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                  <text>DEL
'

..

'DIARIO
TOIO l.

IMPERIO

MEXIOO: Jueves 30 de Marzo de 1865.
SUMARIO

a

PARTE OiICIAL.-Decreto abolle,¡¡do todas las disposiciones relat.lvas los asce111os por tiempo e11 lps
cuerpos de Artlller!a é lngenleros.-Aprobac!on relativa al coeto del vapor H08(Ju4to para el servicio de la
barra de Tamplco.--Orden sobre petlclon de Indulto del Sr. ..upllcueta.-Clrcular a los Administradores
principales de rentas sobre lo que deben hacer en virtud de la nueva divls!on territorial
NOTICJA DIPLOMATICA.--Oarta del Rey de Hannover al Emperador de México,
PARTES DE LAS PREFECTURAS.-De Jall.sco sobre u.¡)&amp;Obra en Lagos.
DOCUMENTOS.-Basajeros llegados aVera.cruz en el mes de Febréro.-Elecolon de un Diputado y dos
,uet.itutos para la D!putaclon territorial de minería de 7Jmapan.-Comun!cado del Sr. Martlnet del Rlo
sobre el tifo.
3§;;a;;;;!!!E;;;;;;;;;;;;;--;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;:;;;;;;;-;:;;;;;;;;:;;;;;;;--;:;;;;;;;s;;;;;;;;;;;;;;;s;;;;;;5;;;;--:,!!!!;;!~

PARTE OFICIAL.
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _.;.c._;;_;_;;,.;.;.;...:....:..:c;__

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXIGO:
Considerando lo perjudiciál que han sido al buen servicio y disciJina
de Nuestro cuerpo de artillería los ascensos por tiempo conP
.
d
.'
'
cedidos _á los ofi c!ales llama_ os prácticos, pues que muchas veces ha
acontecido que simples capitanes han temdo el mando sobre coroneles de infanter[a:
Considerando que por los efectos y gracias concedidas por la ley
de 26 de Abril de 1816, y Reglamentos de 838 y 846,' los capitanes
de artillería prácticos, no tienen ninguna necesidad de estudjat y
adelantar sus conocimientos para obtener un ascenso, pues con esperar un cierto núniero de años llegan á alcanzarlo; y
Considerando, por último, que esas mismas leyes se han hecho
_ilusorias, porque jamas se ha esperado, 6 al menos en muy pocos casos, á que un fodividuo sirva el tiempo prevenido por aquellas para
adela.ntarlo en su carrera, sino que se han concedido esos ascensos
por motivos diferentes:
HEMos venido en decretar y DECRETAMOS lo siguiente:
1? Queda abolida la Real 6rden de 26 de Abril de 1816, así como
los Reglamentos de 838 y 846, y en general cualquiera 9isposicion
que prevenga que por tiempo de servicios se conceda á los capitanes
prácticos de Artiller[a 6 Ingenieros, ascensos á tenientes coroneles y
coroneles de infanteria.
·
·
2? Los ofiéiale~ de Aryillería é Ingenieros serán todos facultativos,
y por consecuenma segmrán su escala en sus cuerpos respectivos.
3? Las vacantes de subtenientes se cubrirán con alumnos de la
Escuela militar, que seguirán despues los cursos prevenidos en la
Escuela especial de Artillería é Ingenieros; pero un tercio de dichas
vacantes se cubrirá con sargentos cada dos años, siempre que tengan
los conocimientos requeridos.
·
4? Los·-0fieiales de Artillería é Ingenieros que en clase de prácticos pertenecen hoy á estos cuerpos, seguirán en ellos; pero 'solo podrán ascender ~asta capitanes en su escala de prá~ticos, pues para
pasar á gefes, tienen q~e ~cender en su_ cuerpo, y por consigufonte
posee! todos los ~onommientos ~ecesarios. El que no se aplique y
estudie ~~ pasará,, en consecuenma, del grado de capitan.
El Mimstro de Guerra queda encargado de la ejecucion de este
decreto.
.
Dado en el Palacio de México, á 26 de Marzo de 1865.
(Firmado) MAXIMILIANO.
Por mandato de S.M. el Emperador,
El Ministro de Guerra,
(Firmado) Jua,n de D. Peza.

NUM. 74.

IIINISTERIO DE GUERRA.
l ~ DmEccroN.
México, Marzo 28 de 1865.
• s. M. el ..Empe'rad.or, á quien d[ cuenta con el ocur1:io de D. Fran,M
t"
CJS?º. ana_de Azplicueta, que _v. s. me rem_ iti6 en 9 del que rige,
so11c1tando m du)to, por haber s1do aprehendido entre los disidentes
de la villa de Q~íroga: ha' ~enido á bien acordar: que no se puede
a.e-cederá lo pedido por el interesado, porque éste volvió á enti:_ar en
relacion_es con l?s disidentes, s1~ndo ocupado por ellos despur,s de·
haber s1d~ anteriormente indultad.o; por cuyo motivo la justicia"" de,b~rá segmr su ·c?rso en es-e neffºCl?·:-Dígolo á vd. para su conocí~
~mento Y ~l del mt?resado.-E ~mi_St r0 de Guerra, Peza.-Sr. 'Pre1ecto polítwo de Michoacan.-Moreha.
Es copia. México Marzo 29 de 1865
'E'
.
·
, Subsecrf\tano de Guerra,
(Firm_ado) J. M. DuRA;N.
_
...
,....,,..._ _
ENIS'PERIO DE JIACIENDA.
1
8Ec010N 1~

Circular núm. 47.
México, Mar; o 21 de 1865.
. En el Dianb del Imp~, núm. 59, fechá 13 de este mes, se hal]a
1~s~r~o el decreto _esp~dido por S. M. el Emperador en 3 del mismo,
d~v1d1e?do el Ter~tºfl:º en cincuenta Departamentos para su admimstra~ion económica; mterio,)Jir
Como la espresada' division debe observarse no solo por lo·rejativo al 6rden po1itico, sino tambien en todo lo tocante al ramo de Hacienda, quedando las administraciones de rentas, receptorias y subre~eptoria~. que ha~a. den~ro de los límj~s de cada Departam1nto,
baJo el cm?a~o y ~1gilanc1a de las adm1mstraciones que residen -en
las re~pe_ctivas cap~talei, las. guales han de desempeñar las funcioneJi
de pnnmpa1es, segun está dispuesto por punto general en el art. 6?
del decreto de 2 de Junio de 1853, prevengo á vd. que sin demora
alguna haga las prevenciones oportunas á los administradores de rentas que hayan de quedar bajo su conocimiento por hallarse en 1a
deJ:?arcacion _del Dep_artamento ae ......... _. : pará que en lo suces1vo se entiendan d1rectamente con la oficina del cargo de vd., considerándose dependi~nt~s de ella, tanto para el entero de los product~s y envío de cortes_ de caja y demas documentos que están pr11vemdós para la centrahzacion de las cuentas, como para las consultas
que_ l~s ocurran en los'"Casos dudosos que se presenten, y dirigir las
not1cias que deban comunicarse á la administracion principal 6 al
Gobierno en su caso. •
Al hace_r las indicadas preven?iones cuidai:á _vd. ~uy particularmente de md~gar con toda exactitud las admm1strac10nes, rec'Eiptorí~s y subreceptorlas qu~ _hay en_ la nu~va dem~rcacion de ese prop10_ Depan:amento, rem1tiendo sm pérdida de tiempo á este Minist~no, para ~ue tenga el conocimiento que le corresponde, una noticia ~ener,al en que se comprenda todo el número de lasniencionadas ,
oficmas.
Lo que comunico á vd. para su pu:itual cumplimientq.
El Subsecretario de Hacienda,
,,,
(Firmado) FELIX CAMPILLO.

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
Aprobamos el gasto ~e $ 7,774 7~ cs. que hay de diferencia en: Sr. administrador principal de rentas de ... _.:
tre los $ 28,000 concedidos por Nuestro acuerdo de 3 de Setiembre;
Y el valor t~~al de ~ 3~:774 73 cs. que ha. tenido ~e costo el vapor
r~molcador Mosquito, qomprado á la Compañia rnglesa de TamNOTICIA DIPLOIIATI~A.
p1co, para el servicio de la barra de aquel puerto.
Dado en el Palacio de México, á 26 de Marzo de 1865.
CA:RTA DE S. IIL EL REY DE HANOVER.
,
.
Ilustre
y
poder~so
Príncipe:
(Firmado) MAxIMILIANo.
~i muy querido hermano y primo. Por la estimable .carta deJ Y11sistra
Al Ministro de Fomento.
Majestad
Imperial de 27 de Junio del presente año, Ife visto con mucho
Por mandato de S. M. I.,
gusto que despues de haber aceptado en el castillo de Miramar el 10 de Abril
El Miniatro de Fomento,
último, la corona ofrecidfl á Vuestra Majestad, por la gran mayoría del pue' (Firmado) L_uis Robles Pezuela.
blo mexicano, tomásteis posesion solemnemente del Trono, como Empera·

�..

298

DIARIO DEL IMPERIO.

dor, el 12 de Junio, en presencia de las Corporaciones de la Capital y de los
Diputados de los Departamentos: Por este acontecimiento tan feliz, que será para la nacion confiada a1 amparo de Vuestra Majestad Imperial, una era
llena de bendiciones, Me apresuro á felicitaros sinceramente, suplicando á
Vuestra Majestad Imperial Se digne estar convencido de lo mucho que aprecio las relaciones amistosas que existen entre nuestros dos países, y de que
Mis esfuerzos tenderán siempre á mantenerlas y hacer que se estrechen cada vez mas.
Con los ~ese~s mas íntimos de que Vuestro reinad? sea de larg~ dur~cion
y de una dicha imperturbable, Os ofrezco las seguJ'ldades de la mvar1able
amistad y perfecta estimaeion con que soy,
De Vuestra Majestad Imperial,
Vuestro hermano y primo afectísimo,
(Firmado) ,TonoE, REY.
Hensenhnusen, Diciembre 14 de 1864.
(Refrendado) Adolfo,
Conde de Platen y Hallermund.

PARTES.. DE LAS PREFECTURAS.
MINISTERIO- DE .FOIIENTO.

'

1

Prefectura política superior del Departamento de Jalisco.-Seccion 2~-Núm. 4.-Gu,adalaj;i.ra, Marzo·18 de 1866.-Exmo. Sr.Con fecha 14 del corriepte me die~ el Sr. Prefecto político de Lagos,
lo q1,1e copio:
, ''Cumpliendo co1:1 lo pi:evenido por el Exmo. Sr. Ministro de FoTQento en su comunicacion de 27 de Jfebrero último, que en copia
remití á vd. con mi comunicacion de 7 d~l presente, pretendí un
arreglo con la dueña de la huerta situada á la ori11a del rio, contigua
al puente, por cuya parte de terreno inculto debe establecerse una
de las .rampas de este; pero habiendo resistido su apoderado toda
clase de arreglo, ayer he procedido á destruir un cuarto de adobe
fabricado sobre un puente que fué construido por mí en el desagüe
de la máquina hace cinco años, con dinero destinado á la continuacion de la obra del establecido sob,re el z:io, y hoy se han comenzado
las cortinas, que pronto quedarán terminadas. Aunque he deseado
formar inmediatamente el espediente que la ley previene, no me ha
sido posible efectuarlo por haberse negado la relacionada dueña del
terreno ocupado á acreditar su propiedad y á esponer las razones en
que ha fundado su negativa.-Me parece oportuno consignar en esta comunicacion que el cuarto que estaba sobre el puente, y que
ayer be destruido, se ha fabricado desobedeciendo la órden de suspension de la obra, dada en su principio por una comisfon del Ayuntamiento y por el Juzgado de letras, á ~edimento del Presidente de
aquel ilustre cuerpo.-Con lo espuest&amp;, espero se servirá vd. dar
cuenta al Sr. Prefecto superior politioo del Departamento, para que
si á bien lo tiene, se sirva elevarlo al conocimiento del ~xmo. Sr.
Ministro de Fomento."
Y tengo el honor de trascribirlo á V. E. para la resolucion que
estime conveniente, manifestándole que ya se previene al Prefecto
de Lagos que á la mayor brevedad organice el espediente relativo á
est~ importante negocio, y luego que lo reciba dicho funcionario,
daré cuenta con él á ese Ministerio.
·
· .Dios guarde á V. E. muchos años.
El Prefecto político,

, (Firmado) MARIANO
Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-México.

MoRETT,

DOCUMENTOS.
MINISTERIO DE NEGOCIOS ESTRANJEROS.
N0TICia de los pasajeros llegados á Veracruz durante el mes próximo pasa- do., con espresion de su nacionalidad y sexo.
,

11
JOt

1,

Hombres.

Españoles.. _.... _.......... : ••
Francese~ • . . • • • _.., . _.• . _; . _..
Italianos. _
Alemanes.. __ . _.. _.· .. ·. _.. ..• .
Ingleses. _. . ___ __ . ____ • __ - -. .
Mexicanos ___ . __ . _·_- _... - .. -.
Americanos •.•.. __ : ... -- -- - . Austriacos __ _. \ _.. _... ... • -. Prusianos. ______ '. __ .. _.. - - - . .
0

__ • • • • __ • • • _ • • • • • • -

Mujeres.

¡30

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4-2

2

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3

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6

Resúmen.

Hombres •.. : .••. ____ .• _: .... 197
Mujeres ... __ ... _. __.. __ . __ . . 6
TotaL _- ..... _. . . 203
México, Marzo 29 de 1865. •
El Gefe de In Seocion de Cancillería,

·

(Firmado) J. H.

MINISTERIO DE FOMENTO.
En el Mineral de Zimapan, á los seis días del mes de Marzo de mil

ochocientos sesenta y cinco: En virtud de la convocatoria que previamente se circuló á todos los mineros de esta demarcacion, á efecto
de que concurriesen á nombrar un Diputado y dos sustitutos de esta
territorial de minería, para reemplazar á los que han cumplido su
bienio, se reunieron en el lugar designado, á las diez del dia, los que
despues se espresarán, y presididos por los Sres. Subprefecto del Partido D. Luis Noeggerath, y Diputados D. Rafael Rodríguez y D. Miguel Basualdo, hallándose tambien presentes los Sres. sustitutos D.
Evaristo del Rello, D. Anastasio Escalante, D. Eulalio Santos y D.
Benito Lora, antes de procederse á la eleccion se leyó por el,Secretario nombrado provisionalmente para el objeto, la órden superior
que previno tuviese verificativo dicha eleccion en los primeros. dia~
de Enero, y los artículos relativos á ella contenidos en el titulo segundo de las Ordenanzas del ramo; siendo de advertir que en .aq'uella
fecha no se efectuó por razon de qoe estando la poblacion ocupad&amp;
por fuerzas disidentes, no se disfrutaba de tranquilidad ni se consiguió reunir á los rnineros.-Consecutivamente se dió principio á la
eleccion del Diputado, en votacion secreta por medió d~ papeletas que
los votantes introducían en llna urna puesta sobre la mesa, y leidas·
despues en voz alta por el Sr. Presidente, obtuvieron D. Mahuel
Gomez catorce votos; D. José Luis Chavez, seis; D. Emeterio Mendoza, tres, y D. Rafael Miranda uno, por lo que quedó elegido el Sr.
Gomez.-En seguida y bajo el mismo órden se hizo la de un susti~
tuto, reuniendo D. Félix Angeles seis votos; D. José Luis Chavez,
cinco; D. Mariano Martinez, cinco; D. Rafael Miranda, uno; D. Emeterio Mendoza, uno; D. Evaristo del Rello, tres, y D. Anastasio Escalante dos; mas no resultando mayoría, ni debiendo ser reelegidos
los dos -últimos, por prohibirlo el artículo doce del titulo citado,: se
procedió á la segunda eleccion, en la que obtu_vieron D. Félix Angeles quince votos; D. José Luis Chavez, siete, y D. Mariano Mar-.
tinez uno, resultando una papeleta en blanco, por Jo q~e quedó ele-.
gido D. Félix Angeles.-Por último, se hizo la del otro sustituto, en
la que reunieron D. Mariano Martinez ocho sufragios; D., Emeterio
Mendoza, seis; D. José Luis Chavez, cuatro; D, Rafáel Miranda,i.tres',1
y uno D. Praxedis Lora; mas no resultando mayoría, se ·repitió '1a,
eleccion entre D. Emeterio Mendoza y D. Mariano Ma:rtinez,·reuniendo el primero diez votos, doce el segundo y dos. papeletas en - 10
blanco, quedando nombrado el Sr. Martinez. Y, fo1:man la Diputacion territorial actualmente los Sres. Diputados D. Miguel Basualdo
y D. Manuel Gomez, y sustitutos D. Eulalio Santos, D. Benito Lora,
D. Félix Angeles y D. Mariano Martinez..-Concluida la. espresada
eleccion, se les espidió á los electos sus respectivos nombramientos
y se disolvió la Junta, que la componían, á mas de los Sres. Subprefecto y Diputados q-1,1e la presidieron, los Sres. sustitutos que se han
mencionado y los demas mineros D. Manuel Gomez, D. José Luis,
Chavez, D. Praxedis Lora, ú. Mariano Martinez, D. Emeterio Men-·
doza, D. Francisco Leon, como apoderado del Sr. D. Ismaél Castei.•
lazo, encargado de las negociaciones de la Compañia del Mineral del
Monte; D. José Ramirez, D. Rafael Miranda, D. Pedro Nava, D. Zenon Salazar, D. Manuel Resendes, D. Juan Resendes, D. Francisco
Montes, D. Emiliano Recendes, D. Benito Nava, D. Ignacio Lozano
y D. Juan Garcfa. Estendiéndose en seguida la presente, de que se
remitirá copia á la superioridad, y la firmaron los señores que presidieron dicha Junta por ante el Secretario que da fe, y de que se ha
asentado en papel comun por no haberlo sellado en la oficina de su
espendio en este Mineral.-L. Noeggerath.-Rafael Iwdriguez.-José Mig1tel Basuald{}.-Julio }barra, Secretario. ·:
•·
·,
Es copia de la original que obra en el archivo de la. J?iputaciohl
territorial de esta Cabecera, á que me remito y certifico. Zimápan,
Marzo ocho de mil ochocientos sesenta y cinco.
u,.
.
- (Firmado) NoE~dERATH: 1, ~ ')
(Firmado) J1tlio }barra, Secretario.
.(,.,(,,,, r)
0,f1r,&lt;r

,.

8

17
31 .

DIARIO DEL IMPERIO.

MANERO,

Señores redactores del IJiario Oficial.-Milan, Febrero ~ de 1865.Muy señores mios: Con mucho sentimiento h&amp;sab\~ qué actualmente reina una epidemia de tifo en varios puntos del Imper10; y deseando mitigar
los estragos de 'semejante calamidad, suplico á vdes. que me hagan el favor
de publicar las observaciones que paso á presentarles, co.n referencia á un
remedio á la vez preventivo y curativo, no solo dfi dtch'.1- epferm~dad, &amp;ino
tambien de todas aquellas que suponen alguna fer~entac10n morb1fica y (\On1
siguiente alteracion de la sangre.
Conviene esplicar en primer lugar que el orígen de ciertas enfermedades
se atribuye en el día por algunos facultativos á la alteracion que produce
en la sangre una verdadera fermentacion, del todo anájoga á la ·que se observa en las materias orgánicas fuera del organismo vivo. Apoyada esta ldea
por la respetable autoridad del Dr. Claudio Bernard, ha sido luego cqrµirmada por las interesantísimas y .numerosas esperiencias que de diversas maneras se han practicado, introduciendo en las venas de algunos perros, ya la
sangre de otro animal en estado muy avanzado de putrefaceion, 6 ya algun
pus muy corrompido, etc. Pero no bastaba para el bien d¡l ,la humigüd,ad el
simple conocimiento de los efectos desastrosos que prodn&lt;!e la fermentacion
de la sangre¡ faltaba descubrir el modo de conte¡¡,er1 de dominar, y aun de
.

}

'

299 .
-&lt;

r

f

impedir esa fermentacion, y esto es pre~is~mente lo Jue ~a cons~g~ido el
N. B. La preparacioli de- éstos sulfitos es IJlUY facil 'y séncilla. Basta. ha,.
distinguido Dr. J;&gt;olli, catedrático de qmm1ca en el Instituto Tecmco de cer pasar una corriente de gas ácido sulfuroso lavado, por medio de un aparato de Woulf, en una solucion de carbonato de ,sosa (sosa cristalizada), 6
Milan."
, ''
.
·
.
Segun la opinion de Bernard, no era. ~os1?le conte~er la fermentac1on de en una leche de carbonato de magnesía, ó de magnesia cáustica, desleída en
la sangre por medio ele los 11.0'entes ant1sept1Cos conocidos, ya que estos •no agua, hasta el punto de satUJ"acion. ~l sulfito de sosa, que es muy soluble
"
d
' lac10~
' de una maner'."
se pueden introducir en el torrente
e al
cn:cu
a .qu~ en el agua, se hace cristalizar evaporando la solU(~ion: el sulfito de magnesia,
sea compatible con la vida.'1 No_obsta~te, qms~ ~ver1g~ar el Dr. P_olh, s.1 que es poco soluble (ya que exige 20 partes de agua), se,precipita casi compor ventura no conservaría la m1sm~ virtud el ac1do sulfuroso, ~ue ~1ene so- pletamente; bajo una forma arenosa, en. pequeño~ cristales granulosos, que,
bre las fermentaciones al estado de libertad, en estado de c~mbmac10n con se recogen, se enjugan ,sobre un filtro y se dejan, secar. '
:
los álcalis es decir en la forma de sulfito, y con este fin emprendió una seI
rie de esp~riencias; que pu?lic'ó de un~ mane1:a m~y c_ircunstan~iada, y cuyo --- resultado 110 podia ha~er sido mas sat1sfactono. S1gm_endo su eJemplo, otros
facqltativos apliC&lt;'.rorJ el uso de las sul~tos de mag~es1a y de sos~ al tratamiento de algunas enfermedades mas o menos malignas, como tifo, afectos
:: . :....· ....
puerperales fiebres eruptivas, intermitentes, etc., y con tan feliz éxito, que
DIL I1'TERIOR.
el-número de ensayos clínicos ha ido creciendo al grado de formar en el día
Dlas y horas en•que salen
Olas y horu en que entran
una autoridad muy respetable.
LINEAS.
de México. "
·
• á. México.
1
Parece, pues, imposible el impone1:'se de los ?e~hos clíni~s que se h~n
'
r
observado en diversos puntos de Italia, en la Belg1ca, en Egipto, etc., sm De México para Arroyoza.rco.
'!'(
\.
S. Juan del Rio.
quedar convencido de la virt4d que real y verdaderamente poseen los sulfi"
,,
Querétaro.
Lúnes, Miércoles ·y Mártés, Juéves'y Sátos para combatir y tambien para evitar el desarrollo de ciertas enfermeda,,
Viernes á las 4 de , bados, entre 5 y 6
Salamanca.
des. Por otra parte, su accion fisiológica1 que ademas de antif~rmentativa y
la maflana.
de la tarde. . ,
Guanajuato.
"
desoxidante, es ligeramente evacuante? leJOS de pugnar con las ideas generalLagos.
",,
menté admitidas en cuanto al tratamrnnto de muchas de esas enfermedades,
Guadalajara.
mas bien concuerda con ellas, y muy particularmente con referencia al tifo. De. México para Arroyozarco.
_ _ t...._,Tl"TT r
Me parece pues incuestionable, que el uso de los sulfitos es muy conveS. Juan del Rio. ,
.._ , J , ...
niente para ei trat~miento del tifo, y sobre todo, como profiláctico de esa
"
Qnerétaro.
pefürrosa enfermedad. Bien considero los escrúpulos que tendrán algunos
"
S. Miguel.
Mártes, Juéves y Sá- Miércoles, Viérnes y
"
facuitativos para adoptar este nuevo tratamiento del tifo, mientras no lo haDolores.
hados, á la&amp; 4 ele la
Domingos, entre 5
"
matlan·a. - "
y 6 de la tarde.
la Quemada.
ya sancionado plenamente la práctica general; pero seria insensatez negarse
"
S. Felipe.
á emplear un arbitrio tan sencillo é inocente como simple medio preventivo
.,"
Jaral.
del tifo y de las •demas enfermedades que hemos indicado mas ar1·iba, y
S. Luis Potosi.
tambien del vómito.
"
:J.
DE TOLUCA.
Aunque otros sulfitos, como los de amoniaco, potasa y cal, poseen la misma virtud, es preferible el sulfito de magnesia para el uso interno, porque
Todoslosdias, (!Scep- . Todoslosdias., escep
tiene muy poco sabor y lo toleran muy bien las vias digestivas: el sulfito de De México para Tolt1ca.
to el Domingo, ñ · ·to el Domingo, en- &gt;
1 tre 2 y 3 de~a tardé
sosa es muclio mas soluble que el de mágnesia; pero tiene un sabor fuerte y
~ las '1 de la matlana.
deságradable; por lo cual conviene mas bien para el uso esterno: tiene ·tamDE KOlllLIA.
bien la ventaja de ser muy barato.
De
México
para
Toluca.
A continuacion agregaré las instrucciones que el mismo Dr. Polli me ha
Ixtlahuaca.
Lúnes, ,Miércoles . y Lúnes, Juéves y Sácomunicado para el uso metódico de estos medicamentos, y tambien procuMaravatio.
Villrnes, á las '1 de- bados, entre 2 y S
raré remitir al Exmo. Sr. Ministro de Fomento varias Memorias que tra-.
"
Acámbaro.
la manana.
de la tarde.
tan de esta materia, para que, por su respetable conducto, se propaguen las
"
MorelÍa.
J
luces que ellas encierran.
"
DE AJIECA Y CUÁUTLA.
Celebraré infinito que todo sea con buen éxito; y me anticipo á dar á
1 \
•
vdes. las mas espresivas gracias por la insercion de este comunicado, ofre- De l{éxico para Cha.leo.
·
1
Mártes, Juéves y Sá• L~es, Miérboles y''r.
ciéndome al mismo tiempo á las Órdenes de vdes. como su ate¡¡to servidor ,
,,
Ameca,
~ hados, á las 6 d'e 111
Vi~rn.¡if, en,íi;e '8' y
Q. L. M. B.'-Pablo .Martinez del Rio.
,,
Tenango.
4·dé In t.arde. ' ·
J ~anana. ·
Cuaut.la.

SERVICIO DE DILIGENCIAS.-

f

1

0

.•

•

l

iNSTRUOOION DEL DR. PoLLI PARA EL USO DE LOS SULFITOS.

l. 0 Los sulfitos mas activos y los que mejor tolera el organismo, son los
de magnesia y de sosa.
~
.
2. 0 La dosis es de 15 á 20 gramas en las 24 horas, para los adultos, y
la mitad para los niños.
El sulfito de magnesia se administra en polvo, es decir, en papeles de 2
á 3 gramas cada uno, en un poco de agua. El sulfito de sosa en solucion, en
algun cocimiento mucilaginoso, y endulzado con algun jarabe aromático.
3. 0 La solucion de sulfito de sos~, en la proporcion de una parte de sal
y diez á quince de agtia, puede servir para lavativas y para el usq esterno,
para la cura,cion de úlceras fétidas ó gangrenosas, etc.
4. 0 Nunca se deberá administrar junto con los sulfitos, ó ·poco,despues,
ninguna bebida que contenga algun ácido, aun cuando solo f~era vegetal,
como jugo de limon ó de naranja, jarabe de grosella, tamarindo, cremor de
tártaro, etc., sino únicamente agua pura, horchat_a ó alguna otra especie de
emulsion, leche, etc.
5. 0 Si hay eructos ácidos ó sulforosos despnes de tomar este remedio,
como stiele suceder por motivo de algun ácido gástrico escesivo1 es preciso
mezclar con el sulfito algun poco de magnesia cáustica (media grama en cada papel), si se trata del sulfito de magnesia, ó bien de dos á ,tres gramas
de magnesia para la cantidad de solucion de sulfito de sosa que se deba beber en las 24 horas.
6. 0 Si hay diarrea ó evacuaciones demasiado frecuentes, antes ó despues
de administrar los sulfitos, será preciso agregar un poco de opio ó de láudano.
7. 0 . Para el tratamiento profiláctico, 6 sea preveµtivo de la enfermedad,
se administra, dos veces al día, es decir, por la mañana y por la noche, una
toma ~e tres á cuatro gramas de sulfito de magnesia, dejando un intervalo
de dos ,horas antes ó despues de los alimentos; ó bien se administra cada
no?he a· la hora de acost:arse, de cinco á ocho gramas de sulfito de sosa, en
una sola t'oma, en alguna ligera infusion aromática, por ejempb en un poco
de té. Este ~ra~mien1i? puede sufrir suspensiones de 24 á 30 h9ras, y aun
frecuentes, sm nmgun moonveniente ya que el remedio tarda mas de dos
días para ser completamente evacu;do.
8. 0 _Para el tratamiento cura!i"? se administra un papel de sulfito de
magnesia cada dos ó tres horas, o bien la solucion de sulfito de sosa á la dosis ya indi~~a. E~ caso de vómitos repetidos (sobre todo si se tratare de
curar el vomito prieto), se hará uso de la solucion de sulfito de sosa en lavativas, segun se ha esplicado ya en el número 3.
9~ La lengua. se~ Y_ rajada, las encías fuliginosas, etc., no constituyen U~mas una ?ontr~md1cac1?n ~ara el uso de, este remedio, ya que, bajo el infiuJO
de su acc1on, siempre d1smmuyen esos smtomas.
10~ El trata~iento pór med!o de lo~ sulfitos es compatible con toda otra
clase de tratamiento, como el smtomát1co 6 puramente paliativo esceptua.n·
qo úni()llmente el uso de todo ácido,
'

"

-DE 'PU;DLA.

JTodos los días á las 4 Todos los los clias, en¡ 9e la ma1iana. . . . tre ó y 6 de la tarde

D~ México para Puebla.

,

DI VIBACBVZ.
De México para Ayotla.
,,
S. Marti11.
,,
Puebla.
Todos los día$, escep- Todos los dias; escep,,
S. Ag. del Palmar.
t.o el Sábado,. á 1~
to ~l l{ártes, entre ·
Orizava.
4 de la manana..;
5 y 6 de la tarde.
",,
Córdoba.
,.
Cama.ron.
~1 1
il'

.

DE A.Pil.,

--)

11

I

De México para S. Jnan Teotihuacan Lúnes, Miércóles y: Mártes, Juéves y Sá"
Otumba.
~ Viernes á las 6 de
bados, entre S y 4 .
,,
Guarda.
. la ma1ia~a_
,
de la tarde.
.,
Aparo.
J (

DE PAcmJCA YTUUNCilfGO.

De México para S. Oristóbal.
,,
Oznmbilla.
Tizaynca.
"
Pachuca.

"

•

Para el primerpuntó Del ·primer punto t.otodos los dias, esdos los dias, escepcepto el Domingo,
to el Domingo, en· á las 6 de la man.
tre 8 y4de la tarde
Para el segundo pun- Del segundo punto, .. ,
to, Lúnes, MiércoMártes, Jn~ves y
les y Viérnes á las
Sábados, entre 8 y
6 .de la maflana.
4 de la tarde.
·1

f

l

, DI CUIRBAVACA.

De México para Tepepa.
Guarda.
",,
Huitzilirc.
,,
Ouernavaca.

y

Lfules, Miércoles y llártes, Juéves SáViernes, á las 6 &lt;le
bados, entre 8 y 4
{ lama.nana.
de la tarde.

.

.

DE P1JDLA A llUilUITLA, ••

u

Dlaa 1 horas en que salen Dlas y horas en que entran
de Puebla..
.
á Puebla.

LINEAS.

Lúnes, Miércoles y Mártes, Juéves y SáViérnes á las 6 de
bados, entre 3 y.4
de la tarde.
~ la mafiana.

De idem para idem._

DE G1J.ANAJ1JA.r0 A LEON.

De ídem para idem.
México, Enero '1 de 1865.

1

Mártes, Juéves y Sá- Lúnes, *iércoles y,1
bados, á IM6 de la
Viernes, entre 1 y
mane.na_
2 deJa tarde.

l

')

�.DMRIO DEL L\fPERIO.
1T

, SERVICIO DE CQRREOS.

ENTRAPA Y' SALIDA DE CORREO.S EN LA AmlINIST&amp;ACION GENERAL DE ESTA

.

CAPIT.U.

LLEGA CORUSPONDENCI.A:

TRillUN.AL DE COMERg!O DE MEXICO.
En loa autos de concurso á bienes de D. Gustavo Halfen, este TrilÍunal, en auto de h.oy,
ha nombrado sindico administrador de dicho concurso á D. Eugenio Maillefert, en sustl'tucion de D. Luis Comeille, que lo era, á quien deja en su buena opinio11 y fama; mandando se cit,e de nuevo á todos loe acreedores de dicho concurso, para que presenten al
sindico nombrado, D. Eugenio Maillefert, los comprobantes de sus créditos, en el término
de quince dias.
Lo que pongo en conocimiento ~e los interesados, cumpliendo con lo mandado.
México, Marzo 23 de 1865.
·
José Maria Cardeña, encargado de la Secretaria.
223-3s-2
JUZGADO 4? MENOR.-1\' DE SANTO DOJIIINGO NUM. 8.

J UEVEs.-De Texcoco, Ayo'tla, Sa~ Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla,
Orizava, Córdoba, 'Veracrúz, ',('a~mbaya, Le¡;ma, Toluca, Tenancingo, Ixtla,.
huaca, San Felipe del Obraje, Mineral del rOro, Tlalpujahua, Maravatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal Ecatepec, Pachuca, Tulancingo,
Teotihuacan, Otumba, Aparo, Tlalnepantla, Cuautitlan, Tepeji del Río, SoyaORDEN,
niquilpan, Polotitlan, San Juan del Rio, Querétaro, Guan3:juato, Lagos,
Por ignorarse el domicilio de D. Ramon Mont&amp;ñez, se le cita y emplaza por la presente
Aguascalientes, Gµa4t~jara,~t~ , J?11tangó} Tu),á, TlMpam, Cuernavaca. para que en el término da diez dias, contados des~e la primera publicacio)l de este aviso,
SE DESPACHA CO1lRZ:SPONDENCIA
HASTA LAS

9 DE LA ÑOCHE.

JuEvEa.-Para Texcoco, Ayotla, San Martin Texmelucan, Tlaxcala, Puebla, Orizava, Córdoba, Vera.cruz, Tacubaya, Lerma, Tolµca, Ixtlahuaca, San
Felipe del Obraje, Mineral del Oro, Tlalpujahua, Mar.avatío, Morelia, Guadalupe Hidalgo, San Cristóbal EC'-atepec, Pachuca, Tulaneirrgo, Teotihuacan,
ÜtUIJ;lba; Aparo¡,Tlalpam, Cuerna.vaca, Tlalnepantla, Cuautítlan, Tepeji del
Rio, Tula, lxmiquilpan, Soyaniquilpan, Polotitlan, San Juan: del Rio, Querétaro, Guanajuato, Lagos; Aguascalientes, Guadalajara, Zacateeas, Duraugo.

comparezca en este Juzgado á conrestar la demanda que enjuicio verbal sobre pesos le
promueve D. Jua!lAdalid; apercibido de darse por conrestada h1 demanda, siguiéndose ea-te juicio con los estrados deljuzgado.
México, Marzo Z'/ de 1865.-Lic. Poulet.
221-3$'-3

'- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ' - - - - - - - -

INTERESANTE. Debiendo D Gil Varache salir para Francia, del 25 al 31 del presente mee de Marzo
avisa é. _las personas que _tengan ~egocios ó cuent~s pen!1i:ente_s con él, que p?&lt;l,rán oourri; ·
h1111ta dicha fecha al cafe de Pana, calle del Coliseo V1eJo num. 18, de las diez á las doce
de la mañana.
·
Participa tambien á los dueños de molinos que volverá á Veracruz en Setiembre próximo con un surtido de piedras para molinos, cuya clase será la misma, quizá mejor, que
las que trajo en su último viaje y que tan apreciadas fueron p_or los conocedores.
2l3-7s-6

ANUNCIOS OFICIALES.

TRIBUNAL DE COMERCIO DE MEXICO.
En el juicio verbal promovido por los Sres. Pont.on hermanos contra D. Leonardo Laredo, este Tribunal, por acuerdo de hoy, ha mandado se cite por los periódicos á dicho D.
AYUNTAMIENTO DE ItlEXICO.
Leonardo Laredo, previniéndole que dentro de quince dias se presente por sí ó por apoNúm. 778.
deradv instruido y espensado, á contestar la demanda¡ apercibido de que no haciéndolo,
en su ausencia y rebeldía se continuarán los pwcedimientos hasta pronunciar y ajecutoCONVOCATORIA.
riar la sentencia.
·
México, Marzo 21 de 1865.-José Mária Cardeña, Oficial 2?, encargado de la Secre- ·
La Junta de Hacienda ha dispuest.o se CQnvoque por medio de este aviso á los acree- taría.
·
216--8s-6
dores al fondo de amortizacion que tengai'l.' créditos escriturados, líqui4os y reconocido~,
para que ooncurran el dia cinoo del entrante,'á las doce de la mañana, al Salen de CabilJUZGADO DE l'.' INST.ANC1A DEL PARTIDO DE TULA.
dos del EXD\º· A'}'Ulltamiento, donde conforme á lo prevenido por la ley relativa; la esEn
los
autos
promovidos
ante este Juzgado por D. Miguel de Oviedo, en repreaentacion
presada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida, entre los acreedores que ofrezcan mayor rebaja.
de la testAmentaría de D\' Melchora Zúñiga, contra la de D. Mignel Ballesteros, sobre
entrega del rancho de San Isidro Chi~uibatha, á pediment.o de ambos albace11s, he manMéxico, Marzo 28 de 1865. -El Prefect.o Municipal, F. Somera.
dado por otro de esta fecha, se ciren a los herederos de dicha Sra. Zúñiga y D. Eustaquio
Serrano para una junta, que deberá verificarse el 19 del entranre Abril en este propio
Juzg~o, á las diez de la mañana¡ é ignorándose el paradero de los espresados hered.,rós,
los cito por el presente con el fin indicado¡ apercibiéndolos de que de no concurrir el dia y
' .A.N"UNOJ:OS.
hora indicados, por sí ó pc•r apoderado instruido y espensado, les parará el perjuicio .que
haya lugar en derecho.
Tula, Marzo 16 i!e 1865.-Lic. José Jesus DtJminguez.
218--3&amp;-3

AVISO.

'
JUZGADO 2? MENOR DE ESTA CORTE.-EMPEDRADILLO NUM. 6.
El Diario du Imperio se publicará en lo sucesivo todos los dias á las doce, menos los
domingos y diaa festivos en que estén cerradas las oficin1111 del Gobierno.
Ignorándose la habitacion de D. Rafael Moreno, y á pediment.o del agente de negocios
El despacho se halla establecido en la casa número 8 de los Bajos de San Agustin.
D. Manuel G. Cevallos, apoderado jurídico del cesionario d&amp; D. Ignacio Trejo, por el preEl precio de la suscricion aerá:
sente se le cita, para que dentro de ocho dias, por si ó por apoderado instruido y espensado, se presente en este J uzga¡lo á contestar la demanda que-en juicio conciliatorio, sobre
En la Capital, por un mes . . .. . . . . . . . . , ...... .. $ 1 50
pesos, le promueve dicho Cevallos; arercibido que de no verificarlo, se dará 'por intentado
el acto, y se espedirá al actor el certificado.
Id.
id. por tres meses. . .. .. .. . . . . . . . . . . . . 3 00
México, Marzo 22 de 186.5.
En los Departamentos, por tres meses,' franco de
El Juez 2? menor, Lic. Unanue y.Pa?J&lt;!n.
219-&amp;-3
porte .... .. .. ·,............................. 3 75
JUZGADO DE LETRAS DE SAN JUAN DEL RIO.
- En el espediente promovido en este Juzgado por el Sr. Sindico primero del M. I. Ayuntamient.o· de esta ciudad, D. Angel M. Domingnez, solicitando que se manden chancelar
las escrituras de reconocimiento, que en 28 Febrero de L861, y anre el Escribano D. Francisco Ruiz, ot.orgó D. Manuel Casabal á favor de la Adminiatracion de rentas del antiguo
Estado de Querétaro por los capitales legados por la Sra D~ Rafael.a Diaz Torres para objet.os de beneficencia, y son: el de trece mil cien~ sesenta pesos para el eatablecimient.o de
Lós recibos deberán ir firmados por D. Juan Devincent,ii's, encargado de una cátedra de latinidad y otra de filosofia y compra de libros; el de nueve mil cuatrooientos pesos para auxilio y fomento del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad, y el de
esta administracion.
dos mil ochocientos veinte ·pesos para J.&gt;agar un capellan del mismo estableei.níient-0¡ en
vista de no ,haberse presentado ningun mreresado alegando derechos á los referidos capi
No se admiten reclamaciones por falta de ~ecepcion del "DIARIO," sino hasta
tales, y de las oemas constancias que ob1an en el especliente, el Sr. Juez de primerá insel dia siguiente de publicado oada númere.
tancia de este Distrito, Lic. D. Tranquilino de la Vega, con fecha 1 del comentella pronlmciado un auto, cuya parte resohi.tiva es á la letra como signe: "Primero: que el M. I.
T
'1
" Ayuntamiento de esta ciudad, competentemente autorizado por la Prefectura superior
AVISO IMPORTANTE
" política del Departament.o de Querétaro, es parte legítima para inteTTenir en la imposi" cion de los capitales legados por la Sra. D~ Rafaela Diaz,Torres para objetoe de benefi" cenc1a, y son: él de trece mil. ciento sesenta pesos para la institucion de las cátedr11s de
Se van á reimprimir los números de este periódico desde el 2 hasta el 16 " latinidad y filos.ofia,1' 'compra delibtbs¡ el de nueve mi1 cuatrocientos pesos para el Hosinelusiv.e, y en ¡manto esté hecha. la. reimpresion se remitirán estos números,, " pita! de San Juan d&amp;Díos, y el ae dos mil ochocientos veinte pesos para pagar un ca" pellan de este establecimientp, procediéndos&lt;i con las calidades que recom¡enda la Preá los suscr-itores que los han pediiro.
( ~ ·, · 1
" fectura de quien ke trata, 1·especto del Hospital. SegundC': que cemo consecuencia de la
Los Gefes de oficipas y otras dependeucjas del Goóier.nq, ,que deban sus- " anterior decl,¡.racion, mandaba y man~ó~ se tilden y chancelen en sus matrices y en los
cribirse•al DuRio, se servipán ·deci:r,: l&lt;&gt; mas pronto posible el número de " respectivos' libros de hipotecas las escrituras de reconocimiento qué erisren en la actuaejempla¡res que necesitan, pai;a q'!le la Administracion del periódico pueda. " lidad por IQ'S precitados capitales, y que otorg6 D. Manuel Casallal c9mo comisario te11" tamentario de la Sra. D~ Rafaela Diaz Torres, en 28 de Febrero de 1861 ante el Escriarreglar ponvenientemente sus trabajos.
" bano, D. Francisco Ruiz, á favor de la Administr~ion de rentas del antiguo Estado d¡¡
Se suplica á los suscritores de los Departamentos que no han pagado to- ' Querétaro, c&lt;in especial hipoteca de la haciepda dé' San Clemente, ubicada en esta ju
davía el primer trimestre del año actual, que remitan cuanto antes el impor- " risdiccion, tildándose y anotátidose las respectivas partidas de registro si existieren vite de las ,suscricion~correspondientes á este periodo.
,
..,
' " vas en el de hipotecaa, por estll Juzgado,,actualmente encargado del Oficio público y del
" de hipotecas. Terc6ro: se declara igualmente, que los testimonios de las escrituras an" teriores qu'e puedan aparecer, así como sus endoses y cesiones, son n,ulos, de ningun
JUZGA.DO 2? DE LO CIVll.
" valor ni efect.o, quedando como quedan, rotos, cancelados é insubsi,stentes. Cuarto: puEn los autos ejecufü-os que signe D. Clemente Peimbert, contra D. Higinio Gorostieta, " blíquese el present.e auto por el espacio 'de veinte filas erl el periódico' oficial del Desobre peso~, el Sr. Juez 2~ de lo civil, Lic. D. ManúeLPavon, ha mandado se venda la ha- " 1!art&amp;ment.o y en o.os diarios de· la flel Imperio, para conocimient.o de los interesa
cienda de Huayater;ico, ubicada en la jurisdiccion de Sultepec, valuada en cuatro mil qui- " dos. Qu.jnto: que s~ nQtifi,que lo mandado ~l Sr. Síndico Procur~or primero del M. I.
uient.os pesos; ~eña~do para las 11lmoueda,s los dias seis y veiJ.tiseis del entl!ant,e Abril, y " Ayuntamieu1ci de esta ciudad, D. Angel M. Dominguez, y á D. Gil de Echevama, á
" quien se prevendrá exhiba su certificado de mil.trfoula, que se le devolverá luego que se
cinco de Mayo próxrrno, é. las doce, siendo la última con calidad de remate.
Lo que hago sa,ber al 'público. México, Marzo 24 de 1865.-Manuel Romero, Escribano " tome razon de él en aut.os. Y aesto: que la Secretaría cuidare de acumular á las pre,, sentes diligencias el correspondiente número de ejemplares de los periódicos en que se
público de la Nacion.
'
, /
224-3s-1 ·
" ha~a la publicacion prevenida. pal.'a la debida constancia¡ y techo, archívense las actua" ciones formadas."
CITACION. •
Y cumplienao con lo que se previene en el auto inserto, pongo la presenre en San Juan
No sabiéndose el domicilio de D. José M. Se~a y D. Aguatin López, ni quiénes son los del Rio, a nueve de Marzo de mil ochocientos sesenta y ciuoo.-El Secretario del Juzga193--4a-4
albaceas de D. Jacintó-Ortiz·de la Peñ.a·ym Matj¡arita Peimbert, el Sr. Jue,z, D. Ma- do, Lic. Juan Manuel Diaz BaTTciro.
nuel Pavon, ha mandado ee les vuelva á cita;--ájunta como acreedores de D. José Maria
Noyas, para el dia aeis del entrante Abril é.las doce; bajo el apercibimiento de dictarse la
1 '
medida ó resolucion á que hubiere lugar.
JMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
Lo que lee hago saber por esre aviso. México, Marzo Z'/ de 1865.'- Manuel Romero,
Escribano público de la Nacion.
222-2s-2
:
BAJOS l&gt;.f SAN A.Gtl'ST-IN ':Nlnd. l.

El impor~ de las suscriciones se pagará adelantado.
•
El precio de los anuncios será de cuatro reales por la primera insercion de diez líneas,
Y.dos reales por cada una de. las siguientes, y p1111ando de ese número de líneas, será á premo convencional
"'El precio de loa anuncios será convencional, y deberá pagarse precisamente adelantado,
sin cuyo requisit.o no podrán ·public_arse.
·

PARA LOS SUSCRITORES .DEL "DIARIO DEL IMPERIO."

1

..

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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