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                  <text>Segunda época.

Monterrey, [México.] Sab;1do 8 de Agosto de I 896.,

7
L

1.

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,· t:1
J/

r."\_ •

,~.

NUM. 373.

....,

/

I

PERIÓDICO SEMANARIO, POLITICO Y LITERARIO,
ORGANO DEL GRAN CIRCULO «UNION Y PROGRESO» FORMADO POR LOS CUARENTA Y OCHO CLUBS QUE CORRES
PONDEN AL MISMO NUMERO DE MUNICIPALIDADES QUE COMPONEN EL ESTADO.

Editor y Responsable, IGNACIO J. MENDOZA.
Registrado provisionalmente en la AdminiR- la justicia son verdades que no han in- ante la autoridad judicial, es lo que se cuarenta días, el de Som;rcio tdae ve~f"
tración de Correos, de esta Ciudad, como artí- ventado Ids pueblos principios que no llama juicio. La forma, solemnidades y t~; para !a contestac1on e, ~ eman a
culo de segunda clase.
han podido desconoc~r; no son deduccio- nombre del juicio, varían según los me- fi~a el pnmero de aq_uellos Cod1gos, nueve
nes, porque á.ntes de la deducci6n está dios que las partes adopten p~ra obtener dias, el segundo cmco; para a!eg_ar de
cn~DICIO!YES
el principio, así como antes de la reali- su _derecho, ~a causa q1;1e en el se trata, buena p~ue~a _trae _el de ~rocedimientos
zación está la idea· son de esos princi- la 1111~ortanc1a de la misma causa, el ob- en matena civil qum;e dias para ca~a
Este periódico se publicará todo_s los Sábados.
pios que por evide~tes no pueden po- J. eto, l~s formas ó manera de proceder y parte, y el ordenamiento de Comerc10,
La suscrición se pacrará por tnmestreg adelanta- .
'
fi A a· d ,
,
t
.
d'
también para cada parte Como se
dos en la inteligencia Je que su valor mensual e;- ,le nerse en duda, y que por justos no pue- su. ~- . ten 1en. º.ª _esas circun~ ancia~, ~ez,
, , .
. . .
: .
_
TREINTA Y SIETE CENTAVOS dentro Y fuera uP den ser desobedecidos. Son preceptos e~ JUlCi? p_uede d1v1duse en arbitral, c1- ve, ~s mas rap~~? _el Juicio or dínano,me1;_
~l
suelto vale DOCE CENT.A.VOS.
eternos é inumtables reflejados en el es- vil ó cr~m1'?-al, de may_or 6 menor cua~- cantil que el en 11, puesto que los terllll
18,.Todos los pagos serán adelantados.aoa
peJ· 0 de la conciencia humana.&gt;&gt;
tía, petltono y posesono, yerba} .Y escri- n?s son mu.cho mas cor~os en la supraPara tododel
lo relativo
al Periódico dirigirse al Ad· y sumans1mo,
,
ministrador
mismo, Sr. Aurelio Lartigue, calle
to, ord'mario, sumario
or- d1ch a mat ena de Comerc10•))
de Mina número 45.
Habló luego brevemente de las perso- dinario y ejecutivo; y por razón del fuePasa á los juicios ejecutivos, cuyo obnas, las cosas y las acciones como objeto ro son del orden federal del común ó
.
bl'
·
ADVERTENCIA.
de la justicia natural; pasando después del militar.&gt;&gt;
'
jeto es «hacer cump1ir 1as o 1gac10nes
.
á considerar los derechos y deberes y, por
constantes en títulos, que por sí mismos
Se advierte á ~~ P:rsonas de esta Capital y á último, las leJleS que dividió en Úz?mtlaAgregó después, que los juicios, ade- tienen fuerza suficiente de plena prueba»
las de las mumc1palidad~s. del Estado y fu:ra bles y arbz'trarzas definiendo cada una más de ser civiles v criminales por ra- haciendo ver que en ambas legislaciones
decél,
AVISOS
JU- de est as especies,
• ' y ana
- d'iendo, respecto zo'n de la matet·i·a, .,·,un tatnbl·e'n inercan- es igual la manera
de incoarlos y el modº . 1 que tengan
:f 1que rem1trr~
inserción
en este
.
d
!:nos, lo hagan di- de ellas, los conceptos siguientes
tiles, siendo el objeto de ést~s la deci- do de prosegmr1os; rero qu~ no van e
rectamente al Administrador de «La Voz de
.
.
sión de las controversias qne se derivan acuer~o. e_n cuanto a los tzht!os en que
Nuevo-León,» adjuntando con el autógrafo su
«L~s pr~mei:as, l_as umi!tta_bles, ?º han de los actos comerciales, habiendo pa- tales JUICIOS se fun~an; expresando 1?9
importe, que son: tres pesos cincuenta centavos, ca1;llb1ado Jamas, m camb1_aran, mientras rala decisión de tales contiendas, tres d?~umentos comerciales que e~ ma~ena
por veinte renglones manuscritos ó fracción de exista el planeta _que h~bltamos; porque diversas formas de juicio que son: la or- ci~1I no se re;onocen como. e3ecut1vos,
el1os, el exceso, á cinco cent.avos por renglón. ~lla~ _proceden mme~i~tamente de la dúzan'a, la ejecutiva y la espeezal 6 de asi como l~s ~1tulos.~ercan~1les que C&lt;J?•
Los avisos que tengan que publicarse por más JUstlci~, q1;1e_ es etern_a e mmuta~le, y co- qut'ebrn. Manifestó en seguida que sien- forme ~l Cod1~0 ~ivil no tienen el misde tres veces, se cobrarán á razón de cincuenta mola Justicia, han sido rec?n~c~das por do muy semeJ·ante la tramitación y ac- mo caracter eJecutlvo. Expresa ~espl,lés
centavos por cada vez.
t 0d 1
bl
f
t 1 d
El pago se hará precisamente adelant.ado.
os os pue os ,Y sus pnncipios or- ciones que dan origen á los juicios ordz~ que en cuan°ª. or en que se ~i~gue ~n
~an
qu_e podnamos llamar la. con- ;wrzo y ejecutzi,o, tanto en materia civil el emba:go ~e b1ents, h~y ~1;1b1e~. disc1e~c1a _umversal; tal;s leyes han si?o y como en la mercantil, se proponía hacer co:dancia, fiJando la_leg1slacion _civil en
"La Voz de Nuevo-León" circu]a den seran siempre la g~ia de la hu?lamdad un estudio comparativo de tales juicios, primer Ingar el dzne~o Y alha;a;; Y_la
tro y fuera del Estado.
y de ellas dependera en todo tiempo la al que dió principio con los términos si- mercantil, las mercanc1as y demas bies~}vación de lo_s pueblos y la conserva- guientes:
nes objetos de comercio. .
.
cion de las sociedades.
Hace ver luego la discrepancia que
REDACCION.
&lt;cLas arkztranas, proceden, supo~ie~- &lt;cEn cuanto á las disposiciones que se encuentra en los expresados juicios
Lic. Pedro Benítez y Leal.-Lic. d? reconocidos ~qu~~los eternos pnnci- son comunes á todos los juicios, y que en cuanto _á los trámites que preceden á
Lorenzo Roel.-Aurelio Lartigue. - pios, de la obhgacion que te1;1emos de no pueden dejar de observarse llegado la sentencia de remate; y como final de
Lic. Jesús Garza Flores.- Lic. Vir- obede_ce~ á los poderes legítimamente el caso de su aplicación en cualquiera ese estudio, habla detalladamente del
.
de ellos, no por lo que toca á la forma ó juiá'o de quiebra, en los términos sigilio Garza.--Lic. Vicente Garza Can- constituidos.
&lt;'.Ell~s. son consec~encias remotas ~e solemnidad que constituya su especie, guientes:
tú.
la JUsttcia n3:tural, . o precep,tos que tle- sino en las condiciones generales de la
. . .
.
.
~~~~~~~~~~~~~~~~~ nen por úmco obJeto el n_1as perfecto sustanciación y de las personas que in«El JUlc:o especial de quiebra, que
BDJCTORJ:AL..
arreglo de la conducta privada ?e los tervienen en ellos, así como sus obliga- puede c~ns1?erarse como un concurso
ho~bres. Sus fundam 7ntos, son d1fere_n- ciones para la Yalidez de los actos judi- mercantil, tiene algunos p~n~os de contes
a los del orden so_cial ~ por !o mi_s- ciales, en ambas legislaciones tanto ci- ~acto con los concursos civiles.. H~y
Monterrey, AgoRto 8 de 1896.
mo, pueden ser cambiadas o aboh_das _s1_n vil como mercantil, son las mismas; en 1gualdad en cuanto que ambas legisl~cioca~sar mal alguno; pue? _que .su JUst1c1a una y otra se encuentran los mismos nes recon~c~n el_ concurso volunt~no y
esta funda?~ en la utilidad que de su requisitos y formalidades para la perso- el necesano, temendo lugar el pnmero,
CONFERENCIAS
pro~ulgac1on s_e esper~, de acuerdo con nalidad de los litigantes, las notificacio- c1;1ando el deudor se d~sprende de sus
las circunstancias particulares de cada nes, las formalidades judiciales, los tér- bienes para hacer pago a sus acre d?res,
7
EN LA
pueblo.
.
.
minos, las costas, las competencias, los y el ~egu1;1,do, cuando lo han sohcita~o
«Esas Jeyes difieren de las mmu~ab~es, impedimentos, recusaciones .Y excusas, uno o vanos acreedores, ya porque ei~.
en que, est3:s, c?mo su nombre lo md!ca, alegatos, publicación de pruebas, medios cutado el deudor no se encontr~re~ ~1e-_
no vanan Ja~as de naturaleza; m1e~- preparatorios del juicio y reglas gene- nes bastantes en que trabar. eJe~qc16n,_
tras que aque~las, pued~n ser sucepti- rales sobre la prueba.
ya porque de hecho suspen~1e_re el ;deu~
bles
de
excepc10nes.
6
d1sp~n~a~,
tantas
«En
cuanto
á
los
instrumentos
y
docudor
eI pago _de sus deu~as c1viles;y, :C(!,'".
( Continúa.)
c1;1antas sea convemente a Juicio del le- mentas, reconoce la ley mercantil los merciales; siempre qu~ estas sean hqu1·.
gislador.
. . .
mismos que como públicos señala la ci- das, de plazo ~umplt~o Y consten· e?
. Continuamos nuestr~ reseña i:,obre las . ;&lt;En. cuanto al conoc1mm~1ent? tam- vil; con la adici6n la mercantil de las documento _Público, pnvado 6 ,reconoc!-1
mteresantes co~ferenc1as. dadas ~n la bien ?1fie:en, porque l~s arbltranas son p61i7:as de contratos mercantiles, cele- do por el mismo deudo:, ademas de lo.~.
Escuela de Junsl?rudencia, ocupand?" por s1 mismas ~echos ign?rados po~_to- brados con intervenci6n de corredor, casos e~ que pue~e pedirse el concurso.
nos hoy d71 trabaJo presentado el dia dos, y par~ ~?nsidera~las Justas ex1Jen que, por razón de la materia, no se en- nec~sano y que fiJ_é ya; puede tambié_n
dos de Julio por el Sr. Carlos Leal Isla, ~c?mo condic1on esencial, que sean cono- cuentran en nuestra legislación proce- pedirse,. pero úmcamente en materia
alumno del 3er. curso.
c1das de aquellos que deben obedecerlas; sal &gt;&gt;
mercantil, cuando el deudor se oculte 6
El Sr. Leal Isla hizo un estudio com- mientras las inmutables. que son deri·
ausente sin dejar el establecimiento Q
parat-ivo ~e los Juicios rzv~lef JI mercautz~ vaciones inmediatas de ~a justicia, á las
En lo referente á las demás pruebas, negociación de su propiedad á_ car o de
9 lo~
les precedido de los principios ~enerales cuales aunque no estuvier~n promu!ga- como son la testúnonz'al, útspecczon ; udz~ un,a _persona 9.ue pueda cu_bnr asr
de de:echo, con_ducentes al obJeto de su d~s, los hombi;-es Jes debenan obed1en- cz'al,fania públz'ca JI presunciones, mani- creditos venc1do_s de su pasi~o COTI\O lo~
1
laborioso e;tud1?·
cia, como emanaciones que son de la festó que las legislaciones mercantil y 9.ue en lo suce_s,1vo se vencie:r-en. Hay
. Comenz? el d~sertante hablando_ de !a ley natural.&gt;)
civil están de acuerdo; pero qu'e en cuan- 1g~aldad ta~b1~n e~ ~manto al nomb:r9:~
importancia y drficultades de la c1enc1a V 1 . d0 , 1 Ob.
d 1 d
h to á las disposiciones generales sobre el miento de Smd1co e Interventor, gr~jurídica: de 1a Justicia, como espíritu de
1? 6\'le~ ª .Js Jetos e ]re\ o, valor de las pruebas no lo están porque duaci6n de créditos y liquiqación iudi~
la Legislación; y de las satisfacciones exp !cd ' detem dament:, qdue e.1 tontz re el Código de Comercio agrega l~s reglas cial, que ambos concursos mer~a+1ttl y
, ·t h
·
cons1 era o en eterm1na as circun an• .
que e1 esp1n u umano expenmenta a1 .
.
.
'd'
generales
«para
graduar
la
fuerza
probacivi
1 reconocen.
stl
ver triunfantes los principios de la mis- cias c~n tuye 1O que JUn icamente tor·a de los libros comerciales.&gt;&gt;
&lt;&lt;Por lo que respecta al orden de los
t. ·
1
t · d d
se entiende
p ersona enumerando
l,
. ,
. . •
.
t rami
, ·tes b ay d'f
· en ambas mate•
ma Jus 1cia,
Y as con rane a es que d
,
d por
d'
. '·
, ,
Sigue
d1c1endo
que el JUICIO
ordmario
i erencia
1
amargan el alma cuando se ven viola- espues to ªas as ispo~ic;ones que a es- tiene igual tramitación tanto en mate- rias. porque la mercantil principia por
1
dos esos sagrados principios.
ta codrresb~on
edn;ldaso
ª ~.c~sad 6 se- ria civil como en la m~rcantil constan- el nombramiento de síndico é interven•
O
Expresó en seguida, qne la ciencia de gun ° Jet?
erec
/cien ° q_ue do en uno y otro caso de dern~nda con- tor _v en la civil no se efectúa, sino desstitm as por to O O,rue exzSle testacioH pruebas publz'caczon de ¿stas pués de la celebración de una junta de
la justicia abraza tres principios primor- e;~n
con
diales· «vt'vz'r honestamente no hace d fí szca JI moralmente, con excepctou del lwm , - t '
t '·
· ¿ ·
l 1 ' acreedores que es el primer trámite que
- ' · ·
·'
r a- bre· ero ue la Juris rudencia sólo seocu ateg a os JI sen encza, sien ° igua es os .
' . . .
no a n,adze,y da~· á cada uno lo SUJIO;» y
,P
q
P
"b' ,J
requisitos de todas estos trámites en am- dicha matena civil establece.&gt;J
despues de manifestar que esos p · • pa de aquellas que son su&amp;eptz tes ue p o- b
d ...
nnc1.,
b .
d . . d h
as e1ases e JUic1os.
C
b
. .
píos están en la conciencia huma
seszon, Y que ªJº e1 onumo e1 om,
onc1uye con unas reves aprec1acio, t · , 1 h
d
1:1ª, Y bre se llaman bz'enes los cuales clasificó Expresa despues qne por lo que toca nes sobre el mérito de nuestra legislaa _Jamas
e~ 1oa s1gmente·
?eg_a o su Justa en comunes 6públzcos'y de pro-1-.zedad
par- á · la dforma
ordenamientos,
oqbued~s
e 1encia,
agrego
-r
· difieren estos
·¡
1
t' ción ' en la que se encuentran principios
·
tz'cular , aludiendo en seguida á las dis- sien º. siempre escrz en ~s _mercan 1- tan importantes y avanzados como «La
&lt;cLos. extravíos de la razón humana y posiciones que según el Código Civil les les, mien,tras 9.ue en los civiles puede igualdad ante la leJI,» «La prevz'a dejenlas pasiones arraigadas en el corazón de corresponden por lo que toca á su dz'vi~ ser or;1-l o escrita ~eg(m la naturaleza y sa en los juiáos,» &lt;&lt;La aplú:aczon de
los hombres han hecho á éstos cometer sz(m, propiedad, usufructo, uso y lzabda- cuantta del negocw.
leyes anteriores JI por tribunales previaerrores lamentables, en los cuales pa- czon, etc.,· y por último, explicó las acezo- Refiriéndose luego á los térm úzos, se mente establecidos, siempre expeditos JI
rece q1;1e . h_an desconocido alguno de nes ó sean «los medios de hacer valer los expresa como sigue:
g ratuitos; reconociendo, por otra parte,
esos principio?; pero, por fortuna, esos derechos establecidos por las leyes anque hay todavía mucho que hacer para
errores. han s!do condenenados por la te los tribunales competentes», exponien- «Los términos en materia mercantil conquistar el imperio absoluto del prihu~an1dad misma, tr_asmitiéndonos por do su 1ivisión en le!(ales _y convenczona- son_ más breves qu~ en la civil, pu~s el mero _de los principios expresados, que
medio de las generac10nes, puros y sin les, asi como su clasific3:c1?n en p ersona- legisla~or ha quen~o que s~ expedite al e~ el ideal perseguido por nuestros lemancha, esos preceptos de la justicia les reales y de estado czvzl.
comercio sus negocios, termmando pron- gisladores.
natural _que existen grabados de una Si ió ocupándose deljuz'czo, que de- to sus disp~tas. ::I:ª d_iscrepancia que hay
~anera mdeleble en nuestro propio espí- finió~ explic6 con las siguientes pala- en ~uan_to a los termmos en una y otra
ntu.
b s·
leg1slación, se nota desde luego; pues
«Esos principios son la base de las le- ra. ·
mientras que el Código de Procedimien¡es e¡ue nos ris-en, son derivaciones de (&lt;La discusi6n legítima de un negocio tos civiles señala como ?rdinario el de

~1!1:';~

0

p;;f~Zo,P;i/~~e:~ec!ª~ª

Io

.J

h
d

ª

�LA VOZ DE NTIEVO-LHON.

2

, $7.672,902.51
co en su sistema monetn.rio, por quo, si bien Valor de plomo neo.
tal obrar seria beneficioso para sus intereses Idem de Coke .
44 6, 6188.86
comerciales y agrícolas, en cambio sería un Idem de piedra de cal .
14, 3 r.9o
grave obstáculo para que sus millonarios (más Idem de leña . . , ...
867. 34
de 30,000 en número) prosigan en la humanita8
6 7 7. 51
2
3
,
Impuesto
federal
.
.
.
ria obra de acaparar más millones para el sus315,266.70
tento de sus interesantes familias ..... Pero hay Salario de trabajadores ..
______
otras razones ele igual peso para que InglateEL PUNTO DE VISTA DE LA
~
rra rechase el bimetalismo. En primer lugar,
Total . . .
• iP 8 •688 ,53 4 ·8 2
DEPRECIACION DEL METAL BLANCO. la favorita ele Gladstone: «Inglaterra es una

~lEXICO ACTUAL

YSU VERDADERA POSICION DESDE

nación eminentemente acreedora;)) y en se-

LA VOZ DE NTTEVO-LEON.
«El Sr. Presidente de la República con
yo ilustrado y decisivo juicio hemos 'conta3u-

J;, ~º:

se ha servido concedernos su valioso a

O

o,

s,'. más completa aprobación; pero al 0
mzarse la REVISTA,
de la que desde Jioy asuga
.
.,
h
mo Y? 1a d ll'ecc1on, emos creido que en 1
sucesivo, deberá 1·mprimirsele ~l mayor im~
pu1so, par~ 11acer e1e ella un trabajo que co.
rresl?onda a la cultura y {1 la grandeza de la
Pati·ia , Para 1ograrJo, necesitamos del fa
de nuestros compañeros de armas á cvor
. t'
.
,
uyo
La Negociaci6n Minera Fundidora y il.~st rad o pat r10 _1smo, suJetamos la consideraAfiuadora «Monterrey» contiene los si- mon de la necesidad de este periódico, en los
guientes pormenores, de Julio de 1895 á momentos, sobre todo, en que, la vigorosa
~an~ d~l actu":1 S~ñor Ministro de la Guerra
último de Junio del año actual:
1mpr1m1rá al EJérc1to, y comienza ya á imp ·'
mirle la reorganización que lo pondrá á fa r;:
Barras .
218,000
tura de los demás Ejércitos del mundo.» a
Plomo .
. 9.946,542 kilos
Deseamos á la «Revista Militar» exiid.
Plata. .
94,390
to
en los nuevos horizontes abiertos á
id.
Oro . . .
. .
41.52
sus
patri6ticas tareas, y que ello sea
asciende
El valor total de lo ánterior,
para
bien del Ejército á quien las dedica.
á la suma de i/,3.926,242.12.

En los momentos mismos que Mójico, el gundo lugar, necesitando en enormes cantipaís intranquilo do antafio, ve renovarse sus dades-cerca de $2,000.000,000-sustancias
pocleres públicos y reafirmarse sus esperanzas alimenticias, [$600.000,000] materias prime:tlhagadoras para lo futuro; en los Estados ras [400.000,000] y hasta «productos fabricaU nidos, teatro clásico de la pa_z octavian¡i., se dos» que importan anualmente más de 300
abre un vasto campo y dos partidos poderosos, millones de pesos, claro es que para verificar
dd contradictorias aspiraciones y creencias tales compras con la mayor utilidad posible,
económicas, y movidos por intereses opuestos, Je sirve r, maravilla que los países donde las
sa aprestan para librar la gran batalla, q\li- efectúa, acepten en saldo el metal que ella
z"is de serias trascendencias en lo porvenu·. deprecia, [Con tal que, entre estos países no
En Méjico, donde blanco hall/tra por tau lar- se numere á los Estados Unidos, (mica potengo tiempo la malicia para decantar sn pobre- cia industrial que pudiera combatirla, y de
za, el letargo se sacude, la agricultura siente hecho Ja combatirla con las mismas armas
acrecida su savia y fecundidad por el abono que ella rechaz_a, esto es, con el metal blanco.]
Se puede calcular por solo las candel capital extrangero, el comercio resiente el Es, pues, evidente, que escuchando foglatidades
de dinero que arroja el moviaumento de prod,1ctos ele la agl'icnltura, la in- terra el rech1mo de sns rntereses, sns bbras
DE
miento
de los dos establecimientos
dustria va irguiéndose poderosa á, medida que esterlinas habrán ele desempeñar un papel imse van multiplicando las solicitudes del co- portantísimo en la presen~e _&lt;;ampa~a, auxi- enunciados. cual será la actividad inmercio; en tanto que la minería., que aumen- liando de una manera cn.s1 1rres1st1ble, á los dustrial existente en esta Ciudad si se
ta e1 repuesto del medio circulante, favorece, que aquí, de mala fe ó sorprendidos por sofis- considera en todo el citado movimiento,
El 16 de Septiembre pr6ximo, quedaobviando la adquisición de éste con la pléto- ticas declamaciones, h:'tllanse ehspuestos á dar
rá
en vigor la ley de 19 de Junio de
el
correspondiente
á
las
demás
implanra de los depósitos en los bancos, todos los su voto en favor del metal am::mllo y de los
taciones fabriles que aquí tenemos, y 1895, sobre sistema nacional de pesas y
otros ramos de la riqueza pública. En opo- que con él trafican.
medidas.
sición á esto, en los Esta.dos Unidos, la nay aún admitiendo el caso remoto de que el que no son pocas.
.
,
ción más rica del mundo, la enorme produc- dinero incrlés aumentando el reptiesto del que
Para que la ley á que nos referimos
Es
indudable
que
el
capital
atrae
a
el
,
'
ción agl'icola, que monta á $2.460,000,000, prodigar Dintentan
los po derosos fi naumeros
pueda
tener en la práctica la exact~
capital.
Actualmente
giran
al
rededor
desfallece bajo el peso de sus deudas, r1upli- del Este no fuese toehwia bastante para tri unaplicaci6n
que se desea, se le ha puesto
de
estas
grandes
empresas,
muchas
'
'
cadas desde 1873, y de la rlerreciación de su~ far clel buen
sentido americano,
y que, merpara
su
ejecución
el plazo de más de
productos; el comercio sufra, c)mo agm1e in- ·ced á. una serie de circunstancias imprevistas, otras de no menos importancia, cuyas
mediato, el atraso de la a,;1 icultura 1 asi: en ocurriese en Noviembre el triunfo de los par- manufacturas tienen gran demanda en un año, con el fin de hacerla viable con
lo que mira á la merma ele los racurso3 nume- tidarios del metal blanco ¡,estaba por ello los mercados en donde efectúan su con- menos dificultad. El Supremo Magisrarios de ésta, como por la instabilidai y ries- concluida la campaña?
trado de la Naci6n, íntimamente congo de las operaciones á plazo; el industrial ex- No; el oro de Inglaterra realizaría con mu- sumo.
vencido de la importancia de reforma
Este
estado
floreciente
demuestra
que
perimenta el contragolpe de la falta de nor- cha mayor facilidad en el Con_greso, sus code
tanta trascendencia, la cual responde
el
país
tiene
energías
suficientes,
para
malidad en las operaciones mercantiles, y, por rruptelas, q•e en el campo abterto de los coúltimo, el mi11ero que produce anualmente misios. La plata, triunfante en el plan de dar aliento á todo género de instalacio- perfectamente á las exigencias de nues$66.~92,000 para su país, y que, rn cambio de Gobierno seria indndablemente derrotada en nes industriales; y ante evidencia tal, tra actual civilización y á la no menos
esta labor, ve desmoronarse en Fa'a.rios, ma- 1as Cáma~as, á la hora. precisa, por la omni- fácil es creer que el capital, tanto nacio- de orden de tener un sistema uniforme
quinaria, impuestos y beneficio, te 1 total y vein- potente acción del Dios Dallar.
nal como extranjero no tendrá motivo en el país, de pesas y medidas, no ha dete por ciento más de los productos ds su inmenEntretanto, y cualquiera que sea el :e~ultasa obra, no puede, ciertamente, felicitarse de do de la gran lidia monetaria á qu~ asistnnos, ya pára mostrarse reu1iso. A este res- jado de expedir disposiciones relativas
un orden de cosas como el actual. En MéJi- Méjico seguirá disfrutando de envuliable J?O- pecto, pudiéramos entrar en algunas con el fin de ilustrar el sistema que
co, durante los últimoi:; diez nños, nuestras sición, pues que de igual su~rte sale benefim~- consideraciones; pero no lo hacemos por pronto ha de quedar en vigor.
importaciones y exporb1cion•-•s han ido conti- do con el triunfo de cualqmera de los partiInútil es encarecer la bondad de un1
nuafo.ente ascendiendo¡ aquí. mermaron du- dos. Si el precio del metal plata sube, se no dar mayores proporciones á este arley,
que demuestra por sí sola esa bonrante los il.ltimos cuatro a,ños. ',e ha conse- aprovecharán ele ello los cn~ntiosos iutere~..es tículo.
dad
y
que tanto favorece no s6lo al coguido en :Méjico, clnraute los últimos cuatro mineros de nuestra Rep(1bhca, y será ocaswn
años la nivelación de sus presupuestos; aquí, de recordar que ningun país aventaja al nu.~smercio, sino á toda clase de transacciones
en el propio lapso, han arrojado tales deficien- tro desde el punto ele vissa de la pr?ducmon
que se puedan efectuar, por contener
tes, que han hecho de necesica l aumentar la argeutífera, pero si la plata debe continua,· deella el sistema de pesas y medidas que
deuda pública cerca de 300.C0).000. El eré- preciada, por las razones dichas, en ~se caso,
~\M
W
M
fi
•·
más garantías y exactitud prestan en topito de nuestro pals, ba ido ccnstante y progre- quienes, en :México se aprovechen, serau nuesda clase de negocios.
sivamente robusteciéndose en el exterior y tros agricultores y 1nanufactureros.
nuestros valores adquiriendo mejor demanda
Este importante bimensual, que se puLa mencionada reforma, no encontraADOLFO DucLOs SALINAS.
y \nercado más firme; y si bien no puede deblica
en
la
Capital
de
la
República,
ha
rá
tanta d.ificul_tad. como. es d~ especirse que los Estados Unidos, como nación
quedado
á
cargo
de
nuestro
antiguo
verars~
en su ap_hc~c16n, st por mter~s
solvente, hayan perdido en lo más mínimo
. t"
·a Gral So'stenes Ro- propio y patnottsmo. las clases mas
por Jo que respecta á su crédito, en cambio
t erano, e1 d 1s mgm o
•
•¡
d
d l R , bl"
l
las inversiones americanas, la inmigración de
cha desde el día 15 del asado lo cual I US t ra as e a . epu. ~ca, ~ prestan
capital europeo !, esto pals, va pasando de
'b
d
p
'
su apoyo, procurando difundirla en el
ce1e ramos muy e veras.
, •
d 1
1
moda á toda prisa, sin disminuir poco ni ronAl dar cuenta el citado Sr. General espmtu e as e.a.ses m_enos aptas pacho la de los «buscadores de fortuna.» En
YLA NEGOCIACION MINERA
. l b d A
ta comprenderla mmed1ata111ente. • A
otros términos, las empresas americanas que
st:nto, ba¡o e Er_t; r? e "a· nue stro.s continuaci6n insertamos· la circular é
del
a
exigen inversión de fondos, no son ya muy socompaueros en e1 ¡erc1to,» ice 1o s1- .
.
h
a·a ú'lt' •.
· te·
mstrucc10nes que a expe I o
1m:ir
licitadas; pero las riquezas, los fondos, para
guten ·
mente la Secretaría de Fomento, relllti•
ser más precisos, coutinuan siéndolo. En la
actualidad, Méjico tiene razoaes para felici«La Roviota Militar Mexicana que, fundada vas al mencionado sistema.
"MONTERREY."
tarse de una corriente, que diariamente va
el año 89, acaba hoy de cerrar su sexto toaumentándose, de capitalistas; aquí crece la
mo, constituye una publicació_n en la que co~ «Secretaría de Fomento, Colonizaci6n,
de los especuladores. Allá se persigue la rise encuentran consignados la not,- Industria y Comercio.-México.-Sep-..
LOS RENDIMIENTOS DE CADA UNA. •eguridad
queza por hacer, aquí la riqueza hecha; allá
cia 6 los principios de los elementos más im- ci6n 2&lt;!,-Núm. 403.-Dada la import
aumenta el número de productos, aquí el de
portantes y modernos de la Guer~·a.
cia que tiene para las transacciones mef.
los qne juegan con la producción, sin haber
Debemos á la bondad de un buen ami- En los momentos de so fundación, llenaba
.
• dd 1
cogido jamás un arado; a'Já los pollticos y go nuestro, el poseer una copia de los la Revista un hueco imperdonable, porque pa- c~nti1es la exactitu e ~~ pesa_s Y. memilitares dejan sus puestos prominentes y se
recia imposible, que, cuando desde Prusia y dtd~s, la_ cual se consegmra mediante la
an·ojan á hacer riqueza en el trabajo; aquí, datos rendidos por la Gran Fuudici6u Francia como centros, hasta los lugares más venficac1611 escrupulosa que se haga de
los millonarios, los multi-millonarios, dejan Nacional Mexicana, y los referentes á distantes, fronterizos de la civilización moder- ellos en las Oficinas del Fiel Contraste
el trabajo y se lanzan á aumentar sus rique- la Negociaci6n Minera Fundidora y Afi- na,. del mun_do, _se mantenían en pié Y bXpec- y por la autorizaci6n de dichas medidas
zas fabulosas, con el auxilio de la política.- nadora «Monterrey," pertenecientes á el tac1ón pnbhcamones de ese género, faltase
a·, d l
ne
y por eso, mientras aquel gobierno tiende á año fiscal que termin6 el 30 de J uuio sólo e~ México, una que, á la vez que rccogie- por ~e I? e as l!1arca_s y punzones q
moralizarse, éste va por el camino de corrom~
ra y que tomara nota de los a~elantos co1_1se- a;fe~ttaran la venficac16n 1 ~~ta ,Secret;¡\•
perse,-y por todo lo que antecede, mientras, pr6ximo pasado.
guidos en el extranjero, cons1gn9,ra y ~era na tiene h\ honra de remitir a vd. 56
Tales datos manifiestan que el prime- c~enta c?n los del Ejél'cil:&lt;1 de la l'ía~ión. _La ejemplares de las im,truodones que e$
nosotros, los mejicanos, podemos divisar sin
temores al través de las sombras de un fut11- ro de los expresados establecimientos, mrculamon no mterrumpida, hace siete 9,nos, conveniente observar por los encarga•
ro inmediato, al menos; los hombres inteli- tuvo un producto de plomo rico en el de aquella obra, y el general aplauso con el d d l
'fi, '6 d
edi•
gentes y de buena fe en los Estados Uuitlos, citado año, de 25.283,2g3 kilogramos que hasta en el extranj~ro se la recibiera, res- OS e a ven cact .11 e pesas Y lll
se formidan y estremecen aute el cúmulo de
pon den elocuentemente de la ~c~jida que se Je das al ponerles las .l!1ª:cas y sellos que
males que tienen al frente. Ardua, en ver- conteniendo 174,626 kilogramos de pla- concedió. Pero, si el establecimiento de ella comprueben su leglt1m1dad.
dad, es la obra que los verchtderos patriotas ta, con valllr de $7.672,902 sr.
entonce~ reconodó el m?ti_vo de cegar u_n .~ueEsta misma Secretaría no cree por de•
americanos tienen encargo ele realizar, si á la
Los minerales recibidos ascendieron co más o menos mharmomco con la c,v)hza- más llamar la ilustrada atenci6n de vd.
generación actual está reservado llevarla á á 158.345,121 kilogramos, los cuales ción y lustre de este país, en la actualidad,
b l
,
, btener
término.
en que los conocimientos en las facultades, ele so re as :-enta¡as que_ se van a o
produjeron
166,067
de
plata
.
.A.hora cabe de preguntar ¿hasta q,1e punto
El combustible empleado fignra con los oficiales nuevos, desequilibrarían en un mo con la venficac1611 umforme ~n toda la
obran en el malestar general, elementos de camento dado la masa del Ejército,-careciendo Rep(1blica de las pesas y medidas y con
rácter meramente aleatorio?-Es innegable las siguientes cantidades y valores:
á la vez ellos del con~cimi,ento exacto de éste, la imposici6n en éstas de las marca~ de
que mucho se remediarían los Estados Unidos,
Coke procedente de los Estados Uni- -por falt:'- d~ comunicamon y de los m_edios verificaci6n las cuales por la exactitud
si, como no es muy de esperarse, triunfaran dos, 31.502.640 kilogramos con valor de de vulganzac,ón de las ideas, los medtos y
h ' ·a h h'
u buena
los platistas,-desde Jnego, triunfo tal, seria
hasta de las denominaciones y nomenclaturas C?n qu_e an Sl ?
as Y por S
,
i/,446,188.
un golpe terrible á la especulación y al monopoco
conocidas
ú
olvidada,,
el
sostenimiento
e¡ecuc16n
constitu1ran
para
~1
p~bhco
Piedra de cal 17.457,000 kilogramos
polio, y nn beneficio tan grande cuanto evide ella es necesario.
una garantía contra las fals1ficac10nes
dente para las clases productoras,-pero el con valor de i/,14 1631.90.
«Nuestro
Ejército,
como
los
de
Em·opa,
no
que de ellas se pretendiese hacer.
bien serla tan pródigo en males para_ otras poLeña 271,043 kilogramos, con valor se alimenta y_ nutr_e ya del eje~cic!o y la rutiPor otra parte y como se ha consignatencias, 61 al menos, se impondría á ellas, en de i/,867.34.
na
de
reglas
mvariables,
constitutivas,
de
un
d
l
' d 1
· 1 res antecuanto á sus medios de realizaci6n, con tal
oficio, que hasta el pasado siglo habian bas- ? ya en a gunas e ~s Ctrcu a
Los
impuestos
al
plomo
rico
por
la
fuerza, que tendría forzosamente que ser comtado á la formación y el mantonimiento de nores, parece convemente que los derebatido (, tocia costa, y con inusitada energía. ley federal respectiva, son como siguen: soldados aptos y hábiles para la guerra.
chos de verificaci6n sean moderados,
Pocos saben darse cuenta exacta de las difiLa
Ciencia
misma
en
sí-la
propiamente
ditanto para facilitar la implantació? del
cultades que se oponen al triunfo del bimeta- Impuesto federal de 3 p
~ha-de
la
Guerra,
ha
avan7:ado
hasta,
transsistema cuanto para evitar que qmenes
lismo en los Estados U ui&lt;los, y, en su canse~ sobre el valor de la plata . i/,200,865. 77
1
figurarse
de
lo
que
en
lo
antiguo
fué
el
recluh
d ¡
sas y mecuencia, y como COl'Olario forza.do, EN TODO EL Impuesto federal de 3 p 8
tamiento la movilización y marchas primiti- tengan que acer uso e as pe
d
MUNDO.
Los Estados Unidos, bajo el régimen sobre el valor del oro. . . 12,168.51 vos, á lo 'que en el presente constituye los re- didas ocurran á otros Estados en don e
de la plata, ó destruían la industria europea
clutamientos regionales, movilización y mar- puedan ser más bajos esos derechos.
de acuen brevlsimo lapso, merceel á la natural com- Impuesto de 2 p
chas, que por reducción de espacio y tiempo,
Libertad y Constitución. México, Ju•
ñaci6n
sobre
el
valor
del
petencia de su producción abaratada cerca de
determinada
en
rapidéz,
contribuyen
al
desilio
oro
.
.
.
.
.
.
.
18 de 1896-P. l. d. S. S., Gz'lberto
8,103.88
de un 50 por ciento, 6 la obligaban á encerrarderatum
del
problema.
Y,
si
por
lo
que
respecC
,.¡,
u
;
Ofi · l Mayor -Al
se trás una muralla china de aranceles, 6, lo Impuesto de acuñaci6n sobre
ta á la naturaleza propia de la ciencia, la resro y 1v1 ar1znez,
eta
·
que es más de presuponerse, constreñirian á la plata en exceso de 7 mitransfiguración ha sido decisiva, por lo que á Gobernador del Estado de · · ·
é
~o~as los potencias del antiguo continente á lésimos . .
17,539.35
su
carácter
peculiar
y
propio
de
arte,
corresLas
instrucciones
de
que
se
hace
m
•
imitar sn conducta y reamonetizar la plata.
- - - - - ponde, es mucho más, pues el carácter de és- rito en la anterior comunicaci6n, son las
Ahora bien ¿quien sufriría, con que esto últite es apropiarse, servirse y adueñarse de los · · t .
Total..
mo aconteciera? Una sola potencia, la Gran
· · t os de¡ saber h omano, t rans,ormar,
s1gmen es.
conocimien
INSTRU -cIONES
Bretaña!
los y hacerlos concmnr, hechos ya fuerza, al
L,
¿Y que :má" da?-La Gran Bretaña, quepoEl t' ·
a· d
·
PARA
sey6 políticamente !, esta nación hasta 1876
ermmo me 10 e operarios que objetivo punto de su aplicación. Cultivar la
sigue imperando en ella, y con más despotis'. diariamente se emplearon, fué de 567 in- Ciencia y Arte de la Guerra, es cultivar las USAR LOS PUNZONES DE ACERO Y LOS
SELLOS DE LATON,
mo que nunca, financieramente. A Inglate- dividuos, quienes obtuvieron por su tra- ciencias y artes todas, cualesquiera que ellas
fuesen
su
naturaleza
é
indoles
propias
y
su
l'I'a no le conviene que los Estados Unidos bajo i/,315,266.77.
adopten el bimetalismo, porque no sólo se
Así pues el movimiento general de clasificación.
Punzones de acero para golpe.
«No podía, ni puede, pues, pasarse nn pueemanciparla de su ;rugo áureo, si~o que Je im- valores que hubo en el año á que se con- blo culto y que poseé un Ejército glorioso, sin
pondría su nuevo sistema financwro, so pena
.
. .
Los punzones ~ colocarse de
de arruinarla. Y no le conviene-mucho me- traen los datos qne hemos de¡ado md1ca- el sossenimiento de publicaciones como la de
manera,
que su grabado asiente lo lll
uos-q11e se la. obligue il adoptar el metal blan-. dos1 lo resumen las si&amp;uientes iartidas: LA REí!STA,

EL SISTEMA NACIONAL
PESAS Y MEDIDAS.

muy

~~v1~TA Ml'lTA~ MtxI~ANA

La Gran Fundición Nacional

Fundidora y Afinadora

.

~s

8

8

'

3

jor posible en la superficie donde se ha
I. Cada uno de los tres primeros Es- gritos; pero entiendo que por un misterio una repetici6n del «Bienaventurados los
de marcar. Cuando esté bien colocado cuadrones, se reforzará con veintiocho inconcebible de la naturaleza, la «Dionea,» pobres)&gt; y del «¡Ay de los ricos!"
el punz6n, se le dará un martillazo, pe- soldados y c?n veintiocho caballos, que- tiene como los anim::ües, vicia y movimiento
Cuanto al problema social, el archiro de tal manera, que el plano del mar- dando con ciento ocho soldados y ciento espontáneos,
supuesto
que
indica
por
medio
millonario
dice, fiel á su enamoramiende su estabilidad, volnntacl é intención.
tillo que da el golpe, al dar éste, venga ocho caballos, divididos en doce escua- Sobre esto se han hecho mnchos comenta- to de la pobreza:
«Hoy día el ideal de todo el mundo
á ser aproximadamente paralelo al pla- dras de á nueve cada una, comprendién- rios absurdos, pues nada hay que excite tanto
no de la parte que deba marca;se.
dose en aquellas, doce de primera clase. la imaginación, como lo raro y lo maravi- parece ser la abolici6n de la pobreza.
Comprendo que se haga la guerra al
El gol pe
refuerzo bdará un total de 130 hom- lioso.
l debe' ser proporcionado al Este
b
Darwin, no el autor del «Ül'Ígen de las eslujo.
Pero abolir la pobreza sería destamaño d e punzon.
res Y 13° ca a1los por Escuadr6n.
pecies», sino Francisco, ha hecho recientetruir
el
único terreno que nutre á la
Si el punz6n no se coloca bie~, ~ el
II. En los cuartos escuadrones (e? mente algunas pruebas sobre estas plantas,
martillazo no se_ da como queda mdtca- cuadro), se aumentará un Capitán pn- suponiendo que todas ellas deben su desarro- humanidad de hombres dotados con las
do, se c~rre el nesgo _de romper el pun- mero ó segundo y un Teniente 6 Alfé- llo Y belleza_ de sus flores, á q~e, como los ani- virtudes necesarias para hacerla alcanz6n y siempre se recibe un golpe en la rez, cesando de estar aquellos á las 6r- mal_es, se ahmentau,. no precisamente con _la zar grados de . civilizaci6n superiores á
'
ue lo su· eta
denes de 1 A d
d l
S b savia que les comumca el «humus» ele la tiemano q
J •.
os
yu antes_y e os u ; rrá, sino cou sangre, llamándoles por esa su- la que ya disfrutamos.»
Hace poco referí como el millonario
Los punzones ;h11;os deben tomarse ayudantes, como se prevmo en el art. 2 posición, «plantas vampiros.»
con el pulgar, el mdice y el mayor, ªl:~ del Decreto de 25 de Marzo del presente . Excentricidad de sabio, pero digna de refe- Hirsch era el hombre más infeliz, más
desilusionado y más escéptico de la
yando suavemente el anular 6 el mem- año.
nrse.
.
que en el objeto que deba recibir la marIII. Para gasto común de los solda- Asegura que c_ultivó doscientas plantas de tierra. Hoy le ha tocado el turno á
ca. El grande puede tomarse de la mis- dos aumentados
t'fi
., d 1 d "Drosera rotund,folta»_cn u,nos platos hondos
,
_
,
.
, gr~ 1 cac10n e os e llenos de musgo; que dtv1rl10 perfectamente ca- Carnegie. De Gould se contaba tamma man~ra o empunado, pero siempre pnmer~ cl~se,, forra¡e de los caballos y da_platopormcdiodetablitas de mademy01i- bién que no obstante sus inmensas ricon suavtdad.
, de escntono a los comandantes de los bnó con una redemlla, para evitar que llega- quezas, le agobiaba una tristeza invenCuando estos punzones se usan debt- escuadrones-cuadros se abonarán las ran á ellas las moscas, mientras que á una cible. Ninguno, sin embargo, ha tenido
damente duran muchos años. Se tiene cantidad&lt;!S necesaria~.
P:'rte rle estas plantas, las alimeató con peda- ni tendrá el valor de endosar el bendito
e¡·emplo de punzones en constante uso
Art. 49 El presente Decreto comen- lcitos ele carne asada, que colocaba sobre sus hábito franciscano y de renunciar á las
' d e l 8 anos,
.
· el 19 de Ag?sto. .
por mas
usa dos siempre
zara' a' regir
. IOJnS.
El resultado del experimento fué visible: riquezas que tanto les martirizan.
marcando en acero.
«Po: tanto, mando se tmpnma, pubh- las droseras que alimentó con carne, alcanzttque, circule y se le dé el debido cum- ron magnifico desarrollo, sus hojas mayor bri- !'!!'!"""'!"""'!"""'!"""'!"""'!"""'!"""~'!"""'!"""'!"""'!"""'!"""'!"""'!"""'!""""!
plimiento.
llantez, sus flol'es, !'osadas ó purpurinas, exSellos de latón para quemar.
«Dad
l p 1 · d l p d
E'
balaban con mteus,clael su delicado aroma; y
0 en e
,
.
a ~C 1? e,, 0 _er
Jecu- sus semilJas, comparadas con las de las otras
Los sellos deben calentars,e en lampa- tivo F~deral, e~ Mex1co! a tremta y uno plantas no alimentadas con carne, pesaban,
ra,de al~ohol, hasta que rsten t~n Pº':º de.Julio de mil ochoc1entos noventa y relativamente, de 379 á 100 kilógramos ......
mas calientes que la plancha; si se de¡a sets.-Porfirzo Díaz.-Al General de «~e non é vero, é ben trovato,,,
pasar el calor hasta que el se11o se ponga División Felipe B. Berriozábal Secreta- . Sir Arturo ~Iurray, dice que tuvo con :moCaducida(l.-Se ha delarado por el C.
ro¡·o entonces no quemará debidamente. rio de Estado y del Despach(!) de Guerra tivo de eS t as plantas una aventura maravillo- Prest'dente de la Repúblt'ca, la cad11c1'dad
'
1'
d
.
' sa en los bosques tropicales de Nueva Holanda
del ramal de ferrocarril de Matamoros á
E n caso de que no se use ampara e y Manna.-Presente.l1
alcohol, debe tenerse _mucho cuidado pa- . Y_ lo comunico á usted para su cono- En lo más alto de un eucalipto, vió posado Monterrey, concedida á la Empresa del
ra no calentar demasiado, pues cuando cumento y demás fines.
uu guacamayo a.znl, qi,e charlaba alegremente Ferrocarril Nacional Mexicano, por no
el calor es supe:ior al que se indica, las
Libertad y Constituci6n.-México, sin ~udit~~io: le hizo l',,og;o con_ su e,scopeta, Y haber verificado su construcci6n en el
marcas se deterioran prontamente.
Julio 31 de 1896.-Berrzozábal.-Al. ... » el ~,e ca?º• no se sapo si hernia O muerta; término que le fué señalado.
Cuando los sellos están debidamente
peio cayo sobre la gra1;cle ho.1a de una planta
'
.
, '
de color verde magmfico, tan ancha como
Muero Cajero del «Rauco (le Nnero-León.»calentados, deben servir para cmco o sets
espesa y cal'llosa, é inmediatamente, como si Habiendo renunciado el Sr. D. Pedro
veces.
fuese movida qor un resorte, se contrajo, se Olvera el cargo de Cajero en el «Banco
La madera debe estar humedecida,
~
repleg6 en si misma y envolvió entre sus plie- de N uevo-Le6n», el Conse¡· 0 de Adminisues
cuando
se
quema
en
seco
no
queda
-"'
¡;;
gues
al guacamayo.
p
bien
marcada.»
~orprendido ~1 cazador de aquel efecto, traci6n de dicho Banco tuvo á bien nom
á la introducción del tnaíz qmso abnr la hoJa que le privaba de su ave brar para que lo sustituya en el puesto
mag~lfica; y su sorpresa subió de punto, al expresado al Sr. D. A1nador Paz.
sentir
qu~ otra de las hojas de aquella planta,
Hacienda Federal en el Estado.-Por el
extranjero.
s~ apodero v10lenta,mente de BU mano, produ- C
d C '
'
c1énr!ole penoso entorpecimiento y después, orte e ªJª practicado por la Jefatura
El C. Presidente de la República ha un dolor agudo, lo mismo que si Je pinchasen de Hacienda Federal en el Estado por
tenido á bien expedir el siguiente de- el cuerpo con alfileres candentes.
el mes de Julio último, se viene en cocreto:
~on la mano que le quedaba libre y su cu- nocimiento de que en dicha oficina
El C. Presidente de la República ha
¡ clullo de mou~, cortó el peciolo ele la hoja hubo un ingreso en el expresado mes
tenido á bien expedir el siguiente, de- «PORFIRIO DIAZ, Pre,íde11te Constituciona agresora, no sm dificnltacl por la resistencia de i/,90,068. 99 cs. "un egreso de . . .
de los Estados Unidosl}Je:cicanos, á sus habitan- que ofreciera. Los lentículos se dilataron
J
tes, sabed:
poco {t poco y se abrieron elejando libre la $66,096. r6., cs. quedando en Caja para
creto:
mano, la cual estaba hinchada, livirla y cu- el r9 del .~ctual, l_a suma de $23,972, 83,
«PORFIRIO DIAZ, Presz'dentc Cons- «Que cleseando aliviar Ja situación de las bierta,cle nna serosidad viscosa que se desRenorne1on de ofie1os.-En la renovaci6n
tituczonal de los Estados Unz'dos Me- clases menesterosas que sufren las consecuen- prend 'ª _del mtenor de la hoja, produciéndole d_e oficios verificada por la H. Diputa'
cias del alto precio que tieue el maiz cm los en la epidermis dolorosa sensación.
6 p
xicanos, á sus habz'tantes, sabed:
mercaclos nacionales, y haciendo uso ele las Al día siguiente concluye diciendo Murray e! n ermanente, quedaron· corrio·' P~e
facultades concedidas al Ejecutivo por el ar- la hoja que _se habla apoderado del guacama'. sid~nte, el C .. Aurelio I;ar~igue¡_ :Secte!CONSIDERANDO:
tículo 2° de la ley de ingresos de 30 rle Mayo yo, se abri_ó. espontáneamente, tomando su tano, el C. Lle. Pedro Be'mtez y Lea1 y
último, he tenido á bien decretar Jo siguiente: forma pnmitiva, clejanclo caer al suelo los Tesorero el C. Lic. Vicente' Gatzii
19 Que para que el Ejecutivo y Ar- «A.rt. 1° El maíz que se introduzca á la Re- huesos Y las plumas del ave: en cuanto á la Cautú
'
f'I S· G I J ,
,
·
mada _Nacionales puedan prestar debi- pública durante el próximo mes de Agosto, carne, la devoró la feroz y gigantesca drosecansará
los
derechos
de
importación
á
razón
rácea.
'
'r.
rnera
nan
a,
llernandez.-De
pad,amente el servicio á que estan destiná
de 70 centavos por 100 kilos.
Cuando escucho estas narraciones fantásti- so para la Capital de la República, es.dos, es indispensable expedir una ley «Art. 2? Lo dispuesto en el artíóulo ante- C,'1,S, llego á creer que terribles pasiones como tuvo en esta Ciudad el Sr. General
completa de organizaci6n que satisfaga rior no modifica el decreto de 21 de Uayo del la ua,. 1.ª rapiña Y la sed de sangre, pueden Juan A. Hernán dez jefe de la za Zona
esta necesidad; pero que ca,reciendo ac- corriente año, que concedió una rebaja de 50 tr~mitirse de la naturaleza humana á la ve- Militar.
'
· ·
·
tualmente el Ejecutivo de la Uni6n, de por ciento en los derechos de importación al getal.
·
Deseamos que la corta permanencia.
las facultades necesarias respecto al au- maíz que se introduzca á los Estaelos de Cam- P_ero, ¿es cierto?
peche
y
Yucatán
para
el
consumo
de
la
poSi
esta
suposición
no
fuera
hipotética,
serla
en
esta P?blaci6n, del apreciable ,Genem~nto de gastos que resultarían en el
blación, el cual decreto continúa vigente.
completamente amarga; no ·hay por fortuna ral Hernandez, le haya sido grata.
importe total que consigna el Presu- «Por tanto, mando se imprima¡ publique, tal c_osa: el carácter aparentemente agresiv&lt;'&gt;
La rnrnucia del Goberuador del Distrito Fedepuesto de egresos de guerra, se ve pre- circule y se le clé el debido cumplimiento.
de mertas plantas Y. de ciertos animales, cómq I H h h O
.
.
renupcia del Gobierno
cisado á esperar la reuni6n del Congre- «Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo el pulJ?o, suele explicarse engalanado con las ra .- . a . ec
so, para someter á su deliberaci6n aquel Federal, en México, á 30 de Julio de 1896.- maravillas de la imaginación del novelista 'y del D1stnto Federal, el Sr. General I:¡.
Porfirio Díaz.
riel poeta.
Pedro Rinc6n Gallardo, cúya renunci~
proyecto de ley, y
Julio Veme, se puede decir, es el autor de le fué aceptada por el Sr. Preside;,te de
9
2
Qne exigiendo actualmente las
esas maravillas conmovedora,s ·
la R ep úbl'tea.
·
· ' r; ' · ·
µece~;idad~s del servicio, dictar algunas
LUIB G. IzA.
Para ?esempeñar el pues1:o e~rcresa:
prov~d~nc1as, que aunque con carácter
do,
ha sido nombradq el Sr. Lié. •Nicq:
provis10nal, puedan 11enar el objeto exlás
Islas
Bustamante.
·
·'
presado, entre otras, el reforzar el perSabemos
que
la
renuncia
del
menciosonal de los Bata11ones de Infantería y
Ninfa, hija del Oceano y de Tetis.
ua•lo Sr, Gtneral Rincón Gallara~ 1~
el de los Regimientos de Caballería
De blla nació Venus, y su nombre-c&lt;füLCida
motiva un viaje q11e p~6ximarqente ·ha,
para lo cual está facultado por el artícu'. de dioses»-lo adoptó Julio César, llamándose
Uno de los capítulns más curiosos de brá de en¡pr.ender á Europa. . .
,,
lo 69 de la ley de Presupuestos de egre- &lt;cDionoeus, n por tener la pretensión de que
descendía
de
V
en
us.
la
literatura
extranjera
del
mes
que
Estátua8
por
el
Estado
de·
Chihualma.-.El
sos_ de 76 ~e Mayo pr6ximo pasado, he
«Dionea,, es también el nombre de una plan- acaba de expirar lo forman las lamen- Ayuntamiento de la ciudad de Méxi¿q;
temdo a bien decretar lo siguiente:
ta curiosa y rara, de la familia de las drose- taciones amarguísimas del archimillo- ha nombrado una comisi6n de &amp;U &amp;eno
Art. ~º lY.Iientras se expide la ley de ráceas-r&lt;drososn -urocío del sol.&gt;)
reorgamzac16n general del Ejército se Solo una vez la he visto en Méjico. La po- nario Carnegie, y sus alabanzas del es- para que reciba las estátuas que representan á los Ciudadanos General D. Mareforzará el personal de los Batallo~es seía M. Bardet en su jardin, en Tacubaya, y tado de pobreza.
Carnegie empez6 á trabajará los diez nuel Ojinaga Y D. Estéban Coronado
de Infantería y de los Regimientos de la llamaba, «Dyonnée atrappe mouches."
Caba1lería, como se expresa en los ar- Esta planta, aunque americana, no se en- años, haciendo bobinas en una fábrica que el ES t ado de Chihuahua envía ai
cuentra en nuestro continente, es de la Amé- de tejidos de Pittsburgo, con lo cual p,:1seo de la Reforma, y cuya inaugura·
tículos 29 y 39 del presente decreto.
rica del Norte.
9
Art. 2 En los veintisiete Batallones La «Dionea,» parece haber recibido de la gana~a tres re~les ~iarios .. Hoy ha mo- c~ón tendr~ s~1 verificativo el r5 de Sepexistentes e? pfe de paz, se harán los naturaleza facultades muy superiores á las de nopohzado casi la mdustna del hierro tiembre proxtmo.
·
las otras plantas, siendo su excitabilirlad fu- en los Estados Unidos; su fortuna es
aumentos stgmentes:
Las rleccioncs para Gobemador del Est.ado en
I. Cada una de las tres primeras com- nesta para los insectos que se aproximan á colosal; Per? seg(m su propia confesi 6n, ~hihudalmaE.-Las elecciones para Goberna·
mas fehz cuando ganaba los tres or el stad~ en Chihuahua, han tenipañías se reforzarán con treinta y dos ella.
Sus hojas rematan en dos placas radondas era
reales
que ahora.
do su ve~ ficat1vo, resultando electo para
s?l~a~os, quedando con ciento veintiseis, y erizadas ele pelos; entre ellas se extiende
En
un
artículo
que
ha
publicado
en
dermpe°:ar aquel puesto, el Sr. Corod~vtdidos en dieciocho escuadras de á una charnela, especie de gozne que las reune 1
como
el
lomo
de
un
1ibro
reune
sus
dos
cuel C'_asefl's Famz'ly Magezz'ne hace la ne.,~ Migue: A~umada1 por un nuevo
siete c~d~ una, comprendiéndose en
pe 11o o constttuc10ual mas.
todos d1ec10cho soldados de primera cla- biertas, habiendo sobre su cara superior dos s1gmente apología de la pobreza:
pequeñas
glándulas,
las
cuales
destilan
un
se. Este refuerzo dará un total de 159 licor azucarado, que atrae {i los insectos.
~Por
mis,mo que sé cuán dulce
El S!'· Gobernador del Estado de Coabuila.hombres por compañía.
Si una mosca lleg11 á tocarlas, las dos pla- cuan feliz y cuan puro es el hogar de Termmados satisfactoriamente los asunII. En las cuartas compañías (en cua- cas se levantan vivamente á lo largo de su la pobreza h?_:1rada, ;uán _libre de cuí- tos q_ue llevaron. á la Capital de la Re~ro) se aumentarán ~n Capitán primero charn~la, se cierran y atrapan al insecto. Los dados y de nnas, cuan umdos y aman- pública al Sr. Ltc. D. Miguel Cárdenas
0 segundo y un Temente 6 Subteniente esfuerzos que hace éste para salir del cautive- tes sus individuos, es por lo que com- Gobernador del Estado de Coahuila h~
rio, aumentan la irritación de la planta, y al
cesando de estar aquellas á las 6rdene~ fin,
padezco al rico y felicito y envidio al vuelto á tomar posesi6n de su puest;
acaba por morir sofocada.
de los Ayu~antes 6 Subayudautes, co- Después, cuando han cesado los movimien- pob~e. Sobre todo_ á los niíios. Porque
Maquinaria ¡mra Dnrango.-Está para Üemo se prevmo eu el artículo 29 del De- tos con la vida del pobre animal, atraído por el h1¡0 del pobre tiene en su padre su gar al Estado de Durango un
t
.
,
a gran
creto de 25 de Marzo del presente año. aquella coqueta homicida; la Dionea abre sus companero
cons
ante,
su
tutor
y
su
mocantidad
de
maquinaria
que
servirá
para
III. Para gasto com(m de los solda- placas y las extienrle como antes, hasta que delo;_y en su madre-santo nombre-su la instalaci6u de los talleres que habrán
do? aumentados, gratificación de los de llega una nueva victima.
Este fenómeno que resulta de uua excita- nodnza, su ~naestra, su angel guardia:11, de levantarse con el fin de efectuar la
P:1mera clase y de escritorio de los ca- ción cualquiera, no es tan excepcional como su santo. ~1quezas _son e~tas tan prec10- explotaci6n de una importante mina de
pitanes comandantes de las compañías- pudiera creerse; vu.rias plantas de nuestros sas en la vtda, que ¡unto a ella no son hierro, situada en el cerro del Mercado,
cuad~os, se abonarán las cantidades ne- climas, ofrecen el mismo fenómeno pero su nada las grandes fortunas. Por eso de del Estado á que nos referimos
cesarias.
intensidad es menos notable.
'
La Compalía que habrá de · explotar
9
No
creo
como
Adanzón
qne
tencran
alma las e:itre los pobres han salido y saldrán
Art. 3 En los trece Regimientos de
plantas, ni supongo como Emped;cles que es siempre los f 11 ertes, los grandes y los ese fil6n de riqueza, fué organizada en
Caballería ~n J?ie de paz, se harán los tan exquisita la sensibilidad de la Mondrábuenos.»
.
.
,
Nueva-York, y la forman capitalistas
aumentos s1g-u1entes;
gora, g_ue cuanil.o se la hiere lanza dolorosos
Por este estilo es casi todo el articulo: N orte-ame:ricanos,

GACETILLA.

~eba;l"" d~ derechos

Dl~P~~ltl~N MILITAR.

0

DIONEA.

LaS lamentaciones l B nn archimillonario.

:º

�LA VOZ DE NUEVO-LEON.

4
AUM EN TA EL APETITO
tanto importa á ln, buena saln&lt;l, pnl's cnan&lt;lo desaparece el deseo &lt;le tomar alimouto, fas
foerzas pronto desmayan. Se aviene á el estómacro más sensible y ~elica~o ;
tomado antes
ele la com ida ay·uda a la d1gestion de una ~anera tan natural que aun hace que la comida
~ea más sabrosa. La naturaleza humana d~sea
el mej or n utrimento, y esto es lo que se obtiene
en la

qne

:r,

PREPARACION DE WAMP~LE,
s in sabor, que contiene los agentes curati vos del
Aceite dé Ilígado de .Bacalao, con Jarabe de
H ipofosfitos Compuesto, Extractos de Mal ta Y
de Cerezo Silvestre que tan extensamente se
r eceta por los médic~s progresistas, para entonar
á los débiles crear tejidos sanos y grasa, especialmente m{ando el sistema se ha gastado por
enfer medades consu midoras, Fiebr es, Reumas ó
tra stornos de la garganta ó de los pulmones.
Evita que la sangre escrofulos~ ataque losyulmones cosa que siempre termma en Escrofula
Pulmdnar ó Tuberculosis.
Excesivamente
agradable al paladar y refrescante: La legítima tiene la firma y marca de fábrica sobre, la
cubierta.
De venta en todas las Droguerias
y Boticas.
To,la• la• mnjere• pueden to mal' el LAXANTE DE
\V,\~l1'01,E en todo tiemp o. Cura el estreilim;'::~~{
«•n lt1 iufn.ncit1 6 In. vejez, y á. la los enfermos e
tod:is l:lK condiciones de enfermedad,

CITACION.•
Juzgano 2Q Constitncional.-Cerralvo, Nuevo-León.
Sr. Eduwigis Orosco.
.. .
Eu la demnnda verbal promovida po~ D. Isidro T1Jerl!"a1 en
contra de vd. y de su esposa. D,, Irenea Silvail sobre cumpluruento de un contrato relativo 6. la venta.de nna nea urbana; desocupación de In ntismn finca y pago de ochenta _pesos de rentas vencidas se ha dicta.do nn anto que 6. la letra dtcc:
.
Ce;ravo Julio veintisiet.e de mil ochocientos noventa Y sell!.
-De conformidad con el dict6.men qne antecede, del e_. Juez de
Ltetras de l!L 2" fracción juclicial fecha quince del corriente,. se
declara legttinUI la escusa.del C.,Jue~ 4e_Letrasde esta.5;fracci~n;
en tal virud, radlquese el presente Jutcio en e,,te de mi cargo, y
con ftmd:unento en el artfculo 1073 del Código de Proced.i111lentos Civiles, empl!icese á los demannados parl\ 9ne en el tér111ino ele tres días comparezcan !!. contestar la anterior de~anda;
con apercibimiento de darse e.~ta por contestada en sentido ~egativo si no compareciere, y por cuanto ti.. g_ue aparece que se 1g11ora el lugur donde reside el sefior EduWJgis Orosco. hl\gasele la
citación por medio de Edictos que se publicarán tres veces en el
•Periódico Oficial, ele! Estudo, y en ''.Ln Voz de Nuevo-León• que
se editan en Monterrey, segful lo dispone el articulo 8.5 del Código citado. Notifíqucse. Lo decretó y firmó el Alcalde 3&lt;) Constitucional: damos fé.-Cipriimo :)lléndez.-A.-Veotura Méndez.
-A.-Cipriano Toscano.-Rtlbric!ll!.•
.
Y en cumplimiento de lo mandado se cita á vd. en esta_f?rma,
para los efectos c¡ue expresa el auto inserto y con el apercibnnená que se el mismo se refiere.
.
Cerralvo, Julio veintisiete de mil ochocientos '!oventa Y seJS.Cipriano Méndez.-A.-Cipriano Toscano.-A.-Filomeno P. de la
Garza.
• SS 36 37
EDIOTO.
J uzgado de Letras de la 7} fracción judicial.Estado de Nuevo-León.
En el juicio de intestado de D.' Eulalia Ballest~os
se ha cont'edido por este Juzgado al Albacea, licen
cia para que fo1·me extrajudicialme~te el inventa
rio y avaluo de los bienes de clicho intestado, mandando se cite para su formación á. los herederos y
d emás interesados.
Lo que se publica en esta form~, _de acue_r~o con
el 1trt. 1705 del Código de Proced1mie(1tos crv1les. .
Montemorelos, Julio 29 de 1896.- Lic. Juan J. _Hin oj osa.-A.-Florentino Guerra.-A.-Tomás Hmoj osa.
36-36-37
EDICTO.
J uzgado 3? constitucional.-Monte1Tey, Nuevo
L eón .
Con fecha 23 clel corriente, se ha radicado ante
este Juzgado el juicio de intestado de la Sra. Rafaela Guerrero vecina que fué de esta ciudad.
Lo que se haée saber en esta forma, para que las
p ersonas que se crean con derecho á la herencia,
se presenten á. deducirlo dentro del término de la
ley.
M on terreyJ;30 de Julio de 1896.-Pánfilo ElizonV R Garcfa
do A Pe O GuªJ. ardo A
...- .- ·
·
·
35-38•41.
EDICTO
J uzgado 2? de lo Civil.-1) Fracción Judicial.E stado de Nuevo-León.
Con fecha ca.torce del actual y por disposición del
C. Lic. Carlos Lozano, Juez 2! ele lo Civil, se ha
.
t J
d
1· · · d · t
mand a d o r ad1car en es e uzga o e JlllClO e m est amentaría. á bienes del finado Sr. Arnulfo E. Garza, vecino que fué de esta Ciudad.
·
l
Lo que se 1mee saber a 1 pu, bl1co
para que as personas que se crean con derecho á. la herencia, se
p resenten á deducirlo dentro del término que fija el
artículo 1685 del Código de Procedimientos Civiles.
M o nlerrey, Julio 20 1896.- Lic. B . Ramirez Anguiano, Secr etario
32, 26 y 38.
EDIOTO

EDTC'fO.
,Juzgndo ele Letrns ele la 7.' fracción jndicial.-Estado ele Nuevo León.
Cou e;;ta fecha se concedió licencia al Albacea rle
la intestamentarilt de Dn. Cristóbal Garza, para que
forme extrajudicialmente los in".enta1·ios de los bienes del mismo mandandc, se cite para su formación á. los inte~esados, por edictos, que se publicarán tres veces en el Periódico Oficial y La Voz de
Nuevo León.
•
Montemorelos Julio 8 de 1896.-Lic. Juan J. Hinojosa.--A--Flor¿ntino Guerra.-A-Tomás Hinojosa.
EDICTO
Juzgado de Letras de la~ fracciónjudicial.-Villnldamn, NnevoE~e?i\ntestamentar!a de la Sra. Donaciana Ugarte de Ama.ya,
reca:veros lo5 siguientes l\utos:
.
.
«Villaldamn, Diciembre vei_ntisiete de ll!il o;choc1e1_1tos novenh. y cinco.-En vista de los certificados de foJ~ cinco htete que hacen prueba plena, como instrumentos ptl~bc_os que S?'!i artfculos
427 fracción s., y .'i31 del Código de Procedim1ent_os Oivues; se declara qne las jóvenes Marta Ana, _Marta Refug10 Y ~!arta Irene
Amaya, son menores de catorce anos;~'! ~onsecuen&amp;a, este Juz.
ga.do para qne lo.s represente en est~ JUICIO les _nombra de tu!-&lt;&gt;r
interino al Señor Jestls Ugarte, i!. q'!1cu C(!n su trunple ac~ptac16n
y protesta de fiel desempeño se le discermri!. en forma dicho cariro. Notillquese. As! lo decretó y _finnó el_ C. Jue~,?e Letras de la
6•frn.cci6n judicial: d:\mos fé.-L,c. 1;. Gil Trevmo.-A--Jose L
Flores.-A-Gon1.alo Gonz!ilez.-;-R&lt;ibncas.•!
.
•Villaldama Diciembre veintiocho de mil ochoc1eutos noventa
y cincorVista la declaración de min~ridad de las jóv~nes l\f~
Ana M~ del Refugio é Irene Aruaya¡ Visto el nombrannento de
tuto~ interino hecho por este Juzgado en la pe~s&lt;?n.a del _Señor
Jestls U¡¡-arte, para que lo.s represen~ en este Jwc10; Vista la
aceptación y protesta de fiel dcsempeno de parle del tutor nombrado· debla de discirnir !\ este y le discierno en forma dicho cargo, cÓncediéndole al efé_~to todo.s las ~ll.Cul tade~ que la ley le
acuerda para el desempeno de su cometido. Notifique~ y J!U•
bl!que.se este anto y el que le precede por tres veces en el Penódico Oficial" del Estado y en «La Voz de :N!!evo-Leó_n?, como se
previene en el art. 1366 Código de Procedimiento~ Oiyile_s.. A!!t lo
decl"etó y finn6 el C. Juez de Letras de la 6-~ fracción Judmal: damos fé.-Lic. M. Gil Treviño.-A-José L. Flores.-A-Gonzalo
González.-Rtlbricas.u
. .
Lo se publica en cnmplinuento de lo mandado en la parte final
del tlltimo auto p~einserto. .
.
.
Vilfaldama, D1c1en~bre t.remta (30)_de mil ochocientos noventa y cinco (1895).-L,c. M. Gil Trevmo.-A-José L. F1ores.::--AGonzalo González.
33-34-35.
EDICTO.
Juzgo.do 19 de lo civil.-1~ fracción judicial.-Estado de Nuevo
LeJ:el juicio testament!'rio del tinado Sr. León Marta Canttl,
ha recaído el auto que sigue:
.
.
.
Monterrey Julio diez de nril ochocientos noventa Y se1S.-V1sto el nombrámiento de tutor inter~o hecho por el menor Yidal
Canttl en la persona d&amp;l Sr. FranclSC0 L. Pérez, su aceptación y
protesta para desempeñar el cargo _en estos autos, debla de discernirsele y se le discierne, concedténd_ose al Sr: Pérez las facultades de la ley para su meJor desempeno. Nob:dquese Y publ!quese en el Periódico Oficial de acuerdo con el art. 1366 del Código de Procedimientos civile~. Lo decretó y firmó el q. Juez 19
de lo civil interino: doy fé.-L1c. F. Canttl C6.rdenas.-Lic. I.IDl\vila, secretario.-Rtlbricas.
. .
Lo que se publica en esta forma en cumplimiento de lo mandado en el auto inserto.
.
.
Monterrey Julio 17 de 1896.-Lic. I. Dlvila, secretarlo. 31-32-33
'
EDICTO.
Juzgado de Letras de la 2~ fracción judicia!.-Cadereita Jiménez, Nuevo León.
. ..
.
Con fecha de hoy se radicó en este Juzgado el Jmc10 de mtestado del Sr. Juan Gomález y de su esposa la Sra. Rosario Gnajardo, vecinos que fueron de esta cindad.
Lo que se hace saber al ptlblico, para las personas que se crean
con derecho lt los bienes d_e ese intestado, se prE:50nten 6. ded'!·
cirio en el término que senala el art. 1685 ael Código de Procedí·
nLentos civiles.
Cadereita,Timén~z, Julio 25 de 1896.-Lic. J. Garza Leal.-A.~
José Angel Canttl.-A.- Basilio Garcta.
33-36-39.
Juzgado de Letras de la 2~ fracción judicial.-Cadereita Jiménez, Nuevo León.
.
.
A escril-0 presentado por el Sr. Cresce!'cio Ma!tl'.nez, rad_1cando
el juicio de testamentaria de la Sra. Julm del m1Smo apellido, ha
reca!do nn auto que 6. la letra d!ce:
.
.
Cadercita Jiruénez, Agosto pnmero de mil ocboc1entos noventa v ~eis.-Por presentado y admitido en cuanto ha lugar en derecho con el documento que acomr,a.ño., rad!9uese en este Juzgado el juicio de testamentaria de a Sra. Julia lllart!nez y procédase con intervención del Recaudador de Rentas de esta ciudad 6. la formación del inventarío solemne por estar interesada
la Hacienda Pública, con cuyo fin 111!.mese al Sr. Ascención Garcta Leal como Notano Ptlblico en este lugar para que lo forme y
lo presente, valorizados los bienes por los peritos qne nombren
los interesados. Notitfqnese, pubUquese este antó por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el de La
Voz de Nuevo León y dénselos avisos de ley. Lo decretó-, firmó el Juez de Letras de lo. 2., fracción judicial: doy fé.-Lic. J.
Garza Leal.-A.-A. Delgado.-A.-Ba.silio Garcta.-Rtlbricas.
Cadereita JiménezJ. A~osto 19 de 1896.~Lic. J. Garza Leal.-.A.
-A. Delgado.-A.-nasilio Garcta.
86-37-38.

Juzgado de Letras de la 6~ fracción judicial·-Villadl&amp;ma, Nuevo León.
En las diligencias practicadas por este Juzgado para proveer
de tutor legítimo 6. los menores Gustavo y Ramón Santos Trevi·
ño, recayeron los siguientes autos:
•Villnldama, Julio primero de mil ochocientos noventa y cinco.-Vist:islnspresentesdiligencias sustanciadas paTa proveer
de tutor legítimo á los menores Gustavo y Ramón Santos Treviñl\lsu1tando: que concluido el intestado del padre de dichos menores á solicitud del albacea, este Juzgado mandó recibir la información l\ que se refiere el art. 1862 del Código de Procedimien
tos chiles y convocó por edictos que se publicarán cuatro veces
consecutivas en el «Periódico Oficial• del Estado, y en •El Pensa,.
miento,, de esta villa, tí. los parientes más pró.rimos de los menores á quienes pudiern corresponder la tutela legítima.
Resultando: que con la información recibida se vino en conocimiento que los referidos menores tenían por tlnico ascendiente á su abuela paterna, señora Josefa Fern.mdez anciana valetudinaria y un hermano varon, por ambas lineas, mayor de
edad, señor Andrés Santos Treviño.
Resultando: que termina.das l!l.S pnblicaciones del edicto, la sefiora Josefa Fernltndez se presentó por su escrito de fojas tres,
renunciando 6. causa de sns enfermedades su derecho !!. la patria
potestad que legalmente le correspondía, sobre sus menores nie
J uzgado 2'? de lo civil.-1~ fracción jud.icial.- Es- tos Gustavo y Ramón Santos Treviño, habiéndosele admitido
tado d e N u evo-León.
por el Juzgado dicha renuncia: Q,ue D. Andrés Santos Treviño
.
h
d el
también se presentó por su escrito de fojas 16 eipOniendo: que
P or aut·O ele 22 d e M· ayo últrmo
se a man a Ora- habiendo renuncie.do su abuelA, la señora Josefa Fernltndez el
dicar en este Juzga.do el juicio de in testamentaría á. derecho lt la patria potestad que conforme 6. la ley le corresponblenee del finado Pedro Garza l\Iorales.
dia ejercer sobre las personas y bienes de sus hermanos meno.
ta ti
,: fin res Gustavo y Ramón, no habla otro hermano de ellos mas que
Lo que se h ace sab era1PÚbl1co
en es
orma "él á quien pudiera corresponder la tutela !egftima; y que en esn
d e que las personas qua se crea con derecho á la he- virtud suplicaba al Juzgado que previas las formalidades de es
rencia, se presenten á deducirlo dentro del término tilo se Je discerniera el cargo; suplicando, por 1lltimo, se trajera
el artículo 16S5 del Códü.rc de P.rocedimien- á la vista el certificado de fojas nueve, constante en la Sección
q ue fl.ia
¡,
~
1~ del intestado del señor su padre D. Ramón Santos Fernándei,
tos ·Civiles.
para qoe quedara justificado su carácter con que se presentaba.
Mon terrey, Julio 17 de 1896.-Lic. B. Ramirez An- .Resultando: que el Juzgado para comprobar la edad de los me32, 35 y 3g. nores trajo A la vista el juicio hereditario del p!ldre de ellos y
g nian o, Secretario.
mandó comprobar en autos el documento que señaló el señor
EDICTO.
Andrés Santos Treviño; y
J uzgado 2o Local de Galeana, Estado de Nuevo-León.
Considerando: que del juicio hereditario qne se tuvo 6. la vista
En el juicfo de intestado d~l. finado señor Antonio Bernnl, se aparece qne los jóvenes Gustavo y Ramón Santos Treviño estii.n
dictó un anto del tenor siguiente:
Jegalmeute declare.dos menores de edad y que para la fecha atln
Galea.na, Jnlio veinticuatro de mil ochocientos noventa y seis. continuan en su mir.oridad.
-Visto el nombramiento d~ tutr.r interino hecho por .este Juz- Considernndo: que lnbiendo .-em:ni:indo su derecho i!. ln po.trl:\
ge.do en favor de D. Marcebno Hernández para que represente p ,testad In abuela pat.,rna de los retendos menores y no teniendo
en este juicio á la niñ,i. menor de C11torce anos. Julhi Bern:.l; el ' e,tos a 1emll~ tutor tcst,i.mentario, hay Jugar 6. la tutela legftlma
QU', tatnbté'! hizo con igual objeto la Señorita S!llljuana el~ e_&gt;te · y corre,pouJ.c d eJerc,oio de ella al 1lnico llerma"l!o de los me~o1!ltimo apellldo, mayor de l:i edad expreSllda v menor de vemtmn res que se ha presentado reclamarla, Sr. Andrés Santos Trevino,
años, en la persona del mismo Sr. Hem:lndez; y la acepta(!ión y art!cnlos-l30 fracción h y 2a y 431 fr,.cción 1~ del Código Civil.
protesta que anteceden debla disceruirle y le /ligcierno ni nom- Considerando: que ei tutor ant.es de que se le dis:ierna el carbrado dicho cargo, conifriéndole 111 efecto las fe.cultanes en de- go, debe prestar caución para asegurar su manejo consistiendo
recho neceso.rias para el mejor deoempeño de su cometido. No· esta en hipoteca ó fianza, conforme á los arttculos 4M y 453 del cittfiquese y pubUquese en el Periódico Ofic:al y en • L.'\ Voz de tndo Código Civil.
Nuevo-León.» Así lo decretó y firmó el C. Alcalqe 2o J+ical.
Considerado: que el care.ter con qne se presentó II reclamar el
Damos fé:-.i_\. Anaya.-A.=J. M. Charles.-A. -Jestls M~ Alma- ejercicio de la tutela legitima Don .Andrés Santos Treviño quedó
guér.-Rtlbncas.•
acreditado legalmente con la compulsa del dooumento g_ue soliciLo que se manda publicar en cumplimiento del auto inserto tó se trajera. á la vista, la cual compulsa consta á l..s foJas diez y
para los efecto~ legales.
seis y vnelta y diez y siete frente.
Oaleana., Julio 24 de 1896. -A Anaya.-A.--J. M. Charles.-A.Por lo e~ue~to y con apoyo del articulo 1858 dE'! C6digo de
Teodosio Rodríguez.
83-34-35
Precedimientos civiles, se declara: Que ha Jug 1r á ,a tut.ela le•
EDICTO.
gftima de los menores Gustavo y Ramón Santvb y se uombra pa
Juzgado de Letras de la a;, fracción jndicial.-Llnares.--Nnevo ra el.ejercicio de ~'b al Sr. D. Andrés de ig .ll_ apellido, 6. quien
León.
previa su aceptac1úo, protesta de fiel dese·up,•uo y las garantías
En el juicio de lntest.ament.arfa de la finado. Sra. Dña. Francis- qne la le_y requie_re se le dlsceruir:l. el carg, c11 la forma que coca lleléndez, se ha dictado nn auto qne 6. la. letra dice:
rresponda. Nnt ,f¡quese, publ!qaese estt: "-lito de conformidad
•Linares, Julio dos de ntil ochocientos noventa y seis.-Visto el con el art. 1366.d,·l .-ita&lt;\o Oódigo de Procedimientos, en el Penombrnmiento·de tutor Interino que este Juzgado confirió al Sr. riódico Oficial d·•· Estado y en La Voz de Nuevo León, y que exMal\uel !'a.riente pna representar en este juicio 6. la menor de prese el tutor nombrado si tiene 6 no bienes en que constituir
catorce años Mana Clementina Martfnei)Ieléndez: vista la acep- hipoteca. Así lo resolvió.J firmó el C. Juez de Letras de Ja G-,
tición .Y protesta. otol'gada por el referido Sr. Pariente, para de- fracción judicfal: damos fe.-Llc. M. Gil Treviño.-.A.-Manuel
sempeli.nr el expresado cargo de tutor interino; debla ae discer- F. Trevino.-A.-José L. Flores.-R!íbricas.•
n ltle y le discierno dicho cargo, otorgándole pRra su fiel desem- •Villnldama, Marzo veinticinco de mil ochocientos noventa y
peño, todos 1•8 facultades en derecho necesarias. Notifíqnese y ssis.-Visto el anterior anto en que quedó nombrado el señor
¡mhlí4u~se este auto por tres ,·ecc~ consecutivas en el Periódico Andrés Santos Treviño tutor legítimo de sus menores hermanos
oficio! ilel Estarlo y La VPZ de Nuevo León, de acuerdo con lo Gustavo y Rmnón d¿l mismo apellido; y
r!,spuesto en el :irticnlo 13ilfl del Código de Procedimientos Civi• Considerando: que el referido señor Andrés Santos Trevlño
!cs. As! por esu- auto de ni•cernimiento, Jo decretó y firmó el C. aceptó Y protestó desempeñar el Cl\rgo fiel y legalmente y dió
Jue_z de Letras de la 3~ fracción judiciri.J: doy fé.-Lic. • Severiano conform_e !\la.ley la cat!Ción que se le previno, constituyendo _al
lii\hnns.-A-Juan de D. Villanuevn.-Ar-Fernando Ardines.-R&lt;i- efecto hipoteca sobre bienes bast,.nt.es p:i.ta asegur;ir su mane¡o,
bricns.•
y cuya escritura de hipoteca debidament.e regi~trada corre agreLo 4ue se publica eu esta forma conforme i!. Jo mandado en el gada :l. las fojas 23 a. 26 de estoa autos.
aulv ::11,terior.
Considerando: que para regular la cantidad. que baya de inver.. Liuar,-B, Jnlio 3 de 1896.-Llc. Severiano Salinas.-A-Juan de D. tirse en los alimentoa y educ11Ción de dichos menores, sin que
Villo.nueva.-A--Fernando Ardines.
33-3-1-35,
nada necesario les f.&lt;Jte sngtln su condición y riqueza, este Juz.
J!:DlGTO.
gado oyó lo que el tutor legitimo expuso á ese respecto.
J
d 2&gt;L
1 G .l T ~ N
L Ó
Por lo expuesto y con fundamento adem,119 en los artículos 1359,
uzga o, • oca ·-:- r~ • er..n, uevo e n. .
1365 y 1366 del Códi!fo de Procedimientos Civiles se declara: Pri&lt;:ieneral rerá.n, Julio diez y ocho de 1896.-Por dis- mero. Q.ue es de discernirse al Sr. Andrés Santos Treviño y se
posición del Juzgado de Letras de la 7.' fracción iu- le discierno en forma el cargo de t'!tor legíti!"o de sus menores
· J
to d 1 ..1,
d 1
· t
df
hermanos Gustavo Y Ramón del nusmo apellido, con los deberes
dima
, en au
e ';u~ 1:1-ueve_ e cornen e se ra 1ca facultades y restricciones que las leyes establecen para el desem
en este Juzgado el JWCIO de mtestado de la Sra. Bla.- peño de la tutela en su objeto legal, ósea la adnrlnistración de
aa Benavides vecina ~ue fué de esta Villa.
los bien~s, y la guarda de _las personas de tales menores. Segun'
d
li
ti
do. Se fija al tutor la cant1dad de trece pesos mensuales que de las
. . L ~ que se _man a pu car en esta orma en el Pe- rentas de los bienes de los menores invertir§. en la alimenb.ción
r1ód!co Oficial del Estado, y La Voz de Nuevo León y educación de ambos, sin perjuicio de alt.erar dicha cantidad en
de conformidad al art. 1686 del Código de Procedi- )os tér~os del artlculo 47! del Código Oiv;il. _Tercero. Se le fi. t
o· ·1
l
ti to
l
•
J:\ tamb1en para la oportull!dad, como retribución de su cargo, el
nnen os lVl es Y para os e ec s que en e mismo ocho por ciento sobre las rentas l!quidas de los bienes que adnriee expresa. El Alcalde 2'? Local lo decretó y firmó. nistre. Noti:dquese y si no seha recibido el tutor de todos los bieDamos fé.-C. Garza Garcfa.-A-Antonio Gonzá.lez nes de los menores, entrégue.seles en laformadebi1a; publ!q.uese
G 1rza -A-Manuel García Cantú
e~te.auto tres veces consecut1vas, reg!strese en el L!bro 4e d1sc_er32-35.
·
EDICTO
·
' 38·
nulllentos que lleva este Juzgado y expídase el testrmoll!o debido
•
ni tutor, qne es el titulo que acredita su personalidad. Así lo deR~ptlblica llle:rlcana.-Jnzge.do de Letras de la 5a fracción ju- cretó y firmó el ciudadano Juez de Letras de la &amp;. fracción ,iudidbial.-Oerralvo.-Estado de Nuevo León.
·
cial: damos fé.-Lic. 111. Gil Treviño.~A.-Mannel F. '!'revino.~
En el juicio de intestado de la. Sra. Margarita Guerra de Arre- A.~José L. Flores. · Rtlbricas.•
dondo, vecina que fué de esta. Villa., se ha dictado un auto qne á Lo qne se publica. en cumplimiento de lo mandado en los preinJa lrtrl\ dice:
sertos autos.
•Cerralvo. Julio diez y siete de mil ochocientos noventa y seis.- Villaldama, Marzo (26) veintiseis de mil ochocientos noventa
Visto el n,:,mbramiento de tutor interino hecho por este Juzgado y seis (1896.)-Lic. M. Gil Treviño.-A.-Manuel F. Treviño.-A.
ea la persona del Sr. Simplicio Salinas para representar fi. losme- -José L. Flores.
84-35-36-37
11ores Do:ningo y ~Inrgarito. Arredondo. en este juicio heredita•
rio. Vista lo. aceptación y protesta de fiel rtesemr,eño por parte
del nombrado¡ yo el Juez, debla de discernirle y e discierno tal
Juzgado de Letras de la 7~ fracción judicial.-Escargo, concediéndole nl efecto todas !ns facultades v derechos
que la ley acuerda 6. los tutores para el cumplimento de su come- tado de Nuevo León.
tido, 6. cu3 o fin interpongo mi Autoridad y ju!'.licial decreto. NoCon fecha 23 d1•l actual se radicó en este Juzgado
ti,lf,¡nese y publ!quese este anto por tres veces en el Periódico el juicio de intestado del Dr. N. W. Brown e, vecino
Oficio I y en La Voz de Nuevo-León. Lo decretó y firmó el Juez
d~ Letras de ln.1?J frac: damos fé. - Lic. Gorostieta.-A-C. s. Gu- que fué de esta ciudad.
tiérrcz.-A-D. !''. Benavides.-Rtlbricas.•
Lo que se hace saber al püblico, para que las perLo que se publica en cumplúniento de lo mandado y para los sonas que se crean con derecho 11. la l1erencia, se
efectos legales.
Cerralvo, Julio diez y siete de mil ochocientos noventa y sels,- presenten á deducirlo en el termino de treinta di88
Lic, O, Oorostieta.-A'-0, S, Qutiérrei,-A-D. F. Beoavide1,
coutadoe deed9 ~ f~9~ ~e 11. ~~ ¡ ublicl\Ci6ij,

Montemorelos, Mayo 27 de 1896.-Lic. ,Juan J .
Hinojosa.-A.-Florentino Oucrra.-A.-Daniel M.
Lozano.
31-34-37.
EDICTO.
J uzgado 3? Constitucional.-Aramberri, N. León .
Oon esta fecha y por disposición del Juzgado de
L etras de la fracción judicial, se dió por radicado
en este de mi cargo el juicio de testamentaria del fin ado Antonio Luna, vecino que fué de esta Villa.
Lo que se hace saber al público para que l as personas que se consideren con derecho á la h"érencia,
pasen á deducirlo dentro del tér mino que prefija el
art. 1685 del Oódigo de Procedimientos Oiviles.
Aramberri, Mayo 10 de 1896.-Simón RosM.-AE . Torres.-A--N. Jaramillo.
32-33-34.

4:

EDICTO.
Jnzgado 2\&gt;. Conslitnciono.l de HiguerllS Nnevo-Leon
Por dispos1cl6n del V. Juez 2n rle Lelms de lo Civil por to
\lC. l!!cba \l,os del actual, se ma1Ídó radicar en este de ni! car ao
JWC10 de mtestamentarta á bienes de los finados sefior Franglo e1
González Garzata :i: esposa D~ Concepción González veclno~q~
fueron de es Villa.
'
e
Lo que .se manda publicar en esta forma por tres vece d
dtez en diez dfas en el «Periódico Oficial• del Estado y enª e
V_oz de Nuevo-J;,e~n,• de conformidad con el artfculo 1685 del
digo de ProcedilUJentos Oiviles y para los efectos que en el mi
mo se expresan.
B•
Higueras. Julio 25 de 1896.-Antonio Gonzl\lez Garza - A Se
vero Gonz!Uez,-A.~Juan F. García.
· 34. ffÍy

y

c1t

40

~an r1ria 1n ~u~tamant1,

EDICTO.
Juzgado 19 de lo Civil.~1~ fracción judicinl.-Estado de NuevoLeón.
El C. Lic. Francisco Canttl C6.rdenas, Juez 19 interino del Ramo Civil de la 1~ fracción judicial del Estado, por auto fecha de
hoy mandó se radicara en est.e Juzgado el jmcio de intestruue11tar!a de 1"' Sra. Marta de la Luz Elizondo de Garza, vecina que
fué de esta Cindad.
Lo que hago sn.ber al ptlbllco á efecto de que los qne se crean
con derecho 6. la herencia se presenten !!. decucirlo en el término
que fija el art. 1685 del Código de Procedimientos Civiles.
• ·Monterrey, 24 de Julio de 1896.-Lic. l. D6.vila, secretarlo.
EDICTO. ·
J uzgado de Letras de la 7~ fracción judicial.-Estado de Nuevo León.
Oon fecha veinticuatro del presente, se radicó en
este Juzgado e l juicio de intestado de D~ Eulalia
Ballesteros, vecina que fué de esta ciudad.
Lo que se hace saber al público, para que las personas que se crean con derecho á. la herencia de di·
cho intestado, se presenten á deducirlo eu el término que fija el artículo 1937 del Código de Procedimientos civiles.
Montemorelos, J unio 29 de 1896.-Lic . J. Hinojosa.
-A.-Flor entino Guerra.--,A.-Tomás Hinoj osa.

NUEVO-LEON.
Dará. p rincipio el día 22 de Agosto próximo y terminará. el 6 de Septiembre.
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de Gallos, y toda clase de diversiones y j u eg~s p er-mitidos por la ley.
Una b u ena banda de música darli. serenatas en la
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1896.-El Presidente, Abraham Buen~llo.-El Secretario, Valeriano Herrera.
374.

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                <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>La Voz de Nuevo León : Periódico semanario, político y literario. 1896, Segunda Época, No 373, Agosto 8</text>
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              <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>Ignacio J. Mendoza, Editor y Responsable </text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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