; advirtiendo que el despacho del que susclibe eatá en loe
bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
México, Febrero Z'/ de 1865.-Manutl T. de Me11eses, Escribano público. 176-Sa-1

,
México, Marzo 8 de 1865.
Ignorándose l&amp; casa hab'itacion de D. MARIANO VELASCO Y CREYADO, y neeeaitándoee su presencia en esta Junta para revisar la redencion de un capital de 17,700 pesos que reconocía á la E~cuela de Agricultura !a'hacienda. de la Laguna, la repetida J1tnta
ha t.enido á bien acordar se le emplace por los periódicos, señalándole el t.érmino de ocho
dias para que se preaente, por sí ó por apoderado, con el objeto dieho; bajo el concepto
g_ue de no verificarlo, In Junta procederá de oficio en el particular, conforme .á !na dispo1UZGADO 4~ IIEN0R.-1~ DE SANTO DOltINGO NUJl 8,
11c.ionea' vigent.es relativas.
ÜRDEN.-Por la presente se hace saber á D. Juan Nicochea, q•te en el juicio que le
, ,
,•
El Secretario de la Comision, M. dd Valle.
promovió D. Antonio Trigueros, se ha pronunciado un fallo que en la parte resolutiva di,.
eej. laJetm: "Con (l.fteulo á las Leyes I':-, tít. 4~, lib. 4\l de la Recop., y_lO y 8, tít. 22,·
ADltI1'IJ'T~AOI01' CUUfE:&amp;AL D:r; OOJS.ltEOif,
Part. ·3~, d1Je que deb:a de condenarse y condeno &amp;1 espree!ldo D. Juan .Nícochea 111 pa,v;o
de los cincuenta pesos demandados, y todas las costas, el cual verificará dentro de t.ercero
lN'rEREBANTE AL PUBLICO.
dia despues de la publicacion de ,~ sentencia en el periódico oficial; apercibido de ejecuEl'dia 11 del corriente á las ~nce de la mañana, ae despacha de esta Administración eion á su costa si no cumple. Así lo fallé y firmé con los de asistencia. Doy Ce.-Cn'st6bal
general un estraordinario para Veracruz con la correspondencia qne debe cenducir al Poultt y Mier.- Asilltenoia, F. Alegre.-Aiüat.encia, J. Flores."
eaterior el Paqu,ete franc&amp;. Lo que se avisa al público para su intelige;icia y efectos cor• México, Mano 2 de 1865.-Lic. Poulet.
177-1-1 ·
respondientes.
,
,
·
Méiico, Mattó 6 de 1865.-Luis de l"' Peza.
CITACION roDICI4It,
El Sr. Juez 4~ de lo civil de esta 'corte, Lic. D. Evatisto Reyes, á solicitud de varios
TBIBlJNAL JIDCAlffiL DE QUBRET.&amp;BO.
acreedores de D. Santiago Barthea, ha mandado se cite á loa demas y se consideren con
el mismo derecho para que concurran á junta que se verificará el d,a 13 del corriente á
-.
Querétaro, Marzo 2 de 1855.
En el espediente sobre declaracion 'de quiebra de D. Próspero Clairin, por auto fecha laa doce, en su juzgado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, con el objeto de
27 de Febrero próx~ó. pasado,. el Tribunal,. éntre ·otrae cos_as, ha mandado ~ convoqué que se.formalice el concurso necesario. Y en cumplimiento de l? mandado pongo el prepor,medio de los penód1cos oficiales del Gobierno del Impeno y el que se publica en esta aente.
México, Marzo 7 de 1865,-Casimiro Ftrnandtz, Escribano público.
174-5s- 2
ca11ital1 á lok acreedores ausentes y desconocidos que se crean con derechos que deducir
contra dic.ho concurso, á fin de que dentro de los veinte dias siguientes al de la primera
publicacion, se presenten por sí ~ apoderado al BÍ}ldiCO administrador D. Marianp Rodri00111ll'Am DEL FERROCARRIL DE JIEXICO A PUEBLA.
guez con los justülcantes re11pectivos de sus créditos para los efectos que previenen los
Celebrada.
una
aeaion llel Conseje .Administrativo, el dia de ayer, para arreglar las opeartfoaloa 813 y814 del C6dige-de comercio.
racionea previas á la d.i.solucion lle la Sociedad, se acordó que á pesar de estar reaen.miY conforme á lo mandado se hace saber á quienes corresponda..
da.11 la mayor parto de las acciones en la persona del Sr. D. .A.ntonio Eacandon, se convo,.
El Secretario interino, Antonio Otero
que una junta general para las 5 de la tarde del dia J5 de este mes en el despaclio del
Ferrocarril, plazuela de Guardiola, para tratarse de la d.isolucion indicada. No bastando,
INTERESANTE.
segun los Estatutos, nna sola sesion para tal objeto, se acordó igualment.e la convocatoria
para la sogundajunta, que se verificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
SECCION ESPECIAL DE LA CoNTRIBUCION DE OoHo AL MILLAR sonRt FINCAS,
México, Marzo 7 de 1865.-Mier y TcrfL11.-P. Alm.azan, secretario.
175-Se-2
Se recuerda á los causantes ae la contribuci&lt;&gt;n espresada, qne conforme á 111 Ley, deben satisfacer, dentro de los diez primeros dias del presente mes, en las recaudaciones
1UZGADO 4\1 DE LO CIVIL.
respectívas, lo correspondiente al segundo bimestre que comienza el dia de hoy; advertiEUli'.
Juez
4\1
de
lo
civil,
Lic.
D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, hamand!ldo se condos de que las personas que no lo verifiquen, incurrirán en los recargos y gastos de covoque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del int.estado de D.
branza que la Ley impone á los cauaantes morosos.
Marcelino Sanchez, para que en el término de treinta diaa se presenten á deducir los que
México, Marzo 1\1 de 1865.-lgnacio de .dllamira.
le$ competan; apercibidos de lo que haya lugar si r,o lo verifican.
México, Febrero 7µe 1865.-.Manuel 7'. de Meneses, Escribano público. 97-3011-22
-r
~l'fiNISTRAOION GENERAL DE CORREOS.
•,1

rozo~ 4&lt;.&gt;

INTERESANTE AL PUBLICO,
•

Esta A~ministracion general tiene conooimient-0 de haber sido.int,erceptada cierta can
tidad de sellos del previo franqueo, ni ser conducidos á su destino. En consecuencia, y con
el fin de evitar que el público sea sorprendido al adquirirlos, se pone en su conocimiento,
que siempre que los espresados sellos estén marcados con los números 20, 204, 244, y ade
maa todos ellos con el número 81 son nulos y de ningun valor para el objeto á que están
deatinados; pudiendo sar con11ignádo el que los posea ante el Juez compet.e.nte, para la
av~~iguacion que correspondo, 7 se aplique al culpable la pena á qqe ea acreedor, como
derrai'idadot de loa in~eses públicos.
.,
Métioo, 1l'ebttiro 24 de 1865-Luis de lá Peza.
•

IIENOR DEL CUARTEL MAYOR NUMERO 4.

1~ de Santo Domingo núm. 8.
ORDEN.-1gnorándose el domieilio de D. Santiago Vicario, por la presente se le cita y
emplaza para que en el término de treinta dias se presente en est.e de miicargo por si 6
por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobro
pesos le promueve el Lio. D. José María Aragon en represeutacion de la testamentaría de
D. Felic1ano Rey; apercibido de que si no concurre se le nombrará un defensor de oficio
con quien se entenderá la demanda.
México, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poultt.
135-15a-7
JUZGADO 3~ DE LO CIVIL.

ADllIINISTRAOION GENERAL DE CORREOS.
AVISO AL PUBLICO,

Habiendo sido interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo al ser conduoi•
doa,á:iiu destino, con eUin de evitar su circulaoion y que el público sea sorprendido al ad·
qniritlos, se pone en su conocimiento, qne los espresadoe sellos están marcados con los
n~eros 3 Y. 220, cnyo distintivo ae da á conocer para que los que contengan esta nume•
racipn no sean admitidos, por estar oonsideradoB nulos y de ningun valor, como en efecto
lo lliníl para el objeto á que eran desti11ados; pudiendo ser conswiado el que los posea ante
el J.üez competente, para la averiguacion que correaponde, y ae aplique al oalpallle el·ea11~i.,q~e ea acreedor, como defraudador de los intereses públicos.
l t. 1, i
_ffté~1C?, Febrero 26 ,de 1865.
r
•, . ,
., '¡,
fb u •
Por enfermedad de Sr. Adminiltridor, AmomotJ. Pi/~,

OO~VO0ATORIA,

En los autos del intestado Lic. D. Manuel Maria Pasos, el Sr. Juez, Lic. D. JNs
María Cordero, que de ellos conoce, ha mandado por el proveido en esta fecha, se convoquen á los que se crean con derecho á los bienes de dicho inte~tado, para que se presenten
á cl.e3ucirlo dentro del término de dos meses que al efectq se les concede, bajo el apercibimiento á que hubiere lugar si no verificasen su comparecencia. Y para conocimiento de
Jos interesados public~ la presente,
l Mé1icq1 lj'$rero 18 de l~.-Ur~a110 MMali, Escribano público. J47J....4am-4

,

.
l

•

IMPRENTA ])E J. M. ANDRADE Y F. E'3CALANTE,
BAl(.'18 DI sur AGUSTIN, 1'UX. l.

",:
, i.:,

�</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Cacao</name>
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        <name>Carbón de piedra</name>
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                    <text>DEL

IMPERIO ,.
¡

~XICO :· Viernes ·10 de Mar~o de 1865.

TOIO,I.

NUM. o7.
/

SUMARIO

1

sándose cuái haya sido el precio del &amp;lquiler ó de la renta, y el proPAR'PE OPIOIAL.-Regl&amp;mepto para la ~ écuclon de la ley de 26 de Febrero, sobre re,-!slon.-Nombraducto percibido.
'
_
·
'
mleuiptl de Iutendente General de la lista olvil de )a 088&amp; Imperla~ Y de Gran Maestro de Ceremonl88,
NOTICIAS ESTRÁNJERAS.-Del Havre.-De Bayona.-De Hamburgo.~De la Babana,;..,1!ofi.de prec1os
Art.
4?
Los
que
hubieren
adguirido
ó
redimido
capitales,
créditos
en.N,a¡,t~
·
'
Bil!QUETE OFICIAL en la Corte.
ó acciones, presentarán sus titulos en la forma prescrita en el artíVARIEDAD~-Aq~a:1Tr~tado ,sobre la Pap~ 4 Patata,
culo 2?, acompañando una relacion, en que ademas de las noticias
contenidas .en'las fraccione_s 1\ 2~ y 3~ del articulo antetior; lle esprese:
19 Si redimieron el todo ó parte del capital, determinando, las
cantidades que ~xhibiéron' en numerario y en créditos, y acompaMüIMILIANO, EMPERADOR DE ·MEXIOO:
ñando la liquidacion formada por la oficina respectiv-a.
Para la exacta ejecucion de la ley de 26 de Febrero próximo, pa- 2? Cuál fµé la parte que quedó sin redimir, ~n fa:vor de quién la
,sado, H1í!,IO~ ,veni~~ .6?.decretar y_?.~~R~A_
Mos el ~iguiente . . continuarón reconociendo, y si han'pagado sus'réditos.
3? Cuál es.la cantidad que han percibido de estos, y cüál la que
-- REG-LAM-E.NTO,..
adeudan.
·•
•
Art. 1? Las présentacioñes pará ºla"fevision de lá's op~raciones de 4? .Si el capital se encuen~ra en alguno de los casos previstos resdes~mo~iacion y ·ñá,iióó~liiácion, se ·liárán án·te· la, Secre~a~a del pecto de,las fincas, en las fracciones ó~, 6~ y 7~- del ,articulo atlConsejo en ~~ta capital, y en los _lugares forái:ieos .ante
la pnmera terior.
,
autorida~ _pPlitica·deTPartido. · ·
_
. 1
Art. 59 Los que con el titulo de capellanes se hubieren aplicado
Art. 29 La presentacíon se liará exhibienao los títulos originales capitales,· deber.án exhibirlo éon la escritura de fundacion, si la. tuviede la adj1,1,dicacion.? reáeñcioD:,.~compa~and~ un,a ?opia1 -~~ple de ren, espresando en l!U relacion:
ellos. El Secretano ael ConseJo 6 la primera autonaad·politica an- 'l? Si la capellanfa,era laica ó colativa.
t9 1qu,iep ,~E} 1qag~ la manif~~ac\9µ, ,revisará y cp¡:¡fr-0nq1rá los títulos 2? Cuál fué la prueba que produjeron para fundar .su derecho á
éop, 1la,Agpi~ ~iq¡ple, cer.fillcar,á,al &lt;¡~lcEJ de éstf} s,u oonforn,idad con la desvinculacion en las de sangre.
.1
•
aq1,1~llPl!!Y,;deyol~~~á al .i9tE)l'es¡¡.d9 lo,s originales. ,La pre!!6ntaéion de 3? Los térininos,en,que verificaron llt"Tedencion. ~ .•i.., ·
1&lt;&gt;1$,POC"~j}l\~O~ jleber.á haperse dentro de dos meses de' l¡¡. publica4? Si han'percibido el capital-dote de la capellanía.
· 1 cio'Q ~e.&gt;l~ ~ ~(lgll¡.mento,, en cada Departamento.
·
Darán ademas, en h~ parte que les concierna, las fioticiai, preveni-.Att, Loa qµ~ t,.ubiese-9 adquiro.do bienes raices l\ virtud de ,las das en el atj;ículo_1¡1oterior.
.
,
.
l~~id!'id,eS),\-µi,o,tj~i~n y 1paQionaliza.cio~, ó pot,.,c&lt;;impra al .Cl~~o Art. 6? Las operaciones que en el plazo design!ldo no fueren rna- --..
despues de la ley de desamortizacio.n, pr.~s,e~itarán, ademas ae los tí- nifestada&amp; parn su revision, queilarán insubsistente.a, y los bien.es
tµlq~, 1,1°ª' e~pos\c,&lt;&gt;n brev.e y. clara que conteng~ las noticia~.si- qu(l,hubi~r-eh sido objeto de ellas, serán recogidos por la. administra-J
g.\li!lptes:,,
•
. .
.,
cion de bienes nacionalizados, despues de vencido el término.
,, ¡~ ,f,echa ~eJ tft~lo primitivo, procedente de las citadas leyes, Art. 7? En la S~cretaria del Consejo de Estado y en las oficinas
con espresioµ ,d~l ppn:)hre de los otorg~ntes y del escribano que lo de' cada una de las primeras ,autoridades políticas del Partido, ,se
autoriw, Cqrp,Qra,9t9µ ó iostitut9 á que ,pertenec~a ~l domjnio de la _abrirá UD libro en que por riguroso órden numérico, s~ asiente~ toQ9§~ '.!1-P.9.»-irida,i y la pucesion _
de, éste hasta el .actQal po&amp;eedor.
_ das las presei;itaciones que ~e ,hagan, espresándose el nombre de la
' 2~ Causa de la adquisicion: sifué por adjudicacion, denuncia, ven-, persona qu13 hace la 111¡¡.niFestacion, la. cosa ó cosas p~rque lá hacen 1
t~, spbr;qg1¡.Hion 1 redencion, cesion/ compensacion ó Qualquiera otra. y los _tttulo,s, que acompañan.
Si la adquisicion se obtuvo p9r compensl).cion de cr~ditos, ·se especi~ El Secretario del ponsejo y las primerás autoridades políticas, en
fu:~rá: ll;l, 1,ªlidaq y -pr9cede~c-ia de estos.
su pa¡¡o, esped,r~n al.1nteresado, en papel timbrado de i¡ ofi~ina, 'Una
. ,3! .Prf!Cl9 de ll},_1adquisicion, especies en que se hizo el pago, de- Ctopil} ~erj;iµcada ,de .~s~e asien~, con espresion del nümero d~_l¡ par~
terminando sus cantidades, oficina ó persona que lo ,recihióf y parte tida y de la foja del, libro á que se encuentré\ Cb~..-e.sta certiJicacion
qye,.l!!l).n §e aéw_u.d~. $i para.el.pago del precio se otorgaron docu- acreditará ,el.jntere~{\~O haber cumplido con el requJjto de la pr~:lll~~~Q-4, 13! eJp:r,e~ar~ c'Qántos y ~u cafül~d, número de lqs amortiza- sentacio1t,
,
.1 •
•
,.
·
dos y personas á quienes se hizo el pago.
. A~t. 8?- El gue ~nga que presentará la rev;ision dos q mas ópe4~ Si se pagq alcal&gt;~la, se.~presará la c~nt1d8rdi espe~ies en,q'u~ raciones, acómpañar,tspparadam~nte 1os documentos yrelácion conse hizo la exhibicion, determinándose sus cantidades y la oficina ó &lt;;e.mientes á.cada operl.lcion. Lps asientos se harán tambien· separapersonas--qu-e las' recibieron.
.
&lt;lamente.
. ' 1
ó~ Si la finca p!)rteneció antes al dominio de -otra persona que la .4~t. 9? ·El último1 qi~ de ca_
da, semana rerniti~án las primJras· au'hubiera adquirido en vtrtud de la citada ley de 26 de Junio, ó por ~oridades pqliticasJ ~l Pr~sidente def Consejo, todas laa manifeetáci9venta c?nvencional que le hic_iera la Corporac-ion prnpietaria. .
nes con su~,r~sp~ct\vos, docµment'os, que,se hu?i~r~?, pres~ntado e~. ,,
~. _Si en el caso antes previsto, entró en arreglos con el antiguo el curso de 1~ ~~m~nai a~9mpañán&lt;lole una copia de los asHmtos headJud1catario ó comprador, para indemnizarlo y adquirir sus dere- .chos en el li_b;q&gt;-d¡:i .r~gistro.en el qiismo period,o. Una' eópia iguMse
chos, Y. cuál fué el arreglo que celebró.
·
1 rt;imi1ir.~ 1\1 Ministeriq ,~e¡Justicia. La lieta se ir_aslada1~ al.libro de
~~ · S1 el dominiq de la finoa•está- en litigio con-alguno que alegue ásientos del Consejo, dando á las presentaciones el número que en él
~eJor derecho ~or titulo de adjudicacion ó denuncia, 6 por enajena- ¡e13 corresponda.
mon gue le hubier~n hecho el Gobiéno ó la Corporacion á que per- ~rt. 10. Las m4nifesta~iones que la Secretaria del Consejo reciba
ten~ció, espresá~(½l~e, l&amp;.s pe,sonas que lo contradicen., y el tribunal .di-~ectamente, ó d~ las primeras autoridades políticas, las pasará el
e~ que peo.de el litig\o, Si el titulo procede de denuncia,', se deter-· Presidente ~el Qonsejo á la administracion de bienes nacionalizados,
mmarán la fecha, lugar, nombre del d~nunciante y autoridad á quie!) para que instruya el espediente, consultando los libros y es¡,ediense presentó.
.tes de las oficinas.
8~_ Si la finca reconoce algunos gravámenes hipotecarios, . se deArt. Ü., El Consejo de Estado, para desempeñar la atribucion que
tt~rmmarán su [echa, títul_o, ?ª~tidad y nombre de la persona en cu- Je concede el art. 1? de la ley de 26 de F~b.rero últ!m~, nombrar~,
yo favo! estuviesen constltmdos.
conforme á su reglamento, tres ó mas com1B1ones umtai,-1as y una co9~ Si el poseedor ha hecho n1~joras en la finca, .cuáles sea,n, y su ,mision de tres individuos. Las comisiones serán· permanentes, y el
costo. .
·nom,bramiento se hará entre los Consejero&amp; y Auditores, quienes ten10~ S1 la finca ha estado habitada, alquilada 6 arrendada, espre- dráq, ,voto.en ~te caso•

a?

J

•
•

�...

230

•

lJIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

Art. 12. Luego que el Presidente del Consejo reciba de la oficina de desamortizacion ó nacionalizacion, ó que hayan sido devueltos á
de b~enes nacionalizados algun espediente ya instruido, lo pasará in- las corporaciones eclesiástica~, están obligados á manifestarlos denmediatamente á alguna de las comisiones unitarias, por turno rigu- tro del término fijado en el art. 20 de la ley de 26 de F ebrero, con
roso, á no ser que note alguna omision en la instruccion, en cuyo una relacion que espresará:
r
caso devolverá el espediente á la oficina para que se subsane la falta,
1? Cuál sea la cosa poseída, con la noticia de su ubicacion. Si
6 hará subsanar ésta en la constancia que falte.
fuere capital, se determinará su cantidad.
Art. 13. La comision á quien pase el espediente, hará la revision
2? Lo que adeude por pension, cánon, renta 6 réditos.
dentro de quince dias á mas tárdar; y si las partes se conforman con
3? El título en cuya virtud la conserva, exhibiéndolo.
su dictámen, éste se ejecutará, y la revision queda concluida; pero si
4~ Las ot_ras circunstancias que respectivamente correspondan,
no se conforman, para lo cual será parte el Gefe de ~a oficina de bie- segun la calidad de la cosa, conforme á las prevenciones contenidas
nes nacionalizados, lo manifestarán dentro de veinticuatro horas, y el en los artículos que preceden.
,
n~gocio pasará á la comision colegiada, 1~ cual fallará sin apelacion
Art. 30. Las manifestaciones de que trata el articulo anterior, se
m otro recurso.
harán en la forma que previene el art. 1?, y de ellas se llevará sepaArt. 14. No habrá lugar á recusacion de los individuos de las co- radamente un registro, observándose las1&gt;rescripciones de los artimisiones.
culos 6?, 7? y 8?
Art. 1&amp;. Ademas del fiscal de lo contencioso administrativo, el
Art. 31. Los que a.Iteraren la verdad en las relaciones á que se
Presidente del Consejo nombrará otro, y en cada caso de revision contraen los artículos 4°, 5? y 29 de este reglamento, perderán cualque ejecute la comision colegiada, oirá á ~no de los fiscales.
quier derecho que tengan por su titulo.
Art. 16. En la revision se cuidará de que los docu_mentos de las
Art. 32. Los encargados de los registros de hipotecas, remitirán
operaciones q ue·se declaren subsistentes, se est,endan en debida for- al Ministerio de Justicia, dentro del término de dos meses, una noma si no la tuvieren.
·
ticia de todos los asientos y anotaciones que existan vivos en el re.:.
Art. 17. Dec\arada la subsistencia de una operacion;-el Presidente gistro, concernientes á bienes del Qlero secular y regular y de lascodel Consejo espedirá un certificado &lt;le haberse ratificado, y en qué fradías y demas corporaciones que se consideraban eclesiásticas. La
términos. Esta certificacion se insertará integra en la matriz de la noticia comprenderá desde la fecha en que se estableció el registro,
escritura de la operacion revisada, y al ca.lee de los testimonios que y en ella se incluirá la de las tildacion-es que sobre los mismos biede ella h-qbiere. . Sin esta insercion, la escritura· no ,tendrá valor ni nes se hayan he6ho desde 1? de Junio de 856.
surtirá efecto alguno.
Art. 33. La planta de los empleados de la oficina de administra!A.~t: 18. Si~mpre que antes de termjn¡i,rse ,u na revision se presen- cion y sus sueldos anuales, es la siguiente: ,
tare alguno al Consejo por escrito, reclamando como viciosa la operacjon~ será atendida la reclamacion. Los derechos que no hayan siUn administrador::_ .• __ ••.. _..•
$ 4,000
do deducidos antes de terminada la revision, quedan definitivamente
Un contador..••...• -'~- _.. .• ...• • -;-:-_•.
2,400
Un 2?•id ... . • .••• _••...•... ••• •••. ••.
2,000
~~h
.
Un caJero .•.•............• __••• __ .••• 1,500
Art" 19. La ratificacion y rehabilitacion de que tratan los artícuGuatro gefes de seccion á 1,500 ps. cada uno.
6,000
los 6?, 7? y 11 de la ley, la harán las Comisiones Revisoras. Estas
4,000
Cinco
oficiales
á
800
ps
..•.•.
_
...
..
•
..•
•
mismas co~isiones aplicarán la ,eena del art. 21 de la ley,
3,600
Seis e~cribientes á 600 ps •• •. : ....•...••
Art. 20. Parn el otorgamiento de las fianza's'de que.trata el art. 19
800
de la ley de 26 de Febrero próximo pasado, se propondrá el fiador al
) j Un. portero 300 ps .• .... ..•..... ... .. . .
Un mozo de aseo .•.
240
Juez de 1~ instancia del domicilio del interesado ó de la ubicacion de
, la cosa, y calificada la idoneidad por el wismo juez, mandará otorgar
Art. 34. El Gefe de la oficina formará el reglamento interior de la
y firmará la escritura de fianza, de la cual no será ne6esario sacar
misma,
y lo remitirá l!l Ministerio de Justicia para su aprobacion.
testimonio en forma, pues !fflrá suficiente_, una certificácion puesta al
Art.
35.
Los empleados de la oficina son amovibles. No tendrán
calce del documento con que se acreditó la presentacion á la revision.
derecho
á
jubilacion,
cesantía ni montepío, y no podrán cobrar deArt. 21. Los Jueces de 1~ inst~ncin. •llev~rán un registro de las
rechos
6 gratificacio~ á las personas gué en ella tengan negocios. ,
fianzas ó depósitos de que trata el citado art. 19, que se ejecuten an_A1!t. 36. En el éaso {l.el art. 22 de la ley, la oficina de administrate ellos, y el dia último de cada semana se r.ernitirá _una.copia de los
cion ejercerá á favor.del erario los derechos de l¡:i escritura de reco- '
asientos que se hubieren becho en el curso de ella, al Presidente del
· 1
.,
Consejo, y otra á la primera autoridad politica del Partido, pára que nocimienio que recobre ·su vigor.
Art.
37.
Una
seccion
de
la
referida
oficina
se
ocupará
de
formar
hagan las anotaciones respectivas en los esp.e.dientes y márgenes de
la estadística de los bienes que se declararon nacionalizados, y de retila par-tida de manifestaciones de la operacion á que corresp.onda la
nir los datos que en la revision aparezcan para la formacion de la esfianza ó depósito. Les jueces de la capital solamente harán la remitadistica general de la propiedad territorial del Imperio.
.
sion al Consejo. ,
Art. 38. Mientras ·dure la revision se aumentará en la ~ecretariaArt. 22. Todos los remates se harán cQn publicidaq, y deberán del Consejo un oficial con 1,200 pesos anuales, y un escribiente'con
anunciarse por los periódicos con anticipacion por ro menos de vein- 600.
te dias á su celebracion. En el espediente deberá _obrar un ejemplar
Art. 39. Semanariameate remit irá el Consejo al Ministerio de
del periódico en que se hubiere anunciado el re.mate.
·
J u'sticia una noticia de los negocios revisados en la semana.
,
Art. 23. Eg rlingun caso se pódrá anticipar ní retardar la ho1:a fiArt. 40. Todos los plazos que se fijan en los artículos anteriores,
jad~ para remate, ni variar el lugaT designado para ~u celébracion: y en la ley de 26 de Febrero, se contarán desde la publicacion de
Si por cualquier motivo no pudiese celebrarse el remate ¿n el lugar este reglamento 'en cada Departamento.
' ,.
y hora sefíalados, se' hará nueva convocatoria por los periódicos.
N'uestro -Ministro de J osticia queda encargado de la ejecucion de
Art. 24. Para la enajenacion de fincas situadas en !os Departa- este reglamento, que se depositará en los archivos del Imperio, •pumentos, se celebrarán simultaneamente enel mismo füa y á ·la misma blicándose en el perió9-ico oficial.
'1
1
ho'ra l:los almonedas', ut1a en esta capital y otfa eh la cabecera. de'l DisDado en el Palacio de México, á '9 .de Marzo de 1865.
' '
trito de la ubicacion de la finca. El rémate ffncará en la mejor de '·
(Fi,rmad¿) MA.XIMILIANO. q
las posturas.
.
"
.Art. 25. Los remates los hará. en esta capital el Administrador de
Pqr mandato,de S., ~.1., • ;
la J ficin~ de bien~s .nácionalizados, con 1a cdncu1:rencia·Bel Inspectór
El Wnistro de Ju~ticia
,
t.
de la rili_sma oficina; y en los luga1:es fo'ráneos él Administrador de
(Firroa.do) Pedro Escudero Y Echanove.
1
reótas, eón asistencia de la prhne'ra atltorifüi_d 'po1ítlcfü,
1
Art. 26. El 'rerttate será aprobado por Nos1 á:cuyo efectó se r~miol
w 1
tirá al Ministerio de Justicia el espediente'fo~truido pap\ la enajena, '·
cion.
I ,¡
1 GRAN XAlUSCAL DE LA CORTE y Jd:QruT.BO DE LA o~ ll(l'ER!AL. .
Art. 27. En los procedimientos de la revisio~, y de la calificácion
· ·,
sECRETAllIA.
de p,;ferencias ó validez de derechos, no tienen lug~r 1os reclmos
México, Marzo 9 de 1865. 1
de apelacion, nulidad, restitµc~on, ni ~ingun Qtro. ·T~mpoc~ l~s haM. el Jflmperador, por decreto de 24 de.Febrero, se ha servido
brá contra el lapso de los términos senalados en la _ley de'26 ae Fe- nombrar Intendente General de )a lista Civil de la Casa Imperial, al
brero y en este regl~~ento.
.
.
, Sr. D. Martin Castillo.
Art. 28. Las Com1stones Revisora~ y el Gefe de la ofi;cml!- de adm1-•
nistracion, tienen la facu ltad de pedir á los encargados ·de los protoMéxico, Marzo 9 de 1865.
colos, y de las oficinas públicas las constaaciáS que consideren neceS.
M.
el
Emperador,
por
decreto
de
7
del
corriente, se ha ,s¡3~vido
sarias para la revision.
'
r
nombrar
Gran
Maestro
de
Ceremonias,
al
Sr.
D. Fn~nciscQ S, ?49ra.
• Art. ~9. Todo el que por cualquier titulo estu,viere en el goce,
posesion ó)detentacion de bienes raíces ó capita1es, pertenecientes á
1 i?. .OJ
bienes nacionalizados, que no se h~yan incluido" en las operaciones q ;) nb ., ·rn
1

0

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1

•

s.

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• : •••••••••• •••• ••

231

necido de cinco puntas y de otras tantas escotaduras en la orilla. Unas veces
es doble, de un hermoso color·de rosa, de violeta, azul, pardo de lino, blanco y aun abigarrado.
.
Estambre~: en número de cinco, la mitad mas cortos que la corola, reum•
NOTICIAS DEL HAVRE.
dos alrededor del pistilo, al cual abrazan: los filamentos son cortos, de heEnero 30 de 1865.
chÚra de lesna, adh~ridos á la parte superior del tubo:~las ant~ras oblongas,
El servicio telegráfico establecido en _las costas de Francia Pº: medí~ de inmediatas unas á otras y con cuatro surcos, compuestas de dos bolsitas pe·
El t Sh"""nmhoricas en virtud de las cuales el gobierno tiene
estaciones
ec ro- ~"owir
'
á ·
'
gadas por füe~a, separadas por den_tro, diyididas htteri~rmente por un fila1
· · t
omentaneamente de lo que pasa en el mar, trelllta o cua- mento membranoso, y abiertas arriba oblicuamente hác1a afuera.
conommien o m
.
1
d'd
·
renta millas del litoral, y puede dictar ºP?brt~amhe~tedas mt~ ~ as,q~ie exd1. l · , tancfas ha sido abierto al pu hco, amen o par w1pe a este e Pistilo· una vez mas largo que los estambres y colocado en su centro, el .
Jª~ as taci~cuns tant~ las familias como los intere¡;¡es mercantiles pueden re- ovario ti~ne la figura de huevo, y con un estilete cilíndrico termin~do por un
1as ven 1as que
estigma oblongp y desigual.
.
.
poi:tar de tan útil invento.
Frutos: bayas mas ó menos gruesas, carnosas, casi redondas, lisas, algo
NOTICIAS DE BAYONA.
chatas y surcadas por los dos }ados: verdes ~l princiRio y au:iarillentas maEnero 'r/ de 1865.
durando; contienen un gran numero de semillas lenticulares, blancas y cu• Los terribles temporales que·han re!nado ~n ?ste golfo_po~ todo él mes, biertas de una sustancia pulposa.
.
,
Hojas: aladas con impar y muchas veces sin impar; sus filiolas en mucho
han ocasionado, ademas de los naufrag1os y VIctimas co_ns1g udientEes, 1~ detencion del movimiento mercantil, especia1mente con e1 1~tora1 e psp~na. á número con peciolos ovaladasj terminadas en puntas arrugAdas, ,de un ver. ,
La crísis monetaria influye fatalmente e~ el comerc10 d_e 1a emnsu1~• de mas 6menos oscu~o por encima y mas pálido por ~ebajo.
Raíces: de dos especies, fibrosas y tuberosas; las primeras se componen
tal punto, que todos los _valores h~u padecido enormes baJas en s~s precios,
y aun los metales mas ricos se resienten; de suerte que los camb10s al_con- de pequeños filamentos .que parten directamente del cuellecito del tallo, y de
tado, apenas pueden conseguirse en esta plaza con un ?ch? y aun un diez y ellas penden las raices tuberosas; y las otras se comp?nen de tubos ~rnosos
medio por ciento de pérdida, no obstante qu? el valor mtrmsec0 de la mone- de diferentes formas tamaños ·y colores. Su superficie es muy desigual, y
da española ofrece una ventaja de cinco por ciento al menos, so_bre 1,a mon~da está guarnecida de--u~~ multitud ~e _tuberosidades, muchas veces de tubércufrancesa; y casos se han dado, en que el. peso fuerte de E_spana ha perdido los, y siempre de hoyitos ó hundimientos, que son las yemas de donde sale~
casi la quinta parte' de su valor_: esto influye_muy desgraciadam~nte, no s?lo los brotes.
•
Porte: tallo herbáceo de uno á. tres piés de alto, hueoo, acanalado, mantodas las•negociaciones particulares, ocasionando muchas qmebras, slllo
::mbien en las rentas del tesoro público: los puertos de Bilbao y Santander chado y ramoso.
,
. _
.
Sitio: prospera en todos los cl1ID~ 1 y le conv1e~e la. mayor parte de_los
que tienen tanto contacto con este de B__ayona, son de los que mas han paterrenos y esposiciones, segun las d1forentes especies; pero debell preferirse
d~cido¡
.
Pl
b.
,
1
. La emigracion hácia las riberas de la ata tam ien esta suspensa; en e las tierras ligeras. Es originaria de la América septentrional, pero pertenece
!1,1 mundo entero. Fué llevada á Europa...por W alter-Maleig.
mes no ha salido buque alguno para aquel _punto.
-1
NOTICIAS DE HillBURGO,
II.
Roma, 10 de Enero de 1865,
VARIEDADES .
El senado proponía por segunda vez á 1~ Burger~haft;, reducir de un meOnce variedades de papas se conocen en el dia~ y la época de la recolecdio á un cuarto por ciento l?s dere?hos de 1mportaci~n..
cion se adelanta ó retarda, segun la variedad, naturaleza del terr~no y tem·
Han salido para el Impeno Mexicano los buques sigmentes:
peratura del clima.
Para Matamoros el "Pacific."
Estas variedades se reproducen independientement~ del terreno y del cul·
Manzanillo el "Luneburgo."
tivo,.y.son:
.
" Veracruz el "Pbl"
ue a.
,
1ª Blanca, gorda, con manchas rojas, 6 pa:pa gallega: sus ~ojas son de un
"
HABANA,
verde oscuro, asperas pqr el en.vés, anohas, oblongas y achatadas; sus tallos
El cónsul e~ este punto remite un parte telegráfico, en que el Exmo Sr. fuertes y rastreros; sus hojas, al principio, ,rojas, disciplinad~, se vuelven
Velazquez de Leon avisa el feliz arl'.ibo á ~antiago de Cuba, de las Legacto- ,pardas, y son abundantes así como las bayas. Esta es la variedad mascomun, mas fecunda y vigorosa.
1
nes estraordinarias para Roma y Constantmopla.
2~ La encarnada larga, 6 papa de la Mancha: _tieI\e.un tallo rojizo! ve1}udo· las hojas no muy oscuras, velludas por abaJO y llenas d~ pelos, a lo lar- '
go' de las venas; la raíz áspera en la superfi,cie y con ~oqµedades, 11!, cual ti~VICECONSULADO DEL DIPERIO IIEXIO!ll'O D N!ll'TBS.
- ne un círculo rojo interior. Es de mejor calidad, pero _no tan ab~dante; de
figura arriño,p.ada: Nqui~re un terreno craso.
1
Precio corriente de las mercancías qm interesan mas especialmente á Mémo. ,
3~, La blanca larga: ~as(iante parecida á la gallega en su porte, pero de
hojas mas oscuras; las flores son pequeñas, muy escotadas y enteram,ente
PLAZA. DE NANTES.
Oon
adeudo
de
derechos.
blan&lt;;-as; produce mucho y es de muy buena calid~d-. E:-: alg~nas parter la
UNIDAD,
MEROANOIAS.
conocen con el nombre de blanca irlandesai por cult1 varse mucho en Irlanda.
20
100
k
, Palo tinte .... Campeche . .. .
4~ Violada: el cáliz está salpicado por afuera depun,titos_violaaos: la ,co25-26 ,
fustete .. Tu:,¡_pan ... , ..
rola
es mas larga, de un soto color, de violeta oscu.ro; las hojas son muy uni"
"
T
.
81
·cáñamo . , , , . amp1co , , , , ,
das
casi
redondas y de un verde. oscuro; los tallos delgiídos; las raices' pri"
7.60--8,60
1
k
Grana . ..... . ,,
me;o
son
redondas, y largas cuando crecen, sembradas· en su superficie de
140-160
100 ~
Cueros....... Mazatlan .... .
puntitos
amarillentos
y violados. Es una variedad mas temprana. ·
135-160
,, .. : , .. Tampico...... .
5~ Encarnada color de piel de rata: t3:llo casi triangular, áspero, y rojizas
"
84-94
a
,, salados.Tuxpan .. ..... .
'
las e¡¡tremidades de los ángulos superiore~: ligeramente alad~: hojas ver~Ó195
Cobre... . .. . . ,, , , • • • • 1 "
sas muy semejantes á la encarnada larga: las ~ores spn,de vario,s color~s; sus
"
,
3.50-3.75
1
k
Goma elástica. ,, , . . , , .
tubérculo.s son mas lisos, de unii, carne abundante y blanca, de poea¡¡ yemas
14-20
Añil.. . ..... ,,
y aplastadqs p,oi; un estremo, y,puntiagudos por el otro. Es de muy ,bUJlJ\ll
"
175-180
100
k
Z¡,.rzaparrUia_. ,,
30-90
1
k
calidad.
.
Y.l.'inilla. . . . . . ,,
6~ Blanca redonda: chata; el tallo v~de y fuérte¡ la boja de ver~e oliva
profundamente escotada y encrespada;_ la .fl~r disc_i~lii;iada y las· papas
BANQUETE OFICIAL.
radas del pié en luo-ar de ene9ntrarse mmediatas a el como en las otras; piel
Anoche hubo en la Corte un banquete ofici~l, al cual asistieron los señores fina y tersa y su c:rne abigarrada: necesita un suelo ligero. Es muy deliBlondel de Cuelenbrocck, Marqués de la Rivera y Conde de Lato'ur, Minis- cada.
'tros ,Plénipotenciarios de Bél~ica, Españ~ ? Italia, con e~ perso)l~l ~e sus 7~ Jí}ncarnada oblonga: es muy parecida á la blanca, larga en su ~orte: sus
Legaciones. Asistieron tambien el Sr. Mmistro de Negomos ,Estrangeros y tallos igualmente verdes l fuertes; rero las hojas son mas derechas y m3:9
largas. ,Los tuliérculos son de un encarnado oséuro y casi redondos. Las ra1los altos Dignatarios de la Corte.
ces grandes y i uesas, enteramente blancas. R~9.uiere· un terreno medianamente fuerte.
,
8~ Lengua de buey: tallos delgados y encarnados á trechos; hojas pequeVARIEDADES.
ñas y crespas; floi:e~, primero ab_igarradas y despues _pardas; raices largas,
aplastadas, y algunas veces puntiagudas en _las estrem1dades. Esta es la variedad mas temprana, aunque no florece primero que las otr~s.
TRATADO DE LA PAPA O PATATA.
9~ Larga, encarnada por dentro y por fuera: es muy semeJante'á la blanca gorda, tanto en sus tallós como en sus hojas. El color encarnado de la
I.
raíz se desvanece insensiblemente si es muy fecunda.
DESORIPCION DE LA PLANTA.
10ª Encarnada redonda: es enteramente parécida á la encarnada oblonga,
La patata es una planta de la clase de la familia de las solanáceas de J us- tanto·en ~1 color y forma de las flores, como en el porte de los tallos y figusieu· Linneo la coloca en la dilatada familia de los solanos, y la llama sola- ra de las hojas, d~ m3:nera que parece que proviene de ella: es mas tempranum' tabercum.
na que la oblonga.
·Flores: de los encuentros de las hojas salen unos ramilletes de flores apa11 ~ Blanquilla: su tallo y sus hojas son muy delgados, muy nuxp.erosos,
rasoladas, sostenidas por un peciolo comun.
,
verticales y de un verde claro: flores pequeñas de un azul hermoso: las paOáliz: persistente y de una sola pieza, en forma de campana pentagona, y pas son pequeñas, redondas y sabrosas.
·
dividido Mcia la mitad de su longitud1 en cinco partes casi iguales; ~da esIII.
cotadura es tan ancha como ·1a mitad de su longitud, y está guarnecida de
una hojita membranosa, blanca; lo demas es una especie de filamento estreM ULTil'LI0ACION.
cho, acanalado, y puntiagudo,
De dos niab.eras distintas puede hacerse lá multiplicacion de esta planta,
Corola: de una sola pieza, abierta en 6,giira ae rpseta; el tub.&gt; es muy cor·
por
sus frutos ó por sus semillas.
to1 el limbo grande, revuelto hácia afuerá, doblado en cinco parajes y guar-

NOTICIAS ESTRANJERAS.

se~~

�232

DIARIO DEL IMPERIO.
IV.

PBEFECrUllA l&gt;OLITIC,6. DIL DEPilTAJmNTO DEL VALLE DE DXICO.
ÜOMISION REVISORA.-ÜITAOION.

MuLTIPLICACION POR SUS FRUTOS.

. Una sola papa, por pequeña que sea, basta para la multiplicacion; pero
cuandp son gordas pueden dividirse: no en ruedas, sino en pedazos, de modo
que cada ~o de ellos tenga dos ó tres yemas. Estos pedazos se dejan al airi: libre por dos ó tres días, para que se. oreen 6 sequen los cortes, y no se
pudran con la humedad enterrados frescos, y más si llueve. Generalmente
esto no se practica en México donde se siembran siempre las papas enteras
y .es J]lucho mejor- que en ped:i.zos. µ¡útil nos parece decir \que para la siem'.
bra deben elegirse las papas mas chicas, pero que se hallen .bien sazonadas

Mélico, Marzo 8 de 1865.
Ignorándose la casa habitacion de D. MARIANO VELASCO Y CREYADO y necesitándose su presencia en esta Junta para revisar la redencion de un capital de 17 700 peS08 que reconocía á la Escuela de Agricultura la hacienda de la Laguna, la repetida J11Dta
ha t:.eoido á bien acordar se le emplace por los periódicos, señalándole el t~rmino de ocho
dias para que se preaente, por si ó por a~derado, con el objeto disho; bajo el concepto,
4.ue de no verificarlo, la Junta procedera de oficio en el particular, conforme á las dispo•
81ciones vigentes relativas.
El Secretario de la Comision, M. dd Valle.

AD:atilfISTRA.CION GENERAL DE CORREOS.

V.

INTERESANTE AL PUBLICO,

M ULTIPLJOACION POR 808 SEMILLAS,

El dia 11 dél corrient.e á las once de la mañana, se despacha de esta Adminietracion
Ningun medio hay mas eficaz para mejorar la calidad de la papa y evitar geue~al un eetraordinario para Veracruz con la correspondencia que debe eonducir al
que degenere, que la siembra. Y para conseguirlo, se recogerá la. víspera de estenor.el Páquete francés. Lo que se avisa al público para su int:.eligencia y efectos corIs cosecha la semilla de la variedad que se desee ~ropagar, y cuya simiente reepondientea.
Mélico, Marzo 6 de 1865.-Luis de la Peza.
se conservará. en arena fina en el invierno, ó colgáda para que se ventee, a1
entrar la primavera, mezclándola con buena tierra 'Y sembrándola. en man.
tillo.
ANUNCXOS.
Las papas producidas por la semilla no estarán completamente regeneradas: así es que se sembrarán, y los frutos que den estas papas nacidM de las
semillas, se sembrarán; y los frutos que den estas volverá.u á sembrarse al
JUZGADO 3\&gt; DE LO CIVIL
tercer año, en el cual !le cogerán pap·as completamente regeneradas y per.
En el juicio.v~rbal que sigue el Lic. D. André, del Bio, ~r D. Facundo Gomez contra
D. :Manuel Fernandez, sobre pesos, el Sr. Juez 3\&gt; de lo civil, Lic. D. José M. Cordero
fectas.
Este método tan espedito y practicable produce, como se ve, una nueva ha manct.ado se haga saber la radicacion al demandado; lo qué verifico por e~presen~
de la Nao,ion.
generacion, pura, lozana. y vigorosa, que por espacio de muchos años conser. anuncio. •Mé:Iico, Marzo 3 de 1865,-Manuel Rome,-o, Escribáno público
178-3a-l
va sus caractéres y propiedades.
1

CONVOCATORIA JUDICIAL.

VI.

En los autos de int:.estado de D. Santos Rivas, ha mandado el Sr. Juez 1~ de letras civil, qué conoce de ·ellos, que se convoque por los periódicos á laa penonas que 16 comiCULTIVO.
deren con derecho á la herencia, para que en !ll término de treinta diu 116 pr611ent:.en á
El cultivo de esta planta es estremadamente sencillo, y está basado sola- deduc_irlo; con el apercibimiento de que les parará el perjuicio que haya lugar al que no
,1
~
,
mente en que· 1a tierra sté perfectamente mullida antes de la plantacion, á la lo verifique.
En conaecuenci&amp;, pongola p~esent.e.
profundidad de siete ú-ocho pulgadas, y que se conserve en tal estado du.
Mélico, Marzo tres dtl mil ochoc¡ento~ sesenta y cinco.-Migud F. Guerra.
rante 1~ v.egetacion de la planta. Así es que la papa no debe sembrarse sino
'
' 1 l
11
.,
• .
179--3a-l
en los terrenos sueltos ó ' medianamente '&lt;ioherentes; pues •en los tellaces ó
JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
barreales nb' putide desarrollarse bierr. Los mejores cuando tienen buen man.
El
Sr.
Juez
3~
de
lo
civil
de
esta ciudad, Lic. D. José M. Cordero, en au~ de cuatro
tillo ó están bien abonados, son los areniscos, porque aunque se_bun'ledezel!.n
del corriente, ha mandado se convoque por 1&lt;,s 1tt1i¡iódiooa á los que se crean con derecho
mucho no fdrnran barro. J
'
'
'
á los· bienes del intestado de D~ Josefa BortiUa, lára que en el término deitreinta días 16
Dos son los modos de sembrar, y son: la plantacion hecha á mano ó con p_resenten á deducir loe que les competan; apercibidos de lo qné haya lugar ai no lo veel ,&amp;'rado _por surco, de la misma manera, que se siembra-el maiz. El prHne- rifican.
Jié:Iico, _M,arzo 8 de ld65.-Manud T. dt Meneses, Escribano público.
l~ -3,-J
ro. lls bueno 1)m"a las huertas, pero muy dispendioso. •
'
D6~ fi.erro'S generaln:iente bastart para I que el terreno quede bien prepara.
~ 2º DE LO CIVIL.
dd parll. la plantaeídn;¡ero deben ser profundos, esencialmente el p1imero
tn
el
espedient:.e
promovido
por ;o. Angu.ate Donesine, por D. Juan J. Torrea, contra el
En todo el mes de bril se hace la plantacion; y si lá tierra no se ha esLic. D. Mariano Zavala., sobre pesos, ha mandado el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. .&amp;fa•
ter.coladb al tiempo de labrarla, despues de echada la papa se le arroja.rá un nUel Pavon, á pedimento del actor, se cite i dicho ~r. Zavala para que en el término de
puñadito de estiercol y' so tapará, pasando en seguida' la grada párli allanar diez días se presente á sacar los de la materia, á efecto de que alegue de su derecho; bajo
el apercibi.mJ.ento.11.e"1(ue en1:1188 contrario se le dará J!.0r citado para aentencia. En tal
el campo hasta que comience el nacimiento de la planta.
Cuandó las plahtitas tierren de cuatro á seis pulgadas, se escardan somera- vi rtud, hago la presente oitacion¡ advirtiendo .9.J!.6 el despacho del que suséribe está en loa
Jos del núm. 7 de la calle de la Moneda. mente, y poco antes de la florescencia se aporcan, pasanilo13Un árado de1ore-1bt1México, Febi'ert&gt;.27 de !~.-Manuel. T. de Meneses, EB&lt;l.ri.b11no públí09. 176--8s-2
jeras para voltear bien la tierra sobre los dos lados,·'y quedeli así bien re
.
1
calzadas.
1
CITACIO~ JUDICIAL
"El -cultivo á. mano 6 en las huertas, se practica haciendo pequeñas hoyas¡ El Sr. Juez 4? de lo civil de esta corte, Lic. D. Evaristo Reyes, á solicitud de vario,
y éuterrando erl ellas las papas, tapándolas despues con mantillo 6 é~tiercol acreedores de D. Santiago Barthes, ha mandado Be' cit.e á los demaa y áe consideren con
' el mismo dereeho para que concurran á junta. que se verificará el d;a 13 del corriente á
y ·esca'rdándolas tambien con la mano.
'
.
En las tierras ligeras y climas resecos y cálidos, las labores se ciñen pu 1as doce,en suju.z¡¡ado, sito enel Palacio de Justicia, c¡ille de .la Hone{la, con el objeto de
que.~e.forljlal~oe e1,concurso necesario. Y en c~1;11plimiento ~el~ ':ll~~d~,o J,&gt;Ongo el preramente á tlScardas, pues si se amuralla'ran las plantas se espondrian é. se. re
º""·
Mélico, Marzo 1 de 1865.-Casimiro Fernandc, Escribano público.
174-5s- 3
carse.
'
.
•
Una vez aporcadas no exigen cuidado alguno hasta la madurez, la que se
COIIPA.lu DIL FERROCARRIL DE ltEXICO A PUDLA..
da á conocer poniéndose las hojas an_ia'rillas 'y mustias. Comienza general.
Celebrada una ;esion del Conseje Administrativo, -el día de a¡er, para arreglar las ope'lhent'e esta época en Julio;y no concluye hasta Noviembre, segun las- espe.
racionea pt611'ias-á•ladisolucion ll.e.la Sociedad, se acordó que a pesar ae estar reasnmicies, clima, terreno y cultivo.
s la mayor p1u-t.e•de las acciones en la_persona _de! ~r. D. Antonio Escandoo, se convo
A fines de ~gosto 6 principios de Noviembre se comienza la cosecha cor da
que una junta general para las 6 de la t,.rde del aía 16 de este mes en ef despacho del
tando 6 arrancando las plantas, ó se deja pastear ·ir! ganado 'én los terreno }'errocarril, pla:uelá de Guardio!a; pa,a hatar~ll de la·disoluc~on indicada. No bastando,
seµibrados de papa, para aprovechar así los mustios tallos que ya no sir'ven ~Begun los Estatütoa', una sola seB1on psra tal obJeto, ae acordó igualmente la convocatoria
ra la segunda junta, que 116 verificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
4 lii. planta: y' se procede inmediatamente á la cosecha, tanto para• qúe' las paMéxico,
Marzo 7 de 1865.-Mier y_7_:erá?'·-P; Alm~tan, secretario.
17ó-8s-3
1
heladas no dañen la papa, cuanto para sembrar la tierra de grano.
1
,
'Vil.
'
¡
•
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
El
Sr.
Juez
4~
de
Jo
civil,
LÍc.
D. Evaristo Reyes, en auto de ayer }l.amand~o se conCOSECHA.
voque por los periódicos á los .que se crean con derecho áloe bienes iÍe1 intistadQ de 'D.
En los terrenosligeros se ejecuta á mano, tirando·con e4a del i-amaje y des. Marcelinó Sanchez, para que en el ijrnrino de treinta días se presenten á dlld11cir los que
·
enlerrando así las' papas unidas á, él; pero en las tierras fuertes es necésario les competan; apercibidos de lo que haya lugar Bi r.o lo verifican. ·
México, Febrero 7 de 1865.-.Manud T. de M~eses, Escribano l!Úlllico. 97-3011-23
prevenirse de una horqueta de tres dientes para arrancarlás, despues de haber aflojado la tierra.,con una labor sencilla. ·
·•
·
·,
INTEB.F.Sil'.l'i.
1
Esta operacion generalmente se encomienda á las mujert)S y á los mucha- Habiendo regresado de EureJ&gt;az::l\e ,;elto á hac1trm&amp;-Cl\rge de todos los negocios de mi
chos¡ una docena de ellos bien puede en un día desellterrar una fanega d Ctlea y de mi jardín de plalltaa ae 8, Franciacó. He retocádo en consecuencia los poderes
terreno sembrado de esta planta y limpiarla de la tiel'ra¡' despojarlas fié su qne tenia oonferidosr4ejando á- mis apoderados e11 11u buena opinion y fama; lo que avifilamentos y llevarlas al monton pará dejar!~ enjugar ál sol? &lt;lespu~ dé 1Q 80 al público por el oresente1 _para evitar abusos; ~articip11ndo, al mismo tiempo, en virtud
de las facultades qú&amp; ma'dan'loa'podéres qué tengo._qúe fa filma de mi citada casa, en lo
que se .guardan.
·
·
sucesivo, será la de "Juan Tonel y C~," la cual solo yo puedo usar, cesando en conse.
cut1ncia la de " Tonel hermanos" que se usaba.
México, Marzo 3 de J865.-Por mí y mi hermano Agustin, Juan Tonel. 173--3&amp;-2
p,· 1

J

l
1

ANUNCIOS OFICIA.~ES.'

JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.

El Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. .Manuél Pavon, ha magdado se proceda á la venta.de
la casa·núm. 1 del callejon de la Santa Veracruz de esta ciudad, valuada por los peritos
México, Marzo 9 de 1865.
. Manuel Gargollo y Parra y D. Juan CardQna en la cantidad de 5,621 pesos 25 ce.; aeHay doa plazas de escribient:.e vac&amp;utes en el Ministerio de Negocio■ Eelranjeroa. Pan D
alándose para las ahm,nedas los dias JO, 20 y 31 del corriente, á las doce, siendo la últiñ
obteuflrlas, se requiere:
•
J ma con calidad de remate. Y para conocimiento del público pongo el pre&amp;enüi, advirtienBuena forma de letra.
do que las personu que quieran hacer postura, _pueden ocunrir á la secretaría del miamo
' 1
Ortognifia correcta.
J uzgado, adonde recibirán las i• strucciones convenientes.
~éxiéo, Marz.o 2 de 1865.-;-Pedro Canel.
·
166--6&amp;-4
'
Conocer el idioma frances, 6 el inglés, ó el alemau.
1
.1
Laa pen10naa que lo desearen, podrán présentar sus solicitudes en dicho Miniat.erio, y
ee les informará del modo de probar su aptitud. •
El Subi!tlcretario de Negocioe Estranjeroa,
JMPR~NTA DE J. M. ANDRADE Y F . ESCALANTE,
il•
.
B4J(l6 D.&amp; SAN AGUSTIN. NUM, 1,
PEON DE Rf:ttlL
.
• im.
l

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I

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Intendente General</name>
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                    <text>.,.

EL

.

DIARIO
TOMO l.

IMPERIO

MEXICO: Sábado 11 de Marzo de 1865.

NUM. 08.

"Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, Febrero 1~ de 1865.S. M. el Emperador ha tenido á bien acordar, co_n fecha 30 de Enero próximo pasado, lo que sigue:-"Se aprueban las condiciones que Nos consulta
Nuestra Secretaría de Fomento, determinando la manera de colonizar los
terrenos que ofrece D. Luis Olivier en su hacienda de Buena Vista."..:...Las
confüciones consultadas son las siguientes:
1~ Se admiten las proposiciones presentadas á la Secretaría de Fomento,
DOCUMENTOS.
con fecha 5 del co:rriente pies de Enero por D. Luis Olivier, esceptuándose
del pago del derecho de traslacion de dominio, la venta de los terrenos que
:MINISTERIO DE FOMENTO.
En consecuencia de las propuestas que tuve el honor de elevar á enajene á los inmigrantes, solo por la primera vez, y no en las ventas suceV. E. para la colonizacion de los terrenos pertenecientes á la hacien- sivas que hagan los nuevos propietarios.
da de Buena Vista, he celebrado con D. Emilio Longuemare un con- 2~ Los contratos que Olivier haga con los colonos son periaonales, y el
no tiene en ellos responsabilidad alguna.
trato, sujetándome á las prescripciones aprobadas por S. M. l. con Gobierpo
3~ Las autoridades cuidarán de que se cumpla con las leyes establecidas,
fecha 30 de Enero próximo pasado, é insertas en la comunicacion de y que no se impongan condiciones onerosas á los colonos.
fecha 1? de Febrero último, que me fué dirigida por el Ministerio 4~ Remitirá Olivier á esta Secretaría copia del contrato que haga con cadel digno cargo de V. E.-Obsequiando debidamente la 4~ de dich~s da uno de los colonos, sin omitir en esas copias ninguna de las condiciones
prescripciones, tengo la satisfaccion de acompañará V. E. una_cop1a impuestas, espresando el valor de las tierras y los plazos del pago.•
exacta de la escritura que otorgamos los contratantes en el Oficio pú- 5~ Si Olivier se conviene ahora con las familias que trae Longuemare,
blico de esta poblacion el día 1? del corriente, por cuyo documento se comunicará al Ministerio el número que necesite, para que se le vayan remiimpondrá V. E. de que he ofrecido venderá los colonos para su es- tiendo. Las condiciones para los colonos serán:
1~ Que vengan armados para poderse defender.
tablecimiento, diez y seis mil acres de tierra, 6 poco menos, al precio 2~
Dar precisamente en cada caso cuent,a de su número y condiciones, pade un peso por acre. Segun esa estension y con vista de las &lt;lemas ra permitirles la entrada y destinarles el lugar de su establecimiento.
condiciones del contrato, V. E. dispondrá la remision de todas las 3~ Por el solo hecho de traer el carácter de colonos, renuncian su naciofamilias que juzgue conveniente; protestando por mi parte, que serán nalidad, se hacen mexicanos y quedan sujetos á todas y cada una de las lebien recibidas, y que cumpliré exactamente con el compromiso que yes del Imperio.
he contrai.do en virtud del documento citado.-Tehuacan, Marzo 5 4ª Bajo ningun motivo ó pretestv podrán pedir indemnizacion ó reclamar
de 1865.-Louis Olivier.-Exmo. Sr.Mi.nietro de Fomento.-México. daños 6 perjuicios de ninguna clase.
5~ El Gobierno ampara y protege con su autoridad y leyes la inmigraCOPIA
cion;
pero no espensará gasto alguno de los que necesite hacer el colono.
De la. escritura otorgada. en esta ciudad ante el Sr. juez letrado, encargado del oficio púEstas son las condiciones bajo las cuales se han aprobad 1 las que hizo vd.
blico, por D. Luis Olivier y D. Emilio Longueruare socios, sobre la. venta y colonizacion
de 16,000 acres de tierra, pertenecientes á 111 hacienda de San José Buena Vista.
en 5 de Enero___próximo pasado, y con arreglo á ellas hoy mismo marcha á
En la ciudad de Tehuacan, á 1? de Marzo de 1865, ante mí el suscrito ese punto D. Emilio Longuemare con 41 personas, entre hombres y mujejuez de primera instancia del Partido, encargado del despacho del oficio pú- res, para entrar con vd. en los convenios que ha ofrecido, y con las modifiblico del mismo, por ausencia del escribano que lo sirve, los testigos de asis- caciones acordadas. En tal virtud, el Gobierno se promete que los menciotencia 'con quienes actúo por falta de Secretario, y los instrumentales que al nados colonos, que no es mas del principio de los muchos que se disponen á
fin suscribirán, comparecieron los Sres. D. Luis Olivier, súbdito francés, inmigrar, serán bien recibidos y protegidos por vd.; en la inteligencia de que
propietario y labr~or en !)~te _Distrito) á quien certifico conocer, así como el Gobierno de S. M. se propone velar y cuid&amp;r por ellos en los mismos térque es mayor áe edad y que me ha manifestado su certificado de matrícula, minos que respecto de los demas habitantes del Imperio, ·por medio de las
correspondiente· ál año próx1mo· pasado, espedido en Puebla á quince de autoridades, y auxiliar el establecimiento de las co1oni~, mandando un ingeAbril del citado año, por el vicecónsul de Francia Mr. Adrian Nerón, y otro niero que se ocupe en medir y disponer los terrenos. Como segun queda incertificado espedido hoy por D. José de Romañas, Prefecto de este Distrito, dicado, es mas que probable continúe la inmigracion á México, este Minisen el que consta que el Sr.- Oli-vier·ha solicitado su competente carta de se- terio espera que vd. manifieste todas las familias que puede recibir, para enguridad, la cual no le ha sido aún despachada; D. Emilio Longuemare, D. viarle las que necesite.-Por ausencia ·del Exmo. Sr. Ministro de Fomento,
Thomas Coke Brickey, D. Robert James. Mauning,. D .. Thomas Reynolds, El Subsecretario, Manuel Orozco."
D. Seth lgnatius. Eooles, D. Le~JJ.qe¡ _James, D. Richard J ohn Barrett y D. .Que en virtud de esa aprobacion ha celebrado con los Sres. Longuemare
Thomas Tiniothy B_r1kley1 1!,0dos es.tos pro~qentes del Sur de los Estados- y demas que al principio se mencionan, el contrato que denuncian, bajo las
Unidos de América; y el Sr. Úlivier dijo: que con objeto de establecer una condiciones siguientes:
1~ Luis Olivier cede en venta á los que suscriben, para el establecimiento
colonia en terrenos ae su hacíenda de San José Buena Vista, ubicada en la
Municipa.lidad Ajalpa.n, perteneciente á este· Distrito; propuso !\l Ministerio de la colonia, 16,000 acres de tierra, que tomarán de los terrenos comprendidos entre la orilla del rio de Santiago Xoyahualulco y el último lindero de
de Fomento las condiciones siguientes:·
1~ El dueño-de Buena Vista· cede-en venta una ·estension de cuatro leguas San Pablo Zoquitlan, tomando la línea recta desde este punto, con direccion
de longitud y cuatro de latitud,.de terreno vírgen, 'á inmediaciones del Rio hácia el N&lt;;&gt;rte, hasta el llamado Cacahuapan, obligándose los colonos que
de Santiago Xoy,1.hualulco, en el lugar.que creyere mas conveniente el cien- firman, á introducir á la mayor brevedad posible, todas las familias que puetífico que al efecto designe el Ministerio de Fomento, debiendo poblarse ese dan. Si los 16,000 acres de tierra fuesen escesivos para la colonia, los colonos no quedan obligados al pago de todo su importe, sino solo al delos tersitio por familias~tranjeras de colon&lt;?s ~grícolas. _
'
2~ Este terreno será apreciado por peritos nombrados, uno por el Minis- renos que ocupen, así como Olivier tampoco está obligado á completarles
terio de Fomeñto y otro por ~l propi~tario cedente en venta, y el total va- esa estension, si el terreno deslindado no la contiene.
2~ El actual propietario y el que fuere gefe de la colonia, nombrarán dos
lor del terreno fo 1&gt;ag:.trán los mismo~ colonos, hasta _estinguirlo, con la décima p~rte neta del· producto de sus cos-echas, comenzando los abonos' al se- peritos, uno' por cada parte, para que procedan á medir y trazar los límites
de los terrenos que comprenda la colonia, á los dos años de la fecha de este
gundo año de la posesion del mismo terreno.
3~ El propietar.io .de Buena .Vista dará á cincuenta familias la suma de contrato, á fin de que los colonos satisfaga11 su importe en los términos que
150 pesos á cada 'Uoa,.en el té,mino de cinco meses, por quintas partes, con- se espresarán despues, á razon de un peso mexicano por acre de tierra, cualtando ese perío9-g d,_e~ge el qia ep. que 9c1.1p\fü el terreno; quedando en liber- quiera que sea su clase.
3~ Al llegar los colonos á su destino, comenzarán desde luego á formar la
tad de da~ las ~es_a~~s _en numer~rio, víveres, instrumentos de labranza y
poblacion á sus espensas, á cuyo efecto, Longuemare queda obligado á traganados, a prec10s corrientes. .
4~ Esta ~urna será reembolsada al prestamista, sin rédito alguno, por los zarla, segun las reglas del arte, señalando, lugar conveniente para la plaza
mismos colonos con otra décima n{lta de sus cosechas, comenzando el pago pública, templo, escuela, etc. Esa poblacion llevará poi: nombre "Puerto
al año d~ recibir avio. Bl científico- de que habla la condicion l", será espen- Olivier."
4~ Es obligacion de Olivier ministrar á Longuemare ó al gefe de la colosado por el Ministerio de Fomento. La enajenacion de que se trata, será esceptuada. del derecho de traslacion de dominio, cuyas condiciones han sido nia que los coloJJOS nombraren libremente, la cantidad de 7,5QO pesos en gaace~tadas por S. M. el· Emperador, segun lo manifiesta la comunicacion que nado, semillas, harina y útiles de labranza, á los precios fijados en la presente base, -Y cuyo entero sat;_sfará en partidas parciales, segun las necesidades
exhibe, y que á la letra dice:
SUMARIO.

DOOUMENTOS.-Importantes documentos relativos á eelo1!1zaclon en Tehuaean.-Oomunleaclon del Sr.
Ollvler al Mlnlstnio de Fomento.-Oontrato entre el Sr. Ollvter y el Sr. Longuemare.-Oomunlcaclon del
Ministerio de Fomento aprobando el eentrato.
YUOATAN.-Suscrlclon para la campa!ia contra los Indios.
SOLICITUD.-Del Sr. Larrea al Ministerio de Fomento, oponiéndose a la eenceslon de un privilegio sobre
-aparatos de petróleo.

�234

DIARIO DEL IMPERIO.

de la colonia, y previa la órd.en de su gefe. Harina de un ochenta, puesta en que en ~erecho hubiere lugar, con renuncia espresa que hacen de cuantas lelos molinos de Tehuacan, carga de 16 arrobas,25 pesos. Toros de uno á tres yes pudieran favorecerlos. Vendedor y compradores del esceso que haya en
años, puestos en la colonia, 12 ps. Terneras de uno á dos años, id. id. id., el precio concertado de los terrenos y efectos de que_se trata 6.mayor valor
10 ps. Yuntas aperadas, id. id., 50 ps. Chivos, id. id., 2 ps. Cabras, id. id., y estimacion que estos pudieren tener, se hacen gracia y don~cion pura perl ps. 50 cs. Carneros, id. id., 2 ps. Ovejas, id. id., l ps. 50 ~ - Caballos, 15 fecta é irrevocable, que el der.echo llama intervivos, con insinuacion y d~mas
ps. Yeguas de dos á tres años, 12 ps. Maehos y mulas apare;adas de lazo y firmezas legales, renunciando al efecto la ley 2\ tít. 1~, lib. 10 de la Noví.
reata, 70 ps. Sal zapoteca, en Buena Vista, arroba 5? cs. Café, p~esto en s!ma Recopilacion, y los cuatro años que ella señala para pode; pedir resci·
Tehuacan, quintal 25 ps. Aguardiente de caña de un cmcuenta, barril de 150 s1on del con~rato ó suplemento al valor verda~er?, cuyo término dan por pa-cuartillos, 20 ps. Panela, en Buena Vista,-carga 2? ps. Carne de mata~, sado como si lo fuera. Y á la firmeza y cumphm1ento de esta- escritura obli·
id. id., arroba 5 ps. Hachas, docena 24 ps. Coas, 1d., 24 ps. Machetes tes1- garon sus bienes habidos y por haber, y los colonos tambien los de 'todas
nítecos, id., 18 ps. Flete de mercancías hasta la colonia, arroba 1 ps. Si los las familias de que han ~echo r?fereglli1:1, y firm~ron conmigo y los testigos,
colonos encuentran fletaros mas baratos, Olivier pagará en efectivo y carga- que lo fueron D. Joaqmn Garc1a Héras, D. Julio Caballero de los Olivos y
rá su importe.
·
D. Edu~rdo ~e~ez Galla~do, de esta vecindad.-Doyfe.-.Manuel José Loai.
5ª El" valor de los efectos ministrados á la colonia y el de los terrenos, za.-Luis Olwier.-Emile Longuemare.-Thomas Ooke Brickey.-Robert
serán capitalizados luego que estuvieren medidos, segun se previene en la James Manning.-Tlwmas Reynolds.-Seth Ignatius Eccies.-Leander Jacláusula 2\ debiendo los colonos satisfacer el importe de unos y otros, por mes.-Richard John Barrett,-Thomas Thinioty Brickley.-Joaquin García
décimas partes, haciendo el primer entero á los tres años de esta fecha. So· Heras.-Jiulio OalJallero de los Olivos.-Eduardo Perez Gallarclo.-Asisten·
lo causarán el rédito de un 6 por 100 anual las cantidades de plazo vencido, cía, José l. .Marlinez.-Asistencia, José .María Gomez.
que_por cualquiera circunst.incia no fueren pagadas oportunamente.
6~ La re~onsabilidad de los colonos es mutua, y los bienes de todos ellos
Ministerio de Fomento.-México, Marzo 8 de 1866.-Con la nota
quedan obligados á favor de Olivier, hasta reintegrarlo de su crédito total, de vd., fecha 6 del presente, se ha recibido.en este Ministerio copia
pudiendo aquellos enajenar sus acciones; quedando hipotecados en virtud de de
escritura otorgada para formali~ar ~l contrato entre vd. y D.
este cqntrato, los terrenos y casas pertenecientes á los vendedores.
Enuho Longuemare, relativo á la colomzacion de la hacienda de Bue7~ Todos los colonos están en la obligacion de dedicar un dia mensual· n~ Vista.-Por esa ~i.sma nota qu·edó_ i~puesto de la buena disposimente para la pronta apertura de los caminos convenientes Y útiles á la co· c1on de vd. para rec1b1r las demas familias que se le remitan, en la
lonia.
·
8ª Si dentro de los terrenos ya mencionados se encuentran establecidos inteligencia de que protesta cumplir en todo sus compromisos.-Al
algunos indígena.&lt;J, quedarán, si quieren, en clase de colonos; mas si lo rehu. acusar á vd. el recibo del documento citado, creo conveniente añasaren, el gefe de la colonia les pagará sus sembrados para que se retiren á dirle, que á esta Secretada le ha parecido muy bien la manera pronsus pueblos.
.
ta con que ha obrado en el arreglo de este negocio, y que espera siga
9~ Todos los colonos, al presentarse en la hacienda de Buena Vista; ma· vd. c~op~rando á los al_tos fines del Gobierno de S. M. respecto de la
nifestarán los documentos que acrediten haber cumplido con las prescripcio• colomzac1on del Impeno; en el concepto de que para facilitar la innes que el Gobierno ha impuesto á los colonos. El nombre de cada colono migracion, M. se ha dignado acordar, que los instrumentos de
se asentará en un registro que se abrirá al efecto en el libro donde se lleva- agricultura, enseres, ganados y semillas que traigan consigo y perterán las cuentas de la colonia.
10. Si en cualquier tiempo y por cualquiera motivo se suscitaren cuestio. nezcan á los colonos, á su arribo en los puertos, sean libres de los
nes entre la colonia y el dueño de Buena Vista, se terminarán aquellas por derechos de import_acion.-Esta nueva franquicia, y las instrucoioárbitros arbitradores, amigables componedores, y ambos contratantes nos nes que se han dado á los Capitanes de los puertos de Veracruz y
CQmprometemos á pasar por el fallo que den, 6 por el de un .tercero en dis• Tampico, en cuanto á la recepcion y proteccion á los colonos que
cordia q~e nombren aquellos, ~i llega ese caso.
..
.
lleguen, segun puede vd. ver en el núm. 62 del "Diario del Imperio,"
11. S1 los colonos ~o cumplieren con algun~ ~e las con,dic1ones estipula- -es natural produzcan los efectos deseados; pudiéndose en consecuendas, se dará por termmado este c?ntrato, y Oliv1er ten_dra der~ho para re· cia lograr que la hacienda de Buena Vista y las otras cuyos propiecobrar sus terrenos, y las herramientas, ganados, semillas y siembras que tarios comprendan co
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hubiere, se realizarán para reembolsarlo de las cantidades mfaistradas á la
' mo Y '' sus ve
eros ~ eresE:8, se cu 1ven Y
colonia, entregando á los colonos el esoeso, si lo hubiere.
pue~len en toda su esten~10n, hoy por desgrama des1erta.:--Por au12. El presente contrato · comenzará á surtir sus efectos luego que sea senma del Exmo. Sr. _Mim_st.ro de Fomento, el Subsecret1mo, Manuel
otorgada y suscrita la escritura pública, de la que se sacarán dos testimo• Orozco.~r. D. Loma Ohvier.-Tehuacan.
nios, uno para cada una de las partes, y ademas una copia simple para el
Son copias.
Ministerio de Fomento. Las costas de estos documentos las satisfarán por
El Subséeretario de Fomento,
mitad las partes contratantes.
(Firmado) MANUEL ÜROZCO.
'
Y no faltando mas que hacer constar este contrato por un instrumento pú.
blico, por el presente en la via y forma que sea mas arreglado á derecho, = ~ -~=¡,...;==== .....==---=====-==...,..= ---==~~=-=
otorga: que por sí y en nombre de todos y cada uno de sus herederos y suceso·
YUCATAN.
res, y precisamente con sujecion á las insertas condiciones, vende realmente
y con efecto á los Sres. Longuemare y demas espresados, para el estableci• CoNTINUACION DE LAS SUSCJHCI ONES PARA LA CAMPARA CONTRA LOS INDIOS
SUBLEVADOS,
miento de la colonia, los 16,000 acres de tierra que se espresan en la condi.
Pesoa. 118.
cion primera, los que le serán pagados en los términos y al precio que de·
8.A:lffA ELENA.
termina la condicion segunda. Se obliga á ministrar á Longuemare, ó al que
Desiderio A. Lizarraga .• __ •••.• __ ••••• ~.. 6 O
resulte gefe de la colorria, y en los términos que espresa la condicion cuarta,
Juan C. Baak ·- ·············-···-···· ~· 6 O
los siete mil quinientos pesos de que ella habla, y sin variar en tiempo al•
Eugenio Mian .• ..•.. _. .. ••. • • • . • . • • • • • . • 6 O
guno y bajo niugun pretesto, los precios marcados ahora á los efectos, los
Paulino Mian . •.••. .••••••••..•..• _• • • • . 6 O
que entregará con la debida puntualidad. Declara que el precio de los ter·
Ramon Cib __ •••••• _•.•• __ •••. • • __ ••. . • • 1 4
renos que vende y el de los efectos que debe ministrar á la colonia, no ea.u.
Anselmo
Tec .•.·.. • • . . . • • . • . • . . . • • • • • • • • 1 4
san réditos, ni usura de ningun género, haciendo esta declaracion bajo el ju•
Juan Cua.•.•. .• •••• _. • • • • • • • . . . • • • • • • • 1 1
ramento que la ley exige; y solo causarán el rédito de un seis por ciento
José Kú . •••• • .. ___ • . • • • • • . • • • • • . • • • • • . 1 1
anual las cantidades de plazo véncido, que en un evento no le fueren satisfe•
chas oportunamente, segun lo prevenido en la condicion quinta, Declara
José Eleuterio Cob ....••• - ••• • .••.•••••• 1 1
igualmente que los terrenos vendidos no los tiene gravados, vendidos ni ena•
Néstor Ch uhin .• . _••••••••• _............ O 6
jenados ei:i manera alguna á distinta persona, y en consecuencia se desapo·
José Guadalupe Camal. •••••••• ·- __ •••.•• O 6
dera, quita y aparta á sí y á sus herederos del dominio qu'e en ellos ha teJuan Tzá ...•...•.. . ••••.•• _• • • • . • • . • • • O 6
nido, y con todas sus acciones reales, personales, directas y ejecutivas, y con
Simon
Kanil. • _•• _•••••• ._ .••.• _• • • • • • • • • O 6
todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, los cede, r(;lnuncia y
Apolonio
Tec. ~ •.••••••.•••.••••..••• _• • O 6
trasfiere en favor de los nuevos dueílos, para que usen y deliberen de ellos
Romano Negi:on •....•.• _••••.••••••• ,. _. • 3 O
como de cosa suya propia, adquirida con justo y legitimo título, obligándo·
J ulian España .••.•. _•• _... . • • . • • • . . • • • • 6 O
se á que esta venta les será cierta y los terrtinos seguros, y facultándolos pa.ra que con solo el testimonio que de esta escritura debe dárseles, tomen la
José M. Ek, un real cada mes. . . . • • • • • • • • • O 6
posesion que les compete; debiendo entenderse que la trasla-eion de domilúo
Eduardo Ek ... ~ .•.•• _..•• _.. ......... . . O 6
se ejecutará tan luego como el esponente esté íntegramente pagado de lo que
Juan J. Chuhun, por una vez.... .. ....... O 2
la colonia le adeudare, segun el tenor de la condicion undécima; obligándose,
Dámaso Cob, id.... • •. • ••..• ~ ..... _. • • • • O 2
por último, á la eviccion y saneamiento de este contrato en los términos y
Pedro May, id ••••.•. · ···-······-···· ••• O 1½
bajo las penas establecidas en las leyes treinta y dos, treinta y cinco y trein•
Francisco Ayil. : .. _• • • • • • • • • • • • • •. • . • • • • O 1¼
ta y seis, del título quinto, Partida quinta, advirtiendo, que si bien como ha
.José
Baltasar Chuc. . • . . . • • • • • • • . • . • . • • • • O 2
espresado, los terrenos que cede en venta á los colonos no tienen gravámen
Estanislao Bá. . . . . • • • •. • • • . . . • • • • ••. • • • • • O 1
especial, sí reportan, en cuanto á que forman parte de la finca, y en la pro•
porcion que corresponde, el capital de seis_mil pesos que la hacienda en geJuan ChL _.• •. ...•••.•• _••••....•• _• -:. • O 1
neral reconoce por hipoteca á Salazar y Vanegas, vecino de Puebla, y por
Evaristo Chuc ........... _•• _...... • • • . • 6 1
otra veintiun mil •pesos á D. Anton,io Couttolene, vecino de San Andrés.
Francisco Pool. . . • . • • •• . • • • • • • • • • • • . . . . . O 1
Presentes asimismo los Sres. ·Longuemare y demas al priueipio relaciona•
J osé_María Pool. . • • • • . . . . • . • • • . . . . • • . . . • O 1
dos, é impuestos de esta escritura, dijeron: que por sí y en nombre de todas
Saturnino Huchim. . • . . • . • • • . • . . •. • • • • • . • O 1
las demas familias que deben venir á formar la colonia, y de las cuales se
Luis
Bá, tres almudes de maiz cada mes.
habla en la cláusula primera, aceptan la venta que se les hace, óbligándose
Enrique Kit, id. id.
por su parte, á observar fiel y religiosamente todas y cada una de las con·
Emeterio May, id. id.
diciones insertas, y á cumplir exactamente las obligaciones que ellas les im·
'J&gt;Onen, bajo las penas que en las mismas se espresan, y las demas fogales á
Justo Mían, dos id. id.

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s.

Apolonio Vicab .• ~ .• 1• • • • • • • • • • • • • • • .' •• ~ . O
Juan Tuz Chi. .••.. .. •......••. • .. : __ • • • O
Domingo Xicum . • . .• ••.••.• ~ ....... ! . . . . O
Zeferino Yam ..•••• •. •.••.•..• . ... • .•••• ' O
José Chan Garrido ...•.•••, .•. .' . • • . . . . . • O
Juan Tuz Ba. - • . • . . . . . • • . . • • • • • • • • • • • • . O
Marcelino Cahuich..• .•..••..... ·• . . • . . . . . O.
Felipe Puch. _. ... . .... : . . . . . • . . . • . • . • . • O
José Maria Tun ...........•.•.•.••• - . ! . . O
Enrique Cob •.•.•..••• ·-·· · ····· • : ..• ! . O
Enrique Ca.huich•. - . . . • . • . . . . . • . . • • . . . • • O
Hilario Conoh . .• .. .•• • ......•. - . - . • . • . • O
Manuel Cahuich. . . • • • • • • . . . . . • • • • • . • • • • • O
Bonifacio Tuz•...•..•• : ••_- ...•••• - . • . . . . O
Pablo K ú.. • . • . . . . . • • • • • . • • • • • . • • • . • . . • O
Andrés Noh.. ................. . ........ O
Juan de la Cruz Puc•..• - • • • • • • . . • • • • • • • • O
Severiano Noh.••••••.••••• _• . • • . . • • • • . • O
ºMateo Chi. . •••••..•••.••••••.•. _. . . . . . • O
Felipe Puc •• _.. • . . . . . . . . . • • . . . • • • • • . . • • O
Marcelino Chan . _• . •. •• ••.. __ . • • • • • • • . • . O
José Chan Ek ..••••.••.••. _. _•..•.... : • O
Estéban Chi.. • • • • • .. . . . . . • • • . . . • • • • • . . . O
Francisco Cen . _••• • • - • • • . . • • • . . • . . • . • . • O
Gregorio Noh•.••..•.••. ~............ . . . O
Celestino Puc....• _• . • . . • . . • . • • • • • • • • • . . · O
Guillermo Cob. . . . . • • • . . • • • • • • • . . . . • . • • • O
Rudesindo Pool ..•••••.....• _••••• _. . . . . O
Márcos Santos. . . . . . . . . . . . . . . .. . . • . • . • . . O
Juan Colli. _....... ......... _•....•••. _ O
Juan Pio Chan •••• .. • : . . • • . • • . . • • . • • . . • • . O

Felipe Balam, id. id.
Bernardino Balam, tres por una vez.
Julian Pech, id. id.
José May, id. id. ·
Eulogio Contrel'lls, una carga por una vez.
Lorenzo Chi, id. id.
CHA.PAJI.

Hornobono Mendez •.•. • • • - • • • • • • · - • • · · · •
Lucia.no ~fanrique •• - ................ - ...•
borenzo Santos ..• • .. • • • • • .. • .. · · • · · · • • · • •
Márcqs Fajardo .•. - •.. • • • • • • • • • · · · • - • • • •
José ~arguez ..••... - • • • • • - • • • · · · · · • - · · •
Lorenzo Castro. - . • - • • • · .. · - • · · i · • • • • • • • : •
Rafael Castro ..... - - - - • • • - - · ••· - • • • • · • · ·
Escolástico Vazquez ... •. • • • • · · · • · · · · • • • •
Mánuel Jesus Pereira .•.•.•... ~., ••••••...
Juan Pio Zapata ... .• •....••••••.... . ...
Andrés Pereira...•... • • • · · · · · · · · · · • • · • • •
Luciano Sal~zar .• • • • • · · • • • - • • · · • · · · · · .. ·
José Manrique .. .• • • • · • · · · · · · · • · · · · · · · · •
Felipe Ojeda..•• - •. • · · · · · .. • • • • • · · • • · · ·
Juan Zapata .•.... • • • · · · · • · · · · • · · • • · · • • •
Remigio Salazar .. - - . • • • • • · • - • · · • • · · • • • ·
Manuel Alcocer ...• •. • • • • • • • • • • • •·• ~ - • • •
Eleuterio Manrique •• • • • • • • - • • • · · • · - • · · · ·
J acinto Martín - .•• - - . - • • • • • • • · · - · • · · · · · ·
Juan de la Cruz Góngora....•..•.•••••....
José Góngora .•.•••. • • • • • • • • • · · · - · • · • · ·
L ázaro Alvarado ••••••• • ~ ....••. - .... _•.
Paulino Ojeda ..••.•••••••••••••••.•••••
Martuel V azquez ..•...•••• _•.... _...... .
Elias Alvarado ...... : ..•••..••...•••..••
Eusebio Acosta. ~ - •.•. - ..••..••.•.....•.
José Palomo •• - .••... - • • • • • • • · · · · · • • · • • •
Hilario Castro .•••••••••••••••..•.••.•.•
Juan Alvarado. -· ..••..•..• . ...••••••••.
José Castillo........................... .
Gabriel Cortés ...•••••..•••••••. • ..•....
'Luis Pech _.......• __ ••.•. _.. •..• - ....•
Agustín Vaz~uez •.• _••. _.•••.••••..•...•
Márcos Mannque ...•••.• _•.•.••••• , • - •••
P ilar Matos .......... _.......••••. •.•••••
Fernando Alvarado .•• ~············-·····
Prudencio Castro •.••.• • ..... . ......... - .
Lorenzo Vazquez ...................... .. .
Ambrosio Sabido .••••• _•••••• - .. ........ .
Dámaso Alvarado .•••••••• - •••.••••••••••
Pbro. Adolfo Lara ... ·•• _•. - ..• • .••••. -.•••••••
W enceslao Gil ..••••••••.• _•..••..•••.••
José Delfig Manrique ....•...••••.••. • • ••
Anastasio Briceño ...•••••.•.••••.•.••••.
José J ulian Ortiz .•. ••.. _.• • •..••••••..••
Santiago Góngora •••••• : •••••.•••••...•.
Leonardo Vazquez .•••• : ••• - •••.•• . ....••
Francisc,o Vazq uez ••••••.• _••...•• - ••..•.
José Dolores Briceño .•• _• • •••••• " .•.•.•
• Pablo Chu hin .•. _....................... .
Juan Pedró Ortiz..•.••.•.••••.• • .•••••••
José Ortiz Salazar _•••.••• ••• •••••••...••
Valentin Góngora . •• ,. .••.••.•.•. • .•.••..
Márcos Gomez. _••••• - •••.•• - •...•••••.•
Basilio Santos .• . . • . .•••.•••••••••.••. - •
Higinio Ortiz..• ..•••. • ••••.•••.•••••.••
Lorenzo Manrique ..•..•••••.•••••.•••••.
José Vazquez•.••...•••••••.•••••.•.•.••
Benito Santos .•.••.••••••.•••••.•••••••
José Palomo•.••••• •• _- ••.••••••.• • •.•••
Juan Palomo ••••••••••••••• ··- .•.••.• • • •
Felipe Nieves .••••••·.............. • • • • • • •
Ricardo Manrique ............ . ... • •. • • • •
Tomás Pacheco •••• _ •••••••.•• • • • • • • • • • •
José Maria Manrique.............. • • • ... • •
José Pacheco •••••••••••••.•• - ••••••••.•
Bernardino Matos ••.•.••.••••.•••.•• - •••
Estéban Sabido ••••••.•••• •• _~ ••••••• ~ •.
Norberto Cauich. _••••• • • _••••••••••••••
José Maria Santos ••••••..••••••• _•••••••
Estéban Chi Z utú .....••.•..• , .•...•. • ••
Juan !man •.• __ ••.•••.••.••• _••••••.••.
Atanasio Vicab ..••• _.•••••••• ~ ..••.•.••
Gregorio Nahuat ••.•••••• ••• ••.••••• - •••
Francisco Bec •• • ••••• _•••••••••.•••••• •
Pascual !man •. • ••••••••••••• : ••••••••••

30 O
12 O
6 •O

6 O
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MAMA.

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Francisca J. Sosa. . • . . • . . . • . • • . • • • • • • • .
M. Margarita Medina é hijo ...........•...
Cura José Antonio Monforte.. . • • . . . • . • . . . • . • . •
Fabian Sosa....•.•.••.••. __ • . . • • . . • . . . .
Pablo D. Presuel.. •..•• ... • _.•. • ....... _
José Tíburcio Ferrer•... •.•.•.' ... . . . • . . . •
Eligio Asencio. • • . • • • . . . . • • . . . . • • • . • . • • .
J. M. Asencio•••... ·•••••••••••••.•• _• • • •
José Can uto Castro. _•..• . . _ . • • . • • • • .. . . •
Eduardo Albornoz......... _.............
Teodosio Cámaro.. • • • • . • • . . • . . . . • • . • . . • .
Miguel Xiu ... _••...... _..... _... ~ . • • . .
Prudencio Xiu•..••••.. •. ..•.. _. . • • • . • • •
Francisco Gonzalez Cámara . ...•..... . •. _.
Ana.stasio Gonzalez ........ _..... • . . . . • • . •
Agustín SoberaniB. • . . . .. • • . . • • • . . . • . . • • .
José M. Gonzalez Pacheco . ••. • ..•. . _. . . . .
Mariano Presuel . _........• _.•.•..... _. . . .
José Gertrudis Aguilar. . . . . • • . • . . . • . . . • • .
Agustín Gonzalez .•• .. ...•. • ... _. . . . • . . . •
Manuel Briceño. . . . . . . . . . . . . . • . . . • . • • • . .
Feliciano Gonzalez .....••.••.....•. _.. . •
Jos~Gapriel Xir.. _...•••••.••....• : • • • .
Andrés Gonzalez. _••••.•.. _ . • . . • • • . • • • . .
José Pio Vela.......... _••.. _•••... _. • . .
Toribio Medina. . . • • • . • • • . . . . . • . . . . . • . . .
· Agustfn Oastro... . • • • . . . • . • • • • . . • • • . . • • •
.Manuel Larena.. . . . . . . . . . . • . • . • • • . . .• . . •
José Fructuoso Gonzalez. ... .. ...........
Angel Vela. • • • . . • • . . . • . .. .. .. • . . . . • • . •
Manue1 Ciriaco Koh .•...•...• • •.•••.•• . _
Mateo Poot. • . . . . . . • . . • . • . • . . • . . . . • • • . •
. Salvador Chan..•••.. _. • • . . . • • • • . . • • . • . •
José María Ché.. . . .. ............ . ......
Juan Poot Ceh.•..••.•...•..••..•.•. _. . .
Bonifacio oib. . . . .. . . . • • . . . . • . • • . . . . • . • .
Plácido Jan_•.•••.•• •. •..••... _. . . . . • . •
Luis Keuel. ••.•.• . _. . . . . . • • . . . . • • . • • . . .
José Pott . • •••.•• _• J • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
José Ek ..•• _: ..••.•• _• • • • . • . • • • . . • . . . .
Crescencio Keuel.. • . • . • . . • • • . . . . . . • . • . . .
José Inés Chu-0 . . .... .".~.... • .-. . • .•• _...
Juan Candelario Poot ••••••••.• ••. : : • • . .
José Santos Tuhuch ... ~· ..•. _.... _... - • .
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Antonio Cob. _.• • .••• . . . . . . . . . . _ . . • • • • •
b dmingo Ch~-. _• • . .••• _• . • • . . ••. • • • . • . •
Franci~co Cituk.. ••..•.•.•••. - - • . • . • • • . • •
Juan Chan Tukuch ••••••.••••.•.•.•..•••
Francisco oib .•.•. ~ ..• - - • • • . . . • . •.• • • • • •
Domir!go Ceh. : . . • • • • • • • • • • • • •• • • • • • •
Luciano Puc••' .: ••'. • • • • • • • • • • • • • • • • • .. • • •

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�236

DIARIO DEL IMPERIO.

NarcisQ P.aredes, dosJ1,lmudes de maíz cada mes.
Pedro Q&amp;:rcia id. id.
. . .·
Magdaleno Gonzalez id. id.
Desiderio Gonzalez id. id.
Pedro Keuel i.d. id.
Tomas A.e id. id.
Raimundo Ac id. id.
José Nati;idad Santos, un almud cada mes.
José Jacob ·Gonzalez id. id.
Pedro Ché id. id.
(Continuará.)

ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
• s,e supli&lt;:3 á los. suscritores de los Departamen½&gt;s que no han pagado toda via el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.
CITACION,
Por auto de hoy ha mandado el Sr. Juez 3? de lo civil, se cite por los J&gt;eriódicos á D.
Miguel Tentori paro. que. se preeenli9 e11 su Juzgado, dentro de ocho die.e, a reconocer una
firma; apercibido que de no concurrir en el término fijado se dará por reconocida.
Y para que surta 101 efec"tos espresadoe esta citacion, pongo el preseñlie en México á
9 de Marzo de l865.-José f'icente Piña, Escribano público.
181-3s-1
'

~ POLITICA DEL DEPARTAllENTO DEL VA.LLE DE MEXICO.
ALEJANDRO VILLASEÑOR, Abogado de los tribunales del Imperio y Secretario general de.
la Prefectura política del Departamento del Valle de México,
Ce;tifico: que auñque ·~n la lista ·que se publicó"en"lo.s périódieoe, de las personas aprehendidas en una casa de Juego, se encuentra comprendido el nombre de D. Casimiro Fernandez, éste no es el escribano. público que tiene igual nombre; y para que así lo haga valer cuando le convenga, á su pedimento le doy el presente, de órden del Sr. Prefecto poMINISTERIO DE FODNTO.
lítico, en el dia de la fecha. ·
·
Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-En el "Diario del Imperio," corres- México, Marzo 1(1. de 1865.•
pondiente al dia 24 de Enero próximo pasado, se encuentra la solicitud que
El Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor. J82-3a-1

SOLICITUD.

hacen los Sres. lldefonso López, H. C.. Covert, E. J . M. Cune y H. N. Poole,
con el objeto de obtener privilegio esclusivo para la introduccion, (abricacion
y uso de los aparatos para refinar, destilar, clarificar, lavar y purificar petróleo, segun los procedimientos·químicos y mecánicos que espresan los plieaos cerrados á. qué ba-0en referencia.-Con fecha 1~ de Agosto del año próxi~o pasado de 1864, se ha concedido á mi representad.o, D. Ricardo Egea
Galindo, profesor de farmacia y residente en Veracruz, privilegio esclusivo
por el término de-ocho años, como introductor de los procedimientos estranjeros por medio .de los .cuales .se obtienen los aceites de alumbrado, que contienen 'las sustancias bitl!min.o~as, ya sean de orígen mineral ó de resíduos ó
desechos de fábricas de gas ó de estearina, segun el diseño y descripcion que
presentó al Ministerio de Fomento de su digno cargo. Y como es de presumir
que estos procedimientos éstranjeros, á 1a vez químicos y mecánicos, sean en
sus principios científicos ó en su esencia y teoría los mismos para los que se
solicita ahora un nuevo privilegio; y estando ademas comprendido el petróleo,
por ser sustancia mineral bituminosa de que se obtienen los aceites de alumbrado llamados Ke:rosene, coat oil 6 kydrocarburos en el privilegio de mi representado, tengo fundamento para oponerme á. la nueva concesion de un
privilegio que ya tiene-él-concedido.-En consecuencia, V. E. tendrá á bien
dar por presentada mi oposicion, y amparar. los .derechos de mi poderdante,
conforme á la le.y de la materia.-México, Marzo 4 de 1865.- V. Larrea.
Es copia. M.éxjco, Ma1:zo.1 d~ 1865.
El Subsecretario de ..Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.

ANUNCIOS OFICIALES.
México, Marzo 9 de 1865.
Hay dos plazas de escribiente vacantes en el Ministerio de Negocio, Estranjeros Para
obtenerle.a, se requier_!l:
.. .
·
Buena forma de letra.
Ortografía correcta.
Conocer el idioma frances, ó el inglés, ó el aleman.
Las perRonas que lo desearen, podrán presentar sus eolicitu.dee en dicho Ministerio, y
,e les informará del modo de pi::obar su aptitud.
. El Su.bsecretario de Negocios Eatranjeros,
PEON DE REUIL.

TRillUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
México, 7 de Marzo de 1865.
Este Tribunal, en auto de hoy, y á peticion del Síndico administrador, ha mandado ,e
cite á junta general de acreedores del concurso á bienes de D. Arcadio López, la que deberá verificarse en fa aMilmcia del jueves 16 del corriente, á las dos de la tarde.
Lo que 88 pone en conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandado.
José M. Carikña, Oficia1,2?,encargado de la secretaria. le3-3s-l
lUZGADO 3? DE LO CIVIL
En el juicio verbal que sigue el Lic. D. AndréP del Rio, por D. Facundo Gomez, contra
D. Manuel Femandez, sobre·pesos, el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José M. Cordero,
ha manaado se haga saber la radicacion al.demandado;..lo que verifico por el presente
anuncio. Méxicq, Marzo 3 de 1865.;-~anuel Romero, Escribano público de la Nacion.
178-3s-2

_CONVOCA~B.IA roDICIAL.
En los auwe de intestado de D. Santos Rivas, ha mandado el Sr. Juez 1\' de letras civil, que conoce de ellos, que se convoque por los periódicos á las personlÍs que se consi•
deren con derecho á la herencia, ·para que en el término de treinta dill8 se presenten á
deducirlo; con el apercibimiento de que les _pai:a,rá ~l }!er,iuicio que haya lugar al que no
lo verifique.
'
En consecuencia, pongo la presente.
Mé1ico, Marzo-tres dll mil oobocientos sesenta y cinco.-Migue.! F. Guerra.
·
179-38-2
lUZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3?·deio civil de esta ciudad, Lic. D. José,M. Cordero, en auto de cuatro
del corriente, ha mandado se po11vo9.ue por l&lt;&gt;s periódicos á los que se crean con derecho
á los bienes del intestado de D~ Josefa .Bonilla, para que eñ el término de¡treinta diu se
presenten á deducir los·que les competan; apercibidos de.lo ctue haya lugar si no lo veM~
.
.
México, Marzo_~ ~e 18?5.-Manuel T. dt Meneses, Escribano público.
180-¡3s-2 ·
roZGADO 2° DE LO .crvII..
En el espediente promovido-por D. Anguste Donssine, por D. Juan J . Torrea, contra el
Lic. D. Mariano Zav.a!&amp;, sobi:e. peJJQS, ha, manaad~ º l f;lr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á pedimento del actor, se cite á dicho ~r. Zavala para que en el término de
diez dias se preséñté á sacar los de la materia, á -efecto de que alegue de su derecho; bajo •
el apercibimiento de que en caso contrario se. le dará por citado para sentencia. En tal
virtud, hago la pres!lll~ ci_tacion; advirtiendo que el desp~cho del que suijcribe está en los
bajos del núm. 7 de la caUe de la Monecfa. · •
·
México, F'ebrero en de 1865z-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 176--Ss-3

.
C!'I:AC!ON ~ICIAL.
El Sr. Juez 4? de.lo ciyil de e~ta corte, Lic: D. Evaristo Reyes, á solicitud de varios
acreedores de D. Santiago Barthes, ha mand'.e.ao iie cite á los demas y se consideren con
PRElECTURA POLITICA DEL DEPARTAIIERTO DEL VALLE DE KEXICO.
el mismo derecho para que conenrran ájunta que se veMcará el d;a 13 del corriente á
las doce, en su juzgado, sito. en el Pl!,ijlQiQ ¡le Justicia~&lt;;_all~ de la Moneda, con el objeto de
Número 1,914
_ México, M~rzo 7 de 1865.
que se.formalice el concurso necesario. Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente.
· ·•
··
··
,
En el ex-convento de Sant.a Clara hahia e.stablecido D~ María Pensado México, Marzo 7 de 1865.-Casimiro Fer.nandez,.Escribano público.
174-5s-4

una casa de juego. prohibido, la .qlle.so_rprendida por la policía, en ella
fueron aprehenqidos D. Juan García, D. Seyeriano Hernandez, D. Juan Rabia, el subteniente D. Ignacio Pineda, el teniente D. Manuel C'árdenas, D.
Casimiro F ernandez, D. José Serrano, D. Francisco Martinez, D. Francisco Villanueva, D. Alberto Suarei, D. Leañdro Elizondo, D. Remigio Castañeda, D. Fe1ipe Romero, D. Camilo Velazquez, D. José María Machu~,
D. Longinos Cervantes, D. Cornelio Becerra, D. Cristóbal Diaz, D. Hercu·
lano Zubieta y la espresada D~ María P-ensado, á quienes sin perjuicio de
habérseles impuesto.las penas.que demarca la.ley de 25 de Febrero de 1864,
confoi&lt;me á fa fraccjon 2"' .del ai:t, j~ de la mis.roa ley, se hace indispsnsable
que sus nombres. queqen f!Ublicados p9r tres _dias consecutivos en el periódico oficial.
El secret!!_rio g~neral. de 11! f y~fectura,
. . {:firmado) Awt~nno VILLASERoR.

con

A1bA.DEL FEBiócARRIL DE MEXICO A PUEBLA..
Celebrada una sesio~ d.el C~~s~fe Ádministrativo, el die. de ayer, para arreglar las operaciones previas á la disolücion· dé la·sociedad, se- acordó que á pesl!r de estar reasumidas la mayor parte de lus acciones en la.persone.. del .sr. D. Antonio Escandon, se convo
que una junta geperal p~ra las 5 de la tarde del dia 15 de este mes en el despacho del
Ferrocarril, plazuela de Guardiola, para"tralarse de la disolucion indic,ada. No bastando,
segun los Estatút-O's, una· sola-seeion para- tal objeto, se acordó igualmente la•convocatoria
para la segunda Junta, que se ve¡ificar¡ !'I! ¡¡!_mismo de~pacbo el 23 de1 mee actual.
México, Mar~~ 7_d~ 1~5.-~itr y Terán.-P. Almazan, secret&amp;io.
175-Ss-4
O

· · roZGAD0•4~-DE.LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo·civil; Lic. D, Evaristo-Reyes,.en auto de ayer, hamand!!.do se con_voque por los periódicos á los que B.ll c~~aµ c9n de!~cho_á los bienes del intestado de D.
Marcelino Sanchez, para que en el ié'rnuno de t~emta dias.se _presenten á aeducir los que
les competan; apercibidós de lo que haya lugar 81 r..o lo veMcan.
México, Febrero 7 de-1865.-ManueJ T. dt Meneses, Escribano público. 97-30s-24
llJZG'!DO 4?. :MENOR ·DEL CUARTEL MAYOR NUllERO 4.

A.Nu:NOJ:OS.

· •

1~ de Sánto -JJomingo núm, 8.

ORDEN.-lgnorándose el doniie11lo de D. Santiago Vicario, por la presente se le cita y
emplaza para que mrel término-de treinta dias se presente en este de mi cargo por si ó
por apoderado instruido.y espensad.!I, Í\ ~opt8$tar JI\ demanda que en juicio verbal aobre
AVISO IMPORTANTE
pesos 1~ promueve el Li~·..D· José Maria Aragon en representacio~ de la testamentaría de
D. Felicrnno Rey; aperc101do dé que·et n&lt;r concurre se le nombrara un defensor de oficio
con quien Jl6 entenderá la-demanda, • • .
• .
. 135-15a-8
Se van á reimprimir 1:os números de este periódico desde el 2 hasta el 16 Mélico, Febrei:o.1.6 de 18~.-!,ic; P~rdet. _.

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIÁRIO DEL IIPERIO."

inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos númei;os
á los suscritores que los.han pedido.
.
Los Gefes de o.ftcina.&amp; y oti:as dep.ep.dencias del G'obierno, qµ(l deban suscribirse al DIARl:,o,.se S_!!rvirán dooi.!' _lo Illas ~:er.onto p~ible el, número de

IMPRÉÑ'rA "DE T. M: ANDRKDE' Y F . ESCALANTE,
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Aparatos de petróleo</name>
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                    <text>({

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NUI. 59. _
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P,ARTE p FIOIA.L.-1,ey sqbre dlv¡slon t,ei::rlto~1.ae1 Ilpperlo ~i¡loa¡\0.-r}aD_t,de 1emp}ead&lt;il de la..~9, do' del Palenq_iüe en ló q'ue ñté Estado de Chiapas· tlná I línea recta hasta el
élna de l&gt;len'ea naclonalÚa&lt;lps. '
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• para Tabasco las poblaciones
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&lt;de- 0 ®lota~,·
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rr3,i!,!/;
''i!i·.,~.,;i;i¡
...!!i!Í!~~l51• nilla, 'y loil'Jímites"'Australes del Departamento de Pichucq.l® ' el cual así
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· 'E, •'ol F'1'';;rf..
'"'''~\.'('-/lí. ébmóel 'délPale'nque, -pérteneceráit·á Tabasco.' :A.lOeste ~lDepartam'ento ,
h M'
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\.Í,'1taJ.l•l' L 1 i- o;,,· l ~. dMI'enuanteped, del 9u~l queda separado por litcori;ientemas occidentalque
1
,
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•' : ''
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·
desagua ·en la.laguna•de Cupilquillo, una línea récta desde' el orígen de esta
MAXIMILIANO E:MPERADb'R' DE:
t1c&gt;i:l HA-, corriente hasta él tor~o ~3,9,iri~ediato de1 rio Seco, J:.este mismo rio en to,J
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...,
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: do su curs? hasta el límite del lJepa~tamento de Chiapas. Su capital San
~ITAN'llES DEµ• ~PEl,UO, S~;ED. , ' ·"
J:• ,f:K,• ,,, ti yr•
,J
Juan Bautis~a.
,
,,
, ·Qu~ oido'Nqestiro•Óohs~jo de M;inist'foJ, · contai&lt;lt!'tfu~n.ra(N~éstrd Con-, ·. V. JJepar~o ,'de Oh~a!F.' Qonfina al Nor~ ?ón el Departamento de
se)o 'de Estado, HE'M'0s .v~nido en decreta~ y' D11:b,itk'llillfos l~)r~igúi~nte:
' Ta~a;s~ en los hndes que á este, se le sefialaron-ñácia el Sur. Al Este con la
i Nrt. 1~ El territori&lt;Yd~l,Imperio Jo•formart'tod6Jlós ~stado~ 1ó Departa.· ~publicad~ Guatemala en la linea _que ~a_rca el terrimo ocupado por las
mentos, l erritbri~ é _Islas sitna~as _étí lbs&gt;m1ttés, AthÍn'.tiéO, P.acíficp y Rójó tribus d~ Lacandon~, Yel'que r~ulte_de~trv:a~en_te_para.el Soconusco. ,Al
6 de d&gt;rtés que de hecho y de derecho 'han pertehtciaó y'pérteueéen á. lo ·que Sur con el mar .P~íñco, quedando baJo su JUrisdiccion todas las Islas que le
se'Úámó R~pública Méxicána.
" 1• 't •
,J : ,
•
p_ertene&lt;;en_ y han pertenec~dq. Al ?este.el Departamento de T~huantepec,
Al Norte, son, límites con los Espados-Unidos, lo~ r~conocidos por el ~ra- siendo hr~:nt_es entre ambos la prolongac10n mas occidental del Río ~eco bastado de Guadalupe Hidalgo, de 2 de F ~brero d~ 1848,'modificaqos en párte ta su nac~miento, Y uns línea recta que parta de este punto y termme en la
p9r elitratado de la Mesilla, fechado ~n 30 dé _Diciampre de 1853. , 1 •
parte º?etdenta~ de la l~la ,de Leon, que forma la barra de Tonalá. Su capi·
• J\} ~ste, el ~olto de México,. el m~r d.: lru¡ ~ht~las, y el establecimiento ta! la muda~ de San Cristobal.
'
,
de Wahze, poseido por los 'ingleses, conforme á los 1erechos )lue_les éónce;- . VI. JJepurtamento de Tehuantepee. Confin~ al Norte con el Golfo de Medió el tratado•de Versa1les. 1
r
•1
x1co. Al Este con los Departamentos de Chiapas y de Tabasco, en 1os linAl SÚr, los límites con¡la &amp;pública di Gua~ell!hla, serán de'finitivamente des señalados á estos'hácia el Oeste. Al S~ con el ma: Pací~co. Al O.este
los que se señalen en un ttatadó especial.
•
'.
e&lt;_&gt;n, los. Dep_artamen~s •de Veracr~, de OaJaca y de ~Jutla, s1end~ }a línea
Al Oeste el mar Pacífico quedando dentro de su demarcacion el mar de divisoria la que comienza en la barrilla en el senp Mexicano, la comente que
· Cortés.
'
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,
, ~ 1·
encuentre al río Huillapan, el curso de e&amp;te mismo río hasta su origen de
Art. 2? El Territorio del Imperio se divide t!J1 ínÓuenta Depa'.rtamentos, donde se tirará una línea recta al paso de Sa,n Juan, seguirá por toda esta ~or•
en esta forma: •
.. ,
1 , .,
• r .1. ,,
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,
riente hasta su origen y de aquí hasta i!l rill de Tehuantepec, se trazará un
I. JJepartamento de "Yucatan. Confina·'ai Norte y al Este con la Sondada meridiano hasta donde toque al espresado rio, el cual seguirá siendo el IímÍ•
Campeche, el canal de Yucatan y el mar de las Antillas. r Al Sur, con e~ Ter· te hasta su desembocadura e~ el mar Pacífico. Su capital el Suchil.
rit0Tio de Belice, W alix 6 Walize, y con la República de .Guatemala, de la
VII. JJepartamentQ de Oa;aca. Confina al Norte con los Departamentos
cual queda separado por el,rio Sarstum. Al Oeste con el Departamento de de Veracruz Y d~ Puebla, sirviendo de límites con el primero, los reconociCampeche, siendo entre ambos la línea divisoria, la que parte de la Boca del dos entre los antiguos_ Esta_dos ó Departamentos de Veracruz y de Oajaca,
Estero ó Ciénega•que sale á la costá del Sur de Cele~tun, y se prolonga há- Y &lt;J?n el segundo, el r10 Qu10tepec ó Papaloapan hasta tocar los límites del
cía el Oriente hífsta la distancia de die~ mil metros' d~l punto de partida; de antiguo Departamento de Veracruz. Al Este con el Departamento de Teaquí oontinuará al Sur hasta encontrar el. 'paralelo del punto intermedio del huantepec, en los confines 9-ue á este se le s~fialaron hácia el Oeste. Al Sur
camino ~alach6 á -Salkini, á cuyo p:nto se di~igirá en seguida y désde el con el Departamento de EJutla, sirvién~~le de lími~ e} río de Tehuantepec,
éual contmuará. en lmea recta hasta•encontl.'ar el p~ralelo del muelle de Cam- de~de el punto en que ~o corta _el meridiano que lmnta á. Tehuantepec, y
peche á. la distancia de un grado -del mismt&gt;; y desde ésa intersección hasta desde este punto -la comente arriba del mismo río de Tehuantepec, siguien·
encontrar la linea limítrofe con la R~pública de Guatemala. ·•
',
do ~l curso conocido con las denominaciones de Tavels, de Totolapa y de
Quedan bajo su jurisdiooion las islas de Cozumel, Mujeres, Cancúo, Con- Tabiche, hasta cortar el paralelo. IG0 45' latitud Norte; este mism9 paralelo
tpy, Bermeja, Alacranes-, etc., etc., con_ t¡odas las demas is1as, Bajos y Arre- hast~ donde toque el cauce-del r10 Atoyac, y despues este mismo rio hasta
cifes que siempre· han pertenecido á ~éxico, y que se ·encuentran en sus reun¿rs~. con el de I~ta_yutla. ~l. Oeste con_ el Departamento de Teposcoluaguas. Su capit¡i.l Je. ciudatl de Mérida.
t,
la, sirviendoles de lumte la comente del no Ixtayutla desde su union con
IT. JJepartament0, de Campeche. Confina al Norte ·oo.n el Golfo de M.é.¡d- el ~toyac hasta el ~ur. d~l pueblo de Sahuatlan, de este punto, una linea recco. Al Noroeste y al Este.con el J)epartl}mento de Yucatan, en lbs m.i$mos ta a la fuente D:13S ~mediata de los ra1;11ales que forman el rio Tomaltá, el
ll!l).ites señ~lados á este ·Departamento hácia el ·Oeste. Al-S.u r con la Repú· curso ~e este hasta incorporarse en el rio de Quiotepec. Su capitalla ciudad
blica de C,uayemal~ en loqrnntos correspondiente¡;¡_ á la,p~ovino,ia del Pieten. de Oa.1aea,
r
.
Al O~t~ 00!1 el Departamento,de la Laguna, siendo la líne~ µivisoria entne
:7'JlII. JJepar!am:ento de FJ;utla. Co!lfina al Norte con el Departamento de
ar;nbos, la que eomenzm¡á eAla pup.~·-del Javinal, seguirá en linea recta has- OaJaca en los límites que á este se le señalaron hácia el Sur. Al Este con el
ta encontrar al Poniente, y á la distancia de 30 minutos¡ ~l paralelo de la. J?epartamento de Tehuantepec, del cual está separado por la. corriente del
confluencia &lt;l~l r!o Nohbecan con el r,io Marpantel, á cuya confluencia .segui• np de_Tehantepec desde el punto en que la corta el límite con Oajaca, hasta
rá despues; y desde la ~ual continuilfá ·al Sur hasta encontrar la línea limÍ· su dese~bocadura en ~l ;mar. Al_ Sur con el mar Pacífico. Al Oeste con el
trofe con Guatemala. Le corresponden las islas de Piedra~ y Heselchacan Departamento de ~eposcolula, siendo la linea divisoria la cor,riente del rio
con los bancos y Arrecifes de los Triángulos, Nuevo, ·del Obispq,y·la!l Ar- Verde, desde la u~on d~l Atoyac y del lxtayutla, hasta su desembocadura
ca&amp;, con todo 19 demJlS que en aq1,1tlllos mares pertenece al Imperio, Su capi· 4}n el mar. Su capital E1utla.
.
tal el puerto de Campeche.
·
lX,. , JJepartamento de Teposcolula. Confina al Norte con los Departamen·
ID, JJfpartamento de la Lagu17f.1,, C&lt;m(ina al No1·te co~ el Go}fo de !4éxi- tos de.I~urbide y de Puebla, de los cuales queda separado por el rio Mexcaco. Al Este con el_ Depar~mento de Campeche, en ,la·.lmea senalada a este la, Poblano ó de las Balsas, desde el lugar en que se le une el rio de Coyco·
Dep.artar;nento hácia el Oriente. Al Sur. con la Republma de Guate~al~, en yan h~ta donde se le junta el rio Mixteco; este rio hasta su union con el de
los hndes del terreno ocupado por las ,tnbus de Lacandones. M Oest~ con Acatlan, y en seguida esta misma corriente hasta mas arriba del pueblo de
el Departamento dll ';rabasco, sirviéndoles de separacipn la corriente del rio Tiang~stengo en el punt6 donde tocaba el límite del antiguo Departamento
v.e San Ped~o Y. San Pablo, desde su de_sembqcadura el}. llJ, b~rra del mismo de OaJ~, y este mismo límite hasta tocar con el nacimiento del rio Hondo¡
nqmbre, 'J sig~1end,o_por el cent!'º del nQ hasta la con~uenma de los brazos la c.ornente de este hasta. su union con el rio de Juquila, y los dos juntos
que forma1 1~ isla_ º;.islas _del Chinal, proseguirá por 91. brazo mas ori~rtal, 4 hasta. ~ncorporars~ en el rio de Quiotepec. Al Este con los Departamentos
fi\de que a Jfla ó_ ~slas qu~d~n al Depart¡i.¡;n~nto ~e •Tabasco, Ji contmum.·á de O3:1aca y de EJutla en los l~ndes que á ambos se le señalaron há.cia el
PO el cent~o ~e1rio U~um~mta, ó de su ,afluente· was pl"ofundo1 hasta en- Oeste. Al Sur con el mar Pacifico. Al Oeste coh el Departamento de Guer.
contrar el hm_ite del Imper19 con la Rep*blica de Guate;mlj.la. Le pertene- rero, marcando la línea divtsoria la corriente del riode Santa Catalina des!e\~ogas las i~las que se encuentra~ ,der;i.Jro ~el. lago de '('é~mj110:, Y. -~as qu~ ,d¡i s~ des.embocadura•en el Pacífico hasta el nacimiento del ramal mas in•
ce~no siempre han pertenec1~p a Mexico. Su~capital l¡1¡. Villa del mediato a la montaña de Coycóyan; una· línea recta de este punto ála cumÍv'et
.
•·
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1 bre de la moritaña, de aquí ·otra línea á la fuente inmediata del rio de CoyAl E. epartamento de To,basco. Confina al, Norte con el ~olfo de México. coyan, y todo él curso de este, hasta su incorporacion en el l'io Mexcala. Su
~te con el J?eparj;amento de la Laguna, en l9s lindes :que á. es~a fraooion capital .Teposéolula1
•
se seiialaron há.cia el Oei;te, Al Sur con el Departamento de, Chiapas, sir- X. JJepartamento dt Veracruz. Confina al Norte con el Golfo de México,
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~ ue~l:l~r y' e Guana:1u~~93, :i1i'1 v.1;e!11;1~.1~~ e u
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lfl .;~~Tl ~ ) ,...Jp{W ,C Ú'in'a ·:, ' '
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lindero }a corrieµt~ .1deLr10 ag1:es, Od.é'~~ntA Marítl; y1bon ~1 ~e~~t~'m h'."l
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(fe,Jo.{lséo Confuia Noite-{ori. )~~' J?~partamen¡ tt&gt; d~ Aguáioa?eD;w:,, ~1ar,caÚdo l/l sepai·adi9n 'loS' ~Iitiga1á'~W~( -Fen n~w::.
to
l. m,ii'.~ e~tesf.d.e ~¡¡,~a~~~ y del Nayarist, .~~ los ()Ual?s ' io ,.di v~;1e .dos en~re el D1str~~
rmos/ de'l'.E~tado de ZMa~e~ s,_n mfl
¡Í)
; jjtp,r,f"t
, d~ 1 ff" G. J d s t" º"'º 6 To1olotliw desde ¡SU salida, del lauo de
y de :Aguas~lientes. Al Oeste el 1:)~uíti,vR1Yié11.td \fo ii~mlV, g~ ,..
la cornen e e no rnn e, an i.'f&gt;
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d Qh l:¡. l\ t,a ..sn,il SE;I bp,oadura en el ~W' ,P~cifico. l .l!,ste ,el J)e¡&gt;ar- l4&gt;s ímites sei\a1a os ll, es e ¡icia
, . ,. .:lJJr ~]. a1 ~oan ~ 1s. '
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, ''? ,·,co e_.~ºl'.fP:qElaut'~del1'c~;;f,divid;la octrriente ';5l.r'fo·'a./c~~ula,,;soria,
con·-el,pl~eI'o,1á
ierra d{ 1Corih~
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4 asta.su~·
Msdé1~ ~cir~íent"&gt;
()OJPWªci.ºfl OOJ.L,~l 4!r J..r~WG.I\, Y;,ie/'f segu
' _ídp¡i.a res,Péct~vq; ~6n el,sle.g?n p,-el ·P1~~ ?.s
·~ ~ au¡~¡l,t ~ Wt\,i 1tnlf7~riorE,?;'?füo!l-!i_, 1r,r,
~~·~u
rlei:;eR¡,o=udura en la ensen¡i
i uacbichil y..con e tércero a •~~sma 1err
ua~icrn .
steffiou-¡¡.
la cornente del rrusm~¡t~
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) TJ JI&lt;)•~ ·
&lt;'fel jf(l'' se á (1 ci\YI...
HHJ¡'&gt;\~i ·t1" iJll&amp;h) (r¡
de Banderas en el mar Paci co: • este eón marJ&gt;ac1fico. Queaan den- ~~rtarrw.ntp de.., _am¡¡.pJpasli1 ,c½ª ,1ts ,aT1;/óy1 K2r.r'!...~:ct:,ft'\~ r1t m1n:iiw1
tro de s.ioinmrii«ioDIÍll {$.lb:Jta·fi~ablanca y las Marí~ e~ el Océano, y las cid?~ f}lr~~!~~aúti&amp;:'1ºs, . ~~~~fª~,Í¡~ª11ª ;::i] ~~~rM~~
de Mescala y las otras pequeñas que caen dentro de SU~1J1u\i~S'flbeMago de In San Lms otos1. Al Sur con
ií:¡J•rf je.-,rf 1l~'Ji ¡.,
Cha.pala. Su capital Guadalajara.
,w"!I.:" ,,:•[ :ofou).!·,½ ef· O'!J,.;uill l r 9t;pe. 'f] ,,q~ste pon,lp~ -~~p~~tte~~s, e ~-¡-;~t~P,}l,r ~1,,; .1 t?f\({ ~s,.ft.12.8
1
XXVII. Departamento &lt;k ~íl.'t~.,tGíl1,1fuia,11,l(~~ .orte--con el Departamen- 1It~as -sen¡¡._1if&lt;J~~ a. est~s lí~?1~ e _te:., .u ~.1( _a ~ ~\e. }}~ ~·,.s ,;, ,a fo n J·&gt; 1
. 0 en
1 s límitPS á. este 0.,~-lados hácia el Sur Al Este con los
íle¡Tamau{ivas
conl·J:1;fi~
D,ar~a- 1•
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l ~ ' 10 f f),.. dCo., J'iñna,a'1
'l .Norte
) .ril:flL.
tJr...!f;, :1HI M.n.
·••me...11n/i11 ;rs\tscd y' &gt;;ii.1:Cfüi a: conforme á las líneas trazadas en emo de,.Ma.tamoros7 ue epa esti:I, 1serpar1a º ip_or, e r~q.l \ an. e~, qy,-5'• ~a..o0 b
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U.',&gt;f
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~ e'&lt; ,,,,,1~ ,1.. .
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''t"' l"J ., qe\l:a\1 ,...c.
Depm""' mo
los lugareS'r~spictNB's'. 1U Silt édn el mismo ~epartameqto ~~,.Coljipt l ,pn qe,1;',&amp;t,&lt;rrª,,marma, en º· a su \l0r51~r¡.1e&lt;', e~ e 9.ue •~ ,os 1
f1 e ,mi J
1
el mar Pacífico. Al Oeste con .1el ,mar. P~c_ífiqq.1 L~c•;&gt;r[espf nde e1 puerto tb.meµto past~ .su ~ese~~??8;~ª ~ft el .mt • Al Es1
O .9tlr~~~•r ,fa'~ol
de Navidad. Su capital Autfan.
•
\ll
. •
f
,
cio:, Al Sur_con fo~ D~w~rt~Il)~ntq~. ae,Tuw~~-Y.,.d,~ 9pn~taro,. &lt;J¡th'&lt;l,tRV,t1J~.h .
XXVIII. · Departamento,i/e,iifl&amp;,an#-· C9~ral_-tforte con el Departamen- Elsla1 ~~par9ftg~or1 el.,:wo T'amipn·,p Pá~_uc~;
í9,1t lo~ ;;i:?SJW~~ll},~µ-1!,
to de D11I~lN; •siryi~¡:¡dQle:¡ de·J.íijli~ la coniente del rio Guazamot.'l, hasta tos ~t },lue:y~+epn y ~e 'Matehua1a,,,s,1;~~e~~91es ~~
¡,~rt}iqi~o,c~~?,
su reunion con el del Mezq_uital, el lecho de este hasta s~ ~eunion C?n e! de dntre los antiguos Departa1;1éntos de r¡;a~napb,P~ Y. ~~;f ~t i ?tt Jrtop1¡Yfgr1, ¡
San Blas y la corriente de,este'últin11:1 Hasta1los•antiguosU1-mites lieoonoo1dos IEfl.~eEarta~
. e~t.o d~l Potps~, en l.?.s ,ntf~~?,s :líw!t~ R~?J.~s,~~Pi\\3~~9 Ji ~
entre los estinguid0S"rDle~~men:tos,ije(IJ:alis&lt;ió Jf de Durango, y con el De- qorr1~nte ,d,el n&lt;? 1 V'~l1~s1,~~d~ ,su ,lt~~n~1en:o' , ~s/ a:&gt;sµ fCOrIJ,ºFt~f!..in J ,l,fl
parta.mento de Mazatlan, separado por todo el ,·io de las Cañas,_hasta su 11io,de S;i,nta;~r1~. ~u ~apit~l !Jmd,,fl'Y1c~ona.
, (' 1 . ,,(; { ; h ) ,,
desembocadura en el Pacífico :y la línea rec-onoi!itla aritiguainente"ehtre los I XXXVI. Departamento de _iVatamoro,s.,Ponfinaal~ 1}~onlos
·E~tadgs- .
1
Departamentos de J alisct&gt; / ia.e flin'al.Óa: -&lt;A:1&lt;:éste1&amp;on el Depa~ta~ento de 'UJ~i~~!l,.de lo~ ,cua\ef_e~t~ s~.r,a~ado rºl.:-e1
~rtt~·¡, 1$~t~itn~
¿•
Zacatecas, siendo la línea divisoria ~€1-&amp;-ltl•eorriente del rio HueJuqmlla 6 de de ~e~ico, A) ~u_r co¡1rf l J?fipart~rue~to Tamaultp~, e.,n
~~J}~-1
Jerez, desde su nacimiento has!'@, su incorpór3?ion en el rio/trande..r, un ll}e- l~do.~, a ~s~e&gt;haci~ Norte~ ID. Oeste c_~n,~. 'J?j pa~taip.entq~e ~~1,1e10-1teor, 1
_ ridiano que úna el nacitnie1:i.to:tle1 esf)1·esadb'JlH)i~&lt;M1.' la,eC1DDJ.é~te.&amp;íÍdb..Gua._1 s1r.viend9les ~e hrrn~e la ra~a .m,as &amp;nen~a1 a~l flA Ae ,paµi~i:~o..
1
z~o,t¡i,: .a~ ,Sq;r: GPA ~I;;Deparwm~n~q d~ J fl~&lt;;&gt;, del cual ,esta_~~l?ª~.!1P2,~r J uav.i, es~ ~1s_
mo n? ,~~s~¡i su ).Ucorp~r~c\&lt;l~, e~ ,el Bra¡vp, X líl¡ ~r¡.i!~:\l~ .P,Vi~ª.
el rio Grande. Al Oeste con el mar Pu1fico. Que~n,dintro p.e. ~ -Jpr¿saic- de damarcac10n reconocida entr~ los esfangmaos1&gt;ep_artamentq~ de Tamim-,
cion la Isla Isabela y todas las demas ,gue segl,lll'aereclio, ~ deban correspoµ: ~pas·y de Nuevo-Leon. 'Su capital ':M'atambros.
' .
r~~:~ ,
der en el Océano. Su capital A93'poIÍ~ta. · ,,
';¡
., .
XXXViII, JJ,martamen,to de Nueuq-f,eon . .Confina al Norte con los1 -~ - '
XXIX. Departamento de Guanaj"Ultto. Coñl.ina· al 1;N~ con··el r&gt;epit~ta- d?s·:iu'nidos, ,sirvi~n~o de ,limit~ el rip ·~ravo; /;~onel ll~pah~~ny'&lt;&gt;
mento del Potosí, sirviéndoles de límite 'el ·cttr,só 1delllio tle l_B~te~, .° ~e
del cu~I.esta ~epar:i,ao ~or el r10 _Salado1 o de, Guer1er~, 1li,~t~ ~y rp.u-,
Santa María hasta el Norte de la Hacienda de_los Bled9s,ty' ub:a·h~e~ ·récta fao~ en el ~smo r10 Bra~o. )'.A,l ~stt &lt;lOn;l?s D ~par~ameqtp~de t)fatam9ri9s ,
que parta de este punto al que antigultmert~é se-reconoma corno l!m1te•éntre y de Tamatil1pai,,}m los lmde~_se~álados a. estos h~cia eli ?pste. Al S~r, ~l
ambos Departamentos. Al .Este·'con1el ''Departamento d~ Queretaro, en 1~ Pe,pa:rtam1hto d~ 11ateh:ua\a, sirviendo de,se.p~ra~!?n }~ ~1erra ?,~1 q~!l-Clg·
línea marcada á éste hácia el'&lt;~este. ,Al' ~út:' ct¡tl los Departam~ntos de ~1- 9hil. ~~ O~~e, .~n fl Denrt~m~nto)de Coalimla, siryiendqles ,d~ 1!!11L~es 1qs
choacan y de Tancítaro, de los oual~s-~a ,s~¡i.ar_afrp po~ la. corriente, d?l r10 rE)c01,1oc1dos anti~amente e~tre afl}bos D epartamentos. Su capít~"} }'(,onLerma. Al Oeste el Departamento 1de A!l.1.msciherltes,s1gmendofo_sant1guos erey.
.
,, . , r · · ¡{.
límites reconocidos entre los esting11~qo~pel?artmrient~s de GuanaJu_ato Y de
X.X:XWll. '1Jepart(Jllne1ito de Oou:h1iila. •CQ'nfina 1al Nor:te con 'él DéparltaJ alis_co, hasta el punto en 9-ue coft;¡.~ auorn;nte ,del r1? de Ayochico, Y en 1Iie.nto,de iMa,pimi,n.si;i-v,iénfl~les de,límite ·un paralelo qJ1euúna·eliDElJ)afuta-J
segmd~ el cauce ~e este mismo ri:ó/ Hast~·su 1n-qor.11orac1on en el de Lerma. mento,d-elRuejüqu.illa,,con rla vei,tiente mas austrál dil} 11¡ó ·delfa ,Giéhega; 'eL .
Su capital GuanaJuato.
· . ' ,' ·
,,
~ismo río Jlamado sen segu,ida·&lt;bfSan Buen'aventu11a ,y Tá,pádo,, ,hasta,reunir~ i
XXX. Departamento de Aguascaliecntes. ,Confina al Norte corílos Depar se,Jl()ll .~ rio,Sa.lado, y/esteJ¼iastalel }ínute ,c0.n el Dép&gt;,&lt;trtameb.~ 1:de.Nlievo r
tamentos del Potosí y de Zacatecas., ,sir&lt;V&lt;i.éndolesJe límite!\ los antiguamente Leon. , Al Este,con el Depa,rtamento ,de' Ji'uev~~n;, réco.nooiendo ipot 1li,._
reconocidos entre los estinguid~.s l&gt;epartaID¡entos pe Aguascalientes y de Za- tnites lé&gt;.siantjguos eJ1tFe1ambos DepantMnentos. AL Sur •eón ·-ló.s Ileparta-,
ca.tecas, y entre los de Jalisco, de_San ,Luis , Potosí y de Zacatecas. Al Este tnentos de Matehuala y de Fresnillo en las líneas señaladas á estoshácia el
con el Departamento de Guanaju::1,t9r ~n lo~límit~i¡ fijados á éste, hácia ?es- Norte. A:J.,peste cbn_el De.p~rt~n'to,de Dui:11,ngo,,ael ,01:11.11 -está separaao
te. Al Sur con los Departamento~,.dii ,1hucil¡a.ro, ~ Coalcoman r _de J.alISeo, por Ua coríiiente :del no de Nieveis, y eon. el ,Departaménto de Nazas; del cual.
de los c.1,1ales lo separa la .cori;iente del r,io de Lerina, hasta su desembocadu- estárdividido por la oorl!iénte del rioJde Naza.s, fa ,Iitguba Tlahue1ilá~6 del
raen ·e1 lagdIM Olia1&gt;.a}l}, la ;trbera·de esté'y .e lrio Urit1:r~e 6 Tdl:füotlan,·désde Caiman, y los iantiguos litt.tite.s que' cofl·esptjnfüer.on áJiDepa~t;1mentb 'de.D,u.
su salida del lago hasta/ donB.e se le reune el rio de-J núliipila. A:l OMte con rango, y ·odn el Dapartamentó &lt;le H uejuquiila,, sirVii:ettdoide.línea ,de demar- &gt;
el Depar.tamento;de.~c(\1¡eoall,'SÍ~iendo de linea divisoria la corrienté del ~acion la .qµe exiátió;éntre ilos Departamentos 1de Coahuil~ y-de Ch:ihuahtla,,rio de J uchipila, desde el Norte de1 pueblo de Tab~co hasta su rel.llllón eón Su capital Saltillo.
.
,
.
; 1 v•, .
-~ l ;~
el rio Grande 6 Tololotlan. Su capital Aguascalientes.
:x.xxIX, J)epattamento 'dé MQ;pimí. ConfiU:a ,a,l Nbl'te y ,aJ. .Este ,eoalos
XXXI. Degar/~ento dr; Zacateca,s. rCol}-Íllla al Norte con el Departamen- Estados.-&lt;Unidbs, &lt;de-los cuales -está 'separado pd11 la corriente, &lt;leL-rio Bravo,,,
to de Duranto; 'ruviéhdoles l:le lím'ite"el rio de &lt;1::ltalthihuites 6 de Guazamo- .l\.J. Sur con el Departamento de Coahuila en los límites marcados á?éste.h6,.:.i
ta, y con el Departamento del Fresnillo, del cual está separado por el mis- ~ia el Norte. AH)estercon eJ. Departamento de H1!ejuquill.a; ..sirviendo lde
mo no, hasta su naeimíento en la Rstea; una línea.."l"-eetn que -úna e&amp;fe--0on las límites ,los Teconocidos entre l@s-Departamentos de Coithuila y de_Ofühua,.
ramales occidentales geµiQ a W:~ vee, J los 1it@',M :reconocidos entre los hua, y la corriente del rio que de Sur á Notte viene iá ,reunirse &lt;ion .el rio ,
Par.tido.s_de_J~ y _de~~..eLdel..F..refilrilfo. Al Este con el De- :f3ravo. Al Suroeste del presidio de San Vicente. Su capital Rozas.
partamento del Potosí sirviendo de demarcacion las líneas antiguas que seXL. Departamento de Ma'ztdlfln. 'Oonñna al"Noi.te- con el Departamento
paraban á Zacatecas ·dM:,P-etosí, y al Pattido de .Pinos del de,Zacatecas. Al de .Sinaloa1del cual está divillido por los rh&gt;s &lt;le Culiacan y de Alicál:na, désSur,,!•Sdd:e.,te.oon,.el ,Uepartarrrento ae .Aguascalientea,,en los límites queise fe que toca·en los limites :del Deparfiamento · hasta su desembocadura 'e. n el
re~dnoci~ton: ~re'el1art1Jtg'¾o·'Dipartamen,to de est,~ nombre y 'e,:.•'de Zacate: ~ár. Al Es~ con los Departamentos de Nazas i de Du.taugo¡ sirviéndo1es
~ , y;1in',J,lfg1,1:i~l¡¡, .~O!r@te,ll,ef:r:io.de Judhlpµ'3 desde el Norte del.,pue-, de Jírnite la Sier1.;a Madre, en los puntos reco'nocido,s ántiguameiltié entre ·los
blo de Tabasco halta su incorporacion en el rio lira.nd.e 6 Tololotlan, y eou· :Pepartamentos de Sinaloa.1y de Dul'ango. Al Sw: qiJl' el. Dep.artamento,fle
el Departamerlto- de Jalisco, del cual está-separado por el cauoe.deJ;rio Gi·an- ~ayarit, del cual está sepá:rado -por el ·rio 1Cañas. ·Al Oeste..por el m'ai:
de. Kl Oeste con et;)~iftatnento de1 Nayarit, en los lindes sefialalios á eífico. Su:-eárpital Ma-illtl~'n!
,,
. ·•
1
este, hácia el Oriente. Su capitM Zaeitteeas.
•
. 1 XLI. 1)epartamentp de Sim.cdoa. Gonfü:ra al Norte epn el Depa11tlpitento
XXXII. JJepartárMnto del Fresnillo .. Confina al Norte con el Departa:- de A1amos, d,el oual está dividido por el rió de\ Fuerte, :y con~LDepartamento .qe·'Oe~'iiuHa1 ~iT'viéndoles de ~nrite 1lli paralelo •que ún_a ~l nacimiento · mento de íBatopilas, ,del qúe está separado por el r1o de Ohoi:s. Al Esteicón
d~1 ramal mas boreal de los q1_le ,forman la 1ag~a .1e. Panas con E:l rio de el mismo DepartameJito de Batopilas y con el de Nazas, de los cuales .está
Nieves, el cauce del rio de los Hornos que desagu~ en l¡¡, Laguna.~e ParrasJ di:vidido por el mismo rio Choi:s hasta,su nacimiento, y ·una, línea 'tlue úha
11:-5 ~ayas !'lf:) ~J;a inisma lag\l.ll!l. y la MJ-tigua línea de de,marcacion, recono- ésta con el prinéipio de aa rama mas oriental,del de Alicama. ,Al Sur con.el
c1d4l.-entr-e-los Departamentos de' Zacatecas y de Coan'uila. Al Este con el J)epartamento de Mazatlan en los Jindés señalados á este háéia, al N·orte. Al •
Departamento de Matrthuala, s¡1•viendo de lindel'oJas cadenas de montañas Oeste el mar Pacífico. Su capital Sinaloa.
.
':i
conocidas ~ n lp¡¡ ~o~bres de Sierra Hermosa, Piquita y su prolongacion,
XLII. Departamento &lt;le JJuroogo. Confina al 'Norte con ~l Departa.mentó
por el terr_en~ ~e} antiguo Distrito de Mazapil. Al S~r con el Derartamen- de Nazas, sirviéndoles de límites el rio Tamazuela, un paralelo qúe ,íña.,esta
to d~ ~Gil,teGl!,S, en la.de:iµarcacion que á este se le señaló hácia el No1$e. corriente. con. la de Canela, y todo este rio hasta unirse éon el de Nazas, 'é·ir
~l Oes~ con el Depantame~to de Dll.l'ango, separado por la corriente .d,el rá desaguar en la laguna del Caiman. .Al Este 'COI! el Depart;amento 1de iMar10 de N1eves, yla, línea reconocida. antiguamente entre los Departamentos tiehuala en los lindes .fijados a este háeia el Oeste. Al Sur con los Detiáí·ta•
de._ZOO&amp;técá.s y de Durango, hasta tocar en la corriente del rio de Chalchi- mentas ~e Zacatecas y del Na'yarit en las líneas que á estos se les seij.alaron
hmtes, ó de Guazamota. Su capital Fresnillo.
hácia. el Norte, u\l Oeste con .el Departamento de Mawtlan, sirviéndoles de ,
KXXlII. Depart,amento del Potosí. Confina al Norte con el Departamen- limites los antiguos reconocidos entre los :estinguidos Departamentos de Duto de Matehuala,, del cual está dividido por el paralelo 23 o de latitud Nor- tango y de Sinaloa.. Su ,capital Durango.
'
•
•
te. _Al ~te éo~ ~l ~epa1:tamento de Tamaulipas, .sirviéndoles .dé limite la ~XLIII. J)epar.tame11,ta de Natas. Confina al Norte,eon el Depllil'tamento,de
antigua línea dmsor.1a ~nfü.-umbos Departamentos, y·Ja corriente del rio de uejuquilla, sirviéndoles de limites la corriente del rio de &amp;n Antorli01 y,
Valles, desde su na&lt;:1m1ento hasta su incorporacion en . el rio Pá,nuco. Al esde su recodo mas occidental un paralelo que termine eli la corriente del

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ri9,J'}?.r+,e-&lt;? .~1de Con~ho~, y cv~ el Departa?1ento de Ba11opilas en la línea
de aema:rcacion1.réco~oc1da antiguamente entre los Departamentos de Durar\go y de ChiliÚabua¡, Al Este el Departam.ento de Coahuila, en los lindes
se~ª'ladps, á, e~½, 'háoia el Oeste. Al Sur el Departam.ento de Durango, en la
demarcacion hecha á este, hácia el Norte. Al Oeste con el Departamento de
Mazat1an, en lo~antiguos límites reconocidos eiitre los Depa~kimentos i;l.e Duran~o ¡ de Sinaloa, y con el Departamento qe Siualoa en los linde~ que á
esre se le señalaron .hácia el Oeste. Su capital Indée.
•
AL~v.' Departamento &lt;k Álamos. Confina al Norte con,el Departamento
de' Sonora, s~endo la línea divísor;a el rio Yaq ui. Al Este el ~epartamento
de Batopilas, i¡irviéndole 'de límite el rio Yép,achic, hasta su incorporacion en
el_Y¡ic;_~i, un~ línea que ju_nte el naci~iento de _este _co~ el '1e _Chimipas, y
este mismo rio hasta su mcorporacion en el r10 del Fuerte. Al Sur el DeparF~nto de ~jpaloa, de! cuaJ está sepa:ado por el :rip del Fuerfe! Al Oeste
el J}lar de Cortes. Su capital Alamos.
·
XLV. Departamento &lt;k Sonora. Confina al Norte con los Estados-1Jrtidos
y con el D~partamento de Arizona, sirviendo de linea diviso_!'ia el rio de la
Asuncion ó del Altar, desde su nacimiento, una línea que úna este Mn el rio
de SÁn,Pedr2] y lá corriente d~ este mismo hasta la frontera de los EstadosU~idos. Al ..t;ste con ei· Dep~rtamento de Chihuahua, sirviendo de ,límites
los antiguos reconocidos entre los estin~dos Departamentos de Sonora ''y
de Chihuahua, y con el Departamento de J:Saropilas, del cual está separado por
el rió Papigochi. 1\1 Sur el Departamento de Alan:i:os, del cual está dividido
por el rio Y~ui. Al Oeste el mar de Cortés. Queda dentro de sus límites
la isla del Tiouron. Su capital Ures.
X1VI. Departamento de Arizona. Confina al Norte con los Estados-Unidos. Al Este y al Sur con el Departamento de Sonora. Al 'Oeste con el mar
de Cortés y con el Departamento de California, del cual está dividido por la
corriente del rio Colorado. Su capital el Altar.
•
XLVIL Departamento &lt;k Huejuquilla. Confina al Norte con los EstadosUnidos; sirviendo de demarcacion ia corriente del rio Bravo. Al Este los Dep!Lrtatnentos de Mapimí y' de Coahuila, en los lindes señalados á estos hácia
el Oeste. Al Sur 'con el Departamento de Nazas, en la línea demarcada en
el lugar respectivo. Al Oeste los Departamentos de Chihuahua y de Batopilas, de los cuales está separado por la corriente del rio Concho ó Florido.
Su capital Jimenez. ~
XLVID. Departamento &lt;k Batop_ilas. Confina al Norte con el Departamento de Chihuahua, sirviéndoles de límite la corriente del rio de Rosales,
desde su nacimiento hasta su incorporación en el Conchos; una línea que úna
el dicho nacimiento con el del rio Papigochi, y todo este rio hasta su incorpt&gt;racion en el Yaqui. Al Este. el Departamento de Huejuquilla, del cual
está dividido por el rio Conchos. Al Sur con los Departamentos de Na.zas
y de Sinaloa, en los limites señalados á estos hácia el Norte. Al Oeste con
los .Departamentos de Alamos y de Sonora en los lindes que se les señalaron hácia el Oeste. Su capital Hidalgo.
•
XLIX. Departamento de 'Chihuahua.. Confina al Norte con los EstadosUnidos, sirviend.o de límites el rit Bravo, y la línea trazada conforme al
tratado de la Mesilla. Al Este el Departamento de Huejuquilla, del cual está. separado por el rio Conchos. Al Sur el Departamento de Batopilas, en
los lindes que á éste se le señalaron hácia el Norte. Al Oeste el Departamento de Sonora, siendo la linea éµvisoria la reconocida antiguamente entre
los estingtúdos Departamentos de Chihuahua y de Sonora. Su capital Chihuahua.
L . Departamento de California. Confina al Norte con los Estados-Unidos, siendo la línea divisoria la reconocida en el tratado de Guadalupe Hidalgo. Al Este con el Departamento del Arizona, del cual está separado por
el rio Colorado, y con el mar Rojo ó de Cortés. Al Su:r y al Oeste con el
Océano Pacífico. Quedan dentro de su jurisdiccion todas las islas que en
ambos mares de hecho y derecho oorresponden y han debido corresponder
á México. Su capital el puerto de la Paz.
Art. 3? Mientras se forma la Carta .oficial del Imperio, las antedichas demarcaciones se refieren á la Carta general publicada por D. Antonio Gar,cía Cubas.
Art. 4? Cuavtlo lo hayamos por conveniente, nombraremos Comisarios
Imperiales para aquellos Departamentos en cuya administracion creamos necesaria la intervencion de dichos funcionarios.

,,

DISPOSICIONF.S TRANSITORIAS.

Art. 1? Los Distritos limítrofes de cada Departamento que resulten fraccionados á consecuencia de la circunscripcion detallada en el art. 2?, conservará.u la categoría de tales; si su censo despues del. íraccionamíento asciende
-á veinte mil 6 mas habitantes, ó bien si quedan dentro del territorio fraccionado cinco ó mas municipalidades, aunque este no contenga la poblacion prefijoo.a. Cuando alguno de dichos Distritos limítrofes no deba subsistir por
rio tener ninguna de las condiciones enunciadas, el Prefe'Cto superior respectivo dispondrá., con aprobacion del Supremo Gobier_no, que las municipalidades restantes se agreguen provisionalmente al Distrito ó Distritos mas
próximos: mientras se espide la Jey de division interior de los l)epartamentos.
Art. 2º Las municipalidades limítrofes que resulten fraccionadas, conservarán su categoría en caso de que su censo, despues del fraccionamiento, ascienda á. tres mil ó mas liabitantes. De no ser así, se agregá.rán las poblaciones restantes á. las municipalidades mas próximas, en los términos establecidos para los Distritos que no hayan de subsistir.
Art. 3? Cuatro meses despues de publicada esta ley, cada Prefecto político remitirá á. los Ministerios de Gobernaoion y·de Fome11to el proyecto
que haya formado de division política de su Departamento, subdividiéndolo
en Distritos y en Municipalidades, espresando minuciosámente con susnombres respectivos, así antiguos como modernos, las ciudades, villas, pueblos,
congregaciones, misiones, haciendas, ranchos, etc., que ácadafracoion correspondan. Con el mismo documento remitirá la relacion de los límites espre·
sados pormenor, que separan el Departamento de ~us confinantes, indicando
los lindes naturales que de nuevo se asignan, y los puntos exactos que marcaban las antiguas líneas divisorias que._quedan existentes. ,

Art. 4? Ocho mei;es despues de publicada esta ley, cada Prefecto _político
remitirá. al Ministerio de F bmentq url plano de su respedtivo1&gt;epartamebtb, rh
apro:vechando en él lo~ !11.ejores datos im-pre~os ó 1!1ªn~scritos que se·~uegan'·H
reumr. Para f9rmar JU1C10 acerca ~e su val?r cientifico, el plano vendrá
acompañado de una memoria en que se. espré$en minucios.amente lá c1G1s'e y'·
1
núl'l}ero de los' trabajos acoplados.
.
, ''
,
Art. ~? A Jos diez,meses de J&gt;Üblicada esta ley, cada 'P,refecto 1de · los ac-' J
tiiales rdmitirá al Ministerio de Fomento la estadistica de su Departamep-J;J
to, lo mas r,ninubio~a y completa que sea posible. Para lo~ Prefectos dé lds \
Departamentos nuevos, ese término de diez meses no comenzará á. cdrrer,
sino cuando hayan tomado posesion de sus empleós.
'.
Dado en el Palacio de México, á 3 de Marzo de 1865;
·
•' ,l
ll
.,
f ,h
(Firmado) MAXIMILU.N:O, , 1 'Jt
·' Pdr el Emperador,
'
'!.J 1b
qu·1: •
)
El Ministro de Negocios Estranjeros,
·j

'

'

.

(Fiimado) José Fernando Ramirez,

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¡,

1

\ .11

El Ministro de Guerra y Marina,
(Firmado) Juan~ .q. Peza.

''

El Miniktro de 'Justicia,
(Firmadó) Pedro Escudero y Echamrce.

El Ministro de Gobemacion,
(Firmado)-José M. Cortés1J Esparza. '·
Por au'lenoia del Sr. )!inistro de Fome¡:¡t-0, el Subseéretario,
(Firmado) Mannel Orozco y Berra.,
El Subsecretario de Hacienda,
(Firmado) José M. de Castillo y Cos.
'

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Para llenar la planta de la oficina de bienes nacionalizados, establecida en
Q.ecreto de 9 del corriente, NoMBRAl\tOS:
.ÁDMINISTRADOR, á D. Juan Suarez Navarro.
PRIMER CONTADOR, á D. Agust.in Pardo.
SEGUNDO IDEM, á D. Julio Jimenez.
ÜAJRR6, á D. José María Bros.
GEFES DE SECCION, á D. Antonio Lozano.
D. Santiago Prado.
D. José O1·tiz Monasterio.
D. F;rancisCQ Arteaga.
D. Manuel García.
OFICIALES, á
D. Juan Flores Caro.
D. Eduardo Gallo.
D. Eduardo Chávarry.
D.·Ig!nacio Martinez.
D. Francisco Medina.
ESCRIBIENTES, á
D. Juan García.
D. Rafael Romero.
D. Lamberto Castañares.
D. Estéban Ortiz.
D. Antonio Toraya.
PoR'fERO, á
D. Man11el Hoyo.
Espídanse por Nuestra Secretaría de Justicia las órdenes correspondientes.
Dado en el Palaciq, de México, á 12 de ~arzo de 1865.

(Firmado)

th

MAxIMILIANO.

Al Mini~tro de Justicia.
Por el Emperador,

lFirmado-) Pedro Escudero y·Echa~e.
\

ANUNO:l:OS.
&lt;

;JUZGADO 5? :MENOR.-1\l MONTERILLA fflJII. 7.

Por el presenté se cita á D! Jesus Castro, para que el día ve.in.te del actu,¡l, á. laa d9ce,, .
eomparezca por sí 6 por apoderado, á contestar la demanda que le pro,mueve D. Cárlos .,
Aroceua, como apoderado de D. M;anue1 Legorreta, ~obre pesos y desocupaciol! del cuart-0 núm. 2 que ocupa en la casa núm. 11 ael Portillo de San Diego; 'apercibida de sen~ n-.
cia en rebeldía si no -concurre.
'
·
México, Marzo U de 1865.~Lic. Labat
184--&amp;-1

LEGACION DE ESPAÑA EN DXICO.

¡

Los súbditos .españoles que aun no hayan presentado sil! reclamaciones, ee servirán dirigirlas en todo este mes á la oficina de esta Legacioo, calle d~l Esclavo núm, ?· .. . .
Las reclamaciones deberán ser acompañadas de sus respect1ws document-Os Justificativos, sin cuyo indispensable requisito no serán admitidas.
'
México, 13 de Marzo de 1865.
El Secretario de la Legacion, Norberto Ballesíeros. 185-3a-l
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
México, 7 de Marzo de 1865.
Este"Tribunal en auro de hoy, y á peticion del Síndico administrador, ha mandado ae
cite ájunta gen~ral de acreedores del concurso á bienes de D. Arcadio López, la que deberá verificarse en la audiencia del jueves 16 del corriente, á las dos de la tarde.
Lo que se pone eu conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandad,Q.
José M. Cardeña, Oficial 2?, encargado d·e la secretaria. 183---38,-.2

IMPRENTA DE J . .M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJCS D.! SAN AGUSTIN, NUM, 1,
l.)

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                    <text>DEL
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MEXICO: Martes 14 de Marzo de 1865.

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bni ..~ti.V e ol1'd

1 11

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NUI. 60;..

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SUMARIO
~léxico, Marzo 12 de 1865.
PARTE OFIOUL.-Dlsposlclondeclarandoce1ante a D. l . Allamlra.-ld. mlnlstrando mil pesos para el
Dada cuenta al GOb'terno de S. M', con la npta de y . S., num.
' 73, y 1ec
1' h
acueduc
to de.\pam.-Cauclonde loo empleados dela Hacienda municipal
a
NOTICIAS
DIPLOMATIOAS.-Cart&amp;
de
s. M. 1a Reina de Espa11a.
.
6..
del
actual
en
que
insert41.
la
del
T
.uwadn
3? de naz de esa ciudad consulPARTES DE LAS PREFECTURAS de México, Puebla, Toluca, Orizava y el Sallillo.
. '
.
. . ~ t&gt; Y
¡;
, •
, ,
!
DOCUMENTOS.-Contestacion delAyuntamiento de Apam al ollciopor el cualscle conceden mil pesos ¡t{lndo SI ,la suspens1on en el eJerc1c10 de los derec~os de cmdadama
Jm}&gt;tiesta
1
¡,ara
el acueducto....De.D. GumeslndoMendoza y socios denunciandovarios criaderos depetróleo; deD.M.' al L' lC.
· D' Jesus GarCJa
' es estensiva
· a' su pt0
• 1' es10n,
· ' ha te"""=•
~ •b'
SOLICITODES.'
u1uO llo
lf!l d'1spoHuerta pidiendo privilegio escluslvopor la lnv':"clondeun nuevo planchador.
ner se conteste á V. S. negativam~nte; porque entre ]os derechos esclusivbs
VARIEDADES.-Notlclru, geograllcas Y esladistlcas del Departamento deCoahulla.
de los ciudadanos no se considera inéluso el ejercicio de_ las profesiones, con
forme á los principios rudimentales del derecho público.
•
El
Ministro
de
Gobernacion,
PARTE OFICIAL.
(Firmado) CoRTESv EsPAllZA.
Sr. Prefecto político de Toluca.
JUESTERIO DE GOBERliAOIOli.
BECCION 1~
Méxi®, Febrero 2,7 de 1865.-S. M. el Er,nperador, con fecha 24 ' NOTICIAS DIPLOMATICAS.,
del actual, se ha servido dar el ~cuerdo .siguieote:~'fDeclarámos á. 1f_ , , 1
• i, ;i
D. Ignacio Altamira cesante de la Municipaliqad de México en el -.1 I'
•
,
1
r ,
, 1
1
empleo de Gef~ pe la Recaudacion de rentas, con el goce de dos ter- 1- -_
DE ~-.1! ·· tt,. ~AD' ~l'AÑA_A~ .~ P. Ep~~· ,, • ,
1
ceras partes del sueldo de ·tres mil pesos asignado á dicho empleo · Se,11Qr Jm _Hermai~o Y Pruno: 1 •
., , , ·,
;
• "
,,
• ,• J
· Frd~nci~co ~ª.?~• tal Ppºº er_ entmlfl.,!11.~~od!_svus, fl~~e~.;~~le$ta:~eT~npvi
él[?
Por el decreto ,,de 12 de Febrero. de. 1859, y reglamento . de. 12 de EsDtraor
mario y .m.m1s ro 1empo enc1ar1?J e uesi;ra, 1vw)?it u rn1 ¡ 1k~,
Marzo de _1~?~·
q1:1e -~~mumco á V. S. p_ara su co?ocimiento Y me ha entregado la carta que ·os habeis Jervidó ditigiHne: notifióáhdóme
fines cons1guientes.~El Mm1stro de Gob_ernac10n, Cortes_ y Esparza. Vuestro advenimiento al Trono, por elecciorl de· la gran m&amp;yóriá del pueblo
-Sr. Prefecto j:,olitiM d~I, Va)le de M;éx1co.
-'
mexicano. M.e ha sidOI muy grata esta. óoroun'iciacion, y me complazco en feEs copia. México Febl'ero 27 de 1866.
licitaros con tan fausto motivo. Los antiguos vínculos entrEI España y MéxJ'. •
,E·l S~bsej:retario ·de do~erµacion.,
.
. .
~o, _l.~s la~os de par~ntesco Y, ~~~t~~ que·m~ ll:ne~ á V~estr~ ~ ajestad ~..,,, · L ' .. ·
· (Fir~ado) F'RAN'CI.SOQ J. VILL.A.!J0i30S.
~h~l,&lt;as1•e~m~1!~ áb1.a. ~tmmstrac1on,con,qiié no d.udo!r8imnsJa,'N$&amp;
J?n
,
M~xiQan~, mé ha.cen·ie pe.mr-qye láS·d'.eladiqn~ 1tmtrfJ los.'1qs_,;E~t#os...f~liz,
· Seccio~ ·1~-México, Marzo 3 de 1865.-En el ocurso ;,ue presentó menWiest:t"echadas ra,ept«Elinue~tras fan;i,ili¡¡.s,,s,ei~4~,ta.1pí~U.e~ 'P'l:fl1) 0 ~ ,ll\Hh
'1
,
i;eses d~ b \l!l ·y,Qtra ~ae'ipn...c,,up.o IWJ.bos de~eap1q~1 ~a~ de ~rtos,senti,
á esta Secretaria, el Ayuntamiento de Apam, s~liqitando'.se le propor- ~ n~o;i,¡~&lt;¡&gt;lo qi.~,qqfi4it tH,gl\-r A·1Wfftrt,~~je~t,arl~.· '. eri 'q~ ace¡~te; ia_s
1 'soy; J'
cionara una cantidad para la reposicion de un acueducto, S.M. el Em- s~p,~id.~es de_il,.af'e_ct1 vfq,~~ro_ !. de Ia. es~unac1&lt;V: ~flirt H&lt;&gt;Wql:le
1 1
11
perador, con fecha 27 d,el próximo pasado, ha tenido á bien acorda{ lo
~
siguiente:-" Se ministrará por el erario.nacional al Ayuntamiento de .(J :t~ 1 •. ?F,m'1füPffi~ i{ tl~~a·l\faje~Uti'Ilñ 'li'riÁI1 , (;i 11 1I · ',t ·q .1 uh
1P~qi1 cqn;~aU~\4. de r~integro, :la-~a.n.tidatl de mi~ pesos para, que rr1,"'" ¡, ,· • J ' , ,, ' '
bnenate!ll}ai:iay,l!rin¡~ o -~.·111 ,·1
desile luego ée proceda á la reposfclon deLa:ciléducto!LEI ,Ayunta- OJ:J•jl'.J'l'I 1 ~~ - o~, : HhH .'[ .'/ ')~) 11 • 1~ •.! iG(-F-i.rmada},lSA13EII.J 'lff
miento abrirá en el municipio un registro_de súsc14Wmes vol úntariair Eniel. Pálaoio,de !Mádtid, á.l?:ida Ootu.bi:&amp;dH 864,, 1' . •1 , 1L , ,oh,,~ 1 o· · •1 11.111
para cubrir con su producto el resto del gasto· y vérificar el reinte(Refrendado) .Ale;andrOl.blCJ.Mfte....uoi'JJ;11·1'Jd
gro mencionatfo. En1 caso ,de serlinsuficiente este recurso, el Ayun- A Su Majestad el Emperador·de M'éxi6b. .\ t ,•7 '&gt; ·,:, •. ,i i"'• :I
tru11:j~nto propondrá arbitrios supleto!ios."-Lo que comunico á V.S.
, ' , ,l
1·
para su conocimienfu r., finl;lS consiguiwit~s 7~1 Ministro de Goberu'tn ~,·R,,./,ET
S "DI,:;;/',1/!A
rr s· rPRE.-P., ECTURAS.
nacion, Cortés y EsparzCC:LSr. Prefecto politieo de Tulancingo.
r ..t1. 'l'
'~ .lJ
Jiº
Escopia. México;Marzo-3ael.865.
\'!.: .o!li•f·Y ·/ '. I .,, "
rrimo',DE"Jh,i,E~:N'
-·,h-:,l ·,':
! ~ - • C..:El .Subeeoretario de Gobernacion, ~
..., .:..
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4--&lt;t'C•!
l . ,·H/r ,.1
(Firma&lt;lo)-FRANCJSCO J. VILLALOBOS,
' Prefe,etuta politiD",d.éliDeparbaJD~J,)t~,'d~l V~lie¡q.e ;t\'M,;.JCOiw$.epSe~cion 1~_:_México, Marzo 9 d~ 1865.-S....M. el Emperador, con eion _de 'gqeí:rá.:....;...Número: ~154,..:_iiéxico, ~11¡~io ~ qe, Je 6~·:-fx,ng.
li h
l
Sr.-El Br.efectO:.de Cuaut1tlaJ1, con fe.cha d~'Eayer,.. 1P~1 dic~, lo;s1
ec a~'! 1de actu~l, ha tenid(? á bien ,acorda.r lo sjguiente:-~' Los g,úienteLEl-coman'Barite Qe. la GQar?ia ;ij.~r~l ~~Je~~~ PisJrit9,·despe
empleadQs,d~ :(Iacienda münicipaf'en esta Corte, cauéidnatán s'lrpial Zumpa~g? me dice .con fecha d~ '6oy).o 1!s,\g~i~qt~,~ijP~P~91~
nejo eJ1J§J9rJI.1&amp;, qu~ á pÓ9tipua.~íon se espres~¡ ,
.
.,. . ' V. S. ongmal un oficio del Sr. TrCJ◊., J:J.P-1~.~\f1g1~)~l,,§ifi.o.r,~prp1~ar10
1(l 1 • •
EID?LEil&gt;OS. ·
' t" · · Gl\'uoion~s: '
Municipal de Tequisquiac sobre-los a.co,ptech:µie;itos,,Qcµrntlos en la
, Gefe de la oficina de Hacienda ... - • : _- . - • • . • • • $ &amp;,000 :• ·· perse.cµoiop_ ~~ l9s_{awiio}los.;t,ll 069~&lt;?-J ¡que se refiere dice así:.
Administrador'de Obtas JAfblicas.• - -••• ~ ... ;'_. . 6,0D0 '' Hacienda de San Sebastian, Marzo 6 ·ae 1866.-A las nueve y meO
.:i M
. dOS; .•••' .• •••
. , ~ ••.•
' ' - •·' , -. - •; ••
. ·• ·• • •.,• • .·4, 000 , ' d'ia ;¡~e la noche auabo de-ree11:11r-mt
-~
- ~- o 1; ·tTd~~ N,
e ~ .erca
eorreo del-oeñor
:ttiüKito
- de
CaJ~i:o pagador-• •.• _.., •••.•. - - - • , • , • • •••. _. . 4,000
Tula, por el cual me.éom 1iw ,.lii4ir sía6 d~rrotado D. Catarino
. Recaudador de la contri,bucion~d.e alojamjeµtos .... ; , 4,000
Fragoso, quien se escapó solo por los cerros de la Hacienda de Hao · Fontan,e~o.mayor•. •-.•• ___ ............ -·.,..... 2,000
pa con quince hom\yes; ,..Lo 4ue--tengo el gusto f..: participará vd.
Guarda mayor del Alumbrado: .•.• ✓ - _ ~ ~ • • _ . . . • 2,000 ·
~ara que se sirva bacer1o al ~eñpr Subpretecto ele Z(!.tnpango, lo
1
.A:dministrador ~el Fiel-contraste•. ! . . . - . - . . -·-. 2,000
cual' le hará á .vd. co'm6eh&lt;fM que eh la lllll.drog~da de maiian!L ten-~ _l&lt;iem del Hosp1_tal ·de San Hifó)ito. : •• . .•. _... 2,000 ' go q.ue emprender mi'. ar?'Iia para/ir á1cúm~hnorr la.s 11nstru~éfól . fdem del Colegio cor~e~ciona "del Tecpan.. ___ . . 2,000
be~ gue acabo·de 'fecifü ·7".El1cbmarldifüfü1mílit~r tli!1Te!leji,•fiedad
. ~ada ~no de l_os ~dmm1stradores de loterías. _:: . 2,000'
.rf~,i_o,_:Sé~o(ppn:íisario 'Mu'~~fif aT d~~-~ü~s~~i~c(-:Yi'te~'e.l ho, L!19,C8~,erones ~~nc10nadas 'se otorgarán ái sátisfaccion del Aybn- nor de _~~mun}cáno~á ~-,§,;,TP.ªTª &amp;u.~ pe~·pr_ COP'OC~l~~fo. T-engo
~m~ento. -Y ló_t~sérto á V, S. par~ su conocimientoty-fines 'con'-1 ~a:h?nra ,ae trascplh;'!b ~ •Y, 1~_- .Pfrr',~?noci~rn~t.? d~ ·~· ~- :F¡s1gtp~ytes.-El M1m~tro de Gobernac1on, Canés y Esparza.-;-Sr.'J~re- Pt?S _g)l,~l'1e ,á v'--. ~- wuchbk
,rn!-os.-El PtE!feq~_,Po!ít1do, Azéá~ate
1
fecto politico del"Vane ·ae México 1
11 ,
...
/ MiK1'1t Mai1.a.-Extno Sf! ltf1mstro. de Gohern.a~1on., ' .
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- Ea copia,. México ,Marz9 9 qe 1¡;¡65; . . ..
~&amp; cooi~. Me'xico,'M'iirzb 9 de'18_65. ¡; '. 1 'u J
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ElSub1bcretar10 d~11.:fOb~~?ªff??¡ 1 01 .,,,fo¡ l'I L 'JÍ)i¡,, , 0 1 ,...-i
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS. '
(Firmado) Fru.NCISCO J. '\1'1LLALOBOS, 0 .
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�242

Prefectura política del Departamento de Puebla.-Puebla, Marzo 4 de 1866.-Exmo. Sr.-El Sr. Prefecto de Tlatlauqui, con fecha 28 de Febrero próximo pasado, dice á la Secretada de esta Prefectura lo que sigue:-Por las muchas ocupaciones de que he estado rodeado, no me babia sido posible dar cuenta á esa superioridad,
de que este Distrito babia vuelto al órden, del que por la fuerza lo
habian sustraido los disidentes. Hoy tengo la honra de remitir á vd.
copia de la acta de arlhesion levantada espontaneamente por los principales vecinos, esperando se sirva vd. participarlo al Señor Prefecto
surerior para que se digne elevar la referida acta al conocimiento
de Gobierno de S.M. el Emperador.-Y tengo la honra de trascribirlo á V. E., incluyéndole copia de la acta de que se trata, para conocimiento de S.M. 1.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior, José M. Esteva.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Es copia. México, Marzo 7"de 1866.

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
Prefectura política de Orizava.-Núm. 32.-0rizava, Marzo 6 de
1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de participará V. E., para conocimiento de S. M., que en la semana última que ha trascurrido, se
ha conservado inalterable el órden público.-El Exmo. Sr. Ministro
de Fomento, D. Luis Robles, que llégó á esta ciudad el martes último, continuó el sábado su viaje para México. Los Sres. Ministros
de Es~aña é Italia, el secretario de la legacion británica y el Sr. D.
Franmsco S. Mora han salido igualmente para la capital el viernes
próximo pasado.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto
polttico superior, Alonso Manuel Peon.-Exnio. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
·
Es copia. México, Marzo 10 de 1866.

Prefectura polftica del Departamento.-Núm. 441.-Saltillo, 27
de Febrero de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de poner en el
superior conocimiento de V.-E., que en el Departamento que es á
mi cargo se conserva inalterable er órden y tranquilidad púb}ica.Reitero á V. E., Sr. Ministro, las seguridades de mi consideracion y
aprecio.-El Prefecto superior polftico, Ignacio Lozano.-Exmo. Sr.
Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Marzo 11 de 1866.

Total.

Mll!erea.

Total general.

52
50
32
52
15

61
56
61
50
10

113
106
93
102
25

DEL nrr:BBIOB.

Sumas .•• . . ••. 201

238

439

89
90
38
99
Z'/

90
96
67
100
15

179
186
105
199
42

Sumas .•••.• • • 343

368

711

Niños de l á 7 afi.os. • .. . • .. .. ..
De 7 á 16... ....... ...... . ....
De 16 á25....................
De 25 á 50....................
Ancianos. . • . • . • • • . • . . . • • • . . • .

lª

D. Gumesindo Mendoza, por sí y á nombre de sus socios, ha hecho formal denuncio:
l ~ De dos criaderos de petróleo, situados en el cerro del Chapopote, en
la.jurisdiccion de Temapache, partido de Túxpan.
2° De un criadero de petróleo en la hacienda de Cerro Viejo, de la jurisdiccion de Temapache, partido de Túxpan.
3~ De cuatro criaderos de petróleo, en estado de brea mineral, en las faldas de una. estrecha meseta, conocida por el Chapopotal, en la ranchería de
Juan F elipe; de la jurisdiccion de Temapache, partido de Túxpan.
Y habiéndose admitido los anteriores denuncios con esta fecha, en cuanto
ha. lugar en derecho, sin perjuicio de tercero, y conforme á las Ordenanzas,
se avisa. al público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á
oponerse, lo deduzca ante este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.

De :México para Arroyozarco.
8. Joan del Rio.

",,
,,
",,
,,

439

Salamanca.
Guanajuato.
Lagos.
Guadall\Jara.

DE 'l'OL17CA.

711

Todoi los~ escep- Todos los días, eecepto el Domtngo, á . to el Domingo, enlas 7de lama.nana.
tre 2 y 8 de la tarde

l

Cuartel núm. 3.

93
62
63
76
19

164
148
119
155
39

Sumas .•• , .... 313

312

625

71
52
53
70
15

72
56
49
78
23

143
108
102
148
38

Sumas .•••. • .-. 261

Z'/8

53g

Niños de l á 7 años. .. • . . . .. . . •
De 7 á 16.. •. . . . . • . • . . . • . . . . . •
De 16 á25.. .. ..... ...........
De 25 á50....................
Ancianos. . . . . • . . • . . • . . . . . . • . .

n
De lléx:ieo para Toluca.
Ixtlahuaca.
",,
M.aravatio.
Acrunbaro,
,,
lloreli&amp;.

625

2ª

México, Marzo.13 de 1865.
PIDIBNDO PJ!IVU.BGIQ ÉSOLUSIVO POR u. INTBN·

DE D. .MA.NUKL H unTA,
OION DE UN NUEVO PLANOH.ADOB PARA MANTAS Y OTROS T&amp;JID08,

"Segunda. clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocíentos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Manuel ;Huerta, ante V. E . con el debido
respeto, manifiesto: que he inventado un planchador para mantas y otros tejidos, segun el modelo y pliego de esplicacion que debidamente a.compano.
Siendo el aparato indicado enteramente diferente de lQs planchadores que se
usan basta la fecha, por el sistema. de cilindros,-A V. E. suplico que con arreglo á la. ley de 7 de Mayo. de 1832, y de conformidad con el citado pliego
de esplicaoion, se me conceda privilegio esolusivo para la construccion y uso
1
de planchadores por mi método.
México, 9 de Marzo de 1865.-Exmo. Sr.-Manuel Huerta,."
Lo que se publica en los periódicos conforme al artículo 14 ae la ley de
3 de Noviembre de 1858.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL Oaozoo.

De ){éxico para Ohalco.
Ameca.
,,
Tenango.
.,,
Cuautla.
,,

n

20
30

10
32

13

29

15

47
11

Sumas . •.•...• 122

129

251

65
43
28
41
19

28
88
35
39
20

93
81
63
80
39

f.

Sumas ....... , 196

160

356

356

44

DlftJWXIUZ.

251

De llé:rleo para Ayotl&amp;.
"
s. Martín.
Puebla.
,,
S. Ag. del Palmar.
",,
Orizava.
Oórdoba.
Camaron.
,."

Nifi.os de l á 7 años............
De 7 á 16.. .... ...... . ... .... .
De 16 á 25 ... .... . .. .. .. .•...
De 25 á 50...................
Ancianos• .•••.•• , . • • . . • • • . • • •

M:UNIOIPALIDAD DB SAN BuENAVXNTURA., DEL DISTRITO DB MoNOLOVA,

La Villa de San Buenaventura, cabecera de la Municipalidad, se encuen-

45

58
26
67
16

Sumas ........ 212

45

90

42
44,
53
3

100
70
120
19

187

399

DeMéncoparaS.JuanTeotihuacan1
Lúnes, Miéreo1es y Mártes, JuéTes y SáOtumba.
baáos, entre 8 y 4
::
Guarda.
Viernes, á las 6 de
de la tarde,
.,
Apam.
J la manana.
DI P.&amp;mllJC.l Yrur.ucmao.

'Í
l

Para el primer punto Del primer punto todos los días, esoeptodos los dias, eseepto el Domingo,
to el Domingo, entre 8 y4de la tarde
á las 6 de la man.
Para el segundo pun- Del segundo punto,
to, Lúnes, Miércollártes, Juéves y
les y Viérnes á las
Sábados, entre 8 y
6 de la 111anan&amp;.
4 de la tarde.

De México para S. Orisi6bal.
,,
Ozumbilla.
,,
Tizayuea.
,,
Paehuca.

399 ,
DI

cum.a.v.lC.l.

D~ )léxico para Tepepa.
Lúnes, Miércoles y lLártes, Juéves y SáGuarda.
Viernes, á las 6 de
bados, entre 8 y 4
"
Huitzilae.
{ lama.nana.
de la tarde.
Los eatranjeros que residen en la muníoipalidad son cuatro un esna.flol y
,,"
Ouernavaca.
tres norteamericanos.
'
rHay un sol? sacerdote secular, que es el cura de la villa.
DI PUDL.l .l lllJ.uwrrLl.
Las ocupaciones de los habitantes, son:
Total poblac.a en la muninipalidad. 1,648

'

Todoslosdias, 81iOOp· Todos losdias, eecepto el Sábado, á 1aa
to el llArtee, entre
4 de la maflana..
lí y 6 de la tarde.

DE AP.lJL

Haciendas de Sardinas 7 Sau Blaa.

lfOTICIAS GEOGB.Al'ICAS Y EBTADISTICAS DEL .DEPABTAKD'l'O DE COAllUIL1.

1'1IDLA.

Todos los días á las 4 Todos los los días, en{ de la 111anan&amp;.
tre 5 y 6 de la tarde

De :México para Puebla.

Congregaeloo de Santa Gertrudie.

VARIEDADES.

) llártes, Juéve@ y Si- Lúnes, lli~rcoles y
Viérnes, entre 8 y
~ bados, á las 6 de la
4 de la tarde.
J manana.

539

30
62
42
91
26

Nifi.os de l á 7 años............
De 7 á 16..... . .. .. .. . . ... . .. .
Del6á25............ . .......
De 25 á50....................
Ancianos. • • • • . . • • . . . • . • • • . • • •

Lúnes, Miércoles y Lún.es, Juéves y Sábados, entre 2 · y 8
Viérnes, á las 'T de
de la tarde.
} lamanana.
DB AJIIC&amp; y atJ.lll'lLl.

CuarlA!l núm. 5.

Nifi.os de l á 7 anos . • . • . . • .. .. •
De 7 á 16.......... .. ....... ..
De 16 á25....................
De 25 á50.................. ..
Ancianos. . • . • • • . • • • • • . . • • . • • •

XODLIA.

"

Coart.el núm. 4.

Niños de l á 7 anos. . .. . .. .. . ..
De 7 á 16.. ... ....... . ... .....
De 16 á25..... .. .. .. ........
De 25 á50..... .. .........•. . .
Ancianos. . . . . . . . . . . . . . . . . • . . .

i Mbloo.

Kártes, Juéves y Sá- Miércoles, Viémee y
bados, Alas 4 de la
Domingos, entre 5
manana.
y 6 de la tarde.

De México para Toluca.
71
86
56
79
20

Dlu 7 horu en que en&amp;ran

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juévee y 86Viernes á las 4 de
bados, entre 5 y 8
la manana.
de la tarde.

Querétaro.

De México para Arroyozarco.
,, • S. Juan del Rio.
Querétaro.
S. Miguel
"
Dolores.
,,"
la Quemada.
,,
S. Felipe.
Jaral.
.,"
S. Luis Potosi.
,,

Cuartel uúm. 2.

JmllBTERIO DE FO:OliTO.

tra. situada. á los 300 30' latitud Norte, y á los 1º 48' longitud Occidental de México. La estension de la. Municipalidad es muyimperfecta; la villa
está situada en el estremo Sur, y el estremo Norte distará 70leguas de ella;
de E. á O. habrá 10 leguas (término medio), dando una área de 700 leguas
El Subsecretario de Gobemaeion,
cuadradas.
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
Sus límites son: al N. la villa de Muzquiz; al S. E. la ciudad ·de Monclova; al N. E. Abasolo; y al S. O. la. villa de Nadadores.
San Buenaventura está á seis leguas de distancia de Monclova, á una de
de Nadadores, cinco de Abasolo y \feintitres de·villa de Muiq_uiz, sjendo ca·
DOCUMENTOS.
minos para coche los que conducen á estos puntos.
Su temperatura es de 28 á 309 sobre O.. en .el verano, y en el invierno
KIIISTllIO DE GOBEUACIOB.
de 1 á 7º de helada (T. de Reautnur). Su atmósfera despejada: lluvias, esSecretaria del Ayuntamiento de Apam.-Apam, 8 de Marzo de casas en el estio y bastante abundantes en el otoño. En los meses de Mayo
1866,-Exmo. ~r.-Muy satisfactoriamente ha recibido esta corpo- y Junio acontecen algunas tempestades, y las granizadas que suelen caer son
racion, que tengo el honor de presidir, el oficio de V. E. fecha 3 del funestas para las cementaras de trigo. Los vientos reinantes son el N. y S.
actual, en que se sirve comunicarme la buena acogida que tuvo an- • Algunas veces aparecen nieblas en la primavera, y entonces son muy dapara el trigo.
te S. M. el Emperador nuestra solicitud, pues se ha dignado man- ñosas
La vegetaoion en toda la Municipalidad es feraz y abundante: su situacion
darla obsequiar, proporcionando á este Ayuntamiento la suma de un (en la mayortparté) es entre dos montañas, la. de Sardinas y la de i:;anta
mil pesos del Erario nacional, en calidad de reintegro, para subve- Rosa, y regada por un río y diez manantiales.
·
,
nir á los gastos que demanda la reposicion del acueducto de esta ca- Las enfermedades que se sufren en el país, son: viru~las, sarampion, es·
becera, y facultándole para abrir un regiatro de suscrciones volun- carlatina y fiebres intermitentes.
tarias en esta municipalidad, para cubrir con sus productos dichos La Municipalidad está dividida en cj!lco secciones, y á mas hay la oongregacion de Santa Gertrudis y las haciendas de Sardinas y San Blas.
gas~s y verificar el reintegro mencionado.
1
(,

116

Cuartel núm. l .

El Subsecretario de Gobemaéion,

(Firmado) FlU.NCI.SCO J. VILLALOBOS.

55

Nifi.os del á 7 años............
De 7 á 16 . • . .. • .. .. . .. .. . : ..
De 16 á 25 . • .. . . . . • • • • . • . • • • .
De 25 á 50. • .. . .. .. .. • . • • .. ..
Ancianos . . • . . . • • . • . . . • . . . . • • •

SOLICITUDES.

SouoITUD

61

Hombres.

México, Marzo 9 de 1865.

El Subsecretario de Gobe~o,

211
95

POBLACION ACTUAL,

(Firmado) FR'ANCISCO J . VILLALOBOS,

SECCION

101
46

Dlu J horu en que l&amp;len
de M6xlco.

El Subsecretario de Gobemaeioo, ·

Prefectura superior política del primer Distrito del Departamento de México.-Número 83.-Exmo. Sr.-El Subprefecto de la Villa del Valle dice á esta Prefectura, eon fecha 6 del corriente, lo
que sigue:-Restablecida la tranquilidad pública en las Municipali. dades de la Asuncion y San José Malacatepec, como tengo la honra
de decirlo á vd. en comunicacion separada, han vuelto á esta villa,
hoy á las dos de la tarde, los treinta y cinco hombres de infanteria
que sa.l~eron en per11ecucion. d~l disidente Fermin Valdés,-:Tenga
vd. á b1en ponerlo en conoc1m1ento del Señor -Prefecto super10r polftico para los fines consiguientes.-Y lo traslado á V. E. para suconocim1ento, debiendo agregar, en cumplimiento de lo prevenido por
ese Ministerio, con fecha 28 de Diciembre del año próximo pasado,
que en toda 13 semana anterior se conservó inalterable la tranquilidad pública en este Distrito.-Dios guarde á V. E. muchos años.El Prefecto superior polftico, Pascual Gomez Fuentes.-Exmo. Sr.
Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Marzo 10 de 1866.

En el año comun que terminó han nacido.. . ........... . 110
Han muerto ...........•............ ,.,,.•., .•.. 49
Aumento .•. •..• ..•. . .•

El Subsecretario de Gobernacion,

SECCION

SERVICIO DE DILIGENCIAS,

Hombrea. MuJeree. Total.

Tanto la citada corporacion como todos los vecinos de la misma
cabecera, suplicamos á V. E. se digne dar de nuestra parte una infinidad de votos de gracias á S. M. p0r tan singular beneficio, y por
el que Apam le vivirá profundamente reconocido.
En consecuencia, solo nos resta que V. E. tenga la bondad de indicarnos la oficina á quien se deba ocurrir para la recepcion de la
referida cantidad.
Esta ocasion me presenta la de protestar á V. E. mis atentas consi~eraciones y particular aprecio.-El presidente sustituto, José Manuel Hernandez,-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia que certifico.

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

243

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

1,672

3,320

Dlu 7 horu en q11e l&amp;lea Dlu 7 boru en qae enlraD

Agricul~res......••.•. , ...•• , . . , .• , , , , .•.. . , .. , , , . , ,
Comerciantes, entre los que se cuentan los dependientes de las
casas de comercio. . • • . . • • . . . . . . • • . . • . • • . • . • . • • . • . . •
Artesanos......
.. . . . . . . • . . . • • • • • • • • ' • ' • • • • • • ' • • ' • ' ' •
J -ftl
s·orlJ,IUeros
. .•.. .•. •.... , . • • . • ............ ........... .
..•.•.•. , . . • • . . • • . • . ' . .. ' . ....•...• · · ·• · · · ·
Mirv1entes
'di
e cos .......•....... , ..... •• ,..

...... ..... ..... .
~

295

de Puebla.

LINli8.

Lúnes, lliércoles y lUrtea, Juéves y 8§..
Viérnes á las 6 de
bados, entre 8 y 4
la manana.
de la tarde,

1

30
99

s

n 1110.uv.uo .1. LJ:oJr,

330
2

764

á Paebla.

De idem pAra ídem.

Kúioo, Enero '1 de 1865.

)(ártes, Jnéves Y Sá- Lúnes, lLiércoles 1
~ª.d..º.8z.f las 6 de la
Viernes, entre 1 y
wauau2 de la tarde.

l

�DIARIO DEL -IMPERÍO.&lt;T
ha m~dado~e. haga'.saber pa radicacion al demandado; lo que verifico por el presente
anuncio._ Me.qco, Marzo 3 de_18~5.-Jl!anuel Ro_mero, Escribano _público de la..Nacion.
178-3s- 3
.
.
PREFECTURA POLITICA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE HEXICO.

CONVOCATORIA JUDICIAL.

SEcCION .fi.E JusrrctA.
r ,
p, , .1 , •
• , , .,
,,.
México, Marzo 11 de 1865.
El RegidoJ:1 deLtExmó. Ayuntamient-0 D,:Francisco Villanueva; el dependiMte del Sr.
Pontones, D. emnilo Velazquez; el Eircribano público D. Casimiro Ferñan®z, y el.Co.
mandante de Batallon D. Felipe Romero, han ocurrido á esta l'refectnra, pidiendo que se
les dé certificado de no ser ellos los aprehendidos en una cae~ juego·, po'r encontrarse
nombres iguales.en la lista q11e se publicó de las personas qne lo fueron; y como aquellas
estén ·de llecho prpsai!.eil la cárcel, el Sr. Prefecto político me manda suplicará vd. que
se sirva hacer es11 \l,ClarjlCion por el pei;iqdico ojioial, para que ~irva de .11atisfacciou ÍI los
interesados.
~
El Secretario general de la Prefectura,,Alejandro Villaseñor.:
PALACIO MUNICIPAL.
México, Marzól de
., • ,
3 1865 0
L!,. Junta de Hacienda del Exmo. Ayuntamiento de esta capitál, hal lléórdado se citen á
las yersonas que puedan entregar ochenta docenas de losas, de vam ctlmplip.a, que se necesitan Jlilr&amp;)a,ca~,;iil-de Betlll4em, á fin•qe .que pre&amp;en.ten sus prop(lest4~ antes de la~Jloce
del
~E!f(J9l9s,
dql
de• lll misma Corporacwn.
f .• t l5
,
r, ,corriente; en :pliego cw;r~do, ~n la Secretai:ía
,
H
1
1
1
1
1
• · ''El Secreta1-io general del Exmo. ~yunttmiento, r;~· /.l'&lt;''i 4,;1Matees:,·

Enílóilautóáde inte.l!tado de D. Santo$,Riyas, )1¡¡. mandadq el Sr. Juez 1~ de letras ci
vil, que conoce de ellos, que se convoque por los periódicos ÍI las personas que se consideren con derecho á la herencia, para que en el término de tremta días se presenten á
dedacirlo; con el apercibimiento de qliíl'les. ¡mr11rá~elp6I'Juicio que h11y11 lugar al que no
lo venfique.
En consecuencia, póngo la presente. .
.
México; Marzo tres ·de-mil ochocientos sesenta y cinco.-llfiguel F. Gmrra.
·
. 179-3s-3

da

JUZGADO 39 DE .LO: ClVO+ . .
El Sr. JÚez 39 de lo civil de esta ciudad, Lic. D. José.M. Corde1·0, en aüto de 'cuatro
?elcor!iente, h~ mandad~ se convoque por~c,s lle.tjóJl.i~o~ .4 \o~,que s.e.~rean¡ci&gt;n.~qerecho
a los bienes del mtestado de D~/osefa B?Wlla, para que en el término deltreinta dias se
fi'fi~=!~n á deducir los·que les :ompetan;_~percibidoli de lo que haya lugar· si no Jo ve

México, 'Mtirzo 8 del 1865.-Maiíuel T. d&amp;-Meneses, Escribano :público.

I

180-3s-3

roZGADO 2º DE LO CIVIL.

' · J. Torrea, contra el
En el espediente promovido por D. Anguste Donssine, por·•D. "Juan
Licl D. Mari~no Z_avala, ~obre pesos, ha_mand~do al, Sr.. Juez 29 de lo civil, Li~. n: Man~e&gt;~avon, a pedime9to1del actor, se 01te fr. dic)ip.Sr, ZllYaltl ,par1;1,qu.e. 1,in .~l WtminJ) de
1
P,REFECTURA POLITICA DEL DEPART~D
, EL
_ _:YALL,E,,
~EXICO. .·.·
diez d111s se ¡iresente ª ,t8Bear los de la matena, a efecto de !JUe ale~e de su de1.ep,h,o; bajo
·, r&gt;r r~o
, _
e) apercibimiento de /lµ,e ~n ~aso ,con~ratjo se Ie'dará por citado pará ·seh'itn&lt;fia. 'En tal
virtud, h&amp;go la presente' bitac10)!; 'advirtiendo quetil despacho-del. qne sU1mribe está'en·los
eXlco M 11 7 8 1865
Numero 1,914
En el ex-convento de Santa Clara habia establecido D~ María P ensado baj9.s del núm. 7 delaitne de láMoneda. ' . • • . •
•
' · · '· ~ '.
una casa de juego prohibido, ·]a qneº f01'.¡h·éndida por la policía, en ella
'éxico, Febrero Z'/ de,1865.-.Mati~ 'l'..de-Meneses, Escribano público. 176-Ss-4
f~erop, aJ?r~P,il}f,di_g.q13 p. J~a.n y:~·9ia,¡t(}_.§evrriano H ernandez,
JuanRa1
•
·
CITACION JUDICIAL:
b1a,,-~ ~~b.tmu¡m~ ~ : lgl'.!Jl-Q~ _i.Úmel:'la.! el.~n~n~ D · Matll!,e l Garden;is, •~. ''El Sr. Juez 49 de lo. civil de es'ta corte, Lic. D. Eyar~sto R~ye~, á-¡soncitu~ de varios
CasiJ~rn:o .F-ernaµtlez, D. Josa Serrlano, D. Francisco Martmez, D. Fianc1s- &amp;ereedores de D. Santiago Barthes, ha mandado se cite a lós demas y se consideren con
co V1llanueva, D. Alberto Suarez, D. Leandro Elizondo, D . Remigio Cas- el mismo derecho para que concurran ájunta que se verificRrÍI el d:a 13 del corriente á
tañeda, -D. Felipe Romero, D. Call')j],Q,: ~~,zq:u,ez, D. José María Machuca,- las doce, en s~ juzgado,:sito en 4l1Pal~cio ,de Justicia,. c~lle de 111 Moneda, con\i(oNeto de
D. Longinos Cervantes, D. Cornelio Becerra, D. Cristóbal Diaz, D. Hercu- que se.formalice el co~cnrso n~~aano. Y en oumplimien~ de -le mandado pongoeLprelano _Zubie~a y )a espresada D~ A1aría P ~nsado, á quienés)!hílpe'ijüit,id.. ele ,e;xico, Marzo 7 d~Í~-- ~~simiro Fcrnandez, ·E;crib~~o piíbliéo. · · · Í1~~s.::._5
habél'!íeleS'1mp tué),to las penttlYg~1e1 áem;u.;.ca la ley de 25 de F ~~rero dd864,
-;
t'
' • · .. · .. " · .. · · .. · · .. ",, l
'1
confo:rnk ál'.Th'.Jrfü~~ibn 2..,dE!l'_itttf: 1?'~e'la mis~a ley, i~~M~Jndispcnsable
l
COMPÁÑIA DEI: 'FERROCARRIL DE DXIOO· A· PUEBLA:
•
'
que sus naili'Brei 1qt/Men pubhca0ós'\i8t t~es &lt;lias cons~c\it.1vo~ f n el pl'l'iódi~alebrad~ una. _sesiv61 ~º1\8eJ8 !.d~strativo, el dia de a¡er, para arreglar las opeco oficial.
(
.nu;1 ' '
"
raronea previas a la 1li80'luc1on-dé·la Soéñ!dad; se aoerdó"qúe a pesar de estar reasumivl
da lá mayor parte de las acciones en la persona del Sr. D. Antonio Escandon, se convo..c, secretario general de la Prefectura,,,.
qu una junta general para las 5 de la tarde del dia 15 dé es.tinnes.en::lll &lt;}espacho del
.MT'(FM&lt;f-8)1A
' 4,i'ANDRO VILLASEÑOtt.
l&lt;'~ocarri~, plazuela d~ Gu11rdio}a, para tratar~e de la disoluc~on iudi9,a~a, N9 bas!a;¡d~,
=;;;;,!Si;;;;;;.;;~¡;¡;;,1F.;;;¡;;;;ªª"~;;;;;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;~;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡;;;f~;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
·.;;;4r;i!••¡[3,~q~,J/;;;~
'•·li!.,.,,;;\r;;;l
''l~i-.~;1~
v ~~ un los Estatutos, ürlaísola eésion_paraltíl objeto, se acordó 1gualmenté la convoca.fina
~ . " ., :,, &amp;. , : ,· . - ~.--+ ~-r,,i....'
.nntul:.. 5 "
p · a ,1~segunda junt&amp;¡(qp.e se '16¡;ificará {~-:el ~i~rp9 .d.e~p~c)19 .e) ~? dJl! ~.e.s ~~W'Sl•'I( l
O" 1• !) ' ),[TI Jrl
.a;.,. ·u -4,~'vl:OS.j~íJ.1:ll':J1
,.
Mex1co, Marzo 7 ~ ¡Jfl65,- -llf,er y Te'T''!r_'!·-!'.- Al?R_aZ~~•. ~e~re~rio._. _¡:Plh:¡lfs7ii~
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Tff'l7GADO 40 DE T " nnFTT
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AVISO IMPORTA~TE
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,,
Sr. Juez 49 de 0°~vil, L~;lJ. EvaHÍto Re;~:::~:~~~;e~,:ba-~a~d~~ li~ton.JwJX11![.;;J.
vo{ue "!?ºr los periódicos álos qu&amp;se,cr~an-oon de;echo_á loe bienes del )ntesta~o de D.
DJ!iL •' D
I!
M rcelinq~chez, .ir~~~ que e~ P!:tél1Illl!-~~e ~~eµita ,d,ias _B\j, pl'8l!enten II ded11c1r los que
le competan; aperc1b1dos de lo que haya 1ugar s1LO lo verifican.
1
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.,'bALnp¡p1;up1r
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d~ ,\)§te per1ód1co
deéae,éF~'l11ls'Ui;'él--'Je6
exico, e rero 7 de 1865,-.man...,.
. "" eneses, E scu'ba~~ Pru!'
!. ~~\ 97- 30s- 25

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PARA LOS suseRITORES

la.Rl() DEL UIPERi o•

1

inclusive, y en éuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á los suscrit~res que los han pedidotr".l·
~
o,;TRIB~f' DE~~º. ~~- ~
0 ~ · f,,,.' l 'J 5 , ·¡z
1
Los·Gefes de oficinas y otras dépeñcte1miasctél
Gobierno, que deban sus!:U
t:;
, . . . ~é.:1!~ ! 7Ae.~~:z.o.~eJíjy ¡, i
cribirse al Dumo, se servirán decir lo mas pronto posfüle ~el uúqi~:Ú&gt; •dé 'L ~s,te Tribunal, enJ.!W de hóJi1Yá petjo!on 4~!.S.íl)-4i9q ~ mW~tr~o¡:,_.ha.:wiw-fa4Qí se
.
1 Adm1
~
Cita junta general 'il\jl(lreedore~ del couourso a bienes de O.Arcadio Lópe¡¡, !ll(quejee3emplares gue. nece~itan, para que , a
. ,inistracion &lt;!!° eriódico pueda be 'verificarse en la;l!iíidiencia:dfljueve'A:l'6 dllt éo'rti~l'lt:e; fi. 1ás' dós'de·ra·'tard'e:-'-:' :., A
arreglar➔eo'tlv~me~tllent'é sus ,ti•a:b,~'.1f 1
. .
... '"" I
··
o que se pone edJeonocimiento de Joá&gt;ínteresados,·cumpliend6-con lo ma'i:idtl'&amp;o!llü
1
s\?pñ~ {ii)~s 1éhscrito~é's 'd~1:ibs
¡
eÍ),°artámen~dS'¿¡Jé'no1nin pagadt&gt; to- 1
]Qjé"M. ªª'&lt;ª na, o CJ 2?' encargado de Ja.Jsecretarí11. 183-3s-3
1
davía-'e11 ptffll~P 't rimestre dél'1atffü'1a~ l'ia1,~que remitan cú~nt;fil~tes el itnpor,.
V
f' •
' "
. ' ,.
te de las suscriciones correspondientes á est{ periodo. _;;~.;;1
~
PREFECTURA POLITICA DEL DEPART~ DEL V ~ DE ·IIEXICO,
JUZGADO 6º MENOR.-CORDOB ~ NUM
·'
Al,EJANDRO VILLASEÑOR, Abogado de los tribu11áJijé' dllt'Íínp1tlrid ylsN&amp;r3tario~g~Íteral de
·,
..
· 8•
la Prefectura política del Denartamento1del Valle de México, - .., , ! r. - ,• ,
Por la presente se hace saber a D. Antoolb.'{/11iíia, que en su rebeldía se ha dado por ~ .
T,t:
\ ~
,,.,
: •; . . . . . . •: . . •· r: 1 ;
'u"'' m,
contestada la ~. manda. que sobre pesos le promueve el Sr. Lic.. D.,Fran~isl)O D. Bonilla, y
e;tifico: que aunqup ~n la li&amp;i que Sjl. pubI¡.1:0.El~ le,s p!)ri~\li!lo~, de,la~.P~~n~v.a(prese !~:-.f!iíp,.p,11!,¡~~ ,,~ .~ veinti~9,s '1.el;g!)rt:\e°'tr,_q~lnparez,jaf eit'ésfe;IT~zgado fl ib~olver (JI didas en una casa d~J~ego, ~, en_cuei¡tr-a ?omp_ren!üd~ el n&lt;1~hre n,p,1m.r9, r,erposiclSJnes¡ ªR~c1b~&lt;j.p IJ.Ue dii no 1coacqrrir llfa •a'.arah por absuelt-ásf&amp; 'et(perjuicio1 que- n,yidez, éste no es el escribano ]ubhco q,11-e tiebll 1gtlal 'notnbtil; y párll. que IIBl lo'.haga::;adanilo•c'itáJó
ilíléncia. • • "' ' 1r 1 '
1
, ,h;i' )
.
let cuando le convedgá, ÍI su pedimento le'doy-el
present~. de-órden '&lt;hll a~. Préféoib po111
•
a1.u1"
-,, •·ri,,111
1·1 ·co, en e1d'1a de 1a,ec
!" ' ha. e, ~•
· ,.
México,
marz i' ·ile,1865.-/. Brlivu:·
• •·'1 l
.nu1,i86-1-1..'
,.
• .•.•. •.•••.•...••.•. , 11 ,,u;l.c
éxico, Marzo lo...dftJ865 _.
JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO.
í).;~ El Secretario gm18óll de 14 iPfefectro-a,..d.tqaadro Villaseñor. 182-3a-2
En los autos del intestado del s'r1T{Jttr1~«FiJ' fu~Qt~}'ébYiitntoc, D. Luis Agustín Camargo, el Sr. Juez ha mandado se cite por los periódicos ÍI las personas que se crean con
INTERF,S~tI n~?. 7 , , ,:r,
, .1 , , · ~•.H
der.itho
· de todo~ lps n~gocio~ ~e mi
d ¡ ·fi.tlol{bíendir&lt;déLreferiduintestado¡
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.. ,,Apára:qúé
, teen el término
J de 30 días, contados desHabiendo_ ~eg~sad~ de EnrQPa, he vu~l~ ÍI hacenne carge
e a,,·~ i»:&amp; pu caé1on &amp;eJt&amp;-avLSo-,,..,,p.i:ese11 . p en es~ 11zgado á deducirlo en for- P sa y de llll Jardín cllí plantascae s. Franesco. .lle z-evocado en eotl8ecueifc1a) l&lt;Wpddtlres
mu; 8P~J'/:lJR1~~ 4{{Jo..que ha,rA. hJgaJi.·&lt;~11,[de~ho 81 Pº 10 ver¡&amp;i,áh.,.i'LJ -~ in,.•¡ o:&gt;i • .&gt; · q e tenia conferidos ~t,j11ndojµnis apó&lt;l'erad_o~ .l\n. ,q .bµ!ll)!\ Qpill\OP.Y. f&amp;ma; ,lo'íllu~iviy!,;~ n ll~PS!!3~tl.~.~e l? m_t¡pdwJofPO}}go ~M, P,resente en Te.x,cqcq, Íi lj de M~rzo de s al público por el imsente, Pªf,ª evitar¡abusos; participando, al mismo \iempooq_n.vp:tud
186v.,- ~ ~11\W\1\ª~~o ~jl.l¡,1uzg~~,.Jé~11!,rg,¡ip~c~:ie,P· Ol'liera. • i~rJ n~iT l 87- ~1f-l
d9 la~faéultB;des que PJ/3 dan Jp'1foderes'.que tengo,·qúe' la 'firma· de' fui c~t:iid~ caji,a1 tn lo
1. • H:irrt.
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-11~°zGADU1.!i~[Dlt LO CIVIL
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e ces1vo1 sera la de 4.:.J'uan Tóef~ y C~,• Hfa cual· solo -yo-puedo 11sar, ·ceililndo'el) cohse1
•1·i·"1 ~)~t·~·"d 1 "' il!
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J/11¡,1} l ·r. .•,1[
C encial11 de, .. Tonil\ihermanos" que se-Úsaba....... ............ ,.-;(lf'!f;!:)Jf •
Aii.e e;}·' ~ ..r-.9 e o civil' !).e~!'I' 9.~¡lita,1 _Li D. M11nael Pavon, se ha denunciaMéxico, Marzo 3 de..1865.-..Eor.mí y.mi.hennano Agustín, Juan Tonel. 173-3a-3
do el faUe 1illl n mtestado de' ' ! Wí11Haá'~arullo, y el Sr. J uoz ha mandado se convoque por medio del periódico del "Diario del Imperio" á las ~erson11s que se crean con de1:1:o
Uc,.
'ÍfJzoADl2f Di:' u, ·crvit'.''f"ill •
recho á la here11cia, para que dentro ~ t ~!tl)~®lte días, contados desde la publi_ __ __
__ - cacion del presente, se presenten á deducirlo en su Juzgado, situado en el Palacio de
El Sr. Juez 29 de lo civil, Lic. D. Manuel f&amp;vop,,h11 pu1ndado ~e proceqa,á1la venJ¡ade
Justigia. ' . 1 . ·u_
! ~- .. f. . . 1 l
.i:,¡:.n¡ ,T (¡'1/Jq O' iz,)I , l casa na\ii:,f del callejon defrá&amp;nta
de,bstfá eiuaád,' v!lltlídll :por }01q1etitos
~éiiQ~}tfáVzll'1 ''.dé'I8rnt-~ A~t til&gt;'. L.afdt1¼ve,,Escribano públio-0.!,a 188-~-1
_. ~fanuel Gargollo y Parra y D. ~uan Cardona en 111 ca~tidad ?e 5,621 pes?B 25 cs.;, s~
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n lánilose _para las almonedas los dijl,s,J0,.20 y 311 del comente, a las doce1 siendo la u!t¡. •;[&gt;1111 r,[ oL
JUZGADOJ:9\'UDBILO ¡CIVIL, .1:•&gt;J¡'IIIJl'l••ll'J
:'.
¡a'fuoii-élilidltd.1üil renlá~. ,Y'para''ébnociini\ibto dei público Jfo~go"el 'pre~étillí; ad:rl~U!rlPor auto de hoy ha mandad&amp; el Sr. Juez 29 de Jo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que co- d que las personas &lt;¡,n_e qmeran hacer_po~tur11, pue~en ?CUDrrr a laf\seéretAñalde~ míámo·1J
noce de los que ha promovido D. Feliciano Ponce á D. A9drés Becerril sobre pesos, se
gado, adonde rec1~1K~ Jaa,i'lJ~\lcc1on~s conyemeµ~q, " , ·, ., ,l.-1· •u-, ( lv, u 1,l.
haga saber al segundo, que á petwioo~lmeíHo-i&gt;&lt;lllt&amp;-eGlía-ífecho publicacion de proban- México, Marzo 2 de 1865.-Pedro Canel: ¡1 ,, ,-'~JI. !,Ji,! ¡{ &lt;"I .,u , 11\6;r(ia.-5,, ,J
zas y se, h~ ,P,~ev,e~id.9 se pr~s~nt_ti,~~c~rri!1e9 e\_~rm~o ?ª diez dias á sacar los ~utos par1a 'alegar/ ~}1eJ;9¡~1fü&gt;' qné de no V~P.1fi~fl!!, se sentenciara, para lo C\llllltll&lt;}.rle cita desde
J1JZGADO 49 11ENOR DEL CUARTEL ll!IAYOR NUMERO 4.
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uego.
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--i:',(!~• ..• . •••• • 'fa' a; "S, ..• 'JJ . '•' .... , . .. ........ f ( [¡¡'.jn:J
1:.en cumpJimi~to d&amp;'Jo_ mandádo, poogte1'pt:dsr nte en México, ÍI 10 de Marzo de 186.'i.
i.l !&gt;l ~!JÍll'Jit ·I ,1· ,,U,'/1,,~0¡ ,.1°PJ,.,Z1J!J,~ riu¡ri:,~· ·1·11• , t ,. :i ¡¡&lt; 1111 )
-J..ost ~a~ r(}yz/All!lt•Escnbano,p,Í!Jfll~O.JJ :,¡ / (
.,l-89.:..,3sr:;1., .., '
¡ ORDI,W;-lgqo,r~l)qos~ ,el ~Qljl\tljljQ ~El P...S.apti!lgQ ViCJlri.o, pi&gt;r Ja, ,prese,llte ~eje cita y
• J ..• , ,.[ J•'
,i;o&lt;i '• "· .1 ¡
e plaza¡p!!ra que en el término de treinta dias se ~resente en este de mi ~~r_s9,.iJlºJ si ó
CITACION.
Jfr 11p&lt;&gt;4erado'inAt'riuab 'y éspeñsaao; á cóñtestar la aemaúdii que .en· juicio } ti,r1&gt;at l\()bre
Por auto de hoy ha mandado eLS; Jue~,3~ ,de.Ji&gt; Rtfil,.-a.,cite por los neriódicos á D.
sos le'promueve·el lie.· D: .José·Maria ·Aragon en representllCiOll'de- hrtesí'á11te'1i'tá\-ra de
Miguel 'l'entori para que se preséÍl~~ áh JtizgM.ti','trañfro'"'&lt;t~ ocho dias, , reconocer una . Felim&amp;íw Rey; Jtpei:ci.bido de iue ~i 110 cencurr6 s6 Je,nombra;á llll tlefeüJói")W ioficio
firma; apercibj~o qu~.de _no oo,_ncurrir.~q el *'~ifo ~jado se dará por reconocida.
,
n ~ui&lt;m, se ~n~Qd,er4 la, g&lt;¡q¡&amp;l\d.a, •. • , • • , • • • • • • • · · · · · • • • • · • • • • 1 JifJulfL
1
y; para que' surta J9ti e1ec~tª
fef)réti~~bs e,stái·ci~c100, pongo el presen4) .en México a
Melico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-15a-9
9 d¡¡ MaHIJ•.de- t865~José •¡,a;enili'Pañ~¡ ~~li~barill público.
·'i8J.L:JB~w hl O
. ,&amp;t.1 t¡{ :;!,
. ,¡Ji fit
,
......
·JUZGADO 39 DE LO CIVIL
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
En el juicio verbal que sigue el Lic. D. AndréP del Rio, ~'lfl:5:n lmlil~~l'~ tra
BAJC'B DJI: SAN AGUSTIN, NUM. l,
D, Manuel Fernandez, sobre pesos, el Sr. Juez 39 de lo 01vil, Lic. D. José M, dordero,

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DEL

EL

RIO

¡_

MEXICO: Miércoles 15 de Marzo de 1865.

TOMO l.

SUMARIO
PARTE OJIICIAL.-Decretos Imperiales habilitando de edad a D. Manuel Eiperon y D. Francisco Azpirl
-Orden suprema sobre la Penitenciaría de Durango.
PARTES DE LAS PREFECTURAS-De Mlchoacan, avisando que en el Distrito de Aciímbaro no hay epi•
demla.-De la Isla del Carmen diciendo lo mlsmo.-De Tola sobre la derrota de la guerrilla mandada por
Ffagoso.-De Pachuca avisando que no hay novedad.
ACTAS Dl!:: ADHESION AL IMPERIO.-De Mecacalco, Jalaclngo, Tezu.ltlan, otra de Jalaclngo y San An•
drés Atzalan.
.
SOLICITUDES.-8obre privilegio de una maquina para hacer tortillas.
VARIEDADES.-Tratado sobre el Arroz.

...

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO,

e
o

IMPERIO

EMPERADOR

DE

MEXICO:

NUM. 61.

PARTES IlE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
'1

Imperio Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-Seccion
de Gobernacion.-Núm. 102.-Morelia, Marzo 4 de 1865.-Con fecha 1? del actual dice á, esta Prefectura la subalterna de Acámbaro
lo que copio:-" En cumplitiiento á lo dispuesto por la circular nú:
meto 68, fech~ 8 de Diciembre del año próximo pahdo, tengo la
honra de mamfestar á esa superioridad, que en el Distrito de mi mando no hay epidemia reinante alguna, pues la fiebre, que es una de
laB rnaB arr¡¡,igada~ ~n él, ha desaparecido_ n?tablemente."-Y tengo
el honor de tr~sonb1rlo á V. E. en cumplrn11ento de las disposiciones
supre!llas.-D10~ guarde á V. E. muchos áños.-El Prefecto politico
supenor, Antonio Moral:-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.México.
·
Es copia. México, Marzo 14 de 1866.

Tomando en consideracion la solicitud de D. Manuel Esperon y
Caminero, vecino de Tehuacan, en el DepaHamento de Puebla, y en
yista de las constancias que obran en el espediente respectivo,
HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguíente:
Se habilita á D. Manuel Esperon y Camin,ero de la edad que le
falta, con arreglo á la ley, para contratar libremente y poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en ningun caso
del beneficio de restituéion in integrum.
El Subsecretario de Gobernaciou,
Este decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicán- (Fii:mado) FRANCISCO J. VILLA.LOBOS.
&lt;lose en el periódico oficial.
.
Dado en e1 Palacio de México, á 11 de Marzo de 1865.
¿ (Firqiado) MAXIMILJA.NO,
Imperio· Mexicano.-Prefüctura superior politica del DepartaPor mandato de S. M. l.,
mento de la isla del Cármen.-Número · 11.-Mayo 4 de 1866.(Firmado) Pedro Escudero.
Exmo Sr.-EI Sr. Pre~ecto Municipal de esta ciudad me dice, con
fecha ~e hoy, lo que_ s1gue:-Con fecha de ayer dice á la R. Junta
d_e Samdad de est~ c1_udad, el médico encargado de la misma, lo que
s1gue:-En
cumphmiento de mi deber como médico de la R. Junta
MAXIMILIANO, EMPE.RADOR DE MEXICO:
de
Sanidad,.
debo manife~tar á vd. en contt;sta~ion á su apreciable
Tomando en consideracion la solicitud de D. Francisco Azpiri, vede
est_a
f~cha,
que no existe en esta capital ni en los &lt;lemas pueblos
cino de Orizava, y en ,vista de las constancias que obran en el espedel D1stnto, enfermedad alguna epidémica ó contagiosa, y que solo
diente. respectivo,
1
se presentan algunos casos de enfermedades endémicas dé la estaHEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Se habilita á D. Franci~co Azpiri de la edad que le falta, para en- cion, como las calenturas interrn~tentes y remitentes, tódas generaltrar en la libre administracion de sus bienes y poder compal'ecer en mr nte c~1radas.-La ~acuna se s1~ue propagando como de costumjuicio sin necesidad de curador, no gozando en ningun caso del be- bre, habiéndose practicado la última operacion en 26 del próximo
pasado, cuyo resultado aun no se_ ha visto."-Y tengo la h@ra de
neficio de restitucion in integrum.
rn~ert¡i.rlo
á V. E. para que se digne elevarlo al soberáno conociEste decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicánmiento
de
S. M. nuestro augusto Emperador, de conformidad con lo
dose en el periódico oficial. ,
prevenido
en
la_suprema Circular de 3 de Noviembre del año próxiDado en el Palacio de México, á 11 de Marzo de 1865 ..
~o pasad_o.-D1~s_guarde á V. E. muchos añ~s.-El Prefecto supe(Finnado) MAXIMILIANo.
r10r político y m1htar del Departamento, Tomás Marin.-Exmo. Sr~
Por mandato de S. M. l.,
Ministro de Gobernacion.-México.
·
(Firmado) Pedro Escudero.
Es copia. México, Marzo 13 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

MINISTERIO DE GOBERNAOION.
SECCION

(Firmado) FRANCISCO J. V1L4L0Bos.

3~
México, Marzo 13 de 1865.

Con fecha 10 del actual, S. M. el Emperador ha tenido á bien dar
el siguiente decreto:
"Aprobamos el acuerdo del Ayuntamiento de Durango (fecha 23
de Febrero próximo pasado), sobre continuacion de la obra material
de la penitenciaría, con la modificacion siguiente:
La Administracion de rentas de Durango suministrará provisionalmente, para ~ubvenir á los gastos de la obra mencionada, la cañtidad
mensual de cmcuenta pesos, mientras propone el Ayuntamiento y
aprue~a Nuestro Gobierno un arbitrio supletorio para sufragar esta
erogamon.
·
Dado en el Palacio de México, á 10 de Marzo de 1865.
(Firmado) MAXIMILIANO.
Al Ministro de Gobernacion."'
Es copia que certifico. México, Marzo 13 de 1865.
El Subsecretario,

(Firmado) Villalobo,.

Prefectura superior política y Comandancia militarde.il'ula.-Tula, Marzo 10 de 1865.-Exmo. Sr.-EI único acontecimiento notable que ha ocurrido en el Departamento de mi mando, es la absoluta
dispersion de la fuerza disidente que acaudillaba Fragoso, de la cual
han sido apreh_endidos cosa _de trei~ta de los que la componian.L11s que acaudillaban Valenma y Ugalde, han emigrado:del Departa~ ento bastan~ menguadas, todo á consecuencia de la activa y enérgwa persecuc1on que les he hecho, con fuerza de mi ruando; habiéndose, en consecuencia, restablecido la tranquilidad.-Lo que tengo
el honor de comunicar á V. E. para conocimiento de S. M. L, en
cumplimiento de la circular núm. 4 .de ese Ministerio, fecna 1'! de
Enero último.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior politico, José María de la Peña.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Es copia. México, Marzo 14 de 1866.
El Subsecretario de Gobemaoion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

•

�,DIARIO D)JL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

246

Prefectura politica del Distrito de Pachuca.-Pachuca, 12 de Marzo de 1865.-Exmo. Sr.-En la semana que terminó ayer no ocurrió ninguna novedad en la demarcacion de este Distrito, conservándose en todo él inalterable la tranquilidad pública.-Tengo ~I honor
de decirlo á v. E . para su conocimiento, y á fin de que se snva ~levarlo al de M. el Emperador.-Dios guarde á V. E. muchos anos.
El Prefecto político, M. B elle Cisneros.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion -Mé ico
Es copia. Mé:ico: Marzo 14: de 1865.

E_n. el pueblo de San J ~an Xuitelalco, jurisdiccion_del Dis~rito de
1:ezmtlan, á los ca~orce d1as d~l mes de Fe~rero del ~no de i:rnl ochocnentos sesenta y e1nco, á lás diez _de la_man~na~ re~mda en Junta popu lar la m~yor parte de este vec_mdano, á mv1~amon del Sr. Juez
local, Santiago Córdo~a, les mam~e~tó que la cita gue de ~?s person~s. hace, es c?n el obJeto de partic1p_arles qu_e _el_ d1a antenor_ha re,c~b1~0 un ofimo, con fe~ha 8 del comente, dmg1do por el senor temente -coronel H. Carrillo, en el cual ordena se haga saber su contenido: so~re la adhesion al Gobierno I!llperial.
habiéndoles ~eido
.
el
ofic10J
é
impuestos
de
él,
de
conformidad
resolvieron
estar suJetos
El Subsecretario de Gobernaciou,
1
·
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d ) F.
J ·u
LOBOS
á su cabecera; y fina mente, considerándose esta um1 e po ac1on
(F1rma o RA.NCISCO • ,v ILLA
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como un ramo o e ien e a supenom a e qmen o man e.
Y habiéndose concluido el acta firmada por el juez y los que·supieron hacerlo.-Santiago Córdoba, Manuel Melgarejo, secretario,
ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
José Ramos Garcia, José Maria Santiago, José Maria Martinez Baigen, Juan Cenon, José María Ruiz, Bartolo de la Cruz, J. E. Aragon, Francisco Muerista, por los ciudadanos cabecillas, Miguel CaGENERAL THUN.-Señor Consejero de Estado..:....Acompaño á vd. racas-Ruiz, Pedro Mariano, Salvador Mariano, Diego }Iernandez,
varias actas de sumision que me ha remitido el comandante de J a- Tomás de Aquino, Manuel Mendez, Joaquin Bravo, Antonio Carala.pa.
.
.
.
cas, Francisco Dominguez, Francisco Andrés; Casiano Capristan,
Tengo el honor de ser, con la mas alta cons1derac1on, muy adicto Simon Perez Calderon, Manuel Ugil; Bernardo Cano, José Maria Alservidor de vd.
berto, Ramon Ruiz, Vicente Melchor, Mariano Hernandez, Francis(Firmado) El General THUN.
co Aburto, Salvador Valerio, Manuel Felipe, Manuel Beatriz, DoMéxico, 1? de Marzo de 18.65.
mingo de la Cruz, Rafael Pastor, Mariano V arela, Manuel Sandoval,
José María Laureano, Miguel Baltasar y Manuel Rivera que no saben firmar lo hace Manuel Melgarejo.
En la congregacion de Mecacalco, jurisdiceion de Altotonga, á los
veintiun dias del mes de Enero d~ 1865, reunidos en la Casa Municipal los principales ve_cinos que firman la presente!.. á solicitud del
En la ciudad de Tezuitlan, á quince de Febrero de mil ochocienSr. D. Miguel MelgareJO, nombrado comandante m11Itar de Altoto~- tos sesenta y cinco, reunidos por_invitacion del Sr. 9'oma~d~nte suga por el Exmo. Sr. General D. José Maria Galvez, y en presencia perior de las fuerzas austro-mexicanas, D. A. de Kodohch1, y del
del juez 1? D. Manuel Landa y del 2? D. Juan de Dios; despues de Sr. Prefecto político del Distrito, Teniente Coronel D. Hermenegil1 haberse hecho uná ligera reseña de los males que por tantos años do Carrillo, todos los vecinos mas notables de la poblacion, en la
,han agobiado á nuestra querida é infortunada patria, y teniendo pre- casa del Sr. D. Rafael Avila; el Sr. Carrillo manifestó á la junta que
,· sente ,que solo la prudencia y sábias disposiciones de S. M. Maiimi- su objeto era el que dijesen con entera libertad si reconocian y obeliano I, podrán hacer la.felicidad de -ella, hemos venido e11 acordar decían al Gobie'rno Imperial, como lo ha hecho la máyoria ae la Nl\las siguientes proposiciones:
cion, y unánimemente espu~ieron:
·
·
1~ Reconocemos espontánea y voluntariamente el Imperio MeQue reconocen, obed'ecen y ~restan su sumision al -Gobierno de
xicano.
S. M. el Emperador Maximiliano, que es el. ésGablecido en la Nacion.
2~ Reconocemos como EmpP.rador de México á S. M. Maximilia- Con lo que se concluyó este acto, que firnraron para coostar¡cia.-El
no I, y acataremos todas las disposiciones que emanen de su auto- Prefecto del Distrito, H. Carrillo; Lic. José Antonio Rivera; por enridad.
cargo del Sr. D José Tiburcio Bando, José Antonio Rivera; por el
Con lo cual, despues de haber victoreado á SS. MM. en. medio de seño1• mi padre 'y yo, José Simon Aguilar; Tiburcio Avila; por D.
cohetes y música, firmamos para 9onclusion la presente.
Andrés Ortega, Tiburcio Avila; José•Antonio Limon, Manuel CasManuel Landa, Juan de Dios Salazar, J uan.~Hilar.io, J oaquin Al- tillo, Juan Cano, Pedro Martinez, Próspero Jimenez, Diego Vallejo,
varez, Rodrigo Bello, Santiago Faviau, Juan Vida], José Victoria- Miguel Calderon, Felipe A. Camacho; por mi y por el señor mi papá,
no, José María Hernandez, Vicente Bello Andrade, José Dolores Luis B. Hidalgo; Francisco Rodriguez Contreras, J 9sé Maria Jlello
Aquino, Cipriano Abat, Manuel Salv3:dor, Vicente Vazquez, José Vazquez, Francisóo Naveda, Teódoro Hernandez, Francisco Polo,
Buenaventura Abate, Eusebio Cárlos, Miguel Bello, por mí y mi Manuel Saavedr~, I. Diazi C1¡.milo Bello, ·Miguel ,Alvarado', Félix
señor padre D. J. Carballo, N. Carballo, Casimiro P. Vidal, Pablo María de Herrera, Francisco ALvarado, Eduardo Silva; Brm:¡.o Bello,
Alvarez, José Maria Zavala, Fernando Cárlos, Manuel Alvarez, Jo- José Maria Alvarado, Luis Hernandez, Federico Casas.
sé María Tornero, Manuel Fructuoso, José Pedro, Pedro Avila, Rafael Tornero, Miguel Alvarez, José Espiritu, Pedro Alcántara, Manuel Pedro Salvador, J oaquin Bello, José Favian, Antonio Bernabé,
En la. Sa!a Municipal de la Vllla de Jalacingo, á diez y siete de
Anselmo Cárlos, Santos Hernandez, por sí y por mi señor padre D. Febrero de mil ochocientos ses¡mta y cinco, reunidos los vecinos
Pedro Pascual, Pascual Bello, Fernando Gonzaga, Ciriaco Mundo, mas notables del pueblo de Altotonga, á·solicitud de D: Miguel MelJosé María Sosa, Pascual Osorio, Bernardo Antonio, Crispin Gas- ga rejo, nombrado comandante rpilitar de este canton -por el Sr. tepar, Pascual Rivera, Cecilio Gaspar, Vicente Hernandez, Cenon niente coronel D. Hermenegildo Car_rillo, y por el comandante de las
Osorio, Manuel Salvador, Miguel Zavaleta, Leonardo Guerrero, J. fuerzas· austriacas, D. Alfonso Kodolichi. Despue.s de haberles hecho
Leandro, Ventura Abat, Juan Márcos, Luis Fabian, .fosé Leandro, una ligera reseña ·de IÓs muchos males que tanto tiempo ha sufrido
Manuel Alvarez, Antonio Rodríguez, J{)s~ del Cármen, Pedro Ma- núestra irtfortunada patria, y teniendo presentes los esfuerzos que
tías, Cecilio Guerrero, M. Salvador, JuanHernandez,,José Carballo. S. M. el Emperado1, ha hecho para conseguir lapacificacion de ella,
manifestaron estar de conformidad y que desde luego reconocen al
Imperio Mexicano.
,,.
En la Sala municipal de la
villa
de
Jalacingo,
á
los
catorce
dias
Con
lo
que
ie
,9i6
por
~rmipada
estir
acta,.
que
firmaron
_para
I
del més de Febrero dé mil ochocientos sesenta y cinco. Reunidos constancia Miguel Dominguez, Miguel MelgareJO, Fernando Pnano,
los que suscriben, á solicitud de los señores teniente coronel D. Her- por mi y en representacion del Sr. D. P. de Guzman, Antonio Monmenegildo Carrillo y comandante en gefe de las fuerzas austro-me- tiel, Ramon Aburto, Ignacio Medina, José Maria Córdoba, RamonEsxicanas, D. Alfonso Kodolichi, habiendo manifestado el Sr. Carrillo covat, Basilio Bello, Guadalupe Gonzalez, Juan de Dios Escovar,
que la mayoría de la nacion ha sostenido y sostiene el establecimien- Miguel Alfonso, Desiderio García, Miguel García, Ladislao Marin,
to del Impel"io Mexicano, y deseando que los pueblos disfruten las Antonio Fernandez, José Villa, Miguel Carballo ,Herrera, Fermin
garantías de que _les ha privado la revolucion, hace el Gobierno del Romero, por mí y en_representaciori de D. Manuel Arcos, Miguel
Emperador esfuerzos s.upremos por pacificar el pais: con tal motivo, Bello Hernandez, Vicente Carballo, Vicente Alvarez, Miguel G.
espera que la Junta, obrando con libertad, esprese su sentir. En con- Arcos, Miguel Velazquez, Domingo F., Antonio· Arcos, Leandro
secuencia, ésta resolvió, de conformidad con la manifestacion del Sr. Guzman, J. Antonio Alonso, por mi y en representacion de D. DieCarrillo, adherirse al Gobierno de S. M. el Emperador. Con lo que go Gonzalez, Luis Marin, Miguel Márquez, José Amado Cabrera,
se terminó esta acta que firmaron: José M. Barrientos, Manuel L. D. Gonzalez, Francisco Arroyo. ,
-Naveda, Ab~l A. Lavalle, Matias Tejeda, P. Mendoza, M. María d~
Groznau, Miguel Tejeda, Manuel Perdqmo, Pedro Tejeda, Juan
En el pueblo de San Andrés Atzalan, á los diez y ocho dias del
Márquez, Juan Lavalle, Felipe S. Naveda, F. P. Ruiz, Francisco
Márquez, Ismael E. Lavalle, Antonio Arroyo, J. M. Dominguez, mes de Febrero de mil ochociento~ sesenta y cinco, reunidos en la
Juan Barros Quijano, Miguel Locela, Manuel José Matus, Domin- Sala Municipal los vecinos mas notables que suscriben la presente,
á solicitud·de D. Miguel Melgarejo, nombrado comandante militar
go Pimentel.
del canton de J alacingo, por el Sr. tenien,te coronel D. H. Carrillo

y por ~l Sr. D. Alfonso Kodolichi, gefes ªt?bos de las ,fuerzas aus. tro-mex.icanas g ue esp~dicionan por la Sierra. Despues de. haberles hecho el Sr. Melgarejo una relacion de los muchos males que han
causado' á nuestra patria los diversas sistemas de Gobierno que se
han ensayado, y conociendo que solamente los esfuerzos que S, M.
el Emperador ha hecho, podrán hacer la felicidad de ella, manifestaron todos estar de conformidad en someterse á la obediencia del
Imperio Mexicano, y que acatarán todas las disposiciones que emanen de S. M. el Emperador Maxin:iiliano ~- Con lo que co?cluyó este acto, que firman para constanc1aI~nac10 Me!gareJO, Manuel Me~dez, Felipe Cavañas, Leonardo Madnd, Francisco López, J. Lucio
. C¡uballo, Manuel Vazquez, Di~go A. Mad1:id, Tomás Medina, Rafael Pasos, Vicente. Alarcon, Miguel H. RoJas,. Francjsco Barverena, Francisco Dominguez, A'ntoniQ Perez, Francisco Cavañas, J. M.
del Castillo, Domingo Terra, Teófilo Benavides, Luis Madrid, Felipe Medina, Ramon Toledano.

s.

1:

1

•

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3247

válvula esterior surcada y terminada entuna penueña arista· seis estambres
. t urb'mado con dos _escamas opuestas
"
'l.' su base j ' dos estilos
'
un _ovar10
én
con'
estigmas plumosos; una semilla oblonga, obtusa y azucarada encerrada en
el cáliz.
'
,
Esta caña es anual y ahíja con profusion. Da uRa flor avinada tirando
mas bien á amoratada, la cual crece en la cima de la caña formand~ espigas
como las del mijo.
'
Sus cañas, de vara á vara y media de altura, son nudosas como la$ del ,
trigo; mas gruesas y mas duras.
Las hojas son largas, estrechas, terminadas en punta y alternadas, abrazando la caña por su base.
'
Las raíces son ii.brosas, semejantes á las del trigo y mucho mas fuertes
las cui&gt;les se empléan en escobetillas ó cepillos para limpiar la ,ropa.
'
II.
CLIMA, VARIEDADES, TERRENO Y CJJLTIVO.

El número tan crecido de variedades bien puede reducirse á dos, Y' son el
acuático ó anegado, y el llamado impropiamente arroz de secano ó·de mon·
te, propio de los climas que poseen una humedad perenne. · &gt;
El arroz es propio de los climas c~lidos; pero con el trascurso del tiempo
SOLICITUDES.
se~ conseguido aclimatarlo en los países templados, y existen variedades
que resisten los fuertes rigores del invierno, los hielos y las nieves.
Cuando el clima es el que ama la planta y e'sta se cultiva. con esmero ahíMINISTERIO 'DE FOMENTO.
ja profusamente, y da maravillosas cosechas, tanto el acuático com'.o ~l de
México, Enero 31 de ~865.
secano.
'
,
Existen arroces que nacen, crecen y maduran á los tres meses, como el
Sello Tercero,-S~gunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil
ochocientos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr. Ministro de Fo- trigo tremesino; tales como el dumalí de Filipinas.
mento.-Julian Gonzalez, ante V. E. respetuosamente espone, que en 26 de Tambien hay un arroz vivaz que se repro_p.uce poi: esquejes ó hijuelos.
Julio de 1859 me fué c1ncedido por el Supremo Gobierno de aquella épo- Mucho han disCQi;daq_o los.autores sobre'si la tiefra que mejor conviene
ca, por el término de doce años, segun consta de la adjunta copia, un privi• á esta _planta, debe ser Juerte y sustanciosa, ó arenisca. y ligera• per,) en lo
legio para aplicar una maquinaria para hacer tortillas. Las·circunstancias que sí !}Dánimemente convienen, es en que debe reten.er mucho Íahumedad.
políticas que en 1860 trastornaron á México, me obligaron, por mi carácter El arroz que se cultiva generalmente en la República es ta variedad acuáde súbdito español, á abandonar la República y pasar 4 mi patria, en cuyo tica ó que requiere la superabundancia de agua para poder vivir. En el agua
punto permanecí mas de dos años en espera del c&amp;mbio propicio, y esa au- se siembra, en el agua nace, eH el agua crece, en el agua espiga y en ella masencia forzosa me obligó á aplazar la realiza!}ion .de mi trabajo, no sin cau- dura su grano, ~eneficiando las tierras en lugar de esquilmarl1'S. 1 ' 1
Para cul~ivarlo debe comenzai:se por dividir la ti~rra en cuadro..s, que desarme grandes gastos y perjuicios, siendo el menor de estos, el curso de cuatro {tños que ba estinguido ya mi privilegio. Mas hoy, que bajo las sábias ben estar~1en bañados por el sol, separados entre sí por caballones ó calzadisposiciones del Supremo Gobierno de S. M. l., me puedo ya entregar con das de una vara de ancho y una tercia de altura, las cnafes ·sirven para que
tranquilidad y confianza al establecimiento de mi proyecto, tengo ·1a honra las aguas no se filtren y puedan contenerse entre 1os cuadros·. Estos están
de ocurrirá V. E. para que se sirva dar cuenta á S. ]t. el Emperador, su- unidos con sus inmediatos por dos aberturas que tienen en sus ángulos ,opuesplicándole tenga á bien, por las razones espuestas, prorogarme por cuatro tos, para recibir y comunicar e~ agua sucesivamente: y para que esta se manaños el referido privilegio, no dando por corrido el tiempo desde Julio de tenga á una misma altur;., se nivela el terreno de la siembra con un instru1859 hasta esta fecha. A V. E., por tanto, suplico, se sirva alcanzarme la mento llamado trailla, la_cual está armada de dos varas ó timones para guiargracia y justicia que imploro.-México, Enero doce qe mil ochoc~entos se- la, debiendo estar un poquito mas elevado que los .otros el cuadro que re·
cibe las aguas, y, hallarse todos ellos en un plano ligeramente inclinado para
senta y cinco.-Exmo. Sr.-Julip,n Gonzalez.
qu~ así puedan correr suave y fácilmente las aguas.
'
1
"s· e11o tercero.-Segunda c1ase.-Cuatro rea1es.-p ara e1 b'iemo
. de m1.1 · La siembra se comienza
á
principios
ó
fines
d'e
Marzo,
y
se
siembha
el
,
·
.
ochocientos sesenta cuatro sesenta cinco.-Exrno. Sr. Ministro de Fo- gra~o seco con su cascara, a~que en algunas partes tamb1en ª&lt;!?stm;n ran
y l ez antye y . E . respe
Y tuosamente espone:
·
,., Que
- en 26 .de moJarlo,
coloc~ndolo
vas1Jas1 puestas al sol,ó enterradas en estiercol.
mento-Jul
.
1·an Gonza
·1 as tierras
•
destma
· den
juJi O 1859
di,
S
n
b"
d.
ll
,
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as
para a sementera de esta planta se abonan se en• &lt;.?. e
, ~e C(!nce. o e1 upre~o "'º Jerno, e :14ue ª epoca ~ pn- charca.u1 se les dan cuatro ó cinco labores
·d '
1 t ~11
vüe_g10 para fabricar tortillas
por
med10
de
las
maqumas
correspondientes
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' ! endis8%1am ~ sebpasa ª rai ª pa
1ar e1 erreno y acto ()◊Ut"muo .se:_Proce
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1!!1la
e
a
siem
ra
por
surcos
segun consta de 1a copia que tengo la honra de acornpanar. Mas como los
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t-rastornos que ha sufrido Mé .co d~sde entonces me obl'
.
Asi que la. plantít~ ha crec1d? y sobresale del agua -dos o tres pulgadas,
, . . _ , , ~
.
. , .
igaro~ por mi ca- se hace una escarda a mano quitando las mal
b
rácter de' supd1to• .espanol, a sahr
para m1
patria .y deJar estehpa1s, hasta.que
E s necesario
. tener mueh·'o cw
_ 'dado con e1 agua
as yer
as.,
.,
..
bl
renovandola
y hacrnndola
un camb10 prop1c10 me perm1t1era esta ecer m1 empresa, oy lo venfico t
.
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,
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I
dr
'
1
· Ias sáb'1as d'1SpoS1c10nes
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bªJº
del Supremo Gobierno
de S. M. l., con las cua- en Arart y· sa
d 1r cons
'· an
I emen
1 tae en ·os 1cua os. ,
les se reaniman el comercio y la industria, cuyo importante desarrollo solo
n es e espigar. a pan requiere una? y a veces otras dos escardas, las
"°nza ba.io
las garant'1as de or
, den y estab'l"d
.
queL debendr
hacerse
,
•
Se al""'
J
11 ad. Mas deseand.omeJorar,
d bsmdremover el fango m tocar la •planta. r
la
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·
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cua
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e
en
e
encerrar
perfectamente
el
agua
para
que
esta
no
se
Per1,Pecci'onar y rePorma
1,
r maquma que se me pnv11eg10, cuyo o ~eto e
.
• ó
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1
. 1mpro
,
bo hoy escape
resqmc10
que se abra en· alguna calzada ó borde
Consegul.do a' fuerza de constantes y crec1'dos gastos, y traba¡o
• por
· da ·gun&amp;
· grieta
b1
tengo la honra de ocurrirá V. E. presentándole los adjuntos dibujos q~e re- ester1or y eJe.sm. an~ la,s p antas esp~esta~ ~ aire, las cuale,s mueren en
•
di
,
. d
los cuadros secos, por cuya razones preciso v1g1lar mucho-los cuadros
nueve.Sl·sternas ó mecarusmos
11ca
,Presentan
versos, mas or.menos comp
os,
Cu d
1
1
• la caña ·,a po.mpl'ir.,,,,dos
apl',,.,bl
,
,
,·
••
.
d
an o sazona
e1· grano,
. ~Ó mas Sl
m.,o
,
i.... es a 1as maqurnas que me 1ueron pnVl1egia as.
-11
1 o cua
d ,sel conoce en que emprnza
·
· ·
de estos dibUJ0S
· se halla ad'JUnta, y 1os d"1versos ¡¡speru;nen
.
tos hnerse aman
a, se Cierra a entra· a a as aguas y se•de1a
orear la •tierra para
La descrl·pci·on
.
•
J
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acer d1a siega,
me, han
, da'do los resultados q_ue yq esperaba, ,a, fin d'e me3orar
mi.. pnmera
• .para-cuya1 operac1on
l usan·· de las nusmas ·hoces·que para el
manuina· y deseando teller la at te
di t
f1 . d corte e1 tngo, pero en os arroza es se e3ecúta con tíJ.as cmdado, por desgra-¡,
,
,
,
p. e~ correspon en e com? per ecc1ona o~ narse mas fácilmente.
de ella, tengo la honra de ocurnr a V. E. 4 fin de que se sirva dar cuenta a
L .
•
,
S. M. el'-Emperador, suplicándole si lo tiene á bien por las razones espues.ª srnga se hace por un poco mas aba30 ~e las esp~gas, formando haces ó
tas, concede¡me la gracia que soli~ito. México Enero 12 de 1865.-Exmo. gavillas confor~~ se va cortand?, y se deJan ,~sparc1das_ en el.~Il,lpo. para
Sr.-Julian Gonzalez."
'
9-ue se sequen b~en; despues de lo cual se cortan las espigas, por arriba y
Lo que.se publica en los periódicos por disposicion de S. M. el Emp,era- Junto á la atadura, con hoces n;iuy cortantes, y se va~ recogiendo en ~randes
dor, para que las personas que se ?Onsideren perjudicadas éon la "sul;isi~ten- esp?rtones, los que cuando estan llenos se conducen a la era para trillar las
cia de este privilegio y la ampliacion que de él se pretende puedan hace¡; la es{gas.
.
.
_oposfoion. que les convenga conforme al artículo 14 de¡¡ le de 3 de Noos ~anoJ?s de PªJª se recogen_ atados, tales ?orno quedaro~en el campo.
viembre de 1858.
'
Y
~a trilla se hace como la del trigo, por medio de caballenas ·ó de má•
qumas.
El Subsecretario de Fomento,
Cuando el grano se ha desprendido de la espiga se ahueca con el bieldo
se sacude á mano y se amontona para darle otra trilla;hasta que suelte com~
(Firmado) MANUEL 0Rozco.
pletamente el grano que le quede.
En tal estado se-avienta el arroz para qµitarle la paja menuda, y se guar- .
da
para blanquearlo despues.
VARIEDAD.E S.
III.
SECANO.
TRATADO SOBRE EL ARROZ.
La tierra destinada para el arrozal de secano debe ser mas bien arenisca
que gredosa, estar abonada con mantillo vegetal, y á falta de este co.n estiérI.
coles bien podridos. Se le darán tres fierros cruzados para que quede bien
DESORIPCIOlf DE LA PLANTA.
removida y desmoronada. La siembra se hace por surcos; en s~guida se paEl ar~oz es d? la segu.~d~ clase ~e la familia de las gramíneas de J ussieu, sa la rastra para igualar un poco el campo y llevar los granos que quedaron
y de la liexandna monog1rua de Lmneo.
encima, revolviéndolos con la tierra. En seguida se datá un riego abundante.
El arroz no adm~te especies, sino variedades, las que han hecho llegar alCuando la planta ha nacido y deja'asomar tres ó cuatro hojitas, se dará la
gunos hasta el crecido numero de doscientas.
.
primera escarda muy lig~ramenté para no remover mueha tierra.
·.Los caractéres genéri°':s del arroz _son una gluma puntiaguda, y casi sin
La siembra se hará, á mediados de Abril, si está en campo descubierto la
aristas, formada de dos valvulas desiguales, cóncavas y abarquilladas: la tierra que ha de servir para la seme~tera; pero si se encuentra ~brigada al

\

�248

DIARIO DEL IMPERIO.

Mediodía, puede hacerse á principios de Marzo, dándole en seguida un abundante riego.
\
La plantita comienza á aparecer á los doce ó veinte dias, retardándose 6
adelantándose su nacimient-0 á medida de la temperatura atmosférica. Las
cañitas aparecen teñidas de un verde oscuro; no debe dárselos agua hasta
que la pidan, lo cual hacen poniéndose amarilleutas ó renegridas.
El único cultivo que exige esta planta es el de l~s riegi,s y las escardas,
las cuales deben repetirse siempre que sean necesarias.
Cuando llega el mes de A"'osto y aun no han espigado, se les escasea el
agua cada vez mas, en cuant; sea posible, sin secarlas.
Despues que han espigado, florecido y granado, q11e es cuando se pone
amarillosa y pajiza la caña, se procede al corte, se engavilla, se seut .,- se
trilla, blanqueándolo despues.
En .muchos puntos de España se sicm brau almácigas 6 criaderos, de los
cuales se trasplantan á las éras ó tablas las plantitas, cuando tienen ccrcade
un pié de altt1.ra; se trasplantan á golpe _tres ó cuatro plantitas, segun su es' tado y desarrollo, colocándolas en tresbolillo. Las arrancan pol' la tarde y
las trasplantan por la mañana.
Las cultivap despues del mismo modo que nosotros.

efectos leg~les. Así definitivamente j11z_gando lo v.ronunciaron y firmaron los supradicbos
Sres. Pres1den_te y colegas que componen _el Tr1bunal.-Doy fe.-S. Luis Rodrigvez..Manutl Carba;al.-Pedro Bustos.-.Antomo de Udaeta, Secretario.-Concuerda con el ori~ina1 qu~ obr~ en el es~diente respectivo, á fojas }2 vuelta y 13 fr.ente, que existe en esta
~cretana, siendo testigos de su sara y correceton D. Francisco Parra y D. Antonio
ÜJeda.
Doy fe.-Qnerétaro, l!'ebrero 24 de 1865.-.Antonio Otero, Secretario interino.
Qnerétaro, Marzo 8 de 1865.
En el es!!edi,en_te principal del concur~o á bienes de D. Manuel de Vicente, con vista
del convemo últllllamente celebrado con sus acreedores de México y los de esta plaza
concediéndole las esp~ras que solicitó, el Tribunal, por auto fecha 6 del corriente defirió
á la aprobacioo, mandando, entre otras cosas, lo que sigue:
'
"Hágase sabtlr al mismo D. Manuel de Vicente, ó á su representante, á 101 demas interesados pres?ntes, y por medio de los periódicos oficiales del Gobierno del Impeno y
el que se publica en esta capital, notifíquese á los acreedores residentes en la Corte
p11ra los efPctos legales; l. hacién~ose saber de la misma manera, la solicitud del primer~
sobre que se le rebab1hte, publíquese tambien en esta plaza en los términos prevenidos
por el art. 220 del Códia:o de Comercio."
Y para que lo mandaáo tenga su debido cumplimiento, se hace saber á quienes correM
ponda.
El Secretario del Tribunal, Lie. -8ebastian Lan-ondo.
191-3s-l

JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
. En el juicio promovido por D. Agustin Tello de Meneses contra el intest.ado de D~ Felipa Guerrero, sobre pesos, el Sr. Juez ,4? civil suplente, Lic. D. EvariFto Reyes, ha manCORJEO DE EUROPA.
dado ~e proceda al. remate de lacas~ num. 22_ de la c~lle del Niño Perdido, retasada por
Ayer, á las seis y media de la mañana, llegó á Verncruz el vapor "Bar- el perito D. Francisco.Somera en lllll cuatrocientos cmcuenta y nueve pesos· señalando
para la almonedad~ remate el lúnes :.!O del corriente, á las once de la mañan; en el Juzcelona." No se ha anunciado todavía la llegada del vapor francés de San gado
de FU cargo, ~1tuado en el Palacio de Jllllticia.
'
Nazario. Mañana se publi&lt;¿trán las noticias que trasnfüe el telégrafo.
Lo que pongo eu conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer
postur~, ocurran al Juzgado, donde se les darán las instrucciones que ministrafl los autos.
Mé:mo, Marzo 13 da 1865.-Antonio Landgra'Ce, Escribano público.
19'2-38-1

ANUNCIOS OFICIALES.

JUZGADO 2? DE LO CIVIL.
Ante el ~r.. Jnez.2? de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, se ha denunciaPREFF.cl'URA POLITICA DEL DEPABTADNTO DEL VALLE DE MEXICO.
do el fallec111!1ento mtesta_do de D. Mat!as Estanillo, y el Sr. Juez ha mandado se convoque po_r medio de! periódico del ·• Diario del Imperio" á las personas que se crean con deSECCION DE J USTJCIA.
rec~o a la bereocm, para que dentro del téf!Illl!O ~e veinte dias, contados desde la publiMéxico, Marzo 11 de 1865.
c11c1~n. del presente, se presenten á deducirlo en su Juzgado, situado en el Palacio de
El Regidor del Eimo. Ayuntamiento D. Francisco Villanueva; el dependiente del Sr. Justicia.
Pont.ones, D. Camilo Velaz9.uez; el Escribano público D. Casimiro Fernaudez, y el Co
-México, Marzo 13 de 1865.-Antonio LandgratJe, Escribano público.
188--3s-2
mandante de Batallon D. Fehpe Romero, han ócurrido á esta Prefectura pidiendo que se
les dé certificado de no ser ellos los apr, hendidos en una citsa de juego, por encontrarse
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
nombres iguales en la lista q•te se publicó de las personas que lo fueron; y como aquellas
Por auto de hoy hlL mandado el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon que coestén de hecho presas en la. cárool, el Sr. Prefücto político me manda suplicará vd. que
se sirva hacer esa aclara.eiim por el periódico oficial, para que sirva de satisfaccion á los noce de los que ha promovido J?· _Felician? Ponce á D. Andrés Beoernl sobre pesos, se
baga saber al segu~do, que á petieton del mismo Ponce se ha hecho publicacion de probanint.ereaados.
zas y se ha prev_e~1do se presente ~ecerril en el térmi~o ~e diez dias á sacar los autos paEl Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor.
ra alegar, aperc1btdo que de no verificarlo, se sentenciara, para lo cual se Je cita desde
luego.
PALACIO MUNICIPAL,
Y en cumpllib.iento de lo mandado, pongo el presente en México á 10 de Marzo de 186.'i
-José Raz Guzbta11, Escribano público.
'
189-'Ss-2
•
México, Marzo 13 de 1865.
La Junta de Haciendll del Exmo. Ayuntamiento de esta capital, ha acordado se cite á
las Y.eraonas que puedan entregar ochenta docenas de losas, de vara cumplida, que se neCITACION.
ceB1tan para la carcel de Betlehem, á fin de que presenten sus propuestas antes de las doce
!"or auto de _hoy ha mandado el Sr. Juez 3? de lo civil, se cite por loa periódicos á D.
del miércoles 15 del corriente, en pliego cerrado, en la Secretaría de la misma CorMiguel Tentor1 para que se presente en su Juzgado, dentro de ocho dias á reconocer una
poracion.
fi nna¡ apercibido que de no concurrir en el término fijado se dará por r;conocida.
El Secretario general del Exmo. Ayuntamient-0, Íic. Juan A. Matoos.
Y para que surta. loa efoctos espresados esta citacion, pongo el presente en México á
9 &lt;le Marzo de 1865.-Jos6 1Ticenu Piña, Escribano público.
18l-3s-3
'

ANUNO::CC&gt;S.

JUZGADO 2° DE LO CIVIL.
En el espediente promovido por D. Angoste Donssine, por D. Juan J. Torrea contra el
Lic. D. Mar~no Z_aval&amp;, sobre pesos, lia_mand~do el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. J\Ia•
nuel Pavon, a pedimento del actor, se cite á dwho Sr. Zavala para que en el término de
El Diario dtl Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á las doce, menos los diez dia~ ~e presente á su.car los de la ma~ria, á efec!o de que alegue de su derecho¡ bajo
e! aperc1bllll1ento de que ~ ~aso con~rª!1º se le dara por cit.ado para sentencia. En tal
domingos y dias festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
v1rtu._d, bago la presente c1tilc1011¡ adVll'tiendo que el despacho del que suscribe está en ¡08
El despacho se baila establecido en la casa número 8 de los B11jos de San Agustín.
bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
El precio de la suscricion 1erá:
México, Febrero 9:1 de 1865.-Mmiutl T. de Meneses, Escribano público. 176-88-5
En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . . ....... $ 1 50
Id.
id.
por tres meses. . . .. . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
COMPAÑIA DEL FERROCARRIL DE MEXICO A PUEBLA.
En los Departamentos, por tres meses, franco de
Celebrada una sesion del CoDBeje Administrativo, el dia de a¡er, para arreglar las opeporte......... . .............. .......... . ... 3 75
raciones previas á la disolµci~n de la Sociedad, se acordó que a pesar_ de estar reasumidas la mayor parte de las acc10nes en la persona del Sr. D. Antonio Escandon 86 convoEl importe de las suscriciones se pagará. adelantado.
El precio de los anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelant11do, ine una j~nta general para las_ 5 de la tarde del dia 15_ de e~te mes en el de~pacbo del
1i errocarril, plazuela de Guardiola, para tratarse de la d1soluc1on indicada. No bastando
ain puyo requisito no podrán publicarse.
segun los Estatutos, una sola sesion para tal objeto, se acordó igualmente la convocatori~
Los recibos deberán ir firmados por D. Juan Devinceutiis, encargado de para 1~ segunda junta, que_se vei:ificará en el mismo despacho el 23 del mes a.etual.
México, Marzo 7 de lí:!65.-Mur y TeT/1.n.-P. ..lflmazan, secretario.
175-Ss-6
esta administracion.

AVISO.

..

No se admiten reclama.eiones por falta de recepcion del "DIARIO," sino bastu
el dia siguiente de publicado cada númere.

JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, ha mand\do se conCITACION,
voque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del int.est.ado de D.
Marcelino Sancbez, para que en el término de treinta días se presenten á ded1tcir los que
No sabiéndose el domicilio de D. José María Segura, D. Jacinto Ortiz de la Peña, del les
competan; apercibidos de lo que haya lugar si r.o lo veriñcan.
representante de D! Margarita Peimbert y D. Agushn López, acreedores á los bienes
México, Febrero 7 de 1865.-Manuel 'l'. de Meneses, Escribano público. 97-30a-26
concursados de D. José Me.ria Noya, el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Parnn;ba
mandado se les cite ájunta para el viernes 17 del corriente, á las doce.
JUZGADO 6? MENOR.-1~ MONTERILLA NU!I. 7.
Lo &lt;J.U6 les hago uber por el presenta anuncio, como está mandado.
México, Marzo 13 de 1865.-Manutl Ro11uro, Esc1ibano público de la Nacion.
Por el present.e se cita IÍ D~ Jesus Castro, para que el dia veinte del actual á las doce
190-3s-1
compaTezca por si ó por apoderado, á contestar la demanda que le promueve' D. Cárlo~
Ar~na, como apoderado de D. ~anuel Legorre_ta, sobre pes?s y desocupacion del cuarTBillUNAL IIERCANTIL DE QUERETABO.
to num. 2 que ocupa en la casa 11nm. ll del Portillo de San Diego¡ apercibida de sentenSegunda clase.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y ¡;uatro y sesenta y cincó - cia en rebeldía si no concurre. ,
México, Marzo 1J de l865.-Lic. Labat
184-3a-2
Cuatro reales.
Querétaro, Enero veinte de mil ochocientos sesenta y cinco.-Vistos los presentes au•
to~¡ att&gt;ntas las razones en que se fuudan los señores sindicos administradores del concurLEGACION DE ESPAÑA EN MEXICO.
so, D. José Arana y D. Antonio R. Fuentes, en sus esposiciones de. fojas 5 y 8, y resulLt&gt;s súbditos edpnñoles que aun no hayan presentado sus reclamaciones, se servirán ditando de los antecedentes á que se refieren: que 111 quiebra en que fué declarado D. MaDlllll de Vicente, no presta causa alguna de 188 asignadas por los artículos 895, 896, 897 y rigirlas en todo este urea á la oficina de esta Legacion, calle del Esclavo núm. 5.
Las reclamaciones deberán ser acompañad88 de sus respectiv&lt;•S documentos justificati898 del Código d11 Comercio vigente, para reputarse fraudulenta ó culpable: que por el
contrario, ha presentado un activo mas que suficient.o para cubrir sus créditos, y que la vos, sin cuyo indispensable requisitoJIº serán admitidaa.
Mtíxfoo, 13 de Marzo de 1865.
suspension de sus pagos i:nas bien ha procedido del atraso involuntario de sus negoci&lt;•s,
motivado de las mismas c1rcnns~ncias precarias que á la vez nulificaron el comercio ds
El Secretario de Legacion, Norberto Balluteros. ]85--311-2
esta plaza: por tales consideraciones, y con presencia de lo dispuesto por el primero de
los artículos citados, del 905 y de las razone~ en que se funda el 917, los Sres. President.e y
colegas dijeren, que debian de fallar "j fallan: que el citado D. Manuel de Vicente, no es
flllhdo culpable, m responsable por quiebra fraudulenta. En consecuencia, desglosííndose
el testimonio de las fianzas que obran en los autos principales, por las que el mismo inteIMPRENTA DÉ J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
resado cauc10nó su radicacion en el lugar, en~réguesele para su cbanoelacion. Hág8f16le
uber, lo mismo que á loe fiadores, á 101 s!ndicos judiciales y administradores, para 101
BAJC'S DE SAN AGUSTIN1 NOl,I, l.

I

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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 61, Marzo 15</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Acámbaro</name>
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                    <text>.o . aq

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SUMARIO
p~'l'E.OFICIAL.-Circ11lj\r previniendo que se cumplan las dlsprutlciones aoterlorea para que los _cementerl
tén bajo la dirección de la autoridad clvll, y que eu los entierros se facilite el acceso a. los llllll1stros
de i!a~~ulera culto autorlzt&gt;do.-Comnnlcaclou al Prefe&lt;:_to polltloo del V.al)e de México, diciéndole que pu~
de v debe visitar los establecimientos de ensellanza publica.
P,AR'l'ES DE LAS l&gt;REFECTORAS.-De Zacatec88 y de Tuln, participando no babe• novedad en aqudllo•
Departamentos.
nocUMENTOS.-Acla del Ayuntamiento de México, de_ 1ode Febrtro de 1S"'
"'-'· '
SOLICITUD.-Denun'cía de una veta de plata en el D!stnto de TexcC)(!o.
'
--¡

PARTE OFICIAL~

1

1•

SECCION

Núm. 8.

2~ -CIROCLAR.

.

/

· Ha llamado la atencion del Gobierno Imperial el hecho de que no
obstante las prescripciones de la ley de 31 da Julio de_ 1859, m~ndada. observar por la órden que en _18 de Marzo próximo a~tenor
espidió este Ministerio, los ceme~tepos..n_o estén como _han deb1do e~tar, bajo la direccion de la aut?ridad c1V1I. Con la nnra de cone~r
este abuso, y para obviar las d1pcultades que por 11 se han ocas1~na.do, previene el Emperador, que para lo sucesivo, y en cumphmiento de las disposiciones referidas, todos los lugar~~ ~estin~dos á
la inhumacion de cadáveres, queden en cada poblac10n rnmed1ata y
esclusivamente administrados por la autoridad política, sin cuyo permiso no se podrá verificar 'sepultacion alguna. Asimismo dispone
S. M. el Emperador, que en los entierros se facilite el acceso á
los ministros de cualquiera culto autoi:izado; bajo el concepto de que
pueden pactar coq los deudos del finado la retribucion que haya de
darse por el servicio que presten, la cual en ningun caso podrá consisti'r en bienes raíces. '
Manda, ~or último, el Emperador, que las autoridades politicas,
bajo cuya sola inspeccion esta~án en lo fu~uro los. ~ampos. r:ior~uorios, cuiden de que tengan estos las necesarias cond1c10nes h1g1émcas,
asi como del estricto cumplimiento de los preceptos relativos de la
ya citada ley de 31 de Julio de 1859.
Dígolo á V. S. para su cumplimiento.-Sr. Prefecto politico de....
Es copia que certifico. México, Marzo 12 de 1865.
El Subsecretario del Ministerio de Gobernacion,

(Firmado} FRANCISCO J. VII,LALOBOS,

MINISTEiio-»E JUSTICIA.
Móxico, Marzo 14 de 1865·

Hallándose encomendada á los Prefectos políticos la inspeccion y
vigilancia de todos los ramos de la admicistracion pública, pueden y
deben ejercerlo eficazmente en la enseñanza, visitando los establecimientos de instruccion y cuidando de cerciorarse de que los directores y profesores desempeñen cumplida.mente las obligaciones que
tienen contraidas.-En tal virtud, y con mas razon no existiendo
actualmente el Consejo de Instruccion pública, que por ley estaba
encargado de visitar periódicamente los Colegios particulares de esta
capital, V. S. puede y debe, en ejercicio de sus atribuciones, hacer
esas visitas, aun cuando dichos establecimientos se hallen incorporados á los Colegios públicos, comunicando al Ministerio, cada vez que
lo crea conveniente, el estado que guarden, para "'Conocimiento de
S. M, el Emperador.
,
Lo digo á V. S. en contestacion á su oficio de 10 del corriente.
El Ministro de Justicia,

(Firmado} EscunERo.
Sr. Prefecto político del Valle de México.
Blii;;;;;;;;;;¡¡¡¡;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;,s;;;;;;¡;;;;;¡;;;;;;;;;

PARTES DE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO. DE GOBERNACION.
SEOCION

Oí{ l'Ul

ÍlÍ

' · NUI~ 62. ,.
HI' J

miento de S. M. I., que en la semana que finalizó el dia 4 .d~l que
ri,ge, no ha ocurrido en el De_partamento de mi c_argo cós~ _a.1$,una
notable que merezca la atenc10n del Supremo Gob1erno, relat1va•á la
po)icíá de seguridad.-Dios guarde á V. E. muchos año.s,-~l ttrefecto superior politico, José María Pereda.-Exmo. Sr. M1nil!tro de
Gobernacion.-Méxicó.
,,,
Es' copia. México, Marzo ló de 18p5.
--·,u a1, •
i.

2ª

Prefectura superior politica del ;I)epartamento de Zacatecas.Núm. 437.-Zacatecas, Marzo 6 de 1865.-Exmo. St.-Tengo la
honra de participará V. E., para que se sirva ponerlo en conocí-

,

1

'.'I

(Firmado} FRANCISCO J ; VILÚLOBO$.'.ic:&gt;
•

1

, u

México, Marzo 12 de 1865.

.

llÍ

El Subsecretario de Gobernacion,

MINISTERIO .DE GOBERNACIÓN.

.,

J 1

1~J1[

')(::,f

MEXIOO:· Jueves 16 de Marzo de 1865.

•

u:&gt;iJa:. ·

')
•

l

Prefectura superior politica y Comandancia militar de,Tula~,Número 68.-Tula, Marzo 10 de 1866.-Los Subprefectos de este
Departamento, en partes de pQlicia reci\lidos en esta oficina, dicen lo siguiente:-" Parte general de las ocurrencias habidas en
este partido del Departamento de Tula en la semana que hoy finaliza.-Subprefectura de Tula, sin novedad.-Idem de Huichapam,
sin novedad.-Idem de Jilotepec,·.sin novedad.-Idem de bmiquilpan, sin novedad.-Idem de Actopan, sin novedad.-Idem 4e Zimapan, sin novedad."-Lo que tengo el honor de poner en .el supérior
conocimiento de V. E., para que se sirva elevarlo al de S. M. LDios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior político, José
María de 'la Peña.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Es copia. México, Marzo 13 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firm~o) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

DOCUl\lENTOS.
AYUNTAMIENTO DE MEXICO.
, En la ciudad de México, hoy viernes 10 de Febrero de 1865, se
reunieron en la Sala Capitular, á las doce y veinte minutos del dia,
para celebrar Cabildo ordinario público, los Sres. Prefecto municipal, Ru 1, Espinosa, Cosio, Velez, Galindo, Reyes, Villan ueva, Barreiro, Cervantes, Berganzo, Labat, Ibarrola, Pimentel, Ortiz Cerva11tes, Rascon y Labastida.
Re leyó y aprobó la acta del Cabildo público celebrado el dia 7
del actual.
·
Se dió cuenta con los oficios siguientes:
Del Ministerio de Fomento, manifestando que acompaña para informe el espediente promovido por D. Francisco Aguirre, quien pretende abrir una compuerta sobre el rio de los Remedios, para enlamar las tierras del rancho de su propiedad, n0mbrado los Reyes, y
en jurisdiccion de Tlalnepantla.-A la Comision de rios y acequias,
avisando al Ministerio ·que no se ha recibido ~) espediente.
Del Ministerio de Gobernacion, acompañando para informe la solicitud de D. José Maria Mota y D. José L. Gomez, relativa á la
creacion de una inspeecion de carnes.-A la Comision de Hacienda.
De la Prefect ura política, manifestando que S. M. el Emperador
ha tenido á bien aprobar la supresion de la plaza de mozo de oficios
de la Prefectura MunicipaJ._.:_A sus antecedentes.
De la misma Prefectura, comunicando que S. M. el Emperador
ha tenido á bien aprobar el acuerdo en que el Ayuntamiento de esta Corte revoca el que dictó la misma Corporacion en, 29 de Julio
del año próximo pasado, con relacion al negocio de D. Maximino
Zozaya, sobre reparacion de un corral contiguo á la casa número ó
de la calle de Zuleta.-A sus antecedentes.
De la propia Prefectura, insertando ~tro del Ministerio de Gobernacion, por el que se avisa que el Gobierno de S. M. ha tenido á
bien aprobar el gasto de 3,876 pesos, que _trata de hacerse por cuenta de los fondos Municipales para construir cuanto antes la obra de

(

�250

DIARIO -DEL LIMPERIO.

DIARIO DEL
. IMPERIO.
-

Se concede á D. José Baggally, la media mercjld de agua que solicita en
una cañeria de fierro que se quiere poner en la colonia llamada de arrendamiento,
para su easa núm. 4 de la calle de la Cerbatana, sujetándose
los arquitectos.-A la'Comision de Hacienda para que se proceda á las condiciones de!las Ordenanzas y á las modificaciones que:se le hagan
al otorgamiento de la escritura.
.
al compil~t]as.
·
Del Illmo. Sr. Arzobispo, comunicando que c?n wande dificultad
OtrQ de Ja-'Oomision de diversiones públicas sobre el espediente
podrá reponer y conservar la Iglesia de Sa~ Hipóhto; que cuenta en que D. P:ul~no Landeros pide licencia para dar bailes de máscacon los vecinos y confia en que el Ay_untamien~o. pQr su parte, cuan- ra en un salon del callejon de Bethlemitas núm. 6, consultando la sido el estado de sus fondos se lo perm1ta, lo auxiliar~ con lo que bue- guiente proposicion:
namente pueda para sostener el cult~, Pº!' lo que si los padres pauOonc.édase la licencia para los bailes·de máscara á D. P~ulino Landeros,
linos rehusaren hacerse cargo de esa 1glesrn, la encome?dará á otros en los t' rminos que la solicita.
e~esiásticos que la cuiden, p~diend? desde lu~go mamfestar su_ v~En segu1da se dió cuenta con el siguiente dictámen de l~ Comi:
luntad de que permanezca ab10rta dicha_I~les1a, y de hacer lo po81sion
encargada del Tecpan, que se mandó elevar al Gobierno de
ble para ponerla en buen estado de servicio:-A sus an~?edentes.
S.M.
I.
Del Sr. regidor D. Félix Galindo, renunciand~ ~a com1sion ~e BeExmo.
Sr.-La comision que suscribe se ha il)lpuesto detenidamente del
•neficencia por no querer reportar la responsab1hdad que d1rectaocurso
que
varias personas han elevado á. S.M. el Emperador, pidiendo no
meñ~ le ;esulta como encargado del ramo, en virtud de hallarse los
se
despidan
de la casa del Tecpan á los jóvenes de ambos sexos que no sean
e~edientes guardados bajo los sellos del Se_ñor fiscal de Secreui.ria.
verdaderamente
huérfanos, y que se restablezcan los juegos de azar para que
~Se acordó .admitir la renuncia del Sr. Galrndo y nombrar en su luen lo sucesivo haya fondos bastantes á cubrir el presupuesto de ese estable$ªr al Sr. Rul.
cimiento, y se evite que sean despedidos de él los jóvenes referidos.
dió tambien' cuenta con los ocursos siguientes:
Para dar cumplimiento al acuerdo d,el Gobierno de S.M., la comision-pa: .b.e ti: 4-~stin Boµilla, pidiendo se le coloque _e? la Secci_on de sa á esponer las razones que tuvo para despedirlos, por creer únicamente
Beneficencia que se piensa establecer.-A la Qom1s1~~ de Hacienda. que es á lo que puede contraer su informe.
1
Por una órden de la Prefectura política se dispuso p,revenir á los padres
• ' Í)e D. Trinidad Campu~ano, pidiendo se le mande entregar la
de
los jóvenes que estuvieran en clase de educandos, que desde el dia 1~ de
cantidad que se le adeuda por sueldo~ _como gefe del. Resguardo
Enero
del presente año, satisfacieran la pension ·que desigl)a el reglamento,
nocturno.-A la oficina de rentas qiumf1pales para. que mfo~m~.
ó que de lo contrario se recibieran de ellos, avisándose oportunamente á la
De D. Cipriano Tinoco, d~nunciando, para que se le adJud1qu_e misma Prefectura, quiénes fueran los que aseguraban esa pension, Pª!ª forcon arreglo á las leyes de policía, un sitio ruinoso de la calle de Chi- marse el registro r~pectivo.
•
conautla., ~ntre lós númrros 6 y 7, marcado con el número 18.-Ala Desde luego se dió cumplimiento á esa órden, tanto por dima~ar de la
Comision de obras públicas.
autoridad s,uperior, como por hallarse fundada en el reglamento vigente del
De D. Antonio Vargas, pidiendo _se le_ satisfap~n sus s_ueldos ~o~o establecimiento, que esta éomision cree de su deber hacer que ten~a su p~~empleado que fué del juzgado 4? del registro c1V1I.-A la Com1S1on tual observancia; y por lo mismo opina, que ei: ~ez ~e accederse a l~ s?hc1tud sobre la que informa, debe redoblarse la vigilancia en el cumphm1ento
-oe,Hacienda.
del artículo que previene, que los padres de los niños que no sean entera· •11 La Secretaria manifestó: que el Sr. Pinal ha presentado y se ha-lla sobre la mesa un estracto razonado de las disposiciones de poli- mente huérfanos, satisfagan la pension d!) ocho pesos mensuales, ó que de lo
contrario los quiten del establecimiento.
cía, relativas al despejo y ventas de frutas, dulces., etc:, etc., en l~s
Por lo que respecta al segundo punto de la solicitud, no estando en las
-calles prohibiéndose, segun los acuerdos, bandos y avisos al públi- atribuciones del Ayuntamiento, sino en las del Gobierno de S. M. l., resolco,.q~e se espresan.-Se mandó pasara á la Comision de Mercados, ver si se deben ó no restablecer los juegos, lacomision-se abstiene de hablar
-para que agregándolos á sus antecedente~, se sirva despacharlo á la de él, y concluye, por lo tanto, sometiendo á. la deliberacion del Cabildo las
siguientes proposiciones:
mayor brevedad.
. .
.
.
1~ No es de accederse á la solicitud que varias. personas han elev~!) á
De D~ Mariana Gua), p1d1endo que el crédito de q~e es &lt;:~s10naS.
M. el Emperador, pidiendo no se despidan de la casa del T(lcpan á los jória, procedente de lo que se quedó adeudando á D. Lms Mum~, covenes de ambos SjlX0S que no sean verdaderamente hu~rfan~s, sino antes
mo contratista que fué de la limpia diurna y nocturna, se admita en bien se exigirá. á sus padres la pension de ocho pesos, que designa el regl~
. pago de los derechos_ ';Dunicipale~ que causan las personas que ella mento, si d~ean que continúen en el,establecimiento.
designe.-A la Com1s1on de Hamen&lt;la.
. .
2~ El Gobierno de S. M. resolvera, en uso de sus facultades, lo que creA continuacion se dió segunda lectura, y_fué aprobado el s1g~ien- yere justo, acerca del pedi~o de los solicitantes sobre él restablecimiento de
te convenio celebrado por la Junta de H~c10nda del Ayuntam10ntq los juegos de azar.
•
con el Sr. Schiáfino.
Quedó de primera leetura_ un dict~me? del Sr. Villa?ueva, sobre
En la ciudad de México á 1o- de Febrero de 1865, se presentó á la Junta la solicitud en que Mr. Narmso Cassm pide se le permita estable~er
de Hacienda el Sr. D. Fr¡ncisc9 Schiªfmo, con el objeto de arreglar el mo• un depósito de animales muertos para aprovechar algunas· de sus
do de cubrir las respo~ab~idades que_ tien~ pendient~s. á Í!J,VO: d~ los fon- partes.
.
. . . .
. .
. .
dos municipales y se aJusto un conven10 baJo las condiciones s1gmentes:
Se dió lectura á las siguientes noticias qu¡ da el Sr. Admm~~tra1~ El Sr. Schiafino entregará desde luego en la Tesorería municipal, quin·
dor de rentas municipales, y que se inserten en la acta por acuerdo
ce mil pes·os ($ 15,000) en pag~_éa ~e desamortizacion, ~on cuya s~a paga
otra igual que adeuda á la mummpahdad, segun el art. 4. del convemo de 30 del Cabildo, para conocimiento del público.

'!s~

de Abril de 1862, en que consta que recibió esa suma para comprar los de- NoTICIA PORMENORIZADA DE LOS DoNA'.I'IVOS HECHOS AL FoNDO MuNICIPAL
rechos de D~ Benita Cubas, á la propiedad de la casa núm. 3 de la calle d(l
DURANTE EL MES DE ENERO DE 1865.
Vergara, ofreciendo devolver _dic~a suma, por no habe~ tenido efe~to el con- 1866.
trato. El Sr. Schiafino se obliga a sanear el_ valor de dicho~p-~ares! de mo- Enero 3. Entero en esta fecha para ayuda de compostura
do ,que si el todo ó parte de ellos n? se pudiere ,cobrar, exh1b1ra su 1mport~
de la calle de la Machincuepa:
en dinero efectivo y se le devolveran los pagares, quedando entretanto Vl·
D. Miguel Mata y Reyes.................. $ Q ,,
gente la garantía que consta en el c~tado convenio de 30 de Abril de l862.
,, Fernando Norzagaray ........ . ........ . 5 "
2~ Se liquidará la cuenta del valor del ~aterial ~e la casa del ~all~jon de
20,,
,, Miguel Tellez.. ................ ... ....• 10 ,,
Santa Clara á que se refiere dicho convemo, y su importe se aphcara en la
parte concu;rente al pago de otros mil novecientos y tantos pesos que tam·
,, 24. Entero en esta fecha para ayuda de compostura
bien adeuda el Sr. Schiafino, obligándose éste á satisfacer, en efectivo el salde la calle de la Acequia:
dp que resulte en su contra.
4'75
D. Antonio 1,íendez. . ... ·. ........ .. .......
El 'Exmo. Ayuntamiento compra al S1·. Schiafino los derechos quead,, Ambrosio Orihuela..... . .............. .
1 "
qmriq de la Sra. Dª Benita Cubas, sobre adjudicacion de la'casa núm. 3 de
,, Alonso Noriega....... . .. ........ ... .. . 2 "
la calle de Vergara por el' precio de tres mil p~sos ($ 3,000), que se entre,, Julio Fresinier .. .. .. .. ....... .... • • • • • 3 "
oarán al vendedor ~n pagarés de desamortizacion, de los que él mismo adeu· ,, Eugenio Hernandez . . ............. . ... .
1 "
da á la municipalidad. El Sr. Schiafino se ~bliga á. entregar al_ Cabildo !os
D~ Guada.Jµpe Marcin del Valle ............ . ,, 25
documentos que acrediten ser dueño de los mtados derechos, hamendo ces10n
Sres. Zavalveitia y Feruandez . . . ...... .. • •. • 3 "
de ellos por ~scritura pública, á. su costa; siendo de advert~r,q~e el Exmo.
Ayuntamiento no es responsable al pago de rentas, cos~IIS, m a runguna o~ra
,, 25. Entero en esta fecha para ayuda de la limpia de
cantidad que por cualquier título se adeude á D~ Martm~ Arana, con qmen
las atarjeas·de los callejones de S. Ignacio y de
se sigue un litigio sobre posesion y propiedad de la refencta casa, pu~ cuallas Vizcaínas:
quiera suma que se esté adeudando hasta hoy, SElrá á. cargo qel Sr. Sch1afino,
50,,
D. Javier Heras, por el Colegio de las Vizcaínas.
·'
" "
y el Exmo. Ayuntamiento solo pagará al Supremo Gobierno el valor de la
rédendon del capital que por precio representa la casa, en el caso de que ob·
Total . . . ........ , .. .. $ 85,,
tenga sentencia ejecutoriada en que se declare á su favor la propiedad.
' 4~ El presente convenio se someterá á la aprobacion de la superioridad; NoTICIA DE PAGOS A CUENTA DE CRiEDITOS PAsrvos DE u MuNJCIPALIDJ.D.
y si no se obtiene, el Cabildo ejercitará las acciones que hoy tiene en este
ENERO DE 1866,
mismo asunto, pues estas no se innovan ni perjudican por este arreglo, mien·
Quita■ .
Pagos.
tras no esté aprobado.
·sres. Mora y Juncal .... .. .......•............. $ 200 ,,
Tambien fueron aprobados con dispensa de trámites los siguientes
Menores de Ortiz de Montellano..... ... . ....
100 ,,
dictámenes.
Cárlos Gochicoa... ..........,. . . . . . . . . . . . . .
100 ,,
Uno de la Comision de Aguas que co_ncluye con la proposicion siHospital del Divino Salvador. . . . . . . . . . . . . . .
90 ,,
Compañía Lanca-steriana.. . . • . • . . . • • • • . . . . . .
43 31
guiente:
·

f~

e

José Ro,sse}l, crédito t 636 S3·cs.1 con una q_ulta
de 20 lffor' 100 ..... . .... : ... .... .. .... . . . 509 07
76 73
,Yice,r¡w,,lieredia............ _.... . .... '. ... .
36 ,.
Sra. Ga'bina R. de Arroyo . . ... ... • • • • • • ... .
Sres. Ju~n·J. Tames .............. •. • • • • • • • • • • • 150 ,,
40 ,,
Luis"M:uño~'. ............• · · · · · · · · · · · · · · · ·
50 ,,
Juan Landgrave............ •••• • ••••••••••
·29 ,,
Manuel Diaz .•.. . ... . . • • • • • • · • · • · · • • • • • • •
100 38
Ér~ci'Sco Prieto ....... • • • • • • • • • • .. •···... .
400 ,,
1 , Vicente Fernandez...... • • • • • • • • • • • • • .. ... .
30 ,,
·• ·• Amado Valdés. .... . • • • • • • • • • • • · · • • • • • , • • •
Diego Pliego .. . . • • • • • • • • · • • • • , • • • • • • • • • • • 29 .,
José Felipe .• •'• - • • • ... · • · · · · ···; · • ··· · ··· • • • ·
5 "
José M. Valverde ............ ·. ... ·. . . ..•. ; . 210 ,,
José Alvarado................ . .. , ... .... .
27 ,,
Narciso Naranjo ...•..••..................
21 50

mo. _No es preciso deterl~sd e&gt;'\ esponcr.J,a, con;,erlien&lt;lill.. de la adopcion de

127 26 esta_1dea, porque es notorrn_que-toda la utilidad que pudieran percibir los
falmcantes de esos co1:1bust1_bJes, q~~dará en beneficio de la Corporacion y
de sus fondos, y que sm ,reli,f Jªr m aumentar e1 presupuesto del ramo, la

considerable rebaja de sú~ gastos, una vez. ajabpi:¡¡.do~ dich~~ iiquidp¡¡ por -oficinas propias de la oiudj\d, podrán invertirse en el aumento de farol~ enrl a
mejora ~ecesaria de•la luz, y ~n ~eneral del servicio del ramo, sin•pe~úlci◊'
de cubrirse los gastos de las fabricas, y establecer el trabajo y vigilancia'lde'
sus depéndientes y operarios.
Respecto de la del aoeite, la Comision .se..prgpone hacer los gastos de-in:stalacion desde luego sil! •áwnentar él pre.!n'lpu.es.to~
ara erogar }os de la
misma clase en la ·elaboracion -del líquido de trementina, necesita-una cantidad de pronta exhibicion, cuyo importe nq p_uede ~lc,11lai:se con exactitud
desde ahora, pero que será _cerca de seis mi~ P':5.0S ($ S,000). Nq p,rete~e
que el rondo d_esprenda de sus recursos ordmamo.s esa cantidad y pro.pone
para conseguirla-un recurso estraordinario, ~ue ~ municará opó+tnhamétíte á
la Junt:a de Hacienda, si adoptare esta id~~. como lo espera.
.
·
T~taL
......
:
....
.
....
$
2,246
99
$
127
26
Concluye,
pues,
la
Comision,
prqponiiindo:
'
,
·
,
..tl1f1
· 1~ Que se le faculte para establecer desde Juego el molino de aceite y -ar,
•
NouoIA,DE PAoos DE CAPITALES QUE REC0Noc11: EL ExMo. AYUNTAMIENTO. Teglar !!U servicio y economía.
1
2~
Qu?
el
recurso
de
que
s~
~ace
mencion
en
~l
p'ár_raf?,
an~rior;
1e
dt§tiENERO DE 1866.
Pagos.
Quitas. ne esclus1vaI1Jente al est:iblec1m1en~ de elaboi;ac1on del hquidq de tr¡imen,tina por cuenta del Exmo. Ayuntamiento, autorizándola para que de aeuendo
Sres. Juan B. Alaman .......•......•........... $ 250 ,,
con la Junta de Hacienda, promueva,lo conveniente. ,
. • .. ·
Antonio Escandon..•...........•..........
500 ,,
3~ Que la ·Comision dé cuenta opórtunamente del résul(ado de sts t'thb~Test¡lmentaría de D. J oaquin Gonzalez, por remajos y de las medidas que haya tomado en virtud de la aUtorizacjon. . .
te de t 916 25 cs. (parte del capital de $ 2,286
México, Febrero 7 de 1865.-Ortiz Oervantes.-E. Cuñas.
·
• 'l
25 cs.), ctm una quita_de 10 por 100.... .. . .
824 63
91 62
NUMERO 1.
Total. ............... $ 1,574 63 $ 91 62
NoTIClA DE ~A PLANTA Y DOTACIONES DEL RAMO DE AliUMBRADO,
1
Comandante
..................•.................. ~
66 66
NoTICIA DE;PAoos DE REDITOS nÉ CAPITALES QUE RECONOCE EL Enw. AvuNGratificacion al mismo por el forraje del caballo.. . . . . . .
8
TAMIENT0..
1 Segundo Gefe. . . . . . . . . .. . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. .. . .
50 ::
ENERO DE 1866.
1 Escribient~ pagador.. .. .. . . .. .. .. . ... . • . .. . .. .. .. .. -. 25
Pagos.
Quitas_
12 Doce cabos, diez de escuadras y dos de vigilancia, á. treinta
"
Capellanía de Peña"/ Zorrilla .... ............... $ 40 ,,
pesos cada uno . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 360 ,,
,,
de Tello .. : . . ................ : .... .
20 ,,
'138 Ciento treinta.y ocho guardas á 16 pesos cada uno. . ... . 2,208 ,,
,,
de Perez Calderon ...•.....•.•.......
12 50
Fideicomiso de D. Baltasar Rodríguez. de los Ríos á
Suma ............... ... 2,7'17 66
D. Guadalupe Ceballos....... ; •.
6 04
LIBROS
PARA
EL
DESJ!:MPEÑO
DE LABORES DE OFICINA,
de las Sras. Padillas................ .
25 25
"
de D . Esiquio y D. José Rubio...... .
5 60
Un diario de caja.
".,
Testamentaría de D. Joaquin Gonzalez,
Uno de cuentas corrientes.
remate dé $ 336 03 cs., con una quita
Uno copia de las cuentas mensuales rendidas á la oficil}a de Hacienda.
de 10 por 100........·........... . 302 43
33 60 Uno con la entrada y gasto de combustibles. .
Capitales .diversos:
Uno cuenta particular del fondo especial de vestuario.
Testamentaría de D. José María Jimenez .... .
100 ,,
Uno cuenta particular del fondo especial de inmediatos.
Convento de Santa Brígida...... .... ..... .. ..
34 85
Uno registro de los faroles existentes en la ciudad.
ARcnnvo.
Total. ............... $ 546- 67 $ 33 60
Lo forman los partes diarios de las ocurrencias habidas en la ciudad los
El Sr. Prefecto dispuso pasara al Sr. Regidor comisionado del hos- recibos de los cabos por combustibles que reciben para su escuadra las
pital de San Pablo, para que practique la averiguacion correspon- papeletas diarias del pago.
I

-

•

'

J

y

diente al oficio en que la Comision de Cárceles participa que el comisario de ese establecimiento abandona sus deberes, encargando á
un preso de su desempeño.
•
El ·mismo Sr. Prefecto mandó archivár el espediente relativo al
servicio que se les encomienda á los padres capellanes de la cárcel
de Bethlem, en la de la ciudad y prision militar, por no tener efecto
en virtud ~el no_mbramiento que el Sr. Arzobispo ha hecho en el padre Bur~mcha?1, p~ra el d~sernpeño de ese servicio.
El Sr. B~rreuo hizo moc10n, que fué aprobada, para que se escite
al Sr. Sindico 2?, á fin de que para el Cabildo próximo se sirva presentar dictámen en el espediente relativo al ocurso de D. José Carrillo,. en que pretende se le deyuelva su empleo de gefe del Resguardo' gmrno,. y en que propone un nuevo plan para la formacion de
dicho cúerpo.
.
La,Comision de Alumbrado presentó su informe relativo alas mejoras y reformas que necesita el ramo, y que debe tenerse presente
en la compilacion de Ordenanzas.-Se mandó agregar á sus antecedentes y publicar cuando se remita á la prensa esta acta.
. Tenemos· el honor de remitir á V, E., con relacion al ramo de alumbrado, los datos que el Exmo. Ayuntamiento acordó en 13 del próximo pasado Enero, que se pasasen por las Comisiones á la especial nombrada pa1'a
proponer el arreglo de la Municipalidad. El que lleva el número l es la raz~n de la pla~ta y do~ciones de los empleados y depiindientes del ramo; el
numero 2 el mventar10 de la ropa, armas y útiles del mismo, y el número
~ el.proyecto der~for~a definitiva de. su reglamento. El dictado por el Se~or conde de Revillag1gedo, era perfecto en su época; pero las nuevas neces1d™3:es, el progreso Y ~~ento de los medios de iluminacion, exigen reforfas ~teresantes, que SJ bien puestas ~n práctica, en su maror parte deconormidad á lo que se consulta en el adjunto proyecto necesitan la sancion de
la autoridad para que no queden en la esferá de pur~s prá-cticas que pueden
al~rarse. Con lo espuesto, y el contenido de los ti;_es document~s que acomp~an este informe, quedaría llenado el fin que se propuso la Exma. Corpo·
rac10n ~l dar su espresado acuerdo; pero la Comisibn ha creído deber dar á
sus designios, principalménte respecto de la economía todo el alcance de
que son
·
· Al efecto propone
' como uno de los
. capaces en las circunstanmas.
m:dios mas seguros de obtener esa economía, fundar do~ establecimientos,
urudos 6 s:parados, para elaborar directamente por cuenta de la ciudad en
uno, el aceite, Y en otro.el.líquido de treméntina que se consume en ra-

eI'

(Concluirá,.)

SOLICITUD.·
MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION 1ª
México, Marzo 15 de 1865.

. D. Manuel Monterrubio y ~- Manuel Ruiz Dávila, por sí y por sus somos, han hecho formal denuncio de una veta mieva de plata situada en un
punto con el nombre de "La puerta de Oriente," y oon el m'exicano "lguezayau yutoual_li" en el cerro de Tetzcutzinco, J.1istrito de Texcoco.
.
Y ha~iéndo~e. ª?IDitido con fecha 14 el den~ncio, en cuanto ha lugar en derecho, sm perJmc10 de tercero y conforme a las Ordenanzas se avisa al
público, para que si alguna persona se encuentra con derecho oponerse lo
deduzc-a ante este Ministerío.
1
'
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL Oaozco.

á'

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA

Y

SALIDA DE CORREOS EN LA ADMINISTRACION GENERAL DE EBT,\
CAPITAL.
LLEGA CORRF.SPONDENCI:A:

~ UEVEs,-;--De Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
Or1zava, Cordoba, Veracruz, Thcubaya, Lerma, Toluca Tenancingo Jxtlahuaca, San Ji'elipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua Maravatio Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec Pach~ca Tulan;ingo
T_eot~'h uacan, Otu_mba, Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan,
' Tepeji del
' Rio, Soya-'
mqmlpan, P olot1tlan, San Juan del Rio, Querétaro Guanajuato Lagos
Aguascalientes, Guadalaja~a, Zacatecas, Durango, Tula, Tlalpam, Cu;rnavaca'.
SE fDESP ACHA CORRESPONDENCIA
BASTA LAS

9 DE LA NOCHE.
J UEv~s.-Para Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, Tlaxcala, Puebla, Omava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Ixtlahuaca ·san
Félipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, l\faravatío, Morelia 'Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan
O~umba, Aparo, Tlalp.am, Cuernavaca, Tlalnepantla, Cuautitlan Tepeji deÍ
R10, Tula, Ixmiquilpan, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan dei'Rio Querétaro, Guanajuato, Lagos, Aguascalientes, Guadalajara, Zacatecas, Du;ango.

,,,,.

�DIARIO DEL L'1PERIO.
para los efoctos legales_; .Y haciéndose saber d~ ~ m~ma manera, la solicitud del primero
~obre que ee le rehabilite, publiqueee tamb1en en esta plaza en los Mrminoa prevenidoa
por el art. 220 del Có~o de Comert:io."
Y para que lo mandaáo tenga su debido cumplimiento, se hace saber á quienes corre•
COMISARIA CENTRAL DE POLICIA.
ponda.
.
.
Mwco, Marzo 15 de 1865.
El Secretario del Tribuoal, Lic. Sebastia,i LarrOJUUJ.
Ha sido remitida al corral de depó~ít.od una mula baya, que andaba. estra.viada en la. de191-38- 2
marcacion del cuartel núm. 5¡ lo que se pa.rticipa al público, para que el interesado ocurra
i eat.a Comw.ría Central, donde se le dará la órden de devolucion, siempre que acredite
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
110 propiedad,
·
En
el
juicio
promovido
por
D.
Aguetin Tello de Meneses contra el intestado de D~ FeEl Secretario general, L. Berthier.
lipa Guerrero, sobre pesos, el Sr. Juez 4? civil suplente, Lic. D. Evari,to Reyes, ha mandado se proceda al remate de la casa núm. 22 de la calle del Niño P.erdido, retasada por
el perito D. Francisco Somera en mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos¡ señalando
.A.NUNC:COS.
para la almoneda de remate el hínes ;?O del corrient.e, á laa onre dé la mañana., en el J uzgado de ,u cargo, situado en el Palacio de J ueticia.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer
JUZGADO DE LETRAS DE SAN JUAN DEL RIO.
poshira, ocurran al Juzgado, donde se lee darán las instrucciones que ministran loe autoa.
En el eepediente promovido en_este Juzgado por el Sr. Síndico primero del M. l. AyunMéxico, Marzo 13 d111865.- AntonwLandgrai,e, Escribano público.
19'.!- 3e- 2
tamiento de esta ciudad, D. Angel 1'11. Dominguez, solicitando que se manden chancelar
laa escrituras dornconocimient-0, que en 28 Febrero de 1861, y ant.e el Escribano D. FranJUZGADO 2? DE LO CIVIL.
cisco Ruiz, otorgó D. Manuel Casaba! á favor de la Adminiatracion de rentas del antiguo
Ante el Sr. Juez 2&lt;:' de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, se ha denunciaEstado de Querétaro por los capitules legados por la Sra m Rafaela Diaz 1'orres para objetos de beneficencia, y ijon: el J.e trecé mil cieuto sesenta pesos para el establecimiento de do el fallecimiento iu't.eatado de D. Matias Estanillo, y el Sr. Juez ha mandado ee convouna cátedra de latinidad y otra de filosofia. y comgra. de libros¡ el de nueve mil ouatroo,en- que por medio del periódico del "Diario del Imperio" á las ,eeNouas que se crean con detos pesos para au.ulio y fomento del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, y el de recho á la here11cia, para que dentro del término de veiot.e dias, contados desde la publidos mil ochocientos veinte pesos para pagar un capellan del mismo establecimiento; en cacion del present.e, Re presenten á deducirlo eu su Juzgado; situado en el Palacio de.
,,jata de no haber$8 presentado ningun inttiresado alegando derechos á los referidos capi Justicia.
México, Marzo 13 de 1865.-Antonio La11dgra-ce, Escribano público.
J8o-3s- 3
tales, y de las demas constancias que ob1 an en el espediente, el Sr. Juez db primera instancia de este Diatrito, Lic. D. Tranquilino de la Vega, con fecha 7 del corriente ha pronunciado un auto, cuya parte res.ohltiva es á la letra como aigue: "Primero: que el M. I.
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
" Ayuntamient-0 de esta ciudad, competentemente autorizado por la Prefectura Blij)erior
Por auto de hoy ha mandado el Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que co
" política del Departamento de Querétaro, es parte legítima para intervenir en la imposi- noce d" los que ha promovido D. Feliciano Ponoo á D. Andrés Becerril sobre pesos, ae
" cion de loe capitales legados por la Sra. D~ Rafael&amp; Uiaz Torres p!lra objetos de benefi- haga saber al seguodo, que á peticion del mismo Ponce se ha hecho publicacion de proban·• cenc1a, y son: el de trece mil ciento ijesenta pesos para la institucion de h1s cátedras de zas y se ha prevenido se preeente Becerril en el término de diez diae á sacar loe autos pa•
·• latinidad y filosofía, y compra de libros; el do nueve mil cuatrocientos pesos para el Hos- rs, ale¡ar; apercibido que de no verificarlo, se sentenciará, para lo cual se le cita desde
" pita! de San Juan-de Dios, y el de dos ruil ochocientos veint.e pedos para eagar un ca- luego.
" pellan de este establecimiento, procediéndose con las calidades que recomienda la Pre- . Y en cumplimiento de lo mandado, pongo e~ presente en México, á 10 de Marzo de 186.,.
" fectura de quien se tr11t.a, respecto del Hospital. Seguodt&gt;: que cemo consecuencia de la -José Raz Guzman, Escribano público.
189-3e-3
" anterior declaracion, mandaba y mandó, se tilden y chanceltin en sus matrices y en loe
" respectivos libros de hipotecas las escrituras de reconocimient.o qu~ existen en la aotuaJUZGADO 2° DE LO CIVIL.
•• lidad por los precitados capitales, y que otorgó D. Manuel Casaba! como comisario teR" tamentario de la Sra. m Rafaela Diaz Torres, en~ de Febrero de 1861 ante el E8cri.1!:n el espediente promovido por D. Anguate.Donssine/ por D. Juan J . Torrea, contra el
,, bano D. Francisco H.uiz, á fsvor de la. Administracion de rentas .dcil antiguo Estado de Lic. D. Mariano Zavala, sobre pesos, ha msnd&amp;do el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Ma' Querétaro, eou eapecial hipoteca de la hacienda do S1m Clemente, ubicada en esta ju óuel Pavon, á pedimento del actor, se cite á dicho Sr. Zavala para que en el término de
" riediccion, tildándose y anotándose las reepectivu partidas de registro si existier,m vi- diez di11s se presente á ea.car los de la ruawria, á efecto de que alegue de su derecho; bajo
" vu ,m el de .hipotecaB, por este Juzgado, actualmente encargado del Oficio público y cl61 el apercibimiento de que en caso contrario se le dará por citado para eentencia. En tal
" de hipotecas Tercero: ee declar&amp; igualmente, que loe teetimouioe de las escrituraa an- virtud, hsgo la preeent.e citacion; advirtiendo que el despacho del que suscribe está en los
" teriorea que puedan apareco,r, asi como sus endoses y cesiones, son nulos, de ningun bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
' ' valor ni efecto, quedando como quedan, rotos, cancelados é insubsistentes. Cuarto: _puMé.Iico, Febrero Z'/ de 1865.-Manud T. de Meneses, Escribano público. 176-88-6
" bllquese el presente auto por el espRcio de veinte diae en el periódico oficial del De" partamento y en dos diarios de la del Imperio, para conocimiento de los interesa
COMPA.ill DEL FERROCARRIL DE JIEXICO A PUEBLA.
" dos. Quinto: que se notifiqup, lo mandado al Sr. Síndico Procurador primero del M. I.
'' Ayuntamiento de esta ciudad, D. Angel M. Dominguez, y á D. Gil de Echevarria, á
Celebrada uoa sesion del Coneej0 Administrativo, el dia de ayer, para arreglar las ope•' quien se prevendrá exhiba su certificado de matrícula, que se le devolverá luego que se racione, previas á la dieolucion de la Sociedad, se acordó que a pesar de estar reaeumi" tome razou de él en autos. Y s~sto: que la Secretaría cuidará de acumular á las pre- dae la mayor parte de ltte acciones en la persona del Sr. D. Antonio Eecandon, ee convo" sentes diligencias el correspondiente número de ejemplares de los periódicos en que se que un&amp; junta general para las 5 de la tarde del dia 15 de este mee en el despacho del
" haga la publicacion prevenida. para la. dbbida constancia; y fecho, archívense las actua- }'errocarrii, plazuela efe Guardiola, para tratarse de la disolucion indicada. No baatando,
segun loe Estatutos, una sola sellion para tal objeto, se acordó iguahnente la convocatoria
" ciones formadae."
Y cumpliendo con lo que se preriene en el auto inserto, pongo la presente en San Juan para la. segunda junta, que se verificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
del Rio, a nueve de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco.-El Secretario del JuzgaMéxioo, Marzo 7 de 1865.- Mier y Terán.-P. Almazan, secrétario.
175-Ss- 7
do, Lic. Juan Manuel Diaz Barreiro.
193-,-4a-l
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
CITACION JUDICIAL.
El Sr. Juez 4? de lo ci\•il, Lic. D. Evarieto Reyes, en aut.o de ayer, ha mand'ldo ae conEnjwita celebrada el día 13dol corriente, en la que ee declaró por el Sr. ~uez 4~ de lo voque por los periódicos á los que ee,c~ con de_recho_á loe bienes del intes~o de D.
civil, Lic. D. Evariato Reyes, á pedimento de los acreedores que se halla•on presentes, Marcelino Sancbez, para que en el témuno de tremta diae se presenten á ded11cir los que
concurso formado á bienes de D. Santiago B11rtller, despuee de hsberee procedido al nom- les competan¡ apercibidos de lo que haya lugar si r.o lo verifican.
bramiento de sindico, salió electo el Lic. D. Aguetin Peralta, quien pidió se cite á todos
México, Febrero 7 de 1865.- Manud T. IÚ Meneses, Escribano público. 97- 3011--Z'/
los acreedores para que en el término de diez dilil!, contados desde la publicacion de este
aviso, pre.enten en el Juzgado los justificantes de sus créditos¡ bnjo elapercibimiento que
JUZGADO 2&lt;.&gt; DE LO CIVIL.
de no verificarlo, no se considerarán como acreedores al eepresado concurso. 'Y habien'
El
Sr.
Juez
2~
de
lo
civil,
Lic.
D. Manuel Pavon, ha mandado se proceda á la venta de
do determinado de conformidad el referido Sr. Juez, pongo el presente en México á 15 de
la casa núm. 1 del callejon do la Santa Veracruz de esta ciudad, valuada por los peritos
l\Iarzo de 1865.- Casimiro Fernandu., Escribano público.
194-4s-1
D. l\fanuel Gargollo y Parra y D. Juan Cardona en 111 cantidad de 5,621 pesos 25 C8.; seCITACION.
ñalándose eara las almc,nedas los días 1O, 20 y 31 del corriente, á las doce, siendo la últiNo sabiéndose el domicilio de D. José María Segura, D. Jacinto Ortiz de la Peña, del ma con calidad de rema~. Y para conocimiento del público pongo el presente, advirtienrepreeentante de D~ Margarita Peimbert y D. Agustm López, acreedores á los bienes do que las personas que quieran hacer postura, pueden ocuDrir á 111 secretaria del mismo
·
concursados de D. José María Noya, el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha J uzl(lldo, adonde recibirán las ir etrucciones convenientes.
México, Marzo 2 de 1865.- Pedro Cand.
166-6a-6
mandado se lee cite á junta PJlra el viernes 17 del corriente, á las doce.
Lo que les hago saber por el present~ anuncio, como está mandado.
JUZGADO 4? JIENOR DEL CUARTEL lilAYOR NUlORO 4.
México, Marzo 13 de 1865.-Manuel RoTMro, Escribano público de la Nacion.
190-:is- 2
1~ de Santo JJomingo núm. 8.

ANUNCIOS OFICIALES.

TRIBUNAL MERCANTIL DE QUERE'l'ARO.
Segund1\ clasc.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesentli y cinco Cuatro reales.
•
Querétaro, Enero veinte de mil ochocientos sesenta y oioco.-Vistos los presentes auto~; atentas las razobee en que ee fundan loe señores síndicos administradores del concur•
so, D. José Arana y D. Antonio R. Fuentes, en sil!! esposiciones de fojas 5 y 8, y resultando de los antecedentes á que ee refieren: que la quiebra en que fué declarado D. Manuel de Vicente, no presta causa. alguna de las asignadas por los artículos 895, 896, 897 y
898 del Código de Comercio vigente, para reputarse fraudulenta ó culpable: que por el
contrario, ha preeentado un activo mlll! que suficiente para cubrir sus créditos, y que la
suspension de sus pagos mas bien ha procedido del a.traeo involuntario de sus negocic,s,
motivado de las ousmas circunstancias precarias que á la vez nulificaron el comercio de
esta plaza: por tales consideraciones, y coa presencia de lo dispuesto por el primero de
los artículos citados, del 905 y de las razone~ en que se funda el 917, los Sros. Presidente y
colegas dijeron, que debian de fallar y fallan: que el citado D. Manuel de Vicente, no es
falhdo culpable, ru respoueable por quiebra fraudulenta. En consecuencia, desglosándose
el testimonio de las fianzas que obran en los autos principales, por las que el mismo inte·
reendo caucionó su radicacion eu el lugar, entrégueeele para su ch11ncel11cion. Hágasele
saber, lo mismo que á los fiadores, á los síndicos judiciales y administradores, para los
eft!ctos legalPe. Asi definitivamente juzgando lo r.ronunciaron y firmaron los supradichos
Sres. President.&gt; y colegas que componen el Tnbunal.- Doy fe.- 8. Luis Rodriguez.Manud Carbajal.-Pedro Bustos.-A11tonio de Udacta, Secretario.-Concucrda con el ori•
ginal que obra en el eepediente respectil-o, á fojas 12 vuelta y 13 frente, que existe en esta
Secretaria, siendo testigos de en sac·a y correccion D. Francisco Parra y D. Antonio
Ojeda.
Doy fe.-Querétitro, Febrero 24 de 1865.-Antonio Otero, Secretario interino.

ORDEN .-Ignorándose el domicilio de D. Santiago Vicario, por la presente s.i le cita y
emplaza para que en.el t.énnino de tr~inta dias se presente en este de_ ~i_cargo por 1i ó
por apoderado instnndo y espen~ado, a contestar la demanda que en JUICIO verbal ,obre
pesos le promueve el Lic. D. José Maria Aragon en representacion de la t.estamentaria ~e
D. Felic1ano Rey¡ apercibido de que si no concurre se le nombrará un defendor de ofio10
con quien ee entenderá la demanda.
Mélico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-15a- 10
JUZGADO DE 1~ INSTANCIA DE TEXCOCO,
En los autos del intestado del Sr. Cura que fué de Ttipetlaontoc, D. Luis Agustin Camargo, el Sr. Juez ha mandado ae cite por los periódicos ~ las_ personas ~ue se crean con
derecho á los bienes del referido intestado, para que en el termino de 30 ,?iae, co~tadoa de••
de la primera publicacion de este aviso, se preeen~n en es~ Juzgado a deducirlo en form11; apercibidos de lo que haya lugar en derecho e1 no lo verifican.
,
Y en cumplimiento de lo mandado pongo e! presente en Texcoco, a 11 de Marzo de
1865.- El Secretario del juzgado, Lic. Francisco de P. Oli,era.
187- 311- 2

PREFECTUB.A POLITIC.&amp; DEL DEPARTAIIENTO DEL VALLE DE DXICO.
ALEJANDRO VILLASEÑOR, Abogado de loe tribunales del lmferio y Secretario general cte
la Prefectura política del Departamento del Valle de Méuco,
Certifico: que aunque en la lleta que se publicó en los periódieo•, de las personas apre.
hendidae en una casa de juego, se encuentra comprendido el nvmbre de D. Casimiro Fernandez éste no es el escribano público que tiene igual nombre; y para que ae! lo ha¡a valer cua:ido le convenga, á su pedimento le doy el presente, de órden del Sr. Prefecto político, en el dia de la fecha.
México, Marzo 10 de 1865.
·
Querétaro, Marzo 8 de 1865.
El Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor. 182-38-3
En el espedieute principal del concurso á bienes de D. Manuel de Vicente, con vista
del convenio últimamente celebrado con sus acreedores de México y loe de esta plaza,
concediéndole hlB espnas que solicitó, el Tribunal, por auto fecha 6 del corriente, defirió
á la aprobacion, mandando, entre otras oosas, lo que sigue:
·' Hágase saber al mismo D. Manuel de Vicente, ó á su representante, á loa demaa in•
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ~CALAN';r'E,
teresados presentes, y por medio de loe periódicos oficiales del Gobierno del Impeno y
BAJC'S D.&amp; SAN AOUBTIN, NUM. l.
el que se publica en esta capital, notifíquese á los acreedores resi&lt;lentes en la Corte,

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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I

IMPERIO .
TiZiiiiZ

MEXICO: Viernes 17 de Marzo de 1865.
SUMARIO
PARTE OiICIAL.-Oonceslon de ~uatur al Sr. Gllrard como cónsul de.Inglaterra en 'Veracl"l1S.-ld.
al Sr Movellan como Vlceccnsul de Espaga en Méxlco.-Oomunleaclon del Minl!terlo de Justlcl&gt;1 ~eclaran•
do e1ºsentldo de los artieulos 18 y 19 de la ley de 26 de Febrero sobre rev~lon.-Clrcular del Ministerio de
~ceroaclon a. las Prefecturas, sobre la obllgaclon que tienen 101 funclonanos ~el órden guberoa.Uvo de su.scrlblrse al Periódico Otlolal conforme al ar!. 5 del decreto de 81 de Diciembre ulllmo.
RELACIONES INTERNKCIONALES.- Comunleaclones Importantes sobre el consulado de los EstadosUnld01 en Matamorot1.
DOCUMENTOS.-Ayuntamlento de México: coneluy~ la acta que empezó a Insertarse ayer.
NOTICIAS REOIENTi;:8 DE EUROPA.-Parte telegnltlco de Párl!.

PARTE OFICIAL.
JrlINISTERIO DE NEGOCIOS ESTB.ANJEROS.
México, Marzo 13 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien mand~r estender el ex:equatar de estilo de la patente para cónsul en V1;racruz, que ~- M. la
Reina de Inglaterra espi~ió en favor de1 Sr. D Enea~ M. G1ffard: y
en consecuencia se han hbrado las órdenes corr\JSf?Ond1entes pa~a que
este señor sea reconocido en su carácter consular, y pueda eJercer
libremente las funciones que le son anexas.
·
'

El Subsecretario de-Negocios Estranjeros, '

(Firmado) .ALONSO L. PEON DE REGIL.
1t!éxioo,t~arzo 13 de Hl65.

Habiéndose dignado S.M. el Emperador, nlíestro augusto Soberano, conceder el exequatur á la patente de_ Vicecónsul de Españ~, espedida por S.M. C. á favor de D. Sebastian Movellan, se ban_hb:ado las órdenes correspondientes para q~e este. señor sea reconoc1?0
en su carácter de Vicecónsul, y pueda eJercer libremente las func10nes que le son anexas.
·

Nml. 63.

funcionarios la obligacion que les impone el art. ó? del decreto de
31 de Diciembre del año próximo pasado; bajo el concepto de que
habrán de dirigir sus pedidos á la redaccion del periódico mencionado, enterando en la administracion de Coneos respectiva, el importe de las suscriciones que están en el deber de tomar.
Al comunicarlo V. S. á los Prefectos subalternoe, Subprefecturas
y Ayuntamientos del Departamento (ó Distrito) de su mando, prevendrá á las segundas que hagan el gasto coITespondiente con la cantidad que para los de oficio les ha sido asignada, y. autorizará á los
últimos para que se efectúe por los fondos municipales la erogacion
relativa.
Igualmente se recuerda á las Prefecturas, en cuyo presupuesto se
ha incluido determinada cantidad para gastos de imprenta, la obligacion que tienen-de invertir frecuentemente dicha suma en la impresion de leyes y decretos, así como de las órdenes supremas que
exijan circulacion, ,para que esta sea tan amplia y profusa como es
necesariorpara que los preceptos del Soberano lleguen á noticia de
todos los habitantes del Imperio."
Cuando por algun evento estraordinario fuese insuficiente dicha
cantidad para sufragar el gasto de impresiones en un mes determinado, las Prefecturas lo manifestarán á esta Secretaría, acompañando los justificantes respectivos, para que se re~uelva lo que convenga.
El Ministro de Gobernacióit;

· (Firmado) CORTES Y ESPARZA.
Sr. Prefecto político de....

RELACIONES INTERNACIONALES.
Ejército Mexicano.-Divísion M:ejia.-General en gefe.-Vapor
,
El SubseQretario de Negocios Eatranjeroa,
'Tackawanna de los Estados-Unidos.-Brazos.~Tejas, Febrero 18
(Firmado) ALONSO PEON DE REGIL, ,
de 1865.-Al comandante-de las fuerzas que ocupan :Matamoros.General.-Al visitar esta parte de la costa de Teias,
confiada á mi
......,_........,_,.~
J
,
cuidado, he recibido informes de que el cónsul de lo,s Estados-U nillllNISTERIO DE JUSTICIA.
dos en Matamoros, no solamente ha sido suspendido en el ejerciqio
México, l\fsrzo 13 de 1865.
,de sus funciones, sino que en virtud de una órden emanada de vd.,
La resolucion de los artículos- 18 y 19 de la ley de 26 de Febreto ha salido ya de la ciudad.-Sin pretender inquirir las razones que en
último, no afecta á todos los derechos que se tengan sobre bienes na- .concepto de vd. justifiquen esta medida estrema, cuya decision pereionalizados, sino á los que procedan de operaciones de des~mortiza- tenece ya á nuestros respectivos gobiernos, como único representancion ó nacionalizacion, como testualmente se-espresa en ellos. Así es te del mio en estas aguas, creo conveniente saber hasta qué punto
que el critierio para la calificacion ó apreciacion de los derechos á ,puede afectar ese acto al resto de mis compatriotas residentes en Maque se contraen los artículos citados, está colocado en la fuente ú, tamo ros, dedicados al comercio ó á otro trabajo legítimo del ·puerto
origen de donde proceda el derecbo de que se trate, y de ninguna que ocupan sus tropas.-Tengo el honor de ser muy respetuosamenmanera en el objeto ó materia sobre que se ejerza.
te su obediente servidor.-Gee T. Emmdres, comandante de las foerLos vales ó pagarés al portador, puestos en circulacion por el Te- ias navales de los Estados-Unidos sobr~ la costa 'de Tejas.
soro, las fincas adjuaicadas en pago de pensiones capitalizadasJ y los ' Núm. 65.-H. Matamoros, Febrero 19 ~e 1865.-Comandante.capitales destinados á cubrir dotes de religiosas y gastos de estable- /.rengo el honor de acosar á vd. recibo de su nota oficial, fechada
cimientos de beneficen~ia é instruccion pública, son valores de bie- ayer, referente á la suspension de las funciones del cón,sul de lós Esnes nacionalizados; pero los derechos que acerca de ellos correspon- tados-Unidos en Matamoros y á su salid&amp; de este puerto, mediante
dan á. sus actuales poseedores ó tenedores, no proceden de operacio- una órden que se supone emanada de mi autoridad.-Vd. desea sanes de desamortizacion y nacionalizacion, y por lo mismo no hay du- her si esta disposicion afectará á. los demas ciudadanos americanos
da' en que no están comprendidos en las resoluciones de los articu- tesidentes en esta pláz'a, dedicados al comercio ó áotra clase de tralos 18 y 19 citados.
bajos permitidos por las leyes del pais.-Aunque el conocimiento de
De órden de S. M. lo digo á vd. en respuesta á su consulta de 3 este asunto pertenece, como vd. asegura, á nuestros respectivos Godel act4al.
·
biernos, no creo inoportuno consignar los hechos que han pasado paEl Miniatro de Juaticia,
ra desvanecer los falsos informes trasmitidos á vd.-.S. M. el Empe•
(Firmado) EsoUDERo.
rador ha prevenido á los Prefectos del Imperio, revisar los pases ó
Sr. Juez de 1~ instancia de Córdoba.
exequq,tur concedidos á los agentes consulares de todos los países, en
uso de los cuales únicamente pueden ejercer las funciones de su clase.-Trascrita literalmente esta órden al Sr. D. E. D. Etchison, á
quien faltaba ese requisito indispensable, ha tenido por conveniente
KINISTERIO DE GOBERNACION.
suspender el despacho de su oficina, pidiendo espontaneamente á la
•
México, Febrero 28de 1865.
Prefectura sus pas~portes pata regresará los Estados-Unidos.-En
En v1_sta de las frecuentes peticiones dirigidas á esta Secretaría por cuanto á los ciudadahos americanos re¡¡identes en· el Imperio, ellos
loe fu~c1onarios del órden gubernativo, para que se les proporcionen son ºtratados con-las mismas consideraciones que disfrutan actualC?lece1ones completas 6 números sueltos del periódico oficial, el Go- mente los súbditos de las demas naciones, y ninguna relacion tiene
b1erno de S. M. ha tenido á bien disponer que se recuerde á dichos con su personal seguriaad la órden general sobre los consulados es-

- --

�DIARIO DEL. IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

254

tranjeros.-Acepte vd. las seguridades de mi pa~ticular aprec~o.El comandante general de Nuevo-Leon, Coahmla y Tamaulipas,
Tomás Mejía.-Al comandante de las fuerzas navales de los EstadosUnidos sobre la costa de Tejas.-Brazos de Santiago.-Son copias
que certifico. H. Matamoros, Febrero 22 de 1865.-El secretario de
la Comandancia general, Anselmo G. Ruhw.
Es copia.
El Subsecretario de Negocios Eetranjeros,

(Firmado)

PEoN DE REGIL.

DOCUMENTOS.
AYUNTAltIENTO DE IIEXICO.
(Concluye.)

NUMERO 2.
ALUMBRADO.
ÍNVENTARIO DE LA ROP.A1 ARMAS, UTILES Y E1iSERES DEL RAMO.
1,952 Farol~s distribuidos en las calles.
451 Aparatos de Baggalli.138 Linternas de mano, numeradas, en buen estado.
138 Alcúzares, id. id.
138 Medidas, id. id. .
36 Botecitos para el alcohol, id. id.
138 Escaleras, algunas de estas viejas.
1,708 Candilejas, la mayor parte viejas.
120 Lámparas de Green, usadas.
63 Ayaguales grandes, usados.
146 Mecheros.
1,490 Pares de reverberos, viejos.
50 Quemadores del gas petróleo.
157 Tubos para lámparas.
30 Ayaguales cuadrados, chicos.
91 Id. id. mas id.
PAR.A EL DESPACHO DE COMBUSTIBLES.
1 Bote para depositar 900 cuartillos de gas, en buen estado:
2 Id. chicos para aguardiente, usados.
·
1 Id. id. para gas, viejo.
8 Cueros, depósito para aceite, usados.
13 Medidas para aceite y gas, de medio uso.
1 Media jarra, usada.
1 Cucharon de cobre, usado.
1 Romana :con.su pilon, de medio uso.
1 Mesa madera blanca, vieja.
f
3 Embudos hoja de lata, id.
1 Escalera, id.
1 Charola para poner las medidas, usada.
18 Varillas de gas hidrógeno, viejas.
1 Imágen de Guadalupe con marco dorado, viejo.
VESTUARIO.
12 Uniformes, paño azul fino con adornos blancos.
12 Espadas de parada, finas.
12 Cartucheras finas.
138 Uniformes, chaqueta verde y pantalon gris, paño.
138 Idem de paño gris de Cela.ya.
138 Capas de paño azul con cuello encarnado.
138 Blusas de brin, nuevas.
138 Sombreros, forro de hule, escudo y cinta tricolor.
138 Rifles con su borla azul en el puño.
D_ESP.AOHO.
2 Escritorios, madera blanca, barnizados de negro.
2 Banquillos para los dichos,
2 Tinteros de porcelana.
1 Mesa chica para contar el dinero.
1 Sofá forrado de damasco.
6 Sillas, madera de capulin.
1 Lavamanos pintado, con bandeja y jari:a de lata.
3 Cuadros dorados.
1 Columna de yeso.
2 Escupideras de laton.
1 Tapete del pais.

removidos por el Regidor inspector del cuerpo, y en ningun caso se le interpondrá recurso alguno contra su determinacion.
Art. 3? El vestuario y armamento se compondrá: el primero, de dos camisas de manta, dos calzoncillos, chaqueta, pantalon y capote, todo de paño
azul con botón de metal, sombrero forrado en hule con cincho tambien de
metal, y un escudo con el número que le corresponda; el segundo será una
espada corta con cinturon de piel negra y una hebilla de metal para ceñirla:
los cabos en lugar de capote usarán capa, cachirulo y bota de cuero en el
pantalon, espada larga y tercerola.
Art. 4? Todo individuo de esta fuerza, en el acto de aprehension de algun
reo, ó &lt;le reconvencion por falta de policía, no usará de maltrato ni de las
armas, á no ser-que sea agredido con arma.
Art. 5? Tan luego como el guarda aprehenda á alguno, lo pondrá á disPQSicion de la autoridad del cuartel ó manzana, y á falta de aquella, lo hará
conducir por cordillera á la Diputacion ante el guarda mayor, para su consigna.
Art. 6° En los casos de obrar por órden de alguna autoridad, no harán
mas que lo que aquella mande, sin averiguar la causa de los procedimientos.
Art. 7? En toda la conducta de los individuos de esta fuerza, se deberá
observar la mas estricta disciplina, obediencia, actividad y buenas maneras;
únicos medios de hacerse estimables ante la sociedad, prestigiándose que deben ser modelo de moralidad.

·c!PlTULO n.

Del modo con que deben prestar Btls servicios.
Art. 1? ').'oda la fuerza debe.estar otganizada por escuadras de un cabo y
trece guardas, numerados todos sucesivamente, tanto en las escuadras como
en los individuos, de manera que resulten diez escuadras, para cubrir así la
demarcaciori de la ciudad.
Art. 2? A las cinco de la tarde se hallarán reunidos frente al portal de la
Diputacion para pasar lista: en ella se presentarán con las prendas, armas,
linternas, alcuza y demas útiles del servicio, sin que se les admita á los que
no la lleven, sin escusa ni pretesto alguno.
Art. 3? Pasada la lista, en la. que se observará por el sefior guarda mayor,
que tanto los cabos como los guardas estén aseados en sus personas y prendas, marcharán sin demora por escuadras y con sus cabos á la cabeza, á cubrir
el ramo que les toque, á fin de que al toque de ora&lt;lion esté encendido el
alumbrado, y en segui~ ronden constantemente sus demarcaciones.
CAPITULO

m

Obligaciones de loa guardas nocturno,.
Art. 1? Al cuidado de esta fuerza queda el servicio del alumbrado, buen
órden, seguridad y aseo de esta capital en sus noches; y para cumplir exactamente estas obligaciones, podrá cualquier individuo de dicha fuerza aprehender al que interrumpa ó infrinja Jas disposiciones de buen gobiernó relativas á los espresados ramos, sea de la clase, sexo ó condicionque fuere. En
caso de resisteñcia, sonará el pito, de que tambien estará provisto, para que
el cabo y los demas gtim:-das se reunan en su auxilio.
Art. 2? Vigilarán que el alumbrado esté constantemente con buena flama,
los faroles muy limpios, que en las calles no se arrojen inmundicias, ni se
cometan por sus habitantes actos de indecencia alguna, así ·como las puertas
de tiendas y casas se hallen seguras y fuera de peligro de los rateros, que
los carruajes marchen en las calles en el mejor órden, que en las tabernas no
halla escá.ndalos, que los vendimieros no griten palabras obscenas, y condu.,
cirán á la cárcel á los ébrios escandalosos y á los que por el mismo motivo
se hallen tirados en las calles; vigilarán mucho de que en las calles que tengan caño no se arrojen en ellos inmundicias ni basura; comunicará á su cabo
cuando se reviente alguna cañería, falten tapas en la atarjea ó cualquiera otro
deterioro en las vias públicas. ·
Art. 3? En caso de incendio, tocará alarma con el pito y correrá la palabra a la Diputacion para aviso y conocimiento de las autoridades, bomberos
y obreros que requiera el caso. Los cabos de las escuadras vigilarán que al
toque de incendio concurran á. él los números impares de la que es á su cargo, cuidando que el resto de ella quede con mas vigilancia en la de;r:narcacion
correspondiente; impedirá siempre en tod~ las horas de la noche el tránsito
de personas con bultos, arrestando á los que así lo hagan, como sospechosos;
recogerán á los mendigos que pululan por las calles, remitiéndolos á. la Diputacion.
.Art. 4? En los casos de riña simple sin armas ni golpes, se limitarán los
guardas á separar á los contendientes, previendo así el mal de ser encarcelados por causas leves; y por último, serán responsables de todaomision en
prevenir los crímenes, vigilar las infracciones, arrestar á los delincuentes
auxiliar á los habitantes de la capital en todas sus necesidades.
Obligaciones de los cabos.
Art. 1? El cabo responderá del buen manejo de los individuos de su escuadra, y tambien de cualquiera falta que vea y no la evite, aun cuando el
q~e la cometa per~nezca á otra escuadra.
Art, 2? Podrá arrestar por sí á cualquiera guarda que falte á. las obligaciones que prescribe este reglamento; en la inteligencia que dará cuenta por
escrito inmediatamente al guarda mayor.
.
Art. 3? Cuidará de que antes de las cinco de la tarde esté formada su
escuadra frente á la Djputacion, le pasará revista de ropa, armas y útiles,
remediando la falta antes de la revista del guarda mayor.
Art. 4. o No permitirá se retiren de sus puestos los individuos de ijU escuadra, hasta que los guardas diurnos hayan presentádose en la demarcacion
de aquella.
Art. 5° Observará un trato sostenido y decente con todos los individuos
de este cuerpo, principalmente con los de su escuadra: tendrá presente que
no deben usar de chanzas sobre nombres y apodos.
Art. 6° Se prohibe la mas mínitna murmuracion que induzca á la crítica
respecto de los superiores. Por lo mismo, el cabo que la tolere y no dé parte, justificada que sea esta falta, perderá el destino.
Art. 7° Los guardas nocturnos deberán tener un trato decente, resp1¡tuoso y comedido con el público y las autoridades; en consecuencia, los cabos
serán responsables del menor disimulo en este. punto, como una de las bases

y

Con el objeto de organizar el ramo de alumbrado y su resguardo nocturno, y que los habitantes disfruten los beneficios de una. regular policía, he
dispuesto que el cuerpo de' guardas nocturnos se sujete al siguiente reglamento.
·
CAPITULO I.

Organizaclon del cuerpo de guardas nocturnos,
Art. 1? Para ser guarda n1cturno se necesita tener buena conducta, salud
y circunspeccion. Para optar este destino es indispen!!able un fiador que responda en cuanto á lo primero, y ¡;ambien del vestuario y armamento.
Art. 2º Esta fuerzr. constará, por ahora, de un guarda mayor con 66 pesos
66 cs. dé sueldo, y 8 pesos más para forraje del 0$ballo¡ otro segundo, con
el sueldo de 50 pesos cad.a mes; un escribiente con el-de 25 pésos; diez cabos
de escuadra y dos de vigilancia con el de 30 pesos mensuales, y 138 guardas
con 16 pesos, tambjen mensuales. Tanto los cabos como los guardas, serán
vestidos de su cuénta, con un descuento de un teal diario los cabos y medio
real los guardas, cuyo fondo se invertirá segun mas adeiante lo espresará el
artículo sobre contabilidad. TantoJos gefes como lo!! demas individuos serán

·

'

2,55

que deberán guardar,. y hacer gu~r~ar, haciéndose así acreedores á la consiArt. 4º El primer gefe recogerá todos los días los partes por escrito, y
deracion de sus superiores y el publico:
.
.
consignará por ellos á los reos aprehendidos en la noche ante las autoridaArt. s• Evitarán, por todos los me~1~s posibles, que sus subor~mados ha- des competentes, cuidando de espresar sus consignas, la 'acusacion acusado
n uso de las armas si no es en los ümcos casos que lo permlte el regla- y residencia de éste.
'
:ento; en el concepk&gt; de que por cualquiera ~buso q~e, de las espresad~ arArt. 5° · T~dos )os días, á l:19 och_o de la mañana, hará situar al cuerpo en
mas sa haga, y que el cabo pudiendo DO lo evite, sufma las penas relativas algun punto interior de la D1putac1on, Y les pasará escrurulosa revista de
que establece el mismo reglamento.
.. . .
ropa, armas, pito y útiles, cuidando de que ~do esté en e mejor estado de
Art. 9• Vigilarán constantemente para.que los md1V1duos de su es_cuadra aseo y servicio, acostumbrando así á los servidores del cuerpo á ejercer estenaan la mayor urbanidad y circunspeccion. A los que sean de gemo pen- tricta policía en su persona, la cual influye siempre en las buenas costumden~iero y no se contengan en los Iímites de moder~ion y decenci~, les bres, y castigará con arresto de veinticuatro horas á los que se presenten
amonestará para que se corrijan, y s1 esto no fuere suficiente, consultaran un con falta.
Art. 6° Siempre que el Prefecto Municipal, ó el Regidor del ramo, cite á
castigo.
·
.Art. 10. Los cabos cuidarán de que. los guardas ~onduct-&gt;res de reos no revista el cuerpo, lo presentara, con e1 decoro que ·ese acto reqmere,
y e1
hablen con ellos mas que lo muy preciso, á fin de evitar que en su represa- guarda mayor, en union del escribiente paga~or, presentarán tambien en
lia se haga uso de palabras descompuestas desvergonzadas.
revista los libros y justificantes de que el cuerpo está perfectamente ajustaArt 11 Se previene á. los cabos que rev1sen todas las noches y todos los do en sus haberes, fondos, y de que la. papelera se halla con todos sus docudias, que Íos faroles del alumbrado se hallen sie~pre limpios, sin r~turas, mentos en corriente, segun lo previenen las obligaciones dél escribiente paque las );\mparas estén con sus cargas de combustibles completas, evitando gador.
el fraude de los guardas, y que tambien se ~allen en per_fe_cto estado ~e uso
Art. 7º Las faltas accidentales de guardas ó cabos que no concurran al
las escaleras, alcúzares, linternas y demas útiles del sery1c10 de los mismos servicio, se cubrirán por ahora con los dos inmediatos al ramo del faltista,
guardas.
.
abonándoseles por mitad el sueldo de éste.
Art. 12. Recorrerán constantemente los cabos sus escuadras, cmdando de
Art. 8º Todo cuerpo de delito, ya sean armas, dinero, joyas ó cualquiera
que los guardas ronden continuamente su ramo, que cumplan estrictamente otra prenda que se recoja, será, sin la menor escusa, presentada al remitir
sus deberes rindiendo cada dos horas en la. noche parte verbal en la Dipu- el parte. La falta de olvido en este punto, será motivo suficiente para separar
taoion ante 'el guarda mayor, ó su segundo, de todo lo ocurrido en su escua- ,del servicio al culpable,
.
,
.
dra en aquel período de la noche.
Art. 9º Los sobrantes que puedan ocurrir, quedaran en poder del esonArt. 13. Una hora despues de toque de alba de cada dia, se presentarán biente pagador, para 1¡~plearse segun acuerdo con el regidor é inspeccion
los cabos á la cabeza de sus escuadras, á rendir parte por escrito de toda$ las de la oficina de contabilidad.
ocurrencias habidas en la noche anterior en sus respectivas escuadras; en seArt. 10. Vigilará constantemente toda la noche, alternando ronaa con el
guida presenciarán el recibo de cada guarda del combustible que se le dé en 2. 0 para que ningun guarda falte á su puesto, que se hallen vigilantes "/ en
el depósito para la carga de los f..roles; les pasarán nueva revista de ro~a., pié, que los cabos estén igualmente rondando la escuadra de su responsabiarmas y útiles y marcharán con la escuadra á su demarcacion, hasta deJa, lidad, y que los guardas corrar¡ la palabra diciendo: "Alerta" cada cuarto de
cargadas las lá~paras para el ,alumbrado de la noche siguiente; disolverá á hora.
. .
. .
los guardas en la Diputacion, a fin deque se les pague.
Art. 11. Al honor, act1V1dad, valor y conomm1entos de este gefe, queda el
Art. 14. Todo el que obtenga la plaza de cabo, tiene obligacion de pre- puntual desempeño del servicio en aquellos casos que no señala ó indica essentarsé montado en caballo propio, y de cuidarlo personalmente, como lo te reglamento, teniendo por regla gene_ral qu! la eduell;cion, justici~ y honor,
requiere- su servicio tan activo y fuerte.
son el norte que debe proponerse seguir y asi educar a sus subordmados.
CAPITULO 4'?
Art. 12. Por disposicion general se previene, que el que hiciese armas
DISPOSICIONES GENERALES.
contra los servidores de este cuerpo, sufrirá seis meses de servicio público ó
cien pesos de multa, conforme al espíritu del reglamento dado por el Señor
Pérdida de empleo y prision.
Conde de Revillagigedo para el alumbrado dé las calles, en 7 de Abril de
Art. 1° Se aplicará esta pena al que desobedezca á toda .autoridad Muni- 1790, cuya pena tendrá efecto sin perjuicio de las que la autoridad judicial
cipal ó judicial sufriendo, ademas de la pérdida del empleo, las demas pe- imponga por el delito que con dichas armas se cometa.
nas á que hay; daao lugar su falta, con arreglo á las leyes.
Obligaciouea del guarda mayor segundo.
Art. 2° Al que venda armas, ropa, útiles ó combustible, sufrirá dos meses de servicio público, sin perjuicio de la paga del fiador. Si la falta fuere
Art. 1? Bajo las órdenes del primer guarda mayor, obedecerá todas las
dé ropa, ya satisfecho su importe, sufrirá la pena de reponerla inmediata- que este le prevenga, alternando con él en todas las obligaciones que le presmente con un descuento estraordinario de un real diario.
cribe.este reglamento, sucediéndole en todas, caso de vacante, ó enfermedad
Art. 3° El que se le justifique gubernativamente y sumariamente cohe- ó ausencia, bajo las penas prescritas al mismo primer gefe, y demas del reglJJ.cho, i¡oborno, peculado ó conniven~ia con c~alquiera infractor, perderá el mento, por las faltas en el cumplimiento de sus deberes.
empleo y será consignado ante un Juez del crimen para su proceso.
Obligacionee del escribient.e pagador.
Art. 4º Perderá el destino y sufrirá. d~ dos á cuatro meses de servicio público, el que en lugar de prevenir los delitos ó infracciones, se valga de arArt. l º Será. nombrado y destituido de la misma manera que se previene
dides para que se cometan.
para los gefes.
Art. 5° Tambien perderá el destino y sufrirá de dos á cuatro meses de
Art. 2° Bajo la inspeccion y órden del Regidor comisionado del ramo, lleservicio público, el que en cualquier delito de policía falte á la verdad, sea vará. en la. papelera los siguientes libros:
en pro ó en contra del acusado.
Uno de partes y ocurrencias diarias, con registro de reos y sus consignas.
Art. 6° Perderá el destino y sufrirá cuatro meses de servicio' público,
Otro libro de gastos diarios de aceite, aguarrás, mechas y todo lo relativo
siempre que sin necesidad abuse de sus- armas, supuesto que solo debe ha- al pábulo del alumbrado, con noticia de la entrada de combustibles y !!U
cer uso de ellas en caso de ser acometido y en defensa de su persona, sin per- consumo, en número detallado de faroles que existen en la ciudad.
juicio ~e quedar sometido á las penas de las leyes, _s~ el abuso ~ere grave.
Otro libro con cuenta diaria de sueldos, gastos de artesanos y demas que
Art. 7º El que en actos del desempeño del serVJC\O se embriagare, per- ocurran en la administracion del ramo.
derá el destino y ademas sufrirá quince dias de servicio público.
Otro libro, por último, en que conste escrupulosamente el cargo y data
Art. 8° Igual pena sufrirán por no obedecer al Guarda Mayor ó cabo, sin de los fondos, de vestuarios, sobrantes y demas de la administracion econóperjuicio de satisfacer los daños que con su desobediencia resulten: por fal- mica del r~guardo.
tar tres dias consecutivos al desempeño de las fatigas; por faltar en su puesArt. 3? Diariamente, y antes de las nueve de la mañana, bajo la direccion
to y vigilancia por tercera vez sin causa legítima; por flojedad ó desidia en y firma del guarda mayor, estenderá consi~na de todos los reos ante'las auel cumplimiento de las órdenes que se le den; por no dar el mas exacto cum- t &gt;ridades competentes, y partes generales a la primera autoridad política y
plimiento á los artículos de este reglamento en la parte que á cada uno cor- Regidor del ramo, de todas las o.currencias de policía, con espresion del
responde; por informar falsa.mente en cualquier asunto del servicio; por el guarda ó funcionarios que intervinieren en cada una de ellas, y noticia al úlhecho de faltar al. respeto debido á las autoridades, murmurando sus órdenes timo de las horas en que funcione el alumbrado, número de faroles que si:i:ó procedimientos.
vieron y cantidad que se consumió en ca.dll.-uno, con division del gasto perNombramient-0 y obligaciones del Gu_ardo lb.yor le:&gt; y 2\&gt;
manente y del de .observacion por la luna.
.
Art. 4? El dia 1 ? de cada mes rendirá cuenta pormenorizada de todo lo
Art. 1° El guarda mayor, l. 0 y 2. 0 , serán nombrados por el Exmo.
Ayuntamiento á. propuesta del regidor inspector del ramo, y de la misma pasado, con firma 'del guarda mayor y V ? B-º del Regidor, ante la oficina
manera serán destituidos cuando den lugar á ello; amb.&gt;s estarán bajo las in- de contabilidad municipal, adjuntando á dicha cuenta estados del gasto diario
mediatas órdenes del Prefecto Municipal y del regidor espresado; por lo mis- de combustible; noticia de ingresos y egresos de fondos, nómina del persomo todas las que reciban, ya sea de palabra ó por escrito, serán fielmente eje- nal del cuerpo, y justificantes espresos de todas las partidas de la cuenta
cutadas, siendo responsables personalmente de cualquier acto en que falten mensual.
Art. 5? Intervendrá, bajo las órdenes del guarda mayor, en el recibo de las
á. su cumplimiento.
Art. 2° El primer guarda mayor y el segundo bajo sus órdenes, vigila- cantidades que diariamente se ministren por la Tesorería municipal para los
rán constantemente el cumplimiento de las obligaciones de los cabos y gastos del ramo, y de la misma manera hará el reparto diario entre los serguardas: rondarán noche por noche, dividiéndose por mitad la ciudad, á. fin vidores de él, bajo la constancia de la papeleta. respectiva.
Art. 6° Con el loable objeto de que los fondos para vestuario y demas
de que tanto el servicio de seguridad como su alumbrado, se encuentren
siempre perfectamente cumplidos; en el concepto que toda falta ú omision, útiles no se distraigan de su fin, estarán siempre empleados eu construccion
es de In responsabilidad de dichos gefes, sin que jamas puedan disculparse de vestuario, _calzado y demas, abonando diariamente el monto del descuento
con los inferiores: ambos gefes deben recibir en la Diputacion los partes v~r- al constructor ó contratista; de manera que el dia que quede paga~o lo penbales de los cabos, de que en las noches y cada dos horas se han prevel'lido diente, se abrirá un nuevo contrato de construccion de prendas, baJo las bases de exhibir diariamente el descuento. Los documentos de contrata se reya en este reglamento.
·
~t. 3º En la mañana presenciarán, en el depósito, el reparto de los com- dactarán como hoy se acostumbra, con la mayor claridad en las mutuas
bust1blE:8, é inspeccionarán la revista de aseo, y lo menos dos veces por se- obligaciones, y firmados por el guarda mayor, el contratista y el V? B ? del
~ana eJ?cutarán vista de ojos en las escuadras, para que se conserven lim- Regidor.
Art. 7? Con todas estas constancias de papelera, formará á fin de afio la
pios ,Y sm destruccion los faroles, y averiguar si hay fraude en la carga de
las lamparas.
memoria del ramo en todo él.

?

�2.56

DIARIO -DEL IMP:rultf{f.
,

.
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
, Ar~.1.8~, ia n;¡.enoi: omision en el .cumplimiento de estas obligacioues será
Palacio de Justicia.-l'rléxico, Mal'zo 15 de 1865.-El Sr. Juez, Lic. D. Manuel Pavón,
n,i9~~yo. ~~ ,res:pon1?abilidad y destituéion del escribiente pagador.
ha mandado por auto de 14 del corriente, se proceda á la. venta de la cas¡l y terreno núm.
u,Terminó'la sesion ·á la una y media de la tarde. No asistie!'on con 4 del callejon del Corazon, en el barrio de Sto. Domingo en Tacubaya, retasada por el perito D. Ventura Alcérreca en la cantidad de 319 pesos, y ha señalado para la almoneda.
licencia el Sr. Payno, y sin ella los Sres. Buck, Mejía, Cawis, Rin- coa
calidad de remate el dia 29 del coniente á las doce.

éon, Hope, Gomez Parada é Hidalgo y Terán.
' México,
Marzo 13 de 1865.
J.

Y lo pongo en conocimiento del públicó, para que las personas que deseen hace; postu•
tura, ocnrran á esta Secretaría, donde se darán las instrucciones ne~sarias.-Lú. M.
Frias, Secretario.
197-3s-1

• 1 (

• , El .Se-0retario ge»ernl del 'Exmo. Ayuntamiento,
(Fil'mado) LIC. JUAN

CITACION .JUDICIAL.
En junta celebrada el dia 13 del corriente, en la que se declaró por el S~. Juez 4~ de lo
civil, Lic. D. Evaristo Reyes, á pedimento de los acreedores que se hallaron presentes
concurso formado á bienes de D. Sautiago Barther, despues de haberse procedido al nom·1
bramiento de síndico, salió electo el Lic. D. Agustin Peralta, quien pidió se cite á todos
¡
los acreedores para que en el término de diez dias, contados desde la publicacion de este
! '
aviso, presenten en el Juzgado los justificantes de sus créditos; bajo elapercibimiento qu1
.
(Por telégrafo.)
•
1
l
i
de no verificarlo, no se considerarán como acreedores al esyresado concurso. Y habienAye,r llegó á Veracruz el vapor frances Emperatriz Eugenia. A continua.- do determinado de conformidad el referido Sr. Juez, pongo e presente en México á 1~ de
194-4s-2
ciop., ponemos las noticias mas importantes de Europa, contenidas en el si- Marzo de 1865.-Casimiro Fernandez, Escribano público. ·
gu\ente par¼ telegráfico:
CITACION.
"Paria 15 de Febrero de 1865.
No sabi~ndose el domicilio de D. José María Segura, D. Jacinto Ortiz de la•l'eña, del
'.I!,a:1nolítica de S. M. en el incidente ocurrido con Mónseñ9r Meglia, ha representante de m Margarita Peimbert Y D. Agustm López, acreedores á los bienes
r
l
E
concursados de D. Jo~é, María Noya, e1 Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D., Manuel Pavon, ha
merecido áquí la aptobacion general. Todos los a tos funcionarios del sta- mandado se les cite ájunta para el viernes 17 del corriente, á las doce.
do y otros jurisconsultos distinguidos, con qui!)nes he hablado, me han.dicho
Lo que les ba~o saber por el presente anuncio, como está mandado.
que la Santa Sede acabará sin duda por conceder lo que ha sancionado otras
México, Marzo 13 de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Naciou.
veces en 'Francia y en España.
;
190-:ls-3
La.prensa¡ adicta al Gobierno y la de oposicion, han dado una franca aproTRillUNAL MERCANTIL DE QUERFl'ARO.
.
bacion á la política de~- M. Solo la prensa ultra-conservadora
manifesSegunda clasé.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesentA y cinco ....:...
·
Cuatro reales.
·
tado su disgusto.
, ,
·Querét.11ro, Ener~ veinte de mil ochocientos sesenta y cinco.-Vistos los presentes au. La cartá de S. M. á su Minist'ro de Justicia ha ~ido· muy leid&amp; 'en esta toK; atrntas lás razones en que se fuudan los señores síndicos administradores del conqurcorte.
'
so, D. José Arana y D. Antonio R. Fuentes, en sus esposiciones de fojas 5 y.8, y resuli El Nuncio de Su Santidad en Paris, gue personalmente ~stá bil:m visto
tando de los antecedentes á que se refieren: que la quiebra en que fné declaradd D. Ma,
.,_.ó
·
t f¡ 1· 't d ' -v." · Ob'
u
h b'
testad0 nuel de Vicente, no presta causa alguna de las asignadas por los artículos 895,896,897 y
1
a1u1, eson"' unas car as e ict an ª ..rios ispos q e a ian pro
·
898 del Código &lt;le C9mercio•vigente, para reputarse fraudulenta ó culpable: que por el
enlirgicamente cóntra una medida del '(fobiernd frances sobr e 1a pulJ!i(lacion con:trario, ha presentado un activo mas que sunciente para cubrir sus créditos, y que la.
de la• Encíclica.
•
suspension de sus pagos mas bien ha procedido del atraso involuntario de sus negoci&lt;•s,
El Gobierno ha estrañado esta aprobacion dada por el Embajador á fun- motivado de lais mismas circunstancias precarias que á la vez nulificaron el comercio de
eiona1'ios del nais hostiles al Gobierno cerca d.e l cual está acreditado, y se ha esta plaza: por tales consideraciones, Y con presencia de lo dispuesto por el primel'o de
r
los artículos citll4os, del 905 y de las razones en que se funda el 917, los Sres. Presidente y
quejado oficialmente á Romn, anunéiándolo así• el Mo,nitgr. En el número colegas dijeron, que 4ebiau de fallar y fallan: que el citado D. Manuel de Vicente, no es
de hoy 11iparece que el Nuncio ha dado esplicaciones verbales al Em ¡)erador, fallido culpable, ni responsable por quiebra fraudulenta. En consecuencia, desglosándose
y que S. •M. 'las acogió con benevole'uoia. MonMñói;' Ohigi que~a, pues, en el testimonio de las fianzas que obran en los autos principales, por las que el mismo inte;, · p •
· ,;
resado caucionó su radicaciou en el lugar, entréguesele para su cbancelacion. Hágasele
su pues'to u.e ans.
·
·
saber, lo mismo que á los fiadores, á los síndicos judiciales y administradores, para los
' Los motines· de Turin que han s~_uido C(?n · moti'vó de la t:rashíciün de la efectos legales. Así definitivamente juzgando lo pronunciaron y firmaron los supradichos
Capital•á Florencia, se agravan desde que e] congreso. declaró que'110 babia Sres. Presidente y colegas que componen el11Tribunal.-Doy fe.-S. Luis Rodrigutz.lugdr á obrar contra. el último Ministerio.
'
Mantul Carbajal.-Pedro Bustos.-Antcmio de Uda'éta, Secretario.-Concuerda con el oriEl 30 de Enero los amotinados silbaron apedrearon los carru3:jcs de los gilllll que obra en el espediente respectivo, á fojas 12 vuelta Y13 frente, que existe en esta
. Secretaría, siendo testigo~ de su saca y correccion D. Francisco Parra y D. An.tonio
que se dirigieron al baile del Palacio, rompiendo los' cristales d eI carruaJe Ojeda.-Doy fe.-Querétaro, Febrero 24 de 1865.-Antonio Otero, Secretario inttirino.
del Ministr.o inglés y de algunos otros del cuérpo dirlomático.
·
••
·
,
•Querétaro, Marzo 8 de 1865. ·
·
Los enviados de Francia, de Méxicó y otros, bajaron de sus canuajes Y
En el espediente principal del concurso á bienes de D. Manuel de Vicente, con vista
siguieron á pié. El Rey, profundamente triste, y x~sentido sob'r~ todo al ver del cónvenio ú~timamente celebrado con. sus acreedores de México y los de esta plaza,
la actitud de la municipalidad, no ~üso qu,ed~rse un :uipme~to mas en Tu- concediéndole las espPras qne solicitó, el Tribunal, por auto fecha 6 del corriente, defiri6
, 1
·
l
d
L
á la aprobacion, mandando, entre otras cosas, lo que sigue:
'
riq, Y se marchó á las 24 horas a i orenc1a coµ un SQ O ayu ante.- a ac"Hágase saber al mismo D. Ma~~el de Vicente, ó á su representante, á lo• {leJl)as inti,tud. de los amotinados µe 'furin ha encontrado '\)na desaprPbacio11 general teresados presentes, y por medio de los periódicos oficiales del Gobierno del Imperio y
en el resto de Italia, .donde es bien sabida la adhe1:1ion á Yíctor Manud, quien el que se publica en est'a capital, notifíquese á los acreedores residentes en_la Corte,
ha tenido en Florencia una brillante recepcion.-La capital, pues, de1 Reino para los efe'ctos legales! .Y hacién~ose saber d~ la. misma manera, la solicit1;d del pr~ero
·t l'
d a en Florencia y eltey no volverá á Turin en mucho tiempo. sobre que se le reh~bi:Ute, puhlíque~e tamb1en en esta plaza en los térmmos prevemdos
1 a 1ano. q?e a Y
·. ,
.
•
nor el art. 220 del Codigo de Comercio."
Contmuan lps demostraCH)f\e.S en Italia en favor de..V1ctor Manu-el.
Y para que lo mandado tenga su debido cumplimiento, se hace saber á qnienes corre,
I
El Gobierno de. Víctor Manuel ha dado permiso para la publicacion de la pnnda.-El Secretario del Tribunal, Lic. Sebastian Larrondo.
19¡..:..38_3
Encíclica.y del S,yllabu~, : eservanclo s}n. embargo lo.s. derechps ·del Estad.ó y 1
. .
JUZGADO 4'? DE I.O CIVIL.
de la Corona, y sm admitir las p~op9s1c10nes contemdas en unos documenEn el juicio promovido por D. Agnstin Tello de Meneses contra el intestado de m ]fetos que son contrarios á las instituciones y á la legislacion del pais. . El con- lipa Guerrero, sobre pesos, el Sr. Juez ,4? civil suplente, Lic. J?.: Evari~~ Reyes, ha mansejo de Estado en España ha opinado lo mismo. Aµn no llP,ga el com·eo dado ~e ptoceda al.remate de la cas~ num. 22.de la c~lle del Nmo Perdido, retas~da por
,1
el pento D . .Franmsco Somera en mil cuatrocientos cmcuenta y nueve pesos; senalando
fr
an,ces. 1
para 111 almoneda de remate el lúnes ;¿o del corriente, á las once de la mañana, en el Juzgado de fÚ cargo1 situado .~D: el Palacio ,de.Justicia.
,
.
.
••
Lo que pongo en conocimiento del publico, para que las personas que qllleran hacer
postura, ocurran al Juzgado, donde se les darán las instrucciones que ministran los autos.
México, Marzo 13 do 1865.-Anto11i0Landgralle, Escribano público.
19'2-3s-3
' 'Pll.EFECTURA POLITICA DEL DEPARTiltENTO DEJ. VALLE DE IIIEXICO.'
SEcc10N DE GuEIÍRA. ,. i
JUZGADO 2° DE I.O CIVIL.
En el espediente promovido por D. Angoste Donssine,{p&lt;•r D. Juan J. Torrea, contra el
1
México, Marzo 16 de 1865.
Lic. D. Mariano Zavala, sobre·pesos, ha mandado el Sr. J Jez 2? de lo civil, Li'c. D. Ma11ii1 Sr. Prefecto de Texcoco, con fechli l 3 del presente,· dice-á esti} Preféctv,ra Jo que nuel Pavon, á pedimento del actor, ae cite á dicho Sr. Zavaln para que en el término de
sigue: •
'
·,
diez días se presente á sacar los de la materia, á efecto .de que alegue de su derecho; bajo
"EU¡ una de las espediciones que constantemente hace la fuerza móvil de este Distrit.o, el apercibimiento de que en caso contrario se le dará por citado para sentencia. En tal
se encontró en'el Monte tres caballos buenos, que han estado algunos &lt;!fas d¡ipositados virtud, hago la presente citacion; advirtiendo que el despacho del q,ue suscribe está en los
para volverlos lue~o que a¡iarezéa su dueñó; ma~ no presentándose este, me ,veo en !'a, bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
••
precision' de participarlo á V. S., suplicándole se sirva anunciarlo por medio del periódico
México, Febrero '%1 de 1~5.-Maniul T. de Meneses, Escribano público. 176-Ss-7,
oficial, á fin de que la persona que tenga derecho á ellos lo deduzca en esta-oficina, donde
_
ju~tific11da la pro,Piedad, le serán entreg_a~os," .
COMPAÑIA DEL FERROCARRIL DE lllEXICO .é. PUEllLA.
Y por disposicion del Sr. Prefecto político ~.e manda publicar •en el "Diario de~ lm •
Celebrada una.sesion del Conseje .Administrativo, el dii ,de a¡er, para arreglar las opeperio."
•.
·
.,
. · _
raciones previas á disoluci~n ~e la Sociedad, se -acqrdó que a p~sar de estar r~sumi1
El Secretario general de la Prefectura, Altjándro Villasenor.
das 1~ mayor parte de las acciones en la '}&gt;ersona del Sr. D. Antomo Escandon, se convoque una junta general para las 5 de la tarde del dia 15 de éste mes en el. despacho del
1
F.errooarril, plazuela de Guardiola, para tratarse de la disolucron indicada. No bastando,
('
~egun ,lps Estatutos, una sola sesion para tal objeto, se acordó igualmenfe la convocatoria
:para la segunda junta, que se verificará en el mismo despacho el 23 del mes actual.
México, Marzo 7 d¡i llj65.-Mier y Terán.-P. Almazan, secretario.
175-Ss-8
CITACION .JUDICIAL
A LOS AvIADORES Y AVIADOS DE 1,A Mrni DE SAN FEI:,IPE.'
JUZGADO 5'? MENOR.-1~ MONTERILLA NUM. 7.
'El represenfui.nte de la Junta menor directiva de la espr~~ada mina ha pedido, y el J uz
Por el presente se cita ÍI D! Jesus Castro, para que el dia veinte del actual, á las doce,
gado 1? civil ha mandado, qúe se citep. ájunta para el dia 20 del presente mes, á las doce comparezca por sí ó poi· apoderado, á contestar la demanda que le promueve D. Cárlo
de la mañana, y en el local del mismo Juzgado, situado en el 'Palacio, do Justicia de esta Arocena, como apoderado de D. Manuel Legorreta, sobre pesos y desocupación del cuarcapital, á los aviado~ y aviadores de la misma mina; con apercibimiento, á los que no con· to núm. 2 que ocupa en la casa núm. 11 del Portillo de San Diego; apercibida de sentencurran, de que estaríin y pasarán por lo que acuerden los que co11curran, sea el número cia en re)&gt;eldía si no concwre._
qµ&amp; fµere; advirtiéndoRe que uno de los objetos principales de que aebe tratars'l, es el de
México, Marzo 11 de 1865.-Lic. Laba~
184-3a-3
,iue'Iio dllío.-Y para los efectos consignádo~, los cito por el pres¡,nfe.
·
LEGACION DE ESPAÑA EN IIEXICO.
• México, Marzo 15 de 1865.-Migiiel Fernandez GIU!rra, Escribano público.
Los súbditos españoles qúe aun no hayan presentado sus reclamaciones, se servirán di! , ·
l!l5-3s-1
rigirlas en todo este me.s á la oficina de esta Legacion, calle del Esclavo núm. 5.
JUZGADO DE PAZ DE J'OJUTLÁ.
Las reclamaciones deberán ser acompañad.as de sus respectiv(ls documentos justificatilgnortíndose el paradero de D. Marcelo Agnilnr, vecino que fué de esta villa, 'por el vos, sin cuyo indispensable requjsito no serán admitidas.
·
pfesente se le cita para que dentro del t&lt;1l'm.ino.de treinta iias, contados desde la publi· - México, 13 de Marzo de 1865.
e¡leion de este aviso, se presente en este J uz~ado per si 6 por apod,erado, á contestar la
El Secretario de Legaoion, Norberto Ballesteros. 185-3a-3
demanda que en juicio verb:i.J, sobre pago de renta de terrenos, le promueve D. Pedro
Cuadra, en rep,reijei¡tacion de D. Ramon .Remande~, administrador de la hacienda de S.
.IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
Nicolás; ape1cibido de lo que haya lugar BI nv lo vénfi~~• ,..
Jojutla, Marzo 7 je 1865.-El Juez d~ paz, Cornel1¡, Ca,t11i¡011.
1 1196-3s'T""l ,
11.1.J(IS DJC SAN J.GUBTIN1 NUM. l.
1 , , ,

A. MATEO S.

NOTICIAS RECIENTES DE EUROPA.

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1

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y

ANUNCIOS OFICIALES.

1

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.A.NUNOXC&gt;S. ·:: '.

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 63, Marzo 17</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>)IlfA [

DEL

DIARIO

IMPERIO .

MEXICO: Sábado 18 de Marzo de 1865.

TOMO l.

SUMARIO

PARTE OFICUL.-Orden del Ministerio de Ne,oclos Estr1njer~ sobre Inteligencia del art¡ful_o ~ del

NUII. 64.

PARTES DE LAS PREFECTURAS.

jleglamento del Archivo general-Circular (repetida) del Mltlsteno de Gobernacion sobre el Diario del
Imperio."
,
PARTES DE LAS PREFEOTU,RAS.-De Teziutlan, avisando que se han retirado a la vida ~oll\éstica tres
geles dlsldentes.-De Toluca y Jalapa, avisando que no hay oovedad.-De Tlaxcala, participando varias
ocurrencias de aquel Departamento.
.
DOCUMENTOS.-Ayuntamlento de México. Acta del Cabildo de 14 de Febrero.-Yucatan. Suscrlc1on para
la campal!a contra los Indios. (Continuaclon.)

MINISTERIO DE GO13ERNACION.
Imperio Mexicano.-Prefectura política del Distrito de Teziutlan,
-Núm. 69.-Teziutlan, Marzo 13 de 1865.~Exmo. Sr.-Tengo el
honor de poner en el superior conocimiento de V. E., para que si lo
tiene á bien se sirva elevarlo al soberano de S. M., que se hao prePARTE OFICIAL.
sentado á esta Prefectura, protestando retirarse á la vida doméstica,
el coronel D. Márcos Heredia, comandante de escuadron D. Agustin
R.
Marañon y capitan D. Antonio Camacho, que servían en las filas
:MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
disiden~es.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto politiMéxico, Mai:zo 8 de 1865.
co, H. Carrillo.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
Para la mejor inteligencia del articulo 56 del Reglamento vigente Es copia. México, Mai·zo 16 de 1865.
de ese Archivo, y para que asi se practique en todos los casos que
• El Subsecretario de Gobernacion, •.
puedan ocurrir, se servirá vd. tener pres~nte: Que la_s autoridades ju(Firmado) FRANCISCO J. VILLA.LOBOS,
diciales con cuyo mandato han de espedirse las copias de documen•
to.a á que ese artículo 56 se refiere, son todas las dellmperio¡ y no '
esclusivamente aquellas bajo cuya jurisdiccion estén los solicitantes; Prefectura superior politica del primer Distrito del Departamenpero que es requisito esencial la previa citacion á todos los intere- to de Méxfoo.-Toluca, Marzo 14 de 18G5.-Exmo. Sr.-El Sub. sados, hecha por medio ~e exhorto judicial, eiempre que el juez á prefecto de Tenancingo dice á esta Prefectura, con fecha 9 del actual,
quien se pide el mandato no sea el del lugar en que los interesados lo siguiente:-" De los partes que he recibido de los Prefectos municipales de este partido, no aparece que en todo el mes de Febrero
residan.
anterior se hubiera alterado en manera alguna la tranquilidad púEl Ministro de Negocios Estranjeros,

(Firmado) RAMIREZ,
Sr. Director del Archivo general y ptiblico del Imperio.
:MINISTERIO DE GOBERNAOION.
México, Febrero 28 de 1865.

,,.

'

En vista de las frecuentes peticiones dirigidas á esta Secretaria por
los funuionarios del órden gubernativo, para que se les proporcionen
colecciones completas ó números sueltos del periódico oficial, el Gobierno de S. M. ha tenido á bien disponer que se recuerde á dichos
funcionarios la obligacion que les impone el art. 5? del decreto de
31 de Diciembre del año próximo pasado; bajo el concepto de que
habrán de dirigir sus pedidos á la redaccion del periódico mencionado, enterando en la administracion de Correos respectiva, el importe de las su¡¡cricion.es que estáa en el deber de tomar.
Al comunicarlo V. S. á los Prefectos subalternos, Subprefecturas
·y Ayuntamientos del Departamento (ó Distrito) de su mando, prevendrá á las segundas que hagan el gasto ~orrespondiente con la cantidad que para los de oficio les ha 8ido asigna.da, y autorizará á los
últimos para que se efectúe por los fondos municipales la erogacion
relativa.
Igualmente se recuerda á las Prefecturas, en cuyo presupues,to se
ha incluido determinada cantidad para gastos de imprenta,, la obligacion que tienen de invertir preferentemente dicha suma en la impresion de leyes y decretos, asi como de las órdenes supremas que
exijan 'circulacion, para que esta sea tan amplia y profusa como es
necesario para que los preceptos del Soberano lleguen á noticia de
todos los habitantes del Imper.io.
Cuando por algun evento estraordinario fuese insuficiente dicha
cantidad para sufragar el gasto de impresiones en un mes determinado, las Prefecturas lo manifestarán á esta Secretaría, acompañando los justificantes respecthm.s, para que se resuelva lo que convenga.
El Ministro de Gobernacion,

. (Firmado) CORTES YESPARZA.
Sr. Prefecto político-de....
'

1

•

Esta comunicacion se re~ite por .haber ..salido equívoc:.a&lt;la en su tercer párrafo.

. . .. - .... -

blica.-Lo digo á _V. S. para que se sirva dar cuenta á su señoria el
Prefecto superior, y entretanto admitir etc."-Y lo traslado á V. E.
para su conocimiento.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior ·político, Pascual G. Fuentes.-Exmo. Sr. Ministro de
"Goberna:cion.-México,
. - .... ,
a.._ ;;e•.,._
Es copia. México, Marzo 16 de 1866.
,

El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALO~OS,
Prefectura politica.-Distrito de Jalapa.-Jalapa, Marzq 10 de
1865.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de poner en conocimiento de
V. E. que en la P-!·jmera semana que~ª. concluid~ del corriente me~,
s~ ha conserva?º ~naltera?le la tranqmhdad pública en la comprens1011 de este D1stnto.-D10s guarde á V. E. muchos años...:...El Prefecto político, F. P. Mora y Daza.~4,l Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México:
Es copia. México, Marzo 16 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
1

•

SECCION

1~

l

I

i

Prefectura politica del Departamento de Tlaxcala.-Núm. 40.Marzo 11 de 1865.-Exmo. Sr.-Para el debido cqnocimiento de
S. M. el Emperador, tengo el honor de participar á V. E. las novedades ocurridas en la semana que hoy termina en el Departamento
de mi mando.-La Guardia estable de Contla que recorre la montaña de la Malintzi, el dia ó del actual aprehendió á un soldado desertor de la Legion estranjera, en el monte, el que mandé remitir inmediatamente al Sr. Comandante de la Subdivision de Puebla.-El dia
6 se acogieron á la ley de amnistía Pánfilo Mesa y Feliciano Perez, que
en la clase de soldados servian en las fuerzas disidentes de la Sierra,
quienes de buena fe han reconocido al Imperio, ofreciendo vivir pacífica y honradamente; previa la caucion debida, en este Departamento, de que cuidará esta Prefectura poli_tica: este mismo diada
parte el Presidente del Ayuntamiento del pueblo de San Dionisio, de
que en la noche del dia 1? le robaron un buey á D. Pedro Vazquez,
del pueblo de Tlacuilocan, el que no se ha encontrado, y se sigue la
averiguacion correspondiente.-EI dia 8 da parte el Presidente del
Ayantamiento de esta ciudad, de haberle dado tarnbien parte el Juez
de San J uau Totolac de que por el monte de Temetzontla pasaron

..

�'

258

DIARIO DEL IMPERIO.

959

zo de.qna merced á la casa núm. 7 del Estanco· de Mujeres, en retribucion de una accesoria de la misma finta, ocupada con fuente
pública, y cuyo dictámen tEl'mina en la s1luiente proposicion:
Es pídase por,la Secretaría €l certificado que solicita D. José Figueroa,
con in~ercion de'este dictámen, y despues de que se llenen por elinteresado
los-requisitos qne se espresan en su parte espositiva.
Otro de la Comision de ros y acequias, sobre el ocurso en que
D. Manuel .Maria Galicia plde permiso para constr!!ir de mampostería, la toma del agua que disfruta un terreno de su _propiedad, ubicado entre los rios "Chico ! el Consulado," consultando se exijan al
solicitante los documentos ,1ue acrediten los derechos que pueda tener para hacer uso de las aguas, á que se refiere, para que unidos á
la solicitud, se pueda examinar si r.s 6 no conveniente acceder á su
pretension.
Oti:o de la Comision de I~struccion pública que concluye. cop la
siguiente/proposicion:
DOCUMENTOS.
Espídase el título de profesora de primeras letras á la Srita Adela Velasco.
A-YUNTAMIENTO,._DE DXICO.
Otro de la Comision de diversiones públicas, sohre el espediente
En la ciudad de México, hoy m~rtes 14 de Febrero de 1866, se relativo á.cla subvencion de 600 pesos mensuales que la compañi¡.i.
reunieron en la Sala capitular, á la una menos cuarto de la tarde, dramática del teatro de Nuevo-México pide se le conc~da, y cuyo
,para ~lebrar Capildo ordi11ario público, los Sres. Prefe?to Municipal, dictámen termina en la siguiente proposicion.
Ortiz Cervántes, Cañas, Velez, Gomez, Cervantes, Espmosa, Bergan- "Unica.. Devuélvase esta solici~ud al ~upremo Go~ierno, con recome~darzo, L81bastid~, Rincon, Buck, Rulr Ibarrola, Reyes, Oosío, Pimentel, cion especial del Exmo. Ayuntannento, a fin de que imparta su protecc10n,
-M8'jia 1 Labat, Villanueva, Galindo, Rascon y Barreiro.
si le fuere posible, á los arte¡;anos mexic¡mos que forpian la compañía draSe leyó y apr_óbó la acta del Cabildo público celebrado el día 10 mática, en los términós que 'la solicitan."
'del ~tual.
.
A continuacion se dió cuenta con las siguientes proposiciones:
':se di6 cuenta con. los oficios &amp;iguientes:
,
Del Sr. Rincon, pidiendo se autoric~ á los vecinps d~l callejon de
De.la Prefectura politicá, recoll?en~ando- se ocupe de preferen?ia Areneros, para q_ue lo puedan cerrar.
.
el E~mo. _Ayuntami!.mtó en el esped1_ente q~e sobre bomba~ ?e 10Puesta á discusion COQ dispensa de trámites, el Sr: Prefecto d1scend10 existe en la Secretaría de la Corporac1on.-A la Comunon de pu,so pasara á ·1a Comision de obras públicW:1, para q?e informe si ~e
Hacienda, de preferencia.
tiene necesidad de ocupa'!· alguna parte de.ese ·calleJOD para la vra
De la misma· Prefectura. concediendo autorizacion para que se de- pública, y 01ande levantar el plano, marcando la servidumbre q_ue
mande al poseedor de la casa núm. 3 del callejon de Dolores y Ta- tenga.
_f,asq1ül¡p, por la oposicion para q~e _se ocupe la parte q_ue el E:x:mo.
Otra del mismo Señor, por el que pide se adopte el proyecto;del
Ay.untamiento ha comprado de la misma finca para contmuar la pro- jardinero Barenne, para el riego del Paseo, la cual se mandó pasa-longacióñ 'de la, calle de la Independericia.-A1 Sr. S"fndico 1?.
ra á la Cornision de Hacienda.
··
' Del Ministerio de Gobernacion, acompañando para que se mfor- Otra del referido Sr~ Rincon, que dice:
me' lo conveniente, él ocurso de D. Francisco Prieto por el que soDiríjase un atento oficio al Señor Prefecto politi~, pidiénd?le ~e
)icjta, áe; libre recuerdo del Exmo. Ayuntamiento, á fin de que infor; sirva mandar quitar de la Alameda el juego mecámco llamado de
me spbre su pretensipn relativa al pago .d~ 25,946 pesos que_ asegu- los caballitos.
'
rase le adeudan.-A la Comision de Hacienda, de preferencia.
Puesta á discusion con dispensa de trámites, fué aprobada.
Del Ministerio de Fomento, remitiendo, por disposicion de S. M.
Otra del Sr. Labat, que a la letra .es como sigue:
·
el Emi&gt;.erad01:, _la esposi~iou de.D. Cárl~s J. Arna~lX, p~diendo pri- Unica. Elévese al SupreIQO Gobierno atentay~dada solicitud,_ recaban·
vilegio esclus1vo, ó permiso, por el térmm? de tremta a~os, para es- do las faculta.des suficientes para que pueda el Cabildo, por med10 de sus
tablecer ferrocarriles ea las calles de esta c111do.d 1 ~ouform~ á)~s pro- Comisiones, proced~_r ~~me~atall',lente al ayreglo,:de )¡as ofi?inas de esta CorpQsiciones que hace al efecto, con presencia de las cual,es'deberá ar-1 poracion, bajo las bases de mayor economia y buena elecc1on en el personal
reglar ~l ~~mo. Ayuntami~nto con el ~n~eres_ado. el .contrato resgec- de los emplea~os. .
.
.
,
tivo renntiéndole en segm8a á ese M1msteno, pa1 a someter _á. 1a
Puesta á d1scus1on con d1Spelilsa de trámites, fué aprobad.ai ,queapr~bacion de S. M. la resol ucion que corresponda.-A la Com1~1on ,dando nombrado ~l sefior s_u autor para redactar la minuta·de Ja es~e Hacienda.
.
.
..
posicion de que se trata.
·
De la rrefectura Política, acompañando para rnforme 1~ sol~ci_tud
Otra del mismo Sr. L~bat, que dice:
'dirigida á S.M. el Emperador por D. José Juan Cervan~s, pidién-1 Unica. Se autoriza á la Comision de Mereados para que inmediatamente
•dole sé le devuelva una cantidad, que segun dice ha debido pagar proceda á renovar todos los contratos de arrendamiento de las localidades
po~' 1a li.céncia para una corrida de toros.-A la Comision de Ha- de díversbs Mercado;;, sujetando los espresados contratos á la. previas1mcion
cienda.·
de la Junta de Hayienda.
.
- Se dió tambien cuenta con los ocursos siguientes:
Puesta en discusion con "dispensa·de trámites, foé a.probada.
De D. José Maria Castillo pidiendo ser examinado para· obtener, Se levantó )a ,e'sioQ pública para entrar en secreta á~las d_os de la
titulo de profesor. de instruccion primaria.-A la Comision de Ins-: tarde. No asistforon por enfermedad el Sr. Rope, •con hce~c1a el 81,.
truccion pública.
Payito, y. sin ella lós Sr~si Tarada ~ Hidalgo y; Turan. 1
De D. José de Ja Luz Moreoo, ~idieodo se le exima del pago de la1 .Es copia. Méx.ic.o, Marzo 16 de 1.866.
Hf 1•.
licencia para la obra que está haq1endo en la calle nueva que atra,
El Secretario general del Exmo. Ayuntamiento,
vesó el convento de San Bernardo.-A la Comision de Hacienda.
En seguida se dió cuenta con los siguientes dictámenes que fue(Firmaqo} LIC. JUAN A. }4TJ!:OS.
-ron ap~ob.ados con dispensa de trámite~.
.
Urió 'de la Junta ·de Hacienda que d1ce:.
YUCATAN. .
· México Febrrro 11 de 1865.-La Junta de Hacienda, en sesion de hoy1 Co1mNUAOION Dij LAS suspR,OfONES PARA LA C.AM.U~f ·ooN:rRA ~?ª .Il\Dlpa
'áco'rdó:' qJe el eSpediente sobl'e construccion del teatro Itu_rbide pase al Sr.
SUBLEVADOS,
Sínfücb 1° p'ara que se sirva promover lo que crea converuente:
TEKI't, •
•, P¡rsos1 ~•·
de la. mis"uia junta sobre el oficio que dirigió ~l Sr, Elguero
Ramon-Montalvo.
.
.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
.
•
•
•
•
•
•
•
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24 , ,O
por.parte de D. Antonio Escandon, preguntando, gue erl ~xmo Ay~nManuel
J
esos
Pardenilla,,.,
•
•
..
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
.
24 ; O
tamifnt'ó' ,Pºr las diez Acciones_ qu~ ti~ne en el ferrocaml de México
Arcadio
Alonso
••••••••••••.•••.•
.'....
24 ,O
á·Pliebla, cuál de los tres medios siguientes adopta:
Pedro ·G6ngora SobeJJapis ••• ;........... 24 -O
' 1~ s'eguir como accionista de M~xico á V eracr1;1Z, l?ºr la ¡nteg~id~d de sus
Ireneo Manzanero ••••••••• _.••••••.... . 24 O
_ acciones, continuando sus enteros en los plazos fiJad,s por la nueva ComMan ue1 Herrera: . .'. • . ..... • • • • • . • . . • • . • • 24 O
Pablo Antonio G6ngora. • • • • • • • • • • • • • • • 18 O
' pi~-~cibir en acciones enter¡is lo que hayan desembolsado, gozando del
Nicolás Alonso.••••••••......· .•••.•••.•• ,.J-6 ,O
'beneficil,) lle 'un ocho por ciento.
Pario G6ngora.••••••••••.•.•••••...• : 12 O
3'.fDevolv'erle~ su capital si así les conviniere.
JülianMesa.,......................... 12 O
, La J unt_a presenta su dictámen consultJJ.ndo se ~i~a á la e~p~e~a
Mateo Góngora.. • . • . . . • . • • . • . . • . . • . . .
12 O
·. que la Qor¡ioracion escoge la terc~ra de las propo~1c10nes.
.
1
Silvestre
Rodriguez
.•••
·
•
•
.
.
•
.
.
.
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.
.
•
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1
·' · •· Qtro de,l11. Com,ision de Aguas sobre el ocurso eh que I). José F1•
1
Florencio
Alonso..
•
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•
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•
•
•
•
•
•
•
•
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•
•
•
•
•
•
12
O
1 !gueroa
se- fe de copia certificada de la concesion que se lé hila noche anterior doce h~~Jes sospechosos, montados y arm_ados,
con cinco jumentos carga.Bos con ropa de lana, rumbo á 1~ ~ac1enda
de San Nicolás, del Distrito de Apam. Inmediatamente dmgi órdenes á los pueblos del tránsito para que l?s persiga~ hasta fuera de los
lim\tes del Departamento, lo que asi verificaron, sm darles alcance; y
se füó aviso á las ,autoridades independientes de esta Prefectura para
que hagan lo mismo1 lo que han ofrecido ha?e~·• ~egun el parte que
he recibido del Juez de Calpulalpan.-,-Contmua rnalter!ble el órden
y tranquilidad pública.-Dios guarde á V. E. mu?hos anos.-El G~neral Prefecto superior, J. de _Ormaechea y Ernaiz.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-Méx1co.
Es copia. México, Marzo 16 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

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·' Otr~

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1

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José•M.'Maniá.nero .•.•..•.•••. : .•.•.•.
li)tricio
•- · )Manzanero.••.•••••.. . .....•. . .
Francisco Góngora, .......••••....••..
I!'ermiq•13arroso.•.•••
Felipe Cámpos.. .•...... - - •• - ••••...••
Atanasio Monje. .••.. . ••.•..•••••.•..•
Bernardo Alonso ........•..•..•••...•.
Juan Góngora S.uarez •.••••.•..••...•.•
Luis Parra.•.•••••••••.•.....•.•.....
José M. Nove lo . ................... . . .
José M. Rodríguez.••••••••••••......••
Ladislao Tadeo .•••••...•••.....•.•...
José M. Gonzalez. · .•..••.••.•.•.•..•..
G-regorio Suarez.••••••.•.••.••.•.•...•
Lean ardo Martin ...••••••••• _•• ~ ••••••
V.alentin. Maznan ero.................. .
Cecilio Romero ••..••••••.•..••..••.••
José Lara Suarez.•.••.•...•......•..•.
Gerardo Puerto. . •.•••••...•.•.•..•..
Feliciano Lara...•.. . •.•..•••••. : ...• ~
J úan Góngora Alonso.•••• • •.•. ~ .••..•.
Enrique Góngora•...•..•.•..•••......•
Lorenzo Alonso •.••.•.......••........
Andrés Saarez ..••...•••.•••••••...•.•
Martin Alonso ..••••.•••••.•••..•.•••.
Felipe Pacheco....•••...•......••..••.
Gerónimo Góngora ••• _••.•..•.....••••
José Pacheco ........................ .
Cristóbál Cachon.. .
. ............. .
José Ignacio Romero...•......•.....•.•
Santiago Alonso.....••••••...........•
José Góngora Carrillo.••.•...•.••....•.
AQtonio Briseño .••••• . •..••••••••.•• •
Martin Manzanero: ..•..••.•.•••••.•••.
Venancio Manzanero... . ...••...•..•.••
Nicolás Suarez .•.•.••• -~ •..•.•.••••••.•
Pedro Góngora Alonso..... . •.•...•....•
Juan Manzanero.••...• . .••••••••.•....
Enrique Soberanis..•...•... ••••• ...•••
Francisco José Coello .......•.•• : ••••••
Domh1go Solía •••..•••••••.•••••.•••••
Eduardo Mendez..................... .
Norberto Briseño ...•••..••••••. ~ ••.•••
·Rafael Briseño ..... . ................ ..
Abad Manzanero .•••••••..........•.••
Luis Lara...• •. •••.•••••••....•••.•••
Victoriano Varguez .••......••..••• -~ ••
Benito Reyes ••••.•••••••••••.••••.•.•
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l~teri¡~.· · ··· · ·· ·· · ··: ·· ·

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TIP~

Manuel M. G:6ngora .•••.•.•.•••••••••.
José M. Morales..••.•• ~ •..••.•.....•••
Teodoro' Castañeda ••.•••••••••.....•••
. Manuel J esus G-óngora..• •...••.•••.••.
José Góngora..•••.....•••••..•••..•.•
Doroteo ,Góngora ••.•••••••••...•••••.•
José Ramon MukaL •.•.•.•.•••...•.•••
Marcelo Mis..................... .. .. .
Juan Antonio Ek..•....••••••..•• ~ •..•
Pedro Paat..•...•••.•...•.••.• ••• ; •• "' •

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O ,,.2 ,

Total. .••.•••.••• 1,991 3½
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)

Ticul, Enero 20· de 1866.-Yuan'J. 0rtegon~-Benjamin Cuevas,
secretario.

1 4
6

SERVICIO DE DILIGENCIAS,

O·

1 4
1 4

DEL INTERIOR.

3 O
1 4

3
3
3
3
6

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O 4

O 2

De México para ArroyoZArco.
,,
S. Juan det Río.
,,
Querétaro.
,,
Salamanca.
,,
Guanajuato.
,,
Lagos.
,,
Gnadalajara.

Lúnes, .Miércoles y Márte_s, Ju_éves y. SáViernes á las 4 de bados, entre IS y 6
la manana.
de la ,tal'.de.

De México para Arroyozarco.
,,
S. Juan del Rio.
,,
Qnerétaro.
,,
S. Miguel.
Dolores.
"
la Quemada.
"
S. Felipe.
.,"
Jaral.
S. Luis Potosi.

Mártes, Juéyes y Sá- Miércoles, V,iérnes y
hados, á las 4 de la Dotningos) entre ó
manana.
y 6 de la tarde.

"

DE TOLUCA.

Todoslosdias, eseep- •-Todoslo"SdillS, e&amp;eep•
to el.Domingo, á to ,el Domingb, enlas 7'delamanana. ·tre 2y SdeJ.a.tat&lt;}e

l

De México para 1:oluca.

O 2
10
10

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3 O
3 O

DI ·ICORELIA.

De México para Tolnca.
Ixtlahuaca.
"",
Maravatio.
Acámbaro.
,,
Morelia.

O
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O
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2 O
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2 O
2 O
2 O

2 O
2 O
1 4
1
1
1
1
1
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1
1

O
O
O
O
O
O
O
(j

l

Lúnes, Miércoles y ·Lúnes, Juév~s, y SáVi~rnes, á Iás 7·de bados, entre 2 y 8
la manana.
de la tar4e.
'f

· DI lllBCA Y CUAUTLA.

De Méxicq para 0halco.
Ameca.
"
Tenango.
"
0uantla.

! Mártes, Juévee y Sá- " Lúnes,
~

bados, á las 6 de la
J me.nana..

"

,

¡_

'

Mi~rcoles y·
Viérnes, entre 8 y
4 de la tarde.
-

DE PUEBLA.

5Todos los dias á las 4 Todos los los dias, en1 de la manana.
tre 5 y 6 d~ la tarde

De México para fuebla..

2 O

2
2
2
2

Dlaa y ho1u en que entran
á México.

Dlaa y horas en que salen
de M6xloo.

LINEAS.

O 4

IWn

Cura Manuel E. Rivero.•.•
Juan Antonio Marin .. : : : : : : : : : : : : : ~ : : :
Baltasar Contreras..•.•.••••..••.•.••••
José Calixto Varguez..••• . ••.•••..•••••
J uan_Buena.ventura Bustillos.••••..••• . .
José Leon Marin
Juan Torres .• .,_:::::::::::::::·.::::::
Isidoro Castañeda..................... .
Marcelino Interian....•••..••••.•••••••
Simon Alonso.
Pedro Ortiz.. ·· ··· ·-··-·········· ····
Pedro Torres: • • · · · · · • • • • • .. · • • • • · • • · •
Calixto Suarez • • • • • · · · · · • · • • • · · • • • • · • •
Anastasio Contr~~~-: : : ·_: ·.: : : : : ·.: : : : : : :
' Pablo Pacheco.
Juan de Dios
Felipe Ortiz •••••••• • : : : : : : : : : : : : : : : : :
Francisco Interian.................... .
Ignacio Bustillos •.••••••.•.•••••••.•• •
Abad Quintal.. • • • • . • •. . . • . . • • . . . • . • •
~~ulino Trej o . _•••.••••..•••••• _.•• : •
efonso Jimenez ••••••...........•..•
JTua~b~autis~a Alonso ••••••..•• . ...••••
on 10 Mann
Lúcas Marin.• : : : : : • • • • • • • • · • • · • • • · · • •·
Pablo López.. . • . . · · · • · • • • · • • • • • • • · • ·
Pedro Pacheco Per;z::: • · • · • · • • • • • · • · • ·
Santia o Cam o.. • • • • • • • · · · · • • • · • • • •
P~dro lachec¿ Velase~· · · · · · • • · · • · • • • • •
MJiguel Villacia •• _••• :::::::::: · · · · • • •
osé M.
· ••· •· •
Fr
. Cabrera. .....................•
J u:~c;~o Cabafias.•..... • .•.••••••••••
B
p. ~ .........................•
uenaventur&amp;·Gat ••••••••••••••••••.••

El comisi~nado de la l~seccion entregó..•
3 ó
El de la 2.•.•••••.••••.. , •••.••••• • ••,¡~ 1 · · 3.,¡ .O · .. lf IJCT
El de la·3~........••.............. ; r.f. · o ó½
El de la. 4~. . . . . . . . . . ... • • . • . . ...• ...., ..
... .
3 O

DI VUACRUZ,

De México para Ayotla.
,,
S. Martin.
,,
Puebla.
,,
S. Ag. del Palmar.
,,
Orizava.
,,
0órdoba.
,.
0amaron.

Todos los dias, escep- Todos los dias, escepto el Sábado,. á laa to el Mártes, entre
4 de la manana.
5 y 6 de la tarde.

DI APAll

l

De México para S. Juan Teotihuacan Lún ..,1.é 1
,,
Otumba.
~s , 1 reo es y Mártes, Juéves y Sábados, entre 8 y 4
Guarda.
Viernes, á las 6 de
de"la tarde:
::
Apara. ·
j la manana. .
J}

DE PACl[tJCA Y TULANCINOO.

De MéxicG para S. 0ristóbal.
,,
Ozumbilla.
,,
Tizayuca.
,,
Pachuca: ,

.Para el primer punto J)el7Pripier pnnto tú·
todos los días, es- dos los·d\as, e~pel Domingo, to .elDomingó, enf· ácepto
las 6 de la man.
tre3,y'4.de la tarde
Para el segundo pun- Del segundo pµnto,
to, Lúnes, )iiércoMárte's, 1Juéves y
le~y Viériles h las' Sábados; entré.8 y
6 de la manana, ·
4 de la tardé!' '

l

�DIARIOLDlID' [MPERIO;

260

,.

de remate; debiepdo advertirse, que la rey~tida finca, al,adquirirla ií virtud de una permu á
D. Juan Tamborrel en Diciembre del ano pasado, fué estimada en($ 12,500) doce mil
quinientos posos.
•
• • ·
De Yéxiéb pára Tepepa. . . • . • . . { Lúnés· Mié)•c6le~ y· · :Mártes, Juéves Y SáMéxico, Marzo 16 do 1~.
,;
1 Gu~r~a~ • • • •. • • •
Vie;nes, á las-6 de· . bados, entre 8 y 4
El Administrador .principal, Ignacio de la.Barrera.
~,
. Hmtzilac. ,
la mana.na.
.
de la1 tarde.
,,
Cnernavitcn:
· ••
t

(.,

.. ,V

l)~ ~AY~CA.

' 1

.

PREFECrURA P-OLITIGA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE IIEXICO.

DE PUEBLA A HUilfANTLA,
1&gt;las yñoraa en que salen 1llas y hQraS en que entran
de Puebla.
á Puebla.

LINEAS.

• · •••• •
De ídem para idem.

{1únes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáViéi;nes á las 6 de
bados, entre 8 y 4
la mana.na.
de la tarde.

.. . . . DE GUANAJ1J.ATO A LEON.

Mártes,·Ju.6ves y Sá- Lúnes, M'.iércole'l y
bados, á las 6 de la
Viernes, entre 1 y
.
.manan,a. .
2 de la tarde.

1

De ídem para ídem.
México, Enero 'l de 1865.

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA

y

SEooroN DE GuERRA.
México, Marzo 16 de 1865.
. El Sr. Prefecto de Texcoco, con fecha 13 del presente, dice· á es~ Prefectura lo que
sigue:
..
"En una de las espedicion~s que constantemente hace la fuerza móvil de este Distrito,
se encontró en el Monte tres caballos buenos, que han estado algunos dias depositados
para volverlos lue~o que apt1rezca su dueño; mas no presentándose este, me veo en la
precision de participarlo á V. S., suplicándole se sirva anunciarlo por medio del periódico
oficial, á fin de que la persona que tenga de"recho á ellos Jo deduzca en esta oficina, donde
justificada la propiedad, le serán entregados.''
Y por disposic1on del Sr. Prefecto político se manda publicar en el "Diario del Im .
perlo."
·
~ Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor.

ANUNCJ:OS.

•• 1 ,!

SALIDA DE OORRE_OS EN LA AmuNISTRAOION GENERAL DE ESTA
CAPITAL.
LLEGA CORB.ESPQNDENCIA:

SABADo.-De Texcoco, Ayotla, SanMartin Texmelucan, Tlaxcala, Pu~bla,
Jalapa Orizava Córdoba Vera.cruz Tacubaya Lerma,, Toluca, Tenancmgo,
Temas~ltepec, 'sulte~ec, Íxtlah_uaca: San Y-elipe_del Obrajet ~~eral del Oro,
Tlalpujahua, Maravat10, Moreh a, Guadalupe Hidalgo, San vristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba, Apa.1'.1, _Tlalpa~i Cuer~avaca, Tasco, Tepecoacuilco, Iguala, Tlalne~antla, C,uautítlan, T~peJI del R10,
Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del R10, Quereta:ro, Guan_aJu~to, Aguascalientes, Lagos, Guadalajara,· Zacateca-s, Durango,_Tula, Ixm1qmlpam.

'

CITACION J1JDICIAL

A 1i0S AVIADORES Y AVIADOS DE LA. ·MINA DE SAN FELIPE,
El representante de la junta menor directiva de la espresada mina ha pedido, y el Juz
gado 1? civil ha mandado, que se citen á junta para el dia 20 del presente mes, á las doce
de la mañana, y en el local del mismo Juzgado, l!ituado en el Palacio de 'Justicia de esta
capital, á·Jos aviados y 11,viadores de la misma mina; cori apercibimiento, á los que no con•
cuq¡rn, de que estarán y pasarán por lo que acuerden los que concurran, sea el número
que fuere; advirtiéndose que uno de los objetos principales de que debe tratarse, es el de
nuevo avío.-Y para los efectos consignados, los cito-por el presente.
México, Marzo 15 de 1865.-Miguel Femandez Guerra, Escribano público.
• ··
1!&gt;5--,3s-2

JUZGADO .DE PAZ DE JOJUTLA.
Ignorándose el pareder9 de D. Marcelo Aguilar, vecino que fué de esta villa, por el
DoM~Noo.-DeAyotla, San Martin Te~melu~n, Puebl?, 0-izava, Cór~oba, presente ~e Je cita para que dentro del término de treinta tlias, contados desde la publiV Jracruz, Tlalnepantla, Cuantitlan, TepeJ1 del R101 Soyamqmlpan, Polot1tlan, cacion de este aviso, se presente en este Jhzgaao por sí ó por apoderado, á contestar la
demanda que en juic:o verbal, sobrti pago de renta de terrenos, Je promueve D. Pedro
San Juan del Rio, Querátaro, Allende, San Luis P otosí, Monterey.
Cuadra, en representacion de D. Ramon Hernandez, administrador de la hacienda de S.
Nicolás; ape1cibido de lo que haya Jugar si nv lo yerifica.
LuNEs.-De Texcoco, Chalco, Cuautla, Amecameca, Ayotla, San Martin
Jojutla, Marzo 7 de-1865.-EI Juez de·paz, Cornelio Castañtm.
J96-3s-2
Texmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracru~, Tacubaya, ~erma, To~uca, lxtlahuaca, San Felipe del Obrage, TlalpuJahua, Maravat10, Moreha,
JUZG~~ 2~ D;E LO CIVIL.
Guadal~pe Hidalgo, ~an Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam.
Palacio de Justicia.-México, ~ll-rzo 15 de )865.- El Sr. Juez, Lic. D. Ma11.uel Pavon,
ha mandado por auto de 14 del corriente, se proceda á la venta de la casa y terreno núm.
4 del callejon del Corazon, en el barrio de Sto. Domingo en Tacubaya, retasada por el peSE ¡DESPACHA CORRESPONDENCIA
rito D. Ventura Alcéi:reca en la cantidad de 319 pesos, y ha señalado para la almoneda
HAST,A LAS 9 DE LA NOCHE.
con calidad de remate el dia 29 del corriente á las doce.
Y lo pongo en conocimiento del pú6lico, para que las personas que deseen hacer postuSABADo.-Para Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, Puebla, Jalapa, tura, ocurran á esta Secretaría¡ donde 110 darán las instrucciones necekarias.-Lic. M.
Orizava, Córdoba, Veracruz, Tlalpam.
Frias, Secretario.
197-3s-2

Dowmoo.-Para A yotla, Sa_n Martin Texmelucan, Tla~cala, Puebla, Oriza-

va., Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, T~luca, Tenancm~o, Ixtlahu~-0a, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, TlalpuJa.hua, Marava~IO, Morel~a, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancmgo, Teot1huacan,
Otumba Apam Tlalpam Cuerna.vaca, Ta-seo, Iguala, Tepecoacuilco, Tlalnepantla, Cuautitl;n, Tepe/ del Rio, Tula, lxmiq_uilpam, Soyaniquilpam,. Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, GuanaJuato, Lagos, Aguascahentes,
Guadalajara, Zacatecas, Durango. .

·CITACION ·J1JDICIAL.
.En junta celebrada-el dia 13 del corriente, en la que· se ·declaró poul Sr. Juez 4'.' ae lo
civil, Lic. D. Evaristo Reyes, á pedimento de los acreedores que se halla!on presentes,
concurso formado á bienes de D. Sautiago Barther, despues de haberse procedido al nom·
bramiento de síndico, salió electo el Lic. D. Agustín Peralta, quien pidió se cite á todos
los acreedores para que en el término de diez dias, contados desde la publicacion de este
aviso, presenten en el Juz'gado losJustificantes de sus créditos; bajo el apercibimiento que
de no verificarlo, no se cQnsideraran como,.acreedores al espresado concurso. Y hailien•
do determinado de conformidad el referido Sr. Juez, pongo el presente en Mélico á 15 de
Marzo de le65.-Casimiro Firñandez; Escribano público.
194--4s- 3

LUNEs.-Para Texcoco, Chalco, Cuautla, 'Amecameca, Ayotla, Sa;n Martin
J.UZGADO 2° DE LO CIVIL,
Texmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, ToluEn
el
espediente
prom9yido
por D. Anguste Donssine, por D. Juan J. Torrea, contra el
ca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Lic. D. Mariano Zavala, sobre pesos, ha mandado el Sr. Juez 2'.' de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á pediment&lt;f del actor, se cite á dicho Sr. Zavala para que en el término de
Río, Querétaro, Allende, San Luis Potosí, Monterey.
diez dias se presente á sacar los de la mate.Pia, á·efecto de que alegue de su derecho; bajo
el apercibimiento de q_ue en caso contrario se le dará por citado para sentencia. En tal
virtud, hago la presente citácion; advirtiendo que el despacho del que suscribe está en los
bajos del núm. 7 de Ja,calle de-la Moneda.
·
México, Febrero 2'( 4e l~.-Manuel T. de Meneses, Escriban_o públic~. 176-Ss-8

ANUNCIOS OFICIALES.

• ÍUZGADO 4? DE LO CIVIL.
El
Sr.
Juez
4?
de
lo
civil,
Lic.
Evaristo Reyes, en aut"o de ayer, ha mand\do se conTRADUCTOR.
voque por los periódicos á loS' que se -cr~ con de:echo_ á los bienes del _intest~o de D.
En el Ministerio de Fomento se necesita una persona que posea los idiomas inglés Y Marcelino Sanchez, llªfll qiie.eJLel téruuno de tremta dias se presenten &amp; dedlic1r los que
aleman donde se colocará con el sueijl.o dErl,200 pesos. El plazo para la presentacion de les competa11.; apercibidos de lo que haya logar si LO ~o _verifi!)!IV.• , . • ' •
los que' se crean aptos, es el de 1fi _dias, contados desde la fecha.-~arzo 18 de 1865.
México, Febrero 7'db1.S65:.:.Ma11uá 'I'. iie Meneses, ~seribano publico. 97-30s-28

:o:

ADJtllNISTRACION GENERAL DE CORREOS.
INTERESANTE AL PUBLI()O.

IJ

JUZGADO 4'.' &lt;MENOR
4.
• •
• DEL
• CU~T.EL UYOR NUJIERC&gt;
.

l ~ Jk Santo Domingo núm. 8.

ORDEN .-lgnorándose el domicilio. de D. Santiago-V:icario, por la presente .se le cita y
El dia 20 del actual, á las 'iince de la mañana, ae despacha de esta Administracion general, un estraordinario para Veracruz con la corre~I!ondenci,a.que debe co~duci_r al e_ste- emph1za pa!'ll que en el término de tr~in_ta dias se pres_etit!l en esie de. ~i.cargo por sí ó
rior el Vavor español " Barcelona." Lo que se participa al publico para su mtehgenc1a Y por apoderado instruido yespensado, a contestar la demanda q~e en Jlll&lt;;Jo verbal sobre
pesos le pro.mueve el Lic. D. José Mai'Ía Aragon en representac1on de la testamentaria ~e
efectos correspondientes.
D. Felic¡ano Rey; ape~cib_iqo de que si no concurce.se Je nombrará un defenijor de oficio
México, Marzo 16 de 1865.-Luis de la Pe:,,a.
con quien se entendera la demanda.
Mexico, Febrero 16,le 1865;-Lic. Poulet.
135-1511-ll
ADMINISTRACIQN P~INCIP AL DE RENTAS.
REMATE DE UNA FINCA.
Para eubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, de que es responsable D. Juan
Tamborrel, como aceptante de una libranza, valor de ($5,000) cinco mil pesos, girada á
su car~o y á favor de esta administracion ¡&gt;or D. Francisco Schiafino, la que no fué satisfecha a su vencimiento; eon reserva de la accion que esta oficina tiene contra· el girador,
á cuyo efecto la letra fué protestada en forma á su debido tiempo, ha embargado una ti.a.ca de la propiedad del primero, que no ha pertenecido á ninguna corporacion civil ni eclesiástic&amp;, situada en la calzada de la Ver6mca que va de la igle~ia de S. Cosme á la garita
del Calvario, mirando al Oriente, contigua á la conocida con el nombre de Jacal Nuevo
que fué del finado Inspector del cuerpo médico militar D. Pedro Vander Linden; y de·
biendo procederse al remate de dicha finca, se anuncia al público, para que las pers'lnas que
quieran, hacer postura, lo nrifiquen, acompañándolae del cor.respondiente papel de abono; en el concepto de que las almqnedas se celebrarán en el despacho de esta administracion,}IJi!lcipal los dias 20 y 30 del1 ~ctua\ y 10 del entrante, siendo la última con calidad

JUZGADO _I~E 1~- INSTANCIA DE TEXCOCO.
En los autos del intestado del E¡r. Cura que. fu.é.de Tepetlaontoc, D. Luis Agustin Camargo, el Sr. Juez ha iiiand11:do ~e cite por los periódicos ~ las_ personas iue se crean con
derecho á los bienes de-1 refendo mtestado,lJara" que en el térmmo de 30 dias, contados desde la primera publi~ci'l.ll.de eBte.o.riso,.se presen~o- en es~ Juzgado á deducirlo en form11; apercibidos de lo que haya lugar en derecho s1 no lo verifican.
Y en cumplimiento dé lo manaaáo pongo el presente en 'fexcoco, á 11 de Marzo de
1865.-'El Secretario del juzgado,. Lic.,Francisco tle P. O/vera.
187-311-3

IMPRENTA. DE J... .M, ANDRADE Y F. ESCALANTE,
• BAJC.8 Dlil_SAN AGUSTIN, NU}(,

l.

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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