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                  <text>Segun&amp; época

Monterrey, '[México.} Sábado

12

de Noviembre de 1904.

,

PERIODICO SEMANAL, POLITICO Y LITERARIO,
ORGANO DEL GRAN CIRCULO •UNION Y PROGRESO• FORMADO POR LOS CUARENTA Y OCHO CLUBS QUE CORRESPONDEN AL MISMO NUMERO DE MUNICIPALIDADES QUE COMPONEN EL ESTADO.

.... -··-·-·
OO~TE,.A.TO--OO~CES:tO~.......-..-....•• e,,,......·....~
III.-;-El de const~uir las obra_s que ¡tratistas, por ellos 6 los consumi~ores, peellos estimen necesanas ó convenientes ro en todo caso á costa de los últunos,
•
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en_ la Cmdad de Monterrey 6 fuera ~e 1:1 Artlcu o u.,- a iuun1c1pa I a tiene
misma, para almacenar las aguas, d1strt• el derecho de que por sn cuenta y á sn
buirlas en aquella ciudad, usarlas como costa, se instalen en el sistema de ;ignas,
fuerza motriz y para generación de fuerza á medida que se construya, el número de
eléctrica para emplear esta fuerza en 6 tomas de agua (Hydrants) para incendio
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uei:a de la referid~ cmdad, .para us~r en que a m~tctpa t a _const ere ':1ecesai;1as
el riego ú otro obJeto que ellos estimen para la debida protección contra tncendtos.
beneficioso,las aguas sobrantes, las del dre- Las expresadas tomas de agua, no excedenaje y atarjeas, y los desperdicios de la rán de IOI fo (ciento un miHmetros seis
CAPITULO PRIMERO.
Ciudad.
décimos) de diámetro, y cuando estén insLas obras á que se refiere este artículo, taladas serán conectadas con las cañerías
.•
DE LAS OBRAS Y su EJECUCION.
podrán construirse en todo tiempo, mien- principales de agua. Esa instalación, lo
BERN4RJ?O RE Y ES, 0 benrador
,
.
tras subsista el presente contrato.
mismo que las con~xiones de las tomas de
Consht1'ctonal del Estado Libre y 5_obeArticulo r.-Se aut~n~a á los Sefiores Artículo 6.-Las obras que se mencio- agua co!1 las caii~nas,. se ha_rán por los
rano de Nuevo León, á todos sus habitan James D. Stocker y \Vtlltam Walker, para nan en el artículo cuarto serán construi- Contratistas ó baJO la mspecc1ón de ellos,
tes, karo saber: que el H. Congreso del que P?r sí ó por la compañía qu~ al efecto das conforme á los plano~ anexos al pre- Y estarán sujetas á su aprobaci~n .. El
mismo, ka decretado lo que sigue:
organice~ en la República Mexicana 6 en sen te contrato. En ¡0 futuro, siempre que nso de.estas tomas de ª&amp;:ua, s~ ltm1tará
el e~tran3ero, construyan y exploten en debieren con~trnirse nuevas obras, ó que exclusivamente á apagar 1nce~d1os.
"NU:M. 57.-El XXXII Congreso Cons- la Ct~dad de M_o';lterrey, un sistema de los Contratistas propongan la construc- Artículo r2.-~os Cont:at1stas, e,n el
ción de ellas conforme•á los artículos ocho lavado de las atarJeas públtcas, usaran el
titucional del Estado, representando al drena3e y el serv1c10 de aguas.
Se
les
autoriza
igualmente
para
que
y nueve, deberán éstos presentar al Go agua neces~ria para ese objeto, has~a do~pueblo de Nuevo León, decreta:
pued~n explotar las ag?as como fue~za bierno los planos de las obras que se pro· de lo perm,ita el volumen ?e agua dtspontArtículo 1"-Se aprueba, y se eleva, m?tnz y para la generac16n de fuerza elec- yecten, no pudiéndose procederá la cons- b_Ie, des pues de ~:1:ber satisfecho las ne~e_por ¡0 mismo, al rango de ley, el contra- trtca, Y par~ que los . sobrantes de agua trucción de dichas obras, sin la previa s!dades del serv1c10 de aguas en los edtfi•
to para el servicio de agua y drenaje y que :1? hubiere. necesidad de usar en el aprobación del referido Gobierno. A este ctos, par:1: los usos de ~stos_. No queda
h .
d
.
ierv1c10 de la Cmdad, y las aguas y des- fin se presentarán los planos por tripli · comprendido en esta obltgac1ón, el lavado
aprovec am'.ento e aguas para riegos Y perdicios del drenaje, sean empleados en cado uno de los cuales !e devolverá á los de las conexiones á que se refiere el arfuerza ~otrtz, que con fecha r9 de Octu- el riego, en el Municipio de la Ciudad_de Contratistas con la nota de aprobacióa, tículo décimo, y que une los edificios con
bre último,. celebró el C. Gobernador, _e~ Monter_rey y fuera de él, ? en cua!quter 6 de que no fueron aprobados, 6 de las el s~stema ?!: atarjeas p(~blicas.
.
representación del Estado y del Muntct- otro obJeto que los Contratistas consideren , modificaciones que se les deban hacer. La ~1 en optntón del qobterno hubiere nepio de esta Capital, con los Sres. James benefi;toso.
resolución del Gnbierno sobre los planos, ces~dad de otras m~dtdas Pª1:ª la conser.
.
u,
lk
Articulo
2.-Salvo
el
derecho
que
se
será
comunicada á los Contratistas dentro vac16n de la salubndad públtca, las coruuD• St ock er Y W 111 tam "ª er.
. ' a' 1os Contrattstas,
.
'
1as e3e.
,
concede a1 Gobº
. terno, con forme a I art'1cu1o del mes siguiente á la presentación de di- ntca~
Y. .estos
0
Arttculo 2 -Se aprueban los planos de cuarenta y crnco, para comprar todas las chos planos, teniéndose por aprobados si cu taran, ca;g_ando a_l capital los 9astos
las obras, anexos al contrato, los cuales obras á que se refiere el presente contra- dentro del mes expresado no se comuni- que ~llas ex1g!eren, st para llevarlas a cabo
pueden ser modificados en sus detalles por to, los der~chos que en él se conceden á care á ¡05 Contratistas la mencionada re- hubiere necesidad de hacer alguna nueva
.
. . d G los Contratistas, son perpetuos.
solución
obra.
1os Contrat1stas con autonzact6n e1 o- A , 1
p
1
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1
·
· de construc-.
.
., . . .
rt1cu o 3.- ara os e ectos e. preArtículo 7 -Tanto los !anos anexos
Art!cu1o 13.-Los trabaJOS
b1erno, s1 a 3u1c10 de éste demandaren tales sen te contrato se comprenden bajo el 1
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ción para las obras de drenaJ· e y servicio
' odºfi ·
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. a presente contrato como 1os e 1as nue,
.
m 1 cac1ones en e curso e tra aJo.
nombre de Cmdad de Monterrey, a _cm- vas obras que en lo 'futuro se proyecten, ó de aguas, c_omen_zaran, siempre que no se
··Artículo 3º-Para aprobar los nuevos dad de es~ n~mbre, como ~n la actualidad los de las modificaciones que se hicieren á hagan mod1ficac1ones á los planos anexos
planos, que se acompañarán con presu• está constltmda y ~stablectda, y las exten- unos y otros, podrán ser modificados á al pres~nt~ contrato, dentr~ de los tres
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b
d
r siones y prolongaciones que tenga en lo propuesta de los Contratistas y con apro- meses s1gn1entes al otorgamiento de la esp_uesto e gastos, so re O r~s e ampdta- futuro, entretanto subsista el presente bación del Gobierno. Respecto de los cr\tura mencionada en e~ artículo veintic16n á que se refiere el articulo sexto e1 contrato.
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sets y de que los Contratistas hayan sido
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p1anos re1a tvos
as mo 1 cactones se
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contr~to, _el E3ecuttvo _pedtr en ca a caso . n consec~encta, os erec os y o 1ga- procederá como se previene en la 61ti- puestos en posesión de los ,tcr:-enos. y
autonzactón á la Legislatura,
ctones conte?,tdos en este contrat_o, se re- ma parte del artículo anterior.
•~nas á q~e se refieren los ª!ben.os vetn•
C
. t d berán fieren á la cmdad como hoy existe, y á A , 1O
C 1 "d 1 Ob
d tttrés y veinticuatro, y también de los te,
0
ArtÍcu1O 4--1:-&lt;&gt;s ontratts as e . todas las ampliaciones q11e ella tenga en
rltcu S.- onc m as as
ras e- rrenos y aguas que se citan en los ardenpresentar al Gobierno, antes de dar prm- lo futuro.
marcadas en los planos anexos al pre~ente los veintisiete y veintiocho, en cutntocipio á la construcción de las obras á que A , t O -L C t f t
tara contrato, Y en c~so d~ ser ellos modifica- ellos sean necesarios pan comenzar 1 exrbcu 4•
os on ra ts as es
n dos con las mod1ficac1ones que se conven•
a
el contrato-concesión se refiere, una cuen- obligados á construir una presa principal
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presada
construcct5n¡
debiendo
advertirse
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Ca .
ga en o u uro, e
o terno en ra e eta
t
•6 1 Coutr ti
ta de los gastos que hayan hecho hasta e1 en la Boca del Potrero de Santa
ta!1na, recho de pedir á los Contratistas antes qu~ en ~ cons rucct n, os
a MU
d{a del otorgamiento de la respectiva es- y las obras necesarias para el drena3e de del primero de Diciembre de cada afio que e~tán ob11g~dos i preferir, .; iágual~ de
.
.
•
á la Ciudad para conducir las aguas á ella,
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.
d
d ' . c1rcunstanc1as, los artefactos y mab!nales
entura en pago de honorarios y otros, para distribuirlas en la misma y para dar se extten a e1 sts~ema e ~guas y rena_¡e, que se produzcan 6 existan en esta Ciudad.
profesionistas comités, etc., á los cuales lºd á I
b t
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dentro de los limites habitados de la Cm· En caso de modificarse los planos i loa
•
·
.
d ¡ sa t a as aguas so ran es Y as aguas dad de Monterrey á fin de acomodarlo á
'
se hace mérito en la fracción
• dad; y 1os Con t ra- tres
se agregaraod"fi
el t&amp;. tercera e y desperdicios
. . del
. drenaJ·. e y atarjeas.
,
1as necest"d ades de•1a ctu
• meses expresados
•
artículo 31 del contrato. St ta1 cuenta no La Mun1c1paltdad designara y propor- t" ta
ed
bl" d á
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¡ mtno necesario para preparar 1as m 1 ca•
•
pod á • rá á 1 C
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1 t
is s qn an
iga os cump tr con as dones y que no excedera de otros tres mefuere aprobada los Contratistas
r n ctona
os ontrattsta s, os errenos en indicaciones que el Gobierno les haga á
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•
.
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ue el qne deberán arrojarse las tierras que se
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.
ses, y el que dilatare la resolnc16n del Go1
desprenderse de 1as o 1gac10nes q
.
d
.
este respecto, 5'l vo que no nere practica- bierno sobre las modificaciones prorepetido contrato les impone sin que pier- extratglan e 1as) exllavacdnels y bque no ble la ejecución de las indicaciones del puest;s
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se emp een en e re eno e as O ras.
Gobierno en cuyo caso lo comunicaran á
•
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dan _los $12,000.00 , oce mt pesos• que Los. Contratistas, en la ~nstrncci6n, éste con Ías razones en que ellos funden
Artfculo 14.--;-Las expresadas obras de
les sirven de garant1a; qn~ando el, Go- cumphran, pa_ra la conservac16_n de la sa· su opinión.
drenaJe y servlc10 de aguas espec!fica~u
bie.-no libre de las obligaciones rec1pro- !ubridad públtca, con las medidas que les
.
.
d
.
t
en
los planos anexos, coir las modtficacto1a e¡ecuc16n e 1as IDS rncc Io'
.
td para
·
cas correspondientes
comunique
e1 Gob"terno.
Gob.
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"d
d
d
nes
que se 1es h"1c1eren,
en caso de . h aber
:
Gobernador
Artículo 5.-Con las restricciones qne nes e1
terno, u tere necesi ª
e lugar á ellas, se conclnirin en el tErmino
Lo tendrá c_nten~1~0 el C. .
. , se establecen en el artículo siguiente, so- nuevas obras con el fin de an.mentar el vo- de tres alios, contados desde que comienmandándolo impnmtr, publicar y c1rcn- bre presentación de plano, y prévra apro· lume':1 de agua, los Conti:at1stas quedan ce la construcción,
.
lar á quienes ,corresponda.
baci6n por el Gobierno, los Contratistas antonzados para con strn1r esas ~nevas Artículo r5.-Los tErminos menciouaDado en el Salón de Sesiones del H. tendran, además, el derecho, pero no la obras, con cargo á la cuenta de cap!tal.
dos en los dos artículos anteriores, se sus.
Congreso del Estado, en Monterrey, á los obligaci6n, de construir las obras siguien- bArttnlo 9.-Iralm¡te,.co';lc~utg¡ las penderan si ocurriere ;1n _caso fort!'itc? _6
dos días del mes de Noviembre de mil no- tes:
•
•
ºt• rals qutee ~e relereCe ptnnti_c1tap10 ed~r- de fuerza maror, que tmptda el pnnctPto
.
.
I -Las que ellos estimen necesanas 6 ,en an rior, os on ra s s po ... n 6 la prosecuct6n de las obras, 6 si no ae
vecientos cuatro.-A11árés No,_ug-a, ~tpll• con~enientes, en el interior del Calión á dar m~yor desarrolle:&gt; á sus obras, pa_ra pusiere á los Contratistas ea posesión de
tado pres~n~-R. E. Tremño, D1p~ta- ne se da el nombre de Potrero de Santa cualqntera de los obJetos que se menc10- los terrenos y aguas antes mencionados,
do secretan&lt;&gt;:-A,-,,uifo Berla"lfa, Dipu• C:tarina en el Cañ6n de San Agnsdu, y nan en el artículo pnmero.
que les sean necesarios para ir efectuando
tado secretario.-11 C. Gobernador del en todo ~tro terreno vecino donde fueren
~rtícnlo ro.-La obliga~i?u de con~- las construcciones, 6 si hnbi~ dilaci6n
Estada.-Presente.
necesarias al obJeto del presente contrato, tru1r 1!15 ob!'89 ~ra el servtcto de d~na¡e en la resolución sobre las _modificaciones
p tanto, !D11D® se imprima, publique, especialmente s1 se trata de lugares donde Y atal'Jeas, implica para los Contrattstas, propuestas, ti otru camas tndependientes
circ!Íe y se ie ~ el debido cumplimiento. haya 6 hnbiere avenidas de agua para an- la de couatruir las conexiones con los edi- de la voluntad de los Contratistas. En
M
N • bre 8 de 1904--B. mentar las que ban de represar_se en la licios hasta la orilla de la banqueta de las esos casos, se abonará i éstos el tiempo
D- ontei:-:;;6,,
Secretario, Boca del Potrero de Santa CatariuL
ca\les. Esta parte de las conexiones, sera qne durare el impedimento y dos meses
MIJ'es.•
'
11.-El denicho de ~ a¡uu aub- propieilad de los Contratistas. Las co- mis.
Jet ~ ¡
k
antel'lor tentneas ea el férieDO, que H ~ el neidones cteade la orilla de la banqueta 6. Artículo 16.--:I.os Contratistas i mec\emto, • el aipidte:
p6rrafo autcrior,
loa edffiQioa, ff llari 6. el~i6D 4e 1011 Colf- c114a $1~ se coiistruyau las obras, sea lu

Tornándolo del "Periódi. co Oficial'' del Gobierno del
Estado, publicamos en seguida el interesante Contrato--Concesión para el servicio de agua
y drenaje de la Ciudad de Monterrey:

MIN UTA DE CONTRATO celebrado entre
e! Sr. General Don Be:nardo ~ eyes, Gober11ador del Estado de 11/uet•o L eon, e,i represenlaci6n de éste, que en adelante se denomi•
11ará el Gobierno, y del Ayuntamiento de la
Citu~ad de Mont~rre_y, que asimismo se Itamara la Mumc,pahdad, poi· una_parle, y los
Sres. James D. Slocker Y W,ll,am Walker
á los que en adelante se dará el nombre de
Conlralislas, por la otra, con el fin de eslabkcer el servicio de agua y drenaje en dicha
Ciudad.

f:

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s·

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Gc.uwrri

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J

�LA. VOZ

2

DE

NUEVO

"

LEON.

EDITOR Y RESPONSABLE,

Artículo 21.-Los Contratistas, la com· cióQ de las obras de drenaje y servicio de
Artículo 30.-El Gobierno garantiza
pafifa ó compafiías que organicen, y cual- aguas, se l¡.ati dan&lt;:lo previo aviso al Ayuu· durante nQVenta y nueve silos, Qlllltadoa
M. BARRE:RO ARQÜELL.RS. quiera otra persona ó compañía á quieil tamiento, de las calles que se han de ocu· desde que se ponga en servicio el Jistema
- - - - - - - - - - - - - - - - - ~n lo futuro perteneciere esta concesión, par.
de aguas y dren~j~. en todo ó en parteRegistrado provisionalmente en l:i A1lminis- incluyendo la ó las que la adquieran en
B.-La ocupació11 de los mismos luga qite las sum3s qu~ los Contratistas recibi~
t1·Kción de Uorrern-1, de esta Ciudad, como ar- una venta hecha á virtud de la ejecución res para las instalaciones eléctricas, ten· rán como producto de la explotación del
tfonlo rlp •~11nnda clase.
de una hipoteca ó en una venta judicial, drá efecto, previo permiso del Ayuutamien- referido sistema, serán iguales al diez por
podrán emitir libremente acciones comu- to en cada caso. Este permiso uo podrá ciento anual del capital invertido según
que se mencionan en el art:culo cuarto, 6 aes y de preferencia, b:mos y obligacio· ser negado, siempre que la instalación no resulte de los libros de contabilidad de los
las nuevas que se construyan en lo futuro nes, y disponer de ellas; qsÍ corno hipotecar ofrezca peligros á la seguridad P'íblica.
Contratistas, el día treinta de Junio ·y el
conforme á los artículos ocho y nueve, á individnos ó asociaciones ó corporacio- C.-Los Contratistas se obligan á no treinta y uno de Diciembre de cada afio•
podrán pedir al Gobierno la aprobación nes particulares, en todo ó en parte, los interceptar el tránsito sino en lo que fuere y se obliga, en caso de que en alg,,.,n
de las que se construyan, y poner en ser- bienes pe1tenecieotes á la empresa, adqni- absolutamente necesario para la construc los semestres que termine en los dias
vicio las que fueren aprobadas. Ea todo ridos y que se adquieran ea lo futuro, in- ción ó reparación de las obras; se obligan acab.idos de mencionar, los producto~ . re.
caso, si antes de la terminación de las clusas esta concesión, las obras construí- también, á reparar los desperfectos causa- cibidos por los Contratistas, no sean igua.
mencionadas obras, no se hubiere a proba- das y por construir, terrenos y aguas.
dos por los trabajos, y á dejar los caminos, les al cinco por ciento de dicho capital, á
do ninguna parte de ellas, 6 anoque se
Las hipotecas y los bonos hipotecarios, calles y plazas en el estado en que estaban pagar á los Contratistas, al vencerse el
hubiere aprobado, nos~ hubiere puesto en quedan sujetos' á la restricción menciona - antes de .los trabajos; pero en la iateligen- semestre, en los expresados días treinta de
servicio, luego qué es.tén terminadas se da en el artículo cuarenta y siete_
cía de que no estarán obligados á ltacer Junio y treinta y · uno -de Diciembre, lo
dará aviso de ello al Gobierno, y aprobadas
Artículo 22.-Los Contr• tistas, la cotll- las reparaciones á que hubiere lugar como que faltare para completar dicho cinco por
por éste las que no lo estuvieren, se pon paiiía 6 compañías á las que en lo futuro consecuencia de los desperf~ctos que su ciento. - La-garantía del Gobierno á que
drán todas ellas en servicio. El Gobier- pertenezca esta concesión, así como los frieren las obras, en el transcurso del se refiere este artículo, en ningún caso seno, dentro de un mes de babérsele darlo el capitales empleados en h empresa, las tíem1&gt;0, originados del asiento y cousoli- rá ctisminuida, aunque por escasez de agua,
aviso de estar terminadas las obras ó una acciones comunes y preferentes, bonos y dación del ter;eno.
ca,o fortuito 6 fuerza mayor, reparación de
parte de ellas, deberá comunicar su reso- obligaciones, las obras, sus prolongacio
D -Las instalaciones eléctricas, se ha- las obras, falta de pago por parte de l(\s
lución á los Contratistas, teniéndose por nes y extensiones, su cQnstrucción y ex- rán de manera que no se cause ningún causantes, ó cualquiera otra causa, no se
aprobadas las obras respecto de las cuales plotación, los terrenos y agnas, y en ge- perj11icio á la Comp i ñía de Luz Eléctrica, aplicare á los Contratistas al fin rlcl •~·
no se recibiere resolu~ión alguna dentro neral los bienes pertenecientes á la cm- ni se menoscaben los derechos que tiene mestre, el cinco por ciento que á él corresdel mes acabado de mencionar.
presa, estarán exentos de todo impuesto conforme á su contrato.
panda.
Artículo 17.-Las obras aprobadas por del Estado y Municipal, por el término
Artículo 25.-No se comprenden en las
En caso de que el Gobierno hubiere heel Gobierno, ó que deban tenerse por apro- de noventa y nueve años, contados des- concesiones que el Gobierno y la Muni- cho la compra de las obras, conforme á lo
hadas conforme al artículo anterior, se de que las obras, en todo 6 en parte, se cipalidad hacen á los Contratistas:
que dispone el artículo cuarenta y cinco,
tendrán como definitivamente concluidas- pongan en explotación conforme al artícuI.-El agua perteneciente á la segunda al ejecutarse la compra, cesarán las obliy no será admisible sobre ellas ninguna lo dieciseis, si antes de d'cbos noventa y en el Río de Santa Catarina, y de la que gaciones qne el Gobierno contrae en el
reclamaci6n ulterior, por vicios de cons- nueve afias, no se hubiere operado la re- en la actualidad hace uso para el servicio inciso anterior.
trucción, defecto en los materiales ó cual- versión mencionada en el artículo cuaren de la Ciudad. La Municipalidad se reserva
Las cantidades que el Gobierno pagare
quiera otra causa.
ta Y cinco.
la propiedad de esa agua, y los Contratis- á los Contratistas, á virtud de la mencio•
Artículo 18.-El Gobierno nombrará
Transcurridos los noventa y nueve años tas estarán obligados á dejarla á disposi- nada garantía, pertenecerán á los segunun Ingeniero encargado de inspeccionar acabados de mencionar, si este contrato ci6n del Ayuntamiento.
dos, y éstos en ningún caso tendrán oblila construcción, y de exigir que se cumpla continuare subsistente por no haber te- El derecho que se reserva el Ayuntamien- gaci6n de reembolsarlas al Gobierno.
con las especificaciones aprobadas, tanto nido lugar la reversi~n á que se refiere el to en este párrafo, no comprende el de haArtículo 3 r.-Para los efectos del prerespecto de las obras que inmediatamente artículo cuarenta y cmco, cesará la exen· cer por su parte, el servicio de aguas á do- sen te contrato, se tendrán como capital in•
se construyan, para establecer el sistema ci6n de impuestos á que se refiere este micilio en los edificios privados, s'tuados vertido, los gastos siguientes, en la inteJi.
de drenaje y servicio de aguas, conforme artíc~lo, quedando s~jeta la empresa y á orillas de los caminos, calles 6 plazas á gencia de que se considerará que se está
Íl los planos anexos y á las modificaciones sus bienes, al pago de Impuestos conforme donde llegue ó en los que se establezca el en el período de la construcción, entreque se les hicieren, como de las que se á las leyes.
servicio de aguas por los Contratistas, en tanto el sistema de aguas y drenaje no
construyan en lo futuro. También estaArtículo 23.-De las aguas y terrenos razón de que las aguas del Municipio se esté en servicio:
rá encargado de vigilar é inspeccionar el que pertenecen al Gobierno, 6 de que pue- usarán en los servicios públicos de la Ciu- I.-EI prec'o pag&lt;1do y todos los gastos
servicio cuando las obras estén en explo- da disponer, cede á los Contratistas lo que dad.
hechos en la adquisición de terrenos y
tdción.
se menciona á continuación:
II.-Las aguas mercedadas en el Río de aguas, y en la maquinaria, materiales,
La falta de nombramiento de Iuspec- _I.-Las aguas suyas ó de que pueda Santa Catarina; pues los Contratistas es- utensilios y enseres destinad:is á la cons•
tor, ó la de éste en el ejercicio de sus fun- disponer, según se expresa, dentro de los tán obligados á respetar las mercedes con- trucción ó á las instalaciones para la ex•
ciones, no serán motivo para suspender terrenos mencionados en la fracción pri- cedidas y los usos á que esas mercedes es- plotaci6n.
los trabajos de construcción; pero los Con- mera del artículo cinco.
tán destinad~s, en la cantidad proporcioII.-Durante la construcción, los gastos
tratistas podrán suspenderlos si creyeren
II.-El derecho de captar aguas subte- nal_ que ef~cttvamente ~ozan los ?1erceda- á 9ue den lugar los estudios y rtconocimás conveniente que se ejerza la inspec, rráneas en los mismos terrenos.
tanos en tiempo de lluvias ó en tiempo de mientas, los sueldos honorarios y gastos
ción en la construcción, en cuyo caso los
III.-Todos los terrenos que, siendo de secas,. y salvo el derecho de ,expropiación de ingenieros y peritos, y los pagos que se
términos estarán en suspenso confor~e á su propiedad, estén dentro de la extensión mencionado en el artículo vet~ttocho;
h~gan en compensación de trabajos, inclulo prevenido en el artículo quince.
indicada en el párrafo primero, y que sean . III.-Los terrenos pertepec1~ntes a par- yendose los sueldos del Ingeniero Interven•
El sueldo del expresado Inspector, será necesarios para la construcción, conserva- ttcul~res, ?entro de los alud!dos en 1~ t?r del Gobierno y del Inspector Finanfijado por el Gobierno y pagado por los ción Y explotaci6n de las obras, instala- fracción pnmera del artículo cmco y pn- ctero¡ las conexiou,es mencionadas en el
Contratistas; pero no excederá en mane- cienes Y edificios de los Contratistas.
mera del veintitrés.
artículo décimo, cuy'.! construcci6n es oblida mexicana, incluyendo los g;stos perso- IV.-Una faja de terreno de diez me- IV.-El derecho _de captar aguas en gatoria para los Contratistas; los que se
nales del expresado Inspector, de $400.oo tras de ancho, para la construcción y con- esos t~rrenos de parttcul~res.
. eroguen con motivo de las medidas que se
(cuatrocientos pesos) mensuales durante servaci6n del acueducto y demás obras . Ar_ttculo 26.-El G~b1erno y la Muut- tomen durante la construcción para proteel período de ejecución de los trabajos y que sean necesarias ó convenientes para ctpa!tda~, traspasan a los Contratistas, ger la salubridad pública, y los que se hade $350.00 (trescientos cincuenta pes~s) conducir el agua á la Ciudad de Monte- por .°!edto del_Presente c?ntrato que se re- gan para la reposición de calles, conforme
durante la explotación.
rrey. Esta faja se extenderá desde las duc1ra á escritura públtca, los derechos al artículo veinticuatro párrafo tercero
obras que se construyan en ó cerca de la que teng~n en terrenos y aguas á que se inciso C.
'
'
CAPITULO SEGUNDO.
desembocadura del Cafi6n de Santa Cata- hace ménto en los artículos veintitrés y
III.--Los honorarios pagados hasta ahoFRANQUICIAS, DERECHOS Y AUXII,IOS CÓN· rina, hasta el depósito ó depósitos destina- veinticuatro.
ra y los que se paguen en lo futuro hasta
CEDIDOS A LA EMPRESA.
dos al almacenaje 6 di st ribución de aguas
Artículo 27.-Respecto de terrenos per- que termine la construcción á los comien la referida Ciudad.
tenecientes á la Federación, y del derecho tés, directores, empleados, apoderados y
Artícuío 19.-La posesi6n y ejerctcto
Y,-Los terrenos de )os ameri_tados, que de ;aptar en ellos aguas subterráneas que abogados, y los gastos hechos ó á que d~
tle todos los derechos y concesiones con- eS t en á lo largo _de la fa3a mencionada en est en dentro del área mencionada en la lugar el ejercicio de sus funciones. De
feridos por este contrato, así como el cum- el párrafo ant:nor, Y que se necesiten pa- fr~cción prim~ra. d,el artfculo cinco y todos los gastos hechos conforme á este
plimiento de las obligaciones en él conte- ra la conS t ructón de las obras necesanas pnmera del vemtttres el Gobierno tras- párra~o, hasta que se otorgue la escritura
nidas, pertenecen y corresponden á los á la empresa.
. ,
pasa igualmente~ los' Contratistas, por lo n:enctonada e~ los artículos veintiseii' y
Sres. Jarues D. Stocker y \Villiam Walker
Vl.--;Los terrenos de la propia ~ndole, que h •ce á los objetos mencionados en los cincuenta y ctnco, se formará una cuenta'
6 á la compafiía ó compafiías que les suce'. neceoartos para e~ de_se~boque del st stema ~árrafos tercero á sexto del artículo vein- bien justificada y razonada, que se sottte•
dan; pero toda persona ó compañía á Ja de a~uas Y drenaJe, mc,uye~do los que se tttrés, Y el derecho de captar aguas en to· t rá al examen y aprobación del Gobierno,
7 la cual no deberá ser considerada. De
cual perteneciere el presente contrato 6 req~neran para la c?n st rucct?n Y conser· dos ellos, los derechos que sobre tales stn
alguna de sus concesiones, podrá ena e- vactón de las zan¡as de nego, Y d': la_s t~rrenos Y aguas le ha concedido el Go· los gast_os que se ~agan con posteriori•
narlu previa aprobación del Gobieru g_ obr~s para la segura Y provechosa di st n• bterno General, para cuyo efecto, al red u- dad á dicho otorgamiento, se ,formará otra
cuyo ;equisi~q-· , enagenación será
buctón de las aguas d~ los desfogues, .
cirse á e_scri~ura pública este · contrato, se c_uenti\ ca_da año, que también será someHecba con la aprobación expresad
1 VII.-:---Los terrenosª que ?e ha aludido, protocolizaran con él las comunicaciones t1da al mismo examen y aprobación.
que adquiera la concesión quedará s~br~- nec~sanos p~ra la con st rucci~~ Y conser- refere?tes á semejante concesión.
IV.-Los gastos de organización de ]a
gado en to,fas las obligaciones relativas á vactón del si st ema _de transmtstón de fuerArttcul? 2 8.-Los terrenos perteuecien· c?mpañía inicial, incluyendo las contribn•
la concesión 6 parte de la concesión ena· za que lo~ Contratts~as e~tablezcan, Y, de tes á parttculares, Y que sean necesarios ctones y derechos de timbre que se cau•
genadas, y relevado de ellas el que bubie- 1?s cambtos ó modtíicac_tones . que poS te- para I~ con 5t rucci6n, conservación y ex• sen en la República Mexicana 6 en el ex•
re hecho la enagenación.
rtormente se hagan en dtcho si stema.
plotactón de las obras Íl que este contrato tranjero.
La enagenacióu y traspaso que de esta R_Y1IIsEl trech_o de/escargar en el s; refiere; las agua~ p~rtenecient7s á par·
V.-El interés del seis por ciento anual
10
concesión hagan los Contratistas á la com•
e anta ~t~nna as ag~a, sobran- ttcul~re, Y que á Jutcto del Gobteruo, se durante la construcción que se devenga•
ó compan1as
-,
.
tes
para hacer el s erv1c10
· · d e d re- ra, por semestres, sobre' los fondos y los
pa"'[a
u
que e¡¡os organtC'en
• Y los1desperd1c10s
d
. del drena¡e
.
.y atar- requteran
.
st
conforme al derecho que les dá el t' ¡O Jeas, Y e e _con ru:r en dicho rto boca- na¡e Y de agua, s; Y .el derecho de captar valores en maquinaria, matert'ales ú otras
.
.
ar icu tomas y zan3as de rtego, á fin de utilizar
bt
primero, no requieren, como consecuencia en el rie o dichas a
d
d" .
~g;¡3s s~ erraneas, en terren::,s de propie- especies, recibidos por los Contratistas.
de ese derecho, la aprobaci6u á que se reA tl
-L g~s )'. . esf·1 Jetos.
3. parttcul~r, seran expropiados por el VI.-En general, todos los gastos he•
fiere el inciso anterior, observándose res- d , \ eco ~4 · t' ta UU!Ctpa 1 a canee- mismo Gobierno, conforme á las leyes chos y obligaciones en que se incurra,
pecto d_e esta enagenación y traspas~, lo e {
dn r\isO ds:
vigentes al hacerse la expropiación.
hasta que el sistema de aguas y drenaje
prevenido en la parte final del mismo inci.erec
e captar agua~ subte;
A es.te fin, los Contratistas presentarán esté en servicio en todo ó en arte
rráneas
en J'd
los d terrenos
a al Gobierno el plano de los t errenos que
VII . -T odos ¡os gastos queP se eroguen
'
•
SO, en cuan t o á Ia su b rogac1.6 n y releva- ¡
K
• •
d t dpertenecientes
,
,
-6 d bl.
a 11, uutctpa t a , en ro e1 area a que se se han de expropiar ó en el q
h d d
é d
'd
l
.
'
c1 n e o tgac1ones.
alude en la fracción I del artículo cinco hacet 1
b
. ue se an e ;spu s e conc1ut a a constrncct6n del
- Artículo 20.-Ni los Contratistas ni la
II -Los terrenos ertenecie t á 1 · ó 1 a_s O r~s para c:iptac16n de aguas, ststem:i de aguas y drenaje, conforme{¡ lo
co~pafiía 6 compafiías que se constituyan Mu~lcipalidad dentrop de la m~~! áreaª x \ derg~actón
~s aguas qu: s~ deben pactad~ en el ª!t!culo cuarto, en extender
1 1
á virtud de este contrato, ni las personas ó y que sean necesarios 6 convenieót
\
º{:· ar, Y ~pro a ª la exprop1ac16n por 6 ampltar ese sistema en los términos que
compañías que los sucedan, podrán tras- los ob'etos ue se ex resan en 1 es ¡ara e o t:rno, este procederá á ella. Los establecen los artículos octavo, noveno '1.
pasar ~i en maaera a!guna enagenar las fos
á Vf del artíc;tlo anterior.ºs p rra- ~ontra!t1as p:g~r!n los precios de lo d?Odéc!mo, incl~yend? la parte de ad11,1l•
concestones de él, á Dlogún Gobierno ex- III
El derecho de ocu ar 1
• d~~ropta 0, Y aran _to~os los gastos á que utstrac1ón,~ de IDgenteros ~é inspectorelt,
tranjero, siendo nulo el traspaso, cesi6n nos p6blicos calles y plazas ~ara ~s camt f u~ar
eipropt~ct6n, otorgándose á que deban corresponder á la nueva COll9'
ó enagenación que hicieren contra esta trucclon rep'aración y eonservaci6 adconl S· davlor te e os ª6 edscntnra de enagenación trucción.
erechos expropiados ·
VIII,-T 0 dos 1os gastos que se h ª118ª
Prevenct.6n.
obras é ,instalaciones hidráulicas n e Jéas eAos , errenos
1
Tampoco podrán admitir en ningún tricas en la extensión en ue lo re y .e C· d rhcu o ~9.-Lo~ derechos que se con- para utilizar las aguas como fuerza DIOcaso, como socio, á un Gobierno ó Estado los tr;bajos y por el tiemic, que é~Ule~an ce. ef 6ios Cf11!rattst as e~ 0.s artículos triz,y para el aprovechamiento de las agua,•
extranjeros, siendo igualmente nula cual- ren con sujeción á las reglas signien~s . u ?lnb ttr s,b~in!rinatro, vetnt1s1ete .f vein- s?brantes y desperdicios de aguas, esi.e
quier estipulación que se hiciere en tal
-La ocupación de los caminos e¡¡
toc º't 5tl s1st1 11 entretanto subsista el riego 6 en otros usos beneficiosos para
sentido
1.
, ca es preseo e contrato, y respecto de todas las Empresa
·
y pazas, para la 1:0nstrucci611 y repara- obras c¡tt_e durante él se constntya11•
IX,,-'fo&lt;los ¡01 ¡utqa, •u den lucn;
6

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1

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5

LA VOZ DE.\N.UEVO-LEON.

Refinamiento del azúcar

SIi IL AUilLIO DEL CA.RBON.

/wc ó si se quisieran cubos ingleses, la

CANDIDATURA PARA

Funcionarios Municipales

masa cocida se vacía en centrífugas
e11pecialmente adaptadas para el ob. (E L H ACl!NDADO lllJtDCANO.)
• t
1
d'
J
d
t
d Je o, que proc ucen ,rectamente os
He ...,.rec1·b'd
1
t o uran ~ e cnr~o _e panes.
CIUDAD DE MO'NTERREY.
las últimas semanas, diversas rnqm13º p 0
d'
¡
t
d'
10
1
siciones respecto á · distintas plantas . · ·
~ me
e e es e proce - Alcalde 1 C. Dr. Pedro C. Martfnez.
.
O
•
t
E
miento
puedense
obtener
de la masa
refi na d oras d e Ia I n d ta rten a I.
s
·
,
•
Suplente,
,. Dr. Amado Fernáudez.
1a, en un cl1a,
.
b'd
I
come
cubos
ya
hstos
paAlcalde
2
o
,,
Lic. Rafael D. r.tartínez.
1teeh o muy b ien sa I o que, os na- ra s
i
l
d
¡
I
d'
,
u
empaque.
Suplente,
,,
Lic. León E. Aldape.
.• .. ura es e a n 1a no tocan e 1 azu'f
t· f:
.,
1
f: b • ,,
1, ne Itasa 1s accton me causaría e Alcalde 3 o ,, Lic. Rafael Sepú Iveda Vicarbe!1 cu)'.a ªi ncacwn se emp1e~ el dar á los interesados informes más
l !arrea l.
car on .amma.
Empero,
es
posible
detall
d
Snplente,
,,
Lic.
Braulio Morales.
.
,,
,.
, a os.
· proc1uc1r cnsta1es y cuuos penecta·
Regidor r O ,, l\Iarín Peña.
id.
2
o
mente blancos, brillantes, sin serl'irse
" Fortunato V. Vmarreal.
.
id.
3 o 11 Ing. Manuel Gutiérrez.
de semejante carbón, y sin dejar de
id.
4 o 11 Dr. Santiago Zrnibraao.
obtener un producto capaz de poder
id.
5 o 11 Ignacio l\Iartínez Cantú.
competir ventajosamente con los imid.
6 o ,, Dr. Eusebio Guajardo.
portados de Austria, Alemania y la
Crepúsculo de la batalla .... El sol
id.
7 o ,, Dr. Jestís H. Treviño.
id.
8o
Pedro Alauís Taméz.
Gran Bretaña.
desploma una gigantesca hornaza
"
Lic,
Ventura Guajardo,
id.
9
o
El procedimiento de refinación, es sobre )as sierras en que se recuesta
11
id.
10 o ,, Angel Treviiio.
verdaderamente muy fücil. Sin ne- la tarde trágica ...... y el incendio
id.
II o ,, Joaquín García.
cesidad de grandes desembolsos pe- del cielo es una aurora inversa ilumiid.
12 o ,, Ignacio Morelos Zaragoruniarios podrían establecerse en la nando ]as hecatomb&lt;:ls de los postreza, (jr.)
India Oriental pequeñas plantas refi- ros combates! .... Torbellinos de nu,, Dr. Miguel S. Villarreal.
id.
,, Lic. José 111• Can tú.
nadoras para tratar el azúcar nativo bes de pólvora tienden sobre el tu- Síndico
Nabor Garza Trevifio.
id.
11
11Jaggery". Todo azúcar que se po- multo feroz que hierve en los cam,,
Pomposo
Morales,
id.
lariza entre los 74 "1 l_os 86° es adap- pos, tinieblas de crespón gris ..... Cotab~e á este proce?muento .. No hay rónause de súbitos relámpagos rorazon de por qt~e, la I1:d1a, con su jizos las colinas.
enorme
no _es. Las baterías , en formidable coro ,
,, 1 · producc1on
d de azucar
d
1
tau ec1er~ ut1a
?cena ~ pequeuas soplan el huracán de la muerte sobre
refinaduyias cnbne?do as,, en parte, la llanura estremecida por la cólera El quinqué á media
Sobre 1,. alfombrll,
la ~emanda de_ azucar de su ge~te. multánime de los batallones que aún Dasbordante de mirra, el perfumero,
Seria un negoc10 muy r~munerat1vo viven, agitándose entre el centellt&gt;ar ic!;.;~~i~
á la vez que estas pequenas refinadu- de las bayonetas, en torno de los ha- De la rica techumbre entre las galas
rías _podrmn alcanzar, en brev_e, pro- rapos ele las banderas!
Y prendidos á ráfagas ,l'A incienso,
d J
No sé qué serafines en suspenso
por_c,1ones m~yores cuan o a 1mporY entre .el sordo crepitar de la fu- Resguardando á la virgen con sDs alas.
tac1on de azucar re~nada ,cesara; y silería y el trueno de )os caíiones en En torno, la fragancia que provoca,
t
) I d
od
efina I
Y ante el lecho el amor, sobre állreo ¡,linto,
ya en o~ces ~ n 1a P m r
r os para;ietos que se desmoronan ba- Prescribiendo el silencio del recinto
sus propt?s azl)?ares.
.
jo el crugit· de la metralla, vibran Coa el dedo anular sobre la boca.
A contrnnac10n doy un ligero pros- los clarines él magnífico toque de ''la El bllen Dios fulgurando en lontananza';
d' ·
'
Por el ,.ire, de un cántico las huellas,
pecto d e un yroce 11m~nto _m10 para carga!"
Tras los vidrios del claro, Jns estrellas,
refinar el azu~ar de cana ~111 el em.... Un trágico sacudimiento, co- Y en loa brazos do! miedo, la esperanza.
leo
del
carbon,
que
¡md1era
apromo
vasta onda eléctr1·ca cot1mueve Ivocando los manes de lo oculto,
P
,
El nuevo oficiador, solemne y grave;
vecharse en la India Oriental venta- !as muchedumbres que van á pugnar Bendita, para el éxtasis, la nave,
josamente:
todavía, después del horror de la Y el ara embellecida para el cullo.
d'
]
No so qué, d~snudez de ígneas rniradns
1° El_ azúcar nativo ~e ISLte ve en jornada.
Dejaudo resbalar, muda de asombro,
una paila que va prov~sta de_ doble
,·Será el último asalto!
Como negro torrente, sobre el hombro,
f. d
d
t
t
Las magníficas blondas destrenzadas ....
on
Y. e nn convemen e SIS ema
.... Y sobre el rojo y negro ere- Y luego al entornar, de obscuras puertas,
para batt~·· .
.
púsculo de la batalla tienden los tor- Eva, blanca, feliz, nirlo ele amores,
2° El ]1qu1do una vez disuelto el
Ofreciendo de Adán á los temblores
,
'
..
bªllinos de la pólvora un oleaje de Las cortinas del tálamo entreabiertasl....
azucar, dse fifil ltra ,con el auxiho de cresp6n gris ............ _ .... , . . • .
¡ConMmplanse rlos cielos cnra á cara,
prensas e trar o en sacos.
Acercando sus astro• y sus nubes,
·
1·11np10
· (el aro ) que sa]''
· • • • • · · · • • • · · · • · • · • • · · · · · · · - • • • Mientras flota el incienso sobre el ara,
3° El Jugo
10
AbaJ·o, en el vairo tumulto de los Y el amor, como un sueño de Carrara,
~
· dª e1 socret O 1,' 1os queru 1&gt;es,
de los fi ltros se lleva á hel'l'ir :í un campo. s, los clespeclazados
batallones Rerumien
vacuo.
1Mutismos elocuentes rle la formal
ue aún viven en torno de las águi- ¡Estupores del ser, que baten palmas!
4° La masa cocida del Yacno va- qlas de sus estandartes se estrechan crnenta conj'.m~i 6n ~ue se transforma
cíase entonces en gran mezclador ca- ,
. '
,_.
Ea el gloria m excels,s de las almas!
'b· l
t 'd t d d ferreamente en erizada ralange he- ¡Oh pasión la más roja la más fuerte
.
• 1'on que h a- y la mas
, temblorosa
'
· '
.
'
Paz d e reCI 1r e con em o o o e ró1ca
para ,_.
1orma1· e1 c1c
y encendida:
aquél. El hervor deutro d_el vacuo brá de azotarse contra las altas po- Tu arrojas sob_re el monstruo.de la muerte
debe ser dado de muy cmdadosa y . .
.
l
Los eternos chispazos de la vida!
.
,
l d
d
simones enemigas, donde as bate- Cada sueño nupcial tiene al oído
cientifica manera. El me~c a or e - rías truenan con el coro de sus es- La genésica vo; del goce acerbo. . . . . .
be llevar un aparato batidor de tal
'd
t , .
1 d h
¡Solo la noche santifica el nido!
d
t
tamp1 os, una rag1ca sa va e onor ¡Solo la fiebre configura el verbo'
1
0
manera arreg
que. se armen sobre Jo·s asaltantes.
FELICIA~o L6PEZ,
cristales en muy e~rto tiempo.
Cruje el redoble rápido de las ca- _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _
5.º Después de diez horas, la masa ·as de guerra mai-cando el ritmo de
GACBT~LL,A.
cocida está lista para secarse por me- ·~aso de carg~ del frenético galope _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
dio de la fu_erza ce?tri~ug~d
del ataque.
'
••Coronas á Joárez,"
6° El azucar asi O . em ~•, se emy los héroes, ensangrentados y ho.
plea par los usos de _d1soluc1on y .se rribles - · é icamente horribles 1-se
Con este título acabamos de rec11
somete á un tratamiento qire se m• !tan c¿mounatempestadd~ cla- bir un interesante folleto, en el que
dicará más adelante. El jarabe que prempi blandiendo el rayo de sus ba- constan los trabajos literarios leídos
0
queda en la máquina centrífuga . se
contra las posiciones que se- en la velada que se cele?ró el ~ía 2
lleva al vacuo n~ev~mente con el J n- ~ala la espada del canelillo!. . . • • • • • del pasa~o Octubre, en Sierra MoJada,
go crudo del azucar. .
.
y tras el infierno súbito do la úl- con 1Ilot1vo de la protesta que levan70 El azúcar obtemd~ ~or med10 t' a refriega á muerte de~pués de la tó el Comité Liberal allá formado,
·
d1miento cen- im
'
.
t
¡
h' t' ·
de este primer
proce
.
gía de los aceros hundiéndose en con ra os errores is oncos en que
·
" Bunes
l
I e1O "El V ir•
trft1ugo se d'tsn.elve en otra .parla y or
los vientres· sobre los fosos colmados mcurrto
en s u J'b
allí se le somete á un tratamiento de de carnaza humana aún palpitante· y· &lt;ladero Jnárez."
,., ·
' de fosfato de cal
'
R
'd
1 b
• d
O
á ~!'d 0 ,.ios,orrno
' sobre los escombros de las trincheras
econoc~ os e, 0 seqm_o, amos por
st
ácido aulfuro_so Y compue o de al- salpicadas de sangre y sembradas de él las gracias mas cumplidas.

°

El úl ti no ataque.

Noche nupcial.
/~z.
A~;i~\~~~.t;~~i~~;~.

°

ª

i:

:::~s

b'(ímina y tamno . . Una ~ez trata:o cascos y de bombas, se alza y viel jugo por ~edw de , os a~e~ es bra poderosamente glorioso, el himqwmicos
, . referidos, el azucar hqmdo no 'd e la victoria , el toque de dia1
eai::a~fc~c~~~- tratado que ha sido na! •••••••••••••••• • ••••• • • • •••
• • ••••••••• ; • ' ••••• • ••
quimicamente ' es filtrado en prensas .•••••••
filt d
De ese tremendo crepusculo debara Eº{ªs. 1 d 1
filt
talla recoge la. Epopeya las tintas
9&lt;&gt;
1fe saáe he ~ ¡rensas
ra• más rojas y las sombras más negras
doms seL eva
er~r u1tacuo.
para pintar la escena que ilustre un~
100. a _masa ~oci a se t e;a para página de Historia con tan esplénsu tr.ata~ieuto
c:n
uga Y dida aurora de heroismol
·
~í se6led ava por me 10 e agua ca- y la Patria, severa y ~elancólica,
ltente
e vapor.
l
·
d las
ll º El azúcar que se obtenga ten- planta lanre1es en e . recmto 6
.
drá ~e ser perfectamente claro y tumba!! ~e los héroes muert~s Y des
b q te v bajo cualquier punto de rrama, tiernamente agradecida, _las
v~ºcapáz de competir con los azú- ro~a.s del lJ.mor Y la esperanza sobre
care~ europeos importados.
el 10fortnnio de los hogares hnérfal2º, Si se•pidieren cubos, (pilone1) nos!
~ 8 podrilhl ~rniíl,.e en prensas ad
..)I~RTO ~ :_

m:t r

·n

Cambio en la candidatura de Dr. Gomál•z,

•

UNA MWSR CONTENTA.

..,

Aparte de toda cueatióo de forma 6
faccionea, tiene un atractivo que le ea
propio. La frescura de aua mejilllla, Ja · elasticidad da _su paao, el .· iimJn,e de ,IR
voz, sn goce de la vida-todos estos forman atractivos para todo el muodó. l!aravilloea y valiosa como es, la salud no
es cosa tan dificil de lograr, como oreen

algunos desanimados. La mayor parte de
las afecciones femeniles, proceden de B&amp;ll·
gre impura, nutrición defectuosa, baja vitalidad y debilidad general. La ciell&lt;liit.
moderna proporciona el remedio . qua mejor éxito ha dado para tal coriilicióri·, la
PREPARACION DE WAMPOLE.
Es tan sabroflS, como la miel y contiene

loe principios nutritivos y curativos del
Aceito do Hígado de Bacalao Puro, que
extraemos directamente de loe hfgadoa fre••
cos del bacalao, combinados con Jarabe

de Hipofosfitos Compuesto, Extracto1t de
Malta y Corozo Silvestre. Tomada ante■
del alimento, mejora el apetito, crea grasa, renueva la vitalidad, enriquece · la sangre y -cura esas debilidades peculiares al
sexo, que son el verdadero origen de ■u
malestar, Es nn consuelo para laa eapólal
cansadas, las madres que están criando, y
las ninas en en desarrollo. Imparte color
á las carae _pálidas y robustece loa _peo.boa
hundidos. En una palabnl, nutre y desarrolla todo el cuerpo y cau•a una •·
gradable sorpresa á los debilitados, desalentados y descorazonados pacientes, "Bl
Dr. José M. Guijosa, de México, dice:
He empleado la Preparación de Wampole
ea una Senorita que presentaba alruno■
síntomas inquietante, en el aparato respiratorio y desde el primer frasco comcn16
á notarse alivio marcado, habiendo desaparecido toda huella de enfermedad al terminar el sexto frasco. Me llamó 1obre
todo la atención el gueto coa que esta
Senorita tomaba la mencionada preparación,
no sucediendo así con las otras similares.

hacia las cuales manifestaba

y

manifiesta

una repugnancia exLrema. 11 Basta una bo..

tells pam convencerse, Eficaz desde ,.la
primera d6sis. " Nadíe sufre un deaengallo
con esta." e Cnidado con las imitacione■•
De nnt&amp; en 1111 Droguerías 1 Botiou.

Nueva industria en Coaboila.
Estamos informados de que es ya
un hecho el estable&lt;!imiento de varías fábricas que explotarán en el ve.
E t d d C I .1 ]
l
ClllO
S a O
e
Oa lUl a a p anta
llamada vulgarmente '•Guaynle" 6
"Jihuite.
Hace tiempo que se trató d:1 hacer
esa expl,otación, )' el Gobierno del Sr.
Lic. Cárdenas, que siempre abre las
puertas del Estado á todas las indust ·
á t d 1
, d
nas,
'
O as as empresas y a to 08
1os cap1·ta I es que JI aman á ~JI as, d ió

·
conces10nes
c¡ne no se aprovecharon,
quedando esta industria en proyecto,
• ,
qmza
por que entonces no presental t
•
d
.
va e a ract1vo e un negomo seguro.
'h ora t o d o l1a cam b'ia d o. L a d e-"manda del hule ha venido aumentand d' , d' , .
d d
o 1a a ia a virtu
e 1as industrias y de los artefactos que la neces·1tan, Y el guayt1le está llamado á
surtir el mercado, pues contiene gran
cantidad de goma que utilizan dichas industrias como materia prima.
El Gobierno ha dado concesiones
para que se establezcan fábricas que
exploten el Guayule y ya se trabaja
en la construcción de los edificios
donde se instalarán aquellas.

Corte dt C~ja,
Hemos podiclo vei: el _Cort_e _de Qaja practicado por la Tesorería de-]
Junta de Meioras Materiales de Da
,
r.
.~rroyo correspondiente al mes de
· ' anterior· y de ese documenOctubre
to se desprende q' ue hechos los gaª'
atos respectivos en el citado mes, quedó una existencia de $24'2.59 para el
actual.

v

El Sr, Gobernador de Dorango,

El Sr. Manuel Chapa, que figura
~
en la postulación de Ayuntamiento
para el año venidero en Dr. González, se ha visto precisaclo á cambiar
su residencia fuera de aquel Municipio; el Club Unión Y Progreso de
aquella villa ha propuesto, para que
lo sustituya en el cargo de Alcalde 2º
Suplente, al Sr.. Román Chapa.

El estimable Sr. Lic. Don Estéban
Fernández, Gobernador de Durango
estuvo en Monterrey de paso pal"~
]a Capital de -la República habién
dosele hecho objeto de la~ atencio:
nes á que es merecedo1· el digno fllllcionario
•

Durante el mes de Octubre ante~ior, asistieron á la _Bibl_ioteca ~úbhca del E~tado, mil ciento cmcu~n~ y ocho le~tores; . habiéndose
rec1b1do en el mismo . tier:npo, cuarenta ~ y cuatro publtcaetones pe-

En las elecciones que acaban d&amp; ~ .
ner efecto en la vecina República del
Norte para ocupar la Presidencia. de
la mis~a, obtuvo la mayoria de los
s11fragio1 ~l Sr. Tboodoro Roosvelt,
itcttral Presidente de los Estados Uni-

Led.ores J obras.

fif¡tgu ~ dos obras nuevas.

Presidente roolecto.

dos~

·

-

�6

LA VOZ DE NUEVO-LEON.
.

Corte de Caja.
El

de primera operación que practic6 la

Jefatura de Hacienda Federal en el Estado,

por el

mes de Octubre último, es co-

mo sigue:

. 'ó d
ses 1 ha comprado á la F un dlCI n e
·u
t eFierro y l!Iannfactnrera d e ~non

••J•••' .....

p

,;•='!f
3~~•~•i:,. •~~ 1.
,
, •n ffle jnlcm h ,-

locadas
tando

Notif,qu. N J pablf tut'mo1:d1J de lfly y luego "88 provee-,, lo m'9
,t
v,nga. Nctlt•queae. Lo decr&lt;tó yclaflt~ ,et
df" •La Vc,,de Nnno LeOn• cooform11 lo dltpoue e
2o 2º de lo GJVU : d&lt;.,y 1' .-Lic. 8f.pt1lve .-.wo.

en ]a
dicha

i:- i~::;~i·::':'i l'llltf'l"ell:

plaza

pr1nc1pa ; un por-- Odd'ao de Pl'OCt'v,•1,•mta1nr01~ptv1
Local...de
a • ,.-...
epa
Y,...
compra 1a
suma d e , ,,,
-,uta
••,.. r .....
-,...

'd d

RJd ••••
f
s.- A .- Pilar Her•

DAodH.- Ttt• T1lbrlca■ •
U.miento de la d!apcalLn que 18 pub'ioa ea e1ta f,:,rma en c,ump
cl6n L&lt;gal clt•&lt;a.
J O. ,r Rodtf•
1 &lt;bb:11 Octubu,, ta df' 1904.-Bantoa C&amp;TUOL-A,- u
· 88•

] •••L-A.-PUuu,..,.....

'""

EDICTO.
J'orpdo to local de San Nloo1'9 de Gsna■.- N, Lel1n.
D&amp;
En el Juicio de testamentaria ' blean del J_na.d
...• ..
Do])o~\&gt;:!!
~
Tila vecino que fü6 de ésta en la Hacienda'"'
•-•
reoa1do un auto del teaenor s•a:nlente: t .,..,
de II novtolen"San Ntcol,s de los Ganu, 0.:-tubre -.e auu,Dce m
d
EXISTENCIA ......... .
1,904. 34
toe cuatro -Por r,reS!i!lltadO ., admJttdo en ou,ato ha lugar ea et
•
rfcho oon el oerl ftcadoded•funclón y
~~J.º~r8¡:~:PJ;
ñl y prnla la ratlfl.caclón del ocurren...-, n 1
d
•
i.,;tamntarfa que previene la lPy, convoctndoMI Aloa hered•ro• eI
0
El día 29 del pasado Octubre tuvo
:~bp~1~::u!:j~~\i.:e:.~~ ~fbJ:. e}9~f~~fr~=
.
,.
.
·11
d
1
d -A I b ,1 1 1tro de latarrle Publfqul'&amp;e este auto
1
0
) U O'af en a Slill pat1ca Vl a C erra - 1
v:ce:~~":._/:uv, a•ecnu el Per16dlco O!'l~tal del Eltodo Y en el
•
• ,.
d
J
t •c., Vo•
de Nuevt) León• para loa f:fectos Jppln, y l1brenae 101 o vo
la
1naugurac1on
e un e cgan C l cloarupectfvo■ a1SuperlorfJoblernodf,,lm.,t,m~,J'4ªTb■:'~rJ\~:~
'
l
J
n1&gt;ral A Ja Recauiac::1011 de RAntaa y Agea a • 1m r b tod
Lo confirió el Sr. Gobernador de Cate· KioRkO el que fué eriuido en a p aza Iv111,,'dAudoln ••lao de,1a, raicac!ón d~: 1g!;~e~t~bcf' o Notl~
Htodt-1•u4
.. aeproveer mandó.,
om aque truó
pr el O. Aoa11e""
l ,. •- L· &amp;lde
drático del 1•1 • curso de Español en el Ca
. . 1 1 d e 1a misma
. o ; llU b',
ABfloprovefó
oc
Pr1nc1pa
1en do s e élf-~aune
ªº 'u3DdOCuD teltlgOa de ila' Bt l'llcl&amp; a&lt;gdu der'. 140
~bf'.: d•~"I ft'.
legio Civil del Estado, en favor del Sr.
•
d
,. -Incc¡:.aclo Cant6 ...-A.-.llla;nel Oontreru.- A, Ju
TreTiiio.gastado en tal meJOl'a e ornato pu- ROb,l ·u.
., 1 óllcopuaq••'" .............
Prof. J oel Rocha.
111
'd l 1 $"00 00
(
LoqutsehaCA
r •P e
&amp; ded d,Ind•ntro.::elt6r
l
b)ico, a cant1 ac (e t)
•
cvs. cu- :i'::fe'~r:T!:~~l~etr:d~d~!r:í~ºpnblic,.¡;~Dddl11,Umoedk1
1
1
yo entero hizo ]a Tesorería de aquél º&amp;~~¡, ; 11:~~ ;:.e ó"a~~ Octnbre? de 190,1,- tnoCEn,cto,oantG.
·1c1"p1'0
.
-A,-IUroet
Contmu,-EA,-DJI
. Tc'"T""oº·.
,
"8.0
Mlln

•

En e·rra1vo

~-atam••

Nombramiento.

::rg~
rr:

e

1ª

.i:

o.;;

. Nuevo Leóu.-Reunióu eientífiea.

. La reunión de facultativos en me~

B1·en

d tnteotamen~ que 19 denuncie; d&amp;e-et a
e vi
Jar1i 74dela Ley d61 T!mhft'•
pre _: n:i:, uaoe C&lt;&gt;ntrae el artfeulo 1181
1
101 "" C'
4
4.-- Olvll
11&lt;&gt;deProceclfmlen... recibaN Ja in

red.liarlo a)~,. Laf11

las auton a es ( e
3,4íl9.00
03,828.17 g 67,297.17 Hualahuises por su empeño en her• ,.
1
bl
8 65,392.83 mosear a po ac1on.

Septiembre último ..... .
Importa el Ingreso...... .
Idem el Egreso........ ..

·

dolorrttlaodode~l••ü•""•••to■• ... o1a1••~•l•P1.,::

11.u,
n. 1•••
ra d• etta herencia, H nnnor •

I.....,. •• ,......................1 'i.'"'",':.,•mP1••ceplul..
Pere~r.!!r.ldo':t:;.
rrey, vcmtc y dos bancas para ser co- 1:.r:;;.':',: =--\~~,:,:r.... •Peri60ico º"""'-.•::J:.::;:'r;J.:l
• • J •
Alcalde
•

02 CVS,
$319
•
,
, ,
,.
Fehc1tamos · a

Exinencia d.,l SO de

1

por los ,·ecinos

de

Cerralvo.

cla Gu,.jardo 8rio. - Rt1bricss .»
' blica f&gt;n eata. forma
Loquoaepo
to CD C1llD
delo menjado por el euto1nae1 .
Monterrz
18 de Oct,ubre de UI04.-Lfe . 1.
,
'
88 on ...__
Gu1&lt;JardoJ rio.
Q9 -~
EDICTO.

Juzgado • Loeal Letrado.-Monterrey, N. r...,.
2
Oon !E.cho cinco del actual, 88 radicó en eate
do •l juicio de inteetamentarfa de loa finados J
"'
f
Pefill y Martina Gontáles, vecino.! que ueron de
Oiudad
.
h
b
I póbltco para que laa
Lo que 88 aoe ea era
•
--~-,naa que se orean con derec:ho A la herercta,
deducirlo en el t6rmino qne Bf fiaJa el &amp;l tfculo 1881
Código de Procedimientos Civiles.
Monterrf'y, 7 de Novi,mbre de lllOL-Llo.
D . MarU:nez.-.A -E. Torrea .-&lt;\A,-J. M. O•Vtloti.

EDICTO.
Juzgado de Lttrae de 1a 7&amp; Fracción Judicial.,--,
•o•eNuevo-l•ón
II
u
-"""
.
Con techa de h, y 88 radicó en fBte Jnzgado el J
de h t t etBment ria dt-1 Sr . Laureano de la Gane,
clnoquefu6doEOa0iudod .
Loqoeaehaceeaber alpt1bliooparaqnelas ~
naa ,. neaecranconder~hoAlah re.ocia aepreaea,.
tená deducirlo dentro del térmeno Bffialado por el •
lfculo 1685 del Código de Procedimiento• Civil••·
Montemorolo•, Octubre 16 de 1904 .-IJo. B. VI~.
co.-A .-J. Far!as.-A-Arturo Parta.
8689'2 8d

, ......... 0o.,m..,1oa,L-X.mpuo,, N. Le6n.
Bn elju!cio verbal ordinario pnmov1ao por el Sr. JuQs 1ft Avlla
EDICTO.
contra
la viuda y herEderoa del Sr. Rafael Hen.f.odn ac.bre que 18
dicina é higiene que tuvo lugar en
4,.clare rbllgadoa A otorgar 110&amp; ucrltura de compra-nuta de
JorgAdO 1° de lo OiviJ .-1~ fraocl6n judlcial.-&amp;.ta.
11n Inmueble te h■n dictado loa autoa liruleute-,:
do de Nuevo-León.
~onterrey para estudiar puntos sobre
•
Lampawad~larado
'•elntiaueve
de Septiembre
de mil novPclentoa
cnatro.
Con 1,'echa v•lntisela de Octubre de mil ochoclen.a.-Betando
eublfatente
por la anterior
u 11tenda. t&gt;l
auto
111119fiebre amarilla, es un elemento
•
b)
f cbadle-zJ eletedeJtinlo Qltimo, cdmplus Jo diapuuto en &amp;ate,"ª noventa y atete, ae radicó en este Juzgado el Julolo
t
t
11
18
Las damos á. 11 u estro es I rn a e co- OOn11ecueacla, apareclenll.o de lo ,xpuea o por el actoJ..,eD 1! : - de inteftamentarta de la Sra. Teodoai&amp; Treviflo de
con que cuenta el Estado de Nuevo
O!'&lt;lión que ncibló de dicho anto.que R-tf.el. Luz f
uw .•.a er- ,.,_ d .
,
1. 1. d
ta O! dad
l eo-a "El Horizonte'' que vé la luz en El r&gt;A'ldeuon m PDOJ'H de veb:ltlua tñoa 7 mayoret de carl:rc&lt;&gt;~J Vt'D f-JR, V80IDR que llh, e U
ll
,
o
•
Prancleca llrrn&amp;.,di&gt;z, B\eaa., E ,f.., Olaneroa, l'On menorea e e •
Lo que se publica en eeta forma en cnmpllmlento
León . para ponerse á cubierto d~I te11 un tu- d I di
tlltlmatcdad i,rev6n1uele1 l loa prlmerr-■ nottibr.n
de
por
st
ol
art
1686
del
Código
de p---aa
Paso,
T eXaS, por 1a reprO d UC( ] O,Il que torquel0!11"~preeent.eene1tejo/cioylloa
■~1uodoa eate Ju1gsdo 8 O PpOf' lBD
·
a.-.;•
rrible azote que contuvo el Gob1emo
•
h
d
,
J
les 110 0 b~a,t para fl mismo f!f cto al Sr. l"rn1claco 8. Leal. Lo de- miento&amp; CiviJes, para qne las pereonBB que se creaa
S0 SlrV0 acer
e Uil artlCU O que pu- cret.6 y firmó el n, Alc:ald•· l?J l.tcsl: damoa n!. - Ma:;uel Moralt'B...--- con d~recho AJa herencia, 88 presenten i deduahto
por medio de una inteligente direcIgnacio Jaime, " Bl1brfcu.
dE-ntro del Mrmtno que Peiiala el miBmo art1cu'o.
f ' A ~GenaroCanttl -~A.;eH::n&amp;~~::J~:~~t~:!~
b1ican1os y en el cual hacíamos re e- !lD·~'f!~:.'l.~~¡:1
~~-;nd~t!':r~: Montierrey, 24 de Octubre de 1901. -Llo. Brau.lio llo
ció.n de la cosa pública.
•
. •
por ~!He~iodez.
te lno u~en111penionablcleronloamenoreeRafael,
Lu1yl:tduw1rCTICla
,á 1aS OpllllQllCS
etTil"tºdas
1
Lodeoretóy8rmó el O. Alcalde i"' Local:
damoa ralea , Secrttario.
•
•
'd"
d
J
.Ad
•
f14-Mannd
Moralea..-A.-Oenaro
Cant6.--A,-J&amp;naelo .laime.- R6
EDICTO.
val'los per10 icos acerca e a
1111- .;,.,L"
.
L,mpa1011 dlea 4e Ootubre de m l noveclentoa c11&amp;ho.-VIAO f l Juzgado 2• de lo Clvll.~l~ fraocl6njutllelal.-Eatanl• •trac1· o' n del Estado
n&lt;.,mbramlP~to de tutor lDterlDo que eaie Juz¡ado bbo eo la pe,no do de Nuevo-León.
,_,
•
na del Sr. Fra11cla,o 8 . Lut para TI"lll"eeE!Dtar en ette Juicio i loa
Con fecha de hoy se radloó en ,ate Juzgado el Jalmenores de cato1~ a6oa Frauclaoa Hernbdu., Ble!!• 7 Ella Oúnero■ 1 el de que por á hicieron lo• menorea de vet11t1uuo J in.avort&gt;a cto de intestamentarfa de la Bra. Meroedeo Elplnde eatoroe Rafa.el Luiy Edow 1¡l1 H&amp;nbdes fD favor del Sr. Geró veclna que fu6 de EBta Oludo(\.
Habiendo sido numerosos los estinlmo a .,rnAodes i,ara 81 mi.limo objeto 1 vUltaa tu &amp;eeptacloou 7
Lo que se pt1btioa ea esta forma para que lu penoprntestaa que en lf'pl formt. otorgaron loa expresado■ Brea B- Ll'•l
mables colegas que se han ocupado
1 Jlen.iodez debla de diofroirlu y fo• dlsclerne talea oargoa, confl. nas que ae crean con derecho A la herencia, 88 Preeul
ri•odolea al ,-fect.o laa f.cultadea en derecho aeMaartu p.t.ra el m ...
4 dednolrlo dentro del t6rmino que fija el art1oalt,
Jor deaemptfio de an cometido. NotlflqHae e■te auto Y poblfQue- ten
últimamente de la Administración de
ae p'&gt;r tre1 'fectt• eu el• J',trl6:Uoo Qtlct..1'' del Estado y en "La Vor 1086 del Códt¡¡o de Procedimientos Uivll...
dd Nono León" de 1,CQerdo con lo diap11e•to por el &amp;rtfoulo 1868
Monturey, 6 de Noviembre de 1904,-Llo. A. S.
===del===
nuestro
Estado, entre
otros "La
del C6dl10 de Procedimiento• Ol•llea. _. .. lo deoret6 Y !lrm6 el O.
909396 8495061.
Alcalde jO Lot'al ¡;or dllpnlic1dn del O. AINOr en ■u 1nte.rlor aut.c: p11lveda,
Patria" de México, •·La Voz del
dam.coa f6.- M,nnel .lloraleL..-A,-Gtnuo 0Ut0.-A.-I¡uao1o JaiEDICTO.
me - R6brtc..."
_
Ju,gado 2'.' Const:tucional. - Peequerfa Chlea, N,
Lo qua ee publica en eata forma de a.cuerdo con lo ,m&amp;11c1ado en
Norte", "El Estado
de
Coahuila"
Leóo .
ant.o Qltlmamente tu•rto.
r..mi-aoa-, once d, OnubH mtlnoveolentoa ouatro.-Kanu"I M"oHoy, por disposición del O. Juez to. de LEtrasdel
"Iris Veracruzano", "El Progreso de
rale1.-A,-Genaro Dallt11.- A.-Iaoaclo Jaime.
868687
Ramo Otvll, so radicó en este Juzgado el juicio ele
México"; "La Inicia ti va", etc. etc. con
EDICTO.
lnttstado de loo St&lt;s . Jo,6 ~ y Luclano Chapa, veolR,pl!bllca M,xleana, Juzgado~~ Constitucional de nca que fueron de uta Villa.
motivo de la iniciativa presentada al
Lo que•• hace saber al pl!bllco para los efectoo q&amp;e
Allende, N. León.
Oon fecha cuatro del ooniente, y io• dlspoolclón oxpr'8a el artlculo.1686 del Código de Procedlmlen!Alll
Congreso de Nuevo León, por el Ejedel O. Juez de Letraa de eet• ftaoclón judicial, ae ra- Ol vilee.
Peequnfa Chics, Ortubre 26 de 1904.-Al•jandro
cutivo del mismo, acerca del establedloó en esteJu,gado el juicio de loteet•do de D. OeGu.rra.-A.-Jnlián Oh, pa,-A -Antonio Siens.
Hace crecer ol cabello
noblo Tam6z, vecino que fué de eota Villa.
cimiento _del régimen penitenciario, así
Le que se hace da her al pt1blico, para que lea perEDICTO.
Destruye la caspa,
. ennBB que 88 crean con derecho A la herencla9 se pr~
dimo pór haber ultimado el Gobierno
Ju,gado 2º Con•titueional.-&amp;bin88 Hida'ga, lf.
! sen ten A deducirlo, dentro del término que fija el ar- León .
Y con su uso el caballo
. tfculo 1,68.5 del Código de Procedimientos Civllee.
Jo· concerniente al contrato concesión
Oon e,ta fecha y por dlapoalclón del O. Jue1 de Z...
¡;ns vuelvo d. tomar
Allende, Octnbre 10 do 1904. - B•njamln Fernández trae de 1a 6~fracción jndiciel, se radicó en eate Jmp.au color prmuttvo
para el servicio de aguas y drenaje
A-Otnz T. Cavazoz. -A-Ma•oo!Benavldee. 8692 848 do de mi ear¡¡o el juicio de Intestado á blen•s del ft.
EDICTO.
nado Cristóbal Eoríquez, vecino que fü6 de esta Villa
de la ciudad de Monterrey (docuJ!l Vigor del Cabello
Lo que ae hace saber al pt'ibltco, para qne laa peno,.,
Juzgado W. Constituclonal-Apodaca, N. LE6n •
del
Dr.
Ayer
está.
mento que podrá verse eu otra parte
Por diepostcióo del Juzgado 1~ de Lttraa del Ramo nas qne se crean oon derecho A la herencia, ee preaencompuesto de los inOivil de la 1! fracción Judicial, el dfa de hoy se radicó ten A deducirlo dentro del término qne sefiala el artf.
de este semanario), teniendo dichos
gredie!l.tes más esen este de mi cargo el juicio de iDtPstado de la Sra. culo 1686 del Código de Procedlmlenton Clvllea.
Bablnao Hldalj!'o. Novl,mbre 3 de 1904.-Gr,gorio
fetra Garza, vecina que fu!I de esta Villa.
cogidos. Impido
colegas conceptos entusiastas para la
Lo que se publica en aeta. fo ma para que lea perao- Floru.-A.-E. Hernindes.-A.-A. Gara i·:193~6-661
quo el cabello so
Administración del Sr. Gral. Reyes,
DBB .que ae crean eon der8C'ho .á 1a herencia se presenEDICTO.
ponga ola.ro, gris,
ten á deducirlo dentro del término que etñe]a. el ar- Ju:rgsdo 2" Oonstitncional.-Garcfa, N. León.
es satisfactorio referirnos á todos
marchito ó rasposo,
ticulo 1685 del Código deProcedlmentos Civiles .
Oon fecha 16 del a&lt;:tual y por dlaposlcióo del O.
conservando a u
Apodaea, Agoeto 16 de 1P04 lsldoro E.izondo .-A. Juez
l º do Lttras de lo Civil de esta l•fracolónjudlelal
agradeciéndoles las frases que, inspi-Heoiqulo Garza.-A. - J. F .E . !gleelaa. 9147 851
se radicó en e11te de mi oargo,el ju Ido teetsmentarto &amp;
ra!las en la "ferdad y en la justicia,
EDICTO.
bienes de Doña Maria Inés BepQlveda, vecina que fo6
de eeta Villa .
Juzgado 2• Local de Bustamante, Nuevo-León·
u.o per•
tenido para nuestro Gobernante.
Lo que so bace sabor a! p11bllco para qne Jaa peno.
Oon focha veintisiete del contente y por dtspoal '
iodo avclón del O. Juez de Letras de la 6~ fracción jndlclal- nas que se eren con derecho , la herencia, ae Pl'ff8JI•
anzado
ae dió por radicado en este Juzgado el jutcio teeta- ten á deducirlo dflntro del término que marca la Le7.
de 1 a
m ~ntarlo A bienes del Sr, Vicente Esquive!. vecino
Villa Garcla, Octubre 19 de 1904 .-Jeello Robl•o,
que fu6 de eeta Villa.
-A ,-S. A. Sinchoz Dávlla.-A.-Anaataelo MarUvida.
Lo que oe hace raber al p11blico JJ&amp;l'll que la1 pel'IIO- ne1.
888990 8d
nn que ae crean con derecho d, la herenciB, se preaenEDICTO.
Cuanto mú se nea, más rápi•
tsn , deducirlo dentrJ del término que fija el art.
.Desde este número retiramos de
Jw-gada 2º Oonstltuclonal.-Garcla, N. León .
1886 del 06digo de Prooedtmlentoe Oivllea.
d!&gt;s
son
sus
efectos.
fecha 16 del actual y por dlspoelclón del O.Jo•
nuestras columnas las Postulaciones
Bn&amp;t1mante, Octubre 28 de 1904.-Pab!o Ancira.-A I• Con
de Leirae de ,eta 1~ fracción judlclal,so ndlcó eljul
~J o•6 Oondlez.-A.-01,mente Gómeo. 919293 8.51
clo de lnte.tado á blonea de la Bra. Maria Dimas Tque para autoridades municipales en
Preparado por el Dr. J. O. Ayer y c..;
viiio viuda de Gonz,1ez, vecina que fué de eata Villa.
EDICTO.
Lowell. 11:&amp;sa.. E. lJ, A.
los. pueblos del Estado, veníamos puLo que se hace .. bor al p11blioo, para que Jaa pe;..
Juzgado 2· Oonstilnclonal.-Chlna, N. LE6n.
En .,.ta fecha y por disposición del Juzgado de Le- naa que Ele crean con derecho A la herencia, 88 pNIIÍeDblicando, excepto la candidatura cotras de esta fracción, ae radid6 en eete de mi e&amp;r· ten A dednctrlo dentro del término Mftalado por el
PUBLICACION.
go el juicio de lnteotado de D. Froncloco Leal y su articulo 1686 del Código de Procedtmlentoa Civil••·
rrespondiente á Monterrey, la que
VIiia de Garcla, l'etubre 17 de 1904.-Je&amp;l!e RoblN,
lfufca.na.-Jusado ~ Conltitnclonal, AllenclP, Nue- eapC1B11 Dña. Guadalupe Ibarra, vecinoe que hlQl'On de -A-S.
seguiremos insertando en tanto se voAep1lbHca
A. s,n&lt;hez Dlvlla.-A-Jo,6 G(mez. 87110t1
León•
eeta Villa,
Ea la aeccfón primera del Jnlcfo de totutado de D. Cenobio Ta,.. Lea pe-r&amp;10naa que se crean con derecho á la herenEDICTO.
aproxime el día designado por la ley miz ae ba d•ctado uo auto dtl te11or al111fPate: Alinde, Octubre cia, comperezcau á deducirlo ante e11te mismo Juz¡a.
din de mil noncie11toa cu1tro. Vi■ to el notnbramtento de t.utor
Juzgado 2' Oonatituclonal.-Osrcfa, N. León.
l11h1rln" que hacPn laa mpuere", Mariana Terl'sa 7 M ■rprlta Ta- do, en el término de treinta diaa contadoa desde la
de .la materia para qµe se verifique 111&amp;
Oon fecha 16 del actual, y por disposición del O
•n la p,&gt;nona del Sr. Seratln LeaJ, para 41111 laa reprt'1ente en
Pate Ju'clo, y vleta la aceptación y proteata de fiel d•.,.mp,;iio del publicac:6n del 11ltlmo edicto, que se harA tres veces Juez l ' de Letras do l&lt;rClvil do ..ta 1~ fracción
elección.
expreudo Br. Leal debfa de dl9oernhle 7 Je dlcierao dicho oar.-o, oon Intervalos de diez dlaa en el Periódico Oficial del clal, se radtt!O en este de mf car¡ro el juicio de ID ·
cooftrl6ndol" lodu laa facult&amp;dea en lterecho neot"Priu pan el me, Eetado y en el de La Voz de Nuevo León,oollfürme lo
Jor d&amp;Mmpdlo de au cometido, Notiffqueae y pablfqueae e,,te anto dispone el articulo 168.5 del Código de Procedlmlentoa do i bienes de la Sra. Catarina Fe1nandea de G..-¡
por tru vecea en el •Perlódlcn 011.clah de-1 Bata&lt;1o y en •La Vo~ de Oivilu.
vecina que fué de eeta Vüla,
Nuevo León.• t.o proveyó y ftrmtl 1:1 Alcalde !9 Local; damo■ f6.Lo que se hace saber al público, para qoe Ju ,-.
B 11J,mfn Feni&amp;ndes.-A.· Cnu T. Oavlll-Oa,-A.-Jluael BJ11a•l- Ohlno, !Octubre 17 de 1904.-Santoa Cavazos -A.
de■ .-ROhricu. "
eonu que se crean con derecho á la herencia ae pNiJeella
M.
Rodriguez.-A.-8alem6
Quintanllla.
929394
Lo que ae pubHoa u. -■ta fuma en oampllmtemto de lo orde11ado
eenten, deducirlo9 de11tro del t6rmfno lffiaiado •
e el auto anterior,
EDICTO,
el Articulo 168.5 del Código de Procedimientos CJvltee.
Allnide, Octubre lOde 190C.- BeaJ&amp;mfn Perni11de1.-.l--Orn1. T
·
Juzgado
2'.'
de
lo
Otvll~e
fra&lt;:clón
judicb.l
.
Eeel :Municipio que acabamos de 0."H,IOL-A.-llanutl Be11avldea1
81S 87-88
Villa Garcfa, Octubre 18 de 1901.-Jesaa Roblo■
tado de Nuevo León.
A-B, A, Bánchoz Divlhr-A-Jos6 GOmM 8889ti-848
mencionar, se han inaugurado las ofiEn el Juicio de Intestado A bienes del tinado D. EllEDICTO.
¡rlo Garcfs, vecino que fu6 de uta ciudad, se ha dlctacinas tclefünicas establecidas en Cue·ao el auto atguiente:
J"updo
to
Oo11atitaclonal.-Ch'na.
Estado
de
N. Le611,
11\!onterrey, Octubre quince de tnfl novecientos cu.avas y Camarones, que son cabecera h el Jaldo de lntutado de Dt Oertrudit Leal con feclta de bo, tro.-Por
preeentado con el certiftcado de defunción
N dfctó un 1uto del tenor aia;uient.:
«..
di
te J
d
I ju! ¡
ra queseen fB
w:ga 0 1 e
co
de comarca; y por medio de las líneas •ChJna, Octubre trece de mu noveolutol OD.&amp;tro.-Apancte11do que se acompa.....,

•
Gracms

la..

Referencias á la ldministraeióo.

El Vigor
,C abello
Dr. Ayer
Es el mejor cosmético
del

.....,

nó

han

Nuestras candidaturas.

¿u;:.·

la

·ffuvu lint.aS teleCónicas en ltorbide.

En

respectivas, quedan en comunicación

no

solo

con la Villa de que

den, sino

res y

con las ciudades

Galeana, y con las

de Santa

Clara

depende Lina-

haciendas

y Raices, de la Muni-

cipalidad de Galeana.
Con la extensión que se ha dado

á

la red telefónica de Iturbide, ascien-

de ya á cerca
lómetros.

Reciban

Caleras de 'El Fraile'

de treinta y

nuestra

autoridades del

nueve ki-

felicitación

las

Municipio favoreci-

do con la importante mejora de
tratamos,

y

tribuyeron

á facilitar

las personas

que

que
con-

su realización.

11 Bnalalluise.1.
Estamos informados que la Junta
de .Mejoras Materiales
en la progresista

villa

que funciona

de

Hualahui-

Farías y . Garza
Propietltrios; ' • ·

Tenemos una constante existencia
de cal de superior calidad, y despacharemos con eficacia cualquier pedido
que se nos haga.
Dirigirse para precios y condiciones
á los propietarios.---Calle de Dr. Mier
n1)m, 72.--Teléfono 681.--Apartado postal 184.

l\lonteITey, N. L., Méx.

PUBLICACION.
Juzgado de Letras de la 6\ fraocl.6n judicial.do de Nu•vo-León.
·
En el juicio de lntestament.atia de la Sra. Beatlil
Trt v iño de Treviño, vecina que foé de eata VIII■, •
ha dictado un auto que a la l•tn dtce:
··
Villalclama. veint:cnatro de Octubre da
cientos cuatro.-&lt;\ Visto el anterior nombramiento
tutor Interino hecho por eote Jnz¡¡ado en la
del s,. Abo! Cerda, para &lt;¡ne represente en AJaa menores Beatrill, Eugenia, Oonanelo y A Trevillo 11 vista la aaeptaclon y protesta de llel -4lf¡c
sempel\o del expresado Sr. Oerdai, debla d e ~-le y le dlBclerno el cargo alnáido oonftrl6ntlole
to Jaa fa&lt;:ultade1 en derecho necesartaa para el
desemp&lt;!l&gt; de su oometldo. Notflqoese, y . i . mltlacl con lo dlspnealio en el articulo 1368 del
go de Proced.lmlentoa Civllee. puh~~,:8 • •
trea veoea ooDsecutivas en el »Peri
&lt;J8a1a1it
Estado y en •La Vos de Nuevo-León., Lo d flrmó el O. Juao de Letras de la r. fraooldn tú
doy fl! -Llo, Guajardo.-A.-Jestle Bantoo Tnivllle.
A.-Mariano BantoeTrevlllo, • ll.dbrltl88,,
Lo que se publica en eota forma en cnmp
de lo maqdado en flll aut.o que anteoede,
Villaldama, Octubre 27 de 1904.-Llc,BlmónG
~o. - A.-JesQa Bant.oe Trevlfto.-4,-Martano
T,...vlfl.-.
889091

mlai
al..._,

"LA VOZ DE NUEVO-LEON,

Vale Ges. el ejemplar,

�</text>
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                <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>La Voz de Nuevo León : Periódico semanal, político y literario. 1904, Segunda Época, No 849, Noviembre 12</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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