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                  <text>JURISPRUDENCIA
Organo Mensual / Biblioteca
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales / U.A.N.L.
VOL. 11

SEPTIEMBRE DE 1993

Personajes de Nuevo León
Militar. Gobernador. Nació
en Cerralvo en 1756. Sus
padres, Bernardino Barrera
y Ana María Gómez de
Castro. En-1778 residía ya
en Monterrey. Procurador
del ayuntamiento en 1781 y
mayordomo de propios en
1795 y 1796. Electo alcalde
en 1805, fué reelecto para 1806, en consideración a quede su propio peculio
construyó dos piezas para cárcel de mujeres. En 1810, al estallar el movimiento
de independencia, fué designado comandante de dos de las compañías que
con las fuerzas de Pedro de Herrera y Leiva fueron destacadas en Saltillo
para contener el avance insurgente. Con sus soldados fué hasta San Luis
Potosí a auxiliar a los realistas, pero se devolvió luego a unirse al gobernador
Cordero, de Coahuila. Fué vocal de la Junta gobernadora desde 1811, hasta
1813. Cuando entró el gobernador Ramón Días de Bustamante. El 3 de julio
de éste último año tuvo a su cargo la defensa de la ciudad, en el ataque del
insurgente José Herrera. En ese mismo tiempo pidió,sin obtenerlo, su retiro,
por avanzada su edad y para poder atender sus negocios, porque sus bienes
"los consumió todos en el servicio real", al grado dequ.edarsin tener con qué
subsistir. Fué regidor honorario en 1812 y 1813 y anual en 1815. Nombrado
nuevamente alcalde en 1816, le correspondió ser gobernador político interino,
por ausencia de don Bernardo Ussel y Guimbarda. Continuó de alcalde en
los años de 1817 a 1819, y en el primero de estos sustituyó también en el
gobierno a don Bernardo
Villamil, quien partió a España, recayendo el cargo en Barrera por tres años
consecutivos. Realizó en ese tiempo la obra de los empedrados de las calles;
reparó los portales y cajones de la plazuela del Mercado (Hidalgo); puso
especial empeño en organizar fuerzas para combatir a Mina en Soto la
Marina; etc. Por sus servicios, el cabildo, en sesión de 9 de marzo de 1818,
pidió al virreinato que continuara en el cargo y se pidió además se le
declarase benemérito. Tenía el cargo de protector de los indios del pueblo
de Guadalupe y ayudó mucho a la conclusión del templo del pueblo.
Nuevamente el cabildo en acuerdo de 31 de diciembre de 1819 pidió que
siguiese con el doble cargo de alcalde ordinario de primer voto y el de
gobernador, continuando así hasta el 15 de enero de 1821. Durante su
gobierno fué hecha en Monterrey la declaración de independencia, el 3 de
julio de dicho año. En 1780 había contraído matrimonio con doña Cecilia
Lozano y, viudo de ésta, se casó en 1808 con doña María Gertrudis, de igual
apellido. Murió en Monterrey el 10 de marzo de 1829. Fué sepultado en la
catedral.

BARRERA.,
Francisco Bruno.

NUM. 19

PUBLICACIONES
PERIODICAS

LOCAL

Gobierno Constitucional del
Estado Libre y Soberano de
Nuevo León. Periódico Oficial.
Tomo cxxx, Monterrey, N.L.,
Lunes 28 de junio de 1993.
H. Congreso del Estado
Publicación. Se publica extracto
de las discusiones que se
suscitaron en la LXVI Legislatura
del Congreso del Estado, en la
sesión ordinaria del día 30 de
mayo de 1993, al presentarse el
dictamen con el proyecto de
decreto para reformar la Ley
Electoral del Estado.
Publicación. Sepublicaelextracto
de las discusiones que se
suscitaron en la LXVI Legislatura
del Congreso del Estado, en la
sesión ordinaria del día 30 de
mayo de 1993, al presentarse el
dictamen con proyecto de decreto
para reformar los artículos 46 y
66 fracción VI de la Constitución
Política del Estado.
Presidencia Municipal de San
Nicolás de los Garza, Nuevo León.
Modificación. al artículo 137 del
reglamento de tránsito vigente
en el municipio de San Nicolás de
los Garza, N.L.

�Septiembre de 1993

JURISPRUDENCIA
NACIONAL

inflación? Alejandro Valezuela del

ballenas. Margarita Rosa Rosado.

Río.

pxamen: una publicación por la
democracia. México : Comité
Ejecutivo Nacional del Partido
Revolucionario Institucional, Año
5, Núm. 50, julio de 1993.
Entrevista con Mario Soares.
Roberta Lajous.

Salud.
Acontecer político. Pedro Garóa
Cruz.

La salud en el México moderno.
Genaro Borrego Estrada.

Política internacional.

INTERNACIONAL
Revista de Ciencias Jurídicas. Costa
Rica, Facultad de Derecho,
Universidad de Costa Rica,
mayo-agosto 1992.

En las exequias de César Chávez.

Martín Torres.
El TLC en el senado. Carlos Sales
Gutiérrez.

Entrevista con Robert Lawrence.
Cuauhtémoc Sánchez Osio.

Los largos caminos del TLC. Carlos
Jiménez Macías.

Indice
Ensayos:
N eoliberalismo,
totalitarismo
y
democracia en la
ciencia del derecho
administrativo. Dr.
León
Cortiñas-Peláez.

Más allá del TLC :
asuntos laborales,
medio ambiente y
migración. Andrés
Rozental.
Apuntes en tomo al
liberalismo
moderno.
Urs
Schoettli.

fNTELSA T:
La
organización
internacional de las
comunicaciones por
satélite. Dr. Jorge
Rojas Solórzano.

Documentos para
examen.

La noción de orden
y
de
valores
sociales. Nelson
Saldaña.

México es una
nación
de
instituciones .
Carlos Salinas de
Gortari.

Los vencimientos
de la letra de
cambio. Dr. Carlos
Gómez Rodas.

Letra impresa.
La
desconcentración
en el proceso de
modernización
económica de
México. Carlos Alba Vega.

Derecho público y
banca estatal. Dr.
Jorge
Enrique
El dilema norteamericano: política
interior o política exterior? Walter
Astié Burgos.

Política nacional.

Entrevista con Marcelo Ebrard.
Cristina Alcayaga.
Reforma educativa y liberalismo
social.
Andrés Serra Rojas y
Fernando Solís Cámara.
Por que luchamos contra la

2

Romero Pérez.
Sobre la ciencia del derecho.
Francois Ost.

Génesis e itinerario de la COPPPAL.
Carlos Flores Vizcarra.

Cultura.
Entrevista con Bernardo Rosendo.
Martín Torres.
Ecología.
La agenda ecologista: el caso de las

Documento:
El conflicto turco-búlgaro y la
posición costarricense.
Informe rendido por Lic. Luis
Alberto Varela Quirós.

Reglas de estilo
y táctica
forenses

Penología y
sistemas
carcelarios
Marcó del Pont, Luis. Penología
y
sistemas
carcelarios. - Buenos Aires:
Depalma, 1975.

Adip, Amado. - Reglas de
estilo y táctica forenses. Buenos Aires : Depalma,
1981.

Un aspecto sustancial en esta
reseña histórica está centrado
en el estudio de lo que era la
ex Penitenciaría Nacional.
Esto lo haremos a la luz de
distintos trabajos que se han
escrito sobre ella y sobre la
base de los propios informes
anuales, que son documentos
de gran valor. Es de destacar
que
los
estudiantes
universitarios, a comienzos de
siglo, ya realizaban visitas a
establecimientos carcelarios,
lo que es un buen termómetro
para analizar el grado de
interés que despertaba en
especial la Penitenciaría
Nacional. Sin embargo, La
descripción mas importante
del famoso establecimiento la
tenemos de sus propios ex
directores, Antonio Ballvé y
Eusebio
Gómez.
Destacaremos en especial
trabajo carcelario, que fue
ejemplar, con cifras y
estadística·s de los informes
anuales de las direcciones. Por
último, hemos de referirnos
críticamente a la absurda
política penitenciaria de haber
destruido ese establecimiento,
sin haber construido
previamente otro en su
reemplazo.

En la presente obra citamos
varios ejemplos ilustrativos,
particularmente
el
proporcionado por el famoso
abogado
neoyorquino,
Samuel Litleton, que
constituye un extraordinario
ejemplo de cómo atacando las
bases de la pericia de un
famoso médico siquiatra, se
puede llegar a que reconozca
que se había equivocado en
sus conclusiones.
Asimismo, creemos que
contribuirán a la finalidad que
perseguimos, las "reglas de
estilo" que forman la primera
parte de esta obra. Estas reglas
tienen una doble finalidad;
por un lado exponer el aspecto
puramente formal del estilo

Estando ya en problema·s ,
hemos de referirnos a los
aspectos orgánicos de
estructuración del sistema
penitenciario federal, a través
de la ley orgánica y de su
funcionamiento. Veremos en
primer lugar el Instituto de
Detención de Villa Devoto,
sus antecedentes históricos y
su actual situación. Se trata
del establecimiento de
encausados más importante
ubicado en la Capital Federal.
También la vieja cárcel de los
Caseros,
que
lamentablemente no hemos
podido visitar por trabas
burocráticas.
Lo más destacable, a nuestro
juicio, son los distintos
complejos penitenciarios que
se han instalado en el país
dividido en zonas y con
establedmientos de máxima,
mediana y mínima seguridad.
De esta forma, apreciaremos
el funcionamiento de las
distintas etapas de unrégimen
progresivo.

El autor.
3

�JURISPRUDENCIA
forense, que comprende la
gramática, la sintaxis, la
·oración y sus partes, en otros
términos, la ciencia del
lenguaje; y por el otro, el
aspecto sustancial, que
consiste en ese espíritu
peculiar que caracteriza el
'idioma' forense, y que no se
parece a ningún otro. Lo que
se dice y cómo se dice. La
oportunidad en que se
expresa, el modo de relatar
los hechos, la forma de
exponer las pruebas; la
relación entre los unos y los
otros; la solemnidad del
proemio; la gravedad de la
conclusión; la urdimbre de la
argumentación, que quizá sea
el tramo más trascendente y
fundamental del camino a la
sentencia.
Un sí o un no dicho a tiempo,
un silencio cargado de
elocuencia, un callarse en el
instante preciso; chispa y
habilidad,
ingenio
y
prudencia, tacto y firmeza,
toda una serie de fórmulas
que integran el lenguaje
peculiar tribunalicio y
demandan
constantes
derroches de inteligencia y
astucia por parte del abogado.
Este profesional que es
también historiador, pero que
en nada se asemeja a los
historiadores de las otras
ciencias. Aquí también como
historiador el abogado debe
ceñirse a un estilo que es
exclusivo de la abogacía.

AmadoAdip.

4

Septiembre de 1993

Diccionario
enciclopédico de
M éxico
Musacchio, Humberto.
Diccionario enciclopédico de
México. - Colombia : Andrés
León, editor, 1990.

Artes, ciencias, deportes y
espectáculos han sido
incluidos hasta donde lo
permitieron las condiciones
de trabajo. No casualmente En cambio, recordamos
hemos dedicado una ficha a menos a los forasteros que
todos y cada uno de los países aportaron sus conocimientos,
con los que México tiene su espíritu emprendedor, su
relaciones diplomáticas, así trabajo y aun su vida por el
como a Puerto Rico y Chile, país y sus habitantes.Siempre
naciones conlas que la historia que
contamos
con
nos hermana. De ·ese modo información, incluimos los
intentamos, _ con
las da tos de esos personajes
limitaciones inherentes a esa nacidos en otra parte y
pretensión, capturar la renacidos aquí, para honra y
presencia de México y los provecho nuestros.
mexicanos en otros rumbos Somos descendientes de
de la tierra y, sobre todo, lo indios y españoles, pero
que nos han traído de fuera. también de angoleños y
Ciertamente abundan y guineos, de italianos y
duelen las agresiones, hay polacos, de árabes y chinos...
querellas pendientes, cuentas El pueblo mexicano es
que no acaban de saldarse. producto de infinita e
Pero precisamente ahora, inacabada mezcla de sangres.
cuando los vientos de la La presencia_fuereña está en
integración internacional lo que comemos y en lo que
parecen irresistibles, con sus cantamos, en las prendas de
grandes riesgos e incierto vestir y en las refinadas
provecho, cabe hacer una manifestaciones artísticas, en
recapitulación de los suma, es parte indisoluble y
beneficios recibidos del con frecuencia distinguible de
extranjero, que no son pocos. la cultura, de nuestra cultura.
Solemos tener presente que Méxicoesunpaísmultirracial, .
México fue objeto de plurilingüe, de una región
conquista para españoles, mayoritaria y de muchos
franceses o estadounidenses. puntos
igualmente

respetables. Las ideas
políticas o las novedades
tecnológicas, a menudo
llegadas de fuera, han
encontrado aquí germinación
positiva,
modificación
creadora. En horas difíciles,
México se ha mostrado
generoso con otros pueblos y
al aportar su solidaridad, sin
proponérselo, ha acrecentado
sus caudales, se ha hecho más
grande en todos los órdenes.

Formulario del
seguro social y
jurisprudencia
Sánchez Martínez, Francisco.
- Fonnulario del seguro social
y jurisprudencia. - México
Trillas, 1993.

La obra que el lector tiene en
sus manos, 'Formulario del
Seguro
Social
y
Jurisprudencia', es sin duda
un libro útil y práctico, pues
aquí el estudiante, el abogado,
los estudiosos o los

profesionales de la carrera de clasificadas por orden
contador público encontrarán alfabético.
los
formularios
más
frecuentes y los escritos Lic. Héctor Arturo Rodríguez
indispensables dentro de los
recursos que establece la Ley
del Seguro Social.
De nueva cuenta, es para mí Diccionario de
un honor que el jurista
lagunero,
licenciado legislación de
Francisco Sánchez Martínez,
seguros.
me pidiese que prologara está
su nueva obra jurídica, que
Palacios Bennúdez, Roberto. presenta en forma precisa los
Diccionario de legislación de
diversos recursos y escritos
seguros : Leyes positivas
aplicables : Resoluciones de la
que para cada caso concreto
comisión nacional bancaria y
establece la poco conocida
de seguros, jurisprudencia y
'Ley del Seguro Social', así
doctrina. - 4a. ed. - México :
como sus reglamentos.
Porrúa, 1979.
Así mismo, se exp~nen de
manera
sencilla
el Este trabajo no implica una
procedimiento y el modo de labor creadora del autor, es
iniciar un recurso de una recopilación de las leyes
inconformidad, con las sobre seguros, dispersas en el
fórmulas más usuales en la Código de Comercio, en la
práctica forense. Es una Ley de Vías Generales de
exposición que sirve de Comunicaciones, y en otras
consulta, y que parte del compilaciones legales, lo que
supuesto de que todo recurso dificulta su manejo e incluso
de inconformidad tiene una su conocimiento.
técnica especial en el Se encuentra por orden
alfabético y en forma de
contenido, en la forma de
planear la misma, hasta la
decisión final, debido a la
compleja y rica que es para
muchos la 'Ley del Seguro
Social' y sus reglamentos.
El presente libro se
complementa con una
selección de tesis y
jurisprudencias, que para la
materia del seguro social han
sostenido la Suprema Corte
de Justicia de la Nación y el
Tribunal Fiscal de la
Federación, todas ellas

s

�Septiembre de 1993

JURISPRUDENCIA
diccionario, y para el caso,
cada una de las leyes,
reglamentos, etc., han sido
descompuestas en artículos,
con su nombre adecuado en
cada caso; además, hemos
descompuesto los artículos en
fracciones
respectivas,
pudiendo localizarlos en esta
obra, por su nombre, y
encontrando además de la
fracción de que se trata, el
texto completo del artículo-del
que forma parte.
Igualmente
y
para
complementar
este
diccionario, hemos incluido,
y al pie del artículo o fracción
de que se trate, algunas
resoluciones importan tes
pronunciadas por la H .
Comisión Nacional Bancaria
y de Seguros, así como
ejecutorias de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación,
para la debida y fácil
interpretaciónde los diversos
preceptos.
Por último, en los puntos que
hemos creído de mayor
interés
incluimos
transcripciones completas de
Viterbo, Vivante, Bolaffio,
Donatti, etc. es decir, que
hemos complementado esta
obra, con exposiciones
· doctrinarias de tratadistas,
reputados como autoridad en
esta materia.
Creemos que con el sistema
adoptado en esta obra, la tarea
de consulta para funcionarios,
catedráticos, estudiantes y
cualquier persona interesada
en la rama del seguro, se

6

facilitar, puesto que en un
momento dado, ser posible
localizar en forma rápida, el
precepto sustantivo, adjetivo
o procesal, de la Legislación
de Seguros.
Roberto Palacios Bermúdez.

Informática
jurídica
Mayo de Goyeneche, Marie
Claude.
Infonnática
jurídica.- Chile : Editorial
jurídica de Chile, 1991.

al servicio del derecho, que
implica una incursión en el
campo de la 'Informática
Jurídica' y, en segundo
Esta nueva práctica jurídica, término, si se considera a la
que va generando situaciones informática en todos sus
nuevas, no previstas por el aspectos como objeto de
legislador. Disciplina que, derecho, estaremos frente al
mundialmente, ha tenido campo
del
derecho
como fuente usos, costumbres informático.
y normas que, creados para
solucionar una gama diversas
de problemas, han sido
interpretados
analógicamente.
Se hace necesario dar
soluciones jurídicas a
problemas nuevos suscitados
por la informática, pues, ante ,
un evidente vacío legal, la
búsqueda de acción pretoria
Domínguez García Villalobos,
ante un juez, sin prejuicio de
Jorge Alfredo. - Algunos
su inexcusabilidad, se ve
aspectos jurídicos de los
enfrentada a una fase
trasplantes de órganos. México
: Porrúa, 1993. ·
lapidaria:~ "Yo no soy
legislador".
Entre derecho e informática En esta obra veremos cómo
existen dos grandes tipos de en ocasiones los derechos de
interrelaciones: En primer la personalidad rompen el
lugar tenemos un aspecto esquema tradicional de que
instrumental de la informática en el ejercicio de un derecho
se requiere que existan tanto

Algunos
aspectos
jurídícos de los
trasplantes de
organos

un sujeto como un objeto
separados, debido a que en
este tipo de derechos el titular
de los mismos los ejerce
precisamente sobre su propio
cuerpo.
Otra característica interesante
en el ejercicio de los derechos
de la personalidad que
también
analizaremos,
consiste enla situación de que
el propio titular del derecho
tiene la obligación de respetar
los bienes protegidos por el
derecho en cuestión. Es el
caso, por ejemplo, que la
persona que tiene el derecho
a conservar la vida, no sólo
tiene ese derecho, sino que no
puede disponer de su vida y
aún más, está obligada a

sentido de que los legisladores
no debieran o no deben
intervenir en lo relacionado
con los trasplantes y con la
muerte ya que obstaculizan el
desarrollo
de
estas
intervenciones sustitutivas y
de la medicina en general..Por
otra parte, consideramos que
es indispensable que la
legislación regule esta materia
tan delicada en la que están
en
juego · aspectos
fundamentales de la persona
humana.

El efecto relativo
de los contratos
Díaz Mufloz, Erika. - El efecto
relativo de los contratos. Chile : Editorial Jurídica de
Chile, 1985.

.\t.ntroo 00,n'-C.1-r..1
4\RCI" \Jttú.OIIOS

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Au;u:-.os Awrcros
JuRiOICOS
DE l.OS

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1

conservarla.
Esta
característica la descubrimos
al estudiar el derecho a la vida
y el derecho de disposición
sobre su cuerpo y de sus partes
tanto en vida como para
después de su muerte, que
tiene todo hombre.
Existen opiniones, en su
mayoría de cirujanos, en el

Derecho Canónico y su
recepción en el Derecho
Francés, para tratar luego las
limitaciones que se han
impuesto al mismo.
En seguida la autora se refiere
a los efectos generales de los
contratos, y especialmente a
aquel de crear vínculos
obligatorios entre las partes,
para abordar a continuación
el dificil tema de la
delimitación entre partes
contratantes y terceros, tema
que constituye la puerta de
entrada al principio del efecto
relativo de los contratos.
Por todo lo expuesto,
recomiendo efectivamente
esta obra a todos aquellos que
se interesen en profundizar
los viejos principios del
Código Civil, que siempre
resultan de una actualidad
insospechada cuando se les
aborda con un espíritu
científico moderno, como lo
ha hecho doña Erika Díaz
Muñoz.

El tema que aborda este
trabajo es uno de los mas
interesantes del Derecho
Privado,
pues
está
íntimamente relacionado con
el principio de la libertad
contractual (el cual constituye
una manifestación de la
autonomía de la voluntad), y
no había sido tratado en
extensión dentro de nuestra
literatura jurídica, como se lo
merecía.
Se aborda primeramente el
principio de la autonomía de
la voluntad y su manifestación
en el Derecho de los
Contratos, esto es, la libertad
contractual, realizando un Gonzalo Figueroa Yáñez.
breve estudio de la evolución Profr. de Derecho Civil de la
histórica de este principio,
Univ. de Chile.
desde sus orígenes en el
7

�Ley de
instituciones de
crédito
Soto sobreyra y Silva, Ignacio.
- Ley de Institudones de
Crédito : Antecedentes y
comentarios. - 5a. ed. - México
: Porrúa, 1993.

El estudiante y el estudioso
del comercio en México, debe
cobrar -cabal conciencia de
cuan importante es conocer
con facilidad y a la vez con
espíritu crítico, todo lo que se
refiere
al
fenómeno
económico. El autor nos
conduce de ese modo por un
dificil terreno que él hace fácil
y asimilable.
El
Derecho
Bancario
Mexicano necesita de
investigadores, académicos,
docentes, apasionados por el

conocimiento y la difusión de Estudioso del derecho y
tan importante territorio de perseverante académico, el
la jurisprudencia.
autor de este libro nos ofrece
El autor ilustre estudioso de así su esfuerzo atinado y
todas estas cuestiones, fructífero por poner al día los
explora tan importantes fundamentos del derecho
signos de nuestro entorno bancario.
económico y localiza de modo Los cuerpos gremiales de los
crítico, inteligente y brillanté, que forma parte nuestro autor,
sus repercusiones en el celebran con justo motivo, la
universo de la legislación y aparición de este trabajo. Los
del derecho.
colegios de Abogados,
Notarios del Distrito Federal
y
la
Universidad
Iberoamericana son algunos
de los ámbitos en los que
resonará en breve, son los
LEY Db INSl'Ol Cl()1'1lS
vaticinios
al presente estudio.
01:'0U'ot&gt;JTO
Estamos de plácemes, al
disponer de este cuidadoso y
meditado trabajo del ahora
también Notario No. 13 del
Distrito Federal.

-~

Dr. José de Jesús Ledesma
Uribe.
añ
exc

ma

go
go
in
fe

gr
V
vi

Universidad Autónoma de Nuevo León
Lic. Manuel Silos Martínez
Rector
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Lic. Mauro Cruz Garza
~ Director
JURISPRUDENCIA
Organo Mensual / Biblioteca
Raúl Villanueva Alemán, Director / Coordinación Editorial,
Lic. Samuel Flores Longoria, Lic. Rolando Carrillo Lechero,
Lic. Ricardo Cantú Aguillén.

�erecho y
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Ledesma

JURISPRUDENCIA
Organo Mensual / Biblioteca
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales / U.A.N.L.
VOL. 11

OCTUBRE DE 1993

Personajes de Nuevo León
General. Gobernador. Nació en
Monterreyhacial648.Hijode1Cap.
Francisco de Treviño y de Lucía de
Benavides. Intervino en muchas
campañas de pacificación,
particularmente en la que se hizo al
Valle de San Antonio de los Llanos a apaciguar a los 'janambres', acudiendo
con treinta hombres, armados por su cuenta. Ocupó diversos cargos en
Monterrey. Procurador en 1688, regidor en 1692, 1693, 1696, 1697 y 1698, y
alcalde ordinario en 1694. Fué también síndico de los conventos del Nuevo
Reino de León por la Provincia Franciscana de Zacatecas, y tesorero de la
Santa Cruzada. El Gobernador Francisco de Vergara y Mendoza lo nombró
su teniente de gobernador, el 28 de noviembre de 1699. "por ser persona de
toda satisfacción, suficiencia, calidad, mérito y experiencia". Ya para ese
año era sargento mayor reformado, esto es que debería salir a campaña
exclusivamente con el gobernadorJuanPérez Marino le ascendió a "sargento
mayor del reino y sus fronteras" y el 28 de noviembre de ese año el
gobernador Francisco de Vergara y Mendoza lo nombró su teniente de
gobernador. En 1703 sustituyó a este gobernador en el cargo, con carácter
interino por nombramiento del virrey duque de Albuquerque, de 3 de
febrero de ese año. Fué uno de los pocos criollos locales que alcanzó este
grado, con Alonso de León el hijo, Diego de Ayala, etc. Sustituyendo a
Vergara y Mendoza, quedó corno gobernador interino en 1704. Practicó la
visita general en julio de dicho año.
En mayo del año siguiente entregó el mando al gobernador Gregorio de
Salinas Verona. Nuevamente volvió a gobernar, con carácter de propietario,
sustituyendo a Francisco de Mier y Torre en 1714. Tuvo serias dificultades
al llegar el Lic. Francisco de Barbadillo corno juez en comisión, por haberle
hallado involucrado en la esclavitud y maltrato de los indios de las misiones.
Llamado a México tuvo un duelo con uno de los oidores. Reprendido
severamente por el virrey volvió a Monterrey sumamente enfermo de
"perlesía" o parálisis acompañada de temblor. En julio de 1718 entregó el
gobierno a Juan Ignacio Flores Mogollón. Fué casado con doña Catalina de
Maya. En su testamento otorgado al lo. de julio de 1726, dispuso se le dijesen
mil misas en el altar del Perdón, de la catedral de México. Dejó además,
importantes legados: entre éstos algunas cantidades para el colegio de los
jesuitas y para el culto de la virgen del Nogal (o del Roble). El 6 de julio de
ese año fué sepultado en la capilla de San Francisco de San Javier, de la
Compañía de Jesús.

BAEZ TREVIÑO,
Francisco.

FUENTE: Cavazos Garza, Israel. Diccionario Biográfico de Nuevo León Tomo I (A-L)
U.A.N.L., Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria; México: 1984.

NUM. 20

Reglamento de
servicios al
público de la
biblioteca
Capítulo segundo
De las personas que pueden
obtener los servicios.
Art. 2.- Tienen derecho a utilizar
los servicios de la biblioteca los
catedráticos, investigadores,
alumnos, personal administrativo
y empleados de esta Facultad y
Colegio de Crirninologla, previa
identificación.
Art. 3 .- Los estudiantes de
maestrías deben obtener una
credepcial especial que expedirá
la Biblioteca, llenando la solicitud
correspondiente, con los datos
que aparecen en la forma
respectiva, designando un fiador
y exhibiendo el comprobante de
inscripción correspondiente.
Art. 4.- Los estudiantes que han
adquirido la calidad de pasantes
tienen derecho a utilizar los
servicios de la Biblioteca
adquiriendo una credencial en los
términos del artlculo anterior,
anexandoadernás,copiadel oficio
en el que se le fijó la fecha de su
examen profesional y u--na
identificación reciente.
Art. 5.- Las personas no
comprendidas en los casos

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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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