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                  <text>NUM. 3z5.

Monterrey, (México.) Sabado 7 de Septiembre de 1895.

Segunda época

PERIÓDICO SEMANARIO, POLITICO Y LITERARIO,
S CUARENTA Y OCHO CLUBS QUE CORRES
ORGANO DEL GRAN CIRCULO «UNION Y PROGRESO» FORMADO POR LO .
PONDEN AL MISMO NUMERO DE MUNICIPALIDADES QUE COMPONEN EL ESTADO.

Editor y :Sesponsable, IGNACIO J• MENDOZA,

EL GRAN CIRCULO

r •

"U~ION YPR~GRE~O"

Postula para Presidente de la :Sepública en el próxiino periodo constitucional

AL ·sB~ &amp;BAL~,POBIEBEOl''llAI
en ¡to que
considerado
como
.t·iene ae t01na,
' 1
d r el duelo
d ,, esde
esar sobre
los
1 n b P
el emitir con seriedad juicios sobre cuenta para legislar respecto de él, un e 1~• ~)
b Tuna instituci6n que se conserva á su idiosincracia de actualidad.
que lo eiectuan 3:m as reslponsa 1 1
'
· t,enma
· dades·
o que pe- ·
pesar de nuestras leyes á ella conEn tal concepto, s1· 1a pers1s
. ' pero precu,amente
d" . .
CJOl\'DH'IOIYF.S
, trarias, con su c6digo'especial queme de la formal ~nstit~ci~n del du~lo, dimos es una a 1stmci 6n en e1 caso
Este periódico se publicará todos los Sába&lt;lol;.
rece el respeto de muchos· institu- nos ha de servir de rnd1ce que i,ena- que nos ocup · ,
.
La suscrición se pagará por trimestreR. ,idchrnt.a- º6
.
1- '
d ,'
la fatalmente su necesidad si la maDe otro modo, Sl sobre el que qmdos, en la. inteligencia cte que su va.lor mensulll P~ &lt;le CI n que vive SOüiena anoo comoun
.
'
.
,, t h b l ·'da frente á
TREINr_i:A Y SIETE CENTAVOS dentro Y rn .. r,. '1 cuerpo flotante sobre las encontra- · nera de ser de la soCiedad colectiva- ~a a O ro . om re a. ~ 1
suelto vale DOCECF..NTAYo;-;.
Idas olas de la ¿onciencia púhlira, al I mente y del hombre aislado, hacen fren~ Y baJo l~s cnnrlicwneR que ga18.Todos los pag&lt;?" serán 11?el\111ta~o~.:,.a
obedecimiento sin duda de una nece- 1indispenl--able aquella inst.it.uci6n. si rant1cen toda igualdad se ha de lanPara. todo lo rPlativo nl Pr.nó&lt;l1&lt;•n dmgirRP ¡¡I \el-,
1
1·
a. . d 1 hom1c1
. 'd a za_
r
e al del
1' .un castigo. serneiam
rninis~or del miAmo, Sr. Aurelio LRrti~ll... r,1111•• , sidad imperiosa de la manera de ser el due 1sta se 1stmgue e
J
·á ho•
45
1
de Mma número ·
!del hombre y de la Sociedad.
Yulgar bajo muchos aspectos que lo rmci_da vulgar, entonces hab, que
ADVERTENCIA.
1
La ley vigente ~astiga al duelista: eleYan sobre ~que],!ª ley en nuestro arn~Jardel Cdim¡ ,o de~ ~,onor_á ~~~que
1bien, nunca debena la ley i::ancionar concrpto dehia modificarse para ha- caballe,osamente qm~ian. . a¡n:-;tar 1111
1
•
-•
el homicidio cuando todo.R los ideales I cer claras distinciones en favor del e mbate, pal'a que b3:Jen a bu:-;car ~a·
Se advierte á las personas de esta Capital y á 1
.
•
_,:
•
•
1
.
t· f' º6 d , d , lt, ·ado en 1u.~ª
las de las municipalidades del Estado y fuera filos6ficos se encamrnan a la 10v10la- duelista que se conduce con corree- IS acm n e su e~orn n 18:J,
de él, que tengan que remitir~ A VISOS ju-1 bilidad de 1a vida humana, aun en . ci6n y debía hasta precisar las cir- atascaderos rlel cmnen c~mun; ontón
diciales y particulares para su inserción en es~e el caso de que '1t1ien ejecute sea el cunstancia8 que tendrían de concu- ces al cerrar por ese med10 laentrncia
Periódico,
v~~tra
6 dmendos,
8e dejará á, •u11
rretamente polr
a tAredsmm1s
or e ,eloLbavgan
a ozdd1-e 1'. Estado en nombre de la Justicia y rrir para ,J. uzgar de lo correcto de un en la lisa ,.caballcro,a
•
Nuevo-León,» adjunta.ndo con el autógrafo su por exigirlo así la seguridad de lapa encuentro en desafío. No pretende- hombre 01endido soJo con SUH pa. . 10
1
imporl.E;, que son: tres pesos ci~cuenta cen_tavos, tria, la consen·aci6n rle la sociedaó. mos que el hecho se deje sin castigo; ne~, procurando la ve~ga.nza en. sep~r vemte renglon~ manuscritos 6 fracc16n de , ó la defensa de la vida é intereses de pero sí que ese castigo sea propor- creto de modo rle elud11· un ten1hle
el os el exceso á.cmco centavos por 1·engl6n.
d
d" .
.
1 . ,]
ºbºl"d d d
~s avisos q~e tengan que publicars~ por más los hombres h~nrados amenazados I c10na ? y 1s5mto ~nti:e el qu:' mat_a castigo, se ~ qmtar:t a po:,;1 1 1 a
e
de tres veces, se cobrarán á razón de cincuenta por el bandolensmo; pero ¿debe la obedeciendo a sus mstmtos sm cm- las 1eparac10nes que son comunes al
centavos por cada vez. .
!ley confundir al homicida vulgar, 1darse de la posibilidad ó imposibili- intervenir como generalm"nte interd
EI pago se hará precisamente adelanta o.
'que sin considerar la posibilidad de'. dad en que esté f;U víctima de defen. vienen en los desafíos persvna8 rlesa"La Voz de Nuevo-León" circula den- defenderse de la YÍCtima, sin igualar 1 derse 6 cuidándose de que carezca de pasionarlas, que son las encftrgadai,; rle
1se con ella en armas y demás cir- medios de defensa, y el que es arras- 3:justarlos; y d1·bido á lo cual de cada
troy fuera del Estado.
1
- - - - - - - - - - - - - - - cunstancias, la inmola al
primer fe-:trado por una cuestión de honor al 500 duelos iniciados, solo uno tiene
.
REDAO_!JION.
_ . : roz arranque de la pasión, 6 con vi- 1 terreno de un combate caballeroso graves con,ecuencias, cuyos números
Lic. Pedro Bemtez_ Y Lea!.-Lic. leza ó con horrorosa crueldad? ¿debe en donde tantas probabilidades lle- hay que invertir al hablar de riflas;
L?ren·w ,Roel.-Aurehu Larti~ue. -. •confundirse preguntamos, á homici- ·Ya de inmolar como de ser inmo- entonces Ae acabará ese recurso huL_1~. Jesus Garza Flores.- Lic. Vir-j da semejante, con el que solo por una! lado.
manir ario de la intervención juiciosa,
gibo Garza.
cuesti6n de honor que le parece bo-l Por otra parte, la ley ¿debería exi- honrada y amigable entre &lt;los hom1
chornoso ir á dilucidar ante los tri- gir responsabilidad civil al que que- bres dispuestos á matarse:
BD~TORZAL. lbunales, Jla~a a! terr~no delcomba- ;da con vid~ de los combatientes, Visto bajo su verdadero aspecto
:..._.=,___.:...__ _ _ _ _ _ _~ - - - te al contr~r10, 1gualandose,. con él cuando vencido
y Yencedor con vo- el duelo, siguiendo las reglas que
1en pr~sencia de _Pers~nas 1doneas, , lnntad plena han ~ceptado con to- impone su e~pecial c6digo, es induMonterrey, Septiembre 7 de 1895.
e~pon_1.endo _refle~rvamente ~u pro- das sus consecuencias _el duelo?
&lt;lablemente lo roéno~ malo que pue~
1
¡~ia ex1stene1a y Jugándola sm segn- 1 ¿No eA el desafiador 6 de~afiado el de haber al tratarse de un ei.cuent.ro
r1dad a_lguna de quedar vencedor en I que antes de c_omprometerse en el entre hombres ofendidos, y por el--o
:_j
la contienda?
lance debe considerar la situaci6n y llegamos á calificarlo de hurnanita•
·
--j Contestar en sentido afirmativo. la orfandad de sus deudos? ¿,No está rio, tantoe son los recmsos &lt;leoorosos
Gran resonancia ha tenido en la esas interrogaciones, sin duda sería en su voluntad el e~itar el encuen- que antes de vedficarse el lance prle•
prensa el proceso levantado respecto 1.una iniquidad; pero puede objetarse : tro Y con é! los pelt~ros y forzos~s den P?ner en juego los ajustadores
del duelo ocurrido entre los señores,1que toda of~nsa en el honor tiene consecuencias del mismo?
del mismo para evitarlo fiin desdoro
Romero y Verástegui que motiv6 la:reparación conforme , á las leyes
Por qué con~i?eraciones pu~~' se de s~rn representadoH, tantos son los
muerte de éste; y con la resoluci6n Igentes, y que no deb1a nunca. cons1- ,l~ ~abria deex1gir la.,responsab1hdad med10s de que disponen para igualar
del jurado popular que conoció de derarse bochornoso entablar ante un mvil al qu~ en desafio dá muerte á en el lance mi:-mo á los dos comba1
ese asunto,milencontrarlaR opiniones Juez la demanda respectiva; mas '. sn c~ntrai:10, cuando además de ha- tientes n. fin de neut.ralizar las vense han manifestado.
. jaado el modo de_ sJr de. la so?i~dad I be_r_ este a,1usta~~ el desafío tenía las tajas. &lt;le uno respecto del otro, tantas
Es el hecho que al Sr. Romero se actual, ella cubnna de .1gnonnma el mismas probabilidades que su agre- lai; Circunsta.acias que pueden a prole ha impuesto por el Jurado, la pe- nombre rlel que se atuviera al recur- sor pam vencer?
·
vechar sobre el combate para evitar
I
n_a de tres años cuatro meses de pr~- 1so legal en ~n asunto priva?º de la Pues que, el poder público yendo que llegue ha¡.;ta la_ muerte. .A.sí es
sión, multa y el pago de cuatro nul I honra mancillada; y cualqmer hom- mas allá de donde purliera hacerlo el I que solo por cxce1 ,c16n ocurren due.
! pico d~ pesos an~ales por 18 afios I bre se9ún las ideas y se?tim~entos I individuo interesarlo, Je anegla des- los t·n que la pé1·di~a de la vida de
a la fam1ha del ocmso, y que á los de la epoca, que tenga estimación de pues de una muerte a que él se ex- uno ele los contendientes, sea el tristestigos y juez de campo se les ab- sí mismo, preferiría la muerte á ser puso voluntariamente y por un acto te resultado.
.
·
solvi6. Ni el defensor del primero, infamado, primero por la ofensa, y cie caballerosidad, la manera con que
Por tales razones pedimos para
. ni el representante del Ministerio después por el anaten1a ~ocial.
sus deudos puedan subsistir, de lo ,el duefüsta la consideraci6n de
.Público por lo que toca á los segun- Quitad al ser humano las ideas cual él no cuidó'? Sin duda que obrar la ley, la reforma de la vigente, la
dos, quedaron conformes con la sen- que forman el ambiente intelectual así es traslirnitar la misi6n del Es- aclaraci6n sobre las responsabilidate~cia, y ~caso _en segunda instancia de_l instante en que vive, los senti- tado respecto del individuo.
de5 civiles en los términos que hesufra mod1fi.camones.
n~ientos que ella¡,, producen, l~s pa- En ve~-d~d gue las leyes vigentes mos señalado.
No~otros no queremos entrar en s1ones que en su c~raz6~ ~ncienden, hace_n d1stmc16n entre reñidores
El duelo que trae su origen por to
m~ter1a sobre el caso concreto que y entonces le podrei~ ex1g1r po~· no:- duel.1stas; pe_ro es del caso pP.di_r á ,que respecta á Europa, de la ~poca
d_eJa.mos apuntado y cuyo fallo rela- ~a de_ c~nducta, la 1,a~6n pura, pe1O nueRtws leg1~ladoreH que se pn:msen en que lo:-- germanos la invadieron,
t1vo creemos que después de que Ele ~in elmunar d~l esp1nt? esa atmó¡;. las cos~s en e~ c?digo, en el sentirlo · fué en la edad merlia una f6rmula de
apuren los _recursos legales, rasan- fe!a en que alienta, sena_ errará sa- q_ue deJamus md1cado y muy eispe- Ja jrn~ticia, después la lisa autorizaqa.
do por el cr1so~ de los altos Jnbuna- 1?10ndae, ,Las:3-ndo dedncc10ne¡.; sobre Cialme~t~ en l? gue atañe á la res ! por la ley para dirimir cuestiones
les cor~espond!en,!es: q~e?ara perfec- falsas -p~em1sas, el P!'etender q1~e ponsab11Idad_ Civ1l, de lo cual se ha- '. de honor y al Hn, sin tal autorización
to s~gun el ~riteuo Jnndico mas acer obre haciendo abstracción del medio ce _PUnto omiso en la Jey al tratar lo y aun contra de lo prevenido por la
tado, pero s1 hablaremos en general e~ que se desa:rolla, y para ser 16- referente al duelo.
¡ley, subsiste p::ll'a ese último objeto
r~specto del du~lo, hoy que con mo- g1cos hay que .p1zg~r al hombre en Sabemvs que la comisi6n de todo:en nuestros días.
t1vo del enunmado, se ha fijado en un momento h1st6nco dado, tal co- delito provoca dos acciones la crimi-1 Hablando del asunto, Laurent, en
e~e asunto tanto la atención; hoy que 1mo es Y no como debiE:'ª ser, y con•. nal y 1~ civil y que desde d1 momen- · su «Historia de la Humanidad» dicei

Registrado provisionalmen~ en la Administración de Correos, de esta Cmdad, como artículo de segunda clase.

~~1:!;~

l es de presumirse
. sea de oportumdad
• ·vernr
\ · en que se

P

1

-.

•

~========~~~=~

{
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EL DUE LV

v~-1

I

yl

�LA VOZ DE NUEVO-LEON.

2

LA VOZ DE NUEVO LEON.

, ·1, la D.1putac1·6n p ermaz ·1 t d presenta1"tn
l
Ent1'e los bárbaros el va Jr es ~i vi ~::/ l
te con' el' fin de ciuc tome raz 6n
por excelencio- la cobardia es 1a sc,ta nen •
. .
, , '• • d· entre los J?ueblos de sus nombres y de los D1stntos que
de una a,ma
vicios ,
b
civilizados, el valor.dcrfa ele ser la única los nom rar?n·
d I
-t ,
virtud·"""'º siem111•e se puede decir que Cuatro dias antes e a ape, dura
'r";
r.
l
l ¡, b , de sesiones tendrán los menc10na o~
no ltay t virtud sin va oi': e. win ie D. t d 'u;bli·camente su primera
db
, d,'..muesto á sacrificar sit 1pu a os P
e e es a1 •~r
ti'
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11 b • ,ndo de Previda pm· su cki·eclw y por su ltonor. J?n a preparlal ª• a~ie f . d I

............ $
JW.BvV.s Van
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F.. · e· an ºnr B
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11111 isco
55 00
S. H. Bwman .. ................. .
B ll J d.
5
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ar mera ........... .
5 00
Aart os Brlossk~.................. .
1 00
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1
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Ferrocarril Urbano Empresa
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exwana .................... .
10 00
Arcadio González ...... ....... ..
1
1 00
y ratificando estos conceptos s1~ente ~n e a, e que o neie e a
José María Panza .............. .
.
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D1p11tac16n
Permanente
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agrega· Elfeu a isino sucuin e os
. . .
.
1
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arza ............... .
1
gol·.= s de la monaaquía. ck los Muni- El objeto de esta 1tmta, es el de a
Patricio O' Dowd y Cia..... .
105 00
,,,
'
· ·6 d
d c·ale~ Para este
T ófil R. d
cipios y de los legistas; el Estado remn- rev1si n e. ere e~ i t .
b. ,, d
Je¡· ºc i~au ................. .
5 00
la
l ·nd· 'd
la 'usticia social efecto la misma ¡un a nom 1a1a e
u 10 attier .................. ..
P za.a ! . i'V'!' u?,.Y
reso es su seno dos comisiones compuesta8
Lautand Hermanos . .... . .
45 00
laJusticia individual, el prog,1 e la de tres miembros cada una.
Vicente Marty ................. ..
ininenso: es el dere~lw mi lug;1- el
a ue rimero hubiere sido nomJuan M~ndoz~-- . . ....... .
3
fuerza. Pero ¿quiere eso .decir que la b Ld q h pá l exámen general de
M. Cantu TrevmoHermanos.
2 00
5
JÍtsticia social ha,ya despojado entm·a- ra ~• da~ cre~enciales la otra el
Manuel~. T:e:,:iño... . ·.· .. .
mente al lwinm·e de su dereclto persa- las cita .
á
a'
yl D. t
......... ... .
51 00
rPrudenc10
·d
c TiuJ1llo
1
nalZ Aquí reaparece el gmiio· de la correspondiente las e os
. 1pu as1 oro ana es........... . ..
1 00
raz~ gerináni'ca y si~ gran instinto d~s. que fo1:m~r?n la pr'.~er)a
Rodolfo ~resel y e~ ........... .
5 00
._.,. 'd l' t
Que el Estado que la. m1s16n. La i ev1R16n se baia C( n
Rafael Riestra . ............ .
2 00
i·,,u,ivi
• deli- ta d e Ia ere d encia
· 1 respec t·va
A . G. Cár denas. . . . . . . . ..
· • •ua is·a.l
ocleren ele los
1 y de
1 00
Justicia ª?cia áse zªP
. d d 6 la fas actas de elecr.i6n que la motivaEduardo Gajá .............. .
1 00
tos relativos
ª dpropiáse ª
. l ron
Franco . . ............ .
1 00
raciona
·
·
cRómulo
1 z b o
PeNsona exterioi· na a m
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, • '
·
Los dictámenes que las relacionaª! ?s am ran .............. .
1 00
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legitimo¡
pero
S'1, la ofensa toca d
. .
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an ºobre el
Trm1dad Garza Zambrauo ..
2 00
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, t · s del alina si el as com1s10nes pro uzc
~
R. d H á d
en os p iegues in ww
, .
d I d
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e be1car o ern n ez .. , ...... .
5 00
honor entra en fuego, el Estado es in- examen e o~ oc~men o~ q~1
Enrique Miguel..... . ... .
1 00
• · ·
·z
J , J
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1 ede mos hecho reierencia sPran p1esencmnpetente, lªJusticia sor:'1 no P.t
, . . '
esu~ ane ........................ .
1
00
intervenir porque no tiene capacidad tados el dia s1gmente.
J. P10 Laguera ................ .
'
ás
E
t · ta y en las demás que
J é LI
12 00
para resolver; no hay_ in . . quel'dund f n es a Jlm..
11·ficaráá pluRos E. alguno ................ ..
J
t 1te ck la individua i a ueren necesauas, se ca
. ne 1sen ............... .
1 00
uez campe 11!
ralidad absoluta de votos, la legitiAntonio V. Hernánde11..... .
1nd • 1•
20 00
humana, el iv '.dudo.
t .
• i·e- midad del nombramiento de cada
Rómulo Larralde ........... .
2 00
Concluye el mta o au 0 1 su,,
L · Ri
•
1
• t D' tado y se resolverán además las
ms os ..................... .
1 00
flecc10nes sobre el due. o, con es as d ipu
,
sob 1·e esto .
Vda. de Ayala y O!- ........ ..
5 00
frases: El individualisnw Y el punto udasdq_ne 1oc5mdranS t . b · t d á
Teniente Coronel Francisco
·
bles tienen su El 1a
e ep iem re en r
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1 00
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¡•aíz y su legitimidad mi la natumleza lugar la ultima _JUnta _prepara oria,
Enrique García Calderón.....
2 00
del lwinlYre
en la cual los senores Diputados proVelarde y e~.................
1 00
Luis XÍV en sus esfuerzos por re- testarán cumplir J'. hacer cumplir la
Maure! Y C~ttier...............
4 00
• · 1 desafíos revivi6 edictos Constituci6n Política de los Estados
Teófilo Muns......... ........
1 00
pr1mir
.
·
·
J oaqum
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1 00
1 os h.b.
iendo penas Umdos
Mexicanos
sus a d.1ciones
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d·sposi·- retormas Ja del 'Estado y las leyes
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•
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CI0!3es. ten~n~antes e?cam Re tan q Terminado este acto, procederán á
J. de la Garza Campos. . . . .. .
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•
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erniln o ar uez ........... .
se ofrecía algún caso entre oficiales mo á mayona ª iso ·~ e su :agrns,
Reinaldo Berardi y C~.........
50 00
de sus tropas y no se portaban co- un Presidente, un V1ce-pre61dente,
SuC8. de Hernáudez Hnos.....
100 00
. molo exijían las reglas d e h onor d os Seme
. t a11·os y un
Va1en tí n R.1vero ................ .
100 00
. Tesorero· Heue los duelistas invocan? lo sepa- cho Jo cual, la Diputaci6n cesará en
Teófi_lo A. González ..........'..
1 00
qrab a d e1 servic10
· · m1·utar.
sus funciones • los .nuevamente elecFábrica
de
Muebles............
20
00
J
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Hoy día en nuestro país, enten- tos tomarán poses16n de~us puestos,
L~anM
. e elrZ... d.... l....G
.... : ......
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dO
J Presidente en voz alta declara1. anue . e a n,za....
5 00
demos que se obr::t del mis~o ~o
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\imamente
instalado
LISTA
de
las
personas
de
quienes
los
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Gustavo
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la
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5 00
al tratarse de oficiales d~I ~Jército. r que ,ªr 1egi _
.
misionados que suscriben, han 1·ecogido
---y es que las leyes artific10sas que el Congieso del anodque C_?I~e~po nd ~. donativos para ayudar á los inundados
Suma total.. ............ $ 2,471 50
no toman en cuenta el modo de pen~l orden q.~e que ªsenaª ? paia de la Villa de Abasolo, Estado de Ooasar y de sentir de los hombres, que la maugnra~10n de los trabaJos. del lmila.
Monteri'ey, á 4 de Septiembre de 1895.
violan los dictados de la naturaleza Congreso! nge como _queda . d1~bo
. .
.
- Juan Web1J1·.-R. vrespo -Agustfo
humana, tal como ella se muestra, cuando tiene lu~ar su 1e.nov~c16n, en La Gr~n Fuud1món Namonal
ll1aiz.-ll1anuel G. Riv1J1·0.-M. Hernánen el momento hist6rico en que se- el segundo perindo de ~es10nes. se Mexicana ...................... $ 500 00 dez.-Adolfó Zambrano. -J. A. Romeiantes leyes se expiden si hemos omiten aquellas formalidades que no CerveceríaCuauhte~oc ...... .. 150 00 b1J1·tson.
·
'
d.fi f e e necesar1·a~
Treadwel A. Robertson .... ..
50 00
de "ser l6g1cos,
tenemos que mo 1 - u r n
º'
J. A. Robertson ....·............ ..
carlas.
______
Ferrocarril Mineral de Man- 100 oo MAS PARA liOS INUNDADOS DE ABASOLO.
Por lo demás, sabemos que este
terrey......... .. .. .. .. . .. ... ..
100 00
A úl tima
.
h ora supimos
.
que e1 S r.
artículo escrito para procurar enJ. P. Flynn ................... .. 100 oo
25 oo Magistrado de Circuito Lic. Guada•
miendas, habrá de perderse entre
i
~iW ~ ~W giliW W Fábrica de clavos ............ .
otros muchos que respecto del duelo
W. W. Price ................ .
50 00 lupe Cavazos, mandó á la Junta de
ee han publi'cado en la ocasi6n preJulio Randle ............... ..
20 00 Beneficencia veinte pesos con que
l!letlte¡ pero nuestra misi6n de perioM~NTE!BET ~~~~!BE AL~~ INUNDAD~t Samuel H. Fisk · · · .......... .
5 00 contribuye para los inundados de
dístas nos impone el deber de hacer
___
FE•rdancidscoBOli veerr ysu c1:a.. " .... ·
10 00 Abasolo. Muy bien.
·d
b
to
uar o rem
0 1 ...... ..
10 00
conocer nuestras 1 eas so re asun
Las.aguas torrencial~s que se des- Langstroth Sucs ............... ..
10 00
tan trascen~ental Y que tanto lla- prendieron sobre un dilatado espa- Banco Nacional.. .............. ..
25 00
ma la atenc16n en estos moment1JSj cio de la República, haciendo sentir Luis Manero .................. ..
10 oo
LA OCUPACION
y en 1~ .perspectiva de la re1!1ota más la abundancia de ellas y la Rafael C~indre~u ........... ..
probab1hda~ de que. se.amos 01dos, fuerza del huracán en los dlas 30 y J. Calderon y Cia. Sucs· ... .
53
hemos quendo contr1bmr con nues- 31 del pasado ocasionaron la des- Ramón Díaz .......... : ........ ..
~
tro insignificante contingente, al es- trucción del p~eblo de Abasolo del Jesús gonz!lez TrC~1flo .... .
5
DE ALGUNAS
tudio de una cuesti6n de interés vecino Estado de Coahuila de cu-GE. A. ºpnz lez Y Cia. ·. · · · ·
5
1
· d d
·
. .
'
enera1 omposo ap1 11 o.. ..
1 ·t te
pa p1 an en a socie a .
:,as 500 6 más hab1ta~10nes solo do- c. Holck y Cia .................. .
1~
ce han quedado en pié, mal trechas E. Zambrano é Hijo ......... .
5
y próximas á la ruina.
Juan G. Guzmán ............ .
1
1 1
II
T
J ~
La inundación, creciendo y ere- Adolfo Luis Risser ........... ..
~~
ciendo, sin cesar, y de un modo Vicente Ferriño ............. .
5
Q
fatal 0 arroja á los 2 500 habitan- Pedro Lambreton ............. ..
10 00
No hace mucho que nos ocupa•
2 OO mos de la sujeción al Gobierno de
tes de Abasolo, de' sus hogares, Ang~l García ................... ..
Habiendo tenido lugar la elecci6n á buscar la salvación en las alturas 8anti~goMMetníchaca ........... .
~ Yucatán, del territorio que actuald e D.1putados a I H . Congreso d e I E
.
. d o 1Juan
gnamo
ar nez ..............
. .......... ..
. s- d e 1os. 1omer¡os vecmos,
temen
B. González
l oo mente posee el indio salvaje en
tado en el presente año, de confor- que depr en aquellos hogares cuan- Felícitos de la Garza ......... ..
2 oo aquel Estado.
mirlad con una prevenci6n de uues- to era necesario á su existencia, y Rafael Salinas Cantú .......... .
1 50
La necesidad de tal medida se im·
tra constitución política local, y sien- llevando solo consigo, en medio de L6pez Hermanos ............... .
10 00 pone cada dia más á virtud del ade•
do el corriente 10es el señalado por la precipitación y de la angustia, José Parás ..... : ................. .
3 00 lanto del pals.
- la ley para la instalaci6n de la nue- acaso solo un lienzo para cubrirse. Silves!re Trev1fio.; ..... .. .... ..
1 00
Por mas de cincuenta años se ha
va Legislatura, hemos cieído del caLos ancianos, las mujeres y los Fran.msco L. Cantu ............ .
5
00
venido
luchando por traer al s~n.o
so recordar las disposiciones relati- nifios, en medio del cuadro de de- Helhon Y Charpenel. ........ ..
5 ~O de la civilización á aquellos ind1v11 .¿1uerJa ......
vas á dicha instalación.
·solación eran los que daban el tono
25~ 0~ duos su.straidos c?mpletamente á
, Cada afio.el Cong!eso.tieneun J?e- más patético y sombrlo. .
Vic:n\~ ffer~ar~.~~~... .'.'.'.:::::::
.
5o 00 toda acción .de Gobierno.
nodo de ~es1011es?rdmanas que prmLa caridad de los vegnos de las Patricio Milmo ................ ..
100 oo
El dinero que la nación ha sacncipia el diez y seis de Septiembre y poblaciones cercanas á Abasolo, Rafael Crespo .................. .
20 00 ficado en el objeto en otro tiempo Y termina el 15 de Diciembre. Los Di excitada por esa gran desgracia, Francisco Armendaiz ........ .
100 00 la sangre que se ha derramado han
putados el~ctos duran en sus puestos ha impulsádolos á dar toda clase de M~i~ ~ermanos ................ ..
100 00 sido infructuosos porque el mal no
dos años, siendo esto el motivo por auxilios á los inundados; la fuerza H1pohto, de la Garz~ ......... ..
5 00 ha podido remediarse.
que el Congreso tiene durante este federal destacada en Monckwa, ba- F .. Cantu García Y Cia ....... ..
2 00
Las revoluciones pasadas fueron
tiempo, dos períodos de sesiones, pri• jo el mando del Teniente Coronel Vic~nte ~arza Y Hnos ...... ..
5 OO ta causa principal de que no se ~umero y segun.do 6 pr~mer año 6 se- Juan J. Villar-real, ha prodigado
~~ biera podido llevar á feliz térm100
gundo ?e su 10stalac16n.
.
tambié~ sus esfuerzos en favor de Víctor Gouzález ......... ::::::::
2 00 la sumisión de los indios, pues que
El ano .en que toque 1~ renovac16n las victimas.
Isaac Humprey ................. .
1 oo basta~te. habla que ~acer con tantos
de la Legislatura, los Diputados se Al saberse aqul, por el Sr. Gober- Feliciano Casas ................ ..
1 oo sacudu111entos· polit1cos como los

1

!

V~~:

na d or del Ec;tado• el triste suceso
que nos ocupa, reunió á los fila~tró•
· t
é industriales
picos comWerciabn e5.d ir z b '
Sres Juan
e er -"- o 10 am raJ. A Roberts~n Mariano Hernoá, d. .R r el Cres'po Manuel Rin n ez, a,a
,
vero y Agustin Maiz, y habiéndoles
.
¡
t ·d ¡
pl1·
mamfestado O acon ec1 o, es su có dados sus nobles sentimientos
' 1
onecidos que constituique
e son
•
'
d
J te d B eficencia
y nombos edn un ~ . e end
lecc1-'6n reuran ocom1s10nes eco
,
niesen fondos en favor de las vlcti..
mas de Ab~solo; cuya comisi 6 ~ con
complacencia aceptaron, hab1e~do
en breves horas reunldose debido
á su loable empeño $2,471.50, que
ayer fueron remitidos por Expre~s
I S Te n i·ente Coronel Juan J. V1a r.
I]
1
e con acuerdo y apro
b:~ftn· a!fsi.USecretario de Gobier.
hó d S
no de Coahmla , que marc
e1. . a Itillo al lugar de los sucesos, h1c1era
la distribución de esos fondos entre
1 ·
d d
os mun a os.
.
.
El Gobierno de Coahmla ha died
tado diligentemente acuer os con
1 fin de ravorecer á los vecinos de
e
L
Abasolo,
or eso el mismo Secre. d GybP.
tá
¡¡ gar á
tano e o 1erno es para e
aquel lugar como deJ·amos indicado.
.
.d d
Es grato ver que las auton. a es
y todas las clases de la sociedad
d d
·
p· ra
en caso e esgrac1a se unen "
poder aliviarla.
No hay nada más conmovedor
¡
d besando y curando
(ue ~· can ~
d
e sufre
as a 1ertas en as eI qu d É
Por 1~ que toca á la Junt:3- d·ed e
nefice11~1a que en esta Crn a se
·
ov1s6 para procurar en breves
1mpr
momentos fondos para los hijos de
b
I b
·
A aso o. asta mencionar su proceder, más el~cuente que cuanto pudiéramos decir de ella
.
.
E seguida publicamos la lista
,n
.
.
de la co\deccd16ndque hizo, y etn s~
oportum a
aremos
cuen
a a
d
t
nuestros lect?re~ .e Ia orma en
que fueron
d1stnbmdos los fondos
·d
recog1 os.
,

ºº
ºº
ºº

G

ºº
ºº

ºº
ºº
ºº
ºº

ºº

·a ·a

t~ i'nunJ~ ~1··n J~ A~~~11111.

--..··--

ºº

~~ ~~r Tr~~,r ~ ad ~~~i~rn~ Na~i~ul

ºº r
ºº

~~ Poblaciones abandonadas por los indios

MI

que han tenido lugar antes de haberse implantado la paz de que disfrutamos.
Las condiciones del pals han
ambiado radicalmente.
El Go~ierno Nacional puede llevar á cabo
esa obra en bien de un Estado que
por su progreso y adelanto honra á
Ja República.
Comprendemos nosotros que por
mucho que sea e~ esfuerz.o .qu~ se
haga, no será pos!ble la re1vmd1cación en un br:ve tiempo de la~ po•
sesiones retemdas por el sah:aJe de
que n.os ocupamos, y ai:ites bien se
necesita ?e larga; Jabonosas tareas
para realizarla; mas!~ completa ocnpación de ~ales poses10nes probabl.emente sera un hecho, porque se dispone de elementos. que sin gran
perjuicio pueden destmarseal objeto.
Los indios han ido reco~ce~trándose al interior del terntono que
tienen en su poder, deja.ndo abandonadas ~lgunas P?blac10nes. Esta
oportumdad empieza á ser aprovechada ocup~ndo esos puntos. con
fuerzas suficiente~.
La permanencia en aquellos lugares de dichas fuerzas, hará que
, con el tiempo Pl;leda conocerse y
estudiarse la táctica observada por
aquel enemigo para venc:rl?! so1;11e•
tiéndolo á la acción de la c1v1hzac16n.
La completa pacifica_ción de los
Jugares á que nos refen~o~, llevará
allá el esfuerzo y la actlv1dad del
trabaJ· o· y esos mismos pueblos ocu
'
.
pados en su prop!Olrogreso
trarán des_pués la uerza su cien e
que necesitan para sostenerse.
Como es sabido, por disposición
del Sr Presidente de la República,
· . ocupa d o e¡ a b an d ona d o pueha sido
blo de Bencanchen, el que por medio de las vlas nuevas
que
han
.
n se
Tecax
abiert~, se comumca ya C?
Y 1~ Villa de Peto, frontenzos á lo~
md1os bárbar?s; estando construyendose en el primero de estos pu~tos,
habitar.iones para la pe~manenc1a de
la fuerza con qu~ ~abra de ser r~sguardardado; as11~usmo s.e e~tá I evando á efecto la mstalac1ónf;' \una
lluea. tel~gráfica para la máJ aci co:
~umcación de las tropas e ocupa
ción.
d..
Además d_e e~tas me iaas, se rea!izan otras muy importanJes que ~eÍ
velan claramen~et las t~n tn~as .6 e
Supremo MagiS rado e ª aci ~
Nosotros confiamosbeln qube eds
·6 d los pue os a an oocupaci n I e. d.
á el princin~dos por os m i~s ser
abra en
P10 de la campa tqut se I cual
su co~tra para f~1:1e
fs, 1 estanto mteresatd ¡1en e P~ s ~st;
pecialmente a e progresis ª
·
do de Yucatán.
---•·----

i~cor

ª

1

°

Cuadro Estadístico

"N
M~VIMIENT~ ~eP~BtA~I
·SOBRE

U

EN EL ESTADO.

ºº

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~r~xi
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a
In~ aa~i~n w~na'r~~~
r
·

l~~~EN YUCATAN.
ºº

g~

~sm:;t

........ ..
2

r::;~z;rtp~~ . 13¿~4~~...... .. f

La Secretaría del Gobierno del Estado, ha publicado con fecha 2~ ~e
Agosto último, un Cuadro Estad1stico sobre movimiento de poblaci6n
habido durante el primer semestre
de 1895 cuyo movimiento lo compara con el 2º semestre de 1894.
Los datos apuntados por dicho
cuadro sobre nacimientos lm 1895
manifiestan el número de 6,137 en
9
el semestre y 5,977 en el 2 de 1894.
La diferencia en favor del primer semestre del coniente año es de 160.
Los matrimonios en los semestres
á que hemos hecho mérito, son en
1895, mil ciento oc~en.ta. y dos, en
] 894 novecie~tos vemt1se1s.
.
Las defnnc10nes fueron en el pnmer semestre de 1895, 4,173, en
1894 en el segu~do ~emestre 5,149,
qu.edando una diferencia en favor del
pnmer semestre de 976.
Las enfermedades que causaron
mayor núm~ro de ?efuncio~es fueron
las fie~res mterm1tentes simples y
lts remitentes que parece son pecu-

·
li~res en algunas locahdadcs
del Estado. No obstante se nota ciarto decrecimiento en ella~, pues en 189:5
hubo 2,408 casos motivados por d1chas enfermedades y en 1895, 1,931.
De los datos demostrados por el
cuadro Estadístico á que hemos .hecho referencia se despr~n~eel sigmente re.sumen sobre nacimientos Y defunc10nes:
. .
H.
M.
S.
Nac1m1.entos ..... 3,193 2,944 6,137
Defuncwnes ..... 2 ,088 2 ,085 4 ,173
.. . .
--DifeienCia en fav?rdelapoblac16n ............. l,105
859 1,649
.
.
.
- - - --.-_
El mismo tiabaJ~ que nos h~ pie
sentado ~a Secretana del ~ob1erno,
nos ~amfiedta un promedw de d~funcwnes de. 14 por ca?~ l,OOO habitan tes, dato mteresant1s1mo que _maniJe~ta el estado de Salubndad
publica de Nuevo Leon.
-·- ___

3

·
d as Rf.P úblidos por las m~nc10na
cas, es. lo m~s mteresauJe.
unque
l~s est1pulac1ones pacta. as no s1gmfican todavla una umón perf:cta,
no obstante esto, se vé q~~ se tle~de á :lla, lo cual es un ien por .ª
cohesión real .de esfuei:zos encam1nados á un mismo térmmo.

----~"'ff_ALIITILLA
!""!~=:~~~~-___
vr__~____

•

FIESTAS p ATRIOTICAS.-Véase
el si uiente
g

FEOGE..AMA
.

.

Di'spuesto po~ el R. Ayuntamiento
de esta Capital, de acuerdo con et
r.e11e,..al en Yefe de la J~ Zona Mi/¡/,.,.., para solemnzzar en los díaf
IS y IÓ de/actual, el LXXXVaniversario de la independencia de Mé-

xico.

DIA. ló.

cluido
acto'principales
desfilará endecolumna
r las ese
calles
la Ciu~od
a 1. 9 De las 5 á las 7 de la tarde,
á Ju ar un aseo en la Alame~en /orfiri~ Diaz pdonde tocarán las
b das militare~
a~ 9 Al caer
tarde se arriará el
Pab~llón Nacional, haciéndosele los
mismos honores que al ser izado.
16~ Por la noche se iluminarán
los edificios públicos, y las Plazas de
Hidalgo, de Zaragoza y de ~ayo,
5 últimas
dando serenata en las dos
las músicas ~orrespondientes,. de 8 á
; y en los portales del ?alacio Mu11
nicipal,adornadose~pec1almente para el efecto, se verificará un paseo
que amenizarán dos arques.tas.
Se invita á los vecmos pa1
ra que durante los días 15 y 16,
adorne'n los frentes de sus casas, y
los iluminen convenientemente por
che
1a ~i°ont~rrey, Septiembre de 1895.

d

ª

I;

t

-P. C Martinez.-Yosé M~ Can-

tzí, Secretario.

i9 A la~ diez de ¡~ ?ºche, con
APERTURA DE SESIONES DEL
objeto de formar la com1t1va, Sé; reu- CONGRESO DEL ESTADO -El 16
niráu 'en el Palacio del Gobierno,
.
·
.
ENTRE LAs
las A~toridades y empleados civiles del ac~ua)6 d~ conform1iad ~?:
REPUBLICAS
del Estado, de la Federación y del pre~~l'lpCI n e nue~tra o_ns i uc, ~
Municipio; los Jefes y Oficiales de la Pol1t1ca local, ten~ra 1u¡~1
Sfa
DEL
Guarnición y los particulares que 16n del H. ?º~g1eso _e , s .9• d
~
J
J
~
usten asistir.
solemne apei tu.1 a d.el prime~ peno íl
lt1 g 2º A las diez y media, bajo la de ses10n~s ord1~ar1as de~ nnsmo, c:-:
___
presidencia del Sr. Gobernador, y rrespo~diente ?icho P.e1fodo al p11
U
.éJ
d
bl
h
precedida
de una banda de música mer ano de su mstalac16n.
I
.nda reaclci n isa u a et se a partirá la Comitiva para el Palaci~
El acto de apertura será intereopera o en os pa se&lt;; cen ro-amete
,
'I da •á cuenta el
ricanos. La idea ·de unirse domina Municipal, instalándose al llegar, en ~~D _POI Ju~ ~nt ~ l' . 1 • l' 'do
en casi todos ellos faltando solo el los balcones de dicho edific10 que ~ecutiv~ ed osd I~ ).RJtº: '.6ea ¡z~bl.fl
d.
l'
'
.6
dan frente á la Plaza de Hidalgo en en matena b a mm,s iac, n pu 1mes q1e reH iced esa uu~.n.
la cual &lt;;e hallará levantado un altar ca durante el período de cuatro aflos
d da vi; or, áon urlas y 61c:3-traghua, a' la Patria Las fuerzas federales for- en que ha Pjorcido 811 GohiPrnO,
au o iorma
aque con
propel sicual
o, dian marán valla
. á la citada_ Comitiva,
.
·
CONSEC
HURA 1.u.,.ENCIAS DEI
celebrado
un tratado
¡
" '
chas Re úblicas formarán en lo su- desde el uno al otro Palacio de los C_AN.~A ,virtud del chubasco de (mi
. uP
drns .30 y 31 del
ces1vo
na en t'd
1 a d po lit·c
I a, de no mi· - mencionados •
. pasado qne
t
•se
ó hizo
&lt;l 1
nada «Re ública Ma or de Centro
39 A las once, desde el balcón se~t.ir en nna_ rnmensa ex enH1.? e
América»p mientras ~ntran en esa central de los referidos, se d~rá lec- pais, lo~ camrnc! 8 de fieri:o Riil,·1•· 1·• 111
unión Guatemala y Costa Rica, en tura al Acta de Independencia, por gra~des desperfectos halnei:ido llegacu o caso se llamará «República de un Sr. Munfcipe· y en seguida el Sr. do a quedar destnudos vanos de ~ns
Ce~tro América.»
Gobernador, e~puñando el Pabe puentes.,
,
.
Las mencionadas Repúblicas á llón Nacional, victoreará á México
Las via~ telegraficas en d1 ,1:r~os
virtud de sus tratados conservarán independiente· finalizando el acto trayectos fueron rotas y con mot,iro
la autonomia é independencia de con el Himno' Nacional.
.
semejante, la comunicaci6n y el trásus asuntos interiores y la vigencia
49 Concluida la ceremonia, re- ?CO qued~ron por una semana casi
y aplicación de sus, leyes, e~ todo. lo gres~rá la Comitiva. al Palacio del 10terrnmp1do_s. Et~ Monterrey hemos
que no se oponga a las est1pulac10• Gobierno 0 donde se disolverá.
estado seis dias !-lll mas c,,rresponnes que han pactado.
59 La s bandas militares situadas dencia. que la de algunos puebloR
Serán representadas en las cqes- en la citada plaza, de ante~ano, se del Estado, y basta ayer empezó á
tiones que surjan respecto de sus dirigirán á sus alojamientos toc.mdo lltJgar la procedente del interior de la
asuntos por tres personas ·que de- dianas y piezas patrióticas.
República Y la de los Estados Uni
signará~ con el nombre de «Dieta.»
dos.
.
•
Las legislaturas de las partescon·
DIA 16.
INUI\JDACION EN MATA~
tratantes, se han reservado el dere_
MOROS.-Los periódicos que he9
cho de ratificar los tratados celebra6 Al despuntar el alba, se izará mos recibido de Matamoros, Tados por esta y los demás asuntos el Pabellón Nacional en todos los maulipas, nos dan cuenta de un
que afecten los intereses de las mis- edificios públicos, siendo saludado fuerte huracán acaecido en aquella
mas. ·
con salvas y un repique á vuelo. Las Ciudad.
Las cuestiones que se susciten en- músicas y bandas militares, recorreLas pérdidas ocasionadas son de
tre las Repúblicas signatarias 6 rán las calles tocando dianas y pie- bastante consideración, pues que la
cualquiera otra nación, serán diluci- zas patrióticas.
fuerza de aquel dió motivo al de•
dadas por la «Dieta;» y si ésta no lo· ?9 A las -nueve de !a mañana, se rrumbe de muchos edificios;
grare arreglar amistosamente ni ob reunirán en el Palacio del Gobierno
No obstante el estrago que el hl.k
tener que se ajuste . un arbitraje, las Corporaciones y pers?nas de que racá~ hizo en la ciudad á que nos
d.ará cuenta á los Gobwrnos de las se habla en e.1 . númer~ r_, para for - refenmos, no hubo desgracia algucitadas Repúblicas.
'
mar la Com1t1va Ofic1al, y las fuer- na, lo cual es de celebrarse.
En los mismos tratados se ha pre- zas federales se extenderán en valla
CASA MUNICIPAL DE AtLENvisto el caso di:: una diferenci-: entre desde dicho Palacio hasta ~¡ Teatro, DE.--Ha quedado terminada 1a
los tres palses Centro-americanos por las calles del Comercio, Parás planta baja de la Casa Municipat
Si esta acontece será resuelta por y Dr. Mier.
que actualmente se construye en
la «Dieta» constituida en tribunal ar
8º Al llegar la Comitiva al Tea- la villa de Allende. y se continúan
bitral; cuya resolución_al no ser:ºº" t~o, será saludada con el Himno Na- con actividad los trabajos relativos firmada, dará lugar al nombram1en- c10nal.
.
á la planta alta.
to de un árbitro que fallará en defi9° Después de una obertura ejeDeseamos que pronto quede· ternitiva.
cutada por la orquesta, tomarán su minada la obra á. que nos referimo~,
Si en el nombramiento del árbi- cesivamente la palabra, ocupando la
PERDIDAS CA OSADAS POR
tro no se pusieren de acuerdo los tribuna, el Sr. orador oficial Emilio LAS ULTIMAS AGUAS.-Las Últres Gobiernos, la mencionada «Die- Rodrlguez, y el Sr. José G. Garcia. timas lluvias, que en esta ciudad no
ta» lo elegirá de entre los Presiden10° Los intermedio, serán cu- fueron mas que copiosas en otros lutes de las Repúblicas americanas.
biertos con piezas por la música, de gares sabemos fué tanta' Ja violencia
El tribunal á q1:1e hemos hecho las bandas militarrs.
con que cayeron que han causado
9
mérito, está facultado para el nom11
Concluido el acto, regresará grandes pérdid~s destruyendo en·
bramiento de representantes diplo- la Comitiva al Palacio, disolvién- algunas poblacion~s bastantes edifimáticos y consulares de las Repú- dose luego.
cios.
9
blicas unidas.
12 A las doce se repetirán las
Sabemos de Abasolo pequeña viEn las mismas bas~s aprobadas salvas, repiques y dia~as de qu ,: se lla del Estado de 1·~ah~ila, que dequedó fac~ltada la «D1et__a» para que habla en el núml'ro_ 6
bido á una fnerte inundación ha que.
en el térmmo de tres anos formule
13° La Guarn1c1ón Federal, for. dado reducida á. solo doct' casas,
un proyecto. de ~nión definitiva, la mará á las cinc1J de la tarde, en el únicas que pudieron quedar en pie.
cual será discutida por una asam- orden que determine el Cuartel GeRENOVACION DIJj OFICIOS.-blea compuesta de veinte miembros neral, frente á la explanada de la En la renovaci6n verilicada por la H.
noffi:brado~ por cada una de las Penitenciaria, verificándose en su Diputación Permanente para el pr~Legislaturas de los palses del Sal- presencia la imposición de conde- senfe mes resultaron eléctos: Pres1vador, Honduras y Nicaragua._
coraciones á los que cohcurrieron en dente, el
Lic. P. Benítez y Leal;
Lo que en extracto hemos expues el ª~? de 1867, al asalto de Puebla, Secretario, el O. Lic. \'ice!lte G. ~anto respecto de los tratados celebra- y s1t10 y toma de Queretaro; y con- tú, y Tesorero, el O. Aureho Lart1gue,

'fratatlo de Unión

;n:J

walva~~r, H~n~ura~ f N'l~lrit¡:¡OIU~

~6ª

lf

4

é:.

�LA VOZ DE NUEVO-LEON.

4

Lin~res, Agosto veinte de mil ochocientos nov
ta y cmco.-Por pr esentado y admitido en
Lo que hago saber en e!'lta formo. c:impliendo co!1
lu1r-1r en derecho, con el certificado de defunc• t.o
C. Juez 1~ del Ramo civil, para que las personas que lo prevenido por el art. 1686 del Código de Procedi- ha.
y copia del testamento que se acompaña HMe ion
se
crean
con
derecho
á
los
bienes
de
la
finada,
paLIMITES ENTRE LOS MUNICI- sen á deducirlo en el término que fija el art. 1685 mientos civiles, y á fin de que las J:!ersonas que se radicado el juicio de testamentaria. de D~·Mar~
consideren con derecho á. la herencia, se presenten González; en. consecuencia, conv6quese á los intePIOS DE G.ARCIA Y SANTA CA- del Cómgo de Procedimientos civiles.
6. deducirlo en el término de 30 días contados desde resados ti. la Junta de que habla el art. 1669 del CóMonterrey, Agosto 31 de 1895.- Lic. L Dávila, se· la última publicación de este edicto.
TARIN A.-El Ejecutivo del Estado cretario.
digo de Procedimientos civiles dénselos avisos
40-4.3-46.
Monterrey, Agosto 28 de 1895.-Lic. B. Ramirez ceptuados por los artículos 26 de la ley de
EDICTO.
en uso de la facultad oue le concede Juzgado de Letras de
Anguiano, secretario.
40-43-46.
del Estado y 74 de la del Timbre vigente y lue ª
la 7~ fracción juclicial.-Esprovease lo demns que convenga, publicbldose ~
la ley de 7 de Octubre de 1891, ha tado de Nuevo Leon.
Una (J!rtampilla de JI. cincuente. centavos debi~amente cancel&amp;; te aut.o por tres veces consecutivas en el P eriódico
Con
fecha
2
del
corriente
mes,
se
radicó
en
este
expedido un decreto con fecha 23 del Juzgado el juicio de intestamentarla de D. Pedro da con un sello que dice: Juzgado 2Q constltucionnl de Hualahm Oficial y La Voz de Nuevo Leon, conforme lo reNuevo Lcon.
.
.
.
viene e~ art. 1659 del Código expresado, Notit1:ueLinares. catorce de Agosto de mil ochocientos nove_nt&amp;ycmco.
actual que demarca los límites juris- Sierra Ruiz y su esposa D! ?.P. del Refugio Garcfa, ses,
- Vi8ta esta ilistancia promovida por la Sra. Bemnrdme. Pedrnia se. As1 l(? de~rel:6.Y firmó el C. Juez de Letnui de
vecinos que fueron de esta ciudad.
que se declare en estado de iuterdieci6n á su hlje. Victoria la~ fracción JUd1cial : doy fé.-Lic. Severiano Salí
diccionales entre las Municipalidades Lo que se hace saber al pdblico, para que las per- sobre
Rodrfguez Pedram y se le nombre tutor interino que la repre- nas.-A.-Ca:rlos ~nrbosa.-A.- J uan de D. vnm:
sonas que se crean con derecho á la herencia., com- sente en el juicio de testnmentarf&amp; de D. Jes6s Rodrlgucz Narro
de García y Santa Catarina.
que fu6 de la Sra. Pedrazn. Vista la información rendid&amp; nueva.-Tres rubncas.
parezcan á deducirlo en el término de treinta días esposo
el dictamen de los facultativos que reconocieron, la incapa.cl·
Lo que se Pl_1blica en cumplimiento de lo mandaLa línea que deberán observar di- que se contarán desde la publicación del tíltiu10 ylada.
Vista la conformidad del tutor interino que se nombró f. le. do en el auto tDSert-0.
edicto, contorme á lo dispuesto en el art. 1685 del Rodrfguez sobre que f. ésta se lo dadnre en estado de lnterdloLinares1 Agosto veintiuno de mil ochocientos noclón. Visto el auto de citación para sentencia y cuanto mas dechos municipios como limítrofes, será Código de Procedimientos civiles.
venta y cmco.--Lic.
Severiano Salinas.-A.-Carloa
tenerse presente.
Montemorelosi..Septiembre 3 de 1895.-Lic. E. Gai bióResultando:
que la Sra.. Bcrnardina Pedraza como Albacea en Barbosa.-A.-Juan de D. Villanueva.
]a que parte de la mojonera que exis- tán.-A.-J eslÍS mllesteros.-A.- Lázaro de la Garza. el juicio de testamentarfa
37-38•39
de su finado esposo D. Jes6s Rodrl
EDICTO.
.
40-43-46.
guez Narro, solicitó que ii. su hija Victorll\ se declara en estado
te en el Puerto del Durazno, recta al
de interdicción y se le nombrara un tutor interino que le. repreJ uzgado 2'.' de lo civil.-1~ fracción judicial.-FAEDICTO.
en dicho juicio.
Juzgado de Letras de la 4~ fracción judicial de Dr. Arroyo, Es- sentara
Suroeste (azimut magnético 222º 15') tado
• Resultando: que rendida la Información corrrespondiente y ta.do de Nuevo Leon .
El C. Lic. Carlos Lozano, Juez 2'.' del Ramo civil,
de Nuevo Leon,
practicado un reconocimiento judicial sobre el estado de salud
presentado por la Sra. Petra. Rodrigue• radicando en de la Señorita Victoria Rodrlguez, los testigos examinados y faque mide aproximadamente siete ki- esteA escrito
Juzgado el juicio de testa.mentarfa del Sr. Juan Pablo Mar- culte.ti.-os que sobre eso declararon. aseguran: que la Rodrfguez por aut.o de esta fecha ha mandado radicar en este
J uz~do,, el juici_o testamentario á. bi~nes d~ la llnaha recaido un auto que f. la letra dice:
encuentra eu estado ele imbecilidad.
16metros llega á la mojonera de Las t!nez,
•Doctor Arroyo, Agosto veinte de mil ochocientos noventa y seRe"llltando:
que el tutor interino que se nombró para que en da D~ M'. Antoma. Barragán de Mej1a, vecina que
cinco.---J&gt;or presentado y admitido en cuanto ha lugar en dere- esta instancie. representara f. la demente, eX])resa eotar confor- fué de esta ciudad.
Cruce~; de esta mojonera o~ra recta cho,
certificado de def'l:mción y testamento que se a.compaña, raLo que hago saber en esta forma, cumpliendo con
tiNquese f. la ocurrente en el anterior escrito y hecho que sen, me en que á su representa.da se declare en estado de interdicU!ngaise por rndicado :u¡uf el juicio de testamentarl&amp; del Sr. Ju&amp;n ción.
al Norte (azimut magnético 336º 50') P&amp;blo
Con•idernndo: que la Srn. Bernardina Pedmza i,n su carilcter lo prevenido ~or el art. 1659 del Código de Procel\farttnez, vecino que l\lé de esta cludadJ. dénse avisos de de albacea en el juicio de testamentaria de su finado esp&lt;&gt;!IO D. dimientos civiles.
.
radicación f. 1&amp; Secretarla del Gobierno del i,stado Tesorerfa Jcstls Rodrlgnez Narro solicitó que á su hij&amp; Victoria se le declade algo más de kilómetro y medio al suGeneral
Monterrey, J ulio 26 de 1896.-Lic. B. Ramtrez An
del mismo y _Rccaudacion do Rentas y f. la Oficina del nsc en estado de interdicción y que se le nombrara para que en
de esta ciudad, pnbl!qne~e este e.nto por tres veces cou• dicho juicio la representara, un tutor interino, cuya 1;0Ucitud guiano, secretario.
36 37 38
nacimiento de un arroyo profundo en Timbre
secutivaa en el Periódico Ofici&amp;l del Estado y en La Voz de Nue- debe tenerse como procedente, arllculo 1832 fracción 34 del C6diEDICTO
.

cua::n•

Hacielr

Leon y conv6quese á los Interesados JI. la J unta de que babia
de Procedimientos Civiles.
J,ugado 2Q de lo civil.-lf fr&amp;cción judicial.-Estado de Nuevo
lo alto del Cerro Colorado; de las elvoart.1669
del Código de Procedimientos chile~. NotiNquese. El ¡oConeidere.ndo.
que admitida la so1ícitucl de I&amp; Sra. Pedrnm se Lcon.
Juez de Letras de la 4~ fracción Judicial asilo proveé. Damos mandó
sustanciar
la
instancia
observl!.ndose
lo
preceptuado
en
En e_l JU:icio de intestado de D. Eulogío Oane. se ha dicte.do ~•
cumbres de esta ~erranía hacia el Oc- fé.-.Lic. Florentino de¡,. O.· ·A.-V. Licea.-A.-Cruz Zepeda.- los artículos 1333 JI. 1336, del mismo Código.
auto S1gmente:
Tres r6bricas.•
Considerando:
que
habiéndose
j
ustificado
con
1&amp;
información
•Monterrey, Agosto veinlíocbo de mil ochocienws noventa 1
Doctor Arroyo, veinte de Agosto de mil ochocientos noventa rendida y dictamen de los faculte.tivos que 1&amp; Señoril&amp; Vlctorin
cidente (azimut magnético 250º) unos y cinco.-Lic.
Florentino de la o.-A.-V. Licea.-A.-Cruz Ze- Rodríguez se encuentra en estado de imbecilidad y fuera del uso cinco.-Visto el nombramiento de tutor interino hecho en la
persona del Ar. Lic. Leobardo Cbapa para que represente en 4!lle
88-39-40.
siete kil6metroAy medio basta el pe- peda.
de la razón, debe en esa virtud declanm&lt;e en estado de interdlc ¡uiclo f. los menores Eulogio, Jes6s y Salvador Ge.ru: vista au
EDICTO.
ción y nombrt.rsele un tutor interino que le. represente en el jui aceptación y protesta, debia de discernirle y le di~iemo dicho
de testnmeutarfa del Sr. Rodr!guez Narro, nrt. 393 tracción cargo, confiriéndole todas las facultades y prerrogativas que la
queño Puerto &lt;le Carlota· de este una Juzgado de Letras de la 7~ fracción judicial.-Es· clo
4 del Código ch·il y 1334 del de Procedimientos del mismo ramo. ley le concede para el mas ampllo y mejor desempeño de cotado
de
Nuevo
LE&gt;on.
Por
las consideraciones y fundnn1ento~ expuestos y con arre- metido. NotiNquese y publ!que•e este auto por tres veces conrecta al Sur (azimut magnétic&lt;, de Con esta fecha se radicó en este J uzgado, el juicio glo ademú
ii. lo prescrito en loa art!culos 401 del C6dl~o civil y secutivas en el .. periódico Oficial• del E.,tado y en •Lo. Voi de
!UI del de Procedimiento• ya citado, debia de fallary fallo. Pri Nuevo Leon,• como lo previene el art. 1386 del Código de Procede
intestamentarla
de
la
Sra.
Lorenza
Rodrfguez,
152º) con longitud apro;dmada de vecina que fué de la villa de General Terán.
mero. Se declare. en estado de intc,·dicción á Je. Senorita Victo- dimientos civiles. A&gt;J lo decretó y firmó el C. Juez 2Q de lo civil·
ri&amp; Rodrlguez. l:x,gundo. Se nombra al br. Froylan Medina para doy ~.-Lic. Lozano.-Lic. B. Ramfrez Angnlano, secretario...:
Lo que se hace 11aber al público, para que las per- que
cuatro kilómetros, que pat-a á lo lar- sonas
rcpresonte li. la re ferida iuc&amp;pacitada en el juicio de testa,.
cll8.•
que se crean con derecho á lo. herencia, se pre ment&amp;rl&amp; expresado. Tercero. Notiflquese I!. quienes corrett- R6br1
Lo que se publica m esta fonn&amp; en cumplimiento del e.uto Inponda y publ!quese e•-t&amp; resolución por cinco vece• en el Perió- serto.
go de la cerca occidental del Rtmcho senten ti. deducirlo dentro del término de treinta dico
Oficial clel Estado y en La Voz de Nuevo Leon; y prevl&amp;
Monterrey, Septiembre 2 de 11195.,-Líc. n. Ramtrez Angnlano
contados desde la publicación del tíltimo edic· aceptación
del tutor nombrado di»ciéma.sele en le. forma legal
del Alto 6 Carlota y termina en la días
41~
to, conforme á lo dispuesto en el art. 168-5 del Códi~ ese cargo. Asilo reROlvió y flnnó el C. Juez de Letras de le. 81) secret&amp;rlo.
frncción judicial: doy fé.-1:lc, Severlano tlalinas.-A.-C,rloe
de Procemmientos civiles.
Boca de Vivanco, situada. en la Sie- goMontemorelos,
de D. Villanucva.-R6bncaa.•
Agosto 19 de 1895.-Lic. E. Gaitá.n Barbosa.,-A.-Juan
Lo que se remite al , Periódico Oficial• del Estado para su puElDr. D.Esteban(leG.P,r iu.li,
rra de Ojocaliente 6 la Veutana, y -A.-Jesrts Ballesteros.-A.-Lázaro de la Garza. blicac1ón
130r cinco veces como et11A dispuesto. Bualahu&amp;.,.,
Cruz Alta, B. G. do S. ,Brasil.
Agosto
vem
tiuno
do
mil
och
ocientos
noventa
yclnco.··Damos
fé.
por último, las cumbres de l'Hta Sie- Una estampilla de áEDICTO.
cincuenta centavos debida · Narciso Barrera.-A.-J M. Mendivil.-A-Pablo Rodrlguez.
(Ex-Interno del Hopistal de Notre Dame de P:u-ls.
39 JI. 43
E x-Cirujano Mayor del Ejérci10 Argentino, &amp;c., &amp;c.)
rra hacia el Occidente (azimut mag- mcnt.e cancelada con un sello qu e mee: Juzgado 3'?
PUBLlCACION.
de Salinas Victoria, Nuevo Leon.
Juzgado 19 de lo civil.- lf fracción judicial.-F.stado de Nuevo
Dice : "Debo manético 245º) 11nos ocho kil6metros constitucional
Con esta fecha, y por disposición del C. Juez 2'.' Leon,
el juicio hereditario de le. Sra. Iwfugio Cuevas, be. recatdo
nüestaros que en el
de Letras del Ramo chil, se radicó en este Juzgado, elEn
auto siguiente: •Monterrey, Agosto diez y siete de mil ochopasando por las Bocas del America- el juicio de intesta.mentarlo. de la finada D~ Petra cientos
Brasil entero soy el
novent&amp; y cinco. Por presentado y admitido conforme,
derecho,
con los recadoe adjuntos. Radfquese en este Juzgado
vecina que fué de este lugar.
médico más apolono, de Cortina y de Sim Juan basta Cantú,
el juicio te•tament&amp;río de la Sra. Refugio Cuevas; dEnse loH avlLo que se hace saber al pdblico, á fin de que las ROS
que pre,-ienen lo• art!cul0t1 26 y 74 de las leyes de Hacienda y
gista de westra prela mojonera de hi líoea diYisoria con personas
que se crean con derecho á la herencia, se del •1~mbre vigente. respcctívnmedte; publlqnesc este auto en el
paración, Emulsión
Periódico
Oficial
del
Estado
y
La
Voz
de
Nuevo
Leon,
por
tre•
á deducirlo dentro del término que fija el
el Estadode Cmihuil a que se encuen- presenten
veces consecutivas y conv~uese JI. los herederos f. la Junta que
de Scott de aceite de
art. 1686 del Oómgo de Procedimientos civiles.
pre,-iene el art. 166U del Código de procedimientos civiles. NoSalinas Victoria., Agosto 20 de 1895. León C11.Dtd. tiNquese. Lo proveyó y firmó el C. Juez 19 de Letras interino de
blgado de bacalao,
tra Robre el pico occidental de los do~ -A.-J
lo
civil:
doy
fe.-Lic.
Treviño.-Lic.
l.
Df.vila.
secretario.-Dos
uan Morales Garza.-A.-Espiridi6n Villareal.
habiendo obt enido
r6bricas.•
36, 39 42.
que forman la citarla Bora de San
Lo que se publica en esta forma p:ua los efectos JI. que b.,yalu-, con su uso en mi clf•
EDICTO.
¡ar y por disposición del C. Juez 19 de Letras interino del Ramo
Juan.
nica los resultados
Una estampilla. de ti. cincuenta centavos debida- civil.
Monterrey, Agosto treinta y uno de mil ochocientos n oventa y
cancelada con un sello que dice: Juzgado 2'.' cinco.-Llc.
más satisfactorio,;."
El decreto á que bemoRhecho mé- mente
l. D•rlla, secretarlo.
89-40-41,
local de Galeana, Estado de Nuevo Leon.
EDICTO.
rito, ha sido trascrito á las autorida- Por auto de esta fecha se mandó radicar en este Una estampille. de JI. cincuenta cent&amp;..-os debidamente cancelaEn la
El Dr. Prittli.
J uzgado el juicio de intestamentarla del finado Sr. ifc~~~u:'i~sqN~e~!"do~ado de LctTBS de la 81) fracción jude~ de lof! lugares que han motivado Guillermo Martínez, vecino que fué de esta ciudad. Linare~, Agosto veinfucis de mil ochocientos noventa y cinco.
Lo que se pone en conocimiento del pdblico en -Visto el nombramien to de tutor interino hecho por éste Juzgatal resolucion recomendánrloleR la fi- general,
para que las personas que se consideren do, en la persona del Sr. D. Lauro Galvf.n, f. 6n de q_ue en és~
represente f. Lauro Octavío, Adelina, Fr&amp;nci.co y Rosa
,iaci6n de mohoneras en los punto~ con derecho á los bienes que clejó dicho finado, ocu- juicio
Ualvf.n, menores todos de catorce año•. ViHt&amp; la aceptación y
rran á deducirlo dentro del término que fija el art. protcota del Sr. D. Lauro; debla de diiCemirle y le d,i¡¡cierno en
que la _misma dii-¡ osici6n previPne. 1686 del Código de Procedimientos civiles.
toda forma de derecho el cargo mencionado, otorgándole todas
80

No HAY QUEOLVIDARLO,-Colima, México, Mayo
80 de 1895.
Sres. Scott y Bowne, N neva York.
Muy señores mfos:
Usé un pomo de Emulsión de Scott que me fué
enviado por su agente viajero, en uno de mis clien•
tes, niño de diez años.
El efecto del medicamente ha sido muy satisfactorio durante mes y medio que he continuado usándolo.
De vdes, atto. s. s. DR. EUGENIO GoMEZ.

le.s facultades 9ue la ley le concede pare. el mejor aeSf'mpeño de
Galeana, Agosto 15 de 1895.-A. Amaya.-A.-J. su
cometido. NotilltJU8l\C y publlquese éste e.oto por tres vece•
M. Charles.-A.- J eslÍS María Almaguer. 36, 39 42 consecutivas en el Peri6dico Oficial y en La Voz de Nuevo-Leon,
de con.t:ornudad c&lt;?n lo du;pue,to en el articulo~ del_ Código de
EDICTO.
Procedimientos Civiles. A&gt;lf por eHte auto de d,.cerm miento1 lo
Una estampilla de ti. cincuenta centavos debida- docretó
y firmó el C. Ju;n de Letras de 1&amp; a., fr&amp;cciónjudlcial: noy
mente cancelada con un sello que mee: Juzgado 2'.' fé.-Líc. t;everi&amp;no Snlinas.-A.--Cnrlos Barbosa.-A.-Junn de
D. Vill&amp;nue,·a.-R6bríCW1.•
•
constitucional de Villa de Juá.rez¡ Nuevo Leon.
que se publica en esta forme. en cumplimiento de Jo numda
Por disposición del C. Juez de Letras de la 2~ frac- doLo
en el auto an terlor .-Lic. &amp;verio.no Salmas.-A.~Pnblo Llanas
ción judicial, y por aut-0 meta.do con esta fecha por ·A...J'u&amp;n de D. Villanneva.
31&gt;-10-41

este J uzgado, se dtl.por rameado en este de mi car·
go el ~uicio de intestado á bienes del Sr. Antonio Juzgado 2? de lo civil.-e fracción judicial,--.EsJerónuno de la Garza, vecino que fué de este lugar tado de Nuevo Leon.
en la Hacienda de Santa..Ana.
En el juicio de intestado á bienes de la Sra. l\laxi·
Lo que se hace saber al público, para que las per- miana Cantd, se ha dictado el aut.o que sigue:
sonas que se crean con derecho á la herencia, se Monterrey, Agosto quince de mil ochocientos noLa Emulsión de Scott es la providencia de los ni• presenten á deducirlo dentro del término que fija
venta y cinco..-Visto el nombramiento de tutor infios que engruesan y se desarrollan tomándola.
el art. 1685 del Código de Procedimientos civiles.
terino hecho en las personas de los Sres. Francisco
J uArez, Agost.o 26 de 1895.- P atricio Benavides.- Canales y Encarnación García, por los menores AnA.-B. S. Herrera.-A.-bli~el González. 39-4245. a.es y Apolonio Garcia para que los r e¡;&gt;resenten en
EDIC'IO.
011te juicio de sucesión: vista la aceptación y protesestampille. de f. cincuent&amp; cent&amp;vos debidamente cancelaLas marchas en bicicleta, asi como todos los daUne.
con un sello que dice: Juzgado 2Q constitucional de Villll de ta de aquellos, debta de discernirles y les discierno
tal cargo, ot.orgándoles todas las facultades que la
Nuevo Leon.
ejercicios corporales, agotan las fuer1.as d el indi- Juarez,.
Por disposición del C. J ue~ de Letras de la ~ fracción Judicial, ley les acuerda para el mejor desempello del mismo.
y
por
e.uto
de
fecha
diez
de
Junio
tUtiin_o
dictado
por
esle
de
m,
1
viduo y producen una fatiga que molesta. P a ra car¡ro, se dA por radicado en este Juzgaoo
el Juicio de Intestado Notifiquese y publiquese este auto por tres veces
r e parar las energ ins perdidas ning ún m edica- JI. bienes de la Sra. M~ Refugio Trevino, vecfna que fué de este consecutivas en el Periódico Oficial y en La Voz de
mento puede reemplazará la K oLA AsTrnR, que luge.r.
Lo que se h ace saber al p6blico, para q ue las pel'80nas que se Nuevo Leon, de conformidad con el a.rt. 1366 del
crean con derecho f. le. herencia, se presenten f. deducirlo dentro Código de Procedimientos civiles. Asilo decretó
es un tónico y un fortificante por excelencia de del Wrmino que fija el art. 1685 del Código de Procedimientos ci· y firmó el O. Juez 2? de lo civil: doy ~.-Lic. Lozada
.
no.-Lic. B. Ramirez Anguiano, 11ecretario.-Rúbrilos sistema nervioso y muscular.
Juarez, Agosto 10 tle 1896,-P&amp;triclo Benaddes.-A.-B. 8. He88-41-44.
cas.
Much as v eces la fatiga exagerada p roduce rrera.
Lo que se publica en esta forllla en cumplimiento
EDICTO.
palpitacion es d el corazón y entonces, como suJuzgado de Letrllt! de la 2-~ fracción judicial de Ca,. de lo mandado en el auto insert-0.
·
premo recurso tomad una cucharadita de K oLA deita. J iménez, Nuevo Leon.
Mont-errey, Agosto 16 de 1895,-Lic. B. Ramirez
851 36 37,
AsTIER, en la segm-idad de que las afecciones Hoy se r adicó en este Juzgado el juicio de intes- Anguiano, l3ecretario,
tado del Sr. Isidro Garza y de su esposa Manuela de
c·ardiacas d esayarecerán muy en breYe.
igual apellido, vecinos que fueron de la Villa de
J uzgado 2? Constitucional dll Abasolo,-Estado
Pedid la l\.OLA AsTIER en todas las far ma- Juá.rez, con residencia en San Mat~.
de Nu evo-Leon .
Lo que se hace saber al público para que los que
c ias a] precio de 4 pesetas cincuenta cén imos el
Con fecha diez del que cu.rsa se radloo en este
crean con derrcho á. la berencla, se presenten á Juzgado el juicio de testamentaria de las Seftoras
frasco, ó dirijirse al Dep ósito G eneral: Farmacia se
deducirlo t&gt;n el tér mino que fiJa el art, 16R5 del 06- J osefa y Antonia Castañeda, veeinas que fueron de
A stier, 72, a venue x léber, Paris.
digo de Procedimientos civiles.
esta Villa,
Cadereita J iménez, á 26 de Agost.o de 1895.,-Lic.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 1685
J. Ga1-za Leal.-A.--.A. Delgado,-A,-,Gabriel Leal. del Código de Procedimient-0s Civiles, se convoca á.
as.41-44.
las personas que se crean con derecho l\ la heren•
SECCION DE AVISOS
EDIC'l'O.
cia., para que se presenten á deducirlo dentl'o del
•
Una estan1pi.lla ele f\ cincuenta centavos debida- término legal ,
EDICTO.
mente cancelada con un sello que dice: Juzgado 2?
Abaaól&lt;!, Aiosto 12 de 1895,-Francisco Cantd.J uzgado 29 de lo Civil lf fracción judlclal.-F.stado de Nuevo- Constitucional.-Pesquena Chica, -Nuevo-Lron.
A-J osé u, V1llareal,-A-Atanaaio Padilla.
Leon.
Con
fecha
de
hoy
se
radic6
en
este
Juzgado
el
8fj 311 y 37
- Sr. H. B. Allen.
AVISO.
En f'I juicio ordinario que sobre cobro de pesos si!!"ue con tra juicio de intestado del Sr. Viviano González, vecino
vd . el Sr . Tbomu !?&amp;vid.son se ha dictado por este ¡uzgado un que fué de esta Villa.
Juzgado 3'? constitucional de la Villa de Santiago
a uto q ue es como SJgue:
Lo que se hace saber al públi.co para qne las per- Nuevo-l,eon.
'
•Monter rey, Septiembre ~r!ls de mil ochocientos noventa y cínEn el juicio de intestamentarfa de la Sra. l\Iaria
co.~Por presentado y admitido eu cu&amp;nto baste en dert'Cho con sonas que se crean con derecho á. la herencia de dilas factu ras y copias •imples que se a.compañan las cuales i,crAu cho Sr, se presenten á. deducirlo dentro del término Concepción Garza do Almaguer, se dictó el siguien•
cotejadas como por derecho se dispone y con fundamen to en el que fija el articulo 1685 del Código de Procedimiente aut.o:
nrlfcnlo 892 del Código de Procedimientos Civiles, emplf.cesc al
•Villa ele Santiago, ca.torce de Agosto de mil ochoSr. Allen para que .e le corra traslado de la demanda f. fin de tos Civiles.
Pesquerla. Cl1ica, Agosto 12 de 1895. Cármen cientos noventa y cinco.- Visto el nombramiento
q ue la conteste en el térnilno de nueve d!as improrrogables y
por cuanto f. que se ignora el lugar donde reside el Sr, demanda- Garcfa.-A-Julian Ohapo..- A- Vicente Chapa.
de tutor conferido por este Juzgado á favor de los
ao emp14cecele en la forma que establece el articulo 85 del C6di·
38 41 y 44
Sres. Jesús 1\Ia.rla Snldívar y Jesüs Alanis para. que
go citado, dejl!.ndole al actor sus derech Of!, salvo para que proEDICTO.
mueba la providencia precautoria por cuerda separada. Noun.
repreMnten en este juicio A. los menores Manuel,
q uese. Lo d ecretó y firmó el C. Juez 29 de Letras del Ramo CiJuzgado 29 Constitucional.- de Mina-Nue.-o-Leon.
M: Juanat~oter? y Vi~gi~i!_I, Ana.Almaguer el privil: doy fé.-Lic. C. Lozano.-Llc. B. Ramfrez Augui&amp;no, secrelllína, Agosto veinte de mil ochocientos noven la y cinco.
Por paesentado y admitido en cuanto ha lugar en derecho el mero y á roarcelino, Vu-g1ma y Fidel del mismo ape
ta.rio.-R6bricas.•
Lo que se notifica f. vd. en esta forma en cumpliuúen to de lo escrito presentado por el Sr. Abr11ham de In Garza, con el certi- llido el segundo; la aceptación y protesta de fiel
dilpuesto por el art. 85 del C6digo de Procedimientos Civiles.
ficado de defunción que acompañn; rad!quese en este de mí carMontertey, Septiembre 8 de 1893.-Lic. B. Ramtrez Angulnno go el juicio de inteRtado de la Srn. Concepción Gonzf.lez, vecín&amp; desempeño de los nombrados, yo el J uez de estos
secretarlo.
40 41 y 42.
' que fué de esta Villa, y de confonnidad con el nrt. 1685 del Códl• aut.os, debia de discernirles y les discierno dicho
go de Procedimientos Cil·iles, publfquense tres FAictos de diez cargo, confiriéndoles rodas las facultades que les deEDICTO.
J uzkado de Letras de la 7~ fracción jud lcial.-Estado de Nuevo en diez dfas en el "Periódico Oficial del Estado,. y en la Voz 1le signa la ley, á cuyo fin int.erpongo mi a ut.oridad y
Nuevo-Lcon,• para que los que se crean con derecho II la herenLeon.
En el juicio de intestado del finado Emilio Urbina se ha dlcta- cia ocurran f. deducirlo en el U!nnino legal. Notillquese. El c. judicial decreto. Notifiquese y pubHquese este audb por este \le ,mi cargo los autos fliguientes: ol\lon temorel01 Manuel Outí~rrez, Alcalde 2Q Constitucional de esta Villa, lo de• to por tres veces consecutivas en el Periódico OfiAgosto 24 vemttcuatro de 1894 mil ochocientos noventa. y cuatro. creto y firmo: doy fé.-lianuel Outiérrez.· -A,-Gregorio Flores. cial del Estado y en La Voz de Nuevo Leon para
Vista le. aceptación Y p r&lt;¡testa. que anteceden debía de discernir - A- José c,rdenas.-Rllbrlcns.•
Lo que se pone en conocimiento del p6blico para los efectos que surta los efect.os legales. Asi lo decretó y fir.
Y dlsc;lemo al Sr . Eugem!) de la Gane., el cargo de tutor de.tivo
m6 et Alcalde 3'.' conetitucional: damos fé.- ~'J-an·
lnten no de la men~r Elo188. Gane. viuda de Urbiua eara que la del arttculo citado, y lo firmo: doy fé.
Mina, Agosto 20 de 1895,- Manuul Gutiérrcz.- A- Gregorio Flo- cisco Marroqum.- A.-Téofilo Garza.- A.-Braulio G.
represente en el Jwclo de lntestamentarl&amp; del Sr. Emilio Urbina,
res.-A'-José
Cl!.rdenas.
40
43
y
16.
e1p0so que fué de aquelle., confiriéndole al efecto cuantas faculGarcia.- Rdbricas.u
tad~s fueren nec.ewias P81:" el &lt;;umplimleuto de su obligación
Lo que se publica en cumplimiento de lo mandado
debiéndose publicar e•te discernimiento en el Periódico Oficia'
Una estampilla de f. cincuenta centavos debidamente cancela,.
de! Elltado y en LB: Voz de Nuevo Leon, tres veces consecutiv&amp;SI
. Villa de Santiago, 14 de Agosto de 1895.- Fran:
cmde.ndo la parte mteresada de present&amp;r al Juz¡¡-ado un ejem da con un sello que dice: Juz~ado 2Q local de llualabuisce, NueCISCO Marroquin.-A.-Téofilo Garza.-A.-Braulio
war d e cada uno de loa n6meroe donde sea p6bhco el presente' vo Leon.
otíf'fqnese. As! el C. Juez de Letras de la 7t frncción jud icini En el juicio testamentario del ftnado Sr. Jes6s Rodrfguez Narro, Garza. Garcia.
86, 37 38.
1o Pf,ºIeyó Ydfirmó: damos fé.-Lic. Gait4n.-A-N. P. Segovia.- se ha dictado el auto que sigue:
EDICTO.
.-,._zaro e la Gane..-Rdbricas.•
•

A LOS CICLISTAS·

..

A
•-'1?_utemorelos, Agosto 17 diez y siete de 1894 mil ochocientos ne
~en ... Y cuatro.-for presentado con el certificado que se acompaldña Y por admitido en cue.nto ha logar en deYecbo, de confor.
m ad con los artl'culoa 441, 4-43 y 363 caso 8Q del Código civil
1829, 1330 y 13.'ll del de Procedimientos en la materia se
&amp;r&amp;:.que es menor de edad Dt Elols&amp; Gana viud., de Urbína
confinéndose el nombramiento de tutor dativo que hace en Já
pe_rsona del Sr. E ugen io O ~ JI. quien se barf. saber su nombra
m,ent ~ para que e:rprcse !U lo acepta reserv,ndose el Juz nd 0
proveer lo demas que corresponda. NotiNquese Ast el e ~u
de Le~ras lo decretó y firmó: drunos fé.-Lic. Óai!An -A ...;N ~
Scgovm.-A.-Lf.zaro de. la Gane..-Rllbrlcas...
·
·
· ·
Lo qu.e se me.nda publicar en cumplimiento f. lo mandado e
el auto inserto: da.moa fé.
n
Jllontetnorelos, Agosto 23 de 1896.-Lic. E. G&amp;ltAn.-A -Jell1ls
Blillesteros.-A.-L. de la Ge.ne..
40-41-42

!f8•

a/.

EDICTO.
·
Juzl?lldo 1~ de lo civil.-1~ fracción j udicial.-Estado ae Nuevo Leon.
Con esta fecha se radicó en este juzgado el juicio
de intestamentaría de la Sra. Marcelina Villarreal,
v ecina que fu6 de esta ciudad.

Lo 'l\le hago ~ber i\l pt\bllco por diB¡&gt;Of!iClón del

•Hualnbuiscs, veioticue.tro de A~osto de mil ochocientos noventa y clnco.-C6mpla.-e coa lo dispuesto por el Superior en el
anterior e.oto, y al efecto se discierne en forma el cargo de tutor
interino de_ la incapacitada Señorita Victoria Rodrfguez y de los
menores Melesio y Me.ria de Jes61 Medina al Sr. Froylan de e•te
dltímo apellido, concediéndole para su desempeño cul!.ntas facultades en derecho seo.u necesarias. Notiflquese y publ!quese
este e.oto por tres veces en el Per16dico Oftcial del Estado y en
La Voz de Nuevo Leon. Lo decretó y flm1ó el U. Juez 2Q local:
damos fé.- N&amp;rCÍllO Barrern.- A.-J. M Mendid.-'-A.- Pablo
Rodrlguez:-R6bricas.•
Lo que se remite al Periódico Oficial del Estado para su publi
cnción por tres vece,; como eotA dlspue,ito. Hualabulses, Ago.to
V!?inlícuatro de mil ocbocientos noventa. y cinco: de.mos fé.-Nnr
c1so Barrera.-A.- J. ~l. Meudh•íl.- A.-Pablo Rodrlguez. 89-40-41

Juzgado ele Letras tle la 2'&gt; fracción jucliclal.-Oadercita JímeneL-EstadO de Nuevo-Leon.
A escrito presenl:ldo_por la Sra. Manuela Del¡ado, radicando
en este Juz¡rado el ¡ulc10 tcstrunentarío de su esposo el Sr. Jor¡e
de Leon, ~a r~do un auto que II la letra dlce:
«Ca~cre,ta Jlnlénez, Agosto veintiuno de mil ochocientos noven
ta y cmco.-· Por pr~sentado y admitido en cua.nto baye.luñar en
derecho con el 2ertificado de defunción y copia del testamento
que se acompana, rad!quese en este Juz¡rado el juicio de testamentarla del ¡¡r. Jorge de Leo!), vecino que fué de esta ciudad, v
en su oportumdad c!l~se II los mteresruloa , la Junta que prescrfbe el art. 1669 del Código de Procedímientosclviles. Notill uese
y publlquese este auto por tres veces consecutivas on el Peri~co
Onclal del Estado Y en el de La. Voz de Nuevo-Leon Lo decretó
y firmó el Juez de Letras de la 2(l fracción · di · 1 d. ,. LI J
GarZI\ Leal.-A.-Gabriel Leal.-A.-Pablo Rctdó~ta : oy ,c.- c. ·
c. Jlménez, Agosto 21 de 1895.·Lic. J. Ge.ne. Leal -A -Pablo Ren
dón. ·A.-Gnbrlel Leal.
' ·
36-37-38

EDICTO.
J uzgado 2? de lo ci,;1.-e fracción jtidicial.-Estado de Nuevo Leon.
EDICTO.
El C. Lic. Carlós Lozano, Juez 2~ ele Letras del
Una estampilla de tí cincuenta centavos debida·
Ramo civil de esta l ~ fracción j udicial, por auto de
26 del mes en curso, ha mandado radicar en este me~te canccl~da co~ ~ se~l? que dice: J uzgado de
J uzgado el juicio de intestamentaria ti. bien er; do la. Letrns de la 3. íracc1ón Judicial de Linares Nuevo
¡,oon,
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                <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>La Voz de Nuevo León : Periódico semanario, político y literario. 1895, Segunda Época, No 325, Septiembre 7</text>
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              <text>Benítez y Leal, Pedro, Redacción</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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