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                    <text>DEL

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1
1 J.111 ,IV. '(
·1),-' p . •lf"t
1 , :" 1/1 1/. 1,•1
'[ ( '
,l ;.
· PARTE OFICIAL.-No111bramlen\o ~el Sr. Campillo para subsecretario de Haclenda.- Resoluclou. de S. M·
nnuollcfüul 6"elloho111enlailtéi tle.Ll¡rpo.ol.-Cbicuftír sóbfe:Oeles yfcflclalt!í'íle dlsponl6ilfdad.~
ramlenw del Sr. Vall~-~l\ra Gefe poti} ge Tl¡lxcala¡-l)lsp'\slclOIJ ~ll/',11. ac¡tlvar los. V,abQ,j_os ,4el j).1\~
Jillno
lJ,ntlie~élato' a 'l'amplc&lt;l.-Permlso,¡ía ~brlr nn eafiilno entre CMlul!I Áineell,...lNombr~mlen\o íf&lt;!I
General Agullar para Ayud_arite de Campe,-,-I~ Pe.&gt; Chaeu¡elan~-¡r~oma . d.t
CiftPI.IJ~
como Subsecretario de Hacienda.
•
•
• f .lRTFS ,D:&amp; LAS l'P,~O~!!,~~fVa!íe~ei}I~filOO, ,'l'&gt;rl\ la.oenwiol!\ d,~ p¡ú~ p~unc1aaí co.n•
iila lto¡rleró y to_gij,á!!'ércls y ejecuc¡iob." de elµ.; - :p~ Córdqlía, participando las ocurreqcyis de aquel DIS·
ir1;o...;i&gt;e Toluc¡i¡ ~lpa'julo,un ~"J'JW)tr(I c~n)o, djal~~ll~'-Dll Olll(~tla-y Ql'Í1,l!Va,' ,¡lartlciJ&gt;lll)~ll)l!llf
no hay novcdad.-Del Saltlllo sobre morunlento de los disidentes, Y 111edid8' dictadas contra ellos.-De Oajac&amp;, remitiendo actas de adbesion.
•' )~ ,
' 'I'' ' ' , , •
1 , 1 1t 1
DOCOMENTO.-Ayuntamiento de México. ~'!J'pslclopéf s¡&gt;bre, der"111es,~~ 6g\188,•
,
r
NOTICIAS ESTRANJERAS.-Francla.-Apertúi+. del Cuerpo Le~iUvo.-Dliéul'IIO del Einpeiador.

· !llllll l:J i'jlJ 'J

¡

~bfe8lº°od~\ ~'

7

\ PARTE 'd'FICIAL.
/

MINISTERIO DE OOBERNACION.1.
11 1 ~ n; Sá_ct110N 1~
Marzo 1,8, p~l1865,-S.M. erEmperador ha tenido á bien nombrar
á V. S. para'. 'Prefecto super1or político de Tl¡¡,xcala; y al .com\lnicar
§}V~·s. sd1dÓm6támieritb, Je(\rlartifiesto que s. M. esperar d211u'---civismo que cuanto antes se prese·nte en el Departamento d~ ·s'u mando á tomar po&amp;'esiori del e!D_pleo 'que se le' c&lt;,Qfiere.:..:...El"Mioistro de
Gobernacibn, Corfés1y Espa,'rza.-Sr. Lic. D. Guille'I'.mQ'Va.lle, Prefeéto superior plilíticd déi Tlaxcata.
· '. : 1 ,. , 1 ; 1 1
- Es .copia~ Méxrco, Marz'o i8'oé 1865:
' J. (lJ1 1,):.) ,;i. 1 1 JJI
IJIJ ')
1
'OI
I Lt' '
&lt;,Ul'J.
¡1 :w •¡ •
1
• c,r :&gt;.
'I
1 El Subsecretano de Gobepuw1on,
!/111Jlf
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l 11 , ,
• ;
'I
,-••l
• v' r; (firmado) F~ANCIS~O J .,VIIfAJ.Onos.
,

1

1

MAXIMILtAN0,
EMPERADO'I? b~ MExit1ó'P' ! " · ' '.&gt;"'' ''
f.a.. ~,..,
l t JI.., l1J:, '•tO
•-.; ""af1 l.►--.,

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91C!J•

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_ En atencioo á l¡i.s ~\l·cupst@.\lcias,qu~ co~Cl-\118"0- -eµ [J, léljx Cam, ti\.
-Rij_lo,r;Jiemos vepjdo/en·nomhr¡i.rle .S_µ,\)se~r.et¡u:io ioterjnq1 d~l Mjnjs.:
111IliISTERIO DE FOMENTO.
~¡¡iotle~aci~~qa. · ,, 11 p • t 11 ¡ 1• 1.- 1 t ¡/,,' •¡1 • • ~ ,·,
P ,. ~•,
&lt;'. 11
SE~?r~N~~
•·. ~ue~Jro ~l!llftWd~. FJ&gt;tado .,gueµa· encarg~do de la e3ec9,c1~!};,de _ México, Marzo 17 de 1865.~Con esta fecha dirijo al Sr. Prefecto
.est~ Nu~s!ro,.l\mHm~o.
; ;:? ,( , 1i'&gt;
, r
1·, ;· 01 .,'J 1 !l oh ~ de Querétaro la comunicacion ·que sigue:-" La apertura del cati D~dp en eJrI:ala~J~ de México, á¡J6 deJd1m,o pe ~865-.- .1 " J, · mino de Querétaro .á1 puerto de Tampico es,1fna verdadera mejora
oh(·¡ - .... ,,, · '? , ) · ,
(, :u ,
{Firmado) MAXIMILIA':Ñb. , • parih,el pais 1_po,rque !lerá una nueya arteria que dé·yida y movi~eoút Poi:,mandato~efo1M.J., . . , ~ "•.· ,., q d, 1 l :;i ,:~ , 1 ,( t9 á aquellas }l otras.qiq~h,!lS pqblaciones, desarroflandq s~ •.agricul.o~i1l.nr¡ ,E.l ~ir_li de
;r: - t dw1.11 1 tura, ~c9mercio.,é, industria.,,As\Jo comprendió S. ,M., el Emper~qr.á
.o:,ir.M ~ -. oiy;s 1n 1 • ) ''(é -'
). f.~ :·J;.
"\Y ,M.i. ~u.,tránsito por ~sa.._ ciud.,ad,.y lo Aecretó en Agost.o del año pasado1¡- n,n00. 0 • • x ~'.41', m_ir1~t·,'J • ·r
Jt{as. habiendo vistq que,, los t,~bajos de este nuev~ camino 09 .ªYª~
M6xico, Marzo 18 de 1865.
iai,, ~on la p~onti~ud~qua seri~ de ?esear, be _o~denado ~ase á esa cjuj
.•~ ri • • d ,,..,. · tr l ;:¡_1a·l d 1 d 'á S M
da4, el Ingemero·mspector. de,cammo¡¡ D. Miguel Iglesias, para qu.e
V· 1811G •en ~onSeJO
os a Sv u:;lLU
l..
d,e const rµ~c1on,
.
d'1ct'aodo ª&lt;lue.
· t de .w.IBIS
.
· · e1 eva d'a t . •. 6por1 .lliC.'t·1v~ cuaµ t o sea pos1'bl~ 11·as1 o"ras
Onos .c~merman es e 1 iverpoo1,~u~ ongma vaª JUn a, opm e lla!! pro';idenc\as,qu~ S~!}n ,necésarias l!,l fin ~nqicado.-Lo que parti-91!1IBJ0· 1• &lt;., o. :..1..
:· d - ,.,,, · , 1
•
• •
• • • cr
' .cipo 4,Y. S. para. su ~onocimi,ento."-Y lo traslado á vd. ~oo el fin
,. 1 ~N~-°40193~~.'ilte 6 ~ pued~ conce.der ,al come;rpio. la franqui~l&amp;, q_
~ f d~ qµ,e confo:r~e•á ~s{a di~p'osfcion ae diriia al punto meocionadÓ
solicita· ;,
·
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r :• ""- -.,
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1 " , •
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, • t " ' para cumplir con ella quedando desde luego autorizado p~ra el arE~ ?¡ ~esnrcta l9s irga~eq~I aue fl~l~_ron. ~eí ~~ ~;edt9~i/e reglo.,de lRS \rjihajos-y cuentas ~orrespondientes al camino, así como
. -.flfºbRª a~
~ pdµ !)3Cl~Il lief:h¡ eclrJe ºi~f. P~!:ª e
,l.;p- p"ara los de mas asunto¡¡;concer,nientes al mismo.-El Ministro de Fp·Ytle~t rn; .ras. "11as eSP,U(lS~ e~ ,ec ª · !!\ pu l~aCIOD en 1 JC ,&lt;?r, mento, L. Robles.-Sr. Ingeniero Inspector' de c'ainioos, D. Miguel
puer os.
' ' "
'- Iglesias
·
2?
Que
no
es
de
estenderse
la
g'"acia
á,
las
mercancí:as
que.
han
E
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Mé
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M
d
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18
186
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S COD!a,
XlCO arzo
e
u,
s1 o encammadas háma los puertos del. Pacifico.
,
. " ~ . . .n r' , &gt; 1 . , •, , , •·
Y habiéndose servido. confqrmar coµ ~sta opinion S. M. el Empe-1
El Subsecretano de Fomen~,
rador', \o· comunico 'á 'V. S. como resultado' de dicha solicitud, que
. · (F~wado) MANUEL ÜRozco.
como de la competencia de ese Ministerio, V. S. hará se notifique á ,&gt;Jf" • ••..
r1 n. 1
._
•
quien f;&lt;:n¡responde. ,
,
.
,
~inisfflnq
~
-Fomento.-Seccion
4~-Méxic~,.
Marzo
17
de
1866.
11
, -. •xEnwnistro de N!lgociíoé,Estranjer~s•. ,' ' r1 '~ ·' 1 '
"
' ' ' .1.lr 1 - Co_p est~ fecha digo al Sr. Prefecto de Chalco lo que sigue:-" En
1
1
1
~ - • J 1 '''.''' '' ' . • · ' '.Encargado delM.misfFri?ae Estaao:·
, i•
• t
· contestacion ai' oficio de V. S. fecha 15 del presente, en que solicita
1
1 1
l ·t
•
'.ºr
(Firo1ado) 'RAMIR~Z'
1
/
·
permjso para abrir un camino' carrétero de Cholula para Ameca,
• 1 Sri Su~secretario de Hacienoa.
e 1 ' 1•
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isr,. que se nomhre .un ingeniero q'ue diríja la obra, le digo á V. S., que
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j • I.JV . l)t¡ ( h
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., 1 ·;
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·J. ,
,
•
• e~ta) $~~retaria concede el espresado pe~miso y hoy ~ismo nombra
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~1~ 1i ~· ·.'
· , Km!STERIO DE'. Gl!ER~~ '' ·
' • ~ c.• a\,Jingenierb D., Rafael Barba, encargado del camino de México á
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- o 11 Ita 110,~ ' . 1. ',l
1
, ¡._, '
l - . í ¡ :11:J-O,il '
p 11¡ebla, para que
. umcameote
, .
. y v1gi
. ·1e 1os. t rabaJOS
. de1 de
.
P~µ DJRE0010N.-PRIMEB .Dms10N.
. .. ,
e:icamme
1
1
J;~ " · : I ·:u;m ,
• •
.... •
ÜIRO(!L,AR.
1 que s~, trat¡l, p~rp no pa;a que lqs dirija."-Lo que trascribp á vd.
1
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1
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1
•
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' • • •
•
México, Marzo 11 de 1865! ' ' 1 para, sll,jnte)igen~ia y con el objeto de que, conforme á esta resol u- 'l .M:. ,él Emper,dg{ ~ebido ~o?éony~oierlt~ disp?'I)'.~r '!Lu~,~ los ci9nJ se, pr~sen.~ al Sr. Prefecto político de Chalco _para el d~sempeq;e~érale~, Gefes y ~q~ml,é.st de los Dep~~it~! d1sponibjli,%ª?,' s~ l~s; ñ/J. d_e,I,a·,t;omision que s~ le coofia, en los términos espres~dos:a)P
p1,1ed~ nombra~ por &lt;;imeµ, corresponda y erí ri~uroso turno, el serv1-i M\n)stro.de Fomento, L. Robles.-Sr. D. Rafael'Barba, Director del
' lli&lt;r de gefeJ ae füa, mi¿~bios de los) é ó'rt'sej&amp;s! de guerr'a 6 Cortes' cariiini "de1Méxi¿o á Puebla. .
( . .
. .
1
1
,,Il!drfi,a!es/fisca}.~s ,de~cau~as, intervénci~_n' e~✓ias revis~as:a~,dbmis,a-¡ vi ,)!;s CQPta.:;iM~xi~i, Marzo 1,8 d~ 1865~
; "n . . 1
, no! «5"de mspecc100 .~e _los cuerpos qel ei~c1to;_y en general cu~l-¡ 1 &gt;•• 1
, r, El.,Sul¡secre,tario de Fomento,
• __
_quie,ra ptro.qu_e t~nga 1e~ car~cter. pe pas1yo, Y, ~Iefflpre que aq?e( sea , _qu~ oin ~,. Jh
,
(Firmado), MANUEL ORozco. 11
&lt;~~h~Q del radio d~ 1a ,poblac1ón.6 lugar de .la residertcia del non1 _ 1 ¡ a·,¡:,·t r¡ 0 ;-: ' • r ·
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orado~ • - 1.1J1 t,
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Po~~golo á' ~d. pata_ ·s~ cono¿imien_to y efecto'!! á que p~~ªJlu~ar:-: ' s. M. el Em~e~~or,.por ¡;~reto del,9 del ~ctua~, se ha servido nombrar
1 Exmo. Sr. Mrn1stro de ,9;ueira, -el General.de DIV1s1on, yefe Ayudante de¡Campo 'ál.Sr General D Bruno !gu1lar.
de la primera Direccion (firmado) A 1Parrod' i)' 1' • '• 1° 1 e.
•
•
••
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Es copia.
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'1 ,~ •
i.
•,:t: lli
r. Por-dec\:leto de !1·de1 presente mes, s. '.M. el ~m¡&gt;erador se ha servido
~ ,
•
, ., , q t ~f,,
· •T\.
nom}lrar·Chambelanes {i los
•
•,
, , .1 ,
1 ,
1
'·
Él 8-áb'aecretan"o de EatitÍo 1 deliligplJiho-6.e Guerra,
·wu ) , • , J • ll Sres. D. Jo¡¡é Javier Cervantes.
r,1
1 ,&lt; n J
- - --(Firmado) J. M. DURAN,
• uln! ; { sI Jl 'C:,; ,
y D. Juan Cervantes.
•p 1 :¡
11

V

•

�262

•

DtmID·, DEL JMPEH&gt;lO. ·

DIARIO DEL IMPERIO.
,' ,, ,.. , ,

IOlffSRBIO DB· &amp;UJ1,li

La convenci'.&gt;n del 15 de_ S~ti~bre, li\)re de i,n,tei;pr~tapion,es141,p,1Wi,o~g~;,
consagra_dos grand~ pl'mmp1os: el robustecimiento del nl!~ViSlJrei~r (\eJta,
Pre&amp;3tura. strperi'or pofftfüá,,de-OaJa'ca,-'-Núm. 16.-OaJaea, Mar- lia, y la_ mdependenc1a de la Santa, Sede. El es);aao pi;oVF,ip1_1al X,Pfflqre·iEt
zo 9'de"i865.-Exmo. Sr.-don fefha 6 del' presente mes, dice el S~- q~e esoitaba tantas ~l~rm_as-, va a d~sapare~r- )fo, . u,o, 9?»., lo~ ~p9c.1.o~c),,&amp;
D.-1'e~i'o 'fofodo a.l' Sec'ffl!~'rlO general de esta Prefectura lo 81- m1em~ros de la p~tr1ª' itaha~~' procurando untrse. cgn¡q~J?_u~~ V¡~ru;ml~lt,.\\¡1),llJ
,- , "' fi"· ,i Á ,· - ·a td con es'ta feéb'a la acta de adbesion y s'tl- pequeno Estado situado al pie i;le los .Alpes; es, un g.i·,ay, pa)StJ$11#1?! eleí\lán,4}&gt;_ijJ3;
g~n:-t= compano
·,
or romul ar de S. M. el Ém e- por encima de las preocupapiones local~, y despreciSAq,o esci~aeioni1s fr~~m1s10n alas leyes promulga~as Y P • P
g
.
P flexivas, trasporta atre.ridamente s~ capital al corazo!}, d~. 1~ Pew!ffi\tlJ,.J'Jm
r~or1 que ac!)rq6 el n~evo A~upl!amiento de eSta em~ad Y,d_e~as coloca en medio de los Apeninos como en up.a ciud~dcla i11e;pµgqab}e. · :JmJil
IJ81'80l1M not'ahles,· par&amp;'. q,ue ~1 -~u~re de su -~~ado, ae smza dmg1rla, este acto de patriotismo, la Ita.Lía si) constit_uye .d(llin.itj.yam!lµ,t¡e,, -¡. ~ &gt;\:M.99i-J
á'.,f« ~geeHór_idhtresppp~va"t ~ .m1smo- p~rtic1po á vd., para que Sé ?iliª al ll),ÍS~O tiempo con el mu~do catóhcQ¡ se; C~ll'\pr.o_¡nete á., re~pE)~J-.111,¡
SÍVVfl.haeérfo ,al :Pr.eí~ sµpcr)Ql'1 ,quJ) 1a plaga que se pallaba mdependenma de la ~!liUta Sede y ~ prot~gedas ÍJOJ.It®a~,d,e)p~ E~!P,~?,S ,ra;-i
~~m\ii-'ads.-é'fil•Jú1fü~t!Rit ,et'I '.niím~r-e-de,12.~•h,ombres det _batallon¡Za.- man?~, _Y de ~ste mod,o, nQ!l permite retirar, ,n~st:,ai, 1rQP,¡¡$.,,Ji;lil?l!~'-l~Qrjp
·'l';u i-fJ;.,; ~~~arpñi4o,
e} rufhlYo _de Cñiapas¡ p_er~ d_esd~ ~a;sa- ~t1fic10, elj~mente ga11a.Iit1zadf, se encuent¡¡~ ~l!J0,la sa{y~gu11,r4111,,rll!l •:Wl)
~ de · . eHBt p@bla&lt;llon ,óomel)zarbn ále~b.aadar,se-á distmtos rum- tratado que liga solernn~me_1tte a los ?ºs gobiernos. La _con~enc10.n ~ ,~.;
\! •.. "lr-¡¡!~iffi&gt;-dipti¡das 6td~rre's'á li!,~ poblaéiol1es ih'rrredjatas part que ¡pues, u.na ,aa:ma ,de guerra¡ -smo uu;i. obra, de paz y_ de ®. n@~io»:,· L ·1,, l
0 ÓIÍ~·"1
_,, a-: . •, d·. .
fi .
d
;l !ói'
•
t
"Eu Mexico, el nuevo ~rono se consohd~, el pais se paciJicA, s.m;,j¡µneJlsQS&gt;
eond~zcan á ésta fos . 1~persos,.c~n_e1 . n e esll~ll'.I~!
y_cQn es~) IFecur~os ~e desarrollan; d~choso ~ectQ. del v,a,~or ~e1n~est.ros ¡sql~~Jd~h
hll~j~g~!l ~~-9-ü~á-e"1 pae1?ca~1@~ est~ J?1s~~1to. -:-Y ~eo~o buen sentido de la poblac10n me~Cl!,n~, de la mtehge.M ~·Y· .energW-•&lt;d~l iSei
é1 ~oqor ae,vt~ascriforfo á V. 'E. pata su eónocmhento,.J eón ~l obJe- berano.
.
., ·
·i'J'lu o·i,,i !' •
to--de-qtte se-s-i:rva elevarfo al de S. M. el. Emper~dor.-D!os guarde
"En el JapQn,,1l.J.~estra m,.a11ina, µnida 4 J.a de ft¡,glaterraJ d~illlJH.!Pla4J.dJ!:dY&gt;
á V. E. muchos años.-Et-firefecto superior polit1co de OaJaca, J. P. d,e lo'S E¡¡tadas-Ü)udos, ha dado una nueva prue.ba,de fo ,qqe)¡puede: y,1fo; ~
1
Fr,ql1éJ..::.:....~xrxrQ ,Sr. !{i~istro éle,1a Gderrn.,
que sabe h~r. . l • •
• ¡
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•
' . '
1 II 1
,;J; , _. c, 1i
É8 · p'\a. 'Méxfoo· htarzo·1s de '1865. '
"En Afi;1ca,y~ msur.i;ecc101), repe~tuia ~yen1~~ &amp;cturb11,1~la_;sag~ithtd1de
,co J .
'.
,
nuestra!, p&lt;:&gt;~es1qnes1 y ¡ID~trar cu~to d!íjt:J,n ~Wlf alguniw1t¡¡¡'1bll~:de ,E»JW:;
E.Sdlí'secretano de Estado Ydel D'lisp!lc~ dé lll Guerrli,
' ·
c..er nu~stra (uerza y nu0$ti;as iqtenoiones benévplas. 'En.~l l;l')Q?Iléü\OJelli,q1J!t¡
(Firmado) J. M. DURAN.
por un espíritu de generosit jµ$ticia, la,F¡¡ancia asegÍn:a.ba•ht,, p1~pif.dadldll
,1 J.
, - . ,.
a&lt;:tuel sqe:lo á. la pqbi;i.cton áirahe$ en que, por mea.i-o MUber.ales medi.~Jprocurábam~. hacer co,1npr.,ender á áquel pueblo t:0al~raia&lt;10: qu~.lejpa,de Qp1;ir
..Q~~~ M_ENT ,•
mirle, quer,iamo~ llama,rl!l, ~ \os beneficios de la civilfa:.a.ció.n~ en ·est~ m@mau. ,, ,
ro, digo, es cu11o1:1,do estray,4d,os por el fanatismo religioso, los; ~rllib~,veí}jtíos
,
, AYUlfTA:IIEirro DE JIEX100.
,
del desiei:t,o han1evantll,do, un es~nda,rte rebelde. A pe$.ar de ~ rufioultades
"
, ··
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que ofrecía.el terr(lno, y n-0 obst¡m~e los rigorClS de la ClStaeio.n, nuesliro,-ejérciEl Etmo: Ayurlt'atriiento, en ~abildo celebtado· el dia dfi ,ayer, ha to,..di:rigidQ con babilidad, ha ,dado pronta cuen~ de la insU?reooion;t¡y,des,
aprobado \a¡¡ áigl'fümtes pro'p~lciones presentadas ppr .,el Sr. Regi, pues del ,co,mbate,, ninguna represion. sangrienta., niqgun..a sev.e:r,ida.d inútil
dot· oomi&amp;il)'DMÓ,dé aguas, ,1.
"
J •
han venidQ á entristecer 1~ victori:,.. El celo y la.experiencia del.get'e q~
~'l ~ Todas aas ,pérsonss qua, oisfr.utan derrames agua ,sin p~gar r~ntlt al mania en la Ai:gelia, la unidad del mando que se ha restablecido; la. deinosEi'.m.o. Aya'iít&amp;tni~to, "j las ,que los-li.&amp;yan coneedido,de sus- fuentes sin igm¡l tracion paJ;ente de lo~ gen.erosos ,designios de 181 Fra.u.ci,a;-todo esto .c.o~curri;.
r~qb.isit:o, pa"sartn una. tloticia és'dtitá. en papel simf1e al Fontanero- mayor rá, yo k&gt; espero, á e;vitar la repetioion de tales, desórde.ne.5~í ,
,;. , ·, ~
dt} la Ci~dad,. dentro 4e los quince dias siguientes a 1a pubµcacion de este
".Asi, todas m,1estras espmioiQlles tocan á su fin. ~µes.tras tropas, de.lier,.
. ,
.
~a han evaéuado ,lª China: l~ marina hasta par,a.so.stener nuest1os, estiableoiárlso en. los periódicos. ~,.
·· ,
· t d C h' t. ·
·' ·
d Afr'ica va a' ser tedui1'd@;¡e1 de
"~~ En.:dieha.n&amp;tfom ,se espresa:t&gt;A-si la-dañer-ía,toma- los df!N'ámes· de la mien os e oc iiic,,1Iia; nuestro eJer-01to e
·
,,
,
México
~tá
ya
regresando
á
Francia·,
la
guarnicion
d~ ~orna volv~rá ,muy
tAzlt 6 füertt'e mercedada, 1f lo séa en propiedlld 6· 'eli .arreñdl.lrniento, &lt;Y·:si
~
se ~r,te-,-de 'la cañ.eria que. 1le'v'a _el !l,gJ!~ á ésta, como ab):ls"ú:amente se 'hll. pronto; y a1'cerrAr·el templó ae :1a guerra, podremos con orgullo inserlbir
f)tadiaailb'en. algunas iloolas de.seubiel1,i$ ú,lti:tnllAJllJ}te,::pevr.qu.fl en t~l .~Q en un nuevo arco de triunfo estas palabras: .A la gloria de los ejércitosfr/M..
no son derrames sino verdaderas níe1oodes -Otlplicadas-en tn .¡nir.tidor-comun ceses, por las rvictoriá3 obtenidas .en .Jílwl'opa, -Asia,,.Af,-ica ·Y· iAmérrictL. ~- .&gt;
qütfaét'raud~n·doblemente á lé1s 'fo'rldos municipáles1
"Entr.eguémanos sin inquietud á. los tiiabajos·,de.la-pazr. Ell inter~Ió de
"3~ Pasadps los ref~ridos q:J.!i~oe dias, ptócellerá 'la :domision éte aguM .las sesiones s_e emplM en buscal'-los nredros dé aumentar e~ bienestar ®O'oon ,todo rigor.par&amp; ca.,tige;r á le.s .robJidorea !le ¡¡,g~a, y ¡¡u~ cóm,pli~efl., con- -ra.l Y material del puehlo¡ y toda idea.útil lJ -yerd~ra -tiene ,l a rseguri&lt;ia4
forro_~{r lo!f_l'átrafos 3~ y 6~ de las Ordenanzas, interesando á las personas de ser ,¡,oogida. P0 r mi Y aqoptada.po11 vosotr~, Examinemos, .pues,.junf.os,
que descubran estos abusos con un,.&amp; cuartaparte de las multas que se apli- -las"Jnédid'."8_.que sean_ á PllºP?sito JJ;&gt;ªr~ ~recentar ~a:pr.osp~ridad.del hrlperib.
quen." .
'
-·
.,
L~ rehg1on y la mstrucc10n publica son_el obJ~to dem1s constantes pr~
,._ !1&gt;s ,P,áplt\fos fitadps dicexi así: "3~ Que ha de cqida.r (el mercedado) no · c~paciones. To~os los cu~t~s g~zan de ~na igu~l hb;r~d: el clero católico
",• ·:vfort.a J rel)l&amp;n.ep,~ 3 1~ ®lle, -;y no dls.,pql}.er d} g1 ,pa:ca .otra- (inoaJ ltup eJ&lt;:_rce, aun fuera d,e- su mm1s~er10, ~na.mfluenc1a egifima. porla ley 'fr'ir- err~~ándo-lleU de, sn pr-opied&amp;d1 por ielmltat en .petijmcio de esta Muuic1i:ial~ senanza concurre a;Jfil:tÍuca~iv 4!~ J~"{~l\ij,f'ti '1_!¡ l_ey. electoral puede
... dáif.~! Quij lib curnplieh'do con cualquiel'a de las estipulaeiones,á 1 ue' entrar en los conseJOS pub11cos; por· la const~(um_o~ tiene asiento e~ el Senat/¡ qüeáá ~ajeto, ó áh~hdo p~-~tgüú móilo de ellas, se 11! S'Uspe'rld~rá imil~- -do. Pero cuanto7Il1LS' ~ ,:od~mtr?'slte-consid'era-c10n:e-syrreferwm:a-r,tIDrn&gt;
" diatamente el ~~por~ CapitJl'Jiw comisiol',lado; _y-calificááa la.infni.¡icion m:is contamos C9ll ~ue ,e¡ ,re,s~tarl} las ley~ funqa;m~p~a.l~s 4~fEstado. Es
" por el Eioino,.AfWitauiient0¡ s·in ,oo~tiendá de j-Wéio nLQtr@.tl'IÍim~te, se .so- ~1 deber mantener mt~cto~ los ~erechos ~el p~d_er civil, que desde S. Luis
".meter"'i·á sus r.esoh1ciones1 IJ,asta la de Jl.erder la merced, no pudiendo hacer
soberano ha ab~ndonád? Jam~s ?n F,ranci~. ,
,, . .. .
. .,
"reclamo alguno, ni alegar .ñingun"détecho."
. desarr?~lo ~e_.}a iilsti:u,ClJ1on_¡P,ub~1qa 9er'ede ,. V\l~~~~ s~J.~,g~t~~-·
l}l
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.
• • ..
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•
_pais del sµfrag19 UI1:1veri,al, to~o c~\l~a:q~no depe ·sabr¡: J,ée¡¡ .Y .~~PrIQJ?j,,i,Q.
1
.. ,~b_'~ongo en eonoouniento de v1es., :~ ~n de que po~ medio &amp;el ,proyecto de ley os será presentado para pro.te~er más•&gt;Y,más. la. instr.uc&lt;íie.n
p~ijódj~ que r.e&amp;ietan, llegue al c~noc)µ:nento del.pub'hco.
pJJimaria.
·
, ;o' .. 1 r.'
, •~
)ié;í1Q°G, Mmó ,18 de 1866.
•,
· "Yo!me esfuerzo todos los ,áños por -dism,inuir ' fas -tV1fül:w qúe s'e·o~ohilti
. Ei Secretario gllD8ral d.el ~.j.¡yµntaimeqto,
ú
..
hacé largo tiell?,~O en 'Fr¡,¡.ne~· á 1~ ~i\re 6$.,Pansiop, M1~ kw11it~ya WM1:Í9-\1%:Por la ley s~bre las coaliciones, votada. el ajio último, JOfi.que tr¡¡,bajan.¡ -~í
(Firlnado') Lre. j UAN A. MA'.t'EOS,
como los que dan trabajo, hnn !j,prendide á zanjar. entre sí 1sus diferenóia8,•,sín
necesidad ee acudir' siempré á la intiirvencion de1,~óbi~~rii&gt;, que·ies w!~◊~~,te par~.arreg1ar 1~'relaciqtjeJ t¡i.n VM'japJes en~r~ ,h!, ,qfé¡:l¡á, i j\a,':4~ij~~~"":':""_ _ _ _ _""":T".,.....·U..;:o--:-f,;;,
_ _~.,._-1._.._~...,.....-~_~_.1..-i1
.
_ _ _ ___,,..__ Hoy-, p,ue;v-0s p.r&lt;1yeotoS;it~ndrán por fin aejar UJla.·libérta'&lt;lirnas.,gnapde,1111lás
11
'· ·
asociaoi0nes &lt;00merciales,,sepm-ando de ellá.s la res-pónsabilfüAd siempre-.LUú. ,Q,UiCJ,4.
•
soria
de la administracion. Yo me he esforzado por destruir los ,ob~ií.6u'los
1
- pei ~ónlteu/r 'flnivmel tra~uclmos1lo sigtnénte:
. J
que se opo~ia~ i la. creacion de las sociedaqes ~~stinadas.J á mtjóraf'1á 'con'.Hey.. á:.Ia, Jlllª (15 de_ Fe'b_rero) el Emperador ha al:íierto en persona ,l~ did'cion de' ias c as'es obreras: Permitiendb e1 establecimiento de estas socied -1 e
1 l
l
l d
L
ades sin abandonar las~a~ntías de la segurlda.d pública, allanaremos el_;.¡.
s~!ones ~ uerpo eg1S atnw, en a gran sa a e1 pa1acio del ouvre.
mino para una útil PYnerieñcia.'!,
•
.
Su 1faJestad, colocado en el trono y rodeado de los miembros de la fa--=-r
'milla i~e'rial, ha pronunciado el discurso siguiente:
El -Consejo de..E~o..ha.estudiado ouidadosámente-un&amp;-ley que-tienda-á
- ",Se~ores S~adores:
dar á los Consejos municipales y generales mas grandes atribuciones. Los
::s11oores Dlp11tadosi , .
.
municipios ( 001:1-munes) y los De~artament_os serán llamados dr ~s~ mopp á
En-,la épooa de nuestra última. reumon, yo esperaba que un Congrreso tratar por si mismos de t,ms _prµp10s negoc10s, los cual.e~ sed,Ji.:¡;e~li~ltos CQ1jl
~lanai:!3 _las}ifi_cultades que amcn-azaban el reposo.de la Europa; pero no ha mas prontitud en los Jugares misnios donde ocurran. Esta.refor.mii eomple.aido ~J: yo lo _siento, porg_ue la.esw~da. suele cortar las cuestiones ~in resol- ta:rál el conjunto deilas disposiciones que ya se, han di$dó po.:ra simplifie&amp;T
verla¡¡, Yla lÍnica base de una. paz dur.ade1ta es la satisfacoion qJ1e el ac_uerdo ó suprimir reglamentos minuciosos que complicaban in'útilmehte la máquin,a
de los soberanos da á los verdaderos intereses de los pueblos.
de la administracion.
. , . - ''
1,· "En p~e~e~cia del conflic~o qu~ ha surgido á las orillas del Báltico, mi GoLa liber~ comercial, inaugurada por el tratado con Inglaterra, s~ 'ha es·A
drv1~~0 entre sus s'J.tnpatías por 1.a Dinamarca y su buena voluntad , tendido á nuestras relaciones con Alemania, Suiza y el Reino Unido de Suea AJ.e~~1a, h~ _observado la mas l}Stricta neutr¡¡,lidad. Llar.n11,do en una cia y Noruega. Los mismos principios debian naturalmente aplicarse á la
&lt;J?nfer: a em1t1r iiu ,voto, se_ .ha Jimitado é, sos.tener el .principio de las na:- industria. de los 'trasportes marítu,nos, y ya se está' estudiando una ley pára
&lt;ctooa M. s Y el td.ereo~o queétiooen lOSl pmi?los á. ser consultados.sobre su establecer en la mar 1~ concurrencia., que es la única que yu~1de excit'?-r ,é1
&amp;llel'te. .t1ileS~o lenguaJe,.:eonfonne. á .la actitud rese1,vada que queriamos progreso.
"
ha 81~º mode~ado y amif&lt;¡&gt;Sº l¡)&amp;ra am~a.s par~es. • .
En fin, la·nápida ~~ion de,nuestros femocarri,le.s, de ~~ésliros
e1 'MedioHdia de l~ E~,:,~P.ª ta accion de la Francia deb1a eJercerse mas les_.y de nue\jtros ~in_ps1~rreteros, es ~l oompleipento,necesa:ri~e&gt; las1mé1
resue tamente. e quéhdo nacer posible la solucion de un dificil problema. joras comenzatlas. Este,afio consum&amp;rémos'una parte de :nuésti-á1á.rea, p:ro••

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�DIARIO DEL IMPERIO.

264

vocando las empresas particulares, 6 aplicando _á ~os trabajos públicos los recursos del Estado, sin comptómeter la buena económía de nuestra hacienda,
•v ~n. tener qui! apelar á los recursos del ere'd1'to. La facilidad de las comunicaciones, a~í eli el interior cómo en el exterior, daa_ctivid•ad á los cambios,
estimuld la industria y evita la demasiada escasez -6 la demasiada abundancia d_e los productos, cuyos efectos son alternativamente dañosos {¡, los-consumidores·y• á los productores. Cuanto
roayol' sea
1
1 la estension queadquiera
•
nuestra marma mercan~e, mas fáciles serán las re aciones, y menos mbtivos
habrá para temer esas bl'uscas mudanzas que suele sufrir el precio de los artíclllos de primera n~sidad. Así es como pódrert\os conjurar , el maléstar
!Lreial qu~ aflige hoy a' la1 agricultora. Alªunos atribuyen esteim
_ al ""o· men.
6
m
P
táneo á la supresion lle 1la: escalái m_óvil; peto olvidan que en 1851, cuando
esta existía, la baja de precios en lds cereales era mucho may(H'/ y que en
este mismo año las esportaciones de trigo escedén con mucho a"las iínportaciones.
, ,•
1
1

Velasco, se fija_ á los ac~ee~ores el ~_rmino~de veln½ di'aa,pira que presenten loe justifican;
tes de sus c_reditos al Srn~ICO admrnIStrador nom~rado, y ~starevencion li8 les notificara
eu
!os califica'Clon
téi:mwo~ que
el art.
Bl.3 ¡11)! C?di~o
!Ilenc¡on~a lop.·dispuesto
l&lt;~órmespeneléÍ'!lBpedi¡ipte
sobl'e
deprevi~ne
la qwebra,
y publiqull$e
está conforme
precltado
,n-ticulo 794.''
• , ·,
•11
•
-- • , ,"
h . ox
L~ que se pone e~ co¡iocim,iento de los intereaadQ81fn ,oumpliqi¡entq ,de lo·IIlJLildado. {l
,.Me11co, Marzo 13 de 1865.-Josi
María 1Cardenal Oficial 2~, eBc¡irgado 'de ti .Se1
cretaría.
'
:&gt; •' • ,
• 199-1.:!.it' · "'I
-----------,--------"T----'-'--...:..:~..:........::_~~
~.
.
"CO..,..,.,OCªTO'DTA vi 1 • ¡&gt;•
·, (¡O(.
'"• o. ........
El 'Sr. J,uez 3'? de.lo_civil, •~¡J'. D. 'José M~J)old'.er6i ha mandado p9r auto de hoy!
·convoque a D. Florenc10 Dollllllgttéz; como m!indG y coliJUil!al persona den~.S«ñedadr&amp;n-¡
tillaln, á D. Pedro Diaz, á :Q,M.auuel T. Nájera1fQmo ml;{rid~t~e D! r,uz·Di~, á.R~ G_ua,
da µpe Aduna de Diaz, v~uda de D. )oa:¡uin, por si y por JIU nija m .Dólores, á m .JosefJ!.'
y Dl!-Paula Soriano, á D!-- Dolores Oristome1, á D. Lúis-&lt;'Jabreta como marido de•D'f Vioenl.a Fierro, á·D! Dolores Castrejop., á D~J)Jnca,rnacion Diaz y á las temas per~½I&amp;' qu,e
se. crear¡ herederos det fideicomiso de D. Ba,rtolomé Ruiz Mora1Ps1 lara que en él terñúio de un mes, contad() desde la prinie'ra pnblicacwn de( éste: preséntén· ír'deducñt
y comprobar su derecllo; bajo el apercibimiento, sino1lo ved.6.can, de q1Jiidefinitivamenti,l
Por el centrarlo, gracias á, una•legislacion liberal, y al im&gt;pulso dado á to- se ap!i_cará el sobrante q_ue á su favov ha ¡:esul~o ~e los bienes del re.i,~ ra®'ljd¡iicomiso,
dos los elementos de la tiquezá- de la Nacion, se ha visto -que nuest'f o C61t1¡er- únicamente entre los que cumplieren; entendidos 'igu'almeh'te de que·e~ ei filtlmó't'é~o'
1
cío exteri-0r, que en 1851 'era de 2,&amp;14 millones de fránoos, sube hoy 181 que-pot' equidád se concedé.
' '' ,
&gt;, ·
J ' 1: n .i\,,
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d 7 000 mill
Y err cup¡plimiento de i&gt; mandado, pongó el· p¡:esente¡ ' advtrtiendo 111!\¼ el /!1Zg!\do sa
1
prodigiosa suma e' mas e ,
ones.
halla sito en el Palacio de.Ju¡iticia. México, á 14 de Marzo de ·1865.-José 'Raz GÚzman~
En otro órden de ideas se os propondrán ~uevas leyes, que tendrán por E'sériband público. t 1
' · 1
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• I ,
1
'1 - ' 200.J3a..011(•
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objeto aumentar las garántías de la libertad individual: la primera-autoriza
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1 j • 1
que los acusados selln pt1estos pw&gt;visionalmente en liberta.él, cbn caucion 6
1·
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VENTA DE PRENDAS. • _
, ,1, ~· J•¡ -1 11 •.1 ,V .
sin ella, aun en materia crin1inal, y esto disminuirá los rigopes di la' detenEl 26 del presente se hará la venta de las pren,das &lt;lUl',IJ&gt;{Í~as quer~liskp en~ tienda
1
cion preventiva:,la segunda suprim~ la prision en '!Ii'áteria civil y en' matéria ~e la _esquina de la plazuela de Júan C.arbonero1 y ; Juáh eyoni,uqeltc).; 'lóqüire av'iü
e1:&gt;mercial; innovacion qull despues de t6do, no es•más que, la reaparicion de ª los mteresados. 18
•
· ,,
L ,:l-'..IJ/Lili20 J;HfO:&gt;1 :'
u~ principit muy antíguo. - Desde los 'pr~erórsíglos;~ e' Roma estabá.- déciMérico, Marzo de IB65.-J~~é La~sq., '· • • ,¡h
d1do q~e_la fbrtfina y no l~ persona.del deudo!u~sp·o~diese de,las deudns.
, : • '• ' .. , TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
" Contmuemos, pues, maFchando por el catnino trázado: en el exterior viEn los autos de concurso á bienes de D. TriJ!idad Morales, este tribunal, con fecha 6
vamos en paz con t~das las na_ciones y no_ hagamos OÍi' la voz de- la Francia, del corriente, proveyo -un auto que copiado á la letra aice:
-· ,...._:-- - · sino en favor del d · ch v d l · t' ·
1· t ·
• te'
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"México, Marzo 6 de 1865.-Por presentado el 'IIP,llé9~ente escrito del síndico admiere O J e a JUS icia; en e m En-ior pi·o 3amos 1as I eas ni.§tr.!ido,.-=-.0onstando por el escrito que el difunt&lt;t sútdiclJ D. Sebastian Balmaceda pre~eligios~ sin ceder. nada _en los del'echos del podéI'l.-civil; yropaguemos li senté en 4 de Marzo de 1860 (fojas 17), que-ijiu autórizadon del1iizgado nídelos acreemstruOC1dn por todas las clases de la sociedad; sim_plifiquernos sin destruirle dores, el mismo síndico, lejos de promoverJ\16 se diera ellll)plimiento á lo dispuesto en el
nuestro admirable ~istema administrativo; demos al Municipio y al Depai:• art. 7'?, cup. 17 de las Ordenanzas ae"Bilbao, p'br si re~1&gt;Mó' f¡úe los bienes quedaran en
tamento una vida mas indep d' t
•te'
• • • ti' , d' ,'d ·
Jl,08.er del ~eud9r1 quien ~egun de los,astosresulta; pa¡;~h9y los fºBse,va; en nh~prvllJlcia
.
en ien e; susci mos 1aimcia va m ivi ua1 Ye1 ªpl ~rticujop1t11~0.,YdeÍ79~ del 9óÍ!igo de c?,merc_101 el l]lihisP;b,:eJecb~r~pr&amp;'éo.~•a1 seespíritu de -asociacion; elevemos, en fin,•iel alma y fortifiquemos el cuePpo de cuestto de' los bienes, ¡papeles y libros dal fallido, &lt;qne se enfreg11ran 1&amp;1 smdieo adfi11rtistraia Nacion. Pero al mismo tiempo que seamos los promotores ~rdientes de d?r·. Confo~~ al citad? ~rt. 7~4 del Código y al 11, cap.17.de la&amp;101'dep~~s ~e;Bilbaó,
las reformas útiles, mantengamos con firme'ta.
bases de Ja Cdnstitúcion. diriJase oficio a la administrac1on de Correos para que sea deteIDda la correspondencia
Opongámonos á las tendencias exa!(eradaá de los que prbvocan cambios con del fallido, á quieh sa declara en este estado desde-e}26 de Junio de 1&amp;&gt;6, á i-eserva'de Jo
~
que des pues reimlte. Oíteae á los acreedores J.is~os en la foja 1~, 1á. quienes en atepcióf:
el so1o fin d e minar lo que hemos fundado. La·utopia es al bien lof que h. á la ausencia de va,:ios d,e ello~, se señala (ll té,rmiu,o de un mes para que pre¡¡enten al sín-1
ilJ.sion· es á la, verdad; y elprogreso no es la reá:lizacion de una te~ría' rtlás 6 dico sus respectivos.comprobl).ntes.
.
·• ·
' , ·
,
n. nos in_geniosa, sino la aplicacion de los resultados de la experieñcia, conRemitase copia á los periódicos, para su publicll'.ciotJ., de este 11uth, espresando que loe
88i;rados por el tiempo y aceptados por la opinion pública." , •
, de concurso iniciados en el juzgado 6? de lo civil en Junio de 1856,' s&amp; paaarod á eate Tri'
huna! con,oficio de 15 del próximo FE1brnro, que fu&amp;-recibido en,17, y {j_UE! por no haber
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síndico ni mas persona q~e promoviel'll, que el representante de los ¡wreedor!ls, no pudq
. ID1Smo m.oni eur pu 1ca, con ec a 16 e e rero, e p~rra,o si- proveerse este auto hasta qne despues de haberse oido'á él y al deudór comun', en auto
gmente: . ·
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.
del 25, se nombró sfudico administ~ador al Lié! D. José' Maria Sanrorium, y judicial al
"El Nuncio ha- tenido el honor de ser reoibiao en audiencia particular por Lic. D. José Mi~uel Enrique, de los c~álee el pi-imero aceptó Jlasta el 3 del comente,
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segun co~ta á.foJa~ 44 vuelta de los miamos autps, .
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, er or. n. se en°I:ª, s~ a ~os ra ? a 1g1 o por a pu 1c1 . . aLos senores presidente y colegas lo proveyeron y firmaron,-Castillo.-García.-4ba1
da a sus cartas particulares dlr!gtdas a los Obispos de Orleans y de Po1t1ers, , diano.-José María Cardeña, oficial 2? '
•
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· J
y ha asegurado á S. M. que penetrado de los deberes de su carácter diplo- Lt, 4.ue te hace saber á los inter~sados en cnmp!imien~ de lo'inandado.
· . '•
mático nunca tuvo la intencion de faltar al respeto debido á 1as reglas del
Mexrco, Marzo 10 de 1865.-José María Cardeña., 06.c1al 2? encargado dela BOOceta.ria.
1
1
.derech¿ internacional. S. M. ha acogido con benevolencia estas esplicaeio202-:38--,&gt;.l ' ' •
nes."
CITACIOlf JUDICIAr.,
,u.·, Jh 'JP
A LOS Av1ADORES Y AvuDos DE LA M:rnA DE 8.AN FELIPE. ··.11 wp
.. ,
El rep'resentante d~ !ajunta lrtenor directiva de la esp,r&lt;ll!ada mina ha p~d6,,,:'eduz
gado 1? civil ha mandado, que se citen á junta para el dia 20 del presente 'méa!' á iás 'docb
de la mañana, y en el local del mismo Juzgado, situad,o,en el Palac,io dtt Justie~ d!l,~t&amp;
cap~tal, á log aviados y aviadores de la misma mina; cpn apercibin¡\ento, á Joe ~no.con.,curran, de que estarán y pasarán por lo que acueideu los qne concurran, sea el .iiúm~ro
que fuere; adyirtiérídose que uno de los objetos principales'de -que debe tratarse, es él da
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
r..
n=o ai,ío.-'-Y para los efectos consignad6s, los cito pJriel_pre)!ente. · 1 -• n• . • •
REMA.TE DE UNA FINCA.
México, Marzo 15 de 1865.-.Migutl Fernandez· Guei'r11, Escribano. p_úblioó:
·:~ •
1
Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, de que es responsable D. Juan
• 1
•• 1 , , 1!)5--;3ir-3,. ,, "
Tam~ofrel,,como ~cep~nte de.U?ª lib!anza, valor de($ 5,000)' cinco mil pesos, girad~ á
lUZGADO DE PAZ DE JOroTLA.
,
, , , •1. ,;!•¡• ·
su car~o y a füvor de esta admiillStrac1on por D. Francisco Schiañno, la que no fué áa6s-,
.,
.
.
.
fecha a su vencimiento; con reserva de la accion qué esta.oficina tiene ~ontra ,el girador, t 1~orandose ~l paredero de D, 'M~rc~l~ ~nqar, ye?;~~, 1!.Jl.9
q!l esta1~a, tl!P' ~l
á cuyo efecto la letra fué protestada en forma á su debido tiempo, ha embargadQ UDaJja- pre~ente se,le ~1~ ~ara que dent~o a~l termrn? de tre~ta ili~1 cqntados ~~sd~ ~ p11blica dela propiedad d~l prime~o, que no ha pertenec~do á,ninguna porporacion civi~ JI¼ acle- cacion de este ªV:I;~, ~e ¡irel!ente en este Juzgado ¡l~r s1 6-pór a{&gt;óiléradó.,a c~~f)ij.
siástica, situada en la calzad.a de Ja Verónica que va de la i&amp;lesia de s. Coeme á ¡11 iarita, demanda que 8Jl Jwc:o. verbal, sobrti pago de reo~ de ~~enoi, lJl-P..W!JiU~, DM)édro
-del C'11lv_ario, mirando al Orie~t,e, contigua· á Ja conocid~ eón el Hombl'e de Ja~al ¡l'luevo C!1a~a, en re~r~sentac1on de D. Ramon _m1mande~, 11:d~1J111strador de 1~. hac!enda d'e S.
4!1ª fné del finado Inspec~r det cuerpo médico militar D: Pedro Vander L¡pden; Y' dé- N1co\as; ap61c1b1do de lo q_ue haya lugár s1 nulo veriíl~.
_
1r
b1~nd9'proo~derse al remate d~ dicha finca, 88 1:1\unoia al J!Úblico, para que las persón&amp;s que
J OJutla, M~ ?1~e }865,-:El .Jpe~,de, paz1 q&gt;rnelio Castanon•.
J 96-3s-3
qiperan hacer postura, lq verifiquen, acompanandólaa del correspondiente papel de abo"
2
D?; en ~lc?ncepto ~e que las almonedas se celebrarán en.el ~espacho ~e esta administralUZ_GADO ? DE LO CIVIL.
- .... ,. .... c1ón pnnc1p1Ll \os días 20 y 30 del actual y 10 del entrante, siendo la ultima con calidad
Palacio de Justicia.-~~xi(¡Or,,Mwz.o 15 deJ{i65.-~l-$r.,.f_n_ez1 I,.i.o, D. Manuel Pavon,
de remate; debiendo advertirse, que la rePfltiila finca, al adquirirla á virtu_d da una, permu á ha mandado por auto de.14 d~l'e'or'1eiíte, íe ,proceda íw 1i 4n~dl!. fA ~asa y terreno núm.
D._J!11111 Tamborrel ,qn Diciembre del año pasado, (ué estimada en($ ;12, §00) doce mil 4 del callej'on del Córazon;-en-el lmrrio1le Sto. Domingo-en 'facubllya;-retasada porelpeqlllil1entoe pesos.
rito D. Ventura Alcérreca en !11 cantidad. de 319 pesos, y ha señalado para la almoneda
México, Marzo 16 de 1865. ,
.
con calidad de remate el dia 29 del corriente á11111 doce.
El Administrador princip_al, J?na¡io dé Ía Barr;ra.
Y lo pongo ~n conocimient.o d,el públicp, para, que~~ person~ que dese~n hacer 11ostu,.
tu¡a, ocurran a esta SecreWiil, dónde gi daran las i.rl.Btrucc1onlle necesarlas.-Lic. M.
1 1
1
Frias, ·Secretario. '
l
··
197-3s~3 i

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las

ANUNCIOS OFIOIALES.

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.

.A.NUNCJ:OS.
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CITACION.

.

.

El Sr. Juez i~de lo civil, Lic. p. M.anuel ;María de la Sierra, ha m~ndad~ por auto de
catorce del corriente se cite ¡ior el periódico oficial a. D. Isidro Marin, á linde qu'e se presente, en el _Juzg~~ºi ~o~ sí ó yor apoderado, dentr~ de quince días contados o.es~e la fe·cha, a eegn1~ el Jwc10_ e)eoutivo. que le ha promovido D. Sixto López; a~ercibido•·que
deno cumplir .se segwra. aquel en sn ausencia y rebeldía, dándose los est1'jl.áos del Juzga.
do por bastantes.
·
'
·
. '
México, Marzo 20 de 1865.-EJ EsQribano público, Ant,;mio Campos de ia 'Vega.
·
19S-3s-l

. ,.

•

TRIBUNAL DE COMERCIO PE

:MEXIco:

.

'

Este Tribunal, en auto de hby, ~a prove\do !o sig'uieu,te:-"M éxicQ, 1\1:arzo 13 de 1865.Pot ,prei!lntado_con elyoder ~ijpecrnl y c~tlla !illAJlle del balance que se acompaña; d~clárase
en estado de qmebra a J?· Vicente Casti!l~, cuya época se éontará desde hoy, salvo lo que
deepues aparezca; procedase al aseguramiento de los bienes, libros y papeles del deudor
y_detencion de ~u C?rr~spondencia, ?ºª. arreglo á_lo•qu~ pievien·e el artículo 794 del có:
dlj!9 de COI11erc10, librandos~ el oficio corresp.endiente a la Administracion de Correo.a;
nombrase Smdico adminisifaaor á D. Pr~o~io ,Ve!asco y judi8ial, al Lic.
JosfM:

,p.,

CITACION JUDICIAL,
f/

:

t

(

)

j•

Enjm1ta celebrada el di1113del !lorrien_te, en la qu.~:se·dec)aró P,Or,el Sr: Jp.ez ~~ ~e¡lo
civil, Lic. D. Evaristo Reyes, á pedimento de los acreeaores. que' se hallaron pi:esentes,
concurso formado á bienes de D. Sauti11go Barther, despnes dehaberse1 prpcediao'al'nombramiento de síndico, salió electo el Lic. D. Agustín Peralta, quien pidió e cite' á tbdos
lo@ a.oreeaores pal'&amp; que en el término de die.z días, oonta~oa ,desde la publicaciQn de este
aviso, pre_s~nten en el Juzga_do los_justifi~~ntes de BlfS ~réwtos; bajo ela~rcibimiento 9-ue
de no verificarlo, no se cons1d~raran como acreedore~ al espresado concurso. Y habiendo determmado de cpiiforn;iidad el referido Sr.'Juez, pongo el presente en,Mético á 15 de
Marzo de l e.65.-Casimiro Fernandez, Esc~báno público.
'.
194-4s-'--4
• lUZGADO 4~ DE,LO CIVIL. , ·, .
;,
, •
.r '
' El Sr. Juez 4~ de lo civil, ~ic. D. Evaristo.Reyes; ~ll auto ~e ayer, ha,~¡md\do ij\l convoque por los periódicos á los que se crean con derecho· á los bienes def intestado, de D.
Marcelino Sl)n~b.ez, _p~ra que en el té:r~ntNe tJ:einta dias:se f res~nitln i ,a'.eql!cit !QIÍ que
lés competan; aperc1b1dos de lo que,,haya. lúgat 81 I.o lo verifican. •,
•·
r
:.Mé.ililo, Febrel'o 7 de 1865.'-M&lt;thU4l1T. de M~es,.Escribano púolico. .97-30,11-29
·

r

r ..

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>-

•

DEL

IMPERIO

·DIARIO
I'

1

MEXIOO: Martes 21 de Marzo-de 1865.

TOMO l.

SUMARIO
Ol)[ENTERIOS.-Pr&amp;nnclones de la Prefectura sobre lo que han de costar los entierros en los cementerios de la capital
SOLIOI'l'UDES.-Denunclo de un ojo de betun mineral en jurlsdlccion de Tempoat-Otro de un manto de
earbon de piedra y un criadero de petróleo en jurisdiccion de Hueluatlan.--Oiro de earbon de piedra en las
Inmediaciones de Cullacan.--Oiro de lo mismo en la misma jurlsdlcclon.-&amp;Ucitud de privilegio para un
motor de viento.
DOOUMENTO.-&amp;cledad de Geografia y Estadística. Acta del 28 de Febrero de 1866.
LA MIJ!ION DEL GEN ERAL MARQUEZ.-Artículo sobre est.o.-COmunlcac!on del Cónsul mexicano en
la Habana.

Y habiéndose admitido él registro con fecha 16, en cuanto ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á, las Ordenanzas, se avisa al público para que si ~lguna persona se encuentra con derecho á, oponerse, lo
deduzca ante este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firiado) MANUEL ORozoo.

CEMENTERIOS.

México, Marzo 17 de 1865.

PBD'D7l'UBA l'()LITICA DEL DEPJ.RTAKDTO DEL VALLE DE DXICO,
__

1

Para cumplir con lo dispuesto en circular de 12 dél presente, sobre panteones, y teniendo á la vista las prevenciones publicadas por
el ex-gobierno del Distrito en 10 de Febrero de 1861 el Sr. Prefoc•
.
•
•
? •
to polit1co ha temdo á brnn disponer se observen las s1gu1entes:
1~ El cobro de sepultura, segun el lugar y cl8.6e de sepulcro, se
arreglará á la siguiente tarifa:
Pant.eon de Santa Paula.

Entierro en ni cho •••••••••••••.•••••• $ ló
9
Id.
en portal .••••••••••••.•••.••
2
Id. en pavimento •.••.•.•• .'. ~ ••••
1
Id. en camposanto............... .

00
00
óO
00

Pant.eon de loa Angelee.

Panteon de San Femando.

Entierro en nicho .•••• ••••••••.••.••• $ 40 00
Id.
en galena 6 portal. ••••••.••.•
16 00
Id. ·en pavimento....... -: •• : ••.•••
8 00

D. José Giron ha hecho formal registro de un msinto de carbon de piedra
'( ~n ~ri~dero de petróleo, situados en la barranca nombrada de Te¡ietatitlan,
JUr1sd1cc~~n de Huel~a~lan, en e! Departamen_to de Puebla.
Y habiend?se ª~)t~do el registro con la mis°!ª fecha en cuanto ha !ugar
e~ d~recho, sm per;mcw de tercero Y conforme a las Ordenanzas, se aV1sa al
publico para que s1 alguna persona se encuentra con derecho á, oponerse
lo deduzca ante este Ministerio.
'
El S b
ta . d F
to
u secre rio e ome(Fn. ' ad ) M
ITID O
ANUEL 0 ROZ0O.
México, Marzo 18 de 1865.

Entierro en nicho .•• ., ••.••••••••..••• $ 18 00
8 00
Id. ~µ pavimento . • ••••••••••••••

•

D. Ildefonso L6pez ha hecho formal denuncio de un manto de carbon de
piedra, á inmediaciones de Culiacan, Departamento de Sinaloa, y al Sur del
que ha sido hecho por el Sr. General D. Emilio Langberg.
Y habiéndose admitido el denuncio con fecha 17, en cuanto ha lugar en de·
recho, sin perjuicio de tercero y conforme á, las Ordenanzas, se avisa al público, para que si alguna pe.rsona se encuentra con derecho á, oponerse, lo deduzca ante este .Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozoo.

Panteon de San Pablo.

Entierro en nicho .•.•••.......••••••• $ 16 00
Id.
en bóveda •••••••.·.•...•...••
10 00
1
Id.· en pavimento .•••.•...•.•.•••
8 00
Id. en camposant?, .••. : ••.•••••.
1 00
..

.Pant.eon de San Diego.

Entierro en nicho ••••••.•...••••••••• $ 40
Id.
en pavimento ••••••••••••..••
20

00
00

Panteon del Campo Florido.

Entierro en nicho .................... $ 16 00
Id. en pavimento. • • • • • • • • • . • • • • •
8 00
Id.
en camposanto .••••• - , • .. • • • • .
1 00
Las cuotas.espresadas se entenderán para los entierros de adultos,
y l¡¡.s de párvulos se pagarán rebajando de ellas la tercera parte.
2~ Los entierros en la fosa común, llamada generalmente zanjon,
se harán siempre gratis, ya vaya el cadáver en cajon 6 descubierto.
Estos entierros solo se verificarán en el panteon de Santa Paula.
3~ Mientras se dan las disposiciones definitivas sobre el particular, las boletas de entierro para todos los campos mortuorios de la
~unicipalidad, se espedirán por la secretaría de esta Prefectura, previo el pago de los derechos correspondientes, esceptuándose el pante?n de Santa Paula, cuyos derechos seguirá percibiendo el Ayuntamiento de esta capital.
México, Marzo 20 dé 186ó.
El Secretario general de la Prefectura,

(Firmado)

NUII. 66.

ALEJANDRO VILLASENOR,

S OL ICI T U 1) E S.

---.....;...;.;...._;____:_______________..:...:._ _ __:_

MINISTERIO DE FOMENTO.
SECCION 1~
Mé,ico, Marzo 17 de 1865.

D. ~ispin Nava, por sí y sus socios, ha hecho formal registro ·de un ojo
6 vertiente de betun mineral sit~o en el lugar de Cantarranas terrenos de
Tempoal i j~ri~di':°ion del mismo pueblo; y de otro en la loma del Gallo de
la m1Sma JUrisd1co1on,
•
'

México, Marzo 18 de 1865.

D. Cárlos Carrera ha hecho formal denuncio de un manto de carbon de
piedra, á inmediaciones de Culiacan, Departamento de Sinaloa, y al Norte
del que ha sido hecho por el Sr. General D. Emilio Langberg.
Y habiéndose admitido el denuncio con fecha 17, en cuanto ha lugar en
derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas, se avisa al
público, para que si alguna persona se encuentra con derecho á, oponerse,
lo deduzca ante este Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozoo.
SECCION 2ª
Mé1ico, Marzo 18 de 1865.
80LIOITUD DB

D. GBNARO VERGA.RA, PIDIENDO PRIVILEGIO •ESOLUSIVO

PARA. INTRO·

DUOIB EL MOTOR DE VIENTO DB QUE HA.OE MENOION,

"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos se•
senta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Ante V. E. con el debido
respeto espongo:-Que habiéndome solicitado algunas personitspara que les
construya motores de viento de los que se han inventado últimamente en
los Estados-Unidos, y no queriendo yo perder los estudios que del referido
motor he hecho, así como los costosos viajes que me importa su conocimien·
to; conforme á las leyes que conceden privilegio á los introductores de mejoras, espero ·de V. E. se me concederít-Este motor, de cuya construccion
acompaño modelo, es de grande utilidad para toda clase de agricultura, aplicándolo á bombas ú otro aparato de subir agua, tanto porque es muy eco·
nómico, pues basta el poner una máquina para que sin intervencion de hombre ni costo alguno posterior, trabaje de dia y de noche, como porque en un
terreno dado, se pueden colocar cuantas máquinas quepan, sin que por eso
quede alguna sin parte en la accion del aire. Este motor tambien es aplicable con ventaja, á molinos de harina, café, colores, etc.-Las pe.rsonas que
no tienen para cubrir el elevado precio de un pozo artesiano, pueden con
muy poco obtener un aparato' de estos, y hacer fértiles sus tierras áridas.Ruego á V. E. se me conceda el referido privilegio, en lo que recibiré gracia y justicia -México, Marzo 15 de 1865.-Genaro Vergara."
Lo que se publica en los periódicos conforme al art. 14 de la ley de 3 de
Noviembre de 1858.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozoo.

�DIARIO DEL. IMPERIO.

.DIA'RiO ~-DEfu IMPERIO~

1
eI ai-tiou1o de MM. Pelouze y Cahoms, en el que se trata de los petróleos de
Amérlá.
-Aünque el que suscribe recibió igualmente "&amp;l:f-tbmo que lleva por título
L
"La
gr.anlleza Italiafi)t," no se ha ocupado de él, por juzgar que debe encarSOCIEDAD MEXICANA
gars~ Ja revísion ~ algun otro de los señores Socios: cree que el Sr. Secretario perp~uo de~meeñaria debidamente este encargo.
DE C~OCRAFIA Y ESTADISTICA.
Eu el caso anteri'ór se encuentran los dos cuadernos titulados "flevista
t Ac~A NUMER~ 81,
del Mundo colonial;' én cuyós impresos aparecen artículos sobre México,
1
l
México, Febrero 23 de 1865.
escritos por el Sr.,Gagern: dichos cua&lt;lernos deben pasar á una Comision esI
Apro'baaaia acta anterior se-dio cuén1a: pecial.
·
•¡ d J
En atencion ~10 espuesto, concluye la Comision proponiendo.
1? De un oficio del Presidente de la Junta auxl iar e alap~, re::Pritnyr.o:,.~e-se dicten las disposiciones convenientes para que la Sociemitiendo doce ejemplares de un informe sobre el cultivo Y p.rodu-c.. dad-c6ntimí:e 1·ecibiendo con la regularidad conveniente el periódico titucion del algodon en aquel Distrito.-Que se acuse el recibo dándo- 19.1:it&gt; "El Monitor Belga."
le las gracias.-Que se pase un ejemplar á la Comision especial de
Segundo. Que se encargue á uno de los señores Socios la revision del toªK!·icultura y otro á la de redaccion_ del Boletín para lQs fines con- mo que lleva por título "La grandeza. Italiana;' y á otro los dos cuadernos
siguientes.
~
•
d? la," Revi~ta del ~lfndo colonia\." .
•
2~: t&gt;eJa.P.refectura de Querétaro, s~ e Í estravío.áe l'J.tlipéqu\i ~ Mexi.c&lt;]t lEl~retd ~Jie l865.-L. Rio de la Loza.
• \J • •u
ño~_caj.a.n..con muestras da cai:h~n ~n_e1:3.l,-que,,._ remití~ á la .Socia-- . Tomad? en ~onsideracion y d~c!ara:do de olrvía resolucion se pudad.-Que se le c~nteste habe1__se 1ec1b1d~ Y.ª .?:c~o caJon11y q_ue l~s sieron á d1scus10n las dos propgs,1_.c1ones, con que termina, y ambas
~liestras.que confaen~ se, pase_111_ a,~ S~.•socio R1_&lt;&gt; la Lozaieh com1- fueron, 11,proba~a~, nombrándose p&amp;ra f~ revision del tomo .en.it&amp;liano
ª1?1l es1pe~1al •par~ que las _ex~mme1·y -di:'! t~1 _op1n.1?n. .
. , al S1·. Secreta,r10 perpetuo, y para la de los cuadernos de .fa ~.i~ta:
' !30 Dél -St. soc10 corresponsal en J afapa;, D. A'.rl~nib M. Rébolle- al Sr., Castro D. Rafael.
·
, ·,
, · ., ,
do, acusando recibo de su _diploma.-Al aré:llN5:'';· . .
'
7º Se procedi6.á_la V(!faéion para socio corre~porisal en les;·Est,r'
4: De una carta del Sr. A.. ~alte-Brún; s.e~retano gen~r~I de la do.s-Unid~f de D. Luis de.Arroyó; y füé aprobado. Se ac@rl611m_ni
Soc1~dad •de ~ografia d'e fans,c fecha 9 de Diciembre, rem1t1endo la tirle un ejemplar de la coleccion del Boletín.
'
resena que hab!a presentado en.la_segunda asamblea ge?eral de el_la ·-8? Se-p-roc-edió-á-·htvota-cion para s-o-cros- coTrespimS!le-s efi QUe-sobr~ su_s }1a~ªJP.~.Y Jo~ pro.,gresos de aquella Corporae1on. Al tms- r~taro de los Sres. D. Desiéle:Hóifü;S~aniego, Lic. D. Manuel MenD'f.PL~~e19p9,,y~po!P).,enaa.,~1..Sr. _¿\bate Erµ~.a.f\uel Do~eneeh, ·quepa- d10la Y;-~ .J). J o~é Si~ob1 y f~ron aprobados, d:ispcznién:doJm' :que
s@!I':~1~~1\c.0; para. &lt;tQtJ,tmuar 13u~ traba;1os- ~thnog¡;áfi.cos isobre la al rem1t1r sus nombramientos al g¡., P-refecto político, se le recomienAm~nca.-Que :..sft;: 1(1 den_ la~ gracias, _reg1s.t~~nd.o_s.~ el cu.ad.eruo·íqu.e de_, que: con. ellos y el Sr.- Lic. D. Víctor Covarnrbias proceda.~ i'ds~\lJ1eQ~ la. r~s.ena en el JLb1·0, respectivo, el que se pilSará á la Cdm1- talar .la.Juilta auxiliar, quiem deberárpresidirla cowo·'S~io hoootatia'
sion/e..rev~s1on de o~ras. . .
·
. 1 • ·. .'
•• .
qu~ ies de esta Soci~dad. . ,
,
,,, , ,. ·1• •
, ó, , E1l"conse~uenc1a: se h1e1etott las siguientes postulac10ni:'s, que
9? La Secretar[&amp; dió.cuenta con el eaiálogb qlia por , füs~i3i.eioo,
quedaron de primera lectura. .
·
·
,
tle la Soo~dad se: insert~· á conbinuaoion, registrándoslJJl&amp;Sobr'&amp; q.ue
Concurriendo en el Sr. D. V. X.:Malte:.Brun las clialidades· que !'reviene ~I contiene en el libro respectivo.
,,.
'
el reglamento, lo pbst~larrlos para! miembro correspQns&amp;l de esta S,1ciedad. h
México, Febrero ~3 de 1865,-.T. U,r-haM Fonseca.-J. M. Arroyo.-Fran- vATALOGO DE LAS OBRAS, CUAD'E'RNO'SY-MÁJIAS Q1rE EL INSTITUTO S.Mfl\HSONU.,
cisco Pimentel.
\ .T·
No DE W A'é!rnGTOWREMITIÓ' co.r,i:o 11'N" osfíi.tiiitd 1 E'sú'1So~ftitto.

LA. IIISION DEL GENERAL IURQUEZi t• ·
, • r¡''
Transacciones- áe J..!18 ' omé9UU1·í:eolaa del Estado
de Massaohusetts.-1 S!}Z.... . • • • . • ... ... .. • ... .
1 Existe en la Habana un periódico intitulad9 ":C~
~t bt~i'
Colecciones de nÍiscelánea del Instituto Smithsoniano
Idem.
par~ce que ha tomado empeño en zaherir al Iin.periJ·~~Jican.q ~P •
de Washington.-1862 . ... • •,, •. •.......... . .. 4
demgrnr todo lo que ái él se refiere. En uno de sus mím,eros de Ji.pelJ•
Franees. Ojeada.•so-bre la hidrología-de México; y principalmende Febrero, al hablar de la mision confiada por S. M.-,a1 Generat
·"
t'e de su parte O'riental, por Em·ique de Sansure.Márquez, se expresó en términos tan descomedidps¡ que el ICónsül'
1862....... ,·.•· · · · · · · · · · · · · •' • · · · · · · · · · · · · · · ·
mexicano en la Habana creyó de su deber dirigir al S'ééret~riotd'e'
Sobre la ma-rcha an'ual del termómetro J baróm~tro en
ldem.
Nierlandia y en di~er~os lugares de ÉurbEa, de~ucila capitanía general, la comunicacion que, verán nuésh=ds' lectótea-Jf
da de. obsocvaciones snnultane:is, hechas·1m 49 a 59
pié de estas líneas.
i ·• · ,ip !9b •1
. pon Buys Bnyot. Amsterdan; 1861.. ,, .. , . .r.,.. . . l
La respuesta dll,da al Cónsul por órden dyl ~eñoF Cap~ta¡ri'1G1bj{e:
Sobl'e- las lig-as de éo'tlre y únc¡'POr' StQlft.-1860. . . . l cuad~
"ldém.
ral
~e Cuba, que tambien insertamos á contin~~cio~,: e~ Jq. '.qlUhl}?"'
R.elacion anual dirigida al Minrsterio·de H:rcienda por
Idem.
po&lt;l1a menos de esperarse del alto funcionario JJU~ r,epr~enta1.:tan •
el Dil"ootor del Observátori&lt;J físico central de San
Petersburgo.,..._¡}852 á 55 ..... , . . . . . . . . . . . . . . . . 7 id. djgnamente en aquella isla á una nacion ,ámiga de Mé~ioo-. No.podía¡"
en ~onseeuencia, ser mas s_a~isfactoria; y nádá ,mas t.enHFiamos qú(
Cuarto cuaderno de datos meteorológiaos, pnlüícados
Idem.
par autoridad de una. Sooiedad comercial en Lóndec1r, despues de. dar pubhc1dad á los documentos oitadbs,· si est~ in!"'
dres.-1860.... , . . .-... .--,.,- . .. ....... . . . . .. . . 1 id. cídedt.e no nos diera ócasion p'ara respoúdér~eti br~és ~a1abrafs ~Tas .
1
Documentos sobr'e i-nscripcioIYma ítima, policía de naldem.
m&amp;li~n'as vétsio~es y 'á los co~~ntarios d~ mala ley ~~; há ;ng1
V~Mion, pesea y ~nsiones del ejército de ·mar, por
espintu de partido sobre la m1s1on de que hablamos. . · 1 • •
el Mihisterio de Marina. Pari's, 1862 ..... . •. .1 ••••, l • id. "
'I
Para desmentir esos comentarios y versiones de que se ha hecho
' ~femorids de la Acádemia imperial de ciencitts, ahés
ldem,
e?o
"La Prensa de la Habana," no tenemos nece~ida,d,d~'l'eptQduy literatura, de Dijon ......... . ............. .. ·24 tdm.
CJrlos:
~asta recordar que se reducen á infundir la falsa idea de que
Boletín -d&amp; la Academia.. Real de ciencia's, literatura y .
Idem.
pellas artes de Bélgiea.-1860 y 61....... .·.... _. · 4 id. el General Márquez es una de las victimas de la politica teneqresa
Memotiás ¡fremiadas y algunas otras publicadat por 1a 1•
q':e procu_ra alejar del país á l~s hombres. de ciertas ideas~ q~~ pQ,..
Idem.
Academia .Real de Bélgica.~186-1 y·62 .... ·. ·.·.... 2 id. dr1an servu de estorbo en las c1rcunstancrns presentes. ·
. ,., 1
Memorias de la Aoádémia, de .Stanislas.-1859 . . , . . . 2 ui
Idem.
Nada mas contrario á la verdad que-esas gratuitas·suposicioo~s,y·
PFooedimlenttos dé~ lhstitrtw•k1•1trreot&amp;gico_ aei lá Gra'tl
I~és.
Bretaña é Irlanda.-1846.. : ..1. ......... : . .. _.. 1 id. nada mas patente que la mala fe de los qúe las propagan. .]ll,gene-"
ral Márquez ha sido 'honrado, y estamos autorizados parn deelararlo
Memoria ilustrada de hÍSto'tía Y' antig,iedades del conasí,
con una mision •digna de su mérito, de su pclsiéion y de slls'set..:
dado y ciudad de York.-1848 . ........ , . . ... i . 2 id.
vicios.
El Emperadbr de México, que se honra eón el gldrioso tíhl :.
Relaeion de la reunion vigésima y vigés.imasegulidá
Idem.
de la as-ooiacion británica pata- el ádelatito de las
bre de Príncipe católico, ha resuelto establec~r pa~·/l ,SU país ¡os deciencias.-1852 y 53.............. . . .. . ..... . . 2 id. rechos qu_e Je_ cQrresponden en los Santos Lugares. E{asta aqui lip.bj~
Relacion de la primera, segunda, te1·cerá, cuarta y quinldem.
España eJerc1do est,os derechos, enviando de México los cuantiosos
ta ~eunion de la asociacion bnitáhiéa-para el adelanto
fondos con que se sostenía el culto en Jerusalen. Ha llegado la épode las elencias .. ............... . , ...... .·.:. : . .4 id.
ca en que México independiente _euede reclamarlos y establecerlos;
El Diario americltnó de clenclás médicas, 1edabtado
Id'e'tti.
y
para llevar á cabo esta obra de independencia y de catolicismo, ha
' por Isaac Hays. Fifadelña.. .......... . ........ ,. 10 id.
enviado
S. M. á Constantinopla al general Márquez, encargado de
Diario americano d&amp;sanidad, por los.oficiales del cuergesti~nar
este importante negocio cerca del Emperador de Tur,quia,
po médico- de la cas11, de locos del mado de N. Yo.rk.
1863.. .... ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 id. y de rnstalar un Consulado mexicano en Jerusalén. Ademas' de ·esEl Diario medico mensual.-1854 ..... _.......... 1 cuad~ to, ~l Emperado1:, respondiendo á la piado~a iniciativa de la Empe- ldem.
Revistfa tfimEl~tre de la médicina&gt; y cil'11jía1 práctica briI~.
ratr1z, ha_determrn~do comprar la casa de la Virgen en Jerusalen,
•-tár¡i'&amp;' y ~~tll.il.Jéra, 11 duatlérnos desde' 1853 á 61. 11 Id. con .el O~Jeto de edific_11r a!li J ~? :cesta u~s~ntqfl'¡i~..que pertenezca
Númerqs &amp;3 y 68 de las Me.morías de la Univ.ersidad
Idem.
á la nac10n; y ha dad'o esta com1s1on al general Márquez, que ha ido
de los regentes del Estado de Nueva-York á la Le-,
gislatura de aquel estado en 50 y 55.·........... 4' tóm. á d~sempeñarla, provisto de fondos y de ricos presentes para ello,
cleb1enqo ser ayudado por cinco religiosos franciscanos, que le a,pQJn•
FráDeé&amp;: Re\lista dél Oriente, relativa á la Argelia, y las colopañan en su viaje á la ciudad sant~.
nias, y las' actas tlll la Sociedad de Francia desde
1847 á 56....... . . !- ••• • ••• ••••••••••• - • • • • • • 6 id.
E~te.es el hecho en suma; y este hecho es altamente cristiano y
Caté.logo, de los producto¡¡ de las (Jolonios francesas,
patnót1eo, puesto que se ~~·ata de que tos- mexicanos tengan en los
ea-vlados á la esposicion deiLóndres en 1862. . .... J cuad? Santos Lugares un Santu ano_q_ue les pertenezca; pensamiento digno
Viaje de la esploracion erl la Guayana fl'itrtcesa, 1861,
Id~mi
por el teniente N. Vidal. ........ . ... , . . . . . . . . . 1 cuad? de un·monarca que sabe asoe1ar el respeto á la.s tradibioóe¡neligió-.
sas con:los progresos. sociales de su época, y que aspira á. edaltecei¡
De 1o~ peces grandes que se encuentran en los mares
Idem.
polares por el teniente J. Layole..... .... . . . . . . . 1 id. con las ~obles ideas de Religion, de Libertad y de Patria,. el espiJ:Ítu amortiguado del pueblo que le ha confiado su,s dei;ti~os,.
,
Inglés.
Sobre lit telegrafia meteorol6gica en Inglaterra. . . . . . 1 id.
Fl'ánces. • · Viaje á Madagascar en 1862, por el Baron Bross!trd
Por lo &lt;lemas, apenas merecen contestacion las ridículas especies
de Cdtbigny..... . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . .. . l id .
que han vertido algunos sobre el contraste que pretenden encontrar
Idem,
Révisti geográfica de 1861, estractada de Ía Revista
entre el carácter del enviado y la rnision que lleva. Ella debía conmarítima y colonial de Francia ...... .'. . .... , . . . I id.
fiarse, como lo co~pr_end~rá todo el mundo, á un personaje de alta
Segunda }4:~mo1:ia de un reconocimiento geológico en
categorfa,
qu~ se d1stmgu!era ademas_ por ,la pureza y la constancia
la parte del Sur y central de Arkansas hecho en
de
sus
sentñ.m1entos
catóhcos; y reuméndose estas circunstancias éIÍ
1859-á 60 ............... . . .... .... .'......... 1 tom.
el
general
Márquez,
nadie mas á propósito que él para un encargo 1
Catálogo
de
la
6ª
exhibicion
anual
del
Instituto
de
MaIdem.
de esta naturaleza. Debemos añadir que al encomendársele S. M. el
rylandia, para, · promover el adelanto de las artes
mecánicas, 1853'............ . . . . . . . . . . . . . . . . . l id.
Emperador, no solo quiso honrarle con una prueba de confianza siNúmero 3 del primer volúfnen de los trabajos de 1a.
Idehl..
no tambien proporcionarle los medíos de consultar á los facultativos'
Academia, de ciencias de San Luis en los Estadosmas·afamados de Europa para la curacion completa de la herid~ qu~r
Unidos .. .. ......... .. ... .. ........ .. .... , . . 1 cuad. recibió en l\forelia.
Frances. Di6cionario geográfico de ta provincia belcra de Lux:embourg....................... -... ~. . . . . . . . l t-0mo . No necesitamos decir mas1 sobre un hecho tan sencillo, que mal
mterpretado adrede_por fos enem_igos' de1'Iii1perlo, mientras que esPortugues. Anales de las ciencias y literatura, publicados bajo los
tán gozando á su sombra de todas las garantías, ha sido adulterado
auspicios de la Academia reat de ciencias de Portugal en 1857 y 58.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Si cuad. y desnaturalizado por algunos órganos de la prensa extranjera co-lnglée.
Reseña astronómica en 1SS9 y 60, del Observatorfo mo lo ha sido por el periódico ya citado de la Habana. Se comprenReal de·C!heenwicli............... ... . . . . .. . . . . 2 id.
de que la política del Emperador encuentre opositores dentro y fueldem.
Exaéta aproximacion de ascension y distancia al polo
ra_ de aqu~, P?rque no todos juzgan las cuestiones mexicaJJas por un
d;l Norte, ó 720 estrellas tomadas por las observa~1smo criterio: lo que no~ puede comprender, ni mucho mebos L
ciones hechltl! en el Observatorio de Greenwich... . 1 cuad.
d1sculpar, es que se achaquen tniras rastrera¡¡ á esa; política, C1.1iindo'
Frances. Desc:ipcion d? 'Un nuevo género de fósil, conteniendo
ella es tan franca, tan noble y tan elevada, como conviene ~ la gran- ,
vanas espe01es parecidas al Glyptodon, por L. Node obra de regeneracion que ha emprehdido el' Soberano de Mélico.
do}.,·, .. ,.. . . ... ............ .. ............. 1 id.
Hé aqui ahora las comunicaciones de c:tl)e hablamos a:l prinéipioc '
Resefi.a anual del Teniente Coronel J. D. Graham sol
bre la mejora de los puertos de los lagos de los Es- ,
CONSUL!DO GENERAL DEL lnERIO MEXICANO EN LA' R!l!ANA.
tados-Umdos, 1858 y 60. Duplicado............ 4 tom.
Portuglles. Cuad_r? elemental de las relaciones políticas y diploNúmero 26.
Haban11.y M11rzo,3 de '1865. · , '. '.,
mat1cas de Portugal con las demas naciones. Tomo
1
Cdn motivo el suelto' iue ;publicó la "Prensa1 de, la Jfab~na;" { ~ue-!
Frances. ~:a~o i~
1~
iS62
~~inpa'fio á v. E.·ad;ju~to, diyig1 a_l señor secretario d~t gohi~~I;lO ;sull¿hg~\,~
civil,
la nota que copio a contmuac10n:
...
.,., ,
( Concl11ir6..)
1 "Fe~R 24 de 1865.7.Muy señoi; mio y deJµii respeto: Con penosa sor-

266

DOCUMENTO.
......

Inglés

•

.1

,

M9,'e.f'.

1

l

El &amp;r! .i\.bate, E~¡:¡.uel, DbmeJ1e'chl Misionem Apbs:t-óJic0,cCarió.nigu1de IDIOMAS.
•
•• •
•
, .,
J I TOMOS.
lt{qr¡tp.~e~ y,iµjero,bro .de,la Aeadenúa.P.on_ti:fihla,_ se .halla actuaJ.mente 'eri Ínglés.
Jnfo~me a~~al que ~a el .superintendente, ae.1¡ leva~!&amp;
México, para seguir su!l. tr!\bajos E1tho.nográphi.oos.- sobt·e l¡i" Améri.ta, cuy;a ,
1mento de planos d.e la cps_ta en los Estados-Unidos
comjsi9n ej1:11,1~íJ)oa,¡¡e le ha enoargaqo p0r eli.gobiéimá frane.es. DidLO séñor
al Senado: compreñde-desde 1854 á 1860.......•. . 7
Ab,a.te }m p~pl~dQ y9¡ v;ru¡ias o.brasrel,J.tivas ~ su•.oomision:y' á sus vi¡ljés: Frances. 1Geolbgía de Bermont?-1861:.. : . . ·.. . . .'.. .''. ..._.J°J 2
1
ci:eerol)s ,que será t;nuy íitil y conveniente el que diqha s.eñrir pi¡rtfmezqa, s, Ídem.
An:áles del ObsePvaterie·f:rsioo·&lt;léhíráldeRu~ia.-llfflU'; 2
esta Sociedad, con cuyo objeto lo postulamos para.,shcio hollOl!ll.l'io ,te. elia~ ·,Jdem.
Anales del Observatoxio real de &amp;uaelas.-1861.... 1
México, Febrero 23 de 1865.-J.
Tfrb(tn()c Fon~e~a,.-Ji:r.
'&lt;lncisco P:mentel. nglés. { ~ Ob~erv~cig!}~s. ~e~~r9lóa!~asJe)a o.f\é!J}~ dp.n~fffi .'.l..
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., " 1
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1
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-J. L Duran.-J. miguel Arróy_q.
lo I,O¡le
n~t~:u~ o~i! _~~Í~l;l.% e¡rv :er.J~ni:ne l~M
859
Se ley•(;¿ th1lctá~en q\ie' si'gu;;_
_
1
r , ~ l · · · · · · · · · · • • · • • • • • :t\ •1.1. •, .. ., ••••••••••• , l
_
ldem.
EsploraciOll!fs p:n-11 lfrf a&amp;'tñino·ae'nerr~ 'deHió MissJSLa Comision revisora de v b,~s periódicas ha leido todas las que última- ,
sipí al Océano E®íi@J- =-1860. ... . . . . . . . . . . . . . . 2
mente le p!is'ó lft Sdctéü'ád, ); s~bre las cual~ espondrá su parecer ~OQ. el la- Idem. , ,C Es~afüstic!,l, _m~diCll del ejfrcitQ de lo$-EsmdQsa-lJnidós¡1 ~
conismd q,ilé'Úebe hacél'lo, ya pol! ser cóno~a!i~otlnion~hfo rela~i".O á·Íós
¡
de¡l855 á_5_9: .. ~ ... . ·:.:: .. ·.•.• ....', ! .¡, •••. ,. 2
puntos g'en~•¡j}es, ref'erenté!f á lá- natltralez&amp; de esas pub1icacionés1,"ya por ' no ldem.
Noticias físicas é hidráulicas del,r.j9 MiS&amp;issiIJÍ.r-1861. 1
demorar este d;iotáhien, 'Y' ya, en ful, por falta.r'él tieiíi~tJ neeesilrio•,para 1érl- J Portugués Hi~toria y iñeiñór1as- ae fa- Aca~em,¼ dé. 'C\~,Ícias. 4~
ti&lt;ar en p0m\en@res dti que- podrá. bcuparlle ver1&gt;a4ménte en el casd dá qile se
f..isboa, afi.b'!l -a-e·IS35, '37, ~; 48, 50, 'Ai.', 54, 55,'~6
cMYere1 ihdisp&amp;1,l!able. ' ,
. ' · 1· • '.
•
·
• ,
y 57 ...... ... ..... r ·" . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
.La eblllÍSlOrr•cuidará. póco de seguir uwótden broµo\ógicd, el de IhateHá~ ldem.
,His.tbria de.lDs monumentos poi:.tugu~s.Í-1866 y, 58 ' .8
ú otro; en su narracion adoptará mas bieu el de l'as públifacibnes· de que se · Idem.
1 lnscrjpciont¡s romana.a .eu .Po:cwgal, por Levi María
ha ido ocupando; y comenzará. p9r .el M9nitGr,3clga qu~,ultimamente reciJordan.-1859 ... __ .. . .. ... . ... •. . . . . . . . . . . . . 1
bió la Socie1~d, )
. •a • • • • • •
•
ldem.
1 Leiend:.¡.s de la 1ndili,"'por · Gaspar Con:ea, pub)ica~
Este es uno de lo'S per1ód1cos mas ut!les a esta, por contener vanos datos 1
. p_b\- fa Aéadeiñia ae·ciéñciás"déJ.,isboa.-1~58 f5'9. ~
estadísticos referentes á ese país. Bs-ttrra-publicacion oficial, y en el número Inglés. 1 Observaciones-magnéticas trtE!tedró1óglks-;heclras en'l#
correspondiente al 30 de Diciembr!} d,lll año que acaba de pasar, se encuencblonias- británicas pOT·órdeh del Mmirab'ta.zgo ·1h~
tran variq;1,decretos, tant-0 r~la~bos á los presupuestos del presente, como á
L glés, q~59-e 11 á 50 . . ...• . .. .... , ...... ·. ,. 1 • • • • 1, , j3
la admision de donativos de beneficencia, ¡&gt;agos de créditos, organizacion mi- lder~:
Keduc~\On¡d,e las observaciones de !os plan~ta.E!Ien-el , , ·, 1v
litar, disposicioires referen~es á fas cd1Jlisiohes de Esta'dístíca, central y proObservatpri9 de Greenwj.ch, de gmo á 1830 •. ~ . . . 11 ··,. •
vinciales, á la Academia Réal de B'élgica, Escuela de Horticultura, munici- Idlfü'i.
Reducéioh d~ las 'observ·acfoii.es liín'ares-' hechas en él , ·7 8
1
palidadés, vías de comunicaoidn por mar-y tierr~ correos, instrucción públí- .
! fl. • ObsiiHl.átbricl dé Gl:etihmcll,-di.i'r-óO a 1836'.: ... ·.. ~ 'l!'lt ~
ca,'trlbunliles y•oti•os muchos datos-tJ_ue clan ,una idea bastante •de-la marcha haneesi lMemofiá~'d~ la AcWd~mia re.A'11de•cienéja~, l~teratrf1•:tr ~~
11
admini~rati.va del Gopierno.
,
•.
·1
• bellas aptes, dé Bélgicá;, añO's ae•l858 á '61 .'._..... ·. -tf. .c..•
.La .seccion no 'oficl.ál no, es menos importante, ya poi11ue l!o obstante el luiléái · i 11Efeméridl!'S y a.lmanaque·náutioo arn'ei\ioanti,,de 1'855 , .f ,wf
rul&gt;lio, comprende documentos oncia)es, cómo;la. relaéi&lt;J.n del 11mistro sobre 1-') f
,· á.-;186,!4 ... ,..... . ... ,.... :,. H ¡: ... . -~,;. . .. . . . '· ¡ ·;¡ ~ . ; ulf..
A-sari1bleasnacionales, etc., y ya tambien por la reseña en'que-sé encuentran i4e.JP,t1
~oyic.iai, agrí.l}ola de Ohio (EstAflos-lfoidós),-l,$óli, 1 J • 01v
1 1·•
las notieias.dél estierior; que tanW ínt~res'an•aotualmen'té. ·
, t 1 ';,..l5t (\9 y 61,.¡, .;..., .. ..... .. .'.....,, , . ,.. ,, .\ ,., 14. , 51, 'ld'.:rt
En atehoion, á.. lo espuesto, juzga la Comishm que 'd~be hacerse· lo éorrve- Idem. · LteTacion a.el Instftutb Smithsoniano dé 'o/½h'i~gt(ll), ~e 1i ,; iru
niénte .para que la Sociedad cohtimí.e recibiendo, el MonitOl' Belga con la :re1855, 56, 57, 58 y 60 ......... t·: , . e ._.. {. . •• . 6
gttl&amp;Didad debida.
'
, 1 1: , , ·,
¡
ldem.
1'ransaeciones de la Sociedad agrícola él.el E~tad8 'dél
'
En cuanto al num. 9 del Boletín de-)a 8t&gt;oíe'dittl 11ImperlM tle Aclimáta- ,
Visconsin.-1851 •)"1852. : .. .. ,'l, •••••\ • . ' . . . . . . . 2
cion, ·no· h&amp;lla el que •suscribe, art.ículo·algii.nO'.de,inWr-es·&lt;Urecto -á fa de Geo- Iaem.
T~nsac_éio11es .de la ias.o~iacion :noofonal para la promografia y Es1¡a~ístle!a, M obstah~e, qlle todós ló tíenen baj&lt;J tla ótras-conside'l'acion de la ciencia social, por J eorge W. Hasting_s.
cioné.s, siendo dé tee!omendarse. el d~l Doellor Ruf! dé' L!wison, sobre la OVO• L
Lónares, 1.86l. ~ ..... , ..... . .. . . . " M '•'• • • • • • • • • • . 1
logia.
,
,· •
· ' ··• .,
ldem.
Transacciones--de la-asociacion;de-ge6logos y naturalisEl núm. 7 de la Revista•sobre ros prog~sos de laslciertdias 'éxactas, cortasaméricaños.-1840y w..·.. .. ..... ... ...... T
respondiente al ines de Octubre, _con~iéne a1:tícul0s' iitteresa'nf.es, il.lguuos dri• ldem.
Procedimi~os-&lt;fé 1a asociación farmacéutica ameriginales; como los ;relativos á las:observooiones meteóroló_gi.ca!f hechas-en Ma'. L
cana.-1862....... . ... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
drid, la flora sil~~e de, Ti.táguas•puébll:I d~ Víil~oia&lt;¡y,-e1Citleúdario fló'rál Idem.
RelacJÍ·qn. del S~p,~r!nt~ndente de la Instruccion pública
en e} Járdinibótál:iico de esa cápitáh otros;ton'la:&lt;los&lt;'de-vAria:s publicaciontis
. de Estado deJt!i~h}ngan.-1858. 7 • ••••• '. •••••• !'. :, • 1 1
estranjeras, y sin duda muy importantes, tambien relativos! á- las ciencias' [l!e'tn:·
' Relacio,n 'de1,l~ ?Jiqin,, cr~J.p,atent~; ,;Est!Wf&gt;iVqí~.~~, ,r •il~ ,·, ;)
exactas, á las físicas y las naturalesf 09n,•máij IJPi e¡,tract.Q,sebt'e diversas ma- L ''
, ªrfr?:s ~ 1
X~l. •u! i:11· •e ·i;,J;Jt·: !&gt;. ,'.,,·•,~
·• , Íi" l ' ( ll. 1ru· 11'
terias bajo el rubro de "V~rieda~P-&lt;i,)" Llama la atencion ent;e los segundos, iagcl: u
a vo!untáu tiumana, por .tijspy. limcmat1, 1 ., ,.•,.,¡.,_, t' r., ~;u11.,¡
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�268

DIARIO DEL IMPERIO.

"presa he leido el suelto que en su número de hoy publica la "Prensa de la
"Habana," á propósito del tema con que por tercera vez, en muy pocos dias,
"parece resueltá á_ sostener el interes de su diario, y á escitar...el aplauso de
"sus sucritores, la crítica mordaz y apasionada de los actos y de la políti"ca de S. M. el Emperador de México. Obedeciendo al sentimiento de mis
de?eres, me creo en el caso de dirigirme co~fid~ncialmente á V. S.,_por me"d10 de la presente, para someter al recto cr1ter~o de S. E .. ~1 Capi;an Ge·
"neral la conveniencia ó inconveniencia de continuar perm1t1endo a la re"dacci~n de la "Prensa de la Habana," la publicida~ deartícu}os del género
"del que me ocupa, y que tengo la_J)ena,de,incluir a V. S. adJunto para su
"exámen.
"En un pais en que la constitucion orgánica de la pr~nsa periódi_ca no
"permite la publicidad de ~ada que_ ~erezca la des_ap~obac1on _del ~obierno,
"seria sensible que la particular opnuon de un per1od1sta pudiese mterpre"tarse en Méxieo como la genuina expresion de los sentimientos de este go·
"bierno hácia la persona de S. M. y hácia el nuevo órden por la nacion acla"mado y establecido.
•
"El noble deseo de evitarlo ha' puesto' hóy,~señor Secretario, la pluma en
"mi mano, y yo me congratularé sinceramente de que así lo reconozca la
"muy respetable autoridad superior de Cuba."
Sr. D. Ramon Carballo, Cónsul del Imperio Mexicano.

ANUN:OJ:C&gt;S.
AVISO IMPORTANTE

PAllA LOS SUSCRITO RES DEL "DIARIO DEL lllPERIO."

Se van á reimprimir los núme;ros de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á. los suscrit~res que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobier1;10, que deban suscribirse al DIARIO, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan., para que la Administracion del periódico pueda,
arreglar convenientemente sus trab9:jos.
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado todavía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.

AVISO.
El Diaria del ImperifJ se publicará en lo sucesivo todos los días á las doce, menos loa
, domingos y días festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustín.
El precio de la suscricion 11erá:

En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . , . . ...... $ 1 50
Id.
id. por tres meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
En los Departamentos, por tres meses, franco de
porte...................................... 3 75

Habana, 25 de Febrero de 1865.

"Muy señor mio y de toda mi consideracion. He dado conocimiento al
"Exmo. Sr. Capitan General, de la carta confidenciaY fecha de ayer que se
"ha servido vd. escribirme, y se ha enterado con disgusto de la publicacion
"que el periódico "La Prensa de la Habana" ha _hecho de un artículo alusi"vo á la poÍítica de S. M. el Emperador de México.
"En su consecuencia, ha pre-oonido al censor dé imprenta que examine con
"la mayor escrupulosidad los artículo,s que se presenten á censura, á fin de
"que no vuelva á suceder el caso que V. S. ha puesto en conocimiento de
"esta Secretaría.
"Soy de V. S. con la mas alta consideracion su atento servidor Q. B. S.
M.-(Firmado) José Valts y Puig."
Lo que para satisfaccion é inteligencia de V. E. pongo en su superior conocimiento.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Cónsul General,

(Firmado) RAMON CARBALLO.
Exmo. Sr. Ministro de Estado y Negocios Estranjeros del Imperio.México.

l.

El importe de las suscriciones se pagará adelantado.
El precio de los anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelantado,
sin cuyo requisito no podrán publicarse.

Los recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincentiis, encargado de
esta administracion.
No se admiten reclamaciones por falta de recepcion del " DIARIO," sino hasta
el dia siguient.e de publicado cada númere.

.JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
En los autos del intestado de D. Leonardo Gonzalez se ha mandado por el Sr. Juez 4'?
de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se llame por los periódicos á las personas que se crean
con derecho á los bienes de a.icho intestado, á fin de que Ee presenten en el Juzgado á
deducirlo dentro de treinta. días cqntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-EI
Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
203-;-8s-1
lllPERIO :M.EXICANO.-JUZGADO 1? llENOR DE LA CORTE.
/

(falle cerrada de la Moneda núm. 10.

ORDEN.-Ignorándose la habitacion de D. Ignacio Izaguirre, por la presente se le emplaza para que comparezca en este Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y espensado,
dentro de tercero dia, contado desde la publicacion de este aviso, para alegar de su derecho en el juicio que le tiene promovido D. Felipe Zamora; apercibido de darse por ale. gado si no concurre.
México, Marzo 16 de 1865.
El Juez H' menor, Lic. Joaquin Perez y Giiemei
204-38--1
EN°TRADA Y SALIDA DE CORREOS EN LA Am.nNISTRACION GENERAL DE ESTA

SERVICIO DE CORREOS.
CAPITAL.
LLEGA CO~NDENCIA:

MA-RTEs.-De Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, TJaxcala, Puebla, Tacubaya, Lerma, Toluca, Temascaltepec, Sultepec, Tenancingo, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan,
Otumba, Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, San Miguel Allende; San Luis Potosí,
Guanajuato, Lagos, Guadalajara, Zacatecas, Tula, Ixmiquilpan, Tlalpam,
Cuernavaca.

.JUZGADO 4? DE LO CIVll,
De órden del Sr. Juez 4? de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se convoca por el presente
anuncio á los que se crean con derecho á los bienes del intestado D. Guillermo Pacheco,
para que comparezcan á deducirlo dentro de treinta días; . apercibidos de que si dejaren
pasar el término, sin mas emplazamiento se procederá á lo que hubiere lugar.
México, Febrero Z'/ de 1865.-Manuel R01nero, Escribano público de la Nacion.
205-3s-l

.JUZGADO 8? lltENOR DEL CUARTEL MAYOR NUllERO 8.
Por la presente se hace saber al albacea de D. Ramon Vaca, que en el juicio seguido
contra la testamentaria por D. J esus Goríbar, se ha dado por contestada la demanda y
abierto el ne~ocio á prueba por ocho días; citándose igualmente al r,ferido albacea para
SE DESPACHA CORRESPONDENCIA
que el día vemticinco del actual se presente, á las doce, á absolver posiciones; apercibido
de darse por absueltas y quedar citado para sentencia si no concurre.
HASTA LAS 9 DE LA NOCHE.
México, Marzo 18 de 1865.
MARTEs.-Para Texcoco, Ayotla, S. Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
El Juez 8" me11or, Lic. Zubiaga.
206-3s-1

Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Tenancingo, Temascaltepec, Sultepec, Ixtlahuaca, San Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec,
Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba, Aparo, Tlalnepantla, Cuautitlan,
Tepeji del Río, Soyaniquilpan, Tula, Polotitlan, San Juan del Río, Qnerétaro, Guanajuato, Lagos, Aguascalientes, Guadalajara, Zacatecas, Durango,
Tlalpam Cuernavaca.

ANUNCIOS OFICIALES.
ADMINISTRAQION PRINOlPAL DE RENTAS.

/

REMATE DE UNA FINCA.
Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, de que es responsable D. Juan
Tamborrel, como aceptante de una libranza, valor de ($ 5,000) cinco mil pesos, girada á
su car~o y á favor de esta administracion por D. Francisco Schiafino, la que no fué satisfecha. a su vencimiento; con reserva de la accion que esta oficina tiene contra el girador,
á cuyo efecto la letra fué protestada eu forma á su debido tiempo, ha embargado una fil¡.
oa de la propiedad del primero, que no ha pertenecido á ninguna corporacion civil ni ecle·
siútica, situada en la calzada de la Ver6moa que va de la iglesia de S. Cosme á J.a garita
del Calvario, mirando al Oriente, contigua á la conocida con el nombre de Jacal Nuevo
que fué del finado Inspector del cuerpo médico militar D. Pedro Vander Linden; y debiendo procederse al remate de dicha finca, se anuncia al público, para que las pers11nas que
quieran hacer postura, lo verifiquen, acompañándola&amp;del corre~pondiente papel de abono; en el conce¡lto de que las almonedalhl!e celebrarán en el despacho de est.a admmistracion principal fos días 20 y 30 del actuar y 10 del entrante, siendo la última con calidad
de remate; debiendo advertirse, que la repAtida finca, al adquirirla á virtud da una permu á
D. Juan Tamborrel en Diciembre del año pasado, fué eetimada en($ 12, 500) doce mil
quinientos pesos.
México, Marzo 16 de 1865.
El Administrador principal, Ignacio de la BaTTera.

CITACION.
El Sr. Juez 1? de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Sierra, ha mandado por auto de
catorce del corriente se cite por el periódico oficial á D. I sidro Marin, á fin de que se presente en el Juzgado, por sí 6 por apoderado, dentro de quince días contados desde la fecha, á seguir el juicio ejecutivo que le ha promovido D. Sixto López; apercibido que
de no cumplir sé seguirá aquel en su ausencia y rebeldia, dándose los estrados del J 11Zgado por bastantes.
•
México, Marzo 20 de 1865.-El Escribano público, Antonio Campos d~ la Vega.
198--38-2
.JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo civil, Lio. D. Evaristo Reyes, en auto de ayer, hama.nd,do se convoque por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del intestado de D.
Marcelino Sanchez, para que en el t;érmino de t~einta días _se presenten á dedlicir los que
les competan; apercibidos de lo que haya lugar s1 :.o lo verifican.
México, Febrero 7 de 1865.-Manuel 'l'. de Meneses, Escribano público. 97-30s-J0
.JUZGADO 4? MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUllERO 4.

1~ de Santo Dorningo núm. 8.
ORDEN .- Ignorándose el domicilio de D. Santiago Vicario, por la presente se le cita y
empli1za para que en_el término de tr~inta días se presente en e~te de_ ~i. cargo por sí ó
por apoderado instruido y espen,ado, a contestar la demanda que en JUICIO verb~l sobre
pesos le promueve el Lic. D. José María Ar~gon en r epresentacion de la testamentaría de ·
D. Felic1ano Rey; oporcibido de que si no concurre se le nombrará un defe11sor de oficio
con quien se entenderá la demanda.
México, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-15á-12

1

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJ('S DJ!l SAN AGUSTIN, NUM. l.

/

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Betún mineral</name>
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        <name>Carbón de piedra</name>
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•lIM-PERIO
.lt -~
; (

SUMARIO.
PARTE OJ'ICIAL.-Decreto Imperial sobre las divisiones militares del Imperlo.-Comunlcaclon del, Mi"
nlsterlo de Fomento al Director de la Marina, sobre habilitar como puerto la barra de Jesus María en Ta•
maullpas.-clrcular para que sean castigados los que lnterumpan las líneas telegraftcas.-Aprobaclon de
las condiciones presentadas por una Compa11ía para deslinde de terrenos baldíos-Condiciones de que se

o

1

MEXICO: Miércoles 22 de Marzo de 1865.

TOMO l.

!ilfj)

NlJM. 67.

/¡

Gefes y oficiales q~e han de cubrir el personal á que•se refiéren los
articulos 2? y 4?
.
·
Dado en el Palacio de México, á 16 de Marzo de 1861&gt;.

trata.

PA.RT~ DE LAS PREFEOTURA.S.-De Tulanclngo, sobre un encuentro con los dlsldentes.-De Querétaro, sobre movlmlentos de guerrlllas.-De Tezuitian, participando la sumlsion de varios Gefes disidentes de
la costa de Veracruz.-De Pachnca, sobre ocurrencias importantes de aquel Distrito.
DOCUMENTO.-Bocledad de Geografta y Estadística. Concluye la Acta empezáda ayer.
NOTICIAS ESTRANJERAS.-Prlslones en Roma,-Estado de la plaza mercantil de Amberes.

(Firmado)

MilIMILIA~o.

Por mandato de S. M. el Emperador,
El Ministro de Guerra,

\)

(Firmado) Juan dé D. Peza~

PARTE OFICIAL.
1

MAXIMILIANO,. EMPERADOR DE MEXICO:

/

Siendo necesario arreglar la division militar del Territorio del Imperio, en conformidad con la nueva division política del mismo, HE
venido en DECRETAR lo siguiente:
Art. 1? El Territorio del Imperio se divide en ocho divisiones
militares.
La primera comprende los Departamentos del Valle de México,
Iturbide, , Toluca, Guerrero, Acapulco, Micboacan, Tula y Tulancingo. La capital de esta &lt;livision será Toluca.
La segunda consta de los Departamentos de Veracruz, Túxpan,
Puebla, Tlaxcala, Teposcolula, Oajaca, Tehuantepec, Ejutla. Su capital Puebla.
La tercera está formada de los Departamentos de Fresnillo, l\fatehuala, Tamaulipas, Potosi, Querétaro, Guanajuato. Su capital San
Luis Potosi.
La cuarta comprende los de Nayarit, Zacatecas, Aguascalientes,
Jalísco, Autlan, Colima, Coalcoman y Tancitaro. Capital, Guadalajara.
.
La quinta consta de los Departamentos de Coahuila, Mapimi, Nuevo-Leon y Matamoros. Capital, Monterey.
;
La sesta contiene los Departamentos de Durango, Nazas, Chihuahua, Batopilas y Huejuquilla. Capital, Durango.
La sétima division consta-de Campeche, Yucatan, La Laguna, Tabasco y Chiapas. Su capital Mérida.
La octava está formada de los Departamentos de Mazatlan, Sinaloa, Alamos, Sonora, Arizona y California. Su capital Culiacan.
Art. 2? El mando de cada una de estas divisiones se confiará á un
General de Division, General de Brigada 6 Coronel, quienes en el
desempeño de su e~c~rgo se sujetarán á. las instrucciones que tengo
acordadas con el M1mstro de la Guerra. En los asuntos ordinarios se
~tenderá~ con el MinIBterio;_ ffi3:8 en los urgentes que puedan ocm·nr, lo ~enficarán con el Comisano Imperial que se baile en su demarcac1.on.
· Art. 3? Los Gefes de las divisiones militares tendrán el mando de
las-tropas consignadas á sus Distritos, y en ellos serán jueces militares; mas resp_ect? de las Divisiones 6 Brigadas móviles que transiten,porsu temtono, los Gefes que las manden se entenderán directamente co? el Ministerio 6 con el G~neral en gefe del ejército
franco-mex1cano.
·
• Art. 4? dada ·Gefe de division militar tendrá un Comandante de
lngen!eros, otro de_Artillerla, un oficial de Estado Mayor que desempenará las funciones de Secretario, y un auxiliar de la clase de
subalterno.
•

?~

Art. ó? En cada una ~as capi~ales de los nuevos Departamentos de que consten las d1v1B1ones mditares habrá un Comandante de
l~ clase de Gefe 6 Capitan, quienes serán Subinspectores de la Guardia rural de .sus Departamentos, y de la misma tomarán un oficial
cara que les sirva de Secretario y Ayudante. Los Com·andantes de
os Departamentos de Acapulco, Oajaca, Potosi, Matamoros, Mazatlan, Campeche y Yucatan, serán de la clase de Gefes.
Art. 6? El Mini~tr&lt;;&gt; de la Guerra queda encargado de la ejecucion
del presente decreto, y en consecuencia me propóndrá á los diversos

.l

.;J

l , .,

~STERIO DE FODNTO.
SECCION

3~

1

México, Marzo 19 de 1866.-La cúestion mas grave para la pro~peridad y el comercio de nuestra frontera del Norte, es que en ella
haya un buen puerto en que las descargas se hagan con facilidad y
e?onom!~, presente seguridad para los buques anclados, y sea defendible mihtarmente.-Ninguna de estas condiciones esenciales tiene
el ac~ual puerto de MatamorO!!l, que, como vd. sabe, solo es una par~e ~b1erta de la costa, tan espuesta á los vientos nortes durante el
rnv1ern?, como á los surestes del verano, en que los buques anclan
muy leJos de la boca del rio, y son descargados por lanchas 6 alijos,
que con frecuencia zozobran en la barra,. muy peligrosa por su poco
f~ndo (poco mas d_e un metro), y la cual no puede pasªrse cuando el·
v_1ento es fuerte,. m cuand~ es demasiado flojo.-El exámen de c.uestwn de tan alta importa~c1a me ocupó mucho en Matamoros, y se~
gun los datos que adqmrl allí, ~arece que_. seria regular puerto la
bar~·a de Jesus_ ~arfa, que ~omumca con la laguna Madre.-Segun
vanos reconocimientos, la barra tiene un fondo constante de mas de
dos me~ros, y como la laguna es navegable por vapores, facilita.ria
muchísimo las comunicaciones con el mismo Matamoros y tambien
c~n Monterey po~ Soto la Marina, Abasolo, Jimen~z, Villagra~ y
L1_n_ares, todo, pa1~ poblado.-Las ventajas bajo los puntos de vista
militar y m~rcantil so~ de tal manera claras, que ofendería la sensate~ de vd. s1 me detuviese á enumerarlas; pero como los reconocimientos hechos basta ahora no merecen confianza, yo babia resuelto
man?ar unos Inge~ieros que los w~cticasen cientificamente, y como
medida preparatona concedi permiso á D. Pablo Zürn para que pudiese pasar por dicha barra con un buque cargado de maderas, para
construii: unos ~lmacenes.-Pe este negocio m:e he ocupado, pol'.que
pertenema á m1 ramo; pero UDi\ vez establecida la Direccion de la
Marina, á ella toca, y no dudo que la c1rnstion será resuelta pronto
y concienzudamente, si á los conocimientos especiales de vd. se reune el concurso de la Marina Francesa que actualmente se halla en
el Golfo, y cuya buena voluntad me es personalmente conocida, tanto
d~ su distinguido Comandante como de los Gefes supe.riores que tuvieron la bondad de acompañarme en la esploracion que practiqué
en l~ bahía de Anton Lizardo y Matamoros.-Acepte vd. con este
motivo las seguri9ades de mi consideracion.-El Ministro de Fomento, Luis Robles Pezuela.-Sr. Director de la Marina.
Es copia. México, Marzo 20 de 1866.
El Subsecretario de Fomento,

(Firmado) MANUEL

CmcULAR

NUM.

5.

ÜROZCO.

,,,.

México, Marzo 20 de 1865.

Siendo continuamente interrumpidas las lineas telegráficas, con
grave perjuicio público, porque los transeuntes y los vecinos de los
pueblos, rompen 6 se roban el alambre, E:S necesario precaver este
mal; para lo cual tomará V. S. todas las providencias que crea oportunas, con el objeto de aprehender y castigar con severidad á los
culpables y hacer responsables á las autoridades respectivas; en virtud de lo que impondrá V. S. las multas que juzgue convenientes á

�OJ)JARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

270

PARTES DE LAS PREFECTURAS.
, los Subprefectos, Alcaldes ó propietarios de los lugares por donde
se interrumpa la linea t~legráfica.-Dígolo á V. S. para su inteligencia y cumplimiento.-El .Ministro de Fomento, Luis Robles Pezuela.
MINISTERIO DE GUERRA.
-Sr. Prefecto político de ....
Mé1ico, Marzo 20 de 1865.
Es copia.
Prefectura política de Tulancingo.-Marzo 15 de 1865.-Exmo.
El Subsecretario de Fomento,
Sr.-El Sr. Co~andante principal de Zacualtipan, en oficio de g del
(Firmado) MANUEL ORozco.
presente, me dwe lo que copio:-" Ayer á las ocho de la mañana se
acer~ó
al puebl? ?e San Lorenzo, punto avanzado de mi linea, una
SECOION 4~
partida de los d1S1dent~s de San Sebastian, en número de cuarenta ,
México, Marzo JO de 1865.
ho~bres; pe_ro fué bat1da\J derrotada por las fuerzas de mi mando,
S.M. el Emperador, con feéha de ayer, ha tenido á bien acordar hab~eodo deJado eo nuestro pod_er catorce mancuernas de reses que
lo que sigue:
·
hab1ao robado, un caballo _ensillado, nueve fusiles y seis muertos:
"Se aprueban las condiciones bajo las cuales Nos propone Nuestra por nu~stra parte no hubo m un herido.-Todo lo que tengo la honra
S~cretaría ?e Fomento la admision de las _b ~es presentadas por el de mamfestar á V. S. para su conocimiento."-Y teno-o el honor de
Lic. D. Lms Orozco y C~, para el descubrimiento, apeo y deslinde insertar!~ á V. E., et?.-Dios_guarde á V. E. muchos ~ijos.-~l Gede los terrenos nacionales llamados baldíos."
ne_r~l Prefecto superior politico, Francisco G. Pavon.-Exmo. ~r.
Lo que pongo en conocimiento de vd. como resultado del ocurso Mm1stro de la Guerra.
·
que presentó con fecha 4 de Enero último, acompañándole copia auEs copia.
toriz~a de las condiciones aprobadas por 'S. M., á las cuales debe la
El Subsecretario de Estado y del Despacho de la Quiirra,
Compañia sujetarse en t~das sus partes; siendo _de advertir, que pa(Firmado) J. M. DURAN.
ra ~u~ pueda proce~e~ d1ch~ Compañia al deshnde de que se trata,
es mdispensable avise previamente en cada caso á este Ministerio,
que ·se den las ~rd'enes riec_esarias ~ las l\Utoridades respectivas;
MINISTERIO DE GOBERNACION.
á fin ?e que lo pe~~itan, ~r~teJan y cmden del cumplimiento de las
, Querétaro.-Prefectura superiorpolitica.-Seccion 1~-Núm. 266.
mencionadas condiciones, umco titulo legal en este negocio.
-Q?~rétaro, Marzo 11 de 1865.-Exrno. Sr.-Tengo la honra de
El Ministro de Foment.o,
part1c1par á V. E. que en -la semana que ·hoy termina se ha conser(Firmado) L. ROBLES,
va?º la tranqu~li?ad pública en este Departamento.-La campaña
Sr. Lic. D. Luis Orozco.
ab1~rta sobre Z1mapan y la ~ocarnacion, minerales situados en el
CONDICIONES a que se refiere el soberano acuerdo anterior
ve~mo Departarneot.o de México, continúa aún. El Ca pitan i). ~leu1~ Se autoriz_a á D. Luis Oroz&lt;;&gt; '.[ Compa~a, para que le sean presenta- teno Landaverde, despues de evacuar el primer punto en l? del cor~os pqr los duenos de las finoa.s rusticas, Jos t1tulos de propiedad y en su riente, volvió á oc~parl~ el dia 5, Y á tr~s )~guas de él; en un paraje
!~ta yro~eda a1 ~peo y tleslínde' juaicial de los terren~s espresado~ en los llamado la Estancia, qmt6 á Fragoso siete caballos ensillados un
-:•J,Smqs tí\Ulos, a; fin de separar lbs que al ,Propietario corresponden de los mos&lt;luete Y varias malet~ de _ropa.-La _fuerza de Fragoso ' 8~ ha
l. ltlíos q'lle perteneceñ á la Nacion.
fr_accwnado á consec~enc1a de la persecuc1on activa y tenaz del Ca. .!~ D. Luis Orozco y Compañía, procederán á hacer la operaQion antedi- pitan Landaverde. Dicha fuerza ha disminuido considerablemetite
cr.!l, formando un plano topográfico en que se demarquen, así los terrenos y hoy se encu_entra en mal estado, falta de municiones y aterroriza:
que á la finca correspon.den, como á. los que resulten baldíos.
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3ª Los propietario~ que ~uieran practicar por su cuenta el apeo y deslin- _a.- con n~en e e a pan, al m~ndo del Capitan D.' J esus iYad~ de ,sus fincas, podran verificarlo. En este caso, lo manifestarán así á. la nez, se ha movido sobre la Encarna01on,1:0cupando el ~ia 4 la Ferr.eCompañía y formarán el plan) topográfico de su propiedad, señalando en él ria, despues de batir una gavilla que manda un tal Herrera haciénl?s terr~i:tos que le pert~Il:ecen .Y los bal_díos si los hu~i?r~. Copia deJ plano, dole cuatro muertos Y un !)risioner?., y qu~tándole cuatro fu;iles. En
de sus títulos y de las diligencias practicadas, se rem1t1ran al Ministerio de su marcha sobre Santa Maria LepeJi, volvió á tener otro encuentro
Fomento. · .
.
con la misma gavilla y desa.loj6 de la posicion que habia elegido de
4~ L?s prop1e~rios deberán tener co~cluidas las operaciones de deslinde antemano, haciéndole tres prisioneros.-En resúmen; permanece ocuá_ loS' seis meses 1mp:-oroga~les _d? publicado este ~ntrato. Si, así no lo ve- pado Zimapan por los voluntarios 1de Toliman y Cadere ta al manij,ficare.n, la Comparu~ po~a .e~1gu-les la p1:ese.nta~10n _de sus títulos, y pro· 1 do del Capitan D. Eleuterio Landaverde1 quien .se ha y d' ·dO
cede~á,11,l
- con va1o_r y energí~·· I gua1 e1o~o
. merececonel uci
en
~cas. apeo y deslinde JUdic1a)., en los nusmos termmos que en las demas est a ca~pana
Capitan
·' 5~ ~os propietarios que cumplan con las prevenciones de la cláusula 3~, D. Gmller~o R:esendis, subordmado del primero. La Encarnacíon
no ob~tant,e iue es d~ su obligac~on tener e~ regla sus títulos y conocer la debe estar 1gualmen~e ociipada por la~ ~uerzas de Jalpan, á las que
estenswn de .su pr?piedad, g?zaran por _gracia en los terrenos b~ldíos que re- se han agregado.los md!genll,.s de la m1s10n d~. Cerro Prieto, D.eparsul~~ren, de las mISmas cantidades de tierras que á la Compañia se le seña- tamento de México; y s1 es un hecho la sumiswn de los Gefes de la
1an'en ~te ~~ntra,to; ?l resto quedará á disposicion del Gobierno para dispo- ~uasteca, como lo aou~cian los periódicos, pronto acabarán las ganer de el enJ.os termmos que le convenga.
villas de Fragosó Martmez y Terrazas -Sirvas V E
¡O
-6~ Los Subprefectos de los Distritos en que estén situadas las fincas ba· · t d 1'GOb· · d S M
e • · poner en
jo }a-vigilanci~delPrefecto del Departamento, cuidarán y protegeránp~rsí c~nocimien ~ e
ier~o e • . .- los g?arde á V. E.• much~s
6 P?r medio d¡i lo$funcionarios respectivos, de las operaciones de la Com- a~os.-El Piefecto _supenor politico, M. Gutierrez.-Exmo. ~r.,Mipafu~, representando los intereses de ·la nacion en todo aquello que confor- mstro de _Gobern~mon.
me,a las)eyes vigentes tienen facultad, dando cuenta al Ministerio de FoEs copia. México, Marzo 16, de 1865.
,
mento con el resultado de las repetidas operaciones.
El Subsecretario de Gobernacion,
·.. · J_
·. ?' Ni l9s Prefectos ó ~übprefectos, ni 1~ Cóinpañía, pueden hacer compo(Firmado) FRANCISCO J. VILLA.T.o,noa. •
simones_ con los tenedores-de terrenos baldíos, con objeto de evitar el deslin~ '-'-1 ,;,
de ó,d(Uar en su poder las tierras baldías; solo el Gobiern'J puede disponer
Prefectura política del Distrito de Tezuitlan.-Marzo 16 de 1S65.
de los b~díos en la forma que le convenga, y los actos que no emanen de él,
-~Úf!!, 87.-Exmo. Sr.-Teogo el honor de poner en el superiornof?On nulp~ y de ninguq valor.
•
.
·
, ~~- i~~ pompapia, _por. e~te COJ?ti:ato, no adquiere derecho algunp sobre los nomm1ento de V. E., para que si lo tiene á bien, se sirva.elevarlo,.a.l
ter~eno~ que. denuncie, s1no especialmente sobre cada µno de los que plano- soberano de S.M. el Emperador, que se bao presentti,do á estl' frefecr'tfi~ '/ d,~slinde, llevando_ la operacion hasta su último término, y no antes, tura, ofreciendo retirarse á la vida d~IJ?éstica, ~l Goberni~ór d~l EijpuéS· sr comenzare un deshnde y no lo terminare, no puede aducir derecho taao de V,eracruz D. !raocisco Hernandez y Hemandez, el G6nerl)J
alguna.
D. Francisco de P. M1lan, Coronel D. Márcos Heredi~, Teqien~ Co9~ ~a C?~fañÍa no p~ede ~edi~ in~emnizacio~ alg~m~ por los g~tos que
ronel D. Ricardo' B. Suarez; y Secreta.río del GoJ:&gt;ernador 'Ji José
haga o perJU1C1os que remba, ru baJO mngun-mot1vo m pretesto.
. 10~ La Compañía hará de su. esclusiTa cuenta los gastos judiciales de pe- Maria Cort~s, que mandaban las fuerzas disidl'lntes en'.Ja-~os,t a'de V.er
r~tos Y todos los que sean necesarios para terminar elapeo y deslinde de las racruz.-:-Dws guarde á V. ~: muchos años:-~! Pr~fe¡:ito poJitico,
tierras.
H. Carrillo.-Exmo. Sr. Mm1stro de Gobernac¡on.-México.
1
En compensaeion, el Gobierno le concede, de los terrenos baldíos que se
Es copia. México, Marzo 20 de 18(jó.
'
encontraren, u~a sesta parte de los cuatro primeros sitios de ganado mayor
El Subsecretario de Gobernacion,
un.,.7~ p~r los siguientes sitios hasta llegará doce, y un 8° de trece en ade~
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALQBOS,
lante. 81 no resulta~en terr~nos ba~díos, la Compañía habrá perdido sus gastos, y no puede pedir se le mdemruce por ellos en todo ni en parte.
11~ l¡Jste contrato.es a~sol_utamente libre, y el Gobierno y la Compañía
Prefectura política del Distrito de Pachuca.-Núm. 60.-Pachup~ep.e~ sv~r,.enderlo o rescmd1rlo cuando lo creyeren conveniente, qando preca,
M~rzo 18 de 1866.-Exrno. Sr.-EI dia primero se estable·ció en
Vio a11so a la otra parte.
es!ª. C1u~ad el Cuer~o d? policía, conforme á lo prevenido por ese
Es copia. México, Marzo 20 de 1865.
Mm1steno en comuq1cacwn de 30 de Enero del corriente año, y cu- ·
El Subsecretario de Fomento,
Y.ª f~erza desde luego comenzó á prestar su~ s.ervicios, segun su ins(Firmado) MANUEL ÜRozco.
titucion.

cura párroco de la Municipalidad del Mineral del Monte; siendo por Francés.

Re;1·

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.......

Pª:ª

:i:r

1

'

•

Él mismo dia 1? f~lleció el Sr. Bachiller D. Jo~é.lfaría

~jr-:aµ.9,

Noticia de lo ern½&gt;lores_~ tierra-en 1'857, y un su,pJem~nto 'de los acaemdos en años anteriores, por
A. Perrey ...•...... , . . • . .
.
il ouadº
qu~_enl',m~a concurrió á ·los funera~es, y permaneció toda ella en lu- Inglés.
Npticia del,an4lis,is quínü&lt;io dei-ag~~~iffu;d;Í1po;~ ,
·
to 1r1g'\!rO!lO por ..espa.cio de nueve d111.s.
.
artesiano de Lafayette en Jos :Es.tados-,Unidos... •• 1 id~
,El día ·3,llegó á-esta Ciudad la cuerda de '7-2 presidarios destina- Idem.
Reseña .&lt;fo los cpmisippados de los -edificios )públroos
de Washingto,n, Hl59 .............. ... ... __ .. ., .,. J.~,Ad.
dos _al presidio del ~ineral del Monte, procedentes de esa Capital, y
Del flujo y reflujo de los lagos de Norte América por
c?stodiad-Os por el capitan. de la fuerza ru~al D. Juan Cortazar, ha- Idem
el teniente coroneLG1:aha.m ........... . .... '. . . . 2 id.
biendo fallecido en el camm.o el reo Jo!!_qUJ.n ó Fernando Blancas.
Reseña anual de la Sociedad de agricultura del Estado
El dia;.4, fueron cond.ucidos las espresados presidarios al presidio Idem.
de la Carol.ina d.el No:i:te eruto""s~stados-Unidos, en
··del
d~l 1M~nte, lugar de -su destino.
.
1858 .. - .... · ... · · - . · . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . l id.
- El día ó falleció' .D. Juan Roddguez, Juez 1? de .paz de Epazoyu- Frances. Estracto d~ los an1tles d~ la, $ociedad En~moiógfoa , . ~
1
'.&amp;,1W/ 1 en :ceonsecuencia fué nombrado para sustituirlo D. Pedro
deFr,neta ...... ... , . , , .....• .. , ., ., ... , ...•,.. ,,.1 Jd. .
Carta sobre la nece,sjd14d de µn sistema,general de ob- . ·
Tdem.
-Roldan.
El dia ~ 11~gll,ron á esta ,Ciudad, procedentes de Tulancingo, los
servacione¡¡ náuticas y ,rue~eorológica$ .. ... ·~
J id. ,
Memoria de la Sociedad filosófica americana en ?~58,. 11 .:id.
'reos José María Sanehez, H.erculano Ruiz, ·Frnncisco Pandos, Lúcas Inglés.
Aleman. Los .dos rr.apas generales, !Qs mas antigu.os de A.méri
Atvarez y Manu~l Licona.
ca, formados en las esploraciones de los años de 1-527 , ~ 1 ,
El di.a 10 marcJ1aron dichos presidarios al presidio del Mineral del
J
1529, de órden del ;Emperador Cárlos Quinto. Pu.
Monte, á cuy3i pena los condenó la Corte marcial del espresado De~licado por J. Rohl de la Academia geográfica de
_pa~mento !le Tulancingo.
.
Veinar.-1860 .......... , . . . . . . . . . . . . . . . . ... 2.
El dia 12 1-legaron á esta Ciudad, procedentes de Hu~jutla, el co- ldem.
Viaje de la vuelta del mundo por el buque de guerra '
ronel D. Ignacio Ugal de, c&amp;pitanes B. Juan Gonzalez, D. Victoriaaustriaco "Novara" en los años 1$57,.1858 y 185.9,
no Flores, D. Porfirio Castellanos, D. Agu1itin\.. Vidales, D. Agustiu
baju el mando del Comodoro B. Von Wall~storf-Urbair. Parte física-naval.-1 ~ Division.-Con la deViniegra, D. ·Francisco Rive~a, D. Rafael Ramirez, D. Simon J uaterminacion geogi:áfica d(l J?,p11t01, _x oh.servar.iones
rez, D. Antonio Castro y D. Pedro Muñoz Campuzano, subteniente
sobre 1as mareas.-Publicado en Viena.-1862.D. Laurea-no Orta y particular D. Juan. Zamora; cuyos indivirluos
.
Con un atlas con los mapas correspondientes... . . . 1
.presentaron un salvoconducto fechado en Huejutla el 1? del actual
Holandés. Obs~rvacio~es meteoro~ógicas en fos Paises Bajos, y
por el Sr. general francés L'Hériller, manifestando que van con diobservaciones barometricas•en otros lugares de Eureceion á la Capital del Imperio.-El dia 14salió el espre~apo-Ugal-ropa.-De 11353 hasta 1861 .... . . . . . .... .' ...... ·5 "tom.
d13 para esa .Capital con cinco de sus compañeros en la diligencia que Idem.
·Observaciones so.bre los vientos reinantes en algunas
-sale ,diariamente.-Estos son los sucesos mas notables que han ocurregiones del Dcéan,).-Publicadas ·ror el Realilnstituto de los Países Bajos.-1856 ry 185-7. . . . . . . . . . 2
rid_o en 1~ primera quin1iena del corriente mes, conserv.ándose perfectamente la tranquilidad en todo el Distrito de mi cargo.-Dígolo Aleman. Observaciones meteorológicas sob¡,e la ,entension de los, ,
vapores pantañosos en los dios del 20 hasta elOO-de
á V. E. para su conocimiento.-Dios.guarde á V. E. muchos años.
Mayo
,de 1860, y sobre .la temperatura de· Mo,cú,
....:.El Prefecto políticQ, M. Belle Cisneros.-Exmo. Sr. Ministro de
por el Dr. Prestel.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . •.. . l ..,
Goberoacion.-México •
Dos pequeños cuadernos de la Sociedad de historia
/
Es copia. México, Marzo 21 de 1865.
natural. en .Emden.-1856 y 1858.. . . . . . . . . . . . . . . .2
El Subsecretario de Gobernacion,
Diario de la Sociedad de geología alemana.-1861.Idem.
Berlin . .. ......... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALO.BOS.
Revista trimestre:;o'brefa-curacion de las muelles, dienIdem.
,tes, por el Dr. Norris Heider;-Viena.-De 1861 'á.
1864......... . . .. ................... .. . . . . . t i&lt;i".
DOCUJIENTO.
Parte anual sobre los progresos de la ciencia ae fi,si9li,
•'
de Jacob Berzelius.-Química de las plantas.-fdeni
de los animales y geología. . . .. . . . . .. . . .. . . . . .. l 1
SOCIEDAD MEXICANA
Discurso á la memoria del Baron Aleja;ndro de HumIdem.
boldt, leido en la sesion general ae la Academia de
DE CEOCRAFIA Y E-STADISTICA.
ciem:ias de Bavier.a, el 28 de Marzo de 1860,.. .. . • 1
Aou NUMERO 8.
Noticia da~• á la Academia Imperial de cilltlcias de
Idem.
Vfona sobre un viaje ,en las Américas e,esde el afio
(Concluye.)
de
1852 hasta 1855. . . . . . .. . . . . . . . . .. . . . . . . . . . 1
Noticias mensuales de la Real Sociedad de astronomía
Inglés.
Sobre la. vacilacion de las locomotivas 6 máquinas dé
de Lóndres ..................•............... 12 cuad. Idem.
vapor en los ·camincis de, fierro, ;por el Dr. G..ZenFrances. Boletín de la Sociedad de Geografia de París, 4~ série,
ner.-1861.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . ,1
tomo 2~, 1851 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 tomo
Convocatoria
para los exámenes en la Escuela pública
-ldem.
Diario
americano
de
educacion,
publicado
en
los
EsInglés.
de
artes
en
Leipsique.-1851........ . ... ... . • . . l
tados-Unidos cada tres meses, 1859. . . . . . . . . . . . . 1 id.
Archivo
de
la
junta de los amigos de la historia de la
Oti:o idem idem mensual, publicado en Ohio Estaldem,
naturaleza en Mekl.emburgo.-1862.-Publicado por
, t,
dos-Unidos .......... . ................ '. . . . . . 1 cuad.
Ernesto
Boll.-.
..
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..
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.
1
Primera reseña anual de la Secretaría de la Sociedad
Idem.
Programa del Gimnasio Real de Gotlia. . . . . . . . . . . . 1
de agricultura de Boston, 1854.... . . . . . . . . . . . . . 1 tomo IdeI)l.
3~, 5~! 8~ '.[ 13~ reseña anual de los Regentes de .la
Francés. Sconografia general delos Ofidianos por el Dr. Jan.
Idem.
-1860.-(Prospectus.).. . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . 1
Umvers1dad, sobre el estado de la historia natural
y coleecion de antigüedades del gabinete del Esta~
◊ARTAB DE·VARIA~ soNDAs ENLA cosu Dli1 :tds EsrADos-UNtnos.
de Nueva-York, 1850 y 52.. .. . .... ... .. .. .... 4 tom:
Carta de un' reconocimiento de sondas, hecho en la costa de WashingMemorias de la Sociedad de medicina del Estado de
Idem.
ton y sus inmediaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Nueva-Yorkenl85ly53 ... , ................. 2id.
Reconocimiento
de la costa al Oeste de los Estados-Unidos, desde él
AlmanaqQe americano de varios años, desde 1832 á. 56 19 toro.
i[dem.,
rio
Umpgah
hasta
el límite. . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Revi~ta.. ó ·diari~• trimestre de la medicina y cirujía
Idem.
practica, publicada en los Estados-Unidos....... 1 cuad. Otra de la costa Oeste de los Estados-Unfdos desde San Francisco
de California á San Diego . . . .. .... .. . .... .. ...... ·. . . . . . . . • 1
Dia:vio trimestre de la Sociedad de agricultura de los
ldem.
Otra
de la misma cost;a desde San Francisco al rio Umpgah.. . . . . • ll ,
Estados-Unhfos, 1853 y 54... ... .. . . . . . . . . . . . . 2 id.
Otra de lo bahía de San Diego de Oalifornias... . . . . . . . . . . . • . . • . . 1
ldem.
El Diario trimestre americano de Ciencias médicas
1861 .. ....... . . .... . .. . ................... : 1 tomo Entrada de la bahía de San Francisc6 de Californias. . . . . . . . • . . • • t
Otra carta preliminar de la entrada de la bahía de Pansacola ep la
Idem.
Gui_a de la a~queolqgía del Norte, publicada por la SoFlorida, Estados- Unidos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . • • . . . . • . . . . . . • . 1
ciedad Real de anticuarios del Norte.. .. ...... .. . 1 cuad.
Otra del puerto de Key-W este... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . 1
Franaes. Anuario del Observatorio Real de Bruselas ........ . 2 id.
ldem.
Idem de la Academia Real de ciencias de Bruselas .. . 2 cuad. Otra de la parte Este de la Isla Larga, cerca de Nuev,a-York. . . • • . 1
Otra de la parte médir. de dicha isla.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . 1
ltaljano. ldém del Real Observatorio astri,,nómico de Nápoles
Otra del fondeadero de dicha isla hasta Nueva-York·..... ~ ... . . ,. 1
Pr~!!~:
~~¡¿¡ ·a~l~~i. d~. i~ .g¿~i~d~d. d~ 2 tom. Otra de la bahía 'y puerto de Nueva-York. _.. , . . . . . . . . . . . . . . • . . 1
Inglés.
~is_toriabdel Estado de Wisconsin, en el año de 1855. 2 id.. Otra del puerto de Boston. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . ..• . . . . • -1
Carta general desde Gay-Head al Cabo Henlopen. . . . . . • . . . . • • . . 1
ldem.
D1~rio so re 1a educacion en el Bajo Canadá en 1860
a 62.............
1 id
14
ldem.
Sobre el Congreso inte~~~io~~i d~· ~¡~stic~;;;~;id~
·
en Lóndres en 1860. . . . . .
1 cuad~ . Con lo que con'cluyó_la sesion á que asistieron los Sres. VicepreIdem.
Obse;vaciones sobre los fenóm~~~~ p~~iódi~~~ d~-1~· ~~
sidente, Andra~e, Castillo y Lanza_s, Cas+,ro, Dr. D~ran, Fleury,
mosfera. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1 id Ibarrola, Larrarnzar (D. Manuel), P unentel, Reyes, Rto de la Loza
ldem
Lista de las librerías púb~icas, instit~~lon·e~. ·s~~i~da:
.
Soto, y el secretario perpetuo que suscribe.
'
des_ en los Estados-Umdos y en las provincias bri,(Firmado)
J.
MIGUEL
AR&amp;o;ro.
tárucas de Norte América. • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 1 tom.
11wi notprias :viltudes .generalmente sentido por ~oda la poblaeion,

,.

/!~~a~·

y

1

••

•

,

�DIARIO DEL IMPERIO.
,

, , ,

,,

ICITACIOii. ,, ,

.-'oTrcus EBTRANJEUS.

1

'H •¡ ,~ !I : •· 1 •
Roma, Febrero 6.
Aciban .de.hacerse.en. aquelJa-oiudad importantes prisiones, ocasionadas
por el deecuqrimiento de-una asociacíon que á merced ~e agtesiones nocturcli,s, pl-ocuraba. tenerjen agitacion la capital. , Hacián parte de dicha asociacion persoDM de cierta clase y comodidades, lo que da_lugar á creer, con
i;ó.licha probabilidadr que.habia un principio político en esta reunion y sus
atentados, .1 • 1

0

.1:

.... .. . ...... .
&lt;

.

,

..

NOTICIAS llERCAl'ITILF.11.
. . . . . . . . . . . . . . Amberee, J!'ebrero J4.

El abatimiento que pesaba sob1·e los mercados principales, va ya disminu~ñdo y .dando lugai: á. una situacion mas -animada para los negocios en
general: como prueba de que este mejoramiento tiene un carácter serio, hay
que· notar Jas xeducciones eli la tasa del descuento en las bancas, con particuláridad.en París.
Las plazas de B&amp;11e,'O van saliendo de su entorpe,cimiento, los fondos vuelven á. llaIIlar la atencion del público, y hay traza de que los del gobierno
mexicano sigan el movimiento señalado: son una prueba de esto las últimas
apreciaciones, pues el movimiento en los fondos mexicanos de un mes á. esta parte, ha.subido.en solo la Bolsa de Amberes, á cerca de cien mil libras
esterlinas "nominal.,,-El público antes indiferente para estos valores, comienza á. negociar sobre sus fondos.

.A.N"UNC:I:OS.
, AVISO IMPORTANTE

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IMPERIO."
· Se van ·á. .reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la r eimpresion se remitirán estos números
á los susQritores .que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban suscribirse al D:wuo, se servil'á.n decii' lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar G&lt;&gt;meniel).~e¡nente sus tr¡i.bajos.
Se suplica á. los suscritores de los Departamentos que no han pagado todavía el pr~e.r ~run,e,sti:~ del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las su$criciones correspondientes á éste periodo.
. .:

... iUZGADO 69· HENOR.-1~ KOliTElllLLA

irnx.

7.

En eljui.tio que sigue D. Cárlo,a Aroemia, apoderado de D. Manuel Legorreta, contra
D! Je8U8 Castro, sobre pago de ciarenta y nueve pesos, procedentes del arrendamiento
del enarto que ocupa. e1;1·1&amp; t:&amp;a&amp; número oncé del Portillo de S. Diego, por la. desocupacion
del cua.rto y lo que siga. venciéndose hasta que ésta se verifique, he mandado se dé por contesta.da. la demanda, se reciba. á prueba. por ocho días y que si dentro de ese término no
88 presenta, á prob!lr laa eacepci?uea que tenga., se le da.rá por citada para sentencia, que
se pronunciará &amp;1 lapso del téilllJJlo.
México, Marzo 2l de 1865.-Lic. Labat.
207-3a-l
.JUZGADO 6~ CIVIL, ENCARGADO DE :WS NEGOCIOS DE HACIENDA.
Enjunta de acreedores celebrada en cuatro del actual, en los auto~ del concurso á bienes de D. Gabor Naphegy, que giran en este Juzgado, se acordaron entre otros puntos,
los siguiente.:
Prunero. Que ·~ entreguen loa autos al Sindico judicial para que promueva lo conveniente, presenúuido el estado del crédito activo y pasivo.
Segundo. Que .ie convoque por los periódicos á todos los que se consideren acreedores,
para que en el preciso término de quince diaa. present.en los documentos jll8tilicativos de
sua créditea &amp;l ::líndioo; con el apercibimient-0 de que paaado dicho término ain verificarlo, seguirán loe autos su estado en su rebeldía.
Y babiéndoee "preven.ido el cumplimiento de dicho acuerdo, pongo el presente para loe
efectos que eapreaa el segundo puoto inserto, y que el Sindico es el Sr. O. José Dans, que
vive en la calla de las Ratas núm. 10; en México á diez y ocho de .Marzo de mil ochocientos aeeenta y.cinC9.
. . .Agll8tin Perez de Lara, Notarlo de Hacien&lt;ia y público del Imperio.
.
.
208-3e-l
.JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.
Eu los autos del intestado de D. Leonardo Gonzalcz se ha mandado por el Sr. Juez 4~
de lo civil, Lic. D. Evarieto Reyes, se llame por loe periódicos á las personas que se crean
con derecho áloe bienes de dicho intestado, á fin de que se presenten en el Juzgado á
ded11c1rlo dentro de treinta días c•mtados desde la. fecha. México, Marzo 21 de 1865.-EI
Escribano público, AnÚlllio Campos de la Vega.
203-Se-2

Dn'ERIO JIEXICABO.-rozGADO l '?. ][DOR DE LA CORTE.

Oq,lle cerrada. de la Mo¡¡pda núm. 1O.
ORDEN.-Ignorándoae la. habitacion de D. Ignacio lzaguirre, por la presente ae le emplaza para que cQmp~rezca. el! este J lllgado, ~or si ó por apoderado instruido y espensado,
dentro de tercero día, contado desde la. publicacion de este aviso, para alegar de su derecho en éljfli'cio qué le tiene promovido D. Felipe Zamora; apercibido de darse por alegado si 110 concurre.
México, Marzo 16 de J865.
• El Juez 1~ menor, Lic. Joaquin Perez y Gflemez
204-3s-2
rozoADO 4? DE LO CIVIL
De órden del Sr. Juez 4~ de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se convoca por el presente
anuncio á los que se crean con derecho á loe bienes del intestado D. Guillermo Pacheco,
para que ci&lt;tmyarezcan á deducirlo dentro de treinta días; apercibidos de que si dejaren
paaar el témuno,-ain mas emplazamiento se procederá á lo que hubiere lugar.
México, Febrero '%1 del865.-Manud Rmuro, Escribano público de 111 Nacion.
205-3&amp;-2
rozoADO 8'? DNOR DEL CUARTEL MAYOR BlJllERO é.
- •-Ppr la. pr886nt~ se hace saber al albacea de D. Ramon Vaca, que el! el juicio seguido
co!lt.ra la ~~tam!lntari11 por D. Jesuíl ~on'b~r, se h11. dado por contee~a la demanda y
'ab1erio el ne$oci11 á prueba por ocho días; citándose igualmente al refendo albacea para
~ue el dial veinticinco del actual se presente, á las doce, á absolver posiciones; apercibido
Je dane ~r absueltas y quedar cifado p11rueqtencia si no concurre.
México, Marzo 18 de 1865.

.o ,

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1 1

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f ,, 1 I')

El Sr. Juez l? de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Sierra, ha mandádo por áuto' de
catorce del corriente se cite por el periódico oficial á D. Isidro Mario, á fin de,que se presente en el Juzgado, por si ó por apoderado, dentro de quince diu contados desde la fecha, á seguir el juicio ejecutivo que le ha promovido D. Sixt-0 López; •apWéibido 'que
de no cu.mplir se seguirá a.que! e1,1 su ausencia y rebeldía, dándos~ !Qs estr&amp;doe' il.el J\IZg&amp;do por bastantes.
México, Marzo 20 de 1865.-El Egcribano público, Antonw- Campos de la' Pega.
1 ~ ,,
1

.JUZGADO DE LETRAS DE Sil .JUAB DEL RIO. 'l
En el espediente promovido en este'"Juzgado.JKl'.r el Sr.lSindicoprimé~ del I. Ayun.
ta.miento de esta ciudad, D. Angel 111.'bominguez, solicitando que- se manden cbancelar
!!le escrituras de 1econocimiento, que en 28 l!'ebrero de 1861, j ante el Escribano DrFran.
cisco Ruiz, otorgó D. Manuel Casaba! á favor de 111 Adminiatracion -rlmtas cl61 antiguo
~atado de Queréta!'8 por los capitales legado_s por la Sra m Rafael&amp; Diaz Torre@ par~ ól).
Jetos ~e beneficen?1~, y son: el úe trece ~l 01ento sesen~ pesos para el estable~iJnúwtef!le
una catedra. de latuudad y otra. de filosoha y compra. de libros; el de nueve ¡nil cuairoo,entos pesos para uu.xilio y fomento del Hospital de San Juan de Diós ae"l!Stlt ciu&lt;iad, y el de ·
dos mil ochocientos vemte pesos para pagar un capeUan d~l mia1Do estjlblecimíento· en
vista de no haberse presentado ningun interesado alegando derfchos á Joa refe_ñdoe ¡~i
tales_, y de las dema~ cons_tancia~ que 0~1.an en el esped.iente, e Sr. jltei de pl,'Ílnera inatancm de este Datnfo, Lip. D. rran!luilino, d,e la Vega, cou _fü~ha. 7 del boh1ente h&amp; pronunCJado un auto, cuya parte resolutiva es a la letra como sigue: '\ P¡;imqro:·queelM.I
" Ayuntamiento de esta ciudad, competent.emente autoriza'do por ;tii Prefectura snperio;
" política del Departamento de Querétaro, es parte logítima. pará intllrvetlir en la impoei" cion de los capitales legados por la Sl'a, D\' lwfaela. uiaz T11rrea eara' óbjetos'de. benefi" cenc1a, y son: el de trece mil ciento sesenta pesos para la institue1on de las cátedra ade
" latinidad y filosofia, y éompra de libros; el de nueve mil cuatroclientos pesos para el llos" pita! de San Juan de :J?i~s, y el de dos_~ oohoeieutos v~inte pClílOs pa.ra pagar 1l.Il ca" ~ellau ae este_ estableclllllento, procediendos~ con las calidades que r~comienda la P~e" tecltura. do qwen se trata, respecto del Hosptttll. Segund(I: que como consecuencia. de La
" anterior declaracion, mandaba y mandó, se tilden y chancelen en sus matrices y en los
" respectivos libros do hipoteca.a las escrituras de rt1conocimiento que !Jii.sten en la actua" lidad por los precitados capitales, y que otorgó D. Manuel Casaba! como' comisario tes" tameutario de la Sra. D\' 1'afaela l)iaz Torres, en 28 de Febrero de 1861 ante el Eacri" bano D. l!' rancisco ~uiz, á favor de la Admin.istracion de rentas diil antiguo Estado de
' Querétaro, con especial hipoteca de la hacienda de San Clemente, ubicada en aata. ju
" risdiccion, tilclándose y anotándose las respectivas pa.rtidas de registro si existieren vi" vas en el de hipotecas, por este Juzgado, actualmente encargado del Oficio público ydel
" de hipotecas. 'l'ercero: se declara igualment.e, que loe testimouioe de .las escrituras an" teriores que puedan apar0Cl,r, así como sus endoses y cesiones, son nulos, 4e ningun
" vll!or ni efecto, quedaudo como quedan, rotos, cancelados é insubsistentes. Coarto: pu" blíquese el presente auto por el espacio de veinte di11s en el pei;iódico oficial del De" partamento y en dos diarios de la. del Imperio, para conocuniento de loe int.Qreaa
" dos. Quinto: que se notifique lo mandado al Sr. :Síndico Procurador primero del ·M. I.
" Ayuntamiento de esta ciudad, D. Angel M. Dominguez, y á D. Gil de Echevarria, á
" quien se prevendrá exhiba su certificado de matrícula, que se le devolverá Juego que 88
" tome razon de él en autos. Y sesto: que la Secretaria cci.idará de acumular á las pre" sentes diligencias el correspondiente núméro de ejemplares de los periódicos eu que 88
" haga la publicacion preveruda. para la debida. const3ncia¡ y fecho, archivense las actua" clones formadas."
• Y cumpliendo con lo que se previene en el auto inserto, pongo la present.e en San Juan
del Rio, á nueve de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco.-El Secretario del J uzg11do, Lic. Jv.an .Manuel Diaz Barreiro.
l\13-4a-2

M.

"

.. r J
. . . . . . .. . .

I

• Él Juez s~ meaor, Lic. Zubia¡a.

206-31-2

ae

_/
CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 3~ ae lo ch-il, Lic. D. José M. Cordero, ha mandado por auto de hoy 88
convoque á D. Florencio Dominguez, como marida y conjunta persona de D~ Soledad Santillan, á D. Pedro Diaz, á D. Manuel T. Nájera, como marido de D'!- Luz Diaz, á D\' Guadalupe Aduna de Diaz, viuda de D. Joa:¡uin, por si y por su hija D\' Dolores, á D\' Josefa
y D'!- Paula Soriano, á D~ Dolores Cristomel, á D. Luis Cabrera como marido de D\' Vicenta Fierro, á D~ Dolores Castrejon, á D! Encarnacion Diaz y á las demu peraonas que
se crean herederos del fideicomiso de D. Bartolomé Ruiz Moral"B, para que l'n el térmi»o de un mes, contado desde la primera publicacion de éste, se presenten á deducir
y comprobar su derecho¡ ,bajo el apercibimiento, si nt&gt; lo verifican, de que definitivamente
se aplicará el sobrante que á su favor ha resultado de los bienes del reiterado fideicomiso
únicamente entre los que cumplieren; entendidos igualmente de que es el último términ~
que por equidad se concede.
Y en cWDplliniento de lo mandado, pongo el_.presente; advirtiendo qae el Juzgado se
halla sito en el Palacio de Justicia. Me1ico, á 14 de Marzo de 1865.-José Raz Guzma11
Escribano público.
200-3&amp;-~
'
VENTA DE PBDDAS.
El 26 del presente se hará la venta de las prendas cumplidas que existen en 1A tienda
de la. esquina de la plazuela de Juan Carbonero y S. Juan Nepomuceno; lo que se avi311
á los interesados.
México, Marzo 18 de 1865.-José Lasso.
201-3&amp;-2

TRIBUNAL DE COKERCIO DE HEXICO.
En loe a.u.tos de concurso á bienes de D. Trinidad Morales, este tribunal, con fecha 6
del corriente, proveyó un auto que copiado á la letra. dice:
.
"México, Marzo 6 de 1865.-Por presentado el antecedente escnto del síndico adminietrador.-Constando por el escrito qu.e el difunto síndico D. Sebutian Balmace3a presenté en 4 de Marzo de 1860 (fojas 17), que sin autorizacion del juzgado ni de loe acreedores, el mismo síndico, lejos de promo~er que se «½era cw:nplimiento ~ lo dispuestó en el
art. 7~, cap. 17 de las Ordenanzas de Bilbao, por e1 resolvió que loe bienes quedanm en
poder del deudor, quien segun de los autos resulta, hasta hoy loe conserva; en observancia
del artículo citado y del 794 del Código de comercio, el miimtro ejecutor. proceda 111 eecuestro de los bienes, papeles y libros del fa.llido, que se entregarán al sindico administrador. Conforme al citado art. 794 del Código y al 11, cap. 17 de las_ Ordenanzas de Bilbao,
diríjase oficio á la ad.minilltracion de Correos para que sea det;ewda la oorrespondencia
del fa.llido, á quien se declara en este estado desde er 26 de J lllllO de 1856, á reserva de lo
que despues resalte. Cltese á los acreedores listados en la foja 1~, á quienes en atencion
á la ausencia. de varios de ellos, se señala el término de un mee para que presenten al sin·
dico sus respectivos comprobant.es.
. .
Remítase copiJ!,_ÍI. los periódicos, para su p~b~ca01on, ~e este auto, espreean~o que 10!'
de concurso iniciados en el juzgado 6? de lo civil en Jum~ ~e 1856, se puaron a este Tribunal con oficio de 15 del próximo Febrero, que fué rec1b1do en 17, y que por no haber
síndico ni mas persona q!!e promoviera, que el represent.1nte de loe acreedores, no pudo
proveerse este auto hastaJ~n1espues de ha:,,Orse oído á él y 111 deudor com11~, ~D: auto
del 25, se nombró síndico
strador al Lic. D. José María Sanroman, y Jndic1&amp;l 111
Lic. D. José Mi~el Enrique, de los c~ales el primero aceptó _hasta el 3 del corriente,
segun consta á_foJa~ 44 vuelta de loe mlBmos autos.
.
Los señores presidente y_colega~ lo P,~veyeron y firmaron.-Castillo.-García.-../Jbadiano.-José María Cardena, oficial 29
L, q,u~ se hace saber á los interesados en cumplimiento de lo mandado.
Mé.t1co, Ma.rzo 10 de 1865.-José Maria Cardeña, oficial 29 encargado de la secretaría.

.

202--3&amp;-2

IMPRENTA DE J. M. ANDR&amp;DE Y F. Fi:!CALANTE,
• • · · • • B,UQi D-.&amp; IIAN ÁGUSTDI', NW.

l.

.

;"'

�</text>
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                    <text>EL

.IDIARI o
MEXICO: Jueves 23 de Marzo de 1865.

TOIO l.

l

SU.MARIO.

• PARTE OFIOIAL.-Oomunlcaclon del Ministerio de Negocloe F.stranjeroe reconoclendo IJ Sr. llerklott. coino encar¡¡1,do del Consulado de Hamburgo en Veracruz, durante la ausencia del propletarlo.-Otra, reconociendo del mismo modo al Sr. Mlron por las ciudades de Bremen y Lubek.-Clrcular del Ministerio de Estado il los Visitadores Imperiales, para que al dar cuenta de sus asuntos, lo hagan con la correspondiente aeparaclon.-~venclones de la Prerectura de México sobre salubridad pública.
PARTES DE LAS PREPECTURAS.-De Mlchoacan, participando que en el Distrito de Cultzeo van deaapareciendo el tifus y las v!ruelas.-De Pachuca eobre el Coronel U~alde y eumlslon del Sr. Ler~.-De Tu:~~i!~~:_ciendo que no hay novedad.-Otro de Michoacan, parti pando varias ocurrenclae de aquel De•

l

, ;/}

•J

PREFECTURA~LITICA DEL DEP.ARTADNTO DEL VALLE DE·KEJJ:CO., ,, ,1,,
.,

El señor Prefecto político ha tenido á bien diioner se ob . l
•
•
.
.
ferve~
dictadas para aten e,r á la salubrid,ad
)) d
l
pu lea Y a lmpteza e as Ca e8 e esta Capital.
Art. 1? En .todas las calles en, que existan at¡ujeas, los dueños,.rr:~.
ACTAS DE ADil.ESION AL IMPERIO.-Oomunlcaclon de la Comandancia de Tulanclngo, y acta&amp; de las ca as mandarán constru1·r con1u 11es e
. pnnCJpa
. ( . j )jjl,,
municipalidades de Huauchlnango1 firmadas por D. Rafael Cabrloto y demas Geres disidentes.
,On Sa)ºd
1 as á Ia ata'Jea
DOCOlfENTO.-Oomunlcacíon oel Mlnlsterlo de Fomento al Sr. l\Jendez ,obre su obra de ferrocarrllee.
y en las casas de vecindad donde no fuere posil:&gt;le su construccion se
SOLIOITOD.-Reg!stro de un mineral de materia ferruginosa cerca de Zongollca.
l'
;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡¡¡;;;¡¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡¡¡;;;¡¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡;;.,;;;,;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;e;;;;;;;. 1ormarán ~lbañales para que en ellos puedan vaciar los vecinos, quie~
nes al venficarlo llevarán la agua suficiente para dejarlos limpios: ·
PARTE OFICIAL.
A_rt. 2? En lo
ad~lante, conform~ se vayan construyenqo l,a~
atalJeas, será obhgatono la construcc1on de comunes y albañales,
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
debiendo tenér los comunes salida para las atarjeas, con arregló á ló
México, Marzo 20 de 1866.-Con esta fecha digo al Sr. Cónsul de ~ue queda prevenido. Pa~a el efe$)to es obligacion bajo respons~fü!
Hamburgo en esta capital, lo que copio:-" Dada cuenta con la co- hdad personal de los arqmtectos ó maest1·os de obras que co'nstrumunicacion de vd., fecha 14 del actual, relativa al encargo del Con- yan, reedifiquen ó reparen alguna finca situada en calle donde no
sulado de Hamburgo en Veracr1:1z, que D. Teodoro Horn hace, mien- haya atarjea, d~jar preparado el local convenientemente situado patras durare su ausencia, á D. Nicolás Herklotz, S. M. ha tenido á ra la construcc1on del comun ó albañal.
bien aprobarlo, y en consecuencia se libran con esta fecha las órde- Art. 3? Para la construccion de comunes y albañales se concede
nes oportunas para que el Sr. Herk.lotz sea reconocido oficialmente el término de cuatro meses, á cuyo veucimiento el propietario de
como encargado del Consulado de Hamburgo en Veracruz."-Lo co- fincas que falte á lo prevenido, sufrirá una multa de cinco á veintimunico á V. S. para su inteligencia y registros correspondientes.- cinco pesos, y si á los cinco días de notificada esta pena no empieza
Dios guarde á V. S. muchos años.-EI Ministro de Negocios Estran- lo obra, se le embargará la renta ó rentas que tenga, para cubrir lo11
costos de ella con un recargo de un diez por ciento, en castigo de su
jeros, Ramirez.-Sr. Prefepto político de Veracruz.
inobediencia, y el comun ó a.baña! se construirá bajo la direceion de
Es copia. México, Marzo 20 de 1'i6ó.
la obrería mayor.
•
El Subsecretario do Negocios Estraujeroa,
Ar~.
4?
Al
vencimiento
de
los
cuatro
meses
fijados
en
el
ártículo
(Firmado) PEoN DE REGIL,
anterior, los carros nocturnos no pasarán para desempeñar el serviMéxico, Marzo 20 de ·1866.-Con fecha 13 del actual digo al Sr. cio que hasta hoy están dedicados, por las calles donde existan las
D. Cárlos G. A. l\fartens, Cónsul de Bremen, etc., en Veracruz, lo atarjeas ó de nuevo se fuesen construyendo.
Ai:t·. 6? En las cal)es donde haya atarjeas queda espresamente
que copio:-" Dí cuenta á S. M. el Emperador con la comunicacion
proh1b1do
á los que tienen pulquerías, tortillerías, fondas ó bodegode vd., fecha 20 de Febrero último, en que manifiesta, que teniendo
n;s,
y
en
general
á toda clase de personas, el arrojar las aguas suque ausentarse del Imperio, se proponía dejar encargado del ConsuCJas
en
la
calle,
á
menos que no establezcan una coladera de recinto
lado que vd. desempeña en Veracruz, al Sr. D. Francisco de P. Mió
chil
uca
convenientemente
dispuesta segun el modelo que dé la diron, Vicecónsul de Portugal en el mismo punto; y habiendo aproreccion
de
obras
públicas,
á
fin de evitar la descompostura ele los
bado S. M. esa propuesta, se libran con esta fecha las órdenes neempedrados
y
la
permanencia
de aguas en el pavimento de la c¡1lle.
cesarias para que el Sr. Miron sea reconocido oficialmente como
Art.
6?
En
las
calles
donde
no baya ata~eas, el derrame de toda
encargado del Consulado de las ciudades l~bres y anseáticas de Breclase
de
aguas
se
hará
precisamente
en el arroyo central.
·
men y Lubek, y el Gran Ducado de Oldemburgo en Veracfuz.-EI
Art.
7?
El
Ayuntamiento
cuidará
de
completar,
tan
luego
como
Ministro de Negocios Estranjeros, Ramirez.-Sr. D. Cárlos G. A.
Martens, Cónsul de Bremen, etc., en Veracruz."-Y la traslado á le fuere posible, los cuadros de las atarjeas existentes, para. que queV. S. para los efectos y registros:consiguientes.-Sr. Prefecto polí- de enteramente prohibido el tránsito de los carros nocturnos por las
3
calles donde ya existan atarjeas.
·
tico de Veracruz.
1
México, Marzo 20 de 1866.
Es copia. México, Marzo 20 de 1866.

'ª,ªblr_revenc1one_s
s1_gu1entes,
á1 1
d 1

?e

El Secretario general de la Prefectura,

El Subsecretario de Negocios Estranjeros,

-----·

(Firmado) PEON

DE

REGTL,

ltINISTERIO DE ESTADO.

(Firmado) ALEJANDRO VILLASENOR, ',·:

PARTES DE LAS PREFEOTURA8.

,,

CrnouLAR.

M,~i:ico_.l\f&amp;rzo 22 de 1865.

Para evitar la confusion y retardo que suele ocasionar en el despacho de los negocios el que en una misma comunicacion ó espediente se trate de asuntos diferentes, mezclándolos de manera que no es
fácil ni pronta su distribucion entre los diversos Ministerios á que
corresponden; por órden de S. M. debo prevenir á V. S., que, en lo
sucesivo, al dar cuenta de los asuntos cuya visita se le ha encomend~do, lo haga c?n )a correspondiente separacion, para que sin demora
m estorbo se distribuyan en los Ministerios á que cada cual toque.
Asi habrá mayor órden y claridad, los interesados no sufrirán innecesario retardo en la resolucion de los negocios, y V. S. tendrá mas
pronta respuesta á sus consultas.
El Ministro de Negocios Estr&amp;ojeros,
Encargado del Ministerio de E1tado,

Sr. Vi.eitad~r imperial de .•••

(Firmado) F. RunREZ. ,

ll
'1
MINISTERIO DE GOBERN.ACION.
Imperio Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-N? 116¡.
Morelia, Marzo 16 de 1866.-Exmo. Sr.-Con fecha 13 del actual,
dice á esta Prefectura el Subprefecto de Cuitzeo lo que copio:" Para cumplir con lo prevenido en la circular núm. 68, de 8 de Diciembre próximo pasado, tengo el honor de informar á V. S., Pª!'ª
conocimiento de la Prefectura superiot política, que, ségun los datos
suministrados por los Presidentes de los Ayuntamientos, Jueces de
paz, Tenientes y encargados del órden en las rancherías, parece que
la fiebre tifoidea va ya desapareciendo, pues en el mes pasado uno
que otro caso se dió en este pueblo, en el de Cópá~daro y Ruandacaréo; y respecto de la epidemia de viruelas, ~amb1en va c?ncluyendo, pues comparativamente á los meses ante~1ores, ha hab1~0 pocos
atacados de dicha enfermedad en las poblaciones pertenecientes á
este Partido.-No ha aparecido otra enfermedad que merezca llamar

�274

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

la atencion, y por lo mifruo, /J. esto limito por ahora el presente in-

MINISTERIO DE GUERRA.

forme, el cual no hahla d!ldo con mas oportunidad, como está prevenido, porque los Jueces de paz y los &lt;lemas encargados de darme
ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
los datos respectivos, se demoraron en hacerlo."-Tengo el honor de
trascribirlo á V. E. para cumplir con la disposicion de la materia.Di~ guarde á V. E. m,uchos años.-EI Prefecto político superior,
Mé1ico, Marzo 22 de 1865.
A•io Moral.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
Comandancia de Tulancingo.-Número 57.-Tulancingo, Marzo
El. copia. Méxicv, Marzo 21 .de 1865.
19 de 1865.-Exmo. Sr.-En la mañana de hoy se han recibido de
El Subaecretario de Gobernacion,
D. Rafael Cabrioto, gefe de las fuerzas de Huauchinango, las siete
(Firmado) FRA?\CISCO J. V11LALOBOS.
actas de la cabecera y Municipalidades de aquel Distrito, y los municipios de Tenango y Tutotepec, de esta. demarcacion, que justifican la adhesion al Gobierno de S. M. I., y que con mi ayudante el
Prefectura política. del Distrito de Pachuca.-Pachuca, Marzo 19 capitan D. Rosendo de Ulloa, me honro de acompañará V. E. para
de 1866.-Tengo la honra de poner en copocimiento de V. E., para que se digne elevarlas al alto conocimiento de nuestro Soberano.
que'se sirva elevarlo al de S. M. el Emperador, lds 'novedades ocur- He creído conveniente, de acuerdo con mi compañero el Sr. general
ridas en la semana que hoy termina.-El día 12 llegó á esta ciudad, D. Frnncisco G. Pavon, Prefecto superior de este Distrito, solemniprocedente de Huejutla, el Coronel p. Ignacio Ugalde en union de zar este feliz acontecimiento, que nos conduce á la pacificacion y fealgunos oficiales,-y el 14 marchó en la diligencia en union de cinco licidad de una parte considerable de este territorio, y continúo ocude ellos, en direccion á esa. capital, presentando antes un salvocon- pándome de predisponer las cosas para que el Distrito de Zacatlan
~uéto fifmado por el general L'Hériller.-El 17 compareció en esta siga tan loable ejemplo.-Dios guarde á V. E. muchos año!l.-El
Prefectura D. Lúcas Lara., haciendo la protesta de adhesion al Go- general comandante superior, Ettgenio de Ulloa.-Exmo. Sr. Minisb~erno de, S.-M. el.Emperador, porque dijo haber prestado sus ser- tro de la Guel'ra.-México.
Es copia.
vicios ~n la clase de Ca.pitan en el ejército de Oriente, y ofreciendo
El S11bsecretario de Estado y del despacho de Guerra,
retirarse á la vida. privada, por cuyo motivo se le estendió el salvoconducto respectivo.-La tranquilidad pública se conserva en la
(Firmado) J. M. DURAN.
com~reosion de este Distrito, lo mismo que la seguridad en los caminos, _pues la conducta de platas que salió para esa ciudad, regresó
"Gefatura política del Distrito de Huauchinango.-" En la ciudad
á é(ita sm novedad.-Dios guarde á V. E. much(ls años.-El Prefecde
Huauchinango, capital del Distrito de su · nombre, pel'teneciente
to polftico, M. Belle Cisneros.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernaal
Estado
de Puebla, reunidos en el salon del despacho de. la comancion.:_México.
dancia
militar
los vecinos principales, autoridades civiles, gefes y
'.Es copia. México, ·Marzo 21 de 1866.
oficialidad
de
la
gµarnicion de esta cabecern, las autoridades de los
El Subsecretario de Gobernacion,
pueblos
de
esta
Municipalidad
y las de las Municipalidades de Zi(Firmado) FRANCISCO J: VrLLALOBos.
huatiutla, Tlaola y Chiconcuantla, que son indígenas, bajo la presidencia del Sr. general de brigada D. Rafael Cabrioto, gefe de las fuerzas de sierra de Huauchinango, pronunció S. Señoría un breve discurPrefectura. política. del Distrito de Tulancingo.-Tulancingo, 15 so, en que esplicando el objeto con que babia convocado la reunion,
de Marzo de 1866.-Exmo. Sr.-Consecuente con lo que V. E. tie- espuso:
ne prevenido á las Prefecturas por órden de S. M. el Emperador, me
Que siendo constante que la mayoría de la Nacion ha adoptado
honro de manifestarle, que respecto del Distrito de mi mando, no ha tácita ó espresamente la forma de-Gobierno emanada de la intervenocurrido cosa ninguna notable durante la primera quincena del pre- cion europea;
sente mes.-Dios guarde, á V. E. muchos años.-El general PrefecQue siéndolo tambien que las fuerzas organizadas con que el Goto superior, FranciJ~ Pavon.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion. bierno constitucional contaba para repeler la forma monárquica, han
-México.
sido destruidas en dos meses, quedando puramente las guerrillas,
Es copia. México, 19 de Marzo de 1866.
cuya inutilidad para una guerra franca y de derecho está justificada
El Subsecretario de Gobernaoion,
por la esperiencia;
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
Que de continuar la defensa del Distrito no se conseguiría mas
ll
que prolongar la situacion de estas localidades por muy poco tiempo, quedando entre tanto muy espuestas las fortunas y personas á
desaparecer
por consecuencia precisa de ]a guerra;
Impe~o Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-Seccion
Que
siendo
notorio que todos los actos de S. M. el Emperador
de Gobernacion.-Núm. 111.-Morelia, Marzo 13 de 1866.-Cumvienen
probando
de una manera inequívoca su buena intencion pa- pliendo con lo prevenido por supremas disposiciones, tengo el honor
ra
conservar
y
fomentaylas
ideas liberales, progresistas, dominantes
~e estractar, para conocimiento de V. E., los partes de policía de seen
el
pais;
y
supuest&lt;fbaber
aceptado el trono de México renuncianguridad de las diferentes demarcaciones del Departamento.-Con
do
sus
derechos
futuros
al
de
la Austria, se ha hecho mexicano y
fecha 27 del pasado, el Subprefecto de Cuitzeo participa cornwrvarcomo
tal
9ebe
procurar
el
engrandecimiento
del Imperio, la integris~ la tranquilidad pública en todo su partido.-Con la misma fecha
dad
del
territorio,
desarrollo
y
proteccion
de
las
ciencias y artes, que
el Subprefecto de Indaparapeo participa que el dia 22 fué sorpreuson
la
fuente
de
donde
emana
toda.
riqueza
pública.
y el bienestar de
d~~~ upa partida de treinta disidentes, capitaneada por N. Vargas, en
todas
las
clases
de
la
sociedad,
la hacienda de Santa Rosa: el comandante D. J esus Gonzalez la disY por último; que para entrar cuanto antes en el goce de-los inespersó completamente, tornándole dos _ó tres prisioneros, caballos y
timables
beneficios de la paz, proponia se- sometiera el Distrito al
algunas armas.-Con fecha 28 del pasado, el Subprefecto de CuitGobierno
Imperial Mexicano, reconocido ya por la mayoría de la
zeo ~a~ticip~ qu~ su partido conserva la tranquilidad pública.-Con
la misma fecha dice lo mismo el Juez 1~ de Charo, correspondiente Nacion, preví~ una discusion prudente y franca, dilatada cuanto neáeate partido.-El presidente del Ayuntamiento de Tarímbaro, tam- cesario fuere, en la que todos y cada uno de los concurrentes manibien de este partido, da igual notioi¡¡..-El Subp.refE¡cto de Indapara- festara con entera libertad su opinion: que á _nadie queria estrechar
peo, igual óoticla con fecha 5 del actual.-Con fécha 1? del actual á opinar y firmar en el sentido que ha propuesto; pero que si se esdice lo mismo el Prefecto de Acámbaro.-Con fecha 7 del actual, el forzaba por persuadir, en razon de la conveniencia de este paso, para
actual, el Prefect~ de Puruándiro participa haberse cometido en es- evitar consecuencias tan deplorables como estériles, y que quedaba
tos ,días un robo,, como en valor de 115 pesos, á unos viajeros, cer- cada uno en su derecho para resolver como le pareciera mas acerta·ca de la hacienda de Villachuato, á 4 leguas de Puruándiro; al mis- do; en la inteligencia de que S. Señoría está resuelto á obsequiar y
mo tiempo avisa estar tomando las medidas eficaces para la averi- sostener la resolucion de la mayoría.
Suscitóse en seguida una dilatada discusion, en la que quedando
gpacion y castigo de los criminales.-Con fecha 12 del actual, el
perfectamente
esclarecida la verdad de los antecedentes espuestos
Subprefecto de Indaparapeo, participa la tranquilidad de su partido.
por
el
señor
general,
se convino unánimemente en firmar los artfoulos
-Tengo el honor de ponerlo en el superior conocimiento de esa susiguientes:
p~rioriaad, conforme á lo mandado.-Dios guarde á V. E. muchos
1&lt;? El Distrito de Huauchinango, representado por sus gefes de
años_.-El Prefecto político superior, Antonio Moro.l.-Exmo. Sr.
la
Guardia Nacional, autoridades civiles y personas notables,que- se
Mmistro de Gobernacion.-México.
hallan
presentes, reconoce, acata y presta su mision y obediencia des1
'Es copia., México, Marzo 21 de 1866.
de
esta
fecha, al Gobierno de S. M. Máximiliano I, Emperador de
El Subsecretario de GobernaciQn1
México.
(firmado) FRANC~S&lt;;o J, V~LLALOBOS,
2&lt;? Se sacará testimonio de la presente acta, autorizado por quien
corresponda, para que- por conducto del Sr. general Cabrioto, se eleve al gabinete de S. M. I. de la manera que- mejor parezca a~ elipre/

sado sieñor lae'neral. Con lo que se concluyó la Junta celebradl~ hoy d~ s. M. l\laximiliano I, reconociéndolo cotn'ó Emperador de MéXJCO,
•
dia quince de Marzo de mil ochocientos ses·enta y cinco.
2&lt;?
Queda
asimisrno
la
~Iunicipalidad
sujet4
á
la
subordinac1'
óñ de
General en gefo, Rafael Cabriot~; corouele~, Anton~o Perez, Rasus
autoriclades
superiores
en
el
ói:dén
e~táblecido
ó
que
se'éstahl~zfael Barron, Dimas López, Baltasar Telles G1ron; tenientes coroneles Abraharh Plata, Miguel Alvarez, Manuel Matus; co!nan&lt;lantes de ca en lo sucesivo.
escuadron Paz Reve!:l, Vicente Oropeza, José Maria Rivera; coman- 3~ Copia de esta acta se elevará á 1~ superioridad por conducto
dantes de hitallo1; Marciano Rios, Y-ictoriano Escobar; capita.nes de del C. General Cabrioto, de Haauchinango, quedando desHe, fuego
1
caballería Felipe Céspedes,, Francisco Oontreras, Tomás V1ve!os, a.bie1-ta la comunicacion con las autoridadés p110~ip~lds jiél Dep&amp;r~
Rafael Leal Doroteo Henr1quez, José de Jesus Oropeza, Francisco tamento, para los fines consiguíentes: corí lo qú·e concluya. líi.' ~éU.' 118e lii'ré~
,· riioh
Perez Joaquín Gutierrez; capitanes de infantería Guadalupo More- niou, t!eia.ndo firmada la presente todos los indiv,i4u~
J.
C
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N"
1
M
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C
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que
supieron
hacerlo..
corone
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may
no; J~a.\i Rosete; 2.~ ayudante Manuel Repn:; tenlentés de caballería Francisco Eapinosa, Fernando_Bede, ~ibrado García_, Manuel órdenes, J osé Maria Tolentino; C. ayudante, Rafuel .thtez; cO-'
Espinosa, José Maria Torres; teme~tes _de mfantería Bemgno Her- pitan, Francisco Perez; teniente, Juan Tole)1tin?; ~ubtr,nte~ye~ )fa.,
nandet Aurelio Márquez, Cayetano Ruiz, José de J. }Iuesca; alfé- nuel Gudnan; sargento 1?, Patricio San A~ustln:irosé de s'an Jukn;'
rez Sebastian Covarrubias, Francisco Escalona, Juan Montes, Anto- sargento, José 1'abera, Fernan&lt;lo Trejo·, FeHpe Castl'O, Ju'ab Tolen-·
nio Vazquez; ,subtenientes E~uardo M~lo, Rafael Rotfriguez; sargen- tino, Gabriel Velasco, Rafael Meqaozá, f.r!iqciscd áe ~arl;:Tuá'n1 J'otos 1os José Mmfa Rivera, Zeooo Barnos; por la clase de sargentos sé efe San Agustín, Francisco Perez, Jós~ Merida', Mii.nuél 9,uet'~
José Vela.seo, Lorenzo Torres, Benito Toleutitió, Mariano S'.ihl' A~Üs-.
2os Antonio Serrano; por la clase de cabos Agustin ~erea; gefe P?litico del Distrito Antonio Várgas; alcalde 1&lt;? concil1ador, LuCio tin, Tomás Mendoza, Juan Tolentino, J'osé Tr'e)o, Manuel G~man,
J'uíln: Matiüel
Hernandez; suplente del alcalde 1&lt;? conciliador, Domiugo Moren~; Andrés Castro, Mai-iano de la Cruz, Miguel de
alcalde 2? conciliador, Juau Vergara; suplente del alcalde 2? conci- Perez, Manuel Tolentino, Crescencio García, Franciscd Alrr\áráli
liador Fernando Hernandez; síndico Rafael Cardona; juez auxiliar ~fl!,nuel S. Agustin, Francisco Velasco, Rufino tó¡&gt;ef, '.Nicolás Guzde la ~eccion de San Juan, Ignacio Grageda; juez auxiliar de la sec- man, Vicente Pere_z, Mltnu~l Tole~~ino, Francísco San..~güstm, J~~
cion de San Franciscó, Julían Castro; juez auxilial' de la seccion de sé de San Juan, Vicente Perez, J ose Matfas, Juan Me9,d za, Mhfüie1
· Santiago Francisco Lechuga; juez auxiliar de la seccion de Santa de San Juan, Andrés Flores, Manuel López, Frapcist; t!feliaoid;'
Catarina' Juan Nava; tesorero municipal, Bartolomé Andrade; teso- Tomás de San Juan, Manuel San Agustín, Franéiséo Toléntino,'JJo~
rero del fondo de rebajados, José María Agúirre; alcaldes de Huila- sé Velazquez, Vicente Flores, Francisco Trejo, Antoníó Tolentino,
capistta, J oBé Francisco y José Antonio; de Cuaxiutta? José Maria Mariano San Agustín, Mariano Trejo, Manuel Tolentino, José Vey José Dionisio; de Nopala, José Andrés y José Antomo; d~ }Iatta- lasco, Francisco San Juan, Diego Trejo, José Maria Elizalde; Franluca, José Antonio y José Manuel; de Alceséc~n, José V1cen~. y cisco Hernandez, Cl'istóbal Trejo, Rodrigo Trejo, GabrieLJiernanManuel Antonio; de Tenohuatlan, Mateo Francisco y José Pa~nmo; dez, Remigio Hernandez, José ~aria TQlentino, Mariano de la Lui,
de Ayóchincuautta, Juan Pascual y~ oséJ uau; de Cu~~ueyaestta, ~o- Camilo Lemus, Domingo Montes, Luciano Montes, Feliciano Ortiz,
sé Antonio y José Manuel; de Cuas1cala, José Antonio y Jós~ Cris- Gregorio Blancas, Juan H:ernandez, Severiano Antonio, Juan Parra,
tóbal; de Necaxa, José Francisco y José Vicente; de Acuautta, Jo- Apolinario Perez, Severiano Solfs,·Rafaél Blancas, Juan Felipe Sansé María y José Antonio; de Patoltecóya, José Pascual y Manuel tiago, J·oaquin B:ernai:idez, José Maria Blanca&amp;, ,Ea(a.el Eliz/\lde,
Antonio; de Michinca, Francisco Cortés y José Antonio; de Tatola- Guadalupe Cáseres, Francisco Javier, Cárlo~ SalM1 Cain,ilg Silv.a,
pa, José Ricardo y José Manuel; de Tenango, José Asencio y José Francisco Garcia, ~ntonio Bi&gt;rbolla, Mari.ano Retam~, Igpacio G-,k
Maria; de Papattatta, Agustin Domingo y Agustín JQaquin; de Xas- lioso, Pedro Cabrera., Refugio Silva, Tomás ~olís, Jqs~ &lt;je,ala UJYZo1
tepec, José María López y Antonio Hernandez;' de Musacattan, Ni- Tomás de la Cruz, Agustin Velasco, José San Agustín, ,f.-~QCl§OOt
colás Antonio y José Antonio; de Xilcuautta, Agustín Santiago 7 Vel asco, Roberto Cabrera, J oaquin Plata, Nicolás .M,aJ;tinei,,)la.Que
Juan Manuel; de Cuacuila, Isidro Juan y José Andrés; de la Muni- Velasco, Felipe Velasco, Vicente García, Juan Vel asco, Fxa.'Qcj~Q.
cipalidad de Chiconcuautta, Juan Jimenez y Andrés de la Cruz; de Resalde, Pedro Avil a, José Mendoza., Antonip La-zc3¡n9, J9$.é r.,JattiZernpoala, José Francisco y Juan Agustin; de Tlalhua, Juan San- nez, Encarnacion Corbero, Aoqrés Hernandez, VicElllte -!{.elaQ1a, "134-;
tiago y Aparicio Santos; de '!lalximehual~, Jos~ G~egorio y_ Pedro fael Borbolla, José Galloso, Ignacio;La,zcano,,,Diegl;\ ,Martine~, JJJii
Antonio; de Tlaltenango, Nicolás Antomo y Santiago Fehpe; de Cristóbal, Lázaro Solía, Pantaleon Borbol1a, Manuel M~IQ1 José Guz-·
iuii , ,,
Tixtla, José Antonio Hernandez y José Antonio; de Tlacbeo, José man, Vicente Silva, Martín Guzman, Agapito Pabrer{\d
Es
copia
de
h~
original
que
obra
en
esta
Corp11:1J&lt;Jl},
l
}C!ll¡,¡
.fjJl&amp;l!ChiSantiago y José Antonio; de la Municipalidad de Tlaola, Juan Pedro de la Cruz; de Xaltipustla, Manuel Francisco Antonio y José nango, Marzo diez y ocho de mil ochocientos sesenta y ~inco.-~nClemente; de Tritsicasapa, José de los Santos y José Castillo; de tonio Vargas.
Tetla, Felipe Santiago y José Miguel Anotes; de Xochinanácatlan,
Juan Agustín y Jacinto Bias; de Coauila, José Vicente, José MaMéxico, 2'.! de l\farzo de 1865.
nuel Antonio; de Tlatapanala, Onofre Santiago y José CrisMto Antonio; de Cuautzoutiepa, Juan Santiago y Nicolás Antonio; d'e Huist- Juzgado de Pahuatlan.-A los catorce dias del mes de Marzo de
ta, Gregorio Salvador y Manuel Antonio; de Ctiichahuautla, (Juan mil ochocientos sesenta y cinco, en Pahuatlan, que .es l11i...Cab_ecera
Santiago y Nicolás Antonio),.. José Aparicio y José 1\forales; de la. del Distrito de su nombre, sujeto al principal Distrito de HuauchiMunicipalidad de Zihuautitta, Nicolás Antonio y José Antonio; de nango, del Departamento de Puebla, los vecinos notables de dicho
Tecpattan, Matias Santiago y F.elipe Santiago; dt1 Ocomacétta, Fa- pueblo, convocados por el C. Coronel y Alcalde 1&lt;? José Luis Lebian Antonio y Miguel Santiago; de Telolotta, José Arejandro y Jo- chuga, hizo presente este señor que había solicitaqo la repnion con
sé Trinidad; de Masacoattan, Antonio Gornez y Pablo José; de Ca- el fin de poner de manifiesto la conveniencia de qu'e Pahuatlan recalmattan, José Manuel y José Manuel Francisco: de Cuátechalotta, conociera al Gobierno Imperial Mexicano, por cuanto á iue la ~arAntonio Santiago y José Mariano; de Cuanepisca, Miguel Aparicio cha de S. M. Maximiliano I está acreditando que lejos de atac~r aI
y José Luis, Julio Hernandez; por Manuel Hernandez, Salustiano gran partido liberal nacional, lo pr?t~ge con Jeyes 1 sábia~ y jµ,f&amp;;,
que conducen al pais al engrandec1m1ento de que es sup~eptil?l~, Cl,lde la Madrid, Bonifacio Aranda.
yas
hau sido siempre las miras del citado partido; despues de .otras
Es copia de la. original que obra en el archivo de la Gefatura dé
muchas
razones que espuso, y que fueron acogidas con entusiasmo,
mi cargo, á la cual me remito.
.
.
se
acordó:
Huauchinañgo, Marzo diez y seis de mil ochocientos sesenta y cin1&lt;? El Distrito de Pahuatlan queaa sometido al Gobierno de S. M.
co.-Antonio Vargas.
Maximiliano I, reconociéndolo como Emperador de México.
2&lt;? Queda asimismo este Distrito s~je!9 á Jt s~J:&gt;...ordinacion de sus
Gefatura política del Distrito de Huauchinango.-A los cato~·ce autoridadt'S superiores en el órden estabíecido, ó que se establezcan
dias del mes de Marzo de mil ochocientos sesenta y c'inco, reunidos en lo sucesivo.
3&lt;? Un tanto de esta acta se elevará á la superiorid~d p.or ~onducen Tutotepec, que es la cabecera del Distrito de su nombre, sujeto
al Departamento de Tulancingo, los vecinos notables de dicho pue- to del C. General Rafael Cabrioto, gefe de las fuerzas de la sierra,
blo, convocados por el C. Coronel Nicolás Mérida, antiguo gefe de para los fines correspondientes.
1
1
la Guardia nacional, hizo presente este señor que babia solicitaclo la
Con lo que concluyó la reunion, dejando fi rmada la pre~ente toreunion, con el fin de poner de manifiesto la conveniencia de que dos los individuos de la reunion que supieron hacerlo.-José Luis
Tutotepec reconociera al Gobierno Imperial Mexicano, por cuanto á Lechuga, José Maria Morales; comandante militar, Daniel Calva, ca&lt;lue ~- M. Maximiliano I está acreditado que lejos de atacar al par- pitan 1&lt;? de caballerfa, Ignacio Villegas, Miguel Morales, teniente,
tido liberal nacional, lo protege en todos sus actos con disposiciones Manuel Hernandez, subteniente, Francisco Hernandez de• la Orta,
sábias que conducen al pais al engrandecimiento de que es capaz, lo teniente, Vicente Hernandez, subtenienw, sargento 1? Feliciano
cual ha procurado siempre el citado partido. Y despues de otras Trejo, Jesus Monten-ubio, sargento 1&lt;?, sargento 2&lt;? de artillería, Cármuchas razones que espuso y que fueron acogidas con entusiasmo, men Barredo, J:,uis Agúilar, sargento 1&lt;?,_ por c1,1atrp s¡1rgEmtqs ~egunse acordó:
dos que no saben firmar, Feliciano TreJO, por ocho cabos que no
1? La Municipalidad de Tutotepec queda sometida al Gobierno saben firmar, Jesus Monterrubio, por la clase de soldadÓs banda;

s;n

y

�DIARiO DEL L'1PERIO.

216

Vicente Lozano, Mateo Cayetano, capitan de Chila, José Domingo,
éapitan de Za~ap~huaya, José Soledad Aparicio, sargento 1?, Felipe Saptiago, sargentp 1?, José Guadalupe Rosales, sarge~t~ 1? d~I
4,huacate, Julian A. Trejó, alcalde 2? ~e esta cabecera,_Tnmdad J1menez, regidor de indios, José Luis G. ~ópez, s~cretano, Gua?alupe Victorio Perez, Alvino Rivera,_ Ft1ustrno ~gmlar, Manuel M1llan,
Valeriano Soto Mayor,·Juan Aguu-re, ~ranc1sco ~uzman, José Esp,;jo, Manuel Carballo, Braulio_,Valdespmo, Ag~stm Galaz, Marcelino Zejo, !ndrés Ruiz, Cayeta~o. Cuevas, pomm~o. Gomez, Ignacio Sarmiento, Guadalupe Apanc10, Gregono Apanmo, JoséMan~el
Bonilla Manuel Galindo, Rafael Miranda, Manuel Guzman, Franmsco' de 1~ Cruz, alcalde de Xolotla, Pascual Diego, juez de Mamiquet1a, Juan de la Cruz, alcalde de Atlantongo, Salvador José, alcal•
de 'de Astla Pascual de los Santos, alcalde de Acalapa, Pantaleon
Jarill~, juez de Cuauneutla, José Silverio de los A?gel~s, juez de
Tlalcruz, José Silvestre, Juez de Soyatla, Tomás Aibmo, Juez_ de Paciolta José Mariano alcalde de San Pablo, José Ventura, Juez de
Zacapehuaya, José Hilario, alcalde de Chila, Francisc? Baltanar,
juez de Huchuetliya, Juan José Vargas, alcalde del partido Magd~lena, José Crescencio Hernandez, juez del~ R~ Magdalena, ~n~omo
Rósales, juez del Ahuacate, Francisco ~evenn~, alcalde de Ah1la, Ignacio José, alcalde de Tlaxcio, Ignac10 Santiago, alcal~e de_ Cuaxtla, Mariano Cayetano, alcalde de Atlalpan, Juan Fehpe, Juez de
TÓtonacos, Francisco Antonio, juez de Acalman, Pantaleon _venancio, juez del Rio, Andrés Leon, Francisco López, Ramos J1menez,
José Maria Aparici9.
Son copias.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de ll\ Guerra,

paral la audíencia7del viérnes 24 del corriente, á las doce; apercibidos de que sí no coneurren, el Tribunal resolverá lo que crea necesario y de justicia, conforme al art. 771 del
Código de Comarcio.
'
Lo qut1 se pone en conocimiento de los acreedores en cumplimiento de lo mandado.
José María Cardeña, Oficial 2'?, escargado de la Secretaría.
209-2s-l
TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
l\fé1ico, Marzo 16 de 1865.
En los autos del concurPo á bienes de D. Rafael Duarte se ha ha ptoveido uu auto, que
con la insercíon á que se refiere, es como , igue:
" México, Marzo 14 de 1865.-En atencíon á que en estos aut-0s la última providencia
8e dictó el 19 de Octubre de 1852, por lo que uo es fácil que las personait que tenían derecho que deducir en el concul'\lo conserven la memoria de ellos, cítese á los acreedores
por cédulas y por medio de los periódicos (inserta¡¡do en los avisos la lista de fojas 7), á
j_unta general, solicitada por el Síudíco, para la audiencia del dia veintinueve del presente,
a la una de la tarde. Lo proveyó el Sr. Presidente y firmó.-Castülo.-Lúis Rodriguez y
Palacio."
D. Victoriano Marticorena ...........•.....••... $1,340 ,,
Lic. D. José Mai1a Duarte.. .•. . . . . •. . . . . .. . . . . . 1,624 6
Sres. Perríssin, Gautíer y C~ .•...... •. __. . . . .. . .
160 ,,
D. Maximiliano María Chavert....... . • . . . . . . • • . . l,086 4
D. Manuel Grumbak.. ... .. . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . .
550 ,,
D. Rafael Cancino...... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
309 ,,
D. Fernando Muller. . . . . . . • . . . . . . . . • • . . . • . . ..
347 7
Dusseaux y Gutíerrez....... . . . . .. . . . . . . . . . . . . . .
75 7
Dans hé~an?_s.. • • • . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . .
61 ,.
Doorman e hiJo................... . ...... . .....
60 ,,
Danton .•. . . . . .. . ... . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. . .
35 ,,
D. Francisco de P. Sáyago.................. •. . .
59 ,.
Loyola. . .. . . . . . ... . . . •. . . . . • . . . . .. . . . . . . . . . . . .
24 3
Berjes . • • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . .
100 ,,
Bouche.................. .... .. .. .............
17 ,,
López é hijo .•.••...•..........•..... :-. . . . . . . . .
42 ,,
México, Agosto 30 de 1852.-Rafael Duarte.
Lo que pongo en conocimiento de los 'señores acreedores, cumpliendo con lo mandado.
José María Cardeña, Oficial 2~, encargado de la Secretaria.
2J0-2a-1

(Firmado) J. M. DURAN.

DOCUMENTO.
KINISTERIO DE FOMENTO.
Sr. D. Santiago Mendez.-Secretaria, !"farz? 19 de 11~65.-M?Y
señor mio que apreoio.-He visto con satisfacc1_on el tratado e~cr1to
por vd. sobre ferrocarriles, en el cual veo mamfiesto su empeno de
proporciona~á nuestro país, y particularmente á la nurner?sa .clase
que no conoce la materia, el conocimiento de la construcc1?n y legislacion en punto t3¡n interesante para la verdadera prospendad del
Imperio.
.
Estimando en g{i justo valor esta producc10n, no solo ~celebro el
patriótico designio que se propuso vd. al ~mpren~erla, srno que lo
felicito por su buen éxito; y en consecuencia, considero un ~eber de
justicia manifestarle por la presente el agrado con que. ha sido acogida por el Gobierno.
.
.
· Soy de vd. afectísimo servidor q. s. m. b.-Luis Robles.
Es copia. México, Marzo 19 de 1865.

.

CITACION.
No sabiéndose el domicilio de D. Jose María Segura y D. Agustín López, ni quiénes
son los represeutlintes de D. J acíuto Ortíz de la Peña y D~ Margarita Peimbert, el Sr.
Juez 2? de lo civil, Lic. D. J\Ianuel Parnn, ha mandado se les cite ájunta cumo acreedores del concurso de D. José María Noya, por medio del "Diario del Imperio," para el
viérnes 24 del corriente, á las doce; en cuyo cumplimiento los emplazo por el present.e
anuncio.
·
_
México, Marzo 20 de 1865.-Manuel Romero, Escribano púolico de la Nacíon.
211-2s-l
JUZGADO 8? MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUMERO 8.
Seminario núm. 8.
Por el presente, y á instancia de D. Ramon Madrid, se emplaza á D.N. Nevraumont
(padre), para que en el término de oc)lo días, contados desde la publicacion del presente,
comparezca en este Juzgado á contestar el juicio conciliatorio que por pago de pesos le
promueve el nominado Madrid; apercibido que de uo hacerlo, se tendra por intentado el
acto y se espedírá el certificado respectivo.
México, .Marzo 2'2 dé 1865.
El Juez 8'? menor, Lú. Zubiaga.
212-3s-1

JUZGADO ó'? CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
En junta de acreedo1·es celebrada en cuatro del actual, en los autos del concurso á bienes dt1 D. Gabor Naphegy, que giran en este Juzgado, se acordaron entre otros puntos,
los siguientes:
Primero. Que se entreguen los autos al Sindico judicial para que promueva lo conveniente, presentando el estado del cl'Mito activo y pasivo.
Segundo. Que se convoque por los periódicos á: todos los que se consideren acreedores,
para que en el precisó término de quince dias presenten los documentos justificativos de
sus crédít&amp;s al tiíndico; con t1l apercibimiento de que pasado dicho término 11in verificarEl Subsecretario de Fomento,
lo, seguirán los autos su estado en su rebeldía.
(Firmado) MANUEL ÜRozco.
Y babiéndose prevenido el cumplimiento de dicho acuerdo, pongo el presente para los
efectos que espresa el segundo punto inserto, y que el Síndico es el Sr. D. José Dans, que
vive en la calle de las Ratas núm. IO; en !\léxico á diez y ocho de Marzo de mil ochocien•
tos 11esenta y cinco.
.Agustin Perez de Lara, Notario de Hacíentla y público del Imperio.
208-3s-2
KINISTERIO DE FOMENTO.
JUZGADO 4'? DE LO CIVIL.
En los autos del intestado de D. Leonardo Gonzalez se ha m:iidado por el Sr. Juez 4'?
SECCION 1~
de lo civil, Lle. D. Evaristo Reyes, se llame por los periódicos á las personas que se crean
México, Marzo 20 de 1865.
con derecho á los bienes de dicho intestado, á fin de que se presenten en el Juzgado á
D. José María Cid y Carrillo, ha hecho formal registro, de un mineral_ de deducirlo dentro de treinta días cqntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E
203-Ss-3
materia ferruginosa, sito en la cañada•de Xonamanca y al Este de la villa Escribano público, .Antonio Campos de la Vega.

SOLICITUD.

1

de Zongolica.
Y habiéndose admitido con fecha 2 del actual el registro en cuanto ha lu.
gar en derecho, sin perjuicio de tercero, y conforme á las Ordenanzas, ~e avi.
sa al público, para que si alguna persona se encuentra con derecho a opo.
nerse, Jo deduzca ante este Ministerio.
1 1
El Subsectetario de Fomento,
(Firmado) MANUEL Ü&amp;ozco.

IMPERIO :MEXICANO.-1UZGADO l '? MENOR DE LA CORTE.

Galle cerrada de la Moneda núm. 10.
ORDEN.-Ignorándose la habítaciou de D. Ignacio Izaguirre, por la presente se le emplaza para que comparezca en este Juzgado, ~or si ó por apoderado instruido y espensado,
dentro de tercero día, contado desde la pubhcacion de este aviso, para alegar de su derecho ~n el juicio que le tiene promovido D. Felipe Zamora; apercibido de darse por alegado si ao concurre.
México, Marzo 16 de 1865.
El Juez l'? menor, Lic. Joaquín Perez y Gilemez
204-3s-3

ANUNCIOS OFICIALES.

JUZGADO 4'? DE LO CIVIL
De órden del Sr. Juez 4'? de lo civil, Lic. D. Evarísto Reyes, se convoca por el presente
anuncio á los que se crean con dérecho á los bienes del iHtestado D. Guillermo Pacheco,
COMISARIA CENTRAL DE POLICIA.
para que com_parezcau á deducirlo dentro de treinta dias; apercibidos de que si dejaren
Núm. 1,257.
México, Marzo 21 de 1865..
pasar el ténmno, sin mas emplazamiento se procederá á lo que hubiere lugar.
Han sido remitidas al corral de deposito tres burras, que se encontraron estrav1.&amp;dos en
México, Febrero Z'/ de 1865.-Ma11uel Romero, Escribano público de la Nacíon.
e
205-38-3
la demarcacíon del c~artel núm. 8; lo que se pone en conocimíen~ del J?Úblico, pa~ qu_
.
el interesado ocurra a esta oficina central por la órden de devoluc10n, siempre que Justi
JUZGADO 8'? MENOR DEL· CUARTEL MAYOR NUJr!ERO 8.
que su propiedad.
El Secretario general, L. Berthier.
Por la presente se hace saber al albacea de D. Ramon Vaca, que en el juicio seguido
contra la testamentaria por U. Jesus Goríbar, se ha dado por contestada la demanda y
abierto el ne~ocin á prueba por ocho dias; citándose igualmente al referido albacea para
que el dia vemticínco del actual se presente, á las doce, á absolver posiciones; ·apercíbidCI
ANUNCJ:OS.
de darse por absueltas y quedar citado para sentencia sí no concurre.
·
México, Marzo 18 de 1865.
El Juez s~ me110r, Lic. Zubiaga.
206-38-3
TRill'UlUL DE CODRCIO DE :MEXICO.
México, Marzo 17 de 1865.
En el eapecliente del coucuno á bienes de D. Arcadio López, este Tribunal, en auto de
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
hoy, y á coneeouencía de no haber tenido verificativo la junta mandada reunir el día 16
BAJ('8 DJ SAN AGVSTIN1 NVM, l.
o
del preeente, ha acordado se cite nuevamente á los señores acreedores á dicho concurs
I

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Consulado de Hamburgo</name>
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                    <text>DEL

\

!,.

MEXICO: .Viernes 24 de Marzo de 1865.

TOIIO l.

SUMARIO. ,
PARTE OFlOIAL..-Decreto Imperial nombrando cuatro c»nsejeros ~ Estado.-Otro, nombrando cuatro
Auditores del Oonsejo -Acuerdo lmperla.1 aprobando lá nuevÁ fllánta de empleados para la administraclon
de rentas del Ayuntatclento.-ld. dando permiso para la publicaclon de un periódico en Zacateca.s.-ld. lle•
clarando una cesanlía.-Una aclaraclon del lfinlslerio de J usticia sobre la .ley de 26 de Febrero.--Otra so•
bre biooes de Ayw1tamlentos y estableclmlentos de beneficencia é insn-uccion.-Otra sobre que nv son ya
admisibles las denuncias para operaciones de desamortlzaclon.-Deereto bombrando director(l!I de tas Adna•
nas del Golfo y del Pa,;iftco.--Otro dando de baja en el ejército al Oomandanle Koning.--Oircular del Ml•
nlllerlo de la Guerra par&amp; el cumplimiento de los decretos de 28 Y 26 de Enero de este allo.
NOTIOIA DIPLOMATICA.-Carta del Rey de llalla al Emperador de México.
ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.-Varlas del Distrito de lluauchluango.

NOM. 69.

por ser transítoria y meramente• circunstancial, no importa una
derogacion del decreto de 2 de Enero de 1864.-El Ayuntamiento
cuidará, bajo su responsabilidad, que la reduccion de empleados
que pi·opone no ceda en perjuicio de la administracion municipal." -Y lo comunico á V. S. para su conocimienoo y &lt;lemas fines.-El
Ministro de Gobernacion, Cortés y Esparza.-Sr. Pr.~f~oto polftico
del Valle de México.
PLANTA DE LA AnMINISTRACJON DE R&amp;JfTAB MUNJCIPAI,ES.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE ~faxioo:
En atencion al mérito y circunstancias que concurren eu las personas que adelante se espresan, y conforme á lo decretado por Nos
en 4 de Diciembre del año pró;ximo pasado, HEMOS venido en decretar lo siguiente:
Son Consejeros de Estado los señores
Don Pascual Almazan,
Don José Linares,
Don Napoleon Saborfo,
Don Manuel Cordero.
Nuestro Ministro de Estado queda encargado de la ejecucion del
presente. decreto, qu_e s~ depo~itará en los archivos del Im_pe_rio, publicándose en el periódico oficial para q_ue llegue á conoe1m1ento de
quien corresporrda.
Dado en el Palacio de México, á 22 de Marzo de 1866.
(Firmado) MAXIMILI.ANO.
Por mandato de S. M. l.
El Hi.nistro de Estado,

(Firmado) José F. Ramirez.

Administrador, Gefe de la oficina ..... ...... .. $
Tenedor de libros.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
·Auxiliar de idem. . . . . . . • . • . . . . . . . . . . . . . . . . .
Gefe de Seccion.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial2?....... ....... . . . ......... • ....
Oficial 3°. • . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Oficial 4? ...•.... . ...... : . • . . . . . . . . . . . . . . .
Id. . . . . . . . . . . • . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Escribiente.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • • . . . . . . .
Ia.... ... .... .•• • • • •• •• •. • . . . . . . . . . . .
Id. . . . . . . • • . . . • . . . . . . . . . • . . . • • • . . . . . .
Id. . . . • • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Id. . . • . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . • . . . • . . . .
Cajero pagador. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . .
• Auxiliar de idem .... .' . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . .
Cobrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mozo de oficios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . .

Suma ...... . ... .•. . .. S 13,600
Es copia. México, 22 de Marzo de 1866.
El Subsecretario de Gobernaciou,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS.
SECCION

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

2,400
1,200
800
1,000
800
800
800
800
600 .
600
600
600
600
1,200 '
600
600
200

3ª
México, Marzo 22 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien espedir el acuerdo siguiente:
Conforme á lo decretado por Nos en 4 de Diciembre del año próxi- "Concedemos á D. Mariano Sanchez y á D. Francisco Linares limo pasado, y en atencion á las circunstancias que concurren en las cencia para publicar en la ciudad de Zacatecas, un periódico que se
personas que á continuacion se espresan, HEMOS venido en decretar intitulará La Civilizacion."
lo siguiente:
Lo que inserto á V. S. para los efectos consiguientes.-Por el MiSon Auditores del Consejo de Estado los señores
nistro de Gobernacion, el .Subsecretario, Francisco J. Villalobos.Sr. Prefecto polftico de Zacatecas.
"
Don Francisco Artigas,
Es copia. México, Marzo 23 de 1866.
a
Don Joaquin Escalante,
Don Juan Herrera,
El Subsecretario de Gobernacion,
~ ll
Don Manuel Ramirez Aparicio.
(Firmado) FRANCISCO J. Vrr,LALOBos.
Nuestro Ministro de Estado queda encargado de la ejecucion de
S&amp;OCION 4~
. e1te decreto, que se depositará en los archivos del Imperio, publicándose en el periódico oficial para que llegue á conocimiento de
Méiico, M!ll7:o 22 de 1865.
quien corresponda.
Dada cuenta á S. M. el Emperador con el espediente promovido
Dado en el Palacio de México, á 22 de Marzo de 1866.
por D. Emigdio Garcia de Leon, sobre declaracion de la cesantía que
le corresponde como empleado que fué de la Cámara de Senadores,
. '.
(Firmado) MAXIMILIANO.
ha tenido á.bien acordar el decreto siguiente:
Por mandato de S. M. l.,
El Ministro de Estado,
"Conforme á lo prevenido en la fraccion 2~, artícl,\\o 2? de la ley
de 18 de Abril de 1837, DECLARAMOS á J?. Emigdio Garcia de.Leon,
(Firmado) José F. Ramirez.
cesante en el empleo de oficial 2? de la secretaría de la Cámara de
Senadores, con el goce de una pension de quinientos cincuenta peJtt!RISTERIO DE GOBERNACION.
sos anuales, que equivale á. la mitad del sueldo asignado á dichoemSEcc.ioN 1~
pleo, por los acuerdos del Senado, de fechas 21 de Febrero de 1826,
r
México, Marzo 22 de 1865.
6 de Julio de 1838 y 27 de Abril de 1844."
S. M. el Emperador, con fecha 17 del presente, ha tenido á bien Y me honro de trasladarlo á V. S. para su conocimiento y efecdar el siguiente acuerdo:-"Con la mira de introducir el mayor nú- tos que correspondan.-Por el Ministro de Gobernacion, el Subsemero posible de economfas en los gastos del Ayuntamiento de esta cretario, F-ranci,sco_ J. Villalobos.-Sr. Subsecretario de Estado y del
Corte, para cubrir el deficiente que reS'ulta en el presupuesto del Despach~ de Ha?1enda.
presente año, Hemos tenido á bien aprobar, con calidad de provisio- Es copia. México Marzo 22 de 186ó.
· nal, la nueva' planta de empleados que la Corporacion propone para
El Subsecretario de Gobernttcion,
au administracion de rentas; bajo el concepto de que esta disposici~n,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBos.
/

�f

MINISTBlÚO DE JUSTICIA.
Mélico, Marzo 14 de 1865.

Previniendo la ley de 26 de Febrero último la presentacion de los
documentos de las operaciones sujetas á la revision, es claro que los
interesados tienen su derecho espedito para sacar todas las constancias referentes á ellas, y por ló mismo, para hacer las tildaciones y
anotaciones de las operaciones practicadas con anterioridad á la espresada ley de 26 de Febrero.
Lo digo á vd. para ~u conocimiento y en contestacion á su oficio
fecha de ayer.
El Ministro de Justicia,

(Firmado) ESCUDERO,
Sr. Escribano D. Manuel T. de Meneses, Encargado de la oficina
de ijipotecas.-México.
.
_ E"s copia: México, Marzo 23 de 1865.
El Subsecretario de Justicia-:-

(Firmado) Fr,p¡,cisco de P. Tabera.
¡México, Marzo 22 de 1865.

'

DIARIO DETu IMPERlO.

DIARIO DEL IMPERIO.

278

Exmo Sr.-En vista del oficio de V, E. de 16 del actual, en que
trascribe el del Prefecto del Valle de México, que contiene la solicitud de la junta revisora de enájenaciones de bienes de ayuntamientos y establecimientos de beneficencia é instruccion pública, sobre
que se declare que esas revisiones no debe hacerla~ el Consejo de Estado ~ino la misma junta, S. M. se ha servi90. disponer conteste á V.
S. que las disposiciones de la ley de 26 de Febrero último, no se refieren ~ los bienes de beneficencia, insfrucciorí pliblica, ayuntamient~s y Q~mas ~orpor.~~iones civiles; pero las opei;aciones qµe s~ hu. hieren eJecutado hamendo entrar en los efectos de las leyes de 12 y
13 d~ 1J ulio de 869 bienes de esta clase, ú otrós no corhprendid'os en
las mismas leyes, áeberá el consejo revisarlas f declarar nula la operacion en que se hubiere cometido este abuso. tas m·anifestaciones
que se presenten al Consejo, de operáciones ejecutadas en 'esos bienes á virtud de las disposiciones especiales dictadas a~ér~ de ellos,
las re~itirá la comision revisoi·a áel Consejo a las juntas 1-hisoras de
enajepaciones de bienes de 6enéñcen·cia, creaaiis por e1 ·at\c'réto de 22
de Mayo de 863.
~ digo á V. E. ·para su conocimiento y efectos éorisiguientes.
Dios guarde á V. "E. muc~os años._
· El Ministro de J!lsticia, .

,

(Firmado) ESCUDERO.
Exmo. Sr. Presidente del Consejo de Estado.

Señor mi Hermano,
De Vuestr11 Májestad Imperial
buen Hermauo,

(Firmado)

(Reó:endado) Aifonko La Marmora.

:MINISTERIO DE GUERRA.

ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
México, Marzo 22 de 1865.

(Ji'irmado) F. Campillo.
Se com_u~icó á los Sres. D: Luis José Rolland y D. J. Descaq, y
á los admm1stradores de las aduanas marítimas· ae Veracruz Tampico, Matamoros, Túxpan, Campeche, Sisal, Isla del Cárm~n Mazatlan, Manzanillo y San Blas.
'
Es copia. México, Marzo 19 de 1866.
El Gefe de la seccion 1~

- --

(Firmado) JAVIER DE REYG:ADAS,

MINISTERIO DE GUERRA.

'1

IJ

J

;,,

México, 'Marzo 21 de 1865.

. P_or s~premo decreto de 19 del cprriente, S.M. el Emperador se
sirvió disponer que el comandante Koning, que se halla empleado
de intérprete de la l~gi~n austro-belga en Jalapa,_sea dado de baja
1
en el escalafon del eJérc1to, por faltas en el servicio militar.
El Subsecrfltario de Guerra,

(Firmado) J. M. DÚRAN. '
DIRECCION .-CIRCULAR.

Para la intefigkncía de vd., le acompaño los decretos de 23 y 26
de Enero del presente año. El primero determiha las labores de es(Firmado) Francisco de P. Tabera.
te Ministerio, en lo~ dif~rentes ser~icios ~el ramo de la guerra; y el
¡,segundo
la r.eorgamzac.10n general del e1é,rcito. Y para que esta, en
México, Marzo 22 de 1865.
1o que concier?e á la 101antería
c.
"
y caballería,
pueda verificarse dieEn respuesta á la comunicacion de V. S., de 17 del actual, en tando las medidas conducentes, es de todo punto necesario tener coque consulta diversas dudas que le han ocurri~o s_obre la ley,de 26 no_cimiento p~rf~cto de la situacion que guardan los cuerpos ~e acde Febr~ro próximo pasado y su reglamento; ~e ~rdj:lp de S. M. di- tualmente ex1s~n; y á este efecto se recomienda á vd. la exacta y, esgo á V.. S. que la espresada ley y reglamento se dirjgen á que se re]
,
d 1 d
t
· d'
visen todas las operaciones de desamortizilcion y nacionalizacion de crupu osa re~iswn e os ?Cumen os penó icos de reglamentq, del
b'
que está á sus órdenes, haciéndolo por de pronto y á precisa vuelta
1enes ec1esiásticos, y á que se recojan los qq~ n.9 se hayan incluido de correo, de un estado de fuerza, otro de vestuario, otro de•armamenen ell~, obligando á los ten~dores á manifesta:los, pajo las penas es- to y equipo; una noticia del estaao de fa caja y relacicin .,.. á t·
tablec1das en el art. 21 de dicha ley: por lo mismo no son ya admi- •edad de efes oficiales sar entos
'
• d .t'or n Isibles las denuncias para practicar nuevas operaciones de aquel gé- t s á que ~erte!ecen.
Y g
' con espresion e las companer·
~,. \ 1
• ,
Se advierte á vd., que debiendo de cesar los Consejos de adminisos dema,¡¡ ,PJiptos á que se1 contrae su dwha consulta, son referen- tracion central los eventuales de los cuer
·á
te d'é d
te á t 'b ·
· f d 1C
· d E tad
fi • d
,
,
,
pos segmr n en n I n os .ª.n u~JOnes co.me i as ~ _º? 8eJO e 8 0 Y _á Ia 0 mna. e se con la 6~ Direccion de este Ministerio tan solo en la arte relaAdm1mstra~10n de b!enes nac10nahzados; Y. las auto:1dades políticas .~i\il!, á la cohtabilillád, edtretanto' se 1!0 l~tnent'ah 'las 'atri8ution6s de
d~ !os Part1d?s, no ~ienen,_por ahora, otra mte_r!enc1on que 1~ de ~·e- las Subcomi~arfas de ·Us'mismas y se 3etermina el módo
lfé'
c1bir las mamfest~c10nes y d?cumentos, y re.m1tirlos al ConseJo, eJe- aquella.
e vr
entando en el registro los· asientos que previene el reglamento.
. L_as comun~c~~i~nes se dirigirán á este Mini~tei·io, índi~a'ridbs~hHa
El Ministro de Justicia,
cubier~a la D1recc1on que de este del:ía·conocer de su füispac'lio.
(Firmado) ESCUDERO.
México, Marzo 3 de 18.6'l&gt;,¡--De órden del Exmo. Sr. Ministro de
-i
la Guerra.-El General de Division, Director de Infanteria y CabaSr. Prefecto, politico de ~olÚca.
lleria, A. Parrodi.
Es copia.
Es copia. Mixico, Mario 23 de 1865.
El Subsecretario de Justicia,

a

'

\

1

(Firmado) J. M. DuR.AN.

(Firmado) Franci,sco de P. Tabera:

MINISTERIO DE RACmNDA.
SECOION

1~
México, Marzo 19 de 1865.

NOTICIA DIPLOl\lATICA.
CARTA DE B. M:. EL REY DE ITALIA.
Dios y por la voluntsd de la Nacion Rey de·Italia
á Su Majestad el Emperador de México, salud.
'
'

VtCTOR MANUEL ll¡ por la gracia de

S. M. el Emperador se ha servído espedir con· esta fecha el decreto que sigue:
.
Señor mi Hernia.no:
"Considerando que los productos de las aduanas maritimas cons- ..P.?n la m~s viva sat¡sfaccion he reci~ido de mano de D. Gregoriq r B~antituyen J~ parte mas imp?rtant~ de _los jpgresos del Tesoro, y que .d,aran la carta por }¡t ou~l Vµjl&amp;trl) Mru~tad tuvo 11}.cqroP1!c~ncia «e anµ,npor lo mismo es de necesidad orgamzar aquellas oficinas de manera ciarme que, por el voto universal de los Mexicanos, hab1a t&lt;&gt;mado posesion
I

•

\

d_el Distrito de H.uauchinango, á que este municipjo per~e~~~ y,
si.empre h;, obed~~1do, dt3be reconocer al gobierno del ImpeFi~ Me- 1
xwano, _la g11arm,c10T_l de esta pl~za no debe por lo ~i~ho op,oners~ ~
la pol_füca de su General en gefe D. R~fa~l _Cabriot?; que p_or últi:.,,
mo, siendo de todo punto un contraprmc1p10 continuar la guerra.
contra un gobierno que ha sido ya reconorido p9r la mayor~ de 1~ [
~acion, ~stá resuelto á se~uir la m~rcha política de !a caball~ria de .,
:ijuauchmango. La reumon, conte~tando despues de discutidas la.'!
razones que quedan asentadas, unánimemente acordaron los articu~ 1
los siguientes:
.·
1'! La Municipalidad de Tlacuilotep,ec se sqmete.~l G&lt;;&gt;bier~o
p~rial Mexicano, reconociendo á Maximiljano I. Emperador d~· ij~,.

Im~

XlC.O.

• 2'! Las autoridades de este municipio obedecerán como s~_prk { 1
las superiores de la cabecera de Huauchi1ango.
~· · ' ·'
3'! Se sacará copia de esta acta para que por C!)nducto del'Sr: General en gefe D. Rafael Cabrioto sea elevada á la superioridad,_:_Y estando todos conformes, concluyó el acta que firm amos.-Casimiro Rios1
Comandante militar; Manuel Flores, Alcalde 1'!; Cristóbal Ortiz •
Dec~no; Casildo Paredes, Regidor; Juan G:utierre~ Regidor; Ignaci~
Santiago, Alcalde de Itzatlan; José Antomo, Juez de paz; Juan Diego, Alcalde de Pápalo; 2'!, Santiago Feliciano; Mariano Paredes,
Juez de paz; Rafael Rios, Subteniente; Bruno Mendoza, Subteniente; Luciano Sanchez, S_ubtenient~; por la cl_ase de tropa, Frl!,ncisco
Ortega, s~rgent? 1'!; Vicente. Espinosa, sa~ge~to 2'!; Miguel Barragan, Mariano R10s, Rafael R10s, Tomás Martmez, Casimiro Martinez, Ignacio Ortiz, Márcos Mor~les, Antonio Vargas, Antonio Rangel, José María Ortiz, José Mar~inez, Fra_ncisco García, Agustín
Vargas, José de Jesus López, temente de rnfanteria y secretario
de la Comandancia.
Es copia que certifico. Tlacuilotepec, Marzo 14 de 1866,....:_Jasé de
Jesus López, teniente de infantería y secretario de la Comandancia.

En la cabecera de la Municipalidad de Jico, del Distrito de Huauchinango, perteneciente al Estado de Puebla, á los quince dias del
mes de Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco, reunidos en el Palacio Municipal las autoridades todas de la cabecera y pueblos de la
Municipalidad y personas notables, bajo la presidencia del C. Rafael Cabrera, coronel de la Guardia Nacional, manifestó este señor
que babia convocado la reunion con objeto de persuadir á los ciudadanos presentes, representantes del municipio, de la conveniencia
de reconocer el Gobierno Imperial, adoptado ya por la mayoría de
la Nacion.-HicieTon uso de la palabra varios señores para esclarecer las indicaciones del C. coronel, y despues de una suficiente discusion, se acordaron unánimente los dos puntos siguientes:
1'! La Municipalidad de Jico, del Distrito de Huauchinango, perteneciente al Estado de Puebla, reéonoce, acata y obedece al Go- En la Pimientilla, de la Municipalidad de Jalpa.ntepec, en el Disbierno Imperial Mexicano, sancionado ya por la vol untad nacional. trito de Huauchinango, á -los trece dias del mes de Marzo de mil
2'! Se elevará el duplicado de la presente acta por conducto de la o~hocientos sesenta y cinco, el C. Miguel Tellez, capitan de miliautoridad superior del Distrito, al Ministerio de la Guerra, para co- CJano~ y comandan.te de las _fuerzas espedic~onales de la Sierra, pernocimiento de S.M. Maximiliano I, Emperador de México.-Y de- tenecientes al batallon de Jicotepec, en un1on de los oficiales y sarj1md-o la acta firmada los concurrentes al acto, terminó la Junta con gentos de la espresada fuerza, y con anuencia de las autoridades del
demostraciones de júbilo y vfotores á la Paz, Progreso y Fratemidad municipio, cuyo cor1sentimiento recibió de antemano. Considerando
que 1~ consecuencias de la guerra cada dia hacen mas infelices á
de todos los mexicanos.
Jico, Marzo 16 de 1866.-Coronel, Rafael Cabrera; teniente coro- los pueblos, y que los vecinos de estos andan errantes por los monriel Juan Valderrábano; comandante de batallon y alcalde Munici- ~s con sus familias, y que seria infructuoso ya prolongarla por mas
pal, Francisco Valderrábano; capitan ay"udante, Fernando Lechuga, tiempo, acordaron todos los concurrentes el articulo siguiente:
Articulo único. La fuerza armada y la municipalidad de Jalpan2'! ayudante, Atenógenes Tellez; capitan, Guadalupe Larios~otro id.,
tepe_c,
reconocen y obedecen d~de hoy_ ~l Gobierno lmper.ial estaJesus Lechuga; otro id., Manuel Cabrera; tenientes, Mariano Olivablemdo
por voluntad de la nac10n, remitiéndose copia de esta acta á
res, Francisco Castañeda; subtenieJ1tes, Jesus Gonzalez, Trinidad
quien
conesponda,
para que llegue al conocimiento de S. M. el Em08
Espinosa, Antonio Escamilla, Rafael Esca milla; sargentos 1 , Antoperador
de
México.
05
nio Márquez, Jesus Márquez, Marcelino Quiroz; sargentos 2 , CayeCon lo cual concluyó el acto, que firma!·on los .que supieron hatano !barra; otro por sí y á nombre de los que no saben escribir,
cerlo.-Como
comandante de la fuerza, Mtguel Telle.z; como capiAntonio Morales; cabos, por si y á nombre de los que no saben estan
de
la
1~
compañia,
José María Martinez; subteniente, -Francisco
cribir, Eugenio Aranda; soldados, por sí y á nombre de toda la tro!barra;
subteniente,
Dario
Rodr~guez; teniente, Francisco Lechuga;
·pa, ·Francisc~ Márqu~z; por el C. al?alde 2'!, uli~n $.ilvestre, y por
por
la
clase
de
sargentos,
Ignacio
Tellez; por la clase de cabos, Misi el secretano Refug10 Muñoz; Regidores, V1ctonano'Tadeo, Frangu~l
Aranda;
por
la
clase
de
soldado~,
Ignacio Rosales; por las aucisco Salas, Antonio Carballo, Rafael Quiroz; síndico, Manuel Valtoridades
que
no
saben
firmar,
Ignacio
Montes, Miguel Tellez.
derráb~no; cura pá_rroco, C. Miguel Gonzalez; jueces de paz, Angeles Quuoz, Asenc10 Eduardo, Ramon Aranda; suplentes, Simon
Márqtrez, Manuel Salas, José Maria Valderrábano, Juan Calvo; jueces de paz de las ,rancherías, Leon Gayoso, Felipe Aguilar, Guada- E~ Tenango, cabecera de la Municipalidad de ,su nombre, á ,los
catorce dias del mes de Marzo de mi! ochocientos sesenta y cinco,
lupe B~ñ?s, Oayetano Cabrera, Ignacio ~e~nandez; por los vecinos reunidos en la Sala Municipal las autoridades ciyi les y ·1a oficialidad
que as1st1eron á la Junta y no saben escnbir, Gabriel Marta Gonzalez; por el C. alcalde de San Agustín, su suplente, y por si el secre- de la Guardia Nacional, b~jo la presidencia del ciudadano Coman
'taño. J~aquin Cruz; por l~s d? igual clase del pueblo de Tlapehue- dante. Militar, ~ornelio Me~doza, m~nifestó este señor que habiénla, C1priano Alva; por los de igual clase del pueblo de Jalapilla, d?se mterrumrido las rel~c10nes ofi~iales· con la comandancia s4peAntonio -Romero; por los de igual clase del pueblo de Tlascalanto~- nor de Tulancmgo, por cucunstanmas que no era del caso referir,
de creerse sustraído de la obediencia á la Municipalidad
go, Refugio Muñoz; por los de igual clase del pueblo de Ixtla, Joa- alde estremo
Tenango,
se estaba en el caso de levantar de nuevo un documen.,quin Cruz; por los de igual clase del pueblo de Ocopetlatlan, Santo
en
que
se
ratificara
la adh.esion de la referida Municipaltdad al
tos Aburto.
Imperio
mexicano,
convinieron
todos los concurrentes en suscribir
Es. copia sacada del odginal que obra en el archivo de la comanese
documento,
que
quedó
reducido
á la presente actai en qué 13e
danma de este pueblo. •Fecha ut supra.-Franci.sco Valderrábano.
acordaron los puntos siguientes:
1'! La Municipalidad de Tenango, perteneciente á la capital del
"En el pueblo de Tla~uilotepec, cabecera de su Municipalidad, á Departamento de Tulancingo, reconoce al Gobierno Imperial mexieatoree d_e .Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco, reunidos en la cano, ,y presta subordinacion y obediencia á todas las autoridades
sala mumc1pal el Sr. Comandante militar, el Alcalde LO del Ayun- que de aquel emanen.
-tamiento, _los Regidores del mismo, Alcaldes ,y Jueces de paz, los 2'! Para los fines consiguientes se elevará el duplicado de e~ta acSres. Oficiales, Sargentos y Cabos de la guarnicion.y demas perso- ta á la comandancia superior de Tulancingo, por conducto del gen~ notables d~ esta poblacion, presididas por el Sr. ComaQdaÓte, neral C. Rafael Cabrioto, de Huauchinango, á causa de estar in'terdiJo: que el obJéto ~ qu~ convo?~ esta reu~i.on, es el de poner á to- rumpidas las relaciones oficiales directamente de esta Municipalidos al tanto .de_ la situac1~n pohtica .del pais, .citando los mas ~ota- dad para con la. espresada c~pit~l de_Tulanci~go, qued~ndo espedibles acontemmientos que se han vemdo sucediendo durante el tiem- ta para lo sucesivo la comumcac1on sm necesidad de la rntervencion
po e.n que honrosame~te se ha luchado co~tra la intervencion es- .qel citado C. general Cabrioto.
tranJera; que convenmdo de una manera evidente que la caballería , Y no teniéndose mas que agregar, terminó el acto firmando todas

?

a

El S11bsecretario de Guerra,

1

El Subsecretario de Justicia,

VrcTOR MAN UEL

Tnriu, 2" de Octnbrll de7.~6j-

El Subsecretario de Hacienda,

1~

Es copia. ,México, 23 de Marzo de 1866.

del Trono en calidad de Emperador de México. Este acto importante que
da la. pa:z á ese pueblo, y que es un signo seguro de su prosperidad, servirá,
no lo dudo, al aumento de amistosas relaciones en recíproca ventaja de los
Estados .cuyos altos destinos nos ha confiado la Providencia. A la vez que
presento á Vuestra Majestad mis mas sin~eras congratulaciones por ese fe.
licísimo ncontecimiento, Le doy gracias por su cortfs anuncio y Le suplico
acepte las seguridades de los sentimientos de alta estimacion y cordial afecto con que soy,

qu~ _se.-obtenga u_na acc~on mas. enérgica espe.dita para el desempeno de sus func10ncs, mtroduc1endo la umfonrndad en la inteligencia de la Ordenanza y el modo de percibir los derechos·
Queriendo utilizar de la manera mas provechosa á Íos intereses
del Erario el sei:vicio de los agentes franceses, puestos á disposicion
de Nuestro Gobieri;10;
H~~os d~cidido que e~ Inspector Luis José Rolland se encargue
provisionalmente de la d1reccion de las aduanas marítimas -ael Golfo, y que el de igual clase J. Descaq, desempeñe las misi:nas funciones en los puertos del Pacifico.
. Las atri~uciones de estos directores se arreglarán á las disposiciones de la cucu!a~ nú.m. 12, de i4 de Setiembre de 1864, espedida
por Nuestro Mm1ste110 de Hacienda.
~os agentes Dencitz, Gervosgn, Rendu y Sainte, y los brigadieres
Teiller, Domange y Roger, serán colocados bajo la autoridad del director Rolland.
·
Los agent~s Correa~d y Will~ens y el brigadier Fréchín, serán·
ocupados baJO la autoridad del director Descaq.
Dado en el Palacio de México, á 19 de Marzo 'de 1866.
(Firmado) MAX.wILIANO."
Al Subsecretario de Hacienda.
Y lo comunico á vd. para su inteligencia y fines consiguientes.

�DIARIO DEII IMPERlO.
las personas concurrentes. Comandante, Cornelid Mendoza; capitan,
J oaquin Soto; oficial, Antonio Gallegos; sargento 1?, Ramon Monroy; ~argento 1?, Guadalupe Gomez; sargento 2?, Antonio Gomez;
sa-rgento 2?, Pedro Santos; sargento 2?, Roberto Cabrera; sargento
2?, Pablo de S. Juan; sargento 2?, Juan Monroy; sargento 2?, José
Francisco; sargento 2?, Ignacio Francisco; sargento 2?, José Tomás;
comisario, Martín Gallegos; 2? comisario, José de Soto; juez de paz,
Juan Gallegos; 2? de paz, Gaspar Peralta; jueces auxiliares, Martin
Concha, Antonio Cabrera, Manuel Felipe, Manuel J oanico, José Patricio, José Mariano, José Trinidad, José Francisco, Toinás He1·nande~, •Angel Monroy; vecinos, J. M. Peralta, José M:' Espinosa, Victoriano' Gallegos, Eligio Mendoza, Francisco Velasco, Antonio Amador, Gabriel Roldan, Miguel Hernandez, Miguel Roldan, José Mendoza, Juan Francisco.
Son copias.

res del concurso de D. José María Noya,~por medio del "Dillrio del Imperio," para el
viérne_s 24 del corriente, á 1118 doce¡ en cuyo cumplimiento los emplazo por el presente
aml.DCl0.
México, Marzo 20 de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
211-2s-2
JUZGADO 89 MENOR DEL CUARTEL HAYOR NUMERO 8.

Seminal'io núm. 8.
Poi· el presenw, y á instancia de D. Ramon Madrid, se emplaza á D. N. Nevraumont
( padre~. para que en el término de ocho días, contados desde h1 publicacion del presente
comparezca en este Juzgado á contestar el juicio conciliatorio que pQr pago de pesos 1~
promueve el nominado Madrid; apercibido que de no hacerlo, se rendra por intentado el
acto y se espedirá el certificado respectivo.
México, Marzo 2'2 de 1865.
El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
212-3s-2

JlJZGADO 69 CIVIL, ENCARGADO DE LOS NEGOCIOS DE HACIENDA.
En junta de acreedores celebrada en cuatro del actual, en los autos del concurso á bienes de D. Gabor Naphegy, que giran en este Juzgado, se acordaron entre otros puntos
los siguientes:
'
Primero. Que se entreguen los autos al Sindico judicial para que promueva lo conveniente, presentando el estado del crédito activo y pal!ivo.
Segundo. Que se_ convoq~e por los_perió~cos á todos los que se consideren acreedores,
El Subsecretario de Estado y del Despacho de la Guerr!I,
para q~~ en el g~ec~o térmmo de q~~ dias presenten los documentos justificativos de
(Firmado) J. M. Duru.N.
sus créditos al Smd1co¡ con el aperc1blllllento de que pasado dicho término 11in verificarlo, seguirán loe autos su estado en su rebeldia.
•
,
Y habiéndose prevenido el cumplimiento de dicho acuerdo, pongo el presente para los
efectos que espresa el se-gundo,punt-0 inser~, r q~e ~¡ Síndico es el Sr. D. José Dans, que
vive en la calle de las Ratas num. 1O; en Mexico a diez y ocho de Marzo de mil ochocientos aesenta y cinco.
Agustín Perez de Lara, Notario de Hacienda y público del Imperio.
DEPOSITO DE SÜOBES GEFES Y OFICIALES EN DISPONIBILIDAD.
208-3s-3
La-mañana de'l dia 2S del presente mes, ·y á las nueve de ella, se hallarán en la .Mayoría
JlJZGADO
4\1
DE
LO
CIVIL.
de la Corporacion todos los Sres. Gefes y Oficiales que la componen, para cumplir disposiEn los aut-0s del intestado de D. Leonardo Gonzalez se ha mandado por el Sr. Juez .4?
ciones urgentes del servicio. México, Marzo 23 de 1865.
de lo civil, Li~. D. ~varisto Re_yes, ~e llame po~ los periódicos á, las personas que se crean
El General Gefe de la corporacion, E. de Grimaresl.
con derecho a los b1en~s de _dicho mtestado, a fin de que se presenten en el Juzgado á
deducirlo dentro de tremta dias cqntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E
CO!IISAIUA CENT~ DE POLICIA.
Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
203-8s-4
Núm. 1,267.
México, Marzo 23 de 1865.
Han sido remitidas al corral de deposito dos burros, que se encontraron estraviados en
JUZGADO 49 MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUMERO 4.
la demarcacion del cuartel núm. 9¡ lo que se pone en conocimiento del público, para que
1~ de Santo Domingo núm. 8.
el interesado ocurra á esta oficina central por la órden de devolucion, siempre que justiORO
EN
.-Ignorándose
el
domicilio de D. Santiago Vicario, por la presente ee le cita y
que su propiedad.
emplaza para que en el término de treinta dias se presente en este de mi cargo por sí ó
El Secretario general, L. Berihier.
por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre
pesos 1~ promueve el Li~. p. José Ma:Ía Aragon en representacio~ de la testamentaría de
D. Felic1ano Rey¡ apercibido de que s1 no concurre se le nombrara un defensor de oficio
ANUNO:IOS.
con quien se entenderá la demanda.
Mélico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Poulet.
135-1511-13

ANUNCIOS OFICIALES.

INTERESANTE.
Debiendo D . Gil Varache salir para Franci11, del 25 al 31 del presente mes de Marzo,
avisa á las personas que tengan negocios ó cuentas pendientes con él, 'lue podrán ocurrir
hasta dicha fecha al café de Paris, calle del Coliseo Viejo núm. J8, de las diez á las doce
de la mañana.
Participá tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre próximo con un surtido de piedras para molinos, cuy11 clase será la mism11, quizá mejor, que
las que trajo en su último viaje y que tan 11precir.ilaa fueron por los conocedores.
2l3-7s-l

JUZGADO 6~ MENOR.-1~ MONTERILLA NUJL 7,
En el juicio que sigue D. Cárlos Aroceua. apoderado de D. Manuel Legorreta, contra
D'?- Jesus Castro, sobre pago de cuarenta y nueve pesos, procedentes del arrendamiento
del enarto que ocupa en la casa número once del Portillo de S. Diego, por la desocupacion
del cuarto y lo que siga venciéndose hasta que ésta se verifique, he mandado se dé por contestada la demanda, se reciba á prueba por ocho dias y que si dentro de ese término no
se presenta á probar las escepciones que tenga, se le dará por citada para sentencia, que
se pronunci11ra al lapso del término.
·
México, Marzo 2l de 1865.-Lic. Labat.
207-3a-2

'IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE

CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 39 de lo civil, Lio. D. José M. Cordero, h11 mandado por auto de hoy, ee
convoque á D. Florencio Dominguez, como marid9 y conjunta persona de D~ Soledad Santillan, á D. Pedro Diaz, á D. .l\lanuel T. Nájera, como marido de D~ Luz Diaz, á D! Guadalupe Aduna de Diaz, viuda de D. J oa;¡nin, por sí y por su hija D~ Dolores, á m Josefa
y m Paula Soriano, á D! Dolores Cristomel, á D. Luis Cabrera como marido de D~ Vicenta Fierro, á D! Dolores Castrejon, á D~ Encarnacion Diaz y á las demas personas que
se crean herederos del fideicomiso de D. Bartolomé Ruiz MoralPs, para que en el térlllÍllo de un mes, contad') desde la primera publicacion de éste, se presenten á deducir
y comprobar su derecho; bajo el apercibimiento, si no lo verifican','de 9.ue definitivamente
se aplicará el sobrante que á su favor ha resultado de los bienes del reiterado fideicomiso
únicamente entre los que cumplieren¡ entendidos igualmente de que eP el último términ~
que por equidad se concede.
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente; advirtiendo qtte el Juzgado se
.JUZGADO 49 MENOR.-1~ DE SANTO DOMINGO N11lt. 8.
halla sito en el Palacio de Justicia. Mexico, á 14 de Marzo de 1865.-José Raz Guzman,
200-3a-3
Ignorándose la habitacion del Lic. D. Mariano Tagle, se le cita para la práctica de una Escribano público.
diligencia en el juicio que sobre pesos le tiene promovido la Sra. D~ Merced Espada de
VENTA DE PRDDAS.
Bonilla¡ apercibido de que si uo concurre el di.a veintiocho, á las doce, á este Juzgado, se
El 26 del presente se hará la venta de las prendas cumplidas que existe¡¡ en la tien~a
practicara en su ausencia.
de la !lsquina de la plazuela de Juan Carbonero y S. Juan Nepomuceno; ,lo que se avisa
México, Marzo22 de 1865.-Lu:. Pouiet.
215-1-1
á los mteresados.
México, Marzo 18 de l&amp;i5.-José La,sso.
201-311-3
TRIBUNAL DE COMERCIO DE l'IIEXICO.

REMATARÁ
todo el menaje de la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el miércoles 29 y juéves 30 de
Marzo de 1865, A LAS DOS DE LA TARDE, estando á la vista el 27 y 28.
Las Tentas son al contado y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas pormenorizadas.
Los comisionistas pagarán seis por ciento; pero no pujarán sus efectos.
Se hacen valúos de muebles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c., con gran economía de tiempo y
dinero, pues no es lo mismo buscar y pagar trés peritos, que uno.
Se alquilan pianos y toda clase de mueble11 finos, y se hace la compra, acarreo y empaque de los mismos, con responsabilidad y sin ella.
El despacho está en la calle 1~ de Santo Domingo, junto al¡¡úm. 8.
214-3s-l

En el juicio verbal promovido por los Sres. Ponton hermanos contra D. Leonardo Laredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los •periódicos á dicho D.
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince diae se presente por si 9 por 11poderadu instruido y espensado, á contestar la demanda¡ apercibido de que no haciéndolo,
en au ausencia y rebeldía se continuarán los procedimientos hasta pronunciar y ejecutoriar la eeatencia.
·
,
México, Marzo 21 de 1865.-José María Cardeña, Oficial 29, encargado de la Secretaría.
216--Ss-1

+

.

JlJZGADO 1\1 DE LO CIVIL.
El Sr. Juez l? de lo civil, Lic. D. Manuel Mari11 de la Sierra, ha mandado se convoque
por los periódicos á los que se crean con derecho á los bienes del intestado de D. Cosme Gallegos, para que en el término de treinta dias, contados desde 111 publicacion de este aviso,
eé presenten á deduclr lod que les competan¡ apercibidos de lo que haya lugar si no lo verifican¡ advirtiendo que el despacho del que suseribe está en los bajos de la cua núm. 7
de 111 calle de la Moneda.
México, Marzo 22 de 1865.-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 217-2s-l

TRIBUNAL DE COMERCIO DE l'IIEXICO.
,
México, Marzo 17 de 1865.
En el espediente ~el concurso á bienes de D. Arcadio López, este Tribunal, en auto de
hoy, y á consecuencia de no h~ber tenido verificativo la junta mandada reunir el dia 16
del presente, ha acordado se cite nuevamente á los señores acreedores á dicho concurso
para la audiencia del viérnes 24 del coi:riente, á las doce¡ apercibidos de que si nr, concurren, el Tribunal resolverá lo que crea necesario y de justicia,'conforme al art. 771 del
Código de Comercio.
Lo que se pone en conocimiento de los acreedores en cumplimiento de lo mandado.
José María Cardeña, Oficial 29, e&amp;cargado de la Secretaria.
209-2s-2
CITACION.
No sabiéndose el domicilio de D. Jose Maria ~ a y D. Agustín Ii6pez, ni quiénes
eon loa representantes de D, Jacinto Ortiz de la1&gt;eña y D~ Margarita Peimbert, el Sr.
J11e1 2\l de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se les cite ájunta como acreedo-

TRIBUNAL DE CO?IIERCIO DE l'IIEXICO.
Eu los autos de concurso á bienes de D. Trinidad Morales, esre tribunal, con fecha 6
del corriente, proveyó;un auto que copiado á 111 letra dice:
·
"México, Marzo 6 de 1865.-Por presentado el antecedente escrjto del sindico admi- ,
nistrador.-Constando por el escrito que el difunto sindico D. Sebastian Balmaceda presenté en 4 de Marzo de 1860 (fojas 17), que sin autorizacion del juzgado ni de los acreedores, el mismo síndico, lejos de promover que se diera cumplimiento á lo dispuesto en el
art. 7~, cap. 17 de las Ordenanzas de Bilbao, por' sí resolvió que los bienes quedaran en
poder del deudor, quien segun de los autos resulta, hastll, hoy los conserva¡ en observancia
del artículo citado y del 794 del Código de comercio, el ministro ejecutor proceda al secuestro de los bienes, papeles y libros del fallido, que se entregarán al síndico administrador. Conforme al citado art. 794 del Código y al 11, cap. 17 de las Ordenanzas de Bilbao,
diríjase oficio á la administracion de Correos para que sea detenida la correspondencia
dél fallido, á quien se declara en este estado desde el 26 de Junio de 1856, á reserva de lo
9.ue despuee resulte. Citese á los acreedores listados en la foja 1~, á quienes en atencion
a 111 ausencia de varios de ellos, se señala el término de un Jil0B para que presenten al sin·
dico sus respectivos comprobantes.
. .
Remítase copia á los periódicos, para su p~b~cac1on, de este auto, espresando que 101
de concurso iniciados en el juzgado 6? de lo civil en Junio de 1856, se pasaron á este Tribunal con oficio de 15 del próúmo Febrero, q11e fué recibido en 17, y que por no haber
síndico ni mas persona q~e promoviera, que el representante de dos acreedores, no pudo
proveerse este auto hasta que despues de haberse oido á él y al deudor comun, en auto
del 25, se nom'br6 sindico administrador al Lic. D. José María Sanroman, y judicial al
Lic. D. José lfi~uel Enrique, de los cuales el primero aceptó hasta el 3 del corriente,
segun consta á foJas 44 vuelta de los mismos autos.
Los señores.presidente y colegas lo proveyeron y firmaron.-Castillo.-García.-Abadiano.-José Maria Cardeña, oficial 29"
Lt q,ue se hace saber á los in~resadoe en cumplimiento de lo mandado.
México, Marzo 10 de 1865.-José María Cardeña, oficial 2? encargado de la aeoretaría.

202-3a-3

L.\lPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJC'S DB SAN AGUSTIN, NUH.

l.

•

�</text>
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                    <text>· RIO
..••••.•... r •. u ,r ,;,o•,

.1:&gt;

, . Jh

.~e .bi 10
:;1i,, . ,

MEXICO: Sábado 25 de Marzo de .1865.

· TOMO l.

SUMARIO.

PARTEOPICIAL.-Decreto habilitando de edad aD. Ramon Ortlz y Cortés.-Oartaa de naturallzac!on
concedidas a varloe estraqjeros.-lnstalaclon de la oficina de bienes naciónallzados.-Cir~u\ar del ~isterlo de Fomento con pr ovldencias para evitar dificultades entre los propietarios y los Ingenieros de csmroos.
-Trayecto del ferrocarril de Cbalco basta San Angel.-Planta de empleados para )a admlnlstraclon de rentu municipales (rectificacion),'
•
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-Del Valle de México, prohibiendo quemar cohetes el próximo Sabado
de Glorla.-De la mil!ma sobre el asesinato del Prefecto de Tlalpam.-De Tulancingo, sobre sumlslon de D.
Rafael Cabrloto.-De Mérida, sobre acontecimientos de aquel Departamento.-De Orlzava, córdoba, Jalapa
y San Luis Potosí part!clp2ndo no haber novedad en estos blstr!tos.-De Oajaca, sobre sulÍlIBlon del coronel
Morales.-De la .:i1sma, participando un encuentro con los dil!ldentes.
DOCUMENTO.-Esposicion del Ayuntamleneo de Mérita il S. M. el Emperador.

PARTE OFICIAL~
MAXIMILIAN o, EMPERADOR

DE MEXICO:

_Tomando en consideracion la solicit.ud de D. Ramon Ortizy Cortés, vecino de la villa de San Felipe, en el Departamento de Guanajuato, y en vista de las constancias que obran en el espediente respectivo; HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Se habilita á D. R~mon Ortiz y Cortés de la edad que le falta para entrar en la libre administracion de sus bienes, y poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en ningun caso
del beneficio de restitucion in integrum.
Este decreto se depositará en los archivos del Imperio, publicándose en el periódico oficial.
Dado en el Palacio de México, á 19 de Marzo de 1865.
(Firmado) MAxIMILIANO.
Por mandato de S. M. I.,
El .Ministro de Jui;tieia,

(Firmado) Pedro Escudero.

·

El Subsecretario del Ministerio de_Fomento,

(F\rmado) MANUEL ÜROZ!JO. . ,1 l
Se circuló á los directores de caminos.
.:i z

S. M. el Emper~dor ha tenido á bien conceder carta de naturalizacion como mexicanos á D. Lorenzo Lena y á D. Domingo Garibaldi, en vista de sus solicitudes relativas y renuncia de su nacionalidad italiana.
Igual concesion se ha servido hacer S. M. I. á D. f uan Fernandez,
D. Domingo de Aguirre, D. Juan Bautista Ereznna, que la solicitaron y re_nunciaron su nacion31.lidad española.
La propia gracia ha tenido á bien conceder S.M. á D. Pedro Guill~rino y á D. Adrian Domec, que renunciaron por su solicitud correspondiente
su nacionalidad
francesa que tenían.
H
•

___ _____

El Gefe de la Seccion de Cancillería,

._.

De conformidad con lo consultado por .esa empr~sa, s~ aprueb:a.-.~L
nuevo trazo que propone en su oficio de W del presente, adop.tándose, en consecuencia, el trayecto ~ig~ie1Jte:
,
·
1 , 1
Partirá la linea en esta capital, del punto de 1la .M.erned, recorrien- i
do las calles de Rejas d~ Balvanera, Porta-C&lt;;eli, Slln Bernardo, Ca- ,
pucbinas, Cadena, Zuleta, Rebeldes, Nuevo-México, Alcone&lt;lo 'Y
Providencia, atravesando en ángulo recto el p~seo de Bucareli, y describiendo un cuarto de circulo alrededor de la·alber.ca P.ane; saldrá
á la calzada del acuedúcta, siguiendo en line~ recta hastl!, tocar en
la puerta de la residencia imperial de Cha.pultepec, donde por me- ,
dio de, ot ra curva enfilará la entrada á Tacubaya, y siguiendo por el·
cal lejon de Algara, continuará á Mixcoac y San A,.ngel.-Lo que pat- ,
ticipo á vdes. para su inteligencta y efectos consiguientes. . , _.,_
El Ministro ae, Fomento,

(Firmado) J. H. '?t'lANERO.

•

AD:lillNISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

El Subsecretario de Justicia,

(Firmado) FRANCISCO DE P.

TA.BERA.

ENISTERIO DE FOMENTO.
SECCION

•

- Circular núm. 6.

4ª

México, Marzo 22 de 1865.

_-Para- mejor_ inteligencia de la !~y de 26 de Julio de 1863, y ofreciéndose contmuamente graves dificultades entre los propietarios y
los ingenieros de caminos, por los materiales que se toman para la
reparacion de las vias públicas, á fin de evitar los abusos que se notan en este punto, en lo sucesivo se observarán las prevenciones si-

guientes:~·

,

~

·

, ... ,1

J., Il J, ..uJ

1.;;"1,

Es copia. México, ~arzo 22 de 1866. .

..Exmo.,Sr.-Tengo el honor de poner en conocimiento de V. E.,
que }loy ,ha quedad·o instalada esta oficina de mi cargo, y que puede
comenzar s1,1s labores inmediatamente.
,México, Marzo 20 de 1866.-Juan Suarez Navm·ro.-Exmo. Sr.
Mini~ro de Justicia.
.Es copia.
.

· • 'J1 m,:.i-

.

' (Fírmád~) L. ROBLES. . ' fj, ti')
1
Sres. D. Francisco Arbeu y socios emprJ~arios del ferro~1rril ·d~'
México á Chalco.
'
, '
.1 '
"
• ' •

IIINISTERIO DE J'VSTICIA.

,

'

M:~ico, Marzo 22 de .1865, . , : 1

i

Mélico, Marzo 24 de 1865.

'· NOII. 70.

1~ Todo propietario de úna cantéra,· y~ ska caliza 6 de cualquiera
otra roca, que tenga establecida con anterioridad una venta pública
de los materiales que de ella estraiga, recibirá del ingenier-0 el pago
de es~os, materi_al_es al mismo_pr.ecio·que tenga par3: eJ pú~1lipp1-~ ,.nenor SI así convrnier~ el_ prop1eta1 io, por un_..p,rincipio de¡p~w~~,S!99: ;
2~ Cuando los propietarios uo tengan abiertas y estable.éi~as,sufl
canteras, 6 se trate de piedras, cantos rodados ú otros materiales que
les sean inútiles, no se les pagará ninguu dinero, y se to~marán todos
los mencionados mater~l~s e~ el acto gue·se-nece-sitpo, pul3sto que
la ocupacion de ellosir parA los"prometarios ~as bien UD beneficio
que un mal, y sirven para una obra de utilidad pública.
3~ Solamente se pagarán aquellos-'j&gt;e,juioios ·que se caasén en las
propiedades, cuando en la estracoion del matel'ial sea inevitable·pasár al través de algunos .campos cultivados 6 derribar algunos árboles, muros, cercas, etc., y este pago 6 indemni.zacion será siempre
proporciona~o al daño causado.
·
•
.·. 0 1
4~ Las mismas prevenciones ¡¡;e observarán respeéto de los bo13-,1
ques.
.
.
1 J'.J io·,
ó~ La infraccion de las presentes prevenciones y los abusos eoqie 1
tidos á su sombra, se castigarán con la destitucion de los ingeñieI:OS
directores, si estos fueren los contraven~ores, y con multas 6 demas
penas ~ que haya lugar·si los propietarios incurriesen en esa falta.
Es copia.
,
,

"\

IIINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.

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¡¡ '

· , do ,. &amp;b u:.i w \.LBfi
El Sub.~ cretario de Fomento,
,l 1)J'.)•';1,.,-11 i3.
(Firmado) Manuel Orozeo. · •,; 3 1 &gt;0 •if,
~ ••• •
,o·
,1 f O' l ~:-f
1

MINISTERIO DE GOBER?iACION.
'
Por una equivocacion se puso~n .el número de ayer la copia de la
planta antigua de la administracion de ren~a~. M~nicipal1es, _debien_~o
ponerse la nuevamente ap!'obada, que es la "k1gment~:
i . __i,·,
1
PLANu

DE LA OFICINA DE HACIENDA DEL

ExMo.

AYUNTAMIENTO. ·

de la oficina con,1~1sue,Wo

'1

,.

b
")

Un administrador gefe
, ohd
anual de .. _. _•.....•. _ . __ . ___ ... _·... - $ 2,400 1 si~
Un escribiente auxiliar del administrador para
copias ae informes, de cu~ntns, esorituras, to~
v1 ¡~
~as de razon, etc, . __ . _...... - . - . - .. -, . • . ,,
500 ~ ,,10q
Un tenedor de libros '..... _d... - .. $_1t i200
JCJrJ c1
.. , ,
JI
t.,
Un escribiente auxília! df:l i •• • - • •~ • ",. 400 ,
, . ,.: f •(l
- - - ,,

1,600

�DIARIO DEL IMPERIO.

282

DrABIQ/DEL 'IMEERID.
I

/

Un cajero pagador . .. ...-(..•.... ... $ 1,200
Un escribiente para el mismo, encargado de recoger los enteros que hace la
aduana. • . . • . . . . • • • . . . . . •. . . . . . .
600
,, 1,700
Un oficial H, inspector de mandamientos, juegos permitidos, licores, fondas, cafés, canales,
rezagos .........•........ : ..... •-· :··",, 1,000
Un id. 2?; pulquerías, vacas de ordeña, diversiones públicas, licencias de obra, casas de
empeño, carruajes y carros, rezagos de tabacos, multas....... . . . . . . . . . . . • . . • . . . . . . ,,
900
. Un id. 3?, cuentas de fincas, de mercados, de
capitales, de mercedes de agua, loterías y depósitos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,,
900
Un escribiente para la glosa de las cuentas de
\ los diversos ramos, encargado de libramientos. ,,
600
Suma.... • • • • . . . . . . . . . . . . . $ 9,600

- -• - •México, Marzo 24 de 1865.

de· S. M. I. Me lisonjeo, Sr. General Prefecto, que sabrá V. S. apreciar la importancia de este suc~so, supuestf ,gue de sus consecuencias vendrá el bien general para estos y a:queHos pueblos; bien tan
suspirado h3.$ta hoy por las personas_ la?o11osas y h?nradas. Congratulándome con V. S. por tan fausto mc1dente, remito por el ordinario de hoy las mencionadas actas al Ministerio de la Guerra, para
que por su coñducto lleguen al alto conocimiento del I. Soberano
que rige los aestjños de nuestra muy ~mada patria."
Como este acontecimiento es plausible por mfl títulos, y _muyesencialmente porque tiende á la consolidacion de la paz, bien el mas
inestimable. y anhelado poi S. M. el Emperador, me apresuro con
muy grata satisfaccion á ponerlo en conocimiento del público, con
la seguridad que los leales y buenos mexicanos y amantes de la ver
&lt;ladera libertad y biene.star general, tomarán en este suceso la parte
de gozo que les corresponde, saludando con júbilo, como yo lo verifico; el dia qu~ sen, la la union de los pueblos y de nu~~tto§. hermanos.
Tulancingo, Marzo 19 de 1866.-El General Prefecto Superior,
Francisco G. Pavon.-EI encargado del despacho de la secretaría,
José Vicente Moreno.
Es copia de la original á que me refiero. Tulancingo, Marzo 19
de 1866.-El encargado del des~acho de la secre.taría, José" v.·Mo-

si&gt;,bv.enir en parte á los-gastos que den?aod~ la espedició_n,_ se ha
reunido la cantidad de cuarenta y, un mil ' vemte pesos méd1ó reiil,
segun 1~ noticia circunstanc\ada con que á ~nes dé la quincena. última-ruó cuenta la junta central de esta capital, y que fué publicada en el número 49 del periódicó.. o..ficia.1. de este. Depart~me~to.Dio,s gua,rd~ á. V. E . mucbos.-El_~l'efecto supenor político mterino,iDavub Cásareao.-Exmo. Sr. M1ntstro ~e Estado y del Despacho
de Góbernadon ....:..México.
.. Es-c~pi~. México, :M¡t-rzo -21 de' 1865,11
.

PREFEC'l'Ull POLITICA DEL DEPARTAJIENTO DEL VALLE DE DXICO
SECOION DE GOBERNAOION.

· México, Marzo 24 de 1865.

El Sr. Prefecto político ha tenido á bien acordar qae en el próximo sábado de Gloria no se quemen cohetes de ninguna clase en esta capital, prohibiéndose asimismo la venta de las efigies conocidas
con el nombre de Judas, bajo la pena de dos á veinticinco pesos de
multa y la pérdida del efecto.
·
l.o que se hace saber al público con oportunidad, para su conocimiento y puntual observancia.
El Secretario general de la Prefectura,

Ptefectura política del Departamento del valle de México.Número 310.-México, Marzó ·21 de 1866 ......:Exmo,• Sr.-El presidente municipal de Tlalpan; -eirparte de ayer que acabo de recibir, me dice lo siguiente: Tengo el sentimiento de comunicar á
V. 1S. que en este momento, que son las cinco y tres cuartos de la
tarde, viniendo el señor Prefecto del pueblo ·de Ixtacalco, adonde
fué en union de un hermano, hijo y su secretario, á hacer una visita para subsanar algunas ·diferen,__cias; en el camino yen el punto llamado Puente de Piedra, una cuadrilla como de diez hombres que se
infiere es de Vicente Garfias, tenia parado el ómnibus que venia de
esa Corte. A esa sazon llegaban las personas mencionadas, y comprendiendo el Sr. Prefecto que estaban robando á los pasajeros, se
echó encima de los bandidos, los cuales le dier.M muerte. Al saberse
en esta poblacion tan desgraciado acontecimiento, todo el vecindario corrió en persecucion de los malhechores, pero estos ya habían
huido por el pedregal."-Y para conocimiento de S.M. el Emperador, tengo el honor de comunicarlo á V. E. manifestándole que en
contestacion al oficio porque se participa este acontecimiento, he
encargado al preside,nte municipal, que mientras se presenta el Sr.
general O'Horan á recibirse de la ,Prefectura, por ser la person!t
nombrada para ello por S. M., se encargue con toda actividad·ae la
persecucion ae los malhechores, así como de conservar la tranquilidad y órden de la poblacion.-Dios guarde á· V. E._hlachos·años.El Prefecto politico, Azcárate Miguel María.-Exmo. Sr. Ministro
de Gobernacion.
,
.
Es copia. México, Marzo 22 de 18G6.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmaao) J'RANCISCO J. VILLALOBOS,
•

---

1

'

P~efectura polftica del ,Distrito de ~ulancingo.-¡Viva el Impe~io
mex1cano!-EI S-r. General D. Eugemo Ulloa, Comandante superior
de este Departamento, se ha servido dirigirme la siguiente comunicacioo, con motivo de la que acaba de recibir del Sr. D. Ra(ael Cabrioto, gefe de las fuerzas de Huauchinango y otros puntos de la
Sierra.
·····
· · ·· ·
"Grato y muy satisfactorio me es comunicar á V. ~-, para que se
sirva dar publicidad en el De~a~tamento que manda~?S, que ·hace
pocos momentos ac1d10· de rec1b1r lllS ·a•ctás de Huauclimango y otros
puntos de la Sierra, que justifican la adhésion y reconocimiento que
D. Raf~l Cabrioto y las fuerza.s·que le obedecen hacen al Gobierno
(,,I\J,

"

--

....

¡

0

"-..

. (Firmado) FRANCISCO J.•7ILLALOBOS.

Imperio Mexicano.-Prefectura superior .. política del Departamento de Mérida.-Exr;no.,~r.-Te,ngo eH;ionor de participará V. E.,
en cumplimiento de la circular de 28 de Diciembre último, que en
la primera quincena del presente mes no ha ocurr_ido cosa alguna
notable en el Departamento de_mi cargo.-Continúan los preparativos para recibir á las tropas que tiene resuelto enviar S.M. el Empérador á e~te Dep~rtamento de mi carg9 -para procurar la tefmina•
cron de la guerra de indYos.-La junta ~n'cargada de récaudar d'onativos para auxiliar al Gobierno en los cuantiosos gastos iue1.há¡ de
·absorber I!!; emp1:esa indicada, ha empezado á forma,r el ·res~níen de
las cantidades ofrecidas en los pueblos del Departamento, las cuales
prueban, supuesta la miseria del país, Ja plena confianza que 'I!{ iñs:.
pira el Gobierno Imperial, pues áquell_as esceden consider~bfoMepte '
á cuanto en otras épocas ha llegado á ofrecerse pa1:a· el mismo -vítál
objeto.-Dios guarde á V. E. muchos arfos.-El PtefMto ·kup~rior
político interino, David Cásares.-Exclo. Sr. Ministro 'de Gob~111óá- 1
1 '
cion.-México.
· ·
Es copia. México, Marzo 21 de 1866.
El Subsecretario de Gobernacion, .

'--

J?·

- Oajaca, ,Miuzo· 16 .de 1866.-F. P. Franco. '-Son copias.
•

.

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°Él •Subsecretario de Estado y' del Despacho' de Guerra, •

.

.
.

Imperio mexicano.-Prefectura S~Jlerior política d"el_Departamento, de Mérida.-Mérida, Marzo 2 de~l866:~Exm'(); Sr;-a-Gumplietldo con lo prevenido en la circular de eS'e MinistfetÍ'o, 1de 1.28rfde- 1bi-1tJ
ciembre último, tengo el honor. de inform'arle·que en 1aii11tin'la quin.!' •
cena del mes próximo pasado, solo ha ocurrido 'dé'~·I!otablé ,tel:'Í
Departamento, la llegada de la Seccion Galvez, corrlpuestA:·de-seis-1
cientos hombres, como parte de las fuerzas que S. M. I. tiétie · deltinadas para concluir la guerra de castas que h'acé diez y siete años
afüje _á nuestto pai~. ':!-'a.nto en 1~ espresada' q~i.ncena, ?uanto en las
·anter10res desde prmc1p10s del ano, no ha om1t1do med10 alguno esta Prefectura superior, ~e reunir t:o.dQs los'."""e:ler:ñeñtos necesarios para el recibimiento de dichas tropas y su marcha al interior. Todo,
pues, está listo, conforme á las órdenes del Exmo. Sr. .Comisario Jmperial de !a Península, y á. tas inst rucciones del Sr, ,l,,fay,9r :Uoleslavoske, complaciéndome en manifestar á y. E., que tqrta§ !,as a~r·
toridad~s su~alternas ,han. ~qop!)r~do efic~zrµe.P..t\l P., l¡¡, po~J~micü(&gt;nu
0
de tan importante obJetp. 1 ,
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,
, ,:. ,
,
I No debo omitir que habiéndose establecido juntas p_
a triót~j,J3Jl ,,
todos los partidos para abrlr suscriciones con el laudable obj~~ 11g_~
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(Firrt1ádo) J. M: Du&amp;iN:
Méxicó, Marzo 23 de 1~ .S.

Prefectura superior política de Oajaca..!....N úln. 19'.~Óaj~ia; l\!¡rzo
14 de 1866.-Exmo. Sr.-El Prefecto po1ítico dM 'I&gt;iJtritob~e':
El Subsecretario de GQbernacion,
Hqaju~pan, en oficio de 10 del actual, dice al señor.sebrrtário g~ne~·
(Firmado) FRANCISCQ J. VILLALOBOS,
ral del ·despacho de esta Prefectura, lo que· sigue: Como\ manifeste
á vd. en mi anterior, fe~ha1 8, desde el dia 7 del corriente dispuse
· Prefectura polftica de Córdoba.-Córdoba, Marzo 19 de 1866.que ·saliéran de esta•-villa sesenta'hombres al mando del capitan de.
Exmo..Sr. -El infrascrito cumple con el deber de particjpar á V.
la guardia civif Üe Si1~cayoapan, ·D: Manuel Pri'mo López, con insE., para ,conocimiento del Gobierno de S. M., que en el Distrito de
trucciones para caminar de noche, y puntos que de'bM ocupár 'por
mi mando se conserva inalterable la tranquilidad pública hasta esta
partes de-dia, á firr de lograr sorpren'der la fu.erza deJ ·cabecil lf Jufecha; y que no ha ocurrido suceso notable que merezca consideraliari Torres/ que aun perm'an·ecia·en Sihicayoap!j.n. En , la tarpe a-er "
cion en esta parte.-Dios guarde á V. E. muchos años.-EI Prefecdia 8, dispuse, de acu'erdo con el' sefior comandante 1¡uperior, qu_e
to político, J. A. Nieto.-Exmo. Sr. Ministro de Gobemacion.
saliera
en apoyo del'·movimiento de 'López -el piqueté de caballeria·¡Es copia. México Marzo 23 de 1866: · ·
del -teniente coronel ·D. Vicente Moreno, patte tle la compañí!l frán.~
El Subsecretario de Gobe~acion,
cesa·y 'veinticinco hombres de la guardia civíl•'de esta villa1 cuya.,
(Firmado) FRANCISCO J. VILLA-LOBOS,,
fuerza se situó en San Sebastian del Monte con el SubJ;&gt;réfecto de.t
Silacayoapan, D. Miguel Moreno, y allí recibió éste el parte que me
Prefectura política d.el Distrito de ·J alapa.-Jalapa; Marzo 17 de inserta con feclía 9 del presente, y es el .siguiente: "4-JU:S sei"s ,d eJa
1866.-Tengo la-honra.de poner en conocimiento de V. E. que en tarde de hoy he recibido el parte siguiente:-Guarélia civil de Silala segunda semana que ba trascurrido del mes actual, se ha mante- ca.yoapan.-Cali-httalá-, Marzo-9 ~e l866.-Teng9 la, dulce satisfa-c- ...,
nido.inalterable la tranquilidad pública..en las .poblacio.nes-qu-e com- cion de participar á· v:d.' el trUln'fo~q ue,,el dia de hoy, y como á las
prende esta ·Prefe~~ura.-El Prefecto político, J. M. ,Mora y Daza. dos de la mañana,-hemos obtenido-sobre las huestes- que ocupaban ·
-Exmo. Sr: .Mióistr9 d~ Gobernacion.
este punto, habiendo logrado apre~eg~~n!!l facoioso J ulian Torres,
Es copia. México, Marzo 23 de 1866.
'que los acaudillaba con otro oficial llamado Montiel, veintisiete in. El Su~aecrebw-Q de j:}obemaciQn,
dividuos de la clase de tropa, y ent re ellos algunos heridos, cuatr-o
muertos, contánd~se ef!tre estolL u-n fra'nces, y veinticinco armas eQ(Firmado) FRANCISCO J. VILLALOBOS,
tre µiosquetes y fusiles.-Por,.nuestra· parte no tuvimos nov-edad, ,
Pr~fe.ctura s_up~i;-iQr política del Departamento &lt;le San Luis Poto- sin emb~~go d~l r~ñido combate que se ~mprendió; ~esul~an&lt;lo 1de -:
sí.--San Luis-Potosi, Marzo 17 de 186ó.-Nl1m. 68.-Exmb. Sr.L. esto,el triunfo ~ompleto;á fa\;'or del Impen&lt;&gt;-.y ta)· como lo deseáóa:
Tengo !a satisf~ccion de particip~r á V. E., que en. _este Departa- .mos. S~plico á vd._ comunique este aconteci~iento al Señor P~ef~c-·
mento se conserva la tranq~ilidad pública, menos en- la parte de to-po~ftt?o de !HdaJtiapan,•'para gue por su digno condu~to l1egue á,
Tancanhuitz; de donde no he recibido aviso favorable á la causa del conoC1m1ento de S. M. el Emperador el buen comportam10nto de los
órden.-Dios guarde á V. E. muchos años.-EI Prefecto superior l:lijos de Silacayo~pa1;::., N&lt;ím._1f,Pa~ce fu~era del caso manifestar el ·
polftico, José- María Fadia.--Exmo. -sr. Ministro de G.ol&gt;ern¡lcÍOn. buen comportam10nt&lt;Lde..tóaos los que. tne ae-otnpañaron á esta glo~~JQtco.,
riosa jornada, y muy-en-lo pa1ticalar recomiendo á vd. el manejo
Esccopia. México, :22 de Marzo de 1866.
del sol_dado Pedro Gatica, que junt_o conmigo penetrq hasta esla plaEl Subsecretario de Gobernacion
za batJéndose con mucha valor o/" vrntoreando á S.~- el ;Emperadon
(Firmado) 'FRANCISCO J. VILLALonds.
Maxiiniliano !.-Estoy _di~~oniendo mi .m~rcha para Silaca~oapan;
y ·aunque Manuel Rodr1guez (á) Zapa~ero, se halla en Tlach1cbtlco, .
• '•' "
no puedo perseguirlo por no tener la órdeñ de vd. y por ho abando.::··~
MINIS'.l'EBIO. .DE. GUEBJU.
1.
nar á. los. prisioneros.-~ios guarde, eto.-El capitan, Manuel Pri.- ·
.
.Méxii:o, Marzo 23 de 1865. ·
.. mo Lópc;........Y t.engo el ho1;10~ de trascribirla á vd. para-c~n?cimien•
Pref~tür$ superiol' oolitica de 0ajaca.-Núm. 23.-0ajae ;•Mar~. to. del Señor Prefecto · supenor del Dee~rtamento, part1mp~ndole ·
zo·l&amp;'-!iEf1866:..:...Exm9~.~.Sr,-;-Con echa 4e ayer dice á ·la,Se&amp;etarja. !que y~ se ha dado órden para q,ue l~s p11s10n~ros_sean condu_c1?,o~ ~·:.,
di ~i¡:;P.reieDt:uta superior;.el J&gt;refeoto politico"d.e Ejutla, lo que- _esta, _v1~!a entre tanto S. Sría,. ord~na !&lt;? ~onveme~te; •y as~r:ti1s~o J;
sigae-:ei:J." Pollgu·en'ePsuperior·conocimiento de vd., que á esta hora;' he dispuesto q~e el Sr\ ~ubp~~feeto D. M1g?el Mo1en~ _con_tmúy só
que serán la~ t!e.~e-de l~.nocµe, l:'cab.Q de llega.r del cerm de y ogana, mar~~ª para Sil~cayoapart, pa1 a la persecuc10n del f~cc1os'o Manu!ll
en donde he;,ténido una- conferencia con el Coronel Mofa{e,s, la cual Roduguez, á fin de que.:en L?s. p.ueblos de aquel Paftido se acabe de
tuvo por regnftaúo p~ne!se ~~~d~ ~oy.-á dtiiposic¡on g_el .Supremo Go- restablecer la .p az.-A1h ~ar~1crp~rle lo ~spuesto, :me congratul~ con
bierno, en union ~e .los que Jo acompañaban. Dicho Morales mema- S._ Sna:, p~r este-~u_e;vo tnunfo, recoill:en1ando como es der~do el •
nifestó, que el p;•esidente-de San· Gerónimo -le, babia espeqido un re- b?~n man~o,~el cap\~~-D. Manuel ,P:nmo López y . ~ompania . de ,,
cibo, cuyo docilment_ó vf, de cuarenta y seis armas que tenia y le S1faca7,oapan, q_u? uq1d~s á; los solda_d~_s _de -Tlap~, h1c~eron la so~~ l,
entregó, y que las demas-se las llevaron los dese~tores, ofreciendo pr_esa¡ - :f t1:qg~.~l hor¡_or de trascribirlo á ~ - E. para, su_cqµge1- ,
que me dari~ una li~t~. d~ l_os·~~getos qy~.Jas. tj~:q~n_;_11).S cuales ten- m1e_oto, eta:-D10.s g~arde á. V. E. muc~os anos.-'-El Pr_~~ecto ~u~~~
go el mayor:. empeño. en recoger~-Esper.o se sirva. vd.. manifestar penor ~?lí~~ 1e ÜaJac~, ![, P. Franco.-.-~xmo. Sr. M1mstro d1:
todo lo espuestc;, al Sr. Prefecto·saperior; para·q_ue se·digne mandar Guerra Y_Mar~n.a,-;-México.
.
~
lo l
d t d u ··l
l
·
Es copia --~ ,. _.__
s sa VOCOD ,UP os ~ _.11-10ra es. "I e .l~s. que e acompañan, pues esta
'El 'St1biecret.ario ae- Estádo_y del desp.acho,de Guerra,
tarde se los he mandado espedu prov1s10nal-es.-Todo lo que tengo
;
·
. - 11. •
•
el gusto de manifes_tarl?, suplicándole que las- dichas armas y treil'I~
(Fumai:l«?) J. M. Du.RAN, l
ta. y nueve-más•q'ue-deJó el Sr. Coronel Carrillo, queden en esta villa
para perseguirá los malhechores y "'establecer completamente el órden en el Dis'frito."-Y tengo la satisfaccion de trascribirlo á V. E.
para-su eonocÍ!fliento, acompañándole copia de la lista de los oficia- · Imperio Mexi·carr; '.-=-Ayuntarµrento de Mérida.-Señor: Cuanles presentados, con el objeto de que se sirva elevarlo todo al de do los designios d_e la Provi"dencia} la vol.untad del pueblo mexipaS. M. I.; mariifestándolel que éon:Ja sumision de D. José Maria Mo- no~ .l!al'lJ~fo~~~ y,. 1~ . ~ · 1.egir ~fü;mep.te nuestrQ~ .destin·~¡;\ todq_~ lO¡i .,
rales, queda co~pletamente pacificado todo ehDistrito de Ejutla.- corazones:,se,sintieron ,conmov1dos·por la,esperanza·de una regene~L1
r
_
i

(Firmado): EJu.NCJ.S::-éo JJ VILLALOBOS.

-

D. Jo~é María Morale¡,, D. Estéban , Aragon, 'D. A.'1).tonfü,-de'J'a· Garza ,,
D. Bernar~ino Idiaq_ue,z, D. Fdipe Jimenez, J ul~an.Reyes;D. Eélix San~
c?ez, D. Migue! d~ la Gar7,a, D. ~anuel,MariaGut1errez, D.,S~b~~Í/l!};'GÍ'J'r ~
cia, D. Anastas10 Salmero1 D. Jose Maria de fa Garza, :O; Lp.i.s Be1lo M'ejítl
presentádo nó ·militar, ~éró qué estalla ~n el Sr. Mo~~l~t n. Cir\ac.9 ~f'
checo, pres~n'tiado J!Or sí, separado haci l:has del Sr. Mora1es, Y. ~u~ ~-r~ 1~-)
niente; D. J0s&amp; Domií1~01Arellano, suboobient'e, presentad(jlfüi 1Míkhuátl!fu';1l
D. ,Paulino Cruz, sargento'!º, •presentado en 1Almolóngá, 1&amp;&gt;!1· titt½:ifle 'dé'~l
coll)pu~sj;o. .,
. ,

a

Comisario imperial de la Península de Yucatan.-Mérida, Marzo
9 de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de acompañará V. E. las
dos noticias que remite á ese Ministerio el Sr. Prefecto superiorºpo-·
lftico del Departamento de Mérida, sobre los acontecimientos relativos á las dos qyincenas del mes pasado.-De los Departamentos ~
de Campech~ y del Cármen solo be recibido las noticias de la·'primera quincena, y por esta razon no las remito á V. 'E.--Profesto: á
V. E. mi respetuosa consideracion y particular aprecio,._:_Dios· güarde á V. E. mucho$ años.-El Comisario im·perial de la Pepí_nsulii de
Yucatan, José Salazar Ilarregui.-Exmo. Sr. Ministro de .~s'tado y
del Despacho_de Gobernacion.-México.
''
•
Es copia. México, Marzo 21 de.1866.

•

LISTA DE LOS ÜFI~IA.LES A QUE SE OO~Tl\,AE LA ANTERIOR CO,MmtÍ0.1-0ION,

0

El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) ALEJANDRO VILLASEROR.

----

Prefectura política de Orizava-.-Orizava, Marzo 20 de . 1866.. Exmo. Sr...:...Tengo.el honor de p~rticip~ á· V. E., para cori_o,ciqii~nto de S.M., que en.la. semana qu.El ha-,pasa.ao no ha ocurrido novedad ~lguna en es~e Distrito.-Dios guarde á V. E. much~s ~ño,s.......
El Prefecto político, Alónso Mamtel Peon.-Exmó. Sr. M1mstrQ de
Gobernacion.
Es·copia. México, Marzo 22 de 1866.

S. M. el Emperador se ha servido nombrar, por decreto de 17 del reno.
actual, ayudante de campo al señor general gradúa.do, coronel Don
Es copia. México, Marzo 22 de 1866.
Juan·Humana.
El Subsecretario de Gobernacion,
(Firmado) FRANCISCO J. VIL~ALOBOS,

PARTES DE LAS PREFECTURAS.

-. : -. ' . :~1,Su~sec¡.-et.ario.de· Go.b~rlljlciou, ,
- :-i. ~
(Firma~o) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

Dios guarde á V. E. muchos años.-EI_ préfecto superior políficdide ~
Oajaca, F. P. Franco.----AI Exmo. Sr. Ministro de la Guerrá. ,Mé-xiéo.11

a · ···· ·

1

�284

DIARIO ~DEL IMPEltfú.

racion completa para la patria, bajo la direccion de un príncipe tan ralas almonedas los dias 27 del corriente.y 5 y 22 de Abril próximo, á las once y media,
la tercera cc,n calidad de remate.
'
il_ustrado, tan firme y tan bondadoso como V.M. Yucatan,. mas des- siendo
Lo que hftgo· saber 11! público de órden del Sr. Juez.
"
graciado que cualquier otro Departamento del Imperio, por la ince- Méxicó, Marzo 23 de 1865.-Mantul Romero, Escribano público de la Nacion. '
220-1-1
sante y asoladora lucha que sostiene hace quince aiios con los indí1
1
genas sublevados, no fué el que con menos fe esperó de su.Soberano
INTERESANTE.
el pronto y eficaz remedio de sus males; y ahora contempla co11 l·a -Debiendo D. Gil Varacbe salir para Francia, del 25 al 31 del presente mes de Marzo,•
f fi ·
~ d
V M ·
á l
¡ ' é · a b · ay¡sa á las personas 4110 tengan negocios ó cuentas pendientes con él, 'lue podrán .ocurrir
sa 18 _acc1on mas proiun a, 4?~ • • v1en~ co mar~ ~ s. ne ~ e-. hasta dicha fec4a al café de t'aris, calle del Coliseo Viejo núm. 18, de)as,diez á las doqenefic10s que con paternal sohmtud le ha d1spens~clo, ~n.v~aµd9 ,una de la~ª?ªºª· . ,
_
..
,,
. , •: . 1
Comision de personas competentes y distiogmdas, á preparar el Participa ta~bien a \os duenos de m_olinos que volvera a_Verac_ruz enS~tiJmb~e pro.u•
.
.
,
l . d' b' b mo con un_surt1do ~e ,p1edr~s.para mol111os, cuy_a , clase sera la misma, qUJZa_meJor, que
l y los ~rabaJOS
pan
de una campana a,ct1va contra os ID .1os ár a- las que traJo en su último v111Je y&lt;¡ue'tan aprec!lldas fueron por los conocedores.
ros, que deben llevar á cabo las tropas que•V. ~Lse ha dignado en1 , .
'
213-7s-2
viar para tan importante empresa, y que son esperadas con impáIGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
ciencia por un pueblo que confia s.u completa ~acificacion á las sáREMATARÁ
bias y benéficas medidas de V. M.
·
todo~¡ ~enaje de la ·casa nú'm.• 8, calle de la Perpetua, el miércoles 29 y juéves i3!! j}
El Ayuntamiento de Mérida, intérprete fiel de los s~ntirnientos Marzo de 1865, A LAS DOS DE LA TARDE, estando á la vista el 27 y 28.
•
de profunda gratitud y sincera adhesion que animan á su municipio ·Las ventas son al contado Y sin reclamacion.-Oportunamente se darán listas poi'me•
norizadas.
.
_
,
,
hácia V.M., por tan señaladas distinciones en favor de Yucatan, de • Los comisionistas pagarán seis por ciento; pero no pujaránsus.~fectos.
•
de esos Se hacen valúos de mu1,bles, alhajas, ropa, &amp;c., &amp;c., con gran economía de tiempo y
Posita respetuoso á los pies del trono de V. M. el homenaie
~
dinero, pues no es lo miswo buscar y pagar tres peritos, que uno.
seµtimientos; deplora que V. M. no haya podido ¡:ibaodonar las altas se·alquilan pianos y toda clase de mutJblea finos, y se buce la com,Pra, acarreo y empa.
i graves atenciones gue le retienen en g\_capital ,del_ Imperio, para. que de los mismos, con responsabilidad y sin ella.
· •
•
Vfnir á proporcionar á los hijos de este suelo, una feliz ocasion de El despacho eSté. en la.calle l! de Santo Domingo, junto al núm. 8.
214-3s-2
manifestarlos á Vuestra Augusta perso.na: e~pera. con impacif)ncia
TRIBUNAL DE COMERCIO DE HEXICO.
la visita que V.M. I. se ha dignado prometer _á Yucatan, y rueg¡i. á EneljuicioverbalpromovidoporlosSre-s.Ponton hermanos contraD. Leonardo La•
· ~ t unadOsueI9 sus alt. os bene- Leonardo
redo, eiite '1.lribumi.l, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódioos á dicho D.
V • M• con t.ID úe d'ispensan do á es te rnior
La~edo, previniéndole qm, dentro de quince di11t1 so presente ppr_sí-ó por-apo: ¡
ficios, de que procurará hacerse digno.-Señor.-El Prefecto l\funi- derád., instruido y espensado, á contestar la demanda,; apercibido de que no 'haciéndolo;
cipal, Arturo Peon,· el regidor 1?, Alonso de Regil Peon; e,l reizidor ª!1 su ausencia_y rebeldía se continuarán los procedimientos hasta pronunciar y ejecuto&gt; ,
...,
r1ar la sentencia.
2?, Joaquín Hübbe; el regidor 3?, Leandro L. Ayala; el regidor 4?, México, Marzo 21 de 1865.-José María Cardeña, Oficial 2~ encargado d~ la SacreJ. D. Capetillo; el regidor 6~, Luis Escalaote; el regidor 6?, José M, ,taríál
'
:ll~s-2
·
Oviedo; el regidor 7?, Gregorio Salazar,; el regidor 8?, Felipe Moli-.
JUZGADO l ? DE LO CIVíL.
na; el regidor 9?, Tomás Aranda; el regidor 1O?, José Espinosa Ren- El Sr. .fuez 1? de lo civil, Lic. D. Manut&gt;l María de la Sierra, ha mandado se convoque 1
don; el regidor 11?, Joaquio Quijano; el regido,r 12?, Cárlos C. del porlosperiódicosáloaquesecreanconderechoálosbíenesdelintestado deD.CosmeGa.
Castillo,· el síndico 1?, José D. Rivero Figueroa,· el secretari·o, Se- liegos, para que en el término de treinta dias, contados desde la publicacion de este aviso,
se presenteu á deduc;r los que les competan; apercibidos de lo que haya lugar si no Jo vebastian Heredia.
rificau; advirtiendo que el despacho del que sus~ribe está en los bsjos de la casa núm. 7
de la calle de la Moneda.
Mérida, Febrero 17 de 1865.
México, Marzo 2-i de 1865.-Manuel 7'. de Meneses, Escribano público. 217-2s-2
A S. M. el Emperador Maximiliano.-México.
J'UZGADO 8? MENOR DEL CUARTEL MAYOR Nt1l1ERO 8.
Seminario núm. 8.
Por el presente, y á instancia- de D. R11mon Madrid, se emplaza á D. N. Nevraumoni '
(padre), para q_ue en el término de ocho dias, contados desd_e la publicacion del presente,
comparezca en este Juzgado á contestar el juicio conciliatorio que por pago de pesos le
promueve el nomim1.do Madrid; apercibido que de no hacerlo, se tendrá por intentado el acto y se espedirá el cortlticado respectivo.
·
México, Marzo 2-i de l!:l65.
El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
212-3s-3

ANUNCIOS OFICIALES.
lfIBISTERIO DE GUERRA.
5!" Dlrecclon.

AVISO.
Conforme á lo dispuesto por suprema órden, debe procederse á la venta en almoneda pÚ•
blica de cuarenta caballo~ sobrantes del ejército. Lo que ·se partieipa al público para que
las personas 9,ue gusten hacer postura, oc11rr11n al Palacio de Justicia, en que se encuentra
eetablecida dicha Direccion, el dia 29 del corriente, á las doce, en que ha de tener lugar
el remate, prt&lt;sentando sus propuestas bajo pliego cérrado y pudiendo ocurrir desde hof
á t.omar las instrucciones convenientes.
Mélico, Marzo 23 de 1865.-El Intendente de ejército, Gefe de la 5! Direccion, Francueo Montero.

ANUNCJ:OS.
AVISO IMPORTANTE

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL DIPERIO."

1UZGADO 4? DE LO CIVIL.

En los autos del intestado de D. Leonardo Gonz1lez se ha mandado por el Sr. Juez 4~
de lo civil, Li~. D. ~varist-0 Re_yes, ~e llame
los periódicos á las personas que se crea~.
con derecho a los bienes de dicho mtestado, a fin de que ee presenten en el Juzgado o ,
dea.1c1rlo dentl'o do treinta dias c&lt;,ntados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E,
Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
·
'
203-Ss-5 ~ - J

Pº:

JUZGADO 4? MENOR DEL CUARTEL MAYOR Nt1l1ERO 4.
1~ ffe Santo Domingo núm. 8.

·

ORDEN'.-Ignorándose el domicilio de D. Santiago Vicario, por la present.e se le cita y q
emphiza para que en el término de treinta dias se presente en este de mi cargo por'-111"6
por apoderado mstruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre
pesos le promueve el Lic. D. José María Aragon en representacion de Ja.test¡unentaria de
D. Feliciano Rey; apercibido de que si no concurre se le nombrará un defensor de oficio
con quien se entenderá la demanda.
·
Méiico, Febre.ro 16 de 1865.-Lie. Poulet.
ll31&gt;-15a-14

Se van á reimprimir los números de este periódico ~esde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpre~ión se remitirán estos J,1.úmeros ,
TRIBUNAL DE COMERCIO DE _MEXICO.
á los suscrit'.&gt;res que los han pedido.
.
. .
, .
Mt&gt;11co, Marzo 16 d~ 1865.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del dolíier'no, J uef deban sus. ! En l?s an~s dJI concum a bienes de D._ Rafael Du11rte se ha ha proveido un auto, que
• ·
D
· , d · l
t , 'bl i1 l
d ,. con la mserc1on a que se refiere, es como t1gue:
c:1b1rse al URJO, se _serviran , ec1r o mas .P:ºn o. pos1 e e . ,n~mero e
"México, Marzo 14 de 1865.-En atencion á que en_estos autos la última pro~dencia
ejemplares que necesitan, para que. la Adn11rustrac1on del penod1co pueda se dictó e~ 19 de_Octub1·e de ltl52,_¡,orlo q~e·no es fá?il quo las pefsopa~ que teman idearreglar convenientemente sus trabaJ~S.
1
1., .,
recho_que deducir en. ~l concu~~? c?ns_erven_la memor1! de e~o~, c1te~e !!' los ac_reedore, .
suplica á los suscrito.res de los Departament{)&amp; q.ue no han pagado to- per cédulas y por. ~édio de los ~,er1?dicos (1nserta~do ?n los aviso~ 1~ !Tuta de'fi¡'Yª~ 7), ,
,e
.
.
•
.
.
Junta general, solicitada por el 8mdico, para la audiencia del dia 'verntmueve de presebte,H&gt;
davia el prilller trimestre del ano aotua,l , que rem1~an cu¡mt9 ,a ntes el 1mpor• á la una de la tarde. Lo proveyó el Sr. President.e y firmó ...-Oasti/.lo.-Luis Ro~i r ·
1 , ''r." • ". ·
te de las suscriciones correspondientes á este periodo.
.. ,
Palacio."
. .
.
'
, •
11
D. V1ctomn0Mart1corena. ! •...• ! . . . . . . . . . . . . . . $1,340,, 1 1
JUZGADO DE l! INSTANCIA DEL PARTIDO DE T'ULA.•
Lic. D. José Maria Duarte .•••.....•••..• .•. ,;.:, . ,1,624 6
ob l!'l
' Sres. Perrissin, Gautier y C~ .......... . ., • • . • • . . .
160 ,,
, .t
En los autos promovidos ante este Juzgado por D. Miguel de Oviedo, en representacion'
0
D. Maximiliano María Chavert.... . .. •. . . • . . • • . . . 1,086 4
de la test3mentaría de D'!- Melcbora Zúñig11, contra la de ,D. Miguel Ballest.eros, sobre .
D. Manuel Grumbak. •.•.•... ..• ..•••.. • : • . . • . • . 550 ,,
entrega del rancho de San Isidro Chi9uibatha, á pedim~nto de ambos albaceas, lie man.'
D. Rafael Cancino ..•••..... •..•..•••..•.....••. · 309 ,,
d11do pur otro de esta fecha, se citen a los herederos de dicha Srá, Zúñiga y D. Enstaquio
D. Fernando Muller.... •• • • . .. • . . . • . . . . . • . • • •.
341 7
Serrano para una junta, que deberá verificarse el 19 del entrante Abril .i:n este propio
Dusseaux y Gutierrez.... .. . • . . . • . .. . . .. . . . • . • • .
75 7
Juzgado, á. las diez de la m11ñana¡ é ignorándose el paradero de los espresadoa hered, ros,
Daos hermunos... . . • . . . • . . . . • • . . . • . • . •. . . • • • • • .
61 .,
los cito por !:'l presente con el fin indicado; 11percibiéndolol! de que de 'ño concurrir el dia y
Doorman é hijo.... • • . • • . . • • • . . • • . . • • •• • • • . .. ..
60 ,, ·
hora indicados, por sí ó p¡,r apoderado instruido y espensado, les parara el-perjuicio que
Danton .... . •.-. • • . • . . . • •. • . • . . . . . . • • . . • . . . • . • . .
SS ,,
baya lugar en derecho.
,
D. Fruciaco de P. Sáyago••.••.. :. .• . .. • •• . ••• .
59 .,
Tula, Marzo 16 re 1865.-Lie. José Jesus Dominguei.
218-3a-l
Loyol~ ............................. -·..... .. ..
24 3
Berjes .••.....•....•.•. - . • • • • . • • • • . . . • • • . . • • . .
100 ,,
JUZGADO 2~ MENOR DE ESTA CORTE.-EMPEDRADILLO NU11l. 6. •
Bouche • • . • • • . • . • . . . . . • • . • • • . . . .. . • • • • • • . • • • . •
17 ,,
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pediPJento del agente. do hegocios
Lóp~z é liijo .•..•.... . ., . • . . • . . • • •• . • . . . • . . . . •.
42 ,,
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jurídico del cesionario de D. Ignacio Trejo, por el present.e se le cita, para que dentro de ocho dias, por si 6 por apoclerado instruido y espensaMéxico, Agosto 30 de 1852.-Rafael Duarte.
do, se vrosente en este Juzgado á contestar 111 demanda que en juicio conciliatorio, sobre
Lo que pongo en conocimiento de los señores acr~edores, cuinpliendQ con lo mandado.
pesos, le promueve dicho Cevallos; apercibido que de no verificarlo, so dará por intentado
José ,llfaria Cardeña, Oficial 2~, ·encargado de la Secretaria.
,.,
el acto, y se espedirá al actor el certificado.
2J0-2a-2
México, Marzo 22 de 186.5.
.
I J
' '{
El Juez 2? menor, Lu;. Unanue y Pa11011.
219--Ba-1
J

•

s

.

JUZGADO 4? DE LO CIVIL
.
'
!
En loa autos ejecutivos que siguen Sor Guadalupe de los Cinco Señores y Sor Joa~uina
de lóa Dolores, contra D. Antonio Monterde, sobre pesos, el Sr. Juez 4? de lo civil ha
mandado que '6 venda el baño del Jordan, ,ahwlo en 40,492 pesos 89 cs., y señalado pa-

,(

.1

IC '

_, IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCM,ANTE, .'f .2
BAJC'S D.&amp; S.A.N AGUSTni, NU.lol, l.

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 70, Marzo 25</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>J
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DIARIO

o

1

a

•

SUMARIO

PARTES DE LAS PREFECTU~A8.
MINISTERIO DE FOMENTO.
SECOION

3~

Prefectura política deJ Departarliento de Puebla.-Seccion 1~Núm. 1,255.-Puebla, Marzo 21 de 1865.-Exmo. Sr.-En respu~sta á la comunicacion circular de V. E., fecha de ayer, en que se suve recomendar á esta Prefectura se tomen providencias para evitar
que se interrumpan las li~eas telegráfica~, debo manifestarle: 9ue
recientemente se ha recomendado esto mismo á todas las ~utor1dades de la comprension de este Departamento, y se estará,á la mira;
para que sirva de gobierno, que algu_no de los casos de rotura de_ los
alambres han venido de haberse dernbado los palos pot fuertes v1entos.-Dios guarde á V. E. mue~~s años.-El Prefecto su~erior, José María Esteva.-Exmo. Sr. Mm,1stro de Fomento.-Méx1co.
Es eopia. México, Marzo ·24 de 1865. ·
El.Subs.ecretariQ de Fomento,

(Firmado) MA.NuEL ORozco.

•

J

1rJ

'

'

,

1

.J J ;

'

NlJI; 7t.

ME;XICO: Lunes 27 de -Marzo de 1865.

'pARTES DE LA!! PREFEOTURA3.-De Puébla, sobre interrupcion de lineas t&lt;?legrilftcas.
ACTAS DE ADHESION.-De Abuazotepec y de Naupan.
.
DOOUMENTOS.-Comunlcaclon relativa al establecimiento de un segundo ~Jambre t&lt;?legraJlco entre la
capital y Puebla.-Otra sobre u;i accidente en el ferrocarril de Veracruz.-,Agrimdtl,ra. Informe de la Prefectura de GuanajnatA&gt; sobre diversas plantas ~e aquel Departamento.-Ayuntam!ento de México. Acta del
Cabildo de 17 de Febrero.
SOLIOITUDES.-Una sobre privilegio por la lntroducclon d~ aparatoa para elaborar petróleo.
NOTIOIA.-8obre juramento prestado por los nuevos Conse,¡eros.

• (

'

••

'.

1010 l.

. ')
: 1

reunidos los ciudadanos alcaldes de los pueblos en la Sala del despacho judicial de esta cabecera, bajo la presidencia del Ayuntamiento de la referida cabecera, su presidente. el ciudadano ,aJcald.e
Cristóbal Fernandez, instruyó á los circunstantes de qµe"la 1·Jutita
tenia por objeto hacer que la Municipalidad secundara el·~so dado
ya por otras Municipalidades del Distrito, reconociendo 1üGobierno
de S.M. 1\faximiliano I, .Emperador de México, P!l.es que la Municipalidad de Naupan no debia callar su_buena volun"fad, cua,ndo no
solo la mayoría de la Nacion, sino aun la capital del Distrito á que
pertenece dicha Municipalidad, proclamaba ya esos principios. Todos estuvieron de conformidad absoluta;-y·en esta yirtud se acordó
levantar por duplicado la presente acta, con objeto de que sé archi-'
ve•·un tanto de ella y se eleve el otro á la prirnera autÓridad militar
del Distrito para su conocimiento y fines consiguientes.-Naupan·,
Marzo 16 de 1865.-Cristóbal Fernandez; 2&lt;? Antonio Juan; regidor
José Miguel; regidor 2&lt;? Pedro Felipe, sfndi()o, José Francisco, alcalde del pueblo de Tlaxpanaloya,-Andrés Trinidad, 2&lt;? Juan Felipe, alcalde del pueblo de Chachalrí1atta, ciudadano·' Diego Domingo, 2&lt;? Domingo Lúcas, alcalde del pueblo de Isotitta, Francisco Domingo, 2&lt;? Pedro Juan; alc,alde del pueblo de Meztta, José Domingo; 2&lt;? Juan Agustin; alcalde del pueblo de Copila, Manuel Martín;
2&lt;? Francisco Juan, alcalde del pueblo de Cueillatta, Antonio Juan;
2&lt;? Manuel de la Cruz; alcalde del pueblo de Tenextitta, Juan Diego; 2&lt;? Gaspar Ignacio.
. - _, Son copias.
El Subsecretario de Estado l del Desp!ieho de Guerra,

·(Firmado) J. M. DURAN.

ACTAS DE ADHESION AL IMPERIO.
DOCUl\lENTOS.
Comandancia de Tulancingo.-Tulancingo, Marzo 21 de 1865.Núm. 61.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de acompañará V. E., para
que se sirva ponerlo en el alto conocimiento de S. M. el Emperador,
las actas de las Municipalidades de Ahuazotepec y Naupan, pertenecientes al Distrito de Huauchiuango, y que por un olvido involuntario no me fueron remitidas para que yo lo hiciera á V.•E., con
las que lle'?Ó mi Ayudante D. Rosendo de Ulloa.-Díos guarde á V.
E., etc.-El general comandante superior, Eugenio de Ulloa.-E.
Sr. Ministro de la Guerra.-Méxic9.
~

..

·Juzgado de Ahuazotepec..---;-En la Municipalidad de Ahuazotepec,
pertenecient~ al Distrito de Huauchinango y al Estado de Puebla,
a los diez y siete días del mes de Marzo de 1865, reunidos los ciudadanos de este pueblo y el señor juez de · paz de Ayotla, en este
juzgado de mi cargo, bajo la presidencia de los alcaldes 1&lt;? y 2&lt;?, ciudadanos Francisco Ramirez y José Mana Sanchez, instruyeron á los
~ircu_nstante~ ae que la Junta tenia por objeto hace1· que la Municipa:lidad secundara el paso dado por otras Municipalidades del Distrito, reconoci~ndo al Goi&gt;ierno de S. M. Maximiliano I, Emperador
de México, pu_es que la Municipalidad de Ahuazotepec no debia callar su buena voluntad para advenir á este nuevo órden establecido,
cuando no solo la mayoria de la Nacion, sino aun la capitahiel Distrit0 á que pertenece dicha Municipalidad, proclamaba ya esos principios. Todos estuvimos de conformidad absoluta, y en esa virtud
se acordó levantar por duplicado la preseate acta, con objeto de que
• se archive un tanto de ella, y que se-eleve el otro á la primera autoridad militar del Distrito para su conocimiento y fines consiguientes.-Ahuazotepec, Marzo 17 de 1865;:..._Francisco Ramirez, José
Maria Sanchez, José M. Vazquez, Francisco Sanchez, Gregorio Valdés, Aurelio Q-uerrero, Rafael Cabrera, Cristóbal Ramirez, Miguel
Gonzalez, y Rar,iirez, juez de paz de Ayotla, Antonio Cuevas, suplente, Antonio. Martinez, Ignacio Hernandez, Trinidad Parra.

MINISTERIO DE FOMENTO.
Direccion del telégrafo eléctrico de México á Veracruz.-México,
Marzo 23 de 1865.-Exmo. Sr.-Con la mas grata s~tisfaccfon tengo el honor de poner en conocimiento de V. E., que hoy á las- tres
de la tarde ha quedado establecido un s.egundo alambre telegráfico
entre esta capital y la ciudad de Puebla. Al _emprender la empres!:'
esta obra, ha sido en la confianza que renace y se va afianzando cada dia mas, bajo el gobierno de nuestro digno Emperador¡ y, al participarlo á V. E., me lisonjeo de que acojerá esta mejora con el interes que toma en todo lo que se halla á su digno cargo.-Dios
guarde á V. E. muchos años.-Por la empresa y -por e1 director, José de la Vega.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Es copia. México, 24 de Marzo de 1865.
El Subsecretario de Fomenio,

(Firmado) MANUEL ÜRozco.
_
Direccion del camino de Orizava á Veracruz.-Veracruz, Marzo
18 de 1865.-Exmo. Sr.-Inmediatamente 'que recibí el parte telegráfico de V. E., en que me ordena le dé una completa informacion
acerca del desgraciado accidente ocurrido en el ferrocarril de Veracruz, me dirigí al _lugar del desastre para ver cual era la causa prin-.
cipal que lo había motivado, é hice todas las averiguaciones que
creí necesarias para cumplir debidamente con sus órdenes.
El resultado es el siguiente: El dia 15 del corriente se dirigía un
tren estraordinario del Camaron á Veracruz, conduciendo tropa
francesa, y un poco antes de llegar á la Purga, con10 á- las once y media de la mañana, sufrió un descarrilamiento que originó la muerte de dos soldados, diez y nueve heridos y la destruccion de la locomotiva y tres wagones. Lá causa del descarrilamiento fué proveni•
da de que estándose verificando algunas reparaciones en ese lugar,
cercano á un pequeño puente de madera, se babia construido una
Juzgado Municipal de Naupan.-En Naupan, cabecera de Muni- doble via provisionalmente para evitar demoras, y en el instante
cipalidad de indígenas del 'Distrito de Huauchinango, perteneciente mismo se estaba acomodando el riel cercaµo á la llave. Estando coal Estado de-Puebla, á los diez y seis dias del mes de Marzo de 1866, mo á 20 metros de distancia la fragua en que se hacia esa operacion,

ya

.

�el llavero, que era el 4.u~ l,a ej~cutaba, babia quitado el riel, y al estar concluyendo llegó el trén oon una gran velocidad, sin haber hecho con anticipacion ninguna señal de llegada, como se licostumbra generalmente al llegar los trenes á los puntos en donde se hacen repartlCiones;_no e'stan·do la llave puesta de manera que pudiera
seguir la vía principal, 'resultó que tómó la otra que no tenia continuacion, y lo dirigió pr'ecisamente sqbte el puentecito _de madera,
al cual' chocó éegun su misma direccion: una vez detemda la locomotiva, los tres wagones inmediatos salieron de su lugar respectivo
y fueron á caer á un lado, habiendo quedado el primero enteramente destruido.
La culpabilidad parece se encuentra en dos personas, el maquinista y el llavero; el primero por no haber dado señal alguna con
añticipacion y llevar una velocidad estraordinaria, en lugares precisarqeñte. en donde está mandado por frecuéqt'és órdenes que he visto
de la administracion, de llevar una velocidad que no pase de cuatro
mi11a.s porbora; y el segundo por no haber puesto ninguna señal de
pelig~o 1en.~l mqmento fln que )labia qui.tiJ,d~ el riel, ,y no tener la
11,axfl pµ_esta eq la yja pri~cipal com9 era su deb~r. El p~imero está
gA'/l:V,l}I!lente quemado, y el segundo ha desapa~ec1do, hab1éndóse ya
dict§~o po~.l~s ~utoridades respectivas, las medidas necesarias para
~u ap~~~n~ion.
,•
;Las vic\i!l)/l¡~, segun todos lps informes que he reunido, no han
pas~rto... de los dos ~olqado,s muertos de que. ya hice mencion, y el
~ti,z~o~ q~e m~~ip dos días despues; y respect de los Ireridos hay
mmtro ,de ,graved_ad.
~o:r lo ,e~puesto v~rá V. E. que las dos p~rsop.as designadas, por
np haber cu~plido con sus deberes, han dado origen á ese desgracia4,o acon~epimi~nto, qqe tan caro ha costado á uno de ellos; y digo JIO haq~r cumplido con sus deberes, porqu~ me consta haber vist,o. ~.n l¡\_o.ficina de la Soledad, en los libros copiadores, con fecha ante~Q!, 1~ pr~sprjpcione~ r~Jativa~.
,
Acepte ,y. E. las se_guridades de mi atenci9n.-El Ingeniem, A.
Be.;~J"~-~X.!IH?· Sr. ?,finistro de Fomento.
Es cop\a. México, Marzo 23 de 1865.
,·
. (,
El Subsecretario del Ministerio de Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRÓZeo.

AGRICULTURA.

1

l

•

J

)

SUCINTO ESTRACTO

I

-

•

..,.

•

de lu noticiaa-que sobre cultivo de plantas agricolaa, ha remitido la Prefectura política

·

·

de Gua.najuat.o.

L:i. Subprefectura de Salamanca dice, que por falta de. regadío no pueden
emprenderse otras sieriibras que las d~ témpó1'al, ~ mo maiz, frijol y cebada, ·pues el trigo y garbanzo solo lo siembran los que tienen bas-es suficien·
tes para ello, y que como la temperatura es tan desigual n&lt;T permite hacer
]a siembra del caie, algodon y la morera, que Ít.Únque estas vegetan admirablemerlt'e, su producto es,escaso y comunmente ekpuesto á perderse, hacien·
do la mi:;ma temperatura esterminar el gusano. La caña de azúcilr se da,
aunque notablemente menos que la d~ tierra caliente, por la falta de riego,
irr¡pidiepd.o esto el hacer la siembra del camooo, cacahuate y otras varias se·
~U.las; de manera que á escepcion del café, algodon, rr¡orera y otras, de tollo lJ'aemas se puede emprender su plantío.
· La 1~oliprefeétura del Valle de Santiago manifiesta, que por no sér á propó~ito 'aquel clima no 'se éultiva el tabáco, cafia, café, algódon, olivos ni
p'árras.
.
:ta. Prefectura. de Sierra Gorda ·manifiesta que en aquel partido y los de
Ititrbide y .Tierral;llleva, solo p.roduce en años abundantes, y en grado superlativo, en el segundo ~e dichqs partidos, el maizJ frijol, trígo y cebada, y en
pequeño, por falta de agua, el chile; qµe los olivos, las ~v_as y l~ seda se pro·
&lt;lucirían muy bien si hubiera abundancia da agu11,. El terreno del partido de
San Ciro, es cálido y iertil, por9..ue generalmente las lluvias son abundantes,
y produce 400 'fa~egas' de·mmz p01:: año, escaseando el frijol á consecuencia
de los temporales; pero en su defecto produce el garbanzo. La caña, el algoqsm1 el lino y las moreras se cultivan tll.lllbien con buen éxito en los pun!R~ 1ollf!e. se .P,u~de pfopo~cionar el ri,ego. En elJ!ªr~ido de la ,Victoria, que
f~ 1tfmplado, se da con profusion )a lima, la naranJa de china, zapote y otras
1rutá$.
'El cÍima &lt;lel mineral de Xióhu, él 1del Espíritu Santo y Atarjea, es cálido
.y produce bién la caña, el tabaco, el algo~on 1 el afiil, habiéndose dedicado
sus habitantes al cultivo de ·1a pr'imera ·y no de lás &lt;lemas, por falta 'de cono·
cimientos. Se produce tambien el pino, de que podria sacarse el aguaraz y
l;&gt;rea; conteniendo ambos minerales la plata, el oro, el fierro, el bronce, el
plo,mo y los crj~eros de estaño. Lps dos primeros metales se be{).efician por
(und~ci9n y I?atip, y e!l cada uno de ellos, particularmente en el primero,
existel!,¡_ aunque paradas por falta de fondos, varias haciendas de beneficio.
l're'fectur~ munic_i¡&gt;al de Guari~juato dice que · allí solo se cultiva el
-r/i.á'iz, ceba-da y poco trigo, beneficiá'ndose por· mero reéreo en alpuno que
ótro•punto, pequeños arbustos ó matas del algodon, y qúe{n lo general los
terrenos son propios para su cultivo, si bien las fincas rústicas no son m'uy
abundantes en regadío.
,;La Subprefectura municipal de Silao trascribe el sistema que observa un
cuJt~vad.or de 1a ·uva, quie11 lo ha espe1'imentado durante trein,ta a.ños.
.,~ª~f.{etectura qe! ,Valle d~_~an Miguel de Allei;i.de remite un estenso informe sobre el particu1ar, indicando que hasta ahora los agricultores se han

.ta

DllltlO DEL lMPERlO.

DIARIO DEL IMPERIO.

286

Luego que comienzan. las..agtias, cesan los riegos~l&gt;~ro si estas se reta~dan
AYUNTA1llENTO DE ·DXÍ.CO.
~
ó suspenden, hay necesidad de qontinu~rlos h~sta en tanto el fruto este en
En la ciudad de México, hoy viernes 1'1 de Febrero 'de 1866, .se ·
todo su crecimiento, que es cuando comienza a rayar~e; entonces cesa el trabajo hasta el 15 &lt;;l.e Dctubre, que regularmente~ tiem~o en que el sol ha reunieron en la Sala capitular, á la.una menos une}uarto de' l¡¡jtarde,
consumido el agua superabundante del fruto, ,Y el ,JU~o esta meloso: entonces para eelebrar Cabildo ordinario público, los Sres. Prefecto, Bai:reiro1
acdstumbramo~ proceder al corte~ porque as1 esta d1spues_to para dar la me- Rincon, Cosio, Gom~z, Pimentel, Cervantes, Ibauola, Velez, Hidaljor clasé de vino.
,
11' •
,
go,ECañas, Reyes, Galindo, Labastida, .Ortiz Üijrvan~, Rul, Mejfa,
Algunos años sucede ~ue las ag.uas son bien escasas, como..Jo fue el ~asa- Rascon, Labat, VillanQeva y HoP.pe. Se _leyó y ~probó 1la acta del
do de 1863 y entonces el fruto 11e mad~a.mas pronto Y no hay necesidad Cabildo pú'.blico ordinario ce_lebr~do_ el dia 14 de~ actual.
de,eilperar
ae Octubre para la vendimia ó cosecha.
Se dió cuenta con los ofic10.s siguientes.
.
PLANTIO DEL SARMIENTO.
Del Ministerio de Ff mento, pidiendo informe_ ~ l~ C'orporác~o»
En el tiempo ~1,la poda se escojen las varas ¡maého_s que estén mas ro- acerca de una solicitud hecha por el Ayuntam1,ent,o y vecii;tos d~l
bu ta\!~ ánll8 'll\S qlfe debén tener de-largo•vara Y media; eh el acto de col"- pueblo &amp;e Santa Fé para introducir dos naranjas de agua en ese,pue.:
tar:e se :ume:gen dentro del agua ó,se plan_tdan en á.lfáclgos, entérr~do 6 blo, en cambio de las que tienen concedidas desde tiempo inmemo..
sum~rgiendo en el agua ~l ~ronco donde.ha si Ocorta 0 , para que e aire no rial en el Bosque sitµado en el prQpio .puebl9. A la Cotnision lle
reseque la vara y la perJudlque.
,
aguas;
.
.
J
A }os seis dias ae sumergida en.~l agua, está dispuesta ª p~ntarse.
De la Prefectura politica,del Dep[\rt~meqto c;Iel V 11lle, t r8$atibien,.
Pre ado el terreno como se_ diJo _en el lugar corr~pontliente, y formar
dos loIToyos, ó cajetes, á. la distancia ~e vara y media cada pl~nta,_se en- do una comunicacion del Ministerio de Gobernacidp~~ob(é que,se._si;- ·
tierra la vara 'en el 'centro, á la profunditi'a.d de una cuarta, pomendole ?na. ga abonando ¡i.l Secretario de la 'Comision revisora la gi'&amp;tiíiaaoibn
estacá ó rodrig'on 'de cinco cuartas de altura para atar ~a plant&amp;, pues as1 se que de antemano le babia sido concedida pQr el Gobier-nct @ $. M.
consigue qµe en~ruese y se mantenga derecha. Es preciso tomarse ~l traba- el Emperador.
_
, ,
jo de comenzar a regar el día-siguiente l~ fº~tura á mano, por medio de _un
De la misma Prefectura, insertando la disposiciQn del Ministerio
cántaro ó barril á chorro, pues la esperiencia ha demoSt rado ser el meJor de Gobernacion p¡¡.ra que se contipúe abonando á la Compañia Lánmodo de regar, ínterin prende la vara.
casteriana la asign~cion de 4,800 pesos anuales, ~staplecida por deEN1ER1'fEDADrui DJ: 1,A :PLANTA,
creto de 25 de Setiembre d[' 1~6.3, ~ que &amp;nqalmerlte revise y
Varias son las enfermedades que padecen los viñedos; pero el abonar el glose la cuenta de inversion de dic~o fondo. A la Administracion de
terreno cada tres años es el mejor remedio para precaverlos, lo .mjsmo que rentas municipales.
oon la limpia 6 raspa de los palos, pues estª operacion evita que los palos se
Otro de la misma Prefectura, insertando la disposicion del Minis-

limitado al cultivo del maíz, frijol, trigo, garbanztJ chile; pero que los terrenos parecen á propósito para cultivar con b1~¡ Qróxiel tabaco, el algodon,
el lino y la seda.
, ._
Respecto al partido de Dolores Hidalgo, espr~sa que sus viñas son las de
mejor calidad en todó el país, por el buen clima: que aunque su fruto no es
muy abundante ni crecido, sí tiene un agradab~e sabor, opinando que por la
mucha agua con que_se cultiva, no sale con el vigor competente para obtener
un buen vino.
Refiere las esce~ciones que sus cultivadores gozaron en otro tiempo de toda contribucion J del servicio en la milicia, las cuales cree conveniente se les
vuelvan á conceder para impulsar este ramo de industria.
La que sÓbre todo recomienda es la de las moreras, para lacria del gusano de seda, que plantó por su mano el cura Hidalgo, y de los que aun permanecen ·respetables vestigios, brindando á los especuladores con sus cuantiosos productos.
La Prefectura de Leon manifiesta que puede cultivarse el tabaco, el algodon, lós olívos, los viñedos y las moreras chinas.
La Subprefectura de lrapuato informa que los terrenos de su comprension
son susceptibles del cultivo de la caña, el caie, el algodon, el lino, los viñe-·
dos que producen vino de regular clase-y las moreras que cuentan para su
desarrollo con muy buen clima; que ademas producen el,llllj.,guey1 cuya planta podría propagarse en grande escala Y. rendir utilidades de coiuiideracion.
La Prefectura de Cela.ya informa tambien que en S).I territorio se bultNa
el tabaco, el lino, las moreras, la cafia, el algodon, el olivo y las viñas que
dan vino de muy buen gusto.
México, Marzo 23 de 1865.
El Subsecretario de Fomento,
(FirmadJ} MANUBL Oioz'co.

hl.1'5

~e

Subprefectura municipal.-Silao, Diciembre 20 de 1864.-Cumpliendo
con el encargo que la Subprefectura de'l ca1'go de V. S. tuvo á bien recomendarn;¡e, p-ara formar una Memoria estad:í'stica §ob're el cultivo de la uva, conforme al método que practico en el plantío de mi própiedad, P.ª~- á d~mqstrarlo con las obse,rvaciones que h'e creido oportunas para su major inteligencia y buen resultado, advirtiendo que lo que practico está fundado en u~a
esperiencia de treinta afios.

emift:i ¡:ta~;rTii1~ que arruina los vifiedos, es el que lo~ esplijloles lla- terio, en que -el Gobierno-de S.M. ha -tenido á biefi aprobar ta reunión
man..odium, y se distingue en que al ~r la.pla~ta su flor, se va ?ºn\tirtien- que el Axmo. Ayuntaajént'o líizc3; fle la Administracion de limpia á
do ésta en una especie de pelusa, que a pocos d1as cae al suelo sm amarrar la Direccion de Obras públicas. A itus -antecedentes.
ningun fruto, en término que de quinientos granos que debía contener el raSe dió cuenta con un ocur~o de D. :Apti:mioJtcrcanegra, en que piéimo viene á aw.arrar dos ó tres: esta enfermedad puede prolon_gar~e por al- de se le adjudique á censo un pedazo de terreno que queda, en Ja
guno~ año$. Para la cura de esta temible enfermedad, el mejor.,remedio,es ca- huerta que fué del convento de Santa C_lara, y cuyo terreno sea el
lentair~l terreno por medio de un f~er_te abono, bailando ,luego el palo, el mas cercano á la calle.de Vergara, señalándose el alineamiento_ por. la
que estai'-á bien limpio, 'con un cocm~iento ·de azufre en_ agua-de pozo, por persona que designe la Corporacion. A la Comision de haoienda.
contener esta mas cantidad desales mmer.ales que la de rao; esto es segun fo
Se dió cuenta con un dictámen de la Comil;ion de haéienda sobre
que he podido calcular despues de la esperiencia.
la solicitud que hace D . .José de la Luz Moreno para que ~e le éxifu'a
Esuoo Aé'l:UAL DEL :P-LAN'l'Io.
del pago de la licencia para obra que está hacíeiid~ e'id~ call~ pue'De o¿ho á diez mU plantas habrá en esta poo,lacion, Y gradúo su prf!duc- va de San Bernardo, el cuál fué aprobado y se' mandó pas~r á)a_M ,~
to en término medio tle -seis Jibras por &lt;Ma ,planta, 10 que da un resultado cina de rentas municipales para que haga ~1 ~obro, por no _po,derse
anual de dos ;IIlil quinientas arrobas. Este -producto es rtlUy 'es_e ~ó á 'causa acceder ,á su peticio[).,
de lo costoso del cultivo Yla escasez 'de ·agua, pues la tenemos á una profunQuedó de primera lectura un dictámen del Sr. Sintlici&gt; 2? .en i el
didad de siete á ocho vai;as_; lo que aumenta el costo del fruto á tal esceso,
q~e vendida -la uva ~.medio neal fa li~ra., que es un pr~cio comun,. ~~ ~ espediente s&lt;&gt;bre que.se vuelva. la plaza de Gefe del re_sguardo diurno,
el. cosechero mas utihdad que"lln 2ó o 30 por lQO. El costo se '&lt;l1smmm,á y proposiciones para el arreglo de la fuerza de poliei~ de s~guri~á:d.
con pro'por.cionar l.os Tiegos por medio de dos fuentes bl'otantes,pues entonTambien se dió lectura á un dictámen de la Cpmision de bac!etir,a
ces uniformando el beneficio, y CO)l elauxilio del agua., cadaplant11,daria por en que consulta que estando destinadá para Panteon \{~ntbipál la,
t~:,;~ino medio una -arroba, ·pudiéndose estender el plantío, pues el terreno parte del pt&gt;trero del Quartelito, de que ya ~stá. en pose~iqii el Exroo,
se-presta muy bien) tanto para esh planta, eomo para el cafü, algodon, ta- Ayuntaniiento, .se pro.ceda á ent~rrar los cadáveres eje las pe_r,o~aa
baco etc. Hoy se encuentra esta industria en un estado de i:uin1l, porque
d d
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ó
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d
l
siéndonos tan costosa, no es posible nivelar el Viecio de nuestros vinos con cuyos eu os así o u¡pongan carezc~n e,recur.sos, pagan o en e
lo¡¡ que rienen del estranjero;,razon po~ lo que PºC&lt;?s nos dedicamos ásuifa- primer caso la cuota qµe se sejiale en el reglamento que fo¡,mp,rá la
bricacion ¡Si algun dia en nuestra patl'la :se favoreciera el consumo! eón so- Comision de·•panteones, y en .el segundo sin otro requisito que la bO::
}o un 'banco de -avio, los cosecherds implllsarian este ramo á su IUayor altura. leta.. de la Prefectura munieipal. ,Puesta á. diséasion, de·sR~es de al- .
Pór los años de 45 ó 46 estaba Ja industria de que ll}e ocupo en, su mayor gun debate, se suspendió á mocion del Sr. Hidalgo-, ii.cord:indose pase
d~dencia, y el Sr. Presidente D. },1:al'iano Arista, animado de los mejores á una co~ision especiál,, có~pu~sta ·de los ¡jeñ:o'tes.fa~~lt2ti.'"'.OS de.}~
séntimientos Tespecto 'de la inilustria del país, nos concedió á los fabricantes Corporacwn, para que as~c:ado!i con l?s S;es. D. ) ,,µJs y _D 1 _Fr~ndel -vino éle uva, la gracia, por veinte añ~s, de _que fuese libre este arlfoul;&gt; cisco Gargollo, den su op1mon sobre s1 del;&gt;e adoptarse el l)led10 que
de .toda clase de aleaba.las, pudiendo cammar libremente por toda la Repul ,
,
,
bliqa.
propone la Junta de hacienda ó e que estimen por conveniente.
Esta gracia nos animó á trabajar, pues habiamos abarrdonado la ·empresa
El Sr. Mejía presentó Ún dictámen, que concluye con la siguiente
pór lo.S fuertes impuestós que reportaba; y merced á esta cqncesioa, hemos, proposicion:
.
'
en lo posiñle perfeccionado é$ta indust:r¡ia,rpor lo que ahora sé ve aumentada Pídase á la Secretaría el espetlfon'te fol!i.tívo á traslacion de las zahurdas
r~ecto·&lt;le e;tonces; pues muchas personas emprendieron luego:mievos plan- fuera d.&amp;"la ciudad¡ para que dorra,los tmámites neeesacios,hitstll llevar .á'_efectios, 'y ffllllq11e han tropezado para la elaboraoion del vino, con l'OS obstáculos to tan importante mejo¡,'~.
que•dejo ml:licados, solo se limítan á 1a venta de la, uva.
,.,_
·
El Sr. Prefecto dispus~ que se busq·ueri Io~'~litecéderites relativos;
.l,J!JRRENOS.
para que el Sr. M-ejiff, 'Mocia~o ~e \m Sres,Villanveva y"Itey-es, próEn una ,circunfer¡lJlcia de c~tro leguas, todos los terrenos son á propósito
para e,sta, planta, pero ·en todos se 'tiene de lu.cha-r oon la escasez de agua; ra: pongan lo convenretite,.:aoompañand.o ~~~eR- lá-ct»~rnnicamon sobre
S'Omer:a dirtgió a_l G-obterno de S.M.
zon -porque- los 1agrreultores no dedican sus terrenos á otras siem'bi·as que las el mismo negocio, que -el
.
Los
Sres.
Reyes,
Pimentel,
OrtiZ' Cervante'S_y Labastida, presenque se pui\den ooténet á merced del tiempo de, las lluvias.
. .
Termin9 diciendo que lo _relatado ~asta aqm es lo ,q_ue :ta espe¡neRoJ&amp;. me taron las proposiciones siguientes:
hadado,t cooocer en el cultivo dela uva; y aunque la Subprefectura del car1~ A reserva de lo que dispb~an las Ordenanzas municipales, se nomgo de V. S. nose•digiió: demarcarme los puntos ·principales de sol'ucion en
nuestra comprehsioJ¡, ;nfü l\.e dirig,ido por las ,prevenciones gen~rales de la brará una Oomi'sion de higiene publka, com,puesta de cinco D;1iefubrps¡,p~ra
C()mmµeacfon 4.ue el .Exmo. Sr. Ministro de Fomento remitió á las Prnfec- q_ue unida á la.~ Comisiones respectivas, vigile todos los ramos .que estén en
turas ~políticas de los Departamentos; si he acertado en la inteligencia del relacion directa·con la satub:tridad.
2~ Esta ·Comision, oyéndo la opini0n ,del C?n~_eJo.superior de Salubri~a,~!
verdadéro -sentido de la espresada comunicacion, disfrutaré la satisfaccion de
haber contribuido por esta vez con mis pequeños conocimientos, al engran- formará re&lt;1lamentos sanitarios sobre estable~mientos msaluores de la ClJ,pl·
tal, sujetándolos á la aprobacion del Cabildo.
decimiento de nuestro país.
Í)i,sfruto la, honra lle protestar _á V. S. ;mi mas distinguicfo apreciO' y respeto.
~u estas á discusion,-,fueron repr.obadas &lt;lespues -de alguna disEs copia que se sacó de la original que presentó á esta Subp'refectura el
cus10n.
Sr. D. Pedro Romero Macías, que se comisionó ,para este objeto.
La Comision de di~ersiones pú'b'licas prese_nt6 ?n di?táme_n sobre
Sil~o, I)iciembre 31 de 1864.-El Subprefectq municipal, Jilrarwi~co de J&gt;.
que se conceda permiso al Sr. Raya :r&gt;. IJ;omaspata da1 func,ones;bn
MendfJZa.
Es~oopia. México, Mai:zo 23 de 1865.
el Circo Clíiarihi en la próxima.cuaresma, esce_ptu~ndo _so1amente1la
Semana mayor. Este dictáO'len fu~ apro~ado &amp;m _d1~cµ~~Ii~ . '' '
El Subsecretár-io de Fomente,
La Comision de aguas presentó otro dictamen en el espefüente sor
(Firmado) MANUÉI. ÚROZCO.

PREPARACfON DEL TERRENO.

En los meses de Noviembre y Diciembre ge fórinan 'sébre'él ~rterto-gran
des montones de estiércol de caballo, borrego, etc., el que 'estrál'ído biim sooo,
se pulveriza para estenderlo sobre la superficfe de la tierra que •se tiene rde
abonar, dando luego el barbecho á la profundidad de media v,ara, á,~rg,emover la tierra y que venga á quedar lo de abajo arriba, con el objet9, ~e. _9ue
el estiércol quede bien incorporado, lo que se consipue dando al barbecho
dos fierros cruzados, cuya operacion se praética con pala de fierro y azaáon.
Concluido el último fierro, se procede á desmenuzar el tenon para igualar
~a superficie y cónvertirlo én'un iúetludo polvo. Así pasa el tiempo en que
la fuerza del sol, di~olviendo las sales del abono, prepara la tierra para su
ferti1izacion.
En Febrérb se %rman las regMéras 'y báj~s _al fj&gt;ié de fa planta, el que
debe tener de circunferencia cinco cl!,_artas, y de profundidad una tercia, dejando cov la misma tierra bien arropada á su derred,o,r las raices de la planta, pues contribuye ~sta operación~ que la'planta1le robustezca y -gua½-de
bien·la humedad. Alguna vez he cubierto los cajetes con un ,polvo ·ae iyilso
calcinado al comerizar los riegos, y este ·sobreabono ha ·duplicado el fuuto,de
la planta; pero lo he· practicado solo 'por esperimelito, pues es costosa Ta
operacion.
PoDA.
'
, Al comenzar la luna de 'F~l:lrero se _pro~de ,á la po~a~ lo 41:\~ se ~r~et\ca,
o con 11odones de fierro ·fabricados al mtento, o por medio de t1Jeras mg!eS&amp;S
de muelle, que se conócen con el nombre 4e !ijeras de poda. Se tiene especial cuidado en separar las varas ~em?ras ae los machos, aistinguiénaose1as
primeras en que sus tramos de nuaoa nudo son mas lar~os y delgados: las
segundas sdn mas cortos y r0bo.stos. Las varas hembriis 1se alargan ·'demasiado, y su fruto ·es casi milo y de _mala clase, óuando•él'macho lo'próducé
abundante y de buena calidad. Por estas 'razones S'eparamos•en la, poda 1as
varas hembras desde 'SU primer nudo, ylos machos se po~n •del segundo al
tercero, segnn el grueso de la vara.
EJ corte en la poda debe darse como tajo de pluma, y jamas· pe man,~ri¡.
que _presente una superficie·pla~a: &lt;;l()ncluida ~~ .poda s~. _erpcede á lim:p_i~r :ª
planta desde su _tronco,Pº;. medio de ~n raspiidqr part ttn:p:bar l~. cor~zaqu~
durante la estacion de 1as ~uas ~a c1;ado -el palo. 'Esta opei'acion , oe pt1da
!e ap1ica lo mismo á la'~lanta·baJa, q_M se cono'ce-'con él nombreié llepa¡como á la qu'e se llama ·voladora, por 'éstenéferse sollre e'iúparrltdos 01'Ú1pestles
formados de varas.

-

-sr.

RIE90S,

Por ser este terreno bastante seco, es preciso a1 c61lcluir 'la p(&gt;da cotnenzar el riego, ó mejor dicho, lo que se va po'dando •se ;va: regando, y estos rie·gos se repiten semanariamen~ hasta que el frut? esta }nen lleno, p'rocuD&amp;n~o
en todo este tiempo tener la tierra lo mas l1mp10 posible, segapdo el qµehte
ó yerba que se cria durante los riegos: por este procedimiento el fruto adquiere mayor fuerza, por ser nuestro terreno ~an escaso de humedad.
DxsQUILLAR, ó CORTE DE VARAS tNUTILES y 'RETOROS .
Cuandó el fruto está á la initad de su crecimiento ·se proced.e'á una operacion que la denofüinamos bajo el rlomore de desquillar.. Esta oohSiste&gt;en
cortar todas las guias lárgas que no há'n dádo fruto, lo mrsmo que los retqños y hojas que salen en el tronce,-pues así se consigne que el fruto participe de1 jugo que debían absorbersé'las guias, qúe én el plantío·d¡i las e~pas ó
plantas cortas, de nada sirven: de esto r_esulta q,ue el frutp cre'Dfl' Y epd~lce
mas pronto; lo que no sucede si se le deJa á ·cubierto del solrP?r el J;'amaJll y
-hoja que se cría.
·
.....

..

�· 288

DIARIO DEL L'1PERIO.

bre denuncia hecha á la Prefectura política de que en el molino de
Santo Domingo (Tacubaya) se lava ropa sucia en el agua potable que
viene á la ciudad, que concluye con la siguiente proposicion:

AVISO IMPORTANTE

D_evuélvase este éspediente al ~r. Prefect,) superior político, para que PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IIWERIO."
impuesto de las piezas que se han recogido, y lo demas que se ha practicado,
Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
dicte las providencias que sean de so resorte.
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á los suscrit'.&gt;res que los han pedido.
.
Fuá aprobada sin discusion.
Los
Gefes
de
oficinas
y
otras
dependencias
del
Gobierno,
que
deban
susLa misma Comision presentó un infbrme que termina en la siguiencribirse al Du.RIO, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
te resolucion:
ej emplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
Remítase este informe á la Comision de hacienda, para que con vista de arreglar convenientemente sus trabajos. .
los antecedentes, consulte cuál de las dos maneras de cobrar las composturas
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no ha.u pagado tosimples á los dueños de mercedes de agua debe subsistir, y los medios prác- davía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto.anw.s el importicos que empleará la Administraoion de rentas municipales pata vét·ificar te. de las suscdciones- correspondient_es á este periodo.
los cobros.
INTERESARTE.
Puesta á discusion, con dispensa de trámites fué aprobada.
Debiendo D Gil Varache salir para Francia, del 25 al 31 del presente mes de Marzo;

El Sr. Prefecto dispuso se diera cuenta con un ocurso de D. Pablo Sala.zar, pidiendo á nombre del vecindario de Santa Fé, se sirva
apoyar el Exmo. Ayuntamiento la peticion hecha á S. M. el Emperador para introducir dos naranjas de agua en el mismo pueblo. Con
sus antecedentes, á la Comision de aguas.
Se levantó la sesion pública para entrar en secreta, á las dos y
media de la tarde.
No asistieron, con licencia el Sr. Payno, y sin ·ella los Sres. Buk,
Berganzo y Parada, y por enfer.medad el Sr. E~inosa.
Es copia. México, Marzo 20 de 1865.
El Secretario general del Exmo. Ayuotamieotó, ·

(Firmado) Lic. JUAN A.

MATEOS,

SOLICITUD.
llINISTERIO DE FODNTO.
Segunda dase.-Cuatro l'eales.-Para el bienio de mil ochocientos ses~ny cuatro y sP.senta y cinco.-Exmo. Sr.-Francisco Bardet, ciudadánó
frances y residente en el Imperio mexicano, ante V. E. con el debido respeto espone: que los Sres. D. lldefonso López, súbdito español, é Hirán C
Cobert, Edmund J. M. Crune y Henry Ward Poole, solicitan del gobierno
· 1e S·. M. privilegio esclusivo por la introduccion, fabricacion y uso de los
apar~tos para refinar, destilar, clarificar, lavar y purUicar petróleo, seguu
los procedimientos químicos y mecánicos que se espresan en los pliegos que
aeompañan.
•
'
Ya en México se ha. elaborado el petróleo por medíos y sistemas no inventados ni perfeccionados por los solicitantes, y es~o, que es de pública notoriedad, está ademas comprobado por la. oposicion qué ha hecho D. Francisco Larrea á la concesion del privilegio. Es, pues, claro, que esta. es una
industria entregada de tiempo atrás al dominio público, y no cabe por consiguiente el privilegio.
Los solicitantes no lo impetran por una invenciQn suya, sino por la introduccion de algun aparato; mas aun así carecen de razon, porque en virtud
de la libertad en que todo~ hemos estado para hacer renir del estranjero loll
qu~ meJor nos pareciesen, y son conoeiél_óS al menós teóriúamente, hemos
podido encargarlos; y por lo que á mí toca, ya me 'Viene en cámino una máquinaique.tiene el mismo destino que las á que se refieren •los •solicitantes
Esto supuesto, y á reserva. de esplanar mas los fundamentos que tengo para oponerme al privilegio solicitado por dich,os señores, me opongo, fundado
en el art. 3~ de la ley de 3 de Noviembre de 1863, y-á V. E. supl\co s e
sirva denegarlo, en lo que hará justicia y un positivo bien á su patria.Exmo, Sr.-.Jirancisco Bardet.-México, Marzo 22 de 1865.
Es copia. México, Marzo 23 de 1865.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.
ta

avisa á las personas que tengan negocios ó cuentas pendientes con él, 41.ue podrán ocurrir

hasta dicha fecha al café de Paris, calle del Coliseo Viejo núm. 18, de las diez á las doce
de la mañana.

Participa tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre próximo con un surtido de _piedras para molinos, cuya clase será la misma, quizá mejor, que
las que trajo en su últllllo vi.Bje y que tan apreciadas füeron por los conocedores.
213-7s-3

IGNACIO DIAZ TRIUJEQUE
REMA.T.A.RÁ
todo el menaje de la casa núm. 8, calle de la Perpetua, el miércoles 29 y juéves 30 de
~iarzo de 1865, A LAS DOS DE LA TARDE, estando á la vista el '%1 y 28.
Las ventas son al contado y sin reclamacioo.-Oportunameote se darán listaa pormeoorizadas.
Los comieitmistas pagarán seis por ciento; pero no pujarán sus efectos. •
Se hacen valúos de mue,bles, alhajas, ropa, &amp;o., &amp;o., con g~ economía de tiempo y
dinero, pues no es lo mismo buscar y pagar tres peritos, que uno.
Se alquilan pianos y toda clase de mueble11 finos, y se hace la compra, acarreo y empa,que de los millmos, con responsabilidad y sin ella.
El despacho está en la calle 1~ de Santo Domingo, junto al núm. 8.
214-3a-3
TRilllJNAL DE COlllERCIO DE IIEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Pooton hermanos contra D. Leonardo Laredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á dicho D.
Leonardo Laredo, previniéndole qui' dentro de quince diaa se presente por •f ó por apoderad" instruido y espe088do, á contestar la demanda; apercibido de que no hapiéodolo,
~n su ausencia y rebeldía se contin11aráo los procedimientos hssta pronunciar y ejecutoriar la senteocla.
·
·
México, Marzo 21 de 1865.-Josl Maria Cardei!a, Oficial 2?, encargado de la Secretaria.
216-&amp;-3
JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
En los autos del intestado de D. Leonardo Goozalez se ha mandado por el Sr. Juez 4'!
de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se llame por los periódicos á las personas que /l6 crean
con derecho á los bienes de dicho intestado, á fin de que ee presenten en el Juzgado á
deducirlo 4eotro de treíota diaa C'lotados desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865.-E
Escribano público, Antt&gt;nio Campos de la Vega.
203-Be-6
JUZGADO 6? DNOR.-1~ JlORTEBJLLA :RUJl. 7.
En el juicio que sigue D. Cárloe Aroceua, apoderado de D. Manuel Legorreta, contra
D~ Jesus Castro, sobre pago de cuarenta y nueve pesos, pr0cedeetefl del arrendamiento
del enarto que ocupa en la casa número once del Portillo de S. Diego, por la desocupacioo
del cuarto y lo que siga venciéndose haata que ésta se verifique, he mandado se dé por contestada la demanda, se reciba á prueba por ocho dias y que si dentro de ese término no
se presenta á probar las escepciooes que tenga, se le dará por citada para senteocia1 que
se proounciat,aal lapso del término. México, Marzo 2L de 1865.-Lic. Labat. 207-3a-3

,

JUZGADO DE LEl'RAS DE SAN .JUAN DEL RIO.

En el espediente promovido en este Juzgado por el Sr. Sindico primero del M. I. Ayun.

tamieoto de e¡¡ta ciudad, D. Angel M. Domioguez, solicitando que se manden- chancelar
1as escrituras de 1ecooocimiento, que en 28 Febrero de L861, y ante el EBCribano D. Francisco Ruiz, otorgó D. Manuel Casabal á favor de la Admioi11tracioo de rentas del aotigqo
1Estado de Quérétaro por los capitules legados por la Sra D~ Rafael11 Diaz Torres para obj etos de beneficencia, y ~oo: el ile trece mil ciento seseota pesos fara el establecimiepto de
una cátedra de latinidad y otra de filosofía y compra de libros¡ e de nueve mil cuatroo entos pesos para auxilio y fomento del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, y el de
dos mil ocbocieot-0s veinte pesos para pagar un capellao del mismo eetableci~eoto; en
vista de no haberae presentado oingun interesado alegando derechos á loe- referidos capi
tales, y de las demas constancias que ob1 an en el espediente, el.Sr. Juez de primera int•
taocia de este Distrito, Lic. D. Traoquilino de la Vega, con fecha 7 del comente ha pronunciado un auto, cuya parte resolutiva es á la letra como sigue: "Primero: que el M. I.
'' Ayuntamiento de es~ ciudad, competentemente autorizado por la ·Prefectura superior
'' política del Departamento de Querétaro, es parte legítima para intervenir en la imposiNOTICIA.
', cion de los capitales legados por 111 Sra. D~ Rafael&amp; Uiaz Torrea para objtito~ de beoefi' cenc1a, y son: el de trece mil ciento 888epta pesos para la-iostitucion de las cátedras de
Ayer domingo, á las once, han prestado juramento ante S. M. e1 ''' latinidad y filosofit\, y comprá de libros; el de llueve mil cuatrocientos pesos para el HosEmpel'ador los Sres. Consejeros D. Pascual Almazan, D.José Lina- " pita! de Sao J uao de Dios, y el de dos mil ochocientos veinte peeoJ para J!Rg&amp;r un ca' ' pellao de este establecimient.o, procediéndose con las calidades que recomÍeoda la Preres, D. Napoleon Saborío y D. Manuel,q~·dero.
,. ,
,.
" fectura de quien se trata, respecto del Hospital. Segundt': que cerno consecuencia de la
" anterior declaracioo, mandaba y mandó, se tilden y ohaoceleo en sus matrices y en los
" respectivos libros de hipotecas las escrituras de r!'Oooocimieoto que éxisteo en la aetua.
" lidad por los precitado&amp; capitales, y que otorgó D. Manuel Casaba! como comisario tes.
"tamentario de la Sra. D~ Rafael&amp; Diaz Torres, en 28 de Febrero de 186~ aoteeLEBCri•
" bano D. FraociBCo Uuiz, á favor de la Admioistracioo de rentas d.il antiguo Estado di\
' Querétaro, con especial hipoteca de la hacienda de San Clemente, ubicada"en esta j'u
IIINISTERIO DE GUERRA.
" risdiccion, tildándose y anotándose las respectivas partidas de registro si existieren viIS~ Dlrecdon.
" vas en el de hipoteC11s, ]&gt;Or este Juzgado, actualmente encaritado sel Oficio público y del
" de hipotecas. Tercero: se declara igualmente, que los test.imooios de las escijturaa anAVISO.
Conforme á lo diepuest-0 por suprema órdeo, debe procederse á la venta en almoneda pú- " teriores que puedan aparece,r, aai como sus endoses y cesiones, aon nulos, de niogun
blica de cuarenta caballOll sobrantes del ejército. Lo que se participa al público para que " v•lor ni efecto, quedando como quedan, rotos, cancelados é in, ub3isteotes. Cuarto:.pulu per100111 ~ue gusten hacer postura, oc,u-rao al Palacio de J ueticia, en que se encueotr11 " bliquese el presente l\uto por el espacio de veinte diait en el periódico oficial del Dee1tablecida dicha Direcoioo, el dia 29 del corriente, á las doce, en que ha de tener lugar " partameoto y en doe diarios de la del Imperio, para c0llocunieoto de loe interesa
el remate, p~seota~do sus propuestas bajo pliego cerrado y pudiendo ocurrir desde hoy " dos. Quinto: que e~ notifiqu11 lo maudado al Sr. Síodioo l&gt;rocurado..r primero del M. I.
" Ayuntamiento de esta ciudad, D. Angel M. Domioguez, y á D. Gil de Echevarría, á
á tomar las 10strucc1ones convenientes.
Méiico, Marzo 23 de 1865.-El Iotendénte de ejército, Géfü de la 5~ Di;eccioo, Fra n- ." quien se prevendrá eibiba su certificado de matrícula, que se le devolverá luego que se
" tome razon de él en autos. Y &amp;Psto: que la Secretaría cuidará de a.cumular á las precuco M011tero.
" eeotes diligencias el correspondiente número de ejempláres de los periódicos en que se
" bltga la publicacioo prevemda. para la debida constancia; y fecho, archíveose las actuaADIIINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
" ciooes fonnadas."
Y cumpliendo con lo que se previene en el auto inserto, pongo la presente en S11n Juan
AVISO AL PUBLICO,
del Rio, a nueve de .Marzo de mil ochocientos sesenta y cinco.-El Secretario del Juzga,El día 29 del actual, á las once de la mañana, se despacha de esta Admioistracioo do, Lic. Juan Mamul Diaz Barreiro.
193-4a-3
general un eatraordinario para Veracruz con la correspondencia que debe conducir al
eaterior el paquete inglés. Lo que se participa al público para lm inteligeoó1&amp; y efecto8
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
oom•eondiente•.
'
!iHnco, Mano 24 de 1865.-Lui, dt la Pe:a.
BAJ08 D.S: SAN AGUSTI1(1 NU'M. l.

ANUNCIOS OFICIALES,

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>DED

EL
,,

DIARIO
TOMO l.

IMPERIO
•

NlJI. 72.

MEXICO: ~Iart-es 28 de Marzo de 1865·.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.-Resoluclon del Consejo de Estado en lo contencioso administrativo sobre compra de la
Imprenta de Querétaro.-Pr6roga de plazo para la presentaclon ?e créditos, conforme al decreto de 22 de
Setiembre del afio pasado.-Orden del Ministerio de Ilaclenda a los Administradores y Directores de las
aduanas del Golfo y del PacíJlco. •
'
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-De. Tezlullan, participando haber reconocido al ll!lperlo varios Gefes dlaldentes.-De Veracruz, sobre el cementerio de la Soledad y organlzacion de Guardia rural en Cotax·
tla.-Del primer Distrito de México, avisando que no hay novedad.
MOVUIIENTOS MILIT.ARES.-Partes de la brigada del Sur.
DOCUMENTOS.-Movlmlento m&amp;ritlmo del puerto de Génova.-Yucatan. Suscrlclon para la guerra contra loa Indios.
•

PARTE OFICIAL.
CONSEJO DE ESTADO.
SECOION DE LO CONTENOIOSO Am,nNISTR,lTIVO.

México, 18 de Marzo de 1865.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION

2~
México, Marzo 25 de 1865.

S. M. el Emperador, en acuerdo de esta fecha, se ha servido prorogar por dos meses, que comenzarán á correr el 26 del presente y se
vencerán en 25 de Mayo próximo, el plazo que el decreto de 22 de
Setiembre del año próximo pasado fijó para 1~ presentacion á la sepa
cion de registro de los créditos pertenecientes á individuos radicados
en ]os lugares que pertenecieron á los antiguos Estados de México,
Distrito y.Valle del mismo nombre, Puebla, Veracruz, Querétaro,
Guanajuato, Michoacan y Tlaxca]a.-Igualmente se ha servido prorogar S. l\f. ~or tres meses, que deberán contarse desde 26 del presente y se cumplirán en 25 de Junio próximo, el diverso plazo que
fijó el citado decreto para la presentacion de los documentos correspondientes á los de los lugares que pertenecieron á los antiguos Estados de Oajaca, Colima, Jalisco, Aguascalientes, Zacatecas, Tamaulipas, San Luis Potosí, Nuevo Leon y Coahuila.-Comunfoo]o á v4.
para los finés consiguientes.-El Sulisecretarfo de Hacienda, Féli:+
Campillo.-Sr. Gefe de la seccion de regiatro de créditos.
Es copia. Seccion de la deuda pública del Ministerio de Hacienda~
México, Marzo 25 de 1865.
!'

Exmo. Sr.-En el negocio que sigue ante esta Seccion D. Migue1
Villa, sobre subsistencia de ]a compra de la imprenta de Querétaro,
que hizo en tiempo de la administracion pasada, se ha acordado lo
siguiente:
. .
.
.
"México, Marzo 16 de 1865.-V1stos los autos seguidos por D. M1guel Villa, s~bre su~sistenoia de la .c?~pra ?e la imprent~ de Querétaro, que hizo en tiempo de la admm1strac1on pasada: V1sto el auto de 17 de Febrero de 1864 en que se declaró incompetente el Juez
El Gefe de la Seccion,
~ · ,,
de letras de Querétaro, y considerando: 1'! Que siendo de órden público la incompetencia de la autoridad administrativa, no puede ser
(Firmado) J . .M. DE lcAZA E IruRBJi':, il!I
turbada ni modificada por la autoridad judicial, y que por lo mism.o
si no es mediante resolucion en el caso de conflicto de jurisdiccion,
SECCION 1ª
la declarácion de ser incompetente la autoridadjudici&amp;l no puede atriCirc;nlar núm. 49.
México; Mario 23 de l865.
buir á la administrativa el conocimiento de un negocio que no le
pertenezca, ni impedir el que sea remitido á quien de derecho cor- El Exmo. Sr. Ministro de Estado me dice con fecha 18 del actual
·
responda.. Considerando: 2'! Que las cuestiones sob~e _inteli~encia y lo siguiente:
cumplimiento de los contratos celebrados por la adm1mstrac1on cuyo ''.Vista en qonsej_o de ~inistros la soli.ci~ud eleva?ª á S. M., por
conocimiento-corresponde á esta seccion, son aquellos que se versan va~1os. comerc1a~t~s de L1verpool, que ongmal va adJunta; opinó e)
sobre contratos que tengan por objeto algun servicio de utilidad co- ConseJo:-Que umcamente s~ puede conceder al comercio la fran,
,
.
mun, conforme á la fraccion 4~ del art. 2'! del reglamento de 25 de quicia que solicita:
1
'!
Respecto
de
los
cargamentos
que
salieron
de
los
puertos
de
EuMayo de 1853, referente á ]a fraccion 2~ del art.'1 '!dela ley de igual
fecha, porque solo en esta c1ase de convenios ó 3:justes el Estado con- ropa antes de la publicacion del decreto imperial de 23 de Noviemtrata para administrar. Considerando: 3'! Que en el contrato de ven- bre, ó tres días despues de hecha la pu?licacion en los,dicbos puertQs.
ta de los bienes que perteneeen al Estado, éste se individualiza y se 2? Que no es de estenderse ]a gracia á las mercancías que han siconsidera como propietario, quedando sujeto como cualquiera otro do encaminadas hácia los puertos del Pacífico. '
Y habiéndose servido conformar con esta opinion S. M. el Empeal derecho civil. Considerando: 4'! Que para decicftr sobre el con
rador,
lo comunico á V. S. como resultado de dicha solicitud, que
trato de venta de la imprenta de Querétaro se necesita la aplicacion
de las leyes civilest·y considerando: 5'! Que la áplicacion de las le- coi:no de la competencia de ese Ministerio, V. S. hará se notifique á
yes civiles no corresponde á la autoridad administrativa, aun cuando quien co~re~po~da."-Y lo traslado á vd.. para su .i~teligen~i~ y
se tratara de actos administrat.ivos, segun la fraccion 6~, art. 1? de fines consiguientes, como resultado de las diversas solicitudes dmgila ley antes citada. ~e declara: que el conocimiento de este negocio das á este Ministerio, para que se hiciera la rebaja- del 60 por 100
no corresponde á esta seccion, y que debe remitirse á la autoridad de los derechos de importacion á los buques que llegaran despues
judfoial. Y no constando en la forma debida la declaracion de D. Mi- de terminado el plazo que señaló el decreto de 23 de Noviembredel
guel Villa, ni el informe de la Prefectura con que debió rei;nitirla, año próximo pasado.
El Subsecretario de Hacienda,
•. 1
en ,cumplimientb del art. 30 del reglamento mencionado, manifiéstese al Ministerio de Hacienda, por si creyere conveniente hacer so- ·
(Firmado) FELIX CAMPILLO. • "
bre esto alguna prevencion á la citada Prefectura, á fin de que seordene el procedimiento cuando el negocio sea administrativo. Lo que Se comunicó á los Administradores de las aduanas marfümas del
,'
se notificará á las partes, pasándose copia de esta resolucion ~ todos Pacífico y al señor Director de ellas.
Es
copia.
México,
Marzo
23
de
186~.
·
·
I
los Ministerio~, en cumplimiento del art. 20 del repetido reglamento
El
Gefe
de
la
Seccion
I
~,
de 25 de Mayo de 1853. Asi ]o decreta.ron y firmaron los Sres: Pre(Firmado) ·Javier de Reygadas.
sidente y Consejeros de la Seccion. Doy fe.-Presidente, Lares.Consejeros, López Uraga.-Silíceo.-Lic. José María de !turbe, Secretario de la Seccion."
Circular núm. 49.
México, Marzo 23 de 186S.
Y tengo el honor de comunicarlo á V. E. en cumplimiento del
El Exmo. Sr. Ministro de Estado me dice con fecha 18 del actual,
art. 20 del reglamento antes citado.
lo que sigue:
Dios guarde-á V. E. muchos años.
(Lo insérto en la eomunicaeion anterior.)
El President~ de la Seccion,
Y lo comunico á vd. para su conoci~iento y fines consiguientes_;
advirtiéndole, que en todos los casos en que á consecuencia de la in(Firmado) TEODOSIO LARES.
se~ta
disposicion se pretenaa que se ha~a á algu~ cargamento la reI Al Exmo. Sr. Ministro de Estado.
baJa del 50 por 100 de ]os derechos de 1mportac1on, dará vd. aviso
inmediatamente á este Ministerio, de Ja·fecha de la salida del buque,
J

¡
1

r

'

�DIARIO DEL IMPERIO.

290

esponiendo todas las circunstanc~as que concurra? y las razon~s que
Todos- los oficiales y tropa se manejaron muy bien, cumpliendo
le asistan para creerlo comprendido ó no en la n11sma resoluci?n, á con sos deberes, lo que digo á V. S. para su superior conocimiento,
fin de que el Gobierno resuelva lo que corresponda, permaneciendo suplicándole se digne hacerlo saber al s~ñor Coronel Comandante
entretanto suspenso el cobro.
•
en gefe de· la brigada, para lo que estime conveniente."
El Subsecretario de Hacienda,
Y tengo la honra de trascribirlp á V. E., manifestándole que tan•
to las armas corno los caballos los he destinado al servicio en el mis•
(Firmado) FELIX CAMPILLO.
escuadron de Chilapa.
Sé comunic6 á los Administradores de las aduanas marítimas del moDios
guarde á V. E. muchos años.
Golfo y al Director de ellas.
El
Coronel
Comandante en gefe,· A. O. d,e la Peña.-Exmo. Sr.
Es copia. México~ Marzo 23 de 1~65.
Ministro de la Guerra.-México.
El Gefe de la. seccion l '!-

(Firmado) Javier R,eygadas.
México, Marzo '%7 de 1865

...'

PARTES DE LAS PREFECTURAS.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
Prefectura política del Distrito de..Teziutlan.-Núm. 88.-Exmo.
Sr.-Tengo la honra de poner en el superior conocimiento de V. E.,
para que se sirva elevarlo al soberano de S: M.• el Empera~or, que
se hafl presentado á esta Prefectura de m1 cargo, rec?~omendo al
nh~erio, los comandantes de batallon de las fuerzas d1~1dentes, D.
J"osé ~aria Correa y D. Rafael .Murgufa, protestand? retirarse al se•
no des.u familia.-Todo lo que me honro en comumcar ~V.E. pa•
ra su -Sátísfaccion y la de nuestro augusto Soberano.-D1os guardé
á V'•.'.E. muchos años,-El Prefecto político, H. Carrillo.-Exmo.
Sr. Ministro de Gobe~nacion.

- P~efeptur~ política de. Verac~uz.-y~racruz, Marzo 20 de 1865.
-Exmo.' Sr.-Me es satisfactóno part1c1par á V. E., que en la se•
i'.nana pasada no ha su~rid? alteracion la ~ranquilidad públic~ eri las
popl~ciones de este D1stnto.-La obra del nuevo cementeno _de )a
Soledad, toca á su término, segun me comunica el señor comisario
municipal de aquel punto; y tal suceso, debido al celo de ese fun•
cipnari?, 'es visto ?ºº !~ . mayor satisfaccion por el vecinda~io que
largo tiempo se v1ó privado de un lugar adecuado_ para depositar los
restos de sus deudos.-En Cotaxtla quedan 9r$amzadas una compa•
ñfa de infantería y o~ra de caballería de Guardia Rural es.table, formando un total de ciento noventa y cuat_ro hombres.-D10s guarde
á V. ~- muchos años.-EI Prefe.cto polítlco, D. Bureau.-Exmo. Sr.
Ministro de ffi&gt;bfSrnacion.-Méx1eo.
Prefectura superior política del primer Distrit? del Departamen•
to de México.-Núm. 106.-Exmo. Sr.-En oficio fecha 1? del que
cursa, dice á esta Prefectura el Subprefecto de la Villa del Valle, lo
sigttiElnte:-Sírvase vd. poner en c_onocimiento del Señor .Prefecto
superior político, que en este Partido se ha conservado srn altera•
cibn alguna la ti:anquilidad pública la_ s~mana pasada.-Y lo _trasla•
do á V. E., nutnifestándole, en cumphrniento de lo que previene la
-circular de ese Ministel'io, fecha 28 de Diciembre del año próximo
pasado, que en todo este Distr~to y se~ana anterior, se ha conser•
vado iríil.lterable el órd-en púbhco.-D1os guarde á V. E. muchos
años:-El Prefecto superior político, Pascual Gomez Fuentes.-Exmo.
St: 'Mihistro de Gobernacion.-México.
Son copias. México, Marzo .:l4 de 1865.
El Subsecretario de Gobemacion,

(Firmado) FRANCISCo·J . VILLALOBOS.

.-

MINISTERIO DE GUERRA.

MOVIl\lIENTos MILITARES,
México, Marzo 26 de 1865.

Ejército del Imperio,:--Brigada de operaciones en el Suri-Igua•
la, Marzo 20 de 1865.-Exm_o. Sr.-~l _señor coronel Carranza,. á,_
cuyas órdenes puse una secc1on de se1scientos.hornbres, con el obJe•
to de perseguir las diferentes partidas que hab~an invadido este Dis•
trito,. procedentes del Estado de Guerrero, .con fecha'l6 del corrien•
te me dice lo siguiente:
"Habiendo tenido noticias dé_que una partida. babia 'tomado el
rumbo de Ostutla, ordené al capitan D. Joaquín Suastigué, que con
el escuadron de Chilapa marchase sin descanso hasta alcanzarla y
batirla;_ y con esta fecha me escribe desde Ostutla que sigue:
"Senan las dos de la mañana del 14, cuando rec1bi un parte de
Xotla, que venia u_na fue-rza como de cien hombres, al_ mando del
comandante Francisco Bello, y al momento mandé ensillar cuaren•
ta y cinco caballos que son á mis órdenes, me pasé del otro lado del
. río, tomando el mismo rumbo que ellos traia?, y á_ las seis de lama•
ñána me encontré con ellos entre Xotla y M1tlancmgo, donde fue.
rbn derrotados, habiéndoles hecho cinco muertos, y dejandó en nues•
tro pod'er trece armas entre buenas y deteriorad-as, tres caballos, una
&lt;--ca~tuchera y una canana con p~rque; por parte de nosotros no hu•
·tJc; m~·novedad que habernos matado un ca'ballo.

!o

291

DIARID DEL IMPERIO.

Ejército del Imperio.-Brigada del Sur.-Iguala.., Marzo 20 de
1865.-Exmo. Sr:-Los enemigos del Imperio, que no cesan de trabajar por hacer volver la anarqufa que por tantos años lra desgarrado á nuestra desgraciada patria, se están dirigiendo á los gefes que
mandan fuerzas, con el objeto de seducirlos. El coronel Carranza,
comandante del batallon del Sur, que pertenece á esta brig~da, ha
recibido una carta y unos borradores que err copias-me ha entrega.,
do, y que tengo la honra de adjuntar á V. E. para· su superior co•·
nocimiento.
Sin embargo de las tentativas que tal vez oontin:úen haciendo .p~·
ra seducir estas fuerzas, puedo asegurará_V. E., sm temor de equivocarme, que las tropas que componen la brigada del Sur, serán el
modelo de fidelidad á las instituciones-que nos rigen y á 1a augusta
persona de nuestro Soberano, y qu&amp; t-anto yo como mis gefes subal•
ternos, vigilamos por conservar el órden y hacer respetar las armas
que el Gobierno Imperial nos ha confia-do.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Coronel Comandante en gefe, A. O. d,e la Pe11a.-Exmo. Sr.
Ministro de la Guerra.-México.
México, -Marzo 27 de 1865.-1:1- Direccion.-1:1- Divisio:µ-Me be
.impuesto de la nota de vd. núm. 140, ~e, 20 del presente, en q.ue
manifiesta que los enemigos del Imperio, que no cesan qe trabajar
.por hacer volver la anarquía que por tantos años ha desgarrado á
nuestrá patria, se están dirigiendo á los gefes que mapdan, fuerzas
en esa brigada, para seducirlos; pero que sin embargo1las tr-0pas de
su mando serán siempre fieles al Gobierno Imperial
Con ella he dado cuenta á S. M. el Emperador, quien me ordena
decir á vd. en contestacion, que 'está persuadido de la lealtad, deci:sion, fidelidad y patriotismo de todos los individu~s que com~onen
esa brigada.. de su digno maodo; y en consecuencia le recomienda
haga vd. saber á todo,s sus subordinados fa escelente opinion qµe me.recen al Soberano.
El Ministro de la Guerra, Peza.-Sr. Coronel D. A.brahan O: de
la Peña, Coman.dante en gefe de la brigada del Sur.-Igua..la.
Son copias.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Guerra,

(Firmado) J. M. DURAN,·

DOCUMENTOS.
RELACION de los buques que han entrado en el puerto d~ Génova, proeedentesde,lo, del
Imperio llexicano en t.odo el año 1864.

Enero 29. Bergantin italiano "Nicaragua," procedente de Mfoa.
titlan, capitan F . Vasallo, 194 toneladas, su tripulacion 11, cargamento 146 toneladas palo mahogany, ctreros, etc.
Mayo 14. Bergantin italiano "María Eugeni~,.',' p~oced1mte del
Cárinen, capitan P. Parodi, 332 tóneladas, sd tripulacion 13, cargamento 7,730 quintales palo de tinte.
• .
May~ 21., Bergantin italiano "Matamaros,''. P,I~c~dente.de Th.ba,s.
co, capitan A.. Bruzzone, 120 toneladas, su tr1pulacion 9, cargamen•
to 134 toneladas palo de tinte.
Junio 17. Schooner italiano "Veracruzana," proced·ente ' de Ta•
basco, capitan A. Dassoré, 163 toneladas, su tripulacion 8, carga•
mento 3,200 quintales palo de tinte.
Agosto 13. Schooner italiano "Eolo," procedente de la L~guna
de Términos, capitan 'J, Giletto, 120 toneladas, su tripulac1on 9,.
cargamento 100 tonelada~ p~lo _de tinte. . ,.
,
Setiembre 14. Bergantm 1taha110 "México," procedente de Máta:moros·, capitan S. GaUeano, 171 toneladas, su t'ripu1acion· 9, car~a•
mento 141 pacas lana y 90 pacas algodon, cueros, etc.
Setiembre 23. Bergantín italiano "lndipendente," procedente de
la Laguna de Términos, capitan G. Negri, 1~8 toneladas, su tripu•
Jacion. 10, cargamento 123 toneladas palo de tmte.
Génova, á 26 de Enero de 1866.
El Cónsul,

(Firmado) J. B . .Musso.

RELACION de los ~uque1 que llan z&amp;rpado de} pueño, de Génova para. los del
Imperio Kexioano en el año 1864.

Marzo 19. Buque "lndipenden~e," bande~a itali~na, ca.pitan. S.
Negri, 138 toneladas, su tripula~ion 9, pasaJeros mngun?, destrno.
Veracruz, cargamento 1,325 termos papel blanco, 500 caJas pastas,
2 cajas mármoles, etc.
. r
•
Mayo 22. Buqué "Fortuna é -Constanz_a," ba~dera ita ian~, cap1•
tan G. B. Ardissone, 206 toneladas, su. tnpulac1on 13, pasaJeros. 3,
destino Veracruz, cargamento 124 bult~s papel bla11co, 20? caJas
aceite de olivo, i27 caja,s fide?s, 170 caJas Yermouth, 42 cajas ala.
·bastros.
d
· 1·
·t L
A. osto 24. Buqu~ "Ye\-acru.zapa,:' _han era 1~a 1ana, cap~ an .
Lom\ardo, 161 toneladas, su trip~lac1on 8, pasaJeros ?' destrno Ve•
racruz, cargamento 1,978 bult?s papel blanco, 200 caJaS fideos, 12
ca·as tablas.de .mármoles; 3 caJas coral. . .
.
.
dOctubre 13. Buque "Rosa," ban?era 1tahan~; cap1t~n G. B. Ch~•
chiznola, 211 toneladas, su tripulamon 12, pa~aJer.os nrng~no, dest1•
no Tampico, cargamento 660 b~ltos papel blanco, 291 caJas fideos,
200 cajas aceite de olivo, 20 ca.Jas, VeJm.Quth.
.
.
Octubre 21. Buque "Rebecca," bantlera harrovenana, cap1tan ~S. Otten, 113 toneladas, su tripulacion 6, pasajeros ningun~, de~tI•
no Vera.cruz, cargamento 1,568 ?ult?s papel blanco, 32 caJas vrno
y licores, 6 cajas alabastros, 6 caJas hbros.
,
Génova, á ~5 de Enero de 1865.
ElC6nsul,

(Firmado) J. B. Mus.so.
YUCATAN.
CONTINUACION DE LAS SUSCRICIONES PARA LA C.A:MPA1U CONTRA L.08 INDIOS
SUBLBVADOB.

Pe~os. Re.

D.
,,
,,
,,

José Amábilis en tres mensualidades..... 6 O
José Félix A.mábilis..••.••.... ~ • . . . . . . 3 O
ValentjJ) A.mábilis. . • • • • . . . . . • . . . • . • • • 3 O
Francisco García. . . . . . • . . • • . . . • • . • . . . a O
Suburbio•de Santiago.

A§uncion P. Hernandezi ...• , ••., . • • ... • . 10.
Hermenegildo Camal, ..•.. ·-. .. • . . . . . . 1O
Pánfilo Centeno..•••••...•. • • . . .. . . . . . 8
Bartolomé Bermejo..•••..•...... ·-~· • . 8
Baltasar Góngora............... .. , . '. . 6
José D. Rivero Figueroa ......... , . . . . 6·
José Leonido Koyoc. ·- . . . . . . . • . • . . . • • 6
A.tanasio Jáuriga................. . ... 6
Felide Yam.. . . . . • . • . . . • . . . • • • . . . . . . . 4
José Salom~ Valencia ..............
4
Florentino Pech.. .. • • • . • • . .. . . • . • . . .. 3
Casimiro Mendoza............. . . . . . . . 2
Joaquin Loza. . . • . • . • • • .. • . ... • • . . • • • • • 2
.Aniceto Cocom•..•.•..•. ,. . . • . • . . . . . . 2
J ustino Canto... . . • •. . . . . . . . . . . • . . . . . 2
Hilarlo A.guayo.. . . . . .. • . . • . • • . . . . . . . . 1
Juan Evangelista Hernandez ..• . . . . . . . . .. 1
Ignacio Kanil. . . • . . . . • . . . . • • • . . . . . . . . 1
, 1 Bonifacio Rosado ...•.• ". . . . . •
1
,, José Maria Diaz. . . . . .. . . . . . • . • • . . .. • . 1
,, Anselmo Pinzon.. . . . • • • • • • . • . • . • . • • • . 1
,, Domingo. Cortazar. . • • • ... • . . • . • • • • • • . . 1
,, Rafael Ramirez................. · ••a• • • • 1
,, Vicente Gomez.. • . . . . • . . . . . . . . . . . • • . . 1
,, Tomás Pacab ••••.•.•••.••.•.... ~ . . •.. O
,, Calixto Pech.. . . . . . . • . . . . . • . . • • . . . . • • O
,, A.lejo Poot............ ... . . • . . • . .. . . • O
,, Laureano·J a-u.. . .. • • . • • • . . . . . .. . . . . . . O
D~ Lugarda Canto...... • . • . • . • • . • . • • . . • • O
D. Tomás Ruiz..•..•••....•.... : . . . . • . • . O
,, M.ateo Rosado. . . . . • . . • . . . . . • . . . . . . • . • O
. ,, Felipe Coh. ... . ... • . . . . . • • • . • . • • • . . • o
D~ Fa.ustina A.cevedo. . • . . . . . . . . . . . • . . . . . O
D. Casiano Perez, 30' arrobas de tasajo.
,, José M. Esquive!. . . . . . . . . . . . . .. • . . . . • 26,, Francisco Góngora, en seis men&amp;uaHdades. 6
,, Pastor Mendo~a...................... _ 6
,,
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4

4
2
2
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O

Partido de Santiago.

Hacienda Chenkú, D. Pedro Ruz, abonados..
,,
Cheuman, D. Leonido López.. . . . .
,,
Nohac, D. Gervasio Gamboa. .....
Luneros de dicha hacienda.. . . • . . .
Rancho Papacal, recaudacion.. • • • • . . . . . . . .
,, San Mateo, id.. • . . . . . . . • . . . . • . . • .
,, Nohluc, id.. . • • • . . . . . . • • • • • • . . • •
Hacienda Chuno:xil, id.. • • • • • • • • • • • • • • • • • .

1 O
2 O
1

O

O 3½

3
2
2
1

7
7

1!

4½

Rancho Chú, id .........•...•••••••.•.•.
,, -oitya, j d..........••. : ••..•..•.•
· ,, Choycñae, id ........•..•.••••• _•.
Hacienda Tzeal, id.........-...•.........•
XoGmuc, id...................•
"., Chalmuch, D. Claudio Sanéhez.. ·..
Recaudacion hecha en los lunetos..
Suculá,. D. M-anuel -Cabañas.••.•••
"
Ele.u teri0- Cabañas .......•.....•
J osé-M. -Cabañas...••••••••....•
Recaudacien de 1-uneros ...•• : ..••
Cinco cargas cinca almudes.de.mafa,recaudado
en distintos ranGhos y haoieadas.
•
Buburoio~e San Cristóbal.

•

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D. José Eulogio Carrillo, en una rñeQ&amp;H~llda¡~. 6 O
,, Estéban· Solfs. : .......•..........1. , . r • 4 . O
D
. a. B'asi·¡·1a- Gut·1errez......•... , .• ,- ..,. t • : . ,._ . • .o
]). José?· Lá~adores .....•..••....•,•.•..• ri2' ..o
,, Dommgo Villanueva ..... . ........ _. ••. ¡' 1i_ •.o
,, Cristóoar Monforte.:......... .'• ..,••.• ., ' o
,, José M. Sal azar.. . . . . . . . . . . . • . • • •. • . • 1 · O
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,, José M. Perez......•...•.....
,. ... 1/ • • • • 1' .O
· ,, Tomás ,Cardeña.....••• ~ •.~·····-•--·• 1 ·o
,, FulgencfoPasos .....• . : .......-.• , •••c"T' ,1- O
,,. Policarp~ ~osel. ..... : ..•.• : :: ~ · ~~ ·--r , 1 _O
,, José de la Rosa Barrera......••. : ••1• '), . , f1. 4
,, José M. (!arda ..•..•..... 7 •••••• •j- . ~ · O 4
,, Tomás ÜJeda . .•.............•.... , . ; · Q 4
,, Cristóbal Sal azar: .. : ...... . .: . . . .. .,: . ,,,1
,, Pablo_ Garrido................. : .:. , 11 • •, g : 4
,, Vale~10 ~os~d_o...•........... : ,. ,,. t • ~•· • O 4
,, Do~rn_go ~~gaña..•. . . .-... . •. ~ •1•• , ~. • o 4
,, UrcmoCehs .••••••..••.••.•••.-... .... ~ .O 4
· . ...•.•.......•. . .••..•. •. • • , , • O' 4
,, Juan- p erez
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. emgna perez ..........•... _ . . . . • . . • . , O . 4
,, Narciso Nájera.... ·... : ....... . ..,. . . . o 2
D. Silvestre' Bojorquez: .......... ~ .•• .' • ..• ' O · 2
,, Juan Landa .....•........ : :.:....... ~.ó 2
,, José M. Cetina.................. . . '. . .o 2
D~ Felipa Góngóra......... ·.... : , ..•.. : :1 ;:;,b 2
D. Macedomo Tello.•••••. : .•.,... ·r .,. ., . . . O '"2
D~ Berrrardina
. . R.L_ara ... ·... -_ ...... :, ...•.r ~ . .' t' · 2
D . D.
10mS10 ejon....... _. ~....... •• . . . . 1 ' 2
D~ María D: Pinzon ...... .-.....~. : : ...•.• !'I O • 2
. L avadores·..... ,. ......•. _....
. ,.~ O · 2
,, Narcura·
D. José D. Estrella.. : . .... . ...... .'~:,.. :. · O·' 2
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. . ........•.
,, ' ••. .p 2
D.a p erona
·oul.. .... : .•••.
,, María G. Canché ........ . ...• _. . . . . . . o · 2
. . . Basu lto.... : ....... ~·.......
' &lt; • •'O
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. lG-omez............... : .• '-:. • . • • O
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,, Mai:c!a
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,, Basiho Sarrtus...-.....•..• ¡ · . . . . . .. . . . O· ;i
,, Paulino Durárr..••••..•..•.... : . : ...• ·• O· 1
D~ Marfai Ascorra .. ·.••..• • . ·•. ·.... _.... ~ , p i. .
,, A.polonia Canul. . =. ; . . ... : . . ·..... .'. '.., p ' 1
· poot. . . . . . . . . . .·• . • •~• . . • L. . . • p-· l1
,, A sunc1on
,, Su sana B-arre1'a........• : : ...••... , . • . O 1
,, Cirila Canta ..........•. • ::.....·.•.•. 'o·, 1
. D. José Anger Salazar, diez llrrobas t~ajo, á'
6 reales ..........•....•..• : : .. -~ .'. . • . 7·' 4
,, Estéban A.maro, cuatr.o, arrob\ls: ... _.... ~ a o
,, José del Sárrnen Ortiz, su servicfo personal.

9-•·•

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,

•.

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1

1

Suburbio de Sa.n Sebastia.n.

D. Esiquio,Saqza,,, en, una¡ mensqali~, d:-.,.... 1 o
,, Pablo Calfrera.. . . . • . • • . • •. . . . . . . . . . . 1 O
,, Juan Gonzalez Valencia............... 1 O
,, Manuel Sabido ..••• . ....•..•••.. ~.... 1 O
,, Julian Flores ........•••.•... ,· ··...... 1 O
,, Aquilino Flores......... . ......... ~. •. 1 O
,, Balbino Leon.. . . . . . . . . . . . . • . •. . . . . . . 1 O
,, Estéban Gonzalez. ·. ..............,•.._.. O ,4
,, J u¡1n Gonzalez. . • . . • . . . • . . . . • • . ..• • . . . . o, 4
" Frl!,llciscQ Poot. ~ ................... ,... . O ~ 4
,, Luis Estrella .• ~ ..•...•••.... _.......- o 4
,, Feliciano A.lvarez. . . . . . . . . . . . . . .. .. . . . O 4
,, Tomás Escamilla. . . . • • • . • . . • . • . . . . . . . O 4
,, José Guillérmo Medina. . • . . . . . . . .. . . . . O 4
,, José M. MQ.rales..... ,.. r • • • • • • • • • • • • • O 4
,, J ulian Tello .••••••••••••.••••••••• r • , O 4
,, Fermin M~y ..••...•• • •. •,•• ·•·-·····.., O 4
,, J Jrsino Flores....•...• . ..... .,_ ••.• 1 . . O 4,,
,, !Antonio Blanco,._ . . . • . . . . • . . . • • • • • . . . O 4
,, Juan Bautista. Blaneo .••....•.•. • , . . . . O · 4 1 •
,, Gregorio Canul. ........ u . . . . . . ~ • • ~ -. Jo J ·3

•

�DIARIO DEL IMPERIO.

292

D~ Ros~ Rodríguez ... ~ ........", ..•......
,, Facunda Briseño·...........•••• •.....
,, Dolores Mendoza. . . . . . . . . . . .. ! ..... .
,, Ang(ll.a. Buendia. . . . . . ........ ... ... .
,, Isabel Cetina ...•....................
i, Desid~ria Camacho •••••• . ..... . .... ..
,, Maria Rosa Rodriguez. . ............. .
,, Petrona Canto ... : .................. .
D. Roqu~ ~acinto Pech ................ . .
,, Juan de Dios Poot $olís .......•.......
,, German. BJanco . . .•.•.•........ . .....
,, Crisanto Brito........ .... ..••... . ...
,, Cosme Vargas .•..••........•.. ......
•,, ~fanuel Poot . ............ " ........... .
,, Justo Berzunza.....•.................
,, Santiago Gonzalez .............•..•••.
,, Ricardo Uc .•........•...............
,, Francisco Dominguez .. : ..•...........
,, Prudencio Aké.......•••••...........
,, Pablo Chan .. .-.....................• .
,, Prudencio Perez ..••••..........•.....
,, José M. Suarez .••............. .. .....
,, Marcial Valencia. ; .................. .
,, Maña Lu-ciana Basto ... .. . ... .••..•...
,, Rodrigo Camal. ........••... . ........
,, Nieves Cat .•..• : ..........•.•••.... •
,, Nazario Perez .•.•..•........•..•.....
,, Silvam, Campos ...•...•... .. .........
,, José M; Ché•.• : •...................
D~ Claudia Castillo . .•...• ... : ...•.••.•..
D. Cecilio Uribe ........••• : . .......••. •
:,, Pedro Basto .• : ..•.... : ......•.......
,, Marcelino Flores..........•.••..•....
,, José A. Ruz ••·....•...•.......•.....
,, Pedro 1I'e1lo, seis arrobas tasajo, á 6 reales.

,

ANUNCIOS OFICIALES.

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IIIINISTERIO DE GUERRA.

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IS!' Dlrecclon.

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A VISO.
_Conforme á lo dispuesto por suprema órden, debe procederse á la venta en almoneda pú•
bhca-de cuarenta caballo~ sobrantes del ejército. Lo que ae participa al público para que
las pers~nas!lue gust_en h~cer pos~1ra, 0C011nn alPa~ciodeJuaticia, en que ae encuentra
eat11blec1da dicha D1recc1ou, el diá 29 del corriente, a las doce, en que hlt. de ten_er lugar
~l remate, P!~senta~do sua prop~estas bajo pliego cerrado y pudiendo ocurrir deade hoy
a wmar las metrucc1onea eonvementes.
Mé1ico, Marzo 23 de 1865.-El Intendente de ejército, Gefe de la 6~ Direceion, Francuco Monuro.
·

ADIIINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
AVISO AL PUBLICO.

2

El dia 211 del aot~al, .á laa once de la mañana, ae deapacha de eata Adminiatracion
general un eatraordmano para Veracruz con la correspondencia que debe conducir al
esterior el paquete inglés. Lo que se participa al público par&amp; au inteligencia y efecto,
correspondientes.
.Mélico, Marzo 24 de 1865.-Luis ,ú la Peza.

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AVISO IMPORTANTE

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PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IMPERIO."

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Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha. la reimpre ion se remitirán estos números
á los suscrit,res que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban suscribirse al Du1uo, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado t,o.
davia. el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.
TUZGADO 4'? KENOR.-1~ DE BABTO DOJCINOO Bl1ll 8.
:

4

,
•

4
1
1
1
1
1
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INTERESANTE.
Debiendo D Gil Varaclie ·B&amp;lir para Francia:, del 25 '131 del presente mee de Marzo,
aviB&amp; á laa personaa que tengan negocio• 6 cuentas pendientes con él, \Ue podrán ocurrir
hasta dicha fecha 1\1 café de l'arie, calle del Coliseo Viejo núm. 18, de laa diez á las doce
de la mañana.
Participa tambien á los dueño, de molinos que volverá á Veracrnz en Setiembre próximo con un surtido de piedi:as para molinoa,.cuya clase será l&amp; misma, quizá mejor, que
las que trajo en su últuno viaje y que tan apreciadaa fueron po~ lo, conocedores.
213--78-4

2

2
2
2
2
1
1
1
2

TRIBUNAL DE OOllERCIO DE JIEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Ponton hermanos contra D. Leonardo l.&amp;·
redo, este Tribunal, por acuerdo de.hoy, ha. m1ndado ae cite por1oa periódicos á dicho D.
LeonRrdo Laredo, previniéndole que dentro de quince dias 16 presente por si 6 por apoderadv instruido y espensado, acontestar la demanda; apercibidQ de que no haciéndolo,
en su ausencia y rebeldía se contimiarán los procadimienloa haat&amp; pronunciar y ejecutori!llr la senwncia.
México, Marzo 21 de 1865:-}osé Maria CarlÚño., Oficial 2'?, encargado de la Secretaria.
216-Ss-4
· 1UZOADO 4'? DE LO CIVIL.
En los autoa del inteatado.de. D. Leonardo Gonzalez ae h" mandado por el Sr. Juez 4'?
de lo civil, Lio. D. Evaristo Reyes, se llame por loa periódicos á las personas que se crean
con derecho á los bienes de diclio intestado, á fin de que @e pre&amp;enten en el Juzgado á
dedt1c1rlo dentro de treinta di&amp;B c'lntados deade la .feeha. Mé.uco, Marzo 21 de 1865.-E
203--&amp;--7
E scribano público, ÁtJtQllio Campos dela Vega.

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O 1
O 1
O 1
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JUZGADO 4'? KENOB DEL CUARTEL KAYOR NlJ1IERO 4.

1~. de Santo .Domingo núm. 8.
OROEN.-lgnorándoll8-el donucilio de D. Santiago Vicario, por la presente ae le cita y
empl11za para que en el término de treinta dias 88 presente en este de mi cargo por 11 6
por apoderado instruiao y 6Spensado, á contestar la demanda que en juicio verbttl aobre
pesos le promueve el Liu. D. Jo&amp;é .María. A.ragon en representacion de la testamentaria de
D. Felic1ano Rey; aper_pibid!&gt; de qµe si no concurre 16 le nombrará un defengor de oficio
con quien se entenderá la demanda.
Mélico, Febrero 16 de 1865.-Lic. Pould.
•
[195--15&amp;-15

(Continuará.)

/

SERVICIO DE CORREOS.
ENTRADA Y SÁLIDA DE CORREOS

EN

LA Am,UNJSTRAOION

GENERAL

DE ESTA

CAPITAL.

LLEGA OORUSPO'.lmDCI.A:

MARTEs.-De °Texcóco, Ayotla, San Martin Texmelucan, Tlaxcala., Puebla, Tacuba.ya, Lerma, Toluca, Temascaltepec, Sultepec, Tenancingo, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan,
Otumba., Aparo, Tlalnepantla, -Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, San Miguel Allende1 San Luis Potosí,
Guanajuato, Lagos, Guadalajara, Zacatecas, Twa, Ixmiquilpan, Tlalpam,
Cuerna.vaca,
81 DESPACHA OORRESPOlfDElfOIA
8ASTA LAS

9 DE LA NOCHE.

Mar:e:s.-Para Texcoco, Ayotla, S. Martín Texmelucan, Tlaxcala., Puebla,
Orizava, Córdoba, Vera.cruz, Tácubaya, Lerma, Toluca, Tenancingo, Temascaltepec, Sultepec, Ixtlahuaca, S~ Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepeo,
Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba., Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan,
Tepeji del Rio, Soyaniqu.ilpan, Tula, :EoJotitla.n, San Juun del Rio, Querétaro, Guanajuato, J.agos, Aguascalientes, Guadalajara., Zacatecas, Durango,
Tlalpam Cuerna.va&lt;:_&amp;,
.
•_ ._ ,

,,

• ÓRDEN.

Por ignorarse el domicilio de D. Ramott Montañez, se le cita y emplaza por l&amp; pre88Bte
para que en el término da diez diu, contados desde la primer&amp; publicacion de este aviso,
comparezca en este Juzgado á contestar la demanda que enjuicio verbal sobre pesos le
promueve D. Juan Adalid; apercibido de darse por contestada la demamla, siguiéndose ea•
te juicio con loa estrados del juzgado.
México, Marzo '%1 de 1865.-Lic. Poukt.
221-3s-l

Partido de Santa .Ana.

D. Wenceslao Encalada .........•........
,, Pilar Ceballos ...................... .
,, Felipe Contreras...............•.....
,, Manuel Duarte........•...•.........
,, Secundino Duarte ...........•.•.•... .
,, Cristóbal Aranda....•...............•.
,, ;Hilarlo Zavala .••..•.........•••.....
,, Márcos oib .....•.•..................
,, Bueóaventura Quijano ............... .
D~ Maná Paula Encalada...•.......... ...
,, Basilia Encalada: ......•....... ., .....
D. Luis ·Valencia.......... ........ ....•.
,, ,Lorenzo Bermejo ..............•..•...
,, José M. Coba..... ... ~ ., ............. .
D~ Olalla Rosado .............•.........
D. ;M, c1e 1os S-antos Cambranos........... .
.D~ Antonia Arjona....•...·••............
D. J. Anastasio Martín ........•..•.......
D~ Felipa Baquedano ... .... .. .... ..•....
D. Salvador Durán . ....... . . ..• ....•.. . .
D~ Juana Címé...•......•........•.....
D. Francisco Segura •..........·..•......
D~ Eusebia Pech ....................... .
,, Patricia Figueroa. . . • • .. . . ••. . . . . . .. .
El éácique y su república .... . ........ .

ANUNCJ:OS.

JUZGADO DE 11!- IlfBTANCI.A DEL .PARTIDO DB TULA.
En los autos promoviáoe ante este Juzgado por D. Miguel de Oviedo, en tepreaentacion
de la testamentaria de D'!- Melcbora Zúñiga, contra la de D. Miguel Ballesteros, sobre
entrega ael rancho de. San Ieidro. Chi~uibatha, á pedimeo~ de ambot_!ilbaceae, he mandado por otro de esta fecha, se citen a los heréaeros de dicha Sra. Zúñ1ga y D. Eustaquio
Serrano para una junta, que deberá verificarse el }9 del entrante Abril en eate propio
ºJ uzgado, á las diez de la miman a; é ignorándose el paradero de los espresa\los hered, roa,
los cito por t-1 presente con el fin indicado; apercibiéndolos de que de no concurrir el día y
hora indicados, por sí 6 p1,r apoderado instruido y espensado, les parará el perjuicio que •
haya lugar en derecho.
Tula, Marzo 16 ,'e 186.5.-Lu . Jo,t Jesus Dinni11guei.
2JS-3a--2

JUZGADO Z'? KENOR DB F.STA CORTE.-EJIPEDlW&gt;ILLO Jfl111, 6.
l¡(uorándoae la habitacion d11 D. Rafael Moreno, y á pedimento del agente de negocio•
D. ~fanuel G. Cevallos, apoderado juridico del cesionario de D. Ignacio Trejo, por el presente se le cita, para que dentro de ocho diae, por 1( 6 por apoderado instruido y espenaado'88 uresente en este Juzgado á contestar la demanda que en juicio conciliatorio, ,obre
pesos, le promueve dicho Cevallos; a~rcibido que de no verificarlo, se dará por intentad.o
el acto, y se espedirá al actor el certificado.
México, Marzo ~ de 186.5.
El Juez 2'? menor, Lic. Unaniu tJ Paro•.
219-Sa-2

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
B.Ut'8 D.&amp; BAN .A.GUBTIN, ltUV:, 1.

�</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 72, Marzo 28</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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MEXIOO: Miércoles 29 de.Marzo de 1865.

TólO l.

SUMARIO
P~TE OFIClAL.-Decreto imperial estableciendo una Junta de colonlzacion.-Otro sobré condecoraelqnea y gradOI mllltares.-Otro sobre habUltaclon de edad.-Parte sobre movimientos miUtarea en el Sur.

Nombramiento de un Chambelan.-Donatlvo de SS. MM. al Hospicio de Morella.
NOTICIAS ESTRANJERAS.-Las últimas llegadas de Europa. ,
V.A.llIEDADES.-Agricultura. Tratados sobre la calla de azúcar y la baba.

-ES!!!!aEB==;;;;;;;;ii!!i5===========;;;;;;;;========-==E!:!!ii=ii!!=ii!!!!!!i!!=m=

PAJlTE OFICIAL.

\

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
.
.
.
'
Considerando que uno de los principales elementos de la prosperidad de Nuestro ~mperio es la poblacion, y que el medio,mas pi•onto y mas seguro de aumentarla es proporciona1: tierrás á los inmigrantes que vengan á establecerse en el pais, '
HEMOS venido en decretar y DECRE'l'AMos:
·.Árt. 1? Se estable.ce una Junta llamada de Colonizacion, compuesta de naciónalés y éstranjeros, y sujeta al 'Ministerio de Fomento.
Art. 2? La Junta tiene por objeto estudiar y proponer los proyectos de ley y de reglamentos, en lo ,relativo á colonizacioo, libre y á
costa de los inmigrantes, ó por cuenta del Tesoro Imperial, y en lo
tocante al descubrimiento, deslinde y distribucion de los terrenos
baldfos.
Las cuestiones á qúe dará lugar preferente en su r'esolucion, serán:
l. Medios prácti~os para llegar á conocer cierta y prontamente,
en cada Departamento, las propiedades de dominio público y los terrenos nacionales.
·
II. Medios prácticos para recobrar los terrenos ocupados indebidamente por personas que no tienen sobre ellos derecho alguno.
. , 'III. Manera en que pueda. lograrse que los legítimos propieta1·ios
cedan. en venta para los coloMs la parte in cu Ita de sus tierras, adoptando de prnferencia el sistema Farnier.
IV. Modo de proceder eficaz y rápidamente en los juicios de deslinde.
V. El estudio climatológico de las com~rcas, bajo el punto de
vista higiénico, para servir á la aclimatacion de las diversas razas.
VI. Condiciones y ventajas de los lugares escogidos para recibir
á los inmigrantes, con relacion al cultivo y á la pronta y segura cosecha de los frutos.
VII. Estudio ·del modo espedito de atraer la inmigracion y distribuirla en el Imperio, por el exámen de las principales vías decirculacion á la corriente de inmigracion, proporcionando trasportes
baratos y cómodos; distribucion equitativa de las tierras; ventajas,
derechos y privilegios que pueden concederse; deberes y obligacio·nes á que han de sujetar.se los colonos.
VIII. Puertos en que desembarcarán los inrnigrnntes, recursos,
establecimientos ó campamentos provisionales, posadas, depósitos
de provisiones, y necesidades en general.
IX. Trasportes marítimos, tarifas, reglamentos y vigilancia que
debe ejercer sobre los inmigrantes durante su viaje para trasportarse al Imperio.
~'.,
X. Reclutamiento de los colonos en el estranjero y su reglamento1 primas, publicaciones en los periódicos, etc., etc.
, .
.' Art. 3&lt;.' Un reglamento especial, formado por Nuestra Secretaria
'
de Fomento, fijará las atribuciones de la Junta de colonizacion, y
la manera con que han de ejercerlas.
Dado en el Palacio d.e México, á 28 de Marzo de 1866.
.

• · Pore!Emperador, .
'
·
El Ministro de Fomento,

'

(Firmado) MAX.Ill:II~lANo.

(Firmado) Luis Robles Pezuel.a.
MAXIMILIA
.
NO, EMPERADOR DE MEXICO:
Considerando:. qu.e _es altame~te verjudicial para el servicio mi_litar el que .haya mdmduos que representen un empleo que no tienen, s1gu1éndose el inconveniente para la disciplina, que en mu-

~boa casos los individuos condecorados con insignias superiore1 están

mandados por otros qué representan menor categofía; y consitlerando, P?r último, que la concesjon de un grado I iinporta· ~~l $.~sto al
agramado, de q,ue no puede reem~.olsarse, pué~to que nó :tiene ningun aumento de paga, ;HEMOS vemdo-en decretar y DECRETAMOS lo
si0O'U iente·
" r (, .• ,
·
Art. 1~ Q~edad ab~lidas todas las leyes que concedian al Gobierno la facultad de conferir grados militares, .Ypara lo sucesivo no se
concederá gracia alguna de esa especie.
, · · ·r
Art. 2? Para recompensar el mérito, Nos concederemos' condeco•
raciones honorificas á aquellos que lo merezcan.
Art. 3~ Lo.s indiviciµos del ejército que actualmente disfrutan gr-a,.
dos nlilitares, los conservarán, siempre que les hayan sido reconocidos por la Comision clasificadora. ..
. . . .. . . / ··
El Ministro de la Guerra queda encargado del cumplimiento de
este decreto. Dado en ttl Pala~iu- de Mé~ico, á 26 de Mar~o~de !S6ó.
(Firmado)

MilnnLIANO.

Por mandato de S. ;M. I.
El Ministro.de Guerra,

(Firmado) Juo.n de ]2. Peza.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Tomando en consideracion la, scfücitud de D. Leopoldo Ruiz, ve- , ·
cino de Tampico de Tamaulipas, y en vista de las constancias que
obran en el espediente respectivo:
·
HEMOS venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Se habilita ~ D. Leopoldo Ruiz de la edad que le falta, con arre-.
glo á la ley, para entrar .en la libre administracion de sus bienes y
poder comparncer en juicio sin necesidad de curador, no gozando en
ningun caso ·del beneficio de restitucion in integrnm.
Este decreto sé depositará en los archivos del Imperio, publicándose en el periódico oficial.
Dado en el Palacio de México, á 24 de Marzo de 1865.
Por mandato de S. M. l.,
El ~istro de Justicia,

(Firmado) M.AXIMILliNO,

(:firmado) Pedro Escudero,
MINISTERIO DE GUERRA.

Ejército del Imperio.~Brigada de operaciones en el Sur.-Número 149.-Iguala, Marzo 23 de 1865.-Exmo. Sr.-El Teniente
Coronel D. Antonio Nava, desde Zilacayuapan y con fecha 12 del
corriente, me dice lo que copio:-" Tengo el honor de participar
V. S. que en la madrugada del dia 9 del corriente fué sorprendida
por las fu erzas nuestras y la guardia civil de estaJlOblacion, en la cabecera ae Calihuala, la partida que acaudillaba el cabecilla J ulian
Torres, quien fungía de Suoprefecto en este Distrito, habiendo caído
prisionero err union- de su- Mayor de órdenes y 26 de tropa; habiendo quedado muertos un italiano que fungia de oficial, un sargento 1? y dos soldados, aunque regularmente deben haber mqerto
otros de los que salieron h~ridos en la fuga; dejando en nuestro poder 32 armas de fuego; 15 lanzas, un cajon de parque de percusion, ,
2 arrobas 5 libras de plomo en tejos-, un tercio de machetes de cinta,
cosa de 16 caballos, y 2 mulas de carga: por nuestra parte no tuvimos ninguna novedad, habiéndose manejado la oficialidad y tropa
eón valor y decision. El día de ayer se me dió parte por el Capitan
D. Guadalupe Navez de que tiene ya reunidos en Tlachichilco una
fuerza de cincuenta y tantos hombres, y que pronto se me incorpo1·ará: asimismo mo han dado ·parte otros oficiales de estar haciendo
sus reuniones, por lo que probablemente creo que á la vez que V. S.
emprenda su marcha sobre la capital de Guerrero, estarán ya pro•
vistas las compañías para auxiliarlo con violencia, aunque la muyor
parte ,sin armas.-A las 1iete de la mañana del dia de hoy llegó á

«

�294

DIARIO DEL IMPERIO.

esta villa la fuerza francesa que viene á espedicionar á este Distrito
en union de otras pequeñas fuerzas mexicanas, y segun es quedarán
á la espectativa hasta la aproxirnaciori de la columna que por esa ciudad marchará para el Sur: no deje V. S. de escribirme, como me
lo ha ofrecido, para estar al tanto y normar mis operaciones sobr~ el
Distrito de Tlapa, que es donde se han reconcentrado todas las gavillas que babia por este rumbo."-Y tengo la honra de trascribirlo
á V. E., manifestándole que he dicho en contestacion al Teniente
Coronel Nava, que los prisioneros sean remitidos al Departamento
de Puebla, para que con arreglo á la carta imperial de fecha 3 de
Noviembre, sean sujetados á un juicio, y que las armas y los C!),ballos sean ocupados por su fuerza en asuntos del servicio.-El Teniente Coronel Nava y otros oficiales de la Legion Selecta de esta Brigada, andan por los Distritos de Tixtla, Chilpancingo, Chilapa
y Tlapa, para evitar que aquellas poblaciones desmayen, y que estén prontas para que se reunan á la columna que se destine á la
campaña de Guerrero. El resultado de esta med_ida lo está patentizando V. E.-Dios guard~ á V. E. muchos años.-El Coronel Comandante en gefe, AlYraham Ortiz de la Peña.-Exmo. Sr. Ministro
dé la Guerra.-México.
Es copia. México, Marzo 27 de 1865.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Guerra,

. (Firmado) J. M. DURAN.

____,.,...., ....,......_._.

S. M. el Emperador se ha servido nombrar Chambelan, por decreto de 11 del actual, al Sr. D. Francisco Osio.
SS. MM. han hecho un donativo de tres mil pesos al Hospicio de
Morelia. Esta cantidad ha sido entregada al Sr. D.Pedro Gutierrez,
y de ella son dos mil pesos de la caja particular del Emperador, y
mil de la caja de la Emperatriz.

NOTICIAS ESTRANJERAS.
Hoy á las siete de la mañ&amp;na llegó á esta capital un correo estraordinario
con la correspondencia de la Corte, traída de Europa por el Paquete .inglés
llegado ante,. de ayer á Veracruz.
Hé aquí algunas de las noticias que hemos encontrado en varias tiras de
periódicos y algúnas correspondencias.
El Rey de Italia hizo una visita á Turin, y llegó á aquella ciudad el 23 de
Febrero. Causó su presencia gran júbilo en la capital del Piamonte.
El gobierno británico habia publicado su presupuesto de la guerra para el
afio de 1865 á 1866. Asciende á 14.348,447 libras esterlinas; es decir, 495,641
menos que el año pasado. En el presupuesto de marina ha habido tambien
una reduccion de 316,427 libras esterlinas.
En Viena, la Comision de Hacienda habia resuelto proponer una dimiriucion ·de 2.390,000 florines en los gast.:&gt;s marítimos.
De Madrid hay una noticia financiera muy importante. El nuevo Ministro de Hacienda, D. Alejandro Castro, declaró á las Cortes que retiraba el
proyecto de ley sobre anticipacion del impuesto, y reclamó el concurso de
los diputados en favor de las medidas que les serian presentadas para mejorar la situacion del tesoro.
.
El Moniteur de Paris ha publicado recientemente un importante trabajo
sobre la publicacion en Francia de las _Bulas y Rescriptos pontificios. Su
autor es Mr. Gustavo Choix D'Est--Ange, abogado.
El Marqués Corio se ha casado con la princesa Casteliscola. Con ocasion
de esta boda, el Sr. Hidalgo, ministro de México en Paris, dió el 17 de Febrero un gran banquete, al cual asistieron, ademas de los novios y los miembros de la familia, Mr. Drouyn de Lhuys y su señora, el Príncipe y Princesa de Metternich, el ministro de Bélgica y la baronesa de Beyens, y el
personal de la legacion mexicana.
La víspera habia dado el Sr. Hidalgo otro banquete para obsequiar á la
comision que acababa de arreglar el negocio del Banco de México.
El Moniteur publicó en su número de 26 de Febrero el prólogo de la Vida de Julio Oésar, obra del Emperador Napoleon, que acaba de publlcarse
en Paris.
El discurso del Emperador de los franceses en la apertura de las sesiones
del cuerp,o legislativo, había causado una impresion satisfactoria en Europa.

VARIEDADES.
TRATADO SOBRE LA HABA.
l.
DESCRIPCION DE LA PLANTA.

La haba es del género de la clase décimacuarta de la familia de las leguminosas de J ussieu. Linneo la denomina vi tia faba, y la clasifica diadelfia
decandria.
.
Flor: ama!iposada; el estandarte oval, uñuela ancha, la cima escotada con
lina punta pequeña, y sus labios encorvados; blanco teñido ligeramente de
encarnado 6 de púrpura en su base, y señalado con unas rayas casi negras:
sus alas son dé un negro a.terciopelado con las orillas blancas, oblongas, casi
acorazonadas y mas cortas que el estandarte: la quilla blanca, casi redonda
y mas corta que las alas; su uñuela está dividida en dos y en el fondo. tiene
un nectario. Los colores de la flor varian mucho.
Fruto: legumbre coriáéea, redondeada, larga y terminada casi en punta,
que contieJle varias semillas ovales, oblongas y a_pla-stadas.
J

DIARIO DE1 IMPERIO.

. Hojas: alad~; las hojuelas enteras y casi adh~rentes al tallo están prendidas de tres en tres, de cuatro en cuatro ó de cinco en cinco, y son oblongas, un poco gruesas y venosas.
Raiz: rastrera y fibrosa.
. Porte: tallos de tres á tres y media varas de alto, segun el terreno y cultivo, cuadrados y huecos. Las flores nacen dP, los encuentros de las hojas y
hay muchas prendidas á un mismo pedúnculo: las hojas nacen alternativamente en los tallos.
8_itio: los c.ampos y las huertas: es planta anual, originaria de Egipto, y
cultivada en grande en nuestros campos para recoger la semilla y venderla
seca, y en las huertas para comerla verde, y es muy gustosa. ·

TRATADO SOBRE LA OA.IA DE AZUCAR.
l.
DESCRIPCION DE LA PLANTA•

La caña dulce fué cúltivada de$de la mas remota antigüedad por los chinos, y en Europa se introdujo, así como la fabricacio~ de la azúcar, hace
cerca de dos mil años. Linneo la llama saccharum officinarum.
La caña dulce se compone de muchas seccioD;es ó cañutos, cuyo conjunto
presenta un tronco con raices y un tallo con hoJas alternadas que lo abrazan.
Cada seccion está marcada esteriormente por un borde acordonado que se
llama nudo, y cada nudo tiene d~, dos á tres pin~ de grueso, con unos puntos particulares, djspuestos en tr1~ngulo y en ~os o tres filas, de los que brotan las raices. Este borde del canuto se v~ umdo por un ~oton gru?so como
na lenteja y apuntado por la parte superior, el cual contiene el germen de
una nueva ~ña.· á este nudo sigue un entrenudo (la longitud de cada cañu;
~) cuya dimen;ion es desde una hasta seis pulgadas, y está terminado po11
una hoja. larga.hasta de ci_nco piés, la cual se halla dividida .~n dos por un
nudo particular; la parte mfer1or, que nun~ escede de un pie, en:vuelve la
caña y le sirve de vaina. _La corteza ó cubierta del tallo es u~a u°:1~n estrecha de vasos leñosos, y la mterna. de vasos ondulosos; en tal d1spos1c1on, que
presentan otras tantas capas hori~ontale~, sos~nidas á distancias igu~les pór
otros vasos leñosos que los atraviesan: las cavidades de estos vasos mcomu.nicados entre sí, contienen la materia azucarada.
.
Estos vasos lefi?sos se separan á ciertas distanci~ de la dire~ion vert!cal conservando otros la horizontal, los cuales forman una especie de tab1qu~ y vienen á. reunirse en un punto con los otros, en el boton indicado,
rompiendo la corteza para formarlo.
.
El número de cañutos suele algunas veces subir hasta ochenta, y la altura
de la caña hasta cinco 6 siete varas.
La cepa ó tronco tambienes articulado como el tallo; su longitud de seis
á ocho pulgadas, corva y pivotante: de ellas salen las raices, que son numerosas cilíndricas y se estienden de ocho á diez pulgadas.
Ed la época d~ la madurez el tallo se divide en dos partes, una casi desp&lt;&gt;~lada de hojas, en la cual se halla formado ~l azúcar, que es ~n la parte
tl!t,a, y_ tiene hasta sesenta cañutos¡ y la superior poblJM].a de hoJas- que se
elevan en planos opuestos y se inclinan formando un abanico. A esta parte
se llama cogollo 6 oaoe1.a de la caña.

ll.
ESPECIES Y VARIEDADES.

La haba comun, que es la que acabamos de descripir, ocupa el primer lugar, y es al parecer el tipo de las demas especies cultivádas. Se cuenta entre estas la que los franceses llaman haba de Inglaterra ó redonda, y los españoles de Tarragona, que se distingue de la comun por su forma y delicadeza.
•
_
Existen otras varias, tales como la abundante que es la generalmente cul
tivada en México, la.juliana ó haba pequeña de Portugal, la enana y lapanosa ó caballuna. Todas estas especies se cultivan de la misma manera y
requieren los mismos terrenos.

111.
CLIMA, TERRENO Y CONTRATIEMPOS.

La haba necesita un clima templado y requiere ter;renos sustanciosos, bien
abonados y labrados; en los ligeros y areniscos se da muy mal, El frío_ le
es contrario; así es que ·conviene sembrarJa en sitios abrigados y espuestos
al Mediodía. En con.secuencia debe precaverse de los hielos así como de algunos animales, entre ellos los topos· y los ratones, que gustan mucho de
ella.
_
Si se temen mucho los efectos del rigor del invierno, no se hará la siembra hasta Febrero 6 Marzo, segun el clima.
La siembra se hace en tablas destinadas solamente al haba, y se hace
por surcos, ó bien se siembra en las labores del maiz.
En la mayor parte de los Departamentos se hace la siembra en Octubre,
y solamente en algunos de los dél Norte, en que el invierno es muy crudo,
la retardan algunas veces.
La época ó tiempo en que debe sembrarse, segun el clima, la determina
la naturaleza misma, y esto se conoce sembrando (lu~o que los piés desti·
·na.dos para la siembra estén secos y sazonado el fruto) uno 6 dos gra¡¡os; y
la época en que broten será la en que deba sembrarse. Enterrándola anticipadamente, dice Rozier, dará mejor nutridos y desarrollados los frutos.
La planta, luego que llega á cierta altura, necesita amurillarse y escardarse, cuya operacion se repite segun sea necesario, hasta la é;poca de la florescencia. En algunos puntos tienen la costumbre de deslechugar la planta cuando florece, pretestando ser estraida la savia por los cogollos; pero segun algunos autores, no debe seguirse esta regla por carecer de fundamento y ser
evidentemente contraria á la naturaleza.
El principal enemigo del haba es el pulgon, que la debilita mucho por la
extravasacion de la savia que le causa la irritacion de sus piquetes, y sin duda alguna de aquí viene la idea de descogollar las plantas, porque es la parte mas tierna de la planta, y naturalmente es la que ~taca con preferencia.
En tal caso, sí es conveniente descogollada, por ser esto menos nocivo que
las picaduras innumerables del pulgon. Los cogollos invadidos por este enemigo, y cortados, deben sacarse de la sementera y quemarse, para destruir
en cuanto sea posible esta plaga.
Cuando de una sola siembra quieren tenerse dos cosechas,' despu.es de cogidas las mejores vainas verdes, se cortan los tallos á flor de tierra, cubriendo los tronquitos con mantillo y aflojando la tierra de su alrededor.
Deben dedicarse para la siembra las plantas mas lozanas y de mejores
vainas, dejándolas secar en pié, y arrancando las plantas en tiempo seco.
Despues se trillan, limpian y guardan en lugar seco.
La simiente de uno ó dos años es igualmente bue~.

Il.
CLIMA y TERRENOS.

que tenga una ti~ia humedad atmosférica, porque la caña teme mucho la~esequedad y ama el agua.
.
Las tierras que deben elegirse para las plantacjones de caña, de.ben ser
gruesas, sustanciosas Y, mas bien arcillosas que areniscas, por requerir bastante humedad esta plant.'1.; deben tener asimismo una buena 8$posicion y
abundar en mantiUo, para cuyo efecto deben abonarse perfectamente.
El abono único que aquí se les da es el de la quema del bagazo y los retoños, y algunos estiércoles, y sin embargo se dan magníficas cosechas.
Las tierras deben estar bien sueltas, para que las raices penetren fácilmente, y asimismo para que broten sin obstáculo las plantas.

III.
PLANTAOION.

IV.
CULTIVO EN LOS OAMPOS.

Cuando ya no se teman los hielos, es el tiempo de hacer la siembra de esta planta, la cual hacen los labraqpres de varios modos, pero generalmente
es á surco, echando puñaditos de tres ó cuatro habas y tapándolas como el
maiz.
Al mes de nacida la planta s·e le da un fierro, que ~ la pr~era escar~a,
para amurillarla y destruir las yerbas dañinas, y esta operac1on se repite
otra ú otras dos ocasiones antes de la florescencia.
Estas escardas son el único cuidado del cultivo de la planta.
Llegada la época de la madurez y cuando las vainas y los tallos se han
marchitado y -desecado se procede á la cosecha, arrancando las matas y no
cortándolas, para que ~o gasten sus raices inútilmente los jugos de la tierra,
mientras se las remueva y arranque al barbechar de nuevo para abonar la.s
tierras con ellas.
La siembra manteada debe usarse cuando se destine la sementera p!l,ra
forrajes. El terreno se ~rep:i.r~ y se sieID:bra, pasando despues la grada·. ~n
la época de la florescencia. se siega, se deja secar en el campo, y en segmda
se conduce á la hacienda, practicando lo mismo en la segunda y, tercera siega.
Estas siembras se destinan á la engorda de cerdos, y se dan remojadas á
la caballada, y hechas harina á los bueyes para cebarlos.
La especie que se cultiva en México es la denominada por Rozier alnundante.
Las habas secas y limpias, como dijimos ya, deben guardarse en trojes secas y ventiladas, y removerse con frecuencia para que no se enardezcan y se
llenen de cocos, lo cual sucede si se dajan amontonadas mucho tiempo y no
se. traspalean.

.

El clima mas á propósito para la siembra de esta planta, es el caliente,

1

La plantacion se hace por estacas, las cuales no so¡:i otra cosa que trozos
de la misma caña, las cuales se colocarán acostadas, y á continuacion unas
de otras, empalmadas, en surcos que se habrán abierto antic,ipadamente. Despues de puestas en tal disposicion, se cubrirán con una media pulga.da de
buena tierra ó de mantillo. En seguida. se dará un abundante riego, al cual
llaman de asiento, y si no se tienen aguas disponibles no se hará la plantacion sino cuando haya esperanzas fundadas de próximas lluvias, porque si
falta el agua se mueren las cañas, perdiendo su humedad y no teniendo la
que necesitan para precaverse de la sequedad de la tierra, que les roba, estando seca, la que naturalmente tienen.
Estas estacas destinadas para los planteles, pueden conservarse quince
dias en buen estado, amontonadas y cubiertas con paja. Aunque se siembren
un poco marchitas, si se les riegan bastante las-tierras ó si abundan las lluvias, nacen prontamente.
En España ~ostrnp.bran tomar para la plantacion los cogollos; pero aquí
se despuntan las cañas solamente para forrajes, y las estacas se hacen de la
parte azucarada de la caña.
En la isla de Cuba plantan las cañas enteras en surcos abiertos con el a.za.don, de una. cuarta de hondos y tan largos como el cañaveral.

295

funcion que ejerce es un todo particular que independientemente de las otras
recorre todas las fases y periodos de su vegetacion.
Las flores que producen las ~as s?v estériles en México, y no sabemos
que se reproduzcan por sus semillas smo en el alto "Egipto. El boton de que
hablamos al describir la planta es, pues, el que contiene la esperanza. de una
generacion futura. Como las cualidades del germen son las mismas en todos
los botones, su desarrollo necesariamente esta sujeto á las mismas circunstancias, las que jamas varia.u, sea cual fuere la parte en que se;halle el boton.
Generalme1lte. cuando se desarrolla el boton presenta cinco secciones particulares, que parecen solame11te destinadas á echar raices. Entonces no tienen ni boton ni entrenudo, únicamente están señalados con _una hoja. A este
conjunto de secciones radicales se llama cepa primitiva, por estar. destinadas
las raices de esta cepa á echar las que sirven al primer desarrollo de la
_planta.
Del centro de la última seccion radical sale el gérmen del primer cañuto;
y en él se contiene el principio de la vida de la caña y de la generacion de
los nudos, el primero de los cuale.~viene á ser la matriz del segunao, este la
del tercero, y así sucesivamente. U:1a vez establecida esta sucesion, el principio Jie la generacion pasa del nudo formado ya al que se forma de nuevo, en
tanto que los primeros se robustecen y crecen poniendo siempre entre sus
diversas revoluciones un grado de diferencia marcado con'el tiempo de su
generacion. Así es que las secciones de la caña pueden considerarse como
otros tantos círculos escéntricos, cuyo centro ocupa siempre un punto que á
su vez _se convierte en círculo, reemplazándolo otro nuevo punto, y los cuales se elevan unos sobre otros ensanchándose hasta llegar á un diámetro determinado en un tiempo dado. Los primeros cañutos que siguen á las secciones radicales son los que forman la cepa secundaria, de la cual salen las
raictJs que deben servir para el desarrollo de los cañutos que sobresalen de
la tierra y forman la caña.
Ocho dias duran las revoluciones que esperimente el cañuto desde su germinacion hasta su madurez, y se dividen en cuatro épocas. En la primera
aparece como un punto ó nudo en el centro quia toma la figura de un cono
pequeño y pasa á formarse saliendo del centro donde le reemplaza otro.
En la s~unda, que es la de la form~ion, nacen la hoja, el entren~1o y el
nudo, formandose el cañuto, el cual se desenvuelve en seguida tomando un
carácter mas notable. Esta época se divide en muchos tie,I11pos destina.dos á
la generacion y formacion. La mutacion que acompaña á estos tiémpos se
marca tanto sobre el nudo, que ya formado se desarrolla, como en-el jugo
del entrenudo que se modifica gradualmente. Durante el desenvol-vroiento
toma un sabor el jugo, dulce y herbáceo, así como en su olor, semejante al
de algunas frutas verdes.
La época del acrecentamiento tambien se divide en muchos tiempos qu_e
corresponden á los de la primera época. Estos tiempos no se marcan tanto
en el cañuto acabado de formar, cuanto en el jugo del entrenudo, 9.ue esperimenta nuevos cambios de grados de elaboracion, dejando poco á poco sil\
olor y sabor herbáceo, hasta adquirir el que le es peculiar, que es la cuarta
época en que se halJa ya la caña azucarada.
.
Cuando los dos ó tres primeros cañutos han perdido ~us hojas y presenta
la caña otras doce 6 quince hojas verdes, en forma de abanico, se considera
la caña en todo crecimiento, porque si se halla en la época de la florescencia.,
florece en efec~o, y _el principio de su vida y de .la generacion pása á las partes de la fructifi.cac1on para desarrollarlas. Entonces los cañutos que se forman presentan dos partes, y la primera se halla privada de botones y puntitos, 6 elementos de las raices. Las divisiones de los vasos de la sávia que
el?- los precedentes se dirigia trasversalmente á la superficie del nudo 'para
formar el boton, pasan á las hojas, y de esto resulta que disminuye el número de vasos en los nudos á medida que se van formando. Estos últimos
~udo~, que se alar.gan mas, contienen un corto número de vasos, tanto en su
mterior como en su corteza, que se adelgaza á proporcion de su longitud. El
último nudo tiene cinco piés, poco mas ó menos, y termina en una espiga ó
panoja d~ flores estériles, de diez y ocho á veinte pulgadas de largo.
Las hojas de los ú1timos nudos son muy largas en su parte inferior y forman una apretada envoltura que acompaña la flecha hasta la panoja y la sostiene. Tanto las hojas como los nudos de donde salen se secan juntamente
con la flecha.
•
Si la caña no florece es, porgue ó no se halla en la época de la florescencia.
ó porque el cultivo la ha alejado de su estado natural, y entonces el principio de la vida pasa á engendra1· 1,uevos cañutos; generacion que continúa
hasta que los vasos saviosos de la cepa, leñosos ya, no dejen pasar el jugo.
En la caña se advierten dos movimientos; uno que pertenece a} sistema de .
los vasos de la savia y se estiende á toda la planta vivificándola y contribuyendo á la generacion de los nudos, y otro particular dependiente de los vasos propios, que hace la funcion particular de cada uno.

v. '

IV.

VARIEDADES.

V EGETACION y DESARROLLO DE tA cAnA.
Como llevamos dicho, en la superficie de cada nudo, propiame~te dicho,
se halla un boton y unos puntitos. Estós puntitos se desenvuelven y forman
las raices, pero son inútiles á la planta que va á nacer. El boton contiene el
gérmen de la nueva planta y funciona como semilla: cada estaca tiene de
ocho á diez, pero algunos no germinan.
Cuando la~ circunstancias son favorables, las cañitas con muchas hojas comienzan á aparecerá los quince dias y comienzan á crecer. Desde los cuatro
á los seis meses de su nacimiento, segun el clima, el terreno y cultivo, se
consideran e.orno plantas entei:amente desarrolladas. Las primeras hojas se
ponen mustias y se caen, dejando desnudo el cañuto, que paree.e perder la
p~rte que tenia en la vegetacion, a medida que comienza á mad\lrl}r. A me~1da .que se van formando nuevos nudos, van secándose las hojas de la patte
mfer10r y se madu.ran otros cañutos. Esta sucesion es continua por doce,
catorce y hasta vemte meses, que es el mas largo periodo de vida dela caña,
en el cual se cosecha- sin -atender á- la estacion.
Todas las partes de la caña se forman,se desenvuelven, crecen y s~ elevan
sucesiyl}~ente unas sob.re otras; de manera que cada una con respecto á. la

A primera vista parece que no hay diferencias en la caña, pero realmente
existen, y son tres, á saber:
La caña de constitucion f-uerte, la cual se 'divide en f ue1·te en primero, ~e•
gurul,o y tercer grado, la que solo prevalece en tierras llanas, húmedas y francas. Es la más vigorosa, se eleva hasta doce ó quince piés, de Cáñutos muy
gruesos, hinchados y cortos, que nunca pasan de tres pulgai!.as de largo, ·y
tié~e un cofor amarillo cetrino. . El periodo de su vida se prolonga hasta
vemte meses, y da de cuarenta á cmcuenta cañutos madu'ros muy suculentos,
de mucho azúcar y de escelente calidad.
La caña de constitucion fuerte en segundo grado presenta los mismos ca.ractéres, pero no tan marcados. Prevalece en las tierras llanas, medianam~m~ resistentes, pero fáciles de labrnr. Es sensilile.á las influencias de las
estaciones, vive hasta catorce meses y presenta treinta ó cuarenta cañutos de
un color ambarino, de jugo muy abundante y fácil de estraer, que siempre
conserva un olor ligero de caña. 1
,
·
La caria de constitudon fuerte en tercer grado, que tiep.e los mismos ca.ractéres que las anteriores, pero mucho menos marcados, y- pt:_evalece en· las
tierras altas, fuertes y secas, y etJ las mgntañas; á la cual aprovechan mucho

�29,6

.DIARIO DEL L'1lfER10.

las lluvias abundantes y la 'sequedad la· perjudica. Perece á los catorce ó
quince meses; presenta. maduros de véinte á treinta cañutos pequeños cor,
tqs, dEl una á dos pulgadas de largo, de -un color amarillo cetrino, y es muy
sens,ible á las intlue1iclas del otoño; su jugo es poco abundante, pero da mucqo azúcar de buena calidad, aunque se estrae con dificultad por dar un materiAl j¡ibonoso que dificulta la desecacion.
La cafla de constituaion delicada y buena, que prevalece en las tierras llanas y el} las altas, siendo bastante ligeras, á 1a que pe1judican las lluvias abuh4an~es y¡ mata la seca. Vi ve desde doce hasta catorce meses, y, da de veinte
~ treinta cañuto¡¡, los·cuales son gruesos, pequeños, de dos á. tres pulgadas,
pocO' hinc:hados, derechos, y algunas veces encorvados, segun las circunstancias. Tiene un color naranjado, y su .maB.urez frecuentemente se anuncia con
.unas rayas de color.rojo.
J
La caña de constititcion delicada y mala, que ama las tierras húmedas -~
-~Cl},jpsas y en lás que se oultiYa por primera vez, que teme las lluvias y la
sequedad ,Je apr,JVecha. Ofrece de treinta á cuarenta cañutos gruesos, de cinco ,á s~Ís pulgadas de largo, frecuentemente derechos y rara vez hinchados.
Tiene un amarillo pálido, tirando á veces á verde, y perece desde los quince
h11:Sta los -diez y oého meses. Su jugo es abundante y fácil de purificar. En
la primavera, despues ·de una larga sequedad, da bastante azúcar.
Estas dos últimas variedades están algunas veces torcidas; el viento las
tira fá-Oilmente, y cuando están tumbadas, los·puntos que se notan en la superficie de los nudos se convierten en raices.
En vista de lo espuesto debe tener mucho•ouidado el cultivador en conocer bien la caña y sus funciones comunes y particulares, para poner en juego
los diversos agentes convenientes á su vegetacion y madurez.
0

•¡

VI.

1

.CUIDADO QUE REQUIERE

ENTRADA Y SALIDA DE CORREOS EN LA ADM,INISTRACION GENERAL DE
CAPITAL. .

VII.

'
CAÑA DURANTE SU VEGETACION,
Ef mas importante de todos los cuidados que requiere la caña es el de las
escardas, las ·cuales se ejecutan á mano, destruyendo d~ esta manera las malas rerbas y favoreciendo el brote de la planta. Las escardas propiamente
dichas comienzan á darse cuando la planta tenga dos p;és y medio de altura
y se recalzan ó aporcan. Esta es la época de ~abrar lós entredoses:
,
Los riegos deben darse solamente cuando la tierra lo pida y segun la clase de planta.
Como generalmente no prenden to'das las estacas que se plantan y l{(ie.
mas algunos brotes son mas, pesados, ó se pudren ó se caen con el agua, es
. i¡tecesario reponerlas, y de aquí proy,iene la diferencia de edades que se nota
en la cosecha.'
·
Generalmente las plantaciones tienen cuadro&amp; de cañas nuevas y de soca
ó sobre~uevo, Estos sobrenuevos se distinguen en primeros, segundos, ter1
ceros, &amp;c., segun que provienen ~el primero, segundo ó tercer brote· despues
del corte de la caña nueva. La cosecha de los sobrenuevos se adelanta dos
meses á la de la caña nueva, y no necesitan tantos cuidados, pues ni se aporcan y solamente se escardiin.

ESTA

LLEGA CORUSPONDENCIA:

MIERCOLEs.-De Te~coco, Chal~o, Amecameca, Ay~tla, San Martinl'exmelu·can, Puebl¡i, Jal~pa, Orizava, Córdoba, V,eracruz, Oajaca, lTacuqaya,
Lerma, Toluca, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecat,epec, Pa9huca, Tlalpam, Tlalnepan,tla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpat¡, Polotitlan,
San Juan del Rio, Querétaro.
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SE DESPACHA CORRESPONDENOii ,
HASTA LAS 9 DE LA NOCfrE.
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J.

l.

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~ ,rj:i .·

1! J

MIERCOLES,.._Pa,·a Texcoco, Chalco, Amecameca, Ayotla; San,Martin Texmelucan, P1,1ebla, J al¡ipa, Orizava, Córdoba, Verá.cruz, Oajaca, Tacubaya,
,Lerma, Toluca, Guadalupe Hida!JJo, San Cristóbal Ecatepec, Pa&lt;?htica, ['lalpam, Tlaln(}pantla, Cuautitlan, Tepeji del Rió, Soyaniquilpan, Polotitla..n,
San Juan del Rio, Querétaro, Allende, San Luis P.otosí.
·•
,&gt;

ANUNCIOS OFICIALES.

, '

J.

AYUNTA.MIENTO _DE¿'.MEXICO.
Núm. 778:

CONVOCATORIA.

DIFERENCIAS QUE GUARDAN RELATIVAMENTE A SUS PRODUCTOS,
Distinguen la caña, con respecto á su reproduccion, en caña nueva, y eu
caña de sobrenu~vo ó retoño, á la cual dan tambien el nombre de soc.a.
La caña nueva resulta del brote de los botones de las estacas, plantadas co,
mo llevamos dicho, y la soca del brote de los botones. de los nudos que forman la cepá secuhdaria de la caña cortada.
. La dureza de la tierra que no se ha removido no permite el qeseuvoM'miento d~ los botones, y la resistencia. que oponé á las raices hace que sean
meu'ores que las de ·1~ caña.nueva. Ademas, las eminencias de la cepa tambien impiden' que el agu~ penetre hasta las raiées, á no ser muy abundantes.
Todas estas circunstancias hacen disminuir naturalmente el número .de hrotes y que sea menos vigorosa la vegetacion. El aire y el calor tienen 11simi~mo mas influencia sobre ellas cuando llegan·á la madurez~ pero en compensacion tienen mas azúcar.
Las cañas nuevas es verdad que son mas hermosas y están mas espesas,
pero la depuracion es mas trabajosa y el azúcar es de inferior calidad que
el de las de soca, que tambienes mas hermoso.
' La caña fuerte en un terreno ya cultivado, debe sembrarse á menos distancia que en aquel en que por primerá vez se siembra.
i1,a caña fuerte en segundo grado, debe sembrarse en hoyas mas junt:as, po11
prevalecer solamente-en las tierras cultivadas.
La caña fuerte en tercer grado se siembra mas jun~ aún,.por prer¡\lecer
lÍnicamente en las tierras altas y necesitar aire y sol.
,.
1
' La C'.lña buena y delicada se debe plantar á tanta mayor distancia cu~~to
'mejor sea por sembrarse en tierl'itS ligeras y necesitar aire y sol.,
,·
La caña delicada y mala debe sembrarse á distancias tanto mas gl'andes
cuanto mas fuerte es la tierra, mas húmeda y nueva, para que la vegetacion
sea mas vigorosa y reciban las cañas mejor la influencia del aire y el calor.
' Segun las circunstancias debe modificarse la accion del agua y. el calor pa1ra la mejor ela.boracion de la sustancia azucarada, y es en lo que consiste el
arte del cultivador.
• '
En las tierras donde la vegetacion es activa y vigorosa se planta la caña
á grandes distancias y se deja por cuatro ó cinco años, como se hace en algunos de los departamentos del Mediodía; pero si la vegetacion es median~
ºó débil, es preciso replantar á menudo ó labrar la soca.

•

SERVICIO DE CORREOS.

,

La Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque por medio de este aviso á l~,s , acreedores al fondo de amo~ac~on que tengan cré?ltos escriturados, líquidos y reconooidoR,
para que concurran el dia cmco del entrante, a las doce de la mañana, al Salen 8e Cabil,
dos del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo· prevenido por la ley relativa,, la ea,
preeada Junta rematará la cantidad hasta ahora reumda, entre loe acreedorea c¡ue ofrez.
can mayor rebaja.
:
Mé1ico, M~i:zo 28 de 1865.-El Prefecto Municipal, F. Somera."

ANUNO:tos.
CITACION,

No aabiéndoae el domicilio de D. José'M. Segura y D.Agu,tin Lóp~z, ni quié11e1 aon 106
albaciaa de D. Jacinto Ortiz de la Peña y D! Margarita Peimbe'rt,• el Sr. Juez, D. Manuel Pavon, ha mandado se les vuelva á citar á junta como Jcreedoree de D. Joeá Maria
Noyaa, para el dia seis del entrante Abril álas doce; bajo el apercibimiento de dictarse la
medida ó resolucion á que hubiere lugar.
Lo que lee hago saber por este aviso. México, Marzo ~ de 1865..!...Manud llqmero
Esc~bano público de la Nacion.
.
.
· ~2e-l
'
TRIBUNAL DE COIIERCIO DE KEXICO. '
En los autos de_ concur~o_á bienes de~. GustavoHa!fen1 e.ate T~ibunal, en aúto de hoy,
ha ~ombrado ei0:d1co ad1~m1etrador de dicho_ conc~rs.o a D. Eugemo ~aillefert, en sustituc10n de D. Lut.8 Cometlle, que lo era, á qmen deJa en sn buená'opmion y fama· mandan~o se cite de nuevo á tod?s los _acreedores de dicho concurso, para que prese~ten al
eindt(:O noID:brado, D. Eugemo Maillefert, los comprobantes de sus créditos, en el ténnino
de qumce dias.
Lo que pongo en conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandado.
México, Marzo 23 de 1865.
•
José Maria Cardeña, encargado de la Secretaria.
223-3s-l
' ,.

rozGADO 4'? HENOi.-1~ DE SAKTO DO:amtGO NUIL 8.

ORDEN.

~o;~

Por ignorarse el d?micilio_de J:?· Ramon Montañez, se 1~ cita y emplaza
preaeate
para que en el térmmo de diez dtas, contados desde la primera publicacion. de e-te aviso
comparezca en este J~gado á ~o~testar la demanda que enjuicio v~rbal sobre peehé!;
promueve D. Juan Adalid; aperc1b1do de darse por contestada la demanda, siguiéndoa" ea•
te juicio con loa estrados del juzgado.
·, ,
,1
México, Marzo 27 de 1865.-Lic. P~~,.
•
~ii-as-i
1

LA

0

VIII.
ÜORECHA.
La cosecha ó corte de la caña debe hacerse cuando esta esté en todo su
vigor-y ~adurez; ;s decir, cuand?' tengamayorcantidad de mate~a azucarada; y varia en la epoca y en el tiempo ~ue dura, segun hayan temdo que reeembrarse mas ó menos estacas, y se ejecuta con gruesos machetes cortantes, dando un solo tajo oblícuo á las cañas¡ las que se conducen en seguida á
la hacienda para eatraerle~ el azúcar.

........

1

t

INTERESANTE.

f ,¡

Debiendo D. Gil Va.rache salir para Francia, del 25 al 31 del presénte!m'es ·de Ma;zo
avisa á las personas que tengan negocios ó cuentas pendientes con "él, que podrán oeurri~
hasta dicha fecha al café de París, ca.U~ del Coliseo Viejo núm. 18, de las diez á las'doce
de la II!ª!i&amp;na. .
_
.
,
, • · ,,í
-.
.
Participa tam~1en á los duenos de molmos que volvera á Veraqruz en Setiembrjj próximo con un surtido de piedras para molinos, cuya clase será 'fa 'misnía, quizá mejor, aue
las que trajo e¡¡ su últU!lo viaje-y que tan apreciadas fuerón por 'loé conocedores,
1t
213-7s-5

TlUBUNAL DE COJIERCIO DE !IEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Ponton hermanos; ' contra D. Leonardo La•
redo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á·dicho D.
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince días se presente por si ó por apoderado inatr~ido y eepe!1™1o, á ~ontes,tar la deman_da¡ apercibido de que no 11aciéndolo,
6!1 1u ausencta.y. rebeld1a-se contmuaran loe prooedinuentos liasta prónunciar y ejeeutonar la sentenc11.
,,
,
México, Marzo 21 de 1865.-José llfarta Cardeñá, Oficial 2?, eacargiido de )a Secre.
tarla.
·
· ,
216-Ss-5
1UZGADO 4~ DE LO CIVIL.
En loe autos del intestado de D. 'Leonardo Gonzalez se ha mandado pór el Sr. Juez •~
de lo civil, Lic. D. Evaristo Reyes, se llame por 1oe periódicos á las per,sonas que ae orean
con derecho á los bienes de dicho intestado, á fin de que se presenten en el J uzgaa,0 á
dedaoirlo dentro de treinta diaa o•intador desde la fecha. México, Marzo 21 de 1865-E
Escribano público, Antonio Campos dt la Vega.
203-&amp;..:.a ·

IliPRENT4 DE J. M. ANDRADE. Y F.
I.UOt J&gt;JI 1-U 40178'11', 1'VX, l.

ESCALANTE, ·

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caña de azúcar</name>
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        <name>Chambelan</name>
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        <name>Grados militares</name>
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        <name>Habilitación de edad</name>
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        <name>Hospicio de Morelia</name>
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        <name>Junta de colonización</name>
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                    <text>DEL
'

..

'DIARIO
TOIO l.

IMPERIO

MEXIOO: Jueves 30 de Marzo de 1865.
SUMARIO

a

PARTE OiICIAL.-Decreto abolle,¡¡do todas las disposiciones relat.lvas los asce111os por tiempo e11 lps
cuerpos de Artlller!a é lngenleros.-Aprobac!on relativa al coeto del vapor H08(Ju4to para el servicio de la
barra de Tamplco.--Orden sobre petlclon de Indulto del Sr. ..upllcueta.-Clrcular a los Administradores
principales de rentas sobre lo que deben hacer en virtud de la nueva divls!on territorial
NOTICJA DIPLOMATICA.--Oarta del Rey de Hannover al Emperador de México,
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-De Jall.sco sobre u.¡)&amp;Obra en Lagos.
DOCUMENTOS.-Basajeros llegados aVera.cruz en el mes de Febréro.-Elecolon de un Diputado y dos
,uet.itutos para la D!putaclon territorial de minería de 7Jmapan.-Comun!cado del Sr. Martlnet del Rlo
sobre el tifo.
3§;;a;;;;!!!E;;;;;;;;;;;;;--;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;:;;;;;;;-;:;;;;;;;;:;;;;;;;--;:;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;s;;;;;;5;;;;--:,!!!!;;!~

PARTE OFICIAL.
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.;.c._;;_;_;;,.;.;.;...:....:..:c;__

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXIGO:
Considerando lo perjudiciál que han sido al buen servicio y disciJina
de Nuestro cuerpo de artillería los ascensos por tiempo conP
.
d
.'
'
cedidos _á los ofi c!ales llama_ os prácticos, pues que muchas veces ha
acontecido que simples capitanes han temdo el mando sobre coroneles de infanter[a:
Considerando que por los efectos y gracias concedidas por la ley
de 26 de Abril de 1816, y Reglamentos de 838 y 846,' los capitanes
de artillería prácticos, no tienen ninguna necesidad de estudjat y
adelantar sus conocimientos para obtener un ascenso, pues con esperar un cierto núniero de años llegan á alcanzarlo; y
Considerando, por último, que esas mismas leyes se han hecho
_ilusorias, porque jamas se ha esperado, 6 al menos en muy pocos casos, á que un fodividuo sirva el tiempo prevenido por aquellas para
adela.ntarlo en su carrera, sino que se han concedido esos ascensos
por motivos diferentes:
HEMos venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
1? Queda abolida la Real 6rden de 26 de Abril de 1816, así como
los Reglamentos de 838 y 846, y en general cualquiera 9isposicion
que prevenga que por tiempo de servicios se conceda á los capitanes
prácticos de Artiller[a 6 Ingenieros, ascensos á tenientes coroneles y
coroneles de infanteria.
·
·
2? Los ofiéiale~ de Aryillería é Ingenieros serán todos facultativos,
y por consecuenma segmrán su escala en sus cuerpos respectivos.
3? Las vacantes de subtenientes se cubrirán con alumnos de la
Escuela militar, que seguirán despues los cursos prevenidos en la
Escuela especial de Artillería é Ingenieros; pero un tercio de dichas
vacantes se cubrirá con sargentos cada dos años, siempre que tengan
los conocimientos requeridos.
·
4? Los·-0fieiales de Artillería é Ingenieros que en clase de prácticos pertenecen hoy á estos cuerpos, seguirán en ellos; pero 'solo podrán ascender ~asta capitanes en su escala de prá~ticos, pues para
pasar á gefes, tienen q~e ~cender en su_ cuerpo, y por consigufonte
posee! todos los ~onommientos ~ecesarios. El que no se aplique y
estudie ~~ pasará,, en consecuenma, del grado de capitan.
El Mimstro de Guerra queda encargado de la ejecucion de este
decreto.
.
Dado en el Palacio de México, á 26 de Marzo de 1865.
(Firmado) MAXIMILIANO.
Por mandato de S.M. el Emperador,
El Ministro de Guerra,
(Firmado) Jua,n de D. Peza.

NUM. 74.

IIINISTERIO DE GUERRA.
l ~ DmEccroN.
México, Marzo 28 de 1865.
• s. M. el ..Empe'rad.or, á quien d[ cuenta con el ocur1:io de D. Fran,M
t"
CJS?º. ana_de Azplicueta, que _v. s. me rem_ iti6 en 9 del que rige,
so11c1tando m du)to, por haber s1do aprehendido entre los disidentes
de la villa de Q~íroga: ha' ~enido á bien acordar: que no se puede
a.e-cederá lo pedido por el interesado, porque éste volvió á enti:_ar en
relacion_es con l?s disidentes, s1~ndo ocupado por ellos despur,s de·
haber s1d~ anteriormente indultad.o; por cuyo motivo la justicia"" de,b~rá segmr su ·c?rso en es-e neffºCl?·:-Dígolo á vd. para su conocí~
~mento Y ~l del mt?resado.-E ~mi_St r0 de Guerra, Peza.-Sr. 'Pre1ecto polítwo de Michoacan.-Moreha.
Es copia. México Marzo 29 de 1865
'E'
.
·
, Subsecrf\tano de Guerra,
(Firm_ado) J. M. DuRA;N.
_
...
,....,,..._ _
ENIS'PERIO DE JIACIENDA.
1
8Ec010N 1~

Circular núm. 47.
México, Mar; o 21 de 1865.
. En el Dianb del Imp~, núm. 59, fechá 13 de este mes, se hal]a
1~s~r~o el decreto _esp~dido por S. M. el Emperador en 3 del mismo,
d~v1d1e?do el Ter~tºfl:º en cincuenta Departamentos para su admimstra~ion económica; mterio,)Jir
Como la espresada' division debe observarse no solo por lo·rejativo al 6rden po1itico, sino tambien en todo lo tocante al ramo de Hacienda, quedando las administraciones de rentas, receptorias y subre~eptoria~. que ha~a. den~ro de los límj~s de cada Departam1nto,
baJo el cm?a~o y ~1gilanc1a de las adm1mstraciones que residen -en
las re~pe_ctivas cap~talei, las. guales han de desempeñar las funcioneJi
de pnnmpa1es, segun está dispuesto por punto general en el art. 6?
del decreto de 2 de Junio de 1853, prevengo á vd. que sin demora
alguna haga las prevenciones oportunas á los administradores de rentas que hayan de quedar bajo su conocimiento por hallarse en 1a
deJ:?arcacion _del Dep_artamento ae ......... _. : pará que en lo suces1vo se entiendan d1rectamente con la oficina del cargo de vd., considerándose dependi~nt~s de ella, tanto para el entero de los product~s y envío de cortes_ de caja y demas documentos que están pr11vemdós para la centrahzacion de las cuentas, como para las consultas
que_ l~s ocurran en los'"Casos dudosos que se presenten, y dirigir las
not1cias que deban comunicarse á la administracion principal 6 al
Gobierno en su caso. •
Al hace_r las indicadas preven?iones cuidai:á _vd. ~uy particularmente de md~gar con toda exactitud las admm1strac10nes, rec'Eiptorí~s y subreceptorlas qu~ _hay en_ la nu~va dem~rcacion de ese prop10_ Depan:amento, rem1tiendo sm pérdida de tiempo á este Minist~no, para ~ue tenga el conocimiento que le corresponde, una noticia ~ener,al en que se comprenda todo el número de lasniencionadas ,
oficmas.
Lo que comunico á vd. para su pu:itual cumplimientq.
El Subsecretario de Hacienda,
,,,
(Firmado) FELIX CAMPILLO.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Aprobamos el gasto ~e $ 7,774 7~ cs. que hay de diferencia en: Sr. administrador principal de rentas de ... _.:
tre los $ 28,000 concedidos por Nuestro acuerdo de 3 de Setiembre;
Y el valor t~~al de ~ 3~:774 73 cs. que ha. tenido ~e costo el vapor
r~molcador Mosquito, qomprado á la Compañia rnglesa de TamNOTICIA DIPLOIIATI~A.
p1co, para el servicio de la barra de aquel puerto.
Dado en el Palacio de México, á 26 de Marzo de 1865.
CA:RTA DE S. IIL EL REY DE HANOVER.
,
.
Ilustre
y
poder~so
Príncipe:
(Firmado) MAxIMILIANo.
~i muy querido hermano y primo. Por la estimable .carta deJ Y11sistra
Al Ministro de Fomento.
Majestad
Imperial de 27 de Junio del presente año, Ife visto con mucho
Por mandato de S. M. I.,
gusto que despues de haber aceptado en el castillo de Miramar el 10 de Abril
El Miniatro de Fomento,
último, la corona ofrecidfl á Vuestra Majestad, por la gran mayoría del pue' (Firmado) L_uis Robles Pezuela.
blo mexicano, tomásteis posesion solemnemente del Trono, como Empera·

�..

298

DIARIO DEL IMPERIO.

dor, el 12 de Junio, en presencia de las Corporaciones de la Capital y de los
Diputados de los Departamentos: Por este acontecimiento tan feliz, que será para la nacion confiada a1 amparo de Vuestra Majestad Imperial, una era
llena de bendiciones, Me apresuro á felicitaros sinceramente, suplicando á
Vuestra Majestad Imperial Se digne estar convencido de lo mucho que aprecio las relaciones amistosas que existen entre nuestros dos países, y de que
Mis esfuerzos tenderán siempre á mantenerlas y hacer que se estrechen cada vez mas.
Con los ~ese~s mas íntimos de que Vuestro reinad? sea de larg~ dur~cion
y de una dicha imperturbable, Os ofrezco las seguJ'ldades de la mvar1able
amistad y perfecta estimaeion con que soy,
De Vuestra Majestad Imperial,
Vuestro hermano y primo afectísimo,
(Firmado) ,TonoE, REY.
Hensenhnusen, Diciembre 14 de 1864.
(Refrendado) Adolfo,
Conde de Platen y Hallermund.

PARTES.. DE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO- DE .FOIIENTO.

'

1

Prefectura política superior del Departamento de Jalisco.-Seccion 2~-Núm. 4.-Gu,adalaj;i.ra, Marzo·18 de 1866.-Exmo. Sr.Con fecha 14 del corriepte me die~ el Sr. Prefecto político de Lagos,
lo q1,1e copio:
, ''Cumpliendo co1:1 lo pi:evenido por el Exmo. Sr. Ministro de FoTQento en su comunicacion de 27 de Jfebrero último, que en copia
remití á vd. con mi comunicacion de 7 d~l presente, pretendí un
arreglo con la dueña de la huerta situada á la ori11a del rio, contigua
al puente, por cuya parte de terreno inculto debe establecerse una
de las .rampas de este; pero habiendo resistido su apoderado toda
clase de arreglo, ayer he procedido á destruir un cuarto de adobe
fabricado sobre un puente que fué construido por mí en el desagüe
de la máquina hace cinco años, con dinero destinado á la continuacion de la obra del establecido sob,re el z:io, y hoy se han comenzado
las cortinas, que pronto quedarán terminadas. Aunque he deseado
formar inmediatamente el espediente que la ley previene, no me ha
sido posible efectuarlo por haberse negado la relacionada dueña del
terreno ocupado á acreditar su propiedad y á esponer las razones en
que ha fundado su negativa.-Me parece oportuno consignar en esta comunicacion que el cuarto que estaba sobre el puente, y que
ayer be destruido, se ha fabricado desobedeciendo la órden de suspension de la obra, dada en su principio por una comisfon del Ayuntamiento y por el Juzgado de letras, á ~edimento del Presidente de
aquel ilustre cuerpo.-Con lo espuest&amp;, espero se servirá vd. dar
cuenta al Sr. Prefecto superior politioo del Departamento, para que
si á bien lo tiene, se sirva elevarlo al conocimiento del ~xmo. Sr.
Ministro de Fomento."
Y tengo el honor de trascribirlo á V. E. para la resolucion que
estime conveniente, manifestándole que ya se previene al Prefecto
de Lagos que á la mayor brevedad organice el espediente relativo á
est~ importante negocio, y luego que lo reciba dicho funcionario,
daré cuenta con él á ese Ministerio.
·
· .Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefecto político,

, (Firmado) MARIANO
Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-México.

MoRETT,

DOCUMENTOS.
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
N0TICia de los pasajeros llegados á Veracruz durante el mes próximo pasa- do., con espresion de su nacionalidad y sexo.
,

11
JOt

1,

Hombres.

Españoles.. _.... _.......... : ••
Francese~ • . . • • • _.., . _.• . _; . _..
Italianos. _
Alemanes.. __ . _.. _.· .. ·. _.. ..• .
Ingleses. _. . ___ __ . ____ • __ - -. .
Mexicanos ___ . __ . _·_- _... - .. -.
Americanos •.•.. __ : ... -- -- - . Austriacos __ _. \ _.. _... ... • -. Prusianos. ______ '. __ .. _.. - - - . .
0

__ • • • • __ • • • _ • • • • • • -

Mujeres.

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2

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3

197

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6

Resúmen.

Hombres •.. : .••. ____ .• _: .... 197
Mujeres ... __ ... _. __.. __ . __ . . 6
TotaL _- ..... _. . . 203
México, Marzo 29 de 1865. •
El Gefe de In Seocion de Cancillería,

·

(Firmado) J. H.

MINISTERIO DE FOMENTO.
En el Mineral de Zimapan, á los seis días del mes de Marzo de mil

ochocientos sesenta y cinco: En virtud de la convocatoria que previamente se circuló á todos los mineros de esta demarcacion, á efecto
de que concurriesen á nombrar un Diputado y dos sustitutos de esta
territorial de minería, para reemplazar á los que han cumplido su
bienio, se reunieron en el lugar designado, á las diez del dia, los que
despues se espresarán, y presididos por los Sres. Subprefecto del Partido D. Luis Noeggerath, y Diputados D. Rafael Rodríguez y D. Miguel Basualdo, hallándose tambien presentes los Sres. sustitutos D.
Evaristo del Rello, D. Anastasio Escalante, D. Eulalio Santos y D.
Benito Lora, antes de procederse á la eleccion se leyó por el,Secretario nombrado provisionalmente para el objeto, la órden superior
que previno tuviese verificativo dicha eleccion en los primeros. dia~
de Enero, y los artículos relativos á ella contenidos en el titulo segundo de las Ordenanzas del ramo; siendo de advertir que en .aq'uella
fecha no se efectuó por razon de qoe estando la poblacion ocupad&amp;
por fuerzas disidentes, no se disfrutaba de tranquilidad ni se consiguió reunir á los rnineros.-Consecutivamente se dió principio á la
eleccion del Diputado, en votacion secreta por medió d~ papeletas que
los votantes introducían en llna urna puesta sobre la mesa, y leidas·
despues en voz alta por el Sr. Presidente, obtuvieron D. Mahuel
Gomez catorce votos; D. José Luis Chavez, seis; D. Emeterio Mendoza, tres, y D. Rafael Miranda uno, por lo que quedó elegido el Sr.
Gomez.-En seguida y bajo el mismo órden se hizo la de un susti~
tuto, reuniendo D. Félix Angeles seis votos; D. José Luis Chavez,
cinco; D. Mariano Martinez, cinco; D. Rafael Miranda, uno; D. Emeterio Mendoza, uno; D. Evaristo del Rello, tres, y D. Anastasio Escalante dos; mas no resultando mayoría, ni debiendo ser reelegidos
los dos -últimos, por prohibirlo el artículo doce del titulo citado,: se
procedió á la segunda eleccion, en la que obtu_vieron D. Félix Angeles quince votos; D. José Luis Chavez, siete, y D. Mariano Mar-.
tinez uno, resultando una papeleta en blanco, por Jo q~e quedó ele-.
gido D. Félix Angeles.-Por último, se hizo la del otro sustituto, en
la que reunieron D. Mariano Martinez ocho sufragios; D., Emeterio
Mendoza, seis; D. José Luis Chavez, cuatro; D, Rafáel Miranda,i.tres',1
y uno D. Praxedis Lora; mas no resultando mayoría, se ·repitió '1a,
eleccion entre D. Emeterio Mendoza y D. Mariano Ma:rtinez,·reuniendo el primero diez votos, doce el segundo y dos. papeletas en - 10
blanco, quedando nombrado el Sr. Martinez. Y, fo1:man la Diputacion territorial actualmente los Sres. Diputados D. Miguel Basualdo
y D. Manuel Gomez, y sustitutos D. Eulalio Santos, D. Benito Lora,
D. Félix Angeles y D. Mariano Martinez..-Concluida la. espresada
eleccion, se les espidió á los electos sus respectivos nombramientos
y se disolvió la Junta, que la componían, á mas de los Sres. Subprefecto y Diputados q-1,1e la presidieron, los Sres. sustitutos que se han
mencionado y los demas mineros D. Manuel Gomez, D. José Luis,
Chavez, D. Praxedis Lora, ú. Mariano Martinez, D. Emeterio Men-·
doza, D. Francisco Leon, como apoderado del Sr. D. Ismaél Castei.•
lazo, encargado de las negociaciones de la Compañia del Mineral del
Monte; D. José Ramirez, D. Rafael Miranda, D. Pedro Nava, D. Zenon Salazar, D. Manuel Resendes, D. Juan Resendes, D. Francisco
Montes, D. Emiliano Recendes, D. Benito Nava, D. Ignacio Lozano
y D. Juan Garcfa. Estendiéndose en seguida la presente, de que se
remitirá copia á la superioridad, y la firmaron los señores que presidieron dicha Junta por ante el Secretario que da fe, y de que se ha
asentado en papel comun por no haberlo sellado en la oficina de su
espendio en este Mineral.-L. Noeggerath.-Rafael Iwdriguez.-José Mig1tel Basuald{}.-Julio }barra, Secretario. ·:
•·
·,
Es copia de la original que obra en el archivo de la. J?iputaciohl
territorial de esta Cabecera, á que me remito y certifico. Zimápan,
Marzo ocho de mil ochocientos sesenta y cinco.
u,.
.
- (Firmado) NoE~dERATH: 1, ~ ')
(Firmado) J1tlio }barra, Secretario.
.(,.,(,,,, r)
0,f1r,&lt;r

,.

8

17
31 .

DIARIO DEL IMPERIO.

MANERO,

Señores redactores del IJiario Oficial.-Milan, Febrero ~ de 1865.Muy señores mios: Con mucho sentimiento h&amp;sab\~ qué actualmente reina una epidemia de tifo en varios puntos del Imper10; y deseando mitigar
los estragos de 'semejante calamidad, suplico á vdes. que me hagan el favor
de publicar las observaciones que paso á presentarles, co.n referencia á un
remedio á la vez preventivo y curativo, no solo dfi dtch'.1- epferm~dad, &amp;ino
tambien de todas aquellas que suponen alguna fer~entac10n morb1fica y (\On1
siguiente alteracion de la sangre.
Conviene esplicar en primer lugar que el orígen de ciertas enfermedades
se atribuye en el día por algunos facultativos á la alteracion que produce
en la sangre una verdadera fermentacion, del todo anájoga á la ·que se observa en las materias orgánicas fuera del organismo vivo. Apoyada esta ldea
por la respetable autoridad del Dr. Claudio Bernard, ha sido luego cqrµirmada por las interesantísimas y .numerosas esperiencias que de diversas maneras se han practicado, introduciendo en las venas de algunos perros, ya la
sangre de otro animal en estado muy avanzado de putrefaceion, 6 ya algun
pus muy corrompido, etc. Pero no bastaba para el bien d¡l ,la humigüd,ad el
simple conocimiento de los efectos desastrosos que prodn&lt;!e la fermentacion
de la sangre¡ faltaba descubrir el modo de conte¡¡,er1 de dominar, y aun de
.

}

'

299 .
-&lt;

r

f

impedir esa fermentacion, y esto es pre~is~mente lo Jue ~a cons~g~ido el
N. B. La preparacioli de- éstos sulfitos es IJlUY facil 'y séncilla. Basta. ha,.
distinguido Dr. J;&gt;olli, catedrático de qmm1ca en el Instituto Tecmco de cer pasar una corriente de gas ácido sulfuroso lavado, por medio de un aparato de Woulf, en una solucion de carbonato de ,sosa (sosa cristalizada), 6
Milan."
, ''
.
·
.
Segun la opinion de Bernard, no era. ~os1?le conte~er la fermentac1on de en una leche de carbonato de magnesía, ó de magnesia cáustica, desleída en
la sangre por medio ele los 11.0'entes ant1sept1Cos conocidos, ya que estos •no agua, hasta el punto de satUJ"acion. ~l sulfito de sosa, que es muy soluble
"
d
' lac10~
' de una maner'."
se pueden introducir en el torrente
e al
cn:cu
a .qu~ en el agua, se hace cristalizar evaporando la solU(~ion: el sulfito de magnesia,
sea compatible con la vida.'1 No_obsta~te, qms~ ~ver1g~ar el Dr. P_olh, s.1 que es poco soluble (ya que exige 20 partes de agua), se,precipita casi compor ventura no conservaría la m1sm~ virtud el ac1do sulfuroso, ~ue ~1ene so- pletamente; bajo una forma arenosa, en. pequeño~ cristales granulosos, que,
bre las fermentaciones al estado de libertad, en estado de c~mbmac10n con se recogen, se enjugan ,sobre un filtro y se dejan, secar. '
:
los álcalis es decir en la forma de sulfito, y con este fin emprendió una seI
rie de esp~riencias; que pu?lic'ó de un~ mane1:a m~y c_ircunstan~iada, y cuyo --- resultado 110 podia ha~er sido mas sat1sfactono. S1gm_endo su eJemplo, otros
facqltativos apliC&lt;'.rorJ el uso de las sul~tos de mag~es1a y de sos~ al tratamiento de algunas enfermedades mas o menos malignas, como tifo, afectos
:: . :....· ....
puerperales fiebres eruptivas, intermitentes, etc., y con tan feliz éxito, que
DIL I1'TERIOR.
el-número de ensayos clínicos ha ido creciendo al grado de formar en el día
Dlas y horas en•que salen
Olas y horu en que entran
una autoridad muy respetable.
LINEAS.
de México. "
·
• á. México.
1
Parece, pues, imposible el impone1:'se de los ?e~hos clíni~s que se h~n
'
r
observado en diversos puntos de Italia, en la Belg1ca, en Egipto, etc., sm De México para Arroyoza.rco.
'!'(
\.
S. Juan del Rio.
quedar convencido de la virt4d que real y verdaderamente poseen los sulfi"
,,
Querétaro.
Lúnes, Miércoles ·y Mártés, Juéves'y Sátos para combatir y tambien para evitar el desarrollo de ciertas enfermeda,,
Viernes á las 4 de , bados, entre 5 y 6
Salamanca.
des. Por otra parte, su accion fisiológica1 que ademas de antif~rmentativa y
la maflana.
de la tarde. . ,
Guanajuato.
"
desoxidante, es ligeramente evacuante? leJOS de pugnar con las ideas generalLagos.
",,
menté admitidas en cuanto al tratamrnnto de muchas de esas enfermedades,
Guadalajara.
mas bien concuerda con ellas, y muy particularmente con referencia al tifo. De. México para Arroyozarco.
_ _ t...._,Tl"TT r
Me parece pues incuestionable, que el uso de los sulfitos es muy conveS. Juan del Rio. ,
.._ , J , ...
niente para ei trat~miento del tifo, y sobre todo, como profiláctico de esa
"
Qnerétaro.
pefürrosa enfermedad. Bien considero los escrúpulos que tendrán algunos
"
S. Miguel.
Mártes, Juéves y Sá- Miércoles, Viérnes y
"
facuitativos para adoptar este nuevo tratamiento del tifo, mientras no lo haDolores.
hados, á la&amp; 4 ele la
Domingos, entre 5
"
matlan·a. - "
y 6 de la tarde.
la Quemada.
ya sancionado plenamente la práctica general; pero seria insensatez negarse
"
S. Felipe.
á emplear un arbitrio tan sencillo é inocente como simple medio preventivo
.,"
Jaral.
del tifo y de las •demas enfermedades que hemos indicado mas ar1·iba, y
S. Luis Potosi.
tambien del vómito.
"
:J.
DE TOLUCA.
Aunque otros sulfitos, como los de amoniaco, potasa y cal, poseen la misma virtud, es preferible el sulfito de magnesia para el uso interno, porque
Todoslosdias, (!Scep- . Todoslosdias., escep
tiene muy poco sabor y lo toleran muy bien las vias digestivas: el sulfito de De México para Tolt1ca.
to el Domingo, ñ · ·to el Domingo, en- &gt;
1 tre 2 y 3 de~a tardé
sosa es muclio mas soluble que el de mágnesia; pero tiene un sabor fuerte y
~ las '1 de la matlana.
deságradable; por lo cual conviene mas bien para el uso esterno: tiene ·tamDE KOlllLIA.
bien la ventaja de ser muy barato.
De
México
para
Toluca.
A continuacion agregaré las instrucciones que el mismo Dr. Polli me ha
Ixtlahuaca.
Lúnes, ,Miércoles . y Lúnes, Juéves y Sácomunicado para el uso metódico de estos medicamentos, y tambien procuMaravatio.
Villrnes, á las '1 de- bados, entre 2 y S
raré remitir al Exmo. Sr. Ministro de Fomento varias Memorias que tra-.
"
Acámbaro.
la manana.
de la tarde.
tan de esta materia, para que, por su respetable conducto, se propaguen las
"
MorelÍa.
J
luces que ellas encierran.
"
DE AJIECA Y CUÁUTLA.
Celebraré infinito que todo sea con buen éxito; y me anticipo á dar á
1 \
•
vdes. las mas espresivas gracias por la insercion de este comunicado, ofre- De l{éxico para Cha.leo.
·
1
Mártes, Juéves y Sá• L~es, Miérboles y''r.
ciéndome al mismo tiempo á las Órdenes de vdes. como su ate¡¡to servidor ,
,,
Ameca,
~ hados, á las 6 d'e 111
Vi~rn.¡if, en,íi;e '8' y
Q. L. M. B.'-Pablo .Martinez del Rio.
,,
Tenango.
4·dé In t.arde. ' ·
J ~anana. ·
Cuaut.la.

SERVICIO DE DILIGENCIAS.-

f

1

0

.•

•

l

iNSTRUOOION DEL DR. PoLLI PARA EL USO DE LOS SULFITOS.

l. 0 Los sulfitos mas activos y los que mejor tolera el organismo, son los
de magnesia y de sosa.
~
.
2. 0 La dosis es de 15 á 20 gramas en las 24 horas, para los adultos, y
la mitad para los niños.
El sulfito de magnesia se administra en polvo, es decir, en papeles de 2
á 3 gramas cada uno, en un poco de agua. El sulfito de sosa en solucion, en
algun cocimiento mucilaginoso, y endulzado con algun jarabe aromático.
3. 0 La solucion de sulfito de sos~, en la proporcion de una parte de sal
y diez á quince de agtia, puede servir para lavativas y para el usq esterno,
para la cura,cion de úlceras fétidas ó gangrenosas, etc.
4. 0 Nunca se deberá administrar junto con los sulfitos, ó ·poco,despues,
ninguna bebida que contenga algun ácido, aun cuando solo f~era vegetal,
como jugo de limon ó de naranja, jarabe de grosella, tamarindo, cremor de
tártaro, etc., sino únicamente agua pura, horchat_a ó alguna otra especie de
emulsion, leche, etc.
5. 0 Si hay eructos ácidos ó sulforosos despnes de tomar este remedio,
como stiele suceder por motivo de algun ácido gástrico escesivo1 es preciso
mezclar con el sulfito algun poco de magnesia cáustica (media grama en cada papel), si se trata del sulfito de magnesia, ó bien de dos á ,tres gramas
de magnesia para la cantidad de solucion de sulfito de sosa que se deba beber en las 24 horas.
6. 0 Si hay diarrea ó evacuaciones demasiado frecuentes, antes ó despues
de administrar los sulfitos, será preciso agregar un poco de opio ó de láudano.
7. 0 . Para el tratamiento profiláctico, 6 sea preveµtivo de la enfermedad,
se administra, dos veces al día, es decir, por la mañana y por la noche, una
toma ~e tres á cuatro gramas de sulfito de magnesia, dejando un intervalo
de dos ,horas antes ó despues de los alimentos; ó bien se administra cada
no?he a· la hora de acost:arse, de cinco á ocho gramas de sulfito de sosa, en
una sola t'oma, en alguna ligera infusion aromática, por ejempb en un poco
de té. Este ~ra~mien1i? puede sufrir suspensiones de 24 á 30 h9ras, y aun
frecuentes, sm nmgun moonveniente ya que el remedio tarda mas de dos
días para ser completamente evacu;do.
8. 0 _Para el tratamiento cura!i"? se administra un papel de sulfito de
magnesia cada dos ó tres horas, o bien la solucion de sulfito de sosa á la dosis ya indi~~a. E~ caso de vómitos repetidos (sobre todo si se tratare de
curar el vomito prieto), se hará uso de la solucion de sulfito de sosa en lavativas, segun se ha esplicado ya en el número 3.
9~ La lengua. se~ Y_ rajada, las encías fuliginosas, etc., no constituyen U~mas una ?ontr~md1cac1?n ~ara el uso de, este remedio, ya que, bajo el infiuJO
de su acc1on, siempre d1smmuyen esos smtomas.
10~ El trata~iento pór med!o de lo~ sulfitos es compatible con toda otra
clase de tratamiento, como el smtomát1co 6 puramente paliativo esceptua.n·
qo úni()llmente el uso de todo ácido,
'

"

-DE 'PU;DLA.

JTodos los días á las 4 Todos los los clias, en¡ 9e la ma1iana. . . . tre ó y 6 de la tarde

D~ México para Puebla.

,

DI VIBACBVZ.
De México para Ayotla.
,,
S. Marti11.
,,
Puebla.
Todos los día$, escep- Todos los dias; escep,,
S. Ag. del Palmar.
t.o el Sábado,. á 1~
to ~l l{ártes, entre ·
Orizava.
4 de la manana..;
5 y 6 de la tarde.
",,
Córdoba.
,.
Cama.ron.
~1 1
il'

.

DE A.Pil.,

--)

11

I

De México para S. Jnan Teotihuacan Lúnes, Miércóles y: Mártes, Juéves y Sá"
Otumba.
~ Viernes á las 6 de
bados, entre S y 4 .
,,
Guarda.
. la ma1ia~a_
,
de la tarde.
.,
Aparo.
J (

DE PAcmJCA YTUUNCilfGO.

De México para S. Oristóbal.
,,
Oznmbilla.
Tizaynca.
"
Pachuca.

"

•

Para el primerpuntó Del ·primer punto t.otodos los dias, esdos los dias, escepcepto el Domingo,
to el Domingo, en· á las 6 de la man.
tre 8 y4de la tarde
Para el segundo pun- Del segundo punto, .. ,
to, Lúnes, MiércoMártes, Jn~ves y
les y Viérnes á las
Sábados, entre 8 y
6 .de la maflana.
4 de la tarde.
·1

f

l

, DI CUIRBAVACA.

De México para Tepepa.
Guarda.
",,
Huitzilirc.
,,
Ouernavaca.

y

Lfules, Miércoles y llártes, Juéves SáViernes, á las 6 &lt;le
bados, entre 8 y 4
{ lama.nana.
de la tarde.

.

.

DE P1JDLA A llUilUITLA, ••

u

Dlaa 1 horas en que salen Dlas y horas en que entran
de Puebla..
.
á Puebla.

LINEAS.

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáViérnes á las 6 de
bados, entre 3 y.4
de la tarde.
~ la mafiana.

De idem para idem._

DE G1J.ANAJ1JA.r0 A LEON.

De ídem para idem.
México, Enero '1 de 1865.

1

Mártes, Juéves y Sá- Lúnes, *iércoles y,1
bados, á IM6 de la
Viernes, entre 1 y
mane.na_
2 deJa tarde.

l

')

�.DMRIO DEL L\fPERIO.
1T

, SERVICIO DE CQRREOS.

ENTRAPA Y' SALIDA DE CORREO.S EN LA AmlINIST&amp;ACION GENERAL DE ESTA

.

CAPIT.U.

LLEGA CORUSPONDENCI.A:

TRillUN.AL DE COMERg!O DE MEXICO.
En loa autos de concurso á bienes de D. Gustavo Halfen, este TrilÍunal, en auto de h.oy,
ha nombrado sindico administrador de dicho concurso á D. Eugenio Maillefert, en sustl'tucion de D. Luis Comeille, que lo era, á quien deja en su buena opinio11 y fama; mandando se cit,e de nuevo á todos loe acreedores de dicho concurso, para que presenten al
sindico nombrado, D. Eugenio Maillefert, los comprobantes de sus créditos, en el término
de quince dias.
Lo que pongo en conocimiento ~e los interesados, cumpliendo con lo mandado.
México, Marzo 23 de 1865.
·
José Maria Cardeña, encargado de la Secretaria.
223-3s-2
JUZGADO 4? MENOR.-1\' DE SANTO DOJIIINGO NUM. 8.

J UEVEs.-De Texcoco, Ayo'tla, Sa~ Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
Orizava, Córdoba, 'Veracrúz, ',('a~mbaya, Le¡;ma, Toluca, Tenancingo, Ixtla,.
huaca, San Felipe del Obraje, Mineral del rOro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo,
Teotihuacan, Otumba, Aparo, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, SoyaORDEN,
niquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, Guan3:juato, Lagos,
Por ignorarse el domicilio de D. Ramon Mont&amp;ñez, se le cita y emplaza por la presente
Aguascalientes, Gµa4t~jara,~t~ , J?11tangó} Tu),á, TlMpam, Cuernavaca. para que en el término da diez dias, contados des~e la primera publicacio)l de este aviso,
SE DESPACHA CO1lRZ:SPONDENCIA
HASTA LAS

9 DE LA ÑOCHE.

JuEvEa.-Para Texcoco, Ayotla, San Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla, Orizava, Córdoba, Vera.cruz, Tacubaya, Lerma, Tolµca, Ixtlahuaca, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Mar.avatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal EC'-atepec, Pachuca, Tulaneirrgo, Teotihuacan,
ÜtUIJ;lba; Aparo¡,Tlalpam, Cuerna.vaca, Tlalnepantla, Cuautítlan, Tepeji del
Rio, Tula, lxmiquilpan, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan: del Rio, Querétaro, Guanajuato, Lagos; Aguascalientes, Guadalajara, Zacateeas, Duraugo.

comparezca en este Juzgado á conrestar la demanda que enjuicio verbal sobre pesos le
promueve D. Jua!lAdalid; apercibido de darse por conrestada h1 demanda, siguiéndose ea-te juicio con los estrados deljuzgado.
México, Marzo Z'/ de 1865.-Lic. Poulet.
221-3$'-3

'- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ' - - - - - - - -

INTERESANTE. Debiendo D Gil Varache salir para Francia, del 25 al 31 del presente mee de Marzo
avisa é. _las personas que _tengan ~egocios ó cuent~s pen!1i:ente_s con él, que p?&lt;l,rán oourri; ·
h1111ta dicha fecha al cafe de Pana, calle del Coliseo V1eJo num. 18, de las diez á las doce
de la mañana.
·
Participa tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre próximo con un surtido de piedras para molinos, cuya clase será la misma, quizá mejor, que
las que trajo en su último viaje y que tan apreciadas fueron p_or los conocedores.
2l3-7s-6

ANUNCIOS OFICIALES.

TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Pont.on hermanos contra D. Leonardo Laredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á dicho D.
AYUNTAMIENTO DE ItlEXICO.
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince dias se presente por sí ó por apoNúm. 778.
deradv instruido y espensado, á contestar la demanda¡ apercibido de que no haciéndolo,
en su ausencia y rebeldía se continuarán los pwcedimientos hasta pronunciar y ajecutoCONVOCATORIA.
riar la sentencia.
·
México, Marzo 21 de 1865.-José Mária Cardeña, Oficial 2?, encargado de la Secre- ·
La Junta de Hacienda ha dispuest.o se CQnvoque por medio de este aviso á los acree- taría.
·
216--8s-6
dores al fondo de amortizacion que tengai'l.' créditos escriturados, líqui4os y reconocido~,
para que ooncurran el dia cinoo del entrante,'á las doce de la mañana, al Salen de CabilJUZGADO DE l'.' INST.ANC1A DEL PARTIDO DE TULA.
dos del EXD\º· A'}'Ulltamiento, donde conforme á lo prevenido por la ley relativa; la esEn
los
autos
promovidos
ante este Juzgado por D. Miguel de Oviedo, en repreaentacion
presada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida, entre los acreedores que ofrezcan mayor rebaja.
de la testAmentaría de D\' Melchora Zúñiga, contra la de D. Mignel Ballesteros, sobre
entrega del rancho de San Isidro Chi~uibatha, á pediment.o de ambos albace11s, he manMéxico, Marzo 28 de 1865. -El Prefect.o Municipal, F. Somera.
dado por otro de esta fecha, se ciren a los herederos de dicha Sra. Zúñiga y D. Eustaquio
Serrano para una junta, que deberá verificarse el 19 del entranre Abril en este propio
Juzg~o, á las diez de la mañana¡ é ignorándose el paradero de los espresados hered.,rós,
los cito por el presente con el fin indicado¡ apercibiéndolos de que de no concurrir el dia y
' .A.N"UNOJ:OS.
hora indicados, por sí ó pc•r apoderado instruido y espensado, les parará el perjuicio .que
haya lugar en derecho.
Tula, Marzo 16 i!e 1865.-Lic. José Jesus DtJminguez.
218--3&amp;-3

AVISO.

'
JUZGADO 2? MENOR DE ESTA CORTE.-EMPEDRADILLO NUM. 6.
El Diario du Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á las doce, menos los
domingos y diaa festivos en que estén cerradas las oficin1111 del Gobierno.
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pediment.o del agente de negocios
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustin.
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jurídico del cesionario d&amp; D. Ignacio Trejo, por el preEl precio de la suscricion aerá:
sente se le cita, para que dentro de ocho dias, por si ó por apoderado instruido y espensado, se presente en este J uzga¡lo á contestar la demanda que-en juicio conciliatorio, sobre
En la Capital, por un mes . . .. . . . . . . . . , ...... .. $ 1 50
pesos, le promueve dicho Cevallos; arercibido que de no verificarlo, se dará 'por intentado
el acto, y se espedirá al actor el certificado.
Id.
id. por tres meses. . .. .. .. . . . . . . . . . . . . 3 00
México, Marzo 22 de 186.5.
En los Departamentos, por tres meses,' franco de
El Juez 2? menor, Lic. Unanue y.Pa?J&lt;!n.
219-&amp;-3
porte .... .. .. ·,............................. 3 75
JUZGADO DE LETRAS DE SAN JUAN DEL RIO.
- En el espediente promovido en este Juzgado por el Sr. Sindico primero del M. I. Ayuntamient.o· de esta ciudad, D. Angel M. Domingnez, solicitando que se manden chancelar
las escrituras de reconocimiento, que en 28 Febrero de L861, y anre el Escribano D. Francisco Ruiz, ot.orgó D. Manuel Casabal á favor de la Adminiatracion de rentas del antiguo
Estado de Querétaro por los capitales legados por la Sra D~ Rafael.a Diaz Torres para objet.os de beneficencia, y son: el de trece mil cien~ sesenta pesos para el eatablecimient.o de
Lós recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincent,ii's, encargado de una cátedra de latinidad y otra de filosofia y compra de libros; el de nueve mil cuatrooientos pesos para auxilio y fomento del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, y el de
esta administracion.
dos mil ochocientos veinte ·pesos para J.&gt;agar un capellan del mismo estableei.níient-0¡ en
vista de no ,haberse presentado ningun mreresado alegando derechos á los referidos capi
No se admiten reclamaciones por falta de ~ecepcion del "DIARIO," sino hasta
tales, y de las oemas constancias que ob1an en el especliente, el Sr. Juez de primerá insel dia siguiente de publicado oada númere.
tancia de este Distrito, Lic. D. Tranquilino de la Vega, con fecha 1 del comentella pronlmciado un auto, cuya parte resohi.tiva es á la letra como signe: "Primero: que el M. I.
T
'1
" Ayuntamiento de esta ciudad, competentemente autorizado por la Prefectura superior
AVISO IMPORTANTE
" política del Departament.o de Querétaro, es parte legítima para inteTTenir en la imposi" cion de los capitales legados por la Sra. D~ Rafaela Diaz,Torres para objetoe de benefi" cenc1a, y son: él de trece mil. ciento sesenta pesos para la institucion de las cátedr11s de
Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16 " latinidad y filos.ofia,1' 'compra delibtbs¡ el de nueve mi1 cuatrocientos pesos para el Hosinelusiv.e, y en ¡manto esté hecha. la. reimpresion se remitirán estos números,, " pita! de San Juan d&amp;Díos, y el ae dos mil ochocientos veinte pesos para pagar un ca" pellan de este establecimientp, procediéndos&lt;i con las calidades que recom¡enda la Preá los suscr-itores que los han pediiro.
( ~ ·, · 1
" fectura de quien ke trata, 1·especto del Hospital. SegundC': que cemo consecuencia de la
Los Gefes de oficipas y otras dependeucjas del Goóier.nq, ,que deban sus- " anterior decl,¡.racion, mandaba y man~ó~ se tilden y chancelen en sus matrices y en los
cribirse•al DuRio, se servipán ·deci:r,: l&lt;&gt; mas pronto posible el número de " respectivos' libros de hipotecas las escrituras de reconocimiento qué erisren en la actuaejempla¡res que necesitan, pai;a q'!le la Administracion del periódico pueda. " lidad por IQ'S precitados capitales, y que otorg6 D. Manuel Casallal c9mo comisario te11" tamentario de la Sra. D~ Rafaela Diaz Torres, en 28 de Febrero de 1861 ante el Escriarreglar ponvenientemente sus trabajos.
" bano, D. Francisco Ruiz, á favor de la Administr~ion de rentas del antiguo Estado d¡¡
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado to- ' Querétaro, c&lt;in especial hipoteca de la haciepda dé' San Clemente, ubicada en esta ju
davía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el impor- " risdiccion, tildándose y anotátidose las respectivas partidas de registro si existieren vite de las ,suscricion~correspondientes á este periodo.
,
..,
' " vas en el de hipotecaa, por estll Juzgado,,actualmente encargado del Oficio público y del
" de hipotecas. Terc6ro: se declara igualmente, que los testimonios de las escrituras an" teriores qu'e puedan aparecer, así como sus endoses y cesiones, son n,ulos, de ningun
JUZGA.DO 2? DE LO CIVll.
" valor ni efect.o, quedando como quedan, rotos, cancelados é insubsi,stentes. Cuarto: puEn los autos ejecufü-os que signe D. Clemente Peimbert, contra D. Higinio Gorostieta, " blíquese el present.e auto por el espacio 'de veinte filas erl el periódico' oficial del Desobre peso~, el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. ManúeLPavon, ha mandado se venda la ha- " 1!art&amp;ment.o y en o.os diarios de· la flel Imperio, para conocimient.o de los interesa
cienda de Huayater;ico, ubicada en la jurisdiccion de Sultepec, valuada en cuatro mil qui- " dos. Qu.jnto: que s~ nQtifi,que lo mandado ~l Sr. Síndico Procur~or primero del M. I.
uient.os pesos; ~eña~do para las 11lmoueda,s los dias seis y veiJ.tiseis del entl!ant,e Abril, y " Ayuntamieu1ci de esta ciudad, D. Angel M. Dominguez, y á D. Gil de Echevama, á
" quien se prevendrá exhiba su certificado de mil.trfoula, que se le devolverá luego que se
cinco de Mayo próxrrno, é. las doce, siendo la última con calidad de remate.
Lo que hago sa,ber al 'público. México, Marzo 24 de 1865.-Manuel Romero, Escribano " tome razon de él en aut.os. Y aesto: que la Secretaría cuidare de acumular á las pre,, sentes diligencias el correspondiente número de ejemplares de los periódicos en que se
público de la Nacion.
'
, /
224-3s-1 ·
" ha~a la publicacion prevenida. pal.'a la debida constancia¡ y techo, archívense las actua" ciones formadas."
CITACION. •
Y cumplienao con lo que se previene en el auto inserto, pongo la presenre en San Juan
No sabiéndose el domicilio de D. José M. Se~a y D. Aguatin López, ni quiénes son los del Rio, a nueve de Marzo de mil ochocientos sesenta y ciuoo.-El Secretario del Juzga193--4a-4
albaceas de D. Jacintó-Ortiz·de la Peñ.a·ym Matj¡arita Peimbert, el Sr. Jue,z, D. Ma- do, Lic. Juan Manuel Diaz BaTTciro.
nuel Pavon, ha mandado ee les vuelva á cita;--ájunta como acreedores de D. José Maria
Noyas, para el dia aeis del entrante Abril é.las doce; bajo el apercibimiento de dictarse la
1 '
medida ó resolucion á que hubiere lugar.
JMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
Lo que lee hago saber por esre aviso. México, Marzo Z'/ de 1865.'- Manuel Romero,
Escribano público de la Nacion.
222-2s-2
:
BAJOS l&gt;.f SAN A.Gtl'ST-IN ':Nlnd. l.

El impor~ de las suscriciones se pagará adelantado.
•
El precio de los anuncios será de cuatro reales por la primera insercion de diez líneas,
Y.dos reales por cada una de. las siguientes, y p1111ando de ese número de líneas, será á premo convencional
"'El precio de loa anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelantado,
sin cuyo requisit.o no podrán ·public_arse.
·

PARA LOS SUSCRITORES .DEL "DIARIO DEL IMPERIO."

1

..

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                    <text>EL .

DEL ·

-DIARI()

IMPERIO
1

MEXICO: Yiernes 31 de ·Marzo de 1865.

TOMO 1.

SUMARIO•
PARTE OFICIA.1,.- Acuerdo del Emperador concediendo llcencla rara,publlcar un periódico.-Otro negando un Indultó.
.
·
•
1G
¡
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-Del Valle de México, avisando _haber tómado poses1on e enera
O'Iloran de la de Tlalpam.-De la misma, participando el castigo de Garlias y dos de sus cómpllces.-Dc
Pachuca, participando varias ocurrencias de aquel lll.!!trilo.-De Puebla y TE!buac~nl&gt;J sobre un combate. con
la guerrilla de Figueroa en Huautla.-Del Valle de México, participando la sentencia ae muerte pronunciada
por la Corte Marcial contra Francl.!!oo Ortlz.
DOCUMENTOS.-Movimlento marítimo.del puerto de San Francisco( California) durante el año de \Sl&gt;l.F.sportaclon en el mismo puerto el mismo año.
VIDA DE JULIO CESAR-Prólogo de esta obra del Emperador 4e los fr~nceses.
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PARTE OFICIAL.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
México, Marzo 27 de 1865.

S. M. el Emperador se ha servido espedir el siguiente acuerdo." Concedemos á D. F:lorentino Romero licencia para la publicacion
de un periódico semanal intitulado "La mutualidad," en que se tratará de mejoras materiales, con exclusion de los asuntos políticos y
religiosos."-Lo que comunico á V. S. para los fines consiguientes.
-.El Ministro de Gobernacion, Cortés y Esparza.-Sr. Prefecto político del Valle de México.
Es copia, México, Marzo 27 de 1866. ,.
El SubsecretRrio deGobernac_iou,

NOAI. 7:S•

• conocimiento."estaban confesos.-Dígolo á V. S. para su superior
Tengo la honra de trascribirlo á V. E. para conocimiento de S. M.
-Dios guarde á V. E. muchos años.-EI Prefecto político, Azcára,te Miguel María.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacien.
·
Prefectura politica del Distrito de Pachuca.-Núm. 66.-Pachuca, 26 de Marzo de 1865.-Exmo. Sr.- Tengo ~1honor de poner en
el superior conocimiento de V. E., para que se sirva elevarlo al de
S. 1\1. el Emperador, las novedades ocurridas en la semana que terminó ayer.-El dia 19 se fugaron los reos Librado Garcfa y José
María Diaz de los trabajos de obrns públicas á que estaban condenados y que anda~an desempeñando bajo la custodia de los auxiliares
José María Ortega y Ramon Rios. Y á fin de proceder á la reaprehension de dichos reos y aplicar el condigno castigo al que aparezca
culpable de la fuga, be dictado ya las providencias convenientes para que por el Juzgado de letras se practique la averiguacion respectiva.-La tranqüilidad pública se ha conservado inalterable en todas
las Municipalidades del Distrito de mi mando.-Dios guarde á y.E.
muchos años.- El Prefecto político, M. Bel/e Ci.sneros.-Exmo. Sr.
Ministro de Gobernacion.-México. .
Son copias. México, Marzo 29 de 1865.
F,J Subiw~retnrio de Gobernaciou.

(Firmado) FRANCISCO J. Vn.,LALOBOS.

(Firmado) FRANCISCO.J. VrLT,ALOBOS.

-

KINISTERIO DE GUERRA.

MINISTERIO DE GUERRA.

l ~ DIRECCION.
México, liarzo 30 de 1865.

. .

Habiendo dad_o cuenta á S. M. I. con el ocurso,promovido por Valentin Coria en solicitud de indulto, ha tenido á bien .resolver, en
vista del informe del Presidente de la Corte Marcial de esa ciudad,
que no se accede á esa g,~cia, por. motivo de los diversos delitos de
que es reo el espresado Coria, y que todos i111porta1ipe1juicio de tercero.-Lo que comunico á V. S. para que lo haga saber al interesado.-El Ministro de Guerra, Peza.-Sr. Prefecto politico del Distrito de Cuernavaca.
Es copia. México, Marzo 30 de 1866.

•

México, l\farzo 29 de 1865.

· Prefectura polit~ca d~ De~artamento de Puebla.-Puebla, Marzo
26 de 18.66._-Seccion 1.-Num. 1,310.-Exmo. Sr.-El ~r. Prefec-_
to del Distrito de ~ehnacan, con fec?a 23 del actual, d1?e á esta
Prefectura lo q_ue sigue:-Como m~mfest~ á V. S. por m1 telegra•
ma d.e esta manana, la noch~ anten?1: traJo el correo á la Aduana
dos _l~branzas por yalor de mil Y qmm.entos pesos, con que me ha
auxiliado es~ Go~ierno.para las atenmones de la guerra. Cobradas
hoy, he .enviado mrned1atamente l?s socorros á la tropa que opera
s~bre F1gueroa y de que ya car~c~a hace cuatro días. Hoy he reciEI Subsecretario de Guerra
b1do pormenores de los aco,ntec1m1entos que tuvieron lugar el día
'
15. El enemigo perdió ese dia los puntos fortificados en Huautla:
(Firmado) J. M. DURAN.
combinadas por el Sr. general Mangin las operaciones para aquel
--;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;-;;;;;;:;;;;;;;;;:;;;;;;;;;:;;;s;;;;;;;;;;;;;;;;;;:;;;;;,,;;;;;;;;;;;¡;¡.;;;;;;, dia, el comandante Bolaños salió de Coyomeapan á las cuatro de la
mañana con la fuerza de caballería y la del comandante Cabanzo,
PARTES DE LAS PREFECTURAS.
compuesta de doscieñtos infantes, dirigiéndose por el rumbo de
Cuautla para Huautla, de vanguardia de seiscientos hombres de toMINISTERIO DE GOBERNACION.
das armas de ese pueblo y del de Coyomeapan, que se habían reuPrefectura política del Departamento del Valle de México.-Sec- nido, ansiosos de dar un terrible escarmiento al faccioso que poc0s
cion de Gobernacion.-Núm. 324.-México, Marzo 27 de 1865,....:... dias antes les habj~ incendiado sus hogares y sus templos.-A las
Exmo. Sr.-=.Tengo la honra de participar á V. E., para el conoci- dos de la tarde de dicho dia, las fuerzas de Bolaños, Cabanzo y Lómiento de S. .M. el Emperador, que el dia 24 del actual ha tomado pez, luego que estuvieron inmediatas á las fortificaciones de Figueposesion de la Prefectura de Tlalpam el Sr. D. Tomás O'Horan.- roa, no obstante el fuego mortífero que les hacia, se arrojaron sobre
Di?s guarde á V. E. muchos años.-El Prefeeto político, A.zcárate ellas con intrepidez, obligándoles á ocupar una segunda posicion,
que tambien abandonó reconcentrarn¡o sus chusmas en el cementeMiguel Ma1,ía.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.
rio y cerro de Huautla, á la sazon que las columnas francesas del
Sr. general Man gin bajaban por los caminos de Mazatlan y San l\faPrefectura política del Valle de .México.-México, Marzo 26 d~ teo, para dar un ataque general en combinacion con los seiscientos
1865:-Exmo. S1:,-EJ Sr. Prefecto de Tlalpam, en oficio de hoy, hombres de los pueblos de que he hecho mencion.-Alarmado el
me dice lo que sigue:-" Tengo la honra de participar á V. S. que enemigo con esta maniobra y con el arrojo de nuestras fuerzas, abanal. amanecer de hoy ha sido aprehendido en los suburbios de Tizapan donó su fuerte posicion del cerro de Huautla, dejando un muerto y
Vicente Gárfias y dos de sus cómplices: el primero es el asesino del un herido, y dispersándose por los montes; fué el primero en la fuPrefecto I. Falcon, y gefe de la gavilla que asesinó al otro Ptefecto ga, con trninta ginetes, el cabecilla Figueroa, tomando hácia el rumI. Becerril.-Combinamos una espedicion al Pedregal, Tizapan, etc., bo de Tenango, para donde debe estar operando en este momento
el Comandante de la columna francesa S. Adolfo Clary y el que sus- la segunda espedicion salida de aquí el día 19, como lo he manifescribe, y hoy á la .madrugada se efeé'tuó por .la fuerza de su mando y tado á esa superioridad.-El pueblo de Huautla quedó sin habitanla ruta! de esta mudad, cuyo resultado ha sido el antes mencionado. tes, dejando las casas abandonadas. En una de ellas se encontraron
-A la una -d~ este dia ha expiado Gárfi~ y sus cómplices en un ca- ocultas seis arrobas de platos y varios paramentos de las iglesias de
dalso los asesmatos y robos que en cuadnlla han cometido, y de que aquellos pueblos.-Tuvo aviso de esto el Sr. cura Osorio, quien

'

�DIARIO DEL IMPERIO.

302

mandó recoger todo, de acuerdo con el señor general frances, y dió
cuenta á la Sagrada Mitra de Oajaca para que ella disponga lo conveniente.-Despues del suceso de que vengo ha~iendo_ referencia,
las familias pacíficas de Huautla y de los pueblos mmed1atos, qu~ se
habian salido á los monteS.., están regresando á aquellos, donde existe
una guarnicion de doscientos hombres del comandante ·Cabanza,
quien po1· órden del Sr. general Mangin, quedó encargado de la plaza del primer pueblo para conceder indultos á !º~ reb~ldes, , n?m.brar autoridades y arreglar los ramos de _la adm1mstrac10n pubhc~.
-Todo lo que tengo la honra de comunicar á V. S. p~r~ conocimiento de esa superioridad.-Y tengo la honra de trascnbirlo á_ V.
S. para conocimiento de S. M.-Dios guarde á. V. E. muc_h~s anos.
-El Prefecto superior, José María Esteva.-Exmo. Sr. M1mstro de
la Guerra.
Es copia.

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El Subsecretario de Estado y del despacho de Guerra,

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(Firmado) J. M. DURAN.

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PREFECTURA POLITICA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO
México, Marzo 29 de 1865.

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El Sr. Comisario Imperial de la Corte ~arcia.l de México, en ofi8
oio de hoy, dice á esta Prefectura lo que sigue:
.
~
"Tengo el honor de informará vd. que la C~rte Ma~cial, en su
sesion de hoy, ha reconocido al llamado Franmsco Ortiz, culpable
¡
de haber tomado pa\-te en dos robos, de los cuales uno se ha c?mei:i.
tido á mano armada sobre un camio.o público.-En oonsecuenc1a, la
~
espresada Corte ·ha sentenciado al referido Francisco Ortiz á la pena 6 ;
de muerte."
~ 1il
Y por disposicion del Sr. Prefecto politico se manda publicar en S
el Diario del Imperio.
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El Secretario general de la Prefectura,

(Firmado) ALEJANDRO VILLASEN0R,

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Movimiento marítimo con los puertos mexicanos en el año de 1868.

Entradas:-Buques 66, toneladas 20,B45.
Salidas.-Buques 7J., toneladas ~6,213.
Pasa.jeros.-EntJ:a.ron 1,467; salieron 980.

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DIARIO DEL IMPERIO.

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VIDA DE .TULIO CESAR.
Acaba de publicarse en Paris esta obra de Napoleon ill, Emperador de los franceses. Hacia algunos años que el mundo la aguardaba con la curiosidad y el i?tere~ que no podia menos ?e ~xcitar
una produccion de esta clase, debida al hombre ext, aordmano que
rige los destinos de la Francia. Esta obra ha salido~ luz_ ~n Pari~,
al mismo tiempo que en frances, en otros cuatro ó mnco idiomas diferentes, y est'á sin duda destinada _á ~ormar época ~n los anales de
la literatura históripa. Muchos penód1cos han publicado ya. el prólogo. Nosotros vamos á traducirle del Moniteur: Dice así:
"La. verdad histórica deberia ser no menos sagrada que la religion. Si los
preceptos ¡.e la fe elevan nues~ra a~ma p~r en.cima, de los intereses de este
mundo las enseñanzas de la historia nos mspll'an a su vez el amor de lo bello y d~ loj usto, y el odio á lo que se opone á los progresos de la humanidad.
Estas enseñanzas, para ser provechosas, exigen ciertas condiciones. Es necesario que los hechos sean reproducidos con una rigorosa exactitud, que ~os
cambios políticos y sociales sean filosóficamente analizados, que el picante
atractivo de los pormenores sobre la vida de los hombres públicos, no aparte la atencion de su papel político, y no haga olvidar su mision providen_cial.
"Con demasiada frecuencia, el escritor nos presenta las diferentes fases
de la historia como acontecimientos rspontáneos, sin buscar en los hechos
anteriores su verdadero origen y su deduccion natural; semejante al pintor
que al reproducir los accidentes de la naturaleza, no se fija mas que en su
efecto pintoresco, sin poder dar su demostracion científica en el cuadro. El
historiador debe ser mas que un pintor; debe, como el geólogo que explica
los fenómenos del globo, descubrir el secreto de la transformacion de las sociedades.
.
"Pero al escribir la historia, icuál és el medio de llegar á la verdad1 Seguir las reglas de la lógica. Tengamos primeramente por seguro, que un
grande efecto es debido siempre á una gran causa, jamas á una causa pequeña: de otro modo, un accidente insignificante en apariencia, nunca produce resultados importantes sin una causa preexistente que permita á ese
accidente ligero producir un efecto grande. Una chispa no causa un grande
incendio, si no cae sobre materias combustibles amontonadas de antemano.
Montesquieu confirma así este pensamiento: "No es la fortuna, dice, la que
"domina al mundo. . . . Hay causas generales, ya morales, ya fisi~s, que
"obran en cada monarquía, la elevan, la conservan ó la precipitarr; todos los
''accidentes están sometid1s á estas causas, y si el azar de una batalla, es
"decir, una causa particular ha arruinado el Estado, habta una causa g~ne• "ral que hacia que este Estado debiera perecer por una sola batalla: en una
"palabra, la marcha principal arrastra consigo todos los accidentes particulares." (1)
,
.
"Si por cerca de mil años, los romanos salieron siempre triunfaptes de las
pruebas mas duras y de los mas grandes peligros, fué porque existía.. una causa general que siempre los hizo superiores á sus enemigos, y permitió que
derrotas y desgracias particulares no llevásen consigo la caída de su Imperio. Si los romanos, despues dé haber dado al mundo el ejemplo de un pueblo qu~ se constituyó y se eng1;andeció por la !ibertad,, parecieron_ p~·ecipitarse ciegamente despues de Cesar en la esclaVItud, · fue porque ex1st1a una
razon general que impedía fatalmente á la República tornar á la pureza de
sus antiguas instituciones; fué porque las necesidades y los intereses nuevos
de la sociedad trabajada, exigian otros medios para ser satisfechos. A$Í como la lógica nos demuestra en los acontecimientos importantes su razón imperiosa. de sér, del mismQ modo es pteciso" reconocer en la larga duracion
de una institucion, la prueba de su bondad, y en la influencia incontestable
de un hombre sobre su siglo, la prueba de su genio.
"La tarea consiste, pues, en buscar el elemento vital que hacia la fuerza de
la institucion, como la idea predominante que hacia obrar al hombre. Siguiendo esta regla, evit.arémos los errores de esos historiadores que recogen
los hechos trasmitidos por las edades pasadas, sin coordinarlos segun su importancia. filosófica, glorificando así lo que merece censura, y deja.Pdo en la
sombra lo que requiere luz. No será el análisis minucioso de la organizacion romana lo que nos hará comprender laduracion detangra~e Imperio,
sino el exámen profundo del espíritu de sus instituciones: tam'.f&gt;oco será la
relacion minuciosa de los mas pequeños actos de un hombre superior, la
que nos revelará el secreto de su ascendiente, sino la iitenta investigacion de
los móviles elevados de su conducta.
"Cuando hechos extraordinarios atestiguan la existencia de un genió1eminente, iqué cosa mas contraria al buen sentido, que atribuirle todas las pasiones y todos los sentimientos de la mediocridad1 iqué cosa mas falsa que
no reconocer la preeminencia de esos seres privilegiados que aparecen de
tiempo en tiempo en la historia, como faros luminosos que disipan las tinieblas de su época y alumbran el porvenM Negar esta preeminencia seria, por
otr.a parte, hacer una injuria á la humanidad, creyéndola capaz de sufrir por
largo tiempo y voluntariamente, una dominacion que no se funda.ria en una
gra.n~eza verdadera y en una utilidad incontestable. Seamos lógicos y seremos Justos.
"Ha.y m~chos historiadores que encuentran mas fácil rebajar á los hombres de gemo, que elevarse á su altura por una generosa inspiracion, penetrando sus vastos designios. Así, por lo que hace á César, en lugar de mostrarnos á Roma destrozada por las guerras civiles, corrompida por las riquezas, hollando sus antiguas instituciones, amenazada por pueblos poderosos, los Galos, los Germanos y los Partos, inca.paz de sostenerse sin un poder central mas fuerte, ma.s estable y mas justo; en lugar, digo, de trazar este cuadro fiel, s~ no~ rep:es~nta ~ César desde su juventud aspirando al po,
der supremo. S1 resiste a S1la., S1 se pone en pugna con Ciceron, si se liga con
Pompeyo, es por efecto_de esta astucia previsora que todo lo ha adivinado
para av~lla.rlo _todo: s1 se ,lanza sobre !_as Ga;lias, es para allegar riquezas
por medio del p1llage (2), o soldados adictos ~ sus proyectos: si atraviesa la
(1 ) Mo::,,re~uiea; Grandeza y decaden:cia de loe Romanos, XVill.
(2) Suetomo, Cesar, XXII.

•

303

mar para llevarfla.s águilas r~manas á un pais desconocido, pero cuya conquista asegurará.la de las Gallas, es(!) J?ara buscar perlas que se creia. existir en los mares de la Gran Bretaña. (2)
Si despues de haber vencido á los formidables enemigos de la Italia al
otro lado de los Alpes, medita una :spedic~on c?ntra los Partos para v~rrgar la derrota de Craso, es, segun ciertos historiadores, porque la actividad
convenia á su carácter, y porque en campaña era mejor su salud: (3) si
acepta con gratitud una corona de laurel que le ofrece el senado y la lleva
con fiereza, es para ocultar su cálvicie: si en fin, es asesinado p;r aquellos á
quienes habia colmado de beneficios, es porque queria hacerse rey; como si
no hubiera sido para sus contemporáneos, así como para la posteridad, mas
grande que todos los reyes.
_Desde Suetonio y Plutarco, tales son las mezquinas interpretaciones que
se dan á las cosas mas nobles. Pero iqué señales hay para conocer la grandeza de un hombre1 La señal es el imperio de sus ideas, cuando sus principios y su sistema triunfan á. despecho de su muerte y de liU derrota. ¿No es,
en efecto, propio del genio sobrevivir á la nada y estender su imperio sobre
las generaciones futuras1 César desaparece, y predomina despues su influencia más aún que durante su vida. Ciceron, su adversario, se ve obligado á
exclamar: "Todas las acciones de César, sus escritos, sus palabras, sus pro"mesas, sus pensamientos, tienen mas fuerza despues de su muerte, que si
"viviera todavía." (4) Durante muchos siglos, bastó decir al mundo que tal
habia sido la voluntad de César, para que el mundo obedeciese.
Lo dicho manifiesta bien el fin que me propongo al escribir esta historia.
Este fin es probar que cuando la Providencia suscita hombres como César,
Carlomagno, Napoleon, es para trazará. los pueblos el camino que deben
seguir, marcar con el sello de su genio una era nueva, y consumar en algunos años el trabajo de muchos siglos. ¡Dichosos los pueblos que los comprenden y los- siguen! ¡Desgraciados los que los desconocen y los combaten!
Hacen lo que los judios; crucifican á su Mesías: son ciegos y culpables; ciegos, porque no ven la importancia de sus esfuerzos para suspeRder el triunfo
defini~o del bien; culpables, porque no hacen mas que retard3:r el progreso, poniendo trabas á su aplicacion pronta y fecunda.
En efecto, ni el asesinato de César ni e1 cautiverio de Santa Elena pudieron destruir enteramente dos causas populares, trastornadas por una liga
que se cubria con la máscara dé la libertad. Bruto, dando muerte á César,
hundió á Roma en los horrores de la guerra civil; no impidió el reinado de
Augµsto, pero hizo posibles los de Neron y Ca.lígula. El ostracismo deNa_poleon por la Europa conjurada, tampoco ha impedido que resucitára el Imperio: y sin embargo, ¡cuán lejos estamos dé las- grandes cuestiones _resueltas, de las pasiones calmadas, de las satisfacciones legítimas dadas á los
pueblos por el primer Imperio!
De este modo se está verificando todos los dias, desde 1815, esta profecía del cautivo de Santa Elena: "¡Cuántas luchas, cuánta sangre y cuántos
años serán menester todavía. para que pueda realizarse el bien que yo queria hacer á la humanidad!" (5)
Palacio de las Tullerías, 20 de Marzo de 1862.
NAPOLEON.

(1) "César resolvió pasará la Bretaña, cuyos puebloe·habian socorrido á los Galos en
ce.si todas las guerraa." (César, Guerra de las Galias, IV, XX.
(:J) Suetonio, César, CLVII.
(3) Apiano, Guerras civiles, I , CX, 326, edicion Schweighueer. ·
( 4) C1ceron, Epístola ad Atticum, XIV, X.
(5) En efecto, ¡cuántas agitaciones, guerras civiles y revoluciones en Europa desde
1815; en Francia, en España, en Italia, en Polonia, en Bélgica, en Hungría, en Grecia,
en Alemania!

.

ADMINISTRA.OION DEL MARIO.

Habiendo sido llamado el Sr. DEVINCENTIIS á desempeñar un destino en el Ministerio de Hacienda, como oficial 1? de una de sus secciones, ha cesado en el encargo que tenia en la administracion del
Dio.río del Imperio, y será reemplazado desde mañana por D. JosE
L. GuTIERREZ, quien firmará en adelante los recibos, las comunicaciones, y todo lo demas relativo á la administracion de este periódico.

SERVICIO DE DILIGENCIAS,
DEL nrrERIOR.
LINEAS.

De México para Arroyozarco.
,,
S. Juan uel Río.
,,
Querétaro.

,,
,,
,,
,,

Salame.nea.

Guanajuato.
Lagos.
Guadalajara.

De México para Arroyozarco.
,,
S. Juan del Rjo.
,,
Querétaro.
,,
S. Miguel.
Dolores.

,,

,,
.,

,,

la Quemada.

8. Felipe.
Jaral.
S. Luis Potosi.

Dlas y horas en que salen
de M6xlco.

Di.as y horaa en que entran
á México.

r
Lúnes, Miércoles y Mártes, / aéves y Sá-

j

Viernes' á.lss 4 de
la m.anana..

bados, entre 6 y 6
de la tarde.
1

Mártes, Juévea y Sá- Miércoles, Viérnea y
b~o9i á. las 4 de la
Domingos, entre 6
mana.na.
y 6· de la tarde. -

...

�DIARIO DEL L\IPERIO.

304

ANUNCIOS OFICIALES.

DE TOLUCA.

Todos los dios, escep- Todos los clius, esoepto el Domingo, á
to el Domingo; en{ las 'T de la mannna.
tre 2 y 3 de 1n tarde

De Mllxico parn Toluca.

DE JCORELIA.

•

AYUNTAlllENTO DE.JIIEXI0O.
Núm. 778.
\

CONVOCATORIA .

La. Junta d11 Hacienda ha dispuesto se convoque por medio de este avigo á los acreedores al fondo de amortizacion que te11gau créditos escriturados, líquidos y reconocido~,
Lúues, Miércoles y Lúnes, J uéves y Sá- para que concurran el dia cinco del entrante, á las doce de la mañana, al Salen de Cabilblldos, entre 2 y 8 dos del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo prevenido por la ley relativa, la esViérnes, á las 'T de
de lll tar1l&lt;'.
la manana.
presada Junta rematará la cantidad hasta ahora reuruda, entre los ncreedoreij qué ofrezcan mayor rebaja.
J
México, Marzo 28 de 1865.-El Prefecto Municipal, F. Somera.

De México para Tolucu.
Ixtlahuaca.
.,
Mara.vatio.
Acámba.ro.
"
Morelia.

l

"

•

DE A.JOCA Y CUAUTLA.

De México para Cha.leo.
Ameca.
,,
Tenango.
"
Cuaut.la.

·1.Mártes, J uéves y Sú~ hados, á las 6 de la
J manana.

Lúnas, Miércoles y
Vi6rnes, entre 8 y
4 de la tarde.

"

DE PUEBLA.

J'fodos·los dias á las 4 Todosloslosdias, en1 de la roa.nana.
tre 5 y 6 de la tarde

De México pnra Puebla.

AN"UNOJ:OS.

AVISO.
El Diario del Imperio se publicará en lo sucesivo todos los di!l8 á las doce, menos los

domingos y dias festivos en que estén cerradas las oficinas del Gobierno.
El despacho se halla establecido en la caea número 8 de los Bajos de Sao Agustín.
El precio de la suscricion será:

En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . . .. . .... $ 1 50
Id.
id. por tres meses ................. . , . 3 00
En
los
Departamentos, por tres meses, franco de
De México para Ayotla.
porte.
.. .... . ............... . ......... . . . . . 3 75
S. Ma.rtiu.
.,
Puebla.
Todos los días, escep- Todos los dias, escep,,
El importe de las suscriciones se pagará adelantado.
El precio de los anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelantado,
,,
S. .Ag. del Pnlmnr.
to el Sábado, á las
to el Mártea, entre
1in C!l)'O requisito no podrán publicarse.
4 de la manana. ·
5 y fi de la t11rde.
Oriza.va..
"
Córdoba.
Los recibos deberán ir fü·mados por D. José L. Gutierrez, encargado de
,."
Ca.maron.
esta adrninistracion.
No ee admiten reclamaciones por falta de recepcion del "DIARIO," sino h11st11
DE APll.
el dia siguiente de publicado cada númere.

DE

VB&amp;ACRUZ.

1

De México para S. Juan T'eotihuoran Lúne Mié1·coles y :Yártes, J uéve~ y SáOtumba
s,
bados, entre 3 y 4
"
·
Viernes á lall 6 de
"
Guarda.
la mana~a.
de lll tarde.
.,
Aparo.
J
DE PAOJIUCA Y TOLilCINGO.

De México para.S. Oristóbal.
Ozumbilla.
Tizayuca.
,."
Pachuca.

"

Para el primer punto Del primer punto todos los dias, escep•
todos los días, esel Domingo,
to ol Domingo, enf ácepto
tre Sy4de In tarde
las. 6 de la man.
Para el segundo pun- Del segundo punto,
Mártes, Juéves y
to, Lúnes, Mi6rcoSábados, entre 3 y,
les y Vi6rnes á las
4 de la tnrrl r ..
6 de la. manana.

l

DE CUEBJUVACA.

De México p!l.l'a Tepepa.
Guardtt.
",,
Huitzilac.
Onernaviw:1.

"

A VISO IMPORTANTE

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IMPERIO.'"
Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el ltl
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos número~
á. los suscritores que los han pedido.
,
Los Gefes de oficinas y oh·as dependencias del Gobierno, que deban suscribirse al DrARIO, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
ejemplares· que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
Se suplica á. los suscritores de los Departamentos que no han pagado todavía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones con·espondientes á este periodo.
JUZGADO 3'? DE LO CIVIL.

El Sr. Juez 3'? de lo civil, Lic. D. José Maria Co{dero, se ha servido mandar ae haga
Í Lñnes, Miércoles y Mártes, J uéves Y. Sá- la presente convocatoria para que las persona~ que se crean con derecho á los bienes de
bados, entre 3 y 4 los intestados de la Sra. D! Gertrudis Correa, y el del Bll.&lt;lhiller D. Antonio Sans, se pre~ Viernes, á las 6 de
senten dentro de treinta dias; apercibidos de lo que haya Jugar.
ile
In tnrde.
la wa.nann.
México, 28 de Marzo de 1865.-Pedro Cantl, Escribano público de la Nacion.
225--Ssm-l

l

DE PUEBLA A RlJill.A.NTLA.

JUZGADO 2'? DE LO CIVIL.

En los autos ejecutivos que sigue D. Clemente Peimbert, contra D. Higinio Gorostieta,
lllas y horas en que salen D1111 y horas en que entran sobre peso~, el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado se venda la hade Puebla. •
á Puebla.
cienda de Huayatenco, ubicada en la jurisdiccion de Sultepec, valuada en cuatro mil qui1úues, Miércoles y Mártes, Ju6ves y Sá- nientos pesos; señalando para las almonedas los dias seis y vei.Itiseis del entrante Abril, y
de Mayo próximo, á las doce, siendo la última con calidad de remate.
Yiérn.es á Ja.q II de
hados, entre 3 y 4 cinco
Lo
que
hago saber al público. México, Marzo24 de 1865.-Mamcel &amp;mt!fo, Escribano
In maflana.
de la tarde.
público de la Nacion.
224-3s-2

LlNEAS.

De i&lt;lem para ídem.

1

DE OUANA.TUATO A LEON.

De idem parll idem.
México, Enero 7 de 1860.

'.

TRIBUNAL DE COJCERCIO DE JIEXICO.

En los auros de concurso á bieues de D. Glllltaro Halfen, este Tribunal, en auto de hoy,
:.\Iín-tes, Juéves y Sá- Lírnes, Miércoles y ha nombrado sindico administrador de dicho concurso á D. Eugenio Maillefert, en sustibados, á la~ 6 de 111
Viernes, entre 1 y tucion de D. Luis Comeille, que lo era, á quien deja en su buena opinion y fama; man{ rnaflnna.
dando se cite de nuevo á todos los acreedores de dicho concurso, para que presenten al
2 de la tarde.
sindico nombrado, D. Eugenio Maillefert, los comprobantes de sus créditos, en el término
de quince dias.
Lo 4.ue pongo en conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandado.
Méuco, Marzo 23 d6 1865.
-===
&gt;
-=-=ac - • :y.
José María Cardeña, encargado de la Secretaría.
\ 1

SERVICIO DE_CORREOS.

223-38-3

INTERES.ABTE.

Debiendo D Gil Varache S11lir para Francia, del 25 al 31 del preaente mes de Marzo,
avisa á las personu que tengan negocios 6 cuentas pendientes con él, c¡ue podrán ocurrir
E NTRADA Y SAl,IT)A DE COR J!f:OS EX LA AnMINTSTRACION GF.NERAl. OF. ESTA
hasta aicha fecha al café de París, calle del Coliseo Viejo núm. 18, de las diez á la&amp; doeo
CAPITAJ..
de la mañana.
Participa tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre pr6.1iLLEGA CORRF.SPONDENCIA:
mo con un surtido d6 piedras para molinos, cuya claee será la miSlllA, quizá mejor, que
las que trajo en su últuno viaje y que tan apreciadas fueron por los conocedores.
V IERNEs.-De Texcoco, Chalco, Cuautla, Amecameca, Ayotla, San Mar·
2l3-7s-7
·tin 'fexmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma,
TBIBtJNAL DE COJCERCIO DE JIEXICO.
Toluca, Guadalupe Hidalgó, San Cristóbal Eca.tepec, Pachuca, Tlalpam, Tlal·
nepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, Soyaniquilpan, Polotitlan, San .Tnan del
En el juicio verbal promovido poi· los Sres. Pontou hermanos contra D. Leonardo Lnredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ba mandado se cite por los periódicos á dicho D.
Rio, Qnerétnro, Allende. San Luis P otosí, Montere.v.
•
Leonardo Laredo, previniéndole qu~ dentro de quince diaa se presente por si ó por apo·
derad., instruido y espenS11do, á contestar la demanda; apercibido de que uo haciéndolo,
en su ausencia y rebeldía se continuarán loe procedimientos hasta pron11nciar y ejecuto•
SE DESPACHA CORRESPONDENCIA
riar la eeatencia.
HASTA LAS 9 DE LA NOCHE.
México, Marzo 21 de 1865.-José María Cal'lúña, Oficial 2\1, encargado de la Secretaria.
216-Ss-7
V1ERNEs.-Pa1·a Texcoco, Chalco, Ouautla, Amecameca, Ayota, San Martin Texmelucan, Puebla, Tacubaya, Lerma, Toluca, Temascaltepec, Sultepec,
Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, TlalnepanIMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
tla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpau, Polotitlan, San Juan-del Rio,
Querétaro, Allende, San Luis Potosí, Monterey.
BU&lt;'8 DR SAN .lOOBTtN1 NtHd. 1,

------------------------ ---

....

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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MEXICO: Sábado I? de Abril de 1865.

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.

TOMO l.

SUMARIO
p ARTE OFICIAL.-Autorlzaclon al Sr. Grace, Cónsul de Bélgica, ¡,~raque ejerza las funciones de Cónsul de Dinamarca durante la ausencia del Sr. Kauffm&amp;n.
d d
P.ARTF.S DE LAS PREFECTURAS.-De Colima, Zacatecas y Tlaxcala, participando no haber nove a .
-De Oajaca sobre el donativo de diez mil pesos hecho por el Emperador,-Dc Jalapa, sobre presentac!Dn
de varios dbid~ntes.--Otro de Oajaca, sobre víveres entregados por la admlnlstraclon militar francesa.- e
Texcoco sobre el camino de allí a Apan.
mi
d ¡ t
u1
&amp;UBDIVISION MILITAR DE PUEBLA.-Partes del GenerJII Tbu'n aobre restablecl ent.o e a ranq ·
lldad y partlolp&amp;lldo haberse presentado en Tezultlan once disidentes.
.
DOCUMENTOS.-Comunlcaclon del Ingeµlero de puentes y C'?-lzadas, sobre rectlftcaclo~ del cammo d¡
Varacruz en el puenl,e de Paso del )facho.-Respuesta del Ministerio de Fomento.-Pasa,¡eros llegados
O&amp;mpeche en el mea de Febrero.
'
lvil g1 d
SOLICITUDES.-SObre criaderos de mármol en el cerro de Cacahualtepec.--Otra sobre pr e o e un
n11evo atatema para beneficiar metales.-Denupcio de la mina de Cristo en Pacbuca.
VARIEDADF.S.-..4oricluti,ra. Tratado sobre el trigo.

.

.

PARTE OFICIAL.
IIINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
México, Marzo.30 de 1865. .

Con fecha 24 del actual dije al Sr. D. Cárlos G. Kauffman, Cón.
Méxteo,
· lo que copi·o.-"s· M· el Emperador
sul de Dmamarcaen
ha tenido á bien conceder al Sr. Cónsul de Bélgica, D. D. Grace_, autorizacion para que durante ~l viaje que vd. va á_ emprender, eJerza
las funciones de Cónsul de Dinamarca en esta capital.-Tengo el honor de decirlo á vd., contestando su nota de 20 del corriente, y reiterándole las protestas de mi atenta considerac.i on."-Y lo traslado
á v. s. para los efectos y _fi~es que corre~ponden.--:-Dios guar?e á
V. S. muchos años.-El Mm1Stro de NegoelOll EstnmJeros, &amp;1nirez.
·
-Sr. Prefecto político del Departamento de1 Va11e de Méxteo.
Es eopia. México Marzo 30 de 1865.
El Subsecretario de Negocios Estranjeros,

(Firmado) PEON DE REGIL,

PARTES DE LAS PREFECTURAS.
'

IllllflSTERIO DE GOBERNACION.

Imperio Mexicano.-Prefectura superior política de Colima.-Colima, Marzo 18 de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo la satisfaccion de poner en el superior conocimiento de V.· E. que en este ~apartamento
se conserva inalterable el órden púbhco.-! al comu?icarl? á V. E.
me- honro con r~iterarJe las protestas de mi alta. considera~1?n.-El
Prefecto superior politico, J. M. Mendoza.-Exmo. Sr. Mmistro de
Goberna~ion.

NOM. 76.

· Prefectura polftica del Departamento de Tlaxcala.-Núm, 50.Marzo 25 de 1865.-Exmo. Sr.-Terigo el honor de comunicará V.E.,
para el debido conocimiento de S.1tf. el Emperador, que en,la ~emana que hoy termina no ha ocurrido novedad alguna, ni de policía,
en el Departamento de mi mando, 'pues se goza de tranquilidad.Dios gu,arde á V. E. muchos años-.-El Prefeéto superjor político,
f: de Ormaechea y Ernaiz.-Exmo. Sr. Ministro ae Gobernacion. .
Prefectura politica del Distrito de J alapa.-Jalapa, Marzo, 25 ·de
1865.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de poner en conocimiento de V.
E. que en la tercera ~mQ,na trascurrida del presente mes, se ha
mantenido inalterable la tranquilidad pública en las poblaciones de _
la comprension de este Distrito.-Procedentes de Tezuitlan han ve:
nido á esta Ciudad D. Francjsco Hernandez y. Hernandez, D. Ricardo Suarez y D. José María Cortés, presentándome un salvoconducto
que les espidió _el Prefecto de aquel!á pobl~cion.;--Dios guarde á
V.EE. muchos
JQ~e Maria Mora y Daza..
S· M'anos.-El
· . d Prefecto
G b . polítteo,
·
- xmo.. '· mis~ro e .º emamon.
Son copias. Méxmo, Mai zo 29 de 1865. .
El .Subijecretari(l de Góbernacion,

.¡¡ _

&gt;•

.

(Firmado) FRANCI,Sco J. V-1LLALOBOS. ;
_ _..,,....___._
MINIS'C:RIO :t~ F-OIIENTO:

•

1

·i

4~ '
1
Prefectura política de Texcoco.-Texcoco, Marzo 28 qe 1865.Exmo. Sr.-Por el ordínario de anoche he recibido la nota de V. E.
de 22 del presente, en que se sirve insertar la que en la mÍsma fecha
tuvo á bien dirigir al Ingeniero inspector de caminos;p. Francjsco Jimenez, previniéndole haga un reconocimiento de los trabajo~ ejecutados en el camino de esta ciudad á la de Apan, para que el Ministerio
de su digno ,cargo conozca el estado que guarda esa obra. Corno_ es_a·
determinacion demuestra el interes con que V. E. ve· los adelantos de,
esta pequeña parte del Imperio, confiada á mi cuidado;, á nombre de ,
sus habitantes, que en la realjzacion de esa empresa fijan ~us esper~nzas de bien y prosperidad, me apresuro á dar á V. E. un voto d~ -gra.. ·
cías por ese paternal interes.-Dios guarde á V. E. muchos años.El Pre.fecto político, Felici.ano Rodriguez.-AI Exmo. Sr. Ministro del
Despacho de Fomento.
Es copia. México, Marzo 31 de 1865.
' ·•
SECCION

1

El Subsecretario de Fomento,

(Firmado) MANUEL ÜROZQO, .
. Prefectura. superior política. del Departamento de Zacateca-s,-:-¡Z~4 • • • ..
catecas Marzo 20 de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo la honra de participar á'V. E., para que se sirva ponerlo en _conocimiento de S. M. I.,
MINISTERIO DE GUERRA.
que en la semana que fina hoy no ha ocumdo en el J?epartamento
México,.Marzo ~1 de.1865.
de mi cargo cosa. alguna nota?le que mer~zca la at~ncion del Supre- Pref~ctura superior politica de Oajaca.-Oajaca, :Marzo ~§_ ~e.
mo Gobierno, relativa á la pohcía de segundad.-Uios guarde á V. E. 1865.-Exmo. Sr.-Por la comunicacion áeN. E., dé' 15 del' actual,
muchos años.-El Prefecto supe~ior politi~o, José María Pereda.- quedo enterado de que S. M. el Emperador ha tenido á bie-J/ ,probar
Exmo. Sr.. Ministro de Q-obernacion.-México.
.
que los ochocientos tercios de carne y los ot1·os víveres· que iuero'n
, .
. .
.
.
.,
.
entregados á esta Prefectura por la adm~nistrá_cron' inilitar francesa,
Prefectura supenor polfüca de OaJ_aca:-Num. 29.-O~Jaca, Mar- al ser ocupada esta plaza por las tropas imperiales, se repartan enzo 21 de 1866.-Exmo. Sr.-Me he impuesto por el oficio _de V. E., tre las familias pobres que mas sufrieron en el sitio, y á los indígenas
fecha 1~ del actual, d~ que S._ M. ~1 Emperador se ha s~rvid~ hacer_ que trabajaron y trabajan en la apertura y .reco!llPPSicion de los caá esta,Ciudad el d?~ativo de diez_mil pesos, que debe~án mvertuse en minos de este Departamento.-Dígnese V. E. dar á S. M. las mas '
socorr,er á ~as famd!~ m8:8 necesi~das de el!a, á ?uyo efecto se ha espresivas gracias por la aprobacion de que se trata., que ha sido tan
esp~~u3,o por el Mmisteno de hamenda el h~ramiento de esa suma, benéfica para las familias menesterosas ge esta ciuda~.-Dios guarque conduce el Sr. Gener,al ~am~oa, con quien deb~ré p'onerme ~e de á V. E. muchos años.-El Prefecto supérior de Oajaca, J. P.
acuerdo para. hacer la distnbucion, segu_n se J?réviene eq el oficio Franco.-AI Exmo. Sr. Mjnifoko ~~ Ja G.u.erra,.,_México.
de V. E. ya c1tado.-Por ese acto de mumficencia del Soberano, que
· _ _ _ _ _....,,..,
, l
revela los nobl_es sentim.ientos que_lo ~nim~n en favor'de las personas·
SVBDIVISIÓN
PUEB~.
qqe -la, revolucion ,ha deJado en la !ndigenma, doy .en nombre de las
.
mismq,s á S. M. lae mas espresivas gracias, asegurándole ·que ·tan ge·
México, Marzo 31 de l865.
neroso auxilio será repartido con.entera sujecion á. sus deseos~_,...Dios Subdivision de Puebla.-Núm. ·41.-Exmo. Sr:-Ten~o el honor
guarde á, V. E. muchos años.¡4El Prefecto superiór polftico de Oa- de manifestar á V. E., en contestacion _á su supenor oficio de .21 del
jaca, J. P. Franco,.,_¡]}i¡fió, Sr,.i Ministro de Gobernacion.-México. presente mes, que la tranquilidad pública de Puebla está completa-

~-;~R-Di

•

�300

DIARIO DEL IMPERIO.
.

mente restablecida, lo mism'o que la buena armonía entre los habitantes y militares.-Protesto á V. E., etc.-Puebla, .Marzo 28 de
1865.-El comandante de la Subdivision de Puebla, Gene:ral T!tun.
-Al Exmo. Sr. Ministro de Guerra.-México.

NoTIOlA de los pasajeros llegados á Mazatlan en todo el mes de Febrero úl-

'

El Subsecretario de Guerra,

(Firmado) J. M. DURAN,

DOCUMENTOS.
IIINISTERIO DE FOMENTO.

Espedicion de México.-Puentes y calzadas...:....Ferrocarril de Veracruz en el límite de Tierra Caliente.-Núm. 100.-México, Marzo
26 de 1865.-Exmo. Sr. Ministro,-Ttmgo la honra de dirigirá V.E.
las piezas del proyecto de rectificacion del camino de Veracruz á México, en los accesos del puente de Paso del Macho.-Este trabajo se
ha ejecutado bajo mi direccion y segun el encargo del Sr.,..:Jg.l.esias,
· como resulta por una carta que este ingeniero me dirigió con fecha
15 de Mayo de 1864. Los pagos han sido hechos por la Compañia
mexicana del ferrocarril, y por consecuencia, á ella es deudor el Gobierno mexicano de la suma de 11,458 ps. 44 cs.-La rectifi~acion
no está completamente terminada, y las líneas puestas sobre los perfiles, á lo ancho, indican las partes que aun no se han concluido; pero €Sto, de poca importancia, no impide que la mejora sea hoy muy
• real, y que la circulacion de lo&amp; carros no presente ya el menor peligro.-Al felicitarme, Sr. Ministro, de haber podido ser útil en esta
ocasion á la administracion de V. E., le ruego acepte las seguridades de mis sentimientos mas distinguidos.-El ingeniero de puentes
y calzadas, gefe de servicio, J. Laman.-A S. E. el Ministro de Fomento.

Total. ••.•.•••••• 179
El Gefe de la Seccion de Cancillería,

(Firmado) J. H. ]tJANERo.

SOLICITUDES.
Sello tercero.-Cuatro reales.-Para el bienio d~ mil ochocientos sesenta
y cuatro y sesenta .Y cinco.-Exmo: Sr.-Tito Rosas·y C~, en el espedienté
que tengo promovido sobre denuncia de unos criaderos de mármol en el
cerro ~acahualtepec ,Y cerro Blan~o, ~nte V: E. como mejor en derecho proceda, digo: que he visto en el periódw_o oficial pregonada una denuncia que ·
compre~de un~ parte de 'las pertenenmas. que abarca la mia, formulada por
D: l'~dro Arr!aga. Como en esta materia_ no debe considerarse mas que la
prioridad en t!e~po para resolver la cuestion de preferencia, es indudable
~ue la. ~enuncia a que ?1e refiero, y desde luego contradigo, debe declararse·
madm1s1ble, conforme a los datos que obran en el Ministerio del digno cargo de V,- ~ -, donde 1~ simple. comparacion _de _fechas bastará para.demostrar
la anterioridad de m1 denunc1a, y por cons1gruente la legitimidad de mis derechos adquiridos.
El art. 7~, tít. 6~ de las Ordenanzas de Minería, hablando de la cuestion
de preferencia entre varios descubridores de una veta metálica resuelve la
cuestion en favor del que primero la hubiese descubierto y en 'caso de duda
en favor del que primero hubiese registrado su denuncia-' y aunque nosotros
propiamente hablando, no podemos considerarnos como' descubridores· s~
embargo, por regla de analogía, el citado artículo tiene una aplicacio~ tan
lógíca como práctica en apoyo de mi buen derecho. Hay mas· el art. 9º del
mismo título, establece que cuando el anterior dueño de una' mina denunciada se presentase á contradecir el denuncio pasado el término de los pregones, que es el caso en que me encuentro, no se le oirá en cuanto á la posesion, sino tan solo en la causa de propiedad; y si esto se establece. para el
que ha sido dueño con título legítimo, con mayor fundamento debe aecirse
respecto del que todavía no ha adquirido derecho alguno, como sucede con
el Sr. Arriaga, cuya denum¡ia se apoya en el supuesto falso de que el criadero á que se refiere no ha sido adquirido ni denunciado con anterioridad.
Son tan claras las razones espuestas, y tan obvios los fundamentos legal~s que le si:•v~n d? base, que .no pu?~e ni debe discutirse este punto, debiendo el Mmister10 declarar madm1s1bles las pretensiones del citado Sr.
Arriaga, y mandar en consecuencia que se me dé la posesion conforme la
tengo pedida, y en los términos que se espresan.en mi último escrito. En
tal virtud, á V. E. suplico se sirva decretar de conformidad con lo que solicito, por ser así de justicia, que con lo necesario juro, etc.
México, Marzo 24 de 1865.-Tito Rosas y Comp.
El Subsecretario de Fomento,
·

VARIEDADES.

•

ÉNISTERIO DE FOMENTO.

(Firmado) MANUEL ÜRozco.

Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesen-ta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Juan Cecilia Barquera, Ingeniero de minas, ante V. E. respetuosamente espone: que con fecha 18 de F ebrero de 1863, elevó al Ministerio que hoy está al digno cargo de V. E., por
conducto del Sr. Gobernador del Estado de Guanajuato, como órgano dispuesto por la ley, una solicitud pidiendo privilegio esclusivo como introductor de
un sistema nu~vo para .?e~efic,iar m_inerales de plata, tanto en los ªP.aratos para la prepa~10n mecaruca ó molienda, c~mo ~~ las acciones químicas que
México, Marzo 30 de 1865.
en el benefic10 se desarrellan. ~1m~ab~ mi ~eticion ~n la concesion especial
Con la nota de vd., fecha .26 del actual, se han recibido en este que hacen las Ordenanzas de Mmerut en el titulo XVID párrafo 19 por el
Ministerio las piezas del proyecto de rectificacion del camino de Ve- cual los introductores de máquinas ú operaciones nueva~, deben se; consi/
racruz á esta Corte, en los accesos del puente de Paso del Macho, derado~ en igual grado que los inventores, y me apoyaba ademas en las incuyos trabajos han sido ejecutados bajo la direccion de vd.-La Se- c11~i:Qnabl.es ventajas que resultarían de la adopcjon d13 este nuevo sistema
fá ~c9nomía_ de tiempo,. dinero y ~r~zo;; circÚnsta/?¡cias que refluirán e;
cretaria ha visto dichos trabajos con el aprecio que merecen, pues por
beneficio de la riqueza pa!ticular y publica, pues por su medio será costeason dignos de la honrosa reputacion del cuerpo frances de Ingenie- ble el beneficio de frutos que por su baja ley hoy se desechan. No se acceros, de puentes y calzadas.-Y tengo la satisfaccion de decirlo á vd. dió á mi solicit~d, segun consta en una comunicacion que recibí de ese Mien contestacion á su citada nota.-El Ministro de Fomento, L. Ro- nisterio, de fechá 16 de Marzo del citado año de 1863, y que obra en mi
bles.-Sr. ingeniero de puentes y calzadas, gefé de servicio, D. J. poder, porque las leyes entonces vigentes· no concedian. privilegios de in• .
tro~uC?ion, y se me devolvió mi pliegQ cerrado. que cohterua la descripcion
Laman.
y dibujos que la ley de la materia exige se acompañe á la solicitud.
.
Son copias. México, Marzo 30 de 1865.
Hoy que sí se conceden privilegios de introduccion, y que á mi entender
El Subsecretario de. Fomento,
conservan su fuerza en todo su vigor las Ordenanzas de Minería insisto en
(Firmado) MANUEL ÜROZCO,
mi peticion y acompaño á este ocurso el mismo pliego cerrado certificado
que anteriormente presenté con el mismo fin.
.
. Como :puede verse en 'él, uno de los _puntos del privilegio es la introducIIINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
c10n de un receptor cuyo motor es el aue; y como en la peticion del privilegio esclusivo de introduccion que con fecha 18 de Marzo de este año hace
'México, Marzo 30 de 1865.
NoTICIA de los _pasajeros llegados al puerto de Campeche durante el mes de á e~e Ministerio D. Genaro Vergara, he visto una ligera descripcion y aplicaciones que convienen al aparato cuya introduccion soqqité con anteriorh
Febrero próxhno pasado, con espresion de su sexo y nacionalidad.
dad,-me opongo á que al Sr. Vergara.s,e le ponceda, dado caso que sea el
mismo rece_ptor, fundándome en la pi:ioridad de mi.!;lolicitud.
Mexicanos • _• . . •. • . • • . • • • • . . • 12
• -!1,- V. E. suplico provea de conformidad, -e~ lo ,que recibiré gracia y jus, Españoles...... ·-···-·•·----- 3
ticJa.
.
Ingles.es ••.•••.• _• . . .. • . . . . • • 1
Dios guarde á V. E '. muchos afios.-Juan Cecilia .Ba1'quera.-México
...
Marzo 27 de 18i5.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento D. Luis Robles
'
Total. ••••••• _... 16
Es i:opia. Méxicq, Marzo 3,,0 de 1865. .
·
El Subsecretario de Fomento,

y

(Firmado) M.Airom. .ORozao.

1~

México, Marzo 29 de 1865.
D. Eduard0 García Zavala y D. quadalupe Brito, han hecho formal denuncio de la mina de Cristo en Pacliuca.
Y habiéndose admitido con fecha 28 el denuncio~ en cuanto ha lugar en
derecho, sin perjuicio de tercero y conformé á las ·Ordenanzas! se avisa 9:l
público, para que si alguna persona se encuentra con derecho a oponerse, lo
deduzca ante este Miaisterio.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ORozco.

Hombres •••..•.....•.•••• _. • 157
i.r •
•
iuuJeres.. . • •.• . . • • • • • . • • • . . • • 12

México, Marzo 31 de 1865.

Subdivision de Puebla.-Núm. 9.25.-Exmo. Sr.-Tengo la honra
de participará V. E., que se han presentado espontaneamente á la
comandancia de Teuzitlan, los once disidentes siguientes, haciendo
uso de la amnistía imperial, á saber: D. Gavino Camacho, capitan
de caballería, presentado el 10 de Marzo, queda en Tetuxitlan; D.
Márcos Heredia, coronel, presentado el día 14 de Marzo, se fué para
Coscomatepec; D. Agustín Marañon, comandante de escuadron, presentado el 15 de Marzo, se fué para Ja]¡pa; D. Ignacio Cuellar, coronel de caballería, presentado el 16 de Marzo, se fué á Puebla; D.
Leandro Leon, comandante de escuadron, presentado el 16 de este
mes, se fué para Tláxcala; D. Francisco H. y Hernandez, gobernador del Estado de Veracruz; D. Francisco de P. Milani, general; D.
Ricardo B. Suarez, teniente coronel; D. José M. Cortés, secretario
del gobernador; los últimos cuatro se presentaron el día 17 de Marzo y·marcharon para Veracruz; D. José M. Correa, D. Rafael Mur•
guia, ambo_s comandantes de .batallon, se presentaron el 18 de Marzo y se dirigen á Méxi~o.-Las protestas de su sumision se remitirán á V. E. tan luego como se reciban.-Reitero á, V. E., etc.-Puebla, Marzo 28 de 1865.-El comandante de la subdivision de Puebla, Gene:ral Thun.-Al Exmo. Sr. Ministro de la Guerra.-México.
Son copias.
·

~Ji.()é~

timo; sin espresion de su nacionalidad por n,o haberla manifestado el ca1
pitan del puerto.
•

TRATADO SOBRE EL TRIGO.
I.
DESCRIP0ION DEL GENERO.
Tournefort llama al trigo triticum y lo coloca en la seccion tercera de la
clase décimaquinta, que comprende las yerbas de flores apetaladas, ó com·
puestas solamente de estambres, que llama cereales, y sus análogas. Linneo
lo llama tambien triticum, y lo coloca en l¡i triandria diginia.
Los verdaderos caracteres que distinguen al trigo de las otras plantas de
. este género, son el tener un cáliz compuesto de dos glumas ó ventallas, que
contienen frecuentemente tres flores; las ventallas son aovadas y obtusas.
Otras dos ventallas, ·casi iguales y del tamaño del cáliz, le sirven de pétalos; interior es llano Y el esterior convexo, Y terminado por una punta
pequena.
,
.
.
. .
Los estambr~s, en numero de.tres, son filiformes, Y los dos piStilos re-.
vueltos Y termm~os por,~ estigma plumoso.
,
• El grano ó semilla es umco, eblongo, oval, obtuso por los dos lados, convexo por el lomo Y su:cado co,n una rata por el lado opu_eSt o.
.
_Las flor~s y las_semillas estan sos~~das sobre ~na espiga gen~ral, y esta
mJSma espiga esia comp~esta de espigrullas pequenas de dos á mnco flores
ó granos, segun ª especie.
II
.
ESPECIES ó v ARIEDADES.
Linneo cuenta hasta ocho especies anuales y ocho perennes; pero nosotros
no trataremos aquí sino de dos de las primeras, que son el tremesino que
recorre todas las fases de su vegetacion en tres meses, . y el vulgar que se
siembra á principios de invierno; por cuya razon se llama de invierno ó de
otoño por sembrarse tambien en algunas partes á fines de otoño.
Muchas variedades se conocen en este trigo en la República; pero cultivándose todas ~llas de la misma manera, n9s p1'tece inútil enumerarlas por
no bastar esto solo para conocerlas; y si fuésemos describiendo minuciosamente cada una de ellas, nos estenderiamos demasiado, lo cual no podemos
hacer en este pequeño Manual, que no nos permite tratar cada artículo con
la estension que quisiéramos hacerlo. Ademas de esto, como todos los hacendados deben 'buscar entre estas variedades, aquellas que se produzcan
bien en. terrenos análogos á los suyos para renovar las semillas y obtener'
buenas cosechas, y esto lo practican cuidadosamente, la mayoría á lo menos,
no daremos sino nociones· generales, que son las que pueden darse casi siempre en agricultura, quedando sujetas á una prude~te modificacion, determinadas por las circunstancias particulares de cada tierra.
El ~rigo se cultiva en todos los Departamentos del Imperio, siendo uno
• de los principales artículos de consumo, pero es propio y naturalmente se
da en los países fr¡os.
•
lll .

Las tierras destipadas para la s~embra de trigo, áeben estar p~f~en:·~
te ~esmenuza?as y volteadas, y bien abon8?a.", pues la plitnta requiere terr enos sustanciosos aunque de poca profundidad y resisténcia J&gt;&amp;ra es~ndex
bien sus ra~ces, l~s cuales, ha.blando en general de todas 1~ plantas, i'n:dican
por su contigurac1on los terrenos gtte les son mas conv&lt;iníentes.
Despues de bien volteada:s y ~bonadas 1~ tierras, se procede á la siembra' .
y se hace manteada, la cual se e¡ecutaá punados arrojando el grano sobr('l~
tierra, procurando repartirlo con igualdad. La cantidad ·del grano estará determinada por la calidad de las tierrr.s. En seguida se pasa la grada y despues la rastra.
Si la labor se hace con arado sencillo, despues de arrojado el grano se da
otro fierro y se pasa la rastra, procurando siempre que la semilla no profundice mas que dos pulgadas á lo sumo.
, En Europa no se riega el trigo y sí sa escarda; pero aquí se ejecuta lo
contrario, dándole los riegos necesarios cuando escasean las lluvias en tiempo oportuno, y nunca se escarda.
La época de la sementera es en Octubre ó Noviembre; pero·si puede hacerse el!- el primero de estos meses, es mejor. El mismo refran lo dice:
Poda tardío y siembra temprano,
Cogerás uva y grano.

Las siembras anticipadas son las mejores, y la naturaleza misma indica
cuándo deb~n ~acerse. ~l trig~, pues, deberá sembrarse en cualquier clima
cuando los arboles comiencen a desprenderse dé sus hojas.

V.

AccmENTES y ENFERMEDADES.
Si durante la florescencia de la planta caen abundantes lluvias acompafiadas de recios vientos y tempestades, el polvo seminal de los estambres se
deslíe-y se corre de modo que el grano queda infecundo ó mermado. Si
cuando está verde la planta aparecen súbitamente estremados calores en lug~r de desarrollarse la caña, se seca; maduran rápidamente los grano~, pero
no to~an todo el desarrollo que debieran por falta de tiempo, y rinden poca )larma por no estar suficientemente llenos.
El granizo ocasiona dafios muy considerables á esta planta, tanto por
romperla cayendo sobre ella, como por impedir su vegetacion y á veces destruirla. completamente quemándola toda.
Las heladas son muy perjudiciales despues que ha desarrollado y cuajado
el grano, mucho mas que á los principios de la vegetacion; porque aunque
en este estado se pierden muchos tallos ó todos los que hayan nacido, se reproducen despues con tanto ó mas vigor Y lozanía'. Pero cuando comienza á
granar Y sazonar, las heladas son el mayor contratiempo despues del granizo; no porque eSt e sea menos perjudicial, sino porque las heladas se estienden á toda las siembras de las haciendas de un rumbo, y el granizo las
mas veces es un contratiempo puramente local. Así es que dicen los labradores, Y con razon, que las heladas encarecen pero no empobrecen, y el granizo empobrece pero que no' encarece.
El remedio con las heladas Y el granizo son los riegos.
Inmediatamente que brota la planta se ve atacada por el chapulin ó grillo
ca~pestre, el cual g~sta ?1uch~ de las tiernas hojas de la plantita, la que se
ve libre de este enemigo a medida que se desarrolla, robustece y comienza á
cañear, que es cuando su tallo tiene de ocho á diez pulgadas. Generalmente
por este tiempo vienen las heladas que destruyen esta plaga.
El.peor de todos los enemigos del trigo, es el chahuistle, conocido con el
nombre de rubigo por los antiguos escritores sagrados, y en España llamado moho, orin, roya, tizoncillo ó anublo, el cual aparece en forma de puntitos cenicientos, en las hojas Y cañas, aumentándose gradualmente y tomando un amarillo rojizo. En las partes donde se encuentra se forma un polv~llo del mismo color ó de ocre, muy suelto, sin sabor ni color, que se pega á
los animales que tocan las plantas: ensucia la paja y le da mal sabor.
ELECCION Y PREPARACION DE LA SIMIENTE,
Esta enfermedad proviene, segun lo ha acreditado la esperiencia, de la
Aunque las opiniones de los autores están divididas con respecto á la elec- abundancia. de las lluvias y de las nieblas. Cuando únicamente aparece en
cion de la semilla, pretendiendo algunos, como la Bretonnerie (1), que de- las hojas no es tan temible como cuando se estiende h~ta las cañas: entonben elegirse para la sementera las semillas mermadas, por germinar bien y ces sí puede considerarse como perdida la cosecha, ó al menos en su mayvr
costar mas baratas; nosotros somos absolutamente de la opinion contraria, parte.
pues aunque estas germinen bien, jamas producen macollas tan abundantes,
Rosier opina que es el jugo extravasado provenido de una vegetacion exuni dan granos tan llenos y hermosos como las semillas bien nutridas, llenas berante, y dice: "Nos parece mas conforme á la sana fisica y á la observay completamente sazonadas; antes por el contrario, aconsejamos muy parti- cion, atribuir este accidente á la abundancia de un jugo nutritivo, proveniencularmente á los agricultores que jamas pretendan hacer semejantes econo- te de una vegetacion deIJ1asiado lozana, que á las nieblas que no tienen ninmías, que no lo son sino para los que 'S0l!\mente ven los ahorros del mo- guna parte directa en ello." Pero al tratar de las nieblas se contradice• así:
mento, sin calcular que por una cantidad insignificante que economizan, no " Si las nieblas de otoño apresuran algunas veces la madurez de la uva, tamtienen los may~res productos que deberían si compraran las mejores semi- bien la pudren si duran mucho tiempo. Causan ademas el orin que padecen
llas para la siembra, las cuales les devolverían con usura el dinero invertido los trigos, los hojas de los árboles y las frutas, cuando el viento no disipa
en ellas. Tales economías nunca deben hacerse; antes por el contrario, una las nieblas y sobreviene á ellas un aire abrasador y el sol quema.'!
buena semilla debe comprarse á cualquier precio-, que por alto que sea siemNosotros no podemos fijar nuestra opinion, pero no vamos con la de Ropre dará al agricultor mejores resultados que la mala semilla, por ínfimo zier, pues sabido es cuánto influye en el reino vegetal y animal la electricique sea el precio que haya dado por ella.
dad; y todas las nieblas están mas ó menos cargadas de ellas, segun su denRecomendamos mucho para la eleccion de esta semilla, que se tenga pre- sidad (1 ). Ademas de esto, como las nieblas no son otra cosa que las molésente lo. que dejamos dicho al tratar en general de la calidad de la simiente, culas acuosas, diseminadas por el aire y hechas visibles por su abundancia y
para evitar repeticiones inútiles.
por el frio, ¿no es de presumir que estos vapores condensados perjudiquen la
Es conv~niente, y con r,articularidad si las tierras son de riego, el prepa- traspiracion de la planta, privándola de la luz y el calor cuandó mas los ñerar las semillas en una leJÍa de cenizas y cal, que es la mejor conocida has- necesita, á causa de la abundancia de jugos que recib'e de las sustancias térta el dia, y la mas sencilla y fácil de tener á, la mano.
reas, combinadas con la superabundancia de las aguas y los meteoros acuoEn pocas partes se usan estas preparaciones de las semillas; y cuando es- sos, y que á consecuencia de su frialdad y humedad desarreglen la circulatán perfectamente nutridas :y en todo su desarrollo, y se siembran en tiem- cion de la sa.,ia1 Y sobre todo, ¿no tenemos la esperienoia. en contra, una espo oportuno, estas preparaciones son inútiles.
periencia general en todos los puntos del Imperio, donde jamas viene el chahuistle
sino con la abundancia de las lluvias y de las nieblas1 Y no se nos •
IV•
diga que este mal es _provenido solamente de una vegetacion vigorosa, pues
PREPARACION DE LAS TIERRAS Y MODO DE SEMBRAR,
cansados estamos de ver trigos lozanísimos, producidos por terrenos estreDos maneras hay de sembrar el trigo, ó al menos de dos modos solamen- madamente fertiles; y cuando estos han abundado en abonos ó humus, la cote conviene sembrarlo, á saber: por surco ó manteado, que es el método ge- secha se ha ido en vicio, pero no se han achahuistlado las plantas. Por otra
neral de sembrarlo.
·
parte, el jugo extravasadó, el melazo, que tapa los poros de las plantas, im,

:1

(1) Véase 111 correspondencia rural.

(1) Véanse los esperimentoa de Herle¡.

..

�JmW;Iº ,_,DELí'lMfflBrnK
..

----

-

1

pid~én~ol~~ la ~r~pir~ci91;1, ~ avas~rad~,por li,s,frecue1M~ ·lluvias que libran
dé·el•a ·l ~ plantas/ Iav4'n~o13:s y_ar,t~ti:,a,i¡dolo,cg»sjgo; xsi fu.era est.e iil..mal,
)
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•
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las'llúviassé'fiate1'te%.efüot .cilll.ndo
por e1 hcp~trariq l~s lluyias y Ja.s nie1
ENTRADA y SALIDA DE doRREOS EN LA 4-DMINiSTitAOION GENEkAl rBi E&amp;'rA
blité lo1~n~th;añ'-Y:1~'¡iesarrólÍati. • ' ''
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C.A:Ptr'Áii' l J
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LLEGA CO'D'D'INl!'DOWDENl!T
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averiguar 1~ vef\lad/ m el 1n0Ho. remediar, el .mal, que es el mas temible de
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todos, parti1cul~ente -si ·~ta.&lt;la.'f~ planta ~nté~ ¡ie granar? ~uando están los
SAnADo.-De Texcooo, Ay9tla, San Mar~jn T~melucan, Tla¡c:aJtl; fu.ébl&amp;, 1
gránqs en leche, lpµes entonécs1 s~ pierde com'p,let,amen~e 9íl~l toda la cosecha; Jalapa, Orizava, Córdoba, Veracruv, Tacubaya :f,erma, 1~olucii,, :ren'ancingoJ1
9
''11 '· l "} ;,
t ~
·
Temascaltcpec, Sultepec, Ixtlahuaca, San F elipe del Obraje, M¡,neral del Oro,
, ( CfJ1lcluiTá.J
Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tularicingo, Teotihuacan, Otumba, Apam, Jlalpam, Cuerna' vaca, Tasco, Tepecoacuilco, Iguala, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río,,
Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan d~l Río, Querétaro, Guanajuato, Aguas.
calientes, Lagos, Guadalajara, Zacatecas, Durango, Tula, Ixm~quilpam.
DoMINGo.-DeAyotla, San Martín Texmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba,
DEL nm:RlOR.
Veracruz,
Tlalnepantla, Cuantitlan, Tepeji del Rio, Soya-niquilpan, Polotitlan,
Dlas 7 bora.s en que salen
D!u y boru en que entran
LINEAS.
de México.
á lléxlco.
San Juan do! Rio, Querátaro, Allende, San Luis Potosí, Monterey.
De México pa.ra}.Arroyozarco.
SE DESPACHA CORRESP9_NDENCIA
S. Juan del Rio.
HASTA LAS 9 DE LA NPCHE.
"
Querétaro. ,
Lúnes, .Miércoles y Márte~, Juéves y Sá"
Salamanca.
SADADo,-Para Texcoco, Ayotla, San Martín Texmelucan, Pu~bla, Jalap,a,
. Viernes á las 4 de
hados, entre 5 y 6
"
Guanajuato.
Orizava, Córdoba, Veracruz, Tlalpam.
·
.
la maflana.
. de la tarde.
"
Lagos.
Do,Mrnoo.-Para.Ayot1a,
San
Martín
Texmelucan,
Tlaxcala,
P,u~blaJ
Oriza"
Guadalajara.
va, Cordoba, Veraoruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Tenanc,i.ngo, Ixtla,hu~ca, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío,, Morelja, GuaDe México para .Arroyozarco.
dalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Paohuca, Tulancingo, Teotihuacan,
,,
S. Juan del Rio.
Otumba~ Aparo, Tlalpam, Cuerna.vaca, Tasco, Iguala, Tepecoacuilco, TlalneQuerétaro.
",,
S. Miguel.
Mártes, Juéves y Sá- Miércoles,· Viémes y pantla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Tula, lxmiq_uilpam, Soyaniquilpam, Polo.,
Dolores.
bados, á las 4 de la
Doiµingos, entre 5 titlan, San Juan del Rio, Querétaro, GuanaJuato, Lagos, Aguascalientes,
la Quemada.
Guadalajara, Zaoatecas, Durango.
man.a.na.
y 6 de la tarde.
8. Felip~.
.",
Jaral.
S. Luía Potosi.
• ·

SERVICIO DE CORREOS.

~-·

de

SERVIOlO DE. DILIGENOil\.S.

ANUNCIOS OFIOIALES.

"

DE TOLUCA.

Todos ~s di~, escep- 'l'odos lqs días, escepto el Domingo4 á
to el Domingo, en{ las
7 de la manana.
tre 2 y 3 de la tarde

De Mbico pnra Tolnca.

AYUNTA.IIIENTO DE JIEXICO.

Núm. 778.
CONVOCATORIA.
DE ](ORELIA. .
La Junta. de Hacienda ha dispuesto se convoque por medio de este aviso á loe acree.
dores al fondo de amortizacion que tengan créditos escriturados, líquidos y reconoci&amp;oM,
para que concurran el dia cinco del entrante, á las doce de la mañana, al S~len de CabilLúnes, Miércoles y Lúnes, Juéves y Sá- doa del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo prevenido por la ley relativa, la es~ Viérnes, /i las 7 de
bados, entrt&gt;, 2 y 3 presada Junta rematará la cantidad hasta ahora renmda, entre los acreedores que ofrez, 1 la.inafiana.
-can mayor rebaja.
de la ta.rile.
México, Marzo 28 de 1865.-El Prefecto Municipal, F. Somera.
J

.

l

De México para Toluca.
Ixtlahuaca.
,,
Maravatío.
Acámbaro.
"
Morelia.

"

DE illECA Y CUAUTLA.

De México para Chalco.
Ameca.
"n
Tenango.
,,
Cuautla.

1Má.rtes, Juévllt! y 8/i-

Lúnes, Miércoles y
bados, /i las 6 de la
Viérnes, entre 3 y
4 de la tarde.
manana.

~

J

DE PUEBLA.

. jTodos los dias á las 4
( de la manana.

De M6xico para Puebla.

DE VERA.CRUZ.

.A.N"CNCZOS.
rozGADO S? DE LO CIVIL

En los autos que siBUe D. Antonio Barquin contra D. Vicente Vaca, sobre pesoa, el Sr. .
Juez 2\' de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que conoce de ellos, ha l?roveido,el auto.siguiente:-" Méxir,o, Marzo 23 de 1865.-Autos citadas las partea, haciéndose al ejecutaao
'.t'odoslos los días, en- la citacion por los periódicos. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Pal!on.-Lic. M.
·
·
•
tre 5 y 6 de la tarde Frias, Secretario." ,
Y en cumplimiento de lo mandado, cito á D. Vicente V11Ca por el pm11nte.
México, Marzo 30 de 1865.-J. Reynoso, Eacribano público.
226-Ss-l

De México para Ayotla.
S. Martín.
11
Puebla.
"
S. .Ag. del Palmar.
"
Orizava.
"
Córdoba.
,."
Oamaron.

AVISO AL PUBLICO.

'

11JNTA DIRECJ.'IVA DEL COLEGIO DE CORBEDORF.S DE JCEXICO.
Todos los días, escep- Todos los dias, escepDe conform;dad con lo prevenido en el art. 15 del Reglamento de Corredorea de eata
to el Sábado, á las
to el Márt~s, entre
plaza, se pone en conocimiento del público que han obtenido título de corredor en las ola.4 de la ma.nana.:
5 y 6 de 111- tarde.
se~ que á continuacion se espresan, los indivitluos siguientes.
l~ CLASji: y E SECCION DE LA 2!-, D. F. Javier Rodríguez.
l~ SECCION DE LA 2!- CLASE, D. Juaa Dupont.
DE APAlL
3~ SECCION DE LA 2~ CLASE, D. Antonio Andrade.
4~ CLASE, D. Miguel Castaños y D. Leonides Fa.rías.
De M~xioo para S. JuanbTeotihuacan Lúnes-, Miércoles y Mártes, J uéves y SáY asimismo D. José EugeBio Herrera ha sido rehabilitado para ejeroer en la 3, seccion
"
Otum a.
~ Viernes á. las 6 de bados, entre 3 y 4 de la 2~ clase.
·. •
,,
Guarda.
. la man.a:ia.
de la tarde.
México, Marzo 29 de 1865.-Antonio de Vértiz, ·Síndico.-José de la Lama, Secretario.
.,
Apam.
J
.

¡

227-38'-.\

DE PACHUCA Y TULANCINGO.

De .México para 8, Cristóbitl.
Ozumbilla.
,,
Tizayuca.
·",
Pachnc11-.

.

De Ybico para Tepepa.
. Guarda.
"
Huitzilac.
Onernavaoa.
o"

J'UZGADO 2? DE LO CIVIL.

,
En loa autos ejecutivos que sigue D. Clemente Peimbert, contra D. Higinio Goroatieilá,·&gt;
Para el primer punto Del primer
punto to-. sobre pesO!', el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado.se venqa ~AAtodos los dia.s, esdos los dias, escep- cienda de Huayatenco, ubicada en la jurisdiccion de Sultepec, valuada en cuatro mil qui•
'
cepto el Domingo,
to ol Domingo1 en- nientoa pesos; señalando para las almonedas loe dias seis y veatiseis del entranté .A:bril, yt
á las 6 de la.man.
tre S y 4 de la tarde
cinco de Mayo próxilllo, á las doce, siendo la· última con calidad de reinat.e.
Para el segundo pun- Del segundo punt~ -~ que hago sa~er al público. Msxico; Marzo 24 de 1865.-Manuel.Rome~o, \Esoribauo
:Má.rtes, Juéves y publico de la Nac1on.
,
.
224-?e-:3
to, Lúnes, Miérco. les y Viérnes á lf\8
Sábados, entre 8 y
'"
.
TlUJIUlUL DE COIIEBCIO DE JCEXICO.
.
.
6 de la manana.
4 de .la tardo.
1
En el juicio verbal promovido por los Sres. Ponton hermanos contra])..Leonárdo
&gt;
DE CUERNA.VACA.
redo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á'dicho l)',1
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince dias se presente ·por a( 6·por apoLúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y Sá- derado instruido y eapensado, á contestar la demanda; apercibido de que JIO haciéndolo,
f :ejecntoViernes, /i las 6 de
bados, .entre 8 y 4 en s11 ausencia y rebeldía se continuarán loa procedimientos hasta pronuncjl¼r
1
riar la sea.t.encia.
·
la mafiana.
de la taroe.
México, Marzo 21 de 1865.-José María Cardtila, Oficial ~. encargado de 'la Secretaría.
, 216-Sa-8. , '··

r

l

4.

¡

DI PUEJILA A· RUilWiTLA.

J'UZGADO 2? IIENOR DE ESTA CORTE.-EMPEDRADILLO llUll. 6.

y

Lúnes, :Miércoles y
. Viérnes á las 6 de
la man.ana. · .

i

De ic;lem para ic;lem.

DI G11A.WA1UATO A LEON.
V f

México, Enero if de 1866.

Mártes, Juéves y S/ibados, á las 6 de la
maflana.

t

, ,. [

Ignorándose la babitacion de D. Rafael Moreno, &amp;pedimento del agente d~ qegocil&gt;á 1
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jurídico del cesionario de D. Ignacio Trej,;i1 por el'pr~ ,
Mártes, Jué,:es y Sá- sente se le cita, para que dentro de ocho días, por s( ó por apoderado instruido y..espenaa:
bados, entre 3 y 4 do, se presente en este Juzgado á centestar la demanda qne en juicio conciliatorio, sobre
pesos, le promueve dicho Cevallos; a~ercibido que de no verificarlo, se dará por intentado
de la t-ardo.
el acto, y se espe4iri al actor el certificado.
•
México, Marzo 22 de 1865.
• ,
El Juez 2? ínenor, Lic. Una~ y Pa.oon. ' 2i~~
'
Lúnes, Miércoles
y
~ ", ,¡' ()j ;
Viernes, entr11 1 y
'
,
11 de la tarde.
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F . ESCALANTE,

Dlaa y horaa en que uleri DIAi y boru en que entran
de Puebla.
á Puebla.

LINI.U.

.

11.u&lt;.'11

o.a uK .111111~, MvM. 1.

, -~ J '" ·:r cr)

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>ore
'

IMPERIO
'

.

NlJII. 77.

Prefectura política de Córdoba.-Núm. 53.-Córdoba, Marzo 27 de
1865.-Exmo.Sr.-El Juez 1? de paz del punto del Camaron dió cuenta á esta Prefectura con unas diligencias practicadas á consecuencia de
una demanda verbal sobre cobro de pesos; y como de ellas resulta
.-!E,;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;as;;;;==;;;;;;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;¡;;;;~;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;=====;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;¡;;;; ·un incidente criminal sobre juego prohibido contra D. Manuel Perez,
D. José Maria Millan, D. Rafael Fernandez, D. Ildefonso Gomez,
D. Lúcas Setien y D. Julian Romero, esta misma Prefectura, sin
. peijuicio de habérseles impuesto las penas que señala la ley de 25 de
MAXIMILIANO, EMPERAUOR DE MEXICO:
Febrero del año próximo pasado; conforme á la fraccion 2~ del art. 4?
HEMOS venido en conceder al instituto de Hermanas de la Cari- de_ la misma ley, s~ hace indis~ensable que ~us.nomb1:~s queden pudad la próroga por. diez años, contados desde 10 de Abril del presen- bhc~dos por tres d1as conse?~t1_vos en el periódico ofimal.-qou ~ste
te año, de la libertad de derechos de alcabala que se le otorg? por moti_vo tengo el bono_r de d~r1g1r á V. E. )a presente comu01cac1on,
decreto de 10 de ~bril de _1845, respecto _de los efectos que s~ rntro- s~phcándole así se s1rv~ d1sponerl~_.-D1os guard~ á Y·. E. muchos
duzcan con el úmco destmo de consumirse en las casas SUJetas al anos,-:-El Prefec~o polit1co, J. A. l\ieto.-Exmo. Sr. M1mstro de Gomismo instituto.
.
bernacw~.-Méx~co.
.
Dado pn el Palacio de México, á 25 de Marzo de 1865.
Es copia. México, Abnl l.0 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firmado) MAXIMILIANO.

.: (Firmado) FRANCISCO J. VILLALOB0~.

Prefectura política del Departamento de Puebla.-Pueblá, Marzo
26 de 1865.-Seccion 1!-Núm. 1338.-Exmo. Sr.-Oon motivo
de un oficio que dirigió á esta Prefectura el administrador del telégrafo de esta ciudad, participando haberse robado cuatro tramos de
alambre del t~légrafo en los suburbios de esta misma poblacion, y
haber aparecido rota la línea por el rumbo de Acatzingo, se pidió
informe á las Prefecturas del Distrito de Tepeaca y municipal de
esta ciudad, quienes han contestado lo siguiente:-" El Alcalde municipal de Acatzingo, con fecha 20 del presente, me dice lo que co·pio:-El Sr. administrador de la oficina del telégrafo de este pueblo,
con esta fecha me dice lo siguiente:-En contestacion al oficio que
se sirvió vd. mandarme, del Sr. Prefecto interino de Tepeaca, dígnese vd. manifestar á dicha Prefectura, que acerca de la rotura que tuvo entre esta oficina y Puebla, fué ocasionada por el fuerte ·huracan
del dia 16 del corriente, originando éste el tumbar varios morillos y
romperse·la linea telegráfica, segun ya tienen aviso los señores encargados de la oficina de Pucbla.-Lo que digo á vd. para conocimiento del Sr. Prefecto de Tepeaca.-Lo digo á V. S. para su conocimiento.-Y lo transtribo á V. S. en cumplimiento de lo que se sirve prevenirme de órden superior en su comu"i1icacion,.fecha 16 del
rrnsente."-Comisionad~ por ~sta P_refectura el Comandante de pohcia de caballería para mvest1gar si el alambre perdido en la linea
;
.
telegráfic~ entre entre San Javier y San ~latías, habia sido robado ó
MAXIMILIAN-O, EMPERADOR DE MExICo ·
roto por efecto del huracan, en esta fecha me da el parte siguiente:
HEMos venido en acordar que no puede esceptuarse á la Casa de -:-" En contestacion á la órden de vd. para que practique la averiniños espósitos de esta Corte, del pago de la contribucion de cua~ro1 gtiacion sobre el alambre del telégrafo, debo decirle: que informado
al millar que causen las fincas que le pertenecen; pero en atenc1on por los peones del rancho de D. Juan Calva, Manuel de Jesus y Joá la importancia y conocida utilidad de aquel establecimiento, y á sé Luis Miguel, el viento fuerte de las noches anteriores tumbó uno
fin de que al dar cumplimiento á la ley que impuso la espresada con- de los palos, y á su caída rompió el alambre: que el celador del ta- tribucion no sufran menoscabó sus intereses, DISPONEMOS: que la légrafo, á las ocho de la mañana del día siguiente, pasó á reconocer
cantidad que tenga que satisfacer por el referido impuesto, se le mi- el punto donde estaba interrumpido, y encontró los pedazos de alamnistre de los fondos del Erario en clase de subvencion.
bre en los palos inmediatos al que estaba caído, y que en union del
Dado en el Palacio de México, á.30 de Marzo de 1865.
Juez de San Matfas, á quie~ éste dió parte, procedieron á ponerlo.
.
-:Es cuanto tengo que decu- á vd. sobre el particular.-Y lo tras(Firmado) MAXlMILIANO,
cnbo á vd. para conocimiento del Sr. Prefecto superior político, como resultado de su oficio relativo de 16 del presente."-Lo que tengo la ~onra d~ comunicar á V. E. para conocimiento del Gobierno
Impenal.-D10s guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto superior,
José Mari.a Esteva.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento.
Es copia. México, Marzo 31 de 1866.
1

�310

DIARIO. DEL IMPERJO.

DIARIO DEL IMPERIO.

PREFEGTUBA l'OLITICA DEL DEl'A.RTillENTO DEL VALLE DE MEXICO.

SECCION DE JUSTICIA.
México, Marzo 31 de 1865.
Por la Corte Marcial de México se ha dirigido á esta Prefectura,
con fecha de hoy, el oficio siguiente:
"Tengo el honor de informaros que la Corte Marcial de México,
en su sesion de 31 de Marzo, ha declaradu:-Al llamado Juan Aguilar, culpable de haber pertenecido á una cuadrilla de malhechores
armados, y de haber plagiado en compañia de estos á varios individuos, haciéndolos sufrir malos tratamientos para obtener rescate.A Jesus Sanchez, culpable de haber pertenecido á una cuadrilla de
malhechores armados, y de haber tomado parte en el incendio del
rancho y asesinato de la· familia Durán.-En consecuencia, la dicha
Corte condena á los llamados Juan Aguilar y J esus Sanchez á la pena de muerte por unanimidarl.-Y el llamado Francisco Rodríguez,
declarado no culpable del crimen antes mencionado, ha sido puesto
inmediatamente en libertad."
Y por disposicion del Sr. Prefecto p•Htico lo traslado á vdes. para
que se sirvan insertarlo en el periódico oficial.
El Secretario general de la Prefectura,
(Firmado) A.LBJ.AND&amp;O V1LL.ASENOR.

DOCUMENTOS.
SOCIEDAD MEXICANA
DE CEOCRAFIA Y ESTADISTICA.

·beres'que se impusieron sus socios al aceptar su nombramiento de formar la Se han vendido 222 cueros s~cos de Tampico á 74 francos los 50 kilógr
estadística del Territorio Mexicano, nos ha hecho proponer los medios ade- moa, y quedan de la misma pr,ocedencia unos' tres mil que no tardarán a:
cuados para desempeñarla.
reafüarse, vista ta· fácil salida que esta mercancía tiene'actualmente
en
-Por último, al presentar este dictámen, hemos ouidado de que el trabajo
La madera de ,:aoba se vende tambien con facilidad al precio d 16
pueda hacerse sin grave perjuicio de quienes compongan la gran Comision, de 18 francos los 50 kilógramos. Veinte trozos de Yúcatan se 1.. e 1~ audn
· do unas cuantas horas en cada semana, sm
· per1mc10
.. · de las en este mes, once de peso de 900 k'l'
porque trabaJan
1 º"ramos ó sean 196 qu·nant rea
1 iza
, 25o
ocupaciones preferentes de cada uno, podrá llegar el dia en qué cumpl_iendo _francos los 50 kilógramos, por ser de superior ~lidad1 y el rest!: a
con el deber que nos hemos impuesto, presentemos la obra mas útil y eco- El palo de tinte se coloca difioilmente á precios muy baios· &lt;&gt;ntre 1 •
nómica que existir pueda, supuesto que las demas naciones, para llegar á es- tas aparecen 434 quintales palo moral, á 11 pesos los 50 kilói~os ;84~;
te término han tenido que gastar inmensas sumas,
quintales palo campeche, á_precio secreto, pero que no deb~ pas'at d~ lO
Las ideas emitidas las encontrará esta Sociedad en las proposiciones si- francos.
'
guientes:
En los azúcares ha habido animacion, gracias á la rebaja de sus precios·
1~ El Sr. Vicepresidente nombrará una gran comision que ·se compondrá el de la Habana se vende al cortísimo de 29 á 30 francos los 50 kilógram '
de tantos socios cuantas sean1as estadísticas de los Departamentos quepo- Aun existe sin venderse una partida de tabaco importada de Veracruz os.
see en su archivo.
el "Maximiliano I;" es probable que se arregle su venta con la admini~ir~~
2~ Cada una de las subcomisiones agregará á la que le corresp.onde, las cion francesa.
noticiaLs estadíb'st!casddel Ddeparbtam~n~.
,
d
. El café c?nserva muy ventajosa posicion; se hacen con él repetidos nego3~ ostra aJOS e ca .a.su com1s10n comenza;an por estractar 1os atos c10s al prec10 de 83 y 84 francos los 50 kilógramos.
que consta~1 en la pr~pos1c1on del Sr. Andrade, a cuyo efecto se le dará por
La ~ochinilla es muy solicitada; se paga de 4 á 4,50 francos la Hora.
la S;°retaria una c~~1a. ,
.
,
.
. El iz~e tambien es muy buscado; se vende á 80 los 100 kiló~ramos.
4 . Toda subcom1s1on esta obligada a presentar semananamente una no·
Falta completamente la zarza'Tlarrilla · su precio es 2 francos e k'ló
1
. . b'ien sea ongma
. . 1 o' b'1en deduc1'da de los trabaJos
. de que pueda d'1s- La vainilla
· · está muy abatida,-ry casi abandonada·
'
gramo.
t1C1a,
su precio• es de 19
á 19
poner.
·
francos por libra.
' ·
5~ La Comision estadística recogerá los datos de las subcomisiones, y con
Lóndrea Marzo 1? de 1865
ellos formará cada seis meses m:a noticia general de las reformas q11e deban
El mercado de valores d ante la sem
~ h
ad ·
hacerse á las ~tadísticas parciales. yª! fi_n de cada año leerá una Memoria animacion. A no ser po; la~:troduccion ~:ªa1~::as\u:v::: a~~gu~:
sobre el modo _d? perfecci?~ar li¡. estadíStlCa general.
varios empréstitos estranjeros, y por la es ortacion de fuertes su!as' d' p _
Sala de com1s10nes. Mex1co, Marzo 16 de 1865.-Refael JJurán.-Jesus tálico para Francia y España, el mínimu"iu del descuento del Banco :eme_
Palafox.-J. M. Reyes.
glaterra hubiera b¡i.jado al 4½ por lQO.
In
Los Sres.1!~nseca, Castro y general Espinosa presentaron la ~n la Bolsa de valores el dinero abunda, haciéndose la mayor parte delos
· s1gmente,propos1mon:
prestamos al 3½ por 100.
Los que suscribimos hacemos á la Sociedad la proposicion siguiente:
Entre los empréStitos mas r~ientes, se cu?nta el ?echo para el Perú al ·&amp;
"Que se nombre una Comision de tres individuos, para que con el decre- por lOO; los bonos al 83½Y su importe nommal asciende á diez millones de
to de la nueva division territorial de México, á la vista, forme una Carta ge- libras eSterlinas. Sin embargo, la incer~idumbre que reina con respecto á
neral del Imperio, co1-1 la demarcacion de los cincuenta Departamentos qua Norte América, tiende mucho á disminuir la especulacion.
hoy tiene."
Sala de sesiones de la Sociedad de Geografia y Estadística, Marzo 16 de
VARIEDADES. 1865.-José Rafael de Oast1·0.-R. Espinosa.-José Urbano Fonseca.
Tomada en consideracion, se dispuso pase en Comision para los
objetos indicados, á los Sres. Durán -(D. Rafael), general Palafox y
TRATADO SOBRE EL TRIGO.
Reyes.
(Concluye.)
_ 7?_ Se recibi~ron por duplicado los números 12 y 13 de la Gaceta
VJ.
Médica de Méx1co.-Que se reunan á su coleccion.
,
8? Se procedió á la votacion de los Sres. Abates Mr. Juan LaEPocA Y MODO DE HACER LA cosECHA.
nusse, capellan de la division francesa, y Mr. Emm¡muel Domenech,
La épo~ ~e hacer ia cosecha es cuando los trigos están en sazon, lo cual
cuyas postulaciones para socios corresponsales de esta Sociedad, se se &lt;;&lt;&gt;noce t:acil~ente por su color. La paja se pone amarillenta y las doradas
hallaban pendientes y fueron aprobadas.
espiga~ se mclman.
.
.
.
9? Se procedió á la voiacion individual de los socios corresRozier, dHerrera, de Serres Y casi t~dos unámmemente aconsejan se ~ie1
t l d
l p "
d Q
.
.
gue antes e su absoluta madurez, haciendo el corte dos 6 tres días antes·
Eonsa es, pos U a 08 eor a reiectura e . uerétar?, Lic. D. Nwo- pero esto no es posible en las grandes haciendas del Imperio, donde falta~
ás Campa, D. Agustm Córdova, D. Francisco Rev1lla y D. Manuel, brazos para ejecutar esta operacion en tan corto espacio.de tiempo s· · _
Acevedo; y de lo~ postulados por la Pre.fectura de Monterey, Lic. bargo, se anticipan un poco siguiendo estos sabios consejos y de~pu~: e~l
"D. Jesus M. Agudar, D. Rafael de la Garza y D. José Agustin Quin- corte se engavilla el trigo par.a que acabe de madurar y pe;der su humedad
t~ro, y para la ciudad de Cadereyta Jimenez, at Sr. Dr. D. Ambro- natural._
.
.
.
s10 G. Delgado; para la de Monte Morelos al Sr. Lic. G. de Chavar- El trigo q~e se destme par~ la sie1?bra debe deJarse hasta que sazone comña; para. la de Linares al Sr. Dr D. José Sotero Noriega; para la plet.~mente, ª fin de que fructifique bien, aunque se desperdicie al tiempo de

_6? El mismo señor Presidente. propuso la ~probacion del gasto de
seis pesos que costaban las matrices de los signos quimicos, y que
no hay en nuestras imprentas.-Se acordó de conformidad.
7? El Sr. general García propuso la compra: primero, de un tom? ''. Geo~rafia C?me!cial é industrial p_or. Sardou: segundo, de un
D1cc1onano de Historia y Geografia Umversal por Bouillet· y de una
Disertacion sobre la lengua Otomi por el padre Fray M;nuel Cris?stomo Náje~a, cuyo import~ de nueve pesos fué · aprobado, dispomendo se registren las tres obras en el hbro correspondiente.
8? A proposicion del Señor Vicepresidente, se acordó mandar á la
escuela de minas, para su biblioteca, una coleccion completa del
Boletín de la Sociedad.
9? El Sr. general Garcia presentó una ligera descripcion de la
grana ó co~hinilla de Oajaca, escr!ta por él para que fuera parte de
las Mem?nas _que la Sociedad habm acordado se escribiesen para el
cuadro smóptico que se propuso formar desde el año anterior. Se le
dieron las gracias por tan interesante escrito,.disponiendo desde luego su lectura y que pasase despues á la Comision respectiva anotándose la donacion en el libro correspondiente.
'
Con lo que concluyó la presente sesion, á que concurrieron los
Sres.. Vicepresidente, Andrade, Abate Brasseur, Castro (D. Rafael),
Castillo y Lanzas, Dr. Durán, Du~án (D. Rafael), general Espinosa,
gen~ral García, Soto y el secretano perpetuo que suscribe.-J. M.

t~

Arroyo.

.6:

ACTA. NUMERO 11.
México, Marzo 16 de 1865.

Aprobada la acta anterior, se dió cuenta:
1? De una comunicacion del Presidente de la Junta auxiliar de
Jalapa, asegurando haber remitido por la diligencia un cajon pequeño con las muestras del algodon; mas no dándose ninguna noticia de éhen
esto en
. lá administracion de dichas diligencias, dicrasele
o
contest ac1on.
2? Del mismo- señor, pidiendo se duplique el diploma .de socio
corresponsal en aquella ciudad, del Sr. Lic. Alva, por haberse estraviado. Se dispuso su remision.
3? De una carta del Sr. Prefecto superior político de Nut?vo-Leon,
remitiendo el Vocabulario del idioma Comanche, escrito por el difunto Lic. R:ejon, que aunque incompleto por la muerte de su autor,
lo cree muy interesante; remitiendo, para que se pueda completar,
los apuntes y documentos relativos que dejó entre sus papeles dicho señor. Remite igualmente una nota de geroglificos encontrados
en una de las espediciones contra los bárbaros, con una esplicacion
de ellos.-Contéstese el recibo dándole las gracias por su eficacia en
el envio de tan apreciables documentos. Habiéndose dado lectura á
la introduccion de dicho Vocabulario, se dispuso pase al Sr. socio
Pimentel para que los examine y manifieste su opinion acerca de
ellos.
4? De un oficio del Sr. Guisasola, socio corresponsal en Querétaro, dando gracias por su nombramiento.-Al archivo..
ACTA NUMERO 10.
ó? Las Comisiones reunidas de Estadistica y observaciones meteoMéxico, Marzo 9 de 1865.
rológicas, presentaron el siguiente dio-támen sobre las proposiciones
Aprobada la acta anterior se dió cuenta:
del Sr. Andrade, que se tuvo por de primera lectura.
1? De una comunicacion del Sr. socio D. Ramon de la Sagra, feExaminada por las Comisiones unidas de Estadística y observaciones mechada en Paris 30 de Enero último, ofreciendo sus servicios y remi- teorológicas, la proposicion que hizo en 12 del corriente el socio D. José
tiendo un número del Memori,a,l Diplomático de 15 de aquel mes, con Andrade, creen que es muy importante; y con esta conviccion, solo se
un articulo interesante que en él babia insertado. Ofrece igualmen- ocuparán de la manera.de poner en práctica este pensamiento.
te mandar á la Sociedad un ejemplar del Atlas geográfico de la gran- Los que suscribimos, convencidos de que ya es tiempo de comenzar la
de obra que ha publicado sobre la isla de Cuba.-Que se le den las formacion _de la Estadística general del territorio del Imperio, por tener, cogracias por sus ofrecimientos, y que se espera el Atlas y periódico mo ya tenemos, datos suficientes en mas de diez y seis estadísticas de los
Estados, que se han publicado ya ó existen inéditas en nuestra Secretaría,
á que alude, pudiendo dirigir en lo futuro sus comunicaciones para opinamos por el nombramiento de una gran Comision, que debe componerse
esta Sociedad por conducto de la L'egacion mexican~ en Paris.
de tantos miembros cuantas sean las estadísticas, agregando á las que cor2? Del Sr. presbítero D. J . M. del Barrio y Rengel, acusando·re- respondan los datos que tambien existen de algunos partidos, distritos ó mucibo de su diploma de socio honorario de la Sooiedad.-A su espe- nicipalidades.
.Atendiendo á la importancia de la publicacion de la Estadística general
diente.
que
abraza lós trabajos detallados, •y al efecto político que ha de producir la
3? Se recibió el nvmero 8 del tomo 14-de la Revista de los progredescripcion
parcial de los eleméntos agrícolas desarr-0llados .en una Carta,
sos de las ciencias exactas, etc., que se publica en Madrid, y el Bocomo
propone
el Sr. Andrade, las Comisiones han considerado, que ála vez
letín mensual de la Sociedad Imperial Zoológica de Aclimatacion de
que se adquieren noticias para la formacion de aquellas, estas mismas serParís, del.mes de Noviembre próximo pasado.-Ambas cosas quepa- virán para la formacion de ésta con bastante economía de tiempo y de trasen á la Comision de revision de obras.
bajo.
·
4? Se dió cuenta con la siguiente postulacion, que quedó de priLos datos que los individuos de la gran Comision necesiten para el completo de sus trabajos, los pedirán por conducto de la Secretaria, y de este
mera lectura.
modo
creen las comisiones que mas fácilmente se conseguirán.
El Sr. socio Dr. D. José Guadalupe Romero postula desde Morelia para
El
modo
que se propone da por resultado que la proposicion del Sr. Ansocio corresponsal al Sr. Abate D. Juan Lanusse, capellan de la divisi,.m francesa, por ser un sabio y haber hecho ·alg\inós trabajos importantes sobre ar- drade tenga su completo desarrollo, y sea de oportunidad, porque estando
ya escitada la emigracion en Europa, sin tener todavía todas las noticias de
queología, idiomas y geología de México.
los
elementos con que les brinda este riquísimo suelo; cuando por una carta
Secundando dicha postulacion, tenemos el gusto de suscribirla por los
agrícola vean que con poco trabajo en lr.s labores del campo, se recojen fabuenos informes que hemos tenido ¡lel Sr. .A.báte Lanusse.
bulosas cosechas, entonces la inmigracion se aumentará considerablemente,
México, Marzo 9 de 1865.-J. 1tl Ar1·oyo.-J. García.
porque cada colono, instruido por la cartl.l,, elegirá el lugar, ya por el tempe5? El Sr. Vicepresidente propuso que se aprobara el gasto de 80 ramento, ya por los productos que dé ¡¡l, terreno,.ó por la posicion geográfipesos que importan las medallas de premios de la Sociedad, cuyas ca mas conforme con sus planes de especulacion.
Estas razones, y la conviccion en que estamos los que suscribimos de que
matrices y diseño habían sido ya aprobados por la Sociedad.-Se
es
llegado
el tiempo de que la Sociedad desempeñe en mayor escala los deacordó de conformidad.
·

311

AcTA NUMERO 9.
México, Marzo 2 de 1865.
Aprobada la acta anterior se dió cuenta:
H De una comunicacion del Presidente de la Junta auxiliar de
Mol'elia, haciendo una descripcion de un monumento antiguo Tarasco, que se ha encontrado á la falda del cerro de Santa Maria, inmediato á aquella ciudad, de donde se llan estraido varios objetos arqueológicos que ella considera interesantes para el Museo.Nacional,
s?licit~~do, con t~l _mot~vo, que se conti~íen las escav:aciones por
qispos1c1on del MmISteno de F-0mento. Dicha comunicac1on fué trascrita desde luego por dispostcion del Señor Vicepresidente á la Secretaria de Fomento, recomendándole su contenido para que sean
obsequiados los deseos de la Junta auxiliar de Morelia.
2? _El Sr. Vicepresidente nombró al que suscribe, en comision para
hacer una ~isita para dar el pésame al Sr. Pimentel por el grave
cuidado de familia que ha tenido.
Se levantó la sesion, á que asistiéron los Sres. Vicepresidente, Andrade, Castillo y Lanzas, Dr. Durán, general Espinosa, general Garcia, Ibarrola, Rio de la Loza, Soto, Salonio y el secretario perpetuo
que suscribe.-José Miguel Arroyo.

\,

Villa de Abasolo al Sr.. Lic. D. Guadalupe Cabazos; en la de Cerral- la rr:rbien aconsejan los mismos autores se haga el corte en las horas de la
vo, al S_r~ D. Jesus G~1za Gonzalez, y _en la de García al Sr. D. Jo- mañana y de la tarde, cuando los rayos del sol no caigan perpendicularmensé Tr:vrno Garza, _qmenes _fueron nommalme~te aprobados. .
te sobre la tierra Y, la calienten mucho, pues asi se desprende mas fácilmente
10. Igual _votac10n se hizo con la postulac1on hecha por el Pre- el grano; pero aqm no puede seguirse esta doctrina por la premura del tiemfecto de Ménda, e~ favor del Sr. D. Pedr_o_de Regil y ;Peon, y las po Y la falta de gente. Bien podría ejecutarse la siega con las nuevas máquihechas por el Presidente de la Junta aux1har de Morelia, de los Sres. nas de ~rtar! p_ero estas solamente_prueban en terrenos planos.
Lic. D. Rafael Carrillo y D. Andrés Cervantes,. D. Rafael Ruiz, D.
~a siega se eJecu~a co~ hoces casi semicirculares como las que usan en EsMariano Porto, D. Juan Huerta Anton, D. Edwin de Rosainski y el pana; Y a~que ~aria me~ores res~ltados ,Ia guadaña, no se usa, bien sea porprofesor de medicina D. José-Guadalupe Pimentel los cuales fueron ;~~~:~utma fte =-as1ado arra1g_atadah, o pb~rque la }az se maneja m3:'l fá.
b d
•
'
que a gu na, que neces1 om res mas 1uertes para maneJarla
.
.
~
. cómoda y diestramente.
t am b~en a.pro a os.
11.· El Prefecto polfüco de Aguascahentes propuso para somos
Es bueno cortar los trigos un poco antes de que estén en completa sazon
corresponsales, para formar la Junta auxiliar allí, á los Sres. D. para que al tiempo de segarlos no se desprendan tan fácilmente los granos
Atanasio Rodríguez, D. Guillermo R. Brand, D. Juan Romo, D. no se pierda tanto en el acarreo.
Manuel Fl?res y D. Bernardo del Valle, quienes fueron aprobados.
Las gavillas se h~cen y se dejan en el campo hasta la maña~a sig_uiente,
Lo fueron igualmente los propuestos por el Prefecto politico de Za- para que con el romo Y la hume.dad d~ la noche p~edan en s~gmda conducirmora, para formar la Junta auxiliar allí con los Sres. licenciados D. se Upara formar con ellas las hacmas, sm ~ue se ~1ga 1?~cho grano.
Francisco Vaca D M- 1 E - D p " t M d D R "- 1 . n bu~n sega~or puede cortar eu el dia dos mil qmruentas varas cuadra.
, • a,nue spana, • er1.ec o en ez, • a1ae das de trJO'o tup1do.
VII.
Urb1zú y Rafael Paz Romero.
º
.Con lo_ que concluyo la _presente sesion, á que asistieron los Sres.
Mono DE HACER LAS HACINAS.
V1cepres1dente, Andrade, Castro, Castillo y Lanzas, Durán (D. RaHay_ dos clases de hacinas: momentáneas ó provisionales y permanentes.
fa~l), Dr. Durán, general Espinosa, Larrainzar (D. Manuel), Ortega, L3? primeras se hacen para cond~cir en seguida las gavillas á los espigueP1mentel, Reyes, Soto y el secretario temporal que suscribe.
ros, y las segundas cuando la hacienda carece de ellos ó no son suficientes
para guardar toda la cosecha.
(Firmado) JosE MARIA GARCI.A,
. Hacin~ momentáneas.-Despues de segado y engavillado el trigo, se deJª e_sparc1do por el campo para que el calor del sol dh¡ipe la humedad de la
espiga, porque ya sea que se guarden las gavillas, ya que se hacinen, esa huNOTICIAS DRCAlffll,ES.
medad superflua les es muy nociva porque hace recalentar y fermentar el
Hane, Febrero Z7 de l865.
grano, que cuando la humedad es muy grande se nace ó enmohece.
Entr~ el poco algodon que durante el presente mes se ha vendido eP esta Las hacinas se hacen aquí generalmente cuadrilongas, colocando las gaviplaza, se encuentra una yartida de once. pacas del 1?exicano, pagadas á razon llas que deben servir de asiento á la hacina con las espigas hácia arriba y
de 290 francos los 50 kilógramos, preo10 un poco mferior al que ha obtenido coloca~do las demas sobre estas con las e~pigas hácia dentro, de manera que
~l de los Estados-Unidos; pero superior en 15 francos al delBrasil y las An· las canas sobre13algan un poco. Estas gaV11las que se colocan encima. se van
metiendo •gradualmente, para q~e cubiertas despues con zacaton tengan la
tillas.

y

�DIABIO DEL L'1PHRIO.
forma de una pirámi~, dejando Tesbalar fácilntente las lluvias para que el
grano no se ipoje. De trecho en trecho se dejan unos huecos ó ventilas que
fas atraviesa.J;L para que las corrientes de aire aceleren la e'vaporizacion, :í. la
que llaman ~udar los labradores.
.
.Estas hacinas necesitan removerse y desQaratarse tan luego como se calienten los trigos en fuerza de la evaporizacion para que no se quemen; por
lo cual debe tenerse mucho cuidado, metiendo el brazo para cerciorarse del
estadó de sudor en que se en-cucntran. Las gavillas deben alternarse en ésta
operacion, colocando en el centro 1aS' qu.e antes estaban en los· estremos, para que así ~uden todas igualmente y no tenga despues lngar tan fácilmente
este contratiempo que debe evitarse con mucho cuidado.
A esta remqcion llaman traspaleo; y generalmente á las tres veces que se
traspalea la hacin~ se encuentran Tos trigos en est.,ado de formar las hacinas
permanente~.
·
·
Para cada hacina se destina un peon que la vele con el fin de averiguar el
estado que guardan por la noche los trigos y puedan ser removidos oportunamente para evitar con presteza el incendio.
Hacinas permanentes.-Cuando está. seco el trigo se conduce al paraje destinado para ha&lt;linarlo, lni.ciendo en él ó en ellos, pues generalmente son varios, los jacales destinados al efecto, una hacina que llegue casi hasta el techo, y solamente deje un estrecho paso de comunicacion por todos lados. A
estas grandes hacinas llaman bancos reales, pero cuando estos jacales ó gavilleros no son suficientes para toda la cosecha, se forman grandes hacinas en el
campo, eligiendo los puntos mas altos y formándolas cuidadosamente para
que los fuertes vientos' no descompongan la cubierta que generalmente se
hace de zacaton, que es lo que menos deja penetrar las lluvias.
Cuando por una desgracia se mojan las hacinas, es necesario traspalearlas, aunque mejor seria separar las gavillas húmedas poniéndolas á. sf'car separadamente.
Tambien con estas hacinas es necesario tener mucho cuidado, pues en las
momentáneas no pierde el trigo completamente su humedad, la cual va dejando muy lentamente en las permanentes; y esta humedad unida á la atmosferica, en tiempo de lluvias puede causarle unafermentacion ó inC'endio,
por lo cual es preciso reconocerlas á menudo. ,
Es muy conveniente hacer una zanja pequeña ó caño alrededor de estas
hacinas, para evitar en cuanto'.sea posible, que se mvjen las cañas de las gavillas y comuniquen su humedad á las espigas.
.
Cuando las espigas están coropletamertte secas se procede á desgranarlas,
ejecutando esta óperacion oon máquinas ó caballos, en cuyo caso sr llama
trilla.

..

DE PA.CHVCA Y TtJLA.lfCINGO,

De México para S. Cristóbal.
Ozumbilla.
"
Tiza.yuca.
Pachuca.

Para el primer punto Del primer punto totodos los dias, esdos los días, escepcepto el Domingo,
to el Domingo, en· á las 6 de la man..
tre 8 y4de la tarde
Para el segundo pun- Del segundo punto,
to, Lúnes, MiércoMártes, Juéves y
les y Viérnes á las
Sábados, entre 3 r
6 de la me.nana..
· 4 de la tarde.

f

l

DE CUERNA.VACA.

De México para Tepepa.
,,
Guarda.
. Huitzilac.
"
Ouernavaca.

"

{ Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y Sáv·1ernes, "', las 6 de bados, entre 8 y 4
de la tarde.
la manan.a.

DE PUEBLA A RU.AlW'frL.&amp;.
Dia., y horu en que salen Dlas y boru en que entran
de Puebla.
í Puebla.

J.INEAS.

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáViérnes á las 6 de
bados, entre 8 y 4
{ la manana.
de la tarde.

De ídem p111·11 ídem.

DE GUAlUIUATO A LEON.

Mártes, Juóves y Sá- Lúnes, Miércoles y
á las Gde la
Viernes, entre 1 y
{ bados,
m111lana.
2 de la tarde.

De idem para idem.
México, Enero 'T de 1865.

ANUNCJOS OFICIALES.
AYlJNTAllIENTO DE D XIOO.
Núm. 778.
CONVOCATORIA.

La Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque por medio de esto aviso á loe acreedores al fondo de amortizacion que tengan créditos escriturados, líquidos y reconocido■,
para que coucurran el dia cinco del entrante, á las doce de la mañana, al Salen de Cabildos del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo prevenido por la ley relativa, la espresada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida, entre loe acreedores que ofrezcan mayor rebaja.
México, Marzo 28 de 1865.-El Prefecto Municipal, }'. ~omera.

ANUNCJ:OS.

SERVICIO DE DILIGENCIAS.

.JVZGADO 3~ DE LO CIVIL.
ALMONEDAS,

DEL INTERIOR.
Olas y horas en que salen
de México.

LINEAS.

Dlu 1 horu en que entran • En loe a11toe promovidos por D. Sebastian Lépez, contra D. Antonio Carbajal, sobre peá México.
sos, el Sr. Juez, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por el proveido en 30 del que

,

finaliza, que se proceda á la venta de la casa núm. 8 de la 1~ calle de Santo Domingo,
avaluada por el perito D. José M. Alvarez de la Cuadra, en la suma de$ 37,118 54 es.,

De México para .Arroyozarco.
S. Juan del Rio.
"
Querétaro.
"
Salamanca.
"
Guanajuato.
"
Lagos.
"
Gua.dala.jara.

señalando para las almonedas los dias 8 y 20 del entrante Abril, y 1~ del siguiente Mayo,
Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéyes y Sá- á la.s doce, siendo la última con calidad de remate.
bados, entre. 5 y 6 Y para que las posturas se puedan hacer con vista de -las constancias de autos, estas se
Viernes á las 4 de
manifestarán á los interesados en el propio Juzgado 3~ de su radicaoion.
&lt;le la tnrde.
· 1 la matlana.
México, Marzo 31 de 1865.- Urbano Morali, Escribano público.
228--&amp;-l

De México para Arroyozarco.
S. Juan del Río.
"
Querétaro.
"
S. Miguel.
"
Dolores.
"
la Quemada.
"
S. Felipe.
.,"
Jaral.
,,
S. Luis Potosi.

Coau.titlan, Marzo 31 de 1865.
En auto de esta fecha ha sido declarado D. José Pico Sao Martin, en estado de quiebra, cuya época debe contarse desde el dia ocho del corriente; salvo lo que despuee apaMártes, Ju6ves y Sá- Miércoles, Víérnes y rezca; y han sido nombrados 11indico administrador D. José Orozco, de esta vecindad, y j11bados, á las 4 de la
Domingos, entre 5 dicial el Lic. D. Pio Rivera.
mail.ana.
y 6 de la tarde.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el 11rt. 794 del Código de Comercio, pongo el presente para conocimiento de los interesados.
Lic. J. Egu!a Lis, Secretario.
229-2a- 1

"

l
J

J

JUZGADO DE LETRAS DE CUAUTlTLAN.

DE TOLUCA.

De México para Toluca.

Todos los dias, escep- Todos los días, escepto el Domingo, á.
to el Domingo, en{ las 'T de la manana.
tre 2y 8 de la tarde

l

DE JIORELU.

De Mbico para Toluca.
Ixtlahua~
Maravatio.
"
.Acámbaro.
"
Morelia.

"

De México para Cha.leo.
,,
!meca.
Tenango.
Cuautla.
.,"

LW&gt;es, .Mié=le, y Lúnes, Jué-res y SáViérnes, á las 'T de
hados, entre 2 y 8
la matlana.
de la tarde.

2,l0-3a-1

.JVZGADO 2? DE LO CIVIL

J

En los autos que si¡rue D. Antonio Barquin contra D. Vicente Vaca, sobre pesos, el Sr.
Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que conoce de ellos, ha proveido el 11uto siguiente:-" Mé.xir.o, Marzo 23 de 1865.-Autos citadas las partea, haciéndose al ejecutado
Mártes, J uévee y Sá- Lúnes , Miércoles y la citacion por los periódicos. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Pa-oon.-Lic. M.
hados, á las 6 de la
Viérnes, entre. 8 y Frías, Secretario.'
Y en cumplimiento de lo mandado, cito á D. Vicente Vaca por el presente.
manana.
4 de la tarde.
México, Marzo 30 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
226-88-2
J

DE AJIECA Y CUAVTLA.

1

DE.PUEBLA.

De México para Puebla.

JUZGAD() 3~ DEL RAMO CIVIL.

_ Eu loa autos ejecutivos que sigtte D. Juan Thomas contra la testamentaria de D~ María del Cármen Paradinas, el Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ha mandado en auto de esta fecha, que se proceda á la venta de la casa núm. 9 del callejon de
Curtidores, de esta ciudad, valuada por el ~erito tercero en discordia en 7,826 pesos 30 •
centavos; señalando para las almonedas los dias t 8. y 28 del entrante Abril, y 8 de Mayo
siguiente, á las doce, siendo la última con calidaa de remate.
Lo (l,Ui hago saber al público por medio de este anuncio, como está mr.ndado.
.
MéX1co, Marzo 3l de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.

;: { Todos los dias á las 4 Todos los los días, ende la mafl.ana.
tre 5 y 6 de la tarde

l

AVISO .AL PUBLICO.

J"UNTA DIUC.l'IVA DEL COLEGIO DE CORREDOBES DE KEXICO.

De conformidad con lo prevenido en el art. 15 del Reglamento de Corredores de eata
DE VERACRVZ,
plazir, ee pone eu ~nociuuento del púb~co.q~e han_ob~nido titulo de corredor en laa claDe México para .Ayotla.
l
(
eeq que á continuac1on se espresan, los mdiV1duos Slg\llentes.
1~ CLASE y l! SEOOION DE LA 2!, D. F. Javier Rodríguez.
,,
S. Martín.
,
Puebla.
Todoslosdias, escep- Todos los días, escepl~ SECCION DE LA 2~ CLASE, D. Jua11. Dupont.
"
S. Ag. del Palmar.
to el Sábado á las
3\l SECCION DE LA 2\l CLASE, D. Antonio Andrade.
to el Mártes, entre
41!- CLASE, D. Miguel Castaños y D. Leonidea Farias.
1,
Orizava.
4 de la man~a.'
5 y 6 de la tarde.
,,
Córdoba.
·
Y aaimiamo D. José Eugeaio Herrera ha sido rehabilitado para ejercer en la 3~ eeocioo
,:
Cama.ron.
de la 2~ clase.
México, Marzo 29 de 1865.-Antonio de Vértiz, Sindico.-José de la Lama, Secretario.
DE J.PAJ(.
227-31-2
De Mbico para S. Juan Teotihuacan) Lúnes, Miércoles
Mártee, Juévea y Sá'
"
Otumba.
~ Viemes, á Ju 6 de1
bados, entre s y 4
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
"
Guarcla.
ele la tarde.
· ll.AJQI l&gt;i UN .lGHTlfi1 :WVlil'. l.
n
.,
.Apa.m.
.J· la mat1an1.

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Administración de rentas</name>
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        <name>Alambre de telégrafo</name>
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        <name>Condenada a muerte</name>
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        <name>Derechos de alcabala</name>
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        <name>Hermanas de la caridad</name>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO
TOMO l.

IMPERIO.:
.

MEXIOO: Martes 4 de Abril de 1865.
SUMARIO.

PARTE OFIOIAL.-.Euquatu,• espedldo al Sr. Repetto como Delegado Consular de Italia en.Laguna de
Térmlnot.-Orden mandando cesar los tre.bl\jos de la Junta ele arreglo del Ejérclto.-Comunlcac1on del ll1a•
riscal Bazalne sobre lo ml•mo.-Nombramlento de Director general de la marina mexicana.
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-Del Valle de lll❖xleo, sobre una sentencia de muerte pronunciada
por la Corte Marcial.
DOCOMENTO.-Acta de la So&lt;-Jedad de Geografia y Estadística de 23 de Mano.
NOTICIAS M'ARITIMAS Y COMERCLI.LES.-Buques despachados en las Ciudades Anseatlcas para México en 1864.-Buques de México entrados en llamburgo en el mismo al!o.-Movimlent-0 comercial de Bur•
deos con México.

PARTE OFICIAL.

'

NlJM. 78.

grande trabajo de la organizacion del Ejército Mexicano.-:Recibid,
General, las seguridades de mi distinguida consideracion.-El Mariscal Comandante en gefe, Bazaine."
'
Es copia. México, Marzo 31 de 1865.
El General Secretario,

......

(Firmado) JosE MARIA V. DE LA CADENA.
Por decreto de 19 de Marzo de 1866, S.M. el Emperador ha nombrado Director general de la marina imperial mexicana, al Sr. L. de
Troyat, Teniente de navío.

MINISTERIO DE NEGOCIOS E~TRANJEROS.
México, Marzo 28 de 1865.

PARTES DE LAS PREFEOTURA8.

S. M. el Emperador ha tenido á bien espedir con esta fecha el
exequatur de estilo á la patente en ~uya virtud el Gobierno de S. M.
PREFECTURA POLITICA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE ll.EXICO.
el Rey ge Italia nombra á D. Ju~n Luis Repetto su Delegado Con8ECCJON DE JUBTICIA.
sular en Laguna de Términos.-Y lo comunico á V. S. para los efecMéxico, Abril 3 tl.~ 1865.
tos y registros consiguientes.-El Ministro de Negocios Estranjeros,
Pot·
la
Comandancia
militar
de
la
plaza,
con fecha 2 del attual, se
.Ramirez.-Sr. Prefecto superior politico del Departamento de la
dice
á
esta
Prefectura
lo
sigui~nte:
Isla del Cármen.
"Tengo el honor de informaros que el llamado J ua!l Aguilar, conEs .copia. México, Abril 1~ de
. 1865.
denado
á la pena de muerte por la Corte Marcial en su sesion de 81
El Subsecretario de Negocios Estraojeros,
de
Marzo
de 1865, será ejecutado mañana á las seis y media en la
·'
(Firmado) PEoN DE REGIL.
plaza de Mixca)co, lugar ordinat·io de ejecuciones."
'
Y por disposicion del Sr. Prefecto l)Olitico lo traslado á vdes. á fin
de que se sirvan insertarlo en el periódico oficial.
MINISTERIO DE GUERRA.
El Secretario general de la Prefectura,

-

(Firmado) ALEJAND,{0 VILLASENOR.
S. M. el Emperador ha dirigido á este Ministerio él siguiente
acúerdo:
"Al Exmo. Sr. Ministro de la Guerra.-México, Marzo 26 de '1865.
DOCUMENTO.
-Habiendo concluido los tra'Wajos para que fué establecida la Junta
de arreglo del Ejército, en virtud de haberse espedido el decreto sobre organizacion del mismo, Ordenamos cesen los trabajos de dicha
SOCIEDAD MEXICANA
'
.
Junta, asi como los de las subcomisionés que dependían de ella.DE
CEOCRAFIA
Y
ESTADISTICA.
Todos los asuntos que no estén terminados aún, 'serán resueltos por
• Acu NUMERO 12.
el Ministerio de la Guerra, al cual corresponde el despacho de los neMélico, Marzo 23 de 1865. '
gocios del ejército.-Al Exmo. Sr. Mariscal Bazaine, Presidente de
.Aprobada la acta anterior, la Secretaria di6 cuenta de lo siguiente:
la Junta, se ha comunicado Nuestra decision.-Nuestro Ministro de
l. 0 De una éomunicacion del Sr. socio corresponsal en Montela Guerra, en lo que concierna, dará las órdenes consiguientes para
rey, D. Isidoro Epstein, remitiendo las observaciones meteorológicas
asegurar la ejecucion de esta disposicion.
·
·
que
ha hecho en •los meses de Diciembre1 Enero y ·Febreto.-Que
Es cópia. México, Abril 2 de 1865. .
se le den las gracias por su envio, y se pasen al Sr. socio Marqu_ez
El Subsecretai:io de Guerra,
para que las revise y dé su opinion.
,
.
(Firmado) J. M. DURAN.
2. 0 Otra de la Prefectura de Puebla, mánifestando estar instalada aquella Junta auxiliar.-A su espediente.
•
3. 0 Otra de la Prefectura de Tepic, acusando r-ecibo de los nombramientos de socios corresponsales que se le remitieron.-Al arcomION CLASIFICADORA DE DESPACHOS MILITARES.
chivo. .
··
'
Los Sres. Presidentes de las Subcomisiones de arreglo del Ejército 4. 0 De una comunicacion del Juzgado de Capellanías, pidiendo
Mexicano, entre las que figuraba la de clasificacion de empleos mi- se le fijen las distancias que hay de México á Tulancingo, y de allf
litares, han recibido del Exmo. Sr. Mariscal Bazaine la comunica- á Puebla, para la resolucion de un negocio interesánte.-Contéstecion siguiente:
se que el dato mas atendible es el que di;n los itinerarios y derrote"México, Marzo 30 de 1865.-G:eneral: Tengo el honor de infor- ros formados pot· los S1:es. Alvarez y Durán, pulilicados en 1856 por
maros que he recibido de S. M. el Emperador la comunicacion si- 6rden del gobierno, y mandados observar en las administraciones de
guiente:-Sr. Mariscal: El ó de Julio del año próximo pasado confié correos, donde se encontrarán á. las páginas 67 y 113 los datos que
á vuestra sábia y alta direccion de formar un proyecto para organiza- ~e piden.
cion del Ejército de México.-Yo doy gracias á V. E. del concurso
ó. 0 Otra del Sr. Abate Em. Domenech, dando, las gracia&amp; por
tan voluntario que m~ ha prestado en estas circunstancias y de los su nombramiento de socio corresponsal, y ofréciendo prestar todos
nuevos servicios que ha hecho á mi país cooperando á esta obra.- aquellos servicios en que se le considere útil.-A su espediente.
La Oomision y Subcomisiones de que érais Presidente, serán disuel- 6. 0 Del Baron de Roben de Hentzzinger, solicitando se le nomtas, y el Ministerio de' la Guerra recientemente organizado, podrá, bre miembro de esta Sociedad.-Quedó sobre la mesa para tomarla
por medio de los reglamentos puestos en vigor, tratar las últimas en consideracion en otra sesion.
cuestiones que !!O hayan recibido solu~ion.-Vuestro afectfsimo (fir- 7. 0 Se presentó una Memoria impresa sobre la canalizacion quimado) MAXIMILIANo.-En consecuencia, la Subcomision que presi- rúrgica, llamada en frances Dra.inage, que su autor :O. Manuel Sodiais se encuentra disuelta, y no quiero dej11,r pasar esta ocasion sin riano remite á la Sociedad.-Que se registre en el libro respectivo,
daros las- gracias del concurso -ilustrado que me habeiB prestado en el dando al autor las gracias por su obsequio.
~

/.

�314

DIARIO

DEL IMPERIO.

8. 0 El que suscribe presentó á la Sociedad, á nombre y por enNOTICIAS MARITIMAS Y COMERCIALES.
c~rgo de uno de sus amigos, un ejemplar de la Historia de la revolucion de la República de Colombia, por D. José Manuel Restrepo, edicion
de 1868, en 4 tomos.-Que se anote en el libro de donaciones, dánCONSULADO GENERAL IIEXICA!iO EN LAS CIUDADES A!isEAncAS,
dole las gracias al remitente anónimo, por su apreciable obsequio.
9._º Se recibió baio cubierta un cuaderno impreso, pequeño, que Norro1A DE Los BUQUES DESPAORADos :&amp;.'f ESTA OFIOINA PARA Los PUERTOS mxroA.,
NOS EN EL ARO DE 1864,
contiene un Arte y vocabulario de la lengim Tarasca.-Que se pase
al Sr. socio Pimentel para que lo examine y dé su opinion.
Marzo 2. Goleta holandesa "Presto," destino para Tampico, 1
10. 0 Se dió cuenta con el siguiente dictámen:
bulto género de seda, 1 id. alhajas, 2,093 id. comestibles; 2,076 piezas damajuanas vacias, 1 bulto lienzos en cada-clase, 26 id. muebles
En cumplimiento de la comision que se ha servido darme el Sr. Vicepre- 1,760 id. quinca1leria y merceria.
'
sidente para que examine un Vocabulariq manuscrito del idioma Comanche,
escrito por el Sr. García Rejon, y dedicado por su autor á esta Sociedad
Marzo 17. Bergantín hamburgues "Puebla," destino para Verapaso á manifestar el juicio que he formado del referido ·trabajo.
' cruz, 4,718 bultos comestibles, 1,644 piezas damajuanas vacias 168
Comienza el autor por presentar una muestra de escritura geroglífica bultos drogas, 399 id. quincalleria y merceria.
'
usada por los comanches, la cual pertenece á nuestra época, pues se refier~
Marzo 23. Bergantín suec? "Preference, destino·para Veracruz,
~ un combate que tuvieron los indios con el comandante mexicano Ugarte- 86 bultos género de lana, 47 1d. algodon, 7 id. cerdas 2 081 id: cochea. Esta muestra de escritura es precisamente del género re,nresentativo
. , mestibles, 2 1'd. drogas, 20 i'd . creas, 13 1"d. dn·¡es, 2 i·d'. l!ienzos en ca"./;'
en que se copian é imitan las cosas materiáles; no hay ningun signo simb6- da clase, 17 id. listados, 1,266 id. quincalleria y mercería, 17 id. vilico y mucho menos fonético: la escritura de los comanches representa, pues drio y loza.
la infancia del arte.
'
Antes del diooionario, el autor ha puesto algunas observaciones gramatiMarzo 31. Bergantín.ruso "Libau," destino para Veracruz, 104
cales sobre el idioma, que dan alguna idea de él, perQ muy imperfecta, pues bultos gé?eros de l~na, 81 id. algodon, 8 id. género de seda, 6 id. cernada se esplica acerca del verbo, parte principal del discurso.
das, 892 1d. comestibles, 32 id. drogas, 6 fortepianos, 10 bultos braEl Vocabulario contiene, en mi concepto, todas las palabras necesarias mantes, 60 id. creas, 6 driles, 1Oid, lienzos flamencos, 2·3 id. listados
para comenzar á hablar el idioma, y para entab1ar comparaciones filológi- 68 id. platillas, 7 id. muebles, 1 id. pieles, 227 id. quincalleria ymer:
c:is con los d'emas idiomas mexicanos. Al recorrer las páginas del dicciona- ceria, 147 id. vidrio y_ loza.
:1~, he encontr~o v~ria:s palabras primitivas, enteramente análogas á las del
Abril 14. Goleta holandesa "Voruitgang," destino para Matamo1d1oma azteca o mex1ca110, que hacen presumir un parentesco entre los dos
· idiomas. Sin embargo, este es punto que merece re~tiñcarse, y yo lo haré roS, 86 bultos gén~ro de la~a, 429 id. ~énero de algodon, 6 id. gé-·
en el tomo 3~ de mi obra sobre lenguas indígen~ de México.
nero de s~da, 61? id. comestib~es, 1~1 id. ?rog_as, 3 fortepianos, 20
Baste lo dicho para conocer que el libro de que se tr{lota no solo es curio- bultos brmes, 6 1d. creas, 76 1d. driles, 7 1d. henzos en cada clase
so, sino útil, y su imp?~tancia crece considerando que no hay otro, al menos 6 id. platillas, 4 id. pieles, 2,212 quincallería y merceria, 69 id. vi:
que yo sepa, sobre- el 1d10ma comanche.
·
drio y loza.
.
Opino, pue~, porque la obra del Sr. Rejon se imprima lo mas pronto en
Mayo 11. Goleta holandesa "Afina," destino para Veracruz, 182
nuestro Boletm, y al efecto hago para ello proposicion formal que suplico bultos género d,e lana, 169 id. género de algodon, 6 id. género de
á la ~ociedad admita.
'
México, Marzo 23 de 18415.-Francisco Pimentel.
seda, 1 id. alhajas, 6 id. cerdas, 844 id. comestibles, 11 id. drogas,
26 id. creas, 10 id. driles, 9 id. list¡¡.qos, 39 id. platillas, 9 id. lona, 9
Tomada en consideracion su parte resolutiva, f~é aprobada de id. muebles, 9 id. pieles, 382, id. quiQcalleria y mercería, 17 id. viconformidad.
drio y loza.
11. 0 Igualmente se di6 cuenta con la siguiente prop,osicion:
Mayo 14. Bergantín danés "Johanne," destino para Veracruz, 3
. Habiéndose acordado en la sesion anterior e1 gasto de las matrices para bultos_ g~ner~ de lana, 2.7 id. géne~o de algodo?, 1 id. género de selos signos químicos que debe abrir la Academia de Nobles Artes de San da, 1 1d. alhaJas,. 2,363 1d. c?mesti?les, 100 piezas damajuanas vaCárlos, por lo útil que será el que la S,ociedad los posea, para cuando ten- cias, 16 bultos listados, 937 id. qumcalleria y merceria, 161 id. vigan que hacerse algunas publicaciones, por no haberlos en nuestras impren- drio y loza,
tas, creo que seria igualmente útil, el que se hiciese lo mismo con los signos
M
B
•
del Zodiaco, que por e"Speriencia me consta que tampoco ·1os hay, y son tan
ayo 20. ergantm holandes "Times Money," destino para Venecesarios para la impresion de las obras de astronomía y géografia que a'l.- racruz, 97 bult~s géner? de lana, ~7 id. géne;o de algodon, 3 id. gégunas veces podrán ofrecerse á la Sociedad, por lo que· hago la proposicion nero de seda, 2 1d. alhaJas, 2,847 td. comestibles, 66 id. drogas, 13
siguiente:
fortepianos, 16 bultos creas, 12 i~. driles, 6 id. lienzos en cada clase
1° Que el acuerdo sobré las matrices para los signos químicos, se haga 6 id, listados, 8 id. muebles, 2 id. pieles, 847 id. quincalleria y tner~
estensivo en todas sus partes á los signos del Zodiaco.
. ceria, 45 id. vidrio y loza.
·
2? Siendo un trabajo de suma facilidad, podrán hacerse dos ó tres coleeJunio 14. Goleta danesa "Lisette," destino pata Matamoros, 10
ciones de diferente tamaño, segun la clase de 1etra que se elija para la im- bultos gén_ero de lan_a, 64 id. ~énero de algodon,_3 id. género de_sepresion.
Para el caso de que se apruebe la anterior proposicion, adjunto, por se- da, 1,691 id. comestibles, 110 id. drogas, 4 fortepianos, 3 bultos lien, p~rado, el presente diseño de los signos mas usados y sencillos, para que, zos en cada clase, 10 id. pieles, 1,197 id. quincalleria y merceria
previo el exámen de la Sociedad, pueda servir de original en la Academia. 233 id. vidrio y ioza.
'
Sala de sesiones. México, Marzo 23 de 1865.-Fortunato Soto.
Junio 18. Bergantin hamburgues "Jalapa," destino para VeraDeclarada de obvia resolucion, se tomó en consideracion y fué cruz, 173 bultos género de lana, 77 id. género de algodon, 10 id. géaprobada su parte resolutiva.
nero de seda, 1 id. alhajas, 9 id. cerdas, 1,720 id. comestibles, 46 id.
. 12, 0 El Sr-. ~ocio de núll?ero D. Rafael Castro, postuló con espe- drogas, 6 fortepianos, 4 bultos driles, 12 id. pieles, 1,116, id. quinmal recomendamon, para socio corresponsal de la Sociedad, al Sr. D. callerí~ Y mercería, 172 id. vidrio y loza. .
R. Sotpmayor, ciudadano chileno, y que babia sido antes secretario
Jumo 23. Goleta danesa ''.Mathilde," de11tmo para V:eracrú.z, 112
de la legacion de su país en México, quien fué aprobado por unani- , bultos ~énero ~e lana,. 132 1d. géner? de algod?n, 4 1d. género de
midad.
seda, 2 1d. alhaJas, 26 id. cerdas, 263 1d. comestibles, 1,847 piezas
13. ~ Se di6 segunda lectura al dictámen de las Comisiones uni- damajuanas vacias, 4 bultos drogas, 3 fortepianos, 10 bultos brad_a~ de Estadistica y observaciones meteorológicas, sobre las propo- mantea, 15 id. creas, 40 id. lienzos flamencos, 4 id. lona, 1 id. muesJC10pes del Sr. Andrade, que constan en las actas anteriores,-Pues- bles, 6 id. pieles, 608 id. quincallería y mercería, 4 id. vidrio y loza.
to á discusion en lo general, despues de un ligero debate y de algoJulio 6. Goleta bolstein "Antílope," destino para Matamoros, 34
nas observaciones hechas por los Sres. Castro en contra.y otras en bultos género. de lana, 12-id. género de algodon, 8 id. género de sefavor por el Sr. Larrainzar (D. Manuel), á que contestó la Comision, da, 1,420 id. comestibles, 2 id. creas, 22 id. driles, 2 id. pieles, 1,193
f~é aprobado en lo ge·neral: puesta á díscusion la primera proposi- quincalleria y merceria, 164 id. vidrio y loza.
mon, despues de un ligero debate, se suspendió la discusion para
Julio 12. Bergantín bolstein "Adolph," destino para 'veracruz,
continuarla en otra sesion.
via de Cádiz, 1,832 bultos comestibles, 1,179 id .quincallería y mer.H, 0 Se nombró al Sr. Andrade para reemplazar al Sr. Espino- ceria, 66 id. vidrio y loza.
.
sa, ausente, en la Comision especial de agricultura.
,
Agosto 9. Bergantín ruso "Cárlos," destino para Veracruz, 186
16. 0 El ~r. Fleury se despidió de la Sociedad, teniendo que au- bultos gé_nero de lana, 1~2 id. gén~~o de algod~n, 16 id. género de
•s~ntarse próx1mam~n.te en un viaje que va á hacer á Sonora, ofre- seda, 19 id. cerdas, 963 1d. comestibles, 29 id. drogas, 6 fortepi¡mos,
ciendo allí sus servicios y la remision de' todas las noticias estadisti- 16 bultos bramantes, 66 id. creas, 8 id. lienzos en cada clase, 44 id.
casque se propone reunir para la Sociedad en Ja escursion que va á lienzos flamencos, 10 id. platillas, 1 id. lona, 2 id. pieles, 686 quinhacer.-Se le contestó por el Sr. Vicepresidente aceptando su ofre- callería y mercería, 180 id. vidrio y loza.
'
cimiento y deseándole feliz viaje.
Agosto 13. fragata holstein "Esther," destino para Colima, via
Con lo que concluyó la ptesente sesion, á que concurrieron los de_ Manzanillo, 62 bultos_género de lana, 1,_646 id. gé~ero de algodon,
Sres. Vicepresidente, And~ad~, Castro, ~urán (D. Rafael), Dr. Durán, 6 1d. genero de seda, 13 id. cerdas, 3,6Q6 id. comestibles, 16 id. dro~;eury, general Garci~, Iglesias, Larramza~ (D. Manuel), Pimentel, gas, 32 id. creas, 31 id. driles, 66 id. lienzos en cada clase, .97 id.
Rio de la Loza, Salomo, Soto y el secretario perpetuo que suscribe. lienzos flamencos, 61 id. platillas, 2id. lona, 16 id. pieles,-1,163quincalleria y mercería, 10 id. vidrio y loza.
'
(Firmado) J. MIGUEL ARRoYo.
Agosto 15. barca inglesa "Sappho," destino. para Colima, vía d~

\

DIARIO DEL IMPERIO.

'

315

Miu:\zanillo 1 141 bultos género de lana,_ 1,664 gé~ero de a]godon, 26 :20 idem brines, 394 ídem creas, 371 ídem driles 285 idem lienzos
id. género de_ seda~ 7 id. c~rda~, 1,092 ~d. comest\bles, ~3 droga.s, 74 -~n cada c_lase, 208 idei:n lienzo~ flamencos, 86 ídem listados, 3.43
jd. creas,,20 ~d. d~-iles, 911d. l!enzos en cada clase, 39 ~d. _plat1_lla~, !dern p!atillas, 37 b~ltos y l?O piezas lona, 88 bultós'muebles, Í46
2 id. lona, 6 1d. pleles, 919 qurncallería y mercería, 369 1d. vidrio 1dem pieles, 26,660 1dem qumcalleria y mercerfa, 3,421 ídem vidrio
y loza.
y loza.
·
Agosto 23. Bergantín goleta holandesa "Willemine," de¡¡tino pa- Hamburgo, Diciembre 31 de 1864.
ra Vera.cruz 168 bultos género de lana, 139 id. género de algodon,
(F" d ) I J R
~ ' de seda, 1 i·'d. alh ªJ.as,
. 907. "d
f'bl es, 62 i"d. d~oirma o · •· DBE·
2 id. gén~ro
i .. cou;ies~i
___
5
gas, 11 fortepianos, 9 _bult_os driles, ~ id. l~i:inzos en caqa Q]as~, id. BuQuEs RNTRADos EN HAMBURGo, PRoo&amp;DENTEs DE Los P~ERTos MEXIOANos, y GARlistado,, 2 id. lona, 11d. pieles, 3311d. qmncallería y mercElna, 109
GAMENros QUE nAN ooND'ú'Omo E:!tEL AtWmd86'4.
•
·
id. ~idrio y loJa,
Febrero 28. Goleta danesa "Ca:tharina," procedente de Tabasco
Setiembre 6,-Barca hamburguesa" Rugo &amp; Otto," destino para con ~,460 quintales palo de tinte.
·
.. '
Colima via de Manzanillo, 190 bultos género de lana, 1,447 id. géAbril 10. Goleta danesa "Brillant," procedel\te de T-ampico
1
neró d¡ algodon, 18 id. género de seda, 8 id. cerdas, 1,415 id. comes- con 226 bultos algodon.
'
r
• ,
• ., '
tibles, 10 id; drogas, 4 fortepianos, 6 bultos bramantes, 18 id. creas,
Mayo 15. .Berg~ntin hamburgués. " Jalapa," pror.edente de la La12 id. driles, 6 id. lienzos en cada clase, 9 id. lienzos fl~mencos, 12 guna, con 157 qumtales palo fustete, 6,686 q\iintales pa1o de tinte.
id. pfatillas, 12 id. lona, 4 id. muebles, 9 id. piéles, 2,566 id. quinMayo 18. Bergantín hamburgues "Najade," procedinte de 'la
calleria y merceria, 161 id. vidrio y loza.
Laguna, ,con 4,320 quintales palo de tinte. • .
·
:·
Setiembre 13. Bergantín hamburgués "Falcke," destino para Co- Mayo 19. Bergantín hamburgués "Carl," procedente de la Lalima, via de Manzanillo, 67 bultos género d'e lana, 202 id. género de guna, con 4,391 quintales palo de tinte.
.
, ·
algo&lt;;lon, 18 id. g~nero de seda, 2 id. cerdas, 1,791 id_. comestibl~s,
Mayo 19. Goleta danesa "Mathilde, l1 ~rocedente de l!l Laguna
100 pieza~ da_maJuanas _vacias, 33 b~ltos d~ogas, 8 _id. creas, 8 id. con 3,88_
1 quintales palo de tinte.
··
· '
driles, 12 1d. henzos en cada clase, 8 id. platillas, 1 1d. muebles, 9 Mayo 26. Berganti~ hamburgués "Gustavo," procedente de la
id. pieles, 1,308 id. quincallería y mercería, 472 id. vidrio y loza.
Laguna, con 6,000 qumtales palo de tinte.
'
Octubre 4. Bergantín goleta holstein "Alert," destino para MataMayo 27. Goleta_ hannoveriana" Amalia," procedente ~e la Lamoros1 60 bultos género de lañl!-, 245 id. género de al_godon) 11 id. guna, con 3,662 qumtales palo de tinte.
.
·
·
género de seda, 9 íd. cerdas, 1,717 id. c.omestibles, 68 id, drogas, 1
Mayo 28. Barca danesa "Gover_no~ ~othe," procedente d~ la Lafortepiano, ó bultó's· driles, 4 id. lienzos en cada clase, 10 id. listados, gun&amp;, con 7,700 quintales palo de tinte:
'
.
26 id. platillas, 100 piezas lona, 11 bultos muebles, 19 id. pieles,
Junio 21. Goleta hannoveriana "Sidonia," procedente de la La397 q1,1incallería y merceria, 277 id. vidrio y loza.
guna, con 3,876 quintales palo de tinte. ·
Octubre ·6. Bergantín hamburgués "Toluca," destino par~ Vera- • Junio 24. Bergantín hamburgÚés "Adl~r," proceqente de la tacruz y Laguna, 153 bultos género de lana, 126 id. género &lt;¡e algodon, guna, 4,648 quintales palo· de tinte.
11 id. g~nero de seda, 1 id. alhajas1 26 id. c,erdas, 62.ó comestibles,
Julio 1? yragata de Altona _"Esther," procedentedeAltata, con
60 id. drogasl.....27 fortepia~os,- ~inco bultos creas1 8_ id. driles, 23 ~d. 22 b?~tos a~1l, 1 saco café, ~ piezas madera, 182 bultos mercancías,
lienzos en cada clase, 1 1d. henzos flamencos, 4 1d. muebles, 1 id. 64 pi~~as pieles y 4,980 qumtales palo de Brasil.
pieles, 406 id. quiricalleria y II1ercerií\, 208 id. vidrio y loza.
J uho ~? Gol.eta bremesa "Willy," procedente de Alta.ta, con
1
Octubre 29. Bergaptin hambilrgu,és •· Mathilde," destino para Ve- 3,316 qumtales palo de Brasil.
.
r.
raéruz, 83 bultos género de }ana, 124 id. género de algodon, 4 id.
Julio 2. Bergantin hamburgués "Toluca," procedente de la La1
género de seda, 1 id. alhajas, 1 id. cerdas, 210 id. comestibles, 1,000 guna, _con 6,100 quintales palo de tinte.
_
•
piezas damajuanaª vaci~s, 31 bµlto~ !lrogas, 6 fortepianos, 31 bultos
Ju;10 29. Barca del Schlesvig "Arab," proce~ente de Alta.ta con
creas, 24 id. driles, 4 id. lienzos en cada clase, 66 id. platillas, 2 id. 48 ~10zas cobr~, 6 bultos mercancías y 6,466 quintales P,'alo. de
lona, 10 id. pieles, 318 id. quinc¡¡.llería y mercería, 4 id. vidrio y loza. Brasil.
•
- .r • •
Noviem~re 4. Bergantin hamburgues "Z1J,nzibar,'' destino para
Agosto 17. Goleta danesa" P. C. Arboe," procedente de la La.Colima,, via de Manzanitio, 27 bultos género de lana, 81 id. género guna, con 3,950 quintales palo de tinte.
•
de algodon, 4 id. género de seda, 898 id. comestibles, 100 piezas daAgosto 30. Bergant_in ham~urgués ~•Puebla," proc~dente d~ la
majuanas vacías y 1,870 medias botellas, 15 bultos drogas, 6 id. Lagu~a, c.on 6,000 qum~ale~ pal9 de tinte.
·
creas, 9 id. driles, 4 id. lienzos en cada clase, ó id. lienzos flamencos,
Setiembre 7. Berga!}tm sueco "Preferen~e," procedente· de Ve3 id. lona, 903 id. quincallería y mercería, 93 id. vidrio y loza.
racruz y de la Laguna, con 2,086 piezas cueros y· 4 096' quinta1es
Noviembre 6. Bergantin hamburgues "Adler," destino para Ma- palo de tinte.
·
· ,. '
. . ,
tamoros, 72 bulto~ géner~ de lan~, ~70 id. gén.ero de algo?on, ~3 id.
Setiembre 12. Barca hamburgues~ "Paradies," pr(?cede~te de
género,de seda, 1 id. alhaJ~, 1,163_ 1d.. comestibles, ~09 1.d. ~1og~s, ,Mazatlán, La Paz y Altata, con 700 qumtales concha, 894 piezas cue2 fortepi~nos, 48 bultos d:il~s, 3~ td. he~zos ~n ~ada clase, 1 id. pie- ros, 5,37~ piezas pieles, 1 bulto plata, 470,000 quixo ·de plata y
les, 821 1d. mercería y qumcallena, 162 1d. vidno y loza.
3,285 qumtales palo de brasil.
·
'
·:
Noviembre 92., Bergantín hambu~gue.s "Heleua," destin~ para
Setiembre 30. Bergantin danés "Libau," procedente de la LaVeracruz, 3 bultos género d~ lana, 3 id. género de algodon, 1 id. gé- guna, con 4,096 quintales palo de tinte. ·
nero de se~a, 2,2;31 id .. con:ie~~ibles, 2 fortepianQs, 603 b.ultos merNoviembre 11. Barca hamburguesa "Insola.na," procedente de
ceri~ ~ qumcallería, 6 id._ v1dno y loza. .
.,
.
la ~ag?na, con 10,000 qu~ntales palo de tinte. '
'·' , ,·
D1e1embre 1? Bergantm goleta holste1~ "Nanc1,' des.tmo para
Noviembre 26. Bergaotm de Holstein "Yohanna," procedente de
Matamoros, 71 bultos género de !~na, 490 1d. género de algodon, 11 la Laguna, con 4-,630 quintales palo 'd1 e tinte'.
· '
id. ~énero de s~da, _202 id. comestibles, 14 ,id. dro$as, 10 !d. ~reas,
Noviembre 28. ~olet~ holandesa " Afin~," procedente de Ja ,La22 1d. driles, 3 id. lienzos en cada clase, 6 id. platillas, 4 id pieles, guna, con 3,097 qumtales palo de tinte.
·
-·
612 !d: quincallería y mer~ería, 29 id. vidrio._y loza. '
Diciembre 9. Berg~ntin hamburgués "Jalapa," procedente de la
. Dictel!}bre _10. _B~rgantm gole~a hannovenano "Lúneburg," des- Lag~n.a, con 6,862 q~iµtales palo _de tinte. ·
• ·
~mo par~ Gohma, via de ~anzamllo, 9 bulto¡¡ ~énero de la[!a, 1.0~5
Diciembre 13. Goleta de Holstem ."Antílope," procedente de Ma-·
1d. género de ~lgodon, 1 id. género de seda, 4 1d. cerdas, 2,188 1d. tamoros, con 180 bultos algodon y 621 barras hierro.
· '
comes~ibl~s, 200 piezas ~amajuan_as v_acias, 1 bulto drogas'. 9 id_. dri- ·Total 406 ~µltos al~odon, 22 bult~s añíl, 1 'saco café, 48 piez~s
les, ~ id._l~enzos en cada clase, 2 id. l!enz?~ ~amencos, 11 1d. pieles, cobre, 700 qumtales concha, 2,979 piezas cueros, 621 barras hiefro,
873 ~d_. qumcalleria y me~ceria, 106 1d. vidrio y
2 piezas madera, 187 bultos mercancías, 5,428 piezas pieles, 1 bulD1ciembre 13. Bergantín hamburgue~ "Puebla, destmo para Y_e- to plata, 470,000 libras quixo de plata, 17,046 quintales palo de
racruz, 135 bultos_géQero_de la~a, 174 1d géne~o de alg~don, 9 id. Brasil, 167 quinta1es palo de fustete y 94,43? quintales palo de tinte.
género de seda, 2 id. albaJas, 3 1d. cerdas, 632 1d. comestibles, 164
Hamburgo, Diciembre 31 de 1864.-I. J. Hube.
· · ·'
id. drogas, 25 fortepianos, 8 bultos creas, 11 id. driles, 8 id. lienzos
en cada clase, 25 id platillas, 19 id. muebles, 7 id. pieles, 392 id. RELACION GENERAL QUE MANIFJESTA EL MOVUOENTO ÜOMEROIAL DEL PUERTO DE BUl!merceria y quincalleria, 53 id. vidrio y loza.
DEOS ooN EL IMPERIO llixroÁNo ·¡¡N EL ARO DE 1864.
Diciembre 16. Bergantjn hamburgués •~Pacific," destino para.MaBuques salidos,
tamoros, 31 bultos,gé~ero de la~a, 27 id. gé_nero de algodon, 6 id.
Núm. 1, Enero 4, bugue frances "Aglae1 " 376 to.nelada,s, ~u -espigénero de sepa, 1,8!6 1~. comesti~les, 432 piezas damajµanas vacías, tan Lavand, 6,879 bultp.s, con destino á Tampico y Túxpan.
11 bultos driles, 4 1d. pieles, 242 1d. merceria y quincalleria, 120 id.
~úm. 2, ,Enero 12, buque frances "Cantatu,'? 3.66 tonel~das, su
vidrio y loza.
capitan Daney, 8,067 !:Jultos, con desfü10 á Veracruz.
Total 2,274 bultos género de lana, 8,~0 ídem género de algodon,
Núm. 3, Feprero 17, buque frances "Me;icana," 313 toneladas,
206 idem género de seda, 14 idem alhajas, 142 idem cerdas, 44,275 su capitan Darlan, 6,911 bultos, con destino á V~r~cruz.
·
ídem comestibles, 7,398 piezas Qamajuanas vacías y 1,870 medias
N~- 4, Marzp 141 buq,ue franc,es "~eracruz,a.n,a," 234 t.o~ela~as,
botellas, 1,264 bultos drogas, 1_18 fortepi,ano,9, 41 bultos bramantes, su cap1tan Allau, 4,960 pultos, con d,estmo á Verac¡uz.

1~;ª· .

•

�'

DIARIO DEL IMPERIO.

316

Núm. 6, Marzo 30, buque frances "Bourdelaine," 368 toneladas'
su capitan Brel, 8,872 bultos, con destino á Veracruz.
Núm. 6, Abril 11, buque frances 11Marla Adela," 168 tonelatlas,
su capitan Larman, 3,476 bultos, con destino á Veracruz. .
Núm. 7, Mayo 6, buque frances, "Nuevo-México," 324 toneladas,
su capitan Robert, 9,789 bultos, con destino á Veracruz.
Núm. 8, Mayo 26, buque frances, "Potosi," 264 toneladas, su capitan Gambaud, 8,436 bultos, con destino á Tampico y Túxpan.
Núm. 9, Junio 10, buque frances 11 Garonne," 363 toneladas, su
capitan Toulouse, 6,990 bultos, con destino á Veracruz.
Núm. 10, Junio 28, buque frances "Santa Maria," 176 toneladas, su capitan Moufflet, 4,364 bultos, con destino á Tampico.
Núm. 11, Junio 30, buque frances 11George Marie," 224 toneladas, su espitan Dejean, carbon, con destino á Veracruz.
Núm. 12, Julio 6, buque francés "France et Mexique," 273 toneladas, su capitan Ducasse, 7,662 bultos, con destino á Veracruz,
pasajeros 6.
Núm. 13, Julio 7, buque francés" Margarita," 266 toneladas, su
capitan Moreau, 7,047 bultos, con destino á Tampico, pasajeros 4.
Núm. 14, Agosto 8, buque francés '' Cantavre," 366 toneladas, su
capitan Daney, 11,602 bultos, con destino á Veracruz, pasajeros s.
Núm. 16, Agosto 13, buque francés "Arturo," 247 toneladas, su
espitan Dutareq, 7,321 bultos, con destino Veracruz, pasajeros l.
Núm. 16, Agosto 27, buque francés "Jules Aime," 183 toneladas, su capitao Bachiller, 4,096 bultos, con destino á Tampico, pasajeros l.
'
·
Núm. 17, Setiembre 13, buque francés "Gironde," 464 toneladas, su capitao Havaud, 8,670 bu1tos, con destino á Veracruz, pasajeros 4.
•
Núm. 18, Setiembre 30, buque francés "Marie Anne, " 176 toneladas, su espitan Tumeotin, 3,164 bultos, con destino á Tampico.
Núm. 19, Octubre 4, buque inglés "Medora," 298 toneladas, su
capitan Applety, 6,172 bultos, con destino á Matamoros, pasajeros l.
Núm. 20, Octubre 6, buque ffancés, "Jean Charles," 206 toneladas, su capitan Fillon, 6,791 bultos, con destino á Tampico, pasajeros 7.
Núm. 21, Octubre 8, buque hamburgués "Catherine Jare, '' 143
toneladas, su espitan Sther, 3,848 bultos, con destino á Tampico.
Núm. 22, Octubre 16, buque francés "Mariana," 148 toneladas,
su capitan Kanon, 4,236 bultos, con destino á Tampfoo, pasajeros 2.
Núm. 23, Octubre 17, buque frances "Mexicana," 313 toneladas,
su capitan Darlan, 7,376 bultos con destino á Veracruz, pasajeros 26.
Núm. 24, Noviembre 9, buque frances "Tormosa," 701 toneladas,
su espitan Rorarnon, carbcin, con destino á Veracruz, pasajeros l.
Num. 26, Noviembre 17, buque inglés "Euterpe," 237 toneladas,
su capitan Payter, 8,276 bultos, con destino á Matamoros.
Núm. 26, Noviembre 18, buque frances "Veracruzana," 234 toneladas, su espitan Allaud, 4,463 bultos, con destino á Veracruz,
pasajeros 10.
Núm. 27, Diciembre 8, buque hamburgués "Cap lloro," 406 toneladas, su espitan Matzen, 7,970 bultos, con destino á San Bias,
pasajeros 2.
Núm. 28, Diciembre 22, buque frances "Bayonaix," 362 toneladas, .su espitan Budigeray, 11,226 bultos, con de&amp;tino á Veracruz,
pasaJeros 8.
Núm. 29, Diciembre 22, buque frances "Colibrí," 260 toneladas,
su capitan Coinard, 7,196 bultos, con destino á Tampico.
Total 8,213 toneladas, 185,148 bultos, 80 pasajeros.
Cargamento en general de los buques salidos.-Vinos tinto, Sauterue, aguardiente, !~cores, Champaña, conservas alirpenticias, aceite de comer, velas esteáricas, fierro, papel, tapones, loza, porcelana,
avalorios, frutas secas, merceria, sedería, tejidos de lino, de lana y
de algodon, vinagre, flóres artificiales, mostaza, canela, drogas farmacéuticas, ropa hecha, semillas, libros, fulminantes, perf'umeria,
objetos de modas, guantes, pieles curtidas, hules, alfombras, armas
de lujo, maquinaria, instrumentos agricolas, etc., etc.
\

Buques entrador.

Núm. 1, Enero 29·, buque frances "Veracruzana," 234 toneladas,
su espitan Allard, procedente de la Isla del Cármen.
Núm. 2, Marzo 7, buque frances 11Nuevo-Mexico," 324 tonelada.11,
su capitan Robert, procedente de la Isla del Cármen.
Núm. 3, Abril 31, buque frances "Garrone," 354 toneladas, su
capitan Poulonne, procedente de la Isla del Cármen.
· Núm. 4, Mayo 1&lt;.', buque frances "Margarita," 265 toneladas, su
espitan Moreau, procedente de Tampico y Cármen.
Núm. 6, Mayo 2, buque frances "Elisa Prorper," 203 toneladas,
su espitan Lamothe, procedente de Tampico y Cármen.
Núm. 6, Mayo 2, buque frances "France et Méxique," 273 toneladas, su capitan Ducasse, procedente de Tampico y Cármen.
Núm. 7, Junio 17, buque frances "Cantatu," 367 toneladas, su
capitan Daney, procedente de Veracruz y Cármen.

Núm. 8, Agosto 26, buque frances "Aglae," 175 toneladas, su capitan Lavaud, procedente de Túxpan.
Núm. 9, Noviembre 23, buque frances ''Nuevo-Mexico," 324 toneladas, su capitan Robert, procedente de Cármen.
,
NCim. 10, Noviembre 26, buque frances, "Santa María," 176 toneladas, su capitan .Moufflet, procedente de Cármen.
Núm. 11, Octubre 14, buque frances "Garonne," 864 toneladás,
su eapitan Poulonne, procedente de Cármen.
Total 3,038 toneladas.
Cargamento en general de los buques entrados.-Palo de Campeche, grana, purga de Jalapa, vainilla, zarzaparrilla, cueros al pelo,
palo amarillo, cobre viejo, semi1las, istle, algodon, pinturas, curiosidades del pais.
RESUMEN.

Salieron.
Para Vera.cruz. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . • . • . 16
Para Tampico y Túxpan..... •.. . . . . . . . . . . . . . . • . 10
Para Matamoros •.... •....... . ...•.... , . . . . . . . .
2
ParaSan Bias.. . .... .. . . . . ..... . . ... ...... ... 1
Total. . . . . . . . . . . . . . . .
Pasajeros .................• .. .............. : .

29
80

Entraron.
De la Isla del Cármen. . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . .
De Túxpan y Cármen..........................
De Veracruz y Cármen.. . • ... . . . . . . . • • . • . • • . . . • . .
De Túxpan . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . • • . . . . . . . . . .

6
3
1
1

Total. . . . . . . . . . . . . . . . 11
Pasajeros. . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 00
•
Burdeos, Diciembre 31 de 1864.-El Cónsul, J. F. füts.
Son copias. México, Marzo 31 de 1866.
El Subsecretario de Negocios Estranjeroe,

(Firmado) ALONSO L. PEON DE REGIL.

ANUNOXC&gt;S.
La Administracion general de Correos de esta capital ha. entregado á la
del .Diario del imperio el importe de las suscriciones foráneas correspondien•
tes al primer trimestre del presente año. En consecuencia., los Sres. Admi.
nistradores de correos deberán remitir á dicha. Administracion general, ó te.
ner á su disposicion, el valor de las citadas suscriciones. ·
CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 59 de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, que lo ea de loa autos del int.eatado de
D. Crescenciano Celiu, ha mandado por el proveido el dos del que curB&amp;, que se convoque á las personas que se crean con derecho á los bienes, á fiu «e que en el término de
treinta días se presenten al J uz¡¡ado, sito el Palacio de Justicia, á deducirlo; apercibidas
si no lo verfican de darse por desistidas.
Y en cumplimiento de lo mandado vongo el presente en México á 4 de Marzo de 1865.
-José Raz Guzman, Escribano púbhco.
231-3s-l
JUZGADO 49 DE LO CIVIL.
En los autos ejecutivos que aigt1en Sor Guadalupe de los Cinco Señores y Sor Joaquina
de los Dolores, contra. D. Antonio Monterde, sobre pesos, el Sr. Juez 4'.' de lo civil ha
mandado que se venda. el baño del Jordan, valuado en 40,492 pesos 89 ce., y eeiíalado paralas almonedas los di~ Z1 del corriente y 5 y 22 de Abril próximo, á las once y media,
siendo la tercera con calidad de remate.
Lo &lt;J,Ue hago saber al público de órden del Sr. Juez.
Mónco, Marzo 23 de 1865.-Manud RtnMro, Escribano público de la Nacion.
23'2-1-1
JUZGADO 29 DE LO CIVIL
En loa autos que lligue D. Antonio Barquin contra D. Vicente Vaca, sobre peaoa, el Sr.
J uea 29 de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que conoce de ellos, ha proveido el auto •i•
guiente:-" Méxi'lo, Marzo 23 de 1865.-Autos citadas la.s partes, haciéndose al ejecutado
111 citacion por los periódicos. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Pallon.-Lic. M.
Frias, Secretario.'
Y en cumplimiento de lo mandado, cito á D. Vicente Vac&amp; por el presente.
México, Marzo 30 de 1865.-J. Reynoso, EBCribano público.
226-8a-3
AVISO AL PUBLICO.

roKTA DIRECl'IVA DEL COLEGIO DE CORREDORES DE JOXICO.
De conform:dad con lo prevenido en el art. 15 del Reglamento de Corredores de esta
plaza, se pone en conocinuenlo del públ~co.q~e han.ob!,enido título de corredor en las olase• que á continuacion se espresan, los mdiviauos siguientes.
1~ CLASE y 1~ SECCIOM DE LA 2~. D. F. Javier Rodrigu.ez.
l~ SECCION DE LA 2~ CLASE, D. Juna Dqpont.
3~ SECCION DE LA 2~ CLASE, D. Antonio Andrade.
4~ CLASE, D. Miguel Cutaños y D. Leonides }'arfas.
Y asimismo D. José Eugenio Herrera ha sido rehabilitado para ejercer en la 3! 1ecoion
·de la 2~ clase.
Mé.tico, Marzo 29 de 1865.-..dntonio de Vértiz, Sindico.-Jo.,é de la Lama, Secretario.
'm-3s-3

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
B.AJC'8 D.I SAN AGU8TIN, NUll. 1.
I

..

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>O)ffAIU

8I 8
,...

¡

'}

t~lMPERio·¡
TOMO l.

MEXICO: Miércoles 5 dé' .Ab~il de J865.

NUII. 79.

n

1

Zapotital dice á esta Prefectura, por oficio p·uesto de hoy, lo que si, PARTF.S l&gt;E LAS PREJIEO'l!URAS.-Del Valle de México, sobre el hospital de Texcooo.-DeMlchoocan, gue:-A las nueve de esta mañana recibí una comunicacion del Sr.
participando no haber novedad notable en a&lt;¡,_uel Depart-amento,-De Puebla, sobre un encuentro con los
disidentes en Huautla.
Ca.pitan Comandante de l,a Guardia civil, en la que me participa que
DOCUMENTO.-Acta del Ayuntamiento de México, de 21 di! Febrero de 1865.
,
SOLICITUDF.'l.-Denunclo de un banco de sal gema cerca de Cuautla.-PeUcion de privilegio para intro- las fuerzas que se hallaban en Huautla en persecucion de los disiducir un motor de viento.
•
dentes de aquel rumbo de la Sierra, han sido atacadas el 27 qe éste
NOTfOIAS MARITIMAS Y COMERCIALES.-Del Havre.
.._,Vt,JUEPADF.'l.-Agricúl~ra. nratado sobre el !rijo~ '
{
á las ocho de la m,añana, y· que despues de un reñido combate, fue-·
ron rechazados lps disidentes y perseguidos hasta un pueblo llamado
San Miguelito, distante tres ó cuatro leguas del primer punto de
PARTES DE LAS PREFECTURAS.
ataque, de gonde por segunda vez volvieron á ser derrotados.-El
Comandante Arizmendi dice en su parte q u.e el enemigo tuvo de
MINISTERIO DE GOBERNACION.
pérdida algunos muertos y heridos, y que se le tomaron P,risioneros
·· Ptefectura política del Departamento· del Valle de México.-Mé.- y arm,as; que por parte de los defensores del Impe~io hubo seis homxico, Abril 3 de 1865.-Exmo. Sr.-El Sr. Prefecto de Texcoéo, en bres de pérdid¡i.; pero, no señala si fueron muertos ó heridos, y á qué
nota de 31 del próximo pasado Marzo, me. comunica que de · recur- fuerza ¡:iertenecen.7 Me apresuro á poner esta noticia en conocisos que particularm~nte ha podido propbrcionar, S!n gravám~n de miento de esa Prefectura, no porque crea que el Sr. Prefecto',ignore
ningun fondo público, mandó c?nstruir · veintidos cat~es de hrnrro, -este hecho de l!&gt;rmas, sino porque si~mpre tengo interesen poner en
q~e están ya en uso en el hospital de.Sap. Juan de ·:Ó10s de aquella _el conocimiento de ella todo acontecim/ento de importancia que lleciudad.
.
r
• •
ga á mi noticia.-Suplico á vd. que asilo haga presente ásu señoril),
. Tengo la honra ~e demrl~ á V. E_. para su _conocimiento.
. . el. Sr. Prefecto.-Y tengo la honra de trascribirlo á V. S. para conoEl Prefecto P?li~wo, Azcarate Miguel Maria.~Exmo. Sr. M1ms- cimiento de e$a superiqridad."-Y tengo la honra de trnscribirlo á
trode Gobernac10n.
.
V. E. para conocimiento de S.M. I.-Dios guarde á V. E. muchos
. años.-El Prefecto superior, José·María Esteva.-Exmo. Sr. Ministro
'Imperio mexicano.-P~efeot'ura -po1itica dtJ•Mioho~can.:...!...Motelia, de.
• .,.,-;..:.., •
·
,
81 de Marzo de 1865.-Con fecha 29 -del acfüal dice á esta Prefec- Es copia. ' ' •
·
,,
.• , ,
ú
tura la Junta de salubridad, fo que cÓpio:
.
'
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Guerra1 ,
1
·
'(Firmado) J. M. DURAN,•
11Sfrv~é vd. pof!et en oo'noci,miento ·del Sr. Prefecto político, que
este Consejo de salubridad no h~ notado que e1 µies que concluye
'i
haya dominado en esta ciudad particularmente ~lguna enfermedad." e3,~;;;;;;:;;~~;;;;;;:;;;;;;;;;;;;;;;;;;D;;;;;';;;;;o;;;;;c;;;;;;;;;;;u;;;;;11;;;;;1;;;i;E;;;;;"4;;;;;N;;;;;T;;;;;;;;;;;O;;;;;.;;;;;;:;;;;;;;;:;;;;;;;;:;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;a
Y tengo el honor de 'trascribirlo á esa su'perioridad, cumpliendb
1,
con lo dispuesto en el particular. r.
.
AYUNTAllmNtO DE, IIEXICO.
Dios guarde á V. S. muchos años. .
:
.
El Prefecto político sustituto, R.afael
Esquivel.-Exmo.
Sr.
Mi1
En la oiud~d de Méxi~o, hoy mártes 21 .de Febrero de 1865, se
nistro de Gobernaoion.-Mfxioo.
•
•
1
r~unieron en. la sala capitular, á'la una y cuarto de la tarde, para cel
lebrar cabildo ordinario público, los Sres. Prefecto, Ra.scon, Or.tiz
Imperio mexicaño.-Prefectura política, ge Miohoacan.-Morelia, Cervantes, Cañas, Espinosa., Gomez, Cervaqtes, Rul, Pimentel, LaMarzo 31 de 1865.-Cumpliendo con-la suprema disposioion de la bat, Villanueva, Ibarmola, Buch, Reyes, Cosío, Lubastida, Hidalgo
materia, paso á estractar, para conocimiento de V, S., los diferentes y Terán, Galindo, Berganzo, Velez, Bar reiro y Hoppe. Se leyó y
partes de policía de seguridad en este Departamento. · Con fecha 11 aprobó el acta del cabildo público cel~l,rado el dia 17 del actual.
del actual, el Presidente del Ayúntamiento de Tariµibar@, corres- .El Sr. Ptefecto manifestó, que segun aviso del S'r. regidor comipondiente á este partido, manifiesta que su municipalidad no ha pre- sionado de beneficencia y del Sr. comisionado ._ del Tecpan de Sansentado ocurrencia notable.-El Subprefecto de Cuitzeo con fecha 8 tiago, S. M. la Emperatriz había hecho un donativo de $ 2,000 padel actual da igual noticia.-Con fecha 19 del actual el Subprefecto ra dicho establecimiento, y $ 5,000 al Hospicio de Pobres, lo que
· de Indaparapeo participa. la aprehension de dos malhechores, logra- pedia que constase en el acta para conocimiento del público. Esta
.
.
da por un vecino de dicho pueblo, á quien se le prestó auxilio opor- mocion 'fué aprobada' por unanimidad.
Se
fü6
cuenta
con
los
oficios
siguientes:
,
..
tunamente por el Subprefecto, recobrando tres mulás y urr caballo
De
la
.Prefectura
politica,
contéstándo
habér
rfcibido
el
corte'
de
que aquellos le. habian sustraido.-EI Subprefecto de Cuitzeo, 0011
fecha 2~ del actual participa conservarse la tral!,quilidad pública e:3- caja de' la admi'nistracio'n de rentas municipal es, corresponniente ál
SY partido.--=-Con fecha 23 del actual, el Prefecto de Zamora part1- mes d~ En~ro próximo pasado, y en cuyo corte la misrna Pref(:lctu•cipa conservarse la tranquilidad pública en su Distrito.-Lo que ra no ha pasado por el gasto de sueldos al Sr. Prefecto Municipal,
teng? el ~o~or de p~ner e~ conociT?iento de y. E. cumpliendo con por estar mandado en circular de S.M. el Emperador, de fecha 28
· las d1spos1c10nes arriba d1chas.-D1os guarde á V. S. muchos años. de Noviembre del año anterior, que es cargo de ho11or.
_-El Prefecto politico sustituto, -Ra.fael Esquivel,-;-Exmo. Sr. Mi- El Sr. Prefecto municipal manifestó: que al aceptur el car.go que
se le encomendaba, lo babia hecho sin otra mira que la de servir sin
_nistro de Gobernacion.-México.
estipendio alguno á los intereses de la ciudad. Que.el sueldo que se
Son copias. México, Abril 4 ·ae 1865.
le babia, consignado en el presupuesto, se había propuesto invertirlo
El Subsecretario de Gobernacion;
,
e? objetos de bien público; que al efecto, el suuldo del m~!I de D~(Firmado) FRANCISCO J. VÍLLALOBOS,
c1embre lo destinó á la compra de la parte ·de la casa numero 16
del callejon de·los Dolores, que se néOesititba adquirir por la ciudad
para la apertura de la calle continuacion de la de Independencia,
IIINISTERIO DE GUERRA.
desde la d~ L6pez hasta la de la Pelota, y que la oanti~ad oorresMéxico, Abril 4: de 1865.
pondiente al mes de Enero, desaprobad~ por el Sr. Prefec~o. polítiJlfPrefeotura política del Departamento de Puebla.-Seccion 1~- co, estaba en depósito en las arcas mumc1pales, y que exh1b1ll. en el
Núm. 1460.-Puebla, Marzo 31 de 1865.-Exmo. Sr.-El Sr. Pre- acto los recibos de la administracion, para que s~ les diese entrada.
fecto del Distri~o de Tehuacan, con fecha de ayer, dice á la Secreta- en la ·caja del tesoro municipal.
·
~r
rfa de esta Prefectura. lo que sigue:-" El Comisario municipal de 'El Sr. Terán hizo mocion 'para que la respuesta del Sr. Prefect.o
·SUMARIO.

1

1

•

• ...

�'

318

.
cuatro, ~ por lo mismo, no escediendo de ese número~ solo debo pagar á razon de diez pesos por cada toro, segun está espresamente prevenido por el
artículo ~7 de la ley de 25 de Setiembre de 1863. Pero en la mencionada
~orporaci?n me han e_xigido 100 pesos por la licencia, por cuanto se ha de
Jugar un ligero becerrito y un toro embolado; pero ni este ni aquel pueden
llamarse de lid, Ypor consiguiente solo debo pagar á. razon de diez pesos
por cada toró, supuesto que solo son cuatro. Para obviardificult.ades pagué
J
los_ 100 pesos q_ue se me cobraban en el Ayuntamiento, siempre con la reso]o sucesivo el pago de la renta de la casa de que se trata, y se abo- luc10n de ocurrirá. V.M. para pedirJe,la devolucion de lo queindebidamenne al referido perito el importe de sus honorarios.-A la Comision te se me ha cobr:Wº· Es muy clara la disposicion del artículo citado, de la
de hacienda.
ley de 25 de Setiembre, y por tanto concluyo pidiendo á. V.M. se digne deOtra de la misma Prefectura, trascribiendo una circular del Mi- clarar que solo ~stoy obligado á. pagar 40 pesos por derecho municipal por
nisterio de Negocios Estranjeros, para que se dé exacto cumplimiento la próxi~a corrida que tendrá lu_gar el domingo 12 del corriente, y q~e en
á lo prevenido en los artículos 7 8 9 y 10 del decreto de 3 de Agosto lo sucesivo solo _deben P\prse diez pesos por cada toro de muerte que juede 1863, por haber llegado á co;ocimiento del mismo Ministerio, que §u: n en lJ.asJ.cor;:idas. A ·M~· !· suplico se sirva acudir á. mi solicitud.(
fi •
\,. d
h
. d
t .
.
. .
enor.- . . vervantes.- exico, Febrero 11 de 1865.-Al márgen· Al
en a. guna~ o crnas s1:: espar: an negocios e e&amp; ranJeros sm ex1g1r- Ayuntamiento para que sirrn informar_ vm l0 b -A s M I M ·. ·
les el cert16cado de matrícula. Se mandó que se traslade á los gefes. liano l.
·
i ª
os.
· · · axumde las oficinas para su cumplimiento.
El ' tí 1O á
fi
1
·
Del Ministerio de Gobernacion, contestando al informe del ayunar cu
que se re ere e acuerdo, es el siguiente:
tamiento, sóbre la solicitud que hicieron varias personas de esta corÁ:t· 57. '.'Por cada corrida &lt;le taros se p_agarán 100 pesos: se entiende por
te, Robre que no sean despedidos de la casa del Tecpan los jóvenes corrida la lid q~e P?se de cuatro tóros; Y. Si fuere &lt;le este ó ~nos número, se
que ~o son huérfanos, y en el. que dispone_ S. M. el Emperador se
contribucion al respecto de diez pesos por cada toro, sea 6 tio ~
-contrnúe observando el reglamento establec1do.-Se acordó que pase
.
.
.
al Sr. comisionado del Tecpan.
Otro, en el negomo relativo á que se pague á D. Jos~ :Manuel Fn-as,
De la Prefectura polltica, tra'Scribiendo la contestacfon del Mi- como represen_tante de D~ Frao~isca Peña, l?s rédito~··de 1,200 pelilisterio de Go~ernaci?n, ~l oficio relativo del Ayuntamiento, para sos ~u~ la oficrna de Beneficencia le reconocia, que dice:
~ue el ves~uano del eJérc1_to se construya en los establecimientos de
Me~1Co, Febrero 17 de 186~.-La Juntad~ Hacie~da! en s~ion de hoy,
tieneficenc1a y cárcel de ciudad, en la que el gobierno de S. M. ha acordo que se conteste al Gob1er~o.que seda~ cumplimiento a su órden del
acordado que conforme á, la legislaclon vigente, las contratas deben 17 ~e Enero con respecto á los red1tos d~l capital de ~200 pesos; y en cuanser adjudicadas en almoneda pública.-A sus antecedentes
to ª los 4o~ res~ntes, que no están ~o~s1gnados, se espera á. que se señalen
. i) 1 ·
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..
·r
por el erario nac1bnal, pa1'a dar los red1tos correspondientef¡ á, los interesa, . e Juzga. o 40· e ramo cm 1, man11estan o qu~ eu los autos que dos, cumpliéndose ademas con el acuerdo de 5 de Octubre del año próximo
sigue ~- Fehpe. Saavedra contra_D. Ventura Gut1errez, entre otras pasado.
cosas p10e el primero se libre oficio al Ayuntamiento, á fin de que
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h b .d d .
ues o 1a iscusion, .1u apro a o.
rva ~r enar su esorer a ce I que n? a er s1 o esvmcolada
El Sr. Comisionado de Aguas presentó un dictá
1
la capellanfa de Campa Cos por D. Franmsco Sanchez de Tagle ni t d h h
}
me,.? ~n a ~ iCI
por D. ·ventura Gutierrez, que con el capital de t,000 esO's 'reco- u ec a por os aguador~s ~e la fuente ~e laCandeiariade losPa-nocia á Tagle y desp es á S
d
,,
. t P
d . tos, que concluye con la s1gmente resoluc10n:
u
aave ra, y que por esa vir ud se re UJO
p ,
.
.,
á 3,400 pesos, descontándose los réditos que se habian estado paubhqu~e co~ el ac:a l?s,nomb~es ae los vecmos que ·co~tnbuyé°: .para
gando por el capital fnte«ro, y Ja época en que se llegó á verificar. la ~eparacion de 1_a caner1a gener~l en el p'uent.e ~e~ Bla~q~illo que se•está
-A In Comision de H !' d
v_er1fieando, y archívese este espediente, dando not1c1a de ele.la A.dmirtistrl}'S dºó
amen a.· . .
c10n de rentas para que cobre los donativos.
e I cuenta con los ocursos s1gurentes:
'
.
.
De D. Manuel Garcfo Ortiz, que 1mlicita se le devuelva el empleo
Puesto en d1scus1on, fué apr~bado; en el concepto de que los nomd_e tercer gefe del ramo de alumbrado de ciudad, del que por espí- bres ile las personas que contribuyan para esa obra, se publicamn
r1tu de partido fué despojado.-A la Comision de alumbrado.
tan luego com_o_ enteren sus donativos.
,
_De D. Ismael Ramos, pidiendo se le reponga en s_tJ empleo de alEl Sr. C~mlSlonado de Ins~ruccio~ .pú.blica _p~esentó un dicpámen
ca1d~ de la cárcel de Belen, del cual se separó en virtud de una. li- en el esped1ente de D. Pedro Porchmi, que p1d16 ser examin¡¡.do pa.cenc1a que obtuvo para curarse.-A la Comision de cárceles.
ra ~bt~ner tftulo d~ l&gt;rofesor de :primeras letras, q_ue concluwe "con
De D. Juan Alvar-ado, qae pide se le pague la cantidad que se le la siguiente propos1c1on:
,
adeuda, como lo comprueba con el certificado adjünto, en el tiempo
Espídase por el Exmo. Ayuntamientolá. D. Pedro Porchíní el títmó {fu
que fué portero de la Obrería Mayor.-A la Comision de Hacienda. profesor de instruccion primaria.
·
De D. Evaristo Bustillos, pidiendo se le pague de preferencia la
·
.
.
cantidad de 733 pesos 16 centavos, que sobre la de 1,Si!O peso'S 24_ Fué apr~baBo con dispensa de trámites._
.
centavos, que tambien solicita su pago, se le adeuda por medicinas
El Sr. Hidalgo Y Terán p~esentó otro dictámen relativo á la conministr11das á los hospitales de San Juan de Dios, San Andrés y Tec- sulta presentada por la Co~1~arfa central de poli?ía, ~obre si las mulpan de Santiago.-A la Comision de Hacienda.
tas aprobadas p~r la supe!1or1dad se hacen efectivas por medio de la
Se dió cuenta con los acuerdos siguientes:
f~oúl~ad económico-coaotiva, ~ue éoncluye con la proposicion qúe
De la Junta de Hacienda, que dice:
sigue.
"Méx~co, Fe~rero 1'7 de_ ~865.-'Esta~do cometida la inspeccion de carContést~e á la Comisarih. de pdlicía, que cohforine al reglamento de' 10
nes al senor regidor de pohc1a, y no teniendo el Exmo. Ayuntamiento fon- ae ~bril de 64, único g~e rige pa~ l~s Comisarías de policía, los (:omisaribs
dos que destinar á. la creacion de una nueva oficina no le parece se deba ac- no tie~e~ facultad ooaetiva para é:X1g1r las multas 'impuestas por inftacoionés
ceder á la solicitud lle los Sres. Mota y Gomez." '
d~ polic1a; que es~ facultad solo les cotb.pet.e á1as.a.utol'idades políticas mufué aprobado.
ruc1pales ya me~c1onadas, á.'quierles la léy la concede espresamente, y pó,r
cuyas órdenes directas cobrará. la oficina de Rentss municipales. '
O tro d. e Ia mis~a Comision, que recayó á la solicitud de D~ Te r~sa Ort1z de_ Guillaumin, que pide se le capitaliee el adeudo de réPuesto ·á discusion fué aprobado.
d1tos del capital que rooonoce á la Beneficencia en la casa número
Los Sres. Pimentel, Reyes é Ibarrola, presentaron la siguiente
6 de la calle del Banco de la Santisima, y cuyo acuerdo dice:
proposicion:
"~~xico,. Febrero 20 de 1~6?.-No ha lugar á esta solicitud, y pase á. la Se prohíben eh la capital de1 Imperio las corridas de toros.
admm1strac1on de rentas muruc1pales, para que previa liquidacion cobre los
p ta á d"
·
"
adeudos que se mencionan en el presente escrito.,,
'
~es
1~cusion, .1ué reprobada; en el concepto de que se re{ór•
Tumbien fué aprobada.
maria convementemente. Al efecto, el Sr. Labat y el Sr. Berganio
presentáron la que sigue:
O tro en la solici_tud de D. ?osé Juan Cervantes, sobre que se le
devuelv~ una cantidad que no ha debido pagar, por la licencia de
Elévese al Supremo Gdbiernó atenta solicitud, 'suplicándole se sirva ae,una corrida de toros, y P.I éual dice:
•
cretar la duplicacion del impuesto fijado hoy á. las Mrridas de toros en be.
neficio de los fondos municipales.
'
. "México, Fe?rero 20 de 1865.-Siendo terminante el artículo de la ley
p
"
,!nserta de dots;c1ones de los fondos municipales, remítase copia, com·o único
uesta á discusion, .1ué aprobada.
informe, el articulo 57 de la referid1t. ley de 25 de Setiembre de 1863 _,,
El Sr. Comisionado de Mercadós presentó la siguiente proposiPuesto_ á discusion fué aprobado., acordándose se inserte en la. ac- ~~d~: que con dispensa de trámites fué puesta á discusion y aprota el escrito, el acuerdo de la Junta de Hacienda y el articulo á que
Autorícese á la Comi$ion de Mercados para que cuanto antes proceda á.
ae refiete este último.
la traslacion de las carnes que se espenden en el mercado de Jesus y las leSeñor: José Julm Cervantes, ante V. M. l., con el respeto debido digo· g~bres qu~ se venden en el del Volad~r,. ~ien sea á los,demas mercados ya
·que por conv~nir á. mis intereses, he resuelto dar como empresario aiguh~ eX1sten~es~ bien á otr11s -pla;:tt1e1as 9.ue á Jmc1? lle la Corpi!;ioh séan ln'as á
1oorr1d11s de, toros én la Plaza de~ Paseo~ ~evo de est~ capítal, y para verifipropósito para lá venta de lo~ espresadO!I IÍrt1cJlos, &amp;insW~ndo 1&amp; Corhisidn
~lp ocurri al Exmo. Ayuntamiento soho1tando la licencia rP.spectiva. El a~ veri!i~r la trn:s1Ac!l:5ti, tanto él bien 'Público, &lt;!timo ~1-part\cl.llnr -dé
·tfi,Jiúmero de toros,de•muerte que se dedicarán el próximo domingo, es el de divíduos que comercien con los Tenglones antedichos.• '\ ···
' •

se eleve al Sr. Prefecto político, como contestacion á su oficio de
fecba 18 del corriente.
. ~e la mism~ Prefectura, trascribiendo el informe del Ingeniero
ClVII D. ~ranetsco Garay, que le fué pedido por el Ministerio de
Gobernac1on, acerca de lo que puede rendir por arrendamientos la
casa número I de la calle continuacion del ca.llejon de Bethlemitas,
con el ohieto de que con arreglo á la decision del perito, se haga en

1:f::e!)ª

a

·

r ·.

..

319

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

tos

El Sr. Regidor Rascon presentó la siguiente proposicion:
Elévese un atento ocurso á. S. M. pidiéndole se imponga á. las diversiones
,públicas, una contribucion de 2 por 100 sobre sus productos, en lu~ar de la
que actualmente exisoo, salvo á la_de ~os toros, por haberse ya pedido para
esta diversion se le doble la contr1buc10n de costumbre.
Puesta á discusion fué reprobada en votacfon nominal, habiéndolo
hecho en pro los Sres. Barreiro, Roscon y Hoppe, y ~n contra_los
Sres. Bergnnzo, Pimen~el, Rul, Cervantes, Gomez, Espmosa, ~anas,
Ortiz, Hidalgo, L11bast1da, Ibarrola, Buck, Reyes, Cosío, Galmdo y
el Sr. Prefecto, habiendo salvado su voto el Sr. Labat.
Terminó la sesion pública para entrar en secreta ordinaria á. las
tres de la tarde.
No asistieron con licencia el Sr. Payno y sin ella los Sres. Mejía,
Rincon y Parada.
Es copia. México, Marzo 30 de 1865. .

~ DE llEXICO D EL lllVU.
NOTIOIA DE LOS BUQUES QUE HAN EN'rnA1&gt;0 :l!N ESTE PUBRTO EN TODO EL

YES DE
FEBRERO DEL PRESENTE A.RO, l'ROOBDENTES DE LOS PUERTOS MEXIOANOS, y OAR·
GAMENTOS QUE HAN OONDUOIDO.
Febrero 3. Fragata francesa "Eugenie," procedente del Cármen,
su cargamento 6,322 quintales palo de tinte.
,r
Febrero 18. Fragata francesa. "Terese," procedente del Cármen,
su cargamento 6,116 quintales palo de tinte, 2 tercios café.
Havre, 27 de Febrero de 1865.-El Cónsul, J. M. de Mora y

Ozta.

VARIEDADES.
TRATA.DO SOBRE EL FRUOL.

El oficial de Secretaria,

l.
DESORIPCION DE LA PLANTA.
Cáliz de una sola pieza con dos labios, el inferior dividido en tres dientes
y el superior escotado; en algunas especies los dos labios son enteros, y en
SOLICITUDES.
algunas no existen. La flor es amariposada, el estandarte acorazonado, escotado y vuelto hácia dos lados; las alas ovales iguales en longitud al estandarllINISTERIO DE FOMENTO.
te, y sostenidas por largas uñuelas; la quilla estrecha y enrollada espiralmente hácia el lado del sor; los estambres reunidos envuelven el pistilo, escepto
11
SECCION 1~
México, Marzo 31 de 1865.
uno que se separa por su base; la legumbre es recta, larga, coriácea en su-ma•
D. Luis Straffen ha heoho formal denuncio de un banco de sal gema, ubi- durez, la cual encierra las semillas que son mas ó menos re~ondas, arrifiocado al N. del Mineral de Cuautla, en terrenos de la hacienda de San Cá.rlos, nadas Y aplastadas. Llnneo los reune bajo la denominacioñ dolichos por la
en el Dist.rito de Cuernavaca.
gran semejanza que tienen con ellos los frijoles. Lo que verdaderamente los
Y bá.biéndose admitido el denuncio con esta fecha, en cuanto ha lugar en distingue de los frijoles, es que la quilla no se enrolla en espiral y sus lederecho, sin perjuicio de tercero y conforme á. las Ordenanzas, se avisa al gu~bres ·y semillas están mas comprimidas.
..
público, para que si alguna. persona se encuentra con derecho á oponerse, lo1
oI
II.
"deduzca ante este Ministerio.
EsPROIES Y VARIEDADES.
El:Subsecretario de Fomento,
Linneo enumera trece especies, de las cuales ocho son trepadoras ó re1 •
(Firmado) MANUEL 0Rozco.
vueltas y ~inco de tallos rectos y, cortos. Las especies jardineras segun algunos autores llegan hasta mas de iretenta, provenidas todas de un corto númeSECCION 2~
ro de especies botinica.s, enyos caractéres esenciales son permanentes. El
México, Marzo 18 de 1865.
frijol es originario de la América y de la India, en cuyas dos partes hay '\J1l
SoIJOITUD DB D. GBNARO VERGARA, PIDlBNDO PRIVILEGIO ESowsrvo ~ARA INTRO· gran número de variedades conocidas c-:&gt;n diversos nombres, las cuales se
nuom EL MOTOR n'B "VIENTO DB QUE H.AOR MENOION.
cultivan en grande en los campos para recoger secas las semillas, y en las
"Segunda clase.-Ouatro reales.-Para él bienio de mil ochocientos se- huertas cerca de las ciudades para comerlas verdes en sus vainas, á las q~
senta y cuatro y sesenta cinco.-Exmo. Sr. - Ante V. E. con el debido dan cuando tiernas el nombre de ajotes.
.
J'!JSpeto espongn:-Que habiéndome solicitado algunas personas para que les La~ especies generalmente _cultivadas en México son: el parraleño, que es
construya mot-ores de viento de los que ae han inventado últimamente en el meJor por su sabor y suavidad, el cual se cosecha en-abundancir. en los
los Estados-Unidos, y no queriendo yo perder los estudios que del referido departame!ltos ~el interior; arriñonado, aplastado, con el p,unto umbilical un
mot'br he hecho, así· como los costosos viajes que me importa su conocimien- poco hundido, tiene un color pardo oscuro: el bayo, que es de la misma for'to; conform'é á las leyes que conceden privilegio á. los introductores de me- ma, variando solamente en el color y el gusto; cuya especie es tambien de
jbras, é~pero de V, E. se me conce?~rá.-Este motor, de cuya_ construccio~ bastante consumo por ser mas barato: el negro, del cual hay dos variedades
11COmpaño modelo, es de grande ut1hdad para todaclase de agricultura, aph- una ~ue da grano, del mismo tamaño que los del ~arraléfio, arrliionad~
cándolo á bombas ú otro aparato de subir agua, tanto porgue es muy eco- tambien, pero un po~ menos aplastado, y se cosecha ~p. t~~rra fria; y la otra
nómico, pues basta el poner una máquina para que 'sin intervencion de hóm- que da granos peque~1tos, oblongos, abultados y cuyo punto umbilical está.
bre, ni costo alguno posterior, trabaje de dia y de noche, como porque en un apenas hundido, y se cultiva en abundancia en los departamentos del medioterreno dado, se pueden colocar cuantas máquinas quepan, sin que por eso día y es una de las especies mas gustosas.
quede alguna sin parte en la accion del aire. Este motor tambien es aplica- El blanco tiene tambien tres variedades, y son: el blanco grueso arriñona·ole, é&lt;&gt;Jl veutaja, á molinos de harina, &lt;'.afe, aolores, etc.-Las personas que do, it.bultado, y cuyo punto umbilical es entrante, conocido con el nombre de
'.no tienen para cubrir el elevado precio de un pozo artesiano, pueden con Jrijql gordo, cuyo sabor es poco gustoso; el frijol blanco mediano, de la mismuy poco obtener un aparato de estos, y hacer fértiles sus tierras áridas.- ma figura que el bayo; y el pequeño, muy semejante al ne.gro (como le HaRuego .á V. E. se me conceda el referido privilegio, en lo que recibiré gra- mari) de Tiérra CalieriteJ que es el mas gustoso de los blancos.
cia y justic1a.-México, Marzo 15 de 1865.-Genaro Vergara."
Hay ademas unos blanco"8 sucios amarillentos, gordos y medianos, de cuLo que se publica por ,segunda vez en ~l periódico conforme al art. 14 de YliS dos especies no se hace tah gran consumo como del parraleño, el bayo
la ley de 3 de Noviembre de 1858.
y el prieto.
,
El Subsecretario de Fomento
Existen asimismo infinitas variedades, ca.si todas de forma oblonga 6 ar(Fir0:ado) MANUEL 0Rozco
riñonada, con el punto umbilical largo y hundido, que producen granos de
'
todos colores y 'ab!garrados, t.anto gruesos como medianos. A estos frijoles
'b===== ============= = '====== abigarrados se les conoce con el nombre de pintos. . .
NOTICIAS MARITIMAS y COMERCIALES.
Generalmente las flores son blancas, pero en algunas ~pecies son de color vario.

(Firmado) JosE A ORTIZ,

m.

CONSULADO DEL Drll'ERIO llEXICANO D EL lllVRE.

NoTJOU DEL CARGAMENTO QUE OONDUOEN A N\)ESTROS PUERTOS LOS BUQUES ESPE·
rlmos EN ESTE ÜONSULADO ENEL PRESENTE MES.
Febrero. H Frngata francesa "Montevideo," con destino á Veracruz, toneladas 329, peso 3,715 quintales, 1,895 bultos papel, ma.• quinaria, tejidos, libros, éristalería, perfumes, productos químicos,
muebles, cerveza, mercería, artículos de modista, ferreteria, 10 pianos, co111estibles, música, licores, becerrillos, pelo de conejo y articulos para fobricar sombreros, drogas, quincnllería, sederías, encajes, bonetería, efectos de _uso, vino, 6 carruajes, paraguas y otros ar~fot!lps de i11d11!itria, cons1g11ado ¡'.Í lo~ Sres. Phsqµel, Ol~ire, tabad~e
y Comp., Iieyn1el Bonue, Neron W1ttenez, Muñoz y líuñoz, Rocherol, Somohano, Hofti11ann Goebel, Lozada Cborro, Grabm Graves, Ferrer, Tliu(llier, Del P...tS!lO During y Comp., Scbb~beJ, Viy~ hen~ano~, R1tter y Comp., Brehm, Hu.rgous, Ríbere, Albers¡
B1est.erfold y Co111p., Lt&gt;fflllann Gutheil, Bussing, &amp;c.
Febrero 9. Fragata fra11cesa "General de Lourmel," con destinó
á Verncruz, toneladas 423, peso 14,130 quintales, cargamento carbon rle piedra por cuenta &lt;lcl gobierno frances.
Havre, 27 de Febrero de ¡865.-EI Cónsul, J. M. de Mora y

Ozta.

OuLTIVO.
El frijol requiere una tierra fresca, ligera., sustanciosa, bien estercolada, y
puéde sembr11,rse varios afios seguidos en una misma tierra. Cuando ~l año
corresponde al cultivo y no hay contratiempo alguno, la cosecha rinde mücho mas que los granos.
•
Nosotros no trataremos del cultivo de esta planta en las huertas, sino en
los campos donde se cultiva en grande.
Para dar las labores se elegirán los dias mas favorables en que la't1rua
no esté muy húmeda ni muy reseca, como ya dejamos dicho en el modo de
labrar las tierras.
La época de la siembra es la misma que la del maíz, y tambien se hace
por surcos dando tambien á. esta planta dos. ó tres -escardas. Desp.ues qua la
planta ha crecido un,.pooo, c4ap.do se le da la segunda escarda es cuando se
recalza enrodrigonátldola auticipatlam~nie. ' •
~
La tercera labor se dará. cuando las flores hayan cuajado, y pueden multiplicarse estas labore$ si se quiere, pues dan por reaultado UJ\3 cosecha mas.
abundante.
Para hacer la cosecha se cogen las va.ina.s cuando el rocío se haya disipado completamen'.te y esté el sol fuerte, 6 bien se ~rrancan de las matas
cortándolas cdh tijéras; pero esto n~ sil practi~ aquí, si~o q_Ue tQrliJih .los segadores la planta con la mano izqu1erd\l, Y COJen la vama ®n la. tle{ehna,
trónJchandQ con la uña su •pedículo, separándola así y .eohl,rldola en una m~ta que llevan al efecio.

�DIARIO DEL IMPERIO.

320

á V. S. podo mismo se anuncie en el Diario del Imperio, y en el ca~o de que no aparezca
su dueño, tenga á bien resolver sea vendido, invirti~ndo su valor eri la eseuéf11 de Oturtlba,
que est-0y oonstruyendo."
Y por disposicion. del Sr. Pwfecto político tengo e) honor de trllllcribirlo á vdes., Ruplicándoles que se sirvan insertarlo en el periódico oficial, para que llegado 111 conocimiehto
·
Días y horas en que entran del público, pueda saberse quién es el dueño del animal de, que se trata.
á México.
El Secretario general de la Prafectura, 'Alejandro l'Tillaseñor.

SERV.IClO DE DILIGENCIAS,
DEL INTERIOR.
Dlas y horas en que salen
de México.

Ll~EAS.

De México para_Arroyozarco.
,,
,,
,, 1

"
"

"

S. Juan del Rio,.
Querétaro.
Salamanca.
Guanajuato.
Lagos.
Guadalajara.

Lúnes, Miércoles ·Y. Mártes, Juéves y SáViernes á las 4 de
hados, entre 5 y 6
la manana.
de la tarde.

"
.,

DE TOLUCA,

,,
,.,

De.México p~i:a ToÍuoa.
Ixtlahuaea.
Maravatío.
" · Acámbaro.
"
Morelia;

"

-.i'l
r

p~ México pa~·a Puebla.

J;1

r .•

1a

Jn

ANUNCXC&gt;S.
,
• JUZGADO 3'.' DE LO CIVIL.

En el juicio que sigue el Lic D._Andrés del Rio por D. Facundo Gomez, rontra D. Manuel Fernandez, sobre pesos, el Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José M. Cordero, ha mnnDE MORELIA.
dado que para el dia 20 del corriente, á las once, se Hnimcie por los periódicos el remat.e
de la casa núm. 4 del callejon de S. Simon de Rojas, llamada de Santa Eduwige, y de las
,c.uirtro accesorias contiguas á ella y situadas en el callejon ,dt1l Ave María, valuttdas en
Lúne,, Mi&amp;eol". y Lúnes, Juéves y Sá- 7,374 pjlsos, 12 cs. Lo que bago saber al público.
.
hados,.entre 2 y 3
Viérnes, á las 'T de
México, Abril l'.' do 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
, la mafiana.
de'la tarde.
233-3a-l

l
J

1

¡

roZGADO 2'.' DE LO CIVIL.
' Por el present.e y de órden del Sr. Juez 2'.' de ló civil, Lic. D. Manuel Pavon, cito á DJ
11
'
Mártes,
Juéves
y Sá- Lúnes, Miércóles y Manuel E. Goitia para que en el término de diez ilias. contados desde la fecha, se pr~ente
Viérnes, entre 3 y en el Juzgádo á reconocer la firma de un recibo de catorce pagaréd, importanted la suma
hados, á 1aa 6 de la
de novecientos setenta y cinco pesos cuarenta centavo~, prest'ntado por D. llruuo Ondo4 de la tarde.
malíana..
j
villa; bajo el apercibimiento de darse por reconocida si no comparece.
Y en cumplimiento de lo mandttdo, cito á D. Manuel E. Goitia por el prasente.
DE PUEBLA.
México, Abril 3 de 1865.-l. Reynoso, Escribano público.
2:34-:--Sa-1

1

DE !MECA Y CUAUTLA.

De México para Chalco.
Ameca.
"
Tenango.
"
Cuautla.

. L&amp;

' · ',
1

{ Todos los dias, escep- Todos los dias, esce'pto el Domingo, ento el Domingo, á
tre 2 y 3 de'lá tarde
las 'T de la mafiana.

De México para Toluoa.

"

AVISO,

ahnoneda anun4iada por~~ ?ficina 'para¡ el dia 10
o¿tu~l,_ á de que ~n ~(&amp;
tenga lugar el remate de una, cas&amp; situada en la calzada de la Veromca que va de 1a iglesia-de S. Cosme á la Garita del Calvario, embargHda á D. ;faan Thmbort'l'l'par~ cubrir un
adeudo de que es responsable á la Hacienda pública, se verific11rá en el despttch~ de esta
propia Administracion á las dos de la tarde de dicho dia; debit:1ndo h1s personas que qui•
sieren hacer postura á la espresada finca, presentarlas con la dt!bida anticip~cion a~ompañad&amp;a de los correspondientes papeles- de abono, para que puedan.hacerse oport~amen·
Mártes, Juéves y Sá- Miércoles, Viérnes y te1os respectivos reconocimientos.de las firmas.
Administracion principal de rentas. Mé,ico, Abril 3 de 1865. ·
hados, á las 4 deJa
Domingos, entre 5
manana.
y 6 de la tarde.
El Administrador _principal, Ignacio de la Barrera.

De México para Arroyozarco.
S. Juan del Rio.
"
Qu.erétaro.
"
S. Miguel.
"
Dolores.
la Quemada.
"
S. Felipa.
"
Jaral.
,,
S. Luis Potosi.
.r '

ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.

-

..

: { Todos los dias á las 4 Todos los los dii¡.s, ende-la matlana..
tre 5 y 6 de la tarde

CONVOCATORIA.
El Sr. Juez 5? ile le civil, Lic. D. Jorge Perea, qmi lo es de los autos dei intestado de
DE VEB:ACRUZ.
D. Crescenciano Celin, ha mandado por el pro-reido el dos dtil que cursa, qut:1 se convoque á las personas ·que se crean con derecho á los bienes, á fin de que en el término de
De México para Ayotla.
treinta· ellas se present.en al Juzgado, sito el Palacio de Justicia, á deducirlo; apercibidas
,,
S. Martin.
si no lo verfican de darse por desistid11s.
.
,,
Puebla.
Todos los di~ escep- Todos los dias, escep- 1 Y en cumplimiento de lo mandado pongo el present.e en México á 4 de Marzo de 1865.
1
to el Sábado, á las
to el Mártes, entre -José Raz Gu,zman, Escribano público.
• ;') '¡,
' sl_.Ag. del Palmar.
231-3-9-2
, Ori'zava.
4 de la matlana.~
5 y 6 de la tarde.
1r 1 I T1'
· Córdoba.
roZGADO 2? DE LO CIVIL
ll
1
•
-111! ' ,.
Óamaron.
En los autos que ai~ue D. Antonio Barquin contra :b. Vicente Vaca, sobre pesos, ,il Sr,
!
DE ~ilt.l
Juez 2'.' de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que conoce de ellos, ha proveido el auto si• { ;.. .
l
.
guient.e:-" Méxfoo, Marzo 23 de 1865.-Autos citadas las part.ee, haciéndose al ejecutad.o
De M~~co para S. ~n~n Teotihuacan Lúnes, Miércoles y Mártest Juéves y Sá- la cítacion por los-periódicos. Lo próveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Pat1on.-Lic. M.
.
,
r•
1 ,, • ,,
Otumba.
~ Viernes, á las 6 de
bados, entre 8 y 4 Frías, Secretario.",
Y en cumplimiento de lo mandado, cito á D:Vicente Yaca por el present.e.
'
.
,,
Guarda.
' la mafiana .
.
de
la
tarde
.
.
· 1 "&gt;
.,
Aparo.
J
·
Héxico, Marzo 30 de 1865.-J. Reynoso., Escribano público.
226--Bs-4

l

#

.

''

JUZGADO ~? DE LQ CIVIL,

DE PACRUCA Y TULANCINGO,

El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cordero, se ha ,servido mandar se haga
Para. el primer punto Del primer punto totodos los dias, esdos los dia.s, escep- la presente convocatoria para que las persouaP que se crean con der~l'bo á los bienes de
México para S. Cristóbal.
cepto el Domingo,
to el Domingo, en- los int.estados de la Sri\. m Gertrudis Correa, y el del Ba,·billcr D. António Saos, se pre,
1
'
,,
Ozumbilla.
á las 6 de la malí. · tre 3 y 4 de la. tarde sent.en dentro de treinta ellas¡ aperéibidos de lo que baya lugar.
Mélico, 28 de Marzo de 1865.-Pedro Canel, Escribano público de la Nacion.
,,
Tiza.yuca.
Para el segundo pun- Del segundo punto,
2~3,im-2
-11
Pachuca.
to, L6.nes, MiércoMártes, Juéves y
les y Viérnes á las
Sábados, entre 3 y
o
rozGADO 2\l MENOR DE ESTA CORTE.-EMPEDRADIJ.LO NUM. 5.
6 de la. manana.
4 de la. tarde.
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pediinento del agente de negocios
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jurídico del cesiommo de D. Ignacio Trejo, por el pre,.
'1
DE' CUERHAVACA.
sente se le cita, para que dentro de ocho dias, por sí ó por apoderado instruido y espensa~e México para Tepepa.
{ Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y Sá- do, se nresent.e en este Juzgado á cont.e~tar l1t demanda que en juicio conciliatorio, sobre
pesos, ie promueve dicho Cevallos; apercibido que de no verificarlo,,se dará por intentado..
,,
Guarda..
u·
ál
d
bados, entre 3 y 4 el acto, y se espedi.rá al actor el certificado.
Huitzilac.
viernes, as 6 e
·1
la. mafiana..
de la. tarde.
México, Marzo 22 de 1865.
•
,,"
Ouernavaca.
El Juez 2'.' m~nor, Lic Unanru y Pavon.
219-S!i-5
DE PUEBLA A HUAMilTLA.

Dé

f

l

"

LINW.

Dlas y horas en que salen Dlas y horas en que entran
de,Puebla.
á Puebla.

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáDe idem para id'em. '
Viérnes á las 6 de
bados., entre 3 y 4
de la. tarde.
~ la. mafia.na.
DE GUANAJ"IJATO A LEON.
Mártes, Juéves·y Sá- Lúnes, Miércoles y
De idem para. idem.
bados,· á las,6 de la.
Viernes, entré 1 y
·
2 de la tardé.
~ mafiana.
México, Enero 'I' de 1865.

ANUNOIOS OFICIALES.
PBIDC"rtJBA POIJTICA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE DXICO.
SECCION DE JUSTICIA,

1

México, Abril 4 lle 1865.
ijl Prefecto de Otumba, en oficio de 29 de Marzo próximo paaad'o, dice á esta Prefectqra lo eiguient.e: .
, .
•
11
1
' Hace un año qne en los linderos de la hacienda de Tepexpan se encostró abandonádo
un to'ro colorado, sin qne hasta ah-ora se haya podido averiguar quién a,ea su d11eiío; suplico

JUZGADO DE LETRAS DE CUAUTITLAN.

C111v1tithin, Marzo 31 de 1865.
En auto de esta fecha ha sido declarado D. José Pico San ~fartin, en ostado de quia,.
bra, cuya época debe contarse desde el dia ocho dd corri1111te; salvo lo que despues uparezca; y han sido nombrados smdico admmistrador D. José Orozco, de esta.vecindad, y ju.dicial el Lic. D. Pjo Rivera.
Y en ·cumplimiento de lo dispuesto en el art. 794 del Código de Comercio, pongo el pr&amp;sent.e para conocimiento lle los interesad.os.
,
·
Lic. J. Egu!a Lis. Secretario.
229~2a-~
JUZGADO S'.' DEL RAMO CIVIL.
En los autos eje,cutivos qui\ sigue D. .J 11110 Thom11s contrn la t.e~tamentaría ile D!- Maria del CánnenParadinas, el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. 11. José Ma1ía Cordero, ha mandado en auto de esta fecha, que se proceda á 111 ven~ de la casa niím. 9 del callejon de
Curtidores, de esta ciudad, valuada por el perito t.er~e-ro én discordia en 7,-S:l6 pedos 30
centavos; señálando para las almonedas los dillB 18 y 28 del entrante Abril. y 1:1 de, Mayo
Biguient.e, á las doce, siendo la última con calidad. de remate.
Lo g_ue bago saber al público por medio de este anuncio, como está mi.ndl\do. ·
Ménce, Marzo 31 de 1865.-Manuel R&lt;nnero, Escribano público de la Nacion.
2-lO-Sa-e
, 1

IMPRENTA DE J. M: ANDRA'DE Y F. ESCALANTE,
'
,.
BAJ'('8 D.&amp; SAN AGUSTIN, :NUK,

l.

•

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              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753893&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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                <text>El Diario del Imperio, 1865, Tomo 1, No 79, Abril 5</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Banco de sal</name>
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                    <text>DEL

EL

·iMPERI od,

-DIARIO

MEXICO: Jueves 6 de Abril de 18-65.

TOMO l.

,r

1

NOM. 80. ·

Teniente de caballería id. D. Gregorio Acost.a. · '
Id.
id. de auxiliares, D. Inocente Crescencio Lujan.
Id. de infantería activa, D. Francisco Vega.
Id.
id.
permanente, D. Manuel Rosas.
, ..,
Id. de caballería
id.
D. José María Cortés.
Capitan graduado, Teniente de caballería permanent~, D. Guadalupe Rios.
·
Teniente de caballería permanente, D. Francisco Aguilar.
PARTE OFICIAL.
Alférez de caballería de auxiliares, D. Trinidad Saavedra.
Teniente graduado, Alférez de{caballería activa, D. Miguel Lima.
IIINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRAN~ROS.
Alférez de caballería de auxiliares, D. Cayetano Oropeza.
México, Abril 3 dé 1865.
Id.
id.
id.
D. Manuel·Trujillo.
Con el objeto de facilitar á los estranjeros su naturalizacion en. el Id.
id.
id.
D. José María Marvan.
Imperio, S.M. el Emperador ha tenidó' á bien ordenar, que en lo ~u- Id.
id.
permanente, D. Antonio Castaneira.
cesivo remitan sus solicitudes por conducto de la Prefectura politwa Id.
id.
id.
Dó José María Aguilar.
respectiva, que las acompañará con su informe. Los $ ~5. qoe i_mporId.
id.
id.
,D. Ignacio Carrillo.
ta una carta de naturaleza, se enterarán en la Admm1Strac10n de Id.
id.
id.
D. Manuel Salazar.
rentas del lugar en que exista el solicitante, dando esa oficina un reId.
id..
id.
D. Hipólito Oviedo.
cibo por los $ 20 del papel del sello primero, y otro por los $ 5 del Id.
id.
id.
D. ·Domingo Salazar.
gran sello; ambos recibos formarán parte del espediente que la PreSubteniente de infantería p_ermanente, D. Antonio Gomez.
fectura ha de remitir á este Ministerio.
,
Id.
id.
. id.
D. Luis María Rosas.
El Ministro de Ne_gocios Estranjeros,
Id.
id.
id.
D. Felipe Mendoza.
(Firmado)•RAMIREZ,
Alférez de caballería permanente, D. Francisco Arellano.
Es copia.
,
Id.
id.
id:
D. Ignacio' Ornelaa.
El Subsecretario de Negocios Estranjeros,
Subteniente de infanteria permanente, D. Antonio Granados.
(Firmado) Peo1ide Regil.
Id.
id.
id.
D. José María Devesa.
Alférez -de caballería permanente, D. Pedro Ole3:. · . .
Sr, Prefecto superior político de ...•
Teniente graduado, Subteniente de infanteria permanente, D. Enrique Fernandez de la Peza.
IIINISTERIO DE GUERRA.
Médico, 2~ clase, D. Mariano Valdés.
RxLAGION nommal de los despachos requisitados que se encuentran en el ar- Capitan 2? de Artillería, D. Eulogio Valle.
chivo de la Secretaría de la estinguida Subcomi,sion de clasificacion, por
México, Abril 5 de 1865. . . .
SUMARIO.

.

• PARTE OFICUL.-Orden para facilitar la naturalizaclon de estranjeros.-Relaolon de despachos m!Utáres no recogidos por los interesados.
PARTES DE LAS. PREFECTURAS.-De Tulanclngo, partlclpando nuevamente la sumlslon de Huauchlnango.-De Córdoba, participando varios acontecimientos; entre otros, el de haberse sometido el comandante Rlvas -De Zacatecas, participando no haber novedad.
DOCUMENTOS.- Introducclon de metales y acul!acion en la Casa de Moneda¡Ie México durante el mes
de Marso.-Acta del Ayuntamiento de México, de 'J4 de Febrero de 1865.
VARIEDADF.S.-.AgrictiUu,·a. Tratado sobre el malz.

-

no haber ocurrido á recogerlos los interesados 6 sus apoderados respecti-

El Subsecretario de la Guerra,

vos, y se les invita á que lo verifiquen.
Teniente Coronel de capallería de auxiliares, D. Vicente Moreno.
Com~ndante de Escuadron id. id., D. Napoleon del Rio.
.
Id.
id.
. id. id., D. Manuel Bonilla.
_. Id.
de Batallon, infant~ permanente, D. Felipe Rivera,
Id.
id.
id.
id.
D. Isidro Quiroga.
Id. • de Escuadron, caballerla, D. José Nava.
Capitan de infantería permanente D. Manuel Qarrillo.
Comandante de Escuadron graduado, Capitan de caballería permanente, D. José María Zepeda.
Capitan de infantería permanente, D. Remigio Castillo.
Comandante de Batallon graduado, Capitan de infantería permanente, D. Pedro López.
Capitan de caballería permanente, D. Agustín Peña.
Id. de infantería
id.
D. Ruperto Cisneros.
Id.
id.
id.
D. Pedro Arancibia.
Comandante de Escuadron graduado, Ce.pitan de caballería permanente, D. Nicolás Reyna.
Capitan de infantería activa, D. José Rocha.
Id. 2? de Zapadores, D. José María Leon.
Id. de infantería activa, D. Marcelino Guarneros.
Coronel graduado, Capitan de caballería activa, D. Francisco Mena.
Comandante de Escuadron graduado, Capitan de caballería activa,
D. José Maria Chavez.
Capitan de caballería de auxiliares, D. Abraham Ocampo.
Id. de infantería permanente, D. Antonio Becerra.
Teniente de caballería permanente, D. Albino Casillas.
Id. de infantería , id.
D. Manuel Peña.
Id. de caballería presidia!, D. Isidro García.
Id. de infantería permanente, D. Atilano Barragan.
Id.
id.
id.
D. Francisco Alvarez.
Id. de caballería activa, D. Jesus Soto.
Id. de infantería id. D. Gregorio Argüelles.
I

.

...

(Firmado) J. M. DURAN.

PARTES DE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
Prefectura politica del Distrito de Tu lar¡.cingo.-Marzo 2 de 1865.
Exmo. Sr.-Tengo 1~ honra de poner en el superior conocimien,tnde
V. E., para que se digne elevarlo al de S.M. el Emperador, que durante la última quincena del próximo pasado mes, no ha habido en
la demarcacion de mi mando cosa mas notable, que la sumision del
Distrito de Huauchinango al Gobiuno imperial, de que. dí conocimiento á V. E. en comunicacion de 19, bajo el núm. 118. Reina en
el Departamento, segun los partes recibidos, la mas perfecta tranquilidad.-Dios guarde á V. E. muchos años,-El general Prefecto
superior, Francisco G. Pavon.-Exmo. Sr. Ministro de Go~ernacion.
M,éxico.
\

Prefectura.politica de Córdoba.-Córdoba, Marzo 31 de 1865.Exmo. Sr.-Cumpliendo esta Prefectura con lo pr.evenido por supremas disposiciones, qu'e V. E. ha circulado por órden de S.M. E;l
Emperador, tien_e el honor de manifestarle: que la epidemia de viruelas, cuyo desarroUo había comenzado en varios ~ueblos de est_e
Distrito, ha disminuido notablemente, á consecuenc1_a de las medidas higiénicas que· se han dictado por el infrascri~o, siendo una de
ellas la propagacion de la vacuna, á cuyo,efecto dispuso. que el fa..
cultativo encargado del ramo en esta ciQdad, pasase á practicarla á los
puntos invadidos lo cual verificó con muy buenos resultados.-Respecto de sucesos 'notables, solo ha ocurrido. el de habe~ sido consignados al juzgado de 1~ instancia de esta mudad, tres mdí~enas del
pueblo de .A:matlan, llamados Felipe Romero, Benito Teodoro y Fe-

'

�322

DIARIO DEL IMPERIO.

Jipe Ramirez, á quienes denunció el Comisario municipal por perturbadores del 6rden público. El de haberse presentado á esta Prefectura el comandante de escuadron D. Luis Rivas, que pertenecía
á las fuerzas regulares que manda el general disidente D. Alejandro
Garcfa en Cosamaloapan, habiéndosele espedido salvoconducto por
haber hecho la protesta de sumision al Gobierno de S. M., espresando la resolucion que tiene formada de retirarse á vivir pacfficamente
en el seno de su familia; y el de haber llegado á las nueve de lamañana de ayer á esa ciudad, el I!lmo. Sr. Arzobispo de Morelia, Don
Clemente de J esus Mungufa, y salido hoy á las seis de la mañana
con direccion á Veracruz.-Dios guarde t-V. E. muchos años.-El
Prefecto político, José A. Nieto,
Prefectura superior política del Departamento de Zacatecas.Núm. 474.-Zacatecas, Marzo 27 de 1865.-Exmo. Sr.-Tengo la
honra de participar á V. E., para que se sirva ponerlo en conocimiento de S. M. Imperial, que en la semana que fina hoy, no ha
ocurrido..en el Departamento de mi cargo cosa alguna notable que
merezca la atencion del Supremo Gobierno, relativa á la policía de
seguridad.-I;&gt;ios guarde á V. E. muchos años:-El Prefecto superior político, José María Pereda.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.- México.
Son copias. México, Abril 5 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,

(Firm~do) FRANCISCO J. VILLALOBOS.

DOCUIIENTOS.
CASA DE MONEDA DE IIIEXICO.

.

)

lltado que ~ t a lu introduoai.ones 7 1&amp; acuiacion de plata 7 oro· hechas en es~ Casa
de Jrtoneda en el mes de :Marzo Último.

INTRODUCCION.
PLATA..

o:ao.

A 10 d.•20 g.•. . ..... 39. 257! 2. 5. A 21 quilates.. ...... .
A.na.•........... : 88.662.4. 1. A22id .............

51. 4. O. O.
491.2.1.

ya.i.or á 211quilates ... $

7.004. O. o.

,

._____

Su valor á 10~.• 20 g.• t 333.687. 2. 9.

•

Suma de valores ........ $ 340.691. 2. 9.
A~UN.ACION.

PLATA...

ORO.

Pesos. . . . . . . . . . . . . . . :}98.'009, OO. Onzas.... .... .. ~ ... . .. . 2 125
· ·
Pesetas... . . . . . . . . . . . 3.003, 25.
Déc\mOs, .. . ... . .. ·.. 1.002,. 60.
Vigésimos..-. .. : . . . . . . 1.068, 15.
Total valor.. ,.,, ,, .$ 403.075, OO. Su valor................ f 34.000.
.
--Total en marcos... .. .. 47.335m60. Eh roa.reos ........ , . . ... 2;49m52,
. ·
Suma de va.lores.,, ..... $ 437.074,
MéxicoJ Abril 2 de 1865.
El Interventor,

-----

(Firmado) Luis VARELA,

AYUNTAIIIE:NTO DE DXIOO.
En la ciudad de México, hoy viernes 24 de Febrero de 1865, se
reunieron en la Sala Capitular á la. una en punto de la tarde, para
celebrar Cabildo ordinario público, los Sres. Prefecto, Ortiz Cervante~, Velez, Cosfo, Gomez, Espinosa, Cervantes, Rascon, Berganzo,
Lab~tida, Mejía, Rul, Ibarrola, Re.yes, Labat é Hidalgo y Teran.
Se leyó y aprobó la acta del Cabildo público celebrado el dia 21
del actual.
'
Se dió cuenta con las comunicaciones siguientes:
De la Prefectura política, pidiendo informe acerca de la resolucipn del Ministerio de Gobernacion, fecha 7 de Noviembre próximo
pasado, en que previene que de los fondos de la contribucion de alojamient?s, se pague á las Sras. Garcia·Conde los perjuicios que se
les ocasionaron por la ocupacion de una casa de su propiedad.-A
la Comision de Hacienda. •
Otra de la misma Prefectura, pidiendo informe si por órden del
Prefecto Municipal 6 del Exmo. Ayuntamiento, se ha permitido establecer un Mercado en la plazuela de la Merced, inmediata al cuartel que ocupa la Guardia Municipal, y en cuyo lugar se han formado algunos puestos.-Se mandó pasar al señor regidor de Mercado11
para que lo c?nteste al señor Prefecto político.
•
, Dt, la referida Prefectura, comunicando la resolucion del Gobierno ·de S. M. el E~perador, para que la academia de música situada
en el edificio de Bethlemitas quede bajo la direccion del Exmo.
Ayuntamiento.-Se acordó que E.e conteste de enterado, nombrán. d_ose de Oomision para inspeccionar la academia, al Sr. regidor Cervantes.
_
De la Comision de cárceles, en que manifiesta que en la Nacional

se hallan doce muchachos que por su menor edad no es conveniente
e~tén en union de los presos co~unes; por lo, que pide que los referidos muchachos pasen á cumphr su condena al Tecpan de Santiago.
-A la Comision de Hacienda.
Se dió ·cuenta con los ocursos siguientes:
De D. Francisco Vergara, que pide se le venda la parte necesaria
de terreno para ubicar su casa que tiene en la plazuela de San Salvador el seco, con _la inmediata.-A la Comision de obras públicas.
De D~ Concepc1on· Perez, que pide ser e,i:aminada para obtener
titulo de profesora de primeras letras.-A la Comision de instruccion pública.
·
De D. Manuel Valderrama, en representacion de D. Leopoldo Rio
de_ la Loza, _que solicita le es~i~a la Secretaria del Exmo. Ayuntamiento certificado de los serv1C1os que prestó en los años de 1829 á
33, á la salubridad pública de esta capital.-A la Seéreta1ía para
que informe.
.
De D. Pablo Diaz, que pide se le pague hasta el dia el debido arrendamiento del potrero en que se arrojan las basuras, llamado de
Caclan y Zorrilla, de su propiedad, y que en lo de adelante no se
sigan tirando en él las basuras, y se quiten las que actualmente hay:
lo que si no fuere posible, se le pague en lo sucesivo el arrendamiento que fuere conveniente.-A la Comision de policía.
De los vecinos .de la calle del Puente de Balvanera, que piden se
mande hacer la limpia de la referida calle.-A la Comiston de obras.
De D. Jaime Puig, que pide media m~rced de agua en arrendamiento para la casa número 10 de la calle del Hospicio , de San Nicolás:-A la Comision de aguas.
·
De D. Cárlos G. Jimenez, que .pide se le reponga en su empleo
de 2? ayudante -de la cárcel Nacional.-A la Comision de cárceles.
De D. Ventura Barrera, que pide ser examinado para obtener título _de profesor de primeras letras.-A la Comision de ' instruccio:q
púbhca.
Se dió cuenta con lo,s siguientes dictámenes:
,
Uno del Sr. Velez en ]a solicitud de D. José Botello, que pidi6t
permiso para dar funciones enel teatro de Nuevo-Me~ico en la próxima cuaresma, que coucluye eq l~ siguiente p,roposicion: .
E d
N
Mé
A,,..,,
s e permitir.se al E.&gt;mpresario qel teatro de uevo- oo.co que dé •~
ciones dramáticas en los dias de la. :pr.óxima. cu11,resma, en los térm,in9s·q9e,
lo solicita, esceptuando los dias de la Semana Mayor.

Sin discusion fué aprobado.
Otro de la Comision de aguas, en solicitud del Sr. Castillo V.elazco, que pide se le apruebe por el Ayuntamiento la venta. hecha
al Sr. Orihuela de una -de las dos mercedes de agua que disfruta en
su casa baño sito en la Mariscala número 4;, haciendo, las· anotaciones respectivas y practicándose por la Fontanería las operacio'nes correspondientes.-El dictámen concluye en la proposicion siguiente: · •
1
p l
'd l C b'ld
d
, C
or Q espuesto p1 o a a I o man e pasar este espediente a la omi
sion de Hacienda, asociada. del Sr. Síndio~ 2? para que consulten lo oonve
niente.
Fué aprobada con dispensa de trámite~.
Se.dió segunda lectura y fué aprobado el dictámen relativo al negocio de D. José Silvestre Carrillo, que solicitó se le devolviera l~
plaza de gefe del Resguardo Diurno, y en que ·-proponía un nuevo
plan para la fuerza de policía, y cuyas proposiciones, en que termina dicho dictámen, son (como
sigue:
·,
¡
1~ Que se manifieste al Gobierno de S. M. que es indispensable un bueq
código de policía, sea que se establezca. el resguardo que propone el comandante Carrillo, ó sea que subsistan las comisarías.
2~ Que con solo el resguardo diurno no puede ser cubierto el servicio de
la capital; que es necesario poner á, los inspectores, subinspectores, y demas
funcionarios antiguos, y aumentar la fuerza de que se compone el citado resguardo.
·
,
3~ Que el comandante Carrillo es apto para el mando del resguardo diurno, y que lo ha desempe~ado bien en otras épocas.
Se di6 lectura á un informe de la Secretaría, en el negocio relativo á la pe.ticion de D. Joaquín Delgado, sobre .que se le restituya el
lote número 30 del ex-convento de Jesus Maria, el cual es del tenor
siguiente:
.
,.
En 12 de Abril del afio próximo pasado presentó D. Joaquin Delga.do á
esta Prefectura. municipal, un ocurso que contiene una peticion para que se
le restituya. la. posesion del lote núm. 30, del ex-convento de Jesus María., y
pidiendo igualmente que con el carácter de memoria, se remita á la Regencia del Imperio con el informe conveníente.
Se acordó que se conteste al juzgado conforme al tenor del ant~rior informe.
El señor comisionado de Mercados presentó un dictámen que concluye con las propósiciones siguientes:
1ª Los propietarios de las alacenas de los portales, pagarán directamente
desde 1? de Marzo próximo, el impuesto municipal qu~ asigna la ley, quedando los espresados propietarios en libertad para cobrarlos á las personas
á quienes arriendan e.sos locales.
2~ Se faculta fo la comision de Mercados para que establezca el cobro día·

DIARIO DEL IMPERIO.
rio de los puestos ambulantes, bajo la base de 6½ (seis y medio) centavos
diarios.
Puestas á discusion se acordó que vuelvan al Sr. Labat, para que
asociado con el señor síndico ~I!, consulten lo conveniente con los
datos que existen en la Secretaría.
Terminó la sesion á las dos de la tarde•.
No asistieron: con licencia el Sr. Payno; por un cuidado de familia,
los Sres. Pimentel y Galindo.
y sin aviso los Sres. Buck, Cañas, Villanueva, Rincon, Hope y
Parada. Por enfermedad el Sr. Barreiro.
Es copia. México, Abril 1? de 1865.
El oficial de Secretaría,

(Firmado) JosE A ÜRTIZ,

VARIEDADES.
TRATADO SOBRE EL MAIZ.
I.
D.ESORil'OION DEL GENERO.

Flores: machos y hembras que nacen en el mismo pié, pero en sitios se·
pl,lra.dos: las flores machos forman un ramillete ó panoja _en la parte supe·
rior del tallo, y tienen generalmente tres estambres e_ncerra~os en dos escam.illas: b1jo la panícula y en el ep.cuentro de las hoJas esta.u colocadas las
flores hembras, cuyo estigma, semejante á uno!¡ ~lamentos largos y ca.pilares se termina en una borla sedosa de color var10.
·
·
,hu.to: semilla lisa y redonda por la superficie, angular por el lado donde
está unida al eje. apretada y colocada en filas rectas sobre u11a grue.sa espiga
de una especie de sustancia medular llamada 4olote.
· Hojas: largas, alternas, apuntadas en 1os estremos, de un verde hermoso
mas ó menos oscuro, y algunas veces de un color morado, ásperas por 1a
orilla y con muchos nervios derechos y saliep.tes.
]J,aiz: capilar y fibrosa.
. . .
J¡?orte: tallo articulado, derecho, redondo en su 1WtreID1dad inferior y aplastándose háda. la cima, donde se halla guarnecido y comprimido por las vainas de 1~ hojas que se prolqngan.
_
.
Sitio: el maiz puede decirse que es una planta cosmopolita, Ruesto que
vegeta bien en climas opuestos y en aspectos diferen~,s. En Asia, Africa.,
Europa y América se cultiva en gran, cantidad, y es el artículo mas importante de la agricultura. de Mé,xico, donde suele darse silvestre ó mostrenco,
~mo le \la¡n.a.n, el cual da µna planta ruin, cuyo tallo tiene las hojas apip.aqas., y ciiyª8 flores. al;&gt;ortan ó dan un fruto qesprec~ble. Este maiz., cultiva·
do, adquiere mucha frondosidad mejorándose con el cultiv9, pero ea muy
p:topenso á, degenar si se descuida.. Rozier dice que no crece espontánea.mente eh parte alguna, pero nosotros lo hemos visto: el Sr.~de la Rosa habla de
él en su Memoria sobre el cultivo del maíz en México. Parece, aunque no
está absolutamente comprobado, que es origina.tío de la América. En algunos d~ los Departamentos de la República se da con tal profusion que acu~
de algunas veces hasta quinientos por uno.
Segun ~l Sr. La Rosa, lo que han considerado los botánicos como espe·
oies no son mas que variedades, de las que ha.y muchas en la l{epública, conocidas bajo diversos nombres, segun los distintos Departamentos; pero las
mas gen~ralmente conocidas son las siguientes:
Jr[aiz ile espÍg&lt;!,$ ramosas, el cua} no es otra cosa que el maiz comun sem·
hrado en .~rrenos estrema.damente ~bundantes en mantillo y muy exhube1a.nte en su vegetaoion, que produoo espigas ramosas. Pero este maíz inas
bien es una rareza que una variedad.
El maíz blanco, que rinde mucha harina, de sabor dulce, y se cosecha con
'ilbu!ldancia. en los Departamentos del interior, particularmente en el de J alisco, y se cultiva de secano en muchos de ellos.
lrfaiz jf,pr de harina, que es una variedad de ma.iz blanco, de grano grueso
y hendjdo por el medio, muy semejante al ma.iz fofo.
Maíz manchado 6 cuinesco, conocido vulgarmente con el nombre de pinto,
cuyo grano varia de color aunque provenga de granos rojos, amarillos ó
blancos, y casi nunca es todo de un color. Se cosecha abundantemente en
Jalisco, donde generalmente es azul y acude mucho.
.
lrfaiz piedra de fusil, variedad que da mazorcas de ocho filas de granos
blancos ó amarillos, pero comunmente amarillos, duros, trasparentes y brillantes como pedernal, de donde ha tomado su nombre. Esta variedad la
he visto cultivar en Oajaca.
,
Se cultivan o~ras variedades parecidas á esta por su dureza, brillo y tras·
pa.rencia..
Maiz amarillo grande y pequefio, que forma dos variedades que se cultivan en el -Mediodía. El maiz amarillo pequeño requiere mejores terrenos,
se da en tallos mas bajos, pero pesa mas que el grande.
Maíz de gallinas 6 de palomas, variedad precoz que, aunque poco, se cultiva en algunos puntos del Mediodía, de granos pequefiitos, muy á propósito para la cri.a de las aves domé.sticas.
Maíz tremés que es al que llaman en España, segun Rozier, cuarenteno;
variedad que se cosecha de secano en mayor cantidad que todas las otras en
la República.
.Maiz tardio ó maíz de riego, que es la variedad mas fecunda y vigorosa
que se conoce y mas generalmente cultivada en Durango, Zacatecas, San
Luis Potosí, Querétaro y alrededores de México. Produce en los primeros
de estos departamentos, cuando la estacion ha sido favorable y bueno el cultivo, hasta 500 por l.
II.
VEGBTARION DEL M'AIZ.
El maiz es una pla~ta anual, puesto quP, en m~nos de un aijo germina, nace, se desarrolla, fructifica y muere. Su vegetac1on es mas ó menos prolon-

323

gada, segun la variedad de la semilla y las circunstancias meteorológicas á
que está sujeta. El mayor tiempo de su duracion desde que germina hasta
que se cosecha es de siete meses, y el menor de cuarenta di:i~.
Esta planta tiene cinco periodos notables, y son: 1? desde el tiempo de la
germinacion hasta que brotan de su tallo cuatro hojas laterales y se desarrollan. 2? Hasta que se hacen notar los dos aparatos floreales, la espiga y la
mazorca envuelta. todavía en las hojas. 3? Desde que dichos aparatos se descubren hasta el completo desarrollo de las flores. 4? El tiempo en que la
fecundacion se efectúa. Y 5? la madurez del grano.
La semilla del maíz precavida. de la humedad, el calor y los insectos, se
conserva por muchos afios en estado de germinar. Sin embargo, bueno es
elegir para la siembra semilla nueva; pero en igualdad de circunstancias con
respecto á la calidad, prescindiendo del tiempo que llevan de cortadas, la
mas nueva acudirá mas que la vieja.
Para la eleccion del grano debe a.tenderse particularmente al clima, escogiendo la mas adecuada., que es en lo que estriba. la hacienda del agricultor;
teniendo siempre cuidado, de que la variedad que se siembre no se mezcle
con otra para que no degenere, pues el pólen ó polvillo seminal llevado por
el viento, se comunica de unas plantas á otras:
En el primer período de la vegetacion, la planta está muy tierna y quebradiza. En el segundo se eleva hasta un tercio de su altura y ~e robustece
,y vigoriza., y es cuando mas notablemente se desarrollan las ra1ces que bro-.
tan de los nudos próximos al cuello.
. .
El tercer periodo, que es el de la florescencia, es muy notable: en él aparecen los aparatos floreales, se descubre la espiga y a.parece la mazorca todavía tierna ó en leche ( á la cual en tal estado llaman jilote, y dicen que la
planta comienza á jilotear), la cual se descubre solo por los estilos blancos,
dorados ó rojos. La espiga ó panoja crece antes que los estilos de las mazorcas salgan de las hojas que los cubren si la estacion no ha sido favorable
para la planta, ya sea por fu.Ita de cultivo ó por esterilidad.
El cuarto período es el mas crítico: casi puede decirse que es el que asegura ó destruye las esperanzas del l~brador; en este período se verifica la
fecundacio~: las flores se han perfeccionado y ha llegado el momento e~ que
las antera~, arrojen el pólen y los ovarios de la mazorca se fecunden s1 los
estilos están descubiertos. Si el holote se halla cubierto, no puede haber fe.
cundacion y la planta no fi:uctifica; lo que tambien acarrean los fuertes vien~os, las lluvias, el granizo y los estremados cal~res. Los prim~ros por ~a,.
cer abortar las flores, y el calor porque las deseca. En este peligroso penodo es cuando mas necesita. el maiz de una atmósfera templada y una tibia
humedad. Inmediatamente que se ha verificado la fecundacion, el holote que
estaba unido al tallo, se separa, quedando pendiénte solo por su base.
Despues de la fecundacion la e.spiga se marchita, y los estil~s ant:s tan
sedosos, desecados aho¡;a. por 1os ardores del sol, se ennegrecen y pierden
su flexibilidad.
,
'El quinto período es el de la mad1,1rez: en. éÍ ya no a.dmit~. desarrollo
planta, pues todo el jugo se di.rige á perfeccionar el _grano, y modificad9 ~u¡.inicamente se convierte en u~ materia parecid~ á la ,ech,e que form~ la s~stancia. harinosa del grano. Entonces pierde lá ca:ñ.a su dulzura; pero si ~o
fructifica la conserva. hasta que se seca.
Despues de la fecundacion se acostJ:Imb..ra decspuntar las cafi@. par.a forrajes y para acelerar la madurez de.]. gr_an9.
,
A medida que el grand se endur.e.ce Ios jilote$ se ennegrecen y las mazorcas se inclinan; las cañ.as y las hojas pierden su color, su flexibilidad, se ponen amarillas y se secap. al parecer, pero interiormente conservan un jugo
que se evapora al soi ~uy lentamente: vienen los hielos, desorganizan las
plantas y acaban de perfeccionar la madurez del fruto, que no sazona bien
sino cuando ha sufrido la accion del hielo.
'

1,

IIJ~
0¡,IM.A,

TERRl!NO Y ABONOS.

El mai2 teme el frio y ama el calor; el clima que mas le conviene .es. ,en
el que reina una cálida 6 tibia humedad. Cuando el cl~?Dª es frio se pierde
la cosecha por los a.ntic\pados 4ielos del otofio, como su~de en los Deppr'·
tamentos del Norte. Necesita bastante humedad, pero que no sea estre.mada ni constante, porque tatito esta como la resequedad le perjudican notablemente.
En los terrenos d~m-ª:_Sia.do fér_tiles y mtsta.nciosos g!!,.e acopian grand~
cantidades de materias calcáre/lS y resto~ orgánicos, la cosecha se va en vicio, desarrollándose mucho las cafias, pero dando pocas mazorcas. La tierra
en que predominen la arena y la a:i:cilla sobre la C,'l,Iiza, y tenga la cantidad
de humus conveniente, es la mejor á nuestro juicio par(\ el cultivo de esta
planta.
'
.
.
El maiz es una de las plantas _gastadoras y muy exigente, por cuyo m,.o·
tivo se hace preciso alternarla. con otra que no le sea análoga, para no esquilmar las tierras, que deben abonarse con estiércol ó restos orgánicos bien
podridos, cuyos abonos deben darse en las labores d~ invierno.
En los climas muy cálidos, requiere esta planta mucha agua y aun pur,de
encharcarse. En los climas templados tambien se siembra de regadío, pero
en los frios yo nunca la he visto regar, aunque el Sr. La Rosa dice que se
riega.
IV.
ÜONTRA.TmMPOS Y ENFEIWJlDADES,

Los recios vientos son uno de los contratiempos que sufre el maíz, el cual
se mira destrozad.o y encamado por ellos cuando no está bien amurillado.
El granizo asimismo le perjudica desgarrando sus hojas y privándole de la
gran cantidad de abonos atmosféricos que estas les suroinist~an, aunqu? no
causen mal al holote, que resguardado con su cubierta de hojas no resiente
directamente los estragos de este.
.,
.
,
Las abundantes lluvias le hacen mucho daño, pomendolo amarillo y lauguido; y si vienen acompafiadas de niepla.s le causari- una enfermedad llamada hidropesía, la que pÓne de.sa.brida. y pálida la ca:ñ.a., y hace arrojar muchos
tallos á la planta, que da muy pocos frutos,
La raquitis es otra de las enfermedades que la atae&amp;n, originada de lama·

�324

Dú\.RIO DEL IMPERIO.

la calidad de la simiente, 6 de haber tenido nna humedad fria atmosférica
continua, 6 por la esterilidad de las tierras.
El carbon es una enfermedad que aparece en forma de escrescencia vegetal carbonosa, en las espigas de las plantas, la cual hace abortar las flores y
no es otra. cosa que la estravasacion de ]a sávia que refluye á los puntos irritados pot las picaduras de los insectos y desarrolla.dos por la humedad.
El hongo es una enfe1·medad muy comun en esta planta: es una especie de
planta parásita cuyo polvillo seminal se pega en los taJlos'del maiz, y especialmente en la mazorca, donde se forma y desarrolla. Este hongo parásito,
de un azul sucio muy oscuro, casi negro, pulverulento y esp')njoso, se conoce en el país con los nombres de cuervo ó cuiatlacoche, el que comen los gañanes, con cebolla y tortillas, las que doblan en forma de quesadillas,,poniéndolas al fuego. Esta enfermedad causa mucho daño, disminuyendo considerablemente el número de granos.
El g1'illo talpa devora las raices, la nitídula atrata causamucho daño, y la
plialama forticalis se posa en el maiz para poner sus huevos, y taladra la
planta, carcomiéndola en seguida interiormente. Pero el mas temible de todos los insectos, enemigos del maiz, es el gusano t-ui·co, que no abandona las
raices una vez apoderado de ellas, hasta· haberlas devorado completamente.
. (Concluir~.)

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S,e supli~a á los_suscritores d~ los Departament?s que no han pagado todavia el pnmer tnmestre del ano actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.
JUZGADO 2° DE LO CIVIL.

No habiendo tenido verificatívo, por ocupac!on del Sr. Juez 2? de lo civil, la almoneda
que con calidad de remate se citó para el dia 31 del mes pasad.o, de !~casa núm. 1 del
CAPITAL.
cllllrjon de la Santa Veractuz, valuad11 por los peritos D. Manuel Gargollo y Parra y D.
Juan Cardona en 5.621 ps. 25 cs., el mismo Sr. Juez ha señalad.o el dia 22 del corrient.e,
á las doce, para que tenga lugar dicha almoneda.
LLEGA CORRESPONDENCIA:
Las personas que qui,mm hacer postura, pueden ocurrir, á la secretaría del mismojUJl•
235-3a-l
J uEvEs.-De Te;¡:coéo, A:yotla, San Martín Texmelucan, Tlaxcala, Puebla, gad.o.-Mé1ico, Abril 4 de 1865.-Pedro Canel, Escribano público.

ENTRADA Y SALIDA DE CORREOS EN L-A AnMINISTRACION GENERAL DE ES'fA.

.

Orizava, Córdoba, Verncruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Tenancingo, lxtlahuaca, San Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Maravatío, Mo.JUZGADO 4? DE LO CIVIL.
relia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Eca.tepec, Pachuca, Tulancingo,
el intestsdo de D~ María de laA~uocion Perez Hermoaillo, ante el Sr. Jue1
Teotihuacan,'Otumba, Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, Soya- 3~Denunciado
de lo civil, Lic. D. José liaría Cordero, se ha nombrad.o defensor al Lic. D. FraucÜ&gt;co
niquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, Guanajuato, Lagos, Incl'l-n, y depositario de los bienes á D. José Epigmenio Veliisco, y mandado se llame por
Aguascalicntes, Guadalajara, Zacatecas, Durango, Tula, Tlalpam, Cuernavaca. los periódicos á las personas que se c~ean con derecho á dichos bienes, á fin de que se preBE DESPACHA . CORRESPONDENCIA
HASTA LAS

9 DE LA NOCHE.

JuEVEs.-Para Texcoco, iyotla, San Martín Texmelucan, Tlaxcala, Puebla, Orizava, Córdoba., Veracruz, Tacubaya., Lerma, Toluca, lxtlahuaca, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Ma.ravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Eé.atepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuaca.n,
Otumb:;t, Apam, Tlalpam, Cuernava-0a, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del
Rio,.Tula, Ixmiquilpan, Soyaniquilpan, Polo,titlan, San Juan del Rio, Querétaro, Guanajuato, Lagos, Aguascalientes, Guadaiajara, Za.ca.tecas, Dura.ngo.
•

. ,.
r •

f

ANUNCIOS OFICIALES.

PBEFECTUBA POLlTICA DEL DEPARTAMENTO D~

Sll:CCION

VALLE DE JIEXICO.

DE JUSTICIA.

México, Abril 4 de 1865.
El Prefecto de Otumba, en oficio de 29 de Marzo próximo pasado, dice á esta Prefec
tura lo siguiente:
•
"Hace un año que en los linderos de la hacienda do Tepexpan se encontró abandonado
un toro colorado, sin que hasta ahora se haya podido averiguar quién sea su dueño; suplico
á V. S. por lo mismo se anuncie en el Diario del Imperio, y en el caso de que no aparezca
su dueño, tenga á bien resolver sea vendido, invirtiendo su valor en la escuela de Otumba,
que estoy construyendo."
Y por disposicion del Sr. Prefecto político tengo el honor de trascribirlo á vdos., suplicándoles que se sirvan insertarlo en el periódico oficial, parn que llegad.o al conocimiento
del público, pueda saberse quién es el dueño del animal de que a&amp; trata.
El Secretario general de la Prefectura, Aleja·11dro V'tllaseñor.

ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
AVISO,

La almoneda anunciada por esta oficina para el dia 10 del actual, á fin de que en ella
tenga lugar el remate de una casa situada en la calzada de la Verónica que va de la iglesia de S. Cosme á la Garits del Calvario, embargada á D. Juan Tamborrel para·cubrir un
adeudo de que es responsable á la Hacienda pública, se verificará en el despacho de esta
p_ropia Administracion á las dos de la tarde de dicho dia; debiendo las personas que quiSieren hacer postura á la espresada finca, presentarlas con la debida anticipac1on, acompañadas de los correspondientes papeles de abono, para que puedan hacerse oportunamente los res¡&gt;ectifos reconocimientos de las firmas.
Adnliníatracion principal de rentas. Mé1ico, Abril 3 de 1865.
El Administrador principal, Ignacio de la Barrera.

senten en el Juzgado á dednüllo, dentro de dos meses, contados desde la fecha, con apercibimiento á los que no lo hicieren, de que les parará el perjuicio á que hubiere lugar eu
derecho. ,
México, Marzo 22 de 1865.-El Escribano público, Antonio Campo, de la Vega.
236-3s:-1
1

REIIATE roDICIAL AL DJ'OR POSTOR.
No habiendo tenido verificativo el remai;e que de la hacienda de San Joaé Cuautla ae
hizo por par.to de D~ Concepcion Diaz de Blanco, mujer legítima del fallido D. Leoneio
Blanco, por no haberse cumplido por dicha señora con niuguua de las condiciones del eepresado remate, el Sr. Juez 3? de Jo civil de esta Corte, que conoce de los autós del concuno formado á biénes del espresado Blanco, se ha servido mandar se saque de nuevo á
remat.e público la referida finca de San José Cuautla, sita enjurisdiccionde Tetecala; de
hiendo verificarse las almonedas los dias 19 y 29 del corrieni;e Abril, y 9 del entrante Mayo, á las doce, siendo esta última con calidad de remate.
Lo que hago saber al público, cumpliendo con lo mandado por el Sr. Juez, pudiendo
ocuMir al oficio del que suscribe á tomar las instruccio:es necesarias la persona que ae
interese en la finca.
México, Abril 5 de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
237-3a-l
CITACION roDIOIAL.

A pedimento de D. Miguel Abelleyra, apoderado de. D. Miguel Sanchez Roiz, tengo
mandado que se cite por los periódicos á D. Antonio Montoya, cuyo paradero se ignora,
para que ocurra á est.e Juzgado dentro de treinta dias, á contestsr en conciliacion la demanda que sobre pesos le tiene puesta el Sr. Abelleyro¡ apercibido ai. no comparece, de
que se dará por intentada la conciliacion. •
Jilotepec, Marzo 14 de 1865.-José Anastasio Rego.
238-3s-1
CONVOCATORIA.

El Sr. Juez 5? de le civil, Lic. D. Jorge Perea, que lo es de los autos del intestado de
D. Crescenciano Celin, ha mandado por el proveido el dos del que cursa, que se convoque á las personas que se crean con derecho á los bienes, á fin de que en el término de
treinta dias se presenten al Juzgado, si~ el Palacio de Justicia, á deducirlo; apercibidaa
si no lo vcrfican de darse por desistidas.
Y en cumplim1ento de lo mandado pongo el presente en México á 4 de Marzo de 1865.
-José Raz Guzman, Escribano público.
231- 3s-3
.JUZGADO 2? DE LO CIVIL

En los autos que ~i~e D. Antonio Barquín contra D. Vicente Vaca, sobre pesps, el SrJuez 2? de lo civi.1, Lic. D. Manuel Pavon, que conoce de ellos, ha proveido el auto siguiente:-" Méx.i1Jo, Marzo 23 de 1865.-Autos citadas las parles, haciéndose al ejecut-ado
la citacion por los periódicos. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Pat,o-n.-Lic. M.
Frías, Secretario."
Y en cumplimiento de lo mandado, cito á D. Vicente Vaca por el presente.
México, Marzo 30 de 1865.-J. Rey11oso, Escribano público.
226-Bs-5 .
JUZGADO S? DE LO CIVIL.
ALMONEDAS.

ANUNCJ:OS.

En los a11tospromovidos por D. Sebastian Lápez, contra D. Antonio Carbajal, sobre pesos, el Sr. Juez, Li,;. D. José María Cordero, ha mandado por el proveido en 30 deJ qúe
finaliza, que se proceda á la v~nta de la casa núm. 8 de la 1~ calle de Santo Domingo,
avaluada por el perito D. Jose aL~varez de la Cuadra, en 1~ suma de $_37: 118 54 cs.,
señalando p~ra las al'!1o.nedas los d~as 8 y 20 del entrant.e Abnl, y 1? del s1gu1ente Mayo,
á las doce, siendo la última con calidad de remate.
Y para que las posturas se puedan hacer con vista de las cons~ncjas de autos, estas ae
E~ .Diario ~el lmP,erio se publica~á en lo sucesivo ~os los dias á las doce, menos los
manifestarán á los intaresados en el propio Ju_zgado ~? de su, r~d1cac1on.
dommgos y dias festivos en que caten cerradas 1118 oficinas del Gobierno.
México, Marzo 31 de 1865.-Urbano Mor11li, Escribano publico.
228--811-2
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustin.
El precio de la suscricion será:

AVISO.

En la Capital, por un mes ...... , ..... ,, ........ $ 1 50
Id.
id. por tres meses ........•........... 3 00
En los Departamentos, por tres meses, franco de
porte ...•....•.....•....... ... ....•.... .. •. 3 75

IMPRF¡NTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
.
, BAJ~8 DE SAN A01JSTrN1 NUK, l.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>J

EL

DEL .

DIARIO
MEXIOO: Vierne~

TOMO l.

SUMARIO.
pARTE OPICIAL.-Decrelo otorgando al Sr. Bine! una promesa de concealon de un ferrocirrll entre Mé•
x!co y Cuautltlan.-Olansulas acordadas sobre esto entre el Ministro de Fomento y el Sr. Blnel-Av!50 del
Mlnlsterlo' de Negocios Eatranjeros sobre despacho de sus negoclos.-Acuerdo Imperial sobre dotac1on del
fondo mumclpal de Méxlco.-8ollcitud de propiedad literaria y conceslon del Goblerno.-Orden de la Prefectura para los dlas de Semana Santa.
kNOTICIAS DIPLOMATICAB.-Varlas relativas~ felicitaciones ~das al Emperador de ~6x!co.
PART.ES DE LAS PREFEOTURAS.-De Tulanolngo1 sobre amnlst,a concedida a varios disldentes.-De
Jalapa y Pacbuca, sobre tranquilidad públlca.-De Oa¡aca, sobre reparto de dinero enviado por el Gobierno
para los pobres de aquella ciudad.
NOTICIAS DE MICHOACAN.-Documentos Interesantes.
VARI.EDADES.-.d.gricultura. Concluye el tratado sobre el ¡nalz.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO,

EMPERADOR DE MEXICO:

~

Considerando que todo trabajo de utilidad pública debe ser impulsado por el Gobierno:
.
. .
Considerando que el .desarrollo de las v1as férreas debe contribuir
muy particularmente al aume!lto
la riq~eza pública;
.
Vista la demanda de D. Luis Bmel y el mforme de Nuestro M1nistro de Fomento,
OTORGAMOS á D. Luis Binel una promt&gt;sa de concesion de un cal
mino de fierro que salga de México Y pase por San Cosme, Popot a,
Tacuba, Tlalnepantla , :J termine en Cul:\utitlan.
.
Esta promesa es válrda por tres meses, durante los cuales D. I:.:!"18
Binel se compromete á presentar al Gobierno:
1? Los planos, perfiles, nivelacion y presupuesto para el tramo de
la via férrea y de las estaciones destinados á su servicio.
2? Los fondos necesarios para la construccion de dicho camino de
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fierro Ysus dependencias, Y e ma ena necesario su esp O ~mon.
Si los proyectos de que se trata fueren aceptados, Y el Gobierno
encuentra en los Estatutos de la Sociedad y su administracion las garantías necesarias, otorgará la concesion de dicho camino de fierro,
con arreglo á las cláusulas acordadas entre Nuestro Ministro Fornento y D. Luis Binel.
Dado en el Palacio de México, á 3 de Abril ·de 1865.
(Firmado) MAXIMILIA.NO.
Al Ministro de Fomento.

?e

Por el Emperador,
El Ministro de Fomento,

(Firmado) Lui.s Robles.

f'

OLAUSULAS A0ORDADAS .&amp;NTRE EL Eu.rn. SR. MINISTRO DE FoMENTO Y D. Llrrs BrNEL, A QUE SE REFIERE EL ANTERIOR DB0RETO DE FE0IIA 8 DEL PRESENTE MES DB
ADRIL.

Los infrascritos, Ministro de Estado, salvo la ratificacion de S. M. el
Emperador,
,,,..
POR UNA PARTE.

y D. Luis Binel
POR LA OTRA,

Hemos convenido en lo que sigue:
Se otorga á D. Luis Bine! una concesion por 99 años, de un camino de
fierro de doble via, que salga de México y termine en Cuautitlan, pasa:-:do
por San Cosme, Popotla, Tacuba y Tlalnepantla, segun los planos, nivelaciones
y trazos que Nos presentará
dentro de tres meses para su a.proba•
1
ClOn.

Los puntos de partida y de llegada, y las estaciones por establecer en el
camino se designarán de comun acuerdo con las autoridades competentes.
EL,Estado se obliga á ceder gratuitamente á la Comyañía los terrenos que
atraviese la línea, que le pertenezcan, así como los que deban ser ocupados
por las estaciones y que sean igualmente de su propiedad; en cuanto á los
terrenos propios de Municipalidades, el Gobierno, por el interes público,
hará uso de su influencia para lograr que los propietarios hagan de ellos
abandono gratuito ó á poco precio.
En fin, en cuanto á las propiedades privadas, serán espropiadas por cau!la
de utilidad pública, conforme á la ley, tomando por base el valor que nctualmente representan á juicio de peritos; ó será basado sobre los precios fi.
jados por los propietarios, en el concepto de que en este caso el precio que
fijen servirá ulteriormente de mínimun para el cobro de todo impu~to, so·
bre toda la estension de su respe:itiva propiedad.

7 de Abril de 1865.

8

NUI. 81.

Todo el material de construccion y esplotacion, de orígen estranjero, gozará, durante la construccion, de.las franquicias de derechos de aduanas, alcabalas ú otras.
La tarifa para los pasajeros y las mercancías, se arreglarán de cómun
aeuerdo entre el Estado y la Direccion de la Compa.fiia.
La Compañía podrá percibir en los embarcaderos y estaciones, Ufü derecho de almacenaje por las mercancías que no ñ{eren recogidas dentro d~
veinticuatro horas.
Los militares en servicio no pagarán uias que mitad por plaza.
El trasporte de las cartas y pliegos del correo, se hará gratuito,\así como
el de los empleados encargados de este servicio.
"
La Compañia deberá poner á disposicion del Gobierno, siempre que sean
legalmente pedidos, y á precios convenidos, trenes especiales para trasporte
de tropas y material de guerra; en trenes comunes estos trasportes se harán
á la mitad del precio de tarifa.
Una de !as dos vias deberá estar construida y puesta en circulacion, en el
término de dos años, contados desde la fecha en que se firme la presente
convencion, ámenos en caso de fuerza mayor, debidamente comprobada.
En caso de falta de ejecucion en el término fijado, la parte construida será cedida al Estado y la caducidad será completa.
Despues de la espiracion de los 99 años, la via vendrá á ser propiedad
del Estado, y la Compañía podrá ceder al Gobierno, segun los avalúos de
peritos, el material de esplotacion. (Véanse las concesiones ·francesas, así
como para la cesion durante el tiempo de la concesion.)
La Compallía se compromete á ejecutltrpuntualme.ntelas cláusulas ycondiciones de las actas que le serán ulteriormente impuestas y que encierrei;i
las obligaciones semejantes á las generalmente previstas en las convenciones
francesas.
Si en el término de un año, contado desde la fecha de la presente convencion, la Compañía presenta al Gobierno los planos, trazos y presupuestos
para la prolo.ngacion de la línea hasta Arroyozarco, y el camino, en proyecto, del "Bajío," e1 Gobierno se obliga, si no se le presentaren otros proyectos mas ventajosos y mejor estudiados, á dará la citada Compañia la concesion sobre este nuevo tramo, con arreglo á cláusulas y condiciones que
entonces se debatan, y todo con relacion á lo que es debido en su actual iniciativa.-El Ministro de Fomento, li!tis Robles Pez1tela.-L. Binel.
Es copia. México, Abril 3 de 1865.
El Subsecretario de Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.

ENISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
México, Abril 6 de 1865.

El Exmo. Sr. Ministro de Negocios Estranjeros, ha comunicado á
la Secretaria la siguiente 6rden:
"Para la espedicion de pasaportes, cartas de naturaleza, certificados de matricula, legalizaciones de firmas, y para el registro de despachos, títulos y diplomas, presentarán los interesados sus documentos en este Ministerio todas las mañanas, de las nueve á las once, sin
que á otra hora se admitan. Estos asuntos quedarán despachados en
lo restante del dia, y los interesados podrán ocurrir el siguiente, á
las mismas horas. Nadie podrá aguardar en las secciones el despacho
de sus negocios, ni entrar en ellas á visitar á los empleados.
No se espedirá ningun documento sino previo el pago de los derechos que cause, 6 de la multa ·en que hubiere incurrido el interesado."
Y lo pongo en conocimiento del público para los fines consiguientes.

_____

El Subsecretario de Negocios Estranjeros,

(Firmado)
,... ALONSO L. PEON DE REGIL,

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION I ~

México, Abril 3 de 1865.

S. M. el Emperador, con fecha 28 del mes anterior, tuvo á bien
acordar lo si11uiente:-Se reforma el articulo 44 del decreto de 25 de
Setiembre d~ 1853 sobre dotacion del fonda municipal de México,
en los términos sig~ientes:-Art. 44. Se impone á los carros de trasporte, espresos en este artículo, la contribucion que en seguida se

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detalla.-Los de dos .ruedas pagarán cincuenta centavos. Los deeuatro_ un peso, en caso de Vijnir tirados por cuatro ó menos caballerías,
y s_ier.¡do mayor el número de estas, un peso cincuenta centavos. Este 1mpuesto será satisfecho en la garita respectiva cada vez que entren l?s ca~-r?s, aun cuando vengan :vacíos.-No s~ comprenden en
esta d1aposw1on los carros que conduzcan, para el conslj.mo de la ciudad, comestibles, carbon, piedra, cal, arena, ladrillo ó teja, ni los -que
por lflyes vigeutes tengan exendioner¡ temporales ó perpetuas sobre
pago de impuestos directos.-Y lo comunico á V. S. para su conomiento y fines consiguientes,-:-El Mi~istro de Gobernacion, Cortés y
Espa,r za.-Sr. Prefecto superior político del Departamento del Valle dé Méxi~o.

Pr~fectura al _Comandante D_. Pedro List, al Capitan D. Miguel Cabanas, al Temente D. Agustm Blanco, al pbteniente D. Francisco
Escobedo, al de ig~al clase D. Manuel Becell y al soldado Vicente
Segura, del de~ominado Batallon Llave; quienes se dirigen á Córdoba, prqcedentes de Papantla, en donde dejan apenas cuarenta hombres d~l cuerpo, sin oficialidad, y presumen que á esta hora se habrán de~organizado. Aseguran que del ,Batallot1 de Túxpan dejaron
en el mismo !ap~ntla como sesenta hombres, quienes· por falta de
recursos se ~¡semmaban por los_ puntos inmediatos. · Que la única
f~erza orgamzada y armada consiste en dos ?ompañfas de guardia na~1on~l.-~o que tengo la honra de participará V. E. para la debida
1~pehgencia de S. M., r~novándole mis 1·espetos y distinguido apremo.-El Prefecto politwo, Juan Lavalle.-Exmo. Sr. Ministro de
Gobernacion.-México.
·

• Segunda clase.-Sello tercero.-Cuatro reales.-Para el bienio de
mil ochocientos sesenta y cuatrn y mil ochocientos •sesenta y cinco.
-Exm'o. Sr.-Los q1w suscriben, tienen el honor de decir á V. E.
Prefectura Política del Distrito de Jalapa.-Jalapa, 1~· de Abril
que habie~do ~olicitado y obtenido_ la_ alt~ P:·oteccion de S.M. I. pa- de 1866.-Exmo. Sr.-Tengo el honor de poner en éonocimiento de
rala pµblicac1on de una obra patnót1ca, 10t1tulada '' Galería de los V E que en la última serna a .:i-1
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él b. ,,
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áV E
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n ~ mes que conc1uyó ayer, se ha
M x1can 0 s c e res, sup ioan . •. . se sirva asegurar_1es 1a propte- conservado inalterable la tranquilidad ública en las oblaciones
dad ~e e~ta obra, segun las leyes vigentes para los ed1tores.-Esta -que comprende este Distrito.-Dios uaf.de á V E m p
-· ...
pu blicac10n se hará por entregas, y cada una contendrá el ret rato en El Prefecto politico J. M. M .
E · · Sucl~~
pié, litografiado en París, de un personaje ilustre,• y su biografia.- Gobern"'aci·on _ 11,ré '. · • orn Y aza.- xzpo. r. imstro e ·
.
. . representará á
• .iµ x\co.
·La primera,
como hemos obtem.d o 1a autonz1tc1on,
____
,.,
S. M. I., ! la_ segunda, la de nuestra augusta Soberana; continuando
·," r.
esta pubh~ae1on d~sde la primera época de la independencia hasta
Prefectura política del Distrito de Pachuca.-N¿m. 73.-P~cbupuestros d11,1,s.-Q~edamos de V. E. sus atentos servidores.-L. Na- ca, Abril 2 de 1866.-Exmo. Sr.-Las novedades-ocurridas en los
daud y C.ª -México, Marzo 23 de 1866.
primeros dias de la..setnana que concluyó ayer:, an especificadas en
. .
.
.
.
.
.
e~ parte general de cada quincena que hoy remito, agregando que el
·Mm!ster10 de Go~ernac1on,...._Secmon 3:t-Méxtco, Abrí!~ de 186~. dia 1? del presente regresó de la Capital el Sr. CoTpn~I. g¡aduadp p,.
Aceed1:ndo _el Go?1erno ~e S. M. el Em_pe.rad~r á l? sbhc1tado ~or _Cárlos García C,11i~o, Co'!1andante Superior d13 este D istrtto, y ilue
v_des., ha ifmdo á bien oto1 garles la propredad hterra1a de la pbra m- en la noche del m1s\no d1a hubo un desórden en el 1Mineral del Mont1tulada "Galerf¡i. de lo! Mexicanos célebres," en_ l?s términos que te, en que alguo?s individuos hicieron resistrncia á lá' rónpa, s~gun
e~eres13in los artículos 1. y 2~ de la ley d~ 3 de 'Dic:embre de 1846;' el parte detPres1den:te _de ;aquel Ayuntamiento, aunque sib. resbltabaJº. -el ~oncepto d_e _que habrán de depositar dos eJemplares en el do alguno m perturbac1on de la tranq_uilidad I?ública. Yhc se digpo~1mster10 de J ust1c1a,_ c_onforme á lo pre~enido en el art.14 del pro- ne qu_e marche un destacamento á guatnecer' aquel ~unto y 'que .se •
p~o decret?.-P&lt;&gt;r el M1mstro de Gobernac1on, el Subsecretario Firan- p~a?t1_qll~ .1,a correspondiente averiguadon,-E-ó ]ps dethas pimtoii
cisco ~- Vi~lalohos.~Sres. N_adaud ,Y C'.1, •
de~
ho ,ha ?C'urridó nov.edad, pi ee h.a alt~riido la'. ttlingtijliSon copias. México, Abnl de 1866.
da8 púbt1ca de que ·se' .g~~a.~ D'tg?lo á y, E. para ~oq'op!rn1~óto 1
El Subeecretar¡o d1iGoberucion,
S. M. el Emperado~·.-'0_1os guatde á V. E,JJ1uchos a'ños,.....!...El .PteF'
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~cto po1fti~o, M. Belle Gisnero~.-Exm0.:S't. Mfnístro' de Gobeto,a.1
( 1rma o FR.A.NQISCO J. V1LLAton~s.
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PREFECTURA POI.ITICA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE MEXICO

'Con el fin de hacer guardar e órden en los próximos dias de la
Semana Mayor, _el Sr. Prefecto po]_itico ha tenido á bi~n disponer
permanezoan abiertas las pulquerías el Jueves Viernes Santo, únicamente' hasta las diez de la mañana, prohibiéndose en. el se undo
de esos días el qúe las recuas entren á la cápital cerrándose Sábado y Domingo inmediatos á las dos de la tard;.
Lo que se hace saber al público para su conocimiento y observancia.
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México, Abril 6 de
.
1866

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gyó ~l lmisrno ª al ~-~ G:e~erdal SGamboa, r~Jativa al repartd de
os cau. a es que ª múm11cenma e . •. M. e1 E_mperador .se ha servid\~e~tirar pa~a s~e~rro de_, la_sdfa1?füas á q?ienes_ha reducido á la
1 ocas10na a por 1a res1stenma que las tropas
m1 na a g~eira c1v1?
que guarne?ian esta mudad han opuesto al reconocimiento del SuEl Secretario general de la Prefectura,
premo Gobierno. Tan lu~go como el espresado señor general se presentó á esta Prefectura, drnté, de acuerdo con él, las providencias
(firmado) ALEJANDRO VILLASENOR.
correspondientes para la distribucion del 'dinero que debe invertirse
en el socon·o referido, en lo cual la misma obrará de acuerdo con él
y con entera sujecion á las instrucciones que contiene la nota que
NOTICIAS DIPLOMATICAS.
contesto; h~ci~ndo que se llenen en todo los deseos de S.M., para
cuyo conommien~o tengo el honor de acompañar á V. E. ejemplares
SECRETARIA DE NEGOCIOS ES'l'RANJEROS.
de la convocatoria que he hecho se espida por la secretaría de esta
•
México, Abril 1? d11 1865.
Prefectura, par~ que se presenten las personas que se crean con deSu ~lteza Real el Duq11e ireinante de Saxonia Méiningeu, ha dirigido á recho á_la grama de que se trata.-Dios guarde á V. E. muchos
Su Ma1estad dos carta,5, con fecha 22 de Noviemb,re último contestando la años,-;-~l Prefecto superi?r político de Oajaca, J. P. Franco.-Exmo.
credencial del Sr. D_. !omás ,Murphy1 para representa~te d~ Su Majestad en Sr. Mm1stro de Gobernac10n.-México.
·
aguel Ducado, y felicitando a Su Ma1estad por su elevacion al trono de México.
Secretaría de la Prefectura superior del Departamento.-Convocatoria inIguales felicitaciones dirigen á Su Majestad:
'
'
teresante.-Oajaca, Marzo 28 de 1865.-Habiendo llegado á esta capital el
Su Alteza Real el Duque reinante de Saxonia Altemburgo en carta de 19 Sr. General D. Manuel Gamboa, comisionado por S.M. el Emperador para
de D1c1embre:
'
repartir, de acuerdo con el Sr. Prefecto superior, la cantidad de 20,000 ps.
Su Al~e_za Real el gran Duque reinante de Saxonia W eimar en cart¡ de ~ntre las per~onas mas pobre!\ y n~cesitadas _de esta poblacion, y entre aque31 de Diciembre.
'
llas que perdieron sus fincas por virtud del mcendio y destruccion verificaSu Al~e~a Real el Duque reinante de Saxonia Coburoo
Gotha
en carta de dos antes del sitio de esta ciu~ad, y ca~·ezcan de recursos para repararlas, se
0
25 de D1c1embre.
•
I1;s c~nvoca, por a~uerd~ ~e d1,chos senores, _para que dentro del perentorio
termino de ocho dias, dmJan a esta secretaria los que se consideren con deEl Subsecretario de Negocios Estranjeros,
recho
á aquella gracia, las solicitudes respecti;as, comprobando con certifi(Firmado) ALoNso L. PEON DE REGIL.
cados de perso~as conocidas, de notoria honradez, que se encuentran en uno
de los casos am~a ~spresad~s, es decir, la suma pobreza 6 la imposibilidad
de reparar los ed1fic1os arrumados, por falta absoluta de medios para ello;
PARTES DE LAS PREFECTURAS.
en concepto d~ que se destina la suma de 5,000 pesos para socorrer á los
mas pobres, s1_11 _relacion á los _Perjuicios sufridos por la guena, y los 15,000
IIINISTERIO DE GOBERNAOION.
restantes ~l al1V10 de las necesidades de los que sufrieron aquellos estragos.
La ~n~1dad de 20,000 pesos que debe repartirse, está formada de la maImperio mexic~no.-Pre~ectura del Distrito de Jalacingo.-Nú°:era s1gmente: 10,000 pesos de los fondos públicos, 6,000 ps. de la caja parmero 14:-:·Taiacmgo, Abnl 2 de 1866.-Tengo la honra de poner twular de S. _M. el Emperador, y 4,000 de la caja tambien privada de S. MC
-en conoc1~1ento _de esa Superioridad, que con esta fecha á nombre la Emperatriz. ~os Sres. Prefecto superior y general Gamboa, han acordadel l1nper10 mexicano, previa solicitud,· ha concedido a~nistia esta do á la vez mamfestar al público, que el Gobierno imperial quisiera no solo

y

.

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1

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327

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO. .

326

aliviar, sino reparar completamente lo~ males que se ha_11 hec~o sentil' á los
habitantes de esta capital· pero que siendo por ahora 1mpos1ble llenar ese
deseo se da por lo meno~ una prueba evidente de lo\l magnánimos sentímientos de SS. MM. y de las grandes simpatías que le inspiran las clases
mas necesitadas de la poblacion.
.
El secretario general del despacho, Nonega.
Son copias. México, Abril 6 de 1866.
El Subl!eC!ei;\ri-0 de Gobernacion,

,

(Firmado) FRA!\1'.0ISCO ,iJ, VILLALOBOS.
'·
,

VARIEDAD ES.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ' -___;~--.
TRATADO SOBRE EL XAIZ.
·
·
(Ooncluye.)

v.
e u ;L 'I: ~ V o .

Una vez desmóntada y despojada de las maláS yerbas la tierra que se ha
de sembrar, .Y nivelada. en cuanto sea posible de manera que tenga una ligeOl'J
• •-• •
'·t , p ,
ra..inclinaéion, conveniente para que las aguas de los.riegbs,y de las lluvias
,ÍJ u , ,o r
-resbafon suavemente sin llevarse la•tierra, y teniendd 'esta una humedad con1 ,.,,.
'NOTICIAS DE lltIOHÓAOAN.
veniente, se procede á la primera labor, la cual se dará masó menos p1·0.
.
.
. .
funda se.gun el espesor de las capas arables, dando en seguida otra atravesaSé han publicado en Moreha los document9s siguientes:
da. y otra ú otras hasta que la tierra quede perfectamente 11'.lsmoronada y
. Con esta fecha dice el Sr. Coronel, Conde de Potier, a,l Sr. Prefecto poU- mullida p_ara qu~ las ,débiles raices de la planta puedan estenderse y desartico superior, ro que á la letra copio:
·
rollars~ sm obstaculo:
,.
.
..
Morelia, Marzo 29 d~ 1865.- Sr. Prefecto.-Siempre he creido que es
La siembra del ma1z se hace por surcos. La dis~anc1a mas. convemente de
mas ventajoso haoer que las poolaciones se defiendan por personas acomo- dun surco á ot1·.o es el de una vara,dy es did~ m~chad1mpodrtanc1ba trazadr. ace~ta·
d·
prop·edades ó de su trabaio y no por los desgraciados amente .1a primera vesana, pues e su reco10n epen e 1a uena 1'recc1on
a ,
.
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·· • . á d
d
das, en razon t e sus
• ad"
·on á su1 r.obreza no deben pensa
1• sino en salvar por la en e1 nego, porque s1 se a ma ta vez e agua se es aneara o correr em ios, q.~e.caep.cªo·seancqiue poseen· es decir S\l vida· sin contar con qu~ estos masi11do aprisa sin humedecer suficientemente la tierra.
.
jiuga, 1ª um
.. •&lt;¡on ayudar
' ,al e¡;¡emigo
'
·
Al hacer 1a s1em
· bra se .t endra' cm'dad? de que ca.da puna
- d"to
desgraciados r.eportan ventaj11,
á tol}lqr
las poblac~o1, d~ ~a~o
nes, puesto qúe pueden; reuhiéndoseles, aprovecharse del pillaje. Por otra compuesto ~e tres hasta seis, segun la calidad de las tierras, este casi a dlS. arte, siendo tan _grande la é¡¡tension del territorio, y el .número de las tro· tancia de una vara.
.
.
.
p. d r
tan r &lt;lucido no es posible poner destacamento de estas en to- Cuando la planta ha llegado al primer periodo de su vegetac1on se le da
1:s-;ue~l-0&amp;, e: núm~o suficiente para dejarlos á cubierto, y est.as fuer- la primera labor dpl,cv.ltivq, ~la~ada_ es~rda, con la cual se destr~~en las
"ooamiM:t'o en todos los pmitos quedan debilitadas y con malas yerbas, se remueve la tierra y recibe nuevos abonos atmosfencos, y
zas, se
porf~ciUt¿n
su firaceáª los..,...rebeldes
"""
' ~ues, cayendo sobre 1a planta (que no debe cubrir_
. ) la recal za o' ,amuri·11a.
.ellP
las exacciónes que' cometen. ·He deci~ido,
.en virtud j}e las faeult!ldes que me da el est#do de sitio del Departam~nto, . La segu~da labor ~e da atravesada á la pr~mera, conclm~o el segnndo _peque do¡¡cienfus vecinos de la ciudad de- Morelia sean llamados en el momen.- riodo de vid~ del ma1z, cu_ando abulta la espiga pero todaVJa s~ halla cub)erto derpeúgro "al honor de combatir al lado de la{, tropas de línea,, y á ayú, ta con las ho1as de e~e~10, Esta labor debe darse estando humeda la tier•
aarles, por su' valor y abnegacion, á salvar sus fortunas y la ~irtud de sµ~ ra, _con el arado de ore1eras para r~calza~ las plantas, y no deb~ r_etardarse,
mujere!l.é hijas. Este cuerpo, que tomará el µo,mbr~ de "Patriotas defenso- -P?1que despue¡3, estando muy creeidas ,las p¡antas se rompen fácilme~t~ al
Tes dda Propiedad," "Se dividirá en d-0s e~pañtas de á cien hombres, cu- darsela.
.
.
r •
yos 9fiqiales, sar.gentos y-cabos, ellos mismos .han de nombrar. , ~
En algunas partes le d~n una. ter.cera labor _en el mismo, sentido de lapn, Lo's 1'P¡ttrjotas defensores de la p1:opiedad," seráll es9ogidos. er¡_tre lq&amp; ve 'mera: pero llegado el_ per10do de la_flo~esoencia no debe darsele -~l~una, tan,.
cinos de 2o·á 35 añQS, que pertene_zcau á fam.ilias ·de la pobla01on, que sean to porque se quebrar1an muchas canas, , cuanto porque•el saoudumento. que
dueños ide casa&amp; haciendas ranchos 6 que-eonsista SU,,fortuná en ,tiendas ó sufririan haria abortar muchas flores.
· al:,n~!J8lles 'que rks pert(¡fl~Z~n, ó de_ que 't{e~ socios !6 d_ép~n~i~ntes q~e ~sEl riego para el-primei''bar~echo se dar~ bas~nte copioso, á fin de que
1fruten de uri buén ·sueldo. Ya se _
deJa entender· que los mdios, U'omó~t1cos Q ~umedezca profundamente la tierr!· ~~ d¡n:8;, o~ro riego cuan~o se acerq u~ el
em pleado.s menor.es de ias persona¡¡ de quienes ~rr,iba e;;e trat~, ~o •p~eden te- tiempo de la escarda ~ara que la tier:a sea facilmente remoVJda ~ calce bien
ner el honor- de reELmplazarlas en las filas de un cuerpo tan distmgmdo.
-las matas. El ter&lt;ler r iego es el mas mteresante, ,por darse en la epoca de la
Est?s voluntarios, escogidos de el\t¡¡.e -~q. ma~ selecto, se;á~ ar~a~os de fecundac\on ~i la.tierra no ti:nc toda la hwµ.edad n~:saria. ,
. ·
cuenta del-comandante de la plaza, cuyo mmediatd 0o-efe sera el, y quien~Jes
Es mtfy' ~senom1 para, el..r1ego de esta plaRta dlvidn· los surcos ~n piletas
ept\·egará los fusil~ y oartúcho¡¡ que necesiten.
,.
cerrilndo sus estremos con bordo13, pª'ra que el agua sin llevar fa tierra re. tomaréis, Sr. P_refeclto, vues~ras ¡D?-edidas, par.a que el cuerpo de "Patrio- corra la sementer_a, ll~ne los_ surcos hasta tocar la planta y se deteñga. Jo
defensores de la Propiedad" queae c&lt;,mplet:tmente 1·0Qlutado1 armado y bastante para mo,1ar bien la tierra.
organizado -parn el dia 1° de Abril, á fin de que puedá yo pasarles revista
Despues de la fecundacion se ejecuta el despunte de las plantas, á lo cual
~l dia 2, álas cuatro de 11\ tarde, en la calle Real, con las tropas de línea, lla?J,~ll des~be~ar,.iCR_~'t,ppdo ,~l m.Uo por 1~ p~tte superior desde arriba de la
quienes les cederán su d~recha.
,
,
h?Jª m;11ediata a la mazorca mas a'lta. D. ~ms de la Rosa, ~l hablar de ello
, Vais á dar inmediatamente .vuestras ordenes al Prefecto de Pafa;c;uQ.rO llBr éµce asi: "Parece que el despunte del ma1z,se debe hacer siempre que con. fa que se crie, arme y or:gani.ce una fuerza s~m~jante, de 150, vecino~ en 1~ venga acelerar la madu~·ez del grano, y tambien cuando el valor ~el _forr~je
•ciudad de ese nombre. Despues se pénsara s1 puede hacerse esten~1va tan que da la punt~ del ma~z. compens~ los gastos del despunte Y. la d1mm~cion
escelente in~tituQion á las otras poblaciones del Departamento.
'
del gra~ y 4eJe una ut1hda~ considerable. Donde esta especie de forra.Je no
Reciba vd. Sr. Prefecto etc.-El Coronel del &amp;l , Comandante superior tenga valol' por l~ abundancia de pasturas, ó por la falta de consumo1 ,creo
-de Michoacan' Conde de PotilW.-Porfalta de Secretario, Anastasio S. Bernal. que el despun.te del maiz se debe• omitir, principalmente en los clima¡; tem'
--.-,plados en que el maiz llega naturalmente al periodo (le su madurez antes de
1os hielos. ' Por otra parte, es tan.sencillo y tan útil sembrar el ,m!i.iz en alcaceres pata forraje, que esta siembr8. (lebia evitar por lo comun el trabajo
Con esta fecha dice el Sr. Coronel, Conde de Potie1· lil Sr. Prefecto poJíti- y el gasto del despunte.
c'o superior, lo que á la letra copio:-Morelia, Abril 1~ de 1865,:.__,$eñor
~l corte de los retoños, cuando estos se{tn estériles 6 prometan muy- poPrefecto.-Tengo el honor de poner en conocimiento de vd. un hecho que cas mazorcas, ·es muy útil en los terrenos medianos; pero en los fértiles sol.o
viene en ap0yo de mi precedente circular, que habla de la necesidad de que se suprimirán las cañas que no hayan fructificado, pues en·estos terrenos allas poblaciones sean defendidas por sus habitantes, y que hace un grande ho- gunos retoñ-0s dan casi tantas mazorcas eomo la. caña principal.
nor al Coronel Carriedo, y á las de Zamora y la Piedad.
Los jilotes abortivos tambren deben cortarse para que la sávia no se re• , Sin acobardarse por la intimacion de rendir¡¡e á discrecion, que le hizo Ré- parta entre ellos y 1as buenas mazorcas: pero en muy pocas. haciendas lo ha.gules, cuya trópa había llegado hasta media legua de Zamora, el Coronel cen, á causa de la carestía de los jornales.
Carriedo no qu~so ni aun dar oidos á los que llevaban el encargo de maníEs necesario ~ner mucho cuidado á los princip;os del crecimiento de la
festarle las árdenes del gefe enemigo, y, ayudado por la poblaoion, se prepa- planta; con quitarle las malas yerbas, arrancándolas de raiz cuando la tierra
ró con su pequeña guarnicion á esperar denodadamente á los que-se habian esté húmeda, y cortándolas cuando no puedan arrancarse para que no. le
formado ese mal juicio de él, para atreverse á p'roponerle que se deshonrase quiten los jugos que le ~on tan necesarios para su nutrieion y desarrollo y
traicionando á su patria y á su Emperador. Algunos tiros se cambiaron en- la dejen en libertad de recibir el aire, la luz y el calor que tanto ama. ·
tre la plaza y el enemigo; mas este conoció que no llegaría á vencer á estos
Pueden sembrarse aun otras semillas intercalada,s en las matas, como fri.
hombres de corazon 'j de honor, y tuvo que retirarse_.
jol, haba, papas, &amp;c., si las tierras son ):&gt;astante fértiles que puedan nutrirlas
La corta guarnicion y los habitaotes de la Piedad han dado igualmente un bien.
,bello ejemplo 9e energía y de adhesion al Imperio, prepaa-ándose á !'.legar al
Las labores de escarda no solo se dan para quitar las malas yerbas y proenemigo la entrada á su plaza. Todos han dado una prueba mas de que son porcionar mayor cantidad de abonos atmosféricos, sino tambien para que sus
unos buenos ciudadanos, y de que el Emperador .y la Patria pueden téner articulaciones inferiores oohen nuevas. raíces que \e proporcionen mayor canfé en su adhesion Y valor.
tidad de sustancias nutritivas: así es que por el número de nudos, que hayan
¡Honor, p~es, al Coronel Carriedo, á su tropa y á los habitantes de Za- brotado raices se puede conocer el de las labores que se le han dado.
mora Y la Piedad! .
.
.
El maíz se siembra de regadío 6 de secano, y esta última siembra se haQu~ los b~enos e1udadanos se peuet~en de e~te eJemplo, y muy p1·o~to el ce de tres modos distintos, á saber: de húmedo, de aventurero y de temporal,
en?m1go, ba~1do por to~as partes- y sm refug~o, se ~erá forzado á. deJar nn · El grano que se elige para la de regadío es el de maíz tardío; el de húV:edo
p_a1s que opn me tanto tiempo hace y que habna arrumado con sus depreda- es una variedad parecida al de rieoo que se siembra al comenzar la primae10nes.
_
·
vera en los terrenos húme~os ~~stante y moderadamente. El llamado
A_cepte vd., senor Prefecto,, &amp;c.-El ~oronel Comandante Superior. JJe aventitrero es una variedad del t~rdío que tambien se siembra en la primaPotier.-Por falta de Secretario, Anastasia S. Bernal.
vera en las tierras humedecidas por '1as lluvias de invierno, 6 por las que
,,
suelen caer en verano. La siembra del temporal, que es una variedad del
precoz, se hace en tiempo de aguas cuando el terreno está húmedo; ó en tierras secas, en cuyo caso la siembra se llama en polvo, si hay esperanzas de
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que llueva.

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328

DIARIO DEL IMPERIO.
VI.

Rxoor,Eoo10N.
La recoleccion la ejecutan las mujeres, cuando la planta. ha terminado el
último periodo de su vegetacion, y la hacen de la manera siguiente. Se colocan en una de las cabeceras de la tabla en una fila, quedando cada una de
las trabajadoras en direccion de cada surco, y van provistas de un cuchillo
de madera dura, puntiagudo, y de un ayate 6 manta.. C~da una de ellas se
encarga de recoger las mazorcas de las plantas de la 1zqmerda _del surc? que
tiene enfrente, y para ello toma la mazorca con la mano zurda, mtroduc1endo
un poco el cuchillo en la cubierta. de hojas por la parte en que la mazorca. se
halla unida al tallo, y subiéndolo con violencia las cortan; descubren la mazorca, la arrancan, la echan en el ayate y prosiguen la operacion hasta que
llenan la manta, en cuyo caso van al estremo de uno de los surcos á. depositarlas en un costal, el que lleno á. su vez se lleva al monton {que se forma
de todas estas recolecciones parciales) por un hombre llamado costalero.
Cuando }~labores son muy grandes, el número de costaleros es mayor
que cuando tienen un tamaño regular, y se ponen por cada diez mujeres
uno.
El jornal de las mujeres es el mismo que el de los hombres.
En estos montones se dejan secar las mazorcas, 6 se acarrean en seguida
segun las circunstancias, pero generalmente se desecan en el campo mientras
la gente se ocupa en cortar 6 arrancar las cañas que llaman rastrojo.
La desecacion de la mazorca se conoce en que abrazándola con las dos
manos y jugándolas en sentido inverso, truena. Entonces se procede á desgt-anarla, lo que se hace por medio de hombres ó de máquinas.

SERVICIO DE CORREOS.

El precio de loe anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adolantado,
cuyo requisito no podrán publicarse.
1

8in

Los recibos deberán ir firmados por D. José L. Gutierrez encargado de
esta admínistracion.
'
No se admiten reclamacionea por falta de recepcion del "DIARIO," sino hasta
el dia siguiente de publicado cada númere.

AVISO IMPORTANTE

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIARIO DEL IIPERIO."
Se van á. reimprimir los números de este peri6dico desde el 2 hasta el 16
inolusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números

á los suscritores que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban suscribirse al Damo, se servirán dech lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado todavía el primer tr\mestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.
.JUZGADO 6? DNOR.--OOBDOBAlfES N'Oll, 8,
ORDEN.

En el juicio que ante este Juzgado ha seguido el Lic. D. Francisco Diez de Bonilla contra D. Ant~mino Cubas sobre pesos, ha recaído un fullo que en su parte resolutiva dice:
"que D. Antonino Cubas pague al actor dentro de ocho días los setenta y tres pesos que
le ha demandado y los gastos del juicio, éstos con arreglo íi la circular de 9 de Setiembre
del año próximo pasado¡ apercibido de ejecucion si no Jo verifica: y que esta determinaoion ee le haga saber insertándola en el "Diario oficial del Imperio."
México, Marzo 31 de 1865.-I. Brai,o.
239-38-1

rozGADO 6? J[DOB.-1~ KONTEBILLA. BlJK. T.
En el juicio que sigue D. Cárlos Arocena en representacion de D. M. Legoneta contra
D! J eeus Castro, he pronunciado la sentencia que en su parte resolutiva dice íi la let1a:
ENTRAUA T SALIDA DE CORREOS EN LA ADMINISTRACION GENERAL DB ESTA
"Se condena á D! Jesue Castro á que pague dentro de cinco dias íi D.M. Legorreta, loe
CAPITAL.
cuarenta 1 nueve pesos demandados y a que desocupe dentro del mismo plazo; apercibida.
de ejecuc1on y lanzamiento si no lo verifica, pagando en el mencionado pfazo loa gaatoe leLLEGA CORRBSPONDDCU.:
gales del juicio, etc." Y por ignorarse el paradero de la demandada se le hace saber por
presente.
V1ERNEs.-De Texcoco, Chalco, Cuautla, Amecameca, Ayotla, San Mar- el México,
Abril 6 de 1865.-Lic. Labat.
L
240-3e-l

tín Texmelucan, Puebla, Orizava, Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma,
rozGADO 4? DE LO CIVIL.
Toluca, Guadalupe Hidalgo, San Crist6bal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, Tlal·
nepantla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Denunciado el intestado de D~ Maria de la Asuncion Perez Hermosillo, ante el Sr. Juez
3~ de lo civil, Lic. D. José María Cordero, ee ha nombrado defensor al Lio. D. Francisco
Rio, Querétaro, Allende, Sáu Luis Potosí, Monterey.
I nchn, y depositario de los bienes á.-D. J osé Epigmenio Vel.asco, y mandado se llame por

1os periódicos á lae personas c¡ue ee crean con derecho á dichos bienes, íi fin de que se pre8enten en el J uzgado á deduu rlo, dentro de dos meses, contados deedelafeeha, conapercibimiento á los que no lo hich,ren, ele que les para~ el perjuicio á que hubiere lugar en
HASTA LAS 9 DE LA NOCHE.
derecho.
México, Marzo 22 de 1865.-El Escribano público, .Antonio Campo, de la Vega.
VtERNEs.-Para Texcoco, Cha.leo, Cuautla, Amecameca, Ayota, San Mar~2

BE DESP ACJIA COBBESPOlfDJUfCIA

tín Texmelucan, Puebla, Tacubaya, Lerma, Toluca., Temascaltepec, Sultepec,
CITACION .JUDICIAL.
Guadalupe Hidalgo, San Crist6bal Ecatepec, Pachuca, Tlalpam, Tlalnepan- A pedimento de D. Miguel Abelleyra, apoderado de D. Miguel Sanohez Ruiz, tengo
tla, Cuautitlan, Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, mandado que ae cite por loe periódicos íi O. Antonio Montoya, cuyo paradero se ignora,
para que ocurra á este Juz~o dentro de treinta días, á cont.estar en conciliaoion la deQuerétaro, Allende, San Luis Potosí, Monterey.

ANUNCIOS OFICIALES.

manda que sobre pesos le tiene puesta el Sr. Abelléyra; aperoibldo Bi no comparece, de
que ee dará por intentada la conciliacion.
Jilotepec, Marzo 14 de 1865.-José Anastasio Rego.
238-38-2

.JUZGADO 2? DE LO CIVIL
En los autos que iji~ue D. Ant-0nio Barquín contra D. Vicente Vaca, sobre pesos, el Sr
Juez 29 de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que conoce de ellos, ha l?roveido el auto si•
PBEFECTU.BA POLITICA DEL DEPARTiltENTO DEL VALLE DE JOXICO.
guient.e:-" Méxi'lO, Marzo 23 cte 1865.-Autos citadas las partea, haciéndose al ejecutado
1a citacion por los periódicos. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Pa11on.-Lic. J[.
SECCION DE JUSTICIA,
Frias, Secretario."
México, Abril 4 de 1865.
Y en cumplimiento de lo mandado, cito íi D. Vicente Vaca por el present.e.
México, Marzo 30 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
226-Se-6
El Prefecto de Otumba, en oficio de 29 de Marzo próximo pasado, dice á cata Prefee
tura lo siguient.e:
.JUZGADO 8? DE LO CIVIL.
"Hace un año que en los linderos de la hacienda de Tepe1pan se encontró abandonado
un toro colorado, sin que hasta ahora se-baya podido averiguar quién sea su dueño; suplico
En el juicio que sigue el Lic D. Andrés del Rio por D. Facundo Gomez, contra D. Maá v. S. por lo mismo•se anuncie en el Diario del Imperio, yen el caso de que no aparezca nuel Fernandez, sobre pesos, el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José M. Cordero, ha mansu dueño, tenga á bien resolver sea vendido, invirtiendo su valor en la escuela de Otumba dado que para el día 20 del corrient.e, íi las once, se anuncie por los periódicos el remate
'
que estoy construyendo."
de la. casa núm. 4 del callejon de S. Simon de Rojas, llamada de Santa Eduwige, y de las ·
Y por disposiciou del Sr. Prefecto político tengo el honor de trascribirlo á vdes., supli. cuatro accesorias contiguas íi ella y situadas én el callejon del Ave María, valuadas en
cándoles que se sirvan insert111-lo en el periódico oficial, para que llegado al conocimiento 7,374 pesos, 12 cs. Lo que hago saber al público.
del público, pueda saberse quién es el dueño del animal de que se trata.
México, Abnl I? de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion.
233-3a-2
El Secretario genoral de la Prefectura, Akjandro Villaseñor.
.JUZGADO 29 DE LO CIVIL.
Por el presente y de órden del Sr. Juez 29 de Jo civij, Lic. D. ManuelPavon, cito íi Dl
ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS.
Manuel E. Goitia para que en el término de diez r,ias. contados desde la. fecha, se presente
AVISO.
en el Juzgado á reconocer la firma de un recibo de catorce pagarés, importantes la suma
La almoneda anunciada por esta oficina para el di11 JO del actual, á fin de que en ella de novecientos setenta y cinco pesos cuarenta centavo~, presentado por D. Bruno Ondoteng11 lugar el remate de una casa situada en la calzada de la Verónica que va de la igle. villa; bajo el apercibimiento de darse por reconocida si no comp_arece•
Y en cumplimiento de lo mandado, cito á D. Manuel E. Goitia por el prasente.
sia de S. Cosme íi la Garita del Calv11rio, embargada íi D. J1111n Tamborrel para cubrir un
México, Abril 3 de 1865.-1. Reynoso, Escribano público.
234-5a- 2
adeudo de que es responsable á la Hacienda pública, ~e verificará en el despacho de esta
propia Administracion á las dos de la tarde de dicho dia¡ debiendo las personas que qui.
.JUZGADO
2?
MENOR
DE
F.STA
OORTE.-EIIPEDBADILLO
BlJ](.
6.
aieren hacer postura á la espresada finca, presentarlas con la debida 11nticipac1on, acom.
pañadas de los correspondientes papelea de abono, para que puedan hacerse oportunamen.
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pedimento del agente de negocios
te los respectivos reconocimientos de lns firmas.
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jur!dic~ del cesionano de D. Ignac_io Tr~jo, por el preAdministracion princ:pal de 1·entas. ·Méiico, Abril 3 de 1865.
sente se le cita para que dentro de ocho días, por el ó por apoderado mstrmdo y espeneado, ee -presente' en este Juzgado á cont.e~~r la demanda qu~ en juicio con~iliato~o, sobre
El Administrador principal, lgnaci-0 de la Barrera.
pesos, le promueve dicho Cevalloe; aperc1b1do que de no venficarlo, se dara por mtentado
el acto, y ee espediríi al actor el certificado.
México, Marzo 22 de 186.5.
El Juez 2? menor, Lic Una111111 y Pavon.
219-Ba-6

ANUNCJ:OS.

AVISO.

El Diario dtl Imperio se publicará en lo sucesivo todoa los diaa íi las doce menos Jo8
domingos y días festivos en que.estén cerrad119 laa oficinas del Gobierno.
'
El despacho ee halla establecido en la ca.ea número 8 de los Bajos de San Agustín.
El precio de la euecricion aerá:

En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . . ....... . $ 1 50
Id.
id. por tres meses. . . . .. . . . . . . . . . . . . . . 3 00
En los Departamentos, por tres meses, franco de
porte...................................... 3 75
.El importe de laa eusoricionee ee pagará adelantado.

.JUZGADO 8? DEL RAMO CIVIL.
En los autos ejecutivos que sigue D. Juan Thomae contra la testamentaria de D! María del Cíirmen Paradinas, el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José Maria Cordero, ha mandado en auto de esta fecha, que ee proceda á la venta de la cae&amp; núm. 9 del callejon de
Curtidores, de esta ciudad, valuada por el verito tercero en discordia ª!1 7,826 pesos 30
centavos; señalando para las almonedas loe dlll8 18 y 28 del entrante Abril, y 8 de Mayo
eiguient.e, á las doce, siendo la última con calidad de remat.e.
Lo 4.u0 hago saber al público por medio de este an~ucio, c?m? está manda~o.
México, Marzo 31 de 1865.-Manuel Romero, Escribano publico de la Nac1on.

2J0-3a-3

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
BAJC'8 O&amp; SAN AG'UBTIN, !fmt:. l.

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>. DEL

EL

DIARIO
MEXIOO: Sábado 8 de Abi·il.de 1865.

TOMO l.

NOM. 82.

México, Abril 6 de 1865.

PARTE OFICIAL.
mISTERIO DE GOBEUAOION.

..

México, Abril 6 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien espedir el acuerdo siguiente:
-El producto liquido de la rifa establecid&amp;,.á favor del Hospital d_e
San Hipólito, se aplicar~ en su totalidad al 11:encio!la~o establemmiento.-Lo que comumco á V. S. para los fines cons1gmentes.-Por
el Ministro de Gobernacion, el Subsecretatio, Fmncisco J. Villalobos.
-Sr. Prefecto polftico del Valle de México..
r.n
SECCIO:bi

2~
México, Abril 3 de 1865.

Contestando la nota de V. S., fecha 21 del próximo pasado, en que
inserta la del Subprefecto de la villa del Valle, que participa el
fusilamiento por los disidentes del correo José Juan, qúe-fué á Zitácuaro con pliegos para el Sr. Coronel Mendez, y en la cual recomienda esa prefectura se acuerde una indemnizacion 6 pension á la
viuda y huérfanos del referido correo, tengo la satisfaccion de trascribirle á continuacion el decreto que sobre el particular me ha dirigido S. M. el Emperador:-" CONCEDEMOS, en calidad de recompe~sa, á la viuda de José Juan, muerto en el desempeño de una com1sion del servicio público, la cantidad de cien pesos, que se le minis. trará por una sola vez y por cu~nta de las reutas generales."-El
Ministro de Gobernacion, Cortés y Esparza.-Sr. Prefecto político de
Tolupa. •
Son copias. México, Abril de 1866.
El ~ubsecretario de Gobernacion,

(Firmado) FRANCISCO J. VILLA.LOBOS.
ENISTERIO DE JUSTICIA.

S.M. el Emperador, con fecha 31 de Marzo próximo pasado, se
a servido espedir el acuerdo que sigue:
"Vi~ta la -solicitud que Nos ha elevado la Junta menor del ferrocan·il que parte de esta Corte á Tacubaya, sobre que no se conceda
á la empresa del camino de fierro de Chalco facultad para establecer
paráderos ó estacionos en la citada villa de Tacubaya; considerando
que el decreto de 13 de Agosto de 1866 no concedió privilegio esclusivo, sino que únicamente autorizó á D. Jorge Luis Hammeken para
la con.struccion del camino mencionado; que en esta virtud, la Junta menqr del ferrocarril de Tacubaya no -puede oponerse á que la
Compañia de Chalco establezca en el primero de estos puntos paraderos ó estaciones, Hemos ~cordado que no ha lugar á la solicitud
de la Junta menor del ferrocarril de Tacubaya."
'~
Y lo traslado á vdes. para su conocimiento.-El Ministro. de Justicia, Escudero.-Sres. de la Junta. menor del ferrocarril de Tacubaya. ·
·
Son copias.
F,i Suli,ti-.fl:r~riv de .Justicia,

,· 1 ,

DE,

P.

TAB~RA,

DIRECCION GENEB.ÁL DE lURINA.

México, Abril 6 de 1865.

Siendo un deber de esta Direccion .general, el tener un conocimiento exacto de todos los empleados de marina que existen en esta
capital, sus clases y el haber que disfrutan legalmente, me hallo autorizado para prevenirles que sin escusa alguna se presenten en esta Direccion, situada en la calle de D. Juan Manuel núm. 24, verificándolo los lunes y viernes, de una á dos de la tarde, con sus respectivas patentes de sus empleos para ser examinadas; en la in~li- ·
gencia de que el que no cumpliere, se le suspenderá el pago del sueldo
ó parte del sueldo que al presente perciba.
· Ig_ualmente obsequiarán esta providencia los oficiales ó erppleados
que rngresen en est&amp; capital, procedentes de fuera, observando lo~
mismos requisitos que se menciónan; prohibiéndose el que se ausenten de ella sin el correspondiente permiso de esta Direccion.

México, Abril 5 de 1865.

Di c1.1enta á S. M. el Emperador del oficio de V. S. de 26 de Marzo próximo pasado, en que participa haber dispuesto que los abogados peticionarios que sean llamados á suplir las faltas accidentales
del Ministro ó Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de ese Departamento, disfruten de la retribucion de cinco pesos por cada dia
que asistan al despacho de la Sala, ó por cada negocio en que intervengan, pidiendo la aprobacion de esa medida, y ha acordado S. M.
se diga en contestacion, que conforme á los artículos 116 y 117 de
la ley de 29 de Noviembre de 1868, las suplencias accidentales de los
abogados en los Ttibunales, deben servirlas obligatoriamente, como
cargas de su profesion, y sin remuneracion pecuniaria.-El Ministro
de Justicia, Escudero.-Sr. Prefecto político de Oajaca.

,

,(ll'irmado) FR.,A.Nc1sco

'-----. El Direct-Or general de marina,

--~-- -

(Firmado) L. DETROYA.

PREFECrURA ~LlTICA DEL DEPABTAJ4ENTO DEL VALLE DE llEXICO.
SE~OIO.N DE HAOIENDA.

., Núm. 214.

-

.

México, 'Abril 7 de 186f,.

E1 Sr. Subsecretario de Hacienda, con fecha 30 del próximo pasado Marzo, dice á esta Prefectura lo siguiente:
" S. M. el Emperador se ha- servido disponer se recuerde á todos
los Prefectos políticos de los Departamentos, el puntual cumplimiento del decreto de 11 de Julio de 1863, en que se dispone las
épocas en que deben te~er efecto las salidas de conductas y se previenen los requisitos que han de observarse sobre el particular."
Lo que de órden del Sr. Prefecto politico inserto á vd., acompaMéxico, Ab1il 6 de 1865.
ñándole
del reglamento de caudales, á fin de que sirva publiHe dado_cuenta á S. M. el Emperador con el oficio de V. S. de 31 carlo en copia
el periódico oficial.
de Marzo próximo pasado, en que con motivo de haber solicitado
El Secretario general de la Prefectura,
D. Enrique Escobedo que ese Superior Tribunal le espida título de
(Firmado) ALEJANDRO VILLASER'OR.
~bogado, consulta si la circul_ar d_e 21 de Julio del año anterior, que
impuso á los abogados la obhgac1on de acreditar haber hecho el entero de la pension de cincuenta pesos antes de recibir el título res- Secretaria de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Púpectivo, comprende á todos los abogados que ocurran á sacar esos blico.-Seccion 1~
títulos, sea cual fuere la fecha de su exámen y recepcion, ó solo á los
REGLAMENTO DE CONDUCTAS.
que se hayan recibido con posterioridad á la fecha de la misma cir- El Exmo. Sr. Presidente de la República ha tenido á bien reforcular, y S. M. se ha servido acordar se diga á V. S. en contestacion, mar el reglamento de conductas, espedido en 14 de Junio de 1860,
que la espresada circular solo comprende á los abogados que se hu- en los términos siguientes:

..

.

\

�330

331

DIARIO DEL· IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

OPERACIONES MILITARES.
. Art. 1? A mediados de los meses de Enero, Mayo y Setiembre,
México, Abril 7 de 1865.
saldrán permanentemente conductas de México á Vemcruz. Los priComa1~dancia
militar
de
la
Huasteca.-Núm.
139.-Tampico, Marzo 27 ·
meros dias de dichos meses saldrán tambien conductas de Guanajuade
1865:~Exqio.
Sr.-El
comandante
de
escuadron
Damian Torres,
to á México, para que con oportunidad puedan los caudales conti- desde el pueblo de San Nicolás, y en oficio fecha 22 delD.actual,
dice á esta
nuar á Veracruz.
Comandancia Militar, lo que sigue:-Segun manifesté á V. S. en mi nota
Art. 2? Las conductas de Zacatecas y Guauajuato, saldrfrn de di- del dia 19 emprendí la marcha con el Sr. Subprefecto del canton, D. Rachos puntos con direccion á San Luis Potosí, los mismos días que fi- fael Diaz,1rumbo á Choutla y San Nicolás. En mi tránsito, al día siguiente
ja el articulo anterior para la salida de conductas de Guauajuato á antes de llegar á Choatla, tuve parte violento del juez auxiliar de Santa MaMéxico. Reunid.os los caudales en San Luis Potosí, saldrán para San- ría Isca.tepec, que en la madrugada de ese dia había sido robada aquella pota Ana de Tamaulipas del 6 al 7 de los meses espresados en el refe- blacion por los disidentes desprendidos de Tauquian otros ranchos de la
jurisdiccion de Tantimaque, capitaneados por Benito yala, Joaquín Perez,
rido artículo.
Casados, Guillermo Betancourt, Francisco Gutierrez y Telésforo
Art. 3? Los caudales que quieran remitirse al puerto de i\fatamo- Trinidad
Blanco; se habian llevado prisioneros á 17 individuos con el fin de plagiarlos,
ros, se situarán en Monterey, capital del Estado de Nuevo-Leon, de segun acostumbl'an; y como á la vez supe que en Choutla se repetia por los
donde saldrán conductas los primeros dias de Enero, Mayo y Setiem- espresados la misma escena, fué preciso continuar en su persecucion hasta
bre, fijados oportunamente por el gefe superior de Hacienda,
darles alcance, hoy á las seis de la mañana, en la citada hacienda de Tauti·
Art. 4? En los mismos periodos, y con las propias ~ircunstancias, quian, donde se logró batirlos, haciéndoles tres muertos y cuatro prisioneros, entre estos unos de Huejutla, los cuales quedan á la disposicion de V. S.
saldrán conduotas de Guadalajara para el puerto de San Bias.
Art. 5? Tambien en los periodos dichos, en caso de haber cauda -Ademas, dejaron en nuestro poder veintitres armas con algun parque, veinles, saldrán conductas do Durango para el puerto de Mazatlan, fijan- tiseis caballos é igual número de monturas, y 272 pesos 6 reales, cuya suse servirá V. S. ordenar ~u inversion.-Cumpliendo con las órdenes de.
do la Gefatura superior de Hacienda el ~ia preciso, segun las circuns- ma
V. S., he dispuesto entregar, previa justificacion, los caballos de las personas
tancias; y lo avisaTá previamente al comercio.
'
pacíficas, y los que carezcan de este requisito, darlos dealtaenelescuadron.
Art. 6? Dos veces al año, en los primeros dias de Enero y Julio, La fuerza enemiga se componía de treinta y siete infantes y treinta drae10saldrán de las ciudades del Rosario y Ures, conductas, en caso de nes.-Todo lo cual tengo el honor de participará V. S. para su superior~ohaber caudales: del Rosario'con direccion•á Mazatlan¡ y de Ure1rnon nocimiento.-Ll&gt; que tengo el honor de trascribir á V. E. para su conocidireccion á Guaymas. Las Gefaturas superiores de Haci.enda de Si- miento.-Dios guarde á V. E. mucbos años.-El General Comandante Minaloa y Sonora, fijarán los dias segun se ha ' dicho en los artículos litar, F. G. Casanova.-E.xmo. Sr. Ministfo de la Guerra y Marina.-México.
anteriores.
Art. 7° El gefe superior de hacienda de Ohihuahua, cuando haya Es copia. El Subsecretario de. ~tado y del Despacho de.Guerra,
reunido caudales, fijará la salida de conductas para la aduana fr~n(Firmado) J. M. DURAN.
teriza del Baso del Norte, cuidando de que dichas conduct.as salgan
dos 6 á lo mas tres veces al año.
' ·
DOCUMEN'FO.
Art. 8? Todas las referidas conductas serán custodiadas con escoltas, sin que estas•puedan exigir premio ni gratificacion fuera de los
sueldos que se. les ministren.
AYUNTAldIENTO DE DXICO.
Art. 9? Las conductas caminarán bajo la custodia y órdeues inmeEn la ciudad de México, hoy mártes 28 de· Febrero de 186§, S.!'
diatas del gefe de la escolta, quien será responsable al1Gobiemo por reunieron en la sala capitular para celebrar cabíldo ordinario públilas faltas que cometa contra las reglas 'de ordenanza y demas leyesJé co, á" la una de la tarde, los Sres. Prefecto, Rul, Mejía, Ortiz Cerinst.rucciones particulares que reciba-en cada caso, de sus superiores. vantes, Espinosa, Cañas, Reyes, Velez, Rincon, Hoppe, Cervantes,
Art. 1O. Antes de salir una conducta., los comandantes generales Hidalgo y T-erán, Labastida, Berganzo, Villanueva, Ibarrola, Rasprevendrán á los comandantes de destacamento 6 fuerzas situadas en con, Labat y Cosío.
el camino y sus inmediaciones, redoblen su vigilancia para la seguSe leyó y aprobó la.acta del cabildo público.celebrado el dia 24,, ·
ridad de la espresada conducta, daQdo parte inmediatamente al gefe del actual.---Se dió cuenta con las comunicaciones siguientes:
de la escolta de cualquiera novedad que observe, y de las providen- · Del Ministerio de Fomento, manifestando que se librará órdeo
cias que haya tomado en consecuencia.
.
·
contra la caja central y á favor de D. Francisco Garay, por 2,081
Art. 11. A los coductores se les permitirá que lleven para gastos, pesos 25 centavos en el presente ·mes, é igual suma en el entrante
cantidades.que no podrán pasar, á lo mas, del valor de los fletes.
Marzo, quedando a~i cubiertos los 8,126 pesos acordados por S. M.,
Art. 12. Toda!! las personas que dirijan dinero· á lo~ puertos ó pun- como importe total de la ~ntroduccion del agua ·potable á la Colotos de las fronteras, habilitados para el comercio estranjero, sea en nia de los Arquitectos, y cuya obra, por acuerdo sobérano, se disconducta ó de cualquiera otro modo; ocurrirán á la administracion..de puso fuese sobrevigilada por el Exmo. Ayuntamiento, para que se
rentas que exista en el lugar de donde deben .S'alir los cauda1es, en llevase á efecto lo .mas pronto posible, y sin contar con otra subcuya oficina presentarán por duplicado factura firmada; en que cons- vencion por parte del gobierno.-Se mandó agregar á sus antecete la cantidad que remitan, la especie de moneda en que lo.ver.ific~n, dentes.
con la marca y números 'de los bultos en que vaya, el -punto.de des- · Otra del Ministerio de Gobernacion, facultando á la corporacion
tino y nombre de la persona á quien se consigna.
'
municipal para que por medio de sus Comisiones pueda proceder al
Art: 13. La oficina, en .vista de la referida factura, y prevío· el pa- arreglo de sus ofi.cinas.-Se mandó acusar recibo y pasarla á la Cogo del derecho de dos por ciento de clrculacion, que con' arreglo aí mision de Hacienda.
decreto de ·23 de Mayo' último debe verificarse en ·eI,punto'"de donDe la Prefectura política, manifestandQ que el gobierno de S. M.
de salen los caudales, procederá á estender la correspondiente guia, el Emperador ha tenido á: bien disponer que ,la pension'de cesantia
fijando el plazo respectivo para la presentacion de la tornaguía, á concedida á D. Joaiuin Velazquez .de la Cad.ena, sea pagarla en lo
que se obligarán los interesados, á satisfaccion de la propia oficina, y sucesivo por el erario imperial, en cuenta de lo que éste adeuda al
por escrito, en uno de los ejemplares de dichas facturas, que se re- municipal..:__se mandó pasar á la Comision d13 Ha,ciend!\ con sus anservará hasta que se exhiba la tornagufa, anotándose en la guia, con tecedentés.
·
las formalidades de estilo, quedar satisfecho el derecho referido de
Otra de la misma Prefectura, trascribiendo la disposicion en que•
dos por ciento de circulacion; en el concepto de que si en el plazo S. M. el Emperador ha resuelto que el acuerdo por el cual se disque se les fij.e no presentaren la tornaguía, se les· exigirá desde' lué- puso que la pension de cesantía concedida á D. Joaq~in Velazquez ,
go el pago de los derechos de esportacion correspondientes.
de la Cadep.a, SEi pague por el erario imperial, debe tener efecto desArt. 14. Luego que cualesquiera- de dichas oficinas libren alguna 9e-el aia 22 del corriente; y en consecuencia, á los fond.9s~municigui&amp;.para conducir dinero con destino á los puertos,.sea cua\ fuere pales toca abonar los vencimientos anteriores á la citada fecha.-A
la cantidad, darán cuenta á .la Se_cretaria de Hacienda, á 1a Tesore- la Comision de ~aéienda.
ria general y á la Aduana que corresponda, avisando tambien·á esta · De la misma Prefectura,J ti•aséribiendo una queja del Comandan~e
Secretaría oportunamente los cobros que por falta de presentacion de la plaza, sobre que hace mas de ocho días que no pasa el carro
de tornaguía hubiese,n verifi.cadQ.
nocturno por el cuartel de la Concepcion.-Se mandó pasar al Sr.
Art. 15. _Ninguna otra oficiná que no sean las señaladas en el ar- regidor comisionado del ramo.
ticulo 12, librarán documento alguno para la conduocion de moneda
Del. Gabinete de S. M. el Emperador, acompañando la. solicitud
á los p~ertos y fronteras. La que se introduzca en ellos sin la guia, de 'Tomás Torres, para que no le quite el Ayuntamiento el circo
respec~iva dada por la_ administracion que corresponda, y no lleve la mecá.nico que tiene en la Alameda, y en qu~ S.M. el Emperador ha
anotacion de haber deJado pagado el derecho de circulacion, caerá dispuesto se deje al Exmo. Ayuntamiento libre en este negocio; aden la pena de comiso.
. virtiendo que si di!)ha corporacion falla en contra de la pretension del
Art. 16. Quedan sin efecto todas las disposiciones relativas que se interesado, estará de acuerdo.-Se acordó pa~e á la Comision ae
hayan dictado con anterioridad.
pas~os.
.
Dios y libertad. México, Julio 11 de 1853.-Raro y Tamariz."
Se dió cuenta con los, ocu1·sos siguientes:
Ea copia. México1 Abril 8 de 1865.
D~ los vendedores de aves del mercado de Jesus, que piden se les
El Secretario general de la Prefectura,
_
permita vender en dicho mercado sus efectos.-A la Comision de
(Firmado) ALEJANDRO VILLASE~oR.
mércados.

A

600 ,,
de empeño . . ....... .
De D. José Inés Salvatierra, pidiendo se le minor~n los gravám~- Contribucion sobre JCasas
600 ,,
Úegos permitidos ....... .',
nes que se le quieren imponer al hacérsele la ?~ncesion de los ca1D'1vers10nes
.
150 ,,
,,"
pu'br1cas.. . . . . . . ,
800
dos de agua del Molino de Belen.-A la Coi:n~s1on d&amp; aguas.
Canales
.
.
...
.
.
..
.
..
.
..
..
.
,,
250 ",,
Canuajes particulares.. .. . . .
Se dió cuenta con un informe del Sr. co~111s1onado de o~ra~ pú1,500
"
,,
de alquiler ... . . . .
blicas, en que manifiesta que se ha proce~.ido á hacer_ la hmp1a de
200 "
"
Cafés
.
.........
..
..
•
•
•
•
•.
,,
la calle del Puente de Balvanera, y q~e si.n_o se haq1a h_echo,. era
150 "
Fondas.,
...
.
....
•
...
••
•••
,.
por seguir el método aceptado de limpiar primero las atarJeas ~11:ec100 "
Fábricas de cerveza . . .... . .
tas, y en seguida las de las calles laterales.:-S~.acordó trt1s.~ri bulo
1,500 ",,
Espendio de licores........ .
"
al Gabinete de S. M. el Emperador. .
•
. .
400 ,,
Casillas de pulque... .... . . .
"
Quedaron de primera lectura los d_1ctámenes s1gme~tes: .
175
Vacas de ordefia.... .. ... . .
"
"
Uno de la Comision dé obras públicas, en el negocio relativ~ al
Carros
de
trasporte
en
las
ga,,
800
proyecto para establecer un ferrQ.cauil· e~ las calles de es~a capital.
ritas.......... • • . -• •- ••
401000 ",,
Otro de Ja Comision de .rios_,y 1 af¡equ1~s, en el espe~iente rela- Por derechos municipales. . ............ ... .
41 66
Reintegros
..
...
,
.............
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
,
lativo á algunas faltas co~etidas en ~a~1as ,calzadas;
.
26
De.scuento
para
vestuario.
Celadores
de
policía
..
Otro de la misma Comisionen la ,sohc1fod de D. Rafael Fqentes
504 ,,
478 "
Agentes de id ...... .
Guactimociqu~,. que pidjó ¡¡~ le noml:m¡,r~ . gµarda.coq¡puertas , de
"
- - -" 60,088 .66
Mexicalcingo.
.
.
.
. ,
Total . ... ...... . .
Otro de la misma Comision, en e!_esped1ente_r~lativo ~l ~nfo,5r1e
,. ,
que se.p!de P?r el Sr: Prefecto polfü~o, sobre.sue~á perJudunal al
ÜALouto DE Eo&amp;Esos PARA EL M.Es DE MARZO DE 1865.
_ vecip.dario quitar varios pa~9s que existe~ e°: la zanJ_a¡ qe1 ~~,gThar~o.
.res911Pr~oa. • o..
La Comisi.on de hacienda prese~t~ el 81~qient~ dictán;i~J! _r~Jahvo Secretaría del Exmo. Ayuntamiento..... . . . . .
740 88
al presup~~sto de g!lst,os de la admu1,1strac1on de rent, ri.um~~palee, Administracion de rentas municipales.... . . . . . .
1,133~34
que puesto á di~c;u~ipn fué. aprobad?·
..
Gastos de o~ci~a y alumbrado..... . .... ·. . .. . . .
83' 31,
''Se ha ocupado la Junta de Hacienda de la revi~ton de~ pre~u- ,'Empl\m(los Jub1lados,.sueldos..... . . . . . . . . . . . .
246 10
puesto correspondiente al mes entrant~ de M~rzo1_Y,co!llo,,á p~,10; de , ,,
cesantes, 1d.. .. . ............. ....
125 ,,
371 10
haber procuraqo de~apareciese el d~füat .de se1s 1ml tremta.~y do~ P~·
.
.
33 33
sos sesenta v: ocho centavos que en é1res1ulta, no hay!} nqd1do dis1m1- P~ella~ de los ~emed~ods, suddos · • •· · · · · · · · · ·
J
t :i.· ~ l' h
d~
t 'i l 0 '(ras p1as, pensiones, 1 . .. . .. . , . . . . . . . . . . . .
58- ,,·
nui_rlo st~o en una ~equena 1' ~' • 1,ien~ ~ o~ra e sorne er ª ª Iglesia de San Hipólito, culto... ._. ... : . . . . . . . .
41 66
dehberac10n del Cabildo la p1oposicion siguiente.
Ho~ital del Divino Salvador, as1gnac1on.. . . . . .
66 66
Escuelas municipales, sueldos ... . ............ , 306 ,,
Se aprueba el presupuesto del mes de Mar?Oco11 las siguient.~~ modificarentas. . . . . . . . . . . . . . . . .
·155 ,,
511 ,,
ciones:
A- ,
'.
"
útiles.. . . . . . . . . . . . . . . . .
50 ,,
1~ Se prevendrá á la Superiora del Hospital de San ndres, que se sujete
"
á la partida de $ 3,362 para l~sl ~astos ordinarios d~l hoipitalt segtun acuerdo Acade1n'1a de mt'1s1·"" }' d1·buJ·o sueldos
,
140 '' .
del Oabildofecha.20de Enero u timo, en que se prevmo '1uem1en ras que por
...,..
,
······ ··
153 ,,
1
el Ayuntamiento no se hiciese variacion alguna~ los p1:esu~u~stos se b~e~ en
,.
gastos· · · · · · · · · · .,.,.,...__3_
,,
la referida cantidad, aplazál\dose lo!? gastos estram·dmapos para el s1gu1eJ1- Comi;&gt;~fiia
· _Lan~terianaL
,
•
375 n ).
a~ignac\on .........
:.
7,8~¡3 ,, ,
te ;;e.Res_pecto del Hospital de San Hipólito, se suprime la partidJJ, ~e": $/\1 'Polic1a municipal de segundad, se calcul~.. .... .
1,0{)'0 ,,
66 es, que debian erogarse en el culto dé la iglesia, por estar e9nvenl,~~ con Compañía francesa, se calcula.· · · · · · · · · · · · · , ·
el illmo. Sr. Arzobispo que S. Sría. erogará e¡¡e gasto.
Celadores de policía, sueldos.. . ........ ......
440
501 ,,
61 "
3~ Se prevendrá al Administrador d~l mismo' est.ableoimientp, que para
,,
pensiones· · · · · · · · · · · · · · · _ __ _ ,_,
los enfermos se arregle en el mes de Marzo y en los sucésivos, a 18 cs. por Consejo superior de salubridad, asignacion . .. : ..
83 33
persona y á 12 cs. para los depen_dientes y se:vidu11?b~e..
.
80
40
sueldos..... -' ... .. . ............ , . • •
4ª Respecto al Hospicio de Pobres, se prevendra a la s.uper10ra que es- Vacuna,
112 50
32 10
,,
gastos.,
.. .. .... .... ......... . .. : . .
tando suprimido el sueldo del segundo ~apellan, no l~ cons,1dere en los presupuestos sucesivos, y que para los alimentos se senalen a ra.zon de 12 cs. N~ l. Hospital de San Pablo, sueldos . . . ..... .
590 ,,
por persona inclusos los dependientes.
,
2,635 ,,
,,
gastos . . ... .... . 2,045 ,,
5~ Se sudpeude el g~to de vestu~~io mientr!}s ~1 sefior :aegidor cqmisionadó del mismo Hospicio, da la not1c1a que se le tiene ped1~a:
490 97
de San Andrés, sueldos ...... ..
2.
6ª Estando suprimido por acuerdo .del 31 de Ene1'0 proximo pasado el
4,957 16
",
gastos ... .. .... 4,466 19
empleado que espid!! las boletas de ent1err~ para el panteon d_e Santa Paula,
"
no se considera en este presupuesto la partida de sueldo de dicho empleo, y
163 16
de San Juan' de Dios, sueldos .. .
3.
se prevendrá al encargado del mLqmo panteon,.que no lo considere en lo fu.
820 36
657 20
gastos .. ..
"
turo en los presupue~tos.
.
"
"
7~ En el Teopan de.Santiago, la Junta ha acordado que los $ 56 presu237 66
4,
,, de San Hipólito, sueldos . .. . ...
puestados para ocho piezas de manta para c~m~sas de los _niños, se empleen
954 71
717 05
gastos ........
en hílaza para que en los telares del establec1m1ento se teJa la man.ta, y que
"
"
lo que debi'l, gastarse en lana para tejer el canton, se invierta igualme[)te en
351 ,,
5. Hospicio de pobres, sueldos ... ........ .
hilaza para tejer manta.
3,757 75
3,406 75
"
gastos
.............
.
8ª Se prevendrá al Director de obras públicas, que estando dispuesto que
las ;aciones de los presos en las cárceles sean de 12 cs. por perso~a, bajo es66 62
6. Paµteo1; de S{l-n~ Paul~,-sue¡dos ....... .
ta base forme el presupuesto mensual, reduciénaose el del próximo mes en
177 56
gastos
n
.
,r ... .. ... . _ _ 110
_ 94
_
esa proporcion.
8~ Se prevendrá igualmente al G:efe del resguardo nocturno 41!-? se encar469 ,,
7. CQ].egio de San Antonio, sueldos .. . . . .. .
gue de ministrar las luces necesarias en las cárceles, segun la.hsta que al
2,509 62
,,
gastos ........ . 2,040 62
efecto se le acompafien, á. fin de, por este medio, introducir las economías
correspondientes.
891 65
8. Cárceles, sueldos . ... ... ... . , ..... . .. ,
1
8,327 65
,,
gastos ..... . ........ . ...... . 7,436 · '!
El presupuesto á que se refiere la proposicion con el cálculo ,da
ingresos, es el siguiente:
80 ,,
9. Piso del Rastro, sueldos .. . .. . . ...... . .
179 62
92 62
,,
gastos . . . .......... . . .
CALCULODE INGRESOS PARA EL MES DE M.rnzo DE 186¡».
95 40
Petos.
08.
10, Lim_pia &lt;;le ciudad, sueldos... . . . ...... . .
PesosCe'.
2,595 30
2,499 90
,,
gastos
..............
.
Arrendamiento de fincas......... .... ... .... .
. 509 "
3,000 ,,
,,
mercedes de agua . ... ..... . .
11. Alumbrado, sueldos.... . .. ... •• ••••••• 2,792 66
300 ,,
Réditos de capitales ... .. , ......... ; ... , .. . . - ..,
5,592 66
,,
gastos.. .. . . .... • •• • • • • • • • 2,800 ,,
58
,,
,, por obras pías . ..... .. .... .. . .. . ... .
6,000 ,,
Productos de Mercados........ ............. .
272 50
12. Fontanería, sueldos. . . . . . . . . .. • • . , . . .
240 ,,
Fiel-Contraste ... ....... .. .... .
950 90
678 40
,,
gastos
..................
.
.
45(},
,,
"
Piso del Rastro .. ... ........ . . .
500 ,,
"
Loterías, San Hipólito.......... .
555 ,,
13. Obras públicas, sueldos..... .. . .......--.
"
1,200 ,,
,, Hospicio . ....... ... .. .
700 ,,
,,
gasto~ ...... ... . . . . . . . 9,521 88 10,076 SS
"
600 ,,
,, del Panteon de Santa Paula . . . .. ... .
100 60
14. raseos1 sueldos... ... . ... ........ . ... ·
50 ,,
,,
Dos y cuatro por ciento de comisos.
40_
5 90
" . g,astos ....... .. ......... .... .
40 ,,
Distincion de cárceles .... .... ... ; , .. . •..... .
100 ,,
Licencias para obras de fincas .. , .... . ..... .. .
640 24
80 U
15. Mercados, sueldos ...... ... •••: · · · · · · ·
Derechos de licencias........ . ..... .. .... . . .
...
587
19
,,
gastos ... . .... .. • .. • • • • · • ••
200 ,,
Multas.... . ........... .. .......... •. • •• • •

'

•

.

°'·

?ª

----

))

----

l

+

�DIARIO DEL IMPERIO.

332
10. Administracion de coches1 sueldos ...... .
,,
gastos .... . .. .

186 ,,
161 50

34(i 50

17. Fiel.:Contraste, sueldos . .............. . .

125 ,,
87 ,,

212

,,

gastos.... .... . . : ... . . .

A.NUNCXOS.
1UZGADO 7'! )(DOR.-DONCELES Ntlll. 29.

50
JG

Guarda-Rios, ¡ueldo. : ... ... ... .' ........... .
Guarda-Compuertas, 1d . .............. .... ....
Secret$ría de la Junta revisora, asignacicm ..... ,

100

"

ORDEN.

,,
"

D. José .María Gonzalez se presentará en este J ozgado en el perentorio término de ocho
dias, contados desde la primera publicacion de este aviso, s reconocer su firma y cuenta
en un libro de comercio presentádo por D. Rafael Santin, en el juicio que sobre pesos sigue éste contra D. Miguel Garduño, fiador del mismo Gonzalez; apercibido de que le pn•
rars el perjuicio que haya lugar en derecho si no comparece.
México, Abril 7 de 1865.
•
El Juez 7'! menor, Lic. José de Jainaga.
241-3s-1
~

fGastos diversos.

•

•

Por alumbrado de la casa núm. 22, espalda de San
Juan de Dios .. .... .......... . ........ •• . •
Asignacion al barrendero de Corpus-Christi ... l
Tercera parte de multas que corresponden á la /i.d·
ministracion de Fiel-Contraste ....· .. ...... .
Devoluciones por esceso de contribuciones pagadas.
Pagos del importe del 8 al millar ~óbre capitales,
se calcula el valor de libros y papel rayado
mandados hacer el año próximo pasado para uso
de Psta oficina en el presente mío .......... .

1 "
2 25

CONVOCATORIA.

A.ate el Sr. Juez 2'! de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, se ha prelentado

20 ,,
30 ,,

D. Agustín N. Gochicoa, como apoderado jurídico de D'.' lllaría de Jesus Ortega de Solís,
D.ª Soledad Schlafino de Merchau, D~ Guadalupe Garcia de Romo, m Pilar Ortega de

correa y D'.' Soledad Ortega de Palacio, previa la licencia de sus maridos respectivos; de

D.ª Concepcion Garcia, con autorizaciou de su ~adre D. Rafael García, y de D~ Dolores

Sehiafin&lt;, Somoza por medio de su curador D. Erancisco de P. Palacio, con autorizacion
espresa del Juzgado; y por último, de D'.' Luisa, D~ Luisa de la Luz, D. Luis y D. Pedro
288 25 Sehiafino, a'lli como de D. Francisco de P. Ortega. ~
Con estarepresentacion, manifiesta tieua acciones que deducir s las herencias de D. Juan
p edro y D. Manuel Tomas Schiafino, muertos intestados, y las cuales consisten en los de•
rechos s los bienes de D. Simon Schiafiuo, que testó en Granada de España, dejando do'a
tercioa del caud&amp;l á. su hermano D. Juan Pedro,) un tercios su sobrino D. Manuel To.más Schiafino. Que á. fin de justificar el entronque y aflCCndeucia de sus podertl.antes con
los intestados referidos, pide al Juzgado se sirva emplazar por los periódicos á los que se
erean con derechos que deducir contra dichos intestados, bajo al apercibimiento de estilo;
entendiéudos,i la8 dil.igenciaa ulteriores coa el Síndico del Exmo. Ayuntamiento y cou el
816 ,, aboizado clel fisco, por tratarse de la herencia directa de D. Juan Pedro y la trasversal de
D. ~fanuel Tomás Schiafino.
El Sr. Juez ha lieñálado al efecto el término de veinte dias, contados desae la primera
ublicacion de ~ta convocatoria; y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en
~éiico, s 7 de Abril de 1865.-José Maria Ocampo1 Escribano de diligencias.
ó,946 50
'
242-l0a-l

135 ,,

Premio á la Aduana.

Dos por ciénto sobre 800 pesos en que se calcula
el producto de carros de traspMte en las garitas.
Dos por ciento sobre 40,000 peso~ iln que se calcula el producto de derechos municipa.les de tarifa ........ .. .. .......... , .......... .

16 ,,

800 ,,

Aplicacion al fondo del l Opor 100 de amortizacion.
Diez por ciento sobre la suma de 59,465 pesos eu
que se calcula el ingreso efeC'tivo ........ . .. .
Total ..... . ..... .

66,1'21 44

CONVOCATORIA.
Ante el Sr. Juez 5'! de lo civil de esta capital, Lic. D. Jorge Perea, ha presentado un es•
Importa el cálculo de ingresos . . . . 66.088 66
eTito D. Grogorio Lamadrid, manifestando que Bll padre D. José Manuel Lamadrid fallecié
en l\léxico á 28 de Jnlio de 1858, dejando como bienes dos vínculos, uno por parte de p11dre
Idem el de egresos.. . . . . . . . .... 66,121 44
otro por parte de madre, sitos en San Vicente de la Barquera, provincia de Santander en
spaña, y nombrando albaceas y herederos á dicho D. Gregocio Lamadrid, su hermano D.
~
Déficit . . . . . . . . . . 6,032 78
l\lanuel Lamadrid "f Flores, y los hijos de éste. Que habiendo muerto dicho D. Manuel Lamadrid y Flores, é ignorándose la supervivencia y paradero de los hijos de éste, pedia se les
El Sr. Fiscal de Secretaria pidió se consignasen en la acta las con. 11amara por 101 periódicos; npercibiéndoloa, así comos otros cualquiera que se creyeran con
erecho á la sucesion, de que si dentro del plazo que se fijara no comparecian, se entendiciones siguientes á que se han sujetado los lf}eritorios D. Fnmcis- dderia
qu11 renunciaban cualquiera accioa que hubieran podido deducir. Y habiendo el Sr.
co J. Rivera y D. Angel Salgado.
J uez decretado de conformidad, se sirvió señalar el plazo de treinta dias, que sa contarán
esde la primera publicacion de esta convocatoria, para la presentacion referida. Y en
1~ Que no se admite la condiciqn que pone de ocupar la p1'irnera 1•,1eante ed11mplimJe11to
de lo mandado, pongo el presente; advirtiendo que mi despacho está situa.
que ocurra, porque no estando arregladas aún las oficinas, y debiend,, pro- do en los bajos del núm. 7 de la calle de la Moneda.
veerse en breve algunas secciones, seria lo mismo que ofrecerle desde hoy México, Abril 7 de 1865.-Man,.el T de Meneses, Escribano público. 243-lOa-l
COMPAB.ACION.

un empleo fijo.
2~ Que mientras se arreglan las oficinas definitivamente servirá en ,·uanto
se le ocupe, ora sea en la Secretaría 6 en las otras oficinas del Ayun(am iento
8~ Qne si se demora el arreglo general de las oficinas, queda entendido de
que para ascender á la escala de empleos, se necesita, ad1imas de antigüedad
y mérito~, aptitud, honradez, } en algunos casos fianza.
4~ Que persollJI, conocida y abonada, como el Sr. Ruiz que lo presentó
'
acredite su, buena conducta ruiterior.

El Sr. Comisionado de Obras públicas presentó un proyecto dela
direccion de dichas obras públicas.-Se mandó pasar á la Comision
encargada de la compilacion de Ordenanzas.
El Sr. Labastida presentó las siguientes proposiciones:
l. ~ Ninguna convocatorin para proveer cualquiera artículo de consurno
de la ciudad, se espedirá siu espreso acuerdo del Cabildo.
2. ~ El Cabildo no acordará convocatoria alguna sin haber oído á Ja Comision encargada del establecjmiento que se trate de proveer y sin que preriamente se hayau fijado las bases sobre. que se han de celebrar las contratas
Estas proposiciones fueron puestas á discuaion, y despues de un

JUZGADO 8'! KEN'OR.-CORDOBANES NUlC. 8
ORDEY.

En el juicio que ante este Juzgado ha seguido el Lic. D. Francisco Diez de Bonilla contra D. Antonino Cubas sobre pesos, ha recaído un fallo que en su parte resolutiva dice:
u que D. Antonino Cubas pague al actor dentro de ocho dias los setenta y tres pesos que
le ha demandado y los gastos del juicio, éstos con arreglo á la circular de 9 de Setiembre
del año próximo puado; apercibido de ejecucion si no lo verifica: y gue esta determina•
eion se le baga aaber insertándola en el "Diario oficial del Imperio."
l\féxico, Marzo 31 de 1865.-I. Braco.
239-3s-2
JUZGADO 6~ DBOR.-1! MONTERILLA NUllll. 7.
En el juicio que sigue D. Cá.rloa Arocena en representacion de D. M. Legorreta conira
D~ Jesus Castro, he pronunciado la aeatencia que en su parte resolutiva dice á la letul:
"Se condenas D! Jesus Castro á que pague dentro de cinco dias s D.M. Legorreta, los
euarenta r nueve pesos demandados y a que desocupe dentro del mismo plazo; apercibida
de ejecuc1on y lanzamiento si no lo verifica, pagando en el mencionado plazo los ga1to1 le•
galea del juicio, etc." Y por ignorarse el paradero de lR demandada se le hace saber por
e1pr_esente.
M'éxico, Abril 6 de 1865.-Lic. LabaJ..
240-3s-2
JUZGADO 4~ DE LO CIVIL.

largo debate quedaron reprobadas en votacion nominal por diez voDenunciado el inr.estado de D~ arada de la Asuncion Perez Hermosillo, anie el Sr. Juez
tos contra seis, salvando el suyo los Sres. Ortiz Cervantes y Rul.
3~ de lo civil, Lic. D. José María Cordero, se ha nombrado defensor al Lic. D. Francu,co
En seguida este s~ñor hizo la sig_uiente p;roposicion:
lnohu, y depositario de los bienes áD. José Epigmenio Velasco, y mandado se llame por
Siertdo satisfacto1·ias las razones. espuestas para la Comision de Hacienda,
por las cuales se espidió la convocatoria de 23 de Febrero actual¡ y debiéndose presentar al Cabildo las proposiciones que se crean necesarias para, su
aprobación, se confituna en todas sus partes la resolucion.

Esta mocion fué támbien reprobada en vot¡lcion nominal por nueve. votos contra. ocho.
Terminó la sesion á las tres y media de la tal'de.
No asistieron: con licencia el Sr. Payno; sin ella, los Sres. Buck.
Barreiro, Gomez y Parada, y por uo cuidado de familia los Sres. Pi-'
mentel y Galindo.
¡
Es copia. México, Abril 3 de -1866.

senten en el Juzgado á dedn(irlo, dentro de dos meees, contados desde la fecha, con apercibimiento á los que no lo hicitiren, de que les parará el perjuicio á que hubiere lugar en
derecho.
México, Marzo 22 de 1865.-El Escribano público, Antonio Ca1npos de. la Vega.
.
236-3s-3
CITACION .JUDICIAL.

A pedimento de D. Miguel Abelleyra, apoderado de D. Miguel Sanchez Ruiz, tengo
mandado que se cite por los periódicos á D. Antonio Mont-0ya, cuyo paradero se ignora,
para que ocurra á este J uz~ado dentro de treinta d.ias, s contestar en oonciliacion la de•
manda que sobre pesos le tiene puesta el Sr. Abelleyra; apercibido si .no comparece, de
que se dará por intentada la conciliacion.
Jilotepec, Marzo 14 de 1865.-José Anastasio Rego.
238-3s-3

'

El o{icial de Secretar_ía,

. (Firmado) JOSE A

1os periódicos á las personas que se crean con derecho á dichos bienes, á 6n de que se pre-·

1UZGADO 2'! DE LO CIVIL
ORTIZ.

En loe autos que di~ue D. Autouio Barquin contr11,D, Vicente Vaca, sobre pesos, el Sr
Juez 2~ de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que conoce de ellos, ha proveido el auto siguiente:-" Méxi'lO, Marzo 23 de 1865.-Autos citadas las partes, haciéndose al ejecutado
la cit.at;ion por los periódir,os. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Paton.-Lic. M.
Frías, Secretario.''
Y en cumplimiento de lo mandado, cito a. D. Vicente Vaca por el presento.
México, Marzo 30 de 1865.-J. Reynoso, Escribano público.
226-8&amp;-7

ANUNCIOS -OFICIALES.
ADMINISTRAOION GE~RAL DE CORREOS.
INTERESANTE .A.L PUBLICO.

1

El diA 11 del actual, á las once de la mañana, se despacha de esta Adminiatracion · general un estraordinario para Veracruz con la correspondencia que aebe conducir al eaterior el " Paquete frances. '
Lo que se participa al público para su inteligencia y efectoa correepondientes.
.
!ü.tico, Abril 6 de 1865.-Lui, tk la Pe:a.

I

v

IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
B.lJ(II D~

ll~ ACHfff'tlN1 JfUll, 1,

1

�</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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EL

DEL

IMPERIO

DIARIO
•

MEXICO: Lunes 10 de Abril de 1865.

TOIIO l.

NUII. 83.

Por órden del Emperador se acaba de publicar una
primera serie de los decretos y reglamentos en armonía
con el nuevo Estatuto orgánico provisional. Los diferentes Ministros han sido invitados por S. M. á preparar y publicar cuanto antes todo ló que debe completar
un trabajo destinado á ser el vade mecu,m de todos los
habitantes del Imperio.

Uua ley establecerá la organizacion ue los Ministerios y designará
los ramos que hayan de encomendárseles.
Art. 6'? El Emperndor, ademas, oye al Consejo ·de Estado en lo
relativo á la formacion de las leyes y reglamentos, y sobre las con
sultas que estime conveniente dirigirle.
Art. 7'? Un Tribunal especial de cuentas, revisará y glosará todas
las de las oficinas de la Nacion y ct1alesquiera otr-as de interes público que le pase el Emperador.
SUMARIO.
Art. 8'? Todo mexicano tiene dtirecho para obtener audiencia del
PARTE OPICIAL.-Estatuto provlalonal del Imperio Mexlcano.-!\ombramlcnto de Gran Oanclller de
las Ordenes Imperlales.-F.etatutos de la Orden del Agulla MexleaDA.-Estatutos de la Orden de Guada- Emperauor, y para presentarle sus peticiones y quejas.-Al efecto
lope.- Decret-0 creando la Cruz de Sao Carlos para seilol'llS.-ldem aobre medalla del m6rlto civil y militar.
-Idem sobre la Cruz de coDStaocla.-Idem creando una Academia de clenclas.-Creaclon de una Junta
protectora de las clases meoeslerosaa.-Rescripto Imperial aobre lineas teleg,-lflcas.-Creacion de una Ca- ocurrirá á su Gabinete en la forma dispuesta por el reglamento ressa de Caridad.-ldem de un Consejo de bencftcencia.-Nombramlenlo de Oomaodantea de laa Divisiones
terrltorlalea del lmperio.-Decrelo de amnlslfa.-Nombramlenlo de Ministro de Inatruccloo pÍtbllca y Cul- pectivo.
tos.-l,ey de imprenta.-Lista de los lndivlduoa de la Academia de cienclaa.-Id. de la Comislon protectora de las clases mencaterosas.-Id. del Consejo de beoeftcencla.-De los Comisarios lmperiales.-De las perArt. 9~ El Emperador nombra, cuando lo juzgue conveniente y
aonaa condecorad•s.
por el tiempo que lo estima necesario, Comisarios Imperiales que se
colocan á la cabeza de cada una de las ocho grandes divisiones &lt;lel
PARTE OFICIAL,
Imperio, para cuidar del desarrollo y buena administracion de los
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Departamentos que forman cada una de estas grandes divisiones.
A fin de preparar la organizacion definitiva del Imperio, habiendo Nombra, ademas, visitadores para que recorran en Su nombre el
oido á Nuestros Consejos de lli1,i.,tro.; y de :.:litado, DECRETA~IOi;t el Departamento 6 lugar que mer~ ~, ~.?r visitado; ó para que le insiguiente
formen acerca de la oficina, establecimiento ó negocio determinado
que exija eficaz remedio.
ESTATUTO PROVISIONAL DEL IIPERIO MEXICANO.
Las p:-erogativas y atribuciones de estos funcionarios, se estableT1T1JLO L
cen
en el decreto de su creacion.
\
Del Emperador y de la forma de Gobierno.
Art. 1'? La forma de Gobierno proclamada por la Nacion, y acepTITULO II.
tada por el Emperador, es la monárquica moderada hereditaria, con
un Prfncipe católico.
Del Ministerio.
Art. 2'? En caso de muerte ó cualquier otro evento que ponga al
Art. 10. Los Ministros toman posesion de sus cargos en la forma
Emperador en imposibilidad de continuar en el ejercicio del mando,
la Emperatriz, su augusta Esposa, se encargará, ipso facto, de la Re- prevenida en el titulo XVII.
El Emperador da la posesion al Ministro de la Casa Imperial y
gencia del Imperio.
Art. 3'? El Emperador ó el Regente, al encargarse del mando, ju- al de Estado; y éste á sus otros colegas, en presencia del Emperará en presencia de los grandes Cuerpos del Estado, bajo la fórmu- rador.
la siguient~: "Juro á, Dios, por los Santos Evangelios, procurar por Art. 11. Un reglamento 'fija los dias de sesiones ordinarias del
"todos los medios que estén á mi alcance, el bienestar y prosperi- Consejo de Ministros y el órdeo que en ellas debe guardarse. Y otro
" dad de la Nacion, defender su independencia y conservar la 4ite- reglamento establece el buen órden y servicio en los Ministerios, señala los dias y horas de audiencias de los Ministros, y prohibe á. es" gridad de su territorio."
Art. 4'? El Emperndor representa la Soberanía Nacional, y mien- tos in_gerirse en el de;pacho de los négocios que no tocan á sus Detras otra cosa no se decreta en la organizacion definitiva del Impe- partamentos.
Art. 12. Los Ministros son responsables ante la ley y en la forma
rio, la ejerce en todos sus ramos por sí, ó por medio de las autoridaque ella determina, por sus delitos comunes y oficiales.
des y funcionarios públicos.
Art. ó'? El Emperador go~ierna por medio de un Ministerio, com- Art. 13. Ea el caso de ausencia, enfermedad ó vacante de un Ministro, el Emperador designará al que lo deba sustituir, ó autorizará
puesto de nueve Departamentos Ministeriales, encomendados:
por un decreto al Subsecretario del ramo para el despacho temporal
Al Ministro de la Casa Imperial:
de los negocios, en cuyo caso éste concurrirá al Consejo de Minis,, id.
de Estado;
tros, con las mismas prerogativas que ellos.
id.
de Negocios Estranjer_w; y Marina;
",, id. de Gobernacion;
id.
T1T1JLO m
de Justicia;
",, id. de Instruccion pública y Cultos;
Del Consejo de Estado.
,, id. de Guerra;
id.
de Fomento;
Art. 14. La formacion, atribuciones y nombramiento del Consejo .
" id. de Hacienda;
de Estado, son los que determina la ley de su creacion.

.

..

I

�•

334

DIARIO DEL IMPERIO.

TITULO IV.

DIARIO DEL IMPERIO.
TITULO

vm.

..Do los Tribunales.

Art ló. La justicia será administrada por los Tribunales que determina la ley orgánica.
Art. 16. Los Magistrados y Jueces que se nombl'aren con el carácter de inamovibles, no podrán ser destituidos sino en los términos
que disponga la ley orgánica.
Art. 17. Los Magistrados_y Jueces eu el ejercicio de sus funciones judiciales, gozarán de absoluta independencia.
Art. 18. Los Tribunales no podrán suspender la ejecucion de las
leyes ni hacer reglamentos.
Las audiencias de todos los Tribunales serán públicas, á no ser que
la publicidad sea peligrosa para el 6rden y las buenas costumbres,
en cuyo caso el Tribunal lo declarará así por medio de un previo
acuerdo.
Art. 19. En ningun juicio civil 6 cl'iminal habrá mas de dos instancias, sin perjuicio de los recursos de revision y de nulidad que autoricen las leyes.
TITULO V.

'\
Del Tribunal de cuentas:

Art. 20. El exámen y liquidacion de las cuentas de que habla el
art. 7~ se harán por un Tribunal de cuentas con autoridad judicial.
Art. 21. La jurisdfocion del Tribunal de cuentas se' estiende á todo el Imperio. Este Tribunal conoce, con inhibicion de cualquier
otro, de los negocios de su competencia, y no se admite ape1acion
de sus fallos á otro Tribunal.
Resuelve sobre lo relativo á las cuéntas, pero no procede contra
los culpables en ellas, sino que los consigna al Juez competente; mas
si puede apremiar á los funcionarios á quienes corresponda, á la presentacion de las cuentas á que están obligados.
Vigila sobre la exacta observaMia del presupuesto; comunica con
el Emperador por medio del Ministerio de Estado; y sus miembros
y Presidente son nombrados por el Emperador.
TITULO VI.

De los Comisarios Imperiales y Visitadores.

De las Prefecturas marítimas y Capitanías de Puerto.

Art. 27. Habrá Prefe~turas marítimas y capitanías de Puertos,
cuyo número, ubicacion y organizacion determinará una ley.
.Las Prefecturas vigilan la ejecucion de las leyes, decretos y reglamentos concernientes á la ·marina, así como el perfecto ejercicio de
la justicia marítima.
·
Los eapitanes de Puerto están encargados de todo lo concerniente
á la policía de la rada y del Puerto y de la ejecucion de los reglamentos marítimos sobre la navegacion y el comercio.

TITULO l:'X,

De los Prefeet-Os politicos, Subpra.fuct.os y Municipalidades.

{.; I

Art. 28'. Lós Prefectos son los delegados del Empera8or 'para ad~inistrar los Departamentos cuyo gobierno se les encomién'da,
eJercen las facultades que las leyes les demarcan.
Art. 29. Cadá Prefecto tendrá un Consejo de Gobierno departamental, compuesto del funcionario judicial mas ooraoterizado, del
~dministrador de rentas, de un propietario agricultor1 de un coµierciante y de un minero ó industrial, segun mas convenga á los intereses del Departamento.
Art. 30. Las atribuciones del Consejo Departamental son:
I. Dar dictámen al Prefecto en todos los negocios en que lo pida.
II. Premover los medios de cortar abusos é introducir mejoras en
la condi?ion de los pueblos y en la administracion departamental.
ID. Conocer de lo c9ntencioso-administrativo en los términos que
la ley disponga.
•
Art. 31. El Consejo formará un reglamento que fije los días de
sus sesiones y lo demas concerniente á su régimen interior, el cual
podrá desde luego poner en práctica, pero remitiéndolo al I\-Iinisterio de Gobernacion para que sea revisado.
Art. 32. La residencia ordinaria y el asiento del gobierno' del Prefecto setá en la capital de su Departamento, sin que esto obste á'las
visitas frecuentes que deberá hacer á los lugares del mismo Departamento.

y

Art. 22. Los Comisarios Imp_eriales son instituidos tempot·almente para precaver y enmendar los abusos que puedan cometer los funcionarios públicos en los Departamentos; é investigar la marcha que
Art. 33· Los Prefectos serán nombrados por el Emperador, y sus
siga el 6rden adtninistrativo, ejerciendo las facultades especiales que faltas temporales serán cubiertas por el suplente que en cada Deen cada caso les cometa el Emperador en sus instrucciones.
_partamento se designe _Pª~ª reemplazarlo.
Art. 23. Los Visitadores recorren el Departamento; visitan la CiuArt. 34· En c~da D1stnto los Subprefectos son los subdelegados
. que se les senala,
_
.
dad, Tn'buna1 u, Oficma
para mformar
sobre los· del poder Imperial y los representantes y ar1-e,entes de sus respecti.
.
.
vos Prefectos.
•
puntos que 1es demarean susmstrncciones, 6 para enmendar el deterA
minado yerro 6 abuso cometido, cuyo conocímiento y exámen se les
rt. 36· El nombramiento del Subprefecto se hará por el Prefecencomienda. Los Visitadores, ya generales que visitan los Departa- to de~artamental, salva 1~ aprobacion del Ern~e,. ador._
..
-níentos, ya especiales á quienes se fija localidad 6 asunto determiA1_t. 36. Cada. poblac1on tendrá una adm1mstrac10n mummpal
nado, ejercen las facultades solas que les comunica el Emperador en propia Y propormo~a~a al ~úmero de·sus habitantes.
•sus títulos.
Art. 37. La adm1mstrac10n municipal estará á cargo de los Alcaldes, Ayuntamientos y comisarios municipalés.
TITULO VII,
Art. 38. Los Alcaldes ejercerán solamente facultades municipales. El de la capital se1á nombrado y removido por el Emperador,
Del Cuerpo Diplomático y Consular.
los dernas por los Prefectos en cada Departamento, salva la ratificaArt. 24. El Cuerpo Diplomático representa, conforme á la ley, en cion soberana. Los Alcaldes podrán renunciar su cargo despues de
el estranjero al Gobierno Imperial, para defender vigorosamente y un año de servicio.
velar por los intereses y derechos de la Nacion, procurar su mayor
Art. 39. Son atribuciones de los Alcaldes:
prosperidad y proteger especial·y eficazmente á los ciudadanos me1~ Presidir los Ayuntamientos.
•.
.
xieanos.
2~ Publicar, comunicar y ejecutar las leyes, reglamentos 6 dispo• ·
Art. 2ó. El Cuerpo Consular protege el comercio nacional en siciones superiores de cualquiera clase.
paie estranjero, y coadyuva á su prosperidad conforme á la ley. ·
3~ Ejercer en la Municipalidad las atribuciones que le encomienArt. 26. Una ley -especial arreglará el Cuerpo Diplomático y da la ley.
Consular.
4~ Representar judicial y estrajudicialmente la Municipalidad,
\

\

335

contratando por ella y defendiendo sus intereses en los términos que
Hácia el Oriente, el Golfo de '1:éxico, el mar de las Antillas y el
prevenga la ley.
establecimiento inglés de Waliz,., encerrado en los límites que le fi.
Art. 40. El Emperador decretará las contribuciones municipales jaron los tratados de Versalles;
con vista de los proyectos que formen los Ayuntamien~os respectiHácia el Sur, la República de Guatemala en las líneas que fijará
vos. Estos proyectos se elevarán al Gobierno por conducto y con in- un tratado definitivo;
forme del Prefecto del Departamento á que la municipalidad corresHácia el Poniente, el mar Pacffico, quedando dentro de su demarcacion el mar de Cortés 6 Golfo de California;
ponda.
Art. 41. En las poblaciones que escedan de veinticinco mil ha- Toda.s las islas que le pertenecen en los tres mares;
bitantes, los Alcaldes serán auxiliados en sus labores y sustituidos El mar tenitorial conforme á los principios reconocidos por el deen sus faltas temporales, por uno 6 mas tenientes. El número de es- recho de gentes y salvas las disposiciones convenidas en los t ratados.
tos se determinará conforme á la ley.
Art. 42. En las poblaciones en que el Gobierno lo estime conve- Art. ó2. El territorio nacional se divide, por aho1'a, para su adniente, se nombrará un letrado que sirva de Asesor á los Alcaldes y ministracion, en ocho grandes divisiones; en cincuenta Departamenejerza laa funciones de Síndico procurador en los litigios que deba tos; cada Departamento en Distritos; y cada Distrito en Municipasostener la municipalidad. Este Asesor percibirá sueldo de la muni~ lidades. Una ley fija el número de Distritos y Municipalidades, y su
respectiva circunscripcion.
cipalidad.
Art. 43. Los Ayuntamientos formarán el Consejo de Municipio,
serán.elegidos· popularmente en eleccion directa, y se renovarán por
i.
'l.ITULO XIII.
mitad cada afio.
Art. 44. Una ley designará las atribuciones de los funcionarios
De los mexicanos.
municipales, y reglamentará su eleccion.
,
Art. ó3. Son mexicanos:
Los hijos legítimos nacidos de padre mexicano dentro ó fuera del
territorio del Imperio;
TITULO X.
Los hijos legítimos nacidos de madre mexicana, dentro 6 fuera del
De la division militar del Imperio.
territorio del Imperio;· ,,,/i_;;;,,4.f. ~ ,-u· ~ 7
.
Art. 4ó. El territorio del Imperio se distribuirá, conforme á la Tr◊s estranjeros naturalizados conforme á las leyes;
ley, en ocho divisiones militares, encomendadas á Generales 6, Gefes "tos hijos nacidos en México de padres estranjeros, que al lleganá
la edad _de veintiun años, no declaren que quieren adoptar la nacionombrados por el Emperador.
,
Art. 46. Corresponde á los Gefes que mandan las divisioneé ter- nalidad estr'1njera;
Los nacidos fuera del territorio del Imperio, pero que establecidos
ritoriales, la sobr~vigilancia enérgica y const~nte de los cuerpos
puestos bajo s~s órdenes; la observancia de los reglamentos de poli- en él antes de 1821 j urai-on _llli acta de Independe_ncia.
Los estranjeros que adquieran en el Imperio propiedad territoria1,
cia, de discipUna, de administracion y de instruccion milital', cuidando con eficaz empeño de toqo lo que interesa al bienestar del sol- de cualquier género, por el solo hecho de adquirirla.
Art. ó4, Los mexicanos están obligados á defender lqs derechos é
dado.
intereses de su patrm..
Art. 47. Un reglamento militar especial determinará las facultades en e1 mando y relaciones entre los Gefes de divisiones con las
TlTULOXIV.
fuerzas en,movimiento.
Art. 48. La autoridad militar respetará y auxiliará siempre á la
De los ciudadanos.
autoridad civil: nada _podrá exigir á los ciudadanos, sino por medio
de ella, y no asumirá las funciones de la misma autoridad civil, sino
Art. M. Son ciudádanos, los que teniendo la calidad de mexicaen el caso estraordinario de declaracion de estado de sitio, segun las nos Jetrnan adetnas las siguientes:
prescripciones de la ley.
Haber cumplido veintiun años de edad;
Art. 49. En las plazas fuertes, campos retrincherados, 6 lugares
Tener un modo honesto de vivir;
en que sea necesario publicar la ley marcial, 6 que se declare el esNo haber sido condenados judicialmente á alguna pena infamante-.
tado de sitio, una disposicion especial designará las garantfa~ que
Art. ó6. Los ciudadanos están obligados áfoscribirse en elpadron
han de gozar sus habitantes.
de su municipaJidad y á desempeñar los cargos de eleceion popular,

,

TITULO XI.

De la Direccion de Obras Públicas.

Art. óO. · La direccion de obras públicas ejercerá su vigilancia sobre todas las que se ejecuten, á fin de precaver los peligros de su
construccion. Una ley determinará su organizacion y facultades.

TITUI.O Xll.

cuando no tengan impedimento legal.
Art. ó7. Se suspenden 6 pierden los derechos de mexicano y ciudadano y se obtiene la rehabilitacion en los casos y forma que d.i&amp;pone la ley.
TITULO XV.

De las garantias individuales.

Art. ó8. El Gobie·rno del Emperador garantiza á todos los habitantes del Imperio, conforme á las prevenciones de las leyes respectivas:

Uel Territori'I de la Nacion.

t

Art. ól. Es territorio mexicano la parte del continente septentrional americano, que limitan:
Hácia e1 Norte las líneas divisorias trazadas por los convenios de
Guadalupe y la Mesilla, celebrados con los Estados-Unidos;

La igualdad ante la ley;
La seguridad personal;
La propiedad;
El ejercicio de su cul!i&lt;);
La libertad de publicar sus opiniones.

..

�336 .

-t.er Suplemento al núm. 83.

DIARIO DEL IMPERIO.

. Art. 59. Todos los habitantes del Imperio disfrutan de los derechos y garantias, y están sujetos á \!ts obligaciones, pago de impuestos, y demas deberes fijados por las leyes vigentes 6 que en lo sucesivo se espidieren.
Art. 60. Ninguno será detenido sino por mandato de autoridad
competente, dado por escrito y firmado, y solo cuando obren contra
él indicios suficientes para presumirle autor de un delito. Se esceptúa el caso de delito infraganti, en el que cualquiera puede aprehender al reo para conducirlo á la presencia judicial 6 de la autoridad
competente.
Art. 61. Si la autoridad administrativa hiciese la aprehension, de, berá poner dentro de tercero dia al presunto reo á disposicion de la
que deba juzgarle, acompañando los datos correspondientes; y si el
juez encontrare mérito para declararlo bien preso, lo hará, á mas
tardar dentro de cinco dias, siendo caso de responsabilidad la detencion que pase de estos ténn.inos.
Pero si la aprehension se hiciere por qelitos contra el Estado, 6
que perturben el órden público, la autoridad administrativa podrá
prolongar la detencion hasta dar cuenta al Comisario Imperial, 6 al
Ministro de Gobernacion para que determine lo que convenga.
Art. 62. Ninguno puede ser sentenciado, sin@ en virtud de leyes
anteriores al hecho porqiae se le juzgue.
Art. 63. No será cateada la casa, ni registrados los P.apeles de ningun individuo, sino en -virtud de mandato por escrito y en los casos
y con los requisitos literalmente prevenidos por las leyes.
.Árt. 64. No existiendo la esclavitud, ni de hecho ni de derecho en
el territorio mexicano, cualquier individuo que lo pise, es libre por
solo ese hecho.
Art. 65. En todo juicio criminal, el acusado tendrá derecho a que
- se le haga saber el motivo del procedimiento y el nombre del acusador si lo hubiere. Tambien lo tendrá para exigir que se le faciliten,
concluido el sumario, lo.s datos del proceso que necesite para preparar sus descargos.
Art. 66. Las cárceles se organizarán de modo que solo sirvan para asegurnr á los reos, sin exacerbar innecesariamente los padecí..
mientos de la p11s1on.
\
Art. 67. En las cárceles habrá siempre separacion entre los formalmente presos y los simplemente detenidos.
Art. 68. La propiedad es inviolable y no puede ser ocupada sino
por causa.de utilidad pública comprobada, mediante previa y competente indemnizacion, y en la forma que dispo.nen las leyes. ·
Art. 69. A ninguno pueden exigirse servicios gratuitos ni forzados,
sino en los casos que la ley disponga.
Art. 70. Nadie puede obligar sus ~ervicios personales, sino temporalmente, y para una empresa determinada. Los menores no lo
pueden hacer sin la intervencion de sus padres 6 curadores, y á falta
.de·ellos, de la autoridad politica.
·
Art. 71. Queda prohibida para siempre la confiscacion de bienes.
Art. 72. Todos,los impuestos para la Hacienda del Imperio serán
generales y se decretará~ anualmente.
Art. 73. Ningun impuesto puede cobrarse sino en virtud de una
lE:y.
Art. 74. Ninguna carga ni i~puesto municipal puede establecerse
sino á propuesta del Consejo Municipal respectivo.
Art. 75. Njnguna exencion ni modificacion de impuestos puede
.hacerse sino por una ley.
Art. 76. A nadie puede molestarse por sus'opiniones ni impedírsele que las manifieste por la prensa, sujetándose á las leyes que reglamentan el ejercicio de este derecho.
Art. 77. Solamente por decreto del Emperador, 6 de los Comisarios Imperiales, y cuando lo exija la conservacion de la paz y 6rden público, podrá suspenderse temporalmente el goce de algunas
de estas garantias.

.

MAXIMILIANo' EMPERADOR DE MÉXICO:
Considerando las ventajas consiguientes á la reunion de todas
las 6rdenes imperiales, así como la de las medallas del mérito
civil y del militar en una misma persona,
.
Nombramos á D. Juan N. Almonte, Nuestro Gran Manscal y
Ministro de la Casa Imperial, Gran Canciller de la Orden de
Guadalupe, de conformidad con.sus nuevos Estat~~s, y relevando de este cargo á todos los llllembros de la com1s10n actual.
Encargamos ademas al Gran Canciller de las 6rdenes imperiales las medallas del mérito civil y militar, y todo lo concernient; á licencias par~ usar condecoraciones estranjeras.
Dado en Chapultepec, á 10 de Abril-de 1865.

TITULO XVI.

Del Pabellon Nnoional.

Art. 78. :Cos colores del pabellon nacional son el verde, blanco y
rojo. La colocacion de estos, las dimension·es y adornos del pabellon
imperial, del de guerra, del nacional, del mercante y del gallardete
de marina, asi como el -escudo de armas, se detallarán en una ley
especial.
TITULO

xvn.

(Firmado) M'AXIMILÍANO.
Por el Emperador,
El Ministro de Negocios Estranjeros, encargado del Ministerio dti Estn&lt;lo,

De 111 poaesion de loa empleos y funciones públicas.

Art. 79. Todos los empleados y funcionarios públicos tomarán posesion de sus cargos compareciendo ante la autoridad que deba dársela conforme á la ley. La autoridad los interpelará en estos términos:
¿Aceptais el empleo de (aquí su denominacion) que se os ha confiado con los deberes y atribuciones que le correspo!)de? La respuesta
para quedar en posesion, deberá ser "Acepto." En seguida la autoridad pronunciará esta fórmula: "Queda N. en posesion del empleo
de ...• y responsable desde ahora á su fiel y exacto desempeño.
TITULO

xvm.

De la observancia y reforma del Estatuto.

Art. 80. Todas la.a leyes y decretos que en lo sucesivo se espidieren, se arreglarán á las bases fijadas en el presente ~statuto, y las
autoridades quedan reformadas conforme á el. .
Art. 81. Sin perjuicio de regir desde luego cuanto el Estatuto y
sus decretos y leyes concordantes determinan, las autoridades y funcionarios públicos deberán, dentro de un año, elevar al Emperador
las observaciones que su buen juicio, su anhelo por el mejor servicio y la espet'iencia les sugieran para que se pueda alterar el Estatuto en todo aquello que convenga al mayor bien y prosperidad
del pais.
Cada uno de nuestros Ministros queda encargado de la ejecucion
de esta ley en la parte que le concierne, debiendo espedir á la mayor brevedad los reglamentos necesarios ~ara su exacta observancia.
Dado en el Palacio de Chapultepec, á diez de Abril de mil ochocientos sesenta y cinco.
MAXIMILIANO.

DIARIO DEL IMPERIO.

José F. 'Q,amirez.

··-··
ESTATUTOS

El lllnistro de la Guerra;

JosÉ F. RAMIBEZ.

El Minletro de Justicia,

El Ministro de Foment.o,

Lcns ROBLES PEZUELA.

Ju.AN DE D. PEZA.

PEDRO DE ESCUDERO Y ECHANOVE,

El Uinlstro de Goberoaclon,

JosÉ M. CORTÉS Y EsPARZA,

El Subsecretario de Hacienda,

FÉLIX CAMPILLO.

TITULO

m.

ADMISION EN LA ÜRDEN.

/

UE LA

&lt;

ORDEN IMPERIAL DEL AGIDLA MEXICANA.

Art. 12. Las condecoraciones de todas clases del Aguila me~~ana, se conferirán sin propuesta por Nuestra espontánea deCIS10n.

Art. 13: Se conferirán por hechos brillantes y honrosos de
todas
clases, por servicios distinguidos civiles 6 militares, y por
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MÉXICO:
obras y publicaciones eminentes en las ciencias y en las artes.
Visto nuestro decreto de l 9 de Enero instituyendo la Orden
Art. 14. Concederemos los grados en la Orden á la persona
del Aguila Mexicana, y el de la misma fecha encargando á D. q~~ haya merecido la condecoracion, segun sus méritos y serJuan N. Almonte, Gran Canciller de ella, la formacion de sus v1c10s .
Estatutos, DECRETAMOS lo siguiente :
Art. 15. Los diplomas firmados por Nos serán refrendados
por el qran Canciller, quien hará la comunicacion corresponTITULO l.
diente á los agraciados, enviándoles las insignias y el nombramiento.
Su ORGANIZAOION Y OOMPOSIOION.
TITULO IV.

Art. 19 La Orden del Aguila mexicana se instituye para recompensar el mérito sobresaliente, y los servicios estraordinatj.os hechos al Estado y á Nuestra persona.
Art. 29 El Emperador reinante, 6 la Regencia gobernando en
su nombre, es Gefe Soberano y Gran Maestre de la Orden.
Art. 39 .El Aguila mexicana se compone de Caballeros, Oficiales, Comendadores, Grandes Oficiales, Grandes Cruces, y
Grandes Cruces con Collar.
Art. 49 El número de Caballeros es ilimitado; el de Oficiales
de doscientos; el de Comendadores de cien; el de Grandes Oficiales de cincuenta; el de Grandes Cruces de veinticinco; el de Cruces con Collar de doce.
Art. 59 Los estranjeros no están incluidos en este número.
Las Grandes Cruces con Collar se darán esclusivamente, fuera
del país, á los Soberanos.
·
Art. 69 Cada miembro de la Orden recibe sus insignias con
el nombramiento.
TITULO II.

El Mlnllltro de Negocios estranjeros
~• encargado del de Estado,

'

doble círculo de piedras rojas y verdes. Los Grandes Cruces
llevan una cinta de moiré ancha, verde y roja, en forma de banda, pasando por el hombro derecho, y de la cual pende una águila semejante á la de los C.omendadores, llevando ademas al lado izquierdo del pecho, una placa semejante á la de los Grandes Oficiales.
Art. 10. El Collar es de oro, y formado de una doble cadena, en la cual se alternan el águila en la forma indicada y de
treinta milímetros de altura, y Nuestra cifra. Esta cadena sirve
para sostener la condecoracion, de la misma forma y dimensiones que la Gran Cruz.
En el traje comun, los condecorados con Collar tienen derecho á llevar el águila con la corona en dimensiones reducidas,
y suspendida al cuello de un cordon negro.
Art. 11. En todo acto oficial, los miembros de la Orden llevarán la condecoracion.
En todos los otros casos, los Caballeros de la Orden llevarán
una cinta simple en el ojal de la casaca, y los otros grados una
roseta.

,

/

337

FoRMA DE LAs ooNDEoonAoIONEs Y MODo DE usARtAs.

,
Art. 79 La condecoracion representa el águila mexicana con
las alas desplegadas, descansando sobre un nopal y desgarrando la serpiente de la discordia intestina. Portará en la cabeza
la corona imperial, y tendrá cruzados sobre el pecho el cetro y
la espa,da, representando la equidad en la justicia.
Art. 81? El águila será de plata para los Caballeros, y de oro
para los demas grados. Su altqra total de 45 milímetros para
los Caballeros y Oficiales, y de 55 para los Comendadores y
Grandes Cruces.
. Art. 99 Los Caballeros llevarán la condecoracion pendiente de
una cinta de moiré verde y rojo , colores escogidos de los de la
gloriosa bandera de la Independencia, sin roseta, al lado izquierdo del pecho. Los Oficiales la llevan en el mismo lugar, con la
misma cinta, pero con una roseta. Los Comendadores la llevan
al cuello, pendiente de la ~isma cinta un poco mas ancha que
la de los Caballeros y Oficiales. Los Grandes Oficiales llevan
·sobre el pecho~ al lado derecho, nn~ placa 6 estrella de plata de
ocho rayos abrillantad?s ,. con una p1edr~ verde en la estre~dad
de los cuatro rayos prmc1pales. El águila que ocupa el centro
será de quince milímetros de altura sobre fondo de oro, con un

DE Los

eoNoREs.

Art. 16. Los militares de tierra y de mar y los miembros de
su administracion, serán condecorados en la revista.
Art. 17. Se, terciarán las armas á los Caballeros de la Ord~n,
y se presentaran á los Coll~res, Grand~s Cruces, ~ra~d~s Oficiales, Comendadores Y Oficiales revestidos de sus ms1gmas. ,
, A los Colla!es y Grandes Cruces se harán los hono~·es funebres que se ~Jarán en los reglamentos ~o?r.e la !11atena; á los
Grandes Oficiale los de Gen~rales,de D1v1s10~; a los Comendadores los de Generales de Bngad~; á los Oficiales los de Coro- .,
neles; á los Caballeros lo~ ?e Capitanes. Esos honores se har~n
por la tropa _de la guarrucion 6 la fuerza rural Y gendarmeria
donde la hubiere.
TITULO V.
D1so1Pt1NA DE 10s mEMBRos DE LA. ORDEN.

Art. 18. La calidad de miembro del Aguila mexicana, se
pier~e por las mismas causas que hacen perder la de ciudadano
me:xicano,..
Art. 19. 'Los Ministros de Justicia, de Guerra, de Negocios
Estranjeros y Marina, trasmitirán al Gran Canciller copias de todos los juicios en materia criminal, correccional y de policía,
relativos á miembros de la Orden.
Art. 20. Los Gefes militares de tierra y mar darán á los Ministros de Guerra, de Negocios Estranjeros y de Marina, noticia circunstanciada de las penas graves de disciplina que se impusieren á los miembros de la Orden pertenecientes á sus Departamentos.
Los Ministros trasmitirán copia de estos informes al Gran
Canciller.
Art. 21. El Sargento, soldado 6 marinero en activo servicio,
que fuere Caballero de la Orden, no podrá ser dado de baja sin
la previa autorizacion de los Ministros de Guerra, Negocios Estranjeros 6 de Marina, cada uno en su caso, los cuales no podrán
dar dicha autQrizacion, sino despues de haber informado al Gran
C{l,nciller, quien recibirá las 6rdenes de! Emperador.
Art. 22. El Emperador puede eschnr de la Orden, cuando
la naturaleza del delito 6 la gravedad de la pena pronunciada
correcoionalme'J!te, hagan esta medida necesaria.
.
j

�TITULO VI.
.:lDMIÑl$1'&amp;AOION.

Art. 23. La administracion de la Orden estará al cargo del
Ministro de la Casa Imperial, con el título de Gran Canciller.
Comunicará directamente con Nos sobre los asuntos de la Orden, y concurrirá al Consejo de Ministros cada vez que lo juzguemos oportuno, ·para discutir las cuestiones que ocurran sobre ella.
Art. 24. Un Secretario nombrado por Nos se agregará á la
Gran Cancillería. El Secretario firmará en caso de ausencia ó
enfermedad del Gran Canciller, y lo representará.
Art. 25. El Gran Canciller conservará el sello de la Orden. Este figurará las armas del Estado, teniendo alrededor la leyenda:
ce Gran Cancillería de la Orden Imperial del Aguila Mexicana.&gt;&gt;
Art. 26. El Gran Canciller está encargado de todo lo concerniente á licencias para usar condecoraciones estranjeras, y de
la espedicion de diplomas é insignias de condecoraciones nacionales y medallas del mérito civil y militar.
Art. 27. El Gran Cancillei· nos presentará:
l &lt;?-Los informes, proyectos de decretos, reglamentos y decisiones concernientes al ce Aguila Mexicana. »
29-Recibe Nuestras órdenes respecto de las Ordenes estranjeras conferidas á mexicanos.
39-Trasmite la autorizacion de portarlas.
49-Presenta anualmente el presupuesto de los gastos de la
Orden, al Emperador.
•·
Art. 28. El Tribunal de Cuentas está encargado del ajuste y
arreglo de las cuentas y gastos anuales de la Orden.
Art. 21!: Al Gran Canciller toca vigilar la observanciá de los
Estatutos y reglamentos de la Orden.
Art. 30. Se publicará todos los años, bajo la direcciqn de la
Gran Cancillería, un «Anuario,, en que consten los miembros de
la Orden; los de la Orden de Guadalupe, y los condecorados con
las medallas del mérito civil y militar, así como tambien la lista de condecoraciones estranjeras concedidas á mexicanos legalmente autorizados.
Nuestro Ministro de Estado y el Gran Canciller quedan encargados de la ejecucion de los presentes Estatutos.
Dado en el Palacio de Chapultepec, á 10 de Abril de 1865.

/

MAXIMILIANO.

MAXIMILiflNO, EMPERADOR DE MÉXICO:
Queriendo modificar los Estatutos de la Orden de Guaclaiupe,
DECRETAMOS lo siguiente :
TITULO L
Su

ORGANlZAOION Y OO:\IPOSIOION.

Art. 19 La Orden de Guadalupe tiene por objeto ,recompen:sar el mérito distinguido y las virtudes cívicas.
·
Art. 29 El Emperador reinante ó la Regencia go1;&gt;er3tfndo en
su nombre, es gefe soberano y Gran Maestre de la Orden.
Art. 39 La Orden se compone de Caballeros 1 Oficiales, Comendadores, Grandes Oficiales y Grandes Cruces.
Art. 49 El número de Caballeros es, ilimita.do; el de Oficiales quinientos, el de Comendadores doscientos, el de Grand~s
Oficiales ciento y el de Grandes Cruces treinta.
·
Las cruces concedidas á estranjeros no están comprendidas
en estos números.
( · ·
Cada miembro de la Orden recibe sus insignias con. el nombramiento.
·
TITULO II.
FORMA D;E LA OONDE~ORAOION Y .llODO

DJ/ USARLA.

un lado una palma y por el otro un tamo de oliva; afrededor de
la elipse, el lema: «Religion, Independencia, Union,» y al reverso en letras esmaltadas esta leyenda: ce Al mérito y virtudes.&gt;&gt;
Art. 69 Los Caballeros llevan la condecoracion pendiente de
una cinta de moiré violeta y azul, sin roseta, al costado izquierd~ del p~cho. Los Oficiales la llevan en el mismo lugar, con la
misma cmta, pero con una roseta. Los Comendadores la llevan
al cuello pendiente de la misma cinta, un poco mas ancha que
la de los Caballeros y Oficiales. Los Grandes Oficiales llevan
sobre el pecho, al lado derecho, una placa de oro de ocho puntas, teniendo en medí~ la condecoracion de la misma forma y
una· corona de lanzas igualmente de oro bajo dicha cruz. Los
Grandes Cruces llevan una cinta ancha de moiré violeta y azul,
pasada por el hombro derecho y de ella pendiente la condecoracion semejante á la de los Comendadores; portarán ademas al lado izquierdo del pecho una placa semejante á la de los Grandes
Oficiales.
Art. 79 El collar es de oro y forínádo de una doble cadena
en la cual se alternan el águila de 30 milímetros y las cifra~
A. I., iniciales de su ilustre fundador, encerradas en una corona
~e palmas y laurel. Esta cadena sirve para sostener la condecoracion de la misma forma y dimensiones que la Gran Cruz. Solo se usará en las grandes solemnidades, tales como el dia de
Nuestra Señora~de Guadalupe, llevándose entonces la banda.
En todo acto oficial los miembros de la Orden llevarán la
condecoracion. En todos los otros casos, los Caballeros llevarán
una simple cinta en el ojal de la casaca y los otros grados una
roseta.
TITULO ID.

Estranjeros y Marina, trasmitirán al Gran Canciller copias de
todos los juicios en materia criminal , correccional y de policía,
relativos á miembros de la Orden.
Art. 18. Cada vez que pase una_c~usa en.apelacion _sobre materia criminal correccional 6 de policia relativa á un IDiembro de
· la Orden el Procurador General del Tribunal respectivo, dará
inmedia~mente cuenta de ello al Ministerio de Justicia, el cual
informará de lo ocurrido al Gran Canciller de la Orden.
Art. 19. Los Tribunales , tanto civiles como militares, no pueden mandar ejecutar ni~guna pena i!1Íail_lante contta un miembro
de la Orden sin la previa degradamon.
Art. 20. Para esta degradaciQn, el Presidente del 'fribunal
en que se cause la ejecutoria, pronunciará inmediatamente despues de la lectura de la sentencia, la fórmula siguiente: ce Os habeis hecho indigno de llevar la condecoracion de la Orden de
Guadalupe; en nombre de la Orden declaro que cesais de formar
parte de ·ena. ,,
Art: 21. Los Gefes militares de tierra y mar darán á los Ministros de Guerra, de Negocios Estranjeros y de Marina, una
noticia circunstanciada de las penas gra.ves de disciplina, que se
hayan impuesto á los miembros de la Orden que estén bajo sus
órdenes. Los Ministros pasarán copias de estos informes al Gran
Canciller.
Art. 22. Los sargentos, soldados y marineros condecorados,
no podrán ser dados de baja sin la autorizacion de los Ministros
de Guerra y de Marina, los cuales en sus casos respectivos, no
podrán darla sino despues de haber informado al Gran Canciller,
quien recibirá las órdenes del Emperador s9bre este particular.
'
)

,

/

TITULO V.

ADMISION EN LA ÜRDEN.

Art. 89 El mexicano que reuna las condiciones espresadas en
el primer artículo, puede ser agraciado con la Cruz de Guadalupe.
Los nombramientos se harán el 12 de Diciembre fiesta de
Nuestra Señora de Guadalupe, y él 6 de Julio, cumpleaños del
Emperador, ademas de las condecoraciones que se concedan por
circunstancias especiales.
Art. 99 En_ el mes que .precede á cada una de esas épocas,
el Gran Canciller determmará en el Consejo de la Orden, el
cuadro de las vacanteij, conforme al art. 4&lt;?, y recibirá las órdenes del Emperador para la distribucion que deba hacerse entre
los diversos Ministerios.
Art. 10. De conformidad con la nota que el Gran Canciller
pasará á los Ministros, enviarán estos las listas de las personas
que juzguen merecer la condecoracion.
Art. 11. Con vista de las listas, el Gran Canciller formará un
proyecto de decreto, que someterá á la aprobaeion del Emperador.
Ar~. 12. Los militares ,d~ tien:a y mar de toda graduacion y
los IDie.mbros de las admmistrac10nes que dependen de ellos,
serán condecorados en el acto de la revista.
Art. 13. No podrán portarse simultáneamente con las Ordenes y Medallas nacionales concedidas por el Emperador, ninguna
condecora~ion estranjera, sin la autorizacion delgefe del Estado,
commúcada por el Gran Canciller.
Art. 14. Los centinelas terciarán las armas á los oficiales y
Caballeros de la Orden y las presentarán á los Grandes Cruces
Grandes Oficiales y Comendadores , revestidos de sus insignias~
Los Grandes Cruces recibirán los mismos honores fún~bres
que los ge?erales de divisio,n; los Grandes Oficiales los de generales de brigada; los Comendadores los de cQroneles; los oficiales
los de capitanes; los Caballeros los de tenientes.
Estos honores se liarán por la tropa de la g11arnicion, 6 la
füerza rural, ó la gendarmeria, donde la hubi~re.
Art. 15. El Canciller comunicará á cada Caballero su nomb:a~ento con la indicacion de su fecha, acompañándole las ins1gruas.

TITULO IV.
Art. 59 La oondecoracion es una cruz de oro de cuatro brazos esmaltados de los tres colores de la bandera nacional teD1sotPLINA DE LOS MIEMBROS DE LA ÜRDBN.
niendo en el centro una elipse esmaltada de verde en el f;ndo
de -ésta la Imá~en de Nuestra Señ~ra de Guadalupe sobre cam- Ar~. 16. La calidad' de miembro de la. Orden se pierde por
po blanco. Enclllla del brazo ~upenor de la cruz una ·águ.ila so- las IDismas causas que hacen perder la de cjudadano mexicano.
bre el nopal con la corona imperial, y del brazo inferior sale por Art. 17'. Los Ministros de Justicia, de Guerra, de Negocios~

y

339

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

338

Art. 31. Al Gran Canciller y al Consejo les toca vigilar la
observancia de los estatutos y reglamentos de la Orden.
El Consejo dará su parecer:
19 Para la distribucion de nombramientos y promociones ~n
la Orden entre los diversos ministerios.
29 Sobre la formacion y distribucion de su presupuesto.
39 Sobre la correccion de los miembros de la Orden.
49 Sobre todas las materias que el Gran Canciller le consulte.
Art. 32. Quedan derogados los antiguos estatutos.
Nuestro Ministro de Estado queda encargado de la ejecucion
de este .decreto.
Dado en el Palacio de Chapultepec á 10 de Abril de 1865.
'MAXIMILIANO.
Por el Emperador,
F.I Ministro de Negocios Estrnnjeros, encargado del Ministerio de F.stado,

Ramirez.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MÉXICO:
Queriendo distinguir y premiar en nuestra patria la virtud
y la piedad femenil, y hacer brillar los méritos que contrae la
mujer en el yasto campo de la instruccion, en las obras de ca.:
tidad cristiana y en las pruebas de generosidad y de abnegacion que da á los desgraciados, Hemos determinado fundar, en
union de la Emperatriz, Nuestra Augusta Esposa, una Orden ·
especial con el nombre de San Cárlos, ilustre patrono de la Emperatriz y glorioso modelo de las grandes virtudes cristianas, la
baridad,)a._humildad y el amor del prójimo. Al efecto DECREhi10s lo siguiente.:

.:lDJ\UNI.STRAOION DB LA ÜRDEN.

TÍTULO UNICO.

Art. 23. La administracion de la Orden está encargada al Ministro de la Casa Imperial, con el título de Gran Canciller, qtúen Art. 1&lt;? Se instituye una Orden para Señoras, con-el nombre
se entenderá directamente con Nos, sobre este asunto y tomará tle San Cárl0s, la cual servirá para distinguir y para premiar el
asiento en el Consejo de Ministros cada vez que Nos lo juzgue- inéiito femenil y los actos de caridad, de abnegacion y desptenmos oportuno, para discutir, cuestiones de la Orden.
· to.
á u·iIDien
.
,
Art. 24. Un Secretario nombrado por el Emperador estar
Art. 29 Se coneéderá la condecoracion por el Emperador y
agregado á la Gran Cancillería. Representará y firmará por el por la Emperatriz conjuntamente.
Gran Canciller eri sus ausencias 6 enfermedades.
Art. 39 La Orden se compone de dos clases : ,
Art. 25. El Gran Canciller conservará el sello de la Orden.
Este represeJ!_tará las armas del Estado con la siguiente leyenda
1~ De la Gran Cruz.
alrededor: «Gran Cancillería de la Orden Imperial de Guada2~ De la Pequeña Cruz.
· lupe · )J
La Cruz será de esmalte verde y forma latina. Llevará en el
Art. 26. El Gran Canciller está encargado de todo lo concer- anverso el lema «Humilitas,)&gt; divisa de San Cárlos Borromeo,
niente á licencias para usar condecoraciones estranjeras y de la y en el reverso, ce San Oá?'los. ,, Estará incrustada en una cruz de
espedic~on de los diplomas Y de las i~ig~~ de ~~ndecoracio- la misma forma, en esmalte blanco, con las estremidades termines nacionales, y de _meda~as del mérito ,civil y militar.
nadas en floron.
27._ El. Gran ~anciller presentara al _Gefe del Estado:
La Gr~n Cruz tendrá 63 milímetros de altura, y se portará
. ~ Los 1nfo~11;es, prn_yectos de decretos, rngl~mentos Y de- pendiente de la estremidad de una gran cinta de seda carmesí de
cis10n_~s ~once1mentes á la Orden de Guadalupe y á las órdenes· 68 milímetros de ancho, pasando del hombro derecho al costado
estr!nJeias.
.
.
. .
izquierdo.
,
2 ·· Los candidatos· postulados po~ los llllillStros,. por otras
La¿ Pequeña Cruz, semejante á la grande, tendrá una altura de
pers0ona~, ó por él ~ara los nombraIDientos y pr?momones.
50 milímetros; y se portará en el hombro izquierdo por medio.
~- EJecuta l~s órdenes ?el Empera~or, relativas á condeco- de una cinta del mismo color, de 38 milímetros de ancho, dis~
rac1~nes estr~nJeras co~er1~as á Mexicanos.
puesta en forma de nudo.
\ C~mumca la autorizamon ~ara llevarlas.
Art. 49 El núméro de Grandes C~uces en el Imperio, será de
5 Presenta anualmente el.presupuesto de los gastos de la veinticuatro. Queda reservada la Gran Cruz esclusivamente en
Orden,
· á t d
·
·
A t al
28Emperador.
El t 'b
d
ta
"'
e1 est ranJero,
para las personas soberanas y las Prmcesas
de far. .
n una1 e cuen s g1osar o os 1os anos 1as millas reinantes.
de Art
la Orden.
,,
de P equenas
"' Cruces es ilimi''tado.
29 s
.
. . · Art. 5°· El numero
.
· · e establece un OonseJO de la Orden en el MiniSt e- Art 69 Salvas escepciones particulares se conferirá 1 O1·d
no de 1a
1 presi
· 'd'd
· el 4 de· Noviembre dia del Santo patrono ,y el 7 de Junio
ª cumen
1.º por e1 Gran Can~iller, qmen
. , Casa Imperia,
lo reullllá todos los meses antenores á las promoc10nes y ade- 1 "' d S M E
t·
'
'
mas cada vez que sea necesario.
p eAantos ºeL · dis.t ~b 11;perda ~iz.. •
di . d d.
·
r . 7· a
r1 uc1on e 1IlS1gmas y espe c1on e 1p1omas
compete al Gran Canciller de las. Ordenes Imperiales.
El Consejo lo compondrán:
Nuestro Ministro de-Estado queda encargado de la ejecucion
de este decreto.
El Gran Canciller, Presidente :
Dado en el Palacio de Chaphltepec, á 10 de Abril de 1865.
El Secretario, Vicepresidente:
...
( Fil'mado) MAXIMILIANO.
Por el Emperador,
Seis miembros de la Orden nombrados por el Emperador.
El Ministro de Ne_goeios E1tr11Djerot1, encargado del Ministerio de E1tado,
Art. 30. El Consejo se renovará todos los años, pudiendo ser
Ramirez.
nombradas las mismas personas á voluntad del Emperq.dor.

¾-t.

i

�340

'J)1AR10 DEL IMPERIO.

MAXIMILIANo' EMPERADOR DE MÉXICO:
~endrá !as mismas dimensiones y forma que la anterior con
Visto el_ ~ecreto d~~ 14 de. Octubre de 1863 que instituye las la diferen?ia de que el esmalte del círculo será encarnado y' verdes las faJas laterales de la cinta.
·
'
medalla~ civiles y militares;
·
9
AMrt_. ~ La cruz será concedida por Nos á propuesta de Nues-'
Considerando que ha lugar á modificarlo, DECRETAMOS:
t ro lillStro de la Guerra.
Art. 19 Se instituye una medalla de mérito, distribuida e~ ~lt. 9 E~ ningun caso y bajo ningun pretesto se podrá lledos categorías, denominadas
va1 a cmta sm la cruz.
Art. 79 _Nuestro Gran Marisca,l Ministro de Nuestra Casa
MEDALLA CIVIL
Gran
Canciller de las condecoraciones del Impei·i·o qu d
Y
Y MEDALLA MILITAR.
d d h
11
, e a encarga o e ace!· egar á los agraciados las cruces concedidas or
C:da una de estas categorías comprenderá tres clases :
~os, acompanándolas de una carta de remision que servir/d
diploma.
.
e
1- Clase.-Medalla de oro.
2~ Clase.-Medalla de plata.
Art. 89 Quedan abolidas las disposiciones contrarias al presente decreto.
'
·
3~ Clase.-Medalla de bronce.
Dado en Chapultepec, á 10 de Abril de 1865.
Art. 29 Las_condecoracio~es serán concedidas por Nos segun
(Firmado) MAXIMILIANo.
la ~atural~za élillportancia de los servicios hechos en las ci~ncias, Por el Emperador,
la md~stna, el comercio, la agricultura y las artes, 6 á conseEl Ministro de Negocios Estranjeros, encargado del Mini~terio de. Estado,
cuencia de actos de valor, de denuedo y desprendimiento dignos de ser recompensados.
Jósé F. Ramirez.
9
Art. 3 La Medalla Civil llevará por un lado Nuestra efigie
con la leyenda, ccMaxz'miliano Empemdor &gt;&gt; y en el reverso la
letra, «Al mérito civi/'.' dentro de una cor~na de encina. Su diá- MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MÉXICO:
II;etro será de 34_mil1metros, y se portará suspendida de una
Co_nsid_er~ndo que. el culti~o de las ciencias y de las bellas lecmta verde atada a~ !ado izqujerdo del pecho.
tras_
rnqUiern protec?10n y estimulos, y que sus adelantos fi ran
En la Medalla militar la letra, ccAl mérito civil» será reemplazad~ por la de ccAl mérito müitar.&gt;&gt; La corona será de laurel y entie los mas esenmales elementos del engrandecimient gu
ombre de ~as naciones; qüeriendo distinguir y recomp:nra:eá
la cmta de color encarnado.
os
que se acen notables en una y otra carrera,
~rt. En ningun caso y por motivo alguno se podrá llevar
la cmta sm la Medalla.
·
DECRETAMOS:
9
Art. 5 ~uestro Gran Mariscal Ministro de Nuestra Casa y
estblece _una Academia Imperial de ciencias y literatura
Gra,n Canciller de las Condecoraciones del Imperio , 8 e encar1
gara de hacer llegar á los interesados las Medallas concedidas en 1~ u~! :a capital de ~éxico, bajo las b~ses siguientes:
mtento y obJe~ó de la Acadeillla son impulsar el ropor Nos~ acompañadas de una carta de. envío que 'hará las ve- .
g~
eso
Y.
a~elanto
_de ~as ciencias y Literatura, dando un ce::.tro
ces de diploma.
•
a moVImient~ científico y literario del Imperio, y creando un
Art. 69 Se derogan todas las disposiciones anteriores al prepunto de reu1!1on .Pªr~ las personas que se hayan distin uido
sente decreto.
por :us trabaJos c_1entificos y literarios.
g
Nuestro Ministro de Estado queda encargado de la ejecucion
2· La ~ca~effila se compondrá de tres clases:
del presente decreto.
·
.I. ~e cd1enc1as matemáticas, físicas y naturales con la denoDado en Chapultepec, á 10 de Marzo de 1865.
ffilnacion e matemático-física.
'
.
. II. De filosofía, historia y ciencias anexas con la denomin
(Firmado) MAXIMILIANO.
c1on
de filos6fico-hist6rica.
'
aPor el Emperador,
I_II. De filolo~ia, ~güística y bellas letras, con la denomiEl ministro de Negocios Estranjeros encargado del Ministerio de Estado
naci~n de filol6g1co-~teraria.
Ramírez.
1 ~. Cada una ~e l~s ~las es que componen la Academia, tendrá
a ac~tad de dp;tn?urrse en comisiones y secciones, siem re
queªlo Juzgue con~eruente al desempeño de sus trabajos. p
4. La Acade_illla para cumplir con ~u intento :
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MÉXICO:
a !en~rá sesiones de clases para sus trabajos científicos y liVisto el decreto de 25 _de Junio de 1841, que instituyó una t~rano~, Juntas ge~eraJes para, el arreglo de los asuntos admicruz de honoi: para preffilar la constancia en el servicio de las rustrativos; y el dia l • de cada año acadé=;c
.
.u.u o, una ses10n gearma~, Y considerando qué es justo remunerar tan recomenda- neral}U,, blicª..Y sole~e! en que se dará cuenta
de los traba·os
ble virtud,
del ano ~ntenor y~noticia de lo mas importante ocurrido en Jél.
DECRETAMOS lo siguiente:
b Abr1:á cada ano ~ concurso proponiendo dos premios.
c
_Publicará los tra~aJos de ~us mj~mbros con el título de c&lt;Me9
Art. 1 queda aprobado el decreto de 25 de Junio de 1841
con las modificaciones siguientes:
' m.orias de la Academ~. Iniperial de Ciencias ?J literatura de México,» espensarála edic10n de las obras que-se le remitan y aprueArt.. ~9 La cruz i de honor para recompensar la constancia en
be,_y
dará cuenta de sus trabajos y de las comunicaciones que
el se:·vicii de las armas, ~o comprenderá mas que dos clases.
recibe.
·
. Ait. 3 · La cruz de prlillera clase tendrá por objeto premiar
5~ La __Aca~e~a, com~uest3: de h?mbres distinguidos por
cmcuenta años de servicio.
sus tra?aJOS cientificos y literar10s esta bajo Nuestra inmediata
~erá d~, esmalte bla~~o sobre un círc~lo de esmalte verde, de
tremta milímetros de diametro y de. cinco milímetros de ancho P!otec:io~ Y dependerá directamente del Ministro de Instrucos brazos de la cruz llevaián fil.,etes de oro, tendrán cinco mi~ c10n publica, el cual la representa ce1·ca de Nos y Nos queda
resp?nsable de la estricta observacion de los E;tat t
p
h~e.:·os de ancho Y se cortar4n, en ángulo recto. En el centro med10 d 1 .
M. .
A
u os. or
e
rusmo
1mstro,
la
cademia
se
pondrá
en
relacion
aáI ilun medallon de oro de diez milímetros de diámetro con con las demas autoridades.
\
el gu a coronada.
6~ La Academia se compondrá:
S?bre el esmalte verde del círculo se leerá la p 1 b . e
tancia, » con letras de oro.
·
,
ª ª rn « ons- De tr~inta socios de n~~ero, distribuidos en número igual entre las ties clases. Residirá~ todos en el país, y la mitad de
_La cru~ penderá de una cinta de ~eda moaré, dividida en tres ellos,
por lo m~nos, en la Capital.
faJas vertwales, blanca la del centro y rojas las late al
La....Academia tendrá un Presidente que será elegido para
El an~ho total de la c½tta será de veintitres milí~e:rs~s.
dos anos.
Se umrá -al bra~o vertic~ de la cruz por medio de una h_ebi- Dos Vicepre~identes y
lla ,de oro y un anillo del ffilsmo metal.
Dos Secretanos generales.
-!i-r.t.. 49 L~ cruz de s~g~nda clase tendrá por objeto premiar
Ltos Vicepresidentes y los Secretarios serán eleoidos anual
v~mt1cmco anos de serv1c10.
mene.
o·
•

2.0 Suplemento al núm. 83.

?

'

,

I

f

4:

f

t

f

'

DIARIO DEL IMPERIO.

341

De treinta corresponsales que tambien han de residn~en el Mi'; y Teran, cat~dratico de. matemáticas del Colegio de Mipaiis y
nena, y D. Antoruo del Castillo.
✓
De sesenta socios estranjeros.
Para la clase filosófico-histórica al Lic. D. Pascual Almazan
7~ El Presidente,'los Vice~r~s~dente_s y los Secre~:ios gene- ~onseje!'º de Estado, D. Joaquin García Icazbalceta, proP,ieta~
rales quedan encargados de di~1gir las Junta~ f de "?gilar la ob- no~ y Lic. D. Manuel Orozco y Berra, Subsecretario del Minisservancia de lo~ Estatutos, asi como la adilllillStrac10n.
ter10 de Fomento.
· 8~ Las elecciones del Presiden,te, de los Vicepre~identes y Para 1~ clase filológico-literaria, á D. Luis G. Cuev::i,s Conde los Secretario.s generales, se someterán á Nuestra aP,_ro- sejero de Estado honorario, D. José María Roa Barc:na, D.
bacion.
.
Francisco Pimentel y D. Jos~ María Lacunza, y Disponemos
9~ Los socios de número, cor.responsales y estranjeros, serán se observen las prevencion,es siguientes:
propuestos por las clases y elegidos por la Junta general.
Los miembros nombrados constituyen provisionalmente las
10. La Academia tendrá una. secretaría para el desempeño clases y la Academia.
de sus labores.
Procederán inmediatamente á la eleccion de los demas socios
11. Solamente los socios de número tendrán voto en las del número y á la formacion del reglamento, segun lo dispueselecciones y en la resolucion de los negocios administrativos de to en el art. 17.
.
la Academia. Tendtán este derecho los miembros correspon- Una vez aprobado el ~eglamento y elegidos los socios del núsa¡les tratándose de materias científicas 6 literarias.
mero, se hará la eleccion de los socios corresponsale.s y estranTodas las votaciones se harán por la mayoría absoluta de jeros.
votos.
.
La instalacion de la Academia se hará en una sesion pública
12. El Gobierno sufragará los gastos de la Academia. Al y solemne, conforme al ceremonial dispuesto por Nuestro Minisefecto le asigna una dotacion anual de veinticinco mil pesos que tro de la Casa Imperial.
le entregará el Ministerio de Hacienda segun sus necesidades.
En este acto se observarán las prevenciones siguientes:
·
13. Al fin de cada año, la Academia Nos propondra un pre- Nuestro espresado Ministro pronunciará una alocucion esposupue3to de sus gastos para el año siguiente, y a principio de niendo Nuestro intento en la institucion de la Academia y los
cada año presentara la cuenta justificada del anterior.
beneficios que de ella esperamos; en seguida pondrá en el cuello
Si a fin del año la Academia no ha dispuesto de toda su do- del Presidente, en Nuestro nombre, la cadena, declarandole en
tacion, el sobrante quedara como fondo propio de la Academia. posesion de su cargo.
14:. Todos los gastos no previstos en el Reglamento, debera~ El Presidente contestará á su alocucio11. Un Secretario leerá
ser aprobados por la Junta general, y su importe se pagara por los nombres de los electos y sus cargos. Un académico pronun6rden que firmara el Presidente con un Secretario.
ciará un discurso científico y popular, y el Presidente dará fin
15. Cuando el Presidente represente a la Academia 6 presida al acto, declarando á la Academia constituida é instalada.
las Juntas generales, se pondra al cuello una cadena de oro con Nuestro Ministro de la Casa Imperial, de acuerdo con el
una medalla en que estará grabado el busto del fundador.
Presidente, proporcionará las localidades para los trabajos de la
16. La Academia tendrá los derechos y prerogativas si- Academia.
guientes:
El Ministro de Hacienda facilitará las cantidades necesarias
A Puede recompensar con una gratificacion adecuada á los par~ los gastos de instalacion por cuenta de los veinticinco mil
autores de los escritos que mande publicar, siempre que la edi- pesos que constituyen la dotacion del !)rimer año,
cior1 quede como propiedad de la Academia.
Nuestro Ministro de Justicia é Instruccion Pública, queda
B Puede consignar á los socios del número una remunera- encargado de la ejecucion de esta ley.
cion de $ 5, y á los Presidentes de $10 por su asistencia á las Da.do en eL Palacio de Chapultepec, á 10 de Abril de 1865.
sesiones de clases.
(Firmado) MAXIMILIANO
O Se pondrán á disposicion de la Academia las localidades
_ _ ·_ _
·
necesarias en un edificio público.
• •-• ~
D Los académicos tienen derecho de usar de las bibliGtecas, MAXIMILIAN O, EMPERADOR DE MExrco:
museos y colecciones del Estado, previo acuerdo con los gefes
Considerando que desde que aceptamos el Trono de México, al
de los establecimientos.
que
fuimos lhimados por la voluntad del pueblo, las clases menesE Los establecimientos de instruccion pública, pondrán á terosas
han sido siempre el objeto de nuestra especial solicitud; y
disposicion de la Academia sus colecciones, laboratorios y apa- atendiendo á que en Nuestro viaje al intel'ior del Imperio hemos poratos en cuanto sea compatible con su servicio, y le darán todos dido conocer las necesidades y sufrimientos de que hasta hoy han
los informes que pida.
sido víctimas: á efecto de mejorár lo mas eficazmente posible la con~
F Todos Nuestros empleados, y especialmente los gefes de dicion de esas clases desgraciadas, y deseando para ello ilustrarnos
los diversos ramos del servicio público, tienen la obligacion de con las luces de personas competentes; Oído Nuestro Consejo de
concurrir al intento de la Academia en lo que les corresponda. Ministros, DECRETAMOS:
G La Academia tendrá un sello que representará en el Art. 1? Se instituye bajo la dependencia del -Ministerio de Gocentro el Escudo Nacional, y en la orla la leyenda: «Academia bernacion, una Junta que se denominará: "Prntectora de las clases
menesterosas." Esta Junta se formará de cinco vocales, de los r,uaImperial de Ciencias y literatura: México.»
les
el primero será el Presidente; el segundo Vicepresidente SecreH La Academia se pondrá libremente en relaciones y cor- tario,
y el tercero Subsecretario, nombrados todos por Nos y amovi..respondencia con las corporaciones científicas y literarias.
bles á Nuestra vol uuta&lt;l.
I Los impresores enviarán á la. Academia un ejemplar de Art. 2? La Junta recibirá todas las quejas fundadas de las clases
todas las impresiones que hicieren, cuidando el Pr.esidE:nte de menesterosas, y Nos propondrá en su vista los.medios á propósito paque se c_onserven en la biblioteca. A ella se pasarán ¼n:iil;&gt;i~~ ra resolverlas en justicia.
lo~ duplicados que se encuentren en los establecimientos pú- Art. 3? Para el desempeño de las delicadas funciones que se le
b~~os del Estado, 6 que no puedan ser necesarios para ¡:¡u ser- encomienden, la Junta podrá pedir directamente á los Prefectos poHticos los informes y' datos que juzgue necesarios, y que aquellos le
Vlcio.
17. ~a Academia Nos propondrá los reglamentos y medidas proporcionarán sin la menor demora.
·
•;
necesanas para su organizacion interior y el desempeño de sus Art. 4? Son obligaciones de la Junta:
I. Dictaminar acerca de los negocios que se le s?riletan
en c&lt;;m,
1
funciones bajo las bases dadas por estos Estatutos.
s?lta.
•
TI. Proponer las medidas que estim~ convenientes para mejorar
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
11;1, situacion moral y material d~ las clases mepester~sa~.
.
III. Procurar el que se mult1pliqu~n lo.s establec1m1~ntos de enA _fin de que la Aca?emia p~ed~ organizarse, Nombramos señanza primaria, para la instruccion de adultos y de mños,de am".'
1
Pres1~ente de,, la Acadewa Impenal·de Ciencias y Literatura, bos sexos.
'
.,, ·
y socio del numero de la 'clase filosófi.co-hist6rica á D. José IV. Presentar proyectos para la ereccion de Pueblos, siempre que
Fer~ando :8,amirez; y socios del número para la 'clase níate- el nómno de habitantes sea suficiente y se tengan todos los elemenmatico-fis1ca a D. Leopoldo Rio de la Loza, D. Miguel Jime- tos necesarios de subsistencia.
nez, catedratico de la Escuela de Medicilia; D. J oaquin de V. Consultar el modo mas acertado para distribuir los terrenos

•

�342

DIARIO DEL IMPERIO.

baldfos de cualquiera clase, proponiendo reglamentos que ordenen
el trabajo y fijen la cantidad y modo de retribuirlo.
VI. Fomentar en el centro del pais la colonizacion, poniéndose
para ello en contacto con la Junta respectiva.
VII. Formar, sujetándolo á la aprobacion del Ministerio, el reglamento para el órden de sus debates y servicio de su Secretaría.
Art. 6? Las resoluciones de la Junta se tomarán á pluralidad de
otos, y los puntos así acordados se remitirán al Ministerio con un
nforme que contenga el estracto de la discusion.
Dado en Chapultepec, el 10 de Abril de 1866.
(Firmado) MAXIMILIANo.
1

DIARIO DEL IMPERIO.

Mi querido Ministro Ramirez.
Entre los muchos objetos que ocupan mi atencion desde el viáje
q~e emprendí ~l. interior, hay uno que proviene de los efectos de la
triste guerra cml q~e por tantos año_s ha desolado el país.
•
La falta de segundad para los capitales, y de trabajo para las clases menesterosas, aumentaba diariamente el número de los indiO'ente~, C?Yª lista era ya demasiado larga por la orfandad y estre~ada
m1sena, que eran consecuencia. inevitable de aquella. ·
·
En esa lista se compren.de. un número considerable de personas
que son. actualmente pe?siomstas del Estado, á cuyas necesidades se
ha provisto con oportumdad, no obstante la dificil situacion del tesoro~ pero las otras clases referidas, _de~andan la urgente solicitud del
Gobierno, por carecer los establecimientos de beneficencia existent~s en el dia, de los fondos indispensables, y por hallarse ellas reduc~das en la mayor parte de l~s puntos _del Im~erio á la filantropía y
aislados esfuerzos de los par_ticulares, ~rnmpre rnsuficientes por carecer de los elementos de acc1on y medios de estender su benéfica influencia que poseen las asociaciones.
En este dia, mem_orable por ser el aniv~rsario del en que, por la
voluntad de la nac10n se fundó el Impeno, que con el auxilio del
Todopoderoso será de paz y concordia, es preciso consagrar una institucion cuyos frutos sean imperecederos, en la que concentrándose
los imp~lsos de la caridad individu,al, que me complazco en ver tan
g_enerahzados en la nacion, por ser la base sólida de un edifició soma!, derrame su bálsamo consolador y alivie los males del paupensm~
'
A este fin He venido en crear un Consejo general de beneficencia
que bajo la alta presidencia y solícito cuidado de la Emperatriz
Augusta Esposa, y auxiliado con la cooperacion de Consejos en cada
una de las grandes divisiones territoriales del Imperio, y á su vez en
cada capital de Departamento, y en otras poblaciones segu!!Jas ba- _
ses que os acompaño, deberá promover y consultarme todo lo conveniente al alivio de la humanidad desvalida, proponiéndome la fundacion de hospitales, hospicios y &lt;lemas casas de beneficencia en los
puntos en que sea-oportqno establecerlas; mejoras útiles en los que
exist~n; la manera de aumentar y asegurar sus fondos, y las condeco'rac10nes con que merezcan ser premiadas las personas que se distingan por acciones notables de caridad; formando desde luego y so~
metiendo á mi aprobacion el respectivo reglamento.

Mi querido Ministro:
Persuadido de que las lineas telegráficas deben pertenecer al Estado, sobre todo en Nuestro país, y de que su esplotacion será un
manantial cierto de rentas importantes, llamo vuestra séria, atencion
sobre el estudio prnfundo de los puntos siguientes:
Formacion de un plan general, comprendiendo los ramales telegráficos destinados á unir la capital con los centros de las grandes
divisiones nuevamente decretadas y los puertos principales del'Imperio, de manera que puedan juntarse con las grandes lineas de América y Europa.
Estudio sobre la validez de los privilegios concedidos, recuperacion para el Estado de las líneas concedidas á particulares, avaluacion de su importe, condiciones de adquisicion, etc.
Construccion inmediata de las líneas que 'Son deseadas con mas
instancia; medio de lograrlo bajo el doLle punto de vista financiero
é industrial; obligaciones de los empresarios; cláusulas y condiciones
á que deben sujetarse los constructores, sea por ajuste, sea por adjudicacion pública.
Intérvencion de las ciudades, villas ó particulares para obtener el
todo ó parte del capital que se necesite para la construccion de las
Hneas mas "'llecesarias; naturaleza de las obligaciones que se han de
contraer para el reembolso, sea con los productos de estas lineas, sea
con cualquier otro arbitrio.
Establecimiento de escuelas destinadas á formar empleados telegrafistas.
Tales son, entre otros, los puntos mas importantes sobre los cuales deseo tener un informe fundado, á fin de poder hacer proceder lo
Bases para la organizacion del Consejo de Beneficencia.
mas pronto posible al establecimiento sucesivo y rápido de un trabajo cuya utilidad es incontestable.
ORGAN'IZACION.
(Firmado) MAXIMILIANO,
La Emperatriz presidirá el Consejo general cuando lo estime
Chapultepec, 10 de Abril de 1866.-Al Ministro de Fomento. . oportuno.
El Consejo general se compondrá de diez personas, siendo una de
ellas Vicepresidente y otra Secretario.
Los Consejeros serán nombrados y removidos á voluntad del EmMi querido Gran-Mariscal:
perador.
Para perpetuar la memoria de este dia, He venido en disponer,
uniendo mis deseos á los de la Emperatriz, la fundacion de una Casa El reglamento interior del Consejo, determinará todo lo relativo á
de Caridad, que deberá establecerse en uno de los cuarteles mas re- sus sesiones, despacho de los negocios y obligaciones de los emplea- tirados y sanos de esta Ciudad, confiada á la hábil direccion de las dos de la Secretaria.
hijas de San Vicente de Paul, y en la que se tenga por principal ob- El Consejero Secretario será el gefe de la oficina, que dependienjeto visitar á los pobres y socorrerlos con medicamentos y ropa; cui- te del Consejo, se organizará de la manera mas económica, solamendando á la vez sean atendidos en sus necesidades espirituales, y pro- te para los trabajos materiales de la correspondencia, Estados, &amp;c.
Siendo este cuerpo una institucion de beneficencia, los Consejeros
curando por medio de una adecuada enseñanza inculcar en las famide
que tratan las presentes bases, no disfrutarán por este encargo
lias ideas de sana moral, para que así se obtengan en beneficio del
sueldo
alguno.
Estado, ú~iles y honrados ciudadanos, así como buenos hijos y virDel Consejo general dependerán inmediatamente los superiores
iuosos padres de familia.
A este fin quedan determinadas en la contrata respectiva las ba- que se instalarán en las cabeceras de las grandes divisiones territoriases correspondientes para la mejor direccion del establecimiento, y les del Imperio.
Hemos ordenado al Intendente general de la Lista civil, la entrega Los Consejos superiores serán presididos por los Comisarios Imperiales.
·de las siguientes cantidades:
Los Consejos superiores se compondrán de ocho Consejeros, de
los cuales el primero será el Vicepresidente y otro Secretario.
Para compra del edificio ...... . ........ S 10,000
Los miembros espresados serán nombrados por el Consejo general
Para gastos de fundacion • • • • • . . . . . . . . . .
4,000
á propuesta de lqs, Comisarios Imperiales.
El Consejero Secretario será el gefe de la oficina, que dependient.e'
fT
'rotal. ....•. . .... s 14,000
del Consejo superior, se organizará, usando de la mayor economía.
Los Consejeros superiores recibirán su reglamento del Consejo
Ademas, para asentar de una manera estable la marcha regular general.
de este benéfic~ in~tituto en sus primeros años de existencia, que 110n
De los Consejos superiores dependerán inmediatamente los Congeneralmente d1fimles y demandan mayores erogaciones, se satisfa- sejos departamentales, que se establecerán en cada capital de Derán por Mi Caja y la de la Emperatriz las sumas necesarias para cu- partamento.
brirlas.
Los Consejos ~epartamentales serán presididos por los Prefectos
Mandaq10s asimismo dar un auxilio de seis mil pesos, cuya StJ'1'}a políticos.
se repartirá con igualdad eutre el Hospicio de Pobres y los hospitaLos Consejos departamentales se compondrán de seis miembros, de
les del Divino Salvador, San Hipólito, Sao Pablo, San Andrés y San los cuales el primero será Vicepresidente y otro Secretario.
Juan de Dios, para sus necesidades.
Los espresados ,miembros serán no~brados por los Consejos supe~
riores
á propuesta de los Prefectos políticos.
(Firmado) MAXIMILIANO.
Ch pultepec, Abril 10 de 1865.
El Consejero Secretario será. el gefe de la oficina, que dependiente
del Consejo departamental, se organizará, cuidando de la mas estrice
ta economía.

mí

'

l!ol

1

343

Los Consejos departamentales recibirán su reglamento de los Con- Nuestro Ministro de la Guerra queda encargado de la ejecucion
del presente decre~.
.
_
9ejos superiores.
.
.
De los Consejos departamentales ~ependerán m~ed1atamente !os Dado en el Palacio de Chapultepec, á 10 de Abnl Je l SG0.
Consejos particulares, que bab_rá, de ~ombres y senoras, en las cm(Firmado) °MAXIMILIANO,
Por el Emperador,
dades y poblaciones del Imperio que Juzguen _aquellos op_ortuno. .
El Ministro de la Guerra,
Estos Consejos serán presididos por la pnmera autondad mum(Firmado) Juan de D. Peza.
cipal. ·
· lares se compondrán del numero
'
de
part1cu
Los mismos Conseios
.,
.
á. . . d .
t· C
.
• que sean convementes, JUICIO e 1os respec 1vos onseJos
ersonas
· segun la poblac1.on y &lt;lemas mrcuns
·
t anmas
· de 1a
Palacio de Chapultepec, Abril 10 de 1865.
~epart ament ales ,
,
l·
ál C
·
localidad de que se trate, aando cuenta los ú timos os onseJOS Mi querido Ministro Escudero: .
.
.
·.
En consideracion á ser. hoy el amversar10 del d1a ~O de Abril de
su eriores para que estos lo bagan al ge~eral. .
tos miembros de los espresados ConseJOS partrnulares serán 1~om- 1864 He determinado, entre otras cosas, hacer grama á los condebrados por los Consejos departai:nentales á propuesta ~e ~a a~tondad nado~ y á los procesados por delitos de impren~a. en e; territo~io del
política de cada l?g~r, quien la formará de personas d1stmgu1das por Imperio, relevándolos de toda pena. Dad Bubhc1dad a. esta M1 resoau caridad y patr1ot1~mo.
. .
. lucion para que se ejecute.
Los Consejos partwulares rec1b1rán su reglamento de los ConseJOS
(Firmado) MAxIMILIANO.
departamentales.
. .
.
t.
•
,
Ademas de los miembros propietanos, los ConseJOS tendran miemPalacio de Chapult~pec, Abril 10 .de 1865.
bros honorarios y corresponsales. .
.
Estos serán nombrados de la misma manera que los pnmeros, pe- En vista de los ocursos -que Nos han prese?tado Vicent~ Llamas, ...
ro no asistirán á los Consejos.
. . .
Crispin Gaytan, Eusebio Portugal, Ramon V!eyra y Francisco Arce,
Dichos miembros honorarios y corresponsales _contnbmr~n al me- solicitando unos indulto y otros la conmutac1on de _la pena de depor- .,,.
jor éxito de tan buena obra, dando á los respectivos ConseJOS. todos tacion á que fueron condenados por la Corte Marmal por haber h~Jas noticias que les pidieren ó creyeren ellos oportuno comumcar.
cho parte de la gavilla de Nicolás Romero, Hemos acordado lo siguiente:
.
, .
_
OBJETO DEL CONSEJO.
Se conmuta la pena impuesta á los reos ~ene1onados en_la de preVisitar los Hospitales, Hospicios y demas esta?lecimientos de be- sidio, que estinguirán en el punto que designaremos previamente.
(Firmado) MAXIMILIANO.
nefic2ncia que baya existentes en cada demarcac10n.
. .
Vigilar el buen órden y administr_acion de cada establemm1ento..
Al Ministro de Justicia.
ViO'i\ar la administracion de los bienes que pertenezc~n hoy á dichos ~stablecimientos ó puedan pertenecerles en lo sucesivo, se~ porque se los señale la ley, ó por donativos que les hagan el Gobierno MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
6 los particulares.
·
Estudiar la manera de aumentar dichos fondos y de asegurar con- En atencion al mérito, instruccion y &lt;lemas circunstanci~s .que
venientemente aquellos en cuya posesion estén ó debieran estar los concurren en D. Manuel Silíceo, HE VENIDO en nombrarlo M1mstro
de Instruccion pública y Cultos.
.
.
repetidos estableci1!1ientos.
.. ,
.
El
Ministró
de
Negocios
Estranjeros,
Encarg~do
d~
la
Direcc101:1
Promover la mejora, aumento, refund1c1on o supres10n de las cadel Ministerio de Estado, se encargará de la eJecuc1on de este desas de caridad.
·
Procurar por t~dos los m~dios que estén á su alcance estender y creto.
Dado en Cha.pultepec, á 10 de Abril de 1865.
estimular el espíritu de candad:
.
.
Recaudar donativos para las nuevas fundaciones y en casos de epi(Firmado) MAXIMILIANO.
. demia ó de grandes calamidades públicas.
.
.
Enterar el producto de los espr~sados donativ?s. y to~as las canti- Al Ministro de Negocios Estranjeros, Encargado de la Direccion
dades que reciban p~r~ beneficenma en las admm1strac1ones de los del Ministerio de Estado•
respectivos establecimientos.
. .
.
Examinar los reglamentos, estatutos 6 const1tuc1ones particulares
de cada casa de caridad, y promover las reformas que_parez_ca? con- MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
venientes, proponiendo las que deban observar los establec1m1entos
Oído nuestro Consejo de Ministros,
que carezcan de ellos.
,
DECRETAMOS:
Rendir ademas de los informes especiales que en cada caso elevarán los Consejos segun ~l _órden determinado, uno ~ensual eobre ~l
Art. l? Ninguno puede ser molestado por sus opiniones;
estado de cada establemm1ento, y presentar cada ano una Memoria todos tienen derecho para imprimirlas y circularlas sin nesobre todo lo relativo á beneficencia..
. . .
. . cesidad de previa calificacion ó censura. No se exigirá fianSeñalar al Consejo general las acciones d1stmgmdas y mentor~as
. de caridad, para que este proponga al E?Jperador las condecoracio- za á los autores, editores 6 impresores, y solo tendrán oblines á que considere acreedores á sus autores.
.
. gacion de pagar el timbre q~e sef'ialen las leyes fis~a~es.
Art. 2.º En los delitos de imprenta no hay comphc1dad en
Evacuar todos los informes que sobre beneficencia tenga á bien
los
impresores; pero serán responsables si no se aseguran en
pedirles el Emperador.
.
.
Siendo este cuerpo esclusivamente de co1~seJo y no temendo p~r- la forma legal de la responsabilidad del escrito1~.
te activa en la administracion, no podrá vanar el. órd~n. esta_blec1do
Art. 3. 0 Se a·busa de la libertad de imprenta de los modos
en las casas de beneficencia ni dictar ¡,ara ellas d1spos1mon mnguna; siguientes:
. .
limitándose á promover todo lo que estim_e oportuno! para que la
I. Publicando escritos que ataquen la forma de gobierno
respectiva autoridad pueda tomar las medidas convementes.
ó la persona del Soberano.
(Firmado) MAXIMILIANO,
II. Cuando se ataca á los miembros de la dinastía reinan-,
te,. ó cuando se publica noticias falsas 6 alar_m antes; mlxi, Cbapultepec, Abril 10 de 186~.
mas ó doctrinas dirigidas á escitar ú la rebehon .ó á la per1
turbacion de la tranquilidad pública.
·
III. Incitando á la desunion 6 á desobedecer. alguna 'ley
lrlAXIMILIANO, EMPERADOR DE ~!Exrco:
6 autoridad establecida, ó provocando· á esta desobediencia
con gátiras ó invectivas, 6 protestando contra la'ley ó los· acVisto el decreto de 16 de Marzo de 1866;
tos, de la autoridad.
,,
.
.
En atencion á sus méritos, aptitud y servicios distin~u~d.os,
HEMOS venido en nombrar para Comandantes de las d1V1s10nes terIV. Publicando escritos que ataquen la moral ó la rehritoriales, á pro¡,ue~ta de Nuestro Ministro de la Guerra, á los ge- gion del Estado.
nerales
V. Escribiendo contra' la vida privada. .
.
, .
Art.
4.º
Los
actos
oficiales
de
los
func1onar1os
pubhcos
.
D. Vicente Rosas Landa, de la primera division (Toluca);
son censurables; mas nunca sus personas. Será, pues, abuso
D. Francisco Conde d-e Tbun, de la segunda (Puebla);
de la libertad de imprenta, la cens?ra de las ~ersonas en
D. Anastasio Parrodi, de la tercera (San Luis Potosí);
cualquier caso, y la de los .ª~tos _oficiales en el de hacerse en
D. José Marfa Garcfa, de la cuarta (Guada.lajara);
1
términos irrespetuosos ó nd1cuhzando el acto.
D. Severo Ca~tillo, de la sétima (Mérida).

- ·

J

I

�344

DIARIO DEB IMPERIO.

. .A.rt. 5.~ En el cas~ d? que un escritor publique un libelo drá al culpable la pena dupla correspondiente al menor gramfamator10, no se exumrá de la pena establecida, aun cuan- do de ·Jg, culpa.
do pruebe ~ ofrezca probar la imputacion injuriosa, quedanArt. 17. Ademas de las penas especificadas en los artícu&lt;lo al agrnvi~do la accion espedita para acusar al injuriante, los anteriores, serán recogidos c.uantoa ejemplares existaii
d_e la calum111a ante los tribunales competentes, sin perjui- p~ra vende1· de las obras que declaren los jueces compren~
cio de que por el abuso se impongan las penas de que habla didas en cualquiera de las calificaciones espresadas en el arel art. 10.
t.ículo. 8. 0 ¡ pero si solo se declarase COl}'lprendida en dicha ca.A.rt. 6.º Si en algun escrito se imputaren á alguna corpo- l~ficacion u~a parte del impreso, se auprimirá ésta, quedando
racion ó empleado, delitos cometidos en el desempeffo de su libre y corriente el resto de la obra en edicion nueva.
~es tino, el autor s.erá compelido á probar su aserto¡ si lo jus~rt. 18. Por lo~ abus~s de 1a prensa que no afecten estificare, quedará libre de toda pena¡ ¡Si no, ~e le aplicarán clusivamente la vida privada, los Comisarios Imperiales y
las establecidas
por la ley.
los Prefectos de los Departamentos podrán dirigir adverten0
.A.rt. 7. Lo mismo sucederá en el caso de ql\e la inculpa- cías á los periódicos, sin perjuicio del procedimiento judicial
cion contenida en el impreso, se refiera á crímenes cometi- decretado en esta ley.
dos ó maquinaciones tramadas por cualquier persona contra
A rt. 19. En la advertencia se mencionar~ el artículo que
la independencia ó forma de gobierno de la nacion.
la motiva.
0
Art. 8. Para la censura de toda clase de escritos den uoEn el número inmediato del periódico, y en el lugar preciados como abusivos de la libertad de imprenta, se usará de ferente, se publicará la advertencia.
las calificaciones siguieQtes:
Art. 20. Po: la segunda advertencia que se haga antes de
I. Los escritos que conspiren á atacar la independencia de haber trascurrido un afio de la primera, el peri6dico quedará
la nacion ó á trastorna.t· ó destruir sus leyes fundamentales ~uspenso por un mes: si. en el mi~~~ periodo hubiere lugar
se calificarán con la nota de subversivos.
' a una tercera advertenc~a, ~l per10d1co quedará suprimido.
II. Los escritos en que se publiquen máximas ó doctrinas
Art. 21. Para los periódicos que hayan recibido dos addirigidas á escitar á la rebelion ó á la perturbacion de la tran- vertencias, queda abierto el recurso al Emperador.
quilidad pública, se calificarán con la nota de sediciosos.
Art. 22. La condenacion judicial producirá los mismos
III. El impreso en que se incite á desobedecer las leyes efe~tos. que la advertencia para la suspension y supresion del
Ó autoridades constituidas, ó se proteste contra. unas ú otras, periódico.
3 N
y aquel en que se provoque á esta desobediencia con sátiras
.A.rt. 2 . .r ingun escrito se publicará sin que lleve al calce
ó invectivas, se calificará de incitador á la desobediencia. la firma de su autor, incluyéndose en esta disposicion aun los
avisos y los párrafos pequefios de los periódicos. Se escepIV. Los impresos en que se ofenda la moral ó la religion túan las obras de mas de 200 páginaA que traten de ciencias
del Estado, serán calificados con la nota de inmorales.
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•
i era nra, artes po 1t1ca en genera. as traducciones lleV. Los escritos en que se vulnere la reputacion ó el ho- varán el nombre del traductor y las inserciones el del editor.
nor de los particulares, tachando su conducta privada, se ca.A.~t. 24. En toda publicacion que no tenga por objeto la
li.ficarán de libelos infamatorioe.
propia defensa, solo se admitircín escritos de personas que
VI. Los escritos en que se ataquen los actos oficiales de no estén procesadas, tengan modo honesto de vivir y domilas autoridades en términos irrespetuosos ó ridiculizando el cilio conocido.
/
acto, se calificarán
con la nota de irrespetuosos.
Ar~. 25. El impresor será responsable, siempre que re0
Art. 9. Estas notas se calificarán de primero, segundo ó q uendo por el Juez, no presente al autor del impreso, y
tercer g1 ado, á discrecion del Juez, quien si np encuentra cuando éste no pueda pngar Ja multa. Esta responsabilidad
aplicable á 1a obra ninguna de dichas calificaciones, usará de cesará un affo despues de la fecha del escrito.
la fórmula siguiente:-.A.bsuelto.
Art. 26._ Por la infragcion de los artículos 18 y 19, se im.A.rt. 10. El responsable de un impreso calificado de sub- pondrá al impresor la misma pena que debería imponerse al
versivo en primer grado, será castigado con la pena de seis autor, quedando en ambos á salvo sus derechos contra éste·
meses de prision y 300 pesos de multa. El de un escrito sub- los que podrá deducir ante los tribunales ordinarios.
'
versivo en seg,,mdo grado, dos meses de prision y 300 pesos . Art. 27. El impresor á quien se justifique que ha dejado
de multa. El de impreso subversivo en tercer grado, con 150 estraer de su oficma ó cooperado de otro modo á la circula.pesos de multa y un mes de prision. La pena de prision en cion. de algun impreso antes de que tenga el correspondien.
el primer caso se aumentará en tres meses mas, siempre que te eJemplar el fiscal ó fiscales, pagará por primera vez vein.
el condenado no pueda pagar la pecuniaria, y proporcional- ticinco pesos de multa, cincuenta por la segunda y ciento
mente se hará el mismo aumento en los casos sucesivos.
por la. tercera.
.A.rt. 11. A los responsables de escritos sediciosos en pri- .A.rt. 28. Los impresores están obligados á poner sus nommero, segundo ó tercer grado, se aplicarán las mismas penas bres y apellidos, y el lugar y afio de la impreoion eu todo
designadas. contra los responsables de obras subversivas en impreso, cualquiera que sea su volúmen. La omision de essus grados respectivos.
tos req.uisitos se castigará: con la pena de veinticinco á cin.A.rt. 12. El responsable de un impreso incitador á la des- cuenta pesos. de multa por la primera vez, doble por la seobediencia de las leyes ó de las autoridades será castiga.do gunda., y así sucesivamente, imponiéndose ademas desde la
con la pena de 300 pesos de multa, si la incitacion fuere· di- tercera fal.ta, dos meses de prision, duplicada á cadn. reincirecta; y si se hiciere por medio de sátiras ó invectivas, con dencia. La falsedad de alguno de los esprcsados requisitos,
100 pesos¡
se castigará con la mitad de las penas anteriores.
.Art. 13. El responsable de un escrito irrespetuoso ó inArt. 29. Los impresores de obras ó escritos en c¡ue falten
moral, sufrirá la pena de 200 p(lsos de multa.
·
culpablemente los requisitos espresados en el artículo ante.A.rt. 14. Segun la. gravedad de las injurias procederá el rior, serán castigados con dichas penas aun cuando ]os esJuez á c~lific~r el escr\to de injurioso, en primero, segundo critos no hayan sido denunciados ó fueren declarados ab6 tercer grado, aplicándose al injurian te las penas estableci- sueltos. Esta pena no ]es eximirá de la en que pueden indas en sus grados respectivos para los delitos de subversion. currir, segun lo~ artículos 18 y 19.
~rt. 15. Quedan prohibidas las estamp~ obscenas y las .A.rt. 30. Los impresores de los escritos calificados con alcaricaturas en 4?~ fig'.1ren las personas de la dinastía reinan- gunas de las notas comprendidas en los artículos respecti.te en que se ridic~ihce ~ los representa_ntes de las naciones vos, que hubieren omitido ó falsifica.do alguno de los indicaa_1mgas, ~ á los fünc1onar10s del Estado. En Callo de infrac- dos requisitos, quedarán ademas responsables en el lugar de
Qton, se. 1mp_ondrá al responsable la pena establecida para los a.utores 1 S\empre que no se encuentren e~tos.
~os escritos irrespetuosos.
.A.rt. 31. Cualquiera que venda uno ó mas ejemplares de
A rt. 16. ~a reinci~encia será castigada con doble pena, un escrito mandado recoger con arreglo á esta ley, pagará
y en los delitos que tienen sedalada graduacion, se impon- una multa de veinticinco á cien pesoa, y en caso de insolven-

?

3.er Suplemento al núm. 83.

cia 1mfrirá un mes de prision. El qu~ venda algun impreso
que carezca. de los requisitos prevemdos ~n el artículo. 23,
a ará una multa de diez pesos por la primera ve~, vemte
~o~ la segunda, treinta. por 1~ ~ercera, y en caso de insolvencia sufrirá quince días de prmon.
.
.A.rt. 32. Los delitos de .i~pr~nta p1·oduceu 11.cc1on popular ú escepcion de los de mJurias.
.
.
t 33 En todos los casos, escepto los de 1mpres10n en
r · b~se de la libertad de imprellta, deberá el Gefe del
1:::~a~iento respectivo denunciar d~ oficio, ó,ª? virtud de
·t t· del Gobierno ó de la autondad pohtica. El Goesci a 1va
'
1 l'd d
.
en las oca i a es en
bierno nombrará fiscales de imprenta
·
·
d
ue lo crea necesario. Estos funcionarios esempeff.ai•án las
funciones que el presente artículo encomienda á los Gefes
de los Ayuntamientos.
,
.
.A.rt. !l4. Los impresores debera11 pasar al Gefe del M.umcipio 6 fiscal de imprenta- á quienes corresponda,. un eJemplar de todas las producciones que impriman, baJo. la pena
de veinticinco pesos de multa por cada contravencion.
Art. 35. En los casos de injurias, solo podr~n acusar la~
personas á quienes las leyes conceden esta accion.
.A.rt. 36. Las denuncias de los impresos se presentarán
por escrito al juez de primera instancia. del lugar; y . d~nde
la jurisdiccion esté dividida, á u~o de los del ramo ~rimi~al.
A.rt. 37. El juez, dentro de seis horas, hará la cahficac1on
del impreso: si la declaraoion fuere de no s~r fundada la
acusacion, devolverá esta al fiscal ó al dequnciaute, espresando no haber lugar ájuicio. Si fuere de ser ~undada., mandará suspender la circulacion del impr~so y citar al ~utor ó
al impresor en su caso. Luego que rec1b~ la denuncia, hará
dar fé de la hora en que aquella se pre&amp;enta.
.A.rt. 38. Cuando la declaracion de ser fundada la acu~acion, recayere sobre ~n impreso ~enunciado por subversivo
ó sedicioso, ó por incitador en primer .grado á la desobediencia ó por irrespetuoso, mandará el Juez prender al sugeto que 'aparezca responsable¡ pero si la denun~i~ fuese por
cualquiera otro abuso, se limitará el juez á exigir el fiador
ó la caucion de estar á las resultas, y solo en el caso de no
.
dar una ú otra, se le pon dr á en custOd~ª·
.A.rt. 39. Cuando la misma declaracion recayere ~especto
de un impreso denunciado por injurioso, el juez citará al
responsable en un término P:~de.nte para que p~r sí Ó p~r
apoderado se intente La concihacion, y pasado dicho término se procederá al juicio conformC' J In ley. .
.A.rt. 40. El juez pasará al responsable copia de la acusacion para que en el término tle tres dias prepare su defensa.
.A.~t. 41. Las recusaciones se opondrán en el acto de. la
notificacion. Un solo juez podrá ser recusado sin espreSion
de causa: las que se aleguen para recusará otros, se probarán antes de tercero dia, observándose en estos casos las leyes comunes.
.
. .
Art. 42. Recusado un Juez, el conocimiento pasará al su•
Plente á quien co1·responda¡ si hubiere varios ju_eces en el
lugar, conocerá el que elija .el liseal Ó e.l denun~iante . . .
.A.rt. 43. El juicio será verbal y público, pudiendo asistir
para su defensa, el interesado, por sí Ó por apoderado, Y
asimismo el fiscal, el Gefe del Municipio ó d.enunciante, sosteniendo la denuncia.
.A.rt. 44. Absuelto un impreso, en el mismo acto mar~dará el juez poner en libertad al acusado. Si se interpusiese
apelacion, le exigirá fianza de e~tar á derecho: To(lo acto
contrario será castigado como crimen de detenc1on ó procedimiento arbitrario.
_
.
.
· .
Art. ~5. Condenado uu escnto, el Juez hará efectiva la
pena inmediatamente, salvo el caso de apelacion.
.A.rt. 46. Interpuesta ésta, ya sea por el fiscal, el Gefe del
Municipio ó el denunciante, si el escrito fuese absuelto, ya
por el reo si fuese condenado el recurso se decidirá por el
·
· respectivo,
· 'en una sola aud1enc1a
· · y sm
·
Tribunal
superior
··
· 1 · f
d 1
mas reqUlBlto que oir os m ormes e as partes; pero cuya
~ lt d
·
·á
b tá 1
.
ia. a e presentacion no set o s cu o para que se ptesente el fallo.
Art. 47. La segunda sentencia causará ejecutoria, y el
juez de primera instancia proceder, int:Qediatamente, bien á

A

345

DIARIO DE.L IMPERIO.

aplicar la pena, bien á poner al reo en absoluta libertad ó á •
cbancelar la fianza ó caucion que se hubiere dado. En todo
caso quedará á salvo el recurso de responsabilidad, conforme á las leyes.
.
.
.
.A.rt. 48. Cualquiera persona que 1:e1mprima un impreso
mandado recoger, incurrirá por el ~ismo hech? en _la pena
que se haya impuesto á conaecuencia ~e la cahfic~c1on.
Art. 49. Todo delito por abuso de hbert~d de imprenta,
produce desafuero, y los delincuentes serán Juzgados con arreglo á esta ley.
. ..
.
Art. 50. Ni la detencion durante el JU1c10 espresado, 01
la prision en caso de sent~ncia, podrá. ser en otro lugar q.ue
en el de la residencia del JUez ó del mteresado¡ no verificándose ni una ni otra en la cárcel pública.
Art. 51. Las multa.a que conforme á es~ ley deban imponerse, se aplicarán por ~itad en e~ta capital á la Casa de
Correccion, y á la de Nif\os Expósitos. En .la~ demas poblaciones del Imperio, se aplicarán al est~blecimten!o de Beneficencia que designe la primera aut01·idad política respec-.
tiva.
.A.rt. 52. El periódico en que se publique algun artí~u~o
que ataque á persona prívada, _estará en el deber de rec1b1r
y publicar la defens.a del ofendido.
. .
.
Art. 53. No podrá venderse ninguu penódico m folleto
por las calles sin permiso de la autoridad local.
Dado en Chnpultepec, á 10 de Abril de 1865.
(Firmado)

MA~:IMILIANO.

Por el Emperador,
El Ministru de Gobernacion.

'

(Firmado) J. M. Cortés y Esparza.

M.A.XIMILI.A.NO, EMPERADOR DE MExJCo:
En consideracion á ser hoy el aniyer~ario del 10. de Abril de 1864,
HEMOS tenido á bien OTORGAR las siguientes grae1as á los reos qae
á continuacion se espresan.
.
A Cruz Hernandez, condenado á la pena capital por el ~nbu~al
s'uperior de Guanajuato, se le conmuta la pena en la de diez anos
de presidio.
..
A Ramon Villalpando, condenado á dos años de pr1s1on por la
Corté Marcial de Guanajuato, se le indulta del tiem~o que le falta.
A Celestino Ortiz, condenado á diez años de trabaJOS forzados_por
la Corte Marcial de Pachuca, se Je conmuta la pena en la de e1nco
años de los mismos trabajos.
.
A Agustin Lugo, con~enado á diez años de trabaJOS fo~zados por
la Corte Marcial de México, se le reduce la pena á tres anos de los
mtm~r:!:b~i~~iguez, Bernardo Rojo, Zeferino Agailar ~ Manuel
Gonzaga Rodriguez, condenados en 1863 por I_a Corte Mar~1al de Pu•
choca á diez años de trabajos forzados, se les indulta del tiempo que
les falta para cumplir sus condenas.
.
A. Juan Cadena, sentenciado por el Consejo de Guerra de México
á cinco años de trabajos forzados, en 17 de Enero de 1866, se le con- ,
muta en dos años de la misma pena.
A Demetrio Espinosa, sentenciado por el Consejo de Guerra de
México
años de
delareclusion,
el 16
conmutaá encinco
dos años
misma pena
. de Febrero de 1866, se le
A José María Aclabenco, sentenciado por la Corte Marcial de
Puebla á veinte años de trabajos forzados, se le reduce la pena á
diez años.
A Pascual Reyes, senfienciado por la Corte l\Iarcial d~ Pa!bla á
veinte años de trabajos forzad~s, se le reduce la pena. á diez anos.
A Miguel Aparicio, sentenciado por la Corre Marm.al de_Puebla á
v~inte años de trabajos forzados, se le conmuta en diez anos de la
m1Sma pena.
C 1; M . d p bl á •
A. José Rosas~ sentenciado por 1a do1 e arcia1á de. ue_ a vem•
te años de trabaJOS fortados, se 1e re uce 1a pena .1ez anos.
A Lúcás Montero, sentenciado por la Corte Mare1al de Puebla á
diez años de trabajos forzados, se le conmuta en cinco años de la
misma pena.
.
.
A Ramon Céspedes, sentencmdo por la Corte Mar~ml de Puebla
á seis años de reclusion, se le reduce la pena á dos ª?ºlsd. p bl á
·
sentenc·iado por la Corte Marcia
. A' Pedro Espmoea!
_ e ue a
Cinco años de reclusion, se le reduce la pena á dos anos.
A L' Ch
te • d r la Corte Marcial de Puebla á cinmo a.vez, sen nCia o po
co ai!.os de reclusion, se le reduce la pena á dos años_.
A Miguel Andrade, sentenciado por la Corte Marcia! de Puebl~ á
diez años de trabajos forzados, se le conmuta en dos anoa de la misma pena.

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346
,,

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DIARIO '.DEL~IMPERIO.

•

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1

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•
-:-'Sr. D. N. Carriedo, (de la Piedad.)
Rugo Bn Codelli, subteniente del cuerpo voluntarios austriacos.
Federico
Mickl, subteniente, id. id.
" "

í

A Trinidad Teutl, sentenciado por la Corte Marcial qe Puebla á por S. M. la Emperatriz, de conformidad con el diverso decreto 'retrabajos forzados perpetuos, se le cónmuta en diez años de la mi&amp;ma .lativo &lt;fu hoy, á. las personas 'que á cóntinuacion se mencionan.
pena.
,
,
·q
A Teodoro Hernandez, sentenciado por la Corte Marcial de Pue- : Consejero Vicepresidente. .El Ministro de Gobernacion.
· " ·d
l
t
cr '
d I
Consejeros. El 4-rzobispo de México.
bl a á t rabªJOS
10rza os perpetuos, se e conm·u a en iez años e a i
La visitadora d13 las Hermanas de la Caridad. t
misma pena.
·
"
A José Ascension, sentenciado por la Corte Marcial de Puebla á
"
D. José Miguel Pachaco.
d
,, Antonio Vértiz.
trabajos forzados perpetuos, se le conmuta en iez años de la misma 1
,,
,, Antonio Escandon.
pena.
,, Eustaquió Barron.
A Ismael Piña, sentenciado en México el 9 de Mayo del año próxi- j
"
,, Rafael Martinez de la Torre.
mo pasado á dos años de prision, se le indulta del tiempo que le fal- 1
¡"
ta para cumplir su condena.
Consejero Secretario. El Intendente general de la lista civil.
A Lorenzo Pineda, se'ntenciado en esta capital á cinco años de l'e·
__
•
clusion, ef3O Í(}e Mayo del año próximo pasad.o, se le indulta del
tiempo que le falta para cumplir su condena.
Por decreto de esta fecha, S. M. se ha dignado nombrar dos CoA Gregorio Hurtado, sentenciado en México' á cinco años de re- misarios Imperiales.
cl usion el 17 de Octubre último, se l~ indulta del tiempo que le
D. Nicolás de ·Ia Portilla ha sido nombrado para !ir 6~ Division mifalta para estinguir su condena.
litar, capital Monterey, que compren.de á Coahuila, Mapimi, Nuevo
A Benito Mendoza, sentenciado en México á cinco años de traba- Leon y Matamoros; y
·
jos forzados el 11 de Noviell)bre último, se le indulta del tiempo que D. Nicanor Herrera está encargado de las mismas funciones en' •
le falta para cumplir su condena.
·
. la 3~ Divi~ion, _capital San Luis, que comprende aí Fresnillo, MateA Victoriano Suarez, sentenciado en México,á un año de prision huala, Tamáuhpas, Potosi, Guanajuato y Querétaro.
el 9 de Noviembre último, se le indulta del tiempo que le falta para
cumplir su condena.
A Matfas Barrera, sentenciado en México á un año de prision el
ORDEN IMPERIAL DEL AGUILA MEXICANA.
19 de Noviembre último, se le indulta del tiempo que le 'falta para
PROMOOION DEL.10 DE ÁBRIL DE 1865.
cumplir su condena.
,,
A Encarnacion Rómero, sentenciado en México á cinco años de
Gran Cruz.-D. Juan N. Almonte, Gran Mari"S'cal de la Corte y
reclusioñ el 22 de Diciembre último, se le indulta del tiempo que le
Ministro de la C;i.s~ Imp~rial.
falta para cumplir su condena.
1
"
,, D. Francisco Aquiles Bazaine, Mariscal de Francia.
A José Celestino, sentenciado en PuebJa á diez años de trabajos
Oomendador.-D. Fernando Ramirez, Ministro de Negocios Esforzados, se le indulta del tiempo que le falta para cumplir su contrangeros. _
dena.
D. Pedro Escudero y Echanove, Ministro de·JusA Juan Montero, sentenciado en Puebla á cinco años de trabajos
"
ticia.
forzados, se le indulta del tiempo que le falta para cumplir su conD.
Agustin Carpena, Obispo in partibus, abad de
1
dena.
,
•
·,
"
la Colegiata de Nuestra Señora de Guadalupe, 1
A Hilario Aguilar, sentencfado en Puebl¡:t [á di~z años de trabajos Oficial.-D. Félix Eloin, Consejero de Estado honorario.
forzados, se le- indulta del tiempo que le falta1 para cumplir su con,,
D. Jesus López Portillo, Consejero de Estado.
dena.
·
•
Caballero.-D. Manuel García Aguirre.
A Félix Colula, sentenciado en Pueb-la á cinco años de prision, se
le indulta del tiempo que le f~lta para cumplir su condena.
◄•-·A José :Alejandro, sentenciado en Puebla á seis años de prision,
ORDEN
DE
GUADALUPE.
se le indulta del tiempo que le falta para cumplir su condena. ,
PROMOCIONES DEL 10 DE ABRIL DE 1865.
A Ignacio Guzman, sentenciado en Puebla á seis años de pris_i¡m,
se le indulta del tiempo que le falta p~ra cumplir su condena.
GRANDES CRUCES.
A Trinidad Sanchez, sentenciado en Puebla á seis meses de prision, se le indulta del tiempo que le falta para cumplir su condena. Illmo. Sr. D. Pelagio Antonio de Lavastida, Arzobispo de México,
A Vicente Fernandez, sentenciado en Puebla á seis meses de priGRANDES OFICIALES.
sion, se le indulta del tiempo que le falta para cumplir su cbndena. Exmo. Sr. D, Juan de D. Peza, Ministro de la Guerra.
.
A Ana!ltasio Hernandez, sentenciado en Puebla á sei's meses de
Exmo. Sr. General D. José López Uraga, Consejero de Estado.
prision, se le indulta del tiempo que le falta para cumplir su con!.
Sr. general Conde de Thun, comandante de la Legion Austrodena.
Belga.
1
Espida.nse por Nuestro Minist~rio de Justicia las órdenes c~rres~ Sr. D. Anastasio PaJTodi, general de Division.
p,ondientes.
,,.
' COMENDADORES.
Dado en Chapultepec á 1O de Abril de 186p.
, Sr. conde Bombelles, Chambelan y comandante de la Guardia Pa,.
(Firmado) MAxIMILIANO.
l
latina.
·
Al Ministro de Justicia.
Sr. Marqués de Cório, Chambelan y Consejero de Legacion.
Sr. D. Felipe Raygosa, Chambelan.
,, ,, Manuel Fernandez de Jáuregui, Presidente del Tribunal
de Justicia de México.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE ME~CO :
,, ,, José Maria Gonz-alez de la Vega, Magistrado del Tribunal ~
de Justicia.
·
DECRETAMOS:
,, ,, Pedro J. Escalante, Presidente del Tribunal de Durango.
Art. 1~ Son vocales de la "Junta protectora de las clases me1:1es,, ..u Luis v_ar~la, t1ntiguo empleado 'de Hacienda.
terosas."
Illmo. Sr. D. José María Sollano, Obispo de Leon.
D.- Faustino G. ·Chimalpopoca,
Sr. Dr. D. Ignacio Vera, profesor del colegio de San Juan de
D. Francisco Villanueva,
Letran.
D. Víctor PEirez,
Sr. D. Severo Castillo, general de Brigada.
D. Evaristo Reyes, y
,, »
José Maria Garcia, id., id.
D: Mariano Degollado.
,, ,, Nicolás de la Portilla, id., id.
Art. 2? Cada uno de los. miembros de la espresada. Junta disfru- ,, ,, Cárlos Oronoz, id., id.
,, ,, - Rafael Olvera; id., id.
tará el sueldo de mil quinientos pesos anuales.
.
.
,,
,, .Remigio Tovar, id., id.
Dado en Chapultepec, á 10 de Abril de 1866.
1
,, ,, ]!elipe Navarrete, id., id.
1
(Firmado) MAxrnILIANO.
,, ,, Manuel María Calvo, id., id.
1

•

V

Por el Emperador,
El Ministro de Gobernacion,

(Firmado) J. M. Cortés y Esparza.

Por decreto de' esta fecha, S. M. el Emperador se ha dignado nom• 1
brar para miembros del Consejo de Beneficen~ia, que será. presidido
I

OFICIALES,

Sr. D. Cárlos Schaeffer, Gobernador del Palacio de Chapulte.
pee, etc.
,, " Rodolfo Günner, subteniente de la Guardia Palatina, etc.
Jacobo de Kuhachevich, tesorero de la lista civil.
H
"
José D. Ulibarri, Su};&gt;secretario de Estado.
" " L. Detroylt, Director gerteral de la Marina.

" "

347

DIARIO DEL IMPERIO.

Sr. D. Luis de Arroyo.
.
l d l T .b l d J t· ·
José Maria Romero Diaz, fisca ~ n una 8•• us icia.
" " Antonio Mediz, Presidente del Tribunal deJust1c1ade Yu" ,. catán.
.
.
.
d" .. '
.
H
a
comis1mo
Imperml
de
la
tercera
1v1sion 1
,, ,, Nicanor ener ,
................. ,._. ·territorial.
·
·.
·
1
Alonso Manuel Peon! Pr~fecto pol~t1co de 0 nzava.
'
'' " Juan Pablo Franco,_ 1d.,_ 1d.,_ de ~aJaca.
, SOBERANAS Y PRINCESAS coNDEC0RAD.,AS coN LA G~ CRUZ DE s~ CABLOB,
" " J an de Dios Palamos, 1d., rntenno de Dur~ngo.
EL 1oDE ABRIL DE 1865.
" " Ju é María Ruiz antiguo empleado de Hacienda.
I
" '' :J:nuel Maria Quirós, administrador jubilado ~e la aduana I
GRANDES CRucxs.
de Tamp1co.
.
. .
La Emperatriz de los fr~nceses.
Ignacio de la Barrera, administrador pnnmpal de rentas '
La Emperatriz de Aust~ia.
" "
de México.
d 1
La Emperatriz del Brasil.
.
Manuel Ismael Rodrigue2i comandante dél Resguardo e
La
Emperatriz
viuda
del
Brasil.
" "
México.
La Reina de España ..
Sebastian Oamacho, ensayador mayor·
La Reina de Prusia.
Sr. Dr. D. Gil Alamán, prebend~do de_México.
La Reina de Portugal.
.
1
,, Agustin Rada, canónigo d~ d:
La Princesa Imperial del _Bras1I.
" "
Manuel Burguichani, provmcml de la Merced.
La Priné'esa Real de Prusia.
s'r.
fosé Ignacio Durán, médico director de la Escuel~ de ¡
La DuqueS{I, de Brabante.
Medicina.
. .
José M. Vertiz, médico profesor de 1d., 1d.
SEIORAS CONDECORADAS EN LA MISMA FE&lt;lJU,
" " Ignacio Erazo, 1·d., 1'd., 1"d ,, 1'd•
.
,,S b" on A Vandersmissen, teniente coronel de la Leg10n belga.
GRANDES CRUCES.
r. ar
.
d d
1 .
Sr. D. Ramon Ulloa, general gra ~a.º c_oro_ne.
Ignacio Ormaechea y Er~a1z, 1d. 1d. 1d.
• _ D~-Dolores Quesada de Almonte, 1~ Dama de .P~lacio.
1
" " Luis Tapia, general de brigada.
l)~ Ursula Pal!,\ciQs de Ramirez; esposa. del M;mstro de Nego•
" " José Ma:-ía Cabello, coronel dé arti!lerfa.
cios Estranjeros.
•
_
D~ Gertrudis Enriquez y Sequera, .Condesa del Va:lle de Or1za.
:: ',', N. Rosales, coronel ~e contraguemlla.
ha, esposa del Gran Chambelan de la Emperatriz.
Juan Zermeño, coronel•
,.
11

,, ,,

'

1

.

l

D.

PEQUEÑAS C1tUCES.

CABALLEROS.

Sr. D. Pedro Requena, comercian~e, cónsul dé Bélgica.

D~ Josefa Cardeña de Salas, D~ma d~ Palacio.
,, Guadalu_pe O~i.o. d~ Pardo, 1dem 1dem.
;. Dolores Septien de Torres.
,, Cármen Marroquin de Rubio.
,, Guadalupe Herrera de Villaseñor.
,, Josefa Acosta de Bustamante.
,, Luz Araujo de Márquez.
Mercedes Esnaurrizar de Hidalgo.
María Ville, Visitadora General de las Hermanas de la Caridad.
D~ Higinia Galvan, Preceptora de México.
Sol' Micaela Urabayen, Supel"iora en Silao, Hermana de la Caridad.
Sor Cármen Rodrignez, Hermana de la ·Caridad, Superio,ra eq
Toluca.

Ramon de la Cueva, Notario.
· José Maria Regil, abogado.
.
Feliciano Rodriguez, Prefecto político de Texcoco. .
Pablo Gonzalez Montes, Prefecto MQnicipal de G?anaJuato,
Francisco Jimenez, ingeniero inspe(}tor de camrnos.- .
Miguel Iglesias, id. id. id.
,, " Ramon Almara.z, 1.d•
~
•
a
l
" " José de Jesus Soto Carrillo, Gefe de la Secc1on 3. en e
"
Ministerio de Hacienda.
¿
Francisco Orteg&gt;a, médico, profesor de la Escuela de Me•
n "
dicina.
Salomé Pina, pintor.
" " Santiago Rebul1, id•
,,Sr.
"
D. Dimas Torres.
.
Francisco Vazquez, reloJero.
" " Mariano Reyes, coroneld
.
. "
. e mgemervi,
" " Antonio Gayon, coronel•
MEDALLA MILI1'AR.
" " Nicolás Raudon, 1·a•
NOMBRAMIENTOS DEL 10 DE ABRIL.
" " Ramon Men dez, 1'd.
" " José de J esus Carrillo, id.
José tuna, Sargento 1?_ del ~egimiento del Emperador.
,, " N. Murzia, id.
,, ,,
José M. Romero, idem 1dem 1dem.
. .
.
N. Figuerero, id. . .
José María Encinas sargento 1? del reg1m1ento de la Emperatnz.
" " Valeriano Larrumb1de, 1d•
Amado Cruz, sarge;to 1? del 1? de_li~ea.
:: ;: Joaq~lin Alcántara~ te_?iente coronel.
Félix Rosas, sargento 1? del 2.0 regimiento. ,
,, ,, Ricardo Valderas, 1d. 1d. d
Felipe Astudillo, sargento 2? de Ge~darmena de Puebla.
Monteiano, id. i .
Amado Sequera, sargento 2? cJe Artillería de la Batería de Depó" " Sóstenes
.,
José Almanzor, id. id.
sito.
•
t·
" " Francisco de P. Alvarez, id. id.
Lúcas Carrillo, ídem del reg~miento de la Ernpera nz.
" " Juan de Dios Rodriguez, id. id.
.
Juan Rodríguez, idem ídem 1dem.
"
,, ",, Manuel López, comandante de voluntanos.
Eugenio Lorenzana, Cabo de Ge~darrneria de Puebla.
,, ,, Atanasio J arero, comandante de escuadron.
José de Jesus Porras, idem idem 1dem.
.
,, ,, José Maria Gutierrez y Varreal, comandante de Gendar•
José M. López, ídem del R~guardo de México.
merla.
,, ,. José Maña Egufo, capitan del te~cero de ~i~ea.
" Antonio Frias, ídem ídem idem.
,, ,, Cip_riano Aguilar, capitan del primer regimiento de Ja- · Ignacio Arellano, ídem ~el re~imient~ del Emp~r_ador.
Mariano Quevedo, ídem 1dem 1dem.
.
lisco.
.
Marin,Lezurce,
idem
del
idem
de
laEmperatnz.
Ventura Ortiz, capitan del regimiento de la Emperatriz.
Darío Rosario, idem idem idem.
",, ",, José María Flon, capitan de Gendarmería. .
Crescencio Castañeda, ídem idem idem.
,, ,, Felipe Boleaga, capitan del Resguardo de México.
Pablo
Camacho, ídem ídem ídem.
,, ,, Andrés Llorente, capitan. ·
Pedro
Romero, Cl~rin de la Gendarmería de Puebla.
,, ,, Antonio Salgado, capitan de artillería.
,, ,, Ignacio Zuloaga, t~niente del primero d~ L_ínea-.
, Manuel Fernandez,. Gendarme.
Miguel C01·tés, idem.
.
" ,, J esus Miranda, temente del segundo regumento.
de DdepóEsito. ~f
,, ,, Mariano Diaz Martinez, teniente del regimiento Mendaz. i Librado Jazo, Artillero de la Batería
· · to e1 mperiwor·
,, ,, Apolonio Ponce, teniente del regimiento de la Empe• ¡ Gregorio Perez, Soldado del Re~1m1en
ratriz.
1 • Ventura Rodriguez, id~m id~m idem ·
Manuel J·endrez, idem 1dem 1d~m.
""
Teodoro Cuadros, Bubteniente del segundo reaimiento.
" "
José Encarnacion, ídem ídem idem.
,, ,, Oonstantin Tydgadt, mayor de los voluntarioso·belgas,.

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"
"
"
"

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"
"
,,
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¡

S~r

�348

DIARIO DEL IMPERIO.

José M. Ramírez, soldado del r~gimiento de la Empératriz.
Pablo Alvarado, ídem ídem ídetn.
Bias·Can.lona, idem idem idem.
Pdsciliano Rivera, idem idem idem.
Felipe Hernandez, idem ídem ídem.
Adolfo Schuh, sargento del cuerpo de voluntarios austriacos.
Othon Slama, cabo ídem ídem.
Francisco Fabian, ídem idem.
Valentino Gertschar, soldado ídem idem.
Ignacio Kluka, ídem ídem. ·
Fruncisco Denykovski soldado ídem idem.
Antonio Franz, ídem ídem.
José Franz, idem ídem.
Eduardo E1•ben, idem ídem.
Vicente Kobsa, ídem idem.
Antonio Terenz, idem ídem.

CONVOCATORIA.
Ante el Sr. Juez 5? de lo civil ~e.esta capital, Lic. D. Jorge Pere11, ha presentado un eserito D. Gregorib Lamadrld, marufeatimdo que su padre D. José Manuel Lamadrid falleci6
en !11 éxico á 28 de Julio del 858, drjnndo como bienes dos vínculos, uno por parto de pttdre
y otro por parte de madre, sitos en San Vicente de fa Barquera, provincia de Santander en
E spaña, y nombrando albaceas y herederoR á dicho D. Gregorio Lamndrid, su hermano D.
Manuol Lamad.rid r Flores, y loa hijos de éste. Que habiendo muert-0 dicho D. MJinuel Lamadrid y Flores, é ignorándose la supervivencia y paradero de los hijos de éste, pedia se les
11amara porlos periódicos; apercibiéndolos, agÍ como á otros cualquiera que se creyeran con
derecbo á 111 sucesion, de que si dentro del plazo que se fijara no comparecían, se entenderia que renunciaban cualguiera accion que hubieran podido doducir. Y habiendo el Sr.
J uez decretado de conformidad, se sirri6 señalar el plazo de treintaüias, qne so contarán
desde la primera públicacion de esta convocatoria, para la preséntacion referida. Y en
et1mplim1e11to de lo mandado, pongo el presente; advirtiendo que mi despacho está situado en los bajos ilel núm. 7 de la calle dt, ll\ Moneda.
México, Abril 1 de 1865.-Mani.el T de Meneses, Escribano público. 243-l0a-2

JUZGA.DO 8~ !IENOR.-CORDOBANES NUT!l, 8.
ORDEN.

ANUNCIOS OFICIALES.

En el juicio qtle ante esto Juzgado ha seguido el Lic. D. Francisco Diez de Bonilla cont ra D. Antonino Cubas sobre pt,sos, ha recaído un fallo que en su parte resolutiva dice:
" que D. Antonino Cubas pague al actor dentro de ocho dias los setenta y tres pesos que1e ha demandado y los gastos del juicio, éstos con arreglo á la circular do 9 de Setiembre
del año próximo pasado; apercibido de ejeoucion si no lo verifica: y que esta determinaeion se le haga sab1ir insertándola en el "Diario oficial del Imperio."
México, Marzo 31 de 1865.-/. Brat10.
239-3s-3

ADMINISTRAOION GENERAL DE CORREOS.

IUZGAllO 6~ DNOR.-1~ ltONTERILLA NUIL 't.

En el juicio que sigue D. Cárlns Arocena en represenlacion de D. M. Le-l{orreta contra
D~ Jesus Castro, he pronunciado la seHtencia que en sn parte resolptiva dice á la let1a:
El día 11 del actnal, á las once de la mañana, se despacha de esta Adminietracion ge- Se condena á D~ Jesus Castro á que pague dentro do cinco días á D.M. Legorreta, los
neral un estraordinario pa'"a Veracruz con la correspondencia que debe conducir al este- euarenta 1 nueve pesos dewandttdos y a que desocupo dentro d!'l mismo plNzo; apercibida
rior el " Paquete frances. '
de ejeo11ó1on r lanzamiento si no lo verifiCII, pagando en el menoionado plazo los gastos leLo que se participa al público para eu inteligencia y efectos correspondientes.
gales del juicio, etc." Y por ignorarse el paradero de la demandada se le hace saber por
México, Abril 6 de 1865.-Luis de la Pe:a.
e1presente.
'
México, Abril 6 de 1865.-Lü:. Labat.
240-3s-3 .
INTERESANTE AL PUBLICO.

,,

IUZGADO 2? DE LO CIVIL
En los autos que iji~ue D. Antonio Barquin contra D. Vicente Vaca, sobre pesos, el Sr.
Juez 2~ de lo civil, Ltc. D. Manuel Pavon, que conoce de elloa, h&amp; proveido el auto siguiente:- " MéxiP.o, Marzo 23 de 1865.-Autoé citad¡is las partes, haciéndose al ejecutado
la citacion por los peri6dir.os. Lo proveyó y firmó el Sr. Juez: doy fe.-Pat1on.-Lic. M.
F;{as, Secretario.'
El Diario del Imperio se publicará en lo sucesivo todos loe dias i las doce, menos loa
Y en cumplimiento de lo mandado, cito i. D. Vicente Vaca por el presente.
domingos y días festivos en que estén cerradas las o6cinM del Gobierno.
México, Marzo 30 de 1865.-J. Reynoso, Esciibano público.
2'26-Se-8
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustín.
El precio de la suscricion aerÍI:
rozoADO 3? DE LO CIVIL.
En la Capital, por un mes ........ . . . , . , ........ $ l 50
En el juicio que sigue el Lic D. Andrés del Rio por D. Facundo Gomez, contra D. MaId.
id. por tres meses. . .. .. . . . .. • . . . . . . . . 3 00
nuel Fernandez, sobre pesos, el Sr. Juez 3'! de lo civil, Lic. D. José M. Cor'ilero, ha man•
En lo~ Departamentos, por tres meses, franco de
dado que para el dia 20 del corriente, á las once, se anuncie por los periódicos el remate
de la casa núm. 4 del callejon de S. Simon de Rojas, llamada de Santa Eduwige, y de las
porte...................................... 3 75
cuatro accesorias contiguas á ella y situadas en el callejon del Ave Maria, valuadas en
7,374 pesos, 12 cs. Lo que hago saber al público.
El importe de las suscriciones de pagará adelantado.
México, Abril 1~ de 1865.-LManuel Romero, Escribano público de la Nacion.
El precio de los anuncios será convencional, y deberé. pagarse preciaament~ l\delantado
'
233-3a-3 am CU) o requisito no podrán publicarse.

AVISO.

Los recibos deberán ir firmados por
esta administracion.

D. José L. Gutierrez, encargado de

No se admiten reclamacionea por falta de recepcion del "DIARIO," sino. hHta
el dia siguiente de publicado cada número.

AVISO IMPORTANTE

-PARA 10S SUSCRITO RES DEL "DIARIO DEL DIPERIO.''

rozoADO 2? DE LO ClVlL.
Por el presente y de.órden del Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. ManuelPavon, cito á D.
Manuel E. Goitia para que en el término de diez rías. contados desde la fecha, se presente
en el Juzgado i. reconocer la firma de un recibo de catQrce pagarés, importantes la suma
de novecientos setenta y cinco pesos cuarenta centavo~, presentado por D. llruno Ondovilla; bajo el apercibimiento de darse por recQ.nocida si no comparece.
Y en cumphmiento de lo mandHdo, cito á D. Manuel E. Goitia por el prasente.
México, Abril 3 de 1865.-1. Reynoso, Escribano público.
2a4-5a-3

Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á lo~ suscrit:&gt;res que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban suscribirse al Dua10, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado toda vía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo. -

JUZGADO 2? :MENOR DE F.STA CORTE.-EMPEDRADILLO ND1L 6.
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pedimento del agente de negocios
1;&gt;. llfanuel G. Cevallos, apoderado juridioo del cesionario de D. Ignacio Trt'jo, por el pre,
sente se le cita, para que dentro de ocho días, por si ó por apoderado instruido y espensado, se oresente en este Juzgado i. contestar 11' demanda que en juicio conciliatorio, sobre
pesos, le promueve dicho Cevallos; apercibido que de no verificarlo, se diu·s por intentado
el act-0, y se espediri al act-Or el certificado.
México, Marzo 22 de 186.5.
El Juez 2? menor, Líe Ona11ue y Pa11on.
219-Ba-7

CONVOCATORIA.

l!:n los a11tos promovidos por D. Sebasti1tn Lépez, contra D. Antonio Carbajal, sobre pesos, el Sr. Juez, Lic. D. José Mari11 Cordero, ha mandado por el proveido en 30 del que
finaliza, que se proceda á la venta de la oasa núm. 8 de la 1~ calle de Santo Domingo,
avaluada por e\ perito D. José !l. Alvarez de la Cuadra, en la suma de$ 37.118 54 os.,
señalando para las almonedas los dies 8 y 20 del entrante Abril, y l\' del siguiente Mayo,
i. las doce, siendo la última con c11lid11d de remate.
Y para que las posturas se puedan ha~r con vista de las constancia11 de autos, estas se
manifestarán i. loa interesados en el propio Jnzg1tdo 3~ de su r1tdicac1on.
Mésico, Marzo 31 de 1865.-Urbano b!ora.li, Escribano público.
228-8\-3

JUZGA.DO 3~ DEL RAMO CIVIL.
En los autos ejecutivos que sigue D. Juan Thomas contra 111 testameuf.aria de D! Ma.
ria del Cármen Paradinas, el Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José Maria Cordero, ha manJUZGADO 7~ MENOR.-DONCELES NUlt 29,
dado en auto de esta fecha; que se procéda á la venta de la casa núm. 9 del callejon de
ORDEN,
Curtidores, de esta ciudad, valuada por el perito ter'!ero en discordia en 7,826 pesos 30
centavos; señalando para las almonedas los d1as 18 y 28 del entrante A,bi;it, y 8 de Mayo
D. José María Gonzalez se presentará en este Juzgado en el perentorio término de ocho siguiente, á las doce, siendo la última con calidad de remate.
·
ellas, contados desde la primera publicacion de este aviso, á reconocer au firma y cnenta
Lo qui hago sabor al público por medio de este anuncio, oomo está m~~ado.
en un libro de comercio pr&amp;1entado por D. Rafael Santin, en el juicio que sobre pesos eiMéxico, Marzo 31 de 1865.-Manuel Romero, Escribano público de la N"acion.
gue éste contra D. Miguel Garduño, fiador del mismo Gonzalez; apercibido de que le pa2,10-3&amp;-3
rará el perjuicio que haya lugar en derecho si no comparece.
México, Abril 7 de J865.
JUZGADO 3~ DE LO CIVIL.
El Juez 7'! menor, Lic. José de Jainaga.
241-3e-2
ALMONEDAS.

Ante el Sr. Juez 2~ de lo civil de esta capital, Lic. D. Manuel Pavon, se ha preaent.ado
D. Aguetin N. Gochicoa, como apoderado juridico de D~ Maria de Jesua Ortega de SolíS,
m Soledad Schiafino de Marchan, D~ Guadttlupe García de Romo, D~ Pilar Ortega de
Correa y D~ Soledad Ortega de Palacio, previa la licencia de sus maridos respectivos; de
D~ Concepcion G11rcia, con autorizacion de su padre D. Rafael Garcia, y de D! Dolores
Schiafinc, Somoza por medio de su curador D. }'nmcisco de P. Palacio. con autorizacion
espma del J uzgndo; y por último, de D~ Luisa, D~ Luisa de la Luz, D. Luis y D. Pedro
Schiafino, asi como de D. Francisco de P Ortega.
Con~sta representncion, manifiesta tiene acciones que deducir i. las herencias de D. Juan
JUZGADO 3~ DE LO CIVIL.
Pedro y D. Manuel Tomás Scbiafino, muertos intestados, y las cualoa consisten en los deEl Sr. Juez 3~ de lo civil, Lic. D. José Márla Cordero, se ha servido mandar se haga
rechos á los bienes de D. Simon 8chinfino, que t.estó en Granada de España, dejando do s
tercio~ del caud11l á RU hermano D. Juan Pedro, y un tercio á eu sobrino D. Manuel To- la presente convocatoria pam que l11s per&lt;1ona, que se crean con derecho á los bienes de
más Schiafino. Que á fin de justificar el entronque y uce)ldencia de sn~ poder«antee con los intestados de la Sra. m GertrudiS' Correa, yel del Bachiller D. Antonio Sans, se prelos intestados referido~, pide al Juzgado se sirva emplazar por loe periódicos á loa que a6 senten dentro de treinta dias; apércibiJos de lo que haya lugar.
Mé1ico, 28 de Marzo de 1865.-Pedro Canel, Escribano público de la Nacion.
crean con derechos que deducir contra dichos intestados, bajo al apercibimiento de estilOj
entendiéndote las diligencias ulteriores con el Sindico del Exmo. Aynnt.amiento y cou el
225-3sm-3
abogado del fisco, por tratarse de la herencia directa de D. Juan Pedro y la trasversal de
D. Manuel Tomás Schiafino.
,
El Sr. Juez ha señalado al efecto el término de veinte diu, cont&amp;doa deade la primera
publicacion de e&amp;ta convocatoria; y en cumplimiento de lo IIIAlldado,J?~n¡o el pre8ente en
IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
México, i 7 de Abril de 1865.-Jo,é Mana Ow.mpo, Escribano de d.Ui¡enaif,I.

!U2-10a-9

'11.UQS :D.C l i l AGtlllTllf1 Nt1ll.

l.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Estatuto orgánico provisional</name>
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        <name>Orden de Guadalupe</name>
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        <name>Orden del Aguila Mexicana</name>
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        <name>Ordenes imperiales</name>
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                    <text>DEL

EL

1

DIARIO
MEXICO: Martes 11 de Abril de 1865.

TOIO l.

NOH. 84.
/

LEYES DEL lllPERIO.
Los DECRETOS v REOLAMBNTOS CUYA PRIMERA SERIE HA SIDO PUBLICADA POR
ORDEN DE s. M. EL EMPERADOR, aoN toa arou1ENTEB:
·
Sobre Regencia del Imperio:
Sobre audiencias del Emperador.
Estatutos de la Orden del Aguila MexicaM.
ldem. de la de Guadalupe.
Creacion de la Cruz de S. Cárlos.
Medalla civil y militar.
Cruz de constancia.
Nombramiento de Gran Canciller de las Ordeties Imperiales.
~lamento dél Consejo-de Ministros.
SobrE' audiencias )ninisteriales.
Sobre el Gran Sello del Estado.
Consejo de Estado y su reglamento.
Reglamento del Archivo general del Imperio.
Sobre Comisarios y Visitadores Imperiales.
Atribuciones de los nueve departamentos ministeriales.
Organizacion del Cuerpo Diplomático Y del Consular.
,Idem de las Prefecturas Marítimas y Capitanías de Puerto.
Atribuciones de los Prefectos, Subprefectos, Municipl'lidades, y dela Po·
licia general y municipal.
Academia de ciencias.
' &gt; 1 1,&lt;J [
Junta de colonizacion y su reglamento.
Junta protectora de las clases menesterosas.
Direccion de puentes y calzadas, ferrocarriles, correos, telégrafos, bos•
ques, etc.
Division territorial.
Casa de Inválidos.
Ley orgánica del ejército.
ldem sobre la vagancia.
Instrucciones á los Prefectos.
Fuerzas rurales.
Tolerancia de cultos.
Ley de imprenta.
Planta de los Ministerios.
SUMARIO.

' 0IICIAL.-Ley sobre la moneda--Id. tobre el Oran Sello del Im1&gt;erlo.-De)'echo de alc&amp;bala 10·
PARTE
llre el p11lc¡ue.-loixenclon de lodo derecho á !&amp;Tor del mals.--&amp;&gt;bre el Cons~o de MlnlaLros.--SObre audlen·
clu mlnlaterlales.
PARTE'! DE LAS l'RRIIEOTURAS.- De Colima, participando que no h&amp;y novedad.-Del Valle de Méxl•
oo, aobre una sentencia de muerte.
OPERACI0N~ MILITARES.-Parte sobre 11D encueotn¡ con loe disidentes cer~ de Teotltlan del Camino.

PARTE OFICIAL.
·MAXIMILIANO,

EMPERADOR DE

MEXICO:

Vista la necesidad de uniformar en todas sus subdivisiones 1a moneda nacional:
Considerando que la exactitud universalmente reconocida del peeo Y ley de la moneda mexicana, le ha dado la estimacion y el erédito que hoy tiene en todos los mercados del mundo:
• Considerando Mimismó que Debemos dictar las medidas necesar1as para que se evite la falsificacion y recorte de la moneda, faltas
altamente perjudiciales no solo á las clases todas de la sociedad, sino
al crédito de la Nacion y á la moral pública; oído Nuestro Consejo
de Estado, HEMo_s venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
Art. 1? La umdad monetaria de México será como hasta aquf el
"Peso Mexicano de plata," ~on el peso de quinientos cuarenta y dos
grano11 del marco de Castilla, que se considera compuesto de
230,12317 gramas segu_n las Tablas publicadas por el Ministerio de
Foment_o en 1O de Noviembre de 18_62,_6 27.073 milígramas y la ley
de 10 drneros 2_0 gr~nos, ~ .9~2.77 m1lés1m_os.
El Peso Mexicano se d1v1d1rá en dos piezas de plata de cincuenta
centuvos, cua~ro pi~zas de v~inticinco centavos, diez piezas de diez
centavos Y veinte piezas de cinco centavos. La pieza de cincuenta
centavo~ te.n~rá el peso de 271 granos ó 13.636 milígramas; la pie1&amp; de vemt1cmco centavos 135 gra.uos 6 6.768 milígramas; la pieza

•

de diez centavos 64 granos 6 2.707 miHgramas, y la pieza de cinco
centavos 27 granos 6 1.353 milígramas.
El diámetro del Peso Mexicano será de 37 milímetros; el de la
pieza de cincuenta centavos, 30 milimetros; el de la pieza de veinticinco centavos, 26 milimetros; el de la pieza de diez centavos, 18
milímetros, y el de la pieza de cinco centavos 16 milimetros.
Art. 2? El Peso Mexicano llevará grabado en el anverso Nuestro
busto, colocado sobre el lado derecho, y la leyenda "Maximiliano,
Emperador;" debajo del busto. el año en que se acuñe. Por el reverso llevará grabadas las armas del Imperio, y la leyenda II Impe¡
• d
r O Mexicano: Un peso." Deba.JO el escudo la letra inicial y la final
del lugar de la Casa de Moneda en que se acuñe. Las piezas de 50,
26, 10 y 5 centavos, llevarán ¡,or fll anverso el mismo tipo que el Peso Mexicano. Por el reverso He•·arán grabado el escudo de las armas
nacionales, sin los soportes, y las leyendas "Imperio Mexicano, 60
centavos;" "Imperio Mexicano, 25 centavos;" "Imperio Mexicano, 1O centavos;" 11 Imperio Mexicano, 5 centavos," segun las
diferentes suertes en que se labre la moneda. Debajo del escudo la
l
· · · 1 ¡ 6 1d l
etra imcia Y a na el ugar en que se acuñe.
. Art. 3? Las monedas de oro serán de 21 quilates ú 875 milésimos
de ley, como hoy, y las habrá de los valores siguientes:
Pieza de veinte pesos que se d('nominará "Imperial Mexicana,"
con el peso de 677 granos del m~;co de Castilla, 6 33,841 millgramtá. Pieza de diez pesos con el peso de 338 granos, 6 16,920 nulf- •
gramas. Pieza de cinco pesos con el peso de 169 granos ú 8,460 milígramas. Pieza de un peso con el peso de 34 granos 6 l,69t mitrgramas.
El diámetro de la pieza de veinte pesos, será de 35 milimetros,
el de la pieza de 10 pesos 28 milímetros, el de la pieza de 5 pesos
20 milimetros, y el de la pieza de 1 peso 16 milímetros.
Art. 4? La Imperial Mexicana, 6 pieza de veinte pesos, llevará
grabado por el anverso Nuestro busto colocado sobre el lado derecho, la leyenda: 11Maximiliano, Emperador," y las letras inicial y final del nombre de 1a casa de moneda en que se acuñe. Igual será
por el anverso el tipo de las demas piezas de oro.
Por el reverso llevará grabado la pieza de veinte pesos, el grande
escudo de las armas imperiales, y la leyenda: "Imperio Mexicano,
20 pesos," y el año en que se acuñe la moneda.
El reverso de las demas monedas de oro consistirá en el escudo de
armas del Imperio sin los sopot'tes, con las leyendas: "Imperio mexicar:o, diez pesos," "Imperio mexicano, cinco pesos," é "Imperio mexicano, urrpeso," colocándose la fecha de la acuñacion de cada pieza, debajo del escudo respectivo.
Art. 5? Las monedas de cobre serán el centavo y el medio centavo. El peso de la primera será el de nueve gramas, y de cuatro y
media el de la segunda, teniendo el centavo veintidos rnilimetros de
diámetro y diez y ocho el medio centavo.
Esta moneda llevará grabado en el anverso Nuestro busto, encerrado dentro de la leyenda.: 11Maximiliano, Emperador," y el aüo en
que se acuñe. En el reverso llevará grabado el escudo imperial sin
los soportes, encerrado dentro de la leyenda: "Imperio mexicano,
un centavo;" "Imperio mexicano, medio centavo."
Art. 6? Las monedas de plata y de oro tendrán el cordon 6 canto
estriado en toda su circunferencia, y llevarán una ·gráfila angosta
por ambas caras. El canto de la moneda de cobre será completamente liso; pero esta moneda llevará una gráfila igual á las de plata y de oro,
Art. 7? Para que la nueva moneda sea tan uniforme y exacta ~omo es indispensable, las casas de moneda del Imper!o se proporc10n~rá~ desde luego las prensas de amonedacion propias para producu· piezas perfectas en todos sus'detalles.
.
Art. 8? Desde la publicacion de esta ley están obligados los ensayadores del Imperio á marcar las leyes de or? y_de plata de las Jigas que contengan estos preciosos metales en milésimos. Quedan por
consiguiente abolidlls las deoomioaciones y los pesos de quilates y
dineros que se han usado hasta aqui, para espresar el grado de pu•

•

•

�350

•

/

DIARIO DEL L'1PERIO.

reza de tales ligas. La tolerancia 6 diferencia permitida en feble 6 to, algunos derechos por los documentos que lleven el Gran SelJo
fuerte en la ley, será de tres milésimos para la plata y dos mi1ésimos se fo:mará una cue~ta justificada y exacta en la Cancillería, ~par~
para el oro.
rendirla al fi~ ~el ano y entregar el fondo á la caja central.
Art. 9~ Para evitar toda confusion entre las personas p(lco versa- Nuestro MmIBtro de Estado queda encargado de la ejecucion de
das en los cálculos de reduccion, y no obstante lo prevenido en el este decreto.
·
artiéulo a~teri_or, ae permi.te por el término de 1un año, contado des- Dado en el Palacio de Cbapultepec, á 10 de Abril de 186ó.
de le. _pubhcamon de esta ley, usar en los actos oficiales las espresio(Firmado) MAXIMILuio.
nes dmeros, quilates y sus subdivisiones, á continuacion de las leyes
Por el E,np.,.dor,
de plata ó de oro, marcadas en milésimos.
El Ministro de Negocios Estranjeroa, encargado del Minist.erio de Estado.
Las dudas que puedan ocurrir sobre el uso de las nuevas pesas de
José F. llamirez.
ensaye, las resolv~rá el Ensayador Mayor, cuya oficina se encargará
d_esde luego, previo presupuesto aprobado por el Ministerio de Hac1end_a, de la construccion y verificacion de los juegos de pesas neMINISTERIO DE HACIENDA.
cesarias para proveer á todos los ensayes foráneos.
Art. 10. La acuñacion de la moneda de cobre se hará solo en las
SEceroN 1~
cantidades parciales que DETÉRMINEMOS, en vista de los informes S. M. el Emperador se qa servido espedir el decreto que ~igue:
que sobre su necesidad Nos comuniquen los Prefectos políticos de MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO·.
los Departamentos, y de la manera que FIJAREMOS oído e] informe
de Nuestro Ministro de Estado.
'
· _Considerando que es pre'&lt;iso aumentar algunos impuestos para cuArt. 11. Luego que se ponga en oirculacion la moneda menuda bnr los gastos del Tesoro:
,
q~e ahora s~ decreta, se procederá á la a_mortizacion de solo los me- Considerando que el pulque, que antes pagaba basta dos reale~
dio11 y cuartillas de real de toda la qu_e mrcula con el tipo antiguo, de alcabala, solo adeuda hoy diez centavos donde más:
_supuest? que los reales pueden cambiarse por su justo valor. Para Que el a~mento que decretamos no tendrá influencia sensible socon_segu1rlo prontaniente, las oficinas recaudadoras, á medida que los bre ~l prem_o pagado por el consumidor que rio abuse de esta bebida:
remban en ~ago, darán cuenta al Ministerio de Hacienda para que Visto el mforme de nuestro Ministerio de Hacienda/1
•te los remita á la Casa de Mone&lt;la, á fin de hacerlos reacuñar por
HE:a.i:os decretado y decretamos lo siguiente:
cuenta del TesQro Imperial.
Art. 1? Se ~"igirá ~or derec~o de alcabala, en todas las poblacioDe_ntro de un mes de la publicacion de este decreto, cesará la cir- nes del Imperio, á la mtroducc10n del pulque fino, diez y seis cen~lamon &lt;le la moned_a de cobre conocida por octavos de real; los
ta.vos por arroba, Y al gordo ó tlachiqrie diez centavos por arroba.
bedorea de e!la ocurrirán á las Administraciones de rentas para que En_ lo~ lugares en que no se~ posible ejecutar el cobro de la manese les cambie por moneda corriente.
ra 1pd1cada, se hará por med10 de igualas ó relaciones juradas sobre
Art. 12. Para ab1•it las matrices de los troqueles de la nueva mo- las ventas ó consumo.
·
heda co~forme á las prevenciones de esta ley, Nuestro Ministro de
Art. 2? El dia 16 del presente mes de Abril co~enzará á t'enet
Estüdo convo~ará un concurso público, proponiendo los premios que e~ecto este decreto en la capital del Imperio, y en las &lt;lemas poblase h:u de designar á las obras mas perfectas, bajo las bases siguientes: Clones á los diez días de su publicacion en ellas.
,
l. Que dentro del término de cuatro meses se han de presentar
Nuestro Ministerio de Hacienda queda encargado de la ej~ucion
como muestras dos monedas de oro del valdr de 20 pesos y de un del prese~te decreto, q_ue. se de~ositará en los archivos del Imperio,
peso: tr~s manedas de plata ael valor de un peso, 26 y 5 centavos: Y se ~ubhcará en el Dtano ofiCJal, para que llegue á conocimiento
un medio centavo.
de qmenes corresponda.
·, .,
_2~ El primer premio se adjudicará á lá obra que fuere calific~da
Dado en el .Palacio de México, á 6 de Abril de 1866.
•. 1
1
~ per{'.ecta: Aquel consistirá en nna gratificacion de trescientos (&gt;e•,
(Firmado) MAxtMILUNO,
· so~, o~celJiéndos~ ad~as á sá autor el ~noargo de abr1r dura'nte
Por mandato de s. M. r.
·, 1
8818 anos, las matnces que se han de enVJ&amp;r á las ca'sas de moneda.
El Subsecretario de Hacienda
e:&gt; p
~~ ~I eeg-undo premio será de do~cientos á ~rescientos pesos, yse
(Firmado) Félix
,
·
iff
0
adjudicará á la obra que por su mérito respectivo lo merezca.
.
. .
.
pi
·e 4!- Si 'l'ló tuviere lugar la adrit:tdfoaeion del primer pre .
. y lo comumco á vd. para su mtehgenc1a y ,efectos corrAAmn• . i
,"J
mio, se- dará1 dientes
-,.Vina gmtificaetoflr á; as &lt;los meJores obras de méri'tlo 1,espectivo reco• El s b
t • d H•• d
•~
'
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1 .i.
IL
h
· .
,
u sacre ano e amen a,
-'v
, 0 1 1 !11
,g1 n ose asma r11;es y liroque eis que . ayan serv1do.parafabrrcarlas.
(F' dO) F ' • C •
,
·~
·s~ Que laij ma1Jrices
que se han de fabricar, segmf lo dispuesto en
irma
elzx a,mpillo.
.
f ,
1
,,.. e1a 1. .11· • d
t
l
·
(11),
.m.~· .,~1Mc10n e es e artfou o, sé constru'1rán pór el grabador pte-~ ia~, 'en lá casa de moneda de _esta capital, bajo la inspeccion inS. M. el Emperador se ha servido espedir el decreto que sig~e:
medi~tl\ del Ie'terventor del Gobierno en aquel establecimiento.
"
Nuestr~ Ministro de Estado queda encargado de ia ejecacion de MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
esta ley.
Considerando que el maíz es el principal aJimento del pueblo, y
Dado en el palacio de Chapultepec, á 10 de Abril de 1865.
deseando que las clases pobres se procuren esta semilla al precio 'mas
barato:
11
(Firmado) M_.XIMIWNO,
Por el E'1,Pera~or,.
Visto el informe de Nuestro Ministerio de Hacienda,
HEMOS decretado y DECRETAMOS lo siguiente:
J ;I ~iitlstro de Negocío$ .fMrapjoroe, encl\rgadp de~Ministeriq de Etiado,
.
Art. 1g Queda exento del pago del derecho de alcabala y demas
-s·q
"
(Firmado) José F. Ilamirez.
impuestos para el Estado, el maiz de produccion nacional.
.......
Art. 2~ El día diez y seis del presente mes de Abril, comenzará á
ejecutarse este decreto en la capital del Imperio, y en las demas po- . '
MAXIMTLµNo, Tu1PERAD0R DE MEnco:
blaciones á los diez días de su publicacion en ellas.
'
Nuestro
Ministerio
de
Hacienda
queda
encargado
de
la
ejecucion
DECRETAMOS lo siguiente:
.
Art. 1~ El Gran Sello del Imperio estará á cargo de Nuestro Mi- del presente decreto, que se depositará en los archivos del Imperio,
y se publicará en el Diario oficial para que llegue á conocimiento de
nistro de Estado.
quienes
corresponda.
Art. 2~ Los diplomas, nombramientos, credenciales y despachos
Dado
en el Palacio de México, á 6 de Abril de 186~.
firmados por Nos, deb~rán llevar el Gran Sello del Imperio, que se
conservará en la Canc1lleria dependiente del Ministerio de Estado.
(Fil'mado) M.AXI.MILlANO. i
Art. 3~ El Minist110 de la ·~asa Imperial, á cuyo cargo se encuenPor mandato de S. M. l.,
I
El Subseoretario de Hacienda,
tra lo referente á condecoramones y medallas, mandará al Ministerio
1 1 fn
de Estado los diplomas que espida, para que se les ponga el Gran
(Firmado) Félix Campillo.
..Sello en la Ca,ncilleria.
;
Lo que comunico á vd. para su inteligencia y efectos corresponArt. 4~ En la Cancillería se llevarán los libros de registro de to- dientes.
dos los documentos autorizados con el Gran Sello.
El Subse.oretario de Hacienda, ·
. Allt, 5~ To~os los mexicanos que tengan concedidas condecora(Firmado) Félw Campillo..
CJones, así na01onales c?mo estranjeras, no las podrán usar sin que
antes consten en ~l registro que lle~ará la Cancillería y se haya toC0NSE10 DE :mNISTROS.
ma~o razon del diploma correspo_ndiente; á menos que no se haya
piodido pre.sentar éste ~or a~sencrn, del agraciado, en cuyo caso bas- Los Ministros se colocarán en el Consejo por el 6rden d2 antigüebrá el registro de las hcencms · que Nos concedamos mientras se dad de su nombramiento.
anota el diploma.
·
'
El Ministro de Estado cuidará de que un emp1eado de confianza,
Art-. 6~ Sfompre que hubiere de percibirse, conforme á reglamen- tome en cada sesion el borrador del acta del Ministro meno11 anti-

te-

1

Cam ·zz

...

•

~

351

DIARIO DEL IMPERIO.
guo que debe formarlo, para este~der1a en el 1ibro corre~pondiente.
En el siguiente dia al de la ses1on, el encarga._do del hbro de a~tas, recabará la aprobacion de S. M. ó del Presidente ~el ConseJo
que lo haya sustituido, y recogerá las firmas de los miembros del
Consejo.
.
.
Si se hiciere observacion por alguno de los m1embros del ConseJo
antes de aprobar el acta, se d~berá escribir y ~rmar por su autor, y
manifestarse á S. M. 6 a1 Pres1dente del ~onseJO en su caso, para reformarse e1 acta ó desecharse la observac1on.
.• .
H&amp;brá Consejo una vez por semana, y los estraordmanos á que
oportunamente se convocará.
Todo 1o que pase eñ el Consejo, es de absoluta reserva, bajo la
mas estrecha responsabilidad de los vocales y del ,empleado encargado de llevar el ljbro de actas.

las seis y media, en la plaza de Mixcalco, lugar ordinario de las ejecuciones. "
Y por disp?sicio~ del Sr. Prnfecto p_olí~ico, lo. t rnscribo 6 vdcs.
para que se sirvan rnsertarlo en el Penódico Oficml.
El Secretario general do la Prefectura,

(Firmado) ALEJANDROVn,LASE~OR,
MINISTERIO DE GUERRA.

OPERACIONES :MILITARES,
México, Abril 8 de 1865.

Prefectura superior política de Oajaca.-Número 26.-Oajaca,
Marzo 31 de 1865.-Exmo.' Sr.-Con fecha 29 del presente mes,
dice el Prefecto político del Distrito de Teotit~an. del Camino, al
Por mandato de S. M. l .,
señor secretario general de esta Prefectura, lo s1gmente:
El Ministro de Estado,
"Con fecha 28 del presenre me dice el Sr, Capitan D. Manuel
(Firmado) JOAQUIN VELAZQUEZ DE LEON,
Ortigosa, lo que copio:
~ "Tengo el honor de pone!"ªº el superior conocimiento de V. _S.,
que ayer á las nueve y media de la mañana se presentó el enemigo
AUDIENCIAS MINISTERIALES.
frente
á esta plaza, en el punto llamado el Fortín, y en el acto coQueriendo conciliar el mejor s~r.vicio público c~n la regularidad
menzó
á hacer algunos tiros sobre ella: observé que se disponía pay buen órden que exige la esped1cion de los negocios en las Secrera
un
ataque
formal, y comprendiendo que el modo de triunfar era .
tarlas del despacho, ha acordado el Consejo de Ministros, con autosalirle
al
encuentro,
organicé al efecto dos guerrillas, compuestas
rizacion de S.M. el Emperador, las disposi.ci_ones siguient~s: . ,
Los Ministros de Estado, Guerra y J ustima, darán audiencia pu- una de la compañia d~ Esploradores de Oajaca, y ot~a de la segunda compañia del propio cuerpo, ordenando que la prim~ra avanzara
b1ica los lúnes, miércoles y viérnes, de tres á cuatro de la tarde.
:F!l de Nego_cios Estranje1os, todos los dias de ~iez á once de la de frente con direccion al enemigo, y la otra fuese cubmndo la remañana.
, taguardia, ocupando yo á _la cabeza de las g~errillas civiles _de T~Los de Fomento y Gobernacion, todos los dias de once á doce de huacan, las alturas inmediatas á esta poblac10n, para ver s1 pod1a
cortar al enemigo; pero no fué posible, porque violentando su marde la mañana.
El Subsec'retario de Hacienda, los juéves, sábado y domingo, de cha las columnas de que queda hecha referencia, por el deseo que
tenían de entrar en combate, estos impidieron que el enemigo des·once y media á doce y,media de la mañana.
Las personas serán recibidas en el órden con que se hayan pre- cendiera al 11ano, traliándose úna refriega á la mitad de la cuesta
por donde venia.' Notando es~ m_ovimiento, avanc~ con las fuerz~s
sent'ado, sin distincion de rangos.
El que quisiere ser oído en audiencia particuJar, deberá ped_irla de mi mando para oeup~r la izquierda de las guerrillas, cuyo movipor medio_de una esqaela indicando _el nsurt'~o. Si no concume~e miento fué ejecutado por la guardia civil de Hopotitlan, y que la,
con.exactitud á la hora que ~e le hubiere designado, no se le reci- de Coxcatlan, San L&lt;&gt;tenzo, San Nicolás, Santiago Miáhuatlan y
Chapulco tomasen la derecha, dejando á los de Zoquitl_an y la Monbiré.
· Las -peráonas qtle qufsieren saber el estado que guardan sus ne- taña el cuidado de las mulas que llevaban el parque. E~ at~que en
este momento se hizo general; y aunque e1 ~rmnfo no pareci~ d~d8goe1()1, ~e dir~rtán al olicial de partes.
. . .
Se.recomienda á }a:s personas que concun-an á la aud1enma, que,. so, para entusiasmar mas.i&amp; la ~ropa en medro del fuego ac~ivisimo
que se le hacia; mandé tocar d1anae, resonando en el acto vivas re•
sean breves en la elfposicion de sus negocios.
Lóa 'Ministros no reciben visitas en su despacho, ni tratau en su petidos á S.M. el Emperador.
Conociendo el enemigo la bimrría y decision con que se batian las
habitacion los ne8(&gt;cios oficiales.
fuerzas
de mi mando, comenzó·á retirarse, remiendo ser flanqueado
'A fin de estirpar la. costumbre tan perniciosa al buen servicio o~por
ambos
costados; y cuando ya no lt1 cupo duda de que este iba
mo al decoro "dél Gobierno, con que se molesta y ofende á los M1á
ser
el
resultado,
emprendió una fuga precipitada, dispersándose la
Bl&amp;tros, yá mov,iéndoles influjos para el despa-ého de los negoc!OS", y~
infantería
en
todas
direcciones, y á su retaguardia, c1,1.briendo 6- aquedistrayéndolos con 1os que no pertenecen. á su ~esorte, se adV'!erte á
lla,
lo
hizo
tambien
Ja caballeria, compuesta de cincuenta hombres
los inreresados, que deben abstenerse de mcurm en una y en otra
al
mando
de
su
gefe
Villaseñor, á cuyas fuerzas no pudo dárseles alta.Ita, y que S. M. ha prohibido espresamente á los Ministros hacer
cance.
recomendaciones y tomar ingerencia eo negocios estraños 11 su ramo.
Una copta de este acuerdo se conservará permanentemente en los El número de hombres con que se presentó el enemigo fué de
ochocientos infantes, al mando del bandido.Ramirez y N. Aguilar,
lugares mas visibles de las Secretarías.
pues Figueroa se babia quedado en Jalapa: estas fuerzas, segun aseMéxico, Enero 1? d~ 1'86ó,
·.
guran
los prisioneros que hicimos, tienen muy buen arma~ento, lo
El Ministro de Negocios Eatranjeros,
cual
hemos
podido notar en la persecucion que sufrieron hasta el
(Firmado) RAMIREZ,
pueblo· dé San Migueiito, en cuyo tránsito tuvieron qui?ce mue~tos
y veinte y tantos heridos, tomando algunos de estos últimos la Sierra. Por nuestra parte tenemos que lamentar la muerte de cuatro
PARTES DE LAS PREFECTURAS.
valientes soldados de Oajaca, tres de la primera compañia de Esploradores y uno de la segunda del mismo cuerpo, cuyos individuo , no
atendiendo al toque en que se mandaba cesar el fuego, -·~e confunmISTERIO DE GOBERNACION.
dieron entre las filas enemigas y sucumbieron.
Imperio Mexicano.-Prefectura su~erior política del DepartamenQuedaron tambien en nuestro poder, á mas de diez prisioneros,
U) de Colima.-Núm. 64.-Colima, Marzo 27 de 1866.-Exmo. Sr.
quince fusiles, dos rifles y una yoga, y hoy espero se dé alcance á
-Tengo la honra de poner en el superior conocimiento de V. E.,
otros y se encuentre mas armamento.
.
que en el Departamento de mi manóo se conservan sin alteracion algunos
Me seria muy sensible no.recomendará V. S. á l~s señores oficia,.
el 6rden y la tranquilidad pública.-Reitero á V. E. con tal motivo les que concurrieron á esta Jornada, porque se ma?e¡aron con lamami atenta consideracion y distinguido aprecio.-ElPrefecto superior yor subordinacion y valor, comenzando por el te_mente de Esplorapolitico, Jo,é Maria Mendoza.-El Secretario general, José Marta dores de Oajaca D. German Vaz_que_z, subtemente_ de la segunda
Bueno.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
compañia del mismo cuerpo D. Epitac10 Vargas, capitan D. Rafael
Es copia. México, Abril 7 de 1866.
Arismendia, teniente D. Benito Lezama, teniente D. José Avella Y
El Subsecretario de Gobernacion,
subteniente D. Juan Garzon Herrera, de la guardia civil de Coxca(Firmado) FRANCISCO J. VILLALODOS .
tlan, que quedó en esta plaza como ayudante de mi persona; el capitan b. Cleofas Guzman, el de la misma clll{!e D. José Maria Leon
Cabanzo, y el de Esploradores de Galvez D. Ignacio López, de_ZoP.untTDltA POLlTICA DEL DEPARTADRTO DEL vrn DE IOXICO.
quitlan, que tambien concurrieron conmigo al punto del combate;
8EOOION DE J USTIOIA.
teniente D. Leonardo López, capitan D. :felipe_ Hernande~, de la
guardia civil de la Montaña, y por .último, el senor _comanaante de
Núm. 2,717.
~ éxico, Abril 8 de 1865.
Por la comandancia militar de la Plaza, con fecha de hoy, se me batallon D. Juan Ignacio Ruiz. Solo me resta mamfestar á .V.· S.
que el combate duró hora y media, y que por separado le _dmgtré
dice lo siguiente:
las
noticias del parque consumido; ~aperando entretanto se digne de"Tengo el honor de informaros que el llamado José Florentino,
cirme
lo que deba hacer con los prlBloneros y el armamento que se
condenado á la pena de muerte por la Corte Marcial, en su sesion
de 7 del corriente, será ejecutado en la mañana del 8 del mismo, á ha recogido.
·

�352

DIARIO DEL IMPERIO.

Y lo trascribo á vd. para que lo ponga en conocimiento del S1·.
Prefecto político, y por su elevado conducto llegue al de S. M. J.,
felicitándolo por tal acontecimiento; asegurándole al señvr Prefecto,
que dentro de poco tiempo el Distrito de mi mando estará completamente pacificado.
Y tengo el honor de ·trascribirlo á V. E. pam su conocimiento, y
á fin de que se sirva elevarlo al de S. M. el Emperador.
Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefecto superior político de Oajaca, J. P. Franco.-Exmo.
Sr. Ministro de la Guerra.-México.
Es copia.
i1 Subsecretario de Egtado y del Despacho de Guerra,
(Firmado) J. M. DURAN,

TRIBlJlUL DE 00111:ERCIO DE DXICO.
En los autos do coucurs.o á bienes de D. Nicolás Dominguez, fué celebrado un convenio
entre los acreedores de dicho concurso, que con el auto que á él recayó, á la letra dicen:
"Primero. Quedan admitidos al activo del concurso y reconocidos los créd,tos que se
han justificado, y son los siguientes:
CltEDlTOS AD~IlTIOO~.

El Colegio de San Gregorio, que hoy pertenece á la Escuela de .A.gricul.
tura, por •eiscientos serenta pesos... ....................... .......
El de D. Bonito Maoun, por quinientos cinco pesos . .•.• .•••.••.• ,....
El de D. Rodrigo Solares, por ciento cincuenta pesos.... . . . . . . . . • . . . .
El de D. José Alvarez, por ciento doa pesos....... . • • • • . . •. • • .. . . . . ..
El de D. José Lozano, por cincuenta y dos pesos.....................
Y ol de D. Juaa Yaldé,, por noventa y cuatro pes()s........ ••• . • •. • .. .

660
505
150
102
52
94

Sumn. ....................... 1,563
Segundo. No se admiten al crédito activo del concurso, y quedan de él separad¿&amp;101
créditos que no se han justificado, y son los siguientes:

SERVICIO DE CORREOS.
ENTIIADA r SALIDA DE CORREOS EN LA AoMINISTRACION

GicNKRAL DE ESTA

CAPITAL.

LLEGA CORRF.SPONDENCIA:

MARTES.--De Texcoco, Ayotla, San Martin Texmelucan, TJaxcala, Pue.
bla, Tacubaya, Lerma, Toluca, Temascaltepec, Sultepec, Tenancingo, Guadalupe Hidalgct, Sau Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan,
Otumba, Apam, Tlalnepantla1 Cuautitlan, Tepeji del Río, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan del Río, Querétaro, San Miguel Allende, San Luis Potosí,
Guanajuato, Lagos, Guadalajara, Zacatecas, Tula, Ixmiquilpan, Tlalpam,
Cuerniwara.
SE DESPACHA COR:a:BBPOllDElfCIA
HASTA LAS 9 DE LA NOCHE.

MARTKS.-Para Texcoco, Ayotla, S. Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
Orizava., Córdoba, Veracruz, Tacubaya, Lerma, Toluca, Tenancingo, Temas.
caltepec, Sultepec, Ixtlahuaca, San Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tla].
pujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec,
Pachuca, Tulancingo, Teotihuacan, Otumba, Apam, Tlalnepantla, Cuautitlan,
Tepeji del Rio, Soyaniquilpan, Tula, Polotitlan, San J mm del Rio, Querétaro, Guanajuato, Lagos, Aguascalientes, Guadalajara, Zacatecas, Durango,
Tlalpam Cuernavaca.

.A.NUNCJ:OS.

AVISO.

El Diario tkl Imperio se publicará en Jo sucesivo t.odos loa diu á las dooo, meno, loe
domingos y diaa festivos en que estén cerradaa las oficinas del Gobierno.
El desp11cho sé halla estabJecido en 111 088&amp; número 8 de lOII Bajos de San Aguatin.
El precio de la allicricion 1erá:

En la Capital, por un mes .. ~ ......... ... ........ • 1 50
Id.
id. por tres meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 00
En los Departament-0s, por tres meses, franco de
porte . . ......... . ... . ....... ,.. . ........... 3 75
El importe de las suscriciones se pagará adelantado.
El precio de los anuncios será conver.ciooal, y doberá pagarae precisamente adelant&amp;do,
ain cuyo requisito no podrán publicarse.

Los recibos deberán ir firrnados por D. José L. Gut;errez, encargado de
esta administracion.
No ee admiten reclamaciones por falta de recepcion del "DLUUO," sino huta
el dia siguiente de publicado cada nómere.

AVISO IMPORTANTE

PARA LOS SUSCRl'fOllES DEL "DIARIO DEL HIPERIO."
Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16
inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos números
á los suscrit:&gt;res que los han pedido.
Los Gefes de oficinas y otras dependencias del Gobierno, que deban sus•
cribirse al Dn&amp;10, se servirán decir lo mas pronto posible el número de
ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trab~jos.
Se suplica á, los suscrit-0res de los Departamentos que no han pagado todavía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el impor•
te de las suscriciones correspondienk's á este periodo.

El de D. Alonso Gomez, por trescientos pesos .•....•••..•....... .. .. . ••
El de D. J:o'ranoisco Garma, por ciento cuarenta pesos ......•............
El do T). Márcos Esnaurrizar, por ciento qumce pesos .•......••••..•.•••
El de h 011.sa de Mora, por cien pesos.... . • • . • • • • • . . • . . . • • • • . . . • • • • . . . •
El de l II casa de Daoomba, por veintiocho peeos.. . • • • • . . . . . . . • • • . . • •• • . .
El de D. José Gutierrez de los Rios, por veintinueve pesos...............
El de D. Manul'l Rosales, por setenta y nueve pesos..... . . • • • • . . . • . . . . . •
Al de D. Miguel de In. Cueva, por cincuenta pesos..... • . . . • . . . . • . . . . . . . .

300
140
J 15
J 00
28
:.19
79
50

Suma .............. . ....... $ 841
El Sr. Síndico manifestó, que están ya pagados los créditos 1iguiente1:
El de la administracion de Tabacos, por sesenta pesas....... • . . • • . • • • • • . 60
El de la Reoaudaoion de contribuciones d.e Teotihuacan, por treinta pes&lt;1s. 30
Svma ................... ... , 90
Tercero. Que la e1istencia líquida del concurso, deducidos los gastos y honorarios de
Síndico, se reparta con igualdad entre los créditos admitidos, sueldo á libra, conforme ¡
laa Ordenanzas de Bilbao.
Cuarto. Que este acuerdo sea aprobado por el Tribunal, como lo suplican los aeñore1
de l'@ta junta, y que se ponga eu ejecucion inmediatamente, dándose dicha aprobacion previ011 los trámites indispensablemente necesarios, en atencion al pequeño fondo con que
cuenta el concurso.
Quinto. Qneda aprobada la cuenta del depositario, en el concepto de que éste no ha de
cobrar ningun honorario, así como el concurso no le hará cargo por el Íllt.eres del dinero
que ha teaido en so poder. Con Jo cual se conformó su representante el Sr. Icaza.
Con cuyos 30nerdos terminó esta junta, mandando el Sr. Presidente que firmada la acta, se dé cuenta al Tribunal, dándose desde ahora por notificados y cit.ados l1•s señoree
presentes, y el Sr. Ioaza en nombre y representacion de D. José de la Cueva y de sus representados. Y firmaron para conatancia.-Lic. N. lcaza.-Francisco llfauano.-J1uu1
Valdt,.-J. Varda.-Luis Rodrigiuz !I Palacio.-México Febrero 20 de 1865.-Visw el
convenio hecho por los acreedores y Sindico en la Junta de veintieeis de Enero último,
cuy11 11probaoion se solicitó en la miamajunta: siendo arreglado á lu leyes y benéfil'.o al
concurso, y debiendo pararles en perjuicio á los acreedores moroaes el aperoihimiento bajo
qne fué citada la mismajunta, quo conforme á derecho ha debido y debe surtir t.lfioe 1111
efectos dicho apercibimiento; se aprueba en cuanto ha lugar en derecho, y en Jo que lo
requiera, los acuerdos contenidos en la acta que precede, obligando á t.odoe l011 acreedore,
á estsr y pasar por él ahora y en t.odo tiempo, á onyo fin 86 interpol}6 la autorida:d y Judi.
cial decreto cuanto balte y baya lugar. Hágaae saber, y el Síndico proceda á dar eJecucion y cumplimiento á los acuerdos que se aprueban, en lo que Je corresponda. Lo proveyeron y firmaron loe Sres. Presidente y ooíegaa.-éa1tillo.-Garc{a.-Abadiano.-Jo16
Maria Cardeña, Oficial 2~ "
Y á peticion del Sindico administrador, y cumplfondo con lo mandado por este Tribunal en auto d1117 del corriente, pongo el presente para que llegue á conocimiento de loe
intereaados.
México, Marzo 22 de 1865.
José llf11rla Cardtiüi, OAcial 2&lt;.&gt;, encargado de la Secretarla.
246-Ss-t
lUZGADO 7&lt;.&gt; ][E1'0R.-D01'CELBS lfl1Jl 19.
ORDEN,

D. José Mari11 Gonzalez se presentará en este Juzgado en el perentorio ténnino de ocho
dias, contados desde la primera publicacion de este aviso, á reconocer su firma y cuenta
en uu libro de comercio prel!entndo por D. Rafoel Sl\utin, en el juicio que sobre pesos 1igue éste contra D. Miguel Garduño, fiador del mismo GoRzaloz¡ apercibido de que Je parará el perjuicio que haya lugar en derecho si no comparece.
México, Abril 7 de 1865.
El Juez 7~ menor, Lic. José dt Jainaga.
241-31!-3
BEJliTE 1UDICIAL AL D10B POSTOR,

No habiendo tenido verificativo el remare que de la haciendn. de Ran José Coautla 86
hizo por parte de D~ Concepcion Diaz de Blanco, mujor l~gítima del fallido D. Leonoio
Blanco, por no haberse cutDplido por dicha señora con niuguna de las condiciones del a.
preeado remate, el Sr. Juez 3&lt;.&gt; de lo civil de esta Corte, que conoce de los autos del con•
cuno form11do á bienes del espresado Blanco, se ha ser:vido ~,m_da~ ~ saque de nuevo i
remate público la referida finca 110 San Joaó Cuautla, sr~ en Jun~1cr•1on de Tetccala; de
hiendo verificarse las almouedas los dias 19 y 29 del comente Abnl, y 9 del entrante Mayo, á loa doce, siendo esta última con calidad de remnte.
Lo q•te hago saber al público, cumpliendo con lo !ll8Udado por el Sr. Juez, pudiendo
ocurrir al oficio del que suscribe á tomar las instruccw:es necesarias la persona qu11 80
intereee en la finca.
CITACIOB.
México, Abril 5 de 1865.-llfaniul Romtro, Escribano público de la Nacion.
·
2.'l7-3a-2
De órden del Sr. Juez 1&lt;.&gt; de lo civil, Lic. D. Manuel Maria de la Sierra, se cita y emplaza á !ns Sres. Lio. D. Manuel y D. José Emoterio Bolado, para que en el ténnino de
J'UZGADO 2° DI LO CIVIl,.
oeho diM, contados desde la publicacion de este aviso, se presenten en este Juzgndo á contestar la demanda que en juicio verbal y aobre pesos les promueve D. Cornelio Jimenez;
No habiendo tenido verificatívo, por ocupacion del Sr. Juez~ de lo civil, la almoneda
apercibidos que de no comparecer, se dará por contestada la demanda y seguirá el juicio
que con calidad de remat.e se cit6 para el din. 31 d~I mes pasado, de la casa núm. 1 del
adelante en su ausencia y rebeldís.
callPjon de In. Santa Veracruz, valuada por loe peritos D. Manuel Gargollo y Parra y O.
México, Abril 7 de 1865.
Juan Cardona en 5.621 ps. 25 cs., el mismo Sr. Juez ha señalado el dia 22 del corrient.e,
El s~cretario del Juzgado, J. Cha~ez.
244-3a-l
á las doce, para que tenga logar dicha almoneda.
L111 personas que qui.iran b30er posturn., pueden ocurrir á la secretaría del mismo juz•
CONVOCATORIA. gado.-Méiico, Abril 4 de 1865.-Ptdro Canel, Escribano público.
235-3a-2
El Sr. Juez 3&lt;.&gt; de lo oivil ha mandado que se convoquen por los periódicos á las personas que se crean con der11cho Íl loa bienes del inteatado de m Manuela Torres Torija de
Coeto, para que se pre88nten á deducirlo en su Juz1111do, dentro de treiata dias; apercibido~ loa que no lo verifiquen de Jo que haya luiar en derecho.
Y c11mplo con el anterior mandato por medio de la presente.
LMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ~CALANTE,
México, Marzo 17 de 1865.-Lic. Nt,tor 11f1Y11tcs, Eaorib11Do de diligencias.
245-30■-1

BAJC'fl D.K llAli A(HJIITIN, KUM.

1.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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