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                  <text>P.
,..

DEL

EL

.

(

•

DIARIO
TOMO l.

IMPERIO

MEXIOO: Miércoles 26 de Abril de 1865.

NlJM. 9:S.

SUMARIO
Se dió cuenta con los oficios siguientes:
PARTE
OFICIAL.-Orden
ÍI la Admlnlstra.cion de bienes nacionalizados sobre chancelacion de escrituras.
De la Prefectura política, insertando la determinacion de s. M. el
-Otra para que las escrituras se otorguen despues de hecha la rerlslon.
7
PARTE NO OFIOIAL.-Sur de Tamaullpas.-Acta. del Ayuntamiento de México, de de Marzo de l865. Emperador, para que por la Prefectura Municipal se haga el gasto
VIAJE DEL EMPERADOR.-Continuaeion.
l d
1&amp;iil=========i======;;;;;;;;==;;;;;;;;==;;;;;;;;==;;;;;;;;;======~====-ó==~~ de cincuenta pesos, que se entregarán al Comisario general de Sa u
pública.
• PARTE OFICIAL.
De la direccion general de salud pública, para que se establezca
la oficina, así como el local que pide en el hospital de San Andrés.
-A la Comision de Hacienda.
ENISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y CULTOS.
De la misma Prefectura, trascribiendo la disposicion suprema paMéxico, Abril 22 de J865.
ra
que se esté á lo mandado en las disposiciones vigentes, respecto
.. Despues de hecha la revision de las operaciones relativas, y aprode
la duplicacion del impuesto á las corridas de toros.-A sus antebadas que sean dichas operaciones por la Comision revisora, pueden
cedentes.
hacerse las chancelaciones de las escrituras referentes á las mismas
operaciones, que por algun motivo hayan permanecido sin chance- De la referida Prefectura, trascribiendo una comunicacion de la
larse, para lo cual esa oficina librará las órdenes correspondientes. Compañia Lancasteriana, contestando á la nota relativa de la CorLo digo á V. S. para su conocimiento, en contestacion á su oficio poracion, para que la academia de música y dibujo, establecida en
el edificio de Bethlemitas, quedara bajo la direccion del Exmo. Ayunde ayer.
El Ministro de Instruccion pública y Cultos,
tamiento: que los útiles, enseres y el local son propiedad de la Compañia Lancasteriana, la cual tendrá el honor de pedirlos á la CorpoSILICEO,
racion
Municipal cuando los necesite, por estar destinados por reSr. Administrador de bienes nacionalizados.
glamento para los cursos nocturnos y escuela dominical.-A sus antecedentes. ·
México, Abril 22 de 1865.
De conformidad con el art. 16 del Reglamento de 9 de Marzo úl- De D. Luis Muñoz, manifestando haber recibido una cajá con pus
timo, para que se otorguen á los interesados escrituras por opera- vacuno, y haciendo una observacion á una mala inteligencia habida
ciones de bienes nacio,nalizados, en los oasós en que al practicar es- en el Señor Prefecto pol1tico, respécto á que le habia dicho que se
tas operaciones ho se les hubieren otorgado, habrá de esperarse á babia perdido la vacuna, lo que no fué exacto, puesto que se sigue
que esté hecha la revision de las referidas operaciones.
ministrando dll!ante dos semanas.-A sus antecedentes.
Lo digo á V. S. para su inteligencia y en contestacion á la con- • Del Presidente de la Cornision revisora, trascribiendo para sus
sulta á que se contrae su oficio fecha de ayer.
efectos, otro de la Prefectura política, que inserta uno del MinisteEI Ministro de Instruccion pública y Cultos,
rió de Gobernacion, por el que se comunica que S. M. el EmperaSILICEO.
dor ha tenido á bi~n espedir ~l acuerdo que sigue:-Francisca López de Yañez segmrá reconociendo á favor de la Cuna el valor total
Sr. Administrador de bienes nacionalizados.
de la casa número 9 de la calle de San Andrés. Queda en consecuencia sin efecto el convenio de 9 de Mayo de 1861, sobre reconocimiento y pago por el erario de la mitad de la · cantidad que el cauPARTE NO OFICIAL.
sante de la interesada anticipó al clero por compra de la finca. Condonamos á la solicitante la cantidad de 1,700 pesos, que se le desINTERIOR.
contará de la que adeuda por réditos atrasados. Se le descontará
igualmente
la suma de 648 pesos 18 centavos, que justamente reSUR DE TAMAULIPAS.
clama por ocupacion militar de un meson de su propiedad. Bajo esSe ha publicado en Tampico el bando 'siguiente:
ta base se procederá á hacer la liquidacion de los réditos atrasados,
L. Vallée, Comandante superior del JJistrito del Sur de Tamaulipas, á tos para que se exija desde luego el pago del resto del adeudo, cuyo
habitantes del mismo liace sabe-r: que atendiendo á la situacion en que ac- importe ingresará al erario Municipal para que sea aplicado á los
tualmente se encuentra el resto del JJepartamento, ha tenido á bien d,ecretar: gastos de la Beneficencia públioa.-Recibo, y pase á la Comision de
Beneficencia.
1 ? Se declara en estado de sitio el Distrito del Sur de Tamaulipas.
2? Las autoridades judiciales y municipales continuarán en el ejercicio
Se dió cuenta con los ocursos siguientes:
de sus funciones, conociendo de aquellos negocios que ·no tuvieren conexion De D. Cárlos Alvarado, que pide media merced de agua pitra. la
con el servicio militar.
casa número 4 de la calle del Portal de Tejada.-,A la Comision de
3 ~ Todos los establecimientos p\Íblicos deberán estar cerrados á las diez aguas.
de cada noche precisamente. Los contraventores serán multados 6 castiga- De D. Juan Escobar, que pide se le capitalice la pension que disdos segurl. lo determine esta. comandancia, y conforme al grado de culpabilifruta como heredero de la Sra. D:t María Luisa Rodriguez de Vara
dad en que incurran.
4 ? Se prohibe toda reunion en las calles de las diez de la noche en ade- y Tineo, por el capital de 4,000 pesos que se reconoce en el baño
lante; las ~ers?nas que se encuentren en ellas despues de la hora dicha, sin del 'Sol, y que al efecto se le entreguen desde luego 1,000 pesos.una caus_a J11St1ficada, serán reducidas á prision y sometidas á juicio.
A la Comision ·de Hacienda.
Tamprno de Tamaulipas, Abril 17 de 1865.-El Comandante superior, De D. José E. Trujillo, que pide se le reponga en su empleo de
L. Vallée.
•
2? ayudante de la cárcel Nacional, que dejó por la enfermedad de
D. Ismael Ramos.-A la Comision de cárceles.
De D. Tomás Torres, que pide se le conceda una prudente próAYUNTAMIENTo DE MBxxco.
roga para trasladar su circo mecánico á otra parte y se le conceda
En la ciudad de México, hoy martes 7 de Marzo de 1866;
licencia para colocar unos caballitos volantes en la Alameda, en el
. Se reunieron en la ~ala CaI?itul_ar, á las doce y tres cuartos del local que la Corporacion tenga á bien designarle.-A la Comision
d~a! para celebrar ~ab1ldo ordinario público, los Sres. Pre~ecto Mu- de paseos, reponiéndose préviamente el pap~l.
..
mc1pal, Labat, _MeJfa, ~erganzo, Gomez, Ibarrola, Rul, V1llanueva, Se dió segunda lectura al dictámen del senor com1S1onado de poCervantes, Gahndo, Hidalgo y Terán, Hope, Rascon y Rincon.
licía, en el negocio relativo al proyecto de reglamento para el serSe leyó y aprobó la acta. del Cabildo público, celebrado el día 3 vicio de bestias, el cual fué aprobado con las siguientes proposidel actual.
ciones:

í

�394

DIARIO DEL IMPERIO..

i ~ Se aprueba el proyecto de reglamento para el servicio de bestias, pre•
sentado por el Sr. regidor,Rul con estas modificaciones en el a~t. 3. 0
~5 arrobas para un carro de dos ruedas, tirado por dos bes~1as mulares.
55 arrobas para un carro de dos ruedas, tirad~ por dos bestias cab~llares.
60 arrobas para un carro de cuatro ruedas, tirado por dos be.st1as mu·
lares.
50 arro~as para un c11,rro de cuatro ruedas, tirado por dos bestias caba.
llares.
14 arrobas para cargar á lomo de una, mu!~ ó macho.
7 arrobas para cargará lomo de un b~ri;o o burra.
.
.
2ª Elévese al Supremo Gobierno suplicandole ton-:e en cons1derac1on este dictámen para cuando se forme la ley de la materia. .

La del 6. 0 , con idem de 5 á 40 pesos.
La del 7. 0 , con idem de 50 á 100 pesos.
t
La del 8. 0 , con idem de. 5 á 20 pesos.
En caso de insolvencia, real ó ficticia, se comnutará la multa con prision
solitaria, á razon de dia por peso.
11. El Regidor e~cargado del ramo de coches en esta capital, y los que
señalen los ayuntamientos fuera de ella, nombrarán· de entre los buenos cocher?s ó carreteros .de su localidad, una c?mision de l?s mas prácticos y en·
tendidos, que exammen, tanto en el maneJ◊ del cárruaJe como e11 el cuidado
de las bestias, á todos los que soliciten libreta para servir de cocheros ó carreteros. A la persona que en lo sucesivo ocupe un coche ó carro conduc·
tor que no tenga este requisito, se le hará responsable de las infracciones de
aquel, duplicándole las penas.
12. El Gobernador del Distrito en la capital, y los Prefectos en sus cabeceras respectivas, contratarán con un veterinario la cura y alimentacion
á costa de los
que se aprehendan por infraccion deÍ
f¡ dueños
, de los. animales
if1 d
art. l. 0 , Y ormaran una tar· a e 1os precios que deben percibir por su
trabajo. En los casos que ocurran de dudosa resolucion, tendrán dichos veterinarios el deber de informar, segun su ciencia Y conciencia, sujetándose
al reglamento
especial
L
d que se formará al efecto.
13. as ~~1tas e que habla el art. 10,_se dividirán así: mitad para los
foudos mumcipales? cuart~ parte para el agente ~escubridor, y cuarta.para
la Casa de Correccion. Dichas multas serán aplicadas únicamente por las
autoridades políticas respectivas, haciéndose el pago en las tesorerías municipales,
Se dió cuenta con un dietámen del Sr. comisionado de instruccion
pública, que termina así:

El proyecto de reglame_nto á que se refiere el dictámen, dice así:
l~ No se permite, dentro de las poblaciones del Distri,to, el se.rvicio de
mulas, machos, caballos, yeguas, burros ó burras1 que esten esces1vamente
estenuados ó flacos, de manera que se les señale notal&gt;lemente los huesos de
los cuadriles, del espinazo y costillas, ni el de bestias que estando en buen
estado de gordura, tengan lacras abiertas y graves, ·sea. en los lom. os, que
vulgarmente llaman mataduras, ó en los encuentros, OJOS, cabeza, piernas y
cola.
2? Jguahnente-se prohibe el sei·vicio de bestias con atalajes, albardas ó
montmias que las lastiman ú ofendan; por consiguiente se oujdará de que los
collares ó pecheras de l!lS que sean de tiro, se encuentren en ,bue.u estado!
con encoginado suficiente y de tamafios adecuados á los de la bestia;, que s1
~e usa de caden¡lS para lo$ tirantes, sean éstas de eslabones cortos y torci·
dos, ó de lo contrario con forros adecuados de p~el gruesa; que las sillas y
albardas tengan mantas suficientes, que vulga'rmente llaman sud~deros, y
que las cinchas, atárreas y grupas no se hagan de' cuerda bruta ú otra mate"Espídase á D. Véntara Barrera el título de profesor de i11~truccion pri.
ria cortante.
maria que ha solicitado.''
~? Nótánd.ose que los dueños de carros de cuatro ruédas, cargan en ellos
Fuesto á discusion, sin ella füé aprobado.
,cuanto-cabe, por regla geJ?,eral, tii·ando solo dos bestias, lo que las agobia y
El Sr. comisionado de aguas presentó el siguiente dictámen:
obliga á emplear esfuerzos superiores Y escesivos, se declara ser la carga le•
Oonforme con el parecer del fontanero, la comision propone:
gal de un carro de dos Y cuatro ruedas Y la de las caballerías, comq sigue:
11 Se conceden á D. Manuel Esnaurri.zar dos y media pajas lle agua gor.
30 arrobas para un carro de dos ruedas; tirado por una beStia mular.
da en arrendamiento para la C&amp;Sa. número· 11 de ht 3, calle dé San lfuan,
25 arrobas para un •carro de dos ruedas tirado por una bestia caballar.
propia de los menores Garza, á. quiénes representa.
75 arrobas para un carro de dos ruedas tirado por dos bestias mulares.
- • El •
ad
·
, ,1
di ·
d o
2
60 arrob"s para un carro de dos ruedas th:ado por dos bestiasc oaballar¡¡s,
mteres 0 se SUJetara ª as con ciones e rdenanza Y variacio•
"'
nes que se le hagan posteriormente, obligándose ademas á establecer una
&gt;' 65 arrob~ para un carro de cuatro ruedas tirado pordosbestiasmular&lt;¡s. llave económica, por ejercerse una mucha presionen el surtidor respectivo.
55 ari:oba$ para un carro de cuatro rueda~ tirado por dos- bestias caballares.
·
Dispensados.los trám~t~s y puesto á discusion, fué aprqb~do.
16 ~rrobas para ~rgar á lomo de una mufa ó macho.
,, 1
El señor regidor comISronado de Mercados, presentó un dictámen
10 arrobas para cargará lomo de un caballo ó yegua.
en la peticion de D~ Maria Gomez y D~ Francisca Galindo, para es9 arrobas para cargar á lomo de un burro ó burra.
tablecer puesto de agua fresca en el zócalo eje la Plaza y atrio de
Las yegu~ y purras durante su p.reñ,ez, solo podrán cargarse con 6 arr.o- Catedral, que con~luye con la siguiente proposicion:
.
, pa¡¡, evij¡ándo11e, si son monta~as, el uso de espuelas.
4? Los carros que no estén Nen montados,ó les falte sebicas ó alg.una "' Unica. Se concede licencia á María Gomez y Francise&amp;-" Galindo, para
otra pieza importante, no podrán hacer servicio.
establecer puesto de agua fresca en las cadenas de Catedral, que dan,al Em5º Notándose, desde que el uso de riendillas para el tirv sustituyó á lps pedradillo, en el lugar que les señale el administrador de.Mercados pagan•
cocheros montados, que muchos de -ellos han tomado la bárbara costumbre do el impuesto municipal que la-ley previene. " ',, '
de precisará.sus caballerías, tirando más ó menos fuertemente de la rien- . Dispensad~s los trámites y puesta á discusion, fué aprobada, hadilla con un movimiento uniforme Yconstante •que agobia Ymartiriza- á l¡is ciéndolo en contra el señor Prefecto por oponerse á una disposicion
be~tia&amp; sin utili!Iad alguna, porque es un contrasentido tratar do apr.esur~r- vigente de policía.
.
111,9 á la vez q)le .se les detiene; y que para el servicio de carros se ocupan
S d.
1 • •
d d
peones ignorantes que cometen el mismo abuso y atropellan sin cesár lps
e ró cuenta con e siguiente acuer o e la Junta de Hacienda,
postes y personas, queda prohibido el manejo de carruajes ó carros por oo- que fué aprobado.
·
· ,.
cheros ó carreteros que no hayan sufrido el exámen de que habla el artículo
"México, Marzo 6 de 1865.-Represéntese al Supremo Gobierno :mani11, esceptuándose las personas aptas que por gusto conducen sus tiros, y lps festándole que los fondos municipales no pueden satisfacer la suma' que el
casos de abs~luta necesidad p~r muerte, embriaguez ó áusencia inopina¡;la Sr. Pastor reclama po~ sue1dos, coma fiscal de imprenta,suplicándolesesirdel cochero o carretero profesional.
1
va revocar la stfprema órden de 13 de Agosto de 1858, que sirve de funda.
6~ Queda estrictamente prohibido golpear á las bestias en la oabeza,oulj,1- mento al solicitante.-Somera, Parada/ Hidalgo y Terán.
quiera q-qe sea el motivo.
,
E te cuerd fué r b d
7~ Lo,s ~]?allos que se destinan al juego de toros, solo serviráq una·~v~z
s a
,?
ap O a o.
.
si salen heridos, y en el caso de serlu de gravedad se les dará muerte ternii~~ Sr. com1Sionado de aguas ~resentó un _dr.ctámen ac~rca de la
nada la funcion, á presencia de la autoridad que presida. La misma auto~i-. sohc1tud de D. José Inés S~lv~tierra, que prdró se le minoren los
dad se cerciorará por su vjsta, antes de comenzar el juego, de que las cab~· gravámenes que se le quenan imponer á su finca (Molino de Belen),
Jlerías destinadas á la pica no tienen lacra ni contusion de las corridas an· el cual concluye con las siguientes proposiciones:
teriores. ~ueda prohi~ida la inhumana cost~~bre de ·eoser las .lt~rid,as gr/}"
l ~ Se consultará al Ministerio de Fomento sobre la solicitud de D. José
ves Y,aphoarl~s reme~os calmantes ~on el unICo.~n de hacer ':v1r. a la c¡i.- I. Salvatierra, remitiéndosele este dict4men y el.espediente á que se refiere,
b.allena los d1as premsos para sacrificarla monbunda en la siguiente co1·- para que se sirva mandarlo examinar por la :Seccion facultativa, si lo tuvienda¿
.
.
,
¡ ra por conveniente.
•
8 Las bestias que conducen tablones Y vig~s, no podran ser, cargadfs
2~ Con la respuesta del Ministerio volverá á la Cómision de aguas para
como actualm~nte se. acostum~ra, de lo que rE1Sulta que se rocen liasta v~- que fije y propono-a definitivamente su parte resohrtiva.
ter sangre de las oreJas y cerviz. La madera de que se trata deberá cond"1·
· . "' .
.
cirse en carros ó rodillos· y si se hace por caballerías acomodada entre dos
Puesta á d1scus1on, en el curso de ella fué rettrado por su autor,
de-ellas en forma de lite;a, colocando rodillo¡¡ en el ~tremo inferior. Para y á mocion del Sr. Prefecto se acordó que vuelva á la Comision de
facilitar el tra.,_porte por rueda~, se ~~~ra.li~re .de derecho.s municipales la aguas, asociada del S1:, Sindico 2, 0 , para que en ·vista del espedienrnadera que se conduzca en ,carros o rodillos a tiro de bestia.
te consulte lo convemente.
·
. :~ Todo~ los agentes ~e po!icía d~ es~e go~i8J'.no, :y los de l~-prefecturas
Se dió lectura al siguiente corte de caja de segunda operacion,
y yuntamientos res~ectivos, impedirán el trap.s~to de las bestias y carros practicado por la Administracion de Rentas Municipales en el
de que hablan los art1culos l. 0 , 2. 0 , 3. 0 , 4. 0 , 5. 0 y 6. 0 , presentándo.
d
l
d
.
mes
lo~ á los inspectores 6 jueces de paz r.espectivos. Estos, dentro de los dos de Febrero. p~6x1m0 pasa o,. e1 cua se acor 6 §e rnserte en el acta
pr1meres meses de publicado este reglamento, se limitarán á reconvenil• á para conocimiento del púbhco.
los trasgresores Y amonestarlos para lo sucesivo; pasados -los referidos dos CORTE DE CAJA de segunda operacion, praoticado por la Administracion de Rentas Murneses, los aprehenderán y -remitirán ,¼ qispo,icion del gobierno 6 autoridad nicipales, con espresion de los r11mos de que .l!roceden los caudales que forman el in~¡iperior política respectiva,
reso de los fondos de su cargo, y de lá distr1bucion qtij! han tenido en todo el mes de
10, Las penas C?11 q~e se Cl\lltigai:á á los infracrores, del presente reglaebre.ro de 1865·
·
·
met1to, se graduaran asi:
IliORF.808.
, •
0
La. infraccion del art. l. , con multa de 2 á 10 pesos y el costo de la Existencia que re$\l.lt6 en :ú de Enero próximo
cura y alimentacion de la bestia,
de que se habla adelante.
pasado..... , . .'... ........ . •.. , , ... , .• . .
0
La infraccion
del
art.
2.
, con multa de 10 á 50 pesos
Por
arre,µdamiento de fincas•. .............•. .
0
La del 3. 0 , con_ multa de un peso por cáda arroba de ;ecargo.
,,
Il}ercedes µe agua .•.. • • ,
1
J.,a del 4. 0 , con ídem de 10 á 50.pesos.
.¡
Réditos de capitales que se reconocen al Exmo.
La del 5. , con ídem de 5 á 10 pesos.
·:i
Ayuntamiento.,,, .• ,,,.,, ..• ,,,,,.,,,, ,,
529 48½
1

DIARIO DEL IMPERIO.
Id. id. correspondientes á obras pías........ , ..
59 25
Venta llana de terrenos ........ , . ... • . • • • • • •
25 66
Productos de Mercados .......... • • • • • • .. • • • 5,751 50½
Fiel-Contraste....... • • • • • • • • • •
239 12
"
Piso del Rastro ........ ........ ' 362 90
"
Loterías Ho:diioio..... 548 16 } 1,035 29
"
~ ,, ' S. ipólilo .. . 487 13
"
Panteon de Santa Paula, á b. c .. .
367 87
"
Estancias de hospitales.... . .....
5 75
"
Distincion de Cárceles ..........
32
"
Donativos ..... . ........ .. ....
25 "
"
"
Dos y cuatro por ciento decomisos.
77 10
"
~ Licencias para obras de fincas ....
40 75
"
Derechos de licencias .... ... ....
442 50
"
Multas ............. . . ... . ....
269 78
Conb~ibucion sobre Casas de empeño . . . .......
667 91
• Juegos permitidos .. . ......
497 22
---- "
Diversiones públicas ....... 1,081 98
"
Canales esteriores ...... , ..
409 87
"
Carruajes particulares .. . ...
260 22
"
,,
de alquiler ....... 1,518 20
"
Panaderías .... .. .... ... ..
168
"
Ca.fes . .... ....•..........
36 "
"
Fondas......... , ........
22 "
"
Fábricas de cerveza ........
"
274 25
"
Espendio de licores .. .. . . ..
592 16
"
Casillas de pulque .........
581
,,"
Vacas de ordeña.. . . . ..... _.
173 "
Por importe ~ecaudado en la. Aduana por co~~ri.
"
bucion sobre carros de trasporte en las garitas.
762 ,,
Id. id. por derechos municipales de tarifa . ... ... · 37,703 07
Por rezagos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
252 04
Recargos...... .. .... ; . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2 81
Devoluciones:
Importe de las hechas por las Comisarías de cuar.
tel números 2, 3 y 8, por bajas de agentes en
las mismas.......... . .............. •....
17 59
Importe devuelto por esceso de pago á A. Soubervielle, segun libramiento núm. 167 ..........
l
3
1
"
Descuent&lt;Js para vestuario:
, Importe del hecho á los agentes de policía... . . .
473 ,,
Id. id. á los celadores de policía... .... ....... .
26 ,,
Reintegros:
Importe del entero hecho por el Sr. Secretario cesante, Lic. D. Cástulo Barreda............. .
41 66
Depósitos durante el mes..•.......... • , .. . . .
200 ,,
63,125 52

*

Por devolµcio'lles de descuento de[s'ueldos á 1os
agentes de policía dados de baja.. . .... . .... .

L

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3·95 .

1

.,e: f9 ifrnh!iu,1

1 94

a 10 \ ~B O t
.. 1)JK • • r

A Diversos como sigue:
Por una tercera parte de multas que corresponde
á la Administracion de Fiel-Contraste ... . . .
Por pagos erogados en 12 y 19 de Di.ciembre del
año próximo pasado en la conducc10n de la co.
mitiva á la villa de Guadalupe por el ferrocarril.
Por gasto de iluminacion de la casa municipal en
el novenario de San Fell.péde Jesus...,. . ... .
Por importe de alquiler de coches ocupados por
los señores Regidores el dia 9 del que fina por
viaje á la villa de Guadalupe. , . . . .. .. .. .. . .
Por importe pagado á D. IgnacÍQ Cureño y Pala.
cio por gastos judiciales en la saca y lleva de
los autos del concurso de D. Francisco Arbeu.
Por importe de gratificacion al barrertdero de Co.rpus-Christi. . , . . . . . . . . . . . .. , .. •.... , . .. , •
Por 2 pg de premio pagado á la aduana por su
recaudacion, segun·se espresa en los ingresos(38,465 07) . .. ... . . .. . . . ... ............ .

769 30

964 54

Pagado por amortizacion de capitales que recono.
ce el Exmo. Ay~ntamiento ... , ........... .
Idem de réditos de idem .. . . ............... .
ldem de créditos pasivos .............. .... . .

4,308 ,,
600 96
3,900 59

8,809 47

1 66
152 75
33 33
i

3 75

l 50
2 25

Suma el Egreso ... ... . .

63,255 81

CO][l'ARACION. ,

S~an los Ingresos...... . . .' .... $ 88,272 13
ldem los Egresos . . . . . . . . . . . . . . 63,255 81
Existencia ...... . ... $ 25,016 32
Sr. Presidente del Exmo. Ayuntamiento:
Para el debido conocimiento d~ la Exma. Corporacion, tengo el honor de
hacer en seguida la correspondiente aclaracion respecto de la existencia que
figura en el corte de caja de segunda. operacion practicado en esta fecha.

Existencia segun dicho documento ........... .
$25,016 32
Importe en efectivo disponible...... .. .... ... . 16,122 66
,, del 5 por 100, amortizacion de créditos
pasivos. . . .... . .. . ...... ..... . . .
812 60
,, del 5 por l 00, am_ortizaciQn de capitales,
etc ............. ...... ... . ..... . 6,297 44
$88,272 13
,, de depósitos ... .. ... ......... . _. , .. 1,392 62
,, de documentos por datar ............ .
391 ,, $25,016 32

Suma el Ingreso . ...... .
EG~.

.

Pagado a la Seci·etaría d~l Exmo. Ayuntamiento,
sueldos .. ....................... .. .. . . .
Gastos . . . . .... ..... ,, ................ ... ,

740 74
41 66

Administracion de Rentas municipales, sueldos ..
gastos, .,

1,133 24
41 66

306
155
100

"

1:l Guarda-Compuertas1 sueldo.... , •..•.•. , .•
,

.

1,174 90

Febrero 25. D. Mariano Morales entei·ó en esta fecha, .por D. Miguel
Qervantes, p.ara ayuda de compostura de la 1~ calle del
Indio Triste, la cantidad de ............. _... _... . _~ 25

6 "
369 15
125 ,,

.

Acaderµia de música y de dibujo, sueldos y gastos.
:Compañía Lancasteriana, asignacion .. ...... .. .
Secretaría de la Junta revisora, gratificacion ... .
:Policía de seguridad y municipal, sueldos y gastos.
,,
Comp~ francesa,
,,
Celado.res de policía, sueldos y pensiones. . .. .. .
Consejo superior de salubridad, asignaoion..... .
Vacuna, suelaos y gastos .. .... . ..... .. .... . .
Hospital de San Pablo .... . ............. .... .
,,
San Andrés... .• ................
,,
San Juan de Dios.... , .... . . .... .
,,
San Hip61ito . .... . ............ ,
Hospicio de pobres...... .... .... .. , ... , . .. .
Colegio de San Antonio ........... , ...... . . .
Cárceles .... . .... • .. . . . . . _.. . ...• . ........
Prision IJ1ilitar de la plaza, gastos ... _. : . , ... . .
Admistracion del Rastro,~sueldos y gastos .... .
Limpia de ciudad ......................... .
Ramo de alumbrado,!sueldos y gastos ........ .
Fontanería. . • . . . . . . . . . . . . .... ... . ..... . .
Obras públicas. . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . . . . ..
Paseos públicos..•.........•. .• ............
Administracion de Mercados .•.•.••.•. . . . . . . .
,,
Coch~ .......•....... . ...
,,
Fiel-Contraste...••........
Al Guarda-Rios, sueldo........... . ........ .

NOTICIA P0RMI,;N0RIZADA DE LOS DONATIVOS HECHOS AL.FONDO MUNICIPAL
DUllANT'.E EL MES DE FEBRERO DE 1865.
,
1865.

Consergería, gastos .•...•. , . , .•...... . ......
Empleados jubilados, sueldos.. . .. . . , , ....... .
,,
cesantes,
,, . . . . . . . . . . . . . ••.
,,
pensionistas ,, 1864 ... ........ .
Iglesia de ·san Hipólito, gastos de culto .... . .. .
Escuelas municipales, sueldos .....•...... .. . .
,
rentas .... .. •..... •....
"
útiles..........• ,, .. , ..

"

78i 40

\

"
"
"

El Sr. Prefecto manifestó que se preguntara 11.l Sr. Administrador
de
Rentas por qué no aparecia en la partida de reintegros el sueldo
309 83
41 66 que habia puest0,;eu depósito; á lo que el Sr. Administrador dió por
contestacion: Que no consta la partida de reintegros de sueldos como Prefecto Municipal por el mes de Enero último, porque habien561
do ingresado á la caja el importe en clase de depósitó, no fué nece" sario
hacer mas que un asiento virtual para que de la cuenta de de153
pósitos
se trasfiriera al fondo general dicha suma.
3-75 "
El
Sr.
Labat presentó las proposiciones siguientes:
"
150 ,,
7,802
740
501
83
182
2,605
,. · 3,166
,Y918
756
2,496
2,488
7,680
65
152
1,452
, 5,527
911
10,i34
339
812
334
215
50
16

88
,,
,,
33
50
50
,,
90

1~ Para mejor servicio de los mercados de la Ciudad se autoriza á la comision del ramo para que suprima Quatro guardas de lo~ menos útiles de los
que hoy existen en el mercado principal, reponiendo inmediatamente con
una dotacion .de veintiocho pesos mensuales el mismo número de guardas
mo!ltados, cuidando que los nuevos electos reunan todos los requisitos necesarios para el· buen desempeño de la comision que se les ha de conferir.
2! Para evitar que los fondós municipales se graven con el aumento de
sueldos q'1e hoy se señala á los nuevos guardas, se autoriza. á la comision en38 cargada ~~ los cela~ores de policía, para que suprima. los qu¡i juzgue mei;ios
,,
aptos y utiles; destmando el sueldo de ellos para el com,pleto del fijado á los
,, cuatro celadores montados.

62
12
12
,,
66
55
60
,,
86
50
50
,,
,

. Puestas á discusion fué aprobada la primera con la sig~iente adicion: "Autorizándose·á la misma comision para que aumente á trece pesos mas el sueldo de los referidos guardas, montándose estos y
armándose á su costa;" y retirada la segunda.
El Sr. Prefecto manifestó: Que algunas personas le habían suplicado les concediera licencia para, poner asientos en el Zócalo de la '
Plaz~ de Arm~s los djas en que toca en él la músio! a~triaca, y á
~oc1on del p:nsmo Sr. Prefecto se acordó cqnceder esa hQellcia, exigiéndoles á los interesados la cuota de un peso por cada cien sillas
que se coloquen.
Terminó la sesion á 1as dos y media de la tarde. No asistió, con

�•

DIARIO DEL IMPERIO.

396

licencia el Sr. Payno; por ut cuidado de familia el Sr. Pimentel; p~r
enfermedad, el Sr. Barreiro, y sin aviso los Sres. Buk, Cañas, Espt•
nosa, Ortiz Cervantes y Parada.
Es copia. México, Abril 19 de 1865.
El Secretario general del Exmo. Ayuntami.ent-0,
Ju.ANA. MATEOS,

.......

VIAJE DEL OPERADOR.

AN"UNCJ:OS.
CITACION.
Denunoiado ante el Sr. Juez 5&lt;? de lo civil, Lic. D. Jorge Perea, el intestado del Sr.
D. José Consuelo Serrano, ee ha. nombrado por auto de siete del corriente, defensor al
Sr. Lic. D. Miguel Martinez, y depositario de loe bienes al Sr. Lic. D. Antonio Moran, y
mandado ee llame por los periódicós á las l'ersonae que se crean·con derecho á suceder en
aquellos, á fin de ciue ee presenten á deducirlo deatro de t'reinta dias, contados desde la
fecha; con apercibuniento á los que no lo hicieren, de que se tendrán por renunciados sus
derechos .
México, Abril 24 de 1865.-El Escribano público, Antonio Campos de la Vega.
263-3s-2

CONTINUAOION.

JUZGADO 4~ JIIENOR.-1~ DE SilTO D0711INGO NUM, 8,
ORDEN.

Dia. 23.-Despues de haber oid~ misa S. M. _en la hacienda de ~uapayuca, qmso ver algunas de las operaciones que se e;ecutan para el cultivo y estraccion del fruto de los magueyes; y no obstante la espesa neblina y lo fria
mañana salió á ver dichas operaciones acompañando á S. M. la&amp;'
q ue era, la
d l S ' C
'
famllias e )S res ampero.
.
Media legua antes de,Apam ~e encontraban en el cammo arcos d; flores
y pañuelos, y al llegar a las primeras cas~ del pueblo, esperaban a S. M.
varias señoras. S. M. bajó del carruaje y entró á pié en la pob1acion, dirigiéndose á la iglesia y pasando en seguida á. la habitacion que estaba preparada. Al almuerzo concurrieron al~nas señoras y las autoridades.
En este punto condecoró S. M. con la cruz de caballero de Guadalupe al
Sr. cura D. Manuel Herrera, y á D. Agustin Madrid, síndico de.J Ayuntamiento, y con-la medalla del mérito civil de primera clase, á D. Procopio
Hernandez Xicotencal.
S. M. visitó la escuela de este pueblo, é inmediatamente despues se dirigió para la hacienda de San Nicolás el Grande, aonde pernoctó. Los Sres.
Carballeda, Eguía y Picazo, esperaban á S. M. en los linderos de la hacienda. Estos Sres. re~laron á S. M. un hermoso freno, muy bien traba.jado.-Hablaron con el ..!!;wperador sobre la necesidad que hay de observar
una conducta mas humana con los trabajadores que se inutilizan por su vejez, y á quienes hasta ahora se ha. abandonado en su desgracia. S. M. encontró en estos señores personas ilustradas y amantes del verdadero progreso,
Dia 24. Antes de salir de la hacienda de San Nicolas el Grande, S. M.
recorrió la hermosa troje de aquella finca, y salió en seguida para la de
Guadalupe, donde se detuvo á almorzar, siendo invitados á acompañarle los
dos propietarios de ella.
En varios puntos del camino se encontraban arcos de ramaje. Las autoridades del pueblo de San Martin Xaltocan, salieron al camino á saludará S.M.
El cura del pequeño pueblo de San Francisco, dirigió á S. :M. una breve
alocucion, y en seguida. el Emperador visitó la iglesia que actualmente se
está reponiendo, dando al cura cincuenta pesos para ayuda de la obra.
Los indígenas del pueblo de San Martin Atlihuizin, felicitaron al Emperador en el camino, y poco mas allá de este lugar montó S. M. á caballo,
llegando de est,a manera á, Tlaxcala, despues de pasar por San Antonio Chiautempan, en cuyo lugar recibieron á. S. M. con mucho entusiasmo.
En Tlaxcala. la recepcion ha sido buena: en la aduana babia un arco de
lienzo pintado, y en toda la línea de calles hasta la habitacion de S. M., los
babia de ramaje y flores.
A los pocos momentos de entrar el Emperador, salió á, visitar la iglesia.
y la escuela, regresando á la casa para la comida, á la que concurrieron: el
General D. Ignacio Ormaechea, D. Mariano Martinez, Prefecto municipal;
D. Antonio Aguilar, síndico del Ayuntamiento; D. Antonio Cova.rrubia.s,
alcalde; D . Petronilo Nava, cura párroco; D. Luis Castañeda, juez de letras;
D. Manuel Salaza.r, capitan de Infantería; D. Felipe Dominguez, preceptor;
el Lic. D. Juan Alarid, dos jóvenes de la escuela, y los oficiales de la fuerza
austriaca que han llegado á este punto.

Por Ja presente se hace sabc,r á D. Manuel Rosales, que ha sido sentenciado en este Juzgado en su rebeldía á pagará D. José Antonio Bonilla la cantiditd de ciento cuarenta y
c~tro pesos sesenta cen~vos, importe_ de unos pagarés de desamortizacion, y cuya resoluc1on ~n su parte resolutiva es como sigue: "Se condena al esp~sado Rosale~ al pago de
la cantidad demandada Y de las costas legales del presente negocio, dentro del qumto dia
dsspues de la primera publipacion de la sentencia en el periódico oficial· apercibido de
ej?cucion á su c~sta si.no cumple., Así 1~ man~é y firmé con los de asiste~cia. Doy fe.Lu. P~ulet.-A;s1stenc1a, F. A~re.-As1stenc11h J. F_lores.
México, Abnl 21 de 1865.-Lic, Poulct.
264-3s-2
TBJJllJNAL DE CODRCIO DE !IEXICO.

En los autos que ante este Tribunal sigue D. Francisco J. Movellan contra D. Cárlos
Mayer, sobre nombramiento de árbitro, se proveyó con fecha 7 del corriente un decreto,
que en la parte conducente, dice á la letra:
"A D. Pedro Pelgrain, que el mismo Movellan manifiesta estar ausente, se le citará
por los periódicos, para &lt;J,Ue en el término de quince dias, contados desde la plimera publicaoion, se presente á 01r la notifioacion, por sí ó por apederado; apercibido que no presentándose, le parará el perjuicio que haya lu¡;ar en derecho. Los Sres. Presidente y colegas del Tribunal de Comercio lo proveyeron y firmaron.-Castillo.-Abadiano.-Gutierrez.-Luis Rodríguez y l'alacio."
En cumplimiento de lo mandado, pongo éste en México, ÍI 24 de Abril de 1865.
José María Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
265-3s-2
CITACION JUDICIAL.
En los autos promovidos ante el Juzgado 3~ ciTil, por D. Vicente Montealegre contra
D. Candelario Lozano, sobre pesos, é incidente de tercería interpuesta ¡or D. Crescencio Castillo; habiéndose recibido ésta á prueba, or quince dias comunes improrogable11,
ha pedido el tercero se señale dia y hora. para e exámen de t.lstigos, y se cite al segundo
por los periódicos para que comparezca en el Jttzgado á absolver las posiciones que le articulará; apercibido de darse por absueltas si no concurre: y habiendo decretado de con
formidad el Sr. Juez señaló para el exámen de testigos, el veintiocho del presente á las
once del dia, y para las posic10nes el veintinueve del mismo á la hora ci1 ada.
Y en cumplimiento de lo mandado lo cito por el presente para los efectos de ley. Kéxico, Abril 21 de 1865.-Miguel F. Gum-a.
258-3s-3

f

JUZGADO 2? DE LO CIVIL.
En el espediente promovido por D. Augusto Dousine por D. Juan J. Torrea contra
el Sr. Lic. D. Mariano Zavala, aobre pesos, se ha proveido la sentencia que en la parte resolutiva dice: ºcon fundam6nto de lo _Prevenido en las leyes 1 ~ y 12, tit. 28, lib 11 de la
N. R, se declara que ha habido lugar a la ejecucion y que ésta debe continuar hasta hacer trance y remr.te de la finca emb'argada y con su producido íntegro pago al acreedor de
la suerte principal, réditos y costas previa la fianza de la ley de Toledo. Lo decretó y fir·
mó el Sr. Juez 2? de lo civil: doy fe.-Manuel Pa.,,on.-Lic. 111. Frias.'' E wiorÍIIÍdoae el
paradero del Sr. Lic. Zavala se le hace saber por el presente. México, Abril 19 de 1865.
-Manuel T. de Meneses, Escribano público.
260-3s-3
CONVOCATORIA.

El Sr. Juez 3? de lo civil ha mandado que se convoquen por los periódicos á las'perso
nas que se crean con derecho á los bienes del intestado de D! Manuela Torres Torija de
Coeto, para qne se presenten á deducirlo en su Juzgado, dentro de trei•ta días; apercibidoa los que no Jo verifiquen de lo que haya lu~ar en derecho.
Y cumplo con el anterior mandato por medio·de la presente.
México, Marzo 17 de 1865.-Lic. Néstor Mpntes, Escribano de diligencias.
245-30s-11
TRIBUNAL DE COMERCIO DE !IEXICO,

ANUNCIOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NAGIONALIZADOS.
AVISO.

En la demanda promovida por D. Iguacio Medinilla contra D. José Jimenez Peña, el
Tribunal acordó que se cite por los periódicos á dicho D. José Jimenez Peña, fara que
en el término de quince días, contados dE!sde la primera publicacion, se presente a reconocer la firma puesta con su nombrd en un documento exhibido por D. Iguaoio Medinilla.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente en México, ÍI 22 de ibril de 1865.
José María Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secretaría.
261-3a-2

. Númer~• de los espedientes para cuyo despacho se nece~ita en esta Oficina la presene1a de loe mteresados: 30, 31, 43, 44, 58, 59, 70, 89, 94, 95, 118, 138, 164, 165, 192, 194,
JUZGADO 7? JIIENOR.-DONCELF.8 lfl7ll. 29.
251, 286, 108,346,427 y 530.
ORDEN.
México, Abril 25 de 1865.
El Administrador de bienes nacionalizados,
Elcapitan D. Francisco Barragan ae presentará en este Juzgado en el perentorio iérJuan Suarez y Na'Carro.
mino de ·treinta dias, contados desde la fecha de la primera .(&gt;Ublicaoion de este aviso, á
purgar la rebeldía en el jui'lio que sobre pago de ou11rent_a y ~1s pesos, procedentes de un
pagaré, le ha promovido D. IgnaciQ Medinilla como oes1onar10 en pago de D. Antonio EsMINISTERIO DE GUERRA.
pinosa; y habiendo eiegido el actor la vía de asentamiento, por el presente se le hace saber
al repetido Barragan, para que si en el término prefijado no comparece, le parará el per5~ DrnEcoroN.
juicio que haya lugar en derecho.
México, Marzo 29, de 1865.
A coll86cuenoia de lo dispuesto en suprema órden, debe proceden!) á oontratar en alEl Juez 7? menor, Lic. José de Jainaga.
262-3a-2
moneda pública, la construcoion de vestuario para algv.nos cuerpos del ejército. Lo que
ae pone en conocimiento del p&gt;Íblico, para que las personas que gusten, presenten s11s propueatll8 á eata Direooion, acompañadas del respectivo papel de abono, á las doce del dia
JUZGADO 1~ 111'.ENOR.-CALLE CElUWlA DE LA MONEDA lfl7ll. 10.
1? del entrante Mayo; en concepto de que en ella recibirán las instrucciones conveORDEN,
nientes.-México, Abril 22 de 1865.
Ignorándose
la
habitacion
y
paradero
de la viuda ó legítima representante de la sucePor órden del Exmo. Sr. Ministro, ·
oion t!e Mr. Pedro Dupug, por el presente se le emplaza para que en el improrogable tér•
El Intendente de Ejército, Gefe de la ó! Direccioo.
mino de ocho dias contados desde la primera publioaoion de este anuncto comparezca en
Francisco Montero.
7s-l elite Juzgado p9r sí ó por apoderado mstruido y espensa_do á contestar la demanda que en
juicio verbal sqbre pesoa le promueve D. Pascual LabaJZ como cesionario en pago de D.
Julian Pestail; apercibida que si no comparece se sentenciará en rebeliija.
ADMINISTRACION GENERAL DE CORREOS.
México, Abril 21 de 1865.
El Juez 1? menor, Lic. Joaquin Perez y Gfl.emez.
259-3a-2
INTERESANTE AL PUBLICO,

•

El dia 29 de~ act_ual, á laa once de la mañana, 86 despacha de esta Administracion general un ea~:-a&lt;&gt;rdin\ri~ pa!a,,Veraoruz oon la.C!)rrespond~noia que debe conducir al eeterior

el npor ~aquete mglés. Lo que ,e participa al públioo para 1u inteligencia y efectos
eorre&amp;J.&gt;Ondientea.
Mé1100, Abril~

ae 1865.-Ltifl de la Pua.

IMPRENTA DE J.

M. ANDRADE Y F. ESC,A.LANTE,

UJOS DII S.il! AOUSTIN, NUM,

l.

�</text>
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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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