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                  <text>Segttnda Epoca.
.•
Monterrey, (México)
Sábado 11,de irayo de 1907.
_..._.,.,. ,.,,., •-"•....,"''""'°'........,.,,.._.._ _..,1•,,..¡,..,,.,.....,..,.,_,.._,._,.._,_.,.,_,.,.
'"' .,..,..,,,,,...,.,,.u,, ....,......,.,.,,,,"1...,.-.,.................,._,......,.... - - ,..,._.

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ProceclJmla;
• á que oe retl
ego 88 p
,se. Lod-.t111
del Ramo
l. García G

.c. J. Garol&amp; o,..

38,....,,_

so que prevteoe
artando la feCha

oto en la fOfllll&amp;
de Proced!mlen) dflmás que con~
rmó f'l O. Jues 2°
oy f6 ~Lic. Bo lo, Brlo.-Rtlbd-

.

-- ........... .

Numero. 60.

....-"',_.,..,...,., ,........,.........,.............~...

Periódico Semanal, Político y Literario.
ORGANO DEL GRAN &lt;..:IRCULO UNION Y PROGRESO
tpORMA'DO POR LOS CUARENTA Y O&lt;..:HO CLUBS QUE CORRESPONDEN AL MISMO NUMERO DE MUNICIPALIDADES QUE
COMPONEN EL ESTADO.
--◄'""

1eclentoe alete.defnnolón y teo;o qua ae acompa
,to test.amentaito

...,-~

La Voz de Nuevo León.

•del 8
letra

,n oumplhnlealiQ,

w

"

... ,. ,..,...,..,..,..,..,,,,.,,..,..,.........,..._.....,..................,__,,.,..............,.............,.. ,.. ,,.,, ....,..,.., ..... ,.. ,........,..,.,,..,..,.,,.. ,.................................................,............,.,,..,.......... ,, ..,.. ,.....,.,,.., .. ,.,,.,..................................,,,,..,........,..,,,,..,.,,.,~..,·,,•,1•,,·,,.,,.....,........... ,. ...........,..........................,_,...,..,..,..........._...,.,

EDITOR Y RESPONSABLE, MANUEL BARRERO ARGUELLES.
~--""""' ..- ..............."'.._..._......,.,_,.....--.,,...,"".,...,,..._,._...,_'-l°'.r,./•--...............,•.,..., ..,..................,,...,.,_,,...,...,,.........,...._•• ,..~...,•••,.......,,..J"•.,._,-..,..._,,....,...,..........,...,.,.,...,..,.....,................. _.._.....,•••,............,...,..........,, •.,_,.,,...,,, ..._,.,,..._,_.._~....................._...,..,,......,,,..,..._,...,, ,,,,.........,...,..,•• ,....,.. ,,...,,,._,._.

1'

CONDICIONhS.

CONDICIONES.

1

Eate periódico se publicará los sábados.-El importe de la subscrici6n es de 20 centaLa remisi6n de Avisos)udiciales para su publicaci6n en este peri6dico, por 3 nces b
El \ menos, se hará directamente al Sr. Francisco M. Escobedo, Director de la Imprenta, acom111Ímero-suelto valdrá diez centavos. El pedido y pago de ~uscriciones se harán al Editor ¡ pañando al aut6grafo su importe [TRES PESOS CINCUENTA CENTAVOS,] por ninte renjl'lonu
Sr. 11{. Barrero Argüelles, calle del 5 de Mayo núm. 33. (Altos.)
manuscritos 6 fracción de ellos. El exceso se pagará á cinco centavos por rengl6n.

"ª mensuales, dentro y fuera de esta capital, y se pagará por trimestres adelantados.

j

'

EL GRAN CIRCULO ' UNION YPROGRESO"

le mil noveot..a. •
.do ~ cuanto ha
de ~efonol6n 1

mpafia; fórm•
lo el julr.lo t.ota1
·!so que ¡ 1 . - -

1ll~,

y de confc,i:.

59 del Oódlgo de

ate auto tres n-

ic!al y La Vrz de

convóquMe 6·loa
el ,.rt 1669 del

Lo dooretó y k,.
del Ramo Olvfl:
fa Izagulrre.-A~

se radicó

l'D

Postula para Gobernador del Estado. en el próximo período constitucional,
al Sr. General de División

BERNARD0 REYES,
y á las personas que se nombran en seguida, para los
Poderes Legislativo 'y Judicial.

81T

lenee del finado

e eeta. Ciudad.
á fin de que loe
herencia ae pre·
o de Is ley.

l. Garcfa Gw,jal!J

3369 60

• Juzga&lt;lo el Juira Hormenepla

l.

,1 públioo•f.fln tl&lt;t

1recho á la bi'ren--

!rmlno preocrl!D
limientoe OIVO..
-Lic. B BotoBo

8268-4W

Diputados.
Primer Distrito.
.....tario C. Pedro.Benítez Leal.
aa,lcute ,, Ing. Manuel C. Rivera.
fltéfietario ,, ·Lic. C. Madrigal.
Suplente ,, Adolfo Zambrano.
Segundo Distn'to.
f'l,,pietario C. Dr. Ram6n E. Trevifio.
1111plente ,, Dr. Donaciauo Zambrano.
7 ercer Distrito.
froiiietario C. Lic. Lorenzo Roel.
·91¡11eirte ,, Plat6n Trevifio.
Cuarto Distn'to.
fropietario C. Marcelo Salinas.
lhtplente ,, Domingo Arredondo.
Quinto Distn'to.
·Propietario C. Arnulfo Berlanga.
1111,plente ,, Dr. Esteban S. Martínez.

Fiscal.
C. Lic. Antonio Sepúlveda.

Sexto Distrito.
Propietario C. Lic. Car los Lozano.
Suplente
,, Francisco Flores Sal daña .
Séptimo Distrito.
Propietario C. Aurelio Larti¡¡-ue.
Suplente
,, Luis C. Corté!.
Octavo Distrito.
Propietario C. Lic. Virgilio Garza.
Suplente ,, Francisco Salazar.
·Novmo Distn"to.
Propietario C. Dr. Pedro C. Martínez.
Suplente
,, Pedro González Espinosa.
D¿c,"mo Distrito.
Propietario C. Arn ulfo Botella.
Suplente ,, Pablo de los Santos.

Supernumerarios:
r º C. Lic. Generoso Garza.
,, ,, Néstor Guerra.
3º ,, ,, Felícitos Villarre11l.
4º ,, ,, Eugenio F . Casti116n.
5º ,, ,, Canuto C. Martínez.
6º ,, ,, Carlos ·Villarreal.
7° ,, ,, Rafael Dávila.
8° ,, ,, J. Eleuterio Martínez.
9º ,, ,, Salomé Botella.
2•

Supernumerarios del Fiscal:
r º C. Lic. Miguel Cirilo.
2° ,, ,, B. Ramírez Anguiano.

Magistrados.

Jueces de Letras.

r º C. Lic. Leobardo Chapa.
2 º ,,
,,
Macedonio E. Tamez.
3º ,, ,, Ventura Guajardo.

•
Primera fraccz"6n.
rº de lo Civil, Lic. Macedonio Gil Treviño,

lra que Ju
rrenc1a ee p

1gal.

. Lic. M. 06
~alacloe. 81

ltAITAy, N. L&lt;

, se radicó
lenes de la
,sta Ciudad.
~raque las
harflncja
10 que fija
Hvile~.
,le. PoliCBJ'

. Guerra. 3

~e8&amp;11t

r por

in Jndl
t-.eatamen
.6 de esta

r med!Q

·es veces

1h y •
dy
ilm!&lt;'n
de 1907

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1" puest1'0' Il
U\ l/ •

entre Me'x1·co

• t as
L OS R1arIDlS

•d

y Guatemala
'

'

~~~~li~~r~~:~

~~~~:~ss~~~em!~t:s p~~:s,ema~~;t~~d~

~:~,GJ:;~:~i~~:~~eld~,s~:~~~m~:r~
ocurrido en esta capital. . . . .
"La decisión á que ha llegado el
Gobierno es irrevocable. Sin embargo, sólo un acto de violencia por
parte de Guatemala ó un insulto directo á México cambiará el aspeeto
de las cosas . . . ''
Como es Je verse por el texto
mismo de )as frases anteriores copiadas, si se compara con el de las que
nosotros pusimos al final de nuestro
articulo del dia 4 de Mayo, salta desde luego á los ojos la similitud de
pareceres, al extremo de que bien
podría decirse, siguiendo el orden
de fechas. que lo uno podría ser como corroboración de lo otro, por más
que en rigor de verdad, lejos estuviéramos al expresarnos en la forma
en que lo hicimos, de pensar en que
habríamos de coincidir con la manera dit comunicarse el Sr. Ministro
de Relacion&lt;c:s con la Prensa .A.sociada.
Por lo demás, y ya que en ulteriores ediciones de c\erta prensa, á
aquellas en que nos mspiramos para
redactar_ el artículo . á que hacemos
referencia, hemos visto cómo los es-

~:::c;;i:~i~f~:g~:f;;:n~ea/ªexi~:
ner sus ideas respecto del ' asunto
de que se tr.ata, creemos llegada la
hora de manifestar claramente nuestra opinión acerca de lo nocivo que
es el pretender distanciar á nuestro
pueb1o del de Guatemala, alejándolos por virtud de odios que en ellos
se despierten; alejamiento que por
otra parte no hay causa de que sea,
ya por q~e _ambas nacionalidades
proceden etmcamente de origenes
análogos, ya por los lazos que hasta
hoy nos han mantenido cerca á los
unos de los otros; ya, en fin, y en
esto creemos que estriba el más sólido argumento que se pueda aducir
en contra de aquella distanciación,
de que por ningún motivo sería ni
justo ni racional hacer aparecer al
pueblo guatemalteco inmediato respensable de actos ó errores que solo
serán de atribuirse á quienes lo representan en las altas esferas del
Poder, según as! juzgando es público y notorio que otros lo han r.stimado.
Y tan es esto puesto en razon, tan
ostensiblemente se echa de ver la in
conformidad de aquel pueblo y su

1

;::f¿a~~us;~~p:t~:i~
1

• d

eVl ellCla OS.

~~

.
~n ~uestro editorial del dia 4 del s?s aspectos que_ habia_ .vem?o. ofr~,et'CSente, relativo á los asuntos de ctendo á la cons1deracwn publtca, el
Cllatemala, decíamos con referencia ;ªn llevad~ f traído a~unto relativo
~ 1~ profeclas de guerra propaladas a la_ extrad1c16n de qmenes, ~egún el
llls1stentem~nte por algunos ~ace- decJr de la prensa de la S:ap1tal, apa1fflttos de cierta prensa de México: redan como autores mtelectuales
"Guatemala podrá 6 no entregar del asesinat? cometido en la persona
10&amp; individuos de que se trata (Ge- del Ex-Presidente d~ Guatemal~, Sr.
Lima y Comandante del Puer- Gra). D. Manuel _Lisandro :8anllas,
ile San José) y lo más seguro es pedida p_or el Gobierno mexicano, lo
lo &lt;dtimo; pero ello en materia al- hemos vi st o confir1:1~?º en todas sus
podrá ser motivo de una gue- P?rtes por la decis!on que cuatro
sino sobrevienen accidentes ~ias después_ ?e escnto nue st ro_ ar:V~ que la determinen;" y agr~- ticulo, trasm~:1.~ la Pre?sa Asocia~a,
os: "en todo caso con sere~1- Y la cu_al deciswn _le fue hecha, segun
debemos considerar que sm el dec1r de la mis~a_, nada menos
. de ninguna especie, al- ve- q_ue por nue~tro Mi_m stro de Relala triste necesidad de una lucha, cwnes Sr. Lic; ~ansc~I, _al exprenta el Gobierno de México con sarse en los termmos sigmentes:
eatos sobrados para empren"México Mayo 8.,-México de nin•• .
.
guna manera entablar~ l.!' guerra
es bien, nuestro dicho de en- con_ Guatemala con m_otivo &lt;le la ne~do en 1~ serena y ~esa- ·¡ gat1va de aquel . (:ob1erno para conobservac160 de los d1ver- ceder la extrad1c1ón de Jusé Maria

de lo Civil, Lic. Roque de Luna.
rº de lo Penal, Lic. Te6dulo Montemayor.
2° de lo Penal, Lic.;Eduardo I. Martínez
Segunáafracci6n.
Lic. Jesús de la Garza.
Tercera fraca'6n.
Lic. Luis Trevifio.
Cuarta fracci6n.
Lic. Emilio Hinojosa.
Quz·nta fracció11.
Lic. Braulio Morales.
Sexta fracci/m.
Lic. Sim6n Guajardo.
Séptima fracción.
Lic. Teodosio Trevifio.
2°

.• ,

��____

.,..... Segunda
.............,.
lonma 4istinti6n á nuestro Ministro
Es

elegido

AtaMmito.

He aquí cómo termina el dictamen

Segin telegramas recibidos el sá- que_ presentó la Comisión de Goberbado, pasado se sabe que la Ac~- nación del Senado, acerca d_el_ modemia Francesa eligió por unam- numen!o que se_ trata ~e englf en
midad, al sefior Don José Yves Li- men:iona del sabm mexicano Dr. D.
mantour Secretario de Hacienda y Gabmo Barreda:_
Crédito Público, miembro del Insti. "Ar!ículo úmco:

Se

.
autonza al

tuto de Ciencias morales y Politicas. EJ,ec~tlvo para gast'.1r del Tesoro
Esta es la primera vez que un Publ!co hasta la cantidad ?e cuaren- mexicano ha sido óbjeto de una dis- ta mil pesos

en \a

erección

de un

tinción tan honorifica de parte de la monu~ento d1;5tmado á ho~rar la
1
Academia Francesa.
memona del, cmdadan? ~abmo BaLa comisión encargada de propo- rre~a, facultándolo as1m1smo par_a
ner candidatura para cubrir la
que va á llenar el señor

cante

v~- d~s1gn~r el lugar en q,~e ha de en1=,1- g1rse dicho monumento.

1;1ant?ur, fué comp_ue sta por ~os distmgmdos economistas Emile Levasseur, Leroy--Beaulieu, Théodore
Ribot, Beranger y otros académicos
no menos distinguidos.

El

Centro industrial

de Méiiw J el Impuesto

1os te¡l"dos de 1II·1aza Ya1g00on.

sobre

El Centro Industrial de México,
en su última reunión, á la cual concurrieron como nuevos socios los
representantes del Centro Industrial

lll heredero del trono español.

◄
.
•
Mexicano de Puebla, formado por
_El ~la ro del_pre~ente la Rem_a todos los fabricantes de Puebla y
V1ctona de Espana dió á luz un m- de
Tlaxcala acordó redactar un
fio que será

el heredero

del

trono Reglamento

y

establecer una tarifa

espafiol. . •
.
general para todas las fábricas de
El nac1m1ento de\ mfante ha cau- hilados y tejidos en el pais, tendiensado un gran _entusiasmo en el pue- do á mejorar las condiciones de vida
blo,

que

ansmso

Yª

esperaba

ese de los obreros é imponiendo á éstos

trascendental suceso.

la cantidad de trabajo que dehen desempefíar por el tipo de salario que
se acuerde concederles.

Nuevo periódico.
Con el titulo de "El Nuevo Mundo," y bajo la dirección

del

S~ trató el asunto de la _supresión

sefíor del impuesto del..

5

por c!ento que

Lic.

Francisco Martinez Ortíz, ha hoy pagan l?s tejldos de -~1laza y de
comenzado á salir á luz en Torreón, algodón nacionales, aduc1endose

ªPºYª\

Coahuila, un periódico diari?, que n:ie~osas razones par~
parece llamado á desempefiar impar- c1at1va de_ esa supresión, de

~1:-

la mi:
as :ua

tante

papel en la prensa fronteriza. l~s la cap1~l, es qu~ esa contnbuDeseamos que prospere el nuevo c!ón constituye un 1~pues[o espe-

colega, y agradecemos la atenta carta c1al que grava el vestido_ de

p_ue~lo

Jarpdo 4e Letra1 de Is it f'raoc1dn Jndictal.- Ratado de N. Le6nJuzpdn 3° Menor Letrado,•-M:onterrey N ~
nnBa~:!-! ~~~': 1~~:'u°!ª:1!~10 del Sr 01emente Tawe,, 111!1 ha dictado
Oon f~cha veinte del mea ~n curso, se radtcÓ
dlontemoreloa, Abril v&lt;1fnttctnoo de mll novecientos sle&amp;e. Por M Jmigado el juicio de intestado A btenae de 1111 ~
pN'11entadooon f'I cerUttca.10 de defuoc102, testimonio de '88t&amp;meJ1.'k&gt; ra Amalia Garcfa, vecina qu"' fué de eeta Ciallad
l)dblloo ablerto y 1,1&lt;1der que 11a aoompi,,nao, t4nge.ea en vlrtt:1'1 de
L0
,,, ee publica en esta f,1
·
la ·
Alte, &amp;l Br. J. O. T.!ll.llMo como apo,,eradode la Dra CitUMialupeGon•
qu
&gt;rma, Pflt'I\ qne a P8J'8i.
liler:, devuEitvaae al tot!'reFado dlcbr, J)Od@r previa toma tle ruOn en 088 que 88 Ore.AD con derecho 11 lR. herflncia COln
autoe, radtqaeae en este Juzgad.o el juicio teetamentarlo del SeB.nr rpz,~n A 11ooucit-lo dentro del término que fija el -~
Clemente T11met, dénee 1011 aviiff'II Qlld previenen loe arta. 30 y 159 168ó d ¡ Oódl
--.
de laa leyee 11,,. Hacienda y del Timbre vigent.ce, re1pect1vameote.
P.
go de p rooedim ¡en to8 O!vl lee.,
pnblfqueae este auto en }os t4irmmoa que previene el art. 1559 del
Monterrey, 27 de Abril de 1907. - Lic Polioarpo Mo06digo de PrOOl'dlmientos CtvllH. y lue!f(" 110 prov1M1ri lo m'8 qu~ ralee. A~F. Gómez Garcia.-A-E. 8. Guerra. 38t1.....
ooueeponda. Nottffque11e. Lo prov~yó y firmó el O. Jaez d~ Letru
ro• 81
lllt.erlno de la7t fcacctOn jnd!cllll: di,,moe íá.-Uc. TeodosloTrevlfio.
A. J. Farl&amp;I. A. Alfredo H. García -R11brlcae.•
"
Lo qne ee publica eo e&amp;ta forma, de oonformldad oon lo mandado
Juzpdo 2° de lo Oivil.,-1! fracoiOn judloial-Bet&amp;en el auto que anteoede.
do de Nnevo Le6n
Montemorelos, Abril 26 dellkn' -Lic. Teodoslo Treviño. A. AlOon '-ha quin~ de Marzo t1ltimn ..... dlcó
tredo H. Garcta. A J. r. ~nclll&amp;11.
2667-61
• ..,..
'
"""ra
en • ·

EDICTO

=DICTO

te Ju•gado el juicio de Intestado l blenee del finado
Sr. Nfcanor 0-erdP, vecino que fné de eEita Ciudad,
Juzgado 2? Oonstitucional.-Abneolo, N. León.
Lo que se publica 6D esta forma, á fin de que ioe
Con esta fecha se radicó en este Juzgado el jntolo que se consideren con derecho 6. la herencia ae Pl'B
de inteatado dtt loe fio&amp;doa Margarita. y Dionicio Vi eenten á deducirlo dentro del término de la ley.
Uerreal, vecinos que fueron de esta Villa.
Monterrey, Abril 20 de 1907 .-Lic. J. Garc!a Gutj ...
Lo que se publica en e~ta. form11 para que las perao do, Srio.
3369 80
nee que ee creun con derecho, la horencia, •• pr...,nEDICTO.'
ten á deducirlo d1:ntro del término prevenido ~n el Jm:gado de Letru de la 6ª fracción jndlcJal.,-Bst.a-.
art. 1686 del Oódigo dfl Procedimientos Oivile~.
do de Nu~vo León.
Abaeolo, Mayo 6 de 1"07. F. Cant11.-A-G. VU!e.Con fecha v•intldoe de-Abril próximo p•••do, ee rarrea.l. ,-A-Ramón Villarreal •
38414-62 dicó en este Juzgado de mi eargo, el julolo de lnteata.
EDICTO.
do 4 bienes del finado Br. Mariano B. Santos, vecino
Juzgado 2~ Ccnetitucional.-Garcta, N. León.
que fué de esta Villa.
Con fecha 20 del actual y por dtsposlción del O.
Lo que 88 hace saber al pt1b1ico, para que las pe'f8Q.
Juez 2° de Letras del R,,mo Civil de eet,a fracción ju nas que se orean con derecbn á h, herencia, 88 preaq.
dlcia.1, se radicó en EBte de mt cargo el juicio de tntes- ten á deducirlo dentro dfil términn de Ja ley.
tado l\ bienes del 8l". Fabtán González R9,m{rez, finaVillaldama, 1? de Mayo de U107.-.Lic. Simón Gua,.
do y vecino que fué de eeta misma Villa.
jardo.-A-Marlano Santos Trevlflo-A-Joee B. Villa.
Lo que se publica 011 esta. torma. para que lss perao- rreal.
37408-62
nes que ee orean con derecho á l• herencia ee presenE DI CT
ten á deducirlo der,tro del término legal.
J
d d Letr
d l 4 fr
16 j di 1 ¡
Garc!a, Abrll 20 de 1907.- J€6il.• R blea.~A--B. A. :lo ~~u~voeLeón~• e ª • aco n u e a --EataBánohez Dávilo. A Librado Bop11\veda.
88414-62 Con feoha velntldoe de M&lt;rzo tiltlmo ee radlo6 en
EDICTO.
eet. Jwigado el juicio de lnteet•montarfa 4 blenee de
Ja.zgado de Letras de la 7"' fracción judicial....:.Eatado la BE-fiorita Teresa Alvarez, vecina que fué del Rande Nuevo León.
cho de San Andrés, de Mte Municipio.
Con fo:1cba de hoy so radicó en esta Juzga.do el juicio Lo que se publica en eata forma para que las ])el'90•
de inteetame11te.rfa á bienf+8 rle la Sra. AntJnia Gómez nas que se orean con derecho á. la h€rencta, se prede Villarreo.l, vecina que fué de tjeta Oindad.
sentAn 4 detluch-lo dentro del término que aeflala el
Lo que se hace sabor al pt1blico para que las perso• art. 1686 del OódJga de Procedlmierit~s Oivllee.
nas que se crean con dere&lt;&gt;ho á la herencia, 88 presen• Doot-Or Arroyo, Abrl HJ de 1907. Lic. E. Hinojoai
te~ 1( deducirlo dentro del t6rmtno que fija el Krt1cu- -A- Ja.an P. Rodrfgu&lt;1z.-A.-Leoca.dio M. Oou¿ties:
lo 1685 del Qóiigo de Procedimientos CivilE!8.
34740-81
lllo~temorel&lt;•e, Abril 8 de 1907.~Llo. Teo&lt;loelo Tre
EDICTO.
viño.~A-J. Ferfae.-A-Alfredo H. Garcla. 8268 60 Juzgado do Letres de la 2\ fraoclón judlcial.~EataEDICTO.
do de Nuevo León.
Jllzgado 2° Conatituclenal.-Peequerfa Chica, N. L.
Hoy ee radicó en eete Juzgado el julolo de lnteata.
Oon fecha vt1lnOO de :'ifarzo del presente año, sera- mentarla de la Sra. Juana Galván de Leal, veotna
dlcó en el Jwsgado 1! d • Letres del Ramo Civil, ol ju! que fué de eeta Oludad.
oio de int.eetff.do de la ~tñorita Paula GonzAlez, veoi•
Lo que se pone eu conocimiento del pt'iblico, pan
na que faé de eeta Villr,
que lae personas que se orean con derecho 11 la benm,..
Lo que se hace &amp;ablc'r al ptiblko para que las perso• oJa, se presenten á deducirlo dentro del término qUlt
nea qu~ se consideren con dArecbo á. Ja hflrenoia, se sefi&amp;la el art 1686 del Oódig~ de Procedimientoe Oipreeenten á deduci"rlo en el tér.mino que fija el art. vilAS.
1686 del Código da Procedimientos Olvllee.
Caderelta Jlménez, 26 de Abril de 1907. -Lic. Jllllle
Pe,querfa Oblea, Abril 16 de 1907. -Alejandro Gue• de la Garza.-A Jeet!s Balleeteros.-A-Joeé Durlln
rra. -A-Julllin Chapa.-A~Juan Mullcz.
8268 60
874043 82
.t4.;

•

solicitud conducente.
ticó la Jefatura de Hacienda Federal
en el Estado, por el mes de Abril
último, es como sigue:
IIISTBNCTA del mes de Febrero último ........ $ 7,850.62

DISCERNIMIENTO.

EDICTO.

Juzgado 2° de lo Olv!l.-e fracción judlclal.~Eatado de Nuevo León.
En doe de Marzo del corriente afio, 88 radicó en
este Juzgado el juicio de intrRtado 11 bienes de Don
Francisco Ponce, vecino que fué de este lugar.
Lo que se hace saber al pdblico en eeta forma, á. fin
de que las persona.e qa.e se crean con derecho 11 la berencl&amp; se presenten á deducirlo dentro del t6rm.lno
de ta ley.
Monterrey, 3 de Mayo de 1907.-Lic. J. Garc!a Guajardo, Secretario.
87403 62

EDICTO •
Juzga.do B'! Loeal.-General Terán, Nuero León.
J!Jn el juicio deintatado de laSra. M\ o,,,,, Gonzá·
Juzgado 2? de lo OlvU.~1- fracción judlclal.-Eeta
Ú!Z vecina que ftd de la /lacienda del Porvenir de esta do de Nu•vo León.
juri..Bdicci(m,, se ha dictado elsig11:lentea'IUO: '
En el juicio testamonMrio á bienes del Sr. Bartolo
«Generai Terd.n, Abril diez y ocho de mii novecient.os Haro, se ha dict~do. un auto que ~ la letra dioe;

Mont.eney, ve1nhcinco de Abril dA mil novecien•
toa elete.~Por preeent,do con el cortlfloado dedefun.
oiOn que se acompaña. y testimonio de testamento pt'iblico, racliqueae anto astA Juzgado el in.lelo testamen
Importa el Ingreso ....... 55,17G.70
t.ario que se denuncia, d~Jen JOB avisos que previenen
Idem. el Egreso ......... .
loe artículos 16~ de la Ley del Timbre y 30 de la Ley
de H&amp;eienda, publfquenee loa edictos en la forma. pres
EXISTENCIA ......... .
orlta por el art. 16ó~ del 06dtgo de Prooedlmleutoe
Civiles. clteee A la Juutc, do herederos l qne ee refiere
el 1669 del mlemo Orden•mlento y lue¡¡o ee proveerá
a.
lo demás que correuponda. ~ctlflqueee. Lo decreto y
Eleeeión de Funcionario.
firmó el O. Juez 2° de Ltitree lnt.rlno del Ramo Civil:
doy !é.-Llc &amp;que de Lnna.-Llc. J. Garcla Guajar,
C6dígo de .Procedimient.o, Civiles.
do, Srio.-Rt1brlcaa •
El Sr. Guillermo Salazar, fué elecGeneral Terdn, Abril 2s de 19fl'I.-Je,ú,J G. 0,,.tina.Lo que 88 publica en eeta forma en cnmpllmiento
8789-6S de lo dlepull!to en el auto Inserto.
to por la Junta de Escrutadmes de A -A . .RodrlgU,e,;.-A-L 7,ei,iffo..
Monterrey, 2 de Mayo de 1907 -Lle. J, Garo!a Guajardo, Brlo.
8678-61
EDICTO •
Allende, Alcalde 29 Suplente de
Juzgado 2' Local.~General Terlln, Nuevo León.
EDICTO.
aquella Municipalidad, en sustitude tatad , bl
d la 8
1fm1a
En el juicio In
o
a•
•
ra.
Juzgado 2' delo Oivll.-1\ fracción judlclal.-Eetación del Sr. Catarino Rocha que Crnz Gonzáles, veoina que tu4 de la Hacienda del Por- do de Nuevo León.
venir de eetajorlodlool6n, ""ha dietado el algolente En el julcio teetamentarl~ del Sr. Trinidad Gana
renunció dicho cargo:
auto:
Zambrano, voclno que fué de eeta Ciudad ee ha olcta•General Terd.n, Noviembre primero de mil nove• un auto que á ]a letra dioe:
'
cientos 88la.-Ot1mplue lo dlapueoto por el o. Ju.. de
"Monterrey. Abril dloolooho de mil novecientos ole,
Letras de esta Fraoot.6n Judicfal, en el auto que ante- te.-Por presentado con fil certificado y testimonio
La nueva Conveneión Postal.
cede: dáae por r&amp;dioado ea eelie de mi cargo, el JuloJo que se acompafian, a¡tre2u6ose para que surtan sus
hereditario á blenea de la finada Maria Crus &lt;Ionzll efeotoe ycomo ee pide, radlqueee en eete Juzgado el
La nueva Convención Postal Uni- les, vecina que fné de la Hacienda del Porvenir do .... julc!o testamentario l bienes del finado Br. Trinidad
ta jurledlooión, publlqueae este aut.o por trea veoea, Garza Zambra.no; dénse lne aviaos que previenen los
versa1 de Roma entrará en vigor el de diez en di.. d!aa;en el Per16dlc6 Odolal del Estado arte. 169 dela Le) del Timbre y 80 de la de Hacienda,
I º. de Octubre próx1'mo, y entre las y en La Vos de Nuevo León, pera qne lae personas publ!quese eete auto en la forma que lo previene el
que 118 ore&amp;n oon derecho &amp; la herencia, 1!18 preaenten art. 1669 del Oódigo dfl Pr,x,edtmiento~ CivilN, y en
ventaias que ofrece al
, bl'c
se á deducir 8ll8 - · ea •1 Wrmlno de trehlla dfaa, eegulda ee proveerá. Notlffqueee. Lo deoret.6 y fir.
a
pu l O,
á contar deede la (!!tima publicación de eote edicto. mO el C. Juez 2° de Lstrse interino do! Ramo O!vll:
sefialan las siguientes: es la primera, Notlf!queee, Lo deoret.6 Y firmó o! o. Alealde segun- doy fé.-Llc. Lnna.-Llc. J. Garcla Gu•jardo. Srlo.-do Oonetltuclonal: d&amp;moo I&amp;. -Jootle G. Cort!Da.-A~ Rtibrloes.
1a creación del "cupón respuesta," A. Rodrfguez.~A-L. Trevlllo.~Rrtbr!caa.,
Lo que"" publica en eota forma para que todas lae
ue da derecho para recibir á cambio Lo que"" m&amp;Dda publicar para loo e!ectoe:del auto personas que ee conelderon cün derecho A..ta suoeq
inserto.
eión, se preeent.f&gt;n dent-ro del término que fija el art.
de él
ta
'JI
I
t
General Terlln, Norlembre S de 1904I.-Jeetls G. Cor 1669 del propio Ordenamiento.
' una es mpl a para a con es- tlna.-A-A. Rodrfguea.-A-L. Trev!llo.
3268 60 Monterrey, Abril 20 de 1907--Llo. J. Garcla Gua
.Ó
I
d 1 d
ta CI n; y es a segun a, a e aumenEDICTO.
jardo, Brlo.
841i6 60
0
tar el peso á veinte gramos en vez Juspol delo Oivll.-1! INooi6D j11dlelal.--EDICTO.
do de Novo Le6tl.
Jtll'gado 1° de lo Clvll.-1' fraccl6u judiclal.-EetaEn eljulclo teatamentarlo del Br. Tomás Piles, ha do de Nuevo León.
d e quince por el mismo precio de porreoaldo nn auw, que A la letra dloe:
En el Julclo t ...toment.rlo del Br. Creecenclo Balas,
t e que h oy Se CO b ra.
,Monterrey, vetnUclneo de Abril de mil lloveolen- vecino qllJl fué de eeta Oludad, ee ha dictado un auto
e
toe alete.~Por - t e d o y admitido en cuanto ha que Ala R'tra dloe:
E stas re,ormas se refieren al ser- lugar en derecho, oon ol certificado de defunción y •Mont.rrey. velotidc,B &lt;le Abrll de mil nov,c!entoe
vicio postal • t
·
1
teetlmonio del teat.ammlto qaa IO 11COmpalla; ffirmeee alete.-- Por presentado y admltldn en cuanto ha lugar
10 ernaC!Ona , Y COmO expedienta; l'lldtqueee en eot.e .hulltado el juk,lo testa- en derecho, con el set~ de dofunc,Mo y teat'monio de
con esas reformas, este servicio in- men- que ae deullllOI&amp;; déoe elav!IO qao pMviene testamento que ee aoompsf!a, fórmese expediente,
el art. 169 de la Ley del Timbre Vigente, 7 de oon!or- téoga88 por radicado el juicio t~tamentario que ••
ternacional resulta más beneficiado mldacl oon lo ~ por al út. 1868 del 06dll!O de denuncia. déee el avleo qua proviene el art. 169 de la
· · •
.
Prooedlmlentoe Olvllee, j)nb~eoe eate auto t...,. ve- Ley del Tlmbr• vigente: fubl!qu,ee eete auto por tree
que e 1 serv1c10 mtenor, por lo que -oonllOCl1ltlVIUI enel Perl · OflclalyLaVo•de V"""8 coneecntivaeene PeriódlcoOfiolaly L&amp;Voz
respecta al peso de las cartas la n·1- Nuevo Le6n, y en on oportunidad convóqnoee A loe de Nuevo Loon y en BU oportunld•&lt;I convóqueee A loe
,
lntermadoa Ala junta que pre-.llme el art. 1869 del lnt.ereoadoe Ala Junta rle horedéroe que previene la
rección General de Correos estudia mlomo Qrdenamleam. l(ollflqueee. Lo et.6 ~l fil' ley, Notlt!queee. LodMret.ó ~ firmó el C. Juez 1,
•
mó el O. Jneo 1! de Letna Interino del
o Olvll: de Letras Int•rlno del Remo Civil: damos fll.-Lfc.
el proyecto de mvelar ese p(;SO en el l,lamoe !6.-Llo. Betello.-A-J. a... Iugnll'N.-.l- Botello.-A~A. Garza Zamb1ano.--A-J. Gonzálee.--

tres.,.....,.

'3,mbiéa.

intet'ior,

á

veinte gramos

A-=;.,.al~
.~--~~
=--Lib.

ea -pllmato R~rl=·;,. publlca en esta fo,ma en cnmpllmlento

de::~

8.Jlot.llo, 38-81

-~"·.. .,........,.._,..,_,..,..

---

.,..........................

":O:,':;~ J.Te"!i;r11 de 1907.-Llc.-a, Botello. 86 80

Este periodi
vos mensuales, e
número suelto v;
Sr. M. Barrero J

Postu1

EDICTO.

EDICTO,
Juzgado 1• de lo Oivil.-1\ fracción judlcial.-E.tado de Nuevo León
Oon fecha 24 de Abril anterior, se radicó ante este
Jn•gado el juicio de intoetado á bienes del Sr Oeeáreo
de la Garza, vecjno que fué dA f'st,a Oiuda.d.
Lo que ea ht.ce sebr;r al pt'iblico, para que las personas qoe fl8 orea.o con derecho á la herencia, se preaenten á d•duclrlo dentro del término l•gal.
Monterrey, á 2 de Mayo de 1P07.-L1c. S. Bot•llo.
87403 62

.riete. -- Visto el n.oo'Jl,b,amiento de tutm interino hecho
por e! m.em,r Jost Beyes Garza, en la perlOM del c.
Antonio Elizcmdo, de eat.a vecindad. Vüita la_ acepta
$ü3 ,030.32 ci6n y protata para. deaempeftar dicho cargo este Juz.
gado le d-ilcierne au. encargo, 'P'!-'ª que con arreglo á la.a
55,603.70 prescripcioneB
qu~ le encomienda en. BU 00-rd.cterel O6di
go de Procedimientos Oivilu de.Betnpeñe la.a Jur,,ciones
8 1,426.62 de ,m C0'11Mltid&lt;&gt;· publicdnooa:, por
el&lt;Perül
dioo Oficial,, d,il Estado 11 ,La Vo• de N1U!VO León,
Notij1,¡u.ese. Lo decrot6 ¡¡ ft,mlJ el C. Albalde ¡¡o Local
Propietario: da.,.,,.fé.-Jei6.B
Cortina. A ,4.. Rodrlgwz. A L 7'-eui!io.-Búbrioo,.,
.
ú, qu,i se publhla en cu.mplimitnto del. art. 1886 del

servicio

FORMAD(

o.

con que el Sr. Mart!nez Ortíz se sir- Y que no pagan las fábricas sumlaEDICTO.
favorecernos.
res de lana, calzado! etc. Otras m_u- Juzgado E de lo Civl!.-1' tracción judicial.- Eet&amp;chas razones se adujeron en el mis- do de Nuevo L60n.
Qon fecha quince de Marzo de mU novecientos cinco se radicó ante este J~ga.do el juicio de Intestado
mo sentido.
Biblioteta Públiea del.Estado.
de la Sra. Maria del Refugio Martlnez de Vlterl, veol•
Se nombró en comisión á los se- na que foé de ..ta Ciudad
Lo que ee hace saber publico, para que loe que se
A 975 ascendió el número de asís- flo:es En:ique F:on, Luí~ Barr?so crean
oon derec'ho á la herencia, se presenten á dedu
dentro del término de la ley.
tencias de lectores en dicho Esta- Anas, Ifítgo Nonega, Félix Martmo olrlo
Monterrey, 18 de Abril de 1907.-Llc. B. Botello.
3869 60
blecimiento durante el mes de Abril y Manuel Rivero Collado, para que
último, y se recibieron en el mismo c?nsulten co~ l_a_ Secretarla de Ha55 publicaciones periódicas y 11 c1enda la _posibilidad de qu~ se de·
obras nuevas.
rogue el impuesto en cuestión, y en
el caso de que sus gestiones tengan
resultado satisfactorio, formulen la
Corte de Caja.

l

en..,

vió

El de primera operación que prac-

EDICTO.

EDICTO.

Molllletíto al Dr. llatn4a.

de Batienda.

Juzgado 4· Oonetituclonal.-Montemoreloe, N. León.
Con fecha 20 del corriente, se radicó erl este Juzga.
rlo el juicio de int.eet&amp;do 6. bl.,.nee del Sr. Felipe Faea..
tOB. veoino que fué de eeta Qludad, en la Demarcaoion de Gil de Leyva,
Lo que se publica en esta forma para que las peno.
nas que se crean con derecho á la herencia, se preaen
ten á deducirlo dentro del término que fija el art. 1118&amp;
del 06digo de Procedimientos Olvllee.
Montemoreloe. Abril 26 de 1907.-Jeet!s Cant11. A
M. Oaiíamar. A Bamuel Rfoe.
8474-0-00

EDICTO.
Juzgado 2° Constitucional.- China. Nuevo León.
Oon esta !eoba y por dlepoelolón del O. J ues de Letras de eet,a 6• fr11:cción judicial se dió¡or radicado en.
eete Ju•gado, el Juicio de lnteetado bienes del Sr.
Rafael Mart!nez Cante, vecino que tué de -VIiia.
Lo que ee hace aaber al pdb1ioo para para que la persona que se crea con derecho á la herencia, ae preeente á deducirlo dentro del término de la ley.
China, 1? do M•yo de 1R07.-Jlll11B Cantd Leal.-AM. Dáv!la.-A.-Jorge fJant11.
8'1408-0R

EDICTO.
Juzgado 8' Oonetltuclonal.--8ab1nae Hidalgo.
Con eeta feoha Y por dlepoelción del O. Jues ele Letrs■ de la 6• fracción judicial, ae ha radicado en este
de mi cargo el juicio de intestado , bienes de loe tinados, Ml&amp;"a.el Florea y Manuela Gatmin Vd! de Florea.
veoiDOB que fa.Aron de esta Vllla.
Lo que se publica en esti&amp; forma, para que las penonas que se oonBideren con derecho á. Ja herencia,•
presenten á deducirlo dentro del t.lrmlno que fija al
art. 1686 del Código de Procedimientos Olvllee.
Sabinas Hldal¡r", Abrll 18 de 1907. -J. M. de la Gar·
za -A-Garlo• M. Ramoe.-A-E. Hernández. 8369 Bl

ED

IC

T

o. .

Juzgado 2º Oonetitncional.-Garcfa, Nuevo León.
Oon fecha trece del actual y por dfepmrlción del O.
Jnes 2° de Letru del R1uno Oivil de Peta fracción judiclal ee radlo6 en eete de mi cargo el julcio de lnteo
tado 4 biflnea del Sr. Teodoro Treviño y de su ea~•
Andrea Rodrfgues, finad.os y vecinos que fueron de
esta misma Villa.
Lo que B8 pub·.toa en esta. torm.a, para que laa penonas que se OJ'ean con derAflht) á la h~rencia, se preeeD¡·
ten A deducirlo rl•ntro del término !•gal.
Garc!a, Abrll 15 de 1907.-Jeetie Roblee.-A-15. A.
Sáncbez DA, ila.-A -Librado ~ep11lveda.
86942-82

I
Pi

Propietario C.
Suplente ,, l
Propietario ,,
Suplente ,,
Si;
Propietario C.
Suplente
,, l
7
Propietario C.
Suplente
,,

e

Propietario C.
Suplente ,, ·
Q
Propietario C.
Suplente
,, .

1

EDICTO.

o.
Rept'ib fOR M~xicana. -Juzgado 2º Oonetitucional ele
1

E DI CT

General Br .. vo. -Nuevo LeOn.
~
Hoy. µo, d!epoalolón del c. Juez de Letras de la.,
fracoi6, J_u ,icial del Estado, ee rodlcó en ...te J ~ ·
do el jufoiu d-e intiEstamentarfa á. bienffl del Sr. Oúl·
miro G&amp;r7.l1, v,olno que fué de eeta Villa.
Lo qne •• publica en eeta forma, á ftu deque 1aaper
eonas quf' s•• crfllln con df'recho 4 )a btrenoia. se pre·
eenten,, j rclte.Plo dentro el término que fija el ar$.
1685 del 06 '!godo Procerllmlent, 8 Oivlt...
Geno,,-1 R•avo, 29 de Abril d• 1907.--AureUano (laD
ttl-~A-1. A v,ga.-A-Juan 1. BAnchez.
86941-82
EDICTO.

Juzgado 2·· Local.-General Terlin, Nuevo Lef,n,..
J!Jn 1 .
-•¡
e jweio de inu,.,tado á bienes de la Señora,.~.
ciana de Ochoa ae ha dictado el siguiente auto:
Montemorcloo. Marzo veinticuatro de mil ochocienfOI
ochenta y m,,eve-_Téngw,e porra&lt;licadoel jui&lt;-i.ode•
re.l!ta&lt;lo de D Feliciana de Ochoa, vecina qu,i j,d d8 kl
Villa de General Terán, reciba,e la infarmacüm tell'·
mi_mial pr~''.'·ita por el art. 1679 del Código de Prooedi
mumto. C'1ol,s; citense por edicto. en el •Periódico OJ,0101• de! Estado y en •La Voz de Nuevo León• á 1o3 qua
Be crean con.derecho á la hcmmcia, para 'JU" c&lt;Yrrlpa,...
can á deducirlo en el término de treinta dÚUl que ,e "'11&gt;'
tardn deBCZ, la publicación del ftltimo edicto y let
at"l.808 c¡ue previenen los arts. 26 de la Ley de Ha,:i6111111
de! ~tado ~ 74 de la Ley de! Timbre. Se enoom ·
laa diligencia., de su,ta,.ciaci6n respectivas al .Alcalde r
Loca! de Gweral Teran. Lo decreU, y ftrtnl&gt;_ ,t C. ~
'!'3Letrcu,dela1•Jraccitniju.dwial:doyfé-Lic- If1-JOSa.-A ✓osé J. Garcia-A Daniel M. Lozano -Rúbrie"'·
Lo que se manda publicar, hoy qtte se e:xpens6 •' bre respectivo.
General Terdn. Febrero 20 de 1907.-JelÚI G. ~
~A-A. Rodrlguez.-A~L. Treuiño.
BUS

·:;·LA·"'v'oz··nE~•Ñ.u'Evo:LEoÑ:'
Yate 10 es. fil ~emplar,

~rrn

•

Juzgado 2º Oonetltuclonal.- Garcla Nuevo León.
Oon ff'&lt;•h~ trece d~l actual y por diepoeioión del O.
Jue• de L. trae del R .mo Oivl! de eeta traoolón judl•
clal, ee radicó en eete do mi oargo el juicio de int.el•
tado á bienes del Br. Anaetaolo Martfnez y de eu OIpo"" Sra. Luz del mismo apellido, finados y veci1101
que tuoron rl• ••~ misma Vlila.
Lo que er pa blioa en esta forma, para que las penonaa que•• cuau con derecho 4 la herencia, ee pre·
senten A de&lt;luolrlo dentro del término legal.
Garc!a. Abrll 1~ de 1907.-Jeelle Roblee.-A-8, A.
B&amp;ncbe• Dlvlla.-A~Llbrado Bepdlveda.
88942 8ll

Al

escribi1

surge ante

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                <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>La Voz de Nuevo León : Periódico semanal, político y literario. 1907, Segunda Época, No 60, Mayo 11</text>
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              <text>Periódico que varió su periodicidad entre bisemanal y semanal. Ignacio J. Mendoza su primer editor responsable, adicto al régimen de Bernardo Reyes. Lo suplieron Aurelio Lartigue y Manuel Barrero Argüelles. Publicación política y literaria de fines de siglo XIX que postulaba a Bernardo Reyes a la gubernatura. Además, contiene noticias municipales sobre industria, política y sociedad, artes y literatura.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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