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                  <text>.,.

EL

.

DIARIO
TOMO l.

IMPERIO

MEXICO: Sábado 11 de Marzo de 1865.

NUM. 08.

"Ministerio de Fomento.-Seccion 4~-México, Febrero 1~ de 1865.S. M. el Emperador ha tenido á bien acordar, co_n fecha 30 de Enero próximo pasado, lo que sigue:-"Se aprueban las condiciones que Nos consulta
Nuestra Secretaría de Fomento, determinando la manera de colonizar los
terrenos que ofrece D. Luis Olivier en su hacienda de Buena Vista."..:...Las
confüciones consultadas son las siguientes:
1~ Se admiten las proposiciones presentadas á la Secretaría de Fomento,
DOCUMENTOS.
con fecha 5 del co:rriente pies de Enero por D. Luis Olivier, esceptuándose
del pago del derecho de traslacion de dominio, la venta de los terrenos que
:MINISTERIO DE FOMENTO.
En consecuencia de las propuestas que tuve el honor de elevar á enajene á los inmigrantes, solo por la primera vez, y no en las ventas suceV. E. para la colonizacion de los terrenos pertenecientes á la hacien- sivas que hagan los nuevos propietarios.
da de Buena Vista, he celebrado con D. Emilio Longuemare un con- 2~ Los contratos que Olivier haga con los colonos son periaonales, y el
no tiene en ellos responsabilidad alguna.
trato, sujetándome á las prescripciones aprobadas por S. M. l. con Gobierpo
3~ Las autoridades cuidarán de que se cumpla con las leyes establecidas,
fecha 30 de Enero próximo pasado, é insertas en la comunicacion de y que no se impongan condiciones onerosas á los colonos.
fecha 1? de Febrero último, que me fué dirigida por el Ministerio 4~ Remitirá Olivier á esta Secretaría copia del contrato que haga con cadel digno cargo de V. E.-Obsequiando debidamente la 4~ de dich~s da uno de los colonos, sin omitir en esas copias ninguna de las condiciones
prescripciones, tengo la satisfaccion de acompañará V. E. una_cop1a impuestas, espresando el valor de las tierras y los plazos del pago.•
exacta de la escritura que otorgamos los contratantes en el Oficio pú- 5~ Si Olivier se conviene ahora con las familias que trae Longuemare,
blico de esta poblacion el día 1? del corriente, por cuyo documento se comunicará al Ministerio el número que necesite, para que se le vayan remiimpondrá V. E. de que he ofrecido venderá los colonos para su es- tiendo. Las condiciones para los colonos serán:
1~ Que vengan armados para poderse defender.
tablecimiento, diez y seis mil acres de tierra, 6 poco menos, al precio 2~
Dar precisamente en cada caso cuent,a de su número y condiciones, pade un peso por acre. Segun esa estension y con vista de las &lt;lemas ra permitirles la entrada y destinarles el lugar de su establecimiento.
condiciones del contrato, V. E. dispondrá la remision de todas las 3~ Por el solo hecho de traer el carácter de colonos, renuncian su naciofamilias que juzgue conveniente; protestando por mi parte, que serán nalidad, se hacen mexicanos y quedan sujetos á todas y cada una de las lebien recibidas, y que cumpliré exactamente con el compromiso que yes del Imperio.
he contrai.do en virtud del documento citado.-Tehuacan, Marzo 5 4ª Bajo ningun motivo ó pretestv podrán pedir indemnizacion ó reclamar
de 1865.-Louis Olivier.-Exmo. Sr.Mi.nietro de Fomento.-México. daños 6 perjuicios de ninguna clase.
5~ El Gobierno ampara y protege con su autoridad y leyes la inmigraCOPIA
cion;
pero no espensará gasto alguno de los que necesite hacer el colono.
De la. escritura otorgada. en esta ciudad ante el Sr. juez letrado, encargado del oficio púEstas son las condiciones bajo las cuales se han aprobad 1 las que hizo vd.
blico, por D. Luis Olivier y D. Emilio Longueruare socios, sobre la. venta y colonizacion
de 16,000 acres de tierra, pertenecientes á 111 hacienda de San José Buena Vista.
en 5 de Enero___próximo pasado, y con arreglo á ellas hoy mismo marcha á
En la ciudad de Tehuacan, á 1? de Marzo de 1865, ante mí el suscrito ese punto D. Emilio Longuemare con 41 personas, entre hombres y mujejuez de primera instancia del Partido, encargado del despacho del oficio pú- res, para entrar con vd. en los convenios que ha ofrecido, y con las modifiblico del mismo, por ausencia del escribano que lo sirve, los testigos de asis- caciones acordadas. En tal virtud, el Gobierno se promete que los menciotencia 'con quienes actúo por falta de Secretario, y los instrumentales que al nados colonos, que no es mas del principio de los muchos que se disponen á
fin suscribirán, comparecieron los Sres. D. Luis Olivier, súbdito francés, inmigrar, serán bien recibidos y protegidos por vd.; en la inteligencia de que
propietario y labr~or en !)~te _Distrito) á quien certifico conocer, así como el Gobierno de S. M. se propone velar y cuid&amp;r por ellos en los mismos térque es mayor áe edad y que me ha manifestado su certificado de matrícula, minos que respecto de los demas habitantes del Imperio, ·por medio de las
correspondiente· ál año próx1mo· pasado, espedido en Puebla á quince de autoridades, y auxiliar el establecimiento de las co1oni~, mandando un ingeAbril del citado año, por el vicecónsul de Francia Mr. Adrian Nerón, y otro niero que se ocupe en medir y disponer los terrenos. Como segun queda incertificado espedido hoy por D. José de Romañas, Prefecto de este Distrito, dicado, es mas que probable continúe la inmigracion á México, este Minisen el que consta que el Sr.- Oli-vier·ha solicitado su competente carta de se- terio espera que vd. manifieste todas las familias que puede recibir, para enguridad, la cual no le ha sido aún despachada; D. Emilio Longuemare, D. viarle las que necesite.-Por ausencia ·del Exmo. Sr. Ministro de Fomento,
Thomas Coke Brickey, D. Robert James. Mauning,. D .. Thomas Reynolds, El Subsecretario, Manuel Orozco."
D. Seth lgnatius. Eooles, D. Le~JJ.qe¡ _James, D. Richard J ohn Barrett y D. .Que en virtud de esa aprobacion ha celebrado con los Sres. Longuemare
Thomas Tiniothy B_r1kley1 1!,0dos es.tos pro~qentes del Sur de los Estados- y demas que al principio se mencionan, el contrato que denuncian, bajo las
Unidos de América; y el Sr. Úlivier dijo: que con objeto de establecer una condiciones siguientes:
1~ Luis Olivier cede en venta á los que suscriben, para el establecimiento
colonia en terrenos ae su hacíenda de San José Buena Vista, ubicada en la
Municipa.lidad Ajalpa.n, perteneciente á este· Distrito; propuso !\l Ministerio de la colonia, 16,000 acres de tierra, que tomarán de los terrenos comprendidos entre la orilla del rio de Santiago Xoyahualulco y el último lindero de
de Fomento las condiciones siguientes:·
1~ El dueño-de Buena Vista· cede-en venta una ·estension de cuatro leguas San Pablo Zoquitlan, tomando la línea recta desde este punto, con direccion
de longitud y cuatro de latitud,.de terreno vírgen, 'á inmediaciones del Rio hácia el N&lt;;&gt;rte, hasta el llamado Cacahuapan, obligándose los colonos que
de Santiago Xoy,1.hualulco, en el lugar.que creyere mas conveniente el cien- firman, á introducir á la mayor brevedad posible, todas las familias que puetífico que al efecto designe el Ministerio de Fomento, debiendo poblarse ese dan. Si los 16,000 acres de tierra fuesen escesivos para la colonia, los colonos no quedan obligados al pago de todo su importe, sino solo al delos tersitio por familias~tranjeras de colon&lt;?s ~grícolas. _
'
2~ Este terreno será apreciado por peritos nombrados, uno por el Minis- renos que ocupen, así como Olivier tampoco está obligado á completarles
terio de Fomeñto y otro por ~l propi~tario cedente en venta, y el total va- esa estension, si el terreno deslindado no la contiene.
2~ El actual propietario y el que fuere gefe de la colonia, nombrarán dos
lor del terreno fo 1&gt;ag:.trán los mismo~ colonos, hasta _estinguirlo, con la décima p~rte neta del· producto de sus cos-echas, comenzando los abonos' al se- peritos, uno' por cada parte, para que procedan á medir y trazar los límites
de los terrenos que comprenda la colonia, á los dos años de la fecha de este
gundo año de la posesion del mismo terreno.
3~ El propietar.io .de Buena .Vista dará á cincuenta familias la suma de contrato, á fin de que los colonos satisfaga11 su importe en los términos que
150 pesos á cada 'Uoa,.en el té,mino de cinco meses, por quintas partes, con- se espresarán despues, á razon de un peso mexicano por acre de tierra, cualtando ese perío9-g d,_e~ge el qia ep. que 9c1.1p\fü el terreno; quedando en liber- quiera que sea su clase.
3~ Al llegar los colonos á su destino, comenzarán desde luego á formar la
tad de da~ las ~es_a~~s _en numer~rio, víveres, instrumentos de labranza y
poblacion á sus espensas, á cuyo efecto, Longuemare queda obligado á traganados, a prec10s corrientes. .
4~ Esta ~urna será reembolsada al prestamista, sin rédito alguno, por los zarla, segun las reglas del arte, señalando, lugar conveniente para la plaza
mismos colonos con otra décima n{lta de sus cosechas, comenzando el pago pública, templo, escuela, etc. Esa poblacion llevará poi: nombre "Puerto
al año d~ recibir avio. Bl científico- de que habla la condicion l", será espen- Olivier."
4~ Es obligacion de Olivier ministrar á Longuemare ó al gefe de la colosado por el Ministerio de Fomento. La enajenacion de que se trata, será esceptuada. del derecho de traslacion de dominio, cuyas condiciones han sido nia que los coloJJOS nombraren libremente, la cantidad de 7,5QO pesos en gaace~tadas por S. M. el· Emperador, segun lo manifiesta la comunicacion que nado, semillas, harina y útiles de labranza, á los precios fijados en la presente base, -Y cuyo entero sat;_sfará en partidas parciales, segun las necesidades
exhibe, y que á la letra dice:
SUMARIO.

DOOUMENTOS.-Importantes documentos relativos á eelo1!1zaclon en Tehuaean.-Oomunleaclon del Sr.
Ollvler al Mlnlstnio de Fomento.-Oontrato entre el Sr. Ollvter y el Sr. Longuemare.-Oomunlcaclon del
Ministerio de Fomento aprobando el eentrato.
YUOATAN.-Suscrlclon para la campa!ia contra los Indios.
SOLICITUD.-Del Sr. Larrea al Ministerio de Fomento, oponiéndose a la eenceslon de un privilegio sobre
-aparatos de petróleo.

�234

DIARIO DEL IMPERIO.

de la colonia, y previa la órd.en de su gefe. Harina de un ochenta, puesta en que en ~erecho hubiere lugar, con renuncia espresa que hacen de cuantas lelos molinos de Tehuacan, carga de 16 arrobas,25 pesos. Toros de uno á tres yes pudieran favorecerlos. Vendedor y compradores del esceso que haya en
años, puestos en la colonia, 12 ps. Terneras de uno á dos años, id. id. id., el precio concertado de los terrenos y efectos de que_se trata 6.mayor valor
10 ps. Yuntas aperadas, id. id., 50 ps. Chivos, id. id., 2 ps. Cabras, id. id., y estimacion que estos pudieren tener, se hacen gracia y don~cion pura perl ps. 50 cs. Carneros, id. id., 2 ps. Ovejas, id. id., l ps. 50 ~ - Caballos, 15 fecta é irrevocable, que el der.echo llama intervivos, con insinuacion y d~mas
ps. Yeguas de dos á tres años, 12 ps. Maehos y mulas apare;adas de lazo y firmezas legales, renunciando al efecto la ley 2\ tít. 1~, lib. 10 de la Noví.
reata, 70 ps. Sal zapoteca, en Buena Vista, arroba 5? cs. Café, p~esto en s!ma Recopilacion, y los cuatro años que ella señala para pode; pedir resci·
Tehuacan, quintal 25 ps. Aguardiente de caña de un cmcuenta, barril de 150 s1on del con~rato ó suplemento al valor verda~er?, cuyo término dan por pa-cuartillos, 20 ps. Panela, en Buena Vista,-carga 2? ps. Carne de mata~, sado como si lo fuera. Y á la firmeza y cumphm1ento de esta- escritura obli·
id. id., arroba 5 ps. Hachas, docena 24 ps. Coas, 1d., 24 ps. Machetes tes1- garon sus bienes habidos y por haber, y los colonos tambien los de 'todas
nítecos, id., 18 ps. Flete de mercancías hasta la colonia, arroba 1 ps. Si los las familias de que han ~echo r?fereglli1:1, y firm~ron conmigo y los testigos,
colonos encuentran fletaros mas baratos, Olivier pagará en efectivo y carga- que lo fueron D. Joaqmn Garc1a Héras, D. Julio Caballero de los Olivos y
rá su importe.
·
D. Edu~rdo ~e~ez Galla~do, de esta vecindad.-Doyfe.-.Manuel José Loai.
5ª El" valor de los efectos ministrados á la colonia y el de los terrenos, za.-Luis Olwier.-Emile Longuemare.-Thomas Ooke Brickey.-Robert
serán capitalizados luego que estuvieren medidos, segun se previene en la James Manning.-Tlwmas Reynolds.-Seth Ignatius Eccies.-Leander Jacláusula 2\ debiendo los colonos satisfacer el importe de unos y otros, por mes.-Richard John Barrett,-Thomas Thinioty Brickley.-Joaquin García
décimas partes, haciendo el primer entero á los tres años de esta fecha. So· Heras.-Jiulio OalJallero de los Olivos.-Eduardo Perez Gallarclo.-Asisten·
lo causarán el rédito de un 6 por 100 anual las cantidades de plazo vencido, cía, José l. .Marlinez.-Asistencia, José .María Gomez.
que_por cualquiera circunst.incia no fueren pagadas oportunamente.
6~ La re~onsabilidad de los colonos es mutua, y los bienes de todos ellos
Ministerio de Fomento.-México, Marzo 8 de 1866.-Con la nota
quedan obligados á favor de Olivier, hasta reintegrarlo de su crédito total, de vd., fecha 6 del presente, se ha recibido.en este Ministerio copia
pudiendo aquellos enajenar sus acciones; quedando hipotecados en virtud de de
escritura otorgada para formali~ar ~l contrato entre vd. y D.
este cqntrato, los terrenos y casas pertenecientes á los vendedores.
Enuho Longuemare, relativo á la colomzacion de la hacienda de Bue7~ Todos los colonos están en la obligacion de dedicar un dia mensual· n~ Vista.-Por esa ~i.sma nota qu·edó_ i~puesto de la buena disposimente para la pronta apertura de los caminos convenientes Y útiles á la co· c1on de vd. para rec1b1r las demas familias que se le remitan, en la
lonia.
·
8ª Si dentro de los terrenos ya mencionados se encuentran establecidos inteligencia de que protesta cumplir en todo sus compromisos.-Al
algunos indígena.&lt;J, quedarán, si quieren, en clase de colonos; mas si lo rehu. acusar á vd. el recibo del documento citado, creo conveniente añasaren, el gefe de la colonia les pagará sus sembrados para que se retiren á dirle, que á esta Secretada le ha parecido muy bien la manera pronsus pueblos.
.
ta con que ha obrado en el arreglo de este negocio, y que espera siga
9~ Todos los colonos, al presentarse en la hacienda de Buena Vista; ma· vd. c~op~rando á los al_tos fines del Gobierno de S. M. respecto de la
nifestarán los documentos que acrediten haber cumplido con las prescripcio• colomzac1on del Impeno; en el concepto de que para facilitar la innes que el Gobierno ha impuesto á los colonos. El nombre de cada colono migracion, M. se ha dignado acordar, que los instrumentos de
se asentará en un registro que se abrirá al efecto en el libro donde se lleva- agricultura, enseres, ganados y semillas que traigan consigo y perterán las cuentas de la colonia.
10. Si en cualquier tiempo y por cualquiera motivo se suscitaren cuestio. nezcan á los colonos, á su arribo en los puertos, sean libres de los
nes entre la colonia y el dueño de Buena Vista, se terminarán aquellas por derechos de import_acion.-Esta nueva franquicia, y las instrucoioárbitros arbitradores, amigables componedores, y ambos contratantes nos nes que se han dado á los Capitanes de los puertos de Veracruz y
CQmprometemos á pasar por el fallo que den, 6 por el de un .tercero en dis• Tampico, en cuanto á la recepcion y proteccion á los colonos que
cordia q~e nombren aquellos, ~i llega ese caso.
..
.
lleguen, segun puede vd. ver en el núm. 62 del "Diario del Imperio,"
11. S1 los colonos ~o cumplieren con algun~ ~e las con,dic1ones estipula- -es natural produzcan los efectos deseados; pudiéndose en consecuendas, se dará por termmado este c?ntrato, y Oliv1er ten_dra der~ho para re· cia lograr que la hacienda de Buena Vista y las otras cuyos propiecobrar sus terrenos, y las herramientas, ganados, semillas y siembras que tarios comprendan co
d
rdad
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hubiere, se realizarán para reembolsarlo de las cantidades mfaistradas á la
' mo Y '' sus ve
eros ~ eresE:8, se cu 1ven Y
colonia, entregando á los colonos el esoeso, si lo hubiere.
pue~len en toda su esten~10n, hoy por desgrama des1erta.:--Por au12. El presente contrato · comenzará á surtir sus efectos luego que sea senma del Exmo. Sr. _Mim_st.ro de Fomento, el Subsecret1mo, Manuel
otorgada y suscrita la escritura pública, de la que se sacarán dos testimo• Orozco.~r. D. Loma Ohvier.-Tehuacan.
nios, uno para cada una de las partes, y ademas una copia simple para el
Son copias.
Ministerio de Fomento. Las costas de estos documentos las satisfarán por
El Subséeretario de Fomento,
mitad las partes contratantes.
(Firmado) MANUEL ÜROZCO.
'
Y no faltando mas que hacer constar este contrato por un instrumento pú.
blico, por el presente en la via y forma que sea mas arreglado á derecho, = ~ -~=¡,...;==== .....==---=====-==...,..= ---==~~=-=
otorga: que por sí y en nombre de todos y cada uno de sus herederos y suceso·
YUCATAN.
res, y precisamente con sujecion á las insertas condiciones, vende realmente
y con efecto á los Sres. Longuemare y demas espresados, para el estableci• CoNTINUACION DE LAS SUSCJHCI ONES PARA LA CAMPARA CONTRA LOS INDIOS
SUBLEVADOS,
miento de la colonia, los 16,000 acres de tierra que se espresan en la condi.
Pesoa. 118.
cion primera, los que le serán pagados en los términos y al precio que de·
8.A:lffA ELENA.
termina la condicion segunda. Se obliga á ministrar á Longuemare, ó al que
Desiderio A. Lizarraga .• __ •••.• __ ••••• ~.. 6 O
resulte gefe de la colorria, y en los términos que espresa la condicion cuarta,
Juan C. Baak ·- ·············-···-···· ~· 6 O
los siete mil quinientos pesos de que ella habla, y sin variar en tiempo al•
Eugenio Mian .• ..•.. _. .. ••. • • • . • . • • • • • . • 6 O
guno y bajo niugun pretesto, los precios marcados ahora á los efectos, los
Paulino Mian . •.••. .••••••••..•..• _• • • • . 6 O
que entregará con la debida puntualidad. Declara que el precio de los ter·
Ramon Cib __ •••••• _•.•• __ •••. • • __ ••. . • • 1 4
renos que vende y el de los efectos que debe ministrar á la colonia, no ea.u.
Anselmo
Tec .•.·.. • • . . . • • . • . • . . . • • • • • • • • 1 4
san réditos, ni usura de ningun género, haciendo esta declaracion bajo el ju•
Juan Cua.•.•. .• •••• _. • • • • • • • . . . • • • • • • • 1 1
ramento que la ley exige; y solo causarán el rédito de un seis por ciento
José Kú . •••• • .. ___ • . • • • • • . • • • • • . • • • • • . 1 1
anual las cantidades de plazo véncido, que en un evento no le fueren satisfe•
chas oportunamente, segun lo prevenido en la condicion quinta, Declara
José Eleuterio Cob ....••• - ••• • .••.•••••• 1 1
igualmente que los terrenos vendidos no los tiene gravados, vendidos ni ena•
Néstor Ch uhin .• . _••••••••• _............ O 6
jenados ei:i manera alguna á distinta persona, y en consecuencia se desapo·
José Guadalupe Camal. •••••••• ·- __ •••.•• O 6
dera, quita y aparta á sí y á sus herederos del dominio qu'e en ellos ha teJuan Tzá ...•...•.. . ••••.•• _• • • • . • • . • • • O 6
nido, y con todas sus acciones reales, personales, directas y ejecutivas, y con
Simon
Kanil. • _•• _•••••• ._ .••.• _• • • • • • • • • O 6
todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, los cede, r(;lnuncia y
Apolonio
Tec. ~ •.••••••.•••.••••..••• _• • O 6
trasfiere en favor de los nuevos dueílos, para que usen y deliberen de ellos
Romano Negi:on •....•.• _••••.••••••• ,. _. • 3 O
como de cosa suya propia, adquirida con justo y legitimo título, obligándo·
J ulian España .••.•. _•• _... . • • . • • • . . • • • • 6 O
se á que esta venta les será cierta y los terrtinos seguros, y facultándolos pa.ra que con solo el testimonio que de esta escritura debe dárseles, tomen la
José M. Ek, un real cada mes. . . . • • • • • • • • • O 6
posesion que les compete; debiendo entenderse que la trasla-eion de domilúo
Eduardo Ek ... ~ .•.•• _..•• _.. ......... . . O 6
se ejecutará tan luego como el esponente esté íntegramente pagado de lo que
Juan J. Chuhun, por una vez.... .. ....... O 2
la colonia le adeudare, segun el tenor de la condicion undécima; obligándose,
Dámaso Cob, id.... • •. • ••..• ~ ..... _. • • • • O 2
por último, á la eviccion y saneamiento de este contrato en los términos y
Pedro May, id ••••.•. · ···-······-···· ••• O 1½
bajo las penas establecidas en las leyes treinta y dos, treinta y cinco y trein•
Francisco Ayil. : .. _• • • • • • • • • • • • • •. • . • • • • O 1¼
ta y seis, del título quinto, Partida quinta, advirtiendo, que si bien como ha
.José
Baltasar Chuc. . • . . . • • • • • • • . • . • . • • • • O 2
espresado, los terrenos que cede en venta á los colonos no tienen gravámen
Estanislao Bá. . . . . • • • •. • • • . . . • • • • ••. • • • • • O 1
especial, sí reportan, en cuanto á que forman parte de la finca, y en la pro•
porcion que corresponde, el capital de seis_mil pesos que la hacienda en geJuan ChL _.• •. ...•••.•• _••••....•• _• -:. • O 1
neral reconoce por hipoteca á Salazar y Vanegas, vecino de Puebla, y por
Evaristo Chuc ........... _•• _...... • • • . • 6 1
otra veintiun mil •pesos á D. Anton,io Couttolene, vecino de San Andrés.
Francisco Pool. . . • . • • •• . • • • • • • • • • • • . . . . . O 1
Presentes asimismo los Sres. ·Longuemare y demas al priueipio relaciona•
J osé_María Pool. . • • • • . . . . • . • • • . . . . • • . . . • O 1
dos, é impuestos de esta escritura, dijeron: que por sí y en nombre de todas
Saturnino Huchim. . • . . • . • • • . • . . •. • • • • • . • O 1
las demas familias que deben venir á formar la colonia, y de las cuales se
Luis
Bá, tres almudes de maiz cada mes.
habla en la cláusula primera, aceptan la venta que se les hace, óbligándose
Enrique Kit, id. id.
por su parte, á observar fiel y religiosamente todas y cada una de las con·
Emeterio May, id. id.
diciones insertas, y á cumplir exactamente las obligaciones que ellas les im·
'J&gt;Onen, bajo las penas que en las mismas se espresan, y las demas fogales á
Justo Mían, dos id. id.

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Apolonio Vicab .• ~ .• 1• • • • • • • • • • • • • • • .' •• ~ . O
Juan Tuz Chi. .••.. .. •......••. • .. : __ • • • O
Domingo Xicum . • . .• ••.••.• ~ ....... ! . . . . O
Zeferino Yam ..•••• •. •.••.•..• . ... • .•••• ' O
José Chan Garrido ...•.•••, .•. .' . • • . . . . . • O
Juan Tuz Ba. - • . • . . . . . • • . . • • • • • • • • • • • • . O
Marcelino Cahuich..• .•..••..... ·• . . • . . . . . O.
Felipe Puch. _. ... . .... : . . . . . • . . . • . • . • . • O
José Maria Tun ...........•.•.•.••• - . ! . . O
Enrique Cob •.•.•..••• ·-·· · ····· • : ..• ! . O
Enrique Ca.huich•. - . . . • . • . . . . . • . . • • . . . • • O
Hilario Conoh . .• .. .•• • ......•. - . - . • . • . • O
Manuel Cahuich. . . • • • • • • . . . . . • • • • • . • • • • • O
Bonifacio Tuz•...•..•• : ••_- ...•••• - . • . . . . O
Pablo K ú.. • . • . . . . . • • • • • . • • • • • . • • • . • . . • O
Andrés Noh.. ................. . ........ O
Juan de la Cruz Puc•..• - • • • • • • . . • • • • • • • • O
Severiano Noh.••••••.••••• _• . • • . . • • • • . • O
ºMateo Chi. . •••••..•••.••••••.•. _. . . . . . • O
Felipe Puc •• _.. • . . . . . . . . . • • . . . • • • • • . . • • O
Marcelino Chan . _• . •. •• ••.. __ . • • • • • • • . • . O
José Chan Ek ..••••.••.••. _. _•..•.... : • O
Estéban Chi.. • • • • • .. . . . . . • • • . . . • • • • • . . . O
Francisco Cen . _••• • • - • • • . . • • • . . • . . • . • . • O
Gregorio Noh•.••..•.••. ~............ . . . O
Celestino Puc....• _• . • . . • . . • . • • • • • • • • • . . · O
Guillermo Cob. . . . . • • • . . • • • • • • • . . . . • . • • • O
Rudesindo Pool ..•••••.....• _••••• _. . . . . O
Márcos Santos. . . . . . . . . . . . . . . .. . . • . • . • . . O
Juan Colli. _....... ......... _•....•••. _ O
Juan Pio Chan •••• .. • : . . • • . • • . . • • . • • . . • • . O

Felipe Balam, id. id.
Bernardino Balam, tres por una vez.
Julian Pech, id. id.
José May, id. id. ·
Eulogio Contrel'lls, una carga por una vez.
Lorenzo Chi, id. id.
CHA.PAJI.

Hornobono Mendez •.•. • • • - • • • • • • · - • • · · · •
Lucia.no ~fanrique •• - ................ - ...•
borenzo Santos ..• • .. • • • • • .. • .. · · • · · · • • · • •
Márcqs Fajardo .•. - •.. • • • • • • • • • · · · • - • • • •
José ~arguez ..••... - • • • • • - • • • · · · · · • - · · •
Lorenzo Castro. - . • - • • • · .. · - • · · i · • • • • • • • : •
Rafael Castro ..... - - - - • • • - - · ••· - • • • • · • · ·
Escolástico Vazquez ... •. • • • • · · · • · · · · • • • •
Mánuel Jesus Pereira .•.•.•... ~., ••••••...
Juan Pio Zapata ... .• •....••••••.... . ...
Andrés Pereira...•... • • • · · · · · · · · · · • • · • • •
Luciano Sal~zar .• • • • • · · • • • - • • · · • · · · · · .. ·
José Manrique .. .• • • • · • · · · · · · · • · · · · · · · · •
Felipe Ojeda..•• - •. • · · · · · .. • • • • • · · • • · · ·
Juan Zapata .•.... • • • · · · · • · · · · • · · • • · · • • •
Remigio Salazar .. - - . • • • • • · • - • · · • • · · • • • ·
Manuel Alcocer ...• •. • • • • • • • • • • • •·• ~ - • • •
Eleuterio Manrique •• • • • • • • - • • • · · • · - • · · · ·
J acinto Martín - .•• - - . - • • • • • • • · · - · • · · · · · ·
Juan de la Cruz Góngora....•..•.•••••....
José Góngora .•.•••. • • • • • • • • • · · · - · • · • · ·
L ázaro Alvarado ••••••• • ~ ....••. - .... _•.
Paulino Ojeda ..••.•••••••••••••••.•••••
Martuel V azquez ..•...•••• _•.... _...... .
Elias Alvarado ...... : ..•••..••...•••..••
Eusebio Acosta. ~ - •.•. - ..••..••.•.....•.
José Palomo •• - .••... - • • • • • • • · · · · · • • · • • •
Hilario Castro .•••••••••••••••..•.••.•.•
Juan Alvarado. -· ..••..•..• . ...••••••••.
José Castillo........................... .
Gabriel Cortés ...•••••..•••••••. • ..•....
'Luis Pech _.......• __ ••.•. _.. •..• - ....•
Agustín Vaz~uez •.• _••. _.•••.••••..•...•
Márcos Mannque ...•••.• _•.•.••••• , • - •••
P ilar Matos .......... _.......••••. •.•••••
Fernando Alvarado .•• ~············-·····
Prudencio Castro •.••.• • ..... . ......... - .
Lorenzo Vazquez ...................... .. .
Ambrosio Sabido .••••• _•••••• - .. ........ .
Dámaso Alvarado .•••••••• - •••.••••••••••
Pbro. Adolfo Lara ... ·•• _•. - ..• • .••••. -.•••••••
W enceslao Gil ..••••••••.• _•..••..•••.••
José Delfig Manrique ....•...••••.••. • • ••
Anastasio Briceño ...•••••.•.••••.•.••••.
José J ulian Ortiz .•. ••.. _.• • •..••••••..••
Santiago Góngora •••••• : •••••.•••••...•.
Leonardo Vazquez .•••• : ••• - •••.•• . ....••
Francisc,o Vazq uez ••••••.• _••...•• - ••..•.
José Dolores Briceño .•• _• • •••••• " .•.•.•
• Pablo Chu hin .•. _....................... .
Juan Pedró Ortiz..•.••.•.••••.• • .•••••••
José Ortiz Salazar _•••.••• ••• •••••••...••
Valentin Góngora . •• ,. .••.••.•.•. • .•.••..
Márcos Gomez. _••••• - •••.•• - •...•••••.•
Basilio Santos .• . . • . .•••.•••••••••.••. - •
Higinio Ortiz..• ..•••. • ••••.•••.•••••.••
Lorenzo Manrique ..•..•••••.•••••.•••••.
José Vazquez•.••...•••••••.•••••.•.•.••
Benito Santos .•.••.••••••.•••••.•••••••
José Palomo•.••••• •• _- ••.••••••.• • •.•••
Juan Palomo ••••••••••••••• ··- .•.••.• • • •
Felipe Nieves .••••••·.............. • • • • • • •
Ricardo Manrique ............ . ... • •. • • • •
Tomás Pacheco •••• _ •••••••.•• • • • • • • • • • •
José Maria Manrique.............. • • • ... • •
José Pacheco •••••••••••••.•• - ••••••••.•
Bernardino Matos ••.•.••.••••.•••.•• - •••
Estéban Sabido ••••••.•••• •• _~ ••••••• ~ •.
Norberto Cauich. _••••• • • _••••••••••••••
José Maria Santos ••••••..••••••• _•••••••
Estéban Chi Z utú .....••.•..• , .•...•. • ••
Juan !man •.• __ ••.•••.••.••• _••••••.••.
Atanasio Vicab ..••• _.•••••••• ~ ..••.•.••
Gregorio Nahuat ••.•••••• ••• ••.••••• - •••
Francisco Bec •• • ••••• _•••••••••.•••••• •
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MAMA.

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Francisca J. Sosa. . • . . • . . . • . • • . • • • • • • • .
M. Margarita Medina é hijo ...........•...
Cura José Antonio Monforte.. . • • . . . • . • . . . • . • . •
Fabian Sosa....•.•.••.••. __ • . . • • . . • . . . .
Pablo D. Presuel.. •..•• ... • _.•. • ....... _
José Tíburcio Ferrer•... •.•.•.' ... . . . • . . . •
Eligio Asencio. • • . • • • . . . . • • . . . . • • • . • . • • .
J. M. Asencio•••... ·•••••••••••••.•• _• • • •
José Can uto Castro. _•..• . . _ . • • . • • • • .. . . •
Eduardo Albornoz......... _.............
Teodosio Cámaro.. • • • • . • • . . • . . . . • • . • . . • .
Miguel Xiu ... _••...... _..... _... ~ . • • . .
Prudencio Xiu•..••••.. •. ..•.. _. . • • • . • • •
Francisco Gonzalez Cámara . ...•..... . •. _.
Ana.stasio Gonzalez ........ _..... • . . . . • • . •
Agustín SoberaniB. • . . . .. • • . . • • • . . . • . . • • .
José M. Gonzalez Pacheco . ••. • ..•. . _. . . . .
Mariano Presuel . _........• _.•.•..... _. . . .
José Gertrudis Aguilar. . . . . • • . • . . . • . . . • • .
Agustín Gonzalez .•• .. ...•. • ... _. . . . • . . . •
Manuel Briceño. . . . . . . . . . . . . . • . . . • . • • • . .
Feliciano Gonzalez .....••.••.....•. _.. . •
Jos~Gapriel Xir.. _...•••••.••....• : • • • .
Andrés Gonzalez. _••••.•.. _ . • . . • • • . • • • . .
José Pio Vela.......... _••.. _•••... _. • . .
Toribio Medina. . . • • • . • • • . . . . . • . . . . . • . . .
· Agustfn Oastro... . • • • . . . • . • • • • . . • • • . . • • •
.Manuel Larena.. . . . . . . . . . . • . • . • • • . . .• . . •
José Fructuoso Gonzalez. ... .. ...........
Angel Vela. • • • . . • • . . . • . .. .. .. • . . . . • • . •
Manue1 Ciriaco Koh .•...•...• • •.•••.•• . _
Mateo Poot. • . . . . . . • . . • . • . • . . • . . . . • • • . •
. Salvador Chan..•••.. _. • • . . . • • • • . . • • . • . •
José María Ché.. . . .. ............ . ......
Juan Poot Ceh.•..••.•...•..••..•.•. _. . .
Bonifacio oib. . . . .. . . . • • . . . . • . • • . . . . • . • .
Plácido Jan_•.•••.•• •. •..••... _. . . . . • . •
Luis Keuel. ••.•.• . _. . . . . . • • . . . . • • . • • . . .
José Pott . • •••.•• _• J • • • • • • • • • • • • • • • • • • •
José Ek ..•• _: ..••.•• _• • • • . • . • • • . . • . . . .
Crescencio Keuel.. • . • . • . . • • • . . . . . . • . • . . .
José Inés Chu-0 . . .... .".~.... • .-. . • .•• _...
Juan Candelario Poot ••••••••.• ••. : : • • . .
José Santos Tuhuch ... ~· ..•. _.... _... - • .
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Antonio Cob. _.• • .••• . . . . . . . . . . _ . . • • • • •
b dmingo Ch~-. _• • . .••• _• . • • . . ••. • • • . • . •
Franci~co Cituk.. ••..•.•.•••. - - • . • . • • • . • •
Juan Chan Tukuch ••••••.••••.•.•.•..•••
Francisco oib .•.•. ~ ..• - - • • • . . . • . •.• • • • • •
Domir!go Ceh. : . . • • • • • • • • • • • • •• • • • • • •
Luciano Puc••' .: ••'. • • • • • • • • • • • • • • • • • .. • • •

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O 1
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�236

DIARIO DEL IMPERIO.

NarcisQ P.aredes, dosJ1,lmudes de maíz cada mes.
Pedro Q&amp;:rcia id. id.
. . .·
Magdaleno Gonzalez id. id.
Desiderio Gonzalez id. id.
Pedro Keuel i.d. id.
Tomas A.e id. id.
Raimundo Ac id. id.
José Nati;idad Santos, un almud cada mes.
José Jacob ·Gonzalez id. id.
Pedro Ché id. id.
(Continuará.)

ejemplares que necesitan, para que la Administracion del periódico pueda
arreglar convenientemente sus trabajos.
• s,e supli&lt;:3 á los. suscritores de los Departamen½&gt;s que no han pagado toda via el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el importe de las suscriciones correspondientes á este periodo.
CITACION,
Por auto de hoy ha mandado el Sr. Juez 3? de lo civil, se cite por los J&gt;eriódicos á D.
Miguel Tentori paro. que. se preeenli9 e11 su Juzgado, dentro de ocho die.e, a reconocer una
firma; apercibido que de no concurrir en el término fijado se dará por reconocida.
Y para que surta 101 efec"tos espresadoe esta citacion, pongo el preseñlie en México á
9 de Marzo de l865.-José f'icente Piña, Escribano público.
181-3s-1
'

~ POLITICA DEL DEPARTAllENTO DEL VA.LLE DE MEXICO.
ALEJANDRO VILLASEÑOR, Abogado de los tribunales del Imperio y Secretario general de.
la Prefectura política del Departamento del Valle de México,
Ce;tifico: que auñque ·~n la lista ·que se publicó"en"lo.s périódieoe, de las personas aprehendidas en una casa de Juego, se encuentra comprendido el nombre de D. Casimiro Fernandez, éste no es el escribano. público que tiene igual nombre; y para que así lo haga valer cuando le convenga, á su pedimento le doy el presente, de órden del Sr. Prefecto poMINISTERIO DE FODNTO.
lítico, en el dia de la fecha. ·
·
Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-En el "Diario del Imperio," corres- México, Marzo 1(1. de 1865.•
pondiente al dia 24 de Enero próximo pasado, se encuentra la solicitud que
El Secretario general de la Prefectura, Alejandro Villaseñor. J82-3a-1

SOLICITUD.

hacen los Sres. lldefonso López, H. C.. Covert, E. J . M. Cune y H. N. Poole,
con el objeto de obtener privilegio esclusivo para la introduccion, (abricacion
y uso de los aparatos para refinar, destilar, clarificar, lavar y purificar petróleo, segun los procedimientos·químicos y mecánicos que espresan los plieaos cerrados á. qué ba-0en referencia.-Con fecha 1~ de Agosto del año próxi~o pasado de 1864, se ha concedido á mi representad.o, D. Ricardo Egea
Galindo, profesor de farmacia y residente en Veracruz, privilegio esclusivo
por el término de-ocho años, como introductor de los procedimientos estranjeros por medio .de los .cuales .se obtienen los aceites de alumbrado, que contienen 'las sustancias bitl!min.o~as, ya sean de orígen mineral ó de resíduos ó
desechos de fábricas de gas ó de estearina, segun el diseño y descripcion que
presentó al Ministerio de Fomento de su digno cargo. Y como es de presumir
que estos procedimientos éstranjeros, á 1a vez químicos y mecánicos, sean en
sus principios científicos ó en su esencia y teoría los mismos para los que se
solicita ahora un nuevo privilegio; y estando ademas comprendido el petróleo,
por ser sustancia mineral bituminosa de que se obtienen los aceites de alumbrado llamados Ke:rosene, coat oil 6 kydrocarburos en el privilegio de mi representado, tengo fundamento para oponerme á. la nueva concesion de un
privilegio que ya tiene-él-concedido.-En consecuencia, V. E. tendrá á bien
dar por presentada mi oposicion, y amparar. los .derechos de mi poderdante,
conforme á la le.y de la materia.-México, Marzo 4 de 1865.- V. Larrea.
Es copia. M.éxjco, Ma1:zo.1 d~ 1865.
El Subsecretario de ..Fomento,
(Firmado) MANUEL ÜRozco.

ANUNCIOS OFICIALES.
México, Marzo 9 de 1865.
Hay dos plazas de escribiente vacantes en el Ministerio de Negocio, Estranjeros Para
obtenerle.a, se requier_!l:
.. .
·
Buena forma de letra.
Ortografía correcta.
Conocer el idioma frances, ó el inglés, ó el aleman.
Las perRonas que lo desearen, podrán presentar sus eolicitu.dee en dicho Ministerio, y
,e les informará del modo de pi::obar su aptitud.
. El Su.bsecretario de Negocios Eatranjeros,
PEON DE REUIL.

TRillUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
México, 7 de Marzo de 1865.
Este Tribunal, en auto de hoy, y á peticion del Síndico administrador, ha mandado ,e
cite á junta general de acreedores del concurso á bienes de D. Arcadio López, la que deberá verificarse en fa aMilmcia del jueves 16 del corriente, á las dos de la tarde.
Lo que 88 pone en conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo mandado.
José M. Carikña, Oficia1,2?,encargado de la secretaria. le3-3s-l
lUZGADO 3? DE LO CIVIL
En el juicio verbal que sigue el Lic. D. AndréP del Rio, por D. Facundo Gomez, contra
D. Manuel Femandez, sobre·pesos, el Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José M. Cordero,
ha manaado se haga saber la radicacion al.demandado;..lo que verifico por el presente
anuncio. Méxicq, Marzo 3 de 1865.;-~anuel Romero, Escribano público de la Nacion.
178-3s-2

_CONVOCA~B.IA roDICIAL.
En los auwe de intestado de D. Santos Rivas, ha mandado el Sr. Juez 1\' de letras civil, que conoce de ellos, que se convoque por los periódicos á las personlÍs que se consi•
deren con derecho á la herencia, ·para que en el término de treinta dill8 se presenten á
deducirlo; con el apercibimiento de que les _pai:a,rá ~l }!er,iuicio que haya lugar al que no
lo verifique.
'
En consecuencia, pongo la presente.
Mé1ico, Marzo-tres dll mil oobocientos sesenta y cinco.-Migue.! F. Guerra.
·
179-38-2
lUZGADO 3? DE LO CIVIL.
El Sr. Juez 3?·deio civil de esta ciudad, Lic. D. José,M. Cordero, en auto de cuatro
del corriente, ha mandado se po11vo9.ue por l&lt;&gt;s periódicos á los que se crean con derecho
á los bienes del intestado de D~ Josefa .Bonilla, para que eñ el término de¡treinta diu se
presenten á deducir los·que les competan; apercibidos de.lo ctue haya lugar si no lo veM~
.
.
México, Marzo_~ ~e 18?5.-Manuel T. dt Meneses, Escribano público.
180-¡3s-2 ·
roZGADO 2° DE LO .crvII..
En el espediente promovido-por D. Anguste Donssine, por D. Juan J . Torrea, contra el
Lic. D. Mariano Zav.a!&amp;, sobi:e. peJJQS, ha, manaad~ º l f;lr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, á pedimento del actor, se cite á dicho ~r. Zavala para que en el término de
diez dias se preséñté á sacar los de la materia, á -efecto de que alegue de su derecho; bajo •
el apercibimiento de que en caso contrario se. le dará por citado para sentencia. En tal
virtud, hago la pres!lll~ ci_tacion; advirtiendo que el desp~cho del que suijcribe está en los
bajos del núm. 7 de la caUe de la Monecfa. · •
·
México, F'ebrero en de 1865z-Manuel T. de Meneses, Escribano público. 176--Ss-3

.
C!'I:AC!ON ~ICIAL.
El Sr. Juez 4? de.lo ciyil de e~ta corte, Lic: D. Evaristo Reyes, á solicitud de varios
acreedores de D. Santiago Barthes, ha mand'.e.ao iie cite á los demas y se consideren con
PRElECTURA POLITICA DEL DEPARTAIIERTO DEL VALLE DE KEXICO.
el mismo derecho para que conenrran ájunta que se veMcará el d;a 13 del corriente á
las doce, en su juzgado, sito. en el Pl!,ijlQiQ ¡le Justicia~&lt;;_all~ de la Moneda, con el objeto de
Número 1,914
_ México, M~rzo 7 de 1865.
que se.formalice el concurso necesario. Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente.
· ·•
··
··
,
En el ex-convento de Sant.a Clara hahia e.stablecido D~ María Pensado México, Marzo 7 de 1865.-Casimiro Fer.nandez,.Escribano público.
174-5s-4

una casa de juego. prohibido, la .qlle.so_rprendida por la policía, en ella
fueron aprehenqidos D. Juan García, D. Seyeriano Hernandez, D. Juan Rabia, el subteniente D. Ignacio Pineda, el teniente D. Manuel C'árdenas, D.
Casimiro F ernandez, D. José Serrano, D. Francisco Martinez, D. Francisco Villanueva, D. Alberto Suarei, D. Leañdro Elizondo, D. Remigio Castañeda, D. Fe1ipe Romero, D. Camilo Velazquez, D. José María Machu~,
D. Longinos Cervantes, D. Cornelio Becerra, D. Cristóbal Diaz, D. Hercu·
lano Zubieta y la espresada D~ María P-ensado, á quienes sin perjuicio de
habérseles impuesto.las penas.que demarca la.ley de 25 de Febrero de 1864,
confoi&lt;me á fa fraccjon 2"' .del ai:t, j~ de la mis.roa ley, se hace indispsnsable
que sus nombres. queqen f!Ublicados p9r tres _dias consecutivos en el periódico oficial.
El secret!!_rio g~neral. de 11! f y~fectura,
. . {:firmado) Awt~nno VILLASERoR.

con

A1bA.DEL FEBiócARRIL DE MEXICO A PUEBLA..
Celebrada una sesio~ d.el C~~s~fe Ádministrativo, el die. de ayer, para arreglar las operaciones previas á la disolücion· dé la·sociedad, se- acordó que á pesl!r de estar reasumidas la mayor parte de lus acciones en la.persone.. del .sr. D. Antonio Escandon, se convo
que una junta geperal p~ra las 5 de la tarde del dia 15 de este mes en el despacho del
Ferrocarril, plazuela de Guardiola, para"tralarse de la disolucion indic,ada. No bastando,
segun los Estatút-O's, una· sola-seeion para- tal objeto, se acordó igualmente la•convocatoria
para la segunda Junta, que se ve¡ificar¡ !'I! ¡¡!_mismo de~pacbo el 23 de1 mee actual.
México, Mar~~ 7_d~ 1~5.-~itr y Terán.-P. Almazan, secret&amp;io.
175-Ss-4
O

· · roZGAD0•4~-DE.LO CIVIL.
El Sr. Juez 4? de lo·civil; Lic. D, Evaristo-Reyes,.en auto de ayer, hamand!!.do se con_voque por los periódicos á los que B.ll c~~aµ c9n de!~cho_á los bienes del intestado de D.
Marcelino Sanchez, para que en el ié'rnuno de t~emta dias.se _presenten á aeducir los que
les competan; apercibidós de lo que haya lugar 81 r..o lo veMcan.
México, Febrero 7 de-1865.-ManueJ T. dt Meneses, Escribano público. 97-30s-24
llJZG'!DO 4?. :MENOR ·DEL CUARTEL MAYOR NUllERO 4.

A.Nu:NOJ:OS.

· •

1~ de Sánto -JJomingo núm, 8.

ORDEN.-lgnorándose el doniie11lo de D. Santiago Vicario, por la presente se le cita y
emplaza para que mrel término-de treinta dias se presente en este de mi cargo por si ó
por apoderado instruido.y espensad.!I, Í\ ~opt8$tar JI\ demanda que en juicio verbal aobre
AVISO IMPORTANTE
pesos 1~ promueve el Li~·..D· José Maria Aragon en representacio~ de la testamentaría de
D. Felicrnno Rey; aperc101do dé que·et n&lt;r concurre se le nombrara un defensor de oficio
con quien Jl6 entenderá la-demanda, • • .
• .
. 135-15a-8
Se van á reimprimir 1:os números de este periódico desde el 2 hasta el 16 Mélico, Febrei:o.1.6 de 18~.-!,ic; P~rdet. _.

PARA LOS SUSCRITORES DEL "DIÁRIO DEL IIPERIO."

inclusive, y en cuanto esté hecha la reimpresion se remitirán estos númei;os
á los suscritores que los.han pedido.
.
Los Gefes de o.ftcina.&amp; y oti:as dep.ep.dencias del G'obierno, qµ(l deban suscribirse al DIARl:,o,.se S_!!rvirán dooi.!' _lo Illas ~:er.onto p~ible el, número de

IMPRÉÑ'rA "DE T. M: ANDRKDE' Y F . ESCALANTE,
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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