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�UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON
Rector: Lic. Manuel Silos Martínez

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340

300

364

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES Y COLEGIO DE CRIMINOLOGIA

Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias
Sociales. Junio de 1973. Monterrey, Nuevo
León, México. Universidad Autónoma de Nuevo León. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

DIRECTOR: .... . .......... . ............ . .......... Ernesto T. Araiza Rivera, Profr. y Lic.
SUB-DIRECTOR ACADEMICO: .... . ...... . .... . ................ Lic. Arturo Ahrego Ortiz
COLEGIO DE CRIMINOLOGIA.............. . .............. . ... Lic. José Luis Gálvez Pérez
DECANO: ....................... .. .......... . ............ . . Lic. Leopoldo Peña Garza

...
y.

cuatrimestral.
En Marzo de 1979 inicia la 2a. época y concluye en Noviembre de 1988 (no. 12). Hasta
Abril de 1980 se publicó con el título Derecho
cho y Ciencias Sociales.

REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
DIRECTOR: ........................................ Lic. J. Mauro Villarreal de la Fuente
COORDINADOR DE REDACCION: ... . ................ Ernesto T. Araiza Rivera, Profr y Lic.
COORDINADORA DE SERVICIOS EDITORIALES: ............ Lic. Norma E. Guerra Gutiérrez
DISTRIBUCION Y CANJE: ............................ . .......... Lic. Carlos Trejo Meza
ASESOR ARTISTICO: ...... . ........ . ............ . ............ Heriherto Gómez Pitalúa

l. DERECHO-MEXICO. 2. CRIMINOLOGIA
- MEXICO. 3.CIENCIAS SOCIALES-MEXICO.

La responsabilidad de los artículos publicados es exclusiva de sus autores. Las opiniones
expresadas son estrictamente personales, y no asumen responsabilidad por ellas la Revista, la F acuitad
de Derecho de la UANL o las instituciones a que estan asociados sus expositores.
CANJE,:

La REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES aparece cuatrimestralmente. No se devuelven originales aun cuando no se publiquen.

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Toda correspondencia debe dirigirse a:
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Revista Derecho y Ciencias Sociales
Ciudad Universitaria
San Nicolás de los Garza, N. L.

©

Tercera época. Mayo-Agosto 1991.
Septiembre-Diciembre 1991.
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Universidad Autónoma de Nuevo León.
Sucursal de Correos .. F", Apdo. Postal No. 31
Cd .. Universitaria.
San Nicolás de los Garza, N. L., MEXICO.
IMPRESO EN MEXICO.
PRINTED AND MADE IN MEXICO.
Devartamento Editorial FDYCS. UANL.
ISSN 0188-3658

IMPRESO EN MEXICO

•

PRINTED AND MADE IN MEXICO
Departamento Editorial
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Cd. Universitaria
San Nicolás de los Garza, N. L

�UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON
3a~ EPOCA

MAYO-AGOSTO 1991
SEPTIEMBRE-DICIEMBRE 1991

NUMEROS 8 Y 9

S U MA R I O

Pagina:
PREAMBULO•......•. , . • • • . . . . . . . . . • . • . • . • • • • • • . • . . . . • . . • • • • •

9

LA CRIMINOLOGIA Y LOS DERECHOS HUMANOS
Lic. Héctor F. Gonzalez Salinas .......................... .

11

LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS CONTRIBUCIONES VISTA POR
LA SUPREMA CORTE.
Lic. Mariano Azuela Güitron...............................

39

LA REFORMA PROCESAL PENAL DE 1991
Dr. Enrique Alvarez del Castillo..........................

65

"ACUERDO DE LIBRE COMERCIO EN MEXICO, ESTADOS UNIDOS DE
NORTEAMERICA Y CANADA".
Lic. Martha Alicia Fuentes de Méndez......................

117

LAS NACIONES UNIDAS CUADRAGESIMO-SEXTO ANIVERSARIO
DE FUNDACION.
Profr. y Lic. Ernesto T. Araiza Rivera....................

207

�P R E A MB U L O

El derecho como disciplina fundamental de vidaes dinamismoJ transformación social Y políticaJ cauce de -idealismo y pauta de convivencia armónica y pacífica.
Por su misma índole como materia objetiva de CQ
nacimiento y práctica esta disciplina debe mantenerse en -plan de investigación constanteJ de suerte que esa tarea -permanente desplegada por sus corifeos con la intención deavizorar modificaciones o adecuaciones que hagan de la cosa
social motivo de progreso y desarrolloJ promueva no solamen
te el desenvolvimiento de las instituciones básicas del entorno comunitarioJ sino que también lleven al hombre a la plena satisfacción del bien comúnJ que en instancia final es la razón fundamental del sér y quehacer del Estado moder
no.
Este núcleo de ideas sirvió de base para que en
el seno de nuestra Facultad de Derecho y Ciencias Socialesse produjera un movimiento renovador con afán de darle a la
comunidad un notable ejemplo y una prueba evidente de lo -que puede hacer la gente joven que realmente estudiaJ acontecimiento que tuvo como actores principales a jóvenes estu
diantes que se echaron a cuestas la tarea de realizar el -PRIMER SIMPOSIO DE DERECHO INTERNACIONALJ el cual ~ontó con
la asistencia de prestigiados profesionales de la jurispru9

�dencia, aun del extranJero.
Justamente buena parte de las inquietudes teort
ticas Y Prácticas vertidas en ese evento tan significativoson recogidas en las páginas de esta revista de Derecho.

L A C R I MI N O L O G I A Y L O S
D E R E C HO S HU MA N O S

LIC. HECTOR F. GONZALEZ SALINAS
Ponencia presentada ante el IV Congreso
de Criminologia en representación de la
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
de la Universidad Autónoma de Nuevo --León. Querétaro, Qro., 1990. Misma -que valió al autor ser nombrado CIUDADA
NO DISTINGUIDO de la ciudad de Quereta::ro, Qro.

Tenemos la convicción de que los conceptos y -los argumentos que ellas contienen constituyen un valioso caudal de Jurisprudencia andante que mucho ha de servir a las generaciones presentes y a las venideras de la siemprevenerable ciencia del Derecho.

T E M A
A S P E C T O S GE N E R AL E S
ERNESTO T. ARAIZA RIVERA, PROFR. y LIC.
DIRECTOR

CAPITULO I
AL G O DE H I S T O R I
Existen tres conceptos quehan sido tradicionales cuando se
estudia la evolución de los Dere
chos del Hombre en la Historia,el primero es el CONCEPTO INGLES
cuyo régimen tend1a a un monis-- mo polltico, ya que pretendla -hacer del parlamento el poder -preponderante. Consecuentemente
las - libertades - se conQuista-

11
10

A

ban y se aseguraban contra el mo
narca, cuya autoridad decrecla en la misma proporción en que au
mentaban las del parlamento.
No ocurrió lo mismo con losEstados Unidos de Norteamérica,Quien con su constitución nacida
del Congreso de Filadelfia, se aprecia un dualismo polltico: --

�•

sistema de frenos y de eQuili--brio entre los poderes legislatl
voy ejecutiV01 coexistentes y concurrentes. Posteriormente con las - enmiendas a su Carta Magna
ya aparecen en forma -sistematica los - DERECHOS INDIVIDUALES
como limitaciones ala acción del Congreso y de las
legislaturas de los Estados.
-1

-1

El 11 de Julio de 17891 La Fayette1 propone a la asamblea constituyente la cuestión de los
derechos Públicos individuales.
Todo hombre - dice - nace con de
rechos inalienables e imprescriº
tibles1 e inicia su enlistado: la libertad de todas sus opiniones; el resguardo de su felici-dad y de su vida; el derecho depropiedad1 la entera disposición
de su personal de su industrialde todas sus facultades; la comu
nicación de sus pensamientos por
todos los medios posibles; el es
fuerzo para lograr su bienestarY la resistencia a la opresión.
Ningún hombre puede estar sometí
do sino a leyes consentidas porél o sus representantes1 promulgadas con anterioridad y aplicadas legalmente.

12

Pero el CONCEPTO FRANCES1 va
mas a11a. Si los ingleses establecen la intangibilidad del par
lamento; si la Constitución norteamericaAa1 enumera los dere-chos individuales; el francés ha
ce una grandiosa aportación al derecho polltico1 al hacer de la
Declaración de los Derechos delHombre un Código PRECONSTITUCIONAL1 impuesto como norma inviola
ble a la constitución misma.

Son tres por tanto1 en orden
jerárQuico1 los ordenamientos -Que regulan el derecho polltico:
la Declaración de los Derechos del Hombre1 la Constitución y la
Ley. Si esta última esta ~upedl
tada a la Constitución1 ambas lo
estan a la primera QUe1 por defi
nición1 resulta sustancialmenteinvariable y perenne1 como catalogo de derechos primordiales -Que ninguna ley crea y ningún ór
gano de gobierrno debe violar.
Si hay alguna doctrinal nlti
da1 fulgurantemente expuesta1 en
la Historia del Derecho Constitu
cional Mexicano1 es - la de losDERECHOS DEL HOMBRE. Sus max1-mos expositores han sido Mariano

Otero y Ponciano Arriaga. (Proyecto de la minorla de la comi-sión de Constitución de 18421 en
el cual prepondera Otero; en elActa de Reformas de 1847 de este
Insigne repúblico y en la exposi
clón de motivos del proyecto deConstitución de 18421 obra exclu
siva de Arriagal encontraron vida plena y floreciente1 los Dere
chos del Hombre}.

encomendadas por la Constitución
a cada uno1 tendrán - un valla-dar infranQueable en los Derechos
del Hombre. La Constitución seinclina ante ellos1 los respetaY los garantiza.

La Constitución los reconoce
como la "Base y el objeto de las
Instituciones Sociales" y esta-blece las garantlas Que los salvaguardan.

El gran maestro José Maria Lozano1 enseñaba que una institu
ción en Que se desconozca como base los derechos de la humani-dad1 es decir1 del hombre1 seraviciada. Agregaba Que entre elINTERES SOCIAL y el INTERES IND!
VIDUAL hay Que sacrificar éste;pero en el Que puede haber entre
el INTERES general y el DERECHOde un solo hombre1 guardémonos de creer Que en algún caso sea licito sacrificar el DERECHO individual1 el derecho de un hom-bre1 por mas que se trate del úl
timol del mas oscuro y miserable
de los habitantes de la República.

Puede el Congreso dictar leyes sobre todas aQuellas mate--rias respecto de las cuales un texto constitucional le otorga competencia; puede el Poder Ejecutivo llevar adelante su ges-tión de acuerdo con las facultades Que la Constitución le atri
buye; y puede el Poder Judicial
ejercitar su arbitrio sobre todo aquello QUe el Código Pollti
co ha sometido a su jurisdic--ción; pero el Legislativo1 el-Ejecutivo y el Judicial1 aún en
el ejercicio de las funciones -

13

Así pues la Constitución - no declara o establece1 sino Que
- RECONOCE - los Derechos del -Hombre.

Para determinar los derechos
del hombre1 deberemos buscar en-

�ellos, como un rasgo caracterlsti
co, que competan al hombre en sucalidad de tal, sin relación a su
modo de ser en la sociedad. Esos
derechos le corresponden simple-mente como hombre y los ha recibi
do de la naturaleza misma, con to
tal independencia de la ley vigen
te en el lugar de su nacimiento.
Son derechos naturales e importan
las facultades necesarias para su
conservación, para su desarrolloY perfeccionamiento.
Los derechos del hombre pueden
concretarse: LIBERTAD SEGURIDAD,PROPIEDAD, IGUALDAD. (1,2)
Entre los de la LIBERTAD natu
raL acota:
a) Todo hombre nace libre. Libertad Humana.
b) De la Libertad de enseñan
za.
c) De la Libertad de trabajo.
d) De la Libertad de la Emisión del pensamiento.
e&gt; Del Derecho de petición.
f) Del Derecho de reunión.
g) Y el de entrar y salir -del pals libremente.
Entre los de SEGURIDAD, nom-bra principalmente:
a) Nadie puede ser molestado
14

en su persona o intereses -sin orden judicial.
b) Nadie puede ser encarcelado por deudas civiles.
c&gt; No se le pueden aplicarleyes retroactivas en su
perjuicio.
d) No se le podrá dictar prisión preventiva en los delitos que no merez
can pena corporal.
e&gt; Tendrá sus garantlas den
tro del proceso penal.
f) La prohibición de penasinfamantes, etc.
Por lo que hace a los dere-chos de IGUALDAD indica que todo
mundo es igual ante las leyes, y
por último los derechos de PRO-PIEDAD por todos conocidos. (3).

(1).-H[RR[RA, Y LAZO [D~ARDO. ~ESlUDIOS 0[ D[R[
CHO CONSTITUCIONAL". PAG. 231 Y SS.
PUBLICACION[S O[ LA [SCU[LA LIBR[ O[ D[R[CHO. [DITORIAL POLIS. M[XICO. 19,0.

(2).-H[RR[RA, Y LAZO [DUARDO. "[STUDIOS CONSTITU
CIONAL[S". PAG. 231 y SS. PUBLICACION[S 0[:LA [SCU[LA LIBR[ O[ D[R[CHO.
[DITORIAL JUS, S. A. M[XICO. 196,.
(3).-LOZANO, JOS[ MARIA. "TRATADO O[ LOS O[R[CHOS D[L HOMBR[". PAG. 116 Y SS.
[OITORIAL PORRUA, S. A. S[GUNDA [DICION.
M[XICO. 1972.

CAPITULO SEGUNDO
DE LOS DOCUMENTOS INTERNACIONALES IMPORTANTES.
La FAMOSA CARTA DE LAS NACIO
NES UNIDAS, conocida como Cartade San Francisco, firmada en dicha ciudad el 26 de Junio de --1945 y aprobada por el Senado de
la República, según decreto pu-blicado en el Diario Oficial del
17 de Octubre de 1945, es el -principal instrumento signado -por las Naciones inmediatamentedespués de la Segunda Guerra Murr
dial y posiblemente por este hecho es que fueron demasiado cautelosos en su redacción por lo que hace a los -Derechos Huma--nos -.
Integrada por diecinueve capltulos y ciento once arttculos,
en su capitulo IX, articulo 55,inciso c&gt;.- cita que la Organiza
ción con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y
bienestar, promoverá "el respeto
universal a los Derechos Humanos
y a las libertades fundamentales
de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad15

de tales derechos y libertades".
(4)., y añade en su articulo 56que todos los miembros de la Organización se comprometen para la realización de lo anterior, Y
el Consejo Económico y Social, según reza el articulo 62, número 2, podrá hacer recomendacio-nes con el objeto de promover el
respeto a los Derechos humanos,Y por ú1timo en e1 cap I tu 1o de -e
la Administración Fiduciaria --(Cap. XII), ordena que uno de los
-obJetivos- básicos en la erogación económica de esta Organización es -promover el respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales de todos~
César Sepúlveda en su "Derecho Internacional Público",~hace un balance sobre la Organización de las Naciones Unidas, comentando que es imposible atri
(4).- Texto: Senado de la República. TratadosRatificados y Convenios [jecutivos cele4

brados por México. To■o IX (19,3 - ·19,6).
Pág. 337 y ss. [ditorial Talleres Gráficos
de la Nación. México. 197,.
'

�buirle el valor de un curatodo y
que su aspecto positivo es Que pone una· sede a la comunidad internacional para sentarse a tratar los asuntos Que puedan cau-sar conflicto. (5)

hombre1 declara y enuncia sus 30 articulas.

No encontramos una descrip~
ción muy definida en dichos derechos: se mezclan derechos sus
tantivos y adjetivos penales1 Diversas críticas ha recibi- derechos de igualdad y los de -do la Carta de las Naciones Uni- seguridad en un mismo precepto.das por su falta de enjundia so- Por cierto no hace mención de -bre tema tan importante1 y de -- alguna garantla o salvaguarda -alll que se pensó en otro docu-- tratándose del derecho penal eje
mento1 Que lo encontramos en LA- tivo.
DECLARACION UNIVERSAL DE DERE--CHOS HUMANOS.
Tenemos:
Articulo 10.- "Todos los se
Adoptada por la Organización res humanos nacen libres e iguade las Naciones Unidas en su re- les en dignidad y derechos ••• "
solución 217 de 10 de Diciembrede 19481 consta de treinta ar--Articulo 20.- "Todas las~tlculos. En su preámbulo inserta personas tienen todos los dere-aún las monstruosidades de los - chos y libertades proclamados -crímenes de guerra de la Segunda por esta Declaración1 sin distin
Guerra Mundial y el desconoci- - ción de raza1 color1 idioma ... "
miento de las apiraciones más~elevadas del hombre1 y tomando Articulo 3o.- "Todo indivien cuenta que la O.N.U. ha rea-- duo tiene derecho a la vida1 a firmado en la Carta1 su fe en -- la libertad y a la seguridad delos derechos fundamentales del - su persona".
{5).- Pág 24\ y ss. Editorial Porrúa. México. 1966.

16

Articulo 4o.- "Nadie estara
sometido a esclavitud .•. •

Articulo 5o.- "Nadie será sometido a torturas ni penas o tratos cruelesl inhumanos o de-gradantes".

2.- "Nadie será condenado por actos u omisiones Que en el
momento de cometerse no fuerondelictivos ••. ".

Articulo 60.- "Todo ser - humano tiene derecho1 en todaspartes1 al reconocimiento de su
personalidad jurldica."

Más adelante en sus poste-riores articulas alude al derecho a la vida privada; a circular libremente &lt;tránsito); a -derecho de asilo; derecho a una
nacionalidad y no ser privada arbitrariamente de ella; hombres
y mujeres derecho al matrimonioY formar una familia; derecho ala propiedad individual y colee~
tivamente; libertad de pensamien
to1 de conciencia y de religión,
libertad de opinión y de expre-sión; libertad de reunión y de asociación; a participar en el gobierno de su pals; derecho a la seguridad social; derecho altrabajo y salario igual y a la educación entre otros. (6)

Articulo lo.- "Todos son -iguales ante la Ley,,,"
Articulo 80.- "Toda persona
tiene derecho a un recurso efectivol ante los tribunales ... "
Articulo 9o.- "Nadie podráser arbitrariamente detenido1 preso ni desterrado".
Articulo 100.- "Toda perso
na tiene derecho1 en condiciones
de plena igualdad1 a ser olda -públicamente y con justicia porun tribunal. .. "
Articulo 110.- "Toda persona
acusada de delito tiene derechoª Que se presuma su inocencia -mientras no se pruebe su culpa-bi lidad".

17

Como en la mayorla de los documentos internacionales se (6).- En el Texto: "lnstru■entos íunda■entales
de Derecho Internacional Publico". Pág.225 y ss. To■o l. Instituto de Investigaciones Jurídicas U.N.A.M. México, 1981.
Introducción de Alberto Székely.

�discute su -fuerza obligatoria-.
Algunos palses miembros de la -O.N.U,1 no lo suscribieron1 pero

en fin es otro esfuerzo palpable
por la lucha de los derechos humanos.

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS
La Comisión de Derechos Huma
nos de la O.N.U,1 sigue trabajan
do en este apasionante tóPiC01 sabedora de las múltiples di---ficultades e intereses que se -atravesaban y obstaculizaban laplena efectividad y la vida delrespeto a los Derechos Humanos.De sus estudios emerge primero1el Pacto Internacional de Dere~chos Económicos1 Sociales y Culturales (Resolución 2200 de Asam
blea General de la O.N.U,1 de 16
de Diciembre de 1966 y entrada en vigor1 el 3 de Enero de 1976;
y el Pacto Internacional de De-rechos Civiles y Pollticos1 entra
da en vigor el 23 de Marzo de -19761 al cual nos hemos de referir. Haciendo recuerdos de lasfamosas Siete Partidasl dicho do
cumento está dividido en VI Partes con un total de 53 artlculos.
Como revelando la preocupación de la Asambleal -por su ---

18

obligatoriedad-1 tiene como singularidad que decida sendos ar-ticulos en su Segunda Parte --intentar hacerlo efectivo1 dotan
do de instrumentos jurldicos1 de
tensas y recursos legales a losindividuos para hacer valer losderechos señalados en el Pacto.
En su parte 1111 hace una enumeración muy curiosa sobre -la -pena de muerte-. Anuncia de
principio: Articulo 10.- "El derecho a la vida inherente a la persona humana. Este derecho -estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida
arbitrariamente". Pero continúa
de hecho autorizando la pena caPital1 ya que en su numeral si-guiente acota: "En los palses -que no hayan abolido la pena capital sólo podrá imponerse la p~
na de muerte por los más gravesdelitos" ... "En otro de sus pre-ceptos no da ni concede patente-

de impunidad a ningún pats a que
cometa delito de genocidio. Enforma indulgente expone que toda
persona condenada a muerte ten-drá derecho a solicitar el indul
to o la conmutación de la pena.As! pues corno en la Edad Media se plantean los dos extremos: La
plenitud del castigo o la gracia.
Hace una reminiscencia del derecho penal antiguo al excluir dela pena máxima1 a los menores de
18 años o a las mujeres en estado de gravidez.

la norma general. Ejemplos: lapena de prisión acompañada de -trabajos forzados; porque la --sentencia asl lo dicte; el servl
cio militar; en los casos de peligro o calamidad y por razonescivicas normales. &lt;art. 8)

El articulo 71 de la mismaparte 1111 después de repetir la
ya tradiciCllal consigna de todoslos documentos1 en el sentido -"Nadie será sometido a torturasni a penas o tratos crueles in-humanos o degradantes1 plantea como novedad una situación victi
mal: "Nadie será sometido sin su
libre consentimiento a experimen
tos médicos o cientlficos".

2.- Toda persona será info[

Pretende regular con escasa
técnica jurldical la libertad de
trabajol sin lograrlo1 ya que -resulta más bien la enumeraciónde las "excepcionesº1 más que de

19

El articulo 9 y el 14 reg~Ian y hace un sondeo prolijo de
normas adjetivas penales1 que -podemos resumir:
1.- Nadie podrá ser sometido
a detencü.óo o prisión arbitrarias.
mada1 en el momento de su deten
ción de las razones de la misma.
Deberá ser llevada sin demora -ante un juez.
3.- Tendrá derecho a ser

juzgada en un plazo razonable.
4.- La prisión preventiva no

debe ser la regla general1 y vamás allá de las declaraciones -ahora vistas1 ya que declara: -"Toda persona que haya sido ile-galmente detenida o presa1 ten-drá el derecho efectivo a obte-ner reparación".

�5.- Todas las personas son iguales ante los tribunales.
Tendrá derecho a ser olda públicamente por un tribunal competen
te e imparcial.
6.- Alude a la intervención-

de la prensa, que puede ser ex-clulda de los juicios penales, cuando en opinión del tribunal pudiera perjudicar los intereses
de la justicia o del acusado.
7.- Toda persona acusada de-

un delito tiene derecho a que se
presuma su inocencia mientras no
se compruebe su culpabilidad.
8.- Toda persona acusada deun delito, deberá ser informadaen su idioma de la causa del PrQ
ceso, y a disponer de tiempo para su defensa.
9.- Comunicarse con su defen
sor, ser juzgada sin dilación.
Nombrarle defensor de oficio, si
careciere de medios suficientespara pagarlo.
10.- ·A interrogar o hacer in
terrogar a los testigos de car
go.

20

11.- A no ser obligada a declarar contra si misma. Y por último en su articulo 15 estable
ce el principio de irrectroactividad de la ley penal que perjudique. En los últimos artlculos
establece un Comité de DerechosHumanos, con personas que tengan
experiencia jurldica que se supo
ne informará en diversos perlo-dos sobre el cumplimiento de dicho Pacto, sus violaciones y situaciones Que guarden en la comu
nidad internacional. (7)
LA CARTA DE LA ORGANIZACIONDE LOS ESTADOS AMERICANOS, fue aprobada por el Senado de la República, según decreto publicado
en el Diario Oficial del 22 de noviembre de 1948, y sus miem--bros Que la integran, dentro delas Naciones Unidas, se reorgani
zan dentro del área territorialque su nombre lo indica, en un organismo regional, para lograrun orden de paz y de j ust i·ci a y-

Instru■entos Fundaaentales de Derecho Internacional. To■o I. Pág. 2,, y SS.
Instituto de Investigaciones Jurídicas
U.N.A.M. México. 1981.

(?).-"

sobre todo su propósito es de7
tender su - soberanla, la inte-gridad territorial y la independencia de los pafses firmantes.
De alll la explicación de que no
se ocupen en detalle de los de-rechos humanos, ya que se tratade un organigrama polltico colee
tivo; pero aún asl, nos encontra
mos entre sus PRINCIPIOS: Ar--tlculo 5o. inciso j).- "Los Esta
dos Americanos proclaman los derechos fundamentales de la perso
na humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo". Y al hablar de las -Normas Sociales en su capitulo VII,
reiteran el derecho de los hombres al alcanzar un bienestarmaterial y su desarrollo espirl
tual sin distinción. (8)
DECLARACION AMERICANA DE LOSDEBERES Y DERECHOS DEL HOMBRE, aprobada en la Novena Conferen-cia Internacional Americana &lt;aus
piciada por la O.E.A.), en Bogotá, Colombia en el año de 1948,manifestación a la cual los auto
res de Derecho Internacional Público de plano no le conceden va
liaez alguna y la clasifican como una mera declaración bien in-

21

tencionada, elegante en su redac
ción y muy romántica.
De lo dicho anteriormente so
bre el tema, los derechos que se
señalan no añaden nada nuevo.
El Considerando se dedica adestacar que la protección inte[
nacional de los derechos debe -ser gula principallsima del dere
cho americano en evolución. Heaqul un resumen:
- Articulo XVIII.- Derecho de Justicia."Toda persona puede recurrir
a los tribunales para hacer valer
sus derechos. Asimismo debe disponer de un procedimiento senci-110 y breve por el cual la justicia lo ampare contra actos de laautoridad que violen, en perjui-cio suyo, alguno de los derechosfundamentales consagrados constitucionalmente".

(8).- Texto: Senado de la República. Tratados Ratificados y Convenios Ejecutivos Celebrados por México. To~o X. Pág. 715 y SS.
Editorial Talleres Gráficos de la Nación.
1972.

�- Articulo XXV. - Derecho de-· de los derechos del hombre.
Protección contra la detención arbitraria.
Están limitados por los dere
chos de los demás1 por la seguri
- Expresa el principio de que- dad de todos y por las Justas -no hay delito sin ley.- Que un- exigencias del bienestar general.
Juez a la brevedad posible veri- {9)
fique la legalidad de la deten-cióry.- Y derecho a un tratamien
LA CONVENCION AMERICANA SO-to humano durante la privación - BRE DERECHOS HUMANOS resultadode su libertad.
de la consona de los palses miem
bros de la O.E.A.1 efectúan un - Articulo XXVI.- Derecho de estudio sobre los derechos humaProceso Regular.
nos1 incursionando y plasmando más sobre los medios de protec-Se presume que todo acusado- ción de ellosl ante quien denunes inocente1 hasta que se pruebe ciar las violaciones1 estableceque es culpable. Debe ser olda- los órganos competentesl su orgª
en forma imparcial y pública por nización1 sus funciones y compeun tribunal competente.- No de- tencias.
ben imponérsele penas crueles1 infamantes e inusitadas.
Su preocupación como en otras
ocasiones es garantir a los paf- Articulo XXVII.- Derecho - ses y personas afectadas y que de Asilo.
el resto de los miembros no ha-gan apostatar dichos derechos -Siempre y cuando no sea moti fundamentales del hombre1 verbivada por delitos de derecho co-mún y de acuerdo con la legislación de cada Dais y con los con- (9).- Texto: "La Organización de los Estados Aae
venios internacionales.
ricanos". O. E. A. Por Félix fernández :::
- Articulo XXVIII.- Alcance22

Shav. Pág. 795 y SS. 2a. Edición.
Ediciones Cultural Hispánica. Madrid.196}.

venios y Declaraciones ya estu-diadasl tienen la misma identifl
cación y enfoque1 pero en un -afán de reafirmarlos y que no -fueran a decaer son nuevamente-recordados de manera palmaria.

gracia el articulo 44: "que cuª-1.
quier persona perteneciente a los Estados Miembros de la OrgéÍnización1 puede presentar a la Comisión peticiones que conten-gan denuncias o quejas de violaciones de esta Convención". Yen su articulo 52 estatuye La -Corte Interamericana de Derechos
Humanos.
Muchos de estos principiosestán inmersos en los Pactos1CcJl

Firmado en San José1 el 22 de noviembre de 19691 consta de82 artlculos. Rehuyendo las redundancias1 inscribimos los enea
bezados y puntos destacados:

CAPITULO 11
DERECHOS CIVILES Y POLITICOS.
- Articulo 4.- Derecho a laVida.

daptación Social.
Da el significado de la misma1
que debe de entenderse ~orno la integridad flsica1 pslquica y moral.Los menores deberán estar separa-dos de los delincuentes adultos en
los procesos y los Juzgarán tribunales especializados. La caracterlstica de las penas privativas de
la libertad y su finalidad esen---cial será la reforma y la readapta
ción social de los condenados.

Aborda la pena de muerte1 en forma semejante que el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Pollticosl agregando sola
mente que no se impondrá a laspersonas que tengan más de 60 años.
- Articulo 5.- Derecho a la
Integridad Personal1 y a su Rea
23

�- Articulo 6.- Prohibiciónde la esclavitud y servidumbre.
Prohibida la trata de muje-res.
- Articulo 7.- Derecho a lalibertad personal.
Semejante lo afirmado por el
Pacto Internacional de DerechosCiviles y Pollticos. Solamenteagrega: Nadie será detenido por
deudas, a excepción de incumplimiento de deberes alimentarios y
ordenado por la autoridad judi-cial.
- Articulo 8.- Garantlas Judiciales.Refiere lo mismo que el Pacto Internacional, agregando: La
confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de ninguna naturaleza.
- Articulo 9.- Principio de
legalidad y de retroactividad.
- Articulo 10.- Derecho a in
demnización. (Error Judicial).,y
- Articulo 25.- Protección Judicial.-

24

"Toda persona tiene derechoª un recurso sencillo y rápido o
a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunalescompetentes, que la ampare con-tra actos que violen sus dere--chos fundamentales reconocidos-por la Constitución, la ley o la
presente Convención, aún cuando
tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio
de sus funciones oficiales*.(10)
Por último dentro de los Ins
trumentos Internacionales que -nos hemos impuesto examinar, seencuentra - LA CONVENCION EURO-PEA PARA LA PROTECCION DE DERE-- ,
CHOS HUMANOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES, signada en Roma, el 4de Noviembre de 1950, y entradaen vigor el 3 de Septiembre de 1953.
Su basamento es la Declara-ción Universal de los Derechos del Hombre, de 1948, y las in--(10).- Texto: •Instru■entos funda■entales de Derecho Internacional•. TollO I. Pág. 279
y SS.
Instituto de Investigaciones Jurídicas.U.N.A.M. México. 1981.

Quietudes son iguales a las ya descritas.
Esencialmente no encontramos
trazos muy sobresalientes; el D~
recho a la vida, prohibición detorturas, prohibición de esclavi
tud, derechos de libertad y de seguridad, la legalidad penal, las garantlas en el proceso, y la irretroactividad en su perjui
cio. Observamos un casuismo innecesario en su articulo 5o. alreflexionar sobre los derechos a la libertad y seguridad, señalando con minuciosidad, cuáles son las excepciones, es decir -cuando no se están violando esos
derechos, a saber:
"a&gt;.- La detención legal deuna persona después de ser con-denada por un tribunal competente;
b).- El arresto o la detención legal de una persona por no
cumplir una orden dictada, con-forme a la ley, por un tribunalº para garantizar la ejecución de una obligación establecida -por la ley;
e&gt;.- El arresto o detenciónlegal de una persona efectuado 25

con el objeto de conducirlo ante
la autoridad legal competente -cuando haya sospecha razonable de que haya cometido un delitoo cuando se considera razonablemente necesario para impedir que
cometa un delito o Que huya después de haberlo cometido;
d).- La detención de un me-nor por orden legal para fines de supervisión educacional o sudetención legal para fines de -conducirlo ante la autoridad legal competente;
e).- La detención legal de personas para impedir la propa-gación de enfermedades co~tagiosas, o de personas dementes, alcohólicas, toxicómanos o vagaburr
dos; y
f).- El arresto o detenciónlegal de una persona para impe-dir su ingreso ilegal en el te-rritorio o de una persona contra
la cual se está siguiendo un pro
cedimiento de deportaci-ón o ex-tradición."
La explicación a las anteriQ
res reglas se explican si pensamos en los palses y los lugaresen Que se originaron estas normas.
Algunas, inclusive tienen su fun

�damento en la peligrosidad del sujeto y naturalmente en la prevención de los delitos.
Y para finalizar este docu-mentol se encuentra el artlculo191 que a la letra dice: "Con el
fin de asegurar la observancia de las obligaciones acordadas --

por las altas partes contratan-tesl se establecerá:
1.- Una Comisión Europea deDerechos Humanos1 que en adelante se denominará "La Comisión".
2.- Una Corte Europea de Derechos Humanosl que en adelantese denominara "La Corten. (11)

CAPITULO TERCERO:
LOS DOGMAS PENALES
Dentro de nuestro Derecho Pe
nal Mexicano1 secularmente se -han recorrido - las verdades innegables e irrefutables del Dere
cho punitivo-.
Consagradas y elevadas a lacategorla de norma constitucio-nal1 evidentemente por su importancia y trascendencia en rela-ción con los derechos del hombre.
Los dogmas penales1 desde el
punto de vista sustantivo1 adjetivo y de ejecución se encuen--tran impresos en la Carta MagnaY desenvueltos en leyes secunda-

26

rias1 ya sea el Código Penal1 el
de Procedimientos Penales y Leyde Normas Mínimas o Leyes de Eje
cución Penal en el caso de las entidades federativas.
1a. No hay delito sin ley -previa que lo formule.
20. No aplicar pena que no se encuentre establecida
en la ley.

(11).-

el Texto: "lnstruaentos funda■entales
de Derecho Internacional Público". Pág. 325 y SS. To■o 1.- Instituto de Investiga
ciones Jurídicas. U.I.A.M.
1981.

[n

3a. No aplicar la penal sino
a consecuencia de un delito.
4a. No hay delito sin tip{-cidad.
5a. No aplicar la retroactividad en perjuicio.
6a. Nadie puede ser sometido
a un juez que no derivesu jurisdicción de la -ley.
7a. No puede aplicarse penasino mediante juicio.
8a. La forma de la ejecución

de la pena debe estar -previamente establecidapor la ley.
En el examen de los documentos a nivel internacional se observó que estos y otros Princi-pios referentes a la igualdad Y
seguridad de la persona se en--cuentran insertos también en laConstitución1 y que en obvio altiempo no los comentamos.

CAPITULO CUARTO
LOS DERECHOS HUMANOS A TRAVES DE LOS CONGRESOS
INTERNACIONALES DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE
PREVENCION DEL DELITO Y TRATAMIENTO DEL
DELINCUENTE.
Analizados se encuentran
los principales documentos internacionales que nos ha-blan sobre los Derechos Humª
nos.

gresos Internacionales de las Na
ciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente desde 1955 en forma in
interrumpida.

Como es conocido de to-dos los presentes1 cada cinco años se celebran los Con-

La agenda que el Departamen
to de Asuntos Económicos y So--

27

�ciales presenta a estudio, pre-vias reuniones al encuentro prin
cipal, es muy variado en sus temas penales - Criminológicos.

desarrollar eran muy ambiciosos,
pero las limitaciones de las sesiones nos obligan a reducirlosY sintetizar los Que comentare-mos.

En un Principio los puntos a
EL TRABAJO EN LA PRISION.
10. En México se encuentra supe-

rado la discusión de que siel trabajo en las prisionesdebe ser luna obligación del
recluso, un derecho o un medio de tratamiento?. Diversos palses aún se encuentran
buscando la respuesta. Lostrabajos forzados no son merr
clonados como pena: el ar--tlculo 5 de la Constitucióninclusive lo protege por loQue hace al horario. &lt; 8 -floras de dla y 7 horas noc-turno&gt;. El - trabajo fuerte
-, como lo denominaban los Códigos Penales derogados es
tarán substituidos por la ex
celente redacción, forma y esplritu de la Ley de Normas
Mlnimas y lo expresado por las Leyes de Ejecución de -los Estados.
28

20. La norma jurldica es excelen

te, pero lamentablemente las
condiciones en que se desenvuelven en muchas prisionesmexicanas deja mucho que desear. Hablamos de condiciones de trabajo, cuando existe trabajo; en donde hay --ociosidad ni condiciones hay.
3o. Los resultados no son muy sª
tisfactorios cuando hablamos
del trabajo de los internos,
de los centros penitencia--integrados a la economía nacional o local.
El mundo oficial como priva
do recela de su control decalidad, de su seriedad y de la capacidad laboral que
reciben los reclusos para desarrollarlo, ya no en óp-

timas, sino en regulares con
diciones.

9o. Dada la delincuencia constitutiva y recalcitrante es -muy cierto que se requieren4o. La pedagogla laboral, es feáreas de máxima seguridad; pero no que todo el centro pecha, que no encuentre eco en
nitenciario sea de alta segu
el mundo exterior. Los cenridad. No hemos entendido tros de educación laboral -que el trabajo se desenvuelson muy pobres, cuando exisve mejor y se produce más en
ten.
condiciones humanas. Se haolvidado de los centros agr1
5o. El ex-liberado tiene su máxi
colas para tanto interno dema y más alta dificultad enextracción campesina.
hacerse de un trabajo en elexterior, produciendo todaslas consecuencias negativas- 100. Las secciones de trabajo -que existen en algunos recl~
imaginables.
sorios altamente calificados,
suelen ser espacios flsicos60. La -modalidad de la preliberª
muy pequeños y son para loscional no se encuentra ajusturistas -.
tada a programas dirigidos a
establecer una unión con las
110. Asi pues la subsistencia -fuentes de trabajo.
del hombre, derecho elemen-tal no debe descuidarse. Po
lo. No hemos comprendido que elnernos al dla con las nuevas
trabajo penitenciario debe estructuras cambiantes, tanbasarse más en consideracioto económicas y sociales, pª
nes sociales que penales.
raque realmente se organice
el trabajo en las prisiones,
80. Tanto los sindicat-0s como -se capacite, se remunere, se
los empleadores no acuden al
planifique por regiones de llamado de las prisiones paacuerdo con los requerimienra auxiliar y tender un cortos de tales lugares en cuarr
dón de cooperación.
29

�to a los oficios y empleos y
QUe se haga plena realidad -

lo estipulado en las leyes a
este respecto.

ASISTENCIA POST - ·INSTITUCIONAL
10. Lo anterior está lntimamente
conectado con el trabajo delos internos.

zado es en el renglón fami-liar, ya que mediante orientaciones sus familias los -aceptan; pero la cuestión -del empleo subsiste.

2o. La O.N.U., se sigue plantean
do el problema que ellos resumen asl: Continúa siendo- 60. También concluyen son vanosel mayor obstáculo para 10-los esfuerzos dentro de la grar la completa rehabilita
prisión en el tratamiento, ción, o cuando menos prolonsi no se complementa con lagar el interés del hombre r~
post-institucional.
cluso en respetar las normas
de convivencia; la salida -- lo. Se requiere dedicar más prodel reclusorio.
fesionistas en este campo pa
raque puedan penetrar en -3o. Añaden que no se ha podido las organizaciones públicasdefinir en la mayor1a de los
Y privadas.
palses un programa de asis-tencia a liberados por falta 80. Pensamos que el rechazo digª
de recursos económicos y humos - natural del Público -manos.
está 1ntimamente conectado con la organización y admi-4o. Dificilmente los Patronatosnistración penitenciaria deencargados de esta misión lQ
donde provenga el interno: a
gran sus objetivos.
mayor imagen positiva menosproblemas en el exterior para
So. Los logros que se han aleanacomodar a los ex-liberados.
30

9o. Y, la asistencia post-institucional forma parte de la administración de justicia,que quede bien claro lo ant~
rior, y es parte del programa general de formación profesional; ya que tiende a --

considerarlo como algo dis-tinto y separado, más que CQ
mo parte integrante del de-ber de la administración dejusticia en general para con
el Estado.

POLITICA CRIMINOLOGICA Y DELINCUENCIA DE MENORES
Tratándose de los menores -desearla compaginar lo examinado
por la O.N.U., y nuestra reali-dact.
10. Se propone examinar la edadpenal. Nuestra Constitu --ción acertadamente deja a -los Estados la facultad de establecerla. Así tenemos 16 ó 18 años.

lEn realidad lo es? lla sociedad y la familia habremos
cumplido con nuestros debe-res, antes de etiquetarlos y
enviarlos a los Consejos Tutelares?
3o. Las condiciones materiales de la vida, sabemos de sobra
que el mejoramiento de ellas,
no es prevenir, si no se -acompañan al progreso social
y cultural.

20. Estimamos prudente re-examinar dicha situación cronológica:
4o. En el internamiento del me-lQue resultados ha tenido en
nor, aún se acostumbra, porlos Estados en donde se fija
desgracia, el hostigamientola edad penal a los 16 años,
f1sico, el castigo corporal,
y a los 18 años?.
que carece totalmente de jus
Lo anterior se solicita, con
tificación, ya que no surtebase en 1os conceptos de adapningún efecto psicológico -tación, del menor inadaptado.
que no pudiera obtenerse por
31

�-

a los reclusorios para adultos.

otros medios.

5o. Que la privación de los menQ
res1 sea cosa del pasado1 -- lo. Contar con más personal esp~
cializado en el momento de aprobemos más sustitutivos Que el menor se enfrenta a del internamiento para ellos.
la justicia. En la inteli-gencia de que se debe de en60. Conectado con lo anterior1 tender por verdaderas etapas
solicitemos a las Procuradudesde su presentación hastarías de Justicia de todos -la decisión de la justicia los Estados1 - Que se vigile
del menor.
Que los menores no ingresen-

EJECUCIONES EXTRA LEGALES.
TORTURAS Y TRATOS INHUMANOS.
Recordando Que es un derecho
fundamental del hombre el respeto a la vida y Que nadie puede ser privado de ella arbitraria-mente1 creemos pertinente hacerun llamado desde este foro a los
Se examinó Que se iba generª partidos poltticos de nuestro pa
lizando los asesinatos Y ejecu-- ts1 y Que con el respeto debidociones de oponentes pollticos o- ª estos institutos poltticos dide presuntos delincuentes1 come- riman y solucionen sus diferen-tidos por fuerzas armadas1 e ins cias en un plan de igualdad Y de
tituciones encargadas de la aPli legalidad1 evitando con ello lacaciOn de la ley u otros organis intervención de las fuerzas arma .
das y de la policta en las comumos.

En 19801 en er seno del sexto .congreso de esta comunidad irr
ternacional se pusieran en la mesa de estudio1 las ejecuciones e!
tralegales.

32

nidades para imponer el orden1sobre todo tomando en cuenta Que
los operativos para disolver los
disturbios civiles o amotinamien
tos por parte de la policla1 aún
dejan mucho Que desear en sus -tácticas anticuadas1 lo Que produce lesionados y muertes innece
sarias. En efecto1 ya existen-=
modernas técnicas de defensa que
tienen como objetivo prevenir yno reprimir con exceso de violen
cia a las multitudes.

Que se le respete su dignidad h~
mana.
Conveniente es1 que se dé -más publicidad a dicha norma jurtdica1 y que se incluya entre los Programas Pedagógicos de los
Colegios1 de las Escuelas y Academias de Policta a nivel fede-ral1 estatal y municipal.
Asimismo los Colegios de Abo
gados hagan suya la labor de divulgación por medio de conferencias y mesas redondas.

El 9 de Diciembre de 19751 la Asamblea General aprobó la De
Es frecuente escuchar a losclaración sobre la Protección de
todas las Personas contra la Tor detenidos que las autoridades irr
tura y Otros Tratos o Penas Crue- vestigadoras hicieron uso de métodos reprobables1 atacando la 1es1 Inhumanos o Degradantes.
integridad ftsica o pstquica del
En 1984 se convirtió en ins- acusado. Conocemos por otra par
trumento jurtdico de las Nacio-- te1 que en muchas ocasiones es nes Unidas1 y México los suscri- un ardid1 un modo de defensa del
be1 el Senado de la República lo delincuente1 pero en otras oca-aprueba1 lo mismo que el Poder - siones las violaciones son palpa
Ejecutrivol de lo que resultó lo bles e innegables. Cuando la PQ
que hoy conocemos Ley Federal pa licia investigadora se encuentra
ra Prevenir y Sancionar la Tort~ muy bien preparada1 no requiereral de 27 de Mayo de 1986. Con- de tales métodos conocidos comoesto nuestro pals1 demuestra el- "El tercer grado". Una buena irr
sano propósito de cumplir y ha-- vestigación1 una excelente info[
cer cumplir un anhelo del hombre: mación1 el uso del laboratorio 33

�de criminallstica en los delitos
Que dejan escena del crimen y la
preparaciónen la materia de int~
rrogación para investigadores, da como resultado la confesión inclusive grabada y filmada me-diante el video y transcrita enlas diligencias judiciales. Enla práctica cónocemos a excelenre~ investigadores, pero - no -Quieren tomarse el tiempo - QuereQuiere la ardua investigación.

Los cobros indebidos, los precios sumamente altos por dere
cho a la visita conyugal, los -alojamientos exclusivos y lujo-sos, de tal forma que la discriminación y la anarqula son la re
gla y no la excepción. Permitáseme excusarme, por traer a --estas líneas, problemas muy subrayados en los Congresos Peniten
ciarios, pero se supone que esta
mos hablando de los derechos humanos y estamos convencidos queDe aQUI que pugnemos por una aouellas actitudes de funciona-revisión del curricular Que ca--:: rios corruptos de las Prisiones,
pacita en las Academias a los f~ lesionan seriamente a la poblaturos investigadores, para Que - ción penitenciaria.
se encuadren debidamente las --asignaturas, con e1 tiempo que d~
Por otro lado, fijemos las ba de invertirse en su estudio - peticiones justas del buen per--para que resulte el conocimiento sonal penitenciario, que reclama
debido de la psicologla crimino- justos salarios y prestaciones.
lógica, la tnterrogación para in En esta misma ponencia, hemos de
vestigadores y el empleo de un - jado asentado, que la Administra
laboratorio de criminaltstica, - ción de Justicia, no se agota al
el gran apoyo que puede obtener pronunciar el juez la sentencia-oe- -e-i- ta -pnnéla replicante.
Y parece que la tercera parte la
hemos olvidado. A la palestra Por otra parte, dentro de los surge nuevamente la cuestión pecentrrrs penitenciarios,todavla -- nitenciaria, sus yerros ya muy quedan reminiscencias de las in-- tradicionales, por falta de unajusticias cometidas contra los re buena selección previa y capaciclusos.
tación antes y durante sus labo-

34

res. Naturalmente debemos de in
cluir un justo salario para losQue ingresen a prestar sus serví

35

cios al Sistema Nacional Peniten
ciario.

�C o N C L u s I o NE s

lo. Los Documentos Internacionales Que se han venido estu-diando por espacio de varios
decenios1 aunque no obliguen
jurldicamente al pais, son aleccionadoras experiencias1
y en ocasiones dolorosas1 -Que han padecido algunos pue
blos del mundo1 y Que en com
paración México se puede catalogar como una nación respetuosa de los Derechos delHombre.

3o. Como señalaba Cesar Beccaria,
Queda a los amantes del derª
cho, y esto era reafirmado por Von Iheringl reafirmar-los, alzar respetuosamente su voz para exigirlos.

20. Los Derechos del Hombre, o naturales del ser humano, de
ben estar antes, inclusive de la propia constitución, ya Que son consubstancialesª él. Nuestra constituciónlos protege a través de lasgarantias del individuol aun
con los defectos de forma yde fondo que la doctrina juridica ha señalado y Que --ciertamente se pueden corregir.

5o. De lo anterior se puede cole
gir, Que las disciplinas pro
pias1 el Derecho Constitucio
nal1 las Garantlas Individuª
les,el Amparo sean asignaturas a las cuales se les ded!
que toda una vocacion en dichos centros superiores de estudio. Las Ciencias Penales y Criminológicas son unfuerte baluarte de los derechos del hombre1 ya Que seña
lan los rumbos, descienden al-

36

4o. En el Territorio Mexicano1 las facultades de Derecho yescuelas deben de ser banderas izadas diariamente en fª
vor de los derechos del hombre.

detalle de la norma jurldica
punitiva. La Criminal1stica
indica al sospechoso, el Derecho Penal y el Procesal lo
juzganl la Criminologla lo es
tudia y el Derecho Peniten-ciario intenta con gran sa-lud1 rehabilitarlo.
60. Las Universidadesl las Facul
tades de Derecho1 deben de sal i r a la ca 11e a1 pueblo median te sus bien organizados servicios sociales de tipo j!!
rldico (Despachos JurldicosGratuitos&gt; para dar consultaYasesorla a la gente menesterosa.
7o. El esteta del Derecho1 debedejar su cómoda situación1-ya que los sedentes de la au
toridad1 que mal la interpre
tan, hacen a los yacentes in
defensos. Lo anterior1 ya que las leyes en su procesode formación ocupan un lugar,
Pero es en la práctica donde
verdaderamente se aplican ytienen su doctrinal y judi-cial interpretación.
80. Necesario es organizar debidamente el trabajo en la pri
sión de acuerdo con los cáI

I

37

nones que fija la Ley de Normas Minimas sobre readapta-ción social de sentenciadosl
incluyendo la pedagogla labo
ral.
9o. Que la Asistencia Post-Insti
tucional forme parte de la Administración de Justicia1lo mismo que del tratamiento
penitenciario1 de aqul que1deben de funcionar los patro
natos Pro-Reos Liberados.
100. Poner atención a los delincuentes menores de edad; revisar si ha funcionado la minorla de edad a los 16 -añosl y que definitivamenteno ingresen a las prisionesde adultos.
110. Que en los institutos donde

se capacita a nuestros policlas1 en los tres niveles, Federal, Estatal y Municipal
se les impartan materias adª
cuadas que los conviertan en
verdaderos investigadores: de esta forma el trato paralos detenidos ser~ diferente.
120. Dentro de las prisiones debe de reprobarse terminantemente la eXDlota:im rel recluso.

�LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS CONTRIBUCIONES
VISTA POR LA SUPREMA CORTE
TEXTO DE LA CONFERENCIA DICTADA POR EL SR. MINISTRO, EN EL SIMPOSIO DE DEl![CHO,
O~GANIZADO POR LA COMISION ACADEMICA DE LA FACULTAD DE DERECHO, VERIFitADA El EL PARANINFO DE LA UNIVERSIDAD, UNIDAD MEDEROS, EN ABRIL DE 1991.

LIC. MARIANO AZUELA GUITRON
INTRODUCCION.- 1.- Justifica--ción de la intervención de la Su
prema Corte. 2).- Contenido dela intervención. 3).- Alcance -

de la intervención. 4) Límitesde la intervención. 5) Crite--rios fundamentales de su inter-vención. 6).- Conclusión.

INTRODUCCION:
En el mes de junio de 1879,se emitió por el Congreso de laUnión la Ley
de Ingresos en la •
Que se estableció, en la frac--ción XIV, un impuesto a las fa-bricas. La reacción no se dejóesperar y diversos fabricantes de hilados y tejidos de los Esta
dos de Tlaxcala, Coahuila y Nuevo León, promovieron demandas de
amparo considerando que la ley era inconstitucional. En esen-cia alegaron Que el tributo quese establecía en su perjuicio --

39

era desproporcional e ineQuitatl
vo puesto Que, por una parte, SQ
lo se refería a los capitales in
vertidos en fabricas y no a losinvertidos en otras actividadesY, por otra, sólo se imponía a los contribuyentes de aquellos Estados en los Que existían fa-bricas y no a los de los Estados
Que no contaban con esos establ~
cimientos. Se añadió que al establecer una exención a Quienes-tuvieran inversiones de Quinientos pesos o menos, se violaba --

�también el principio de equidad
al qtorgarles un trato prefererr
te frente a los que tuvieran irr
versiones mayores. También seconsideró que se violaba el articulo 13 de la Constitución vi
gente, es decir la de 1857, to
da vez que al imponer el tributo solamente a un sector de lapoblación se trataba de una ley
privativa. Se alegó la viola-ción al articulo 4o. porque alestablecer esa imposición se -atentaba contra la libertad de
trabajo al desalentar inversiones impidiendo el ejercicio deese derecho. Finalmente se argumentó que se atentaba contrael desarrollo industrial del pa
Is al precipitar a las fábricas
a una ruina inminente. Como se
ve, no obstante que han transe~
rrido más de cien años, los argumentos de inconstitucionali-dad formulados no varlan en mucho de los que todavla hoy se repiten en contra de las disposiciones tributarias que se reclaman en amparo. Dos jueces de Distrito otorgaron el amparo
y uno lo negó, interponiéndoserecurso de revisión por los --afectados, ante la Suprema Cor40

te. Las decisiones de ésta fueron en el sentido de negar la -protección constitucional, cons1
derando que el precepto reclamª
do era constitucional. Aunque los engroses correspondientes no
son muy expllcitos, si se especi
fica que la decisión fue por una
nimidad de votos en cuanto a los
puntos resolutivos, con algunassalvedades respecto de las consi
deraciones.
Don Ignacio L. Vallarta, pre
sidente del más Alto Tribunal,-formuló un voto particular que a
través de las interpretaciones .que la Suprema Corte y los trata
distas han hecho, ha adquirido celebridad pues se le ha atribuí
do, parcialmente con razón, quesostuvo que los Tribunales no PO
dlan examinar si los impuestos eran justos, si estableclan cuotas elevadas o si atentaban contra principios económicos, puesto que tales cuestiones sólo podrlan corregirse mediante el --ejercicio del derecho electoral.
En algunos de sus planteamientes
sostuvo que los miembros del Con
greso eran representantes del -pueblo y si aprobaban leyes tri-

butarias tendrlan que responder
ante él, por lo que si el sen-tir de sus integrantes era ad-verso, demostrarlan su descon-tento en las urnas. Dada la -clara inclinación de Vallarta a
recurrir a las sentencias de la
Suprema Corte de los Estados -Unidos, citó a Marshall en unade las sentencias Que calificócomo más notables, en la que e!
presó lo siguiente: "La facul-tad de imponer contribuciones al pueblo y a sus bienes, es -esencial para la existencia mi~
ma del gobierno, y puede legltl
mamente ejercerse en los obje-tos a que es aplicable, hasta el último extremo ague el go-bierno Quiera llevarla. La ún!
ca garantla contra el abuso deesta facultad, se encuentra enla estructura misma del gobierno. Al crearse una contribu--ción, el Legislativo es quien la impone al pueblo, y ésto es,
en general, una garantla contra
los impuestos injustos y onerosos .... Es incompetente el Poder Judicial para averiguar ha~ ·
ta qué grado el impuesto es el
uso legal del poder, y en qué grado comienza el abuso de la -

41

facultad de imponerlo."
Al concluir el propio Valla[
ta expresó el siguiente comentario: "Estas palabras del eminerr
te jurisconsulto, resolviendo un
caso en el año de 1819, han fijª
do el principio de que, en general, no toca a los tribunales -averiguar qué limite separa el uso del abuso en el poder de decretar impuestos. Ese principio
está consagrado en innumerablesejecutorias federales y locales,
y está aceptada universalmente por los publicistas."
Del texto de una jurispruderr
cia de la Suprema Corte se infie
re que recogiendo las ideas de Vallarta, se estableció de manera genérica que el problema de la inconstitucionalidad de las leyes tributarias no podla ser examinado por el Poder JudicialFederal. Salvador Rocha Dlaz, en un interesante trabajo titula
do "Estudio de la Fracción IV -del articulo 31 constitucional y
su interpretación jurispruden--cial", establece que pueden distinguirse diversas etapas respec
to de la interpretación referida.

�vo en cada caso especial cuandoaparezca a los ojos del Poder J~
dicial que el impuesto es exorbi
tante y ruinoso o porque se ha excedido el Poder Legislativo en
sus facultades constitucionales."
Como se puede observar, el nuevo
criterio se encontraba aún condJ
cionado a que los impuestos deba
tidos fueran exorbitantes Y ruinosos o bien a que las normas CQ
rrespondientes se hubieran expedido por el órgano legislativo fuera de sus facultades constitu
cionales. Sin embargo, en forma
gradual la Suprema Corte ha idoapartándose de esos requisitos Y
sin necesidad de explicitarlo ha
considerado que no hay limita--ción en cuanto a la posibilidadde examinar todos los aspectos concernientes a la constitucionª
lidad de las normas relativas alas contribuciones, como lo de-muestran las abundantes tesis -que al respecto ha sustentado yque bésicamente pueden localiza[
se en los diversos apéndices dejurisprudencia publicados cada diez años a partir de 1955, as1como en los anexos a los_infor-mes anuales de los diferentes -presidentes desde esa época.

En la primera de ellas destacala postura del mas Alto Tribu-nal de resistirse a examinar la
constitucionalidad de las leyes
tributarias, considerando que tales cuestiones sólo podran r~
solverse electoralmente. La se
guna etapa comprende la modificación sustancial del criterioreferido, lo que ocurre a par-tir del 20 de octubre de 1925,en que al resolver el amparo SQ
licitado por Aurelio Maldonadoabandona el pensamiento de va-llarta e interrumpe la jurispr~
dencia hasta entonces aceptada.
Aurelio Maldonado pidió amparo
contra actos del Tesorero General del Distrito Federal y --otras autoridades, porque pre-ténaran cobrarle el impuesto -predial, aplicando decretos que
aumentaban esa contribución --respecto de lotes en que no --hubiese construcciones. El más
Alto Tribunal de la República sustentó una tesis en la que li
teralmente determina que debe modificarse la jurisprudencia anterior "estableciendo ahora que si esta capacitado el Poder
Judicial para revisar los decre
tos o actos del Poder Legislatl
42

Ante el tema al que se refiere el presente ensayo, cabe formular algunas interrogantes: lNo
era más sabia la postura prlmiti
va de la Suprema Corte con la -que pretendla seguir el criterio
de Vallarta, especialmente toman
do en consideración que sus pronunciamientos siempre dan lugara que se le critique pues cuando
declara constitucionales los pre
ceptos reclamados se le acusa de
sumisión ante el Ejecutivo y Legislativo, y cuando hace pronunciamientos de inconstitucionalidad se le ataca de falta de sensibilidad polltica y de atentar-

contra el bien público? lExis-ten algunas razones que justifiquen la postura actual de acep-tar la competancia del Poder Judicial Federal para examinar todo tipo de planteamientos sobrela constitucionalidad de las leyes tributarias? lEn la hipótesis de que se justifique esa intervención, en qué consiste la misma? lQué alcances tiene? -lliene algún limite? y, finalmerr
te lEn el ejercicio de esas atri
buciones ha establecido algunoscriterios de especial importan-cía? Tratemos de responder esas
cuestiones.

1.- JUSTIFICACION DE LA INTERVENCION
DE LA SUPREMA CORTE.
Si se atiende al contenido del articulo 103 de la Constitución, se tendré que concluir que
conforme a nuestro régimen jurldico no solamente se encuentra-Plenamente justificada la intervención del Poder Judicial de la
Federación en el análisis inte-gral de la constitucionalidad de
las leyes tributarias, sino que-

43

sostener lo contrario implica -violar ese dispositivo. En efec
to, en él se previene que "los tribunales de la Federación re-solverán toda controversia que se suscite: 10.- Por leye~ o af
tos de la autoridad que violen las garantlas individuales; 20.Por leyes o actos de la autoridadfederal que vulneren o·re-stTinJart

�la soberanla de los Estados; 3o.
Por l~yes o actos de las autoridades de éstos que invadan la es
fera dé' la autoridad federal." ·como se veJ s1 ante un juez de Distrito se reclama la inconstitucionalidad de una ley relacionada con las contribuciones poralguna de esas irrgularidades1 tendrá que entrarse al conoci--miento de ellas.

no sólo podrán ejercer las atribuciones expresas que se les con
fierenJ por lo queJ atinadamenteJ
según expresión de Tena RamlrezJ
se les califica como poderes --constituidos. Ante el riesgo de
que -las-personas que en el tiempo y en el espacio lleguen a tener la titularidad de esos poderesJ actúen fuera de sus atribuciones o atenten contra las ga-rantlas individuales que la proPor otro ladoJ desde el pun- pia Carta Fundamental reconoce a
to de vista de la teorla consti- los gobernadosJ resulta imprestucionalJ la intervención de la- cindible que exista un órgano -Suprema Corte está plenamente -- encargado de velar por la suprejustificada. El ~ueblo es titu- macla constitucional y evitar ac
lar originario de la soberanlaJ- tos violatorios de la misma. -pero la misma queda depositada - Ese órganoJ que en ese sentido en la Constitución cuando el Po- adquiere calidad de tribunal --der ConstituyenteJ en representª constitucionalJ es la Suprema-~
ción de aquélJ la formula. En l&amp; CorteJ que en representación del
Constitución se previenen los po pueblo debe ejercer tan noble la
deres que tendrán la responsabi- bor. Juzgar de la constituciona
lidad de gobernar pero dentro -- lidad de las leyes que fijan y del marco que en ella se les se- regulan las constribuciones no ñala. Dichos poderes no serán - es sino aplicar concretamente -depositarios de la soberanla si- esas atribuciones.

11.- EN QUE CONSISTE LA INTERVENCION

DE LA SUPREMA CORTE.
En forma metafórica puede ca
lificarse la intérvención como terapéutica. Asl como el hombre
puede perder la salud cuando seproducen alteraciones que se ata
can con medicamentosJ en la so-ciedad puede darse la salud tributaria cuando autoridades y gobernados se encuentran en armo-nla. Ello ocurre cuando las autoridades actuando dentro de sus
atribuciones y respetando las -garantlas individuales inician y
expiden leyesJ y las aplican par
ticipando en el bienestar colee
tivo. Por otra parteJ los go-bernados participan en esa armQ
nica relación contribuyendo a los gastos Públicos de acuerdocon su capacidad económica y -respetando la verdad. Cuando los anteriores criterios de salud tributaria se abandonan sur
gen los conflictos. Se acude al Poder Judicial Federal paraque los resuelva mediante su ac
ción terapéutica. Autoridadesarbitrarias por ineptitudJ pre-

45
44

potencia o deshonestidad y con-tribuyentes incumplidosJ sin con
ciencia soc}al y sin responsabilidad ante su comunidadJ propi-cian la presencia del Poder Judi
cial Federal en la determinación
de la constitucionalidad de lascontribuciones.
En forma especifica existe una intervención imPllcita o tácitaJ que pocas veces se aprecia.
Cuando la Suprema CorteJ al re-solver casos concretosJ sustenta
una tesis que reiterada en cinco
casos consecutivos se convierteen -jursprudencia1 proporciona el
marco jurldico constitucional al
que deben atenerse el Poder EjecutivoJ en la formulación de ini
ciativas de ley y de emisión deresolucionesJ y el LegislativoJen la expedición de leyes. La experiencia revela que general-mente los criterios del más Alto
Tribunal de la República son res
petados y que si se hicieran estadlsticas se advertirla que tan

�to las normas Jurldicas tributarias como las resoluciones dic-tadas por las autoridades fiscales en su mayorla no son materia
de Juicios de amparo o de algúnotro medio de defensa, precisa-mente porque se _ha atendido a -las tesis y Jurisprudencias queorientan y gulan en su actuación
a las autoridades. Son los ca-sos de excepción -aunque por sus
caracterlsticas a veces muy es-candalosos- los Que ocupan la -atención de la Justicia Federal,
que encuentra en ello oportuni-dad de ir enriqueciendo sus criterios e incluso perfeccionándolos, como ~conteció en el año de
1988, en Que al estudiar, con -singular acuciosidad, la constitucionalidad de los artlculos -45-G a 45-1 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito
Federal, que establecieron y regularon el impuesto del 2% sobre
nóminas, permitieron reexaminardiveras tesis sustentadas con an
terioridad dando lugar a preci-siones que enriquecieron notable
mente el marco constitucional de
los tributos, establecido, gra-dual y dinámicamente, por el más
Alto Tribunal de la República, 46

como puede corroborarse en el -anexo al informe del presidentedel año de 1989, asl como en las
Gacetas mensuales de los prime-ros meses de 1990.
Por otro lado, la interven-ción de la Suprema Corte se realiza de manera concreta en aquellos casos que llegan a su conocimiento. De acuerdo con las -disposiciones actualmente vigentes, la inconstitucionalidad delas leyes tributarias puede ha-cerse valer en amparo indirectoante los Jueces de Distrito, --cuando se reclamen leyes auto--aplicativas y heteroaplicativas;
y ante los Tribunales Colegiados
de Circuito cuando, habiéndose optado por acudir previamente a
un medio ordinario de defensa, se reclame la sentencia que ponga fin al Juicio &lt;normalmente de
una Sala del Tribunal Fiscal dela Federación) pudiéndose Plan-tear como concepto de violaciónla inconstitucionalidad de la -ley tributaria. En contra de -las sentencias dictadas por esos
órganos, en las hipótesis especl
ficadas, procederá el recurso de
revisión ante el Pleno de la su-

prema Corte, Que deberá cumpliren definitiva con la función dedecidir si la ley reclamada o e~
timada inconstitucional en los conceptos de violación, se ajusta o no a la Carta Fundamental del pals. Al hacerlo se estable
cerán tesis cuyo rubro y conteni
do aprobado directamente por elpropio Pleno, de conformidad con
lo previsto por el articulo 195de la Ley de Amparo, estarán des
tinadas a la orientación de to--

dos los interesados a que antesse ha hecho referencia.
De lo anterior se infiere -que al actuar la Suprema Corte de Justicia no sólo restablece la armonla en los conflictos Que
se han producido entre autoridades y gobernados, sino que da -elementos Que, de atenderse, podrán evitarlos o al menos disminuirlos en el futuro.

111.- ALCANCE DE LA INTERVENCION
DE LA SUPREMA CORTE.
El articulo 107 de la Constitución, previene, en su fracción1, que el Juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada; Y, en la 11, que la
sentencia será siempre tal Que só
lo se ocupe de individuos particu
lares limitándose a ampararlos yprotegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sinhacer una declaración general re~
pecto de la ley o acto que lamotivare.

que el articulo 94 del propio -cuerpo legal, establece en su pá
rrafo séptimo, que la ley fiJará
los términos en que sea obligato
ria la Jurisprudencia que esta-blezcan los Tribuanales del Po-der Judicial Federal sobre inter
pretación de la Constitución, le
yes y reglamentos federales o lo
cales y tratados internacionales
celebrados por el Estado Mexicano, asl como los requisitos para
su interrupción y modificación.
De las anteriores disposicionesAl respecto debe destacarse - se sigue que al hacer un pronun~

47

�ciamiento la Suprema Corte decla
rando inconstitucional una norma
tributaria, sólo puede tener elefecto inmediato de beneficiar al quejoso especifico y no a todos los contribuyentes que pudie
ran encontrarse dentro del mismo
supuesto. Esta limitación es la
Que se sigue necesariamente de la llamada fórmula "Otero" o --principio de relatividad de lassentencias, lo que en múltiplesforos ha sido considerado indebl
do tratándose, precisamente, deleyes y sobre todo cuando la Suprema Corte de Justicia las ha declarado inconstitucionales enjurisprudencia. Este reclamo de
los juristas es plenamente atendible y serla altamente satisfaf
torio y elemento esencial del -fortalecimiento del Poder Judi-cial Federal que se reflejara en
la reforma constitucional pertinente. Podrla adicionarse la -fracción II del articulo 107 con
un párrafo que diJera: "Quedaran
derogadas las leyes deolaradas inconstitucionales en Jurispru-dencia de la Suprema Corte de -Justicia". Sin embargo, mien--tras esa reforma no se lleve a cabo, el alcance de los fallos -

48

del Pleno del mas Alto Tribunalestara sujeto a la limitación -apuntada. No obstante, al tener
facultad la Suprema Corte de es
tablecer jurisprudencias y al de
terminar el articulo 76 bis de la Ley de Amparo, que deberá suplirse la deficiencia de la queja en cualquier materia cuando el acto reclamado se funde en 1~
yes declaradas inconstituciona-les por la Suprema Corte de Justicia, y el 192 que la misma esobligatoria para todos los órganos de administración de Justi-cia, federales y locales de la República, se da una mayor ampll
tuda los pronunciamientos.
Como ha quedado especificado,
una ley puede reclamarse en ampª
ro indirecto, pero también es PQ
sible tacharla de inconstitucional a través del amparo directoen que se reclame la resoluciónemitida por un órgano Jurisdic-cional. Por lo que toca a la te
sis que se sustente al alcance sera similar en ambos casos, pero por lo que toca a la senten-cia que se dicte en cada uno sera diverso. Cuando el acto re-clamado es la ley, si se estima-

inconstitucional, el efecto de la sentencia sera que al quejoso
nunca se le podrá volver a aplicar ese dispositivo y, desde lue
go, si se reclamó con motivo deun acto concreto de ap l i ca---ci ón, éste tenara que dejarse -sin efecto. En cambio, cuando el problema de inconstitucionali
dad de la ley sólo sea materia-de conceptos de violación, el am
paro concedido sólo tendrá comoconsecuenicas que se deje sin -efecto la resolución jurisdicciQ
nal en la que se aplicó. En cuan
to al primer caso, debe destaca[
se que el mismo fue motivo de -amplias discusiones en el PleAode la Suprema Corte, llegándosefinalmente a sustentar la tesisque a continuación se reproduce:
"AMPARO CONTRA LEYES. LOS EFECTOS DE UNA SENTENCIA QUE OTORGAEL AMPARO SON LOS DE PROTEGER AL
QUEJOSO CONTRA SU APLICACION PR~
SENTE y FUTURA.- El principio de
relatividad de los efectos de la
sentencia de amparo establecidos
en los arttculos 107, fracción II, constitucional, y 76 de la Ley de Amparo, conforme al cual"las sentencias que se pronun---

49

"cien en los Juicios de amparo "sólo se ocuparan de los indivi"duos particulares o de las per•
"sonas
morales, privadas u ofi-"ciales que lo hubiesen solici-"tado, limitándose a ampararlos"y protegerlos, si procediere, "en el caso especial sobre el -"que verse la demanda, sin hacer
"una declaración general respec"to de la ley o acto que lamo-"tivare". La tesis reproducidadebe interpretarse en el sentido
de que la sentencia que otorgueel amparo y protección de la Ju~
ticia de la Unión tendrá un al-canee relativo en la medida en que se limitara a proteger al -quejoso que haya promovido el -Juicio de amparo respectivo, mas
no asl a personas ajenas al mismo, circunscribiéndose, por tanto, la declaración de inconstitu
cionalidad de la ley, al caso -concreto. Sin embargo este prin
cipio no puede entenderse al gra
do de considerar que una sentencia que otorgue el amparo contra
una ley sólo protegerá al quejoso respecto del acto de aplica-ción de la misma que se haya reclamado en el juicio, pues ello-

�atentarla contra la naturaleza y
finalioad del amparo contra le-yes. Los efectos de una sentencia Que otorgue el amparo al QU~
Joso contra una leY1 Que fue señalada como acto reclamado en el
Juicio de amparo1 son los de pro
teger al quejoso no sólo contrael acto de aplicación de la misma Que también se haya reclamado1
si ésta fue impugnada como heterQ
aplicativa1 sino también que ladeclaración de amparo tiene consecuencias Jurldicas en relación
con los actos de aplicación fu-turos. Ello significa que la ley
ya no podrá válidamente serle -aplicada al peticionario de ga-rantlas que obtuvo la protección
constitucional1 pues su aplica-ción por parte de la autoridad implicarla la violación a la sen
tencia de amparo. Por el con--trario1 si el amparo le fuera -negado por estimarse Que la leyes constitucional1 sólo podrla combatir los futuros actos de -aplicación de la misma por los vicios propios de que adolecie-ran. El principio de relatividad
Que exige Que el amparo se limite a proteger al QueJoso1 deri--

50

va de la interpretación relacto~
nada de diversas disposiciones de la Ley de Amparo1 como son -los artlculos 11 y 116J fracción
1111 Que permiten concluir que en un amparo contra 1eyes1 el -Congreso de la Unión tiene el -carácter de autoridad responsa-ble y la ley impugnada constituye en si el acto reclamado1 porlo que la sentencia que se pro-nuncie debe resolver sobre la -constitucionalidad de este acto1
en si mismo considerado. Asimis
mol los artlculos 76 bis1 frac-ción l1 y 1561 que expresamentehablan de leyes declaradas incons
titucionales por la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justi
cia de la Nación; Y1 finalmente,
el articulo 221 fracción l1 conforme al cual una ley puede serimpugnada en amparo como auto--aplicatival si desde Que entra en vigor ocasiona perjuicios alparticular1 permiten concluir -Que al no existir en esta hiPóte
sis acto concreto de aplicaciónde la ley reclamada la declara-ción de inconstitucionalidad Que,
en su caso proceda1 se refiere a
la ley en si misma considerada,-

,eon los mismos efectos antes pre
cisados1 Que impiden1 válidamen- ·
te, su aplicación fu~ura en perjuicio del quejoso. Consecuent~
mente, los efectos de una senterr
cia que otorga la protección - constitucional al peticionario de garantlas en un Juicio de amparo contra leyes1 de acuerdo con

el principio de relatividad1 son
los de proteger exclusivamente al queJoso1 pero no sólo contrael acto de a~icaciOn con motivo
del cual reclamó la ley, si se impugnó como heteroaplicativa, sino también la de ampararlo para ·
que no le sea aplicada válidamen
te en el futuro.

IV. LIMITES DE LA ACTUACION DE LA
SUPREMA CORTE
Cuando se Juzga la actuación
de la Suprema Corte1 se llega ifil
Pllcitamente a sostener que es un órgano encargado de frenar alos Poderes Legislativo y EJec~
tivo, produciéndose la idea, especialmente entre quienes no conocen derecho o se encuentran -alejados de la técnica del amparo, Que el más Alto Tribunal dela República debe actuar oficiosamente pronunciándose sobre todas las dis·posiciones Jurldicasque estime inconstitucionales. Esto no es posible1 como clara-mente se deriva de la fracción I
del articulo 107 constitucional,
Que ha quedado reproducida. Pero no sólo se trata de que el --

51

Juicio de amparo proceda a ins-tancia de Parte agraviada, sinoque es preci~o fldemás que ello quede demostrado en cada caso. La Suprema Corte tiene una Juris
prudencia muy antigua en la quese determina que el interés Jur!
dicó no puede inferirse a base de presunciones, sino que debe probarse de modo directo. Estosignifica que si se lleva al conocimiento de la Justicia Federal
un asunto en el que se plantea la inconstitucionalidad de una ley tributaria1 pero no se demues
tra el referido interés, el Juez
de Distrito 01 en su caso, el -Pleno o las Salas de la SupremaCorte1 tendrán que sobreseer en-

�el juicio. Resulta lógico, no cabe duda, que cuando alguien -promueve un juicio de amparo sepresume su interés jurldico; pero, por una parte, ello no se -encuentra probado directamente Y,
por otra, tampoco ello demuestra
que el quejoso tenga un interésjurldicamente protegido. Por -consiguiente, en estos casos elPoder Judicial Federal estará li
mitado en su actuación, pues alno proceder el juicio estará imposibilitado de entrar al examen
de la inconstitucionalidad pre-tendida. Asl, por ejemplo, para
Que se considere Que una persona
tiene interés jurldico para re-clamar el impuesto del 2% sobreactivos a las empresas Cvigenteen el año de 1989), resulta in-dispensable demostrar, en una de
las hipótesis de causación, Quese trata de una empresa, que tie
ne activos y Que realiza actividades empresariales; y, en la -otra, Que se otorga el uso o goce de un bien Que se destina a actividades empresariales.
También puede ocurrJr Que pa
ra reclamar la inconstitucionali

52

dad de un precepto se utilice -una vla procesal no idónea; asl,
por ejemplo, en la Tercera Salade la Suprema Corte se planteó en un caso la inconstitucionalidad del articulo de la Ley de A~
paro que establecla el sobreseimiento por inactividad procesalen aquellos asuntos en Que no -existieran promociones de la Que
josa o actuaciones judiciales -durante el término de trescien-tos dlas. Pero ello se hizo en el escrito por el que se desahogó el traslado relativo a la cer
tificación proporcionada por laOficina de Certificación Judicial
y Correspondencia, en la Que sehacia constar, en un asunto concreto, que se habla producido -esa situación. Evidentemente, la Sala no pudo entrar al análisis del problema puesto que no existe disposición alguna en laque se prevenga que puede reclamarse la inconstitucionalidad de
una ley directamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Na
ción al desahogar el traslado aQue se ha hecho referencia. --Otro caso, que incluso originó varias publicaciones de naturale

za diversa, fue el relativo a la pfocedencia de un recurso derevisión en contra de una resolución dictada por un Tribunal Colegiado de Circuito al resolveruna queja en contra de un auto por el que un juez de Distrito admitió una demanda en la que se
señaló como acto reclamado, el párrafo quinto del articulo 28 de la Constitución, en el que se
estableció que el servicio públi
co de banca y crédito serla pre~
tacto exclusivamente por el Estado y que no podrta ser objeto de
concesión a particulares. El -presidente de la Corte desechó por notoriamente improcedente el
recurso y en contra de su auto se hizo valer el recurso de re-clamación; el Pleno lo consideró
infundado expresando en una sentencia sencilla Que no existta ningún precepto que admitiera la
procedencia del recurso de revisión en la hipótesis especificada. Curiosamente en las publicª
ciones aludidas se sostiene quela Suprema Corte perdió la oportunidad histórica de evitar la arbitrariedad en que se incurrió
al expropiar la Banca, cuestión-

53

completamente ajena a la proce-sal estricta que habla sido mat~
ria del conocimiento del Pleno.
Es importante destacar estos -ejemplos, porque si la Suprema Corte de Justicia tiene la elevª
da misión de salvaguardar la supremacia constitucional, ella d~
be ser la primera en respetarlaporque de no hacerlo introduci-ria, entonces sI, la mayor causa
de inseguridad jurldica pues yano estarian sujetos los gobernados a las disposiciones de la -Carta Fundamental, sino a los ca
prichos de los integrantes del Pleno. Y eso ocurriria cuando se admitieran recursos no previ~
tos en la ley o se realizara elexamen de cuestiones que no po-drlan plantearse en determinadas
promociones o medios de defensa.
Para el tema que estamos tratando se advierte que la Suprema -Corte de Justicia sólo puede pr~
nunciarse en relación a los preceptos que se reclaman y siempre
y cuando, además, resulten proc~
dentes los juicios de amparo --respectivos. Por consiguiente,la Suprema Corte no está en posl
bilidad legal de hacer un análi-

�tributarias es sumamente compleja y corresponde exclusivamenteal Ejecutivo Federal, en cuantoa las iniciativas y al Poder Legislativo, por lo que toca a suexpedición. La Suprema Corte, según se ha dicho en los puntosanteriores, sólo puede influir de modo indirecto al ofrecer sus
criterios a fin de que sean tomª
dos en consideración en la formM
lación de la ley, lo que de no ocurrir no solamente propiciarádemandas de amparo, fundadas enesos criterios sino, con seguridad, el otorgamiento de la pro-tección constitucional a los quª
-josos. De ello debe inferirse que existe una presión importante a fin de que los responsables
en la emisión de las leyes fiscª
les se ajusten al marco interprª
tativo que el más Alto Tribunalde la República ha establecido.
De aht la importancia de que las
jurisprudencias y tesis de la SM
prema Corte de Justicia lleguenª integrar un sistema coherenteque ofrezcan seguridad a gober-nantes y gobernados. Cuando laSuprema Corte establece crite--La formulación de las leyes- rios incongruentes genera la de-

sis integral de todo el sistematributario nacional. El que elmismo responda a las necesidades
del pueblo es responsabilidad e!
elusiva de los Poderes Legislati
voy Ejecutivo y respecto de éste, en especial, de la Secreta-ria de Hacienda y Crédito Público. No cabe duda que si un sistema tributario no se encuentrabien diseñado, puede provocar -grandes desórdenes económicos en
una comunidad, de diftcil reparª
ción; pero ello, de acontecer, no puede impedirlo el Poder Judi
cial de la Federación, pues no-existen bases legales para ello.
Es posibl€ que sus integrantes,
en ejercicio de su libertad, puª
dan exteriorizar sus puntos de vista en actos académicos o en la formulación de ensayos como éste, pero sus pronunciamientossiempre serán ajenos a los que corresponden al Pleno de la su-prema Corte y a sus SalasA mis-mosque se encuentran contenidos
exclusivamente en sus sentencias
y en las tesis y jurisprudencias
que aprueban.

54

sorientación entre los contribuyentes y las autoridades tributª
rías.
Se debe destacar que dentrode la vida de las comunidades, el papel que desempeñan las le-yes fiscales es de gran importan
cia, pues contribuye, positiva o
negativamente, según el caso, al
funcionamiento de las mismas. El gran reto de toda comunidad radica en ofrecer a todos sus in
tegrantes las condiciones adecua
das para su pleno desenvolvi --miento. En ello consiste el pro
greso auténtico que debe compren
der a todos los hombres y a cada
hombre en su integridad de esptritu encarnado. Se trata de que
gocen, ante todo, de los satis--'
factores fundamentales, a saber,
vivienda y vestido decorosos, -alimentación básica, educación fundamental y salud. Además, de
ben proporcionarse esos satisfac
tores, de acuerdo con la evolu-ción lograda en la historia de la humanidad que ofrece, por una
parte, bienes y servicios que ha
cen la vida más fácil y agrada-ble; Y, por otra, fuentes de tra

55

bajo necesarias a una poblaciónque se ha multiplicado en formaconsiderable. Al respecto, conviene destacar que cuando se habla de la "sociedad de consumo",
es frecuente condenarla taJantemente )J, no cabe duda, que tiene
muchos aspectos que lo merecen,pero no hay que perder de vistaque gracias a la inteligencia -creativa del hombre, se han en-contracto múltiples fórmulas para
permitir mayor bienestar al homtlre. La aspiración de regresara la vida de las cavernas es unabsurdo. Debe reconocerse que esa condenada "sociedad de consM
mo" hace posible la existencia de las fuentes de trabajo necesª
rías para una población elevadaª la que no podrla hacer frenteuna civilización antigua; de ahl
que una luz de alarma en toda eº
munidad esté representada por la
injusticia social que consiste,
en esencia, en la incapacidad de
una comunidad de ofrecer a sus integrantes los satisfactores r.e
feridos. Entre mayor sea el número de personas que experimen-tan esas carencias, mayor peli-gro existirá; lideres, bien o --

�mal intencionados, estarán dispuestos. a capitalizar la situación para expresar protestas e,
incluso, para generar violen--tia, con lo que se desestabiliza la sociedad, que entra asl en el grave circulo vicioso dela pobreza y en la espiritual-de violencia: injusticia so--cial-protestas y violencia pop~
lar capitalizada por llderes-r~
presión y recursos destinados a
ella-mayores carencias sociales
-mayor injusticia social-etc.
El Presidente Salinas de Gortari al tomar posesión de su cargo el 10. de diciembre de 1988, expresó: "El propósito medular de la Revolución Me
xicana que es el de la justi-cia social, no ha sido alcanzª
do". No se trata sólo de unaexpresión impactante que quiso
utilizar en su primer discurso
como titular del Ejecutivo; -tristemente es una realidad. En importante documento elaborado por el Programa Nacionalde Solidaridad, se destacan al
gunas cifras que lo confirman:
de una población de 80'200,000

56

habitantes, más de la mitad---41'300,000 se clasifican como PQ
bres; y de ellos 17'000~000 vi-ven en pobreza extrema o miseria;
las remuneraciones salariales s~
lo comprenden el 28.6% del pro-dueto interno bruto; mientras el
20% de familias ricas acaparan el 50% del ingreso, el 10% de -las familias más pobres tienenque conformarse con el 1.3%; delas personas económicamente actl
vas, el 12% se encuentran desempleadas y el 40% subempleadas; el 90% de habitantes en zonas rurales registra algún grado dedesnutrición; el 8% de la población mayor de 15 años es analfabeta; de esa misma población, -25'000,000 no tienen primaria -completa; el 20% de las escuelas
primarias del pals no tienen los
6 años; 45 de cada 100 niños que
inician la primaria, no la con-cluyen; 30 de cada 100 que ini-cian la secundaria tampoco la -terminan; y 49 de cada 100 que inician la educación superior no
llegan a titularse. Estas ci--fras revelan objetivamente la -enorme tarea que espera a la comunidad; es ella -no solamente -

el gobierno- la que tiene que lQ
grar las transformaciones necesa
rias para hacer que esas sombras
desaparezcan . El gobierno ti~ne,
sin embargo, una intervención d~
terminante pues lo mismo puede impedir u obstaculizar las acciQ
nes comunitarias, que apoyarlasY estimularlas. En esa labor la
legislación tributaria cumple un
papel bálsico. Sin pretender -agotar el tema, se pueden apun-tar algunas ideas orientadoras:las leyes tributarias deben esti
mular la inversión productiva,impulsando a los particulares aque de modo directo, en laboresasistenciales y promocionales,-combatan la pobreza; deben par-tir de la base de que si bien es
deseable que todos los inversionistas respondan al ideal evangé
lico del "buen administrador" -que, ante todo, busca servir a la comunidad, la realidad histórica demuestra que esas personas
constituyen casos de excepción,pues la mayorla busca el éxito,representado en beneficios pro-porcionados a los riesgos que se
corren y a la capacidad e inge-nio que normalmente están en ju~
go en ese tipo de actividades.
57

Se debe tener especial cuidado de no, por lograr una mayor recaudación, aniquilar empresas -que representan pruducción de rl
queza y fuentes de trabajo que,con independencia del pago de -sus contribuciones, significan un beneficio a la comunidad. Es
preciso sensibilizar absolutamerr
te a todos los gobernados a finde que paguen con veracidad lostributos que correspondan a su respectiva capacidad contributiva, sin partir nunca del supuesto de que detrás de todo mexicano hay un potencial defraudador Y
que por ello también a todos seles debe vigilar, perseguir Y -amenazar para que cumplan. El gobernante debe ser austero en el manejo de los recursos, que -deberá aplicar jerárquicamente,atendiendo a los principales requerimientos de la comunidad, -buscando redistribuir la riqueza;
no debe olvidar que mientras laostentación prepotente y la co-rrupción alientan la defrauda--ción, la sobria conducta honesta
es ejemplificativa y estimula atodos al cumplimiento celoso desus obligaciones.

�V. CRITERIOS FUNDAMENTALES EN SU
INTERVENCION.
El análisis de las distintas
publicaciones de la Suprema Corte de Justicia (Semanario Judi-cial de la Federación, Gaceta -Mensual, Informes anuales, Apéndices de Jurisprudencias)., lleva
a conocer la multiplicidad de -criterios cw m nateria tritutaria ha
estrolocioo. El tra.,ajo de sa1Ycrt&gt;r Rocrn soore "la fra:cioo IV del arttru
lo coostitteimal y su intenretocimjuriSDrt.Kin:ial" a cw mtes te rectnreferencia, distingue 25 cr1te-rios de inrortax:ia y c:a..e corresromi
a las jurisPílIB"Cias 51, 57, 8, 54, ~ y 93 &lt;Tcx1as del AJ:inJice 1917-1~5),
12 (Infonre de 1~), 4 (Infame de 1~&gt;.. 7 (Infame de 1~&gt;.. 8 (lnfonre
de 1~&gt;, 52 &lt;Aremice 1917-1%)., 35(Infonre de 1~); ast mm las tesis69 (lnfonre de 1~), 34 (lnfonre de 1~&gt;.. 46 (lnforne de 1~).. 75 Cinfor
ne de 1~), 74 (lnforne de 1~&gt;.. 67(Inforne de 1~).. 35 (Infonre de 1~);

ast cam algJ13S mas m icmti-

fica1as fl.lll:ricaJB1te.

Las tesis mencionadas se re-

fieren, según la sistematización
hecha por el tratadista, a los principios generales, a los prirr
cipios constitucionales relati-- ·
vos a la garantta de legalidad,ª los Principios constituciona-les relativos a las garanttas de
proporcionalidad y eQuidad y a los principios constitucionalesrelativos a la garantta de desti
no al gasto público. Me limitoa remitir al ensayo comentado ya las tesis respectivas.
De manera sintética debe manifestarse Que los criterios --priñcipales establecidos por laSuprema Corte en relación a la constitucionalidad de las contri
bue iones., s:e-: pueden clasificar en
dos grupos: aQuéllos Que se re-fieren a las leyes y los Que alu
den a los actos de aplicación;~
en cuanto a los primeros se alude a la competencia., al princi-pio de anualidad, al Principio de retroactividad., a los principios de proporcionalidad y eQui-

dad y al principio de legalidad;
los segundos aluden a la compe-tencia., a la garantta de audiencia, a la fundamentación y moti•
vación y a la adecuada fundamentación y motivación. Hagamos re
ferencia breve al contenido medu
lar de los criterios aludidos.

la facultad de percibir las contribuciones que establezcan los Estados sobre la propie
dad inmobiliaria., de su fraccionamiento, división., consolida--ción., traslación y mejora, ast como las que tengan por base elcambio de valor de los inmuebl-es.,
lo que lógicamente permite infeLa Suprema Corte considera.,- rir la inconstitucionalidad de en cuanto a la competencia de-los las leyes tributarias que esta-órganos legislativos para dictar blezcan impuestos en esa materia
leyes tributarias., Que nuestro - a favor de las entidades federasistema constitucional no esta-- tivas (lo que expresamente se re
blece con precisión lo Que co--- solvió en el asunto de que se -rresponde a la Federación Y a - trata&gt; o de la Federación (lo -las entidades federativas., pero- que se deduce tácitamente del -si de algunas reglas básicas Que criterio establecido, aunque aún
pueden resumirse en el principio expresamente no lo ha decidido general de la concurrencia impo- el más Alto Tribunal de la Repúsitiva de la Federación y de los blica&gt;.
Estados y de algunas excepciones
en las Que existen facultades ex
En cuanto a la anualidad, la
elusivas de la Fedración., ya sea Suprema Corte considera que para
porque la Constitución se las re que pueda recaudarse un tributo,
serva &lt;articulo 73, fracción --- la contribución respectiva debeXXIX)., o bien porque expresa-- estar prevista en la Ley de In-mente las excluye de las facultª gresos., aunque la vigencia de -des de los Estados &lt;articulo 117, las leyes especiales no es anual.,
fracciones VII y IX&gt;. Ultimamen- sino que comprende desde que ente se ha establecido el criterio tran en vigor hasta que son dero
de que el articulo 115 de la --- gadas. De ello se sigue que las
Constitución reserva a los munt- leyes fiscales no tienen que e~i

58
59

ClPlOS

�tirse cada año, bastando su in-clusión -dentro de la Ley de In-gresos para oue continúen en vigor. Asimismo, puede establecer
se oue la inclusión en la Ley de
Ingresos de un determinado tribu
to, no tiene por efecto que la vigencia de la ley especial concluye automáticamente y, como si
fuera una nueva ley, inicie unanueva vigencia a partir del 10.de enero de cada año, sino oue simplemente continúan en vigor si se cumple con el requisito -mencionado. Este criterio tiene
importancia en relación con el-amparo contra leyes, pues si laprotección constitucional en con
tra de una ley se refiere a su aplicación presente y futura enfavor del quejoso, ello significa oue abarcará todos los años de su vigencia; en cambio, de -aceptar el criterio contrario, se obligarla al quejoso a pedirun nuevo amparo cada vez que eltributo especial de que se trate
sea incluido en la Ley de Ingresos.
Sobre la retroactividad exis
te una curiosa jurisprudencia de
la Corte, evidentemente mal re-60

dactada, que afirma que el principio de retroactividad no opera
respecto de las leyes tributa--rias. En realidad, del análisis
de la propia tesis se advierte que esa expresión es incorrecta,
pues lo que se establece es que
un contribuyente no puede preterr
der pagar las mismas contribucio
nes durante toda su vida, puesto
oue lo único que se prohibe es que una ley posterior establez-ca un tributo o varle las reglas
del mismo respecto del pasado, con lo que se reconoce que las leyes tributarias no pueden serretroactivas.
En cuanto a la proporcionall
dad y equidad se han establecido
múltiples criterios que debida-mente relacionados clarifican el
contenido de esos reouisitos -constitucionales. Merecen destacarse los siguientes: la pro-porcionalidad significa que loscontribuyentes deben pagar de -acuerdo con su capacidad contributiva o su riqueza. Sin embargo, como la realidad demuestra de modo evidente que no es fácil
llegar a determinar cuál es la riqueza real de las personas, se

ha llegado a precisar que lo importante es que lo que se paguese encuentre en proporción con algún indicador de capacidad corr
tributiva o un aspecto de riqueza. La equidad se cumple cuando
se trata igual a los iguales y desigual a los desiguales, peropartiendo del criterio de oue la
igualdad radica en ser sujetos pasivos especificas de un tributo. Sobre estas cuestiones se ha considerado, asimismo, que la
doble tributación no está prohibida por la Constitución, ast CQ
moque la elevación exagerada -del monto de los tributos, en sl
misma, no es inconstitucional. También se ha sostenido oue el análisis de la proporcionalidadY equidad se debe hacer de acuer
do con la naturaleza del tributo.
Al respecto se ha precisado quesi bien en una tesis redactada en forma genérica, se sostuvo -que la proporcionalidad se cons1
gue a través de tarifas progres1
vas, ello debe circunscribirse a
la Ley del Impuesto sobre la Rerr
ta. Tratándose de derechos, lapostura de la Corte ha sido consistente al establecer que la -proporcionalidad se logra, si --

61

bien no a través de una equiva-lencia exacta entre el derecho que se causa y el servicio que se presta, si guardándose una re
lación equilibrada entre ellos.
En relación al principio delegalidad tributaria, existe unclaro criterio en el oue se de-termina que los elementos esen-ciales de un tributo,
como pue-..
den ser el sujeto, objeto, base,
tasa y época de pago, estén consignados de manera expresa en la
1ey "para oue as 1 no quede margen
para la arbitrariedad de las autoridades exactoras, ni para elcobro de impuestos imprevisibles
o a titulo particular, sino ouea la autoridad no quede otra cosa que aplicar las disposiciones
generales de observancia obligatoria dictadas con anterioridadal caso concreto de cada causante."
Tratándose de los actos de aplicación de las leyes, la Su-prema Corte ha considerado que toda resolución que determina un
crédito a cargo de un particular,
debe proceder de autoridad compe
tente asl como fundarse en actas

�realizadas por autoridades con competencia legal. Cabe recordar
el número elevado de resolucio-nes fiscales que fueron declaradas ilegalesl primero por el Tri
bunal Fiscal de la Federación Y1
luegol por la Suprema Corte deJusticia1 porque se derivaban de actas levantadas por funcioAarios de la Dirección de Auditoria Fiscal Federal que care-cta de existencia jur1dical -pues en uno de los arttculos -transitorios del Código Fiscalde 19671 se derogó la ley que se la habla otorgado.
Respecto de las garanttas de audiencia1 es firme el crit~
rio de la Corte de que en materia tributaria tiene una interpretación peculiarl pues no requiere que se otorgue con anterioridad a la resolución de la-

autoridad fiscal, sino solamente
que existan medios de defensa -eficaces.
Por último, conviene poner de relieve el criterio del más Alto Tribunal de la República,de que las resoluciones fiscales
deben estar fundadas y motivadas1
o sea citar los preceptos en -que se sustentan y expresar lassituaciones de hecho que quedancomprendidas dentro de la hiPót~
sis legal, ast como que cuand0 se cumpla con ese requisito formal, la fundamentación y motivación deben de ser debidas, lo_..._
que implica que los preceptos -sean aplicables al caso ast como
que las situaciones de hecho corr
templadas1 correspondan a lo que
efectivamente aconteció.

digna de admiración, sino que através de ella se ha logrado --construir un marco de referencia
esencial1 que se perfecciona a cada momento1 y que significa -una defensa a favor de los con-tribuyentes1 puesto que las sintéticas expresiones constitucionales que de manera expresa o tá
cita se relacionan con la mate-ria impositiva, pueden ser susceQ
tibies de las más diversas inter
pretaciones, pudiendo afectarse-

VI.- CONCLUSION

El estudio cuidadoso de la-labor realizada por la Suprema-Corte de Justicia de la Nación-Y por los Tribunales Colegiadosde Circuito1 al examinar la cons

titucionalidad de las leyes tributarias y la legalidad de las resoluciones emitidas en esa materia, permite concluir que no sólo se ha tratado de una obra 63

62

seriamente a los particulares.-La precisión de los alcances dedichos dispositivos hace posible
hoy que las autoridades y los -particulares estén en aptitud -de cumplir con los criterios establecidos a fin de lograr, poruna parte, la deseada armonta--generalizada entre ellos; Y, por
otra, en los casos excepcionales,
que se eviten las arbitrarieda-des de los gobernantes y también
los abusos de los gobernados.

�LA REFORMA PROCESAL PENAL DE 1991
DR. ENRIQUE ALVAREZ DEL CASTILLO

PROCURADOR GENERAL D[ JUSTICIAD[ LA R[PUBLICA.
Conferencia en el I. Simposium Internacional de Derecho.
Universidad Adtónoma de Nuevo León.- Abril 19 de 1991.

1. INTRODUCCION. LA UBICACION Y EL SIGNIFICADO DE LA REFORMA
El dia 1 de febrero inició su vigencia un conjunto de importan
tes modificaciones al Código Fede-ral de Procedimientos Penales y ene! correlativo del Distrito Federal1
que se ha venido denominando1 como"la reforma procesal penal de 1991".
Constituye esta reforma un trascendente cambio no sólo en el texto de un par de códigos sino1 através de ello en el acontecer delsistema nacional de justicia. No existe1 virtualmente1 ningún mexicª
no que no sea beneficiario1 próxima
o remotamente1 de las bondades de este cambio. Para ello se hizo. No para servir a la técnica jurídica sino para servir a los hombres.No para mejorar una ley sino para mejorar la vida misma de los mexica
nos; para reafirmar su creencia envalores imprescindibles en una vida
dignal la justicia1 la seguridad y-

65

la libertad personal.
La reforma se refiere1 básicamente1 a los aspectos más compiejos del procedimiento: a loshombres del procedimiento. Se refiere a sus posibilidades Y asus atribuciones; a sus derechos
y a sus obligaciones. Habla del
Ministerio Público y anuncia que
se requieren orientaciones en la
fiscalia; habla de la policia j~
dicial y advierte que se reclaman
adecuaciones en la corporación;habla de defensores y sugiere -que se necesitan provisiones enla defensa.
El conjunto de la reforma -pone un acento especial en la -averiguación previa1 no obstante
que1 también1 atañe a aspectos muy importantes de la preinstru~
ción y del proceso propiamente -

�dicho. La evolución del proceso fue
atendido~ en los últimos años; porel esfuerzo legislativo con mayor intensidad que la averiguación previa. Esta tendencia encuentra un complemento con esta que puede llamarse la reforma de la averiguación
previa.
Esquemáticamente puede decirseque la reforma atiende a tres propó
sitos fundamentales:
a) La revitalización del Ministerio Público, para ajustarlo a-su calidad de investigador tit~
lar de los delitos~ tal como lo
dispone el imperativo constitucional de los artlculos 21 y -102;

b) El fortalecimiento de la defensa, para ampliar la pre-sencia de defensores y perso
nas de confianza, para pro-porcionar oportunamente al indiciado los elementos para
establecer su patrocinio, -asl como para evitar su incQ
municación, la discontinui-dad del procedimiento, o lainobservancia de términos yformalidades; y
c) La modernización del procedl
miento, para hacerlo más efi
ciente, oportuno, equilibrado, congruente y digno, talcomo lo reclama la estipulación constitucional y la
aspiración nacional.

2. LA REVITALIZACION DEL MINISTERIO PUBLICO
Varios son los personajes que - y los peritos, entre ellos.(1)
participan en la averiguación pre-via regular. Dos de ellos son eserr (1) •La denuncia no es, de ninguna ■anera, unrequisito de procedibilidad para que el ciales y protagonistas: El MinisteMinisterio Público se avoque a la investirio Público y el Indiciado. Dos -gación del delito; bastará que dicho funcio
nario esté infor■ado, por cualquier ■edio,­
más son auxiliares fundamentales: para que, de in■ediato, esté obligado a la policla judicial y la defensa. practicar las investigaciones necesarias para concluir, en su oportunidad, si aqueOtros más son eventuales, circuns-llo de lo que tuvo conoci■iento constituye
tanciales o transitorios: el ofen-una infracción penal y, siendo esto así, qui en es el probable autor". De acuerdo dido, el denunciante, los testigos-

66

Por causas diversas algunos fu~
ron deformándose a lo largo de décª
das, perdiendo ~l carácter que de-bieran tener o para el que fueron concebidos.
con lo anterior, el denunciante no es el -- elemento esencial en l a averiguación previa.
Sin embargo, algunos juristas, sostienen la teis contraria en el sentido de que, en "••• la
función persecutoria, ••• : la iniciación de ésta no quedaba al arbitrio del órgano i nvest_!
gador, si no que era menester, para iniciar la
investigación, el cumplimiento de ciertos requisitos legales o de iniciaciór.. Estos requ!_
sitos son la presentación de la denuncia o dela querella ••• así, pues , en la actualidad CO!!_
forme a lo que señala el artículo 16 constitucional sólo son aceptadas como instituciones que permiten el conoci■iento del delito, -la denuncia y la querella o acusación ••• los efectos de la denuncia en términos generales, son:
obligar al órgano investigador a que inicie su labor •••". Según esta teoría el denuncia!!_
te sí es elemento esencial.

Así, al Ministerio Público corresponde, comofiscal en el proceso penal en México y representante jurídico de la sociedad en los ilícitos penales, una dobe facultad que la Constit~
ción de 1917 le atribuyó: la de titular de laacción penal y la de jefe de la policía judicial.
Se ha definido a la acción penal como "el poder jurídico de excitar y promover la decisión
del órgano jurisdiccional sobre una deter■ina­
da relación de derecho penal. Paralelamentela acción penal consiste en la actividad quese despliega con tal fin. La acción penal denomina y da carácter a todo el proceso: lo in!_
cia y lo hace avanzar hasta su meta: la sente!!.
cia".

67

La facultad de policía judicial se ha def!_
nido co110: el acto por ■edio del cual el Ministerio Público reúne los ele■entos necesarios para el ejercicio de la acción P!_
nal".
En efecto, la averiguación previa que co■prend~ la denuncia, los requisitos de procedibilidad (querella, excitativa y autor!_
zación), la actuación de la policía judicial con sus diversas ■odalidades y la con
signación, deben arrojar datos suficientes
para comprobar el cuerpo del delito y hacer
probable la responsabilidad del acusado.
La ley los tiene por co■probados cuando se
acredita, en el pri■er caso, " ••• la existencia de los ele■entos que integran la descripción de la conducta o hechos delictuosos, según lo deter■ina la ley penal•.En el segundo, cuando " ••• de los ■edios probatorios existentes, se deduzca su participación en la conducta o hechos constitutivos del delito de■ostrado•. Este segundo ele■ento es de su■a i■portancia, toda vez que la co■probación de la presuntaresponsabilidad sera deter■inante para que
en su ■o■ento, el juez decrete el auto defor■al prisión.
Al respecto, la H. Supre■a Corte de Justicia de la Nación sostiene:"··· aunque (la
ley) r.o requiere para ■otivar un auto deesta naturaleza que haya pruebas evidentes
de la responsabilidad de un inculpado, siexige que los antecedentes que arroje laaveriguación, sean suficientes para hacerla posible".
Asimis■o la Corte ha decidido cuál es el sentido gra■atical y jurídico del adjetivo
"probable", que con clara intención y del!_
berado propósito el constituyente e■pleó:­
n ••• entendiéndose por tal la calidad, no sólo ser factible sino que sea verosí■il­
o que se pueda probar, que es una priori-

�La Carta Fundamental le --asigna al Ministerio Público la
persecución de los delitos y -por ello, la solicitud de órdenes de aprehensión, la búsQueda
y presentación de pruebas, petl
ción de la aplicación de penasY también, como auxiliar dependiente e inmediato, a la policia judicial.
Sin embargo, por extraña einconveniente tendencia el Mi-nistro Público fue apartándosede la conducción de las investí
gaciones, dejando esta responsª
bilidad en la policla judicialY circunscribiéndose, básicamerr
te, a las tareas de gestión deproceso penal. Asl pues, el Ml
nisterio Público se fue haciendo cada vez más litigante Y menos investigador. Con ello, lapolicla judicial se convirtió en la realizadora, por excelencia, de la indagación e, incluso, de la diligenciación de laaveriguación previa, levantando
actas, recibiendo declaraciones
de inculpados, testigos o infor
mantes; hasta la formulación de
partes informativos Que constitulan verdaderos expedientillos
68

Que eran turnados al MinisterioPúblico para Que éste formalizara la consignación. Es decir, para ·que éste se redujera a meeª .
nografiarla y a estampar su firma, pero sin ser lo Que manda la
Constitución: el verdadero en-cargado en jefe de la averigua-ción previa.
El panorama no podla ser más
desconcertante. Por un lado elimperativo constitucional claroterminante; por el otro, una --práctica cotidiana que no corre~
pondla a aQuél. La alternativase planteaba de manera ineludi-ble: o se colocaba al Ministe-rio Público, de manera real, enel debido mando que señala la -Constitución: o se le sacaba fo[
malmente de la averiguación previa, con la consecuente reformaconstitucional, para dejarla enmanos exclusivas de la policla.
La razón generalizada de laNación determinó la primera op-ción lo que implica, en términos
generales, una revitalizacinn-dad lexicológica lo que significa el adjetivo probable empleado por la Constitución en el artículo 19 que se co■enta ••••.

de la presencia del Ministerio Público durante la fase de averl
guación previa y Que, en térmi-nos concretos significan los siguientes aspectos:
2.1 La detención
Sobre la detención de personas, la reforma se concretiza en
dos aspectos fundamentales:
a) Sólo el Ministerio Público (y no la policla judicial) podrá determinar la
detención de una persona.
b) La policla judicial no puede citar personas nidetener a nadie sin autQ
rización del MinisterioPúblico, salvo los casos
de flagrancia o de orden
de aprehensión girada -por el juez.
La reforma adiciona un últl
mo párrafo al articulo 123 delCódigo Federal de Procedimien-tos Penales, para remarcar ta-jantemente que queda prohibidodetener a cualquier persona --cuando no se cumpla con los reQuisitos fijados por el artlcuLo- 16 constitucional o se esté-

69

fuera de los casos de excepciónseñalados en dicho precepto. Pª
ra evitar detenciones arbitra--rias, se fortalece la función -del Ministerio Público, de manera que sólo a él corresponde lafacultad de determinar qué persQ
nas deberán quedar en calidad de
detenidas durante la averigua--ción previa; ésto sin demérito de las facultades del juez paraque en su momento determine si procede dictar auto de formal -prisión o dejar en libertad al detenido.
Sin embargo, cabe hacer mención a los casos de urgencia Y flagrancia. La ley en cuestiónlos contempla como casos de ex-cepción en virtud de los cualeslos funcionarios Que practiquendiligencias de policla judicialno sólo pueden, sino que deben proceder a la detención ... sin necesidad de orden judicial ... "(4)

Aplicando metafóricamente la
palabra flagrancia, atendiendo a
(4) Artículo 193 Código federal de
tos Penales.

Procedi■ien­

�su significado (flagrantia-resplandor) podemos decir Que la excepción se aplica cuando el delincuente es aprehendido ....
en el momento en el Que está -resplandeciendo el delito ... "-

prendido entre el instante de la
consumación y los momentos inmediatos posteriores a ésta; vin-culándose la persecución de manª
ra directa al delito recién come
tido.

(5)

El artículo de referencia contempla además otras situacio
nes de flagrancia (6): cuando después de la comisión del deli
to el inculpado es perseguido materialmente y cuando en elmomento en que cometido el deli
to, se señala a un sujeto comoresponsableJ y Que a este sujeto se le encuentre en su poderel instrumento con que aparececometidoJ huellas o indicios -Que hagan presumir fundadamente
su responsabilidad (7)
J

Cabe aclarar que el "des--pués" a Que se refiere la ley, tiene su inicio en el lapso com(5) Básicamente se trata de la flagrancia típica: cualquier sujeto puede aprehender en el
,nomento en que se esta cometiendo el delito.
(6) Algunos autores la llaman la cuasiflagrancia.
(7) la llamada flagrancia de la prueba.

70

La segunda hipótesis de flagrancia prevista en la ley prevª
Ieee, independientemente del --tiempo, en tanto no se suspendala persecución.
El tercer caso de flagrancia
alll previsto" ... proviene de la idea de Que están resplande-ciendo las pruebas de la responsabilidad".
La ley se refiere al caso de
notoria urgencia cuando, no ha-biendo autoridad Judicial en ellugarJ se tenga un temor fundado
de que el inculpado pretenda -ocultar o eludir la acción de la
justicia.
Al respecto, el articulo 16de la Constitución obliga a la autoridad administrativa (en este caso el Ministerio Público ysus auxiliares) a que una vez dª

cretada la detención, se pongaal inculpado a disposición de la autoridad judicial.
En los casos de flagranciaopera la misma disposición; sin
embargoJ no se precisa que seala autoridad judicial ante Quien
se ponga a disposición el detenl
doJ sino la autoridad "inmedia-ta".
Se establece que la viola-ción a estas disposiciones ha-rán penalmente responsable al Ministerio Público o funciona-ria de policta judicial Que decrete una detención indebida yque en su caso, la persona debe
rá ser puesta inmediatamente en
libertad. Este dispositivo esde Primordial importancia puesto Que valora la libertad de -una persona Que haya sido detenida en contravención a lo dispuesto en la propia ley proce-sal.
La reforma al articulo 134busca satisfacer un verdadero clamor de la sociedad al esta-blecer que en los casos de de-tenciones que excedan los térmi
71

nos de los arttculos 16 y 107, fracción XVIII, de la Constitu-ción Polttica, se presumirá Quela persona estuvo incomunicada y
en consecuencia se dejarán sin valor legal las declaraciones
asl obtenidas.
La detención ha constituidoel problema más complejo en la etapa de la averiguación previa.
Su complejidad se refleja en --tres aspectos fundamentales: los
casos en que procede la deten--ción; las personas que pueden -efectuar la detención; y el tiem
po que puede perdurar la deten-ción.
El articulo 16 constitucio-nal, reflejado en el agregado al
134 de la ley adjetiva en comento, señala términos que se refiª
ren a una calidad y no a una can
tidad. Más aún, el imperativo del 16 es una modalidad obligadª
mente relacionada con la sustantividad del 21, éste atribuye la
obligación de investigar los delitos; aquél obliga a una. celerl
dad y a una continuidad.
En los casos de flagrancia y

�de extrema urgencia, procede ladetención sin orden judicial; en
aquélla, POr cualquier persona;en ésta última, por la autoridad
administrativa.
partir de este supuesto, debe realizarse la investigación
que culmine con la libertad o -con la consignación. Lo que importa para estos preceptos es -que esta diligencia se desarro-lle sin interrupción y sin dilación. Más aún, que las detenciQ
nes realizadas por la Polic1a JM
dicial sean puestas inmediatamerr
te en conocimiento del Ministe-rio Público para que éste resuel
va lo conducente.
A

2.2. La declaración

y

c&gt; Sólo el Ministerio Público -(y no la polic1a judicial) 1~
vantará actas en las que se contengan declaraciones.
d) La polic1a judicial seguirá auxiliando al Ministerio Pú-blico en la investigación cuyos resultados turnará al Ministerio Público en partes in
formativos, pero no puede levantar actas, ni practicar in
terrogatorios, ni tomar declª
raciones.
Por primera vez en los ordenamientos procesales vigentes se
logra definir con precisión la confesión del inculpado y las ca
racter1sticas que debe reunir pa
ra ser admitida como tal.

confesión

Las modificaciones en cuanto
a la declaración y la confesión
se concretan en cuatro aspectos.
a) Sólo el Ministerio Público (y no la polic1a judicial) podrá citar personas a declª
rar.
b) Sólo el Ministerio Público (y no la polic1a judicial) recibirá declaraciones y --practicará interrogatorios.
72

Según la definición tradiciQ
nal, la confesión "es el reconocimiento que hace el reo de su propia culpabilidad".
Por tanto, no todo lo que el
inculpado manifieste es confe--sión, sino únicamente aquél las declaraciones que por su conteni
do se revierten en su contra, -porque implican una expresa acep
tación de culpabilidad.

La doctrina se ha manifestado prácticamente en forma unánime respecto a los requisitos que
la misma debe reunir para producir plena prueba, por tanto se "deben satisfacer las condicio-nes fundamentales siguientes: -verosimilitud, credibilidad, Pe[
sistencia y uniformidad .. . " (2)

presión de que se ha hecho adecuadamente para variar ta 1 reª
lidad; que sea pers istente, es
to es., que si empre sea sosten i da en el fondo por el producente, aún cuando difiera en ex-presiones secundar ias.. . " (3)

(2) Se establecen requi sitos de fondo; en cuanto a los de forma se añade: "··· que sea:
articul ada en juicio ante el Juez de instrucción debidamente instituido y competente en la causa; circunstanci ada; y emanadade la libre voluntad del i nculpado".

De esta manera, se t rata deimpedir, que la confes ión del in

La reforma, en el articulo 287 del Código Federal de ProceMás aún, la Suprema Corte ha dimientos penales, precisa., aúnprec isado las exigencias necesa- más., los elementos que a la luzrias para que la confesión, como de la doctrina se consideran nemedio de prueba, sea aceptada en cesarios existan en la confesión
su integridad :
para que tenga valor legal : quesea una declaración vo luntaria,"... es indispensable que sª hecha por persona mayor de 18 -tisfaga otros requisitos de- años., capaz de querer y de enterr
tipo técnico y lógico, esto- der., rendida únicamente ante eles, que sea cre1ble, no con- Ministerio Público o el juez o teniendo cuestiones absurdas., tribunal de la causa, sobre he-sino que sea compatible con- chos propios que estén di recta-la razón; que sea veros1mil, mente previstos en el tipo del ic
o sea que concuerde con lati vo y emitida con todas las fo[
realidad histórica investimal idades señaladas en el art1CM
gada o materia de la inveslo 20 de la Constitución Pol1titigación., sin que dé la imca .

73

(3) S.J.F. , 7a. Ep. , V. LXX, p. 1\

�culpado se convierta en un medio
único para determinar su responsabilidad penal y se elimina laposibilidad de que dicha confe-sión pueda ser rendida ante la Policía Judicial.
Este gran paso en la técnica
juridica procesalJ permite afirmar que se han abolido los resabios inquisitorialesJ lo que sitúa al derecho mexicano nuevamen
te a la vanguardia de la protección de los derechos individua-les.
Para perfeccionar lo ante--rior se precisa que la Policía Judicial podrá reunir informes pero no podrá obtener confesio-nes y que si as! ocurriereJ és-tas carecerán de todo valor probatorio.
Esta cuestión implica algu-nas precisiones necesarias. Enprimer términoJ la reforma no -significa la eliminación ni la reducción de la obligación que el artículo 21 Constitucional im
pone a la Policla Judicial. Esta seguirá realizando su tarea de investigación y de informa---

74

clarantesJ supuesto que debe dis
tinguirse del de la confesión -que sólo será válida si se aporta en Presencia de aquél. El -declarante no necesariamente esun confesante; puede ser un testigoJ un ofendidoJ un denunciante oJ acasoJ un declarante innocuo. La declaración de éstos se
rá válida aunque no se aporte en
presencia del defensor. Esta -calidad solamente se requiere si
la declaración contiene una confesión.

dades: que el declarante no tenga defensorJ que no quiera desi~
narloJ que lo designe y no se -presenteJ que se presente y haya
necesidad de excluirlo por desor
den o desacatoJ etc. Frente a cualquier ausencia del defensordeliberadaJ provocada o accidentalJ el Ministerio Público deberá convocar al defensor "de lista" a efecto de no interrumpir la continuidad del procedimiento
ni afectar la validez de las diligencias.
2.3. El cateo

Por otra parteJ es convenien
te precisar los requerimientos cualitativos que la reforma imPQ
ne a una de las pruebasJ como es
la confesional. Es bien sabidola diferencia que existe entre una declaración y una confesión.
Aquélla es un continente y éstaes un contenido. No toda declaración contiene una confesiónJ pero toda confesión se encuentra
contenida en una declaración.

Ahora bienJ en la prácticaJel receptor de la declaración no
necesariamente conoce de antemano el resultado de ella. Lo que
en Principio puede presumirse un
testimonio puede convertirse enuna confesión. De ahl la necesi
dad de que desde el inicio de la
declaración se cuente con la pre
sencia del defensor yJ en caso de que el declarante no convoque
al que ha sido designadoJ el Ministerio Público deberá llamar al defensor "de lista".

De ésto proviene que el ar-tlculo 127 bis establezca la pr~
sencia de defensor como una posl
bilidad potestativa para los de-

Sobre éstoJ también pueden presentarse diversas irregulari-

ción en torno a la comisión de delitos. La reforma establece precisiones respecto de la forma
en que debe recabarse la informa
ción obtenida asl como la manera
de convertirla en elemento probª
torio. Por virtud de los requerimientos establecidos en el PrQ
ceso penal no toda la informa--ción constituye una prueba. Lareforma señala el procedimientopara convertir en prueba diversas informaciones obtenidas porlas autoridades investigadoras constitucionales.

75

En cuanto al cateoJ la Refor
ma dispone que:
Sólo el Ministerio Público (y no la policía judicial) puede solicitar la prácticaY practicar cateas.
Catear significa allanarJ
esto esJ "entrar sin o contra la
voluntad del dueño a su domici-lioJ en virtud de una orden judi
cialJ con la finalidad de buscar
personasJ huellas o cosas rela-cionadas con la comisión de un delito".

�La reformaJ concretando el sentido del
articulo 16 constitu.
cionalJ que señala a la autori-dad judicial como la única facul
tada para autorizar un cateoJ -establece que el Ministerio Pú-blicoJ al solicitar la orden res
pectivaJ deberá precisar en queconsiste la finalidad del mismoasl como que se indique la ubica
ción del lugar que ha de inspeccionarseJ la persona o personasque han de localizarse o aprehen
derseJ y en su casoJ los objetos
que se buscan o han de asegurarse.
También en estricto apego alas garantlas consagradas en lamateriaJ por el articulo 16 cons
titucionalJ al concluir el cateo
se deberá levantar un acta cir-cunstanciada en presencia de dos
testigos.

requisitos legalesJ la diligen-cia carecerá de todo valor sin que sirva de excusa el consentimiento otorgado por los ocupan-tes del lugar cateado. De estamanera se espera mejorar la práf
tica de tales diligencias.
Cabe mencionar que se consideró necesario establecer con -mayor precisión terminológica la
conducta que tiene que verifica[
se en relación a las órdenes decateo, ya que siendo una excep-ción legal para irrumpir en el domicilioJ se buscó que la redaf
ción fuera concreta y precisa.
En relación a la reforma introducida al articulo 61, es corr
veniente alguna reflexión. Estª
blece la Constitución Polltica la inviolabilidad del domicilioY como mlnima excepción a ella el cateo con restricciones muy estrictas.

Adicionalmente y para evitar
que prácticas ilegales o viola-ciones al procedimiento puedan perjudicar a los ocupantes del lugar cateado o a terceras perso
nasJ se establece que cuando enlos cateos no se cumpla con los

Sobre esto es importante recordar que el domicilio no es un espacio flsico sino un atri-buto indisoluble de la persona-lidad juridica. El domicilio es,

76

solicitar que entren a ella los
agentes de la autoridad. Más -aún limitarlo constituirla a suvez una violación del domicilio,
porque impedirla la libre voluntad para decidir quien entra o no al domicilio de cada quien.

fundamentalmenteJ el espacio vital de residencia. Se tiene domicilio inviolable aunque no setenga propiedad inmueble. Un -cuarto de hotel o un rincón pres
tado constituyen el domicilioJ si en él se habita. Por el contrarioJ no toda propiedad es undomicilio. El dueño de cien --edificios sólo tiene un domici-lio, no cien domicilios.

Por otra parte, en ocasiones
existen inmuebles conectados flsicamente a una vivienda pero -que no constituyen una extensión
del domicilio: Un edificio anexo
a la residencia de su propieta-rio, una fábria, un rancho, etc.
Esto obliga a una adecuada dis-tinción jurldica indispensable.

De esto se deriva una consecuencia fundamental. La garan-tta constitucional que protege la inviolabilidad del domiciliosólo alcanza a su titular Y no constituye una protección unive[
sal.

Por último, existen solaresque no constituyen domicilio: un
terreno baldto, urbano o rústico.
En estos casos, está por demás cualquier comentario adicional sobre su connotación jurldica.

Si un grupo de delincuentesflagrantes se introduce en una viviendaJ el titular de ese do-micilio puede consentir y hasta-

3. EL FORTALECIMIENTO DE LA DEFENSA
pretación de un buen principio-juridico produjo este fenómeno.

Asl como el Ministerio Públl
co fue perdiendo presencia en la
averiguación previa, el defensor
ha parecido una figura tenue Y casi espectral. Una mala inter-

Existe la aceptación general
de que la fiscal la actúa bajo el

77

�principio de la buena fe. En el
Ministerio Público la buena fe eQuivale a lo Que serla la impar
cialidad en el juez; es decir, Que no tiene interés propio en el resultado de su actuación. o
de otra manera: el Ministerio Pú
blico tiene la obligación de investigar los delitos, pero no la
de buscar culpables o inocentes.
El Ministerio Público triunfa -por encontrar la verdad no por encontrar inocentes o culpables.
Bajo esta premisa se ha deri
vado la conclusión verdadera deQue el fiscal en la averiguación
previa no es adversario de nadie
y sólo hasta el proceso es cuando se convierte en adversario -del acusado. De esta verdad seha obtenido la peligrosa idea de
Que el acusado reQuiere defensaen el proceso pero no en la averiguación previa porQue en éstano tiene adversario. Esta con-clusión ya habla sido contrariada por la legislación pero de ma
nera tfmida y poco útil. Se establecta la posibilidad de Que el indiciado tuviere defensor- sin establecer mayores concesio-

78

nes, probabilidad que muchas veces no se concretaba en realidad.
La reforma en comento no - abandona el sano princpio de labuena fe del Ministerio Público,
pero no abandona tampoco al indi
viduo que tiene que estar frente
al Ministerio Público. Se reconoce que la averiguación previano es un proceso, ni el Minis-terio Público un juez ni el in-diciado un acusado. Por lo tanto no reQuiere lo que estricta-mente serla un defensor, por más
que asI se le llame. Pero sí, Que reQuiere y que debe tener -asistente para que lo acompañe como abogado o simplemente comoser humano, con todo lo que ésto
representa en momentos ya de suyo diflciles.
En todo caso, durante esta etapa preparatoria, la defensa debe proporcionarle la asisten-cia técnica al inculpado que impida cualQuier acto arbitrario de las autoridades administrativas; cumpliendo asI una importan
te función social.

veniente y con la persona -Más aún, esta asistencia seque lo defenderá.
extiende, para hacer posible ladefensa, hasta la presencia in-- f) Para los efectos anterioresse facilitará teléfono o --eludible de traductores para---.
cualquier otro medio idóneo.
aquellas personas, indtgenas o-extranjeros, que no hablen o no- g) El defensor tiene derecho aconocer la naturaleza y cauentiendan, con suficiencia, el-sa de la acusación.
castellano.
h) Todo inculpado tiene derecho
a callar o a no declarar enEn lo que concierne al forta
su contra.
lecimiento de la defensa, la reforma se significa en los si- -- i) No podrá utilizarse contra nadie la confesión que no -guientes aspectos concretos:
reúna las formalidades de -a&gt; Se establece la participa--ley, entre ellas si no se -ción del defensor en todas-rinde en presencia de defenlas diligencias en las que sor o persona de confianza toma parte el inculpado.
del declarante.
b) Toda persona que haya de rerr
dir declaración lo podrá --Con la reforma al articulo hacer asistido por un defen128 de la ley adjetiva federal,sor.
c&gt; El defensor podrá impugnar-- se busca obligar a la autoridadlas preguntas inconducentes- ª que desde el primer momento en
~ue se aprehenda a una persona,º contra derecho.
d) A todo inculpado se le hará- se le dé conocimiento cabal e -saber la imputación que exis Integro de las garantlas indivite en su contra y, en su ca- duales que le corresponden en -so, el nombre del denuncian- tales situaciones.
te.
se precisa la obligación pae&gt; A todo inculpado se le permi
tirá comunicarse inmediata-- ra la autoridad que realiza unamente con quien estime con-- detención, de hacer constar el 79

�d1a, hora y lugar de esa deten-ción, para que cualquier arbitrª
riedad·cometida a este respectopueda ser eficazmente constatada;
de la misma manera se estableceque se le hará saber al detenido,
antes de la audiencia de declara
ción preparatoria, la imputación
que existe en su contra. En esta forma se amplía el derecho de
audiencia, y Que independiente-mente de que después se realicelo procedente en la respectiva audiencia constitucional, el imputado podrá ahora conocer el -motivo jurídico de su detencióndesde un Primer momento.
Con estas disposiciones nov~
dosas, pero fundamentalmente necesarias, podrá el imputado
com~
.
nicarse inmediatamente con persQ
na de su confianza; designar enel mismo momento, a persona quelo defienda; y saber que tiene-derecho de callar o de no decrarar en su contra.
Por lo que hace a las probarr
zas en forma general, se reforma
el articulo 206 del Código Federal para regresar al sistema de-

80

prueba libre, que es el mismo -que estatuye la fracción V del-articulo 20 de la Constitución Política; para que el imputado o
su defensa tenga la absoluta libertad de escoger los medios deconvicción respecto de los hechos
del proceso.
Expresado en otra forma y -siguiendo los razonamientos jur!
dicos de una vieja jurispruden-cia, aun cuando la autoridad terr
ga facultades para valorar una prueba, no posee sin embargo, fª
cultades para abstenerse de recl
birla, fundándose en meros pre-juicios sobre su eficacia, actoque constituye una violación a las leyes esenciale? del procedl
miento, y que priva al imputadode su derecho de defensa.
La reforma a diversos art1cu
los establece la obligación de proveer de traductor a toda persona que intervenga, en términos
de ley, en una diligencia verifl
cada dentro de un procedimientopenal comprendiendo, desde luego,
la averiguación previa, pues dicha asisténcia no debe, de ningu

na manera, ser Privativa del inculpado.

de la preguntg no contestada alde la pregunta impugnada. Pot ello debe darse noticia en el -acta de las preguntas que no fu~
ron impugnadas aún cuando éstas
no hayan sido contestadas hacierr
do uso de un derecho de exclusió~
,.que no imPlica oposicióO a la -secuencia procedimental.

Por otra parte, se permite el nombramiento, como peritos -prácticos, de personas pertene-cientes al mismo grupo étnico -que el inculpado ya que se anticipa la dificultad de encontrarpersonas ajenas al grupo relatiOtra cuestión es la relaciovo que conozcan sus costumbres Y
nada con las pruebas ofrecidas lenguaje.
que no sean desahogadas duranteDos cuestiones merecen re,,-- la averiguación previa y que, por
flexión adicional. Por una par- razones de economía procesal sete, la que señala el adicionado- tienen por ofrecidas para efec-art1c~lo 127 bis: los defensores tos del proceso.
podrán impugnar las preguntas; Por último, de establecen las
corresponde al propio Agente del
Ministerio Público su califica-- consecuencias procesales por lación. Pero, en todo caso, pebe- inobservancia de la norma que -ordena la designación de un traasentarse la impugnación Y el
ductor al inculpado que no hable
resultando.
o no entienda suficientemente el
Este articulo es de una im-- idioma castellano, en el entendí
portancia procesal sustantiva -- do de que la intervención de undentro de la averiguación previa traductor en estos casos es absQ
toda vez que se relaciona con lo lutamente esencial e indispensacrue establece el articulo 128 r~ ble para garantizar el derecho-formado en cuanto al derecho a - de defensa que debe asistir a -no declarar. Son diametralmente toda persona sujeta a un procedí
9puestos los efectos procesales- miento del orden penal, imponién

81

�dose la resposición del proceso-

cuando dicho or-0enamiento sea -desatendido.

provisional encuentra su sustento en el articulo 20 constitucio
nal.

4. LA MODERNIZACION DEL PROCEDIMIENTO
Diversos aspectos del procedimiento penal se habla tornadoen un rezago inaceptable en nue~
tros dlas. Ello obliga a supe-rar cualquier obstáculo que im--

que impida avanzar en la Pleni-tud del alcance de las garantías
que protegen a toda persona deldaño, molestia o sanción sin jui
cio ni sentencia.

No existiendo obstáculo jurl
dico para extender la facultad de conceder la libertad provisiQ
nal ni de ampliar su beneficio,se modifico la ley.

4.1. La libertad provisional

tiva. Esto hace más justo el -sistema procesaL .deja a la Prisión preventiva en el tamaño necesario y aproxima a una mayor vigencia de respeto a las garantías constitucionales.

Esta modificación obedece al
propósito de abrir la posibili-dad para que el acusado pueda al
canzar la libertad provisional,en caso 9e que el delito imputado, tenga señalada pena de pri-sión cuyo término medio aritmétl
co sea mayQr de cinco años.

Entre esto, la prisión pre-ventiva fue tema preocupante denuestro tiempo. Hasta hoy, la regla general ha sido la priva-ción de libertad desde el inicio
del proceso. La libertad bajo-caución ha sido la excepción. Esta relación debla y urgla in-vertirla y dejar la prisión preventiva sólo para inculpados por
delitos de alta peligrosidad: -homicidas, violadores, narcotraficantes, asaltantes, secuestradores y otros similares.
En los demás casos se ha ingresado a un estadio de civiliza
ción en donde no se prive de libertad antes de sentencia definl
82

Se ha definido la libertad provisional, conocida también -como libertad bajo caución o -fianza como "derecho fundamental
del procesado penalmente para -conservar la libertad personal mientras dure el proceso penal,siempre y cuando el término me-dio aritmético de la pena esta-blecida al delito de que se trate, no exceda de cinco años de-prisión".
Esta garantla deAibertad --

Por ello, se reforma el ar-tlculo 399 de la ley adjetiva fe
deral que facultaba al juez de manera exclusiva a conceder esta
libertad.

-

Esto, a su vez, dado el ca-rácter de garantía que nuestra-ley fundamental le atribuye a -ia libertad provisional, en el sentido de que todo detenido, -bajo ciertas condiciones, disfru
tará de su libertad inmediata.

Con los mismos propósitos se
ha estimado conveniente ampliaresta facultad del Ministerio Público para conceder la libertadprovisional en tratándose de delitos distintos a los culposos.Es por ello que la reforma consl
dera que esa institución socialpueda conceder la libertad duran
te la averiguación previa, con los mismos requisitos que el articulo 399 del Código Federal de
Procedimientos Penales señala -para los jueces.
Se preve que el beneficio no
proceda cuando se trate de delitos que denotan una alta peligrQ
sidad del sujeto activo, entre los que cabria mencionar: trai-ción a la patria, terrorismo, -piraterla, genocidio, ataques alas vlas de comunicación mediante explosivos, delitos contra -la salud, violación, homicidio,parricidio, plagio o secuestro,robo con violencia o perpetradoen edificios o viviendasLa libertad cauciona! se con
cede previo el otorgamiento de una caución, y la ley indica que

83

�corresponde al inculpado elegirla naturaleza de esa caución.

Al respecto1 se puede seña-lar: "Como la palabra circunstan
cía equivale a requisito1 cali-De la misma ley se desprende dadl etc.1 seguramente el legisque aquélla podrá consistir en - lador se refiere a las, peculiari
depósito en efectivol caución -- dades del sujeto1 como la edad1hipotecaria o fianza personal; Y1 educación1 estado civil1 condi-para fijar su monto1 se atenderá ción económica1 antecedentes pea los antecedentes del inculpado; nales1 etc.1 ya que también conla gravedad y circunstancias del dicha palabra (del latln 'cir- delito que se le impute; el ma-- cunstantia') se alude a los ac-yor o menor interés que aquél -- cidentes del tiempol lugar o mopueda tener en sustraerse a la - dalidades unidas a la sustanciaacción de la justicia; sus condi de una conducta o hecho que1 daciones económicas y la naturale- do el caso1 motiven la agrava--za de la garantla que ofrezca.{8) ción o disminución de la penal la aplicación de una causa de -Asimismol los elementos que- justificación1 de cualquiera --deben tomarse en cuenta para --- otra eximentel la adopción de -concederla se encuentran referi- medios asegurativos o medidas de
dos en la Constitución: las cir- seguridad".
cunstancias personales del acusa
do y la gravedad del delito. (9)
En cuanto a la gravedad deldelito1 quizas el mejor indica-(8) Artículos 402 y siguientes del C.f.P.P. Ca
dor para determinarla se encuenbe mencionar que la ley en cuestión, en ef
último párrafo del artículo 402, fija unatre en la sanción. Esto1 en rabase para determinar el monto de la cauzón de la relación culpa-castigo1
ción: "cuando el delito represente un ben!
ficio econó■ico p·ara su autor, o cause a o en la correspondencia entre -la vícti■a un daño patrimonial, la garanel delito y la pena que enlama
tía será necesaria■ente, cuando menos, tres veces mayor al beneficio obtenido o yorla de los casos existe.
al daño y perjuicio causado, y quedará su(9)

jeta a la reparación del daño que, en su caso, se resuelva".
Artículo 20 Constitucional, fracción I.

Adicionalmente1 para otorgar

84

este beneficio1 se exigen ciertosrequisitos1 ya que se busca que exista un equilibrio entre la li-bertad de la persona y los inter~ses de la sociedad. De esta manera1 no procede otorgar la libertad
del inculpado o indiciado cuando ello constituya un grave peligro social1 se trate de reincidencia o
exista riesgo fundado de que el in
culpado pueda sustraerse a la ac-ción de la justicia.
4.2. La diligenciación
Otras cuestiones de modernización del procedimiento penal ser~
fleren a la-continuidad del prcedi
miento en relación con el ofrecí-miento y desahogo de pruebas; a la
diligenciación de la declaración preparatoria y de los careos; a -las facultades del juzgador respef
to del acceso y valoración de la prueba; a Precisiones sobre procedencia y resolución del sobreser-miento; a causales de reposición del procedimiento; y a reglas de la prueba confesional.
En virtud de que en el periodo
de averiguación previa realizado por el Ministerio Públicol se de--

85

ben permitir no sólo el desahogo
de pruebas1 llamadas comúnmentede cargol sino que también hay posiblilidadl en ciertos ~asoslde recibir otras que permitan un
mejor conocimiento de los hechos
que se investigan1 y dado que el
Ministerio Público tiene que ju~
tipreciar si con los elementos de prueba a su disposición1 debe
ejercitar 8Cción penql1 se deben
contemplar las situaciones en -las que podrán existir algunas pruebas que no puedan desahogarsel en estos casos1 el juez decl
dirá lo que corresponda1 sin necesidad de que haya una expresaratificación1 dado que fueron -ofrecidas con antelación y no -hay necesidad de dilatar el procedimiento.
Con la reforma al articulo 154 del Código Federal de Procedimientos Penales se busca refo[
zar la garantla de no autoincriminación1 que establece que el acusado no podrá ser obligado adeclarar en su contra; se ordena
respetar los actos volitivos del
imputado1 para que si decide nodeclarar1 _se respete esa deci--sión1 dejando constancia de ello

�en el expediente.
Es necesario Que en el curso
de la audiencia en que se rindala declaración preparatoria se le den a conocer al imputado todas las demás garantlas que consagra el articulo 20 de la Constitución Polltica de los Estados
Unidos Mexicanos. Por ello, seremarca Que en ese momento se le
hará nuevamente sabedor de su de
recho a obtener la libertad provisional baJo caución, en el caso de que no la hubiere solicita
do.

procesal la figura del sobreseimiento. Se remarca que esta facultad corresponde eJercerla úni
camente al Juez o tribunal de la
causa y habida cuenta de que elMinisterio Público actúa en el proceso penal como parte de buena fe y no como autoridad, se de
Ja a este último la posibilidadya existente, de solicitarlo al~
Juzgador, mediante una promoción
en favor del inculpado.
4.3 La consignación

La consignación no reviste-- ·
ninguna formalidad especial y,en ese sentido, la jurisprudencia
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto en diver
s~s eJecutorias Que:

rio Público, para Que se entienda Que éste ha eJercitado la acción penal, pues Jus
tamente es la consignación lo que caracteriza el eJerci
cio de dicha acción, a reser
va de que después, y ya como
parte dentro de la controver
sia penal, el Ministerio Público promueva y Pida todo lo que a su representación corresponda•. (11)

" ••. basta con la consigna--ción que del reo haga el Ministe-

(11)

En cuanto a la consignación,
la Reforma dispone que:

En estas modificaciones se se
ñala el derecho que tienen el acu
sado y su defensor durante los cª
reos para hacer a los testigos -que depongan en su contra todas las preguntas conducentes a su de
tensa; en este aspecto cabe preci
sar que con objeto de respetar el
equilibrio procesal entre las -partes, este derecho también lo podrá ejercer el Ministerio Públi
co.

"Es el acto procedimental,ª través del cual el MinisterioPúblico eJercita la acción penal,
poniendo a disposición del juezlas diligencias o al indiciado,en su caso, iniciando con ello el proceso penal judicial"·

Por otra parte, se busca darun nuevo avance a efecto de prec!
sar con meJor técnica Jurdldico--

Al llevarse a cabo el eJerci
cio de la acción penal, hasta an
tes en preparación, se inician -

86

los actos de persecución del delito; de este modo, los actos de
acusación oarán margen a los actos de defensa y a los de deci-sión.

No podra consignarse a ningu
na persona si existe como -única prueba la confesión.

87

s.

J. f.

�5. EPILOGO
La reforma procesal penal se
ubica en la referencia de coorde
nadas históricas, pollticas Y so
ciales que es conveniente precisar.
En primer lugar, la reformaprocesal penal no es un episodio
de accidente sino que se encuentra inserta en un tema fundamental de la polltica nacional de j us
ticia. Cuando, para promoverla,
el Presidente Salinas de Gorta-ri ejerció, en noviembre re 19'1l..su facultad constitucional de iniciativa legislativa culminó un proceso de reflexión Y de --concertación nacional emprendi-do desde dos años antes. Efec-tivamente, en las primeras semanas de su gestión, el titular -del Poder Ejecutivo ordenó a laProcuradurla General de la RePQblica la realización de una Consulta Popular sobre Seguridad -Pública y Administración de Justicia donde se expresara la opi

nión nacional sobre los temas re
lativos, mismos Que habrtan de ser referencia fundamental en el
capitulo respectivo del Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994
y en el consecuente Programa Nacional de Procuración y Administración de Justicia del Poder -Ejecutivo Federal 1990 - 1994.
En dichos instrumentos se -señalan con absoluta precisión entre otros, los propósitos de modernización del Ministerio Público, de mayor seguridad en las
relaciones entre ciudadanos Y au
toridades, y de que los procedimientos judictales, sean mas --equilibrados~ mas eficientes Y mas apegados a la estipulación constitucional. Estos propósi-tos forman ahora, la materia esencial de las nuevas disPosiciones.
Asl pues, el Presidente de la República ha tomado con todafidelidad y congruencia la aspi-

ractOn nacional para convertirla
en imperativo de ley, Baste --mencionar dos datos elocuentes.
Primero, las conclusiones de la
Consulta Nacional fueron adopta
das, tal cuales, como programapresidencial de justicia. Se-gundo, la iniciativa presiden-cial que hoy es ley procesal -fue aprobada, de manera unanime,
por todas las fracciones parlamentarias del Congreso de la -Unión.

En esto se advierte una se-gunda coordenada. Ast como diji
mosque la reforma no es cues--tión accidental sino fundamental,
también puede decirse Que no esla voluntad de un grupo de estudiosos o de funcionarios, por mas
que bien intencionados. Es, mas a11a de ello, la voluntad de una
nación, y es el resultado de lagestión de un presidente Que conoce, Que entiende y que sirve a
su pueblo.

6. Anexo A. La Reforma Organica en la
Procuradurla General de la República.
6.1 Consideraciones Preliminares
y Orlgenes.
La renovación y moderniza-ción de las Instituciones es -responsabilidad conjunta del Go
bierno y la sociedad. Al Go--bierno toca la estructuración y
la función, mientras Que la sociedad otorga la dirección y -los fines.
La vigencia y aplicación dela justicia exige leyes y perso-

88
89

nas idóneas para el tiempo y ellugar; sabidurlá y prudencia; Y,
sobre todo, la indeclinable vo-luntad política de un pueblo decidido a vivir en un Estado de Derecho, como es México.
Atento a lo anterior, el Pr~
sidente de México, Carlos Sali-nas de Gortari, al inicio de sugobierno, dio ~rincipio al proce
so de transformación no sólo enfunciones y estructuras, sino -también en la vocación de aten--

�ción y servicio al pueblo que r~
presenta~
Ast se dieron las definiciones y orientaciones respectivasª fin de delinear y fortalecer los instrumentos que tienen por
objeto el mejoramiento del sist~
ma de justicia. Ast, se continúa con la tarea de actualizar,modernizar y efectivizar todos aquellos medios, instituciones Y
conductas que inciden en tan --esencial función del Estado. Ast,
se reconsideran, se adaptan Y se
mejoran las actividades y la organización de la Dependencia.
El reglamento de la Procuradurta General de la República -queda inserto dentro de una es-trategia general de reordenación
organica, funcional y vocacional
de la Procuradurta General de la
República.
Dos antecedentes inmediatosconstituyen la génesis de este proyecto: por una parte, la tra1
cendente reforma procesal penalvigente desde er 10. de febrero,
la cual viene a modificar, de mª
nera sustancial, una serie de -prácticas y atribuciones en la 90

relación entre la ciudadanta y los servidores públicos de la -Procuradurta; por otra parte, el
conjunto de estrategias y progra
mas que forman el programa de af
ción inmediata, sancionado por el Presidente de la República en
octubre de 1990.
6.2.

y de administración, para una
mayor garantla en la conducta
licita, eficiente y honesta de los servidores públicos de
la Institución.
d) Reordenar la estructura y lacapacidad de lucha contra elnarcotrafico.

PROPOSITOS.

El nuevo Reglamento atiendelos siguientes propósitos funda~
mentales:
a) Refrendar la correspondenciaoperativa que existe entre el
Ministerio Público y la Polieta Judicial ast como la de-pendencia funcional de ésta respecto de aquél.
b) Reagrupar al Ministerio Públi
co en una división del trabajo que atiende básicamente asus funciones procesales y no
a sus materias a efecto de -propiciar la colaboración Y eliminar las exclusividades competenciales.
e&gt; Vigorizar los sistemas de con
trol de legalidad, de gestión

e&gt; Consolidar la desconcentra--ción territorial y funcionalde la Procuradurla.
f) Reafirmar y propiciar la supe
ración vocacional y conduc--tual de los servidores públicos de la Institución.
6.3 Lineamientos Generales.
Para el logro de los propósi_
tos mencionados, el Reglamento sigue, entre otros, los siguientes lineamientos generales:
a) Reagrupa al Ministerio Público de manera fundamental porfunciones y ya no por mate--rias. Asl pues la función de
fiscalta se agrupa en las Su~
procuradurtas sin distincióndel tipo de delito de que se91

trate, sino atendiendo a di
versas etapas procedimentales. Esta división del trabajo ha sido probada con su
ficiencia en todas las Procuradurlas. Asl pues, la eta
pa de averiguación previa sera responsabilidad de una
Subprocuradurta mientras -que la etapa de proceso se~
rá responsabilidad de la -otra. La Coordinación contra el Narcotrafico atendera funciones de investiga-ción, de combate y de erradicación pero ya no atendera tareas de fiscalta. Den
tro de cada Sub-Pr_ocura.du-rta sI existirá una divi--sión del trbajo atendiendoal tipo de delito del que se trate, pero refiriéndose
a la unidad de criterio y mando uniforme.
b) El reglamento rescata la -distinción fundamental queexiste entre las unidades orgánicas y las instituciones que se encuentran cante
nidas en ellas. El Ministe
Público y la Policla Judi-cial son instituciones que-

�Con lo anterior se responde1
establece la Constitución pe
con mayor fidelidad1 al manro no necesariamente se ubidato constitucional que dePQ
can en una misma unidad. Elsita atribuciones en estas-Ministerio Público1 a lo la[
instituciones y no expresa-go de décadas1 se ha ubicado
mente en oficinas subalternas
en diversas unidades orgánicreadas por normas de menorcas: la Dirección Jurldica1Jerarqula.
la de Averiguaciones Previas1
y la de Procesos. El Reglamento reafirma1 de manera -- c) Se crean o se reponen unidades e instancias que vienenexpresa1 esta práctica ubi-a fortalecer los controles cando al Ministerio Públicooperativo1 de gestión Y ad-en seis direcciones cuyas -ministrativo. El Reglamento
atribuciones serán eJercidas1
establece que el sistema deprecisamente1 a través de -control se deposite en una-los agentes del Ministerio triada orgánica. El control
Público que les sean adscrioperativo de la estructura-tos.
territorial1 a través de una
Coordinación de Delegaciones
Lo mismo acontece con la Poque sirva de un sano enlacelicia Judicial. Se trata de
entre el Procurador y las -una institución ubicada en~
Delegaciones1 no para limi-diversas unidades orgánicas:
tar el eJercicio de las atri
las de investigación1 la debuciones delegadas sino, por
intercepción y la de accio-lo contrario, para darle --nes contra la producción deapoyol congruencia y eficien
narcóticos. Se elimina la cia.
expresión "Policla Judicial"
como denominación de una uni
El control de gestión se dedad orgánica para evitar latermina que sea depositado confusión a que se alude.

92

en la Visitadurla General1entidad de control de buenprestigio y tradición en el
universo de las Procuradu-rlas. Por últimol el con-trol administrativo subsiste en la Contralorta Interna1 sumado a los enlaces -con la comunidad para la -captación de sugerencias einconformidades.
d) El Reglamento propone una -

mayor especialización del trabaJo en las tareas del combate al narcotráfico. Se
se_ñaló1 más arriba1 que yano atenderá funciones de -fiscalla a efecto de fortalecer sus acciones de inves
tigación1 combate y erradicación. Para ello1 ademásde sus tradicionales áreasde investigación y de erradicación1 contará con áreas
de planeación1 de enlacel de intercepción y de los -apoyos necesarios de operación aérea.
e) Con este Reglamento se tras
lactan facultades adiciona-les a las Delegaciones eli-

93

minando1 entre otros1 el re-dueto de centralismo que cons
titulan las facultades de autorización de no eJercicio de la acción penal. Adicio-nalmente1 se refrenda la Je-~
rarqula representativa de los
Delegados y se cancela el inconveniente del mando dual -QUe1 sobre sus subalternos1 eJerctan las unidades centrales.
f) Además de la desconcentración
territorial1 se preve la pos!
bilidad de desconcentración-funcional a efecto de crear órganos necesarios para auxiliar el eJercicio de las funciones de la Procuradurla1 -cuando esto se estime conve-niente1 circunstancia que damayores posibilidades de eficiencia a la Institución.
g) Otro aspecto sobre la cues--tión de la concentración de atribuciones es Que el Reglamento produce una reducción en la concentración Piramidal
de atribuciones1 atendiendo a
una mayor interrelación de co
laboración y de equilibrio en

�tre las diversas unidades -que desempeñan el quehacer de 1a ·Procuradurla1 haciéndo
lo más transparente y evitan
-do que la suerte de los asun
tos públicos sean coto excl~
sivo y crlptico.
h)

i)

Para fortalecer el desarro-llo vocacional de los servidores Públicos de la Institu
ción1 el Reglamento proponela creación del Instituto de
la Policla Judicial Federal1
como órgano desconcentrado de la Procuradurla1 con funciones de reclutamiento1 selección1 capacitación y evaluación de los agentes de la
Policla Judicial Federal.
Asimismo1 el Reglamento re-frenda la estructura compe-tencial de diversas áreas
que permanecen intactas.

Entre ellas1 basta mencionara la Dirección General Jurldi
cal en la cual se ha deposita
do la abogacla general de lainstitución y los poderes legales para efectos generalesy especiales. En el mismo ca
so se encuentran otras unidades que desempeñan importan-tes y muy especializadas funciones1 tales como la Direc-ción General de Amparo y la Dirección General de Servi--cios Periciales .
j)

Por últimol en el campo de la
reordenación de la normatividad interna1 cabe mencionar que el nuevo reglamento es más
claro1 más acorde con las necesidades el inclusol más bre
ve y sencillo1 conteniendo en
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9. Anexo D. ATRIBUCION COMPtTENCIAL.

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ce1 por su magnitud1 por su importancia
es la observancia
·y control del estricto cumpli-miento de los principios de --constitucionalidad y legalidad1
sobre los cuales se asienta y fundamenta el total desenvolvimiento de la Administración Pú- .
blica.
Tan esencial es su actua--ciOn en esta materia que aqut el Ministerio Público interviene aún sin revestir la calidadde parte1 prescindiendo de su condición autoritaria o de la defensa de los intereses pro--Dios de la instituciOn1 para -proteger en primer término la legalidad, la juridicidad, el estado de derecho, como incond!
cional representante del conjurr
to social.

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99

Esta actuación se habilita y
se concreta1 principalmente1 en distintas instancias que se han previsto y delineado para alean-zar aquel objetivo.
La jurisprudencia Federal hacalificado la injerencia del Mi-nisterio Público en este aspectodel juicio de amparo como elemento regulador del procedimiento1 entendiendo y determinando de esta forma que su primordial misión
es vigilar en cada caso concretola supremacta constitucional y 1~
gal que1 por sobre todo1 debe observarse, y sin que necesariamente defienda intereses jurtdicos propios o actúe como parte en elsentido material de la expresión.
En su resguardo de los preceptosconstitucionales se independiza del quejoso, del tercero perjudicado y de la autoridad responsa-ble, sustentando en aquellos su imparcial criterio.
Es en esta actuación donde el
Ministerio Público se desenvuelve
no sólo como institución de buena
fe, sino también como una institu

�ción responsable por la conciencia de su alto cometido. En eljuicio de amparo, la sociedad se
encuentra involucrada, porque -las cuestiones de inconstitucionalidad o de legalidad no sola-mente conciernen a los quejosos,
a las autoridades responsables o 2 los terceros perjudicados. Irr
teresan a la sociedad, fundamentalmente, porque parten de un or
den jurídico constitucional quese impone a todos por igual.
En igual sentido, con el mis
mo objeto y en vista de la 1mPO[
tancia que tengan para el inte-rés nacional, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federa
ción faculta al Procurador para
llevar al conocimiento de las Salas de la Suprema Corte de -Justic1á asuntos originalmente
sometidos a la competencia de los Tribunales Colegiados de -Circuito sin que, obviament~, se altere la potestad de las Sa
las en cuanto al rechazo o adm!
sión de negocios determinados.
_/

Una aplicación especifica y
de incuestionable trascendencia
se incorpora al texto de la leyl

conducente siempre al mismo objetivo: se ordena al Ministerio PQ
blico la vigilancia de los princi
pios enunciados -- y con ello lacorrecta aplicación de la ley ensu sentido más amplio -- en todos
los establecimientos destinados a
la internación de individuos1 inculpados o sentenciados1 abarcando desde los centros de detención1
las prisiones y reclusorios1 hasta aquéllos orientados al internª
miento de inimputables. Deber -ineludible1 y habilitación expresa1 es la denuncia a las autoridª
des pertinentes o la apertura dela averiguación previa frente alsupuesto de la comisión de un ill
cito en tales instituciones.
El Ministerio Público es, por
sobre todo1 un representante so-cial1 un órgano que1 frente a pro
blemas concretos que aquejen a la
ciudadanía debe actuar, nunca ab~
tenerse; y el cumplimiento efecti
vo de esta misión capital dentrode la comunidad inspira la inclusión, en el texto de la leyl de una nueva facultad que recepta1 en alguna medida, la evolución yla experiencia que en la cuestión
demuestran las naciones más avan-

zadas; el Ministerio Públicos~
constituye en el instrumento re
ceptór de quejas que; si bien no conforman delitos del orden.federal, implican situaciones arbitrarias que perjudican o le
sionan los derechos de los particulares. Al no ser delitos del orden
federal, y al poder canalizar las quejas respecto a organis-mos y entidades distintas de la
Procuraduría General de la Repú
blica1 se aprecia inequtvocamen
te la imposibilidad jurídica pa
raque el Ministerio Público -_pueda proceder directamente entales circunstancias. Pero, en
estos casos -- y sin constitu-irse en representante o gestordel afectado -- la Instituciónpue(le orientar legalmente al -mismo y situar formalmente la queja o la instancia en el marco de las autoridades correspon
dientes.
En suma1 se autoriza a la Procuraduría a transponer el --

l01
100

marco regu l-ador· de su ac·tuac i ón1 ·
a exceder

1-0S

limites__ propios --

de su competencia admini"strati--_
va·· y JurisdiccionaL faci 1itan- _·
do y potenciando .~u necesaria _yprudente interven~ión para preve
nir ·y resolver ·.1-os ·múltiples con
fl icto·s que pueden generarse Y_que esperan1 ·de la Institución,_la orientación correspondiente Y
el asesoramiento adecuado.
Asimismo, cuando exista ·contradicción entre d·iversas tesi_ssustentadas por órganos de .la--_
justicia federal, la ley le otor
ga al Procurador aptitud sufi~~- ·
ciente para denunciar la situa-~
ción y expresar la opinión que al respecto considere precisa yapropiada, con el objeto de obtg
,er un oronunc1amiento que conduzca a establecer y ratificar la necesaria seguridad jurldicaque en cada caso deba prevalecer.
Tampoco en este aspecto revisteforzosamente la calidad de repre
sentante de sus propios intere-ses institucionales.

...

�lenta, como popularmente se in-dica, no es justicia. Un juicio
Complemento y consecuencia - irregular es una afrenta a los de la facultad descrita es la PQ derechos del hombre.
stbilidad que se acuerda al ProPor esto -- y una vez más -curador -- en la preocupación -permanente de alcanzar una mejor excediendo el estrecho marco deobservancia de la Carta Magna -- la calidad de parte procesal o para proponer reformas y propues de custodio de sus intereses jutas legislativas que encaucen -- rldicos concretos -- la legitima
las iniciativas tendientes a re- ción que en este aspecto le consolver los conflictos legislati- fiere a la Procuradurla el artlc~
vos suscitados por la pugna en-- 10 4o. de su Ley Orgánica-deriva
tre normas secundarias y la Con~ directamente de la Constitución,
titución. La adición, abroga--- cuyos arttculos 17 Y 102 garanción o derogación habrán de ser, tizan, efectivamente, aquellosen su caso, instrumentadas por - principios.
la Presidencia o a través de las
Dos grandes grupos de activi
instancias que, en el orden lo-dades comprende la intervencióncal, resulten pertinentes.
del Procurador a fin de promover,
La pronta, expedita y debida instrumentar y lograr el mejoraprocuración e impartición de jus miento de la procuración Y la im
ticia es, de hecho, la actividad partición de justicia:
sustancial y la función primige- a} La participación genérica en
todo lo conducente al estudio
nia de la Procuradurla, de su tl
y ejecución de programas Y tular y de la institución del -acciones, conforme a los pr~
Ministerio Público. La justicia
ceptos que organizan la plaexpedita, rápida y correcta, esneación democrática del Estª
una garantla primordial y un lodo, Y
gro básico en la conquista del Estado de Derecho. Una justicia b} La coordinación ante las au-

9.2. Promoción de la Justicia.

102

toridades federales y loca-les, dirigida a integrar unsistema nacional que favorei
ca, valorice y perfeccione los distintos servicios na-cionales de procuración de justicia.

en las instancias posteriores ala expedición de la norma, paraprovocar la interpretación y laaplicación debidas, interviniendo en los juicios de amparo y -procurando afianzar y esclarecer
la jurisprudencia federal.

9.3. Consejerta Jurldica

9.4. Persecución Penal

La Constitución reserva personalmente al Procurador la atrl
bución de ser el consejero jurtdico del Gobierno Federal. Es
ta consejerta fortalece la con-dición jurldica de la Procuradurta General de la República, y delinea más especlficamente la-figura legal e institucional dela Dependencia y de su titular más allá de la actividad propiamente persecutoria.

El articulo 21 de la Constitución Polltica atribuye el monQ
polio de la persecución penal acargo del Ministerio Público. El articulo 102 introduce algunas
bases procesales, al disponer su
párrafo segundo que al Ministe-rio Público de la Federación lecorresponde la persecución antelos tribunales de todos los dell
tos del orden federal, debiendoen tal sentido solicitar las órdenes de aprehensión contra losinculpados, buscar y presentar las pruebas que acrediten la res
ponsabilidad de los mismos y pedir la aplicación de las penas que correspondan.

En tal carácter, y además de
la opinión que el Procurador - habrá de brindar cuando asl lo requiera el Presidente de la República, se establece su deber de opinión y de gestión previa a
la expedición formal de una norma o bien de actos conducentes a
reformarla o depurarla, asl como
103

En su quehacer persecutorio,
que durante la fase de averiguación previa desarrolla con el --

�auxilio de la Policla Judicial y dadesJ resulten necesarias para- .
el cuerpo de peritosJ el Minist~ preservar el objeto del procesoJ
ria Público enfrenta el amplio - garantizar medios de pruebas o espectro de los delitos federa-- tutelar derechos del ofendido; lesJ que se identifican a partir el no ejercicio de la acción pedel articulo 41 de la Ley Orgá-- nal y la defensa del indiciadoJnica del Poder Judicial de la Fe ya que éste tiene la facultad yderaciónJ espectro que se acre-- el derecho de designar defensorcienta y complica en la medida - º persona que lo asista en su -de la evolución del EstadoJ y de defensaJ la cual aportará al Milo cual son buenos ejemplos la - nisterio Público los elementos delincuencia económicaJ fiscalJ- que estime útiles y pertinentesfinancieraJ ecológica y sanita-- para que aquél determineJ en sumomentoJ el ejercicio de la ac-riaJ etc.
ción penalJ el no ejercicioJ o La Ley Orgánica destaca dis- la reservaJ etc.
tintos t1empos o etapas al anali
Es interesante mencionar que
zar la actividad persecutoria -del Ministerio Público: la com-- las normas que regulan y condicio
probación indudable del cuerpo - nan el ejercicio de la acción pe
del delito -- en cuanto conjun-- naJ asimismoJ contemplan los suto de elementos que integran la- puestos que imponen y legitimanel no ejercicio de la misma. El
descripción de la conducta o -hechos delictuosos -- y la acre- no ejercico de la acción se apoditación de la probable responsa ya en supuestos definidos: auserr
bilidad; la disposición y ejecu- cia de conducta o hechos delictuo
ción de medidas cautelares o PrQ sosJ falta de intervención delif
videncias precautorias queJ se-- tuosa por parte de una persona cundariamente al objeto básico - determinadaJ a quien se atendiódel procedimiento en la averigua como indiciadoJ imposibilidad de
ción previa que es el esclareci- prueba por obstáculo material in
miento de hechos y responsabili- superableJ extinción de la res--

104

p0nsabilidad penalJ o existencia mente interesado en las necesida
de una causa excluyente de res-- des de la prevención general Y ponsabilidad penal. Sobra decir en los requerimientos de la preque particularmente cuidadoso -- vención especial.
debe ser el Ministerio Público El articulo 7 de la Ley Org~
en sus apreciaciones de cada uno
de estos supuestosJ ya que en cª nicaJ en su fracción IIIJ faculso de duda deberá ejercitar la - ta al Ministerio Público para -acción y remitir con ello la de- impugnar sentencias penales defl
nitivas que causen agravio a los
cisión final al juzgador.
intereses jurldicos de la socieEn el proceso penal el Mini~ dadJ cuya representación le comterio Público interviene a titu- pete a la Institución. Pero lalo de parteJ y presente ya como- novedad radica en que no se traactor debe proveer al juzgador - ta de la impugnación mediante re
de todos aquellos elementos con- cursos ordinariosJ que la propia
ducentes a definir los hechos de ley cita en la fracción precederr
lictuosos y la responsabilidad - teJ sino de la impugnación por del inculpadoJ aunque la califi- amparo oJ si se prefiereJ por -cación definitiva de aquéllos y- revisión o casación.
el grado de responsabilidad queAcaso será dificil que se re
de en manos del órgano jurisdicconozca al Ministerio Público el
cional.
carácter de quejoso en un juicio
También corresponderá al Mi- de amparo directoJ en vista de nisterio Público la individuali- la tradicional y arraigada concep
zación ae penas y medidas ciñén- ción del amparo como medio de tu
dose a los preceptos de los ar-- tela de garantlas individual-esJt1culos 51 y 52 del Código PenalJ entre éstas el control de lega-obligación inherente al carác--- lidadJ pero siempre cabe plantear
ter de órgano público que en Mé- el asunto dentro de una perspecxico tiene el actor penalJ igual tiva similar a la que ya permite
105

�a órganos administrativos impugnar ante la jurisdicción federal
en forma de revisión, las resolu
ciones materialmente jurisdiccio
nales del Tribunal Fiscal de 1a=
-Federación.
.

I

De esta forma y apreciadas en
conjunto, las normas de la Ley Organica de la Procuraduría Gene
ral de la República, del Código=
Penal Y del Código Federal de -Procedimientos Penales, eQuili-bran los derechos y atribuciones
de Quienes intervienen en el PrQ
ceso penal; a&gt; del inculpado, por el derecho de defensa que se
le reconoce cuando se encuentradetenido durante la averiguación
previa, Y ademas, con sentido -practico, por la restricción depoderes de la Policía Judicial Federal, Por el no ejercicio dela acción cuando se acredita laextstencta de excluyentes de inc~iminación, y por la introd~c-c1ón de juicios sumarios y sumarlsimos; b) del juzgador, por el énfasis Que se pone en su necesaria facultad de valoración de la Prueba confesional; c&gt; del
ofendido, por la coadyuvancia -procesal Que se le reconoce, por

106

la apertura de la vta civil como
alternativa con respecto a la pe
nal, Y por las novedades acogí-=
das en materia de querella y deperdón; Y d) Del Ministerio Público, por la atribución que tiene, pendiente de que se insti
tuya el procedimiento ad hoc:
ra impugnar en amparo o en revisión las sentencias penales deft
ni ti vas.
-

pª

9.5. Representación Federal

El articulo 5 del texto le-gal que se comenta, en sus dis-tintas fracciones, agrupa las -atribuciones que confieren la re
presentación que el Procurador o
el Mínisterio Público habrán deejercer ante las autoridades jurisdiccionales, o en diferentescontroversias, ya sea actuando como parte o sin adoptar las con
diciones Y calidades que aquella
figura implica.
La fracción I del citado articulo circunscribe y lifD&gt;ita es~
pectficamente la intervención -del Ministerio Público en el Jui
cio de amparo como representante
de la federación, pero asumiendo

ahora expresamente la posición de
litigante, con la finalidad de -proteger y preservar sus derechos
patrimoniales y en orden a las -disposiciones del inciso c&gt; de la
fracción V del articulo 107 constitucional, que regula el amparodirecto para combatir sentenciasdefinitivas en materia civil.
El Ministerio Público es el
abogado directo y principal de la
Federación y, como tal, la ley in
corpora esta otra actividad de la
Institución en todos aquellos negocios en los cuales la primera sea parte o tenga interés jurldico, aunque no se trate de controversias en el sentido procesal -del término.
Aceptada en la moderna evolución del derecho administrativo la intervención del Estado en una
gran diversidad de campos tradi-cionalmente reservados a la actividad privada, se desprende de su
sola existencia que las múltiples
instituciones que conforman el -sector estatal y paraestatal pueden verse comprometidas en con--troversias jurisdiccionales Que afecten sus intereses legítimos y

107

que éstas alcancen, a la vez, -una importancia jurldica, econQ
mica y social de considerable -magnitud afectando a la sociedad
entera.
En tales supuestos, y como rasgo característico de la moder
nidad del Ministerio Público ensu faceta de abogado del Estado,
se preve su intervención en losdiferentes negocios que puedanpresentarse - controversias o li
tigios en que sean parte o ten-gan interés jurídico las entidades paraestatales como coadyuvan
te, sin excluir ni subestimar la
actuación judicial propiamente dicha que a las mismas les compe
te.
Dicha actuación, por supue~
to, no es inmediata ni directa,sino que su operatividad depende
de la solicitud que al respectointerponga el Coordinador Sectorial o cuando asl lo disponga el
Presidente de la República, en vista de la importancia que el asunto objetivamente asuma.
Asimismo, le incumbe al Mi-nisterio Público la representa--

�ción federal, en razón de lo dis
puesto por su ley orgánica, en los supuestos que asl lo disponga la Ley de Nacionalización deBienes, reglamentaria de la frac
ción 11 del articulo 27 de la -Constitución.
Las fracciones V y VI estruc
turan actividades del Procurador
o del Ministerio Público que noinvolucran precisamente represen
tación procesal o investidura de
parte en juicio, pero que se dirigen a promover la solución legal de conflictos que no siempre
importarán litigios llevados ante la jurisdicción de los tribunales.
Las situaciones que se con-templan están réferidas a las con
troversias que se susciten entre
dos o más Estaaos de la Unión, entre un Estado y la Federación,
o entre los poderes de un mismoEstado. Si la controversia en que la Federación figura frentea un Estado constituye un liti-gio sobre el Que deban conocer los tribunales, es claro que alProcurador incumbe representar en el juicio, como parte, a la -

108

Federación. De tratarse de losdemás supuestos, la misión del Procurador es la emisión de dictamen jurldico, es decir, la opi
nión técnica que analice el asun
to desde el punto de vista norma
tivo, sin efecto vinculante y arequerimiento de las partes.
También se precisa la intervención del Procurador en las -cuestiones que involucren a di-- plomáticos y cónsules generalesatendiendo que las controversias
en las que aquellas personas figuren deben estar concretamenterelacionadas con la calidad de las mismas como tales, puesto -que no podrla tener injerencia en los conflictos que esas personas tengan como simples particulares fuera de su propio desem
peño diplómatico o consular.
En el caso de responsabili-dad delictiva que dé lugar a unprocedim-iento penaL el Ministerio Público actuara como regular
mente le corresponde, Y tomandoen cuenta las normas que,~a proPósito de inmunidad y de prerrogativa procesal, cubren a los miembros de los servicios diplo-

máticos y consular.

disposiciones que impliquen ca-rácter o alcance internacional,en la medida que se involucren cuestiones concernientes a la -Procuradurla.

Esta atribución se adapta anuestro sistema federal y al método de la concertación conven-ctonal entre niveles de gobierno,
desarrollando los principios de- 9.6. Intervención en conflictossoberanla.
planeación democrática, que im-plican vlnculos y tareas, conserr
Esta atribución, prevista en
sualmente admitidos, entre la F~
la Constitución y en la Ley Or-deración y los Estados.
gánica, determina la participa-También se preve la interven ción de la Procuradurla Generalción de la Procuradurta General- de la República en las controver
de la República en el cumplimierr sias que se susciten entre dos o
to de los tratados bilaterales - más Estados de la Unión, entre relacionados con la ejecución de un Estado y la Federación, o ensanciones y se amplia la previ-- tre los Poderes de un mismo Esta
do.
sión a otras posibles actuaciones para el cumplimiento de otra
10. Anexo E. Basamento Jurldico.
10.1. Constitución
En el articulo 90 Constitucional se sientan las bases para la división de la Administra
ción Pública Federal en centralizada y paraestatal y a la PrQ
curadurla General de la Repúbll
ca se le ubica formando parte -

109

de la primera, es decir, como -una dependencia directa del Po-der Ejecutivo.
Sin embargo pese a lo ante-rior y debido a sus antecedentes
principalmente de carácter histó
rico, en el articulo 102 Constitucional, relativo al capitulo -

�del Poder Judicial de la Unión,- los intereses de la sociedad Y se establecen atribuciones diref de la Nación.
tas y especificas para el titu-lar de la Procuradurla. Asl --Las atribuciones consignadas
pues, resulta importante y sing~ en el articulo 107 constitucio-lar el Que un funcionario depen- nal determinan la intervención diente del Ejecutivo, como lo es del Ministerio Público Federal el Procurador General de la RepQ como parte en todos los juiciosblica, tenga asignaciones Que le de amparo, dejando la posibili-determina el mencionado articulo dad abierta de abstenerse si el102. Por una parte le señala la asunto, a su juicio, carece de Jefatura del Ministerio Público- interés Público.
de la Federación y por otra la de representante de la Federa--Asimismo, se contempla la fª
ción y la de Consejero Jurldico- cultad del Procurador de denun-del Gobierno Federal.
ciar las tesis contradictorias sustentadas por las Salas de laEn otro orden el articulo 21 Suprema Corte y por los diversos
de la Constitución establece la- Tribunales Colegiados de Circuifacultad exclusiva Que para la - to en el ámbito de su competen-persecución de los delitos incufil cia.
be al Ministerio Público y sujeta a la Policla Judicial a su -autoridad y mando inmediato.
10.2. Ley Orgánica

10.3. Reglamento

En este orden de ideas sed~
be considerar la naturaleza delMinisterio Público Mexicano, con
base en lo Que establecen los ar
tlculos 21 y 102 Constituciona-les, lo~ cuales no solamente PrQ
tegen los intereses individuales,
sino constituyen una garantla de

En el contexto legal ante--rior, la organización interna de
la Procuradurla General de la -República se concentraba total-mente en la Ley Orgánica de di-ciembre de 1983. Este ordena--miento contenta los principios -

110

La Ley Orgánica de la Procuradurla General de la Repúblicaotorga a ésta, y a su titular yal Ministerio Público Federal un
amplio conjunto de atribuciones.
Lo hace ciñéndose con estrictoapego al marco constitucional, al régimen actual de la Adminis-

tración Pública Federal y a la posible actuación del Ministerio
Público en la cotidianeidad.
Asimismo, integran la Ley O[
gánica de la Institución, en los
32 artlculos Que su contenido, pretende precisar con mayor claridad algunas de las atribucio-nes establecidas en el artlculo102 constitucional. Este es elcaso, por ejemplo, de la inter-vención personal del Procurador,
o por conducto de los Agentes del
Ministerio Público, en los asuntos de los diplomáticos y de los
cónsules generales, o bien en la
intervención personal de éste en
controversias entre los Estadosde la Unión; entre UA Estado y la Federación, o entre los Poderes de un mismo Estado.

111

fundamentales que en relación al
Ministerio Público establece !apropia Constitución, y definla y
sistematizaba las atribuciones de la Procuradurla, del Procurador y del Ministerio Público federal, asl como la de sus órga-nos auxiliares.
En su articulo lo. transitorio se establecla "Que el Ejecutivo Federal adoptará las medi-das conducentes a la elaboración
y publicación del Reglamento y su vigencia simultánea con la -propia Ley Orgánica".
En este orden de ideas, el primer Reglamento fue dictado en
consecuencia de la citada Ley O[
gánica de diciembre de 1983, Y fue publicado en el Diario Ofi-cial de la Federación el 8 de -marzo de 1984. Esto significó un gran avance y_a que la Ley Orgánica dejó de consignar diver-sas atribuciones que técnicamente deblan de establecerse ·e~ las
normas reglamentarias.
Es hasta el mes de agosto de
1985 cuando se produce una reor-

�denación en el sector central de
la Procuraduría. Esta medida -obedeceJ por una parteJ a la secuencia lógica de los programasde desconcentración que yaJ para
entonces se encontraban en plena
marchaJ Y QueJ sin una adecuadareestructuración de las áreas -centralesJ se corría el riesgo de duplicar las circunstancias.Por otra parteJ las circunstan-cias oresupuestales del Gobierno
Federal obligaron a reducir erogaciones en áreas no Prioritarias
o de fácil agrupamiento.
Esta medida no fue contenida
en acuerdos ni en circularesJ si
no en el nivel reglamentarioJ -expidiéndose un nuevo reglamento
acorde con las necesidades preva
lecientesJ el cual fue publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 1985J destaca en esta reordenación lasupresión de una SubprocuraduríaJ
de la Oficialía MayorJ de la Visitaduría General1 del Instituto
Técnico y de la Unidad de Estu-dios AdministrativosJ así como la reducción de nivel de la Contraloría interna y de once Direc

112

ciones Generales.
PosteriormenteJ debido a las
reformas a la Ley Organica en el
año de 19871 surgió la necesidad
de actualizar el Reglamento. El
proyecto de un nuevo Reglamentoquedó concluido en agosto de --1988J y luego de su sanción fuepublicado en el Diario oficial de la Federación el 25 de octu-bre del mismo año.
Este ordenamiento creó la -Consultoría Jurídical reforzó la
Contraloría Interna y suprimió la Dirección Técnica Jurídica1 entre otrasl y al mismo tiempo se revisaron la organización y las atribuciones de las restan-tes unidades de la Procuraduría.
Sin embargol la vigencia deeste ordenamiento fue muy breve;
el 23 de diciembre de 19881 el Presidente de Méxicol Carlos Salinas de Gortari1 en cumplimiento a los compromisos asumidos
-,
ante el pueblo que representa -(entre ellos1 el ofrecimiento de
reforzar las estructuras guberna
mentales&gt;1 expidió el nuevo Re--

glamento de la Ley Orgánica de la Procuradurla General de la -Repúblical que entró en vigor el
27 del propio mes· y año. Este reglamento en su organización1 se compone1 basicamente1 con lacreación de tres Subprocuradu~-rlas: la Jurldica y de Programas
Sociales; la de Procedimientos Penales; y la de Investigación y
Lucha contra el Narcotraficol -ésta última en cumplimiento del•
propósito del
Titular del Ejecutivo de crear una área especifica para combatir al narcotráfi-co. Asimismo se creó la Oficialla Mayor1 y se redelineó el per
fil competencial y jerarquico de
sus unidades administrativas.
Con el propósito fundamental
de contar con un cuerpo normativo moderno y fortalecido retor-mando la base orgánica de la Ins
titución1 el 4 de febrero de --1991 se expidió el actual Reglamento que es producto de una -reordenación administrativa y -funcional totalizadora1 surgiendo de una nueva polltica de mo-dernización en su estructura y en la vocación de servicio1 asl-

113

como de la mayor ampliación de los recursos destinados a la pro
curación de justicia.
La Procuradurla ha realizado
la mayor parte de su reordenación
estructural prevaleciendo en elpropósito de racionalizar recursos y de mejorar el servicio. La mejor utilización de los re-cursos no solamente implica un ahorro sino su mejor aplicación;
Y1 desde luegol no sólo implicaª los financieros y materiales sino al mas valioso de ellos: el
humano. Sin embargol va mas --allá de la administración de valores mensurables por costumbres
o por sistema; también implica la buena administración de otros
recursos mas complejos de admi-nistrar1 aunque igualmente valio
sos; los tiemposJ los esfuerzos1
los entusiasmos1 los motivos. -Todo ello1 a su vez1 sin perderla visión del objetivo de servicio Público de la Institución.
10.4. Acuerdos y Circulares
El ejercicio de la titularidad que el orden jurldico impo-

�ne al Procurador y que se vierte
en instrucciones quel a su vez,se incorporan al sistema normati
vo,
se da en el vehlculo de acuer.
dos Y circulares que institucionaliza y devela la función del Titular de la Procuradurla.
Adquieren categorla institu, cional al no ser un conjunto deinstrucciones verbales o, simpl~
mente sugeridas, dotadas de so-porte en la autoridad personal y
peligrosamente mutables en la -cotidianeidad. Por el contrario1
son disposiciones fundadas en el
derechp y motivadas por el beneficio de la comunidad.
Perol además1 con ellas se-rasga cualquier velo que pudiera
ocultar el ejercicio de la titularidad en la Procuradurla. Los
acuerdos y circulares entrañan claridad y publicidad. No sólohan sido Públicos sino, también1
publicados. Con ello los obligª
dos por su cont~nido no podrán invocar su desconocimiento y los
por ellos amparados no podrán -padecer su ignorancia.

114

El articulo 18 de la Ley Orgánica de la Procuradurla Gene-ral de la República señala que "el Procurador expedirá acuerdos
y circulares y los manuales de-organización y procedimientos -conducentes al buen despacho delas funciones de la Dependen- -cia •.• " De manera correlativa las fracciones XIV y XV del Re-glamento de la propia ley atribM
yen al Procurador las facultades
de "aprobar la organización y -funcionamiento de las unidades de la Procuradurla y del sectorrespectivo, y expedir acuerdos,circulares y manuales de organización, procedimientos y servi-cios al Público Y1 en su caso, disponer su publicación" y la de
" ... fijar los criterios y procedimientos para el ingreso, el -cambio, la promoclón, la perma-nencia en el servicio y la san-ción de los servidores Públicosde la Procuradurla, con arregloª las disposiciones generales yespeciales correspondientes .•. "

expedición de tales instrumentos1 se y observarse en las diversascontinentes de las instrucciones tareas de la Procuradurla.
y criterios que deberán cumplir-

En estas disposiciones se -encuentra el fundamento para la-

115

�"ACUERDO DE LIBRE COMERCIO DE MEXICO.,
ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA Y CANADA"
LIC. MARTHA ALICIA FUENTES DE MENDEZ
El tema objeto de investigaci6n que se inser
ta fue premiado con el segundo lugar y su_-::
publicaci6n en la Revista de Derecho, en elCertamen Anual "Ser y Quehacer del Dr. - --Honoris Causa, Abelardo A. Leal" verificadoen el mes de julio de 1991.

P R OL OGO

Los cambios que están sucediendo actualmente en el mundoY en nuestro pats., son verdaderamente fascinantes. La transformación económica que se está
realizando en México y que acelerará el Acuerdo de Libre Co-mercio con Estados Unidos de -Norteamérica y Canadá., transfo[
marán nuestro entorno social ynuestras vidas.
Me atrevt a escribir algu-nas de mis investigaciones e im
presiones sobre el Acuerdo de Libre Comercio., principalmenteporQue considero que mi deber como catedrática no es sólo enseñar las leyes y su debida apli

cación., sino también ayudar a -que el estudiante investigue y comprenda el mundo actual., paraque esté mejor preparado al en-frentarse a la competencia en su
vida profesional.
Además., en este texto., se -trata de dar contestación a lasinnumerables preguntas que mis alumnos me hactan con frecuen-cia., respecto a este tema. Porlo tanto., estas páginas y las -traducciones a las leyes comer-ciales estadounidenses fueron es
critas de manera clara., sencilla
y esquemática., pensando en que esto facilitarla a los estudiantes su lectura y aprendizaje.

117

�I. LIBRE COMERCIO
1. ENTORNO MUNDIAL

Vivimos una época de cambios
acelerados, cuyos alcances aún no llegamos a comprender, cam--bios tan sorprendentes, como elgiro de la Unión Soviética hacia
la economla del libre mercado, la ruptura del bloque soviético,
la unificación de Alemania, la derogación del aparthaid en Sudáfrica, la invasión de Iraq a Ku
wait y la respuesta internacional
encabezada por Estados Unidos de
Norteamérica. &lt;A quienes nos referimos en adelante como EUA).
Cinco cambios fundamentalessubyacen en estos eventos y afee
tarán nuestras relaciones con -EUA: (1)
- El colapso del viejo sistema soviético
- El fin de la guerra fria
- La validación de la democracia
y el libre mercado
- La multiplicación de los cen-tros de poder

118

- La reestructuración de la economla mundial, a través de laformación de bloques comerciales.
Es a partir de la década delos cincuenta que las empresas de los palses desarrollados em-Piezan a buscar fuentes más bara
tas de mano de obra o insumos in
termedios, utilizando proporciones crecientes de artlculos im-portados en los procesos de producción. Durante la década de los setenta, este proceso, que se inició con la sub-contrata--ción o maquila, creció de manera
acelerada.
En los ochenta, se empiezanª perfilar los grandes cambios en la economla mundial:
- La Pérdida relativa de la hegª
monla estadounidense debido ala disminución de la competiti
vidad de su planta industrial.
(1) Diálogo Intera■ericano- Revista Nexos No 159
Pág. 35

- El surgimiento de Japón comoprimera potencia financiera y
principal acreedor mundial des
de mediados de los ochenta.
- El desplazamiento de la Cuenca
del Atlántico por la Cuenca del
Pacifico como eje de la acumulación económica por impulso de los palses industriales: -Hong Kong, Corea del Sur, - -Taiwán y Singapur.
- La conformación de nuevos pa-trones de financiamiento de la
actividad económica, mucho más
ligada a la emisión de todo ti
pode valores, respaldados por
deuda, Que a los créditos bancarios y en la relación présta
mo-depósito.
- El desarrollo de una vasta revolución tecnológica, como sis
temas informáticos de trata- miento de conocimientos, cir-cuitos de alta integración, -cerámicas estructurales, láser,
fibras ópticas, etc., que - -trasforman de ralz el procesoindustrial.
- Además, la alta competitividad
ha dado origen a la llamada -ªfábrica mundial", donde las partes de un mismo producto --

119

se elaboran en palses distin-tos. En este nuevo esquema,-los palses no pueden competirde manera aislada y surge la-necesidad de los bloques.
La tendencia actual delcomercio internacional, es la fo[
mación de bloques de palses, ya
sea formando un Mercado Común como la Comunidad Europea, intª
grada por 12 palses, o Zonas de
Libre Comercio, como la que pre
tenden formar los palses de Amé
rica del Norte: México, EUA y Canadá.
Entre las razones Principales
de esta globalización, se encuen
tra la aparición de las llama-das economlas de escala, en las
que la alta tecnologla en los procesos productivos, sólo es costeable cuando se fabrican -grandes volúmenes de productosque requieren de grandes volú-menes de compra, es decir, nece ,
sitan grandes mercados abjertos,
donde puedan comercializarse -libremente, sin barreras comerciales, de alll la necesidad -que tienen los palses altamente

�industrializados de unirse en -bloques ~on otras naciones paracrear zonas de libre comercio.
La polltica económica glo-bal la determinan precisamentelos paises desarrollados que -forman el Grupo de los Siete: EUA, Japón, Alemania, Inglate-rra, Francia, Italia y Canadá.Ellos representan el 50% de laproducción mundial, 60% de lasexportaciones y 55% de las im-portaciones.
Por otra parte, a diferen-cia de lo que podrla pensarse,el grado de intervención gubernamental en los paises desarrollados, con el fin de lograr -competitividad internacional, ha aumentado considerablemente,
aunque su caracter se ha transformado. Este apoyo gubernamen
tal se lleva a cabo de varias formas, como el gasto militar del que se destina una gran pa[
te a la investigación y el de-sarrollo de tecnologias que des
pués pueden tener aplicacionescomerciales, asI como el apoyoa investigaciones cientlficas y

120

tecnológicas a partir de las -cuales se generan nuevos produf
tos. Existen además, diversossubsidios, especialmente los -destinados al entrenamiento dela mano de obra.
Bajo estas condiciones, lacreación de un Acuerdo Trilateral de Libre Comercio entre México, Canadá y EUA, responde al
interés de este último, por for
mar un bloque económico que lepermita tener un mayor margen de maniobra ante la enorme competencia internacional. EUA ya
no es el centro mundial de gravedad de los negocios. Europaoccidental se va configurando como el mayor mercado integrado
del mundo y la zona asiática de
la Cuenca del Pacifico es la -economla con mayor crecimiento.
EUA se encuentra en rece- sión, debido principalmente a la insuficiencia del ahorro para
financiar la inversión, su pérdida de competitividad y sus d~
ficits fiscal y comercial. Por
lo anterior, las empresas estadounidenses necesitan expandir-

sus operaciones y consolidar suposición con precios que les pe[
mitan competir con estos merca-dos regionales. EUA requiere re
ducir costos de mano de obra y -

obtener materias primas baratas.
México está al otro lado del R1o
Grande y representa una excelente oportunidad.

2. PRINCIPIOS DEL COMERCIO INTERNACIONAL
Para explicar este Principio,
se utiliza en econom1a un ejemplo
clásico: "Un abogado que es el mejor de todos los de la ciudad,es al mismo tiempo el mejor mecanógrafo de la misma. Es decir, en ambos campos, tiene una venta
Entre los principios que ri- ja absoluta. Sin embargo, indudª
gen el comercio internlacional,- blemente que se dedicará a la abo
señalamos los siguientes:
gacta, porque le proporcionará ma
yores ingresos, él considerará -PRINCIPIO DE LAS VENTAJAS COM que su ventaJa como mecanógrafo PARATIVAS- postulado por el eco- es una ventaja realtiva, por lo nomista inglés, David Ricardo, - que contratará a una Secretaria".
que establece que bajo un esqueLa clave del concepto de la-·
ma de libre comercio, cada patstenderá a producir aquello que - palabra "comparativa" consiste en
le salga más barato y a importar que todos y cada uno de los pal-lo que le resulta más caro produ ses tienen una clara ventaja en algunos bienes y una clara desven
cir.
taja en otros.

Según el economista inglés,John Stuart Mili, el beneficio del comercio internacional con-siste en el empleo más eficiente
de los recursos productivos delmundo. (2)

(2) Paul A. Samuelson - Curso de Economía Moder
na - Pág. 731
-

121

Es imposible que un pa1s pro-

�duzca absolutamente todo lo quenecesita con la máxima eficien-cia. Siempre habrá algo que sea
mejor que lo h~ga otro y lo in-tercambie. Esto trae como conse
cuencia la especialización y elempleo más eficiente de los re-cursos de cada pais.

Este mecanismo lo regula internamente cada pats1 a través la vigilancia de su balanza co-mercail1 que debe reflejar un -equilibrio entre sus exportaciociones y sus importaciones.

Es un hecho comp~obado1 queel aumento de la producción mundial1 resultante de la especiali
zación Y el comercio1 es lo quehace posible mejorar a todos los
patses que participan en este in
tercambio.

DEL PRECIO DE LOS FACTORES - El
libre comercio entre dos paises1
tiende a igualar los precios delos factores de la producción:trabajol materias primas y capital1 Y al nivelarse los precios1
también tiende a igualar los ingresos de las partes participantes en el intercambio. (3)

PRINCIPIO DE DEMANDA RECIPRO
CA - Establece que el poder de compra de un pais1 lo dá su previo poder de venta1 es decir1 pa
raque un pals1 mantenga una eco
nomla sana1 todo lo que se impar
te tiene que estar respaldado -por una expfortación previa o fu
tura.

PRINCIPIO DE LA IGUALACION -

En el caso que nos ocupal ,
significa que los salarios de -nuestros trabajadores1 a la largal tenderán a igualarse ton los
de los demás países integrantesde la zona de libre comercio.

3 BONDADES DEL LIBRE COMERCIO
Es bueno el libre comercio y
es malo el proteccionismo? Para
analizar esta pregunta me permi-

122

to señalar una anécdota citada -

por don Jesús Reyes Heroles. (4)
En 1879 en una Conferencia sobre
Comercio1 se intentó convencer al Presidente de E.U.A,1 General
~rant1 de que adoptara el libreComercio1 en su discuerso expuso
lo siguiente: "Señores1 durantesiglos Inglaterra ha usado el -proteccionismo1 lo ha llevado -hasta sus extremos y le ha dadoresultados satisfactorios. No hay duda alguna que a este sis-tema debe su actual poderlo. -Después de esos dos siglos1 In-glaterra ha creldo conveniente adoptar el libre comercio1 por considerar que ya la protecciónno le pueda dar nada. Pues bien,
señores1 mi conocimiento de mi patria me hace creer que dentrode doscientos años1 cuando Améri
ca haya obtenido del régimen PrQ
tector todo cuanto éste puede -darle, adoptará finalmente el 11
bre comercio."
De lo anterior podemos deducir que proteccionismo y libre comercio no son valores absolu-tos1 sino que1 por el contrario1
son términos económicos que es-

(3) luis Pazos - libre Comercio México- EUA - -

Pág. 3~

123

tán condicionados a la convenien
cia de cada pals.
Si el gobierno estadounidense ahora propone el libre comercio1 claro está que lo hace porque lo considera-conveniente para su pals. Pero1 actualmente le conviene o no a México?
Considero que para nuestro pals1 después de varios sexenios
de estancamiento1 debido a una economia centralizada y protec-cionista1 además de graves dis-pendios, el libre co ercio es la
principal opción que tenemos.
La integración comercial con
nuestros vecinos de Norteamérica
es una realidad inexorable1 porlo tanto1 debemos estar prepara~
dos, tanto autoridades como noso
tros los ciudadanos mexicanos, para obtener de ello el mayor b~
neficio posible.

(\) luis Malpica de la Madrid - lQué es el Gatt?

Pág. 19

�dos o más palses suprimen tQ
dos los impuestos de importª
ción sobre su comercio mutuo
en todos los bienes Y servicios y además, adoptan un -arancel externo común sobrelas importaciones provenientes del resto del mundo. Una
Unión Aduanera es un paso -posterior a una Zona de Libre
Comercio. ,

4. DIVERSAS FORMAS DE LIBRE COMERCIO
Básicamente hay dos enfoques
para la liberalización del comer
cio internacional: el enfoque irr
ternacional y el enfoque regio-nal:
El enfoque internacional, irr
volucra conferencias internacionales, llamadas Rondas, bajo elpatrocinio del GATT, su propósito es reducir los aranceles y -otras barreras no arancelarias al comercio internacional.
El enfoque regional, contiene acuerdos entre un pequeño número de naciones cuyo propósitoes liberar el comercio entre si,
mientras que mantienen barrerasal comercio con el resto del murr
do. Tales acuerdos incluyen: 1)
Clubes de Comercio Preferencial,
2) Zonas de Libre Comercio, 3) Uniones Aduaneras, 4) Mercados Comunes, 5) Uniones Económicas.
1) CLUBES DE COMERCIO PREFEREN-CIAL- En 1932, la Gran Bretaña y sus asociados de la Mancomunidad, que abarcan 51 Pa!
ses, la mayorla ex-colonias británicas que cubren aproxima
124

damente una cuarta parte de la S!! _
perficie de la tierra y de la PQ
blación, establecieron el sistema
de comercio conocido como el Si~
tema de Preferencias de la MancQ
munidad, por medio del cual lospalses miembros, reduJeron sus-aranceles en el comercio mutuo,pero retuvieron sus mayores aran
celes sobre las importaciones -provenientes del resto del mundo.

4)

2) ZONA DE LIBRE COMERCIO - Se -

forma cuando dos o más palses
suprimen todos los impuestosde importación sobre su comer
cio mutuo en todos los bienes,
y puede incluir o no los servicios, pero conservan sus -aranceles y restricciones ori
ginales frente al resto del mundo, según lo estipula el Art. XXIV del GATT. (5) Ejem:
Acuerdo de Libre Comercio entre EUA e Israel de 1985 y el
Acuerdo de Libre Comercio entre EUA y Canadá en 1988.
(6)

3) UNIONES ADUANERAS - Cuando -(5)

evolucionando hasta conformar
un Mercado Común.
5)

UNION ECONOMICA - Es la forma más completa de integra-ción económica, cuando dos o más palses después de haber
formado un Mercado Común, -unifican sus pollticas fiscª
les, monetarias y socio-económicas. Ejem: el Benelux, que es la Unión Económica, formada por Bélgica, Holanda
y Luxemburgo, estos tres - palses formaron una Unión -Económica en 1960. Estos -palses también forman partede la Comunidad Europea, lacual se está dirigiendo hacia
una Unión Económica.

MERCADO COMUN - Dos o más -palses, forman una unión --aduanera y además permiten el libre movimiento de todos
los factores de la producción
bienes, servicios, capital Y
trabajadores. Ejem: La Comun i d'ad Europea, formada por
12 palses: Alemania, Bélgica,
La mayorla de los economis-Dinamarca, España, Francia,Grecia, Irlanda, Italia, Lu- tas están de acuerdo en que estos
xemburgo, Palses Bajos, Por- procesos de integración económl
ca, como las zonas de libre co-tugal y Gran Bretaña.(6)
mercio y el mercado común, consEsta Comunidad se inició con tituyen encomiables esfuerzos pa
un Acuerdo Comercial entre - ra encauzar la economla de mane6 palses en 1951, y ha ido - ra racional, complementando losprocesos productivos, en vez deOficina de Publicaciones Oficiales de lasponerlos frente a frente en fa Comunidades Europeas - la Unificación [ur~
pea - Pág. 11.

luis Malpica de la Madrid - Op. cit.Y Pág.

36.

125

�lucha sin cuartel de la competen
5,

cia. (7)

CONSECUENCIAS DE LOS BLOQUES COMERCIALES

Todas estas formas de librecomercioJ como el Acuerdo de Libre Comercio entre EUA y CanadáY la Comunidad EuropeaJ tiendenª incrementar la competencia del
comercio entre los pafses miem-bros del bloque y esto representa un comercio más libreJ pero sólo dentro de dichas uniones. Por otra parteJ generalmente toman medidas restrictivas en rela
ción al comercio proveniente del
resto del mundoJ por lo que porun lado se abre el comercio y -por el otro se alzan barreras
proteccionistas.

lEsta tendencia hacia la - creación de bloques comercialesJ
abrirá o cerrará el comercio internacional? Probablemente ten-dremos que esperar algunos añospara responder a dicha preguntaJ
una vez que se vea el comporta-miento de los bloques ya conso-lidados de Europa y Norteamérica
Y la actitud del Sureste Asiático. Sin embargoJ no podemos de-jar de ver el grave peligro queentraña la posibilidad de que -estos bloques se cierren dentrode s1 mismosJ las tensiones queesto ocasionarla pondr1an en serio peligro la paz mundial.

6. ACUERDO DE LIBRE COMERCIO
Entre las principales caracterlsticas de un Acuerdo de Li-bre Comercio (a lo que nos referiremos en adelante como ALC)J podemos mencionar:
El ALC está basado principal

126

mente en el GATTJ en sus --principios y reglas.
Promueve el libre comercio entre los pafses miembrosJ (7)

Walter Montenegro - Intruducción a las Doc
trinas Políticas Económicas - Pág. 55. -

f

tanto de manufacturasJ comode productos agr1colasJ servicios e inversiones.
Queda excluído el libre trán
sito de personas.
se eliminan gradualmente las
barreras comercialesJ princi
palmente las tarifas arancelarias. Esto significa quela eliminación de barreras no es inmediataJ sino gradual
y por sectoresJ generalmente
se pacta un plazo de 10 años
para lograr la liberalización
total.
Se reordena el sistema aduanero y administrativo para el comercio reciproco.
Si bien en generalJ las leyes
y pollticas de cada pals noentran en el AcuerdoJ es necesario que los palses miembros armonizen su legislación
comercial y de procedimien-tos aduaneros.
Como las barreras comercia-les quedan vigentes para los
terceros palsesJ los paísesintegrantes del ALC establecen reglas comunes con respec
to al origen de las mercan-cías y desviaciones de come[

127

cioJ para impedir que los -palses no miembros pretendan
beneficiarse del Acuerdo.
se crea una Comisión Internª
cionalJ formada por represen
tantes de los países miem--brosJ quienes vigilarán quelas nuevas leyes de dichos palses no atenten contra elALC. Sin embargoJ en todoslos demás aspectosJ cada pals
mantiene su pol1tica indepen
diente.
Los aranceles y barreras --frente a otros palses no deben aumentar. Es decirJ para los terceros patsesJ re-girán los aranceles y barreras que dichos patses tenían
antes del Acuerdo.
Otros países pueden integra[
se a dicho ALCJ previa autorización de los pa{ses miembros.
El Acuerdo no es estáticoJ los patses miembros están en
negociaciones continuasJ tie
nen frecuentes notificacio-nes y consultas.
El Acuerdo puede ser modificadoJ suspendidoJ canceladoº ampliado, según lo deter--

�minen sus miembros.
Se mejora la resolución de disputas comerciales, a través de Páneles, este mecanis
mo es superior al GATT, ya que en dichos Páneles sólo están representados los palses miembros y su proceso de
resolución es más espec1fi--

co y ágil.
Aumenta y asegura el accesoal mercado de dichos pa1ses,
y elimina en su mayor partelas barreras no arancelarias,
que generalmente son uná for
ma amañada de proteccionismo,
como son los subsidios y eldumping.

7. LA APERTURA DE COMERCIO DE MEXICO
El Estado actual ya no se 11
mita a proteger las actividadesde los particulares, sino que tQ
ma por misión, el mantener y el~
var el nivel- de vida de sus ciudadanos, por lo que para el Esta
do moderno, el comercio exterior,
viene a ser un factor de gran -importancia.(8)

Acuerdo entre México y EUA
sobre Subsidios e ImpuestosCompensatorios en Abril de 1985. '
Liberalización de la econom1a
en Julio de 1985, al publi-carse eo el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo
Presidencial por ~edio del cual se substituyeron los -permisos previos de importación por un sistema arancelª
ria más flexible.
Ingreso de México al GATT en
Agosto 24 de 1986.
El 21 de Agosto de 1990, elgobierno mexicano solicita al de EUA, que se inicien ne
gociaciones sobre un Acuerdo

Congruente con este postulado, en el sexenio de Miguel de la Madrid, se inicia un modelo de desarrollo hacia afuera, queha cubierto las siguientes eta-pas:
(8)

Louis Cartou - El Mercado Común y el Derecho Público - Pág. 137.

de Libre Comercio.

terna.

En Toronto~ Canadá, en Juniode 1991, se inician las negociaciones de un Acuerdo Trilª
teral de Libre Comercio entre
México, EUA y Canadá.

Es bajo este contexto nacio-nal, cuando se empieza a liberali
zar nuestra econom1a. En un Drirr
cipio se pensó que la industria maquiladora crearla gran cantidad
de empleos en nuestro pa1s, perono fue as1. Actualmente las ma-quiladoras proporcionan empleo -aproximadamente a medio millón de
mexicanos, de una fuerza producti
va de 26 millones. Además, cadaaño se incorporan un millón más al sector laboral.

Alrededor de la década de los
60 hasta principios de los 70, M~
xico tenla un buen crecimiento -económico. A principios de los 70 cambia la política económica,aumentando la extrema interven--ción gubernamental. Los resultados fueron una expansión del gasto público, un abultado déficit presupuesta!, inflación, devaluación ·del peso en 1976, después de
22 años de estabilidad.

En los últimos años, este -cambio se ha acelerado. Los --aranceles se han reducido radi-calmente de un nivel de hasta -100% en 1982 a un máximo de 20%El llamado "boom petrolero" - en la actualidad. También se -mitigó el déficit comercial, pero han eliminado la mayor1a de losencubrió los verdaderos problemas. requisitos para permisos de im-Se mantuvo la intervención guber- portación.
namental, as1 como la política ef
pansionista haciendo de éste un El comercio exterior de Méxl
periodo de alta inflación, Tal- co, ha evolucionado teniendo cosituación hizo crisis y en 1982 - mo eje a EUA, pa1s con el cual se devaluó el peso otra vez Y tan lleva a cabo las dos terceras -to los bancos privados como el go partes de su intercambio comer-bierno se vieron en serias difi-- cial. Las exportaciones estadocultades para pagar su deuda ex-- unidenses a México se han incre-

128
129

�der la producción orientada ha-cía la exportación.

mentado en casi un 20% anual durante los pasados 6 años. Por su part~ las exportaciones mexicanas a EUA aumentaron más de un
70% de 1986 a 1989.

En sintesis1 el cambio de -una mentalidad orientada hacia el estado1 a un ambiente en el que se acepta que los negocios deben responder al mercado Y noa las indicaciones del gobiernoha ocurrido debido a las presiones internas ya mencionadas1 pero también por las presiones externas que han 00ligado a nues-tro pais a sintonizarse con la actual era globalizadora del entorno económico mundial.

Por otra parte1 se han red~
cido las tasas de inflación1 -as1 como la intervención gubernamental en la economia1 princl
palmente a través de la venta de la mayoria de las paraestata
les1 algunas de ellas muy imPO[
tantes como las Aerolineas1 Tel
mex y la Banca. Sin embargol aún persisten ciertos problem&amp;s
importantes1 como la modernización del sector agricola1 la -contaminación1 elevar el nivelde vida de la población en gen~
ral y mejorar la educación1 entre otros.
Actualmente nuestro gobierno reconoce que para lograr larecuperación del pais1 se necesita aumentar drásticamente lacapacidad de exportación de los
productos no petroleros1 Y ello
requiere no sólo de un incre-mento masivo de la inversión -productiva1 sino la posibilidad
de encontrar mercados para ven-

130

mercado. Cada pueblo que nace o
crece en el Nuevo Mundo1 nace ycrecel pues1 en cierto modo1 enprovecho de los angloamericanos."

los ha colocado cerca de ellos1
ha proporcionado asI grandes fa
cilidades para trabar con esospueblos relaciones permanentesY apoderarse graudalmente de su

(9)

Por lo demás1 dada nues-tra vecindad geográfica y nues-tro gran intercambio comercial-con EUA1 esta integración económica parece inevitable. Curiosª
mente hace más de siglo y medioque asI lo previó Alexis de TocK
queville: "No se podria dudar de
que los norteamericanos están -llamados a proveer un dia a lasnecesidades de los americanos -del sur1 estos pueblos que han sido los últimos en nacer a la civilización1 sufrirán la supe-rioridad ya adquirida por los -norteamericanos. La naturaleza-

(9)

131

Alexix de lockqueville - La
A■érica - Pág. 377

De■ocracia

en -

�EL GATT
1. ORIEÉNES DEL GATT
Los origenes del Acuerdo Ge~
No obstante dejó un subpro-neral sobre Aranceles Aduanerosducto1 el GATT Que ante el fracaY Comercio1 llamado,GAiT1 se enso de la OIC, terminó por asumir
cuentran ligados a la diplomacia
parte de las funciones que habrI
Bstadounidense después de las~ -an sido atribuidas a dicha orgagurn1a Guerra mundial.- El Secrenización.
tario de Estadol Cordell Hull -creta que la eliminación de lasEn Ginebral Suiza en 19471 trabas comerciales entre los pa23 naciones se reunieron en la fsesl propiciarla no sólo una ma
Primera Conferencia de negotia-yor e~!ciencia económica y un ma
ciones sobre Aranceles que culml
yor bienestar internacional1 sinó en un tratado multilateral de
"'"
no qve también asegurarla
las -nominado Geíleral Agreement on T'ª
condiciones de una paz mundial riffs and Trade o Acuerdo General
duraderal as! se concibió la --sobre Aranceles Aduaneros y Co-idea de que dentro de la ONU seComercio.
crease la Organización Interna-cional del Comercio1 OIC1 que r~
El GA TT fue cooceb ido por BJA
gularla el comercio internacio--como una e-st;tecte-menor de_t.ratado
nal.
internacional1 bajo la forma de
un Acuerdo en forma simplificada;
Las negociaciones para la -lo que le Qermitió al Presidente
creación de la OIC fueron iniciª
de EUA implementarlo administradas en Londres en 19461 continuª
tivamente sin tener la necesídad
das en Nueva York y Ginebra en de contar con la aprobación delT947 y formalizadas en la Haban91 Senado para ratificarlo*. (10)
Cubal donde se celebró en 1948 (10) luis Malpica de la Madrid -Op. cit.,Pág. 25
la Carta de La Habana. Sin em-• (Nota: las leyes co■erciales de [UA, a·parbargol el Congreso de f~A noratir de 1974, requieren que los Acuerdos Comerciales sean ratificados por a■bas Cá■a­
tificó la Carta de~ Habana y ras del Congreso)
por lo tanto la OIC nunca se creó.
11.

2. lQUE ES EL GATT?
El GATT es un acuerdo1conver
tido por la fuerza de las cosasen µna organización que regula el comercio internacional y se propone reducir los obstáculos a
los intercambios comerciales.

los asuntos monetarios y el Banco
Mundial que establece el finan-ciamiento a bajas tasas de interés y a largo plazol para ayudar
a la reconstrucción y desarrollo
del mundo de la postguerra.

El GATT no es un organismo especializado de la ONU, como sí
lo son por ejemplo: el Fondo Monetario Internacional que regula

El GATT es un código de normasl es un foro de discusión1 r~
solución y negociación del comer
cio internacional.

3. OBJETIVOS

Dos grandes objetivos tieneel GATT:
1. Servir de centro de conciliª
ción y solución de diferen-cias, para esto existen dosprocedimientos:
a) Consultas entre las par-tes involucradas.
b) Sowción de diferencias con la intervención de las
partes contratantes.
Cada vez es más frecuente -que los estados partes del Acuer
do General, cuando no encuentran
una solución bilateral, sometan-

133
132

sus diferencias a la considera-ción del Consejo del GATT1 el -cual opera por medio de dos grupos especiales.
2.

Foro de discusión y de negociación en materia de comercio. El GATT proporciona un
marco dentro del cual los -palses pueden entablar negociaciones o "Rondas" llama-das Negociaciones Comercia-les Multilaterales para la reducción de aranceles y - otras barreras no arancela-rias.

�las
1.
2.
3.

A la fecha, se han realizado
siguientes Rondas:
Ginebra, Suiza
- 1947
Annecy, Francia
- 1949
Torquay, Reino Unido - 1951

4.
5.
6.
7.
8.

Ginebra, Suiza
Ginebra, Suiza Ginebra, Suiza Tokio-Ginebra Uruguay-Ginebra-

1956
1961
1967
1979

en que pueden utilizarse porrazones de balanza de pagos; el -Art. XIII exige que se apliquensin discriminación, Y el articulo XIV específica las excepcio-nes a la regla del Articulo ant~
rior.

medida Que sea compatible con su
legislación vigente, en el mamen
to de adherirse al Acuerdo.

Art. XV - Se refiere a la co
laboración del GATT con el Fondo
Monetario Internacional.

1960 1947 1973 1986 -

A LA
FECHA

4. CONTENIDO

El GATT contiene cuatro gran
des partes desarrolladas en 38 dispositivos: (11)
Parte I
Art. I - Contiene la cláasula fundamental que garantiza a todos los palses miembros, el -trato de la nación más favorecida.
Art. II - Se preven las re-ducciones arancelarias, que al ir enumeradas en las listas anexas al Acuerdo General, forman parte del mismo.
Parte II
Art. I, 11 - El GATT se apli
ca provisionalmente. Los miem-bros tienen que aplicar las normas de la Parte II en toda la -(11) luis Malpica de la Madrid - Op. Cit., pág.

35.

Art. III - Se prohiben los impuestos interiores que discriminen las importaciones.

Art. XVI - Tiende a la elimi
nación de los subsidios de expo[
tación.

Art. IV - Pellculas cinemato
gráficas, V - libertad de tránsi
to, VI - Derechos antidumping yderechos y formalidades, IX - re
glas de origen y X - disposiciones comerciales que son los ar-tículos técnicos, encaminados aprevenir o limitar la implanta-ción de medidas que sustituyan los derechos arancelarios.

Art. XVII - Se exige que las
empresas comerciales del Estado,
no incurran en discriminacionesen sus actividades de comercio exterior.

Art. XI a XIV - Tratan de las
restricciones cuantitativas. El
Art. XI contiene la prohibicióngeneral de estas restricciones;el Art. XII especifica la manera

Art. XVIII - Se reconoce que
los países en desarrollo puedentener necesidad de cierta flexibilidad arancelaria y de aplicar
algunas restricciones cuantitati
vas para conservar sus reservasde divisas.
Art. XIX - Se fijan las medl
das de urgencia que pueden adoptarse contra las importaciones-

134

135

que causen perjuicio a los pro-ductores nacionales.
Art. XX Y XXI-Se especifican
las excepciones al Acuerdo General, admitidas por razones generales o de seguridad respectivamente.
Art. XXII - Trata de las con
sultas.
Art. XXIII - Solución de diferencias.
Parte III
Art. XXIV - Se regulan las condiciones en que las Uniones Aduaneras y las Zonas de Libre Comercio pueden constituir exceQ
ciones al Principio de la Nación
Más Favorecida.
Art. XXV - Se prevé la ac--ción colectiva de las partes con
tratantes; las exenciones se con
ceden en virtud de este articulo.
Art. XXVI a XXXV - Contienen
disposiciones sobre la aplica -ción del Acuerdo General. Tra-tan de su aceptaci~n y entrada en vigor (XXVI), del retiro de -

�concesiones arancelarias a los que dejan de ser miembros ----(XXVII), de las negociaciones -arancelarias y la modificación dé las listas (XXVIII), de lar~
lación entre el GATT y la Cartade La Habana, que no llegó a -adoptarse (XXIX), de las enmiendas al Acuerdo General (XXX), -del retiro (XXXI), de la definición de partes contratantes---(XXXII), del acceso al GATT --(XXXIII), de los anexos al Acue[
do (XXXIV) y de la aplicación de
las disposicones del GATT entredeterminadas partes contratantes

(XXXV).

Parte IV.
Art. XXXVI, XXXVII y XXXVIII
se refieren a las necesidades es
peciales de los patses en desa-rrollo. En el Art. XXXVI se fijan los principios y objetivos del GATT en lo relativo a satisfacer esas necesidades. En el Art. XXXVII se exponen los com-promisos que con este fin contrª
en los patses miembros, y en elArt. XXXVIII se prevé la acciónColectiva d8 éstos.

5. PRINCIPIOS
Dos principios básicos orien tas ventajas son extendidas a tQ
dos los demás miembros del GATt,
tan la actividad del Gatt:
1. Que exista un comercio -- es decir, no se permite la dis-minación.
sin discriminación.
2. Que la única protección a Excepciones
las industrias nacionales sea el
arancel aduanero.
Existen varias excepciones aPrimer Principio - Un Comer- este principio, algunas de las -cio sin Discriminación. Todas - más importantes son las Uniones-las partes contratantes del GATT, Aduaneras, Zonas de Libre Comerestán obligadas por la Cláusula- cio y la llamada Cláusula de hade la Nación Más Favorecida, es- bilitación que surgió en la Rondecir, que si un pals otorga ven da de Tokio, y que contiene tratajas o otro, automáticamente es to especial para los patses en 136

desarrollo.
El Art. XXIV del GATT acepta
que los miembros que sean partes
de una Unión Aduanera o de una Zona de Libre Comercio, no hagan
extensivas las concesiones que se otorgan entre ellos a los -otros miembros del GATT.
Segundo Principio - El Arancel Aduanero, Unica Protección a
la Industria Nacional Este Prin
cipio permite sólo el arancel -aduanero como medida de protec-cción a la industria nacional yprohibe otras medidas de protección.
Excepciones
1. Salvaguardas-Permite que cuan
do un miembro del GATT importe un producto en cantidades mayo-res y en condiciones tales que cause un perjuicio grave a los productores nacionales, acepta que dicho miembro, suspenda to-tal o parcialmente la obliga---ción contratda respecto a la importación de dicho producto de manera temporal.
2. Excepciones propiamente di---

137

chas - son dos las principalesexcepciones que se permiten:
a) Las restricciones para proteger el equilibrio de la balan
za de pagos.
b) La ayuda del estado para favo
recer el desarrollo económico.
Estas excepciones permiten reducir el volumen o el va-lor de las mercanclas de las
importaciones.
3. Exenciones - Un pats puede SQ
licitar que se le exima del cumplimiento de una obliga--ción, esta decisión debe sertomada por mayorta de los dos
tercios de los votos emitidos.
Generalmente ha sido utilizado para solicitar prórrogas para seguir aplicando ciertos
recargos a las importaciones.
4. Acuerdo Multifibras - Es unaprotección a la industria tef
til nacional, que limita lasimportaciones del ramo entrelos patses miembros. Inicial
mente fue firmado en 1974, yha tendido varias prórrogas,en 1978, 1982 y la última en1986 con vencimiento el 21 de

�Julio de 1991, están adheri-dos 54 patses, incluido México.
.En todas las Conferencias que
se han tenido, los patses envtas de desarrollo, se han -quejado sin éxito, de la protección permanente de las industrias textil y del vestido
de los palses desarrollados.
5. Acuerdo sobre el Sector Agropecuario - Las excepciones in
cluyen acuerdos especiales so
bre carne y animales vivos y
sobre productos lácteos. Este es un punto vital para cas1 todos, por lo que la mayorra de los patses dan protección especial a su sector --agropecuario.

6. Reservas - Esta es una medida

de protección que los patsesinvocan al momento de adherir
se al GATT. La reserva es -una reglamentación derogato-ria de la reglamentación en general, que siempre deberá formularse por escrito, éstaes una manifestación de lavo
luntad soberana del estado, que le da cierta interpreta-ción a alguna disposición del
acuerdo, por medio de la cual
se obliga; es la forma de sal
vaguardar la aplicación de -una disposición legal ínter-na, o de una posición de pol!
tica exterior o de proteger a una industria Prioritaria para el pats.

6. CODIGOS DE CONDUCTA
En la Ronda de Tokio se sus
cribieron 6 Códigos de Conductaque son verdaderos trtados tnte[
nacionales estos Códigos son:
1) Valoración en Aduana
2) Sobre Subvenciones y Dere
chas Compensatorios
138

Anti dumping
Sobre Obstáculos Técnicos al Comercio
5) Sobre Procedimientos para el Tramite de Licencia de Importación
6) Sobre Compras del Sector -3)
4)

público.

te de los cinco primero Códigos,Y no suscribió el Código sobre -Cada uno de estos Códigos - Compras del Sector Público, por-tiene implicaciones directas so- Que considera que nuestro gobierbre las materias Que reglamentan. no debe abastecerse principalmenMéxico se comprometió a ser par- te, de productos nacionales.
7. ARANCEL

En virtud de que la elimina
ción de aranceles1 es uno de los
gra;ldes objetivos del GATT, nospermitiremos analizarlo brevemen
te.
El arancel es un impuesto-Que se establece sobre un bien cuando cruza una frontera nacional, el arancel más común es elimpuesto de importación. Un -arancel menos común es el impue~
to de exportación, éste es un -instrumento utilizado por los go
biernos1 generalmente para crear
una escasez en los mercados mundiales y ast aumentar los pre--cios internacionales.
Es interesante notar que la
Constitución de los Estados Unidos prohibe la imposición de impuestos de exportación, por lo -

139

Que su gobierno recurre a otrasformas de restricción de exportª
ciones, como son las cuotas de exportación.
Los aranceles se pueden imPQ
ner en cualQuiera de las tres -formas siguientes:
Arancel ad valorem - Es un PO[
centaje fijo del valor del --bien importado. Ejem: Un impuesto de importación ad valorem de 10%, significa Que porcada$ 1,000 dlls. importadosdeben pagarse$ 100 Dlls. de impuestos.
Arancel especifico - Es unas~
ma constante de dinero por unl
dad flsica importada. Ejem: -Los automóviles importados pagarán$ 10 millones de impues-

�tos cada uno, independientemen gobiernos. Además de los arance
te del valor de cada automóvil. les, existen varios dispositivos,
llamados barreras no arancetartas:,
- Arancel compuesto - Es una com como el control de cambios, reg~
binación de un impuesto ad va- laciones de seguridad, de salubrl
lorem y uno especifico.
dad, ambientales, etc., que losgobiernos utilizan para modifi-En realidad, las fuerzas del car el volumen del comercio in-mercado no están nunca libres de ternacional. (12)
impedimentos impuestos por los8. LA CLAUSULA DE LA NACION MAS FAVORECIDA
Los grandes Pilares jurldi-cos sobre los que fue erigida la
teorla clásica liberal del comer
cio internacionaL son sin dudala Cláusula de la Nación Más Fa
vorecida y el Trato Nacional -Igual.
La Cláusula de la Nación Más
Favorecida - Exige a cada partecontratante la concesión inmedia
ta e incondicional a las demás partes, de toda ventaja o privilegio concedido a un tercer pais
sobre derechos de aduana, gravámenes, reglas y formalidades relativas a las importaciones y -exportaciones. (13)

140

Este Principio de otorgarse un trato comercial igualitario y
no discriminatorio es la esen-cia misma de la nación más ·favorecida, lo que supone el postulª
do de que todos los estados soniguales en el Plano económico ycomercial.
La Cláusula del Trato Nacional Igual, contenida en el Articulo III del GATT, es una normajuridica que comunmente acompaña

(12) Delbert A. Snider- Introducción a la Economía Internacional - Pág. 183
(13) Vicente Ouerol - El GATT - Pág. 37

a la Cláusula de la Nación MásFavorecida, para garantizar y reforzar el trato igual entre las partes contratantes. (14)
Según dicha norma, los productos que han recibido conce-siones comerciales, conforme ala Cláusula de la Nación Más Fa
vorecida, deben ser tratados de
la misma manera que los productos similares de origen nacio-nal, de manera que los produc-tos extranjeros adquiridos a -través del comercio internacional, circulen en el pals importador, en condiciones iguales de competencia que los naciona
les.
Debe existir, según esta -norma, una misma igualdad en ma
teria de impuestos, tasas, le-yes, reglamentos, etc., para un
producto importado que para unproducto doméstico, independierr
temente de la estructura económica del pais importador.
En relación con la Cláusula
de la Nación Más Favorecida, e1
acuerdo impllcito entre los paI
ses en desarrollo y los patses-

141

industrializados dentro del GATTera esencialmente el siguiente:
Los patses en
desarrollo se,
beneficiarlan de la reducción de
aranceles del GATT, por la aplicación del Principio de No Dis-criminación dentro del GATT, sin
embargo, los patses en desarro-llo no tendrlan obligaciones encuanto su conducta reciproca --frente a los palses avanzados, ni entre ellos mismos. (15)
En la Ronda de Tokio se plan
teó que las barreras arancela--rias hablan dejado de ser el ins
trumento principal para obstaculizar el libre comercio, ya quemuchos palses miembros del GATTnegociaban reducciones de aranc~
les que inmediatamente neutralizaban mediante el uso de barre-ras no arancelarias, como los -subsidios a las exportaciones, la utilización de las compras de
gobierno, etc., para discriminar

(1~) Javier Ra■on Brito Moneada -Derecho Intern!.
cional Econo■ico-Págs. 96 y 97.
(15) Gustavo del Castillo-México en el GATT-Pág.23

�en favor de los proveedores nacionales.

Ronda de Tokio, se ha ido debili
tando el Principio general de la
Nación Más Favorecida, que habla
beneficiado a los patses en desa
rrollo, por lo que ahora estas naciones deben estar dispuestasª hacer las concesiones comercia
les reciprocas o de lo contrario,
son excluidos de los beneficioscomerciales que reciben las otras
naciones dentro del GATT.

Además, los palses desarrollados propusieron ya no conceder ·un tratamiento no discriminatorio a los palses en vtas de
desarrollo, que ya hablan al--canzado un crecimiento económico superior al promedio. En -otras palabras, posterior a la-

9. ORGANIZACION DEL GATT

A continuación un esquema -

sobre la estructura del GATT:

ORGANIZACION DEL GA1T
1 VEZ AL AÑO

9 VECES AL ARO
CONSEJO DE REPRESENTANTES
(ASUNTOS DE TRAMITE Y URGENTESI

&lt;

N
;:J
V)

COMITE DE COMERCIO Y DESARROLLO
(EXAMINA LA DISPOSICION DE LA PARTE 1

PERIODO
DE SESIONES
DE LAS PARTES
GRUPO CONSULTIVO DE LOS 18
CONTRATAN•
(FUNCIONARIOS RESPONSABLES DE LAS POUTICAS
TES•
COMERCIALES DE SUS PAISES

1COMITES PERMANENTES O CONSEJOS 1
DELGATT

•SE TOMAN
DECISIONES
POR CONSENSO

IGRUPOS DE TRABAJO'
SECRETARIA DEL GATT
- DIRECTOR GENERAL
- 300 FUNCIONARIOS

142

~

¡:Q

w

z
c.,
zw
w
w
V)

Q

4) Centro de Comercio Internacio
nal - Asiste a los palses endesarrollo para la formula--ción y ejecución de programas
1) Periodo de Sesiones - Todos de fomento a las exportacio-los miembros del GATT se re~nes, su asistencia es gratuinen una vez al año. Cada Pa[
ta.
te contratante tiene un voto,
generalmente las decisiones5) Secretarla del GATT - Esta Se
se toman por simple mayorla.
cretarla tiene a su frente aun Director General que es dª
2) Consejo de Representantes -signado cada 3 años, y tieneEstá integrado por todos los
bajo su responsabilidad a 300
miembros del GATT que quie-funcionarios.
ran participar, tiene a su cargo los asuntos de trámite
6) Miembros - Tiene 3 clijses dey los de carácter urgente. miembros:
Supervisa el trabajo de losPartes Contratantes - 108 Dol
Comités, Grupos de Trabajo y
ses
otros Grupos Subsidiarios. Palses Adheridos ProvisionalSe reune aproximadamente 9 mente - Algunos palses en v1as
veces al año.
de desarrollo prefieren una adhesión provisional antes de
3) Grupo Consultivo - Es un órser partes contratantes.
gano permanente del GATT. Tiene la coordinación entrePa1ses a los que se les Apliel GATT y el Fondo Monetario
ca de Facto - Son palses en-Internacional, se reune --cuyo territorio se aplicaba aproximadamente 3 veces al el GATT y que habiendo adquiaño. Está integrado por 22rido su independencia, aún no
altos funcionarios de los gQ
fijan definitivamente su poll
biernos representados en eltica comercial.
GATT.
La estructura operativa
del GATT es la siguiente:

143

�7) Adhesión - El GATT prevé va-rios procedimientos de adhe-sión:
Por Negociación - Es el pro-cedimiento más común.
Por Sucesión - Palses de reciente independencia en cuyo territorio se aplicó el GATT.
Provisional y por Tiempo Limitado - Para palses no desa
rrollados.
Aplicación de Facto - Palses
recien independizados que no
han definido su polltica comercial.

Negociación Comercial Multila
terales con otros palses, co
mola Comunidad Europea.
8) Denuncia o Retiro - Se puededar en los siguientes casos:
Decisión soberana de una parte contratante.
Cuando una parte suspende toda concesión.
Por aplicación de nuevas restricciones o aumento de las autorizadas.

10. PRACTICAS COMERCIALES DESLEALES
Entre las prácticas comer-ciales desleales más comunes en
el comercio internacional, pode
mos señalar el dumping y los -subsidios.
1) DUMPING - Se entiende por --

dumping, el establecer preciosdiferentes en distintos merca-dos, viene de la palabra inglesa "to dump", que significa -arrojar fuera, descargar con -violencia, y gramaticalmente además, como señala Martln Alon
144

so, significa la inundación del-mercado, con artlculos de precios
rebajados especialmente para su-primir la competencia. (16)
Entre los diversos tipos de-dumping, podemos considerar los siguientes:
- dumping esporadico - que opera-

(16) Jorge Witker - la Defensa Jurídica ContraPrácticas Desleales del Co■ercio Internacional - Pág. 19

en ventas externas a precios
bajos como una forma de li-quidar inventarios en produc
tos perecederos y que no tie
nen la intención de destruir
competidores.

Este Código tiene tres partes
con los siguientes contenidos:

- dumping intermitente - que puede perseguir retener unaparte de los mercados externos en determinadas circunstancias, por ejemplo, que dichos mercados pasen por momentos depresivos.

1 - Establece los principios a
que deberá sujetarse el es
tablecimiento de un dere-cho antidumPing o cuota -compensatoria.
2 - Determina la existencia de
dumping.
3 - Determinación de la exis-tencia de daño.
7 - Compromisos relativos a -los precios.
8 - Establecimiento y percep-ción de derecho antidum--Ping.
9 - Duración de los derechos antidumping.

dumping depredatorio - que surgiendo con la idea del -intermitente, se hace permanente, destruye competidores
y busca estructurar posiciones monopólicas, con lo cual
puede después recuperar suseventuales pérdidas, decldien
do en forma autónoma los precios.
Código Antidumping del GATT
Dentro del GATT se suscri-bió un Acuerdo por separado, pa
ra contener los acuerdos toma-dos respecto a esta práctica -desleal.

145

Parte I - Se considera la par
te fundamental, abarca 13 artlculos, señalamos algunos:

Parte II - Comprende los Ar-tlculos 14 y 15 en los Que se in~
tituye el Comité de Prácticas Antidumping y las Consultas, Conciliación y Solución de Diferencias.
Parte III - Está compuesta -por el Art. 16, dividido en 14 -

�puntos, que relaciona las diSPQ
siciones finales, es decir, las
reglas relativas a la acepta--ción y adhesión al Acuerdo, suentrada en vigor, modificacio-nes al mismo, denuncia, depósito y registro, entre otros.
Determinación de la Existenciadel Daño
La existencia del dumping no determina automáticamente la
imposición de un derecho anti-dumping. puesto Que es necesa-rio, además, determinar que --existe un daño causado a la PrQ
ducción nacional.
El Articulo 3 del Código Antidumping define lo que se con-sidera daño:
- Un daño importante causado auna producción nacional.
- Una amenaza de daño importante a una producción nacional.
- Un retraso sensible en la ere
ación de una producción.
Como vemos, no solamente el
daño en si es condenable, sinotambién _el daño futuro y potencial están cubiertos por las -normas de este Código.

146

Para determinar la existen-cía del daño, se requieren pruebas positivas y un examen exhau~
tivo y objetivo de los dos pun-tos siguientes:
a) Del volumen de las importaciQ
nes objeto de dumping y su -efecto en los precios de productos similares en el mercado del pals de importación.
b) De los efectos consiguientesde estas imPOrtaciones sobrelos productos nacionales de estas mercanclas.
Sanciones
Dentro del GATT, después dedeterminar la existencia del daño, el Comité de Prácticas Antidumping, puede establecer co~o sanción, un impuesto compensatorio o derecho antidumping.
2) SUBSIDIOS
Los subsidios o subvenciones
son otras de las prácticas desle
ales más frecuentes del comercio
internacional.
Estos pueden clasificarse en
subsidios compensatorios y subsi

dios puro~.

sanción.

Subsidios Compensatorios - Son un medio de ayuda dado a los productores, a los cuales losgobiernos han colocado en alg~
na desventaja excepcional, --respecto g&gt;n sus competidoresextranjeros. Por ejemplo, Po[
que hayan quedadosujetos a tri
butación especial en su prop~o
pals, éstos se señalan en el Articulo XI del Código sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias del GATT, entre otros,
efectuar una distribución geográfica de las industrias, fomentar la reeducación profesiQ
nal y el cambio de empleo, ~te.
Estos subsidios son aceptados por el GATT, siempre y cuan
do no influyan desfavorablemente en la competencia normal.
Subsidios Puros - Son subsidios
otorgados directamente a lasexportaciones y con fines deganar competividad artificial
en los mercados de otros palses. Estos son los subsidios
que se considéran una amenaza
Y por lo tanto, amerita~tína-

147

Para probar es\éi}s subvenciones, deben presentarse los si--guientes elementos en forma conjunta:
a) El subsidio - determinar el monto.
b) Perjuicio a los productores nacionales del pals importa-d@r - generalmente medible en
las pérdidas de mercado provo
cadas por las importaciones subsidiadas.
e&gt; Relación de causalidad entreel subsidio y el daño provocª
do en el pals de importación.
Sanciones
Previa investigación, son -sancionados por el Comité corres
pondiente, con la imPosición dederechos compensatorios, proporcionales a los daños y perjui--cios q_ue ocasionen a los productores nacionales de mercanclas similares.
Autoridad
La autoridad la representanlos miembros del Comité de Sub-venciones y Medidas Compensato--

�rias1 Quienes reciben las prue-bas y realizan las notificacio-nes e investigaciones correspondientes.

II. Trata sobre las subven-ciones1 enlista las que están -permitidas y las que estan prohl
bidas.

Un primer paso para tratar de solucionar estas reclamacio-nes1 es a través de consultas -entre las partesl con el fin dealcanzar una solución mutuamente
convenida. En caso de que estaconciliación no sea posible1 elArticulo 18 de dicho Códigol pr~
ve el establecimiento de un grupo especial por el Comité1 cuando asl lo soliciten las partes1para solución de diferencias.

III. Establece la normatividad aplicable a los palses en -desarrollo.

Código del GATT Sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
Este Código contiene 7 par-tes:
l. Regula el procedimiento-de la prueba del daño1 asl comoel mecanismo de las sanciones alos subsidios1 es decir1 la apll
cación de derechos compensato--rios.

IV. Regula los casos de monQ
polios.

V. Son disposiciones relativas al establecimiento de un Comité de signatarios1 denominadode Subvenciones y Medidas Comperr
satorias y preve la posibilidadde crear órganos auxiliares.
VI. Señala los mecanismos de
conciliación de disputas.

VII. Se refiere a la aceptación del Código. Hasta Octubrede 19821 21 palses entre ellos la Comunidad Europea1 hablan --aceptado este Código. (17)

(17) Jorge Vitker - Op. cit., Pág. 46

148

11. MEXICO Y EL GATT
1) ANTECEDENTES
El modelo de desarrollo queMéxico adoptó después de la se-gunda guerra mundial1 fue basado
en el liderazgo del Estado1 en vez de una economla libre y esta
polltica ha propiciado profundas
desigualdades. La polltica económica basada en la substitución
de importaciones llevó a una -producción de altos costos con programas de subsidios cada vezmayores y un gran endeudamientoexterno.
Estas tendencias propiciaron
un proceso en el que la transferencia de recursos benefició solamente a unos cuantos sectoresde la sociedad.
La decisión de no ingresar al GATT ·en 1979 y mas bien1 el rechazo de México hacia este organismo desde que fue creado1 -estaba fundamentado1 en gran par
te1 en el argumento de la pérdida de autonomla del Estado mexicano como fuerza rectora del desarrollo y de la economla ante las pollticas internacionales de
149

las grandes potencias capitalistas.
En 1957 el gobierno mexicano
argumentaba que a mayor integración a la economla internacional1
menor serla el grado de autonomla
del gobierno para planificar eldesarrollo y al mismo tiempo seincrementarla la dependencia del
pals respecto del exterior1 Y se
consideró que a través del crecl
miento por medio de la substitución de importaciones disminuirla
la dependencia y harta posible el papel central del gobierno CQ
mo fuerza motriz y rectora del crecimiento. Ahora sabemos quenuestros gobernantes se equivocª
ron.
En los cincuenta1 considerabamos que no necesitabamos el -GATT1 ademas1 el Dais erecta a una tasa de más de un 6% anual.
En 1982 tenemos devaluacio-nes1 inflación1 crisis financiera y económica. la deuda externa es una pesada cargal el pagode intereses presiona fuertemen-

�te las finanzas públicas y su si
tuación se agrava con la calda-de la actividad económica1 por lo que es necesario estimular -las exportaciones no petroleras.
El gobierno empieza a adoptar -polltjcas económicas orientadashacia el exterior1 desarrollando
una economla con base exportadora.
En concreto1 el modelo pro-teccionista que prevaleció en Mé
xico por cerca de 40 años representó una barrera para el crecimiento económicol y sin creci- miento económico1 es dificil man
tener la estabilidad polltica.
Por lo que ante la escasa -demanda interna1 el alto Indicede desempleol una fuerte deuda externa e interna1 el gobierno de México reconoce que debe ex-portar.
Una estrategia de promociónde exportaciones1 sólo tiene sen
tido en un contexto en el que se
asegure el acceso a nuevos merca
dos y por lo tanto1 México se -vio obligado a entrar al GATT1 Porque sus exportaciones de pro-

150

duetos manufacturados1 encontróbloqueado el acceso a los mercados de los palses industrializados1 particularmente el de EUA1por no ser miembro del GATT.
2) ADHESI0N AL GATT
Es ya una costumbre aceptada
dentro del GATT1 que el pa1s demayor intercambio comercial conaquél que pide su adhesión al -Acuerdo General1 se haga cargo del Grupo de Trabajo que estudia
la solicitud del nuevo miembro1por lo que la solicitud mexicana
al GATT en 19791 fue manejada -por un representante estadouni-dense.
La negociación arancelaria entre México y las partes contrª
tantes del GATT1 se concretó enla concesión dada por nuestro -pa1s a 372 fracciones arancela-rias con un valor1 en 19761 por$504.3 millones de dólares1 a -cambio México recibió un trata-miento arancelario especial en 248 fracciones con valor de $612
millones de dólares.{18)
(18) Luis Malpica de la Madrid - Op. cit., Pag.
261.

Las Pláticas se efectuaron mediante la presentación de listas Que contentan productos de interés para cada parte1 con elobjeto de que pudieran obtenerse
concesiones arancelarias1 estasnegociaciones se llevaron a efef
to a nivel bilateral1 o sea quese hicieron separadamente1 entre
México y cada uno de los si---guientes pa1ses: EUA1 Comunidad
Europeal Japón1 Canadá,...Suiza1 Palses Nórdicos csuecia1 Noruega
y Finlandaia&gt;1 Australia, NuevaZelandia y Austria.
En la Ronda de Tokio se deci
dió tomar como año base el de -1976; tanto para estimar el co-mercio entre los diferentes palses participantes como para la consideración y evaluación de -los aranceles vigentes y del anª
lisis de las respectivas desgravaciones.
En el Protocolo de Adhesión
se estableció que las partes -contratantes del GATT1 la Comunidad Europea y México1 toman nota de la condición actual deMéxico como pals en desarrollo,
por lo cual México gozará del -

151

trato especial y más favorable1 que el Acuerdo General y otras -disposiciones derivadas del mismo
establecen para los palses en desarrollo.
El 24 de Agosto de 1986, Méxi
cose convirtió en miembro del -GATT y aceptamos cinco de sus --seis Códigos de Conducta.
Hasta antes de la Ronda de TQ
kio1 México no vio la necesidad de ingresar al GATT por dos razones principales: 1) Como el go-bierno adoptó la polltica de crecimiento basado en ta substitu--ción de importacionesl consideróque requerla de manera indispensª
ble1 pollticas comerciales que -protegieran y fomentaran la indu~
tria nacional. 2) Durante algún
tiemP01 México no sufrió perjui-cios graves por estar fuera del GATT1 ya que los demás palses loconsideraron un pals en vlas de desarrollo1 por lo que le aplicaron el tratamiento de la nación más favorecida.
A partir de 1979 para nuestro
pals representó un costo muy alto
el no pertenecer al GATT. México

�al posponer su ingreso al Acuerdo General1 no sólo perdió una oportunidad para impulsar un --buen número de exportaciones debido a la eliminación de las barreras arancelarias negociada en
la Ronda de Tokio1 sino Que perdió los beneficios Que concedenlos nuevos Códigos para regularlas barreras no arancelarias.

12.

Esto último resultó evidente
en el caso de la prueba del dañol
máximo beneficio que concede elCódigo de Subsidiosl al no con-tar con dicho beneficio que concede el Código de SubsidiOS1 el-

comercio bilateral con EUA se -llevó a cabo en un clima de in-certidumbre e inestabilidad du-rante cinco años.

EL GATT ACTUAL

El GATT nació como resultado del fracaso en el intento porcrear algo de mayores proporcio-nes e importancia que un simple Acuerdo destinado a hacer frentea los problemas de aranceles y co
mercio internacional.

petróleo1 estos productos se negocian sin referencia a las re-glas del GATT.

Además1 existen sectores muy
delicados1 como el textil y el agropecuario1 que no han logrado
un acuerdo de reglamentación saEl GATT no es formalmente una tisfactorio.
organización internacional encargada del orden del comercio inter
El GATT ha dejado de tener nacional1 por lo que un gran núme el poder que tenla hace algunosro de cuestiones comerciales no - añosl principalmente debido a -son discutidas ni están sujetas a las disputas entre los palses de
la regulación Y supervisión del - sarrollados1 ya que algunos de Gatt1 como el acero1 cobrel Zincl estos palsesl como·EuA enfrentan
152

bajas tasas de crecimiento1 porlo que han surgido sus medidas proteccionistas.
Es un hecho de que USA1 conQuien México lleva a cabo lamayor parte de su comercio exte--rior, regularmente ignora las d~
terminaciones del GATT1 por lo que frecuentemente toma medidasunilaterales, llamadas "orderlymarketing arrangementes"1 o medl
das correctivas del mercado.
Esto lo pueden hacer1 ya que
para EUA1 ef GATT no tiene fuerza de leyl ya que no es un Tratª
do sino un simple Acuerdo del -Ejecutivo que está en inferioridad jerárquica respecto a sus le
yes nacionales.
México está en desventaja an
te esta situación1 ya que para nosotros, el Gatt si es un Trata
do y si tiene fuerza de ley.
Las áreas criticas de servi
cios y agricultura son las quehan generado mayores conflictos1
Y a la fecha no han tenido solución por lo que la Ronda de Uruguay fue considerada un rotundo-

153

fracaso.
Al respecto1 el Director General del GATT1 Arthur Dunkel1 recientemente acusó de sostenerun diálogo de sordos y de intrarr
sigentes a EUA y la Comunidad E~
ropeal por lo que han hecho fracasar la Ronda de Uruguayl formª
da por 108 palses1 y declaró ad~
más: "El resto del mundo debe re
signarse a asistir impotente alespectáculo de ver esfumarse beneficios económicos potenciales1
mientras EUA y la Comunidad EurQ
pea sopesan interminablemente -los riesgos pollticos involucra
dos." (19)
Lo anterior11os confirma que
quienes definen verdaderamente la polltica económica mundial no
son todos los palsesl sino sólolas grandes potencias.

(19} Periódico el Norte - Mayo 15 1991 - Pág. -

10A

�2. CONTENIDO DE LAS NEGOCfACIONE~

111. ACUl;Ji_DO TRILATERAL DE LIBRE COMERCIO

1. OBJETIVOS

El presidente Salinas., en-diversas ocasiones ha señaladolos objetivos básicos para Mé)(i
co., respecto al ALC:
- Asegurar el acceso de pro
duetos mexicanos en otros
mercados.
- Atraer más inversiones.
- Dar certidumbre a 19s intercambios comerciales.
- Generar economlas de esca
la.
- Obtener tecnologlas avanzadas.
- Disponer de mecanismos -confiables para dirimir las controversias comer-ciales.
Lo Que se pretende celebrar
es un Acuerdo Integral de Comer
cio., Inversión y Servicios.

Actualmente nuestra economla
está muy ligada a la de E u A.,nuestro intercambio económico -arroja las siguientes cifras:(20)
- Más del 70% de las exporta
taciones mexicanas son hacia EUA.
- 85% del turismo extranjero

Proviene de los E U A.
- 60% de la inversión extranjera en México., es inver- sión estadounidense.
Como afirma el economista.,
Luis Pazos., estas cifras no sonresultado del libre comercio., -sino de la vecindad geográfica y
la necesidad mutua de comercio entre ambos palses.

(20) LUis Pazos - Op. cit. Pág. 72

154

Los negociadores mexicanos
han señalado Que sus negociaciones se centrarán en seis categorlas básicas: 1) Acceso al mercado., 2) Reglas comerciales 3)Inversión., 4) Propiedad Intelectual., 5) Servicios., 6) Solución
de controversias.
Acceso al Mercado
Dentro de este apartado se negociará lo relacionado con las
barreras comerciales., como aranceles y cuotas de importación., ast como., las barreras no arance
larias., salvaguardas y las re--glas de origen.
1)

Barreras Comerciales
Uno de los objetivos es erra
dicar la incertidumbre de las ex
portaciones mexicanas. Actual-mente existen exportaciones Queentran con un arancel muy bajo.,aproximadamente del 4% en promedio., amparadas bajo el Sistema Generalizado de Preferencias. Sin embargo., no se sabe si estas
condiciones favorables serán Pe[
manentes., ya Que el Sistema es-revisado anualmente., ..además., de-

QUe sus normas limitan cuantitivamente-1.as ventas y EUA puede retirar los beneficios de manera
unilateral.
Otro de los objetivos es laapertura del mercado para produc
tos Que ya hoy no pueden entrara EUA debido a aranceles muy ele
vados., permisos previos., cuotas.,
permisos fitosanitarios y medi-das unilaterales como impuestoscompensatorios y antidumping.
Respecto a las restricciones
cuantitativas Que representan -las cuotas de importación., estas
medidas afectan principalmente los lácteos., chocolate., cacahuate., algodón escobas y la indus-tria textil., ésta última fuertemente restringida debido a la vi
gencia del Acuerdo Multifibras del GATT.
En relación con las barreras
arancelarias., se negociarén plazos para la eliminación de las mismas., en c~da rama industrial.
Se partirá del antecedente del-ALC entre EUA y Canadá que esta-

155

�blece un Plazo de 10 años, parala eliminación total de los aran
celes, con distintos periodos_:
por rama.
Aunque en promedio, EUA es -

una econpmla con aranceles más-bajos Que los de México, aún setienen tasas elevadas para pro-duetos mexicanos de gran poten-cial. A continuación señalamoslos porcentajes. (21)

E. U. A
Producto

E■presa

Acero

Hylsa

Barrera No Arancelaria

Arancel

Cuota de exportación

5i

lí■ite

Ce■ento

Cerveza

Ar a n e e 1

15 %

Libre

Pastas y

65 %

5 %

galletas

20 %

10 a 30 %

Barreras No arancelarias
Estas barreras son menos vi
sibles, pero probablemente más:
restrictivas que las barreras arancelarias y también más difl
ciles de negociar, ya Que éstaes la principal arma de los estadounidenses para continuar
con su proteccionismo.

Generalmente estas barrerasse aplican al sector agrícola, como regulaciones sanitarias, se
guridad, pesticidas y enfermedades de las Plantas. Sin embargo,
también se aplican al sector industrial, enseguida detallamos algunas de ellas que afectan a la industria de Nuevo León. (22)

consu■o

!■puesto co■pensatorio

Cemex

co■o

medida

$0.6 ctvs.

requieren diferentes etiquetas

Cuauhté■oc

por galón

del producto en cada estado

(Dlis)

de EUA

6a■esa

os

10 Í

antidu■ping

Cervecería

Excesivo tiempo de inspección
aduanera en EUA

Reglas de Origen
La noción de producto o me[
canela originaria es esencial en el ALC, pues es precisamente a
estos productos a quienes van dirigidos todos los beneficiosacordados. EUA tiene especialinterés en evitar que México se
convierta en un pals maquilador
de terceros países o de simpletránsito para los productos deotros países hacia el mercado estadounidense.

beneficio del ALC en atención--ª su cambio de fracción arancela
ria y contenido nacional. El-~
cambio de fracción arancelaria exige que un producto de importa
ción temporal pase por lo menosdos procesos de transformación antes de exportarse con los bene
ficios del Acuerdo.

Salvaguardas
Son mecanismos para evitar que
el crecimiento repentino de lasimportaciones por el ALC afecten
Las reglas de origen determi- a la industria nacional. Las -narán qué productos recibirán el salvaguardas están muy ligadas a

(22) Sergio lozano - libre Co■ercio - Periódico
El Norte - Abril 18 de 1991 Pág. 25A

157

156

0.95 j del

interno de EUA

58 i

1990
Exportaciones Mexicanas a EUA

Arancel
que enfrenta
en México

�la desgravación arancelaria,
ambas son complementarias.

Inversión [xtranjera en México
(■iliones de dolares)

1989
1990

$1,583
$ 1,57\

Las salvaguardas permiten aEl total de la inversión focualquiera de las partes, sus--traerse temporalmente a las obll ránea estadounidense, menos delgaciones del Acuerdo para prote- 2% se encuentra en México. Hayger su industria nacional, tal y cuatro veces más inversión nor-teamericana en el Sureste Asiáti
como lo establece el GATT.
co, al otro lado del mundo, quecon México. (23)
2) Reglas Comerciales
AQut deberán definir lo quePara nuestro pals, esterenson subsidios y dumping, estable
cerán mecanismos para determinar glón es crucial. Sin embargo, la prueba del año y las sanciones lograr enormes volúmenes de in-correspondientes que muy proba-- versiones no será fácil, ya queblemente serán impuestos compen- esta década de los 90 se consid~
satorios, como lo establece el-- ra va a estar marcada por la --GATT. (Ver la explicación ante-- gran competencia por los recur-rior de las Prácticas Desleales) sos financieros y los capitalesª nivel mundial, debido a Que -los principales centros genera-3) Inversiones
El acuerdo más Que pretender dores de financiamiento como son:
desaparecer los aranceles de im- EUA, Alemania y Canadá, entren-portación, que a la fecha, son - tan serios problemas económicos.
mtnimos, más bien lleva como --propósito principal el atraer la 4) Propiedad Intelectual
Para EUA, éste es un punto-inversión extranjera a México, la cual no ha ido aumentando de- muy sensible, insistirán para -acuerdo a las expectativas:
(23) Luis Pazos - Op. cit., pag. 96.

que se apliquen fuertes anciones
a la piraterta. Se considera -que la nueva Ley de Fomento y de
Protección para la Propiedad Industrial (que derogó la anterior Ley de Marcas y Patentes), se -emitió en parte, debido a las -presiones de EUA.
5) Servicios
El sector servicios incluirá
entre otros: comunicaciones, ban
ca y seguros. Tanto los estadou
nidenses como los canadienses han manifestado su interés por-participar en el sector bancario,
que actualmente se encuentra enproceso de privatización.
6) Solución de Controversias
El ALC entre EUA y Canadá es
tablece dos páneles conjuntos -para dirimir disputas de carác-ter comercial:
Un Pánel se estableció paraatender asuntos de interpretactan del pro~io ALC, por ejemplo, el caso de las salvaguardas, que como ya señalílmos, se trata de mecanis-mos para proteger temporal-mente a las industrias nacio

159

nales, en contra de un grave
daño causado por las importª
ciones.
El otro Pánel tiene como objetivo interpretar las res-pectivas legislaciones inter
nas y con base en ellas re-solver disputas por prácti-cas desleales de comercio, entre ellas el dumping.

Estos páneles están integrados· por dos representantes de -cada pats, más otro cuya nacio-nalidad es indistinta. Son de naturaleza conciliatoria, sus -resoluciones, llamadas dictáme-nes, son de observancia obliga-toria para ambas naciones.
Uno de los problemas que han
tenido las exportaciones mexicanas son las demandas de dumping,
aunque en esta materia se ha ido
mejorando, según los datos aportados por la Secretarla de Comer
cio:
En Diciembre de 1988 existtan
16 casos vigentes de impuestos compensatorios. En Fe-brero de 1989, EUA reconoce-

�que el ingreso de México alGATT libera del castigo a 19
productos e inicia la revoca
ción correspondiente.
Actualmente son seis los pro
duetos con impuestos compensatorios debido a que EUA -los considera subsidiados: ropa de Piel1 azulejosJ li-targirio1 vidrio flotado1 -textiles y utensilios de cocina.
Algunos productos mexicanosson penalizados con impues-tos antidumping: flores fescasi utensilios de cocina ycemento.
Las disputas comerciales nodesaparecerán con el Acuerdo1 -por el contrario1 muy probable-mente el aumento del flujo comer
cial entre México y EUA1 incre-. mentará el número de quejas de prácticas desleales.

menos1 asl lo ha demostrado la-experiencia canadiense.
Los mecanismos de resolución
de disputas entre EUA y Canadá1han funcionado más o menos bien.
Hasta la fecha de 18 casos1 14 se han resuelto a favor de Canadá.
Sin embargoJ ya se dio un -caso1 (24) en el que EUA acusó a
Canadá de subsidiar la carne decerdo1 y EUA declaró que en este
caso1 el pánel binacional no era
competente para conocer de dicho
asunto1 por lo que los exportado
res canadienses se vieron obli-gados a dirimirlo ante los tri-bunales estadounidenses1 final-mente1 después de dos añosJ de juicios y apelaciones1 la Comi-sión de Comercio de EUAJ que esla última e inapenable instanciaJ
en cuestiones de comercio exte-rior1 falló a favor de Canadá.
Si bienJ es de admirarse la-

Por otro lado1 es falso pensar que el ALC logrará conciliar
todas las disputas de comercio-exteíior1 entre estos patses1 al

160

(2\) Alberto Barranco Chavarría - [■presa - Periódico [l Norte de Junio 17, 1991 - Pág.-

imparcialidad de los tribunalesestadounidenses1 no podemos de-jar pasar el hecho1 de que EUA cuando se siente afectado en --áreas sensibles de su economla1como la agrlcola en este casal es capaz de desconocer el ALC ytomar medidas unilaterales pro-teccionistas. Nuestros negociadores deben estar muy pendientes
de esta lección.

cionar a través del GAlT1 los -productores mexicanos1 tuvieronque recurrir a los tribunales -~stadounidenses1 y finalmente1 el 28 de mayo de 1991J casi cinco años despuésJ la Comisión deComercio de EUAJ revocó dicho ifil
puesto1 en lo que se consideró "un gesto polltico de buena vo-luntad". (25)

Como vemos la economla y laPor otro lado1 EUA utiliza - polltica están lntimamente ligacon frecuencial la imposición o- das1 asl lo asegura Richard Ni-derogación de sanciones comercia xon1 citando a Irving Kristol:-les1 como un instrumento más de- "Es un hecho insoslayable que la
su polltica exterior. Como ejem economla norteamericana es un -plo tenemos que desde Agosto 24- órgano vital de la economla munde 19861 fecha de la adhesión me dial. La una no puede sobrevi-xicana al GATT1 EUA decidió uni- vir sin la otra. Nuestro crecilateralmente imponer impuestos - miento económico depende1 puesJcompensatorios al cristal y al - tanto de nuestra polltica exte-cemento hidráulico mexicano1 y - rior como de nuestra polltica -como la disputa no se pudo solu- económica". (26)
3. COSTOS Y BENEFICIOS
Diversos estudios indican -los siguientes costos y benefi-cios del ALC.

(25) Periódico El Norte - Mayo 29 de 1991 - Pág
1A.

(26) Richard M. Nixon - La Verdadera Guerra - Pág. 50.

20A

161

�EUA

Beneficios
a·corto plazo
Acceso a mano de obra económica y cercana.
100% de propiedad de las --subsidiarias mexicanas y deacciones de las compañlas me
xicanas.
Expansión de los sectores -financiero y de servicios
Aumentar la competitividad de las compañlas estadouni-denses Para enfrentarse a la
Comunidad Europea y a Japón.
Seguridad de que la actual-reforma económica y polltica
en México será permanente.
a largo plazo
La economla mexicana crece-rá rápidamente en los próximos años, lo que beneficia-ralas exportaciones de EUA.
Se crearla el mercado más -grande del mundo con 360 mil
millones de consumidores.
seredttcira levemente labre
cha salarial y se reducirá la emigración mexicana hacia
EUA.
Es el Primer paso de un plan
162

muy ambicioso, que el Presidente Bush anunció como la Iniciativa para las Américas
que pretende una zona de libre comercio desde Alaska -hasta Tierra de Fuego.
El cuadro siguiente nos de-muestra que la baja productivi-dad en EUA, se refleja en el deterioro de su liderazgo comercial.
EUA

Participación en
los ■er~s
internacional~ de
■anufactura 1970
(ligado a la productividad)
1987

Sureste
Asiático

Japón

1~.9
10.7

9_1

1~.o

Bajo estas condiciones, EUAconsidera que la mano de obra -barata de México, conjugada consu alta tecnologla, lograra aumen
tar su productividad.
México cuenta con una Jovenfuerza de trabaJo, ya que el 67%
de nuestra población es menor de
30 años. Esta fuerza de trabaJo,
tiene capacidad para un rápido aprendizaje, por lo que con losincentivos adecuados, puede----

alcanzar elevada productividad en plazos relativamente cortos.
Existe una ventaja productiva adicional, los costos de in-versión en nuevas plantas son in
feriores en México, respecto a EUA Y Canadá, tanto en el costodel terreno, como los costos deingenierla de instalación, por lo que estas nuevas plantas, alnacer en México, arrancarán conuna ventaja competitiva desde su
inicio.

bién servirá para presionar un arreglo en el Acuerdo General -sobre Aranceles y Comercio CGATT).
Costos

Además, más empleos en México, significa mayor ingreso para
los mexicanos, quienes tendrán verdadera capacidad de compra, lo cual estimulara las exporta-ciones estadounidenses.
Para EUA la economia mexicana es también una cuestión de se
guridad nacional, un grave deterioro económico en México, se -traducirla en pobreza, malestarsocial e inestabilidad, que porla fuerza de la vecindad, repercutirla en EUA.
Por otro lado, el ALC tam---

163

Presión descendente sobre los
salarios estadounidenses.
Quiebra de algunos agricultores.
La mayorla de los mexicanos-son demasiado pobres para -consumir mucho de los productos norteamericanos, por lo que las ganancias de exporta=
ción a corto plazo, serian -mlnimas. Además, que lama-yor parte del comercio entrelas dos naciones ya es libre,
como resultado de la liberali
zación comercial que se ini-ció en 1986.
Las maquiladoras reducirán -sus insumos norteamericanos,que a la fecha, surten el 98%
de sus materias primas en
EUA.
El comercio al menudeo ep lafrontera, se verá afectado.
Pérdida de empleos, especialmente en la región industrial

�del medio oeste.
El ·tema del desempleo es muy
sensible en EUA1 ya Que su econQ
mla se encuentra en recesión1 yen el último año1 ha perdido --aproximadamente un millón de empleos.

- Productos de más bajo pre-cio y mejor calidad.
- Acceso al mayor mercado del
mundo.
La economta de EUA y la de Jª
pón tienen una relación simbólica1
por lo que Japón1 tiene un interés
estratégico a largo plazo en nues
tro pats1 debido al posible ALC y
además por ser un área donde EUApodrta ampliar sus exportacionesY por consiguiente1 reducir los deseQuilibrios de su déficit co-mercial y ast aligerar las presio
nes proteccionistas de EUA1 Que de otra manera afectartan a Japón.

Algunas empresas1 muy probablemente las del ramo automo---triz1 trasladarán algunas de sus
fábricas a Héxico1 con la consiguiente pérdida de empleos paralos estadounidenses. Sin embargol con o sin Acuerdo1 estos empleos se perderán porque dichasempresas buscan menos costos. - Costos
Con el ALC en lugar de trasla-- - El sistema de comercio internacional sigue siendo propicio adar sus plantas a Asia1 lastra~
los intereses de los patses deladarán a México1 con la ventaja
sarrollados1 como ejemplo1 basde Que parte de estos sueldos -te decir que en Diciembre de regresarán a EUA por la compra 19851 el precio promedio de las
de importaciones estadounidenses.
materias primas estaba en un -30% por debajo de los precios MEXICO
vigentes en 1980. (27)
Beneficios
- Mayor inversión extranjera.
- Fortalecimiento de la eco- - La apartura de fronteras se hareflejado en una balanza comer~-nomla.
- Acceso a tecnologla avanza cial deficitaria para México1 coda.
- Creación de empleos.
(27) Javier Ramón Brito Moneada- Op. cit., Pág.-

mo se muestra en el siguiente --

Balanza Comercial de México
(Miles de millones de dólares}
- $ 3.8
6.8
13.8
12. 9
8.4
4.6
8.4

1981
1982
1983
1984
1985
1986 .
1987
1988
1989
1990

1.6

0.7
3.1

Ante estos indicadores1 se debe lograr una buena negocia--ción para México1 y evitar que en el corto plazo nos provoque una recesión mayor de la que yapadecemos.
El ALC no será por si solo una panaceal el ingreso al Acuer
do traerá enermes y variadas corr
secuenciasl por lo que las mis-mas deberán analizarse en fun--ción de su utilidad sociall en-tre otrasl se deberá establecerclaramente un conjunto de priori
dades para el desarrollo de la--

59

164

esQuema: (28)

165

industrial es decir, a favorecerel desarrollo de ciertas ramas yno de otras1 e inclusive a sacrificar algunas.
Sobretodo1 el gobierno debe concientizar a la población de -que si bien el Acuerdo nos traerá
beneficios a largo plazo; como -más empleos1 mayor ingreso1 mejores y más baratos productos. A corto Plazol tal vez sean más los
perjuicios que los beneficios1 al
(28) Periódico [l Norte - Mayo 11, 1991-Pág. 17A

�menos asl lo ha demostrado la -experiencia reciente de EUA y -Canadá.
En slntesis, debemos saber-que este Acuerdo tiene un costoY que necesariamente lo vamos apagar.
Dimensión Regional
Con la excepción de Monte--rrey, las actuales regiones in-dustriales, sobre todo la del -área metropolitana de la Ciudadde México, tienen localizaciones
sumamente desfavorables para laexportación, con el agravante de
la pésima infraestructura que -aqueja a todo el pals, especialmente en carreteras y ferrocarrl
les.
La frontera norte serla la región más favorecida en térmi-nos de acceso de tecnologla y --

la posibilidad de adquirir comPQ
nentes e insumos de importación,
de costos de transporte para -sus productos finales, asl comode comunicaciones rápidas.
En este contexto, Monterreyocupa un lugar privilegiado, sin
embargo, las ventajas de la re-gión pueden anularse si persiste
el esquema altamente centralizado de toma de decisiones en el ámbito gubernamental.
En la actualidad las empre-sas situadas fuera de la Ciudadde México son penalizadas en muchos sentidos, por los trámitesburocráticos, la lentitud de las
decisiones, los costos de transporte, las comunicaciones defi-cientes, por lo que debe termi-narse con la centralización queha resultado nociva para el aparato industrial de provincia,

4. DESIGUALDADES
Con la integración comercial- vasta zona sin aranceles, de 360
de EUA, Canadá y México. América millones de consumidores poten-del Norte se convertirá en una -- ciales. Sin embargo, hay que -166

tomar en cuenta nuestras asime---

trias:

Población (milanes de personas&gt;
México
Canadá
E UA

1980

1989

70.1
24.1
227.8

88.0
26.5
250.4

Salario por Hora - promedio (Dlls.)
México
Canadá
E UA

$

2.96
8.37
9.84

$

2.32
14.72
14.31

Producto Interno Bruto
(Billones de Dólares&gt;
México
Canadá
E U A (29)

$

0.17
0.37

$

0.20
0.51

3.86

México es el tercer socio comercial en importancia en el intercambio con EUA, sin embargo -

es mucho más baJo que el inter-cambio con Canadá y Japón.

Canadá
Intercambio Comercial con EUA
(Miles de millones de Dólares&gt;

(29) Periódico [l Norte - Mayo 2, de 1991-Pág. 1A

167

5.19

$

167

Japón
$

138

México
$

52

�La productividad es el cojinete ~ue hay entre precios y salarios, ·determina la rapidez con
que puede subir el nivel de vida.
U~a productividad creciente, ase
gura un aumento en el nivel de vida de la población. (30)
Para que los salarins aumenten sin provocar inflación, se requiere que aumente la productl
Vidad. En el norte del PplS, el
salario diario es aproximadamente de$ 6 dlls. y en el sur no llega a$ 3 dlls. Además anualmente ingresan a la fuerza de -trabajo un millón más de mexicanos, quienes en su gran mayorlaengrosan las filas del desempleo
o sub-empleo,
A Continuación un esquema -sobre productividad-salario.(31)

GANA~ EN EU
9VECESMAS...

A.O

_

_(~alario~r_hºlª· en d6Er~-~-r i:nt

: : --~t-f 1-'
2.5

I

2.0

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20

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8

4

Fuente: Elaborado por El Norte con infonnacjón de lnfosel, Nafinsa, y Econom,c
Report of Presiden!.

(30) Richard.M. Nixon - Op. cit., Pág. 25
(31) Periódico [l Norte - Mayo 25 de 1991-Pag. 18A

168

No debemos concluir de estos
datos, que los trabajadores mexi
canos son intrlnsicamente improductivos. Con frecuencia se olvida que en la empresa moderna,además de la capacitación, la -productividad está Intimamente ligada a la maquinaria de tecnologla de punta, por lo que gran•Parte de nuestra improductividad
se debe a la falta de maquinaria
moderna.
Para aseverar este hecho, -baste constatar que en las empr~
sas, generalmente transnaciona-Ies, que en nuestro pals, han in
corporado tecnologia de punta, en sus procesos de manufactura,son las más productivas a nivelmundial. Como ejemplos tenemosla fábrica de motores de la Chry
sler en Ramos Arizpe, y su ensam
bladora que es tan eficiente que
es la única planta que fabrica en el mundo, el modelo de camioneta Ram Charger. Asl como la planta de ensamble de la Ford en
Hermosillo, Son., que está catalogada como la más eficiente fábrica Ford en el mundo. Lo mismo,

169

la planta de motores de la General Motors en Ramos Arizpe, Coah.
Por lo que respecta a las desigualdades entre México y EUA, es evidente que son enormes, sin,
sin embargo, México no obtendrá en este Acuerdo trato preferen--cial, como si lo obtuvo Israel, en su Acuerdo de Libre Comercio con EUA.
Entre algunas de las desigual
dades, recordemos que EUA tiene una economla 25 veces mayor que la nuestra, su población es tresveces más que la mexicana, su ingreso per cápita es siete veces más alto. Ante todos estos datos,
¿ Cómo es posible que nuestros go
bernantes anuncien con orgullo -que las negociaciones serán un -trato entre iguales?
Considero que lo que en reali
dad nos tratan de decir, es que no lograron obtener un trato favo
rabie en razón de nuestro subdesa
rrollo. Todos sabemos que tratar
igualmente a los desiguales provo
ca grandes injusticias.

�5. RIESGOS
El ALC no solo implica costos
Y beneficios1 sino también ries-_gos potenciales. No valorar es-tos riesgos y prepararse adecuada
mente para estas futuras contin-gencias1 significarla una grave falta de parte de nuestro gobierno.

pollticas. Toda relación económica en el orden internacional1tiene un sentido polltico delibe
rado." (32}

Otro de los riesgos es la -pérdida de soberanla. En decla
raciones recientes el Primer Mi
nistro de Canadá1 el Sr. Muroney
Cuando existe una clara asime dejó asentado muy claramente que
trla1 puede surgir la tentación - no es posible integrarse comer-de competir en base a la fuerza y cialmente con otros palses1 sinasl obtener los mejores benefi--- ceder en parte1 algo de la sobecios Para la parte más fuerte1 -- ranla1 es algo parecido al matri
desde luego no me refiero a la -- monio1 aseveró.
fuerza militar1 sino a la fuerzaeconómica. Como aseveró el ex--Si nos atenemos a la definipresidente de EUA1 James Carter1- ción clásica de soberanla1 comoen una carta dirigida a su Congre la facultad absoluta que tienensol el mes pasado1 en apoyo al -- los pueblos de darse a si mismos
ALC. "México tiene más que temer sus propias leyes y su propio -de la fuerza o poder de los esta- gobierno1 sin ingerencia de nindounidenses que nosotros de la PQ gún pals extranjero1 desde luego
breza de los mexicanos".
que al ALC1 obliga a todos sus miembros a ceder parte de su soSerra Rojasl nos señala una - beranla1 ya que se creará u~a -realidad: "Los pueblos lationamericanos viven bajo el acoso de -las gr.andes presiones económicas1 (~2) Andrés Serra Rojas - Ciencia Poli tica - Pag.
17.
que van acompañadas de presiones170

Comisión con representantes de-- cios del petróleo o un alza en los tres palses que vigilará que las tasas internacionales de inen ninguno de ellos1 se emitan - terés o en el caso de que las -nuevas leyes que lesionen el ALC. importaciones se aceleren de manera desproporcionada.
Es importante subrayar que la vigilancia y control no se -Un gran déficit comercial
ejercerla sólo sobre México1 si- junto con una incontrolada inflª
no también sobre EUA y Canadá. - ción podrla devaluar nuestramoAdemás1 esta determinación la to neda. Una vez aprobado el ALC ma nuestro pals1 y los demás1 en nuestro pals no podrla imponer uso pleno de su poder soberano1- restricciones a las importacio-es decir1 libremente y sin coac- nes para frenar su déficit comer
ción.
cial. Por esta razón se deberlacrear un fondo financiero de con
El aumento desproporcionado- tingencia1 con las contribucio-en el déficit comercial1 es otro nes de EUA y Canadá1 como lo han
de los riesgos1 éste podrla ser- recomendado algunos economistas1
acelerado por factores externos1 para mantener un flujo equilibrª
como serla una calda en los pre- do de comercio entre los tres -palses.
6. LAS ETAPAS DEL ACUERDO
Las etapas del Acuerdo de Li
bre Comercio han sido las si- -guientes:
1} En un comunicado conjunto1 los Presidentes de México yde EUA anuncian la intención
de negociar un Acuerdo de -171

Libre Comercio.
2} Petición formal del gobierno
de México al de EUA para - iniciar negociaciones sobreun Acuerdo de Libre Comercio1
en Agosto 21 de 1990.
3} El Presidente Bush Pide al -

�4)

5)

6)

7)

Congreso de EUA la autorización para negociar con México el ALC, mediante el mecanismo de fast track o via rá
Pida, en Agosto 26 de 1990.
Transcurridos 60 dlas legislativos, la Cámara de Representantes y el Senado de EUA
deben dar a conocer su aprobación o rechazo al fast --track. El plazo venció el lo. de Marzo de 1991.
Llegado el 10. de Marzo de 1991 y como el Congreso de EUA no presentó ninguna obje
ción, se consideró aprobadotácitamente.
Como la Ley Que autorizaba el
fast track, estaba próxima a
caducar, el Presidente Bushsolicitó una extensión de la
misma.
Dentro de 90 dlas naturales,
los senadores y representantes del Congreso llevaron acabo consultas y comparecencias, para conocer de los -ciudadanos estadounidenses sus argumentos en favor y en
contra de aprobar el fast -track para las negociaciones
con México.

8) Los 90 dlas naturales, term!
naban el 10. de Junio de - 1991, y dentro de ese término, el 24 de Mayo de 1991, el pleno de la Cámara de Representantes y el del Senado
aprobaron por mayoria simple,
la petición de Bush y concedieron una extensión de 2 -años para el mecanismo del fast track.
9) En Junio 12 de 1991 se ini-ciaron las negociaciones para un Acuerdo de Libre Come[
cio entre México, EUA y Ca-nadá.
Muy probablemente a finalesde 1991, el Presidente Bush en-viará la notificación al Congreso para Que reciban el texto del
Acuerdo de Libre Comercio, ya -Que le interesa Que el Acuerdo se firme antes de Que termine su
administración. De ser as!, po-siblemente el Acuerdo estarla -aprobado por el Congreso de EUAa mediados de 1992, cuando ini-ciarlan las campañas pollticas-para la Presidencia de EUA.

7. VIA RAPIDA
La Constitución de EUA, en su Sección 8, faculta al Congreso a regular el comercio inter-nacional. (33)
El Presidente tiene una auto
ridad considerable bajo la Constitución para negociar Tratados,
pero a diferencia de éstos, Quesólo reQuieren la ratificación del Senado, los Acuerdos Comer-ciales conllevan cambios en el sistema legal del pais, por lo que deben ser sometidos a ambasCámaras del Congreso, como cualquier otro proyecto de ley.
Los Tratados, reQuieren de la aprobación de las dos terce-ras partes de los Senadores. Una
vez negociados por el Presidente
pueden ser modificados por el Se
nado, lo cual crea inestabilidad
e incertidumbre entre los nego-ciadores. En este caso, las negociaciones comerciales se com--

(33) La Constitución de los tstados Unidos de Norteamérica - Servicio Informativo y Cultural de los Estados Unidos - 1988.

173
172

plicarian y serian un procedi- miento mucho más lento, ya Que cada senador o cada diputado podrla demorar el Tratado con suscuestionamientos.
Para evitar esto, se creó el
mecanismo de fast track, Que facilita y da firmeza a las nego-ciaciones comerciales. El pro-dueto final de las negociaciones
llevadas a cabo bajo el fast --track, siempre será un Acuerdo y no un Tratado. Los Acuerdos son aprobados por mayorla simple
del Congreso.
La posibilidad de negociar por la vla rápida fue ampliada al Ejecutivo, por medio de su Ley
Comercial de 1988, llamada Omnibus Trade.
La vla rápida tiene un perIQ
do de vigencia de dos años y pue
de ser renovada. Al solici~ar la extensión, el Presidente debe
señalar especlficamente Qué Acue[
dos pretende negociar baj O esteprocedimiento. Después de la soli

�embargol congresistas de las dos
Comisiones arriba mencionadas1 tienen la facultad de estar presentes en las negociaciones1 sibien no para intervenir directamente1 si para vigilar y controlar la legalidad del proceso. En
el caso especifico de las nego-ciaciones con México1 estarán -vigilando principalmente los aspectos laborales y ambientales.

citud del Presidente1 la Comisió
de Medios y Procedimientos de la
Cámara de Representantes y la CQ
misión de Finanzas del Senado1 tienen un periodo de 60 dtas legislativos1 para llevar a cabo audiencias públicas1 llamadas -"hearings"1 durante este tiemP01
los grupos que se opongan al --Acuerdo1 tienen amplia oportunidad de hacer sentir sus puntos de vista1 ya sea por medio de -estas audiencias públicas o de esfuerzos de cabildeo.

Después de negociado el Acuer
do1 el Presidente lo enviará a1Congreso1 quien tiene la facul-tad de aprobarlo o desaprobarlo1
dentro de un periodo de 90 dlasnaturales1 pero sin derecho a -hacer enmiendas.

El fast track era necesariopara el Presidente Bush1 no sólo
para las negociaciones con México1 sino también para continuarlas negociaciones con el GATT.

En la misma Acta de aproba-ción del Acuerdo1 por parte delCongreso1 se incluyen las enmien
das legislativas necesarias para
implentarlo.

Una vez aprobado el fast - track1 el Presidente puede ini-ciar las negociaciones. Sin --

8. OPOSITORES DEL ALC
A ralz de las audiencias públicas (hearings&gt;1 llevadas a -cabo por el Congreso de EUA1 los
opositores al ALC tuvieron opor-

tunidad de externar sus temoresrespecto al mismo1 sus principales argumentos fueron los siguierr
tes:

174

Las fábricas norteamericanas
se trasladarán a México para
aprovechar los bajos salarios
Y se perderán empleos en EUA.
Los bajos sueldos mexicanosprovocarán que bajen los - sueldos de EUA.
En México no existen regla-mentas tan estrictos como en
EUA en materia de capacita-ción1 seguridad e higiene en
el ámbito laboral y contaminación.
La debilidad de las leyes en
México1 provocarán un relajª
miento de las medidas ambien
tales y sanitarias de EUA.
Debido e\ esta oposición1 los
congresistas demandaron que el Presidente redactara un plan deacción1 donde se previeran las soluciones a estos problemas. En stntesis en su memorándum decontestación1 propuso lo siguierr
te:
Se negociará con México1 unmemorándum de entendimientoen materia laboral1 quepo-drta ser un primer paso para
establecer un Acuerdo Parale
lo al respecto. Este memo-rándum ya se redactó y fue 175

suscrito por ambos patsesl el mes pasado1 trata de - -cooperación y de intercambio
de información en materia la
boral.
Respecto al medio ambiente y
salud1 el Presidente aseguró
que estas barreras no arance
larias1 seguirán vigentes pª
ralos productos mexicanos.Además1 se negociará un memo
rándum de entendimiento so-bre protección del medio ambiente.
En relación al temor de la pérdida de empleos estadouni
denses1 Bush preve que en ca
so de que la disminución dearanceles de determinados -productos mexicanos desemboque en la pérdida de empleos
norteamericanos1 dichos aran
celes volverán a elevarse1 es decir1 de acuerdo con sulegislación comercial1 re--frenda el compromiso de esta
blecer de nuevol disposiciones de protección para cuqndo sean requeridas.
Para que dicho memorándum -presidencial no quedara en meras
buenas intenciones y asegurarse-

�de Que se cumpla, el llder demócrata {Quienes forman la mayorla}
de la Cámara de Representantes,Richard Gepthardt afirmó, el mes
pasado, refiriéndose a las negociaciones presidenciales del ALC,
"cada respiro, cada paso, y cada
movimiento que des te estaremosvigilando". {34}

te el periodo de 90 dlas Que
tiene el Congreso, para revi
sar la legislación implementada.

ras, de cambiar las normas,en cualQuier tiempo, de cual
quier manera y en cualquierextensión.

De acuerdo al Omnibus Trade,
el Presidente está obligadoª enviar al Congreso las modificaciones a las leyes que
serán necesarias para implementar el Acuerdo Comercial,
y el Congreso dispone de 90dlas para analizar, discutir,
modificar y aprobar o desa-probar. Como se ve, esta -facultad va más allá de unasimple aprobación o rechazo.

Debemos aclarar Que el ALC entre USA y Canada tuvo una casi nula oposición, porque unió a
dos economlas que operan con regulaciones gubernamentales y escalas salariales muy similares.

Además, para reforzar su intención, enumeró todas las posibilidades legales Que la mencionada ley les otorga para detener
las negociaciones presidenciales:
1) Podemos usar reversa en la vla rápida. La citada Ley Comercial, 0mnibus Trade de1988, faculta al Congreso de 3) Cuando el Presidente presenEUA a eliminar la autoriza-te el Acuerdo para la aproba
ción del Presidente sobre el
ción del Congreso, si se con
fast track, mediante un voto
sidera lesivo para los inteen contra, en ambas Cámarasreses estadounidenses, la -del Congreso, dentro de un-mayorla demócrata lo recha-lapso de 60 dlas.
zará.
2) Se podrla insistir a la Admi
nistración para Que renego-cie ciertos aspectos, duran-

(3~) Periódico [l Norte - Mayo 26 de 1991 - Pág.
23A

176

4) Ambas C~maras pueden cambiar
las reglas en cualquier mo-mento {incluyendo la autorización del fast track}, asilo especifica la mencionadaley Que reafirma el derechoconstitucional de ambas Cáma

En slntesis, podemos señalar
lo siguiente: La autorización del fast track que el Congreso de EUA le concedió al Presidente
Bush, es una autorización condicionada.
De acuerdo al 0mnibus Trade,
el fast track no es un cheque en
blanco para el Presidente, en -realidad el Congreso está invol~
erado más profundamente en las negociaciones comerciales cuando
está funcionando el fast track que cuando no lo está haciendo.
El Poder Legislativo de EUA-

177

no sólo es un Poder por completo
independiente del Poder Ejecutivo, sino que es muy celoso de su
poder y facultades, y en muchoscasos realiza diversas labores de vigilancia y control sobre el
Poder Ejecutivo.
Esta labor se les facilita,ya que siendo el Congreso el quelegisla, se han asegurado de que
todas las leyes que conceden facultades al Ejecutivo, contengan
una serie de dispositivos lega-les Que reafirmen el control y vigilancia del Poder Legislativo.
Considero que todo este proceso legislativo, nos muestra -claramente lo que es el sistemade equilibrio y de frenos y contrapesos en que se basa la democracia de EUA. Al mismo tiempo,
respecto a México, pone en evi-dencia el largo trecho que aún nos falta por recorrer en el camino hacia la democracia.

�9. CANADA
se· espera que el Acuerdo Tri
lateral de Comercio, tenga comobase además del GATT, el Acuerdo
de Libre Comercio entre EUA y Ca
.nadá, por lo que es importante conocer dicho Acuerdo y la experiencia canadiense al respecto.
A continuación un breve perfil-de Canadá:
- Es el segundo pals en superfi

-

ficie mundial.
Es la séptima economla mundial.
Exporta el 30% de su produc~-ción .
El 75% de sus exportaciones -las realiza hacia EUA.
El 3% de sus exportaciones son
para México.
Canadá forma parte del Grupo de los 7 patses más desarrolla
dos.

Intercambio Comercial
Canadá-EUA
Canadá-México
1990

$

185 Mil

Mi 11 ones D11 s .

$

a muy largo ptazo, alredeoor de20 años ..
A continuación un esquema del
Flujo Comercial entre EUA., México
y Canada .. e36)

Flujo Comercial Norteamericano
($CON)

(35)

2 millones
Dólares

Encuestas recientes demuestran que el 60% de los canadierr
ses no desean un ALC con México,
principalmente porque temen pe[
der más empleos. En los últi-mos dos años han perdido 250 -mil empleos, o sea un 14%.

EUA. El gobierno afirma que este
problema es debido a otros factores, como problemas monetarios yde financiamiento.

Canadá está pasando por una
fuerte recesión y la mayorla s~
ñala como culpable al ALC con -

(3j) Conferencia del Sr. David Graeme de la Embajada de Canadá en México Si■posiu~ - Nuevos Horizontes del Derecho - Abril 18 de
1991 - Monterrey, N. L.

178

dtenses, sñlo el 1% de su intercambio internacional, su interés
en el ALC es más una estrateglapol1tica que económica, les interesa sobretodo cuidar sus negocios respecto de EUA. Su interés comercial por México, es-

Debido a que el comercio conMéxico, representa para los cana-

•

. .,,. .

Población
SS millonu
P.I.B. $ 235,SOO
a:dlloou

Inter■atio1al Tr1de Ca
nada - El libre Coaereio en lorteaaírica _;:
Pág. 3

(36) Externa! Affairs and

179

�Algunas compañlas estadounidenses que se hablan asentado en Canadá, han cerrado y han
regresado a su pals, ya que ahora no tienen problemas por el ac
ceso al mercado canadiense.

del Acuerdo; el procedim~ento para conciliar disputas y las re--glas de inversión extranjera, fu~
ron expllcitamente excluidos delapartado de servicios financieros.

Los bancos estadounidenses -Respecto al Acuerdo EUA-Ca-- tienen libertad de abrir sucursanadá. Las reglas de origen fi-- les en cualquier parte de Canadá1
jan un mlnimo de 50% de insumos- pero los bancos canadienses no -nacionales. El capitulo de ser- pueden hacer lo mismo en Estadosvicios financieros constituye -- Unidos1 debido a que enfrentan s~
virtualmente un acuerdo separado, rios obstáculos a nivel estatal.
dos de los principales elementos
10. INFLUENCIA DEL ACUERDO EN MEXICO
La Pieza central del proyecto económico del régimen actuales el ALC. El Acuerdo traerá -enormes cambios, Que incidirán en todos los ámbitos, uno de --ellos será la mayor relación que
existirá entre los sectores pú-blico y privado. Estas relaciones que en otros sexenios no sólo no fueron estrechas sino en algunos casos antagónicas, ahora
serán necesariamente una rela--ción ·1ntima1 que repercutirá enla polltica interna de nuestro--

gobierno.
No podemos negar Que muchos de los cambios habidos en el actual sexenio1 se han debido principalmente a las presiones ejerci
das por EUA: apertura de fronte-ras1 venta de empresas paraestata
1es1 privatización de la banca, creación de la Comisión de Oere-chos Humanos, cierre de la Refine
r!-a 18 de Marzo.

me permito comentar lo siguiente:
- En Junio 6 de 1990, en vlspe
ras de un viaje a Washingtonl
donse se anunciarla la propo
sición de un Acuerdo de Li-bre Comercio con EUA1 el Pre
sidente Salinasl crea la Comisión de Derechos Humanos1esto habla sido una demandasocial desde tiempos de Eche
verrla por los abusos de las
autoridades en su combate ala guerrilla y estos abusoscontinuáron durante la gue-rra contra el narcotráfico.
Nuestro gobierno durante todos estos años no hizo casode esta demanda social1 sino
hasta que surgió una corrien
te internacional encabezadapor EUA1 Que cuestionaba laviolación de derechos huma-nos en México1 especialmente
la tortura policial1 denun-ciada en el Reporte de Améri
can Watch y el Caso Camarena.
- En Marzo 11 de 1991, los

11-

Sobre los dos últimos cambios,
181

180

deres de las Comisiones de --Finanzas del Senado y de la -Comisión de Medios y Procedi-mientos de la Cámara de Representantes de EUA1 Pidieron alPresidente Bush que explique de Qué manera se abordará en el ALC1 los temas laborales yde protección al medio ambiente. El 19 de Marzo de 19911 nuestro Presidente decide ce-rrar la Refinerla 18 de Marzol
algo por lo que durante muchos
años propugnaron gran parte de
los capitalinos y el gobiernosiempre respondió que no era posible debido al alto costo económico que ello representaba.
Estas son muestras del poder que podrá tener el gobierno y lasociedad estadounidense en algu-nas de las decisiones básicas del
gobierno mexicano. Aclaro que es
toy por completo de acuerdo con estas medidas1 pero no puedo de-jar de ver las razones por las -cuales se tomaron.

�11. REFORMA ECONOMICA Y REFORMA POLITICA
Consideramos que la reformapol1tica y la reforma económica- son dos caras de una misma moneda. Aunque los tiempos de uno y
de otro proceso de reforma no -coincidan por lo pronto, en el largo plazo los dos procesos son
necesarios para Que cualquiera de las mismas tenga éxito. Al....__
respecto observamos lo sigu1ente:
- Cada decisión que el gobierno
toma en materia de reforma -económica, tiende a debilitar
o eliminar los privilegios de
Que gozaban diversos miembros
del PRI.
- Los cambios que se están dando, están orillando al PRI acambiar. La reforma del PRI se torna en una necesdidad de
supervivencia para ese partido. Dada su importancia poll
tica, una reforma del PRI entraña, por fuerza, la reforma
del conjunto del sistema poll
tico.
- Cada vez más, hay una menor -

182

dependencia respecto del go/bierno, que se traduce en Linjl
mayor libertad de los diver-sos sectores de la sociedad.A medida en Que se debilitanlas estructur:as corporativassindicales y de algunos gru-pos empresariales y pol1ticos,
desaparece la capacidad de e~
tos grupos de desestabilizarpol1ticamente al pats, y esta
diversificación en las basesdel poder de la sociedad, debilita los cacicazgos.
La reforma económica será insostenible si no viene acompa
ñada de un proceso de cambiopol1tico paralelo, indepen--dientemente de Que éste sea más rápido o más lento Que la
reforma económica.
- La reforma pol1tica va a te-ner Que llegar cuando el go-bierno perciba que es muy alto el costo de no hacerlo. Cuando el gobierno inició hace cinco años la reforma económica, necesariámente tuvo -

que suponer los efectos poten
ciales que podr1a tener en la
estructura del PRI, pero aúnas! lo hizo, porque eran mu-cho mayores los riesgos de no
tomar esta medida.

liberalizaron las importaciones, lo que precipitó un cambio integral y de enormes con
secuencias. Considero que la
reforma pol1tica seguirá un camino similar al anterior.

- La reforma económica se ini-ció con una serie de medidasaparentemente aisladas, comola Privatización de empresas,
la reversión del déficit fiscal, la entrada al GATT y as1
sucesivamente. Sin embargo,la reforma económica no adQui
rió coherencia hasta Que se--

Creo, al igual que Octavio Paz (37) que el proceso hacia la
democracia es irreversible, nues
tro pats sigue por ese camino. La reforma de nuestra economla es inseparable de la reforma polltica democrática. Si perseveramos podremos ver con mayor con
finaza el futuro.

12. l DESPUES DEL ACUERDO QUE?
En 1991 parece utópico ha--blar de un Mercado Común entre México y EUA, pero más utópico e
improbalbe les pareció a muchosP011ticos y ciudadanos europeosen 1951, hablar de que algún d1a
se alcanzarla un Mercado Común entre los patses que acababan de
terminar una guerra, creyeron -ilusorio concebir Que tanto losPa1ses ganadores como los perde-

183

res en dicha conflagración, estarlan unidos económica y pol1ticamente. Sin embargo, ese MercadoComún Europeo es actualmente unarealidad.
El Acuerdo de Libre Comercio-

(37) Octavio Paz - Pequeña Crónica de los Grandes
Días - Pág. 10

�es un proceso sin retorno, el--Presidente Bush ha ma~ifestado-en diversas ocasiones, Que su -meta a largo plazo, es llegar aun Mercado Común. Sabemos todolo Que esto implica: arancelesunificados, leyes iguales, libre
transito de personas, la cues---

tión del petróleo, etc.
De lograrse este objetivo, el
siguiente paso es la integración
económica y polltica, o sea, Que
nuestro pals estara a la larga,lntimamente ligado a EUA.

Contrataci6n
de personal
sindical izado

En virtud del Acuerdo de Libre Come re i o con Estados Unidos y
Canada, deberan modificarse la Ley de Comercio Exterior, el Có-digo Aduanero y la Ley de Inverwones Extranjeras entre otras,
ya Que estan diseñadas para la protección del mercado nacional y
no para la apertura de la inversión extranjera Que es lo que --

ahora se pretende.

Probablemente también se modificara la Ley Federal de Traba
jo. A continuación señalamos al
gunas diferencias entre la legis
lación laboral de EUA y la nuestra. (38)

Ascensos

De acuerdo a la
antigüedad deltrabajador.

Libre

Huelgas

los sindicatosprohiben la entrada de personal al área detrabajo, aún alos no huelguis
tas, como los:
empleaods de -confianza. Se-pagan salarioscaídos.

El patrón puede
reemplazar a los hue1gu&amp;S'tas
y si p~phi-be ,rque los iuelguis
tas pongan bp~-deras u o.trcp ol\-Stáculos .queimpidan el acce
so a la e111presa.

Se pagan de dos
a tres ;,eces su
sJla~ normal.

Se pagan 1.5 ve
ces su salario:
normal.

Obligatori"\

No obligatorio

Pago de
Horas Extras

"

Reparto de
Utilidades

(38J-' ~erto Patiño Manffer - Globalización Revista ExporMéxico - No. 2 1991 - Pág. 7.

184

Esta ~áctica-se conoce como"closed shop" y
se considera -ilegal la inter
vención del siñ
dicato antes de
que el patrón contrate al tra
bajador.
-

Se restringe la El patrón puede
reducc~n del - abolir puestospersonal cuando de acuerdo a la
baja la activi- situación econó,_
dad e9Dnfmrca • . mica de la em-presa.

1~ Ley Federal de Trabajo

tuclón contiene las siguientes regulaciones:
Art. 133.- Señala Que la - Constitución, las leyes Federa-les y los Tratados Internacionales celebrados p0r el Presidente
y aprobados por el Senado seranla Ley Suprema.

EUA

Reducción de
personal

IV. ASPECTOS JURIDICOS-Q~L ACUERDO DE LIBRE COMERCIO
1. LEGISLACION MEXICANA

México
En uncoiit'ratocolectivo, el patrón sólo pue
de contratar a:
quienes sean -miembros del sindicato titular del contrato.

- Advierte a los Jueces Queen caso de disposiciones contrarias~ deben aplicar la Ley SW&gt;re
ma., antes Que las Constituciones
y las leyes locales.
'1°t. 89-X - Faculta al Pre-sid~te de la RepOblica para dirigir la POlltlca exterior y ce-

lebrar tratados internacionales~
sometténdolos a la aprobación del
..Sen_ado.

2) Tratados I,rternacionales
En relacton con los Tratados
Internacionales, nuestra Constl-

185

Art. 76-1 - facultad al Sena
do para analizar la POlltlca exterior, aprobar los tratados Internacionales y convenciones dlplomaticas Que celebre el EJecutivo.
De lo anterior p0demos con-cluir QUe la resPOnsabllldad dela negoctaclOn del ALC recae - -

�Acuerdos - Los Acuerdos del EJe:,r:
cutivo no tienen fuerza de ley suprema. EJem: para EUA,
el GATT es sólo un Acuerdo y
no una Ley.
Sin embargo, el Congreso deEUA, ha incorporado a su legislación comercial, algunas
partes del GATT, como son, los conceptos y procedimientos establecidos en los Códi
gos de· conducta del GATT, los
Su cumpMlniento serla obl ~
cuales se agregaron al Trade
torio para gobernantes y gobécr-~
and Tariff Act of 1984.
nad~s y las infracctones al mfS;--~
mo, POdrlan reclamarie por la ---Oebido a Que los Acuerdos del
vla Jurisdiccional ante los tribunales correspondientes e inclu Ejecutivo en EUA no tienen granso a través del Juicio de amparo fuerza legal, nuestro gobierno debe exigir que las negociacio-En EUA, reciben diferente -- nes culminen con un Tratado. No
tratamiento Jurldico los Tratados serla equitativo Que !Jlientras ~
ralos mexicanos el Acuerdo tuy los Acuerdos.
viera fuerza de ley supre~a P8f~
Tratados - Al igual que los nues los estadounidenses fuera sl&gt;W tros, una vez aprobados por- un Acuerdo Ejecutivo, con J.JO nt,el Senado se convierten en - vel JerárQuico inferior al (kl -UfJª ley.
. ley.

exclusivamente
en el Ejecutivo ..
Federal y una vez concluidas las
negoctaciones, el Presidente debe someter el Acuer--oo a la aprobación del Senado y Qbt~nida dicha aprobación, promulgar el Decreto correspondiente i:\Qr mediodel cual, el Acuerdo se tornarla
obligatorio en todo el twrit()r"rio nacional.

2. LEGISLACION ESTADOUNIDENSE
Para comprender el aspecto -

legal del ALC, ~

186

cer las leyes de EUA que regulan
su comercio exterior, ya que con
forme a estas normas se establecen sus tarifas arancelarias, -sistema generalizado de preteren
cías, acuerdos comerciales y los
mecanismos para sancionar las -prácticas desleales, ent re otras.
En este apartado analizare-mas brevemente la Ley de Comer-cio de 1974 &lt;Trade Act of 1974)Y la de 1988 (Omnibus Trade andCompetitiveness Act Of 1988).
1) Trade Act of 1974
Esta legislación modifica la
Ley de Comercio de 1962. En - esta ley se establece el procedí
miento de fast track o vla rápida para facilitar las negociaciQ
nes comerciales del Ejecutivo.

Para evitar esto, se promulga por primera vez el procedi--miento de fast track en la ley de Comercio de 1974. Este proce
dimiento le da al Ejecutivo másamplias facultades que bajo losTratados, ya que en este últimocaso, el Congreso está autorizado a modificar el contenido de los Tratados ya negociados por el Ejecutivo, esto provocaba incertidumbre en las negociaciones
comerciales. Cuando el Ejecutivo utilice el fast track, el PrQ
dueto de sus negociaciones siempre será un Acuerdo y no un Tratado.

El contenido general de esta
Ley es el siguiente:
Titulo I - Negociaciones y otras Autorizaciones
Cap. 1 - Tarifas y otras Barreras
A fines de los sesentas el-2 - Otras Autorizaciones
Poder Ejecutivo de EUA habla to3 - Audiencias Públicas
mado la postura de que los Acuer
y Sugerencias Relados Comerciales podlan ser negocionadas con las Ne
ciados bajo la autoridad de asun
gociaciones
tos exteriores del Presidente, 4 La Oficina del Re-sin incluso someterlos a la subpresentante Especial
secuente aprobación del Congreso .

ecesaria ~o,

187

�Cap.

5 -

6-

7Titulo II -Titulo III Titulo IV -

Titulo V Titulo VI -

de Comercio
Procedimiento del Congreso Respecto a
las Acciones del -Presidente
Reportes del Congre
so
La Comisión de Co-mercio Internacio-nal
Protección a la Irr
dustria Dañada por
las Importaciones
Protección contra las Prácticas Desle
ales
Relaciones Comercia
les con los Paises
que no están reci-biendo un Trato NoDiscriminatorio
Sistema Generaliza
do de Preferencias
Provisiones Generales

-

-

-

Entre los puntos principales
podemos mencionar los siguientes
de la Sección 102:
- Autoriza al Presidente anego
ciar Acuerdos Comerciales pa-

-

ra eliminar las barreras al comercio exterior.
Obliga al Presidente a consu1
tar con la Comisión de Medios
y Procedimientos de la Cámara
de Representantes y la Comi-sión del Congreso que pudiera
tener ingerencia en el asunto
en cuestión. La consulta Prg
sidencial debe realizarse antes de iniciar las negociacio
nes.
Después de terminadas las negociaciones el Presidente debe enviar el Acuerdo para laaprobación o rechazo del Congreso, quien no podrá enmen-darlo. Sólo está facultado para aprobarlo o rechazarlo.
Autoriza al Presidente a cele
brar Acuerdos Bilaterales, -cuando considere que dicho -Acuerdo promoverá más efectivamente el crecimiento económico y el pleno empleo en EUA.
Esta autorización se le otorga principalmente para ·nego-ciar con el GATT, sin excluir
otros Acuerdos con otros paises. (Sección 121)
En la Sección 124 se señala que la autorización tiene vi-

-

-

-

-

188

gencia de 2 años. que puedenfast track o via rápida paraser prorrogables por el mismo
negociar Acuerdos Comerciales.
lapso de tiempo.
(Este Procedimiento se expliLa Sección 125 que regula laca en el punto 7. Vta Rápida)
terminación o retiro del --Acuerdo, establece:
La Sección 141 establece la Los Acuerdos pueden ser terml creación de un Representante Esnados en parte, totalmente o- pecial de Negociaciones Comercia
derogarse, previo aviso, el - les, quien se reportará directacual no podrá ser menor de 3- mente al Presidente y al Congreaños.
so.
El Presidente puede en cual-quier tiempo, dar por terminª - Su nombramiento lo realizarádo todo en parte, cualquier el Presidente con aprobacióndecreto hecho en base a dicho
del Senado. Este representan
Acuerdo.
te tendrá el rango de EmbajaAutoriza al Presidente parador Extraordinario y Plenipoaumentar los impuestos de im
tenciario.
portación o restricciones a- - En la Oficina de este Repre-las mismas, en cualquier --sentante Comercial, habrá dos
tiempo y durante el periododiputados especiales de la Cá
que considere conveniente,-mara de Representantes. Es-como respuesta a los patsestos diputados tendrán el ranque violen los derechos co-go de embajadores y se encarmerciales de EUA.
garán de que las negociaciones
Faculta al Presidente a suscomerciales se lleven a cabopender, modificar o terminar,
dentro de lo que esta Ley esen cualquier tiempo, los -tablece. Además podrán colaacuerdos Comerciales con los
borar en las negociaciones b.a
pa1ses que no cumplan con di
jo el mando del Representante
chos Acuerdos y que lesionen
Comercial y según éste lo delos intereses de EUA.
termine.
Autoriza al Presidente el -El Representante Comercial se
189

�rá responsable de las negociª
ciones comerciales con otrospalses y se encargará de la administración de dichos
Acuerdos Comerciales.
Se establece que se reconocen
plenamente los derechos constitu
cionales de cualquiera de las 2Cámaras para cambiar estas nor-mas, en cualquier tiempo, de -cualquier manera y en cualquierextensión. (Sección 151)
- Prohibe las enmiendas a los Acuerdos Com~ciales, cuandodichos Acuerdos se presentanpara su aprobación a ambas e~
maras, éstas sólo podrán aprQ
barios o rechazarlos {Sección
151-d).
- La Sección 152-b) establece que la Comisión de Medios y Procedimientos de la Cámara de Representantes y la Comi-sión de Finanzas del Senado,serán las encargadas de todas
las resoluciones respecto a estos Acuerdos Comerciales.
En la Sección 161 se señalaque al iniciar el periodo ordinario de sesiones, cada Cámara190

del Congreso, ele9jrá a~ de sus
miembros, los que _deberan ser de
ambos partidos políticos, para que sean consejeros oficiales de
las delegaciones encargadas de las negociaciones comerciales.
/

- Estos congresistas-consejeros
oficiales, serán recomendados
por la Comisión de Medios y Procedimientos de la Cámara de Representantes y la Comi-sión de Finanzas del Senado.
- Dichas Comisiones, podrán nom
brar consejeros oficiales adl
cionales, quienes tendrán acceso a toda la información de
las negociaciones.

aa las facultades del Ejecutivo
para negociar los Acuerdos Comer
ciales, en realidad esta legislª
ción determina un mayor controlsobre estos Acuerdos. Dicho con
trol lo ejerce el Congreso, an-tes, durante y después de las n~
gociaciones del Ejecutivo.
(Nota.- Generalmente las leyes de EUA, se estructuran por-tltulos numerados, los que se -subdividen en Capitulas. Los cª
pítulos a su vez se subdividen en Secciones.

Los números de las Secciones
se determinan generalmente con 3
dlgitos. El Primer dlgito co-rresponde al número del Titulo.El segundo dígito al número delCapitulo, y el tercer dlgito esel número consecutivo de las no[
mas de dicho Capitulo. Por ejem
plo, la Sección 163, corresponde
al Titulo 1, Capítulo 6, norma número 3 de dicho Capitulo.
Los números de sus Artlculos
que ellos denominan Secciones, no son todos consecutivos, comoen nuestra legislación.)

2) Omnibus Trade and Competitiveness Act of 1988

La Sección 163 obliga al Presidente a enviar un reporte --anual al Congreso, sobre los pro
gramas y acuerdos comerciales.
Se considera que el Congresode EUA, emitió esta legislaciónpara evitar la práctica anterior
de sus Ejecutivos que negociaban
Acuerdos y no Tratados Interna-cionales, para evitar someterlos
a la ratificación del Senado.
Como vemos, si bien se amPl!

Esta legislación comercial,modifica la Ley de 1974. Esta ley es altamente proteccionista,
entre sus propósitos principa--les está el reforzar las medi--das anti dumping y de sa 1vaguarda.
Además, determina que el Ejecu-tivo Federal debe darle una gran
importancia al comercio exterior
al establecer su política gene-ral. Obliga al Ejecutivo a quedentro de su política de seguri-

191

dad y relaciones exteriores, exPllcitamente inserte un apartado
sobre comercio exterior.
A continuación comentamos parte de su contenido:
Prevé fuertes sanciones co-merciales para los palses que se
nieguen a abrir su comercio a los productores estadounidenses.
Aunque no contiene nuevas formas

�de proteccionismo, si refuerzalas sanciones comerciales, y es
tablece plazos perentorios para
Que el Ejecutivo imponga dichas
.sane iones.
Bajo esta ley, las empresas
estadounidenses mas fácilmentepueden obtener protección de su
gobierno contra las importaciones Que lesionen sus industrias.
Como varios miembros del -GATT aún continúan con barreras
arancelarias y de otro tipo para impedir e~ libre comercio, y
debido a que este organismo hasido incapaz de obligar a di--chos palses a abrir su comercio,
y también porque el GATT ha fallado en encontrar un mecanismo
expedito y objetivo para resolver disputas del comercio, se autoriza al Presidente de EUA para:
1) Actuar unilateral-mente paraproteger sus intereses eco_,.
~micos y comerciales.
2) Negoc;iar tratados bilatera
les para remover las barre
ras comerciales.
Entre sus principales modif!
192

caciones podemos mencionar:
- Obliga al Presidente a tomarmuy en cuenta la cuestión del
comercio exterior, al momente
de planear su polltica exte-rior, y no sólo los asuntos de defensa y seguridad, comoen el pasado.
- Refuerza el 1necani smo del Fast
track, que facilita al Ejecutivo las negociaciones comerciales.
Esta facultad- ttene sus llmi
tes, entre los principales tenemos:
- La autorización sólo es válida por dos años, que puede ex
tenderse por otro periodo -iguaL sieOJPre y cuando el -Congreso no se oponga.
- El Presidente debe notificarcon anticipación..al Congresode su intención de negociar cualQuier Acuerdo Internacional. Informando especifica-mente ~us obJeti~os generales
y particulares.
- fmpone un tiempo de espera an
tes de iniciar las negociacio
nes. Duranté el cual el Con-

greso abrirá un periodo de ªM so esta condicionado y vigilando
diencias públicas para escu-- el proceso de negociación aúnan
char el sentir de la ciudada- tes de Que el mismo se inicie.
nla respecto a las posibles negociaciones.
En la Sección 301, obliga al
Presidente a responder rápidamen
- La Comisión de Finanzas de la te, en un lapso no mayor de 180Cámara de Senadores y la Com! dlas, imponiendo sanciones a los
sión de Medios y procedimien- palses Que violen los pactos detos de la Cámara de Represen- comercio exterior, Principalmentantes, después de valorar lo te el GATT o los acuerdos bilate
escuchado en las audiencias,- rales.
votaran a favor o en contra de Que se inicien las negociª
Esta ley marca los siguien-clones.
tes rubros como prioritarios, en
- Si lo aprureba, incluye sus - la polltica que debe seguir su recomendaciones al Ejecutivo, gobierno para abrir los mercados
basándose en las audiencias-- del comercio exterior: telecomu
públicas.
nicaciones, abastecimientos al - El Congreso votara aprobando- gobierno y la agricultura. En º desaprobando el inicio de - este último caso se marca como las negociaciones.
objetivo la remoción de los sub- Representantes de las dos Co- sidios en todo el mundo.
misiones arriba mencionadas,estan facultados para estar Refuerza las sanciones con-presentes en las negociacio-- tra las practicas de dumping. nes, vigilando su aspecto le- Facilita la prueba de las empregal.
sas que alegan violaciones a supropiedad intelectual.
En slntests, el Presidente no ttene Que poner a votación -La Sección 201 autoriza al del Congreso cada parte del --- Ejecutivo a imponer restriccio-Acuerdo. Sin embargo, el Congre nes a las importaciones que da-193

�ñen seriamente la i.AdUStria d(;)méstica.
El prog_ra~ de Asistencia y
Ayuda Laboral/ que se estableció
desde la Ley de Comereio de 1962
.
y ooe se ~xtend1ó en la Ley de 1974, prevé entrenamiento y---otros beneficios a los trabaJadQ
res desplazados, en esta Ley seautoriza al Ejecutivo a negociar
acuerdos multilaterales que permitan el uso de impuestos de importación para allegarse fondospara dicho Programa.
/

tt InJustificable - Cualquier ac

to, polltica o práctica que viole los derechos internacio
nales de EUA. La sanción esobligatoria.
2)

Irrazonable - Los ~ctos, yolliticas o prácticas Que sin violar derechos de los EUA, sin embargo, son desleales einequitativos, incluyendo: ne
gación de oportunidades de -mercado equitativas o el esta
blecimiento de una empresa, o
negación de PfOtección legala la propiedad intelectual.

La SecGión 232 autoriza al Presidente a iffl~~ restriccio- 3) Discriminación - Cualqµier ªf
to, polltica o práctica que nes a la~ importaciones que aten
dañe el concepto de tratamien
ten contra la seguridad nacional.
to de la nación más favoreciEsta medida está prevista en laantigua ley. Sin embargo, ahora
da.
Las sanciones a estas dos úlse exige una respuesta más rápitimas prácticas, son discre-da del Ejecutivo para tomar di-cionales por parte del Ejecuchas medidas. Esta legislaciónintenta obligar al EJecutivo a tivo.
actuar más agresivamente en conLas sanciones pueden ser: 1)
tra de las prácticas desleales la suspensión del Acuerdo Comeral comercio exterior.
cial con EUA, 2) la imposición~
La Sección 301 define tres - de impuestos u otras restricciocategorias de prácticas deslea-- nes a las importaciones, 3) ex!
gir compensaciones al pais que les:
194

efectúe las prácticas desleales.
En la mayorla de los casos el EJecutivo actuará de oficio,
y sólo en unos cuantos a peti--ción de la industria afectada.
Esta ley define los derechos
que deben ser reconocidos a lostrabaJadores de los palses que exportan a EUA: 1) el derecho de
asociación, 2) el derecho de organizarse para_obtener un contra
to colectivo, 3) prohibe cual--Quier forma de trabaJo obligatorio, 4) prohibe el trabaJo de -los niños, 5) establece estándares mlnimos de salarios, Jornada
laboral y seguridad. Las sancio
nes contra estas violaciones son
discrecionales.

Que es una protección a las in-dustrias Que son seriamente daña
das por las importaciones.
En esta ley se facilitan las
reclamaciones de dumping y se e!
pedita la investigación respecti
va, al señalar plazos de 5 meses
a un año para su resolución. -Además, la prueba del daño, de la industria, tiene un estándarbaJ o y no es necesario probar que
se está a punto de quebrar.

La Ley comercial de 1988 esmás proteccionista que la ante-rior Ley de 1974, ya que obligaal Ejecutivo, a iniciar quere--llas contra las barreras comer-ciales extranjeras. En base a dicha Ley, se han impuesto san-ciones a diversos palses, espe-La Sección 301 de la ley an- cialmente a los paises del sures
terior obligaba al gobierno a n~ ,te asiático, incluyendo a Japón.
gociar las barreras arancelarias (39)
por sectores. En esta ley, el gobierno debe realizar una negociación global y enfocarse a todos los impedimientos generalesQue se consideren prioritarios.
La Sección 201 contiene la-llamada "cláusula de escape", -195

(39}- Ollnibus Trade 1988- A Straightforvard 6uide
to its lapact on U.S. and foreign Busines U.S. Cha■ber of Coaerce - 1988

�3. ACUERDO DE LIBRE COMERCIO DE EUA Y CANDADA
Este Acuerdo fue publicado como Ley Pública NO. 100-449 --·cH.R. 5090} en Septiembre 28 de1988.
Tanto los·~egociadores mexicanos como los estadounidenses han afirmado Que el Actferdo Co-mercial con México1 se basará en
el Acuerdo con Canadá1 J&gt;nr lo -Que es necesario estudiarlo.
El cont~nioo del Acuerdo1!Jel siguiente:
Objetivos
Titulo 1 -Aprobación del Acuerdo de Libre Comerciode EUA-Candadá y lasrelaciones de dicho Acuerdo con la Legtslación de EUA.
Sección 101- Aprobación del -Acuerdo de LibreComercio EUA-Cana
dé
102- Relaciones del--Acuerdo con las Leyes de EUA
103- Consultas y reQue

196

rimientos y fechas
de Promulgaciones
104- Sistema Armonizado
· de Tarifas
105- Acciones Que deben
Implementarse Anti
cipadamente al
Acuerdo
Titulo II - Modificaciones deTarifas1 Reglas de
Origen1 Pago de D~
rechos1 Descuentos1
Sanciones1 y Otras
Provisiones Aduan~
ras.
Sección 201- Modificacione Tar!
farias
202- Reglas de Origen
203- Derechos Aduaneros
204- Descuentos
205- ~anciones
206- f.Xcepciones a losE:mbargos
207- Programas de Remisión de Derechos Relaciónados con Productos Automo-trices

Titulo III - Aplicación del --nadas con Antidum-Acuerdo por Secto-ping y Casos de Deres y Servicios
rechos Compensato-Sección 301- Agricultura
rios.
302- Protección a lo Da- Sección 401- Enmienda a la Sec-ños Sufridos por las
ción 516-A de la -Importaciones
Ley de Tarifas de-303- Estimaciones de los
1930
Actos Violatorios a
402- Enmienda al Tltulolas Leyes Comercia28 al Código de EUA
les
403- Ajustes a las Enmierr
304- Negociaciones Re 1a-.
das de la Ley de Ta
clonadas con cier-rifas de 1930
tos sectores1 Repor
464- Enmiendas a la Leytes Bianuales
de Antidumping y De
305- Energta
rechos Compensato-306- Limites a la Procurios
radurta del Gobier405- Provisiones Adminls
no de la Ley Comertrativas y organiza
cial de 19791 en el
cionales Relacionacaso de ciertos pro
das con la Implemen
duetos de Canadá
tación de los Capl307- Ingreso Temporal de
tulos 18 y 19 del EUA1 para PersonasAcuerdo
de Negocios Cana--406- Autorización de las
dienses
Partidas Destinadas
308- Enmienda a la Sec-a la Secretarl~, -ción 5136 de los Es
los Páneles y los tatutos Revisados
Comités.
309- Productos de Acero
407- Testimonio y Elabo•
ración de Documen-Titulo IV - -Pánel Binacional tos en Casos ~xtrade Disputas Relacio
ordinarios

197

�408- Solicitud de Revi-sión a las Determinaciones de CanadáRelacionadas con -Antidumping y Derechos Compensatorios
Sección 409- Subsidios
410- Terminación del
Acuerdo
Titulo V -

Fechas Efectivas yRigurosas
Sección 501- Fechas Efectivas
502- Rigurosas
A continuación, describimosparte de su contenido:
Sus propósitos son:
Aprobar e implementar el
Acuerdo de Libre Comercio en
EUA y Canadá negociado bajola autoridad de la Sección 102 del Código de Comercio de 1974.
Fortalecer y desarrollar las
relaciones económicas entreEUA y Canadá para su mutuo beneficio.
Establecer una área de libre
comercio entre las dos nacio
nes, a través de la reducción

y elminación de barreras comerciales en mercanclas, se[
vicios e inversiones.
Sentar las bases para ulte-riores cooperaciones para -expander y aumentar los ben~
ficios de dicho Acuerdo.
En la Sección 102 de esta ley,
se establece el inciso a) titula
do: "Las Leyes de Estados Unidos
Prevalecerán en Caso de Conflicto". En este apartado se señalaque no tendrá efecto ninguna pro
visión del Acuerdo, ni la aplica
cación de cualquier provisión acualquier persona o circunstan-cia, que esté en conflicto con cualquier ley federal de EUA.*
En el tnciso b) Relaciones del Acuerdo con las leyes Estata
les y Locales, se establece quelas provisiones del Acuerdo prevalecerán sobre las leyes estata
les.

198

• (Nota.- En esta Sección 102, clara■ente se establece un nivel jerárquico inferior el Acuerdo en relación con las leyes f~dera' explicación en el apartado IV. les. (ver
Aspectos Jurídicos del Acuerdo de libre Comercio).

Sección 202 - Reglas de Origen:
1) Con el objeto de implementar
el sistema de tarifas contem
piado bajo este Acuerdo, seconsideran mercanclas originadas en el territorio de -una parte si:
a) Son completamente obtenidas o producidas en el -territorio de cualquier
Parte o ambas Partes.
b) Cuando las mercancías:
i) Han sido transforma-das en el territoriode una parte o ambasPartes, hasta ser sujeto de un cambio enla clasificación aran
celaria.
ii) Reúna las otras con-diciones establecidas
en las reglas anexas.
2)

Una mercancía no debe ser -considerada como originada-en el territorio de una parte sólo por haber sido:
.
a) Simplemente empacada, --excepto en los cásos previstos en las reglas delanexo, y en operaciones combinadas.

.

199

b) Por la sola dilución conagua o con cualquier otra
substancia que no alterematerialmente la mercan-eta.
e) Cualquier proceso o trabª
jo respecto del cual exi~
ta la clara presunción de
un engaño de las provisiQ
nes del Capitulo 3 del
Acuerdo.
En esta Sección existen re-glas especiales para partes autQ
motrices y los transbordos.
Se autoriza al Presidente Pª
raque prclame como parte del -Sistema Armonizado, las reglas establecidas bajo el encabezadode "Reglas" en el Anexo 301.2 -del Acuerdo.
La Sección 205 establece una
multa de hasta $10,000 dólares-a los que violen o presenten --falsos certificados de origen.
En la Sección 301 se establ~
cen reglas para que el Presidente, de protección a los agricultores de EUA contra las importa-

�ciones de Canadá. La protecciónserá a través de un impuesto tem
por~l de importación.
La Sección 302 establece las
Salvaguaras o protecciones con-tra las importaciones, Autoriza
al Presidente a aumentar los impuestos de importaciones1 o a -suspender la futura reducción de
impuestos de importación1 en caso de Que se lesione algún sec-tor de la economta del Dais. --Estas medidas sólo se pueden tomar dentro del plazo de 10 añosposteriores a la entrada en vi-gencia de este Acuerdo.
La Sección 307 establece reglas especiales para los canadien
ses no inmigrantes, debido a --cuestiones de negocios, inversio
nes o servicios profesionales1 inclusive se les permite la en-tr~da con sus cónyuges e hijos.
La Sección 401 regula la - aplicación de las decisiones tomadas por el Pánel Binacional ysus relaciones con el Poder Judi
cial de EUA.
El inciso 4) señala como - 200

excepciones a la revisión ex
elusiva del Pánel Binacional1
los casos relacionados con la Constitución. En estos casos serán revisados por la
Corte de Apelaciones del Dis
trito de Columbia y las deci
siones de esta Corte podránser apeladas directamente ala Suprema Corte de Justicia
de EUA.
En el inciso 8)1 se establece Que las revisiones a lasdecisiones del Pánel serán hechas por el mismo Pánel asolicitud del Secretario deComercio de EUA.
En el inciso d-3)1 titulado:
Efectos de la Decisiones delos Páneles Binacionales deEUA-Canadá. Se señalan Quelas decisiones tomadas por dichos Páneles no obligan -legalmente a las Cortes de-EUA1 pero pueden ser tomadas
en consideración.
•

La Sección 405 señala el Pro
cedimiento para Nombrar a los -Integrantes de los Páneles:
El inciso A) obliga al Repr~
sentante Comercial de EUA aelaborar una lista de candip

datos, ·e1 dla 3 de Enero decada año1 Que incluya también
los candidatos a integrar -los Comités Extraordinariosl
los cuales deben ser selec-cionados con base en su exp~
riencia profesional.
Esta lista deberá enviarla-a la Comisión de Medios y -Procedimientos de la Cámarade Representantes y a la Comisión de Finanzas del Senado, Quienes están autoriza-dos para tachar o agregar -candidatos.
El inciso 9-b) regula el --status de los miembros de -los Pánelesl señala Que di-chos individuos no deben ser
considerados empleados del gobierno de EUA.
El inciso c&gt; otorga inmuni-dad a dichos miembrosl en -los procesos legales y en las
acciones tomadas dentro de sus funciones.
La Sección 406 señala las -Partidas Presupuestarias para -los Páneles y Comités. Para unaño1 autoriza una partida de --$5 millones de dólares o la cantidad que el Secretario conside201

re necesaria.
En la Sección 410 que regula
la Terminación del Acuerdo1 se señala un plazo de 7 años1 des-pués de los cualesl el Presidente debe informar sobre los efectos del mismo. Si dentro de este plazo de 7 años1 el Presidente no ha rescindido el Acuerdo,el Presidente debe informar al-Congreso, cuales son los beneficios económicos concretos por -los cuales el Acuerdo debe con-tinuar.
En las Provisiones Transitorias se establece que si almo-mento de cesar el Acuerdo, están
pendientes investigaciones de -violacionesl las investigaciones
deben continuar y las sancionesdeben aplicarse.
En esta misma ley se modifican algunas normas de su legisla
clón1 para Que este Acuerdo pueda ser legalmente implementado.
No podemos concluir si estaimplementación legal del Acuerdo
en EUA1 es equitativa o no1 ya-que no disponemos de la implemen

�parte de Canada; pero los cana-dienses no pueden establecer ban
cosen cualquier parte de EUA1 Sin embargol sabemos por de- ya que existen en algunos Esta-claraciones a la prensa de auto- dos disposiciones locales que lo
ridades canadienses1 Que en el - impiden. Además1 que en los cacaso de servicios financieros1 - sos de controversia del sector que se negoció por separado1 --- agrlcola1 EUA continúa tomando existe una relación inequitativa1 decisiones unilaterales para pro
ya que los estadounidenses pueden teger dicho sector.
establecer un banco en cualquier

tación legal correspondiente enCanadá. -

e o Ne L u s I o NE s

joven1 dinámico1 trabajador1 capaz de adaptarse a los nuevos -cambios y tiene lo principal1 -que son sus valores morales1 firr
cactos esencialmente en la uniónfamiliar. Por lo tanto1 no nosquedemos estáticos1 ni perdamosel tiempo en lamentaciones1 sino
que con esfuerzo1 estudio y perseverancia1 incrementemos todosnuestro gran potencial1 para --Finalmente1 a largo plazo1-- triunfar en este nuevo reto hisMéxico1 obtendrá un gran benefi- tórico.
cio. Nuestro pueblo mexicano es

taridad comercial1 trae aparejados no sólo mayores lazos comerciales1 sino también culturales1
sociales y pollticos1 por lo que
será materialmente imposible - aislar a largo plazo1 los asun-tos no comerciales de las consecuencias del Acuerdo. A la largal ambos patses se influirán -mutuamente.

El choque de la apertura yaha tenido lugar. Algunas industrias mexicanas han cerrado suspuertas1 otras se han transformª
do1 otras más han encontrado que
pueden competir en el comercio internacional. El resultado de la apertura adicional imPllcitaen el Acuerdo ser~ similar1 pero
sus alcances a corto plazo1- debe suponerse que a una escalaserán menores que el desmantela- menor1 porque buena parte-del
miento de 19851 de todo un sistª camino ya se ha transitado.
ma comercial fundamentado en --Los lazos comerciales necesª
los permisos previos de importación y en la imposición de aran- riamente influyen en los demás celes de niveles superiores al - aspectos de la vida social1 astque a largo plazo1 una complemerr
100%1 en algunos casos.

El Acuerdo de Libre Comercio
ayudará al crecimiento económico
del pals1 pero no será una panacea1 no debemos hacernos falsasilusiones1 el Acuerdo es sólo un
instrumento de los varios que de
bemos impulsar para tener un ver
dadero desarrollo económico.

202

203

�B I B L I O GR A F I A
DE COMERCIO INTERNACIONAL - Editorial POrrúa - México - 1987
WALTER MONTENEGRO - INTRODUCCION
A LAS DOCTRINAS POLITICAS ECONOMICAS - Fondo de Cultura Económi
ca - 1986
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CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
LEY DE COMERCIO EXTERIOR
LEY DE INVERSIONES EXTRANJERAS
REGLAMENTO DE LA LEY DE INVER-SIONES EXTRANJERAS TRADE ACT OF
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REVISTA NEXOS - No. 159 - Marzode 1991
REVISTA EXPORMEXICO - No. 2 - -1991.

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DELBERT A. SNIDER - INTRODUCCION
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JORGE WITKER V. - LA DEFENSA JURIDICA CONTRA PRACTICAS DESLEALES

LA UNIFICACION EUROPEA - Oficina
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Comunidades Europeas - Luxemburgo - 1990
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SIDNEY WEINTRUB - lLIBRE COMER-CIO ENTRE MEXICO Y EUA? - Editorial Edamex - México - 1987
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GUSTAVO DEL CASTILLO - MEXICO EN
EL GATT - El Colegio de la Fron-

204

205

�LAS NACIONES UNIDAS
CUADRAGESIMO-SEXTO ANIVERSARIO
DE FUNDACION
LIC. Y PROFR. ERNESTO T. ARA1ZA RIVERA
Texto del discurso conmemorativo pronunciado por el
Director de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
de la U. A. N. L.- Octubre 24 de 1991

Durante casi seis largos - años -Septiembre de 1939 a Mayode 1945-1 el mundo se vio envuel
to en una de las conflagraciones
más serias y trágicas que registra la historia de la humanidad.
La llamada Segunda Guerra -Mundial con toda su cauda de - horrores y destruccionesl muerte
y desolación1 provocó como tenla
que ser1 una desestabilización absoluta en el campo de las rela
ciones internacionalesl que a su
vez1 Podrla dar paso a la vengan
za polltica más aguda en forma de eliminación de Estados y dispersión de nacionalidades.
Mas1 ya en vlsperas del
triunfo de los aliadosl empezó-a vislumbrarse la fórmula salva207

dora: el Primero de Enero de --19421 se daba a conocer una De-claración conjunta de 48 Palsesdel orbe1 comprometiéndose a luchar sin tregua a las denomina-das fuerzas del Eje; y se cobijª
ba1 para sus propósitos con el nombre de Naciones Unidas. Posteriormentel se elabora un anteproyecto en Dumbarton Oaks por las naciones más directamente -enfrascadas en la contienda fratricida1 hecho ocurrido entre -los meses de Agosto1 SeptiembreY Octubre de 19441 y la parte -substancial de estas últimas con
ferenciasl sirve de base para quel 50 palses1 reunidos en SanFrancisco California1 Estados -Unidos de Norteamérica1 aprueben
los contenidos esenciales del -acuerdo en memorables jornadas -

�que se realizaron del 25 de Abril amplitud al reparar en sus motial 27 de Junio de 1945.
vaciones de universalidad: pro-curar por encima de todas las -Resultado final: el 24 de Oc cosasJ el mandamiento de la paz·tubre de 1945 nacla como slmbolo Y la seguridad internacionales;de pazJ fraternidad~ tranquili-- de igual modoJ buscar nuevas fo[
dad y seguridad mundialJ la ven- mas de vida que fomenten las returosa institución que hoy cono- laciones humanas de amistad Y -cemos como Organización de las - comprensión mutuas entre los diversos palses; y desde luegoJ -Naciones Unidas.
hacer prevalecer el principio de
Ese momento históricoJ deci- la cooperación internacional --sivoJ dio Pie para que el hombre con la pretensión de que ésta -desoyera el apotegma clásico del sea el cauce que permita resol-"horno hominis lupus"; es decirJ- ver toda clase de problemas culel hombre es el lobo del hombre. turales~ económicos y aún pollti
cosJ siempre en el marco del res
Surgtan las Naciones Unidas- peto a la soberanla de cada unocon propósitos de suyo noblesJ - de los miembros de la institución
regeneradores y altamente jurI-- internacional.
dicos. No el afán particularisA una distancia de 46 años ta de cobrar agravios al modo -del Código babilónico del "ojo - de vigencia la Organización munpor ojo y diente por diente"~ ni dial ha respondido en gran medila retribución ilegalJ del vil - da a los anhelos y sanos proyecdespojo o imposición de penas -- tos de todos aquéllos que fueron
infamantes o degradantes; mucho- actores directos e indirectos en
menos de aniquilación moral o -- el cruento drama escenificado en
Europa y el Continente Asiático.
espiritual de los pueblos.
El matiz ecuménico de las -Naciones Unidas se contempla con

208

Si bien en estos nueve lus-tros ha habido alteraciones de -

la paz y la tranquilidad en alg~
nos emporios estatalesJ ello haservido para poner de relieve la
calidad de árbitro supremo jurldico internacional de dicho orga
nismoJ interviniendo como parlamentario y diplomático eficaz en
el desempeño de su misión ten--diente a evitar conflictos y - hecatombes que redundan en per-juicio de la humanidad.
Pero dos facetas de su linea
de conducta universal conviene destacar en las que brilla con-fulgor propio la Organización de
Naciones Unidas.
Lo que los publicistas e in~
ternacionalistas denominan el -campo de la cooperación interna~
cionalJ primero; y luego la ereª
ción de una opinión pública ge-neral que integra y remodelaJ asu vezJ una conciencia colectiva
del género humano.
A través de la primera la -Organización de Naciones Unidasha contribuido mejor que ninguna
otra corporación a aliviar todauna larga serie de situacionesJ-

209

virtualmente conflictivas de orden socialJ económicoJ técnicoJpedagógico en muchos y muy dive[
sos patses que pueblan la tierra;
los problemas de la hambrunaJ de
las epidemiasJ la expansión de la tecnologiaJ el encauzamientode recursos otrora consideradospeligrososJ para el hombreJ hanhallado canalización adecuada al
conjuro de su desinteresada participación.
La contemplación del segundo
módulo de concienciación mundial
prevaliéndose del sistema de comunicación colectiva ha permitido que la convivencia internacio
nal se proyecte de manera vivaJY asimismo determine su eficacia
mediante el concurso de métodosY procedimientos tendientes a im
pedir fricciones y disputas esté
riles entre los patses organizados al margen de los cauces di-plomáticos meramente convencionales.
No de otra forma ha sido elconvenio recientemente difundido
de la muy probable eliminación de las armas nuclearesJ o de la-

�aplicación de este recurso cientlfico al servicio de las potencias mundiales; convenios y - -acuerdos en los que palpita el _sentir y la inclinación humanlst.ica de las Nac~s Unidas.

tad, con clara conciencia de sumiseria óntica, pero susceptible
de mejoramiento substancial y -esencial.

Por todo esto, tenemos la -firme convicción de que cada anl
Esto, aunado a su llamado -- versario de esta generosa organl
constante para que todos los si2 zación mundial implica un paso natarios del Pacto Mundial pro-- más que da la humanidad para lle
curen el imperio de la paz, pro- gar al ansiado estadio en que la
ducto de un reconocimiento abso- comunidad de estados y palses -luto de la libertad del hombre,- hablen siemplemente el lenguajeconceden hoy por hoy a la O.N.U., de la fraternidad, el amor y laun sitio de privilegio en el --- paz.
pensamiento y en el corazón de todos los hombres de buena volurr iEnhorabuena. Dios lo permita!

210

se terminó de imprimir en San Nicolás de los Gerza,
N. L en el Departamento Editorial de la Facultad de
Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, el die 28 de Noviembre de 1991.
Este edición consta de 500 eJemplares.

�JOlillO UNIVEll.$1TAAIO

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        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Derecho y Ciencias Sociales</text>
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                <text>Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales publicada en las décadas de los setenta y ochenta cuatrimestralmente. Dirigida por Samuel Flores Longoria, David Galván Ancira y Manuel Uribe. Contiene artículos sobre jurisprudencia, leyes, estudios de caso, comentarios a leyes, así como filosofía del derecho y ciencias sociales.</text>
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              <text>Derecho y Ciencias Sociales, 1991, Tercera Época, No 8-9, Mayo-Diciembre</text>
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              <text>Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales publicada en las décadas de los setenta y ochenta cuatrimestralmente. Dirigida por Samuel Flores Longoria, David Galván Ancira y Manuel Uribe. Contiene artículos sobre jurisprudencia, leyes, estudios de caso, comentarios a leyes, así como filosofía del derecho y ciencias sociales.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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