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                    <text>t

149•.

PAG!.

S E ~f· A N A .R I O
·p O L .1 TI O O
D'EL GOBIERNO Ii:E NUEVO LEON.
Ut tutela sic procuratio reipublicre gerenda est ad utilitatem eorum qui comissi sttnt,.
non eorum quibus commissa est. Cic. l. ofi}c,
Lo mismo que una tutoría, asi se han
de ejercer los cargos publicos: no para
utilidad de los que gobiernan, sino para la
de. los gobemados.

. Jueves 23 de Setiembre de 1841.

To:.\1. III.

NuM. 38 .

acabo de recibir quedo• enterado de que ha ecsial alcalde l. 0 de esta Üdpital para que
·
fi d
couvoqüe una Junta popular con el n e que
¡ernita su opinion sob~e. l~s Gcurr~ncias d~I día,
asi como de que el 3u1c10 que esta mamfesta¡ re será apoyado por la fuerza armada q11e se
/ halla al manrio de V. S.
Dios y libertad Monterrey Setiembre 20
de 1841.-José t!e Jesm Dávila y Priet8. -Sr.
1 general en gde del cuerpo de ejército del Norte.
. ..
·
-----

'!!!!!!!!!!!!!!!'!!'!!!!!!!!'!!!!!!!!"!!!!!!!'!'!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!'!!!!!!!!'!!'!!'!!!!!'!!!!!!!"!'!!!!!!!!'!!!!!!!"'!!!'!!!!!!!!!!!!!!li¡1/

!1tado

No'I'ICIAS DEL LJL'PAH.TAMENTO.
""

- - - - - - - - - - - · · -- _____......---.,

.

g;•
l._

Ouerpo de 9ercito de! Norte.~ General en

.

1

Je.,--Escmu. ;:,1.-Huy lHgu al ¡:;r. alcalde
presidente__del ÍlUtme Ayuutaimento de e st a cmdad, lo s1guumte.
_
. _ .
.
,,Con fecha de aye~ dirigl por_ est:aordmarío. a1.: E~&lt;.:rno., . Sr. gener~I ~- .t\.ntonto. Lopez
ée ~ Saritit-·A·nntl ta conu.mícacion ~1ue sigue.E S -Con la mas alta satisfaccion tengo el .!J.CT.f1 de pronunciamiento del .!lyuntamiento y veho~ur ·de poner en conocimiento de V.. E. que
cindario de .Monterrey de Nuevo Leon.
todas . las brigadas ·de este cuerpo de eJercitu y
las comandaucias g.•nerales de Nuevo Leon Y
En .la Ciudad de .Monterrey, Capital del
Guahuila lo reconocen por general en gefe dd Departamento de Nuevo Leon, á los veinte dias
Ejercito Regenerador, Y adoptan el plan procla- del mes de Setiembre de mil ochocientos cuamado en Guadatajara por el Sr. general Paie- renta y uno, reunido el M. litre. Ayuntamiento en
des con las mod1ricaciones hechas por V. E. en sus casas consistoriales, los empleados publicas
sus notas que conen impresas.,--Bu consecuen- de los dive,sos ramos de la admiiii,tracion, y un
c1a e~pero fos ordenes que V. E. se ~u·va e~.- uumeroso vecindario de todas las clases del
munic .. rme oeguro de que seran.ubedecidas Y. 11 ~ pueblo, p1évia la lectura. del ofic~o que . -~-¡, Sr.
que estamos resueltos a úden&lt;Jtr el honor úe la ¡ General en gefe D. Mariano Ansta dmJIO al
R~l'.üb11~a y á ~~11be1 var a tuda Cust~ 1ª . tf d1•· \ presidente de.'ª corpo~aciou, fecha de hoy, ~equmd ... ct ll1tenor. -Y t,mgu el huuu1 dt: tra:,;ladarlo nieud,., á la vista las diversas netas de pronunciaa V. ~. para los ti1Jes co115ig:..1eutes, iJg,egai,dule I miento de las secciones q11e componen el Ejérqut: P-n nn ju1c10 il1s aUlu11uades c1vi,ti, de es- cito del Norte, con las demas que corren imprete 1).,partameuto, no debt:11 permani;cer l,lJf'a- sas de otros Deµartamentos, J hucha por el indicado
sibles a un movuniento g,:aeral, cuyus. re~U,td- Sr. presidente del ayuntamiento una reseña del esdos deben ser provechos.is para la ¡.iatna, Y por tado fatal en que ha vernd,1 á caer la nacion por
tanto ecb1to a \'. ::5. Jiara que reuua una Juu- consecueucia del desórden int1-.1d11eido tn una
ta popular que emita ;;u franca ~pimon oobre admini&amp;tracion que desde sus princi.iios mtreció
los acontecwHentos a que , me .~ef:ero, s~guro ~e Ja reprobacio~ del µueblo, que ha sido const~nteque la ttopa que, se ha.ia a mt:s orden1::s no ,~ia- mente combatida, que no hr, podido propo~cwnar
1a otra co:;a que apoyar 1el vuto del Pu..:_h 1
1 un solo bien a la patna, que ha empobrecido las
Y ttugu lii houia de trascnbirlu a "\ · h. clases sobrecargando de ¡.iesad(J~ tributos al puepara su couocimiento.
blo, que ha ma!v.ersado l_as ~entas pública:, que ha
Dios y libertad. Cuartel g~ner~l en Mon- ahfJgado el espmtu nac101~a,, que IH_ temdo ;:ban-.
terrey Setie , bre 20 de lb41.--.,Múnano .!l1·ista. ,1 donadas estas fronteras a las sangnentas y bar-·
-b,cmo: Sr. Gobernador de este Departamento. 1i baras depr~dac:iones de los_ salvageé, que h~ ?1vidado los unportantes scn!cws que el· Ejercito
11 del Norte ha pre,tado en la lucha pasada hasta
conseguir la fratentidad y an.able paz, que en meGobierno del Departamento de Nuevo Leon. dio de sus miserias, logró fij~r en estos 1~rnotos
-Por el oficio de .• V.. ;:,. de esta focha que pueblos el Iltre. General Aibta, que en fm nos
1

:'

?· ,

l

�15tr.
(.
pa puesto: en I idlculo con el estrangero y ha he•
cho peligrar y revoc:ir en duda la Santa Ind~pendencia de la pátria, se abrió la d1scusion sobre el importente punto de é'amhiar la atfrninistracion en la nacion, y ñjar provisoriament-e los·
futuros destinos de este Departamento;. cunciiian:do los intereses d'el puei)!o con sus necesidades
actuales, la unidad de accionen la Repuh ica, y
la paz entre los· meiicanós, con prescindencia del
fuego destructor de l'as armas que por tanto
tiempo han resuelto' las cuestiones de polltica,
con la inestabifül&gt;ád t1{1:le' produce, el duro i:npe·
rio '.le la fuerza én el call!l'l•po· de b9tnlfa; se produjeron discovses a~al&amp;Yadoe- y en~r.gi~os en
pró y en contra de Ja, 84Al~1raicion~- todos
los colores politicos tomaron parte en la_ di,cusion, f"éilTó lw m•funrrdirrr- y ef rrajor ót'd'fu. éff.
tre· las personas ilustradas qw S08ntviero1iir td
debate" y _la libertad individual .v.~esidió todos _los
actos efe Ta 1unfa; mas p~rn r-e-gntanzat' J-a votrrcrorr
y fijarle, un término, cuand@ comenzaba a divagarse, se fijaron las tres pror;iosiciones con que
termina esta, acta, y sugetas á vofacion qes
pues de dr,ct1tidas, merecieron la aprohacio!1' m1iversal de los concurrent~, con que se tnminó el acto~ procediendose en seguiida a nominar
un gobernador interino, cuyo cargo reeayó en el
C. Manuel Maria de Llano cun el sufragio di'
164 votantes, por 71 que obtu.vo el Licenciado D.
Antonio Canales, y uno el Sr. Lic. D José de
Jesus Dávila y Prieto. Asi termiriá este acto,
quedando aprobadas las. ~s proposiciones siguientes.
l. i:i&gt; P'ara conservar· fa trnidtt&lt;f &lt;fe, aeeion
nacional, se adopta t'I plan procfa:t11aoo en J-alisco poi· el Sr. G1:neral D. Mariano P:.,red,·s,
con las aaicionP~ q;ie constan en las 8!'ta_s
dt: pronunciamientos de Veracmz y Tampico.
2 I"'
Se org,rnizará d,-t momento en el
Departamento un g.,bjc•rno provisorio qn-e in~·pire
•:onfianza publica, y fije los destinos de lo!! Nuevp]eoneses.

3. :,, Los antiguos reglumentofl. de hacienda, j,Hicia y policia V'uelven a tener s,u, vigor y
fwrza mientras el Gobinno nacional fiia los
destinos de la p:itria.-Manuel M. de °Llano,
presideute.,-Joaquin Qui1óz, a!calde 2. 0 -DPsiderio 'l'ame:r., alcalde 3. 0 -Francisco Torna~
Iglesias alcalde 4. 0 -R· ¡¡,-id,.res: l. 0 no asistió.- 2. 0 Jesus G11rza Tijerina.-.3.
F, ,1ncisco Barrera.~4
Lino Lllzano.'-5
1'-'ranci3co Quiróz.,--6. 0 José Maria,. Goníialez.,---7. 0
Santiago Garcia.-8. 0
Jutio Gntiirrez.,--9. 0
Fl,)l'entino Reyes -.10 no asisiió,-11, p,.,dro
Tr.,viño y P 1 Ayra.-12 Cesilio L,)Zano.-Si11di·
cos pl'ocuradoreH 1. 0 Juan José lsla.-2. 0
Irinf:'o C ,stillrm.-Sigue una multitud de firmas
del veciHdurio.-,Santiago Vidaurri, secretario in-

°

°
°

terino.
Es eónía qne certifico. M,,nterrey Setiembrn 20 de 1841.-Stlntiago Vidaurri, secretario

ide

pronunciamiento nroclamttdb en J.aU~co el
de AgoRto ultimo dirigirlo a cambiar la
administracion de 836 combatida inces:intemen'te por lre opmion publica, y dar· á la Narion
nn nue-vo' se,, 'f)Olitien an4logo a su v,,Juntad,
hter~e14 bieneetitP y digni.daii,, la Ca.nital de N•w'vo I:eon, como otras d~ .h1 Rerublica, no ha
podido mantenerse impasihlP cuando se trata de
afianzar la futura sunte de nuestro pai, ,in la
efusion de sangre que t:rntns males no~ ha causado en distintas érocas. En con,Pcuencia eRte
Iltre. AynntamiPnto cong-rPgarl, cnn su veciniiario, despues de una df'!enida y marl11ra rliscusion, ha secundnrlo el plan nroc 10mado en ..,1 referido Departami,ntn tfo Jali~cn con las modificacionPs que vera V. en la neta de que le acom! pflflo- d'es- ~,plhr'f'fl- ~ ~~1 ~r. ~ . ~'
I'· Gohnnador a fin de que re11niPndo a e"'lt V"'cin~
, dario en iunta . publica
la brPve~a~' que tim
! dia 8

1

· gnrv1&gt;· irnrnfo

C~"º

flftlffi'Hé&amp; Hlj!;lf

Y': m:o:p?.tlroff

~

el particular y la comunique sin demora a esta
Secretaria para cono&lt;'i111if:'nto efe S-: E': pn,-- ~
de u11a aeta que al efkcto se levantará. Dígolo á
V. de superior órden para los fine~ indicados.
Dios y lihertarl. Monterrey Setiembre 22
de, 1-80. -Su.ntiag~, Vzdaurri,. St:cretaria, imerino.

Cuerpo de ~jército del ~N'orte. General fn GeJe.-Escmo. Sr,-C'on la satisfaerion n,:Hi c11J1plída me he im1m?sto por In nnta rle V. F.. fPcha de ayer, de que al adhnír~P el Utre. Ay111-1,tamiento y vecíudaiin dP f:'~t,, Capital a las bases proclamada,,. nor d Sr. gl:'1•ern! D Miiriano
Paredes y serundatia~ por el cuerpn d,· • jército de mí mando, rf'coyó en su µrrsona el uombramiento de Gobernador interino de este Departamentu.

No norlia h:rb, r 1&lt;Í'rln mas il'r't'l't&amp;da la eleccion, p, r' la qu&lt;-' frlkito
V. E. c,m las mas
viv;;s rlem0~trr, ,,.i,. nt's cfa jubilo, s1wllcal'Jdole Beencarg:ie hoy n,i mo riel gtJhi~rno q1,e ni un so~
lo in.Aante puede estar· acéfalo;· en concepto de
que cuenta f:'n su aroyo con todns las tropas
qne me r,brd~cen y cnn los attesili,,s qne mi
autoridad pu,.,da proporcionarle,
11;,,:ono con i:ln,ia el' !l'&lt;'ta del prnmmciamientn a qu&lt;' me l'f'Ílno, narn hacerla publicar por
Lnmdn. cr,n la dehírb ~nlemnidad.
Teng·o d hnnor de d1'.cirlo á V. E. en respuesfa, protestamlole con tal' motivo las srguri,ckdes de mi apreei0.
Dios y libertad, Cn:nfrl general en Monterrey Setiembre 21 de 1841.r-Jlfariano .!Jrista.
-E,cmo. Sr. D. l\fanm 1 Maria c1e Llano, Gobernador interino de e~te Departamento.
0

a

interino.

Comandancia general é inspeccion de Xu~va,
Leon.-Ec~mo. Sr.-Cuu la ma,; g, ata ~ati,.fac-

Secretaria de Gobierna del D1'partamento de
,;Vuevo Lcon,-Circular.- Secum!:ido por los princi¡,alcs Dep:ntanieütvs de la Re¡ übJ¡ca el plan

cion me he enteraílo por la atenta nota oficial
de V. E. de esta focha, que el dia antt·, ior, reunido el M. lit.re. Ayuntamiento d,· esta Capital y su ncindario, fueron :¡dheridos al plan pro-

�Dios y libertad. Monterrey ·setieml'lre !l' dt:i
y· lo trascri:t&gt;o á V. S'. para: que se sirva da·r
1841.-José .Maria de ~;r-lltJ!IW!o. Sti-: Go~ cuenta con él al E·scmo. Sr. Gobernador para·
bexnad~ ieter~. ~ Qe,partamt:*, D. .M(IJluel
su superior conocimiento.
Ma.i:ia de. Llaiio.
.
Dios y liberta,d~ Cadereyta-Jimenez Setiem8 de 184~. -E,d:uardo. ~ García Dávilµ.-, ..Sr. ·
Cabildo Eclesiástico de .Monterrey.-Escmo. Srio. del Gobierno &lt;le este Departamento de
Sr.- Consiguiente a la apteciable nota de V. E.
Nuevo Lean.
del dia de ayer, y á virtud de su interesada
pl~a"" ~ra q,~l:l ttf. dia d~ bc\Y s,. ~leb~e-. una
l\foa solemne á Dios nt.reFtro Señor con Tel?r'efet&gt;\U'ffl' del D ~ ~ Cader~yta-limtnez.
~mn en accion cm gracias, y Mcia lbs fitn@s tan
~El
juez, l. 0 de pH de Agualeg:uas cc•n. feP!adosos que: haRl Pitio i!Jdieed~ koa este' Cab~Ido la. suma i.&amp;'$isfoocion de· haberla. v.e,i.licado, cha 9 del actual me dice lo siguiPnte.
aunque . sí.n (ltra mayor solemnidad: por lá premu,,Como dige á V S. con fecha 5 del corra de tiempo; y tanto mai; se congratula porque
riente
la gente lista para el primn avi~o que
en la pP!'Bonit de· V~ E'. h-a, l'f'Clftdo el gol'&gt;iern°'
tuviera
del derrotero que los indios toma.bün sa•
de la prhmira autoridad' de as4lc Departamertto,
. Dígnese V. E. ·reeibir los mas afectuosos pa- liera á pPrseguirlOi-; á las dos de la mafiana
rab1ene-, y nuestra mas sincna voluntad con que
del ~ia 6 tuve parte del Puntíagudo que el
Je de 0 eamf's tas mayores l'ellcithtdes espirituales y·
temporale~; acepta.nd» igmil~ )a,: ofarrtas dit enemigo se dirigía para esta villa, en el mo'.1)en•
l~s . C&lt;Hkideraciones de nuestno&amp;, respetos, y muy tu mismo pasé a recordar á D Eusevio Ca1•tu
d1stmg:u1do aorecio.
tenie11te y actuar comandantr de defensore¡, de
D'ius guarde a V. E. ·muchos años. Sal'á
este
pueblo y entre tos dos comenzamos á po•
capit,ila~ de la Sta. IglPl'lffl ÜiHPmat df&lt;:&gt;· Mlontellrey Setiembre 22 de 1841.,-Juan FrancisctJ de ner en movímiento al lugav levantando la gente
ilsce Rosales.-José Mir¿;itel .M-artinez- Escmo. y poniendo a unos de abanzadas en las orillas
Sr. Gobernador de este · DPrartamrnto.
del fo?r y otros que ensillaran para salir: estat'r. do t(1mando estas provid'f'ncias re me p11@sent6
. un vecino dfoiénd·ome que los in&lt;iros anda•ban
PAhTES DE INDIOS.
, por las orillas: en efecto estos rompieron seis laño~
Prefeetttra del l)i$h&gt;ittJ. tk Qr.uler,ey/~-Jinienez. ! res de las sembradas buscando caba·llos, ele las
-El juez l. 0 de J,llill da. Ag.ll~lPg.uas con fe~ · que no sacaron uno· porque no lbs· hahi{I; peiio.
cha 5 del actual me diell lo sigµiente.
•· habiendo dado la vuelta en redondo, por el la,.Ayer tarde saliffi\on, €J._IULJCe lllombres del, :' do del Norte de esta Villa entraron a otra laP1.ntiagudo en pm'seaaciQn de los, jndios. que se bor sacaron caña dulce, se· llevaron tres cabniutrodujeron ha,ta las orillas dtiL r,ll,lacho, y los !los, mataron otro, y otro drja-ron dentro. de la
Eigninon hasta Loma-larga jurisdiccion de Cer- asrquia de donde no lo pudieron.. sacar. En,
ralvo, los que sP volvieron anoche por hal:'&gt;er- el momento mismo ~omenzó á ensillar la genles faltado los caballos por cansados; !!'la&amp; eomo · te, que fueron v.einte y seis hombres, y lu~gp que
desde ayer mioma· tene;o lista tma partida de amaneció les tomaron la h~ella que. i9a pop el.

su-

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�--!!!!!!!!!!!e!!!!!!!!!!!'!!'!'!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!'!!!!!!!!!!!!!!!l!!l!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!'!'!!!!!!!llll!!!!~!!!!!!l!!!!!!!!ml!!!!!!!!!!!l!!!!!!!!!i!!!!!l!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!e!!!!!!!!!!!!!!!!!~!!t-:, "

i:

i

camino qut&gt; va ?;¡ la hacienda ·del Alamo: co
mo á la 11n~ de la tarde dieron aviso los esploradores de q,ie los indivs estaban comirndo
en el punto nombrado chtirco-blanco: en el instante mando el comandante D. Eusevio Cantu
se echara pie a tiena el centro para acometerros, y como q11e sin duda ya los indios ha
bian ~entido á · la gente, cuand,) ésta llegó ya
aquellos se habian ido, los que siguieron hasta
el Alamo por haberseles cansado los caballos,
y de alli destinó diez hombres en union . de otros
nuev,, que salieron de dicha Hacienda y los persiguieron hasta el rio de Sabinas sin poderlos
;,lcanzar porque· los indios i~n,bjen remudados,
hahiendose devuelto de alli la partida de hom-·
bres; poniendo en el superior conocimiento de
V, S. que en Huisachal se · me dice andan otros
indio~ y me qu.,da el sentimiento de que no se
vayan a pers~ gu1r por no haber en su totalidad
caballos en q,,e poderlo hact·r."
Y lo traocribo a V. S. para que se sirva
dar cuenta con él al Ecsmo. Sr. Gobernador
para su superiJr conncirrnento.
Dios y lib,·rtad. Caden yca J,menez S,•tiembre 12 de 1841. -Eduardo C. Garcia Davila.
-Sr. füio. de Gobierno de este Departamento
de Nue\'o Leon.

del actual me dice lo siguiente. ,
,,En esta misma hora he riwibido,;párte de~
encargado de justicia de Botellos de esta jurisdiccion que una partida como de treinta indios b~rbaros dieron muerte ayer tarde en la
Hacieuda de la Escondida á un vaquero de aquel
Rancho, jurísdiccion de Agualeguas, y que luego se dividieron en dos partidas dirigiendose una
compañia á la .Ci,,neguita, y la otra como para la
sierra de esta Vila; · y en este mismo momento
he puesto correo al comandante del destacamento que en mi nota de hoy dige á V. S.
mandé á San Ge1·ónimo, para ver si se logra
dar alguna sorpresa á los enemigos."
Y lo trascribo á V. S. para que se sirva dar
cuenta con él al Escmo. Sr. Gobernador para
su superior conocimiento.
Dios y libertad. Cadereyta-Jimenez. Setiem.
brP 19 fle 1841.-Eduardo C. Garcia Dá~ila.-sr:
S, 10. de Gobierno de este Departamento de
Nuevo Leon.

· Prefectura del Distrito de Cadereyta-Jirnenez.
--El j1.1ez l. 0 d~ fª.z de Agualegua,; con fecha 14 dtl actual ·ine dice lo ¡,iguiente.
,,Acabo de saber ahurn mismo por parte
que se sirvió &lt;larme el Sr. juez l. 0 de paz de
Cerralvo que los indios barbaras han dado muerte á un vecino del Rancho de los Nogales de
esta juri,diccion, y al recibir este parte se me
ha dado otro por un vecino de aquí de que
los indios en numero de cinco estuvieron ayer
tarde y despeda~aron una silla vaquera en el rancho lle .Carrisalejo rumbo al Norte de esta Villa y di,;taute de la misma do, y media leguas:
lo que pongo en el supenur conocinneuto de
V. S. para lus tines consiguientes, asi comu de
haber salido cuatro lwinbre~ á e,plorar y sa-ber el rumbo que los enemigos toman para peraeg uirlos."
Y lo trascribo a V. S. µara que se sirva
dar cueuta con él al E,cmo. Sr. Gobernador para su superior conocimiento.
Di,;s y libertad. Cadereyta-Jimenez !:''etiernbre 19 de 1841.-Ednanlo C. García lJi.tvila.Sr. Secretario de Gubierno de este Departamento de Nuevo Leon.

Prefectura del Distrito de Cadereyta-Jimene::.
-El juez 1. 0 de paz de Agualeguas con fecha 9 del actual me dice lo siguiente.
,,A las d,,ce del dia de hoy me da parte
el encargado de justicia del Puntiagudo de haber;;ele dado á él, que lo¡:, indios los acababan
de ver campeando en Cochinitos jurisdiccion de
Cerralvo; lo que pongo en el superior conocimi·mto de V. S. para los fines consíguienteti, así
como de no haber modo de salir á perseguirlos
por no tener esto, vecinos en qne mo11tar, pues
la partida que volvió y Lngo dado cueuta ii
V. S. vino con tud ,s los caballo, cansados."
Y lo trascribo ;i V. S. para qt,e fe sirva
dar cuenta con él al Escmo. Sr. Gobernad:Jr
para su su¡,erior corwcimiento.
Dios y libertad. CaderPyta Jimenez Setiembre 13 de 184l.-Ed1wrdo C. Garria Dávila.Sr. Srio. de Gobierno de C::ite Departamento
de Nuevo 1.eon.
-----

i¡

Gobierno a carHo
del C.
0
Proylan
de
.M.'ier.
de paz de Ccrralvo con fecha 13 11____________________

.
.
P r~1r.ectura del Dislri!o de Ca,.ureyta-.lunenc::.
I'lt imprenta del
-El juez l.

0

1

�</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 38, Septiembre 23</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>153.

PAG.

8 E M ·A ·NA Il I

o

P O L I '1~ I O ()

DEL GOBIER~O DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic procuratio reipublicre o-erend,i est ad utilitatem eorum•qui comis:'i sunt,
non eorum quibus commisaa e st. Cic. l. offic.
Lo mismo que una tutoria, asi se han

de ejercer los cargos publicos: no para
utilidad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

Jneves SO de Setiembre de 1841.

111.

ToM.

GOBIERNO DE MEJICO.

11

NuM. 89.

parajes acostumbrados y circu,ii1,do,e á qmtnes

'!!!!~~~~~~~~~~~~~~~~~~!'!""!!!!!.' 1 corresponda.
1

•

,

º

,

Monterrey 24 de Srtit·11,b1e de 1841.Jvlanu~l -(J1ari_a de Llano.-Santiago Vidaurri, se-

Gobierno del .Departamento de .Nuevo Leon. 1 cretario mtenno.
-Manuel Maria de Llano, Gobernador interino i
del D~partamento de Nuevo Leon, á sus habi- 1 ·
tantes, ~abed: que siendo conforme con el es.
NOTICIAS DEL DElAl, '1 A~1l.r•:to.
plritu ffgenerador y con las quejas del pueplo
el siguiente decreto, he tenido á bien,publicarlo para que rija en este Departamento.
Gobierno del .Depa1'tamento de Nuevo Leon.
,,.Ministerio de Hacienda . ....:...Seccion l."'-' -:-Como al proclamar el Ayu11t&lt;1miento de esta
Ecsmo. Sr. ..:.. El Ecsmo. Sr. Presiden"te &lt;1e )¡. R·e~ Capital. y su junta de vecimb.rio el plan rrgepubiica mejicana se h::t servido dirigirme el de. nerador propuesto y adoptado en Jaii-cu por
creto que sigue.
el Sr. general D. Mariano Paredes y Anillaga,
El Presidente de la Republica mejicana, á protegido por el ilustre general Santa-Anna con
los habitantes de eJla, sabed: Que usando de las las modificaciones que corren impresas, y gefaciultades ·:que ccincéde la declaracion cuarta de neralmente abrasado por las guarniciones, Ayunlas que contieríe· el decreto del Suprem.o Poder tamientos y Junta~ departamentales rle la mayoConservador de. 2· del. actual, he tenido á bien ria de las de la nacion, no haya sido la intenrnandar lo siguiente. ·
.
·
, cion del pueblo resolver la cucstion pendiente
l. 0
Entre tanto se reforma por la~ Au- ¡ sobre 1a forma ce gobierno CJ'H' haJa de regir
gustas Cámaras en la parte conveniente, la pauta ¡
la Nacion, cuyo punto e:,; dinal lo bnn rede cornisos, exµedida por el Gobierno en 29 de servado todos para cuando c:L, ,e halle legitirnaMar.z,) de 1837, Be suspenden los efectos de ella, i mente representada por un C &gt;l:f;&lt;'eso electo poy se ohse1vará11 en los casos que ocurran, las i\ pulurmente y bajo las bastt, ni.B ilmp!ias eu
disposiciones que r1 gian antes de expe,!irse aque- I¡ su eleccion; el AyuntamÍc'nto y ncinda,iü de esJla pauta.
1! ta Capital, que se adhi1ieron bajo t,il,~s piinci2. 0
La variacion pl'('Venida anteriormrnte, fl pios al plan 1egcnerador del cit~d: Sr. general
r;o comprende á los génerns, ft u tos ó oft:ctos de , Pc.redes, ni han camb1Hli la actual forma de
ilícito comercio y estauc¡¡do,, los cuales qnedH:in // gobierno en la adlliini,;lrncion pübiil':i, ni lo han
sugetos a las regias pre,crirns en la pauta nfe. i debido hat.:er, éÍno qnc s:guienclü ias inspiracio.
rida,
res¡;~ct~ i1 his penas q,1e ella establece, !/ nes públicas _han íij,,do. ~&lt;ljJ las b.1~es del mi~1_no
como a la d1.,tnbucwn ,!e los corniWS.
¡: plan, un guUH'rno ¡n·o~·¡,;1oual que ,1,1 contrnrrnr
P.,r tant), m:u1dc1 se imprima, p•iblique, ¡/ la nueva polltica ud:iptada ¡Jur los Depart3circuie y ,e le dé el debid,J cumplimiento. Pa. ¡: mentos, introduzca ,-n todo~ lo~ ramo, de la.
li1ciu del Gob1ern0 nacional en Méjico {¡ G ele !! nd:ninist:acion, con cu!i Jad d,, ¡1rovisi,1nalic!aii iéi
Retir1i;bre de 1841.--./l,,mstasio B1istanumte. -A !i interinato, las nwdida, a,Jm¡,:istrntiva,; v pruden··
U. J\1.wud Mana Can,1·co.-Y lo C:Hnun1r11 á !/ te;; economías que $C,rn co,np;,tib!es con· la8 neV. E. para rn i;itc'.íig·,!ncia y efectos corre-p,m- :! eesídades del puebio, reconcenmrndu la unidarl
dientes. -Di% y lib&lt;. rtad. :l'Fjico Setieinb,c G :¡ de accwn nucic,nal, y C'•·itando cun su ado¡,rio11
de 18fL-Camc:c~."
.
. .
11 los frrures
la anarr¡nia y del desorden qtw
'Y í;Un:
1kg-:1e a nol!Cla de to&lt;l?s man-¡\ nos bun onllado ,al c;;t!emo ele _1,:s males _que
do se puhliqnc p!r t¡:',ndo er'. t'Sta Capital, y en 1: ya tccr,Lam&lt;is .. _1,,1 ¡~( 1:1':i 1:0 jll'O\'h!Oll_ld, 'g111r,d:)
fas dcmas c111dade~, \"illas y 1ugares de la com. il de ta:c,, ?l'llll'l;·rn~, ha :,,:c::o su;, mnr,q'.1m,es a
¡irension de e:;tc De¡ :,d:,::,,c;;tD, fiJirndusC' en ]03 J to(h,; L,s a,;,, iiúa:ks cco::L1 tv:•; y 1emi1ido la
1

a

j'

1

ya

&lt;r,e

de

�•·.

154.

todos,t .

acta del pninunciamiento rle.,e;ta Capitá-1 á
Gdbierno del lJrpnrirtmento de ".Jy,{¡,~ · T,erm.
los p11,.o!¡,¡s -.:¡ue comprenden. los limites de su_· -Co,no toda~ la-, l(,y ;; y ,fórrl'111las df:' la admiterritori(,; y en e~pt·ra ele su voto, .qne sera aca· ~, nistracion central q11&lt;· fw,rn inc0n¡¡,atib!Ps r;on la
tado, decreta con calidad de pr:ov1;iionalidad, pa- voz unanime de k,s pu&lt; hhs que ha perlirb la
ra sPg,iir la 1mrcha del De¡:«rtanwnto, los arti- .l. rn~ra ·del órdPn suciíll, d. ben ~usoenderse míenculos ~iµ;uÍPntes.
!; tras h re¡,ri,sentuci"n n,wi;in;il .fija la~ basf:'s dd
An~r. l. 0
No d,·bit,ndo rwrm:mecer el go· f! il"istema pülrfrco qne ddw ngi,: ü la Nacinn, el
bierno, ni aun en calidad de int, rino, prirado: Gobierno de este D,,,nrtan,n,to al entrará ejerde su' cons&lt;.'jo natural, ·qu-e 1-o-es, !l'rg. un la pre- ! CPr provi.,ionah,er,tf sns fur:ciories, ha df'bido
sen te forma de gobinno, ·la Ecsma. Junta De- adoptar corno en efr&lt;'to a&lt;l , ,t6 una nueva fórmula
1
partamental, disuelta ésta por sí desde- el dia 1, de juramento prPei•arrwnte conforme con el es20 del que cur~a segun .la comunicacion de phitu de la cau-a naci-rnal pr,lclamada por la
su presirlente, dispone este g-obi~~rno: :que retini- mayoría de la R,,, úb'i(\a, purs que el obrar en
do el Ayuntamiento y convocada una Junta de otro sentido, ,e ria ciet t:rn1ente una iuconsecnenvecindmio el domillgo 26 del aet11al, sean re- cia de princi, i-,~.
emplazados los miembros de la Junta DepartaEn tal concepto trngo el honor de rernimental con fW!&amp;,Hras .de Hot-oria h-r-1-Hrra,ft&gt;,,; y pa- iit- :á V, $.fa fómµrfa '.f!~':'fflfñl'~''t'ffl'ff'll!'
triotismo, para qne in,t:dada -a la posibJe bre- posesion .de sus. empleos los dignos mi-e.-r,bro~ de
vedad entre á ej,·rr:er con el g,,bierno interino I esa Escma. Junta prebten el -juramehló debi1&lt;U, attgustas fm1ett1t~-et1 beneficio de lus- ptte-·' -oo et'ilt ar~glo á tttá.
blos de este 1);~¡,a rt:arÍwnto.
Dio~ y libertad. Monterrey . Setiembre 27
2.
Cafüicadas de innecesarias y gravosas: de 1841.-Jlfanuel .Mafia rle Llu~to. -"--Al Sr.
al he1·ario pubiico' !a, Prdecturas y Sub-prefec- pre-.nte de ,~ ,E,.~ ~--de ~ - ~ ..
turas, serán reemplazadas por los alcaldes pri- tamento.
meros en la~ cabeceras de 'Diiltri-to, y por los ju-e-'
ces de paz en los demas pueblos, agregandose FORMUL./1. para el juramento del Éscmo'. Sr.
los archivos respectivos de las primeras al de
Gobemador, Escma. Junta y demas autoridades
los ayunt11m1entus y corriendo d -de las l!t'glln-''
departamentales establecidas provisionalmente en
'das }Í cargo ele los juec1-:s de p-az.
virtud del pronunciamiento de esta Capital.
3
Los j,,ect·s de letras de dentro y fue
ra de la Capital continuarán en el ejercicio de
iJurais á Dios nuestro Señor defen&lt;ler la insus funcione~ con caF1d,1d de interinos, hasta dependeucia de la NaPion, conserv-ar intacto ~u
que nombl'ada é instalada la 'Ec~ma. Ju uta 'De par- tenitorio, rn~tener las libertades publicas, protamental acue_rde con el gobi:rno ,su cei,~-cio_n
teger las. p_ropiedadés ,y garan~ias dr;. los ciütfasecurda, lo mr:-rno que el Tnbunal d-e_ Justicia· danos, obedecer "las leyf's que se diere la Nidel Departarn~nto, so~re lo qu_e el gobierno no cio~ )egitimamen.te. represent:i?~i y prei;tar obehace por ah()ra novf'dad nlguna.
decumento al Gobierno prov191,,nal ·que se es4. 0
Los gefes de oficinas de hacienda I 1 táblezca en la Capital de la iter,;ublica1 Si Jo
fleguirán con _ca.lídad de interinos, . ej_erciendo c~-' 1joro. Si ª_· sí lo hicirreis Dios q~ premie, y si
mo hasta aqm libremente sus func10nes adm1-' 'no os lo demande.
.
·
nistrativas.
' .··· 'E~ cópia. Mnnterrev Setiembre 27 de 1841.
5. 0
Los Alca!rles constitucionales, jueces' - Santiag8 Vidaurri, sec;etario interino.
de paz, y junta de compromisai'ios para eleccio11es de Ayuntamiento continuarán en el ejercí-;
cio de su encargo, lo mismo que los juzgados!
de hacienda y sus asociaoos por todo el tiem-; Ll'ST.fl de los pueblos que hasta, ésta fecha han
remüido sus actas de pronunciamiento; adhirienpo que las leyes tienen determinada su duracion.
dose -en un todo al de e11ta Capital.
6. 0
Se suspenden los ·efeétos de la con• ·
tribucion personal, quedando rigente el cobro de
Cadereyta Jimenez.
la directa del uno por ciento como antes lo es-·
Sta. Catarina
taba.
'
Pe~queria Grande.
7. 0
No se hace novedad en el despacho
Marin.
de los tribunales, oficinas de hacienda, y reCerralvo.
glamentos de polícia que quedan con su vigor
Lampazo~.
y fuerza.
·
Salinas Victoria.
Y para que llegue a noticia de todos, man- ·
Abasolo.
do se pu~lique por bando en esta Capital, y en
Lin:nes.
Jas. demás ciudades, villa~ y lugares de la comMontemorelos.
prension de este Departamento, fijandose en los
Santiago.
parages acostumbrados,
circulandose quienes
Sao Nicolas Hidalgo.
corresponda.
San Nicolas de los Garzas y
Dado en Monterrey 24 de Setiembre de 1841.
San Francisco.
1

°

°

.ó'.

1

y

a

,-Manuel .Maria de Llano.,-Santiago Vidaurri,
6.ecretario interino.

Monterrey Setiembre 29 de 184J. -Santia-.
go
Yidaurri,
secretario interino.
1
)!

�.

•

he á!lertádb 1 cbmluéir'bs al veronrlero bien pñblie'o, 'pot el qmi ~-m:y srgift1&lt;'.l' a,~Hhuffi¡s todtis,
Cttebto con vue~tro '\·áMr y éfü( 1 L-i\liünt&gt; iii1 ht
'Só!ltertét t6S rttm , t!e la íi,'1triá. N i!éllrl\', derisiott e§tta ~·clatiatlü ett ,,.1 h11n~/1, r 1)ñ 1ii:lltJti hoy
e} tt{1re--mdo Cliptif')o de Ej~1 ,,iio J' las g-ttwm;ei0~es solt'ttlt\l'l\1erltl3 J ~'erá Sb,tét\,j;Jt noi- t,1~'éis l¡!¡'g que
de los departamentos dP Nu.,vo Lean y Coah11i, 1a c~ob'e'l'nos 'Cst'e clier¡lo de Ejército,
y Táma11lipas, se arlhieren al plan proclamado, 1
·•,
.
···
.
••
1
•
""', ·Ll ...: · ,, .. ·h
"'~J' ,-.. ,lli.., ,•. •p . , 1
1 ene1s
dadas
prm·b:is ae
en
uu&gt;nua,.,Jara t'or .,e 1 ~
'-"r, -,.,;.¡,
¡,,diera u. 1ua1rano a- •1
.
..
d vuestro snfnrrnen•
1
.i-·· .
•,
~!.e
,
,.
.i..
. ,.
.;,,¡ 1~, to y constancia Y". yo aguar o un
rern,;,,
-COl'I 11fS mo,,•,,ucae10-llrs
1rl"c 1
lll'S' pCJl' " , : ·,
• nuevo l sacn~~ s r. ·G en e ra ¡ D. A Il t·01110
.·
LºP"Z
~
d e. 1·6crn,. que arrostre1s, ,por . poco t1emro,
as
Ec
, Smu,
,
· t'RSanta-Anna.
'Cflr-ese_s ·que se _esper,m;1ent~n p~r primera vez
~ o
Las rm~mas
·
b · d"· · · •· • -á _;_;, •·ou · desde .que mando. Pronto el ilustre Gen~ral
,.,
r1ga ~s y gu r111c1 11es S
A
, 'h l
·•·
reéón\Jbeá '&amp;Htifücá~,Jk&amp;fl'i\b Sr. ¡ ~ a l b. ~nanta-:- . nna tms. ma00 ara a. unr ~n_les aus1,10R y
t · .b
d s t A
Gdi :del ·E"' •t con ellos recobraremos. la actitud imponente que
omo DfdIBZ
· e au a- ooa pe.r · e· • Jerci o:- ,guardabamos en la frontera que se nos ha en1egeµna or.
,...
,
.
. -Hl-1 d' d¡.fi..... d ·.
·y '¡'&gt;ara Su dl'bi'da óbséivañcia y c1,1n:ip1imie11- ca, 53. o e eu CI.
to ordeno se ¡,i'IW!iqJJ!e por bá'hdo 'én el;EJ~rcifü y:
La ilhlea ebsa í!Jtte'hat.e a ICis ej{Jrtitos tr~se eelé~ tan lir:usto s-1.l&lt;'fülO cen mis'a de fgra- peta½&gt;it&gt;s, t'l1 fa, ·vni'&lt;lad l.'le 'álécibri: no la f')ercias, Te JJeun y salvas de artilleria:
-damos, •cMnt.tat\&lt;er&lt;'J.~, l"~(ft)t,fJst."ámos· U11 'cerítro' de
'Dado en 'Móriterrey á 22 de 'Sétiembre de movimientos y arg,uardt1ri10s- a¡¡i la'!i 6denes d:el
J 8'41::......-Jlla'ridria J.lr'tstu.
heroe cte Tampcret},

, Cu1wpo ;de F'JPt/JiJó det .N"t;rtfJ ~GIYIWf'&lt;Íi en'
ge,{e.-:--,Mariww ,fbis,t.q General de,. brigada_ y en:'
gefe del c.uerpo d_e Ejército del Norte a las tro
pás de, íÍii 111í:ln'do líago . saber.
WR T. J. 0 'Q~1e ms fi 1'ig'litl!is cf\\e é~~Wétl

1

El Gener1,1l Jlfuriano .flrista, en Gefe del cuerpo de Ejército del Norte, a las tropas de su

1

No tiPne otro· empeiío que conduciros al
mejor s'e,vicio de !a pátria vuestro compañero
y mejor arnigo.-MARIANO ARISTA,

#itindo.

Ctierfel general en ~bnterrey, Setíembre

2~ de 1841.
COMPAÑEROS:
No hay duda alguna en que I'éis .mejicanos.
todos deseaban úu cambio politico, u·na regeneraci'ón Uet 6rden sde!ia'I.
·bos ffio.m'Dic!utós. unanirm!s 1de los púeblos:
y la violencia, casi ,milagrosa, con que fué adopta-.
da po.r tqrlos los Departani~ntos la voz que en
Jañséo ihmco la rlecesidad d'e v'atíar lle 'ádministracion, es una prueba inegabte 'de que ·es
voluntad de la Nacion salir del estado de coslls que la tenian 'ir:Ü-lecisa, en una t'narcha. ruinosa y de un pórf'enlr negro y d~s~ons-olador.
. Nuevas esperanzas reriaceu: la pátria alza
· a bati'd a: Ios h om b res de tosu f:rente que terna
'd
d os Jos par t I os se dan 1a mano y se conv1'd an '
p'ara una recóhci!laeión. /Que 'halla PIÍ.tria!:
gritan todos ¡ Salvemos lá inrleptntltncia! mnon-,
"' l , z
greso dec1·a·ira, de nuestros dest'mos y seria
ara a
senda que debemos seguir .con marcha mal(estuosa
.
d l
. ll
b. ·d,
y energics, &lt;,partan o os esco os sem ra os por
· •
.
d'
l R , L['
una constitucwn. pl'@pia pcu·a un ir a a epu11 ica
en inevitable ruina.
,

d d
l d I S
emos sel ~un ª ? e I .P an e
r. t genehra I
P are des- con as mod1 6cacwnes que se uan e
cho por el benerneritu General Santa-Anna: cum·,.
¡ d b d I
Id. d 1
p irnos en esto con e
e er e os so a os oe
la pátria acatanrlo la voluntad nacíbtJal.
s h
d d
l , d
" f
I
. . ~ a guar ª 0 e _or. en, se man iene ª
d1sc1plma y por los sacrificios de unos en &amp;hogar
sus opinionfs particulare@, y el neso de cohsideracion de otros en no anticipar sus deseos,
h em.os hecho que Ia R epu, bl'1ca uo JI ore hoy Ia
~da .J..
h
·1i-b-' --·
t'."'u',
mue os · e ~osotro~ qi:re . 8 namos
sido victimas del aceloram1ento, srno·hub1era acom- d
• •
,
d
.
.
pana o e 1 patriotismo a nuestras etermmac10·
h b'
d •a·d , d
nes y s1 no nos u 1esemos ec1 1 o a ar un
ejemplo dfl civismo manteniendonos unidos para
imponer al enemigo comun, al insolente tejano.
Yo os felicito y me doy el parabien por que

H - ; ·· ·

•

:uc

a

MÉJICO; SETIEMBRE '15 DE 1841.
•

·

.,

,

MINISTERÍó DE

to

•.

. .

·INTERIOR.

,Jniciativa dirigiila á laJs Mtg'ltisf'as Cantaras pm·
-el :Ministerio de lo Interior.
Ecsmos.
•
crn-is · revolucionaria
en
. . . . . Sres. -La
.• "bl'..
.
•
1
'qtie
~e
encuentra·
a
tep1i
1cil,
si
por
una
parte
ex1.
• . •, . • •
¡ •
d1ª mas . ~º~;t~te en~rg,a Y ; va 1or m;s acen'firul do len ·:..e . 11 ierno .. \tprerno¡· Yt en adparte
1'!
~ eJurC1to para conJurnr a empesta que
d .
··.
•· ot
• la · 8 f11 b'
t ·,
nd'ds amen .za, ~or radrec ~~¡r
ienl as. 1:ie1
1
1 as po 1 1cas 'iue pue en un 1or..,ar a opm10n
,
1ás pas10nes
· ·
't d .
El P' 'd t
y ..catmar
ag1 a as.
,
res1 en e
b . d --~!
m G
ál ,
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,..
º, ran o. ~v o co o ener .. e~. ge e., o ~,.,nsaria en ottu cosa, que en reducir por la fuerza
á · los que ée han stibstraido de la obediencia
.
•e
., · t bl ·
1 , d
'bl'
ª 1u} s 1eD) s, Yt 3 rtetJs ll ecer e. orhe O PU · dico
en os
epa, amen s en que se
a a 1tera o,
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M · ttllrl
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Npe 0 • 8 c II r· e er . ed pr '"[ .. · agis ·· 0 • e ~
ac10n y 1a cuahda de meJrcano, le obligan a
adoptar medios de conciliacion y · lenidad que
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evi en de I erra:arn_ien
e ~~ngre u{ . 1os. orI
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ror~sd e ª anE!·qma.
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e ner menos conoc1 o que S, . por su valor personal y por
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sus emm~n es sen1c10s a a 1nueren11enc1a y 1bertad de la Re ublica podfra temer l'.l un ad
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e racwna conc1 1ac10n, que e co iar e o
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ma 11gno a 1ri u11a siempre a e , 1 a , ..,ro q e
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e b _uen pa ~ ª. \ e a.;igo e a civt izacwn
sa ran arreciar JUS amen e.
.
El presidente entiende que el punto sobre -

r

!¡

,ª

°

1

i

'.1

�•

\

156.
que mas se insiste y puede tener mas popula- de Diputados nombre la persona ó personas que
l'Ídad entre los mejicanoP, es la reunion de un desempeñen aquellas funciones. como suplentes.
congreso estramdinario que se ocupe de r,eorgani5. 0 ·• Que el actual Congreso cierre sus
zar á la Nacion de la manera que mas cuadre á
sus intereses. Esa nuPva a~amblea vendra aca~ sesiones el dia antes de la ÍRtalacion del nuevo
so con todo el prestigfo que siempre acompa- y que todas las a11toridades constitucionales sigan
ña á los rerm·sentantes destinados á llenar ebejerciendo sus funciones entre tanto se verifiquen
jeto tan grándin~,1, eligidos con amplias facultades, y considerados como los depositarios de las variaciones que decrete el nuPvo Congreso~
los derecho~ df-' la Nacion. Para esto es nece- debiendo ser repuestas en sus encargos respec.
sario que el actual congreso se declare convo- tivos las que hubieren sido removidas por efeccante, y que •e espida la convocatoria bajo las
bases ya e,tahlecida~, purgandola~ de algunas to de la revolucion.
re,;triccione,, q11e en concepto del Gobierno coar6. 0
Que haya un olvido absoluto de
tan la lihertad sin la utili 1iad que otras.
das las faltas politicas en que se hubiere incurAdema,, entiende S. E. que una modifi- rido desde l. 0 de Agosto t'iltimo hasta la fecha
cacion hec ,a en t'l Poder Ejecutivo, tal vez sera un medio eficaz de (;almar la exaltacion de de la publipacion de este decreto.
Las Cámaras observarán por la presente
los ánimo~ de los que han tomado las armas
contra su respetable peisona; y aunque en e~to iniciativa, cuales son los sentimientos que anitendrá que hacer hasta el sacrificio de su amor
;iropio, él. es noble, puro y desinteresado, y S. E. man al bénemerito General Presidente en favor
está refiL~:•ado á cuanto pueda exigirsele, con de la paz y de la felicidad nacional. Muy potal que ce.la en bien de la Nacían, y d!,je bien co lo conocen los que han podido persuadirse
pt1Pstos el h mor y dec·iro del Gobierno. Esde su inclinacion á permanecer en un puesto
te ha meditad:) bii;n sobre los d,is puntos indicado,, y de acuerdo cuu el Consejo ha forma- que carece de todo atractivo, y que por de~grado la iniciat:va que de suprema órden tengo el cia no esta sostenido debidamente en las revuel-.
honor de pasar á esa agusta Cámara, redactada tas civiles. El PresidPnte desrerniera de él, no
en los términos siguientes.
con. la conviccion de hab('r hecho c 11_anto ha d~-.
Art. l. 0
Se excita al Supremo Poder
Conservador para que declare ser voluntad de la seado en favor de sus coiupatriota~, pero si con.
Nacion qne se convoq,ie un Congreso extraor- la confianza' de· haber .apurl!dO todos los recur'dinario firmado de una sóla· ·c~mara, con ám- sos de su áutoridaff ·párá\trsirlitiüír l&lt;\s male~ qhe:
plias facu!tade,, para qae haga cuantas variaciones crea c•mvenientes en la "rganizacíon po- por largos años e5tan pesando sobre esta Repu,lltica rle nq H•íla, conserva"do siempre la forma blica desventurada.
de R».püb11:·, representativa popular.
S. E. que 110 quiere sepafnrsr de la senda'.
2 °
Q•ie la instalacion d .. dicho Congreso ¡
. .
extrao1dinan,, ,a~ verifique en el dia l. e de¡ legal que le ha trazado la const1tui::Ern, me ha
E,ero de 18'12.
, 1 prevenido haga esta iniciati;a para qutt las Cá3. 0
Q 1e h,s elecciones de Diputados se mara•, si estu,·ieren conformes con ella, ~e sir'\1
hagan ~,,n aneglo a las leyes vign.tes, supri- pas-arla. al Sapremo Pod,er CJnservador, a fin
:uiendo las excepciones t·stablecidas en el nrt.
d
7.. o dtt h tercera !t-y constituciullai, y que Sfl de que se despache con la brevedad . que everifiquen el dia 15 de Noviembre µníximo; que- mandan las circunstancias.
dando facultados los Goberna:lorcs de los DeAl cumpiir con dicha prevencíoi:i, ·tengo el
pnrtamentos pnra fijar los dias de las elecciones
pia,arias y secundarfas, oyemlo préviaml'.nte a honor de 1 eprodncü á VV.. E E. , las- ;iig\nirlades
hs Junta, Departamentales d i1de t!,tuvie.rt'n reu- de_ mi alta consideracion y distingui&lt;lp apreciú.
nidas. Q11,-, ¡~n los Dt&gt;partarm·ntos qne por sn dis
Dios y libertad. Mi·jico Setiembre 12 de
tancia no pudieren hacer la elecciuu en d din r,refijado, la verifiT1,·n en el que seña !e el Gober- 1841.-Jesé ~~faria Jimenez. -E-cmbs. Sres. Senado:-, oyeJJdo :"1 la J,rnta Dtp::irtamcntal rc.,;i.cc- cretarios de la C:imara de. Diputar!os.
tiva ~¡ Cituvie1 e re,;n:da, y l¡'!•' los mismos GoliermHfores cuiden de que ius dirrntadO, nomE, cópia. Mejico Setiembre 12 de 1841.
brados se fHJagan iu:nr·dintarnente (~n cannno -José .~!cirir, Dunín.
para l:i capi:a 1 d.~ 1,\ U(\pt'thi:e: :'.1 l:Í•écto de q•ie
(Boletín oficic,l núm. 20.)
huya 1nDy~1il'\ p~1ín hi Í;t~tainciun del (J,;ngreso.

to.

~íi

4.

0

Q,:{\~

é~1L'

dP¡1~·~ite

'"!

l),;(~e;· Ejr'cutivo

en la pcr~.; L1a 6 ;1t~lS',on:~.~• que juz~e ct,nrenir-n.
te; l]UC (•11(· e lirnto continua g·,J,wrnanch la r¡~pública d acru ti l'n·si,frr,te ;:,o,'.ia:'.o con l,Jfl bené. nr·ritos de ,a P,itri:1, D. r,.;¡('.(;];;, B:·avn y D Antoííi•i L~, .cz d,, ::,·1·1Lt,Ar1nn, v qne h hita d,,
·1 1"'U!IO o'·"·u :;'.."._,11.n.rJ'
''dü•',., '¡,.-¡;
(',_,•v,·or'1
,t.:;:,
,.. O
..., ¡i¡, 1..-..,
, ....... ..1 ·¡ !,,-l" 1~U.}~••'-'•"t,._.,

_,j,),,.,

.MONTERRE \' :...... rn41.

••

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                  <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 39, Septiembre 30</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>157.

PAG,

s

E ~fANAlllO
P

o r~ 1· . T

I

u· o

DEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sjc_ proettratio reipublicro ge1'en-:
da est ad utilztatem eorum qui comissi sunt,
non eorum qidbus cornm·issa est. Cíe. 1. offic.
Lo mismo que una tutoría, asi se han
de ejercer los cargos publicos: no para
utilidad d, los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

TOJl,

Jueves 7 de Octubre de l 841.

III.

NuM. 40.

destruyendo con e,te hecho esplicito las maquinacio;1es de lo, mal cvntentus q•1e procurando
la division y desuu10n entre n\iembros y hermano~ de una misma fainil1a ha11 procurado esparMINI:3TEIUO DE GUgRRA Y MARINA. l-.cir, para fundar su~ pr"yect&lt;Js de trastorno y maSeccion y ,Mesa de operaciones.
¡: quinaci,)11, que el Ejé1cito del N,nte uuido con
1
• •
•
el pueb1v en este D..-!¡.iartamento como el de la
EcQmo. :3r. -El Ec,mo. Sr. M101st~o de 1 ,Nacion en otros de la República sob1eponien]o int~rior, en ofi..:10 de esta focha me dice lo I¡ &lt;lose a la fut.ira representacion nacion,.11, al adop •
qne có•iio.
tar el patriótico plan iegenerador de J,1iisco adi,,Ecsmo. Sr.,--Hly dig~ al Ecsmo .. Sr .. J?· cionado por el ilustre general ~dnta-A¡ma, han.
Javier •Eelíeverria; V,&lt;:e-Pres1dente _en eJerc1c10 -íovucado los principios consignados en la acdel co,,sejo de gub_t Tno, lo que sigue.
ta de 24 que la Na~10n ab.1uró, como aho,,E,;cm,1.-'-Hab1Pnd &gt; ll-·g1do el caso de q)le ra lo ha hecho cou los de 36 en demanda de
el E~emo. , Sr.i Presidente de la R':l¡Jttblica, . to-1 un gobierno enérgico, patriota y eminentemenme formalmente el '!1and.J dtJ las armas sahe~- te nacional que salve' á la agonizante pátria del
do fuera de la C,1p1tal~ dtibe en cons~cuencm I insondable abismo de male~ a q11e la hiln orícesar to¿a, ·su interv~nc~on en el G_-&gt;b~;rn,o Y liado las pretensiu:ies y e~_s,_igeracione: de todos
quedar a el sugetiJ S. E. corn•J g~nera1, Y. no I los colores y pa1t1Jos poP1wos. M-mana quehabiendo llegado aun d E;cim J: Sr, D. N1co- : dará solemnemente instaíada y en el ejercicio de
lás Bravo µara que com.J pnmdn1te dd Con- i sus funciones la nueva Eé,·na. J,111ta DesPjo g1bierne á 1a R 0 piíbtt_ca,. conforme al art \ partamental qae por disolucu,1 que verificó la
S o de la cuarta ley c,rnst1tuc10n~I, me manda anterior se luzo preci;o n&gt;mo c1r pai a consoliS. E, dirigir á V. E. esta comumcacwn, como dar la marcha del t;;epartamc 11,0 c1b:111donado en
tengo f!l honor de hacerlo, para. qu~ . eutreta~- un dia por sus c.qmci1,.,sus g ;bei nantes á la
to y como vice-presidente, en eJer·c1c10 del rms- disolucion y la ruina d,· q•ie .u acaban de salmo consejo, recib~ dicho Góbierno. ,
. var la sen~atéz de, 1~~, ,it,&gt; de1 · ,Norte, y el
C,m e~te motivo tengo la sat1sfa~c10_n .de r_e1- buen sentido d, I ¡;uebiU N ucvol,-ones.
terar f¡ V. E. las segmidades d~ mt d1stmgu1da
Al participar a V. ~- tan grato aconteciconsideracion y particular aµrec10."
. miento, que caracteriza la nueva administracion,
Y Jo comunico ú V. E. para su conoc1- me ii,011geo con _la idea d&lt;-! re¡1roducirle mi parTI)iento y efectos consiguiente,." . .
ticular ami~tad y res 1.eto a su persona.
Y t,rn~o el honor th: trascribirlo ú V. E.
Dios y libertad i\Lmterrny Sl'tiembre 26 de
con los n,i-,.mns objet-•s..
lS4l.-Jl1anuel ,Jllctria de Llano.-.,Sr. General
Di,&gt;s y libertad. Méjico, Setiembre 21 de en gefe Jel cuer¡,o de Bjcrcno del Nurte.
1841. ~.fllmonte,-E-cm•). ::ir. GJbernador del
Depaiita,nento de Nievo Le,rn.
Gobierno del Depc,rtumenlo de JV'uevo Leon.
4-i---.!.&amp;llt.LU
AW.ll
ZZE
-.DestruJeudu cou necüu; us,euoibles y noto.
NOTICIAS Did, iJEt'ARTAJ\lENTO.
rios los i11JUsto¡¡ y gratu1tvd c,argos q:ie se le lian
hecho á la uueva ad,11rn1strariou 1.,vr los mal
Gobierno del f);prtrtcimcnto ele .lf1¿evo Leon. cuntentos, rne cu b: la nias grata ba t1ofacciun dü
-Tengo el ll:Jllúl' d ncu,o,i;¡t)ar a v. s tj\-'.III, poder comtH,1c¡¡1 a V. ~- que el uíu de ayer
tie ha in:,t·... ":.L ~u1&lt;:111m:mems:: y cou los rth¡,JI•
piares de la elecciuu de la E~~ma. Juat.1 D0
partan,ental que ha hecho el Ayuutalllientu y sitos y f..,.1,uaud,1des de '" 1ey ia K .. a, Ju,11a
Vtciadario de esla C:q. ital ía HH,aana de huy, IJepam,me¡.t~l,~entruudo dcsdc luego al eJe1 cici,.•

G-0 BH~RNO DE MEJIGO.

1
1

0

1

�'(

aug•·~to ck sus funcionPR en bPndiC'io de estos \1· comr,roflletído con algurios p:uticularM á pracpuebln,; dbanrlonados por la admi,:istracic,n an- ,1 tirar cón10 agrihH'nstir l:1 mt&gt;dida y deslinde de
tu inr q11P re,i-tió hasta dnn,lt'&gt; podo los pro- li! sus terrerios, mP ps im rosible por ah, -r,\ permagresos y ad,:rici~n del plim l'f'grnernd,)r. proclama- ] neeer en.; f'Slt'I Ca¡•ita11 mientras_ no llf'ne e~tos
do i-r, .Tall,co a 8 de Agn,.t&lt;', y rectificado poi' , comprommos 'qlíle no p111-'rlo de nmgun modo conel IluRtre G,·rnal Sm1 -A1,11a, como unjco medio I fiar á otra perwna; pero donde quina que me
de s:ilvar ¡¡ la Nacion d, lo~ malf'" que preei- ! baile consrilt:fré de pre"ft"rencia los negocios que
pitadurnente la s11mian ele iihi mo Pil abismo. i se me remitan, mient1as puedo radicanw en esTe11go el . mas grato rhcer de trasmitir a ta Ciudad.
V. S. eete suce~o como el rr!nciral y mas caDignese V. S. hacerlo así p1esente á S. E.
racleristico dP la arlministrnci0n que ha nacido ba- el Sr. Gobrrnador mariifestaTJdole mi gratitud y
jo los auspicios drl plan ngenerador indicado reconocimiento por el a !to honor que me disaniba.
pensa, y V S. rPciba liis protestas de mi disDios y libert;.d. Munfrrrey Setiembre 28 dP tinguirlo oprPeio y considerncion.
1841.-,JIJanud Jlforia df Llano.,-Sr. General
Dins y libertan. Monten, y 4 de Octubre
et1 grfo del cuerpo de Ejéicitu del Norte D. de 1841.-Lic. Canales.-Sr. D. Santiago Vi.M-8:l'iMtO Arista.
mm'M'i · Sfm. 'ffi'tel'ffl'O "def' Ootrtt:rtro '·de ette'' fte-..:.
parta mento.
Secrelctria de Gobierno del Departamento de
.lv'uevo Leon.-Circular.-. De 6rrlen del Exmo. ''se cóptcin 1os ciflicülos de la acta de· pnmunria~
Sr. G•.bernador ,ligo con ._¡;ta Ífcha á los seño- ~ · de · Veracr-Hz a q~e hace rfferencia la_.(k.
res jueces d,• l. "' instan, ia de esta capital y
esta Vapital de 20 de Setiembre de este año
de Linares lo ~jguiente.,-- Ibbiendo cesado en
corriente pdra cónocimiento de los habitantes del
las funciones de ;.u~ dehtinu~, por COl18ecuencra,
.Departamento.
&lt;le la revolucion, los jatces de letras de esta
Capital y el de Linare:', segun sus respectiva,
1. 0
Qne. Fe dl'rogurn las leyes de 26 de
comuniraciones oficiales dil'igídas á esta Secre- 'Novinnbre de 1839, y 27 de Diciembre del rnistaria, el gobierno des1~andL1 evitar el entorpecí- :nw, que impusiéron el aumento de ~erecho de
míentv ,fo la admiui,hacion de justicia, ha rlis- · consumo.
pue~to que h,s aicald, s 2. e y, 3. 0 de 'Mon-.
2. 0
Que sP rrforme el arancel 'rle adua•.
tern·y ronozcan en los asuntos de p1imera ins, nas mttrltimas; de mtuiera que cause el anmentancíu de este l)i,trito, uno en lo civil y el ótro lto de las ~mportaciones del esterior, y ,qaite in-.
en lo crimi.n.al, as1 e.orno "' alcaldtl St º, -_de Li- justas trabas al eotvercio.
liai'.és en arnb1is ramos. Y como sea 0f'I todo
3. o
Que ~e -clerrg0:e la · actua) · panfa de
indispensable qtw dichú¡¡ j11eres ter&gt;g,rn un Asewr comisos, sustituyendo ot,a rrias justa y raci1,nal.
&lt;·on quien cousultar las decisior,es de su ofi'ci~,
4. 0
Que se d, cla1e la a'bolicion de las
el Ecsmo. Sr. Gobernador enr:011trando las _sufic1- aduanas interinre~, 11aga1&gt;d11se 11.s dPrechos que
entes cualidades en el Sr. Lir. · D. Anfomo Ca- en ellas -se recalldf'n, t-n las ad1ian:1s maritimas.
nal,,i;, y c,msi&lt;leiando ademas su~ reco::nendables
5. o Que se d1&gt;rc•gue la ley que e~tableservicio,, ha tenido il hi&gt;'n .pum brado con esta ció el e~tanco derl tabRc,•.
f•icha Asewr general interino del Departair1rrito.
6. o Que se rt'Íorme la ley que impu~o
J..o que terigu el honor de corúun!car á V. de la contribucion perrnr,al, estableciendola bajo basu\Jerior órden para los correspon11entcs efecto~. ses mas equitativas y proporcionadai ent,e i;i.
-Y de órden de S. R. teng,l el honor de par7. o Que la municipalidad haga S"aber á la
ticiparlo á V. S. manifostandole que al aceptar nacion la voluntad tlel vecindario yeracl'Uzano, esm1 destino tan importante al bif-'n. del D,·par~a- . presada en estos articulas, participandola oficialmeilto, se sirva presentarse al Gub1erno hoy rrns- mente á las autoiidades pri11ci¡•ales del der•armo á prestar el correspondier'.te j_uramento;._de- tamenio, y dandula public-acion por medü&gt; de
hiendo tener la ¡,resente comunIcac1on como t1tu- la· pl"enra.
lo de su empleo.,-Con tal nwtivo protesto a·y. S.
m1 mas cumplido respeto.
.
DEPARTAMENTO DE ZACATECA&amp;
Dios y libertad. M0nterrey 4 de Octubre
de 1841. -Sctntiago Vidaurri, Fecreta1 io interino.
- Sr. Lic. D. Antonio Canales, Asetior interino
P.11.RTE OFICIJJL.
de este Departamento.
Gobieriio superior del Departamenfo .de ·za-.
catecas.- '2r. gener.i I en geft dd (·j'ér cíto dd inComo mis dPseo~ no han sido otros que , te1io1.-Este gobí,,100 y j11nta drpartamenfAI en
ser· u-til á mis conciudédanos en cuanto pe11da \·ista de la ccmunicaciun de V. S. f, cha 1. 0
de mis focultarle~, no he dudn-do un momento del corrientf' y ¡,or ]¡;s tsi,líenc•ionl:'s que á nomncentar el 11omb1amiento de A,.ernr general del bre de V. S. y rn ele• t'Jl1f·f fü, dt&gt; su t'í'p·f·cial
Departameuto que S. E. t-1 Sr. Gcherl"lodor há teni comision ha ·hechn e! Sr. flt,diior de gunra O.
do á bien hncer fil mi persor,~, y de:nle lmgo Crisr-iniano del Castíiio, es1Íln oonvfncidos de
rrre prcsrnl::né á r·nstar el ju1amento_ ~egun V. que el terinino de la r,,volucion que V. S. ~eS. nre indica e11 su atenta nota del d1a de hoy. p1opoue cünsumar no pul:'dP d, jar de ¡;pr fav0nihle
Sin embargo d ... bo mnnifrst.ar {¡ V. S. pá- á la c1&lt;us-a nacional y en cnns, t:w·nci11 h.,n rei,uelnr ccno(irt:iento &lt;le S. E. e!S1. GdJtrná'dor que to (l;b!ar para lo BUce~ivo. en ¡:erftcta coufo1 mi•

¡

�lb9.
la revhlucion y hacerle enl&lt;tnigo~ a .todos !r'&lt;s
hombres qi1e an1an la líb\&gt;rtad. ¡Inútil te11tnti'va! ¡mi~•pr¡rb1e recnrso de la imr,o&gt;&lt;tura!
La Naeron' no e~ta.á jimihs sngria al poder ab~oluto, y nn1,ca nn hombre Sf' kv!lntata,
sea qú-e se apellide dictador, rry ó protector
rara imrmnernos su voluntad por lt-&gt;y. E'I ¡meblo necesita servidores y repre~eMantes: n·o amos
1ni señores.
¡Noblés defeh~óres de la libefürd, que os
. ala:rrrtais
la sola idfa de h dict.:it'Nna; t1anGobierno superror del Depm•tamento de 2Ja• qt1l!izaos! lfo·nca el generál Pnri'M~ ha faltado
catecas . .-He ptH'~to· en comw1111iertto de la Ecflltlá á su noblt&gt; p1füih'Ta, y el en Güadalajata, en LaJunta deµartamental la cor1cuuícacion de V. S. gunillas y Qoe'rHaro, ha dirho solemnrrri1&gt;ntr,
ft~cha ayer y los doc-ttr1wntos que con ella se que pelehba por la •anta ca1isa· de lós pl'incipios
~inió rerriitinne It'lativos f1 )a declatacion que,· Y 'de la libei'tad. Ella triutrfar:í,
hi-zo la·gaamiciun de estl\ car,ital la n-0c!ié an- ¡¡
Y los que estml'ubais que estabiecrda una
terior adoptando rl p.fan de r~generadon política•~ fücfad'tna, el ·honifrre que la t'jert&gt;iera, Ha·rtuirra en
de la l'tTr.tblica pr&lt;.1clámado. f'l.1 Gnadalajal"a el 11 $U apero a· la cla~e. cuya ti_ra:hla hf'inO~ !"t1friíl'o
8 del pasado· Agoi;t,,.,, y confürmandorm' corre} 1y· cdtitt·a· la qi1~ p{'leá'tno~, bien pddt'is d6espedictamen de s. E. tt"ngo el honor de rriirnifes- rar: lol:l ge'rreralPS Válfl]('f8 y P1irf:'r!~s han a'setar á V. S. que la mi~rna junta y .éste gobtet- . gn'rado s'oletnnrmer{te, q1ie su c'ausa 1:s la de hts
I
no no rleseorwcen el iin perlo irresistible ·de !,as luces y las. et\Sigtjndas rlel sigl·o.
circunstancins, ni' las muy podero!lás considera- ,
Que· t.ot!os los qtre qi1iere11 los estremos !:(e
ciones de bien p1ihti"o qui&gt;. han itnpuls1rdl-. ', descot1s'íie~en. Esta· rernlucion no es paia etlos.
y dirigido la· condu~ta de V. S. y de los dig- Qne totlbs los qüe hacen c&lt;'insi"tir la rericidad
nos milirnres qt1e est{rn bajo sus órdenes, · y no prl'b1iéa · en la ir .f!ue'nda de d,,termirrnilas per'soel!cuentrnn en ella un ht:th'o, un motive, una so- ms desesperen, ésta revolucion no es de hómbti:s,
1
la intrtwi ,n que no s-ea muy laudable. Ta•m- sino de ideas.
.. .
. .
poco &lt;lijan rle ap1eeia1• &lt;h·bidámente la · necesi- .
Pero que la maymia hfl.iíeñsa de· fa riaefoh
dad que h#tbia de ae.hdir co'rr un pitso · ta'n ot,ot..;, se reghc~P, ~~ta es s·u causa; su friunfo ·es el.
ttmo á fa con.•e1 vacio11·dfi la tranquilidad, del ór·· ,¡ qué se p'rel1ar~;· su·s inte,'eses s'Ón l'ó~ 't¡tle •·se traden y de ttis más Mgt'ad,,s inttlrf'i!es de é!."té''\"ta de ob1 q111ar; su voz imp,erará sola.
departamf'nto alt11mH,te e m1Jrometi'dos.
·
Aqúl e~ttm, lo 1epetimó~, las · ptoclamlis de
Cog ·tal conviccion JJO pnede'fl rebosar ~\} los· genernlrs Pattd#w )' Váfo(1t'ia ·donde vemos
1
anmrncia ·a lo &lt;¡ue ha htcho la bénemerita guar- cuanto d,srnmiis. ~1i'e é1las 'tirlule'n rif'r todiís
nicoon militar¡ y ílbde lm·go se proponen obrar partés, qtw ir dotidf• qiína lltlváli eM~· nnbJ;-s' procn pei-fecta ar-UH:nfa con ella; proté$lancole co lflt'!/8$ 'dt' liti/it!il'd, qüe seran úefo1er\'te éln'i1il!iruo ·tambiel'\ á V. S. ·un espt:dal reconocimiento dá'.s: qi;e ~tl' obra se neve al c.b'o'y prbduzc\á la fü.
por l1ti1, partieulares eottsitleraciones &lt;Ifté· les lttin licidad de· la patri{i; y que todós fr~,itamós 'un
merecido.
dia con Ja gtatitu-d q·ue se de'be, a lós b-. nefiDios y libertarl. Zatecás, Setiembre 8 de• clos y fa admiradon á q1,1e es Oéreednra la ~óli184 l -Srmtiaga Vi/legas -Sr.· eonia-ndatite ge- 1 da g~oria; ¡VIVA LA REVOLUCION . 11E
neral de e."te deriartamento.
¡Ji\U::;CO! ¡VIVAN LOS GENERALES PA-

dúl con V. S. lo mismo que resdlvieron hlJetjr..:
lo résnec-to de· la g:uarnicion de f'Sta capital.
'fengo el hnMr tlé decirlo a V. S. de lletietdo con la Bscma. junta depárta,me•'htal rehovándole las protetitas de mi ma;; distingiiid11 con'sidera,iion,
Dios· y libe,tarl. Za'"fi.•cas, Setiémbre 7 de
1841.-Santia,t(O Ville{!as. ~sr. general en gefe
D. Miniano Part'dts y Arrillaga.

l,

a

11

1

1

REDES Y VALENCIA!
(Impreso de Guadalc~ara.)

1

DEPART~Ñ~~NTO ~E JALISCO.
REVELACIOOES DEL PRONUNClAMIENTO
NERAL

PAREDES.

DEL GE·

\

l ~..illif,iiii~S-P¡¡¡¡O¡¡¡S¡;;t;:;;C;¡¡IO;;¡N;;¡·¡¡¡¡D¡¡¡¡E¡¡¡¡L;;¡¡¡;.C;.U¡¡¡¡T;¡¡ERiiiiiiiPO--M-U·N-l¡¡¡¡;C¡¡;:;IP-A-L¡¡¡¡.¡¡¡¡¡¡;;;¡¡¡¡¡¡¡
11

.

.

.

Las proclamas de los SrPs. generales Pa- ~ . Ayrlntámiento coo,titucional de M/¡'ico.-Exrede@ y Valencia, fi~an completeuiente el earác- \1, mo. 81·.---Cua_nrlo pf~r térc 1•1_a ·vez Sf' ha! a esr•ut~fa
ter de esta rt·volucron, que hasta ahora se ha ,i esta desgraciada Cap1td a ver fl' presentar en
llama&lt;lo mi,teriosa solo por la laudable circuns- \\ ella los horrNNOF e,:tihg1 5 de ln gunrn, el ayunpeccion c0n q•w sn~ dignos caudillos han que- \l tamie1ito establf'eiclo 101 las lfyes paia 1,rol'U•
rido manifrstar la 1_11~?;r, i1~1parcialida,d y mostrar !. r.ar el. b~n~fici? drl vecindd i, •, rnha Pn_ iiltc.)
que rn lbra S(' d111g-1a umcamente a Dpelar al i grado cnrnmal, y g1:c,,·1mrnlt· ietpon~t.ble a D1c,s
puf'blo con frnr:qu1 za ¡.ara que {:l y solo él e11 1f y á la opininP, si ro kvantnra la Vt•z, y ~gola mas complfta libertad y &amp;in la influencia de tara los t'~fnerzos que fsten il su a 1rú11ee ¡;ata
nir,guna faccion arrtg!e rns destinos. Nosotros . disminuir, ya que r;o le ts d,.do ¡ 1td1vei·, los
siemp1e hemos estado srguros de los ptinctpws malf's fin cut·1,to que arf,nrnz:o,n a la ¡ üblaeioh
eminentemente liberales y patiióticos del gene- por 111 sar,gtin1ta lucha de a111,a~ q¡¡e t'n f l:a
ral Pared~s.
se prPpara.
En vano los que prentendian sostener la tiEl ayunfair;irnto no o,t1 a en ti ecFfo en
rnnía, se han ¡,Uf sto de c1,nsuno a g1 itar que de si las mt d,dHs qne ¡,asa á ¡,1 o¡;um r, Ff r,ir, (&gt;
se trataba solo de dictadu'r a, ¡•ara desacreditar no, t.-onformes con loo l'l tce¡ ro, que e: t:J;iú'c

I

,.

�160;
el artr' de la guerra; fHm&gt; ,¡ purde a,Fgurar que
,,stán Pn ab-oluta ,.•11n~unancia c,m los principíos de !a huma •idad y de la civilizacion.
A ambas .e¡,ugna, E,:s·no ..• Sr., el que las
ciud¡,d ·s ,e,rn co.nvert1das en carnµo,; de batalla,
y ,, 1 quP s ,s oaclficn, morad Jres sufra~ las desastr,, ·a~ r-, •nse(•u,..ucias de la g•ierra, sm haber
hechu profrsion d(' soidad,).,; ;, :1mbas repugna
el quP lus edifr·i•)s _que han f:s.brica&lt;lo los hom·
bres para que les s11 van de asli!i, !'e desplomen
sobre sus inocentes cab, zas pür el fuerte golpe del cañon: á ambas re¡m,gua el q11e ocupadas las calles y las plaza~ por fuerzas armadas,
ó desiertas nor el espantoso stlvido de las balas, no se deje libre el tnínsito al de,graciado
padre de familias para llevar á sus inocentes hijo• 1m pedazo de pan: a ambas repugu~ que el
desgraciado enfermo sucumba a la fuerza de sus
dole, cía•, sin poder proporcionarse los remedios
DPcesarios para curar su mal: á ambas repugna
en dos nalabra~, que dos fuerzas armadas tengan ra, alizado el cnmrrcío, cerrados los templos, llrnas d&lt;&gt; consternacion á las familias, y á la
sociP,fad &lt;·ntera envuelta en los horrores de la
guerra, de ia dese,peracion y de la muerte.
En n&lt;rn,bre pues de la humanidad, el ayuntamiento pide á V. E., se sirva nombrar dos comisiones que se acerquen a las fuerzas beligerant,~s, para solicitar de ellas en virtud de l¡is
consideraciones espuestas.
l. o Que si fuere posible, terminen su contienda antes de hacer resonar el estruendo del
caíion.
. 2. 0
Que si por desgracia esto no se pudiere conseguir, se solicite r¡ue df,socu¡ien la ciu·dad, y salgan a batirse al campo.
3. 0
Que en caw de que esto tampoco
sea a8equibie, se com¡JriJmetan a designar c1ertns hora, pan.. los futgos, con eí fin de que
el re,to óe ellas Rirva para atender a las mas
urgentes necesidades dci la poblaGion, estableciendo una señal que cté ,l conucer el tiempo de
comenzar las hosti,id:td ~, y. el de las treguas
que se dieren il e~tas: que se comprometan ig,rnl
mente h no arrojar bumba,-, ni utros tirus de
gruesa artillería qnr. co111ienza11 por horadar los
techos y pan•des y acaban por echar a plomo los
edificio,; y que se obliguen por Ültimo, i'l d,jar libre el paso de las ¡~anta~, a,:l pnra facilitar el
aba~to da la ciadad, como igut,il!Wllte la salida
de las familias que van hii_1 ei:do de la muerte:
Desde el momc11to en que se reunió el cabildo el miércoles de eHta semana, preguntó a
V. E. si babia tomado medidas que eH las ac·
tuales circun,tancias, dismínuyc1 an cuanto foese
posible Ju, males de ia pobiac10Ji, y aunque V. E
conte~tó afirmativarneutP, s1cm¡,l'e ha creido esta
corporacion que era de sus mas estrechos deberes el proponer la~ arriba indicada.;, cuando
ya se anuncia el proHto ro111pi11,icnto de las hostilidades, y el piíhlico aun no tieLe noticia de lo q,ie
.se haya hecho en beneficio suvo.
Ít.l as untamiento es¡,era que V. E. tend1 ¡¡
la boi,dad de dar fav,,rable acogida ~l las pr¡¡posiciones que precnlen, y q,1e Lll el acto mis.IDO enviari1 á las f'1H'rzas beligerantes dos comisiones del seno de c,,ta C:!l'JiO!'a('Íoll: para pe-

dirles en nombre de la dudad que accedan al
contenido de a'guna de ellas, con lo que darán una prueba 11ráctica de_ que al tomar las
armas en la mano han temdo por norte la felicidad de la pátria.
j ·
Dios y libertad. M0jico Agosto 4 de 1841.
,-..ilgustin .;lJoncada.-Francisco de P. Past9r.,1 [&lt;T'nctcio Grí.rfias.-José Valentin Baz.-José MaI rict .Jlipide.,-lgnacio de Ta~le -..R{ustin Xavia.
--Ramon Olarte. -José ~iaria Faguaga.-,Mariano de /caza y .Mora.~.'1.tnuel G . .!Jguirre.-i
Juan X. de Vertíz, secreta110 -Ecsmo. Sr. go•
bernador de este departamento.

0

Secretaria del Gobierno del Departamento
de Méjico.-Presid,,nk, general en grfo.-Exmo.
Sr.-No ha sido el gubierno !lupremo el que ha
provocado los males, que sienten y puedan todavía Fufrir los aprPciables habitantes de esta
hermosa ciudad. T&lt;1dii la culpa es de los que
faltando a sus debcrt:s y atropellando las leyes, han levantad,J un bund,J sedicioso dentro de ·
la poblacion, que e! mismo gobierno está oblig ,du á reµrimir, aun des ,,ues de verificada la
ddeccion; no he sido yo el agresor; ellos son
lo~ que se han escedid&lt;J hasta el estremo de _arrojar granadas, á cualq~iera hora y sin obeJto,
sobre los edificios de lo, ciudadanos paclticos. Por
mi parte he guardad; la may,,r n10dera&lt;!1•Jn, pues
á pesar de que pnde castigM á los sublevados
desde el primer dia, corn,,uz,indo por el punto
de la exacordada, no lo hice porque deseo sincera y vivamente qu" 11·1 padezca el vecindario.
En obsequ10 de bte, diga V. E, al Exmo-.
ayuntamíeuto, que puede nombrar la comision
que indica, para que recabe del gefe de los disidente~, que se sometan a la obedii·ncia del gobierno, ó ·si prefiere baurse, sa;ga de la ciudud;
en el concepto de que aguardo la uoticia dd
resultado para las O1,ce de esta noch;, sin falta,
y de que entretanto nu haré uso de la a1 tilleria, ü rw ser que. me obl1g .en a e lío las hostilidades del enem1g,).
Doy con lo· es puesto contestacion á la r:ota de V. E. de esta misma fecha, que incluye
la de la citada corpurac1on.
IJios y hh, 1 tad.
Méjicn, Setiembre 4 de
1841.-ilnastas.o Bustamante. - Ese mu. .::3r. gobernador dr esL&lt;' d, ¡1art,,me11lv.
Es cópia i\1éjtc,, S, llie1ubre 5 de 1841.José .Jllaria Barrem, t;t:Crduriu.

( La Esperanza de Jalisco.)

Imprenta del Gobieí·:w l't cargo del O.
P~J'O!f lan

de .Mier.

�</text>
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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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          <name>Título Uniforme</name>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>ALCAN~CE
al Se1nanario num. 40 to1n.
Octubre de

REMITIDO.
Sres. editores del Semanario del
Gobierno· de este Departamento.-Muy
Sres. mios. En el número 32 del pe•
riódico que W. redactan he visto el informe que D. :Mariano Santos, como diputado de la territorial de Villa-Aldama,
dirip;ió á esa superioritlad con fecha 28
del prócsimo pasado Julio, y como se
vierten en él aserciones que ademas de
ser falsas e injustas hieren mi honor y
reputaciou de una manera demasiado pú-·
blica, no puedo menos de suplicar á W.
t€ngan . la bondad de pasar á las colum•
nas de su periódico el siguiente manifiesto, en el que solo trato de desvane•
cer aquellas, á fin de que el público v
· el Gobierno tengan una verdadera ide~
del mineral de Montañas, de sus frutos,
de las máquinas construidas por mí para el beneficio de sus metales, y el costo del beneficio de los ultimos. en aque•
Has: lo primero para que. no ·desmayen
aquellos que hubieren concebido ideas
de emprender sobre aquel mineral, y
el segundo, para que desconfie de cometer iguales encargos á hombres que
estan interesados en disminuir todo lo
que haga relacion á el mineral espresado para disfrutarlo solos.
Antes de entrar en manteria desa•
fio al Sr. D. Mariano Santos á que
responda con pruebas sobre Ja imputacion que va á sufrir su informe: para
dar las mias, solo aguardo que el Superior Gobierno comisione un perito facultativo en idráulíca y metalúrgica, con
las dem_as circunstanc~as necesarias, que
presencie, vt:a y ecsamme la construccion,
movimienta y productos de mis máquí•
nas, estado del mineral, sus laboríos
antiguos y modernos, con todo lo demás
á ~ue me contraeré en los párrafos siguientes.
Por principio de cuentas dice el Sr.
Santos en su informe (parafo 2. 0 )
,, Este mineral es muy antiguo, y desde

,,la época de su descubrimiento han si•
,,do bien reconocidos sus grandes labra•
,,dos por los empresarios que solo han
,,encontrado metales y arenillas blancas
,, ( 1) con una ley niuy considerable de
,,plomo; pero este la tiene tan escasa de
,,p!ata que á lo mas produce dos y me,,dia onzas por carga, de donde resulta
,,que jamas há costeado hacer los gas,,tos de afinacion."
..
Prescindiendo por ahora de si los·
antiguos · empresarios solo encontraron etil esos grandes labrados metales y arenillas de esa Jey tan corta
de plata (sobre Jo que creo al Sr. diputado tan á oscuras como lo estoy yo)
aunque no esté muy conforme grandes
labrados con tanta pobreza de metales
entrarémos en la averiguacion de si ten:
drá ó no cuenta estraer esa corta ley
de plata del plomo, no obstante Jo que
a~bitraria e inciert~mente asegura el Sr.
diputado, mas abaJO, sobre mis muchas
operaciones que al efecto he practicado,
puesto que no han pasado de dos, reduc~as á rectificar la ley, ~unque en pe•
queno y no por especulac1on.
Supondremos, pues, la afinacion de
cien cargas de plomo en dos de las que
llaman echadas, que pueden caber en
un vaso ó galeme regular en que cada
~einticuatro ho~a~ á l_o mas sale una par-·
ti.da, y en I_a h1potes1s de que la opera•
c1on se hara en una hacienda de agua y .
en un punto como en el que está ubicada la que yo hé construido.
Cien cargas de plomo seo-un la ley
~entada por el Sr. diputado ~:fa~tos en su
1nforme, deben producir doscientas cincuenta onsas, ó treinta y un marcos dos

r

(1)

Galusar y polvillos galenosos. El
primero contiene de seis á siete
arnbas de plomo pm· carga de
doce arrobas de metal, y Los se•
gundos de ocho á nueve arrobas
del primero por carga del segundo.
'

�onr.as · de plata;. que -por ser de la-s mej-Or·es la de Montañas, le daremos el
moderado precio d(; ~iete y medio pes©s marco y; su producto en pesos será
de 2;34. pesos S reales. . . ,, 234. 3. O~.b:l· máxim1m de costos.
para esta, operacion consis•
tirá en seis, tareas de leña:
de ocho el.Irgas a tres- reales, dos pesos dos reales:
cuatro tareas de á doce car-b~s· de acarreo, un peso cuatro reales, y cuatro reales
de la béstía, dos- pesos: un·
afinador y, un atizador dos
días y dos noches, á un• peso· el· primero y tres realesel segundo, ganan cinco pesos cuatro reales: el asiento
y remiendo 9el vaso ó gafome;, doce reales:- total de
g.astos· once pesos dos rea-1e:l •' o· .~ ... o' • • - • • • • • •·' • ~ "" 011 -t.. tk
1

---•

Líquido. . • ,, 228. 1-. O~

La primer ventiija que resulta at mi.;.
11ero por la aíin:1&lt;'.iuri, es la de poder dis-·
poner en el actQ Je la suma del márgen• para• contir-~1ar su giro, lo que rarisima v~z su1·ede con el plomo. VereJ)lü!'i ahora ~i- c&lt;'n ,·especto
al todo de
ga..,tos y f,, odüctos de las cien cargas de·
plonio, ofrt::ce perdidas ó ganancias la:
afin;tciun;- pero ante,-¡ de entrar en esta
oper~cion haré una breve ohservacion sobre lo que el Sr. diputado sigue diciendo· en, t'.1 párrafo citado.
0
Bl meta],. dice este sei'íot, es abun,.~dante en saca; pt&gt;ro costoso para tum•
,,harse y eonducirt1e á las haciendas de
ubeneficio, circunstancias por las que una.
~,carga de plomo, resulta con el· cargo
,.,seguro de cinco pesos cuando menos/"
Aunque me seria muy fácil pr0har
que al Sr. diputado no le han costado
un peal, poi· carga, el tumbar (como llama) mas de ciento cincuenta cargas que
ha e~traido de mis pertenencias, de un•
modo que omito en este lug-ar; con to~
clo, y con la leve contradiccion que se
encuentra entre abtmdancia de saca y su·
gran cost:o~ graduaremos el &lt;le cada· carga
en la mina á dos reales; no obstante que
no hab1-a costado uno desde que se llama Mcintañas el minera]} comparando el
todo con los gastos; ir Jo que añadire mas
eince rea\es de flete hasta el punto dad·o; uno y 1nedio real~s de media saca
1

de carbon, graduada á la carga de metal; un rea! de grasa, y uno y medio
reales, por· costo de .fundidor y revoltureros; por lo· que aun cuando sean necesaria.s doséientas v€intitúnco cargas de
metal, para• sacar fos ciento de plomo,
tendremos pues un gasto total de trescientos ctiarenta y tres pesos seis reales;
pero esto no es to mismo que quinientos, cantidad que segun la asercion del
Sr. IX M'aríano Santos, cuentan por lo
menos-· fas rnisnias· cien cargas de: plomo;
pues á· tanto· equivale a~egurar que la
carga· &lt;mesta por lo menos cinco pesos,
¡;Qüién sabe á donde llevariá el Sr.. diputado el costo de 1a carga si hubiera.
hablado de lo demás? ipero estará en
Mts intereses aumentar ó disminuir estos· costos y estos gastos? no· se r~sol•
vera por mí la cuestion;· por que con
la· sinceridad que acostumbro, bastante
he dicho sobre el particular otras veces
al Superior Gobierno.
Desmostrado ya Je una manera:
bien convincente. que la carga de plomo
elaborado en· la nueva hacienda no pue•
tle costar ni tres- pesos cuatro reales,
contra todo lo qúe asegura el Sr. diputado es su· ir.forme, concluiremos por una
operacion que demuestre tambien · si la
afinacion del plomo ofrecerá ó no· cuenta al minero. que ei; lo que nos propusimos en el· principio.
SupondremM con-' el Sr; diputado
{aunque no se le pueda concedP-r) que
las cien cargus de plomo á cinco pesos
ter.gan- de costo )os &lt;tuinientos pesos f!Ue
sacamos al marg•m •· . • • ,, 500. O. O,
Ya se ha vj.,¡to que tenemos en abono de este cargo
doscieutos veiatitres pesos
un real que debe producir
líquido la afinaeion, segun
la ley de plata dada por D.
M-ariano Santos á los metalt!s
de Montañas. . ,, 2~3. 1. ().
Queremos tambien suponer que
el plomo ,en la
oxidadon
süfra
de menna una
cuarta parte de i1u
peso, y que la@
tr.es, reducidas á
~eta, pierdan· de
su valür cuatro
reales· por carga;
pero con todo, las
setenta y. cirico•
cargas de greta:

�1

á • cuatro peRos
cuatro reales carga nos dan un
producto de trescientos treit1ta y
si'ete pesos cu8tro
reaies qüe aumentaremos al que ya,,
nos dió la plata
afinada ..•.... ,, 337. 4.

cr.

--------060. 6.

o.

Que comparado con ~t ~óst'o de las''
éien cargas de plomo, aun en Ja hipótesis del Sr. diputado, produee utta utiJrdail liquida de se&amp;enta pesos dncó rea-

le",

i.

y la: gi-anJMmá veütaja de· poder dis-"
poner el día mismo de la afinadon, de tos.'
doscientos veihtitres pesos ttil real producto· de la plata afinada. .
·
_ . Pero si el costo de fas cien cargas
de plomo no, debe pasar de trescienoos
eu_arent11 y tres pesos seis real-es como esta
demo.strado,·es it1-tfodable·que h1s setenta y
cinco' cargas, de greta que salen de la·
afin~don, solo re cuestan al minero ciento ?einte pesos c:ineo real-es, ó doce rea~s la carga; p-recio infimisimo que
ningun caso puede ofrecer perdida al em-

pres-ario.
,
Si he rwol&gt;ado hasfa
modo infundado

e

.•

que han fundido en· aichos hornos con
otros. muchos que .lo han pre~ncia&lt;lo.
En poco Ul;.lS de 181 horas al estrenar
el pritner_ horno, cuando por 1'er todo
nuevo; apenas debia empezar á echarsele metal, llevaba: ya nueve planchas de
plcnno fündid{l.s; y t&gt;..;,tre ellas una de diez
·arróbé!is,' cúando s'obrevino un incidente
qu.e entorp{;ció fa foridít ion, sin que por
entón.cf's' ntidii"!'e daT con la causa &lt;le
aquel fon&amp;meno~ Se ,tescargó, y refaccionó el homo; se puso en e·0rrieute. d
otro;,' se' prendieron ambos;- fun-tiian con
regnlarirlá.d un' corto tiempo,-· y al fin volvi~n á tener el mismo resulfaJo· qu-e d
primPro, lo que
puso en la nece~:idad
de investigar el principio imprésof d.e

err

él'

-

de 10plo á un ·horno co11 una fuerza, qnesi se quiere, puede aumentarse hasfa tres
. veces mayor que la que puede proporcionar el:metodo ant1g:10, y- que en esta' raion
puede aumentar,. fr en -efecto· atr\-rienta,
los efoctos de_ lafondid-on; lo que podran
acreditar lc,&gt;s fimdidon~s D. Ignacio' Flores,· A~apito Guzman y J~isus i\'Lmtalvo,

.

f.i evideneia~

indert-0 con que

el Sr. D., Mari~mo Santos hi i-nformade&gt;

al Supe1ior G:ohierno sobre· lo que de-

me

este mal.
. , . , .
,
Di'icurrí por la:s, cualidades de· que
podia estar dotaM. el, aire en ~quel punto elevado y monfü:tHo: por. la reververacion del m.-etal·. en" mon· á' la abundancia .de sulfüf,o de que está cargado,
y en fin- por 10,, demás medio.s que podían su~~rirme· J.á:-s poca.s idea."! químicas
que poseo; ~st~' c¡ue pede convencerme de que el' ,rrietai plomoso de Montañ:as, abundaiido como ya· he d;cllo ea
sulfuro, y ca_teciendo de UlJll base alcalina que ayude á/ su fosion, no podia por
sí mi!'imO liquarse hasta el estado·'dtr-se-

jo escpu-esto,' no l,o..- es' menos lo q..re con-'
1a misma fait-a tle respP-to,, de -rerd·ad, y
de impardalHad, dite á esa- !tJ.fJerioH- parar la grasa ó escoria dJ las nartes medad aser-uraudo que ta· baci~da· no h-t{ tálícai,;-;:y to&lt;lo junto venia pau1atina1nente á
corre!-pondid,J á nüs e!fperanza8. ni ea el formar lo que los práctico;, Hawan l&gt;an 7
modo de fundir ni eu el de afinar.· c¡ae co ó morro, que mas propiamente poel metodo antígu&lt;) es el mejor r el,que día decirse indifusion· de Jos horn.os.
· Convencido· de e~ta v-ercb.d-~ hiee·,s'u,;.
debera observarse &amp;:c. y tjue O. Ma.nuel Lopez ha sido e) descuhridor de hif' grasa de lo:s graseros antiguos de
ttn metal rt'lumhroo ~ por su ensaye· Vllla Aidama~ que partic~pa de aquella
produjo once marcos de plata por veintituatro arrobas de metal.
Para combatir todo este cúmulo de
imposturas, es, necesario partir del principio, que el autor de ellas jatnas ha vis~
fu fundir ni, afinar la hacienda construida por mi. .Esta hasta _el dia no· mueve mas quP dos barquines-, pero de conformidad coil lo que dige en mi esposi~ ·
cion de SO de Mayo· del año prócsimo
pasado; esta en· estado de mover 4, 6; 8;
ó mas, con solo aumentar Ja, potencia
dd fluido que imprime el movimiento á·

calidad fundente poi' ser de· distitlto mi-·
neral, y tan· luego com.o el metal de·
.l\fontañas se misturó con esta sustaricia,
comenzo la pq,digiosa· fundicion que se
estaba haciendo en la Hacienda cuan~
do· atentatoriamente se les quitó el agua
á las máq1iinas, y se paró· la· fundicion
por la fuerza de un documento absurdo
suscrito· por el Sr. diputado infurmante,
como heredero- del' potrero; y rjecuta-do por un comisionado de aqueHos; de
su sofa autoridad.
·Habria sido· majoi' que el e~pre~ndu

la; qu~da prilll;ip,aJ, • Cj}d&amp;· b1rq.uin .§.urte .St. (,iiputa!J1,1• p~rª i.iú'91·1µ_~r COJ.l· :1q.!_.le$

�lla circu11speccion, imparcialidad, Y· vet- . otros me~jos: que· ,Je hiciesen mas honor;
&lt;lad que requeria Ja,g1'avrdaJ del ..asun-. pero ya)e ve que el Sr. D. l\Jarü,no "aR•
to, hubiera pasado personaln1ente .á pre- tos no hizo en esto otra cosa que corsenciar los efectos ·de las máquinas; -allí responder a su amigo D. Manuel Lo-

habria vi~to quizá. l'OD asrimbro, andar ~ pez el 'l+istingui&lt;lo servicio que le hidos hornos con. la cuarta 'parte de ag-ua zo en no descubrirlo para que el dique por su metodo favorito
antiguo,. rector
fa compauia tuvie:-en notiapenas podrá andar uno, y si sabe com- cía de Ja furtiva compra que hizo de una
parar los vo_lúmenes de aire aplicables arroba diez y ocho libras de e~e misa este efecto, halla ria - tambien · la gran mo metal relumbron al barretero &lt;le la
diferencia que ha_y entre __ los qlle despi- misma negociacion Jes1.1s :Montalvo, roclen los de mi irivento, y los usados por hado por este último de_ la mina susar¡uel; pero una preparacion mal .enten- pensa y desamparada por lqs ·bellos prooida, y el cparlatanismo de un apren-. cedimicntos de e~te juez primero de paz,
diz de todo y maestro de nada, fi quien que contraviniendo directamente alos terel Sr. diputado oye ho) con· agrado por miQOS mas espresos de la ordenanza del
razrrnes que no 5on de este lugar, han ramo, no obstan.te que se le hicieron ver,hecho estar por Ja oposicion que le han sostuvo y aun sostiene su providendeclarado a la empresa, él y otros cuan- cia; siendo e:-.te uno de los menores rna~
tos, que para tirarle mas a su salvo, no les que la compañia y el público reescrupulizaron en hacer el nombramiento . sienten de iufracciones tan escandalosas
de su diputacion actual de mintria del y depresivas de la justicia mas bien pro•
modo mas nulo e ilegal.
11unciada.
Como está en rm honor y en mi deEl hecho produce ademas la últiber sati~facn al superior gobierno y al ma prueba de la suma delicadeza del
público con otras. pruebas irresistibles, Sr. diputado, a quien el superior gobiersobre todo Jo que dije en mi citada es- no cometió el grave encargo, que no sin
p_osicion de 30 de Mayo del año próc- satisfa~cion y magisteri9, desempeño en
s1mo pasado, me reservo para entonres el articulo que me ocupa ..
tra~ar mas de propósito estas materias;.
¿Podia creerse que el Sr. presiden•
para el ñn que me he propuesto por te de una diputacion de mi1'eria. tie º'-''l•
ahora, restame decir que el Sr. diputado pase á sabiendas de comprará un barrete•
informante tambieu ha faltado
la ver- ro metal robado, conociendo á este, á la midad a~egurando que D. Manuel Lopez na de donde lo estrajo y a quien pertenece1
ha sido el descubridor del metal relum- ¿Podrá este Sr. diputado ignorar, cuanbron que produjo once marcos de plata do, como, y En que casos es licito compor veinticuatro arrobas de .metal.
prar frutos a un operario de minas? que
Ni fueron once los marcos de plata, responda en el tono magistral y decisivo
sino diez y dos onza-;, ni Lopez fue el usado por el en, ese informe.
descubridor del metal. Este resulto desCuando llegue el caso de hablar de
pues que la mina estaba ya bajo mi direc- los trabajos de las min~s de .Montauas~
cion, y sus trabajos dirigi&lt;los por ella á sabrá el Superior Gobierno y el públicargo del administrador O. Francisco co cosas que por ahora no puedo meArangua. Cuaudo esta mina se agregó nos de reservar: entretanto tengan W.
á la compañia, no estaban ni trazadas Sres. editore1' la bondad Je dispensar
sus labores: para obsequiar la amistad, la molestia de su affmo. servidor q. b.
podia el Sr. diputado haberse valid&lt;&gt; de s1,. mm. -Bias Antonio de E~marriaga.

y.

o

a

~----------------------~-------,------.MONTERREY 1841.-lmprenta del gobierno á cargo del C. Froylan ..Mier.

�</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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PAG.

s

EMA.NARIO
POLITIOO
DEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic procuratio reipublicre o-erenda ést ad utilitatem eorum qui comis;i mnt
non eorum qmlms commissa e st. Cic. 1. offi/
Lo mismo que una tutoría, asi se han
de ejercer los cargos publicos: no para
utilidad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

Jueves 14 de Octubre de 1841.
1 gaciones

NuM., 41.

en que están constituidos como miemb1os de la sociedad. -Asi al menos he entendidolo yo; mas si no fuere de esta suerte, sino que
1
1 de hecho se intentó revivir leyes del tiempo de
, la federacion, es indispensable que en el acto
Cuerpo de ejército del Norte.,-General en queden anuladas y que se restablezcan las que
Gefe.-Exmo. Sr.-Algunos en .. ?1 1gos personales ecsistian hasta el momento del cámbio, mient1as
mios han enyuelt~ en las ~alummas con gue pre- otra' cosa dispone el Gobi,.rno nacional que protenden destruir m1 reputac1on, el ho~or _stn man-: visionalmente debe estar ya establecido.
cilla de eeta parte del ~uerpo &lt;le E'Jercito de f!!!
Cierto es que V. E. en ~iversos documenmando. Cuand? sus tiros venenosos se h~n di- tos publicos ha repetido sus protestas de no inrigido á s'?lo ~11 perso~a, los he desprepia_do Y •tentarse prevenir el juicio de la Nacion sobre la
guardado silencio: hoy ,os asestan contra. m1.i ho- forma de Gobierno porque se ha de rrgir; mas
nrados compañ_eros de armas, c~mt!a mis bene- no habiendo sido esto bastante para acallar la
méritos .su~ordma~os, Y debo salir a su de!ensa Y maledicencia, ruPgo á V. E. aµlique tudas sus
confunda~ a sus 1mserables . detiactores. -:-Se han fuerzas a este fin verdaderamente patriótico, por
atrevido~ pro~alar la especie de. que baJo oues• que tiende a prevenir se estravie la oµinion en
tra connivencia,, se ha restablecido en ,este J?e· los momentos criticos de nuestra regeneracion
partamento el re 91~en frderal, que fue abolido polltica.
.
·
por la voluntad una(lu~e. de los puebl~s. Y es de
Acepte V. E. los sentimientos de mi distoda necesidad de~_me_nt1r semeJante }mpostura.- tinguida consideracion y particular aprecio.
Con tan n~ble designio todo~ los Sres.. Gefe~ Y
Dios y libertad. Cuar.tel general en Monoficiales residentes en esta ~mdad, re~mdos con- terrey Octubre 9 de 184 l.-Jl1ariano Jlristce.rnigo, ~emos· acordado pubh~ar. la adJunta ma· Ecsmo. Sr. Gobernador de este Departamento.
nifestamon de nuestros sent1m1entos en asunto
tan grave y trascendental.
.
. y como estoy intimamente persuadido de Contestacion del Ecsmo. Sr. Gobernador.
que .V E. se halla identificado en ellos con nos·
otros, espero que se dignará cooperar a. desvaGobierno del Departamento de Jltuevo Leon.
necer los falsos conceµtos que los enemigos de -Con el mal! profundo sentimiento se há. en•
la union de. los mejicanos se empeñan en propa- terado el Gobierno de que los enemigos constangar, sirviendose adoptar todas las medidas que tes del reposo publico, ucupaudose mas bien de
su prudencia y buen consejo le sugieran.
las personas que de las cosas y sin calcular la
EntI-e llllas pareceme de mi deber indicar á fuerza de las circunstancias en estos remotos y
V. E. que se po&lt;lria declarar por ese super!or ~o- fronterizos pueblos, han hincado su venenoso
bierno, que cuando en el acta del pronunc1am1en- diente no solo sobre esta parte benemérita del
to.del Ayuntamiento y vecindario de esta Ciudad Cuerpo de Ejército del Norte que bajo los ausse pmviuo volvieaan por ahora a tener vigor los picio!! de V. S. supo fijar la paz enmedio de la
antiguos reglamentos de hacienda, justicia y pulí ensangrentada contienda que devastaba a estos
cia, el esplritu foe, y no debió ser otro, que el Departamentos, sino que ocupandose de su res.
hacer i entender ~l .los pueblos, que las leyes vi- peta ble persona han querido arrebatarle una glogentes hasta el dia del pronunciamiento conti- ria y unos servicios que serán tan duraderos conuan rig.iendo, pa.ra que 110 por el hecho de des-¡ mola magnánima N¡wion a quien los tiene renconecerse á las sup~emas autoridades de la na- didos en esta y otras circunstancias como las
e.ion, se entendiei:a roto todo vinculo de subor- de la presente calamitosa crisis que ocupa to~
dinacion; y. absueltos los ciudadanos de las obli- do el intt:res . nacional y escita. el ardor patrio.
NOTICIAS

DEL DEPARTAMENTO.

�'(
de los aptig,uos fler.vidnres de ·la indeRendencia.;'.li cito; y entre· f~ntQS perve.rso~ se encontraba
Ya este Gohierno con sentimiento hab-ia e_l¡l· · Feliµe Dimíthe ~uo de los principale.s caudillos
tendido que unos cuantos á quienes les intere~a · de la independeneia de aquel territ&lt;Jrio. ·
men'ls la paz puolica y el tranq1i•lo sociego de,
El &lt;'.a 1~ del p1:ócsimo pasado Setiembre
la Naci1.,n, qae SUl&gt; a ·nbicios,¡ts .inira,s. propalaba~ . lleg¡aroa
la h.acie119'l de Agua-n:ueva,, donde hi·
c•1 secreto, y aun hacian trasmitir a· la respeta- . creroi;i QO_c~e y .a las• tres y Illed;ia de la ma·
ble per~o11a de S. E, el Sr. Ae~i;~:I en .G~fe ~ana, '1el J-$, diez de ,d~ho11 ·tej:&lt;1»ú~ se hecha·
del Ejercito mejicarw, benemérito de la Patria ron sobrP la g:,iardia qne los custodiaba, dieron
D. A ntoniv L0oez: ~ ~auta~~-pn,~~ que. en es- muerte al centinela, dejaron sin esperanza de
te Departamen{o a.1 emp1/!l,),~rae la r~geoeracion vida al cabo de cuarto, hiril!ron otros dos sol·
po]1tica q11-e e,n 8 de !gosto .~· ipí~'?' w Jali~co dados y por ultimo se fugaron llevandose ocl:io
y haJo cuyas base.E esp,lic6 su adh~~ion, el Ayun- fusiles,
.
tarniento y han continuado hacien,dpl&lt;,&gt;- .los demas
Se dict1&gt;ron por estraordinario las providenpueblos que tC'ruponen el Depa1·ta,-nento á cien- cías mas energicas para perseguirlos, cubriendose
cia y paciencia de V. S. y ~!'l la ~en-emerita los puntos· principales de la frontera por donde
guarnicion que cubre ·la eiudad, se habían in· pudieran salir.
. .
-Y.Q.CJ.Vl.9 ,I,~ .9,~'\fl~ ,d,e 1-~~:4 ,qµ.e AA~~ ~AAil;:i.cJaiJ ,
~ ~i11rde ~- .~ i ! ~ §J.'!!:t ~
coujuróla :Nacion el año· de ~.36,. tan_ S-Olo pQr ._esperar~e, por~'.le el 15 del refel'ido 1SeJiembr~
qu~ al establ,,cerse una nueva adínfoistraeion' se ies dió- 'alcance· en el rincon del omTO- deJ:
lt ,fjj,~m» .&gt;'~.u.tR,mlP:i ~¡¡:~1.:i.J~ - ~ ~~~-~~~~ -~~!~r~~- ~-- @~~·~·.H- 9 ~ B · ~
su füarcha áim con el: carácter de provisionales. infünteria á las órdenes del teniente O; .enito
Cont~rnda. la Cor,stituci011 de ~6 ¡ de.scopppirl.o~ ~ . ~ togm· ~ - ~ - ~ ,
lol), :su.prelllos P ;dPre:;, era una cm,secµenc•!} pr!,Js. cuatf&lt;J n,rsten~ros¡ de in-an~ -que ~okl 1~91lcisa indicarle al G•ihierno i_uteiinq é jpc11l~l}p1e hl,'~ eºt§11ce_~. ~~ete prófugos? q••!l. á la fecha y_a_
al, p1u:?lo que q 11e_daban. v1g~11tes to.d.11,~ Jas _le¡~s, estan aprendidos, y se. encuentran en el Sarfi~e hacte~da, JUHllCla • y pobc1:1 ~ue no· fiier3,1J llo baw ~egura custodia·.
• .
,
mcompattbkt1 · con el ~uevo ordel)- r~&amp;:enrnµlq;
Di~ quq p.ol! 'tal a~tec!fflteflW 9reyo
eutenrlitud,•se éstas las ele la misma a4n!j,1istrn~ ser fusü•do; tttmó -el veneno qlle mucllo tie~pQcioo c,1yob su, re1wJs. pockres, y ba~~s se· d~scRo- cqn~t·vó en su poder, seg\lQ 11)s irif¡¡11mes dadqs
noci-an; por que en ningun caso podja iill?O~ por sus compai4(eros;. y no· obstante l6$ aucsilios
11er8e roto todo vinculo de ¡;µbordinacion,. ni me~ .de toda orase qu1t se l~ mi1tistraron, fal!r~i9 jjJ
nos decl~far•e ¡¡b,ueltos á l_os ciudfidaJlos ~e I¡~~ dia 16, dejando· escrita, la car.ta• siguiente.
o~li¡;-•r.iones con qu~ ~stan. con.fjtui!lo~ comq_
miemhJOs de la sociedad, sm estaf.llee,er la hqr;-, '
Señ&lt;irli D'éñü bifüi J9iriiithe.:,-..flgtts~ m;,
rorosa aruirqúla qu{! ha q,u·rido salvar á to~a mi primer pFision, · 8e™'71btt M ·die 1841. ~Mi
costa, el Ejército regen~1-ador.
qoePida esposa: saludo a W. wir ftltimo dicien ..
Mil documentos q_ue correµ impreso¡¡, y que d&lt;Ms procuren viYir con tfanquilidad' y que se
con el caracter oficial ha circulado este Gobier· conduzcan· como siempre se han condúctdo.
no cor:fü man el juicio que Dfü,vameu~é e~ite á
Mis hijos no tendrán qu&amp; seHdr por su pa.
V S. en esta esplicita res puesta para' desvl\-' dre, pue&amp; 110 he dejado una' mancha por ooni.;
nec¡ir las calumnias con que han· quf!ri4o de~ti- de puedan ser perjudicados, 6· mal: recibidos en:
gurar lqs mal contr~tos sus irppp-1·t;:u1t~s se¡¡vjcios. la so~iedad;
l'l. l¡J.. p.~tri&lt;1,- los a&amp;:iues noto1ios d~l b,eµiim.érito
":I'odo- lo qne me ha suoedido ha sido de;
Ejército q:1e milita. a su:; órdenes, ! fll btU~'l- cr.etado. pol' mi Oi-iado,, por mi hoftOF y l"i,t™1~
stfntido de e~tos pueblos q:ie h¡¡µ Sf!ClJJ\dadq l¡i~ y mi deber sagrado; y0 . d~el&amp;rá\: aeltos y a todo
rectas intenciones del• Ejército ¡,roclamando el et mund 9 que no he· recihido mas que un trato
plan ri,generador de Jdiisco.
dulce q1Je· me han maniféstado t0&lt;kis los "'Pji•
Cq~ lµ jt¡,pu~sto· 111e bonrn de- aonlestni su olinos ~ humanidod;. y una fit1eza de estimar.ion
nota rt:lativa de ayer, reprod11ciPndole mi sin- y apreefo, Y· pal'lieulatmente el Sr Capitán ~cha~
cenl, a1vHi!4 X,· particqlar~ tes_uetQti. ~ ~u per- fino, quien ha, sido, m¡: amíg:o y ~adre en mis tra".
~~~il·
.
bajos, y deseo' que esta' ca.r•a la guarde mi fa"
· · J?.i,o,~ Y. lihertad. ~o,~te~rey Oct;\!ln~ l(). q~ miJia, para trai:rnitirta basta, nil' altima po~te-rld&amp;d~
1~4L~M'~,~~el ll~r,iq ~ · L{g14~ ..... $r. Geller~l en .honor de este eab-alléPo,- y en dom,«ion· 4e
e" qt{~ ~el ~uerpo- qe Ej~rcHo qel N°r~,
los grandes obsequios q•1e !},; recibido d~ éJ, Y·
·
§iw· cwii~!i- Mbnterrey. Qctubre 10.· ~ti an cónmem0racicn di! uri iniie!eble·amor-y estima"
lfüH,-::~nto,wo C8r.la;,~r, s,ecret~rio-in,terino..
cion que' IJe'\IO aJ: se putero 80ft'. migo,. S! pa$lrá'ell
favor de este cali&amp;Hero una· peR"ion dé-! 000 µ68~
,,No- he· querido-· admitir un ubi-f'quio qmt
Ii':UG.!J' y "pre/iensio.n qe los JWisiooems Teja,wt genero~mente' me as,gnaba mi dt&lt;@g-raciacto amique ae ra1itia,i á ,q Qapilal ito '" República. g() Dknit.he, y hag-0 donacion qe el a sus, hi. jos.---F'raneisco Scha~no. ~~f'or, disposicion suprema cQAdnaia pal'4 ~ 0
Mi' esposa tomara todo empPiÍO' conforme·
P.I oavitan graduadu teniente· del 4. 0 regimi&amp;nto le he maniwstado- en mis anteriores• car.tas res.
de eaO)lllre.ria D. Francisco Scbanno, una ouer~ pecto· de la e.dueacion e in.sturccien• de mi" hi.
da de- U,. t, jau.os que fueron beojios prisionero&amp; •- jos,. sfn perder- un momento, Y' que sea la edÍl('l8,-.
en diveusos, éncucmtros '}Ue tuvieron a: las: in-, cion de ellus muy· esmerada
Hustrada, sieod~
meaaqioue~ de Ma.tamorQs COJ1• uopa&amp;- del e.jer-- so profls-&amp;iou la ueg,acia, y que sean remitidos a 1'0&amp;·

a

e

�163.

e iosfünciones de ,e~ooioll que I él :'JIO tie11e .@tro ol!lj~to (\iJe hacer triunfar la f9ichay en los Estados-Unidos, y baj/) de. ni~1rn don dominante, dejand{) las cosM en el rni .. rw
pretesto deben q1:l!ita.rseles suB estudi'os hasta que ó .fJB(W estado que ~nian' 4t~ooo se pr,i,ncii'ió
comµ'leten Iai ma•s est'endida &lt;ed1.Jcaci0n.
. el rnov~rniento regenerador.
Cdn _:r.t,specto af niíi.o qit,.e t!lO ha recibido
El tierre .dos obj,"tos: J-a ccmvocacion de un
el ba-11..!:lma•ffl! la l~resia Ca:toliea A.post'o!ica Ro· C&amp;l!J~reso verdaderamen'te nacio)ml que dé á }a P'itmana, ~s· pad11'1:los han' de ser el EeGmo. Sr. • tria tás in,titueiones q1ie te oonveng,tn, y fa reGenecá!I lteyes y s11 ei,:p~sa, po:r la graÑud y, m;'llcioo conl'"igll'iente á ese rrop6,ito de}· /Jf''tsoel apreci() que· wago á el, por aquella eliJ~d-uc-: na! del, gobierno, sobre cnyos dós -puntos estan
fa gilffetoa Y iuurtllal!la l!{Ue ob~ef'Vó• &lt;100 migo en: de ncuerdo-l;as junta, depa·rtame,1tales y 'las guarrni Jir~~ÍOR,• á• mi tráncito por .el Saf:tillo~ Y ~ nieiones de J,ili,co, Guam1j1ü1to, z,.,cat&lt;tiN1s, Poepond,rá de acuerdo mi fumilia cuimdo huya• b+a, Ag-u:as-Calieotes, Ciu'1adefa, Santa-Anna de
oportunidad de haieOrlo. coo el 81', General pa:. · T 11 maalipas~ esta plaza y la d~ U11h, laJ di vira lle,var· á efecto el hauti.,:mo.
sion del Escm-0. Sr. g, nnal benen1f'rito de la
Ré'stame solo, d~cirte' que yo he tomado ve-: patria D. Antonio t.opez de Santa A.nnll, y fa
neno por no· ipotler sufrir mi .situaciotr µreSf!!n~ infinidad tle cíudades, villas y hlgares que hete 'Y por JPStar se~aoodo ~ mis hijos. Conclu- 1nos noticiado se han pron11nciado, c11~',11• :1ctas
)'&lt;&gt;, ,á f)ias:- Felipe Dimitke.
hemos insertado, y seguir·émos publi a,,do, de
s~ sigue con la rnavor actividad Ja res"lec- manera que la oµini,m pública rRt,1 claramente
J
,..
espresada y se va cspresandv mas cadit dia.·.
twa' S\!tmai;ia, tanto para que aparesca tal cual
¡,Acude á esos dos objPtos inrlicacios la ini' es él desgradado suseso de Dimithe,, que Plt- ciativa á que n:os referimos, y pub icaremos mas
dj~ra ser interpétrado por los escritores de Te- adelante1 Sin temor de que se no,; co11tradiga
.ias con el innoble fin de heehar por tierra .ta c,Jn razones eonvincent&lt;'s, de1~imos qUfi nó: P,·esbi,en miYrecida reputecrOft· del Ejército de. la Rt&gt;- cinJiendo de que la ridiculez que produce la
pt)bhca, como para q,ie el ca·pitan Scbafino rts conducta del cong1eso, que se disuelv.e y r&lt;&gt;uponrla a los graveii cargos que le resultan por ue cuan.fo se le mandR, y la del podtf oonser.
1~ t:,,ga de los crirnina!e.s· d~ que· se hace mé- vadbr, que en el espacio de quincedlatJ ha:. de.
rito," los r.uales conducta baJO la mas eS t recha ciarado tres cosas diversas por voluntad de' la
rei;¡,,,n.~abil~dijd _d~ su persona Y .empleo. .
nacion, dá á tales actos mny poco ó ning-1m
Pvr d1R~?s•~1on del Sr. general. 6!) gefe ~el . t1testigio: el art. 3. o de la ini:ciativa contrnido
oueroo &lt;le eJ,erc1to del N&lt;Jrte D. Mariano Ans- á' que las elecciones para el con¡Jreso estraort~, he form!do el pre~ente estracto ~el espe- . dinario de que trata el l. o se hagan con ardiente relativo- que obra en su secretaria. .
. reglo á las l;yes vigentes, es la' prueba mas peMnut'erre~, ~ctubre 8 1841.-.Bntonw Cor- rentoria de que lo que se h~ querido es sorprender
ta-zar, secretario interino.
· á' los incaut,,s con el nomb·re de · las cosas, no
q11e se convoqmf un cong, eso q11e llaga la feli.
c1dad de' la naci.1n, µorq·1e' por mas ámpiias qu,e
H'. VERACRUZ SETIEMBRE 23 L&gt;E 1841
füe1an ías facultade( q11e éste tuviérá, si su eleccion babia de ve,ificarse ¡.,ot las o;nesora&amp; leyes
. Disuelto el· cogrPso nacional despues que vigentes,• r.l resultad .1 seria q;ie no fuera congreé'seif6• al poder eornlerv&lt;td,1r para que Jeclara,e so nacional el nombrado, si,1c1 el representante
cual era la voluntad de la nacil)n en el dia 2' de la faecion dominante, pu·es PSM leyes vigendel prensrnte mes, v,llvió á reunirse con mil tes estan calculadas para dar. preci~ament~ ese
trahajbs á insta'lcias del general Bustamente pa- resultado; que siempre han dqdo, de man.,ra que
r¡¡, que volviera a escitar al pode, conservador tod,1 lo que se aventaj.aría seria q11e víuierari
á q11e declare qne la v{)Juntad· de la nacion, no nuevos cofrades, en er1yo cámbio; quien· sabe
e, lo que dedinó el dia 2, sino q•ie se convo- si &amp;e empeoraría, st no es que ha~ia reeleccion.
tj!-'e un coug• eso estravr tín 1rio pua el d;a l. 0
Este racicionio es tanto mas fündiido cuant()
del µrócsimo enero, y qut: el g ,bierno lo desem:.. que el mismo- art. 3. o, tejos de arriplfo:t las efe·c-.
peñe un poder e¡¿cutivq compuesto de I.Js ge- ciones· admitiendo a ellas a los ci:udadarttis esnernles' Santa-Auna, B'ustarnante y Brav,1, y el cluidns por las leyes vigentes, quiere asegurar el
poder conservador asi parece lo declar6 C0IDO' t'riunfo habilitando a los esceptuad'os en el artideclarará todo cuanto se le pida ó mande si culo 7. 0 de la tercera ley constitucional. Se
en ello está imbibito su propia conservacion.
•imprimen los votos populárés,' y se añaden los
Neg,1eio es este muy singular que llama de los impedidos actualmente por sus· ocupa~iocon sobrado fundamento la- atencion de los hom 0 nes y empleos, pe1 teliecientes todos á la· facbrPs sensatos; y si hay q.nien piense que por- cion dominante: la razon de estl inconsec'Uen"
que criticamos esas medidadas,, deseamos que no e111 no puede ser otra que 1a espresadá . arriba,·
haya urt aveni:niento, antet1 de que ,;e ocurra a · y para no atcanzarla· es pnciso ser muy ciegO'.
las armas, se equivoca m11cho, porque hemos esY bien,• iqué' ¡.,rovecho resultaría á la pátria
tittló· mntflfe' tfe ft'Ctt-el'do err fa idea, del gene'- del' nombra,nieuto de un congreso Sl&gt;mejante irl
ral Simta-Amta, de evitar la efusimt de sangre, const-ituyeme de 18361. N,gun otro 1-lÍno el que s~
y tl'&amp;e-F; kts-· OOSftS- a UD J}ttttW- ~nta:j\,s&amp;' f)1tl'a dietlN'aD' unas instituciones parecidas a' las siepátria; Pero como eBa Y.P-ntaja· a la pátria I te lejes eonstitncionalés' que nos dejaran fa, seno' podia resultar del paso indicado, lo repreba : milla de la discordia, para que brotara mas alf~mos y celebramos: que se. baya retirado, porque 'la11tc y no se cortaran las .revoluciones. ¡Bol?,.,
mejores ooleg,i-os

'ª'

�164.
¡

na esperanza por cierto.; proyecto muy patriótico y li, .. ngero !
Como ~P ha dicho, y todo el mundo sah.,,
los :pronunciad"~ lo e~tan contra el personal del
gol:It'fltO, y aunque consintinan por vía de t1·an
tlacwn e11 que q11f•das1, Pn él el genernl Bustam;wte, lo q••e _seria n•uy dificil de con•H··guir;
anr,quP ~P venr1ese ese Pb,táculo casi i1we11cihle, que rlfjaria un gérmen p,,rennr, de disgu,:t0
pn~ llll lcd., y de desr,,nfümza por otro, ien
qne cahf za ci1bt' que nn triunvirato en las círc111,~ta111•iah de la republica, no ~nia el peor
de los· ma 1es _que pudir~ra ocurrirle, por que a
lo~ naturaifs mr·onveniPnte¡;
la in,tituei,m, embar-t.íZ?sa, p 1o¡,ensa á la discordia, y débil por ,
eseucrn, hay que añadirle 1011 de los elementos
d_H ;;u comµ, sicion,. en que tambiPn se ha q11ewlo sacar la ventaJa para la faccion domiuan-

º"

te1

No se ha pensado de buena fé en la felj_
c:idad de la ~•a tría al propom,r tales pro yPctns
s1110 en las cr¡nvenietl&lt;'ias pn~onales.
F.H~ ,·1,¡ e~
el mcdn ciertan,ente dt: l!f'gar a 111: r,.,eni11,ient':', en. que qu, de ob~equiu la hi ._,, ,hn ''.!d nac1onal, porque es preciso, n,,,.,,.,;1ri" =~b=,".'q,1inrla,
so pen~ de prolongar lns 11n!Ps d,-- L., m,cion y
coni!11cula a su rnira· óbie,e f'.t' '1ql:'r1a f,1., c"n
.-v
patnoueo dt·srirendin,i.,ntn, como ~i, nwre Jo ha
estudo indicando el gn,e, al Santa A 1,;1ri, y por
un, lfld_o ,e ~v1tar:'J ..-1_ 1idlculo de. esr¡¡r dando y
de, truJe1 do a cada _d~a pasos contrad1ctmios, y
por otro se _co11st·g1ma lo que la n&amp;ci,rn de.-ea,
que e~. su h1el)e~tar. AunquP un poco tarde ya,
toda v1a e~ po~ible el rem..-di&lt;J, ~i se procede
de bm:ua fe y con sincero patriotismo.
•

/

O

'

4,

( El Censor núm. 4779.)

M I ~ C b LA 1" E A.
ENVIDIA

Y

CALUMNIA,

da por el suelo y erizada de serpientes y pon-

zoñas.
Por desgracia de la humanirlad, la· envidia
es harto comun, y el h11mbre q•1e la abriga en
s~ pecho no vive un instante tranquilo: el ménto ageno se prPsenta ab,1ltadn a sus ojos, y
trabaja noche y dia por desacreditarlo, hasta que
logra sus torcid 1is y siniestros fines, armado de
la calumnia que lanza los primeros rayos que
hrrn de da, ibar el idolo contra quien se asestan.
¿Que no calumnian los humbr.,s cuando los anima la envidia y la c(,bardia? iAquién no muerden con sus dientes envenenadus1
El talento y la virtud son casi y siempre
el blanco cierto de sus tiros, y en vano oponen
é.,tos con modéstia el merito que los adorna, ó
la fama de que g"zan; la ~nvidia redobla sus
ti&gt;os, dnrama las mas negras calumnias, y logra
pnr 1rn,din de la mentira seducir las almas cré•
dulas é incautas.
Abranse las p~ginas de la hist6ria, y nos
conveucerem,)s de esta verdad. En t,.,Jas las
naci,,11ei;, en todas las épocas la t'nvidia y la
calumnia han hPrido nérñ,iamente las mas nobl,.. ,. rrpntacionr", y H.1mno, Tas", Ce!'va,,trs,
C~m•J!:'n~ y Pri nuestros d,as .By,on (cuyas ,,bias
1 cnticaron con encarnizarmentn casi I d ,., los
perió&lt;licos de I.•¡¡;laterra) son uua pru, b&gt;l dP PS•
ta vndad. ¡Cuant,, n,, sufrieron e~os ge11ios
e~ti aordinario;, d~ la ir,j •i-ticia de 1, ,., hc,mb·,·~!
T,:,d•)s murieron en medio de la may0r mist-,ia
y ab:rndor,o en su pr11p1O pais para méngua de
Btl big!o, ó e, rante., y pro,:cri:-tns en pais,;s .-strangerns. Su u11ico crimen f,.e ilustrar la nacion á q••e pt1rtP1-1Pl'i• rnn; pero d brilln de AUS
grandes taler1tns de,cnhr-ia la uulid~d &lt;le ,,us contemp?rá_ni. ,, l Ja .-u, ,rlia un vrüuna ja,u.J~ esa
superiondad ht~raria que oscurece el 1J1éát1J ngeno.
Se Continnará.

Victoria de Dnrango Setiembre 30 de 1841.

He aqui d?s palabras funestas cuyos nomEl domingo u1,timo entr6 un cstraordinario
bres piesc-ntan_ a nuestro cornzou las fragilidades
de
Chihuahua
condtwiendo la info11sta nneva de
h~manas, despiertan en el los seutimientc,s ma,
tn~tes y nos ofrecen al hombre en medio ctf- q•.f' los nlzHdos Je Tt&gt;j,;s ocupan Santa Fé &lt;le
sus miRerias arrast1 ado por un citgo im¡1uisc [1 Nnevo-MéJico, y se preparan para e,tPnder ~us
cometer las mas dtgrad:rntes y \'t'rg,,uzosas accio- \'(wqui,tas aunados con un mil indios conrnnehes.
E~ 111gn1tl,imo, ¡or lo n-i~rno, dar pronto términes, ha:ta _que sati,foctio logra él secreto podt:!' co
á la presentr revoluciiin, p,,ra v,ilar oportuque df'Jª. siempre la Vf'nganza.
namente
:1 donde nos llama el riesgo quP ama. . ¡Feliz la humanidad, si un tardlo r,ero no
ga
nuestra
nacionalidad.
11:util arre¡,entiminito llega a arra1Jcar · de su~
Es una guerra cruel y salvage la que van
OJ~S la VPnr!a fatal que lo ofus!'aba, y que cubrm
flores el i,bi~mo iÍ donde lo r,n, jaban a h3cernos esos aventureros i11giA0s. Dispon~us cwg11s y ttnibies ¡,a,i11r,e,! Cuando f.,rma gamonos a esterrninarios, arrasar&lt;do a fuego el
a los hombr1cs la divina Provirlen,,ia dnrarna j terreno que pisan para que no qnPde ui la huesob_re ellos ~us, d, ,n~~ con mas ó menos prodi- lla de sus destructoras é inmudas plantas.
( El Pigmeo.)
galidad: dP ah1 la estrnña d,fcrencia que ecsí,te er!tr_e los u11nts y los otros, porque a,i como
~e ?1~tn g1 t ri en -~~ co,t~n-bres y en les guHos é
mclu•ac1, reF~ sr _c11fernicn,n 1:11 lo~ talentos, vit·:VlONTEIW ¡.,:y :-1 ti4l.
tudts, f_1crlu, y nc¡1wza, y de esta di~riuci()n nace _pren,.a1,,e_r,~t ('c..no u1¡a COllffCLPncia nece- /
sana, la en~,dia ur:a de las mas ¡, fornes pasio- / Imprenta del Gobierno lt cargo del C.
nes Y a quien los ¡,vetas hao ¡.ii11(ado arrashYt• 1:
Froylan de .Mier.

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1

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Politico .nu.m. 41.

Por estraordinario llegado á esta ciu- gó á {al extremo de postracion ,y de
:dttd la madrugada de ante ayer, recibiú debilidad, que no le era ya posible
;el·gobier-no del Departam,ento los importan- mantener el respeto á las autoridades,
. tes documentos qite- á c-ontimtaeion se "1piun. conservar invfobhles la:s garantías ni
descansar sobre la-. ba-ses del poder ·y
.JJ.LOCUOIO.N" que dirigiú el Exmo.:Sr. de la paz. No volviamos lo, ojos sin ru~
general benemérito de la pútria D . .fln- bor á las campifias 1J13 Tejas, ni i1 hs
tonio Lopez de Santa Jlnna, presidente costas de l'-abasco y Yucatán: y eolc:.S
proi,isionfll de·la república, á la junta pérdidas presagiaban otras nUéva:;, y estos
de los representantes de fos Departarnm- graves males, la compl-eta di:-0LJ1·ion de
tos, despues de haber prestado el iura- la sociedad. La ndministracion en sí rnismento conforme al decreto relativo, el ma, y los dirnctores de la cosa pública 110 descuhrian mas que tma sob ten•
dia 9 de octubre de 1841.
dencia, y esta cr-a b &lt;le abandonar lo-s
Conciud:\danos representantes de los pueblos á •sus ,tristes destinos.
Les resbba, sin embargo, una esDepartamentos: Cuiindo en el a1io de
1834 se concibieron esperanzas de una peranza peli;,:¡;,·0-,,a; la de armarse contra
reforma radical en la sociedad, se esplicó !as instituciones y co11tra el poder, cuyo
l
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un vehemente deseo d-1 fijar como re- &lt;,escreruto aum~ntaea con ,a m1seru puglas' invariables en la administracion del blica, con reiterados gravámenes, con el
. estado, aquellos nobles principios que errado empleo de los fondos del e,;tado .
h:in constituido en t'.J(las épocas la pros- L:1nzÓ3e, -vues, fo. nacion en la carrera
eridad de las naciones. La meg-icana de las revoluciones, y e.los meses há q,1e
,
'
rnbia fluctuado hasta entonces entre los en .Jalisco se anunció una nueva éra de
escollos del despotismo y los de la anar- g-loria y &lt;le ventura, de resurreccion y•
quía; sin acertar con -€1 puerto de sal- de viJa. En los Departamei1tos del in,·adon, que en este si~lo no puede ser te-rio.:-, en esta misma capitfJI, del u.10
otro, que unn. liberta:! ilustrada y ju;;ta. al otro cxtrem:) de la república no se
Pareció que tantos deHe.ngauos y costosas escueh6 mas que una voz, no se un·
esperiencias nos hahian traido al camino nifestó mas que un interés; el de rege·
del verdadero progi'eso, sin avanzar de- nerar á los pueblos, el de asegurarles la
masiado en una seiHla rodeada de pre- libre, quieta, la pacífica posesion &lt;le su~
cipicios, ni retroreder tamooco á eda- derechos.
En los anales del munLlo apenas se
o-es las mas vergonzosas de la historia.
El nuevo ensayo de 1836, deja, al pa- menciona una revo]ucion semejante.
recer, me,norias &lt;lolorosí~imas, porque las ¡Cuánta uniformidad de _ideas y cuánta
ha cosinstituciones de aíi.o tan funesto atl'Jga- ,g enerosidad de conducta! Anenas
1
ron la voz del pueblo, enervaron sus tado el triunfo una poca de san.~re; de
fuerzas, entorp~cieron la march:J. de los esa preciosa sangre que no debe vertit~
negocios, y condenaron á los hijos de se si no es en nuestras playas ó en las
la pfttria al último envilecimiento, y los fronterns, en defensa de los sacrosantos
_precisaron á derramar en los campos derechos de 1a independencia. Los 'que
de batalla torrentes de sangre, para que fueron ayer enemigos en el carrrpo, se
s-e borrasen esas leyes que dictó la inex- abrazan hoy, y juran en la presencia del
periencia _y conservó la obstinacion.
Ser Eterno, la continuacion de esa beneEn los años que han transcurrido, esta volencia que es el carácter propio del
·
república llamada par la Providencia y sensible mexicano.
por SQS grandes elementos de poder,
Bajo dé tan felices auspicios, emá figurar entre las nacjones cultas, se prendemos una nueva marcha, sin me-- .
wnvirtió en el escarni&lt;&gt; de- tod:ls y lle- morías de lo pasado y con nobles des,:,oq

h

�para lo futuro. He venicfü desde· e1 re- &lt;Te la cámara de reptése-ntantei· se estiro que ama mi corazon, á dirijir ,este c~eron odiosas restricciones, y á la otra.,
il'tesistihle rnovimient~, sin otro de1,ignio, cámara no se le concedió facultad: mas
tiill otra aspiracion, que 1a de·- procurar que para pronirnciar mon·osíbb'o·s. Se des•
que 1la pátria; á Ja que debemos todos quició al poder judicial otorgándole la
los sacrificios, disponga de sí misma con hüciativa en las leyes, el nonibramientocntera libertad, y que desde éste t.lia se de empleados que perteneee al egecutivo.
coloque en el lindero que la utíiidad pú- Este marchaba débilmente, y embarazado•
blica ha st:fíalado entre el despotismo y en sus resoluciones que dependian de lasfo licencia: Libertad y {,rdm apetecen &lt;lel .&lt;oonsejo. Se levantó sob-re toJos_ los
los pueblos, y libertad y úrdm teudrfo; poderes el ·que se engalanó con el títufo'
Y ó hé venido á jurarlo así, ilustres re- de conservador, cuando sus facultades
pri~senta-ntes .de los Depru:t,lmentos-, J mi realmente entorpecian 1a marcha de los
juramento qu,~ Dios ha presenciado, 110 negocios, y era posible, y era probable·
fiCrá el erná11d::llo de los pueblos, cnga- que- tendiese á la ruina de la nacion. Con-fiat!o" tantas veces con ,,:mas palabras solémonos ~on la ideo &lt;le cm.e mas ú las'
y rnrnlidas -prcrnesas.
cosas que á los hombres debe atribuirse
Colocado por tercera ve;,,; en este tanto &lt;let-icontento, } que en vez de críma..,.
elevado nsiento·, qt:c es tambien un pre- u.es aparezcan solamente errores.
fir,it·ío, ofrezco romo ciudadnno, y ju-•·
¿Cuáles faer@, pues, 1o.s resui.tados't '
ro como soldado, que todo~, mis anhe- Los mas tristes y azarosos. Los ingrabs se di1igir:ín al cngrandecimi-rnto ele, tos colonos de Tejas poseyeron: impuía 1i:.H.:iun, a h, &lt;'miconlia de todos sus uemente - nuestro te!'ritorio. Tabasco y,
hijr;s, ) al establecimiento uc piincipios, Yucatán se separaron de la. union nad i~uo~ ~le! tiempo en que progresa el ci?n,~I; la gangr..ena amenazaba_) la .regé11ero numano.
pubnca en todas sus extremitla,l~s, y
¡Repre~a·ntantes del pueble.! Mi re- próxima estab,da disoludon social. .Comcono~irnieuto á vuestro ill:-cigne favcr, es br.tida l&lt;1 república por enemigos extei;::ual á 1as obiigaciones que me impo- riores, débil füé s-u 1.!t-fensa; y sin em- .
uci:,, en este .&lt;!ia de n:concilii,.tion .. y de lrnrgo de que son grande:,; sus recursos,--;
t~peranzas:.-Dije.
no fué dado imitar d denuedo heróico ,j
de otta fk: bs repúhlkas, de· América~ ·
J:l Exmo. Sr. presidente de 1a jun- Abandonado el &lt;~ército, se acercaba áta, gcnc1 al D. Jotié Ivhrí3 Torne], con- su desmoraliz,1cio11; b h;1cicnda pública,
'.é:..:c!Ó [L S. E. en e:otos térn:inos.
formada con inútiles graváwene5 al pue1: ::::u·to, (ioloro:o, 1a11H·11tablc, es el blo, pasaba á las manos de ávidos es-;.,
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&lt;1iil' ,:~; :!:-;:;~_::¡ con mano uespect:.~t
ore:,; l a eoueacrnn, e:;te pnme1..
tia un t·iucfo.thu,l,, , ; :, .;1, ;:~!o¡ Ío'.,as haza- ! elemento de la :felicidad &lt;le !os pueblos,
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Jas na~.u ruL:a 1.-&lt;,fl -i&gt;~ y eu 11) &gt;v, se . per- 1' pr-1igroso
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!as
re\"O Jucwnes:
dió la segunda esperanza d1,.; que se adop- ci,rne:1 lo· poseen como un derecho; y
tase tiNt corn~titucion eünfoi-me, con ks ú él, fü1almcI1tc, apeló la rne~icana. En:.
exigcueiu; ,;e la re-pública, y se pas:1 J,tlisco, un hijo querido de la pátria lanindü crt.!:imente de un· extrurio al otro, zi, el g-rira de saivacion: otro general i]Us. ,q;rcvec h sr l as Jetcwuts
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' 1 uesenl
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la 111s1gn-u
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la 1·1üerta·d tren--,
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Mn
1;c,
tre p1anto
galio, tano para conocer nue~tras rn::ct'.· • te Íl frente de todos los- recursos dél·
t?idadcs, co:uo"el gBnio dela.época eH.que: poder: la mayoría de las secciones cWtr,
Úl"imc:t,.
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j egéi:cito sig)iierqn tan noble impulso, y.
l1.,n bs ,repub1was rnoderr;as y en las-1 gracias al ber kterno, que hoy todo ente-·.'
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l,,uropa,
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rnonarqiiias
(,e
~e ad mite
coa10 1 to 1orma
unos m1sn10svotos, siente
unos-~,.
Aagrado el cogma de -la sobera11ía del" mismos deseos, abriga unas mismas es:.•
p1eblo. y ante él se doblegan lo~;¡' peranzas, con beneplfrcito • y rego~ij-o,.
t:etros J las coronas; Rstab:-i' reservado ck , los pL:eb}a,.;;. A su cabe,za se ha co ~'.
á un palS {le América &lt;larle instituciones 1ocado el caudillo que en Tampico y en~
que enfrtrrnset1 al picb!o y som-€tiel"ie11' Veracruz selló su~ servicios con su snn..;
la rcpresentaéion á un pesado yu~o: es-'- r.;re y riue marcha siempre pr·ecedido' de~
te pnts desgraciadamente füé el mfe~tro. la opinio11 y acoín,pz.ñado por la victoria.:,,
Si~ Yioló el 'pactd inicia·do .en lgua¡ [:lustre generai:,, en - qtJien· htfy ef?,
la, y los que bafüan com¡}rad-o el -de-¡ poder f;t"l' deposit::t, -los pueblos apetece ',
recho dé címlnda-r•1:i con- grandes- servi- órd,en ~;in uespotisrrib;- y lfüertád sin li-•
cios á la pátria,: renu-nciaron - á- la suya cencia! En. es--te siglo( de progreso, pá•f.
y ,no gaflá~n-' Q.tia~- Ifa_ fa' org~m.:~aciQ!J. ra tos g9bemantet;, 011 ~-rii.t-i,' sen:dero• e · .

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�el ·de libertad: següiu pór ellá, .y Ji 11a- Íograrlo cueiifa ·cóñ la'.-eñHttz·,c8nperacion
cion será por vuestros esfuerz.ds,. gran..i de todos los megiéanos y . muy p'arti-.
de, libre ·y. venturosa.-Dije.
cülarinenfo de lás · atifóridadés -: ':uyh .P~'l'- ·
t~iotísmo es tán . acredífati'Ó~ g¡¡a jt)'titá •
Depárl amenfal la prestará· mt'ly d'n'ida ·
.Ministerio ·de lo interior,_,;;.EI E~mo. procedie~1d~ ~in uémbrá_ á. Ja elécdón &lt;~e.'
Sr. president-e provi~ronal de fa, repú- Jt,s des md1v1du0s qu.e deben·· concurnr
blica, en conformi1h1d á la octava de las 5.· componer el constjo con arreglo-á la·
bases adoptadas en Tácubnya por el Pgér· tn:se novena de dicha acffi, l0'S cuales·,.
cito nacional, se ha servido conferir los desrn 8. E. el presideü'.te vengan á·est.'t
ministerios de relaciones interiores y ex- Capita:l con cuánta' bre,'~&lt;lad sea·· posfüle•~' ·
tJ~riores, de instruccion pública é índus- ·
Tainhiertdesea S. E; qtie Iá·repetida:'
~ria, df hacie~da y de g\ierra: y marina, aeta sea ji.mida en ese D~pattanterito~- ·
ú los Exnios. ~res. D. Manuel Gomez suprimiém!ó solo el últiíüo artict.dopor·110"·
Vedraza, Lic. Ü. Crispiniano del Casti- tener Jª oHjeto·. · . .
.
..
llo, D .. Francisco García, y g·eneral Ü;
Ofrezco á V. E. coíi este' mothro las
José Maria: Tomel;. y estarn~o· ya reco- segu'ri&lt;tades dé rni ¡j:;i.rtichlat· cdnsideradon-.
nocidas formalmente. en los Departamen- ·
tlios y libertad. Mégico Octubre 11
tos las firmas delprimno, tercero y cuar- de IH41.-G. Peilráz'a;-Eitno. Sí•. (fo'to, pone aqtií 'la SUJa el segundo, parn berna&lt;lor del De1&gt;artani€11to de. Nuevo•·
los (~fectos corre~pondientes.
Leon.
Con el mi~mo obgeto y de suprema órdeu, tengo el honor de participarlo. á V. E.
.
.J!-'Jinisterio ile esltulo. y •del des¡tatfáy~,
· Dios y,libertad. l\'légico~octubre 10 de de guerra y marina dél gobíeriiri. l.Up'/&lt;.·-el 841.~Jvaquüi lturbide.~Crispiniano dei 1no ,Je la rf'pública nié~icana:-Corres:..

Casti!to. ·
.

¡Jondencia particular::.....Palacio nacional •.
de JJ!légico á H de octiiflre _,le ·IS-41'.Exrno. Sr; gobernáclor del ·D~partáfüen~

.ft.finistefio. de relaeiónes eiterior:es é :to de Nuevo Léori.-lvU aptf!ciable atni.:.
inürior,,s.-Exmo. St...:...:...Ptir el Diar.io ¡:to y Si~.-Tet-minadidéliztnetite H guer..;
oficial de los dias S y,_9; del que corre i·a civír y estabU~cido· el gol:/ier110 supre~
que ha debido Ja recibir V. E.:: y por r:no de la rep,úl:jJica Uf!jo los :xu~picios de
d. de J ff y . l l que ahorai le acomp 9fio,. la paa y. recondlíadOn sihcera; se' ha dig.;.
' se impoudrá del (Jesen1ace que h:aa -te- mido _el Exrno. Sr .... Présiilente beneméuido las ocurrendas políticas,. dando ·pur rito de' la pátria ,f). Antonio Ldpez· de .·
res1tlt_ado el. restablec!miento _de,la paz·, Sznta- _.\1ina el{'~inne su ministro &lt;le Esy la 1w,talac10n ·de ]a Junta,de represen- tado del despacho de la guena y matantcs de los Departamentos con arregl.o rina.-Al ingresará este puesto por 'terá la 2. ~ de las b2ses adopta&lt;hs en la cela vez, me asisten las intenciones mas
af'fa de TacubaJa de 28 ·de setiembre puras ,"en favor de mis conciudadanos.
antc1ic r, CUJa corporacion ha . tlegi&lt;lo La concorcli.r y felicidad ·de todos ellos
p1:eside11te provisional ele · la República forman los sentimientos de mi corazon,
aJ· Exmo. ~r. gen('rnl de divbron be• y no deseo otra cosa que contribuir á .,.
uemlrito &lt;le la pátria D. Antonio bopez que la grán familia megicana viva en
de Santa-Anna, que ayer ha tomac.H.1,pos~- lo soeésivo unida y dichosa y que se
s-iün de la suprema magistratura, y dei:;..;., ·consoHdtr un g0biel'no capaz de resta-pues de prestor el jurr;mento debido·pro- lJtecer·-su crédito y honor.-Yo cfüfruto
nunció d &lt;liscurso ~ue tarnhfon·., es ad- nvevamente ·. el
ofrecerme á. la dispojunto, así como la contestacion del Sr. siéion de V. firmandome su servidor y
pre~idente &lt;le la espxes-ada jta1ta, general amigo. q
b. l. m.-José JU aria Tornel.
D1 José Maria Torne!, que&lt;lando en consecuencia irn-talado el f!. obierno pr.ovisional.
,:.,
/1,l(J.;\ ·1 1.,p L \/ 01 1 1JE
UCTUBRE.
Como I\IIinistro de relaciones.exte- .,1r.1.
'
.c. u:..,.z "'
riores é interiores nombrad8 por S. E.·
tengo &lt;le su órdeu· el honor de comU•'
Compatriétas: te neis· á · 1a vista el
nicar á V. E. esios sucesos para su problema cuya solucion se interpretaba
conocimiente y el de la~ auto.ri&lt;lades y tan desfavora_ble _á lo.s verd~de_ros intereses
(lemas habitantes• de ese Departamento, de .!rnestra. mf?1-tunada pa~i'Ia, ., Desapapudíendo. desde luego asegurarle que el recio el m1ster10, .Y la . nac1on a despe;
gobierno- se halla anima-do ,de los mas cho, de sus enemigos 1mplacab!es, va a ·
,i,·os t!eseos tle hacer efectiva la felici- marchar por una senda glonosa, _qye
dad de la Repúblicr,, &lt;iirigien~l o á tan-· ha sabido trazarl~ ' el génio con~1haiuteresante QiijtJQ .sus trabaje$. Paro do.r de los meg1canos. Led si no....,

ce

J.

1

�·los. brilla,ntes,,dis~ur~oi ,que :~oii'ei,,~are- política, c¡ue .maravillonmente se fjecu-

cimiento ·. reco.neJ1damqs · á. vu~stro · ilus- ta bajo los irim:ircesib1e~"- laureles dél
trado juicio, y en ~llQs ,e11contrareis con~ vencedor de Tatn.pico. ¡ Loor eterno á lo,
Bignados los pri~eros. y ~as esenciales que en el centro, y en '-la circuriferenprincipios del .derecho, púbfü~o, y :qlle 'cía de nuestra pátria, despreci rndo las
mas garantías pr~stan, ~. la~,, libertaµes mesquiqas .•Y añejas preo_cupaciones, &lt;le
pátrhs; .Repritnida la ·_licencia y enfl'.e- hombres im.bédles, y' miserable~; han sabinado -el despotismo-, sé hace brillar con I do fijar ·1a suerte de la república, propureza fa libertad raciqnal que tantp 'de-1 movieu&lt;lo sus verdaderos interesei con
seaban los hombres de buen .se,ntido. la fusion de los partidos, con la reconciliaUna noble y filantrópica Jusion tle los cion verdadera de los hijos estraviados, de
partidos, que en prolongada y sangrienta los hermanos perseguidos, de una mism.a
lucha han despedaiado. el corawn de la familia! j Ilustre general 8anta-Anna, repátria, se inic~a como t,!l prográmc,1; de una cib.e nuest;os a~radecil_llien~os por tu ~onnueva era de ventura, de progreso, y de ducta füosofica, nur¡nn1 y d1gn1 de tu 1lusesperi¡inza~; y Ja me:,,qt.Jiina política de una tracion y talentos! Y tú ~en eral Arista,
adr,uinistraci?n indolente y procáz, es a_bj_u- r¡¡rn luchan fo .con la difícil _posicion de
rada para siempre por la n1Jeva admmis, gde de un:i -frontera voleamzada por b:
tracion de nuestro, pais'. Teneis, co,npa- cruenta guerra civil, a,nenazada p'.&gt;r un
tri,ótq.s, un ministerio compuesto de hi)tn- vecino poderoso y astuto, y ~nil veces
bres los mas ilustrados de nuestra pátria, anegada en sangre, por h destructora hade los que mas popularidad disfrutan en cha del salvaje, recibe la benevolencia
nuestro suelo; su solo nombre inspira con- y la gratitud de unos pueblo-; á quiefianz,a, y sus ..11ntjg_uos servicios. rendidos nes habeis unLlo con la pátria, ,en sená la nacion, nos relevan del cargo de en- timientos nobles y generosos, habeis hecomiar su reelevante mérito, y lo que la cho inve:1cibles, procurando su union y
pátria debe esper~r &lt;le sus complica',Jas ta- su reconciliacion sincera, _v habeis iniciado
re_as, en la nue-va época de s_u regeneracion qon vuestro franco y leal proceder de
p&lt;;&gt;lítica. Teneis por fin pátria, y. el no un soldado de la pátria, la conducta conble or¡ullo que est.a dulce sem.-cion ins- ciliatoria, .Y fraternal, que para mengua,
pira en pechos ledes y generosos, os yerguenza, y oprobio eterno, de tus envihara, no lo dudamos, renunciar á todas diosos enemigos, ha venido á confirmar
la.s pretensiones exageradas, y contribuir' ·y sellar el gobierno nacional, en la épocon vuestras 1u~es, con vuestro patriotis- ca de su regeneracion política, que se
mo, y con vuestra suniision, á consumar la inició en Jalisco, y se consuqü en l'a.&amp;randiosa obra de n~tra regeneracion cubaya,-EE.

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Afo»t_erey. 1841-J&gt;OB ~ Jtl()j.JNJJ.

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, Alcance, 1841, Tomo 3, No 41, Octubre 21</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Fondo Nuevo León</text>
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                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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        <name>Antonio López de Santa Anna</name>
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        <name>Ayuntamientos</name>
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        <name>Congreso Nacional</name>
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        <name>Ejercito</name>
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        <name>Miscelánea</name>
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        <name>Régimen Federal</name>
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                    <text>16q,.
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U-.: ►.-.?

4.CL.tLWv".._;¡_....;z

V

1

:S E M, ;A .N, A R I .O
-

~

PO L·I TI O O
DEL GOBIERNO

DE

NUEVO LEON.
Ut · tutela sf~ procuratio. reipublicre ger~nda est ad utili~a~em eorum qui comiasi-sunt► ·
non eorum quibus commissa est. Cic. l. oftic•.
L~ mismo que una tutoria, asi'. 1e han- ·
d~ ~Jercer los cargos publicos: no .,..._.:
otihdad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernado$.
_

ToM.

III.

Jueves 21 de Octubre de 1841.

NuM. 42.

.Manuel .Maria de Llano.-Santiago Vidaurri, secretario interino.

GOBIERNO DE MEJICO.
Gobierno del Departamento de · Nuevo Leon. •
-Manuel Maria de .Llano' G0bernador interino
del Departamento de Nui::vo Leon, á sus habitantes hago saber: Que por la j .. nta de representante~ de !OR Departamentos se me ha comunicado por extra0rdinario con focha 9 del act,wl el acuerdo que ·sí«ue,
,,E~rmo. Sr.,-La Juuta -de los" representanf,,,; de los De'partamentos, nombrada con arre&lt;;:,., a ta segunda de las baaes acordadas en Ta~;ubr,ya el dia .28 de Set1~,ubre ultimo, ,eunida el día de hoy, con el objeto que la misma
base !'1·g11nda designa, procedió al desem¡,eño
de la atrib11cion que se le confiere, y acordó
á pluralidad absoluta de votos lo siguiente.
1. 0
,,Eh· Presidente provisional d_e la Republica el Ex,no. Sr. General, Benemérito de.
la Patria, D Aotonio Lopez de $an'ta-Anna.
2. 0
Prestara el juramento que se pr1wiene en la tercera de · dichas bases a las doce
del dia de mañana, y se encargará inmediatamente de l11s fonciones del Ej-~cutivo.
3. o Se comunicará a la µrimera autoridad .política de los Departamrntos, para que desde luego proceda a publicarlo, y a circularlo a
las de111i:1s autoridades civiles, militares y eclesiasticas.
Dad~, en el Palacio de Méjico a 9 de·. Octubre de 1841.--.José Maria Torne!, presidente de la junta de representantes.-José Miguel
Arroyo, representante secretario.--José Lazaro Villamil, representante secretario.--,Lo que
tenemos el honor de comunicar á V. E. para
}os fines consiguientes."
y para que llegue a noticia de, toáos, mando se publique por bando en esta Capital, y en
las demás ciúdadP;;, villas y lngarés de la com-1
prension de este Departamento, fijandose en los
parages acostumbra&lt;los, y circulandose a quienes
,eorresponda.
. Monterrey 18 de Oct1,1bre de 1841.r-

¡

MINISTERIO DE LO INTERIOR.
• Escmo. Sr.-EI Escm~. Sr. Presidente pre ..
visiona! de la Repiiblica, en collformi,bd á li:
octava· d~. las bases adoptadas en Tacub::iva por
el Eje• cito Nacional, se ha servido conf;,rir los
Mi ,i~terio• de Rdacione111 Interiores y Ext~rior.,s, d.- lns•ruccion publica é Ladustria, de Hacienda y de Guerra y Marina, á los ERcmos.
Sres. D. Manuel Gomez Pedraza, Lic. D. Crispiniano del Castillo, D. l&lt;'rancisco Garcia; y Genrral D. José Ma1ia Torne!; y estando ya reconocida~ formalmente en los Departamentos las
firmas del µ1imno, tercero y cuarto, pone aqni
la suya el segundo para los efectos correspondientes.
' Con el mis.roo objeto y de suprema órden,
tengo el honor dt&gt; participarlo a V. E.
Di ,s y !ibt&gt;rtad. . Méjico, Octubre 1O de
1841.-Joaquin de Iturbide -8sc1nr). Sr. Gobernador del D~partameuto de N,wvo Leon,

LISTJJ. de los Sres. r~pl'esenta.me, de los Depm:. :
tarnentos, nombrados por el Ecsn!º· Sr Gene- ·
ral en Gefe del ·Ejército de operaciones, con arreglo .. á la segunda de las bases adtiptadas en
Tacubáya el dia · 28 dé 'Setiembre de 1841.
DEPARTAMENTO DE AGUASGALIENTES
El Sr. D. Tomás LopPz Pimentel. El Sr.
SCapitan D. Fernando Palacios, propietarios. El
r. Corouel D. José Rmcon Gallardo, suplente.
CALIFORNIA.

:El Sr. General D. José Mariano Monterde. El
Sr. D Anc!res Ct1stil}o, propietarios. El sr.
O. José Maria .l\fota, suplente.

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_( ~j CO.i'i'IUIL.:

1.,

1;

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El si-.
José Maria VÍe?ca. Ef' Escmo:
sr. General D. Melchor Mu~·•• pr,pietsrio
El sr. D. Andrea Vareta, suplélte. '.

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Lic.

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Pedr♦, IM:1z

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deJBlbilla. 1flllfente.

~TA~

SAN LUIS POTOSI.
Ef-; E~lrit)\ 1:. sr!l 1 OetferáPDfi-™'61\fgnacio
Gu-~~~r G'obifm·fü1b1"M~1Jét,9Walt'itinffl' ti\! TaEl sr. Dt. D. Luis Gordoa. El sr. D. Anba~~&lt;' Er:,'.sii.. ·O/ J ~~ •Mif+tif·1Jl.aW.~;1propietal'l08l fli"Sf. Dt•· F'raMisee-tJmtllt,A~ui, su, tonio Maria Esnaurrizar, propietarios. _ El sr. O..
Marcos Barragán, suplente.

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CIÜAP.AS,,

SONORA.

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Dr• I~~ Bt•,sY"I"· - ., . Bl'!lt1P1,
al ~p._11..,.-0,■ri, Cer4•u
Juatt. Batrell; propietarios.,. El Sri Lic. D. José ,Jl sn Coronel D., Jose Caballero, propi~tarios.
Ml~iií' Lariaihzar, suplente.
_Et sr.. D! 'lgiílicíi&gt;" Zuñiga, suplellte,
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DURANGO,

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El sr)t DHL~ Thd~" &amp;ifiSl'f~FiToPJatna,R D.. Guadpalupbel V1cto~m .. El sEr. L1c.
~m,,-~~.ptopietaa:illio.: ftsr:.D~'l~&lt;:iQ,
1 sr. 0 e- Ifi t
uan Ot1riguez ua a, -prop1etart0s.
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neral D. Manuel_ Andrade, suplente.
ar et sup . · ·

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GUANAJUATO.

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P.alaom~-.suplente-.
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(}aray,., wopietaflos,. Et sr. Lia.: D, t
Manu~I• ·Zo»aya» Btirmltdes, ,suplente. .

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El''~im,. ·sr. Génertd, D.1 Jose,:Maria:,To'l-t
l\fendivit; Él' sr.. Lic. D; Imaro ViUaEl ·sr. Magistrado de la, suprema Corte. de lmiJf propreta,ios: Er sr, Gene-ra~,i),;¡ Josér,1-itJusffcia, Üc:
José· S~er'O Cá81:añeda.· El' sr. cio ·BliHdte;• suptéott.'

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sr. D: Evansto Bamndiarán,. supÍente.
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sr:·n:. Jhsé Miíñi&gt;f Cano, prbpié'tatfo~; 1?1. sr. :Justicia,i O~ José Míuia Bocanegra. . El sr. Ljc.
Capitan D. Antonio Gris. suplente.
D. Antonio Escoto, propietarios. J!l• st: D. Pe..
dro, R:amirea,., SUf!leute; _

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r.ado • y .. fs~bernadqr _de.Z .. Depq,r[amer¡to, ,de ,Mt;JJ.tº· cápital del: Ecsm~. Sr. g~1,1era'I. S~nta,.;. Annll',. coni.: ·.
. · .
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. . . · I fluyen M. este· 1n9do.' · .·
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_L~s _sres. s:cre~1o'S de la JU~t~ dEL rerre: j :·
·~A~i . texm\n9,'.,!ur.i,~)~&lt;;hª .q1\~¡pre~~x~~~,,,n'1~·
se,ntantes del- l&lt;R .J~.r:ir~mfntos?.• &lt;l~TT:; f~~~a de: f8aS días de luto a la patria, as, se ha,n pons:el'~
a5er me !ian dirtt,;do,, 1~: C\'.)ffiU'91,C,l'l,9fvp'.s1¡we11l!lr, yac:!~ mu~h~s __ bv~z.os .cr~e p~edrn 'rescatar con:
1
, ,,~cs~o. Sr.i:-El ~csmo. St. ~~~s1den~e dí! la, .g1ona su. tert?1tor10, usu.-pa&lt;to, y: as1, se · h\" -dado
repubri~ presta~¡¡ el J~ramento bªJte~ta fqJn\\lla:.: f.i'i eJempto '. de· coriciliacibn tior lbs g,uetrero¡, me-":
l.
¿~ura1s a_ Dios. des,em)?e~ar. el,: el}cª!r JifaMsj digno d·e- imitarse por' el fe~to ;de sus
g_o · qtl.e se os ._confia,, !1ac1end~. e! b1tln
la.. ,n~:-; .¡::l;&gt;m.patriotas. ¡,Ojalá · llegúra este· dia, m1 dec10n Y reorgamz~?10' a·1~ regubJjca. eg tqdo~Jos reado! Entonces podria asegurarse qtle· · ecsisrames ~e. s~ adm1 111strac1on1 ·
. .
. .
Jian· fu~rza,. abundaacia, y; f1;l.ieidad en. la repu2.
En el acto de la., pos~s,on .. q11~ ,, el b4ica/' ,
Escmo. Sr; D.· Antonio Lo¡;ez de S~nta-Abni\
'
·
debe tomar de la presi~enda . dé lá, republfcá,;_, ,
, ,,~Q}~~.I.J\\TI,M~W~!lifél,e at#,í;i11~1li,JldlW~f,, f9º._,
se observará en lo p9s1ble el _regl~me.nt?;de 39 _4a h:~11ul_cil!d. q~ Dij!I C~ff)Pt~~,~~., qq;•L la_;, cP.:-;de Marzo. de 829 y, la ley .de 3Q del ~istpo :/'.!1un1cac~fln.. deJ E.~m~,. Sr,., g~neral
n~mi=;pto,
mes de. 1836, ocupando el go~rnac}or y JtJnta ¡de la pa~na D. A,ntOJ)IO 'Cppéz,, d'1, Sa1~ta~Anna
dt:partamentál el lugar que sigilé de las comisio- ·qiie pubhcam0s ayer, en q'1e provocp el ave•
IIP&amp; de esta juntq y de la córte de justicia, cunimieuto del ejflrcito m!'jicano, · h¡i cubierto á
yos presidentes se colocarán á la derecha é iz S. E. de verdadera gloria, porque hta se a~-.
quierc)a, del de la repul:iUca., p~r .el.n1jsm9 ór,d~.n quiere venciendo con la ~azoo y no con. las
indk:ado.
armas. Un triunfo alca11zado sin efúsion de"sanDado en el palacio.. rle .:M~jico á 9 de Oc- gre, es todo de. bien pata la. pátra, y oé ho.a
tubre de 1841.-José .Mária Tornel, presidente nor para los valientes que prodamaton' paz, lede la junta de representantes.-José Jl.fi~nel .tlr- van tanda un altar, en cuyas aras quetó · e:xti,n"royo, representante secretario.-Jos.é L. Villamil, g11ida la asoladora guerra civii: por! tan f&lt;'lii,
representante secretario."
·
acontécimiento nos congr·atulamos con lá ir1f6r1..
y. para que llegue noticia de todos man- :tunada Méjico, y, damos: el mas cordial parabien ·
do se publique por bandq en esta Capital, y en I ñ S: E. 'el' general Santá• A;'nn'a: en este e pila~ d~mas ciudades, villas y lugares de la com-1 ·sodio no .. lleva_mi)s ~tto. ~n,',jtl~, tritwtar un home 7
prens,on de este Departamento, fiJtlndose en los 1,nage deo1do a la JUst1c1á ·
·
· · ·
· ·
parajes acostumbrados y circUiándose á quien1os
Al hab-tai de ta• etecdon de. presid~te procone~ponda. Dado en Méjico á 10 de Octu- i'Y_isional de
republica haceti e~as,"i'riipottantl7.
hre de 1841.-Litis Gon,zaga Vieyra . .....,P¡0r au- simas retlex10nes:
· ·
'
sencia del Sr. secrttario, Joar¡uin Noriega., ofi- 1
S
d"l
·
·
·
cial ¡:irimero.
.
,e sa 00
, por una ~ or&lt;;&gt;sa e~-per1eD(}ta, que.,
, Jos males ®
que adoleci, la nac1on, no reoo;.
~~~~~~~!'!!!!!!~!!!!!!!!!!!!!!~-~!!!!!!'!!!!!!!!!!!'!!'!!!!!--!!!!• , nocen o~ro. origen q~e
de nue_st,ras &lt;lvisiones~
1
MEJICO OCTUBRE
DE IS4L
¡
De
cons1gu1ente,
el
rJtCut1.vo
prov1810nal debe de10
1 ·sempeñarlo una persona que penetrada de aque: !la verdarl, este dec;dida a extinguir ese germen.
La eleccion de presidente hecha en la per- ! maligno 1 por medio de prudente'!• medidas,. que;
sona ilustre del General Santa-Anna, va á a~egu- consultadas por la sabicJuria,. den. por resultado
rar el triunfo de la pa:t y del órden, asl· co-· r la union perfecta de: todos los n1ejjcan0s... _;\',lla-·
1no
garantizar á la nacion el cumplimiento del nado este tropiezo, ya no serú dificil establecer
plan que jmó sostener á la ~za. ~ ej_é.rc.,i- ¡i cuanto se qu~ra en todQs los ramos• de la ad,.;.
to mejicano: la voluntad de los lJepartumentos, 1 mistracion publica, Un esplritu couciliador,. un.
manif- stada en un congreso libremente elegido,,, génio de paz y de concordia,. es el que ,no_s:
cnenta con su sosten y con su apoyo, y se verá I conviene en la presente crisis, l,..a union bar~.
obsequiada dignamente.
j Io demas,"
El valiente general qu~ supo sp~tener la in(El Diario ~íun. ~,302'.JI;.

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ei

�168.

.1\1 I S .C E LA N E A.
ENVIDIA Y CALUMNIA.

(Concluye.)

ne su modestia y su recogimiento: aquellas perturban su tranquilidad, emponzoñan su vida, y
no descansan hasta que destruyen el objeto de
su odio! ¡Tal es la malignidad humana!
Es tan cierto lo que escribimos, cuanto que
creemos por fortuna ·que no se nos tachará de
ecsagerados, y de propósito no hemos querido
recargar las tintas de nuestro cuadro, para que
no se nos acuse de haber pintado con los colores mas nPgros la en'Qidia y la calumnia.
Eflas ecsisten por deegracia, y ecsistirán
mientras haya hombres, mientras ~tos no sean
iguales, porque donde quiera que brille el mérito ó la superioridad, aguzarán sus dientes ponsoñosos y asestaráa sus golpes hasta del'Jibar al
desgraciado que recibió alguu don de la naturaleza.
De~gracia por cierto es de la humanidad que
formados los hombres para amarse, han de vivir en una pugna continua, desunidos y enemistados por principios, por intereses y por emulacion, sin tener en cuenta que la rapidez de la
vida, y los largos padecimientos que 11ufrimo,i en
ella, y mas que todo los principios de nuestra
santa religion, toda moral, toda virtud nos deben.
inspirar ideas de paz, tolerancia y filantro¡,ia para que hermanados, y sirviéndonos mutuamente, llenemos nuestra corta mision sobre la tir,rra.
Aprendamos a ser cautos y preve11idos, cerremos los oidos a los tiros de la malignidad, y
por estos medios, lograrémos neutralizar los terribles y funestos efectos de las dos pasiones mas
infame·s que persiguen al talento y a la virtud,
la calumnia y la envidia.--,,/11. de C. y C.

Jlonibres oscuros sin talento ni instruccion, de.
varados de envidia, hieren al escritor que ha sabido grangearse popularidad á fuerza ?e tr~bajo,
leen y releen sus obras, . pasan en silenc10 sus
bell~as, y se encarniza_n con un leve def~cto ~e
qut , no esta escenta n~nguna obra dd !ngem_o
humano, lo hacen pubhco, y una falta ms1gmficante los .anima á hmzar contra la obra un
Jallo viagistrttl; pero
fuerza de os?urecerla le
dan n,ayor realce, porque nuestro siglo demasiado ilustrado sabe distinguir el verdadero mérito lo sabe recompensar y sabe condenar al
dfsptecio esas criticas que siempre tienen un ori.
gen innoble.
Tan cierto es ésto que uno de nuestros esditores ha dicho que Homero no hubiera tenido hoy que mendigar el pan para alimentarse,
porque el publico de todos los paises es el mejor Mr.cenas.
El ilustre Cervantes icuánto no sufrió por
la infame ojeriza de algunos inicuos contempor¡¡neoti? ¡,Qué le valió el mérit~ éstraordinario
de ~u célebre Q"ij0fo? Nada.-Se desatendió su
valor literario, se cerraron los ojos á sus desg• acias, y lf'jos. de encontrar una mano piadosa
que ca1u,ara ,u iufortunio, no halló sino hombres
llenos de b11jas pasiones que lo persigtiieron has( Diario de la Ilctbana.)
ta que la muerte dió fin á sus largos infortunios.
Si del mundo literario, campo donde frecuentemente ejercen la envidia y la calumuia su
funestv influjo, ¡.,asamos á la vida privada, no
son menos terribles y trasce11dP.ntaies sus golpes.
Todo se critica, todo se censura, hombres ~in
S:· D. Justice y J. IL,mmell, P:!ojt&gt;ros, pfotolerancia lanzan toda la hiel en los sarcasmos
que asestan a las personas mas virtuosas. Ni ¡i teros, armeros, doradores y maquinistas, ofic •"
ei amor, ui la amistad se respetan cuando nos 'i
..
. .
.
anima la envidia. Bástale 3 una per~ona ser [¡ ceu sus sernc1os al publico en los d1fereutt;~
º?jeto del cariño de otra, y blanco de los el?- ramos de industria v artes q•ie poseen, comprogios a que se ha hecho acreedor por su me•
r1tG, para que. algunas almas venales, y perver- ! meliendose á componer toda espec;e deiustrusas que se vn1den en su presencia por sus mas i'¡
f •
,
ciace
y á .1bncar (O!,a
•ª
1ntimos amigos, traten por los medios mas sinies- 1¡! mentas de rrúsica
'
, '
tros de lastimar su reputacion .calumniándolo, con i de muebles fü10s de madera. Yiven en la l.""'
el fin de ll'grar con un manejo tan vergonzoso, ¡i
Jes1r11ir el prestigio que éste gozaba.
¡; calle de Morelos en la casa del finado D. Jo¡Hasta_ l~s ac~iuncs 1:rias inocentes_ ~e la vi- 1 ~é Maria Sada.
da son mahc10sas a los ('Jºs de la env1dm y la
calumnia. Al qi;e cmnp1e con los preceptos de
1a amistan lo pintan bajo un fabo colrnido; si i:
;\lONTERREY:-1541.
hace lo contrario, se le acusa de falto de de- t,¡
licadeza, de orgulloso y altanero. ¡Cuantos mar.\¡ _ _ _ _ __.__ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __

a

!\

1

tinos no sufre la virtud de los combinados ata· ques de la calumnia y la envidia! Duerme tran.
quila en el ~euo de su inoc1:nria, mientras que
a~11ellas velan con siniestros fims, lastim:m su
réputacion, le arrancan las lág1 imas dt 1 i11fortunio y .el dolor, y gr,zan el mas puro de los pla~en:s en los martirios que sufre. En n1no opc-

¡'.

r' ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡;:;;:;;¡¡¡¡¡¡¡;¡¡.;¡¡¡¡¡¡..;;;¡¡;¡;¡;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;.,;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;¡¡;
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lmpr1:uta del úolnento á cargo de
Froylan de .Mier.

¡1

l -·-.:· ::.:·::::::--:::;···:::-·=========

�Df:L LIC., CAN1lLES,
contra los eiiemigo.fJ -del repnso publico de estos
Departamentos.
T,

IEMPO ha, pero mas fuertemente
en estos días, se ha hecho correr la
por mis enemigos, que yo abusando
del carfüo que me dispe~1san los habitantes de estos Departamentos, tr;_o.to
de comprometerlos en una nueva reyolucion proclamando su independen,i"
de la gran familia megicana.· ¡Insensatos!
yo los perdono, y aun guardaria silencio sobre tan · calumniosas como criminales especies, ·si no calculara sus
iendencias, y los núevos males en que
por· &lt;les.pecho pretenden undirnos, Me
creo por tanto 'en obligacion de hacer
á mis conciudadapos una franca } sincera manifostacion de mis principios
para que n;i.die se equivoque sabiendo
1o que pienso sobre este particular. Mis
()piniones son tan libres como firmes:
:hi el ttmor, · ni los halagos pudieron
jamns cambiarlas: ·el amor a mi pátria
es lo único á que alguna vez he sabido sacrificarlas. - .Afortunadamente ya
todos me conocen y saben que no sé
decir mas que lo que siento.
Federalista por principios, y no
por adhesion á las personas que figura·
ron en aquella época, ni menos por
adquirir emplPos, pues mi trabajo me
ha proporcionado siempre con que 'des-

vo~

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1

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cruel de Bustamante La elec.cion no podia ser dudosa. Marcho á Tejas y enton0es viendo que en nada me auxiliaban los
federaiistas del interior, me ocurrió la
idea de independer á estos Departamentos del resto de la república: propóngola
á alg-unos estrangeros, y no solo la ar)l'obarou sino ql.le la adoptaron con entusiasmo ofreciendome sus personas y cuantiosas sumas para llevarla á efecto. 1'1 as solo
esto bastó para hacerme desistir del proyecto porque conocí que su gozo procedia de que mientras mas partes se hicieran de la. República, eran mas débiles, y
por consiguiente II\ªs pronto y con· mas
facilidad podian hacerse de ellas los te_:
janos. Pocos hay que no estén al tanto de su ambidon. ¿Y como podíamos
ser nosotros los que baj~ este medio
abrieramos el c·amino para que oos dominaran nuestro8&gt;t_mas implacab]es enemigos1 ¡Qué! ¿no hemos presenciado el
modo inicuo con que. son tratados los desgraciados megicanos que por ·necesidad
viven entre ellos1 ¿Y querriamos correr esta misma suerte1 Horroriza solo el pensarlo. Pues á este y á otros
infinitos y graves inconvenientés nos espondriamos evidentemente proclamando
~sa Independencia, pues mientras por el

ta, general en gefe del cuerpo de egér,
cito del N·orte á quien suponen adu:
nado conmigo para llevar al cabo tan
cescabellado proyecto, y hacerse de la
interesantísima autoridad que egerce.
Envidiosos del amor y confianza que
há sabido grangearse en estos Deparfamentos con su política franca, hoñ~
rada y ~lantrópica, no cesan de emponzoñar sus dias, ya atribuyendole
desgracias que solo Dios podia haber
evitado, ya suponiendole .connivencias
conmigo para causar males á la república.· ¡Miserables! Sus fines son bastantemente conociJos: ellos son los que
desean· nuevas convuhdones para· vengarse y salir del polvo á que el ge'.:.
neral movimiento los tiene actualmen,
te reducirlos. .Porque conocen que h
r ,emosion del Sr. general Arista, produciría desconfianzas en nuestras
blaciones, y seria tal vez la :~eña d1::
alarma para ellas, la promueven ·ince,
santemente haciendo que el supremG
gobierno desconfie de un g,·fe que ·supo v ha sabido con su pruJente conducfa, afianzar la paz en esta interesante par1e de la república y convert;_ir el ardnr guerrero de · ~stos habitantr&gt;s. Pn hPnPfirin Ni:&gt; .,n., ...;..;~...... n , u.. o

·ro-

�ha "proporcionado siempre con que 'des- ~sa Indep~~de~-~i;·.-p~·;;··~¡'entras por el t~ntes, en jben~ficio de ;Úa tfi_¡~~a, -y;u~~

qimadameute ,·subsistir, combatí cuanto Sur · estubieramos empeñados en la lu- sm costo •. alguno ha mantemdo · en to•
pude á la · admi11istracion del general cha con las tropas del gobierno. nues_- do este a9.b sobre la línea-· del NorBrn,tamaute:, ~os 11ños le sostuve una tros malos vec~nos por el Norte ' nos te mas de 700 hombres de los.mismos i
guerra de!-ilgual, pues por su parte es- harian 'una guena desoladora y de ester- quienes antes combatia, y quienes poi
los inmensof, · recurs?s de la R~ minio para aumentar el desierto ~ue este servi6o muy lejos de quejarse come
pubhca, 1. nando por la mia no podrn , no~ separa de eHos, y con menos ries- otros lo r acen sin haber pue:-.to nacontar con uri solo peso. El egército ?;O poderse acercar al río Bravo sin el da de su parte, no cesan &lt;le bendedel Norte tres veces repuesto obraba dique de las poblaciones que hoy lo cir lil mano (]1lC ha conciliado sus exigencias con la opresion _y ~~Janctonc
activamente sobre mí: su disciplina, y ¡ cubren.
•
. . l en que antes 'ws tuvo·.·l a pala pe•·iria &lt;le sus generales y gefes le 1 · Pero alln hay mas. ¿Para dónde crrnnnn
daban conocidas é indudables ventaj&amp;s ! tendrian espéndio los productos de sada administracion.-Los 'habitantei
capaces de hace~me. abandon?.r la em- ¡ nuestra ,agricultura y cría ('.e gana&lt;!os de la frontera no' llonn por las ho~ti~
presa, pues casi siempre era der- 1 una vez separados de la umon · nacio- lidades de los iuclios y los colonos qut
rotado; pero la llevaba adelante por' na!? ¿Los efectos introducidos por nues- casi todo el auo han repelido: no pi
~-ne '1"s_eab~ an,te~ morir que c?ntinuar tros · puertos, dowle s~ consumiría?? den armas ni munüjones 'porque ello'l
1
.
l as; . 'atn"b uyer
1
, !e1!;,n a
mi m1tna ht;"h:-i la burla y ¿Tan escasos de pobla!~W,l como estan ~:a b en proporcionarse
l"i::J _¡u,.:·• ,et~ &lt;le las N ac10nes estrange- estos Departamentos dónde enco11tra- al general Arista estas incursiones poi
ra~. ,. Cuando ya_ no quedaban mas fo- riamos hombres para mantener tre:-1 égér- que e,.;t[m persuadidos del ''orígen dt
?er~a~ta;.. ar rnados qu: los que · trahia citos, uno para contener á lo,; bárbaros, :lonJe p_ror'.e~en, y no tienen ningur
a -¡ms cr, :enes, conoci que _no eramos otro para oponer á · Jos a'1ance~ de los mteres wr:ob1e.
Mi 1-.incera amistad con el Sr. genosctrus Jos que, s?,los pod1amos ha- colonos y otro para cubrir la lmea d~l
cer que la Repubbca adoptase la for- interior?-Si estas refltcciones me h1- neral Arista h::i herido · e) corn:wn ~ dt
rna de gobiernu sancionada en IS24, y cieron en la revolucion abanclonar y cie~tos ho~b~·es qu~ como plant3:s pa
en Enero ele 840. · nos · proimnciamos abjurar tal idea &lt;le Independencia, cuan- raslt~s, nece~1tan :n·nmarse a otros paen Casas BJancas por el llamamiento, do para salvarme y salvar á los que ra figmar, y la glosan de mil mane~e una convencion nacional, que cons- me acompañaban ctel peligro que nos ras uiferenJes no porque yo se lo:~ es
Utuyera á la Nacion del modo que fue- amenazaba podia agarrarme hasta de torve, sino porque sus chis:nes y espíno puede pr,ducir
se mas· corffeniente.
brasas ardiendo ¿podria ado¡A.arla ah,o- ritu vencr;itivo,
~
,,
. lo:
Esta medida salvadora que hoy ha ra disfrutando de tanto conte1Jto y se- efectos que desean. De aqu1 rr:ov1ern
sido tan genera~mente adoptada, en na- guridad? ¿Babia de contribuir bajo es- su encono Ítcia mí y' el general er
da alivió entonces nuestras aflicciones, ie ó cualquiera otro aspecto á que no gf'fe: este es el orígen de 'sus calum
las cmles hacian subir d~ pu,nto las ~e efectuase la reo-eneracion de la re- nias, y la abrnadora llama que los conmiserias que de dia en día eran ma- púb]ica po:rque ta~to ansiaha? ¿Era es- sume, y no los deja conocer ni lo qrn
yores._ y s~lo nos servia _d~ . cons~elo te el modo de haéerla poderosa .r:.res- h?cen, ni lo que dicen; mas ya se aca
la s~tis[acc101!
haber rnICiado a la petable? ¿Era· el medio~ de auxrnarla bó el tiempo de los engauos: las pa•
Repubhca la umca tabla que le queda- para que sus águilas marcharán orgullo- sadas revoluciones han dado 5. conocei
ba para salvarse del naufragio que la ame• sas · á Tejas á vengarse del agravio á los hombres; y los puramente chis
nazaba. A poco fué la aceion de Mo- que un capricho de '1a suerte, les pro- mosos y patrioteros podian ya metenH
relos, &lt;londe derrotados y batidos com- dujo? Puedo aseO"urar que los que se en. donde para bien de la repúblíc:
p!etam 1 ·nte tuve necesid~d de ir á reu- complacen en propagar tales especies, ni nunca j¡¡,mas los vieramos.
n_1r los resto~ de mis fuerzas sobre el ellos mismos las creen; pero lo hacen, no
Estas son mis afecciones y principios
r10 de las 1'-u~c.es. Para mant~nerlas, para perjurlicarme á mí, p~es afortu- la prosperidad y gloria de mi pátri:
a.rm~rlas, murn, 10narlas y eqmparlas, nada mente mi buena reputac10n no pen- todo mi &lt;lese:J.
1:ra prf'ciso, ó recurrir á los Tejanos, ó de de sus víperinas Jeno-uas,
sino pal\fon_terey octubre 2-í de 1841.
0
entregarse en n:ianos de la adminístracion ra desprestigiar al Sr. D. .lV!ariano Aris- LIC. C/1..N.dLES.

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lJ't:1.PRESO POR F, .l'r10LlN"1.,

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                  <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 42, Octubre 21</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>169.

s

EMANARIO
POLITIOO

DEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela s_i~ procuratio . reipublicai gerenda est ad utilitatem eorum qui comissi sunt
non eorum quibus commissa est. Cic. l. offic:
Lo mismo que una tutoria, asi se han
de ejercer los cargos publicos: no para
utilidad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

ToM. III.

Jueves 28 de Octubre de 1841.

GOBIERNO GEI\¡ERAL,
MINISTERlO DE Rl!:LACIONES
EXTERIORES Y

GOBERNACION.

NIJM,

43.

blo con las ct1remonias acostumbradas la acta
proclamada · en Tacubaya por el ejército nacional el 28 de Setiembre ultimo, exceptuandose la
i)ltima de sus bases por no tener ya objeto, cuyo
documento no se le remite a V. por habersele
qirculado ya impreso anteriormente. El juralbento se prestará con arreglo
la fórmula siguiente.
"¿Jurais
Dios guardar
hacer guardar
la acta de rfsgeneracion politica proclamada en
Tacubay3 por el Ejército mejicano el 28 de Se ..
tiembre último7-Si juro.-Si así lo hiciereis,
Dios os premie y si no os lo demande."
Los pre8identes de los Ayuntamientos otor..
garán el juramento de que habla esta circular
en manos de sus respectivos secrl:'tarios reunido
el cuerpo, y en seguida lo tomarán á todos sus
miembros. Los Jueces de paz se tomarán mutuamente el anterior juramento. Donde no haya mas que un solo ju, z éste ocurrirá a jurar ante la autoridad del lugar mas inmediato
su residencia.
Los empleados publico~ de la Capital ocurrirán a jurar ante el Gobierno el domingo inmediato a las 11 de la mañana.
Todo lo que de órden del .l&lt;~scmo. Sr. Go ..
bernador comunico a V. para su mas esacto
cumplimiento, acompañandole impresos los do·
cumentos que manifiestan el feliz desenlace que
han tenido las ocurrencias politicas, dando por
rfü,ultado la paz y reconciliacion de los meji-

a

Exmo. Sr.-Durante las circunstancias v
suceso!' que acaban de terminar, se han sepa•
rado de sus destinos algunos señores gobernadores y otras autoridades pollticas, abandonando
los pueblos, cuando mas demandaban su pre·
sencia, y era esta mas necesaria para llenar sus
respectivas obligaciones, atendidas las exigencias
de .aq11ellos: otras autoridades han observado una
conducta agena a su instituto, y han contrariado abiertamente la voluntad de la naciun en la
pre~ente crisis. Unas y otras no ti.-nen ningun
tHulo ni derecho a io,ver á sus puestos; y q.,eriendo el Exmo. Sr. presid ·nte provisional que
estos sean desempeñados por persona~ de con·
fianza, dispone, que ó bien por las juntas departamentales ó por otro modo legal, se formen
y remitan á S. E. las ternas para llenar las
vacantes de los gobernadores, los cuales nomb1 arán empleados que asl mismo merezcan su
confianza.
Dios y libertad. Méjico Octubre 12 de 1841.
'.'."" G. Pedrazu.
·Es rópia. Méjico Octnbre 12 de 1841.~
Ortiz .lJfonasterio. -Se circuló a los Ecsmos. Sres.
canos.
gobernadureR de lus Departamentos.
Dios y libertad. l\lf)nterrey 22 de Octubre
de 1841. -Santiago Vidaurri, secretario interino.
NOTICIA8 DEL DEPARTAMENTO.

a

a

y

a

Secretaria de Gobierno del Departamento de
Nuevo Leon.-Circular.-,Cumpliendo el .Exmo.
Sr. Gobernador con la prevencion del Supremo Gobierno provisional de la Reµublica
que Je comunieó el Exmo. Sr. Mini,tro de
relaciones interiores y esteril)res con fecha 11
del corriente, dispone S. E. que el primer
dia festivo despues de recibida esta órden
sea jurada · por las autori&lt;lad&lt;:s de ese pue-

El Comandante General é inspector interino del
Departamento de Nuevo Leon, a las tropas de
la gudmicion.
COMPAÑEROS: los aciagos &lt;lias que amagaban a nuestra pátria procsima a la disolucion
del pacto social han desaparecido, y a la vez
una era de ventura y feliciilad se hace preveer,
y esperar con fundamento ·rnrifiéada la grandio-

�sa empre-sa de la regePera~mn politica que@~prendió y llevó al cabo ~Ql\ la constancia qliP
le es gi,nial el Bxmo. Sr. General bPnemerito
de la pátriaD. Antonio Lopez de Santa-Anna.
El 6 del corriente fuertin ratificados los
convenios propuestos por S. E. y · por los cuales se restab'ecieron las JilaS jntimas relaciones
que reinando entre todos los miembros de la
~p~n fami1ia mejjr.ana, Ji hadando desaparecer
pap, &amp;iefQ¡ire la division 4e orinioues, nos dej¡in en aptitud de rt~r al muudo pruebas con'irinmintes .de que l{'}s mf'3i0anes no perdon_an sacrificio po1 c(lstoso que sea, para propoc10nar a
l¡i Pátria su gloria y engrandecimiento.
El dia 9 del Ji1i,mo mes reuni4a la junta
de los representantes
los Departamentos se.g1m Jq apurdq¡lo en la se¡mul¡i 11,:i lila Hí\Sf:l§
adoptadas en Tacubaya en· 28 del l)ltimo Setiembrt&gt;, se procedio á nombrar la persooa ·
que debia tmcai:gan;e d¡:l Eji::puthm de l!l Republica, resultando dignamente electo á pluralid&amp;d de votos el Eimo. Sr. Ge11eral ben,im~rito
de la pátria D. Antonio {.,o¡:¡ez ~e Sa~ta-.A,qna.
Ya QS he impuesto de sµc~sos tan venturo ..
.!¡O~ por los que con vosotros me copgratulo; sa,
tisfocao del honroso comportamientQ que h~be~s
tenido en }¡,s crítipa!, circunstancias __ flP que
npll vimos comprometido~, no p,uedo menos que
incitaros á que continueis como hasta aqui &amp;ii::n,
do el ejemplo de la subordinacion y disciplina
mil_itar cuya~ ~irtudes y la de ta u~}ºº. con
VIJ!!stros ~ompaneros del Cuerpo de Ejercito del
Norte á que pertenece¡s os han acarreado la
gratitud de nuestrn digno General en gef.., de
los pu-.,blos de los Departamrnto~~ y la p~rtic.ular dP vuestro compañero y am1go.-Jose Maria de Ortega.
·
Morit~rr~y, Ootubr.e 17 qe 1841.

de

union del ben@mér.ito ejércitQ: que fUTe sus heridas; ,que e~jugue sus. lágri1~as, y que la pre:
pare a ser dichosa. S1 V. E., Sr. general, as1
lo hiciere, los mejicanos todos le colmaran de
bendicio~es.

El ~r. Santa-Anna contest&amp;
Señores comisionados.-Los males que ha
sufrido la patria, llegaron á tal punto, q11e habría sido un drlito no intentar remediarlo~, y tal
fué el designio que me sacó de mi retiro. El
movimiento de a1mas, indispensable para lograr el
objeto, se ba rematado en sesenta dias, merced
á la prodigiosa prontitud con que ob1 ó la opinion: ella me ha colocado en el puesto porque
V. SS. me felicitan, y ella tambien me manifie,;.
ta el cam~no ciue debe emµreuderse para aliviar
las dolencias pu1,lieas, y p~ra futtdar la futura
p~eri~ac\ 4e l~ patria: ese camino t4Q e&amp; qtro
fl!~~ ~! li~~tamiento á la sobe, ana voluntad de
la nacion, voluntad que se,rfi &lt;AJ~qmada esc.r.aBttlQ~¡¡,m~IM., cqmo lo he ofrecido b~jo q~I ~a,grado de mi honor. La nacion se satisfarít muy en
breV-e de ')U@ totlos µiis co»a~QS y tog&gt;iJs nai5 'í!fanes se consagrarán á su prosperidad y á a.!l gloria.-.Dije.
(El Diario núm. 2.304.)

OQNTEST.RCEO.N' dada á los Sres. comisie·
nado¡; de los l)epartamentos.

Nornbraqo S!JCrf'tario de relaciones esteriores é intPriores, parn á conte,tar !a nota de
V. SS., f-cha &amp; del corrient¡i eu Q ,erétaro, di~
rigi1la al Ecsmo. Sr. general Sa1,t1-A "ºª• hoy
pre~idente provi,hmal de la repqblica, y de su
órden &lt;ljgo á V. SS. lo sig11ieute.
Cuando el Sr. genere! D. .Mariano Paredes
y Arrillaga escitq de6de Arroyo-Sarco á losdel\'hnco OCTUURE l3, J?E 1~41.
partamentos para que nombrasen comisiones, que
reunidas. en esa capital regularizáran el término
La comision nombrada por la junta de re- de la revol11cion, conjeturó que pudiendo ser
presentantes di&gt; los Departamentos para poner larga la lucha con el gobierno, h.,bria tiernpo
en manos del Sr ~Juta- Auna el acuerdo de di- para que los Sres. comisionadqs por lo~ qeparcha j,mta, en que consta su nombramiento á la tamentos pudieran reunirse en esa ciudad. A
presidencia provisional de la re publica, y que in- los pocos dias congregadas ya en Tacuba~a las
sertamos en nuestro numero del 'domingo, se fuerzas pronunciadas 8e creyó con bastante procompuso &lt;le los Sres. Bocanegra, Gutierrez, Ca- habilidad, que la guerra te1 mina ria muy en brenaliz,&gt; y Pedraza; y este ultimo, como primer ve; en cuyo caso era de necesidad absoli,ta,
nombrado, al entregar al Sr. Santa-Auna el acuer- establecer sin demora un gobierno, y al eferto
do, dijo lo siguiente.
se convocó la junta de generales y gefes del
Sr. general. -En este papel que tengo el ejército, y ella produjo la acta del dia 28, que
honor de presentará V. E., está escrito el acuer- sµstnncialmente difiere bien poco de lll qqe pqdo de la junta de representantes de los Depar- blicó el Sr. general D Gabriel Valenria en la
tamentos: ella ha nombrado á V. E., casi con Ciudadela el dia 4 de St'tiembre anterior.
unanimidad, presidente provisíonal de la republiV. SS. comprenderán perfectamente que enea: los tres señores que me acompaijan y yo, tre la e~citaeion del Sr. Paredes -y lo verififuimos elegidos en con1ision para informará V. cado en Tacubaya, no hay inconsecuencia alE. de su nombramiento, y para felicitarle; la co- 1guna si se atiende á los mcesos y si se conrnision cumple gustosa ambos encargos; y al cum- 1:1idetan las circunstancias. La escitacion tenia
plimentar á V. E. en el puesto á que lo ha ele- por objeto regularizar al gobierno si 1.&lt;I tit·mp.o
vado la opinion publica, le recuerda qµe esta daba lugar á la reunion de los Sres. com,sionacion sufrida, vi1 tuosa ·y digna de ventura, nados; y la acta de Tacubaya, foé el productq
a.guarda que V. E. cumpla fiel y religiosamente, 1 ele la prevision fundada de la p1ácsima termilo!J of[ecimie~tq1' sqlemnes ..¡ue la ~· hecho, en), nacion de la guerra.
·

ti

�t'7I.
V. SS., Sr¡¡s. com\sion11dQs, li\O~en 8$bradamente que las revolucior.es preseQffiB im·
sigencias del momentp qy~ no es licito desatender, y de esa clase fué la necesidad de nom·
tirar ua gobierno pro11isional, como se ha vefifjea!:lo AflWS de ayer J)0r la j1rnta ae l'~µresent1mtes SNplentes, 1:¡ue en numer.o lle cuar~11ta y
cua,too, han sufragado por la persona del Sr. gepei.i,I Santa-A.nna, emitiendo 39 votos contra 5.
L11 ,ni¡¡nemi de proceder e11 este de:licado y
gr,a;v.e llf:lg1,cio, 00 sid@· Ja uniGa a'4apta:ble ,efl las
~cieqnstal!ciaEr: cU11oonta y cuatro personas de
¡¡ana op,nion, notables por sus servicios y cualidadr,í!, natllllales ó airncisda6les en los depar,~~Qil itue r.epreseµtan, son las qlUl han form¡¡do 111 ju'llta ele-t!toral, y las que e(;(n&amp;tituy-en
al consejo de gobierno, ínterin las Ecsrnas. juntas departamentales e11 union de los Ecsmos.
gobernadores, eligen
los sujetos que debf'n de
.ci::unp.ppi:r ti cqn~jo fjermanente cle1 gobierno
Tal ~s la ~istor,ia ~n.cilla d~ lo li&gt;currido,
']l por sq relato comprenderán V. SS. ·que Jo
h~pho hasta hoy~ ha llev&amp;clo por fin e] · evitar
qut la na:cion q1.1t1cl~se acéfala., y que JUlr consepuenci¡1
introdµj11ra h:1 anarqula por la falta de 11n centro de 1mioe, ó de 11na autoridad
reguladora.

a

s.e

Es.tablecida ésta, oomo lo ha sido ayer con
ceremonias y formalidades del caso, no es
ppaihle alterarla sin un e\lidente desc,1ncif'fto; yo
creo que V. SS. harien un buen strvicio pasando á esta capital
ree,mplaaar en el consejo á
los representantes suµlentes; cuya corporacwn
debe ocuparse muy Juego de formar en u~1ion
del gobinno la convocatoria para la a~amblea
constituyent!', obra de la mas grave importancia
como no puede ocultarse á V. SS., y de cuya
perf¡,ccion depende la organi:1ucion de la men•
ci, ,nada asamblea constitllyente, á1,bitra de la suer.
te futura de nuestra pátr-ia
Sí V. SS. cotl'jan los seis artlculos con que
terminan su protesta de 8 del onrríente con la
acta de Tacubaya, encontrarán que las diforen.
cías cardmaks son tres. Primera, el nombramiento del poder ejecutivo por los cornisiouados.
SPgunda, el ~eñalamíento por los mismos de las
facultades que debe tener el gobit&gt;rnn; y tercera,
la eleccion de un nuevo poder ejecutivo por el
congreso corn,títurmte luego que este se instale:
tales son las di~cordancias e~encíales entre los
articulas de la protesta de V. SS. y la acta de
Tacubaya.
Para lo primero debe tenerse presente lo
referido arriba, esto e~, qt1e la urgencia decircunstancias no permitió diforir la creacion df'
un gobierno que evitara ó corrigiera los desórdenes que debían ser consiguientes al estado hostil en que permació la capif¡¡I de la rer,ub,ica
por mas de un mes. Para lo sf'gundo debe no•
tarse, que el poder que rija á la nacion durante el periodo de las eltccionrs y lo~ trabajos
del congreso tiene á su caigo la grave y dificil obra de arreglar los ramos de la administracion, dislocados de una manera , lamentable, y
dietar algunas otras provirlencías de urgente nec,,sidad, ~in las que 110 seria po1-ible sacar la
nacion del abismo en que se encuentra: para

las

a

a

mio y otro es indispensable una fücultad suficiente, pero no est:emr.da; y e1i prueba de que
no SI:! ha ~spirada á echar mano de nn poder
mpnimodo, en la acta de Tacubnya se consagT!\ !-'lomo princi,iio y g:,rantia la independrncía en toda su int&lt;,g·i l¡¡d del poder j ldicial.
J&gt;ara lo ~~erro hay que c·onsinerar q1lf' el gobierno enca,gado de remediar lus males ¡ uhlicus
l¼~n!l necP.sida!i de tiemµo suficientf. para lievar
a oaho sus t?rovirlencias, lo que no sucer:le1:ia
si al est1u dictándolas, ó antes de hacerlas cnm~
plir se le rtnovara. Ta!Ps fuel'on, tmtre otro:1,
los motivos que se tuv,ieron presntes al eBtender
la acta sobre la t,lual V. SS. hacen recaer su
protesta.
l,a fidelidad en e) cumplimiento de lo ofre,eido tiene por garantlafl la palabra de honor de
un general di8tinguido por la nacion, y la de
t~dps los gene1ales, gefes y oficiales que suscribieron la acta, y por ü1tímo la cooperaciou
los acto&amp; de la administracion de los individuos
que los departamentos nombren para ql,le formen el consejo.
_
Respecto al jn¡¡to y laudable interes que
V. SS. m¡rnifie~ta11 porque reM,n las ho-tilid,,des
en la cayital, tengo la sati~faerion de á, c1rlefl
que desde el 7 del co,·,itnte terminó la g1wrra, por un cnnve11io df' m11t11a 11tíl1riad para las
dos fuerzas b. iigerante~. Ese convPnio foé provocado por el 81. Sdnta-A nna, y él da sufieiPnte motivo para apreciar sus intt-.ncio~es y SIJ§
deseos.
De esto supongo á V SS instruidos á la
h"ra ,,sta por los oaprles púhlíl'os, qut&gt; segun se
me a&amp;egura, se ha cuidado de cir, u lar.
Por uhifllo, el gobierno q•iisiera que V. SS.
pasaran á esta ciudad á ocupar un lugar en el
cons"Jº, estando i;eguro de que á la vista de lo
p:,_sado y de lo presente V. SS. a;.ir0barian lo
ejecutado, considerándolo necesario y conducente
al bien general que todos apetecemos, y por el
que todas debemos empeñarnos.
Antes de ofrf'eer a V. SS. mis re11petos,
séame licitol a mi, órgano dA esta afectuosa ,io..:.
mur,i&lt;'acíon, conjurar a V. SS. como cíudadan!)
y como homhre publico, para q,.e unan ~us luces y su i füwncía
mis ardientes d,stos, y
mis co1istantes votos por .nuestrn regPneraci,,p,
politira.
Dios y libertan.
MéjiM, Octub1e 11 de

a

a

a

1841.-Jlfanuel Gomez Pedraza.
( El Cosmopolita núm. 7 4.)

MEJICO, OCTUBRE 11 DE 1841.
NECESIDAD DE UNA BllENA POLIC\4.

El estado de inseguridad en que hemos vivido treinta años hace, los frecuentes delitos que
se cometen, ya contra la propifdad de los ciudadanos, ya c•mtra su honor y personas, y la
multitud sorprendente de criminales q11e t&gt;ncierran las cárceles de la re¡,ublica, todo demuestra con evidenria el estado de desmoralízaciop
que la nacion ha llt'gado con sus conri,:uqs.

a

trastornos } revueltas,

En los tiempos de amar...

�gura 11ara la piltria, Pn lo,. momentoi:: de alarma cativo en los &lt;lemas depend_ientes de su jurisy d·· tePJOrPs,' 1- '" !iombres que dañan á los otros, diccion.
buscan de r,rrlinario en las reuniones armadas,
un et-,• urlo d, irn"unid .. d, un asilo que los ponLa Ecsma. Junta Denartamental ha nom•
ga a cubinto d., la- .,er·sPcuci,mes de la justicia, y un mPd,o cómodo y s, g11ro de seguir ali- brado, en sesion del dia 26 del corriente para
meritando su~ vicio,-, y dP dar pavu!o al desen- conseje!'os del Ecsmo. Sr. Presidente provisional
freno de sus pasiones. En estos casos, las me- segun el articulo noveno de la acta de Taco~
jores leyf'.s pierden toda su eneigla, se hace in- baya, á los Sres. Lic. D. Antonio Canales, y
util la int, g1irlad y rectitud de los jueces, y D. Francisco Antonio de Llano. Nos congra•
es insig11ificante la actividad y celo de los fon- tulamos por una eleccion hecha con todo acuer()Ío11anos de . policla. La soci.,.dad flutua, por lo do, y que llena los votos de este Departamento,
mismo, en un mar de inquietudes y sobresaltos; tantas veces desgraciado por el esplritu de esla detestada adminisnadie se encmmtra seguro en el asilo domésti- clusiva, que caracterizó
co; la virtud y la inocencia no hallan protec- tracion de Bustamante, que tan heróicamente
cirm; el hombre indu 0 trioso, nacional ó estran- han conjurado los pueblos en su rcgeneracion
·gero, no se atreve á íijar sus especulaciones en polltica.
un suelo tan movedize, y la moral, la confianza y todns los elementos de prosperidad, desaparecen por grados.
Para el dia 2 del prócAimo Noviembre se
.l\f t
1
• d
t bl
d
abrirá un establecimiento de educacion primaria
reu ras que os 1egis1ª ore 8 es ª ecen e y secundaria en la casa del Presbit,,ro D. J0sé
una manera ~ó 11d a Y dui:ible la paz pub:ica por Antonio de la Garza y a cargo de D. Antonio
m, din ,de ~ábia~ in-titucioues que tengan por ba- T
,
fi
se la ju~t1cia, y quiten t,,do pretesto a la~ reamez, quien o rece por ramos de insti'uccion
los de lectura, escritura propia, religioo, urbavoJucione,; el t'Stado t&gt;JJ que hoy ,;e halla la so'd rl , ·
·
ciedad, demanda f'JP&lt;·utivamente del gobierno el rn a CIVIi y cristiana, aritmetica· comercial, gramática castellana, y. elementos_ l!e cronolugla
arreglo de una buena policia, cuyo objeto esen, ·
D , d
cial' sea prevenir los delito,, y per,eg•1ir a ios m~temattca.
ara a emas cátedra de gramat1ca
d r
¡ · • •
latma con las reformas que son con~iguientes
st
f' mcuentes, no con ª tihifza que ha
aqul, á un método mejorado ventaJosamente, sin adulsino cun el empeñ ', dedicaci,m Y efic.,cia que terar lo mas preciso de este ramo de in~trucse acostumbra en las ciudades populosas de Eu- cion, y desempeñando de una manéra comna•
ropa, donde PS muy raro el criminal que llega tibie á las tareas de educacion primaria.
No
á su st raerse del ca,;ligo.
vacilamos recomendar este nutvo establecimiento
(Continuará.) de instruccion primaria por que conocemos los
!!!"!~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ talentos y dedicacion del joven que se pre~enta
corno su director: su rrcta m1 ,r-al y su · notorio
O
buen juicio prestan suficientes gc1ranti::1~ a l0,;
pad!es de familia que quieran eocumendar sus
hijos
este nuevo e,tablecimi,,ntn: por nuestra
.Monterrey Octubre is de 1841.
oarte descansamos en la pr .bidad acrisolada de
El Súbado 10 del corriente se han jurado este estudi,,so Nuevoleonés amigo de las 1mjoen esta ciudad las bases proclamadas á ·2s de ras y el progreso d,.. su pais natal: lo cortnaSdiembre en la Villa de Tacubay:.1, por el Ex- mos á que se _haga superior á la~ dific,iltades
mo. Sr. General de dirision, b.,nemérito de la de la noble e:npresa q11e abre entre nosotro,,
Patria D. Antonio Lopez de Santa-Auna, y de
y conjurarnos al G-,bierno del Departamento á
mas Sres .. generales y g.-,fe~ del ejército mejí
que prestandnle cuanto; aucsilios quepan en la
cano, habwndo prestado el J&lt;H,Hnento primera- ,strecha órbita de sus atrib11cion"s, aliente u11a
mente el t&lt;;,c:i,o. Sr. G ,uernad. r en el seno empresn de uno de sus hijos q11e sin &lt;l1sp11ta
de la E,cma. J,mta D,:¡iartarnental, c•iyo pre- ¡,uede denominarse la piPdia angular de la nuesidente lo prestó d,·s ,,es, en manos de S. E. · va rf'generaciJJn política que se abre para los
y lo recibió á los de mas vocales &lt;fe la junta. , nwjicanos.- EE.
El siguientie 11 lo \'Crificarf&gt;n los &lt;lema., em•
plead
en el palúcio de gobierno, en manos
de S. E., y conCHrne a la circ11lar de la rna
teria y baj') la formula que tila indica, se ha
continuado tan allgu,to acto r.ior la:&lt; de,IJas auPedro G. Parant, sastre fra11cr,s, ti.,ne el
tori¡fod(·S f0r¡111eas dependie11tr~s del Gobierno del honor de manifestar al res,Jetab\~ pi1b.ic1 ifr M,JnDepartamento. El veneiable cabildo tclc~iasti- terrey q11e ha abierto su oticina en la caile rlel
co, a quien se .invitó gor el G,Jbie1 uo Departa- Seminario, donde podrán ocurrir io~ seii,,re, q-ie
IPflltal en nota de 23 del coriiente, · puesto de tengan !i bien ocuparlo, á quienes ofrece el meacuerdo c•.,n el Sr. Guber1,adur de la M:t,a, jor desempeño.
contesta que ha mando circul,ir la fór·n,¡la dt~I
juramen,o, y qu,· eu la ¡,ró,·sirna ~nna11:1, ot,1gandolo el Sr. G-&gt;bernarhr de la Mitra ante la
Imprenta del Gobierno a carg,o de
prii_n~r~ digrnda:I eclesia~l}c.a dt·l Üb1s¡wfr-, h
Froylan de .Mier.
rec1b1ra al cabudo, y hu1a que teu¡;'1. su veriti-

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S EMAl\ARl

P0Lrr1 co.

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822164&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 43, Octubre 28</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>~I ANA
.POLif:r1u
D1'~L GOBIERNO DE NUEVO LEON~
Ut tutela sic prowratio reipublicre ~eren~
da est ad utilítatem eorum qui conds;i sunt,
mm wrwn qiúbir,s comm-is,,a est. C;c. 1. oilic.
Ijo niis1no que uriatUtñ~-Ta;-,asT··,.··s~ Lañ
de ,:_¡ercer· los 1•argqs ,iublí::vs: 2c par:;
utilidad d,· íos que gobiernan, sino para i;,
de los gr)f,;r-'1adns.

ToM.

Jueves 4 de .lv oviembre d,-

III.

1 "'\ ~

l

ju su respunsabilidad los artícule~ S. 0
y 4. 0 de la referida ley, dando cutnta
u V. E de las resultas: 1o que frngo
Secretaria de Gobierno del Depar- el honor de hacerle ¡m sente ~uplicanDEL VEPANTAM.Kl\TO.

NOTICIAS

Leon.-Circular.- dole se sirva tarnbien avi'iar oportuna-

tamento de Nurvo

Con ft--cha 12 &lt;lei actual díce al Ecsmo. mente á e:-:ta misma Direccion gent·ral
tSr. Gobernador de ei,ü~ Departamento el efecto que hayan producido las óre} Sr. Director general de rentas lo que denes Je V. E. para promover en vit,ta
51gue.
de todo, Jo que corresponda.-- H,:-•ítno
,,Ecsmo. Rr.--El &lt;lia 51 de Octubre á V. K la:, proh'stas de mi distingwda
de cada aí'io, deiwn cerrar sus cuenJa:~ to- consideracioH y aprecio."
das las Admini~traei0He1- subalterna~, ReY de órden del Ecsmo. Sr. Gober~eptorias y ~ub-receptorías de ren_tas de nador lo inserto á V. para :su puntual
ese Departameiito, ,wgun lo p1·evemdo en observancia en !.a parte que le toca; desuprema {míen de 14 de Setiembre de bicm.lo vigilar wbre que dicha" cueutas
1838, circulada por esta direccion gene- se furm1·n en el tiempo preveuido, v de
r·•o,•'--'d"rá
ron
., i.1"~!'
ral á los Sres. gefc~; superio;'es de ha- !,~.
.:v {"'Y't•"•1·1· e
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.,'\, _.__
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-·,._~•/·:o
cienda con fecha 17 del niÍstfü} r bajo :_.,:, 1i as fa.riti:r;ides ane ·se J,, , o••--e,•t-r "&lt;'"i
(le
'.)6
de F\&lt;¡''j
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d núm. 56. -La ley de 2,;¿5 Je .Fdm~ro J-,\~ :pr
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de 1840 fijó los tiempo, en r¡ue dichas SH'WJO V. n.-::,1,uw:,d)H'. c:1° cuaJcme1;:; O·
cuenhis dd)en remitirse ú la:,; adminis- rnü,ion que por su íJ&lt;-il'le n,i,;c:: el rda1 ü
tr:-icioüe~ principaleti j'" e~tablt-ció Jas re-~ de aqtwJlos dor-mnc::to·•; cH d. con;·.f'¡•W
~las que deben ob·servdrse por lafa auto- que por r,huro st: le:\ ta ¡)rotTO,i~?'.•:.u
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di~). e~tC:; ie:11 eda l~iS cut.'lltae1 (1ue dcbcr1
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])!e~ v libert~(L G!ontr:- rre·v ()ctehre :ts ~i·c J t::4 i~'----;SaJ1t!=ago ¡)·iciaurr{,,
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Yiño y l\-r,-_yr?. de e:..:!G ,;-fc;lHlad d:gi
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úi-den Jel I&gt;.,-•:r;o, f:~r, (~1_,bt';·;:adur ¡, q··"'
~t·~

~_:1--L,,L:i·!idu &lt;.1;::¡,.:.:c.c..tn rl ~u¡ 1 ren1rJ (i:d\i,.-r;;•)
n~_icioriai {]Gf !n-.. ¡1ru.i1:ct: s dP la u:r1f:1. d,- t.~~"'
buco:, r-lc f•:::::,: 1..Jt·_:·nrt;\~:&gt;·n!«J t:e Ín\•'ÍPrtun L::: '~:..;i .

van1e.nt¿~

t•r.

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:;::t,,,

¡_,.;:_~-_.:;_::1_¡ J~·:l ctu:.,·p',i (:~ Fj-:;- .

�174.
'(

Dios y liberfád. M•mterrey 30 de Octubre
cit 1 dei N,11te, el Ecsmo. Sr. General en gefe 1
ha dictado ya las medidas conducentes, de acuer- de 1841. -Santiago Vidaurri, secretario interino.
do con el Ecsmo. Sr. Gobernador.
Y como una de las mas esenciales sea la
Zacatecas Uctubre ~l dt 1841.
de intervenir la renta, tanto para qui' el cuerpo de Ejército del N,'1rte reciba con religiosidad todos sus rendimientos, como para que se
El nombramiento de Mi·,istros nos dá gaformalice con la debida ecsactitud la cuenta ranlias muy foertes, de que el Escmo. Sr. preq11r1 ha &lt;le formar~e con motivo de aquella su- sidente provisional poseído de las mejores intencio.
prema órden; el Ecsmo. Sr. Gobernador cono- nes á fayor de su país, y cumoliendo con sus mas
cedor dP la instruccion y ni,ricia, d'l mismo tiem- solemnes compromisos trata de rodearse de hompo que notoria providad de V., ha. tenido a bien, bres otiles, sin atender á las distintas creencias
con esta fecha, nombrarlo interventor de la ren- pollticas. El •triunfo de la Nacion y de los prin.
ta de tabaco!' que corre á cargo de D. Juan cipios es el proclamado por los pueblos y el
O hon, en este Departamento, cuyo nombra- benemérito ejercito, y no el de los partido~,
m1e11to se hace saber hoy mismo al Sr. gefe su- que bajo diversos nombres han destruido á la
perinr de hacie11'ifa y al eapresado Othon co·m'o parte mas herrriosa y rica dél Nuevo-Mund-o,
admini.,trador principal del ramo.
que tiempo ha está designada por la naturaleEn consecuencia procedera V. inmediata- za para ocupar uno de los lugares mas distinmentt', y sin pérdida de tiémpo, a ej ·rcer sus guidos entre la~ nacion"s cultas. Unámonos,
funciones de interventor, reconociendo toda, las ec- pu,es, al derredor del _nuevo gobierno, y consi~tencias alm~cenachs y repai tid,1s en los estans tribuyamos de buena fé al engrandecimiento de
quillos de rientro y fuera de la Capital; tanto de lo ésta cara pátria digna de mejot merte. Háya
lab 1·ado, como de lo q11e ec 0 i~ta én rama, estrangero, una reconciliacion sincera y eterna, y dándonos
de cont1-abando, y de las Villas cosecheras,- intervi. un abrazo fraternal 110 se oiga en lo sucesivo
nitndo ig,.ialmente los hbros, libretas, y &lt;lemas d~)CU- mas que un solo voto, una idea sola.
Las Exmas. Juntas y Superiores Gobiernos
mentos del ramo de contabiii.Jad, perte,necientes á:
la empresa de tabacos, desde el l. 0 del nn·s de los Departamentos, que cré'emd~ animados de
que fina á la fecha, formando su correspondien- las mejores intenciones, harán un buen nombra.
te corte de caja, de que a la posible brev.,da&lt;l miento de Consejerns; de estos dependfl que la
manJará dos ejemplares al Superior Gobier- convocatoria para la asamhlea constituyente se
no. Dispone asimismo el Escmo. Sr. Gober- forme cnn la perfeceion que demanda la organad,ir, quiJ ninguna cantidad perteneciente á la nizacion de un cuerpo respetable, que va a ser
em¡,resa dt&gt; tab,iro8 sea iemitida de los estan- el árbitro de la suerte futura de la Republica
quilios de la Capital y estan&lt;'os de fuera de to- Mejicana. Zacatecas cumplió ayer eligit&gt;ndo por
ct .. el Departamento a la admini~tracion princi- aclamacion al Sr. D. Marcos Esfiarza, individuo
pal del ramo, sin pasarsele a V. prévio aviso por de la Exma. Junta Dt-&gt;partamental; y al Sr. Magislos remitentes, ni q11e las rentas col.,ctadás por trado del Superior 'I'nbunal de- Justicia D. Viel admiui,trador é intervenidas por V,, ,,odrán viano Beltrán. Las luces, patriotismo y honrat,~ne1 otra inversi,:rn, que las que h.1 querido el dez de los nombrados, suu circunstancias bien
Supremo G,&gt;bierno nacional qt1e tengan, ~egun es- ronocidas por el Departamento, que ha deposita disp,,,ic1on: en el concepto q11e el Supnior tado su confiaza en dos ciudadanos, que en ninG::ibierno ha tenido a bi,·n con esta misma gun tiempo desnterecerfm del buen concepto que
fe,'.ha nombrar á los Sres. Alcaldes prime,os se han contraido. ¡Qniera el cielo darles aciery jueces de paz de los pueblos foraneos in- to en sus ideas y dcternlinaciones!
tervc ntores del ramo en SU3 resµectivos pueblos,
El Redactor.
qm•:rnis remitirán á V. sus correspondientes cortes
de caja, que se les manda hacicr con toda legalidad y pureza á los estanqueros de fuera de
MEJICO OCTUBRE 9 DE 1841.
esta Capitai, y le daran oportunos avisos de las
cantidades vendidas que remitan á la espre
S,tda admini,traciun de tabacos p!lra que tenga
CON LA V ARA QUE MIDAS SERAS MEDIDO.
V. el mayor cuidado que su total producto
T
•
•
•
sea con opurtu 11 idad entregado en la oficina de .
l na Prov1denc1a especial vel_a sobre la morala Tes,Jreria Deµartamental, con la debida in- 1dad de los pu~blos Y no pern:ne que queden
tervencinn del Gefe Suµerior de Hacienda, ¡ impunes _los delito~: mas tarde o mas tem~iano,
quie!1 está encar:gado por e! _Supremo ~obierno ¡' llega la ,epoc_a tremenda_ '.le l~s arrepentumentos
N,icional de ciw1ar el rP.hgt()S-&gt; maneio é in- tormentooos ~ de ~os ca~t1gos, y en vano se vuelversiJn de esta i·enta ª:'hcada al sustento del ve atrao la vista, s1 no es para que lo~ errores
Cuerpo de Ej~rcito del Notte."
pasad~s atormenten mas y mas a qmenes los
cometieron.
Y de la m1sm,1 superior órden lo ir,serto
La sombra de la ilustre víctima de Cuilapa
á V. pa, a su conoci•uiento y ubs,rvancia en la tiempo ha que clama á lo, cietos pidiendo venparte que le toca; qn.,dando V. en comecuen- ganza, y que caiga la cuchilla de la justicia socia nombrado interventor de tabac 11s de e,e pue- bre los ciegos secuaces de la faccion alevosa,
blo y arreg:ambse eu sus func1, 1nes a las pre- \ .que can sangre, y nada mas que sangre, ha cuvµnciones insertas.
,
bierto los yertos campo~ de la pátria maltrata•
1

!

�175.
da. Suena ya la illtima hora de qnienes ton bierno de Picaluga diera instrucciones, órdenes,
Df'gro humo han ofrecido sacrificios a la inhu- dinero y elementos para que se pronunciaran
marndai y la traicion, el engaño y la perfidia. contra el gobierno mi,mo. A poco tiempo fueLa faccion picalúgana. muerde el polvo, que ron batidos, la sangre cqr1ió a torrentes, y q11eha c,ibiertn y. aun pretcndia cubrir, Mn cadii- da1on los pronunciados "er,eguidus, de,pnjados
veres de hermanos, de mejicanos a quienes se &lt;le sus empleos que se dieron a otros, y aun
!ia faitado constantemente á toda consideracion: sustraídos de sus jueces naturRles, y reducidos á
vuelva á la vista sus procederes en su domi- prision por tiempo ilimitado y hasta fenecidos ya
nacion de funesto recuerdo, y hórl'oticese de los procesos.
suQ maquinacione~ y superéherias, y de sus avanDesde Papantla se escuchan las quejas de
zado~ estrag,)s hechos á cara descubierta.
Olarte, semtjante en muerte alevosa al general
La primera épnca de la presidencia del Sr. Guerrero; pero ¿como habian de escucharlas quieBu,tamante e,tá señalada en el mundo entero nes han visto con apatia el asesinato del Lic. Ropor una negra estrella visible en todas partes: jo1 Bastara que los liberales no conservaran precon las mismas armas que puso en sus 1hanos sidentes ni miuistros, para que a sangre y fuego
el candorosi&gt; gPneral Guerrero para que lo de. se les destruyera, para que se les quitára todo
fendiera de sus enemigos, se volvió contra él socorro humano, para que fueran mandados
y lo rPdujo al ultimo estremo en que pudiera un canton de ó,den de un gobierno pérfido.
verse el Vf.lliente del Su1: las prote~tas reiteraSus manejvs en esta reciente época son oprod'ls de adhesion y lealtad, no fueron sino el re- biosos y de vilipendio; pueden creerse, porque
verso de una audaz intentona sobre que se de . se han palpado, y no por otro remedio; y el
clarara imposibilitado füica y moralmente para cielo jueto acaso los ha permitido porque
ma,iar, á q,lien creía tener un amigo en un am- Dios ciega á los precit ,s. Por una senda tortuobicioso desm•iralizad,,: éste al tin ocupó la silla sa se condujo al fin la faccion de las arubieiones,
de que precipitó a quien se hahia pue,to en sus y ha tocado al termino a que necesariamente
brazos; y Rara colmar la infamia lo hizo espirar conducen la mala fé y la perfiriia .S11 princien un patlbuln, poniendo antes en precio su ca- paí empeño ha sido, desde el año de 36, mabeza. Cnnstitucion y leyes vociferaba tl usur- tar federalistas: los sarcasmos mas deg,·adantes
pador, y constitucion y leyes di&gt;strozó, y entre se han derramado contra esa forma de gobierno
la m,1ral y el pueblo za,,jó un limite di1atado. y sus adicto,: el orc0 primero que la feueracion
N ida impottaban entónces los asesinatos á dec1an los picaiuganos; y ya prócsimos a dar la
quieues no adoran otro Dios que su vengan- ultima boq11ea,1a, federacion gntarun, porque enz 1, ni corn•c .. n otra ley que su capricho. D. teudian que asi pudrían conservarse un dia mas
Severiano Quesadas es, entre otros muchos, m1 en ese palacio eu que tanto acariciaron sus ne'
egem,Jlo t;•rrible q 1e comprueba que la faccion cias 11u áones.
ret,.ógruda es criminal por complacencia. ¡Q11é
Hombres de buena fé fueron crédulos y se- •
esc:indalo! Q ie,ada~, •·sposo de la hermana del ducidus, y 1a faccion retrógrada se complacia en
Sr. Aimonte, fué asesinado ftente á su misma su perfidia: se creia ya co,1 las riendas del gocas:i, y el asesino pn~miado con un empleo Ju oierno, y entonces la federac10n era el numen
crativo. Hoy, para tocar al ápice de la infamia, de la pát1ia. ¡ Pérfidos! e_, ,,o acabado modehemos visto al Sr. Almonte jurado é inj11sto de- . 1,, de contradicc1on y superctieria, consignará la
fem,or de la fal'cion asesina de su hnmano.
historia vuestros documeutos de la primera y ulNi el Sr. Bustamante ni el Sr. Almonte han 1 tima hora de esta revuluc10n, y las generaciones
creido jamás q•ie las siete leyes constituciona- admirarán vuestro d,Jlo, y las maldades vuestras.
le~ tendi,·ran á la frlicidad de la pátria: en un
Auuque tarde, conoced que la potestad sod,,cumento nfü,ial y solemne de esta última épo. berana nu se da en favor de los gobernantes,
ca lo ha confesad,) terminantemente el primero. siuo de los gobernados, y sufrid ll 1g,m dia la
Ambos ~in embargo, JUraron con toda espontanei- suerte que la Providencia y el mundo reservan
dad sostener á todo trance la constituciop ominosa. a quiene¡¡ no sabeu acatar sumisos la· voluntad
E,ta conducta se llama en polltica: altu traiciQn. üe las uaciones, y pretende'! deseo ,ocer y soEn el dilatado tiempo en q,ie amb,is han lle· breponerse á su~ inter,·se~ sagrados. Ha sunado
vado las rienda~ del gobierno, no les folió el ne- la ultima hora del despotismo y la awbicion.
( El Cosmopolita.)
cesario para pedir el remedio de las publicas
calamidades por todos conocidas: en su misma
cuna 1mdo ser bit·n nutrida la constitucion de
MEJICO, OCTU8H.~ 11 JJb 1841.
36; pero HD nada de eso pensaron quienes solo apetecen g,ibernar, sPa como foere. Este proceder
NECESIDAD DE UNA BUENA POLICÍA,
no es otra co,a que ambicion.
La constitucion que estos mandarines jura(Concluye.)
ron sostener, fué destruzada de mil modo~ por
Una buena ordenanza de policia, de la claellos mismos y por sus inspiraciones: dlganlo si
no tantas y tan diversas responsabilidades que se expresada, conv1e11e a tudas las poblaciuues
aun estao pendientes: dPfonsores de 111 constitu- de la republica, y aun pudiera hace1se tamcion y dEstructores de ella, son los hombres que b,en extensiva á los camit,os, hoy plagaclus de
han sucumbido al fin, y qufl justamante mere- malhechores. Los ciudadano~ todos debieran cuntribmr a líbertarst mutuamente de cuaiquier ata.
cen el nombre de desleales.
No han faltado mejicanos a quienes el go- • q1\e á sus propiedades o p~rsonas, en 10 inte-,•.

a

�176.
rior de los poblados, ya rondando unos por la asi los que imploran la caridad pub_hca sin r,in•
noche la manzana en que viven, con la espe- gun impedim,eoto fisico que lo~ separe dd traranza de que otros harian lo mismo a su vez, bajo, ni los niños á quienes el hábito ó la miseria
ya auxiliandose de una manera reciproca en la de sus padres, obliga á la mendicidad.
apreh&lt;1nsion de los delinc~entes, que aguardan
Las vinaterías y los villares se hallan tamlas horas del silencio y del reposo, para perpe- bien llenos de gente ociosa y pttardista, que hatrar sus delitos. En los caminos . publicos, los ce mucha falta a la cnmposicion de caminos y
hacendados y dueños de las tierras por, donde calzadas, y sobre todo a los talleres. ~n estm
aqurllos atravie~an, dPbieran tambien reunir y debnia llevarse la costumbre muy loable de alarmar a sus dependientes y criad0s, para ase- gunos países estrangnos, de abrir un r~gi~tro á
gurar el tránsito á los viageros, de cuyo modo los obrero,,· en que se anotara su conducta y
iría vivificánduse el comercio y las relaciones de su habilidad, cuyos apuntes co,respon&lt;lieran á
unos pueblos con otros. En una palabra, asi una libreta que debia portar el interesadJ vara
com~ los malhechoreB ~orrnan :ntre ,sl una alianza ~a~erse, a~mifü _ó no en_ ot10 e~tablt,ci_miento arofensiva contra la sociedad, esta a su vez de- tistwo o industrial. Sena tarnbren obJeto dr la
heria formar otra defensiva contra sus ataques: policla, cuidar de que los maestros en todo gétal alianza seria demasiado poderosa para sofo- nero de artes, cumplieran con .religiosa esacticar en su cuna los delitos de robos, .asesinatos I tud sus contratos, criando en ellos, si es posible,
y violencias, que hoy ~e cometen a cada paso, aquel pundonor y aquella delicadeza, q,ie tai·to
dentro y fuera de poblado. El año de 837 hu- distingue á los artesanos que hacen profrsion de
bo solo en esta capital 105 homicidios, come- la buena fé.
tidos en pers~nas de todas Pdades y secsos. Nos
Ultimamente, la policla, en virtud de leyes
seria facil es11resar aun los nombre~~ de e$tas vícti- preexistentes, cuidaría escrupulosamentP de la
mas, los jueces q•Je han conocido de las causas, y / educacion publira, que es la fu. 11te y el ol'ig;cn
los dias del acontecimiento: tenernos ~~ien da- unico de la civilizacion, haciend,i qirn los niñ,,s
tos para creer que aquel numero ha si~o'· pro- asistan a las escuelas con perseverancia, para
gresivo en los años sigujjl:ites.
que al menos la siguiente gn1eraci,.1n se halle
Mientras que los ciudadanos reduzcan to- en estado de conocer bUS deberes cívile~, y ,ea
~ das sus defonsas a refor. los cerrojos de sus mrnos ª"~g1·aciada que la pre•ente. Asl se copuertas, en~etrarse J vivirlados ~l~~s de otros, menzarn con buen exíto la ri•gP1\?r:v·ion pn 1):ica
solo formaran una c&amp;dena rota, d1V1dida en to- de la n·pública lllCj1cana; a.,í s,,rn vi, tn,,~a y ,·esdos sus eslabones, y sin fuerza para la defen- ;:ietable; y así ll,-gaiü a ocupar 1rn l11g~.r dístinsa comun. Además, la experiencia ha demos guido en el catálogo de las naciones.
trado, que esa especie de egoísmo es del todo
ineficaz, cuando la fuerza es superior a la resistencia que pudieia oponerse. Toca, pues, a
una buena po!icia, :.nreglar en este punto los deberes de los asociados, bariendo de modo que
no sean indifr-l'entes á la suerte &lt;}p, sus vecinos.
Pcdrn G. l'arml!, sastre fra!h:es, ti1,ne el'
Si a los eRfm-rzos de e~tos se añade la actividad de los funciono1 ius encarg:,dos por la ley honor de ma1,ifostar al respet,,lJic püb:ico de l\fonde v1:.lar sobre la tranquilidad ¡:.ublica, y el ce- terrey que ha abiert1_; su oí-ici•,a en la calle del
lo de los Jueces en aplicar prnntamentc las pe- Seminario, dm,de µodrb.n ocurrir ics seíltHe.- que
nas, la sociedad no tardará en queihr nurr..:adc
1
1
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....
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· .,
teng·an ~ bieü ocuparlo; ú quieHcs ofd;ce r! :ne-..
de esos séres dañmn:,, que solo desean· vivir
'a ex pe,nsas de ¡a propier
· la d agena. L a perse- J1or desempeüo.
cucion asidua de los vagos, hara que .estos bus- .
¡'

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11uen_ ~~ q1'.e ocupa1se lwnestanie~:e, _si uo quie- ¡; ~~~~""""-"'~~~""""-"'~~~~~~~~""""-"'~~
r:n u ª. aurn_entar las fiias d.el CJerc1to. 'I\tm- 1/
VH ;í\f J' ¡, B.l:Y ·¡ : _ ; ,.!J.
bien sena objeto de la policla, recoger a los /
•:1endigos verdud_er8'.11'.'nte impedidos, pues estus //
imprenta. del Gobierno lt cmgo de
tienen derecho i:l VIV!.l' a costa dd e&amp;tado: 1w /1
Froylan de .lYlicr.

�NOTICIA EXTRAORDlNARIA•
.,

Sres. PE. del Se11wr,ario. ~ Cu~a de W- .N'o
-i,,i4m/n·e

f\

~ de

1841 .-:\liiy Sres, mios; prtra que

¡,(!pi1,,-.q se ip;,trnp del ca,tigo ,¡iw ¡,cahan dE

pnsecucion de un. pueblo pequeño de Indios que
Sé

h.1llaha en. el parage de las Moras, que iba ú en ..

t

r mariana con su partida a este puuti:; habieudQ

recib¡,- \os b:-11haro;,, en :a Loma del H11ufono,

l,.,grad,1 a!caniar en la L-HO!l del Huerfaoo, unii

~11piic., r1 \V. se si,vun insertar en sq a¡ini:i,,bie pe-

paite de este pueblo de indio,,

l(ú,Lrt\ la cópia qur. tei go el ho1wr de 3,co:11-

tó

Jlfüi:1(1·,, del ¡n1rte re·at:,vo que an1bc1 d,•. n·ci-

YÍY"s, un muchacho de estos y u,,a n,uger cauti-

bir el ~r. Gentr.:\! en Gefe dti Cunpu de Ejer,

va, quitandoles

1.ito d,

a los que atacó: ma~.

dos indios y dos inrlias, aga.-rando cuatro indios

adrmas setenta bé,tias cabal!a-

re,, y muiares y todo el despojo del pUt·b!o."-

! .N, ite.

Mc a·; ito de \V atnito servidor Q. B S.

q 1,e teugo el honor y satisfaccion

de trnscri-

á. V; S. mauifestandole he ma.ndado dar las
gr;\cias á nombre del Supremo Gcb:erno al

~L M ..,.,.,-~:lntonio Cortcqar.

bi,fo

Cuerpu de E_i€•rcit6 dd N11 rte .,-2. =i;ion.--Num. 325 - El

L•)

divi

'f, nier,h ( \r0nel gradm1-

ca pitan

a~

ddensores D. Manuel Q11into de Lu-

na y á los de mas oficiales que le ha~ acompa-

ihh en t:sta jornada, por el interes~nte srrviint0rino ele l¡¡ f1011tqa "ll 0/icin Je ~i d,,¡ pre-

cío que acaban

~Pnte ch·s&lt;lr Hio-g,a1,dr n,e. die,· lo ,igui,·nte.-

&amp;f'

dA prestar,~- que tan luego c,,mo

me remita lloticia cirrun~taw:iada de lo q•ii-

í a cerradas mi~ c,Jmuni("a&lt;·io.:w~ (t&gt;eha dP h, y, tac\o á los barba ros lo
~e r~ribi(; parte d1;l ca; it,in de dtfrnso,es D Mal]uel ({llinto.

J,,

l,mrn, quP

&lt;• 011

133

hon•bres

~uciu.,(·S. n11 cíki(d y '.! i hon,b, es de trn;,a

de

sus

JiJ-H.t.'

¿j . .,az

i,.

,i,tn. fhií.

tl~.

a V. S. para.

u]teliores disposici, ne~. -Dios y lilwrt.ad.

Lampazos Octubre 28 de 1841.-Rcifael Vaz.~
&lt;(Uez.'""': Sr. general en g•·fe.

\\\ ~i&gt;Wflíl\iia ele S. r~nmwlu s.n.:ió desde el G del

.,:gqie~t~?, ~t;g,un, tq1go.. dadu par:tt: á. Y. l:5,

con;1ur ica 1e

E~ có; iJ.

M,,ntern°y O,·tubre 31 de 1841.

...,..,....antonio. Cortaz.ar, secretario. i.ittrinu.

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·;.Fr 11 ¡

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 44, Noviembre 4</text>
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                    <text>PL
al S.emanario num. 44 tom. 111 del jueves ~4 de Noviembre de 1841.

Sres. E E. del SemaFiario del Gobierno di:! este Departamento.-Villa Aldama Octubre 19 de 1841.-1\'Iuy Sres.
rnio:i.-Ha llegado á mis manos el alcance al número 40 del periódico que
lV. publi1~an, }' con l.a mayor sorpresa
me he impuesto del remitido que contiene. suscrit9 por D. Blas Antonio de
Esnarriaga, en que groseramente ha tenUo el descaro de zaherir mi conducta
com.J jues de mineria, la..stimando mi honor y delicadeza pa1·ticular, para lo que
ha aglomerado un cúmulo de aserciones
falsas y terqeraria~ que con el objeto de
desmentir, sunlico W. se sirvan insertar en su . apreciable periódico esta esposicion, en que trato de vindicar mi
reputacion arbitrariam~nte ultrajada, y hacer parecer á Esnarriaga ante el público tal como és y no como quiere ser;
pero antes le advierto en primer lugar
que no es el, el que hade alentar empresar10s por Ia idea que de del mineral de M,mtañas, de sus frutos y de las
máqnbas que ha construido para el beneficio de metales, por que los buenos
res;ultados son, y no las ideas platónicas,
los que en el caso deb.eria desi&lt;lirlo.s á
la empresa; y en segundo lugar, que
bn,nnc:o es nerito eme nueda calificar-

valor de éste decayó tanto, que no les
costeo continuar sus trabajos por que ui
entonces ni ahora há ofrecido cuenta á
nadie hacer los gastos de afinacion; segun paso á demostrarlo en la cantidad
con que el S~. E~narriaga quiere probar lo contrario sm fundamento.
Cien cargas de plomo del mineral
de montañas segun la ley que tiene por
naturaleza y no por qt1e yo quiera darsela, proJucen doscientas cincuenta onzas ó treinta y un marcos dos onzas de
plata, que al respecto de siete y medio
pesos por marco, que es su precio corriente, importan. • • . • .• ,, 234. 3. O.
En los costos para esta operacion no estoy conforme
con Esnarriaga, que hace la
cuenta por congeturas y sin
la huespeda. Segun la práctica para que e~aleme no lle,
ve rie·~go de desplomarse, debea afinarse las cien cargas
en tres echada", y no en dos
como él dice: ( aunque en cada una podrian ir hasta cuarenta cargM á lo mas) se necesitan para la afinacion total,
doscientas cargas de leña v
trernta pz.ra ras tres calenta•

1

l

V

por lo que. una carga de plomo resul~
ta con el cargo seguro de cinco pesos
cuando menos: mas Esnarriaga afecta maliciosamente desconocer estas verdades
de Pedro Grullo bien manifiestas á todo
minero, por que asi deberá convenir '
sm intereses, pues lo primero me rele ·
va de prueba el hecho, de que el mL;
mo lo esperimcntó una vez, cuando· tu
vo cerca de quince dias tumbando me.
tal, al mayordomo Manuel Zaavedra, bar
retero Tadeo Caso, un aguado!' y do!
tanateros J solo le sacaron vemte cargas; y ·lo segundo comprobare en segui
da, con datos veridicos; pero antes, de
safio al Sr. Esnarriaga, para si es qu
tiene alguna delicadeza justifique, como'
dice que le es fácil hacerlo, la impos
tura con que se atreve á asegurar, que
estraje ciento cincuenta cargas de
tal de sus pertenencias, sin costo ni de
un n•al por carga. Al aventurar Esnarriaga esta asercion del tocio falsa,
asi como las mas de que abunda su
manifiesto, da á conocer cuau&lt;!o menos,
que está enteramente r'"ñido con la ver•
dad, ó que es insensible aunque se le
echen en cara sus crasas falseda-:
des con r~izones y m·gumentos irre-!
fragables: es de. pública. notorieda~ que'

me-

�me ap:roposito, ó nó, p~r.a desempeñar
1el encargo q'.le obtengo, del que desde luego consultando su interés, bien
hace en considerarme indigno de ejercer•
Jo, por qtte tengoI no el defecto que
gratuifamtJnte me atribu_ye, sino el mas
grave para el, de no ser diputado firmori, ni de mantequilla como los necesita, pai:-a que autoricen cua,nto. le convenga, aun,1ue sea mas opuesto
la
razon y á la justicia,
Procederé "en consecuencia á robústecei·, con prueb1's intachables, cuanto
espuse en el informe que combate el
Sr: i:."~narriaga; por ser a cuanto por ahora debo limitarme, mientras tanto se prese0-ita el perifo facultativo en idráu!ica y
111:.::talúrgLm que aguarda para rendir las
suya~, desputs _que vea y ecsamine l_a
con ,truccion, movimientos y productos
de sus máquiüaii; pues cuando este remoto ca,;o se verifiLJUe (que lo dudo)
puedo desde ahora asegurar, que cede-

a

rá en comprobacion á lo que pa-so á es~

pone1· en los párrafos que siguen.
El Sr. Esnarriaga dice en su manifiesto (párrafo 4. 0 ) GIUe estoy á oscuras tanto como él en cuanto á que los
antiguos empresario¡,, de Montañas solo
encontraron ,:n grandes la!Jrad0s, metales
y arenillas de poca ley de plata, aunque
no este muy conforme, die~, grandes labrad0s con pobreza de metales. Esto es
mucho decir .r aventurar &lt;ld Sr. E marriaga, sin tenrnr de ser desmentido; pues
si él esta a oscur~1s en esto, como lo esti en lo concerniente á la empresa que
tt ae entre mauos; no por eso lo estoy
yo, y L::: que he dicho es efectirn por
mis qu1:; no p:¡eda hacer compatibles
~T m.,tes labrados con pobreza de meta/es, lo que solo argulle que tamhien está á oscuras de que cuando se hicieron·
rw foé con interés de sacar plata sino
plomo, en tiempo que tuvo aprecio J7 los
,i1.1,md·on~1nm lo:, empresarios cuando el
1

duras, que á un real la· carga puestas eu la hacienda, importan 28 pesos seis reales:
un afinador y dos estiradores,
seis dias y seis noches que
se necesitan, á un peso · el
primero y seis reales cada uno
de los segundos, por veinticuatro horas, son qiiince pesos: por un dia que en cada
ech.ada se ocupan estos mismos en asentar, cargar y ca-.
lentar el galerne, vecen tres
pesos seis reales: total gasto. ,, 047. 4.

-i..,

o.

Producto líquido ... ,, 186. 7. O.
Estos son los gasto~, que indispensablemente hay que orogar para la afinacion de la cantidad de pJomo .que se ha
dicho; haciendo.la en las haciendas de
mano; y en cuanto á las de agua se ahorra nada mas que el jornal dt: uno de
los operarios, por que siempre se necesita el . afinador, un atizador y el mismo
gasto de leña y de tiempo; esto está
comprobado por hombres prácticos en la
faculta({ y por la esperiencia de muchos
años, y no imaginariamente, ni á tintin de
boca, como el Sr. Esnarriaga lo hace,
queriendo dar voto y que se le crea
baJO su palabra, Jo mucho que sobre este particular ha charlado, sin presentar un egemplo que lo acredite. Apesar de todo, es in1.:uestionable que hecha la ::...finacion se puede disponer en
el acto de la suma· marginal, pero tambien io es, que no cede en ventaja &lt;lel
minero, sino en un perjuicio evidente, como mas adelante lo manifestaré para
confuuJir las asersiones fa isas y gratuitas &lt;le mi c,ot1tra1·io.
En mi relacionado informe, esp1,se
que el metal de .Montañas es auundante
en sac:i. !)ero costoso para tnrnbarse y
com.lucirse íi las haciendas de be11eficio,

ha ...,hecho cuanto -ha efiltado en su alean-'
ce, por apropiarse contra toda justicia
de una mina que pertenece á D. Manuel Lopez y sus socios, y de la parte
que en el mineral de Montañas tiene
D. Jose Antonio Gonzalez como restaurador, conduciendolo su codicia y lllala
fé hasta el estremo de quererse hacer
dueño de todo el mineral; y si para pro.curar lo ageno, no se ha parado en medios, siendo como inciertamente dice de
su propiedad el metal que estraje, es
consecuencia, que no se habria conformado con solo decirlo; pues no es tan
cordero, sino que me lo hubiera recojido aun en el acto de estarlo elabou
rando, ó quitado sus productos de..spues
del beneficio.
Entrare ahora á demostrar por rnenorisadamente que arreglado á la práctica, no baja el valor del plomo que produce aqye~ metal, de cinco pesos la carga, haciendo los gastos con toda econ0mia, y esto sin que haya que agregar
otros como satiricamente supone el Sr.
Esnarriaga, formando un juicio que_ al
mismo tiempo se ecsime de aclarar;· :n,o
por efecto de sinceridad como el dice,
porque esta no puede tenerla cuando
está en choque con sus principios; sino
por que es materia que no entienqe, si
es que debamos atenernos á los hechos
y no á las palabras: á tanto equivale
que este hombre asegure que con media
saca de carbon, un real Je grasa y uno
:y medio reales por gasto de fündidor y
revolturero, se elabora cada c,\r¡:?;a de
metal, lo que es un disparate que solo
cabe en su fantasía; mas no cosa practicable; de aqui es que saque trescientos
cuare1?ta y trts pesos seis reales de cm;tos, para el beneficio de doscier:itas veinticinco cargas de metal, que deben producir cien de plonro, y que diga que no
es lo mismo· e~:ta cantidad, que la de
quinientos que he dkho es su Yerda,de-

"

�. ,.
bl.: costo; pero es.:o
'
rn. o' rnm~pensa
rc.sult:, -i)Or 1a sencula razon, de que tam•¡1cco es Io mismo
oec1r quB !1acer, esto
1

•

1o qu0 yo aseguro, e:i porqu_e lo he

t:'..~

p;·acíicado y visto practicnr i11fiuitas vee0~, y lo que el dice, ós IDrque asi ~e
le antojó esc,foido, haciendo las cuenfas
~ie1 ºT'1 ' 1 '"'OÍt:t" 110 pol'f'lle SPíl,
CaP·lZ
._.t
Í
~

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Ul.•

(. 6.1,

t.,..(.&amp;.i

}•

~

,_

li

J

de pre~entar un hecho con qne lo haya
cumpronado al¡{mJa sola vez. Para comprobar lo que dije al principio de e,;tc
i
1l.
parrr1to voy a tternostrar
el• va lor ue
pt 111.no para eí minero tn la cantidad de cien
,i,:.a1·cc::1~: -:e necesitan- al efecto doscientas
ni: ticÜ;co de metal que graduando el
cos'o de tumbarlo á dos reales por carga
y a'ñadiendo un peso por :flete" hasta la
}:adenda y c_uatro reales de carbón va•

0

,

lor de una mea, que cada doce arrobas
de. aquel requiere para su elaboracion-,
hacen la cantidad de trescientos noveuta y tres pesos seis reales; á lo que agre-

gando treinta pesos por maquila-de hacienda, quince de un mayordomo, á cuatro re&lt;llcs diarios,. v setenta y cinco pe sos qoe veni"en un fundidor y ,dos estiradores, en treinta días y treinta noches, tiempo necesario para hacer el beneficio, a razon de un peso el ~rimero,
y seis reales cada uno de los ~egundos
por veinticuatro' horas; forman ~!a suma
de quinientos trece _pesos seii reales
y desde luego, resulta el plomo iCOn el
costo qua dije .al superior gobitfrno, de
cinco pesos por cargr.; sacandósé en lns
haciendas de mano que en cuaajo a la;;
movidas por agua, se ahorra loj mismo
que dije respecto de la afinacio¡; el jornal de uno de los ~perari?s; ~ ni ;n la suya aun e_stando_qaJO bue~. p1e,f_¡e ahor1·ara otra ccn~a; puefFaunque ºP_--- ·_ -_ razon
de estar mas inmediata a los m erales,
el flete del metal no es mas qu~ de cin.,
co reales por carga, tit:ne que pagar tres
por _l~ de grasa que necesita _,-f!1ra sµ
fundw10n.
%:í

11os &lt;l-"J a·1·
,i..,.,,,c
't.lv.; ..._.
..! . al
0

enJ
L ...

su aparente ciencia y su saber; vimos todo¡:¡ con
asombro qur, habienilo poco antes llamado, pobres hombl'es á ntiestros inte,igentes ·prácticos; se
:;:-i-; liquidas, con que cubiertJ., sus gasabatiera hasta el grado de valerse del pobre
te-~, ie queda alguna utilidad, aunque no hombre D. Ig•iacio Flores, a fin de que le alumvea la plata en pa~ta qae no' es néce- brase el modo de ~al;rar las tlificultades enormes
- sat·in, si para conseg;üirlo tiene que su- que lo renian c,n~frndíd,1; ó lo que e~ lo misiifr casi un ciento, por ciento de perdi- mo, para q:ie le p•Js¡e,,, en coniente su. hacienda segur.i queda demostrado: pero este se- da, ofreciendo le p:,g:1r 'lU trabaja doble precio que
fíor, ú fuer.de im,truido en minet·alogía, _lo que es de costurnrwe: todo lo que ademas
su notoriedad, lo juc,tifica suficieatemente el
sohre lo que afecta conocimientos que, de
mismo Flores. (I)
a,:aso por su profundidad, no ha podido
Bajn los ausnicios de este inteligente, paró
hasta ahora (bsarrollar; nos quiere hacer los dos hornos de fondicion de que ha hecho
comulgar con semitas, como vulgarmen- tanto alarde hasta el grado . de atribuirles una
te se &lt;lice, y enseñarnos á sacar utili- - ~tenda ~obrenatural; cuando. con escándalo de
dades en una facultad, que desconocien- la verdad y cfol buen sentido dice en su manidn, le seria mns pr.1pio mendigar entre fiesto que combato: en poco nw.s. de diez y ocho
horas al estrenar el primer horno, cuando por ser
no5otros, el modo de tenerlas para sí, todo nuevo cipencts debia empeza,r á echm·se~e me ...
como ya se ha visto en el caso de ha- tal, llevaba ya miéve planchas de plomo fundida,s.
cerlo.
¡~ravo horno del Sr. Esnarriaga, por la aceleraTambien e!'lnuse en mi informe al eton portentosa en su ejercicio! Mas sin perSuperior Gobict:no, que la hacienda de juicio de dejar a W. Sres. Editores la aclaraE•marriaga no .:,ha correspondido. á sus cion de este enigma 6 milagro; pa:m a hacer
lijera observacion, que a mi me ocurre.
e:-:peranza-:, ni el modo de fundir ni el una Para
sacar nueve planchas de plon,o se nede afü,ar; que el método antiguo es el cesitan, cuando menos, otras ~antas cargas de
mejor J el que deberá observarse· como metal; y si é3tas, empez.andolas a echar, hB funmas seguro; y que D. Manuel Lopez dió Esnarriaga en el acto de e~trenar uno de
fué descubridor de una veta de metal sus hornos; ya estrenado éste y el otro, y los
relumbron de considerable ley. Para 4,. 6, 8, 6 mas que dice puede mover sn m~con solo q11e: q,iiera, muy pronto fandtcomprobar hasta la evidencia estas ver- q~ma~
r,1 todo el cerro de Montañas, ra Sierra Madre
dades, que tanto amargan á - Esnarriaga y todas las &lt;lemas; pero todo esto e,ta verde, por
y combatir al propio tiempo los sarcas- q,ie_ que hasta ahora hay de cierto e~, que con el
mos .Y enormes falsedades con_ que ha aus1lto del espresado D. Ignacio Flores que lo
ouerido desvanecerlas; desatandose en estuvo dirigiendo mas de veinte días, solo sacó docle.satinos y desacieitos; es necesario di- -ce cargas de p!omn; y pa¡a eso por lo mucho que
lucidar por partes la cüestion, para que ligaba el metal con greta, con lo q11e la fun.:
dicion se hace demasiadamente fácil y ligera; al
el púl9lico sensato con conocimiento de paso que nosotros sin este ausilio, en cuatro hacausa, se forlll@ un juicio esacto de es- ciendas que el llama bruscas una ·de agua y tres
te hombre y califique con acierto, quien de mano hicimos en cosa ·de quince dias, mas
ha faltado al respeto y á la verdad, si de doscientas cargas que se flevaron a vender
yo no mas por que él lo dice, ó él, que a las ultimas ferias de Monterrt&gt;y y el,;Salti.llo; todo
yo ademas -de decirlo, voy á- compro- lo que siendo !le publica notoriedad~ Ldigan W.
Sres. editores si tuve 6 no fundamento para inbar.
formar al Gobierno que la hacienda de· EsnarEn Agosto del año pasado comen- riaga no correspondió á sus esperanzas, y qu'! el
zó Esnarriaga á parar su decantada ha- metodo antiguo es el mejor y mas seguro1 ¿Y si
cienda, tenfondonos a_ todos los intere- ahora lo tengo tarnbien ·para decir, que no· solo
~u1",._,

~'-.,

¡•p·
,1., ·
.... ....._10:)

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p;l'es~rio las cien carga;_; setecientos pe-

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falt11rln 111 rpi,npfn

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b lo vi&gt;rilo~ .. 1

"nnori ... r

�por .1~ de grasa qu.e - necesita ,t,ara sµ
fund1c1on. ·_ . . . .
. Dige en- ,mi informe

(}:

1,ue f plomo

!:n:i:~:t~~;~~;~9¡ti,:a!f
d~s u~!
manera ~oncluyént~
me con¡raere á
llO

los valores que: éste y. la gre~ tienen
aquí por que no son~ fijos, sirio á los
1wecios á que uno y otro artículo se
vendieron, en la última feria del Saltillo.
Ya queda demostrarlo por «la operacion .antecedente, que de l-a afinacfon
de cien cargas de plomo, deducidos los
gastos, resulta un producto líquido por
1a plata de. . • . • . . . • . ,; lt,6. 7. O.
En la oxí.iacion sufre este una merma eqivalente á ,
la cuarta parte, segun lo tie- '
ne acreditado la esperiencia,
por lo que las cien cargas de
p!omo, quedan reducidas á setenta y cinco de greta; que
al precio de siete pesos' que
füé á corno. se venJió, deduciendo del producto tres pe- ,1
f;os do-; reales por fü::te, cinco reales de derechos, y dos

y med~o por ei empaqt1e en
surrones, resulta que.quedan al
empresario en líquido. . . ,, 210. 7. 6.

-----

Total producto .... ,, 397. 6. 6.
Ahora bien: pot· la antecedente de-

mostra&lt;:ion se vendra en co~1ocimiento,
,Je que cien car~~as de plomo de l\lon1
.f,
•
D
tana!&gt;i,
pasanas
por a,rnac10n
como .11.;snarriag;a cp:iere, so!o producen al min~ro cerca de cuatrocientos pesos; cantidad qtw no es compatibie á resarcir los
, • i
,. •
l
.
gasto-, ael. 0~11:.:w:10 y por o farnt-J, Ja1n?ss lo afinaban los aatiguos, ni nosotro-;
lo hacemos, bien desengañados de este
mal resiútado; el crne no lo hav vendien-

' e 1 p l o,no ef'l bruto,
'
· a'
oo
pues el., precio
que se negoció en el· §altillo fue el de
once pesos por carga, del• que deducidos tres pesos dos reales de flete y·

u

cienda, teniendonos a todos los interesados en el giro de minas en· espectativa de los resultad_os prodigiosos que debia producir~ segt1n. tuvo -el descaro de
patentizar como seguros al Superior -Gobierno del Departamento, en su larga esposicion de SO de Mayo del propio año;
pero muy pronto nos desert'§añamos de
que en su libelo ofreció mucho, para hacer nada, y ,que todo aquello no pasaba
de maquinaciones consabidas en su fantasia, pero dificiles para el mismo, siendo inventor de practicarlas: la razoa es,
que de luego á luego, supo111iendo efectivas las soñadas ventajas de su grandosa hacienda ( como supone cuanto le
viene á 1a cabez~,) proyectó sacar, plomo e~~ gran c!ntldad,. para llPva~ a las
inmematas
v el Sal'll
.ferias
t
dde M-0nterey
l1
t.
u o; Y. cuan o p_u o sacar 1ueron, res
planch1tas, que JUntas no llegaron a nueve arrobas· &lt;le peso; cuando nosotros el
año de SS que restauramos á Montañas,
beneficiamos en nuestras hacienda~, qtte
el lla,ma brtfs~as con el metodo antiguo...
mas de qmmentas cargas de ~lomo en
menos d~ t:es meses; b que siend~ un
hecho pdubhco parab tdodos . e stos habitantes· que a compro a o mi aserto y qne
· apurar t an t o las ' reg
: 1as
no ' es necesano
del arte, como el dice, para sacar plomo
en cualesquiera cantidad; lo que si seria
bueno apur·ar en el ca:;o, son las reglas
de que hubiera compradores; que nuestras haclendas con solo aumentarlas proporcionalmente en r:~mero, dariaw abas1

y

to para todos en u_tihdad nuestra.

que

ahora lo teñgo tambien "pará decir,
no~ solo
ha faltado al respeto y a la verdad al superior,
en lo mucho que le ha dicho, sino que ai:lemas
se ha puesto ~n ridiculo ante el mismo publico?
Discurriendo ( dice Esnarriaga) las cualidades del aire en el punto de su hacienda, y la
reverberacion del metal que abunda en sulfuro, se
convenció que para fundirlo, era de necesidad, misturarlo con grasa ele los graseros antiguos de esta
villa. Estaba evitado su penoso discur@o, si desde un princirio se hubiera puesto á aprender, y no
enseñar; por que esto mi~mo, es cosa sabidn

a

(1) :Se,wr D ~11a.'iano
beneficio de JJ. José ,/Jndi·cs
de ·1841.-.llfoy seño,· mio:
fecha de hoy, digo: que es
1

,

•

Santos.- f:facienda de
Villar.·eal, o~tub1·e 1-~

con/,estando stt alenta
cierto y efectivo que D.
.

-···

,.

, •

1
Bias .llntonw de E.ma, 1 wga, no pur.icndo
Jund,i

.

,

r

.-.

•

¡&gt;;

••,,

• _

.h~c~enda de nucv,_t i,ive~v,~n, me solici,o el 111lS
mo d1.ciendome, que- juera a impane,·me ele ella y
le cligera los defectos que tenia, ofi·eciendome dar
tJeinte pesos, y accediendo á su solicitud, fiú, me

5U

~e_d,l,i., __iJAe iut!_.go J!. . lue_g~.31!..-~!f.!f!!:G!;;;...
ñé, que desde los cimientas estaba errada su
obra; pero sin embargo, me hizo que para su des~
engaño hiciera algunas esperimentos, lo que así

. ,

.

,

practique y no obstante a que hice cuanto estuvo

•

-

d~ mi parte _para wbs~nar tantos defectos que tema, s.u t'elacwnada hacienda, solo se pudo fundir
en distintos remienJos que se hicieron en mas de
veinte d.:as, dote cargas de plomo; y eso rcsnlt6
po_r qiw el metal iba mesclado it ·medias ccn gi·eta; para e;;to, se gastaron mas ele doscientas meas
de carbon, y corno c·uarenla cargas de 0o-rasa de est Vi 1
•
,
et
zloa,-.lll venirme para e5t ct, de SU hacienda
rne of,·eci6 dicho Sr. Esnctrriaga, el que me darfrt
un p,irtido en la negociacion y iin peso diario poi·
que me quedase en ella, vor solo el que me en-

Mas como Esrrnrrrnga no se conforma con
esto, sino ademas quine hacer la felicidad general, siguiendo su propósito no desmayó por
l_as fatales primicias de sus trabajo~, c-¡:ie atribuía
d_efé_cto ae sus bec'iuras {, no, de sus Icono.
c1:rnentos que era mas pro¡:no cmpar; por o que
.
.
.
•
. ,
imbuido en e.;ta paradoj 1 , g1,~tó ma~ de un año te¡¡diese con la threccwn ele la espresacla hacwnaa;
en hacer á su idea ob3ervacioneR, eqsayes y es- á lo que le contesté que na podia por que tenia otros
perimentos de todo género, sin con~egui~ en nin- compromisos. Todo lo que estoy pronto a probar
guno, un remltado .que corresoond1era a sus es.
t t
e
peranzas; hasta que por ultin~o, cantó la pali- - si necesario_ fuere.-Es de V. su, mas a ~i o y s nodia: y hacieudo á un lado su amor propio, guro se'f'i•ido1· Q. B. $. Jlf.-Jos~ Ignacio Flore,.

ª.

~

.•

�a

por m1e~tros rn;ner0s hice muclt0 tiempo; pe•
sar de q11e no se (¡nebruria much:J la c:ibeza pa•
ra rlis ·urrirlo; p11e, qn-, Riendo ya discí¡rnlo de D.
fa·na,cio Fillres, lo c¡:ie di,cuni1Ja füé entrar por
el aro, convencien,lo,c: ,ie esta nec,~.;í,J;id: (2) m1s
con todo; como i!U hacienda ti,ene el •n~l en el invento, ya lie d.icho lo que rest!ltó de 1.o q11e él
)lama prodigiosa funclicion, donde dice que atentatoriamente se le qnitó ;)(JI' rP.i el agua de. sus
máquinas: en esto ha fol!arlo ii la verdad; por
.que no fui yo, sino el apodHado qne tenernos todos los accionbtas del Potrero, el que lo
hizo, por la friolera, de que es cos~ qne nos
pertenece; hasta en tanto hiciese targ~a~ para.
usar de ella, ,sin perjui,~io nue~tro, seg,m por
ser de justicia lo &lt;lispmo el superior g,ihierno
~el Departamento.
iPor qué, pues, no agrega
este corto gasto á los mas que tiene hecho3]
iQué .no se lo costear,1 su gran empresa? S, ~¡,
¡,Por qué no lo hace'/ \ si 11ó luego ya 1¡0 es
0

,tratoe1, pl'lr lo tantQ no ·te .pasé aviso de este;.
coformanébme con· d¡¡rlo ~l inter,esado, como. lct
hice, po¡¡iendo en el a('to a sq di,posicion el
metal comorad,J en pr~siencia del mismo barre.tero, de donde résulto que tratara de corregir
el. -mal llamand·&gt;lo á. •juicio: qe consigliiente es
falso que mi com;m,t fue furtiva, y un absnrdo
d~ Efüarríaga proferirlo, a,i como lo es que diga,
que la mina de donde se sacó el metal esta sus:-

perwt y desamp,traclrt, por fos bellos ¡wocedimie;1to$
de este jue:; L O de paz, siendo publica la. cir.,
o.,mspeccion é imparcialidad que norma las dis-

posiámr,~ administrativas de éste Sr. juez; siem-.
pre conf.Jrmes con la a,probacion de s1.1s superiore,; lo que .en honor de la vedad, no puedo
n¡enos que man►festarlo; añadiendo, que con tal
medida apenas cumplió con su . deber, haciendo
la recta justicia de no dejarlo meter mano en
casa agena, para lo que tiene una p1·opension_
manifiesta.
cierto que sus hornos, desde al esJren,arlos, 11peEn vista de cnanto dr-jo vertirlo, podra el
nas se les empie:::a d echar metal, cuandu yct lo r.ublico formars.e un j11icio esacto del, Sr.• Es.
fimden.
narriaga; y calcular si obsequié ó uo, la. ver·
El metal relum.bror. ele Montiiias, q11e pro- dad, en el informe que p,Jr superior orden, hidujo once m.arcos de plata por veioticulltro ar,o- ce al Gpbi.erno dei Depa1tamento: b;ísteme por
ba~, ó Rean diez y df,s onzas erimo dice Esnar- ahora esta satisfaccion, y reservando para otro
riag:i; si espt1se .en mi informe c¡ue lo cle.;c,1hri1í. tiempo, si fuere necesario, lo u:.:1s a q 1ie á la
D. ~lanuel Lopez, en una propiedad s1Jya y vez no e~timo oportuno reforirme; concl!lyo con.
de .sus socios; fué porqut d.ebia decir ver.lad y advertir
mi contrario, que cuanto llevo dicho,
lo que supiera: es c:erto q1ie el no tomó. la burra. y lo q·ie. espuse a la superioridad, C()l) relaciGQ
.en stis manos paia desctórido; pero tair~\¡ien lo ~. las naeienJas de b,eneficio; estoy pronto á pro~s que lo hiz.o un barretero suyJ y sale a ra- barlo, sin temor de que ni él rii naqie, bajo el.
~on d,e lo mismo; que por lo que hace a que l:i. mismo. m.odo acredite lo contrario, y si nó, lo demina conocida generalrpente púr de aqui;: 1, es- safi:l á. pruebas materiales, a que l:}o dudo detuviera 9. no briJo de su direccitJn, era cce,l qne berá prestarse, si es q,1e cuida qne no se hieno se !lle preguntapa ni que podia, ni pueck, ran su honor y re¡n;ta.cio:n, y entónces vendrá
decir tampoco, por falta de con,tnncias en la en conocimiento de lo mucho que d.ista h.ahlar
&lt;liputacion, sopr!l lo que no se Sf\.be mas, ~ino al aire, que remitirse
las ob.rás q_ue producen
]o ,que todos. no. ignoran y ya tengo dicho; pero dí.ltos verd,1deros, de los 4,ue careciend.o hast~
Jo que. !lS denmsiado estraíi.o es que este Sr. se. ahora sus escritos, solo su valor puede hab.erlQ
:meta en la renta del escusado,. y á. cargar cui~ hecho, ó su descaro, ocupar al p(lhlico respetadados agenos, contrayenrhse á. la venta qne Je, ble con cosas qu" de'llluda~ de tan singular resus l\fontalvo (})e hizo de un poco de metal de. quisito, mal ha deoido con ellas llamar su ateucion.
)a pertenencia de Lopez: en efecto lo cqmnré,
D.ispensen YV. SS. EE. la molestia, qlle por pri~
y supe lo q11e hice; mas como tambiirn ~e que mera vez, tiene necesidad de cometerles, 'IU
no tengo obligacion de darle cuenta de mis con: !.lf~ctisimo serviJor q. b. ss, 111m.-,Máriano Santos.

a

a

(2) No sé á quien se contraera Esnarrirtga,
cuando dice en su man!ficsto; que por su cha1 la~anismo oigQ, con agrado a un aprendiz de todo
y maestro de nada; pnr que si lo he de buscar por
el r~tra,to con tan. buenas señas, voy a dar co¡1 él;
que queriendo drme tono ante el públicq de consttmado minero, no pasa de un altic!naclo en- la f,iciiltad, y lo mismo succde¡·(J, respecto de los conocift
mientüs que se atribuye en medicina, química y
&lt;!_tras artes.

MONTERREY:-184.l.

lmprenta del. Gobierno a cargo de
Proylan de .Mier

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, Suplemento, 1841, Tomo 3, No 44, Noviembre 4</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>177.

s

E M'-

A NA R
POLITIOO

I O

-pEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sfq procuralio reipublicte gerenda est ad utilitatem eorum qui comissi sunt,
;Ion eorum quibus commissa est. Cic. I. oflic.
Lo mismo que una tutoría, asi se han
, de ejercer los cargos publicos: no para
utilidad de 1011 que gobiernan, sino para la
de los gobernados.
ToM,

III.

Jueves 11 de Noviembre de 1841.

GOBl~RNO GENERAL·
. llflNIJTElllO Di! JU8'J'ICIA E J~TRUCCJON P,UBLICA,

(Ji,cultw. -Esen,o. Sr.--Resuelto el Escmo.
Sr. Presidente provisional a proteger y fomentar por cuantos medios pendan de su arbitrio y
faculbtd, el importante. ramo de la in~u~~ria nacional haciendo cumplir las leyes proh1b1üvas de
.importacion de .de~ estraogm-.os que la perjudican, ha. dispuesto que por el Ministerio de
'Hacienda se espidan las providencias conducentes al efecto y que lo comunique á V. E., como tengo el honor de hacerlo, para su noticia
y que llegue a la de tcdos los habitantes del
Departamento de su mando.
Dios y libertad. Méjico Octubre 20 de
1841.- C~llo.-Escmo. Sr. Gobernador del Departamento de Nuevo Leon.

NuM. 45.

que ll ley previene, supuesto que tales efectos,
como prohibidos al comercio esterior y nocivQs
á la indutitria del pais, de ninguna manera han
podido ni pueden admitirse en venta en la Republica, siencfo responsables los empleados de hacienda y jueces respectivos a quienes toca velar sobre el exacto cumplimiento de las J.,.yes,
de cualquiera omision, descuido ó tolerancia qmi
se notare en el particular; bajo el concepto de
que no debiendo perder la hacienda publica los
derechos que le pert~neeen, ni prescindirse de
las multas establecidas por disposiciones vigentes,
se exigira á los transgresores de la ley Jo que
deban satisfacer por Jerechos y multas, aplicándose estas á los aprensores, y verificado se procederá a la quema de las mercancias por los
empleados respectivos con· las formalidades debidas y ante la primera autoridad polltica, extendiendose · la acta correspondiente de que se
remitirá un tanto á este Ministerio.
Lo que de 6rden suprema comunico á V. E.
para su inteligencia y cumplimiento, haciendo
las comúnicaciones oportunas a los empleados
respectivos de su resorte.
Dios y libertad Méjico Octubre 21 de 184l.
,-D. .Dtifoo.,-Exmo. Sr. Gobernador del Departamento de Nuevo Leon.

Mit1istetio de Hacienda.,....Seccion l. ;i Exmo. Sr.-Persuadido el Esenio. Sr. Presidente provisional de la Repiiblica, de que uno de los
primeros deberes de todo Gobierno ilustrado que
deseé sinceramente el bien y felicidad del país,
es sin duda alguna el prestar la mas decidida proMinisterio de Reltieiones exteriores y goteccion á la industria nacional, rearoviendo cuan,. bernacion.-Circular.-Esomo. Sr.-Por la ley.
tos iucoovenie-ntes se opongan á su desarrollo y de 9 de de Marzo de 1822 los impresores tieacrecentamiento; y considerando que la introduc- nen la obligacion -de remitir para el archivo del
· cion fraudulenta en la Republica del algodou Congreso, dos egemplares de cada uno de los
extrangero en rama, hilaza y tegidos ordinarios, impresos que se dén á la luz publica; y hase verifica con escándalo, á pesar de las pro- hiendo manifestado a este Ministerio los Sres.
tidencias que se han tomado para impedirlo, lo Secretarios de la Junta de representantes dé los
que hace sumamente necesario adoptar medidas Departamentos la falta de cumplimiento por los
bastantes a reprimir un abuso tan perjudicial á , responsables 11 la espresada obligacion; y siennuestra naciente industria, ha tenido á bien dis- i do por otra parte muy conocida la utilidad de
poner~ que tanto el algodon en rama, como la que en un archivo como el de que se trata
hilaza y mantas cuya importacion está prohibi- ecsistan esta clase de 1ocumentos, que en todo
chl, 1 que fueren aprendidas en · los puertos 6 tiempo ponen a la vista los sucesos y el estaen cualquier otro punto se proceda á quemar- do de la opinion, el Escmo. Sr. Presidente prolw ~tamente, prévio el juicio sumadsimo visiona! ha dispuesto, lo comunique á V. E. con

I

�178.
el fin rle qne haga Pjec11tar esta determinacion
por los individuos ~1 qni,mes corresponda en el
Departamento rle sn manrlo.
Dio~ y libertad.
Mejico Octubre :2:2 de
!841.-G. Pedr-a=a.-Exmo. Sr. Gobernador del
Oepart,.unento de Nuevo Leon.

iS'cci·ctarirt de Gobierno del Departamento de
JV'icrvo Lcon.--, C'irc11lnr. ,-El Escmo. Sr. Minis-

Secretaria de Gobierno del Departamento de
Nue·vo Leon. -Con frcha 20 de Octubre r&gt;1ócsimo pasado se dice por el Ministeri'l dr .1 usticia é lnstruccion publica al Exmo. Sr. Gubernador lo que sigue.
,,Escmo.

Sr -El Escmo.

Sr.

Presidente

provisional, que desde q•1e tom6 PU sus manos
las 1íeridas dd Gobierno de la R ... püb1ica, tuvo
por uno de 8\IS principales deberes el dictar
medidas capaces de proporcionar a sus habit:mtes la mayor seguridad, á fin dA que puedan
trarn-itar con la debida confianza los caminos
que desgraciadamente se han infestado de la~
dr ones im pidi.-ndo el movimiento al comercio interior, ha tenido a bien resolver, se dé el mas
exacto cumplimiento a la ley de 13 de Marzv d~l año .,pl'Ocsimo pasa.do con respecto á .. los
ladrone¡; en cuadrilla, y que persiguiendose a estos por las autoridades civiles y militares en to. dos los DeparJarnentos, seanju,z;g!ldq¡; pon ar~eglo a ella.-Lo que tengo el Iúillof de decir á
V. E. .para los efectos correspondíen~es.
Y de órden de :S. E. lo tra~cribo á V. para su inteligencia y ·l':xfmta ób'S-ervancia,
Dios y libertad. .l\fonterrey Noviembre 10

tro de ,foaticia é lntitruccion pública con fecha
lG del mes prócsimo pasado dice al Exmo. Sr.
Gobernador lo que Riguc
,,Escmo. Sr.-Creada en esta Capital una
.Junta Ü(' Iustruccion · püblica, cuyos presirlente y
:c;ecrl'fario son los SrPs. Dr. D. José Ignacio G-"n:zalt&gt;z Carralmuro y Lic. ÍJ. Juan Rodríguez Pue-.
bla, con el objeto de que proponga un plan gP,nernl de estudios para toda la Republica, y
pudiendo necesitar para la perfeccion de 8\lS trahaj, 1s algunos informPs, noticias ó documentos que
crea convenientes sobre este ramo, de los güLiernos y aut()rich&lt;le,; de los Departamentos y
de las j 1mtas ó establecimientos que en catla
uno de ellos estén encargados de esa materia,
ha di,pucsto el Escmo., Sr. Presidente provisio- de 1841.--Francisch'.Margain, i)fióiat mayot. :
nal que V. E. se sirva librar las órdenes corres¡iomlientes para que se franqueen los cita dus informes.-Tengn el honor de decirlo á V.
Gobierno del Departamento de·" Nuevo Leon.
E. rle ó1 den surrema para los efectos con-

sig·uientes, protestandole mi particular conside...:
rncion y aprec¡,;."
Y lo in,erto ú V. rle rnperior órden para,
s1 1 co,,ncimif,11to, y á fin de qur c•ianrlo por:
e' SI'. Pr&lt;~sidf,nte ó Secn°tario de la espresa&lt;la J'un·
li&lt; ,. , le ¡,1dan 103 inf,moes, noticias ó docum1'.nto11
que nec,,site11 parn llenar los obj,-·tos de su inspe~cion, lo~ n:mita ~in e;:cusa y á la mayor po&lt;l1b,e h1 evcdc1d.
l➔ i,is y litH'.rta,1.
Monterrey ?'foviembre S!
se 18,J 1.-Frnncisco Jllargain, Óficial mayor.

-,,Manuel Jlfiiria; 4e Llano, Gobernador provisianctl del Departrtmento de Nuevo Leon.
Por el Ministerio de lfo,~iP.nrla se tne ha

comunicado con fecha 16 de Octubre prócsimo
µasad-, e, dPcietn que sigue.
,,Exn1u. Sr -El 1&lt;:xmo. Sr. Presinente provisional de la R,,púb,iea Mf"'ji~aua, se ha serv~jo
di Í\;li'l,Il•' ,.fl d&lt;&gt;cr¡,t,) qne ~,g,,e.
"DHliearl,l d,,~de luPg•) con _la mas prefer~nte
~tenvion al. ar•·Pglo Jel imp()rtaute ramo de Hacíend'.l, lci' frn · d!=del ,,,1iqií\Iamientn en que
SP ene11e11fra, y tirg;,lJÍZ~rlo de ri10do
que sin
atucar los i11ten•se de la socirdad, ise obténgan
Secfcltr.rirt ele Gebim·no del Depa.rtdmento de lns recursos nec1'sa,·ins oara las graves, urgentes
.J\/'tr.r.vo Lean--. Circi,.lat.,-Por el ministerio de é indi,¡wn~ahles rr:,giicioneR que demanda el
relaciones· exleriores y g·obernacion SA há di,¡ se1 vicio nacional, h· fijarlo m•:y particularmente
rigidii ni· Ecsino, Sr. Goberná&lt;lor con · f•:chá 2 j', rr,i 1,nidado snbie, -~lguow;_ punto,, que ec~1gen
ele Octubre ultimo la Stipfémá disp·o~·icíon c¡ue: una pronta rtsolur;ion, y &lt;le cuya demora, tanto
·
1, al erario,. e.amo .al comercio se si:guiriao enorsigue.
11
'"'
E'l
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-. p
•a
,, E'cRmo. ;:::,r. r,csmo. Sr. n·s, entP nro~; mes pPrJ11icii-,s, y por lo qnP se hace preciso
·
·
¡
1
·
¡
,
hº
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, tomar aigunas proyiJencias con separncion del
v1~1nn. a rn lern, o él 1n1 e is¡:ior.er, que l,,s in-l.:
.
·
d IVIOU()S que SP ca 1I6quen por \'agos e:n -eM~ DP-7 ton,,· del n,!gocio, entre tanto se decre.tan los ,lr··
pailamPntP, se dtstiJ,f'll al Ejéicito dél Nort~ .reglos .que,ecsigf' el erari0, y que demandan algun
:il ifectn ]()s pondr·i y J,'
dºc
• • ,.l ¡ 'i rtiernpo y, una séria rneditaciou ¡para qqe eones'
. .,, ¡¡
luflOSICIOll t1e
a:, .
¿., ..
'Íº .. ·.
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Y
~11 t( r rlarl 11 ,i\it.ir de ern capitn\, rara qn~ sealf , pon "°? a .su 1mpo1_ ollt1_,-1~no o )Jeto.
di-·
ib\!'dos ,,r1 los. "IJ"tpc,·
,
&lt;l e s11p,ema
"
'.
U11a
que
,
, •. ,J,. ,o q11e
d de
. 1as d1s.po,;ll.:1ones
1 ·.
•.
&lt;l"o- mas
d urgenteore•• 1, h C(,ll1U\Hcn ¡,arn sn cnrr.¡,'itnie,ito."
mente ernam1a e,: 1,,te1 es tan 1,,,no e contemLa que vor rmindm1o de S. E. tíascribo a' piar~~ d_el comeicw, e~ a.enea de \a \ey _de 26
V
l;I¡) 911e cn:de &lt;1e dalle Si.\ mas ná-cto cun,. \ de, 'N(JVlemtwe de
lS39, "p~r CU)'ª derogl,\C\OU,ha.
11, •mi-r·nu, 1ccogiendo y nmm"\an,\o a esta Capi 1\_clam;,d~ t1en:ipo \1a la . Nac1on e.r_i~era;_ y umto
ti., "' t"dos \os V&lt;1;J;:,s qne se ei,::nf"ntlen eü el\ rnas St, req111~.,e una pronta ¡,rov1;1enc1~,-c11~oto
l'' f- ),0 de 8,1 mando, pu,a dar\• sel destino acor- i\ q;1~ ~e__h:t~ tom11fo durant1' \a revo\uc1on d1ver&lt;l0• , por el s ,,,rPmo G,lbi~rno.
: s,,s rn1:d1,\..,, en a gmws De1-a1tamentos que baHins :: libtrtad. l\Jonten,y NoYiFmbrr. g) c~n snmam~nt_e en,barnzosa la 1~archa de la~ ofi~
,Je lfi.!. l ___ .f.'rnwisco ,.Margain,.: iiri.i ¡ rna V,•T.
!; e mus de, lla_ciend?., qne _ tanto importa carnmen
·
\! con ui,1fn1tnldad y esí,ed1c1on.

·:~icarh

,
1

0

;,_

EE~:e

\~~

&lt;l:ficu\t¡,dcs qne se. les hun preseu

�119.
tado en varios Departámentos, ha sido la recau- l.~ instancia del Distrito de esta Ciudacion de lo que se 'adeudaba pore.l quince por dad, sobre robo hecho en Sabinas Hiciento de consumo que aquella ley estableció, dalgo. En trámiteshasta que la revolucion hizo cesar ese ilJ}puesto;
2. o Del Sr. alcalde l. o de dicha
y si bien es muy claro que esta creacion no
puede ser comprensiva de los derechos ya cau- ciudact, sobre dudas acerca del cumsados y debidos_ percibir por el erario, w1 parece pfüniento de la la ejecutor·ia librada por
igu'llmente cierto desde cuando hayá debido ter-:: el ex-juzgado de Distrito sobre las perlllinar la exaccion del impuesto.
sonas entre quienes debía ser repartido
Cou el objeto, puf!s, de C10nciliar el bien, un comiso. En definitiva.
·
publico con el de los particulares, y de dar una''
o
Del mismo Sr. alcalde, sobre
prueba de mi deferencia á la opinion, no menos;
que -de las consideraciones que mere.ce el comer-¡ el m ,ltrato é injurias que el juez l. 0
,cio, he tenido á bien maridar; usando de las fa-i de Sta. Catarina recibió por querer concultades que me concede la '7. ~ de las bases. tener las públicas emociones á que se
:acordadas en a'aculfaya, ·y juradas por los re- entr~gó aqu,el pueblo. po_r _haberse pro. ptesentantes ·de los Departamentos, ,que hasta la -nunmado alh el 7. o Regm.úento de ca•
l'.«1.écilucfon del primer Congresc ·constitucional se báfletia por el plán del Ecsmo. Sr. ge()bserven los artloulos siguientes.
1 n
.L ,º .Queda sin .efecto la ley de 26 de No-. -nera .c:aredes. Se sobreseyó.
~iemhre tle,1839 que aumentó a qu~nce por cien4. 0
Del Sr. alcalde interinó de
io el dereaho de consumo de los,efectos estran- Marin, sobre contrabando de táh~co. En
geros, desde el día que -señalen los gobernado- .-definitivá.
r.es, de. aou~rdo con las · Juntas Depa,tamenta-·
5. o Del Sr. juez de l. !l) in5tan.
lé1&gt;. :En el .Departamento de Méjico,y cualquier cía interino del distrito de Cader,eytaoh·o ,én ,que.se~ hubiesii p.uest o en ejecucion 1ª Jimenez, sobre homicidio.
En definitiva
órden del Gobierno de 4 de Setiembre último,
no :té:ndrá eifecto .el señalámiento del diá indi- , Se sentenció al reo Norverto Gonzalez
~do.
, á cinco años de presidio.
0
-.2. 0 En conse~uencia, solo se cobrarán en
,
Del mismo sobre abigeato. &amp;
lo sucesivo l9s derechos establecidos por las le. -tramites.
yes ·qoe i;egian antes iie .Ja r-eféríéla de 26 de
7. o Del Sr. alcalde S. ~ de esta
Noviembre de 1889.
ff d d
b I
·
..3. 0 ,Quedan asimismo sin efecto las leyes · ,m · ª ' so re a fianza que D. Hipolito
de 26 de -Diciembre de 1839, 23 de Abril y 9 -de Hoyos á nombre de su esposa ecs'ide Junio -de 1840; referentes ál propio derecho · jió á D. Aléjo Tamez. para seguridad de
de consumo.
•una deuda. .En definitiva.
Por tanto, mando se imprima, publique, cir8. 0
Del mismo Sr. alcalde-, ~oe!tle ~-Y se le dé el dtibiao citm¡,Tíimento. Dado bre embargo de bienes hechos á D. Peen 'facuhaya
16 de Octubre de l84l.-.fln- dro Treviño y Pereira por causa de la
tonio Lopez de Santa:,-¡9.nnq,.-A D. Domingo Dufoo." -Y lo comunico á V. E. para su inteiigen- , vevo\ucion anterior. Se ~obreseyó concia y fines eonsiguientes."
forme á los convenios celebrados en 6 de
V para que llegue a noticia de todos man- Noviembre del año pasado.
,
do se puhliqúe por bando eri esta Capital, y en
9. 0
Del mismo 8r. alcaldé, sobre
las demas ciudades, villas y lugares de la com- robo de una burra. En definitiva Je
prension de este Oepa'rtarríento; ñjándose en los condenó al reo Gabriel Robledo al paparajes acostubrados y cinculándose a quienes !.TO de ella, v declarandose _por_ pen_··a -bMcorresponda.
·
.
.
. r-,
J
Mont~rrey 11 de Nov"iembre de 1'841 ,- lante la larga prision que había safrido,
.7ltlanuel .Maria de Llano.-Francisco Jl1argain, se le puso en libertad.
ofi('ial mayor.
10. Del mismo Sr. alcalde, sobre

s.

?·

ª·

.licencia que la Señora Da. Fraüdsca Sada, impetra para poder vender la agua
NOTICIAS DEL DEPARTAM_ENTO.
de su propiedad. En trámites.
REL.9010.N que el .fl.sesor general del 111. Del juez 2. 0 de paz de P_esDepartnmento de Nuevo Leon presen- quería Grande, sobre robo. En trámites.
ta al Ecsmo. Sr. Gobernador, de los
12. Del Sr. alcalde S. 0 , sobre la
negoci-os y causas despachadas por la licencia pedida por la referida Señora
.llsesoría de su cargo desde el 4 de Da. Francísca Sarla. Se le concedió en
Octubre que la come:nz(J_ a desempe- definitiva.
ñar, hasta el 9 de Noviembre en que
. 13. Del juez de l. :i:i instancia in•
la deja.
terino del distrito de Linares, sobre asesi natos cometidos por Juan N epomucenc
l. 0
Del juzgado S. 0 - interino de ), Resendis. En trámites
1

�14. Del Sr alcalde S. 0
de E::sta preso suscrito por los Picudos, y titulad·; El Penequ.e de loE Picudos al Tapabocr1, del Lic, CaCiudad, sobre cobro de pesos por la Se- nales. Se ha repartid,) gratis a cuantos SPpan
ñora Doña Francisca Arnais. En trá- 6 no se;,an leer: tienen quiza sus autores mucho
mites. ,
interés en que todos vean tan bella produccion.
1§. Del mismo Sr. alcalde, sobre Yo en esta parte uno mis votos á los suyos,
arraigo á U. Antonio Aguilera, pedido por que el papel referido, aunque anónimo, no
por D. Juan Gonza\ez hasta la conc\u- por eso deia de recomendarse por sí mismo. Lo
sio11 &lt;lel pleito sobre "cobro de pesos, que uulido de su titulo, lo conciso en sus raciocinios, la exictitud con que su autor ó autores reen apelacion pende en el superior Tri- fieren
los hec!ios pasados en los dos años de la
bunal de justicia de este Departamento. revolucion anterior, lo contento que se manifies16. De] mismo Sr. alcalde, sobre tan por la paz que se disfruta a conRecuencia
E::jecutivo cobro de pesos por D. JuJian de los convenios celebrados el 6 de Noviembre
del año prócsimo pasado, y sobre todo el res&lt;le Llano. En trámites.
17. Del juez de l. C) instancia in~ peto con que tratan á todas las personas de la
terino de Cadereyta-Jimenez sobre des- frontera del Norte comprometidas en aquella lucha, dan á conocersuficientemente los patrióticos
pojo de unas norias hechas por D. Se- sentimientos de los Sres. Pi,cudos, su ilostracion
rafin Gonzalez á U. Juan Garza y com- profunda, y su muy noble desinterés. ¡Dichosa
partes, y en que se recusó al juez de la Nacion que mantiene en su seno tan celosos
ciudadanos! Si no sacan la cara, no es por tepaz de China. En trámites.
18. Del mismo. En definitiva Ja mor sino, por delicadeza. No quieren recibir précausa seguida á Eduardo de Leon co- mios por tan brillante pieza, por eso callan sus
é iufluenfüimos nombres. Por lo demo incendiario. Se le absolvió por no apreciables
más son capaces de arrojarse á tomar una'bateria
haberse probado el hecho.
sin soldados.
19. Del Sr. alcalde S. 0 de est&amp;
Y(} no pens~ ofender con mi 'l'apaboca á
Ciudad sobre cobro ejecutivo de pesos tan valientes y reverendos Sres.: habié eu general, y si á ellos toca y lastima cuanto dije,
por D. Bias Castaño. En trámi~es.
29. Del juez de paz de Cañas, so- ruego á los Sres. Picudos se q,iiteri la m11scara y el disfraz con que se cubren, sPguros de
bre heridas. En trámites.
que para satisfacer sus agravio~ Vf'rdaderns ó fin21. DeJ juez de paz de Sabinas gidos, siem,1re encontrarán en mi un hombre y
Hidalgo, sobre la muerte dada a Ino- un Ciudadano.
cente Guerra, por haberlo hallado roMonterrey Noviembre 9 de 1841.-Lic. Ca-·
bando, y hecho resistencia envistiendo nales.
con un puñal a los que iban á aprenderlo. En definitiva se a0s0Jvió de toda
culpabilidad al que lo mató.
2'2. Del Sr. alcalde 2. 0 de esta
Capital, sobre ]a muerte que el cabo de
polícia Miguel Canales, obligado de la
No habiendo tenido efecto la cilacion de
necesidad de defenderse, dio &lt;le un ba- acreedores
a la testamentaria del finado D. Malazo á Lorenzo Ortiz á quien iba á pren- tias de Llano, que verificó el Juzgadn de letras
der. En definitiva absuelto como el an- de lo criminal de este Distrito el 2:Z del prócsímo
pasado, emplazandolos para que ocurriesen denterior.
23. Del juez de l. l'l' imtancia de tro de cuarenta dias contados desde aquella fe0
ante
Cadereyta-Jimenez, sobre heridas dadas cha; el que suscribe comu alcalde 2.
quien ahora pende el conocimiento de los autos
por Crespín flores á José Maria Cam- relativos, ha decretado con esta fecha se citen
E_OS d~ l~s cuales le resulto la
muerte. de nuevo para el día l. 0 dd entrante DiciemEn tramites.
bre en que debe darse principio al juicio de con24. Del Juez de pa?. de Bustaman- curso que debe sustanciarse.
te, sobre despojo hecho á D. lilas AntoMonterrPy Noviembre 10 de 1841.-Gua.
nio de Esnarriaga de trBs arrobas nueve dafope Tre'!Jiii.o.
Jibras de metal por D. '.',lanuel Lopez.
En trámites .
.MONTERREY:-1841.
.Monterrey Noviembre 9 de IS-U.-/'

Aviso.

Lic. Canales.

¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡iiiiiii

El Lic. Canales á su. detractores.
Ayer ha corrido en esta

Ciu&lt;lad

un 1m- "

Imprenta del Gobierno a cargo de
Froylan de .!Jfier.

�</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                    <text>181.

S E .M A NA R I O
PO L I'T I O O
DEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic procuratio reipai,, •• .,.., . ,
da est ad utilitatem eorum qui comisri sunt,
non eorum quibus commissa e st. Cic. I. offic.
Lo mismo que una tutoría, asi se han
de ejercer los cargos publicos: no para
utilidad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

Jueves 18 de .Noviembre de 1841.

Toiu. 111.

G0BIER~O GENERALlllINIST.E.RIO

l)E

JUSTICIA E IN~TRUCCION PUBLICA.

NuM. 46.

pal en 1entas.
6. 0 Los que en cumplimiento de esta Ley
obtuvieren empleos, no tendran derecho á sueldo, pension, ni jubilacion alguna.
7. 0
Los Tribunales superiores de los Departamentos, conocerán en segunda y tercera
instancia de los negocios de Hacienda arreglandose á las disposiciones conforme á las que los
Tribunales de Circuito y la Suprema Corte de
Justicia conocían de los mismos negocios.
8. 0
En los Departamentos en que el
Supremo Gobierno no tenga á bien nombrar
Auditores de Guerra, desempeñarán sus funciones log Promotores fiscales creados por este decreto.-Por tanto, mando se imprima, publique,
circule y se Je dé el debido cumplimiento. PaJácio de Tacubaya Octubre 18 de 1841.-Antonio Lopez de Santa-J1nna.-Por mandado de S.
E., Crispiniano del Castillo, Ministro de Justicia
é Instruccion püblica."
Y para el mas exacto cumplimiento de lo
dispuesto en los artlculos anteriores, el Exmo.
Sr. Pre~ideute dispone se obse, ven las prevenciones siguientes.
1. = A los Escribanos de los Tribunales
de Circuito se les conceden ocho dias para que
formen inve1;1tario de todos los procesos y demas
papeles que han estado a su cargo. Durante
este término gozaran el sueldo de su dotacion.
2. = Por este inventario entrrgaran el archivo del Trib,mal extinguido al Secretario del
Superior del Departamento. siempre q11e rPsidan
en una misma poblacion: si el Tribunal del
Circuito residiere en otra, el archivo se entre-

Escmo. Sr.-EI Escmo. Sr. PresideMe· provisional se ha servido expedir el decreto que
sigue.
·
Antonio Lopez de Santa-Anna, General de
Divisi~n Benemérito de la Pátria Y presidente
provisio¿al' de Ja Republica Mejicana; á todos 11us
habitantes, sabed: Que en uso de la 7. "' de las
facultades acordadas en Tacubaya y juradas por
los representantes de los Departamentos, he tenido á bien decretar lo siguiente. .
Art. l. o Quedan suprimidos los Tribunanales de Circuito y Juzgados de Distrito.
2. o Los actuales Jueces de Distrito quedadaran en clase de Jueces de primera instancia,
·siempre que el Gobierno , Junta Co?stitucional de su Departamento estimen necesario su servicio en el ramo judicial; y en este caso, no
tendrá mas dotacion que las de los &lt;lemas Jlle•
ces de igual clase del mismo Departamento.
3. o Donde haya dos ó mas jueces de
primera instancia, el Gobernador, con acuerdo
de su Junta, de~ignará el que debe conocer de
los negocios de Hacien~a, pudiendo retirar]~ esta
comisioo con aprobacwu del Supremo Gobierno,
al que expondra las razones. que haya tenido
para separarlo; .y donde. hubiere un solo Jue~,
Jo sera tambien de Hacienda en todo el Tt:rntorio de su jorisdiccion.
4. 0
El Juez encargado de los negocios
de Hacienda no turna1a en el conocimiento de gara
la primera autoridad política, que lo pontJas causas criminales de fuero comun.
drá a disposicion del GobemaJor para que por
En las Capitales de los Departaml:lntos,. 1 su conducto se entregue
la Secretaría del
y en los Puertos de Veracruz, Santa-Anna de Ta- j Tribunal Superior.
maulipas, Matamoros, Mazat.Ián, Guaimas, C11m3. ::&gt; Lns Escribano!' de ·los juzgados de
peche, Sisal y Acapulco, y en la Ciudad de Te- 11 Distrito continuaran actuand&lt;J con los Jueces de
pie, habrá un Promotor fiscal para los nPgocios Ji Hacienda, si les merecieren su confianza; pero
de Hacienda, de nombramientos dtll Supremo su dotacion quedara reducida a quinientos peGobierno, dotado con una cantidad que ni ba- sos en la capital y trescientos en los DepartaJe de mil doscientos, ni exceda de mil ocho- mentos, y los derechos de arancel.
cientos pesos. En los demás juzgados de HaY lo comunico á V. E. para su conocimiento
cienda íimgira de Promotor t:l empleado princi- y efoctoi; corresponclientes."

a

a

�182.
DioR y libertad. Méjico Octubre 18 de 1841. los españoles residentes en la Republica, hay
-Castillo.,-Exmo. Sr. Gobernador del Depar- unos que gozan de los de,·echos civiles y potamento de Nuevo Leon.

MINISTERIO DE HACIENDA.
Seccion l."'

llti~os, ya por estar en ella desde antes de la
independencia, ya por · haberse naturalizado; y
otros que habiendo venido al pais posteriormente son subditos de S. M. C., se ha servido
resolver: que en cada Departamento se lleve un
registro en que se haga constar clara y distintamente á cual de las dos clases espresadas
pertenecen los españoles que eri aquel residen;
y á fin de que V. E. disponga lo conveniente al
mas exacto cumplimiento de · esta providencia,
tengo el honor de comunicársela, en el concepto
de que debe mandarse a este ministerio cópia
legalizada del espresado registro."
Y de órden de S. E. lo inserto li V. para
que á la breveda.d posible prnceda á for~I' y
remitir á esta Secretaria el registro de los españoles que residan dentro de los términos ele
esa jurisdiccion; cuid!uulo de h,aeerio. coa la mayor escrupulosidad y con la distincion prevenida
en· la suprema óroon p1·einserta..
l)fos y libertad. Monterrey No\"iembre 15
de 1841.-Francisco .Margain, oficial mayor.

Atendiendo el Exmo. Sr. presidente provisional de la republica á las extraordinarias escaseces que sufre el erario publico, y á la urgente necesidad de adoptar todas las economlas
posible~, sin perjuicio del servicio, se ha servido disponer que V. S. proponga desde luego
la supresion de empleos y gastos que no sean
Je absoluta oecesi-dad, teniendo pres.~e el e~horbitante numero de oficinas recaudadoras, entre las que habrá algunas que no sean absolutameate precisas, a~i como, alg_,t,tn_a&amp; plazas de
los resguardos interiores, y lo que se babia trabajado ya en la junta de hacienda, establecida
de órden del gobierno, en 8 de Eoe_ro dtd presente año, de que acompaño á Y. cópia, acerca
de dejar sub,;istentes unicamente las adminístra.cion,.s principales de los Departa~entos.
Lo que de órden sup.rema digo a V. S. paNOTICIAS DEL DEPARTAMENTO.
ra su puntual cumplimiento.
Dios y· libertad. Méjico, Octubre 20 de
Stcretaria de Gobierno del Departamento de
1841. -D. Dufoo.-Sr. director general de ren- Nuevo Leon.-Circular.,-EI Escmo. Sr. Gober. nadot ha notado con sumo desagrado qua á conSon, rópias. Mejico 20 d~ Octubre de 184l: secujlncia de la revolucion comenzada.en Jalisco
-D. Dufoo.
y terminada en Tacubaya, y del cámbio politico que- ésta produjo, se están desacatando varias disposiciones y 11::yes vigentes, y muy particu$eccfon segimda.
larmente las que han estancado el tabaco. AqueEl Exmo. Sr. pre,idente provisional de la llas aciagas circunstancias han concluido ya folizrepubhca, ordena que á fin_ de adoptar todás las mente con el J'.establecimiento de la paz y de un
mt:didas convenientes en el ramo de hacienda, su- gobierno legitimó que por manera alguna puede topuestas las ei;caseces que suf1 e el erario nacio- lerar un abuso tan punible: en tal vi, tud, y de•
nal, proceda V. á info, mar si deberán suprimir- hiendo ya procederse por las autoridades todas
se algunos destinos en ese Departamento siem- del Derartameuto a corregir un mal de tanta
pre que en su concepto sean innec,Rarios y de tra~cend•~ncia, pievengo a V. de órden de l:t E·.
ello no resulte perjudicado el servició publico, ni cuide bnjo su mas estrecha re11µonsabilidad de
sufra ningun daño la haciend.a publica, consul- la puntual observancia de todas las leye~ ecsistando V. S. cuales son aquellos d1¡istinos, bajo el tentes, y principalmente de las que estaucan el
concepto de que las oficinaij queden con los em- tabaco; pues estando destinado el producto de espleados muy precisos para el despacho de las ta renta, por órden especial del 'Supremo Golabores y de los negocios que están á su cui- bierno, al sostén del Cuerpo de Ejército del
dado, sin que por ni11g11n motivo haya super- Norte, que carece en el dia de otros recurso9,
es de todo punto indispensable que V., de aci1er;..
µumera1io" ó agregados en ellas.
Digolo a V. S. (}~ .la misma órden _suprema do con el Sr. Administrador principal del ramo
proceda con la mayor actividad y energ1a a perpara su inteli~encia
6n~~..~ori-sig11ientes.
Dios y libertad. MeJICOs Octubre 16 de seguir con el rigor legal a los contrabandis1841.r-:-Dujoo.-Sé comunicó á los gef1:s supe-' tas de aquel ef...cto, aucsiliando al referido empleado con la oportunidad debida en los cateos
Jiort's de haci.-,uda de los o . . µartamentos.
8011 __ có ,ias.
Mejjco, Octubre 22 de 1841. que deba practicar de las ca,as en que tenga
nQticia haya ocultacion de fraude, puts solo de
-Sctntiago Sartorio,
este modo se logrará que el prod1.1cto de dicha
-1enta propo1cioue Jo necesado para atel!der en
Secretaria de Gobierno del Departamento de parte a las escaseses de dicho Cuerpo de Ejér:N'mvo Leon..-..Circular.,-Con fecha 25 dt' Octu. cito. Comuulcolo á V. de su~,erior órden ¡,ara
bre prócsimo pasa1!0 se dice al Ecsmo Sr. &lt;1o- su 'inteligencia y exa,i::to cumplimiento; advirtienbernad,1r ¡ior el J\linistnio de R,elaciones exte- dole q1Je si la super1oridarl recibe 11ue~a~ quejas
riores y gohernacion lo q,ie sigue.
sobre i110bservancia de e,ta 1esolu.-iuu, hai-::1 pe" E,:,rno. Sr. ...,_Te11ieud•J en consid&lt;'racion , ~ar sobre. el culpab'.e todo el rigor de su aUtoi;! Ecsmo. Sr. Prt:~iJente prvvisional que entre I! ridad.

r·

�189.
Dios y lihertad. Monterrey Noviembre 15 a su tiempo, y por mas· tambien qne á s11 comde 1841.-Francisco Margain, oficial mayor.
~ra furtiva y m,!y fortiv,a de mPtal le haya querido dar uu caract~r me•1os grave, adunándose
con Lopez para conceder a este un dnP-cho
Secretaria de GEJbierno del Departamento de esclusivo a la mina, que iustamente le wgó PU
Nuevo Leon.-. Circular.,-Habiendo el Sr. Ad- juicio fungiendo de} di1·utado no hacP. muchos
minilltrador principal de 1entas hecho pres1::nte meses, y _que le recordaré cuando convt•nga; con
al Exmo. Sr. Gobernador que varios vecinos del todo, pudiendo suceder que mi silenciu de alDepartamento de los comprendidos en el pago gunos días, a que me precisan ocupar.i"11es de
de las contribuciones de tres al millar sobre fin· otro géner'? en este pnnto, y que n:J puedo recas rusticas y urbanas establecidas por decreto tardar, se mterpetrase por los q,w no me code 11 de Marzo ultimo se resisten a exhibir nozcan, de un m,;do favorable a las sandPces,
las cantidades que justamente les correspon- artificio y to~ca malicia, c1Jn 4ue ha dl:'C()rado
den, _S . E.,. teniendo muy presente que uno de su interminable fárrago; mi nllas pue-lo hacer
sus pn~c1pales deberes es hacer cumplir todas las cor,?cer a Santo~ y al erud:to á la violeta, q\le
leyes vigentes, se ha servido disponer que todas mebendose en la renta del t&gt;scu,adt&gt;, -e ha consla~ pe_rsonas comprendidas en dicho pago, lo ha· tituido en su mentor, para dar q11iza a su fJlUg~n s1_n pretesto ni escusa, ordenandome lo parti- ma aquel aire que nunca desmentirá sus principe a V. a fin de que al efecto preste to- cioios, ni la presuncion de que putóde fülCl'ibir
da. su cooperacion, poniendo en Pjercicio la au- mucho, aunque no oiga nada, (a lo menos bue·
ton~ad con que se halla investido en caso de una no) bajo de que reglas y con que datos se puede
obstinada resistencia por partP de los causantes e.,;cribir para un publico sin faltarle a su resde aquel i~puesto, cuyo religioso pago es hoy peto, y los limi!es h~sta donde puede ser licit_o
tan,to m~s importante, cuanto que su producto estenderse cnn relac10n a las personas ó coeitá destmado al sostén del Cuerpo de Ejército .;as, contra quiene~ ó de quienes se escribe.
Su&lt;&gt;líe&lt;&gt; á W. Sres editores tengan la bondel Norte que a la vez se encuentra ea la madad de dar el pequeño lugar que pueda ocupar
yor miseria.
antici )aci,m, de lo que ha1é y rlire despues
_Dl~olo a V. de superior órden para los fi. esta
s0 bre la m1leria, en las columnas de su aprenes md1cados,. previniendqle que por conducto
y
de lo~ reµectivos cuarteleros haga entender á lo~ ('iable perióflico, seguros del reconocimiento
1 1ro servidor Q.
l!"'\titnd
de
su
m11y
atento
y
seg
~onti:1buyentes el deber en que se hallan dP. ir
1n&lt;i1V1dualrnente á la oficina recaudado1a á sati-- B. SS. M~l. -Blas Jlntonio de Esnarri&lt;tga.
f,.._:er . el i1npuesto establ~cido por la. ley referí
d~, s1 no q;iieren incunir en la multa. que la
)}:y Remedio para la tos ferina -El Sr.
nn~ma drte1 mina.
·
Di,,s y lib•·rt1d
Montmey Noviembre 15 ·G,,r{111i·n,l Pomna ha hecho este precioi;o descub1 imitnto, comprobado ya de la manera mas
de \d41.-Francisco .Mctrgain, 0ficial mayor.
..atisf,ctoria. Dese al enfermo una f.iccion se•-'ª con un pedazo de franela en tuda la columra vertebral, ó sea el espiaaz,), en seguida
COlVAUNJ CADO.
ur1tese en el mismo sitio la siguiente prepara.
don: unto fresco, ó aceite de almendras y esSeñ,res Editores del Semanario del Gobierno de perma, con tres dedos de un vaso regular de
sumo puro de tabaco verde; puesto todo al fueeste Drpartamento.
go y meneado constant"m~nte hasta que quede
Lampazos. 13 de Nuviembre de 1841.-Muy como ungiiento ó µornada. Alilicada la untuSres. mios: aunque el conocimiento de mi per· ra tibia, se da a beber un poco de ag1rn de
S?~ªi de .mi carácter y principios, que me han lechuga, r.nilulzada con jarabe violado, y se
dll'lg1do en mas de 35 años de relaciones en el arropa al enfermo cuiriadosamente. Desde la
trato social con toda clase de personas de la primera se esperimenta notable mejoría; la serepi'tblica, en la mayor parte de ella, pu,iieran gunda, hecha al dia "iguiente, ca~i sana a\ enhacerme despreciar tanto al autor, como al P.stu- fermo, pero la tercer~ es casi infalible que hará
pidu, cuanto soez, calumnioso y muy falso libelo, desaparecer el mal.
que como suplemento al num, 44 del jueve~ 4
El .Sr. PoQ.lpa !-la 1't&gt;cht) un eminente ser•
dfl actual corre impreso en el periódico que W. vicio á su pais."""' ( El Venezolano.)
redactan, suscrito µor D. Mariano Santos, y aun( Diario de la Habana.)
que nada ha probado en él, ni jarnas pudra pro·
biir co11tra lo que di' en mi ref,1tacion en el
alcance al mismo perió,lico num. 40 de 7 del
¡.nóe,imo antnior, en la gerig·H,za de vaciedad&lt;'~ siu sentido ni coe,encia que aglomeró allí,
inclu,a una ,:ruta q11e por su ohjeto y isu e;;ti!o, dá mny bien logar a inferir. que e.listara
muy uoc,, sér del mismo cuño, ¡,unque firmada
p-.,r D. Ignaci() Fl·_m's, tal VPZ en la crap1:la,
para q1.1e este 1 ;f, l:z 110 ns¡n11·ase en las sulemnes mentiras que la adornan cumo lo probaré

DEPARTAMENTO DE TAMAULIPA:S.
De,:¡,oso d~ evitar en lo posible los estragos q11·, la e11f.,rnwfad que h'l aoarecido en esI ta ciudad ¡meda oea;;ionar l:'ll los pobres, cuyá
i miseria no le, permite el auc.~ilio de un profe\; sor ó !a escas ·z de esto~, Pl asistit· pers,malmente á todos los euf.~rm'Js que- se preseuta.n, he.,

1

11
.1.

�184.
creid,:, que baria un servi&lt;'io á la humanidad doliente, publicando un método curativo sencillo,
que pueda ijf'rvir de norma para las priméras
horas rle la invasion de la enfermedad, advirtiendo para sati,fi,C'cion de esta poblacion, que aunque es cierto qua ya SH han preséntado algunos enf.,rrnos con todos los síntomas caracterl,ticos de la fiebre amarilla, estos hao sido tan
raros que puedo 'as~gurar que no habrán llegado á tres ó cuatro los q,ue se han notado. Es. ta felicidad es seguramente debida á la benignirfod del clima; pues casi todos los enfermos
se curan en ti primer periodo de la enfermedad,
de manera que
los dos ó tres dias se hallan
. fuera de todo peligro. La multitud de enfermos
q•1e he asistido, as1 en las casas particulares, co.
mn en el Hospital militar, son un testimonio
cierto de esta \'.erdad; y si algunos casos aunque raros· se han ·desgraciado; he notado con
sentimiento qu" ha sido por el uqo • intempestivo q•ie han ~echo a!gunos enfermos del tartaro
e 1r,éti~o y . pU, gantes d, ;'.isticos, y otros por el
usn frt:cuente de, licores, antes de haber estado
enfermos. "
·
·

los sintomas del primer periodo, se pondrá el
enfermo en cama, y se hará~ uso de la friega
numero 1 en los brazos, cintura, muslos y pier·
nas, aplicandola caliente. En seguida, se le dal'á tivia la bebida numrro 2 de la que debf rá
tomar el enformo un pozuelo cada hora, ha~ta
promover una transpiracion abundante.
Desde
el primer dia la dieta sera rígida y solo consistira en el uso de atole cada cinco horas en
pequeña cantidad. Fasadas las primeras doce horas de este métorlo, si la lengua está sucia, la
boca amarga y hay estreñimiento, se hará uso
de la bebida numero 3 tomando un pozuelo cada hora hasta que produzca la primera evacuacion, en este dia y en los sucesivos, se usará
de las· b, bidas compuesta.s ..de cocimientos de ce·
baba ó linaza, aciduladas con el tamarindo, sumo de naranja ó vinagre: solo cuando el enfermo es robusto y de buena constitucion, sov
de opinion, que se h\iga uso de·· la sangria dél
brazo y de las aplicaciones de san~yijuelas al
vientre 'o estómago; ·pero.siempre. eri. los primeros dos ó tres ·dias· de la eufernieifád, y jamas en los ultimos, ·e.n~ que ·.:génar{tlatentfl pre. §intómas . de la enfermedad en su primer periodo. domina la debilidad, y ~ue entonce~. las estra. Li1 inva,iori es a'gunas veces repeutina, y 'cio'nes de sangré serian· (lemasiado nódva·,. Pa~
. otras precedi¡Ja de algunos preludios. En el se- ra · aliviar el . dulót de: cabezrt,., r· eoondo . dPsde
. gurido &lt;:asó" empieza por esc'alofrios, mal. estar ~I primer dia hay dPlirio, se aplicara fl
frengeneral, el pulso. ·es. débi1, lento, profundo en te y sienes defétisivos ,de ag,1a · füa¡- y vinagre
algunos, ó frecuente, pequeño é intermnente ,en con sal de nitro, v a. las pierna~ y ip'lantas de
otros, la piel seca y calientt,; ó fria y cubierta. los pies cataplásmás de mostaz·a, :ariria-y.vinRgre.
de un Fudor viscm;o, lengua blanca y hurrwda, ,si las na'useas y yó111itos fueren, m'tlly , mo.lestos,
las facciones un poco altnada,, ecsisten algµóas se podra ocurrir'a las cucharad1:1s número 4 una
veces saltos de tendones y aun iigéro ternblói ·cada:cuarto' de hora. ·'Si el enfermo 110 se cude los miembros. Estos preludios duran' algu-. ra .~n el primer periodo y pasa al Frgundo, es
nas horas, J aun algunos días, hasta qtie por ul- fodispehsabl~ se ocuria al médico, como he ditirn0, estalla la enfermedad, y entomies'"véase la "ho; pues '~olo él podrá acaso dirigir la cura•
marcha que ,igue. Escalofrío mas ó me'tfus fuer- cion cdn acierto en estos dos pPriodos donde
te segúido de calor, dolor agudo de :cabrza, ha- esta el mayor· riesgo y las complicaciones son
ciend0se @entir con particula, idad en lés sienés mas frecuentes.
·
Y. al red~q,or. de los ojos, dolor - tambien, ,muy" •.
vivo en la cmtura, y aun en todo el cuerpo, ru-,
FORMULAS.
bicundez en los carrillos y en las membranas
de los oj 1s, que no ruedt'n soportar la luz, lenNum. 1 Aceite de olivo dos onzas. Agua
gua r&lt;ja en su punta y bordes, calor ecsesivo con sal cornun idem. Vinagre una onza mez·
en el estómago acompañarlo alg,mas veces de ciada.
mucho d&lt;1lor y como si estuviera m•1y tenso,
Num. 2. Cocimiento de cebada un cuarnauseas, y dcspues vómitos que aumentan la in- tillo, flor '·de B,wraja una cuarta de onza, dégestion de las bebidas en gran cantidad. Cuan- jese en infocion por una hora, cuélese en SHdo el calor intrrno es c011,idnahle, la sed es guida y añadasele una onza de azucar ó jarabe.
ecsesiva, las estremidades f1 ias, la respiracion tr,aNum. 3. Cocimiento de cebada un cuarhajosa, hay opre~ion · y algunas veces calor en tillo, eulfato de magnecia una onza. Cremar de
el pecho, las orinas encendida~, t&gt;l pulso ace- tartaro media onza. Azucar ó miel rozada un3s
lerado y lleno. Es'tós 'sintum·as, duran dos, tres, onza mes ciada.
hasta cinco dia~, ;.1y t'cirrnai'J 'é'I ''j,rimer ¡foriódo de
Num. 4. Accido cítrico treinta granos, agua
la er:forrnPdad, q'ue·atett'aida l eoii t:I rtietocfü cu- natural cuatro onzas. Magnecia calsinada veinte
rativo que adelanre,;rioml,é'., se'·;·ha 'lógradc, en los y cuatro granos. Jarabe ~e gorna arabia memas enfermos la completa ' ei111icicfn. L6s 1,in- dia onza mézclese.
tomas del Sf'g11ndo 'y'lrercer ·-pJriodo, : ¡¡e 0~1iten
Matamoro~ Octubre 19 de 1841.,-,-Manuel
por que halland•JSe' los ehfehrrns enfoiices
ei Ottegct.
mayor peligro, es mas vru&lt;lénte ocurrir al fa.
cultatívo, para que prescrii'iá''?el•: ffieto,fo curativo conveniente que espo11enifá 'poner a los en:\lONTERREY:-1841.
fermos en peor e,tado.

a

'ª

en

CURACION.
Lurgo que la eufermedad se anuncie por

imprenta del Gobierno a cargo de
Froylan de .A,Jier.

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 46, Noviembre 18</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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        <name>Antonio López de Santa Anna</name>
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                    <text>185.

8 E ~IANARI o

-

:P()LI'"rlOO
DEL GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic procuratio · reipublicre irerenda est acl utilitatem eorum qui comis;i sunt,
non eorum qiábus commissa est. Cic. l. offic.
Lo mismo que una tutoría, asi se han
de ejercer los cargos puhiicos: no para
utilidad d~ los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

'foM. III.

Jueves 25 de .Noviembre de 1841.

GOJ8l1~;R '\ O GE~ E.RAL·

N lTM. 47.

frirán la multa de cincuenta a doscientos pesos,
ó una pena de quince d1,1s a dos mPses de .
Gobierno del Depm-tamento de Nuevo Leon. 1 obras publicas, segun las circunstancias y la ca--.Manuel .Maria de Llano, Gobernador provisio- ¡1 lificacion del Consejo.
nal del Departamento de Nuevo Leon.
¡!
5. 0 Los hechos de que hablan los artícnPor el Ministerio de Justicia é instruccion i los 2. 0 y 3. 0 , se justificarán con la matepublica se me ha comunicado con fecha l. 0 rial apréhension de los i11strumentos, hec!la en
del corrieute el decreto que sigue.
forma por los jueces, ó por los funcionarios de
,,Ecsmo. Sr.-EI Ecsmo. Sr. Presidente pro- policía, ó por cualquier ciudadano ante dos tesvisional de la Republica se ha servido P.xpedir tigos mayores de toda excepcion, qjn que por
el decreto que sigue.
.
esto se rntie'nda que se alteran las formas ó tráAntonio Loµez de Santa Anna, General de n,ites que arreglan los pro,'.esos mílitares, ni que
Division, Benemérito de la pátria y Presidente se prive a los reos de ninguno de los medios
provisional de la Repub!ica nlejicana, á todos de defensa que ellos dan.
sus habitantes, sabed: Q11e en uso de la 7. i:., de
6. 0
El reo convicto de habér introducido
)as facultades acordadas en Tacubaya y Juradas alguno de los instrumentos de que habla el arpor los representantes de los Departamentos, he ticulo anterior, será castigado con las penas que
tenido á bien dec,etar lo siguiente.
establece el art. 3. 0
0
ART. l.
Los monederos falsos serán per7. 0
Para la calificacion ele si los instruseguidos activamente por las autorida~es civiles ! mentos aprehendidos en una casa son de los
y militares, y se les j11zgará en Consejo de guijr- comprendidos en el art. 2. 0 ó en el art. 4. 0 , el
ra ordinario.
fiscal cousult.irá con el juez letrado mas próximo.
2. o El cabeza de casa 6 superior de una'
8. 0
.En todos los casos de falsa amonefinca rustica, ó urbana ó sec_cion de ella, será dar.ion que no estén cx¡n-erndos ó previ,tos en
riisponsable por cualquier troquel, volanti; ó ins- este decreto, serán castigadus los reos con las
trumento de amonedacion que se encuentre en penas que establecen las l. Jeil vigentes Je la
las habitaciones, pátios, corrales campos ó luga- . ma:eria, a exceµcion de la de muerte, que
res que le pertenezcan en propiedad, ó de que quedará substituida con la de diez años de presean colonos ó inquilinos, y que no pueda pre- sidio con retencion ó sin esta calidad, al prusumirse racionalmente que hayan sido introduci- dente arbitrio del Consejo .
.dos ó usados sin su conocimiento.
9. 0
Por to respectirn {¡ los letradm; que
3. o A los individuos de que habla el ar- deben concurrir al Consejo de guerra, y los
tlculo anterior, se les impondrá una multa des- que deben consultar a los Co1nandantes genede un mil a cuatro mil pe,os, y en caso de no rales para la primera y St'g1rnda revision de las
poderla s9,tisfacer, la ptlna de uno á tres años I sentencias, ~e ob~ervará lo dispue~to en la ley
de presidio u obras µública~, sPgun que el con-! de 13 de Murzo de 1840.
sf'jo de guerra califique la,; circunstancias q11e
Por tanto, mando se i nprirna, publique, ciragraven ó atenuen el delito.
c:ule, y i;e le dé el debido cumplimiento. Pala4. 0
Los cabezas ó gefes de una finca IU3'- cio de Tacubaya, Nov,embre l. 0 de 1841.tica ó urbana ó de alguna seccion de ella, en Jlntonio Lopez de Santa-Jlnnct.--A D. C1 is,.iniaqne se hallen instrumt\ntüS de amoned·1cion que no dél Castillo, mini-tro de Jus1ic1a é lnstrucpucdan se.r i11troducid•.&gt;s faciirnente sin ser nota- cion publica.--, Y lo cornuuico á V. E para su
dos, darán fianza ó en s1J defecto caucion ju- iutcli,rencia y efectos conespondientts"
ratoria de presentar dentro de un mes, contado
Y para que llegue a noticia de todos mando
desde la fecha de la ap1ehe11sion, al introductor se publique p.&gt;r bando e11 esta Capital, y en las dedel in,trumento, y en caso de no haced o, su- mas ciud~del', villas y lugares de la com prrn:iion de
¡·

·1

0

�186.
este Der'artnmento, íijándose en los para,ies acos~ ,,bierno' que incé1i'arlfemP,nte v-e1a por vuestra 1&gt;dutumbrado, y einculiindo,e a· qülenes cbrresponda .... ,,,cacirín. y por \i.1Hh,fü1 feiioiib-J f11tura: á 'él pues,
. 1\1,,ntnrey 23 de N,wii'mbre de 1841.i- ,,y á la filantropia de esta ilustre municipalida&lt;i
.Manuel .Maria de Llano ......:.Santiag/J' V'idaurri, ,,qµe os :rigé cfebeis· la creacion de este nuevo
SP&lt;''' ''~·i · in · 1· "
,,plantel'"11terario, que desarrolla y desenvuelve
,,vumWrás ti.'eí'n'aS !potentias:_ y ~rtada omiten q11e
,,sea conducente á vuestro· futuro bienestar; sedNOTICIAS DEL D~PARTAM8NTU
,,les, pues, agradecidos correspondiendo con vuesJuzgado l. o . c?mstínwíó».at de &lt;!J-r,;déi'eyta Ji- ,,tra aplicacion. Y, estudio á la. t~rnura pater~al
• ,. t·o a, "~. -.e,.
.:i
·
d e 1a ,,con
que os d1~tinguen,
y rec1b1d estos
menez.-.1."Jllll
e I t es•t··I,uulllO
.
.
. dprernws
acta levant'ad" el dia l. o del·&lt;rue cursa con mo- ,,a su nombre e~ Justa correA~ündenc1a e vnes.
d ¡ - , . . •1 ¡·
· __
,,tro aprovechamiento en lo;; nr1meros ensayo~ del
tivo e 1:xa•ll,cn uuo 1co que s•i,te11taron 1os a 1nmb ,, R _ 'b'd
, •
•- D v·
1 trem,10: e1 m~o _, ·
nos dd Estahlrcimie11to ,de instruccion primaria ,,sa er.G
i!c\ 1 os dos
de esta ciudad, á fin dt q:Je se sirva ponerla en ~ent:, omez . ornan o a pn,,a ra _con esto y le! ,unerior conocimie:it,J del Escmo. Sr. Gober- Jº· _ Ilustre cmdad, re~r¡eta.b,es s~nores: la re1
1
nador, süptimindb'.le fü~1 ·Ta' Í'fó't1'd'atl'"d·e· ltmmtt'I'~:¡;, "'! 8!:'c_11~ ,g~e ~n ~8
~_:.:·ªc~~-ª-~º ?e
1a insntnr en el Semn nario l?•)füico de Gobier-.• , ,,,pr~sel~_ma~ ~e nue~tr~s l pr1;1ero:, c:ño;-TiTIIento!
no para satisfaccion de los' habitantes de· ella. -·· 11,eu, e · V.as O oceano e sa er,. ¡;¡ ien. no es u
Dios Y- 'lití~tta'd; · earfét-Ájfü.:Jf'm'!'Afez 'Nu';...~ ~,.pt1lldfQ _perfe~t_o,:CIJfl lo 8~f.f1~ 1:_no~_
nueft.!·~s.
viembre 5 de 1S4l.-José Gtegorio Lozano.- ¡,,progre~os e_n las letra~, sea a- fu ~us--ét mas
Sr. Srio. ,iei E•·cmo. Sr. Gobernador.-de este De-'· ll;"fiel,~~sttmonto d~ 1:t p~tertialbenevolen\Ja ~bñ que
· armen(o de Nuevo t.eon.
--¡'. ,,la ·I+ustr~ -m-u-m~-idad ?.e Cadereyt_a-J1menez
P
_ .
· ··,,ha -q uendo honrar a sus lup~, ¡Woporc1onandoles
Etr fa cili'iad de Caderefta-Jhnetiez· en , el ,;este cail)iho de__s~ v~r'da'rleta félicidiict, 'y· el enDeDartampnto de Nui-,vo Lrlori, -~ : prirnér-0 '"de . ,,gi'andecimíehto~de··Ja~• fütllras··getiera"tíones, _E,te
N rviwnbrP, dé mil och,,cientoc, ·cuúrenta. y uno,: ,,ra.. go pues, el rrlas·''lkilhínt~ ·de sus fiiantropicti~ren11icio ,u 'iltt,tre Ayüntamiento en el"locar·pre- ,;sérítímieútos tñe 'éifü'rrlli'f'VP," se-ñ'órl'S y· e-csita en
parado para Í)l'éSenciar el e'xamen ¡;{¡brico 'de to,,! ,,mi arma lo('Iñas 'rietnüS_ "y itatos reccterd~s.
jovenes del E-tablecimie11to de oriineras let'ra~ ,, A,i pues, tómándo'·Ia. voz· ¡:l(&gt;r ,¡ y ·á nom_bre·
&lt;le la misrna ciudad, y que con _aotériorirlad ha-. · ,,de m:is 'éóncolegas · rerí15iil' ¡ó ·.generCi!íos-y -t1erbia nfrécirh, ~u director D Santos de· 'la _Gár-_ , ,;nisiiiios · pádYes "tte esté' ¡Mé'bb! recibi&lt;l las mas
~a z·epu\veda, como un testiinonio ·de su de.~ern- ,,e,presivas efusiones de nuestro a:grade'dtio copeño en este en,•aigo c rn que se 'ha hbnrádo,:: ,;razon pór' los· no'torios y- bien coho~ldos esy con !Jresencía ta,Hbien de los principales veci- · ;,foerzas que ht\!Yeis 'tfian\fest~do á efecto de connos que al efecto f,teron COiiVi•lados,, se' dió. prin- ',,seguir et' hién 'de nosotros "'y de téid,JS' los jócipio present:indo dich, preéeptor siet!:', niños en, ,,veoes de esta ciudad. A:éeptád •púes' propidos
11uienes conoéia· mayores_ ac½dai1tos en· hs •siete, ,,esta' declaracion, ·cohío --que· es e1 ··áaiao ·tnei1:io
ín"st'~ que · lian estado bajo su dirH:•oíon •-y· ma~ ,;co-n ·qúe á la· vez ·nos pddehrns tl'lanífé~tar, y
gi,teri,,, manifestando y repartiendo· á:los concür- ,,~ivid siempre se·guros ·que ~i ·contitrnais ·como
íentes un nü•nero considerable de· 1Slanas 'de_ la~ ;,liasta · aquí sera· eterna· vuestra· memoria'y no fa!íliferente~ clases qnP com;mrnde el'arte'.de la' C'a-· ;,tá'ran otros mllctios· en' lo 'de "tldb1ttnte ·qµe cologn,fia. En seg,iida l,,s cuatro se'ñóres' sinóda- ,,rr10 yo á-gtadecid'os se,;dhijan con votl')s ~ince1es nomhr,id-i,, q¡¡e lo fueron C 11ra páúóco D; ,,.ms á la. providencia p::ir solo vuestro•bienestar."
·P,·dro A onio d1: Esnal, Lic._ D: ·)uan NfaJeo &amp;'ste acto ve·ldade'rámente 1lerno· y· patético por
G,rcia, D: A,1tonio PrndeHcio _Canto y D: A:g,ipifo las lifoñterás espFrll.ri:tas ,de, la' ilu!itta·cion de
G,ucia Dá"i'a comenzáron por su orden el exa: ritíés'tra· j_uvent~d; qúe 'es 'la base forldmnei1tal
men m ny minucí•):,o en los ramos de · Lectura; d"el e'íigrandecirrtíento de' la sn&lt;'ie'dad~ inti&gt;rpoiaE,c•·ifora, reglas de Aritmética, r,rimeras _eéua- do: con la-· dulce armonia de: la musica, 'füé•cierciones de Algecbrá y las cúatro partes · de la tamente para los · que lo preseñéiaron uri-e&lt;spec-Gramática castellana, que
losniñüs que la pre- tácu!o el mas an1ce y Ag'rád'able, al pti.~o que
sentaron to la, se admiró su destrez,a y desemba- satisfactbrío, · tr"asluciendose · en' él un· orizoflt'e clarazo en satisfacer la~ réplicas ·y, analisis que se fO y brillante 'que sin· duda es seguro p'r'ecur.
fos propusieron. La que - concluido, y votándo l)or de que .. rrH1y en. berte' se difundiran -·las \u.
en e-scruti:iio secreto los 'tníAmo~ sinodales con ,ces énCle los•fiijos de ·esta cit1dad; ·que serán el
td Sr. ptesidPnte la gi·aduaci m de pr'i&gt;1ñios q\1e ; órüame_nto ilustre de su patria y honor · de la
con anterioridad había de,ígrr~do el lf.sé1ll(?. Sr. · gran familia ttrejicarra li que _pe'rté1lecen: Lo
G ,b.-rnad0r de este D1:!piírtamer1to, · resüJtarón . q\Je para su· constancia se mandó· consignar en
ugrnriad.,s con el primern de diez p_esos el ni- eo"ta acta que' fhnarou los Sres. prc~idente y
iill D. ViPPnte GornPZ, _con el segorido 'de cin- vocales de este Ilustre· Ayuntámiento por ante
co pe,us D. A,encion Garcia: y_ con ~I terce.
el i•nfi'as'Crito secretario, doy fé;-José Grero d.&lt;1 otr- ;s cinc,,, repartid,, con 'igualdad e;,tre gorio Lf¡zano. -José Mnria G,rrcia Rodi'iguPZ.lcs re,tant~s D. Si,non de la Giú-za,:' D. Bi"r-' Niebla~ Bargas . ...:Juan ·Bhutista ·de la Garza.11ado G,i,r1:ia, D. P-infi\n Gutierrtz, D. J'ul'io ; ·J(1an Antor,io Gnt,zalez•Tijerin-a.,-Jesus Leal.R1iz y D R,;'gino Gama, á qüienes al_ di1itri-. ¡_- Antonio Prudencio Canto, secrf'tario.
b,1itl s. e: :Sr. presidt•nte alcalde 'pri'ínero les di- 1:. _ Es cópia que cerlifico. CadPn·yta.Jimenez
rigió ia ¡,ala~ra. Y. dij_i,_ ,,J6v,~nfs! dé~cl~ · v11e~- li'Novi~n1bre ·l.~ Je 1841......:.flntonio Pmdencio
~,ti:a cuua. sois btJüs mm:1ados · del Süpt:Ilor·Go- ¡, Oañtu, · secretano•.

J.-

JL l_lJºa.P.a..-~~?e
4~

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1

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J

-~e

�--~~'~'~_11D0$. ______

" :y-'ó'&amp;tra,~: '•La'p%rititi1íI cori qu~' hice' y despache mi' 1 tt!níltll:lo El'stá'ni;.a'db en' et. n'um. 10 110

· Sres:¡; ilJilMres d~l' ·,s~·JfüW&lt;trio d1 Mon~ét-ref¡~..;...: me de~ irtl'veiltir éf er'rol' en q'ue it\ci.ltri•i:lkr1biendo
Matamoros N•iviembre 15 de 18\i't. _:,:;Estfrii'iililllsj la pifañ'ra' tleiatiePfó en ·fügar· de · desconcepto.
Sl·e~. · mi"os: ' Una· dé lás m~·yores' vilezas gue e1 1 'Esta 1,igera , equivocacion 1.a pve-senta mi detrachoYnbre ¡mide c_ometer ·e~ fa' de atacar' ~f qU'é.de'. ~l'I-' tor como ,prueha infalible de crasa ignor¡¡ncia,
témano · ha pri"'.ildo fnfoualtlr~te dé 'Imf 'h'led1bs' ·ó. comq el tipo .de la rudeza; pero eu vez de
el.e :1J-~,f"e11d,irs_e'. · ·En esta 'bajWia esfü ~ncurríeri- . persuadir _lo que se prop~!$o no ha bec:ho mas
d"r&gt;' .cierta perfüha básfarife,·cono~id,(eh é$te_ Puey-, que dar á conocer ,su Hvinnqaq, falta pe C\'ite&lt;
to; 'éon t\'nafrecifrttda q'M d,epen_dé'de sWaltiedho: ,rio y re¡jugnarite mordacidad, porque nunca _un
y con.. 1'na ,impunid:¡d. que ·tas· clrétlhstadcias'hii'.- 1yerro de ·pluqia- será causa; ha~tante para difa.éeri" ine\,it.á~IP. .. ' A'lágif á' 'persórías de _q~ieri ~qui__ )mar al que lo comete y argüir q1.Je e.s indig·µo
di'iria~1á el' ejercicio de la)ttfprént:¡, y lüego'que:! \del em¡.ileo que desemoP-ña.
lfobo 'ápó'df'rádo~e de 'ªsta: · la' iniprin':iíó éóhtra· Üí: :
"st··tc!r t1tfi'ectti!F-tllr" inY-fru;!Cltfü•qUl:f" ml ·erur...
1
~eputaiiqnl.'de( Sr.)uel jé l_f'fr'ás',y '.lá d\ia; se~' :¡m,igo_1ne
atrib~ye_no,,,aparecier¡m multiplica/los en
gú\'cí''de"q9e n.o· éoir~·cguiria1íios· 4sai" de-,. eua· ~ri 1 l. et· m1snlo com'uníifa'do doride btlf1ezca: .Y a'rtog-ante~
r'é'f'.'ítacion. de las caltlml:lías córi,' que ale_vósa- ! mente me los murmura tal' ve-z nie l1Uoiirra· ind)- .
rti'ente has ha injuriíi.~n en los. _numeros 8fl21 :: mo,da~o me,OOl:l ,la qfensa¡ ¡nas al rdleccionar que
del ,f,:rindi?&lt;l, .tjtülado Honor' 'Ndcíóh:al.
' 1: l!i 'císádia q,üier'e'Haéé'rs'P. ¡:iásar'. por éiencfa me
. 'Yo yá :~·ama que esto,,podia sú~ederrné, pe- irrito y' c'ii.lculo lós'avarlces·det átrevidtle'tttb. -Oi-8: ..·
ro·' no obst.ít.ík. pa&lt;ra des~t1g~ñárme· 'quise aven.· · mátic.a, _Lógica :Y Orato1ia estan. escrfüi:s' en· et
ftfra( _e1· c'oriíurilcadó que les adJunto. y me' füé'. éomu,r:iicado que vqy' refüfandll, pero e'st'e de·mqescl!&gt;sechailo en dicha foiµrenta.
Ruego . por- lo' . fra. que. ~u autor no sal:&gt;e de .tliles-· á'rtes'' "foas'
fant() á W. 't¡üe se dig•1en im¡,rimirlo eú ·sil apre:.. 'que los. ríoti1orel!'· por' qile Ja· pieia' eil qtle'las'hl'i'
ciible Sémanario, y' espero · q,1e no' seré _·desai~'. \ éitado, sin', embargó ·de, q:1e. en 'ella ' se' a'¡:iutó'
rado, porque aunque C::&lt;\Tezco ¡Je m{Mto' directo;, él' deseo dé' cúrivencer', está ,l_lore y eésenta de'
irlfiero qu~: los''rlioVérr á,l se( d~f'erimfes el _in. c9nfundirse con ,11,11 triJzu de' elócUen'cia fp'b'ús~
terez g'eúerál' de los demas mo,rad'ores de esta ta· y pérsúasiva: su e~tllo no es· ni siqiliera·liinpio,
jíolilaci,m' que quizá serán deturpados- por el 1nis· mucho m(:!nos el1;g&lt;)pte ni fli¡rido .c'otno lo :acbs'~
mn calúmriiailor, y se corre el péligro de que . t"urrloran los que ei}~iéhden ]a· prntoriá ~'111ndo
el 1iublico no mirando la satisfáccion de los di ~~l~can _éff oho lá jghotápcla'. c;llr eila; y á nii.
famador,; ati'lbuya a silencio culpal:&gt;le üna omts'ion 1u1c10, · 1a ébmposíciori qüe eiltoy' cotivíitiendé&gt;, es
que . dírnan11, pura'!lente .. qé lb.' hnµos1llilidad; cll- tan mala· .ó~ péchni( ~4\Ué' los: ~ui¡_critort-sc ¡;le su peya funesta iufereiiéia pütlde precaverse coti que , riódic.o habrán quedado muy de~contentos ó disW. dandoles !ligar a mis JltiP.as, lingan consta_r 'gustados .de que · W'. mlil\ie'rí;ifrán tres colúmnas,
por ellas que éll' ésta vez
ábusatlo aqui dh lá : e.n un:t. rt1ateria que tbt'a,lmerite carece . de uti~
impl'él)ta,
.
.. .
, .. .
.
, lidad; de instrüociori 6' de iriH,1és;· y que támCtia'ndo se publique esta: advetfü'ncuf estar:é i poco se recornien,da por lirs étr1idades · _del e~lo
yo· traúqüilo, pues con ella Y' con el conveni:.. notá'bletrie.nte ·dest!'(litio de ofnlifo y· de belte~at
miento que tengo de que lás 'persótlas'instfuída's , . El adorno ;de 'hf obra de rtli' dfensor' &amp;n;.
saben que la difamacion es la obra de la men- si!fti6 eh' d/Js fübúlai:;; y' será _oportuno' corle~.:.
tira y el arma de la cobardia, habré logrado que I ponderséla~' trlirlcánd'o las de Slimaniego que titta
la ódiosidad recaigá sobre el que' qulzo consi- de ellas dice:
tármela, ca\ificaridose el· hecho de oprobioso, su.;
¡;:fabe, irlosca villana,
puesto que el apropiarse lá prensa comun para
, Que coteja el,, agravio recibido.
desacreditar á lo~ ciud;,¡danos sin· ríesgo de q11e
, l.¡~ concticion hu,mana
.
.
contradigan, es úna infamia que- Iio adinite jus.
Segun la mano. dé donde h,i venido:
tificacion.
Que el grado de la ofensa á tapto a:sciehd~
Prometo a W'. Sres. editores mi reeonocl~
Cuanto sea mas vil aquel qüe ofende. .
miento·y me ofrezco por su servidor' q; b. ss; mm:
......JI!/: Galindo.
Los q11e' tratan y coriOéélf• al S'r. juei de :I~ .
tras no rrte ha bran ca ltficado de adulador; por ha.
Sres. 'E:di:tores del Hanor ~Vaciondl,_;_;.Ápre- berle atii'il:hiido virtude:s:; lás ·tiene. clv'icas y, pticiables conciudadanos. :en el prospecto eon que va das, pero la' parcíálidad del'. -Ranchero n'o s~ las
W. anunciaron las bases en que iban á esta- distingue por irripedirselo el odio que le profeblecer su peri6dic'o se. lée· e~t!l 'frase ,,ni menos sa, á· consecuencia de q'ue no ha&lt;decidido á s.u
permitirérríos personalidádes ~orno cos'as muy age- ir-racional deseo los neg?c_ios que ha ventilado,
1
·nas de la prensa ilustrada." Les concedo sin- •ante la _t' 8~resada auto11d~d. A e.la.
le coires·ceridad al tiempo de ofrecer sus producciones, ponde vrndicars~ sobre el c~nso -~e costas, y· yopero ve_? que. olv'idaron 8~ !babi~ pr~pósito, y \· entre tanto_ sab1enclo_ qµe m1,e11etrngo su~Je ecseyo he s1d,, la segunda victima. herida a merce·d derse e_n la graduamon d~ t!US honoranos, pue;
dt&gt; la ínfraccion de una protP.sta solemne cuyo do decirle. en esta- otra fabula IG que el Oso a:
cumnlimi•·nto me toca reclamar para lo sucesivo. la . Leo~a que despues de haber . df'Vorado _mu-·cierta persona. generalmente odi~da,. mere- c~os h1JOS de otras castas, se queJaba,por lapér.-. ció de la condecendencia· de ·w. que en el nu- -pida· de uno suyo.
mero ·12 le insertaran el iJ)'cip1do Cdp;lunicado
¡Ola! ¡,con qil~ eso es fodo1
suscrito por el Rant/ieto"'éox(q.ue me vitupera
Pues si. se '!áilientanui' de: ese., mode'.l
1

0

se ha

1

�188.
se los entregó al Sr. A1 mijo c&lt;,n la orden vt'rbal de ponerlos en esta vi ia como se ha rfü·ho,
recomendándole especialmente al general y á D.
Antonio Navarro.
2. 11&gt; Q•_.e un dia ile~pnes, esto es, el 17
Agradeceré á "\V. Sres. editores que me im- debió salir· del mismo Baiio el ca¡¡itan D. DapTiman este remitido y que quPden en la firme maso Zalasar e.scoltando con 200' hombres al
inteligencia dP que sob, e el mismo particular no resto de ciento ochenta y rlos ttjanos prisioneles he de despachar otro aunque de nuevo se ros, y que en el camin_o ha venid¡ recibirndo
me provoque, por que conozco que hay tal cla- noticias de que en efectD vienen cuatro j ,ruase de producciones que aun con refutarlas se das á su retaguardia.
les honra. Ciud,id Matamoros Noviembre 5 de
3. "" Que esta prision f.Je hecha en la La1841.-Jlf. Galindo.
guna Colorada inmediata al Llano estacado, ún
tirar un solo tiro, rt&gt;~p• cto a que a la pri,i,era
intimacion que se les hizo por el te11if-'nte coSECRETilRIJJ. de la coma11dancia gmeral del ronel D. Juan Andres Archuleta, comandante
departamento de Durango.
de doscientos treinta hombf'es de que coustuba
la seccion de vanguardia de la division del Sr.
E I Sr. Comandante general de este Departa- Armijo, se rindieron a discreciun.
mento acaba de recibir el oficio y documentos
4. 11&gt; Que á mas de doce carros, cinco de
ellos de efectos calculados en veintf:' v cinco
que s;gueu.
Comaoilancia general del D~partamento de mil pesos y los siete restantes de viveres de boChih~ahua.,--Fara satisfaccion de V. S. tengo ca y guerra, se les recogieron doscientas armas
la honra de adj,mtarle cuatro ejempl~r~s del im- de fuego entre carabinas y pistolas de varios tipreso en que consta la derrota adqumda subre ros, un cafion de ar tillerla, sese11ta y seis be~tias
el resto de las fuerzas de , la espedícion tejana y setenta bueyes.
Y las trasmito al conocimiento ile V. E. en
que invadió al Nuevo-Méjico.
.
[
Reitero a V. S. las protestas de_ m1 apre- los términos que se 1rn· hc:n r1ado ¡,or medio dt&gt; l'Scio v consideracion.
1 traordinario, fe\icitandnlo por fan fiu,to acouteDios y libertad. Chihuahua N-;viembre 5 cimieuto y ofrecie1,duíe que tnn lmg,¡ CL,m&lt;J se
de 1841,-Francisco G. Conde.-Sr. Comandan- pre~enten los prisioneros que ríent,n atra~, d1ste general. del Dt:partamento de Du1ango.
pondre que con el primer escuadran de cuba.
lleria y los vecinos que se me proporci,rn..-n, cunVIVA LA INDEPENDENCIA.
tinuen hasta esa capital á la disposicion de V E.
Uu estraordiriario del Paso ha traído al Exmo. 1
Reciba V. E. las nuevas sf'guridades qur le
Sr. Gobernador y Cumandaute general del De- protesto de mi rnspeto y disting11ldo aprecio.
partamento la comuuicacion q'.,¡e insertamos a
Dios y libertad. Villa del Paso N,JViembre
continuacwn, ií.11ica de las relativas á la esµe- l. 0 de 1841.-José JJ!aria Elías Gonzalez.dicion tejana que se ha recibid? despues de la E,crno. Sr. comandante general de este Deparhrillante j,miada de A11ton-Ch1co. Es pues de tamento.- Chihuahua.
presumir ,e que los conductores de las del Exrno.
Sr. general Armij,,, han sidl) sacrificados por los ·
barbaros y que la mi~ma deplorable _suerte, haya
Hace apenas nn me,; que llenos de jubilo
cabido al que conduc1a la carta particular a que comunicamos á nuestros compatriotas la re¡¡dise 1efiere el Sr. E!ius.
cion de los primeros cien tejanos que osa1un
Comandancia , 1incipal del Dist,ito del Pa- pisar el territorio dt'. Nuevo-Méj:&lt;'.O, Estos cien,
so.-Ecsmo. Sr. -Tengo la satisfaccion de po- deciamos, componian la vanguardia de la espener en el conncimientu de V. E., que ha sali- dicion invasora: los &lt;lemas corrPr(rn !a n,ismn ~lli~l'do cierta la 1ioticia que le anuncié en carta par- te; y ved',os en efecto Jf\ rtn&lt;lidos y aprisionaticular de a ver, relativa á la ptision dd resto dP- dus, presentando 1111 testimonio iirtfrngable do
los tejanos ·que i~vadtel'On el N_uevo-Nléjico: y lo qui' vale la ridícula poteueia qae los enviacomu1;icó ocho drns hace un pa18ano que vrno ba. Caignn nuestras j¡,gioncs sobre aquella pre&lt;le 11quel Deµ_a,tamento; _pues ho); ~e me. ha p~·e. tendida republica, y librémonos presto de la
sentado el teniente de e1erc1to D. I eodosio Q11m- afrenta que IIGS ve11dria si toler;ísemos por mas
tuna cün 20 hombres de la p1 i111era compañia tiempo In loca va, idad º'°' los u,11rparloreH.
r11rnl &lt;fo Sta. Feé, ~in pasa¡:iorte ni co1111wiea
¡VIVA EL GENERAL AR MIJO! ¡VIVAN
cion oficial alg11rn1, dándome parte que conduce LOS PATRIOTAS NUEVO MEHCANOS á
pri,ionercs al b1 igudier general H ugh Mac Lt,od, quiene, ha cab,clo lu envid;able gioric1 fila tretres caµitane~, 1111 doctor, dos musos que le sir- molar t1i11¡¡f¡¡nte el p;;b,dlon di&gt; la i1•d,,pende11,,en y al nwjicano D. .Autunio Navarro, con cia! ¡Y VIVA LA R~PfJBLICA l\11&lt;:JICANA
&lt;ítden de su gt·neral el Sr. Armijo de entre-, que desde hoy Fe le,1tnfa nmge:,tuosa autt el
garlo~, como en efecto lo ha hecho, á e~ta Co- mundo, y fo1 mida ble y tt:-rrible ante sus enemandancia princi¡.,t1l.
migus!
El mismo oficial comunica las noticias siguientes.
Lo qne de órden del referido Sr. cnm,,ndanl. "'
Que el dia i 6 del prócsimu pasado te gf-'nernl .e particiµa al púb:ico 1-ara ;.u li!af!
Octubre s;ilió con los presos de que queda he- cumplida sati,faccion. Durango Nuvie,· b1,· 12
cha JP~ncion dt&gt; E;a!l Migufl del Budo, du11d,· dt' 1841 -.JITanuel Zavala, f'~:NPta1i,, .
Las madres de los muchos que devoras,
BHena musica hubiera á todas horas.
Vaya, vaya, consuelate como ellas,
Nu nos quiten el sueño tus querellas.

0

1

./IIONTEHREY 1841.-/¡;¡pren!c, del obierno á cargo de Froylan JHicr.

�</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 47, Noviembre 25</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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        <name>Antonio López de Santa Anna</name>
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        <name>Consejo de guerra</name>
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        <name>Durango</name>
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        <name>Independencia</name>
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        <name>Ministerio de justicia</name>
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                    <text>J
•

,,-.:1~•~·~~~~~·~~!:!!!•~--·•:. .~~
S E M .A N A R 1 01
POLITICO
DKL. GOBIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic pncuratio reipublic~ .,.ere,cda est ad utilitatem eorum qui con1is:i sunt,
non eorum quibus commissa ost. Cic. l, offic.
Lo mismo 'que una tutoria, asi se han
de ejercer los cargos publicos: no para
ntilidad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.
ToM.

III.

Jue1)es 2 de Diciembre de 1841.

.
Por tanto, mando se imprima publique, circule y se le dé el dttbido cumplimiento. PalaG O B l f~ RN O GR N ERAL· ciio del Gobierno general en Tacuhaya a 15 de
Octubre de 1841...:...flntonio Lopez de Santa .11.nna.
-A D. José Maria Tornel."
MINISTERIO DE GUERRA Y MARINA.
Y lo comunico á V. E para su ínteligen'.cia
y
fines consiguitntPs.
·
Seccüm central.-.Mesa 3. Q
Dios y libertad. Méfco 15 de Octubre d4'
J¡!xmo. Sr.-El Exmo Sr. Presidente pro- .1841.,-Tornel.-Escmo.. Sr. Gobernador de•Depa1tame11to de Nuevo Leon.
visional se he. senido dirigitme el decreto qu.e
sigue.
•
,.El Ciudadano Antonio Lopei; de Santa
· Anna, benemérito de la patria, Ge11eral de· diMinisterio de guerra y marina.-Seoci-on cenvision y Presidente provi,,íonál de la repiiblica tral. -.Mesa 3. ~ -Escmo. Sr.-EI 1&lt;:scmo. Sr.
mej~cana, á los habitantes de ella, sabed: Que Presidente provisional se ha servido dirigirme el
en uso de la facultad que me concede el de- decreto que sigue.
•
creto de JS de Junio de 1838, y la sétima de
,,El ciudadano Antonio Lopez de Santa-Anlas bases aqoptadas µor los representantes de na, benemérito de la pátria, General de division y
los ·o. . partamentos, he tenido á bit:n decretar lo Presidente provisional de la re publica mt;Jieana,
siguiente.
á los habitantes de tila, sabed: Que en uso de
Art. 1. 0 Se establecerán en el Departa- la facultad que me concede el decreto de 18
mento de Veracruz dus escuadrones activos, uno de Junio de 1838, y la sétima de las bast:s
en Jalapa, y otro en Orizava.
adoptadas en Tacubaya y juradas por los repre2. 0 El pie veterano de cada uno de dichos sentantes de los Departamentos, he tenido á
escuadrones se cGmpondrá de un comandante, bien decretar lo siguiente.
tenie11te coronel: un oficial de detal, capitan: un
Art. J. 0 Se establecerá en el Departasegundo ayudante, teniente: un porta-estandarte, mento de Mir.hoacán un regimiento de cabaalferez: dos sargentos primeros: dos cabos, y un llel'ia de milicia activa.
cabo de trompetas.
.
2. 0 La fuerza de ~ste regimiento será la
S. 0 La fuerza de cada una de las dos com- que designa el art. '15 del decreto de 16 de Marpañias de que se componen uno y otro escua- zo de 1839, y su pie i·eterano, el que señala el
dron, sera la de un capitan, un teniente, dos art. 17 del propio decreto.
alféreces, dos sargentos segundos, cinco cabos,
S. 0 En dicho regimiento se nfundirán el
dos trompetas, cincuenta y dos soldados monta escuadron · de Morelia que dejó ecsistente el art.
dos y ocho desmontados con igual prest.
14 del decreto de 12 de Junio de 1840, y los
4. 0 Para'reemplazar las bajas de los referidos aucsiliares de caballeria esta~lecidos en aquel
escuadrones, se destinará el contingente que die- Departamento que sean aptos para este ser:vicio,
r.e dicho Departamento, y la cabecera de cada y no se les perjudique eo sus intereses.
uno lo serán las ciudades expresadas.
Por tanto, mando se imprima, publique, cir5. 0 Queda extinguido, como innecesario, el l cille, y se le dé el debido cumplimiento. Pala~scuadron de Alvarado que estableci6 el de- cio del Gobierno general en Tacubaya, á SO de
• • creto de 20 de Agosto -de 18!8; y los gefes Octubre de 1841.-.flntonio Lope: de Santa-.flnna.
y dficiales que perteuecian á ~I, se destinarán -A D. José Maria Turne!."
al escuadron de Orizava, asi como el armaY lo comunico á V. E. para su inteligencia
mento, monturas, caballos J cnauto i aquel .per- y fines correspoudientes
~enecia.
·
Dios y libertad. Méjico Octubre $0 d~ 1841.

~'!'!"'!'~!"!!"'!~!"!!"'!!"!!"'!!"!!"'!!"!!"'!!"!!"'!'!'!"'!''!'!"'!'!"!!"'!!"!!"'!!"!!"'!!"!!"'!!'!!!!!'!!!!!!!

,

NvM. 48.

1/

�•.

...-Tornel.,--Exmo. Sr. Gohernador del Departamento de Nuevo Leon.

.Y lo tras.cribo' á V. &lt;le 6rden de .. S. E para
su inteligencia y ob9ervancia, previniend&lt;&gt;le que
á la posible brevedad remita a esta capital a
tqdos los vagos mal entr..·tenidos y reos de delifo· leve, que ~csistan en el pueblo de su mando,
para darles el deótino que dispone la su¡irema
órden 'preinserta.
Dios y libertad. Monterrey Noviembre 22
de 1841.-Santiago Viclaurri, secretario interino.

Mini~terio de Relacione$ esteriores y gobernacion. -Escmo. Sr.-lm¡mesto el R,cmo. Sr.
presidPnte provisional del espediente_ .instruido á
virtud de la consulta que hizo el Jnez de paz
de L,unpázos sobre si D. Antonio Elizondo de:bia indemnizar a los fondos de propios de este F1ieblo del dinero Y fusiles que tomó al adMinisterio de Hacienda."""'Seccion 4. ~ -Exherirse a la re-volU':i.on qtte acaudillaba el licen- mo Sr. -El E•cmo. Sr. Presidente provisional
ciado Gllnales:; Y de las conte-,tacio'nes ·que con se ha servirlo expedir el decreto que sigue.
este motivo tuvieron h1gar entre et Sr. gene,, Antonio Lo pez de Santa-Anna, Gt:neral
ral · D. Mariano Arista, y el espresado juez de d ,r · ·
b
, ·
d 1
' ·
'd
·p·· ·a·z'. , ......
e"'mlín1fü 'füfclr a· v;'E.''iilíe 'si? lá'nropie- ~·~
.,,,~JJJ;lll,)l~fJ~9 m~ .~IJ Jlé,llfJª y pr~~1w~,9111
'
,
P
te · prov1síonál de ·· a· tenubhca meJteana. a toaos
Jiid de que se trata era nacjqn~!, ¡¡a,da_llay q4~ ~us 'habitantes sabed: Que consirlera1,_do que Ja
hablar á cerca de ella, pues por los convenios
,1
1~ J
D
¡ 8 f1
'e'iebrados'"eiitre lós' reíüidús'Sres:''A.r'i'sta ·y· ·ca.' lJ!9J.PTW .ttf ,Aff'? .)m!.~ l',.!:P,l/-r~1m.~~~!~l': ~!.1e ..P~·
C
d1do con mstanc1a;· y por memo ue wrmrlle~ 1mnales e~te puntp quedó enteramente con.i,:luido;, oiativas, que la Haciendll p,i}bfü:ª J't&amp;C?!:m~ y .~d1tias si: ella pértenecia á a!gilnos particulares, el: ministre· por sí la renta nacional del estanco del
de11!cho d'e estos ha quedado. ihtacto, Y espedi-: tab¡i~o; rescindiéndo$e ep éonsecuencia .el arrent.o par~ reclamar aµte la alitori¡l~d coin_p~tente. · damiento que de ella se .habi.a.hfillh•d'li.rna.co¡ny teng1' el honor d.e cornumcarl.o a· V. E. pañia empresaria de esta ciudad: q~e la opinion
como resultado ,le su nota de 18 del pr.qcsiino • púbfica se ha esplicadó con,,tanternent!l y en.topasado Abril, á que acorripafi6 el espedifüüe d~. das partes pn el rpismo sentido: q11e siendo mal
4ue se tr¡ita.
. ·· , ..
,
reeibido en los pueblos el que este ramo del te. Dios Y libertad.
MeJtCO Octuqr~ SO \le i soro esté en 1nanqs de particulares, nu~ca en
1841.:_G, Pedraz·a.-Es.:ho. Sr. Gobernador del. ellas podrá prosperar, y an~es bien es de temer
Departamento de Nuevo Leori.
·
que llegue á una total desorganizacion con notable menoscabo de los ic¡tereses permanentes de
1 la' hacienda,. a cuy!} patrimon,io ~eüenéce éu pro.
Slcretaria de Gobierno del DepnrtaiJ]ento• de piedad' el estarlpo: que por otra parte, planteado
Nuevo L~on.-Cirwlar.-E1 Ex.rrio. Br. Ministro ;ya este,' cotnfJ lo está en toda l;i Renublica, sus ;,1·0de relaciones ex.t~riores y gobernacion con fecha 2 duetos manejándose por cuenta &lt;;Id erario, deben
cíe! corri~nte dice al Exmo. Sr. Gobernador lo ser cuantiosos, y pueden co11tríb11ir efü,:azmen·q,¡1e sigue; ·
•
. .
te á aliviar las necesidades del Gobierno: que la
¡;
,;Exmo. Sr."'7"EJ Exmo. Sr. Mm1st_ro 1e compañia empresaria ha es.tad1J siempre Uana a
guerra y marim1. ·en_ nota. de ~6,_de Üütu_bre pr'1Csi- li1. réscicion del contrato, segun resulta de di1ho pasado me d1ee lo s1guiente.-~x1no. Sr. versas notas de s1._1s directores, que obran en los
i..-.,H,iy d,igo a. h, Sres. Oomandantes g•mer~les expedientes.· de la materia, en las cu.ales ha ofrerle tos llepartamentós 'de 'Qneretaro, fi.uanaJUa- 'cido devolver el estarico, siri inrlemnizacion dtt
to, M¡1relia;: ~alisco¡ San Luis Poiosl, Zacatecas, ningµna clasP,, \I'. con.· solo }a condic~on, d~ que
1
ffamalllitias y Nuevo v~on ·10 que sigue.'-'El se· tid' traspíisen toqas 11,ls existencias que tiene:
Exmo. Sr.Presidente provi,;ional, ha' tenldo:a bien que esta ·condiciqn"Qa parecido eq,1itativa en s1
r.esolv'er; que 'los. individuos vagos y mal entre- mis~a; · y muy conforme á lás reglas y princitenidos que se encuentre~. en ese: :0,epartamento, pi0s del estanco, . qüe exigen c¡ue solo el füco
así como lo.s reos de dehtos tev.es q!,le merezcan sea tenedor del frilto estancado, oidos los inalg\)na corteccion, Ó·. ~ue _se~n. p~tjUdicial~s e~. formes de \a Direccic;m gi:;neral d~ reptas y del
}ds lugares de su resdenc,a a 1u1c10 d&lt;e las ~utos Banco nacional de· ainortizáciori, y con~ultado y
r-idades civiles, se destinen á las guarniciones de discutido 'el punto en Conséjo de · Mi11istros, usan~
los. puertos de Sta. Auna. de Tarnaulipa.s y M:a~ do de la facultad que me concede el art. 'Y. o,
tamorO!l¡ cuya. pronta remision á. ·dibhos puntoe de las ha.ses adoptadas en TitcubayJ, y jurad"s
rem&gt;mienda ~; E; y á este fin se dú la ór&lt;len por ros repre~ent~Íites de los Deparlameritos, h.e
~onv.eniente para que el Gde de hacienda res~ tei;ii_dq, á bi.en 'decretar lo siguiente: ·
· ·
pectivo ministre los ·socorros precisamente por los
· · l. 0 · Desde l. o. de Ene;ro de 1&amp;42~ se adltias necesari,,s; haciendose · responsabies. a las ~inistrará inrnediatámente por éuenta, de la haau_toridadrs, del. esacto cumplimiento de estas 0ienda 'publíc_a• la 'renta. naciqnal ai.:l' · estanco del
órdenes; pues que en eUas se interé"5a el mej'Jr tabaco, cesan40 por lo misll}ó en :,t d~ Dicit:m•
se, vicio de• la Nácion;
!fengo eL honor · d:e b're dd presente ·año, la contr~t,a. · de · arrendadecirlo á V. para su inteligencin y curiiplim\~n- miento qde de el.la s~ h1:if) ~-·ta. empresa estat~.-Y lo trasc,ibo a, V. 1\). para q,re se s1,rva ble'cida eb. esta• ciu,lad; en 15: de Enero de 1:839.
(Nmunicarlo á los EK. S:3.1 G:Jbim,a'diJres. de· · 2. º· Se recihin~n la~ ecsistencias todas y
dichns. D;~partameutos'.."-Teng,&gt; PI. h\Jn~¡: de 1:u1i!es- dei estanco 'q,1e tiene ia dicha· emprl'sa
insert.ar!o ª· Y. E. para su inteligeacil\ 1 y cum;
los precios fifados en el art. 16 de la citada.
nlim1ento en, la r,arte q¡te le 001Tes~de.
u" contrata; pero sin. abonar a la empresa indem~-

,'tm.~,mh

0

l!;á

�191.
1

nizacion alguna de las que trata el art. '20··de ·'Vernemz;11is· ttimeos"áe ·1a eosecha:r'e~bidá 'en
dicha contrata.
el pre1,ente año. Por lo demas, segui1á r·igirn3. 0 Para. el p8go del monfo ,total, -de ec• do .. en adelante entre el G:1bierno y lns indicados
sistencial'I y utiles -del ·estanco, se ~mitirán a la cantones, la contrata qnp· e·~tos ct&gt;leb,arPn con
empre~a bonos sobre el fom!o -del 15 por 100 la empresa en el _año de 1839, y aclararon en
de Aduanas marltimas, q11e seran tambien pa- el siguiente de t840, mientras ho se va·rle por
gados con la parte de los pro&lt;luctos del Fres. convenio de ambas ~rtes; q11e,fat1dn rl:'fondirlos
..P.illo&gt; qy~ ,4ebf!.,P.W.-~i~r el ,G,,o.~i~J:!l.&amp;!t. y licimbien en el erario, los derechrn:1 y l,is compromisos que
con el dl'rrcho de exportacion de platas pastas ella importaba para la emp're\m.
que se qaus~ por los puertos de Mazatlán y
10. Se dernga el art. 8. o del decreto de
Guaymas. La emision de dichos bonoi, se hará t. o de Julio del córriente aíio, y las demas
medida que se vayan presentando las liqui- disposicion. es contrarias ·á lo 'que en el preséndaciones de las admini~tracioneR de tabaco.
: te se establee~_.
4. 0 · La aplic~cion l'Íectiv11 del· fondo del
15 por 100 a la amortizacion de estos bonos,
1l. El gobierno, por decreto separado,
no tendrá lugar •hasta que dicho fornfo quede dt:- arreglara el modo con que se haya de manesembarazado de ,los gravámen_es que .actualmente jar esta renta en lo sucesivo.
está satisfa&lt;'iendo. Llt'gada esa· época, la aplica- •
Por tanto, mando se imprima, p11b!ique, circion del fondo á la amortizacion, será integra v oule, y se le de el debido cumplimiento Palatotal; es. d.. cir, de todo el 15 por 100 sin ba- cio del gobierno nacional en Mhico a 12 de
'ja ni reduc1·iun algitna,
Noviembre de 1841.,-Jlntonio Lopez r~e _Santa Jl.n5. o
Kn submgncion del fondo del 15 por na.-.Por mandado de S. E. D. Dufoo, Oticial ma100. mientras se desembaraz:i de sus graváme- ., yor encargado del despacho del Miui~terio de Hanes actua le-,, ,wgairil percibiendo la em ¡.ire@a e 1 cienda."
10 por 100 de los pruduct.is de las aduunas
Y lo comunico a V. E. para su inteligencia
marltimas de Veracruz, Guayma~, Mazatlan y Y efectos correspondientes.
-San Bias, q,re le ei;ta hoy aplicada, segun conDios y libert: d. México Noviembre 12 de
venios aj!l'¡tad0s con el Supremo~ Gobierno. La 1841.-.D. Dufoo. ,Exou•. Sr. GoQernador del
perce:ici,m de este 10 por 100, cesará µa1:a la: Departamento de Nuevo Leon.
em,,resa lu"'go que empiece a -verificarse la del,
15 por lQO.
•
6. 0 ,L0s productos de este fondo en su
Mini~terio de Guecya y Ma1·ina.-S¡¡cci,Qn y
ea'-o, ,;y lo,; ,del ,10 por 100. ahora, vendran mesa de operaciones.-Circular.-Escmo. Sr. con.siga&lt;idos en le.tras a fav,,r de la persona que Algunos it•quietos enemigos de todo 61dl'n y que
nombre la .empresa. L,1s del dereeho de ex- se 1fütingui.. run por su adhel'idn á los abusos que
po1tac10n de platas pa-tas en M,,zatlim y Guay. la Nacion ha di-tinguido poi un enérgico·y gemas, los µercibifd en las adua11as de los mis- neroso esfuerzo, forjaron en esta Capital un s~mos puertos el a'\Jor:lernr:lo i1,tnvento1· que la puesto pronunciamiento del dignbimo genetJI p .
.empre&amp;a nombre; y !os productos del F,,esnillo, Nicolas Bravo en Chilpancin~o, y lo circularan
los recibirá directamente la empresa, la que re- µara sorprender á los ánimos en puntos rem~prrsentará los dert·cb,¡s del gobierno en la inter- tos ·donde no es tan facíl conocn la verdad de
vencion que el mismo gobierno babia. reserva- los hechos. La trama está dt. scubierta: \os au.,.
do por la coptrata respectiva.
tores de esta miserable snpercl.1f:ría aprendicios
7. 0
Lns bonos que deben espedirse con i y sometidos al pode1· de las leye~.
forme al art. 3. 0 ga:ia1án un rédito de 6 por \
El Escmo. Sr. benemérito de la Pát1ia D.
100 al añ,1, y se aplicaran lt la emµresa con el· Nicolás B,avo y el di,ti11guido general D. Juan
de&amp;1cuento de 30 por 100 de su valor represen- Alvarez han es¡.ilicado, como se verá por los
tativo.
documentos que se van á i11sertar, su JU$ta in6. o
El Banco nacional de amortizacion dignaci:m por este atentado no menos ufenbiV9
y )a Tesorerla general, proceder 3n inmrdiata- á la causa publica, que al honor de ciud;idanosmente a licp1idar la cuenta de ia empresa, el que en to.(ias é¡&gt;ocas y. especialmente en la~pre-,.
primero por las cantí~de~ que esta haya auti- ~ente, han dado tantas pruebas ele au amor á Q,TI,!l
cipac!o de arre0tlarnient, 1s~ y la segunda por las jtJsta libertad, y á las administraciones que res-·
que se han tomddo para socorros de las tropa&amp; petan y sostienen los buenos principios.
en varios Departamentos, ó que poi cua:quier
Lo digo á V. E. de órden del E8cmo. Sr.
otro motivo resulte deber el Gobiernó 8 la mis- Presidente provisional para que mande recogn
ma. em-pn'sa. El. liquioo que aparezca 8 favor y remit_a_
esta, secretaria e;;e lihf:lo' sedi'cios~
de la empresa, sea eh el Banco ó en la Tesorn.. s1nreph~·10~ y para que haga . pobl~car ésta ctr-:tl.aa. ffl, le eati,fara c.ou ab.onus mensuales de . eud_ar d1ctand? la!J démas provi,.lencras legalei• qiu~
treinta -y· éinco··- míT · pesos de · los produc- !! estime c,rnve111_elites, pues los 1mtlvados;, no en,,.
tos de la nttnta- del tahaco, en los D•parta- !I cuentran· medios de alterar ~a. tranqmhd-ad que
:iµ.eu.t,os. dt Zacat.ecas y Guadalaj¡ira, '1esde Eue- [ tanto . a¡,ete~en l?s pueblos.
ro de 1842 en aaelantf', cuyos abonos seran !¡
~ l? digo a V. E. para su inteligenciiw y
cobrados en diahos p.uato&amp; p0i los apod,el'ado~ ¡¡ cumplumento.
de la empre~a.
¡
Dios y libertad. Mrjico, Novi11mlJre ~,
9. 0
S,·rá de cuenta de- la misma pagar ~ de 1841.-'l'ornel.-Escnio. · ;5r. Goberna&amp;qr do.
a.~r&amp;s- eaawnes- ea,.,eehare&amp;- ahl,
1, Nuevo Leon.

a

a

1

~ttettto-m:

r

�NOTICIAS

DEL DEPARTAMENTO.

Tribunal · Superior Je Justicia del Departamento de NuetJo Leon.-Escmo. Sr.-Por acuer~
do de este T,ibunal Superi&lt;Jr de Justicia fecha
de hoy, qut&gt;da reinstalado conforme a la suprema disposicion que al efecto se sirvió acompañarme V. E. en su nota de ayer, é igualmente
. se ha pre,enido a los jueces de let1as del Departamento vuelvan sin demora al ejércicio de
sus destinos en cumplimiento de la citada suprema disposicion.
.
Lo que · tengo el honor de comunicar V.
E. en conte~tacion á su referida uota, protesLndole á la vez mi distinguido aprecio.
Dio11 y lioertad. Monterrey Noviembre 22
de 1841.-Pedro Agustín Ballesteros.-Escmo Sr.
Gubernador p1ovisio11al de este Departamento.

a

Tribunal . Superior de Justicia del Departa mento de NuetJo Leon ---.Ecsmo. Sr...... Tuigo la
11atbficcion de avisar .á V. E. por acuerdo de
este Tnbunal, de haherse pr·estado el juramento
prevenido en la- circular de la materia, por .todos lo,1 Sre~. Ministros y fücal que se hallan
en esta Ciuddd, Juel'es de Letras y todos los em•
pleados y demas liUbalternos de dicho Tribu_nal
el di11 24 del corr·iente, de cuyo hecho se le.\'¡lnt6 la acta respectiva que en c6µia certifira-da le fué remitida en el correo inmediato al Su.
premo Gobierno por conducto del Ecsrno. Sr.
Ministro de ju~ticia é instruccion publica. A~i
mismo participo a V. E. á virtud del citado acuer-d , hallarse nombmdos ministros 1m11lentes pro•
'visi maies de este Tribunal los Srt&gt;s. D. Manuel Antonio Morales y D. Antonio de Ayala,
quienes entraron al ejercicio de su11 funciones
el 27 del actual, prévio ti juramento dispuesto
en la circular refrrida, que prestó el Sr. Ayala
y no el Sr. Morales por haberlo vnificado ante
V. E. cuando funcionaba de juez de circuito de
estos_ Dt-partamentos. ,
.
Reitero á V. E. las seguridades de mi considerar-ion y aprecio.
Dios y libertad
Monterrey Noviembre 29
de 1841. ...-Pedro .!Jgustin Ballesteros.-Escmo.
Sr. Gobernador provisional de este Departamento.

.Cuerpo de Ejército del .N'orte.-General en
gefe -Escmo. Sr.-EI E~cmo. Sr. Ministro de
guetra y marina en nota de 12. del actual ine
dijo lo siguiente.
,, Con esta fecha se libra la órden conveniente al Sr. Di, !ctor general interino de artilleria para que se~ alisten cien quintales de polvora para e,tablt cer estancos en el Saltillo y
Monterrey.-~n que d,go á V. E. en contesta,::ion a su oflcio 1e!ativo fücha 9 del actual."
·
Tengo el ,honor de trasládarlo a ~; :E. _.para

su conocimiento, , , reproduciendole mi consideracion y justo aprecio.
· Dios y libertad. Cuartel genPral en Monterrey Noviembre 24 de 1841.-.Mariano ,Arista,....Escmo. Sr. Gobernador de este Departamento.

MEJICO, OCTUBRE 24 DE 1841.

Al señor gobernador y comandante general
de Chihuahua, · no solo le ha manifestado el supremo gobierno lo sati,,ft.•cho que está de su pa.
triotismo, enugia y prontitud en auxiliar al Depattamento de Nuevo-México, sino que le ha
reiterado las mas eficaces µrevenciones para que
continué prt:stándoie cuantos recur~os le sean posibles, tanto para la defensa de la integridad del
territorio, como para el escarmiento de su11 inva&amp;ores; igualmente le ha delegado cuanta11 fa.
cultades le sean necesarias para t:I logro de tan
importante objeto, como que de él depende la
conservacipn de la indepeudencia y de la u11ion
de aquellos apreciables Departamentos previtiiendole en consecuencia, que pul:'de tomar de los
productos de la renta de tabacos· en Chihuahua, y de cualquiera otro fondo . de propiedad
nacional, las cantidades que necesite, y aun pe,dirlas a los particulares en ciase de préstamo
voluntario, bajo el concepto de que estan ya
libradas las órdenes respectivas, para que d~ la
aduana de Mazatlán reciba cada mes 5.000 ps.
Tales 'han sido las medidas q11e ha dictado
de pronto el supre "º gobierno en auxilio d,, los
Departamentos de Nuno-M1~xico y Chihuahu:i
amenazados de la inva,ion atróz de las horda;
tejanas. Ot~a.s providencias. se han acordadu, y
otras
se meditan
'
. .con el mismo fin. La nacion,
un_1sona en sentmnentos con su digno gefe, sa.
bra repeler la fuerza con .la fuerza, y rnamfest~r a los Depa~ta111entos lejanos del centro, que
siendo todos miembros de una misma familia é
interesados todos igualmente en la conserva~ion
de la ~ndependencia é integridad. nacional en el
rr)omento en que pelig, au ~ntere!es tan
11do11,
01 pueden arredrarle las d1stanc11.1s, ni intimidarle los peligros, pues que todo mexicano, a mas
del sagrado deber con que nació, de defender
á la sociedad a que pertenece, alimenta en s11
pecho el amor de la patria, por cuya independencia ha prestado siempre tan gratos como honrosos sacrificios,

sag,

(El Diario núm. !.315.)
MONTERREY:-1841.

Imprenta del Gobierno a cargo de
Froytan de .Mier.

�E I Ec¡mo. Sr, Pst:sidente ~rovision"l de
p

qa

ha tenido

..,
la B,epill,l~

bi~n nomqr~r p~rll Gpb!3tnador

4e

estQ

:pepartarn.~11~e&gt; al E,sc~o, S~- 1). fos~ A.faria de Ortega~
fOm~n~ante · ~eneral d~l 1n,is~o!. segqn la respectiva corn~-:
~icac\oQ oficial d4'] Mi,n\st.er.i~ ~e ~~la~ionl!S e~teri_ore.s. ~
qobtrqapion ~e ,. del actu~1;

~' v.l

'ª

~nu,nci~ndoi~ qu~ des~ el clia d; rna~ana comiim-:

S.

t~ 1a
,•

~~e ~r~n ~up~,:ip,,.,: lQ ª".~s~

t,t

á e~e~c~r

¡:~l}líl•
'

'

$11~ {un~iones · d.éspues de o.torgar an,.

JuptA :pep~rtament~l ~1 jur¡l~e~to corres.
,.,

•

-

.&lt;

'

.

.

.

•.

fvl)i\ie~te
.
"'.
'

~l~s

·,-.,

y liberta~.

ft!onterrey Diciembre 2Q. d.o ~~~\-_

~~11fiag~ .Yi~(l~rti
; '~~~f;~~:Q: wi,erm,o.

�GOBIERNO
del DP.partnmento
DE NUEVO LEON.

ESCMO. SEÑOR.

Nombrado por el Escmc,. Sr.

Presidente provisional

de la Republica Gobernador de eAte Departamento el Exmo. Sr. D. José Maria Ortega, Comandante General del
mismo, acaba de tomat posesion de su empleo otorgando
el correspondiente juramento ante la Escma. Junta Departamental.
Tengo el honor de poner}~ en conocimiento de V. E.
para los efectos con~iguientes, ofreciendole mi persona con
las protestas de mi sincero aprecio.
Dios y libertad.

Monterrey Diciembre 21 de 1841.

//

Manieel .M. de Llan~
•'

¿;

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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      <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
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          <name>Título Uniforme</name>
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              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822164&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 48, Diciembre 2</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Imprenta del Gobierno a cargo de Floyran Mier</text>
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                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>-199.

.S E M A N. :.A R I O
,&gt;'

.

P ().L I T:·:.I O O
DEL GOBIERNO JlE'"NUE:VO LEON.
Ut tutela sfc. procuratio reipublicre gerenda est ad uti~itatem eo~um qui comissirunt,
non eorum quibus commissa e st. Cic. l. offie,
Lo mismo qne una tutoria, asi se han
d~ ~Jercer los_ cargos _puhlicos_: no para
ntihdad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.

ToM.

III.

Jueves 9 de Diciembre de 1841.

NtJM. 49.

cinco años á esta parte; sin embargo, desean1do cumplimentar todas las disposiciones del Su•

MINISTERIO DE JUSTIOlA E INSTRUCCION PUBLICA.

·
Circular.-Ecsmo. Sr.~Debiendo erogarse
algunos gastos por los comisionados nombrados
para vigilar y promover en los Departamentos
los progresos de la industria nacional de que
doy noticia á V E. en diversa nota de ésta
fecha;- y no. siendo fácil ni posible que el. erªrio pñblico recargue con esoe y otros desembolsos precisos para aquel objeto sus ya creci•
das atencione~, ha dispuesto el Ecsmo. Sr. Presidente provisional que se escite eficazmente el
celo y patriotismo de V. E. á fin de que empleando toda su influencia y persuacion para con
los dueños ó directores de fábricas ó establecimientos de industria de ese Departamento, mue·
va· tambien su interés y entusiásmo por los. pro·
gresos de ese ramo comprometiendolos sin ,·iolencia
que no solo se suscriban con las cantidades que gusten; sino que' se presten a con·
tribuir con las que la junta de la iudustria de
esta Capital les asigne para t:enar todos los oh.i•~tos de la proteccion que tienen inmediatamente
á su cargo, entre tanto se organizan en todos los
Departamentos iguales corporaciones industrialei,.
Tengo el honor de manifestarlo á V. E. de
suprema . órrlen, protestandole las consideracionee
de mi particular aprecio.
Dios y libertad. Méjico, Noviembre G de
1841.-Castillo.-Escmo. Sr. Gobernador de
Nuevo Leon.

a

Gobierno del Departamento de .Nuevo Lean.
-Ecsmo. Sr.-Au11&lt;.¡ue en el Departamento
de mi cargo no ccsisten establecimientos de in·
dustria por consi~tir bta e11 l&lt;1 cria de ganados
y en el beneficio de la caña de azucar y algur.os grauos de primera necesidad, ambos ramos en un estado rninoso por las continuas úepredacion1~s de los b;ubaros que han dej,1do ya
talados nuestros campos y por el estrao1dina1io
cámbio que se há 1v)tado en !as estaciones de

prPmo Gobierno, ecsitaré eficazmente a todos los
hacendados y creadores mejor acomodados a fin
1\ de que contribuyan con lo que su patriotismo les
i dicte para espensar a la persona que se comi~ione
e_n es~e ~)epartamento con el objeto que V. E. se
sirve tnd1~arme en su respetable nota circular de
6 de Noviembre pr6csimo pasado, á que tengo el
h~no_r de contesta.r, reitc_ra!"dol~ las seguridades de

tm sm~~ro a~rec10 Y d1st111gu1da consideracion.
Dios Y hbertAd. MonteTfflY"~mbr.., l. 0
de_ ~841.-Man~el. .Maria de L!ano.-;-Ec~mo. Sr.
M1mstro de Justicia é Instrucc1on publica.
. .
.
. . , •
.
, .
M1!11ster10 de Justicia e 1~strucc1on pubh7
ca.-Circular.-Escmo. Sr.-S1endo la industria
nacional uno de. los objetos que mas reclam~
\ ~l celo del Gobierno, Y estan~o per~onalrnellA)
interesado el Escn:io: Sr. Pres1?ente en prQRUrarle con una dec1&lt;i1da protecc1on todos los progresos de ~ue la hacen capaz· los grandes_ eleme~tos agr1co!as de nuestro _afortun~do pa1s, ha
creido conveniente Y nec~sano c?n mforn:ie ..de
la Junta de fomento de ~4a cap~t~l multiplicar
Pº! tod~s partes. los medwR de v1g1la~ .Y perse\ guir la 1~tr~ducc1?n de efectos. proh1b!dP!J q~e
tanto perJud1can a nue~tra , na_c1ente rndustna.
C?l_l tal obget~ ha temdo a bien nombrar com1s1onados parti~u!ares eu todos los_ Departame_ntos para que cmdando de clescubnr y denunciar
á las autoridades que corresponda todos los fraudes y contrabandos que puedan cometerse en el comercio de los referidos -efectos, ejl"rzan funciones fiscales en todos lo~ puntos ctonde no haya
empleados de esta clase de nombramientoi1 del
Gobirt!10, y ec,,iten á estos donde los hubiere
si fuese necesario, poni~ndose de acuerdo con
ellos para promover la formacion y determinacion de loil juicios a que en cada caso que ocurra hubiere lugar; fl11 el coucepto de que el Exmo. Sr. Presidente c~pera y pr.e\'iene á todas
las autoridades politicas y militares que se dé á
esta cluse de funciona1io~ todos los auc~ilios qne
sean necrsarius pa1a el de!empeño de su comi-

�¡,"

sion, y qué uniendo sus esfor.rzDs a los. del 'Su'-'
premo Gobierno para el esactn cumplimiento· de·
la circular de ~1 de Octubre prócsimo pasado
espedida por el Mirnsterio de Ifacienda, harán
ií la p:ítria el gran senicio de establecer y proteger su industria r¡ue venúlra á ser la fuente
princirml de su rique;,;a y engrandecimiento.
Tengo el honor de com•rnicarlo a V. E.
para su conor.irniento y· que cuide· de dar toda
la publicit!:.id· conveniente a· esta provide·ncia para q,1e s,· cumpla y, egecute esactamente por todas las autoridr.ide, de ese Depal'tamento politicas y judiciales; en el concepto rle que por. ór&lt;l~n separada He participará a· V. E. la persona
en quit)O recaiga 1:I nombramiento de comisionado.
Difl~ y libertad. J\1i:,jico Noviembre 6 de
(8 ..H.-01tstillo ......:..t,Jxmo, Sr: Gobernador del De·pal'tarnento de Naevo Leon.

derechos el conato de defraudarlos que tanto
ha generalizado; deseando poner en el partic1'.lar el remedio que urgentemente dHmand'\11 las
circunstancias, á fin de que no se perjurlique el
comercio de bnena fi", y la hacienda ,;acional
,~o carezca de las _sumaº que dP;bl! percibir, y
~e que tanto Mces1tn para cubnr su~ pt·,-f,•rentes é importanks erogacio,ieF, he tenido a bwn
decretar, en uso dt las facuitades que me concede el art. 7. 0 de las bases acordadas en Tacuhaya, y juradas por los representantes de los
Departamentos, lo que signe.
l. 0
El oro y plata pasta que se espor.
te de la Repübli~a por loH puertos de Gu.,yrnas
y Mazatl;'rn, en 1'i1 tud df'I permiso que concr-de el art. ~; 0 del decrPtn de 20 rle Junio de
1837; entre taflto sec PStttbfo·&lt;•.en·· lag mi~ns de
moneda, ó tt,sorerias de re~cate de que habla
el mismo artlculo) solo pagadm por únicos de-0-ob-ierwo del Dipartmnenlo de :Nttevo· Leon:. reehos ei si~te por' cif'uto sobre· su· valor,
--Escmo. Sr.- Daré publicidad en este De2. 0
Para la espedicion de las g1Jia~ cotl
partamento á la nota circular de V. E. de' 6 que se· conds1zcan dichos meta(rq, y para el codel prócsimo pasado N oviembrf, en que se sir- bro de los derechos de que habla el artículo an•
ve comuoicarmP las sabias y enérgicas provi- terior, se sugHárán las oficinas respectiva.q fl l redencias acordadas por el Su¡werno Gobiel·tio pa, ' glamentó' circuladó en 13 de Seüe1nhre de 1838;
ra proteger la inrlustria m,cional, nombrando co3. 0
El oro y plata pasta q11e se aprehenmisionados particulure, CJl todos los Departa~ da en cualquiera- de los indicados puertos de
rnentos investidos de fa.eultades. füca·les en los Guaymas, ó .Mazatlán sin los requisitos que ecsipuntos donde no haya est'l cla,e de· empleados, ge el propio reglamento, ó cuyo pe~o ó ley no
y par.a· que proc'uren rle,cubrit: y rlenml'ciar ante estén conformes- con:. las ,rntas que los señalan,
las respectivas autoridades todos los fraudes y con- caer:'i en la pena de.• comiso, y su importe, detraba·n-d1's de efet'.tóB prohibi,·lo~, y e·cilito.ré á todas ducidos los derechos del erario, se distribuirá
autbt11.1it\e~ ,;M\'\t.\~11-s y j1:'l\i.\'ia,es pa.ra que pro- conforme á las disposiciones- que rijan respecto
porcionen· á • dichos comi,i•Jnadcrs tódo11 los auc- {1 los- efectos que caigan en la mi,ma pena no
;,ilios conducentes al esat:to de~empeño de- R\l siendo de \os prohibidos ó e~tancados.
encargo, co no tambien lo egecutará este GoPor tanto, mando se imprima, p11bliq1lf', cir.
hic:rno ú fin de &lt;pe se logre elevar la indus- cule, y se le de el debido cumplimiento. Pala_-t
tria del pais al grado de rir1ueza á que la lla- cio del gnbiern(} nactonal en !\J¡',xi,·o il lO de
man los g:-andes -elementos co11 q1rn e·srádotado. Noviembre de 1841.,-..tlntonio Lopez de Santa ,9.nDi.:is y liberta1l. Monterrny Diciembre l. o na.-,Por mandado d,, S. E. D. Diifoo, Ohc1aí made lS!ll --Jlmmel J11aria de Llctlí!h-Escmo. Sr. yor encargado del despacho del Mwi,terio de Ha1\Iinistro de. Ju5ticía é 1mtrué'cion publica.
cien&lt;la."
Y lo comunico a V. E. para su inteligencia
y efectos corrPspondie11tes.
M+ni~teTie) dé Hllciendá.-Seccion l. ;:, Dios y libertad. México, Noviembre 10 de
Exm-1). Sf-El Exrno. Sr, Presidi!nte pMvisiollal dé la R'epublica !ie ha se'tvido expedir el 184 L-. D. Dufoo. ,Exmo. Sr. Gobernador del
Departamento de Nuevo Leon.
de·crdo q;¡e sig-11e.
,,Aatbuió Loriez de Santa A'nna, General
de Division,_ Benemérito de la. Patria y Presi- [i
Ministerio de Hacienda.-Seccion 1.;:,-,
dente p1·ov1swnal de la República NHtjkana, a ¡i .Cxmo. Sr.-EI Exmo. Sr. Picsidente pl'lll'Í·,ÍO·
los ~abi_'.ª'.!tes de ella: sa_berl'. Qüe teuiendo. etJ \\mil.de la Repiíhlica J'\~,,_iicana ~e ha servid,J excon~1de1au?n que poi . el al't. :-Z, 0 de ia'lry de ,1 pedll' el decrtlo que sigue.
~O de Jumo de _1887 se permitió exportar para•II
,,Antonio Lopez de S:rnta Anna, Gr!neral
.tuera de la Re~rulilrea · el oro y plata pasta. por\ de Division, Benemérito de la P::itria y PresiJo~ pnertos d'.) Gna_yma_~, Maz·atl:'in y la Paz, 1! dente provisional de la República MPjicana, ú los
rmentrns cstuv1e1nn rwbihtados µar'. el comercio:: habirant,•s de ella, sabed: c;iue habiendo llegaestí·a11gero, }' enue, ta11to no se cstiibleciesen :¡ do :i 1ni noticia que en algunas Aduanas [\fa .•
casas de 1110111::da o t_esur:1·1a, dt, reseate en los· 11ílimas, se han adn:iíido por mucho tiewpo
punt_os or:ort.unos, sal1~foc1e11d&lt;l_ de ~lerechc:~ lllHl den'.IIH.:Ías _rfo contrabandos ya ftpre11dirlos, con
-cantalad igual a la que p:·gannn H se lrnow,en ¡ f'I fin de iibertar :1 In~ cnntr:irnntore~ r\d p;,g,J
amonedado, Y- se t!Slrage~f'!I en eda fornrn; y q,:e i de. las multas establt·.cirlns por !us ieyes, ~abil'll·
IJO obs~:.rnt(; · la libntad frg-;11 t¡ut~ ha te1:ído ei ·ido tarnbicn quP .í did111s c,,nt1 arento1es s1• IPS
comercio para _expor-tar ll(Jl!e·!lo,, mdale,', se hari : eritregrni l,,s efectos decornisad,,s µor un prer.io
hecho cland 1,st11!a111eute extrnPc!Ol:e:,; cnantiosns ¡' ínlin10 qne hace ilus·JJia la pena, y de~eando cor,lrn P~_rdH~o, _el _e1:~1'.1u, i¡¡s ,c,1~titfo,i,·s, li'.' .! /: !ar un?» ri1.~i~s ta11 ¡:er_L1d_iciale,; "·' c ra1i,, y :1 la
Ji, c,H,espundw11 .,u d,,i,c~o,, rlc,)w,,d0 atiiuu,1-, rndn,-.ln,1 11aewnal; be 1en1i!,1 a Ul&lt;-''&lt; ¡f c,elar en
" e ll u:1l:c1'¡,í~ rar t e t, ]í.)
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. 1. t•s (jU.C nH: eonccd,~ el urt~--1

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e'.1 ~!\l~.

0

�HJ5.
culo 7. 0 de las· Uasf;is acé\'tl~das:- eh Tac{\hnya
y juradas p'9'I' 'tos Re'pJ'll!ientáUtes · di los Departamentos; kt sigtllente.
Art. 1. 0
:Las dentJ-Deias de contrabandos
y fraudes se lw,ran a, 108, P.rpoootóres Fiscales
de los puertos, y .. en los,d11mús pu,i,tos á quienes hicieren sus veces.
2. 0 Los' Promotorés' JNscafos libr;Jrán al
promovedor 6 1 dtl!imnci:i11te µn certificadd de
haber sidlr hecha lé, &lt;Mnrmei"IY, espresando en él,
et dia yr la,• ~a, en, qutr lo, libitlfn, y procederan inmediatamente á· prol\ll'©'V'er la ápiehemiondel contrabando y su comiso.
!P e-. ll01!!' d~~bll\íf'oe'~M d!'sn 'pro~
piedad ó ci;psi¡jñlleilJl'li, ttP·'tendtá\qiatt~ en la distrihucion df' fo¡ COmüOB, ni- de- las,.-mttl-tfül.•
4. 0
Ninguna- de 188- p;t,ti&lt;ttpe!t• µe los comisos y multas podrá ceder ni vekider• los efectot·delronl'Nadós" á"{m qu'é' fü~tt)b sae, dti~'fios•ó
consignatarios, bajo la1l. perm• de'· privacion temporal de empleo á juicio del juf'z, y pÍlrdida
ea farori dél' la ltait'it1rda '¡tu~lfca' dtr los, efectos
vendidos.'
Potr tarit-o, -mal'tdo •se· ilnp:tlm'a; pubiiqne, clr~
oüle,. ,¡; se 1 le ·dé•e+:debido curñ'¡rlimientb. Pala~
clo dél, Oobieirno natfo·nal en·· Mejite1 á 1.f dé'
Novié.-ril1teidé 113:tH-.fllttMí'ib" Lopéi''de··S,inta-.Oit:
na.L... Por: mallfü«lo · de&gt; S.! E., If: Duf6o·, oficia:t
maiyor enc."Bi&gt;tgado del· despacha del Ministerld·de
0

. . Mlni~terio de gn~rra y ~·arina.-.~eccion central ,Mesa 4. ~- -Habíendó sido adrrutüfa la renundra q_he hiz·o· el Sr. D.' J\J,¡.mrel Gnméz Pe'¡draza del ministerio de, relaciones . exterio~es y
gpberntrnlorr qttt estaba' a' su; oargo, el Eesmo.
1s;. Fresidímté· pt&gt;ovisi,~n·a,.,há nambrt'tdo, para que'
¡le reempláce; al Ecsmo. Sr! miniqtro de la Sú'pMma, Corte dé J-nstibia· o, Jo•é Minia Boca·, negra, qu;i@n: habientfo nrestack, el jurl!m.,nt&amp; en
,este) dia,1 ha comenztlt~u á · ejAre&lt;et iiits funei'ones.
·
De SupFl"11r,i órden tér.g,1 el• h"H'or· dfi po:neirlo ert- oon·cl&gt;cimiP,lfl1o dr, T. E.• para los, fr•es·
¡con11ig11ittnte~; _er1 el1 concepto,; dP qne no se po:.
!m: la'. fi¡ttn~ de'· di~IM E~nirn).,, Sr: Mlni•tto, por
!es·tlílr Yá. daflA, á, recf}noen · e,~ffi'O' secri'tarie- dél
Despachos q~e ha• sidí!i otl·as·· V"ces.
\
Dios·_,r,libettátl: Mé-ji'ro,t8;de NtwientbrP de
· 18'.tt.-Wrnel....... Escmo. Sr. Goijtrnador deil Dei-:
. ptrtalflljento, de Nuevn l;eo'!'I',
;.

5.Li&amp;J .

1 ii 4

::

NO'f!iCh\.S·· DEL Ob;PAR'rAMENTO.

Góbiertw d~l Départitmentó dJ Núevo Leo»,

-E.:ii:mo. Sr;-~a, ~scma. Junta dé· este Di·:,,H'~
támento con fecpa. 6 del·prficsimo pasarlo Núvi~
embre me c&lt;&gt;múr1icó por condhcto de su ,presi~
d~_nte · lo que.sigµe.
.
.. • ,,Escino. _S:r.-La ~scma; Junta. DépartaHaciendá'.:"'
lñinial, ert sesion ¡lel 'di.a de hoy se .1/_Írvió aprobar
y: lo comuuieo á 1V:
pani' su· inteligerrcia las sig.~ientes fosttu~c.iones que de,b'en llev1,1r lo!!
y! efectos', cort'espondte-tttf'S''
·
Sf~s. consej!lro_s qu~- p9r este Dpartamento h~ri
Dló/li Y' libertád: Méjico· Noviembre 15 de de cpn~umr a MeJ1Co.
1841.-0: Dufoa;.-.~:irm?J. Sr: Oolfornador de1
'1: o· Qhe en njngµn ~ase, y por ningun
DepaHanrento'de Nuevo·Leon:
pretesto, se ataque11 las forma~ · .dt! GobiernQ
repúblicano.
MfoiRterio de haciPnda. -Secélon 4'. Q) -Oir2. o
Que las g ,rant,las individuale~, consicular.....;...Como quiera que por el decreto espe- derndás en wdü pacto social, sean inviola~ledrdo por el cong•-eso general en rn de Julio mente respetadas.
de 1$36 se est:;btf'ció que se recibiera el total
3. o
Que el uso de la prensa sea libre y
de la rn,inpofl de cobre si f! · adéud'ó no exce· espedito, sin mas rest1icci,m que la de no
dia ¡j¡~ cirwnentll P"~º", Y f'XCedi:endo se admi- atacar la m0ral publica, ni- la ro11diicta· µrivadit.
tie,:en las dos terc 1• ras partes; debiendo tenerse
4 o
Que se acate la o, ,iriion, y- se .pon'por subsistente aquella d1sµ.J,icion en la actua- sidere e1 estado moral del pueblo•al dictar cuallidad, y considharse' qúe ella concilía los inte- quiera reforma.
.
reses del putilico con los de la hacienda nacio5. o Que
los- Departamentos se les deJe
nal, el Escmo. Sr. Pi•esiden~e; en vist~ de es- ¡ libres del régi,nen y· arlmtnistracion crf'ados por
tos fondamentos, se ha servido determinar que la constitucion de 836, y se les autorice para
todo pago que se haga Prí las oficinas de hacien- dicta:r· cuantas providencias juzguen neoeÑrias
da, rle cuHlquier clase que fuere, se vetifique :para satisfacer sus necesidades loeales y· remeprecisarriente en la proporcion de dos terceras &lt;liar los per-nioiosos efectos producidos por las
pa1'1es en moneda de coh1e y una en plata,-¡ leyes anteriores.
d~de tres pesos p¡¡ra arribá, su~etándose á es6. 0
Q1,1e el poder judicial de la Repútas proposiciones las oficinas indicadas; bajo el blica- sea absolutl'lmente independienteen el ejerconcepto de que los pagos que f'Sta~ hicieren ci~io de sus augustas funciones, sin que el ejeen lo sucesivo, df' cualquiera clas~ y naturale- cutivo provisional pueda estorba1fo de modo alza que foeren, se ej,·cutarán f'O las mismas pro- guno, ni meno5 arrngarselo en ningtm ca.so.
porciones deeignada~; a:l!virtiendos~ · que esta pro7. o. Que la Náoion ahjure para siempre
videncia no cornp,eude á ltJs adeudos corres- el arbiti·io · de empréstitos estl'8ngerns en su sispondientes a las ad1,anas ma1 ltimas, los cuales tema de hacienda,
deben satii;facerse en. ptata., ..se~n :las disposioio8. o ,Q1ie en niHgun caso se celt&gt;bre por
nes vigentes.
_
.
el ejecutivo provisional contratu a~@uno que gra·
Dígolu á V. E. para l01dihes-correspond1entes.
ve las rentas nacionaie8, sino de acuerdo y con
Dinr; y libertad: Mt&lt;jiM, ~Novléinbre 18 de es presa apr, ,bacion del Consejo.
184:L -Dorningo Dufoo.- E~cmo. Sr. Goberna9. e
Que no se den timpteos, grados, disdor del Departamento de Nuevo Leon.
tinciones, 11i condecomcion alguqa pur servicios
·
.! pr..:~tados· en la guerra civil, rescrvaudotie esta
I

E':

a

�196.
D. J, •aqmn Qniró~. ·

~ D.D.

clase de premios para los que se distingan en
las gm·rra• contra nacionPs enemigas, contra fos
ti-jai,os, y la que se hace contra los indios bárbaro,.
10. QuP nir,guno de los ramos que constituyf:'n la 1 :qllf'Za üblic:i, fo, mando parte de la
hacienda raauunal, putd;i e1,agenar~e ó contratar,e b, jo prl'testo alguno ninguna familia, Corporaeiun 6 persona nacional ó cstrangera.
11. Que al e~perlir la convocatoria se cuide haya la mayor libertad tanto en el ejercici,, del VPtu activo, conio en el pasivo; removiendo la8 trabas que se han puesto á los Colegios el--·ctorales por las leyes preecsistentes, y
limitanriolas urncamente a aq11ellas cualidades que
degradan y envilece11 á los ciudadanos.
12. QuP el Coni.rreso constituyente se reuna en PI punto mas central de la RepubJi•ca,
sin que haya mas fuerza armada que la que· el
mismo Coi grt-&gt;so pida para la conservacion del
órcten y seguridad de sus nersonas.-Y de acuerdo de la oropia Ecsma. Junta tengo el honor de
con,unicarlas á V. E. a fin de que se sirva hacerlo a los Sres. comisionados para que les sirva
de norma en la direccion de los negocios publi&lt;'os, y en contestaéion á su apreciable comunicaci&lt;m de. 27 del prócsimu pasado."
. Y como las preinbertas in~trucciones cometidas
los reprP~entuntes por eijte Departamento
se contraig;m á les c,bjPtos del mas cnro y recípr&lt;•co intn1-s rara t, d,,s, e• mo qui:' por ellas
se trata de afianzar una j11sta libertad, y el establecimiento de u11 Gobie,uo re¡,ublicano y confom 1 e al esuiritu nacinPal, tengo el honor de
comunicarlas á V. E. para su c nocimiento v
fines que conveng ,n; esperando de su patrio"tismo se sii-va imponenne con el mismo Clbjeto
. de las instruccio,,es acordadas por esfl Ex'ma.
Junta á los Sres. consejeros de ese De¡;artamento.
Con tal moiivo tengo el honor de reiterar
a V. E. las protestas mas sinceras de mi concidenicio11 y aprecio.
• Dios y libertad. Monterrey, Noviembre 8
de 1841.-,.7}:fanuel Ji!. de Llano.

i

"'"OJl:1_.,.l."'l''.fl de los . a· . ;d , .
l
, .
.,,
"'
m n uos r¡ue en rts procs1n,as ehcciones 1:e1'ifnadas (n esta Capital el 5
. · bre_ d.e.z presente
.1·
j.ucrnn electos comd e D 1c1.cm
ano
promisarios con¡onnc á la l1y.
.

•

SEccrol\'i-:s.

.

CoMPROMISARIOS.

Ramon Quiróz

D. lrPneo Castillon.
D. Jacinto Lozano,

a

a

D.

Juan José dP Llano.
Pf:'dro Treviño y Pereyra.

( D Diego de la · Garza.

~

o:

Nicanor

Martinez.

( D. Jesus Garza Tijerina.
Es cóoia.

Monterrey Diciembre 7 · de 1841.

-Miguei Nieto, secretario.

PARTE ARTISTICA.
NUEVO INVENTO TIPOGRAFICO.

.Máquina para componer y distribuir los caractéres de imprenta.
SPgun anuncian los periódicos franceses, el
baron Séguier acaba de dar cuenta á la súciedad de fomento di:' las artes, de los admirables
resultados que acaba de obt~ner, al cabo de
diez Y ocho años de ensay,,s y trabajo, M.
Gaubert, antiguo pasante dt- matemati&lt;'as en Angers. Este hombre industrioso ha inventado una
. máquina, en cuya t•&gt;lva · va-ta arr, jar los carac· téres de una forma ó mo1dP de im 1.renta, para
que al momento queden chsifi,·ad,,s y distribuídos por medio de un µlarw indinado, de modo que en ~eguida puede vo1verse á componer
con ellos por medio de un teclado que contiene la máquna, muy parecido al de un piano·
Los 296 caractéres diferentes que componen la
C~Ja de un im¡.iresor, quedan desde luego divid1dos en 25 séries por un movimiento osciiatorio de la tolva y del plano inclinado. La mas
numerosa de estas séries no contiene mas que
15 muestras de letra, cuyo espesor es diferente,
y que se separan á voluntad del cajista que hace mover las teclas pasando por encima de plan' chas que tienen unos agugeros como )lis de
una cenadura, y por los cuales rnlo puede pa. sar una letra a la \'ez.
M; Gaubert ha resueli to, segun p_arece, un problema que se pre3entaba como nresolubie y sumamente dificil. Con
esta máquina se pond1ún levantar en S hora~ de
b • GJ ;! OOO 1
.
•
1t
/, ra ªJ~. 1-' ·
etra~, cnando un CélJl•ta rle lus
1 mas dwstro• no puedP Jeva··t.lr
1r1a~ r¡11e u11a ·
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12
en igual _tH:'mpo, 81 gu 1n 1do la practica
1¡ usadu _ha,ta el_ dw; es dec11, q,1e con la maqui! na
hara el cap,ta en mr,rws de uua hora lo

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1

1

·ººº

1

iuJ,i ~~~[-ia~{~:irt::t;re:
;os~O¡,~~;;;~op~~ ~¡ u,n:!=
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1

------

l. ;,

----·----

~

·i

D . .1·uan Xe,)(lrnucrno Ddvila.
D . .Ju!io GutÍPt rf-Z.
D. Franci,c1, lhnera.

l .J
ctucir 1~r,uw1,
emfnte en f'l arte ti,.n,gr:Jico una
!¡ rel'olucwn, cuyas consccuer1cias rw pued,·n cal¡¡ cularse.
1

1¡

'

•

•

( Correo nacional de ,Madrid.)

Dl). Pedro Q,,irÓH.
:F, aneisc,~ Z:1 n1brcno.
D. Antonio Pneto.

~

1

D. Yictori:1110 J\JartinP2.
D . .luan .Tos{, Garcia, PrPFh.
D. JoEé Maria ~iartinez, Lic.

:MOl\'TERRE.\ :-11'41.

lmprcrda del Gobi~~no a cargo de
Froylan de J}/ier. ·

�</text>
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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822164&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 49, Diciembre 9</text>
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                <text>Política y gobierno</text>
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                <text>Siglo XIX</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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J_J C) IA l 'l' 1

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()

DRL GORlf1~RNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic prowralio reipublicre gerend,i est ad utilitatem eorum qiti comissi sunt,
nrm eonm, ']itibns cominissa e st. Cic. 1. offic.
Lo niismo que una tutoría, asi se han
de e1,c,rcer los ca1g1;s puhiicus: no para
tHili&lt;lad d, los que gobieruan, sino para la
de los gobernados.

ToM.

Jueves 16 de Diciembre de 1~41.

111.

¡i •
I c10n que se

Nuiu. 50.

ha ce:
l.~ Del gi10 del individuo, ó sociedad que
GE1' ERAL· ¡ se matncula.
~!"'!"!~~~~~~~~~~~~~~~~~~!'! ·
2. 0
De la persona ó personas interesud:,s
1
ji en él.
MINISTERIO DE JUSTICIA E INSTRUCCION PUBLICA. 1
3. o De la escritura de compañia~ bujo
1 que giran las sociedadrs
mer,·antilt's.
Exmo. Sr. -El Exmo. Sr. Presidente pro4. 0
De los establecimientos mercantiles
visional de la R 1 flt1bi1cn, ~e ha servido expedir del matriculado, ó matriculado~, con expn:siou
el dn·reto que sigue.
de !ti casa y calle t'n que estí~n ,itos.
,,Ant011i•, Lopez de Santa Anna, G~ne".'I
5. 0
De los bienes dotales, ó estradotales,
d,, Division, Benemérito de la P;H, m y Prei;¡- d¿ la muger del matriculado, si algunos tuviere.
d nte provisional de la Re: úb:ica J\J Jicai.a, á to- m comerciante que omita cum¡,lir con este re¿¡, s sns bH b1tautes, sabed: Qut&gt; en "•"º de las qui~ito, si 111-'!:Iª de~pues a hacer quiebra, tiene
forultades que me co1;cede el att. 7.::, de las contra sí presu1,cion lt·gal de se1 la 11u1ebra
basts ,:cordadas en Tacubaya, y juradas por los frnutlulenta, y dt&gt;be ck,;dc lnega ser encau,ado
re¡,1 t'Sentantt s de los
1,:-ah,mtutos, lie tt:uido criminalmente par a que t.e verifique su procea bien decretar la s1gu1e11te.
.
der.
Art. 4. 0 La rn&lt;1tr-lcula se verificará en la
ORGANIZACION
sec1eta1 ía de la junta de fome u to, con autoride lcts Juntas de fomento y tribunales mercantiles. zacion del sec1 etario de la misma, y en libro
d,•stinado á este objPto. Siemprt' q11e un coART l. 0 Se erigirán Juntas de fomento merciante matriculado tra~lade s11 ,Lmicilio á ot1a
del c,rnwrcio, y t1ibuna1es encarg&lt;1dos de la ad. µlaza, ó cierre cualquier eslablecunirnto mermi1,i~trncion de justicia en los 1,egocios mercan- cantil, ó lo pase á ono punto de la misma µoti\e~, en las ca1,i1alt·s de Deriart¡rnwnto, en lus blarion, ó aumente a 1gun establecimiento nuevo
puntos habilitados para el cun.f-'1 c10 exrrangero, á los que ya tenia, ó se aparte de la sociedad
y en l»s pi; zas interi,irt's que d1--·ignen los _Uo- · merca1,til á que ¡wlle11ecia, ó dirnelva esta, ó
hemadoreo y Juntas De¡.iartamenta,e, respectivas. reciba dote de su mugn, dará Hriso á la SePara que pueda erigirs,· tribuual merca11til en una cretaria de la Junta, para hacer en su matrip1aza interior, sera mem;ster qu~ reu11a las cir- cula la an, •taciun con e81,ondiente.
cunstancias d,-. te11er una ¡,1.b ac1on de quince
Art. 5. ;;,
Los hacendadus y fobricantPs remil alma~ a lo menus, un trafico activo, y un sidentes en cada poblacion, &lt;loude haya 1'ríbunúmno de matriculados tal, que µueda veriticar- nal mercantil, tienrn den--cho, fl"lú no ob1igaciun,
se entre eilos la renuvacion ¡,e1 iód,ca de jueces de matricularse ante la ju, ta de Í&lt;imf'nto. Los
que esta ley e~tablece. La J,rnra y tribunal de que se matriculen adqui ... rn1 voz acíiva y pa:;1\·a
San Bias re,-idirá en T, 1,ic, que pa1 a los efec. en h1s eleccionrs, en la misma forma que los
tos de esta ley se tell(lra cnmo puerto.
merca&lt;leres de profe~ion
Art. G. 0
La Junta general de matriculaDe las Juntas de fomento.
dos elegi¡-á cada año a los individuos quP deben
componer en el año siguiente la junta de foArt. 2. 0 Todo comPrciante domiciliado mento. Dicha Juuta gnH·ral de niat1iculado,; no
en 111!!,",,r dondf-' 110 bdy" tribu1ial merca til, estii , odr·:í rt&gt;unin,e ¡,ara e,tr, ni para ningun otro
ohli,t,,d,, {1 ma,.ricula: ~e b~j-, ta ¡,e11a de una mul- ohj•--to, ~ino bajiJ la pres:dencia de la primera
t .. di-' einco á d· ,,t•iento, ¡,eso~.
r,utoridad política dPl 11,gar, ia CUdl decidirá con
Ar t. 3. 0
La matdcula es una manifesta- su votu todo un ¡rnte que vcurra en elecciones.
!!!'!'!!!'!"'!"!!"'!"!!"'!"!!llllll!llllll"""!!!"'!"!!"'!"!!llllll"""!!!"'!"!!!!"!'!"'!"!~"""!!"""!!"""!!!."!!l!!!!!I

1

í?c

1

�198.
A1t. 7. 0
L;i Yl~:Je•a del dia señal:ido oa. \l d,·,rn voto el Pre,i1lente y SPCretarjq~: los dera la e:'·C~i?n, la Jt~n_ta q11e acaba no:nbr~n [1 mas 1;1a_tl"i:-ulado8 solo ,rernPrn VPZ 'l~I'a rec!ac_nalrü m-~1vHh,)s mac·_1c1;la,lo•, qi:e e:1_ un~on d•,1 ¡I mar o i, t rm:•r cni~ orn ·n, c-_ircu11spPc~·-1 n y :·t,oaicalde pnm?-ro, y h ,_p ·;11 . ires1&lt;lencw, o la del ¡i 1P.to. Cnulqmera tu:1a s: ra corregida pPr el
nic~irfo ó. r1)gid 11: qw h:,ga ~11,; veces, formarán
re_si:i_,•nt,,, q:1" cas 1~c.61 pr,r sí, ó P"udr•1 a disb J,1,ita qu" ree1ba i:1 vntc1-."1i).1, Cl)llJO secrda- 1 DOoJCJ•m de! p1 z e- m ,, t!'nte al reo, segun la
ri0s.
S,~ reuni,á a, d,a siguiente á las ocho 1j1graverlad d,·1 ca"", ,,,,-.!q,ii••ra mt.,nto ó acto di&lt;le la mana na en u;i ;Mrag-e nt'lhlico que se de- ! rigido á eoart,.H la !íhe riad de lmi el&lt;&gt;ctores.
sigqaril de antP1w1n , n•ir dicho presidente. L 1s i
Art. 14. N , t•·ndnm v,,z activa ni pasiva
matrirutados n 1 ,1br1·l0, no pudran f·xcu arse i en la t•ltccion dP i, ,hvi,l11 ,s rle 111 JuBta de fo_
si1111 por i,n,w-li .1e1lt!) gr¡¡ve malÍif~•tado en el¡ tnento los qne act.11alrn"ntP sean juece:&gt;s propieartlJ de saber su n11rnb•·dmientu, ó lurgo que tarios, ó s·1p!e1&gt;1e~, del Tribunal 1m,rcantil.
aq ,.,¡ ocurra. •~n cuy, ,,e~·rndo caso, el presiden- il
Art 15. Cada Ju11ta d,· f.,rnento sP comte de la j,1rta d-· fo neBto narnb,·ara q·iien lo µondl'a dei rn)m,·ro d,, vocales que fije la res!·eernplace, de mo !o q.1e u~, d,;je de reunirse/¡ p_ectiva Ju1_1ta D,·nartarnenta!, ?·IH atencion? las
rn electorn1 il la ,1ora di•-;¡g;1a:la.
Las fallas ! c1rc11nstanc1s del lnp;:,r; no d.-b1end I nunca dwho
sobre este particular se ca,,tigarirn con una mul- ¡ numrr0 a-ce:,d . ·r r!e trece, r!i hajar de cinco.
ta &lt;le diez á cincuer:t1 pesos q:ie ecsigira el
Art. 16. Pc1rn ser vocal de la Junta dt&gt; foTrib:mal para los fo11'10.~, y al efe·~to se le pa- mento se necesita ser rnat1 iculado, mayor de
sara noticia fümach p.;r bs qne hayan forma- vrinticinco año•, tener por si y en nombre prodo la junta.
Si :1 la h,ira citada faltare, sin pío alguna negociaeion meri·antil, ó de ag 1
aviso, alguno di:: h, n:1mbrnd0s, sera reempla- l tura, ó ser prooidarw ó ,:ócin de alguna faho1:.rndo con otro mJtricu!ado que nombrara en el ca, no haber hecho nunca quiebra ó suspension ele
acto la autoridad q,rn pre,ide.
pagos fraudulenta. Do, tercera8 partes a lo meArt. S. 0
El registro de matriculados se nos df' los vocal"s de la Junta, serán precisatendra sobre la nwsa p:u-;1 aclarar las dudas que mente ciudadanos en el ejf'rcicio de sus der~ocurrieren.
chos. No podran nn,1ca reunir;;e en u,;a mis~
Art. 9. ° C;ida mntriculad,l escribirá los ma persona lo, cargos de vocal de la Junta, é
nombre3 de bs individuos µor q11ienes vota y {ir- individuo pro¡iietari,i ó suplente del Tribunal de
m'lrá la b,ú.ta. En ei acto de leerse é-;ta, po- comercio, ni pod, a ser &lt;'kgi,-Jo para la una cordrá variar s,.1 V•)t&lt;) el eiect'&gt;r como le parezca, (loracion el que esté actualmente sirviendo en
e.,cribien&lt;lo a ·¡ mi~mo 0tra. t3i no supiere es- la otra.
cribir lo hc!ra uno de lus secretarios didand, el
(Continuará,)
elector, y firma;·,1 la bt1!Pta el presí..Jente. L3.
V,)L!chn se harn coacurnenrlo pcr&amp;onaimente á
dir su voto cada matrieu!atlo. Los que no pudieren concu, rir p,)f cu 0,.1q,!Í,ffa causa, envial'áu
Gobierno del Departamento de .Nuevo Leon.
su voto fü nud:-1 c,m sug·,•.to de confiania.
-,Manuel ,Maria de Llano, Gobemador provisioArt. 10 'J',idas las boletas se iran entre- nal elel Departamento ele J'fuevo Leon, .
P-ll' el Miui,teri,i d,·
ILcie1,da se mP ha
gando al pre ,ideHte, q1ii~n bs leera en vo,: 81fa y les pond1•;1 e I numero segun el órden con comnnicadCJ c,m fecha 22 de N ,viembre prócsique las reciba. U;¡n de: los secretario8 aten- i mo pasado el dPcreto que sigue.
,,Exmo. Sr.-El Exmo. Sr. Presidente ·.roderá si consta en el regi,tro de matriculado~ el elector, y, pondra en él el n11mero que visional de la Ri~publica se ha servido expedit·
haya tocado á la b,)!da. Otro de lo$ secreta- el decrtto siguiente.
rios llevará los nombres. y numeros de los elecAntCJnio Lo. ez de Santa-Anna, General de
tor.e3 y boletas, y el tercer0 los nombre,, de los Division, fü•nemérito de la Patria y Presidente
provisional de la R·püblica Méjirana, a 111s hae!egidDs y votos de cada uno.
Art. 1 l. El voto de los que no firmaren bitantes de ella, sabed: Que eo uso dt las fala boieta por cualquiera causa, si no concurren cultades que me conet·de la 7."' de las bases
personalmente a entregarla, no se contará en el adoptadas en Tacubaya, y juradas por los reescrutinio.
presentantes de lo;i Departamentos, he tenido a
Art. 12. Los que reunan maynrh de su- bien d:c;cretar lo que ~1gne.
Para evitar el abu8o que pudiera hacnse
fragios serán los miembros de la junta de fomento. S1 dos ó mas individuos tuvieren igual de la tolerancia en la circu!aci•m de ciertos efecnumero de snfragios, decidirá la suerte. El escru- tos, que aunque prohibidos pueden entrar legaltinio se hara a las tres de- la tarde. desde cuya ho- mente al giro comercial, por t,mn su procedenra ya no s,.. admitiran votos. La eleccion y el cia de comisos que se h-an &lt;leclarado con anescrntinío se fija• an en los parages pubiicus, y t;-·rioridad, se señalan para el consumo de losaq ,.,lla 9e dara a la pn:nsa rlnnde sea posible. mi,mos efectos seis meses improrngables, conPublicada la e!t•ct:ion (lo qne deb,"rá hacerse an- tados desde 21
Octubre ultimo, y pa,ad" e~te
te~ de anochecer) st'. d1;;o!vera la Junta electo- r,lazn ser:'m quemad,,s ronf.,rrrw a la circular f'Xral, y no sp. P"rira mezciar en ningnr, otro acto. pedida en la e,presada focha; haj-, el conce tn,
Art. 13. C1nlqµii,ra duda ú reclamo wbre de que esta dispo~icion no corn-,rende á lo~ 1.fec]os derechos del electur ó elegi lo, o cualquiera tos prohibidos que no ,e hallt•n en el caso de
otra relativa a la~ mi;;ma~ ehócciones,. se deci., tener sn procedencia d,-, algnn c0rnis,,, los cuadirá. por la Junta ekctoral, ei: la que -:,oló ten, les se!'án quemados-desJe.lutgo con total arreglo
1

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1

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1

º"

�H}9.
á Jo prevenido en la m,mcionada circular, sin
perjuicio de las &lt;lemas p1?ias !mpuesta~:
.
Por tanto, mando se 1mpnma, pub1:que, circule, y se le dé el d~bido cumoli;:1!ento; Pala
cío d"i Gobierno nacwnal en Me11co a 22 de
N,,viernbrt&gt;. d,· 1841.-.llntonio Lopez de Santa-,flnna;~ Y Trig ,n-, l\linistro de I-facienda.-Y Ir;
c11munico H V. E. para su inteiigencia y efectos
corre,; µondientes."
Y pa, a qne 'legue a noticia de todos mando
se puhiique por b~wdo en esta Capital, y en las demas ciudade,, villa~ y ;ngares dP. la comprension de
este i)p:;artamento,. fijandose en los ¡Jarajes acostumbrado~ y cmcuhindosP a quienes corresponda.
l\fonterrPy 11 de Dii'iembre de 1841 r,}11anuel Jlfarict de Llano.-Santiago Vidaurri,

NOTIClA.8

DEL Di~PARTAl\11:&lt;~NTO.

Secretrtria de Gebierno del Departamento de
.,Vuevo Lfon.-.Circ'U,lar.r-Para que el supremo
decreto de 22 de Noviembre ultimo que se circula en esta fecha tenga su mas exacto cumplimiento el Ecsmo. Sr. Gobernador ha tenido
bien cl'isponer que asociado V. con el R.,ceptor de ese pueblo y con una perso~a intel_igente ó conocedora de lo&amp; efectos proh1b1dos a que
se refiere dicho decreto, proceda inmediatamente a hacrr un reconocimiento de ellos en las
tiendas de rnpa de ese comercio, condenando
en el acto al fuego en la plaza publica con arrt&gt;glo a las di~po~iciones vigentes t?dos aquellos
efoctos prohihidus que no se ac1ed1te proceden
de comisos deciarad,Js antes del 21 de Octubre
último, pres1-nciando V. _este a~to; pues los_ que
se hallan en este caso tIPnen libertad de circular legalmPnte por Pl término de ~eis meses improrrogables conta~ &gt;S de~de el mismo d1a 2~,
quedando sugetos ª, la. misma pe~a desde el d1a
en que espire el t~rmmo concedido p~ra su espendio segun el mismo decreto. _De ?rden del
Ecsmo. Si. Gobernador lo comunwo a V. para
su mas pront&lt;., y exacto cumplimiento bajt} su
estrecha responsabilidad, debiendo V. cuanto antes participar á esta Secretaria el resultado d,,
la operacion á qu_e _se contrahe e?ta órden superior para conocmuento del Gobierno y ulteriores disposiciones.
Dios y libertad. Monterrey Diciembre 11
de 1841.-Santiago Viilaurri, secretario interino.

a

1

blos de lo~ e]Pmenfo~ nece,arios para

aqw!!a,,

y del rn)rnero de habitantes que previene la ley

¡

de la materia pa •a 1:-,,te,
Y tt·ngo el honor dP comunicarlo a V. E.
para lo 0 fine~ rorre,¡,nnrlinite~.
Dí,is y libPitad. lHoi;tpney o;,,¡p,r,b•e 7 de
1841.-lrineo Cristillon, ore--i'l"ntf•,- Pablo ,;llartinez, üficial may111 .- Exrno. Sr. Guberrrn&lt;lo1 del
D,:partamento de Nuevo Leon.

Gobieriio del Departamento de Nuevo Leon.
-Escmu. Sr.-Tengo el honor de acompaña,;· á
V. K en cópia el acuerdo espPdido por la E,cma.
Junta De¡,a1 tameutal en uniou de este G&lt;lbierno designando con arreglo ~ la nrimern parte
reglamellt:Rtia de la ley de 15 de NPVÍfsmbre ültirno el uümero de inclivirlu,,s que debe componer la junta de fomento de esta capital, y de-clarando no poderse estableen en otra 1,oblaci,m por nu haber una q:ie curnte con los elemrntos que ecsige la misllla ley para la creacion de uno y otro cuerpo.
En uso dP la facultad q1w eLa rne comPte, hf' te
nitL i'l biefl nombrar m1a r¡ue c0m,1or-ga'1 la ir,diC&lt;ldn ju,1Ja á J,¡¡;: Sres. ,iomt'n+H:lt·s de e,ta ca ¡,i,a.l
D. Francisc;1 de la P/" 1 .illa, D. P,,b,o Ca• n·ñ•,, D.
E1.;genin Serrano, D. Gr, g,,ri,, Z:ll11bn:n,:, D. Ramon Quíróz, D. Tomas lgle,ias y D. R,,fa,¡ de
la Ga,za por conside1ar!os ad,miados de las circunstnncias que ecsige la ley.
.En consecuencia queda instalada la mañana
de este dia la junta de f.,mento del comercio de
esta ca pita!, habiend,J prestado pre\'iamente sus
miembros ante este Gubierno. el corrt&gt;spondie11te
juramento á las bases de r,,gpuerac1on ¡JOlítica y
de cum ,,lir fielmente ~us fuucwnes.
0 1JOrtunamentf' comunicaré a V. E haberse establecido el Tribunal mercantil, ce manera que proce¡Jie11d,1 ambos cuerpos á ejrrcer sus
respectivas atribuciones, el comercio n·cibara el
impulso que es de esperaree de la benéfica ley
q•1e l,,s establece
Diüs y lib,·rtad. M,,ntf•rrey, Dici,-mbre l. o
1 de
18,:1l.-,;11aniiel ,Mario de Llano.-E~cmo. Sr.
l\1im~tro de Justicia é lnstruccion publica.

RE:\HTIDO.
Sres editores del Semanario. -Casa de W.
Diciembre 8 de 1841.-Muy Sres. mios. Dt·seoso el Escmo. Sr. general en gde del cuerpo
de ejército del No, tt', de que los hb bitan tes
de estos Departamentos se impongan de las medidas adoptadas ¡mm la persecucion de los bár, baros, me manda suplicar á 1-V, como tengo
el honor de hacerlo, ¡;.e dignen insertar en 6U
i apreciable poriódico, las comunicaciones relativas
! de que con tal obj:tu les ac,mpaño cóPias.
l\IP repito de 1-V. bffrno. Hf"guro servidor
Q. B. SS. MM.--.llntonio Cortazar.

Junta Departamental de Jl/'iievo Leon.-Ecsmo. Sr.-La Ecsma. Junta Departamental en sesion de este dia teniench, á la vista el
decreto espedido por el EcHmo. Sr. Presidente
provisional er. 15 rle N?viembre ultimo, ha acordado lo sig,iientt,.-1_. 0 • La Jun~a Dep?rtamental en unio11 del Gobierno ha temdo a bien acordar que la junta d,· fomento ?el ?º~1~rdo de
esta Capital se componga de siete md1VJduos.~: o A,imi~mo acuerda que en ningun otro _pueCuerpo de Ejército del Norte.-General enblo del Dep,ntamento puede establec?rse Junta
Gefc.
- Escmo. SI' .-Al teniente coronel gradt1:ani tribunal merca~til por carecer los- m1Smos pue-.
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do ca; it,1n D. R;,f:iel _Uga,_tr&lt;:hea ditijo con ~s- i
Gobierno del Depart~n:ento de Nue_vo l,eon.
ta f rha h1 CP1rnrn1cac1&lt;•r ~1g 11 1entP -,,Hoy digo:, -Ec-mo. Sr. -Las multi,·l1u1das atencHlliCS de
al S, gt&gt;1·eral l)_ R,,fa.,1 Vazq1;t·Z lo s,guiPnte. : que me he visto rodeado 1-11 estos dia~, me
- ,,C.,mu ya comie11za11 In~ salvage·, á introdu- [ han impedido contestar
V. E. co11 la uportucir·,e por el rio salado, su servirá V. S. dis¡.Hi- 11idad drbida su atenta y a: tel'inb!e nota de 8
nn ~alga cnn di1t'ccir·n :'1 aq11el rumbo un ca-!¡ rlel actual, rn que se sirve in,t•rtar:re la qne en
pitan de toda. cm,fianza. y aetívil1ad con se,en- i.'l la misma. fecha dirigió al teniente cornnel grata ir,fa,,trs, la pieza ppq11eña cónica y viinti- duado, capitan D. R"fael UgartPchea: ahora tencinco dngones; au~iliado ademas con difz ve-2i- \ go el h&lt;.inor de ve1 ifü,arlo, mallif.,stand,) a V. E.
no,· q,w servir/in de g11ia8 y_ sP soco1 rerún co- i/ q:1e en mi_ concepto. son bastan.tes las providenmo il tropa, cargaHdose s11 1mpnrte a ga"tos or- , cias contemdas en d1l'ha nota inserta para predinnrios de g,,nra. - Esta fot'1 za n-conerá cons- ! ca ver trn c·uanto es posible la¡,; depredaci011es de
tantnnente las entradaR de los indios por las i los b{Hbaros, y que he man&lt;lad,, ya se libren ór&lt;loR orillas del indiead·i Ri", d,-~d" el paso de dene;;
los pueblo~ de la frontera, para q11e en
las Tortí\la$ hasta el d1·l Tm,aj, · y al ffecto se- los casos que se ofrezcan soliciten aucsilio de
rá conver-ie11te que V. S. r, pita sus órdenes á los g..f.,s situados en los punto, que V. E. delos escw1dronrs de Mier y Guenno.-En Agua \¡ signa. T,mbien he dispuesto se es•.·ida la órleguas e-tá situado el ca 1,itan D. R:c!Lel Ugar- 'den que V. E. me indica en rl último párrafo
techra con· ci11cm'nta hon,bres de Jiiwa é igual de su citada nota, no obstante que sobre este
m),,,ero de defrnsmes &lt;le la misma Villa, y hoy particular se ha dictado una medi,Ja 1eciente por
le ordPno obedezca las prevenciones que V. S dispusicíon del Sr. mi antecesor, de la cual adle h;;ga, respecto á movimientos en contra d,, : junto a V. E. un ejemplar.-, Esta oca1-iun me
lo~ enemigos de que se trata y quf:' obse1ve las : proporciona la muy satisfactoria de renovar á
de la comanrlancia g•·neral de esk Dt:partamen- 1 V. E. las seguridades de n1i con,tante aprecio
tn sol~r~ otros p_un~o~.-,.Al capitan de q,,e ha~ ¡ y obsequinsa . corn-ideracion.-Dios y libertad.
go me·1to al pnnc1¡:no ae esta, nota, or?er.rnra ¡ 1\~ontenfy Noviembre 19 de 1841 -,Jl!Januel MaV. :::;_ cnnsH,¡e e~trecha y continua com11mca- , ria de Llano. Ecsmo. Sr. Gfneral en Gtfc del
cion, tanto con Uga1kchea como con los es- Cuerpo de Ejército del No1te."
c11. dr,,rws &lt;lf Min y Gmnero, para que uniEs cópia. Monterr~y Diciembre 8 de 1841.
dos ó ¡,eparad •s persigan y ••a,tiguen al ern,mi- -,,Bntonio Cor/azur, secretario interino.
g" en torlas d11·1-•ccic&gt;11r,; IÍ c11yo t·fecto lus haSecretaria de Gobierno del Depr1,rtamenlo de
rá V. S. alta11,e••te re,;pumah:e, de la mas le- .
ve orni~ion en ddeud,,r á los p11t'bloH."-Tras- Nuevo Leon,- Circular.-A 1-rocsi111ai1duse ya el
){1d,,)o ú V. para su inteligcnci,1, pr&lt;:viniendo'.e ubre tif·rnpo en que los indios biHbaios hacen con
en com in;:cion con la;; partidas que espi esa la frecuencia SIJS incursiones ejecutando honoroanteced,,11te nota; asi como co;1 la de Subina~, ~as dep¡ edaciones c_n los bii-11es de campo y
per-iguiendo á los salv,,ges con empei'i;i y bajo cau,audo lameutables de,grncias ,:n las familias
l'll nn1,; e,treeha respon;,n bi!idad. "-Tengo el ho- de los pwblos fro11terizus ;;ac1 ificand,¡ a su funor de tra.sl,1da1 lo á V. E. para su c,mocia,ien- ror á muchos de sus inocentes deudos que por
to, .,,, ,!ic1u,duhi se ,i1 va comu1:iC,H' ~us órdeneH lo n·gular enciwntran indefen,os e¡;¡ los camÍl J,.s pi,( h!o~ de la frodeni, para que con ia pof, J desrnndo el Escmo. Sr Gobernador que
m,¡y, r ,io:t•1,, ia dirijan sus partes sobre illdios con la opoitunidad debida s+' dicten todas aque~
¡il Sr. gf'·;e,·al D. R;ifei Vazq1wz, los qiw es- llas medidas qne si no curan del todo el mal
ten ínn,edíntu~ á L .nip:;zo": ¡¡] ca¡,ita11 Ugarte- indicado, Ju evitan al nwnos en parte, se h:\
cbec1 lns que SP t'tlrtwntr,·n cerca d,, Aguale- ~nridu disroner: q 11e V. S. libre rns ordenes
g·ia·•: al capitnn c, m,inda,,re de la fuerza s,;bre a las autn1idade,; del D1,trito de s11 mando pael R1n ,alado, los que ,e killan á ~u~ inrnedía- r:¡, que ú la mayor brev1:,lai pt\1cedan á reorCÍP1w1- y al c•,rnandante rnilit1r d-· Vil:a.Al.lama, ganizar las comphñias de rlefrn,orl's bajo el pie
l,;s q1w e~ién cerr:a de di,:ha p_olilacion.-Si_ V. de fuerza que se IÍJÓ en la ci1cuia1 de 31 de
E. no c,e,· q111· e~las provdl'ticws surn suficien- Enero del aiio prócsimo pa~ad,,, cuidando de
tes para la defensa de la fiontera dd Dcpnr- que . todos lo., día~ frstiv;,s tt-ng,rn ej1crc:c1os
tamPnto de ,,u ca,go; h,, rle merecerle se i-irva doctrinales ¡.mra q 11e se adiestren en e1 útil mai11di ·a•me l:c:s q&lt;1e i:rea ptH:dPn ad,&gt;Ptar~e con nejo de la arma, y de que íos 1and10", h«cienta: objeto.-;-\,¡ n1i,mo ser;í cnnveniente que por das y pueblos coitos que no puedan resi~tir y
parte dP- ese Gobierno ~e prevenga qw) en todas estén espu,·stos á una sorpresa de los salvaj .. ~
la¡;: pnblucione~ en qqe se tema puedan venir ~e fnrtiiiqur,11 con anticipacion pnra que pu, dar:
los barba ros, s.., fo: tifiq11 ·n, ,:e recompong,in la., d,,fenderse con mas seguridad en ca.,o üfrl"eir:lo.
arma,, SP provea,¡ de ¡.a,q1rn y ,e ,,b,nven cuan- -Dios y libn-tacl. M mterrey Agosto 16 de
1841.-..Jesus Garza Gonzales "
ta~ n1ecaucionPs s•an po;;ib,es pa1·a q1rn los ene
E, copia. l\J ,ntertt·y ÍJ1cierr,bre 8 de 1841.
migo, de que ·se trnta no traspasen la ll1,ea, ni
conlf'bn sus a,·octa,11brada,; nrnldudes.-Rt&gt;pro- '--./J.ntonio Cortazar, ~ecretaiio inte 1·ino.
cluzco á V. •E. mi e¡; siiln.,ciou y aprecio.Di,is y libertad -Cu:n ll'l ¡r,- nnul en l\iontenty,
Novi1,1nb:e 8 rle 1841.-,)lforirmo .flrista.-Exm ,. Sr. G bPtnadnr de i slc De, artHmPnto.
lmprenta riel Gobierno á cargo de
Es co:,ia. MtJntn1ey, Diá,mb:-e 8 de 18,11.
Jlntonio Cortcizcw, secretario inte:ino.
Proylan de .M.ier.

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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              <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1822164&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 50, Diciembre 16</text>
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                <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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        <name>Antonio López de Santa Anna</name>
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                    <text>201.

PAG.

S E }IANARIO
POLITlCO
DEL GORIERNO DE NUEVO LEON.
Ut tutela sic procuratio reipublicre .,.erenda est. ad utilitatem eorum qui corrds'; sunt,
non eomm 7uibtts r.ommissa est. Cic. J. oflic.
Lo mismo qur una tutoría, así se han
de ejeret&gt;r los 1:arg1Js puhlicos: no para
utiiidad d los que gobiernan, sino para la
de In~ !.':ofwrnados.

NuM. 51.

Jueves 2S rte Diciembre df 1841.

A,t. 21 s,m fondos de las .Juntas de fo.
i mento, por ahora y mientras el Poder Legisla-

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!~!!!!!"!"!'!!'!!!!~~~!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!l!!!!I 1/

GOBIERNO GENERAL.

, tivtJ de la Nacion no acuerda otra cosa:
l. 0 E1 octavo de peso por ciento l,1cal
MÍNISTERIO DE JUSTICIA E INSTRUCCION PUBLICA. sobre los derechos de im,JOrtaeion •que se cobrara &lt;'n las Adnanas de los lugares donde se
Continúa la ley comenzada en el número (Interior. establezca Tribw,al ¡n,·rc:,ntil, llevánd•ise cuenta separada de él, y de¡iositando,e su importe
Art. 17 Toca
las Juntas de fomento: en arca partic, 1 ar.
I. o Velar sobre la pro,¡,eridad y- adela'r1t11s del
2. 0
Et mw por cir&gt;nto sobre el monto de
comerc10 én cada lugar, prumoviei.do para este todüs !ns bíenr,.s cnucun-ad0s en que Pntienda
obji:-to ant..- las . a,ttoridades, y por los u,edius el Tribunal de com,Tc10, cobrand,ise este im]egales, las medidas y providencias que estime puesto una sola VFZ, al ti~mpo de realizarse dimas ¡.,1·ow-chosas y opo1 tunas. 2. 0 Procurar la chos bienes, y de,contawfolo igualrnente, y sin
propagacio'u de cono~imieutos uüie~ ~¡ c0me1 cío &lt;fütinciou, á tod•}S los acreulores que se paguen
y artes sea por medio del establec11mentu de es- ó tran~ij:rn en c,_,da concurso.
cuelas '1,ea por el de la publicacion de escritos
Art. 22. En los µuert"s, las J,mtas de coF' urmar anua 1· merci::&gt; perc1biran el impm·sto del uno por cienque ilustren estas mate11as. .:1.
mente la balauza mercantil del lugar. 4. 0 Eva- to creado por la ley de 31 ctr&gt; Marzo de 1838
cuar las consultas é iufom,t·s que tiObre los obje- para ios objetos y en la forma q;ie ella misma
tos dt' su instituto se les pidieren por las auto- 1°splica; ptro no se r,ob1ará a!ll el octavo por
ridades su 1,eriores. 5. 0 Dar las patentes Y ar- ciento local de q,1e habla el articulo anterior.
reglar el ramu de corredores de todas clases.
Art. 23. Con PI producrn de los fondos
6. :: Recaudaré invertí!' los fondos que les con- nuevamente con~igm,dos i:l ('&amp;da Junta de fomen-•
signa esl.a ley..
to, se cubrirán de preferen,:ia hs gastos dei TriArt. )8. La Junta de fomento de la Ca- bunal de comercio respecÜV", y despues los de
pita!, formara un ~royecto d~ cózl,go merca,nt'._I, : !a Junta misma.
acomod11d" a las cucm,staucias de la RepubuArt. 24. Tendra éi-ta un Tesorero que perca, asocia.id,,~&lt;' para cllu cou perhon¡¡s iustruida, ciba y distribuya sus fundos, con arrtglo
lo
en la legis,ací,&gt;n f-18tna, y tlevawlo .su_ ob1:a cuan- que queda estubk&lt;'idu en el presente dpcreto;
do la tenga conc1uidd a1 Poder Leg1~lat1vo para u11 Secretario, y los amauuenses qne Bran ,,e.
su examen y ªt'r,,bacwa o rep.robacwn.
cesario para sus laborrs, prefüi1cnd,, en igutúhid
Art. 19 CaJd Junta de fo111e::to formará de circunstancias
io~ que ¡·erciGt:ll sueUv ó
el pr,,yecto de ~Uh uideu,mzas ó reglameuto. eco- pension drl erario.
A1t. 25.
Carla Junta !IP f,mentu rt'ndíra
11 omic,,, asi C(Jill&lt;l el dei Tnbunal me1cant:I del
miFmo lugar, y lo eleva1á para su e_xr1men Y anualm1:nte c11t:iih1 ducun,e,,,a ia dr los f,1ndos
aprnbr,cio 11 , ó c.;ntscciu;1, á la respecuva J¡¡11ta que ha mamjad,i, la cual a ,,. s de p1,bLear,se
&lt;lepa:tameutal, .¡;01,wnao10 desde lutgo en obser- ! por l,1 prensa, ~e ;¡asara r;ara s,J glo.;a ú la c0uvaucia.
·! ta&lt;lurla mayur de Hacú nda.
Art. 20. Las Jurit,1s de fomento de los :i
puertos cuidaran de ia c0nstruécion, conserva- :i
De los Tribunales mercantiles.
ciou y reparn de lc,s mueiíes y faro,, de las il
lanchas de descaiga, auxilio y .~a:van1cuto, S':f • I[
Art. 26. C ,da Tdrnnai mrrcantil constnrá
viciu de práetico~, _Y de mas. obJdos. ~t: la mis. ¡1de nn Pre,-1,l_ente y dos C,,!tga,: el Pn:sid,-ute
ma esppcie de,;1.u,aliu.,, :u meJd_r 1,erv1c10, como- !i y el m~s unt:g,w de Jos Colegag se renov.:ran
mdad y st-g::11dad d1,"1 cornen,t·J.
~ cada uiw.

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Art. 27: Para si-r irnlisid110 del . Tribunal}[ ó nerm\iltarlo. haR comprns·:, )"· permma11 qtiP no
mercautil se riecesita ~er Ci,tdadnno en el tjer• 1, se hacen con etite• ohjPh, y. los contrato8 c 1mcicio de :us derecho~, mayol' fh• veinticinco añrJs, 1 c_er~ie~tesbienes. ra1ceF, son agenos dr la juy matifonladn; con neg iciac.ion mercantil, agri,- · nsd1cc1on mercantil. .
.
cola ó Li bril, en nombre pro:,io; g1zar- de loa~- 0
Todo t-l giro de letras . ~e. c~m~10,
ble fama y opinion por ,ms buenaq costum- pagares y libranzas_ auuq!!e sean g1.1adus a carbres, arr,·glo y prudPncia en los neg.ocios, y ser 'go de ~rso~1ai1 res1den~~s icn la m~sm'l plaza.
persona iHteligente y pP1ita en los usos y regla3. 0 1 o.d~ ?ompanrn de comerctu aun cuan•
mentos de cnmereio.
do tenga parh?1p10 en ella a!guua persona que
A rt. 28 N,) rnw&lt;lPn ~r~r Jbec('s ·un mis- no sea comerciante de pr,,f,•swn.
4. o Los negocios emauados directamente
mo tÍ&lt;'IYIP" e11 P,tos 'l\'ib1111:ile"? los que sean
entre ~¡ pa riPl'teA dn1tro del enarto g-rado de de la mercaduria, ó q 1e se r, fiPr:in iumediata~
ella,
saber: el tletanJPnto &lt;l&lt;' emb,,rcons.1r,guinrda,l, ó nlit,i,bd, ni los ,:ócios ó parcio- ¡ mente
neros. en urhl. mi ,m,, ne!_\'•Ji'i wi ,n. Tampoco pm,- ! caciones, carnrnges, ó béstias de carga para el
&lt;le serlu e\ ds·t•cndie.¡t-~, mientras ~e conserve en trasporte de mercancías por ti'"rra ó agua, los
la c]a.e de t:il, ni ,·\ q11,, hava h&lt;'cho quit·bra ó contratos de s,•guro, lo,, n1·gocios con factores,
su~penRhn &lt;le ¡:ago~ {\!luda+(&gt;•nt-a, ni el qu.-e _a~tt. .deµr..n.cl,i.im..t~s~. c.o.wi•üon.i.-;tas,, y, c.o.rredo.Ies,, yj las
na vez lwbiere sido c:t11denud.o
peua., aflwtlrn fianzas ó prendas en garanfoi dé re;;pon8abili~
~a des ml!rcantil+'s, siernµre que se ot01•~uen. si11
ó infa m.:.nte.
,hipot~., y, oo.ruá..i solem1.idades agi;nas del coArt. :29. Lo~ voe, 1cs &lt;le la Junta d&lt;' fo-· 111 .,rci,i y orouias del derecho ri\il.
menw y J())~ J,f:'.ce~ rnli,:n!Ps del Tribunal-m..,rAtt/38';,' Ste!nf)1'et·qt1erf'fi:el:·,j'Ji.cia-UDi\!ec•.
cantiL n.o pu den -er ub:ig:idos a. ocupar _los. sal de concurso de acreed,..1res, .Pn ,el de esp,~ras
cargns de é~te• mitntras no haya trarn1curndo y el de quintc1.o, se ¡¡curr&lt;ul,·n negocios q11e la ley
on. fr·mpo iPtermedio ig11al al en que su vieron reputa merca1;tiles, con negocio, no mercantiles,
en. una u, otra corporacion.
rorres 1 onderá el ul!locimieuto dd juiciu al 'f.ri..
Art. 30 C:id? Junta de fomento prcsen- bunal de cr,mercio, concmTiend,, las los circunstara anualmente, y, con. la d( bida oportunidad; tancic1s de ser el d,,url•w comnn: comerciant~ &lt;leal Gobierno de su resrwctiv,j D,,partarnento, una profesion y de que la m;iyor parte de los créditos,
terna de persona~ hi,bi!es p3ra reemµlazar al segun el primer. as¡lecto, proceda de neg9cios
J&gt;resirlentc del T1ihun&amp;I merca¡¡til, y, otra para mercantiles.
ienr,p\nzar al Co!eQ·'ª mas nntig\10. El G. obier.
0
v
Art. .:,6;
.::,c&lt;'mpre que en .cua. 1¡qmera
no D6ff1art:imt&gt;lltal. eligi·
(1 dentro de tr&lt;'~ dias uno
, neg~•
. .
r·
de c:ida
terna, y los asl elect,i~ que darirn por cio mercantll aparezea alguna• msl{. enc1a cmm•
pasara el . conoci.:.
Pr1,~i:lente ~· Colei::a menos ant:gno pata e l año, 11al, el T¡1ibunal dE' eomerr'io
,
.;
v
miPnto de rila á la jurisd1ccion res,,ectwa, re.
s;gui,;ntc.
i mitiendole los documentos. ó constancias con~
Art. 31. A mns de lo~ tre,; J:ieces, pro. i cernientes. En casos urgente•, en. que sea derieLrio~ ch~ cri&lt;la Trihu,,til ~e e,igiran annalmen temn Ja fuga u ocultaci,m dcf cuLpado, .puede·
i,, S'·•s su:1le1,tes nd, 1·1 ados de lns. mi-mas cir- el Tribunal de comercio a,egurar di:} pronto su
cnnst"i'cia• qn · ¡¡qndi,,,, p:ir:,., rHrnp!azar sus rwrsona, ¡;oniendola en el acto á disposieion del
fo:ta~ ,·n los cn~o~ di&gt; e,,ff'llfr dad, impedimento Juez com¡wtente.
Je,,ai ó r&lt;&gt;r11sücÍull. Pam la eleccion de suplenArt, 37. Nimrun fono per~onal,
no es
" cc,rh .Jm,1a de tomento,
'
te,.,
a l presentar a I G 0 · el de los altos foncionarios. p1)blicos,. creado·por:
bierr., i:,,,,,ait11mental las dus terna~-de qne ha
la constituc10n, y el que ::li,frutan los- Jueces
b;a el artículo aY1terior, le presentará· tambien y Magistrados civiles, vxime de la: jurisdiccion
m,a lista clt&gt; doct~ nersouas hhhiles, de las cuales d,-·! Tribunal de comercio a la;, ¡:tersonas que•ha,non,hrara st-is el Gobierno, Y ks así nombrados yan celeb,·ado negoci ,s mercantiles.
str;'m lc;s supientf'.s d ... J año sig::il'nte, Se les lla
Art. 38: Los T1ibunales de comercio tenrna1 ti a sn¡ Íir en cada caso pó1· el órden de SUS dran todas las audiencias qne sean necesarias
nombramie;,tos.
para el drcspacho de los nPgocios que ocurran.
.Art 32. Lns 311dicnturas del Tribunal mer, Nunca podrán. tener menos de dos en cada se~
cantil snn cargos honcrificc,s que ~e sirven gra- mana.
tuitamente ~in ;;neldo ni emo1unwnto nlguno.
Art. 39. A todo _¡uicio d,·bé preceder el
Art. 33. Corres¡,on&lt;le
cada Tribunal de acto de cc,r,ciliacion anie el Tiibunal mismo de
come1ciú conocer en el lu¡:pr de su residencia comercio, el cual pr0cuara1a alii avt'nir a las
de torins l· s p'citos qne en él se ~\lseite11· sobre p;,.rtes. y cortar en su 01lgen el li•ígio.
n,goeios weicai tile,,, ~iempre que Pl interés que
( Contintiará:)
se vnse exceda de cien p('so,. De ,Jas demanda~ q,,e no ;:a,Pn de esta cantidad seguirán conot:;endo, curno hasta aqul, lo~ Alcaldes y Jue-

a

1

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V

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ces de oaz 1:e¡jpectivos.
Ait. SL1. La ley ri·puta negücios mercan·

I\OTLCIAS

Comanclcmcia general é inspeccim1 de Ntreva
l. o L~s cnm:,r.:i~ y ¡wrmutas de; frute;~, Leon.-E,cmo . .:Sr.-El Suµremo G,,bi: rno atrfü
tfrcto, y n;eH'hl ('\i'·S qi:e, be irncen con tl dvc- diendo ú los corféy,; s1°n-icios qu., he pre,tado á
ten it:r,do , l,jnn dt-. lten,r il', go el com7r2d,,r la p:\tna en la cam:i~ña de '1', jas y e11 este De•
ó fClli.utar;:e ei: lv 1LÍ,n.o ({U' ha co:i,¡,r:.ilo parrnrne:1to se ha dig1.ado cunfori1me·tl g_rado de.

tiles:.

�(¡
G.eneral de. Brigada.
'fengo el' honor de ofrecerlo á V. E. asi
como mi persona, protestímdóle al mímío tierrtpo mi mas• dlstiniguidif comideral"Ítift y,,pirrt1culirr

'¡\

Comandar,eio,. g.et1eratl é ins¡,:ecciótn d,, Nuev(Í.)
1Leon;-Ewmo S1.-In,rues1:t, de la:• no{a,,ficía;l1

1&lt;le- V. Ei fooha,, de hoy. é inst'l'ta: de- la· qte el
''Escmo, Sr. Miru:.tro· det rr-laeinne5' e~teriCJTI&gt;, y,·
ap;recio.
.
·
'go:bernacion se, ,ir11ióí rlil'igirle- Pn 6 del 1m~me'
Dios y libertad. Monterrey•. Dieiembre 16· mes,. avisando á V, E, que. e,t ~,cmo1 Sr. ,Pre•
de 1841.-José ,]llária de Ortega.~Escmo. Sr. si-dente de la R~l,úhl½Ca,. tuvn á birn: nol1',btarG• bernador de este Departnnrento· D; l\'1imuel j~ para Gobemad$r d1e este Deparbttrt&gt;nto; .rni
Maria del L\ano;
!contestacion dPho mani~ft&gt;sta,i·le á, V, R~. qwt ooi
·,obstante mi insufioi.t·noia lmré&gt;· cuooto esté;dr mi,
para, deHt•-rnpt"íiat" tan difüil comn dtHÍ'dl'- ·
Gobierno del Departamento de JViievo Leon. :parte
'dg encargo, cnntando ,con la etki,z,ooo¡:,eraoion1
-Büri la atenta neta· d, V. S. fecha· de·a3·er y. conocirlas luces de V. E. y de lairdemás au.-, '
me he im.1utaslo c,m, Aa.lisfa4'.0Í~.m- d@&lt; qí.ai,... e,l.Su:toiid:1d,,s del Oepartanwnto.
premo Gobierno ha te,,ido á bien cm,ferirle el
·,¡
Sí! vase V: E. e~pedir las correspondrentes1
grado de- Geuerai' de- Btig!l&lt;lá· para-, premiarte n·-l
;órrlenes á h,s a11tofidadt's· subaltr-rrm~, partieipanJo~ b,wnos y acreditados servicios que ha_ pres;:dol,es q11e el 21 del cnrrii&gt;ntt&gt; toni...,ré p0sesio1íJ
tad&amp; V,:. S: á h· Patria, en• la r'&lt;lropeftá,J de" Te:del Gobierno desp11es de oto.rg;ar ante la·. Ex.:.
jf" · y; en este Dt&gt;,p,irtamento,
;ma. Junta Deparrnmental el juramento pieve-.-,
Tengo. el honol' d~. decirlo á V. S. en con¡niilllio ¡,or la etm,titucion:
test/-&gt;stacion á su citada nota, dandole" la mas cor
'I'e!•go el ho1t0r de pvotéstál' á- Vt E-! mi1
dial, e'lrhMabtrena' ¡ror· tan' merecido as~enso, y ;!di~ting-t.iida
coneid.,tacion y narticuhrr•apreeio.
reprodl:10iPndole- lai-, ~t&gt;g;lll'idacle:,- d.., mi·, .barqeio:l
Uios y libertad; M,mt,.rrey, . Di~iembie•, }Q',
sa con,ideracioH y, siucero aprecio.
lde 1841.-José .lllaria de Ortega.-Escmo;' s+:;
010s y libert.ad. Móntern·y, Diciembr.e 17
:Gobernador D. Manuel Maria del Llano.
de 184:l!-,]Watmel Jlliiria de I.:.láno:-St. Coman- 1
1

da11te:

General de; e1&gt;te, Departatuento.

,
S1.cretaria de Gcbierno. del Dcp&lt;trtamento de
'Nuevo Leon.-Circul.ar.-El Ecsmo. Sr. PresiGobierno deZ. Departamemo- de, X'tl!ll~a beoni dente· pn,visional · de: la R·1,ublica ha tenido a
-:--Ecsmo. Sr.-::;Con -f:cha 6 d,•1 C~rt'lente
!bi€ru nombi'ar para, Gnbe,nad,,r. dP e.~~e- DPpar-"-.
d_,ce el Ec,mo. ~r. Ministro
relac10nes este- •¡tamento al. Escmo. Sr. D .. J,ise Ma, lll· dtf., o,.. ,
r10r~,;- y gob"rnac1on lo· que• sigue. .
Comandante Geuend. del ..IDÍS!P..Q...s'.g!ltt_ lar
1 /t(,ga,
,,Ec~mo Sr:-Oon o!ieio de· V,;_ ~ de· 14, 1re~peeÜva comunicacion oficial del Ministerio de,
del tries ¡..,rócsimo pasado se ha rec1b1do en es. 'Relaciones exteriores, y Gobemacion de 6' del·
ta secl'etaria, un pliego rle esa Ecsma. J,rnta actual. o.., óPden super·ior. lo avi~o á, V:, anun ....
Depa-rtámt&gt;ntal,_ que eontlene la terna form_ad-a :ciando)e que desde el dia de mañana comien._,
para, nombranuento de su·gobernad•)~; y habren- .za S. E. á egercer s11s füncior,es despues de
do' dado cuenta a,l Ecsmo. Sr. Prfsl&lt;l&lt;'nte pro- :otorgar ante· la- Ejrma. J11nta Depa1tame1Jtal' el'
visioual, ha tt'nidü á bien ::co 1·dar; q;1e en aten- ¡ juramento correspondirme.
éion á ser fronterizo e~e Det1artame1~to ~e n,)m- 1
Dios y libe_rtad. ~font~rrey.· Dic!e11:i.bre-_ 20•
bra pa:ra• Gobernador del m1m1°, a\, St. coman- lde 1841.-Santiago Vulaurrt, seeretano intenuo.
dante general D. José Maria de Ortega, pre'- ;I
Se pasó á'' lás autoridades subalternas.
,·i1iiendo S. E. se le dé en el a-cto postsion
de ese o-obierno; h que de suprema órdeo comunico ~- V. K para su· cumplimientó y en¡·
• ,,
Gob.urno d el · D epartamenf(} ele N,uevo Leo1t
conte~ t acwn.
'
E
S
N b d
I E.;;cmü Sr.
Y tengo el honor de trascribirlo á V. E. [1 - . ,~~mo.
r.~~ om ra u
e
esperando se sirva designarme el momento en ¡\ Pres1t.ente. pr0Hs1on~l ele la Re~iíhlica Gt',berque ¡.,uede· tomar posesion de e;;ti&gt; Gohierno para I na1!~r d_e ~ste D_e¡,a1 tam~nt,1 el_ l&lt;,xino. S'.. D.'
ue quede por mi parte obsPqHiada la suprema \i J;~se l\1a11a· Ültt&gt;.ga; (;1,m~n_dante Genernl dd
qd
·
t
· ¡ · tel·g ..1 ,.;,, q1,1e está \is
mismo,. acaba de tomar p"seinon de su. emµleo
Ór en premser a.; en a rn
1 ., 1,.,,,.. ·
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ta la parte de arch(vo qu~ ~e h~ creado durant~ oV_Hg~n o e_I cmrespon 1e1:te Juramento au e a:
los tres meses de m1 adm1m,trac1on de que dare E.,c~a._Junta Depaitamental.
. .
-a, V. ·E·. c®ocmnen
· · t-&lt;v peno.
l
rer,go el honor der.· ponerlo en
conoc1m1en·
·
f
y al hacer esta- comunicacion á v. E. me t~ de V. E: para los e1et:tos co11,.1gmentt-1,, o re:
cabe el placer de feÍicitarlo por qu~ h{i were- ¡j ~.wn~ole n11 • persona: con l~s ,protestas de m1
cido la confi. anza del Su,Hemo Gobwrno y SP, 1 Smcero_ aprecw.
.
o·.•
·b
· ·
•a la patr1a
,
1nerr, re 21 -r
ha, hec ho d1guo· por su,; se1v1c1os
ue
. Oto~· y. ltbe1tad · Mónterrry,
.
iegi'.r t-1 Dtpa1tame.nto- con e,;ta dohle· homosa de 1841.--!l1_an«l,el .l}:!ari. a de ·..,,Llano.G b . d
.
•
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8e. paso a os c,&lt;:smos , res.
o e1na vret!
mvest1 ura.
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·
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R~roduzéo 3 . V~ E&gt; las-- seguridades· de '!l autori a es siiperwrct e e
epa1' muen o.
mi aprecio.
Dips. hbntad. l\lonterrf'J: 19 de Di,i~mbre
Gobierno del DEpartctmento de Naevo •Leon~ .
de 1841 ,.Manuel .Maria de Llano.-Ec~mo.
Sr. GobtM·.,ador y Comanda1,te ge:1eral de· este -Exmo. S, .-El Su¡,remo G· ,bien-o ha ternrk á,
bieu depo8Ítar en mi su alta confi.a11za nombran••·
Departamento. D,:, José-· Maiia ,de Orte¡¡a.

me

~e

¡

yor

j•

1

,

�204.
d.'me con fecha 6 del corriente Gobernador
de estP De1•art2m, r,to,
H()y h-- ot,·,garln ante la Ecsrna. Ju_nta e:
corre,pond1entt' ¡u,a,,,f'do y tomado poses10n de
mi ,-m deo: Ju 4u·: m,- a&lt;&gt;resuro a com•micar á V. E.
ponwndolo a su di•,J&lt;J,icion, y ecsitandolo a estrechar s,,s rela,,iu:•es con Pste Gubinno en todo
)o conc..-r, iente á h- c•r el bien procomunal de
los rnejicauos, de cuy.- d,·sPo estoy ardientemente
animad,,, y para ello cuentr) e ,n las luces y pa•
trio1i~m,, de V. K, protes',H,cl,)le que mis comtantes desvelos se dirigirán
t,in ~agrado objeto
para c0nesponder a~1 a la c,,nfia11za quP sin
mérito he ohteuidu del primer mugistrado de la
naciun.
Esta oportunidad me propon·iona el placer
de ofrecer V. E. por primera vez las srgurida&lt;les de mi consideracion y muy distií!guido apre-

Icían

cabeza.-:--DignPse V. E. aceptar las Sf gu~
ridarles dt mi aprf'cio y respeto.-Dios y libertad. Santa Fée 22 de Octubre de 1841,--.Ma·
J1 ,.
E
S G
I
G fj d l
nuel rmvo -. csmu. r. enera en
,, e e
Cuerpo de Ejército del N .. rte. ·
Es cópi;;. Mouter1t~y Diciembre 9 de 1841.
-Jlntonio Cottaz11r, st&gt;cretario. intnino.

a

8 c.1\f -\.NARI t&gt; POLITI CO ·
.Monterrey Diciembre 23 de 1841.

a

El oficio que hoy insertemos dirigido desde Santa Fé al Escmo. Sr. General en Gef~ del

cw.

Dios y libertad. Monterrey D·1c·iembt·e -21 ¡1 cuerpo cte tjé,cito del Norte ¡.,orla Comandande 1841 -José ,]lfaria de Ortega.
i cia Gcneial de aquel De,larta-mento, ¡ire~~nta ti

Se pasó á los Ecsmos Sres. Gobernado1·es, , écsito que tuvo la es,,ecticion que emprendieron
Comandantes genemles y aulotidades superiores del los iluws Tejanos sobre aquella frontera.
lJepatt,imento.
Tre,,cientos veinte de estos encarnizados enemig\,s de una uacion que geuerosamente les die:.

TRIUNFO SOBRE LOS TEJANOS.

a5ilo, ños¡,italJdad y patria, usaron hollar nuestro territorio, y trescientos veiute fue1on hechos
prisioneros
gúerra. ¡Tiemblen 'los org•1llosos é

ia

Comandancia general del Departamento de
de
Nuevo Jl1éjico.-Ecsrno. Sr.r-Las noticias que ingratos 'l'l'janos, del poder Mrjicano!

Una ca-·

con oportunidad me fueron comunicadas por sual \'Ís1c1tud ios ha envanecido: riues.tra inaccion,
V. E., ace~ca de \a vf'nida de los tPjanos, rne merced a las convulciones pollticas, les ha enhan sido tanto mas valio,as, cuanto ,que debi,io 1,auchado s:1s titulos idrales de usur·pacion. La

á ellas es el triunfo que con~1·guí sobre ese per- uacion se con~0:ida ¡.,ur la pujanza y heroicos
verso enemigo, que en niimero

qe

rsfoerzos de su·· hijo predilect,,, y por la cordial

t.'rscientos

veinte, se a1rojó á estas fronteras.· creyendo ser

rle¡msicion de ius res1·.nti1rne11tos poilticos de los:

sufidente para ren'lirnos; pero frmttradas sus esperanzas por que vieron q,ie les o'puse una forma1 resistencia tomaron por partiqo rendirse á

1w;j1canos. La ua,.iun o.rmada de la j,1sticia des-·
t:a1garn su JJuder sobre la ridícula republica de
T,ja~; la convertira ea i,olvo, recobrara Hls de-

discrecion sin entrar en otr~s convenios qne ha·

1echos y 1-u honor u.traja,L, da .. do al mundo un'

cerse prisioneros de guef'ra, poniendo á mi &lt;lis
posicinn un c·.,ñon de á och J bien montado con

,-gernplu de que á u.n g ·,rn pue:,Jo nunca íe im¡.,usú ·,a ley un pu nado de_ 11venturúus. J&lt;',-lici-

su correspondiente parq 1e y d rnas útiles,
0

I

tlos . tamos á la pdtria poi' e,te tri,11;f0 verd&lt;1deran1 eu te

band.,raq, el armamen:o de 11fL~ y fusil que tra- j·aaciunal: d.unos el mas ni1icero parab1en al iu-

ían, y el lwtin qoe \.fué de di,;z y nueve mil y ¡,,,, victo Gelieral Armijo por que s11 110 escarmentar
mus pesos. O· e,te modo terrnilló felizmenk esta i/Jl los insolentes Tejan,_1~; y nus congratulamo~
jornada, frEc'itand,Jme con Y. E. por haber con- !! con el f.:scmo. Sr. G; m:rnl 1\ri~tu por e/ influsrg•1ido que triu,,f1sen la~ ar:nas rrnci,rnales tan

l jo

q,~e tuYi,·r-.,11 eu esta nueva gloria. sus opor-

honro,ame1lf.e . .-Duy á Y. K la mas justa ea hora- ) tuuos avisos sobre el movimi..,1,to de la es¡,tdibuena por su eficú~1a en dirijírme los avisos 11(~ ·' i'. ci1,n de T,t·,; y uo nos avtuluiamus e,1 ll•-,ega··c.esarios de los m01·imientos d,, Tejas, su;,lican- ' . rar ¡'¡ 81 ,,bA, g, fes que la pátria 110 olvic1a i,is
1

dale que del mismci modo se digne in~tmi1 me ~erviei,.;s qiie le ri 11drn sus b,ieuos bips. -Eg,
ile los demas que ob,e1·ve en a:·fo!antr, para pre- ::
~www
caverrne: c,m antiei ,a&lt;:ioa. l.),; p1 isionerns prin- ,¡
,1
\}{),.·~ i.' ,_i{Jt,,~} :-J ·;11.
cioale,, s,•n: el Sr. N.wafr ,, el Btigudi:\r )Y! il
Leod, coronel Co, ku, y cdit i:· dé: Pteayune d,;
i1;i¡1rutla lltl &amp;oüU.Tíou
Orleans, P-,i-es atillqw &lt;lir:e,, g:re van otros po • :
d •1 ü t:ürgo de
1
. .F'roylan
,e ..,l.tier .
Jiticos, estos cuatro creo que s:Jn lüs que ha-· 1: ___,_,~-- ----~~--· __" ____ .•. -~ •.. ~--. ·11.

.;¡¡¡¡¡;¡¡;¡:¡¡;¡¡¡¡;¡;¡;¡¡¡¡¡¡¡¡_.:~-------------;;;;•

1:1:

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1841, Tomo 3, No 51, Diciembre 23</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León. Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>~Xfilll)Ú(&amp;¡m&lt;1JJ.l1! ~'
AL s·i:MAN-ARIO NlJM. 51.
1

\
-----

.:iJOJVTEREY--Jú"E"V ,:,,
L'.""-'.
IJ

c;;,n:
...~

DOCUM~:NTOS OFICIALFS.

J;·E
( _D_o1_,:í_'
· 11 J_J_A_'1_
_ _ _Jj
_
' J_)_i
.._l_1.l._·J_,_1_8_.J_l_.- sus habitantes.

N UEVOLEDNES.Es: El Supremo Go•
bierno se ha dignado nomhrarme Gobernador de este Dt&gt;partamento, y hoy
he tomado posesiorl'• de tan honros~
cuanto difícil empleo, superior á mis
escasas luc(&gt;'S.
N ~l hubiera var:ilado- en dirig·ir mi,,
rcnu.ricm ante el Supremo Magi~trado;.,
pero me he rernelto á sobrellevar tan.
pc~a.la carga convencido &lt;le que niiwun •
sacrificio. dt&gt;bo omitir para fü,nar lo-/~Jebercs de ta·n alto empleo, llando aLmismo· tiempo egem¡)lo &lt;le• obediencia·
Y· respeto.
Cünozco lo Jifícil Je Henar debidamente los deseos que m\· aninrnn de.
_hacer el ·bien y felicidad de Nuevo Leonj,
pero 1,0 descon.fío de poder á lo menos,
contribuir, en cuanto de mí Jepern.la,
á su· engrandecimiento, eontando con,
las luces y, virtudes patriúticas•, bien
.
acreditadas,
de todos vosotros.
C0.YTEST.'lCI0.\'.
Desapare&lt;:ieron ya los funestos pH•·
Exmo. S-r.--El nombramiento tidos que con fanta cruttldad desgarra1le gohernatlor de c~te Departament0 ron el seno de la Pátria, y hoy todos,
n,1.· el Exmo. Sr. Presidente de la He- sin di~tintion de commiioues drbemos
¡,~; !ica i-c dignó hacer de mi persona,, cooperar á reraar los daños ocasiona,,;, ütenci01 á los pequeíios servicios que\ &lt;los por nuestras disenciones pcl'ilicas.
h,; pi ei,tado i1 la piítria, me llena de¡
Esta será una de mis primeras
g: at1tud y 1 ncnocin;iento.
. atenciones, asi como &lt;le acudir 5.
los.
Tan hono:ífao como delicado cm ... 1 pueblos de la frontera, para que impipkn, t:s HI; erior á rnis cortas luces;!I diendo las inGursioncs de las tríbus bár};ero haré los mayores esfuerzos para baras, rena,~~1,i la industria )' la agri'
dignamente la confianza cultura, fuentes inagotables de la ver...
1 :1pe'\ar
que ,,u mí se deposita,
&lt;ladera 1iqueza.
Dígnese V. B. patentizado al E.
Procuraré conservar la paz y el
S. ;,residente con las mas espresivas órden mando de la lenidad propia de
grú&lt;.:Ías, manifostfindole que luego que mi carácter y digna de vosotros, sin
hie sea entre12:ado el gobierno por el que por esto los audaces y fascinados
actual E. S interino, daré por con&lt;luc- que traten de privarnos de bienes tau
to de V. E. el correspondiente aviso. apreciables, dejen de ser reprimidos,
Al mismo tiempo tengo el honor con energía y castigados con el rigoi.'
~le' pro1estar á V . .E. mi mas distingui- de la ley.
da comiderncicn, respeto y particular
Mas de dos años hace que resiapretio.- Dios y libertad. lVlonterey · do eu esta Capital, y en ellos me he
Diciemlire 19 de 1841.-José .Maria de dado á conocer de manera que nadie
Ortéga- E. S .•Ministro de rtlaviones pued'a equivocarse. Obediencia y resext~'l'ions y gobernacion.
peto á las autoridades; a'tatamiento á
las leyes, son mis. principios políticos,
EL gobernad&lt;&gt;r y comandante general unísouds con los de los N ucvoleonedel Vepctrlmncnto de Nuevo Leon, á ses á quienes me dirijo.
Ministerio de relaciones exteriores
y gobernacion.-Exmo. Señor.-En aten
cion á los servicios importantes que
ha prestado V. E. á la nacion y á los
qut en, 1a actualidad está prestando corno comandante general de ese depa.rt;\mcnto fronterizo, el E. 8. prcrsi&lt;lente
provisional, ha tenido á bien uombrar
a V. E. Gobernador del mismo y we
ordena comunicárselo c-0mo tengo el
honor de hacerlo para su satisfaccion;
previniéndole tome desde luege posc~4011 de dicho empleo, para cuyo ar.to
se dá conocimiento con esta. f'c,ch.a al
E. S. gobernador interino. lle ese departamento de esta suprema disposioion.-Dios:,Y· libertad. I\légico diciembre
6 de 18JI.-Bocanegra.-E. S. D. Jo.
sé Maria Orte,:a góbernador del departamento de. Nuevo Leon.

1

�, ' en . aseguraros que mn- · 1ante (,_el
1
.;.,l\I e giono
Sr. Orteg-'á
par·a perperq~r su
gun medio omitiré para proLaro~ que mcrnopa en este Departament.p: perseoe,seo ,'ue:-;tra· ftlic.idad, a:-,Í comt) pa- gu:r y ca~\igar el crím~n1, di-tiilguir y
telitiz,a.ros tp,:e def.n:is n,r.mtarme como pre~liar 1~ YJ~·tud, · imrnil~~r y protegf:r
vuestfo mtjor :,rnigo,-l\fopterev. Pi- la- 1,pd_ustu:~, m.¡.P,.:~rtir _tt\&lt;fos lo.rt auc-,iciembre 2 l &lt;le lt.'.41.-Jo~é .Mt:11 ía de ]ios á
C'ilf:~fwn:za yúhlic:a, y oponer
Ortega.
una ha.irt:n~ &lt;\_ fas 1n:upc10ne.s ~fe los
b~rl¡aró_~, hG U(1UÍ l:} papia., iÍ q1,1e de-~
~
berá Dj!lstar sus opernciones, · cot110 nos
.fl¡U.;\ 'JE.Ji.id 23 JJl•~ DiC'lL.,l!llló.E.
;:? P.l'.Q?1et~mos, ~oq í\~r~.&lt;.ll,WJAtº A.,sí s9__ _
Por: los documentos oficfoks que rn1;marn el espmtu pl~l)hco, base firhoy publiuinrns, se impondr5n los N ue- nüs.i.ma de todo goliicrúo eq 1.iitaJivo y

la

'-~~

i:iwdera 1 !0, :¿1ejorará la mornl de los puebl~s _y ~!(·anzare::rm)., los go'ies: por:que ·
,:mnefon · Jos hond.H'es cu sociedad, paz,
poder .Y buen nombre. Coloquémonos,
pncs ~1 derredor del gobierno: coope1 cmct1 cada cup.l segun·
su posícion á
lJ
.,
lievar por buen seudero la nave del.
El 21 del corriente tornó S. - E. E~tado, y entonces seremos admirados
posl:sion de su empleo cor1 las forma- ~llln de la pos~e1idad, y ¡_respetados de
Hdadcs acu turnbraclas - otorgando ante nuestros enemigos.
lü E:mia. ,Ju1.h, Departame11t1,l el resH efundidos los partidos en uno so.•
}H.:1·ti, o juramento:. todas Jat; corporacio- lo,, _apr?vecbémonos- de la dolorosa es1w,.. •·rnpJe·a&lt;los públicos, comuúidades peneuc1a qu~ h~mos adqy~rido despues
y ¡,ersonas notables, han concunido á ¡1 de tantas osCilac1ones poht1cas, empre.nfo1icitar . al llUe~',° _gefo mamfütanclo s_u damos .u~:}' m~rLha regtJlariza_cla, y N.
cou(ornn&lt;lad .Y J,ulllo por. su ac~_eso :'l.¡ Leou seict de,ª"º por su gobierno, (n.~
gob1emo. S. :E. ha correspondido ce lo e u demos} al esta .o resplandeciente a
l(na ma:1er2 digna á · todos-- estos tes~i- que. lo lla:, an sus grandes elemc:nto.s, la,
moui_~s ?e benevolencia - que se le han dcuhdad y honradez de sus nwraúores.
J,1.end1do; y. sobre todo há protestadt&gt; so- -· _
,. Damos· _al supremo gobierno lªsi
1e11memente en el acto de su- posesk1111 d~b1das · grae~as por esta eleccion: felí(l{Ue consa~rará sus afa11es ) vigilias. por f citamos al· Exmo. S. Goberna_dor por
brac~r el b1e_n · &lt;le los. pueblos que va ti.! haber . mereew~ · t¡¡n alta confia1:zª!
regir ¡ ~lugmese al cielo que tau sah) lo conJuran.os a nombr~ &lt;le la patna a
qáble~ mtenciories _se_an_ re_aiiza&lt;las!
l·_(_1ue _cump;a su sagrndo juramento y
· U,n. c~mp.o au~lmtºso ;re al?re &lt;le~ :~okmn 7s protesta~.-~~1

voJeoucses Je la acertada ekccion que
cl 8upremo · l\Iagistrado Je la Re1iÚhlic•a há hecho paragobernaJor d,e ¿,stc
~·fipart,1rnento en el· Exmo. Sr. H. J.o~&amp;• .María Ortega Comandante General
drel rnisn;o, en atencion á_ · sus i:eelevantes ~;crvit-ius.

1·

r

t

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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                    <text>s

E M A· N A 'R :·1 -0
P

t)

L 1 . l .. ·i &lt;O O

DEL GOBIERNO :oE NUEVO.LEQN.
'Ut tutela sic procuratio reipublic,e. gerei,-

. l.a est ad utilitatem eorum· qui comissi sunlt

· :tion eorum quibus commisaa est: Cic. 1. offic.
Lo mismo. que .una tutor.ia, asi se han
de ejercer los cargos publicos: no para
-utilidad de los ·que gobiernan,, sino para la
,:de los gobernados.

Tovr

TU.

Jueves SO de Diciembre d, 1~41

··

GOBIEij.NO-GENERAL.
________
..:..,___________

i

rán los autos á las partes por su 6rden, para que
dentro
días improrrogables,_ alegue cada
una lo dP
quecinco
le convenga.

Art. 46 Las excepciont'l dilatorias ·~ebetáa
opon,erse por el demanda~o en el preciso ter. Contin,ÚQ la ·leiJ comenzada en d númuo ~O. 1 mino de. tres dias, · contados desde qne se le .
notifique de traslado de 1~. de~anda: . pasa~
ese término-no se le. adrmtirá ·nmguna excep.Art. 40. Si esto no se lograse, se-entrará
ciou de ~quella clase. El •artículo · relativo á
desde luego en el pleito. Aquello~ en que se ver- ellas. se. substanciará _preclsamente con solo et .
se interes ID,t..!'JlQ. pase de _qulll.lentos pesos se escrito en · que · las opomr ·t1 ·~mtarta;-·ta
seguirán en juicio verbal: en los demas habrá 'lu- contestacion del -actor, y la :prneba que uno ú
gar al juicio escrito. _. .
. ~,
otro, ó ambos, dieren, si e1 caso lo requiere á
Art. 41. En los ,prlllleros, 01dos en una sola
juicio
dél Tribunal.
..
. : •
audiencia la lemanda y la contestacion, se forArt. 47. , Las excepciones · perentonas se
mará en el acto un resumen de una y otia á·saQpondrán, sustancmrán, y decidirán en uno COll
tisfaccion de las parti::$; si -el negocio requiere
el pleito pl'incipal sin poderse n!IDca for~~'r
prueba, se recibirá concediéniJose para ren?i~la _
por razon de ellas artículo elllpemal · en el JUl· ~
. el t~rmino indispensable, que .no pase de gumc·e
cio.
.
... , z.
d . t
dias: ·vencido el término se publicar'á la pruehá y
'Art. '48. ·Sólo ·se -admitira a · ca a par e
en la misma audiencia alegarán las partes de pala recusacion sin expresion y prueba de causa
ljlbra Jo que les cónvenga: el Tribunal fallará á .
t\e un Juez _propietario y un _suplente..
•
lo mas tarile en la audien .. ia siguiente.
,Art..49. Si . por recusac1one_s 6 tmp~1Art. 42. En los negocios cuyo interés exceda mentos legáles llegare il ·quedar mcompleto el
de quinientos pesos, habrá lugar al juicio escrito T-ribunal en .algun ne_gocio, se _proced~rá á ~Jasiempre que las par.tes no se convengan en semar para completarlo -~ los que hubieren _sido
guirlo ve,balmente.
Jueees -en él .año "anterior por el órden mismo
Art. 43, Puesta por el actor la d~~a.néla, se
nombramiento.
. . .
.
correrá trasladG de ella al reo por el térmmo pe- de ..su
Art. 50. "EJ -p.resi'denle del Tribunal puede
rentorio de cinco días, dentro de ·Jos cuales de- por si solo ;proveer 'los ·trámites de n\l'eva su·
be precis.amente contestar. Si á prudente juicio
.Y recibir las_ r,ruebas.
del Tribunal, la cuestion no está todavia bastan- tanciacion
Art. 51 Dos votos confortnes _hace_n sentemente fijada, despues ele estos dos escritos citencia en los Tribunales de comerc10; sm emtará á las partes á su presencia y hará que en
'bargo, P,l juez que disienta debe ~rmar1a saldebate verbal. fijen con claridad y precision ·e1
vando su vot8 si ·quiere, en un libro secreto
punto de_ la, di.puta; de esta comparecencia. se
á este objeto.
.
.
_ .
extenderá en los autos mismos et acta respectiva,, destinado
Art. 5!. La ~rttencra de pr1m?Ta mstanc;¡ue firmarán todos _los concmrentes.
cia causa ejecutoria en todo l!~goc10 ~1! que
Art. 44. Si el negocio requiere prueba, . se se verse interes ;¡ue .no exceda de qmmentos
:r.er.dil'á en los thrminos legales,. procuranrlo el pesos.
•
Tribunal señalar dentro de ellos los solas dias que
Art. 5S. "Las .apelaciones en l~s negosean indisoensables pata pro,iucirla, atendida la cios que excedan de ~sta cuantía ~e mterponJ,laturaleza' de .cada caso y la distan~ia de los.lu- dráa para ,ante el Tribunal Superior del res-gares, y _evitando sie~pte demoras mnecesanas, pectivo ,Departamento.
.
.
/&gt; abusivas.
·
Art. 54 La sentencia de segunda mstan•
cia causa ejecutoria, confirme- 6 revoque la de
.Art. 45. Publicad¡¡:, las pruebas.; se entreg-aMlNISTEl\10 DE JUSTICIA E I:NSTRUCCION PUBLICA.

.

1

�!06.
primera siempre que el interes que, RP verst de !linguna clase.· Sin: embargo al liti'gante temeen el litigio no e:t.ceda de. dos mil pesos.
rnr10. y de mala fé puerle condenárselt&gt; al pago
Art, 5$. , Pasando dé&gt; esta swn.a el inte-.
un· º?ho · po?' riento rlel,;intfrés litigado, .deres que. se controvierte habrá lugar á la súpli- hiendo mgresar el m0ntci rle la conrlenaf!ion en
ca . siempre que la senteecia de vista, no sea laf¡.H"'Cas: de la junta de fomento.
confurme , de toda conformidad. ; con '., la .• de
Art. 68: J.;as responsabilidades en que inprJmera, in&amp;tancia.
c~irran -l?S-- Jueces, Ase~ore_st S ~cretarios y MiArt. ··. 56. Ningu&amp;,negocio; 1ea ·cual fuere su ·mstros e1ecutores de los· Tnbunalesde comer~io,
cuan tia, puede tener mas de tres .• instancia,.
se exigirán ante el Tribunal ·Superior del · res.
Art. 57. · Solo habrá lugar alrecurso de nu. pectivo Departamento. •
lidad contra sentencia definitiva que cause ejeArt 69. Los individuos de las Juñtas de
cutoria, y solo· podrá inte~rse por nulidad fomento y Tribunales mercantiles están exentos
ocurrida en·la instancia en que·seeie()utorió el de cargos ·municipales durante el tiempo de sti
negocio. ,
~ervicio y dos ai10s despues, el Presidente, con.
Art. 58.;· El reeurso. de nulidad,· debe ínter- Juez· y supl~ntes que hayan servido mas de m~dio
ponerse -en el acto mismo de notificaue" la ,en~ año,,, Y un año los miembros de la Junta de
t&amp;ncia. q•e cause ejecutoria, y solo tendrá lugar fomento · l'ero si un indivirluo fuere electo sien caso de hacerse faltado á fos trámites esen•. multáneamente- para un. cargo municipal y para,
cialtlS· del juicio.
otro en la Junta de fomento ó Tribunal de
Art. i9. Laueg.undas y tercera11,instancias, comercio del lugar de su residencia, deberá
y los recursos de nulioad; se 1ustancin.rán con un· ':entra:r. á. ~esempeflar el cargo munió¡)al Y: nt&gt;. •
aolo escrito, de cada parte, y el informe en es- el del Tribunal ó Junta. •
irados, si q11ieren las· partes hacerlo.
Art. 60•. En todos los casoHn que conforme
á.· la1i leye¡¡ tiene. lugar la via ejecutiva, los· Tri.Ministerio de ·justici" é . instuccion pública.
bunales- ,ie comercio la observarán e:x.trictamente,
tanto en el órden de, la sustanciacion como en -Circular.-Exmo. Sr,...:...Habiendo tomado en
admitir ó .denegar . los recursos que contra sus con$ideracion el Exmo~ S. Presidente provi&amp;ion
nal lo espuesto&lt; por la Junta de fomento de eseutos interpongan las partes.
Art. 6 l. Los· litigantes son libres ' en fos ta capital,· sobre escases ·de fondos asignados
11egocios mercantiles para servirse, ó no,: del eu el articulo 11 del decreto de 15; rle · No~m~rio de letrados e~ la ·defensa · y esclare-. viembre anterior~ para subvenir de una manera bastante á las erogacioµes de su establecie1m1ento de su! derechos. ·
Art, 61. Lo&amp; Tribunales de comercio harán miento y el del Tribunal mercantil; se há · ser-·
eonservar el debido órden y _decoro en todos vicio. resolver S. E. en •uso de las facultades
.lbs' actos públicos de sus audiencias; t eprimirán que le" concede el art. '7. 0 de )as ba~es acorcual4uie1 falta que lo perturbe,. harán salir de dadas en Tacubaya, y jurádas por los Repre- .ellas i toda persona que amonestada· al efecto~ sentante&amp; de los- Departamentos. que quede reno guarde compostura en palabras ó acciones, formado dichó artículo 21 en los te1minos siy escarmentantn á los irifraétores con multas guientes. ·
,~Art. 21; Son fondos de las junta~ de fomen. lasta .&lt;le cien pesos, que exigirán ellos mismosto,. poF ahora y mientras el poder legislativo de
.sin apelacion, ni otro recurso.
Art. 68. Cada Tribunal de,comercio teti- la Nacion no acuerda otra cosa:
41rá u~ _Secret~rio:&gt; un Escribano de diligencias; :; 1. 0 · Medio por· ciento que en lo , ,,1cesivo.
un, Mm1Stro ejecutor, y los &amp;manuenses· y su- p~garán· ·los efectos estrangeros sobre :us valorrs, del mismo modo que se liquida hoy · el
balternos necesarios
Art. 64. Tendrá igualm~nte un A:sésor le- c.inco por· ciento de. consumo, é igual· cuota
trado, para consultar en ios puntos que le p11,~ de medio por ciento se cobrará sobre los afo.
rezca hacerlo. • Siempre que el Tribunal provea ros de los efectos: nacionales que pagan alcade acuerdo con lo consultado poi el Asesor, bala, y que no perte~ezcan al ramo del viento.
l. 0 El uno por ciento sobre el monto de
~ste, no los miembros del Tribunal, será· res.
todos
les bienes c;,ncursados en que ent\enda
ponsable de lo que, se •provea. · El Tribunal en
. .los caso&amp; de recusacion de su Asesor y en t()dos el tribunal de comercio, cobrandose este im. los, que lo estime· conveniente, puede consultar pµesto· una sola Yez,. al tiempo· de realizarse
. ~on .otro letrado. En · el primer caso pagará d_icho_s bienes, y . descontandolo · igualmente . 1..
, 5US, ho~,&gt;~rios el, recusante, y en el segundo sm d1stincion, á todos · los acreedores · que se
J)llguen ó transijan en cada concurso.
se cubi,ran de los- fondos del Tribunal.
S.
Cinco pesos de impuesto anual á ca. Art. . 65. Los ~mpleados d.e que se ha ha~
·
. blado en los dos ,articulos antériores serán nom- da matriculado. ·
4. Q Teinte y cinco pesos que por una:· sola
brados. pot el Tribunal mercantil respectivo, el
cual sm embargo no podrá removerlos sin jus- vez, pagalfá cada corredor al estendersele la
patente, y cinco pesos de derecho anual de
tificacion de causa. ,
refrenda.,,
,
Art. C6. Disfrutarán lC1&amp; sueld'o~ que el misTengo e) honor de ·comunie.arlo · á V. E.
mo Tribunal s~ñale, y se les pagarán de los foná fin de que lo haga públicar, y lo transcriba
dos:· asignados á las juntas de fomentó.
Art~ 67. En los Tribunales de comercio no •á la junta de fomento y tribunal merea11til de

&lt;l:

---

,

°

,e:eobraráni.á las pa~es costas, Di emolumento&amp; e~a Capital. ·"

�!07.
Reitero á V.E. con este
guridades de mi distinguiila
aprecio.
.
.
Dios y libertad. Mégico
1841.-Caatillo -Exmo.. Sr.
Departamento de. N. Leon.

Monterey Diciembre 23 de ' 1841.-Mariano

motivo las secon¡¡idera~ion y

.8rista,-Ex.mo. Sr gobernl.ltior de, est.e ·Depart.amento.

Diciembre l de .
Gol,emado.r tlel

1
•

,
Tribunal superior de Justicia del Departamento de N. Leon.-t(xmo. Sr.r-Hoy se há

puesto en conocimíento de este tribunal supe•
rior, -la apreciable nota de Y, E. de. 21. del corriente en que se sirve participarle haber presSecretaria del gobierno de Departamento de . tado juramento y tomad01 posesion del gobierN. Leon.-EI Domingo procsimo 26 del cor- :no de este Departamento que tuvo á bien conriente se debe publicar en esta capitaUa con- 1.ferirle el supremo gobierno provisional: Eltiivocatoria para el congreso constituyente de la bunal se há impuesto. con satisfaccion de ·este
Nacion, cuya ley acompañaié á V. ºI\ortuna- acontecimiento y há acordadó se felicite á V.E.
mente.
por su ascenso al gobierno De'partamental, coGrande es por su obgeto dicha ley, porque mo tengo el honor de hacerlo, asegurando á
en ella se cifra el biene~tar de los megicanos, V. E que este tribunal superior no omitirá mey {le ;:lla rlebemos esperar se cimente y conso-' dio· alguno para estrechar sus relaciones con el
lide un gobierno conforme á la soberana vo ·superior gobierno en todo lo que concierna al
Juntad nacional; merece por lo tanto se solem- bien comun de los megicfanos, á cuyo servicio
nice su promulg&amp;cion en este Departamento- de están consagradas ambas autóridades. Dígolo á
una manera conespondíente.
VF. por acuerdo- del superior tribunal en deEn tal concepto el Exmo. Sr. gobernador bida· contestacion á su citada nota, y aproveoispone mande V. asea1 toda la ciudad, avisan- cho esta oea&lt;¡ion para reproducir á . V. E. rni
do á los vecinos principale/1 coloquen cortinas mai. distir.guida considera~ion y constante aprecio.
y éolgaduras en los punto¡; del esterior de sus
Dios y libertad. Diciembre !S de 1841.
casas como ha sido de costumbre, barran y rie- ,--Lic. J. df. Jesus D. y · Prieto.-Fxmo. Sr.
guen sus respectiva&amp; pe1tenencias en la calle.
gobernador y comandante general de este De• :Tambien dispone S.E. que ese M. 1 Ayun- ~artatnento.
tamiento conc:una en cue,po á tan solemne acto;_ imponiendo una multa ór 5. pesos al capitular que falte, y qoe convoque V. al vecindaGobierno EcÍesiá,tico del. Obi,p11do .de •Molrio á oir la publicacion de la ley.
El Exmo. Sr. general en gefe ha dictailo terey. - Exmo: · Sr -Por la atenta' nota' de V.
ya su~ respectivas órdenes de acuerdo con S.E. E. del diit de ayer me he enterado ·con la
el Sr. gobernador para que coopere la bene- mayor satisfacción de haber prestado V E, 1 el
mérita cJa¡¡e militar con su asistencia y demas juramento · de estilo, y tomado · po!lesion del
demostraciones de regocijo á la solemnidad de gobierno de este Departamento; por cuyo acon•
tan singular a1·to; y para obrar en todo con- tecimiento me congratuló con V. E. dándole
forme, deberá V. ponerse de acuerdo con el ge- los debidos parabienes, yfelicitandolo por haberlo condecorado el Supremo Gobierno. con
fe de la línea.
·
.. Por último dispone S. E. que el decreto in- · tan delicado encargo en que deseo á V. E. el
dicado .se lea desde el manifiesto del supremo mayor acierto en su desempeño.-Protesto á
gobierno provicional hasta la conclusion de la V. E. las consideraciones de mis respetos y
aprecio.
.
.
ley:
Dios guarde á V. E. muchos años. MonL&amp; digo á V. de órden superior para su
m~ exacto cumplimiento.- Dios y libertad. Mon- terey Diciembre H &lt;le 1841.-Dr. José Leora
te rey Diciembre 24 de 1841._:.Santiago Vidau- Lobo.-Exmo. Sr. Gobernador de este Depar- · ·
ri, Secretario interino.-Sr. alcalde I. 0 de es. temeµto D. José Maria de Ortega.
ta capital.

N.OTICIAS ÜEL · DE~ARTAMt'NTO.

0

Cuerpo de egército del No~te.-GeneraZ en
gefe~- Exmo. Sr.-Con la mas grata satisfaccion me he impuesto por la nota· de V.E. fecha de ayer, que el súpremo gobierno na tenido á bien nombrarlo gobernador de este Departarnento,-M e congratulo con el Exmo. Sr~
Pr~sidenté poÍ" tan acertada eleccion~ y doy á
V. E. la mas cumplida P,nhorabuena, asegurandote que· cooperaré con todos · rnis esfuerzos á
que ~e mantenga la nnion; para · obtener· Jas
ventajas que la superioridad ha meditado al
unir el mando militar al · politico.- Con tal
m~tivo r~produ~co á _V. E. las'" seguridades de
m1i ·apree10.

Cabildo Eclesiástico de.· .Monteréy.-Exmc,:' ·
Sr.-Con el mayor placer hemos recibido 'Ja
atenta y apreciable nota de- V. E. de antes de
ayer, en que se sirve partidparnos haber prestado el juramento debido, y tomado posesion del
gobierno ·de este Departamento á virtud del
nombramiento que el Supremo de lá Nacion ha
hacho en la. digna persona de V · E. de lo
q_ue no1 alegramos mucho, dando á V. E. la mas
cordial enhorabuena, y ofreciendole · con t11.l
motivo· las protestas mas sinceras de nuestro,
respetos I distinguida coQ.11ideracion.

--Dios y •. libertad Cuartel ¡enetaJ en .. ·~

Dio&amp; guarde á V. E. muchos aiios. Sals'

�...

,.........
Capitular de la E¡anta Igl!'sia Catedral de Montere'y Diciembre 23 de t 841 -Jose Leon Lobo -Juan Francisco de ,fl.l'Ze Rosales.-Exmo.
Br. gobnnador y comandante general de este
lkpartamento . D. José Maria.,"
;:... de Ortega.
.

.Tunta Departamental de X Le.011.- Exmo.
Al".-Se há impuesto con satisfaccion esta
F:xma. junta de la apreciable comunicacion
de V. E. de !1 del col'riente, en'"que se sirve
participarle que habiendo merecido la confianza del supremo gobierno, há tenidoá bien nombrarlo gobernador de este Departamento, cuyo empleo ha comenzado ya á ejercer; y en
su• vista acordó en 11esion de hoy se felicitase
á \\ E. cordiai y espresivamente á su nombre.
Al tener el honor de verificarlo así, aprovecho esta oportunidad para asegurar á V. E.
fas protestas de mi aprecio. y muy particular
comderadon.
·
Dios y libertad. -Monterey Diciembre !S.
&lt;le 13-11.- lrineo Casiillon, Presidente. --Pablo
.:'llurt.inez, Oficial mayor.-Exmo. Sr. gobernador •y comandante general de este Departamento,

hasta aquí de nuestro~ ifüturvios; paes I aras
veces dejó la ilegitimidad de servir d~ base á
las instituciones y por consiguiente _á los poderes públicos. ·
Finalmente, la convocatoria descansa en los
principios reconoci&lt;los que siguen fas ,,naciones
cultas, en órden al sistema electoral, y se en.
camina principalmente á sacar un grande y feliz
1·esultado, la verdadera y espiesa voluntad nacional. No nos cansemos. ella y no mas ella,
nos há de proporcionar un gobierno liberal, fuerte
y estable ¡ Quiera el Ser Supremo sea esta la
última convocatoria!

Jldmm.istrncion pública.

Estamos al alcance de las mejoras que
proyecta el g·obicrno Departamental en todo.~ los
ramos ;¡de la adminisfracion. Nombrados ya
los jueces· de paz que deben re~1r en el siguiente
año, se ocupa actualmente en la organizadon
y arreglo de la milicia de dflfensores de la pátria.
Contener las incurciones de los salvages, y conser
var el buen órrlen interior del Departamento, son
obgetos que deman~an la gxistencia de dicha
milicia, y nadie mejor que los vecinos de que debe
componers-e, podrían empeñarse en -alcanzar los
resultados de su instituto, como interesados ¡
inmediatamente en la paz y quietud de los pue!
blos, sin .cuyos goces no podrán prosperar.
La milicia de defensores &lt;le la pátria protegida y movida por el go!Jierno, será el sosten del
JUonlcrrey Dicie1izbre SO de 18! l,
órden público.
· Aunque segun la órden que insertamos diEl Exmo. Sr. Ortega trabaja asiduamente
ri!!:itla pt'r la secretaria de gobierno al Si-. o.leal. por_ ~onocer los _elementos_ de c~da pueblo, sus
d~ 'f1rimero de esta canital, debió publicarse en arb1tnos Y. necesidades: q_mere mternarse )ia_sta .
ella la cot1~·ocatoria el. domingo ~6 del corriente, en los á_p1.ces mas p,e9uenos que tengan reiac10n .1
se •omitió esta rnlernnírlad. por Jo amenazante &lt;le\ con los 1n.ere:.es pubhcos: d~sea penetrar_el vast~
la temperatura, El día siguie1lte (Z7) se publicó I cam¡~o. por ~¡ c~ul debe girar su ateuc,~n, Y a
la 'ley que convoca un congreso de es.cogidos propos1to _estimara mucho los c~nse.1os 11e lm;
rnl:'gicanos para el importantísjrno fin de cons- hombres 1lu~trados cou respecto a lo? ~delantos
tituir ú la Nacion.
,
de. lo» obgetos de su resorte, y as1m1~mo los
·
,
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·
·
qufl se le den por toda clase de homhres
L os repiques a vne n en 1as 1g1e~1as, 1as sa1- \ avisos
d b"
l.,
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vas de artillcria, la decencia y compnstura de toe icn EO re 0~ ª usos que noten e~ os puelas ca
• !les , e·¡ concurso •mmenso
.' r!el pu e bfo blos, r~ra
de
(,,,
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l'd corre1rirlos despues de cerciorado
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que presenció la nromulgacion, son testimonios s~ rea/ ª( I· &lt;.n suma anu~a~ a · '· 1 os ITli\ 13
ir•eqnívocos de que en la ley primera, desde la v1rns &lt; eseos por promover o .ª. e1as; ~e procual data su regeneracion política, cifra su fu- . yectos que redunden en benehc1~ p_ubhco, por
1· ·dad. . .J,'1
•1 I , Ayun.am1en
t · to , ¡.os .e.u,
\ qne los fondos de
_pueblos
con
j.u ra .r
1e1c1
, n.
• los •Td
d d se¡ mv1ertan
·
pleadoi públicos y la benemfaita clase n1ilítar pureza, econom!a Y u,1 1 ª
e os m~smat\ p~r
tlíeron mas realce con su asistencia á la solero- ~ro~cger la ensenanza y man_tener un JUsto eqrnº
• d"1ca d a. o espues d e el!t a co n111Va
·¡·
procurando
rn,· 1·a&lt; 1 m
mar- ltbr10 entre todas
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,!as autonda&lt;les,
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as q. ue e estan su &gt;a terna as no traspasen
(.h o, una col umn a compues t a d e t oJ a ¡a 11.a rt e que, 1b'
d
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·
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·
ile e•rército y guarnicion que .ccxísten eu esta 1a or ita e sus atn uc101~es. , us operacwnes
Canifat manrlada or el Sr. coronel D. Nicolas subsecuentes lo confirmaran a~1, dando con esta
111 r- d
. ·d,
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conducta franca y adecuada a la senda que
1,odo pse aco1
n en oza.
o por e 1 ljOuie1 uo en d b
. t d · b
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consonancia con el Exmo. Sr. gener'al en gefe.
e (; scgmr O O g·o · ern~n l", un ~s unonw e
Sin atrevernos á comentar esa obra n1ác- ' grat~tud y correspo.ndc11?1~, al aprecio y benevo,
~'.ima del Supremo Poder e;ecuti\'o provisional ¡• Iencm c?n que Jiaq r.ec1b.1do los Nuevo-LeonesefiJ
1
'
.
porque conocemos
nuestra J pequenez,
creemos' ,'! su t1lecc1on.-EE.
,;in embargo es\Joner nuestro humilde juicio sobre l
1mo: de sns puntos, acaso el mas cardinal, á sal.ier: ¡!
MONTfRRE Y :-184 l.
que comparada e::;ta ley con todas las de su
clase descte la independencia á la fech0, en . ;¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡.¡¡¡¡¡¡¡¡¡• ..;¡¡¡;¡¡_¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡iióiiiii¡¡.¡. .¡¡¡;¡;;¡¡;.¡;¡¡;¡;;;;;;;;;_;;:;;;;;;;¡¡¡¡;;¡
ninguna se supo poner con tanto tino una bar- ¡¡
imprenta del Gobierno
carga de
rcrn poderosa q11e evitara los fraudes, intrigas ¡i
Ji'r()ylan de Mier.
~ nuliJades en las elecciones, fccm1d0. focutc ~

SEJrL\NARIO POLITICO,

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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s

E M A

N.A

R I

POLITICO

DEI., ftOBlER.NO

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OE NUEYO LEON.
Ut .t't/Úla sic p-0cttralío reipublicre aere11~a est ~d tdili.t(ilem eoriun 'l.Ui comisfi s11nt,
non eorum quibtts commiasa est. Cic. J. offic.
Lo mismo que una tutoria, asi se han

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le ejercer los cargos publicos: no Pl!l'ª
ntilidad de los que gobiernan, sino para la
de los gobernados.
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ToM.

JII.

Jueves 20 de Enerp de 1842.

NuM.K

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se fija en el t'8tado, hará caNOTICIA-S DEL DEPARTAMENTO·
da aut~f·Wad rf'spectiva lista ind!vKlual de media
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cowpama; y cuando sPgun el· mismo do&lt;'.UmPnto,
- - - - - - - -......-----,----.-'----- deba form11rse una compañia de trei¡ ó mas r·anSaretaria de Gobierno del Departamento de cherias, se practicará el alistamiento, pcr PI j1:tz de
Jt/'UP.tJO Leon.-Gircul8r,--:-Rmpeiiado el Exino. Sr.
paz._ dtd p,uuto que tenga mas publacion. Solo en
Gob~rm1dor en afianzar de una manera estable la el caso que de dos pueblo!- que vayan á fo1 mar
-seguridad del Departamento ·'Óomo uno de. sus pri- una compañia tenga uno de ellos desde una termeros y mas sagrados deberes,. y ha~rendo uso de cera, parte mas de. pobl~cion para an iba,. se ªf rela, autorizacion con que· 11e halla mvesttdo por el so- ¡1 glarnn los respectivos JUe~e~ para el nh,tam1enberano deeerto de IS de 1''\·brero dP.1. año pr6csimo to al et-nso de cada. unn, ponie!)dus~ ,.al erecto de
pa;mdo, há ~ispuesto 4,&gt;~niz,ar utfba,taUon ~e infan- acuerdo
~v,id_!erf!!o;_ proporcio~llller_ite el.
, te,ria y diez. .e~u~drone~ d~ c~ba!ler~_.coa ~l ~ - ~FC!. de mdm~uos ~, cada•• uno de)b~ .ª(•~•ª!·7
bre ,fo liucstbir.es para,e~pleftr!QS'en ¡uarffltpilor- . 8. 111 La~ prop•~ autorida8t&gt;s rtm1t11an a
'. d~n pu~~' eer~g~ír a loi~ehóNs f·~- u~ &amp;cretana' á -~' mayor ~re~;edad posihle y
. 0(?8 ~e ~Ué o~ras_ V~C~~, sa ha v~sto p~r de,grac1a baJO su 1·esronsabi¼1da5 las hstas de que hablan
: pl~ga:do ~I J?epart~m~nto~ y sobre ~odo r~peler á to- las preteoc10nes anteriores. . .
~r,nc~ l~s frrcuentes.y atroceu11cur111011esdelos
. 4. °" Tambien reinitiran dichas autoridades
, m~1os ba:rb~ros_ q~e t~nto ~ª~.asolado los pueblos. 1 noticia del armaml'óto y rnunici,onrs con que .cu en' , Muy bf'né'.ficas son_ 1as mua~, Y loables los ~e- tan los dep6sitos de los puebl&lt;1&amp;; y otra m•tiria
, s6?s
S. ~- par~ r~ah:t~r esta importante medida de las arma11 pertenecientes á. los individuos que
_qu,e ~Jn ~uda a!guna_ .va. a pe~petuar 1~ paz.en lo se C(&gt;mprendan en la milicia de''eufsiliare", con
,:su?es1_vo.. . Est.e feliz y ~petec1ble ~lemento, como espresion de &amp;U• calibre . y estado .de sel'vicio .
.-en todos ,tiemp~s , en to~os los_pa1se~ bara tl?5. = Para, que sean debidáme11te provistos
, l'e~er. el!: N~v_o ~e?n la ,mdu~tria agrtcola y fabnl, los. empteos de ccJ1nandantes ctp escuadron y
. Ja~ ar!es,_ el c,º!1!ermo .Y ia cr!a de ganados, Y bas- 1 capitanes de compañías, propondran los A icaldes.
_ta __la_ n_io~al pu~11ca, la 1!1~strac1on, y l~s cost,umhres y jueces primt:rois de paz ternas de ciud.•danoi8
re~1b1ran ta111b_1e11. un 1npulso t-fect!vo de. cultura que por su valor, honrádes y dertrns recom.,nday adelanto; y saliendo entonces el _Dep6rtamento bles circunstancias. sean capac\'s para e~os emple~el estado abyecto y decadente a 9ue lo redu- 1 os, a fin de solicitár 'del Supiemo Gobierno sus
Jeran las re,·u~tas pasadas y ias contrnuas depre- 1 correspondi1mtes despachos.
daciones · de los salvage·s, se encumbrará al gra111
L08 s · 0 tic"18 le8 stJ b lt
4o de meJ· 0 ra y prosµP-ridad de que es ·digno por'
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poderosos fundamentos, y ecsitado recientemente I os. comp n"iª" bla e mpania .~e ve cara a re1 ti se men•
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za que les c~rrPsponila .~egun el estado adjunto.
Dios y. liberta_d. ~onterrf'y ~nero 16 de
!. = Cuando deba formarse una compañia 1842.- Santiago Vidaum, secreta110.

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E,tas com¡.,añias se formarán de Momerey y Rancherias anec~'fts. , , , , , , , , , , , ,

Esta se formará de la· Villa de Gúadalúpe. ,
E~ta de la de Santiago. , , , , , , , ,
'l.'amhien sera formada. de Monterey.. , , , , ,

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formara· de China y la M.Jta. , , , , , , , , , , , , ,
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formara de , Muntem1&gt;relos. , , , , , , , , ,_ , , , , , ,
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!ormar~ ,dde GLi n aere say H1.ialahuises. , , , , , , , , , , , ,
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Se formara de Rio-blanco y ranchos. , , , , , , , , , , , , '
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Se formara de Concepcion y ranchos. , ,
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Se f.1rmara' d~ · Sta. Oátarina y Pesqueria. , , , , , , , , , ,
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Sé formara, dé- Cañas Y' San· Nicllas Hrda.lgo. , , , , , , , , ,
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Se formara -de, Ahasolo y el Ctiipinque. , , , , , , , , , , ,
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Sé· formara de Salinas. , , , ,. , , . , , , , , , , , , ,
Se formara de S. Pédro, los G,,tierrez, ~ta. Elena, Cienega de Flore'i é Higueras '
Se formara de M;irin, la Oa,ita, R1mos, Gua•ialupe, y Pes'l•teria C:·.ica.
Se f:irmará de Cadereyta y s11s hacíendás. , , , , , '. ,
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Se formará de la Estancia, T,Jpo grande, Sán Francisco y Ag_,11 fria.

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com,pondra de ·Lampazos. ,

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formara de. Btistainante y · Villa--A!dama.- , , , ,
formara !de, Sabinas y Vallecillo.. , , , , , ,. ,
formara de; Céri'álvo y ranchos' arlecsos. , , , ,
formara de' Ag11aleguas y su~ ranchos. , , , ,
í.,rmara de los Aldarnas, la M.inteca y Capadero.

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Suma.

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ia y caballería· que conforme· al .. •so~erauo decreJo t::
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Santiago v:dauni
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�220.

a bien deRtinarlo el Supremo Gob1eruo, es
urgentisimo y de una necesidad imµe1iosa que el Departamento como fronterizo cuente con una fuerza organizaCJUDA DANOS: Acabo de dar el primer da ?ara precav&amp;se en lo _sucesivo de un golpe_ como
p::iso para cumplir y llevar adelanle el mas s11grado el que dieron los salvages ulllmamente al de Coahmla caude mis deberes, la mas solemne de mis protestas. sando estragos espantosos. Por otra i:,arte, si los pueblos
Decretada por el Gobierno Departamental la orga- no tienen una fuerza disronihle, vivirán espuestos al saqueo
nizaciun de un batallon de infanteria y diez es- de los bandidos cuyM excesos hemos visto repetirse en los
cuadrones de caballeria, gratl~imo es al que suscri- años anteriores en terminos que aun en los alredt&gt;do_res de esta
be ocuparse asiduamn1te en poner esa fuerza de capital y hatita dentro de ella se han perpetrado ~vanos asal~os.
auesiliares en actitud imponente y capáz de fonSi el Gobierno lleva adelante ésta benefica medida,
dar la paz en el Departamento. · Para coronar si echa mano de la milicia en los casos ¡.,uramente neempresa tan grandio.-a, cuento con la proteccion cet1ario11, y si distribuye el servicio que debe r:restar de una
del Supremo Magistrado de la Republica, v con manera equitativa y menos perjudicial a los cmda_da~s, cofa cooperacion de todos vosotros.
•
mo les ha prometido en la alucucio~ _q,1e ha temdu a bien
Bajo tan firmes auspicios, se formará un dirigirles, el gobierno hara un 8erv1c10 grande a Nuev?
muro que ~irva de ap(lyo, de ~osten á la publica Leon y digno de su f!terna gratitud. Fundada Y so~te111tranquilidad, á las garantías individuales. El ejér- da la paz en lo futuro, muy fácilmente se couoce que
cito que hoy guarnece estos Departamentos, de- se de~embarazarán los torrentes de riqueza con que dot6
berá emprender su marcha sobre el distante Te- el Ser Suµremo á este_ Departamento, obstruidos c~~i por
jas á recupera,· el territorio usurpa~lo, y vengar j el sob!lrbio intlujl) de las continuas revueltas pohtlcas Y
el honor de la Nacion.
por los efect-us de esa guerra sa.1 grienta de los ba,baros.
Entónces la milicia de aucsiliares que hoy
Por Jo espuesto podrán entender los Sres. ~itures
se establece ocurrirá st'gun las circunstancias á del Centinela que no ~olo en ohjetos de ornato ha lijado su
perseguir á toda clase de enemigos que osen vista el Gobierno, como afirman en su número IS ctt: 15
tmbar el órden publico del Departamento, y so- del corriente, sino en asuntos sérios y de una ir~t 01 tancia
lire todo se pre1wntara en la frontera a repeler incuestionable, cuyos datos obran en la Sec~etar1a de golas invasiones atroces de los ~alvages. Para objF- bierno. El establecimiento d.:&gt; garitas, la meJora dt&gt;l a!umtos tan ~agrados el Gobierno distribuirá este ser- brado, la organizacion de una junta Supe1 ior de sa:llllad,
vicio en términos que no se perjudiquen los sistemar de una· manera adecuada á las lu~es del sig!o el
ciudadanos; en suma mantendrá un equilibrio jus- instituto de. instruccion primaria de p.sta Capital, _ace~ca de
to entre las ocupaciones d,,mésticas de aquellos lo cual se está trabajando un proyecto por un 1~tehgt1ite,
y la e~trecha obligacion que tienen de defonder la i proteger este ramo en t,&gt;do el Departameuto, mvestl~ar
patria ~11ando se vea amenazada de algun peligro. el estado de los fondos publicos y municipales,' i.on _ntgocios
Estos son los fervientes votos de vuestro á que el Gobierno ha dedicado tambien su ate~1c10ri; nJaS
mejor amigo.
para arreglarlos completamente ha sido necesa_r¡o primero
,Mnnterey Enero 16 de 1842.-José Jifa- cerciorarse de cuales sean las m1joras que eci,;1gen, conoria de 01•!pza.
ciendo iu¡tes el mal para aplicar· el remedio. Estu no p~ede
ni debe hacerse con la festiuaciou ó prontitud que ecs1Jc el
cPlo del ·Centinela.
S t1..1M:\NARI t, POLITJCQ.
U o cuerpo dolorido y lírnguido ha recibido el actual
----·Escmo. Sr. Gobernador, lo que es patente á los.ojos de to.Monterrey Enero 20 de 1842.
dos, asi como lo son las callsas que han reduridp á Nuevo
Los antecedentes documentos que tenemos el Leon al grado de abati¡niento eu que se en_c4entra. El
gusto de insertar para cono('imiento de nuestros Gobierno no desconvce ks estrHhos deberes que le
conciudadanos manifiestan la 01ganizacio11 y arre- imponen las Ir yes para enrun~b, arlo al estado fl11recien~lo de la milicia ~ucsiliar del J?epartamenlo que ha te a que es acreedor.
A e~t.., fin graudi~so, y 88•
decretado el Gobierno del rrnsmo autorizado por tisfactorio al mismo tiempo, ha consagrado constantemente
una lry, Y de acuerdo en todo con el E. S. General sus tareas. Concedan pues lo~ Sres. del Centinela que los
en gefo del Cuerpo de Ejército del~orte D .Ma- wgocios que ha promovido son menos de ornato que de
!'iano Ari st a.
utilidad publica. Las garitas tienen pm obgeto foment!}r el
Prescindiendo de hacer alusiones acerca de cuan erario persiguiendo el contra.bardo; y s_i e.l alumbrado dato ha tenido presente el Gobierno al dist1ibuir esa rá hermosura. á la Capital,alumbrara.igualmentr. a los c1imifuer2:a de una _n~ar,era propo!·cionul y Fegun .las Pales, por lo que no snán tan frer.uenks loR rubos ni otros
locah&lt;ladeB, pos1cH,n y mas ó menos capacidad I tXct:~os que pudieran cometerse al abrigo de la pscuridad.
de loil pueblo~, por que los mismos documentos
No hay obra por pPqueña que ~ea qut no dedPmuestran todo, d1:-be1emos fijnrne&gt;s mns bien ba comenzarse ror 10· más conveniente, Esto es clarí•
sobi e cuan importante y ¡;referente ha debido ser simo, y lo es a•í mismo que un edificio se levante s~1bre
su establecimiento.
sus cimiento:,, No de otra suerte el t'dificio social debe ciSi la paz es el mas firme cimin,to de la mentarse sobre la paz; µor que de· lo contrario, seria fa.
sociedad, pur qut&gt; ,fo ~ila rn derivan to~ks los bie- b1icar en el a1rP, &lt;&gt; á lo menos sobre 1ouy débiles bases.
oes J g c,,s que ar,ett'c 1 n los ¡,u,,bloF, ch1ro es
Con todo, el Gobierno Departamental por quien estamos
que a este c,bjeto ha debido dedicar el Gobier autor izados para .emitir s11s sentimientQ.S acerca de todo lo
no sus tarP~s. de toda ¡m·fneneia sin dtj,,r de que tt'nga ralac1Pn con la adrninistracion pi'rblica, estimará
la mano mu il1tud de nt gocios &lt;lP la admininistra- en mucho las indicaciones de los Sres. d'¡.l Centinela y las
cion, .como !o ha hech,. y io c&lt;)rnr,rueban los &lt;loen- de todos los hombres ilw~trado@, como digimos en otro nurnento~ que ht-mos publicad,i en los ante1imes nu- mero, de las que ,e aprovecha1ú cu,wdo te11gan fundam.,nto.
rnt~n•s de nurstro 8e111ana1ic,, y vatios t-tros que por Pueden tambien estar segures los mismos Sres. editores
la escas&lt;'s de rns colun.11as 1;0 ha vi-to la luz que el presidio de Linares y la casa de beneficencia
JJLib:ica.
cierto q11e tn la actualidad (·stá bien recibiran las mejoras que de,ean; pues en un mes qne hace que
dtfendido el Departamento por el Cuerpo di&gt; el Sr. Ortega se recibió del G,,biemo no ha podido hacnse
Ejé: citu del Norte q11e en él ec,iste~ pt ro como mas que lo que han vi,to practicar los put'blos, no obstante_ lo
este debe ocuparse e1i 1,..i&lt;·n la campara de TtJas muy recargado del des¡,acho uficial.-EE.
JJ.f0.N'1'ERREY 1842-Jmprcnta del gobierno á cargo de Froylan, .Mier
El Gobernador y commulante gener«l del Departamento de .!Vuevo Lean á sus habitante$.

·----------------

Es

ó en lo qae tenga

�</text>
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                  <text>Este cambio de nombre fue ocasionado por la substitución del sistema de gobierno federalista por el centralista. El primer número del periódico con este nombre apareció el 19 de noviembre de 1835. Al principio se sigue una numeración corrida hasta el número 164 de fecha 27 de diciembre de 1838. El número siguiente del 3 de enero de 1839, aparece como el primero de un Tomo Segundo. De aquí en adelante continúa la división de tomos, aunque siguiendo un sistema arbitrario en esta división, pues el tomo segundo, por ejemplo, está formado por 96 números y el tercero por 156. Del tomo quinto no se conoce más que el número 1 de fecha 6 de octubre de 1846, y es posible que sea el único que se haya publicado, pues unos días antes (28 de septiembre) el ejército invasor americano había ocupado Monterrey. Parece que con este número se suspendió la publicación del periódico oficial hasta abril de 1848.</text>
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                <text>Semanario Político de Gobierno de Nuevo León, 1842, Tomo 3, No 54, Enero 20</text>
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