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                  <text>Vol. 01,
Núm. 01,
Julio 2021
ISSN: EN TRÁMITE

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx

��Sobre la Revista Constructos
Criminológicos
Constructos Criminológicos es una publicación
científica, que propicia un espacio de debate
académico, focalizada a difundir investigaciones
y trabajos escritos de opinión respecto de la
ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas
temáticas que se circunscriben en el moderno
concepto de la disciplina; es este sentido: sobre
criminología, prevención, política criminal,
criminalística, derecho penal y derecho
de ejecución Penal, elaborados con rigor,
procedentes de cualquier parte del mundo y sin
limitación en cuanto a la orientación teórica o
ideológica.
La periodicidad de la revista es semestral, con la
peculiaridad que cada número se convoca en el
mes de enero y se cierra en el mes de junio; se
apertura en el mes julio y se cierra en el mes de
diciembre.
El idioma principal es el español, si bien
podrán publicarse asimismo contribuciones en
portugués, francés, inglés o italiano, siempre
que vayan acompañadas de la correspondiente
traducción al español, la cual deberá ser aportada
por los propios autores. Cabe destacar que se
alude a colaboraciones inéditas.
La recepción de artículos para su posible
publicación en RCC se abre en dos períodos a lo
largo del año: entre el 1 del mes de enero y el 15
de abril y entre el 1 del mes de junio y el 15 del
mes de octubre.

Equipo editorial
Director
• Dr. José Zarazgoza Huerta (Universidad
Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
• Dr. Gil David Hernández Castillo (UANL)
Comité Editorial
Internacional
• Dr. Jo Hee Moon (UH) Corea
• Dr. Luis Flavio Gómez (Brasil)
• Dr. Enrique Sanz Delgado (UAH) España
• Dr. Daniel Fernández Bermejo (UNED) España
Nacional
• Dr. Víctor Aurelio Zúñiga González (UANL)
• Dr. Rogelio Barba Álvarez (UDG)
• Dr. Manuel Vidaurri Aréchiga (DE LA SALLE,
Bajío)
• Dr. Gerardo S. Palacios Pámanes (UANL)
• Dra. Rosalba Taboada Villasana (Instituto Cide
Hamet)
Comité Científico
Internacional
• Dr. Esteban Leonardo Arratia Sandoval
(Universidad de Santiago de Chile)
• Ph.D. Logan Puck (University of California)
Nacional
• Dra. Karla Villarreal Sotelo (UAT)
Comité Consultivo
Nacional
• Dr. Juan García Rodríguez (UANL)
• Dra. Ana María Esquivel (UANL)
• Dr. Juan Antonio Caballero (UANL)
• Dra. Carla Monroy Ojeda (UCS)
• Dr. Martín Eduardo Pérez Cazarez (UDG)
• Dr. Jesús Francisco Castro Oliva (UCS)
• Dr. Rodolfo Tadeo Luna de la Mora (IBERO)

�CONTENIDO
Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Artículos
07

Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de
sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la criminología
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

27

Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos
de violación como elementos de prueba razonable, su importancia
adversarial
Gil David Hernández Castillo

41

CPTED de Tercera Generación:
Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”
Rau Vargas Macarena

59

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un
papel distorsionado
Fransesc Guillen Lasierra

83

La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías
comunitarias y grupos de autodefensa
Carla Monroy Ojeda

97

Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones
aprendidas
Gian Guido Nobili

111

Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo
sostenible
Ana María Esquivel Hernández

�Presentación

El estudio de la Criminología se ha incrementado en los últimos años como
respuesta al aumento de la violencia en el país; por tal motivo, la Facultad de
Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, impulsó la
creación de una revista especializada en el ámbito criminológico que lleva por
nombre Constructos Criminológicos. Con la creación de esta revista científica
se apertura un importante espacio de reflexión académica que promueva la
necesidad de políticas públicas orientadas en el estudio de la criminología como
estrategia fundamental para el fortalecimiento del Estado de Derecho que garantice
el cumplimiento de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.
Constructos Criminológicos es una revista en línea de publicidad semestral,
arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación
de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito
de la ciencia criminológica que contribuya a resolver las necesidades de seguridad
que requiere nuestro país. La revista coadyuva esfuerzos con el programa doctoral
de Criminología que oferta la Facultad de Derecho y Criminología, mismo que
se encuentra registrado en el padrón de posgrados de calidad del CONACYT,
orientado a contrarrestar cada forma de manifestación criminal, sea convencional
o no convencional, es decir, delincuencia organizada y común; así como preparar
profesionales que puedan asumir decisiones y disponer estrategias en los vastos
campos de la contención y prevención criminal, de la administración de la justicia,
de los servicios a la víctima, del seguimiento del procesado y de la inseguridad
ciudadana.
La generación de conocimiento a través de la revista contribuye a llenar un vacío
científico en el país en este tema. La revista Constructos Criminológicos auxilia al
fomento y enseñanza de la Criminología como una disciplina indispensable para
el desarrollo de México.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

�Editorial

La Revista Constructos Criminológicos ofertada por la Universidad Autónoma de
Nuevo León, México, a través de la Facultad de Derecho y Criminología, destaca
la participación de investigadores internacionales y nacionales quienes presentan
sus trabajos de investigación que dan contenido a la ciencia criminológica como
es: la Prevención de la violencia y delincuencia; análisis en la actuación de los
agentes garantes de la seguridad pública, la justicia; espistemología criminológica,
así como la criminología clínica.
Constructos Criminológicos surge con el objetivo de divulgar la producción
científica relacionada con los temas de la de ciencia criminológica, para
convertirse en una de las más importantes apuestas científicas de acceso abierto
en Latinoamérica, para ingresar a los índices científicos más importantes y
facilitar con ello el acceso a una plataforma en línea facilite la divulgación de
investigaciones de alto impacto que contribuyan a la comprensión del paradigma
criminológico.
Los resultados soportados desde la cientificidad se convierten en herramientas
que coadyuvarán a las soluciones de los diversos conflictos que se presentan en
las modernas sociedades.
Agradecemos a nuestros invitados la confianza depositada al facilitamos sus
investigaciones con el propósito legítimo de llevar a buen fin este primer número.

Dr. José Zaragoza Huerta
Director Editorial

�7

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y
sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el
campo de la criminología
About criminal responsabily: reconstruction and
systematization of its theorical-conceptual meanings in the
field of criminology
Osvaldo Héctor Varela* y Gabriela Rojas
Breu**

Resumen
La responsabilidad penal es un concepto
estructural dentro de la criminología. Sin
embargo, la formulación discursiva que soporta
dicho concepto admite distintas lógicas y
contenidos, siendo relevante realizar una
sistematización y revisión de este constructo
según sus diversos contextos de enunciación
considerando las grávidas consecuencias
teóricas e institucionales que se desprenden
de su conceptualización. Por tal motivo, este
trabajo tiene por objeto identificar las diversas

Cómo citar
Varela, O. H., &amp; Rojas Breu, G. Acerca de
la responsabilidad penal: Reconstrucción y
sistematización de sus acepciones teóricoconceptuales en el campo de la criminología. Revista
Constructos Criminológicos. Recuperado a partir de
https://constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/
cc/article/view/2
**https://orcid.org/0000-0003-2452-2121
Universidad de Buenos Aires, Argentina

Recibido: 31-05-2021
Aceptado: 08-07-2021

acepciones teórico-conceptuales que asume la
responsabilidad penal en discursos referenciales
de la criminología tales como el de la escuela de
derecho penal liberal clásica, la escuela positiva,
la nueva criminología, la criminología aplicada
y la psicología jurídica asociada a la función
clínica del derecho. El trabajo presenta un
diseño de carácter descriptivo e interpretativo.
Las categorías de investigación serán de
exclusivo alcance cualitativo, al tiempo que los
procedimientos consistirán en el relevamiento
de fuentes secundaria y la revisión bibliográfica.
Se concluye que la responsabilidad penal va a
asumir distintos estatutos según la gravitación
y conceptualización de los elementos que la
integran: la reacción penal, el acto delictivo
y el autor de dicho acto. De esta manera, la
responsabilidad podrá ser consabida como
responsabilidad moral, social, judicial o
subjetiva.
Del relevamiento expuesto, no
obstante, es dable extraer un elemento
recurrente: el ostracismo al que es compelida
la dimensión subjetiva, lo cual ubica a la
psicología jurídica en posición de recuperar y

�8

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

preservar aquella dimensión para que la pena
no sea degradada a la lógica del castigo.

constructoscriminologicos.uanl.mx

and preserve that dimension so that the penalty
is not degraded to the logic of the punishment.

Palabras clave: Prisión, Criminología, Psicología Keywords: Prison, Criminology, Legal Psychology,
Jurídica, Derecho Penal, Responsabilidad Penal. Penal Law, Criminal Responsability.

Abstract
Criminal responsability is a structural concept
within criminology. However, the discursive
formulation that supports this concept admits
different logics and contents. It is relevant
to carry out a systematization and review
construct according to its various enunciation
contexts, considering the heavy theoretical and
institutional consequences that emerge from
its conceptualization. Then, this work aims
to identiy the various theoretical-conceptual
meanings that criminal responsability asumes in
referential discourses of criminology such as that
of the classical school, the positive school, the
new criminology, applied criminology and legal
psychology associated with the clinical function
of law. The Works presentes a descriptive and
interpretive design. The research categories
will be exclusively qualitative in scope, while
the procedures will consist of the survey of
secondary sources and the bibliographic review.
It is concluded that criminal responsibility will
assume different statutes according to the gravity
and conceptualization of the elements that
comprise it: the criminal reaction, the criminal
act and the author of said act. In this way,
responsibility may be known as moral, social,
judicial or subjective responsibility. However,
from the exposed survey, it is possible to extract
a recurring element: the ostracism to which
the subjective dimension is compelled, which
places legal psychology in a position to recover

1. INTRODUCCIÓN
El concepto de responsabilidad penal es un
concepto estructural dentro de la criminología
e interpela un aspecto sensible del mismo. En
efecto, de su delimitación y conceptualización
se desprenderán, entre otras cuestiones,
respuestas de naturaleza coercitivas y punitivas,
diseños de abordajes específicos, estrategias
preventivas y responsivas para la regulación
del acto, políticas criminales para la reducción
del delito y su reincidencia. Sin embargo,
la formulación discursiva que soporta dicho
concepto admite distintas lógicas y contenidos,
siendo inexorable revisar y sistematizar estas
divergencias con el fin de recortar el concepto
y poder brindar insumos teóricos que aporten
claridad al momento de responder acerca
de la responsabilidad del sujeto infractor.
Pues, claramente, la pregunta admite en un
mismo enunciado distintas coordenadas
de enunciación. Reconstruir el contexto de
enunciación de ese enunciado es objeto de este
trabajo.
Por lo tanto, es factible formular la pregunta
problema en los siguientes términos: ¿Cómo
queda cifrada la responsabilidad penal en el
campo de la criminología asumiendo que este
es un saber polifónico? O, ¿con qué elementos
podemos cernir la responsabilidad penal en el
campo de la criminología?

Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Antes bien, se impone definir la variable a
estudiar: la responsabilidad penal. Este artículo
la define en tanto consecuencia jurídica
derivada de la comisión de un hecho tipificado
en la ley penal por un sujeto imputable, siempre
que dicho hecho sea antijurídico, además
de punible. La consecuencia jurídica será la
sanción penal. Por lo tanto, esta variable admite
tres elementos: el hecho tipificado, el autor de
dicho acto y la consecuencia jurídica. Estos
tres rasgos asumirán sentidos diversos según
las escuelas indagadas en el presente artículo,
portando esto consecuencias acusadas en el
plano teórico e institucional.

9
De lo expuesto se desprende que los tres rasgos
integrados en la responsabilidad penal se
vincularán no solo en términos objetivos sino
apelando a la subjetividad cifrada en clave de
culpabilidad.

Ahora bien, es dable recordar la pregunta
que insta este artículo y complejizarla a la luz
de la definición de la variable a estudiar: ¿En
qué consiste la responsabilidad penal desde
las diversas perspectivas criminológicas? ¿La
culpabilidad implicada en ella es asumida en
los mismos términos por todas ellas? ¿Qué
vinculación se puede pensar entre el delito y la
pena? Si respondemos a la exigencia de sintetizar
Sería posible profundizar esta definición la pregunta problema, finalmente podemos
atendiendo a la vinculación entre la formular la siguiente: ¿Qué acepciones teóricoresponsabilidad penal y la culpabilidad, lazo conceptuales asume la responsabilidad penal
estructurante y estructural: considerando en el campo de la criminología?
la elaboración doctrinaria referente a la
Teoría del Delito (desde la línea finalista), la La hipótesis sobre la cual descansa este artículo
responsabilidad sucede a la culpabilidad toda responde a la pregunta problema en los
vez que sólo será penalmente responsable siguientes términos:
quien haya sido considerado culpable: la
responsabilidad es pensada como capacidad de • la responsabilidad penal admitirá distintas
respuesta por una culpabilidad, capacidad que
acepciones teórico-conceptuales según
admite la posibilidad de ejercer un reproche
las distintas voces que integren el saber
jurídico al agente del acto: será culpable aquel
polifónico de la criminología.
que habiendo podido obrar de otro modo, • Dichas acepciones se recortarán en función
es decir, motivado en la norma, no lo haya
de la variación de sus dimensiones: 1)
hecho. Recién luego de este debate, puede
el agente que debe responder por el acto
determinarse la responsabilidad de un sujeto
delictivo, 2) el objeto del reproche (el autor
respecto de una acción (Zaffaroni, 2002). Por
o el acto), 3) la consecuencia jurídica o
lo tanto, para analizar la responsabilidad es
reacción penal en términos de la pena.
imperioso remitirse a la noción de culpabilidad
y el elemento central con la que ésta se De esta manera, este trabajo tendrá por objeto
explica: el reproche jurídico. ¿Y cómo se identificar el concepto de responsabilidad
responde a dicho reproche? Mediante la pena, penal en discursos estructurales del saber
consecuencia jurídica por excelencia.
criminológico: el discurso de la escuela de
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

�10

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

derecho penal liberal clásica, la escuela
positiva, la nueva criminología, la criminología
aplicada y la psicología jurídica asociada a la
función clínica del derecho.
Determinadas referencias teóricas constituyen
antecedentes clave de este artículo. Es dable
aclarar, no obstante, que si bien abundan
referencias que dan cuenta de la responsabilidad
penal en el campo del derecho penal, este trabajo
basa su indagación en el entrecruzamiento
de esta disciplina con otros campos de
conocimiento tales como la criminología y la
psicología, dado que desde este lugar se hace
posible responder a la pregunta que motoriza
esta producción. Al respecto, diversos autores
han trabajado el concepto de responsabilidad
penal en el pensamiento criminológico al
interior de varias de sus escuelas (Baratta, 2004,
Anitúa, 2005, Elbert, 2010, Zaffaroni, 2003,
2005, 2011, 2012, Prieto, 2004, Zaffaroni,
Slokar, &amp; Alagia, 2002). Por otro lado, autores
que engrosan el campo de la psicología jurídica
han trabajado el concepto en su interlocución
con la dimensión subjetiva, dando cuenta
de aspectos particulares del vínculo. Llull
Casado (2015, 2019) aborda la pregunta por la
responsabilidad en el campo penal en posible
diálogo con aquella dimensión tratando de
cernir específicamente ese resto que escapa al
abordaje jurídico.
En esta línea, Rodríguez, J. (2021) va a articular
el acto con la responsabilidad, distinguiéndola
de la culpa: “El acto (en la realidad) hace al
sujeto responsable (…) mientras que la culpa
atormenta al yo sin causa y sin tregua” (p.
11). Asimismo, destaca dos cualidades de la
responsabilidad moduladas por la culpa: la

constructoscriminologicos.uanl.mx

objetiva y la subjetiva: “la responsabilidad
objetiva es una responsabilidad sin culpa.
Consiste en la obligación de reparar el daño
(…). La responsabilidad subjetiva supone
la culpa, porque he sido yo quien causó el
daño” (p. 1). Tendrlaz &amp; García (2008), Gérez
Ambertín, Sarrulle, Carol, Elmiger, Medina,
Rigazzio, Sialle &amp; Tosta Berlinkc (2005, 2006,
2010) desarrollan la responsabilidad penal en
su articulación con la culpa, la pena y el sujeto
implicado en el acto delictivo admitiendo en
su análisis tanto la dimensión subjetiva como
los dispositivos sociales que hacen posible
la sanción penal. Pujó (2010), por su parte,
también realiza aportes acerca de la relación
del acto criminal con la responsabilidad y el
castigo en la estructura subjetiva.
Estos antecedentes no agotan el campo de la
materia, pero son los pilares que permitieron
gestar este producto, cuya limitación se
encuentra en el recorte mencionado y su
pretensión obedece a iniciar una posible
conceptualización de la responsabilidad penal
en sus diversas acepciones. Entendemos que
este aporte es relevante toda vez que responde
a campos pendientes de indagación al tiempo
que la necesidad de dominar cabalmente
el constructo de referencia cuenta con
plena vigencia. En efecto, tanto en espacios
académicos como en los que habitan las
instituciones dedicadas a la ejecución de la
pena la pregunta por la responsabilidad penal
insiste y de su respuesta se desprenden grávidas
consecuencias. Es innegable que entender
plenamente la pregunta supone comprender su
contexto de enunciación, requisito radical para
ofrecer una respuesta profesional que resista su
degradación a un mero acto técnico.

Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

2. METODOLOGÍA
El trabajo se inscribe en un marco de
coordenadas que incluyen los aportes de la
Criminología y la Psicología Jurídica entre
sus referencias teóricas. El tipo de diseño
será de carácter descriptivo e interpretativo.
Las categorías de investigación serán de
exclusivo alcance cualitativo, al tiempo que los
procedimientos consistirán en el relevamiento
de fuentes secundaria (particularmente, la
revisión bibliográfica) que permita operar un
movimiento de conceptualización teórica. Las
mentadas fuentes son seleccionadas en virtud
de ser consideradas referenciales dentro de la
comunidad científica y de asistir en la finalidad
de identificar los elementos supra referidos.
3. RESULTADOS

11
una parte de ella para gozar la restante con
seguridad y tranquilidad. La suma de todas
estas porciones de libertad sacrificadas al
bien de cada uno constituye la soberanía de
una nación (Beccaria, 1764: 72).
De esta consabida afirmación se desprende la
idea de que la renuncia a una cuota de libertad
es el origen de la ley, fundamento del derecho
y habilitación del castigo. Ahora bien, ¿quiénes
son los agentes de la renuncia? Hombres libres
e iguales. Se parte de la idea de que el contrato
social es acordado por seres independientes
que suscriben desde escenarios equivalentes,
sin coacción ni inequidad. Y firman con la
renuncia a dicha cuota de libertad. Mas esta
renuncia habrá de defenderse de aquellos que
motivados por intereses privados no asuman la
suya propia.

3.1 La responsabilidad en la Escuela de Derecho
Penal Liberal Clásica
Pensar la responsabilidad penal en el marco de
la matriz conceptual propuesta por la escuela
de derecho penal liberal clásica exige introducir
elementos propios de aquel que hacen asequible
la pregunta por aquel constructo toda vez que
dan cuenta del fundamento del porqué se debe
responder por algún tipo particular de acto.
Uno de estos elementos es el fundamento de la
ley que, en definitiva, va a redundar de algún
modo en el fundamento de la pena:

Establecido el fundamento del derecho, surge
la pregunta por el lugar que ocupa en esta
escuela la consecuencia jurídica de violar el
derecho que tiene por fin proteger el pacto
social: esta consecuencia jurídica, es decir la
pena, tendrá como fin la defensa del contrato
y como interlocutor destacado, al tejido social
objeto de defensa. El delincuente no será el
destinario dilecto de la reacción penal, sino
el conjunto social que sostiene el contrato: “el
derecho penal y la pena eran considerados por
la escuela clásica no tanto como un medio para
modificar al sujeto delincuente, sino sobre todo
Las leyes son las condiciones con que como un instrumento legal para defender a la
hombres independientes y aislados se sociedad del crimen” (Baratta, A., 2004: 23). La
unieron en sociedad, fatigados de vivir en reacción penal, entonces, será un instrumento
un continuo estado de guerra y de gozar legal disuasivo. Mas esta reacción se limita por
una libertad convertida en inútil por la el mismo cuerpo legal que inhibe el exceso
incertidumbre de conservarla. Sacrificaron de la potestad punitiva del Estado en función
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

�12

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

de la necesidad, la utilidad y el principio de
legalidad. La pena no solo es disuasiva sino que
tendrá por función confirmar la vigencia del
pacto social que compele a tal renuncia. Ahora
bien, el rasgo disuasivo de la pena le otorga a
ésta estatuto de motivo sensible:

legal intrínseca a las fuerzas universales. En
términos de Carrara (1889), el derecho buscará
erigirse en tanto “ley que es absoluta, porque
es constitutiva del único orden posible para la
humanidad, según las previsiones y la voluntad
del Creador” (p. 27-28). En este sentido, para
Carrara el derecho admitirá una parte teórica
Se requerían motivos sensibles para desviar y una práctica: la primera cuenta con el
el ánimo despótico de cada hombre de su fundamento lógico de la verdad en tanto efecto
intención de volver a sumergir las leyes de la naturaleza de las cosas, desprendimiento
de la sociedad en el antiguo caos. Estos del orden mismo e inmutable de la materia. La
motivos sensibles son las penas (…). Digo segunda, en cambio, encuentra tal fundamento
motivos sensibles porque la experiencia ha en la ley entendida en términos positivos.
hecho ver que la masa no adopta principios
estables de conducta sino por motivos que La ley positiva, entonces, será para esta
inmediatamente impresionan los sentidos escuela el fundamento para delimitar el acto
(Beccaria, 1764: 72).
que resulte lesivo: la teoría del delito va a
trazar las coordenadas que admitan la ulterior
De esta manera, la pena está prevista como un delimitación de un evento contario al pacto
mecanismo de prevención general, mecanismo social en tanto delito. Pues el delito va a ser
que descansa sobre la elocuencia de la pena un hecho jurídicamente calificado, es decir,
en su capacidad de impactar en los sentidos de una violación del derecho. Y de esta manera,
los testigos que decodificarán la sanción en los el peso recaerá en el acto eclipsando a su
modos del ejemplo.
autor que no será materia de discusión ni de
indagación: la lectura y abordaje objetivo del
De lo expuesto, entonces, se desprende que la delito predominarán en el sistema de Carrara y
pena es una reacción a una usurpación privada en la escuela clásica en general, en detrimento
que reedita la amenaza del restablecimiento de consideraciones subjetivas vinculadas al
del caos previo a la legalidad. Y esta usurpación infractor. Porque es el delito el que inaugura
privada en clave de delito va a ser lo que el la reacción punitiva toda vez que este lesiona
magistrado recorte como materia de imputación en clave de impunidad la vigencia del contrato
y respuesta. Pero esta reacción judicial no social: “El fin de la pena no es la retribución
tendrá por referencia al ejecutivo ni al propio -afirma Carrara- ni la enmienda, sino la
“espíritu”, dirá Beccaria en la obra citada, eliminación del peligro social que sobrevendría
sino al texto de la ley: se instala entonces el de la impunidad del delito” (Baratta, A., 2004:
principio de legalidad y, con él, la concepción 30).
de garantías apuntaladas en una referencia
previa y externa a cualquier diálogo especular. Se van despejando los términos: por un lado, la
La ley positiva, así, busca emular la regulación responsabilidad penal se activará a partir de un
Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

13

acto que será el centro de la escena analítica y responsable a priori en tanto aquel hecho es
judicial. Este acto, el delito, de acuerdo a la efecto de un movimiento voluntario y libre:
postura filosófica racionalista e iusnaturalista,
es considerado un ente jurídico y producto
…la escuela liberal clásica (…) se detenía
de una abstracción. Se aísla el delito de su
sobre todo en el delito entendido como
inscripción originaria y se le imprime una
concepto jurídico, es decir como violación
estructura propia con significado jurídico
del derecho y también de aquel pacto social
autónomo, “que surge de un principio a su vez
que se hallaba (…) en la base del Estado
autónomo, metafísicamente hipostasiado: el
y del derecho. Como comportamiento,
acto de la libre voluntad de un sujeto” (Baratta,
el delito surgía de la libre voluntad del
A., 2004: 31).
individuo, no de causas patológicas, y por
ello, desde el punto de vista de la libertad y
Será este hecho delictivo el que incorporado a la
de la responsabilidad moral de las propias
lógica del silogismo impulse o no el proceso de
acciones, el delincuente no era diferente,
criminalización. De esta manera, el silogismo
según la escuela clásica, del individuo
tendrá sus tres piezas conformadas de la
normal (Baratta, 2004: 23).
siguiente manera: la premisa mayor descansará
en la ley positiva; la premisa menor, en el acto De esta cita se pueden advertir al menos dos
que, de resultar violatorio del corpus normativo cuestiones centrales: por un lado, que el centro
vigente o no, derivará en la conclusión: la gravitatorio de esta escuela descansa sobre
pena o ausencia de la misma. La pena será una el acto delictivo. Es el delito el que insta una
respuesta que tiene por fin preservar el contrato reacción prevista en términos penales. Y, por
vigente y defender a quienes hayan contribuido el otro, que su agente comporta libertad para
con aquel depósito público de aquellos que lo actuar vulnerando al derecho protector del
amenacen.
contrato social. Por lo tanto, el autor del delito
no debe ser indagado en sus características
El silogismo, entonces, excluye al sujeto intrínsecas dado que la motivación del delito
infractor en sus piezas. El acto agotará todos queda suturada en la fórmula axiomática del
los elementos de análisis que deriven o no en libre albedrío. De esta manera, el delito es
una reacción penal. De esta manera, se puede una lesión al pacto social y la culpabilidad no
advertir que el reproche jurídico se piensa de es una pregunta que encuentre alojamiento
manera mecánica para todo infractor. Es decir, en el proceso toda vez que el libre arbitrio
la escuela clásica asumirá a modo de hipóstasis la neutraliza y anticipa. De esta manera, la
la libre voluntad del mismo para decidir si responsabilidad penal se encuentra homologada
actuar conforme a derecho o de manera lesiva a la responsabilidad moral.
al respecto. Por lo tanto, la culpabilidad será
un factor que se agota en los términos objetivos Sucintamente, es posible afirmar que el
asumidos por el acto delictivo: el delito será deslizamiento de la responsabilidad penal a
la variable a interrogar y su autor, imputable la responsabilidad moral ilustra los términos
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

�14

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

que integran la primera: el acto será el centro
de análisis y el elemento clave que motive la
respuesta penal; el autor del mismo se presumirá
taxativamente, con estatuto de hipóstasis, dueño
de conducir su acción, razón que excluye el
componente subjetivo de las indagaciones
judiciales; la consecuencia jurídica, finalmente,
se preverá en términos de prevención general.
En este sentido, el sujeto infractor será quien
ofrezca en su condena el ejemplo sobre el
cual soportar la preservación del contrato
social en clave preventiva, útil y necesaria.
Es posible agregar algo a esta conclusión
parcial: la regulación de la pena descansa en
el acto y no en el autor y está prevista por la
referencia legal que, por definición, excluye
la discrecionalidad de las ponderacionaes que
graviten las decisiones judiciales.
3.2. Escuela positiva
El positivismo comportó un impacto elevado
sobre todo los discursos pretensamente
científicos. La criminología, no fue la excepción
sino, contrariamente, su confirmación:
Así pues, desde este enfoque comenzó a tener
relevancia la pregunta sobre cómo detectar
al sujeto criminal (según la clasificación de
Enrico Ferri), basándose en la concepción
positivista del delito de la Escuela Ingles
de Galton (de antropometría criminal) y
la Escuela Italiana de César Lombroso (de
antropología criminal) (Varela, 2020: 27).

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lugar al delincuente, alejándose de la postura
racionalista e iusnaturalista de la escuela
clásica. De esta manera, es dable anticipar que
la voluntad y libertad del infractor postuladas
por la escuela clásica van a ser sustituidas
por el determinismo biológico, psicológico y
social. El efecto inexorable de esta premisa es
el concepto de peligrosidad. ¿La peligrosidad
de quién? Del delincuente.
El delincuente será el recorte asumido por esta
escuela a los fines de delimitar las causas de la
criminalidad en clave determinista y el modo
de neutralizar las mismas en el marco de la
pena. Estos esfuerzos son conceptualizados
en términos de paradigma etiológico y
correccionalismo, respectivamente. Y esta
búsqueda de causas es correlato de la reversión
del movimiento de abstracción que operara la
escuela clásica:
La reacción contra el concepto abstracto
de individuo conduce a la escuela positiva
a afirmar la exigencia de una comprensión
del delito que no se detenga en la tesis
indemostrable de una causalidad espontánea
por medio de un acto de libre voluntad, sino
que se dirija a encontrar todo el complejo
de las causas en la totalidad biológica y
psicológica del individuo, y en la totalidad
social en la que la vida del individuo se
inserta. (Baratta, 2004: 32).

Esta escuela, entonces, busca revertir el
El hombre criminal capturado por redes movimiento de abstracción ejercido por la
de categorías que admiten predicción y escuela clásica respecto del delito y del autor
medición desplaza al acto delictivo como para colmarlo de postulados naturalistas
centro de la respuesta punitiva. En efecto, positivistas que abonen medidas preventivas y
con la criminología positiva el delito cede su correctivas. Mas, en el marco de esta escuela
Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

15

la prevención cursa con la lesión al texto de la
ley y a las garantías. Ejemplo de esta afirmación
lo ofrecen las medidas pre-delictuales. ¿Cuál es
la clave que habilita el canal de la concepción
del delincuente sin delito? La peligrosidad
soportada en el determinismo. En efecto,
a la tesis de la imputabilidad absoluta del
delincuente y la responsabilidad moral plena
propuesta por la escuela clásica, se opone el
determinismo positivista dando lugar a una
serie de consecuencias que pasaremos a revisar
a continuación.

De esta manera, el autor del delito evidencia las
características anómalas de su agente: el delito
será un elemento sintomático de la personalidad.
O, dicho en términos de Grispigni (1947), un
síntoma de triple filiación: primero, síntoma de
una individualidad psíquica; segundo, síntoma
de peligrosidad; y tercero, síntoma de un
defecto psíquico. Por lo tanto, el delito es la vía
de acceso a su agente, quien según los rasgos
que porte será merecedor de un determinado
tratamiento. Y esto nos conduce al siguiente
punto.

Una de las consecuencias antedichas redunda
en el estudio de los criminales alcanzando
clasificaciones que versan en la tipología
del autor, detectando mulfifactorialidad en
la génesis delictiva y trocando correlación
por causación. La visión particularmente
antropológica de Lombroso (que en sus textos
tardíos niega la exclusión de factores ajenos a
la biología) es acompañada y complementada
por la incorporación de factores psicológicos
de la mano de Garófalo y por factores
sociológicos, por Ferri. Este último, en su libro
Sociologia criminale (1900), agrupa la matriz
etiológica del delito en tres clases de factores:
antropológicos, físicos y sociales. Este conjunto
de factores conforman una matriz categorial
del delincuente determinado a ser tal. El
comportamiento delictivo no es más, entonces,
que efecto y expresión de esta realidad en la
que el sujeto se inserta. Y este comportamiento
halla tal nivel de determinismo que Lombroso
(1876) llega a afirmar que el delito es un
fenómeno tan necesario, como el nacimiento,
la muerte, la concepción, es decir, un “ente
natural” determinado por causas biológicas de
naturaleza sobre todo hereditaria.

Una segunda consecuencia reposa sobre
el sentido de la pena: asiste al respecto el
correccionalismo que otorga valor y orientación
a la pena sin negar por esto la defensa social que
la misma ya ostentaba. Si el delito era solidario
de factores que habitan al criminal, entonces
éste es un ser diferente al que hay que corregir.
Junto al correccionalismo, entonces, aparece la
dimensión de la patología y del tratamiento. Y si
hablamos de patología, negamos la transgresión
voluntaria: el “déficit de racionalidad constituyó
(…) tanto la explicación del comportamiento
desviado (…) como las variadas justificaciones”
(Simonetti, J., &amp; Virgolini, J., 2003: 103). Así,
el sentido enunciado de la pena no será la
disuasión sino la corrección y el tratamiento.
Una tercera consecuencia, íntimamente
vinculada con las anteriores, tiene por central la
concepción de la peligrosidad como elemento
decisivo de la punibilidad. Es el autor quien
determinará la respuesta penal y no la referencia
previa de la ley enmarcada en el principio de
legalidad. La discrecionalidad abonada por la
individualización de la pena en el marco de la
peligrosidad anula la referencia a la ley como
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

regulación tercera y ajena a la lógica especular.
En efecto, la escuela positiva va a hacer depender
la regulación de la pena de las características
del autor y no del acto y, por tanto, introduce el
riesgo de la indeterminación de la pena (Baratta,
2004). Pues en esta concepción, el crimen deja
de ser un hecho enteramente jurídico para
alcanzar un estatuto ontológico y ser efecto de
una patología cuya “cura” no puede predecirse
en unidades de tiempo. El tratamiento durará lo
que la patología requiera. De esta manera, la
peligrosidad es fundamento de la punibilidad.
En tal sentido, Garófalo (1885) establece que la
pena debe aplicarse considerando la temibilidad
del delincuente, la cual es integrada por dos
elementos: un elemento objetivo dado por el
delito y uno subjetivo aportado por el criminal.

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el comportamiento por múltiples factores que
lo inscriben en una tipología particular y la
consecuencia jurídica: la pena entendida en
términos correccionalistas en el marco de una
ideología de tratamiento. Ahora bien, queda
por saldar una elipsis: si el delincuente no
es responsable de su acto por haber estado
determinado a realizar el mismo, ¿sobre quién
reposa esta responsabilidad? Pues en este
contexto discursivo y conceptual, la retribución
jurídica o ética de la pena no pueden ser
sostenidas. Esto cobra mayor elocuencia si
citamos frases reconocidas de la mesología
criminal, de corte positivista, tales como
“las sociedades tienen los criminales que se
merecen” o “todo el mundo es culpable menos
el delincuente” (Lacassagne, citado por Anitúa,
G., 2005: 192).

El objeto que nosotros nos proponemos no
es fijar la cantidad de dolor que corresponda
al robo (…) sino el de designar el medio
represivo exactamente apropiado, esto es,
el obstáculo capaz de alejar el peligro. Por
lo tanto, para nosotros, el problema debe ser
enunciado en los siguientes términos: ¿cuál
es el medio para determinar la perversidad
constante del delincuente y el grado de
sociabilidad que le queda? (Garófalo, 1885:
200).

En este sentido, la responsabilidad moral de
la escuela clásica será sustituida aquí por la
responsabilidad social: “Si no es posible imputar
el delito al acto libre de una voluntad (…), sí
lo es sin embargo referirlo al comportamiento
de un sujeto, y esto explica la necesidad de
una reacción de la sociedad” (Baratta, 2004:
p. 33). La escuela positiva entonces convierte
al tejido social en responsable de contener el
peligro que revisten determinados infractores
más allá del delito que evidencie aquel. Y
esta responsabilidad se operacionaliza tanto
Una cuarta consecuencia aborda de en cláusulas de defensa social bajo la forma
manera directa el tema que nos compete: de “sustitutos penales” y como en la pena
la responsabilidad penal. En efecto, de lo legitimada en su función curativa y reeducativa.
expuesto hasta aquí se despejan términos con En este apartado, entonces, se han podido
claridad respecto a las tres dimensiones de esta delimitar los términos de la responsabilidad
variable: el acto como ente natural sintomático penal en tanto consecuencia jurídica derivada
de la anomalía patológica de su autor; el autor de la comisión de un hecho tipificado en una
como un ser peligroso y determinado a cometer ley penal como delito por un agente. En este
Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

caso, el agente es punible y deberá responder
con la pena por su acto. El reproche se le dirige
a él pero la responsabilidad por el hecho admite
otro actor: la sociedad que en su conjunto debe
defenderse del peligro que la acecha. La escuela
positiva convertirá la pena en tratamiento
curativo y correctivo y al delito, en patología
causada por factores bioantropológicos
y sociológicos. Mas el delito o fenómeno
criminal será concebido como dato ontológico
preconstituido a la reacción social y al derecho
penal. En este sentido, la responsabilidad social
no solo recaerá en la reacción necesaria frente
al crimen sino en el estudio de sus causas de
manera independiente y autónoma respecto del
derecho penal.
3.3. Perspectivas críticas: la nueva criminología
Las perspectivas criminológicas críticas se
reencuentran en diversas miradas y constructos
teóricos que no son posible de abordar en el
presente artículo. No obstante, asistidos por
la propuesta de Zaffaroni (2003), extraemos
un rasgo de todas estas perspectivas que
permite pensarlas como un corpus integrado:
el cuestionamiento del poder. En efecto, esta
nueva criminología va a desplazar una vez
más el foco de interés: será el sistema penal
y la reacción social parte destacada de las
indagaciones de este saber en detrimento del
acto criminal y de su agente, el criminal:
…en cierto momento, primero en función
“del interaccionismo simbólico” y luego con
la sociología del conflicto, la criminología
extiende su ámbito al “sistema penal” (…) y,
en definitiva la íntima conexión con el poder.
De la “criminología centrada en la conducta
criminal” se pasó a la llamada “criminología

17
de la reacción social”. (Zaffaroni, 2003: 8).
En este sentido, la criminología no será una
ciencia que aísla entes divorciándolos de su
inscripción macrosocial sino que se trata “de
un saber cuya delimitación epistemológica
se produce por efecto de una ligación a una
columna vertebral, que es el sistema penal y
su operatividad” (Zaffaroni, 2003: 19). Ahora
la responsabilidad va a recaer no tanto en el
autor del acto delictivo, sino en el autor de su
selección y de la reacción penal.
Si nos adentramos en la relación entre
la criminología y el poder, las denuncias
encuentran en el modelo de ciencia positiva
la causa no solo de la relación estructural
entre ambos elementos, sino la condiciones
para la asepsia con la que se desmiente esta
vinculación (Anitúa, 2005). Esta maniobra
reductora habilitada por un determinado
modelo de ciencia legitima la pena como
elemento para cristalizar un orden y reproducir
las condiciones políticas. Ya no corregir, sino
disciplinar “permitiendo una eficaz pervivencia
de una microfísica del poder. La pretendida
“cientificidad” dará forma y textura a esta nueva
racionalidad, esto es, el consenso acerca de un
orden social (político) determinado, incluso allí
donde lo irracional irrumpe” (Rojas Breu, G.,
2020: 37). Se introduce, entonces, el recorte de
la criminalidad como un efecto de una trama
de variables sociales, culturales, históricas,
políticas, económicas no reductibles a la
dimensión individual. Por tal motivo, el centro
de gravedad de estas perspectivas estará puesto
ya no en el sujeto infractor ni en el crimen, sino
en la consecuencia jurídica entendida como
reacción penal propia de una operatividad
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

particular del sistema penal. Esto impone
profundizar la indagación acerca del vínculo
entre la criminología en tanto respuesta penal y
la política como así también en el concepto de
crimen desde este punto de vista.
En primer lugar, podemos afirmar que no
es posible considerar la criminalidad por
fuera del discurso jurídico ni como dato
preconstituido. La consideración del crimen
como un comportamiento definido por el
derecho, y el rechazo del determinismo y de
la consideración del delincuente como un
individuo diferente, son aspectos esenciales de
la nueva criminología (Baratta, A, 2004: 22). El
crimen, entonces, es efecto del derecho. Y el
derecho es efecto de la política que encuentra
en la criminología un recurso para cristalizar
estructuras sociales determinadas: la relación
entre política y criminología asume una
condición necesaria, en tanto la primera recorta
el orden público y sus lesiones: los crímenes
(Simonetti, J., &amp; Virgolini, J., 2003). Esto supone
que el rol social atribuido a la Criminología y
el campo empírico sobre el que despliega su
discurso se definen a partir de un orden social,
el cual no es sino político. Es dable desagregar el
vínculo entre criminología y política ubicando
a la primera como herramienta dilecta para
garantizar el control social. En palabras de
Pavarini, la criminología es “una pluralidad de
discursos (…) orientados hacia la solución de
un problema común: cómo garantizar el orden
social” (1983: 18).

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y económicas en el marco de un determinado
orden normativo de base estatal. La selección y
construcción de este orden y el ejercicio de la
autoridad son objeto de la política: el principio
de uniformidad y la conservación coactiva
revelan este origen (Rojas Breu, 2020). Este
componente coercitivo, monopolio legítimo
del poder estatal, sostiene y habilita el derecho
que preserva la integridad de dicho poder y a
su vez éste está garantizado externamente por
dicha coacción, por lo que se puede definir a la
política como el arte de transformar tendencias
sociales en formas jurídicas (Heller, 1992:223).

El orden es político y de su recorte se desprenden
las diversas desviaciones que invitan a la
gestación de la criminología como ciencia,
negadora de su lazo con la política. Mas, esta
relación no se agota aquí: la política dicta leyes
e impone penas. La pena, entonces, no es sino
un hecho político (Zaffaroni, R., 2011). Este
autor va a bordear la pena en tanto concepto
negativo pues no concede a la pena función
positiva alguna y solo opera por exclusión. Por tal
motivo, sustenta la “teoría agnóstica de la pena”,
es decir, una teoría que asume desconocer la
función de la pena, ya que niega su capacidad
de solucionar conflictos o de prevenirlos. La
pena, entonces, será una consecuencia jurídica
no necesariamente legítima, sino que se erige
en un acto de poder político: “La pena no es
más que un hecho de poder y la teorización en
torno de la misma no pasa de ser una tentativa
legitimante de todo el ejercicio del poder penal”
(Zaffaroni, R., 2012: 282). Tobias Barreto, de
Ahora bien, ¿por qué asumir el axioma por el la Escola de Recife, será insumo para aquel
cual el orden social asume rasgos políticos? autor al momento de abordar la idea de pena
Pues, porque se trata de los modos en los que como efecto político: el derecho y la guerra
se piensan y reproducen las relaciones sociales portarán similar fundamento, y en este punto
Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

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se reencontrará el propio de la pena (Zaffaroni,
R., 2012: 203 - 223).Y si la pena es un hecho
político, la desigualdad la asiste y la compele
a ser fuerza contraria que evite el reequilibrio
de fuerzas. Por tal motivo, el autor va a ubicar
al sistema penal como parte de una operatoria
selectiva y reproductora de violencia.
Este lazo entre el poder político y el derecho ya
es subrayado por Locke: “el poder político es
derecho de dictar leyes bajo pena de muerte”
(Simonetti, J., &amp; Virgolini, J., 2003: 98). Mas,
esta obligación de obedecer bajo riesgo de
sanción requiere un partenaire obligado: el
sujeto dócil que convierta el interés ajeno
en interés propio, autocensurado sobre la
base de una moralidad que el sistema de
penalidad estatal contribuyó a gestar. ¿Qué
lugar entonces para los sujetos que escapan a
la autocensura? Claramente este enfoque niega
la patología y la anomalía y opone en cambio
un análisis basado la estructura social en clave
de denuncia. Acorde los desarrollos planteados
por Grüner (2007), Virgolini y Simonetti (2003),
entre otros, es condición del orden no solo
la pretensión del Estado de mandar sino la
construcción de ciudadanos que se conviertan
sus propios vigilantes, de la subjetivación
de la violencia objetiva renegada, fuente de
legitimidad social (Grüner, 2007: 51). A falta
de subjetivación de esta violencia, advendrá
de manera externa la violencia hecha pena. En
caso de advertir los nexos entre la obediencia
y el poder político y ante la pretensión de
revertir estas coordenadas del orden social,
la masacre advendrá descosiendo los ropajes
de la ideología científica que legitimaban la
violencia (Basaglia, F., 1987).

19
Las posturas críticas denuncian la negación de
la criminología positiva de su intimidad con la
política a través de sus postulados técnicos y
explicaciones etiológicas basadas en patologías
individuales o sociales. Define los límites de su
discurso autónomo divorciando el crimen de su
origen político y social que impone un orden.
Sin embargo, este orden es por definición
social y es la resistencia a advertir esto la que
niega la dimensión social del crimen. El poder
político monopoliza el castigo en función de
un crimen recortado como desobediencia a
un determinado orden también político: los
variados artefactos de castigo y de control
punitivo pertenecen al ámbito de la política,
puesto que la función social de establecer y
mantener un orden es esencialmente coactiva
(Virgolini, J.: 2005).
Ahora bien, el crimen y castigo son definidos
a través de este orden. Y ambos objetos serán
apropiados por la criminología que los intuye
como una operación externa. Criminología,
política y orden, entonces, admiten inscribirse
en un mismo eje al tiempo que se niegan
mutuamente.
Lo expuesto hasta aquí permite advertir que la
pena es un hecho político reactivo a un acto
definido como delito a partir de coordenadas
sociales y políticas. El centro del análisis es
esa respuesta penal reconducida a su origen
eclipsado por las concepciones previas:
el control social al servicio de sostener un
determinado orden que cristaliza diferencias
preservándolas. Ahora bien, en esta matriz,
¿cómo se puede pensar la responsabilidad penal?
Dos de sus dimensiones ya fueron abordadas,
pero resta profundizar respecto al agente de
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

la respuesta y a la noción de culpabilidad
implicado en ella. Respecto a la última, esta
perspectiva entiende que la culpabilidad
normativa, esto es, el reproche personalizado,
entra en crisis junto con la deslegitimación del
poder del sistema penal. La reproducción de
la violencia y la selectividad de este sistema
neutraliza este reproche, pues un juicio de
reproche desigual está vacío de todo contenido
ético (Zaffaroni, 2012: 265 - 270). De esta
manera, se troca la culpabilidad en crisis por la
llamada clínica de la vulnerabilidad, entendida
esta como el riesgo a ser seleccionado por el
sistema penal. La magnitud de este riesgo estará
dada por factores que integran dos categorías:
la posición o estado de vulnerabilidad y el
esfuerzo personal por la vulnerabilidad. La
primera es predominantemente social: consiste
en la probabilidad de ser seleccionado y
sufrir el proceso de criminalización por la
sola pertenencia a una clase, grupo, estrato
social, minoría, etc. asumiendo rasgos
que correlacionen con un estereotipo. La
segunda categoría, el esfuerzo personal, es
predominantemente individual consistiendo en
el grado de peligro o riesgo en que la persona se
coloca a partir de la conducta que realice toda
vez que lo haya decidido de manera autónoma.
De esta manera, la culpabilidad por el injusto
pasa a integrar un análisis más complejo dado
por la culpabilidad por la vulnerabilidad
(Zaffaroni, R., 2012: 270 – 281).
En este sentido, la reinserción social, no será un
proceso de readaptación, sino de ruptura con
las condiciones que inscriban al condenado en
el estereotipo que insta la selectividad del poder
punitivo, debilitando el nivel de vulnerabilidad
ante el sistema penal y dejando en sombras el

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acto que instó la criminalización.
Ahora bien, si el crimen es un constructo solidario
de coordenadas de poder deslegitimadas, el
sujeto es aprehendido por su condición de
vulnerabilidad por la cual no se le puede aplicar
reproche alguno y la respuesta penal en sí
misma carece de ética por su práctica selectiva
y violenta, ¿quién asume la responsabilidad?
Pues bien, lo será la agencia judicial. ¿En qué
sentido? En el sentido etimológico, pues es
quien responde ante el injusto, pero también
en un sentido más crítico y reflexivo: si el poder
ejercido por el sistema penal perdió legitimidad
tras denunciarse la alianza con la inequidad
antedicha, el procesado ya no tiene por qué
responder legítimamente. En palabras del citado
autor: “La responsabilidad es de la agencia
judicial que debe responder ante el procesado
y ante la comunidad, dando cuenta de la forma
en que ejerce o administra su reducida cuota de
poder limitador” (2012: 271). Se introduce, de
paso, la función del derecho para esta escuela:
limitar la violencia del sistema penal aspirando
a la etización del derecho penal. Es la agencia
judicial la que debe comportarse de manera
ética frente al ejercicio de poder deslegitimado,
procurando limitar el alcance de las maniobras
de dicho poder.
Los términos que integran la variable
responsabilidad penal se ven eclipsados por
uno de ellos: la reacción penal, centro del
análisis de esta corriente que convierte atribuye
la responsabilidad a la agencia judicial, troca
culpabilidad por vulnerabilidad del sujeto autor
del hecho y ubica el acto como instancia que
habilita un proceso de criminalización penal
que dicha agencia judicial deberá limitar.

Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

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3.4 Perspectivas actuales de inscripción
institucional: criminología aplicada y Modelo
de Desistimiento
Para analizar las dimensiones indagadas en
este trabajo, la referencia texto legal vigente
es un recurso necesario toda vez que este
explicita, por un lado, la función de la pena
y, por el otro, su vinculación con el delito
y el autor. Por supuesto, las lecturas críticas
trabajadas en el apartado anterior arrojarán
luz sobre la doble vía analítica para vislumbrar
la finalidad de las penas: la que se enuncia y
la que se oculta. Sin embargo, el análisis del
enunciado es insoslayable pues tiene efectos a
nivel social, institucional, grupal e individual.
Por tal motivo, encontramos en el artículo 1°
de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de
la Libertad N.° 24.660, que fuera modificado
en el año 2017 por ley 27.375, las siguientes
formulaciones:

De la cita, es posible advertir una serie de
consideraciones. En primer lugar, que la pena
y el reproche recaen sobre el condenado,
que es quien debe adquirir algo que no tiene:
la capacidad para respetar y comprender la
ley. La pena se piensa como una instancia en
la que el sujeto pueda vincularse con la ley
desde la observancia. Asimismo, se imprime
una dimensión valorativa del acto delictivo al
enunciar que aquella comprensión debe alcanzar
también la gravedad de sus actos. Es decir, se
adjetiva el acto en un sentido determinado y
junto a este se especifica un elemento intrínseco
a la pena de sesgo punitivo: la sanción.
Finalmente, reedita el modelo de tratamiento
pero agregando términos excluidos del texto
legal antecesor tales como la rehabilitación que
reconduce el reproche al condenado licuando
al responsabilidad compartida con el tejido
social a través del principio resocializador
La ejecución de la pena privativa de libertad, dado en la reinserción social a la que se aspira.
en todas sus modalidades, tiene por finalidad Por tanto, la consecuencia jurídica, según esta
lograr que el condenado adquiera la letra, será una sanción que recaerá sobre un
capacidad de respetar y comprender la ley, sujeto conminado a cumplirla por la comisión
así como también la gravedad de sus actos de actos graves.
y de la sanción impuesta, procurando su
adecuada reinserción social, promoviendo Este imperativo legal encuentra asistencia en
la comprensión y el apoyo de la sociedad, un corpus teórico determinado que orienta
que será parte de la rehabilitación mediante intervenciones institucionales en la actualidad.
el control directo e indirecto.
Son citas obligadas, en este punto, los aportes
de la criminología aplicada y algunas de sus
El régimen penitenciario a través del sistema derivaciones: el Modelo de Riesgo-Necesidadpenitenciario, deberá utilizar, de acuerdo Responsividad (Andrews &amp; Bonta, 2009) y el
con las circunstancias de cada caso, todos Modelo de Desistimiento. Esta corriente nace
los medios de tratamiento interdisciplinario en respuesta a su antecesora, el “nothing
que resulten apropiados para la finalidad Works” propulsado por Martinson (1979)
enunciada (Ley 27.375/17, art. 1).
y a la criminología crítica. EL modelo RNR
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

incluye variables sociales y vinculares pero sin
desagregarlas del sujeto infractor, razón por la
cual sigue negando otros niveles de análisis
para dar cuenta de la responsabilidad penal.
Asimismo, centra la respuesta del condenado
en factores de riesgo dinámicos y estáticos
que indicarán necesidades criminogénicas
orientadoras del diseño del tratamiento acorde
patrones responsivos. No puede obviarse la
reedición, en este punto, de concepciones
previas. El marco teórico no niega lo social pero
lo ubica a cuenta de lo individual diluyendo en
este polo la complejidad irreductible de aquella
dimensión. La pena recae enteramente en el
infractor, sin convocatoria posible a otro actor
que llega a enunciarse pero no a incluirse: la
sociedad. Este actor queda diluido en esfuerzos
espasmódicos o aislados que no llegan a tener
sustento en matrices institucionales arraigadas.
Este modelo de gestión de riesgos, entonces, va
a reforzar el imperativo de respuesta penal en
términos de un sujeto autor de un acto grave.
El sujeto será autor de este acto por factores
que son estudiados de forma acabada, factores
que no van a determinar la comisión del delito
sino que lo van a explicar en el marco de la
probabilidad prevista en el paradigma del
riesgo. El aspecto dinámico del riesgo niega el
determinismo pasado y habilita un abordaje sin
negar el interés predictivo. La condena será una
sanción y un tratamiento en cuyos objetivos
se incorpora de manera vacilante el conjunto
social.
No obstante, el Modelo
encuentra rasgos propios
lectura aparte, dado que va
en la retícula conceptual y

de Desistimiento
que exigen una
a permitir “incluir
en sus estrategias

de intervención la dimensión política del
crimen y su autor” (Rojas Breu, G., 2020: 39).
El desistimiento es considerado un proceso
(Maruna, 2001; Farrall, 2002; Laub &amp; Sampson,
2003) que involucra al autor del delito y a
la llamada “comunidad moral”. Consiste en
abandonar la conducta delictiva en pos de
adherir al marco normativo social, abandono
que asume tres niveles: primario, secundario y
terciario.
El primero implica un cambio a nivel conductual
del autor; el segundo, en la identidad. El nivel
terciario invita a aquella comunidad moral a
participar del proceso: pues este nivel no se
agota en cambios subjetivos (conductuales e
identitarios) sino que alcanza la reintegración
social que cabalga sobre nivel de pertenencia y
aceptación de la mentada comunidad (Trotter,
C., McIvor, G. &amp; Mc-Neill, F., 2016). Diversas
fuentes (Laub &amp; Sampson 2003; Weaver 2015).
Este tercer nivel es el que permite sostener en
el tiempo la adherencia a las leyes que regulan
la comunidad moral en tanto la identidad se
estructura de forma gregaria y parte de la misma
es la percepción de los demás de la proyección
de aquella y del lugar consecuente que se
ocupa dentro de la sociedad. El desistimiento,
entonces, no es solo un proceso personal, sino
también político y social. Por lo tanto, la sanción
no solo recae sobre el infractor sino sobre la
comunidad que es responsable también de esta
integración social en el marco de diversas etapas
del proceso de la justicia penal. Por lo tanto,
acorde este modelo, la consecuencia jurídica
de un acto delictivo encuentra dos asientos: el
del condenado y el de su comunidad. Pues el
delito es entendido, en parte, como la lesión del

Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

capital social, lesión que comportará sanciones
que no solo impactan en el sujeto infractor
sino en el propio entramado social que debe
movilizar sus propias cuotas de responsabilidad.
Concluyendo, se puede afirmar que el cambio
supone el trabajo en el capital humano y en
el capital social. Recuperando los términos de
la variable indagada en el presente trabajo, se
puede entender al acto como una lesión del
capital social que tiene por agente no solo al
autor directo del delito sino a la comunidad
moral que lo integra, recayendo el reproche
sobre ambos en el marco de la consecuencia
jurídica prevista en la sanción penal. Este
modelo complejiza la unidad de análisis pues
el desistimiento será acabado en tanto y en
cuanto se incluya en su esencia la dimensión
no solo subjetiva y social sino, y de manera
central, política.
3.5. La psicología jurídica y la función clínica
del derecho
La psicología jurídica aporta un elemento
sustancial para pensar en la responsabilidad
penal que atiende al vínculo entre el sujeto
y la ley y en esa trama inscribe la posibilidad
de la responsabilidad penal en el marco de un
diálogo disciplinar:
Cuando hablamos de psicología jurídica
tenemos que tener presente que es un
campo constituido por el entrecruzamiento
de dos discursos: el jurídico y el psicológico.
Tenemos el Derecho, que parte de lo general
a lo particular y tiende a la objetividad
y la Psicología, que va de lo particular a
lo general, considerando la subjetividad.
(Varela, O., 2020: 21).

23
La psicología jurídica, entonces, habita dicho
entrecruzamiento discursivo que ofrece el
camino para interrogar la función estructurante
de la ley en el sujeto, la subjetivación de la
falta mediante la culpa y el valor de la pena
en esta red conceptual compleja. Es decir,
esta especialidad dentro de la psicología
va a delimitar un criminal en tanto sujeto:
unidad de análisis diversa de la del individuo
anómalo y peligroso del positivismo o el sujeto
racional y dueño de sus actos de la escuela
liberal. La psicología jurídica va a develar los
nexos íntimos y estructurales entre la ley y la
subjetividad preservando esta dimensión no solo
amenazada por las concepciones antedichas
sino por la consideración del delincuente
por vulnerabilidad. El sujeto implicado en
su acto estará a salvo del determinismo, del
voluntarismo y del avasallamiento en nombre
de la estructura social. ¿Cuál es el sujeto desde
esta perspectiva? El sujeto que no es ajeno a
la causalidad psíquica que en modo alguno
debe confundirse con voluntad racional toda
vez que este sujeto no es dueño de sus actos,
“…esa misma causalidad psíquica indica
que el hombre es responsable de la posible
deliberación (…), ya que no puede dejar de
interrogarse por la implicación e involucración
que le cabe en cada uno de sus actos” (Gérez
Ambertín, M., 2006: 48). Por lo tanto, el acto
cifra al sujeto siendo imposible pensarlo por
fuera de él y la responsabilidad es un movimiento
de deliberación respecto a esta implicación.
De esta manera, la psicología jurídica que
piensa al derecho desde su función clínica va
a interpelar a un sujeto que a través de su falta
puede ser convocado a esta deliberación en el
marco de la pena: se piensa en una operación
que convoque al sujeto implicado en su acto y
Osvaldo Héctor Varela y Gabriela Rojas Breu

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

humanizado en su responsabilidad.

constructoscriminologicos.uanl.mx

Se trata, entonces, de subjetivar el crimen,
asumir la responsabilidad consecuente y la
pena que corresponde, de tal modo el reo
sutura, por así decirlo, su relación con el
marco social en el que vive encontrando a
partir de ello el verdadero sentido de la pena
(Sarrulle, O., 2006: 35-36).

Ahora bien, este maniobra por la cual se
trazan coordenadas para la emergencia de la
deliberación del sujeto en el encuentro íntimo
con su acto comporta una privación: pues la
pena “siempre implicará la pérdida de algo
valioso para el sujeto” (Varela, O., 2020: 29).
La falta se sanciona procurando otra falta, y este
La pena, entonces, al señalar el acto delictivo
es el rasgo atemporal de las penas.
contribuiría a reponer el lazo del sujeto con el
tejido social que lo convierta en culpable, es
No obstante, que el sujeto decodifique esta
decir, que le permita inscribirse a partir de la
privación como una interpelación a su acto
culpa en el marco social que lo sanciona. Desde
no es una consecuencia lineal e inexorable.
esta perspectiva, el delito será un acto objetivo
Contrariamente, la responsabilidad será efecto
que porta una verdad subjetiva y la consecuencia
contingente y no mecánico, efecto subjetivo
jurídica tendrá por fin recuperar la dimensión
y no ajeno. Por tal motivo, la función clínica
subjetiva y su lazo con el entramado social que
del derecho se cumple al asistirse a la siguiente
señala el acto como lesivo. La responsabilidad
seriación: tras el acto delictivo que comporta
penal se repensará a la luz de la dimensión del
una reacción penal es dable asistir a una
sujeto, distinta del Yo: “¿Por qué no interpelar
implicación subjetiva dado que la sanción
el concepto de responsabilidad penal a partir
penal logra subjetivizarse en relación con el
del esclarecimiento que aporta la experiencia
acto y “de esta manera la subjetividad inscribe
subjetiva vinculada a la posición del sujeto con
una articulación entre su falta y lo que señala la
relación a lo ajeno in-a-propiable que habita
ley” (Gérez Ambertín, M., 2006: 52).
al interior del yo?” (Llull Casado, V., 2020: 70).
La consecuencia jurídica del acto lesivo, la pena,
entonces, será el vector que permita inscribir
la articulación entre la lesión y la ley. En este
sentido, es elocuente la distinción entre sanción
penal y castigo: la penalización debe pensarse
instancia en la cual el sujeto interpelado por
la legalidad objetivice y subjetivice su falta: la
pena no debe degradarse a la dimensión del
castigo sino que obedece a la dimensión de la
deliberación (Gérez Ambertin, M., 2006: 53). Si
el penado no logra la subjetivación de la falta,
la pena carece de sentido:

La responsabilidad penal, entonces, debe
traccionar a la responsabilidad subjetiva para
que la pena tenga sentido. El reproche recaerá
sobre el infractor pero para restar consistencia a
este rótulo y habilitar la deliberación que revele
la implicación del sujeto.
La pena, entonces, no agota su explicación
en términos jurídicos que por definición
habitan lo universal (prevención especial
positiva y negativa, general positiva o negativa,
retribución, etc.). La psicología jurídica abona
sustento al respecto al conocer la lógica

Acerca de la responsabilidad penal: reconstrucción y sistematización de sus acepciones teórico-conceptuales en el campo de la
criminología. PP. 7-26

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

del derecho y al mismo tiempo producir un TRABAJOS CITADOS
discurso propio que pueda responder a los
requerimientos que se le formulen (Varela, O., Andrews, D. A. &amp; Bonta, J. (1994). The psychology of criminal
2020: 29). Así, apoyada en sus propias columnas
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Elbert, C.A. (2010). Manual básico de criminología (4ta ed.).

4. CONCLUSIONES

Eudeba
Farrall, S. (2002). Rethinking What Works with Offenders:

La responsabilidad penal responde a la lógica
del constructo. Su sentido se completa desde
diversas coordenadas de enunciación que
ofrecen reconstrucciones diversas e impactan
de manera sustancial en el tratamiento del
delito y de la pena. Del relevamiento expuesto,
no obstante, es dable extraer un elemento
recurrente: el ostracismo al que es compelida
la dimensión subjetiva. Diversas unidades de
análisis operan esta expulsión, lo cual ubica a
la psicología jurídica en posición de recuperar
y preservar aquella dimensión para que la pena
no sea degradada a la lógica del castigo.

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condicional, contexto social

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Gerez Ambertín, M. (Ed.) (2010). Culpa, responsabilidad y
castigo. (Vol. 3). Buenos Aires: Letra Viva.

El sujeto privado de la libertad en el marco de
la pena ha sido también privado de su propia
implicación en aras de postular una libertad
hipostasiada, un determinismo predictor o
la por el celo de la reacción penal. Todos los
esfuerzos por reponer las elipsis solidarias de
los reduccionismos son fundamentales, pero no
pueden negar al sujeto que se muestra en su acto,
pues no hay posibilidades de resocialización si
no hay lugar para dicho sujeto.

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en Psicología del MERCOSUR.. Facultad de Psicología -

—

Osvaldo Héctor Varela
Afiliación: Universidad de Buenos Aires, Argentina.
Lic. en Psicología, Universidad John F. Kennedy,
Licenciado en Criminología, (USAL) Especialista
en Criminología (UPFA), Especialista en Psicología
Clínica (UK), Especialista en Psicología Jurídica
y Forense con orientación en Delincuencia y
Criminalidad (Colegio de Psicólogos de la Policía
de Buenos Aires), Dr. en Ciencias Penales (UK).
Profesor Universitario de Psicología (UBA)

Universidad de Buenos Aires. Buenos Aires, Argentina.
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Gabriela Rojas Breu
Afiliación: Universidad de Buenos Aires, Argentina.
Docente investigadora Psicóloga Clínica Forense,
Criminóloga, Servicio Penitenciario Federal
Universidad de Buenos Aires, Justicia Nacional
Especialista en Diagnostico.

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Grama ediciones
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�27

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en
hechos de violación como elementos de prueba razonable,
su importancia adversarial
Analysis of perverse speech: violent masculinity in facts of
rape as elements of reasonable evidence, their adversarial
importance
Gil David Hernández Castillo*

Resumen
En el sistema penal acusatorio adversarial
mexicano, se les brinda la oportunidad a
las partes, a través del discurso, de expresar
y argumentar sus posturas, en un lenguaje,
ante el suceso o delito que les tiene ahí,
lamentablemente en ocasiones el victimario usa
este foro para trasgredir de nuevo a la víctima,
situación que se tiene que analizar, para detener
y que sirva como prueba razonable en el juicio.
Y con esto no se genere una revictimización de
la parte afectada en el proceso.

Recibido: 28-05-2021
Aceptado: 09-06-2021

Masculinidad Violenta, Violación,
Razonable, Sistema Penal Adversarial.

Prueba

Abstract
In the adversarial Mexican adversarial criminal
system, the parties are given the opportunity,
through speech, to express and argue their
positions, in a language, before the event
or crime that has them there, unfortunately
sometimes the perpetrator uses this forum to
transgress the victim again, a situation that
must be analyzed, arrested and served as
reasonable evidence in the trial. And this does
Palabras clave: Análisis Del Discurso Perverso, not generate a re-victimization of the affected
party in the process.
Cómo citar
Hernández Castillo, G. D. El análisis del discurso
perverso masculinidad violenta en hechos de
violación como elementos de prueba razonable,
su importancia adversarial. Revista Constructos
Criminológicos. Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/3
*https://orcid.org/0000-0002-1360-428X
Universidad de Autónoma de Nuevo León, México

Keywords: Perverse Speech Analysis, Violent
Masculinity, Rape, Reasonable Proof, Adversarial
Criminal System.
1. ANTECEDENTES
En México a partir de la reforma del año 2008
el sistema de justicia, en donde se han ido

�28

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

modificando, tanto en los procedimientos,
así como en el actuar en el sistema de justicia
y la administración de esta, pero aun dejan
espacios de reflexión, para analizar la reforma,
que especialistas, así como usuarios deben
atender, las circunstancia que ocurre en el
sistema penal adversarial, que intenta protege
los derechos de las personas ofendidas o
víctimas, también el garantizar un debido
proceso a los imputados, así como se genera la
presunción de inocencia, permitiendo con esto
tener la intención de fortalecer las instituciones
y el sistema de justicia en México, donde la
administración de la justicia, puede facilitar
que sean más eficientes y transparentes estos
procedimientos judiciales, para que generen
una cultura de paz (Cabello, 2016), que tanto
requiere el país (Monroy, 2017).

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están compuestos por distintos momentos y estos
momentos son susceptibles de impugnaciones,
con diversos medios de impugnación de las
mismas determinaciones judiciales de lo que se
trate, ya que como sabemos los humanos que
juzgan y participan en estos procesos pueden
emitir actores errados contrarios a la norma
jurídica ya sea por su mala aplicación o mala
interpretación de la ley (Salinas, 2013).

En el sistema adversarial se tiene el elemento
acusatorio, ya que en las dos partes que
representan en juicio, siendo una la que acusa
y la otra que se defiende. También es oral, ya
que el juicio se realiza mediante un debate
verbal, delante del juez, como autoridad,
este incorpora acciones y dinámicas de los
elementos que la componen, así como señalan
su funcionamiento (Shünemann, 2007) lo dirige
Ahora se le da lugar a este nuevo modelo de y lo administra, por lo tanto, cuenta con un
impartición de justicia, nombrado como el riguroso procedimiento jurídico.
sistema penal adversarial (Rodríguez, 2013),
por sus características que puntualizan lo Durante estos juicios orales, el acusado en
adversarial, en tanto que la acusación y la el supuesto que sea culpable puede seguir
defensa se hace por medio de una confrontación revictimizando dentro del proceso a la
de elementos, de pruebas, evidencias, así víctima, esto en casos particulares, como lo
como argumentos de las partes involucradas, son los delitos de violación, ejemplificando su
como el interrogatorio y contra interrogatorio, conducta al realizar la masculinidad violenta
estas deben ser atendidas, escuchadas, así (Hernández, 2017), la masculinidad toxica, así
como comentadas, para afirmarlas o negarlas, como la masculinidad hegemónica o también
comprobarlas, desde la evidencia y la ciencia conocida como masculinidad tradicional.
criminalística, la criminológica, el derecho,
además se tienen que aclarar cada una de ellas, Dentro de nuestra legislación (Salinas, 2013),
esto ante una autoridad, que en este caso es el se presentan aun muchas problemáticas que
juez.
son profundas ya que al intentar encontrar una
diferenciación congruente entre las violaciones
Ya que en estos procesos, que son meramente substanciales de fondo se confunde o los
actos jurídicos que van dirigidos a la administradores de la justicia se confunden, si
administración y la realización de la justicia, hay que determinar los elementos en alguno
Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos de violación como elementos de prueba razonable, su
importancia adversarial. PP. 27-40

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

29

de los rubros según sea el caso, inclusive estos
hechos constituyen infracciones por la vaguedad
e indeterminación de algunos proceso, ya
que en ocasiones se utilizan palabras que son
sinónimas pero no lo son en el juicio.

Para analizar estas condiciones, la criminología
en su análisis conductual, así como las
inferencias que hace, sobre la conducta
criminal, como impactan directamente y les da
lugar a las labores científicas de la criminalística,
sin importar en cuáles de sus ramas se focalice,
Es importante también reflexionar entonces, las embiste de un sentido propio, así como una
como especialistas que elementos debe tener orientación hacia donde deben de apuntar sus
en cuenta el juez como autoridad, así como el esfuerzos de intervención, análisis y trabajo
fiscal, el agente del misterio público, el abogado (García, 2017). Generando entonces un saber
defensor o de oficio, todos responsables, de desde la ciencia criminológica.
lo que ocurra en la sala y que la integridad y
seguridad emocional de los participantes este Para la población en general, así como para
salvaguardada, protegida. Cuidando que aquel los jueces y los abogados encargados de
espacio consagrado para la justicia, la verdad la administración de justicia, les parece en
histórica y la verdad jurídica, no se preste para ocasiones como si se estuviese escindida la
seguir perpetuando el delito o cometer nuevos criminología de la criminalística, cuando es
delitos a través del discurso. Esta violencia, su todo lo contrario, estas dos ciencias trabajan
perversión, aparece de nuevo en el acusado en una sinergia muy especial y única, capaz de
con perfil sociópata o perverso, es entonces dar cuenta de lo acontecido en el lugar de los
competencia y responsabilidad del fiscal con su hechos, como es en el caso de los juicios orales
cliente, en el hecho de cuidarle, protegerle en el y su procedimiento de carácter adversarial.
proceso, de igual manera el abogado defensor
del acusado, que por ética no debe permitir Numerosos investigadores han concluido, que
que el acusado, su cliente, siga dañando y la criminalística es la que nutre a la criminología,
cometiendo actos deplorables, nuevos delitos, desde las ciencias exactas y naturales, de igual
manera y de una forma recíproca la criminóloga
incluso que le perjudiquen en su defensa.
da lugar a la criminalística, a sus investigaciones,
La justicia en nuestro país depende como en aportaciones y análisis, desde las ciencias
muchos otros de su momento histórico, que sociales y criminológicas (Hernández, &amp;
se inspira en los principios que son el reflejo Monroy, 2017). Por lo cual son dos elementos
de su ordenamiento jurídico y legal, que va a importantes en la investigación de este articulo
corresponder y en concordancia a su sistema dándole sentido a lo reflexionado y sustento
político. Se pueden entonces diferenciar lo teórico.
principios jurídicamente procesales, que
existen en la administración de justicia, con En muchos de los países desarrollados que
independencia del espacio y tiempo en el que cuentan con las más altas tecnologías y
nos situemos (Gómez, 2018).
procedimientos criminalísticos en investigación
criminal, han tenido las mismas dificultades
Gil David Hernández Castillo

�30

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

como ocurre en México, esto es producto de
la ausencia del discurso de género, de una
masculinidad, que ejerce en la mayoría de los
casos el uso del poder, que es violenta y que
termina violentando, así como cometiendo
la mayoría de los crímenes, en la sociedad,
sesgando por cultura de la masculinidad
hegemónica, el análisis que se pudieran hacer
sobre el caso en particular.
Se propone entonces que investigar, leer e
interpretar tomando en cuenta la violencia
masculina, la violencia hegemónica, las
masculinidades toxicas es como uno de los
factores que la motiva, ejerce y el cómo la
produce, con todos sus simbolismos, genera
mucho daño al interior de las familias, en
el sujeto socaba su identidad, le enferma la
mente y el cuerpo. En México, las evidencias
de hechos criminales hablan por sí solas y el
perfecto traductor es la criminología, así como
la teoría de género, que no podría llegar a este
efecto sin las ciencias criminalísticas.
2. MASCULINIDAD VIOLENTA
Generalmente los hombres buscan a través
de los tiempos la dominación hacia otras
mujeres, hacia otros hombres, incluso hacia
ellos mismos, esta tara ideológica que solo le
ha servido para lastimar y lastimarse, le facilita
la confirmación de su dominio o intento de
este. Entonces deja de sentir y actúa ante dos
expectativas, las de autoridad y las de servicio,
si estas no se cumplen o no se cumple solo
alguna, como sabemos, actúa entonces en
consecuencia con violencia. Estas conductas
son aprendidas, desde sus padres, hermanos el
resto de los familiares, las instituciones como

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la escuela, la iglesia, así como el resto de la
sociedad.
En el caso particular de la violación como el
ejercicio de la violencia masculina, ellos tienen
que satisfacer primero sus instintos, así como
su goce y malinterpretan generalmente las
señales de las mujeres violentadas, cuando
piensan que ellas son las que los provocan
o les insinúan, esta distorsión de la realidad
es común lamentablemente. Y ocurre por el
sentimiento de superioridad, que en la cultura
creen los hombres, deben de poseer y comenten
entonces el acto de violación, en otros casos
más grabes, no ocupan malinterpretar una señal
de las mujeres, solo las fijan como objetivos de
su descarga sexual y las transgreden (García,
Hernández &amp; Barba 2020).
La cultura es parte de la generación de esta
trasgresión, en aparte, así como el tipo de
estructura del hombre que comente el acto de
violación, que generalmente es una estructura
perversa, en otros casos con límite entre lo
neurótico y lo perverso, se da el caso también
en ocasiones, que la estructura es limítrofe
o psicótica (Hernández, 2017). Todas ellas
generando de alguna manera violencia hacia
los otros o ellos mismos, alguna es consciente
algunas otras no, pero todas contiene la
responsabilidad de su perpetrador, sin eximirlos
de su acto criminal.
Este acto sexual agravado en violación es
también un elemento para que el hombre
violento pueda demostrar su poder, superioridad
contra la mujer, el someterla, con control y con
dominación a diferencia como se le educa y
se le culturiza a la mujer, subjetivizandola, a

Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos de violación como elementos de prueba razonable, su
importancia adversarial. PP. 27-40

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

el amor, la negociación y la cultura de paz,
en el sentido sexual limitado, esto genera una
violencia sexual implícita, desde la cultura y
como hacemos diferencias en la educación de
ambos.

31
sexual, de los soldados, sin un fin reproductivo
o de supervivencia, solo como una descarga
de libido, un acto criminal para ofender a los
vencidos, a la víctima, es entonces un acto
violento, dicho en otras palabras, un acto
perverso.

Es entonces la sexualidad masculina, es un
elemento de la cultura, con muchos tabúes y
cargas de violencia implícita socialmente, que
el hombre ejerce en el acto, para satisfacer su
necesidad biológica, así como la necesidad
psicológica, para conservar su estatus
ideológico e imaginario, que es tan frágil, que
en ocasiones es parte de sus fantasías perversas,
que se genera por diversos trastornos. Trastornos
que él tiene y que lamentablemente no fueron
atendidos en su momento por personal de salud
mental, canalizados por su familia, contenidos
(García, 2017).

Para el derecho en México, en su título tercero de
delitos contra las personas, dentro del subtítulo
cuarto, delitos contra la liberta sexual, ya en su
capítulo IV titulado violación, el artículo 273
a la letra dice: al que por medio de violencia
física o moral tenga copula con una persona,
sin la voluntad de esta, se le impondrán de
cinco a quince años de prisión, y de doscientos
a dos mil días multa. Comete también el delito
de violación y se sancionara como tal, el que
introduzca por vida vaginal o anal cualquier
parte del cuerpo, objeto o instrumento diferente
al miembro viril, por medio de la violencia
3. VIOLACIÓN
física o moral, sea cual fuere el sexo del
ofendido. Se equipará a la violación la copula o
Empecemos
definiendo
la
violación, introducción por vida vaginal o anal cualquier
entendemos de acuerdo con estudios parte del cuerpo, objeto o instrumento diferente
antropológicos (Garza, 2009) como nos dice al miembro viril, con persona privada de razón,
Garza, en las primeras etapas del ser humano de sentido o cuando por cualquier enfermedad
los actos de violación eran meras formas o cualquier otra causa no pudiere resistir o
de la satisfacción sexual, y la procuración cuando la víctima fuera menor de quince años.
o reproducción de la especie, si dos grupos
humanos se encontraban y luchaban entre En estos casos, se aplicará la pena establecida
sí, las mujeres que sobrevivían, eran tomadas en el párrafo primero, de este artículo. Cuando
para integrar el grupo victorioso, pero no en el ofendido sea menor de quince años y
un sentido de depredación sexual, sino, para mayor de trece, haya dado su consentimiento
que el grupo tuviese más miembros y que con para la copula y no concurra modificativa,
el tiempo este grupo fuese creciendo cada vez exista una relación afectiva con el inculpado
más. En la actualidad y más recientemente en y la diferencia de edad no sea mayor a cinco
la historia de la humanidad, se tienen datos años entre ellos, se extinguirá la acción penal
donde se tomaba como botín de guerra, a o la pena en su caso. Para los efectos de este
las mujeres, pero para la satisfacción propia artículo, se entiende por copula la introducción
Gil David Hernández Castillo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

del miembro viril en el cuerpo de la víctima por
vía vaginal, anal u oral, independientemente de
su sexo, exista eyaculación o no. Todos estos
datos técnicos son de carácter jurídico que nos
normatizan.
Para otras disciplinas como para el psicoanálisis.
– la violación es un acto perverso, que tiende
a la cosificación del otro, anulándolo como
persona, como sujeto, para la psicoanalista
argentina Susana Toporosi, señala que el
psicoanálisis tiene elementos que coadyuvan,
auxilian a la lectura del discurso del otro, en
este caso el perverso (Freud, 2010). Desde su
fantasía, el violador toma el cuerpo del otro,
quitándole el lugar de sujeto.
Desde la ciencia Criminológica. – la violación,
la explica como el acto criminal, que socaba la
libertad sexual del otro, produciendo daño no
solo a la víctima, sino a la comunidad, generando
como causal, un proceso de victimización
alrededor de esta y sus familiares más cercanos,
así como de la familia del victimario, incluso
como un acto inmerso en la cultura, tomando
en cuenta también al victimario, en su propio
proceso de victimización.
En particular para la víctima. – en nuestra
experiencia clínica, las vivencias de violación,
acoso sexual, así como la violencia sexual
las hemos escuchado, en la clínica, que es
un momento oscuro, borroso, confuso, un
recuerdo que parece una terrible pesadilla,
que en ocasiones es recordado como un
suceso
sobredimensionado, que requiere
el acompañamiento terapéutico, clínico, de
especialistas para redimensionarlo, es un estado
de vulnerabilidad, acoso, dolor, angustia,

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que causa ansiedad, ataques de pánico, que
se transforma en constante cuestionamiento,
¿porque yo?, ¿porque lo hizo,? pasando por el
coraje, odio, rencor, culpa, los flash back, la
constante inseguridad, conflicto en el desarrollo
y ejercicio de la sexualidad, su goce, el propio
placer, en ocasiones perdón, de entrada, a
ellos mismos como víctima, en menos de las
ocasiones, otorgar el perdón al victimario.
Para el victimario también desde nuestra
experiencia clínica, un momento de desahogo,
de intentar cumplir una repetición constante de
dolor, de lucha, de alcanzar lo inalcanzable, de
placer total, que luego niegan, que se guardan
en las fantasías, repetitivas compulsivamente
para ellos, como únicos momentos de goce,
que es muy precario, muy limitado, deteriorado,
devaluado, como si no existiese forma alguna,
otra manera que no sea a través del dolor para
llegar al placer, a el clímax sexual mismo, viendo
al otro como un objeto, responsabilizándolo de
su transgresión, como si la víctima lo provocara,
con esto, negarlo todo, en particular su propio
conflicto, su propio dolor y su ejercicio de la
violencia(Instituto, 2012) en el documento
de Habana 2012, señalan sus experiencias
previas y años de trayectoria, así como la
necesidad de supervisar sus casos, de forma
ordenada y periódica, les llegara entonces a las
nuevas generaciones, el momento en que sean
solicitados para una consulta, dicho de la forma
correcta, una supervisión, por colegas más
jóvenes, pero para esto tenemos que comenzar
nosotros, en el orden de estas ideas, reflexiones
que tienen un sustento, académico, científico y
de desarrollo profesional, de formación. Todo
esto contribuye a la interpretación dentro del
proceso de los elementos de prueba razonable,

Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos de violación como elementos de prueba razonable, su
importancia adversarial. PP. 27-40

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

argumentarlos,
estructurarlos.

sostenerlos,

así

como

Generalmente son los psicólogos, los que
atienden casos de violación, estos profesionales
encuentran que es importante supervisar
los caso (Ezequiel, 2009), un ejemplo sería
un abuso sexual, la violación. En un caso
particular, la victima refería que pensaba que
las evidencias otorgadas no eran concluyentes,
que para tipificarlo en este delito de violación.
En este caso existía una denuncia en un Centro
de Orientación y Denuncia de la Fiscalía
CODE en México, por violación de dos
jóvenes, contra la afectada, que refiere que
no se encontraron evidencias físicas, de la
afectada durante los hechos, que estaba bajo
el influjo del alcohol, olvidando detalles del
evento, que pasaron cinco días de los hechos y
tuvo relaciones consensuadas dos días después,
con uno de los involucrados, situación que
es común que ocurra después de un acto de
violación, en algunos casos, habrá que ver que
tan consensuada son, estos actos, partiendo
de la reflexión que hacen las mujeres, cuando
se sienten comprometidas, ¿pero con que se
sienten comprometidas?, o ¿será una forma
de autocastigo o sentimientos de culpa u otra
cosa?, que se tendría que analizar a detalle, sin
con esto, responsabilizarla en ningún momento,
del acto de violación, pero esto daría para
otras reflexiones más, este cuestionamiento lo
dejaremos para otro artículo de investigación.
La atención de los entrevistadores del CODE,
fue a decir de la victima de forma muy sensible
y profesional, en cuanto a la intervención del
dictamen médico, lo refiere como deficiente en
relación con la atención que se le brindo, sin
dar más detalles.

La afectada narra los hechos que recuerda,
responde que estaba semidormida, y
alcoholizada, se entera de la violencia sexual al
despertarse y dice poner resistencia. Pero que
en la dependencia gubernamental le refieren
que posiblemente sin rasgos, así como de
otras evidencias físicas como es el semen, es
difícil proceder jurídicamente, en particular de
forma penal, que prácticamente no hay caso,
es en donde señalamos con anterioridad que
el discurso que no es de genero sesga a los
especialistas y funcionarios en la atención de
estos eventos violentos.
En cuanto a otros indicios como marcas, refiere
que pocos moretones, cuestiono si ya se realizó
la inspección pericial, y dice, que sí, que
fueron al lugar de los hechos, la dirección de
servicios periciales del estado. Pensemos de
que otra forma el estado, puede dar cuenta de
los hechos para la administración de justicia
que el monopoliza y atienda mejor estos casos.
Es donde surge el cuestionamiento, que, si bien
es cierto, que las evidencias físicas son muy
importantes, así como relevantes, las evidencias
del discurso, del victimario, de la víctima, de los
posibles testigos y especialistas, también deben
serlo, deben de gozar de la misma importancia
y por qué no, tener el mismo peso jurídico, legal
en el proceso adversarial. Para esto haremos
las siguientes reflexiones y análisis de forma
argumentada y con un bagaje siempre teórico.
4. ANÁLISIS DEL DISCURSO PERVERSO
COMO PRUEBA ADVERSARIAL
¿Como podemos entonces detectar como los
especialistas en criminología y las ciencias
afines forenses, el discurso perverso?, ¿qué
Gil David Hernández Castillo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

señales debemos observar?,
analizaremos
entonces a los discursos de violencia.- pensemos
como lo señala Hirigoyen en su libro Acoso
moral, que el perverso establece un dominio y
este lo construye a través del discurso, de sus
actos, en procesos que dan la impresión de ser
comunicativos, pero la particularidad de estos,
es que no conducen a la unión, sino todo lo
contrario generan de acuerdo a la autora, un
distanciamiento y producen la imposibilidad
de un intercambio sano, de un acercamiento,
en cualquier relación, es decir, deforman la
comunicación y usan como objeto al otro, para
violentarlo (Hirigoyen 1999).
Estos sujetos rechazan la comunicación
directa, produciendo ambigüedad en sus
conversaciones, ejemplo en una carta de afecto
y emoción, aparece la comunicación, no de
forma directa, no se lo dice a ella, ya que con
los objetos no se habla, eluden la comunicación
directa, proyectan imagen de él, de grandeza y
sabiduría, su comunicación verbal es escasa, su
discurso trata de generar desestabilización en
el otro, no nombra nada, solo lo insinúa, trata
que el otro se responsabilice y niega al mismo
tiempo la existencia de un reproche por parte
de él, intentando paralizar a su víctima, ya que
sería absurdo que esta se defendiera de algo que
no paso, se niega a tener discusiones directas,
producto que no desea se arregle la discusión,
un elemento es que el perverso, trata de intentar
que el otro piense, rechaza el dialogo, busca la
forma de agravar el conflicto, no le interesa la
versión de los hechos, solo su propia versión
(Hirigoyen 1999).

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ideas y consignas reales, para él, estas ausencias
de comunicación se leen en todos los niveles
de expresión, ante su víctima se muestra tenso,
su cuerpo tieso, su mirada esquiva. Intentan
deformar el lenguaje usando diversos tonos de
voz, que busca inquietar, confundir, expresando
el desprecio, la burla, tenemos que detectar
entonces las insinuaciones, las amenazas,
los reproches entre líneas, en el discurso del
acusado (Hirigoyen 1999).
Si recordamos quienes reconozcamos que
hayamos sido víctimas, más precisamente
violentados de forma verbal y o psicológica,
desde la estadística serian ocho de cada
diez, podemos reconocer inmediatamente la
tonalidad del discurso perverso, no nos fiamos,
no confiamos, nos decimos a nosotros mismos
que nos alejemos, o le decíamos a alguien más,
lo mismo, retírate, incluso cuando caemos
en sus “redes”, luego nos reprochamos, -si ya
sabias, -si ya habías sentido algo, ¿por qué no
me aleje? nos preguntamos, este es un bueno
momento de ir al psicólogo, buscar ayuda,
apoyo. Como cuando ocurre la violencia
familiar en la pareja, es un tercero, el que puede
romper con el ciclo de la violencia.

Pensamos que los violadores gritan en público,
pero no es así, en la mayoría de los casos no
suele alzar la voz, ni genera intercambios más
violentos, solo busca desestabilizar, no se toma
la molestia de articular frases y palabras para
que el otro haga el esfuerzo, además que el otro
no es perverso, la victima articulara discursos
adecuados en conducta, a su estructura, en ese
momento se encuentra confundida, es donde el
Así como no comprende al otro, su discurso es perverso se aprovecha para violentar agredir, ya
tortuoso, sin explicaciones y fundamentos, solo que su víctima esta desvalorizada.
Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos de violación como elementos de prueba razonable, su
importancia adversarial. PP. 27-40

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

En el violador, su mensaje es particularmente
vago, así como difuso y confuso a la vez, su
mensaje es impreciso, si alude a mensajes, en
este, nunca se compromete. Sostiene varios
discursos contradictorios, se abstiene de
terminar su frase, para generar en el otro, la
zozobra, e interpretaciones fáciles de refutar
después, ya que nunca pertenecieron a su
discurso, usa tonos agresivos al conversar,
intentando hacerte pensar, tú qué hiciste mal
(Hernández, 2017). Esto se pueden detectar en
los juicios.

que luego el otro no entiende. En lugar de
mentir directamente cosa que también hacen,
buscan generar un conjunto de insinuaciones
que provoquen malentendidos, como mensajes
incompletos, o los masajes indirectos, las
evasivas, lo característico de la personalidad
narcisista, también utiliza la paradoja, para
descalificar, para provocar división (Hirigoyen
1999).

Como sabemos en los perversos sexuales se
produce una negación del sexo de la mujer,
esto nace en parte y se sostiene socialmente
En otras ocasiones encontraremos el uso de con los estereotipos de género, que tenemos
lenguaje técnico, dogmático abstracto, cosas todos como encierran estas frases:
Tabla 1 frases falsas.
Es falso por

Frases

Las mujeres de buen físico si son jóvenes y
salen con un hombre mayor es por su dinero.

Estereotipo, cosificación del cuerpo de la mujer,
afectos negados solo el dinero

Una mujer exitosa laboralmente es una mujer
insatisfecha sexualmente.

Estigmatización, desvalorización de la mujer

Una artista mujer renombrada se acostó con
todos los productores para ser lo que es.

Estereotipo, cosificación

Fuente: creación propia

Debemos de cuidar entonces quien interroga
al sujeto perverso y a la víctima, así como a
los testigos y demás involucrados, en el sistema
adversarial, sino no la escuchan, se escaparían
estos discursos perversos, se volvería a
victimizar a la familia o a la misma víctima.

En declaraciones judiciales encontraremos este
discurso, frases que podrían ser elementos de
duda razonable, y apuntalar mejor el sistema
penal de justicia adversarial, se debe entonces
de considerar en el discurso perverso, si afecto a
la víctima durante al acto violento de violación,
antes y después, así como durante el juicio, de
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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

esta manera como elemento de prueba.
Para detectarlo, cuando el sujeto tiene una idea
de sí mismo, como alguien único y grandiosos,
cuando las fantasías superan las realidades,
cuando siente ilimitado su poder, cuando siente
la imperiosa necesidad de ser admirado, sino se
enfurece, piensa que los demás le deben todo,
no muestra empatía y es engreído y déspota.
En este perfil encontramos al megalómano, al
mitómano, al irresponsable, al paranoico, al
que genera vampirismo, al perverso que ultraja
la sexualidad del otro, que es objeto de esta
investigación.

Así como burlarse, no hablarle, el ridiculizarlo,
también el ofenderle, no dejarle que se
exprese, buscar sus puntos débiles y atacarle
constantemente, entre otros mecanismos
perversos. En el caso de los niños, que
lamentablemente sufren abuso sexual, sabemos
que especialistas a través de la técnica de juego
y en particular de esta, el dibujo, encuentran
en los menores afectados, escenificaciones
de lo acontecido, a través de simbolismos,
que pueden ser directos o indirectos, también
pueden ser fantaseados y o reales, como lo
plasmo una niña de cinco años Imagen 1.

Imagen 1. Dibujo de niña expresando lo acontecido

Fuente: Medina (Media 2016).

Por lo tanto, nuestra propuesta, si somos citados
ante los tribunales del sistema acusatorio
adversarial en México, para el desahogo de
pruebas y reflexionando con congruencia

jurídica y sustento teórico, desde la ciencia
criminológica, daremos peso al análisis del
discurso del acusado, de acuerdo con los
siguientes tres elementos:

Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos de violación como elementos de prueba razonable, su
importancia adversarial. PP. 27-40

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Tabla 2. Elementos para detectar el discurso perverso
Primero Análisis y preparación.

Segundo estar preparado para

Tercero notar indicadores.

el contrainterrogatorio, o contra
examen.
•

estar informados a profundidad del caso

•

fechas de entrevistas, datos relevantes del

pregunta y respondiendo

en la víctima durante el

caso

solo a lo que se nos

proceso judicial

•

nombres

cuestiona

•

significantes

•

principales síntomas que presentan

•

principales conflictos que presenta

•

•

•

escuchando bien la

•

•

incremento de los síntomas

se presentarán amenazas

dando explicaciones que

contra la víctima y su

sustenten nuestra respuesta

familia de forma perversa

no caer en las

por parte del indiciado o

respetando la confidencialidad de

provocaciones del abogado

familiares de este,

la paciente, en cuanto a no revelar

del indiciado

•

información que no coadyuve a la
•

•

•

•

confirmar en otras

siendo importante tener

personas conocidas del

situación

pláticas previas con los

indiciado su conducta

hablar de los primeros elementos de

testigos u ofertantes de la

perversa.

discurso que nos mostró,

prueba, para el efecto de

explicar elementos traumáticos en la

estar en el mismo canal.

paciente
•

su etapa de desarrollo de vida

•

su equilibrio emocional

•

su nivel de intimidad antes y después del
evento

•

mecanismos defensivos

•

su nivel de confianza

•

dificultades de nuestra intervención

•

nuestras principales hipótesis y

•

como las comprobamos, que elementos
nos confirman nuestras hipótesis, es
decir se menciona la metodología de la
experticia realizada, citando bibliografía,
para el efecto de que no lo decimos como
el perito, sino que está respaldado o
sustentado por especialistas de la materia,
entre más contemporánea mejor.
Fuente: Elaboración Propia
Gil David Hernández Castillo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

5. CONCLUSIONES

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actos como en sus discursos violentos cuando
se trate de los juicios.

Si en los niños se vuelve el dibujo de su agresor
sexual, un indicio para prueba debido a que
sabemos que, en los niños, una parte de su
lenguaje lo trasmiten a través del juego y dentro
de los juegos de los niños está el dibujo como
expresión de su lenguaje, en el adulto el lenguaje
debe ser considerado prueba razonable, es una
expresión de su verdad, de sus recuerdos, de su
acontecer.

En los procesos judiciales en México gozan
de un protocolo estricto y vigilan que no se
deteriore el espacio con actos violentos, solo
que no lo ajustan para detectar el discurso
perverso , el doble sentido del que ya habló
en páginas anteriores, en el momento de darle
oportunidad y derecho a la parte acusada la
libertad de expresión si bien tiene un límite
en cuanto se convierta en violencia verbal o
Consideremos al perverso y su violencia de una amenazas, como señalamos en el discurso
forma que se enmascara donde su víctima no perverso es más sutil y difícil también de
es consciente de su acto perverso, hasta que es identificar.
demasiado tarde, por lo cual debemos analizar
la distorsión que hace el agresor, que no sea Como se mostró en la Imagen 1 en los niños,
su discurso, un discurso subterráneo, que lo su comunicación es simbólica y el dibujo la
representa como ya lo hemos señalado, en los
develemos, que lo descubramos.
adultos el lenguaje cobra principal significado
El artículo 20 constitucional en México e importancia, se debe tomar en cuenta a
protege los derechos dentro de un proceso, este lenguaje, no solo como una declaración,
hagámoslos valer, que no sea letra muerta, así sino también como prueba adversarial en el
como en el artículo 109 del código nacional de discurso de la víctima, así como en el discurso
procedimientos penales federales, donde dicta de los familiares de la víctima, del victimario,
salvaguardar los derechos de la víctima durante en el discurso de los testigos y desde luego en
el proceso, también démosle el sustento que el discurso del predador, es decir del acusado.
requieren para ser aplicados, no permitamos En la Tabla 1 ejemplificamos solo tres de las
que el juicio se vuelva otro patíbulo para la múltiples frases estereotipadas para justificar la
violencia masculina y en este caso la violencia
violencia sexual del ofensor.
sexual hacia la mujer. Como especialistas
Estos depredadores que el profesor Emil debemos tener una escucha activa que
Coccaro, en un estudio que realizo sobre la detecte y paren estos discursos en el momento
biología de la agresividad, los ha calificado, en de los juicios orales, además de generar
este victimario que elige de forma especial y concomimiento para que estas frases misóginas
exclusiva a su víctima, que de forma anticipada se erradiquen del discurso social.
elaboran su ataque a semejanza a los animales
depredadores con su presa y que este le permita En la Tabla 2 encontramos los elementos
obtener lo que desea, sean detenidos en sus a considerar para en el juicio y detectar el
Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos de violación como elementos de prueba razonable, su
importancia adversarial. PP. 27-40

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

discurso perverso, estos elementos pueden
ser complementados y ajustados, también
debemos considerar el regionalizarlos por los
modismos, calo y expresiones culturales por
regiones, edad, educación que pueda tener los
participantes.

García, J. (2015). El comportamiento criminal desde un punto
de vista evolucionista. Persona, (18),27-46. ISSN: 15606139.
García, R., Hernández G. &amp; Barba, R. (2020) “Elementos
estructurales y culturales de la conducta sexual violenta de
agresores sexuales en caso de violación”. Revista RESPGE
Sau Pablo Brasil.

Es complicado para los profesionales escuchar
entre líneas, es más complicado escuchar los
actos perversos por que la censura humana
los bloquea, nos hace sentir incomodos y nos
ponemos a pensar en otras cosas en otros temas,
en lugar de sentir el dolor o la incomodidad
que nos genera escucharlos. Por lo cual es de
suma importancia lo trabajado en este artículo
que posicione al profesional que lo prepare
para estos escenarios.

Garza, J. (1997) «Elementos para el estudio de la violación
sexual .» Salud Publica 39, nº 6: 2-7.
Gómez, F. (2018) Nuevos Paradigmas del derecho procesal.
Editorial UNAM México.
Habana, Instituto Superior de Ciencias Médicas de La.
«DESARROLLO DEL PROCESO DOCENTE EDUCATIVO
DE LAS CARRERAS DE CIENCIAS MEDICAS EN CIUDAD
DE LA HABANA.» Habanera de Ciencias Médicas 3, nº 8
(2009): 23-30.
Hernández, G. &amp; Monroy, C. (2017). La Ciencia Criminológica

Entonces este depredador no soltará su presa,
la seguirá tratándola de pervertir, de consumir,
por lo cual, se recomienda y debemos
estar atentos a su discurso y con paciencia
detectarlo. Somos especialistas en ciencias
sociales, Criminólogos, psicólogos, abogados,
trabajadores sociales, especialistas en la
conducta, del otro, que está lleno de lenguaje,
simbolismos, es nuestra responsabilidad,
medirlo, analizarlo, diagnosticarlo, para
contribuir en la administración de justicia y en
la reivindicación de la víctima y del victimario,
que desea ser detenido, atendido, aunque no lo
creamos, solo tenemos que saber escucharlo.

y sus campos de aplicación Editorial Flores México.
Hernández, G. (2017) Reconstrucción de la Masculinidad.
Editorial Flores México.
Hirigoyen, M. Acoso Moral. Buenos Aires: Paidos, 1999.
Media, Artes. Artes Media. 2016. http://www.lasexta.com/
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65803ad4a0cf26449f5dd5a32.html (último acceso: 22 de
octubre de 2016).
Monroy, C. (2017) El control de la criminalidad desde
la comunidad en tiempos posmodernos. La ciencia
Criminológica y sus campos de aplicación Editorial Flores
México.
Rincón, O, (2009) “Proyección de Franjas con Corrimiento de
Fase: Aplicación a las Ciencias Forenses” Bistua 7, nº 2: 1-8.

TRABAJOS CITADOS

Rodríguez, M, (2013). Sistema acusatorio de justicia penal y
principio de obligatoriedad de la acción penal. Revista de

Benito, E. (2009) “Psicologia en formación» Revista Psciencia
1, nº 2: 1-5.

Derecho (Valparaiso), ISSN: 0716-1883.
Salinas, J. (2013). Los agravios y la vulneración de la

Cabello, P. (2016) Cultura de Paz Editorial Patria México

tutela

judicial efectiva. Tesis de doctorado Universidad

Freud, S. Obras completas . Buenos Aires : Amorrortu, 2010.

Autónoma de Nuevo León desde http://eprints.uanl.
Gil David Hernández Castillo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

mx/3706/1/1080256861.pdf 27 de mayo 2021.
Schünemann, B. (2007). Sistema Penal Acusatorio. Aspectos
problemáticos. Revista IUSTA, 2(27),111-125. ISSN: 19000448.

—
Gil David Hernandez Castillo
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México.
Doctor en Métodos Alternos de Solución de
Conflictos, Maestría en Ciencias con Especialidad
Violencia Familiar, Lic. Criminología, Lic.
Psicología UANL, Miembro del Sistema Nacional
de Investigadores Nivel 1 CONACYT, Profesor
investigador Facultad de Derecho y Criminología
de la UANL, en la Universidad de las Ciencias de
la Seguridad. Consulta privada Psicólogo Clínico,
Correo de contacto: gildavidhc@yahoo.com.mx

Análisis del discurso perverso: masculinidad violenta en hechos de violación como elementos de prueba razonable, su
importancia adversarial. PP. 27-40

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

CPTED de Tercera Generación:
Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”
Third Generation CPTED:
Diagnosis of Child Perception the “Cloud of Dreams”
Rau Vargas Macarena*

Resumen
El artículo describe el contexto del crimen y la
violencia en la América Hispana el año 2020
y 2021, así como la implementación de la
metodología CPTED tanto de primera, segunda
y tercera generación, enfocándose en una
herramienta diagnóstica CPTED conocida en la
América Hispana cómo la Nube de los Sueños
que es participativa y le da voz tanto a niños
como a niñas en la Región de la Latinoamérica
y el Caribe respecto a sus preferencias y
necesidades ambientales y posibilidades de
intervención urbana. Por otro lado, se enfatiza
la relevancia de la participación comunitaria en
el ciclo de proyectos de CPTED de acuerdo a
Cómo citar
Rau Vargas, M. CPTED de Tercera Generación:
Diagnóstico
de
Percepción
Infantil
la
“Nube de los Sueños”. Revista Constructos
Criminológicos. Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/4
*https://orcid.org/0000-0003-0497-0592
Universidad del Bío-Bío, Chile

Recibido: 01-06-2021
Aceptado: 19-07-2021

los planteado en la nueva ISO CPTED Standard
22341:2021. También se describe también la
estructura del taller de la Nube de los Sueños
CPTED, sus principales hitos históricos desde
su inicio en el año 2006 hasta nuestros días y
los tipos de información que se obtienen de su
aplicación. Por último, se concluye vinculando
la Nube de los Sueños con la tercera generación
de la metodología CPTED que recién está
iniciando desde el año 2019.
Palabras clave:
CPTED, CPTED de Tercera Generación,
Prevención de Violencia y Delito, Diagnóstico de
Percepción Infantil, Experto Nativo Ambiental,
Seguridad Urbana, ISO CPTED 22341.
Abstract:
The article describes the context of crime and
violence in Hispanic America in 2020 and 2021,
as well as the implementation of the first, second
and third generation CPTED methodology,
focusing on a CPTED diagnostic tool known in
Hispanic America as the Cloud of Dreams that is

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

participatory and gives a voice to both boys and
girls in the Latin American and Caribbean Region
regarding their environmental preferences and
needs and possibilities for urban intervention.
On the other hand, the relevance of community
participation in the CPTED project cycle is
emphasized in accordance with those proposed
in the new ISO CPTED Standard 22341: 2021.
The structure of the CPTED Cloud of Dreams
workshop is also described, as well as the main
historical milestones from its inception in 2006
to the present day, and the types of information
obtained from its application. Finally, it is
concluded by linking the Cloud of Dreams with
the third generation of the CPTED methodology
that has just started since 2019.
Keywords:
CPTED,

Third

Generation

CPTED,

Violence

and

Crime Prevention, Child Perception Diagnosis, Native
Environmental Expert, Urban Safety, ISO CPTED 22341.

1. INTRODUCCIÓN
La seguridad urbana en la región hispana
ocupa un lugar destacado en la agenda
pública de variados países hispanos. Tanto
desde la perspectiva de la seguridad objetiva
como subjetiva, las distintas autoridades de la
región hispana buscan reducir los altos índices
de criminalidad y violencia con estrategias
basadas en la evidencia y de esta forma
preservar la Seguridad Urbana. En tiempos de
la pandemia COVID, 2020-2021, la necesidad
de innovar los procesos de diagnóstico de las
estrategias CPTED ha llevado a digitalizar los
procesos de recopilación de información con
las comunidades de base ya que no siempre

los equipos técnicos pueden ir a terreno a
tomar las muestras diagnósticas como se hacía
anteriormente a la pandemia.
De acuerdo a la Guía de Prevención del Delito
de los autores César San Juan Guillen y Laura
Vozmediano Sanz (2021), la Seguridad Urbana
se resumiría a partir de tres elementos claves:
a. Urbanismo Inclusivo:
Urbanismo
que
considera
espacios
crimípetos y crimífugos de localización
espacial del delito (Vozmediano y San Juan,
2010; Trinidad, Vozmediano y San Juan,
2019) y busca incrementar la habitalidad y
calidad de vida de todos sus habitantes.
b. Actividad Policial orientada a la
prevención del delito, y:
Nuevo tipo de relación que se establece entre
los agentes de la policía y la comunidad.
c. La cohesión y participación social:
Una ciudad será más sosteniblemente
segura cuanto mayor sea la capacidad de los
ciudadanos para tomar decisiones colectivas.
Como parte clave del diseño de intervenciones
de prevención de la violencia y el delito
para la obtención de la seguridad urbana, la
metodología CPTED se ha destacado como
metodología desde el año 2000 en la región
hispana, por ofrecer herramientas que permiten
comprender la percepción de inseguridad de la
comunidad, así como la vulnerabilidad espacial
delictiva, a través de procesos participativos,
para dar respuesta a las problemáticas delictivas
y de las violencias.
Una de las herramientas más exitosas,
especialmente en el conocimiento de la

CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

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percepción de la inseguridad infantil, es la Nube
de Sueños CPTED, realizada en 2006 en Chile
por primera vez como parte de una intervención
CPTED en escuelas vulnerables. Esta
herramienta, inicialmente creada por la Dra.
Macarena Rau Vargas, quien es la presidente
de la International CPTED Association y el
Arquitecto Carlos Gutiérrez, quién es el director
para Sudamérica de la International CPTED
Association, en primera instancia, logró reunir
10.000 sueños de niños de diversas escuelas
vulnerables de Chile expresados en el formato
de dibujos.
Desde aquellas intervenciones iniciales de
CPTED en 2006 hasta hoy en 2021, ha habido
evoluciones no solo en la misma metodología
CPTED que ha evolucionado desde CPTED de
primera y segunda generación a una tercera
generación, sino que también se han realizado
innovaciones con respecto a la Nube de los
Sueños.
Otro hito muy relevante a destacar es la
aparición de la nueva norma ISO CPTED 22341
en enero de 2021, que considera tanto CPTED de
primera como de segunda generación y releva
de esa manera el componente participativo
de la metodología a nivel global en todos los
países que consideran las normas ISO.

Imagen 1. La primera iniciativa de la nube del sueño
(2006, Chile)

2. CONTEXTO DELICTIVO EN LA AMÉRICA
HISPANA
La región de Latinoamérica y el Caribe (LAC)
es, sino la más, una de las más criminógenas
del mundo.
De acuerdo al indicador de homicidios dolosos
2020 en la región LAC, se observan en la región
algunos de los países con mayores tasas de
homicidio del mundo de acuerdo a la Fundación
Insight Crime (www.insightcrime.org).
Según esta institución las estadísticas de
homicidios dolosos cada 100 mil habitantes
que lideran la lista mundial son:
• Jamaica (46,5 por 100.000)
• Venezuela (45,6 por 100.000)
• Honduras (37,6 por 100.000)
• Trinidad (28,2 por 100.000)
• México (27 por 100.000)

Rau Vargas Macarena

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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Por otra parte, en 2020 el coronavirus estremeció
a la región, desestabilizando todas las
actividades, desde las operaciones comerciales
hasta el accionar de pandillas locales y
organizaciones criminales transnacionales.
A pesar de lo enunciado anteriormente, se
presentaron significativas reducciones de la
violencia en El Salvador, Guatemala, Honduras
y Venezuela, que históricamente han sido
algunos de los países más violentos de América
Latina y el Caribe. Sumado a lo anterior se
vieron aumentos en violencia doméstica y en
cibercrimen.

en Estados Unidos. Desde su concepción
hasta nuestros días ya se implementa con éxito
medido en más de 36 países del mundo y el
pasado mes de enero de 2021 se promulgó a
nivel mundial el nuevo estándar ISO CPTED
22341.

Este contexto cambiante del crimen se localiza
espacialmente en la ciudad. El espacio público
es “el escenario natural de la convivencia en la
ciudad”. Por ello es fundamental diseñarlo de tal
forma que contribuya a disminuir la oportunidad
delictiva, disminuir la percepción de temor y
aumentar la cohesión comunitaria que son los
principales objetivos de la metodología CPTED
de segunda y tercera generación.

En la América Hispana la metodología CPTED
inicia gracias a una iniciativa de transferencia
metodológica entre el Municipio de Toronto, en
Canadá y la Fundación Paz Ciudadana en Chile
con el respaldo de la embajada de Canadá. Ya
el año 2004 se funda el primer capítulo oficial
de la ICA hispano que es el vigente capítulo
de Corporación CPTED Región (www.cptedregion.org)

La crisis COVID ha desafiado el uso y diseño que
conocemos del espacio público incorporando
parámetros como distanciamiento social,
¨touchless”, aforos permitidos entre otras
medidas.

Esa transferencia ocurrió desde el año 2000
hasta el 2004 y sentó las bases para que luego
la metodología se expandiera en diversos países
de la región hispana.

3. CPTED (CRIME PREVENTION THROUGH
ENVIRONMENTAL DESIGN)

A nivel Internacional la metodología CPTED es
coordinada y promovida por la International
CPTED
Association
(www.cpted.net),
organización sin fines de lucro que fue fundada
en el estado de Alberta, en Canadá, hace 25
años atrás.

La primera generación de CPTED está basada
en cuatro principios fundamentales:

Vigilancia Natural, Control Natural de Accesos,
CPTED es el acrónimo de Crime Prevention Reforzamiento Territorial y Mantenimiento.
Through Environmental Design, conocida
metodología de Prevención del Delito y la La segunda generación de CPTED, ya desde
Violencia mediante el Diseño Ambiental que inicios del año 2000 incorpora un quinto
fue acuñada por el criminólogo y ecólogo principio que es el de Participación Comunitaria
C.Ray Jeffery a inicios de la década del setenta que considera la sabiduría del nativo experto
CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

ambiental del territorio como parte fundamental
del éxito de una estrategia de CPTED.

45
finalizar formulando el Problema CPTED que
el Plan Maestro de intervención debe proponer
resolver.

La tercera generación de CPTED que inicia a
fines del año 2019 considera principios tales Luego de la fase de Diagnóstico se inicia la
cómo sustentabilidad, autorrealización y salud fase de Diseño para la formulación del Plan
pública entre otros (Saville et al, 2019).
Maestro. Los mejores resultados que se han
observado los últimos 21 años de aplicación de
La metodología CPTED se basa en la aplicación la metodología en la América Hispana se han
de un ciclo de proyecto que consta de cuatro obtenido cuando se co-diseña el Plan Maestro
fases:
Diagnóstico-Diseño-Implementación- con la comunidad que será beneficiaria de la
Evaluación.
estrategia. Es en este caso cuando se habla de
coproducción de una estrategia de Seguridad
Estas cuatro fases son participativas y si se aplican Urbana con método CPTED. La fase de Diseño
correctamente de acuerdo a las competencias participativo CPTED termina con la elaboración
que exige el programa de certificación de de una cartera de proyectos socio-ambientales
ICA (ICCP), darán resultados positivos en la consensuada con la comunidad a intervenir.
reducción de delitos de oportunidad, violencia, En la fase de Implementación de la metodología
percepción de temor y permitirán el aumento se pueden tener diversos enfoques dependiendo
de la cartera de proyectos: pueden realizarse
de la cohesión comunitaria.
obras de autoconstrucción con la comunidad,
En los casi 21 años de práctica de CPTED que se pueden licitar obras más complejas y que
se ha desarrollado en la América Hispana se los vecinos participen como veedurías sociales
ha descubierto que un apropiado diagnóstico o buscar alguna otra forma sostenible en el
participativo es fundamental para la correcta y tiempo para la implementación de la cartera de
proyectos.
exitosa aplicación de CPTED.
Existen diversas herramientas de Diagnóstico Finalmente, en la fase de evaluación es muy
CPTED, siendo una de las utilizadas la de la importante medir las intervenciones CPTED ya
sea con una evaluación de proceso, resultado
Nube de los Sueños CPTED.
o de impacto. Ya existen suficientes referencias
Desde la óptica de la metodología CPTED, se de Evaluación de Impacto CPTED en la América
entiende el Diagnóstico como una foto de la Hispana realizadas con éxito desde el año 2017
situación tanto, de delitos como ambiental de en adelante.1
un territorio específico y con comunidades
asociadas a este territorio en un momento 1
Macarena Rau V, Ivan Cartes, Francisco Gatica
específico del tiempo. Un apropiado diagnóstico &amp; Tim Pascoe (2018) Impact Evaluation of Situational PreCPTED construido con información primaria vention Strategies and CPTED (Crime Prevention throuy secundaria en formato participativo, debe gh Environmental Design) in Vulnerable Neighborhoods in
Rau Vargas Macarena

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4. ESTÁNDAR ISO CPTED 22341:2021

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4.1. Visión de la ICA

Como parte de la Visión de la ICA, en el Plan
En el año 2017, la International CPTED Estratégico hasta 2025, se identificó como el año
Association (ICA), inició un interesante e en que la ICA será el centro internacional para
innovador proceso de renovación de sus la capacitación, el conocimiento, la aplicación
operaciones a nivel mundial. Debido a este y los profesionales de CPTED en el mundo.
proceso, apoyado por una planeación interna,
se promulgó el Plan ICA Estratégico/Negocios “Posicionar tanto la metodología CPTED como
desarrollado por el Consejo de la ICA en el que a ICA como líderes a nivel mundial en el tema
se definieron tres pilares principales de trabajo de la prevención del delito a través del diseño
hasta 2025 y que fueron aprobados en abril de ambiental y convertirse en un paraguas para
2020. Estos pilares son:
otras organizaciones que buscan hacer un
trabajo de prevención a nivel local mejorando
1. Iniciativa de los Paraguas     
la calidad de vida y la conciencia ambiental de
2. Práctica Profesional     
las comunidades del mundo a través de la
3. Portal de Aprendizaje     
implementación de CPTED.
Para ser reconocida mundialmente como
En enero de 2021 se lanzó la nueva norma una organización profesional y creíble al
ISO CPTED:22341 en todo el mundo después mismo tiempo que promueve la seguridad
de muchos años de cooperación entre a través de CPTED, la ICA tendrá un papel
agencias internacionales para su desarrollo. El de liderazgo en la facilitación del desarrollo
estándar, realizado por el equipo de ISO dirigido de metodologías CPT ED para diferentes contextos
por el Dr. Parker y muchos otros expertos situacionales y mundiales, y en la promoción
relevantes incluyen a dos miembros de la Junta de soluciones CPTED innovadoras. Esto se
de la ICA, Paul Van Soomeren (Países Bajos), logrará expandiendo nuestro alcance en
líder del Comité de Normalización de la ICA y todo el mundo, aumentando la membresía
el Dr. Timothy Pascoe (Reino Unido), líder del y el número de profesionales certificados por
CPTED, proporcionando recursos y apoyo a
comité de Planeación Estratégica de ICA.
investigadores y profesionales, y conectándose
El año 2021 es la apertura de muchas con otras organizaciones interesadas en la
oportunidades para la expansión de la seguridad mediante el uso de principios y
comunidad de la ICA y el nuevo estándar estrategias de CPTED.
ISO:22341 es un elemento relevante en este Además, se busca que ICA sea líder en el
nueva y vibrante escenario global para la desarrollo y la evolución del modelo CPTED
comunidad ICA y CPTED.
a través de la práctica comprobada, incluido el
trabajo de proyectos documentados, estudios
Latin America, Journal of Applied Security Research, 13:4, 437- de casos prácticos y proyectos de campo para
454, DOI: 10.1080/19361610.2018.1498254
promover y compartir las mejores prácticas y
nuevas investigaciones en el sitio web de la ICA,
CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

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el boletín, otras redes sociales y en la conferencia
de ICA. El objetivo es que para el 2025, ICA
sea el centro internacional reconocido para la
capacitación, el conocimiento, la aplicación y
los profesionales de CPTED”.

El interés en CPTED está creciendo a nivel mundial
y la norma ISO CPTED apoya el incremento
de este interés ya que explica los Conceptos,
el Proceso de Evaluación de Riesgos y un
Ciclo de Proyecto CPTED con un enfoque
participativo del método CPTED entre otros
La norma ISO CPTED que fue lanzada en temas relevantes.
enero de 2021 ayudará a lograr la visión de
ICA, ya que establece una base común en En ese sentido la necesidad de formación
la escala mundial en lo que respecta a la certificada es clave y es muy importante destacar
terminología CPTED de primera y segunda que la norma ISO CPTED 22341, pone las bases
generación CPTED considerando también de lo que es CPTED de forma introductoria. Sin
algunos procesos claves para la evaluación embargo, esto no garantiza que la persona
de riesgos e intervenciones comunitarias que lee la ISO CPTED tiene necesariamente
participativas para la implementación de la suficiente
conocimiento
y
experiencia
metodología CPTED.
para
aplicar
los
principios
de CPTED apropiadamente.
4.2. Iniciativa Paraguas de ICA y la norma ISO
CPTED: 22341
Por lo anterior la necesidad de cursos acreditados
La
Iniciativa
Paraguas
de
ICA
es por la ICA es ahora aún más relevante. La
una estructura muy orgánica y flexible que capacitación acreditada ICA (www.cpted.
busca articular a los diferentes practicantes de net) ayudará a explicar, de una manera más
CPTED, en todo el mundo, bajo el gran paraguas amplia, qué es CPTED y cómo se integra
de ICA. La forma en que esos profesionales y en la comunidad global, en diferentes regiones
grupos pueden articularse con ICA es a través del mundo.
de un Memorando de Entendimiento (MOU) o
una Carta de Afiliación. Una explicación más ICA, en su segundo pilar de la Práctica
detallada se puede encontrar en el siguiente Profesional,
ofrece
dos
programas
enlace https://cpted.net/Umbrella-Initiative
reconocidos mundialmente; el primero es el
programa ICCP para personas que consiste en
Muchos grupos CPTED en diferentes regiones una acreditación de competencias y el segundo
del mundo ya han firmado un Memorando es el CAP para acreditar la calidad de cursos
de Entendimiento (MOU) con la ICA. Estos CPTED. Puede encontrar más información en la
memorandos representan hasta el momento página web de ICA ( www.cpted.net )
vínculos CPTED de Chile, México, India,
Suecia entre otros y diferentes solicitudes por El tercer pilar del Portal de Aprendizaje, ofrecerá
más integrantes a la Iniciativa de los Paraguas durante este año 2021 un curso en línea ICA
de ICA están llegando de diferentes países de básico en inglés con metodología CPTED y
todo el mundo.
también ofrece desde 2020 muchos webinars
Rau Vargas Macarena

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CONSTRUCTOS
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temáticos de CPTED.
4.3. CAMPAÑA DE REDES SOCIALES “ ¿QUÉ
ES CPTED?”
Corporación CPTED Región ( www.cptedregion.org ) fundada en 2004 con sede en Chile,
se constituyó como el primer capítulo en firmar
un memorando de entendimiento con el ICA
(2019) en el contexto de la Iniciativa Paraguas, y
además inició una campaña de medios sociales
después de que se lanzó el estándar ISO CPTED
llamada ¿Qué es CPTED?.
La campaña de redes sociales busca aumentar la
conciencia pública y profesional respecto
de CPTED. La campaña también direcciona
el interés de espectadores a la Iniciativa de
Paraguas de ICA en la página web www.cpted.
net, así como, la información sobre programas
de certificación y acreditación.

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promulgada el 2021 aporta a la comunidad
mundial CPTED e ICA en la promoción de la
metodología.
En este contexto ISO CPTED, es responsabilidad
de todos los miembros activos de ICA, y en
particular de los miembros del Directorio
de ICA, mostrar sus habilidades de liderazgo
para expandir y promover CPTED en sus
regiones. Ideas como la campaña en redes
sociales ‘¿Qué es CPTED? ‘ y otras que puedan
surgir para la promoción de CPTED, ayudan en
ese propósito.
5. METODOLOGÍA Y EVOLUCIÓN DE LA
NUBE DE LOS SUEÑOS CPTED

Tanto desde la perspectiva del estándar ISO
CPTED 22341 como de las diversas campañas
de redes sociales digitales para promover
CPTED, se repite la constante de la participación
La norma ISO CPTED ha incrementado comunitaria como clave para el logro de una
exponencialmente
el
interés
de
los efectiva estrategia CPTED.
profesionales a escala global involucrados
en Seguridad Urbana. Por tanto, ICA puede
La metodología Nube de sueños, luego de la
jugar un papel protagonista relevante en este
experiencia inicial en 2006, fue perfeccionada
nuevo escenario enseñando de forma global y
muy sencilla lo que es CPTED y sus principios por un equipo interdisciplinario en Chile, el
fundamentales. Además, la campaña de redes cual definió 7 filtros de análisis de la muestra
sociales describe CPTED de primera, segunda de dibujos que se pueden realizar con niños,
y tercera generación. Esta campaña se está adolescentes y adultos.
lanzando a nivel global tanto en español
como en inglés (https://www.instagram.com/p/ Los pasos de la metodología son los siguientes:
CLqRDEJqPtr/?igshid=2o21jgx0d19l)
A. El grupo de participantes se convoca ya
sea en una escuela o en una reunión de
En un mundo global, con mucha incertidumbre
barrio o espacio similar.
debido a la crisis de COVID, es el momento
B. Se les ofrece una tarjeta en blanco y
adecuado como ICA para establecer socios
lápices de colores.
y aliados buscando promover CPTED a escala
C. Se les invita a soñar su ciudad, barrio o
global. La nueva norma ISO 22341 CPTED
escuela, según donde se encuentren.
CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

D. Los autores se quedan para conectar
emocionalmente con el cartón y expresar
sus percepciones ambientales.
E. Una vez terminados, se recogen todos los
dibujos y comienza el análisis de la muestra.
F. Se aplican 7 filtros de análisis a la muestra
total: repetición de elementos, elemento
diferenciado, presencia de personas,
geometría del dibujo, mensajes, intensidad
de línea, paleta de colores.
G. Una vez realizados los filtros de análisis,
se realiza el Informe Nube de los Sueños,
que captura información subjetiva y valiosa
de la comunidad que habita un territorio
determinado y que se beneficiará de la
metodología CPTED.

Imagen 2. Ejemplo de análisis de información de color
en la nube del sueño.

muchas Nubes de Sueños en varios países. En
2012 se llevó a cabo la Nube de los Sueños
en México con 18,000 sueños, en 2017 en
Honduras con 500 sueños, en 2019 en Cancún
con 350 sueños por nombrar algunas iniciativas.
Diversos actores públicos y privados valoran
este instrumento porque es relativamente fácil
de implementar con resultados altamente
relevantes para un diagnóstico de percepción
ambiental CPTED.

Imagen 3. La nube del sueño en Ciudad de México,
México, 2012.

La información que se obtiene aplicando los
filtros de análisis sirve para posteriormente
proponer y plasmar un apropiado Plan Maestro
de Intervención CPTED.
6. NUBES DEL SUEÑO EN VARIOS PAÍSES
DE HISPANOAMÉRICA
Desde la primera Nube de Sueños, hecha con
10,000 sueños en Chile en 2006, se han hecho

Imagen 4. La nube del sueño en Tela, Honduras, 2017
Rau Vargas Macarena

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7. MANUAL DE LA NUBE DEL SUEÑOS
CPTED

fundamentales agentes de cambios y expertos
exploradores espaciales.

En 2018, tras una solicitud de la oficina
de UNICEF en Nueva York, se sistematizó
la metodología Nube de los Sueños en el
formato de dos manuales para ser compartidos
globalmente (Rau et al, 2018).

El objetivo es recopilar los sueños de niños y
niñas, a través de sus dibujos para conocer su
percepción del entorno.
Lo anterior, con la finalidad de crear un
espacio de reflexión respecto a las necesidades
ambientales de los niños de nuestro país; lo que
sirve como una importante base para diseñar
carteras de intervenciones socio ambientales
que resuenen con las necesidades ambientales
de los niños/as.
El manual esclarece consideraciones que son
relevantes para quienes quieran implementar la
metodología:

“El siguiente manual, esta creado para
ser administrado por una persona
adulta, responsable, que cuente con los
conocimientos necesarios para relacionarse
de manera adecuada y propicia con niños y
niñas. Idealmente profesores o profesionales
pertinentes al área. Por otra parte, los niños
Cuadro 5. Manual de La Nube de los Sueños CPTED
que participen deben ser agrupados según
( www.pbk.cl )
su pertenencia a un mismo curso dentro
del establecimiento educacional. (Ejemplo:
El Manual de la Nube de los Sueños CPTED
niños de 5° año de enseñanza básica).
busca sistematizar de forma simple el proceso
Además, se debe contar con la infraestructura
para la elaboración del taller de la Nube y su
suficiente para que los niños puedan dibujar
posterior análisis.
cómodamente”.
El Manual define también los pasos a seguir por
El Manual inicia definiendo la actividad que parte del profesor/a:
consiste en un diagnóstico comunitario,
mediante el dibujo infantil. Su metodología se 1. Informe a los niños de la posibilidad de
basa en la relevancia que se les otorga a los
participar en “LA NUBE DE LOS SUEÑOS”
actores comunitarios, considerando a éstos los
Señale: vamos a realizar una actividad que
CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

consiste en dibujar, de manera individual,
cómo soñamos nuestro barrio cómo sueñan
el lugar en que viven. Pensemos, ¿COMO
SUEÑO EL LUGAR EN QUE VIVO?
2. Tras conformarse el grupo de niños que
participarán, acomodar el espacio de forma
tal que el adulto a cargo pueda visualizar a
todos los niños participantes.
3. Abra la caja de materiales
4. Distribuya una hoja cartulina por niño.
5. Distribuya los lápices de cera de forma tal,
que todos los niños tengan acceso a una
gran variedad de ellos.
6. Solicite que escriban, en el espacio
correspondiente en cada cartulina, la
información que se requiere. Es decir:
nombre, edad, curso, sexo, comuna y
establecimiento.
7. Señale en voz alta y clara que imaginen
su barrio y lo dibujen, bajo la premisa:
“SUEÑA TU BARRIO o SUEÑA TU
ESCUELA
(dependiendo
de
donde
se realiza el taller de la Nube)”
Sólo, si esta indicación no es suficiente para los
niños y a éstos les surgen dudas, puede agregar:
Deben dibujar los sueños que ustedes tienen
respecto a su barrio, cómo les gustaría
que fuera el lugar en que viven, como lo
imaginan, como sueñan que sea.
8. Señale que se les otorgará un tiempo
limitado para la realización del dibujo.
Aproximadamente 45 minutos. (1 hora
cronológica de clases para toda la
actividad, desde la motivación m la entrega
de materiales, el dibujo y la entrega de los
dibujos).
9. Vaya informando del tiempo restante para
completar los dibujos.
10. Una vez que queden 5 minutos para el

51
término del tiempo otorgado, solicite que
todos comiencen a finalizar sus dibujos
y recuerden completar la información
solicitada en la cartulina.
11. Revise que todos los dibujos tengan la
información solicitada.
12. Retire los dibujos.
13. Guarde los materiales utilizados.
14. Agradezca a los niños por su participación.
El Manual de la Nube de los Sueños CPTED
describe los pasos de realización del Taller
y como su complemento existe la Guía de
Análisis de los Dibujos.
8. NUBE DE LOS SUEÑOS: CATEGORÍAS DE
ANÁLISIS
El taller de dibujo NUBE DE LOS SUEÑOS se
puede hacer como actividad independiente
en una escuela o en el marco de una mesa
barrial donde se aplican más instrumentos
de diagnóstico. La instrucción del taller de
dibujos es siempre la misma: Sueña tu Barrio
(escuela o espacio a trabajar). Se busca obtener
información inconsciente del habitante urbano
independiente de su edad. La tesis detrás es que
el mecanismo de sueños se ve interrumpido
cuando la persona está sometida a estresores
ambientales tales como la violencia y que
entonces estas situaciones se proyectarían en
los dibujos.
8.1. Contexto o introducción
Se debe explicar a las personas (niños/niñas) que
dibujarán con diversos colores independiente
del género y edad que se les está invitando a
soñar su barrio o espacio. Esta invitación es
porque se valora su habilidad para soñar mejoras
Rau Vargas Macarena

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a su barrio que facilitarán el trabajo posterior
para concretarlas junto a la autoridad local. Se
cree que ellos son los expertos nativos de su
territorio por lo que sus sueños son cruciales
para mejorar el barrio.

repetición de ese elemento.
De esa forma se conocerá el número de
repetición de cada elemento del catálogo.
Luego se puede agregar un filtro por género;
separar entre mujeres y hombres.

8.2. Forma de presentar el tema
Se presenta el tema explicando porqué se está
tomando esa muestra.

b. Elementos diferenciados
Los elementos diferenciados pueden ser la
cartulina entera o los elementos dentro de la
cartulina y son aquellos elementos que no se
repiten en el total de la muestra. (Por ej: una
nube con ojos, un bote para dejar las armas
entre otros).

8.3. Cosas que se deben indicar siempre
Nuevamente es fundamental no inducir en
los sueños de los habitantes urbanos, se debe
apoyar su proceso respondiendo preguntas
generales, pero dejándoles el espacio y libertad
para que ellos plasmen en la cartulina su sueño
de barrio. No dibujar nada también es válido
para la muestra.
8.4. Manual de Interpretación y Análisis
i. Parámetros a revisar
Son siete los parámetros que se miden cuando
el taller de sueños finaliza y se tiene una
muestra de en lo posible más de 20 sueños. La
muestra se considera como el total de dibujos
y es así que se aplican los filtros de análisis a
continuación:
a. Repetición de elementos (Catálogo)
Primero se hace un catálogo de todos los
elementos presentes en la totalidad de
los dibujos (ej: autos, casas, árboles, ríos,
luminarias, etc.) Luego por cada elemento se
cuenta cuantas veces se repite en la muestra.
Un elemento puede aparecer muchas veces
en una cartulina por lo que se cuenta todas
esas veces y luego se suma esa cantidad al
número en otra cartulina y así en la totalidad
de cartulinas lo que da un número final de

c. Geometría
Se traza virtualmente una X en la cartulina
y se observa que elementos del dibujo
están situados en el centro de ella. Estos
representarían la primera urgencia ambiental
(Por ej: piscina). Se debe numerar y describir
estos elementos para ver cuál es la tendencia
de repetición de estos. Luego se analizan los
elementos del dibujo que están situados en
los perímetros y también se numeran y listan
para ver la tendencia de repetición.
d. Personas (yo-otros)
Se cuentan cuantas personas están dibujadas
en las cartulinas y se destaca con entrevistas
en profundidad durante el taller cuales de las
personas representan al autor de la cartulina
y cuales a sus vínculos cercanos o no tan
cercanos.
e. Nivel de Trazado
Se define una escala que puede ser un nivel
de trazado suave-medio-fuerte y se evalúa la
proporción de la muestra que está en cada
una de estas categorías.

CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

f. Paleta de Colores
Se define la paleta de colores predominantes
en la muestra y se observa y lista que colores
prevalecen sobre otros.
g. Mensaje
Se transcriben los mensajes de todas las
cartulinas y se numeran aquellos que se repiten
en la muestra.
ii. Tipo de informe
De acuerdo a los 7 filtros de análisis se debe
construir un informe que presente por cada
filtro la información ordenada en gráficos de
torta o barras y en el caso de los mensajes una
lista de ellos. La información de gráficos puede
ser apoyada por fotos de los dibujos en casos
particulares que se quieren destacar.

Foto 6. La nube del sueño en Brasil, Escuela Aprovado ,
Limeira, 2021.

9. NUBE DIGITAL DE LOS SUEÑOS EN 2021
El objetivo del año 2021 era evaluar si el
diagnóstico de la Nube de los Sueños podría
realizarse de forma digital.
Hasta la fecha, se han llevado a cabo tres
iniciativas de Nube de los Sueños con formato
digital: la primera con la Escuela Aprobada
en Limeira, Sao Paula, Brasil, la segunda con
un equipo de profesionales en Viena que
realizó una Nube Digital en Facebook, y la
tercera Fue un foro de la Nube de los Sueños
que se realizó digitalmente con el equipo de
la Subsecretaría de Prevención en Zacatecas,
México.

Imagen 7. Nube del sueño en Zacatecas, México, 2021.

Rau Vargas Macarena

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Imagen 8. Nube del sueño en Zacatecas, México, 2021.

10. CONCLUSIONES

Hispanoamérica y se le releva como una figura
experta ambiental al igual que otros miembros
A lo largo de los años se han extraído varios de la comunidad en el diseño de estrategias de
aprendizajes de las iniciativas de la Nube de prevención de la violencia y el delito.
los Sueños CPTED tanto en el pasado tanto en
formato presencial como en la actualidad en Un segundo gran aprendizaje tiene que ver con
el contexto de la pandemia COVID en formato la relevancia de involucrar a los miembros de
digital.
la comunidad en el diagnóstico de la Nube,
logrando así mayores niveles de sostenibilidad
El primer aprendizaje se refiere al valor de dar de la estrategia CPTED a implementar y niveles
protagonismo a la “voz de los niños y niñas” en de autorrealización. Este aprendizaje se
la realización de diagnósticos socio-ambientales conecta directamente con CPTED de tercera
CPTED para la obtención de mayores niveles de generación lo que estaría demostrando que ya
Seguridad Urbana. Con ello, no solo se obtiene en el año 2006 la iniciativa Nube de los Sueños
información valiosa, subjetiva y veraz de las se adelantaba al tiempo del surgimiento formal
comunidades infantiles y sus vínculos, sino que de la tercera generación de CPTED.
también se des-estigmatiza al niño y niña en
CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Los ejemplos de diversas Nubes Digitales
realizadas en el año 2021 tanto en chile,
Austria y en Brasil, nos permitieron observar
que es posible innovar tecnológicamente en el
uso de esta herramienta para poder llegar a más
y diferentes regiones del mundo y así conocer
la percepción ambiental altamente valiosa de
las comunidades y especialmente de niños y
niñas para el diseño e implementación de las
estrategias CPTED.

55
considera el vasto espectro tanto de emociones
placenteras como dis-placenteras.

En diversos talleres de Nubes realizados en
comunidades vulnerables a lo largo de los años
se observó que muchas veces los niños y niñas
que estaban sometidos a estresores ambientales
como por ejemplo ambientes violentos tenían
bloqueada la capacidad de soñar y la mayoría
de las veces entregaban de vuelta una cartulina
en blanco. Por otra parte, también se observó
En el contexto de la pandemia COVID, la que frente a la misma instrucción de “Sueña tu
iniciativa Nube de los Sueños ha demostrado colonia o barrio” aparecían diversas expresiones
ser muy importante para diagnosticar el estado y que muchas veces dibujaban escenas de
de salud mental de las comunidades donde se violencia, crimen e incluso asesinato.
aplica lo que finalmente cierra el círculo de
CPTED aplicado tanto en la dimensión física, La información de experiencias traumáticas en
social y psico-emocional de las comunidades. repetidas oportunidades queda almacenada a
Es muy interesante relacionar la evolución nivel subconsciente en niños y niñas y luego
del instrumento diagnóstico Nube de los estas bloquean esa información para poder
Sueños CPTED con la misma evolución de la seguir funcionando con su vida. Sin embargo,
metodología CPTED de primera, segunda y esa información sigue estando presente y el
taller de Nube de los Sueños permite acceder
tercera generación.
a esa reserva de información de forma poco
CPTED de tercera generación traspasa la frontera invasiva y encausarla para ser transmutada
de lo físico, social y entra a la dimensión psico- en una intervención ambiental. En variadas
emocional de los habitantes de un territorio y oportunidades la información de los sueños
en este sentido se vincula directamente con las podría parecer un poco críptica; un par de ojos
necesidades más básicas y trascendentes del que miran desde una nube y que al entrevistarse
ser humano como lo plantea la pirámide de al autor de la cartulina toman cuerpo ya que su
hermano había sido muerto a manos de la mara
Maslow.
y el autor estaba en un proceso de duelo. En
En el ejercicio de la Nube de los Sueños de esos casos es muy importante combinar el taller
CPTED, ya sea en formato presencial o virtual de la Nube con entrevistas en profundidad
se logra obtener acceso directo a la información para poder contextualizar correctamente la
más sutil e inconsciente del ser humano, que a información que se obtenga del análisis de los
su vez se conecta directamente con el instinto dibujos.
de supervivencia. Es así como en diversas Nubes
se ha observado información emocional que Finalmente es importante acentuar que CPTED
Rau Vargas Macarena

�56

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

de tercera generación abre un mundo enorme de
posibilidades para la sostenibilidad ambiental, y
salud de mental de las comunidades entre otras
dimensiones y que estará por verse en el futuro
próximo el impacto que intervenciones con
esta última generación tengan en la seguridad
urbana de las ciudades de la América Hispana.

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—
Macarena Rau Vargas
Afiliación: Universidad del Bío Bío de Chile.
Arquitecta, Magister y PhD en Urbanismo con
amplia experiencia liderando Proyectos e Iniciativas
de Seguridad Urbana, tanto pública como privada,
en Chile y en variados países de Latinoamérica y
el Caribe. Especialista en la metodología CPTED
(Crime Prevention Thorugh Environmental Design)
con éxito demostrado en diagnóstico, diseño,
ejecución y evaluación de proyectos de Prevención
de Violencia y Delito desde una perspectiva
Medioambiental. Consultora internacional en
CPTED de Tercera Generación: Diagnóstico de Percepción Infantil la “Nube de los Sueños”. PP. 41-58

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

La policía en la primera línea contra la pandemia:
reflexiones sobre un papel distorsionado
The police in the front line against the pandemic:
reflections about a blurred role.
Fransesc Guillen Lasierra*

Recibido: 01-06-2021
Aceptado: 28-07-2021

Resumen

al Ejército), Este trabajo pretende demostrar que el papel

La pandemia causa por el virus COVID-19 ha provocado

de la Policía en cada país no ha estado directamente

una crisis sanitaria mundial sin precedentes en las

relacionado con la gravedad de la pandemia o la mayor

últimas décadas. La reacción mayoritaria de los estados,

disciplina o indisciplina de la ciudadanía sino en función

aparte de las medidas estrictamente sanitarias, ha sido

de la cultura política y los modelos policiales adoptados

la limitación de los derechos que implicaban movilidad

en los diversos países. Finalmente, el trabajo esboza las

y contacto social a fin de evitar la transmisión de

pautas que deberían presidir la actuación policial en

la enfermedad. Prácticamente todos los países han

situación de pandemia para conseguir unas conductas

establecido confinamientos de la población de diversa

más seguras por parte de la población, sin agravar la

intensidad. Estas medidas han afectado diversamente a

situación de los grupos especialmente vulnerables, ni

los diversos sectores sociales y han tenido una influencia

incrementar las desigualdades y mantener la confianza

notoria, aunque desigual, en la evolución de la

de amplios sectores sociales.

criminalidad, Para el cumplimiento de estas medidas se
ha requerido la actuación de la Policía (en menor medida

Palabras clave: Policía, Pandemia, Restricciones De
Derechos

Cómo citar
Guillen Lasierra, F. La policía en la primera línea contra
la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado.
Revista Constructos Criminológicos. Recuperado a
partir de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/
index.php/cc/article/view/5
*https://orcid.org/0000-0001-5599-4821
Universidad Autónoma de Barcelona, España

Abstract
The pandemic caused by the COVID-19 virus has
implied an unprecedented global health crisis in recent
decades. Most states’ reactions, apart from strictly
sanitary measures, have included the limitation of the
rights that are connected to mobility and social contact in
order to avoid the transmission of the disease. Practically
all countries have established population lockdowns of
varying intensity. These measures have affected various

�60

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

social sectors in different ways and have had a notorious,
albeit unequal, influence on the evolution of crime. The
enforcement of these measures requires the action of the
Police (to a lesser extent the Army). This study aims at
showing that the role of the Police in each country has
not been directly related to the severity of the pandemic
or the greater discipline or indiscipline of the citizens, but
rather to the political culture and police models adopted
in the various countries. Finally, this work outlines the
guidelines that should govern police action in a pandemic
situation to achieve safer behavior by the population,
without aggravating the situation of especially vulnerable
groups, or increasing inequalities and maintaining the
trust of broad social sectors.
Key words: Police, Pandemic, Rights’ Restrictions

1. LOS ESTADOS ANTE LA COVID19: NECESIDAD DE ACTUAR Y DESCONOCIMIENTO
DE LA RESPUESTA ADECUADA
Todos los estados del mundo se han encontrado
con la pandemia sin haber previsto mecanismos
para hacerle frente. Si añadimos que la
pandemia se extendió a una gran velocidad (en
un par de meses estaba prácticamente en todo el
mundo), sumió a los Estados en una sensación
de impotencia y desbordamiento que, sin duda
generaba inseguridad y desesperación entre la
población. No había datos sobre las causas o
entornos que facilitaban la transmisión, no se
conocían todavía todos los síntomas que se le
podían asociar, ni, por supuesto, los tratamientos
efectivos para combatir las complicaciones de
salud que generaba en los infectados. La vacuna
tardaría todavía en llegar (hasta entonces el
período mínimo de desarrollo de una vacuna
era de cuatro años).

constructoscriminologicos.uanl.mx

El Estado tiene como finalidad última
(siguiendo los parámetros hobbesianos) la
garantía de la seguridad de sus ciudadanos. El
aumento continuo de contagios, ingresos en
los hospitales (y en las unidades de cuidados
intensivos), así como la cantidad de personas
fallecidas que provocaban colas, con varios días
de espera en las funerarias, ponía en evidencia
la ineficacia del Estado en su supuesta función
primordial, circunstancia que provocaba
un pánico considerable entre la población
(Sheptycki,J. 2020). Los estados sintieron que
había que realizar alguna acción visible y
drástica que demostrara sus desvelos por la
población y extendiera una cierta tranquilidad
entre ésta. Una de las características de la
nueva enfermedad era su gran capacidad de
transmisión, su potencialidad de contagio. Los
estados confinaron a la población, de manera
que los espacios de sociabilidad (las vías
públicas incluidas) se vaciaran de personas
potencialmente contagiadoras o contagiables.
Se volvió a los confinamientos ya utilizados
durante las pandemias desde la Edad Media. La
opinión científica dominante avaló totalmente
esta medida como adecuada y necesaria.
El desarrollo normativo tanto del confinamiento
como de las fases intermedias requería, por una
lado, una misión imposible: regular de manera
adecuada toda la casuística que se podía
producir, porque no era posible prever todas
las situaciones que podían darse; y, por otro
lado, hacía falta alguna agencia que controlara
su cumplimiento por parte de la ciudadanía,
denunciando y, si era el caso, poniendo en
marcha el procedimiento sancionador, para
castigar a los infractores efectivos y disuadir
a los hipotéticos futuros. Aquí es dónde los

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

estados volvieron a sus orígenes, utilizando
el poder más nuclear del estado, el poder de
coacción, para garantizar el cumplimiento
de la normativa anti-pandemia a través de la
policía, que constituye una de las expresiones
más concretas del poder del Estado (Sheptycki,
J. 2020). Esto despertó, sin duda, cierto
entusiasmo entre aquellos que creen que la
policía está fundamentalmente para eso, para
hacer efectiva la coacción estatal a fin de hacer
cumplir la ley. El problema radicaba en qué la
decisión de poner a la policía al frente de la
lucha anti-Covid19 encubría ciertas trampas
y algunos riesgos para la policía y su relación
con la ciudadanía (por no mencionar que la
situación constituía un factor más que añadir
su burnout tradicional, muy marcado, por
ejemplo, en el norte de México –Valdivia,J.A.,
Hernández, G.D., y Maiz,, S.I., 2021-).

61
un altísimo peaje en vidas humanas que dejaría
nuestras sociedades devastadas. Por mucho que
otros actores (públicos y privados) se esfuercen,
sólo una actuación eficaz de las autoridades y
del sector de la salud pueden realmente revertir
la expansión de la pandemia.

Existen otros actores que pueden llevar a
cabo contribuciones necesarias en tiempos
de pandemia: los proveedores de recursos
esenciales, los que facilitan el transporte
de las personas enfermas o de productos e
instrumental médico a centros sanitarios y
farmacias, los que ayudan a mantener la higiene
pública, vital en estos casos, los que prestan
apoyo social a los grupos más vulnerables
(especialmente afectados por cualquier crisis),
etc. La lista sería, sin duda, interminable. No
es discutible que entre aquellos que prestan un
servicio muy necesario están aquellos que se
2. LA PANDEMIA ES PRINCIPALMENTE UNA dedican a mantener el orden y la seguridad en
CRISIS SANITARIA
nuestras ciudades y pueblos. Su contribución
es, sin duda, de gran valor. A reflexionar sobre
En primer lugar, hay que afirmar con extrema su contenido nos dedicaremos más adelante
rotundidad que la pandemia es una crisis en este artículo. Ahora simplemente lo que
que pone en peligro la vida de las personas es importante certificar y retener es que una
a través de la difusión de un virus, en este pandemia es una crisis sanitaria, no lo es de
caso, el Covid19. En consecuencia, aquellas delincuencia ni de seguridad (aunque tiene
personas que pueden hacerle frente de manera derivaciones en ella que veremos).
más eficiente y eficaz son aquellos que se
dedican a la medicina, en sus diferentes 3. LA LIMITACIÓN DE LIBERTADES COMO
especialidades, los sanitarios, los que producen RESPUESTA VISIBLE SIN RESULTADOS
y suministran fármacos, etc. Sin una mejora en INCONTESTABLES
el conocimiento del comportamiento del virus,
de las causas de transmisión, de sus efectos Las medidas adoptadas para combatir la
colaterales en el cuerpo de los afectados, sin pandemia implicaron en algunos casos la
mecanismos de prevención de la enfermedad o derogación temporal explícita de derechos
de una vacuna que inmunice a la población, no fundamentales
básicos
(especialmente
es posible controlar ni reducir la pandemia sin los relacionados con la libre circulación
Fransesc Guillen Lasierra

�62

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

de personas, derecho de reunión y de
manifestación). Se ha dicho ya que la restricción
prácticamente total de la movilidad había
contado con el visto bueno de la mayoría de la
comunidad científica. Esta circunstancia hace
pensar que hay bases objetivas para escoger las
medidas que más pueden contribuir a evitar
la difusión de la enfermedad. Para confirmar
esto es interesante analizar el tipo de medidas
adoptadas (especialmente durante los primeros
meses de pandemia) y ver como se relacionó su
adopción y puesta en práctica con la incidencia
del virus.
En Europa la mayoría de los estados acordó lo que
pudiera parecer un confinamiento domiciliario
bastante estricto. Existieron, sin embargo,
excepciones. La más clara la de Suecia, que
no estableció prohibiciones más allá de las
reuniones de más de cincuenta personas o el
cierre de las universidades. La mayoría de los
mensajes de los poderes públicos de aquel país
se limitaban a establecer recomendaciones,
como no acudir a bares ni lugares de reunión o
teletrabajar siempre que fuera posible. Sin duda,
hubo ciudadanos que siguieron el consejo,
pero los que no lo hicieron no fueron objeto
de denuncia ni sanción alguna. Es importante
destacar que los motivos de la estrategia suave
de las autoridades suecas no tenían como base
(como se ha intentado convencer en el resto de
Europa) una razón médica o epidemiológica,
sino política: no deseaban establecer
restricciones de derechos a la ciudadanía de un
nivel tan alto, por una cuestión de principios. Se
trataba claramente de una decisión política. Un
caso parecido, aunque mucho menos radical,
lo encontramos en los Países Bajos, donde
existieron restricciones, pero de mucha menor

constructoscriminologicos.uanl.mx

intensidad hasta que se adoptó la declaración
del estado de alarma en enero de 2021, hecho,
este último, que comportó un gran número
de protestas considerablemente violentas
(no tenían toque de queda nocturno desde la
Segunda Guerra Mundial).
El resto de países de la Unión Europea tendieron
al confinamiento con diversos niveles: Francia,
Alemania o Bélgica siempre permitieron salir a
hacer deporte o a pasear y los miembros de la
célula de convivencia podían hacerlo juntos,
en cambio en España e Italia estaba prohibida
cualquier salida del domicilio excepto por
causas justificadas (adquirir alimentos o
artículos de primera necesidad, ir al médico o
a la farmacia o trabajar en servicios esenciales)
y, en todo caso, las personas tenían que
abandonar el domicilio de manera individual,
ni tan sólo podían hacerlo en compañía de
aquellas personas integrantes de su unidad de
convivencia.
Fuera de Europa encontramos un hecho muy
significativo en el caso de los Estados Unidos
de América. La mayoría de los estados (era una
competencia de los gobernadores) acabaron
adoptando algún tipo de restricciones, que en
algunos casos llegó a constituir confinamiento.
En la mayoría de los estados se consideraron
los establecimientos que vendían todo tipo de
armas como de primera necesidad y continuaron
abiertos durante las diversas oleadas del virus.
Ciertamente los consumidores corroboraron
esta decisión ya que la venta de armas,
especialmente de armas de fuego, se incrementó
de manera notable durante los primeros meses

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

�63

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

de la pandemia1. Es decir, (hay que repetirlo
porque puede parecer inverosímil) incluso en
los estados en qué hubo confinamiento estricto,
los establecimientos que vendían armas
pudieron permanecer abiertos al público en la
mayoría de los casos por considerarse productos
de primera necesidad, como, por ejemplo, los
establecimientos de productos de alimentación
o las farmacias. También hay que señalar
que el presidente federal en aquel momento,
Donald Trump, flirteó en diversos momentos
con algunas variantes del negacionismo, que
rehúsa aceptar la existencia de una pandemia
y/o las medidas necesarias para su control. Este
escenario, unido al histórico apasionamiento
sobre el alcance de la enmienda segunda de
la Constitución que, supuestamente, protege
la adquisición y posesión de armas como un
derecho fundamental facilitaron la adopción de
estas medidas protectoras de la venta de armas.
Es muy interesante comprobar como la dureza
de las medidas que acabamos de exponer
(salvando el caricaturesco caso de los negocios
de venta de armas en los Estados Unidos
de América) no se corresponden con una
afectación inferior del virus ni con un número
más bajo de víctimas mortales (Greene; A.,
2020; Roché, S., 2020). Por ejemplo, Suecia,
casi sin medidas restrictivas de los movimientos
de los ciudadanos ha tenido hasta ahora,
ciertamente, más víctimas por millón de
habitantes que sus vecinos escandinavos (1376
muertos por millón de habitantes2), pero menos

que otros países europeos con medidas mucho
más draconianas (Italia -1979 por millón- o
España -1662 por millón-3). Por otra parte,
en países con medidas similares (Portugal y
España) el nivel de víctimas en la primera
oleada fue muy diverso (bastante superior en
España), y acabó igualándose en las oleadas
sucesivas. Si cambiamos de continente y nos
fijamos en Uruguay, también veremos cómo
unas medidas restrictivas ligeras comparadas
con el entorno se correspondieron con una
baja tasa de incidencia de la enfermedad en los
primeros meses, y, en cambio, en el 2021 su
tasa de muertos ha sido de las más altas. Es
decir, resulta difícil establecer una correlación
directa entre el carácter más o menos extremo
de las medidas limitadoras de los movimientos
y de los contactos sociales y los niveles de
incidencia de la pandemia en cada país. Roché,
S (2020) nos avanza que la única correlación
demostrable es la cultura democrática de las
élites políticas. Según Roché, los países con
sistemas políticos en qué los gobernantes y
los ciudadanos están muy alejados y alejados,
en que hay bajos niveles de participación
política y deficiencias del Estado de derecho
se habría tendido a limitar en mayor medida
las libertades. Pero habría que matizar que no
sólo es la cultura de las élites políticas, sino
la cultura de la población de cada país la que
favorece las limitaciones de derechos. Si las
élites políticas presagiaran un gran rechazo por
parte de la población, muy probablemente no
se atreverían a adoptarlas y ejecutarlas.

Vid. https://www.thetrace.org/2020/04/the-corona-

Tenemos un ejemplo clarísimo en el caso, ya

1

virus-has-gun-sales-soaring-his-fear-is-selling-to-the-wrongfecha 27 de abril de 2021.

person/
2

Vid. https://www.worldometers.info/coronavirus/ en

3

Vid. fuente citada en la nota anterior.
Fransesc Guillen Lasierra

�64

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

citado, de Suecia. La inexistencia de limitaciones
de movimiento severas ha sido muy bien
acogida por la población, que, posiblemente,
hubiera reaccionado negativamente en caso de
medidas más intrusivas. En los Países Bajos, la
declaración del estado de alarma en enero de
2021 ha provocado una oleada de protestas (e
incluso de violencia) contra la policía e incluso
contra establecimientos sanitarios, mientras que
en España una declaración del estado de alarma
de ocho meses (septiembre del 2020 a mayo del
2021) no ha despertado más que alguna muy
leve (casi imperceptible) protesta. Sin, duda,
por ello los gobernantes neerlandeses tardaron
mucho más a declarar el estado de alarma:
porque conocían el poco nivel de tolerancia de
su población para con este tipo de medidas.
4. LA DELINCUENCIA EN TIEMPOS DE
PANDEMIA
Una crisis del nivel de una pandemia como

el Covid19 tiene que afectar necesariamente
tanto a la delincuencia como al orden en los
países afectados. La afectación tiene mucho
que ver con las medidas adoptadas para
luchar contra el virus. Si la circulación por los
espacios públicos se encuentra restringida,
hasta el punto de que la ciudadanía puede
ser denunciada y sancionada en caso de
frecuentarlos sin una causa de justificación
suficiente, las posibilidades de que se cometan
delitos en ellos se reducen exponencialmente.
No va a haber hurtos ni robos, si no hay a quién
sustraerle nada; las lesiones y homicidios se
van a reducir a mínimos si prácticamente no
se encuentran personas en la calle. Lo mismo
podemos decir del consumo y tráfico de drogas
y de otros tipos de delitos. Así lo confirmaron
los datos en muchos casos. En términos globales
la delincuencia experimentó un gran descenso.
Veamos, por ejemplo, la evolución interanual
de la delincuencia global en España, Francia e
Inglaterra y País de Gales:

Gráfico 1

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

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Gráfico 2

Gráfico 3

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Como puede observarse en los tres casos el
período de confinamiento coincide con un
descenso notable de la delincuencia, descenso
que se mantiene, aunque atenuado, en los
meses posteriores en España, pero que vuelve
rápidamente a la situación previa en Francia e
Inglaterra.

que existen territorios en qué el poder público
es incapaz de mantener la ley. No obstante,
hay que reseñar que
los secuestros del
primer semestre de 2020 fueron notablemente
inferiores al mismo semestre del año anterior,
610 por 1015 el año anterior6. Habría que ver
hasta qué punto fue la pandemia la causa de
ello, pero puede pensarse que las dificultades
Hay dos casos que resaltan notablemente de movilidad y alguna reticencia al contacto
como excepciones a lo que se acaba de decir. con terceros pudieran haber influido.
En primer lugar, con algunos matices, México,
donde los homicidios descendieron de manera En estos territorios también se ha evidenciado
escasamente significativa en los primeros en este período como los cárteles suplantaban
meses de pandemia (de manera que el período al Estado no sólo en el uso de la fuerza, sino
interanual de julio de 2019 a junio de 2020, también en el apoyo a la población, repartiendo
incluso experimentaba un incremento del alimentos y medicamentos entre los sectores
1,2%)4, aunque sí disminuyeron notablemente necesitados: Esta práctica no es exclusiva de
los robos a transeúntes en el citado período México y la pudimos observar en el mismo
interanual (julio 2019-junio 2020) (-32%), en período en diversas regiones italianas practicada
negocios (-21%), de coches (-23%) así como por las diferentes ramificaciones de la mafia
los robos en domicilio (-31%). Una causa, no italiana. De esta manera, la delincuencia
menor, del poco impacto en los homicidios y organizada pretende ganarse la simpatía de
el narcomenudeo (-0,2% en la interanual) 5 la sectores desfavorecidos de la población, que,
podemos encontrar en el enquistado problema muy probablemente, acabarán dependiendo
del narcotráfico y la violencia asociada al de ellos y constituyendo bolsas de protección
mismo. Es fácil imaginar que el narcotráfico, y refugio, que harán más difícil la persecución
bajo el control del cual está buena parte de sus crímenes.
del territorio, no se deja amedrentar por las
medidas limitativas de derechos para combatir En los Estados Unidos de América, el
la pandemia. El mantenimiento de los delitos incremento en la venta de armas, así como el
violentos en tiempos de pandemia sirve para estrés provocado por la propia pandemia y las
confirmar el carácter de estado fallido que medidas consecuencia de ella, unido a una
algunos le atribuyen a México (Barrón, M.G., cierta contestación social que ha implicado
2015; Flores, C.A., 2009) debido al hecho de una resistencia a cumplir las normas de
confinamiento y a usar igualmente los espacios
4
Vid.
https://onc.org.mx/uploads/mensual-juni- públicos nos pueden explicar la razón por la
cual algunas grandes ciudades americanas
o2020-D.pdf
5

Vid. Para todos los datos mencionados la fuente cita-

da en la nota anterior.

6

Vid. www.altoalsecuestro.com.mx/estadistica

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

experimentaron en tiempos de pandemia un
incremento de los homicidios y los delitos
violentos7. Así, por ejemplo, sorprendentemente
en este contexto, Nueva York, Los Angeles y
San Francisco registraron más de un 30% de
incremento en el número de homicidios durante
todo el año 2020, mientras Chicago, Portland,
Boston, Nueva Orleans y Seattle se situaron por
encima del 50% de incremento, casi en el 75%
en el último caso8.
Pero existe también otra cara de la delincuencia
en tiempos de pandemia. Si se reduce en los
lugares dónde ha dejado de haber personas,
es lógico pensar que aumente en los ámbitos
en qué se hallen y se relacionen las personas
con más intensidad. La inmensa mayoría de las
medidas adoptadas llevaron, necesariamente,
a que las personas pasaran más tiempo en sus
domicilios compartiendo espacio y tiempo con
sus seres más íntimos, con lo cual es imaginable
que los delitos entre ellos (violencia doméstica
y machista) incrementaran su presencia, ya
que las oportunidades para ello aumentaron
enormemente. La violencia tanto física, como
psíquica o sexual contra las mujeres y otros
miembros de la unidad familiar ha registrado
un incremento notable (Interpol, noviembre
2020). Los datos así parecen confirmarlo,
aunque hay que leerlos bien para entenderlos.
En algunos casos las denuncias de delitos
7

Es preciso advertir, sin embargo, que la introduc-

ción de un nuevo sistema de recuento por parte del FBI puede haber influido en las dimensiones del aumento detectado

contra las mujeres no aumentan, pero sí lo
hacen el número de llamadas por parte de
estas a centros de asistencia y apoyo en casos
de víctimas de violencia machista y doméstica
(como ha manifestado, entre otros, la National
Commission on Covid-19 and Criminal
Justice, de los Estados Unidos de América
-en un 8,1%- y Naciones Unidas en relación
a sus 193 estados miembros- en un 20%-9). Es
comprensible que, dada la persistencia tanto de
la pandemia, como de las medidas que obligan
a pasar mucho más tiempo en casa, las víctimas
de violencia que siguen viviendo con el agresor
y que, en algunos casos, tienen algún tipo de
dependencia económica de él, consideren
arriesgado denunciar los hechos ante la policía
y encuentren más plausible solicitar ayuda en
los citados centros. En todo caso, estos casos
muestran la necesidad de que la policía proteja
a los grupos más vulnerables de las situaciones
de indefensión en que se pueden encontrar
(HMICFRS, 2021).
Otro de los ámbitos en qué se ha incrementado
la presencia humana es el ciberespacio. Al
tener restringida la movilidad, la mayoría de
las personas han incrementado su presencia
en internet y en las redes sociales, bien
sea para relacionarse con otros, para llevar
a cabo la gestión de sus asuntos, adquirir
productos o servicios o llevar a cabo sus tareas
profesionales en línea, lo que se ha dado en
llamar teletrabajo. Si recordamos la teoría de
las actividades rutinarias de Felson y Cohen
(1980) y los principios en que se sustenta, para

(vid. https://www.nytimes.com/2021/03/16/upshot/murder-rate-usa.html?smid=tw-share ).
8

Vid.

https://www.statista.com/chart/23905/chan-

ge-in-homicides-in-us-cities/

9

Vid. https://theconversation.com/domestic-violen-

ce-calls-for-help-increased-during-the-pandemic-but-theanswers-havent-gotten-any-easier-156683
Fransesc Guillen Lasierra

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

que se produzca el delito es necesario, entre
otras cosas, que haya un objeto apetecible
y éste los encontraremos con mucha más
probabilidad allá donde las personas llevan a
cabo sus actividades. Es decir, el incremento
de actividades digitales ha de significar,
necesariamente un incremento de fraudes,
estafas, abusos sexuales, pedofilia, stalking, etc.
en el ciberespacio.
Otro ámbito específico en qué la pandemia ha
estimulado la delincuencia es el de los productos
farmacéuticos falsificados o fraudulentos. La
búsqueda desesperada de remedios contra el
virus facilita la salida de semejantes productos
con unos réditos no menospreciables. (Interpol,
noviembre 2020). Obviamente los intentos de
contagiar la enfermedad a otros también pueden
considerarse como una actividad delictiva de
nuevo cuño.
¿Existe un rol para la policía? Afectaciones de
la pandemia en la policía
Anteriormente hemos visto que, aunque una
pandemia es una crisis sanitaria, hay actores no
sanitarios que pueden tener un papel, entre los
cuáles se encuentra la Policía teniendo en cuenta
que una pandemia puede considerarse una
amenaza existencial fundamental (Sheptycki,
J., 2020). Incluso algunos creen razonable
otorgarle un rol de cierto protagonismo al
Ejército y no únicamente en tareas de apoyo
a las autoridades sanitarias, circunstancia
que tiene sentido y permite aprovechar los
recursos que el Ejercito tiene para situaciones
de emergencia, sino incluso en la aplicación
de la ley y el mantenimiento del orden público
(España ha sido un ejemplo claro). No, parece,
sin embargo, que éstas últimas sean funciones

del Ejército en estados democráticos, ya que la
crisis es sanitaria no de seguridad del Estado,
los que están en riesgo son los ciudadanos, no
la patria. Por otra parte, una militarización de
la respuesta a este tipo de crisis ha evidenciado
que provoca reticencias y movimientos de
protesta (Laufs, J. y Waseem, Z., 2020).
Pero, volvamos a la Policía. Es evidente que ha
de tener un rol en la lucha contra la pandemia.
A los pocos días de declararse la situación
de excepcionalidad en todo el mundo, el
26 de marzo de 2020, Interpol publicaba un
documento titulado “Pandemia de Covid19.
Directrices para las fuerzas del orden”10.
Como muy acertadamente señala Sheptycki, J.
(2020, 158) la actual pandemia es el “primer
acontecimiento policial global”, en el sentido
de que prácticamente todos los cuerpos
policiales del mundo fueron movilizados en el
mismo momento debido al mismo incidente.
Por eso tiene mucho sentido el documento
de Interpol. Este documento empieza con
recomendaciones específicas para que los
policías actúen de manera segura en contextos
con un peligro grande de contagio. Parece una
buena idea, lo primero que tiene que hacer la
Policía para poder prestar el servicio público
que se espera de ella es mantener la salud. Un/a
policía contagiado/a de Covid es una persona
que no puede prestar ningún tipo de servicio
y, además, puede implicar la cuarentena de las
personas de su entorno laboral, circunstancia
que mermará la capacidad de acción de la

10

Puede consultarse esta edición, así como la segun-

da, de noviembre de 2020 en https://www.interpol.int/es/Como-trabajamos/COVID-19/COVID-19-Protejase

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

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organización en un momento de demanda de
servicios, ya que, por ejemplo, las denuncias
telefónicas de infracciones de las normas
antipandemia incrementaron notablemente el
número de llamadas al 911 (Jennings, W.G., y
Pérez, N.M., 2020), aunque es cierto que las
llamadas relativas a delitos y otros incidentes
de seguridad disminuyeron exponencialmente
(NENA, 2020). Así, las primeras medidas que
ha de tomar la policía han de ir destinadas a
protegerse de la enfermedad para poder estar en
condiciones de proteger a la ciudadanía (Aston,
L., 2020; Jennings, W.G. y Pérez, N.M., 2020,
también se pronuncian en esta dirección). Los
responsables de personal de las organizaciones
policiales han tenido que hacer muchísimos
equilibrios para mantener un servicio mínimo
suficiente, ya que una demanda cualitativamente
importante coincidía con numerosos efectivos
de baja por contagio o por cuarentena.

69
Interpol, pasaba a realizar recomendaciones
prácticas sobre cuáles pueden ser los ámbitos más
sensibles de intervención policial: la violencia
doméstica, abusos sexuales de menores,
protección de centros sanitarios, de zonas de
confinamiento, fugas de presos, garantizar los
suministros médicos, la necesidad de cooperar
con todos los actores, públicos y privados, la
necesaria vigilancia del ciberespacio, así como
la importancia de mantener una comunicación
fluida, directa y actualizada con el público.
También hay referencias al mantenimiento
del orden público, muy adecuadas teniendo
en cuenta los incidentes de protesta que han
provocado las medidas antipandemia, incluso
con cariz violento (Campedelli, G.M., y
D’Orsogna, M.R., 2021), aunque no entra en
detalle sobre como ejercerlo para minimizar los
contagios entre los asistentes. Se trata de unos
cuantos consejos simples, directos, sin entrar
en consideraciones estratégicas o éticas.

Un contexto como el actual tiene, sin duda,
que derivar en un mandato hacia los poderes
públicos de facilitar las condiciones sanitarias
necesarias para que los/las policías puedan
trabajar en las condiciones higiénicas
suficientes, que les den ciertas garantías de no
contagiarse. Esto implica facilitar las mascarillas
(tapa-bocas en México), equipos de protección
individual (EPIs), los hidrogeles, la desinfección
de los equipos de trabajo, la realización, en su
caso, de PCRs y todo aquello que se considere
necesario para ello, circunstancia que no se dio
prácticamente en ningún país, dejando a los
agentes de policía un tanto desamparados ante
el virus que ha causado la pandemia.

Aunque no apuntan directamente a cuestiones
estratégicas o de modelo (no es una función
de Interpol), sí que acaba incidiendo en
una función importante de la policía en una
época de transformaciones tan grandes como
implica una pandemia. Acabamos de ver que
la delincuencia ha mutado en función de las
actividades de la ciudadanía y de los lugares
dónde se encuentra. Pues bien, la policía ha de
orientar al público en esta dirección. En tiempos
de grandes incertidumbres es importante que
una institución dedicada al mantenimiento de
la seguridad pueda acompañar a las personas,
informándolas de los nuevos riesgos, así como
de las medidas de prevención que tendrían que
Una vez realizadas las recomendaciones adoptar para no ser víctima de ellos (Guillén,
sanitarias de seguridad, el documento de F., 2020b).
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Pese a su simplicidad, el documento de Interpol
acierta señalando la comunicación con el
público como una función fundamental de la
policía en tiempos de pandemia. Son tiempos
de incertezas, de informaciones confusas y
contradictorias (e incluso de noticias falsas) y
de aparición de riesgos desconocidos hasta el
momento. Tiene sentido que una institución que
representa al Estado como ninguna otra y que
está de servició 24 horas diarias los 365 días del
año, intente aportar certidumbre y consejos útiles
sobre las conductas más adecuadas. La Policía
puede ejercer esa función de guía tan necesaria
en tiempos de desorientación como son los de
pandemia. Puede ser una gran contribución a
la seguridad ciudadana, que haga disminuir
el pánico e incluso los desórdenes públicos.
No obstante, como acertadamente señalan
Jennings, W.G, y Perez, N.M, (2020), la Policía
afronta muchas dificultades para establecer
esta comunicación imprescindible. De entrada,
porque la comunicación ha de ser también fluida
internamente, informando adecuadamente a los
policías sobre medidas sanitarias, iniciativas
de los poderes públicos y toda la información
relativa a la evolución de la pandemia. En muchos
casos, los policías actuantes no disponían de la
información actualizada de la situación, con lo
que difícilmente podían facilitar al público los
datos necesarios sobre el estado de la cuestión y
las normas de conducta necesarias para hacerle
frente.

actuaciones paradigmáticas de la policía.
El riesgo de contagio ha hecho reconsiderar
muchas intervenciones de este tipo (Brooks,
R., y López, C., 2020). Esto puede cambiar las
estrategias de intervención de la policía en un
futuro, quizá racionalizando más este tipo de
intervenciones. Si tenemos en cuenta el alto
nivel de conflictividad de estas intervenciones
(Guillén, F., 2018), su ponderación puede incluso
mejorar la relación con el público, así como
aumentar su eficiencia (Brooks, R., y López, C.,
2020). Las estrategias y tácticas de afrontar las
protestas en la calle también se hubieran tenido
que modificar para no contribuir a facilitar el
contagio entre manifestantes. Ha sido una época
con numerosas protestas y no únicamente contra
las restricciones derivadas de la pandemia,
ya que ha coincidido con las protestas por la
muerte de George Lloyd a manos de la policía
y todo el movimiento mundial de protesta (black
lives matter) que se originó como consecuencia.
Carbonaro, G. y Somara, S. (2020) publicaron
un pequeño artículo detallando las tácticas que
la policía no debiera utilizar para evitar que
los manifestantes se contagiaran de manera
desproporcionada, como, por ejemplo, la
conducción de la masa hacia espacios estrechos
para poderlos controlar mejor, o la conducción
de multitud de detenidos en la misma furgoneta o
su estancia en celdas de pequeñas dimensiones.
Incluso la National Association of Governors
de los Estados Unidos de América publicó un
memorándum con recomendaciones específicas
En la práctica, la necesidad de la Policía, por para que las intervenciones policiales en materia
su parte, de mantener la distancia social, por de orden público no favorecieran una difusión
razones de seguridad sanitaria, ha influido incontrolada del virus11.
significativamente en sus intervenciones. Así,
por ejemplo, han disminuido notablemente 11
Vid. https://www.nga.org/center/publications/prolas paradas e identificaciones en la calle, tests-policing-covid-19/
La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Para minimizar los riesgo de contagio en
sus contactos con el público, la policía ha
incrementado el uso de la tecnología en su
comunicación con la población, debido a la
necesidad de mantener la distancia social para
impedir la transmisión del virus (Wells, H.,
Aston, L., O’Neil, M., y Bradford,B., 2020).
Por un lado, los ciudadanos han acudido
menos a las comisarías de policía y, por otra,
la policía, ha usado medios tecnológicos para
comunicarse con el público si una actuación
presencial no era absolutamente necesaria para
el caso en concreto. No es un proceso que se
haya iniciado con la pandemia, ya previamente
la policía estaba muy presente en las redes
sociales y se comunicaba a través de ellas con
la población, pero, sin duda, la crisis sanitaria
ha acrecentado esta tendencia y posiblemente
habrá ámbitos en que se mantendrá en el
futuro. Esta nueva realidad, que ha llegado para
consolidarse, reconfigurará la relación de la
policía y el público, precisamente en momentos
en que la idea de proximidad entre unos y otros
está muy presente como elemento legitimador
y de eficacia de la labor policial.
¿Cómo se tendrá que plasmar la proximidad
a través de la tecnología? Probablemente es
posible ser próximo a través del mundo digital,
pero aún no sabemos cómo se tiene que
concretar esta proximidad digital. Constituirá,
sin duda, un reto para la policía conseguirla
(Wells, H., et al., 2020). Reto de gran importancia
dado que la confianza de la población en la
Policía depende mucho de la comunicación y
de la proximidad, y, por su parte, la seguridad
subjetiva de la población depende en buena
parte de su confianza en la Policía (Guillén, F.,
2020a).

71
Una aplicación estricta y poco reflexiva de
las normas antipandemia incrementa las
desigualdades.
La normativa elaborada para frenar la
expansión de la pandemia es, en principio,
aplicable a todo el mundo por igual, y su
aplicación estricta tendría que estar pensada
para favorecer el bien público. No obstante,
las normas nunca han sido elaboradas para
que una gran cantidad de la población fuera
denunciada, sino para que su existencia facilitara
comportamientos ciudadanos adecuados o
normativos (Hough,M., 2021;Tyler, T.R., 1996).
Scheptycki, (2020), precisamente hablando de
la normativa antipandemia, nos viene a decir
que una aplicación intensa de la legislación es
contraria a un sistema democrático de policía
y no favorece el bien común. Además, un
análisis un poco más profundo de la situación
nos saca del error de pensar que la legislación
aprobada para combatir la expansión de la
pandemia afecta a todo el mundo por igual. No
todos tienen la misma facilidad o las mismas
dificultades para cumplir dicha normativa. Así,
aquellas personas que tienen empleos estables o
negocios que les permiten continuar la actividad
teletrabajando y, además, poseen residencias
espaciosas, incluso con espacios exteriores,
se van a encontrar con una necesidad muy
inferior de transgredir la norma y abandonar
el domicilio fuera de los supuestos previstos.
Tienen aire fresco en sus espacios exteriores
y sus ingresos más o menos asegurados. En
cambio, aquellas personas que tienen empleos
precarios, que si no trabajan efectivamente no
reciben remuneración y que, además, habitan
en viviendas de pocos metros cuadrados sin
espacios exteriores y muchos miembros de
la unidad de convivencia, tienen muchísima
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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

más necesidad de abandonar el domicilio. Si
a esto añadimos las dificultades de la Policía
para denunciar y sancionar a las personas con
un estatus socio-político alto (en España dos
ex-presidentes del Gobierno incumplieron de
manera visible las normas de confinamiento y no
fueron objeto de denuncia alguna), acabaremos
concluyendo que inevitablemente serán los
grupos de población más vulnerables los que
en la práctica serán objeto de las denuncias y
las sanciones, empeorando aún más su grado
de vulnerabilidad (Hough, M., 2021).
Aston et al. (2020) nos muestran como la
intensidad de la aplicación de la normativa
anticovid19 no ha sido la misma en todo el
territorio. Las zonas pobladas por personas
más desfavorecidas sufrieron una intervención
policial mucho más intensa que las pobladas
por clases acomodadas, citan expresamente los
casos de Madrid en España y de las banlieues
en Francia. En el caso de Madrid, las denuncias
escasearon en el barrio de Salamanca (a pesar de
celebración de protestas sin respetar la distancia
de seguridad y sin la preceptiva mascarilla
-tapa bocas-) y fueron más numerosas en
barrios más desfavorecidos. Brooks, R. y López,
C. (2020) nos apuntan las desigualdades en la
aplicación de la ley en los Estados Unidos de
América y señalan como la normativa sanitaria
actual es aplicada de manera más intensa en las
comunidades más vulnerables (afroamericanos
e hispanos). Por ello recomiendan que “..siempre
que sea posible, la policía tendría que orientar
su actividad a promover el cumplimiento
voluntario de las órdenes de permanecer en
casa y de cuarentena, facilitando información
y apoyo mucho más que adoptar una actitud
punitiva” (Brooks, R., y López, C., 2020, 17).

Por ello, además, estas autoras recomiendan a
las autoridades considerar la posibilidad de, a la
hora de hacer efectivas las sanciones derivadas
de las denuncias policiales por incumplimiento
de las normas sanitarias, moderar la cantidad
impuesta como multa en función de la
capacidad económica de los sujetos afectados.
En Inglaterra y País de Gales se calcula que
las minorías étnicas tuvieron un 54% más de
posibilidades de ser objeto de denuncia que la
mayoría blanca (Hough, M., 2021).
La desigualdad de género también ha sido
suficientemente documentada, no únicamente
debido al incremento de la violencia por parte
de la pareja que se ha citado más arriba, sino por
la precariedad laboral de muchas mujeres que
trabajan en el sector de servicios domésticos con
contratos precarios o formalmente inexistentes,
que han tenido que seguir trabajando para
mantener la remuneración y, al mismo
tiempo, han visto alargada su jornada laboral
para cuidar otras personas que estaban en
cuarentena o confinadas, aumentado su riesgo
de contagio y, además, con altas posibilidades
de ser denunciadas en su trayectoria al lugar de
trabajo (CNDC, 2020). De hecho, a los pocos
días de iniciado el confinamiento, el World
Economic Forum ya vaticinó que la situación
perjudicaría especialmente a las mujeres12.
En otros contextos es necesario, además, tener
en cuenta otras coyunturas. Así, por ejemplo, en
México, el Estado es incapaz de hacer respetar
la ley en importantes partes del territorio,

12

Vid. https://www.weforum.org/agenda/2020/03/the-

coronavirus-fallout-may-be-worse-for-women-than-men-hereswhy/

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

existiendo una imagen de impunidad del crimen
organizado. En semejante escenario, la idea de
una aplicación de la normativa COVID-19 a los
habituales se puede hacer incluso mucho más
presente y profundizar más en el alejamiento
del Estado de amplios sectores de población, y
más, si como también se ha señalado, el crimen
organizado facilita a algunos las ayudas que el
Estado es incapaz de proporcionar.
Obviamente la policía no puede ignorar
la normativa cuando se encuentre con
personas pertenecientes a grupos vulnerables
o desfavorecidos y permitirles cualquier
incumplimiento de la normativa sin tener en
consideración los riesgos sanitarios derivados
de ello. Simplemente se trata de evidenciar que
el cumplimiento de la normativa anti-covid no
resulta igual de simple para todo el mundo y
que una aplicación mecánica y estricta puede
contribuir a aumentar las desigualdades. En
este caso la igualdad ante la ley está muy lejos
de constituir una realidad fehaciente.

los centenares de miles de denuncias y millares
de detenidos (Francia, España13 e Italia14),
mientras que otras, especialmente aquellas del
Reino Unido, después de más de un año no han
alcanzado las 100.000 denuncias. Inglaterra
llevaba 99.742 en abril de 202115, mientras
Escocia, (15.28416) y País de Gales (10.58017)
se quedaban lejos de esta cifra. Posiblemente, y
por eso destacamos estos dos grupos aquí, esto
tenga que ver con dos estrategias totalmente
diferentes, fruto de culturas políticas y modelos
policiales notablemente diversos (Guillén,F.,
2015 y 2016). Así, mientras los países del Sur
de Europa han seguido tradicionalmente un
modelo de policía gubernativa, derivado del
modelo de la Revolución Francesa, las Islas
británicas han seguido un modelo de policía
comunitaria, uno de cuyos pilares ha sido y
es el policing by consent. Es decir, el modelo
13

En España se habían realizado 1.021.773 propuestas

de sanción y detenido 8.442 personas a 20 de mayo de 2020
(http://www.interior.gob.es/ca/prensa/noticias/-/asset_publisher/GHU8Ap6ztgsg/content/id/11908410 )

Las diferentes respuestas de la policía en el
mundo. Los condicionantes y factores en la
trastienda.
Hemos visto que la normativa antipandemia,
aunque ha implicado siempre medidas
restrictivas de la movilidad y de los contactos
sociales, ha presentado diferencias notables
en algunos países. Es cierto que se podría
argumentar que las diferencias radicales han
sido pocas y que la diversidad se ha centrado en
modalidades diversas del confinamiento. Pues
bien, en el ámbito de su aplicación concreta por
parte de las diversas organizaciones policiales
sí que las diferencias se han disparado. Ha
habido algunas que rápidamente sobrepasaron

14

El Ministerio del Interior italiano afirma haber con-

trolado a 12.360.197 personas entre el 11 de marzo y el 3 de
mayo de 2020, de las cuales 419.108 fueron denunciadas por
incumplimiento de al normativa anticrisis (https://www.interno.
gov.it/sites/default/files/2020-08/dossier_viminale_2020.pdf )
15

Vid.

https://news.npcc.police.uk/releases/upda-

te-on-coronavirus-fpns-issued-by-police-april-2021-embargoed-until-0001-thursday-29-april-2021
16

Vid.

https://www.scotland.police.uk/about-us/co-

vid-19-police-scotland-response/enforcement-and-response-data/ Los datos hacen referencia al período que va del 27
de marzo de 2020 al 21 de abri de 2021.
17

Vid.

https://news.npcc.police.uk/releases/upda-

te-on-coronavirus-fpns-issued-by-police-april-2021-embargoed-until-0001-thursday-29-april-2021
Fransesc Guillen Lasierra

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

policial ha partido (con la excepción de Irlanda
del Norte debido al grave conflicto interno –
Guillén, F., 2016-) de la idea de utilizar la
fuerza como último recurso e intentar imponer
el cumplimiento normativo a través de la
aceptación, del consentimiento del público.
En este contexto una tarea fundamental de la
policía es convencer al público de la necesidad
de cumplir la normativa y, sólo en casos muy
extremos, acabar imponiéndola de manera
coactiva.
Es importante remarcar que no se pretende en
este artículo hacer un juicio de valor sobre el
modelo policial británico y el conocido como
modelo tradicional (gubernativo) en Europa
continental (Guillén, F, 2015 y 2016). Sería un
objetivo imposible porque no existen modelos
inferiores o superiores, sino que los modelos
reflejan las necesidades y los valores de cada
sociedad. Quede, pues, claro que no estamos
contraponiendo el modelo gubernativo
continental (pretendidamente perverso) al
modelo británico (teórico modelo ideal). Lo que
se pretende hacer es constatar que las diversas
estrategias se corresponden con dos culturas
políticas e ideales de la policía muy diferentes
pero coherentes en sí mismas.
En el caso británico, las organizaciones
policiales diseñaron una estrategia debidamente
explicada internamente. El Consejo Nacional
de Jefes de Policía y la Academia Superior de
policía publicaron guías de actuación, que
fueron hechas públicas inmediatamente18. Era
18

Vid. https://www.police.uk/advice/advice-and-infor-

mation/c19/coronavirus-covid-19/coronavirus-covid-19-police-powers/

constructoscriminologicos.uanl.mx

la conocida como estrategia de las cuatro “e”s:
engage, explain, encourage and execute. Se
pide a los agentes de base que se impliquen con
la gente, que les expliquen la normativa y sus
razones, que los animen a cumplirla y, en caso
de incumplimiento, denuncien. Los mismos
documentos
recomiendan
expresamente
denunciar únicamente en caso de conductas
reincidentes o que pongan en grave peligro la
salud pública (fiestas con multitud de personas,
etc.). Es cierto que no deja de ser un eslogan,
además, de cumplimiento difícil ya que la
normativa ha ido cambiando constantemente y
,como se ha dicho, las posibilidades de explicarla
de manera adecuada y convincente no han sido
muchas. Sin embargo, lo que es importante
es constatar que en todos los documentos se
destaca que el objetivo de todo este despliegue
es continuar manteniendo a la población segura
y, en ningún momento, aparecen visos de que
lo importante sea mantener el poder del Estado
ni se consideran positivas las denuncias en sí
mismas. Consecuentemente con este mensaje
el número de denuncias es muy bajo, ya que
no se alienta a los agentes a denunciar a troche
y moche. Obviamente, en la práctica también
se han producido intervenciones policiales
ridículas e inadecuadas. Por ejemplo, en algunas
partes del país la Policía ha estado parando a
ciudadanos porque hacían ejercicio en campo
abierto, conducta que no era contraria a las
regulaciones legales, sino simplemente a las
recomendaciones del Gobierno, que no tienen,
obviamente, fuerza de obligar (Hough, M.,
2021).
En cambio, los modelos gubernativos suelen
estar más distanciados de la población y no
tienen demasiado inconveniente en aplicar

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

�75

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

coactivamente la normativa. La legitimidad
les viene no tanto del consenso del público,
como sucede en el modelo anglosajón,
como del respeto de la legalidad y el seguir
las instrucciones marcadas por el gobierno
establecido siguiendo los procedimientos
constitucionales (Guillén,F., 2015 y 2016).
Así, en los casos de Italia, España y Francia se
produjeron discursos públicos que alentaban a
las fuerzas del orden a denunciar toda conducta
infractora de la normativa antipandemia. Incluso
en Francia el ministro del interior emitió un tweet
vanagloriándose de los más de dos millones
de denuncias administrativas realizadas por la
policía francesa, como si la cifra en sí misma
constituyera un éxito. Aunque hubo algunas
quejas por algunas intervenciones policiales
excesivas, la población las valoró, en general,
de manera positiva, incluso frecuentemente la
policía recibía denuncias de violaciones con
demandas de actuaciones más drásticas 19. Es
decir, está aplicación masiva de la normativa
se realiza en un contexto muy favorable y
comprensivo con este tipo de actuaciones
(Hough, M., 2021). De todas maneras, el paso
del tiempo ha ido desgastando la popularidad
de las denuncias policiales y éstas se han
reducido razonablemente, centrándose en las
vulneraciones que entrañaban riesgos mayores
para la salud pública. En Francia ya se han
llegado a producir disturbios con uso de la

19

fuerza contra la policía y, en menor medida,
también en Italia y España.
Desde las instancias oficiales se ha intentado
argumentar que el carácter más drástico en la
aplicación de la normativa estaba directamente
relacionado con una menor disciplina en el
cumplimiento de la norma de los ciudadanos de
países del sur en contraposición a la disciplina
centro y norte europea. El argumento era que
la única manera que existía en estos países de
disuadir a la población de infringir las normas
que restringían la movilidad, era la amenaza
efectiva de sanción (lo que en Derecho Penal
se llama “certeza de la pena”). Sin embargo, si
analizamos los estudios de movilidad llevados
a cabo, entre otros por Google20, a partir de
los teléfonos móviles, veremos que los que
tuvieron unas medidas más estrictas eran los
que menos se movían y, en cambio, aquellos
que registraron desde el principio una movilidad
mayor adoptaron medidas menos restrictivas
(Roché, S., 2020). Los datos publicados por
Google hacen referencia a la movilidad en
seis ámbitos: comercio (no esencial) y ocio,
alimentación y farmacia, parques públicos,
estaciones de medios de transporte, lugar de
trabajo y lugar de residencia. La movilidad se
compara (en + o en -) a la existente antes del
establecimiento de las restricciones.

En algunos casos las denuncias eran falsas y los

denunciantes acababan siendo denunciados por la policía.
El Ministerio del Interior informa que 5.684 personas fueron
denunciadas por falses denuncias en el período marzo-junio
de 2020 (https://www.interno.gov.it/sites/default/files/2020-08/
dossier_viminale_2020.pdf )

20

Vid. https://www.google.com/covid19/mobility/
Fransesc Guillen Lasierra

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Gráfico 4

Fuente: Google. Informe de movilidad de las comunidades ante el Covid 19.

Si nos centramos, por ejemplo, en la movilidad
en los parques, nos encontramos que los
tres países con mayor número de denuncias
por infracciones de normas antipandemia
(Francia, España e Italia) son las que registran
un mayor descenso de la movilidad (entre un
80 i un 90% menos de movilidad en relación
al momento previo a la pandemia) desde
los primeros momentos de la medición. Se
puede argumentar que la razón por la que se
registra una menor movilidad en los parques
en estos países es, precisamente, al número
de denuncias interpuestas por la policía, que,
según este planteamiento, sería la razón de la
formidable disminución de la movilidad. Sin
embargo, para que en estos primeros momentos

de la pandemia se produjera tal cantidad de
denuncias la movilidad debiera haber sido
muy alta, porque, si no lo fue, ¿qué conductas
se sancionaron si la población en esos países
apenas se movió? Si comparamos la situación
con el Reino Unido, observamos descensos
de la movilidad inferiores (sobre el 50% en
relación a la anterior a la pandemia), y, sin
embargo, el número de denuncias de la policía
fue infinitamente inferior como acabamos de
ver. Es cierto que en aquellos momentos las
restricciones en este último país no eran tan
drásticas como en los tres países con un mayor
número de denuncias, con lo cual se podría
jsutificar alguna parte de la diferencia. Pero,
posteriormente, se fueron endureciendo, sin

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

�77

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

que la movilidad se redujera significativamente
y las denuncias no aumentaron. Resulta difícil
de explicar, que sean más denunciados por
moverse en los parques públicos los ciudadanos
de los países que, objetivamente, menos se
movieron. Un caso diferente, y perfectamente
justificable, es el de Suecia, que, contrariamente,
vio incrementada la movilidad en estos
espacios con respecto al momento anterior a
la crisis sanitaria, debido a la inexistencia de
restricciones legales para transitar por ellos, y,
además, con recomendaciones de evitar lugares
cerrados y concurridos. Es razonable entender
que muchas personas de aquel país pudieran
pensar que la mejor opción era aumentar el uso
de los parques públicos, espacios más seguros
para evitar los contagios.

del establecimiento del confinamiento y su
evolución posterior no se observa ninguna
influencia de las medidas más restrictivas.
El primer día de confinamiento, antes
de que se pudiera llevar a cabo ninguna
denuncia por incumplimiento de las normas
anticovid19 los niveles de movimiento en los
países con restricciones más graves ya eran
extremadamente bajos y se mantuvieron en un
nivel similar durante las seis semanas que duró
la oleada.

Si analizamos en particular el caso de España,
veremos que los momentos más álgidos
del número de denuncias por infracciones
(sumadas las de todas las policías existentes),
que podemos situar en las primeras semanas
del mes de abril de 2020, también coincide con
Es decir, si se compara el nivel de movilidad de períodos de muy baja movilidad.
la población desde el principio en el momento
Gráfico 5

Fuente: Ministerio del Interior (ESP)

Fransesc Guillen Lasierra

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

El punto más álgido del número de denuncias
de la policía se produce el 11 de abril (26.263
denuncias), que coincide (vid. Gráfica
siguiente) con los momentos más bajos de

movilidad (excepto en los espacios dedicados
a alimentación y a farmacia, y en aquellos
cercanos a la residencia habitual, circunstancia
lógica, por otra parte).

Gráfico 6

Fuente: Google. Informe de movilidad de las comunidades ante el COVID19

Estos datos muestran que la mayor o menor
intensidad de la actuación policial no estuvo
relacionada con la mayor o menor movilidad
de la población sino con la cultura política
y el modelo policial, como se ha observado
con claridad en la comparación entre el caso
británico y los tres países citados del Sur de
Europa.

El rol de la policía: Empecemos por el principio:
¿cuál es la función primordial de la policía en
relación con la población?
Aunque no abundan los estudios sobre el
impacto de emergencias de este tipo en la
Policía, parece indudable que una emergencia
de este tipo ha de tener un gran impacto en
la relación de confianza entre la policía y la

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

79

población (Laufs, J., y Waseem, Z., 2020). Por
ello es importante definir cuál ha de ser el rol
de la Policía para que esta confianza no se
vea mermada y, en la medida de los posible,
se consolide. Para proceder correctamente
es conveniente volver a los orígenes y pensar
cuál es la función primordial de la Policía en
una sociedad democrática y cómo ha de ser
su relación con la población. En una sociedad
democrática el objeto prioritario de atención de
los poderes públicos ha de ser la ciudadanía
mucho más que la defensa del Estado y su
autoridad. La Policía ha de estar concebida
como una institución que protege y respeta a las
personas y sus derechos. La legitimidad de las
organizaciones policiales en estas sociedades
no viene tanto de la ley como de su aceptación
por parte de la ciudadanía (Guillén, F, 2018).
Esta aceptación de la ciudadanía vendrá
dada por lo justas que interprete que son sus
actuaciones mucho más que por las potestades
legales que aquella tenga, en función de lo que
se ha venido en llamar justicia procedimental de
la Policía (Guillén, F., 2018; Hough, M., 2021;
Tyler, T.R., 2011). De hecho, la ciudadanía
cumple en mayor o menor medida las normas
en función de lo justas que las considere y de la
opinión que tenga de aquellos que las ejecutan
(Tyler,T.R., 2003). La amenaza de sanción no
es suficiente para conseguir un cumplimiento
masivo de las normas (Tyler, 1996).

de coacción del Estado, normalmente a través
de la Policía. Hemos visto que, en muchos
casos, incluso sectores de la población así lo
reclaman. Sin embargo, hay que reflexionar
sobre cómo la Policía puede cumplir mejor con
su finalidad originaria: proteger a la población,
en este caso evitar que la enfermedad se extienda
de manera descontrolada afectando multitud
de ciudadanos. Si la mayoría de los ciudadanos
cumple las normas de manera voluntaria
cuando considera que son justas y se aplican
correctamente, la Policía tendría que facilitar
esta vía. No olvidemos que su objetivo último
ha de ser éste: que los ciudadanos cumplan y,
en consecuencia, se protejan de los riesgos de
contagio. Así, es importante que los ciudadanos
conozcan las normas, sus razones, los riesgos
implícitos para así entender que lo más
razonable sea seguir los mandatos establecidos
por ellas. Una actuación abusiva o simplemente
agresiva de la Policía puede evitar este proceso y
posicionar al público contra ella, circunstancia
que no hará sino dificultar la propensión futura
al cumplimiento y puede acabar derivando en
enfrentamientos. Además, si esto predispone al
incumplimiento futuro, facilita que la población
acabe corriendo más riesgos de los necesarios.
Es decir, una aplicación indiscriminada y rígida
de la normativa por parte de la Policía puede
ir contra la función de la policía, ya que la
población acabará estando menos protegida.
Posiblemente podrán justificar un alto número
En el contexto de una pandemia puede existir la de intervenciones, con multitud de denuncias,
tentación de proceder a una aplicación estricta, pero esto no tendrá una incidencia en el freno
incluso agresiva, de la normativa destinada a a la pandemia (de hecho en los países con un
frenar su expansión. Los grandes riesgos que mayor número de denuncias no se han dado
se corren, el pánico que provoca, así como la precisamente los mejores resultados en la lucha
presión sobre los actores públicos pueden llevar contra la pandemia).
a una utilización muy extensiva de los poderes
Fransesc Guillen Lasierra

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Es cierto que no todo el mundo está dispuesto
a seguir los consejos y las explicaciones de
la Policía, y que esta argumentación puede
parecer naif, ya que puede ser entendida
como que la Policía no debe denunciar a
nadie ni usar sus potestades en ningún caso,
y utilizar única y exclusivamente la palabra
para aplicar la normativa en tiempos de
pandemia. Evidentemente existen personas
que no son receptivas a estos mensajes
policiales, o que simplemente actúan de
manera egoísta (e ignorante) y que han de ser
forzadas al cumplimiento de la normativa en
estos casos, ya que, en la medida en qué su
actuación puede afectar a terceras personas,
no se puede defender su libertad individual a
someterse a los riesgos sanitarios que implica
la pandemia. Evidentemente la Policía ha
de tener esto en cuenta y actuar para evitar
estos comportamientos asociales, sobre todo
cuando sean altamente peligrosos o sean muy
recalcitrantes.

teniendo en cuenta que hay sectores muy
vulnerables que tienen más dificultades para
cumplir con los mandatos legales en tiempos
de pandemia, que pueden ver empeorada
su situación si se les produce una aplicación
estricta y directa y que ello puede afectar a la
confianza entre ellos y la Policía, dificultando
la eficacia de esta última en el futuro.
El pánico de la población, la necesidad de los
gobernantes de demostrar capacidad reactiva,
no pueden centrarse en la actuación de la
policía para ocultar deficiencias estructurales
en el ámbito de la sanidad o de la justicia
social. Ello no hará sino debilitar la posición
de la Policía ante la ciudadanía, dificultará la
colaboración futura entre ellos y favorecerá la
inseguridad y la delincuencia (especialmente
la organizada, en casos como México o Italia
dónde ésta ha intentado ganarse a sectores de la
población con ayudas que el Estado no ofrecía).
TRABAJOS CITADOS

En todo caso, hay que tener en cuenta que
la normativa en tiempo de pandemia es muy
compleja, cambia constantemente en función
de la situación sanitaria, siendo difícil incluso
para la policía estar al día (Hough, M.,
2021), y frecuentemente hay normas que son
difícilmente comprensibles para la población
(por ejemplo, la prohibición establecida en
España las primeras seis semanas de pandemia
de que los convivientes de una misma unidad de
convivencia circularan juntos por la vía pública).
Es por ello que una aplicación ponderada,
priorizando la información y el consejo y
dejando sólo para casos de resistencia clara y
directa la denuncia y otras medidas coercitivas
parecen
recomendables.
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—
Fransesc Guillen Lasierra
Afiliación: Universidad Autónoma de Barcelona,
España.
Doctor en Criminología Miembro del Departamento
del interior de Generalitat de Cataluña y profesor
investigador de la Universidad Autónoma de
Barcelona.

La policía en la primera línea contra la pandemia: reflexiones sobre un papel distorsionado. PP. 59-82

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

La insustentabilidad en las áreas marginales de México.
Policías comunitarias y grupos de autodefensa
Unsustainability in the marginal areas of Mexico.
Community police and self-defense groups
Carla Monroy Ojeda*

Resumen:
La historia de México, sobre todo con la
imposición de las políticas neoliberales,
ha dejado en evidencia cómo el Estado, ha
permitido la exclusión y el abandono a la
ciudadanía, sobre todo este México rural. Y de
manera paralela, ante una desigualdad social y
económica, pareciera que, en consecuencia, se
vive una fuerte carencia del Estado de Derecho.
Ante esta situación de olvido, los habitantes han
tenido que ver diferentes formas de organización,
por ejemplo, en las zonas rurales e indígenas
han decidido armarse para protegerse de la
creciente delincuencia común y organizada. Al
Cómo citar
Monroy Ojeda, Carla. La insustentabilidad en las
áreas marginales de México: Policías comunitarias
y grupos de autodefensa. Revista Constructos
Criminológicos. Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/6
* https://orcid.org/0000-0002-3609-346X
Universidad de Ciencias de la Seguridad, México

Recibido: 10-06-21
Aceptado: 08-07-2021

menos en la región de La Montaña de Guerrero,
ya tienen más de 2 décadas que conformaron su
policía comunitaria; los grupos de autodefensa
presentes en 10 estados más han ido tomando
presencia casi de forma paralela a la creciente
violencia relacionada con la delincuencia
organizada.
Los grupos de autodefensa se pueden observar
como síntoma de hartazgo y que refleja
el deterioro de la sustentabilidad entre el
gobierno, el Estado y la ciudadanía. Por otro
lado, la policía comunitaria es un sistema
de justicia basada en sus usos y costumbres,
fortalecida por la ineptitud y corrupción de las
autoridades, ambas son formas de vida que han
tomado muchas de las áreas marginales.
Es necesario conocer y difundir lo que significan
estos movimientos y qué es lo que los impulsa
antes de que su existencia sea criminalizada y
desvirtualizada, como ocurrió en Michoacán
(Tierra Caliente) en donde buscaban la paz y
seguridad que no lograban tener.

�84

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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(Tierra Caliente) where they sought peace and
Palabras Clave: Sustentabilidad, Grupos De security that they could not have.
Autodefensa, Policía Comunitaria, Violencia,
Crimen Organizado.
Keywords: Sustainability, Self-Defense Groups,
Community Policing, Violence, Organized
Abstract
Crime.
The history of Mexico, especially with the
imposition of neoliberal policies, has made it
clear how the State has allowed the exclusion
and abandonment of citizens, especially this I. EL CONTEXTO DE LAS ÁREAS RURALES
rural Mexico. At the same time, in the face of EN MÉXICO
social and economic inequality, it seems that,
as a result, there is a serious lack of the state La vida rural en México es el reflejo de una
of law. Due with this situation of oblivion, the historia difícil y de injusticias. Tiempos anteriores
inhabitants have had to see different forms a la Revolución mexicana se evidenciaban
of organization, for example, in rural and condiciones de vida de abandono y deficientes
indigenous areas they have decided to arm posibilidades de desarrollo. A pesar de haber
themselves to protect themselves from the pasado por esta revuelta tan sanguinaria, la
growing common and organized crime.
realidad actual no es diferente. Como expresa
Padgett y Martínez, “Cada área rural mantiene
At least in the region of La Montaña de y vive una realidad distinta a la del resto del
Guerrero, they already have more than 2 país, es una república dentro de otra.” (2012).
decades that formed their community police; Además de ello, las áreas rurales, se caracterizan
self-defense groups present in 10 more states por su pobreza, que si bien, no hay relación
have been gaining presence almost in parallel suficiente que relacione pobreza con violencia
with the growing violence related to organized (Robles, F., Hernández, C. y Hernández, N.
crime. The self-defense groups can be seen 2019), sí hay una relación entre violencia y
as a symptom of tiredness and reflecting the desigualdad social. Esta vinculación explicativa
deterioration of sustainability between the de la delincuencia y de la violencia, es una
government, the state and the citizenry. On the herramienta, o un mecanismo recurrente, pero
other hand, the community police is a justice como se ha comentado, no es una ecuación
system based on its customs and customs, lineal. Estos fenómenos no se resuelven: a,
strengthened by the ineptitude and corruption por lo tanto, B y entonces C. Igualmente, no
of the authorities, both of which are ways of life habría porqué asumir que; pobreza genera
that have taken many of the marginal areas.
violencia y desarrollo y bienestar, la contienen.
It is necessary to know and disseminate what Estas últimas no pueden ser consideras como
these movements mean and what drives them causas decisivas de la inseguridad, pues al
before their existence is criminalized and relacionarlas se dejan de lado otros aspectos
devirtualized, as happened in Michoacán de la gobernación y de la cultura regional o
La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías comunitarias y grupos de autodefensa. PP. 83-96

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

local que inciden tanto en la desigualdad como
en la violencia (Robles, F., Hernández, C., y
Hernández, N., 2019).
Además de las condiciones de pobreza y
desigualdad en las que ha vivido el área rural
mexicana, se entretejen un sinfín de causas
que cualquier aproximación al entendimiento
absoluto del origen del problema, debe ser
planteada de manera integral. No se puede
permitir la presencia de modelos analíticos
simples, porque se está frente a esta realidad
compuesta por estructuras-agentes-dinámicasinterrelaciones (Robles, F., Hernández, C. y
Hernández, N. 2019). Así como por ejemplo,
para un diagnóstico del delito o de política
pública, en este tema de vida rural y violencia,
el mapa de soluciones, se construye con base
a la lectura detallada del área de estudio. Cada
zona, cada región del país, la violencia rural en sí
misma, tiene su historia, antecedentes, actores,
cultura, marco institucional, que le dan su matiz
particular. También se debe considerar, la forma
de operar de grupos criminales, conflictos
religiosos y políticos (previos o presentes), así
como la tenencia y uso de la tierra. Como lo
manifiesta Inclán, citado en Robles, Hernández
y Hernández:

85
paralelos sirviéndose de identidades étnicas,
religiosas, corporativas o socioeconómicas
(Inclán, 2018), en las que puede incluirse al
crimen organizado (en Robles, F., Hernández,
C. y Hernández, N. 2019)
El área rural mexicana, es una mezcla de lo
pasado y lo presente, de olvidos e intentos
de inclusión. Es una amalgama perfectamente
heterogénea, que muchas veces se absorbe en la
profundidad de la sierra y de los llanos. Dentro
de la del artículo de República Marihuanera se
lee el testimonio de un ciudadano:
Puedes ir a las comunidades y ver niños tan
desnutridos que tienen los ojos saltones y
la panza inflada por las lombrices. Muchas
personas beben agua de los arroyos, y los
servicios médicos, donde existen, son pésimos.
Las clínicas de un consultorio carecen de
medicamentos y el trabajo social es mínimo.
Hay niños vacunados solo por el favor de
rancheros que acomodan tres o cuatro en sus
cuatrimotos y los bajan a la clínica más cercana.
Y la mayoría de los dueños de esos vehículos
son de una u otra forma, parte del negocio de
la yerba. (2012, p.24)

Contrario a cualquier lógica de desarrollo y
En otras palabras, en el campo mexicano crecimiento, observar este tipo de carencias,
se vive también un conflicto entre: control- comparables a las del África Subsahariana, es
subordinación vs libertadindividualismo. inadmisible, sin embargo, es el olvido en el
Este equilibrio inestable, provocado por el que se encuentran, Situación a pesar de que
desajuste en las formas políticas, económicas, CONEVAL marca un importante avance en el
sociales y culturales, constituye el caldo en tema de rezago social.
el que se aderezan diversas manifestaciones
de la violencia –criminal, social, de género,
patrimonial, política y religiosa, entre otras-,
las cuales dan cabida a la creación de poderes
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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Fuente: Coneval 2020

En relación a esta situación del rezago,
pobreza, violencia, -entre otros factores-,
es que el movimiento migratorio tiene gran
fuerza en el país, principalmente en estados
donde la pobreza persiste, y se considera de
“tradición” migratoria, como es el caso de
Michoacán, Guanajuato, Estado de México
y Zacatecas, principalmente. En el caso de
los estados más pobres como lo son Chiapas,
Guerrero y Oaxaca1 la tradición migratoria es
menor debido a la misma carencia de recursos
económicos y sociales.

1

De acuerdo con la CONEVAL 2020, los estados con

rezago social muy alto son; Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Veracruz. Los estados de Michoacán, San Luís Potosí, Puebla,
Hidalgo y Campeche tienen la categoría de muy alto.

La actividad económicamente productiva, por
excelencia de las zonas rurales en México, es la
agricultura. Labor primaria relegada al olvido y
abandono por el Estado, y que quien ha sabido
aprovechar tal coyuntura ha sido la delincuencia
organizada. Se han acercado a los jornaleros a
ofrecerles apoyo e ingresos mayores, situación
que, debido a la vulnerabilidad, fácilmente
es aceptada. “Del maíz, el frijol y el chile
comemos, de la marihuana vivimos”. (Padgett
y Martínez, 2012, p.24). Por lo que agrega el
texto:
Así que el cultivo de enervantes se ha
convertido en una opción de autoempleo
para casi todas las familias campesinas en
la región. Esto siempre ha existido, al menos
desde que regresaron los primeros braceros

La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías comunitarias y grupos de autodefensa. PP. 83-96

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de Estados Unidos, y más desde hace 10 Muchas familias fueron separadas de manera
años.
intencional en la frontera, también rescindió
el programa DACA, lo que ponía a cientos de
La política migratoria México- Norteamérica miles de jóvenes de origen mexicano en riesgo
no ha representado un cambio positivo en la de ser deportados o arrojados nuevamente a la
calidad de vida de los mexicanos migrantes, clandestinidad (Armendares, 2018, p.105).
ya que no plantea reformas estructurales y
sustentables que garanticen la disminución en La migración ha resuelto de manera superficial
la inequidad y desigualdad social. Por ejemplo, las necesidades económicas de aquellos
el caso del Programa Bracero, el discurso oficial migrantes, y a pesar de la dificultad de la
lo planteo como una importante oportunidad travesía, estos la siguen llevando a cabo debido
laboral, pero al término de este no se articuló a que las deplorables condiciones de seguridad
con alguna otra política de manera tal que se humana en el país, no han mejorado:
evitara que los trabajadores participantes del
Programa quedaran es una especie de limbo o
El aumento de la rudeza de las autoridades
incertidumbre laboral y migratoria.
migratorias en Estados Unidos incidió
también en el engrosamiento de las filas
de la narcoeconomía de la Tierra Caliente:
Las redes migratorias que se generaron durante
cada deportado sin trabajo en la región se
el Programa Bracero permanecen hasta la fecha,
convierte en campesino, halcón o sicario.
lo que en parte le sigue dando el dinamismo al
(Padgett y Martínez, 2012, p.26).
fenómeno, ya que el tema de la migración tiene
causas derivadas como la necesidad económica
y de seguridad, sin embargo, estas redes de Tomar la decisión de migrar, en sí misma es
atracción le dan más empuje. Y en este sentido, muy difícil, por los evidentes riesgos que esta
bajo esta dinámica interesante, de los factores implica, por el distanciamiento con los seres
de expulsión- atracción, es que, la migración queridos, y por el desconocimiento del destino.
sigue siendo la respuesta aparentemente más Todo esto aunado a que, en varias ocasiones
sencilla a la vulnerabilidad sufrida por el gran ya se ha intentado previamente, y la misión ha
fracasado. Ya sea que el traficante (pollero), los
sector ciudadano excluido.
haya abandonado, o que hayan sido capturados
Hablando más recientemente, el contexto y deportados por las autoridades migratorias.
migratorio mexicano se vio en una terrible
situación durante la administración de Donald Considerando esta situación de una deportación
Trump, periodo en donde se instaló un pronta, (antes de instalarse y emplearse), se
ambiente de ansiedad y temor, por parte de la enfrentan ante la realidad de pagar la deuda
comunidad migrante. Llevó a cabo políticas que se generó para realizar el viaje. Muchos
migratorias, sumamente duras; el discurso de ellos son de extracción rural, por lo que
oficial era la deportación, aplicaba redadas en la posibilidad de que el campo les ayude a
hogares y lugares de trabajo de los migrantes. producir, para solventar esta deuda, es lejana.
Carla Monroy Ojeda

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Por lo que, ¿cómo podría negarse la población
en aceptar la opción de cosechar de drogas
(en este caso marihuana) ?, si además se llega
a convertir en su única opción. Como pasó
en Colombia en tiempos de Pablo Escobar, La
Familia Michoacana, el mismo Chapo Guzmán,
que reparten dinero a pobres, escuelas,
apadrina festejos, hace donativos a iglesias,
etc. Por lo que las organizaciones criminales
son aceptadas, respetadas y encubiertas por la
comunidad que el Estado olvidó.

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Para lograr este utópico objetivo se debe tener la
visión de interconectar los sistemas de lo sociocultural, económico y medio ambiental, ya que
la calidad de vida del ser humano involucra
diferentes aristas. Es contradictorio hablar de
sustentabilidad cuando hay condiciones de
pobreza y vulnerabilidad tan generalizadas
y lacerantes en el país, así como también la
constante aniquilación y depredación del
medio ambiente es contrario a lo ideal.

En este sentido la directriz de la sustentabilidad
II. SUSTENTABILIDAD Y DERECHOS
deben ser los derechos humanos, y de esta forma
HUMANOS
el discurso democrático se sustentaría en esta
propuesta. De igual forma el diseño de políticas
La sustentabilidad de acuerdo a la CEPAL se públicas también deben ser regidas por estos
define como:
derechos de todos los individuos, sin embargo,
la inseguridad humana y ciudadana existentes
El desarrollo sustentable no se refiere a una denotan sentido opuesto este precepto.
meta tangible ni cuantificable a ser alcanzada
en determinado plazo y momento. Se refiere La participación ciudadana es pieza importante
más bien a la posibilidad de mantener un dentro de la complejidad de este concepto,
equilibrio entre factores que explican un ya que es a través del diálogo ciudadanocierto nivel de desarrollo del ser humano, institución- ciudadano en donde se permitirán
nivel que es siempre transitorio, en evolución visualizar los problemas que persisten y las
y, al menos en teoría, debería ser siempre necesidades apremiantes dentro de la ciudad o
conducente a mejorar la calidad de vida comunidad en cuestión. Aguilera observa que,
de los seres humano. El llamado desarrollo La entrada de la participación ciudadana en
sustentable es, en consecuencia, la resultante la estructura institucional tanto de sujetos
de un conjunto de decisiones y procesos que (individuales o colectivos) provoca una
deben llevar a cabo generaciones de seres reordenación administrativa, una mayor
humanos, dentro de condiciones siempre integración y corresponsabilidad de los grupos
cambiantes, con información usualmente sociales en los asuntos públicos, a la vez que se
insuficiente, sujetas a incertidumbres y con consigue gestionar el poder político de manera
metas poco compartidas por una sociedad coordinada con otros colectivos. (2008, p.9)
y personas en general no muy solidarias: si Bajo esta idea, el activismo social se podría
el desarrollo sustentable se mantiene en el integrar como una crítica activa hacia asuntos
tiempo se alcanza la sostenibilidad. (1999, públicos, sin embargo, a veces no tiene
p. 3)
recepción de parte de las instituciones ya que
La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías comunitarias y grupos de autodefensa. PP. 83-96

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hay intereses de particulares que buscan ser
priorizados sobre lo colectivo. Por mencionar
uno de tantos ejemplos, el joven Aldo Zamora
asesinado en 2007 por exigir un alto a la tala
ilegal de árboles, su delito sigue impune (2011).
Esto denota acciones contrarias al interés de
lograr una sustentabilidad ambiental, la cual es
humana también, ya que al luchar por el medio
ambiente y su conservación es luchar por la
vida planetaria en su totalidad. El pensamiento
que fragmenta y divide a la humanidad del
ecosistema, no es sólo antropocéntrico, sino
que da facto atropella la visión plural de los
pueblos originarios, a quienes la tierra, esta
pachamama, les significa mucho más que para
los habitantes de las ciudades.
Una de las características de la delincuencia
organizada es que está profundamente
relacionada con el mismo Estado, el caso de
los talamontes (así se les denomina a los grupos
delictivos que llevan a cabo la práctica de
la tala y tráfico ilegal de madera), es uno de
diferentes ejemplos que caben en este espacio.
Y es que la corrupción, la ausencia de una
cultura de legalidad, la misma complejidad
operativa, es lo que va dando fuerza a estos
delitos para que se sigan presentando, por otro
lado, el monto tan elevado en las transacciones
y flujo de divisas, lo que, va ocasionando que
se convierta en un proveedor al PIB del país, o
en otras palabras, considerándose una actividad
económica de alto impacto. Esto aunado a la
facilidad y a la rentabilidad de este delito en
particular, la relación costo- beneficio del
tráfico ilegal de madera, es “muy alta”, porque
varios países no lo han tipificado como delito y
apenas castigan a los traficantes y porque otras
actividades delictivas, como el narcotráfico

o la trata de personas, cuentan con toda una
red global de persecución (Brusco, s/f). Desde
la coordinación regional de Gobernanza
Ambiental también observan cómo grupos de
narcotraficantes han cambiado las drogas por
la madera ilegal. La realidad es que las bandas
van a seguir delinquiendo y van a buscar nuevas
opciones (Brusco, s/f). El tráfico ilegal de madera
aumenta en Latinoamérica (efeverde.com)
Como parte de este contexto de la fuerte
presencia de las organizaciones criminales, a
lo largo del país, y muy arraigado en el México
profundo, fue a la par de la Guerra contra el
narcotráfico en el 2006 el incremento de la
violencia a lo largo del país fue impactante,
por lo que había un miedo generalizado en
toda la población. Sin embargo, es cuando
la misma ciudadanía se da cuenta de cómo
las instituciones de seguridad pública fueron
superadas por la delincuencia organizada y
se vieron involucradas dentro de las mismas
organizaciones que buscaban combatir.
Se lee en el artículo de Emeequis:
“¿Siembran todos los policías municipales que
conoce?
• Todos.
• ¿Y los estatales?
• Todos.
• ¿Y los federales y soldados que son de aquí?
• Todos, todos… (2012, p. 28)
Es decir que el derecho humano a la seguridad
no se está garantizando, sino que se está
actuando contrario a este, debido a la impunidad
y corrupción que histórica y culturalmente
arraigada a la cultura mexicana.

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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Constitucionalmente todo mexicano goza de los
derechos humanos, por lo que el mismo Estado
está obligado a encausar sus esfuerzos, acciones
y reformas en este sentido, como lo indica
claramente el artículo 1 de la Constitución:

Entonces, en tiempos presentes, las carencias
por parte del Estado siguen presentes, y la
población igualmente reclama la ausencia de
seguridad pública, por lo que estos movimientos
son más fáciles que se presenten, puesto que
existe toda una red histórica y de actores que
Todas las autoridades, en el ámbito de sus los reproducen.
competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar Aunado a estos elementos, ¿qué otros factores
los derechos humanos de conformidad se suman a la explicación del incremento
con los principios de universalidad, de la violencia, de la presencia del crimen
interdependencia,
indivisibilidad
y organizado y de la criminalidad en la
progresividad. En consecuencia, el Estado región? Las políticas de ajuste estructural y la
deberá prevenir, investigar, sancionar y reestructuración económica, política y social,
reparar las violaciones a los derechos que contribuyeron a configurar un mercado
humanos, en los términos que establezca la exitoso de ilegalidades, con énfasis en las drogas.
Las transformaciones neoliberales del Estado
ley.
relacionadas con cuestiones de seguridad,
Esta reforma es un avance importante para corrupción y protección política. La violencia
articular de manera coordinada y enérgica como parte de una desregulación económica
las acciones necesarias para seguir la línea y cambios en los mercados informales ilegalesdel desarrollo sustentable, sin embargo, hay criminales (Maldonado, 2012, p. 8).
cambios estructurales que han quedado
pendientes y que serán obstáculo para cumplir El Estado mexicano ha adoptado las políticas
globales neoliberales, las cuales han ido en
con esta meta.
contra de cualquier precepto de desarrollo
III. POLICÍA COMUNITARIA Y GRUPOS DE sustentable, así como, antagónicas totalmente
AUTODEFENSA: MOVIMIENTOS DISTINTOS con los Objetivos del Milenio, es decir, en favor
de un desarrollo íntegro. Y que, en palabras
QUE COMPARTEN EL MISMO OLVIDO
de Maldonado (2012), estas políticas han
Ante la práctica deficiente o casi nula del dado como resultado reestructuraciones en la
precepto 1ero Constitucional y la conjugación nación, de índole económica, política y social,
de políticas de seguridad públicas contrarias a haciendo énfasis en las regiones donde el
los derechos humanos, el hartazgo ciudadano narcotráfico se ha asentado. Y que, para el caso
se materializó en movimientos armados de particular de Michoacán, emergió un poderoso
parte de la ciudadanía. Y es que cabría recordar narcotráfico regional que ha desafiado a las
que, la historia de México se ha forjado sobre instituciones (2012, p. 8).
guerras, sobre estas disputas sangrientas
reclamando acceso a la justicia y a la igualdad. Por otro lado, hay que tener presente la forma
La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías comunitarias y grupos de autodefensa. PP. 83-96

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en que el narcotráfico se fue instalando en la
dinámica mexicana. En los años 60, con los
movimientos globales, tanto económicos,
como las guerras que se presentaban entonces,
comienza esta era en donde las drogas, entran
en la dinámica neoliberal, y da una importante
transición hacia una visión empresarial de las
mismas. Las plantaciones de drogas, para su
procesamiento, comercialización y consumo,
ya bajo una dinámica de producción, que
entonces se toman acciones de destrucción
y aseguramiento de las mismas. Para los años
setenta, las cifras oficiales señalan un porcentaje
elevado de destrucción y aseguramiento de
droga. Por ejemplo, se destruyeron trece
millones y medio de plantas de amapola,
más de treinta hectáreas y alrededor de dos
mil plantíos de amapola, varios kilos de opio
y heroína y casi una tonelada de semilla. En
cuanto a la mariguana, se destruyó una y media
toneladas listas para el consumo (hablando
particularmente del caso de Michoacán)
(Maldonado, 2012).
De forma paralela al aumento en la violencia
generada por la guerra contra el narcotráfico, se
escuchan de movimientos ciudadanos que van
cobrando fuerza y presencia, principalmente
en estados como Guerrero y Michoacán. la
presencia similar a estos se ha extendido, pero
ellos son los más emblemáticos. En ambos
estados se vieron inmersos en un ambiente
de terrible inseguridad y delincuencia, y que,
debido al abandono, omisión, en reiteradas
ocasiones y a la complicidad de las autoridades
en todos los niveles de gobierno, es que buscan
encargarse de la propia seguridad de sus
comunidades.

91
Los grupos de autodefensa de Michoacán, surgen
en febrero del 2013, reaccionando o siendo
una respuesta ante la oleada de violencia que
se había desatado desde el inicio de la guerra
contra el narcotráfico (2007). Que si bien está
previsto en el artículo 21 Constitucional que la
seguridad pública:
“…es una función a cargo de la Federación, el
Distrito Federal, los Estados y los Municipios,
que comprende la prevención de los delitos;
la investigación y persecución para hacer
la efectiva, así como la sanción de las
infracciones administrativas, en los términos
de la ley, en las respectivas competencias
que esta Constitución señala”
En este sentido, organizarse como ciudadanos
en torno a una seguridad pública contravendría
el artículo 21, incluso el 17 Constitucional
señala que, “Ninguna persona podrá hacerse
justicia por sí misma, ni ejercer violencia para
reclamar su derecho”. Sin embargo, la seguridad
pública es un derecho humano, y el Estado
mexicano ha dejado de garantizarla, por lo que
está cayendo en una falta grave. De acuerdo con
Plascencia, “este derecho constituye un factor
fundamental para la consolidación del sistema
de libertades y la garantía del respeto irrestricto
en el ejercicio, protección y promoción de los
derechos humanos, lo que conlleva la exigencia
de protección del orden público” (2013, p.2).
El caso de cómo la población mexicana,
particularmente de los estados de Michoacán
y Guerrero, se han organizado para tomar la
seguridad pública en sus manos, ha suscitado
interesantes discusiones, ya que, si bien los
grupos de autodefensa caen en la ilegalidad al
llevar a cabo funciones de este tipo, también el
Carla Monroy Ojeda

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Estado ha caído en importantes violaciones a
derechos humanos.
Los grupos de autodefensas que en tiempos
recientes tomaron más presencia en el ámbito
público, fueron los de Tierra Caliente, en el
mencionado estado de Michoacán. Y que a
diferencia de los grupos de autodefensa de
Colombia, estos segundos, fueron creados por
políticos, militares, empresarios y ciudadanos
en general, para combatir la guerrilla.
Este tipo de movimientos ciudadanos de
autodefensas es criticado severamente debido
a que parece que se “están haciendo justicia
por propia mano”, sin embargo, la crítica
debería ir en sentido contrario ya que las
carencias institucionales e insustentabilidad
en las estrategias de desarrollo han orillado a
estas comunidades a actuar de manera drástica.
Plasencia lo plantea de la siguiente manera:
La situación de violencia que se vive en
estas comunidades del estado de Guerrero,
en donde rige la ilegalidad y la impunidad,
debido a que los servidores públicos han
abandonado el ejercicio de la función en
materia de seguridad pública, creando una
victimización de la sociedad guerrerense,
especialmente de los habitantes de estas
comunidades, quienes ante la exclusión y el
abandono han decidido tomar en sus propias
manos la defensa de sus localidades en aras
de alcanzar orden y seguridad. Este contexto
explica por qué el 5 de enero de 2013 un
grupo de aproximadamente 800 personas
de los municipios de Ayutla de los Libres,
Teconoapa, Florencia Villarreal y Copala
tomaron las armas e instalaron retenes en
la localidad de Ayutla con el objetivo de

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brindar seguridad a sus comunidades, bajo el
argumento de luchar contra la delincuencia.
(2013, p.7)
En este punto es necesario hace la distinción
entre grupos de autodefensa y policía
comunitaria. La conformación de la policía
comunitaria no es contraria a la ley, de hecho,
está prevista dentro de lo concerniente a las
comunidades indígenas:
A. Esta Constitución reconoce y garantiza el
derecho de los pueblos y las comunidades
indígenas a la libre determinación y, en
consecuencia, a la autonomía para:
I. Decidir sus formas internas de convivencia
y organización social, económica, política y
cultural. (Art. 2, Constitución).
Y en el artículo 115 se prevé:
Las comunidades indígenas, dentro del
ámbito municipal, podrán coordinarse y
asociarse en los términos y para los efectos
que prevenga la ley.
Por lo tanto, la policía comunitaria de Guerrero
es una figura contemplada en la Constitución
pero que de igual forma que los grupos de
autodefensa en Michoacán, han percibido la
ineptitud y corrupción de las autoridades, por
lo que se han entregado y comprometido más
con las labores de salvaguardar la seguridad
pública.
La policía comunitaria es coadyuvante del
Ministerio Público, y se conforma en 1995,
después de tres grandes asambleas en donde
las autoridades gubernamentales estuvieron
ausentes, lo que evidenció la indiferencia ante

La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías comunitarias y grupos de autodefensa. PP. 83-96

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su apremiante necesidad de seguridad. Como
resultado de estos diálogos, se crea la Policía
Comunitaria, cuyos efectivos son voluntarios, sin
goce de sueldo y quienes ponían a disposición
a aquellos que observaban delinquiendo.
Bajo este sistema, observaron un descenso
considerable en la criminalidad, pero también
se evidenció la corrupción de las autoridades.
Entonces, en este sentido, la policía comunitaria
se origina y sus bases son la autoprotección,
al mismo tiempo que, la defensa de la tierra.
Forma parte de su concepción de justicia
colectiva y de auto organización en incluso de
autogobierno. No se cubren el rostro, puesto
que no son grupos de choque o que actúen
en la ilegalidad y, al contrario, es un oficio del
cual enorgullecerse, tanto a ellos mismos como
a sus familias. Y fueron estas mismas causas las
que dieron origen también al surgimiento de
la Policía Comunitaria de Cherán, Michoacán
(2011) y en otras poblaciones indígenas de la
meseta purépecha. En ese año las comunidades
indígenas de esta zona se organizaron a sí
mismas, tomaron las armas y se enfrentaron
a los talamontes que estaban apoyados por
los cárteles de La Familia Michoacana y Los
Templarios (Olmos, 2013).

93
de autodefensa son ciudadanos (no entran en
comunidad indígena) que se organizaron para
hacer frente a la delincuencia organizada que
continuamente los extorsionaba, amenazaba y
agredía. En sentido estricto están violando la ley,
además de que como ciudadanos no se tiene la
facultad de uso y portación de armas exclusivas
del ejército. En este estado, particularmente
la zona de Tierra Caliente, se conformó
como escenario de acción y negociación de
la delincuencia organizada, esto gracias a
diferentes elementos como por ejemplo la
geografía de la región, la vulnerabilidad de la
población, a las instituciones debilitadas y que,
de alguna manera, también forman parte de
una criminalidad organizada.
La cruenta disputa cuyo escenario es
la Tierra Caliente descansa sobre una
lógica económica poderosa: las enormes
riquezas derivadas del control del tráfico
de marihuana, amapola y anfetaminas,
producidas localmente, y de la cocaína,
contrabandeada por los michoacanos desde
Colombia, Venezuela y Centroamérica hacia
Estados Unidos. El origen de todo esto no
es muy lejano. Se remonta a comienzos de
la década de los ochenta, cuando algunos
hombres se organizaron la siembra dispersa
de marihuana bajo el liderazgo de Carlos
Rosales Mendoza, un fumador empedernido
con tos permanente. El tísico lo llamaban.
(Padgett y Martínez, 2011, p.29).

El sistema de policía comunitario que han
implementado es muy interesante, ya que
participa quien tiene vocación, hay elección de
sus miembros y tienen una propuesta interesante
acerca de la reeducación. Por ejemplo, la
sanción es el trabajo a favor de la comunidad
y ésta misma busca hacerles reflexionar acerca El grupo criminal más fuerte de ese estado fue
de la falta que cometieron (policía comunitaria, la Familia Michoacana, cuyos ajustes y cambios
recuperado 2014).
dentro de la organización han originado a los
Caballeros Templarios, lo que ha generado un
El caso de Michoacán es diferente, los grupos control por la plaza que ha repercutido en la
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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

seguridad de los ciudadanos. Un ejemplo de lo
ordinario por aquellos rumbos es:
- ¿Desde hace cuánto comenzó el control de
la Familia sobre el negocio?
Unos 10 años. Se puede hablar de ventajas y
desventajas. Una ventaja es que la policía no
extorsiona como antes hacía: ahora tú pagas
tu impuesto de $120 por kilo que sacas y
ya está. La organización también frenó a
los bandidos, que robaban al productor y al
intermediario.
- ¿Y los marinos?
Son más cabrones. Tanto en el enfrentamiento
como en el soborno. Pegan más. El problema
también es que los militares llegan, golpean,
violan, roban. (Padgett y Martínez, 2011,
p.30).
El crecimiento y posicionamiento de la
delincuencia organizada no hubiera sido
posible sin el hecho de evidenciar su poderío
frente al gobierno municipal y estatal. Ello quedó
evidenciado ante la opinión pública cuando las
autoridades federales dieron a conocer videos
y fotografías incautados al crimen organizado.
En uno de ellos, difundido en abril de 2014,
aparecía el secretario particular del gobernador
Fausto Vallejo (2009-2014), Jesús Reyna, en
tratos con el líder de Los Caballeros Templarios,
Servando Gómez (La Tuta) (Guerra, 2015, p.8).

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accidentado, las redes criminales y comerciales
(narcotráfico) han crecido mucho. El desarrollo
y el progreso que en cierto periodo se pretendió
impulsar, no significó un inhibidor de la
violencia y la delincuencia, aunado a esto,
ante la cruzada contra las drogas, que se llevó
a cabo en el gobierno de Felipe Calderón,
lejos de aminorar la presencia criminal, se
incrementó. Esta sensación se presentó a lo
largo del país, intensificándose en regiones
como ésta, por ejemplo. Especialmente a partir
de 2010 empezaron a secuestrar y extorsionar
a los vecinos. Cien pesos por vivir en tu propia
casa, 150 por cada máquina en la tienda de
videojuegos... A La Ruana lo peor llegó cuando
se hicieron del control de las cinco empacadoras
de limón del pueblo, la fuente de su riqueza, y
comenzaron a pagar dos pesos por kg cuando
su precio en el mercado era de 3.5 pesos por
kilogramo (Guerra, 2015).
IV. REFLEXIONES FINALES

La problemática de inseguridad continúa de
forma alarmante y sin que las autoridades o
la misma delincuencia organizada de tregua a
la ciudadanía quien es quien sufre de manera
directa el goce pleno de sus derechos humanos
y la capacidad de vivir dentro de una lejana
sustentabilidad. Han pasado aproximadamente
8 años desde que el movimiento de las ADM
se presentó por primera vez, casi una década
El movimiento de los grupos de autodefensa en donde la situación ha sido como de una
de Michoacán (ADM), surgió con unos cientos guerra de baja intensidad. Un conflicto bélico
de hombres, y en poco tiempo, eran cientos en donde toda la energía, todos los recursos,
y eran comunidades, los que estaban unidos se has desgastado y desviado para poder
exigiendo lo que el Estado mínimamente sobrevivir ante un contexto sumamente hostil
está obligado a brindar; paz, seguridad y y agresivo. ¿Cómo transitar hacia un camino de
tranquilidad. Una región en donde el terreno es
La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías comunitarias y grupos de autodefensa. PP. 83-96

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la reconciliación, la justicia y la paz?, ¿cómo
reconstruir las instituciones y el trabajo y
cercanía con la población?, son algunas de las
interrogantes y tareas que quedan en las cuales
trabajar. ¿Cuándo este espiral de violencia
volverá a estallar?
La
inseguridad
pública
tiene
causas
estructurales, hay impunidad y prácticas
corruptas normalizadas e institucionalizadas.
De hecho, la criminalidad en general, y la
delincuencia organizada y de cuello blanco en
particular, responde además de factores sociales
y cultures a los políticos y económicos. A pesar
de que el concepto de desarrollo sustentable
tiene presencia en el discurso oficial, lo que se
observa en la realidad es que no hay todavía
una integración estratégica-estructural entre
los diferentes elementos que integran tal
desarrollo. Hay una vulnerabilidad marcada
en gran parte de la población mexicana, por lo
que la delincuencia organizada, alimentada por
la corrupción cultural e institucional, seguirá
lastimándola constantemente.
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—
Carla Monroy Ojeda
Afiliación: Universidad de ciencias de la
Seguridad, México.
Doctora en Criminología UANL, Profesora
investigadora de Universidad de Ciencias
de la Seguridad, de la Facultad de Biología,
Facultad de Derecho y Criminología de
la UANL, líneas de investigación Política
criminal ambiental y Prevención social
del delito, correo de contacto crlmonroy@
gmail.com

La insustentabilidad en las áreas marginales de México. Policías comunitarias y grupos de autodefensa. PP. 83-96

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la
delincuencia: lecciones aprendidas
CCTV systems to prevent crime: lessons learned

Gian Guido Nobili*

Resumen
Durante las últimas tres décadas, las inversiones
en sistemas de vídeovigilancia para la
prevención de la criminalidad se han disparado
a escala mundial. El rápido despliegue de esta
tecnología hizo que se cometieran numerosos
errores, a menudo, las lecciones sobre lo que
podía o no lograrse con la vídeovigilancia se
han aprendido con lentitud. La experiencia
adquirida en los ultimos años nos permite
extraer lecciones útiles, y contribuir así a mejorar
significativamente el proceso de transferencia
de políticas de seguridad ciudadana basadas en

Cómo citar
Nobili, G. G. Los sistemas de vídeovigilancia para
prevenir la delincuencia: Lecciones aprendidas.
Revista Constructos Criminológicos. Recuperado a
partir de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/
index.php/cc/article/view/7
*https://orcid.org/0000-0002-5959-7070
Universidad de Padova, Italia

Recibido: 07-06-2021
Aceptado: 20-07-2021

la evidencia, evitar errores, desarrollar mejores
prácticas, aclarar puntos problemáticos e
incluso ahorrar dinero. Se confirma que las
instalaciónes de sistemas de vídeovigilancia
posiblemente eficaces tienen que apoyarse en
la acreditación de unos principios de reducción
del crimen teóricamente sólidos que sugirien
mecanismos causales plausibles a partir de
los cuales los sistemas de vídeovigilancia
puedan acometer el problema de delincuencia
o desorden planteado en el contexto actual.
En este sentido, la videovigilancia no se pone
como una estrategia de prevención que se
puede utilizar de manera indiscriminada y
extensa. Solo es una medida útil cuando forma
parte de un plan de seguridad general e integral
capaz de tomar en cuenta todos los elementos
del contexto ambiental.
Palabras clave: Videovigilancia; Prevención
De La Delincuencia; Control; Desplazamiento;
Evaluación.

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Abstract
Over the past thirty years, the investment
on CCTV cameras has greatly increased
throughout the world. Through the rapid rolling
out of this technology, many mistakes were
made; lessons were often learned only slowly
about what CCTV could and could not achieve.
The experience achieved in the last years can
provide useful lessons, significantly improving
the process of policy transfer of urban security
evidence-based practices, avoiding mistakes,
developing better practice, clarifying issues,
and even saving money. According to
these experiences, promising CCTV project
proposals have to be supported by evidence of
theoretically sound crime reduction principles
which suggest plausible causal mechanisms
by which the CCTV system could work against
the current crime or disorder problem in the
current context. In this perspective, video
surveillance is not a prevention strategy that
might solve all of a city’s security issues. CCTV
is a useful tool only when it is used in broad and
integrated urban security scheme where all the
environment features are duly considered.
Key Words: Video Surveillance, Crime
Prevention, Control, Displacement, Evaluation.
1. INTRODUCCIÓN
El concepto de prevención representa desde
hace siglos un elemento fundamental del
discurso sobre la delincuencia. En las últimas
decadas en el contexto europeo se ha dado
siempre más relevancia a la prevención
situacional, un enfoque criminológico que se
desarrolló por primera vez en el Reino Unido
en los años ochenta del siglo pasado. Ahora la

constructoscriminologicos.uanl.mx

perspectiva situacional se ha difundido en todo
el mundo, tiene como objetivo la reducción de
las oportunidades de cometer un delito, y se
dirige a específicas tipologías de delito (Clarke,
R.V.G., 1995: 103). Según una clasificación de
prevención de situaciones propicias al delito, se
considera la vídeovigilancia como una técnica
“formal de vigilancia” (Clarke, R.V.G., 1997:
18).
Sin duda, entre los instrumentos de prevención
situacional, la videovigilancia es uno de los
instrumentos más difusos a escala mundial
para garantizar la seguridad ciudadana. Ahora
ya es unánimemente compartido que la
videovigilancia puede ser una ayuda muy válida
en algunos casos, pero no en otros (Gill, M. &amp;
Spriggs, A., 2005; Nobili, G.G., 2005; Fussey,
P., 2007; Welsh, B. &amp; Farrington, D., 2008).
Para poder realizar una evaluación sobre la
eficacia de tal instrumento, es necesario ante
todo no confundir los objetivos de prevención
previstos con los instrumentos tecnológicos
activados para alcanzar los mismos.
Estamos viviendo tiempos de “infatuación
tecnológica”, por eso no podemos olvidarnos
que la videovigilancia es un medio sociotécnico (Fonio, C., 2007: 116). Esto significa
que la disponibilidad de personal calificado
y adecuadamente preparado debe de ser
considerada un precondición indispensable
para garantizar el buen funcionamiento de esta
medida de prevención. Estimar la calidad de
las tecnologías es una cosa muy diferente que
estimar los resultados de los proyectos en los
que estas tecnologías han sido seleccionadas y
empleadas. A esta segunda dimensión trataré
de dirigir este artículo.

Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones aprendidas. PP. 97-110

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Actualmente encontramos en todo el continente
Americano y en Europa, y especialmente en
Reino Unido, Italia, Francia y, aunque un poco
menos, en Alemania, una fuerte presión de las
empresas productoras que tratan de presentar
la videovigilancia como la «killer application»
contra la delincuenica (o, como dirían los
ingleses, la «silver bullet», la bala de plata que
siempre da en el blanco).
Esta tendencia nos obliga a distinguir dos
perspectivas para evitar confusiones en términos
de eficacia de la medida. Comúnmente se
tiende a confundir los conceptos de la función
de disuasión (deterrence) y de detección de
la videovigilancia. La primera se refiere a la
capacidad del instrumento de prevenir el delito
y la segunda, a la capacidad del instrumento de
identificar al autor del delito, una vez que éste
ha sido cometido. La primera es una función
típica de las políticas locales de seguridad
ciudadana, la segunda, de detección, es una
función típica de las políticas nacionales de
seguridad. La primera es entonces la función de
disuasión de las telecámaras, o sea aquella de
guardián eficaz o buen vigilante, que según una
de las perspectivas más conocidas en la actual
criminología, la teoría de las actividades de
rutina (Cohen, L. y Felson, M., 1979), evitaría
poner en contacto al agresor motivado o a un
potencial autor con su víctima o su blanco.
Otra es la función, que pudiéramos llamar
de “testigo confiable”, o sea la capacidad
de las telecámaras de aportar a la policía,
jueces y magistrados un útil soporte, postacontecimiento a las investigaciones, para
localizar a los responsables.
En las últimas tres décadas se ha vuelto habitual

el uso de sistemas de vídeovigilancia en
espacios públicos urbanos. Entre ellos, los más
frecuentes son: calles peatonales en los centros
de las ciudades; aparcamientos públicos al aire
libre; calles de barrios residenciales; zonas que
no son instalaciones públicas, como estadios
deportivos y estaciones de metro o trenes. Uno
de sus objetivos primordiales en los espacios
públicos es la prevención de delitos contra
personas o propiedades. Numerosos estudios
han analizado los procesos y la eficacia de
estos sistemas y la relación que guardan con las
inquietudes globales sobre la seguridad urbana
(Ratcliffe, J.H., 2011; Gill, M. &amp; Spriggs, A.,
2005; Heilmann, E. &amp; Mornet, M.N., 2000;
Armitage, R. &amp; Smyth, G. &amp; Pease, K., 1999;
Skinns, D., 1998; Squires, P., 1998; Brown,
B., 1995; Tilley, N., 1993). En las siguientes
páginas analizaremos en detalle las evidencias
de estos estudios internacionales y las practicas
policiales junto a los mecanismos que pueden
facilitar la efectividad de la videovigilancia.
2. USOS Y APLICACIÓN DE LA
VÍDEOVIGILANCIA
Para justificar el recurso a la videovigilancia, las
administraciones locales afirman regularmente
algunos supuestos teóricos aparentemente
plausibles. Los siguientes son los más difundidos
tanto en la literatura como en los proyectos
analizados:
Disuasión y presencia de un guardián capaz
Antes de perpetrar un delito, los delincuentes
evalúan qué probabilidades tienen de que
los descubran. Si el potencial delincuente
comprende la presencia de vídeovigilancia, se
supone que podría decidir no delinquir o bien
Gian Guido Nobili

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

hacerlo en otro lado.

haciendo posible atribuir múltiples delitos a
una persona y aumentando por consiguiente el
La teoría de las actividades rutinarias (Cohen, índice de detección (Goold, B., 2004; Levesley,
L. y Felson, M., 1979) tiene como objetivo T. &amp; Martin, A., 2005).
explicar los delitos predadores. Presupone que,
para que se produzca un delito, debe darse En este sentido los sistemas de vídeovigilancia
una confluencia de tres factores mínimos en el desempeñan una función en la detección de la
espacio-tiempo: a) un delincuente potencial, delincuencia. Existen numerosos ejemplos de
b) un objetivo alcanzable, c) la ausencia de un filmaciones de cámaras de vídeovigilancia que
guardián eficaz capaz de evitar el delito. Así han respaldado la sentencia de un delincuente.
pues, incluso si no aumentan los delincuentes, Dichas imágenes también pueden servir para
puede aumentar la delincuencia si el número identificar a testigos potenciales que de lo
de objetivos se incrementa o si los delincuentes contrario no acudirían a la policía. Si las cámaras
pueden alcanzar más objetivos al no haber registran un incidente, y la policía responde
guardianes. El guardián está representado rápido y realiza una detención tras haber visto
por alguien cuya presencia o cercanía puede las imágenes (y el delincuente no abandona el
desalentar la comisión del delito y en tanto campo visual de la cámara) la grabación del
que guardián capaz, la vídeovigilancia podría incidente puede ayudar a los investigadores a
ayudar a reducir la delincuencia.
obtener una sentencia, generalmente mediante
una declaración de culpabilidad.
Despliegue eficaz
La vídeovigilancia permite que quienes Por consiguiente, la vídeovigilancia podría
supervisan las escenas puedan determinar si aumentar el registro de delitos en zonas
es necesaria la asistencia policial o el personal cubiertas por estos sistemas. Por ejemplo, la
de seguridad. Esto ayuda a que el despliegue presencia de vídeovigilancia puede motivar
policial tenga lugar en modo eficiente y solo a que más personas denuncien un delito ante
cuando es necesario (Smith, P., Spriggs, A., la policía, o también la policía puede ser más
Argomaniz, J., Allen, J., Jessiman, P., Kara, D., consciente de la delincuencia en las zonas
Little, R., Swain, D., Follett M. &amp; Gill, M., 2003: donde están instaladas las cámaras.
42).
Vigilancia por parte de los servicios de
Detección
inteligencia
Las cámaras de vídeovigilancia captan imágenes También se pueden usar las cámaras para aunar
de delitos, aumentando así la probabilidad de la inteligencia y controlar el comportamiento de
detección y erradicación de la capacidad de delincuentes conocidos en espacios públicos
delinquir. Según revelan las entrevistas con (tales como los traficantes de droga en las zonas
oficiales de policía, unos pocos delincuentes públicas). Los operadores de cámaras a menudo
son responsables de varios delitos y el sistema conocen los rostros de los delincuentes locales,
de vídeovigilancia puede aportar más pruebas, y las cámaras se convierten en una herramienta
Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones aprendidas. PP. 97-110

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para controlar sus movimientos de forma menos locales específicos o representantes en contacto
invasiva que con el despliegue de agentes directo con el público, tales como funcionarios
encubiertos (Silverman, E., 2001).
públicos,
representantes
de
residentes
(incluidas las organizaciones comunitarias,
Por ejemplo, los oficiales de una ciudad pueden intermediarios de los residentes, etc.) o algunas
aunar la inteligencia sobre el comportamiento autoridades de base (como figuras religiosas,
de personas que trafican con droga. Las cámaras etc.). La vídeovigilancia también puede animar
de vídeovigilancia pueden lograrar aunar el a las personas a ser más conscientes de la
trabajo de inteligencia y permitir a la policía seguridad, invitando a las víctimas potenciales
intervenir de forma organizada y coordinada. a tomar medidas de precaución.
No obstante, si bien la unión del trabajo de
inteligencia es un beneficio potencial de la Difusión de beneficios
vídeovigilancia, hay quien percibe el recurso a Se suele definir la difusión de beneficios como
esta inteligencia para controlar el orden público la reducción involuntaria de la delincuencia en
como una amenaza a las libertades civiles.
otras localidades tras un plan de reducción de la
delincuencia en una zona, o la “reversión total”
del desplazamiento (Clarke, R.V.G., 1997). Si
Publicidad
Las cámaras y carteles que advierten del uso bien casi no se ha estudiado en la literatura de
de la vídeovigilancia demuestran que se está investigación, existe también una posibilidad de
tomando el delito en serio, lo cual disuade a que aunque los delincuentes sean conscientes
los delincuentes. Además, la publicidad sobre y cautos ante la presencia de cámaras, podrían
la vídeovigilancia anima a que las víctimas no ser del todo conscientes del alcance de las
potenciales tengan una mayor consciencia de capacidades de las mismas. Como resultado
su seguridad y tomen medidas de precaución podrían abstenerse de su actividad criminal
a una zona más amplia de la que abarca el
(Smith et al., 2003: 42).
sistema de cámaras.
Supuestamente se pueden alcanzar otros
beneficios con la vídeovigilancia, que van más Reducción de la burocracia
allá de la reducción de la delincuencia. Entre El trabajo policial en la lucha contra la
delincuencia requiere mucho tiempo y
ellos:
dedicación para escribir informes y presenciar
juicios. Si se graba una intervención policial
Reducción del miedo a la delincuencia
Un menor miedo a la delincuencia en una zona y esta filmación se admite como prueba de la
puede aumentar el número de personas que intervención, como consecuencia se reducirá
hagan uso de esa zona, incrementando así la significativamente el tiempo en la oficina y
“vigilancia natural”. Es así como se denomina a aumentará el tiempo de patrulla, investigación,
la vigilancia humana o los procesos espontáneos etc.
de observación mutua entre usuarios de espacios
públicos. Ello incluye además a profesionales Todos estos enfoques sugerían la existencia
Gian Guido Nobili

�102

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

de algún tipo de conexión entre vigilancia y
elección racional, es decir, que el hecho de
saberse observado y grabado en una cinta de
vídeo influiría en el comportamiento de los
delincuentes y los disuadiría de su propósito de
delinquir.

constructoscriminologicos.uanl.mx

Las empresas que producen sistemas de
vídeovigilancia declaran un éxito rotundo
mientras que los académicos, más cautos, a
menudo manifiestan lo contrario.

Evaluaciones científicas (Gill, M. y Spriggs, A.,
2005; Welsh, B. y Farrington, D., 2008) sugieren
En la práctica, sin embargo, se ha demonstrado que la vídeovigilancia no es una panacea que
que la vídeovigilancia ejercía una influencia funciona en todas las circunstancias. En algunos
relativamente limitada en ciertos tipos de delitos, casos, no ha ayudado a reducir la delincuencia,
como por ejemplo la violencia interpersonal en otros sí. Por lo tanto el contexto es
(una de las causas explicativas es atribuible a los importante. Puede que existan otras soluciones
efectos nocivos del abuso de alcohol o drogas). menos costosas, más flexibles y de aplicación
Lo cierto es que, de casi todos los programas de más rápida que la vídeovigilancia.
evaluación creados al objeto de monitorizar la
eficacia real de las cámaras de vídeovigilancia El estudio sistemático elaborado por lod dos
para la reducción de la delincuencia en el académicos anglosajones Welsh y Farrington
centro urbano, pocos iban más allá de valorar tomó en consideración aquellos que pueden
meramente el efecto de estas herramientas ser considerados los veintidós estudios de
tecnológicas sobre la tendencia general de los evaluación sobre la videovigilancia más
índices de criminalidad. Aún más escasos son científicamente válidos. Tres son los ámbitos
los estudios que han profundizadolo suficiente analizados: centros urbanos ubicados junto a
como para analizar la vídeovigilancia en barrios populares, transportes públicos y los
relación con la gestión de incidencias, la estacionamientos. Solo han sido tomados en
obtención de pruebas, la preparación del caso consideración aquellos estudios que adoptaron
y las acciones judiciales subsiguientes, aun una metodología casi experimental de casocuando los propios agentes de policía se daban control (Farrington, D. &amp; Painter, K., 2003: 75).
cuenta de que precisamente en estos aspectos De este modo fue posible analizar el efecto
se situaban algunas de las principales ventajas de prevención, o sea estimar la situación que
de los sistemas de vídeovigilancia.
se habría dado en caso de que no se hubiera
realizado la intervención de videovigilancia.
3. EFICACIA DE LA VÍDEOVIGILANCIA
Las conclusiones de este estudio han mostrado
Si bien buena parte de la literatura profesional que tanto en los centros urbanos como en los
de los fabricantes tiende a sobrestimar transportes públicos los efectos varían según
los beneficios de la vídeovigilancia, las la tipología de delito que se desea prevenir
evaluaciones serias y válidas (cuando existen) o contrastar, sin embargo, los resultados son
suelen ser más equilibradas.
tendencialmente modestos. Se asiste a una baja
contenida de la delincuencia, estadísticamente
Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones aprendidas. PP. 97-110

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poco significativa. Solo en los estacionamientos
se asiste a una drástica reducción de la
delincuencia, estadísticamente significativa,
con una contracción de más de cuarenta
puntos de porcentajes (-40%) de los robos de
y sobre los vehículos. Hay que subrayar que la
reducción se refiere solo a este tipo de delitos y
no al total de la delincuencia.
En todo caso parece que la videovigilancia es
más eficaz en contener los delitos contra la
propiedad privada. En este sentido, los delitos de
tipo instrumental como los robos o los atracos,
que regularmente descienden de motivaciones
oportunistas, resultan influenciados por la
presencia de las telecámaras, mientras en
los delitos de tipo expresivo, que nacen de
acciones impulsivas, (como las agresiones
o el vandalismo contra bienes públicos) los
beneficios son bastante reducidos.

103
De alguna manera esto viene a reforzar la
“teoría de la elección racional” (Cornish, D.B.
&amp; Clarke, R.V.G., 1986). En esta teoría, se
representa al delincuente como una persona
que piensa antes de actuar, incluso por un
breve momento, evaluando los beneficios y
costos de cometer un delito. Sin embargo, el
proceso racional es limitado: la valoración
del delincuente se basa sobre todo en lo más
evidente e inmediato, mientras que subestima
los costos y beneficios indirectos del delito, o
de no cometerlo. Al parecer la vídeovigilancia
disuade al delincuente en actos como robos
de coches o allanamientos de morada, quizás
debido a que perciben que el riesgo de ser
descubiertos es más mayor que los beneficios.
En delitos donde el alcohol o las drogas entran
en juego (como los disturbios públicos), en los
que la “racionalidad” a menudo se pierde, el
efecto disuasivo o de riesgo de la vídeovigilancia
se reduce (Webster, W., 2009).

La vídeovigilancia entonces resulta tener
diversas repercusiones según el tipo de delito:
en algunos casos los delitos premeditados, o
más planificados, como los allanamientos de
morada, robos de vehículos, daños criminales
y hurtos disminuyen en la mayor parte de zonas
durante el período de evaluación, mientras que
los delitos más espontáneos, como la violencia
contra personas o las alteraciones del orden
público, no se reducen.

La vídeovigilancia funciona mejor en sitios
pequeños y bien definidos (por ejemplo,
aparcamientos públicos o estadios) que en
zonas de grandes dimensiones (como centros de
ciudad o plazas principales). Habitualmente los
robos de coches disminuyen tras la instalación
de sistemas de vídeovigilancia. Ello en parte
se puede atribuir a la naturaleza de las zonas
cubiertas por la vídeovigilancia.

Como norma general, la vídeovigilancia
parecer más eficaz a la hora de combatir los
delitos contra propiedades que la violencia
o perturbaciones (Norris, C. &amp; Moran, J. &amp; y
Armstrong, G., 1998; Skinns, D., 1998; Squires,
P., 1998; Welsh, B. y Farrington, D., 2002;
Nobili, G.G., 2005).

Es necesario tener en cuenta el contexto de
cada zona y la función que ahí desempeña la
vídeovigilancia:
• Según la investigación de evaluación
más precisa, hay pruebas de que la
vídeovigilancia en los centros de ciudades
y pueblos provoca una leve reducción de
Gian Guido Nobili

�104

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

la delincuencia, pero de escasa relevancia
estadística (Fussey, P., 2007; Gill M. &amp;
Spriggs, A., 2005; Gill, M. &amp; Turbin, V.,
1999; Short, E. &amp; Ditton, J., 1996).
• Existen pruebas de que la vídeovigilancia en
viviendas públicas causa una reducción leve
pero poco relevante de delitos (NACRO,
2002).
• Existen pruebas de que la vídeovigilancia en
el transporte público causa una reducción
considerable pero irrelevante de delitos
(Mayhew, P., Clarke, R.V.G., Burrows, J.N.,
Hough, J.M., &amp; Winchester, S.W.C., 1979;
Webb &amp; Laycock, 1992; NACRO, 2002).
• En general se han observado efectos
significativos y positivos de los sistemas de
vídeovigilancia colcados en aparcamientos
(Poyner, B., 1991; Tilley, N., 1993; Gill, M.
&amp; Spriggs, A., 2005).
Según las conclusiones de encuestas de
victimización y otros estudios de investigación,
hay escasas pruebas de que la vídeovigilancia
reduzca el miedo a la delincuencia.
La vídeovigilancia no desempeña una
función relevante frente a los sentimientos de
inseguridad ciudadana (Winge, S. &amp; Knutsson,
J. 2003: 138; Gill, M. &amp; Spriggs, A., 2005: 71).
La videovigilancia puede dar a un lugar la
apariencia de arriesgado para algunos usuarios,
que pueden percibir las tecnologías de defensa
como pruebas de un alto grado de inseguridad.
En efecto, quienes son conscientes de la
presencia de cámaras admiten mayores niveles
de temor que quienes no son conscientes
de ellas. La presencia de vídeovigilancia
en una zona aumenta la inquietud sobre
la delincuencia, debido a que la supuesta

constructoscriminologicos.uanl.mx

necesidad de estos sistemas hace parecer la
zona más problemática de lo que los residentes
pensaban en un primer momento.
Aunque los sistemas de vídeovigilancia por lo
general no tienen la intención específica de
combatir el vandalismo, la policía y autoridades
locales consideran que estos sistemas son
muy eficaces para abordar distintos tipos de
perturbación física o social.
Sin embargo, no hay evaluaciones exhaustivas
y adecuadas sobre su eficacia. Hasta la fecha, el
único elemento que algunos estudios han puesto
de relieve como levemente determinantes de la
eficacia de la vídeovigilancia con respecto al
vandalismo es la presencia de un operador detrás
de las cámaras que esté observando en una
pantalla las imágenes filmadas. Estudios sobre
la vídeovigilancia en autobuses en Cleveland
en Estados Unidos de America mostraron una
drástica reducción del vandalismo en autobuses
cuando unos pocos casos muy publicitados se
usaron contra vándalos locales, haciendo ver
que se estaban usando cámaras y filmaciones
de forma activa en un esfuerzo decidido de
identificar vándalos (Poyner, P., 1988).
Estos resultados han sido confirmados por la
investigación del Ministerio del Interior Inglés.
En este estudio (Gill, M. &amp; Spriggs, A., 2005;
vease también Taylor, E. y Gill, M., 2014)
fueron tomados en cuenta trece proyectos de
videovigilancia sobre los trescientos cincuenta
y dos proyectos financiados por el Ministerio del
Interior Inglés con más de 250 millones de libras
esterlinas. También en este caso, los resultados
no son unívocos. En siete casos, la delincuencia
aumentó después de la instalación de las

Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones aprendidas. PP. 97-110

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telecámaras. Es presumible que en estos últimos
casos la introducción de sistemas de control a
distancia del territorio haya incentivado a los
ciudadanos a denunciar los delitos a la policía
con la esperanza de que las imágenes grabadas
con las telecámaras habrían podido facilitar la
identificación de los responsables o eventuales
testigos. Como alternativa es posible hipotizar
que la policía haya conocido un mayor número
de delitos gracias a las imágenes grabadas por
los sistemas de videovigilancia.

telecámaras. Concluyendo, podemos afirmar
que la eficacia de la videovigilancia varia, y
mucho, según las condiciones y contexto de
aplicación.
4. CONDICIONES BAJO LAS QUE LA
VÍDEOVIGILANCIA FUNCIONA

En primer lugar, las conclusiones generales de
los exámenes de evaluaciones muestran que los
tres factores que pueden tener una repercusión
en la eficacia de los sistemas son: la densidad
En seis casos se han registrado efectos (número de cámaras por zona), cobertura de la
positivos, pero solo en uno de estos casos, el de cámara (el área que las cámaras pueden ver)
Hawkeye, se pudo atribuir indudablemente a la y el posicionamiento de las mismas. Las tres
introducción de la videovigilancia y no a otros están estrechamente relacionadas.
factores, la capacidad de reducir la incidencia
de la delincuencia. Y también en este caso se La visibilidad y la iluminación ambiental del
trata de estacionamientos.
área videovigilada tienen que ser valoradas con
extrema atención para evitar encuadrar zonas
Una vez más los mejores resultados se tienen en ocultas por obstáculos o demasiado oscuras o,
espacios circunscritos, con un perímetro bien al revés, excesivamente iluminadas.
delineado. Se puede asumir que la eficacia de
la videovigilancia no es indiferente al contexto Además, es igualmente importante la cantidad
físico-espacial donde viene aplicada. Como de iluminación. En ciertos casos, la iluminación
ya lo han mostrado varios estudios a nivel era demasiado tenue, dificultando la visión
internacional, en zonas bien acotadas, donde nocturna y comprometiendo así la calidad de
los puntos de entrada y salida son circunscritos, las imágenes producidas. Cuando se añade
como por ejemplo en los estacionamientos, más luz, o cuando las cámaras están dispuestas
en los hospitales, en los estadios o en los demasiado cerca de las luces existentes, el
pequeños centros delimitados por murallas, la visionado de las imágenes también ha resultado
videovigilancia parece ser más eficaz (Nobili, difícil.
G.G., 2005: 206).
Otro factor clave es la visibilidad clara y la
El análisis evidencia que los espacios ubicación de las cámaras. Las imágenes no
caracterizados por confines físicos bien visibles deben resultar oscurecidas por follaje, toldos,
y con una cantidad de accesos y salidas furgonetas aparcadas u otras obstrucciones.
reducidas y definidas pueden ser vigilados
de manera más eficaz con el auxilio de las Al mismo tiempo son completamente inútiles
Gian Guido Nobili

�106

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

las cámaras mal dispuestas, o sin movimiento
suficiente, que llevan a “puntos ciegos” en
la cobertura o con las que los rostros de las
personas se ven desde un ángulo oblicuo.
La densidad de las telecámaras, en caso de que
sea funcional a una mejor cobertura del zona
sobrevigilada, produce mejores beneficios.
Al mismo tiempo este objetivo implica gastos
relevantes. Por ejemplo, en el Ayuntamiento de
Bolonia en Italia se ha implementado un amplio
sistema de videovigilancia regional, con 415
telecámaras y un gasto de más de 3 millones
de euros. Sin embargo, este sistema incide solo
sobre un zona que representa menos de ¼ de la
extensión del casco antiguo y cubre, sin parar,
casi 10 km de calles, menos de un décimo del
circuito vial del centro urbano (102 km).

constructoscriminologicos.uanl.mx

en consideración, es condición indispensable
para garantizar que esta medida de prevención
sea sostenible en el tiempo. Si el público
(especialmente los delincuentes) no son
conscientes de que hay cámaras observando,
el aspecto preventivo de la vídeovigilancia
evidentemente se pierde (Armitage, R., Smyth,
G., Pease, K., 1999; Brown, B., 1995; Tilley,
N., 1993; Webb, B. &amp; Laycock, G., 1992). Es
esencial considerar los costos y colocación
de carteles que adviertan al público sobre
la presencia de cámaras para aprovechar al
máximo el aspecto preventivo del sistema.
Varias evaluaciones sobre vídeovigilancia
han revelado que la reducción inicial de la
delincuencia y perturbaciones tras la instalación
del sistema de vídeovigilancia puede caer en
saco roto si no se mantiene la publicidad.

Las conclusiones principales de estudios
italianos y franceses se hacen eco de las
británicas y de otros lugares, señalando que
la vídeovigilancia es más eficaz cuando se
despliega junto a otras medidas de prevención
de la delincuencia, como guardias comunitarios
o vigilantes de barrio.

Desde el punto de vista económico, según los
estudios disponibles, la sociedad no obtiene
ventajas significativas de la instalación de
sistemas locales de vídeovigilancia. Estos
sistemas no son necesariamente rentables
desde el punto de vista económico. Lo cual
no sorprende, sobre todo porque parece que
el impacto de la vídeovigilancia en términos
Además, la videovigilancia produce resultados generales sobre la incidencia de la delincuencia
más efectivo si es utilizada para operaciones es reducido, además de que la complejidad de
específicas de policía, dirigidas con personal los sistemas hace que su instalación y puesta en
motivado y oportunamente entrenado. La marcha resulte costosa. El análisis de costos y
vídeovigilancia parece más eficaz en zonas beneficios también varía en función del tipo de
donde la policía demuestra un interés delito que se haya logrado reducir.
particular en ella, por ejemplo proporcionando
inteligencia para orientar su supervisión.
Incluso cuando la instalación de estos equipos
obtiene resultados prometedores (como en
Además no se puede olvidar que una campaña el caso de los aparcamientos), los beneficios
de comunicación dirigida a la ciudadanía, derivados son escasos debido a que el tipo de
cuyos gastos deben de ser tomados seriamente delito que se consigue aplacar (delincuencia
Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones aprendidas. PP. 97-110

�107

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

relacionado con vehículos) tiene un valor
monetario relativamente pequeño, sobre todo
si se tiene en cuenta que por lo general los
coches están asegurados. Al mismo tiempo,
cabe señalar que los estudios de evaluación
económica que se han llevado a cabo toman
como referencia sistemas cuya implementación
no ha sido perfecta. Un ejemplo es que estos
análisis a menudo pasan por alto otros beneficios
que se derivan de la vídeovigilancia que no
pueden medirse con indicadores financieros.
Hasta la fecha, sigue sin demostrarse la relación
costos-beneficios de la vídeovigilancia. Todavía no
se ha realizado un estudio que examine el grado
de adecuación de este sistema en comparación
con otros métodos de vigilancia.
Cuando se opta por la vídeovigilancia, hay que
tomar en consideración los costos no solo del
equipo sino también de unos recursos humanos
altamente capacitados y preparados. Los costos
humanos se prolongan durante todo el ciclo de
vida del sistema y suele ser difícil contenerlos.
Una vez que un sistema de vídeovigilancia está en
funcionamiento, probablemente haya una fuerte
renuencia a reducirlo o desmantelarlo, si bien
es cierto que ya se han dado algunos casos. De
modo que un sistema de vídeovigilancia conlleva
en general un costo permanente y constante.
Según una investigación realizada en las regiones
del Norte de Italia, el costo de mantenimiento
de un sistema de vídeovigilancia varía
considerablemente, desde un mínimo de 1 000
euros hasta 70 000 euros por año. Normalmente,
el costo de un sistema de cien cámaras asciende
a 30 000 euros anuales, aproximadamente, en
concepto de gastos de mantenimiento (Regione
Piemonte, 2013: 70).

Pues si la videovigilancia parece ser necesaria,
hay que examinar cuidadosamente cuáles son
los usos que el sistema va a realizar y cuáles son
las condiciones de operatividad. ¿Cuáles son los
objetivos específicos del sistema, (vigilancia proactiva a través de un control en tiempo real de
las imágenes o intervención a posteriores viendo
las imágenes grabadas)? ¿Cuáles son los medios,
(de organización y humanos), a disposición para
éstos objetivos?
En este sentido, no podemos pensar a la
videovigilancia como una estrategia de prevención
que se puede utilizar de manera indiscriminada
como respuesta a una planificación urbana
inadecuada. Solo es una medida útil cuando
forma parte de un plan de seguridad general
e integral capaz de tomar en cuenta todos los
elementos del contexto ambiental.
5. CONCLUSIONES
Las cámaras de vigilancia han sido utilizadas
para controlar el espacio público desde hace
más de treinta años. En los años Noventa del
siglo pasado, se produjo una expansión masiva
de estos sistemas de vídeovigilancia, que
han sido promovidos como una herramienta
eficaz para luchar contra el crimen. Al mismo
tiempo, los estudios que evalúan estos sistemas
cuestionan su eficacia como “panacea” contra
el crimen. Actualmente, el énfasis que se
pone en los debates públicos cuando se trata
de justificar los sistemas de vídeovigilancia,
ha pasado de la prevención del crimen a la
investigación criminal, y estos sistemas se
presentan como una herramienta muy valiosa
para buscar evidencias una vez que se ha
cometido un crimen (Ashby, M.P.J., 2017: 447)
Gian Guido Nobili

�108

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

Merece la pena destacar la conclusión a la que
llegaron Martin Gill y Angela Spriggs en su
estudio elaborado por encargo del Ministerio
del Interior británico (2005: 131):

y los objetivos que debe cumplir un sistema de
vídeovigilancia: el desarrollo de inteligencia, la
obtención de pruebas, la gestión de incidencias
y el mantenimiento del orden. La reducción del
delito situacional, ya sea mediante la prevención
«Sería fácil concluir [...] que la vídeovigilancia o por la vía de la disuasión, no es el único
no es eficaz: la mayoría de los sistemas resultado posible, y es básico tener claros los
analizados no redujo los índices de diferentes objetivos a cubrir.
criminalidad, e incluso en aquellos casos
en que sí se registró dicha reducción, esta En la actualidad, los sistemas de vídeovigilancia
no se debió fundamentalmente al uso del espacio público no se limitan a la prevención
de este tipo de dispositivos; los sistemas del crimen. Una vez que están instalados, estos
de vídeovigilancia, además, tampoco sistemas pueden ser utilizados para controlar
aumentaron la sensación de seguridad de delitos menores como arrojar basura o aparcar
los ciudadanos, y menos aún sirvieron para el coche en sitios no autorizados, o incluso
modificar su comportamiento».
encontrar personas desaparecidas o observar
el personal municipal que trabaja en el espacio
Ante semejante conclusión, uno no puede por público. Pero también se los puede utilizar para
menos que preguntarse por qué los sistemas controlar eventos públicos de gran envergadura
de vídeovigilancia llegaron a popularizarse o emergencias graves.
hasta el punto en que lo hicieron en el Reino
Unido y en el resto del mundo. Dejando a un Conclusiones como las que acabamos de exponer
lado las cuestiones políticas, hay que tener en torno a los efectos de la vídeovigilancia se han
en cuenta otros aspectos relacionados con la visto confirmadas por varios estudios similares.
implementación de la vídeovigilancia.
De acuerdo con las evidencias aportadas en estos
estudios, la vídeovigilancia no puede considerarse
Los índices de criminalidad por sí solos no un éxito; además de tener un coste económico
constituyen necesariamente un buen indicador muy elevado, no ha aportado los beneficios
de los problemas de delincuencia y desorden y previstos. Sin embargo, también hay que subrayar
de los temores y preocupaciones que afectan a que la tecnología mejora día tras día a pasos
una zona concreta, ni tampoco de la calidad y la agigantados gracias a la introducción de nuevos
opinión de la población acerca de la seguridad sistemas biométricos y de reconocimiento del
en su entorno más inmediato. Por ello, toda comportamiento, unos sistemas «inteligentes»,
iniciativa orientada a la prevención del crimen proactivos y «basados en eventos» que ofrecen
y al mantenimiento del orden debe tener en nuevas oportunidades en materia de gestión de
cuenta este complejo entramado de factores.
la seguridad aunque, al mismo tiempo, también
plantean unos retos y amenazas desconocidos
En todo caso, hay que tomar en consideración hasta la fecha en tema de protección de los datos
la variedad y la complejidad de las funciones y libertades personales.
Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones aprendidas. PP. 97-110

�109

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Ante todo, la conclusión «basada en la evidencia» TRABAJOS CITADOS
constituye una advertencia frente a la tentación
de lanzarse a la búsqueda de soluciones Armitage, R. &amp; Smyth, G. &amp; Pease, K. (1999). Surveillance of
técnicas. La vídeovigilancia no es más que una
Public Space: CCTV, Street Lighting and Crime Prevention.
herramienta, y en aquellos casos en que se ha
Criminal Justice Press, 225-250.
percibido que había fallado, a menudo se ha Ashby, M. (2017). The Value of CCTV Surveillance Cameras
debido a que las expectativas depositadas en ella
as an Investigative Tool: An Empirical Analysis. Eur J Crim
eran demasiado ambiciosas o a que se utilizó
Policy Res 23, 441-459.
en espacios poco apropiados para solucionar Brown, B. (1995). CCTV in Town Centres: Three Case Studies,
problemas igualmente inadecuados. En estos
Police Research Group Crime Detection and Prevention
supuestos, es posible que la vídeovigilancia se
Series,. London: HMSO.
haya planificado mal o puesto en práctica de Clarke, R. (1995). Les technologies de la prévention situationelle.
forma incorrecta, y también cabe la posibilidad
Les Cahiers de la Sécurité Intérieure, n. 21,, 101-113.
de que no se haya integrado eficazmente con el Clarke, R. (1997). Situational Crime Prevention, Successful Case
resto de las estrategias de seguridad ciudadana
Studies. Guilderland, New York: Harrow and Heston.
y sistemas de mantenimiento del orden publico. Cohen, L. &amp; Felson, M. (1979). Social Change and Crime Rate
Trends. A Routine Activity Approach. American Cornish,

Tal vez uno de los mitos más seductores que
debamos cuestionarnos sea la suposición,
aparentemente tranquilizadora, de que existen
soluciones de vigilancia para afrontar todos los
problemas sociales. Al final cualquier medio que,
supuestamente, prometa eliminar todo riesgo en
la sociedad, debería ser debidamente analizado
y discutido por los administradores públicos y los
ciudadanos responsables.

588-608.
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En un momento en que las amenazas que parecen
representar el crimen, la violencia, el desorden y el
terrorismo generan nuevas necesidades en materia
de seguridad, y en que las empresas del sector privado
están detectando mercados todavía por explotar y
muy lucrativos, la comunidad investigadora debe
asumir la responsabilidad de asegurarse de que las
medidas de prevención del crimen adoptadas se
traduzcan realmente en los beneficios anunciados
en cuanto a reducción del crimen y promoción de
la calidad de vida en los espacios públicos.

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—

Gian Guido Nobili
Afiliación: Universidad de Padua, Italia.
Criminólogo, actualmente es responsable del área
de Seguridad Urbana y Legalidad de la Región
Emilia-Romaña y coordinador del Foro Italiano
para la Seguridad Urbana. Profesor en teorías y
técnicas de prevención del delito para Másteres
Universitarios en las universidades de Padua,
Módena-Reggio Emilia, Pisa, Pesaro-Urbino y
Ciudad de Panamá (UDELAS). Es miembro fundador
de la Red Europea de Gobernanza de la Seguridad
Pública de la Sociedad Europea de Criminología. Es
autor de numerosas publicaciones sobre seguridad
urbana y prevención del delito en revistas científicas
y especializadas y volúmenes colectivos.

Los sistemas de vídeovigilancia para prevenir la delincuencia: lecciones aprendidas. PP. 97-110

�111

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Criminología, prevención de la violencia y
la agenda 2030 del desarrollo sostenible.
Criminology, prevention of violence and
the 2030 agenda for sustainable development
Ana María Esquivel Hernández*

Resumen
La Criminología es una ciencia multidisciplinaria,
que nos permite tener un universo de actuación
en la sociedad, al ser un actor principal en la
reducción de la violencia. Por lo cual, en el
presente documento, abordaremos una breve
revisión del contexto epistemológico de la
Criminología, la estadística criminal en el estado
de Nuevo León, para abordar la diferencia de
la prevención de la violencia, del delito y/o
delincuencia, su abordaje desde el marco legal
así como sus principales enfoques teóricos, lo
que nos lleva a conocer y analizar la Agenda
Cómo citar
Esquivel Hernández, A. M. CRIMINOLOGÍA,
PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y LA AGENDA
2030 DEL DESARROLLO SOSTENIBLE. Revista
Constructos Criminológicos. Recuperado a partir de
https://constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/
cc/article/view/8
*https://orcid.org/0000-0003-1966-0175
Universidad de Autónoma de Nuevo León, México

Recibido: 08-06-2021
Aceptado: 08-07-2021

2030 del Desarrollo Sostenible y las acciones
que en este rubro realiza el gobierno mexicano,
desde sus instrumentos diseñados para ello
para finalmente reflexionar el papel que tiene
la Criminología con sus conocimientos aportar
a la construcción de las políticas públicas.
Palabras clave: Criminología,
violencia, Agenda 2030.

prevención,

Abstract
Criminology is a multidisciplinary science,
which allows us to have a universe of action
in society, being a main actor in reducing
violence. In this document, we will address a
brief review of the epistemological context of
Criminology, criminal statistics in the state of
Nuevo León, Mexico, to address the difference
between prevention of violence, crime and/
or delinquency, its approach from the legacy
framework as well as its main theoretical
approaches. This will leads us to analyze the
2030 Agenda for Sustainable Development, and
the actions that Mexican government carries

�112

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

out in this area, from its instruments designed
for it to finally realize the role that Criminology
has in the construction of public policies.
Keywords: Criminology, prevention, violence,
2030 Agenda.
Hoy en día la seguridad se vertió de diversos
matices, al presentarse la pandemia del SARSCOV-2, se acentuaron nuevas criminalidades
o formas de criminalización, como se ha
presentado en diversos foros nacionales e
internacionales, la coyuntura que la humanidad
presenta, nos coloca en un repensar a donde nos
dirigimos en la relación de la Criminología, la
prevención de la violencia y la delincuencia así
como las acciones que nuestro país despliega
en relación con la Agenda 2030 del Desarrollo
Sostenible vista desde el Objetivo: 16 que es el
que nos ocupa en este documento.

1. UNA VISIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA Y
CRIMINALIDAD
En una sociedad cada vez más globalizada en
la que los últimos dos años padece de un giro
a todas sus estructuras a raíz de enfrentar una
pandemia a la que no se encontraba preparada y
ha desafiado a todas las políticas públicas antes
vista a nivel internacional, a lo que nuestro país
no ha quedado exento, por lo cual es necesario
dar una breve revisión al mapa epistemológico
de la Criminología, lo que desde sus bases
nos permitirá entender la prevención de la
violencia y/o el delito y su importancia para la
Agenda 2030. En este contexto entendemos a
la Criminología como:

constructoscriminologicos.uanl.mx

Ciencia empírica e interdisciplinaria, que
se ocupa del estudio del crimen, de la
persona del infractor, la víctima y el control
social del comportamiento delictivo, y trata
de suministrar una información valida,
contrastada, sobre la génesis, dinámica
y variables principales del crimen –
contemplado éste como problema individual
y como problema social-, así como sobre los
programas de prevención eficaz del mismo,
las técnicas de intervención positivas en el
hombre delincuente y los diversos modelos
o sistemas de respuesta al delito (GarcíaPablos 2006:33).
Por consiguiente, coincidimos con las bases
epistemológicas de la Criminología expuestas
por Palacios (2015: 440), donde desplegó un
mapeo de la Criminología (Cuadro 1) en el cual
se configuró de la siguiente manera:
a) Paradigmas: el del conflicto y el del
consenso.
b) Ideologías: derecha, liberal e izquierda.
c)
Corrientes:
Disuasión,
Clínica,
Interaccionista, Crítica e Integración
Teorética esta última llamada la quinta
corriente.
Por paradigma entendemos (Ardila, M., &amp;
Marín, M., 2007, p. 36) a “un conjunto de
valores y saberes compartidos colectivamente,
es decir, usados, implícita o explícitamente,
por una comunidad”, por lo que al hablar
del consenso, entendemos que los hombres
deciden interactuar bajo ciertas reglas o moldes
preestablecidos, por lo que quien deciden no
seguir este modelo se pensaba que estaba bajo
una influencia de orden biológico, como expone

Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

�113

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Cuadro 1. Mapa Epistemológico de la Criminología

Fuente: Palacios P. (2015), Criminología Contemporánea, Introducción a sus fundamentos teóricos, INACIPE.

Lombroso en su obra: El Hombre Delincuente,
donde como conocemos, la corriente de
Derecha o Etológica expone al sujeto como el
punto de explicación de la criminalidad, como
factor causante de esta, al observarlo como
un sujeto bio-psico-social, por lo que toma
relevancia las Corrientes de tipo Clínico.
Así mismo la Disuasión expuesta bajo las
teorías situacionales, que proponen diseñar
espacios en los que se retraiga a los sujetos de
cometer conductas antisociales, de la misma
forma se entiende que al sujeto le influye el
entorno, para realizar conductas antisociales y
por consecuencia controlar la criminalidad.
Por otra parte, se encuentra el paradigma del
Conflicto abordado por Marx al colocar a
consideración las relaciones entre los obreros,
los patrones y el Estado, lo cual propicia un
cambio social, por lo que expone:
“La expropiación y el desahucio de una
parte de la población rural, no solo deja a los
obreros sus medios de vida y sus materiales
de trabajo disponibles para que el capital
industrial los utilice, sino que además crea el
mercado interior”. (Marx, 2009:120).

Bajo esta premisa la mayoría de la población
se vuelve obrero subsistiendo con un salario
asignado por el patrón, donde es la oferta
y la demanda quienes suponen la base de
la economía, dejando al Estado solo como
espectador, ocasionando a nivel social que
se plasme la desigualdad entre la riqueza
generando clases sociales que pueden ostentar
el poder.
De esta visión nace la corriente Crítica de la
Criminología que en palabras de González y
Sánchez (2010: 230) “se puede entender como
el pensamiento que ubica la cuestión criminal
como forma de una construcción social de las
relaciones de dominación”. Así, se deduce que
las personas cometen conductas antisociales
como consecuencia de que el Estado no brinda
las condiciones necesarias para cubrir sus
necesidades básicas entendidas, estas como
alimentación, vestido, trabajo y educación;
incluyendo que es el sistema penal quien
designa lo que se considera delito, marcando
bajo leyes y reglamentos lo que se considera
conducta antisocial. En otros términos, es el
Estado y su aplicación de la justicia penal quienes
Ana María Esquivel Hernández

�114

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

construyen la criminalidad configurando lo que Por último, la más reciente Corriente es la
hoy conocemos como violencia estructural a lo Integración Teorética, son el resultado de
que indica La Parra y Tartosa (2003:57):
integrar diferentes elementos de las teorías
precedentes, coherentes con el enfoque
El término violencia estructural es aplicable criminológico que considera que el delito es
en aquellas situaciones en las que se produce un evento multicausal (Herrero, Z.,2016:1).
un daño en la satisfacción de las necesidades Esto permite, una explicación vista desde
humanas básicas (supervivencia, bienestar, diversos ángulos, acrecentando la variedad de
identidad o libertad) como resultado de los la información.
procesos de estratificación social, es decir,
sin necesidad de formas de violencia directa. La amplitud del conocimiento criminológico,
nos brinda la posibilidad de contribuir a
Aquí, se despliega como concepto toral el disminuir la incidencia delictiva, a la que la
control social, utiliza el control formal como Criminología está obligada a dar respuestas
forma de expresión, en el cual se fundamentan para su contención, aquí señalaremos que
premisas para la actuación criminológica, por las estadísticas son variadas, dependiendo
tal concepto se entiende:
de la Institución que las presenta, así como
la metodología utilizada, esta última también
Son los recursos y mecanismos de que debe de ser un área de aportación por la
disponen una determinada sociedad Criminología.
para asegurarse de la conformidad de los
comportamientos de sus miembros a un Si tomamos en cuenta las estadísticas presentadas
conjunto de reglas y principios establecidos, por la Secretaria de Seguridad y Protección
así como las formas de reacción con las que Ciudadana según el Secretariado Ejecutivo del
se enfrentan las transgresiones. Se distinguen Sistema Nacional de Seguridad Pública de las
dos formas; control social formal, como el carpetas de Investigación, con base a los delitos
Derecho penal y control social informal (la de impacto por cada 100,000 habitantes, en el
familia, la escuela, la religión). (Vidaurri, periodo de diciembre 2018 a abril del 2021,
2018:45)
para este trabajo colocamos las del 2020, las
que existen hasta abril del 2021 y el ranking
Continuando con esta descripción, la tercera del Estado, que entre más cercano al número 1,
ideología que se plantea, es la liberal esta nace más presente se encuentra el delito, con base
a la luz de lo que conocemos como Estado a los años anteriormente mencionados, como
Liberal, es la que da como origen a la corriente vemos en la Tabla 1.
Interaccionista donde sus representantes más
destacados son George H. Mead, Howard
Becker, Erving Goffman, Edwin Lemert, Dennis
Chapman.

Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

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Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Tabla 1. Carpetas de Investigación en el Estado de Nuevo León.
CARPETAS DE INVESTIGACIÓN EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN
DELITO

2020

ABRIL 2021

RANKING ABRIL 2021

Delitos de Impacto

36,131

12,374

18

Homicidios dolosos

847

310

16

Trata de personas

48

44

5

Secuestro

16

5

20

Robo de vehículos

1685

790

27

Robo a casa habitación

2527

805

19

Narcomenudeo

3869

1553

8

Violencia familiar

17940

6132

7

Feminicidios

67

14

6

Violación

779

268

14

Fuente: Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Como podemos observar los delitos que
continúan al alza son la trata de personas, la
cual se cuantifica por medio de las aprensiones,
al igual que el narcomenudeo, el feminicidio,
la violencia familiar, que son los que con la
pandemia se han agravado por el confinamiento
y requieren de programas eficientes de
prevención.
Otra estadística que se presenta por mes es la
que nos divulga el Observatorio de Seguridad y
Justicia (OSJ), el cual mide un total de 21 delitos
por medio de las carpetas de investigación y al
mes de abril del 2021, nos presenta lo siguiente:
En esta otra medición encontramos los mismos
delitos, lo que nos reafirma la presencia de la
criminalidad, en la que es urgente que se trabaje
de forma colaborativa y multidisciplinaria en su
contención.

2. LA PREVENCIÓN DESDE DIVERSOS
MARCOS DE REFERENCIA
Una de las grandes confusiones que aún hoy
existen, es la mención de la prevención del
delito y la prevención de la violencia y la
delincuencia, lo que se traslada a discursos que
impacta en la poca claridad de las acciones
que se implementan y por consecuencia en la
dificultad de la construcción del proyecto y la
medición del mismo. Por lo cual exponemos
diversas definiciones del concepto de la
prevención del delito, según las Directrices
de las Naciones Unidas para la Prevención
del Delito (2010:2), “la prevención de delito
engloba toda la labor realizada para reducir el
riesgo de que se cometan delitos y sus efectos
perjudiciales en las personas y la sociedad,
incluido el temor a la delincuencia”.
Ana María Esquivel Hernández

�116

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Tabla 2. Carpetas de Investigación Primer Trimestre 2021, OSJ.
PRIMER TRIMESTRE DE 2021
ESTADO DE NUEVO LEÓN
DELITOS A LA ALZA
Trata de personas ( 229.69 %)
Robo de vehículos ( 51.67 %)
Narcomenudeo ( 34.49 %)
Robo de vehículo con violencia ( 27.43 %)
Lesiones dolosas ( 4.89 %)
Delitos sexuales ( 1.16 %)
Violencia familiar ( 0.90 %)

DELITOS A LA BAJA
Robo a negocio con violencia ( 52.37 %)
Feminicidio ( 50.53 %)
Robo a negocio ( 46.99 %)
Robo a transeúnte con violencia ( 36.28 %)
Total de robos con violencia ( 27.87 %)
Total de robos ( 27.26 %)
Robo a transeúntes ( 27.15 %)
Robo a casa habitación ( 25.57%)
Secuestro ( 18.60 %)
Extorsión ( 10.62 %)
Violación ( 10.42 %)
Homicidio doloso ( 1.75 %)
Homicidio culposo ( 1.26 %)

Fuente: Observatorio de Seguridad y Justicia.

Por su parte Pérez &amp; Pérez (2006:120) la
definieron como “el conjunto de políticas
y de mecanismos orientados a evitar el
nacimiento, desenlace, avance y reaparición
de la criminalidad”. Estas políticas, tendrán que
ser incrustadas, dentro de la política general
del Estado; siendo esta última definición con
la que coincidimos ya que afirmamos que la
prevención independientemente si es del delito
o de la violencia, debe de ser desplegada en
diferentes momentos de la criminalidad, ya que
entendemos que la Criminología aborda no
solo las conductas tipificadas como delito, sino
todas las problemáticas que pueden contribuir
a la criminalidad o al criminal.

el marco jurídico y la prevención desde los
enfoques teóricos de la misma.
2.1. La Prevención Especial y General.
La prevención especial y general se podría
decir que son de las clásicas en el campo de
la prevención estas emanadas de las teorías de
la pena donde el Derecho Penal, la Filosofía,
la Sociología, así como la Moral y la Ética han
buscado la respuesta si el delito puede ser
prevenido.

Para lo cual Hassemer &amp; Muñoz (2012:165)
describen a las teorías preventivas de la pena,
como “aquellas teorías que atribuyen a la pena
la capacidad y la misión de evitar que en el
Por lo tanto, pasamos a desplegar diversas futuro se cometan delitos”. De aquí es donde
categorías que nos permiten entender los surgen las variantes de prevención especial y
diversos conceptos en la materia donde general, se exponen de la siguiente forma:
sobresalen la prevención especial y general
como la más clásica, la prevención vista desde 1. Prevención especial: la que dirige su
Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

atención al delincuente concreto castigado
con una pena, esperando que la pena tenga
en él un efecto “resocializador”, o por lo
menos de “aseguramiento”.
2. Prevención general: la que se dirige a la
generalidad de los ciudadanos, esperando
que la amenaza de una pena y, en su caso, la
imposición o ejecución de la misma sirvan,
por un lado, intimidar a los delincuentes
potenciales (concepción estricta o negativa
de la prevención general) y, por otro,
para robustecer la conciencia jurídica de
los ciudadanos y su confianza y fe en el
Derecho.

117
Aquí entendemos que el Sistema Nacional se
encuentra constituido por el Ministerio Público,
las instituciones policiales de los tres niveles
de gobierno y la guardia nacional, por lo que
son los encargados de desplegar las acciones
en la materia, razón por la cual las áreas
encargadas de la prevención se encuentran
por lo general dentro de estas instituciones, es
importante mencionar que en la actualidad ya
existen al menos en Nuevo León, Secretarias de
Prevención de la Violencia, en municipios.

Otro elemento es la Ley General para la
Prevención Social de la Violencia y la
Delincuencia creada en el 2012 la cual define
Sin embargo, ambos tipos de prevención a la prevención social de la violencia y la
han comprobado su ineficacia como efectos delincuencia como:
preventivos con el paso de los tiempos como
menciono Ruiz (2010:300) “hasta ahora
Artículo 2.- La prevención social de la
hemos confiado exclusivamente la sanción, la
violencia y la delincuencia es el conjunto
represión y el castigo a la policía, por lo que, si
de políticas públicas, programas y acciones
queremos en verdad reducir el crimen, tenemos
orientadas a reducir factores de riesgo
que acudir también a medios no coactivos”.
que favorezcan la generación de violencia
y delincuencia, así como a combatir las
2.2. La Prevención en el Marco Jurídico
distintas causas y factores que la generan.
Es importante hablar de la prevención del delito,
hoy enmarcada en el término prevención de la En esta ley encontraremos los tipos de
violencia y la delincuencia, el cual definiremos prevención, los cuales son: Comunitaria,
más adelante, desde el marco normativo situacional, Psicosocial y Social, que coloca
nacional, esto lo coloca en una validación la referencia y bases para el desarrollo de las
jurídica. Por lo cual señalamos lo siguiente:
acciones en los programas desplegados en la
materia.
Primero observemos desde la Constitución Por consiguiente, pasamos a exponer los tipos
Política de los Estados Unidos Mexicanos, de prevención referidos, por lo que en el
que refiere en una parte del “Articulo 21...… artículo 8, la prevención comunitaria la expresa
el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que de la siguiente manera:
estará sujeto a las siguientes bases mínimas: en
el inciso c) La formulación de políticas públicas
La prevención en el ámbito comunitario
tendientes a prevenir la comisión de delitos”.
pretende atender los factores que generan
Ana María Esquivel Hernández

�118

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

violencia y delincuencia mediante la
participación ciudadana y comunitaria y
comprende:
I. La participación ciudadana y comunitaria
en acciones tendentes a establecer las
prioridades de la prevención, mediante
diagnósticos participativos, el mejoramiento
de las condiciones de seguridad de su entorno
y el desarrollo de prácticas que fomenten
una cultura de prevención, autoprotección,
denuncia ciudadana y de utilización de los
mecanismos alternativos de solución de
controversias;
II. El mejoramiento del acceso de la
comunidad a los servicios básicos;
III. Fomentar el desarrollo comunitario, la
convivencia y la cohesión social entre las
comunidades frente a problemas locales;
IV. La participación ciudadana y comunitaria,
a través de mecanismos que garanticen su
efectiva intervención ciudadana en el diseño
e implementación de planes y programas, su
evaluación y sostenibilidad, y
V. El fomento de las actividades de las
organizaciones de la sociedad civil

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Por tal razón la prevención comunitaria nos
ofrece ciertas ventajas al ejercer un control
participativo y una validación por parte de la
ciudadanía.
De igual forma en septiembre del 2015; México
Evalúa público un estudio llamado Bases para la
Construcción de un Índice de Cohesión Social
Vecinal en el que concluyó lo siguiente:
Se observó que el mayor reto que enfrentan los
vecinos de estos conjuntos habitacionales es
desarrollar un comportamiento participativo.
Otros
retos
importantes
incluyen:
generar confianza entre ellos, ayudarse
mutuamente,
identificarse con los otros
miembros de la comunidad y desarrollar un
sentido de pertenencia hacia el lugar en el
que viven (México Evalúa:38).

Por lo expresado como menciono Pascual
(2006:136) “la resolución de los problemas
sociales implica la promoción de procesos
de cambio a partir de metodologías
participativas”. La falta de consideración de la
prevención comunitaria sería un retroceso en
La prevención comunitaria como lo mencionó las intervenciones preventivas en este país, por
Dammert (2005:133) “en la cual de acuerdo lo cual es un reto que nos requiere innovación
con sus objetivos se incluyen todas las en estos procesos de la mano de los sustentos
iniciativas destinadas al barrio, entendido como científicos.
destino de la política pública y ejecutor de las
mismas”. En este sentido se utilizaría el control Posteriormente pasamos a exponer la
social informal como una forma de control de Prevención Situacional, esta es una de las más
la criminalidad.
aplicadas en México y cuenta con sustento
teórico y metodologías para su aplicación. Por
Ahora bien, este argumento enfatiza la necesidad tal motivo Medina (2010:24) menciono como
de la participación ciudadana en su papel más “el espacio defendible se ha convertido en una
proactivo como parte de las políticas públicas herramienta más de la prevención situacional la
que despliega el Estado para la prevención. policía orientada a la solución de problemas”.
Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

Es decir, convierte al delito en una opción
utilitarista, selectiva y racional en el que las
causas no tienen mayor importancia sino es la
actuación que se tiene que tener sobre ellos
al disminuir la oportunidad que se puedan
presentar. De lo anteriores se desprenden teoría
que se aplican en este tipo de prevención las
cuales son las siguientes:
Primero la Teoría de la Opción Racional:
aquí la base de la desviación es el cálculo
de maximizar el placer y minimizar el dolor;
el control social como un castigo racional, la
disuasión como objetivo de control social, el
control de los actos y no de los actores.
Segundo la Teoría de las Ventanas Rotas: aquí
el comportamiento sin reglas y sin vigilancia
es señal evidente para los ciudadanos de que
el área no es segura, el temor domina a quien
habita estas zonas o a las que, por alguna razón
circulan en sus calles. (Orellana, 2012:123).
Tercero la Teoría de las Actividades Rutinarias:
afirma que el delito predatorio ocurre cuando
un delincuente potencial y un objeto propicio
coinciden en tiempo y lugar, sin la presencia de
un guardián capaz de imponer el orden. (Clarke
&amp; Eck, 2008:76)
Estas son algunas de las teorías que sustentan
este tipo de prevención, pero en la Ley
anteriormente mencionada encontramos en
lo referente a la prevención situacional, lo
siguiente:

119
social, así como disminuir los factores de
riesgo que facilitan fenómenos de violencia
y de incidencia delictiva.
A manera de corolario, se dirá que este tipo
de prevención tiene un impacto fuerte en las
políticas que se ejercen en prevención del delito
y/o de las violencias, ya que por su inmediatez
suelen ser usadas ampliamente en los programas
de gobierno, esta tiene un impacto inmediato en
el conocimiento de la comunidad, al ser visible,
es altamente propuesto por las autoridades.
Otro tipo propuesto en la Ley es la prevención
psicosocial que como lo expone el término
va enfocada en el sujeto desde su desarrollo
individual que impacta en su interactuar en la
sociedad, por lo que la Ley General la expone
en su artículo 10 como:
La prevención en el ámbito psicosocial
tiene como objetivo incidir en las
motivaciones
individuales
hacia
la
violencia o las condiciones criminógenas con
referencia a los individuos, la familia, la
escuela y la comunidad, que incluye como
mínimo lo siguiente:
I. Impulsar el diseño y aplicación de
programas formativos en habilidades para la
vida, dirigidos principalmente a la población
en situación de riesgo y vulnerabilidad;
II. La inclusión de la prevención de la violencia,
la delincuencia y de las adicciones, en las
políticas públicas en materia de educación, y
III. El fortalecimiento de las capacidades
institucionales que asegure la sostenibilidad
de los programas preventivos”.

Artículo 9. La prevención en el ámbito
situacional consiste en modificar el entorno Este tipo de prevención incide directamente
para propiciar la convivencia y la cohesión sobre los factores endógenos y exógenos,
Ana María Esquivel Hernández

�120

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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propuestos desde la Criminología Clínica, los
las condiciones sociales de la comunidad
cuales pueden incidir en la tendencia a cometer
y generen oportunidades de desarrollo
conductas antisociales; por lo que en general
especialmente para los grupos en situación
podríamos decir que se debe de considerar
de riesgo, vulnerabilidad, o afectación.
este tipo de prevención ya que colabora en la
construcción de tejidos sociales más sanos, al Esta busca fortalecer los programas educativos,
atender al sujeto de forma individual o colectiva deportivos, culturales y de salud, así como
según será la línea de actuación.
el acceso a programas de empleo y de
emprendimiento que contribuyan a generar más
Finalmente, en el orden jurídico tenemos y mejores ingresos, la cual se enfocan como
a la prevención social esta es un esquema prioridad en los niños y jóvenes de colonias
progresivo donde su enfoque es visto de marginadas o comunidades con rangos de
una forma multidisciplinaria y transversal al pobreza, fortalece el sentido de pertenencia y
intervenir en modificar las condiciones sociales la participación ciudadana, lo cual junto con
de la comunidad al generar proyectos de vida. otros tipos de prevención abonara en la cultura
de paz y la legalidad.
Desde la Ley mencionada encontramos
en su artículo 7 lo siguiente:
Por lo tanto, sostenemos que, desde la
La prevención social de la violencia y la normativa jurídica nacional se sientan las bases
delincuencia en el ámbito social se llevará a para sustentar el actuar en la materia, lo que
cabo mediante:
permite un lineamiento y homologación de las
I. Programas integrales de desarrollo líneas de actuación, independientemente de
social, cultural y económico que no los cambios de administraciones o estructuras
produzcan
estigmatización, incluidos desde la administración pública, así como
los de salud, educación, vivienda, empleo, ampliar la capacidad de gestión de diversas
deporte y desarrollo urbano;
organizaciones.
II. La promoción de actividades que
eliminen la marginación y la exclusión;
2.3. Prevención de la Violencia: Enfoques
III. El fomento de la solución pacífica de Teóricos
conflictos;
En los últimos años se ha implementado la
IV. Estrategias de educación y sensibilización prevención de la violencia desde diversos
de la población para promover la cultura de enfoques,
principalmente
el
de
tipo
legalidad y tolerancia respetando al mismo epidemiológico y el ecológico, por lo que
tiempo las diversas identidades culturales. daremos un breve repaso de los mismos.
Incluye tanto programas generales como
aquéllos enfocados a grupos sociales y Primeramente, hablaremos del enfoque
comunidades en altas condiciones de epidemiológico, el cual surge de la atención a
vulnerabilidad, y
la salud por lo que la Organización Mundial
V. Se establecerán programas que modifiquen de la Salud la define como “el estudio de la
Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

distribución y los determinantes de estados
o eventos (en particular de enfermedades)
relacionados con la salud y la aplicación de
esos estudios al control de enfermedades y
otros problemas de salud”. Motivo por el cual,
en 1993, dada la magnitud y complejidad de la
violencia, la Organización Panamericana de la
Salud, expuso lo siguiente:

121
de vulnerabilidad, tales como niñez,
adolescencia, mujeres, personas en situación
de discapacidad, población migrante, etc.
3. Terciaria: Son las intervenciones
centradas en la atención a largo plazo con
posterioridad a los actos violentos. Estas
intervenciones pueden estar dirigidas tanto
a la víctima como al victimario, con el
principal fin de evitar la reincidencia y dar
tratamiento al acto violento cometido (como
la rehabilitación y reintegración, e intentos
por reducir los traumas o la discapacidad de
larga duración asociada con la violencia).

Las conductas violentas en la Región de las
Américas constituyen un grave problema de
salud pública y son causa de deterioro de la
calidad de la vida.
Sus consecuencias para la salud y el bienestar
de las colectividades, su equilibrio social y su Colocar los niveles de intervención en el diseño
estabilidad económica reviste proporciones de los programas o proyectos, nos permite tener
alarmantes.
claro las acciones a llevar a cabo, lo cual nos
lleva a formular de forma más clara los objetivos
De ahí que Foro de Expertos en Seguridad e indicadores, del mismo.
Ciudadana de Chile (2004) y el Banco Mundial,
implementan los niveles de intervención En segundo lugar, hablamos del enfoque
a llevar a cabo en los planes, programas y ecológico, este enfoque toma fuerza tras la
proyectos en la materia, donde se establecen los definición por parte de la OMS (2002), en el
siguientes según la Subsecretaría de Prevención Informe Mundial sobre la Violencia y la Salud
y Participación Ciudadana (SEGOB) y del que entiende a “la violencia como la interacción
Instituto Nacional Demócrata para Asuntos de las personas en diferentes niveles y contextos,
Internacionales (NDI), en el 2018.
mediante el análisis de sus características
individuales, relaciones cercanas, vínculos
1. Primaria: Dirigido a grupos de la comunitarios e inserción social”.
población en general, con el fin de reducir
los factores de riesgo y aumentar los que Esta nos lleva a destacar las causas de la violencia
protegen a las personas de ser víctimas o y coloca en el contexto el conocimiento de los
victimarios.
factores de riesgo y de protección, al definir
2. Secundaria: Está destinada a evitar el los factores de riesgo como características que
desarrollo de conductas de riesgo de la aumentan la probabilidad de que una persona
violencia en grupos con un alto riesgo de se involucre en el crimen y la violencia (ya
presentar este tipo de comportamientos. sea como víctima o agresor). De igual forma
Son intervenciones focalizadas que tienen la Agencia de los Estados Unidos para el
como destino a poblaciones en situación Desarrollo Internacional (USAID), define los
Ana María Esquivel Hernández

�122

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Tabla 3. Enfoques de Prevención de la Violencia
ENFOQUES EN PREVENCIÓN
EPIDEMIOLÓGICO

Niveles de Intervención

ECOLÓGICO

Factores de Riesgo
Factores de Protección

Primario
Secundario
Terciario
Individual
Familiar/relacional
Comunitario
Sociales

Fuente: Elaboración propia.

factores de protección como “los activos o las
características que disminuyen la probabilidad
de que ocurran la violencia y la delincuencia”
(USAID, 2015:43).
Estos dos factores presentan niveles de aparición
los cuales son: Individual, Familiar/relacional,
Comunitario y Sociales, partiendo que estos
interactúan entre sí, o pueden estar presentes
más unos que otros, en lo particular cuando
realizamos un diagnóstico identificar los de
protección conlleva un análisis profundo de
los entornos, donde cada entorno presenta sus
particularidades.

Por último, nos encontramos convencidos que
la prevención en nuestra materia debe de ser
un binomio entre la prevención del delito, visto
desde las conductas tipificadas como tales y la
prevención de la violencia, donde se observan
las conductas que no siempre caen en este
rubro, enfocándose a las causas de la misma.
Lo que si puntualizamos es la importancia que
bajo un diagnóstico se diseñe el programa en
el que se desglosen los proyectos adecuados
a cada contexto, esto permitirá según estos,
colocar las acciones necesarias y dar respuestas
a las necesidades de cada comunidad.

3. EL MARCO INTERNACIONAL: LA
Ambos enfoques (Tabla 1) requieren de un AGENDA 2030 DEL DESARROLLO
nivel de conocimientos y preparación para SOSTENIBLE
su implementación y diseño, en los años que
se ha trabajado en el tema entendemos que Al hablar de la prevención de la violencia y el
la prevención de la violencia necesita de delito, desde el punto de vista internacional,
conocimiento teórico y práctico para llevar retomemos
algunos
antecedentes,
en
a implementaciones cada vez más exitosas, septiembre del 2000, en la ciudad de Nueva
que bajo una evaluación rigurosa se puedan York, se celebró la Cumbre del Milenio de las
considerar como buenas prácticas.
Naciones Unidas que da como resultado ocho
Objetivos de Desarrollo del Milenio, que tenían
Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

como vigencia hasta el año 2015. Al término de
estos las Naciones Unidas México, mencionan:

123
Objetivo 16. Promover sociedades pacíficas
e inclusivas para el desarrollo sostenible,
facilitar el acceso a la justicia para todos y
construir a todos los niveles instituciones
eficaces e inclusivas que rindan cuentas

Se colaboró con el Gobierno en rubros que
impactan el logro de los ODM en materia
de: combate a la pobreza, seguridad
alimentaria, perspectiva de género en planes El objetivo mencionado contiene objetivos
y presupuestos, promoción del ejercicio específicos, colocando sus espacios de
de los derechos de la infancia, incremento aplicación los cuales se expresan a continuación:
en el acceso a servicios de salud materna
y prevención del VIH/Sida, así como el
16.1 Reducir significativamente todas las
fomento de una economía verde y el acceso a
formas de violencia y las correspondientes
servicios básicos en áreas urbanas. De los 51
tasas de mortalidad en todo el mundo
indicadores en los que México comprometió
16.2 Poner fin al maltrato, la explotación, la
esfuerzos, se reportó cumplimiento total en
trata y todas las formas de violencia y tortura
37 de ellos.
contra los niños
16.3 Promover el estado de derecho en los
Lo anterior merece una revisión de los datos
planos nacional e internacional y garantizar
anteriormente mencionados, los cuales se
la igualdad de acceso a la justicia para todos
encuentran en el portan de Naciones Unidas
16.4 De aquí a 2030,reducir significativamente
México, para conocer puntualmente su
las corrientes financieras y de armas ilícitas,
evaluación a los ocho objetivos, ante esto
fortalecer la recuperación y devolución de
es claro que nuestro país tiende a desarrollar
los activos robados y luchar contra todas las
políticas que buscan cumplir con los estándares
formas de delincuencia organizada
internacionales a los que está suscrito,
16.5
Reducir
considerablemente
la
señalamos que los retos subsecuentes son altos.
corrupción y el soborno en todas sus formas
Ante esto las Naciones Unidas al llegar el 2015,
16.6 Crear a todos los niveles instituciones
configuran lo que hoy conocemos como Los
eficaces y transparentes que rindan cuentas
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que
16.7 Garantizar la adopción en todos los
son un conjunto de 17 objetivos y 169 metas
niveles de decisiones inclusivas, participativas
destinadas a resolver los problemas sociales,
y representativas que respondan a las
económicos y ambientales que aquejan al
necesidades
mundo, cubriendo a partir de ese momento, los
16.8 Ampliar y fortalecer la participación de
próximos 15 años (2015-2030).
los países en desarrollo en las instituciones
de gobernanza mundial
Los ODS sustituyen a los Objetivos de Desarrollo
16.9 De aquí a 2030, proporcionar acceso
del Milenio (ODM) que ya expiraron, colocando
a una identidad jurídica para todos, en
nuestra atención por el tema que nos ocupa en
particular mediante el registro de nacimientos
el siguiente:
16.10 Garantizar el acceso público a
Ana María Esquivel Hernández

�124

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

la información y proteger las libertades
fundamentales, de conformidad con las leyes
nacionales y los acuerdos internacionales
16. a Fortalecer las instituciones
nacionales pertinentes, incluso mediante
la cooperación internacional, para crear
a todos los niveles, particularmente en
los países en desarrollo, la capacidad
de prevenir la violencia y combatir el
terrorismo y la delincuencia
16. b Promover y aplicar leyes y políticas
no discriminatorias en favor del desarrollo
sostenible

de la ciudadanía en la deliberación y la toma
de decisiones sobre los asuntos públicos,
así como en la certidumbre que brinden las
instituciones públicas a partir de un actuar
enmarcado en la legalidad, la integridad y
una sólida ética pública (Presidencia de la
Republica, 2019a.).
En la estrategia anteriormente mencionada
establece como prioridades o cambios
necesarios para el cumplimiento de la Agenda,
los siguientes:
•

Erradicar la corrupción, el dispendio y la
frivolidad.
Recuperar el Estado de derecho
Separar el poder político del poder
económico
Cambiar el paradigma en seguridad
Transitar
hacia
una
democracia
participativa pública (Presidencia de la
Republica, 2019b.).

En este sentido nuestro país asumió el
•
compromiso de implementar la agenda,
por lo cual en la Estrategia Nacional para la
•
Implementación de la Agenda 2030 en México,
PARA NO DEJAR A NADIE ATRÁS: Por el bien
•
de todos, primero los pobres, el cuidado del
•
medio ambiente y una economía incluyente,
publicada en noviembre del 2019, menciona
en lo referente al Objetivo 16. Promover
Sociedades Justas, Pacíficas e Inclusivas, lo Dentro de estos cambios necesarios ampliamos
siguiente:
el de cambiar el paradigma de seguridad, en el
que se menciona lo siguiente:
En 2030, se habrá consolidado en México una
cultura de servicio público fundamentada
Cambiar las medidas de guerra por una política
en la protección, garantía y promoción de
de paz y seguridad integral que ataque la raíz
los derechos humanos, la transparencia,
misma del descontrol delictivo y la pérdida
la rendición de cuentas y la participación
de seguridad, y que tenga como objetivo
ciudadana, orientada al cumplimiento de
inmediato la reducción del índice delictivo.
Esto implica erradicar la corrupción en la
las demandas públicas. Las instituciones
procuración de justicia, así como garantizar
del país –en todos los niveles– cumplirán
empleo, educación, salud y bienestar
con estándares de eficacia y transparencia,
para todas las personas. Se tendrán que
y rendirán cuentas sistemáticamente a la
respetar plenamente los derechos humanos,
ciudadanía. Se habrá restaurado la confianza
regenerar la ética de las instituciones y de la
plena entre el gobierno y la sociedad, basada
sociedad, reformular el combate a las drogas,
en la eficacia gubernamental y la participación
Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

�125

Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

emprender la construcción de la paz, y
recuperar y dignificar las cárceles. Asimismo,
es necesario articular la seguridad nacional,
la seguridad pública y la paz; establecer la
Guardia Nacional; e instituir coordinaciones
nacionales, estatales y regionales que
sean efectivas pública (Presidencia de la
Republica, 2019c.).

•

tres órdenes de gobierno el intercambio
seguro de la información en la generación
de inteligencia, prevención y persecución
del delito.
Objetivo prioritario 5: Fortalecer la
Gestión Integral de Riesgos para construir
un país sostenible, seguro y resiliente.
(DOF. 2019)

Este punto resulta interesante para el análisis
del contexto, dejando en un rango amplio
para su aplicación, dentro del contexto de la
obligatoriedad que tiene nuestro país, por lo que
revisemos el Programa Sectorial de Seguridad y
Protección Ciudadana 2020-2024, publicado
el 2 de julio del 2020 en el Periódico Oficial de
la Federación, que nos muestra las directrices
para llevar a cabo en materia de prevención de
la violencia y el delito, en este se encuentran
los cinco objetivos prioritarios:
•

•

•

•

Este programa, nos muestra fallas muy visibles,
primeramente, encontramos que no se realizó
un diagnóstico como tal para su construcción,
no vemos una estructura clara, lo cual en los
últimos años quienes trabajamos en el tema,
hemos insistido en que sin metodología
no hay prevención, de la misma forma, las
diversas acciones tanto las policiales como las
comunitarias, no parecen llevar una conexión
clara, se habla por ejemplo que los homicidios
“habrán disminuido en un 50%”, un reto poco
probable de cumplir cuando esto lleva ya
Objetivo prioritario 1: Mejorar las varios sexenios en aumento, sabemos que los
condiciones de seguridad en las regiones indicadores deben de ser realistas y viables en
del territorio nacional para construir la su construcción.
paz.
Objetivo prioritario 2: Contribuir Ante este documento ya reaccionaron algunas
al fortalecimiento del diseño e organizaciones, por ejemplo, Causa Común
implementación de políticas públicas en (2020:9) menciona al respecto “Gobierno
materia de prevención de la violencia y el Federal no puede explicar de manera rigurosa,
delito en el territorio nacional.
coherente y precisa, en qué consisten sus
Objetivo prioritario 3: Impulsar la definiciones para enfrentar la situación de
reinserción social de las personas privadas inseguridad, violencia y crimen más grave de
de la libertad en centros penitenciarios los últimos cien años”.
con enfoque de respeto a los derechos
humanos, inclusión y perspectiva de En este sentido entendemos que la configuración
género, diferenciada e intercultural.
de políticas públicas en materia de seguridad
Objetivo prioritario 4: Fortalecer las debe de surgir de un diagnóstico bajo una
capacidades tecnológicas que permitan metodología riguroso, con un sustento científico
a las instituciones de seguridad de los como ya lo marcan las construcción de la
Ana María Esquivel Hernández

�126

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

política criminal y la política pública, lo que
nos muestran los documentos anteriormente
citados, es una clara visión panorámica de lo
local a lo internacional, lo que nos lleva a una
grave desarticulación en las acciones que los
gobiernos deben de emplear, ya que si la política
criminal no es clara, la política pública tiende a
fallar, donde urge la visión criminológica.
4. CONCLUSIONES
Las condiciones de la sociedad a raíz de la
pandemia, han cambiado, hoy se encuentra con
factores de riesgo más grandes, las condiciones
económicas que generan las brechas entre clases
se hacen cada vez más evidentes, tras las tasas
de desempleo en el país, la situación escolar,
se vio afectada, tras estar sujetos a dispositivos
electrónicos para continuar con la instrucción
escolar, las condiciones de salud mental se
agravaron por diversas razones como la sana
distancia, el confinamiento, la desesperanza y
el duelo de muchas familias.
Todo lo anterior trajo como consecuencia que
violencias que ya se presentaban se enfatizaron
más, como la violencia familiar, las violaciones,
así como los feminicidios. Todo este panorama,
como hemos visto exige de la Criminología
independientemente su vertiente teórica, una
respuesta, donde con su entendimiento de su
multidisciplinariedad, es capaz de configurar
planes, programas y proyectos, ya lejos de
las posiciones pasadas en las que no se tenía
una metodología clara en su estructura, hoy la
tenemos, por lo que nos responsabiliza como
agentes de cambio ante las viejas estructuras.
Con lo anterior, permite que desde la
Criminología dar su posicionamiento desde

constructoscriminologicos.uanl.mx

análisis riguroso de la política pública, la cual
despliega el gobierno mexicano en materia de
la Agenda 2030, del Desarrollo Sostenible, en lo
conducente al Objetivo 16, donde al momento
encontramos que el proyecto con el que cuenta
no es claro y con muchas dificultades para una
futura medición al presentar indicadores, que no
se muestra surgimiento de alguna herramienta
para ello, como es la teoría de cambio o el
marco lógico.
Ante este momento la academia tiene la
responsabilidad de trabajar en conjunto para la
transformación del conocimiento, que permita
dar respuestas a la sociedad en materia de
seguridad que le permita ejercer una cultura de
paz libre de violencia.
TRABAJOS CITADOS
Causa Común (2020). Recuperado de: http://causaencomun.
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Ana María Esquivel Hernández

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

—
Ana María Esquivel Hernandez
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México.
Doctora en Criminología, Maestría en Criminología,
Licenciada en Psicología UANL, Coordinadora
de la Maestría en Criminología, Catedrático en
Licenciatura y Posgrado, de la Facultad de Derecho y
Criminología de la UANL, así como Par Académico
de Ciencias Sociales y Administrativas de los
Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la
Educación Superior (CIEES) y Presidenta del Consejo
Ciudadano de Seguridad Pública del Estado de NL.
Correo: anaesquivel7878@hotmail.com.

Criminología, prevención de la violencia y la agenda 2030 del desarrollo sostenible. PP. 111-128

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021

129

�Vol. 01,
Núm. 01,
Julio 2021
ISSN: EN TRÁMITE

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx
Constructos Criminológicos es una publicación científica, que propicia un
espacio de debate académico, focalizada a difundir investigaciones y trabajos
escritos de opinión respecto de la ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas temáticas que se circunscriben en
el moderno concepto de la disciplina; en este sentido: sobre criminología,
prevención, política criminal, criminalística, derecho penal y derecho de
ejecución Penal, elaborados con rigor, procedentes de cualquier parte del
mundo y sin limitación en cuanto a la orientación teórica o ideológica.
La periodicidad de la revista es semestral, con la peculiaridad que cada número
se convoca en el mes de enero y se cierra en el mes de junio; se apertura en el
mes julio y se cierra en el mes de diciembre.
El idioma principal es el español, si bien podrán publicarse asimismo
contribuciones en portugués, francés, inglés o italiano, siempre que vayan
acompañadas de la correspondiente traducción al español, la cual deberá ser
aportada por los propios autores. Cabe destacar que se alude a colaboraciones
inéditas.
La recepción de artículos para su posible publicación en RCC se abre en dos
períodos a lo largo del año: entre el 1 del mes de enero y el 15 de abril y entre
el 1 del mes de junio y el 15 del mes de octubre.

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              <text>Constructos Criminológicos es una revista en línea de periodicidad semestral que inicia en el 2021, arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito de la ciencia criminológica que contribuya a resolver las necesidades de seguridad que requiere nuestro país.</text>
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              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León, Facultad de Derecho y Criminología, Coordinación de Publicaciones Científicas </text>
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              <text>Hernández Castillo, Gil David, Coordinador Editorial</text>
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              <text>Hee Moon, Jo, Comité Editorial Internacional</text>
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