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I-IP.·1:BlO
Los números sueltos valen 12 c~ntavos.

MINISTERIO DE JUSTICIA.

S1J'MAllIO.
. PARTE OFICIAL.-Decreto· autorizande al llinistro de Fomento para ejecutar el desagüe
dire~to del ~all~.-Caballer~ de Guadalupe.-Sueldo de losjueces.-Guarda en la Administrac1on de S1Jao.-Méd1co adJunto del cuerpo médico militar.
PARTE NO OFICIAL.-Recepcion del Ministro de Prusia.-Suscricion para los inundados.-Naufragio del Anfion.-Registro civil.
Solicitudes y denuncios·.

PARTE OFICIAL.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:

•

Consi~erandu_ qup, es de_una necesidad ~rgente evitados male¡¡ que ocasionan las mundac1ones parciales que peri6dicamente sufren la mayor parte de los
terrenos del Va lle de México durante las estaciones de lluvias, y la general á
,que está expuesta la capital del Imperio, que en caso de verificarse causaría
pérdida~ materiales y trastornos de consideracion;
'·
: Considerando que el modo único de estar á cubierto de semejantes males, es
la ejecu~ion ~el d~sa~ü~ directo, á cuya obra deben contribuir de preferencia
los propietarios é mdmduos que con ella sean inmediatamente beneficiados;
Oido nuestro Consejo de Ministros,
DECRETAMOS:

•

1

NUM. 399

JJIEXICO.-Lunes 30 de Abrif dé IS66.

TOMO III.

SECCION

1~

México, Abril 29 de 1866.

En vista de la consulta que contiene el oficio de V. S., fecl:fa 26 del presente, sobre el aumento de sueldo .que deba hacerse- á los jueces que sustituyan á
otros jueces de igual categoría, en virtud de lo dispuesto en el art, 152 de 1a ley
de 18 de Diciembre último, S.M. el Emperador se ha $ervido acordar diga áV, S.
en contestacion, que siendo el servicio que los jueces prestan en los casos expresados una carga anexa al empleo que desempeñan, es claro que por este motivo no deben gozar un aumento de sueldo ni otra remuneracion que la desig:
nada á la judicatura q~e obtienen.
Dígalo á V. S. para que esta resolucion le sirva de regla general y·se eviten
consultas innecesarias.
'
El Ministro de Justicia,
ESCUDERO.

----·----

..,

~r. Prefecto político de Toluca.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCION

1~

México, Abril 26 de 1866.

De conformidad con lo que vd. ~~sulta en su oficio núm. 167 de 15 del ac.tual, le manifiesto que puede disponer que en la administracion de rentas de
Silao se aumente una plaza de guarda, con la misma dotacion que tienen asignada los que hoy existen.
Lo que comunico á vd. para los fines coooguientes.-El Subsecretario de
Hacienda, E. TTiltawa.-Sr. Administrador pi:incipal de r_entas de Guanajuato.
Es copia. México, Abril 26 de 1866.

A!t· l ~ Se autori~a á ~ uestro Ministró de Fomento para que proceda inmediatamente á la eJecuc1on de ias obras necesarias para llevar á cabo el .desagüe d_irectó del Valle_ de México, siguiendo el pr~yectQ formado en 1848 por
el Temente M. L. Smith y presentado al Ayuntamiento de México, con las modificaciones que se juzguen necesarias por d ingeniero que se nombre director
de las obras, previa la aprobacion que de dichas modificaciones haga Nuestro
El Subsecretario de Hacienda,
referido Ministro.
··
E. Villalva.
Art. 2~ Para subvenir á los gastos de la obra, en los cuales serán comprendidos los sueldos de ingenieros y demas indispensables, se duplica por el tiemMINISTERIO DE GUERRA.
po necesario, ·desde 1° de Mayo entrante, la contribucion municipal que se re6~ DIRECCION.
cauda en la Aduana de esta capital, y se aumentan en un veinticiuco por cienMéxico,·Abtil 28 de letii.
to las contribuciones directas que se causan actualmente en el Valle de México
Por acuerdo de S. M. el Emperador, fecha 26 del corriente, ha sido confey se recaudan en la Direccion general de contribuciones direct,as.
,
Art. 3~ El monto de estas contribuciones se tendrá en dep6sito en la teso- rido el empleo de médico adjunto de 1~ clase del cuerpo médico-militar al pro'
rería de la Municipalida:d de México, á disposicion exclusiva del Ministro de fesor de medicina y cirujia D. Ramon Urzúa.
El General Subsecrttario de Guerra,
Fomento, sin que de sus productos pueda distraerse cantidad alguna con otro
objeto que no sea el' del desagüe, bajo la roa~ estrecha responsabilidad del teJosé María V. de 7,a Caden~.
sorero, y sin que por este cobro, depósito y cuenta carrespopdiente, cobre dicho tesorero, ni otro empleado sueldo ni emolumento alguno.
·
PARTE :NO OFICIAL.
Art. 4~ Nuestro Ministro Je Fomento será responsable de la buena y_legal
inversion de las can~idade~ que por su órden se saquen de la oficina menciona_E~ Emper~dor recibi6 el s_ábad~ en aud!encia solemne al Sr. Baron de Magnus,
da, haciendo que se justifiquen debidamente, así como de la buena construccion Mm1Stro residente de Prusia en esta Corte, quien tuvo la honra de poner en
de las obras que se pract.iquen.
'
manos ~e S. M.. las insignias del Collar del Aguilá Negra, con que S. M. el Rey
Art. 5° Nuestro 11-finistro de Fomento ~ueda plenamente autorizado para
de
Prusia ha condecorado al Emperador de México.
nombrar y remover el ¡rnrsoual necesario para la ejecucion de las obras del desPor el luto no tuvo lugar la gran comida anunciada ese dia en bonor de esagüe, y para tomar todas las disposiciones necesarias á fin de deslindar, medir
y amojonar los ~errenos uacionales actualmente ocupados por las aguas, pa'ra te obsequio.
que en lo sncesivo se l.es pueda dar el destino que convenga, y de hacer pracAyer á las siete de la mañana salió S. M. la Emperatriz de la capital para
ticar las mismas operaciones en los de propiedad particular, para que en vista
Cuerna
vaca.
.
.
del mayor valor que tomen por causa de;l desagüe, pueda valuarse este aumen~o, que los dueños de ellos deberán satisfacer al erarin.
OONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
Dado en el Palacio de nlhico n 27 de Abril de 1866.
Suscricion en favor de los inundados.
MAXIMILIA.l'iO.
'
' (Continúa.)
Al Ministre, de l!1 omento.
$ 31,227 31
Suma anterior . . ............. .
Por el Emperador,
.ADMINISTRACION DE".RENT.A.S DE IXMIQUilPAN.
• El Ministro de Foll'.lento,
3 00
Administrador D. Javier Unanue ................ .
FRANCISCO SOMERA.
1 00
Escribiente 1~ D. Jesus Terán .................. .
O 50
,,
2~ ,, Nieves Olguin .... . ........... .
O 25
Guarda
1
~
D.
Tiburcio
Ortiz
.
.
.................
.
11
O 25
,_, 2° ,, José María Romero ........ •. ......
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
O 25
,, 3° ,, Adolfo Arroyo .. , ......... : .....•.
México 29 de Abril de 1866.
O 25
,, 4~ ,, Antonio Cortés ................... .
O
50
Receptor
de
.Alfajayúcan
D.
Juan
Hernandez
.....
.
S. M. ,el Emperador, por acuerdo de 26 del actual, Ha tenido á bien no~O
25
Guarda
de
idem
D.
Adelaido
Arteaga
............
.
br~r Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe é D.• Manuel Fernan'dez,
Receptor de Tasquillo D. Pedro Fuentes ......... .
o 372
Miembro del Consejo departamental de beneficencia de Túxpan.
Idem de Chilcuautla D. Rafael Olguin ........... .
O 25
El Secretario encargado de la Gran Cancillerla,
Idem de San Salvador D. Juan J. Hernandez ..... .
O 37½
7 25
José H. Gonsalez.
A la vuelta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 31,234 56

t

�•

434

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.

435

t '

De la vuelta.. .' .....

$ 31,234 56

SUDPREFECTURA DE IXTLAHUAC.A..

,f 00

Sr. Subprefecto D. José María Becerril. .......... :
Juez de letras, Lic. D. Dionisio Fernandez.... ..•. .
.Administrador de Rentas D. Juan Sicilia .. ..... ..•
D. Cárlos M, .Amero .............•.........•...•
Guarda. D. Eusebio María García. •••....••......•.
,,
,, Trinidad Galvan ..•.............•.•..
Receptor de Rehtas de San Felipe ... : .•...••..••.
,,
,,
de .Atlacomulco .•...•.......•.
,, ·
' ,,
de Temascalcingo .....•......
,,
,,
de J ocotitlan ... ...... .... . .. .
,,
,,
de Jiquipilco . . ... ........... .
,,
,,
de Temoaya ........ .. ...... .
Prefecto--municipal D. ;Blas Berna........•........
.Administrador de .Correos D. Luz García .•...•....
J;&gt;. Guillermo García ....................•......
,, Juan B. Bernal............. .' ... . .• ..•....•.
,, Marcial Flores ....................•.. .. .. . .
,, Teodoro Rodríguez .....,....•........•......
,, .Agustín Puente •...•.....••...............•
,, José María Velazquez .. •.• ...•..••..••... ..•
,, Francisco Miranda ........................ ..
,, J esus Miranda .....••.....•••••••..•......•
,, .Andrés .Arratia ....•.•..••.•.•••..••....•..
,, Modesto Velazquez •.•••.••••••.••..•••.•••.
,, Narciso Rojas.......••••••••••••••••••.. ~ ••
,, Vi~ente Basurto .. •....••.••••.•••••••.•• •1 ..
,, .Antonio Trujillo.•..•••••.•••••••••••••.••••

2 00
2 00
O 50
O 25
O 50
O 50
O 50
O 50
O 50
O 50
0 50
1 00
O 50
O 25
O 50
O 50
O 25

'

O 2[&gt;

O 25
O 50
O 25
O 50
O 25
O 50
O 25
O 25

15 25

LOS VECINOS DE ZIM.A.P.A.N.

Comandante militar D. Macedonio Victoria......•..
.Administrador de Rentas D. Higinio Sanchez .....•
Escribiente de la .Aduana D. Melesio del Bello . .. .. .
Guarda de id. D. Simon Soberanis ............... .
Idem de idem D. José María .Alarcon ... ......... .

1 00
3 00
· 1 00

1 00
1 00

7 00

.Administrador de Rentas de Huichapan D. José María Inclan .....•.................•..........
Producto de la suscricion abierta en el Departamento
de Durango.. ... . . . . . •...•...... . ...........
Idem de ídem en la Península de Yucatan ........ .
Producto ·de una soirée dada en Nueva-York, en casa
del Sr. Borg, encargado del Consulado general del
Imperio, para auxilio de los inundados de México..

3 00

255 50
1,116 26
600 00

Suma.................. .
\

...

. $ 33,231 57

( Continuará.J

NauCi•agio del "Anfion."
•

Leemos en el Franco-Mexicano, periódico de Veracruz, lo siguiente:
"El vapor de guerrafran~es ''Ánfion," encalló antes de ayer (20 de.Abril], á la
una de la mañ¡i,na, en los arrecifes de la Anegada de afuera, á cinco leguas de
este puerto. Por un· avis_o que trajo de Sacrificios un bote del mismo buque, el
Comandante de la marina, Mr. Peyron, supo inmediatamente la desgracia y se
apresuró á dar auxilio con la fragata de vapor "Magallanes" y el aviso "Ado·nis." Segun nuestros informes, que son buenos, no será posible poner á flote el
"A.nfion," y se trata, en consecuencia, de salvar de él lo que se ¡rueda."

Registro civil.

las espirituales: al que gozase de un doble poder semejante, le seria en extremo
fácil abusar de él, una vez que contaba con medios físicos y morales para reducir á sus subordinados; en una palabra, poner el sacerdocio y el imperio en las
mismas manos, seria reunir dos cosas incompatibles -por su fin y medios de que
disponen. •
·
. ,
. ,
"De aquí ha venido la Gonveniencia reconocida por la cjvilizacion moderna,
de la separacion de ambas potestades, la política y .la eclesiásjÍca, cuya separacion ha sido reconocida por los pastores de la Iglesia. "~ tí encomendó Dios el
Imperio y á nosotros las cosas de la Iglesia," decía el Obispo O~o al Emperador Constanoio (Epístola de -San Atanasio á los solitarios). El Papa Nicolás I
argüía al Emperador Miguel diciéndole cw-e Jesucristo había separado las fun.
cionee de Pontífice y Rey con actos propíos y funciones distintas (Epístola 8
y Distinc. 96, capítulo 6), lo cual no podia ser de otra manera, pues la mision
de la pótestad religiosa es puramente espiritual, mientras que la de·la civil se
consagra á los negocios temporales. A la sombra de ésta y bajo su vigilancia
emplean los ciudadanos el trabajo de sus manos, alcanzan el fruto de su industria y entran en relaciones con otros pueblos, -sin que para esto necesit13n del
concurso del poder eclesiástico, el cual es del todo ajeno á tales fines.
·
"No d~bemos olvidar en esta materia la famosa respuesta. de: ".Al César lo que
es del César," dada por Jesucristo,. quien tambien pagó tributo cuando se le
exigió.
"De acuerdo con estas reflexiones, no }lodremos menos de convenir en que todo el que pertenece á una nacion debe sujetarse á sus leyes, participar de sús
ventajas y gravámenes, arreglándose en los actos particulares y públicos á la$
reglas prescritas por los gobernantes, pues estos no se proponen mas fin que el
bien de la sociedad.
''Resumiendo lo anterior, resulta: l? Que la potestad eclesiástica y civil son
distintas y no ·pueden existir ~n una misma persona. 2? Que ambas potestades
se proponen fines distintos. 3? Que el de la primera es puramente espiritual, y
el de la segunda es la proteccion de los derechos individuales, la conservacion
del órden público y el a1Teglo de los actos civiles.
"Como aplicacion de estas consecuencias, trataremoi¡¡ ya el punto de la conformidad de las leyes·de registro civil con los Cánones de la Iglesia: mas como quie~
ra que la oposicion mas fuerte se ha dirigido siempre á la parte relativa. á los matrimonios civilt&gt;s, nos ocuparemos principal.mP,nte de estos, haciéndolo de los
otros puntos solo por incidencia.
, '
"Es el matrimonio el vínculo de las 'familias que multiplicadas han de da,· nacimiento á nuevas sociedades. Cualquiera que fuese el territorio que hubiesen de
ocupar los habitantes de un pueblo, y poi• mas ó menos variadas que estuviesen
las atribuciones de los encargados del régimen político, habia de ser indispensable el elemento primordial, el matrimonio, para procurar nuevas relaciones entre
los ciudadanos. Las condiciones que se prescribiesen á su celebiacion, variarían
segun las circunstancias, como los demas contratos. Este carácter le víene desde
los tiempos mas remotos, ,Y siempre ha sido considerado en su ·esencia como un
acto de mera convencion; de manera que en su orígen y largo tiempo despues,
solo fué considerado bajo su aspecto •civil, sin que posteriormente lo haya' p~rdido por la intervencion religiosa.
.
"Así, pues, en el matrimonio, en este delicado contrato iJ,,1 cual pende la felicidad de las familias y por. consiguiente de toda la -soci,·u,.1!, de cuyo punto e¡¡
solo responsable la potestad civil, ésta tiene necesidad de establecer leyes que
impidan su mala celebracion, castiguen á los iufractores y anulen tales actos cuando _se hu~iesen ejecutado con infraccion de las mismas. iQué .razou habría para
someter á ~a vigil~ncia y direccion d~ los g??ierriós to.dos los actos en que se versan cada dia los cmda.dauos, y excluu· precisamente los mas importantes, como
el nacimi~nto, ~l P}ct~ funda!11~ntal de las familias qiie, tanto afecta por sus resultados a las mst1tuc1ones civiles, y la muerte, entregandolos á la inspeccion de
una potestad distinta, diversa del todo, por el fin .que se propone1 ·Antes de la
promulgacion del Evangelio, los gobiernos tenían intcrvcncio11 directa en estos
acontecimientos de la vida humana, por su carácter civil y en virtud de las otras
razones antes expuestas; ipqr qué motivo, pues, se les trata de'negar hoy la misma facultad, existiendo las mismas circunstancias y las mismas r~acioncs de la
sociedad1 Se ha pretendido dar á la cuestion el giro de que la potestad civil no
puede mezclarse en la administracion de sacramentos; pero en esto hay una equivocacion, porque á. la vez que el nacimiento, matrimonio y muerte de los ciudadanos tienen que ver con la religion de cada uno, no por eso dejan de afectar su
carácter de asociados y hallarse sujetos á las disposiciones del poder secular:
cuando mas, podría inferirse que la autoridad espiritual ha de intervenir por lo
que á ella concierne, en lo cual estamos conformes; pero nunca en conceder que
sea la autoridad eúcargada de vigilar estos actos. .
"Tales son los principios aceptados por el Gobierno Imperiál y desarrollados
en la ley que con fecha l? de Noviembre del año próximo pasado ha sido promulgada. Ellos, como se ve, no pugnan en nada con la potestad eclesiástica,
sino que antes ,bien le d~jan un completo y libre ejercicio de sus facultades.
Próximamente haremos una explicacion de ella, demostrando con el texto en la
mano la verdad de lo -que antes se ha dicho.-.Lic. Miguel F. -Bklnco."
'

El "M~xicano" ha publicado el artículo siguiente:
"Desde que la .América española se fué sucesivamente independiendo de ·la
madre patria, apareció en una posiciol). del todo nueva, con fuertes y delicá'dos
compromisos que ofüsca~an el porvenir. Criaturas, las nuevas naciones del siglo
XIX, tenían que obedecer su impulso hácia la civilizacion y adelanto; hacer á
un lado las opiniones. verdaderamente retrógradas que no guardasen armonía con
el estado actual del progreso europeo; someter otras á exámen y darles nueva
forma cuando la requerían, procurando en todos caso,s abrir amplia puerta á las
mejoras; todo ello regido por la pradencia que debe reinar en las empresas difíciles, y contra las cuales el espíritu de retroceso trata de aglomerar obstáculos.
No es dable á nuestros jóvenes países permanecer en la inaccion y ser simples
espectadores de lo que pasa en nuestro gigantesco vecino del Norte: un feliz des·enlace de sus contiendas sobre independencia, los ha puesto en actividad; y si
SÓLJ()ITJJDES DE PRIVILEGIO
otra cosa intentasen, se olvidarían de sí mismos, siendo responsables á la posteridad de tan culpable apatía.
·
.AlffE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
"A muchos objetos son aplicables las reflexiones anteriores; pero ahora las apli(2~ publicacion.)
camos al registro civil, que es entre nosotros una de las instituciones nuevas mas
dificiles, por razon de ser católico en su mayor parte el pu~blo mexicano, cuya Solicitud de D. Félix Oluissin, pídiendo privilegio exclusivo conw introductor de
circunstancia hizo al principio aparecer serios y formales inconvenientes para el
la máquina para fabricar pan por el siitema del Dr. Dang'lish.
establecimiento de tan importante mejora.
"Segunda clase.-:-Cuatlo reales.-Para el bienio ~e·mil ochocientos sesenta y
"Diremos algunas palabrns sobre las facultades de los Gobiernos para establecer los registros civiles, y la ninguna repugnancia de tal institucion con los Cá~ cuatro y seae~tay cmco.-y-alga para los años de 1866 y 1867.-El Gefe Direcnones de la Iglesia católica, pasando despues á explicar la ley que entre nosotros toi: de la Secc1on 3l!-, Agustm Tor~l.-Exmo. Sr.-Félix Chassin, súbdito francá's, de este comercio, con habitacion en la casa núm. 2 de la calle de Olmedo,
se ha promulgado.
.
ante V. E. respetuosamente digo; Que deseando introducir reformas en el ramo
. "~n los primitiv?s tiempos del género humano, el sacerdocio y el imperio se
eJercian por una misma persona: desde esa época y con mas frecuencia despues, de pa~adería, he ~ncont~ado la mejor obra ac.:'1.bada entre todas, escrita Pº! el Dr.
Danghsh y conocida ba.10 el nombre de Tke Danglisli- system of acrated bread .
los reye~ agregaban á su _dignidad la investidura sacerdotal. Constad~ la Sagramanufacture.-Toda
la Inglaterra ha visto con aplauso este nuevo sistema aproda Escntura, que Melqmsedec, rey de Salero, era sacerdote del .Altisimo. No
hay duda que aceptado el exclusivismo religioiio, la reunion de auto1·idades en bado por los comités de salubridad, y era de esperarse que así fuera, por com~a m!sma ~e~s?na producía al~nos resultados favorables, siendo uno de ellos prenderse e1;1 aquel sistema todas las ventaj3:s posibles que pudieran desearse.
La elaborac10n del pan se hace por medio de una maquinaria ingeniosament.e
unpedir 1~ divl8lon y competencia de los poderes, de lo que existen muy escaJJ.dalosos eJemplos en la historia. Pero si bien es cierto lo que acabamos de decir, combinada, con la cual se consigue una gran limpieza en el efecto, y lo que es
mas, que necesitándose un corto número de empleados, queda por lo tanto abo~o l? e~ menos que !a misma_historia nos j_u~t!fica los males inmensos que tal
lid.a esa especie de esclavitud que hasta hoy se ha conservado en las panaderías.
i~~tltuc1on trae _co~igo. La costumbre de dmgu-,con cierto imperio las cosas po•
En
efecto, los operarios casi sepultados en oscuros y desaseados amasijos, no
hticas, expondr1a mdudablemente al Soberano a tratar de hacer lo mismo con
·
solo
son víctimas de las enfermedades consiguientes á un temperamento excesi\

..

•

vamente calil)nte y falto de ventilaciol'l, sino del mal que resulta·de miasmas in- la Purificacion, pertenecientes al Distrito .de Texc~co, de ejercici? minero, y él
salubres producidos del encierro de muchos individuos en lugares tan reducidos. segundo labrador, ante V. E. comparecemos y decllÍlos: que al pié del cerro de
Ademas, es notorio que S. ?lL ha visto con pena la lamentable situacion en que se Soltepec, en una barranca nombrada Tlalpochico Tisacalco, terrenos a~l Molino
hallan los opei·arios de que hago mencion, y estoy seguro de qué quedaría com- de Flores, por el Sur, jurisdiccion de Texcoco, hemos descubierto un cnadero de
placicJa al saber que ?~Yª una persona que aso~iándose á sus _:filantrópicos esfuer- blanco de España, que corre de Oriente á Poniente, al que ponemos por nomzos, contribuya al almo de esta clase tan abatída.-Por el sistema del Dr. Dan• bre el Patriarca San José; y ante V. E. hacemós formal denuncio de él, como
glish se consigu611 las ventajas siguientes: 1~ Que el pan sea absolutamente fósil, con arreglo al art. 1~, tit. 6~ de la Ordenanza del ramo de Minería.-! V. E.
limpio, pues la harina está amasada únicamente por la maquinaria, ,con lo cual pedimos 9.ue con arreglo al art. 5? del mismo título, se sirva admitir nuestro d~&lt;¡ueda la masa libre del sudor natural del cuerpo y de otra falta de aseo.-2~ nuncio, y que tomada razon de él se nos devuelva para nuestro resguardo, lit¿ne el pan sea absolutamente puro, pues no lleva mezcla ninguua, por- ser indis- brando las órdenes á que haya lugar, conforme á las mismas Ordenanzas.-Es
pensable que se haga con harina de trigo de buena clase.-3~.Su contestu.ra celu- justicia que pédimos,jurando lo necesario, &amp;c.-Texcoco, die~ y nueve de Marlular es clara y uniforme, su color es blanco limpio y en lugar de ser agrio el pan y zo de mil ochocientos sesenta y seis.-José María Monterubio.-Marcos Velazmuchas veces acedo por la mucha cantidad y mala calidad de levadura con que hoy g_uez. "-Prefectura política. del Departamento del Valle de México.-México,
lo benefician, tiene un sabor peculiarmente agradable.-4 ~ E s soluble en el pala- Marzo 20 de 1866.-Por presentado en cuanto haya lugar én derecho: regístredar y en el estómago, siendo tambien nutritivo é higiénico, muy especial para se en el libro respectivo y devuélvase al interesado para los efectos legales.las personas de ocupaciones sedentarias, los inválidos, enfermos, convalecientes y Por el Sr. Prefecto político, el Secretario general, Cárlos Zavala.
_)
particularmente para los niños y ado1escentes.-5~ Como este pan se hace sin
fermento ó levadura, no solo no causa flatulencia, sino que la hace desaparecer,
pues personas que padecen de tal enfermedad, tienen un remedio en el mencioA los snscritores del Diario.
nado pan, así como los que sufren de la gota, reumas, asma y otros desórdenes
Habiendo terminado el primer trimestre del año actual, se suplica á los suscrónicos.-5~ Es muy conveniente para los ti·abajadores, labradores, etc., puta eritores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que,
las mejores propiedades del trigo [las que contribuyen al desarrollo de los ner- lo verifiquen inmediatamente, porque la Administracion del per!ódico necesita
vios y de la musculacion] están conservadas en el pan elaborado por el sistema recoger el importe de todas las suscriciones vencidas hasta el día último de
del Dr. Danglish, mientras que en el present1: sistema de pan fermentado, todas Marzo.
estas benéficas propiedades quedan· nulificadas.-7~ 11:s muy soluble en el agua,
•
en la leche y en todos los líquidos.-8~ Puede comerse impunemente acabado de
fabricar, y se conserva en buen estado hasta mas de diez dias.-9~ Es muy eco.AVISOS OFICIALES.
nómico, y sin embargo de tantas cualidades es el mas barato, proporcionalmente entre todas las clases de pan hasta hoy conocidas.-En tal virtud, deseando introduMINISTERIO DE ESTADO.
ciren el Imperio mexicano las mejoras de que hago mencion, y usando de la franAUDIENCIAS .MINISTERIALES. •
qtri.cia que me concede el art. 3° de la ley de privilegios,-A V. E. suplico se
Queriendo conciliar el mejor servicio con la regularidad y buen 6rden que. exige 1~ e~pedisirva concederme privilegio como primer introductor del sistema del Dr. Danglish para manufacturar el pan, por el término de doce años; debiendo comenzar cion de los n1;gocios de las Secretarias del De~pac~oi ha ac_ord_ado el ConseJo de Mimstros,
con autorizac1on de S. M. el Emperador, las d1spos1ciones s1gwentes:
á contarse, ~i no puede ser antes, á los dos años de la fecha en que me sea con1'!- El Ministro de Estado dará audiencia diaria de diez á onee de la mañana.
'
cedido el privilegio.-En todo lo que recibiré merced y gracia.-Dios guarde á
El de Negocios Estranjeros, los lúnes, miércoles y sábados, de diez á once de la mañana.
El d.e Goberñacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
V. E. muchos años.-México, Marzo 26- de 1666.-Félix Ohássm."
El de JJIBticia, los lúnes. miércoles y viérnes, de tres á cuatro de la tarde.
. Lo que se publica en el ·Diario del Imperio. conforme al artí~ulo 14 de la ley
El de Instruccion pública y Cultos, los mártes, juéves y sábados, de diez y medi~ á doce
de 3 de Noviembre.de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco de la mañana.
J,i,menez.
El de Guerra, los lúnes, miércoles y viérnes, d~ doce á una de la tarde.
El ·de Fomento, todos los dias, de -las dos á las tres de la tarde.
El Subsecretario de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á la una del dia.
·SECCION 2~
Las personas sarán r.ecibidas en el órden con -que se hayan presentado, sin distincion de
(2~ pu~licacio~.)
México, Abril 4 de 1866.
0
rá2~ É1 que quisiere ser oido en audiencia particular, deberá pedirla por ~edio de una esSolicitud de D. José María Flores Verdad, ·pidienil/J privilegio exclusivo por ocho quela, indicando el asunto. Si no concurriere con exactitud á la hora que se le hubiere desigaños, como introductor de un nuevo procedimiento para destilan· maderas.
nado, ·no se le recibirá.
•
•
.
...
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se dmg1rán al
"Srgunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta Oficial
de partes.
.
·
y cuatro y sesenta y cinco.-ImperiQ Mexicano.- Ministerio de Hacienda.4~ Se recomienda á las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la espo·
Valga para los años de 186(:¡ y 1867...:...El Gefe director de la Seccion 3~-.Agus- sicidn de sus negocios.
-1&gt;~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion los negocios
tin Tornel.- Exmo. Sr.-José María Flores Verdad, ante V. E. con el debido
•
respeto digo: que pretendo introducir en el país un procedimiento para destilar oficiales.
. 6~ A fin de estirpar la costumbre tanMl~:ciosa al buen servicio como al decoro del Gobiermaderas, para el cual se ha concedido una patente en los Estados-Unidos, que no, con que se molesta y ofende á los
· tros, ya moviéndoles influjos para el despacho de
se está explota.J}.do en Nueva-York por la Compañía llamada "National chemi- los negocios, ya distrayéndolos con los que no pertenecen á su resorte, se advierte á los intecal works," ('l'rabajos nacionales d.e química).-Por este nuevo sistema puede de- resados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que S. l\:b ha prohido espresamente á los Ministros hacer recomendaciones y tomar ingerencia en negocios estraños
cirse qne se aumenta la riqu_eza pública, por obtenerse de la materia primera mas ásuramo.
productos y mas variados que los que dan los procedimientos hasta ahora usa7'!- Una copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los "Mi·
dos en el país.-.A. V. E. suplico que siendo yo el primero que se presenta á pre- nisterios.
México, 8 de Agost-0 de 1865.
tender la introduccion de este nuevo procedimiento para destilar maderas, se sirva tenerme por legalmente presentado, y á su tiempo concederme la patente respectiva por ocho años, con arreglo á la l!:ly, en lo que recibiré gracia.-México,
BOLETIN BE L&lt;vl.S LEFES.
Marzo 27 de 1866.-José M. Flores Verdad.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
México, 18 de .Abril de 1866.-Se ha publicado la enti·ega núm. 9 del BoleLo que se publica en el Diario del Imperio, conforme al artículo' l4 de la ley
de 3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco tín de las Leyes~ y se halla p,ara su venta, al precio de catorce centavos, en est&amp;
.Administracion y en los expendios de papel sellado en que se han vendido las
Jimenez.
anteriores.- El Administrador principal, José Maria de Icaza é I turbe. 6a- 5
(2~ publicacion.)
México, Abril 4 de 1866.
.. ADMINISTR.AfüON DE BIENES NACIONALIZADOS.
Solicitud de D. Edgar T. Singer, pidiendo pr·ivil,egio exclusivo como inventor de

"'

.

.

una máquina para crear vapor, g_ue denmnina "Engendrador de vapor."

•

''Segunda clase.- Cuatro reales.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
seis y sesenta y siete.-Exmo. Sr.-Edgard T. Singer, á V. E. respetuosamente ,
hace la peticion siguiente:-El que suscribe declara que es inventor de una máquina para crear vapor, que se titula "Engendrador de vappr," la cual lleva muchas ventajas sobre toda máquina usada ó inventada hasta esta fecha. Entre
otras ventajas se pueden especificar las siguientes:-1 ? La máquina, siendo pe.queña en comparacion con las ya inventadas, y tambien mas sencilla en su construcoiou, puede ser fabricada y trasportada con menos costo.-2? Para pro'ducir iguales resultados con otra máquina, gasta menos agua y menos pábulo -de
leña ó de carbon.- 3 ? Que consumiendo igual pábulo con otra máquina produce resultados muy aumentados.-Ademas, deseo representar á V. E. que este''Engendrador" puede ser aplicado á cualesquiera ingenio de vapor que se halle
hoy en uso.-.Adjuntas con esta peticion, sírvase V. E. ver una descripcion del
Engendrador, un dibujo de él y un índice de las piezas.-Por todo lo expuesto,
á V. E. suplico se sirva concederme patente para esta invencion por el término
de doce años.-Juro que todo lo expuesto es la verdad, y protesto estar voluntario á pagar lo que designe V. E.; y á cumplir con. todos los requisitos de la ley.
-México, 27 de Marzo de 1866.-Edgar T. Singer.-Exmo. Sr. Ministro de
Fomento."
Lo que se publica ·en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jimenez.

B.emate.
Con arreglo á los art.ículos 24, 25 y Z'l de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á procedeaal de la casa, cuartel l ?, manzana 5~, núm. 1, calle de la Loca, en Oajaca, valuada en($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al públi.co,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 18 de 1866.-EI Administrador de bienes nacionalizados, Jwan S1Wrec y
Navarro.
6a-4

Secretaria del Consejo de listado.

"

Seminario nfim. 9.

Ignorándose la residencia de D. Santiago'.Xicario, y necesitándose en esta Secretaria para
hacerle una notificacion en .el espediente núlil': 5,626 y anexq, se le emplaza por el presente
para que concurra por sí (í por apoderado, para el fin indicado; fijándose al efecto el término
de ocho dias, que comenzarán á contarse desde la fecha; apercibido que si no lo verifica, se
seguirá adelante el negocio sfn oirle.
México, Abril 24 de 1866.
3a-2
,•

Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en esta Secretan,.
para hacerle una notificacion en el espediente núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el p~
sente para q_ue comparezca á ella del1tro de quince dias, que ,::omenzarán 'á contarse desde la
ilcha; apercibido de que si no lo verifica, se seguirá el negocio adelante sin oirle.
México, Abril 17 de 1866.-El Subsecretario del Consejo de Estado, Jos€ M. Rodrigi,a
y Co1fo.
6a- 5 •

,....,

4dministrac~on principal de rentas de México.

DEMJN()IOS ANTE LA PREFE()TlJRA POLITl()A
que se publican en el Diario del Imperio conforme al artículo 14
de la ley de 3 d_e Noviembre de 1858.
(2~ publicacion.)
"Segunda clase.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y seis y sesenta y
siete.-Sello '3?-Vale cuatro reales.-Exmo. Sr.-José María Monterubio y
Marcos yelazquez, el primero natural de .Atotonilco y el segundo del pueblo de

REMATE DE UNA FINO.A,

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienda pública, ha sido embargada por
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la calle d~ Santa Clara, apreciada en su última traslacion de dominio en diez y seis mil pesos; fijándose para las almonedas los dias 20 y
30 ae1 actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que la última es con calidad de remate, el
eual tendrá lugar en el despacho de est~ oficina, á las dos de la tarde: lo que se hace saber
al público, para que las personas que quisieren hacer postura, la hagan acompañando sus respectivos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion princip~l de rentas. México, Abril 13 dil 1866.-J. de la BarrBTa. 6a-4

.

I

�•
\

EL DIARIO DEL IMPERIO.

436

E•cuelas gratuitas.

.Juzgado' de letras de 'J!emascalíepec.

Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-;Núm. 865.-La
En los autos seguidos por este Juzge,do en el intestado del súbdito espaií.ol°D. Martin UnComision de Instruccion pública, con fecha 10 del corriente ha participado al Sr. Alcalde 11t1eta, el Juez que suscribe, por auto de véintidos del próximo pasado Febrero, ha mandado
municipal, que se~un lo dispuesto por el Exmo. Ayuntamiento, han quedado establecidas y ee cite por el presente á los que se crean con derecho á los bienes correspondientes á dicho
abiertas para el publico tres escuelas gratuitas para niños pobres, de las cuatro acordadas por intestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de treinta días, contados
la misma corporacion; la primera en la calle de la Concepcion núm. 9, la segunda en la calle desde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por apoderados instruide Muñoz núm. 3, y la tercera en la Rinconada de San Sebastian. Lo que por órden del mis- dos y bastantement~ espensados¡ en la i11teligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
mo Sr. Alcalde se pone en conocimiento del público, á fin de que los padres de familia que logar en derecho si no lo '1eriftcan.
•
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establecimientos mencionados.-El Secretario
Temascaltepec,·Abril 21 de lti66.-El Juez letrado, Manuel Graj;id1.1.- Asistencia, Ignacio
del Exmo. Ayuntamiento, Luis G. Pastor.
6a-3
. .Muñoz.-Asisteucia, Rafael Romero.
6a-2

-------------~--------------

- --

Administracion principal de rentas de México.
.A.VISO INTERESANTE.

Núm. 544.-En los almacenes de esta Aduana existen los bultos que espresan las listas que
se ponen á continuacion, y á cuyos dueños se cita pol' medio del presente, para que ocurran á
sacarlos en el término de treinta clias, contados desde esta fecha; quedando éntendidos
de que pas~do ese término se procederá á lo que haya lugar, con arreglo á las disposiciones
de la matena.
Administracion principal de rentas del Departamento del Valle de México, Abril 13 de
1800.-El ~dministrador principal, J. de la Barrera.

Lis-ta de les individuos que tienen ejecws cumplidos en los almacenes de es-ta
Aduana, hoy df,a de la fecha.
Fechas de entrada-: Bult.
Efectos.
Consignatarios.
Febrero 8 de 1866. 3 Equipaje •.. ...••.. G. Perogordo y hermano.
8
,, • 1
,,
... . ...•.. Mr. Tyssierre.
8
,,
l
. ......... Billet.
,, 8
l
.......... Sr. General Castagni.
,, 8
1
,.
.......... Lambert.
. , 17
,,
1 Cuadros •.••...••. . Sr. GefedelGabinetecivilde S.M.
Marzo 9
,,
2 Vinotinto .•.... ·.... C. Sauz.
,, 14
,,
1 Equipaje •. •...... . Lamesset.
,. 15
,,
1 Dro~as ...•.. .. .... Taillart.
,, 24
,,
1 Eqrupaje .......... Pierrot.
,. 24
1
..••...•.. Tapia.
,. 24
,,
1
.....•.... Condarmine.
,, 24
,,
6
..•.•..•.. Sr. Director de Artillería.
27
4
.......... D. Cárlos Sanchez Navarro.
27
,1
1
,,
.......... Cárlos Natuecy. .
1 ,, 27
1
,,
..••..•... Conducido por Solano.
,. 27
1 Piedras minerales . .. H. D'Oleire y C'!-

Venta judicial.
En los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo Wagncr contra D. Joaquín Abadiano, sobre
pesos, el Sr. Juez 2? civil de Instrnccion, Lic. D. .Miguel Rendon Peniche, ha señalado para la venta de los ranchos La Tenería y Los Reycs,.ubicados en jnrisdiccion de Tlalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los dias 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo próximo entrantes, á las
doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber al público por medio del
presente anuncio.
•
México, Marzo 22 de 1866.-Manuel Romero, Escribano· público de la Nacion. 889- 9a-8

Diptitacion de Jfiinería de Gtianajuato.
.A.VISO.

La Diputacion de Minena del Departamento, por decreto de 14 del corriente, ha mandado.
oitar á los Sres. Jecker y C~, vecinos de México, por meclio de los periódicos intitulados Diario del Imperio y Semanario Oficial, fijándoles el término de veinte días, contados desde la fecha de la pub_licacion que se haga en el primero de ruchos periódicos, para qµe establezcan
. en esta ciuda'c! el apoderado de que habla el artículo 1? del decreto de 8 de Enero de 1865, á
:fin de que los dueños de la mina de San Vicente-de Paul, de cuyo fundo son aviadores aquellos señores, traten las cuestiones que desean; bajo apercibimiento que si no lo verifican en e1
término ya inclicado, que será improrogable, les par11rá el perjuicio á que hubiere lugar.
Secretaría de la Diputacion de Minúía de Guanajuato, l!0 de Marzo de 1866.-Jgnaci-O R •
Hernandez, Escribano público de laNacion.
912--3a-3

Aviso judicial.
En el juicio verbal promovido por el Sr. D. Ignacio Esquive! contra D. Estéban Muño11~
sobre pesos, á su pedimento ha mandado el Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se haga saber al Sr. Muñoz, 'que no habiell.do ccncurrido á contestar 1~ demanda, se da ésta por contestada y se recibe este negocio á prueba por ocho dias; determmando ~
la vez, que en el término de ocho dias se presente en su Jur.gado, sito en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, á reconocer su fuina, puesta en un pagaré; bajo el apercibiento que
• haya lugar si no lo verifica, y ademas se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, Abril 24 de 1866.-Casimiro Fernandez, Escribano público.
915-3a-3

28

AVISOS PARTICULARES.

Lis-ta de los bulws que sin documenw existen en les almacenes de es-ta Aduana,
hoy d~ de la fech,J.,.

Fechas de entrada. Bultos.
Noviembre 15 de 1865. 1 Con oficio de la Comandancia del Resguardo, una caja botellas.
Diciembre 11
,,
1 Un ba{il conducido por Souberbielle y rotulado á Gabino Llano.
,,
20
,,
1 • Un baúl equipaje, conducido' por Centeno.
Febrero
6 de L866. · 3 Tercios de cacao.
·
15
,,
1 Bulto, marca E. R., conducido por Landaluce.
8
21 Bultos db plomo.
9
,,
1 Un baúl conducido por Plauchu y rotulado S. Luis Villanueva.
24
1 Un baúl conducido por Miguel Somonte.
"
30 bultos.
México, Marzo 31 de 1866.-El Guarda-almacenes, Joaquín Carbajal.

SEGURO CONTRA INCENDIO.
La Compafí'ía Hamb11r,;11 esa-Bremes'!- tle Seguro•
CONTBd. INCENDIO,
Formada de entre los comerciantes mas ricos y. respetables de Hamburgo y Bremen,
y ofreciendo, pues, todas las garantías que puedan desearse.
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y ARREGLAN PÓLIZAS

Los Agentes,
&amp; GUTHEIL,
Bajos de Porta-Creli núm. 4.

6a-2

LEFFM.A.NN.

AVISOS JUDICIALES.
N otüicacion.

l!21-90a-30

1'IINd DE N'llESTBd SEÑOBd. DEL BEF'l!GIO
EN GU.A.NAJU.A.TO.

Habiéndose puesto en productos la mina de Nuestra Señora d'el R!)fugio, aviada por D.
A escrito presentado por el Lic. D. Protasio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos ejecutivoll que este señor seguía contra D. Felipe Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer reparto de las utilidades, conforme a.
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos, y en cuyo escrito pide el promoven- la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros
te se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre, haciéndose la aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedore.s actuales de las barras aviadas,
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. Juez proveyó el pata que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí ó
auto que á la letra dice:
por persona debidamente autorizada, y e:x.hibiendo el título ó documento que compruebe su
"México, Ab~il 25 de 1866.-Como lo pide. Haciendo la publicacion por ocho dias en el · actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su &lt;:aDiarw del Impi~io y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Cristó- lificacion.
bal Poulet y Mier, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Mimiel F. Guerra, Escribano SeGuanajuate, ,calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan d~ D. Salgado. 899-30a-6
cretario."
.
º
Y para hacer saber lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gon-¡:alez .de Aragon, publico
MINd DEL BEF'llGIO, alias LOS TBOJ11PILLOS,
el presente, que surtirá sus efectos legales.
DE PACHUCA.
México, Abril de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
9-23-Ss-1
Aviso.-Desde Abril de 1858 soy dueño de veinte barras aviadoras en la mina de los
Trompillos de Pachuca. Mucho tiempo despues, y estando amparada la referida mina, los priCitacion· judicial.
mitivos duoños, que me la habian cedido, fo,rmalizaron un segundo avío con otras personas;
Por disposicion de Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, se cita á estas dividieron las acciones de ella en doce barras aviadoras y doce aviadas. Como éste seJ:?· FrancIBco Berthe para que comparezca en el Juzgado que se halla en el Palacio de Justi- gundo avío jamas ha sido reconocido por mí, fué necesaiio seguir un litigio en el Juzgado de
cia, calll:l de la Moneda, dentro de ocho dias, á continuar el juicio que le promovió D. Pedro Pachnca, dando por resultado que aquel tribunal, por sentencia definitiva, mandase con fecha •
Strittmatter, sobre pesos; apercibido de que si no lo hace, se seguirá en su rebeldía entendién- . 2~ de .Enero. de 1864 "que se me re::1tituyese á la posesion de mi avío, y se me· entregase la
roma rnmediatamente.
dose las diligencias con los e~trados del mismo J uzg!ldo.
'
'
La Compañía formada por el sernndo avío interpuso una tercena, y piclió que antes de po•
México, Abril 28 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público.
9-24-::ls-l
nerme en posesion de la mina, -se Ya oyese: los tribunales accedieron á esta solicitud, ordenando tambien que se me pusiera en posesion de ocho barras aviadas y quedasen secuestradas
Ju:z¡;ado tercero de Ins:tr,ucion del ramo citJil,
las cuatro restantes entretanto sean pagadas las costas y perjuicios á que fueron condenados
Palacio de ~usticia.~El. Sr. Juez 3?.civil d~ Instruccion, Lic. D. CristóbalPoulet y Mier, los aviados.
·
P?r aut~ proveido en vemtitres del co1;nente, ti~ne m~ndado se cite por los periódicos á D. BeEstoy, pues, en posesion de dichas barras, llamadas por ahora aviadas; y con objeto de que
m~ ~uJula, para que dentro del térmmo de qrunce d1as, á contar desde el de la primera pu- el público tenga un perfecto conocimiento de que esclusivamente me pertenecen, hago la prebhcacion, se presente en su Juzgado á contestar la demanda que en juicio verbal por pesos le sente manifestacion; advirtiendo á la vez, que las doce barras aviadoras están igualmente
promueve D. José Antonio Bonilla;.apercibido de ,darse por contestada la demanda si no com- comprendidas en la m·encionada sentencia de 23 de Enero de 1864,'fuspendida por ahora únipare~e, sigui~ndo el juicio en !ebeldía con. los, estrados, que se dan po~ bastantea. Doy!e.- camente respecto de ellas, mientras se decide la tercería interpuesta por la Compañía.
México, Abnl 25,ie 1866.-Lic. José Manano lf!vya de Ctmtreras, Escnbano público.
, México, 23 de -:'-bril de 1866.-Man~l Fuertes.
913-3a-3
9-25-3s-1

AVISO.

Oitacion judicial.

En la tlapalería de LA SIRENA, calle del Refugio núm. 19, se ha recibido un surtido de
p~pe l de tapiz de bonitos y elegantes dibujos, el qne se dará al precio desde 3 hasta .5 realespieza.
.
Tambien se han recibido hules para piso y para coche, á precios sumament~ cómodos.
En la misma casa se encuentra nn surtido de porCtJlana, loza y cristal.
910-15a-3

A peclime~to de D. ~e~ast~n Cabr~les, como apoderad.o de D. Pedro Perez, el Sr. Juez 2?
de Instru~cion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Peruche, por providen~ia provisional y
precautona, mandó asegurar los enseres de la ~abla carnic~ría situada en· 1-0s baJos de la casa.
:p1arcada con el núm. 6. de la calle deJa Aceqrua, perteneciente á D. Lucio Quijano quien no
h.all~ndose·en esta capital, s~ ha determin~do por el.mi§mo Sr. Juez ~e 1~ emplace por los peTOdLLd DE VEN'lJS,
nódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso se
EFECTOS DE PERFUMERM. DE LAS ME/ORES FABRICAS DE PARIS.
presente en su :1~.gado, sito en el Palacio de Justicia, calle de,lá Moneda, á contestar la 'de·
manda que en Jruc10 verbal, sobre pesos, le promueve t;l Sr. Cabrales· bajo el apercibimiento
de que. si no concu1Te, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía. '
•
E~ la tlapalería de los Ve,iadf!S, situada en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
MéXJco, Abril 27 de 1866.-Casimiro Ferna11dez, Escribano público.
921-3s-2
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de recibir otro
magnifico,.de perfumería, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.-Estracto;
de esencias ~l~periores.-Agua de Colonia legítima.- -Aceites para el pelo.-Jabones superioCitacioti judicial,
re~ y de fam1lia.-Polvos de a1Tw·root, arroz y haba.-Elíxires y polvos para la dentadura.A pedimento de D. Man~e~ ~ cocer, como cesionario de D. José Lasso, quien tiene que Vlilagre de gen-seng para el uso esterno de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de Yénus.promover u~a deman~a _en J?-icio ver~al, sobre pesos, ~ntra D. Ignacio Alcántara, el Juez 2? Yinagre aromático y de color.-Los mentados ja~ones de lechuga y contemporáneo, etc., etc.
de Instruccion de lo cml, Lic. D. Miguel Rendan Pemche, ha mandadó se cite al referido
A;Icántara por ~os periódicos, para que en el término de ocho dias, contados desde la publica'J'.odos estos P.fectos ~on de clase suprema, y sin embargo se venderm'.\ sumamente baratos,
cion&lt;le. e~t? aviso, C?m~arezc~ ~n el propio Juzgado, .sito en ~l Palacio de Justicia, á contes- haciendo á los consumidores que tomen por docenas tlc ellos, una rebaJa importante todavía
20a-2sI11-l8
tar el_Ju1c10 respectivo, apercibido que de no concumr, segwrá el negocio en su ausencia y sobre los precios á que se menudean.
zebeldía.
México, Abril 27 de 1866..:-.Joaquin Guzman, Escribano público.
9-22-3s-2
,1'1EXIC:O.-IMPRENTA IMPERIAL.
1

•

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caballero de Guadalupe</name>
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        <name>Desagüe</name>
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        <name>Vapor anfion</name>
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                    <text>DEL

EL

,

DIARIO

IIPERI.O
Los número11 sueltos. valen 12 centavos.

TOMO

JJIEXIUO.-Viernes 27 de Abril de 1S66.

III.

SU'MAB.JO.
PARTE ~FICIAL.-Permiso áD. V. Escandonpara usar la Cruz de San Gregoriollagno.
-NombraIIllento del Sr. Delarbre para Caballero de Guadalupe.-Declaracionsobrerecurso1
de nnlidad en los juicios.-lndulto concedido á. dos disidentes.
PARTE NO OFICIAL.-Hacienda.-La Emperatriz en el Distrito de Otumba.-E:tposi-.
cion en Apam.-Minerales de Tasco.-~d. de Guanajuato.
Los españoles en .A.merica.

PARTE OFIUIAL.
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, 26 de Ab1il de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 25 del actual, Ha tenido á bien conce•
der permiso al Sr. D. Vicente fücandon, para que pueda usar la condecoracion
de Comendador de la Orden de San Gregario Magno que le ha4c-oñferido Su Santidad el Señor Pio IX.
'
S. M. el Emperador, por acuerdo de 22 del actual;Ha tenido á bien nombrar Caballero de la Imperial Orde~ de Guadalupe al Sr. D. TeófilP Delarbre,
en atencion á sus méritos y servicios.
F.1, Secretario encarl!" ·1o de la Gran Cancillería,

José II. Goozalez.

M, NI sTER Iolo E JusTfe I A.
SECCION 1~

México, .A.brif 25 de 1866.

Exmo. Señor: •
Dada cuenta al Emperador con el oficio de V. E., fecha 11 del actual, en
que adjunta el expediente relativo á b duda de ley ql}e ha ocurrido á la 1~ Sala de ese Supremo Tribunal, con ocasion del recurso de denegada nulidad interpuesto por D. Gumesindo Goirí contra un auto de la· 1~ Sala del Tribunal
Superior de Durango que desechó el expresado recurso deducido ~e8pecto de
una sentencia dictada en el juicio que contra dicho Goirí sigue D. Domingo Laurenzana, S. M. ha tenido á bien declarar, que no hay eluda en que tos recursos
de nulidad que al ponerse en observancia en cada Deparlamento la ley de 18 de
Diciembre último, no hayan sido definitivamente desechados ó admitidos, deben
considerarse como interpuestos, y con rste carácter sujetos á todas las pi;escripciones de la misma ley desde el dia eú que haya comenzado á regir en el Departamento en que se interpuso el recurso.
Lo digo á V. E. en respuesta á su citado oficio, y para los fines correspondientes.
El.Ministro de Justicia,
ESGUDEI~O.

Ex.me. Sr. Pre~idente del 'l'ribuual Supremo del Imperio.

-·-·MINISTERIO DE GUERRA.
1~ DIRECCION:-4~ DIVlilON.

México, Abril 25 de 1800.

S. M. el Emperador se ha servido conceder indulto á D. Luis y D. Adrian
Aguado que militaban en las bandas armadas dei cabecilla Riva Palacio, con
condicion de que firmen protesta de no volver á tomar las armas contra el Gobierno de S. M.
·
El General Subsecret.ario,de Guerra,

José María V. de la Cadena.

PARTE NO OFl(;IAL...

•

BACIEXDA.
No son los límites de un artículo de peri6dico los que pueden permitirnos
tratar una materia tan vasta como la de señalar recursos para la hacienda pública. La economía políLica es una ciencia que e1wuelve multitud de cuestiones y teorías bien difíciles, y ta11 variadas como discutible~ .. 'rampoco nos propottemos recomendar un s_istema para que sea preferido, ni indicar las reformas
del J&gt;lan hacendario de México. NO!l limitamos solamente á hablar de principios generales, de los recursos que deben explotarse en el país, y de la proba-

NuM. 397

bilidad suma de encontrar arbitrios para enriquecer el tesoro público, y tener
crédito, que es la co~secuencia. .
.
.
.
, .
.
Decir que en Ménco no ha habido hacienda m crédito publico, es decrr una
verdad que todo el mundo ha palp\\do; y asent~r que sin la un~ y el otro ~gun gopierno puede existir, es enunciar otra verdad mas conocida que la p,nmera. Estamos, pues, en la conviccion de c¡ue tenemos forzosamen~e que llenar
una necesidad indispensable y precisa, de h,iue depende la salvac1on de la so- ·
ciedad, su ¡1delanto y prosperidad.
·
Eu México no ha habido hacienda. En México, á pesar de los recursos con '
que la Providencia ha dotado su su~lo, los.gobier~os no hall; tenido la~ rentas
suficientes para proveer á sus neceSidades. Esta circunstancia se expb_ca ~uy
bie11, 110 por la pobreza del país ni por la ,sca'Sez de sus productos, que b~en
podrian, aun en los aiíos mas pobres, habar llenado con desahog? las atenmones de la nacion, y con la paz dar un sobrante, despues de cubrir las verdaderas necesidades.
La eaui;a c1e la escasez ha sido el des6r&lt;len y la guerra civil; la paralizacion
de todos los elementos del país y la mala administracion. Pero 1~ realidad es
que México tiene recursos sobra~os para e!lgrandecerse. Ha habido. ép~ca en
que casi solo la capital ha sostemdo u~ gobierno con un numeroso _e)6reito en
campaña, y el resto del país otro tambien CQll grandes fuerzas en pie de guerra· y á pesar de la mala administracion, de la paralizaeion del comercio, las arte~ y la agricultura, gobiernos y ejércitos se han sostenido y han dilapidado
sumss enormes.
Hay naciones que pasan por ricas, qu~ tienen los medios de atender á todos
los gastos públicos; y sin embargo, no cuentan con los elementos de riqueza
que tiene México. Lo que se ve generalmente en todos los pueblos de la tierra,
es que la Providencia les reparti6 las fuentes de prosperidad, á condicion de un
ímprobo trabajo para hacerse felices, y sin esa abundancia que vemos en nuestro país. A unos les di6 tierras feraces, pero sin los .elementos del comercio y
de la industria; :í otros los hizo comerciantes, negándoles la proporcion de ser
agrícolas. Todos, en fin, han tenido que suplir con un trabajo incesante, lo que
la naturaleza no les concedi6 6 les neg6 su posicion geográfica en el globo.
En México no sucede así. México posee las tres grandes fuentes de donde
viene la abundancia y la felicidad material de las naciones: la agricultura, el
comercio y la industria. Esta nacion puede y debe ser agrícola, industrial y
mercantil, porque sus tierras son de las mas feraces. La naturaleza no exige
grandes esfuerzos para producir con abundancia los frutos mas nobles y codiciados en el mundo.
•
Ei;tamos colocados en el punto ado.nde convergen los grandes caminos comerciales, y los Jbexicanos tienen la capacidad de elaborar las materias que
produce su suelo. A estas ventajas debe agregarse la riqueza de las minas.
En 'medio del abandono y del poco impulso que se ha da&lt;,lo á la exportacion,
en el año pasado han sálido para Hamburgo veintiocho navíos cargados con
frutos del país, con productos de los terrenos pr6x.imos á las costas. La exportacion podria hac:erse en grande escala de los efectos agrícolas, como la azúcar,
tabaco, algodon y los cereales, cultivándose la tierra, que en su mayor parte
está improductiva por falta de consumo y de brazos, pues es un hecho bien conocido que el labrador en México no aprovecha mas que la parte necesaria al
abasto interior, por no tener facilidad de la exportacion, ni los brazos suficientes para extender el e11ltivo.
·
Lo mismo 'acontece con los m~tales, como el fierro, el cobre y otros que podian figurar en los mercados extranjeros por su abundancia y buena calidad.
El dique q~e contiene este movimiento mercantil, son las cuestas, las montañas, las barrancas, en una palabra, la falta de caminos. Establézcanse las
vías férreas, y esta riqueza saldrá de la tierra para repartirse entre el erario y
el pueblo. Hace poco nuestras columnas publicaron UJ;l cálc:ulo de la exportacion posible del fierro por Tampico, si se hacia un ferrocarril de San Lllis á
este puerto, y el c6mputo era de poder extraerse veinte mil toneladas, valor de
Yeinte millones de vesos, que cambiadas por mercancías en el extranje10, harim1 un movimiento mercantil de cuarenta miltoues, que causarían seis de derechos para el.fisco.
La comunicacion interocéanica por Tehuantepec facilita iucuestionablemente
el comercio del mundo; y las rentas que de ese tráfico pueden sacarse, son incalculables. Tal vez ellas pudieran bastar al Gobierno para sus necesidades.
Hay Compañía que ofrece por el privilegio de la comunicacion de Tehuantepec,
pagar al Gobierno cinco pesos por cada pasajero, y ademas los derechos respectivos por las mercancías.
Es Terdad que todas estas mejoras demandan tiempo; pero tambien lg es
que solo al emprenderlas traen el crédito, desarrollan la riqueza y conducen á
la paz con las esperanzas que presentan: De toaos estos elementos vírgenes,
un Ministro puede sacar grandes ventajas que inmortalicen su nombre, si sabe
explotarlos, creándole suficientes fonclos al erario. ¿Qué comparacion puede

"'

•

�.

•,

•

haber entre estos recursos y los que tenia la Francia cuando Colbert l11zo su
reputacion financie1:a? ~in embargo, el genio del grande hombre supo sobreponerse á aquella s1tuac1011.
En 1778 y 79 se fir_m6 el .tratad? de Niem.es, ha?i~ndo la paz con la Holan·
da, la Es pafia, la Suema y el mpeno: En P~ns se hicier_on grandes fiestas. Ver·
salles debía hacer la suya, y esta deb1a ser d1~na _de Lms
Se habló_ al Rey
de un gran Carrousel, cuya magnificencia exc1taria la admirac1011 de los ilustres
extranjeros que iban 6. represiintar las dive~sas cortes de_ Europa. Los .gastos de
1
la guerra nabian agotado el tesoro. El pueblo estaba fatigado con h,s im~u_estos
y el Rey miRmo no pensaba afrontar un gasto. ante la economía del M1~1stro.
Esta ocasion se calculó para poner en desgrama ~ Colbert, p1;1es se preveia por
sus enemigos, que haciéndose 6 no la fiesta, caena en d~s~téd1to por lo~ gastos.
El :Ministro, sabiendo el golpe que se le preparaba, ~ng16 ignor~rlo y d1~p~so la
fiesta, habiéndole anunc1ado,al Rey que costaría un 1mllon ochoc1enta~ mil libras,
. suma que no existía en el tesoro. S. M., asombrado del gasto, renunció á ella. El
Ministro i11sistia y la anunció. La concurrencia· á París fué fabulosa. Todas las
poblaciones manufactureras lleval'On sus efectos y~~bo un enor_me consumo.. El
Ministro pidi6 4 S. M. Luis XIV, di~ri~se la fe8t1V1dad a'nunc1ada, y que ~Jera
un baile de corte. Los concurrentes asistieron mostrando sus galas y magmficas
vestidos que ya habían comprado para la otra fiesta. Esta se_ anunció o_tra vez,
para cuyo espectáculo se hicieron nuevas com~ras y preparativo~. Termm~da la
funcion, Colbert presentó las cuentas. Se hab1an gastado un m1llon doscientas
mil libras y quedaban en el tes_oro ochocientas mil, por,que ~os der~chos de l~s
mercancías y de los efectos traidos á la corte par~ el comerc1?, habrnn prod11?1·
do dos millones de libras.-México en su comercio, en su agricultura, en su mdustria, en sUs minas y en la posicion geográfica que g_uarda, puede proporcionar mejores oportunidades, y no ¡t.lta -una sola_ vez, smo para urear recursos
permanentes.
.
.
. .•
.
Si ha estado mal en su hacienda, es porque casi nunca se ha ~dmimstrado bien,
y casi siempre se ha gastado mal, porqu~ los gobiernos, aun l?s, 1:1as celosos,
han permitido fraudes, ;J los mas económicos han hecho gastos mutiles, y en fin,
porque jamas se han recaudado de 1?~ Departa!llenios l~s rentas que corresponden al gobierno con la pureila y actmdad debidas, teméndose presente que_ su
monto, bien manejadas, no,eolo cubriría los p_re_supu~stos departamentales, srno
que arrojaría un sobrante en favor d~ la admrn1str~cwn g~neral.
_
Conocidas las citusas porque MéXJco no ha temdo hacienda y senalados los
elementos que la constituyen, se deducirá que no es tan difícil formarla cual
corresponde y hacer nacer el crédito público.

f

;rv:.

La Emperatriz en el Distrito de Otumba.

t.

427

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL.. IMPERIO.

426

.

-~

no haber disfruta~? igualmente de_ la amable presencia de su ~ugusta esposa.
Hoy V. M. nos v1S1ta, y hoy tamb1en nuestros deseos son cumplidos, como cumplido nu&lt;J'Stro regocijo,
.
.
«Reciba, pues, V. M. el sincero y crecido afecto con qu? la saludamos, Y ac~pte los vofos que dirigimos al Sér S~1)remo por la prosperidad ~e V. M. Y por la
de vuesti·ó augusto esposo, nuestro ilustre monarca, pa1:a el bien de esta poblacion y distrito, y en, general para la felicidad de este pa1s, que tan generosamente VV. MM. han adoptado por suyo."

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"De la comision de señoras:- "Señota: Os presentamo5 los homenajes de amor
y respeto que por mi conducto os tributa el sexo débil d~ esta poblacion. Nue~tros corazones palpitan de júbilo al con~emplaros en medio de nosotras, y qmsiéramos poderos recibir qe un mo~o digno para cor~·e~ponder al alto hono_r que
nos prodigais: de este modo .9.uedar1an un tanto satisfechos nuestros ardientes
d~seos.
.
.
.
"Deseamos con vehomencia que el cielo• p~·olongue vuestros prec10so:; ellas y
loll de vuestro augusto esposo, pa~·a que po~ais termin3:· la grande obra de la regeneracion de nuestro querido pa1s. O~ pedunos una mirada maternal s~bre este
pueblo, dignJ&gt; por sus el~mentos de ~eJor suerte, . y no~ atrevemos, ~enora, fiados en vuestra bondad, a ponerlo baJO vuestra egida. ~1 V. M. lo admite, no ,ambicionarán mas sus habitantes porque v1,1estra mano bienhechora le colocara en
el lugar que le correspondc,_:'Margarita lle la Cueva."

Exposicion en Apam.

r.D.

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..

.Art. 1~ Todo socio cederá á favor de fa, Sociedad el objeto que presente á la
exposicion, ó un dibujo de él siempre que lo primero redunde en pe1juicio de sus
intereses.
.A.rt. 2~ El Jurado calificará el mérito del objeto, y los dueños quedan en el
derecho de fijar ~us precios para conocimiento dd público, á fin de que éste pueda hacer posturas sobre los objetos que le convengan. Los individuos que deseen desprender~e Je los objetos que presenten, lo manifestarán, á fin de que si
no hay postor&lt;:~, ~•· rematen en la rifü qm· se haga. Los domas, todos entrarán á
formar el Museo, llcvando,mcucion de 1~ elase los superiores, y de 2~ los de menor escala.
'
.Art. 3º Loa objetos 8erán:
I. Muestraa de m()tales: oro, plata, .cobre, fierro, plomo, zinc, estaño, platino,
mercurio, etc.
•
II. :Minerales: carbon de piedra, petróleo, asfalto, azufre, nitro, sosa, tierra de
porcelana, mármol, piedras de cal, yeso, magnesia, sílice, granit?, etc.
III. Granos, seda silyestro, lino, maguey, papa, caña de ma1z, maderas, gomas, frutas, plantas medicinales, productos ~im~les, etc..
IV. Objetos curiosos de historia natural, y ammales V1vos. •

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Ms. 2,87
2,87
2,00
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19137
177 75
120 93

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'

Gobiernos, las Corporaciones ó cualquiera entidad moral, dejan de cumplir un
compromiso revestido de las formalidades legales que requiere.
. ..
Por consiguiente, en las reclamaciones de la clase que acabo .de mdicar no
procede la iotervencion del representante de S. M., mientras los mteresados no
acrediten que seles ha impedido el ejercicio de sus derechos y el uso de los recursos legales ante al Tribunal correspondiente; ó bien que despues de presentadas sus demandas les ha sido denegada la justicia co9 notoria infraceion de !,s
leyes que eu su favor invoquen. Una vez acreditado cualquiera de estos dos_ extremos, adquieren ya las reclamaciones á que 11e refieren, el carácter de motivadas por un atropello, y viene á legitimarse el apoyo oficial de la legacion en favor de los interesados, lo cual no sucede cuando se ha prescindido de los recursos legales para obtener la debida justicia.
Estos son los pri¡_¡cipios á que debe ajustarse la conducta de los representantes de S. M. en .América cuando hayan de dar .cm·so á reclamaciones de súbditos españoles; y no dudo que V . ... sab~á dejar satisfechos los deseos del Gobierno en la parte que le concierne.
Dios guarde á. V .... muchos años.- M. Bermullee de Castro."

A los s11Sc1~itores del Dfario;

Ms. 1,8i

&amp;-ancisco Jimenez.

Habiendo terminado el primer trimestre del año actual, se ,suplica á los suscritores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que
lo verifiquen inmediatamente, porque la .Administrácion del periódico necesita
:recoger el importe de todas las suscriciones vencidas hasta el 'dia último de
Marzo.
..

Minerales de Guanajuato.

Nombres
de las haciendas.

Cgs. demetal.

Valor aproxi-

Guadalup~ Pastita ....
F lores......•...•.• .
.San Matías ..........
Dolores Je Banera ...
Patrocinio............
San Juan ...........
Puerta Grande. . . ....
Durán ............. .
Dolores de Granaditas.
Noria .Alta . ...... ...
-San Luisito..........
S. Francisco de Pastita. ·
Salgado.............
Ran Agustin. . ... . . ..
Oa.¡¡as Blancas ...... :
Ptll"ísima... . . _. . .. . .
San Gerónitno .......
S. Francisco de Flores.
S. Antonio de Barrera.
La Trinidad .........
Cipreses .... . .......
Santa. .Ana ..........
,San Pedro de Rocha ..
P.i.rdo ..............
Sacramento..........
Rocha ......... ... ..
Sacramento de Barrera.

1,489 00
1,857 00
802 00
364 00
462
1,793 00
1,000 9
1,425 00
1,194 00
924 00
586 4
677 00
576 6
265 00
202 00
253 9
139 7
230 7
227 10
334 6
232 3
65 3
108 3
200 ,,
426 9
333 11
76

7,370
3,988
2,488
1,821
2,'762

ºº

"

Total. .. • 16,245 3

Costo

4,876

55¼ 27 ps. por monton de 32 qq.
27½
"
"
"
50
"
"
"
QO
"
"
"
00

·ºº

4,525 76
1,565 31¼
3,131 12¼
529 21
2,069 10
4.699 26
1,329 26
516 20
1,371 00
412 16
91 4
437 6
648 00
928 54
996 63
40·00

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890
811 84
1,335 8
114 00

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49,747 51{

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I

.A.VISOS OFICIALES.

de maquila.

matiY.o.

1

Ms. 1,93

Estado que manifiesta la cantidad de mineral de plata beneficiada en el Dist,,ito de
Guanajuato, nombre lle "las haciendas donlle se Ita beneficiadfJ, número a~ cargas,
valor aproximativo de éstas y costo de maquiw..
·

Productos ,udurales.

J

$ 164 40

22=g21 ,, 7,a
2 ,,

Es copia. México, Abril 24 de 1866.-El Subsecretario interino de Fomento,

PROGR..UIA PARA. LA PROXDU.. EXPOSICION.

4º

2~
3~
4~
5~

No hubo beneficio·dc metales.
'l'a.sco, Abril 16 de 1866.-El Diputado 1~, Martín Chavarrieta."

•

En la. Sociedad de ayer lee'"mos lo siguiente:
Productos indu8triales.
"La ida de S. 111. la Emperatriz á Teotihuacau, se su;po allí con muy p~cas
horas de anticipacion, á pesar de lo cual hubo arcos, repiques, salvas, etc., a su
I. Hilados y tejidos, obras de metal, madera, ban·o, mármol, yeso, seda, palle,gada. Ademas de las dama-S y los CJiambelanes de servicio, acompañaba á pel, lana, algodon, cera, pelo,'hueso, marfil, etc.
.
S. M. el Sr. Ramirez. ·
II. .Azúcar de maguey, id. de papa, etc.; aguardiente de maguey, pulque en
''El 23 á las siete de la mañana, visitó S. M. las phámides de Teotihuacan; estado vinoso, etc.
pasó la n~che de ese dia en la hacienda del S_r: Escud~ro; salió á la ~a~ana siIII. Animales disecados, pieles en bruto y curtidas.
guiente en direccion del :Batan, donde la com1t1va tomo caballos para 1r .ª TetzIV. Figuras de madera, trapo, barro, etc.
cotzinco. Regresó al medio dia al :Batan, y despues de almorzar contmuó su
V. Productos químicos ó de farmacia.
marcha en retroceso, pasando por Texcoco á los famosos ahuehuetes del CantaVI. Instrumentos de todas clases.
dor á que dió á pié la vuelta, dirigiéndose á la hacienda de los Sres. Cervantes,
Belw.s artes.
lla~ada la Grande, don~e S. M. se detuvo á visitar á la familia. Provista allí la
I
.
Dibujos,
pinturas,
grabados,
planos y modelos de construccion.
comntva de otro carruaje y de los ti.ros q~e _necesitaba, cont~u~ h~s!a S,anta
II. Obras de antiguos mexicanos.
(Jla.ra, donde le espera.ha el ti.·en de ferrocarril, en que regreso a Mexico a las.
cincó y media de Ja tarde de anteayer.
81,plerf1ento.
''Las poblaciones del tránsito acogieron á S. M. con mucho entusiasmo, acomI
.
Antigüedades
de
todas
clases.
pañán&lt;lola multitud de gente á caballo.
. .
.
II. Cuantos objetos curiosos se puedan adquirir, especialmente en geología y
"En Teotihuacan fueron dirigidas á S. M. las s1gmentes alocuciones:
tecnolo(J'ía, tanto mecánica como arquitectónica.
"Del Subp;efecto.-"Señora:-El Distrito de Otumba, que ha tenido la ho~ra
.Art.
Para gobierno de la Comision de admision, la colocacion se hará en el
de recibir dos veces al Emperador, augusto esposo de V. ~r_., hoy que precisa- órden &lt;Jtlf.l forman los números siguientes: número 1, los I, II, III y IV; núm. 2,
mente es aniversario de su primera visita, disfruta la felicidad y el alto honor los I, II, III, IV, V y VI; núm. 3, los I y II; núm. 4, los I y II: las escalas. son
tambien, de que V. M. se digne pisar s~ ~uelo.
.
los números designados en el artículo anterior, limitadas á cada· ramo; y el nú"Sensible e~, Señora, que sean tan limitados los mo~entos que ~hemos_~1s- mero del objeto es el que le corresponda segun van mencionados, uno en_ pos
frutar de la presencia ~e V. M., y que la premura del_tiempo no ~ª!ª perm1~do de otro.
preparar una recepcion, que si bien no fuJr~ nunca digna del merito y -~levado
.Art. 5~ ,La Comision de admision invitará á todos los artesanos, labradores,
carácter de V. M., al menos shviese de debil muistra del respeto y carmo que industriale11, etc., para que remitan los objetos que gusten á la Exposicion, para
profesan á su augusta Soberana los habitan~s _del.Distrito.
.
ensanchar el círculo de ésta.
''Dígnese V. M. aceptar las placente~as felicitaciones que por mi co~ducto le
.Art. 6º El objeto mas precioso de cada escala se elevará á la exposicion futupresentan por su bienvenida, asegurándole que sus votos hácia. el O~mpotente, 1·a de la capital, para que la sociedad figure dignamente en ella, recogiéndolo,
se dirigen siempre para rogarle que cons()rve largos años la ex1ste~~1a del Em- terminada que sea la exposicion univeroal, para que venga á la coleccion de ésta.
perador Maximiliano y de V. M., de quienes estos p~eploá han recibido fr~cl~en.Art. 7º Un aviso, que se fijará en la puerta del salon, llenará lo demas que se
. tes demostraciones de benevolencia, y esperan la fehc1dad y el engrandecumen- hace necesario saber para el buen órden y rango de la exposicion apanense.to, regidos por su gobierno tan paternal cuanto sabio é ilustrado."
Apam, .Abril 25 de 1866.-El secretario de la ~ociedad, F_eliciano Madrid.
"De la autoridad local.-"Señora: Veis en derredor vuestro á las autoridades
de Teotihuacan á un pueblo que se engal:ma hoy, se regocija y viene presuroso
1'linerales de Tasco.
á saludar á su bella redentora, á la protectora del desvalido, á su m~y amada
"Estado que manifiesta la extraccion y'beneficio de minerales de plata habidos en el
Soberana. A nombre de es~s autoridades, tengo el honor de saludar a V. M. I.
mes de Marzo de 1866, segun los datos ministrados por los dueños 6 encargados
:Bien venida seais, augusta. princesa, y recibid ~ustosa el respetuoso y sincero
lle las negociaciones á que pertenecen w.s minas que se expresan.
homenaje de un pueblo q~e os ama, que os admira com~ la salv~dora de yuestra
nueva y desgraciada patria.. Yo deseara e~presar?s, Senom, cuan magn1fi~a ha
Ley média por carga.
Extraccion en cargas.
Su costo 6 valor.'
sido para nosotros la aurora de e~te dia; pero la simple palabra no es suficiente Minas: Por semanas.
Al nus. · Por $emanas. Al mes. Por semanas. Almes.
para manifestar la dicha d~ que está poseida y llen~ nuestra-alma con la presenMs. 1,20
$292 9
1~ 16 carg. 2 f@
cia de V. :M.: mas ya que no puedo complacer los vivos deseos de un pueblo q~e
~A 2~
255 95
23 ,, 8 ,,
con fé pura espera de vos su felicidad, á lo menos os ruega qu!} este ho.~ena;e,
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3~ 16 ,, ,, ,,
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justísimo tributo á la virtud, i;ea considerado.por V. M. como un manantial cau"
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daloso de gratitud que abrigan nuestros corazones."
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75carg. lll@
"Del }lárroco.-"Scñora: en fo. primera vez en que nuestra augusta- ~obcra,na
Ms.
1,40
$ 68 47
tiene la dignacion de visitar uno de sus mas pequeños pueblos, el humilde paró
11 ..,g. 1 ,a
66 91
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2~ 12 ,, ,, ,,
roco de esta feligresía tiene· el alto honor de saluqar y felicitar á. V. :M. en nom"
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bre de todos sus feligreses.
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".Algun tiempo, Señora, estuvimos con el vehemente deseo de ver entre nos"
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otros á nuestros predilectos Monarcas: S. M. el Emperador nos hizo por fin el
" Ms. 1,40
$ 359 58
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11
honor. ,le visitarnos, y entonces no quedó en nosotros otro vacío; mas que el de

r'.

P. Plowes.

E1:1 copia extractada. México, Abril 25 de 1866.-El Subsecretario interino de
Fomento, Francisco Jimenez.
~

LOS ESl'AÑOLES EN AHEAICA.
1
El día 6 de Agosto, mes y medio despues de haber entrado el Sr. :Bermudez
-en el Ministerio, - comp~endiendo cuán peligroso era comprometer la política
.del país por imprudencias ó por reclamaciones de algunos 11úbditos españoles, dirigió á los representantes de S. M. C. en todas las repúblicas americanas, la cir-oular siguiente:
. '
"Con objeto de que· los Gobiernos ae las repúblicas de .América se persuadan
mas y mas de la rectitud de miras que animan al de España en sus relaciones con
ellos, y á fin tambien de que no puedan éstas resentirse de la mala inteligencia
qu8 ocasionaría la excesiva facilidad en acoger todo género de reclamaciones de
súbditos españoles, sin consideracion á su orígen y causas que las motivan, necesario es y de la ·mayor conveniencia que se establezca la debida distiucion entre aqtlellas reclamaciones que proceden t;le ilegalidades, atropellos y actos violentos cometidos en daño de las personas ó intereses de~úbditos de' S.M., acreedores á la proteccion del Gobierno del país en que residen; y aquellas que solo
se fündan en pe1juicios ocasionados por contratos, empréstitos voluntarios, suministroR y demas asuntos de naturaleza análoga, en que espontáneamente toman parte algunos espaiíoles, obrando con absoluta libertad y seducidos acaso
por la esperanza de un lucro inmoderndo.
•
•
"Las reclamaciones que se encuentran en el primer caso, es decir, que se fundan en causas de indudable justicia, deben ser siempre objeto del mas eficaz apoyo por parte de la legacion ele S. M., que no puede negar su proteccion ~ los intereses de los españoles cuando se les infiere un injusto pc1juicio por medidas
.arbitrarias ó abusos de autoridad á que no hayan dado motivo.
"Pero si los daños cuya indemnizacio~ reclamen los Íflteresados españoles, proceden de actos propios completamente hbres, y cuya naturaleza es la. de cualquier obligacion contraida ¡3ntre partes eón arreglo á condiciones libremente acept11das, natural y justo parece que la cuestion se ventile previamente ante los tribunales de justicia, como corresponde _en todos los casos en que las personas, los

BOLBTIN DE LdS LEFES,
México, 18 de Abril de 1866.- Se ha publicado la entrega núm.· 9 del Boletjn de las Leyes, y se halla para su venta, al precio de catorce centav.os, en esta
Administracion y en los expendios de papel sellado en que se han vendido -laa
anteriores,-:-El Administrador principal, José Maria de I caza é !turbe. 6a-4

.ADMINISTRACION DE BiENES N.ACIONALIZ.ADOS.
1
B.emate.
J
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, cuartel 1?, manzana 5~, núm. 1, calle de la Loca, en Oajaca, valuada en ($ 528
12½ cs.) quinientos veintiocho pesos doce y medio centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 12 del entrant.e
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 18 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez' '!/
Navarro.

6a- 3

Al.JMINISTRACION DE :BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.
Relacion de los espedientes que para su sustanciacion y pasarlos á dictámen deF Sr. Pr~
curador Imperial, se necesita de la presencia de los int.er~sados en esta oficina. .
Seccion l~-193, 868,869,867, 1,806, 1,817, 2,386, 2,011, 2,2-27, 2,372, 2,409, 2,584, 2,611,
2,618, 2,738, 2,850, 2,854, 2,866, 3,040, 3,074, 3,157, 3,32-2, 3,407, 3,489, 3,546, 4,157, 3,964,
3,806, 3,807, 3,940, 3,178, 3,961, 3,965, 6,166.
362 con el núm. 3 de Puebla.
7,535 con el núm. 79,1 t,le Puebla.
372
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13 ,,
5,425
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466 ,, Jrforelia.
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2 ,, Orizava.
5,428464 ,,
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84f&gt; sin número
,, Puebla.
5,431
461 ,,
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1,030 con el núm. 91 ,,
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5,433
,, • 471 ,,
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1,397 sin número
,, Ixmiquilpan. 4,315
,,
254 ,, Durango.
3,956 con el núm. 12 ,, Huamantla.
8,126 de D. Pedro Sosa, de San Angel.
4,000 sjn número
,, Villa Tlalistac, 2,935 sin número
·de Texcoco.
Oajaca. , _.l,984 con el núm. 2L ,, Jalapa.
5,150 con el núm. ll5 ,, Veracruz.
4,247
,,
186 ,, Puebla.
7,8.U sin número
,, Zumpanio.
4,249
184 ,,
,,
, 8,611 con el núm. 678 ,, Guad_alaJara.
4,252
,,
lfi7 ,,
· 4,196
,,
118 ,, Puebla.
4,253
,,
152 ,,
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6,100
,, • 402 ,, ,,
8,817 sin número
,, Iguala.
6,632
,,
151 ,,
Seccion 2~-4571 493,880, 1,778, 1,822, l,f.97, 2,014, 2,109, 2,134, 2,135, 2,149, 2,171, 2193
2,217, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460, 2,635, 2,928, 2,934, 2,936, 2,948, 3,065, 3,341; 3oo-i
al 3,645; 3,341, 3,478, 3,480, 3,572, 3,63', 3,675, 3,810.
'
1,106 de Querétaro con el núm.~..
1 4,751 de Puebla con el núm.... . . 197
1,533 ,, Guadalajara, sin número.
4,751 ,, ,,
. . . . . . 187
1,614 ,, Querétaro con el núm.... 2t 5,187 ,, Oajaca
. . . . . . 369
3,885 ,, ,,
sin número.
5,190 ,, ,, .
,, &gt;•••••'• • 373
4,362 ,, Puebla con el núm. _____ 648 7,620 ,, Puebla
,,
···-·· 1,733
4,497 de ·Guadalajara ,,
43 8,227 al 1643 de Puebla
.... _. 191
9,659 ,, Puebla
...... 1,090 8,451 de Puebla
,,
. . . . . . 546
Lo que se participa al público para conocimiento de los interesados.
México, Abril 26 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, J. Suarez y Na-oaT'fo.

•

AJ&gt;M:INIS'rB.ACION GENEB.AL DE COB.B.EOS.
.A.VISO AL PUBLICO.

El aia 29 del corriente, á la.a cinco de la tarde, se despacha de esta Administraeion general
para Veracruz un estraordinario con la correspondencia que ha de C-Ondueir al esterior el
"Paquete inglés." Lo que se participa al público para Sil conocimiento y efectos correspondientes.
México, Abril 25 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
2s-1

Secretaría del Consejo de Estado.
Seminario nftm. 9.

Ignorándose la residencia de D:Santiago Vicario, y necesitándose en esta Secretaría para
hacerle una notificacion cm el espediente núm. 5,626 y anexo, se le emplaza tJOr el presente
para que concurra por sí 6 por apoderado, para el fii;i indicado; fijándose al efecto el término
de ocho dias, que comenzarán á contarse desde la fecha; apercibido que si no lo verifica, se
seguirá adelante el negocio sin oírle.
México, Abril 24 de 1866.
3a- l
Ignorándose la residencia de D. Jesus Leon de Tejada, y necesitándose en esta Secretaría
para hacerle,una notificacion en el espediente'núm. 8,046 y anexo, se le emplaza por el presente para que comparezca á ¡:!la dentro de quince dias, que comenzarán á contarse desde la
fecha; apercibido de que si nolo verifica, se aeguírií el negocio adelante sin oírle.
México, Ab~l7 de 1866.-Ei Subsecretario del •Consejo de Estado, José M. Rodrigiut
y Co,fo.
,
6a-4
• 1

\

,

�,
1

428

EL DIARIO DEL IMPERIO.
'

Escuelas r;i-atuitas.

Ayuntamiento de México.-Palacio municipal. México, Abril 19 de 1866.-Núm. 865.- La
Comision de Instmccion pública, con fecha 10 del corriente ha participado al Sr. Alcalde
' municipal, que segun lo dispuesto por el Exmo. Ayuntamiento, han quedado establecidas y
abiertas para el público tres escuelas gratuitas para niños pobres, de las cuatro acordadas por
la misma corporacion; la primera en la calle de la Concepcion núm. 9, la segunda en la calle
de Muñoz núm. 3', y la tercera en la Rinconada de San Sebastian. Lo que por órden del mismo Sr. Alcaldé se pone en conocimiento del público, á fin de que los padres de famiiia que ·
carezcan de recursos, manden á sus hijos á los establecimientos mencionados.-.-El Secretario
del Exmo. .Ayuntam\ento, Luis G. Pastor.
6a- 2

J:Ml'OB.TAN~IJ.
Corte M~rcial de México.~Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
ToI?ás Sqnth p_ara una diligencia judicial, con motivo del asalto y robo que sufrió cerca de la
ganta· de Valle30 la noche del 18 de Enero último, y teniendo noticia de que este individuo
es transeunte, por el presente se escita á las autoridades de los lugares por donde pueda encontrarse, se sirvan notificar de arraigo á Smith, dando aviso á esta Corte Marcial; situada en
el _Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto co1Tespondiente á fin de que sea exammado.
'
México, Abril 14 de 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
·
10-a- 3

AVISOS JÚDICIALES.
Venta judicial.
El Sr. Juez l\&gt; de Insrruccion de lo civil, Lic. D. José María Garay, por auto de esta fecha,
ha_~dado que s~ proceda á la venta de la sasa número uno y medio del callejon de Tepechichilco de esta ciudad, ,etasada por el perito D. José Higinio Gutierrez en la cantidad de
cuatro mil eetecientoa treinta y cuatro pesos; señalando al efecto para la última almoneda, con
calidad_de remate, el lúnes siete de Mayo próximo; á la una de la tarde. Lo que hago saber
al público, para que las persnnas que deseen hacer postura, con conocimiento de los indicados
a~tos, pasen á la Secretaría del propio Juzgado, en donde les serán !llinistradas las constancias referentes.
.
.
México, Abril 26 de 1866.-Manuel Vera, Escribano público.
918- 3a- l
,

Diputacion de Minería de Guanajuato.

JrHNd DEL BEPlJGIO, alias LOS TBOJrIPI.LLOS,

.A.VISO.

. La Diputacion de Minería del Departamento, por decreto de 14 del corriente, ha mandado
•1tar á los Sres.. Jecker y C~, vecinos de México, por medio de los periódicos intitulados Diario del hnperio y Stmanario Oficial, fijándoles el término de veinte dias, contados desde la fe.
•ha de la publicacion que se haga en el primero de dichos periódicos, para que establezcan
•n esta ciudad el apoderado de que habla el artículo 1? del decreto de 8 de Enero de 1865 á
:11.n de que los dueños de la mina de San Vicente de Paul, de cuyo fundo son aviadores aq~ellos señores, traten las cuestiones que desean¡ bajo apercibimiento que si no lo verifican en el
ténnino ya indicado,. que s~rá impr~rogable, les par~rá el perjuicio á que hnbiere 111$ª~·
Secretaría de la D1putac1on de Minería de GuanaJuato, 20 de Marzo de 1866.-Jgnacio R.
Jlffllllndez,, Escribano público de la Nacion.
. 912-3a-2

Aviso judicial.

En el j uicio seguido por J?. Manuel y D~ María de los .Angeles Osio contra el intestado de

D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez l\&gt; de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al remate de la ca~a núm. 2 de la calle de Corchero, embargada. al espresado intestado y valuada por el perito D . .Apolonio Tellez Giron en la cantidad de siete mil quinientos
pesos (7,500 pesos); señalándose para las almonedas los dias 23 del presente y 3 y 15 del
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se interesen puedan
instmirse pasando á informarse á e~ta Secretaría.
México, Abril l_Ode l866.-Joaqui11 Abadiano, Esclibano público.
894- 9a-5

• 1

A VJ:80 ll'fDB.ESAXTE.

:E:n los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo W agncr contra D. J oaquin Abadiano, sobre
pesos, el Sr. Juez 2? civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha señalado para la V'enta de los ranchos La Tenerla y Los Reyes, ubicados en jurisdiccion de Tlalnepantla,
y valuados en 16,527 pesos, los días 10 y 21 de Abril, y 2 de Mayo próximo entrantes, á las
doce, siendo la última con calidad de remate. Lo que hago saber al público pbr medio del
present!'l anuncio.
México, Marzo 22 de 1866.-Manuel Romero, Escribano público de la Nacion. 889-9a- 7

.

'¡

I¡;tiacio Dia~ 7.nujeque
vender~ al mejor postor, á la vista, al contado y sin reclamacion, todo el menaje de la hermosa casa de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme ~úm.12,
freµte al antiguo Tíboli, en los dias 26, Z'/ y 28 de Abril de 1866, á la una de la tarde, estando á. la vista el mártes 24 y miércoles 25.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz Triujequt.
Se arrienda UilJI bonita casa con muebles 6 sin ellos.
907-Bs-6
Teniendo la señora mi esposa D~Prajedis Aguinaga, varios negocios importantes que girar
en los Departamentos del Interior, c?nfiri? un po?er amplísimo e_n esta C_orte, _en diez de Enero del presente año, al Sr. D . .Antomo .Arias, vecmo de Guadala3ara, qmen sm embargo del
tiempo que ha trascurrido, no hay noti~ia de que lo haya puesfo en ejercicio, lo cual se infiere
de su falta de contestacion á diversas cartas que para indagarlo se Je han dirigido, Como el
Sr. .Arias es persona muy ocupada, acaso se perjufücarian sus intereses con la dedicacion efi.
caz á los negocios para que principalmente se le confirió el poder; y necesitándose de esta
eficacia para que no aumenten los perjuicios que ya resiente la interesa.da con la paralizacion
de sus negocios, y no por otra causa que en manera alguna pueda lastimar la bien sentada
reputacion del espresado Sr. D. .Antonio Arias, ha resuelto revocarle en el todo el espresado
poder, co..ao en efecto lo ha hecho en toda forma el dia de hoy, en que lo aviso á las personas
que tengan relacion con los neg~cios de 1!1Í señora, para que entretant? se h~ce el nombramiento de otro apoderado, se entiendan directamente con el que suscnbe, qmen desde esta
f11cha da por nulos todos los actos que se puedan ejercer por el Sr. Arias en ejercicio del poder que le queda revocado en el todo, y de que se le da aviso por conducto segu{o.
. México, Abril 2 de 1866.- Eduar'do Delpech.
897-8s-8

Venta judicial.

•

Contestacion á la Municipalidad de Zumpango.
En el núm..389 del Diario del Jniperio, correspondiente al dia 18 del corriente, aparece un
aviso de parte de la Presidencia municipal de Zumpango de la Laguna, diciendo qµe por sa.
berse que la testamentaría del Sr. Lic. D. Domingo Maria Perez y ]!'ernandez está concursa.
da se cuenta que el rancho de la Divina Providencia, ubicado en Zumpango, como pertenene~iente á los Propios de dicha municipalidad, fué adjudicado á favor del Sr. Perez y Fernandez, con arreglo á la ley de 25 de Junio de 1856, en la cantidad de do;¡ mil quinientos
pesos ($ 2,500) que reconoce especialmente el rancho esp~esado, siendo ademas respo~sable
al pa110 de quinientos setenta y ·cinco pesos ($ 575) que dice se debeB por causa de réditos...
Po~ toda contestacion espone el que suscribe, en representacion pe dicha testamentaría:
19 Que es de todo pauto falso que esté concursada ni espuesta á _llegar á tal _es.tado la citada.
testamentaria. 2? Que es igualmente falso que ésta debe la cantidad de réditos que se dice
por la mlmicipalidad de Zumpango. 3~ Que es falso que trate la misma testamental'Ía de ena.
1enar el mencionado rancho, para lo cual sin embargo tiene su derecho espedito, dejando intactos los que existen en favor de la espresada municipalidad de Zumpango.
En consecuencia, protesta el que suscrib" contra las falsedades espuestas, y protesta igualmente haéer valer los derechos de la testamentaría del Sr. Lic. Perez y Femandez por loa
daños y perjuicios que pudieran caUBarle á consecuencia del aludido aviso pnblicado por la
espresada municipalidad.
·
México, .Abril 24 de 1866.-Juan Verge, y Lobo.
916-3s-3

DE P ACHUC.A.

.

Aviso,-Desde Abril de 1858 soy dueño de veinte barras aviadoras en la mina de los
Trompillos de Pachuca. Mucho tiempo despues, y estando amparada la referida mina, los primitivos dueños, que me la habian cedido, formalizaron un segun.do avío con otras personas;
estas dividieron las acciones de ella en doce barras aviadoras y doce aviadas. ·Como este segundo avío jamas ha sido reconocido por mi, fué necesario se~uir un litigio en el Juzgado de.
Pachuca, dando por resultado que aquel tribunal, por sentencia definitiva., mandase co~ fecha
23 de Enero de 1864 "que se me restituyese á, la posesion de mi avío, y se me entregase la
mina inmediatamente.
·
La Compañía formada' por el segundo avío interpuso una tercería, y pidi6 que antes de ponerme en posesion de la mina, se la oyese: los tribunales accedieron á esta solicitud, ordenando tambien~ne se me pusiera en posesion de ocho barras aviadas y quedasen secuestradas
las cuatro restantes entretanto sean pagadAs las costas y perjuicios á que fueron condenados
los aviados.
Estoy, pues, en posesion de dichas barras, llamadas por ahora aviadas; y con objeto de que
el público tenga un perfecto conocimiento de que esclusivamente me pertenecen, hago la presente manifestacion; advirtiendo á la vez, que las· doce barras aviadoras están igualmente
comprendidas en la mencio»ada sentencia de 23 de Enero de 1864, suspendida por ahora únicamente respecto de ellas, mientras se decide la terce!Ía interpuesta por la Compañía.
México, 23 de Abril de 1866.-Mamlel Fiwttes.
913-3a-2

DIVERSIONES PUBLICAS .

Aviso judicial.
GRAN TEATRO IMPERIAL.
En. el juicio verbal promovido por el Sr. D. Ignacio Esquive! contra D. Estéban Muñoz,
1obre pesos, á su pedimento ha mandado .el Sr. Juez 2? de Instruccion, Lic. D. Miguel RenFUNCION EXTRAORDINARIA A FAVOR DE LA BENEFICENCIA PUBLICA,
don Peniche, se haga saber al Sr. Muñoz, que no habiendo ccncurrido á contestar la demanda, se da ésta por contestada y se recibe este negocio á prueba por ocho dias; detenninando á
QUFJ SE DIGNARA HONRAR CON su ASISTENCIA
la vez, que en el término de ocho dias se presente en su Juzgado, sito en el Palacio de Justic:ia, calle de la Moneda, á reconocer su firina, puesfa en un pagaré; bajo el. apercibiento que
S.11 1\11 A I E S TA D LA II MI' E B. A~ B. I Z.
haya lugar si no lo verifica, y adema&amp; se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldía.
México, .Abril 24 de 1866.- Casimiro Fernandez, Escribano público.
915-3a-2
• En la noche ~e hoy se verificará esta funcion en el órden que sigue:
HIMNO NACIONAL.

Con1Jocatona,

Primer acto.- 1? Comedia en un acto, escrita por el Sr. D. Pelayo del Ca·stiDe 6rden de los señores Presidente y Jueces que forman la 1~ Sala de lo civil del Tribunal·
de 1~ instancia de) Departamento del Valle de México, se convoca á los que se crean con de- llo, lll;illlada: Los treinta mil del pico. Esta pieza será desempeñada por la comparecho á los bienes de la intestada D\' Teresa Marin, para que en el ténnino de treinta dias, ñía del Teatro Principal, que con toda generosidad y desprendimiento se ha presque se contarán desde la primera publicacion de este anuncio, .se presenten á deducido; bajo tado á una obra que es en provecho de la BENEFICENCIA. PUBLICA.
el apercibimiento de que les parará. el perjuicio que baya lugar.
·
2? En el intermedio, una pieza de Sacsophone, por el profesor Sr. D. José OrMéxico, Abril 18 de 1866.- Manud Romero, Escribano público de la Nacion. 905-3a-3
tiz, con acompañamiento de orquesta.. Este señor ha prestado sus servicios de
una manera generosa, escogiendo pa-ra tocar esa noche una preciosa composicion.
3? A continuacion, Cancion espaf!ola, por la señorita D~ Concepcion Mendez,
luzgado de letras de Cnernavaca.
quien animada de los mismos sentimientos que toda la compañía, ha ofrecido can.A.L PUBLICO.
En el espedientc de intestado á bienes del finado Presbítero D. Ambrosio Rueda seguido
en este Juzgado, he proveido un auto que en lo conducente dice:
'
''.Pu_blíquese el ~testado, á. CU)'.O fin se fijarán l'Otulones en esta ciudad y se convocará por
penódicos dji, la capital del Impeno á todos los que se crean con derecho á los bienes del
Presbítero D. Ambrosio Rueda; advirtiéndoles que si dentro de treinta días contados desde
la publicacion, no comparecen á este Juzgado por sí ó por apoderado á dedu~ir sus acciones
lés parará el perjuicio que haya lugar."
'
Cuemavaca, Abril 23 de 186P.-Francisco Zedillo.-Asistencia Brígido Calderon.-.Asistoncia, Jesus Patiño.
'
916d-3s-2

A VISOS PARTICULARES.
7'HN4, DE ,lt"UESTBd SEÑO&amp;~ DEL REFUGIO
EN GU.ANAJU.A.TO.

Hab~énd?se puesto en p_roductos la _mina de N~estra Señora del Refugio, aviada por D.
Gregono J1menez, y habiéndose verificado el pruner reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que susclibe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros
aviados y encargado de la tesorel'Ía, convoca á los poseedor~s actuales de las barras aviadas
para que ocurrall: á percibir la parte que les corresponda en el reparto. presentándose por sí I,
por persona. debidamente autorizada, y exhibiendo el título 6 documento que compruebe su
3:ctua~ poses1on, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su calificac1on.
.Guan11juato, calle de Belen nfim. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. Salgado. 899-30a- 5

I

tar La rnoza de mmbo.

SegULdo acto.-4? La divertida comedia en un acto, de D. José de Olona intitulada:_En la ca!·a está la edad, por la compañía del Teatro Iturbide, la qu~ ha
esta~o. ~1spuesta a consagrar para esta funmon todos los elementos que pudieran
ser utiles.
5? Di gioja insolita, wals, niúsica d~ Mauricio' Strakosch, por la señorita Joaquina Gonzalez.
6? Variaciones_ sobre temas esp_añoles y mexicanos, con guitarras y ja1·anita,
por los Sres. .A.ramas y San Martm. Estos señores al presentarse al públicq, animados solo por contribuir de alguna manera á una obra de beneficencia, suplican
se les pe~done si no tienen toda la ejecucion que desearan.
7? Bailes del pafs, por la pareja Maiquez, con acompañamiento de música de
b~dolones, etc. La pareja Maiquez, secundando la buena disposicion de la Compañía- del Teatro Iturbíde, ha querido tambien tomar parte en la funcion para
contribuir á una obra cuyo resultado para la Beneficencia depende del público,
si recibe con benevolencia los trabajos de las personas que se la dedican.
Las piezas escogidas por las dos compañías, son enteramente nuevas, y en los
teatros de Europa donde se hau daao, han sido repetidas siempre con aplauso.
El teatro, tanto en el interior como en el exterior, estará profusamente adornado é iluminado.
·
•

JIEXICO.-IMPRENT.A
IMPERIAL.
.
.

'

�</text>
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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caballero de Guadalupe</name>
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                    <text>Los números sueltos valen 12 centavos.
' TOMO

MEXICJO.-Sábado 7 -de Abril de 1866.

III.

CASA DE LA E1'mER:.1'.TRIZ.

·SVKAD.IO.
· _P~TE O~ICIAL.-Oarta del Emperador al Ministro Escudero sobre crea~ion de'un SeJ!!lll&amp;nO en Chilapa y Zamora.-Caballero de Guadalupe el Sr. Niño.-Croz dEl San Cárlos á
la Sra. ~onte de Herr~~--Damas de falacio.-Capellan honorario de la Corte.-Cartade
naturalizac1on á una.familia turca.-Tem~l!-te de Alcald~. en el municipio de Durango.-Prefecto suplente de Jahsco.-Alcaldes mumc1pales d~ vanos pueblos de Aguascalientes.-Id.
de Tecualoya.
•
• L
_i;'ARTE NO- OFICIAL.-T~~nquilidad en Quetátaro .Y en Tulancingo.-Derrota de Diow~10 Per~z,-;Otra derrota de dis1dentes.-Sal en GuanaJnato.-Multas en México.-Acadomia de C1enc1as. Acta núm. 2&amp;.,
Ferrocarril de San Luis á Tampico.

Palacio de México, Abril 6 de 1866.

S. M. la Emperattiz, con fecha de ayer, se ha eerviao nombrar damas de Palacio á las señoras que siguen: ~
- Sra. D~ María Rojas de L6p:Z Portillo, residente en Guadalajara.
,, ,, Rafaela Perez Palacios de Elguero.
,, ,, Matilde Terreros de Cervantes.
,, ,, .Refugio Pradél de Adalid.
El Gran CJ¡amb~lan de·la Empera~a,
EL Oo:NnE DEL VALLE. -

-Noticias extranjeras.

PARTE OFICIAL.
,·

,MINISTERIO DE LA CASA IMPERIAL.
México, Abril 4 de 1866.

Mi querido Ministro Escudero: ·

S. M. el Emperador, por s¿berano acuerdo de 29 del pr6:x.imo pasado, Ha

...
'

Ha llamado Nuestra aten-cion el ~stado que guardan las leja- tenido á bi~n nombrar Capellan honorario de la corte al Sr. Dr. J?, Tomás Danas poblaciones de la Tierra galiente, principalmente las que se ron; cura.párroco de ~emavaca. ·
.
,·
extienden ~n las co_stas del Pacífico al Sur de los Departamen- .
El Intendente general de la Lista Civil, •
Encargado del Ministerio de la Ca11a Imperial,
tos de Méxi.co Y, M1_choacan. ~os habitantes de estos . lugares
carecen de los medios necesar10s para el progreso. é ilustracion:
Oastillo.
no tienen quien dirija su educacion moral. y religiosa, y para
l~s n~cesidades espirituales tienen que reconer grandes, di~tan-.
e1as sm encontrar un sacerdote que les administre los Sacra-MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS V MARINA_,
mentos.
SECCIOlf DB CANCILLERIA Y CONTABILIDAD.
~n la Tierra caliente de Michoican solo hay veintiocho ecleMéxico, Abril 6 de 1866.
.siásticos ell: diez y nueve curatos, número insuficiente para tan
S. M. el E~perador, por acuerdo de fecha 26 de M"arzo últiµ10, Ha tenido dilatada,. comarca.
·
·
'ábien conceder carta de uatnralizacion como mexicanos á D. ,TQsé Zoghel y á
NuestrÓ interes por los hijos de esos Departamento-s nos es- su· familia,'.en vista de su solicitud y renunc;a que hacen de su nacionali~adtimula á proporcionarles todos los recursos neceBarios á su bien- turca.
El Gefe de la Seccion,
estar político y moral. Os encargamos por ta,nto' el mayor em- ·
Ignacio M. de Castillo.
peño_ en p1·omover los medios suficientes para que no carezcan
de la instrucción pública ni de sacerdotes.
La causa principal de no estar provistos los curatos en esos
MINISTERIO DE G0_BERNACION.
lugares, consiste en el clima mortífero que allí domina. Seria
por. esto conveniente erigir en los Obispados de Chilapa y Za-=
SECCION 2~
México, Abril 6 de 1866.
mora dos Seminarios para educar y pr~arar eclesiásticos, que
.
sacados de la juventud nativa del país, no experimentarían los
S. M. el Emperador, con fecha 4 del actual, se Ha servido dirigi,rme el acuerefectos del clima como los que no están á él acostumbradqs.
do :iiguiente:
.
Invitareis á los Obispos de Zamora y Chilapa, para que coo- · "Se establece en el' Municipio de Durango una plaza de r:J;eniente de Mcal-peren á efectuar esta mejora que se reclama á nuestro cuidado de municipal con el sueldo de $ 600 anuales."
Y lo inserto á V. S. para su conocimiento y Jines consiguientes.- Jl]l Mi·
y á sus obliga~iones pastor~les, y que e~ tan nece,sa~ia á la .fe·nistro-de Go\ernacion, SA.LAZAR lLARREGur.-Sr. Prefecto del Dep~tamento
licidad de esa gxan parte de :p.uestro Imperio.
de Dur~ngo.
. ,
Recibid las seguridades de la benevolencia de

.

Vuestro afectísimo

.

••

MAXIMILIANO.
Palacio de México, á 6 ele Abril ele 1866.

GRAN éANCILLERIA DE LAS ºORDENES IMPERIALES.
México, Abril ,l de L866.

El Gobierno de S. M. se Ha servido aprobar los 11ombramientos hechos por
eea Prefectura en D. Marcelino Cásas para Alcalde municipal de Acatic, en
D. Justiniano Camareua de Arandas, en D..Jost(Berdugo de Ayo, y D. Eligio
Mendoza de Cafiadas.
Lo digo á V. S. en con\estacion á su oficio de 26 dé Mario próximo pasado.
-Elhfinistro de Gobernacion, SALAZAR ILA.1tR,EGUI,..-Sr. Prefecto del D!lpartamento de Aguascalientes.
•

'
.
S. M. el Empiirador, por acuerdo de 28 de Marzo último, Ha tei~do á bien
El Gobierno de S. M. se Ha servido aprobar el nombramiento que hizo esa
nombrar Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe á D.,N. Niño, 0omandante de escuadron. ·
.
.
•
' Prefectura en D. Juan Gomez para Jtlcatde municipal de Tecualoya.
Lo digo á V. S. en contestacion á su oficio de 2 del corriente.-El M~nis. tro .de Gobernacion, 8-ALAZAR lLARREGUr.-Sr. Prefecto del Departamento de
México, Abril 6 de 1866.
To!uca.
SS. MM. II., por acuerdo ele 4 del actual, Han tenido á bien cqnc()der la
Son copias. México, Abril 6 de 1866. •
Cruz de la Imperial Orden de San Oárlos á la Sra. D~ Guadalupe B. Almonte de Herran.
El Oficial 1~ del Ministerio da Gobernaciou;
El Sec¡etario encargado de la Gran Cancillería,
ifosé G. Mar_tine%.
José Q. Gonzalez.

I

�..
•

' -1

EL DIARIO DEL ,IMPERIO~

EL DIARIO DEL IMPERIO.

358

:e--re

----

~arte á que se refiere la anterior comunicacion.
"Triunfo completo de las armas del Imperio y có~ple!a d~rrota de loe. e?"e•
migos del órden, en -Tangamandapio.-Por extraordmano v:10lento
recibido
esta Prefectura el oficio siguiente, á cuyo cont!}nido da la debida publicidad par&amp;
Los Sres. Prefectos de los Departamentoso.e Querétaro y Tulancingo han par- satisfaccion de todos los que, interesados en la conservacion del órden, deticipado recientemente al Gobierno de S.M. que no se ha alterado Ja tranqui,lidad ben apreciarlo, y para confusion de los que trabajan sin cesar en restablecer
en sus respectivas demarcaciones.
en todo el Imperio, muy particularmente en este De~artamento, las escenas de
horror y exterminio ~e que ha sido teatro por tanto _tie~po. ·,
"Subprefectura pohtica de Zapotlan.-Tercer p1strit_o.-Num.. 267.-Zapo· Parte de la derrota de Dionisio Perez,
tlan, Ma,rzo 21 de 1866.-Señor Prefecto:-Hoy a las dos y media de la tarde
recil:ií por extraordinari~ violento, mandado p_or ~l Señor Alcalde municipal de
Ministerio de Gobernacion.-" Prefectura política de Fresnillo.-}'resnillo, Quitupan, una nota oficial, cuyo tenor es el siguiente:
.
Marzo 27 de 1866.-Exmo. Sr.- Impreso tengo el honor de acompañar· con la
"Son las dos y veinticinco minutos de la tarde, y acabo de_recibir la noticia
presente, para co~ocimient~ de V. E., el ]?arte detallado q~e dió el Sr. Teniente de que el dia 18 del cor,ri~nte, e;11 el pue~lo ~e Santiago Tangamandap~o, est~Coronel D. Francisco Treviño, de la funcion de armas habida (ln el Salado con- ban los liberales que hab1an hmdo de Jiqmlpan, y en la noche del mismo d1a
tra Diomsio Perez, de que resultó la destruccion de la gavilla que éste capita- fueron sorprendidos por una fuerza de franceses, al mando del Sr. Neigre, que
neaba, y que ha causado la pacificacion de esa parte del Departamento. He pe- había llegado á Zamora, cuya fuerza logró derrotar completament~ l_as fuerz~•/
dido al Sr. Treviño la noticia de las personas que de alguna manera ·se· hayañ del enemigo, quitándoles toda clase de armamento, caballos y municiones; y ee
hecho acreedoras á la consideracion del Soberano, y tan luego como la reciba asegura-q-ue..hicieron prisioneros á todos, sin que haya escapado ninguno."
tendré el honor de remitirla á V. E. para conocimient-0 del Gobierno de S.M., á
,,y me honro de trascribirlo á V. S., felicitándolo por ese nuevo triunfo que
quien felicito por ese triunfo que han alcanzado las armas del Imperio.-Dios han obtenido las armas del Supremo Gobierno del Imperio.
guarde á V. E. muchos añ,os.-El Prefecto político,-Mariano Rqdrigue.e.-Exmo.
"Dios guarde-. á V. S. muchos añoe.- El Snbprefecto del Distrito, Miguel RpSr. Ministro de Gobernacion.-México."
bledQ.-Señor Prefecto superior político del Departamento.-C.olima.''
· "Este hecho de armas t1.t,n brilllb¡lte, destruye desde los cimientos lo~ planea
Impreso á que se refiere la a-nteri0t· comuni~acion.
de los que obstinadps d.esconoctlú sus deberes~no dudando esfa Prefectfrra. que
".Alcance al núm~ro 24 del Pabellon NacionaJ.-Derrota de la gavilla de Dio- aquellos que _ilu~os· prestan oídos 4_1~ voz del desórdcn á qll,C los induce~ sus minisio Perez.-El Sr. Prefecto político acaba de recibir la comunicacion que sigue: serables coniiíenteB, entrarán en el buen sendero y abrazarán las doctrmaS del
"Comandancia militar del Departamento.~Fresnillo, Marz9 25 ~e 1866.-En Imperio, únicas.que nos aseguran la in~eren~eucia:,-y t~. páZ, .pr?p~rcionando á
,
este momento que son las cuatro y cuarenta minutos de la tar9-e aca~o de recibir los puebios las gara.ntías qne los conduciran a su verdauera fehcahd.
«Colima, l.V¡arzo 22 de 1866.-El Prefecto superior político, José Maria Menla comunicacion siguiente:
,
.
"Sierra Hermosa, Marzo 24 de 1866.-Sr. General:-0omo ofrecí á V. S. en do.ea.-El Secretario general, MigWJZ Zires."
mi comunicacion fecha 21 del actual, paso á manifestarle, que ~on la gente que
Son copias; México, .Abril 6 de 1866.-El oficial 1° del Ministerio de Goberse pudo reunir de esta h_a.cienda, la de-Pozo Hondo y Bañon, y seis hombres que nacion, José. G. Martinez.
•
me dió la del Mezquite, ataqué en el Salado, á las ocho de la maÍ!_ana del dia de
ayer, á la gavilla que en número de 150 hombres capitaneaba Dionisia Perez.
Jnti•oduccion de sa~ en Guanajuato.
Despues de un combate de media hora ó P2'CO mas, logré dispersá14os en su totaMinisterio de F omento.- "Noticia de la sal introducida á esta. capital en todo
lidad, haciéndole en la refriega y el alcance que le dí, 28 muertos, entre ellos 3
oficiales; 9 heridos, inclusive Miguel Ramirez, titulado capftan: y 14 prisioneros: el mes de· Marzo, con expresion' de la cantidad de cargas, su procedencia, y prede estos he puesto en libertad 7, por ser de los que habia'n hecho engrosar sus . cio que guarda eu la plaza, formada en cumplimiento .de la suprema órden.de fe.
filas por la fuerza; y tanto los nombres de estos como de los que no han sido CO· cha 19 de Diciembre de 1865.
·
nocid-0!! por aquí, y de los heridos, los encontrará V. S. en la adjunta lista, con
Procedencia.
Ñ~total de cargas. Precio que guarda en la, plaza.
expresion del punto .de su domicilio, p_ara que 11i la Corte Marcial tuviere necesiDe Salinas (Departamento } 2 140
.
f@ { De 8 á 9 pesos con plazo de
dad de·eIIos para alguna declaracion, sepa adonde ~eben de pedirse.-Por nues' de San Luis Potosí). . . .
'
catg. 9
tres á cuatro meses.
tra parte no hemos tenido que lamentar mas desgracia que· la.-.de dos heridoi! -, De Colima ..... _.. .. ... .
201 ., 6 ;, .A 17 ps. carga al contado.
muy levemente.-Los caballos y monturas que recogí del enemigo los he mandado vender ~espues de niaréarlos con una R, y su producto lo he repartido á los
Admiúistracion principal de rentas de Guanajuato, M;arzo 31 de 1866.-El
soldados que con tanto ~enuedo se batieron en la jornada de que hago referen- Administrador principal de rentas, J. J. Robles."
cia; esperando de V. S. me apruebe esta determina:cion.-Recogí tambien en el · Es copia. México, Abril 6 de 1866.-El Subsecreta'rio interino c'!e Fomento,
campo 12 mosquetes en mal estado y 25 lanzas, lo q_ue queda en mi poder para Francisco Jvmenez.
•
1
armar los que aumenten la fuerza que está á mis órdenes.....:.Dios guarde á V. S.
muchos años.-El Teniente Coronel Comandante de la fuerza de la frontera de
Multa~.
este Departamento, Francisco Treviño,-Sr. General Comandante militar del Departamento de Fresnillo."
•
_
Comisaría central de policía.-Hoy han sido entregadas en la caja municipal
"Lo que me apresuro á comunicar á V. S. para su satisfaccion, felicitándolo las multas siguientes, qne pert~necen al mes de Diciembre del a~o próximo papor e13te_hech~ de armas, cuyo resultado ha de~ado,IJn comple_ta tranquilid~d los sado, liasta cuya fecha la policía de seguridad tenia facultad de recibirlas¡ hapueblos y ñacien~as d,e este Departamento;_ adJ_unt~ndole cop1~ de la rela~ion de biéndose ejecutado su cobro en el trascurso del presente año.
prisioneros -y hendos a que alude la comumcaGion mserta.-Dios guarde a V. S.
Pulquería frente al cuartel de }a Merced, José M. Cubera. 2 50
muchos años.-El General Comandante militar, Florencio .Aspeitia.-Sr. Prefecf
Id.
de los Horados, Zeferino Sanchez ......... . 12 50
to euperior polít~co del l.)epartamento.-Presente." ~
·
Id.
-de- la Paja, J. Roque Miranda. .' .. . ..... ... .
3 00
Id.
de la A.mistad, Mariano Ruiz . ........ . ... . 25 00
"Listas á que se refiere.
Id.
del Leñador, J esus Rivera............... . 12 50
.
tb
Id.
de
la Abundancia, José Gonzalez. '. : . ..... . . 12 50
"Comandancia militar del Departamento.-Sierra Hermo11a, M_arzo 24 de 1866·
Por llevar apagados los faroles el coche de D._Pedro Ser-Lista de los prisioneros y heridos en la accion de armas contra la gavilla de
rano ........... . ...... • .. • - ... • • • • • • • - • • • • • - • 12 00
Dionisia Perez, que tuvo lugar en el Salado ia mañana del 23 del presente.
"Prisioneros que se han puesto en libertad por haber proba1o fueron agregaTotal........ 80 00
d0l3 á la expresada gavilla por la fuerza:- Basilio Mendez, vecino del rancho de
'
Hernandez, jurisdiccion de la municipalidad de Ramos; Silverio Juarez, •id. id.;
México, Abril 6 de 1866.- El Comisario de servicio _general, F. de P. Palacio.
'
.
Eugenio Castañeda, id. id.; Meliton Becerra, id. id.; Gr~goriQ Vazquez, vecino
del Carnicero, jurisdiccion de la municipalidad del ranchito de Santo Domingo;
. Academia Imperial de Ciencias y Literatura..
Silvestre Nava, del rancho de Capisallo, id.; Francisco Gallegos, vecino del
"
·
•
._\CTA NUM. 28.
,
Agrito, municipalidad de dos.
•
•
• '·
•r
Se reunieron los Sres. Presidente Ramirez, Arriola, Bustillo, Cuevas, fonse"Prieioneros que no hay quien dé conocimiento de su honradez, y que se remiten á disposicion del Sr. General Comandante militar del Departamento:-José ca, Herrera, Jimenez D. Miguel, Mier y Terán, Montes de Oca, Martinez, Oroz1
María Vega, vecino de Tal1011as, municipalidad de Ojocaliente, asistente de Dio- co y Berra, Rio de la Loza, Roa Bárcena y el Secretario que suscribe.
nisia Perez; Ramon Ruvalcaba, vecino de Teocaltiche; Félix !barra, de Colotlan¡
,Se leyó y aprobó el acta de la sesion anterior.
Se dió cuent~ con @a comunicacion del Exmo. Sr. Ministro de Fomento,
Demetrio Lares, estancia de Escareños, jurisdiccion de Aguascalientes; Marcelino Juarez, de Teocalliche; Narciso Vazquez, de Casa Blanca; Anacleto Hernan- acompañando un paqi&lt;e'te que contiene los ejemplai-es de las impresiones hechas
el mes de Febrero próximo pasado por D. Luis Orozco, de Colima.- Al archivo.
dez de Teocaltiche.
'
Se leyó una comunicacion del Lic. Caravantes, en que pregunta si puede re"Heridos:-Oapitan Miguel Ramirez; eoldados, Arcadio García, Pablo Cristerna, Eugenio Dávila, Antonio Esquivel, Mariano de los Santos, Juan Delmor- mitir á la Academia lo que vaya teniendo en limpio de la gramática hebrea' que
está escribiendo. Se acordó que remita. su obra cuando esté enteramente termite, ,Gerónimo Lozano y Sóstenes García.
·
"Firmado.-Francisco Treviño.-Freanillo, Marzo 25 de 1866.
nada.
Se dió cuenta con otra comunicacion del Prefecto político de Yucatan, ac&lt;,&gt;m"Es copia que-certifico.- El Mayor de órdenes Secretario, José M. Marin."
"Lo que por órden del Sr. Prefecto se pone en conocimiento del público.- pañando· dos paquetes r_on diversos cuadernos impresos.-=-Al archivo, y que e,
Fresnillo, Marzo 26 de 1866.-El Secretario de la Prefectura, Rafael Zavala."
le den las gracias.
. ,
.
Se leyó una comunicacion del Subprefecto político de San Miguel Allendé, acomSon copias. México, ·Abril 6 de 1866.-El Oficial 1~ del Ministerio de Gober- pañando dos ejemplares del Compendio de gramática castellana escrito por D.
nacion, José. G. Martines.
Nicolás Londaiz......!Al archivo.
.
Se dió cuenta con una commiicacion c¼l Sr. Hassey, en que hace proposiciones para traducir del aleman las obras del Dr. Buschmann.-Que pase para su
Derrota de «usidentes,
resolucion á 1a clase filológico-literaria.
El Sr. Rio de la Loza dió segunda lectura al dictámen que presenta la clase
Mini11tetj,o de Gobernacion.-"Prefectura del Departamento de CoHma.-Número 140.-0olima, Marzo 21 de,.1866.-Exmo. Sr.-Esta Prefectura tiene el matemático-fisica respecto· á la solicitud del Sr. Grayson para que la Academia
honor de acompañar á V. ~. para su superior conocimient~ y satisfaccion, el1)ar- le auxilie en la publicacion de una obra que está escribiendo de ornitología me·
te recibido hoy del Subprefecto de Zapotlan, del triunfo obtenido por las armas xicana, y cuyo dictámen dice así:
"El que suscribe, nombrado en comision para dictaminar en el asunto de que
del Imperio en el pueblo de Santiago Tangamandapio.-Dios guarde á V. E.
muchos años.-El Pi:efecto superior, J. M. Mendo,?a.-El Secretario general, pasa á ocuparse, tiene e\ honor de proponer el siguiente, puesto.en los términos
que juzga puede ser •presentado á la Academia. ,
Migúel Zires.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México."

?~

Tranquilidad pública.

.

/

.

359

j,

J

nómico, sino extendiéndose á cónsideraciones,de la mas alta. trascendéneia política. La cuestion sin embargo está muy lejos de hallarse agotada.
No insistiremos en demosttar las ventajas que reportarán la mjnería y la metalurgia del país con obtener el combustible á precios ínfimos¡ pero no podemos.
dispensarnos de añadir algunos apreciacione~ mas sobre tan intereiante materia.
Un solo pa.so basta para promover un movimiento incalculable en la prosperidad de la nacion: no hacemos teorías. La plata que se halla inutilizada en loa
terrenos superficiales, asciende á una cantidad enorme; el hierro lo tenemos caiti
nativo en masas fabulosas, y hay descubiertas abundantes minas de cobre; pero
para que estos ricos dones puedan ser explotados, solo se necesita que el carbon
de piedra llegue al corazon del país.
·
·
'
La protectora mano del Gobierno hará que esto se verifique. Dado este paso,
México volverá á adquirir en el muso la alta repu~acion de su riqueza y á producir la fascinacion de sus considerables tesoros ,naturales, que había producido
antes . .
La cifra que se requiere iiara construir algun9s centenares de kilómetros de
camino de hierro es relativamente pequeña, comparada con 1-0.s ventajas que de
ella ha,de reportar el Estado. Basta considerar que ~n Europa y en la Unio_n
americana se ejecutan líneas que absorben cuantiosas cantidades para explotar
· minerales de hierro que apenas rinden del 10 al 12 por 100. Nosotros, que tratamós de ,ma,J3as de millones. de toneladas de hierro ·casi puro, ino hemos de encontrar recursoa propios para construir las vias que los han de extraei:1 iNo podfemos dominar los mercados de .América y de Asia, que consumen tan considerables cantidades de:t- metal europeo1 Si qe Inglaterra, de Bélgica. y de Suecia se
exportan mas de 2.000,000 de íoneladíts de hierro, icómo México no ha de concurrir cuando menos con el tercio de ese guarismo y dar á su comercio exterior
un impulso de 20 á 30 millones de pesos1 iÁcaso nuestros terrenos y minas de
escasa ley, no producirán cantidades de plata suficientes para que con los dereclios que gravitan sobre este fruto y eón los que rendirán los efectos importados
en camb~o del metal extraído, se pudieran construir todos los caminos y obra.a
públicas ile1 Imperio1
•
Nosotros, para quienes no son extrañas las negociacjones de minas ni las industrias que á ellas direot'amente se refieren, abriga.moa la conviccion de que, impulsando su desarrollo en una vasta escala, ofrecerian poderosos recur13os á l&amp;
_nacion, por ser Ias verdaderas fuentes productivas del país.
De las tres zonas que resultan de la configuracion ,del ·suelo del territorio del
Imperio, las latera1es ofrecen por su feracidad y abundanccia de aguas, cuanto
pudiera exigirse para los riegos en las empresas agrícolas de los frutos tropicales; pero presentan en su contra la insalubridad del clima, y se comprenderá lo
dificultoso que será el poblarlas, si se atiende á los sacrificio~ que ha costado á.
los europeos el elevar á las Antillas al floreciente estado que hoy guardan, cuyos terrenos son análogos á los de nuestras zonas bajas.
·
La nftl¡,a central con su dilatada·superficie y sus templados y sanos temperamentos, si no tan rica en esta facultád productiva, proporciona en sus llanuras y
valles lugares donde puede desarrollarse una agricultura asombrosa, capaz de
satisfacer no solo las necesida~es de una poblacion doble de la que actualmente
tenemos, sino q_ue ministraria artículos de ªportacion. Hoy bastan los terrenos
laborables, y dificilmen:te gana:rá la cultura una- extension mayor, pues á ello se
op?nen lo bajo del precio de los granos y lo subido·del precio de los trasportes.
Quedará, pues, la agricultura estacionaria, si no se mejoran las vias de comunieacion y si no toma incremento la colonizacion.
•
En tod.os tiempos el incentivo poderoso pára atraer en ancho raudal la inmigracion, ha sido el brindarla con la esperanza de adquirir una fortuna rápida. sin.
mas esfuerzo que el trabajo perspnal, sin mas inteligencia que la de remover las
arenas ó hacer una excavacion. Tal fu~ el aliciente que hizo despoblar á Espa• ña para establecerse en América¡ tal fué el móvil de la corriente que invadió á
California; tal el impulso que ·en menos de-un decenio ha arrojado á las playa11
de ·Australia, atraveiiando los borrascosos mares equinocciales, mas de un millon
y medio de hombres.
.,
•
El incentivo fascinado.r México lQ tend!á cuando el inmigrante pueda llegar
al interior del país y explotar en él los depósitos de plata, las ricas minas de
toda. clase que hoy nada le retribuyen poi·que faltan las vias férrea~ para facilitar elementos industriales, abundantes, y á precios Í)lfimos.
El torrente colonizador nace de las clases medias, y aun mas de las inferiores de la sociedad. Estas; no pudiendo adquirir el caudal de conocimientos que
, proporci.ona la instr.uccion costosa, no ven otro mediojnmediato de enr_iquecerse
y cambiar de condicion civil,• que el de ci:msagrarse á los placerés de oro. ó á las
labores de las minas .de plata.
, ,
Pues bien; nosotros podremos ofrecerles ese campo, amplificado con la destilacion del meré¡l.l'io y las fundiciones de cobre y. fierro . .
Construido el camino de San Luis á Tampico, quedará abierto á la inmigracion el interior del Imperio. A los mismos lugares donde se establecieron los
primeros colonos y;. fundaron las poblaciones de Guanajuato, San Luis y Zacateca.a, acudirán nuevas oleadas de inmígrantes que, favorecidos por la facilidad de
cómodos y abundantes medios para tra~ r los minerales, aumentarán los pfOdu. cidos de oro y plata, se formarán nuevas poblacion\lS, ó cuando menos se engrandecerán las antiguas con los elementos de a.ctivida~ que son inher~ntes á l~ i!1dustria moderna. Hace muy pocos afios que Melbourne (en Australia) no exist1a,
y hoy clienta' ciento cuareµta mil habitantes. Poca mas antigüedad cuenta San
, Francisco, y sin embargo su puerto tiene un movimiento de un millon de toneladas. Todos estos hechos prueban el impulso·colonizador que el desa~rollo de la
minería; lleva con.sigo, y como su consecuencia; el desarrollo proporcio.nal de la
agricultura y del comer:cio.
El camino de hierro de Tampico se dirige al centro de los criaderos metalíferos del Imperio, de mas fácil é inmediata explotacion; de ahí su impor~ncia.
Por su medio se atrae la colonizacion europea, que no tropezando con los mconvenientes que presenta la zoña calie~te, internará la activida_d ag:ícola á la_ mesa. central, donde el inmigrante podra aun encontrar por la diversidad de chmas
y_circunstancias locale.s, identidad en las cóndiciones naturales que exijan laa
Hemos recibido el artículo siguiente:
plantas .cuyo cultivo ejerció en su patria..
• .
. • Camino de hierro de S_an Luis á Tampico:
. No debe despreciarse, ademas, esta otra conaideracion. La explotacion de -u:iiSUS 'RELACIONES CON LA. OOLONIZA.CION.
nas aviadas enérgicamente con la red_uccion de los gastos de laboreo y benenc1-0,
Hemos tenido la satisfaccion de ver que nuestrás ideas acerca de la importan- elevarán co,n rapidez el precio de los salarios en el interior del J?aís¡ condicion
cia de esta via han encontrado la mas viva simpatía en la opinion pública, y que precisa para que el inmigrante pue~a establecerse ~n _nuestro te1;r1.~no,. pues np
la prensa de la capital ha tratado la cuestion de una manera uniforme, exponien- le será dable el 13atisfacer las .necesidades que los hab1tos de la cmlizac10n eurodo "T~ones incontrovertibles al juzgarla, no solo· bajo el aspecto puramente ec~- pea le han creado, _si no puede contar eón otra remuneracion para,_su trabajo,

Laclase matemático-fisica ha exáminado de~nidamente el ocurso presentad o
á la Acad~mia por el Sr. Grayson, y reunida eñ sesion el 24 del 'actual, ha teniao una larga conferen~ia con dicho señor, ha visto un'a buena parte de sus trabJ:Ljos y ·fijado los puntos esenciales de. la propuesta, sin desentenderse de las disposiciones contenidas en el 2~ miembro de la fraccion C, base 4~ de la ley de 10
de Abril, la fraccion A de la décimasexta y las demas prevenciones del reglamento. En vista de ~odo, y de la notoria. utilidad que resultará de la publicacion
de la obra, no ha dudado consultar á la Academia que admita la propuesta del
Sr. Gr~Y:son: mas como e~ ella no consta~ arreglados va~ios de ª&lt;!~ellos puntos
· ó condic10nes, que en sentir del que suscribe era convemente el fi.Jar, como ya ·
lo hizo la clase en la conferencia tenida con el interesado; y como por otra parte
se hicieron algunas reflexiones por los señores académicos en la sesion del 2 del
presente mes, las que fueron consideradas por la. clase el dia' 16 del' mismo, reduce .su parecer 'á los siguieñtes términos;
·
..
1~ El Sr. Grayson se compromete á concluir en el término de doa,años, ó tres
á lo mas, una obra que será nacional, y contendrá ilustradas con láminas coloridas, todas las diferentes especies y vartedades de aves que son p·eculiares á este
país en la parte Norte, Sur, Oriente y Poniente del extenso territorio del Imperio.
2~ La obra _se compondrá de cuatro volúmenes en folio de gra~ados que contendrán próximamente cien láminas cada ,uno, cuidadosamente sacadas de la naturaleza, colocando á las aves en su posicion natural,.en armonía con sus costumbr¡is; y tambien comprenderá· cada grabado las diferentes especies de plantas,
flo,res y situaciones propias de las localidades que las aves habitan.
•
Todas la-s estampas contendrán próximamente tres , ó pias -figuras r~presentando á las aves en sus actitudes peculiar~s y gratiosas. El texto se pondrá en
. la cara d? la foja q.ue da frente ~ .cada una de las láminas, é irá en tres idiomas,
español, mglés y frances.
.
•
3~ La obra saldrá por entregas, comenzándose la. impresion con los materiales
que ya se tienen, cuyo-texto y láminas entregará desde luego el Sr. Grayson. A
fin de que seá una edicion correcta, nombrará la. Academia persona ó 'personas
inteligentes á. quienes enca~·gará la correccion.
•
·
4,-9 Se hará .una edicion, la primera ivez, de mil ejemplares, quedando las 1-áminas _en p9der de la Academia, la que en adelante podrá hacer los titos _que le
convinieren.
5~ Con el objeto de completar una obra de' tal magnitud.}iMta su final públi-~
cacion, la Academia dará al ,autor un auxilio de doscientos pesos mensuales, á
fin de que pueda satisfacer todos sus gastos y formar para ella las varias- colecciones en las diferentes- regiones del país. En el concepto de que tiene explorados algunos puntos de las regiones Este y Sudeste de México; desde Tehuantepec á Sonora¡ .que ha visitado á su costa las Islas del Socorro, las Tres María-s
y otras, con objeto de encontrar nuevas especies y hacer nueva,s adiciones á la
Fauha ornitológica de México y á,la obra.
~'
,
6~ La Academia será. gefe y órgano de la empresa, dirigiéndola por conducto
del Sr. Grayson hasta su conclusion.
, '
7~ La Academia cubrirá los gastos que hiciere, con los productos de Ia venta.
de la obra, cuyo precio fijará. S~ cubiertos esos gastos resultaren alg~n~ ejemplares sobrantes, cederá al autor la mitad. de este exceso.
.
8~ Luego que el Sr. Gra.yson entregue á la Academia la coleccion de 400 aves
que tiene montadas, le dará por ella 400 pesos ademas de .fos dosciento,Bmen•
suales ya dichos.
.
1
9? El autor declara que sus trabajos serán propiedad exclusiva de la Academia¡ que no han apar~cido, ni por su parte aparecelán en publieaciones extranjeras.
.
-'
.
,
10. En el evento de que antes de concluir la obra muera el Sr. Grayson, quedará todo lo hecho por cuenta y propiedad de la Academia.
No se ha ocultado á la clase cuán conveniente seria el exigir al autor de dicha obra una responsabilidad del contrato: así lo pénsó hacer antes de.hablar con
él· ma-s halló tal desinterés y caballerosidad en el Sr. Grayson, que no juzgó
d;bia corresponderle con UI1A exigencia de desconfianza; ni menos cuando este
señor ha sido tan recomendado por el Sr. Maury.
·
En tal virtud, la clase concluye presentando para el debido exámen la siguiente proposicion:
·
.
"Se admite la propuesta hecha por el Sr. D. Andrés Grayson conforme al tenor de este dictámen. México, Febrero 26 de 1866.-L. Rio de Ta Loza."
Puesto á discusion el .anterior dictámen, fueron aprobados sin modi.ficacion alguna los artículos 1~, 2~, 3?., 4~, 8?,-9? y 10° Al artículo 5? se le hizo la adtcion
siguiente:
.
"El autor entregará á la clase, cada tres meses, los trabajos gráficos y éscritos; si no cumpliere con este compromiso, la clase dará cuenta á la Academia.~
para que resuelva lo que estime conveniente."
El art. 6° quedó reformado de .esta manera:
"La .A.cádemia acoge la, obra, admite la propiedad y encarga la direccion á la
clase matemático-fisica, para que con la cooperacion que necesitare del autor,
lleve la empresa á su término."
El art. 7~ quedó de este modo:
"La Academia fijará: el precio de cada uno de los ejemplares: pagados á aquella todos lo.a gastos que hubiere hecho,, no incluyendo el de la mensualidad, si
NSultaren algunas utilidades, se dividirán por mitad."
Con las reformas dichas, se dispuso que el dictámen pasara al Ministerio de
Instruccion pública, para que por el de Hacienda se mandara abrir ~ respectivo
-crédito á la Academia.
'
Se dió segunda lectura á un dictámen del Sr. Mier y Terán sobre una proposicion del Sr. Maury para que se hagan observaciones meteorólogicas en diversos puntos del Imperio. Fué 11,probado, debiendo proceder á su ejecucion la clase
matemático-física.
.
No asistieron á esta sesion, por ocupacion, los Sres. Castillo, Jimenez D. Francisco, Lacunza, García Icazbalceta~y· Salazar Ilarregui; sin aviso los Sres.'.Almazan, Arango y Escand.on, Moreno y J ove y Vértiz; y por estar ausentes
los Sres. Maury, Larrainzar, Lares y Segura.
México, Marzo 21 de 1866.-El Secretario interino, Fraincisco Pimentel.

..

�•·
360

..

EL DIARIO DEL IMPERIQ.

,
,
~ .-:Ol!J'.fll ~11 ~Dl~AD.
.
. ,,
que la que le b'a~ta par~ cubrj.r l!lS 11,tencion~, tQd?,VÍ!,\ PPlMtivas~4~1 operario
Jrlanuél
de
los
Cobos,
Jue,z
interino
del
dep~ento
de
venta~,
y,,Iutn
~stanisl~
Moi&gt;
indígená.
"
•
Interventor clel mismo, participan al pÍ\plico que e; juéves (12) _do~e pe; que cursa; ~
De1/-camino de fierro eµti:e Tampico y San Lui13 depe,nqe,pues, ~Jl. cierto modo, terde,
menzará el remate de la ropa empeñada en el mes de Setiembre del ano antenor.
\1 poryenir de la cqlonizacion europ.e¡¡. en el terr\tQrio me;x:icano;. y á est~ via e11tá
Las personas interesadas en ella, pueden ocurrir con oportunidad á• desempeñarla 6 á P~
inmediatamente
enlazado
el
fomento
iie
la
agricultura.,-J.~an
O.
Barquera.
sencian.u
•venta; én concepto que ésta principiará á las doce en punto, con la concurr!lnCJt
,..
.
:,OOTIOIAB IIJ:TB.A1'.rllB.AI.
. Las que trajo el vapor Manhattan1 son del 24- de Marzo de N'ueva-Yorlf., y
del 11 de Europa.
•,
Se discutio y fué aprobado en el Congreso de Washington la interesante cue¡¡tion del Bilf sobre los derechos civiles; y se espera con al\Bia la resolucion que
dé el Presidente Johiison sobre ese Bill. Segun unos diarios, le pondrá el vetq;
&amp;egun otros, lo Í!ancionai·á para reco!iciliarsfcon el partido radi,cal.
El comercio de Nueva-York está en una verdadera crísis. El Herald trae un
largo artículo sobre las causas que puedan haber producido la situacion mercantil¡ y despues de marcarlas todas, concluye con que la única es la anarquía que
ha introductdo el partido ratlical en _el Congreso y en todo el país.
Se trabaja con mucho empeño en colocar cables submarinos entte Florida y
la isla de Cuba, y llevarlos despues .á todas las .Antillas.
·
En Inglaterra la Compañía trasatlántica prepara los trabajos para que en Junio s$lga el Great Eastern con el cable telegráfico de Sheerness para Valencia.
El 24- de Febrero, el Err.perador N~poleon conmutó la pena de muerte con la
de-trabajos forzados, á los zuavos que formaron el año pasado el motín en lá
Martinica, viniendo á México.
. Se habla en los periódicos americanos, de ruptura entre los Gabinetes de Viena y Berlín, por los Principados daneses, pero no son mas que mmore¡¡; mienb'as que las probabilidades son de que no se interrumpirán las relaciones diplomáticas.
.
•
C,.ontinúan haciéndose muchas prisionea de fenianos en Irlanda, entre ellos algunos gefes y oficiales americanos. Se han descubierto por varias partes armall,
pólvora y otros materiales· de guer¡,.
_
Un diario aleman dice estar autorizado para ai,egurar que el Czar ha encomendado al Gabinete de Berlín que interponga sus buenos oficios para restablecE)r
las relaciones de la Rusia con la Santa Sede. El diario dice que inmediatamen_te
e.nvió instrucciones el Ministro Bismark al MJnistro prusiano en_Roma, para que
entable con el Cardenal .Antonelli las con-espondientes negociaciones.
.
. Se asegura que ha:n, ~alido del Mediterráneo ,los buques peruanos Independenci,a y Huascar, para ir a tomar parte en el Pacifico _en la lucha con la escuadra
española. ~sta, éscriben de Panamá, habia recibido ya todos sus refuerzos de
España. ·
•
·
' ~l Congres~ de Qolombia ~a declarado que permanecerá la ltepúblic¡neutral
en la guerra hispano-chilena¡ mientras que Bolivia se ha ll,dhe.rido á la alianza
de Chile y el Perú.
.
Las repúblicas de Centro-América siguen en perfecta paz. La del Salvador
había cerrado sus sesiones parlamentarias el 28 de Febrero, despues de ratificar
el Con~eso el,,tratado de paz, amistad y comercio cpn España.

4,ue hubiere.
,,
Mé:x:ico, Abril 7 de 1866.-Manuel ~ los Cobos.-Con mi interveñcion, Jua11 Estifn»l!f&gt;
Momerde.-V? B? Lazpita.
3a-I
1

AVISOS JUDICIALES.
·

.ruiirado tercero civil de lnstruccion. ·

Venta judicial.
En los autos ejecutivos que sigue D. Adolfo Wagncr contra D. Joaquin Abadiano, sobre
pesos, el Sr. Juez 2? civil de Instruccion, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, ha señalado para la venta de los ranchos La Tenería y Los Reyes, ubicados en jurisdiccion de Tlalnepantla,.
y valuados en 16,527 pesos, los dias 10 y 21 ·de Abril, y 2 de Mayo próximo entr~ntes, á J.as;
doce, siendo la _última con calidad de ren¡ate. Lo que hago .saber al público por medio del
presente anuncio.
.
.
.
.
México, Marzo 22 de 1866.-Manttel Romero, Escnbano público de la N~10n. 889-9a-lt

Oitacion judicial;
De pedimento de U. José Dego•let, albacea testamentario de D. Luis Antonio Dldíer, ea
los autos de está misma testamentaría, radicada ante el Juzgado 3? civil de l}lstruccion, él
Sr. Lic. D. Crist6bitl Poúlet y Mier, por auto de tres del mes &lt;J.Ue cursa ha mandado que se
citen á los acreedores del finado, para que en el término de tremta días, contados desde la p~
mera publicacion de este anuncio, presenten los justificantes de. sus créditos, y á los que coocualquiera título se crean con derecho á los ]&gt;iene¡¡ del testador lo deduzcan dentro de igual
término; bajo el apercibimiento, á todos, de que les parará el perjuicio á que hubiere luga1,Y. cumpliendo con lo mandado, publico el presente, que surtirá lo§ efectos mencionados en el
auto referente que se 1,1ita.
,•
,
Mé:x:i.co, Marzo 14 de 1866..::.Urbano Morali; Escribano público.
575-12a-8

A VISOS PARTICULARES.
Protesta.
En 7 de Julio del año próximo pasado publiqué en la .Socieda.d una protesta contra la vena
de los bienes pertenecientes á la testamentaria de D. Ignacio Berna!, por habimne quedaifedicho señor debiendo al :morir una suma considerable de dinero; y como sé que su testamentaria actualmente trata de vender la'baéienda de Mala-yerba, reitero mi protesta conqa ésta&amp;c
cual9.uiera venta de los bi~nes del referido Sr. Bern,al que hlcier11 la tes,tamentarla, pues perseguiré, sea cual fuere la persona que los posea, basta ser íntegramente yagado del cápitai
y'réditos que se me adeudan.
México, Abril 2 de 1866.-Julian Gonzalez.
890-8s:..3.,
t!fBG'V'B.Ot§

A LOS SUSCRITORES-_DEL DIARIO.

· Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 tle Febre;o de 1865 se va á proceder
al~~ la casa, manzana 19, cuartel 2?, calle del Meson, en Oajaca, valuáda·;n ($ 5S7 75 cs.)
&lt;\mmentos ochenta y siete pesos setenta y cinco centavos. Lo que se parti(lipa al público •
par~ que las personas que áeseen hacer postura ocurran_á esta oficina el dia 19 del entranJ
Abnl, ~ las nueve de la mañana, en que-.se verificará esta almoneda.
••
México, Marzo 28 de 1866.
'
6a-4
Con arreglo á los artícul~s 24, 25 J'. 27 de la ley o.e 26 de Febrero _de 1865, se va á-proceder
al d~ la casa, ~alle de_ Cupido, en Oa3aca, manzana 40, cuartel 2?. val]!ada en($ 235 50 es)
doscientos tremta y cmco pesos cincuenta centavos. Lo que se participa al público para q~e
las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el día 24 del entrante Ábril •á las
nueve _de la mañana, en que se verificará esta aln,lonnáa,
' ·
México, Marzo 28 de 1866.
·
,
8a- 4
Con arreglo á los artículos 24, 25 y Z'/ de la ley de 26 de Febrero de 1865 se va á proceder
al de 1~ ~asa núm. ~. _calle del Baratillo, en Oajaca, vafuada en 387 pesos 75 ~entavos. Lo ne
se p~rt1rupa al público, pa~a que las personas que. deseen hacer postura ocurran á esta oficlna
· el día ~6 deL ent!an~e Abrjl, á la~ nueve de la m~@a, en que se verificará- esta al
d
México, Marzo 24 de 1866· mone ª·
5a-5

CUJrTJCd. IJrCBNDIOS.

Capital de fondo~ . . . . . . . . . . . .
~

3.000,ÓOO pesos prusianos.

COMP.Aftll DE SEGUROS DE B.A.SILEA (BASEL}.

Capital de fondo ...... " .... .. ..... -~ _10.000,000 francos.
• Se ase_guran muebles é 4Jmuebles á premios moderadqs, y se darán todos los i.túormes.D&amp;cesariqs para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
de San, Bernai·do núm. 3.
400-180s-154 •

. l'IAIYO DII Vlll'l'TA.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
B.EMA.TES.

I

Un piano de rosa, lle ~iete octav-as, con todas las mejoras modernas, enteramente nuevo, se vende al precio de costo. Se puede ver ei;i el núm. 14, ca!lejon de Santa Clara, primer ¡:&gt;_iso... .
'
v

Cd.BffLLd. GB!)GBd.FICd. Pd.Bd. LOS NI~OS,

'.

E.OR D. ANSELM;O1)E LA l?ORTILLA,

Se halla de venta en los puntos siguientes: Librería Madrileña, Portal del ~ a de Oro.:t,ibreria de los Sres. Andrade y C\', Portal de Agustinos.-Imprenta literaria, 2\1 calle de San-to Domingo núm. 10.
PREC,IOS.

Un ejemplar. •• -· .. : .................. . ..... '1 real.
Una docena •• ••. ...• - • . • . . . . . . . . • • . . . . • • • . . 6 reales-. '

¡

,

DIVERSIONES P-UBLICAS.
Domingo 8 cJ,e Abril.

TEATRO UfPERI.AL.
OPERA ITALIANA.

-

Con al7eglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865 se va á roceder
al de la casa núm. 3, manzana 1\1, cuartel 2?, ubicada en Dolores Hidalgo -y conoci/a por de
la.testamentaria de MeJ1dez, valuada en 3,242 pesos 36 centavos. Lo que' se partici a al Ú·
blico, para. que las personas que d~seen hacer postura; ocurran á eBta oficina é1dia 1f del !n.
trante ~bril, á las nueve d~ la manana, en que· se verificará esta almoneda.
.
Ni México, Marzo 20 de 1866.-Ei Administrador de bienes nacioná)izados Juan Suarez y
ai,arro.
¡ 6a~6

'l'ribunal correccional del Departamento del Valle ·de Mé)[ico.
H b'
l'.' SALA.
d \iéndose. recogido á personas sospechosas de hurto, un farol de ooche y un tercio de hilo
e co ttero, sm que se sepa quién ~ea el dueño de e)/tos objetos, se partici.pa -al públicQ para
que dq_ruendse crea c?n d~recho á eltos·~e preseñte á reclamll,l'los, á fin de que se le entreguen ·
acre 1t~ o su propiedad.
'
'
Mé:nco, 11Iarzo 28 de 1866.-El Secretario, Lic. Vicente "Rodriguez Villanireva.
3a-2

AD-MJl'l'JSTB.ACIOl'I' CUlll'IIB.AL DII 'COB.B.110B.
.AVIS'O .AL PUBLICO.

El dia diez del corriente, á las siete de la noche, se despaéha de esta Administracion ene~1al para Veracruz,,,un estraordinari!) _con la corr~spondencia _qu&amp; ba de conducir al esteíZor el
~aquete france¡¡. Lo que se p11rt1c1pa al público para su mteligencia y efectos correspon•
dientes.
·
México, Abril 5 de 1866.-El A~inistrador general, Ltti~ de la Peza.
3&amp;-!

r

OOMPA.ÑIA. DE SEGUROS. l&gt;E GLADB.A.CH• ..,

Habiendo tenninado el primer trimestre del año actual, se suplica á los SU{·
critores que no hayan pagado adelantada la suscricion, como deben hacerlo, que _
lo verifiquen inmediatamente, porque la Administracion del periódico necesita
recoger el importe de .todas las suscriciones vencidas hasta el dia último de
Marzo.

AVISOS OFICIALES.

'

Palacio de Justicia, calle de la Moneda.-Por determinacion de est~ Juzgado, 1~ 4'1ª ~
cayó á pedimento de D. Manuel Lombardo,-se emplaza á D. Francisco Ayes, para que dentro de quince dias, contados desde la primera publicacion. de esta citacion en los periódicos,
se presente á cóntestar la demanda que en juie.,io verbal, sobre pesos, se le promue.ve;· apercibido que de no comparecer en este Juzgado, se seguirá el juicio en su ausencia y rebeldí~, ~
~os estradós del Juzgado.
·
.
•
México, Abril cinco de mil ochocientos sesenta y seis.- Miguel F. Guerra, Escribano Secretarioº,
891-3a-1

En..la tarde, á las c~atro en punto, se pone en escena la ópera del maestro Verdi, dividida
én cuatro actos é intitulada: La Tratriata, 6 la Dafua de las cameliasrdesempeñando en.el!~ el
papel de la protagonis~a la señorita ANGELA PERALTA.

'
.
TEATRO PRINCIPAL .
COMPAÑIA DRAMATICA.
:Jjln la tarde, á las cuatro en punto1 se ejecuiiµ;á Ja.representacion de la comedia denominada: Vn -viaje·e11 cttatro a9tos, por se,gmr á una mujer.
_ .
,
En la noche, á la hora de costumbre, se pone en escena la comédia nueva dividida en tres
actos, que se intitula: Física experimental.

TEATRO DE ITlTRBIDE.
C0!IIPAÑ1A DRAMATlCA.
En la tarde, e~ punto de las cuatro, se pone en esc:na la comedia dividida en tres actos
denominada: El suplic.io de u11a mujer; en seg.uida ·1a s~·a. Espinos~ cantará una c~ciore y
último, la pareja de baile ejecutará una pieza.
En la noche, á la hora aéostumbrada, se pone en escena la comedia nueva, arreglada á la
escena por un jóven ry.e,xicaµo, intitulada: El siiplicio de un hombre¡ terminando la funci()))
con un paso á dos bailado por la pareja del ramo.
·

po;

IYIEXl(JO.-nu&gt;RENT.A :QfPERLU,.

"'

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caballero de Guadalupe</name>
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                    <text>IIRIO
..
Los números sueltos va.len 12 centavos.
T OMO

III.

lllEXIfJO.-Lnnes

~

de .Abril de IS66.

NUM. 375
México, Marzo 31 de 1866.

SV'MAB.10.
PARTE OFICIAL.-Decreto legitimando á una hija natural.- Otro sobre lo mismo.- Ca,.
ballero de Guadalupe el Sr. Lancaster Jones.- Prefecto suplente del Valle.-Consejero Departamental de Mé.xico.-Comisario municipal de Pueblo Nuevo (Guanajuato).
PARTE NO OFICIAL.- La Emperatriz en Texcoco.- Observatorio fisico-mete6rico.Resolucion del Consejo de guerra en la causa ae1 CoronelJ&gt;eña y otros.- Comunicacion relativa del Ministerio de Guerra.- Adhesion de Huayahualco.~Pozo artesiano en Nopalucan.Suscricion para los inundados.

'S. M. el Emperador Ha tenido á bien expedir el acuerdo siguiente:
"En atencion á las circunstancias que concurren en D. Manuel Campero,
HEMOS tenido á bien nombrarlo Prefecto snplente del Departamento del Valle
de México."
Y lo comunico á vd. pa~a su inteligencia y fines consiguientes.-El Ministro de Gobernacion, SALAZA.n. !LArutEGUI.- Sr. .D. Manuel Campero, Prefecto
suplente del Departamento del Valle de México.

P.A.RTE OFifJIA.L.
El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar él nombramiento hecho por esa
Prefectura en D. Eufrasio Perez para Comisario-municipal de Pueblo N u~vo
Vista la solicitud de D. Mauricio Castañeda, Gefe de las fuerzas rurales y
de Salamanca.-Lo .digo á V. S. en contestacion á su oficio de 28 del que acaComandante militar del Distrito del Rosario, en el Departamento de Mazatlan, ba.- El Ministro de Gobernacion, SALAZA.R lLARREGUI. -Sr Prefecto del De• HEMOS venido en decretar lo siguiénte:
.
, partamento de Guanajuato.
.
Se legitima para todos los efectos civiles á la nifia Teodomira, luja natural
Son copias, México, Marzo 31 de 1866.
de D. Mauricio Castañeda y D~ Juana Viera.
.
~
El Subsecretario de Gobenacion,
Nuestro Minist~o de J usticía queda encargado de la ejecucion de este DeFrancisco J. Viilalobos.
creto.
·
Dado en Cuernavaca á 19 de Marzo de 1866.

MAXIMILIANO,

EMPERADOR DE

MEXICo:

MAXIMILI.A.NO.
Al Ministro de Justicia.
Por el Emperador,

La Emperatriz en Texcoco.

El Ministro de Justicia,
PEDRO ESCUDERO.

MAXIMILIANO,

'
..
8

ir

EMPERADOR DE MEXICO:

Tomando en consideracion la solicitud de D. Valeriano Madrazo, vecino de
Oriz'ava, y en vista de las constancias que obran en el expediente respectivo,
,H:&amp;MOS venido en decretar lo siguiente:
Se legitima para todos los efectos civiles á D~ Concepcion Madrazo, hija natural de D. Valeriano Madrazo y de Dª Luz Espinosa.
Nuestro Ministro de Justicia queda encargado de la ejecucion de este decreto,
Dado en México á 18 de Marzo de 1866.
MAXIMILI.ANO.
Al Ministro de Justicia.

lt

Por el Emperador,
El Ministro de Justicia,
PEDRO ESCUDERO.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
Mé.xico, 31 de Marzo de 1866.

a-

r-

S. M. _el Emperador, en aienciQn á lo~ méritos y buenos serviciqs de D. José Lancaster Jones, Secretario de la Prefectura de Mazatlan, Ha tenido á bien,
por acuerdo de 27 del actual, nombrarlo Caballero de la Imperial Orden de
Guadalupe.
El Secretario encargado de la Gran Cancillerla,

José H. Gonta1ez.

MINI STERIO DE GOBERNACION' .
SECCION 1 ~

1,

...·e •
'ª

¡a.
(-

=

P.A.RTE NO OFifJI.A.L .

MéXico, ~arzo .28_de 1866.
S. M. el Emperador Ha tenido á bien aprobar la propuest9 que esa .f&gt;refec,tura hace en favor de D. Rafael Ortiz de la Huerta para Consejero departamental por la clase de comerciantes; y lo digo á V. S. pai·a los fines correspondientes, contestando su nota relativa número ·250, fecha 26 del actual.-El Ministro de Gobernacion, SALAZAR. ILARREGUI,-Sr. ·Prefecto del :Pepartamento del
Valle de México.
Es copia. México, Marzo 28 de 1866.
El Subsecretario de Gobemacion,

Francisco J. Villalcbos.

Leemos en el Pájaro Verrle lo siguiente:
•'Texcoco, Marzo 26 de 1866.- El sábado 24 llegó á ésta S.M. la Emperatriz,
qne había salido temprano ae México por el lago, con objeto de .visitar la antigua metrópoli de los reyes indígenas. Eran las ocho de la mañana cuando desembarcó, recibida en el acto por las autoridades; multitud de señoras que habian
acudido para felicitarla, y los veeinos á caballo que prorumpieron en. aclamaciones. El señor .Alcalde municipal le entregó la llave de la ciudad, y la Sra. D~
Coral Ca.rmona de Va.lle, le dirigió un pequeño discurso á nombre del bello sexo.
Contestó S. M.·saJudando á1as señoras y personas presentes con la mayor afabilidad, y subió en el coche acompañada de su dama de honor, hija tambien de
Texcoco, Srita. Josefa Varela. Iban en otro carruaje los Sres. Conde Bombelles
y Coronel D. Feliciano Rodríguez, .Ayudante de campo y primer caballerizo de
S. M. el Emperador, que formaban la comitiva ImEerial.
"La calzada del embarcadero hasta Texcoco, estaba inundada de pueblo, no•
tándose por la expresion de júbilo que se veia en sus rostros, el gusto que·teÍlian en conocer á su Soberana. Gran número de coches seguian al de S. M. con
las autoridades y las señoras que 1iabian tomado parte en el recibimiento, dirigiendo el cortejo el Sr. D. Guillermo·Hay, tan benemérito de Texcoco por su
actividad y el afecto que nos profesa. Se apeó la Emperatriz en casa de D. Miguel Uribe, donde oficialmente la felicitaron las autoridades de la cabecera y lugares circunvecinos, hablando S. M. un ratito con cada una de ellas, que le fueron presentadas por el Subprefecto. En seguida se dirigió á la Iglesia parroquial, primorosamente adornada, donde se cantó el Te-Deum; visitó el paseo,
obra sencilla que denota el buen sentido de los habitantes de Texcoco, y entró
a.l sajon de la Sociedad de mejoras, en el cual estaban reunidos los socios. Allí,
en presencia de los retratos de los fundadores de esta interesante asociacion, y
del que S. M. el Emperador acaba de regalatle, pronunció un tierno y poético
discurso la Srita. D~ Dolores Ba¡:ba, que conmovió á los presentes, haci~ndoles
verter mas de una lágrima. H:.1.,1:.:.ron despues en términós no menos elocuentes
el Sr. D. Guadalupe Figueroa, presidente interino de la Sociedad, y el Sr. D. Tomás Salgado, á nombre ·de la Sociedad de 'artesanos . .Acto continuo siguió S.M.
al establecimiento de niñas y al hospital, al cual hace pocos clias acaba de hacer
una donacion de 300 pesos, y que encontró en el mejor éstado.
.
"Muchas veces en esta y otras circunstancias tuvimos el gusto de oir de sus
labios cuánto estaba complacida con nuestra ciudad y el cariño que la inspira.
En !a escuela de niños, que ocupa un magnífico y aseado local, presentó á S. M.
el hijo del-Sr. Salgado las planas de sus compañeros, que admitió con benevolencia. El hijo del preceptor pronunció otra pequeña alocucion en idioma frances,
que agradó mucho á la Emperatriz, teniendo en cuenta el poco tiempo que lleva
de cursarlo.
·
,
"Terminada la visita de los establecimientos públicos, S. M. se dirigió al Molino 'de Flores, hacienda de los Sres. Cervantes, y como á. un cuarto de legua de ·
distancia salieron á encontrarla los Sres. D. José, D. Miguel y D. Juan Cervantes, con las dos hijas del primero, que montaban arrogantes caballos, luciendo
como diestras y graciosas gilletes.
"En el Molino recibió á S. M. al apeirse,~a Srita. D~ Soledad Cervantes, hermana de los dueños, que le presentó un hermoso ramillete. Todas las personas
de Texcoco que habían acompañado á la Emperatriz en union de las autoridades,
'tomaron parte á un almuerzo que estaba preparado en el jardin bajo ·la fresca
sombra de los fresnos, y donde reinó la mayor complacencia.

�,

'l.

/

338

EL DIARIO DEL IMPERIO.

"El Presidente, despues de haber. hecho léer por el relator la órden de convocacion, el informe prescrito por el art. 108 del Código de Jui;ticia militar y los
documentos cu.ya lectura le pareció necesaria, hizo saber 4 los acusados los delitos por los cuales se les juzga y les hizo, así como á sus defensores, la advertencildndicada en el art. 121 de dicho .Código. En seguida, el General D. Miguel
Piña hizo un al'e~ato sobre incompetencia del Consejo de guerra p:µ-a juzgar á
D. José María de la Peña, porque en el tiempo á que se contrae la acusacion,
Observatorio :fi.sico■meteórico.
funcionaba de Prefecto político y ;Comañdante militar de TJJlai, y por lo mismo
El Sr. D. Andrés Poey, célebre cubano bien conocido en el mundo de los S'a- debia se:v juzgado por el Tribunal Superior de la. nacion; así taro.bien alegó que
bios por sus trabajos científicos, ha llegado á esta cap1tal y ha establecido en el General Abeya no debia ser Comisario Imperial por 'haber funcionado en la
ella un Observatorio físico-meteórico. Hablando de esto, dice la Nueva Era de causa como juez instructor. El Coronel Gonzalez·, defensor de Vazquez, alegó
incompetencia en el Tribunal, porque su cliente es paisano. De la misma naturaayer lo siguiep.te:
., "El clima y la atmósfera de México son de aquellos que mejor se prestan á leza el Lic. lslas, defensor de Gutierrez, alegó incompetencia por ser su clien~
·
.
.
·
estudios intel'esantes. Hasta ahora, sin embargo, no ha existido en esta capital paisanó.
"El Presidente invitó al auditorio á que se retirara para que el Consejo dictani un Observatorio regular, ni un sistema organizado de-observaciones. Las qµe
se hacían en la Escuela de Minas, y los trabajos de algunos particula1·es, ofre- minara si era competente, y habiéndolo declarad9 así por.unanimidad de votos,
cían sin duda indica,ciones excelentes; pero no tenían la ilacion, el conjunto y la . volvi_ó Íl ~omenzar-la audiencia y se hizo saber la resolucion fyndada en que se
juzgaba á' dichos acusados; al primero, no como Prefecto superior político, sino coautoridad- que pueden dar valor á los d'atos cientíñcos.
. "El_ Emperador piensa llenar este vacío, crea:ndo un establecimiento.. bajo la mo Coronel que fué del regimiento de gendarmes de Tula, y á los otros dos, no co~reccion del Sr. F. Maury; pero entretanto este proyecto se realiza, ya se ha mo paisanos que resultan actualmente, sino co~o militares que fuijgi~n de oficiales
mstalado un pues-to de obs-ervaciones físico-meteorológicas bajo los au1ipi~ios de en el expresad.o 1·egimiento de Gendarmes; hizo saber igualmente el Presidenla comision científica francesa, y por los cuidados de su Presidente el Sr. Coro- · te que el General Abeya era Comisario Imperial nombrado por el Exmo..Sr. Ministro de la Guerra: incontinenti se procedió á los debate~ y se presentaron
nel Doutrelaine.
·
"Este Observatorio, establecido en la parte superior dei cuartel de S.anta Cla- como testigos, á pedimento de loa defensorea Sres. Alcalde é Islai( el Intel}-&lt;lenra, está -provisto de µna serie de aparatos é instrumentos que permiten esperaT te ·de ejército D: Fratícismo Montéro, los empleados Sanchez y Verdugo,·de la.
los ma!, útiles r~sultados. El Sr. 'J!· .Andrés Poey,-que se ha. encargado de ~sto, 5~ Direccion, q_uiene¡! habiepdo prestado el juramento de hablar sin odfo y sin
es un Joven sabio que se ha dado a conocer por numerosos trabajos, y especial- te'.lílor, y jurado decir la veraa:d J nad~ mae g:ue la verdatl., habiencfo ademas
mente en estos últimos años como Director del Observatorio de la Habana. De"' el·Presiµe~te llenado con respecto á ellos las formalidades 1;&gt;rescr'itas por los arorígen espaiio1, y mi~mbro honorario de la Sociedad Mexiciana de Geografía .y tículos 317 y 319 del Código de instruccion c1~minal, y reconocidos otros dos
·
Estadística, el Sr. Poey tiene adenras la ventaja de venir á un punto que no le testigos· de descargo pqr el acusado Gutierre'z.
"0ido el Comisario Imperial en sus peticiones dirigidas á que se apliquen á
es extra??· .Reune, pues, las mejores condiciones para sacar UJ1 ex-celente partido
los acusados las penas señaladacs en las leyes que indicó, y los acusados en los
de la IU1S10n que se le,ha confia'do.
· •
.
''Üon l~s progr.eso~ qll:e ha h~cho la cienc1~, y las aplicaciones práéticas· de términos de sus defensas y á los defensores todo cuanto quisieron pronunciar á
qu~ es obJeto1 la matitucion de·un Observateno no es ya, como antes, un ob,ieto ese objeto, y habiendo expresado hoy que nada tienen que añ_!l,dir en su defensa
de ~~rée para solo los ea~ios. Tiene una importancia general, porque_no se tra- y han sido 'los últimos que lian tenido la 1&gt;alabra y han usado de ella conforme
ta um~amente de estudi?~ abstr~c~os, sino de _tr_aoajos ,qu7vienen en au~lio de la pi~eron des.de ~l lúnes 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, y hoy 19, que son los en que
la .agncultur~, ~e la ~ohcia. mUillcrpal, de la. higiene publica,, y que contribuyen s'e ha tenido audiencia, declaró el Presidente que_habian terminado Jo¡, debates
y mandó á los defensores y á los acusados, é invitó á los·concurrentes del audipor consecuencia al bienestar de todos.
torio
que se retiraran. Deliberando el Conaejo en sesion seéreta y antes de ha"Es un nuevo progreso que Méxi~o deberá á la solicitud del gobierno ftances."
cerse las preguntas indicadas en el art. 132 del Código de Justicia militar, ma;
nifestó el Presidente:
·"El Présidente manifiesta que :Q.O tiene conciencia para sentenciar en definitiCJáua_del CJoronel Peña.
va, porque aunque está probado en la secuela.de la causa y en el debate- tenido
Ministerio de Guerra. Mn:rnrrJANO ÉMPERADOR DE MEXICO: :A todos los ~nte el Consejo, que hl\bo desórden en 1~ adminlstracion del ~uerpo d~ Gendar'-presentes y venideros, salud...-.El Consejo de guerrá extraordinario de la 1~ Di- mes de Tula y qt1e no se cumplieron los preceptos de fa Ordenanza, la cuenta no
vision militar, ha pronunciado la sentencia cuyo tenor es el siguiente:- "Hoy, está liquidada, y de consiguiente no está justificado plenamente ~l cuerpo del dediez y nueve de Marzo de mil ochocientos sesent.a y sei~ el Coñlfejo de- gtretra lito. .En 'Concepto del Presidente debe :ta causa volver -al Ministerio fiscal para
extraordinario, compuesto conforme al artículo 10 del Código de Justicia militar, que se esclarezca el punto relativo á plazas supuestas, se averigüe cnánfas y
de los señores General de Divisfon Marqués de Rivascacho, General de Briga- cuáles fueron, el tiempo que estuvieron figur~ndo en las listas de revista, cuál
da D. Gerónimo Garaona, General de Brigada D. Benito Zenea, General de Bri- el monto de esos haberes y todo lo demas que pueda ser ma~ ria de carg6 de
gada D. Francisco A, Vélez, el que habiéndose enform¡i.d.o fué sustituido por peculado; que se ajuste el Ouerpo á remate en el tiempo que lo manejaron los
nombramiento que hizo el Exm9. Sr. Ministro de la Guerra en el General de encargados de la administracion que están acusados, y se liquide la cucntá de
.füfgada D. Ignacio Orihuela; General de Brigadli"D. Pascual Miranda, Corone- las com,pañí11s haciendo las distribuciones y ajustes, así corno las de fondo de
les D. Antonio Maturana y D. Juan Espínola, nombrados todos por el Exmo. armamento y el de forraje, formándoselos documentos que nó se hu_bieren hecho
.Sr. Ministro de la Guerra, los que no sé hallan en ningup.o de lQs casos de in- durante ese tiempo para conocer y cali6,car la defraudacion á los fondos públi-compatibilidad previstos por los artículo§ 22, 23 y 24 del Código ya citado.- coa ó á los individuos del cuerpo, á quienes deberá nacerse el cargo de las can.El Sr. General de Brigada graduado D. Juan Abeya, Comisario Imperial;. el tidades en numerariQ, efectos y vestuario qub hayan récibido, y entonces ya poCapitan D. Abundio Verde, Re1atol', ó. sea fiscal; el Ca.pitan D. Bruno Castillo, ' drá graduarse la responsabiliaad que tengan los &lt;5ficiales 9.ue compusieron el
•Secretario de dicho Consejo, el que fué convocado por órden de S. E. el Minis- Consejo eventual y los que hubieren intervenido legal ó ilegalmente en las distro de la Guerra, ~onforme al Código de Justicia militar, y se reunió en el local tribuciones. ·
ordinario de sus sesiones en audiencia pública para juzgar al Coronel D. José 1 "La cuenta del maiz mandádo comprar por S. 1i( el Emperador, no está tamMaría de la Peña, Comandantes de Escuadron D-. Luis Alvarez y D. :Angel Zuleta, iJOCó liquida~a; pero· este asunto, en concepto defPresidénte, no es de la conipeCapitanes D. Julian Bahena y D. Ju~n Gutienez, T,eniente D. Francisco Vaz- ' tencia del CoJ?-sejo. Considera neceaario esclarecer todo lo_ que- queda· vago é inquez, y oficial de lá 5~ Direccion del Ministerio de la Guerra D. Domingo Aroc~i, definido paTa cali4icar exactamente la responsabilidad que resulta por el mal maacusados de peculado y dilapidacion de los caudales pertenecientes al Reguniento nejo de los caudales, la que no puede hacerse por ahora efectiva,_y segun previene
Gendarmes de Tula. ·
_
la Ordenanza general del ejército en el tratado 1?, título 9, artículo 14. Que con
"Abierta la sesion hizo traer el Presidente y poner del!\,nte de él sobre la me- , vista del resultado de estas diligencias se liagan las ampliacion!ls-para formular los
sa un ejemplar del Código de Justicia militar, la Ordenanza general del Ejérci- cargos á q_ue conforme á derecho hubiese lugai;:: lo' cual entiende que es arreglato, y mapdó que se presentaeen los acusados, que fueron introducidos sueltos, sin do á las prescripciones de la última parte del segundo periodo del art. 129 del
grillos ni cadenas, ante el Consejo; igualmente se p1:esentaron sus defensores, Código de Justicia militar. Y que en el entretanto que todo esto se verifica perGeneral de Brigada D. Miguel Piña, General graduado D. Manuel Diaz de la manezcan en prision los acusados, excepto él comandante de escuadron D. A?gel
Vega, Coroneles D. Ignacio Peral y D. Mariano Gonzalez, Lic. D. Joaquín Al- Zuleta y el Ca.pitan Gutierrez, á .quienes se les pondrá en libertad bajo la oblicalde y Lic. D. Gabriel Islas, .que fué nombrado por el capitan Gutierr~z porquil gacion de estar á ,dérecho para hacerles los -c~gos si de las actuaciones de que
se enfermó· el defensor que habia nombrad() antes, General D. J oaquin 'Mi_ramon; se hace mérito hubiese · lug!tr, devolviéndoles los repibos q_ue han presentado,
no.habiendo concurrido por enfermedad el Coronel retirado D. José María Sa- quedando copia certifiéada en el proceso. El Presidente manifiesta igualmente,
las', defensor del Comandante Zuleta, el que mandó escrito su alegato.-Pregun- que segtm la i_nteligencia que tiene del Código de Justicia milita.r1 los ministetados los acusados por-sus nombres, dijeron: llamarse D. José María Peña, de ríos fisca1 y público eje!cidos por el Comisario Imperial, han de recaer en dós
edad de treinta y cinco años, natural de México, de estado casado, profesjon mi- -personas distintas, es decir, que el Comisario-y el Fiscal han de ser dos sugetos
litiJ,r, domiciliado en Tnla: D. Luis Alvarez, de edad-de veintiocho años, natu;al diversos, no pudiendo considerarse en este juicio al Fiscal General Abeya y su
de México, de estado éasado, profesion:·militar, domiciliado en México: D. ,A.n- . acompañado el Ca.pitan-Verde sino como una sola persona·moral; Y si la inteligel Zuleta, de edad de cuarenta años, natural de México, de estado casado, pro- gencia que tiene no es errónea, el Fiscal Abeya no debió funcionar comQaComifesion militar, domiciliado en México: D. Julian Bahena, de . edad de treinta y sario; lo cual se hará saber al Exmo. Sr. Ministro de la Guerra para que disponcinco años, natural de México, de estado casado, profesion militar, domicilio ga en coMecuencia lo que liaya lugar en derecho." .
.
México: D. Juan Gutierrez, de edad fle veintinueve años, natural de·Durango,·
"Y aprobada esta manife,stacion por unanimidad, resolvió el Consejo: l? Que
de estado casado, profesion militar, domicilio México: D. Francisco Vazquez, de en el Cuerpo de Gendarmes de Tula hubo del!órden en'. la administracion, y 9.ue
edad de veintiocho años, natural de México, de estado soltero, profesion,militar, no se cumplieron con los preceptos· de la Ordenanza y de la ley de 25 de ~etiemdomicilio Méxi_co: D. Domingo Arochi, de edad de veintii;meye años, natural de breile 1863,-2? Que la cuenta no está liquidada, y de cpnsiguiénte no aparece
México, de'estado soltero, profesion empleado, domicilio México.-Los defenso-' justificado el cuerpo del delito con plenitud.-3? Que se vuelvan las actuaciones
res por los suyos respectivos, llamados D. Miguel Piña, de edad de cuarenta y al Ministro fiscal con todos lo~·recados que se han _presentado al Consejo, ·para
nueve años, natural de México, estado casado, profesion militar, domicilio en Mé- qüe se averigüe cuántas y cuáles fueron las plazas supuestas en las listas de Te~
xico: D. Manuel Diaz de la, Vega, de-€dad: de treinta y seis años, natural d_e Mé- vista, el tiempo 'que eátuvieron figurando en -ellas, y cuál el monto de los haberes
Jico, estado casado, profesio,n militar, dorr.icilio en México: D. Ignacio Peral, de que se p'ercibieron-por estas plazas suvlantadas, esclareciendo todo lo'demas que
edad de cuarenta y ócho años, natural de Guadalajara, estado casado, profesion pueda ser materia de peculado.-4? Que se ajuste el Cuerpo á remate durante el
militar, domiciliado en México: D. Mariano Gonzalez, de edad de treinta y cinco tiempo de la administracion del Sr. Peña y los acusados.-5? Que se hagan las
años, nat~al de México, estado casado, profesion milita(. domiciliad.o en México: distribuciones de las compañías.-6? Que se liquide 111&lt; cuenta de esas compañías.
D. Joaqum Alcalde, de edad de treinta y tres años, natural de Jalapa, estado -7? Que se ajusten á los oficiales é indivíduos de tropa; que se haga el ajqste del
viudo, profesion abogado, domicilio México: D. Gabriellslas, de edad de treinta fondo de armámento.-9~ Lo mismo del fondo de forrajes.-10. Las cuel\tas de
y un años, natural de México, estado soltero, profesion abogado, domiciliQ Mé- caja que se formen, ó rehaian' los documentos que han debido figurar en ella ó han
xico.
·,
sido mal formados.-11. (.lue se haga el cargo á cada uno de los .que resultan
"Despues de 1·ecorrido el parque y visitay.o las dos capillas, S. M. se despidió
de la concurrencia á las dos y media, regresando á Texcoco, de donde se volvió
á embarcar para México, no sin dejar, ademas de los recúerdos de su amabilidad-,
200 pesos para los pobres, y varias medallas para los vecinos indígenaJl.
"El dia 24 de Marzo no se borrará de ll;\ memoria. de--Los Texcocanos."

/

EL DIARIO DEL IMPERIO.

339

culpados, giaduando la responsabilidad que resulte á 1.os q.~e compo~ian el Con- 5 del .presente, en el que vd. se sirvió insertarme el del Exmo. Sr. Ministro de
sejo eventual ó que hubiesen intervenido legal ó ilegalmente,-:-12. Que se escla- Gobernaéion de 2 del mismo mes.
11
Y lo trascribo á V. E. para su debido conocimiento~ acompañándole copia de
rezca. todo lo que ha quedado vago ó indefinido.-13. Que resulten dé todas esla
a.eta que en la inserta comunicacion se cita.-Dios guarde á V. E. mucho·s
tas actuaciones las cantidades que hayan sido desfalcadas- para· iesarcirlas á
quien-cotresponda, haciendo las ampliaciones que son necesarias pata formu- años.-El ~refect9 político) Pascual Gonzalez Fuentes.-~xmo~Sr. Ministro d~
lar los cargos.-14. Que en el entretanto que todo esto !lll verifica, permanezcan Gobernacion.- México.''
en prísion fos a~Ul~ados, exceptuá1_1dose a! Co~andante de E~cua~on D.1½1gel _
Aotas áe culliesion á que se i·efi,ere el anterior oficf..o.
Zuleta y al Capitan D. Juan Gutierrez, a qmenes se. pondra en libertad ba.Jo la
obligacion de estará derecho.-15. Que á est9s ú~timos-.se les devuelvan los re"Alcaldía municipal de ~ultepec.-En el mineral de Sultepec, á los diez ynuecibos que han prese~tado, quedando ~e ellos copm c_ert1~cada ~n e~ proceso.- ve dias del mes de Marq,o de ochocientos sesenta y seis, reunidos en la casa conlo. Que es. inco~pat1ble el cargo de Fiscal y de Comisario, y ~ad~ uno de~e ser sts.torial de esta cabecera la mayor parte de lós vecinos del pueblo de San Pefungido por una persona.-! 7. Que cesa ~n. el cargo de 60ID1sar10 Imperial _el dro Huayahualco, con, el fin de dar cumplimiento á lo que previene la comunicaGeneral D. Juan de Abefa, y S. E. el Mirustro de lá Guerra, en consecuencm, cion de la Subprefectura del Distrito, fecha 9 del a1,tual,_respecto,al indulto que
nomb;-ará I'a persona. que debe servir este·enca.rg~, conforme á derecho.-!~. ·Que los expresados han solicitado, el que por una gi·acia de S. M. el:: Emperador les
la; cuenta,ael maíz mandado comprar por S. M. el Emperador y,1a invel'Slon del ha sido ·conctidid.o; y despues de- habérselefdado,Iectura á dicho oficio, é impuescaudal deátinado _para ·esa compra, no es de la competencia del 0onsejo,:y todo·!o ·tos-los mencionados detenidamente de su contenido, manifestaron:
.
~ue,haya d~ este !l;~un~o se remitirá_.~ quien corresponaa.-19.. 9ue el 90:is030
, ''r Qu~ reconocen libre.y espontáneamente al Gobier.no del ]plperio_todoslos
pronuncia eata sentenc~a, 1_10 en defiru~va, para que t~n.qa el debido cumplnme~to _vecmos del pueblo mencionado.
.
.
. .
la últim1,1, parte del 2? periodo qel articulo 129 del Codigo, y que la snspension
"2? Que aunque cometiero4 el yerro de haber desconocido al mencionado. Gode lol! debates -no pudo ha.cerse sino hasta• que. se, o:yó á todos los defensores . bierno, que protf)stanºjamas.v2lver á cometer otra falta semejanté.
·y acu~~doe~
.
_ .
r
•
,
.
•
•
"3? Que se remita la copia de esta acta al señ_or Suoprefecto del_D!stritoi,para
"Vuelta a añrirsE} l~ ses1on publica, leyo .el P:eside~te los. motivos Y 1~ ~arte qúe _por su respéctable conducto se mande al senor Prefecto superior del Deparresolutiva antes mencionada; por lo tanto, mando que mmediatamente se de lec- taw.en~o.
'tura;·en presencia del, General Abey-á, de esta senten~ia á I?s ac~sad_os, 'del~1!te
•: Con lo que se concluyó este act~ y se levantó la presente acta que firmaron
de 1a._guardia foi:mada e&lt;1n armas; hecli~ lo cUll.l y dada la se~tencia sm separa;• los que-supieron, anj;e mí, de que doy fé.--J"esmi Benhum~a; el Capitan Juan
-se e11: sesion pública., el ~a de hoy ya citad~, ~puaron lo~ miembros del Oo_nseJO Cárlos; el ,J11ez auxiliar; Antonio Dominguez; el go'beruador del pueblo, Martín
con el presente Secreta~o.-General _de D1V1sion,. Presidente ~el ConseJO dé . Doroteo; J ogé Ro's~ Sanchez, Felipe de Santiago, José Guadalupe, PascualVa.
Guerra, Mart¡ués de Rivascacho.-Pnmer vocal, General Gerómmo darqona.~ lenciano,, Victoriano Antonio, José Pioquinto, Antonio Quirino; Alejandro Pe, .Segundo vocal, General de Brigada Benito Zenea.-Terc?r vocal, Gene~l de• aro, Juañ.:Marcefo, Martín Apolonio, Jacobo Leonardo, Mariáno Antonio, C,leBrigada Ignacio Orihuela.-Curu.:to vocal, Generál ~e B"ngada Pase_ual Miran- ' mente de la c:?uz, José-Paulina, José Pioquinto, Anastasia Morales, Martín Pa~.--Quinto .voeal, Coronel Antomo de Máturana...-Sexto v?éal;, Coronel Juan blo.... Y por todos los que no sup1er-on firmar, lo-hizo .el- Juez awciliar· Antonio
Espínola.
,
_ ,
.•
, . ~ . ; Dominguez.-Es copia de la o_riginal que existe en el archivo del Ilustre Ayun"H'oy, 19 de Marzo de 1$66, se l!ly6 ~~ta s'énteñc1~_por n~s el SecreU,tro q~9 ta.miento de este mineral.-Sultepec, Marzo 20 de l866.-JesU$ Benhume/1,."
abajo firma, á los llamados D. J~sé Mana ,de, la l.&gt;ena; ~omandantes D, Lms
"Es copia. Toluca, :¡\{arzo 28 de -1866.-El oficial mayor, Francisco AreeheAlvarez y D. Angel Zuleta; Capitanes D. J'ulian Bahena y,D. Juan Gutterrez; rola;'-'
·
• · Teniente D. Franciffco de P. Vim¡rnrz; ~ft~I.M l~W ta' ó~Direccion de.GlIDrn
S r · Méxi M 31 de 1866.-El. Subsaeretario -de · G-0bemlieion
D. Domingo Arochi; cuya lectura,ee hizo en prlll!lencia deJa guardia formada 1i1
copj_ª'y~ arzo
. con arma.s,:-,General Juarf ,ae .Abega:-Oéttifrco que la ;resént_e COJÍª está l ª ~aranctBCO •
•
da. de la ongma.l, que obra en la catis~de-D. José Mana de la Pena y soCios..V~ B~ General ..4.bega.-Secreta.rioi Bru-na ~illo."
.

°~.

Pozo artesiano de Nopalucan.

Mfüisterio de Guerta.-1~ Direécibn.-4~- :Óivi~ion:-Méxf¿o;_ M;~rzb 26
de 18.66...-."E~a.Jllinaélo , el documento que-erl wpia remitió á este Mib.il!te.rio el Comisario Imperial del Consejo de Guerra,.de que es vd. digno presidente,
•· en que consta lá résol'\lcÍbn acordada el día 19 d~l presente e.n el acto de vista
del proceso formado por mala tersácion de caudales y pecúlaclo, _á, D. José M'a. ·ría deJa Peña y socios, aparecé que-la decision del Consejo.no puede llamarse
propiamente sentencia, supuesto qrie no absuelve ni condena á los acusados, y
' que mas bien solo. tiene el ca.r&amp;cter deia'am:íta-cion.=OonvtJ1md-◊ el.C:ons-ejo pára
fallar sobre el {lelito por que se juzga á los acusados, su jJ.1icio debió -ceñir.ae-á.
este único punto; es dectr, á buscar y examinar la compróbacion dél delito, é im- .
poner á los ilelincuent~ la pena, señala,da por la ley; y si,de la.a collJ;!tancias d~l
-proceso n:o itparecieron los hecbos plenamentejustificados para convencer el áni- .
mo de los jueces, bien por defectos ·notados. en el cúrso de la instruccion ó por
haberse omitido la práctica de algunas diligencias necesarias, pudo el-Consejo
usar en este caso de la facultad que)~ concede la frac~ion 2~ del artículo 129
del C6digo de Justici!l, militar, suspendiendo los debatesj pero teqninados estos
p,or declaracio_n que hizo vd. despues de oír á los acusados y sus -&lt;lefensores, debió procederse á llenar las formalidades prescritas en los•artículos 131, 132, 133
y 134 del mismo Código de Justicia.-Al Gobierno de S. M. toca cuidar de la.
estricta observancia dé las leyes, y que la justicia se admiñistrp fiel .y cumpli,;
da.mente; y en US'O de este derecho no púede arunitir la tramitacíon ~cordada, por
el Consejo de Guerra en el presente caso, por estar fuera de lo prevenido por el
Código citado, y porque del cumplimiento de las disposiciones que ella contiene
resultaría entorpecido (!l curso de la justicia con notorio ~erjuicio de la vindict.a
pública y de los acusados 1&gt;ues son impracticables· álgunas de las provjdencias
que encierra, por la absoluta imposibilidad de· Ja forma~ion de las cuentas, dis, - tribuciones do caudales y ajuste. de fondos de· caja con .arreglo á lo¡i formulários
mandados observar, en virtud de que el Cuerpo· de- Genaarmes de Tula, que
., mandaba como Coronel el Sr. Peña, era_de tropall irregulares, y por un criminal
descuido de su gefe no se sujetó á la disciplina ni régimen de lmf demaa' Cuer.;
pQs ael ejército:-En este concepto, el Gobierno· de S. :M. s-e ha sei;vido acordar
prevenga á vd., como tengo la honra de hacerlo, qué· reuniendo nuevamente.ál.
Consejo de' Guerra que ha conociao del juicio, proceda á· pronunciar su fallo en
definitiva, pudiendo en el curso de-los debates esclarecer, hasta don~e fuese po. sible, los hechos que no lo estén suficientemente en sus detalles, para que con
esta nueva luz y con presencia de lo actuado, a.legado y·probado, sentencie defi-.
nitivamente; absolviendo ó condenando á los acusados con arreglo á los méritos
del proceso.-El acto de vista tendrá l'f!gar el di~ 4 del próximo Abril.-Lo q!J.e
comunico á vd. para su cumplimiento, en concepto q~e el Co)Ilisario Im_perial dará las órdenes para. la reunion d:el Conaejo.-El Comisario Imperial de Michoacan, encargado del Ministerio de Guerra, PEZA,....,,.Sr. General de Diviaion, Marqués de Rivascac~o, presidente del Consejo de Gu•ma._"
Son copias. México, Marzo 27 de 1866.-El Subsecretario interino de Guerra, ·
J. M. Márquez."
·

Adhesion de IÍuayahualco al Imperio.
Ministerio de GobernaciQn.-Seccion 2~- "Prefectura supérior política del
Departamento de Toluca.-Núm. 252.-Toluca, Marzo 28 de 1866.-Exm.o. Sr.
-Con fecha 22 del actual dice á esta Prefectura el Subprefecto de Sultepec lo
que sigue:
.
,
"El Alcalde municipal de Sultepec .dice á esta. Subprefectura, eón fecha 9 del
actual, lo aiguient,e:-Adjunto á vd.. copia de la acta levantada á virtud del indulto 4ue les fué concedido á los vecinos del pueblo ~ San Pedro Buayahualco
de esta comprension, segun lo que se me ordena en la. comunicacion oficial de .
9 del actuál.-Y tengo la honra de insertarló á vd. acompañándole el acta de
que habla la anterior comunicacion, confotme al oficio de ésa; Prefectura, fecha

~ecretaría privada ~el EIXJ.perador.-"Prefectura de Puebla.-Seccion 4~Num. 143.-Puebla, Marzo 24'de_1866.-El Subprefecto de Tepeaca, con fecha
,15 del actua,l, dice á fa Secretaría de esta Prefectura lo.que sigue:
''Con fecha. 13 del presente me dice el Alcalde de Nopa.lúcán lo que sigue:Con bastante~satisfaccion participo á vd. que hasta la .fecha llevan ochenta y
ocho varas escarbadas en el pozo artesjano de esta poblacion, y aJ fin -de ellas se
advierte ~e hay agua, la ~e va ascendiendo por grados, y en-este mómento ha·
11ubwo cosa a.e cuatro .varas..:_"): lo trascribo á vd. para cono~imiento del Sr.
P~e{ecto político, y á fin de,que-por conducto 'de S. Sría. llegue al de S, M. el
E~parador el resultado de su benéfica cooperacion en bi!ln de aquella. municjpalidad.
-.
•
_ "Y tengo la honra de trascribirlo á vd. para conocimiento de- S. M.-El PrefectQ político A.M. Peon.-Sr. Director de los NegociQs civiles de la Secreta- ·
ría ptiváda..de S. M. el Emperador."
Es copia. 'México, M.arzo 31 de- 1866.-El Director de los Negocios civiles
de l~ Secretaría privada del Empe.rador, JUCl/l1, Dev'incentiis.

CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
Suscric-ion eñfavor de los ínundados,
Suma anterior. . . . . . . .. . ·
J UZGADO 1? DE P .A.Z.
Juez D. l!~rancisco de P. Rosas ....•••....•.... _.
Secretario D. José Francisc_o
, Reyes...•... , ..•...•..

30,356 40!
. ,.
5 00
1 00

6 00

5 00

5 ÓO

5 00

' 5 00

Juez de 1~ instancia D. Bernardo Calero....•. : • .• •,·
6 00
Secretario D. Leandro M. Álcolea. . . . . . . . . . . • • • . • . • . ,· 4 00
Escribiente D. Miguel Absalon. : ... : . . '. . . : . •.• . • •
1 00

11 00

2? DE l'.A.Z,
Juez D. José Ignacio ~e la Puente •. . . ..• ... . : : ..,.
;

✓

JUZGADO

' JUZGADO 3? DE P.A.Z,
Juéz D. Guillermo Fitzmaurice .. .. ..• ·- ..• . •••••

. JUZGADO DE LO CRIMlN.A.L.

---

/

•

.JUZGADO DE LO CIVIL,
.•

,

Juez de 1~ instancia D.' Manuel A. Ro~o .......•.•
Secretario D. José María Bello ........... .... . ..-

8 00

5 00

13 00

REC.A.UD.A.CION DE PE~S.

Recaudador D. Juan D. Ností .-. . ............... .
Escribiente D. E.stéban D. Q~jano .....•....... : .

5 00
2 00
.:

_

CúRT'.Er M.A.RCI.A.L',

Presidente D. Pedro Diaz Miron. _..... .• ...• : .•. Primer'Juez p. Pedro Rodríguez •..........•... ,
Segun.do ig. D. Luí~ del Toro........... . ..... . "·
Relator?· Enrique Du~ue.Estrada •••.••...• -. , ..•;
Secretario D. José Maria Ucha .•. .... .. •. .•.. . ••
.Suma·............ .. .., ••

,_

ló 00
2 00

1 00
t -00
2 00

16 00
30,419 40! .

(dontinuará..)

Yo

�EL ~DIARIO DEL IMPERIO.
.AVISOS OFICIALES ..
MINISTERIO DE ESTADO.
AUDIENCIAS MINISTERIALES.

Queriendo conciliar el mejor servicio con la re~aridad y buen órden que exige la espedí.
cion de los negocios de las Secretarias del Despacho, ha acordado e1 Consejo áe Ministros,
con autorfaacion de S. M. el Emperador, las disposiciones siguientes;
1~ El Ministro de Estado dará audiencia diaria de diez á once de la mañana.
El de Negocios Estranjeros, los lúnes1 miércoles y sábados, de diez á .once de la mañana.
El de Gobernacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
,
El de Justicia, los lúnes, miércoles y viérnes, de tres á cuatro de la tarñe. ,
El de Instruccion_públ!ca y Cultos, los mártes, juéves y sábados, de diez y media á doce
de la mañana.
.
El de Guerra, los'lúnes, miércoles y viémes, de doce á una d_e la tarde.
El de Foment.o, todos los dias, de las dos á las tres de la tarde.
•
El Subsecretario de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á la una del dia.
Las perso:µas serán recibidas en el órden con que se hayan presentado, sin distincion de
·rango. '
2'!- El ¡¡ue quisiere ser oido en audiencia particular, deberá pedirla por medio de una esquela, indicando el asunto. Si no concurriere con exactit.ud á, la hora que se le ~ubiere designado, no se le recibirá.
··
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se dirigirán al
Oficial de partes.
'
. .
•
.
.
·
4~ s., recomienda á, las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la espo-11icion de sus negooios.
·
.
5~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion los negocios
oficiales.
'
6~ A fin de es·tirpar la costumbre tan perniciosa a1 buen servicio como al decoro del Gobierno, con que se molesta-y ofende á los Ministros, ya moviéndoles influjos p'ara el despácho.de
los negocios, ya distrayéndolos con los que·no pertenece¡i á su resorte, se adyierte á los interesados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que S. M. ha ptom.bido espresamente á los Ministros hacer recoip.endaciones y tomar ingerencia en negocios estrañ'os
á si:uamo.
,
•
7"!- Una· copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los M;inisterios.
·
• ·
México, 8 de Agosto de 1865.

Ju~,;ado de p.rimera instancia de Jlfachuea .
En el espediente ge la quiebra de Mrs. Powning y Grenfells, radicado en este Juzgaq_o, el
.Sr. Juez ha pr,oveido el siguiente auto:
"Pachuca, Feorero '18 de 1866.-Vistas las anteriores diligencias, conforme á los artículos
775 y 780 del Código de Comercio, se declaran en estado de quiebra á D. Ewin Powning y
D. Cárlos Grenfells, computándose la época de aquella desde el dia diez y.seis de Enero último: se nombra para síndico administrador de los bienes de los fallidos al Sr. D. Camilo
Thevin, y para síndico judicial al Sr. D. Ra~on Rosales, á quienes se les hará saber su nombtamiento, poniendo á disposicion del' primero los bienes y papeles ya secuestrados que obran
en depósito de la Sra: Manzano, á quien se librará la órden de entrega por conducto y bajo la
responsabilidad del Juez H de paz del Mineral del Monte, que constituyó informalmente el
depósito: con insercion de este auto, av'ísese por dos periódicos de los que se puólican en !,a
capital, y por edictos que se fijarán en los parajes de estilo, la quiebra de los espre'sa~os
Pownin,g y Grenfells~citando á sus acreedorell para que del 1~ al 30 del próximo mes de Mar, ,
zo presenten al síndico administrador los títulos justificativos de sus créditos, y para la junta
de exámen y reconocimiento de ellos, que se celebrará en este Juzgado el dia once de Abril
del comente año: líbrese órden al Sr. Administrador de correos de esta ciudad, pán¡. que la
correspondencia de Powning y Grenfells le séa entregada al síndico O. Camilo Thevin: pre.
:vén~ase ~ este señor forme el b~lance de losefectos perte~eciente,s á, la quiebra, en el té!'filino
de diez d1as, á cuyo fin se as001ará para formar los aprecios, del perito D. Lúcas Barqum: se
nombra á D. Vicente de Ugarte defensor de los fallidos,,,en atencion á haberse fugado; procediendo contra aquellos conforme á derecho, á cuyo obJeto se compulsará en lo conducente
testimonio de las constancias de estos autos. Lo decret6 y firmó el Sr. Juez de 1~ instancia.
Doy fe.-Pahlo Tellez.-Lic. Teodoro Zúi!.iga, Secretario." .
·
Y en cumplimiento de lo mandado éspido el'presente.-Pachuca, Febrero 27 de 1866.-El
Secretario, Lic. T. Zúñiga.
, .
860-15a-9
,·

· Citacion judiciaL
El Sr. Juez 3~ de Instruccion de lo civil, por auto de diez detcorriente, ha mandado se cite
á D. F~lipe' Flessiere, para q~e se presente en el Juz¡¡ado que ·s~ ha~la y.bicado en el Palacio
de J nstic1a, dentro de ocho dias, contados desde la pnmera publicac1on· de este aviso, á contestar la demanda que sobre pesos le promueve enjuicio verbal D. Francisco de Pozo; apercibido ~e que si no _comp11:ece, ~ ~ará por.contestada la dema!l-da en rebeldía.
Ménco, Marzo diez y siete de m¡l ochocientos sesenta y se1s.- Urbano Morali, Escribano
público.
884- 3a- 3

Ju~gado de letras de Jilotepec.
En virtud de mandato judicial, procedente del Juzgado de pri..-nera instáncia de este Dis•
trito, convoco por el presente aviso á las personas que se creyeren con derecho á la sucesron
'intesta&lt;}11 de D. José ªMaria Leiva, vecino ~ue fyé de este pueblo, para que vengan á hacerlo
valer en dicho.Juzgado dentro de treinta dias, contados desde hoy; bajo el apercibimiento de
qus si no lo liacen, les parará el perjuicio que hubierdngar.
• Jilotepec, Marzo 14 de 1866.- 4.naatasia-Molina, Escribano público.
· 6a- 2

•ecretaria deJ Cottsejo Departamental.
.

\.-

AVµJO.

- Está señalado el dia cuatro' del próximo Abril, á la-s dos de la tarde, para la vista de lo; espedientes relativos á manifestaciones que presentaron, Cllll!pliendo con la ley de 5 de Julio
Émplazamiento judicial,'
ael,año antetjor, los individuo~ siguientes:
D. Atiláno Perez; en lQs autos sobre nombramiento de perito paleógrafo para la traducclon
Sr. D. Isidoro de la Torre, por D. Tomás Nornscanstle, sobre cesion y Subrogacion de un de los títulos de propiedad del pueblo de Tisayuca, se ha presentado en este J uz~ado pidien.
capital de trescientos veinticinco mil seiscientos noventa y seis pesos, que á la Es- - do que coUJo complemento 6 ratificacion de los trasuntos que tiene pedidos en uruon de otro.s
cuela de Agricultura reconocian varias casas de esta capital.
individuos principales del comun, de indígenas de dicho pueblo, se libre órden al Director del
,, ,, Francisco de P. Castro, propiet~o de la casa núm. 8, Portal del Coliseo Viejo.
general para·que espida certificacion de los autos que los naturales de Tisayuca si•
,, ,, Rafael Cancino, apoderado de D. Miguel Iturbide, que toseyó la casa núm. 3 de la Archfvo'.
guieron en 1717 contra-D. &lt;Turónimo de Tovar, sobre propiedad de los parajes San Miguel, Sancalle de la Acequia.
Juan Bautista, San Pedro Xicalhucan y ks Reyes. Y el Sr. Juez l ? de. Instruccíon ha ténido á
,, ,, Teodoro ChaveZ' por la compra de la finca núm. 9, Portal del Coliseo Viejo.
bien decretar: que no siendo conocidos los menores del referido D. Gerónimo Tovar, ui las
El mismo por la finca núm. 4, calle de la'Verónica.
-'
personas que puedán tener inter!}s en l os autos de que 1!e trata, se les convoque por.
,, ,, J osé Antonio Decaen poda compra de la casa núm. 6 del Portal del Coliseo Viejo. dell!as
los periódicos; a.percibidos ~e que si _dentro _de quincf: dias n? se presentan en este J~gado,
,, ,, JQsé Maria Olloqui, como poseedor de'la casa ¡iúm. 7, calle de Zuleta.
se librará el oficio que se pide para que esp1da la copia de dichos au,tos. Y en cumplimiento
. El mismo por la casa núm. 3 del Hospital Real.
1
de lo mandado pongo el presente anuncio.
n ' ,, Jesus Fagoaga como poseedor de la casa núm. 7 del Puente de la Mariscala.
'
México, 23 de Marzo de 1866.- El Secretario del Juzgado, Lic. Julio Cltavez. 881-6a-3
,, ,, J'uan Burnard por la casa letra K, (lalle de la Victoria.
Sres.Merodio y Blanco por la casa núm. 29 de la2~ calle de Mesones.
Sr. D. Miguel Medina·por las casas números 20 y 21 do la 3~ calle de San Juan y núm. 6
A VISOS -Y-ARTICULARES.
de la de la Polilla.
,, ,, Jorge Tisent por la casa n:fun. 16, calle de la Victoria, y sus dos contiguas, marca..
das con las letras M y N.
,, ,, José Maria Noriega.por la casa núm. 7, calle del Coliseo Viejo.
·
Sra. D~ Maria Ana Burgos (su testamentaria) por la casa núm. 1, calle de la Acequia.
DE Ld.S JfHNd.S DE ORO
Sr. D. Victoriano Montes de Oca por la casa núm. 1 de la calle del Hospital Re'al,
Sit~adas
cerca
de
los l'lacer~s del J1epartamento de Mícboacan.
Todas estas fincas ei;tán listadas en la manifestacion que presentó el Sr. D. Isidoro de la
Torre, pues que ellas pertenecieron al fondo de la Escuela de Agricultura.
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotacion de las minas de SAN I SIDRO
México, Marzo 31 de 1866.-El Secretario del Consejo Departamental, E11rique Rtiano.
LA CUEVA SANTA, SAN MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE DE CRISTO co~
3s-1
fecha 2~ d~ Febrero último quedó instalada_la Junta Menor Directiva, compuesta del~ personas s1gruentes:
·

COMPANIA ANGlO-MEXICANA

-

ADMll'fIS'l'B.ACION GJINIJll-AL DIJ COB.B.EOS.
CONVOC.A.TORIA.

Debiendo proceder esta Administracion general á contratar-la conduccion de la correspondencia ordin•aria_y estraordinaria par.a las principales carreteras del Imperio, se convoca á las
pe1sonas que quieran hacer postoras al efecto; en ~l concépto que deberán aneglarse á las óases siguientes:
1~ La contrata comp~enderá colectivamente la conduccion de la correspondenéia pública
para los puntos y bajo las espediciones que á continuacion se espresan:
Para Puebla y vice versa, siete espe9iciones semanarias.
Para Orizava y Veracruz, Pachuca, Toluca y.Querétaro, seis.
Para Tehuacan, Huamantla, Morelia, Guanajuato, L"eon, Lagos, Guadalajara, Aguascalien.
tes, Zacatecas, San Miguel de Allende, San Luis Poto¡¡í, Matehuala, Saltillo, Moñterey, .A.pan,
Tulancingo, Chalco, Cuautla de Morelos, Cnenfavaca y Tenancingo, tres espediciones se.
manarias. ·
·
2~ La conduccion de las balijas se hará·por medio de carruajes, sobre cuya solidez y celeridad se ~dmitirán las propuestas, que si no mejoran el servicio, al menos se haga eri los mis·.
mos tér=os que actualmente.
.
·.
3! •Los licitantes presentarán con·el pliego cerrado que contenga sus propuestas, la caución ·
correspondiente de personas notoriamente idóneas, pues no es admisible el simpie papel de
a~ono para q.ue pueda hacerse la adjudicacion, si1;10 que deberá ~fianzarse el cc¡ntrato con es.
critura pública tlil la for.ma legal para su segundad y saneamient0c por todo el tiempo que
quede estipulada su duracion.
Las propuestas se recibi.Fán en pliego cerrado por la Administracion general, hasta -el dia 16
del próximo mes de Abril á las doce de la mañana.
.
México, ~arzo 20 de 18Q6.-El Administrador general, L.a ii ile la Ptza.
3a-2

Presidente .................... El Sr. D. Pedll'O Hope. . .
Primervocal. ••••.••••• : •••••. ,, ,, ,, h_ancisco de P. Rubio.
2?
,, .••••••• •••••••••. ,, ,, ,, José Juan Cervantes, CONDE'
DE SANTIAGO.

'

_ Vocal suplente ••••.•.••• : .•... ,, ,, ,, José Hope.
.
,, ............... .. ,, ,, ,, José d., u Escatido-Íi.
Director de la Compañía.. •• • . • . ,, ,, ,, Luis de Stein.

'1

Depósito de fondos y Baneo 5El Banco de Lóndres Méuco
de la Compañía.'.... ... . t y Sud-América,
'
Concluida la,impresion de los Bonos de dicha negociacion y entreg~dos. estos ál l!ANCO
D)!1 LON~RES, MEXICO Y SUD-Al\~RI~A, la Junta Menor Dµ-ect1va acordó: &lt;¡ue se
avise~ l?s mteres'ados _para que ocurran.al mdicado BANCO por sus acciones, y se ponga en
conocrnnento del público que queda abierta la suscricion en el referido· BANCO CALLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y enºla casa del'SR. HOPE, TIBURCIO NUMEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
México,.Abril 1?_de.1866.
El Secretario de la Jru;ita,
886-0-1
· J. B .•11.scon,e.

SEGURO :CONTRA INCENDIO.
La ~ompa,iia Hambur,;uesa-Bre1nesa de Se,;uro,
CONTBd INCENDIO.

AVISO .A.IrUBLICO.

El día 3 del próximo Abril, á las.once de la mañana, se despacha de esta Administracion
general para Veracmz, un eatraordinario·con la correspondencia que ha de conducirá Nueva.
York, con escala e11 Sisal y la Habana, el vapor-corr~ "Manhattan." Lo que se participa al
público para su inteligencia y efectos correspo11dientes.
'
México, Marzo 30 de 1866.-El Administrador general, Luis de,la Peza.
1-1

Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables deHamburg.o y Bremen
~ y ofreciendo, pues, todas las gilrantfas que pnedan desears-e.
'
ASEGURA Mu.EBLES E INMUEBLES A PRf;MIOs M6nrcos.-DAN INFORMES
Y ARREGLAN P6LIZAS

Los Agentes,

AVISOS .JUDIOIALE-S.
.

LEFFMÁNN

821-90a-21

'

,Juzgado.de primera instancia de Boamantla.

GU'.J.lR:E;IL,-

De venta

CONVOCATORIA.

Un teneno inmediato á la garita de la Vig¡1, con 24 chinampas y una estension de 14 á 16.000
var~s cuadradas: tiene una vivienda, corral .para vacas y otr?s accesorios: es propio para el
cultivo ~e alfalfa, leg0:mbres y otras producciones, y está provisto de los útiles é instrumentos
necesano~ para su esplotacion. Se d!l,rá en precio' cómodo. Dirigirse al despacho del Viario
del lmpen.o.
•
•

Por la prese~te, y de ~rden de este Juzgado, se hace saber á las' personas que se crean con
derec~o á los bienes del mtestado de D~ Maria Antonia Huezca, que deberán presentarse á
deducn;lo, por sí~ ~or. apoderado,Aentro del téf!llin9 de treinta dias, contados desde esta fe·
cha; baJO el aper~1b11D1ento de que pasado dicñ o término, se procede(á en su ausencia y rebel·
día á lo que hubiere 1ugar en derecho.
•
Hua~antla, F~brero 17 de 1866.-El Juez de 1~ instanoia, Lic. Serrano.-Asistencia, Ro•
sendo Li111a.-As1Stencia, Pablo SalazaT.
30s-28

'

&amp;

Bajos de Port.a-Cceli nÚ)ll. 4.

1'1EXl(}O.-~RENTA IMPERIAL.
.

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Caballero de Guadalupe</name>
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MEXICO: V.iernes 24 de Noviembre de 1865.

1to

i

l

nm

nno1q

NOM. 273.

.,

juramento pre~tado, constituirán los títulos de_propiedad para un
buque recientemente construido.
Art. 5? Para los otros casos de nhcionalizacion, se arreglarán á
1as 1ll
· dIOaCIOnes
• ·
fi~a
· das adelan te,
Art. 6? Los ,títulos de propiedad serán remitidos á la autoridad
marítima del lugar donde la aeta de nacionalizacion deba ser entre:
gada, para que quede agre~da al expediente del buque.
PARTE OFICIAL.
Art. ·7? Otr0 ejemplar dé estos títulos será remitido por la autoridad maritima al administrádor de la aduana del lugar.
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MExwo:
Art. s&lt;.&gt; La autoridad marfll¡pa, luego que ha:1a recibido los títulos de,propiedad, mandará á bordo una comision encargada de exaOido Nuestro Consejo de Ministros, DECRETAMOS:
minar la descripcion·y •él tonelaje.
TITULO J.
Art. 9? Hecho este exámen, el propietario liará una acta por la
Art. 1? La ley reservará á los buques mexicanos ciertos privile- cual se comprometa, bajo caucion, á no empleár su buque sino conforme al uso autorizado por las leyes; y en caso de pérdida 6 venta
gios, que consisten:
1? En el derecho ·exclusivo de hacer el cabotaje entre los puer- del expresado buque, devolver la acta de nacionalizacion á la oficina de la inscripcion marítima.
.
tos de México.
2? En el derecho de importar con libertad el producto de la pes- El acta será estendida conforme al modelo adjunto núm. 2.
ca de los buques despachados á este efecto.
·
TITULO Ill,
3? En 1a franquicia 6 la reduccion de los derechos que afectan el
1
Fianza.
material de los cascos de los buques.
4? F,especto de las naciones con quienes no tiene celebrados tra- Art. 10. La fianza dada por los propietarios será determinada de
tados que se opongan á esta determinacion, en una reduccion pro- la, manera siguiente:
·
"
porciónal á. los· derechos de entrada, sobre la mayor parte de las
Para los buques construidos en los puertos de México.
mercancías traidas de fuera de México.
·
5? En las primas dadas, si se juzga, conveniente, par.a la navega- Diez pesos por tonelada, para los buques de menos de doscientas
cion de altura de los buques
nacionales. .· · ,
toneladas,
.
Veinte pesos por tonelada para los buques de doscientas á cuatro00
A
O¡(}
TITUL6 II, ·
cientas toneladas.
Oondiciones de nacionalidad.
Treinta pesos por tonelada para los buques de mas de cuatrocienArt. 2? Para que un buque sea declarado nacional, es necesario: tas toneladas.
•
Jara los buques nacionales construidos ~ll•el extranjero 6 naciqnalizados.
1~ Que el buque baya sido construido en uno de los puertos de
Q\lince_pesos por toneladá~para los buques de menos de doscien~ri~
(
tas
tonelad~s.
,
, ,,
,
El armador deberá presentar un certificado del constructior,· exVeinticinco
pesos
por
tonelada
para
los
buques
de
doscientas
á
presando las dimensiones y capacidad del barco.
01,iatrocientas
toneladas.
•
•
O declarado buena presa hecha al enemigo por un buque mexiTreinta y cinco pésos por tonelada para· los buques ae mas de-cano,
'
cuatrocientas
toneladas.
El propietario presentará el juicio que ha declarado la validez de
Art.
11.
Un
inte~e~ de cua~ro por ciento del ~inero depositado có-;
la presa, y el acta de adj udica~ion hecha á 110 mexicano:
mo
fianza,
será
summ1strado por el Estado, y pagado por semestres
O confiscaifo por cofltravencio11 á las leyes de ~a aduana,
á
los
\nteresados.
La pieza justificativa será una -copia certificada del juicio de conArt. 12. Después del cumplimiento de estas formalidades, la aufisoacion.
toridad
marítima remitirá una acta de uacionalizacion al :Ministerio
O que haya sido arrojado sobre las costas de México á consede
Negocios
Extranjeros y Marina, ele la que será enviada u.na copia
cuencia de encalle 6 naufragio, y que haya sufrido una reparacion,
al
Ministerio
de Hacienda.
·
cuyo costo sea el cuádruplo del precio de venta del buque antes de
Esta
acta
dará
todas
las
noticias
propias
para"comprobar
la per- .
la reparacion,
feota
identidad
del
buque.
Las piezas justificativas son:
·
'
Art. 13. En el caso de que un buque deba emprender un viaje
El proceso verbal conteniendo e1 naufragio.
antes
que el Ministerio haya devuelto el acta de nacionalizacion, la
. Las cuentas justificadas de la reparacion.
autoridad
marítima entregará otra acta provisional para suplirla
O hallado abandonado en el mar y vendido por la Marina, en
hasta
la
recepcion
del titulo definit~vo.
.
defecto de reclamacion válida.
2? Es preciso que pertenezca á un mexicano, residente en MéxiTITULO IV,
co, 6 que residiendo en país extranj~ro, esté asociado á medias á uno
Arqueo
de los buqdes.
ó varios mexicanos residentes en México, y que no haya prestado
juramento de fidelidad á otro Gobierno mas q.ue al de México.
Establecido el pago por toneladas, importa señalar un modo uni-Un certificado del Cónsul del Impetio, residente en el país extran- forme de arquear los buques.
jero habitado por el mexicano, que se encuentre en este último caArqueo de buques de vela.
so, hará constar la legalidad de su posesion, segun se ha indicado.
Art.
14.
Para
reconocer
el tonelaje legal de un buque de velas,
3? Es preciso que los oficiales y una mitad de la tripulacion. sean
se
procederá
del
modo
siguiente:
·
mexicanos.
Se suma la longitud del puente, tomada de popa á proa,· con la
Art. 3? Todo propietario de buque, despues de haberse provisto
del certificado del constructor, se presentará á la autoridad maríti- del branque al codaste, y se deduce la mitad de la suma obtenida;
ma, la que designará un juez delante del que deberá presentarse se multiplica el sobrante por la mayor anchura del buque, tomada
para prestar el juramento en los términos indicados en el modelo en el maestro bao principal, multiplicándose efproducto obtenido
por la altu_ra de la bodega y del entrepuente, y dividiéndose por 3.80.
adjunto núm. l.
Art. 4? El certificado del constructor y el acta en que conste el Art. ló. Si el buque no tiene mas que un puente, se toma lama,.
SUMARIO-

ci-

i&gt;li-

)Il•

do
es

es-

in-

-3

D.

16Z

:ca

1á

68·

1al;

PARTE OFIOUL.-Decreto sobre el régimen marítimo en los puertos del Imperio., en las aduauas,Otro aobre provlsion de vestuario a la marlna.-Regla1Dento de unlrormes.--Otro, sobre almacenes de marina.'.....Nombralniento de Caballero de Guadalupe al Sr. Tellez.-Medalla de!Mérito mllltar concedida al Sr.
Popp.-Comunlcacion sobre exencion de derechos á los Inmigrantes.
PARTE NO OFICIAL.-Magnanimidad soberana.-L11o Emperatriz en Veracruz.-Suscricion para los
~~c!::;~fe~\!~:~~r~!~~lr~arqués.-Disidentespresemados.-SentenciasdelasCortesMarcia•

0

de

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DIARIO DEL IMJ?ERIO.

yor longitud del buque,- se multiplica por la mayor anchura en el
Para los buques construidos en un puerto de México.
maestro bao, y el·producto se multiplica por la mayor altura, Este De menos de 100 toneladas .......• .. . . $ 00 40 cs. por tonelada.
producto se divide por 3.80.
De 100 á 200
,,
......•.... • ,, 50 00 ,, por buque.
De
200 á 300
,, ,,. ..........• ,, 60 00 ,, por idem.
Arqueo de los buques &lt;le vapo1·.
De 300
,,
en ~delante ..• ,, 70 00 ,, por idem.
Art. 16. Por lo concerniente al arqueo de los buques de vapor,
Para los buques construidos en el extranjero y tiacionalizados.
se concederá al comercio una reduccion de cuarenta por eiento, por
ser justo tener en cuenta el espacio ocupado por las máquinas, y el De menos de 100 toneladas .•...•.•.... $ 00 75 cs. por tonelada.
De 100 á 200
,,
............ ,, 80 00 ,, por buque.
ocupado por el combustible destinado á alimentarlas_.
,,
..•......•.. ,, 85 00 ,, por ídem.
Art. 17. En materia de pilotaje esta reducqion no será adoptada; De 200 á 300
,,
en adelante... ,, 95 00 ,, por idem.
el trabajo del pilato ~eberá ser remun~rado, no por razon de la ca- De 300
pacidad del buque, smo por su remoe1on.
Art. 35. Este impuesto constituye el derecho de patente, que toArt. 18. El tonelaje legal de los buques de vapor, salvo el caso
do industrial debe al Estado, para ejercer su industria.
previsto por 'el articulo precedente, será reconocido de la manera
Art. 36. Se exceptúan de este derecho:
siguiente:
H Los botes y chalupas de buques mexicanos.
Se procederá como para los buqµes de vela, salvo las siguientes
2?
Los botes de dos toneladas 6 menos que sirven para el uso de
modificaciones:
los habitantes vecinos de la costa y sus familias, 6 para la pesca á la
1~ La mayor longitud será medida por debajo del puente, en el
vista de las costas, pero con la condicion de abstenerse de todo tr~lugar de las máquinas; en el empañado, junto al eje de las ruedas. porte de mercan.cías.
2~ El producto de las tres dimensiones será, dividido por 3.80, y
3? Las embarcaciones destinadas para la limpia de los canales y
el sesenta por ciento del cuociente expresará las t011eladas,del buque. ríos.
.
Art. 19. Et· producto de tas tres dimensiones, füvidido por 3.8?,
4? Los buques de cualquier tonelaje, destinados á la navegacion
indicará el n·umero de toneladas sobre que. se establecerá el pree10
de los lagos, rios caudalosos ó rios chicos, y que no pasen el último
del pilotaje.
puerto situado en su embocadura en el mar.
Art. 20. El número de toneladas obtenido, será grabado á fierro
sobre los frentes, delanteros y traseros del maestro bao, y á fin de
TITt¡LO Vfu.
facilitar las verificaciones que se hagan, unas marcas fijas ó grabaDerecho ~e tonelaje.
da., serán aplicadas en los puntos del l,uque donde se han tomado
Art. 37. El derecho de abordar la costa mexicana y anclar en ella,
las dimensiones, segun las cuales el tonelaje ha sido calculado.
constituye un tributo al Gobierno mexicano, llamado de tonelaje.
Art. 21. Est.as precauciones serán tomadas igualmente para los
Art. 38. El derecho de tonelaje se· pagará en los diez dias del arbuques de vela.
ribo. Se percibirá proporcionalmente sobre la fraccion del tonelaje
TITULO V.
incompleto.
·
Pérdida de nacionalidad mexicana)
· Art. 139. Este tributo será establecido como sigue:
.
Art. 22. Ningun buque mexicano podrá, bajo pena de ser reputado extranjero, ser recorrido ó reparado en pais extranjero, si los gastos de reparaciones exceden de ?n peso por to~ela~a, á menos que
la necesidad del gasto mas considerable no sea Justificada por la mformacion firmada y asegurada del Capitan y otros oficiales de la
embarcacion, confrontada y aprobada por el Cónsul mexicano, otro
Oficial de México, ó dos negociantes mexicanos residentes en país
extranjero.
,
Art, 23. Este informe lli!rfr enviado y depOflitado en la ofi.cina del
puerto mexicano donde deba volver el buque.
TITULO VI,

Art. 24. Todos aquellos que prestaren sus Iíom bres á la naturalizacion de los buqu_es extranjeros, conc_u~riend~ como Ofi~iales púb}icos á _las vflntas simuladas; todo ~om1s1onad,o en la,s Oijcmas,_6onsignatario, age?te11 je ldas emtbarcac_1ou~sd de cargl~d, qduelaCPJ1QQb1end0la nacionalizac10n 1~au u1en a, no 1mp1 ~n 1asa 1 ª. e em arcacion, despojando de Ia carga de ent l'Bda, Ó propormonando una de
salida, el CaRitan ó' Teniepte del buque que lo hayan mandado ó lo
manden actualmente serán condenados de mg,n.co¡nun é in~f)lidum, á,
tres mil pesos de multa, y declarados incapaces de ocupar ningun
ell.lpleo, ni..mandar ningun buque mexica.no.
~r Art. 25. El juicio de condenacion será publicado y fija.do en ·toqos
los puertos del Imperio.
Art. 26. Cuando deba hacerse una vent&amp; dé parte del buque, se
· á ii~ la aut on'dad mar1et·1ma del puerto.
avisar
Art. 27. Las ventas de parte del b.uque ser4QJnscr~tas al rev-erso.
del acta, de nacionalizacion.
Art. 28. La autoridad marítima registrará gratis esta ve,nta y dará de ella ~viso á la administracion de l1t adua,n!\ del lugar.
Art. 29.' la venta de un buque ó de p11,rte de él, será hecha en
todo caso delante de un Oficial público.
Art. 30. La acta de venta contendrá la copia de la neta de nacionalizacion.
Art. 31. El derecho de registro que E.e pagará al Oficial público
será de dos pesos, cualquiera que se.a el precio de venta.
Art. 32. Si el acta de nacionalizacion se extravía, e1 propietario
prestará juramento para afirmar la sinoeridad dEf.la pérdida, ante un
Juez de Paz. Entonces podrá obtener un3 nile-va, observando las
mismas formalidades y con obligacion de las mismas fianza.a, sumision, declaracion y derechos que para obtener la primera.
Art. 33. Si despues de la entrega de la acta de nacionalizacion el
buque se cambia de forma, tonelaje 6 cualquiera otra manera, se
deberá )1acer otra nueva; de lo contrario, el buque será reputad&lt;;&gt; e~tranjero. ,.,
'

.

TITULO VI~.

• Art. 34, La e.oto. de nacionalizacion trae consig() un derecho que
será determinadoioomo sigue:

.

Buques mexicnnos hacie,ndo el cabotaj~.
De menos de 30 toneladas, sin poder bajar
de cinco toneladas••••••••.•••••..•.. $ O 2 cs. por tonelada.
De 30 á 100 toneladas •••••..••.••••• ,, O. 4 ,, por ídem.
De 100 á 200
,,
.•.•.••...•..... ,, O 8 ,, por idem.
De 200
,,
en adelante•.••••• ,, O 10 ,, por ídem.
Buques Mexicanos Costaneros,
procedentes de puertos cuyas naciones tengan celebrados tratados con ~xicó:
Hasta 100 toneladas ••••• : ••••••...•... $ O 40 cs. por tonelada.
De 100 á 200 toneladas .•••.•.••••..... ,, O 60 ,, por idem.
De 200 á 300
,,
.••• , •••••••.... ,, O 80 ,, por idem.
De 300
,,
en aq.elante..••••• ,, 1 00 ,, por idem.
ho~en~s d~ puertQJl,cij_jas naciones no tengan celebrados tratados con México.
Hasta 100 toneladas .• ____ ••. _•••• __ ••• $
cs. por tonela(la.
De 100 á 200 toneladas. __ •••• __ •••.. _. ,, 0o 60
90 ,, por idem.
De 200 á•aoo
,,
.•••.•.• _. _...•. ,, 1
,, por idem.
20
De
dI t
'd
300
en a e an e•..•..•
,, 1 óO ,, por 1 em.
r,,
¡j
Buques extranjeros,
B_uq,ues cuyas naciones tengan celebrados tratados con México.
Hasta 100 tq11el~da,s ..•••.•••••••.••.•• $ O 40 cs. por tonelada.
De 109 á 200 ,, ...•••......••.•. ·.. ,, O 60 ,, por idem.
De 200 á 300 ,, ..... . .....••....•. ,, O 80 ,, ·por idem.
De 300 en adelante....•••.•.•••.. ~ .... ,, 1 00 ,, por ídem.
.
_.
Buques cuyas naciones no tengan celebrados tratados con Mex1co.
Hasta 100 toneladas ....••.. - - .•... - ... $ O 60 cs. por ~onelada.
De 100 á 200 ,, ......... - .••. - ... .. ,, O 90 . ,, por ~dem.
De 200 á 300 ,, .. - - - • • • - - • • • • . • • .. ,, 1 20 ,, por ~dem.
De 300 en adelante............ - . ..•..• ,, 1 60 ,, por 1dem.
Art. 40. Los buques de vapor, cualquiera. que sea la nacion á que
pertenezcan, pagarán la mitad del derecho de tonelaje, segun las condiciones fijadas en la presente tarifa.
Art. 41. Los buques de vela, extranjeros ó nacionales, que lleguen con cargamento de carbon de piedra para los depósitos qu_e se
establecerán en los puertos del Imperio con permiso del Gobierno,
se exceptuarán del derecho de tonelaje.
Art. 42. 'Los buques extranjeros que vengan á tomar un cargamento de palo de tinte, ú otros productos del país, en uno ó diferentes puertos del Imperio, serán exceptuados d~l pago del derecho
de tonelaje.
Art. 43. Serán igualmente exceptuados del pago del derecho de
tonelaje, todos los buque$ extranjeros que lleguen solamente con intencion de buscar 6 traer pasajeros; la correspondencia, metales, es-pecies, ó palo de tinte.
TITULO IX,

Derecho de anclaje.
Art. 44. El derecho de anclaje está abolido.

•

DIARIO DEL IMPERIO.

\

TITULO X,

Derecho de pilotaje
Art. 45. · El derecho de pilotaje está establecido por el decreto especial sobre "los Reglámento~ de lo~ prácti~os."
Art. 46. Ningun buque, pailebot u otro, s1 no es buque de_gue~ra
. nacional ó extranjero, podrá ser exceptuado del derecho de p1lotaJe,
sin una autorizacion especial del Gefe del Estado.

'
Para pa¡¡ajeros que paguen trasporte entero.
Prime1'a claije•. ,..•..•.•...••...•..••••. $ 1 00
Segunda clase .....••.•...•.... - . • . . . • • . O 50

539
?

i9

Pal'á. pMajerós que paguen medio trasporte.
Primera clase ............... : •••.•.•.... $ O 50
Segund,a clase. • • . . . . . . • . . . • . • . • . . . • . • . . O 25

Art. 59. Nada se percibirá por los pasajeros que no pagan.' ",Art. 60. Los derechos arriba estipulad~s serán pagados, á menos
,
Dere&lt;&gt;ho de,füro.
que haya una exencion oficial, acordada por el Emperador~
Art. 47. El derecho de faro no se percibirá sino en los •puertos
Nuestro Ministro de·Negocios Extranjeros y Marina queda en9~rdonde sif establezca un faro.
gado de la ejecucion de esta ley.
'
Art. 4:8. El derecho de faro se percibirá segun el to,P.e.laje de los
Dado en .México, á 1 ~e Noviembre de 1865.
,.'v
buques.
· ~XIMILIANO. &gt;rI
Art. 49. La siguiente tarifa será adoptada•para- la percepc10n de
POR EL ElHPEltADOR,
tlste derecho.
I
El Mirustro interino de Negocios Ext1:anjeros y Marinft, •
·
Buques de vela naeionales 6 ext1:anjeros,
.
M. DE ÜASTILLQ.
ou.yas naciones tengan celebrados tratados con México, y conduzcan _p1tsaJeros,
mercancías y correspondencia á uno de los puertos del Imper10.
De ú toneladas á 100 . ...... .. . •.. ... - • $ O 30 cs. por tonelada.
.MODELO NUM. l.
De 100 á 200 .....•...•......•....... ,, O 40 ,, por·id.em.
j'
De 200 en adelante ... . . .•... ... .. ..... ,,,O 50 ,, por ídem.
J URAMENTO DE PROPIEDAD DE UN BlJ'QlJE NACIONAL.
r

- Hll

fi "

"'n

,

' 'I

TITULO XI,

r·

.

Buques de guerra extranjer?s,
cuyas naciones no hayan celebrado tratados con México, y conduzcan mercancias
y correspondencia á uno de los puertos del Imperio.
De 5 toneladas á 100 .....•....••...... $ O 40 c_s. por tonelada.
D~ 100 á 200.............•...•....... ,, O 60 ,, por idem.
De 200 en adelante...•..•.. -,.. ...•..•.. ,, O 60 ,, por idem.
Art. ó0. Esta tarifa comp(ende la entrada y salida.
Art. 51. Los buques de vi½por, cualquiera que sea la nacion á que
pertenezcan, pagarán un derecho de faro, mas fuerte que los buques
de vela.
Art. 52. Este derecho se fija del modo s.íguiente:
•
Buques de vapor nacionales 6 extranjeros,
. .
pertenecientes á una nacion que haya celebrado tratados con Méxi6o.
De menos de 100 toneladas ............. $ O 60 cs. por ~onel~da.
De 100 á 200
,,
............. ,, O 80 ,, por 1dem.
De 200 en adelante ,,
.•.•• •. .. . .. . ,, 1 00 ,,, por ídem.
Bú~ues de vapor enranjtrós,
.
cuyas naciones no hayan celebrado tratados 0011 México.
De menos de 100 toneladas . ... ... •·•.... ~ O 80 cs. por tonelada.
De 100 á 200
,,
.. .. ..... . ... ,, 1 00 ,, por idem.
De 200 en adelante ,,
. _.....•..... ,, 1 20 ,, por ídem.
Art. 53. Esta tarifa comprenderá laYentrada y ~alidn.
Art. 54. En, los puertos de ~botaj~ se perci~ir~ la ?3itad de_-estos
derechos paTa los buques, arrégláridose á la tarifa rndrcada amba, y
.observando las diferentes condiciones expresadas.
·
Art. 55. Ningun buque 6 paquebot, s_alvo los buques de g_uerra
nacionales y extranjeros, se exceptuará ael derecho de faro, sm un
permiso especial del Gefe del Estado.

Y o [ nombre, apellido, estado y domicilio].

Juno Y AFIRMO QUE [el nombre del buque, el nomhre del puerto á que perteneaeJ'es un [clase del buque, su tonelaje y descripcion, conforme al certi.fi·
cado entregado despues de la confronta] ha sido construido en [año de consti-uccion, si ha sido tomado, 6 confiscado, 6 perdido en la costa, ezpresando el
lugar y el tiempo del juicio y venta]; que soy el único propietario de dicho
buque, 6 conjuntamente con [no~bres, apellidos, estado y domicilio de los interesados], y que ninguna otra persona tiene derecho, título, interes, parte 6
propiedad; que soy ciudadano mexicano, sumiso y fiel á las leyes mexicanas
[así como los asociados ezpresados ar,·iba, si los hay); que ningun extranjero
está directa ni indirectamente interesado.en el expresado buque.
MODELO NUM. 2.
AC'l'A DE ODLIGAOION EN•LA ENTREGA DE LA FIANZA.

Yo [nombre, apellido, e3fado y domicilio]:
6
NosoT&amp;os [nomb-res, apellidos, estado y dot1iicilio], propietarios ·del [ clase
del buque, su tonelaje y descripcion, co1bforme al certificado entregadq despu.es
de la confronta], nos comprometemos á someternos, bajo pena de confiscacion de la fianza de [ezpresando de letra las St4mas depositadas] depositada
por nosotros, y ademas la sentencia que se pronuncie contra nosotros, á no
vender, dar, prestar, ni disponer de ningun título que se nos entregue, ni
de la acta de nacionalizacion que nos ha sido acordada, no haciendo uso si-

no para el.servicio del buque para el cual han sido concedidas; devolviendo
el acta de nacionalizacion á la misma oficina, si el buque cae en poder del
entmigo, se incendia ó pierde de cualquiera otra manera, ó es vendido en
pa1'e, 6 en su totalidad á un extranjero; y esto en el espacio de un mes, si
la pérdida ó venta de la tQq\lidad 6 parte del buque ha tenido lugar en México ó en las costas; y en tres, seis ó nueve meses á lo mas, segun la dista)lcia, que ser~ apre?iada, de los otros puntos de venta 6 pérdida.

TITULO XII.

.J.~xenciones.
Art. 56. Serán exceptuados de todos los derechos de tonelaje
y de faro:
.
.
I. Los buques de guerra nacionales 6 extranJeros.
II. Los buques balleneros y los de viajes de altura, navegando con
destino á puertos extranjeros, que vengan á anclar en alguno de los
puertos del Imperio, para invernar, hacer agua, reparar sus averías
ó renovar sus víveres.
.,
III. Los buques de recreo (yatchs) de todos pabellones, pertenecientes á S'ociedades 1lamadas "Yatch-Olubs."
IV. Los buques fletados por cuenta del,Gobiern_o, pedidos para el
servicio militar.
V. Los buques empleados como parlamentarios.
VI. Los empleados como barcas.
VII. Los encallados y abandonados, 6 procedentes de pérdida.
VIII. Los procedentes de presa.
IX. Los que arriber;. de otro puerto del Imperio, para completar
sus cargamentos.
X. Los que entraren en un puerto de rio 6 en una rada, &amp;spues
de haber pagado ya los derechos en otro puerto de la misma ribera,
6 de la misma rada.
.XI. Los perseguidos por el enemigo.
Art. 57. Los buques comprendidos eri la categoría de los casos
previstos por las fracciones I, IV, V, YI, VII y VIII, serán solamente exceptuados del derecho de pasaJes.

MAXIMILIANO, EMPERADOR

DE

MEXICO.

Oido Nuestro Ministro de Negocios Extranjeros y Marina,
DECRETAMOS:

Art. 1? El Estacfo hará.anticipos para el vestuario de la marinería y Suboficiales pertenecientes al departamento de la Marina, cuyos
anticipos serán reembolsados por retenciones diarias, hechas sobre el
sueldo de las tripulaciones.
Art. 2? El abastecimiento de ropa blanca, de lienzos, calzado y
otros efectos construidos, se hará en virtud de contratas generales,
celebradas segun los reglamentos en uso.
·
Art. 3? Cada seis meses los Cons~os de administracion de los puertos dirigirán al Ministerio de Marina una noticia de los objetos indicados que se necesiten, pidiendo autorizacion para celebrar las contratas, y esperando para esta operacion las resoluciones del Ministro,
que cumplirán extrictamente.
Art. 4? Los Consejos de administracion serán única y pecuniariamente responsables de toda infraccion de las órdenes recibidas.
Art. 5? Para la celebracion de las contrataa, serán elegidos por el
Prefecto marítimo tres miembros del Consejo, Riendo precisamente
uno de los tres el Comisario general de1 puerto.
Art. 6° Un almacen especial servirá para depositar los efectos del
vestuario, bajo la responsabilidad pecuniaria del agente guardaalmacen, que tendrá por destino principal su custodia, y dará un fiador de
su responsabilidad.
Art. 7? Cuando se efectúen entregas al al macen, en virtud de contratas celebradas, se harán en presencia de dos oficiales delegados por
Tl'l'ULO XIII,
el Prefecto marítimo, y del gua~daalmacen, quienes declararán por
Derecho clo paquebot.·
escrito que los enunciados efectos se han introducido al almacen,
Art. 58.. Los paquebots. destinados al tr!sporte de viaj_e~os, paga- donde quedarán colocados bajo·Ia responsabilidad del guardaalmacen,
rán un derecho que será subordinado al numero de los VJaJeros.
y que están conformes con las muestras .que se aceptaron.

�'

540

Art. 8? El pago de lo entregado se efectuará por la. administraArt. 32. La retencion diaria, es la misma en mar que en tierra.
cion de rentas, con una órden del Comisario general, aprobada por
Art. 33. Si algunos efectos pertenecientes á los marinos, se extrael Prefecto maritimo.
vian 6 destruyen á consecuencia de acontecimientos de fuerza mayor,
Art. 9? Los efectos recibidos é introducidos en alrnacen, se mar- los Consejos de administracion mandarán formar un proceso verbal,
carán con un sello particular, para que conste que pertenecen á l&amp; en que conste so número y valor, con µn pedido para reponerlos.
Marina.
Art. 34. Estas piezas serán enviadas al Ministerio de Marina, quien
Art. 10. La entrega de efectos entrados á los almacenes, se hará decidirá si ha lugar de atender al pedido.
por medio de peqidos regulares, enviados al Prefecto maritimo, quien
Art. 35. Cuando un buque, en el momento de su desarme, tenga.
los aprobará.
·
·
efectos que depositar en el almacen de tierra, el Consejo de adminis:.
Art. 11. Cada trimestre, el guardaalmacen entregará al Consejo' tracion de á bordo avisará al Prefecto maritimo, quien nombrará una.
de administracion un estado en que consten las entradas y salidas, comision para examinarlos.
así como la existencia en almacen.
Art. 36. El guardaalmacen estará presente á la recepcion de los
Art. 12. El Consejo de administracion ~andará hacer frecuentes efectos, así J?omo el Oficial del detall y el Comisario del buque.
visitas al almacen, para que conste la conservacion de los efectos deArt. 37. ta Comision atenderá á las observaciones que le sean hepositados en él, y para· verificar las existencias de los estados dichos. chas por dichas personas, y apreciará el valor de los efectos y las
Art. 13. Se hará una adjudicacioh á un sast,re, segun contr3ta, pa- causas de su deterioro, en ttn proceso verbal que será sometido á la
ra la construccion de los vestuarios.
aprobacion del Ministro.
Art. 14. Una comision compuesta de tres personas por lo menos;
El Ministro resolverá entonc·es sobre el reembolso que de derecho
•y nombrada por el Prefecto marítimo, recibirá y examinará los efec- corresponda, por la pérdida y deterioro de efectos que.resulte.
tos construidos.
Nuestro Minfstro de Negocios Extranjeros y Marina queda encarArt. 15. Cada'tres meses, el Consejo de administracion del puer- gado de la ejecucion de este decreto.
to remitirá al Ministerio un estado de lo construido, y de la'S materias
Dado en México, á 1? de Noviembre de 1865.
y efectos recibidos y depositados durante el trimestre.
'
MAXIMILIANO
Art. 16. El reembolso de los efectos de vestuario tendrá lugar por
POR EL EMPE~Don,
•
medio de una retencion· diaria sobre el sueldo, que se fijará como
El Wnistro interino de Negocios Extranjeros y Marina,
sigue:
M. DE CASTILLO.
Diez y eeis centavos para los Oficiales de mar y marineros.
I
Diez centavos para los grumetes.
·
I.IBTA DE LOS OBJKTOS PREOISOS PlillA LOS SUllOFIOIALES DE MAR,
En todas las posiciones de presencia y ausencia.
MARINEROS Y GR~ES.
Art. 17. La balanza entre la suma de las retenciones y el valor de
P antalonisv
los efectos recibidos, se liquidará al fin de cada año, y constituye la
De paño __ .. ___ • __ .• ___ • _• __ ......• __ • _•. _. . . • 2
cuenta individual de cada uno.
De género blanco • _. ... _.. __ . _•..•. __ . . . . . . . . . . 2
Art. '18. Ningun individuo podrá ser licenciado, si no ha pagado
De idem gris para el diario..• __ .• ___ _. . . . . . . . . • 2
su deuda á favor del E~tado.
Chalecos.
Art. 19. Cuando un individuo llegue á la época de su licencia. De flan ela rayada •• _• _... _. __ ... . _•.. ____ .. ____ . 2
miento, si nada debe al Estado, podrá llevarse su vestuario; y si deCamisas.
be alguna cantidad y el vestuario cubre la deuda, se retendrá el vestuario, quedando libre el individuo para gozar su licencia.
De lienzo, con cuello y puños azules ...· ... ......•. _, 4
Art.1 20. Si un marino, deudor al Estado, se licencia por causade
De flanela azul para encima de la de lienzo .• __ . . . . . 2
heridas 6 enfermedades que lo hagan incapaz de navegar, llevará conDe lienzo doble L1anco para reemplazar en el verano la
de flanela azul. . _... _........ ___ .. _ . __ . _.. _.. . 4
sigo todos sus efectos.
Art. 21. Cada seis meses el Consejo de administracion del puerto
Paletot.
,dirigirá al Ministro de Marina un estado especial de las pérdidas que
De paño azul para los países fríos ..•. .. ....• ___ •. _ 1
resulten contra el Estado, en cumplimiento de los artículos 20 y 22
Sacos de Lienzo.
ele esta leJ:·
Para
guardar
los
efectos
...•. ~ . _✓ _ • _ • • • • • • _ ••• ,• _ • 2
Art. 22. Los efectos de los marinos muertos en servicio del EstaSombrero.
do, serán vendidos en subasta pública, en provecho de los herederos
De paja ...•.. _• _•. _.•••. ___ .. __ .. _••.•...... _ 1 .
del finado, sea 6 no deudor al Estado,
Art. 23. Los efectos de los marineros desertores 6 condenados á
Gorras.
una pena aflictiva, sé1;&gt;arándolos del cuerpo por mas de seis meses,
De trabajo (vestuario ordinario) ..... ___ ·:-._...... 2
serán vendidos en remate público por cuenta del Estado.
Mrilws de lana gris.
El producto será introducido en la caja de rentas, la que dará rePara
el
diario,
pares
. ___ ... _..... _•••.. _. __ . . . . • 3
cibo al Consejo de administracion.
.
•
.
Zapatos.
Art. 24. Cada individuo se proveerá de un pliego que certificará
De cuero, pares ... _. . .. - . - ....... ___ .•. ___ • • . . . 2
las cantidades recibidas. Este se renovará cada año, y se agregará á
la cuenta general del indiv.iduo, que quedará en las oft.cinas del puerCorbatas.
.to de armamento.
De lana negra para el diario .... __ . . . . . . ____ . . . . . 1
Art. 25. El Comisario general pra!'.lticará cada año una revista ge~
De lasting para el uniforme de inspeccion ...•.. _.. _ 1
neral de liquidacion. Esta revista se extenderá por duplicado, firmánCepillos.
dola los mietnbros del Consejo de administracion, y se.dirigirá un esPara ropa y zapatos..............•..•. _. . _.. _.. _ 3
tado de ella al Ministro de Marina, á fin de que se confronte con los
Cintas.
estados que se hayan remitido en el año.
Con
el
non1bre
del
buque
.....
_____ _• _. __ ...•.. _. 2
An. 2ti. El Ministerio de Marina, segun los informes que le sean
rn i11•~trados por los diversos Consejos de administracion de los puerCada individuo graduado tendrá por lo menos, de reserva, dos disto~, fijará ¡tara cada objeto de vestuario un precio, igual para todo el tintivos de su grado, para reemplazar los que se deterioren por el
Imperio.
uso.
Art. 27. Cuando un buque tenga necesidad de efectos para su tripu lucion, el .pedido se hará al Prefecto maritimo, firmándolo el Co- _
mandante, el segundo
y el Comisario, quienes formarán el Cons~io
v
J
R~GLAMENTO DE UNIFORMES DE LA MARINA, CONFORME AL DECRETO
de administracion á bordo.
DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1865.
Art. 28. Los efectos serán depositados á bordo en un local conveOficiales de Marina.
niente, y visitado cada mes en presencia del Oficial del detal y del
En invierno. Pantalon az11l ajustado, cayendo sobre la bota; igual
Comisario.
para
todos los oficiales, sin distincion de grado.
Art. ,29. El consejo de administracion es responsable de la conserEn
verano. Pantalon blanco liso.
vacion de los efectos, fuera de los casos de fuerza mayor, debidamenCasaca azul de paño, forrada de lo mismo, cruzada sobre el pe. te probados.
Art. 30. En campaña, las entregas de efectos.se harán á los indi- cho, y abr:ochada por cinco botones de uniforme, conforme al modeviduos por estados nominales, formados por los Comandantes de com- lo 1, lámina I.
En las cuatro esquinas de los faldones se colocará una ancla sopañía, y aprobndos por el Oficial del detall.
brepuesta,
de una corona Imperial. El tamaño de las anclas con la
Art. 31. El Consejo de administra.cíon á bordo formará en resúcorona,
será
de 45 milímetros.
men y por duplicado, un estado de las distribuciones hechas en el
Los
distintivos
de los grados se llevarán en la casaca, y son los sitrimestre trascurrido, y lo remitirá al Consejo del puerto, quien enguientes:
viará el duplicado al Ministerio de Marina.

541 .

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

Los oficiales superiores que desempeñen las funciones de Prefectos
marítimos, usarán el uniforme de su grado con la banda, como
Charreteras iguales á las de los oficiales generales del Ejército de
se
ha
indicado arriba, menos las estrellas de plata, autorizadas solatierra, con el ancla dorada, sobrepuesta de una corona Imperial, semente
para los Almirantes.
,
mejante al modelo 5?, lámina I, con dos estrellas de plata, de 10
Observaciones
diversas.
milímetros, de cada lado del ancla.
Los botones de uniforme serán de metal dorado, medio convados,
Capitanes de navío.
con una ancla coronada.
Charreteras de oro apagado, de canelones.
El diámetro del boton grande será de 18 milímetros.
El del boton chico de 10 milímetros.
Capitanes de fragata.
La cachucha se usará con la levita .
. Charreteras iguales á las de los Capitanes de navío, pero c.on la
E
l sombrero con la casaca.
pala de la charretera de plata.
Los oficiales usarán 6 toda la barba 6 simplemente la patilla.
Teniente ele navío.
Les está concedida libertad absoluta para la cabellera.
Dos charreteras de oro apagado, de canutillo. (Modelo 5, lámiLa cinta de seda de la cachucha c.olocada alrededor, tendrá el anna I.)
cho
de 45 milímetros.
2? Teniente.
1
La córona Imperial tendrá 35 milímetros.
Las mi~mas charreteras, con la pala de plata.
Para el sombrero el galon del ribete será de pelo de cabra.
Tendrá 60 milímetros de ancho, saliendo de cada lado 30 milíAspirantes.
metros.
U na charretera á la derecha, semejante al modelo 5, lámina I, sin
La presilla de canelones del sombrero, estará sujeta por un boton
eapona á la izquierda.
.
.
grande
déMarina, colocado á 25 milímetros de la orilla inferior del
Las charreteras estarán sujetas por presillas, conforme al modelo
sombrero.
6, lámina I.
,
La c'!carda con los colores nacionales, será de tisú, de pelo de caEl tamaño del ancla y de la corona sobre las charreteras, será de
bra
y plata.
.
30 milímetros.
Comisarios de Marina.
Todos los oficiales llevarán sable, conforme al modelo 3, lámina
I: susper¡dido por dos tirantes pendientes de un cinturon con bro• El uniforme de los Comisarios de Marina será el mismo que el de
che. (Modelo 9?, lámina II.) El cinturon se formará de cuatro cin- los oficiales; pero no usarán charreteras ni presillas, y tendrán una
espada dor~da, sin_dragona, con un cinturon dorado, cuyas dos cintas de oro y.cinco de seda negra.
El sable llevará una dragona de oro, terminando con borla de ca- tas se unen para sostener la espada, conforme al modelo.
Los distintivos se llevarán en las mangas ·de la casaca y de la lenutillo para los oficiales subalternos y aspirantes, y con canelones
para los oficiales generales y los oficiales superiores. (Modelo 5?, lá- vita.
Cirujanos de Marina.
mina I.)
Los
uniformes
de
los
cirujanos
serán los mismos que los de los ofiChaleco de casimir azul, 6 piqué blanco, de corte derecho, con
ciales
del
grado
correspondiente,
con
la sola diferencia de que llevavuelta, y abotonado por siete botones chicos de Marina.
rán
en
lugar
de
charreteras,
unas
presillas
bordadas de 60 milímeLevita de paño azul, forrada de tela del mismo color, cruzada sotros
de
ancho,
y
largas
del
hombro
hasta
el
cuello; la anchura cerca
bre el pecho, y abotonada con cinco botones grandes de Marina, lledel
cuello
tendrá
45
milímetros,
conforme
al
modelo.
vando otros dos en el tal le por detras, con bolsillos en los pliegues.
Los
distintivos
se
usarán
en
las
mangas
de
la levit¡¡. y casaca.
La levita no pasará qe la rodilla; tendrá el cuello volteado, igual
en todo á la civil.
Farmacéuticos de la Marina.
Los distintivos se llevarán en las mangas, y son los siguientes:
Todo el uniforme es como el de los Comisarios de Marina, llevanContraalmirantes.
do _las mismas presillas que los cirujanos de Marina.
Un galon todo liso, de oro, de 45 milímetros.
Capellanes.
Contraalmirantes.

'

Capitanes de navío.
El t raje oficial para los capellanes consistirá en el eclesiástico, ~a
Un galon liso todo, de 30 milímetros, sobrepuesto de tres galones sotana y la sotanilla.

Para las recepciones y visitas usarán la sotána con el cingulo, la.
de oro &lt;té 1O milímetros cada uno; hallándose separados uno de otro
ca11a,
y los zapatos con hebillas de oro.
á la distancia de 10 milímetros.
•
Como
señal de distincion de las funciones que ejercen en los buCapitanes de fragata.
ques de la flota y en los establecimientos. de la Marina, usarán sobre
Lo mismo, menos el núm•ero dé galones de 10 milímetros, que se- la sotana 6 sotanilla una cinta de moiré negro, de 90 milímetros de
rán dos.
ancho, y las dos puntas con franjas de oro, de 45 milímetros.
Teniente de navío.

Tres galones de oro, de 10 milímetros.
2? Teniente.

Dos galones, id., id.

Aspirante.

Un ga1on, id., id .
De medio uniforme se usarán las charreteras, con la cachucha y
la levita.
De uniforme de servicio se usará simpletneríte la levita y la cachucha, sin charreteras.
La cachucha será conforme al modelo 2?, lámina I.
La corona Imperial será bordada sobre una cinta de seda negra,
,de 45 milimetros, puesta alrededor de la cachucha.
Será igual para todos los oficiales.
E l sombrero será conforme al modelo 10, lámina II.
Los Almirantes usarán la pluma negra rizada.
Para el servicio, en los países fríos, se adoptará:
Un gaban de paño azul oscuro, forrado de tela del mismo color,
con manga·s y capuchon, cerrado por cuatro cordones, sujetos con
botones dorados de Marina.
Este gaban r;o tendrá ningun distintivo, y lo usarán todos los oficiales y aspirantes.
Para el servicio de á bordo los aspirantes usarán chaqueta de paño azul, de corte derecho y vueltas al cuello, con diez botones pe.:.
queños de uniforme.
El galon, que es el distintivo de su grado, lo portarán en la manga de la chaqueta.
·
'

,

Prefectos maritimos.

Bl distintivo de los Prefectos marítimos consistirá en una banda
trenzada de oro y seda punzó, llevada encima pe la casaca, con dos
borlas de oro de canelones, ornadas de dos estrellas de plata, de 10
milimetl'QS.

Oficiales de mar y marineros.

.

En invierno. Pantalon azul de paño doble, cayendo sobre los zapatos, que se usará con todos los uniformes, asi á bordo como en
tierra.
Camiseta de :flanela basta la cintura, con mangas, que se usará sobre la piel.
La camiseta será blanca, rayada de azul, de 10 milímetros la ra•
ya, y á distancia de 18 milímetros. (Modelo 14, lámina III.)
Encima catnisa de género blanco, corriente, abierta por delante,
y cuello grande, azul, con listas blancas.
Los .puños de la' camisa serán azules, listados como el cuello.
No se cerrará por delante, dejándose ver la camiseta. Solo los dos
costados de la camisa se atarán con dos cordones que sujetarán la
corbata, la cual será negta, y pasará bajo del cuello.
Los oficiales de mar y marineros usarán camisa de lana.
'
Esta se~á azul, co¡ cuello volteado y abierto por delante, conforme al modelo.
De largo pasará un poco el talle, de manera que pueda, en caso
necesario, set· introducida su parte inferior en el pantalon. (Modelo
12, lámina III.)
En verano. Una vestidura semejante se adoptará como forma, de
género blanco doble.
Los distintivos de los grados y de los empleos se usarán sobre
ella. .
El oficial de mar tendrá: ·
Dos galones de lana, de 30 milímetros de ancho cada uno, á distancia de 4 milímetros.
El 2? Contramaestre, un galon liso de oro, de 18 milímetros.
El maestro, es decir, los maestros calafates, carpinteros, veleros y
herreros, dos galones de oro, de 18 milímetros, á distancia de 4 milímetros.

�542

.DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEIJ IMPERIO.

(Mas adelante se hablará del uniforme del er Contramaestre, maquinistas, timoneles y artilleros.)
Las diversas categorías se reconocerán por los colores siguientes:
Maquinista.....•...... ~olor. . . • • . . . . . . . . naranjado.
Timoneles ........••••.. ,, . . . . . . . . . . . . . . . encarnado.
Gavieros ............... ,, ...... _........ encarnado.
Artilleros ........••.... ,, .............. ·. punzó.
Los hombres de profesion, tales como calafates, veleros, &amp;c., color blanco.
Los oficiales de mar de diferentes categorias, usarán sobre una
manga, 100 milímetros debajo del hombro, galones de oro, con un
filete del c'olor de la categoría á que pertenezcan.
El galon usado en la µ.tanga, por los hombres de diferentes categorías, será de 18 milímetros de ancho. (Modelo 12, lámina III.)
El cuello de la camisa se usará constantemente sobre el de la vestidura, llamada camisa de lana. ' (Modelo 12, lámina III.)
Los Contramaesti:es, maquinistas, condestables y timoneles, usarán la levita del oficial. Las presillas serán de galon liso, de 10 milimetros de ancho. Usarán tambien el pantalon. Todo de clase mas
inferior.
·- El cintnron del sable será negro.
·
,Siempre que se use un uniforme especial, semej~nte al de los ofi· ciales, tendrá como distintivo una pequeña uña de anllla, de lana,
sobre la manga, y deJ color de la categorla á la cual pertenezcan.
(Modelo 4, lámina I.)
La dragona del sable será de cuero.
Para los países friós se adoptará:
Un paletot doble hasta la aJtura del muslo, cruzado y cerrado por
dos hileras de botones de cobre.
Cada hilera tendrá seis botones.
Sobre esta pieza se usarán las iqsignias y marcas de distincion.
(Modelo 13, lámina III.)
·
El boton adoptado para todos los marineros, suboficiales y todos
los Contramaestres, es de 18 milímetros, plano, y de cobre, grabada
una ancla sobrepuesta de una corona Imperial.
El boton chico para chaleco de los Contramaestres, será igual, pero de 10 milímetros.
Para las lluvias tendrán un traje completo, con sombrero de hule.
En invierno. Los marineros y Contramaestres tendrán una gorra.
de lana con una cinta alrededor, que será de 40 milímetros, en la
que estará escrito con letrns doradas para los oficiales &lt;le mar, y con
letras azules para los marineros, el nombre del buque al cual pertenecen. La cinta será de seda. (Modelo 12, lámina III.)
En verano. Para abrigarse del sol, usarán un sombrero de paja,
en el que se pondrá la. cinta de que se ha hablado mas arriba. (Modelo 13, lámina fil;)
Cada iRdividuo llevará atado á la cintura, con una cuerda, un cuchillo, que servirá para todos los trabajos de bordo.
~éxico, Noviembre 1? de 1866. ·
El Ministro intetino de Negocios Extranjeros y Marina,
M. DE CASTILLO.
NOTA.-Los modelos de los uniformes existen en la Subsecretaria de Marina.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
· Oido Nuestro Ministro de Negocios Extranjeros y Mal'ina,
DECRETAMOS:

Art. 1? Se procederá para el abasto, almacenaje, conservacion y
entrega de viveres á la Marina, como se ha prevenido para los efectos de vestuario.
'
.
Art. 2? Los individuos de la Marina serán alimentados por cuenta del Estado.
Art. 3? Un reglamento especial fijará la entrega á las tripulacio. nes, de la racion que les corresponda, sea en tierra ó á bordo.
Art. 4? El Consejo de administracion del ·puerto elegirá un sitio
1 especial para el depósito de víveres. El guardaalmacen de viveres
dará un fiador de su responsabilidad.
·
Nuestro Ministro de Negocios Extranjeros y Marina queda encargado de la ejecucion del presente decreto.
Dado en México, á 1? de Noviembre d~ 1866.

.. .

'

'

'

MAXlMILM.N O.
POR EL EMPERADOR,

El Ministro interino de Negocios Extrc.njero1 y Marina,
M. DE CASTILLO.•

S. M. el Emperador, en atencion á los buenos servicios prestados
en las operacioneii 1militares de la Sierra del Norte, por el Capitan de
artffleria del cuerpo de voluntarios austriacos, D. Fernando Popp,
H'a tenido á bien condecorarlo con la Medalla de bronce del mérito
militar.

---·-•---

El Gran Canciller,
ALMONTE.

MINISTERIO DE FOM!NTO.
SECCION

.

4~
México, Noviembre 21 de 1,865.

En el reglamento expedido por el Emperador en 27 de Setiembre, con motivo de la ley de colonizacion de 6 del mismo mes,
se previeqe· gue lqs inmigr3¡ntes provistos d~ sus respectivos pasaportes, pueáen introducir libres de derechos sus equipajes, utensilios
domésticos, ganado de cria y de tiro, útiles de labranza, herramientas de todas clases qu~ les sean necesarias para ejercer su oficio; no
pudiendo importar, sin pagar los derechos legales, mercancias ó cualquiera otra cosa para vender, cambiar ó traficar.-Tambien se previene que antes de embarcarse 6 ponerse en camino, si viniere por
tierra el inmigrante, entregará al agente de colonizacion una relacion exacta de las personas y efectos que se proponga traer consigo,
cuyos efectos deben ser empacados, marcados y numerados, certificándose el contenido de cada paquete, caja ó bulto por el mismo
agente, para espedita,r su pase por laii aduanas y garitas.-En consecuencia de ~stas disposiciones, el Sr. Comisario Imperial ha pe_dido
que se libren lás órdenes correspondientes á las aduanas. mariti~as
y terrestres para que no pongan obstáculo á los colonos; pero como
la expedicion de dichas órdenes corresponde á la Secretaria que está
á cargo de V. S., espero se sirva librarlas, haciendo al mismo tiempo
las prevenciones que crea oportunas para evitar todo fraude.-El
Ministro de Fomento, Luis Robles Pezuela.-Sr. Subsecretario de
Hacienda.-Se comunicó al Sr. Comisario Imperial de colonizacion.
Es copia. México, Noviembre 23 de 1866.
El Subsecretario de Fomento,
Manuel Orozco.
•

.

J

'PARTE NO OFICIAL.
JUGNABDm&gt;AD SOBERANA,

La Regeneracion, periódico oficial del Departamento . de Colima,
dice en su número del ~ del actual lo que sigue:
S.M. el Emperador, de cuya paternal solicitud en favor de.la clase menesterosa, tienen los pueblos todos del Imperio pruebas flagrantes cada dia,
no ha podido ver con indiferencia las calamidades que á conse~Hencia de la
inundacion acaecida el 29 de Setiembre próximo pasado, sufrió esta capital;
é impu1sado de su amor por los pueblos, ha ten1do á bien enviar un comisionado sin otro objeto que el de examina:r las neOésidades á que la catástrofe referida ha podido reducir á las familias de esta capital, y con arreglo á
las circunstancias de cada una, remediarlas, distribuyendo entre los verdaderamente necesitados, la cantidad de dos mil pesos, que á este loable fin ha
destinado nuestro magnánimo SOBERANO de su caja particular.
En tal virtud, y orgulloso el Prefecto que suscribe, de acompafiar en el
cumplimiento de este encargo al enviado referido, que lo es el Sr. comandante de escuadron, D. Emilio Laurent, oficial de órdenes de S. M., cita á
todas las personas que se Juzguen con derecho á goz~r de la munificencia
Imperial, para que comparezcan á las tres de la tarde del dia de mañana á
su casa morada, hora en que se dará principio á la calificacion de las necesidades que manifiesten los que á este beaeficio se juzguen acreedores y á su
remedio.
Medidas como la presente, que enaltecieran la magnanimidad de nuestro
SOBERANO, si posible fuese elevarla á mayor grado, y la decidida pro·teccion que tan constantemente dispensa á las clases menesterosas, lo. hacen
acreedor al amor que le tributan todos sus pueblos, que con justicia_lo proclaman por su padre y protector.
Este debe ser el grito uniforme de todos los habitantes de Colima, que
con este hecho relevante de S. M., contraen una deuda que nunca pagarán
debidamente, sino sacrificándose en las aras de la lealtad y la adhesion, :ínicos sentimientos que forman su divisa, y de que es buen testigo el Prefecto
que suscribe.
¡Loor y gratitud eterna al augusto Emperador 1Iaximiliano..1!
Colima, Noviembre l? de 1865.-El Prefecto superior político del Depa_rtamento, José María Mendoza.-El Secretario general, Miguel Zdres.
Toda la poblacion ha visto complacida que el Sr. Prefecto superior, en
cumplimieEto de las instrucciones que le trasmitió el Sr. comisionado D.
Emilio Laureut, ha cumplido con los deseos del Soberano .
Terminada qut&gt; sea la operacion, tendremos el gusto de presentar á nuestros lectores la lista nominal de los que han sido juzgados como acreedores
á la imperial munificencia, y la cantidad con que han sido socorridos.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
México, 22 de Noviembre de 1865.

LA EMPERATRIZ EN VERACRUZ,

S. M. el Emperador, en atencion al valeroso comportamiento del
Del Monitor veracruzáno, fecha 18 del actual, tomamos los párraJuez de paz g.e San Andrés del Teul, D. Juan Gabriel Tellez, que fos siguientes:
destruyó una gavilla que asolaba los Distritos de Nombre de Dios y Nuestra augusta Sqberana se dignó visitar ayer el lugar en que se encuenSombrerete, Ha tenido á bien nombrarlo Caballero de la Imperial tra colocado el tanque que ha de servir como depósito para las aguas del
Orden de Guadalupe.
Jamapa, que van á ser introducidas á esta ciudad.

•

A las siete de la mañapa se presentó S. M. en ,la estacion del ferrocarril
de Yedellin, en cuyo punto· era esperada p,or los vocales de la Junta respectiva, acompañados de multitud de personas de todas las clases de la sociedad.í3. M. fué victoreada por todos los concurrentes con grande entusiasmo.
A la llegada de S. M. al "Tejar," tuvimos el gusto de ver á, casi todos los
habi,~p.tes de .!lsta pobl¡icion salir á su encuentro, y oímos, con verdadera
satisfaccion, los víct'ores que se dirigían, ya á nuestra jóven y bella Soberana, ·ya á S. M. el Em~erador.
La Emperatriz, con la bondad que ~ es genial, tuvo á, bien prestarse para apadrinar el acto de la oolocacion de la primera piedra del edificio que ha
de servir para situar las máquinas conductoras de las aguas del Jamapa.
Nosotros esperimentamos el placer de admirar . en este aoto á, Nuestra
amada Soberana.
Una vez concluida la ceremonia, S. M. pasó á Medellin con toda la comitiva, habiendo sido victoreada en el momento en que se dirigia al tren del
ferrocarril.
En Medellin fué recibida S. M. por las autoridades y muchos vecinos not.ables. Una Comision de cuatro señorita» se presentó á S. M. y le ofreció
un ramo de flores naturales, que S. M. se sirvió aceptar.
Estaba preparado un almuerzo, y, en la mesa, como en todas partes, S.M.
la Emperatriz estuvo muy amable, y se dignó demostrar que aceptaba con
gusto el obsequio de los vecinos de Medellin.
Ayer por la tarde, lo mismo que en la anterior, S. jM. visitó los establecimientos de beneficencia y de instruccion pública, -llevando en su carruaje
al Señor Prefecto superior del Departamento..
•
En la noche del 16 se dignó S. M; asistir al baile dispuesto en el teatro,
por los· vecinos de la ciudad. S. M. bailó la cuadrilla de honor con el Sr.
Bureau, y se mostró muy contenta con la reunion, durante la cual hizo que
se le presentaran todas las señoras y señoritas que concurrieron.
Af emprender su viaje á Yucatan, S.M. dirigió 'al Sefior Prefecto la·carta siguiente: ·
_
"Antes de dejar esta ciudad que tantas pr~bas Me ha dado de afecto y cariño, quiero que en Mi nombre agradezca vd. á los habitantes de Veracruz el
ardiente recibimiento que Me hicieron, asegurándoles que eternamente quedará grabado en mi corazon; y distribuyendo 1,000 pesos á los. mas necesitados.
"Reciba vd., Señor Prefecto, los testimonios de mi benevolencia,
CARLOTA.
''Veracruz, 17 de Noviembre de 1865."

Estamos autorizados, al publicar la carta de despedida de nuestra augusta Soberana, para convocar á los pobres de solemnidad, á fin de que concurran á las dos de la tarde del dia de hoy al Palacio Municipal para que reciban el generoso donativo que S. M. les dedica, dando á su tránsito por esta
ciudad, un nuevo testimonio de.-sus filantrópicos sentimientos. Con razon
se ha dicho que donde quiera que nuestra Ilustre Emperatriz dirige sus pasos, brotan beneficios de sus reconocidas virtudes.
Para la ciudad toda deben ser sumamente satisfactorios los tér¡ninos en
que S. M. demuestra lo complacida que ha quedado por las demostraciones
sinceras de afecto y adhesion con que todas las clases de la sociedad han contn'lmido á celebrar su recepcion. Pero al mismo tiempo, estamos segurbs
de ello, todos los veracruzanos sentirán, como nosotros, que hayan sido ta,n
eod;Qs los días de la permanencia de nuestra graciosa Soberana en la ciudad
heróica, como es sensible que se aleje todo lo que es bueno y amable, todo
lo que es digno de ser bendecido por los corazones que alientan el fuego del
patriotismo.
Deseamos á, S.M. la Emperatriz un próspero viaje, y que con toda felicidad r~grese al seno de los veracruzanos, en cuyos pechos quedan grabados
su,s beneficios, así como el amor que inspiran sus nobles prendas.

El Notícioso publicó el 16 del actual, por alcance, lo siguiente:
Segun oportunamente se había anunciado, el mártes 14 del corriente, á
las cuatro y minutos de la tarde, verificó la Emperatriz su entrada á esta
ciudad, en medio de los aplausos de la multitud, que desde muy temprano
se hallaba agolpada en las calles destinadas al tránsito de S. M., deseosa de
presenciar tan solemne ceremonia.
Serian poco menos de las dos de la tarde, cuando la campana mayor de
la Iglesia Parroquial anunció á los habitantes de esta ciudad que S. M. salia
de Paso del Macho, y desde ese momento todo fué animacion y entusiasmo,
notándose por todas partes el empeño del vecindario en adornar las faohadas de sus casas, para realzar así mas y mas el acto que ansiosos todos esperaban. Poco despues de las tres se dirigió la comitiva presidida por el
Señor Presidente del Ayuntamiento, á extramuros de esta ciudad, donde permaneció en compañía de una Comision de señoras nombradas al efecto para
recibir á S. M., la que no se hizo esperar mucho, pues á pocos momentos
tenia lugar lo que todos con impaciencia aguardaban, esto es, la presencia
de la Emperatriz, que no bien hubo bajado del tren, fué recibida con vícto·
res y aplausos y felicitada por el Sr. Presidente del Ayuntamiento, dándole
á nombre del pueblo la mas cumplida bienvenida.
•
.
Acto continuo S. M. se dirigió al carro que le habían destinado los artesanos de esta ciudad? el cual ~certó con la bondad que tanto le distingue, y
tomado que hubo asiento en el, Juntamente con las señoras que componi·an
la Comis1.on de recibo, se verificó la entrada por la calle principal en medio
de las aclamaciones del pueblo y de un sinnúmero de flores, qu~ desde los
balcon1is del tránsito, eran arrojadas sobre el carro de S. M., la que al lleg~r frente á nuestra Iglesia Parroquial, se apeó de él, y despues de dar gra·.
c~as al Todopoleroso, contin•µó en seguida su marcha hasta el Palacio Mu ·
Illcipal, donde tiene fijada su residencia Imperial.
P~récenos excusado decir, que la calle principal y las casas de toda la po·
blac1~n, se hallaban adornadas con gusto y sencillez, mereciendo honorífica
Inenc1on ~a comision encargada de adornar la plaza de armas, pues celosa de
su cometido lo llenó, segun creemos, de una manera satisfactoria.
En la noche la ciudad estuvo iluminada con profusion, y la plaza de ar·

•

mas como de costumbre favorecida por un numeroso concurso de personasde ambos sexos, que recreaban la vista en aquel conjunto de luces que tt\nbuen efecto producian á los ojos de todos los espectadores. A las ocho y me•
dia, y hallándose S. M. en los corredores de Palacio, se quemaron unos fuegos artificiales, y se elevaron diversos globos, prorumpiendo en seguida el
pueblo en aclamaciones y víctores á S. M. la Emperatriz.
Así creiamos habian terminado por este dia las demo"$traciones con que la
ciudad de Veracruz solemnizaba la recepcion de que nos venimos ocupando,
cuando á las diez y media de la noche los acordes de la música nos hicieron
acudir de nuevo bajo los balcones de las habitaciones destinadas á S. M., para presenciar la última de esas demostraciones. Una comision de ambos
sexos entonó un himno, que fué ejecutado admirablemente, y terminando
Iijucho despues de las once, á cuya hora quedó concluido todo..
Mucho sentimos que el poco tiempo de que podemos disponer y que nos
hace escribir precipitadamente, nos obligue á ser breves al hablar de una
ceremonia tan solemne y digna de ser minuciosamente descrita para quien
cuente con talento y tiempo bastantes; sin embargo, al hacerlo de la manera
que lo hemos hecho, quédanos, si no la conciencia de haber llenado cum pli
damente nue~tros deseos, sí la grata satisfaccion de haber obedecido las pres
cripcion~s de la autoridad mas sacrosanta, "la verdad."
CONSEJ'O GENERAL DE BENEFICENCIA.

México, Noviembre 21 de 1865.
Suscricion en favor de los inundados.
Suma anterior ••.•.••...••.•• . • ••. .•.
$22,539 87 '
Una persona incógnita •• • •• , •• ·••••••••••••••
2 00
D. Fermin Guirao... . ....•.••..•.••••••.••

3 00

ENVIADO DE TA.OlJ.BAYA.

Alcalde Municipal, D. Jesus Palma ••.•••••.. •$
Regidor, D. Feliciano Vargas ••.••••.••••••••
,, D. Nicolás Sandoval. ............. ..
,, D. .Manuel Guadarrama •••••• , •••••.
,, D. Cirilo Zapata .•••••••••• • •••••••
Síndico, D. Ramon Martinez de Castro.•••••••
Secretario, D. Mariano Loaiza.•••••••• , ••••••
Tesorero, D. Ignacio Vazquez•••••••••.•••••••
Juez de paz, Lic. D. Félix Vergara ......... .
Alcaide, D. Víctor Orozco ................ , ..
Admi_nistrador de rentas, D. Angel del P. y Vi-

cario................................... .
D. Luis G. Gándara ........................ .
D. Mateo Busnego •...•.. •••••• • : . •••.•••••
D. Manuel Naranjo •••.•••••••••••••••. • ••.
D. Luis Ruiz .....•...•••••••.••••• ••••• •••
I). Bernardino Vargas. • • • • • • • • • • • •••••••••

D. Manuel Ruiz ••••••••••••••••••••.••••.•
D. José María Bonilla ••••..•••••••••••.••.•
D. Antonio Tinoco •••..••.•••,.••••••• • ••• • •
D. Manuel Martinez ..•.•••••••••• , •••••••••
D. Juan F. Elguea. • • • • • . • • • . . . • • • • .••..••
D. Juan Martinez ........................ ..
D. Ramon V. Garrico ••••••••••••••••••••••
D. Encarnacion Velazquez .................. .
D. Antonio Rodríguez .•• , ................. .

Suma •••••••.•.••.•••••••••••••••••

5 ,,
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O 12
O 13

28 25

$22,573 12

COIIJIATE EN EL PUERTO DEL IUBQUES,

Ministerio de Guerra.-1 F Direccion.-1 F Division.-México Noviembre 21 de 1865.-El comandante militar de Acapulco ha particip~do á este
Ministerio, que el dia 31 del mes próximo pasado se pracUcó un reconoci~iento e~ el puerto del Marqués, por el primer teniente Kergaradec con
siete marmeros que embarcó en un bote por órden del sefior comandante de
"El Lucifer," de la armada naval francesa, que se halla fondead-◊ én la bahía
de Acapulco. Este pufiado de valientes sostuvo un combate desigual con el
enemigo, que en número de cincuenta hombres bien armados, defendía el
puerto; y á pesar de esa superioridad numérica, y de haber ca.ido muertos
dos marineros á la primera descarga, la bizarría de los restantes hizo que se
efectuara el reconocimiento deseado, y que el enemigo huyera, abandonando
su posicion.-El Sub~ecretario interino de Guerra, José M. Márquez.
DISIDENTES PRF.SEKTADOS.

Ministerio de Guerra.-1 ?' Direccion.-4 ?' Division.-México, N óviembre 22 de 1865.-El General comandante de la 3 ~ Division territorial militar, con fecha 16 del actu~l, ha par_ti~ipado á, este Ministerio, haberse presentado en Tula de Tamauijpas los d1s1dentes D. Ignacio Treviño y D. Franciscv Arana, acogiéndose á la amnistía que concede el decreto de 3 de Oc.
tubre último.-~} Subsecretario +nterino de Guerra, José M. Márquez.
.

.

lgua1 noticia se ha recibido en el Ministerio de Gobernacion comunicada por el Sr.
Prefecto político de San Luis Potosi.
,
SENTENCIAS DE LA CORTE MARCIAL.
Prefectura política del Departamento del Valle de México.-Secoion de
Justicia.-Núm. 7,621.-México Noviembre 22 de 1865.-El Presidente
de la Corte Marcial de Tlalpam 'en oficio de 17 del que rige1 dice á esta
Prefectura lo siguiente:
'
·
"Tengo el honor de poner en el superior conocimiento de V. S. que el día
de ayer han sido juzgados por esta Corte Marcial, lqs reos Feliciano Ná,~les y José Acevedo, acusado el primero del delito de asalto y robo á mano
armada, recayendo la sentencia á la pena de trabajos forzados perpetuos, ·y

•

�·544

DIARIO DEL IMPERIO.

al segundo la de libertag, por no ser cómplice en dicha causa de que tambien
füé acusado. -Espero se sirva V. S. mandar publicar las sentencias referidas."
Y de 6rden del Sr . .t'refecto político se publica en el Diario del Imperio.
- E l oficial mayor de la Prefectura, encargado de la Secretaría, Manuel
.iguilar.
CORRESPONDENCIA PARA EL En'EROR.

La Administracion general de correos ha publicado lo siguiente:
E l dia 29 del corriente, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion general para Veracruz, un extraordinario con la correspondencia que ha de conducir al exterior el rnpor "Paquete inglés."
Lo que se participa al público para su inteligencia y efectos correspondientes.
México, Noviembre 24 de 1865.- E l Administrador general, ltuis de la
Peza.

Mercantil de beneficencia, así como los réditos que ee estuvieren adeudando, inclusos loa
trescientos pesos, que como fiador aparece que ha satisfecho D Severo Orte~a - En aegundo lugar será pagado el crédito de los tres mil pesos, de Ta Sra. D~ .A.ntoma I slas de
Oviedo, y los réditos leg11les que se estuvieron debiendo, correspondiente's á dicho capital.
En tercer lugar, supuesto el contenido de la citada ley 5~ tít. 24 lib. 10, Nov. Rec. será
cubierto el crédito de dos mil quinientos veinticinco pesos, que imperta la libranza presentada por D. Miguel Zornoza y-En cuarto y último lugar, si quedare algun sobrante, serán
pagados conforme á su antelacion loa créditos de .D. Ignacio Pedrosa y de D. Diego Benitez, reservándose su derecho á los acreedores que no han comparectdo en Ollte J uicio y
previruéndose que del fondo del concurso se reponga el papel de la actuacion que no fuere
el que corresponde, haciéndolo D.,Severo Ortega y los demas acreedores1resfecto de aua
escritos. Hágase saber al Síndico, deudor comun y acreedores. El Sr. J uez 4 de lo civil,
definitivamente j uzgando, así lo proveyó y firmó. Doy fe - Antonio Rebollar.-Lic. Domingo Romn-o, Secretario."
Y proveido ademaa en esta fecha otro auto, en el qne se manda entre otras cosas que
la notificacion de la sentencia se hnga á los acreedores auseates y á los que no se les ca:nozca su domicilio por medio de la prensa, pongo el presente para que surta los efecto,
que el mismo citado auto previene y en el que se concede á los acreedores ausent.es ve:n
te días para responder á esta notificacion.
•
México, Noviembre 20 de 186.5.-Urbano Morali, Escribano público.
717-3a- l
rnzoADO 79 MENOR DE LA CAPITAL-CALLE DE DONCELES NUM. 29.
ORDE.N.

AVISOS OFICIALES.

Ignorándose el paradero de D. Antonio Cosío, se le cita y emplaza, para qqe en el perentorio término de ocho días, contados desde la primera publicacion de la presente, com
parezca en este Juzgado, por si ó por apoderado jurídico instruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio 'l"erbal sobre pesos, le promueve D. Vicente Larrea; apórci
COMPAÑIA LANCASTERWU DE JdEXICO.
bido de darse por contestada en su auseocia y rebeldía, si no se presenta.
El domingo 26 del corriente, á las diez de la mañana, en el edificio de Betlemitas, se
México, Noviembre 21 de 1865.- El Juez 79 menor, Lic. Jainaga.
712-3s- 3
verificará el e:i:ámen de las alumnas de la escuela "Purísima Concepcion."
Preside el acto el Sr. socio Br. D. Agustin Caballero, presidense de la comision de visi.JUZGADO 19 DE LO CIVIL.
tas á: socios enfermos y lo acompaña el Sr. socio coronel D. José M. Larralde.
Ignorándose donde se halla actualmente O- José Velez Escalaute, á pediment.o de D
Para la comision examinadora han sido nombrados los Sres. socios Magistrado D. Mil· Cayetano Llano, como apoderado de D. Jooá Antonio Larrazabal, y de órden del Sr. Juez
nuel García A~uirre, Líe· D. Leandro Estrada, Dr. D. Ladislao Pascua, D. Agustin Oro~- 19 do lo civil, D. Manuel llfaría de la Sierra, se le cita y emplaa para que comparezca
Lic. D. Nicolás Pizarro Snarez.
en este Juzgado, sito en el Palacio de J uPticia de esta corte, el lúnes 27 del corriente á
a comiaion de vigilancia de la citada escuela, ha estado compuesta de los Ares. socio~ la una de la tarde á contestar el juicio conciliatorio, sobre pesos, que le promueve el ee
D. José Florentino Morales, D. J esns Gaviño, D. Fermin Melendez, D.· J esus Navarrete presado D. Cayetano Llaoo, como apoderado del referido D. José Antonio Larrazabal
y D. Joaquín Ortiz de Montellano.
,
apercibido de que se dará por intentado el juicio si no concurre.
Tengo la bol\!&amp; de ponerlo en conocimiento del público y de los Sres. aocios, suplicánMéxico, Noviembre 20 de 1865.- J. Chavez, Secretario.
707- 4s- 3
doles b debida asisteneia.
2s- l
México, Noviembre 22 de 186.5.-W. Reyes, Secretario.
JUZGADO 5~ DE LO CIVIL.
Por disposicion del Sr. Juez 5? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, se convoca por el pre-sente á las personas que tengan derecho á suceder en los bienes del intestado de D. José '
María Mnnrique, para que se present~n en este Juzgado á deducirlos dentro de treinta.
diaP; apercibidos·quo se t~ndrán por renunciados si no lo verific110.
México. No'l"iembre 16 de 1865.-Sebastian Peña1wloza, Escrib~no público.
JUZGADO DE LETRAS DE SAN JUAN DEL RIO.
700--311-3
En las diligencias formadas á pedimento de D. Macedonio ilfartinez, demandando en
.JUZGADO MENOR DEL CUF.TEL MAYOR.-SEMINARIO NUM. 8.
juicio verbal sobre pesos, á D. Jesus Tabores, se halla una acta que á la letra dice:- "En
En el juicio verbal seguido por el representante del Sr. U Je~ui Goríbar, contra D.
quince del mismo Noviembre y~ horas que son las doce del dia, D. Macedouio llfartinez,
dijo: que no se ha presentado persona alguna que represente á D. Jesus Tabart1s, citado Vicente Vaca, se ha señalado por este Juzgado el dia 30 del corriente Noviembre á las doraara las diez de esta mañana, y en tal virtud, pide se sentencie en rebeldía al demandado ce, para la almoneda y remate de la casa número diez y medio de la calle del Estanco
pagar los 229 pesos demandados por los documentos exhibidos y ademas los ~astos lega- Viejo de Hombres, valuada por (11 perito D. Francisco Cbavero cu cinco mil ochocientos
Jea del juicio; el Juzgado, vista la demanda, y los documeptos que la apoyan; nsta la citn- treinta y dos pesos cincuenta centavos($ 5,832 50 cs.) Lo-qtte se hace saber al público
eion que se hace por el Diario del Imperio, cuyo eJemplar obra en estas diligencias, y lo para que quien se interese ocur,ra á hacer postura, con los requisitos legnlea del caso, pu
dispuesto en el art. 289 de la ley de 29 de Noviembre &lt;le 18.58, condonaba y conden6 á D. diendo, los que desearen mejores instrucciones, pasar al Juzgado, que niinistrará las que
Jesus Tabares, en su ausencia y rebeldía, á pagar al actor la cantidad demandada, y los resulten de autos.
México, Noviembre 14 de 1865.-El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
701-3a- 3
gastos legales del juicio dentr.&gt; del término legal; lo queso p3iblicará por el mismo periódico oficial, para que surta los efectos de notificacion en forma. Instruido el actor de esta
TRJ]IUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
determinacion quedó conformo y firmó. Doy fe.-Castillo (Una rúbric11.).- Macedonio
Noviembre 18 de 1865.
Maninez.- Asistencia, José María Sancltez.-Asistencia, IgnaCÚJ García.
Por auto de 16 del presente este Tribunal mandó se procediera á la almoneda en calidad
Lo que se publica en cumplimiento de lo mandado.-Fecba ut supra.- F,ancisco dd
de remate de una berlinn valuada por el perito Goullet en la cantidad de 250 pesos y un
Castillo Ganancia.- Asistencia, José Maria Sa11chez.-Asistencia, Ign&lt;Uio García.
t ronto de mulas retintas golondrinas de seis cuartas de alzada, valuadas por e1 perito D~715- lla-l
ráe. en 160 pesos. Los objetes embargados se pueden ver: la berlina, en la carrocería. de
1UZGADO DE LETRAS DEL PARTIDO DE TLALPAM.
los Gallos, y las mulas en el meson de Santa Julia.
Tlalpam, Noviembre 21 de 1865.
Lo qne se avisa al público, para que la persona que ee interese en ellos, ocurra á la Se-,
D. Vicente Fernandez se presentará en este Jnzgado dentro de ocho dias, contados - cretaría de este Trib1mal el s~bado 25 del presente, á la una d&amp;~a tarde, hora lijada par&amp;
desde la fecha en que 111 presente se publique, por si ó por apoderado instruido y espen- la referida almoneda.
704-3a- 3
aadll, á contestar la dem11uda que en juicio verbal sobre pesos, le promueve D. Francisco
El Oficial 2. 0 encargado de la Secretaría, José Maria Carde11a.
Balanzario~ apercibido de seguirse el juicio en su ausencia y rebeldía si no comparece.El J uez letrado del Distnto, Luis G. dd Villar.
716-30.-l
.JUZGADO l '? DE UI CIVIL.
El Sr. 'Lic. D . José María de la Sierra, J uez 1~ de lo civil, ha mandado por auto de 7 de
rnZGADO 49 DE LO CIVIL.
corriente, se coavoque por loa periódicos á las personas que !\0 crean con derecho al inteaNOTIFIOACION.
tado de D. Gil Arguelles, debiendo presentarse dentro de treinta dias, contados desde la
publicucion de este aviso; apercibidos que de no hacerlo, les parará el perjuiéio que en deEn los autos del concurso á bienes de In Sra. D~ Carlota Bullon, el Sr. Juez, Lic. D. recho baya lugar.
.
Antonio Rebollar, que de ellos conoce, pronunció la sentencia ce graduaci,&gt;n que á la leMéxico, Noviembre 11 de 1865.-Pedro Canel, Escribano público.
689-6a- 5

ool

AVISOS JUDICIALES.

•

t ra dice:

~

.

"México, Octubre 31 de 1865 -Vistos estos autos del concurso y cesion de bienes
que ha hecho la Sra. D~ C1irlota Bullon, seguidos y sustanciados entre los Sree. Lic. D.
Juan Rodriguez de San :Miguel, representando la Juuta mercantil do beneficencia, D. Severo Ortega, como fiador de réditos, D José María Oviedo, por la Sra su esposa D~ Antonia Islas, Sindico D. Miguel Zornoza, D Ignacio Pedrosa, D. Diego Benitez, Lic. D.
José Guadalupe Cbaonla y Lic. D. l\lateo Ortiz Perez, habiendo la cÍl'cunstancia de que
este solo diri¡:ió el oficio de fs. 24 &lt;le este cuaderno, y no ha comparecido ni dado su poder á pesar de haberlo ofrecido y do las citaciones que se han hecho por los periódicos.Atendiendo í. que los bienes cedidos por el deudor comun, consisten en la cnsn núm. 5 de
la calle de la Alhóndiga en esta ciudad, cuya finca está especialmente hipotecada al pago
del capital de tres mil ochocientos dos pesos, sois y medio reales y sus réditos que esFaresan las escrituras públicas, de 13 de Abril de 1852, y 24 de Julio de 1857 (fd. de la·5
la 20 del cuaderno de documentos). otorgadas ante el escribano nacional y público D.
Francisco de Madariaga, á fa,or de la Sociedad Mercantil de beneficencia, siendo fiador
de dichos réditos D. Severo Ortega -.A.tendiendo á que tnmbien reporta la esprcsada fi,n•
ca, el gtavámen de tres mil pesos y sus réditos legales, que espresa la diversa escritura
pública de 20 de Mayo de 1861. (fs. 41 y 42 de este cu»derno) otorgada ante el escribano
público D. Hennenegildo Arellano á favor de la Sre. D~ Antonia Islas de Oviedo, en cuyo
mstrumento hace espresa relacion del cttpital anterior de tres mil ochociento.i dos peso~
seis y medio reales que antes pntenecia á la cofradía de~Santo Ecce-Homo y hoy ÍI la
citada Junta de beneficencia.-Atendiendo á que Z&lt;•rnoza bajwstificado su crédito de dos
mil ochocientos veinticinco pe,os, con la libranza girada en 27 de Setiembre de 18.57 que
se registra á fs. 2..1, así como á que D. Ignacio Pedrosa lo ha hecho respecto del suyo de
novecientos cincuenta pesos, cm, el documento de 16.de Mayo de 1861, que curre á Is. 1~.
y D. Diego Benit.ez, por los set,.cicntos pesos que reclama con el otro documento tambien
privado de 18 de Diciembre d&lt;• 1861 que obra á fs. 25 dd cuaderno de comprobantes; y
teniendo asimismo presente quP ~l Sr. Chapela no ha rendido justificacion ni fijada cuál
sea su crédito por honorarios.-Por virtud de lo espuesto y en atencion á lo quo disponen las leyes 13 y 27 tít. 13, p11rt. 5~. ;á~ tít. 24 lib. 10, Nov. Recop á lo que enseña el
Autor .de la Curia, lib. 29 Comercio Terrestre, cap. 12, núms. 47 y 48 y Bscriche en su
Diccionario razonado de legisla eion art. fiador, ~ último, en aquellns palabras que el fiador
qiu paga por ~l deudor principbl queda ~uh.rogado _tácitamente en las liipotecas y dcmas ~
rechos que tenia el acreedor contra el pnneipal obl1gado. Se ordena: Que ,,endiéndose la
casa cedida en páblica subasta, de su 'l"alor 6 producido, se baga pago á los referidos acree~ores, previa 111 correspondiente fianz11 de acreedor de mejor derecho en la forma que

11gue:
En ~rimer lugar y grado, cubiertas ¡que sean las costas legales, ijorán satisfechos los
tres mil ochocientos dos pesos seis y medio reales del capital perteneeiente á la Sociedad

•
11JZGADO l'.' DE LO CIVIL.
El Sr. Juez l'? de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Si,•rra, que conoce actualmente
de los autos seguidos por la Sra. D~ Tomnsa Arciniegn, c1111tra el Sr. general D. Ignacio
Carranza, sobre divorcio; por el proveido de trece del qm, rije, en el incidente de.alimentos, ha mandado se proceda á la venta1Tb la casa núm. J:c.2 de la 2ª calle del Chirimoyo, en
la villa de Tacubaya, valuada por el perito tercero en di&amp;cordia, D. Mariano Leon, en la
cantidad de cinco mil trescientos cincuenta y tres pesos cincuenta y dos centavos
($ .5,353 52 cs.) .A. este fin se h11 señalado para la respectiva almoneda, con calidad de
remate, la mañana del dia veinticinco del corriente á !ns doce.
Lo que so participa ni público para q110 las personas que quieran hacer postura, ocurran al despacbo del que suscribe, sito en los bajos del Palacio de Justicia, donde se les
ministrarán !11s instrucciones conducentes.
Mi;xico, Noviembre 15 de 1865.-Maniul Vera, Escribano público.
697-4a-4
JUZGADO 1? MENOR DE LA CORTE,-:ESCALERILLAS NUM. 13.
ORDEN.

Ignorándose la habitacion de D. José María Reynoso, por el presente se le hace saber
que se han dado por absueltas afirmativamente las posiciones que le articuló D~ Dolores
Hodriguez, en el juicio que con ésta sigue, yse le cita para que comparezca en este Juzgir
do por sí 6 por apoderado, el dia veinticuatro del corriente ál:i, once,yara alegar de su derecho en dicho juicio; apercibido que de no comparecer se ¡,rocedera en su ausencia, quedando desde luego cit:\do para sentencia y r,r~nunciándose lu que sea de justicia.
México, Noviembre 20 de 186.5- El Juez 1? menor, Lic. Argumedo. 709-3a-3

DIVERSIONES PUBLICAS.
TEAT RO PRINCIPA L.
COMPAftIA DRAMATICA.

En la noche de hoy se pondrá en escena, á la hora de costumbre, el drama cómico di·
vidido en cinco actos, que se intitula: El liijo del pueblo, Mateo Lombard el artesano.

IMPRENTA DE J. M. ANDRADg Y F. ESCALANTE,
BAJOS DR SAN AGUSTIN NOM.

1.

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Imprenta J. M. Andrade y F. Escalante</text>
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                <text>Fondo Pérez Maldonado</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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        <name>Aduanas</name>
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                    <text>EL

DEL

DIARlt)

IMPERIO
E

ETIZ3

TOUO 11.

NU~l. 2a0.

MEXICO: Sábado 28 de Octubre de· 1865.

del Ministerio por si desean recogerlas los interesados, lo quepodrán hacer por medio de una peticion anónima, á la cual acompañarán copia integra de una escena cualquiera, para probar que el peticionario es el poseedor del original.
_
_
8~ El Ministerio citará ií. los autores que hayau obtemdo premio
pa.ra entregarles el que les corresponda, y dispondrá que se efectúe
PAUTE OFICIAL.
la representacion de las piezas designadas por el jurado para este objeto, así como la remuneracion ofrecida por el rescripto de S. M. á
MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
los autores.
·
Tomando en considcracioo la solicitud de D. Inocencio Mendizá- Lo que se publica por disposicion de S. M,, para que llegue á cobal, vecino de Orizava, y rn vista de los informes que obran en el nocimiento de los interesados.
El Ministro de Gohernncion.
expediente respectívo, DECRETAMOS lo siguiente:
..
Es·rEvA.
Se habilita á D. Inocencio Meodizábal de la edad que le falta con
arreglo á la ley, para entrar en la libre administracion de sus bienes,
MINISTERIO DE GUERRA.
y poder comparecer en juicio sin necesidad de curador, no gozando
l ~ DIRECCION.
en ningun caso &lt;lel beneficio de restitucion in integmm.
Circular á los gefes da los iuerpos de caballería.
Nuestro Ministro de Justicia queda encargado de la ejecucion de
México, 26 de Octubre de 1865.
este decreto.
A fin de que los cuerpos de caballería tengan una regla fija para
Dado en México á 24 de Octubre de 1866.
proceder en .el desecho de los caballos inútiles para no gravar al eralIAXIMILIANO.
rio, dispone este Ministerio '}Ue tan luego como se note en las comAl Ministro de Justicia.
pañías la existencia de éstos se proceda, prévia la órden del Coronel
P0.2 El, ll~lPKRADOR1
6 Comandante del cuerpo, por el mayor 6 quien haga sus veces, el
El Ministro de Justioia,
capitan ó comandante de la compañía respectiva y el Veterinario 6
PEDRO EscuDERO.
Mariscal, á hacer el r.ecow· imiento correspondiente, y con la acta
en que conste la inutilidad del caballo 6 caballos, su matricula y re-·
GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
señas, se dé cuenta á este Ministerio para que acuerde la venta.
México, 26 de Ootubre de 1865.
Esta se verificará en asta pública poniendo al caballo una marca
S.M. el Emperador, por decreto de 18 del actual, se ha servido que consistirá en una D en el pescuezo, del lado de la crin y e.ntrannombrar Calrnllero &lt;le la Imperial Orden de Guad{tlupe á D. Anto- do el producto de esta venta al fondo respectivo.
nio Espinosa, Ca pitan 2? de Zapadores, enatencion á su honroso com- En las. compañías sueltas la acta se levantará por el Comandante
portam.iento en la accion de Tacámbaro del 16 de Julio último.
y el Veterinario 6 Mariscal. Ningun desecho de caballos podrá verificarse sia que preceda lo dispuesto en esta circular, siendo respon'
El Gr:m Cnnciller,
Au.i:oNT:S.
sable personalmente el gefe que lo verifique sin estos requisitos. Lo
que comunict&gt; á V. para su conocimiento y fines consiguientes.-El
MINISTERIO DE GOBERNACION.
Ministro de l~ Guerra, /'eza.
SUMARIO

PARTE OFICIAL.-Decreto habilitando de edad al Sr. Mendlzábal, de Orizava.-Nombramlento de Ca
ballero de Guadalupe por la accion de Tacámbaro. Prevenciones para un concurso llterário.-Circular ~obre los caballosinúUles del cjércilo.-Conftrmacion de empleo de Teniente Coronel.-Admlslon de renuncia.
PARTK NO O.FICIAL.-Suscricion par&amp;. los loundados.-La Baja Callfornia.-Disidentes presentados.Inundaclon de Collma.-Desastres de esta inuodncion.-Correspondencia para el exterior. Avlao de la Admlnlstracion de correos.

.

México, Octubre 27 de 1865._

Para el puntual cump limiento de los preceptos contenidos en el
rescripto imperial de 12 de l corriente sobre apertura de un concurso literario del género drat1 ,{.tico, se observarán las prevenciones siguientes:
1~ Son objetos del _concurso la tragedia, la comedia y la tragicomedia. Las obras deben ser originales, nuevas y escritas por autor
mexicano.
2~ El concurso quedará abierto desde el dia 15 de Noviembre del
corriente año hasta el 15 de Mayo del año entrante.
3~ Dentro de una cubierta rotulada al Ministro de Go'bernacion,
se incluirán la pieza presentada al concurso y un pliego cerrado que
contenga el nombre del autor, y que lleve en la parte exterior un
epfgrafe 6 contraseiia cualquiera. La misma contraseña 6 epigrafe
se pondrá en la primera foja de la pieza.
4~ Luego que el Mio}stro vaya recibiendo las obras, las remitirá
al jurado del concurso. y dispondrá que los pliegos cerrados ·queden
depositados en la oficina del Ministerio.
ó~ Los j11eces examinarán las obras tan luego como las reciban, y
procedertí11 á hacer la_calificacion comparativa dentro de los treinta
dias siguie11t~s al del cumplimiento del plazo prefijado en el art. 2?
6~ Hecha la ca.lificacion, el Ministro de Gobernacion fijará el dia
·y lugar en que haya de verificarse la apertura solemne de los pliegos
que conte11gan los nombres de los autores de las·obras aprobadas. En
ese dia y lugar, y en presencia del Ministro y de los funcionarios públicos y perso11as particulares á quienes éste invite, se procederá á
dar lectura á la decision definitiva del jurado: ·se abrirán los pliegos
depositados correspond:entes á las piezrs aprobadas, y se leerán los
nombres de los autores: todos los &lt;lemas pliegos cerrados ser~ inmediato.mente quemados en presencia de los concurrentes. .
7~ Las piezas no aprobadas quedar~n depositadas en el archivo

TERCERA Dllj.ECCION.

.Méxioo, Octubre 27 de 1865.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 25 del actual, se ha servido
confirmar en el empleo de Teniente Coronel de Ingenieros á D. Edwin de Rosainski.
_Son copias.
_______..

........,.___

El Subsecretario de Guern1,

J .•lf. Durán.

MINISTERIO DE HACIENDA.
GABINETE,

México, Octubre 26 de 1865.

S. M. el Emperador se ha servido admitir á D. Andrés Devincentiis la renuncia que hace del empleo de escribiente de la Recaudacion
principal de contribuciones directas del Departamento del Valle de
México, nombrando para cubrir la vacante, al meritorio de la misma
oficina D. Miguel de Raro y Casarin.
El Gefe de la seccion,

F. 0. Muro.

PARTE NO OFICIAL.
CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
México, Octubre :t6'de 1865.

Suscricion en favor de los inundados.
Suma anterior .•............•.. . .....
La Sta. D ~ Catalina Barron de Escandon colect6 de las personas siguientes:
Compañía del ferrocarril de Chalco, ••••••• , •• $ 100
Lic. D. José María Aguilar ••. : . , •• , • • • • • • • • •
1O
A la vuelta .•• , .•.•.• • • , , .• $

$19,088 54

110 ,,

$19,198 54

�'

'

422

•

DIARio DEL IMPERIO.

De la vuelta .. •... ... ....... $
La Sra. D :'Josefa Cardeña de Salas colectó de
las personas siguientes:
Sra. D~ María de J esus L. Sala.zar llarreO'ui •• • . $
una persona .mcognita
' . •.. ..• .. . , .•• •.o.• •••.

$ 19,198 54

·
Del frente ... . .. .... . ... $
Guarda ronda Antonio V alero ..••.••••••••• , •
.,
Manuel Elizalde .. , .. .. ...... ..
,,
Anastasio Velazquez.• • ... •.. ...
10 ,,
,,
J 1'rinidad Cevallos •. .• • •• . •• .. •.
,,
Luis V elazqJleZ..... • • .. •.•.• • •.
,,
Manuel Piña ....•. • •. •• • .... • •
,,
Luis Villegas .. •.. . .• . , •. • •• , • •
,,
Teodosio Rojas . . ••..• •.• • , . . • .
,,
Miguel Alvarez .. . . , ..•.••••• , ,
,,
Ramon Portillo .. .. . ..•... •.• . •
,,
Atenógenes J ustinfani. .•••.•... ,
Escribiente de Garita Ramon Contreras •••• . • ,
,,
Francisco Carmona. • . ..•• • •• • •·.
,,
Francisco de P. Apecechea.... ;.
,,
Manuel Perez IIermosillo .• . .. . .
,,
Eduardo Llampallas . •. • , • •• , .••
,,
Tomás Aristizabal .. .. . • , ••••• •
,,
Fernando Castañeda. .•. . • , •• •• •
,,
Antonio Barrera y Valen zuela. , ••

5
5

ADlilINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS Y SU
RESGUARDO.

Administrador D. Ignacio de la Barrera con el 5
por 100 de su mesada ..... , ....... .... . $
Secretario D. Narciso Sierra y Rosso id . ..• . .
Oficial de correspondencia D. Manuel Bá.rcena ••
E scribiente D . Cá.rlos Moreno ....•. .. .. ..•. •
Contador D. Manuel María Ituarte. .•• . •. • •. •.
Oficial 1 Y iósé Ponciano Nagore •... • • .. . .. .
,, 2? gnacio G. de Cosío .... . . .... .... .
,, 3 ~ Felipe Romero .... . .. . .. ... ... ..
,, 4? Manuel Torne!. .. ..• .. . , • . , . • .. . .
,, 5? J osé Antonio M&lt;irales .... .. ..... .
,, 6 ? Cosn:w S. Aparicio . . ...••• . ..• •..
,, 7? José de Jesus Toraya .... .. . .... ..
,, 8? José Cai·bajal y Prieto . ..... . . .. . ..
,i
9? &amp;ntiago Ronde ro .... ; .. ... .... ..
,, 10? Camilo Murillo .. . .. .... ... .. .. ..
E scribiente 1 ? José S. Berna!.
,,
2? Enrique Andrad;.'. : : : ·.:: : ·. :::
Archive:ro_José :Má.rq uez .. ...... .. ... . .. . : •.
Tesorero José Pagaza ... . . ... . . ... .. -... .••. .
Tenedor de libros Francisco de P. Castillo .. .••
- Oficial 1 ? Juan del Castillo
,, 2? Manuel Carrera.: : : : :::: : : :::: :::
E scribiente 1 ? José Fabian Zenizo.• • •.. . .• •.
,,
2? Agustín Auza ...... . ...•. , . .
Contador de moneda I. Cortes y Giron . .• • .•..
,,
,,
Luis Velasco . .. ..•• • .• ..
Vista 1 ? José Ramou Malo ..•. ... • . .•.•• ..•
,, 2? Mariano Acevedo .. ............ .. .
Alcaide de entradas Agustin Quevedo . ... . •••.
,, de salidas. Pedro Gallardo ...•..•• ••••
-Guarda-almacenes J oaquin Carbaja!.. ..... . .. .
E scribiente José Martinez del Campo •. : .• • •'•.
itp~taz Francisco ~lvarez de la. Cadena • .•• •• •
er1no Juan CarbaJal. .... . .. . ............. .
,, Crispin Sandoval. ••• •••••• • •• • •• • •••
,, José Melchor Barrientos 5 por 100 de su

mesada •••••••••• •••• ••• • •• •• ••• •
Portero Atila.no Casas •• •••• • •• • • • ••. • ••••• •
Comandante del ~sguardo Manuel Rodríguez; •
Comandante 2~ Fernando Grinda •• •. • ••• •• ,,.
Gefe de garita Gregorio J ustiniani., ••• , , ••• • •
,,
Pedro Rosas.• •• .••••••.••.•••
,,
F lorencio F lores. •••••••••••• , •
,,
J osé M. Guerrero y P .•• •. • , ••
,,
Antonio Arteaga•••• , • , , , , • , •••
,,
Cárlos Bravo, un 5 por 100 de su
mesada •••••••• ••• • ••• •••••
,,
J ulian Mondragon .•• • • , , • , , , ••
,,
Pedro Schiafino .. • • , ••• , , , • , • •
,,
J oaq uitl Iberri. •• ••• , , , , , •• , •• •
Gefe de ronda Juan Perez Martinez ,. • • • • • •• ,
,,
Joaquin Sevilla.. ..... ,,, .. .. ..
Guarda garita J osé María Zea .. , • •••• • •••. • ••
,,
Ildefonso Olea.. • • • • • • , , ••• • ••
,,
Ramon Miranda, 5 por 100 de su
mesada.. .. . ...• • •.•• •• ••••
,,
Pedro Castañeda. , •• , , , • , • , , , ••
Mariano Beltran , • . , •••• , ••• • •• ·
"
Rafael Piña . •.• , •• , ..• , , ••••••
"
Manuel Fuentes •••. , • , • • • • , ••
"ll
Manuel Sanchez.• •. . , • . •• •• • . • ,
.., José María Ca..bajal ••••••••• • •
Antonio García Heras ••••. •• , ••
"
Manuel Sevilla • •·. ••• ..••••••• ,
"H
José Corro, 5 por 100 de su mesada • .. . , ••••••••••• • • ••• • •
Antonio Madrid ... ... , .. . .. , ..
"
Miguel Cárdenas.. ........... ..
"
Mariano Heredia.•• • , •.•••• , •••
"
Eduardo Ordoñez ••••.• , ••••• ••
"
Angel Alva .... .. ... ........ . , •
"
Rafael María de los Rios . •••••• •
",.,
Manuel Trujillo, 5 por 100 de su
mesada • • . • . .••.•.•••• • .••••
,,
J ose María Guerrero •.•.•• • ••• •
Guarda ronda Mateo Diaz Romero • ..•.•• ••••
,,
E pitacio Sanchez .•. • ••••• • .• ,. • ,
,,
Vicente Vega .... . . . •• . , •• , •• ••
Antonio Peimbert. , . .••••...• • •
",,
Valentin Sanchez.. . •. ••• , . • • , • •
:F'rancisco Rivera .. •••••.. • .•••
Félix Matamoros ....... .. ... ..
.,,"
Al frente . , . . .•.•• , , •.• , . . •• .. •

•

12 50
4 58
1
1
5
4

6
2
2
2
2
1
1
1
1
1
1
1
5
2
1
1
1
1
1
l
10
5
1
3
2
1
1
1

MINISTERIO DE GOBERNACION .

Exmo. Sr. Ministro D. José María Esteva • • , ••
4 Gefes de seccion, á $8 • . ..•.. .• •. .•.• • • , . .
7 oficiales á $3 . . . . . •.• ...•. . . .• .. •.. • • . . .
8 escribientes $1 . . . . . . . . . .. . •.... .. ..•.. ••

32
32
21
8

93 ,,

PREFECTURA POLITICA.

Sr. Prefecto político D. Miguel María Azcárate.,:$
Oficial mayor D. Manuel Aguilar ....••. .. • . .
segundo ,, Manuel del Valle . ......... .
" tercero 11 J esus Romero . ...•. .. , • .• •
" cuarto
G. de la Peña ... . ..•• •• •• , .
" quinto ",, Juan del Valle . ....... .....
" sesto ,, Ed uardo del Valle • . . . . •• . .•
,," sétimo ,, José María. Maya . .. ..• .. . •.
Escribientes D. Francisco Flores .. .. •..• .. •
,, Joaquín Aguilar ............
"
,, Julian Aparicio .. . ........ .
"
,, Felipe Ballesteros ••..• .• . ••
"
,, German Morales. , • , • • •• •• •
"
,, Antonio Sierra. , •••• • •. : , •• ,
"
,, Felipe Hernandez ••••• , ••••
"
,, José María Villalpando.•• • •.

l

"

10
5
2
2
1 50
2
2
2
O 50
1
1
O 50
1
1
1
1

.

SECOI ON DE ALOJAMIENTOS,

2 08
1
4

Encargado de laSecoion, D. Manuel Guerra Manzanares ••.. •.••. ••• ••••••.• . • , •• •••
Secr?tario del Consejo, D. Enrique Ruano •• , , .
Secc1on de la revision oficial D. Anastasio Cor-

2
2
2

neJO •••••••••••••• •••• •••••••• •• •• •
Escribiente, D. Ignacio Trejo . , •• , •.• • , ••• , , •
Gefes y oficiales de la Guardia Municipal • •• • • ,
El Comisario central y policía preventiva •• , • • ,

4

1
2
4 ¡ 5_
.2
1
1

2
5

2

O 50
40
58

141 ,,

· EXMO. AYUNTAMIENTO.

Pre~ municipal,
Sr. Regidor,
- ;,
,,
~•

-2
1
l
i

D.
,,
,,
,,
,,

Francisco Somera ••• . •••• $
José María Rascon ••. • , .,
Miguel C~rvantes ••• , , ••• ,
F rancisco Buck •• •.•• . • • .
Timoteo Fernandez de Jáuregu1.• . .••. •
Empleados, D. Luis G. de An.zorena, . , • •. , , .$
,,
,, Tomas Dominguez . ••... , , ••.
,,
,, Frar:cisco Zárate ••. • • .• • . •• • •
,,
,, J uan N. Nieto ••• •. •••• , •• , .•
,,
,, Francisco J . de los Cobos • •• ,.
,,
,, Manuel Altamirano •• . . ••• .••
,,
,, Luis G. Carrillo •• •.. • .• ••. . •
,,
,, Fernando Córdova • •. .••• • , • •
,,
,, Felioiano Hernandez., ,. , •• . . ,
,,
,, Lúcas Ontiveros •. . • ••.. • •.••
,,
,, Manuel Couto •• . .• •• •• •• • •. •
,,
,, Telésforo Ruiz •••. •• • . ••. •••
,,
,, Manuel N ájera •.• • •...••• , ••
,,
,, Antonio Martinez •• . . .... , • • .
,,
,, Fernando Ordierez . , •• , , ... , •
,,
,, Juan Rubio .•... •. • , . , • •• •••
,,
,, Lauro del Rivero •.. • •• ..• .•.
,,
,, Galindo I. Agustín . • •• .• •.. . •
,,
,, Antonio Gomez .. . . . . ••• . , • •.
,,
,, Luciano Gonzalrz . .•... , •..• .
,,
,, Jesus Dominguez ..•.. . .•. . . .
,,
,, José Belderrain .. . ... . ..... ... .
,,
,, José Medina ••......•.•.••• •
,,
,, J . J . Tames . •... •. . . •. .• ..• •
,,
,, J oaq uin Guzman ••• .••••. • •••
,,
,, Manuel Zepeda, , ••.••. , • , • , ,
,,
,, Manuel Pinto, , , , , •. .. , •• , • • ,
,,
,, J osé G. Arteaga . , , • , • • , • , , • ,
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,, J uan Barbedillo . , •••• • •••••• •
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154 51 . 19,208 54

••••••

Al frente ... . ..••. , ••. . .. , ••

••*

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O 50
3
88 i 5 • 19,611 55

Dl1:\.ItIO DEL DfPERIO.

423

Poner el mas puntual remedio ha sido el primer pensamiento del Prefec88 25 $ 19,611 55
to que suscribe, que ayudado del Presidente y miembros de la Junta de me1
joras materiales de este Departamento y de algunos individuos particulares,
10
ha conseguido despachar á. D . Telésforo Ruiz y á. D. J ulian Moctezuma con
2 17
destino á esa, conduciendo para auxilio de la clase menesterosa de esos pue2
101$ 42 blos, y de todos los demas que se hallen en el caso de necesitar auxilios, lo
,, 50 siguiente: ciento cincuenta fanegas maíz, veinte fanegas frijol, ciento veinte
D. L. G. Sanchez •• •• •••• •••• ,, •• • •.•••• . ••
arrobas arroz, y veinticuatro arrol;,as sal. Estos dos señores comisionados,
van ampliamente facqltados para hacer equitativaménte el reparto de los re$
19,715
47
Suma . . • • ·. ... . . .. . ...... .
feridos víveres en todas las familias que se encuentran abrumadas de hambre y de miseria.
LA BAJA CALIFORNIA,
Esta P refectura recomienda á vdes. presten los auxilios que les sean posibles
á. los ya referidos comisionados, para el logro y desempeño de su coPor una comunicacion que se publicó ayer en este periódico, hamision.
brán visto nuestros lectores que el Departamento de la Baja-Cali- Dios guarde á vdes. muchos años.- El P refecto Superior, José María Menfornia se ha adherido al Imperio~ La importancia de este aconteci- doza,- El Secr¡itario general, Miguel Zires.- Señores jueces y comisarios de
miento no puede ponerse en duda, si se atiende al influjo que ha de Coahuayana.-Es copia que certifico.-Colima, Octubre 8 de 1865.-El Seejercer en todo el pais, y particularmente en las localidades de aquel cretario general, Miguel Zires.
rumbo; pero él toma nueva y_mayor importancia, todavía st se tiene Es copia. México, Octubre 24 de 1865.- El Subsecretario de Goberna•
en cuenta que esta adhesion se ha verificado de una manera entera- cion, Francisco J. Villalobos.

Del frente ...... . . . . ...•. . $
.Empleado, D. IgnaciofPiñaflores ••.•.• ••••. .••
Por lo recaudado en el Mercado principal • • .. . •
Por lo recaudado en el Mercado de Iturbide • •.•
Sr. D. Antonio Ferreiro .. ... . .. : . •••..•• •• .

-----

mente espontánea, sin que la fuerza de las a_rrnas haya intervenido
en ella, y sin que se haya ejercido coaccion de ninguna especie sobre
Jos habitantss de la Baja- California. Su resolucion, pues, de reconocer el Imperio y entrar en su obediencia, ha sido dictada por los
crueles desengaños pasados, por su amor al órden, por sus aspiraciones á un porvenir t ranquilo, y sobre todo, por la confianza que
el Emperador inspira á los pueblos, de que bajo su Gobierno paternal alcanzarán todas estas ventajas de que han carecido hasta ahora.
No hay, pues, necesidad de insistir sobre la alta significacion que
tiene el acontecimiento de- que hablamos. El proporcionará á la Baja--California el sosiego y .la paz que han sido el objeto de sus deseos, y servirá de ejemplo y de estimulo á otras comarcas, para que
sacudiendo las funestas preocupaciones que las han perdido hasta
ahora, vengan á refugiarse á la sombra del pabellon I mperial, que á
todos ofrece proteccion y garantías, para restaurar 1os quebrantos
que sufrieron en los dias anárquicos que pasaron ya para la Nacion
Mexicana.

DESASTRES. CAUSADOS POR LA INUNDACION EN COLIM.A.

Minis_terio de Gobernacion.-Prefectura política del Departamento de
Colima.-Colima, Octubre 8 de 1865.-Exmo. Sr.-Terribles han sido los
desastres causádos po.r las lluvias impetuosas que tuvieron lugar la noche
del 29 al 30 del mes ·pasado, de que ya tiene conocimiento V. E. por comunicaciones anteriores de esta Prefectura.-Todo el Departament') ha sufrido
mucho; pero donde el torrente desbordado ha causado males que no están
sujetos á cálculo, es toda la parte baJa de él, donde por consecuencia natural se reunió esa inmensa cantidad de agua que vino á causar tantos males.
- Todas las pequeñas poblaciones de este Distrito, inmediatas á. los ríos,
han desaparecido casi en totalidad; los ganados casi todos han muerto, las
labores de campo, fr~cas y lozanas el dia 28 del pasado, han quedado arruinadas casi todas, convertidas en playas arenosas la maypr parte, y otras en
pedregales casi intransitables. Los caminos casi totalmente destruidos, presentan hoy las mas gr&amp;ndes dificultades para la comunicacion, en términos
de que en partes hasta á pié se hace dificultoso y casi i¡nposible su tránsito.
En la parte de ellos en ,que por no estar inundado puede trabajarse, ha dictado esta Prefectura las medidas conducentes á. su reparacion, con el fin de
facilitar las comunicaciones de uno á otro pueblo.-Pero lo que llama comDISIDENT~ PBESENTADOS.
pletamente la atencion de esta Prefectura y consternará. el corazon mas emMinisterio de Guerra.-1 "? Division militar.- General Comandante.-Ix- pedernido", son los horrores por que ha tenido que pasar la parte del Distrimiquílpan, Octubre 23 de 1865. -Exmo. Sr.-D. Matmel Galvez, vecino de to de Colima, que pertenece á. Coahuayana, que lo separa del DepartamenMisquiahuala, y que era uno de los individuos que estaban sublevados, Ee to de Coalcoman por el rio que lleva su nombre.- Estn parte del Distrito,
ha presentado·hoy acogiéndose al iudulto acordado por S. M. en 3 del cor- toda riqueza, toda Yegetacion, y todá de terrenos de grande aprovechamiento, es hoy un pais desolado: sus inmensos plantíos de algodon han desapareriente.
·
Dios guarde á. V. E. muchos años.- E l general Comandante de la I "? cido y con ellos el haber de especuladores dignos por cierto de mejor suerte; las labores de maiz, la multitud de árboles frutales que surtían exclusiDivision, Vicente Rosas.- Exmo. Sr. Ministro de la Guerra.
E s copia. ·México, Octubre 27 de 1865.-El Subsecretario de Guerra, vamente esta capital, no existen ya. Las máquinas que se empleaban en despepitar el algodon y en otras operaciones propias de este producto, han sido .
J. M. IJurán.
destruidas, excP-pto una perteneciente á la casa de los Sres. Oetling y C ~ ,
que por la posicion que ocupaba pudo resistir el torrente; los pueblos de
INUNDACION EN COLllll.
Chiquihuilan, la plaza, Coahuayana, los callejones, los mescales, barrio Ta-Ministerio de Gobernacion.-=-Prefectura Superior Política del Departa- marindo y J icuiz, que formaban la mayor parte de los pueblos de aquel parmento de Colima.-Colima, Octubre 6 de 1865.-La noche del 29 del pasa- tido, han sido destruidos completamente.
Sus habitantes, que.han sobrevivido á la catástrofe refugiados á las altu~o, y la mayor parte del siguiente dia 30, será para Colima de recuerdos muy
ras y pequeñas prominencias, aguardaban su último fin por momentos, ca·
funestos.
La poblacion entera y el mayor número de sus. habitantes estuvieron reciendo de alimento y vestidos.- En todo el partido la agua subió hasta
cinco piés, y solo á fuerza de trabajos incomprensibles han podido los mas
próximos á perecer.
Desbordado el río Chico, Jl&amp;USÓ inmensos 'estragos en la poblacion, desde osados prestar auxilio por medio de canoas y balzas mal formadas, tí, los in•
el Puente Verde, donde reventó, destruyendo las manzanas vecinas, la Plaza felices que pudieron soportar y hacerse superiores á trabajos de tal cuantía.
En el desórden en que aquella comarca estaba el día 3 del actual, aun no se
del Mercado, la P laza de Gallós y otras.
'
El Rio Grande, saliendo de su cauce, era á. su vez un inconveniente ame- sabia de la suerte que hubiesen corrido las autoridades de elJa, y particularnazante, harto imponente, puesto que obstruido el curso de las aguas por ha- mente el Comandante militar, D . Máximo Escalera, de aquel pueblo de dueber cegado sus arcos los árboles y ramajes que arrastraban, su desborde era lo y exterminio; y por la llegada de algunos que han podido contrarestar la
ya inevitable por momentos; y más que cierta la ruina de la poblacion, si tal furia de las aguas, sabe esta Prefectura superior los trabajos y sufrimientos
á. que están expuestos aquellos infelices habitantes; y considerando esta Prellegaba á. suceder. ,
.
Sumergida la poblacion en la ansiedad mas profunda, cada cual véia á sus fectura como una de sus obligaciones mas sagradas, excitó el espíritu filanpiés abierto su sepulcro; pero por las medidas enérgicas que dictó esta Pre- trópico de algunos particulares y el de los individuos de la Junta dP. mejofectura, y más por la prontitud con que ellas fu.eron ejecutadas por las ma- ras materiales, en combinacion con los cuales dispuso esta Prefectura reminos secundarias que trabajaban á porfia, se logró, aun con riesgo inminente tir á. aquel punto ciento cincuenta fanegas maíz, veinte id. frijol, ciento vein•
de la vida de muchos que trabajaron denodadamente, hacer 1esaparec~r te arrobas arroz y veinticuatro id. de sal, cuyos efectos ,an al cargo de dos
aquellos obstáculos, y hacer que el elemento furioso que nos amenazaba comisionados de confianza de esta Prefectura, para que de acuerdo con las
tomase su curso circunscribiéndose á su cauce, con lo que renació la esperan- autoridades que aun puedan existir, racionen á aquellos habitantes necesitados, tan próximos á. perecer.
za ya perdida. •
·
Por no hacer mas pesada esta ya bastante larga comunicacion, y reserPor pruebas muy terribles tuvo que pasar el Prefecto que suscribe; pero,
• ¡bendito sea Dios! vió coronados s~s esfuerzos, y la satisfaccion que experi- vándose esta Prefectura dar á V. E. detalles cuando reuna los generales que
mentó al ver libertada esta capital y á sus habitantes, fué sin duda'el placer necesita, termina la presente, recabando de V. E. aprobacion de las medidas
mas grande de su vida, y su recuerdo será. siempre, si bien triste por el ras- que se han dictado y acompañando á. V. E. copia de cuanto se dijo á los juetro que ha dejado &lt;letras de sí esta inundacion, satisfactorio á la vez, porque ces y Comisarios de aquel partido.- Dios guarde á V. E. muchos años.El Prefecto superior, José María Mendoza:
logró impedir males de mucha mayor cuantía y trascendencia.
Es copia. México, Octubre 24 de 1865.- El Subsecretario de GoberaaSi los males que experimentaba esta poblacionafectaban el ánimo del que
cion,
.Francisco J. Villalobos.
suscribe, la idea aterradora de lo que pasaron otros pueblos de menos recursos y h1as riesgos, afectaba su ánimo sobremanera; y no era, por cierto, esa
parte del Departamento la que menos llamaba su atencion, porque siempre
CORRESPONDENCIA PARA EL EX.TElUOR,
suponía que los estragos que en ella causase esta inundacio!1 serian extremos,
La
Administracion
general de Correos publica el siguiente aviso:
O?nsecuencia precisa de su posicion topográfica y por otras mil circunstanEl
dia
2
del
próximo
Noviembre,
á las once de la mañana, se despacha de
cias que por sabidas es inútil referir; y aunque ninguna noticia oficial se ha
esta
Administracion
general
un
extraordinario
para Verncruz con la corresrecibido de sus autoridades, ha recibido, sin embargo, esta Prefectura noti•
pondencia que ha de conducir á Nuova-Yórk, con escala en la Habana el
cías particulares que han venido á confirmar la justicia de sus sospechas.
Por ellas ha sido impuesta del triste estado á que esa parte del Departa- vapor- correo "Manhattan." Lo que se participa al público para su intel igenmento ha quedado reducida, y la necesidad que tienen sus habitantes de un cia y efectos correspondientes.
México, Octubre 28 de 1865. - Luia de la Peza.
socorro pronto y eficaz que suavice la situacion triste que guardan.

�DIARIO DEL IMPERIO.

424

AVISOS OFICIALES.

AVISOS PARTICULARES.

.A.DMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

¡ATENCION!

Habiendo comprado tant-0 111 gobiemo como á la comunidad de domínicos de Oajaca
una finca sita en el puerto de Santa liaría, España, calle de los !\foros, marcada con loa
México, Ootubro '.!'/ de 1865.
Relacion de loa espedientee para ouyo despacho se necesita la presencia de lo~ interesa, números 13, 15 y 58 modernos y 25 antiguo, y estando en posesion de ella, la Comision
colegiada del Eimo. Consejo ha declarado mejores los derechos deducidos'por D. Manuel
doa en eata oficina.
Oliver á la finca, sin considerar el précepto del art. 11 del decreto de 26 de Pobrero de
Soccion 1~-48.'3, 890, 9:36, 969, 2,4:í2, 2,56'4 y 3,952 de Jilotepec.
Seccio11 2~-493, 789, 880, 915, 1,142, 1,779, 1,892, 1,951, 2,171, 2,849, 3,068, 3,474, este año, que manda ratificar las ventas del clero, on que no hay pe1juicio do tercero por
derechos anterionnenteadquiridos. No habiéndome conformado con este fallo, hago públi21,552, 3,572, 3,598 y 584, 3,628, 3,810, 3,917,
ca protesta de que tal declaracion no la be consentido, ni puode en manera 11lguna perju.
364 de Puebla,
3,977 al 125 de Veracruz,
dicar los justos derechos que me corresponden y deduciré oportunamente ante los tribu374 de id.
4,4t5 al 387 de Osjaca,
nales, y protesto asimismo no reconocer en D. Manuel Oliver 6 cualqlliera otro, derecho
394 de id.
5,117 al l,319 de Puebla,
alguno para enageHar, arrend111· ó en manern 11lguna gravar esta finca, sin qlle antes aea
457 de Morelia,
51111 al 232 de id.
vencido ante los tribunales competentes.
2,999 de Puebla,
5,104 al 223 de id.
México, Octubre 25 de 186i,.-M. de' Ugarte.
650- 3a-l
3,939 al 933 de Puebla,
5,450 al 127 de id.
, 3,974al 3,655 de ij}.
El que suscribe manifiesta al público, como apoderado de D. Antonio Ortiz y Arvizu,
que D Luis Souquet es tenedor de unas libranzas que le aceptó ll!ediante un contrato,
Soccion de Beneficencia.-Núm. 972,
y tratando el mismo Souquet de embrollar maliciosamente todo lo estipulado en el referiRclacion de los espedientes remitidos en la fecha al J&lt;;uno. Consejo para su revision: 'do contrato, hago saber por medio del presente que no puede endosar á nadie las citadae
mientras no cesen las dificultades maliciosas que suscita,estando seguro de que ha.
643, 647, 1,130, 1,191, 1,449, 2,263, 2,721, 3,104, 3,135, 3,177, 3,931, 5,a40, 5,363, 5,364, letras
ta la fecha obran en poder de Souquet segun au carta de 19 del corriente y oti-as con&amp;• de l\!óxico.
tancias.
4,487 de Oajaca con el núm •••••••••.•••••••••• 108,
Mé~ico, ~4 de Octubre de 1865.-A. ll[arin.
64l-3a- 2
4,488 de id.
,,
...•..•• ••• . .. ... . .. 109,
4,894 &lt;la :Mascota, sin número.
AL BOTIN DEL AOUILA.
5,1Q3 de Tlaxcala,
id.
Con ePte nombre Pe ha abierto el dia 16 del presente un taller y espcndio de toda clase
. 5,lz7 do Jalapa con el núm ......... . ......... . 41,
de calzados para seiíorn y niño~ cu lus b11jos de la casa núm. ,lt ele la callo del Aguila, ea
5,145 de OHjaca
,,
............... . ... . 364.
el que ~e encontrarán las úniCl's cuolidades que se buscan en los comercios y son: BUELo qne se aviu. para conocimiento de los interesados.
NO, BONITO Y MUY BARATO; lo cual esperimentar~n las personas que se dignen honrarnos con su prote.ccion.
Por
liccnci¡i.
del
Sr.
Administrador,
'
626-6&amp;-5
México, Octubre de 1865.
El primer contador,
Agustill Pardo y García.
SEGUR08 CONTRA INCENDIOS.
AVISO.

ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE GLADB.A.CH.

AVISO AL PUBLICO.

Capital de fondo.. . • • . • . . . • . . . . . . 8.000,000 pesos prusianos.

El dia 29 del corriente, á. u1s once de la mañana. se despacha de esta Aduunistracion
general parn Veracruz un estraordinario
la correspondencia que debe conducir á 'Eu•
ropa el vupor "Paqurt-0 inglóA." Lo que s.i p:11ticipa 111 público p11rn su iutelig~ncia y
efeetus corre~pondientes.
Móxico, Oclubro 24 ~e 18(l5.-Luis tic la Peza.

Capital de fondo . • • .. . . • • . . . .. • • • • • • • • • 10.000,000 francos.

"ºº

AVl~O~ ,J lJDICIALES.

CoMPARIA DE SROUROS DE BABILEA (BABEL).

Se aseguran muebies é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informe,
necesarios p1.1ra los que gusten asegurarse, eñla AGEtWIA GENERAL de Estas Compañiu,
calle de Sau Bernardo núm. 3.
400-180s-80

DIVERSIONES PUBLICAS.

CONVOCATORIA.
Habiendo fallecido intestádo el Sr. Lic. D. Antonio Florentino Mercado, el Sr. Juez J'?
de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Sierra, por auto de diez y seis del que cursa en
TEATRO IMPERIAL,
\os relativos de la correspondiente intestamentaría, ha mandado. se convoque á los que se
crean con derecho á la aucesio,, del finado, para que ae presenten á deducirlo dentro del
')PERA ITALIANA.
término de treinta dias, 4110 al eft&gt;cto se les conceden; bajo el apercibiemto, si no lo verifi·
En la noche de hoy, ÍI la hora acostumbrada, se pone en escena con todo el aparato que
ficaren de que les parará el perjuicio á que hubiere lugar.
requiera su argumento, la ópera nueva del maestro Petrella dividida en cuatro actos é inMéxico, Octubre 21 de 1865 -Urbano llforali, Escribano público.
648-3a-l
titulada: Yone.
IUZGADO 6~ MENOR.--OORDOBANES NUM. _8.
ORDEN.
Domingo 29 de Octubre:
Se hace saber ií O. Gregorio Cejudo, que en el juicio quo le promovió D. Enrique Am·
En la tarde, á las cuatro en punto, se pondrá en escena la aplaudida ópera de Bellini,
plldia sobre 1,eRos, con esta fecha se ba pronunciado el fallo que eu su parte resolutiva dien tres aotos y denommadn.: La Sonámbula,
ce: "Que pague Cejuclo dentro de seis dias á D. Enrique Ampudia, los 12 pef0S 80A cs. dividida
En la noche, á la hora acostumbrada y por segunda vez, se pone en escena la ópera del
que lo ha drmanda&lt;lo, y ademas los gastos legales del juicio¡ apercibido de ejecucion si no
maestro Petrella, que se intitula: Yonc.
cumple, hnciéudusele s11ber esta disposicion por el Diario oficial del Imperio.''
México, Octubre 4 de lb65-l. Bra'l!o,
645-3s-3
0

1UZOADO 2'?~DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 29 de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, por auto de 23 del que rige, ha man-

•

TEATRO PRINCIPA L.
COMPAÑIA DRAMATIOA.

A las cuatro en punto de la tarde, se representará el drama de grande aparato di vid ido
dado se proceda á la ".énta do la casa núm. 2 de la calle ile la Portería de Regina, retasa,.
.
da por el pe1·it,, D. José Hijinio Gutierrez eu la cantidad de tre;; mil noventa y cuatro pe- en wis actos y denomiuado: l'lagiarios y ladro11es 6 la hija del obrero. .
llOB ($ 3,094) seiíalando para la respcctim almoneda con cnhdad de remate el dia 6 del
entrant~ Noriembre á las doce. L-0 que se participa al público para que las personas que
PASEOS DE NOVIEMBRE EH LA PLAZA PRINCIPAL.
qui~ran hacer postura, ocurran al despacho del que suscribe, sito en los bajos del Palacio
de Justicia, donde se les min stnmín las instrucciones conducentcl.
LOS DIAS 1~, 2 Y 5,
México, Octubre 24 de 1865.-l!lanud Vera, Escribano público.
646-Ss-3
El Ayuntamiento de la capital, que siempre •·~tá displlesto ÍI fomentar las diversiones
licitas, no puede prescindir en el presente año ,lo establecer el local que se ha_ destinado
JUZGADO 5'.' MENOR.-PR!JrIERA DE LA MONTERILLA N'UM. 7.
Por el prt&gt;se11to se cita á D. Jesus Echeveste para que el dia tres del entrante Noviem- ,en los años anteriores para el paseo de la fie&gt;lta de todos Santos; mns con el obJeto de cu·
bre á las doce comparPzca poi si ó por apoderado á contestar la demanda que le promue- brir los cuantiosos gastos que origina la construccion del salon y poder al mismo tiemp&amp;
ve D. Eusebi&lt;J D1•lgado sobre pago de veintiocho pesos, valor de una obligacion; apercibí· rifar precisamente entre todas la~ personas q,ne t?men boletos, div~rsos _obj_etos útiles y
agradables, ha dispuesto se orgnmcen estas ~1vei:swnes con arreglo !l' las s1gu1entes bases:
do de sentencia ('n rebcld ía si no concurre.
1~ El local destinado para el paseo, estara alnerto p11ra los suscntores y personas que
Mrxico, Octubre 25 de 18&amp;.-Labat.
647-6s- 3
presenten boleto de entrada eventual, los días J~, :&gt;, y 5 de Novi~mbre de las diez de la
mañana á las doce de la noche. En los mismoR dias se situarán en el centro de la plaza
JUZGADO 2~ DE LO CIVIL.
•
El Sr. Juez 2'? de lo civil do esta Capital, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado que se músicas que tocarán piezas escogidas en la tarde y eo 111 nocbo.
2'.' Los euscritores pagarán dos pesos por In suscricion. Se les darán tres boletos de enp1·oceda á la ventii de lt, casn núm. 3 do la calle de la Albóndiga, retasada por el p,nito
D. Manuel M. Delgado en la CHntid11d de 4,226 peaos, señalando para las almonedas los trada, uno para cada dia. L-Os boletos ~on ptsysonales: las señoras tienen libre la entr~da.
3~ El precio de los bolet~s ev~ntu11le_s sora el do uu peso por persona p~r cada ses10n;
dias ao del corriente', IU y 22 del entrante Noviembre, siendo la tercera 11lmoueda con cala una, de las diez de la manana a las mnco de la tarde, y la otra de las seis de la tarde á
lidad do remate. .
·
Lo que pongo en couocimiento del público, para que la persona que quiera hacer pos , las doce de la noche.
4~ En el salon babrii sillas que podrán ocupar los concurrentes; prefiriéndose en todo
tara, ocurra al oficio dt•I quo suscribe, donde recibil'á las instrucciones necesarias.
caso á las señoras. Ademas habrá una galería mas elevada, donde podrán ocupar los asien•
México, Octubre 21 de 1865.-Antonio Landgrave, Escribano público.
638-911- 3
tos que en ella baya, sin pref.irencia de ningun grnero, pagando á la entrada y por cad11 Bit
sion dos reales por persona.
IUZGADO 3~ DE LO CIVIL.
5~ Los suscritores presentarán Bll boleto durante el dia, reservándolo para la noche, en
De órden do\ Sr. .Jtwz 3º de lo r.ivil, Lic. D. José Cordero, por el presente se convoca la que será¡¡ recogidos, ~si como lo serán los evP11tu~le~ á la entrada.
.
á los que se cr~an &lt;"011 clorcubo á suceder en el dominio de 111 cl\Sa núm. 24 do la calle de
6&lt;:&gt; El lúnes seis estara abierto ol ~alon _parn '.ll pub~1co en general, desde las djl!Z de la
Cbavarría, y en el d,,1 capitn I de 2,600 pesos qull tenia á réditos el finado Sr. canónigo de mañana basta las once de la noche, sm est1pe111ho de mnguna clase.
esta Santa lglesi11 C,,t, dral, Lío D. Francisco Patiño, y cuyo usufructo dejó dicho señor
7~ Los boletos de suscricion se espendrrán desde el dia 28 del corriente, en los bajos
pOJ\SII testamento á C,vor d~ su hermaua D~ Joaquina Patiiío y sobrina D~ Margarita de la Diputacion, hasta el dia 1? do Noviembre por la ma~ana¡ ,Y desd~ este dia en ade·
R11iz; seiialándMrlo·s á 1(1~ que su crean con el e~preijado derecho el tórmi110 de un mes, !ante en el mismo local de la plaza de las nueve de la manana II las seis de la tarde. La&amp;
bajo el apercihimitn!o de qu,1 les pnrará. ol perjuicio que haya lugar.
personas que se presenten á suscribirse, recibirán con sus tres boletos otros tantos númeMéxico, Octubre 23 do Jt,65.-Manuel Romero, Escribano páblico de la Nacion.
ros ó acciones para la rifa. A las personas que compren boleto eventual se les dará tam·
h39-3a-3 '
bien un número.
8~ La rifa se verificará á las diez de la nocbo del dia cinco sorteándose en ella treinta
SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL IMPERIO.
objetos diversos de gusto, fantasía y utilidad, y será presidida por el regidor eneargado de
SECRETARIA. DE T.A TEROERA. SAJ.A.
este ramo. y con la solemnidad acostumbrada. .
.
México, Octubre 8 de 1865.
9~ El producto líquido que rcsnlte de estas diversiones, segun la cuenta detallada que
En los autos se~uido• pnr D. Máximo Gil, con D. Gabino Caballero sobre pago de da- se publicará en los periódicos, se aplicará en su totali~M _á aliviar en (o p0Ribl~ las ne~
ños y pe1juici11~, .,. hulla 11111, diligencia, en quo la pnrte del mismo Caballero pidió que 111 sidades que sufre actualmente una parte de la poblac10n a consecuencia do la mundac1on
notificacion pendiente se hiciera íi Gil por medio de los periódicos, con el apercibimiento de varias en.Hes de esta capital.-Mr,rico, Octubrn 24 de 1865,
de que si no mtt111frstahn, dPntro d11 ocho dias, la casa en quo on lo suceijivo so le hiciesen
las n11tific&amp;cione~, stJ entrnrliernn estas con los estrados del Tribunal: y habiéndose decreIMPRENTA DE .J. :M. ANDR/\DE: Y F. ESCALANTE,
tado de oonformidttd, ijl' le hace Raber al indicado Gil por medio del Diario del Imperio.
BA,108 Dli: SAN A&lt;ll'HT!N NU)o[, l.
-El Oficial mayor, José Mari&lt;i de la Pa: .Alvare:.
640-3a- 3

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>EL

DEL

DIARIO

IMPERIO

rmrn u.

SUMARIO'
PARTE OFIOIAL.-Nombramiento del Sr. Sanchez Aparicio para Caballero de Guadalupe.-Acuerdo de
S. M. sobre un empleado de la Junta de colonizacion.-..Unlforme de las tropas mexicanas.
PARTE NO OFICIAL.--Suscricion para los inundados.-8eguros mutuos sobre la vlda.-Papel sellad&lt;'.
-Curiosidades para ti Museo.--SOciedad de Geografia y Estadística. Acta del 21 de Sellembre.-Notlcias
de los Estados-Unidos.
D.El"IUNCIOS Y SOLIOITUDF.S.-Denunclo de dos depóaltos de bhirro magnético (tercera publicaclon)

PARTE OFICIAL.
GRAN CANCILLERIA DK LAS ORDENES IMPÉRIALES.
México, 20 de Octubre de 1865.

S. M. el Emperador, por decreto de 15 del actual, se ha servido
nombrar Caballero de la Imperial Orden de Guadalupe á D. José
María Sanchez de Aparicio, vecino de Chapa de Mota.
i:l Gran Canciller,

.......

AuwlfTJl.

MINISTERIO DE FOMENTO.
'
S. M. el Emperador, con fecha 18 del mes actual, se ha servido
expedir el acuerdo siguiente:
1
Tomado en consideracion lo que Nos ha consultado Nuestra SecretarH1, de Fomento, Hemos venido en acordar:-El Escribiente 1?
de la Junta de colonizacion, D. Sebastian Berra, tendrá el carácter
de Oficial, y la dotacion de seiscientos pesos anuales que hoy disfruta se aumentará con cuatrocientos pesos mas.
Es copia. México, Octubre 20 de 1865"
El Subsecretari~de Fomento,

-·--

Jfanuel Orozco.

lllNI-sTEltIO DE GUERRA.
Circular.

Nlm. 244.

MEXIOO: Sábado 21 de Octubre de 1865:

1 !' Dlrecclon.

México, Octubre 18 de 1865.

Para evitar los inconvenientes que resultan de que las tropas mexicanas porten diversos uniformes, y entretanto se publica el reglamento que está formándose, en el que se designa de una manera
precisa, clara y terminante el que debe usarse, así como las divisas
de las diferentes clases y grados del ejército, este Ministei:io ha tenido á bien disponer que á la mayor brevedad posible remita V. S.
una descripcion exacta de los uniformes que usan actualmente 1as
diversas fuerzas que existen en esa demarcacion, á fin de ordenar algunas ligeras variaciones y asimilarlos al descrito en el reglarpento
citado, para de este modo poder utilizar el v_estuario existente.
Con el mismo objeto prevengo á V. S. que toda la tropa de caballería que est~ armada con lanza, use en ella una banderola come
P uesta de los colores rojo y verde, en 1a 1orma y con las dimensiones que señala el modelo que consta al márgen de la presente nota,
prohibiendo V. S. absolutamente que pue¡la usarse de otra bandarola que la designada.
Todo lo que tengo la honra de decir á V. S. para su m_as exacto
cumplimiento.-El Ministro de Guerra, Peza.-Se circuló á los Comandantes de las Divisiones territoriales y Gefes de las divisiones y
brigadas
E
··
s copia.
El b
8u J.
secretario de Guerra.
· M. Durán.

Del frente ...• . ..•••........ $
J ohn Temple, casa de moneda............... :..
Sebastian Camacho............ - • . . . . . . . • . . . . •
José Antonio de Mendizábal.............. ... . . .
Hermenegildo de Viya y Cosío ... ~.. • . . . . . . • . •
Luisa de Mier de la Torre.. . . . . . . . . . .. . . . . . . . .
Manuel J. de Lizardi.. . . . . . . . . . . . . . . . . • . • . . . • •
Consolacion Valdés de Lascurain. . . . . . . . . . • . . • •
F. de Lizardi . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . • . •
Miguel G. de Lizardi. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . .
Dolores de Garay de Hope. . . . . . . . . • .. . . . . . . . •
C. J. de Iturbe.. .. . . . . . .. . . . . . . . . . • . . . . . . • . . .
Antonio de I-laro y Tama_riz ..... :. . . . . . . . . . . . .
Le Baron Petit ....................•.... ..,. . . .
José María de Lacunza .. · · · · · ·...............
Faustino de Goríbar... . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . .
l. de lbarrondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Refugio de Goríbar de Terreros. . . . . . . . . . . . . . . .
Mariana Rubio de Cancino . . . . . . . . . . . . . • . . . . • •
Guillermo Newbold. Banco de Lóndres, México, &amp;e
Miguel Buch ............ ~ ..... .... ........ , .
Angela Buch de Gonzalez.....................
Miguel Buch de Gonzalez. . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . .
J aviera Echeverría de Buch.. .. . . .. . . . . . . . . .. .
Margarita Echeverría de Buch.................
Francisco Buch....... . . . . . . .. . . . • . . . .. .. . . . .
Justo L. Carresse............ , . . . . . . . . . . . . . . .
J. B. J ecker............ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Joaquín y Manuel de Rosas. ...................
Pedro ,del Valle.. . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . .
La Sra. D~ María Dolores Garniendia de Elguero
colectó de las personas siguientes:
Dolores Garmendia de Elguero................. $
Carlota Escanden¡ ........................... .
José Hilario Elguero y señora ........_........•
Vicente Escandon y señora ...... •..•........ : .
José Rascon . . . . . • , . • ••.•.. , •..... • • . • • • • • •
Alejandro Arango y Escandon y señora....... • ••
Arístides Subervielle ................ • , •. .•...
Lina Fagoaga de Escanden . .... ...••. ....•.. - .
Señoritas Elguero.............•...... . .......
Luisa Mier de Torre......................... .
Compañía del Ferrocarril de Tacubaya ......... .
José María Cortina.......................... .
Pedro Elguero .. ...... ........•....•.•......
La Sra. D~ Manuela Moneada de Raigosa colectó
de las personas siguientes:
Manue1a Moncada de Raigosa
·
...•.... . •...•....
José María de Lacunza........-............. u •
El Conde del Valíe.. •..... .••. ........ ... ... •
Miguel Azcárate................... . ........ .
Teresa Mier y Celis .... .. . .................. .
Dolores Mier y ~el_is .•• •. • .. -. • .. •"· • •. • -• • .. •
Gu~dalufe Mend~vil. · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · ·
Lmsa M1er y Cehs de la Torre . . .. .. ......•...•
Dolores Fontecha de Rivas . ... ••.......... ...•
Magdalena Flores Zaldivar ..... . . •....•..•....
Cármen Pliego de E scandon .. .... .• ... •..• ....
Manuel Fernandez de Córdoba ......•....••..• .
Feliciano y Agustín Candás............•..• . .. :

500
100

$ 8,904~92

32
16

32
100
250
50
.5 0
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20
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100
16
16
16
16
16
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50
50

100

•
2,005 ,,

50
100
25

100

10
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16

16
10
25

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16
, 50

618 ! ,,

100
16
16
8
100

100
16
50
16

8·
15
20
5

470 ,,

PARTE NO OFICIAL.

Recibido de los señores empleados de la Recaudacion principal de contribuciones directas: ·
CONSEJO GENERAL DE BENmCENCIA..
Sr. Recaudador D. Francisco Diaz Montaño...... $
México á 20 de Octubre de 1865.
Gefe de contabilidad, D. Manuel de Pino........ .
Oficial de correspondencia, D. Francisco de B. Huici
Suscricion en favor de los inunda.dos.
Suma anterior. . . . . • . . . . . . . . • . . . . . . . . . . . .
$ 8,904 92 Escribiente D. Manuel Ituarte ...•... . .... .. . ,.
Gefe de la seccion de fincas D. Francisco Valenzuela
La Sra. D~ María Concepcion de Lizardi de del Valle,
Oficial 1~ de id. D. Domingo Dávalos ..••... , ..
colectó de las personas siguientes:
Id. 2~ de id. D. Manuel Mateos .............. ..
María de Lizardi de del Valle .................. $ 500
Al frente. . . • . . .. • .. • . . . . . 500
I

8,904 92

A la vuelta.................. $

5 "

-2 "
2 "
1 "

1 "
O
25
O25

11 50 $111997 ' 92

�'

398

DIARIO DEL IMPERIO.

De la vuelta ... .. ... . . .... $
Escribiente de id. D. J. M. Fernandez Silva . .... .
Gefe de la seccion de giros D. Victoriano Quijano..
Oficial 1° de id. D . Romualdo de la Barrera.... . .
Id. 2~ de id. D. Miguel de la Torre . ..•..... , •..
Escribiente de id. D. Manuel Sagaseta. . ..... ... .
Gefe de la seccion de establecimientos D. José Ma.
ría de Zavala ... •... •. ....... .. ... . . . ......
Oficial de id. D. Agustin de la Poza ..... . . . .... .
Cajero D. Anastasio Crespo ...•.......•...... .
Oficial de tesorería D. Miguel Terruz .......... .
Contador de moneda D. José María Becerra .... .
Archivero D. José de la Fuente ............... .
Auxiliar D. Domingo Gochicoa ..... : . ........ .
Id. D. José Sierra ............. . ........ . . .. .
Portero Eligio Gonzalez ............. .. ... . .. .
Mozo .de oficios Domingo Guerrero . •...... . .. . .

,.

11 50 $11,997 92 miento de fincas, ó oualquierp. otro documento que se diere á los inquilinos
O 25
de casas, en ~apel que no sea del sello primero, de-á un peso, si su valor fu04
re de tres mil pesos en adelante, ó del sello segundo de á dos reales si se
1 "
tratare
de ciento hasta dos mil novecientos noventa y nueve, ó del ter~ero de
2 "
~ siete ce~tavos, si la canti?a.d no exce~iere de noventa y nueve pesos ni ba1 "
3are de vemte; y al que recibiere cualqUJera de dichos documentos que no es2 "
té en el sello que le corresponda, se le exigirá una multa de 5 por 100 sobre
la suma mayor de cargo ó data, en las facturas y cuentas y sobre el total va4 "
lor de los recibo.s. Art. 51 de la citada ley.
1 "
Ningui: documento_que no esté .extendido en el papel sellado respectivo, ó
1 "
cuyo dueno no acredite haber satisfecho la multa en que hubiere incurrido
1 "
O 25
podrá hacer fé en juicio en favor del infractor ni de sus cómplices teniéndo~
se
por tales aun á los que hayan conourrido simplemente por hab~rlo·admi1 "
O 50
tido. Art. 53 de la citada ley.
O 50
Los escribanos, notarios, ejecutores, procuradores, agentes y empleados inO 50
feriores que escribieren ó firmaren cualquier documento ó .escrito en papel
O 50
28 ,, sellado no correspondiente, serán condenados al reintegro y á una multa de
veinticinep pesos por la primera vez, doble por la segunda, y á suspension
Sr. D. Juan N. Andrade ......... . .. . .. •.. •. • . .
60 ,, de un año por la tercera. Art. 56 de la citada ley.
Sr. D. 1fartin Mayora .•. •..........•...•.....
8 ,,
Los secretarios, escribanos, notarios, oficiales y empleados á quienes cor- - - - responda recibir los instrumeutos, escritos y documentos, ó dar cuenta con~
Suma •••..•. • ..••.••.
t 12,093 92 ello¡¡, á iUS gefes 6 á la autoridad competente, serán responsables al reintegro
y al cuádruplo, ademas de lo que éste impprte, por el solo hecho de recibir
tales piezas 6 darles curso, cuando no se hal1en extendidas en el papel del seSEGUXOS MUTUOS.
llo respectivo.-México, Octubre 20 de 1865.-El Administrador principal
Ministe~io de Fom_ento.-Interyen~on de la Corn pañía de Seguros mutuos José María de lcaza é Iturbe.
'
sobre la vida "La B1enhechora."-Mexico, Octubre 20 de 1865.-Exmu.
Sr.-Despues de mi último informe, fecha 20 de Setiembre anterior han
sido sellados los libros de C1Jeutas de la Compañía: queda tambien exte~dida
CURIOSIDADES PARA EL MUSEO.
la escritura d~ la acta de aso?iacion, segun el ~rt. 184 de los Estatutos, y será
Ministerio de Fomento.-Prefeotura política de Orizava.- Orizava, Oc
hecha la matricula que p.reviene el 29 del Codigo de Comercio. Hasta la fe. tubre 17 de 1865.- Exmo. Sr.- Tengo el honor de remitirá V. E. un cach~ hay suscri~o un capital de ($ 20,646) veinte mil seiscientos cuarenta y joncito que contiene coleópteros que ha remitido de la hacienda del Mirador
se1~ pesos en ciento cuarenta y cil!CO pólizas. Próximamente va á citarse el_Sr. D. Flo,rentino'Sartorius,_para el museo que e~iste_ en esa capital.la Junta general, que se debe verificar en la última quincena de Diciembre, Dios guarde a V. E. muchos anos.-El Subprefecto mtermo, Avelino Hercon arregl? al ª:t. 27, y con esto qued~n ya ;umplidos los Estatutos por par- rera.-Al Exmo. Sr. Ministro de Fomento.- México.
te de la D1recmon en todo lo que cone1erne a ella sola.-Dios guarde á V. E.
Es copia. México, Octubre 20 de 1865.- EI Subsecretario de Fomento
muchos años.-El Interventor,..Manuel Bucheli.
~~~~
,
Es copia. México, Octubre 20 de 1865.-El Subsecretario de F&lt;&gt;mento,
.Manuel Orozco.
•
SOCIEDAD HEXICANA DE GEOGRAFIA Y ESTADISTICA.
ACTA NUM:i,:RO 37.
·
México, Setiembre 21 de 1865..
Aprobada el acta anterior se dió cuenta:
·
Administracion ,P~incipal de la :enta de papel sellado en el Departáment? del Valle de Mex1co,-:Para e_vitar q_ue las p~rsonas que no tengan inten- 1? Del presidente de la Junta auxiliar de Oajaca, postulando al Sr. Cucion de defraudar al Erario Nacional, mcurran por olvido ó ignorancia en ra de Miahuatlan D. José Joaquin Diaz para socio corresponsal de la Solas penas y multas que impone la ley de 14 de Febrero de 1856, relativa á ciedad en aquel lugar. Quedó de primera lectura.
los usos del papel sellado, se recuerdan á continuacion las que corresponden
2? De la siguiente comunicacion, que dispuso la Sociedad se inserte en
.á los casos que mas directamente se refieren al público en general: en con· esta acta y se pida al Sr. Orozco y Berra la obra á que se refiere para remicepto de que siendo muy notable la baja que se advierte en los productos de tirla al Sr. Hellwaldz:
''Viena, 3 de Agosto de 1865.-Muy señores mios.- Tengo el honor de
esta renta, despues de publicado este aviso, tiene que proceder esta oficina
por todos los medios que h misma ley, autoriza, á cumplir con el deber que contestar á vdes. el recibo del .Diario del Imperio, conteniendo las actas de
lelimpone el art. 60 de la repetida lev.
la Sociedad de Geografia, que he leido con mucho gusto, viendo la vida animada que existe en nuestra Sociedad.
.
Penas m1eltas en que íncun·en, en los casos qu(; se expresari, los. que infrin"Es menester que en pocas palabras yo dé á vdes. algunas explicaciones
_jan la ley vigente que arregla la renta del papel sellado y los ,,sos de éste, sobre el adelanto de mis trabajos~para la construccion del mapa de México,
fecha 14 de Febrero¡ de 1856.
·
Hasta ahora he podido solamenté calcular la proyecoion del mapa, cuyo taLos que conserven en'su poder3e llos ae bienios tenecidoi no siendo fun- maño será de 1: 2.000,000: he empleado para esta proyeccjon el sistema del
cíonarios ó Ministros de fé pública) p.erderán las existencias que se les en- Sr. D. Covarrúbias, miembro de nuestra Sociedad, sistema que me comucuentren y pagarán una multa igual al valQr que dichos sellos representen: nicó uno de mis amigos científicos; he reducido las tablas hechas por este
si fueren funcionarios 6 Ministros de fé pública, sufrirán, ademas de la pená señor en metros y decimáles, y espero un resultado exacto; pues se presenreferida, la de ser tratados como falsifio¡ldores. Art. 27 de la citoda ley.
t6 la oca,gion de recibir el excelente "Mapa hidrográfico del Valle de MéLos falsificadores de ·papel sellado, sus cómplices, encubridores y los que xico" q!le me será de mas utilidad en mi tarea. Extractos de diversos libros
lo expendieren, así como tam'[&gt;ien los que clandestinamente, esto es, sin au- y varias noticias han sido hechos por mí con mucha diligencia, de manera
torizaoion de la oficina respectiva, vendan dicho papel aun cuando no sea fal- que podré comenzar con el dibujo el invierno que viene.
sificado, y los que lo compren á dichos vendedores, perderán los instrumen"He recibido noticia que el Sr. D. Manuel Orozco y Berra había escrito
tos, útiles y existencias que ~e les encuentren; pagarán por via de multa el un precioso libro intitulado: Geog1·afia de las lenguas y Cartas etlinográficas
duplo del valor de los sellos que de la averiguacion que se practique aparez- de México. México, 1864. Tendría mucho gusto en leerle y publicar estracoan falsificados, y sufrirán la pena de dos años de presidio por la primera tos de él en los periódicos científicos de Alemania: quizá aquel honorable
vez, cuatro por la simple reincidencia, y seis si esta se repitiere. Art. 45 de sabio tiene todavía un ejemplar que poner á mi disposicion, que le suplicala citada ley.
ria me enviara. Yo creo 9.ue- es un deber mio, teniendo el honor de perteneLos particulares, los administradores de bienes ajenos y las casas de co- cer á vuestra Sociedad, hacei, conocer aquí y en Europa en general los tramercio, fábricas y talleres, cuyo capital por efectivo, crédito 6 existencias, bajos de mis cofrades cientmcos de México.
'
sea de dos mil pesos en adelante, que .no tuvieren sus libros di!t'l-io, mayor,
"Reciban vdes., muy señores mios, las seguridades de mi altísimo aprede cuentas corrientes y el de caja, ó sus Q,quivalentes, sellados con el sello cío y de mi sumo respeto.-Federico Heller de Hetlwaldz, socio honorario
quinto de actuaciones; y las oficinas ó Secretarías principales y subalternas y corresponsal de la Sociedad Mexicana de·Geografia y Estadística.-A la.
de toda Corporaoion secular ó eclesiástica, Municipalidades, colegios, Corn- Sociedad Mexicana de Ge~grafia y Estadística.-México."
pañías de cualquier objeto, catedrales, J?arroquias, &amp;c., que no tengan los su3? De dos comunicaciones de los Sres. Scherzer y Llufriu, acusando reyos sellados con el mismo sello, ó que en sus actas, acuerdos de elecciones, cibo de sus nombramientos de socios corresponsales.~A su expediente.
matrículas, conocimientos, registros, asientos de partidas de ingresos, de cau
4? Del. Real colegio de Belen en la Habana, se recibieron las observadales ó efectos, libramientos, certifi~ciones que no sean á pedimento de par- ciones magnético-meteorol6gicas, hechas en aquel observatorio en los últi
te, copias de cuentas y relaciones juradas, usen de papel siu el expresado se• · mos meses de Junio y J ulio.-A su coleccion.
llo, pagarán por multa el cuádruplo del valor de los sellos que debieran con5? Del presidente de la Comision de la Sociedad de mejoras materiales
tener cada libro ó documento, computándose aquel por el número de sus ho- d.e Apam, comunicando á la Sociedad la formacion de aquella y su deseo de
jas, sin perjuicio del ·reintegro de la cantidad defraudada. Art. 28 de la cita- entrar oo. relaciones -0on ésta.-Que--se le conteste d6 enterado con satisfa.cda ley.
cion, pidiéndole un ejemplar de su Teglamento..-Que se le remita el BoleCada uno de los individuos cuya firma aparezca en una libranza que no tin de la,Sooiedad desde el número 1 del tomo 11 ?
tenga el sello correspondiente, esto es, ✓el primero de á un peso, si se tratare
6? Se di6 cuenta con el siguiente dictámen:
de cantidad de tres mil pesos en adelante; ó el segundo de á dos reales, si
"He examinado dos obras en lenguas indígenas, que se ha servido mandarfuere desde veinticinco hasta dos mil novecientos noventa y nueve; y el te- me la Sociedad para. que dé mi diétamen sobre ellas.
nedor &lt;le ella que antes de poner su recibo ó endose manifieste por el uso que
''.La primera, que es el Confesonario en lengua Mixe, por el Padre Quinhaga de la libranza que la tiene admitid~, pagarán por multa el 5 por 100 de tana, es un libro muy útil para el conocimiento de ese idío¡na, porque conla cantidad tí, que ascienda el valor de la repetida libranza. Art. 50 de la ci- tiene varios análisis _de oraciones que dan una idea de la gramática de aquetada l¡,y. ·
lla lengua.
Al que extendiere una factura, cuenta ó recibo, inclusos los de arrenda.
"Tambien considero de mucho provecho la obra que es el -Catecismo en

P !PEL BELLADlh

DIARIO DEL IMPERIO.

399

1O Se dí6 primera ·lectura á la postulacion en favor del Sr. D. Maximino
lengua Zapoteca, por el Padre Levanto: se ha sospechado ya que el zapote·
co es una lengua hermana del mixteco, y el libro qe que se trata podrá ayu- Rio de la Loza, que quedó de primera lectura.
11. El Sr. Pimentel presentó á la Sociedad el 2° tomo, ya impreso, de su
dar para hacer comparacionP-s entre los dos idiomas.
.
'.
obra
intitulada: "Cuadro descriptivo y _compar!ltivo de las lenguas indígenas
"Creo, pues, que la Soci~dad debe guardar ~on ,mucho aprecio en su B~de
México."Al archivo.
blioteca las dos obras i:eferidas, y da;r las ~rama~ a la P~;sona que las rem112. El Sr. .Dr. Saunier, habiendo tenido necesidad de ausentarse de la catió.-México, Setiembre de 1865.-Francisco Am~ntel. .
,
Declarado de obvia resolucion, se tomó en considerac10n acordandose se pital, remite el discurso de reglamento, que te1;1-~a preparado, para lee~l~ en
trascriba al señor Director de la Academia de Ciencias y Artes de Oajaca, esta sesion.- Por lo avanzado de la hora se deJO su lectura para la prox1ma
sesion.
que donó dichos libros.
Se levantó la presente, á que a,gistieron los Sres. Vicepresidente, Castillo
7? Se tomó en consideracion el dictámen del Sr. García y Cubas, á que
y
Lanzas,
Dr. Durán, F leury, Larrainzar (D .. Manuel), Laurent, O'.Gormanse dió primera lectura en la última sesion,. y tomadas en consi~erac!on las Pereda, Pimentel,
Soto, Salonio y el Seoretar10 perpetuo que suscnbe.-.Mi,
proposiciones que forman su parte resolut1v~,.~espues de una d1_scus10n enguel
Arroyo.
tre los Sres. Larrainzar (D. Manuel), que pid10 algunas aclaraciones sobre
el objeto á que se contraen; las explicaciones dadas por el Sr. Arroro y las
NOrICIAS DE LOS ESTADOS-Ul'iIDOS.
razones expuestas pQr el señor_vicepres_i~ente, ap~yando la ad~pci?n para
que dichas proposiciones pasen en Com1~io.n e~pemal al S~.. somo Jimenez,
Ayer á las siete de la mañana llegó á Ver~cruz el vapor americapara que las examine y manifieste su opimon sobre la utilidad y modo de no, procedente de·Nueva-York y la Habana. En él han llegado los
realizar el objeto de ellas, la Sociedad acordó ~ste t~á~ite. . ,
Sres. Rincon Gallardo.
8? La Comision revisora de obras presento el s1gmente dictamen:
Hé aquí las noticias que ha trasmitido el telégrafo.
"Comision revisora de publicaciones periódicas. El número 3, corresponNunR-York, 9 de Octubre de 1865.
diente al mes de Marzo de este año, de la Revista sobre, los progresos ~e ~as
Los J uaristas y Orteguistas residentes en esta ciudad, están en el mas perciencias, publicado en Madrid, contiene, adem~ del resumen meteor~log1co fecto desacuerdo. La parte sensata de la·poblacion considera muerta 1~ caudel Real Observatorio en esa capital, y el relativo á la torre de Marola, los sa de los juaristas. Estos, aui+que muy desalentados, tratan por, med10 de
artículos que á con,tinuacion se expresan.
diversas cartas que han publicado, y de un cúmulo de falsedades a cual mas
"Sobre ofuscaciones del -sol, atribuidas á la interposici~n de las estrellas manifiesta, de formar sensaoion en el público, y de dar aparentemente algufugaces, por Mr. Faye.
na señal de vida al partido.
"Análisis de la leche.
No ocurre novedad en lo relativo al emRréstito juarist&amp;, ni tampoco con
"Efectos del calórico en la conservacion y mejora de los vinos, por Mr. relacion á expediciones de filibusteros. El gobierno sigue resuelto á observar
Veryenette Lamotte, y otro por Mr. L. Pasteur.
la neutralidad. Los bien conocidos Vidal y Rivas, y el marqués de Sard, •
"Insectos nuevos ó poco conocidos, por D. Laureano Perez Areas.
que se llaman agentes de ú. Antonio Lopez deSaIJta-Anna, nada consiguen
"Diversos pequeños artículos bajo el rubro de Variedades_.
.
"La Cornision no ve en dichos artículos cosa alguna de mteres directo, en favor de su pro- hombre. Sobre este ha caido un completo ridículo, y esdebiéndose por lo,mismo unir esa ent:ega á l~s anteriores; no .olvidando el te pueblo lo ha juzgado como ha merecido siempre.
mandará la Academia los correspondientes nume:ros del Boletm de estaSoDENUNCIOS Y SOLICITUDES
,ciedad.
.
J
d l B 1 . d 1 S, .
"La entrega 6\ correspondiente al mes de _un!o, e o etm e a ocieANTE EL llINISTERIO DE FOMENTO.
-dad zoológica de aclimataoion, compren~e lo s1gmente: . .
.
"Cortes de caja de la Sociedad y dictamen de la Comis10n revisora.
(TERCERA PUBLIOAOION.)
"Discurso de Mr. Quatrefages en la exposicion de las razas caninas, en el
México, Setiembre 15 de 1865.
presente año.
"Las zebras del cabo de Buena Esperanza, por Mr. Heritte.
Don J oaquin Davis y Jácome, por sí y por su socio el Baron Julio .Mor"Curacion y mejora de los gusanos de seda.
ner ha hecho formal denuncio de dos depósitos de hierro magnético, 'situa-"Actas de la Sociedad.
dos' uno cerro de legua y media del embarcadero ·de la Salada, en el camino
"Crónica.
entre los ranchos de los Nuevos y Chutla, y conocido bajo el nombre de los
"S~ ve por este índice que no ~abiendo ~~teria d_e interes directo, debe Cerros de Piedra iman de Cñutla; y el otro, á tres leguas del pueblo de Mesagregarse el cuaderno á los anter10res.-Mex1co, Setiembre 21 de 1865.- cala, y cerca del de Sochipala, conocido con el nombre de Mina de piedra
L. Río de la Loza."·
iman de Soohipala.
Se acordó de conformidad.
y habiéndose admitido con fecha 14 del actual los dos denuncios, en cuan9? El Sr. socio D. L. Rio de la Loza present6Sel siguiente dictámen:
to ha lugar en derecho, sin perjuicio de tercero y conforme á las Ordenanzas,
"La·simple lectura de los Boletines que publica y remite á esta Sociedad se avisa al público, para que.si alg~na perso~a s~ encuentra c~n d~recho á opola Zooltiuica de aclimatacion establecida en Paris, basta para estimar los im- nerse, lo deduzca ante la Diputacion de Mmeria de Tasco, a qwen se le coportante~ servicios que prestan cada dia esas ~tilísimas asociaoio~es: Apenas municó.-El Subsecretario de Fomento, .Manuel Orozc?,
se dan á conocer en algun pais, y luego se pi.ensa en el ~tablecnr.nento del
jardín zoológico, en el cambio de las,producc10~es, en la mtrodu?C10n y me•
AVISOS OFICIALES.
jora de las razas, en el nombramiento d~ los miembros de la'Soe1edad, en la
formacion de los reglamentos, y en realizar, en fin, un ~royecto de cuyos reADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
sultados no se duda, porque están apoyados en hechos irrecusables. .
AVISO.
"A la vez la industria aurícola y todas y tantas que de ella se derivan,
México, Octubre 20 de 1865.
aprovechand~ los trabajos a"e los estableoi.!nientos d~ aclimatacion, ~e desar:Kelaeion
de
los
espedientes
que
p11r11 sustanciarlos se necesita de la presenci11 de 101
rollan prodigiosamente; el comercio interior y ext~rior son mas activos; las
interes!ldos en esta oficin11.
.
-ciencias se perfeccionan y toman ,mejor ensanch~; siendo el r~sul~do final de Secoion 1~-483, 890,936,969, 2,452, 2,564 y 3,952 de Jilotepec.
esta especie de efervescencia benefica el proporc10n~r ocupac1on a las pob!a- Seccioa 2!-374, 457,493,583, 789,880, 915, 1,142, 1,779, 1,892, 1,951, 2,109, 2,171,
ciones, aumentar y estrechar las relaciones mternacionales, y acrecer los m- 2,839, 2,849, 2,903, 2,948, 3,065, 3,478, 3,552, 3,572, 3,575, 3,598t 3,604, 3,628, 3,810,
3,!)17,
·
gresos del tesoro· público.
•
. . .
3,939 de Puebl11 con el núm ... -... -. . . . . . . . • . .. 933,
" La comision no necesita ni debe dar las pruebas de estas md1cac10nes,
3,977 de Veracruz ,,
.. -... . -. . .. . . .. ... . 125,
porque seria ofender á los dignos miembros de la s~cie~ad;-pero sí llamará
4,4_25 de Oajaca
,,
...... •-- ··· .... .... 387,
5,117dePuebla
,,
•--· -· ····· · ·· -·-··· 1,319.
su atencion preguntando, como se ha preguntado .asi mas de una vez, y CO·
moya he tenido ocasion de hacerlo, ¡po,r qué ~éx)co, que hoy .mas que otr.as Se han remitido al Enno. Consejo, sustanciados y dictaminados por esta Administr~veces busca los adelantamientos en el orden iientifico, las meJoras materia- cion, los espedientes números 583, 1,161, 1,495, 1,664, 1,787, 2,451, 2,577, 2,696, 3,010,
les, las buenas relaciones con todos los paises del ~lobo~ la ocupacion á las 3,067, 3,558, 3,876,
809 de Puebla, marcado con el núm ...... . 42,
clases laboriosas y el aumento de su tesoro, por que, repito, aun no se adop62,
829 de
id.
ta este medio que tanto contribuirá á la realizacion de, sus prop6sitos1 tSerá.
",,
2.5,
1,618 de Querétaro
"
51,
porque juzgándose corno ~no de los primeros paises, en cuanto ~la abundan-.
4,033 de Guanaju11to,
48,
4,035 de
id.
,,
-Oia y variedad de produoe1ones naturales, ci:ea no serle necesarias las de fue.
50,
4,036 de
id.
,,
ra de su territorio1 No á la verdad, porque seria un error; iserá sin duda
67,
4,161 de
id.
,,
porque no es posible hacerlo todo á un tiemp? dado; será P,orque esta mejo"
248,
b,494 de San Luis Potosi ,,
,,
ra exige fondos de que a~so aun no puede disponerse; sera, en ~n, porque
. .. 14 y 131,
5,495 de
id. .
,,
... 15 y 132,
5,496 de
id.
,,
nci obstante la importancia de tal empresa, hay otras mas apremiantes, mas
" .. . 16 y 136,
5,497 de
id.
ejecutivas.
"
241,
5,498 de
id.
,,
"No obstante esto, y sin embargo de que pudiera reputarse el asunto de
98.
5,553 de Veracruz
,,
,,
que se trata como extraño á los trabajos de la S?ciedad, cree la comision que Lo qoe se niea p11ra eonooimiento de los interesados·.
no se llevará á mal esta iniciativa, para que sea Juzgada y resuelta por el GoEl Administrador de bienes nacionalizadoe,
bierno en el tiempo y modo que fu~r~ ~onveniente.. En tal virtud, _ti_ene ~l
J. Suarez y Na'llarro.
honor el que suscribe de sometei:. al JUlOIO de la Sociedad, la proposic10n siJUZGADO DE LERRAS DE MORELOS.
guiente:
.
,
,·
.
Cuautla Morelos, Oetubre 10de 1865.
"Con el oficio correspondiente se pasara copia de este dio~ámen al Exmo.
Por
auto
de
esta
fecha
he
mandado,
en
las diligencias criminales que se i~11truyen ~ar&amp;
Sr. Ministro de Fomento, pidiéndole que luego que sea posible, se establezinquirir
quién
ó
quiénes
sean
los
autores
del
h~~ que so perve,~r? en esta 01~dad e! dia 8
ca en el Valle de México un jardin botánico, y á la vez zoológico de aolima- de Marzo del corriente año, se cite por el "D1ar10
del Imperio a D. ~arcelino A~1zm~n.tacion, así como la Sociedad, á cuyo cargo deba quedar. -México, Setiem- di, para que en el término de treinta dias, contado.a desde el de la primera pubhcac1on
del presente, ocurra á este J.uzgado tra,:endo cons1¡¡-o las facta~as de_los efec~s que asebre 18 de 1865.-,'-L. Rio de la Loza."
Tomado en consideracion fué aprobado, disponiendo la Sociedad que se gura le fueron robados ó testigos con qwenes acre~te. sn 1reex1s~~c:11 y pérdida poste•
pase el dictámen con la correspondiente comunicacion al Ministerio respec- rior; apercibido, en caso contr11rio, de darlo por desistido s su per.JU!CIO,
lOa-3
El Juez de 1~ instancia del Partido, Lie, J, Eguía Lis
tivo.

�(

DIARIO DEL IMPERIO.

400

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISOS.
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
casa que perteneció al templo de San Roque en Guanajuato, ubicada en aq~eµa ciud~d
en el collt&gt;jon de San Fernando, marcada con el núm. 45, y valuada en qulDlentos cm, euenta y nueve pesos ($ 559), se pono en conocimiento del público, ~ara que las personas
que C{Uieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 4
del próximo Noviembre, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con
la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24, 25 y Z'/ de la citada ley.-México, Octubre 19 de 1865.
6a-J

Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
wa núm. 206 y letras A, B, del callejon de los 0inco Señorea, que perteneció al templo
de San Roque en Guanajuato, raluada en treseientos pesos ciacuenta centavos, se pone
en conocimiento del público, para que las personas que quieran hacer. postura, ocurran á
la Administracion de bienes nacionalizados el dia 7 de Noviembre, á las nueve de la maiíana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes
para el efecto las prevenciones de los articulos 24, 25 y Z'/ de la citada ley.-Mexico, Octubre 19 de 1865.
6a-l
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al artículo 24 de la ley de 26 de Febrero último, la casa que perteseció al templo de San Roque en Guanajuato ubicada en el callejon
de San Roque de aquella ciudad marcada con el núm. 195 valuada en cantidad de setecientos veintiun pesos ($ 721) se pone en conocimiento del público para que las personas
qne quieran hacer postura ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 30
del presente mes á las 9 de la mañana, á cuya hora comenzará el remate con la concurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artículos 24,
25 y 27 de la citada Jey.-México, Octubre 19 de 1865. ·
6a-l
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero, un ter•
reno llamado "Rancho de la Virgen," en Toluca, valuado en doscientos treinta y tres pesos veintiseis centavos ($ 233 26 cs.) se pone en conocimiento del público para que las
personas que quieraµ hacer postura ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados
el dia 31 del corriente mes á las 9 de la mañ~na, á cuya hora comenzará el remate con la
.-0oncurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las prevenciones de los artícuiJoa 24, 25 y 27 de la citada ley.-México, Octubre 19 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
3a-J
J. Suarez y Na1Jarro.
•
CO:MISISION ESPECIAL DE RIOS Y ACEQUIAS
DEL EXMO. AYUXTAlUESTO DE M.EXIOO.

México, Octubre 19 de 1865.
El Exmo. Ayuntamiento dti Mó,.co ha dispuesto que se inunden todos los terrenos bajos situados de ambos lados del canal rfnl, 4110 han sido y deben ser vasos de agua, y que
sin derecho alguno los propietarios han convertido en sementeras ó potreros.
Aunque esta disposiciou debiera lle'l'arse á cabo inmediatamente, por ruones de equidad se concede 4' los propietarios un plazo que espirará el dia 25 del presente, para que
pongan á salvo sus cosechas ó sus ganados; apercibidos de que si no lo han verificado para ese dia, se procederá á romper los diques y se les inundarán.
El Regidor comisionado,
3s-1
J. Ramo11 de Ibarrola.

.

AVISOS JUDICIALES.-

1UZGADO 2? DE LO CIVIL.
Debiéndose proceder al remate de cuatro e!!pejos, uno con marco antiguo liso de 115
centímetros de alto por 80 de ancho, valuado en 30 pesos; otro con marco nuevo en buen
estado, luna francesa de J20 centímetros de alto por 66 de ancho en 50 pesos, y dos idem
con marcos antiguos con 182 centímetros de largo por 12-2 de ancho en 100 pesos cada
uno-y cuyo justiprecio formó el perito D. Julio :Michaud; el Sr. Juez 2~ de lo civil ha
señalado para la almoneda con calidad de remate el dia 28 del corriente á las doce, debiéndose verificar dicha almoneda en su Juzgádo, sito en el Palacio de Justicia.
Lo que hago saber por el presente, para que las personas qne qnieran hacer postura,
&lt;&gt;curran á dicho juzgado el dia designado.
México, Octubre 19 de ]865.-Manuel T. de ,lfeneses, Escribano público. 636-3s-l

JUZGADO 6? MENOR.-CORDOBANES NUl'IL 8.
ORDEN.

D. Felipe Goijosa comparecerá en este Juzgado dentro de tercero dia, á reconocer su
~r.m.a en ul! documento 9.ue como parta ~e prueba P:esenta D. Maximino Zozaya en el
JUICIO que por D. Francisco Somera le tiene promovido sobre pesos; apei'cibido que de no
concurrir se dará por reconocida á su perjuicio.
México, Octubre 21 de 1865.-I. Bra1Jo.
637-3a-l

------------------------TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.

.....

México, Octubre 12 de 1865.
· En los autos seg11idos en este Tribunal por D. Angel Negreiros contra D. Francisco
Calderon, se ha pro'l'eido un auto con fecha 7 del presente, que á la letra dice:
"México, Octubre 7 de 1865.-Por medio de los periódicos notifíquese á D. Francisco
Calderon que dentro de ocho dias y en la audiencia de este Tribunal, de doce á cuatro de
la tarde. se.presente en su Secretaría á dar ra1on de su domicilio y habitacion; apercibido de que s1 no lo hace, se le declarará contumaz -y, se seguirá este juicio con los estrados
del tribunal. El Sr. presidente lo proveyó y firmó.-Castilto.-L11isJRodri11uez y Palacio."
Lo que se hace saber ni interesado por medio del presente, en cumpli~iento de Jo man•
dado.-Jesé Maria Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
635-2s-2
1UZGADO 4? MENOR.-1~ DE SANTO DOMINGO NUM, S.

(? de lo civil, Lic. D. Antonio Rehollar, se proceda á la venta de unos libros y u~a prensa

para imprimir, embargados á la testamentaría del Sr. Boix, y valuados los primeros en
671 pesos 25 centavos por el perito D. José Pujo) y Esther, y la st&gt;gunda en 300 pesos
por los peritos D. Pedro M:urguía y D. Pedro Rojas; y se ha señalado para la almoneda
el dia 23 del presente á las doce de la mañana.
Lo que se hace saber, con el objeto de que las personas que deseen comprarlas, ocur.
ran al Juzgado, sito en la antigua casa de Moneda, el dia citado.
Mé1ico, Octubre 16 d,e ]865.-EI Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
634- 3s-3
1UZGADO 1? DE LO CIVIL~
En los autos que sigue el Lic. D. Miguel Bhnco como apoderado del Sr. Lic. D. C~rlos Sanchez Navarro, contra los Sres. Benfield é hijos, sobre pago de renta de la fábnca
de papel de Santa Teresa; habiendo sido estos señores conilenados á dicho pago f al de
las costas, se les embar~aron, á pedimento del actor, varias reamas de papel de d1feren•
tea clases, y libros de distintos tamaños, valuados en 5,377 pesos: 6,150 pares de zapatos y zapatones corrientes de vaquetilla del pais, valuados por un perito en 6,150 pesos,
por otro en 13,068 pesos y por el tercero en ~scordia, ~n 6,9J8 pesos 7ñ cen~avos: una
eaja de fierro en 200 pesos y una magueyera ub1bada en tierras del pueblo de T1zapan, en
5,056 pesos 3¡ re. El Sr. Juez J? de lo civil, Lic. D. Manuel María de la Sierra, qu~ conoce de diehoa autos, ha señalado para las almonedas los dras 16, 19 y 23 del comente
&amp;la nn11, siendo la tercera con calidad' de remate; advirliéndoso que las post1Uas no hande bajar de las dos terceras partes al contado precisamente.
Lo IJ,U6 hago saber al público.
.
, ..
.
México, Octubre JO de 186h.-Manzu1 Romero, Escnbano publico do la Nac1on.
616-6a-5
JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NlJlt. 8.-SElllNAB.IO NlJlt, 8.
Por el presente, á instancia de D. Valente Nápoles, se hace saber á D. Antonio Gudiño:
que habiendo sido demandado Nápoles por D. Alejandro Arena 11obre entrega de una ~ula, le denuncia el juicio para los efectos legales, á cuyo fin se le previene que e~ térmmo
de diez dias q11e aun hay útiles para la defensa concurra á este Juzgado; apermb1do que
de no hacerlo le parará el perjuicio que haya lugar.
México, Octubre 18 de 1865.-El Juez 8? menor,"Lic. Zubiaga.
631-3a-2

AVISOS PARTICULARES.
CONTRA PROTESTA.
Habiéndoee publicado por el Sr. D. Ignacio Carranza una protesta contra el remate
que judicialmente se ha mandado hacer de la casa núm. 12 de la calle del Chirimoyo en
la Villa de Tacubaya, me veo en la necesidad de rectificar algunos hechos para que el público pueda calificar así la verdad con que asienta el Sr. Carranza que no se ha seguido en
su coutra un juicio regular que lo condene al pago de la cantidad que adeuda por ali
mentos á la Sra. D~ Tomnsa Arciniega, de quien soy legitimo apoderado, como del valor
que pueda tener en derecho una semejante protesta
Desde el 24 de Abril de 1861 fué condenado el Sr. Carranza., por el Sr. Juez Bátiz &amp; satisfacer á la señora mi parte, los alimentos que le ha.bian sido reclamados desde Febrero
del mismo 11ño, y en tres de Setiembre siguiente le fué embargada la casa, cuyo remate se
ha mandado llevará efecto por el Sr. Cordero; cuya finca se mandó vah.iarjudicialmente por
auto de 9 de Diciembre del referido 111111 de 61, y se T3luó por los peritos D. Manuel Delgado, D. Juan Cardona y D. Mariano Leon. Para evitaren 11quella fecha que se 'l'erificase el
remate de la finca, celebró el Sr. Carranza. una trnnsaccion judicial en 27 de Marzo de 1862,
logrando con ella entorpecer tanto la prevencionjudicial, como su oblig11cion natural y civil
dedar los alimentos debidos á la Sra. Arciniega, habie.:do conseguido embarazar el pago de
alimentos hasta el seis de Setiembre de 64, en que por auto pronunciado por el Sr. Jue:r;
Paso11, se mandó llevar á efecto el embargo de la finca mencionada, de cuyo auto pidió revocacion por contrarió imperto el mismo Sr. Carranz&amp;, cuyo recurso se declaró sin
lugar por el Sr. Juez Reyes, en 23 del último Diciembre, mandando lle~ar adelante el remate de la finca, señalando los dias 10, 19 y 28 de Enero próximo pasado para las almo
nedas cuyos avisos se publicaron desde el 2 de Enero en el Cronista y Diario Oficial. Esta almoneda logró impedirla el Sr. Carranza por un ocurso que hizo al Sr. Visitador Lic.
D. Manuel Garcia Aguirre, quien pidió los autos y consiguió entorpecer la sustanciacion
toda, hasta que instruido S. M. el Emperador de los padecimientos de la Sra. Arciniega,
y la criminal conducta del Sr. Carranza, se dignó pre'l'enir por acuerdo de JO de Agostoúltimo que se cumpliese con la transaccion de ~ de Marzo de 1862, exigiéndole á Ca.ri;anza el pago de los alimentos designados por el juez, y no obstante de esta respetable prevencion que afecta obedecer Carranza, ha procurado embarazar su cumplimiento por cuantos arbitrios hal\ estado á su alcance; pero como todo tiene término en esta vida, ha lle
gado el de hacer efectivo el pago de los aliment.-06 que son debidos á la Sra. Arciniega, si
como creo, tiene su verificativo, el remate judicial que ha mandado hacer el Sr. Juez Cordero por auto de 29 de Setiembre último.
Despues de pronunciado este auto, se ba recusado con causa por Carranza 111 Sr. Cordero; mas esta recusacion tendrá el mismo efecto que una anterior hecha al mismo Sr.
Juez, que se declaró sin lugar por el Tribunal supremo, imponiendo á Carranza la co.rrespondiente multn; pero como á este señor nada le importan las multas por tener con quepagarlas, sigue adelante s11s temerarios recursos, hasta que haya una mano fuerte y bastante
vigorosa que pueda obligarlo á cumplir con sus deberes. Estos son los hechos que sirven
de contestacion á la protesta del Sr. Carranza q1w se ha publicado.
México, Octubre 11 de 1865.- Vicmte Santelfres.
625-3a-3

SEGUROS CONTRA INCENDIOS.
CoMPA&amp;IA DE sEou,w s DE GLADnAcH.

Capital de fondo..... . .. . . . . . . • .

S.000,000 pesos prusianos.

CoMPA&amp;IA DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Capital de fondo . • . . . . . . . . . . . • . . • • .. . . • 10.000,000 francos.

Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informea
necesarios para los que gusten 'asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías,
calle de San Bernardo nú_m. 3.
400-180s-78

ORDEN.

Por la pre~te se hace saber á D. M. Rivero, que se ha dado por contestada la demand11 que en Jmcio verb~l sobre pago de rustro vales de desamortizacion, le promu,3ve D.
Ai~nuel Blanco, en y1)'tud de no ~aber co11currido en _el término que se le fijó; qne se ha
abierto á ~rue~&amp; ~I JU1&lt;:10 resp~ctivo_por ocho días; é igualmente se Je cita para que concurra el di11 vemhocho del corriente a las doce, para que reconozca sus firmas· apercibido
de darse estas por r~onocidas si no concurre.
'
México, Octubre ltl de 1865.-Lic. Poulet.
630-3s-3

DIVERSIONES PUBLICAS.
Domingo 2l de Octubre.

TEATRO IMPERIAL
OPERA ITALIANA.

,

En la tarde de este dia se pone en escena el drama trágico de grande aparato del maesJUZGADO 3? MENOR DE LA CAl'ITAL.-CALLE DE n:sus MARIA NUM. 7.
tro Verdi, dividido en tres actos, é intitulado: Auila.
Por la presente se rita :í. D. César Laus Dey para sentencia en el jllicio verbal que en
En la noche, á la hora de costumbre, se cantará la aplaudida ópera de Bellini dividida
e1te Juzgado Je tiene promovido D. Lorenzo Branca, sobre pesos.
en tres actos é intitulada: La So11ámb11la.
'
Mé1ico, Octubre 10 de 1865.-Morale,.
632-3s- 3

TEATRO PRINCIPAL.
1UZGADO 8? MENOR DE LA CAPITAL.-CALLE DE n:sus MARIA NUM. 7.
COMPAN'IA DRAMATICA,
Por la presente se cita á D. César Laus Dey para sentencia en el juicio verbal que sobre pesos le tiene promovido en este Juzgado D~ Genoveva Sevin.
.
Ea la tarde, á las cuatro en punto, se representará el drama de grande aparato dividiMé.x1co, Octubre JO de 1'65.-Morales.
633-3s-3
do en c11atro actos y un prólogo, que se intitula: Los hijos de la noche, 6 el pirata Benltil.
1UZGADO 4? DE LO CIVIL.
En loa autos del juicio verbal gue sigue el representante de la Sra. D~ Faustina Escobar contra la Sra. D! Carlota lbañez de Boix, sobre pesos, se ha mandado por el Sr. Juez

IMPRENTA DE J. M. ANDUADE Y F. ESCA-LAN'l'E
BAJOS DE SAN

AOC'STJN

NUM,

l.

'

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                  <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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