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                  <text>NUM. 267.

Monterrey, (México.) Sábadq 28 de Julio de 1894.

Segunda época

,

PERIODICO SEMANARIO, POLITICO Y LITERARIO,
ORGANO DEL GRAN CIRCULO «UNION Y·PROGRESO» FORMADO POR LOS CUARENTA Y OCHO CLUBS QUE CORRESPONDEN AL MISMO NUl\tIERO DE MUNICIPALIDADES QUE COMPONEN EL ESTADO.

Editor y Responsable, IGNACIO J. UENDOZA.
Registl'ado provisionalmente en la Adminis- hemos atravet1ado. Ella nos ha reve- por un período considerable cesó por que se ocupan del e_stad~ .Y capac!dad de las
tración de Correos, de esta Cindad, como artí- lado cuanto hemos avanzado durante completo. La línea ha sido completa• personas, Y !8les d1spos1c10nes obligan al homculo de segunda clase.
Ia épo
d
ll
d
mente reparada y se han efectuado breen cualquier lugar en que se halle, como las
. ca que po e_mos . ama: e ges.
./
que se refieren á los deberes que tiene para con
tac16n. Nuestra s1tuaci6n misma nos obras n_ecesar!as de protec~i~n que se su patria, á su mayor ó menor edad, á au estafJO~DIC:I0NES
dice que necesitamos todavía de mu- esp.era impedirán una reeetim6_n de los do, á los casos en que puede ó no contraer libre:Este peri?~ico se publicarfl. todos los Sábad~s.
chos e fu r
,
d d l ser10s desperfectos del último ano.
mente matrimonio, á su aptitud para testar y
d La s'j8c!1c16!1 se pa!ará I or trimestres adelanta. S e Z~S, Y mas que t? O e a A pesar de las muchas dificultades otl'as de Pste género. Al conjunto de esta&amp; reglas
T':ErnfA~MfEI,~tcEJrtvosª~:n~:~~f~~: i: acci6n .enérgica de un Gobie:no que ocasionadas por la caída en el valor de llama~ los publicistas el «estatuto pe~onal,» á diesta Capital..
..
.
ha sa b1do llevarnos en medio de la la plata, está mejorandn el tráfico. J..os ferenc1~de las que se refieren á los bienes ya sean
. Los anuncios y_rem1tidos d_e mtercs particular se paz por el camino del adelanto Que ingresos brutos hasta Junio 14 de este rafees o muebles, que forman el &lt;eestatuto real.»
msertarán
á precios commnc1onales
,,
· el año fiscal ascienden á $103,918, contra Y. coroo1: las cond'áicwne
·
t
t·
El número
suelto vale DOCE CENTAVOS.
hariamos,
si desgraciadamente
1 1s para con raler mbª1.rimráo18-Todos los pagos serán adelantados ""f§I
b' d .
. .
. ,
$
l
d'
Í d mo pe1 enezcan as eyes persona es, o 1ga n
Para todo lo relativo a.1Periódi'co d' ··· 1 Ad- cam 10 e esta admm1straci6n a cu- 77,002 para e correspon iente per O O al mexicano á obsequiarlas en cualquier país en
.
.
.
.
ingnse
a
1
·
.
d
l
d
6
t
d
. que un memm1Strador delm~mo, Sr. Aureho Lartigue, calle yo a 1ento ha fructificado todo pro- ~ a~o pasa o, sea un aumen o e un que se encuentre. De esto se sigue
del Roble número tl.
p6sito de bien, siguiera una ruta con- :30 l·'.o, y el tráfico está constantemente xica~o m~nor de edad n~ p~1eda_ celebrar su
traria á la
h f
'd
t, creciendo.
¡matr1momo en oh-o país sm hcenma de las per1.º
NCIA.
,
,
que
a
~voreci
O
nues
El
31
de
Marzo
de
1894
la
Compañía
\sonas que deban otorgársela; sin dispensa, en
ADVERTE
__
p10g~eso? N ecesano es que _la ev1- contaba con el equipo siguiente: Dieci- \ caso de que la n~site f:egún nuestras leyes, y
Se advierte á las personas de esta Ca ital á denc!a de los hechos y ]as circnns- siete locomotoras; 20 carruajes para pa- ¡en suma es necesar10 para que lleve á ef~to tal
las de Ja¡¡ municipalidades del Estado Py fn~ra tancias nos pongan en el camino que sajeros; 3 furgones para equipajes y 292 f°ntrato_ que cumplabcon ldo qute determma la
de..él, que teng~m que rem1·r1r -AVISOS•
·
'
ey mexicana;sería
y s1o rare e ora manera, su
~ .
JU- deb amos seguu·.
carros de carga. p ara el año la explotamatrimonio
nulo en México para todos los
dpic~~ódle~ Y parti~~lares Pª~ª su mserción en es~e Los pueblos, es cierto viYen y pro- ción en general muestra k&gt;s resultados efectos civiles. Esto es conforme con las docen ico, por
· d de una condici6n
. . s1gu1en
· · t es: Lí nea en exp1otac1'6 n, 366 .6 1...w:mas
· de todos los publiCJstas
· y con lo d'1spuesto
rectamente
al wes
Ad veces
· • tro dmenos
. d' loLhao-an
ºv d1d gresan a, · v1rtu
1 ·1
ffilll)S a or
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« a oz e .
,
k'116 t
I
k·1
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Cód'
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~uevo~Le6n,» adjuntando con el autógrafo su impuesta a su naturaleza; pero esos • me ros. _n 9resos por ·: 6metro, en nues ro
igo V1 ;»
,,
1mport~, que son: tres pesos cincuenta centavos, pueblos necesitan de un cerebro que $1,098.97. K1lometros recorndo_s por Expuso en segmda cuales senan
p~r vemte renglon~s manuscritos ó fracción de encause esa condici6n ara hacerla trenes, 44~, 773. In gres/os por k1ló~e- los he~hos qu~ conforme á 1~ expuesel os, el exceso, á CJnco centavos por renglón.
, d t'bl
f:
dP
tro recorrido, $0.91. Numero de pasa1e- to podian verificarse y contmu6 así·
El pago se hará precisamente adelantado.
mas uc 1 e en avor e ese progre- ros transportados, 159,781. Toneladas i&lt;De la misma manera, :1 matrimonio celebra:
SO.
.
de mercancías trasportadas, 30,482.65.» do entre extranjeros fuera del territorio nacio"La Voz de Nuevo-León" circula den- . Las tempe~ta?es políticas que oca- Mucho habria que hablar de nueé- nal, y que sea válido con ar.reglo á las leyes del
troy fuera del Estado.
s10nan sacudimientos enormes y por tro país si nos propusiéramos deta- país en que s? celebró, surtirá todos sus efectos
ende la muerte d · f1 t ·
· ll l b'
. .
en la República. Esto está fundado en la regla
REDACCION
.
. . e_ ms ucwnes Yie- ar as uenas cond1c10nes en que de Derecho Internacional lorus n,git actttm
.
,,
·
Jas cuyas mstit_uc1?nes pre!en?en en se encuentra para todo negocio que adoptada por todos los publicistas, y consagrad~
LIC. Pe~ro Bem~ez y Leal.-Lic. su lucha el rad1ca~1smo mas 1mpru- se implante. Esperamos que estas en n~estr~s Códigos. Pero hay que hacer una
Hermeneg1ldo Dávila.-r-Lic. Loren- dente de un orgamsmo que como to- condiciones serán el mas firme sostén adve1dtend~ia notabl~ Pn ~ste respecto. Y es: que
zo ,Roe1. - Aure1·10 La11,I_gue.
*·
L' dos tiende
,,
d
l · · t
d
.
cuan o icho mafr1momo es contrano á las leyes
-. . 1~.
.
a su. esenvo v1mie~ o por e los capitales aquí inmigrados, á prohibitivas de la República, no tendrá v~lor
Jesus Garza Flores.- Lic. V1rg1ho me?IO de una fuerza necesaria eYo- la vez que la seguridad pacífica de al_guno entre nosotros, como sucedería con la
Garza.
lut1va, lleYan en su seno el núcleo todo intento, impulsn.do por el supre. bigamia ó poligamía, que aunque aceptadas en
de un esfuerzo que como un sol se rno de todos los esfuerzos· el trabaJ· 0 ~gu~:-países, no podrán tener su efecto e~ 1:a
~~~~~~~~~~ ~~~~~~ levanta
de entre
aquel. desqmcia
•• .
·
· dasepupor1ca,
en que
es~n ª?solutamente
proh1b1.
.
nuestra
QonstttuCJón
y por nuestras
leBD:ITOftJ:.ALa
miento. Esa idea ha debido tener un
- -------· yes. Esto se apoya en el principio de Derecho
_ _ _ _ _.......:___ guía que le ha dado aliento para lleCONFERENCIAS
Público, de que cada nación independiente está
Monterrey, Julio 28 de 1894.
varla
á
un
prop6sito
determinado
facultada
par~ determinar
ra 6 s
· t
·1·t
f
d'
en su terntono
respecto delolosque
actosJeba
quehacerse
hayan
z n emeJan e m1 I ~ en av.or e
EN LA
sido ejecutados en otro país, sin más limitacién
los pueblos_ que des~ues de contmuas
q_uc la que pueda venir por los tratados espetrasformaciones al fin escriben en su
W~ M~ MM
WÍ ""~' ~
ciales.»
bandera la santificadora idea del proHabl6 después el joven Valdés
greso. En este nuestro país todo auLlano respecto de testamentos heACERCA DE LA
gura un constante adelanto. Lo que
::C ::C ::C~
cho~ en el extranjero por mexicanos
levanta hoy el ánimo de todos los
Y v1ce!er~a, expresándose de la maque vivimos en esta tierra privileDERECHO INTERNACIONAL.
nera s1gmente:
Consuela ver á pesar de las gran- giada, es el espíritu alentador del
MINERÍA.
&lt;eLa.~ últimas voluntades otorgadas en un país
des dificultades con que ha luchadn trabajo. Las facilidades para toda
.
ey:tral)º;ero con~orme áó las leyes de 1~ local_idad,
·
6 l
d'd 1
l
d
·
éntranse aquí Sobre la ,valzdéz
que ,1, d
,
un mexicano por un extranJero tienen
XIC0
c
mo
1a
po
1
o
evantarse
á
c
ase
e
negoCJos,
encu
.
yue
an
,:ener
toda su fuerza y validez entre nosotros 'con tal
Mé
través de tantos obstáculos. Ele- encarnadas en todo esfuerzo empren- en la Republzca los act~s celebrados que se hayan hecho en la forma auténti~; aunmentos tan desfavorables, han ,eni- dedor.
en el e.xtran;ero.
que ambos pueden harer también su disposición
d · d d bl
t , d
E t
,
u
testamentana conforme á nuestras leyes si el
o m u a emen e a e ucar y robusx ensas vias wrreas cruzan la
testamento ha de mandar á 1 R úbl' '
tece: á una generaci6n joven cuyo Rep~blica toc.?'n?o los centros mer- . T6canos h_oy tra~ar sobre la terc~- que en _ella. sea ejecutado.seEs~ seefund~ca~~ª~
cammo sefialado por el trabajo ha cantiles de ma.s importancia activa- 1 ?0 nferencia habida el 27 de Jumo convemencia_que resulta á todos los hombres
servido á la vez para dar estabÚidad dos por el adelanto rápido de ciuda- ultimo en la Escuela de J urisprudeu- au~que sean de distinta nacionalidad, Y á fin 1de
al c.apital emprendedor, que si ha des de mucho trátlc?.. ¿Por qué con cia. Dió ella principio ~on la lect~- ~::~::ri~~'m;?;:;u:esesfi:j:~sn!~: :
sabido mant~nerse. firme y conser- tan favorabl~s cond1c10nes no hemos raque el alumno Fr~ncisco. Valdes país,~º pudieran disponer de sus bienes para
varse en med10 de circunstancias co- de esperar a contemplar mañana á ~lan~, efectu6 de su d1sertac16n rela- despues de su muerte.
mo por las que ha tenido que atra- nuestra México grande v poderosa t1va a asuntos de derecho iniernacio- l cc~a forma externa del testamento debe arre. ,
.
· •·fi d
,
.
J
•
nal.
g aise á las leyes del lugar en que se hace, por
v~sar hu b.ie1.a hecho m~cho s1 no hu- v1v1 ?ª a poi el aliento de sus rn.
, .
.
la regl~ antes citada locus regit actum; pero la
bieran ex1st1do esas cJrcunstancias. dustrias?
Hizo el alumno mento de lo 1m- forma ~nterua ósea la distribución de los bienes
Hemos ido pasando por una serie de El h~cho ciertísimo de que aquí portante .que es, conocer e} v~Jor de es~8!uJeta á o.tras regla~.
. .'
años contrarios á nuestra agricultn- ha. podido
sobrellevarse
el
mal
que
actos
':enficados
en
la
Repubhca
por
b
.
esoús
b11enles
sdonl
ilnmnebles,
deben
d1.stn'
extranJeros h
'
mrse seg n ª ey e ngar en que estén s1tua
ra, y sufriendo cruelmente la desven- afecta a todos los países del mundo . /
' oy mas que n~nca, de dos,pol'elprincipiodcDerechointernacional ~
tajosa s~tuaci6n que nos ha acarrea- lo prueban l~s empresas, que no obs- bido a que los bara,~os Y rá~I?OS mé- Zo_cfreisiúe,6.seaconformea~~tatutoreal;porque
do el fuerte descenso de la plata tante tales circunstancias han man- todos de locomoci6n, facilitan en mn_guna N~ci6n debe permitir que en su terriUna y otra causa nos han honda~ tenídose firmes en sus trabaios
.,época losI largos
las leyesesto
de sería
otra encontrario
cuanto á'
., . Pai'a nuestra
·
. d viaies
., que tolosnob_se
tenesaph1uen
raices, porque
mente herido; más hemos podido so- que se vea que no exageramos al sm ,ces~i' por mu titu de personas, su soberanía. De esto se deduce que si en algún
brellevar este contratiempo sin que hablar de los buenos resultados que se rnahzan.
p_aís en qu~ se otorgue el. test~mento está autohaya surgido el más mí~imo al- se obtienen en todo negocio bien Y como tal asunto se halla incluí nz~dal la libre testamen~~facc~ó?, no podrá prido dentro de la 8 ' 1 6 d.1
. . ~11,l e testador á 3US h!JOS m a sus dPmás des
boroto causado por estos males, co- P1antead o! por h allarlo ~e _pronto á
· rng as
,~posicio- cendien_tes si en su patria existen disposicione;
mo se ha acentuado de un modo alar- la mano, msertamos lo s1gu ente que nes emanadas de _las doct~ mas que contrarias de la legítima que les sellalan las lemante en el país vecino los Estados hemos tomado del Financiero Mexi- fo~m,an el derec~o ~nternacional, ex- Y.es del Estado,_respecto
d á los bienes raíces enél
Unidos dBl Norte Hemos dado mu- cano respecto del Ferrocarril Mexi- phco de modo smtetico c6mo había situ.~dos, ~~ v1irtu de q,ue tale~ bienrs deben
·
'd 1 q
creádose éste al , l ·
t
, reguse por as eycs del mismo sm que nadie
cho de nuestra vida para mantener- cano e ..,ur.
.
Ie .ªci?~arse en re Sl pueda alterarlas tan sólo porque estaba en un
nos á flote en medio de esta bonas- «El 13 de Juli? se celebró en Lon- las, tnbus ;n un prme1p10, las comar- p~í~ extranjero el que. testa. Se seguirían perca, pero hemos podido en esta lucha dres la sexta re_um6n Gentral ordinaria cas de~spues y las N ac1?nes al fin.
Jmci~s -~~Y g.randes s1 se aceptara una regla en
dar más temple con ella á nuestras de esta Companía. Extractamos los siSenal6 luego la &lt;hstinci6n que dco~hah110, ~01que podrían así defraudarse los
'
guientes dato d 1 · .r
d 1
·
· t
t
ld
h
eiec os mas sao-radas Y bas1arfa que un n
energías. Nuestro caracter se ha res e _rniorme e os Direc- exis e en re e erec o privado y el voleonés fuera á°hacer' su testa t á
neítores·
a
explotación
del
pr·
d
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'bl'
h
h
men
o
un
pa
1
1
flejado en tan imperiosas circunstan- lí · · h
m;3r ~no e erec 10 pu 1co, Y ec o esto entl'6 en que estuviera concedida aquella libertad pa-s
cías, mostrando que mucho podernos 1]g 5~:ª 1t hes;1tado en udnab perdida de de lleno en materia sobre el objeto ra b~r:ai· ddel tod~ las leyes del E-ita&lt;lo, qu~ tie,
c · p., que se e e á la caída de SU trabaio d'c·e
d .
nen a os escend1entes como hert&gt;Jeros forzosos
.., ! 1 1 n o.
en una parte del caudal del autor de la herenci ·
h acer en ade1an t e, en e1 campo que en el valor de la plata y la severidad
se nos prepa:ª·, La situaci6n tal vez duración excepcionales de la estació~ re~~ªtt!1~~~~~~r¡;b~:al de que es De- ccOtra C?Sª debe decirse, por lo que toca
pronto cambiara para nosotros. En de las aguas en México el año pasado diversos &amp;bietos es ,·a ticn~p/d uvado, Y sus modbtilcle dtsponer _por testamento de los biene.!i
.
,
d
t
'd
Las e a .
t
d'
'
.
e que me ocupe mue Cfl, como dmero mercancías lh .
nmguna epoca e nues ra VI a ecor P raciones ex raor marias que la de las varias cuesfones que comprende mi tesis otros objetos de et t 1
' ª stª.Jas Y
n6mica, habremos podido desengañar línea necesitó por ca.usa de los aludes y ccComo uno de los actos de mayor trascend&lt;'ll~ 0o-uen á ia personas: j1ª ez.a; porque é ºs sib
1 t· ·
·
'
on e qmera que vaya en
nos mas ev1.dentemente de la impor- deslaves
. durant e ]a estac1'6n de lluvias, "-ia Para el ho
. m r~, s&lt;:3 e ma rimomo, trataré virtud de que los puede llevar al lugar qu~ le
tancia que tengan nuestros propios ascendieron á .! 12,009 6ch. 4. Esto no de ~l ~m prm1C1~ ter~mo, esto es, del qt~e se parezca Y cambiarlos de situación cada vez que
elementos que en la actual
r~presenta el. costo total, pues por largo ~on raig~ en pat ~ e~tt.año ya por un me::1cano lo crea conveniente. Esos bienes se rigen 2or el
porque tiempo se d1ficult6 mucho el tráfico y yilºr ex rinJeIOÍI das
I
estatuto real del domicilio de la prrsona á quien
« aya gunas eyes ama
persona es, por- pertenezcan; porque ha parecido más conve•
1

CONSIDERACIONES

E~"u~'A ,,~ JURI~~nu"~""IA.

ACTUAL SITilACION IlR MBXItO.

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2

LA VOZ DE NUEVO-LEON.

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3

LA VOZ DE NUEVO-LEON.

.

'
. •
¡ ¡ d recho puede ]e,ralmente a,1. , en E spaua,
~ ll c-¡·sc
' les sino
. med"ian_te e,¡ ¡iao-o
&lt;l ·l ll'rrcno justamcn- presm·1pc1oncs e e e
'
. ".
nicute que sio-an la suerte ele su clueílo, según el reseña de la nnnena
" ' • d ¡" .6 en quirir el numero de pertenencws mmeras que
st0
0
principio de° Dereeho Público mobi/ia ossib11.s ga á relacionarla con la de México y _te tar.acl °1Jior P rito: ?' e1 -!'ºr I ectr~~ s~ re- quiera y que no hayan pasado r, doMinio partinw i11haenl
'
11 . 'forma e1e1 uez e1e 1 . ms ancia, en re an
l 'd
'á d 1 aute los Agentes ele la Sepe;·~fanifest6 -~1 disertante lo que real- I1a1?la al !in de nuestra a::itua . eg1s- \g~an;;nte el art. 27 de la Constitnción [artículos ~::e:~·;.ía eatr~~'e;t:~ue se hailan en los difemcnte debe entenderse por domicilio laci 6n referente; Y pucS t O qne tanto 5·• 1 · !;;/:/i;'~~~tedad minera conforme á rentes Distritos mineros de los _Eslados, nompara los efectos de la ley, y acab6 de aquel]o~ antcced_~ntcs. eo~º,. 10 que nu:~~a Legisl~ció¿ aclual, no tiene limita~ión b~·•d,"s ~] ef"'.'!º, quiene3i s~:1:ª~:~!~of:1 ~~~r~
t. t , l 1, l t'1 . ,:1 t t
toR de trca a la ley en , 1gcncm, 1m 1stc ª? · al una. Es una propiedad como cualquiera d1en,es1cspeetivos para~ 0 dgS . t ría obser•
iat at ~ a ' o ' es amen ''
tual interés, lo insertamos en scgm- oJ.a, los duet1os y concesionarios pueden cele- quedd,•ur darle¡la_me¡"cwn: :ar:':1 ªReglan;enes e IDO O.
. . d
brar respecto á ella los contratos que crean con- van o e proce _m,en o qu
•:Resumie_ndo la manera como deban d1str1- a. ,
. .
.
venientes ne coriforme al.derecho sean vál_i- to ele 25 de Jumo de 189~. .
nLmrse los bienes por testamento ó en caso de
Decia el co~feiencian te. .
dos le a1ei· ero esta propiedad está sujeta sm «He clwho que to,l_a s?c,edad constitmda co
intestado, puede dceirsc: que los raíces deben «Cerca de dos siglos estuvo en vigor este real 1! . g 1 'P de un impuesto perdiéndose si forme {, las prescr1pc1ones del derecho p~ede
de sujetarse á la lev del lugar en que est6n si- ordenamiento, siendo derogado por el que pro- :~ '·"1go ª
Tal impuest~ es el que esta- adquirir una propiedad minera por denunmo 6
tuados; y los muebles á la del domicilio de su mulgó D. Felipe II en V~lladolid en 10. de
fasfe v~l~ de Junio de 92 el cual se divi- cualquic,·a otro título legal. .
dueño sea cual fuereellngarenqueseliallaren.» Enero de 1559 en que supmuia el oneroso un- d d Y I 6
ehade¡ia,rarse¡,oruna «El Código de 22 de Noviembre de 1884
~
. t e b a- pu_rsto decretado por s'.1s anteeesores, J ar. fi ~ de sola
e envezosenpar
es; una, quque se fijarán
" en todo tí- prevenía ea su tí tu lo 8º. que las sociedades
En seguida el COil!erencian
estampillas
. d6
bla con extensi6n respecto de las deJar un campo de ace,611 m~s vasto ,, la mu1;e- t IO de propiedad de minas y la otra que debe compaílías que se for,:nasen para el_ tra~ªlº e
.
.
.
l
ría que por entonces era casi nula en la Iberia, u
te ior cada ,crtenencia de que las minas, debían re.,ll'Se por las d1spos1C10nes
obhgac10nes de las autondades de or- concedía á sus súbditos permiso para explorar y pagarse anua Imcn 1 . , ' 1Esta pertenencia del Código civil del Distrito Federal, en cuanto
den judicial para con las de los países explotar libremente los minerales ubicados en s1c cdomponga ~f-diod~spi~~fundidad
indefinida no modificaran las prc,·enciones especiales de
1
· ·
· 1 des ReaI;nlías, ó dese..ñoríO 6 ª baclengo ' limitado
'ª e serenunelsoexterior
extranjeros, d e 1OS reqms1tos
que d e- propicca
por la parte de la super-' aque¡ t!tu¡o. . . .
d
hen mediar en sus relaciones Y de la así en terrenos publ1cos concetles y baldíos co• ficie del terreno que sirve de proyeeción á ,m «Entre ~sas d1sp_os1mones ~ encuentran las e
.
.
.
rno en heredades y suelos pat oculares, aunque
el 1 b .· ··tal de 100 metros por lado y que Ja Sociedad romera, deb1a hacerse constar
d1ferenc1a que hay para la trarmta- ¡msentasen oposición los dueños; estableciendo coa ".'cto
.ouzou 1
t . ¡,!anos verticales co- ¡ior escritura pública expresando en ella el nom.
bargo, larestr1ce10n
. ., dcque 1oscxp?"'?·
1 t I en
os cua ' 0
. ele ca' da uno ce
1 1ossoc1osy
.
la
CIº6 nen t re dº!Ch as au t Ol'l'd a d es por 1o smem
.. e1rnd'er1orte porestascconsideraindivisibleen
breydomicilw
que toca á los negocios de ca1·ácter res _deberían satisfacer el dailo al prop1etano ~:¿gº~s1~~n~;;¡os que acerca de las concesiones representación ele ~da uno _de ~los, 6 parte c¡.ue
. 'l 6 . . l
pe1Jud1cado.
.
celebren ue ·1fecten al d9minio lleYe en la compaílla, cons1dcr,mdo.se la roma
·CIVI
Cr!mma · .
«El mismo soberano Felipe II por las nuevas mmiras si
de fa ~rii~er." parte del imp;es- dividida en cierto número de aceiones, teniendo
La últnna cuest1?n que trat6 es la pragmátiClls y or&lt;lenamieotos hechos en San Lo- to \aª(: \¿;fgo á todo dueño 6 poseedor &lt;le mi- cada soci~ derec(w á una 6 varias de.ésta~ según
de contratos y lo hizo en esta forma· renzo en 22 ele Agosto de 1,584 anuló los ante- ' á Y t ga t!t,,lo c,,.¡ uiera c¡ue fuere el converuo· aceiones que podían sc1 enaJenadas
, los prmcip10s
· · · de, Derecho Internacw· . uo,_es
.· • expe
· d'd
. d° éste,
nas ápresen
ar su de Hacienda
' .~ q' de' los Estados libremente
·
' por sus dueños, sm
· que 1os demá"
1 , ~s tªblemen
1, os en V ~ 11 ªd0 l'd
«Segun
las Jefaturas
nal, aceptados por todos nuestros publicistas, el un impuesl? ª las propi_edades mmera~, de un en que estuvieren ubicadas dentro de un plazo t~viesen dereeho al tanto, y éstas se reputaban
contrato celebrado en un pafs en 1~ forma que tanto por mento que,. variaba
con la calidad
del que seña16 y que conclui•ó
)'ª ,, fin de que en bienes muebles para todos los efectos legales, no
.
. de una
,,
. , _cosa ra¡z ", mmu~
•
ble, .y
t 1· Estas pragm,11,eas!
preYicnen sus leyes, es válido en los demás pal- meª
puede dec,rse
dichos títulos se fijasen .las estampilla~
corres- obstante, ser la mmena
ses, de conformidad con la regla ya referida, el m~nera formal que orgarnzaron las ordenan~as pondientes según el número de pertenencias de estar en esta calidad ~uJeta ~ todas las ~1spos1luga,· rige el acto. y también si dos 6 mrts in- n:1meras, pues en . ellas se rPglanientaba la fiJa- que disfrutaban conform·e lo acreditasen dichos cioncs del Código civil, _no siendo neeesar~o para
dividuos hacen un contrato
que se estipulase
' en un país que no. ción
· ¡ de peiienenmas,
¡
6 ¡determmando leyes
d' . cspe- documentos, y respecto ar. los nuevos. titulas que la constitución
.
. de la sociedad
.
es el suyo, arreglándose á las leyes de su dom1- ci~ es para e ~so os casos que pu ieian ocu- ex idiera la Secretaría de Fomento, de acuerdo un capital fiJo y determmado.
cilio, tendrá toda su fuerza en este último siem- rrir en la práctica.
.
co! las prescripciones de Ja nueva ley minera, «La.s acciones según aquella ley, po,df~n estar
pre que en él deba de ejecutarse. Es una con- «Estas leyes fo~man uu cnerp~T esl':"ial en el en ellos debían fijarse aquellas estampillas mi- representadas por títulos ~] portador o bien á la
seet1encia de tales preceptos, que los contratos t~mo_ IV título XVIII de la Novísima Reco- nistradas por el concesionario á las pertenencias orden y u-asmisibles por s1~ple en?oso y podían
celebrados en otra nación ya por mexicanos ó pilación.
.
.
ue formaran la concesión.
ser declaradas desiertas, s1 el socio dueno de
extranjeros, conforme á las leyes del lugar en «H~t~ el año d~ 17 83 est,11 v_ieron en vigor las q «El Pª"º de la segunda parte del impuesto ele- ellas, no contribuía con la parte de gastos ~ --""""
qu_e se hicier?n, tengan tant? valor en la Rcpú- pragmahcas exp~idas por Felipe II en San Lo- be verifi~rse anualmente, por tercios adelanta- rrespondiente,J&gt;agando su cuota en _el. ,térm)n
bhca como s1 en ella se hubieren otorgado.
renzo, de q~e d~1o hech~ I~enmo~~
dos que se enterarán en las Oficinas de la Ren- de dos meses, eclarándose así por la D_1putac16n
«Sin embargo, no debemos olvidar que si tales «En México [la provmci~, ele Nueva España] ta dd Timbre, en estampillas cspeeiales expedí- de minería, al pedido de los demli_s soc10s.
contratos son contrarios á nuestras leyes, no ten- como dependieüte ele la nacron Es~añol~, se ha- das al efeeto, las cuales deben fijarse y cancelar- ,La nueva ley, que como he dicho _antes, ~e•
drán ninguna validez; como no surtiría ningún bian adoptado salvas algunas m~dificaciones las se por la Administración Principal 6 Subalterna rogó la ele que acabo de hacer rc_ferenma, J?rev1eefeeto el peto en que alguno se obligara á per- leres ele ésta; Y 1'11! que se r~fei fan al ramo de del Timbre en una boletaqne la misma debe dar ne en su artículo 24 que las sociedades mmeras,
'.l?r.6 dismin~ir su li~rtad, 6 hacer alguna cosa nu_nería puede dccnse que casi íntegras se con- al interesado, según lo preeeptúa el art. 22 del se regi_rnn por las disposici_ones del C~di~o de
1hc1ta, como mtrorluc1r conu-abnndo 6 cometer sci varon.
. B
1' y·
Reglamento de la ley del impuesto minero ex- comermo, excepto en lo relativo á asoemc10nes,
otro delito.
,
.
• «Pero en 1777 Anton1_0 de ucare i i_rrey pedida orla Secretaria de Estado y del D~spa- que no son a~mi~ibles en asuntos mineroe: Así
«Tampoco valdran tales contratos s1 se falta enton;"s de este 1100 país ~ienclo que por la 1rre- cho de kacicnda y Crédito Pdblico el 30 de Ju- es que la leg1slac16n en este punto ha sufndo nn
á alg_una de l~s leyes del . estatuto personal, co- gula r, ctad ele las leyes la mme~ia. no se enc~n(r:i- nio de 92 _
cambio verdad~ramente n?table,. porque el Có~no s1 los ~,erdica un ~e:--:1can? menor de e~ad, ba en un esta~o de lo más floi_emente, escub,ó á ,La falta de p go del impuesto federal, según digo de comercio no ~dm1te s?&lt;'1edades que no
o una muJer casada sm hcenma de su mando, st! so?"rano Carlos !~I. exphcá ndole_ la con".e- dejo dicho hará incurrir al propietario de la tengan capital determmado, rn que se le senale
aunque_ en el país en que se otorgaran,_ el menor men ,i~ ele q~e se expidieran ordenan,.asespeeia- mina, en ,~na multa igual al 50 por ciento de la tiempo fijo para su duració~, según los artículos
se considerará como mayor, y la muJer casada les parn Nucva Espa~a.
.
.
conu-ibución si Jlª"ª el segundo mes· si ¡0 veri- 95 y 96 del ex¡iresado Código. Además la Ley
. e .-da 1·icencm.
·
«Y fueron tan obvias y de ta1 1mportanma
las fica en el tercero ]a" uwlta será .igua ¡' a1 importe
.
·
·
no neces1-1ara.ele ¡a 1eien
,. .
.
..•
IDJnera
vigente
en su ar tí cu ¡o 54 que e_stá e;1
1
«Cuando dichos contratos se refieran a bienes razones _que para _el efeeto ex1rnso el\ 11 • ey, que de la contribución y fenecido este último 1,Jazo consonancia con el 19 del Código Mercantil exir. p10
• toco1·1za1se
. en ¡a .1.\,t:1
n _ iúbl'ca
mencionado ¡,or la real c.J,ila de sm
. haberlo 11echo con sus recaro-os pier
• de ¡a ge e1 registro
·
de ¡as som'ed adei reqms1
· ·to que
raíces, deber,m
1 1 , el príncipe
.
0
·
t
I
d
1
ue
nest
AranJuez
fecha
22
de
Mayo
&lt;le
1783
no
solo
.
.
.
'
• 'bl
'
reg1s rarse y pagarse os eree 10s q n ras
. .
. d d' propiedad de la llllna ~m recurso alguno, decla- antes no era ex1g1 e.
leyes estableeen, resp,trtodose así el estatuto consmtió de b_uen gra~o en la formación e . ,__, d
í · l Sec t -'a de Hacienda la ,Estas diferencias de la antigua II la nueva
· lam'6 n extran1era
· no pu ed e chos ordenamientos
la. erección cual
rnn ose
as poipublicar
a redicha
au pérdida en el Dia,
rea l; porque 1a 1egis
.'
' smo
. que cleerct6
mandará
ley han venido r, modificar la organización de
1
.- di car Ios dcreebos que coi·i·•s
_
de
un
Tribunal
especial
llamado
e
e
Mmería
la
.
.
.
d
. nuevas
'
• porque
111· debe pei,u
,. pon
.
.
'
rw
Ofimal
para
que
cualqmera
otro
¡me
a
sohempresas exp1otadoras de mmas,
clan á otro país.»
apertura el~ un In st itt~to do nd e _se pudiese,¡ ~or- ·ta
·,
aquella ampleaba los Jereehos de los asociados
,,
·
mar lngrmeros 1Hácttcos y peritos uara la ms- CI r concesion.
.
.
. .
,
Concluyo S11 traba¡o el alumno
., d . '
¡- tó
b' el'1 . .
«Para ello la ley impone el deber á las Ofic1- les dctermmaba sus obhgac10nes, y creaba unaau
~v alde~" Llano encai·eci.-endo ]a impor peccwn e m~na1s, Y Clc •1 dsadias ~posicitoDtt•s nas del Timbre de llevar un registro de las mi- toridad especial como eran las Diputaciones de
a prosprr1c a e ese 1mpor ·an e nas que se hau'en en sus respcctl\·as
. demarca- mmena,
· , para que,¡ec1arara ¡a cael uc1'd ad de de· ., l t ,d
t
, fi , -1 para
. conseguir
·
1
tancia C·Ct O
O ·cuan
O se e rnie
a iamo.
,
.
ciones·, y dar aviso á la Seeretarfa
de Hacienda ' reebos
en. caso de no cumplir. un socio con las
¡, como
la época sc.,un relata la h1sto.
. 1amones
d eI,CC110 ID
,el.nacJOna
que t·1en- . «Fué entonces
d
b""
d'
.
.
cuando
sus
dnel!os
no
ver1fic¡uen
el
pago
del
cshpu
e1el contrato, mientras que en la
rle seme¡·ante derecho á ser el regu- na, eóntquefla1 ~a1otr etasda ials •isdpo~_"!ºne~, ª1- impuesto·
actualidad, siguiéndose las prescripciones del
.
canz an oree1en e es o a rn usu·ia mmera
:
.
.
,
Cód'
·1 1 d I
bl' ·
d
]ador rle las diferencias de los pueblo&amp; en nuest,·o país época en que· de la noche á la «De6mda así la p~op1edacl mme~a, segun la
1go _mercanti , os erec 10~ fo 1gaciones e
, d · ·d I h
·d d b, mañana se im'provisaban inmensas fortunas y nueva ley, y detcrmmado el medio ~e conser- l~s asomados sólo pu'?en demd1rse en caso de
en que se IV! e a umani a SO Je
.
.
varia paso á tratar de cómo esta propiedad ¡me- chficultadcs 6 d1ferenc,as entre ellos por la aula tierra y expuso sus deseos porque que de los senos de la tierra mexicana se extra- d , . .
.
. di . 1 ed' te el ... ,
.
1or1'dael JU
' , ,
.
jcron rique,.as fabulosas qne atravesaban en las e adqumrse y por qm6nes.
ma \ m ian
J~IC10 respeetivo,
conforme a las doctrmas que lo com- naos las ondas del Oceano.
«Segím la antigua legislación qu~ acaba de según la forma ctd contrato social que hayan e~
ponen. realizándose la más noble de «Las ordenanzas que éxito tan lisonjero tu- derogarse, todo habitante de la República podía cogido, dificultades que se presentan en los d,· ·
¡¡eguen a, d11'11111l'Se
· · ·
·
r. ¡·
·
· hasta adqu·11•1·,. =·nas de oro' ¡ilata, cobre ·ry en "enei·al
ferentes
casos al ser éstos llevados al tc,·reno de
vieron
en 1a pr,IC
1ca, ~s tuvier?n
en vigor
"
la metica.
1as aspuac10nes,
·
d
d
d
l
N
·
el
ailo
de
188-! es &lt;leen· un siglo completo des- de toda clase de metales, denunmandolas ante
P
.
1~s contien as, e to as as aCJon~s, de su expedición. Alg:mas inovaciones sufrie- las Diputaciones de Minería entonces establecí- «Por lo que ~0J.0 di~h~
se vé cl?ramente_ que
sm que sea mas para ello necesano, ron, ya al independerse México de Espana, en das, ya como descubridores, 6 como aban~ona- 1~ nueva _lel'. deJa subs1st1r la prop1~ad mmera
en lo futuro de las violencias crue- que se suprimió ele ellas todo lo referente á la das, pues conforme á aquella ley, los mmeros sm más_hmitamón que e~ pa~o del 1mphesto coles de ]a u~rra.
participación real; y bajo las diferentes formas pe~ían el der~o á las minas que poseían ~¡ mo en ~empo d~ 1~ Legislación Roma~a con la
g
de Gobierno porque ha pasado nuestro país, pe- deJaban de trabaJarlas cuan_do menos por s~1s diferen~,a notabilf~ima de que aquel impuesto
ro fueron de tan escasa importancia esas altera- hombre~ durante un tér=no cla~o pero sm (el décimo) excesivo en grado sumo contrasta
MINERÍA.
ciones, que no merecen que fijemos en ellas nues- q~e ~viesen que pa_gar cn(o~ces nmg,ma con- notablemente co~ el pequ?lo qu~ hoy se paga
tra afonción, tanto más, cuanto que la parte osen- t:1buc16n federal, smo úmcame~te las estable- Yde ~ue la ~ropiedad esta garantida a~tualmen'f , ¡
¡ b
¡
d
cial no recibió perjuicio con los cambios, pues mdas por los Estados, que en nmgún caso po- /e J?º' la On_ta fundamental de la Nación y es
orno a pa a rae segun O con- por lo regularse rcferfau éstos á la forma.
dían pasar de 2 por cien_to del '.'alor de sus pro- rnvrnlable =entras qu_e_lade entonces depenclfa
ferenciante 1 Mannel de la Garza y «Durante Ja Presidencia del Sr. General D. duetos. Esta ley resti·mgía sm embargo á los muc(ias veees su estab1hclad, de la voluntad 6
Campos, y su estudio que trata de Manuel Gonzálcz y en el mencionado año de 84 administradores y dependientes de las negocia- capricho de los Césai·es.»
.
minería, arranca de ]a época del Im- se expidió una ley de m·nería en que puede de: cioncs mineras, prohibiéndoles denunciar bajo
Integra hemos trascnto la mayor
perio Romano, teniendo para ell(), cirse que en lo general, salvas algunas inovacio- n_ingún título min~ contiguas_ á (as que servían, parte del claro y met6dico estudio
nes, están calcado~ los preceptos conten'dos en las s1 no era para la,m1sma negoc1am6n. ,
del conferenciante por tr t r
sin duela, el alumno, en cuenta, que ordenanzas del siglo pasado.
«También segun ac¡uella ley no podia otor;
a a un
nuestra legislaci6n relativa, tiene su «De propósito no he querido detenerme en de- garse una concesión minera de igual extensión á asunto que afecta a una clase numeorígen en el derecho establecido por tallar minuciosidades de cada una de las leyes un solo individuo que á una sociedad formada rosa en nuestro país.
mencionadas, por haber sido mi intención única- por varios, legalmente constituida para explorar
aquel pueblo.
mente tratar de ellas á grandes rasgos, 6 mejor y explotar minas, pues el primero solo tenía
Expuso la procedencia de la contri- dicho hacer una rcmemhran1,a de las disposicio- dereeho á una pertenencia de las entonces delmci6n sobre minería en Roma, don- nes que sobre h materia han regido en Espa!la terminadas por la ley, si el mineral era conocide dice que las minas eran conside- de donde dimana nuestra legislación, y las dadas el~ y á dos si era descubridor de mineral nuevo,
posteriorn1ente en nuestra patria.
mientras que las sociedades en todos casos teradas como cualquiera otra propie- «Tócame ahora tratar de la Ley minera que nían derecho á adquirir cuatro pertenencias,
---dad raíz, pagando el rlueño que las actualmente rige, que vino á sustituir ;¡ la que siguiéndose en esto los mismos principios estacxplotaba, el décimo de los procluc- estuvo en vig,1r durante la administración del bleeidos por las Ordenanzas demineríaqnecontos al soberano. Manifest6 que Es- General González, así como las circulares y dis- cedían toda clase de proteeción y ampleación de
posiciones relativas, y que fué expedida el 4 de derecl10s á las compallías que se formasen con
paña en la época de su dominaci6n Junio de 92.
ese objeto, calculando que para las grandes empor los romanos y después de su in- «De conformidad con lo dispuesto en el art. l? presas, como son en lo general las mineras, se
«La Revista Agrícola» en su núdependencia de aquel poder, man tu- de la misma ley, el Presidente de la República requiere fuerte capital, mas facil de formarlo mero del día 15 del actual, trae lo sivo semeiante tributo.
con feeha 25 del mismo mes y año, expidió el entre "arios que aportándolo uno solo. (artículo
. te·
"
reglamento para los procedimientos administra- l? título 11 de dichas ordenanzas.)
gmen •
Se produjo una revoluci6n en la ti vos en materia _de minería y el arancel para el «La nueva ley derogatoria de aquellas, vigen«Nuevo procedimiento para ltacer
propiedad minera y se cambi6 la pago de bonorar10s á lo~ Agentes de la Secreta- te en la actualidad, no prohibe á los adminis- uas.--Después de años de penoso
contribuci6n en esa naci6n hasta ría de Fomento en el mismo ramo, y con feeba tradores y dependientes de una negociación mi- ~stud'
•
t
L C p
tiempos muy posteriores según ex- 30 _el reglamento de la ley de impuesto á la mi- nei11, adquirir para _sí, ni establece diferencia k dJO LY_bexpten(mI edn_ os, ) h. d. ar¡·
¡
.
.
! .
n~iía.
alguna entre las soc,edades 6 compañías y el ~r, e I er Y n lana, a escuP IC6 e conteren::)Jante, diciendo:
«E;~a ley, ha venido II de&lt;::l~rarque la propie- particular en cua~I? al _nú_m~ro de pe~tenencias b1~rto_ un procedimiento para la fa.
«El Rey D. Juan I teniendo su asiento y cor- dad ~mei11 legal_mente a~qumda y la que en lo que puedan adqumr, m hm,ta el numero de bncación del r:as el cual llama la
-te en la Ciudad de Bribiesca en real cédula del suce~1vo se adqmcra se~á n-revocable y perpetua, éstas, sino que conforme á los principios del t
•Ó d
d
mencionado ailo de 1387 dedlar6: qne todo babi- ~ed1ante el pago del mpuesto f~ei_-al deJiro- dereeho com(m la propiedad minera puede re- a ene¡ 11 e OS mteres_a os en ese
tants del Reino fonía derecho para explotar los !iiedad, de acuerdo _con _las prescripmones e la clamarla lo mismo un particular que una coro- ramo en los Estados U mdos, El gas
yacimientos ele cualquiera clase de metal que hu- e.Y que e~tableee dicho impuesto, Yque la pro- panfa formada con ese fin por varios individnos es esencialmente de aceite y agua
biere dentro de sus dominios, ya fuese en terre- p1~ad romera ~x?"pto en el ?ªªº de placeres y pues ésta una vez constituida legalmente, no e~ descom oniendo el va or su
~
no lib,·c 6 particular, pt·evia licencia del dueño cr1aderos superfic1ale•, se entien?e solo respee!o mrts qne una persona moral, capaz de obligaciop .
p , Y S re
de b posesión; estando obligado á dividir los del subst!elo y no de 1~ superficie, la ?ual ?&lt;Jnh- nes y dereebos, s,tjeta la-mismo que cualquiera sultados hidrógeno y oxigeno, se
prod11ctos de lo que bailare en tres partes igua- nu~rií ba.10 la dommamón de suyrop!etar10 con otro á las prescripciones da la ley sobre pago carbonan luego con petróleo crudo
les de las cuales una correspondía al explotador qm?n deben contratar los co~ces1onar10s la ocu- del impuesto, única condición bajo la cual puede pasando por una rueda de rejilla~
y las dos restantes á la corona.,
pación de la pal'le que necesiten para la explota- conservarse la propiccbd minera como he dicho d ¡ d ·¡¡
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para e ~•ta ec,m1e_nto ~e edifimos 6 demás _ele- «Así pues todo habitante de Ja República co- en a_ o una a ta temperatura se
Y ampos, una C ª1a J compen JOSa pendencms de la mma, sm que pueda exprop,úr- mo toda sociedad constttuida conforme ri las convierte en un gas fijo incondensa-

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:PETROLEO.

Un ~r~~~Bimi~nl~ im~~rtinl~.

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ble. El procedimiento es notable- cuyos robustos gajos sacudidos
I¡ MEJORA MATERIAL.--Sabe- el 14 de Julio, fuer on $37,859. 8J-co~mente sencillo y fácil de hacer. En parece que al chocar se abofetean.
. mos que se trata de efectu~r un tra- tra $33,293.30 en 1a correspon ien e
Setiembre último Mr. Parker comen- Se º'le el clamor del garr~lo follaJe bajo que comprenderá senas obr~s sema de 1893.
zó la construcción de su instalación Y ~escifrar no sabe, el_ pensa1?1~nto,
para mejorar el edificio del Colegio
ES'l'ADOS UNIDOS.-Un cableprobatoria que se hallaba completa- a_bismado ~nte el lo]nego paisaJe!
civil. Al conocer el proyecto dare- grama, procedente de los Es~ados
.
'
.
s1
el
ramaJe
con
funa
azota
al
viento
, r ·,se a' las operac10nes
9
mente lista para su uso el 1 de D1- 6 1 • t
t 1t , 1
.
mos cuenta d e é ¡ á nuestros ¡ecto- m·dos a 1 ie1er11
. b
D d
h
e vien o azo a a remu o ramaJe. .
..
en aquella República,
c1em re. es e entonces se a pro- Se rompen y dispersan y confunden res.
C?mercia1e8
. .
R
b:3do el gas_ bajo las más difíciles los gruesos hilos de la lluvia, al fuerte
BONITO TRABAJO.-_ Con_ el d~cetomando_lo s1gmente de «La ec1rcunstanc1as y los resultados han empuje del turbión; y se difunden
anterior rubro trae «El Partido Libe- vista Co~erc1al de Dun.»
sido sumamente satis(actorios. Los por los ai1 ~s los présagos _de ~uerte
rah, el siguiente suelto:
«Se r1Jsiente1; los etec~os d~ la gra?
tubos maestros se pusieron en terre- del cárabo rnfernal que miedo rnfunden!
ccLa corona que Nuevo-León de- huelga, y que esto~, umdos a las dino helado y se hallan en las excava- Como un dragón de resonante escama po 5 it6 en la tumba de Juárez, por sidencias en mate1:ia de aran~el, han
ciones expuestos al mayor frio que se retuerce en su cauce el h_0nd0 río
conducto del Sr. General Ramirez, agravado la situac16n comercial:
se ha experimentado alli en muchos que raudo_ arraSt ra la rompida rama,
fué belllsima una pequeña obra de
La exportaci6n de oro ha contrnua¡
,
, su voz umendo en el tremendo drama
'
.
. .
d
an~s; e ter~óme_tro vana de 10 a del ave herida al doloroso pío.
arte que honra al humilde Jardmero o.
.
.
.
22 Farenhe1t baJO cero. El gas ha Las fieras, entre zarzas espinosas,
que la hizo, y. qu~, según s~bemos, , El trigo baJ6 tres ~e~tavos, Y qu_1soportado todas las pruebas que con- se arrastran de su cueva en derechura; es un Joven md1gena de M1xcoac." za ya ha llegado al lumte más b3:¡o
gelan los otros gases, lo que ha de- y del rayo las llamas sulfurosas
, REPRODUCCION.-Damos las á que pueda }legar.
mostrado que el gas de Parker no es acrece el hor~or y la p~vura
¡gracias á «El Estandarte", d~ San A 1 YOl~1er a COIT~r los trenes, tod~s
condensable. El gas se ha usado de esa explosión de la ira de las c_osas. ¡Luis Potosi, por haberse servido re- las estac10ne1i estan repletas de tnpara cocinar, para calentar é ilumi- El duro bro_nce, d~ la pobrP, ermita producir nuestro articulo, titulado go para ser transportado.
.
nar, y ha presentado una energía de la tempestad rnd omita golpea¡- . . «La Gruta Envenenada."
Los arribos del Oeste han sido mecalefacción igual á la del gas natu- sáuovoz soldem ne ehn la dtor menldta rnvita
HOSPITAL GONZALEZ.--Se nores que los de igual época del año
, d
.d d d
rar, y e 1as e ozas e 1a a ea
fi
d
27l 514 b h ¡
t,
1
d
d
ra, an o ~as e 800 um a es e sube hasta el cielo la oración bendita ... han empezado á componer y re or- pasa o 2 .
,
us es, con 1a-cal?r p_or pié cúbico. Us~do para 1 ................................................... mar la mayor par_te de los departa- 3.028,379.
.
la 1lummac16n da una luz difunden- ! Se aplaca el viento. La ventisca abate mentos del Hospital González, con
Las exportaciones no han pasa.do
te y brillante, sin humo ú olor, y su rabia destructora, y el estrago
Iobjeto de arreglar desperfectos, am- en la semana, de 672,:1-02 bushels.
probada dió una fuerza de 22 á26 bu- : cesa ya en la pales~ra del combate....... pirar espacios, abrir ventanas para La cosecha de ma1z promete S&amp;r
jías. De cada roo barriles de petróleo 1¡Ya la aurora gentil al suave halago
· la m"yor ventilación pintar al óleo magnífica.
crudo que se han usado se obtuvie- del aura mansa, las guedeja~ bate!
1as ;alas de e-nfer~os y aumentar
El algodon no muestra tendencias
ron de cinco á siete barriles de asfaJ.1 b Surglel_de pronfito el lub~rnar del día , algunas piezas para servicio de ope- de alza, quizá porque hay noticias
.
d 1
.
l'd d . ªJº e 1mp10 za r, sus ru !OS 1ampos 1 •
1 b' '6 d
.
d
h
b d t
to d e. a1qmtran e_ a meJor. ca I a , 1derramando la paz y la alegría
rac10nes y 1_a 1tao n e practicantes. e una cosec a muy a u1;1. an e.
que tiene u~ prei:10 comerc!al d~ $4 sobre la verde alfombra de los campos ... 1 Se nos dice que la obra quedará
En fierro, la,s probab1hdades son
á S por barnl, y sólo reqmere siete Y dejan los pastores su alquería,
terminada en dos meses.
de que aumente_ el consumno, cosa
ú ocho galones &lt;lL petróleo para pro- y comienzan á erguirse recelosas,
¡ EL CONGRESO EN SESI0- 1que no ha sucedido hasta ahora.
ducir 1,000 piés cúbicos de gas. El las ramas del arbusto en la floresta;
1 NES
EXTRAORDINARIAS.
La producci6n no ha aumentado,
asfalto se extrae fácilmente de la á discurrir las lindas ma(·iposas
! Ayer, &lt;le conformidad con la convo- debido á la falta de combustible en
caldera donde se acumula. La fuer- de flor en flor, Y á_preludiar su orque sta catoria expedida por la Diputación toda la regi6n al Oeste de Pittsbnrza de calefacción del gas es tan fuer- las aves por los rnd os ~ las rosas......
Permanente, abrió el H. Congreso go, pues continúa la huelga en los
1
te que un pequeño irradiador de sólo
JosE I. NovELo.
del Estado un periodo de sesiones hornos de coke.
tres piés de largo por tres de alto
.
extraordinarias, con el fin de efecQuiebras durante la semana, 236
mantiene la temperatura en cuatro I
' tuar la computación de los votos en los Estados Unidos-todas de popiezas grandes á 75° cuando el mer•
emitidos por los Colegios electora- ca importancia-y 44 en el Canadá.»
curio se halla bajo cero. Los inteNOTICIAS DE HUELGAS.- !les! en favor de un Senador ~ropicFIBRAS MEXIGANAS.--Una
resa,dos en el gas van de to?a~ par- Por las noticias que el telégrafo ha tano Y u~ Suplente á b~ Camaras correspondencia dirigida al «Espates a ver este nue".'o des~ubnm1ento, trasmitido dia á dia respecto de las , de _la Umón por esta Entidad fede- nish-American Industrial Journal,"
Y to~o el que ha mve stJ gado Y pre- huelgas que se verificaron en Chica- , rat\va.
.
.
.
refiere la visita á este Esta!fo del
1
st
sen~ ª?º sus prue~as declara el pro- go y dos lugares de los Estados el
Er. la m alación verificada por Profesor Sr. Francis, Jefferey de Buced1m1ento maravilloso. .
_,
Colorado y California, se puede de- 1aquel H. Cuerpo, resultaro1;1 e)ectos ble, Indiana, con el fin de examinar
Se ha formado_ una Compama Y cir que aquellos movimientos de re- para formar la Mesa las sigmentes las plantas fibrosas. Por dicha coya ha ~echo vanos. contr~t&lt;_&gt;s para vuelta han concluido.
person~s:
.
rrespondencia se viene en conoci111stalac10nes. Po?ra summ1strar el
La altisonante proclama del lla-•
Pres~den~e, el cmdada_no Carlos miento de que el citado Sr. J effery,
gas á los ~onsum1do_res P,ºr. 35 _cen- mado el Gran Maestre de los caba- Berard1; pnmer Secreta'.10, Vict&lt;_&gt;r no qued6 descontento de su visita,
tavo~ el m1_llar de p1és cub1cos, pa- !!eros del trabajo, no &lt;lió á los doc,e Garz_a; segundo Secretario, Aure)10 teniendo para hoy el prop6sito de
rece imposible que se_pue_~a dar gas mil huelguistas que en junto llegó á Lartigue Y Tesorero, Marganto organizar una compañía de accionistan _barato para ilun:1 1~~c 10 n Y c~k- haber, más que un contingente de Garza.
.
.
tas con un capital de $300,000.
facción, pero su posibilidad ha sido poco más de mil hombres de aumen- ' En este mi_s~o dJa quedó nom- Pretende levantar una fabrica en espe~fectamente ?,emostrada, pues cues to, y esto cuando se decía que á su,brada la ~om1s16n que deberá p_re- ta Ciudad, y una 6 más sobre las
ta a la C?mpama ~~ 15 á ~o centa- voz obedecerian '.TI.edio millón de sent~r dictamen sobre la elección corientes de agua cruzadas por El
vos el millar de pies cúb1c~s._ Se . trabajadores.
relac10nada_ de los exp~esados Sena- Ferrocarril de Monterrey al Golfo.
esp~a_ que pronto v~yan com1s1ones \ Este hecho es bien significativo 1 dores; habiendo reca1do tal m~mNosotros deseamos que tal prop6de Ch1cago, San Lms, Nueva York pues demuestra la poca influencia br:1m1ento en favor d~ los S:es. L1cs. sito se realize.
Y otros puntos.
del famoso gran maestre. La reali- 1Vicente Garza Cantu, Jesus Garza
ciad es que la actitud del Gobierno Flores Y C. Rafael García FernánCONTRA LOS ANARQUIS'fAS
General de fa República vecina, fué dez.
.
.
-Italia acaba de Yotar una ley
verdaderamente eficaz para reme- 1 Contmuada hor la sesión ~ _!:is contra los anarquistas. El Sr. Crisdi:ir el mal y la mayor p;irte de los nueve de _la manana, la Com 1s10 ? pi, Presidente del Consejo en aquella
huelguistas, han solicitado volver á e? refer_e~cia, presento una proposi- N aci6n al apoyar en un elocuente
Aún no baila la luz nuestro hemisferio .._.....
sus talleres y casi todos los cabeci- , ción,_ pid_ie nd o se ?eclare ?enador discurso el proyecto de ley relacioY no tañen los vientos escondidos
llas se encuentran encausados; solo p~opietano al Sr. Li~. Narciso Dá- nado, expuso entre otras cosas el side la selva el magnífico salterio ......
dos
grupos aislados se conservan en vila por haber obtemdo 37 1 vot~s Y guiente razonamiento:
¡Están aletargados los so oidos
ce Las circunstancias son tan graen brazos de la sombra y del misterio! su antigua actitud por Sacramento, Su~l~nte el Sr. Jesús Mada Bemtez
La bruma, como un palio vaporoso, aunque á última hora mandaron co- Y Pimllos por 3 69 votos.
.
ves, dijo en su discurso M. Crispi,
prende su manto bajo el hondo p_iélago misionados ~ las autoridades sin du~on est e acto quedó ter?1mado el que la sociede.d debe prerenirse condel cielo azul y sobre el bosque hoJOSO ... da con el obJeto de proponer su ren- obJeto para que se se reumó el Con- tra hombres sin patria y que á nin¡Turban s6lo el silencio temeroso
dición; pues las fuerzas federal_es es- greso.
gún partido pertenecen, que quieren
el repentino vuelo del murciélago,
taban para cerrarles toda salida en LECTURA DE CALIFICACIO- destruir todas las or"anizaciones soy esas flébiles voces-de una gama
el espacio donde han residido.
NES EN LA ESCUEL1?; DE JU- cial'ls y políticas. La situaci6n ac· como notas confosas-esparcidas
El
_S~nado
Federal,
aprobó
p~r
RISPRUDE,NCIA.-Ma1;1a~a
ten- tual es extraordinaria y sin ejemplo
en la hoja seca, en la menuda grama,
en las grietas del tronco, entre !a rama, unamm1dad los acuerdos del Pres1- ará lugar en el S_alón prm_cipal de en la historia; sería, pués, pueril, redente ~leveland, dándole un vot_o la Escuela _de J\msprudencia la lec- cordar la opini6n que en otra época
en un inmenso acorde confundidas!
La tierra duerme ......... á trechos se espere1,a de grac1~s por las prontas y enérg1- tura de cahfi~aciones de los ~lum- hubo de exponer contra la adopci6n
y un s~lemne r1;1mor llega al oído;
cas medidas_ tomadas para r~s~able- nos pertenecientes á c~te In st ituto. de medidas excepcionales. Yo especomo s1 algún gigante que bosteza,
cer po~ ?1ed10 de la fuerza n:11htar la
Con eS t e ac~o termmarán las la- ro que la Cámara ha de votar el propostrado de cansancio y de p~reza,
tranqu1hdad que los huelgmstas ha- b?res empre nd idas en el _presente yecto de ley que le ha sido presentarevolviera su cuerpo entumecido.
an~ escolar _por los e st udiant~s de do, procurando así de tener el contaMas viene á despertarla de su suoño bian alter:ido.
NOTlCIAS Mif..:ITARES.-~or Jurisprudencia á que nos refenm?s. gio que se extiende por la sociedad.
el Noto que apareja s,1 cuadriga;
la prensa ?e la Cap~tal hemos visto
FERROCARRILES.--_Los 1~- Italia no puede quedar atrás .de
que con tenaz y formidable empeño,
que han sido merecidamente aseen- gresos brutos del Ferrocarril Mex1- países tan libnis como Francia é Indel negro campo de los aires dueño
sus corceles indómitos fustiga.
dicios al empleo de General de Bri- cano (Veracruz) durante la 28~ se- glaterra."
La bruma en mil girones destrozada, gada, los graduados, Sres. Epifanio mana del año en curso, ascendieron
huye de la venti~ca que a_lborota
Reyes, Juan A. Hernández, Grego- á $56,002.37 contra $47,566.66 en el
BUEN TIEMPO.-Nuestra situael aprisco, el cubil y la mdaJa,
rio Chávez y Jesús H. Preciado.
' período correspondiente de 1893.
ci6n ha cambiado favorablemente
y con furia indomeñable azota
Sabemos que el ptimero queda
Los ingresos del Central Mexica- con la frecuencia de las lluvias que
el dorso de la férvida cascada.
con
el
mando
de
armas
de
las
fuerno,
en todas sus lineas, para la se- hemos tenido últimamente. EsperáEl huracán con poderoso empuje
zas residentes en Michoacán 1 y el gunda semana de Julio fueron, apro- bamos después de las primeras que
las moles de las nubes disemina;
segundo
con la Jefatura de la 2~ Zo- ximadamente $158,357.88 contra .... tuviersn lugar, que el me,; actual
y cuando el trueno como _fiera ~uje,
el grueso tronco de la rema enema
na militar que ha tenido de ante- $126,618.43 en la correspondiente que vamos pasando y el pr6ximo
trema y la rama vacilante cruje.
mano.
semana de 1893.
Agosto, serían de intensos calores,
cree:i el fragor en la extensión inmensa
EL
SR.
CORONEL
CLEMENLos
ingresos
brutos
del
Nacional
más no ha sido así: pues que por lo
que es pavoroso campo de batalla.
TE VILLASEílOR, á cuyas órde- Mexicano para la segunda semana visto nos seguirán dando una tempeEl eléctrico fluido se condensa;
1
nes se hall_aba_ el Cuerpo de Gendar- de Julio fueron $69,008.91 contra ... raturn benigna.
como alarido de titán, estalla,
Las siem~ras de maíz, que ~quí
y el monte asorda y la llanura. extensa. mes del ~Jérc1t~, ~a pas~d~ á man- ' $7016 23. 17 para igual semana del
Por la rápida racha conmovidos,
dar el 8· Reg1m1ento, a virtud de año último.
llaman tardias, van muy bien favode un lado y otro la~o cabec~an
hab;r quedado reducido aquel Cuer- ' Los ingresos brutos del Inte;o- r~cidas por la constancia de las llu •
como juncos los árboles formdos,
po a un solo Escuadrón,
' ceánico para la semana que termmó v1as.
'

u

l

-1

GACITJLLA

1

1

SINFONIA.

�•
i.,A VOZ DE NUEVO-LEON.

4

de la 3~ fracción jucliciaL-1 i11arr-s, Nuc\'0 Le~&gt;n, Méx.

¡,la debidamente con •11 cometido. Notiflqucso y ¡ml,l!quese esto auto por
tres voces coueecutlvae en el J'eri6dlco Oftclnl y en "La Voz de Nuevo

EDICTO.
J.e6n, de acuenlo con Jo dlepuesto en el articulo 1366 del Código ~e proceLA ADU.A.N A DE PROGRESO.- eªª oswmpilla de tt cincuenta
lloy se radicó en este J117gado el juici_o ele rntest,ado dimientos
centavos debidamente co.nceJnda con un
civiles. As! por esto auto do dleceroi111!0,1to, lo decreto y ftrm6
r
el
informe
rendido
por
la
Aduaeclloque dice: Juzgadol9delornvil.-J~fraccióujudlch,I.-J,,tadode de la señora Doña Hafaela Núñez, vecrna 'lue fue de el o. Juez de l.etraa de In 3 ~ fmcciún Judicial: do~ f6.-Lic. Soveriano
Po
Sallnas.-A-Curlos
B.orLosa.-.A-Junn do D. l 1llttoue,a.--Tree rCt•
Nuevo Leóu.
.
• (.'
En el ¡ulcio do lnteetamentar!a del Dr. Domingo Mart1nez Echartea, esta ciudad.
J.as personas que se consideren con derecho á l_os ~le- bii.Lo·as.que e.e puullca cu eutn form~ para loa efectos que exprc!B e¡ au to
na de Progreso, cuyo 1n1orme
COill- harocaidounauto,¡ueála
letra dice:
.
t· aaS Vista
tiMonterroy veinucinco de
de mil ochocientos no,•ent.a y cuatro. nes que rlejó, comparecer1ín á deducirlo en el. lc!·mmo
la decl:raclón de minoridad de los hijos del mteetado Dr. Vomingo
ªº11~~;;. ¡¡ treinta y uno de ,rnyo de mil ochocientos noventaycuatro.1 imrttnez Ecbn.rtea, el nombramiento de tutor interino &lt;1ue los mayorOl:I que fija el artículo J,68,3 del Código de proccd11111entos Llc. s rnriaoo &amp;lluue. -A-Carlos BnrLosa.-A-Jnan de D. Vlllanue•a.
Pfen de 1as OperaClQneS praC lCa
,.
18, 19 y20.
duran te el afio fiscal que ter1n1n 6 el deruiiecatorce
añ0811uurio, Maria~· Tereoa hicieron •n Japereona del Dr. To- civiles.
I&lt;'. Jglosiae, y el uorulinumento que este Jnv.gado luzo para igual carLinares, á cuatro de Julio de mil ochocientos novenunio
último
se
viene
en
cogoporlo!meno~eededicha_edadlllcnrdo,_DomingoyUosa,enl"pereona
30 de J
,
del Sr. Lic. Enr,que Gorost,eb\ la o.ceptac,6n y protesta de los nombra• ta y cuatro.~ Lic. l::everiano Ealinas -&lt;\ -Carlos Bnras- doa,
dehfa do disceroides y lee di.cierno el referido cargo do tutores inte- bosa. -A-.Tuan de D. Villanuel'a.
2t, 24 y27
.
rmoe, para que respecti.vamento representen ii. dlcbos menores en esto jm•
nocl.1111· ento que las 1·ecaudac1·ones
Compañía Minera oe San Nicolás.
•
-'
$1
446
105
24
cio de 1otestameotur1a contiriéndolos para el deecwpefio de su cometido
CeilaIeron U, ,, .
,
,
COn
•
•
•
todas 1"8 füculllldest¡uo A dicho cargo correeponda. Notifiqnese y publ!-.
EDICTO.
trl•b U- queso
este auto por tres veces consecutivas en el «Peri6dico OtJciaI• y cc:Lo.
(SOCJEDAD ÁNÓNnIA.)
Una cstampillci de á cincuenta centavos clebidamen
Voz de Nuevo León.• F.I Juez 19 iotonno del ramo Oivil ns! lo decreta y
$61 Ü1421 ' 54 mas COil •que COn '6
firm&amp;: doy f~. -Lic. de!&amp; O.,--Lic. I. DAvila, seeretario.--UCtbric"8.•
te cancelada con 1m sello que dice: Juzgado ele Letras
Una estampilla de á cincuenta cen!avos debieron los derechos de 1mportac1 Il y poeic,60
L? ~ue ee p~blicacn esta forma!º cumplimiento del autoineerto y di•- de la ;f- fracciónJ·udicial.-Li1uwes, N11ev0León, Mé.c.
•Y
relat!Va art, 1360 del O6d1go de Procedimientos Cmles.
damente cancelada con un sello que d1ce:-Com$334-, 979 .88 exportaci6o sobre el he- &gt;10ntemy, Julio 26 do JEDIOTü'. Dhila, oecretario. 25 2627 Hoy se radicó en este J11zgado el juicio de intestado pañía Minera de San Nicolás.-Monterrey, N uede Doí'í.a Guadalupe N.ireles, recina que fité de es/a
vo León, México.
nequen.
Una estanipilla de á cincuenta centavos debicl.:.1nc11- c-iuclcul.
Se notifica á los Sres. sócios que no han pagaLas
personas
que
se
consideren
con
de1'ecl10
á
la
he
te
cancelada
con
un
sello
que
dice:
Jt1zgada
2°
de
lo
EL FERROCARRIL INTEROOfril. 1~ fracci6n judicial. Estado de lhtei:o-Le611. re11cia, comparecerán á ded11cii-lo en d tél'lnino que /zja do el valor de la octava y la sétima ó de éstas
9
CE.A.NICO.-Sc dice que e] 1 de En el juicio testamentario á bienes de la finadci D~ el m t. 1,G85 dei C6digo de procedimientos citiiles
y otras más de las exhibiciones decretadas~ que
Nepmnucena Vela, se lta dictado mt auto que Linares Julio sie!e de mil ocltocientos noi•entci y cita· de conformidad con lo dispuesto en los art1culos
Agosto pr6ximo, se pondrá ~n explo- áJuana
tro.-lic. &amp;veriano Salinas. -A -Carlos Barbosa.....
la 1etra dice:
23 y 68 frace ón VIII de los estatul?s de la
21, 24 27.
taci6n un tramo de 20 k1l6metros «Monte1ny, Julio diez de mil ocltocicntos noventa y A -Juan de D. l'illmmeva.
cuatro.
Visto
el
nombra1niento
de
tutor
interino
hecho
Compañía,
el Consejo ha declarado desiertas las
EDICTO.
del Ferrocarril Interoceifnico desde por la menor Srita. (}uadalu11e Henninia González en
acci()J)es que representaban
Una
est.ampilla
de
á
cinco
centavos
debidala pel'sona del 81·. Albino Garza parci que la represente
J~jutla á puente de Ixtlán.
Monterrey, Junio 25 de 1894.-P. BENÍTEZ
en este jufoio, y el hecho por este Jmgado e.n la perso • mente cancelada con un sello que dice: Juzgado
Para la comunicaci6n por. esta lí- na
17, 18 y 19.
del mismo br. Garza para que represente también ~~de lo Civil.-1~ fracción judicial, -Estado y LEAL, Secret.ario.
nea, del Oceano Pacífico con el Gol- en este mism0 juido á las 1nenores Isabel, Adela, Jfor de Nuevo-León.
y María del Pi/ar: vista su aceptación y protesta
Por el presente y por disposición del C. Juez
fo de México, se habrá acordado ]a garita
debía ele discernirle y lediscicrno tul cargo, otorgán
~~ de lo civil C. Lic. Carlos Lozano, hago saber:
dole
todas
las
fi1ciiltades
que
la
ley
le
acuercla
para
línea de Morelos á México, más defiel mejor desempefio de su Cúineticlo. Kotif1quese y pu- que con fecha seis del conicnte, se radicó en este 1
nitivamente se ba dispuesto que tal blíquese este auto por tres 1.'eces consecutii·as en el uPe Juzgado el juicio de intestado del Sr. Ignacio
ri6dico Oficial» del E~tado y en «La Voz de Nuevo- Ferdández, vecino que fué de esta Ciudad.
comunicaci6n se efectúe, con la lí- Le6nu,
de co1ifo1·1nidad con lo que previene el art. 1366
nea de Matamoros. En ésta se ha del Código de Proceclimientosciviles. Lo c1ecretóyfi,m6 Lo que se hace saber al público para que las
C. Juez 2? de lo Civil: doy fé. Lic. Lozano. Lic. B . personas que se crean con derecho á la herencia,
hecho un trabajo de 15 kil6metros elRamírez
Anguiano, Secretario. Rúbricas.»
comparezcan ádeducirlo dentro del término que
de via desde Chietla que se inaugu- Lo que se publica en estafonna petra los efectos legales. fija el art. 1685 del Código de Procedimientos
'
,,
Monterrey, Jtt?io 11 ele Hl9-!. Lic. B. Rmnírez Angttia civiles.
ra dentro de dos semanas segun se 110,
Secretario.
20, 21, 22
Monterrey, Julio 14 de 1894.-Lic. n. RaEDICTO.
asegura.
mfrez Anguiano, Secretario.
21-24-27
U
na
estampilla
de
á
cincuenta
centavos
debidamente
Para facilitar un medio- de tras- cancelada con un sello que dice: Juzga.do de Letras de
PRODUCTOS F.A.RM.A.CÉUTICOS
EDICTO.
porte rápido á los pasajeros que de la 7~ fracción judicial.~ Estadoae Nuevo-León.
Los mas estimados y baratos, en la. reputada
Una estampilla de á cincuenta centarns clebiclamenPor auto que dictó este Juzgado con fecha diez del
Acapulco SP- dirijan á México, la actual,
en la J~ sección del juicio de intestamentaría del le cancelada con 1111 sello que dice: Juzgado I? de lo
fracc-i6n judicial....,__Estado ele Nuevo Le6n.
Compañía ha proyectado construir fin_ado José M~ Mijares, se dispone se convoque por Oivil.--.1!
Con
fecha
diez y nueve del mes en curso, se raclic6 en
edictos que se publicarán en el ''.Periódico Oficial del Kg.
un ramal desde Chietla donde con- tado'' y "Voz da .lVuevo Leon", tres veces, de diez diez este J11zgado el juicio de intestamenteaia á bienes de
•t-;.=::¡;JRUE DE SAINT SEVERIN.--4~
á las personas que se concideren con derecho á los la Sra. Pudenciucla Viclam'l'i ele N.i/1110, recina q11ej11é
cluye la diYisi6n de Matamoros á días,
de
esta
ciwiael.
bienes de ia herencia, para que se presenten á deducirlo
.\utigua
ARIS
Antigua.
Cuautla &lt;le la de Morelos. Los tre- dentro del término de treinta dias, que se contarán des- Y por_ clisposici6n clel C. Juez l º ele lo Oit&gt;il, lic.
de Decagni F
de Dccagni
p~és _de la publicación del último edicto, según la pres- Flo1·entino de la O, se hace sabé?' al público, pam que
nes que bagan el tráfico conectarán cr1pc1ón legal del artículo 1685 del Código de Procedi- los que se crean con derecho á lci lterencia de le, finada,
~
se _presenten á deducirlo ante este Ju:;gado, en el tércon los que de Puebla se dirigen á mieutos C11·iles.
Licor ferrngjnoso empleado contralaaneMontemorelos, Julio2I de 1894,-L ic. E. Guitán.- 1n-mo que señala el arl. 1685 clel Código de Proccdi
mia y la clorosis y en las convalecencias,
México. La Compañía se ha pro- A- N. P. Segovia-,.... A~ Jesús Ballesteros. 24 27 30 mientos civiles.
á la dósis de media cucharada de café en
Monterl'ey,
Julio
21
ele
1894.-Lic.
JS1nael
Ddvila
visto de cien furgones y carros para
EDICTO.
las dos principales comidas. La especíal
Secretario.
24,27-30
1° de lo Civ,1.-1~ fracción judicial.-Estado
composkión de este licor impide el estrelas atenciones del ferrocarril en refe- deJuzgado
EDICTO.
Nuevo León.
ñimiento tan frecuente con el empleo de•
Una estampilla de§. cincuenta centt\v011 debidamento cancelada con un
renCia, cnyo tráfico aumenta cada Con fecha siete del mes en curso ee ha radicado en sollo que dice: Jn,gado 39 conetituclonal.-Lampazos de Nan1njo.
ics ferru~ino~os. Precio del frasco 2 frs.
En eljmcio de apeo 6 doelinde promovido por el Sellor Carl011 Santos,
este J uzgado el juicio de intestamentaría del Sr, Dr. conocido
Cacheis d¡gffilivos. uno en cada crmida
por
de
la
novena
parto
oe
ha
dictado
uu
auto
que
la
letra
es
día.
Domingo Martínez Echartea, vecino que fué cte esta como sigue:
JUUO

1

1

FARMACIA TARIBLH
J

(l

ciudad.
Lo que por disposición del C. Juez 1º de lo Civil Sr.
Lic. Florentino de la O, se pone en conocim1ent~ del
público para que los que se crean con derecho á la he
reacia del finado, se presenten á deducirlo en el térmiI NGENIEROS.
n~ de que_ ~abla el art. 1685 del Código Ué ¡,rocedim1entos c1v1les.
CaJJe do Al&gt;asolo No. 84.-)looterrey, M6xlco.-Te1Hono No. ~01.
Mont~rrey, Julio lo de 1894.-Lic. Ismael Dávila,
TieneL la honra de ofrecer á vd. los servicios secretario.
22 25 :!l:i.

JOSE SEGURA Y ROBERTO R. AGUIRRE

de su profesión con especialidad en los ramos
siguientes: levantamientos topográficos en general, fraccionamienfos, avalúos de fincru:; rústicas
y urbanas, distribución y medida de UO'uas, presas, canales de riego y demás obras hidráulicas;
medidas interiores y exteriores en las minas,
trazo ele obras, reconocimientos, instalaciones de
m_alacates y maquinaria, vfas aéreas, cfo planos
inclinados, de cremallera, fenocarrilcs, tranvfas, etc.

EDICTO.

úna est,impilla de á cincuenta cental'OS debidamente cancelada con un sello que dice: J 1u.gado 2° constitu
cio11al de Marin, .Nuevo-León.
Con esta fecha y por di~posici6n del C. Juez 1 ° ele Le
t:ras de lo Uivil, se radicó en este de mi cargo el juicio
mtestamentario de D. Isidoro G11erra, vecino qttl'jité de
esta Villa.
.Lo que se ltctce saber al público, para que las personas que c1·ean tener de1 echo &lt;t. la herencia, se presenten
á deducirlo dentro del término fijado en el art. W8:i
clel C6digo de Procedimientos civiles.
Marín Julio 16 ele 18!)-!.-M. Garza.-A. -Juan F.
- PROH;OTOS YCOXSTRUCOIOX DE ll!XOAS.Lozano.-A.-Lainberto
Go11::cílez.
22,25,28
Eu este ramo poaemos ofrecer grandes ven-

EDICTO.

tajas á las personas que nos honren con su confianza por C'~tar en combinación con las fábricas
de ladrillo de los Sres. Armendaiz y Price y con
el gran taller de carpintería del Sr. Belden. Los
proyectos se harán ajustados al gusto del interesado, no estando obligado á tomarlos en caso
de no agradarle, sino por convenio especial.
Contamos con magníficos y numerosísimos modelos de arquitectura clásica y moderna.
Tenemos la cooperación de otros Ingenieros
para cuando los trabajos lo requieran.

Una estampilla de á cincuenta centavos debidamente
c~ncelada con un ~ello 9-ue dice: Juzgado 2° constituc10nal de Pesquer1a Chica, Nuevo León.
Hoy se radicó en este de mi cargo el juicio de intesta~o del Sr. Jos~ Angel Garza vecino que fué de esta
Villa en la Hacienda de 8anta l\Iaría.
Lo que se ha.ce saber al público para que las personas que se c:ean con derecho á la herencia, comparezcan á deducirlo deutro del término que fija el art. 1 685
del Código de procedimientos civiles.
'
Pesquería Chica, Julio 9 de 1894.-Carmen García.
-A--.J ulián Chapa.--A-Valeriano de la Garza.

Eeferencias:

EDICTO.

EN l\foNTERREY.-Lic. Enrique Gorostieta,
Gustavo Dresel, Lic. Francisco E. Reyes, Francisco Armendáiz, Valentín Rivero, Carlos Belden, Antonio Ferrara.
_
EN C.A.TORCE.-Francisco l\f. Goghlan, Mina de Santa Ana; Gregorio de la Maza, Ingeniero Pedro López Monroy, Mina de Concepción.
EN SAN Luis POTosí.-._D. C. Brown, Compailía Metalúrgica Mexicana; General Carlos
Diez Gutiérrez, Gobemador del Estado; Manuel
Pereda, Banco Nacional; Ingeniero Blas Escontrfa, Lic. Emilio Ordáz.
EN MÉxrco.-Trinidad García, W. H Kain,
Ingeniero en Jefe del F. C. Central; Luis de la
Rosa Berrio'zábal.

22 2.5 28

Juzgado '2f! de lo Civil.-1~ fracción judicial.-F.stado
de Nuevo León.
Por el presente y por disposición del C. Juez 2? de Jo
Civil, C. Lic. Cárlos Lozano, hago saber: que con fecha
seis del corriente se radicó en este Juzgado el juicio de
intestado de la :=:ra. Teresa Morales, vecina que fué de
esta ciudad.
Y en cumplimient.o de lo dispuesto en el art. 1,685
del Código de procedimientos civiles, se convoca á las
personas que se crean con derecho á la herencia, para
que se presenten á deducirlo dentro del término legal.
Monterrey, Julio 10 de 1894.-Lic. B. Ramírez An
guiano, secretario.
20, 23 y 26.

NOTIFICACION.
Una estampill&amp; de JI cincuenta centavos debidamente cancelada con un
eello que dice: Jazgudo 19 de lo Civil.-1* fracción judicial. --Estado do
Nuevo León.

SR. J. R. PRICE:

• Villaldama, Junio veinl!uno do mil ochocientos noventa y cuatro.
Hab10ndo pasado ya el d!a fijado para el apeo en mi anterior auto do fecha diez y sela de Abnl pr6ximo pasado, sin que oe hubiese cumplido lo
en &amp;l dlspneeto, oe fi¡a de nuovo para el apeo aconlado el dfa sel, do Ago•to entrante, principiando 6. las nuevo de la mallan~ on el punto lado Sur
del terreno denominado «El Huioache,• 6. donde concurrirán los iutereeo.doe el dla y hora expre1Bd011, ¡mblicándo,o estoaut, y el anterior referidos
como está mandado; á cuyu t'ltl\.tv, vutil\·au estas diligencias al Juzgado
~e ,u. procedencia. A8! Jo decretó y firmó el O. J ucz do Letrne do Ja 6~
fracción Judicial: damos fe. -Lic. Trevillo. -A -M•uuel F. Treviflo. -A
-José L. Floree.-RCtbricas,
E\ anto 6. que oe refiero el anterior ee el siguiente:
V1llaldama, Abril diez y seis do mil ochocionto• noventa y cuatro. Téngase por preeentado al eellor !-'&amp;scw,l L&lt;,cea y opuesto al apeo do que oe
lrata, ~r ,u escnto de velntiee1a de Diciembre Ctltimo y que corre ¡¡ la
foja trernta Y cinco, Como lo pido el oeilor ('arios Santoe, notlflquese al
señor Luis l'áre::: el nombramiento de pe1ito agrimen.sor que ba.co en su
pereom,., y con ,u simple aceptación y protesta ee le tondri por discernido
•J cargo e'! la forma correspondiente. Y por cuanto 6. la eollcitud relativa
6. que se fijo d!a pera el apeo del terreno conocido por de la novena parte
cu)·as colldanclas eon: por ~l Oriento, el Corro de Lampazos·
r el Po'.
nieuto, ciudad Romero J?ub10 y Valladares, dividiéndolo eÍ rrroyo del
«Cbapoto;• por el Sur, un puente y punto denominado &lt;El Iluioache • el·
gu)endo J111ea ti la. mayor altura del C.rro Colorado hasta llegar ¡¡ ¡8 ' •Tin~¡a Espantosa,» teniendo por collndancias •Santa~-•• perteneciente iÍ
V1llalt½'ma ,f la lfat1onda d_el ,Carrizal» d• Lampazos; y por el Norte, el
eeiior limnCJHCO Jaime, el nncón de la ccl\lelera» y terreno del M i 1· ·
con arroyo tle la etCruz» en donde se junta con el del »llrnail
uu ~ P:,
la corriente del Rlo do la Candela haot1 e! paao de , Tio Javi/r • ":!~!=n ~
eete Juzgado el d!a treinta do lllayo próximo entrante princlpiánd J /('
nueve de 1~ mañe.~a de ~cho di&amp; en el punto lado sul del referidoºicrr!~
no, denommado ,Et Ilmeache,» mandando se pnbhquo ~ auto en el Pe
r!ódico Oficial del Estado y en , La Voz do Nuevo León• tres
·
cutlvas pera c¡no llegue á conocimiento de todos loe interesa~:";
dantes, conocidos &amp; Ignorados, pudiendo, aun loe que no Jo han hecho
ocurrir duranJe el término que falta para la práctica del apeo referido¡{
este Juzgnd_o o !1139 Local de la cudad de Lampa.t08 do Naranjo li. nombmr su perito 8t qworen, A cuyo efecto, vuelvan loe preeentes tautos al
Juzgado ~e su procedencia, ~dvirtléndole que en el apeo que se va á practicar,. ee 8JU8te á las dlsJ)06lc1onea de loa artlculoe 1,180 y 1,181 del código
refondo, obaervando en ,u caeo, el 1,179 de Ja misma ley. A8! ¡0 decretó
y flrm6 el C. J uez de Letras de la 6; fracción judicial• damos fé Li
Gil Trevlllo.-A-11anuel F. T~vil!o,-A-JOll6 L. F loree.-Uúbrica~:."·
LO que so publ!ca en cumplimiento de lo mandado y para ¡ 011 efectos legales correspondientes,

AGENCIA DE CERTIFICADOS
Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la República Mexicana, sobre
fincas rústicas y urbanas.
ANACLETO PADILLA,
AGENTE EN EL ESTADO DE NuEvo-1 EON
MONTERREY.

Oficina: Calle del Comercfo núm. 29.
REPRESENTANTES EN l\fÉXICO:

Lic. J. Labastida yFranciscoMrjía.
Tomado de ce La D,fe1'8(J)) e,t cuya re&lt;laccWn qued6 el atd.Ó!'fl"afo ltgalme11te

-,1amp1lú1®.

SECCION DE AVISOS.

1

Crema Rosa Tarible.

"" del cCttls, le devuelve la elasticidad y fl nura peruida
con otras preparaclonf'8.

44:-Rne de sai,. .·nt"'"'sé,_vm....n-.-=F=-a- rís.

PectoralDr.deAYER
Cereza
del
NO TIENE ICUAL

l..

Para la curación rápida de

Resfriados,
TOSES, GRIPE,
-Y-

MAL de GARGANTA.

t.ampazoedo Naranjo, Julio nueve de mil ochoclentosnoveuta y cuatro·
dam011 fé.-Francleco L. do Guevara. -A - 11elchor Gómez. -A -Oárl~
Jaime.
20, !1 y 22.

Alivia la

t os más atlietiva, palla la
inflama e i ó n

EDICTO.
Una eela?pilla do á dncuenra centavos debidamente cancelnda con un
'.1:~~v~i!~~: Juzgado de Letras do la 6~ fracción judicial. ... Vlllald.ama,

de la membrana, despr ende l a
flema y pr0duceunsueño
reparador.
Para la cura
de 1 Garrotillo, Tos Ferina, Mal de Garganta,
y todas las afecciones pulmonales á
que son tan propensos los jóvenes,
no hay otro remedio más eficaz que

En 1"8 diligencias do apeo y deslindo del terreno conocido por •Pellue: ~ Bito en parto en eetajuriedicc!nn, promovidas por el Sr. Antonio de
a. ~ , como repreaeotaote legitimo de IOB accionist.aa en los terrenos
d_eu~nutenadoe «La Eop!a• Y •Pelluelae,• se ha diclndo un auto del tenor
s1gu1en .
•V•llaldama, Junio nn6vo de mil ochocientos noventl\ y cuatro Por
pr...ntado Y admitido en cuanto ha lugnr en derecho con loe dncu¿;~'utos
i que el oc~rr~'!te oe ';'flere ~n acompat\aree cópias simples de éstos
r
~ r de vorntícmco foJas. },u virtud lle! teetimon10 do poder presea~
tenga,e áloe Sres, L,c. Jesús M; O&lt;&gt;rda y Antonio de la Gurza como r&amp;preseote.ntcs leg1t1rut1tS de manco»,'l'lti é ú1lJÚlidton de los accionistas en loe
terre?oe denominad~ «La F..apia,,. y aPei'íuelas,» tómese en autOB la corres•
pond1ento razón do drnho iltulo y devuélvRBe. y reepecto del apeo que 06
eollcltadel terreno denommado uPefluel..,• sito en perto en ostajuriedicci6n, que comprende un sitio de gnnado mayor, mercedado á D. Pedro
J Oll6 de loe Santo• Y que tiene por collndanciae, eegCtn la rucpoeic16n del
furrente; por el Norte, uua mohonera do piedra en el Arroyo de Alamoe
mdes ~• las tierras do •Trevlllos,• hoy haciedda del Potrero; por oJ Sur'
una S1errecilla baja que estA en el Arroyo llamado •Ptt\uelaB,• á llnd..;
d~ las tierras de V_lllegae, h~y ~•mul!qui; al Oriente, con lo alto de la
S•~• hoy conocida por ,,ulp1lla8» 6 d1olera·• y al Poniente coq la
onlla de un arroyo e!" la falda de la Sierra,' hoy conocida ' r «Palo
B!anco,• de conformidad con el art. 1174 del Código de Pr~mlentos
Caviles, hágase eal&gt;er ~ los colindantes la anterior petlci6n para que dentro de tres d!as de n_ot1flcoooe de esto auto, presenten loe t1tuloe 6 documento, ~e su J)08881un, ~ rmdan la Información correspondiente y nombren pento. Y apareciendo que uno de loe colindantes Sr uelitón v·narreal, r?B1de en \a _Villa del Oármen, c1teeele por medio d~ !a corr
ndíonte req'!a&amp;tona dmgida al.Alcalde 29 de dicha Villa, y ti loe de:ocidoe
por edictos puLl!cadoo tres veceo en el •Periódico Oficial• del Estado y e~
•La Voz de Nuevo-León,• eurtleodo 8UI efectos esta citación &amp; ¡08 dlez d!ae
~nbt.doe deadoel elguiento al do la Ctltlma publicación; hecho esto 88 fijaeo~itado. Notlflquese y cCtmplan las partee co~ el art.

El Pectoral de Cereza del Dr. Ayer.
PRIMER PREMIO EN LA

Exposición Universal de Chicago de 1893.
Prcparndo por ol Dr. J. C, Ayer y Ca,,
Lowell, lllnss., E. U. A.

~Póngase en guardia contra Imita.
El nombre de-" Ayer'&amp;
Cberry Pectoral "- figura en la envoltura.,
y rstá vaciarlo en el cristal de ca.da una de

clones harntas.

0

l.

nuestras botoll:.s.

AGENTES GENERALES,
ED o BREMER y CI-,

T!!

Monterrey, México.

para

1;t1ª:~•

EDICTO.

Una e.stainpilla ele á cinc11e11 ta centavos dcbicl,1mente cancelada con un sello que dice: Juzgado 2? constitucional de Villci García.
Por atito dP esta fecha, y previo dictamen del C. Juez
lº de Letras del Ramo de lo civil de esta 1~ fracción
judicial del Estaclo, se mancl6 radica,1·, en este Juzgaclo
el juicio ele testame11ta1'Ía ele Don Espiridi6n, G6mez,
vecino quej1té de esta Villa.
Lo que se ltace saber á toda.3 las personas que se crean
con clereclio á la he1·encia, pai·ci que se p1·ese11te1i á
deduci1·lo dentro del ténnino legal.
García, Julio d11ce de mil ochocientos noventa y cuatro. -Albino Gareía. -A ......F. Lo.cano...... A-Pablo de
la Garza.
22, 2324.

EDICTO.
Una estampilla de á.cincuenta centavos debidamentP
cancelada con un sello que dice: Juzgado de Letras de
la 3~ fracción judicial. -Linaresi Nuevo León, Méx.
Iloy se radicó en fste Juzgado el juicio de intestado
de D~ Antonia de la Garza, vecina que fué de esta ciudad.
Las persona3 que Ee crean con derEcho á los bienes
q~e dejó, comparecerán á deducirlo en el término que
fiJa el art. 1,685 del Código de procedimientos civiles.
Linares, Julio cuatro de mil ochoc;entos noventa y
cuatro. -Lic. Severiano Salinas. -A -Ci1rlos Barbosa
-A -Juan de D. Villanueva.
21 24 27 '

1

Esta CREMA 11 la vozquo mantiene la fr6,curay bolle-

En el juicio ojecutlvo promovido contra vd. por el Sr. Lic. Hermenegildo Dávib1, reprttSenta.nte del Sr. Francisco 11art1nez y nartinez, soUre co
bro de pel!OB, se ha dictado por este Juzgado un auto que i la letra dice:
«Monterrey, veinte de Julio de mil ochocientos noventa. y cuatro. Por
presentado y A ,us antecedentes, y conetando de autos no haberse encontrado en eeta C,1udad el Sr. Price ni oe sabe en qn6 lngnr teng!\ en domicilio, con apoyo ou la dispoaici6n legnl que oe cita, bágRBO el requerimien
16 11
1
to ñ que el ocurrento se refiere, por tres veces conatcuti vas en el Peri6&lt;ll- f,:acci6n juicial: ';;;;mo!\~~-~.t!'t
J~~r:~.fü/~~l.~~~~:::1 d;
co Oficial y «La Voz de Nuevo León• el cual eurtir§. sus efectos dentro de '1llo.... A....JOll6 L. Floree.... Rúbncns.,
'
loe ocho d!as siguientes¡¡ la Ctltima publicación. Notiflqueee. Lo decreLo que"" puLllca en cumplimiento de lo mandado en el anterior auto
1os efectos legalea.
tó y flrm6 el O. Juez 19 Interino de lo Chil: doy f6.-Llc, do la O.-Lic.
J. Dli.vila, eecretario -RCtbrlcae.•
.
,fu1io cinco (5) de mil ochocientos noventa y cuatro (189-1 ¡
Lo quo •e notifica ll vd. en eeta forma de conformidad con el art. 1,010 ,.. c. , 1 revü'lo.... A ... Joeé L. Floree ... .A ...lllanuol Guerrero,
del Código de procedimientos civilee.
Monterrey, 20 de Julio de 189-1.-Lic. Ismael Dávlla, eocretarlo.
Uu estampilla de á cincuenta centavos debidamente
24 2-í 26
c~ncela1;i, C?n sello que dice: J uvgado de Letras de Ja

Una estampilla de á cincuenta centavos debidamente
ra~~elada -~on_ un_ s;illo qu~ dice: ,Tuzgado de Letras de
l:1 -~ fracc10n_Jt)d1cial.-Lrna:es, Nuevo-1 eón, México.
Hoy s~ radico en este de mi cargo el juicio de in tes
hdo de 1~ Señora Doua Esther 'l'ijerina, vecina que fué
de esta cmdad,
Lo que se hace saber al público, para que los que
crean c~n clere~l10 á la heyen~ia de la finada, comp~:
rezca~ a deducirlo en ,el _térmrno de t~einta días 'lile fija
el articulo 1685 del Cod1go de procedimientos civiles
Linares, á 16 de ,Julio de 18!J!.-Lic. Severiano S~liEDICTO.
'
nas.-A ~ Carlos llarbosa..-A.-Juan deD.Villanueva.
Una estampilla de á cincuenta centavos debidamen28, 31.
te cancelada con un sello que dice: Juzgado de Letras

2,,

. Vejigatorio instantáneo Decagni:
Vino Decagni ála Kina-Koca 3 franco~, 50.

':i/::

;;~~¡ rii: •~

DE LIBERACION expedidos por al-

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mago, cnyos dolores apasigua rá pidamen
te devolvienclo el apetito. Prerio de la ca
ia 2 francos, 50.
Precio 74 e~. 1

22

~º-

3. f1:acc10n JUd1~1a_l.-.,Estado de Nuevo-León.
Lmares, a ve10t1t:es de Junio de mil ochocientos nov_e nta Y cuatro.,-V1sto el nombramiento de tutor inte•
rmo que ~!!te este Juzgado hizo la menor María de los
Dolores lJ1enfuegos en la persona del Sr. Celso Espinosa, para que la representara en el juicio de intestado de
su finad_a madre la Sra. D! Dominga García: Vista la
aceptación y protesta del Sr. Espinosa para desempeñar
l~g~lment~ el cargo conferido; debía de dicernirle y le
d1c1erno dicho cargo, otorgándole al efecto todas las facultades en derecho n_ecesarias para que cumpla debidamente con su cometido. Notitíquese y publíquese est~ auto por tres veces consecutivas en el "Periódico Olietal y en_ «La Voz de Nuevo-León" de conformidad con
lo pr~s?rito en e} art. 1366 del Código de Procedimientos 91V1les. , As1 por este _auto de dicernimiento, lo dec~e~o Y firmo el C. Juez de Letras de la 3~ J1
•, •
d1c1al: doy fé.-Lic. Severiano Salinas . Ara-Ccc1oán!Ju
Barbosa .A J
d D v·
.- · r os
L
· - .-, ~an e • 1llanueva-Tres rúbricas.
o que se publica ~n esta forma para los efectos que
expresa el auto antenor
Linares, á veintic!nco de J1;1nio de mil ochocientos no
vBentba y cuaAtro.=J Lic. Severt~no Salinas.-A.-Carlos
ar osa. - .- uan de D. V1llanueva.
18, 19 y 20

Una oatampilla do á cincuenta centav d blda
eello qne dice: JUzgado do Letras do ,': • f me~te cancelad&amp; con un
3~ mee1un judiclal.-Linares,
Nuevo León,
Linares, á treinta do Mayo de mil och 1
to el nombramiento de tutor interino qu~".:1 noven11_&gt; Y cuatro. Vi&amp;de D. Manuel Vivaoco Llan
UZgado hizo en la pereona
Antonio do JeBCto Botero
para repreeentar á. los menoreo FranciBco
intestado de la
Dolla { ta!.!!C:,~~ M~r~nez Gu6llar, en el juicio de
do fiel deeempel!o; debla do discernirlo ar. Viat:3 ~n acep!1'cl6n Y protesta
glndole al erecto todaa laa facultad
Yd le d,se,erno dicho cargo, olores e11 erocho DetCMr!ae para quo cu¡n

sr:..

At

MOLINO

"Mant~rny"
~~
I

Pat,ntado en la
Co• dureto
Rep(J./li04
del 10 de J1111io
por 10 ano..
1890.

y

YY ..

y

YYYYY

v·vv

YYY

iv·

Gran Depósito oe Molinos
DE CARA Y lllAQUINARU.S DE TODAS CLASES.

:r

M «il".Surtldo eomplet-0 de diez diferentes clases 1 marcas de
1 1
de con strueelóu Norte Ame1 as }2nbttl1les
'
~ r cas de "Glasgou," Inglaterra,

rl~~~~i ~~rl~~ª!~!J ª

ch~.!.~INO~horizontales ingleses "" venden sin 6 con ,ue ej on
, ma poeae Y tornillos para ruedas hidráulicas sin ó
::::t~~r:.1'~~eM.t;i~!i~i~as de vapor debidamente arreilada8.

11
~Wiº, i;~~rb:1~.~~·n:i1; rat;!'/g~::.r.r~~~n~1~l
0

Todos 108 Molinos que hoy"" expenden en la acreditada

Casa cte Piazzini,

denen los
• t centro dwnee con ojee de fierro dulce amartillados y cuadrados en
u ece,idad de o6n, do manera que cualquiera puede a1car un eje sin
1inoe de $!0,00e:~r s6soo~iu~~; Yloe marchanteeencontrarAn ?!lo-

t

La clase garantizada Yla baratura en los orecios no admiten
e o 11U P B 6.T PrE ...-,. C I .11.
prneban lo• pedidos ya remitid

ºJ:1Y"
Y,&gt;1f.~!da. (YncatAn);
.....amanea, (Gua-

á las Colonias .Poncltltí.n [ ~ o d
najuato.)
'
•
• Ja

~~ (N. L.] Joho 10 de 1894.- C. PI"1.ZZIHI.
NOTA.~En el surtido"" tiene también loe llollnos

•V1cr;11·•

1

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                <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>La Voz de Nuevo León : Periódico semanario, político y literario. 1894, Segunda Época, No 267, Julio 28</text>
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              <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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