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                  <text>Segunda época.

Monterrey, [México.] Sabado

~~===============

22

Je Agosto de I 896.

NUM. 375.

z
PERIÓDICO SEMANARIO, POLITICO Y LITERARIO,
ORGANO DEL GRAN CIRCULO «UNION y PROGRESO» FORMADO POR LOS CUARENTA Y OCHO CLUBS QUE CORRES
PONDEN AL MISMO NUMERO DE MUNICIPALIDADES QUE COMPONEN EL ESTADO.

Editor y Responsable, IGNACIO J. MENDOZA.
ción sobre «El Duelo» reflexionando so- que se presentan, de infracción á 1~
Registrado provisionalmen~ 011 la Adminiscual
que haEsta
de hac~rse
P1:º- bre las dos i'deas contr·ari'as que se des- ley en el respecto que lo 1ocupa, pasa
a
hibe
lo prescribe
que ha de lo
evitarse.
misma Yrazon
1
tnwión de Correos, de esta Cmdad, como arti- la
cuando ha recibido su desarrollo y stt perfec- piertan en la mente á prop6sito de la pa- analizar las razones que iay para a )ro
culo de segunda clase.
ción es el espirita del hombre, es la ley. Y en labra duelo: la prolzibz'alm de /a ley, y hibición del_ du_e]o, comenzando con os
otro lugar dice, la ley no es una invención huJ
,
,'1
·,
ocz'al conceptos s1gtuentes·
ae 1a• preomraczon
s
· «Entre otros' ele los e ·erech os nat·ma
• 1es d e1
CONDICIONES
mana; no se parece en nada {e lo que 1os h. om- las exiuencz'as
&lt;&gt;
• d
delito
1
bres
aprenden.
Es
una
cosa
eterna
que
d.inge
Luego
hace
lf:
historia_
e
eso
'
hombre,
seíialaremos
los
que
conciernen
la
Ec;te periódico se publicará t0&lt;lo~ los SábadoR.
La, suscrición 80 paaará. por trimestres adelanta- al universo por la sabicluria de sus manda- seii.alando sn ongen en tiempos muy re- vida y al honor: el primero consiste en la farl
en la intc-ligencia dP que su valor mensual es df' ntientos y prohibiciones.•
motos y asentando que ya en la Edad cultarl r¡ne se tiene ele exigir, de otro Y au!'
T]EJNTA y SIETE CENTAVOS rlentro y füern d,
Se ocupa después de los agentes de Medi¡ era conocido y considerado como ele nostros mismos, actos positivo~, Y negahcstl\ Capital.
T
s
las leyes tanto físicas como morales: ha- un hecho lícito, tanto para decidir algu- vos de qu_e dep~nde fa conservac10n de la vi
, El número suelto vale DOCE GEN AVO .
IS-Todos ¡08 pagm~ serán ~-el!inta~o~-~
bla de la armonía perfecta con que esas nos liticrios como para lavar las man- 'ria, 0 ':' au mt~gr,a&lt;lnao,ls, ds,e, a"ªlilus,le3:i!~P;~~~! c\:ª
Pu.ra todo lo relativo al Penód.i~o dir1W:rse al Ad- 1
1
1
·
•a
"'- '
E
1 unc10nes y org, ;
b
xpresa que :11: .,ªs ramente que quién de ~lguna maner:i atenta
ministrador del mismo, Sr. Aurelio Lart1gne, calle eyes se? ~ervan en e umverso par cha? de la honra.
el cumplnmento de un fin común en la naciones de las que procede la civiliza- contra la vid" ele otro o la suya propi~, vwla
cte Mina número 45.
humanidad.
. ci6n clásica 110 se conoció el duelo, y un derecho y como consecuencia 1:e9merenna
Recuerda en seguida lo dicho por C1- luego entra en el estudio de las causas pen:1, castiga.nse por eso el homimd.io, las le
'
d 1
t
tivo y
•
·
d 1
d 'd
siones y totlos los ob·os delitos, as\ como tam
cero1: f:C_erca e carac er p:ecep
que le dieron _or1.gen, e as me 1 as que bién debiera castigarse el suicidio cuando el
Se advierte á las personas ele esta Capita! Y á prol11b1tivo de la l_ey nat'.1ral, pasa luego desde la antignedad se tomaron para suicida uo logra su objeto; la ley debe impe
las de las municipalidades ele! Estru.lo y fu~ra
á establecer las diferencias que hay e1:- combatirlo y de los efectos de tales me- dir y reprimir la intención ele unl1 persona
clecél, que tengan que remitir~ A 'i:'}S0S JU·
que atenta contra su vida, . cuando aquella
eliciales y particulares para su mserc10n en es!:" tre la ley natural y la Etica, que á pn- didas.
mera
vista
parecen
ser
iguales.
«En
la
Edad
~Ieclia,
dice
el
cliserJ:ante;
invase manifiesta por ª;,'tos exte~1ores que ele 1111
Periódico por tres veces 6 menos, lo hagan cl1Entra luego á tratar de la ley en el elido el Imperio ele 0cc1dento y pisoteada la modo claro la den ,t conoce,. _El segundo de
rcctamente al Administrador de «La Voz de
Nuevo-León,» adjuntando con el autógrafo su 5 ntido ¡· urídico· y recordando que De- ci\'ilización romana para ceder el luga:· ."' la los derechos a. que me he refencl_o, es ccll.co~
e.,
' •
· _ Autoridad inculta de los invasores, vinieron cerniente al honor, éste no es su10 la 1gn 1
importe que son: tre.s pesos cincnent.a centavos, mostenes
la consideraba «com~ una 111 á reinar en aquellos pueblos antes sumisos y clacl manifest,ula por la conducta del hombre
uor vei~te renglones manuscritos 6 fracción de venci6n y un presente del cielo, pue_s obed.ientes las ideas ele la Independencia y en sociedad: la d.ignidacl resulta _mmcd1ata
eJlos el exceso á cinco centavos por renglón.
por ella reinan la justicia y la tranqm- de la fuerz~ que sustituyeron !t la del derecho. mente ele la misma naturaJeza, mientras que
L~s avisos q;10 tengan que publicarse _por más Edad entre los hombres·" establece como Impotente el Estado para asegm:ar con su el hon01· es una consecuencia ele sus acc10nes,
rle tres veces, se cobrarán á razón de cmcuenta
P incipal caracter de 1a' ley que sea jus- autorid:ul los derechos ele sus súbditos y para este _derecho consiste pue~ en la facttltad de
centavos por cada vez.
r
• · •
'1
O b · e impartiles justicia en tm caso da,lo, apelaran ex1g1r de otros, actos posittvos por los que se
El pago se hará precisamente adelantado.
la en su prmcipw Y genera en su J - éstos al cle;·echo ele la fuerza como único me- reconozca, ó la abstención de aqu_ellos que
to, explicando cada uno de estos carne- dio cle consen•ar la t,·anquiliclad; por otra par- puedan herirle de algún moclo; liaJo este se- - - - - - - - - - - - - - : - - teres.
.
. . . ,, te, las exageradas creencias en materia ele guntlo aspecto se le consi~cra en las relao10
Presenta luego la pnmera divis1on Religión fueron un poderoso estimulo, una nes generales de pc(·sona "persona.
"La Voz de Nuevo-León" circuJaden
que se hace de las leyes en ti11perativas causa suficiente para estaulecer como se esta«bl duelo parece Justificarse, aunque no es
tro y fuera del Estado.
h1'b 1/
fi lt ta' definiendo c; bleció en aquellos. tiempos, el dn~lo como ;m as[ con este úerecho, pues hoy como en t1em
-pro
zvas Y acu a zvas,
medio do prueba; crelase que el mocente o á pos antenores, las cansas qu~ lo motivan
da una de estas ,clas~s, Y agre_gando la quien asistiese el derecho nunca dejarla de son cuestiones de hpnor, cuestiones _que e_nREDACCION.
ley penal que mas bien la considera co- salir venceclor en aquellos lances, pues conta- vuelven algo tan.sagrado como la v1cla nusba según ellos con la ayuda y protecció':'
la ma y quo se estima como ésta; poi: eso para
Lic. Pedro Benítez y Leal.-Lic. mo sancz'ón de las anteriores.
Explica
en
seguida
las
dos
diversas
Divinidacl.
Yiose
el,
duelo
~omo
_un
jmcio
ele
conseguir la honra c¡ue es su esencia se ar~·osLorenzo Roel.-A urelio Lartigue. .
d 1
1b
·, 11 con es- Dios y asi se le llamo, y de el hicieron clepen- tra la primera; mas s1 este derecho no lo JUSLic. Jesú:, Garza FloreR.- Lic. Vir- acepciones e a pa a ra sancw '
cler la resolución ele cualquiera controversia tífica, el otro sí lo reprueba ele una manera
q,w con oh·as pruebas no pucliera decidirse, terminante, pues no puede existir ªUl;que más
gilio Garz~.--Lic. Vicente Gar~a Can- tas palabras:.
aEu clos sentidos pues,. clebe tomarse la P~- siendo la consucuencüt necesaria en la mayor directo y marca.do al derecho &lt;fo la vida, que
tú.
labra sanción, aplicada a. las leyes; en el pn- pm·te de los casos, el triunfo ele Ja mnldn.d so- el desafío, qu•1 presenta el doble carácter de
mero es la pa:~e de la ley que establece uu~ bn~ la inocm1cia, del orgullo sobre la modera- l101nidJio y· de suicitlio, de 1wmicidio puesto
.pen~, _como d1J1mos antes, á aquellos. qne .}ª ci6n, do la fuerza sobre el derecho.
.
que se tiene la intenci6n bie1~ probada d~ J.:n:i•
infnnJen; y en el segnndo es la_ ªP 1 ??acwu
uComo antes cHgo, otra de las principales var de la vi&lt;la á, sn adversario, y de SlllCHho
clarla
á la l~! para que tenga Su CJecurwn. . causas que moth·aron la aparición del duelo, porque voluntariamente se ocurre ú, un lugar
1
&lt;1:a sancion de la ley, au1;1, tomada en CS t e fué ]a falta de Autoridad Pública, la muy t&gt;H busca de la muerto: segura algunas veces
Monh•rrey, Agosto 22 ne 1896.
scntHlo, no es l_a promulgac10n con~o a.Jguno~ mala constitución del Estado, que hizo se otras probable.
creen . La sa.ne16n precede necesariameut~, ª considerasen }os lnU.ividuos absolutos en su
uConsistiendo el honor en el concepto que
la promulgación; aquella es la aprobacwu personalidad r investidos de la necesaria cada quien ha sabido ganarse en sociedad con
t
dada, á la ley, como ~e ae,'tba el~ decir, Y éS ~ autoriclaclpara castigar por propia, mano las sus acciones, concepto que debe ser digno, coes el modo _de darla" conocer a los pueblos) injurias ú oh·os ataques {1 su derecho por un mo dignos deben ser los actos que le constitu•
hacerla obhgatona pa~·a ellos; porque nad.ie extraño; y como el Estado no tuviera la yen; siempre que alguno manifiestamente y
EN LA
puede arreglar sus acciones á una ley que no autoridad bastante pa1·a castigar aquellas in- sin derecho arrqja una injuria directa ó indi•
eonoee,,,
.,
jurias, para evitar estas violencias al derecho, rectamente, nor medio del lenguaje 6 por esSe ocupa luego de la p_ronzulg_acz~n de menos l&gt;t tuvo para impedir que cada quien crito 6 por otros actos materiales, con la que
las leyes, sobre la cual dice lo s1gmente: se hiciese justicia por si mis~o. .
se pueda desvirt~ar la buena aceptación de
«Promulgación, pues, es el acto por med.io
rr)fas tarde, con el perfecmona=ento de la otro en sociedad o ele algun otro modo, se ha•
del cual ~e comunican á la sociedad las leyes, legislación, el descubrimiento de pruebas más ce t¡ue sufra su reputación de hombre honra•
reglamentos circulares y demás disposiciones apropiadas para justificar los hechos, así como do créese y esto es general aunque erróneo,
( Continúa.)
de observan~ia general; es la voz viva del le- el necesario progreso ,· mejor interpretación qu~ no existe ningún med.io más apropiado
gislador, y por lo tanto corresponde al Ejeeu- eu las ideas de Sociedad y ele Estado, se llegó para desvanecer aquella injuria y para recu•
Con objeto de no hacer demasiado tivo que se haga saber, por med.io de edictos !t conocer los muy malos resultados que se perar el aprecio y consideración de sus igna•
larga nuestra serie de artículos sobre las ó pregones, según la práctica que en cada Na- obtenían ,considerando el duelo como_ p~·;rnba, les, que el duelo, ese combate personal al que
•
ción se observe. La regla general en esta par- y se palpo la neceslílad rle su proscr1pmon _en precede un pacto de matar 6 hacerse matar
f
expresadas con erencias, nos propone- te, es que tanto las Ieye~ como las de~ás el.is- ese sentido, pues ya s~ contaba con mechos por
ofensor: y digo de matar, porque aquemos comprender en el presente los tres posiciones generales, obligan en la Capital del mas segnros para averiguar por parte ele qU1en llos 811
desafws en c¡ue se conviene una simple
trabajos presentados en la tarde del~ de Estado descle qne se publican oficialmeute, y estaba la razón ó la justicia y para quien el fórmula no son sino riclicnlas pretensiones
Julio: teni~ndo pa_ra ello qu~ exammar en los lugares donde no, reside la autoridad error ó la_ culpabilidad. No sucedió asi, en que á n~da Cúllducen, y sí acarrean~ escánmuy á la ligera dichos traba¡os; pues de que hace la promulgamon, se computar~ el aquellos tiempos, no ha sucéclido aun, c~ns1• dalo á la sociedad, una desobediencia volund ,
d
e
tiempo á razón ele un clia por cada vernte rh-ado el duelo desde el otro punto ele vista, taria y sin causa determinante, á la ley que los
d0
otro .1;1º , ten na1?os qu~ ar una _x- kilómetros ele distancia; y si hubiere fracció:' es decir como _medio,falico de lavar las man- reprneba; sin embargo, estos desafíos pacta·.tens10n ~esproporc1ona~a ~ esta resena. qne exceda ele la mftad de la d'.sta~ma mdi- ?has que ya directa o md1rectamente s~ arro• dos en condiciones muy favorables para amLos disertantes del dia a que nos re- cada se computara un clia mas; a no ser Jª sobre la honra ele un\\ persona. BaJo este bos contend.ientes, quizá nacla peligrosas, son
'.ferimos, fueron los j6venes Salvador que expresen ellas mismas el tiempo en que asp_ecto, á ¡,esa;:· de haberse declarado ser un castigados y así Jo han sido anteriormente¡
Santos Macedonio E .Tamez y Lázaro de deban comenzará regir .. Nadie p17ede excu- dehto, ,snbsist10 no obsta;-1te la~ exagerad~s con una pena menor es verdad, que aquellos
'
•
t ra t aron respec ti' v a - sarse
de su observancia por decir que las peuas
subsiste· ahora sm
1a Garza
qmenes
.
b a que
d se le condeno,
d
·
él que se
. deciden con .]a muerte ele uno de los
'
.
.
ignora.,1
,,
~m ar~o e no que ar impunes qtuenes 8 :1
duelistas, pero suficientemente severa y promente sobre «Caracteres y aphcac10nes
Expresa despues que la ley no puede mtervienen_y muy probable_ es que subsista porcionacla á la trascendencia dela infracción
de la Ley,» «El Duelo» y «El Recur- tener efecto retroactivo, agregando todas por !Igún tiem_Po en lo sucesivo. •
ele la ley,,,
so de amparo"
1
1·
.
.
t
á
t
«"\:a en el remado de Fernando VII se conContinún discutiendo el asunto cort
·
ó d fi · d 0 1 as exp icacwnes concernie~ es
es e sideró el duelo como un delito y como un de.,
· • 1
El Sr. Santos comenz
e ~uell: , d principio y á sus consecuencias.
lito grave que merecia penas 'ejemplares; en la refutacwn _que hace de la opimón que
palabra Le;,, tanto en el senti~o JU~l lContinúa ocupándose de las leyes re- esa epoca, se hicieron las primeras tentativas pretende ¡usttficar el _du~l~, consid;rán•
co, como en el puramente filosofico, pa- lativas al estado y capacidad de las per- para proscribir esa arraigada costumbre, y al dolo fundado en el pnnc1p10 de legitima
sando luego á hablar de la Ley natural,
de las que se refieren á las ac- efecto se impusieron penas severisimas á los defeusa pára lo cual recuerda que en el
q ue explicó en los términos siguientes: sanas, Y ,
b
b
·a
contraventores ele la ley; sin embargo, el due- caso en' cuestión no hay agresión actual,
cwnes reates, so re cuya O servanci Y lo no desapareció, muy al contrario, varias ve- . . .
• ·
«Además ele este orden de leyes que rige el efectos diserta extens~me1;te; pasando ces, túvose necesidad si n6 de aprobarlo, si ele lll znmme!lte 11~ VZflenta ..
nniverso, hay otro no menos imperioso, eles- luego á tratar de la aphcac16n de la ley disculparlo, consintiendo en que alguno se veEntra desp,ues a exammar ~o que el
tinado á equilibrar las pasiones cleí hombre, en general.
rificara; posteriorl?~nte se repitió aquella con- duelo es en s1, del modo que sigue:
como ser dotado de razón y superior á to,los
Refiriéndose después á la abrogación clenamó:1, y se repitieron y publicaron uuev_a•
Prescindiendo ele aquellos duelos que deben
los
demás
concibe
.,, de l a ley mam•¡¡ es t a que tmente las penas
1 'd
¡ animales;
d pues · sólo
t· así
1 se
. á que se 8UJetaran .los •duelis. ser. considerados como una mera farsa , exa.0 • ¡ el la o' d.e,,o,o-eczon
a i ea e e que pue an ex.1s U' a s eme a ,
.s -., -. __1
,
,, ,, .
. as,. penas siempre severas, pei ~ siemp1e minemos el verdadero duelo, aquel en que inpaz en el hogar doméstico y la tranquilidad puede tener .ligar expresa o taatamente, meficaces, puesto que nunca se llego,, conse- discutiblemente se tiene como resultado la heeu la conciencia humana. Sin ellas, la fuer1,a y explica detallitdamente cada uno de guir la abolición ele un delito ele tan graves rida 6 la muerte. Se pact,a, un duelo en esas
serla el nivel que arreglarla nuestras accio- estos casos insistiendo bastante en la consecuencias y que_ de una _manera tan ch- conclic.oues, se verifica en presencia lle ¡ pa08
nes, estando
siempre
., ra', c1't a para que se enti'enda i.·ecta
drinos ó testiaos
rnm
'6 d 1el débil
d
¡ · sujeto
t' · á la¡ hud d erogacion
. , ataca la pública
d autoridad:
h
. , que secas.
" y con ]as demás formalida1
I
.,..........._.acl n e po eroso: a JUS IC1a y e e'
.
d
d tigo severamente e ue o ay 1azon pa1a a.se- des que se acostumbran en estos casos y las
1·c'cho no tendrían significado alguno, ni po- que s6lo puede considerarse eroga a gtuarlo, pues las penas que se imponían á los cuales prescribe el Código de la materia: sale
dria concebirse; tampoco existiría el genero una ley en este caso, cuando su us:o-~ea delincuentes fueron la de muerte y confisca~ vencedor quien se creía ofendido, y muerto sn
humano, pues careciendo de los med.ios de contrario notoriamente á las costumbre;:;¡ ci6u ele bie':'es, ó, la prim~ra ~olamente; ~e- a,lvm·sario, ,iquel se ¡,resenta á la sociedad
defensa, de que se hayan dotados los demás y concluye con las siguientes palabras: mrs que se 1111¡¡,oman ll'Q_ solo a los retad?rns manclmdo con la sangre del hermano, y esta
animales, su especie desaparecería en breve
({Lo anterior demuestra que un cuerpo de y ?e-tados, smo_ también á los padnnos mancha para lavar la &lt;le la honra, vengar una
tiempo de la tie,-ra. Todo ese conjunto de le- le es debe reunir los caracteres ele justicia é y ele ·r,s perso1'.as que -~n manera aJguna afrent&lt;, con un crímen, es un honticidio el
yes, que sirve ele norma á la humanidad es ig~aldacl definidas y procurar además los in- hubiesen· e:11clo mtervenmon .. La idea ele :ue- más premeditaclo y algnnas veces el más infalo que se llama ley natural.
tereses generales de los pueblos en que rigen· lo en esos t· .mpos traía consigo la ide,.a e la me: vengar una injuria que las más veces se
«Los legisla.dores romanos desconocieron es- ues de otro modo permanecerían éstos esta'. pena capital:',!!!°; embargo n~cla_s? logro y á la simula, ó se le considera tal, debido única. tos principios, ó dieron muy distinto signifi- ~ionarios sin pod¡r llegar al grado de cultura rectitud y sev'l;:ndad de la Jnst1ma,. ,se opuso mente á la extrema susceptibilidad del ofen. cado al vocablo, al definir la ley natural, y clesarrdllo que reclama la marcha constan- siempre tenazni~nte la preocupa?10n de 1la elido, ejecutando un delito más grave como es
(quod natura '-omnia aa¡i¡¡¡,¡,j¡a
clocuit)
lo • que t 6 el0 Ia h UIDaill'dad .l)
sociedad1 y las ;deas
de la generalidad ele os el atentado
contra la vicla ele un seme;ante.
,l
á •-•
j
""J....,,
e
_,
la natura\eza"" ell.lleñau.o , """-~ os anm:a.•*•
seres humanos,,, •~
Además, sucede, y con frecuencia, que hacién•
les, apartándose del mis filosofo de .su•. o¡aEl Sr Macedomo E. Tamez alumno
Luego después,de hacer constar que dose alattle de extremada delicadeza, créese
dores.
,Cicerón,.
qu~llll¡;&gt;resa
poi· leypor
natu,.:¡.l
entiende del 4º· c~rso1 dió .nrincipio á s~ diserta- en nuest~o país son,.
«la
razon
superior,
la nat111·aleza,
-. ;uuy raros los casos ofenfüdo quien no busca sino la ocasión de al•

r,

ADVERTENCIA.

?º

EDJt:TORJC.a.L ..

CONFERENCIAS

~

1

�LA VOZ DE NUEVO-LEJON.

2

can,.ar el renombre de valiente, ya que con Recurso de Amparo" á que antes nos hesus actos no haya podido obtener el de hon- mas referido; pero ya es demasiado exraclo, porque puéclese asegurar,-que quien pro,, l
"1
d
voca un reto, casi siempre por causas injusti- tenso este articu o, y so o po emos agreficadas de honor, es quien menos segma tiene gar unas cuantas líneas sobre ese labola estimación de 1a sociedad y teme por com- rioso estudio.
pleto perderla. ¿Qué absurdo mayor puede
Después de considerar la importancia
darse que éste de querer recuperar el honor, del tema sobre que debe disertar, y de
quizá obtenerle, ejecutaudo un crírnen de los reconocer las dificultudes que se presenmás severamente castigados por la ley y de
los más condenados por la, razón y !ajusticia? tan en su desarrollo, habla el Sr. Garza
No existe ni podrá existir nunca, relación al- extensamente de las diversas institucioguna entre., la ,ofensa
quedá
1
t margen á un clue- nes que pueden considerarse como fueno
y
a
es10n
o
a
muer
e que son su conse- tes de nuestro juicio de amparo, tales
1 1
1
cuencia.
como el interdicto «De /wmzize libero ,-z.
«Consiclerese ahora, que es el vencido quien
trataba ele castigar la ofensa que se le hizo. /n'bendo" de los Romanos, deljustzi:za de
¿Qué dirá entónces la sociedad? Murió con Arag6n y del recurso del «Habeas corhonra y ele una manera dign;i, 'l-ueda satisfe- pus» de Inglaterra y los Estados Unidos;
cha con ésto la preo~upac10n mfim?ada de asentando después que nuestra legislaunos
cuantos,
que que
pudieran
sidonúmemdi- c;on
·, l1 ~upera do_en' mueh º• sobre e1 parferentes,
mientras
otros,haberle
en mayor
ro, seguro no pueden me.nos que lamentar un tlcular, a las antiguas.
.
proceder tan fuera de justicia y de razón; perEnnumera después las diversas leyes
mitir, y ésto expontáncamente,. que se agre¡¡ue que se han expedido en el país con el
á la ofensa de pala1:&gt;ra, que debiera despreciar- objeto que se propone el juicio de Amse como se desprecian las necedades de un ele- paro· dando á conocer la de 29 de Dimente, la ofensa de hecho, al arrebatarlo del . ' d
'd
, .
hogar, donde nunca sobran sus auxilios; creer ciembre e 1836 produci a por el reg:tinferior y despreciable al que ofende, y no obs- men conservador, que degeneró en un
tante consentir que se.coloque en pié ~e igu~l- despotismo absoluto; se refiere al «Acta
dad, cuando solo se pretende castiga, un m- de reformas de r8 de Mayo de 1847 en
solenteJ1.
'd l'b
. ., •
Dice después que eu nuestra legisla- 1 que e1 partl O i era1 consigmo que:
ción se encuentra condenado el duelo de &gt;&lt;Los Tribunales de Ja Federación ampararan II
una manera especial señalando las pe- cualquier !'abitantede la República, en el ejercicio y
,
'
.
conservac1ón de los derechos que les concedían la
nas a q1;1e se ha~e acreedor 9men prov~- Constitucion y las leyes constitucionales, "?ntr~ toca y qmen admite
ataque
de los Poderes
E¡ecutivo,
. d b un
. desafrn·
d' . y con
.,si- do
ya de
la Federación,
ya de Legislativo
los Estados;ylimitándose
dera dema~ia o emgna 1 es1gnac1on, dichos '.J'ribunales á imparfü su protección~n el capues al qmtarse al desafrn el caracter de •~ particular sobr_e que versa el proceso, sm hacer
·t'
t
.
runguna declarac1fü:1 general respecto de la leyó
nna, cas 1ga en es e caso 1as 1es10nes y del acto que Jo motiva.se.&gt;&lt;
el homicidio con penas inferiores á las
que se imponen en otros casos; benigniY por último se refiere á la Constitudad que el conferencista atribuye á la ción de 1857, cuyo proyecto da á conoznefica~za de la severidad probada por la cer en la parte relativa al asunto, en la
expenenaa,par_a termznar con una cos- que, según sus artículos 101 y 102, se
tumbre tan antigua C01/l0 rela;ada, y de declara:
la que deriva la insistencia de la opinión
.
•
l
'd d d l d
«Porelprimero,lacompetencia delostribunales
socia1 que cree en a neces1 a
e
ue- de la federación para conocer de Jas controversias
lo al ver que las mismas disposiciones &lt;:¡u~•~ sUBcitan en ca.so d_eviolación delasgaránt!as
' l
l
d
l
d
mdividuales ó de que se mvadan los poderes fede1ega es que o con enau, e canee en ral y local en sus respectivas esferas de acción. Por
una consideración manifiesta· y con ti- el ~egundo se dispuso q~e tales controversias se se'
guiñan solamente á petición de la parte agraviada
n ú a con estas pa1a b ras:
sujetándose á ciertos procedimientos y formas dei
«Se me dirá que un duelo es caracterizado orden jt,rldico que una ley detei:minar!a; Y que la

DONAT:CVO

para elpalac10, ueGoo'1erno
EN CONSTRUCCION.

Tomamos del Periódico Ofiáa!
del E»tado, lo siguiente:

Otro Donativo.
Junta de Meioras Mater1'ales
t
,
_
on. errey.-Con fecha 29 de J~l"
P,róximo pasado me dijo el Sr.
nn P~fia, encargado de la obra d l
Palacio de Gobierno lo que · e
T
,
Slf;'Ue·
«. e~go el honor de poner en co~
noc1m1ento de vd. que hoy recibi' un
carro d e ma d era que el Sr S
k
am
Par ?Onó á la Junta . de M~joras
Mate_nales para _el Palacio en construc~ión, co~teniendo setenta y cinco vig~s Y ciento setenta tablas. Lo
que aviso á vd. para que se sirva
d_adr cuendta a J Sr. G obernador, PreSI ente e esta Junta.»
dLo que me hon_ ro en trascribir~
"
v · .Pª~ª que se sirva ponerlo en con?c1m1ento del Sr. Gobernador man1festándole que en
'•
d' . ! l
.
SU oportunidad
_mg a Sr.. Sam Park la comunicaci6n respectiva, dándole las gracias
por el donativo expresad
á
b d
o,
nomt
re e eS a Junta.
_Protesto á v&lt;l. las seguridades de
m1 cons1derac16n y respeto
L'b
d
.
.
.
1 erta Y Constituc16n .. Monte1
rrey
El S ecre. ' Agosto
. 18 de 8"""
':lv.tan o, David Guerra.-AI C S
ta • d ¡ S . . G b'
· ecreno t
upcnor o 1erno del Estado --Pre
t
·
·
sen e.»
------M

M~~

«Monterrey, México, Agosto 13 de
139 6.-Sen-or General Don Bernardo Reyes, Gobernador del Estado
de Nuevo-Le6n.-Presente. Muy
S_eñor_nuestro:- Con la mayor sat1sfacc16n hemos notado la rapidez
con que se está construyendo el Palacio del Gobierno en la Plaza del
.
Crnco de Mayo, y mas cuando consideramos que este edificio es otra
- l d l
.
sena e esp!ntu de progreso que
ha marcado desde hace tiempo su
digna administración como Goberd d IE
d d N
na or e
sta o e
uevo-Le6n
cuyo adelanto celebramos muchl~
simo.
Por lo tanto cree
'
mos que no mas
cumplimos con nuestro deber si con.
d e a lguna manera á los
tn.b mmos
t
b
gas OS que caus_a una O ra tan notable y de tanta importancia para es.
ta cmdad, y de acuerdo con los deseos expresados por el Sr. Wm. Guggenheim, antes de partir para los
Estados Unidos del Nortl', nos permitimos incluirle un «cheque" or
DEL SEÑOR GENERAL
mil pesos 1
1
á Vpd
_
' e cua sup ic~mos
·•
Senor Gobernador se sirva mandar
1
.
.
'
.
1
se ap 1que á dicho Objeto.
Re1'te r ánd
- G,o b erua d ur, _El jueves de la semana que hoy ter. O1e, Senor
la exp1 es16n de nuestra más clistin- mma, fué el día onomástico del Sr. Gral.
·d
·
•
•
gu1 a con~1dt'raL·16n y aprec10 tene- J?on _Bernardo Reyes, Gobernador consmos e I honor el t Sucribi r
d' Vd titucional del Estado, quien ha PStado
por la lealtad que se asegura con la intorven- sentencia. qu_e e~ ~llas se pro_nunmara~ebía ocuparn~s
e
• fuera de la Capital.
610 ¡de ~dmduo• particulares, limitándose á aftnos. attos. y S. S. S. S.-H. M
ción ele. personas. imparciales
que
arreglan
las
se
ªte
El H. Ayuntamiento de la ciudad de
.
pro ~eros J amparar1os en e1 caso especial sobre D · ,IT. b
, G
concli mones y vigilan la conducta de los con- que el proceso versare sin hacer ninguna declaraie11 en ac,i eren.te.
acuerdo
con el General en Jefe de 1a'Zotendientesj así debiera ser al menos, pero no ción general respecto de la ley 6 acto que la moti'
na,
dispuso
se diese en honor del expresaes facil conseguirlo, las personas quo inter- var!3,,,
do
Sr.
General
Reyes, una gran serenata
vienen como padrinos, proclaman su parcialidad desde el momento en que se presentan
D~spués de disertar con alguna ex- Correspondencia particular del Go- que duró hasta las doce de la noche?
patrocinando á cada uno de los duelistas; mu- tensión sobre las garantía_s i1;1d_ividuales bernador del Estado.-Monterrey, habiendo, para ello, mandado adorna;
cho menos se podrá conseguir la igualdad, y otros de. los grandes pr1 nc1p10s mo_ra- A gosto 16 de 18""".-Sr. H. M. D1·e- é iluminar profusamente el jardín de
pues imposible sería que ambos tuviesen siem- ¡
d
C
':I"
pre la misma destreza en el manejo ele las ar- es conqmS t a os por nueS t ros onS t itu- ff&gt;nbach -Estimado stfi
· • Zaragoza, en donde tal serenata tuvo su
mas, de alli la ventaja que necesariamente ye_n!cs. habla sobre la sustanciación del
·
·
.
bl
or
Y
amigo.
verificat) vo.
existirá.JI
¡mc10 de amparo, en los términos sion 1a aprecia e carta de vd, feNuestro periódico La Voz de M1evoRefiriéndose luego á los padrinos, á
cha 13 del mes que rige, fué en mi León1 aunque fu-era de tiempo por ser
quienes co.nsidera como verdaderos cóm- guientes:
poder
un Cheque por valor de un semanario, se honra en enviar las más
uEl juicio de amparo no puede abrirse ni conti·1
plices de un delito, encuentra que la ley nuerse sino á petición de la parte agraviada, por- mt pesos, que con acuerdo del sefior cordiales felicitaciones al respetable é
es todavía menos severa cou ellos su- quesóleasfhayjuicio)'. porque de esta manerase Wm. Guugenheim, tuvo á bien en- inteligente gobernante, por el día que
•
,,
,
. con.serva~! ~oder Judical dentro de su esfera de
2"',
pomendo que esto se debe a la creencia ~cmón. t1ab1endo queja de parte agraviada hay viarme, para que sean invertidos en acaba de pasar.
de que tales. ,, personas aceptan aquella
contrdovers,a
_y_paraconocer de esta controvers;a es la obra del Palac1·0 de Gob1'erno
.
el Po er Judicial. La Constitución siempre trata
representac10n por causas suficiente- de conservar incólume el principio de la división y que se está construyendo en la Pla~
mente
dignas·
d~ lo~ poderes
pdbli,os.se observen
Cuida decierque za del S de Mayo, de esta Ciudad.
.
l
•_ pero para los cuales .la natuxaleza
en la sUBtanc1ación
de aquel¡mc10
m1Sma ey s~n.ala los casos en que tle- tos procedimientos y forma,¡ del orden jurídico, pa,. D
ENTRE
nen responsabilidad y en que deben con- ra ~o desvirtuar la naturaleza del Poder Jndic:ial,
oy á vd. expresivas gracias por la
"d
obligando á los Jueces y Magistrados que fallen r
·51·6 0·
'd d
1
si erarse como verdaderos culpables.
conforme A lo que resulte del proceso, y con arre- emt. n e esa cant1 a , y e su
Habla brevemente sobre la aplicación glo á las leyos.
plico se sirva darlas también, en mi
d l
.
,,
uEl recurso de amparo fué creado para protejer
b
l
_e as penas c~1Tespond1entes a este de- esrcecialmente les derechos de) h~J1!bre. y por tanto nom re, a predicho Sr. Guggeny
86010 pueden ,~terponer_los rndi viduos partícula- heim, manifestándole que verdad~
hto, , y en segmda
expone
una
conocida
1l d ,,
,, .
res. La sentencia debe hmitarse a. protejer y am,._,
teona que eva a a la practica, en su parar al quejoso, sin hacer ninguna declaración ge- ramentc m_ e complace el ver que
concepto, traería mejores resultados
respebcto
la leyó que
actotaló
que la
motivare.
No con entusiasmo probado en diver. que feral
,ene por
o ¡etodedeclarar
cual
ley es antios h asta a h ora emp1ea dos para evitar el constitucional, sino que ella viola una. garantía ó
·
1duelo.
mvade facultades que turban el sistema federativo ,as ocasiones, muestran vdes. inte0
«Propuesto ha sido ya el establecimiento de
~~.-~toec~lpqeulrjuicioatolqudadejoso. limiRespec'. rés por todo lo que tienda al pro. d ¡ h
.
era au n
se
• •
nn J ma
o e e onor, J uraclo que partrnnlará decir. que son atentatorios
en el ca.so , por
las "tará.
mis' greso V enarandec1m1ento
de la Camente se encargaría de resolver todas aque- mM razones. La se_ntencia no surte efecto sinor..: pita! d 1 E;t d
Continúa la lucha cada día más arllas cuestiones que pudieran presentarse con E:rºto del caso especial sobre aue versa el proceso
e
a o.
diente en los Estados Unidos entre los
1
;o~vo d! alg~ma ?;ensa,. )º\ la que puede ~onta4~~! p!~~~:v;u!t~ª~fdoea!~.:r":~
Desde lueg? 1nando la suma de platistas y los monometalistas oro los
er e_rse. a e~. 1m1;01on soma. ee una persona.. e_nuevo tendrá que p~dir el amparo, no pudiendo que se trata a 1a Tesorería de la primeros llevando como Jefe á Bryan
Esta 1nstituc1ou s111 crear Tribunales especia- exi.mfraele de su obedlen~1a para todos los casos J t · M :
~ M· . · 1
1
les y sin contrariar por lo mismo un precepto ~!'f.:ºJe"n qu~ haya de ªflicáf'!e\e, porque esto se- un a oe ~J_ora, ate;i_a es, á fin de Y os últimos á Me. Kinley.
constitucional que los prohibe, acarrearía sin
claración genera prohibida.»
que sea destinada .; 1 O0JdO que noAunque parece que el partido de la
clu~a
\enét~cos resuíltados.
Después, para demostrar su aserto blemente se propone l·I personal de plata ha alcanzado en aquel país gran
ue o debe
rne suestar
or gen
alguna ofen,
do recurso de am-' es a gran F un d ICI
' '6 n N actona
·
1Mexi· popular1'dad , n o ob s t au t e, e1 deJ oro se
sa," el1 e1:emedio
en ladereparación
de sObre q\te e¡ expr~sa
ell':, la ~ravedad ~e la ofensa depencle de la paro esta ~uy en.cima de sus 8.nálogos cana.
afirma Y trabaja con gran esfuerzo.
est1mac10n en socied.':d ele la persona ofendí- en ~as demas, nac10nes, hace una campaCon el aprecio de siem Jre m
Aqu_í simpatizam?s con Bryan 1 pero
da, luego l': reparamo':' debe buscarse ante la ración entre este y el «Habeas eorpus" repito su afect!simo
.
, fS 's e deseanamos que trnmfase Me. Kinley,
misma sociedad debidamente representada· que es el más avan ad0
.
·
·
amigo} · . - porque nuestra actual situación en ma·
muy racional es, que un Jurado que se form~
Habl 1
d zl.
·
. Ftrmado. B. Reyes.
ter_ia _de negocios y empre$aS se funda
co? personas_honorable~, pueda con mayor
a ueg_o e a 1ey reg1amentana
amerto apreciar convenientemente todos los d~ J;l de Noviembre de 1 86 1 , que se exprmcipalmente, en nuestras relaciones
asl/ectos delicaclos_y las muy jú"stas suscepti- p1dio para cumplimentar lo mandado en . Tesorería de las Mejoras Mate- con el país vecino, en el sistema de
\nlidades en euest10nes _de honor.•
el art. I02 de la Constitución: y de la nales de Monterrey.-Me es grato proteccionismo que caracteriza á el can. R_eco1;1;ice en segmda, que aunque la de 20 de Enero de 1 36 9 que vino á lle- acuqr recibo de su grata nota nú- didato orista.
mstltu&lt;;10n de tal Jurado traería grandes nar algunos vacíos observados en la a _ mero 4,274 de fecha de ayer y maQuisiéramos nosotros n·· e u iese 1
h~,nefic10s, sería
,m.uy difí~il realiza- terior;_ refiriéndose por último á la a~- mfestarlt' que, de acuerdo con ella gado la época e~ ~~ll'!los partidos de que
c10n, pue~ vendna a mtroduc1r una re- tual vigente, expedida en 14 de Diciem- tengo n·cibida la suma de $i 000' hablamhos, habr ande librar sn verdadeforma
:peligrosa en la organización de bre de d'1882,
·
'
ra 1uc¡.,..a
· de 1a
los Tnbunales
. en la que se hicieron mu- un mt·¡ pesos, cantidad
que ¡05 dueRe
eren .1a pres!'d enc1a
6
1
· .
cias a 1c1ones y reformas, en su mayor ño'i de la Gran Fundición Naci ~' , P
ca al _candidato triunfante. El
Espera, por último, de l?s c&lt;:1;stantes par~e ac?nsejadas por el ilustre consti- Mexicana han donado á b · ~- fi- . e~i do, cdualqmera que fuese, determinaprogresos de nues~ra leg1slac1on, que tuc10nahsta Sr. Lic. Vallarta.
d I
ii;:.,de CIO na es e luego la corriente de much()S:
pronto se encontr~r~n los medios más
Expone después la definición que el r:e .ª obra del nuevo 8:u--aiacio de negocios paralb-ados por los trabajos deeficaces para. repnm1r el duel~,, respecto mis_mo Sr. Vallarta da del amparo, y se .,ob1 rno en ~onstrw~1éci6n.
elección que se reali;an en el país vecid~l cual asienta en conclus1on lo que extiende en seguida sobre la aplicación
Queda hecht' U él ingreso respecti- no. .
signe:
de la ley respectiva y las responsabili- vo en la c11- ,enta correspondiente de
Es impo_sible que nos podamos sos- «El
duelo,
que
no
es
el
derecho
sino
la
radades
q
l]
l
'
1
J
T
¡
t
zón del más diestro, del más fuerte del mt,s
. ue e ª sena a a os ueces y esta .,_ csorer a con la anotación del raer á. 1a mfluencia de aquella magna
in~olente algunas veces, y que env~elve ade- Magistrados cuando faltan á :'us debe- nr-_;. .. mbre de los Sres. donant
repú)ihca, cuando en la actualidad nuesmas del ataque individual, un menosprecio res al conocer del expresado Juicio de : 1nvc:rsi6n será oportun
es Y su tras i1;1tereses así comerciales como in-·
á la ley, nna protesta contra el orden social amparo.
_.,V bl · d
amente pu- dustnal~s, están íntimamente ligados
Yun~ perturbación
la paz pública
no podrá
Concl uye el d'J_S7rtante, mamfe~~
.
.
ica
ª'.
existn·
por mucho /1tiempo
en un' Gobierno
,,ando
Suplico
á vd. lo on
. con 1a suerte. de ella.
.
Constitucional que es más que ninguno otro que por '.1º permitirlo la natK:'aleza de miento del Sr G 0 bp ga en conoc1~os negocios y el adelanto mismo del
el Gobierno de la ley y del derecho.JI
su estud10, y por no cansar 1 a atención t d
·
ernador del Es- pats, reconocen en parte los esfuerzos
*
del a~ditorio, se di_spensa d • , hacer una a 0 :
.
.
de la nación á que nos referimos, que
* *
r~lac\on pormenorlzade,1 0 la, ley orgáLibertad Y Const1tuc16n. Monte- por un,a ley sociológica é innevitable,
Mucho sentimos no dar á conocer en mea a que antes ser ·· ), as1 como de rrey! Ag-osto 18 de 1896. -A usfi cada d1a se acerca más á la nuestra.
toda SU extensión el interesante trabajo entrar en el análisi
,,,- fas importantes Maiz, Tesorero.-Al Sr Sec g t _n
Importante es la cifra de los capitales
del joven Lázaro de la Garza sobre «El..cuestiones &lt;;¡ne die
Jl:!ey presenta.
del Gobierno del Estado.-· Pr re ano &lt;I,Ue exist7n aquí radicados, los cuales es~.
,
esente. _táu contnbuyendo de un modo eficaz~

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La lucha en tos Estados Unidos

LOS PLATISTAS

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3

LA VOZ DE NUEV0-1,EON.

•

ha demostrado la enorme cantidad de
la prosperidad de nuestra patria; Y mu- ñándose entre los esposos un acalorado tlculo 85 de la Constitución, he tesemovientes llevados á Estados Unidos
nido á bien decretar lo siguiente:
chos más que habrán de alle?'arse poco debate.
y vendidos á muy regulares precios.
á poco á juzgar por el entu~iasmo con -¿Quieres que te diga la verdad,
Art. 1 o Se reforman las fraccio- Dichas exportaciones motivaron la alza
que se vé en los Estados Umdos nuestro Bourgeil? ¡Eres un hombre sin corazón! nes I, II, III y IV del artículo 14 considerable en nuestro país de los menprogreso actual.
-¡Pues bien, tú eres una imbécil!
del Reglamento del Código Postal cionados animales. En la actualidad,
Como antes expresamos, desearíamos
Y el maestro de obras abandonaba su de los Estados Unidos Mexicanos, esa alza continúa cada vez más y más.
el triunfo de los que sostienen el oro, casa, dando un terrible portazo al salir.
Vése pues como es muy positivo el
en el sentido de que las labores deporque nos hemos enc:1riñado con la siClem_encia se quedaba sola llorando y
capital que esté representado por un netuación bastante venta¡osa en que ese Bourge!l, que se aburría en su domici- signadas á la Sección 1~ de la Ad- gocio de tan brillante porvenir como
sistema monetario nos ha puesto, res- lio, iba á pasar un rato á un café de las ministración General de Correos, el de que hablamos. Las circunstancias
pecto de nuestra plata, que tanto ha s~rvi- inmediaciones con objeto de jugar á la serán las que correspondan á la 2~ y por que atraviesa la República, no pue•
viceversa.
do para favorecer el fomento de nuestras malilla con varios amigos.
den ser más favorables para la implan·
industrias. Si el partido del metal blan- Todos éstos lamentaban su desgracia
Art. 29 El artículo 31 del mismo tación de toda clase de empresas. Ase• •
co triunfase, acaso habría que imprimir y elogiaban su firmeza de carácter sin- Reglamento, se modifica en esta for- gurada la paz, afirmada la gestión pací·
á nuestros negocios otra fuerza de im- gularizándose uno de ellos al hablar de ma:
fica de un gobierno que con ilustración
pulsión, que no preveemos en estos mo- la cuestión de Eduardo, con esta pala«Art. 31. El territorio de la Re- y empeño procura el engrandecimiento
mentos en qué sentido de nuestras inc bra:
públic;:i se divide en las siguientes de la Nación, todo ello forma un con·
dustrias habríamos de efectuarla; aun-¡Bravo, Bourgeil! ¡Es usted un ciujunto de elementos que mucho favorecen
zonas postale~:
que tal cambio también hubiera de fa. dadano romano!
el desarrollo de tales empresas'.
vorecernos.
-En realidad el pobre padre tenía
la Zona, Baja lalifornia y SoHemos tocado muy particularmente
Esta indecisión es la que ha entorpe- nociones muy confusas acerca de la an·
como se ha visto, el asunto sobre ganacido algo la marcha de muchos asuntos tigüedad. Sin embargo, conocía vaganora.
dería, porque lo hemos conceptuado de
financieros, que deberían haberse realiza- mente la historia de Bruto, y la idea de
2a Idem, Chihuahua.
sumo interés no sólo para Nuevo-León,
do en bien de México. Sin embargo, no que era un hombre de aquel temple li·
3a IJem. Sinaloa y Tepic.
sino para todo el país en general. Mas
está lejos el tiempo en que habrá de re- sonjeaba su amor propio de una manera
4~ lrlem, Durango.
como del,e comqrenderse, habiendo aquí
solverse la cuestión que en la República singular.
5~ IJtm, Nuevo-León y Coahui- tantos elementos de trabajo que pueden
Norte-americana se debate, y acaso el
/\,
h.
servir de poderosos auxiliares, explícase,
poco tiempo que nos queda, servirá para
Llega por fin el día de la Pascua, en
6a Idem, San Luis Potosí y Ta- por qué al par qne el ramo ganadero,
mau ¡·1pas.
p repararnos, espe,rando_ el resultado de el que las mujeres salen de la iglesia
la agricultura, la minería y otras
la lucha en e1 pais vecmo.
con grandes ramas de boj en las manos.
Bourgeil, que había trasnochado la
7~ Idem, Aguascalientes y Za- muchas industrias, tienen gran importancia.
víspera en el café, se despierta tarde
catecas.
Es muy halagadora la situación en
aquel día y está de nn humor de mil
8a Idem, Guanajuato y Querétaque se ha colocado nuestro país. El
demonios.
ro.
desenvolvimiento pacífico ele sus esfuerLa tarde anterior su mujer le había
9~ Idem, Jalisco y Colima.
hablado en estos términos:
lOa Idem, México. Distrito Fede- zos naturales, le ha rodeado de gran
prestigo en el exterior. Se cree ya en
-¡Te repito que esos chicos están en
·
ra\ v Morelos.
su adelanto, en su prosperidad y sobre
- · Nunca!-ex~lamó Bourgeil, levan- la miseria! ,Sabes
lo que gana Eduardo I la Idem, Hiu.· ,igo y Tlaxca1a.
e
1
todo en el apoyo de un gobierno fuerte
tándose con violencia y arrojando la en esa Compañía de Seguros donde le 12a Idem, Michoacán.
y enérgico. Esto lo demuestra la inmiservilleta sobre 1a mesa.-¡ N unca!, ya han empleado? Pues doscientos francos 1
gración de capitales extranjeros á la
lo sabes, nunca!
al mes; lo que tú gastas en café y taba3~ Idem, Guerrero.
República, y la confianza plena en sus
Y mientras el anciano maestro de co. No te mego que los veas, sino que 14~ Idem, Oaxaca.
asnntos
financieros.
obras recorría el comedor como un oso les ayudes en lo posible.
I 5a Idem, Puebla.
No
daremos
ya más proporciones al
enjaulado, Clemencia, su mujer, con los
Todo inútil! Bourgeil se acordó de 16~ Idem, Veracruz.
presente
artículo,
pero no concluiremos
ojos llenos· de lágrimas, se entretenía que era «romano,» y se limitó á repetir 17~ Idem, Chiapas y Tabasco.
sin llamar la atención de nuestros culen mondar unas almendras tostadas.
su eterno «¡jamás!"
18~ I&lt;lc:m, Campeche y Yucatán.
Hacía dos años que estallaba con freEl maestro de obras está muy nervio«Dado t:'n el Palacio Nacional de tivadores y ganaderos sobre la gran
cuencia la misma disputa 'dentre plos dos so aquella mañana; se ha cortado dos M éxico, á venticinco de Junio d e m1·¡ espectativa qne ofrecen los ramos á que
antes hemos hecho referencia.
esposos al final de las comi as.
arque veces al afeitars\!,
Precisa no retardar los esfuerzos que
hacía dos años que estaban reñidos con
J',Johino y cabizbajo se dirige á la sala ochocientos noventa Y seis.-Porsu hijo Eduardo, el cual se había casa- de su casa y se pone á contemplar el fino Diaz.-Rúbrica.-Al General se consagren á industrias que conviene
do, contra la voluntad de sus padres, reloj, que se halla sobre una mesa y Francisco Z. Mtna, Secretario de encauzar por el camino del progreso, por
con una muchacha cualquiera del barrio señalaba las once.
Estado y del Despacho de Comuni- el cual nuestra patria marcha á grandes
pasos á su prosperidad.
Latino.
En aquel momento vuelve Clemencia caciones y Obras Públicas.»
. ¡Cu_ánt? habían mimado ,desde ~u de misa con unas ;amas de boj, que
Y lo comunico á Ud. para su inmf:1nc1a
a~uel E_duar~o, a su htJ? coloca sobre un _sofa y que ,d~ pronto teligencia y demás fines.
úmc?, nacido a los diez anos de matn- llenan la ~stanc:a de un gratlsimo olor.
Libertad y Con,titnci6n México
AJoséGoubaud.
momo, cuando no esperaban ya suceBourgetl no tiene nada de poeta; pero J · 26 d
8
6
p,
.
·
Vuestros
ojos
no
han
visto
otra
criatura
sión.
aquel delicioso perfume llega á pertur- unto
e 1 9 . - ranczsco · ;l[i\s ideal, conjunto más divino;

LAS BAUAS DE BOJ,

~

z

CALENDULA.

Con las nuevas construcciones de bar su corazón, despertando en su espí- Mena."
Tiene el porte soberbio y la blancura
París-decía Bourgeil á su esposa- ritu los recuerdos de su juventud.
- - - - - --- De una estatua de mármol florentino.
tendremos una fortuna dentro de quince
,:,
LA"'
INDusmRIAS
Mira, y en su mirada se ve el cielo,
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)i,;)
·.r
Habla, y su voz semeja una romanza·
años, y ese eh ico no en ra que su ir a
n aque mstante emencia aca a e
Al andar, el Amor, como en un velo,'
1
los andamios como su padre.
colocar un ramo de boj ~obre la fotogra· Tl
'
~ ¡ J La envuelve: tiene el ritmo ele Ja danza .
Y se cumplió la profecía del maestro fía de Eduardo, que. pe'.1,día de una de '
~
I
Su boca es una boca que prOVOCit
de obras, pues Eduardo se educó eu un las paredes de la hab1tacion.
J f¡
Late en ella la frase apasionada, '
colegio y luego comenzó á est11diar la
El maestro de obras no sabe lo que le
--Y ha deja,lo en los labios de e,a boca
carrera de dDerecho.
pasa.
El
olor
del
bo¡·
le
embriaga,
lleHemos
tenido,
en
estos
días,
abunSu
púrpura su
opulenta
granadtt.
d' B
·¡
Iluminan
pálido lasemblante
Más tar e aña ia ourge1 :
nando su alma de misericordia y gene- dantes lluvias, las cuales han mejorado Misteriosos perfiles de madona,
-Dejaremos á nuestro hijo veinti- rosidad.
.
.
. nuestros cultivos en una gran parte Sus cabellos, en grupo deslumbrante
cinco mil libras de renta y le casaremos
-¡Oh, Clemencia! dice de pronto. S1 del Estado en donde han caído. Des- Recogidos, como una real corona
con una señorita bien educada como él. perdonaremos á esos infelices!
pués de esos días ardientes que he- O el casco de un guerrero, su alba frente
Pero tales proyectos se habían des-¡Ahl-exclama la madre lanzando mas pasado fácilmente se comprende Ciñen: Para, ella son todas mis rimas,
·d
1h
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1
1 d 1
'
.
.
La mus1ca del verso, el soplo ardiente
vanee! o com,o e . umo.
..
un gnto que e sa e e as entrañas.
cuan grato nos ha ~ido el cambio 9ue Del numen sacro, Gloria, que tú animas.
Eduardo, a qmen por debilidad ha-¡Es lo que más deseo en el mundo! las expresadas lluvias nos han ofrecido. Oh, delicada flor de invierno! El viento
bían amueblado sus padres una habitaSu marido le llama Clemencia como
La intensidad del calor ,Y la sequía D,e Otoñ,o soplará sobre tí )milla.........
ción aparte, se enamoró de una mucha- en los tiempos de la juventud, y '1a bue- que con tanta fuerza se habian hecho sen Yo no se qué fatal presentimiento,
ch~ d,e no muy ~ecome~dable c?n~1-;cta; na mujer se c,onvence de que Bourgeil tir nos alarmaron demasiado Hoy el Al verte, opi·ime Yllena el alma mía.
·
', · de nuestras gentes · labonosas
.'
En tanto
tu beldad florece impera '
o1v1 do Sus estudios , Y a los ve1nt1c1neo l a ama t odavia como en ot ro tiempo.
espintu
Perfuma
y ríe canta 6 -1 ·'
años no había recibido aún la licenciaLe echa los brazos al cuello, le llena se levanta y sus actividades vuelven á ¡Presto te diri ¡adiosl 1~ ;':,'¡'!_:~era
tura.
el rostro de besos y le habla al oído.
recobrar todas sus energías.
Y llegará el Invierno que extermina!
Cierto día tuvo Eduardo la audacia
El domingo anterior no pudiendo
Los capitales dedicados á la industria
Vicente Áoo,ta,
de declarará sus padres que adoraba á resistir ya más, estuvo á ver á su hijo. pecuaria como á la agrícola, no dejaron
su querida y que estaba resuelto á ca· ¡Es tan desgraciado y está tan pesaroso de sufrir algo; pero ello es nada si se
sarse con ella.
de haberles ofendido!
atiende á lo bieu que recompensan con
Bourgeil, ciego de ira, arrojó de su
-He visto á su mujer, le dice, y me un cambio favorable.
casa a su hijo, diciéndole:
ha parecido muy simpática y agradable.
Innegables son las buenas condicio- - - - - - - - - - - - - - - - ~
-Si das mi nombre á esa bribona, Sea como quiera, es la esposa de Eduar- nes que el Estado ofrece para la cría de
Existencia en la Tesorería Fcdernl.-Para el
no esperes de mí ni un céntimo mien- do; y pronto seremos abuelos.
ganados. Estas condiciones debieran día primero del actual, tenía en caja la
tras yo viva.
-¡Basta! exclama Bourgeil de repen- aprovecharlas nuestros criadores, ínti- Tesorería General de la Nación, tina
Pero el ingrato llevó las cosas ade- te. Pon cuatro cubiertos y manda á mamente convepcidos de que actualmen- existencja1 desp_ues de cubiertos sus gas•
lante y rompió todo género de relacio- buscar un coche. ¡Ah! llevémosles una te dicha industria es de gran porvenir, tos admm:stratlvos,. de $147,395. 66 es,
nes con sus padres.
de esas ramas de boj en señal de paz, y pues recompensa con creces el esfuerzo
El Congrts.o10 Pan-Amencano.-El ,ro_ del acContrajo matrimonio con su amiga y convidémosles á almorzar.
que se le dedique.
tual, nos ' e l'.1 pren:'a de Mex1c~, tlivivía de un miserable salario en una
y mientras la madre, loca de felici- El aumento de nuestra .P?b!ación, el vo lugarÍ cesi~1c~a cmdad, la pnmenl
callejuela de los arrabales.
dad, solloza sobre el pecho de su marido, adelanto de nuestros mumciprns y los J unta_p~P-. {'ma del Congreso Pan~
Los pobres viejos habían sufrido ex- Bourgeil, el ciudadano romano, y el fuertes capitales actualmente en trabajo Amenc¡¡.no;I~t \os 12ocos delega~os que
traordinariamente durante los dos años antiguo Bruto, se echa á llorará su vez en varias industrias, parece que habrían hasta ahora han podido concurnr pani
transcurridos, sin haber visto á su hijo. como un chicuelo.
de ser elementos poderosos, pará ro bus- formar:1?
.
Pero en los últimos tiempos, la situatecer aquella industria,· pero no es así.
Asegu_rase que una idea_,de tan_ta tr,asFRANCISCO COPEE.
ci'ó n se h ab'ia agravado de un mo do esNo hacen treinta años que era muy ce'.1-deh~ia, como 1a qrre d10 motivo a la
pedal, por culpa de la madre.
---·-·~-común ver en Nuevo-León, grandes y 1mc1ac1ou del expresado Congreso, queClemencia fué la primera en ceder, y
florecientes haciendas de campo. En- dará 'solo en proyecto, por faltar aún la
su indignación quedó muy debajo de su
, tonces el valor de los animales carecía may6r parte de los representantes de
pesadumbre.
.
de importancia, y hoy que v~rdadera- alguhas _repú)ilicas.
•
Inclinábase al perdón y hasta se atremente tal negocio ofrece un po,itivo re- , ~s de sentirse que tan grandes pro•
vió á hablar del asunto á 'su marido.
sultado se nota mucho descuido en ra- pasitos queden como otros muchos, sm
P~ro tuvo éste un arrebato de furor,
El Presidente de la República ha mo tan'interesante.
haber alcanzado su realización.
Es muy fácil en estos tiempos de ha- '. J,¡¡ A1lmllljl del' ..lmírcz.,-La Aduana de
1ª'.1 2 º un «nunca» que hizo temblar los tenido á bien expedir el siguiente
cnstales de la habitación y prohibió á decreto:
tallosas luchas, por asegurar una fortu- \!!Udad_ J~ar~z, recaudo durante el mes
su mu¡er que le volviese á hablar de
na, el colocar un capital que dé su inte de Juho u]timo, la suma de $105 1_179.65.
Eduardo.
«PORFIRIO D J A
Presidente rés en oro; este capital, sería el dedicJ El asalto a fa Aduana do Nog:1les.-CmcuenClemencia, sin embargo no pudo Constitucional de los Estados Uni- do al giro á que hemos hecho mér~?- ta indios yaquis preten_dieron robar_ la
obedecer y siguió abogando por el cul- dos Mexicanos á sus habitantes
No eut;aremos eu detalle~ s_obre e~ aduana de Nogales,,i\nzona, :1º ~ab1enpable. Pero á cada nueva tentativa en.
'
' mo debena ponerse en mov1m1ento di- do logrado su propos1to, debido a la recolerizábase Bourgeil, convirtiéndose la sabed:
cho capital, porque es suficientemente sistencia de los empleados de dicha
casa en un verdadero infierno.
clara su inversión y bastante manifies- aduana.
Y todos los días, después de comer
Que en uso de las facultades to su resultado.
Los indios f!!leron dispersados por los
se reproducía la misma escena, empe'. que me confiere la fracción I del arNuestra estadística de exportaciones mismos empleados que los batieron en

~~uaria '' all'r!~~la~n l "~ wa~~

GACETILLA.

IMPORTANTE DECRETO

z.

1

1

�~======::=~====~========~

LA VOZ DE NUEVO-LEON.

4
unión de los ,,ecinos del mismo pueblo
ele Nogales.
El Gral. \Veaton Jefe del Departamento :Militar de Colorado, al tener noticia del asalto de los yaquis, envi6 fuerza americana á la frontera de México,
en cuya línea se encuentran con el fin
de evitar el paso de los asaltantes á territorio de los Estados Unidos.
Noticias recibidas, expresan que la
partida de indios ha quedado disuelta
completamente.

Los !lrndrns de rnsay(\ en la Oficina fo!lN·al

~ fl'SllCtfüa.-En nuestro número anterior

insertamos una tarifa relativa al cobro
de ensayes, siendo tal tarifa la privada
de los Sres. Ingenieros Norberto Domínguez é Hilario G. Guerrero, y la
oficial la ,que á continuaci6n damos á
luz:
«Barras de plata oro y mixtas que
tengan más de roo ms. de ley de uno 6
ambos metales
Por harra hasta cfo 32 kilogmmos•. $ 2
Por barra ele 32 kilogramos hast::.
4;3 kilogramos ........................ . i&gt;

50

00

Marquetas de plomo y planchas de
cobre argentíferos (de ley de plata de
menos de o.roo de ley)
Por cacla !5 toneladas ó fracción ele 5
toneladas que contenga la parti&lt;l:t.. S

2 50

Minerales, matas, sulfuros y residuos
Sulfuros (lotes de l tonelada) ...... $ 5
Minerales (lotes &lt;le 5 tone laclas)... fí
Mata.s y residuos (lotes de 1O tonelad~).. .. . .. .. .. . . . . . . . . .. .. . .. . .. .. .. . .. i&gt;

00
00

no

l~mnmta1·iún dt: 1wna dl'JH•gada.-La H.

Diputación Permanente, negó la gracia
de conmutación de pena en pecuniaria,
solicitada por el reo de heridas calific~
das Juan Estrada.

Nuno g1irc11tc cu la Sori1·dad l10011tra1irn dr
MonÍl'l'l'IW:-Habiendo renunciado el Sr.
C. T. Phillips, el cargo de Gerente General de la Sociedad Cooperativa de
Ahorros é Inversiones de 1Ionterrey, el
Consejo de Administración respectivo,
nombró en su lugar al Sr. Andrés Fa~

potestad que legalmente le correspondlat sobre sus menores nie
AVISO.
Y en cumplimiento de lo maudado se cita a. vd 11
los Gustavo y .Kamón Santo_s Trevifio, nabiéndosele admitl!!o
los efec~s que expresa el auto inserto y con·8 e~~
Juzgado 21) Conslilucional.-Villn de Santiago, Nuevo-León.
por el Juzgacto dicha renuucm: ~ue D. ~dr~s San!.9s Trevmo para
11 que se el mismo se refiere.
ape _ _ __
Eu el juicio de intc,tament:u-fa del tinado Don Guadalupe tambitn s~ presentó por su escriw de_foJas 16 e_:,,."J)o,mendo: que
_Cerralvo, Julio veintisiete de mil ochocientos no
Chllve, y su esposa 1)11 Gerlrndis Villalón se dictó el siguiente habiendo remmc\ado su abuela, .la senora Josefa Fernl!.ndez el C1prlano
Méndez.-A.-Cipriano
'l'oscano
-A-},''l
venta
Y lela.auto.
·
'
dere~ho á. la patria potestad que ~onforme á. la ley le correspon• · 1
P,de)r.
• Villa de Sanli~go, veintiuno de Abril de mil och!)Cientos no- d!a eJe~cer sobre las personas y bienes de sus hermanos meno- Garza.
37
venta y sels.-Yisto el nombr:i.miento de tutor mtermo hecho en res Uustavo Y Ramón, no habla otro hermano _de ellos mas que
EDICTO.
l~ersona del o. Anselmo Rodrlguez por los menores de veintiun él á qwen pudiera corresponder la tntl!la legítima; Y. que en esa
Juzgado de Letras de la 7~ fracción J'udi ial.
anos pero mayores de catorce Elena y Alberto Cht\vez para que virtud supncaba_al Juzgado que previas las for~a.üdades de es
e los represente en este juicio, cuyo nombramiento confirma este Lilo se le discermera. el car~9; supncando, por tllltmo, se traj~ra Estado de Nuevo-León.
Juzgado; el hecho por este mismo Juzgado en la persona del c. lí la vtsta el certitlcado_de toJas nueve, constante en la Sección
En el juicio de intestado de D~ Eulalia Bailaste
Gregorio Aguirrc pa.ra que represente á_ los menores de catorce l.} del mi.estado ~e) senor su padre D. Ramón Santos Fernl!.udez,
años Amalia, Bl1rbara, Sera.pio, Eu~tolia, Maria 9onsuelo, Lo- para que que~aia Justificado su cari!.cter ~on que se presentaba. S!3 ha concedido J)or este Juzgado al Albace liroe
renzo y Maria tambien Chá.vez. Y vista la. aceptación y protesta
Resulta:ndo. qu~ el Juzgi140 para C0?1P•_obar la. edad de los m&amp;- 01a para que forme extrajudicialmente el ~ cen
de fiel desempefio de los nombrados, yo el Juez debía de discenir nores traJo 11 la VISta el Jmcio hereditario del padr_e de ell'?.,S y rio ~ aval~o de los bienes de dicho intestado venta,
les y lea discierno tal cargo confil'éndoles a.l efecto todas las facul mandó Cfmpro~ar e_~ auws el documento que senaló el senor dando ~e cite para su formación á. los hered' tnan
ta.des que a. esta ola.se de representantes acuerdan las leyes. No- An~rés_ Santos rrevmo; Y. • .
• •
eroe y
tif!quese y publ!c¡uese por tres veces consecutivas en el •Pcriódi•
Considerando: _que del JUICIO hereditario que se tuvo ~_la vista demás interesados.
co Oficial.• del &amp;tado, y en «La. Voz de Nuevo-León.• para los aparece que los Jovenes Uustavo y Ramón Santos Trevmo está.n
Lo que se publica en esta forma de aouerd
efectos de Ja ley. El Alcalde 2Q Constitucional asilo decretó y fir legalmente declarados !"enores de edad y que pnra la fecha a.&lt;w el art. 1705 del Código de Procediki.entos civti oon
mó: doy fé.-Fr ancisco Marroqulll.,--A. Teólilo Gal'ta.-A.- co~unuan en s~ nunor1d~.
.
~ontemorelos, Julio 29 de 1896.-Lic. Juan
Braulio Garza Clarc!n..- Ríibricas.•
Cons,derando. que habiendo renune:iado su derecho á. la J!&amp;trla
Lo que se manda publicar en cumplimiento de lo mandado y potestad la abuela paterna de to~ referidos menores y no tewe!'do !1ºJosa.-A.-Florentino Guerra.-A.-TomáaH" para los erectos legales.
.
.
, s~s ademá.s tnto~ tes.~ mentar101 hay. lugar á. la tutela legttuna JOOS.
~
Villa. de Sautiago, 29 de Abril de 1soo.-Franc1sco l\1anoqu!n.- Y corresponde el e¡ercic,o de ella al &lt;wico nermano de los m~!!oEDICTO.
35-36-37
► -Teófilo Gana.-A.- Braulio Garza Garcla.
39 10 y 31 res que se ha pres.entado reclamarla., S!- Andrés Sa.n~s Ti:eymo,
·
EDICTO
'
al'ticulos 480 fracción lf y 2~ y 431 fracción 1~ del Código Civil.
Juzgado 3? constitucional.-Monterrey Nuev
. .
.
: . .
Considerando: que el tutor antes de que se le discierna el car- León.
,
o
Juzgado 29 de lo 01vil.-lt} fracción ¡udicial.-Estado de Nuevo go, debe prestar caución para asegurar su manejo consistiendo
Con fecha 23 del corriente se ha radicado
te
León.
. • . d . te t
•·-'·
del
Sr
Jes&lt;is
Esca.milla
ha
~sta
en
hipoteca.
ó
fianza,
conforme
lí los a.rtlculos 454 y 465 del ci·
En e1¡wc10 e m s amen .....,._..
•
, se
Lado 06dlgo Civil.
este Juzgado el juicio de intestado de la Sra. an
dictado un auto que á la )etra dice:_
.
.
l!onsiderado: que el car!lter con que se presentó f. reclamar el
•~onterrey, Agosto qwnce de mil oc1!oc1entos noventa Y seis. ejercicio de la tutela legitima Don Andrés Santos Treviiio quedó faela Guerrero, vecina que fué de esta ciudad. Ra-V!Sto el nombrn.nuento de tutor '!'termo ~echo en la _persona acreditado legalmente con ta compulsa del docwnento que soliciLo que se hace saber en esta forma, para que las
del Sr. Francisco L. Pérez_por_ la Srita. ~Iariana Escannlla para tó se trajera a la vista, la cua.l compulsa consta á las fojas diez y personas que se crean con derecho á la hereno1a,
que la represente en este Juicio ?,e sucesión, y el hecho por este seio y vuelta y diez y SJete frente.
Juzgado en la pcr5?na d~l _S~. Lic. Jeslls L. Gow.ález, Pru:a que
.l:'or lo expuesto y con apoyo del articulo 1358 del Código de r:¡resenten á. deducirlo dentro del término de la
represente _en el nus~o Jwc,o, á los menores, ~e_s lls, .E~il:_o, Ua- Prececimuentos civiles, se declara: Que ha lugar á la tutela 1&amp;fael, Fr~c1sco, Dame!, Gudeho Y Gustavo E.camilla. '•~ta la g1tima de lo• menores Gustavo y Rrunón Santos y se nombra pa
Monterrey.., 30 de Julio de 1896.-Pánfilo Elizon
ª?eptac1ón y pr_otesta de los tutores nombrados, debla de discer- ra el ejercicio de ella al Sr. 1). Andrés de igual apellido, f. quien
nrrles y les discierno tal cargo, ot,orglindoles !_odas las facult3:(les previa su aceptación, protesta de fiel desempeño y las garantlas do.-A.-Pearo Guajardo.-A.-V. R. Garcfa.
que _la ley les acuerda para el me¡or desempe~o de su comet1~0 - que 11\ ley requiere se 1e discernir!\ el cargo en la forma. que co36-38-41.
Notiffqnese Y publ!quese este a~to ¡ior. tres ,eces consec~füa_s rrespouda.. .ISotlfiquese, publlquese este auto de conformidad
'6f-EDICTO.~
en el 1'enódlco Ofi_cia.l Y ,en _La\ oz ~e .Nnov_o_ León,_ de contormi- con el art. 1366 del citado Código de Procedimientos, en el PeJuzgado 2Q Constitucional de Villa del Carmen.-Nnevo--Le4
dad con el .art. 1366 del Código Je P_,~ccdtmieutos cmles. As! 10 r16dico Olic1al del Estado y en La Voz de Nuevo León y que exCon esta fecha y por disposición del Señor Jnez 19 de Le~
dec~etó y firmó el O. Ju~z 2Q de locinl: doy fé,-;-Lic. C. Lozano. pl'ese el tutor nombrado s1 tiene ó no bienes en que' constituir !1,e esta.1~ fracción judicia.l, se radicó en este Juzgado el~elo d
-Lic. B. Ram!re~ Angwano, sec_wtano.-Uúbricas.•
nipoteca. As! lo resolvió y lil·mó el C. Juez de Letras de la~ mi.estado de la Sra. Severa Gonzá.lez de Quiñones de e v-•-e
. Lo que se publica cu cumpllllllento de lo mandado en el auto fr1&lt;CCiónjudicial: damos fé.-Lic. M. Qil 'l'reviño,-,A.-Manuel dad.
1
Lo que se hace saber al ptlbllco por el presente que se nblJca.
mserto.
.
R Ir A
.
1''. 'I.'revinu.-A.-José L. Flores.-.R&lt;ibricas.•
Mon_terrey, Agosto 15 de 1896.-L,c. B. am ez ngmano,. se•Villa.ldama, Marzo veinticinco de mil ocllocientos noventa y rá por tres veces de diez en diez dias en el Periódico Oftcf:I r..
1
cretario._ _ _ _ _ _ _~_·i0-4l-.ti.
&amp;ilS.-V1sto el anterior auto en que quedó nombrado el señor Voz de Nuevo-León, á fin de que las ~rsona.s que se conside
Juzga.do 29 local de la villa de Cllina, Nu~vo León.
. Andrés bllntos '.l.'revnio tutor legítimo de sus menores hermanos cou algnn derecho en los bienes de dicha finada se presente::
deducirlo
en
el
Mrmino
que
fija
el
articulo
1685'
del
Código
d
China, Julio treinta y uuo de nul ochocientos noventa Y selS. Gustavo y Ramón del mismo a¡,cllido· y
e
-Vistos los nombramieutos__de_tutor; el hecho por los menores
Considerando: que el referido señÓr Andrés Santos Trevi~o Procedimientos Civiles.
Carmen, Julio 29 de 1896.-José Aniceto Villarreal -A- Esta
Maria Pomposa y Juan o. Tuerma en la. pero0na del Sr. D_. Cos- aceptó y protestó desempeñar ~l cargo fiel y legalmente y dió
· as, 38 y 41
me del mismo apellido; as1 como el que este de m1 cargo hizo en con1orme á. la ley la caución que se le previno, constituyendo al nislao Villarrea.1.-A- Gerónimo Villarrea.l.
la misma persona ¡,ara lutor del mtuo~ de catorce anos J.&lt;'ran· ete ,to hipotec.. ..01&gt;re bienes bastantu para asegurar su manejo
cisco Alberto Tijer.na: Vista la aceptación y protesta de fiel de'?" y &lt;&gt;uyae....riiura de hipoteca debida.mente registrada corre 11greJuzgado de Letras de la~ fracción judicial.-CadereltaJlm6empeño otorgada por el nombrado, yo el Juez que en la actuah· gada t\ las fojas 23 i. u de estos autos.
nez, Nuevo León.
dact conoce de estas diligencias, debía. discernirle Y en efecto le
UOns.iderando: que para regular la cantidad que haya de inverA escrito presentado por el Sr. Orescencio Martlnez radlcand
discierno u.! l;;r. Cosme 'rljerina el_ cargo de tuto~ de los menores tirse en los alimentos y educación de dichos menores, sin que el Juicio de testamentaria de la Sra. Julia del mismo ápell!do ~
Marta Pomposa, Juan C. y 1''ranc1SC0 Alberto '.l'\Jertna, para que nada necesario les falte sug11n su condición y riqueza, este Juz- rooa!do un auto que á la letra dice:
'
con total aueglo a Jo dispuesto en el Código C1vll sob!e la mate- gado oyó lo que el tutor legitimo expuso a. ese respecto.
Cad~reita Jiménez, Agosto priI_n~ro de mil ochocientos novenria, promueva. cuanto corresponda e~ estas diligencias para la Por lu expuesto y con fundamento ademll.s en los artlculos 135~, ta. y se1S.-Por presentado y admitido.!:º cuanto ha lugar en deseguridad de los derechos de los referidos menores, confmendo 136ó y 13'l6 del Cóaigo de Procedimientos Civiles se declara: Pri- recho con el documento que acompana, rad1qnese en este J
el poder y facultades necesarias Pª!ª que ,llaga ¡&gt;edunentos, pre- mero. Que es de d.lscernirse u.! Sr. Andrés SanÍos Treviño y se gado el juicio de testamentaria de la Sra. Julia Martlnez y
sen te escritos,. oiga a_utos y sentencias, asi~t,,'\ lí Juntas,_,Y practi- 1., lllSCierno en forma el cargo de tutor legítimo de sus menores cédase con intervención del Recaudador de Rentas de esta alnque cUAUta.q diligencias couduzcan u.! me¡or de,empeno de s11 1hermanos Gustavo y Ramón del mismo apellido, con los deberes dad á. la. formación del inventrucio solemne por estar intereeada
encargo, á cuyo lin, yo Ramón Oonw.lez Alcalde. 2'.1 local suplen· tacultades y restricciones que las leyes establecen para el desem la Hacienda. P&lt;iblica, con cuyo fin llt'lmese a.l Sr. ABcenai6D Garte de esta villa, interpongo mi ant_or1dad y J ud1cu\l decreto cuan- peño de la tutela en su objt,to legal ó sea Ja admmistración de cía. Lea.! ~º!Pº Notario Público en este lugar para que lo forme
1
to baste y en derecho sea ne?esano. NoullqUCf8 Y publ!c¡uese los l&gt;ienes, y la guarda de las pero0nas de tales menores. Segun• lo presenL8',va.lori.7.ados los bienes por los peritos que nombren
este auto tres veces en el Per16d1co _06c1a.l &lt;;1et E.stado Y ~n el de lI do. se lija al tutor la cantidad de trece pesos mensua.les quede _las los interesáiios. Notitlquese, publlquese este auto por tres"
La Voz de Nuevo Leon. As! yo el ,ntrascrito Juez lo dispuse Y rentas ne los bienesde los menores invertirá en la alimentación ces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en el de~
firmé con los de mi asistencia: doy fé.-Ramón G_onzález.-A.- · y e&lt;1ncac1ón de ambos, sin perjuicio de a.Iterar dicha cantidad en Voz de Nuevo León y dénselos avisos de ley. Lo decre~J arJuan M. Rodr!guez.-ArNésto~ Brus. -'.l.'res !lúbricas.
10s términos del articule 471 del Código (,'ivil. Tercero. Se le 11· mó el Juez de Letras de la ~ fracción J.udicia.l: doy ft! -,Llo, ;i
Lo que se pubbca en cumplmui;nto de ~o. di.spuesto por el nrtl- , ja. tambien para la oportunidad, como retribución de su cargo, ~l Garza Lea.1.-A.-A. Delgado.-A.-Basilio Qarc!a.-Rt\bricu. •
culo 1:l66 del C6dlgo de Procedimientos 01v1les.
ocho por ciento sobre las rentas liquidas de los bienes qne admiCadereita Jiménez, A~sto 19 de 1896.,--Lic. J. Garza. Leal.---.A.
Ohma, Agosto 6 de 18\Jti.,--Ramón Gonzl!.lei. - A.-Juan M. Ro- nistre Notilfqnese y s.i nn se ha recibido el tutor de todos los bie- -A. Delgado.-A.-Basilio García.
86-37-88.
dr!guez.-A.-Néslor Bais.
39-40-41.
nes de los menores entrégueseles en la forma debida; publiquese
EDICTO.
este auto tres veces consecnrivas, reglstrese en el L_ibro4e ~erJuzgado 29 de Jo Civil.-1~ fracción judlcia.1.-Est.'ldo de Nuevo- nimientos que lleva este Juzgado y expldase el tesumoruo debido
León.
al tutor, que es el titulo que acreúita su persona.11~. ~ l&lt;? d~ "EL AGRICULTOR MEXICANO."
Con fecha siete del mes en curso y •por disposición del C. Lle. cretó y firmó el ciudadano Juez de Letras de la 6~ lracc1ón_~ndiCarlos Lozano, Juez 2? de lo &lt;::!vil, se radicó en este ~ll;lgado el cial: damos fé.-Lic. 111. Gil 'l'reviño.,--A.-lllanuel F. Trevmo.-,
Periódico mensual de Agricultura, Gaudeda6
juicio de il1testamentarla!\ bienes de la finada Sra. Tnmdad Bre• A.,--José L. Flo~es.-Rllbr1cas.•.
.
ceda, vecina que fué de esta ciudad.
Lo que se publica en cumplimiento de lo ml\lldado en los premIndustrias Agrícolas. Pídase un ejemplar G ~
Lo que bogo saber ni ptlblico, para que las personas que se con- sertos antos.
sideren con derecho lí la herencia; se prese_nten §. deduci!l~ den•
V~aldama, 111_arzo (26) veint!!eis de mil ochocientos ~_?Venta de muestra, con lista de premios á.: ESCOBAR HROe.
1
tro del término c¡ue flja el art. 1685 del Código de Procedinuentos y seis (1896. )-Lic. M. Gil Trevmo.-A.-lllanuel F. Trevmo.-A.
•
civiles.
-José L. Flores,
S-l-85-36-37 Ciudad Juá.rez, Chihuahua.
Monterrey, Agosto U de 1896.-Llc. B. Ramirez i\,Dguiano, SeOITACION.
cretario.
·10-43-16
Juzgado de Letras de la 6~ fr:u::ción judicial•-Villadlama, Nue· ! Juzgado 29 C!)D;ltituciona.1.-Cerralvo, Nuevo-León.
El /)1•.
Jol'r;e J'. (;,11,111er
vo León.
' Sr. Eduw1gia Orosco.
.
...
En las diligencias practicadas por este Juzgado !!ara provee_r , En la demandll verbal promovida po~ D. Isidro TiJer~a1 en
~
I,";a,mal,
ruc&lt;ttau,
J1l/x·ir·o.
de tutor legitimo á los menores Uusta.vo y Uamón Santos Trev1· contra de vd. y de su esposa D~ Irenea Silva, sobre cnmplimienniologista del Museo Británico. lJcles·,i&lt;Io a 1('on
ño recayeron los siguientes autos:
1 to de un contrato relativo á. la venta de una tinca urbana; desocu«'villaldama, Julio primero de mil ochocientos noventa y cin- pación de la misma finca y pago de ochenta pesos de rentas vengreso ~!édico Universal de Chicago en ;;..,n, &amp;c., &amp;c.
co.- Vistas las presentes diligencias sustanciadas para proveer ciclas, se ha dictado un auto que á. la letra &lt;_licc:
•
Dice: '' Despro\'ista de I mal sabor y gusto
de tutor legítimo á. los menores Gustavo y Rnmón Santos TreviCerravo, Julio veintisiet&lt;l de mil ochocientos noventa Y selS.
que caracteriza á. todas las demás preparaño· y
¡ -ne conformidad con el dictámen que antecede, del O_. Juez de
Resultando: que concluido el intestado del padre de dichos me- Letras de la 2., fracción judicial fecha quince del corriente, se
ciones de aceite de hígado de bacalao y
nores á solicitud del albacea, este Juzgado mandó recibir la In· declara Jeg!tima. la. escusa del e.Juez de Letras de esta~fracc1ón;
siendo una preparación nutritiva á la vez
formación á. que se refiere el art. 1S62 del C~go de Procedimien I en tal virud, rad!quese el presente juicio en este_ de nn cargo; Y
tos civiles y convocó por edictos que se publicaran cuatro veces con fundamento en el articulo 1078 del Código de Procediconsecutivas en el •Periódico Oficial• del Estad_o, y en •El Pensa.- I mientos Civiles, emplácese á los demanda.dos para 9-ue en el térmiento• de esta villa, á. los parientes mA.s próXllll?S de los meno- mino de tres d1as comparezcan á. contestruc la anterior de'!'llJlda;
res!\ quienes pudiera corresponder la tutela legltuna.
con apercibimiento de darse esta por contestada en sentido neRestiltando: que con la intormación recibiru. se vil1o en cono- gath•o si no compareciere, y por cuanto ll. que a.parece que se igcimiento que los referidos menores tenían por &lt;wico ascendien- nora el lugar donde reside el señor Ednwig1s Orosco, hll.ga.sele la
te lí sn abuela paterna, señora Josefa Fem11ndez anciana vale- citación por medio de Edictos que se publicará.u tres veces en cl
tudinaria y un hermano varon, por ambas lineas, mayor de •Periódico Oficial, del Estado, y en «La Voz de Nuevo-León• que
DE
edad, señor Andrés Santos Tre,·iño.
se editan en Monterrey, segtln lo dispone el articulo 85 del t:óResultando: que terminadas las publicaciones del edicto, la ee- digo citado. Notif!quese. Lo decretó y firmó el Alcalde 39 Consñora Josefa Fernlindez se prcsent-0 por su escrito de feja.s tres, titucional: damos fé.-Cipriano •Méndez.-A.-Ventura Méndez.
renunciando á. causa de sus enfermedades su d&lt;!recho il la patria -A.-Cipriano Toscano.-R&lt;ibricas.•

f

º:&amp;J1º

I

p!:

¡

J&gt;.

nas.
El mismo Consejo, ha nombrado al
Sr. Prisciliano Barragán, Visitador de
Agencias y Tesorerías foráneas.
La introdnreión (le maíz 1Ie los E~tados-Unidos.
-El decreto expedido por el Presidente
de la República, que rebaja los derechos
de importación del maíz extranjero, que
se introouzca al país, ha dado los mejores resultados; pues los gobiernos de los •
Estados qne más han necesitado del referido cereal, se han aprovechado de
aquella franquicia, para aliviará las clases menester.osas.
La disposici( n á que nos referimos,
fué del todo OfOrtuna, pues que vino á
surtir nuestros mercados de un artículo
de necesario consumo, que por falta de
producción suficiente hubiera tenido que
alcanzar un alto precio con gran contento acaso de los que aprovechados de tal
circunstancia. habrían hecho con él un
buen negocio; pero con abatimiento seguro de parte de una inmensa población
menesterosa que no podría indudablemente soportar el excesivo precio de
aquel cereal.
1

Ei~ÜLSlóN
SCOTT

es de un valor inmenso en el tratamiento de
todas las formas de Tuberculosis, Escrófula
y otras enfermedades extenuantes."

Niños mal-humorados
no son deseables en una casa. La mala nutrición produce
naturalmente el mal humor. Guardarse contra las molestias
de niños impertinentes, dándoles alimentos nutritivos y diges.
tibies. La antigua y acreditada. Leche Condensalta de

Oail Borden
Marca "Aguila "
es un alimento perfecto para los niños-Muchas criaturas crecen
y se desarrollan vigorosas con la leche condensada marca
"Aguila." Enviese por nuestro opúsculo sobre lol niños.
PREPARADA Y GARANTIZADA POR LA

NEW YORK CONDENSED MILK COMPANY
Nueva York;E. U. de A.

DE LA SANCRE.

..,

.

NO 'TIENE IOU.A1.,
Para. la. curación rápida de

•

.,

Toda sangre pura es garantía de salud, fuerza y felicidad. La sangre
mala engendra escrófula, chancros, granos, ronchas, floroncos, caruunclos,
úlceras, tumores y otras afecciones peligrosas y molestas. No importa
cuáu impura esté la sangre, la Zarzaparrilla del Dr• .Ayer la limpi3.t vitaliza
y enriquece,
Por ecpacio de medio siglo la superioridad de la Zarzaparrilla del Dr.
.Ayer como tónico y depurativo de la sangre, ha sido reconocida en todo
el mundo. Ningúu otro remedio está compuesto de ingredientes tan
costosos y con tanto cuidado escogidos. Ningún otro remedio es tan
eficaz para producir un cambio rápido y permanente en la !!angre, expeler
los gérmenes de la enfermedad y decaimiento y comunicar

sabor, que contiene los ag¡¡p.,'tistamrativos
del Aceite de Ilígado de Bacalñ.or.i&gt; t Jarabe
de Ilipofosfitos Compuesto, Exquefle :Malta
y de Cerezo Silvestre, resiste JÓJ:V&lt;iáqnes de los
gérmenes de enfermeda&lt;l en tsangre, estimula
en ella la acción saludable, · fortifica el (mimo
y el cuerpo, y os altmnente recomendada
por los Médicos, como el mejor tratamiento
moderno para recuperar l.1 salud robusta y las
fuerzas que se han debilitado por aliruna
enfermedad consumidora.
En verdad ~c:ons~ituye un botiqnin de familia. La JegíLima
tiene la .firma y marca ele fábrica en la
envoltura. De venta en todas las Droguerítis y
Boticas.
\
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _\~

•1, 42 ¡ 4~

del Dr. AYER

Purifica la Sangre.

sin

,tw¡a,

Pectoral de Cereza

DR·. AYER

PREPARACION DE WAMPOLE,
.l

.ruzga!l~ ~ Oonstitucion_al de _B ustamante.-Nuevo-León.
\
~-ª el Jwc,o tes~entario á bienes de D~ Melchora Gonzl1lez dll
Pena_de,la O, vecma que fué de esta Villa recayó uu auto del te!
nor eigmente:
'
,
Bustnmante, Junio veintidos de mil ochocientos noventa y seis'
Vis~ el nombramiento de tutor interino hecho por este Juzia'. \
d,&lt;&gt; a. ta.vo~ de\ o. Rafael de la o, ~ara qu!' represente en este Juic10 hered1t.ano al me!!or V!ctor Cruz. Vista la act&gt;ptación y pro•
,
ti;sta d~ fiel dese~p~no del_ nombrado, en cuya virtud debta de
\
diSCermrle y le discierno dicho car/$0, confhiéndole todas las faC!lltade~qn_eleotorgaelCócllgo Civilé interponiendo mi autortdad Y ¡udici!I decr_eto para ~•yor validación de cuanto practi•
caree!' rPpre,entac1ó~ del ll)l~O menor. Notiflquese, expidase copia de e~e auto SJ los_oli~1tay pu_bl!quese aquel por tres veces coo11tcnbv•s en el Periódico Oficial y en La Voz de Nuevo
León. As! lo decreto'/{ 61:110 yo_ el Alcalde 3Q local de esta Villa
actuando con los de m1 as1stenc1a: Damos fé - J
Za
'
Santos.-A.-Melchor Z~mora.-A.- J!'liJln Cá.'lar:~R(l.g;r:~.~
Lo que se manda P!Jbhcar en cum~lirn,~nto del auto iuserto,
l3u.stamante,Jnllovemtlcnatrodem1lochc-cientosnoventayseis.
-Juan Zamora y Santos.-A,-Melchor Zru11or11.-A.--Tirso F. ele

~e~: ' &amp; BOWN3, Químicos, Nueva York.

-DEL-

Cuando la sangre está alterada y el sistema
vuelve Anémico ó Escrofuloso, lleva la enfermedad por todo el cuerpo, pues la corriente
de 1n vida humana consiste en la sangre.
Esto prueba la necesidad de una sangre ;pura
y rica, porque si adquiere una condición
empobrecida, resultan Fiebres, Paludismo,
Reumaa, Enfermedades Intestinales, Escrofula
Pulmonar ó Tísis y debilidad general. La

se

V:I:D.A Y

ENERGÍA

Y de ningún otro remedio se registran tantas curaciones notables.

La

Zarzaparrilla del Dr. .Ayer es el depurativo de la sangre más popular y
más abonado de cuantos existen. De que posee virtudes curativas,
re1rnvadoras y reco_n~tituyentes ele que carecen las preparaciones análogas,
es un hecho admitido desde hace mucho tiempo por los Farmacéuticos
y Médicos principales. Como fortalecedor de las fuerzas vitales y especifico para toda clase de enfermedades de la sangre, la Zarzaparrilla del
Dr. Ayer no tiene igual. Cura las enfermedades con la remoción de la
¡
d
·
d
causa que as engen ra, aviva el apetito, estruye aquella tan conocida
Sensación de Fatiga, pone fuertes á los débiles y vigoriza con sus efectos
sanativos los nervios, tejidos y fibras del cuerpo. Como ha curado á otros
1
á á
t d Téngase ¡a segurid a d d e que se t oma
e curar
us e ,
■

..

La Zarzaparr 1lla del Dr■ Aye r

~

LA UN ICA ZA R"'APA
R R I LLA
..

ºª

ªª

~
ue obtuvo 1os fflilS
a1tos prem1 en 1 grandea exposiciones del mundo.

arada por el Dr. J. O. Ayer

y

Toda per: ona que tenga catarro, irritaci6n en los pulmones, ó
,,. ~"'
tendencia á la
t ·
Tísis ó á lá.
Anemia, debe tomar la
Emulsión de
Scott que es
r
de un gran poder nutritivo
en todas las
afecciones exEl l&gt;r: Gaumer. t e n u a n t e s.
Fortalece y robustece cuando
nin~un otro alimento lo logra.
Si el niño está enfermizo y se
Jclelgaza sin que los alimentos
ordinarios le nutran, la Emulsión
c1P. ~cott es lo que necesita.
nchúr.cnsc las imitaciones. De venta en las Boticas.

LA ZARZAPARRILLA

ENFERMEDADES

•

Jffi

I

Oa,, Lowell, Mau,,lll, U. A,

la Mejor Medicina Purgante,

Resfriados,
Toses, Cripe,
-Y-

Mal de Carganta.
Aii via la tos más aflictiva, palia la inflamación
de la membrana, desprende
la flema y produce un sueño
reparador. .._&gt;ara la cura
del Garrotillo, Tos Ferina,
y todas las afecciones pulmonales á que son tan
propeni.os los jóvenes, no
hay otro remedio más
11111..-ml-.l eficaz que

El Pectoral de Cereza del Dr. Ayer.
PRIMER PREMIO EN LAS
Exposiciones Universales de Barcelona
y Chicago.
Prepara.do por el Dr, J. C. Ayer y Ca...
Lowell, Mass., E, u. A,

t:17" Póng~e en--¡;;1'dla rontrn lmlta-

c!onpa barnta~. F,J nomhrn &lt;I~ - "Aver's 1
Cherrv Pt&gt;ctA\rRl "-f\L'111'11 Pll la Pnvoltma._
Y8, tll brtad&lt;i en el crlstnl tll• carla fr:1scc1.

AGENTES GENERALES,

EDo

BREMER y (.~,

Monterrey, Más.

�</text>
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                <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>Benítez y Leal, Pedro, Redacción</text>
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              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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      <name>Bernardo Reyes</name>
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      <name>Enfermedades de la sangre</name>
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