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                  <text>DEL
'

IMP.E-RIO

DIARIO
'

·rono 1.

MEXIC.O: Miércoles 21 de Junio de 1865.
SUMARIO

LUTO DE LA CORTE por fallcclmlenl-0 tle la Princesa de !Iessen-llannstadt y del Gran Duque hercditai-lo de Rusia.
PARTE OFlOIAL.-Decreto sobre sueldo del Administrador ele Rentas de Jalapa.-Circular :l los Cónsu•
les y Vicecónsules del Imperio, para que puedan certificar documentas de merca11cías para el puerto de
Túxpan.-Orden declarando Insubsistentes los decretos de los antiguos Congresos de San Luis, Guanajuato
y Zacatecas, sobre derechos 1\ la sal.-Resoluolon sobre bienes nnolonnllza1los cuya propiedad se reconoce
al Sr. Davidson.
PARTE NO OFICIAL.-Int,ll'ior.-Partes de Prefecturas. De Mll,Zatlan, sobre un notable hecho de armas cerca de Guaymas.-De Mlchoacan, sobre desaparlclon de la fiebre tlromea.
'
Línea de vapores entre Nueva-York y Verac1·uz.-El ferrocarril de Chaloo.--Otr81! l}Otlcia~.
Eltel'io1•.-Bervlclo meteorológico !nternaclónal.-ll!pafia. Aviso ñ los n11vegnnte11. ·
DENUNCIOS Y SOLICITUES.-Tercera publicaclon de varios.

NUM. 141.

tas del Departaménto de San Luis l'otosf, y á los administradores
principales de rentas de los Departamentos rfo Guanajuato y Zacatecas.
Son copias. México, Jnnio 17 de 1865.
El Gefe de la Seccion P ,

Javie, de.Reygada.~.

MINISTERIO DE INSTRUCOION PUBLICA Y CULTOS.
AVISO DE CORTE.
A consecuencia del fallecimiento de S. A. R. la Gran Duquesa
Anna de Meklembourgo Schwerin, Princesa de Hessen Darmstadt,
y de S. A. I. y R. el Gran Duque hereditario de Rusia, Nicolás Alexandrowich, tomarán SS. MM. el luto durante catorce dias, conta.-·
dos desde el 21 de Junio de 1865.
Los primeros siete días serán de luto y los siete siguientes de medio luto.
Todas las personas que tengan el honor de presentarse oficialmente á SS. MM. tendrán que observar el luto.
,El luto para las señoras es de seda ó terciopelo negro, guantes negros y solo diamantes. El medio luto es bla11co y negro con morado
ó gris y toda clase de alhajas.
Para los señores traje negro, guante negro, y para los que usan
uniforme crespon en el brazo, guante blancq,
•.,,

-=-===========P==AR===T=E===O=F==l=C=IAL====.============~

MAXIMILIANO, EMPERADOR DE MEXICO:
HEMOS venido en declarar que el sueldo anual correspondiente al
empleo de Administrador de Rentas del Uistrito de Jalapa, es el de
un mil ochocientos pesos, que en diversas épocas ha tenido señalado.
Por Nuestro Ministerio de Hacienda se darán las órdenes correspondientes.
Dado en Puebla, á 14 de Junio de 1865.
MAXIMILJANO.
Al Subsecretario de Hacienda.

Mayo 11 de 1865.

Exmo. Sr.-.Mediando un compromiso formal y solemne del Gobierno nacional, por el cual quedó reconocida la propiedad de D. Nathaniel Davidson en las fincas y capitales de Bienes nacionalizados
á que se refiere su escrito de 6 de Abril próximo pasado, como aparece de la escritura otorgada en 15 de Junio de 1861 ante el escribano público D. Manuel Madariaga, y siendo á cargo del mismo Gobierno indemnizará éualquiei· tercero que resultare pe1judicado, no
podria alterarse el derecho adquirido por Davidson en este negocio,
y por lo mismo la espresada adquisicion no se halla comprendida en
la revision prevenida por la ley de 26 de Febrero de este afio.
En cuanto al certificado que ha_presentado al consejo D. Francisco Lelo de Larrea, procedente de un capital de 4,000 ps. que fué
comprendido en la cesion hecha á Davidson, y cuyo certificado aceptó del Gobierno por via de indemnizacion, deberá devolvérsele para
que haga de él el uso que le convenga.
Lo digo á V. E. para su conocimiento, y en contestacion ú sus oficios relativos de 11 y 21 de Abril próximo pasado.
El Ministro de Instruccion públicH y Culto~,
SILICEO.

Exmo. Sr. Presidente del Consejo de Estado.

PARTE NO OFICIAL.
INTERIOR.
PARTES DE PREFECTURAS.

POR EL EMPERADOR, .

Imperio Mexicano.-Prefectura política del Departamento de Mazatlan.
-Mazatlan, 29 de Mayo de 1865.-Exmo. Sr.-Para que V. E. se digne
Félix Campillo.
elevarlo á conocimiento de S. M. el Emperador, tengo el honor de acompañarle un ejemplar impreso de la interesante noticia publicada el dia de ayer
en esta ciudad, acerca del brillante hecho de armas alcanzado el 22 del corMINISTERIO DE HACIENDA.
riente en la Pasion, inmediaciones de Guaymas, por una pequeña fuerza
SECClON 1~
francesa sobre las tropas que en número de dos mil quinientos hombres, haCircular núm. 74.
México, Junio 17 de 1865.
bían reunido en aquel punto los gefes disidentes Pesqueira y García MornHabiendo sido habilitado el puerto de Túxpan para el comercio de les.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto político, G. Almado.
altura, segun el decreto que se ha servido espedir S. M. el Empera- -Secretario, G. Moreno.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion.-México.
El Subsecretario de Hacienda,

dor con fecha 10 del actual, puede vd. certificar los documentos que
se le presenten para importar mercancías por el citado J&gt;Uerto; que- Prefectura superior política de Mazatlan.-Secretaría.-Mazatlan, 28 de
dando en ·consecuencia derogada la circular que comuniqué á vd. en Mayo de 1865.-En carta oficial de hoy, dice el Exmo. Sr. general De Cas·
23 de Abril último, bajo el número 60.-El Subsecretario de Ha- tagny, el Señor Prefecto superior político de este Departamento, lo si- •
cienda, Félix Campillo.-Se comunicó á los Cónsules y Vicecónsules guiente:
1~ Division,:_El general comandante.-Mazatlau, Mayo 28 de 1865.del Imperio en el esterior.
México, Abril 2-2 de 1865.

S. M. el Emperador ha tenido á bien declarar insubsistente el decreto del Congreso de ese antiguo Estado, fecha 22 de Marzo de 1860,
que impuso un derecho de estraccion á la sal cosechada en su demarcacion al trasladarse á otros Estados, y libertando de alcabala á
la que se consumiera dentro de él, por ser perjudicial á la minería de
los demas puntos y opuesto á la uniformidad que debe haber en los
impuestos.
Lo que comunico á V. S. para su iñteligencia y fines consiguientes.- El Subsecretario de Hacienda, Félix Carnpil,lo.
Se comunicó al Prefecto politico y administrador principal de ren-

Señor Prefecto.
La Victoria, que ha llegado en este momento de Guaymas, me informa
que nuestras fuerzas han obtenido un brillante éxito sobre las tropas reunidas de Pesqueira y de Morales en el punto de la Pasion.
El 22, á las seis.de la mañana, el campo de esos dos gefes disidentes, que
habian reunido mas de 2,500 hombres, ha sido recorrido dos veces en toda
su estensiqn por 70 cazadores de Africa.
El botín -h~ sido inmenso, y la infantería, mandada por el coronel Garuier, solo llegó al punto del combate para mas precipitar la dispersion del
enemigo.
Así, pues, 70 cazadores de Africa han puesto en derrota. á 2,500 disidentes, sorprendidos, es cierto, en su campo.
Servíos, Sefior Prefecto, poner esta noticia en conocimiento de vuestros
administrados, y de hacerles saber que los alrededores de Guaymas están

�DIARIO DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

578

enteramente despejados de las gavillas que interceptaban las comunicaciones
entre esta ciudad y el interior del pais. _
.
Recibid, Señor Prefecto, las seguridades de mi distinguida consideracion.
-El general de Division, JJe Oastagny.
Cuyo suceso me ordena el Señor Prefecto político ponga en conocnruento del público, por la importante trascendencia que debe tener en el p~onto
restablecimiento del órden en aquella parte del Imperio.-El ~ecretar10 general, (Jregorio Moreno.
Imperio Mexicano.-Prefectura política de Michoacan.-Núm. 198.-Morelia, Junio 8 de 1865.-Exmo. Sr.-Con fecha de ayer dice á la Secretaría
de esta Prefectura el alcalde municipal de Indaparapéo, lo que copio:
Sírvase V. poner en el superior conocimiento de S. S., el Prefecto político, que en todo el mes próximo pasado ha disfrutado esta municipalidad de
buena salud pública, pues han cesado notablemente las fiebres tifoideaJ3, como podrá verse por los estados parroquiales que separadamente remito á esa
superioridad.
Y tengo el honor de trascribirlo á V. E., en cumplimiento de las disposiciones superiores.-Dios guarde á V. E. muchos años.-El Prefecto del
Departamento.-António Moral.-México.-Exmo. Sr. Ministro de Gober' nacion.
Es copia.-México, Junio 13 de 1865.
El Subsecretario de Gobernacion,
Francisco J. Vitlalobos.
LIQA DE VAPORES ENTRE NUEVA-YORK Y VERACRUZ.

Se ha establecido una linea de vapores-correos entre estos dos
puertos.
··
La Compañía se ha formado en Nueva-York, y tiene dos vapores,
el Manhattan y el Veracruz. Cada uno de ellos es de 1,500 toneladas, y tiene una máquina de 750 caballos. Cada uno tiene capacidad para 150 pasajeros de primera cámara, y 500 de segunda.
Tocarán en la Habana á la ida y á la vuelta, y harán el viaje en
diez dias.
El Manhattan debió.salir de Nueva-York el dia 15 del actual, y
el Veracruz saldrá el 1? de Julio próximo. En las mismas fechas
continuarán saliendo cada mes de cada uno de los dos puertos.
Estos vapores son de tres puentes, y sus máquinas son de Bearn.
Tiene cada uno 233 piés de largo y 36 de ancho. Su velocidad media es de doce millas por hora.
Han sido construidos por los Sres. Saurence y Foulks, y lamaquinaria ha sido hecha en la célebre fundicion de Mr. Morgan.
Algunos de los principales capitalistas de Nueva-York han formado la Compañía; el presidente de ella es Mr. Whitney, y el secretario Mr. Powerdy, de l~ Compañía de la Mala del Pacifico.
EL FERROCARRIL DE CHALCO,

La Soéiedul, dice en su número de ayer lo siguiente:
Ayer se abrió en esta capital la oficina de la direccion de este camino, y
empezó el cobro de la primera exhibicion que la empresa ha pedido á los
accionistas. Nos han dicho que estos acudieron en gran número á pagar los·
cinco pesos que por cada accion deben entregarse ahora, y que animado el
público con la buena perspectiva que esta obra ofrece, muchas personas
fueron ayer mismo á inscribirse en el registro de suscritores. Celebramos
que el ferrocarril de Chálco inspire esta confianza, porque ella asegura la
pronta realizacion de esta importante mejora.
EL SR, GENERAL DOUAY.

Llegó á Veracruz hace pocos días, y está en camino para esta capital, adonde llegará de un momento á otro.
-EXTERIOR.
SERVICIO IIETEOROLOGIOO INTERNACIONAL.

Oomanrlancia general de marina del Apostadero de la Habana.
Direccion de matrículas.-Exmo. Sr.-Remito á V. '.E. la ™1junta traduccion de una carta que me ha sido dirigida por el Director del Observatorio
Imperial de París Mr. Leverrier, solicitando la cooperacion de la marina española en el servicio meteorológico internacional fundado en el establecjmiento que se halla á.su cargo: cuya trascendencia para todas las creaciones marítimo-comerciales es innecesario encarecer. Estudiar el curso de las tempestades; predeeir en lo posible sus desastrosos efectos avisando anticipadamente á
los navegantes su proximidad y la direccionque siguen; dar, en fin, á conocer
con la mayor certeza posible las leyes á que se sujetan, por medio de cartas trazadas ad hoc, es un trabajo de tal importancia, que siempre seria poco todo el
interes con que pudiera considerarse. Como V. E. verá, el espresado Director se limita á pedir de los buques españoles que atraviesan el Atlántico,
cierto número de observaciones, tanto inas fáciles de hacer, cuanto que no
exigiéndose en ellas una precision matemática, llenarán perfectamente su objeto con solo alcanzar un mediano grado de exactitud. Seria inferir un agravio á la notoria ilustracion de V. E. tratar de hacerle ver el verdadero compromiso en que nuestra marina se halla de corresponder dignamente á tan
honrosa distincion. Nuestro país, que por causas de todos conocidas, ha vivido por largo tiempo separado del movimiento científico europeo, vuelve
nuevamente á entrar en él invitado por una Sociedad de sabios, á cuyo frente se halla una de las mas grandes notabilidades modernas: el objeto á cuyo
logro ha de concurrir por medio de la marina es de una utilidad directa y

mete S. E. que todos los capitanes rivalizarán en interes y celo para llenar i E4~ Qued.a entendido q~e en nada se alteran, modifican ni derogan por es·
el importante fin que se propone la Direccion del Observatorio Imperial de ta declarac10n de los gobiernos de España y de Inglaterra las disposiciones
reglamentos ó prácticaJ3 que hoy rijan en las espresadas pÍazas y fortalezas:
Paris.
Habana, 17 de Mayo de 1865.-El Secretario, Adolfo Navarrete.
respecto de los buques de guerra que navegan en sus aguas ó se dirijan á
sus puertos.
5~ Ambos gobiernos espedirán l!s, órd~nes necesarias para la ejecucion
ESPAIA.
del presente acuerdo, que empezara a regir desde el 15 del mes corriente.
En fé de lo cual, la presente declaracion ha sido firmada por duplicado
A VISO A LOS NAVEGANTES.
por
D. Antonio-Benavides, Caballero Gran Cruz de la real y distinguida
DIRECOION DE HIDROGRAFIA.
Orden de Cárlos III, Ministro de Estado de S. M. Católica, y por Sir J ohn
Nó.meroll.
Fiennes Crampton, Baronet, Caballero Comendador de la muy honorable
Orden del Baño, Enviado estraordinario y Ministro plenipotenciario de S.
MAR HGRO.-COSTA DE RUSIA.
M. Británica en la corte de Madrid, los cuales la han!sellado conlelfsello de
Alteracion en la luz del faro de Pendra.
sus armas.
Segun anuncio del Ministerio de marina del Imperio de Rusia, debe haFecho en Madrid el día d0s de Marzo del año de Nuestro Señor mil ocho•
berse encendido desde fines del año de 1864, una nueva luz ·en la antigua cientos sesenta y cinco.
torré reparada recientemente.
L. S.)-Firmado.-Antonio Benavides.
Está situada en la Península Tendra, costa O. de Crimea.•
L. S.)-Firmado.-John F. Orampton. -..
Aparato dióptrico de segundo órden.
. ~ o que se publica para conocimiento de los navegantes.
Luz giratoria, que presenta su mayor intensidad cada minuto.
Madrid, 16 de MarzQ de I865.-SalvadorlMo_1'eno.
Alcance en tiempo despejado, 16 millas.
Elevacion del foco luminoso sobre el nivel del mar, 29'2 metros.

palpable: las ventajas que de ello ha de reportar al comercio universal y las
mas altas todavía que á la humanidad .ha de dar, no necesitan esplicarse; y
ni España ni la marina española .ee mostrarían dignos de tan honorífico llamamiento si no acudieran·á él con prontitud, constancia y buen deseo. Así
pues la Reina, (Q.D.G.) se ha dignado ordenar prevenga á V. E., que por
las autoridades del ramo en todas Las provincias marítimas y estaciones navales que se hallan bajo el digno mando de V. E., se haga conocerá los capitanes de buques mercantes la carta del Director del Observatorio de París, llamándoles la atencion hácia el objeto que en ella se menciona, la facilidad de hacer las observaciones á que se refiere, la conveniencia que á ellos
mismos ha de reportar, y los premios que se @frecen á los mas celosos, estimulándoles, no solo por la propia utilidad, sino por la buena fama de nuestra nacion, á dar los datos que se piden y recomendándoselo muy especialmente á los capitanes de vapores-correos trasatlánticos, que por la multiplicidad de sus viajes han de poder proporcionar las mas numerosas é interesantes
observaciones. Pero de quienes S. M. no duda un momento que han de contribuir al importante trabajo que se menciona, con toda la energía de su celo
y de un amor á la ciencia nunca desmentido, es de los comandantes de buques de guerra que por sus conocimientos especiales, por las facilidades que
sobre los del comercio tienen para todo género de tareas científicas y por su
carácter oficial, están ~n el deber de demostrar que la marina militar española se halla por todos conceptos al nivel de las Armadas estranjeras, debiendo teRer entendido que al responderá esta escitacion contraerán en su
carrera un mérito especial y atendible. Las observaciones hechas en la mar
por los buques mercantes serán entregadas por los capitanes á los respectivos comandantes de Marina, los cuales las remitirán á V. E., quien en union
de las practicadas por los buques de guerra las dirigirá periódicamente segun su número, al Director del Observatorio de San Fernando, para que éste á su vez, las remita directamente al de París. De real órden lo digo á
V. E. para su conocimiento y fines consiguientes.
.
Dios guarde á V. E. muchos a,ños. Madrid, 24 de Marzo de 1865.-Armero.-Señor Comandante General de Marjna del Apostadero de la Habana.
Direccion de Matrículas.-Paris 7 de Febrero de 1865.-Sr. Ministro.El servicio meteorológico internacional establecido en el Observatorio Imperial de Paris cuenta actualmente con sesenta y cinco puestos de observacion, repartidos sobre la superficie de Europa. Los despachos meteorológicos que recibimos todas las mañanas de estas estaciones, permiten seguir
paso á paso el curso de las tempestades que abordan nuestras costas y establecer probabilidades para el tiempo del dia siguiente, teniendo el honor de
trasmítiros con las que son aplicables á las costas de vuestro país un resúmen
sucinto de la situacion atmosférica de Europa.
Las tempestades principian por surgir sobre el Océano, y el estudio de su
marcha cuando están todavía lejos de las costas, permitirá conocer las señales con que se anuncian, pudiendo S. E. el Ministro de la Marina española
ayudarnos á dar mayor certidumbre á nuestras previsiones.
Este estndio retrospectivo no es posible sino con el concurso de los marinos.
La marina francesa, á 1a cual desde un principio nos hemos dirigido, nos
envia un gran número de observaciones, las cuales nos permiten prolongar
hasta el Océano las curva13 de igual presion, cuyas modificaciones son la base
de nuestras precisiones diarias. Las cartas meteorológicas así construidas
ofrecen un gran interes, y yo espero que muy pronto estaremos en disposicion de publicar bajo el nombre de Atlas de las tempestades, las correspondientes al año de 1864.
Nuestro trabajo ganaria, sin embargo, mucho en alcance yprecision si pudiéramos utilizar una parte de los documentos recogidos por las diversas naciones marítimas, pues cuanto mayor número de dato;1 tuviéramos, con tanta
mayor exactitud pudiéramos trazar la marcha de cada tormenta á traves del
Océano.
Así, pues, tengo el honor de solicitar de V. E. la comunicacion de las ob
servaciones de tiempo hechas á bordo de los buques españoles que atraviesen el Atlántico. Pero es importante consignar que no reclamo observaciones meteorológicas de precisivn, como pudieran practicarse en una espedicion científica; su número seria demasiado pequeño para poder servir: de
utilidad. El Océano es vasto, y si se quiere seguir una tormenta sobre su
superficie, hace falta un gran número de observaciones repartidas en diferentes puntos. La fecha y la hora, el lugar de la nave deducido por la estima,
la altura del barómetro, la direccion y la fuerza del viento y el estado de la
mar, son datos preciosos y con los cuales nos contentaremos.
Permitidme, Señor Ministro, insistir nuevamente en que el éxito de esta
empresa interesa por igual á todas la13 marinas, debiendo publicarse inmediatr.mente, como se ha dicho, las cartas de las tempestades.
Una Sociedad científica instituida para fomentar estos trabajos, ha ofrecido cinco premios de un valor aproximado de trescientos francos cada uno á
los capitanes autores de las mejores series de observaciones meteorológicas
en la mar; bien entendido que los marinos de todas las naciones pueden aspirar á estos premios, cuyo número será aum~ntado en razQn de l~ circunstancias.
Mi colega del observatorio de Madrid, á quien escribo por este mismo
correo, tendrá la bondad de apoyar esta demanda cerca de V. E.
Dignaos recibir, Señor Ministro, la espresion de mis sentimientos de alta
consideracion.-El Senador Director del Observatorio Imperial de París,
(firmado) Le Verrie1·.
Es copia traducida.-(Har dos rúbricas.)
Es copia de la real órderi original y antecedente unido, que por disposicion del•Exmo. Sr. comandante general del Apostadero, debe imprimirse
en el Diario de la Marina para inteligencia y gobierno de aquellos á quienes pueda convenir; en el concepto de que estando interesado en el cumplimiento de este soberano mandato, no solo el buen nombre de la marina mercante española, sino tambien los sentimientos de humanidad por la mayor
seguridad que han de ofrecer á la navegacion, los resultados de las cartas
que tanto se recomiendan, trazadas ad hoc con las observaciones de tiempo
hechas á bordo de los buques mercantes que atraviesan el Atlántico, se pro·

•

579

COSTA E. DE CHINA.

Luces en la valiea Kdu T'oan. Río Yang-tze Kiang.
Segun ·anuncio del capitan del puerto de Shanghai, deben haberse encendido el 5 de :Piciembre de 1864, las mencionadas luces colocadas en la es•
presada valiza, que está situada en la parte S. de la entrada del Yang-Tze.
La luz mas alta es fija, blanca, elevada 2F3 metros sobre el nivel medio
del mar, y visible en tiempo despejado á 5 ó 6 millas.
La luz mas baja es fija, roja, elevada 9'2 metros sobre el nivel medio del
mar, y tiene por objeto indicar al navegante la restinga peligrosa que se ha
formado por fuera de la valiza, y no será visible desde la cubierta de un buque que esté elevado 16 piés sobre el nivel del mar, hasta que se llegue á
un fondo de 19 piés de agua en bajamar de mareas vivas.
La valiza es ajedrezada, de.rojo y blanco, y remata con una bola de metal
muy luciente.
DR ADRIATICO.

l,,uces del puerto en Oigale y Segna.
Segun anuncio del Gobierno marítimo central de Austria en Trieste, se
han establecido las que se espresan á continuacion:
En Punta Madona.-Parte S. de la entrada de puerto Cigale, isla Lossini.
Luz fija, blanca.-Alcance en tiempo despejado, 8 millas.
Elevacion del foco luminoso sobre el nivel medio del mar 9'8 metros.
Situacion geográfica aproximada:
'
Latitud, 44° 31' 45" N. Longitud, 20º 38' 46" E. de San Fernando.
En la estremidad del muelle de María Krts.-Parte S. del puerto Segna.
Está ~ituada en la costa, frente. al estremo ~. E. de la isla Veglia,
Luz fiJa, blanca.-Alcance en tiempo despejado, 8 millas.
Situacion geogr~fica aproximada:
.
Latitu4, 44° 59' 15" N.~Longitud, 21° 5' 461' E. de San Fernando.
Madrid, l! de Marzo de 1865.-Salvador Moreno.
Núinero 12.
NAVEGACION DEL :ESTRECHÓ DE GIBRALTAR.

•

Supresion de las formalidades á que estaban sujetos loa buques mercantes al
entrar en las agitas jurisdiccionales de las plazas fuertes que dominan el
referido estrecho.
Por real decreto q_ue á continuac!on se inse~ta, los buques que transiten
por el estrecho de Gibraltar, deberan atenerse en lo sueesivo á las siguientes
disposiciones:
·
•
"El gobierno de S. M. la Reina de España y el de S. M. la Reina del Reino-Unido. de la Gran Bretaña é Irl~nda, to?1ando en consideracion que han
desaparecido ya las causas que motivaron Ciertas precauciones establecidas
en las plazas de.guerr~ que don_iinan ?l Estrecho de Gibraltar para.los casos
en que se aproximan ~ ellas baJO. el tiro d_e cañon los buques que navegan en
a~uellas aguas; y en vista de los mconvementes que ofrece para la navegacion ?1ercante el _cumplimiento de ~as formalidades á que por razon de las
referid~s pr~cauciones se hallan SUJetos, cuando las corrientes ó los vientos
les obligan a entrar en las aguas pertenecientes á la jurisdiccion marítima de
d}chas plazas de guerra; y atendiendo, por último, á que estas en circunstancias no~males se hallan escudadas por la buena fe de las naciones, contra sorpr~sas o atentados que condena el derecho de gentes, han convenido en lo sigmente:
, 1~ ~e~an suprimidas en las.plazas de guerra y fortalezas pertenecientes
a Espana e Inglaterra que domman el estrecho de Gibraltar las disposiciones.en cuya virtud se exige que los buq~es m?rcantes que c:uzan dicho Estrecho muestren su bandera al pasar baJo el tiro de cañon de aquellas plazas ó fortalezas; quedando igualmente suprimiaa la intimacion por medio de
disparos, ?ºn pólvora sola prime~an_iente y con bala despues, á los buques
que descmdan ó rehusan el cumplimiento de la espresada obligacion demostrar su bandera.
2~ El acuerdo que precede no priva á los gobiernos de España é Ingla•
terra de la facultad de establecer en las espresadas plazas y fortalezas cuando ~obreve~a un estado de guerra, aq_uellas precauciones que estimed necesanas ,Y esten conformes con lo ¡&gt;rescntp por el derecho de gentes sobre esta
materia.
3~ La presente declaracion no releva á los buques de uno y otro país de
la observancia de las reglas de etiqueta marítima á su encuentro en mares
comu~es con buques d? la marina de gu?rra de cualquiera de las dos nacio•
nes, m tampoco les exime de las formalidades respectivamente establecidas
para la entrada en los puertos de dichas fortalezas españolas ó inglesas que
dominan al estrecho de Gibraltar.

DENUNCIOS Y SOLICITUDES.

41

ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
(TERCERA PGBLICACION). ,

l\{éxico, Mayo 3 de 1865.
Solicitud de D. Juan Cecilio Barquera, pidiendo privilegio esclusivo como introductor de
un nuevo sistema para beneficiar minerales de plata.
Segunda clase.:::...Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Juan Cecilio Barquera, ingenie·
ro de minas, ante V. E. respetuosamep.te espone: que con fecha 18 de Febrero de 1863, elevé al Ministerio que hoy está al digno cargo de V. E.,
por conducto del Sr. Gobernador del Estado de Guanajuato, como 6rgano
dispuesto por la ley, una solicitud pidiendo privilegio esclusivo como introductor de un sistema nuevo para beneficiar minerales de plata,'tanto en]los
aparatos para la preparaci?n mecánica ó molienda, co~o ~n. las acciones
químicas qu~ en el beneficio se desarrollan. Fund~ba ~1 petici~n en la concesion especial que hacen las Ordenanzas de Mmena en el título XVIII,
párrafo 19, por ·el cual los introductores de máquinas ú operaciones nuevas,
deben ser considerados en igual grado que los inventores,. y me apoyaba
ademas en las incuestionables ventajas que resultarían de la adopcion de es·
e nuevo sistema, por la economía de tiempo, dinero y brazos, circunstancias que refluirán en beneficio de la riqueza particular y pública, pues por
su medio será costea.ble el beneficio de frutos que por su baja ley hoy se
desechan.
No se accedió á mi solicitud, segun consta en una comunicacion que re·
cibí de ese Ministerio de fecha 16 a.e Marzo del citado año de 18'}3, y que
obra en mi poder, porque las leyes vigentes no concedían privilegio de introduccion, y se me devolvió mi pliego cerrado que contenía la descripcion
y dibujos que la ley de la materia exige se acompañe á la solicitud.
Hoy que sí se concede privilegio de introduccion, y que á mi entender
conservan su fuerza en todo su vigor las Ordenanzas de Minería; insisto en
mi peticion y acompaño á este ocurso el mismo pliego cerrado y certificado
que anteriormente presenté con el mismo fin. Como puede verse en él, uno
de los puntos del privilegio es la introduccion de un receptor cuyo motor
es el aire, y como en la peticion del privilegio esclusivo de introduccion que
con fecha 18 de Marzo de este año hace á este Ministerio D. Genaro Vergara he visto una ligera descripcion y aplicaciones que convienen al aparato c~ya introduccion solicité con anterioridad, :tne opongo á que al Sr. Vergara se le conceda, dado caso que sea el mismo receptor, fundándome en la
prioridad de mi solicitud.
'.
. . ,
.
.
A V. E. suplico provea de conformidad, en lo que recibire gra01a y JUS·
ticia.-Juan Oecilio Barquti-a. '
Lo que se publica en los periódicos, conforme al artículo l 4 de la ley de
3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
Ha sido admitido por este Ministerio en cuanto ha lugar en derecho y sin
perjuicio de tercero, el ocurso presentado hoy á la una y media de la tarde,'
por D~ Luisa Straffen, rectificando la ubicacion de un criadero de sal que
registró en 29 de Marzo último, y cuya rectificaciou á la letl'a dice: "El cría·
dero de sal se encuentra al Norte del mineral de Huautla, ' en terreno de la
hacienda de Calderon, y no San Cárlos, junto al ra11cho de Istacutla, -Dis-_
trito de Cuernavaca.-El Ministro de Fomento, L. Robles.
México, Mayo 5 de 1865.
Solicitud de D. Felipe Escalante, á nombre de D. Silvestre H. Koper, pidiendo privilegio
esclusivo como inventor de una nueva máquina de aire caliente.
"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr Ministro de. Fomento.-:-Felipe
Escalante, natural y vecino de e.sta Cor~, en repres~n~ion d~ Mr. Silvestre
H. Koper,ciudadano de los Estados-Urudo! de Amer1ca_y residente en el de
Massachussets, segun el poder que acompano, &lt;lOn el. debido r~peto es.l?ongo:
Que dicho Sr. Koper ha inventad? u~a nueva má~uma calónca 6 de arre caliente, cuyo modelo, con las espl~cac1ones necesar1~, tengo 1~ h.onra de adjuntará este escrito;. suplicando a v_. _E., .que prev~o.s los tramites legale~,
se sirva conceder al mteresado el prmleg10 que solicita, apoyado en el articulo 1~ de la ley de 3 de Noviembre de 1858, que es la vigente en la matei
ria, y'mandar se le espida la,Patente respect!va, po~ el t~~mino de ~~ce años,
máximum señalado en el a.rt1culo 6° de la citada d1sposic10n.-Mex100, Mayo 1? de 1865.-Ji'. Escalante."
Lo que se publica en el periódico Oficial conforme al art. 14 de la ley de
3 de Noviembre de 1858.-El Subsecretario de F 0mento, Manuel 01'ozco•

I

�DIARIO DEL IMPERIO.

580

AVISOS OFICIALES.

..

AVISO IIIPORTANTE.
FRACCIONAMIENTO DE LA HAeIENDA DE SAN BARTOLO,
SITUADA A INMEDIACIONES DE MORELIA.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

La Junta menor del concurso de D. Juan de Dios Gomez, en cumplimiento del encargo
AVISO,
que por los acreedores del mismo le fué hecho, y con arreglo á las facultades que le fue.
Relacion de los espedientes parn cuyo despacho se necesita la presencia de los intere- ron concedida.e en el convenio geqeral habido entre los mismos el 9 de Agosto del año ansados en esta oficina.
,
terior, aprobado judicialmente en'24 de Octubre del mismo, ha resuelto fraccionar la ha,
En la Seccion 1~-316, 483 y 2,932.
cienda de San Bartolo y procurar la venta de las fracciones en el modo y términos que
En la Seccion 2~-173, 493,636,640, 646,786,769, 1,352, 1,407, 1,408, 1,494, 2,675, fuere mas conveniente á los intereses generales del concurso. En tal virtud, se invita íi
2,989 r 3,130.
. . . _
.
.
. todas las personas que deseen adquirir alguna ó algunas de las porciones de terreno de la
Advirtiéndose que no se puede dar nwgun giro II e.stos negocios, s1 esta comparecencia mencionada hacienda, se sirvan ocurrir á la referida Junta menor, que tiene su radicacion
no se verifica.
en esta oindad, á hacer sns proposiciones de compra; bajo el concepto de que se ha fijado
México, Junio 20 de 1865.como último término para estas operaciones, el 31 de Julio próximo. ·
El Administrador de bienes nacionalizados,
Morelia, Junio de 1865.-Luis lturbicle.-Luis G. Segura.-Luis G. Barrera.
Juan Suarez y Navarro.
382-40s-7
COMISION

CONVOCATORIA JUDICIAL.

DE ORGANIZAOION DE LA GENDARl'rIERIA IMPERIAL.

En el intestado de la Madre Sor Catarina Unanue, el Sr. Juez 5~ de lo civil, Lic. D.
Jorge Perea, ante quien ha sido denunciado, mandó por auto de veintitres del próximo
pasado Marzo, que se convoquen por los periódicos á las personas que se consideren con
derecho á la herencia, para qu,e se presenten en el término de treiata días, contados desde
la fecha de esta. publicacion, á deducirlo; bajo el apercibimiento que de no verificarlo se
tendrán por renunciados. En consecuencia, pongo la presente Rara los efectos de ley.
México, Mayo 18 de 1865.-Miguel F. Guerra, Escribano publico.
318-30s-21

Los antiguos militares mexicanos y europeos que hayan servido en la caballería y quic•
ran entrar en la Ge¡tdarmería Imperial mexicana, pueden dirigirse á esta oficina, sita en
el cuartel de la et-Acordada, que estará abierta todos los dias, escepto los domingos y dias
de fiesta, de siete á diez de la mañana, y de una á cinco de la tarde, en donde se les harán
saber los requisitos que se requieren para entrar en dicha arma; en el concepto de que so
les darán 25 ps. al momento de firmar su enganche.
Se necesitan buenos caballos del pais, que tengan de cinco á nueve años de edad, para
CONVOCATORIA.
el espresado cuerpo. Las personas que los tengan de venta, pueden presentarlos á esta
El Sr. Juez 3? de lo civil, Lic. D. José María Cord11ro, ante quien so hallan radicados
oficina los mártés, juéyes y sábados de ocho á diez de la mañana, bajo el concepto que su
importe será satisfecho en el acto de su ajuste, no recibiéndose caballo alguno que no ten• los autos de cesion de bienes que hace D. Agustín Castañeda á sns acreedores, ha man
dado, á pedimento del Síndico, se convoque á los que se crean acreedores del propio Cns
ga un metro y cuarenta y seis centímetros de alzada.
,
tañeda, para,que en el término de un mes, contado desde la primera publicacion de este
!\léxico, Junio 20 de 1865.
aviso, se presenten á deducir su derecho, en el Juzgado, sito en el Palacio de Justicia;
apercibidos de lo que hubiere lugar en derecho.
CONVOCATORIA.
e'
Y en cumplimiento de lo mandado, pongo el presente en México, á 2 de Mayo de 1865.
Hallándose vacante la direccion de la escuela do niños de San Diego del Bizcocho, la
,
296-15a-12
cual está dotada con cuatrocientos pesos anuales, por disposicion del Sr. Prefectp político -José Raz Guzman, Escribaao público.
del Departamento, se conveca á las personas que siendo tituladas deseen optar dicho emJUZGADO 4? DE LO CIVIL.
pico, para que en el término de treinta días, contados desde la primera publicacion de la
Por auto de esta fecha, ha mandado el Sr. Juez 4&lt;.&gt; de Jo civil, Lic. D. Antonio Rebollar,
presente, ocurran á la Secretaría de mi cargo con sns solicitudes y titulos respectivos.
se cite y emplace á todas las personas que se crean con derecho á los bienes pertenecien•
Guannjunto, 13 de Junio de 1865.
tes al intestado del Sr. General D. Josa María Cobos, para que dentro de treinta dias,
El Secretario de la Prefectura política, Luis Nieto.
contados desde la primera publicacion de este aviso, se presenten en este Juzgado á deducir los que crean tener.
México, Mayo 20 de 1865.-J. Negreiros, Escribano público.
352-.6a-6

AVISOS. JUDICIALES.

I

JUZGADO 3? DE LO CIVIL.
ALMONEDA.

JUZGADO DE LETRAS DE CUAUTITLAN.
E11. los aatos promovidos por D. Sebastian López contra D Antonio Carbajal, sobre peEn los autos del concurso á bienes de D. José Pico San Martin, he mandado se preven• sos, el Sr. Juez, Lic. D. José María Cordero, ha mandado por el proveido de trece del
ga á los acreedores presenten al síndico administrador, que lo es D. José Orozco, residente corriente, que se proceda á la venta de la casa núm. 8 de la 1~ calle de Saµto Domingo,

e11 esta Cabecera, los justificantes de sus créditos en el término de veinte dias, contados
desde la publicacion de este avise, que se manda insertar rn los periódicos en cumpli•
miento del nrt. 813 del Código de Comercio vigente.
Cuautitlan, Junio 17 de 1865.
El Juez de 1~ instancia, Mauro F. ele C6rcloba. 397-3a-1

------·-------

valuada por el perito D. José María Alvarez de la Cadena en la suma de 37,118 pesos 50
centavos; señalando para la última almoneda con calidad de remate, el dia veintiseis del
presente, á las doce. Y para que las posturas se puedan hacer con vista de las constancias
de autos, estas se manifestarán á los interesados en el propio Juzgado 3? de su radicacion,
ó en el despacho del que suscribe, esquina del Palacio y la Moneda.
México, Junio 17 de 1865.-Urbano Morali, Escribano público.
392-3a-2

JUZGADO MENOR DEL CUARTEL MAYOR NUM, 8.-SEMINARIO NUM. 8.

A instancia del representante de la Sra. D~ Juliana Azcárate de Pedraza, se cita á D
E. Reiter, para que por sí ó por apoderado con los requisitos legales, so presente en este.
Juzgado eu el término de seis días, contados druida la publicacion del presente, á contes-·
tar el juicio verbal que por desocupncion de la vivienda núm. 5 de la casa núm. 10 de la
Canoa le promueve; apercibido de sentencia en rebeldía si no lo verifica
México,_Junio 20 de 18%.
El Juez 8? menor, Lic. Zubiaga.
398-3s-1

CONVOCATORIA.

Los Sres. J. B. Jecker y C\l se han presentado ante el Sr. Juez 3? de lo civil, pidiendo
á sus acreedores una corta pr6roga de las esperas que les tenían concedidas; y el Sr. Juez
ha dispuesto en auto de nueve del actual, se les cite á una junta, que tendrá lugar el dilt
tres del entrante Julio, á las diez de la mañana, en el General de la Universidad.
Y pára que surta los efectos de citaciou y llegue á noticia de todos los interesados pon1
go la presente.
México 17 de Junio de 1865.-Lic. N. Montes, Escribano de diligencias. 393-3a.....-2

JUZGADO 4? DE LO CIVIL.

En el juicio ejecutivo seguido por el representahte de D. Pedro Meneses contra D. Lu•
ciano Gonzalez, el Sr. Juez 4? de lo civil. Lic. D. Antonio Rebollar, ha mandado que se
proceda á la almoneda con calidad de remate de la casa núm l de la Plazuela del Arbol,
que siempre ha sido de propiedad pa1·ticular, el día seis del entrante Julio, y cuya finca
está retasada en la cantidad de 12,736 pesos 36 centavos, y cuyo remate se fincará en el
México, Junio 16 de 1865.
mejor postor. Lo que digo al público, para que las personas que gusten presentarse á ha•
Deseando el que suscribe saber del paradero de su hermano D. Porfirio Heredia y Arcar posturn, lo verifiquen el dia y hora dicha.
natural de Yucatan y separado del lado de su familia hace cerca de ocho años, puMéxico, Junio 9 de 1865.-Pedro Oanel, Escribano público de la Nacion. 394-3s-2 guelles,
blica el presente con el objeto de que su referido hermano sepa que puede apersonarse
con él ó dirigirle sus letras, enviándolas 111 hospital de Jesus de esta ciudad, al Sr. D. Do•
JUZGADO 69 :MENOR.-CORDOBANES NUM. 8.
mingo Orvañanos.
Manud Heredia y Argil.elles.
ORDEN,
385-5a-2
Ignorándose el paradero de D. Antonio Meza, por la presente se le cita y emplaza para
NUEVA LINEA DE VAPORRS
que dentro de ocho dias, contados desde la fecha, comparezca en este Juzgado, por sí ó
por apoderado instruido y espensado, á contestar el juicio verbal que sobr.e pesos y desDE VERAORUZ A LA HABANA Y NUEVA-YORK.
ocupacion de casa le promueve el Lic. D. Mariano del Castillo; apercibido de seguirse el
juicio en su ausencia y rebeldfa.
·
American and Mexican Mail Steamsl1ip Company.
México, Junio 19 de 186.5.-I. Bravo.
395-3s-2
El p1·imer vapor de esta Compañia, el "Manhattan," capitan Turner, saldrá de NuevaYork el dia 15 de Junio corriente para Veracruz.
JUZGADO 2? DEL RAMO CIVIL.
Los dias 1? y 15 de cada mes, saldrán los vapores del mismo puerto; tocando en la HaEn los autos del juicio que sigue D. Bonifacio Tosta contra la testamentaría de D. Mi- bana á la, venida y á la vuelta.
guel L6pcz, sobre pesos, el Sr. Juez de ellos, Lic. D. Manuel Pavon, ha mandado por auLos vapores de esta línea son naevos y están construidos espresamente para la mayo1·
to de 17 del corriente, se proceda á la venta de la casa núm. 1~ del calle)on de Tepechi- comodidad de lo~ pasajeros.
·
chilco, retasada por el perito D. José Higinio Gutierrez en 4,374 ffesos, y ha sañalado pa•
México, 14 de Junio de 1865.- N. Da1tidso11.
ra la almoneda con calidad de remate, el dia veintiocho del corriente, á las doce.
En Nueva-York diríjase á Charles A. Witney.-26 Broadway.
337-3a-2
Le que se hace saber, con el objeto de que las personas que quieran -hacer postura á
dicha finca, ocurran al Juzgado, sito en la antigua Casa de Moneda, el día espresado; pu\
¡ATENOION !
diendo antes ocurrir por instrucciones al oficio del que suscribe.
En la calle de las Escaleriltas, junto al núm.14. se vende la prodiltiosa POlliDA ORIENMéxico, Junio 20 de 1865.-El Escribano público;Antonio Campos de la Veia,
TAL, que sin charlatanería, es la única para hacer nacer, crecer y hermosear el pelo; ase•
300:-Ss-2
gurando que la persona mas escasa de ~l, á las doce veces de usar esa pomada, .verá su
CONVOCATORIA JUDICIAL,
cabeza cubierta con un cabello fitio y abundante. .
.
p;.ecio del pomo, dos pesos.
345-40-10
El Sr. Juez 2? de lo civil ha mandado por auto de 22 del corriente, se convoque por los
periódicos á las personas qae se crean con derecho como herederos á los bienes del intestado de la Madre Sor María Guadalupe del Señor Ecce-Homo, religiosa del convento
de Regina de esta ciudad, conocida en el siglo con el nombre de María Guadalupe Nájera,
para que se presenten á deducirlo dentro del término de treinta dias; apercibidos los que
'
no lo verifiquen, de lo que haya lugar en derecho.
Y en cumplimiento d~ lo mandado, pongo el presente en México, á. ~ de Mayo de 1865.
TEATRO PRINCIPAL.
-Manuel Romero, Escnbano público de la Nacion.
386-30s-4
Esta noche, á las ocho, se pondrá en escena la comedia en tres actos, intitulada: Mcjoi·
CONVOCATORIA,
es creer.
El Sr. Juez 1~ sustituto de letras de esta capital, que conoce del intestado de D\l Lean.
dra Degollado, ha prev~nido en auto de siete del presente, que se convoque por edictos y
por el Diario del Imperio á los que se c_rean con derecho á los bienes do! referido intes
GRAN CIRCO DE CJIIARINI.
· t~o, á fin de qu~ dentro ~e sesenta ~~s ~curr~ á deducido por sí ó por personas sufi.
Funcion en la noche de hoy á la hora de costumbre.
c1entemente autorizadas; baJo el aperciburuento, s1 no lo hicieren, de que les parará el
perjuicio á que hubiere lugar.
~n cumplimiento de lo manillldo, pongo el presente ayiso para que llegue á noticia de
quienes importe, en Guanajuato, á nueve de Junio de mil ochocientos sesenta y cinco.IMPRENTA DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
Miguel Herrer11, Escribano público de In. Nacion.
390-60s-4
BAJOS DB SAN AGtJSTIN, NW,f, J•

---AVISOS PARTICULARES.

-

DIVERSIONES PUBLICAS.

•

•

�</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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