<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<item xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" itemId="11962" public="1" featured="1" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://hemerotecadigital.uanl.mx/items/show/11962?output=omeka-xml" accessDate="2026-05-18T12:22:59-05:00">
  <fileContainer>
    <file fileId="10012">
      <src>https://hemerotecadigital.uanl.mx/files/original/198/11962/Voz_de_Nuevo_Leon_La._periodico_bisemanal_politico_y_literario._1896._Segunda_Epoca._No._389._0002009209.occr.pdf</src>
      <authentication>f0a21cc6b38636bf8b5f75bb89decd15</authentication>
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="4">
          <name>PDF Text</name>
          <description/>
          <elementContainer>
            <element elementId="56">
              <name>Text</name>
              <description/>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="346086">
                  <text>Segunda época.

Monterrey, [México.] Sabado

2~

de Noviembre de 1 896.

,

PERIODICO SEMANARIO, POLITICO Y LITERARIO,
ORGANO DEL GRAN CIRCULO «UNION Y PROGRESO» FORMADO POR LOS CUARENTA Y OCHO CLUBS QUE CORRES
PONDEN AL MISMO NUMERO DE MUNICIPALIDADES QUE COMPONEN EL ESTADO.

Editor y Iiesponsable, IGNACIO J. MENDOZA.
35. Los intereses fiscales están á cargo del
Registrado provisionalmente en la Adminis- festaron, al sostener el texto en que se asegu- cuestiones en que lleva la peor parte el prestración de Correos, de esta Cindad, como arti- ra la libertad del trabajo, que la Comisión no tigio del recúrso de amparo en el cual se en- Poder Ejecutivo, quien los recauda, los admihablaba de deberes para con la patria; que se contró la mejor forma para asegurar las ga- nistra y los invierte en las atenciones del serculo de segunda clase.
ocupaba sólo de los servicios de persona á rantías del individuo sin poner en peligro la vicio público, y es insostenible que en caso de
contienda judicial, esté obligado á confiar el
persona y no de los que se tienen para con la estabilidad de los poderes públicos.
patrocinio de aquellos á los miembros de un
sociedad.
Constantemente
se
ha
querido
dar
21.
El
amparo
en
asuntos
del
órden
civil
COl\'DICI0NES.
una significación absoluta á la primera parte es el problema cuya solución se ha resistido Poder independiente, que pueden proceder
Este periódico se publicará todos los Sábados.
del articulo 5
ampliando la garantía que hasta ahora á todos los esfuerzos y ha burlado aún contra las tendencias de la AdministraLa. euscrición se pauará por trimestres adelanta- contiene, hasta perjudicar intereses públicos todas las tentativas. La ley de 20 de Enero de ción.
dos, en la inteligencia :le que su valor mensual es de de la mayor importancia.
36. Para. colocarnos á la altura de los ade1869 negó la procedencia del recurso de amTREINTA Y SIETE CENT.A.VOS dentro y fuera. dE&gt;
lantos de la época, es indispensable buscar el
8.
Y
no
bastaría
salvar
el
servicio
militar
paro
en
negocios
judiciales;
pero
esto
fué
y
esta. Capital.
acaso más urgente en Mexico que en los otros debió ser letra muerta, porque pugnaba con- perfeccionamiento del sistema judicial en el
El número 8Uelto vale DOCE CENTAVOS.
paises que }o han adoptado: otro servicio obli- tra los preceptos fundamentales en una de sus ministerio público, institución eminentemen18-Todos loe pagos serán adelantados.-.
te liberal, científica y provechosa.
Para. todo lo relativo al Periódico dirigirse al Ad- gatorio, el de los reos de delitos del órden co- más importantes manifestaciones.
mmistra.dor del mismo, Sr. Aurelio Lartigue, calle mun está clamando por una reforma de nues37. Dejar en la Corte de Justicia exclusi22. Los partidarios de este principio sosde Mina número 45.
tro Código politico. Si la ciencia demuestra tuvieron que el articulo 14 se referia exclusi- vamente á los ministros encargados de decique sin el trabajo forzado en las prisiones no vamente á los negocios del órden penal, por- dir las cuestiones de su resorte, y encomendar
hay regeneración posible en el delincuente, qile la frase «Ser juzgado y sentenciado)&gt; hace la custodia de los intereses de la Federación
natural es que S'e lleve este axioma científico alusión á la persona y no á los intereses; pero á una magistratura especial, que bajo la diSe advierte á las personas de esta Capital y á alli donde i,..trece desconocerlo la errónea in- semejante argumento tan débil en la forma y rección del Procurador General, auxilie la aden el fondo, perdió todo su prestigio cuando ministración de justicia, promueva la reprelas de las municipalidades del Estado y fuera terpretación de un texto constitucional.
9. Además de limitar la garantía de que se puso en evidencia que la Constitución re- sión de los delitos federales, defienda los biedecél, que tengan que remitir~ AVISOS judiciales y particulares para su inserción en este se trata en los términos indicados respecto del sumió en el art. 20 todas las garantías exclu- nes de la Hacienda Pública, y exija la observancia de las leyes que determinan la compePeriódico, por tres veces 6 menos, lo hagan di- servicio militar, es indispensable coordinar sivas del juicio penal.
23. Este articulo no dijo nada respecto de tencia de los tribunales.
rectamente al Administrador de «La Voz de los tres preceptos de la Constitución que á él
38. La supresión del Procurador Genflral
Nuevo-León,» adjuntando con el autógrafo su se refieren, y que las interpretaciones acepta- la sentencia, porque ya estaba formulado el y del Fiscal como entidades constitucionales
das
ultimamente
llegaron
á
poner
en
aparenprincipio
general,
es
decir,
porque
la
garanimporte, que son: tres pesos cincuenta centavos,
pero peligrosa contradicción.
tia del hombre, de ser juzgado y sentenciado será entonces de rigor, y la ley, al encargarse
por veinte renglmies manuscritos ó fracción de te,10.
En efecto, nuestra Carta fundamental conforme á leyes exactamente aplicables al de organizar el Ministerio Público, determiellos, el exceso, á cinco centavos por renglón.
considera en primer término al hombre, des- caso, no es peculiar del ramo penal y no cupo nará la órbita de atribuciones de cada uno de
Los avisos que tengan que publicarse por más pués al mexicano, y por último al ciudadano; poi· lo mismo dentro de la enunciación del ar- sus miembros, sus requisitos, deberes y resde tres veces, se cobrarán á razón de cincuenta garantiza la absoluta libertad del trabajo en ticulo 20.
ponsabilidades; pero ella necesita una autoricent.avos por cada vez.
favor del primero en el art. 5º; impone la
24. Siendo el juicio de amparo tal como se zación ó por lo ménos una base constitucioEl pago se hará precisamente adelantado.
obligación al segundo en el art. 31 de defen- halla constituido entre nosotros, una creación nal, que quedará claramente formulada en
der la independencia, el territorio, el honor, de carácter eminentemente nacional, no debe las reformas que con tal objeto se proponen,
"La Voz de Nuevo-León" circula den los derechos é intereses de su patria; y esta- buscarse la luz en leyes y doctrinas extranje- Las consideraciones anteriores han decidido
blece la prerrogativa, para el U}_rcero, en el ras, y los jurisconsultos mexicanos que lo han al Presidente de la República, de acuerdo con
tto y fuera del Estado.
art. 35, de tomar las armas en el ejército ó en pretendido, concluyeron sólo por lamentar la el Consejo de Ministros, á sujetar á la delibela guardia nacional para la defensa de la Re- falta de un procedimiento como el del ivrit OJ ración del Congreso el adjunto Proyecto de
REDACCION.
pública y de sus instituciones.
error americano que en concepto de ellos po- Reformas Constitucionales, que tengo la honra de remitir á ustedes, para que se sirvan
11. Falseado el principio en las ejecuto- dria salvar todo género de dificultades.
Lic. Pedro Benítez y L~al.-Lic. rias de los tribunales resultan estas prescrip- 25. Ahora bien, segun la doctrina admiti- dar cuenta á esa Cámara, suplicándoles acepLorenzo Roel.-Aurelio Lartigue. - ciones incompatibles, porque en el ciudadano da por los jurisconsultos, el Juez civil no pue- ten las protestas de mi particular aprecio.
y Constitución. México, N oviemLic. Jesús Garza Flores.- Lic. Vir- se reunen los tres caractéres. Como hombre de dejar de fallar por el silencio, obscuridad breLibertad
6 de 1896.-.Manuel G. Cosío.-A los Setiene una garantia que lo ampara contra el ó defecto de la ley; y en consecuencia, le es
gilio Garza.--Lic. Vicente Garza Can- servicio militar; como mexicano tiene la obli- forzoso ocurrir á las reglae generales de inter- cretarios de la Cá~ara de Diputados.
gación de prestar este servicio; y como ciuda- pretación, á la equivalencia de razón, á la
tú.
dano tiene la prerrogativa, es decir, la facul- analogia, á la equidad natural y á los princitad de prestarlo ó no prestarlo. Resumiendo, pios de la justicia universal.
Art, 5
Nadie puede ser obligado á presexisten para el ciudadano los tres preceptos
26. Y esto está necesariamente reclamado tar trabajos personales sin la justa retribusiguientes: el de no obligación, el de obliga- por el interés público, que no puede permitir ción y sin su pleno consentimiento, salvo el
ción y el de opción.
que los actos injustos persist.an indefini- servicio militar y el trabajo impuesto como
12. La salvedad del servicio militar en el &lt;lamente por ausencia de la ley ó por defectos pena ó corrección por la autoridaa judicial ó
Monterrey, Noviembre 28 de 1896.
art. 5
cuya conveniencia queda demostra- de las autoridades. Por este motivo, el arli- la administrativa en su caso. El Estado no
da, tendrá además la ventaja de armonizarlo culo 20 del Código Civff vigente en el Distrito puede permitir que se lleve á efecto ningún
con el art. 31, destruyendo todas las aparien- Fo&amp;deral, con infracción palmaria del precepto contrato pacto ó convenio que tenga por obcias de una contradicción, que en realidad no que se examina, dispuso: «Cuando no se pue- jeto el ~enoscabo, la pérdida ó el irrevocable
ha existido nunca, y dejando como única di- da decidir una controversia judieial, ni por el sacrificio de la libertad del hombre, ya sea.
ficultad la que resulte de estas dos ideas: obli- texto ni por el sentido natural ó espiritu de por causa de trabajo, de educación ó de voto
gación y prerrogativa.
la ley y deberá decidirse segun los principios religioso. La ley, en consecuencia, no reco13. Para herir de frente esta última enes- generales dé derecho, tomando en considera- noce órdenes monásticas ni puede permitir su
Secretaria de Estado y del Despacho de Go- tión, necesario es exponerla con toda claridad. ción todas las circunstancias del caso.»
establecimiento, cualquiera que sea la ddnobernación.-Sección Primera.
14. Establecido el deber para todo mexi27. Y con más claridad el articulo 21 del minación ú objeto que pretenda erigirse.
l. La Constitución de 1857 permanecerá cano de la defensa de los intereses patrios, en mismo Código dice: «En caso de conflicto de Tampoco puede admitirse convenio en que el
mucho tiempo inalterable en lo que determi- el 3:rt. 31, frac. l. no se comprende _la prer~o- derec~os y á falta de l~y expres~ para el caso hombre pacte su proscripción ó destierro.
na su carácter esencial, es decir en el conjun- gativa del art. 35, frac. IV, concedida al cm- especial, la controversia se decidirá á favor
Art. 10. Todo hombre tiene derecho de
to de sus preceptos politicos, porque respecto dadano, de tomar las armas en el ejército ó del que trate de evitarse perjuicios y no á fa- poseer y portar armas para su seguridad y lede ellos, la Asamblea que le dió origen, logró en la guardi3: nacional con el mismo obj~to. vor del que pre~e~da obtener lucro,)&gt;
gitima defensa.
realizar la voluntad del pueblo.
~a prerroga~va no es más que ':na a~bu28.. L~ oposicion entre el texto legal y el
El ejercicio de este derecho queda sujeto á
2. Pero en algunas de las garantías indi- c1ón renunciable, y e~ deber e1;1-trana _una idea constitucio~al es patente, ~,u puesto que el pri- los reglamentos que expida la autoridad.
viduales que la Constitución consagra, se re- enteramente contraria. Y si el cmdadano mero autoriza una resoluc10n judicial fundada
Art. 14. Ninguna ley tendrá efecto retrociente de vaguedades y deficiencias que no puede elegir entre el ejército y la guardia na- en los principios generales del derecho y aun- activo,
deben perpetuarse.
cional ¿cómo explicarse la obligación impues- que no exista ley alguna sobre el punto conNadie puede ser juzgado ni sentenciado si3. Injusta seria la más ligera censura con- ta en el art. 36, fracción II de que se aliste trovertido, y el segundo no sólo requiere una no por leyes dadas con anterioridad al hecho
tra los constituyentes que enmedio de las re- precisamente en 1~ última?
ley preexistente sino exactamente aplicable. y aplicables á él por el tribunal que préviavueltas civiles, del choque de aspiraciones
1:5. Ha pretendido sostenerse que la yrerro- . 29. El uno está _fundado en principios mente haya establecido la ley.
encontradas y de principios enteramente gativa es sólo uno de los deberes del ciudada- cientificos y en consideraciones importantes
En materia civil, á falta de tey expresa, se
opuestos, emprendieron y terminaron el Có- no, pero ~un _asi habrá par~ éste. la elección de interés públicb; el otro es empírico y con- decidirft la controversia conforme á los pl'indigo fundamental, pues sólo cuando se han entre el eJército y la guardia nacional, y has- duce al absurdo; pero es constitucional y por cipios generales de derecho.
extinguido y dominado las pasiones y se ha ta la fecha el Poder Legislativo no ha hecho lo mismo predomina y sirve de apoyo á alguArt. 20. En todo juicio criminal el acusa.restablecido la calma,, puede apreciarse la efi- uso de la facultad que le concede la fracción nas ejecutorias que acabarán por establecer do tendrá las siguientes garantias:
ca.cía de determinados prec~ptos, estudiando XIX del art. 72, es decir, no ha organizado una jurisprudencia viciosa y censurable.
I. Q,ue se le haga saber el motivo del proen sus resultados, é investigando en su ejecu- dicha guardia,
30. La solución que ahora se propone no cedimiento y el nombre del acusador si lo hución práctica la conformidad que deben tener
16. Estas consideraciones exigen necesa- puede ser más sencilla, está en perfecta armo- biere.
con los principios de la justicia universal y la riamente una reforma constitucional en el nia con el pensamiento general de nuestras
II. Que se le tome su declaración prepaarmonia con las exigencias del órden admi- sentido de hacer efectiva la idea dominante instituciones y queda amparada por los prin- ratoria dentro de cuarenta y ocho horas, connistrativo.
de los constituyentes, y para esto basta preci- cipios juridicos que acaban de exponerse ella tadas desde que esté á disposición de su juez.
4. y todavia despues del estudio, y aun sar los términos en que deben defenderse los consiste en limitar al órden penal la gar~ntia
III. Que se le caree con los testigos que
ante la certidumbre de la imperfección 6 in- intereses de ~a patria, en la _fracción II del de ser juzga~9 y sentenciado por leyes exac- depongan en su contra.
suficiencia de determinadas prescripciones art. 31; suprrmir la prerrogativa del art. 35, tamente aplicables al caso, permitiendo que
IV. Q,ue se le faciliten los datos que necefundamentales, suele ser peligrosa la innova- y dejar p~ra e.l ciudadano, e~ el ar~. 36, el de- en materia civil, á falta de ley expresa, el fa- site y consten en el proceso, para preparar
ción que se intente, si no está clara y perfec- ber de alistarse en la guardia nacional cuan- llo pueda fundarse en los principios generales sus descargos.
·
tamente justificada por exigencias de órden do ésta esté organizada.
del derecho.
V. Q,ue se le oiga en defensa por si ó por
público, de carácte-r urgente y trascendental.
17. El art. 10 dA la Constitución, al con31. El articulo 91 de la Constitución ha persona. de su confianza, ó por ambos, segun
5. Pero cada época determina necesidades sagrar e~ derecho d~ portación de armas para sido objeto de varios estudios que pusieron de su voluntad. En caso de no tener quien lo
apremiantes que engendran los primeros im- la seguridad Y legítima defensa, ofrece una manifiesto la incompatibilidad que existe en- defienda, se le presentará lista de los defensopulsos del progreso de los pueblos y persua- ley que sefialará las armas prohibidas y las tre los elementos que' lo constituyen.
res de oficio, para que elija el que, ó los que
den de la imposibilidad de conservar estacio- penas en q~e incurran sus portadores.
32. La designación especial con que dis- le convengan.
naria una legislación opuesta á las indicacio18. Varias veces ha procurado expedirse tingoió á dos miembros de ese tribunal, entraVI. Q,ue se le juzgue y sentencie por leyes
nes de la experiencia.
la ley á que se refiere la prescripción consti- fía necesariamente la diferencia de estos últi- exactamente aplicables al caso.
6. La Administración actual, que 16jos de tucional, á fin de evitar los funestos resulta- mos respecto de los demás, diferencia que ha
Art. 31. Es obligación de todo mexicano:
los torbellinos de la politica ha observado la dos que produce el abuso de esa libertad, y sido aceptada sin dificultad.
I. Defender la independencia, el territomarcha regular y tranquila de las institucio- otras tantas ha resultado inútil el intento.
33. El silencio de los legisladores consti- rio, el honor, los derechos é intereses de su
nes democráticas, tiene la convicción. de que Entretanto se resuelven estas dificultades, la tuyentes sobre este punto ha dejado como patria.
ha llegado la oportunidad de emprender algu- autoridad carece de medios para precaver los unico recurso, la significación de las p~labras
II. Prestar sus servicios en el ejército en
nas reformas constitucionales para poner de- delitos, que el carácter de los habitantes del «Fiscal» y «Procurador general,» para definir las términos que dispongan las leyes.
finitivamente coto á sérios inconvenientes, de- pais y otras muchas circunstancias perfecta- y precisar las funciones que á 6stos corresIII. Contribuir para los gastos públicos,
bidos más que á deficiencias en el texto de mente conocidas, han hecho de tal manera pondan.
así de la Federación como del Estado y Munuestra ley fundamental, á, interpretaciones frecuentes, que ya es indispensable preocupar34. La voz fiscal designa la persona que nicipio en que resida, de la manera proporde dicho texto.
se seriamente de este asunto.
debe promover en los asuntos de la Hacienda cional y equitativa que dispongan las leyes.
7. Tal es por ejemplo la interpretación da- 19. Es de esperar que la dificultad quede pública y señala también al representante de
Art. 35. Son prerrogativas del ciudadano:
da á la p-rimera parte del articulo 5° de la dominada sustituyendo la,c, palabras de la úl- la sociedad en los negocios del órden penal.
I. Votar en las elecciones populares.
•Constitución, que consagra la libertad del tima parte del aFt. 10, por éstas: «El ejerci- Procurador es el que en virtug. de poder ó faII. Poder ser votado para todos los cargos
trabajo y que ha servido de fundamento á in- cio de este derecho queda sujeto á los Regla- cultad de otro, ejecuta en su nombre alguna de elección popular y nombrado para cualnumerables sentencias de amparo contra el mentos que expida la autoridad.»
cosa, y ambas entidades indican el agente, el quier otro empleo ó comisiónJ teniendo las cua
servicio militar obligatorio. En vano los cona20. No es ménos importante la reforma defensor de determinados intereses, el encar- lidades que la ley establezca.
tituyentes establecieron en el articulo 31 la que se consulta para el art. 14. Los térmi- gado de exigir la aplicación de la ley federal
III. Asociarse para tratar 'los asuntos po~
obligación para todo mexicano de defender la nos rigorosos de él en conflicto evidente con y de promover todo lo conducente á la efica- liticos del país.
independencia, el territorio y el honor, los de- la ciencia juridica, han ocasionado desde la cia de las prescripciones constitucionales y no
IV. Ejercer en toda clase de negocios el
rechos é intereses de su patria; y en vano restauración de la República, y continúan ori- pueden por lo mismo formar parte del tribu- derecho de petición,
. liambien los autores de la, Constitución maní• ginando hasta estos ultimos dias, disputas y nal que decida sobre sus ¡estiones,
Art, 91, La, Suprema. Corte de Justioia H

°,

ADVERTENCIA.

°

BDZTOR~AL.

°,

REFORMAS ALA
CONSTITtrCIONo

•

�•

LA VOZ DE NUEVO-LEON.

2

]!scuela
de Medicina del Estado, de 22 de Di
c1emb re de 1891 , queda,-an
-'- en los · •
•
términos:
siguientes
«Articulo 8~ Formarán la Junta. Dº
.
de la Escuela, el Director el Secreta ':"ectiva
108
Ca~~ti~os
en
ejercicio.
'
rio
y
O 11
•
cu
· Para ingresar II esta Eeou
la
se
necesita.
haber
cursado
las materias
ecoustit":yen la instrucción
preparatoria,
segúnque
ltea leyt'ffi,gadente,hó pbrob~ con el correspondiencer 1 e o,_ . a er sido alumno de otra F.e1~
1
EL VJ:.A.J"E
cuela de Medicma reconocida en \a Nació
no Jiaber sido expulsado de ella.
ny
DEL SEilo&amp;
Articulo 14.. Con_cluidos los exámenes de
ij
1
,,
fin de afio, la Drrecc1ón rendirá al Gobierno
1
,
o d D-.-.-b
6 .
~!n~~!rti~:ªbaa:d:sá ;\~!:á~d~~e~~
~~Y
~;i_e fü~:~=s~u:~~e
eS:.
El dia 1
e 1c1e,m re pr _ximo_, co- la segunda, á la misma hora, vistosos
colar que termma, y las calificaciones que h
mienza el nu~vo penodo pres1denc1al, Y fue os artificiales.
.
.
hieren obtenido los alunmos en sus exám~:
con ese motivo, los cuarenta y ocho
fala io Munici al de Monterrey NoSuntuosa ha sido la recepción que en nea. » nd
.
clubs políticos existentes en el Estado . bree
de P 6 _p C Marlínez la ciudad de Puebla se ha hecho al Pri- Lodáted lrá. en~uilido bel1_C. Gobernador,
. 'd b • l d . v1em
189 •
• ·
·
.
d d J
(bl'
man n o o imprimir pu ,car y circular á
27
y que se hallan consbt~1 ?S a¡o. a e -Miguel Cinlo, secretario.
mer Mag1str~, o e a Rep 1 1ca, y snn- quienes corresponda.
nominación de «Gran Circulo Um6u Y
________
tuosas ~mb1e~ han estado ~as fiestas
Dado en el Salón de sesiones del H. ConProgreso,» han acordado levantar en ese
que en dicha cmdad han temdo lugar, greso, en Monterrey. á los veinticinco dlas
día actas de congratulación firmadas por
con motivo de la inauguración de unos del mes d~ Noviembre dd~ m)l ochocientos notodos los miembros que componen cada
g
g
liN
g
g
liill
edificios para la instrucción y de las es- venta. Yse(s.-C._Bera, ), Diputado presiden.·¡
· · 1
1
á l
te.-Aurelw Lartigue Diputado secretario
Club, á fin de re?11t1r, as on~na ~s a
----~atuas que representan en bronce . os Margarito Garza, Diputado secretario.,
.C. General Porfit;o Di:1z; mamfestándoEn el Congreso General se trata en mmor_tales Br_avo y ~a;agoza, cuy~ maule en ellas, l_a sat1sfac_c16n que_ ha causa- estos momentos, de expedir una ley que gurac16n fué .ª pres1d1r el C. Presidente
do la reelecc16n del citado emmente_ Es- venga á calmar la alarma y á garanti· de la República.
tadista, para el elevado puesto de Pnmer zar la propiedad de aquellos que han obPuebla es una ciudad bellísima y de
Y LAS
Ma~strado de una Nación que, tanto ha tenido mercedes de aguas de Jos Esta- la? más inter~santes que tiene la Repúsab1do ~naltecer entre los pueblos cultos dos, en manantiales 6 corrientes, que se bli~a, es capital de un Est~do muy ~ode la tierra.
.
han declarado de jurisdicción federal. reciente, no solo en la agricultura smo
El Ayuntamiento de esta Capital, de Por Jo que se refiere al respeto que es en otras muchas industrias, en las cuaacnerdo co1;1 el C. General en Jefe de la debido á una propiedad y al bien de la les ha hecho basta?tes prqgresos.
'
Zona, ha d1spu~sto un progr~ma d~ fies~ agricultura, la expedición de esa ley es
La ma~1;1eficencia con que
Puebla
ta para solemmzar el susodicho dia l · importantísima y ya de carácter ur- se ha rec1b1do al Jefe de la Nac16n, prue- Conferencz'a presentada por la Señon'ta
de Diciembre p~ó:i~imo, _la apertt:ra. de gente.
ha la_ cultura de la poblaci?n á que nos
María Flores, en la Velada que celela nueva Admm1strac16n del ilustre
Desde el periodo de sesiqnes anterio- referimos al par que la estima en que se
br/J la Academia Profesúmal para SeGeneral Díaz.
res del Congreso General fué iniciada tiene al héroe que en la misma ciudad
ñori'tas, el Iº del coniente.
Tal halagador programa, lo encontra- por el Ministerio de Fom~nto .'{. tuvo las en distintas épocas supo coronarse de
rán nu~tr~s lectores en otro lugar de dificultades que son comunes á todo g:lori:t Juchand? en defensa de las ins(CONTINÚA.)
este pen6d1co.
.,
asunto de trascendencia; mas hoy día, tltuc1ones _patrias.
, .
«La Voz de Nuevo-León,» haciendose
y enciºdastales dificultades
El Sr. Gral. Diaz agradecido por la
Los elementos etmcos de que se cons,
1
. '6
, .
d 1 parece que a v
.
1
bl º6 d Mé .
d
interprete
a opim, n un~mme e la iniciativa llegará á ser ley.
recepción que se le hizo, di6 las gracias tl~ny_e ~ po ac1 U, e
x1co pue en
Estado, an~ic1pa su mas cord1a~ saludo
He aquí el proyecto de que tratamos: á la sociedad poblana, en las siguientes d1stnbmrse _por ong~ne? en cnati;o granal Sr. Presidente de la República, para
palabras expresadas en una conviabili- des agrupaciones pnnc1pales, cuyo proel día_en 9.ue se abra _su nuevo Período
.PROYECTO DE LEY
dad que tuvo lugar en su honor:
medio so~re ~J total gen~ral, se estableConstl~uc1onal¡ mam_festando . que. su
Art. 1o El Ejecutivo de la Unión revalidará, •No importunaré mucho _vuestra atención; ce aprox1mativamente as;:
reelecc16n ha sido motivo de s:rt1sfacc16n por esm sola vez Jas concesiones que las autori- sólo me propongo expresar m1 profundo y muy
18 p raza blanca, cnolla de deseenmuy grande en todo el terri~orio neoleo- dades de los Est;dos hayan otorgado hasta la ~ince_ro agrarl~imiento á la simpática Y muy dencia europea.
.
nés, cuyos habitantes aprecian en cuán- fecha á particulares, para utilizar las aguas de rntehgen~ socui_dad pobltna, por ª?ª expont.á47 p
raza mestiza, resultando de
to valen las elevadas fatigosas labores los rfos 6 corrientes de jurisdicción federal, cla- nea.s maD1festac,ones de benévola.s_1mpatía _con los cruzamientos en diversos grados.
del gran luchador en la guerra y en la sificados as( p~r el art. 1? de la ley de 5 de~~- qu~ bondadosamente me ha favorecido; ~aDlfes34 p
raza indígena pura y
•1
ºd d nio de 1888· siempre que se llenen los reqmsh ta01ones con que al. honrarme á mí esta ,lustrag
l
d
.
6
paz, para conqmstar una prospen a
. . ,
da sociedad se honra á sí misma por Ja grande
l p
a go menos, raza negra, e on.
l
,
tos s1gmentes:
'
'
f ·
nac1ona , _que se asegura y crecera con
.
1? Que la revalidación se solicite dentro de D?uestra que con el)as. da de cordura, ilustra- gen a nea?º·
la reelección de que se trata.
un ailo de la promulgación de esta Jey. .
c1ón y el,vado patriotismo.
.
Estos diversos ¡:-ra?os de la pobl~c16n
2? Que Ja concesión baya sido hecha con an•Revela su co~ura, porque sabiendo como sa- general no ?e d1stnbuyen geograficaterioridad á Ja declaración de la Secretarla de ben todos sus miembros, que ful uno de los que mente del mismo modo. La raza blanComunicaciones, respecto á la jurisdicción fede- en_éP?C"5 de lnch~ destruimos muchos ".ªliosos ca, que representa la supremacía interal del río ó corriente.
edific,os de esta Cm~~. compreo de tarnb,én que 1 t 1
ocial se encuentra sobre to3o Que el concesionario formule solicitud di- los hombres de 62 b1c1mos lo que teníamos que dec ua 1Y s , d 'd
t
t-•
..d· , 1 Sec ta ' d F
•~ .,, d I hacer en una de esas tremendas crisis que tan • o, en as c1u a es yd puer ·os, cen1 ,..,.
rig, a ~ a
re r,a e omenw, p1wen o a
ta
confirmación de sus derechos y acompanando la alto han levantado las virtudes heróicas y clvi- 11;11porta~tes Y zonas. e activa exp o ·
copia debidamente legalizada del título respec- cas de Puebla (•Muchos aplausos. ¡Muy bien! c16n agncola, pues tiene en sus manos
tivo
Muy bien!)
las empresas y negocios lucrativos. La
Que acompalle también un plano y perfi«Deh? ~mbién manifes~r mi inmenso y leal raza mixta, de la que, una _fracción~
El_ telegrafo h'.1- c_omumcad&lt;? á esta Re- les de la presa, boca-toma, ú otra obra queihu- agrad~1miento al Sr. R_mz por las fraces de parte con la anterior Ja misma preeml·
pública, el fallec1m1ento del 1l~stre pa- biere construido para derivar el agua, y de un e?com,o que me ha d~icado, Y me ha!~ con- nencia social, se derrama indistintamen•
triota Lic. Gral. D. Vicente R1va Pala- kilómetro por lo menos del canal: y
.
s,derarl":' como expres16n de los sentimientos te en todas las regiones del país; esta
cio, acaecido en Madrid, España, el 22
5? Que todos estos documento!ase remd •tan á de 1~~iedad pol?dlana. 1 d be d
· raza constituye la clase operaria de la
d 1 t 1
la Secretarla de Fomento por couµucto e1 Go•=ora, cump I o ya e e r e expresar m1
.
.
. .
e ac ua ·
. .
d
bierno del Estado correspondiente, quien los gratitud á Puebla, que es también mi más ar- s&lt;?c1edad mexicana; su 1di?m'.1- f!;1 el meProfun~o sent!m1ento ha . c_ausa O en acompanar!\ con el informe que juzgue conve- diente deseo, pues quería saldar esta deuda de x1cano, mezclado con provmc1ahsmoa, Y
todo el pais tan ;11fausta ?ot1c1a.
. , niente.
gratitud con la_ ~)ante y g_ene~o:"1 sociedad po- al~nas voces nuevas que reconocen S11
El General Riva 1:'alac10, perteneció a
Ait. 2? Si en oposición á Jas concesiones blana, v_oy á dmgirme á mis v1eJOS compaileros ongen en los idiomas indígenas. Su reaquella pléyade de titanes ~ue lucharon que hayan de canflrmarse, existen solicitudes de Y á enviar algunas palabras á los veteranos lue ligi6n dominante es la católica, obser•
abnegadamente por la patna.
aguas, hechas ante la Secretarla de Fomento de me acompanar?n en épocas de tremeoda luc a, vándose que en esta clase de Ja pobla•
¡Cuánto podría decirse respecto de acuerdo con la ley de 6 de Junio de 1894, se pues fueron mis bravoscama_r~as de com?~te.
º6 1
ectas rotestantes adquieren
los méritos de las virtudes de los ser- ob8"rvarán las reglas siguientes:
•No pu~o menos que feh01tarl~s y feh01tar- CI n, as ~
P .
.
.
· ·
· ' , ·
d 1 ·¡ ~
· d d _ 1~ Tratándose de simples solicitudes, éstas me á mi mismo, por habernos cabido el grande sus prosélitos: «V1ya? mt~hgente Y C?1'
vicios emment1s1m&lt;?s ; 1 us re Cl~ a a quedarán sin efecto, ni tramitación ulterior, honor de combatir nuestros deberes ron la Na- un don especial de imitación, esta mtSno que acaba de _ba¡ar a la tumba.
desde el momento en que se baya confirmado la ción, que en(ranaba la confirmación de nuestra ma raza se hace notable por la bu~
Con cu~nta tristeza al ver que van concesión antagónica dada por la autoridad Jo- pro~sta al Jurar •lefender la bandera de la construcción de sus artefactos, en la 1!11"
desapareqendo de entre nosotros esfuer- cal.
patria. (Aplausos prolongados.)
ta y encuadernación en la carpm•
zos tan nobles y tan brillantes, nos ve2~ Tratándose de solicitudes que hayan mo,Ahora ellos, mis compaileros, los veteranos, Pt re,n - b · t , e 1·a' herrería y tor. d ,
.
f
. d
d . t
.
..1
. f
I dº ha d
. á
. el ena y e ams ena, n
~os precisa os a !epetlr esta rase que ti".ª o gastos ? m _ormac,ó n pen ~•~ , dreconoc1- •en~n como Y .ª d 1°, ~_veGmr pr¡eseznciar
neria en la talla de piedras y de made-h1ela nuestros labios: ¡Los buenos se vánl mientos y p1amficac1ones, 1as so11c1tu es tam- g1onoso apot00sis e1 ,n_c1•.w enera aragoza,
,
.
.6 d
breros de
Mé · h
d'd
t
1 bién quedarán sin efecto· pero los solicitantes que por su valor y patriotismo es el orgullo y ras, en la fabncac1 n e som
Y
xlcl?t. a per 1 U? e?oro! no solo serán indemni,,,.dos de dichos gastos por el Go- la honra del soldado mexicano! y porque sin zapatos, en los tejidos de hilo, lana Y
en
smo en
.
.
·
·
. 1a po 1 1ca y en 1a ciencia
S 'R·
P a b1erno
Federal, siempre
que se compruebe lo s1-. aseehanzas mconveD1enres
DI· a armas, podemos sed a, y en fi n, en t od as Jas artes m·.,,•
.~
1
~teratura,
_pue?to
9~e
e
r.
1va
a
aguiente:
hoy
como
lo
hemos
demostrado,
poner
en
plannicas
revelan
los
artesanos
su
labonOS11
1
c10 era un msprra11simo poeta, cuyo exA. Que el trabajo que motiva el gasto, se U;- obras que á la v~z qu~ provocan 1~ prospe- dad é inteligencia. Entre ellos no se
celso númen, hab1a templado aquel su practicó por acuerdo expreso de la Secretarla de ridad de la República, sirven de glor10so pasa- d
1 s rincipios rudimentalel
espíritu para todas las grandezas de la Fomento.
do II los que han tenido la dicha de transformar /sconoce~
db°
· ada y aten&lt;
vida
B El monto positivo del referirlo gasto
este hermoso y rico suelo tantas veces profana- e una socie a ie_n orgamz
al
D~ncanse en paz
no hubiere acuerdo entre el interesad~ y la do por la planta del invasor, tantas veces diendo al mejor:1m1ento_ de Sll e ase Y
·
Secretarla de Fomento respecto del importe del disputado con heroico valor _por nuestros pa- progreso de su mstrucc16n, han d_esarrogasto, fijará éste la autoridad jud,cial competen- dres, que al legárnoslo, lo deJaron re¡¡ado con llado de una manera no~able la idea ~e
te, por los p1·veedimientos correspondientes del su sa?gre, y que ahora está engrandecido por el las asociaciones que no t;ell.en_ por obJeorden común.
trabaJo de nuestros hermanos. (•Atronadores to el desquiciamiento social, smo la fra.
Dichas indemnizaciones no tendrán efecto si aplausos.») .
.
ternidad el mutuo auxilio. No sólo
.
.
el agua del rió ó curso de que se trare, es has•Para termmar, ~mndo, pues, seno,:es, por la
Yd
bl ·ones I sino en otraS
Dzsjmesto por el R. Ayuntamiento tante para satisfacer la merced expresada en la grandeza y prosperidad de la Reptiblica, por el en las gran es po aci d
fundan
de esta Ca,¡.,z'tal. de actterdo con el concesión confirmable, y la solicitada por el par- adelantado y patriota Estado de Puebla que de ~egnndo )'. tercer or en, dse
arer
'
. .1, ticular ante Fomento,
siempre demostró su bravura para defender el sociedades bien reglamenta as, con.,.General en Jefe de la fona, ~ i!_(eC- Art: 3? Cuando las obras autorizadas por las territo~io n_acional,_ inteligente para~¡ adelanto gándose los artesanos en locales apro/o de s?le?nnizar el I · de Dtcze~n- conces•?nes de lo~ Estado_s,_ estén ya construi~as d_e la ciencia, Jabonoso para el trabaJo y _entu- pósito, unas vec~s para dar lecturai: Y
bre proxzmo la toma de posesi'ón y func10nando srn opos1c16n, la conflrma016n s1asta para honrar á los héroes de la patria co- promover discuciones sobre asuntos ms-dt l, P:
di l, R ,,¡., ,bl'
podrá hacerse desde luego. En caso contrario, mo inreli_gente y hábil para cosechar los sa- t
tivos otras para reunir en tertulia:
e a resz encta ~ a eytt tea, se publicará la solicitud, según lo prescribe la zonados frutos de su cultura y laboriosidad., , ruc f ~ •
C si todas las asocia·
para zen nuevo periodo, por el Sr. ley de 6 de Junio de 1894, y toda oposición de- [«Vivas y aplausos.,]
. ª. sus ami ias.
:-br
y tienen es-1 1t
General Porfirio Díaz.
her!\ ser previamente resuelta por los Tribunales
---·--ciones_dposeen s
; 1~t:ª para nifiOS.P
competentes. Esto último se observará respecto
tablee! as _escue as gra ~ s
rdad
1
9 Al rayar el alba del día rq se iza- á toda oposición á las confirmaciones solicita~as,
La poblac16n negra casi en SU tota
1
rá el Pabellon Nacional en todos los edi- cuando aquella se funde, no en derechos nacidos
solo se encuentra en las costas Y de
ficios públicos, ~iendo saludado con dia- d? las leyes d~ 5 de Junio de 188~ Y 6 de JuDE
ferencia, en las de, los Estados men«EJJ,
.
,
A
DIO de 1894, amo en derechos nacidos de algtin
nales sobre el Pacifico y el Golfo.
1a otro título
nas, sa1vas y repiques a vue1o.
d'
e en nuesmisma hora, las bandas militares recoArt. 4? y último. Tratándose de cursos de
cuant~1 á la raza;:
;~n mayoría
rrerán las principales calles, tocando dia- agua de carácter dudoso, ya por lo que toca á
tro Pª ~ represen:
átf5 0 elemento
nas y piezas patrióticas.
que sean navegables 6 flotables 6 ya por lo que
el sufrido Y c~sl auto_m ic la faena
20 A las 12 se l'epetirán las salvas mira á su situación como llmites probables entre
del rudo traba¡o material, 1e~
de DJi•
diaU:as y repiques de que habla el nú'. dos 6 más Estados, las autoridades de éstos se
El H. Congreso del Estado. ha expe- del cultivo de los campos, ª reo 1 ve
mero anterior.
ª?Stendrán en lo sucesivo ~e otor~r concesiones dido el siguiente decreto:
nas y transporte de los frutos, se t:no3º A las 4 de la tarde se verificará ª'¡n coáctnsultadr afin(tie_s aldGodb_1ehrno ~eral soLasbre
confundirse con los ~lemdentol s uªºpúbli•
·
Al
d P fi .
.
e car er e m vo e 1c as comentes.
,Número 46.-El XXVIII Congreso Conatod la extensión e a ,,_,e
un paseo en 1a
ame a or no 0 iaz, concesiones hechas en contravención de este pre- titucional del Esta.do, representando al pue- res en
ª
bº
1 comun en~
en cuyo kiosco .tocarán hasta la? 61/z dos cepto, no serán de ningún modo confirmadas en blo de Nuevo-León, decreta.:
e~, pero no. ha ita por ~os pobladOI ~
~¡¡ndas de música, Freute al m1smo Par- lo sucesivo.
«Los artículos s~, 11 y 14 de la Ley de 1a, ciudades, smo los pequ

,_, d
.,,_, ._
. t •
componu.m e once -"1.llus,ws propie arios Y
cuatro supernumerarios.
.
Art. 96. La ley establecer!, Y orgaruzará
los Tribunales de Cil·cuito, los Juzgte':i8 de
~~~~i!~; :l~i~~~:l~s~~~¡~c:i~~:adose;~;
0
el Ejecutivo.
México, Noviembre 6 de 1896.-Manuel G.
Coalo.

l
,
~
en~l
~
rW 0nr~~i
r W~
NU~vo n~r10

qtie, y seg'in las 1·ustrticciºones que dé
L
al efecto el General en J ef e d e 1a Zona,
formarán las fuerzas de la guarnición
de la plaza para después desfilar en colu_mna por las principales calles de la
Cmdad.
· se arriara
· ' e1 .P a b e116n
4·0 A 1as seis
Nacional, hacién?osele los mismos honores que al ser izado.
5• En la noche se iluminarán profusamente los edificios públicos y las
Hº d 1
dá d
Plazas de Zaragoza e 1 a go,
n ose

,

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. México, Noviembre 16 de 1896.-Fº1rmados.-E. l'imentel.-A. Lucido Oambcu.-Josi
M. Gamboa.
Al margen.-l~ lectur~ é impr!mase.-"'.uan
Bribiesca, D. S.-Es copia México, Noviembre 16 de 1896.-Jilranci.!co de Landa y Escand6n Ofi · 1 May
,
c,a
or.•
________

~1

rr~~i~~nt~ ~~ 1~ n~~u~li~~
r i {U~~~. :t::~::

~1 i:~

Lfjy Ft..derál sobr"' Arruás.

EL SUELO DE: MEXICO

RAZAS

QUE LO HABITAN.

e?

?~

8
8
8

El Sr. General
,

.

4?

°

°

d

1

si

PitOGitAUA
·d. .

1

REF'ORMAS A LA LE:Y

La Escuela ue .Meu·1c1na,
.

0

,

3

LA VOZ DE NUEVO LEON.

. e1!e~:•

r:.
1o-

las sierras y los valles, 6 vive en las fra- guas indígenas en la República, que ha terciopelo, siempre que las guardaba en la cajita
SALVADOR DIAZ MIRON.
gosidades de las cordilleras; hay que ob- ocupado la atención de sabios filólogos al volver del teatro 6 del Paseo.
servar que aunque todos los individuos y eminentes observadores.
'
La despojaron también del nombre encantaque la constituyen conservan sus antiSólo señalaré, siguiendo las opiniones dor de l&lt;'elicidad y la pusieron el de ~ertr~dis,
guos hábitos diametralmente opues- más aceptadas los grupos etnico .J'1n- com~ buscando hasta la_ última y más mcahficatos á los de las otras razas; la degenera- gnisticos má s 1mpor
·
t ant e? que por
s ~1 de
ble los
fealdad
para la vaD1dad humana: la fealdad
nombres.
ci6n de aquellos que h abitan los luga- or~en de su mayor población, son los s1Felicidad soportó todos los despojos, porque
AIA~IJBL GUTIERRE! NAJERA.
res cercanos á las grandes ciudades, es- gmentes:
no conocía el amor mundano; si hubiera tenido
tablece una notable diferencia con la conI.
La familia mexicana azteca 6 un novio, siquiera fuese de su edad, de quince
FRAGMENTO 1DE UN LIBRO.
dici6n que guardan los que en gran nú- nahoa cuyo tipo puede ver¡e en esta anos, cómo se hubiera resistido, ó por lo menos,
Oomo un rey orienta.\ el sol espira
mero moran en 1os pueb los de la gran lámina, y á la que corresponde notable JIoradº. Iª muerte prematura de sus ilusi?nes. Envuelto en una púrpura que arde,
cordillera, conservando más puras sus número de tribus y forma Ja fracción Los primeros espasmos. del alba Y los últimos Se hunde en la sierra trasformada en pira
·
tu b
h bl
· ·
d
'
. ,
suenos de la tarde hubieran despei-tado en el E
di d 1
•
antiguas
pueblos mdigenas coraz6 n 1as nosta,g,as
¡'. de 1as citas
. ocu 1tas; de Ia nLa
meluna
o surge
e a gloria
la tarde!
.
6 cos m1 res y1 su d ab a. pnm1- mayor e . nuestros
d
de la de
selva
obscura
~!Va, raz n por a cua. no e e Juzgarse que ~e extlen e de una á otra costa á misiva que aprende de memoria; de la flor mar- Derramando un fulgor como de duelo,
a toda la raza de la misma manera. In- trav~s de 1~ mesa central, entre la parte chita que se guarda cuidadosamente; de la mi- Y, blanca y libre, como el alma pura
do'.entes Y en extremo desaseados los me?Ja de Sm~l6a, Tepic, Jalisco, Aguas- rada con la cu"! se sueila; de la sonrisa en que De un mundo muerto se remonta al cielo!
primeros, forman ~n contraste con los calientes, Colima, Michoacán, Guerrero, se extasía el ámmo. .
..
Ronco clamor que por el aire corre
segundos, mas dedicados que aquellos á Morelos, México, el Distrito Federal, . Todo lo habla sufmlo Fehc1dad; pero _cuando Atribulando al justo y al precito,
]as labores del campo y á diversas ma- Hidalgo, Tlaxcala, Puebla, Veracruz y v1ó por el suelo, como haces d~ oro, espa~cu}os sus El toque de oración suena en la torre,
nufacturas conservando sus tradiciones Taba co.
luengos cabellos; cuando los rizos ag?m.zaban en -Indice que seilala el infinito!, '
ºd'
s
,
un florón de la alfombra saturada de mmenso, co- El mar &amp;1lmodia sus perennes quejas
y con mas pureza sus 1 10mas.»
.
2. }-,a Othomi que es la más central mo ninitos rubios que agonizan en cunitas ra- Batiendo sus riberas rumorosas ......
, «De los_ ra~gos que tanto ca!a~tenzan del pais, de la que tenemos estos tipos meadas, pensó en la belleza que Je daba su blon- ¡Y el hombre piensa en afecciones viejas,
a la r"2:a mdígena, unos son s1IDilares y ocupa el_ S. O. de Coahuila, parte de da cabellera, y al v_erse en el espejo de su alma, En seres idos Y en pasa.das
11 cosasl
otros difieren notablemente_. Son gene- San, Lms, Guana¡· uato y Querétaro.
con
la
frente
es_pac10sa
como
urna
de
mármo_
I,
Jl ó
¡
¡
d
Como el velo de un angel, como espuma
rales la desconfi anza, la s1mulaci6n, la
3. La Mixteco-zapoteca que se en- or por primera vez en e_ convento, eJ1068' Lanzada hasta el zenit por una ola,
asustada y la pertinacia, pero difieren cuentra en Oaxaca, el Oriente de Gue- malh de Sn grad1o, el veStido blabn?&lt;' áYd 1 Una nube, una ráfaga de bruma
·
ta ·
d p bl
aza ares con que a engailaron em nag n o a C
.
d
1
1
notabl
. em;n t e por.º.,
de cánticos, notas y perfumes, Y se entregó á los ruza e espamo nacara a Y so a.
tras. c1r~u.ns nc1a_s rrero, parte e ue a y yeracruz._
re_J:1t1va_s a su cond1c1on, docilidad y Cl·
4. La Maya, que
en sudeveloz
Y caprichoso
viaje
, habita en Chiapas, deliquios inconscientes de las ceremonias nup- A ytravés
la pompa
vespertina,
VI11zac16_n.»,
,
. . .
. ciales, allí, en la misma capilla en que se le des- Mi ente una fu ga de astros...... El pa.iea¡e
· ·
C ampech e y Y ucatan.
"Lo s m dí genas, mas 6 menos c1v11iza5. L a T arasca, que se halla en casi posaba con el Crucifijo.
Se estremece en la pálida neblina!
dos, moran entre las otras razas, dedi- todo el Estado de Michoacán parte de
El am?r t~ba al i~posible. La vida terrea
Laa palmas gimen co11 solenme acento
cándose á la agricultura, á los tejido~ de Jalisco, Guanajuato y Queré~ro.
na, la ex1sren01a mater,~l, llam~ban en vano á Formando un vago y religioso coro!
algodón en Jo que sobresalen particu6. La Tarasca que vive en el Norte las pu~s d~J convento, el hábito azul fué la Y son plumeros que oscliando al VJento
' 1 · di d V
O d p bl
'
•
mortaJa !Impida, como las aguas del océano; la Barren el éter empolvado de oro!
~- e ne a y en la región de Veracruz, cruz, era el madero salvador.
El buho se lamenta en el collado
1armente _as 1_n as e eracruz y
xac~; fabncac16n de cestos,_ de loza ord1- que confina con los_ huastecos..
Como las franjas luminosas de aquel cielo Anunciando desastres y congojas ......
nana, sombreros, manteqmlla, quesos y
7. La Septentnonal ú Opata-p1ma, vespertino, huyeron las crenchas de aquella ca Y el corazón se siente penetrado
otros muchos artículos que venden en en la que se distinguen los Yaquis y bellera rubia, y se perdieron en las somb,as del Del temblor misterioso
de las hojas!
111
las grandes poblaciones
6
en
sus
mercaMayos
por
sus
dotes
físicos
y
morales
claustro,
con
la
noche
eterna
de
las
almas
mis.
·
· ' 1
· d
S
·
' ticas
La esperanza y la fe se magnifican,
·
La inmensa escala de Jacob se extiende,
d os que 11 aman tianguis, a os qu~ con- y se extlen e por onora¡ Chihuahua,
curren en gran número con sus_ vistosos Du:rango, par~e de Coahmla, Zacatecas,
El lucero y la flor se comunican:
y muchas veces elegantes tra¡es; con- Jalisco y Tep1c.
II.
El rayo baja y el perfume asciende!
trastando por su aseo, cqn otros indios
8. La Tehuantepecana, que se enIndiscretas miradas de un sol rle medio día Cae una lluvia de sutiles
_gotas:
1
de la mesa central generalmente dege- cuentra entre Oaxaca ' Veracruz y Chia- se
deslizan
furtivas
por
el
verde
cortinaje
de
Y-füm~
oculta
en
?
follaJe
espesoJ á bol El ¡ d ¡
¡¡
El rrusenor con palpitantes notas,
nerados..» ,
.
. pas.
os r es.
o or e tomi o satura e1 am- Canta á la estrella la canción del beso!
. «Los mdígen:as e¡ercen los a;tos reh9. La Chontal en Tabasco y parte biente. Las brisas de Ab, il juguetean con las Resuenan en ¡ 08 hálitos que giran
giosos que les impuso la conqmsta, pro- de Guerrero y Oaxaca.
hojas, Y las emanaciones de la tierra, húmeda Murmullos como de ánimas que imploran ......
pendiendo, siempre á la idolatría; y oh10. Las tribus Huastecas que se aún, suben baSta besar los tallos de las flores.
Voces como de som~rasque suspiran ......
servando en muchos Jugares, la práctica hallan en Veracruz Tamaulipas y parNi un trino, ni un murmurio; parece que la Ayes como de esplntus que lloran!
• l d d
•
·
d S
L . , H!d l
naturale,.a enmudece para oir cantar al amor.
Como un cohete de fulgentes rastros,
SII?U a a e sus _antiguas ce~emoma:1 te e an nis e. 1 a go. . .
.
En una rotonda entoldada con fresnos y ci- Súbita exhalación arranca y brilla ....... ..
ba¡o 1~ salvaguardia de la pública m~lll11.
Y J&gt;º: úl~1mo, la familia Gua1cu- presea, circuida por grandes matas de margari- 1Y el numen, mariposa de los astros,
festac16n de su nuevo culto. Los bailes ra y Coch1m1-La1mon, que ocupa la Ba- tas y geranios, dos seres felices se entregan á Despierta y bulle en su prisión de arcilla!
pant6micos son la expresión más gene- ja California.
sus confidencias íntimas, que son vida del senti.
IV
.
ral y característica de sus re?'ocij_os: ya
Algunas ~e estos razas, hoy degene- miento, el calor de las ideas y la sabia del pen- 1Todo es ~~ietud; el constelado p,_élago,
son_ en las mái:genes de los nos, alegres ra?as y abatidas, formaron en la anti_• samiento.
~,Sa taca:1á~octio~ªst!sYa\:.Scaldel~:rem~tanélagc~a,.........
Pareciera un cromo-litograf!a el grupo novep
aque 11 os dos J-6venes sen tados Se cierne sobre el sueíio de la infancia!
é mocentes b a11es campes t res; ora son gued a d pueblos pod erosos y d e una ci- 1esco que 10rman
en las feraces regiones de las sierras, vi1izaci6n relativamente avanzada, como en un banco de troncos. El, con un libro ahier- La virgen vierte en su apacible Jecho
las danzas imitativas del Segad_or, del lo prueba principalmente, el gran nú- to en Ja mano derecha, y ella, con una crisanre- Un aliento ~e mágicos_
10 olor?s,
Tehuacanzi 6 del Zempoalxachitl, ora mero de monumentos arqueológicos de ma puesta en los labios. El brazo izquierdo del ¡Cual s,_tuviera en mterior del pecho
los bailes pantomímicos en Veracruz, en nuestro suelo, entre los cuales son dig- galán rodeando el leve talle de la dama, lama- u;,.r~=iete
ce¡e~teslores~ ºd0
Oaxaca y en las lejanas tierras de Ta- nos de mencionarse las ruinas de Mitla no de~echa d? ésta sobre el hombro de su ~man- El me:i:~i~r,J¡~ s~r: :trr~,
basco, llamando sobre todo la atención, en Oaxaca, las de Palenque en Chiapas, te'tl4me~/dlma la cabeza de cabe_llera hirsuta 1Y se imagina quo se encuentra he1J·,hiclo
las danzas religiosas que, en ciertas so- las de Uxmal, Izamal y Chichenitza en Y
ª a, sobre e\ P"?~º ~e la Joven. .
De un inefable sentimiento patrio1
I
lemnidades ejecutan en los santuarios Yucatán como las más grandiosas y
robli~caduna coodecc, :1 e versos, reciente¡Es la hora en que el párpado se cierra,
. ~
,
d
bº
1
d
d ,
·
mente pu
os, pr ucc16n del doncel ena- Yen qu&amp;-fraganciaqueabandonael broche ante las 1magenes mas· d'
venera as, como
'
1 1en conserva¡ as; ad emas
¡
• de . tantas morado, inspirados en un rayo de luna, en ,,na L a f:an tas'1a des¡·,gada yerra
1a d e G. ua d a1upe. El 1? 10, en genera, otras que en e resto e terr1~ono se en· p.alabra_dicha al desmú~o, en una hoja calda, en Sobre el túmulo negro de la tierra,
es aficionado á las bebidas fermentadas; cnentran, tales como Xoch1calco, Me- un suspiro, en una lágrima.
En la capilla ardiente de la noche!
pero es valiente, denodado y sufrido, tlaltoyuca, pirámides de Tajin, Cholula La flor era el premio ofrecido diariamente
demostrando estas cualidades, ya como y Teotihuacan, ruinas de la Quemada, por la musa ~e aquella estro.fa, después .de_ ha0-.A.C::ElTJ:LLA..
diestro cazador en los breñales de la sie- Casas Grandes, etc.
ber permanecido en su_ graciosa boca virgmal,
rra ya como intrépido soldado librando
(Concluirá.)
como en nacarado Y roJo \mquetero..
ESTABLECIMIENTO BALNEA'
, d
' h
Cuando la lectura era mterrump1da para co- RIO H bº d
d
d 1
'6
un combate despues e una marc a pe------mentar las ideas saborear la frase bebe
. - a ien º. ca uca o a conces1 n
nosa de veinte 6 más le~as; es fuerte
un beso aquellas' notas de amor, brbfan
hecha P?r ~J Gobierno ~el Estado á, un
por naturaleza_ y ~6~o as1 se comprende
algunas pobres hojas de la crisantema; entón- establecimiento balne~no, que deb1ei:a
como muchos mdividuos alcanzan una
ces la flor pasaba de los labios de fuego á las aprovechar para su ob¡eto el gran 030
edad muy avanzada, á pesar de su escamanos de alabastro _de la inspir~dora de las ri- d~ Agua existente en el centro de e?ta
1
sa y fnigal alimentación, de sus cosmas, y de ellas, al OJal de la levita del mozo.
cmdad, sa~emos que nuevos empresanos
tumbres opuestas á la higiene y de sus
Era la época de la unión de la Iglesia y el
Como las manos no pueden estar "'.l'ºsas han orgamzado &lt;?tra com~añia para ohhabitaciones estrechas y húmedas, en Estado. La pálida novicia pasaba por todas las c?antdo aeb amab, los¡ dedols deh_alabastro, impa- tener una conces16n seme¡ante á la ca. .
ºd
pruebas del convento, como frágil navecilla en- men es, usca an a me ena irsuta del poeta y d
h
tº
tº
d
las cual ~s ~e.ª1bergan fam1 1ias crec1 as.» tre las turbulentas olas de un mar tempestuoso, se perdían entre el desordenado cabello, que uca, y que acen ac 1vas ges 10nes e
«Los mdiv1duos, y no pocos_ de la r~za y náufraga para el mundo, llegaba asida del cala en guedejas negras como las ondas de un antemano par~ qu~ se lleven á su más
de que se trata, que por su ilustrac16n madero de la cruz, al puerto salvador.
mar inquieto.
c?mpleta reahzact6n los proyectos relase han asimilado á los de la primera de La pálida novicia habla profesado.
Brotaban en tropel los pensamiento• cual si tlvos.
las mencionadas se han hecho notables
Despojada del primer vestido largo que fué fueran mágicas evoluciones llamadas con la
Se nos ha hecho conocer lo principal
en las profesion~s que han adoptado, su '?ejor ensue!lo d~ nina ~mbiciosa, vió ed el varifa de virtud que toca la ~enre fantástica de de los citados proyectos, y ellos promearticularmente en las del foro y el sa- báb1to azul la '?ortaJa límpida del océano que los milos, y nuevas producc,ones, nuevos cantos ten una elegante y amplia instalación
.
d
. envuelve á los mfortunadcs que sucumben en de amor quedaban entre las hojas del libro co
·
· d d
p
cerdocio, demoS t ran
que son Suscepb- la travesía; ausentes d~ la casita que el carino mo nuevas h0jas disecadas al lado de Jas hoj.,; Y.ª muy necesa~a en una cm
que
bles, como los demás, de un alto grado alegra; lejos deljironcito de cielo, que como tul antiguas.
tiene 57,000 ~ab1tantes Y que al&lt;?J~ una
de civilización.»
bordado de encajes blancos, sirve de celosía
Los cabello• de los poetas son como su alma: gran poblac16n flotante de via¡eros,
«Es evidente que la degeneración en ideal á la a_lta v~ntana 9ue da á los horiwntes, intrincados siempre.
'
á quienes les es indispensable en nuesalgunas tribus proviene de las ~ircu?S· Y á ¡¡ran d1stan01a de tierra '.( agua para aquel
Si una mujer ama~a los acaricia, tal parece tros ar~ien~es veranos, un amen? lugar
tancias expresadas y de sus matnmomos r?stico supulcro que_ en un rmc6n ~el cem~nte- que ~epara de ~u cammo plan~ punzadoras.
de refngeno de que no puede disponerrematuros así como su decrecimiento no del pue~lo y baJo una gr_uta improvisada C1érrase el hbro en la última página leida, se en los hoteles.
P d
. !ó
I .
.
con tosca piedra, fuera la ermita donde morara marcándola con el tallo da u a margarita amoSOLEMNES FIESTAS EN MONY es~panc1 n pan atin a dpor su mc or- austero y resignado el recuerdo del primer rosamenre interrogada; estalla el beso de despe- CLOV A El A
t
· t d 1 · •
pora~16n á la r'.12'a mezc1a a Y _POr 1as amor. .
dida, y cuando el sol deja de mirar indiscreta.yun amie1;1
e a ;IU ,
pérdidas sufridas en campana. Esa
Los listones que fueron su más codiciado mente por entre el ramaje hay trinos y hay d'.1d de Monclova, Coahmla, feste3ará
desaparición viene observandose desde adorno y que hablan quedado relegados al olvi- murmurios. La Naturale,,: eanta entonces Jos dignamente según programas que han
ha.ce largo tiempo, realizándose en los do monástico, se trocaron e_n las cintas violadas, nuevos ti-iunfos de un día más de amor.
circula~o, la_ nueva toma de pose~i6n de
Estados de la República sucesivamente color de rosa, blancas y roJas con que la aurora
la Presidencia por el Sr. Gral. D1az.
I rt
, S
d
¡
se atavía al despertar y en las franjas carme•
ur, e sue e.que en os síes, color de lila Y v;rde mar que fin e en sus
• •
La ca~sa _de muc~as enfermedades es
d e N o~te a
fSr_ontendzos , soTlamehnte en Sono!dª y en la últimos sueilos el crepúsculo de la tar~e: cintas
III.
la constltuc16~ débil de las personas.
1erra_ e 1a ara uamara resi en a1gu- y franjas que sorprendía entre el follaje del
Las fuerzas vitales extenuadas se recu·
nas tnbus, cuyo número decrece de día huerto, si por acaso d•jaba el claustro y volvía
Las canas, son las nie,·es que coronan al peran prontamente con la "Emulsión de
en día, en tanto que hácia el interior á él deslumbrada con los efluvios de una vida corazón que es un volcán, por eso son tan Scott."
aumenta el guarismo de éstos progresi- que se detenía, como ~s mendigos hambrien- bellas. 8urge 1~ primera escarcha _en una
Licenciado Don Pedro Bermudez y
vamente hasta obtener su mayor den- tos y har~poso• ~e detienen á la puerta de los noc~e en que se piensa mucho,_y esos·b1elos de Betancourt, Médico-Cirujano,
sidad
en los Estados del. Sur ' como monasterios
Y asilos esperando las sobras de la se
la vida
súbitamente
cuando
C ertºfi
_ vie.
.
mesa
stifrensuelen
e l,oacumularse
q
rece
• los
i ca.. Q ue h ace a1gunos anos
Michoacán, G neuero, Mé xico, Hºd
1
·
•
·
·
·
'
n
ras
ue
pa
n
s,g
·
d
1
"E
1
º6
d
S
"
También la VJda material se disputa la del
De las guedejas blancas, se desprende el frío ne _usan
a
mu SI n e cott d e
1 a go,
*Mo:relos, Puebla, Veracruz, Oaxaca, alma, como la existencia terrena; cuando se le de la realidad, como de las últimas flores que el aceite de h1gado de bacalao en las enferChiapas, Tabasco, Campeche y Yuca- despoja del alimento ideal, Jo mendiga á las invierno agosta se desprende el perfume helado. medades del pecho, con un resultado satán.&gt;1
puertas de las prisiones, Jo pide triste y sollo- Se respeta á los ancianos, porque sus cabelle- tisfactorio.
En el conjunto de estos pueblos res- zante en las casas de beneficencia y en los hos- ras blancas nos hablan del torrenre que se preGüira de Melena Cuba Mayo 8 de
to más 6 menos puro 6 degenerad~ de pit,¡¡J,s, y '"?lo se rinde de fati~ y sucumbe jun- cipita •'_e _la albura de las almas sautificadas con 1 g 94 .-PEDRO BE~~1UDE~.
los que fueron primeros habitadores del to álas t.ápias de los camenterios.
el martm_o de los anos.
.
EDICTO.
territorio y que se extienden con cierta
Las flores que adornaron su pecho y su to~do,
La m~Jestad de_ las canas, es la revelación de r1~º,. de ,0 civn.-t, fracción Judical.-Eotado de Nuevo.
J
d l
, n? 1~ parecían menos hermosas que las delJar- un espiritu euper1or.-Lázaro Pavía.
Por·autodefechat:recedeOctubre taltimo, 88 mandó radiar
co1:1-f UCl 6 n, ~n a mayor parte e pa1s, d1001to del convento porque aquellas DO est.aeneBtedemicarsc,,eljniclode inteMUlmenta.rlaAbieneadelft.ex1ste considerable V nº d d
d'
' J
d
nado,B.F.M,S.&gt;ns,veclnoquefu6deest&amp;Ciudod.

u~EE~

ª

t,

J

Ei\?b

eABELL ERAS,

:ia.~

°

ª.

°

°,

a e a

en sus

han perfumadas con e néctar e loa besos de

1-

versas lenguas y dialectos usales, resul- un amante, y éstas tenían el candor de la inotando de ésto·• seria dificultad para la cente colegiala • Sin embargo , las besaba apasiofonnaci611 de la Geografía, de las le:11• nadamente1 como solla hacerlo con lae de raso '/

'

Y encumplimientoyparaloeerectosdel art. 1686deI06digod•

___

~=::eU: ~~~': S:~C:- e¡1¡~{~!~d'e~fcg: %~'!..1:"
0

sepmenten
•deducirlo
en eldeU!rm!no
de tre!ntadlaa, 00111ot1.deede la 1llthna
publicación
este edicto.
~~tt,•• Noviembre 1s de-.-1,1o. B. 11am1N&amp; . . , - . . .

�•

L.A. VOZ DE NUEVO-LEON.

4

este auto por tres veces conaecuilvu en el Perl&amp;llco ClflclirdCl

LAS MUJERES DE TODAS
LAS EDADES.
y condiciones de Ja, vida, están expuestas de
tiempo en tiempo, á encontrarse en la necesidad
de emplear un tónico fortificante, y.que regularice las funciones naturales periodicas. Las
que sufren dolores cada mes combi_nados con
postración, saben perfectamente b~en que ~¡
orígcn do sn malestar se debe á !ns irregularidades 6 desarreglos do los órganos internos
especiales.

El

ASPAROLINE DE WAMPOLE
(puramente vegetal) reglamenta y re~ueva las
funciones menstruales. Durante la ¡uventnd,
la madurez y maternidad, fortifica y reestablece
la salud de la mujer delicada; ahuyenta y cura
la menstruación suprimida 6 dolorosa, el flujo
excesivo la debilidad general, y todas las d emáa
enfermedades análogas ; promneve y regulariza
la acción funcional. En los casos de postracion nerviosa ó física, abatimiento, dolores ó
inflamaciones periódicas, etc., es el mejor
tónico r estaurativo que se conoce. Constituye
una bebida agradable y refrescante. De venta
en las B oticas y D roguerías.

Estado y en •L&amp; Voz de Nuevo-León.• Asl lo decretó Y fl.nuó el
o. Alcalde 8Q Local. Damos fé.-Fauslino Oorté1.- A.-J. M.
Cbarlea.-·A,-Jet.118 M~ Almagucr.-ROl&gt;ricn.a.•
.
Lo que se manda publicar en cumpUwlent.o del auto maerto.
Galcana, Noviembre a de 1896.-F'aUltiDO Cort.és.-A.-J. M.

Cbarles.-A.-Jesrui MtAlmaguer.

·

EDIOTO,

~-

Juzgado 19 de to Oivil.-lf f'racclón jodlciat.-Eatado de Nuevo

Le::l:e1 juicio de testrunentarfa del Sr. Isidoro Ald•pe, ha recaido un auto que i le. letra dice:
•Monterrey cuatro de Noviembre de mil ochocientos noventa y
aeis.--Visto {lt nombramiento de tutor. interino hecho por este
Juzgado en la. persona.del Sr. Lic. Gudello MarUne:i para. que represente 11, la menor de catorce afios Marfa.Dofores Aldape
en el resente juicio testamentario de 1u finado padre Dn.
Iiidoro ~el mismo apellldo, y visto 1a. aceptación Y prote1ta del
nombrado deb1a de discemirle y le discierne en forma el cargo
ue ae Je confirió concediéndole todaa las facultades en derecho~eoesa.rias plll'a eÍ mejor desempeño de 1u encarJº· Notiílquese,
y ubl1queae este auto por lrea veces consecutivas en el •Perló¡j·~ Oficial• y •La Voz de Nuovo--León,• de conformidad con el.
a~t.1386 del Oódigo de rrocedimientos.Ci~es. Asf lo decretó~
firmó el C. Juez 19 inlerwo del Ramo 9ivll. doy fé.-Llc. F. Cfn
l1l CA.rdenas.- Lic. l. Dá.vila, Secretano.-~s rO.brlcas.•
Lo que publica en esta forma en cumplimiento de lo mandado
en el auto
inserto.
¡
••,rey
r; de Noviembre de 1896.-L1c. 1. o•v¡¡a., secre taro.

Oon fecha Bel8 del p resente mea, y por Cliipo¡¿r
•
E DICTO.
de Letru de la 6t fracción judicial ee r :
Óll Qel Ó r.:;:
de intestamentarfa de la ara: 01a.~i8:,n elte J ~~
J uzgado de Letras de la, 7~ Fracción J ndi- juicio
vecin• que f'u6 de esta VillA.
ndo de Guwerre.,
Lo que ae h ace saber al pftbllco pan. que 1u
cia,J. -Estado d e N uevo-León.
crean oon derecho &amp; 1• herencia, compareua.n, ,penonu •- 11
Con fecha 30 del pasado, se radicó ~n este trodelténninoque ft iael art. 1685del Código d ~~~
• --------.
Juzgado, el juicio de intest.ado del finado D. Civlles.
_Bustamante, Noviembre 10 de 1896.-..Rafael Ban•·Andres Cedillo, vecino qne fué de cata Ciudad. riano Herrera.- A-Joaé Cruz Bolla.
~,:-Lo que se hace saber a,l pt\blico, para, que
uzgado '1! Oonstitucional.-Salinas Victo.._ ,.. las personas q ue se crean con derecho á los YOJ León.
...., J.,ue,.
bienes del fin ado, se present en á deducu-lo
Oon esta fecha se radicó en este de mi
dentro del término que .fija el ar tículo 1686 clo intestamentario del Sr. Román
elju¡.
Lo que se ha,ce saber al pOblioo para q;.e 1
del Código de Procedimientos Civiles.
CN!J que
Montemorelos, Noviembre 3 de 1806.-Lic. se crean con derecho á. la herenc~ se
dentro del término fijado en
Juan J . Hinojosa.-A-Florentino Guerra.- declucirlo
11186&amp;
del Oódigo de Procedimientos Oiviles
A-Tomás Hinojosa,
387-388-380
. Salinas Victoria, siete de Noviembre de mil
BepGblica Mexicana.-J111gado 2o Consttt11cional.-Busta.man- ctentos noventa y seis.-Librado Galindo - A OCboMorales Garza.-A-Martiniano Treviño. ·••
;;:luan
te, Drtado de Nuevo-León.
~,-?o

can:"°
~f':leii

M ••~

'
EDIO'l'O.
Juzgado '1! oonstitucional de Villa de Garo!a, N.
León.
· ~one ulta ?ºn e¡
Con fecha dos del actua¡, prev1_a
o. Juez '1! de Letras del Bruno Oivil, se r_adicó en
este Juzgado el juicio de testamentaría á b1enes del
Sr. Salomé Garza, vecino que fué de esta Villa..
y 80 publica en esta forma, para que las personas
que se
consideren con derecho. á la herencia, ocurran á. doducirlo ante este m1Smo Juz~do dentro
del término que fija el art. 1686 del Oódigo de Pro.cedimientos civiles.
.
Garc!a, Noviembre ó de 1896.-Albmo Garc!a.-B
Flores.-A.-Ma.nuel
Obarles.
64-66-66.
A.
'
EDIOTO.
J uzgado '1! oonstitucional de Villa de Oarc!a, N.

~~ fecha 31 de Octubre próximo pasado, pr~v!ª

consulta oon el O. J uez ~ de Letraa del Ramo Civil,
se radicó en este J uzgado el juicio de tes!""'entar!a
A bienes del Sr. Santiago-FernAndez, vecmo que fué
j ttzgado 19 de lo ClvU.-J.t fracción judlcial .......Esta(lo de Nue"Vo de esta Villa.
y se public.~ en esta forma, para que todas las
Accionistas de la Oomunidad del Topo de personas que se consideren con derec~o A la herenlos
Ayalas.
cia, ocurran á deducirlo ante este m1Smo J uz~o
En el juicio ordinario promovido por el Sr. Romnaldo ~miguel COIDO Albacea de la iDtesta.mentarfa de D. Andrés Pena Fer dentro del término que fija el art. 1685 del Oód1go
nAn.dez contra. 101 Sres. Accionistas de 1&amp; Comunidad del Topo de Procedimientos civiles.
.
de tos Áyalas sob're división del terreno conocido con el nombre
Garc!a, Noviembre ó de 1896. - Albmo Garc!a.de , Cabeza del Cerro y Mesa- ó de la ~Comnnldad.~que linda por
64-66-66
el Norte con el rio del Topo; por el Oriente terreno medido de la A -B. Flores.-A.-Manuel Ohlirles.
antigua Hacienda del Topo; por el Bar terreno de Sn. Rernabé,
.
EDIOTO.
r por el Ponieut.e con terreno de D. Cá.rloB Belden. 88 ha manda- J ~ o io Locol de Cienega. de Flores,
do citar A vdes. por auto de doce del actual para correrJea .trasl&amp;
En el incidente sobre venta judicial en subasta pO.blica del U!·
do por el término de la ley de lo.demanda del Sr. Sa.um1g~el, en
OITAOlON.

~~es.

testado del Sr. Dionisio Chav.urta. ha recaldO el decreto que 11la que pide se separen para los herederos de D. Andrés Pena. Fern&amp;ndet., dieciocho vemlisiete avos y ochenta y cinco noventa Y g'!.Cienega de Flores. veintiseis de SepU.embre de ~il ochocienseis avos de otro veintisiete avo del terreno
comprendiéD. tos noven la y sef!!.- De conformidad coñ 1&amp; sentencut. interlocuto ·,. ue antecede proc6daae A. la. venta. de la casa. y terreno de
dose dentro de esta porción de t.errenoel
rancho de San 80~ ~el intesta.do' uel finado Dloni&amp;io Cba.v~rrla de est.&amp; vecindad al efecto se lija par&amp; el remate el dla. vemtinueve de ~ero
Martfn,
·
La citación se hace en estn. forma por ignorarse quienes sean ró~mo _, la.a nueve de l a . ~ ~ h~r;e ~,selll publicM:lo
Jos a.ccionlstu de ta.Oomunidad del Topo de los A.fala&amp; f. loa que ~es que corresponden en el ·Per16dicoOficial_ Y •LA Voz de
auunciindose la. v~nta con 1nserc1~n ~e ette •ut.o
se empla.za. paro. q_ue ocurran A. recibir el traslado &amp; diez los días Nuevo-León,
la arte re110luliva. de la sentenru.a. par&amp; ~a. au~ruac16n al alba·
contados desde La 1lltima publicación.
ia
mismo
intestad~
Sr. Telésforo Quiroga sirviendo de base
Monterrey, 18 de Noviembre de 1896.-Lic. l. D&amp;vi~=·etario
a. la. venta lll cantidad de fU0.00 cs. {doac1entoa cuarenta peen que fué valuada. la mencionad&amp; finca que se compone de
una sala. de terrado que mide nueve metros uos decimetl'OB de
E;DIOTO.
fl.brica su longitud por cinco dos declmelros de a~cbo, y e.l solar
metros setenta sentimetros frente al Norte colindanJ uzgado '1! de Jo Oivil.-1~ fracción judicial.-EB- veintisiete
do (calle de por medio ) terreno del Sr. Jnlio Gana, por cuaren
tado de Nuevo-León.
ta y tres de 1ondo al Sur dl\'idiendo al Oriente terreno del Sr
El O. Lic. Cárlos Lozano, Juez 2! de Letras del Jlut.n Treviño y al Pon lente calle¡ _encorralado de tapia. Y madeRamo Oivil por anto de esta fecha ha mandado ra,- ra con noria de usos de agua, ubicada. en la. Secci~n 2o de esta
Notiflquese. Lo decreto el Alcalde 2Q conautuclonaJ. sudica.r en este Juzgado, e\ju.icio de intestamenta.rta. villa
plenie: doy fé.-Gorgonio VUl~eal.-A.-Florenoio Q&amp;ntO..-A.
á. bienes del finado D. Juan Sánchez,vecino que fu~ -Apolonio oalvan. Tres rO.bnca.a.•
.
L&amp; parte resolutiva de la sentencia ea del tenor BJguiente:
de esta ciudad.
Se concede autorl:ia.Ción al Sr. Te1ésforo Qultop albacea
Y en cumplimiento y para. l&lt;&gt;:9 ~rectos d~l . artícu- en1~ juicio
de intestado de D. Dionlsio Ohavarrla, para._que en
lo 1685 del Oódigo de Procedl.llllentos 01viles, se mbasta pO.büca. y judicial, \"enda la. finca ra1z perteneciente al
publica en esta forma á fin de que las personas que mismo intestado, sirviendo de base para el remate la cantidad
pt0 oo cs. doacient.os cuarenta pesos en qne tué valuada.
ee crean con derecho á la herencia, comparezcan á deLo
q~e se publica eu esta forma cumpliendo el art.. HOO del
deducirlo en el tél'Illl!'o ~e treinta dla81 oontados Código de Piocedinrienloe Civiles yi fin de que laa ycraonu que
quieran
bacer posturas lo verifiquen en este J uzga,cto dentro del
desde Ja tlltima publica,i1ón de este edicro.
Monterrey, Octubre 29 de 1896.-Lic. B . Ramirez ténnino
fijado
.
d
-Go
Ciénega.
de Flores,
28 de Septiembre e J.896,
rgo nio Villa•
Angulano, Secretario.
real - A-Florenclo 0ant11.--.A..-A_polonio Galvf.n.
66-f7-418

l~t';
27

=)le1

EDIOTO.
J uz~o '1! de lo Oivil.~1~ frooc!ón judicial.-Esta.do ele Nuevo León.
Por auto de fecha. nueve del actual, he mandado
radicar en este de mi cargo, el juicio de intestamen
taña á bienes del finado, D. J osé S. Villa.rreal, vecino que fü6 de esta ciuaad.
Y en cumplimiento y para loe efectos del articulo 1685 del Oódigo de Procedimientos Oiviles, se
publica. en esta. forma, á fin de que las personas que
se crean con derecho §. la h erencia. de dicho finado,
se presenten á deducirlo en el término de treinta
di'!", oonta&lt;lft desde la tlltima notificación de este
edicto.
Mont.erre:y, Noviembre 17 de 1896.-Lic. B. Ramirez Angwano, secretario.
66-67-68.
E DICTO.

.

.

EDIOTO.

v J uzgadO 19 de lo Civll.,...lt fracción jndicla.1.-.Est.ado de Nueº~fintestado f. bienes de la Sra. Dt Mari&amp;na. Garza Bodrlguez. de Lozano, se ha dictado por este Juzgado nn .uto q ue , la
letra
dice.
-" och 001en
· los noven •dlonterrey
nueve de Noviembre d e Ulll
y seia.-Visto 'et noml!.1'a.mient.o de tutor inte~o hecho ])IJ' loe
mayorel de catorce anos pero menores de vewtinno Marta y Felipe Loza.no en la persona del Sr. Lf.za.ro Lozano. Vlllarreal par&amp;
que 108 represente en el juicio de intestado de BU finada. madre
Dt Marlan• os.na Rodriguez de Lozano; vi.Bt.a la._aceptaclón del
sr. Lo:iano VUla.rreal, quien pro~tó desem_pep.&amp;r su encargo
con arreglo f. la ley debla de dacermrle Y le di.8c1erno tal cargo,
oonflriendole al efecto todal laa facultades en derecho neces&amp;ria&amp; para el mejor desempeño de su oometi40, Notiflquese. Y p11bli ueae este auto por tres, veces coneecnt1v~ en el •Pen Odioo
Ofi~ y •L&amp; voz de Nue".o Leóu.:d~conforlllldad con el .rttculo
1868 del 06d.igo de Procedimientos Ciyiles. A..111 lo d~retó Y firmó el o . J uez 19 interino del Ramo Civl!: doy fé.-Lic. F. OanlO.
OArdena..s.-Lic. Ism.el Df.vila, Secreta.r10.-R~bricaa.•
Lo que se publica. en esta forma. en cumplimiento de lo meJ'u:igatfo 8Q oonstituclonal de Bust,amante Nnev~León.
da.do en el •nto ln&amp;erto.
.
Monterrey i de Noviembre de 1898.-Lie. I. D&amp;vil., Secretario
Bu el intestado &amp; bienes del Sr. Rafael oa.iaree, se ha. dictado
'
NOTIFIOAOION.
por este J uzgado un auto qne &amp; t. letra dice:
•Bust.a.maute.J Noviembre diez y ocho de mil ochooientos noJ uagada de Letras de la 6t Fraooión Judicial,-Eatado de Nueventa y eeh.-1gnorando este J ~ o el domicilio del Sr. JesdB
Otbt&amp;res, de conformidad con lo dispneiito por el art. 86 del Oódi· vo-León.
Sr. William Oliver.
go de Procedimientos civiles, cttesele por medio de edktoe q.ue
En una demanda que sobre desocupación de la Hacienda de
ae publlcar&amp;n t res vecee oonsecutlvaa en el «Peri6dioo Oftcial•
y én ..r.. Voz de Nue~León , , linde que comparezca ante este Mexiqulto y pago de renta.a, le ha Prl?movido el Sr. TomAB B&amp;J m.gado pe.ra cor rerle traslado por el térmi,µo de · la ley, de los Uesteros,ose dictó un auto del tenor SJ.guiente:
•MontemorelOB, Octubre veintisiete de .'!-11! ochocientos novenM&amp;toa invenb!Lti&amp;t,dos en la intestamentarta de D. Rafa.el C&amp;aarea;
en el concepl.ó de que si no comparece se prOseiUirf. el curso de ta y seUI.-Empli.oeae al demandado Sr. Willlam. Oliver, para que
la. llll\.olll en lo8 términos en que dicho arUculo previene. As1 comparezca ante este Jn7.gado dentro de tres dias á. contestar la
por este auto lo decreto y firmó". Yo el Alcalde 8Q local, acluan· demandt.; con aperclbim.ien_to de d&amp;r8e por contestad• negat.iva,..
mente si no comparece. Aai lo provesó y_ 6..rmó el O. J uez de ~
ao con teetieo• de asistencia: damoa f'é.-Juan ZaJilora y Santos. tru
de la. 7t fra,ccióu judicial: doy fé .-Lic. Binojosa..- A.-Fler
-A,-.Melcbor Zamora,,-A.-.Tosé Oruz Bo11s.-Tres r ti.brlco.a.•
no que ee publica en esta Corroa en cumplimiento de lo man- rentino Guerra.-A.-Tomás Binojosa..-Rtlbricaa.•
Lo
que se notifica &amp; vd. ~n est6 f~r.m.&amp;i segun lo dispone el
dado en el auto insertO.
Bustamanle, Noviembre 18 de 1898.--Juan Zamora 'f S&amp;ntos.- 78 det Código de Procedimientos Oivllea.
.
Montelu.orelos,
Noviembre cinco de mil ochocientos noven t.&amp; Y
A.- Melcbor Zamora...--A,-Joeé Cruz Bolla.
68-69-70.
aeil.-Lio.
J
uan
J
.
Binojoaa-.-A.-l!~lorenlino
Guerra.-A.-'fü•
EDI CTO.
maa Hinojosa.
68-M-65.
Juqa.do 1Q de lo Qivil.-Jt fracción judidal.-Est.ado de Nuevo
EDIOTO.
León,
J
nr.gado
de
Letra&amp;
de
la
6t
tracción
judlcial,-Eltado
de
NneEn el julclo de test.amen taña f. bienes de la finada Wenceslada
Narro, se ha dictado un auto que á. la letra dlce:
verLeón.
lo
!di
A escnto preaentado por el Sr. Fernando San a p end o i a
•Monterrey, Noviembre veintiuno de mil ochocientos noventa.
) seUI. Viat.o el nt&gt;mhramiento de tutor interino, hecho por la apertura del juicio teatamentario de la señora su espos&amp; Dt J osemenor El~ Qali.oncf en la per90na del Sr. Lic. Anutasio A. fa. Villarreal, reca,yó el a.uto que aigue:
Villaldama Noviembre dos de uµl ochocientoa noventa v seis.
Treviño pa.t°&amp; que la represente en este juicio de sucesión; rist&amp;
la aceptación y proteata de1 tutor nombrado, deb1$ de di&amp;cernir- -Por preseniado y admitido en cuanto ha lugar en dere;_cho, con
el
testamento y cer tUlcado de defunción que se acompaw1,. liOn
le y le diBcletno tal cargo1 otorg!l.ndole todaa la.e fücultades que
la. ley le acuerda para el mejor
desempeño de su cometido. Noti- fundamento en el art. 1659 del Código de Yrocedim.ient.01 civiles,
ffquese 1 publlquese este auto por tres veces consecutivas en el téngase por radicado en este J uzgaao la testamentaria. de la Sra.
•PeriódtcO Otl.cia.h y en •La Voz de NueverLeón,• de oonfor- Mt Joseta Villarreal; d6nse los aviaos á. que se refieren loa &amp;rt1•
blldAd con el articulo 1868 del Código de Precedimiento•Oiviles. CUlOS 26 de la Ley de Hacienda del Eeta.do, y 74 de la ley del Tim
Asf lo decretó y firmó el O. Juez 2,Q de Letras interino deJ. Ramo bre vi¡tente· convóquese &amp; loa intereoadoa a la Junta oe que haOlvil: damos f'é.-Lio. B. Ramirez. Anguiano.- A.-R. Ba.rra¡An. bla el art. 1669 del mismo Código, la cual se verificar&amp; en el local
de este J uzgado con término de ocho dlaa, por re&amp;dir ~o, en
- A.,- Loren:io Treviiio.-RO.bricaa.•
Lo q ue ae publica. en esta forma, en cumplim.leuto del auto este lugar1 y publiquese eate auto por t res veces consecutiva.e en
el •PeriódicO Oftcw.1• del Estado y en •.La Voz de Nuevo-León.Mouteney, Noviembre 1n de 1898,-Lio. B. Bamtre:i Anl(Uiano. Notillqueae. Aat lo decretó y ~mó el 9. J uez c_l~ Letra&amp; de la 6t
fi'a.cclón Judicial: damos fé.-Lio. M. Oil Trevmo.-A.-Ma.nuel
.......70
F. Trevino.-A.-J0&amp;6 L. Florea.-Trel r l1bricaaEDIOTO.
Lo q ue ae publica en cumplimienLo de lo m andado en el preinJbzgado de Letras de la ~ fracción judicial.-Li- serto
auto.
Villaldama, Noviembre 6 de 18Q6.'-Llc. ld, Gil Trevifio.-A.baree, Nuevc,.León.
·
63-64-66
Hoy se radicó en este Juzgado el Juicio de inte&amp;- Manuel F. Trevliio.-A.-J 064 L. i"lorH,

•rt.

-·

Juzgado Jv Local de Galeana.-Estado de Nuevo-León,
En el juicio testamentario del finado Sr. Esteban !barra., con
fecha de hoy recayó el auto siguiente:
«tl11lf'ana, Novlembre tree de mil ochocientos noventa y seis.
-v ...to el nombramiento de tutor interino hecho por este Ju.r.gado en Jo. persona del Sr. Aguetin Agulrre, para g.ue represente li
la.e menores de catorce añoe Isabel é hidra Elvua Agulrre en el
presenteiulcio; f vista tarubien la. aceptación y protesta que anteeett.en, debla dl809rnlrle 1 le dieclerno al nombrado el cargo referido, oon firléndole al efecto todaa la.8 facultades en derecho
~ ¡lllll IV

m,¡or d"'411D,P"A9,

llo!Ulgue,o 1 P•~llque,o

•

Scott•.

de aceite de hlgado de bacalao con hipofosfitos de cal y de sosa parece adaptarse
especlalmente á la producción de los glóbulos rojos, siendo esa una de las propie•
dades que hacen del aceite de hlgado de
bacalao un agen te terapéutico de tanto
mérito y de aplicación tan constante en la
Medicina. Los hipofosfitos son grandes
11arta del'6brica.
tónicos y ayudan á la pronta recuperación
de las fuerzas y de la vitalidad. La Emulsión de Scott
es lo mejor para los nifl.os. Con su uso se desarrollan
fuertes y robustos. Es grata al paladar.
De venta en las Boticas. Cuidado con las íalslficaciones é imitacl011e1,

Scott y Bowne, Químicos, Nueva y,.rk.

?POR QUÉ SUFRIR PJJ. ~~! TIEMPO
Resfriado, Tos y Mal de Garganta 7

El PECTORAL de CEREZA del Dr. AYER
Tiene una nombradÍa de cerca 60 años para la curación de
afecciones de la Oarganta y los Pulmones. ~esfriados, Toses.
la Orlpe Ó Trancazo y Puhnonías. Es de un gusto agradable
y seguro en la curación.

EL PECTORAL DE CEREZA DEL DR. AYER
Preparado por el Dr. J . O. Ayer y Ca., LoweU. Maa•. 1 lL U • .A.

Obtuvo Medallas de Oro en las Grandes Exposiciones Uni,er,ales.
RechMele todo Suatltuto Barato y ain Valor.

LA ZARZAPARRILLA
--DEL--

DR. AYER

--

Purifica la Sangre.
Toda sangre pura es garantla de salud, fuerza y felicidad. La sangre
mala engendra escrófula, chancros, granos, ronchas, t}oroncos, carbunc1os,
úlceras, t umores y otras afecciones peligrosas y molestas. No importa
cuán impura esté la sangre, la Zarzaparrilla del Dr• .Ayer la limpia, vitaliza
y enriquece.
Por ecpacio de medio siglo la superioridad de la Zarzaparrilla del Dr.
Ayer como t ónico y depurativo de la sangre, ha sido recollocida en todo
el mundo. Ningún otro remedio está compuesto de ingredientes tan
costosos y con t anto cuidado escogidos. Ningún otro r emedio es tan
eficaz para producir un cambio rápido y permanente en la sangre, expeler
los gérmenes de la enfermedad y decaimiento y comunicar

·vmA Y

EN'ERG:tA.

La Zarzaparrilla del Dr. Ayer

Hace crecer el cabello
DESTRUYE LA CASPA,
Y con s u uao el cabello
iris vuelve , tomar au
color primitivo.

E l Vigor del Cabello
del Dr. Ayer está
compuesto de los ingredientes más escogidos . Impide
que el cabello se
ponga claro, gr i s,
marchito ó rasposo,
conser v ando su
r iqueza,
ex u be -

EDICTO.

EDIOTO.

de

Es el mejor cosmético

J mga.do 19 de lo clvil.-4 tracción judicial.-&amp;ta.do de Nuevo
León.
. Por auto fecha de ayer ee mandó radicar en este Juzgado, el
Juicio de Ulte&amp;ta.ment.arta á. bienes de la. Sra. Rafa.ola Audrade,
vecina que ful! de esta. ciudad.
Lo que por acucia.o superior se hace saber al p1lbllco, para que
las personas que se crea.n con derecho A. la herencia, se present en &amp; deducirlo dentro del término que ftja el art.1686 del Oódigo de Procedimiento&amp; Civilee.
Monterrey, 26 de Septiembre de 1896.-Lic. l. D!Lvila, secre•
ario.
~9-72..
J uzgado 89 Local de Oaleana, Nuev6-Le6n.
En el juicio testamentario del finado Sr. Esteban Ibarra, con
fecha de hoy recayó el auto siguient.e:
•Galea.na., Octubre diez y nueve de mil ochocientos noventa y
se1s.,-Por presentado con el certificado de defunción y copia del
testamento que se acompañan, y admitido en cuant.o ha In~ en
derecho; radlquese en este Juzgado el juicio testamentario del
Sr. Eatcba.n !barra, y oomo lo dispone el art. 1659 del Código de
Procedimient.oa civiles, convóquese &amp; loa Interesados para Ja Jun
b de que habla el art. 1869 del mismo Código, la cual tendrl lugar_el ló.nes 16 del próximo mes de Noviembre A las diez de la
manan•. Y por cuanto &amp; que del testamento y escrito aparece
que la.e menores de catorce años IEabel 61.sidra El vira AgUirre
carecen de representante leg1timo1 eete Juzgado les nombra como t utor interino al Sr. AgusUn Aguirre, A. quien te le dlllcernid formal_mente e} cargo, prévla su aceptación y protesta de fiel
deaempeno. Noti11quese y publlquese este auto por tres veces
coneectttivas en el Periodico Oficial y en La Voz de Nuevo-León.
Aaf Jo decretó y firmó el C Alcalde 8Q Local: damos fl!. - Faustino
Cortés.-A.-J. ?tI. Chá.T1.es.-A.-.Jes1ls Mt Almnguer .-R1lbrlcaa.
Lo que ee manda publicar en cumplimiento del auto in!erto.
Galea.naJ Oclubrti 19 de 1896.-Faustino Oort6s.- A.-J. M. Chlr
lea.-A.,--.1es0..S Mt AlIDaguer.
63-&amp;l-65

Emulsión

del Dr. AYER

Vigor del Cabello

Linares, 16 de Octubre de 1896.- Llo. Severiano
Salina,s.- A-Juan de D.Villanueva..-A- Fernando
Ardines.
67-7D-73.
EDIOTO.

La ausencia de curpúsculos rojos, principio vivifi.
éador de la sangre, produce la enfermedad que se llama
An:mia: , Se nota en las caras y manos pálidas y
labios sm sangre y es muy común en las mujeres. El
enfermo siente debilidad ó flojez general, condición que
predispone el cuerpo á todo género de enfermedades y
que requiere un remedio de eficacia probada. La legítima

y de ningún otro r emedio se registran t antas curaciones notables. La
Zarzaparrilla del Dr. Ayer es el depurativo de la sangre más popular Y
más abonado de cuantos existen. De que posee virtudes curativas,
renovadoras y reconstit uyentes de que carecen las preparaciones análogas,
es no hecho admitido desde hace mucho tiempo por los Farmacéuticos
y Médicos principales. Como fortalecedor de las fuerzas vitales y especifico para , toda clase de enfermedades de la sangre, la Zarzaparrilla del
Dr. Ayer no t iene igual. Cura las enfermedades con la remoción de_ la
causa que las engendra, aviva el apetito, de~truye aquella tan conoc1da
Sonaaci6n de Fatiga, pone fuertes á los débiles y vigoriza con sus efectos
sanativos los nervios, t ejidos y fibras del cuerpo. Como ha curado á otros
le curará á usteu. Téngase la seguridad de que se t oma

b&amp;mentarla del finado Sr. Octaviano Hernández, ve- 1- - - -- - - -- - -- - - -- - -- eino que fué de esta Oiudad.
Lo que se bace saber al pOblioo, para que las per13onaa que se consideren con derecho A la herencia,
ee presenten á deducirlo dentro del término que s&amp;tlala el articulo 1685 del Oódi¡¡o de Procedimientos
Oiviles,

LA SANGRE ES LA VIDA.

LA UNICA ZARZÁPARRILLA

Que obtuvo 101 111(1 altos premios en las grandes exposlcloNI del •••·
Prep • rada. por el Dr. J. C. Ayer y Ca., Lowell, :Maaa... E, U. A.

,,.\,ºw"I•"'•"·'\"' ............,.. ,.....................................,...,,,...........,..,~.-----•......•"-~

Las Plldoras del Dr. Ayer son la Mejor Medicina Purgante.

~a resisti~o la prueba
~o9. e

"º~"ªªº"" '-

de todos los climas siendo exportada a tod~• los
países. Por más de';o anos la antigua Yacreditada
leche Coadensada do

rancia y

e o lo r
hasta un
period o

GAIL BORDEN
CA "AGUILA"

Cuanto más se usa., mlis rápi·
dos son sus erectos.

ha sido la preferida de todas las familias. Riqueza
y pureza son los caracteres distintivos de la marca

, _. .

.
,-;

~

"'.!!=:""

'avanzado de la vida.

u Aguila."
Enviese por nuestro opúsculo sobre los nifios.

Medalla da Oro en la E1poslclón de Barcelona.
Prep arado p or etf u . J ,

o. Ayer

y Ca.,

PREPARADA Y QAAANTIZADA POR LA

Lowell, MaH,, E, U. A.
n,-Pdnga1;e e n -;;-rdJa contra lmltAClonos barallk"· El non•hrP. rle-"Ayer" -fl gura
en la enrnltura, y ti111' , a ~l!'dO ell el orlltal

~Hll&lt;l/1, lr;,o;o,

_

_

NEW YORK CONDENSED IIILK CO,
Cuú:lado con lo.s falsificacion,s.

Nueva York, E.

u. de A,

,

�</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </file>
  </fileContainer>
  <collection collectionId="198">
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="3127">
                <text>La Voz de Nuevo León</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="479201">
                <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </collection>
  <itemType itemTypeId="1">
    <name>Text</name>
    <description>A resource consisting primarily of words for reading. Examples include books, letters, dissertations, poems, newspapers, articles, archives of mailing lists. Note that facsimiles or images of texts are still of the genre Text.</description>
    <elementContainer>
      <element elementId="102">
        <name>Título Uniforme</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329846">
            <text>La Voz de Nuevo León</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="97">
        <name>Año de publicación</name>
        <description>El año cuando se publico</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329848">
            <text>1896</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="99">
        <name>Época</name>
        <description>Época del la revista</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329849">
            <text>Segunda</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="54">
        <name>Número</name>
        <description>Número de la revista</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329850">
            <text>389</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="98">
        <name>Mes de publicación</name>
        <description>Mes cuando se publicó</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329851">
            <text>Noviembre</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="101">
        <name>Día</name>
        <description>Día del mes de la publicación</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329852">
            <text>28</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="100">
        <name>Periodicidad</name>
        <description>La periodicidad de la publicación (diaria, semanal, mensual, anual)</description>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329853">
            <text>Semanal</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
      <element elementId="103">
        <name>Relación OPAC</name>
        <description/>
        <elementTextContainer>
          <elementText elementTextId="329869">
            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaBasica&amp;bibId=1753240&amp;biblioteca=0&amp;fb=&amp;fm=&amp;isbn=</text>
          </elementText>
        </elementTextContainer>
      </element>
    </elementContainer>
  </itemType>
  <elementSetContainer>
    <elementSet elementSetId="1">
      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
      <elementContainer>
        <element elementId="50">
          <name>Title</name>
          <description>A name given to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329847">
              <text>La Voz de Nuevo León : Periódico semanario, político y literario. 1896, Segunda Época, No 389, Noviembre 28</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="49">
          <name>Subject</name>
          <description>The topic of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329854">
              <text>Nuevo León</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="329855">
              <text>México</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="329856">
              <text>Monterrey (Ciudad)</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="329857">
              <text>Publicaciones periódicas</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="329858">
              <text>Política y gobierno</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="41">
          <name>Description</name>
          <description>An account of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329859">
              <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="45">
          <name>Publisher</name>
          <description>An entity responsible for making the resource available</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329860">
              <text>Ignacio J. Mendoza, Editor y Responsable </text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="37">
          <name>Contributor</name>
          <description>An entity responsible for making contributions to the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329861">
              <text>Benítez y Leal, Pedro, Redacción</text>
            </elementText>
            <elementText elementTextId="329862">
              <text>Dávila, Hermenegildo, Redacción</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="40">
          <name>Date</name>
          <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329863">
              <text>1896-11-28</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="51">
          <name>Type</name>
          <description>The nature or genre of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329864">
              <text>Periódico</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="42">
          <name>Format</name>
          <description>The file format, physical medium, or dimensions of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329865">
              <text>tex/pdf</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="43">
          <name>Identifier</name>
          <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329866">
              <text>2009209</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="48">
          <name>Source</name>
          <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329867">
              <text>Fondo Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="44">
          <name>Language</name>
          <description>A language of the resource</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329868">
              <text>spa</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="86">
          <name>Spatial Coverage</name>
          <description>Spatial characteristics of the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329870">
              <text>Monterrey, N.L. (México)</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="68">
          <name>Access Rights</name>
          <description>Information about who can access the resource or an indication of its security status. Access Rights may include information regarding access or restrictions based on privacy, security, or other policies.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329871">
              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
        <element elementId="96">
          <name>Rights Holder</name>
          <description>A person or organization owning or managing rights over the resource.</description>
          <elementTextContainer>
            <elementText elementTextId="329872">
              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
            </elementText>
          </elementTextContainer>
        </element>
      </elementContainer>
    </elementSet>
  </elementSetContainer>
  <tagContainer>
    <tag tagId="3191">
      <name>Constitución</name>
    </tag>
    <tag tagId="10317">
      <name>Escuela de Medicina</name>
    </tag>
    <tag tagId="11390">
      <name>Ley</name>
    </tag>
    <tag tagId="562">
      <name>Mujeres</name>
    </tag>
    <tag tagId="6555">
      <name>Reformas</name>
    </tag>
    <tag tagId="1821">
      <name>Vicente Riva Palacio</name>
    </tag>
  </tagContainer>
</item>
