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IMPERIO

DIARIO
DEL
TOIO l.

MEXICO: Jueves 12 de Enero de 1865.

A quienes se les pasó por este Ministerio la comunicacion relativa, mientras se les estendia el diploma correspondiente.-Lo que
participo á V. E. para su conocimiento y fines consiguientes,-;-Dios
guarde á V. E. muchos años.

PARTE OFICIAL.
SUMARIO.
Oondecoraclonea.-Baaes para la colonlzaclon.

llINISTERIO DE ESTADO.

Hético, Enero 10 de 1865.-Exmo. Sr.-S. M. la Emperatriz, á
uesta del Sr. General D. Mariano Salas, tuvo á bien disponer el
l6
Setiembre último que se condecorara con la medalla del Mérito ro • itar á los Sres.

T niente coronel D. José Maria Covarrubias.
Cap itan D. José M. Carmona.
,,
D. Clemente Castro.
,,
D. Juan N. Fernandez.
Alfér z D. Ramon Espinosa.
Teni nte coronel D. Cayetano López.
,,
,,
D. Mariano Paredes.
Comandante de Escuadron D. Justo R. Conejo.
,,
de Batallon D. Miguel Arroyo.
J.
Coronel D. Pedro Garcia.
,, D. Juan N. Gomez.
,, D. Calixto Bravo.
Teniente coronel D. José M. Useda.
Comandante D. Manuel Cabrera
Capitan D. Rafael Guerrero.
Capitan retirado D. José Maria Zepeda.
,,
,,
D. Antonio Arauz.
,,
,, D. Gregorio Rojas.
....--~. ,, · ~ ,, D. 'llañuet-Rts:b:0s.
,,
,, D. José M. 1\fonaragon.
,,
,,
D. José M. Caballero.
,,
,, D. Pedro Baeza.
,,
,,
D. José M. Fuentes.
1..._.-..,.....;,...-..,,,. Sub~D. b.s~ M. Muñoz.
Teniente D. José M. ::r,fedranó. '
,,
D. Vicente Olaeta.
,,
D. José M. Gomez.
Subteniente D. Manuel Castañares.
Alférez D. Clemente Alcántara.
Capitan D. José Maria Tria-a.
Teniente D. Agustin Baquera.
Alférez D. Juan Quirasco.
Teniente D. Néstor Gudiüo.
,,
D. Benigno Fernandez.
Ca.pitan D. Anselmo Durán.
,,
D. José Maria Espinosa de los Monteros.
,,
D. Hermenegildo Nova.
Teniente D. Nicolás Sanchez.
Sargento 1? Miguel Rueda. .,
,,
Luis Antonio Portillo.
u
José M. Moreno.
,, -~,Andrés Avelino Martinez.
~,,,_•;;.-~,~ • Antonio Miranda.
·
,tonet.llÚo Felipe Rodríguez.
Tiburc10
. Andrade.
, te ":lttella
6. SW&gt; ,
"
,, José M. García.
,, Juan Oj eda.
" Vicente Cruz.
" J ulian Perez.
,, Ramon Ortiz.
,, Vicente Rodriguez.

NOM 9.

El Ministro de Estado,
(Firmado) VEL.A.ZQUEZ DE LEON,
Al Exmo. Sr. Ministro de Negocios Estranjeros.
México, Enero 10 de 1865.-Exmo. Sr.-S. M. la Emperatriz, á
propuesta del Sr. General D. Mariano Salas, tuvo á bien disponer el
16 de Setiembre último se condecorara con la Cruz de Caballero de
la Orden de Guadalupe ~ los Sres.
General Coronel D. Manuel Zavala.
,,
,,
D. Cárlos Valenzuela.
Coronel D. Ignacio Martinez.
,, D. Juan P. Arce.
,, D. José M. Bonilla.
,, D. José M. Ocampo.
,, D. Juan Reyes.
,, D. Ignacio Ruiz.
A quienes se les pasó por este Ministerio la comunicacion relativa, mientras se les estendia el diploma correspondiente.-Lo que
participo á V. E. para su conocimiento y fines consiguientes.-Dios
guarde á V. E. muchos años.
El Ministro de Estado,
(Firmado) VEL.A.ZQUEZ DE LEON,
Al Exmo. Sr. Ministro de Negocios Estranjeros.
ENISTERIO DE FOMENTO.
OOLONlz:AOION,

il

J)

..

Hace tiempo que en México se promueve sin éxito la colonizacion
y cultivo de los terrenos eriazos: los mismos agricultores del pais
han pretendido en diversas épocas y bajo distintas formas, se aprovechen las tierras que poseeu y no pueden atender por falta de brazos útiles 6 de fondos suficientes, y sin embargo no han obtenido resultado alguno satisfactorio.
Mucha parte ha tenido en esto la guerra intestina, que ha hecho
ineficaces las tentativas y esfuerzos empleados en ese grandioso objeto, pues á la par ha sembrado la discordia, la desconfianza y la inseguridad, obstáculos que han entorpecido todas las empresas y arredrado á los emigrantes; pero tambien debe atribuirse á que las
condiciones bajo las cuales se han propuesto los terrenos, no han si~
do tal vez las mas á propósito para conseguir el fin apetecido, pues
en ellas se ha cuidado mas de consignar el interes mal entendido del
propietario, que las justas ventajas á qqe tiene derecho el arrendatario y jornalero.
Ha llegado felizmente el día en que unidos los mexicanos y aleccionados por la esperiencia de nuestros desaciertos y desgracias, se
comprenda perfectamente la necesidad de aumentar nuestra poblacion y proveer al esplotamiento de nuestras tierras virgenes, únicos
y vigorosos medios de robustecer nuestra patria, para hacerla respetable y feliz por su riqueza y poder.
La oportunidad. no puede ser mas favorable: la guerra que de_vora á nuestra vecina República, y las garantías que ofrece el Gobierno de nuestro augusto Soberano, han producido una decision que llega al entusiasmo en Norte América y en Europa, para emigrará

•

�34

DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

6~ Los hacendados 6 dueños de tierras, pueden hacer todas las
nuestro suelo, Nuestros representantes en las naciones amigas, fre- propuestas y observaciones que juzguen convenientes, en la intelicuentemente están recibiendo instancias en ese sentido, y aqui mis- gencia de que el Ministerio las recibirá con agrado, y aprovechará
mo se presentan solicitudes pidiendo tierras que poblar y hacer fruc- las buenas ideas que se le presenten.
Lo que se publica por acuerdo de S. E. el Ministro, para que lletíferas.
Seria @a falta i¡nperdonable para México, ver con indiferencia gue á noticia de todos los interesados.
una ocas10n tan propicia al logro de su positivo bien; y como quieMéxico, Enero 15 de 1865,
ra que_ este Ministerio tiene á su cargo la colonizacion en ellmperio,
El Subsecretario de Fomento,
ha cre1do un deber imprescindible escitar é invitar á los poseedores
(Firmado) MANUEL ÜROZCO y BERRA,
de fincas rústicas, para que abran y faciliten sus campos á la inmigracion, entendidos que el Gobierno de S. M. solo desea allanar el
camino q1,1e debe conducir á la realizacion de esa im¡&gt;ortante obra,
sin ~tacar en lo mas minimo la propiedad particular, smo por el conPARTES DE LAS PREFECTURAS.
trano, ampararla al proteger la colonizacion, pues ella abrirá las
fuentes de riqueza en bien general y de los propietarios.
PRKi'ECrllRA POLlTICA DEL DEPilTAll!ENtO DEL~ VALLE DE nxí'co.
Mas por parte de estos es necesario se persuadan, de que si quieSECC!ON DE JUSTICIA, ,..;
ren coadyuvar como es debido y de su interés, al fin de la poblacion
"Consejo de guerra permanente de México.-Núm. 611.-Señor
y labranza de sus tierras, sean las condiciones que propongan verI
daderamente asequibles para los colonos, con el objeto de estimu- Prefecto: Tengo el honor de poner en vuestro conocimiento la senlarlos y alentarlos en su empresa y trabajo. A este fin, y conside- tencia pronunciada ayer por el Consejo de guerra permanente de
rando que las circunstancias de los propietarios y las de los emigran- México, en el asesinato cometido en San Joaquin el 17 de Octubre
tes. varían mucho por su diversa posicion, necesidades y recursos, último, en las personas de dos soldados franceses.-Los llamadQs Fepues que los emigrantes de regular fortuna pueden deben ser liciano Ordoñez, Anselmo Silva y Vicente Vargas, acusados y concompradores d~ terrenos, teniendo medio de labrarlos; los que po- tumaces, han sido condenados á la pena de trabajos forzados 4 persean algun capital podrán costear su pasaje y subsistencia en el pri- petuidad.-En cuanto á José Aguila, alcalde de San :Joaquin, que
mer Jlñ0, y constituirse en arrendatarios 6 medieros, contando con fué muerto en el hospital de México algunos dias despues de su artierras y aperos; y los que sean pobres, necesitarán de ser traspor- resto, el proceso y los debates en la audiencia, han establecido de la
tados por los propietarios para ocuparse como jornaleros; en cuyos manera mas positiva, que tomó una parte muy activa en el asesinat~es diversos sentidos se encuentran tambien los propietarios, que- to. Habiéndose conmovido profundamente la opinion pública por
r1_endo unos vender, otros ilar en arrendamiento, y varios ·propor- este cobarde atentado, cometido á algunos pasos de la plaza de S
c1o?arse útiles operarios .. Este ~inisterio, al hacer la presente iovi- Joaquín, y en presencia de una numerosa poblacion que nada
.izo
tac.10n, ha cre1d? con~eme~te fiJar. l~s b~ses bajo las cuales pueden para impedirlo, creo de mi deber, Sr. Prefecto, suplicaros t
dmgirse los mv1tados al nusmo Mm1steno con sus respectivas ma- bien hacer dar por conducto de los periódicos la mayor ¡¡
á
la ici ad
nifestaciones, en la inteligencia, de que estas importarán un compro- á la presente comuoicacion.-Servios aceptar, Sr. Prefec
' segumiso formal ~ de responsabilidad personal par~ los que no cumplan ridad de mi perfecta consideracion.
sus compromisos, una vez que ellas van á servir de fundamento para . El Comisario imperial, H. D1loffre,-Sr. Prefecto po ftico de Mé
la consignacion de los colonos que se presenten.
x1co."
Es copia. México, Enero 10 de 18615.
BASES A QUE DEBEN AJUSTARSE LAS MANIFESTACIONES DE LOS HA·
El Secretario general de la Prefectura,
CENDADOS 6 DUENOS DE TIERRAS QUE QUIERAN COLONIZARLAS CON
(Firmado) ALEJANDRO VILLASENOR.
ESTRANGEROS:
1~ Acreditarán su propiedad pacifica y los gravámenes que reporte la finca, si los tuviere; manifestarán la ubicacion y aspecto de
"Prefectura pol!tica del J?istrito "d~ J alapa.-J alapa, Enero 3 .¡,,
las tierrns, el número de sitios, caballerías 6 acres que comprenden; 18615.-Exmo. Sr.-He rec1b1do la mrcular de ese Ministerio de 28
su temperatura y si el clima es sano; las aguas que tengan, potables de piciembre próximo pasado, en q~e se me previene remit¡ sema6 de riego, los frutos que producen y aprovechamiento que se puede n_anamente el parte de la~ oc.urreocias n~tables de policla de segus~car de ellos, puntualizando la parte propia para pastos 6 para ndad ~~e haya en este D1stnto.-Cumphendo desde luego con esta
siembras, y los montes que tengan para leña y para construccion y d1spos)Cl?º• tengo la honra de pon~r. en conocimiento de V. E., que
otros usos; los lugares y mercados de espendio, la distanciil de estos en la ultima semana del mes de D1c1embre último fueron robados
y todo cuanto pueda importar para dar idea exacta de la finca, pre- algunos !!articulares q~e se dirigia_!! ,l_Verac~uz,, en los limites de
sentándose los planos de los terrenos si los hubiere. Una falsa ma- ese D1stnto f. el de fil c a r ~ seis ma1hecuore , o lj . vues"é vU"
nifestacion de parte del propietario, le hará responsable de los da- D?ªndante militar l?asocte Ovejas persiguió luego que tuvo notiños y menoscabos que resienta el engañado.
cia del hecho, ha~iendo aprehendido á dos de ellos, que fueron fusi2~ Fijar~n el precio y las condicion~s del pago los que deseen lado~ despues de 1dent1ficadas sus personas, el día 30 del propio mes.
vender, temendo presente que la comodidad en Jos abonos y medios -Nmgun otro caso?~ ocur?do en la misma ~emana; y por lo que
fáciles de hacerlos, será un aliciente para los colonos compradores, respecta á la tra~~bhca, se conserva inalt
con los cuales se entenderá directamente el propietario, sujetándose l~syuntos qnetí pnnc1pios ael citado mes estaban ocupados por los
en todo á las leyes vigentes.
d1s1dentes. .
· 3~ Los que quieran contratar colonos medieros 6 arrendatarios
Dios guarde á V. E. muchos años.
esp'.esarán los términos b~jo los cuales se comprometen á dar ]~
El Prefec~ politico, E. Mora y Daza.-Al Exmo. Sr. Ministro
haciendas á los arrendatanos, con todo apero de labranza, anima- de Gobernac10n. México."
7
les para ella, habitaciones,_ trojes y oficinas, y respecto de los meEs copia. México, Enero 8 de 18615.
dieros, á darles ademas sennllas para la siembra. Cuando la hacienEl Subsecretario de Gobernacion,
da sea de cría de animales, se di:á el pié de ellos que se habrá de
enti:egar al mediero 6 arrendatano .. Los co~tratos serán particula(Firmado) FRANCISCO J. VILLALODOS,
res, conforme á las leyes del lmpeno, no olvidando los dueños que
las garantlas que den, ya respecto de la adquisicion de terrenos por
parte de los colonos dentro determinado tiempo, ya en cuanto á la
ACTA8 DE .í:\.DHESION.
-equidad en los precios, facilitarán los convenios.
4~ Los que quieran co_ntratar colonos a~ala~i~dos, espresarán el
número de los que necesiten, y para cuál eJerc1c10 6..trabajo, el jorPrefectura ~ol!tica d~l Distrito de Jalapa.-En el rancho del Palnal que les pagarán, el tiempo que deben permanecer en la finca mar, á los vemt1dos d1as_del raes de Diciembre de mil ochocienpara d~vengar las antici~aciones de que se habla despues, y si una tos ~esenta y cuatro, reumdos los 'í'!e suscribimos en ¡8 casa del Sr.
vez satisfechas esas antimpac1ones darán á censo, en arrendamiento Tem~nte de Just1~ia D. Manu.el ~1a~mnnifestamos todos de coná médias 6 en venta por abonos moderados, terrenos cortos y pro: · form1dad y conve¡nmos en lo s1gmente:
porcionados á la posibilidad y necesidad de cada colono.
Art. 1? El vecindario de este rancho se adhie
ó~ Los propietarios á que se refiere la base e anterior, se com- de cosas y protesta su obediencia al Supremo Gobierno
prometerán á hacer por su cuenta todos los gastos de trasporte' ves- y autoridades que de él emanen.
,
tuario y sustento que exijan los colonos hasta ponerlos en la 'finca
2? Reconocemos asimismo y estamos conformes con el estali,
de campo, proporcionándoles alojamiento, y que queden cnbiertaa to- miento del Imperio, protestando su obediencia á S.M. el Emper
das las necesidades de la vida. Al efecto, manifestarán las cantidades dor Maximiliano 1, y para los fin~s que convengan firmamos la pre
que puedan pone_r en el estranjero, para los gastos de trasporte, y seute acta en el Palmar.-EI temente de Justicia Manuel Diaz;
las que pueden situar en los puertos para cubrir los otros gastos que niente d.e 1~ compa~!a, Angel riña; Manuel Morales, Serapio Esco·
demanda el colono á su arribo.
bedo, C1pnano TruJ1llo, Marcml Garcfa, Manuel Jimenez, J. ¡\nto·

y

lª~ª

1

1

'

?e

V

_

35

nio Ronzon, Felipe Mart.inez fosé M Per J
Gertés, José Leon Rodrigue~, José Feli ezs uan Colo.rad_o, Antonio
Lucio Costeño, Luis Perez, Guadal u /e egura, Em1g?10 Ronzon, ---~----D_O_C:.....::U:..:lt.:::f:_:E::_N::_:T~O~S~•:_______
guez, José M. Ortiz Tomás Landa L~ ~u~rrez, Manano RodriMINISTERIO DE HACIENDA.
da, Francisco Land~ Pánfilo Sal' ngJmo scobedo, José E.Lan.
'
azar, uan Mendez Ped V 1
'
ro e azq uez, Simon Rodriguez, Jesus Quiros, Pedr
"Ú!PERIO MEXIOANO.-INTERVENCION DE LA C.A BA DE M ONEDA DE
~edro Garcia, Eusebio Cortés Vale ti R' o Perez, José Valle,
GUANAJUATO,
Ventura Jimenez, Anastasio Ji~enez ;ii . i~era, ~ami!o Rivera,
general que manifiesta la acvfl . d
José M. Rivera, Luciano Contreras
qumColOrtiz, Miguel Leal, ESTAIJO
Casa de Moneda de Guanajuato en tod ac,lonñ e oro ~ plata verificada en la
sendo.
' 1ano O orado, José M. Roo e a o anterior de 1864.

I

At'I

ACUitACION.

PESOS,

Prefectura Política del Dist ·t d J ¡
melatwacan, á los diez y nue:: odi:s JefP!es En el.D?ineral de Z~ochocientos sesenta y cuatro las ut 'd d ?~ D1membre de mil
concurso de ciudadanos de ;st a on a es CIVIies y un numeroso
logrando la bien deseada
Y.~u~ anexos, han acordado:-Que
0
Imperio establecido en Mbicou~i ~ de adherirse al Gobierno del
por estar convencidos que éste ~/atr~~ee~I eiontánea y libremente
1!1?ependencia, y que la libertad es conciliad nuest{a ?ªra pat~a é
~c1a, pues que si no lo habían verificado ma: co; e 61 den y la J us-

Onzas, 34,175. __ •••
1546,800
Pesos fuertes ~
· • • • • •• • • • • • 3.986,900
Piezas de á óÓ ~;~t~~~;- · · • • • • • • •
157,1500
ldem de á 25 ídem
· · • ••• • • · •
150,000
ldem de á 12½ ide~: : : : : : : : : : : : :
5,800
ldem de á 10 ídem
4,500
Idem de á 6t idem::::::::::::: •
4,000
Idem de á 15 idem -...................
·
.·
4,500

~:l~su~i&amp;i/!~~~si:°minente. Y en consecuencia~~ee~~~:fa:f~: :r~:

Total en pesos._ •••.. _ 4.660 ,000

or:

Guanajuato, 3 de Enero de 1865 -El I ter
,
1? La poblaciori del mineral d z ¡ h
·
n ventor, Pantaleon Eslas autoridades civiles reconoce e se°1~~.ª u~can, representada por pinosa a.e los Monteros."
te al Gobierno imperi~l de Ma . YT ª tre1hbre yespontáneamenEs copia. México, Enero 11 de 1865.
y obediencia.
ximi rnno ' a cual protesta snmision
El Gefe de la Seccion 1~,
2?, Esta acta será suscrita 110 80¡0
¡
1.
(Firmado) JA~R DE REYGADAS,
las ~ers~ft notsables que v~I.untaria1le~;te ;i:~!~ :~~r:~~r:!no por
·
· Y imo. e sacHrá copia del mismo mod
· .
da se onserve en este archivo Municipal por Jlara que .a~ton.z~nal la p esente á"S. M. el Emperador p'or el ~. erse re~1tir ong1OTICIA DE LOS ESPEDIENTES DE TRIBUNAL p
Exmo. Sr. eneral D José Mari G ¡'
igno con ucto del "NLA
Sxo,tETARIA DEL AoUERDO y DE LA p LENO QUE SE HAN FORMADO EN
los Distri~o de Jalapa y Huatu:co. a vez, comandante superior de DUNAL DE JusTIOI.A DEL Ú!PER(O DESDE lSRnIEERA. SALA DEL SUPREMO Tu,.
'
DE NERO DE 1864 A LA FECHA ,
Juez l. d paz, José A Baez· j e 2o C T1
1?, José Mar a Cabañiz; sindico: ~a~uei'Lóeci ~ Mamores¡ regi?or
TRillUl!AL PLENO.
de Tencpam a, tetJiente lº de. t· . Rplez,.por lacongregamon
Peodle»tes. Oonclu!dos.
•
od ·
••
·
JUS icrn, e ucmdo Hernand . t Es edi
me~te 2 • ~ ust1cia, J esus Poi-tillo; teniente 10 d . t' .
ez, ee.ntes sobre instalacion del Supremo Tribunal
Fehpe; temen te 2? de justicia José A to .
e JUS 1c1a, José M.
ramrnntos de Sres. Magistrados, Sres. Secretario~ y ,n~:·
Guad,lúpe López, Cayetano iriranda ;
~rci;, Soledad.Arcas, tes¡ fidscales, Oficiales mayores, Jueces de lo civil y' "c'-5. :
r1m1nr, Pablo Cabrera, Severiano Fernande . iran a, uan de D10s Ca- na e esta Corte
11
ra, fosé M. Rivera Miguel M . M _z, José Inés, llfanuel Herre- So!;~ Combramiento~.d~ ~~j,j~~t;,;, ·d¡ jd ~¡~i ;;0~¡~· d~ ,,
unda, Antonio M~ta, André:r~endarian Monfil, José Inoc~ncio
7
condado, Simon Ruano Luis M t ez, .ua&lt;lalupe Perez, Miguel Sobre
tes no:i,er~fui¡~~·;,¡~ J~e~ ·¡,or·á......
neos y.............
sus dependien- ,,
dillo, Joaquín Badillo José M ~ a, Franc;cr, Bad1llo, Porfirio Ba- Sob~ ~~;,;i;;;i:i¡¡~t~; 'ci." j~~~ ;,;¡~~r~~- · · · · · · · · · · · ·.. ,,
18
3
• Mot.a. Juan Melcbor, Fernand · re 11 ano, ª ael .Valverde, Simon
rauda, Rafael Reyes V1'ce t 1º Ldanda, José M. Rivera, Miguel Mi- So!:tno~~~:~nto de dependientes de¡~; j~~;cid; d~ ¡~ "
0 e an a Juan Mario F
da, F ranc1sco
. Salinas,
' Antonio
· M'iran7
V .'
. ' ranc1sco
Sob~e .n~mbiamie~¿;; d~ ·Es~;¡'b'a~~~ · d~' aÚÍge;;c¡,;,; i,'
Condado, Mariano Sáyago A
~quez, Vicente Cortés, José M. S crim~nes ~ diferentes juz•ados foráneos..
·
25
-gino A. Mota, Juan Mota' A nle1. :'.-rera, Juan José Salazar, Re- obre licencias de los Sre~. M ·strados j~ .... ·...... ,,
co Rod.rig,
; . n orno ivera, Rafael Landa, Francis- dependientes del órden judiciar
' eces Y demas
96
·¡
0
1..,11rlos Garcfa José M A . / 11 '
lo Wel, Antonio Garcfa, Sobbre visitas de cárceles de los j,;;.~d~~
23
O
o re coasultas de jueces
• • • • • • • •
,,
Landa, Antonio Rod11. v1 1a, . uan Blanco, ugenio Medina, Juan S
37
Sobre indultos
· · · · · · · · · · · · · · · · · · · · .... · • .. ,,
22
tóbal Herrera Miguel g~e:: M¡~el López, Antonio Gutierrez, CrisSobr
e
diversas·~~¡,;¡¡~
d·eÍ
'gdbi~;~¿
~;;,~
~;;,
·dei',j,;.'b'
'
.
,,
6
Merced Monfil J M M r_ iz, iguel Landa, Guadalupe Meneses
na1 y sus secret.arías
I u
11
dez, Pedro Co;t~ .Ant a~m'.José M. H~r!iandez, Antonio Hernaa'. Sobre visitas generales· a~ d;~~l~;" ...... " .. " " .. .. ,, •
3
e, ascua! Rami;ez ~G:n~g•¡~o~, F. Tr~ndad Rodríguez, F. Alcai- Sobre escitativas de justicia
•.... · · " .. · · · · · · · · · · ,,
15
drigu ez, F. Pedro N¿lasco ~upe Corona, _eandrolfaez-;-AlvinoRo- Sobre exhortos remitidos p¿; file;;~~ 'ti'ib~,;1·· ·: ·· ·· ,,
es y ¡uzganandez, Ignacio Hernand ' F Bae~, Joaqurn Vazquez, Márcos Her- dos foráneos
17
Sodbre
nom
bra~i~~;~;
d~
·
Mici;t~¿;
·
;j~¿t~r~~
·y·
·
J uhan Landa, Anostasio ;• . ranmsco Huerta, {osé M. Gonzalez,
ores ................ · ,
6
f.iel Ta pin Manuel G t' aez, osé M. López, Miguel Cabañas, Ra- Sobre
diversas
circulares
di~Ü.d~
·
·
·
·
·
·
·
·
'
·
·
·
·
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·
·
·:
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·
·
,,
1
José Land~, Manuel u i~rrez, . Tereso. López, Mariano Jimenez, - y por este Tribunal á lo Tr'b )re jupremo Gobierno
10
José Cende,ias - CGaicfa, José Francisco Salas, Pascual Avila Sobre distintas materias Je 'fri~f:Ple~eces del Imperio. ,,
128
11
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respo
Atil
A
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doro Posadas J A t . B'
an&lt;&gt; reos, 1cente Mjranda, Teo' · n omo aez lzqmerdo, secretario.
Sumas
439

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Prefectura Política d I D" t . d
Gacho, á los veintitres ~ias 1 ~ito e/alapa.-En el rancho de Palo
tos seseata y c1iatro
. e mes _e D1c1embre de mil ochocienreumdos I
á
mero J oaquin J\fonte~o h b' os vecm_os . presencia del juez priconvinieron en escribi; lo: ~~ndo mam~estjldo todos su conformidad,
del rancho de Palo G h
tlculos ign'ientes:-1? El vecindario
te~ta BU obediencia ai°s o~adhier~ al nuevo 6rden de cosas y proas11ni
.
~~¡¡ mo Gobierno del Imperio.-2? Reconoce
o\\sil!.lli~~'&amp;':rpor':?'
"e. máe cS.on el estab lecimiento del Imperio ~ro.u1tac:zone ;;.,,:rienc1a
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uella
lirmamos I•" presente
. . . actaax1m1piano.-Y
] G h para los aes
aq
á. si!"" re de mil ochoc· t
en a o ac o, á veintitres
MoP &amp;ontero.-M1'guel G ien os sesenta y cuatro.-EI Juez 19, J oauevara J
Ol
t.ntonio Olmos M . ·- uan mos.-Anselmo HernanA
'nguez.-J
uan Utre;; ;cia1 Olmos.-Ignacio Parro.-José Doalixto Rodríguez.
.- stéban Gonzalez.-J uan Hernandez.Son copias que certifico J
. .
cretario de la Prefectura .i. al ara, D1c1embre 28 de 1864.-El Se•
' ic. 0iro Azcoyiia.
.

,...._ •• ¿ ~

"

PRlll!ERA:SALA.

Co
te .
P_,_•&lt;ll_••_"'-_ C.nclwdo,.
35
mpe nc1as concluidas
ldem pendientes en susia'~~i~i~~...... "" · .. · ·" • .. .. ,,
"8
f,;'°ursos de denegada nulidad, 0¿~~1;,¡,¡¿; · ' · · · · · · · · · · · · 6
2
E em pendientes en sustanciacion..
.. · .. · "· · "·" "
"
12
R scusas de los mismos concluidas '.'.' ' ' ... ' .. '' · '· · ·
20
ldecusacio~es con cau.,; de los Jue~~ · ~~~~l~¡,¡,;; · ' · · · · '' "
em pendientes en sustanciacion '
.. · · · · · · · 2"
"
140
Edspedientes de responsabilidad d·e· 1'o's"J·u·ec·e·s.. " .. · " " ·
1
23
'
Id em de ex~menes
de abogados concluidos .. .. " .. · " "
5
em de Ag nt d
. •
.. .. .. .. .. .. . ,,
ldem de E e 'bes e negom?s, concluidos .......... , .. , ,
2
sen anos, conclmdos
"
ldem pendientes
· · · · · · · · · · · · · · · • · · · · · · · ,,
"
ldem p~~diente a~·~;¿~~·,¡; ~b~g~d¿::::::::::: ·:.. .. 53
·"
39
vi,itas semanarias _de cárceles, concluidas ... , : . : : : :
2,396
Id ods de causas y partidas criminales
" 1,388
em e avisos de formacion de causas:::····" .. · · · ·" "
· ········ · ·· ·· "
Sumas ... ,., ..........
4,068

~!~

IB

•

�DI.ARIO DEL IMPERIO.

36

A.NUNG:COS.
,

USUIID',
Pendiente&amp; Concluidos.

439

De Tribunal Pleno ........ .
De Primera Sala... . . . .... .

"
18

4,068

Total sumas . . . .

18

4,507

México, Diciembre 23 de 1864.-El Secretario del Supremo Tribunal, M.
Rendon Peniche.
Es copia.
El Subsecretario de Estado y del Despacho de Justicia,

(Firmado) FRANCISCO DE P. TABERA.

SOLICITUDES.

AVISO.

El Diario dd Imperio se publicará en lo sucesivo to_dos los di1111 ~ las doce, menos 101
domingos y días festivos en que estin cerradas las oficmas del Gobierno.
El despacho se halla establecido en la caaa número 8 de los Bajos de San Agustin.
El precio de la suscricion será:

En la Capital, por un mes. . . . . . . . . . . . . .. . ..... $ 1 50
Id.
id. por tries meses. . .. .. . . . .. .. . . . . . • . 3 00
En los Departamentos, por tres meses, franco de
porte. .. .............. . .. ... . . .... .. .... .. . 3 75

El importe de las snscriciones 1e pagará adelantado. . . .
.
. ,
El precio de los anuncios será ~e ~natro reales por la pnme~ mserc1on (le diez, lineas,
y dos r,ialea por cada una d«f las SJ.gwentea, y pasando de ese numero de lineas, sera á precio convencional.
.,
JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUKERO. 8.

ENISTERI.0 DE FOJCEiiTO.
Bi:CCION

Seminario número 8.

- ..-

Ignorándose la habitacion de D. Leonardo Canales, por el presente, y á instancias de

1~

México, Enero 11 de 1865.

D. José Aguilllr y Mungnia, se le cita para que en término de seis di88, eontados desde I&amp;

publicacion del presente, comparezca en est~ juzgado á contestar el juicio conciliatorio
que por injurias graves Je promueve el referido Munguía, apercibido que de no concurrir
D. Joaquin Davis y Jácome, natural y vecino de México, por sí y á nom- ae dará por intentada la CQnciliacion, y se espedirá el certificado redpeotivo.
bre de su socio, ha hecho formal registro de un criadero de carbon de pie- México, Enero 9 de 1865.-Eljuez 8? menor, Lú, Zubiaga.
. 1~3a- 1

...,

dra, situ~do en las inrned1áclorr~ de Petatlan, distrito de Galeana, en el DeTRillUNAL DE COlllERCIO DE IIEXICO.
pllsl'tamento de Guerrero.
Y habiéndose admitido en cuanto ha lugar en derecho y sin perjuicio de México, Enero 8 de 1865.-En el concurso de D. Joaé Diaz, est.e tri6unal, en auto de
ha mandado se cite á junta general de acreedores, en la que se nombrará síndico, setercero, con fecha 9 del actual, se hace saber al público, á fui dll que las hoy,
ñalando la audiencia del viérnes 13 del presente, á la una de la tar3e. Lo que pongo en
personas que se crean con derecho alguno para oponerse, lo deduzcan en es- conocimiento de loa interesados.- Jos6 María Card~ia, oficial 2?
17- 1
te Ministerio.
El Subsecretario de Fomento,
JUZGADO MENOR DEL CUARTEL lUYOR 1'Ull. 8.
(Firmado) MANUEL ÜROZCO.
Seminario núm. 8.

Ignoránd086 la habitacion de D. Francisco Ortega, por el presente se le cita part· 46
en término de diez dia~, contados desde la ~ublicacion del presente, comparezca. ; "n este
Juzgado por sí ó por apoderado con loe reqU1Bitos legales, á contestar eljuicio v¡ oi'bal que
México, Enero 11 de 1865.
por pago de rentas y deeo!)upaciou de una accesoria de la casa núm. 2 del pue nte de TeD. Pablo de Iriarte y D. Isidoro Monroy, han hecho formal registro de zontlale, le promueve D. Apolonio Tellez Giron, apercibido que de no conr 1furrir se prosentencia en su rebeldía.
e
unas venas de mármoles ubicadas en el cerro de Zoyatla, al Sur del pueblo nunciará
México, Enero 10 de 1865.- El juez 8 ~ menor, Lic. Zubiaga.
16-3s- 2

de Atotonilco.
Y habiéndose admitido en cuanto ha lugar en derecho y sin perjuicio de
JUZGADO MENOR DEL CUARTEL lt'.AYOR 1'Ull. 8. f
tercero, con fecha 9 del actual, se hace saber al público, á fin de que las perSeminario ní,m. 8.
sonas que .se crean con derecho alguno para oponerse, lo deduzcan en este
Ministerio.
'
Por el presente y á instancia de D. Feliciano Ponce, se cita á D. Andrés Becerril para
Ef Subsecretario de Fomento,
que en plazo de diez dias contados desde la publicacion del presente, comparezca e~ este
Juzgado por si ó por apoderado con los requisitos le~ales, á cont.estar el juicio &lt;&gt;&lt;&gt;nciliato(Firmado) MANUEL ÜROZCO.
rio que ¡,or pesos é .indemnizacion de daños y perjmcios le promueve el referido l'&lt;&gt;nce
M61ico, Enero 11 dé 1865.

El General de Brigada D. Emilio Langberg, por sí y á nombre de su socio, ha hecho formal denuncio de dos criaderos de carbon de piedra, situado
el uno en el Mineral de Tepantitlan, Departamento de Guerrero, el que es
conocido con el nombre de Zocabon de.Santa Ana, y el otro en las inmediaciones de Culiacan, Departamento de Sinaloa.
Y habiéndose admitido estos dos denuncios, en cuanto ha lugar en derecho y sin perjuicio de tercero, con fecha 9 del actual, se hace saber al público, á. fin de ql.!e las personas que se crean con derecho• alguno para oponerae, lo deduzcan en este Ministerio.
El Subsecretario de' Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco

mei
rio.
de
fo
qu
po

di
41

ªP.ercib1do que de no hacerlo, se t~ndrá por intentada la conciliacion y se espedirá el c~~
tificado respectivo.
.
.
..
.
México, Enero 10 de 1865.-El Juez 8? menor, Lic. Emilio Zubiaga.
14-3s--?,

ü

8l

]¡

JUZGADO 4? DE LO CIVIL.

l

CITACION.

'
Ignorándose quiénes sean los tenedores de cuarenta y cuatro vales de desamortizacíon
suscritos por D. Rosendo Laimon, con hipoteca de la casa número 18 de la calle de Cadena valor cada uno de ellos de 78 pesos, y cuya sene corresponde á la época que comeidó á co1Ter desde Enero de 1864; en el juicio de esperas solicitadas por el mismo Sr.
Laimon, el Sr. juez 4? de lo civil, Lic. D ,?varist_o Rey~, ha !11andado se cite á tnnta general á los tenedores espresados, p~I\. rn J\!ll C~lT!ent.e, a)as once de I&amp; manana, teniendo lugar esajunta en sujuz,1tll.d~sitoenel .t'uiacío de justicia....... " · · _ _,.,
Y en c11mplimiento'4l.e lo mandado, p~~go el presente en México á 9 de Enero de l864.
- Jos6 Maria Ocampo, escribano de diligencias.
12-Ss-3

:mi
a

deJ
em
mi

no1

En el incidente sobre alimentos, promovido por la Sra. D~ Tomasa .A.rciniega, en el {
juicio de divoroio que sigue contra el General D. Ignacio Carranza, el Sr. J uez 4? de lo
civil, Lic. D. Evansto Reyes, ha mandado, till auto del dia 23 de Diciembre último, que
SECCION 2~
se venda la casa embar,¡¡oda 111im. -12-2 d" la c~ del Cb.irizgoyo (llanmda antes del&amp; Pu,.-,.,
roquia), en la Tilia de Tacubaya, valuada por el perito tercero en discordia, D. Mariano
México, Enero 11 de 1865.
Lean, en 5,353 pesos 52 cs., seiílilando para la11 almonedas los dias 10, 19 y28 del corriensiendo la última con calidad de remate.
Solicitud de D. José Zanotti pidiendo privilegio esclusivo por ocho años te,Lo
que hago saber al público por medio del presente anuncio.
para introducir una nueva máquina de beneficiar metales.
México, Enero 3 de 1865.- Manud Romero, Escribano público de la Nacion.

"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.- Exmo. Sr.-José Zanotti ante V. E. con
el debido respeto espone: que es introductor de una nueva máquina para
beneficiar metales, absolutamente desconocida en este Imperio, y cuyas ventajas- sobre todas las que hasta ahora se conocen, son muy apreciables, sea
en la sencillez y precision del trabajo de dicha máquina, sea en la cantidad
de metales que puede beneficiar diariamente con muy poco gasto en la mano de obra, sea la casi ninguna pérdida de azogue que se esperimenta; sedo,
en 1in, en el mayor producto que se obtieJ'!e.-Estoy persuadido y seguro
que la introduccion de.esta máquina ha de ser de una utilidad incalculable
para todos los que esplotan minas, y que tambien se podrán beneficiar con
lucro aun los minerales que antes por su pobreza se desechaban.- Para aprovechar en algo las tan útiles ventajas que dejará la introduccion de esta nueva máquina para beneficiar metales, cuya descripcion, planos respectivos y
modelo, tengo la honra de acompañar con la presente esposicion, y para poder gbzar como introductot del privilegio esclusivo por el término de ocho
años que la ley concede:-A V. E. suplico que despues de publicada la presente y trascurrido el tiempo que corresponde, se sirva mandar estender á
mi favor la patente que me garantice el privilegio. -Es gracia y justicia que
pido bajo el juramento legal.
México. Enero, 10 de 1865.-C'. José. :lanotti."

t

,~i

SECCION ESPECIAL DE LA CONT.RIBUCION DE OC.RO AL MILLAR.
rr· ' 4 D1 .
Se hace sabef á los ca11santes de la contribucion de Ocho al millar sobre lineas, ,. ~ · ,. • 0
dentro de los primeros diez dias útile11 del presente mes, tienen obligacion de pagar en'lu
Recaudacionea respectivas lo que les corre.sponde por el primer trimestre del aiío que Ile1
l'tif
comienza, y que las personas que no cumplieren con la obligacion indicada, iDcnrnrán e, _;, ':lj.
los rec~rgos y gastos que i~pone la I~y áloe cau~ntes morosos.
~- ,J
Mé.uco, Enero l ? de 1865.-lgnacw de Altamira.
5-Sa-8
·1
e

oen

1

VENTA DE UNA CASA.

¡

MANUEL

ÜROZCO.

- - - - - - - - - -- - --.~,~--- - -- - - -- -- -

IMPRENTA DE J. ]4:. ANDRADE Y F . ESCALANTE,
BAJ('S DE SAN AGUSTIN, NUl,{, l.

b

cálc

Se vende una caaa situada en la A.scension de Belen de las Mochas, núm. 22, compuesta de dos cuartos: tiene de fondo ~cuenta varas, y de f1 ente doce varas. Su valor es de
doecientos y cincuenta pesos($ :W&gt;:i allí mismo darán razon.
8--4bl-4

3 de Noviembre ·de 1865.

(Firmado)

en
guq
d.
d

l-8e- 7 ,, _

----- --------- ----------- -- -&lt;'1111

En el juicio ejecutivo promovido por el Sr. Lio. D. ,Tguacio Otero, en representacion
de D. José del Juncal contra D. Manuel Arrieta, sobre pdll)s el Sr. juez 2° de lo civil, D.
Manuel Pavon, ha mandado se proceda al remate de las cnst.
'1!..2,Y 3 del callajo1
del Coyote, nilorizad88 por los peritos D. Ignacio Garfias y D. Ven ~~ . --~
tidad de 2,001 pesos 63 centavos la primtlra, y 923 pegos 23 centavos 1
i---.
• ,.
do para la segunda almoneda la mañana del dia 18 del corriente á las 0 1. •
de su cargo, situado en el Palacio de justicia.
Lo que pongo en conocimiento del público, para que la.e penonas que deseen
tura ocurran al juzgado, donde se les d!lrán las instrucciones que ministran los autos."""~~- ,
Lo que se publica en los periódicos conforme alfartículo 14 de la ley de Mél ico, Enero 9 de 1865.-Antonio Landgra-ce, escribano público. 13-3a-2

El Subsecretario de Fomento,

po
sitv

�</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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