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                  <text>-

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EL

DEL

DIARI()

IMPERIO

RFEutAR

TOIIO 11.

.

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SUMARIO

PARTE NO OFICIAL.- Diarlo riel viaje del Emperador.-Notlc!aM de Oajaca.-Jd, de Veracruz.-Ferrorarrll de México nChateo, Avi:!O ele la, Emprcsa.-Junta d~ ColoniY.atlon. Act~s dcl 12 y dd Ll &lt;le Agosto.
DENUNCIOS Y SOLlOITUD•:s.-Segunda publicacien de varios.

PARTE OFICIAL.
ENISTEB.IO DE INSTRUCCIOlr PUBLICA Y CULTOS.
SECCION

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§iii-=-

NlJM. 201.

MEXlCO: Jueves 31 de Agosto de 1865.

PARTE OFICIAL.-Prevenclones para la conscrvaclon y seguritlftd ele los capitales destinados á la ensenanza p(1blica.-Nombramiento ,le un oficial y un escrlhlente para la A,lminlstraclon de bienes naclonaUzádos.-C,1rcular del Mlulsterlo de Guerra para que en las conteslaclunes á sw; notas se Indique la fecha y la
dlrecclon por, la cual hayan sido clcspacha&lt;laa.-Nombramlrnto del ~-. B&lt;'znres para Inspector de camino~,
y del Sr. Zavalza para Director del rle Arroyozarco :\ Querétaro.

Circular.

~

1~
México, Agosto 16 de ld65.

A fin de procurar la conservacion y seguridad de los capitales destinados á la enseñanza. pública, S. M. el Emperador se ha servido
disponer se observen las prevenciones siguientes:
1~ Las Prefecturas formarán un estado general de todos los capitales que se hallen aplicados á la enseñanza pública primaria y secundaria. en sus respectivos Departamentos, expresando su importe
y origen, las fincas en que estuvieren impuestos y su valor, noml,re
del censatario, fecha de la imposicion y &lt;lemas condiciones pactadas;
cantidad que se debe por réditos, nombre del escribano que otorgó la
escritura de reconocimiento, oficio de hipotecas en que esté registrada y destino particular á que el capital se haya aplicado.
2~ En dicho estado constarán tambien ademas de los capitales,
las fincas 6 terrenos que pertenezcan á la enseñanza pública primaria ó secunda.ria, por legado, donaciou 6 cualquier otro titulo, exp~esándolo, asi como su valor, posicion y productos anuales, nombre
del arrendatario si estuvieren arrendados, y condiciones del contrato,
deudas por rentas, destino 6 ªflicacion particular de los productos.
3~ Una copia certificada de estado anterior será remitida por cada Prefectura al Ministerio de Instruccion pública y Cultos.
4~ Los Prefectos, por medio de la autoridad local á quien corresponda, exigirán la redencion ele los capitales que fueren de plazo
cumplido, y el pago puntual de los réditos que se deban, conforme
á lo pactado en las escrituras, asi como las rentas de las fincas y terrenos que se hallen arrendados, sin permitir para lo sucesivo, bajo su
responsabilidad persona], que las redenciones y los pagos dejen de
hacerse con toda puntualidad en el tiempo estipulado.
5"!- Los capitales redimidos se impondrán nuevamente en fincas u bis
cadas dentro de las mismas municipalidades á que pertenezcan lo
capitales, 6 cuando menos dentro del Distrito á que correspondan dichas municipalidades.
6~ Las nuevas imposiciones se sujetarán á las bases siguientes:
Primera. Para otorgar los instrumentos, concurrirá por una parte
el representante legal de la Instruccion pública en la municipalidad
6 Distrito, con expresa autorizacion del Prefecto del Departamento
respectivo, y por la otra. parte el interesado en la percepcion del dinero, 6 su apoderado con poder ·bastante, el cual se insertará á la letra en el instrumento que se registrará en tiempo.
Segunda. La cantidad, tiempo y damas condiciones, se expresarán
con toda claridad, procurando siempre que sean iguales los términos
seiialados para la duracion del reconocimiento.
Tercera. Toda imposicion se hará, asf•por el capital como po1' sus
réditos, can htpoteca especial de la finca, estando ésta libre de gravámenes, 6 que si tiene algunos, sumados estos ·con el principal de
la imposicion, quede siempre libre la mitad del valor de la misma
finca hipotecada.
Cuarta. El modo de hacer constar la libertad de la finca 6 sus
gravámenes, será única y exclusivamente la certificacion del libro de
registros del oficio de hipotecas, la cual se insertará original.
Quinta. Para el puntual pago de los réditos, que cuando mas tarde deberá hacerse por tercios vencidos, se dará tambien un fiador de
notoria idoneidad y vecino de la cabecera de la municipalidad adonde pertenezca. el capital, 6 cuando menos de algun lugar del Distrito,
que firmará la escritura, constituyéndose responsable mancomuna-

&lt;lamente é in solidum, con renuncia expresa de los beneficios de la
mancomunidad, excusion, órden y los &lt;lemas que pudieren competirle.
Sexta. Quedará estipulado qnc el pago de los réditos se verificará,
por cuenta del censatario en la rificina respectiva de la cabecera de
la municipalidad á la que pertenece el capital, renunciando su domicilio tanto el deudor como su fü:dor, para qne en todo caso puedan
ser reconvenidos en dicho lugar donde deberá otorgarse la escritura.
Sétima. El rédito será siempre de seis por ciento anual, libre de
todo gravámen, cualesquiera que sean las contribuciones decretadas
6 que se decretaren sobre capit,:les impuestos á réditos.
Octava. Se estipulará ea la escritura que la falta de pago de dos
tercios de los réditos por el deudor y fiador, dará derec_ho para tener
por vencido el plazo de la impc,sicion y poder exigir ejecutiva.mente
el capital y réditos que se estuvieren debiendo, cualquiera que sea el
término que falte para el cumplimiento de la escritura.
Novena. Se estipulará adem,is, que por el lapso del término en la.
devolucion del capital 6 en el pago de sus réditos, no se podrá afogar prescripcion, novacion ni otra excepcion rescisoria. del contrato,
6 que lo altere en la menor parte.
7~ De toda redencion de un capital, la autoridad local dará oportuno conocimiento al Prefecto del Departamento, y para la nuev~
imposicion que de un capital debiere hacerse, se solicitará. su aprobacion, que se hará constar insertando la comunicacion en la escritura respectiva, de la cual se mandará un testimonio á la Prefectura.
8~ Los Prefectos harán en el estado de que tratan las prevenciones e y 2~, las anotaciones rorrespondientes por los cambios que
ocurran, dando de elios opornrno conocimiento al Ministerio de Instruccion pública y Cultos.
Lo comunico á V. S. para su inteligencia y cumplimiento, á cuyo
fin circulará las presentes prevenciones á los _Subprefectos y autoridades municipales de.-ese Departamento.-EI Ministro de Instruccion pública y Cultos, Siliceo.-Sr. Prefecto del Departamento de ....
En acuerdo fecha 26 del corriente, S. M. el Emperador ha tenido
á bien nombrar, para cubrir la planta de empleados con que debe
aumentarse la administracion de Bienes nacionalizados, con arreglo
á lo prevenido en el art. 27 del reglamento de 17 de Julio último,
oficial á D. Vicente Barrera y escribiente á D. Emilio Marin, con
los sueldos asignados en dicho art. 27 del reglamento.
Son copias. México, Agosto 30 de 1865.
El Subsecretario de Iatruccion pública y Cultos,

M. O. .Montellano.

.............. __

MINISTERIO DE GUERRA.
México, Agosto 30 de 1865.

Primera direccion.-Primera division.-Circular.-M~xico, Agosto 23 de 1865.-Para facilitar el despacho de este Ministerio, he
de merecer á vd. que en todas sus notas, contestacion á otras de esta Secretaría, se sirva indicar no solo la fecha de mis comunicaciones, sino tambien la Direccion por la cual haya sido despachada la
nota que se conteste.~El Ministro de Guerra, Peza•
Es copia.
El Subsecretario de Guerra,

J. M. Diwán.
Se circuló á todas las Secretarías de Estado, Gefes de las divisiones territoriales, Prefectos superiores polfticos y Comandantes militares.

DIRECCION GENERAL DE CAMINOS Y PUENTES.
Conforme al art. 2&lt;.&gt; del decreto de 19 del actual, han sido nombrados el ingeniero D. Angel Bezares, para inspectol' de caminos, y
D. Felipe Zavalza director del camino de Arroyozarco á Querétaro.
México, Agosto 29 de 1865.
El Director general de cnminoe y puentes,

S. Mendez,

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DIARIO . DEL IMPERIO.

DIARIO DEL IMPERIO.

214

.

ADMINISTRACIONES SUBALTERNAS,

PA}lTE NO o:FICIAL.

Segundo suelo.-Villa-Alta, su seccion central y el partido de Choapam.
Tercer suelo.-Tuxtepec con su partido.
.
Cuarto suelo.-Teotitlan del Camino, con su seccion central y el partido

DIARIO DEL VIAJE DE S. M. EL EMPERADOR.

de Cuicatlan.
·
Quinto s-uelo.-Huajuapam con su seccion central y el partido de SilacaReal del Monte. Hizo esta excursion por el hen~1oso camrno que la yoapam.
compañía inglesa construyó, venciendo grandes dificultades, en las laSexto suelu.-Tlaxiaco con sus partidos de Coixtlahuac, Yanhuitlan y la
deras de aquellas montaiías, y el cual se conserva en muy buen es- seccion central de Teposcolula.
Sétimo suelo.-Jamiltepec con su seccion central y el partido de J uquila.
tado á pesar de las grandes 11 uvias de la estaci_gn, que allf ~on mas
3~
Las secciones centrales y partidos políticos á que se refiere la anterior
frec~entes y mas copiosas que en ningun otro _punto del p~1.s..
Lo primero que hizo el Emperador en el mmeral, fué ~mg1rse al prevencion, serán los mismos que marcan el _decreto de.esta Prefectura de
22 de Febrero del corriente año, y su aclaracion correlativa d~ 18 de Marzo.
presidio, donde s.¡i informó del estado de l~s presos, exammando los
4~ Los partidos de Etla, Tlacolula, Ocotlau, Zimatlan, Miahuatlan, Nolibros donde constan sus delitos y sentencias: los presos ~e.hallaban chixtlan, y Silacayoapam que hasta aho:a h~n sido administraciones subalformados en el gran patio del presidio al entrar S. M. V1s1tó en se- ternas en virtud del reglamento del extmgmdo Estado, de 26 de Mayo de
guida el Emperador la iglesia del pu~blo, &lt;l~spu~s los t_alleres y l_a- 1862, quedarán en lo sucesivo como receptorías ó subreceptorías, sujetas á
boratorios de la Compañia, y por últm10 la 1gl~sia anghcana, regie- las administraciones subalternas de sus respectivos suelos.
5~ En todo lo demas que no se oponga á estas disposiciones y leyes visando despues á Pachuca. .
.
En esta ciudad se renovaron aquella noche l_as ?emostra?10ne~ d_e gentes, y por ahora y entretanto s~ determi~a otra cosa, seguirá observánentusiasmo de la anterior; se il?mi~aron_los e~1fic1os, y vanas mus1- dose el citado reglamento relativo a honoranos, sueldos y demas del órden
interior de las oficinas, con relacion á los administradores subalternos, recas tocaron á la puerta del aloJamrnnto unpenal.
ceptores, subreceptores y demas empleados de la renta.
D1a 28.-Salió S. M. de Pachuca á las seis de la maiiana por e1
6~ El suelo de la administracion principal se subdividirá puramente pamismo camino del Real del Mo~te. El direc~or_ de la Compañfa le ra su régimen y contabilidad, en las siguientes receptorías: Etla, Nochixtlan,
enseñó todos los talleres y máqumas en movimiento, lo cual no ha- Zimatlan, 0cotlan, Miahuatlan, Tlacolula é Ixtlan.
bía visto S. M. la vispera por ser domingo: visitó tambien l?s apara- 7ª Serán subreceptorías del mismo suelo de 0ajaca., sujetas á las r.eceptotos del desagüe en la mina ?e Dolores; y m~ntando en seguida en su rías que se marcarán, las siguient~s:
carruaje, se dirigió á la hacienda de beneficio de Regla, pasando por
Ejutla, á la de Ocotlan.
Omitlan, por el jardín de Velasco, d?nde se detuvo unos momentos,
Pochutla, á la de Miahuatlan.
Yautepec, á la de Tlacolula.
y por el pequeño bosque de San Miguel.
Almorzó M. en aquella hacienda, donde visitó todos los depar8~ Con presencia de la division del suelo, que antecede, y previo informe
tamentos informandose minuciosamente sobre la manera de benefide los administradores subalternos, el principal del Departamento detallará
ciar 'los ~etales. S. M. quedó muy complacido de la actividad que
las receptorías y subreceptorías que aquellos deban establecer.
reina en aquella negociacion; y despues de ver la magnifica ~aseada
9~ Los administradores subalternos serán nombrados por el supremo go·
bierno del Imperio, en los términos prevenidos por las leyes. Los receptode Regla, volvió á Pachuca.
.
..
Detúvose á su regreso en el bosque de San Miguel para v1s1tar el res lo serán por el administrador principal, con apr_obacion de la P~~fectura
lago. Alli formaban valla á los dos lados del ca~ino los niños de las superior y los subreceptores por los receptores, baJO su responsabilidad.
Palacio de la Prefectura superior. 0ajaca, Agosto 11 de 1865.-El Preescuelas, y una música del pueblo fu~ acompanan?~ á S._ ]'.tí• en su
fecto del Departamento y Visitador imperial, Juan P. Jiranco.-Al Sr. Sepaseo por el bosque hasta que.se aleJÓ de aquel s1t10. _Y1sitó S.
tambien .la iglesia de Huasca, y entró en Pachuca á las Cinco y media cretario general de la Prefectura, Lic. D. Juan María Santaella."
Y lo comunico é vd. para su inteligencia y demas efectos.-El Secretario
de la tarde.
·
general de la Prefectura, Juan Maria Santaella.-Sr, Subprefecto del pars. M. se dignó recibir una comision de minerí~ y o_tra_ del pueblo tido de,.,.
de Tizayuca, que fueron á tributar!~ ~us homen~Jes: mvit6 á su mesa al alcalde de aquel pueblo, y r~cibieron el mismo honor algunas
NOTICIAS DE VERACBUZ,
de las principales personas de la ciudad.
El Monitor Veracruza1w en su número de 24 del corriente, dice lo
siguiente:
,OAJACA.
El Sr. General JJ. P. J)iaz Miron.-De regreso en esta ciudad, se ha enDel Boletín oficial de aquella ciudad, tomamos lo siguiente: ·
cargado de la presidencia de la Corte Marcial, que interinamente desempeSecretaría de la Prefectura superior política. de 0ajaca.-Oaj~~• Agosto fi.aba el Sr. General Arza.mendi.
10 de 1865.-El Señor Prefecto superio_r del ~epartamento y ;1s~tador Im(Jomision patri6tica.-1a encargada en la Soledad de disponer las festivipe ial en uso de sus atribuciones h(' temdo á bien acordar lo s1gmente:
dades nacionales, quedó instalada el ?ia 21 del actual con los Sres. D. FranArt. 1~ El Departamento de Oajaca ~e di vide co.~orn:e al art. 52 del Es- cisco Rodríguez nombrado Vicepresidente; D. Juan Cuellar, Tesorero; D.
tatuto provisional del I~p_erio, en. Di~tntos y ~ummpalidades.
José María.del~ Rosa, Secretario; D. Luis Dominguez, D. Cárlos Peniche, D.
Art. 2~ La ley de division territorial del ~~t1guo Estado, de 23 de Marzo Manuel Leiva, D. Vidal Rodriguez, D. José María Rivera, D. Juan Za.pata,
de 1858, con las modificaciones que se le lnm~ro~ por la ley de ~2 de Fe- D. Vicente Pineda, D. Ffolix Bernal, D. Francisco Islas, D. Márcos Rodríbrero de este año, determinan el núme~o de_ Distritos, sus respectivas cabeguez y D. Francisco Zurita.
ceras y las Municipalidades que les estan suJe~as. .
.
Art. 3~ En consecuencia, y segun la suprema circular de 28 ~e Abril de
este afio, cesan los funcionarios que se han llamad? ~refect~s, qme~es desd~
FERROCARRIL DE MEXIéo A CRA.LCO,
hoy tomarán la denominacion de Subprefectos, deJaran de ~tervemr en los
partidos que les estaban sujetos, y tanto ellos como los. antiguos SubprefecLa Empresa mexicana ha publicado el siguiente aviso:
tos se entenderán directamente con la Prefectura supenor del DepartamenLa Empresa de este Ferroca~ril está ~ontando una de sus loco~otoras
to, 'para todos los negoc!9s de la. adm~nistracion .. Y_ lo comunico á V, ~e Ór·
den de su señoría para su inteligencia f cum~hm1ento.-El secretario ge- para inaugurar en el mes de Setiembre proximo el tramo ya constrmdo; peneral de Ja Prefectura., Santaella.-Se circuló a los Subprefectos del Depar· ro entretanto atendiendo á las indicaciones que le han hecho muchos señores accionist¡.,, y obsequiando tambien los deseos del público, ha resuelto
tamento.
establecer un carro de pasajeros que hará viajes entre la esquina del Colegio
"Oajaca, Agosto 11 de 1865.-El Señor Prefecto superior políti?o de es- de Niñas en esta capital, y la alameda de Tacubaya.
El carro se detendrá cortos instantes, tanto á la ida como á b vuelta, en
te Departamento, y visitador Imperial ~e los de Tehuantepec y Chiapas, ha
la alberca Pane, en Chapultepec, y frente á la ca.lle del Arbol Bendito.
tenido á bien dirigirme el decreto que sigue:
Los precios del pasaje son: MEDIO REAL hasta la alberca Pane y UN "
".luan Pablo Franco, Prefecto s-iperior político de este pepa?"tamento, vi~ita- REAL á Chapultepec y Tacubaya, el Domingo inclusive.
Las horas de salida son las siguientes:
clor Imperial del mismo y de los de Teliuantepec y Chiapas; á sus habitan-

,.

AGOSTO 27.-Eran las 12 cuando salió S.M. de Pachu_ca para el

s.

ri!.

tes, sabed:
Que en atencion á las razones de conveniencia pública. que ha expuesto el
administrador principal de rentas de este Departamento, e~ nota de. 3 del
corriente; en vista de la comunicacion del señor subsecretar10 de Hacien?a,
de 22 del mes próximo pasado, y en uso de las facultades que se ha servido
concederme S. M. el Emperador, á reserva de pedir su soberana aprobacion,
he tenido á bien disponer se observen las siguientes prevenciones:
·
1~ El Departamento ~e 03:jaca se dividirá en siete suelos de adeudo de
alcabalas, para los efectos de In. ley de 3 de Junio del corriente año, y su reglamento del dia 9.
. .
.
. .
2~ Estos suelos serán los que comprenden la admm~str~c10n prmcipal, y
cada una de las subalternas que se erigen en el órden s1gmente:

Prime1· 911elo la administracion principal,-Ua.jaca, con sus partidos po·
líticos y los de' Nochixtlan, OcoLlan, Ejutla, Miahuatlan, Pochutla, Yautepec é Ixtlan.

DE MEXICO,

A las 5½
" 7
" 8½
,, 10

",, 11½
1
",, 2½
4

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A las 6¼

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" 3¼
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" 7!
" 7
,, 8½
~ Los viajes empezarán EL DIA PRIMERO de Setiemb1·e próximo.
México, -4,gosto de 1865.-Aróeu y socios.

con.

Acta número 28 del sábado 19 de Agosto de 1865.
A la una d~ la tarde, reunidos los Sres. Presidente Fonseca, Vicepresidente Collad?, PimenteI, Mas~eras, Sauvage, Perry, y Secretario que suscribe.
_Se leyo_ la acta de la ses1on anterior y fué aprobada, declarándose económicos van?s pun~s de que trata, de los que tomó nota la Secretaría.
En segmda_ s~ d1~ cuenta con las comunicaciones siguientes:
Una del Mimsterio de Fo.mento, acusando recibo de la qué le dirigió esta
Junf:8 con fecha 13 del_ comente, y en que manifiesta que está satisfecho el
Gobierno de _los trabaJos de ella y de que haya cumplido con los encargos
que le enc~mienda el decreto de su creacion; pero que desea se le propohga
~on urgencia el Proyecto de ley general de Colonizacion.-Se mandó pasar
a los Sres.. 90IIado y Pimentel par11 que lo tengan presente en el desempeño
de su comis1on.
Dos. comunicaciones. de los señores Prefectos políticos de Zaca.tecas y el
F resmllo, ?n contestac10n á l_as que esta Junta les dirigió en 20 del próximo
pasado J uho, sobre que se sir~ieran proponerle personas para nombrar en
ellas las_ que deb:n formar las Juntas auxiliares de aquellas ciudades,_:._Acúsese recibo, m~rufestando haber sido nombradas las personas propuestas á
las cuales re~tase el nombramiento correspondiente con inclusion del decreto
creac10n, su reglamento
acta de instalacion de esta J un ta, sien
· do
1os refide
·
' yórden
er1·dos nom bramientos
en el
siguiente:
PARA ZAOATEOAS.

DE TACUBAYA.

" 7¾
" 9¼

1

J'UNTA DE COLONIZACION.

Acta número 27 del sábado 12 de Agosto de 1865.
A la una d? la tarde, _r_eunidos los Sres. presidente Fonseca, vicepresidente Collado, P1mentel, Pma y Cuevas, Schultz, Perry, Masseras y secretario
Rascon,
Se leyó la acta de la sesion anterior y fué aprobada.
En seguida se dió cuenta con las comunicaciones siguientes:
Cuatro del Ministerio de Fomento, acusando recibo del dictámen aprobado por esta Junta, relativamente á los expedientes del Sr. Baron de Roagenbach, y de los expedientes en sí mismos; de la peticion y dictámen q~e recayó en el negocio de D. Eusebio Soler; del proyecto del Sr. Perry sobre
medicion y forma de venta de terrenos baldíos, y del proyecto del Sr. Pimentel, relativo á la pronta manera de colonizar el Imperio.-A sus expedientes respectivos.
Otra comunicacion del mismo Ministerio, escitando á esta Junta á presentarle para el dia 16 del pr~ximo ve~i?ero Setiembre, los proyectos )e
ley, sobre el modo de descubrir y adqumr los terrenos que se necesitan para la colonizacion, ya sean nacionales ó de particulares, y sobre la ley general que convenga expedir, á fin de hacer efectiva aquella importante mejora.
-A la Comision que tiene los antecedentes.
Se dió cuenta O?~ dos comunicacion~s de los Sr~s. D. J . Trápaga y D.
Blas Pereda, adrrutiendo sus nombramientos de miembros propietarios de
l~ Juntas auxiliares de 0ajaca. y San Luis, y eíi. que proponen ambos á varias personas para que se nombren las que aun faltan en las citadas Juntas.
Se mandaron pasar las comunicaciones á sus expedientes y se nombra.ron
para la de 0ajaca. á los Sres.
'
'
Constantino Rickards.
José A. Alvarez.
Estéban Chapital.
Siendo el primero propietario, y suplentes los dos últimos· remitiéndose·
les el respectivv nombramiento y copias, del decreto de ¿reacion de esta
Ju.nta, reglamento relativo y acta de instalacion.
El Sr. Masseras presentó la proposicion siguiente:
"Pido á la Junta se sirva acordar que se dirija comunicacion al Ministe"rio de Fomento, en los términos siguientes:"
"En vista de la escitativa que se ha servido dirigir á esta Junta el Minis"terio de Fomento, exhortándola á indicar cuanto antes los medios mas efi''caces para descubrir los terrenos disponibles para el objeto de colonizacion·
:;ia Junta llam~ de n~evo la atencion d~ V. E: hácia ~a importancia de qu;
se establezca mmed1atamente una oficma de tierras publicas bajo las bases
"asentadas en el proyecto de los Sres, Collado y Pimentel 'cuyo proyecto
"adoptó la Junta en 3 del próximo pasado Julio, y trasladó á esa Secretaría
''con fecha 4 del mismo mes."
Fué aprobada esta proposicion y se mandó comunicar al Ministerio.
El señor presidente manifestó, que aunque á una Comision compuesta de
cin~ miembros de esta J ~nta,. que ya están nombrados, corresponde la forma~10n de su reglamento mter10r, cree que pudieran admitirse por ella los
ca~1tulos que pre~enta del número 1 al 4 inclusive, que se adaptan á las necesulades de la misma Junta, y cuyo trabajo tenia hecho con motivo del reglamento de otra Junta de que es miembro. Se dió lectura á los cuatro capítulos referidos, que quedaron pendientes para tomarse en consideracion en
la sesion próxima.
Se levantó la sesion á las dos y media de la tarde: no asistieron sin aviso
los Sres. Sotomayor, Ludert, Sauvage y Davidson.-J. U. Fonseca.-Ras~

Propietarios,-Sres.
,,
,,
Suplentes . .
,,
,,
,,
,,
,,
,,
, ,,

D. lldefonso Armida, extranjero.
D. Manuel Ríos Ibárrola, mexicano,
D. Domingo Iriarte extranjero
D. Antonio Gomez honzalez, idem.
D. Manuel Zepeda, mexicano.
D. Agustin Lopez de Nava, idem.
PARA EL FRESNILLO,

Propietarios.-Sres. D. Tomás Wasley.
,,
,, D. Juan Teillery.
,,
,, D. Francisco García.
Suplentes...
,, D. José Unzaga.
,,
,, D. Eduardo Solá.
,,
,, D. Francisco J. de la Parra,
,,
,, D. Mateo Maureye.

21'5

Se leyeron las comunicaciones de los Sres. Blas Pereda, Gabriel de la Torre, Ra.mon Adame, y Angel J uambelz, en que avisan admitir los nombramientos de ?iiembros de las juntas auxiliares de ·San Luis el primero y tercero, de Or1zava el segundo y de Durango el cuarto; proponiendo los primeros_ para complementar la de San Luis Potosí, á varias personas.-A sus ,
expedientes y expídase nombramiento con inclusion del decreto de creacion
reglamento relativo y acta de instabcion de esta Junta, á los señores si~
guientes:
Suplentes... Sres: D. Zacarías Igueravide, extranjero.
. ,, D. Baltasar Mayor de Parra, ídem.
,, D. Tomás Revilla, idem.
,, D. Tomás O. de Parada, mexicano.
,, D. Francisco Bermudez, idem.
A continua?ion, el señor Presidente dió lectura al capítulo 5~ del Reglame?to (q~e tiene presentado ~n parte, y que se discutirá próximamente)
aphca.~le a esta Junta.-Quedo sobre la mesa para que se impongan de él
los senores que gusten.
. La C?mision formada de _l~s Sres. Masseras, Pimentel y Davidson para
dictammar sobre la proposicion presentada por el Sr. Piña y Cuevas en la
sesion número 25, relativamente á inmigracion norteamericana presentó la
exposicion que sigue: (1)
·
'
Quedó d~ P,rimera l~ctura, '! ~ m~cion del señor Vicepresidente se dispuso que se d1r1Ja en copia al Mm1ster10, con comunica.cion en que se le manifieste la importancia de su publica.cion para oir la opinion pública.
Se acordó por la Junta que, por ahora, solo haya sesion los miércoles y
que ésta sea á las tres de la tarde, en atenciun á los quehaceres del señor Presidente de esta Junta, en el Consejo de Estado.
Se levantó la sesion .á las dos y media de la tarde: no asistieron el Sr, Pifia y Cuevas, por estar ausente; y sin aviso, los Sres. Davidson, Ludert,
Schultz y Sotomayor.-J. U. Fonseca.-Rascon . .

DENUNCIOS Y SOLICITUDES
ANTE EL MINISTERIO DE FOMJ¡:NTO,
(SEGUNDA PGBLICACION.)

México, Julio 29 de 1865.
Solicitud de D. Leoncio Housson d'Oiey, pidiendo privile~io e.1clusivo como inventor de
unos hornos de efecto continuo p11r11 c11lcmar la piedra.

"Segunda clase.-Cuatro reales,:--Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuatro y sesenta cinco.-Al Exmo. Sr. Ministro de Fomento -El
infrascrito, fundándose en el art. 8~ del decreto fecha 3 de Noviembre de
~858, tiene el honor ~e presentarse d?lante de V. E. para prestar solemne
¡uran:e~to de q~e es mven~r, de un.sistema de hornos de efecto continuo y
economico, destmados á calcmar la piedra, y por cuyo sistema ruega á V E
tenga á, bien otorgarle un privilegio acorde en todos puntos al tenor de di~
cho ~rtículo,-:Con el m,as. profundo re~eto, soy, Sr. Ministro, de V. E. el
obediente serv1dor.-Mexico, 29 de Julio de 1865.-L. Housson d'Oisy.
Lo que s~ publica. en el Diario del Imperio_conforme al art. 14 de la ley
de 3 de Noviembre de 1858.-EI Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
0

México, Agosto l\l de 1865.
Solicitud de D. Samuel West, pidie~d~ privilegio ~xclusiyo para introducir el invento de
una co~poa1c1on vegeto-mmeral mglesa.

"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta
y cuatro y sesenta y cinco.-Exmo. Sr.-Samuel W est y C~ en nombre de la
empresa privilegiada para la aplicacion de la tela asfáltica. ~nte V E con el
debido respe~o ~igo: ~u.en? obstante el bu_enresultado q~e da la apÍicacion
de la tela asfa.lt1ca, privilegiada por el Gobierno del Imperio he decidido introd?cir un nuevo mé~d? para. impedi: el paso al agua y á Ía humedad que
consiste en u?a composic10n vegeto-romeral inglesa, que puede aplicarse
tanto so?re lienzo ó fieftro, com? la actual. tel~ asfáltica. para los mismos
usos de esta, cuanto sola para pisos de habitac10nes banquetas éalles pla. les y p~ra tubos.-Para
'
' introdu'
z~s y mercados: para ~uros :'ertica.
poder
C)r esta notableJ benefica me¡ora, se necesita obtener un privilegio exclusivo por doce- ª1!-?s; y para lograrlo, tengo la honra de acudir á V. E. suplicándole, qu~ te?iendome por presentado, con el pliego cerrado que acomp!\ño
con exphcac10n de los c?mponentes que forman el objeto cuyo privilegio
se pide, y despues de publica.da la presente solicitud y trascurrido el término que corresponde, se sirv~ ~an~ar exte~der á favor de la Compañía que
represento, la patente_ de _pr1V1leg10 e~clus~vo _que solicito, para hacer, usar
y expender en el temtor10 del Imper10 la mdicada composicion veo-eto·mineral inglesa, sea en su aplicacion horizontal ó vertical1 ó en tubosº sola ó
so?r? tela ó ~eltro. Es gracia y justicia que pido, bajo el jurament~ legal.
Mex1co, Jumo 23 de 1865.-Por la Compañía, Sam1,el West."
Lo que s~ publica en el Diario del Imperio, conforme al art. 14 de la ley
de 3 de Noviembre _de 1858.-El Subsecretario de Fomento, Manuel Orozco.
0

Iª

México, Agosto 4_de 1865.

D. Hipólito C~bibel, D. Gu~llermo Laurens y D. VicGnte Lebrat, han
hecho formal registro de tres criaderos de fierro, ubicados el primero en la
falda Norte_ del cerro llamado de las Mir.as, en el lindero de los pueblos de
San Gregono Apulco y Santa Cruz; el segundo en la falda oriental del cerro de_ Zempoaltepec, inmediato á San Pedro Actopan, y el tercero en la falda oriental del cerro de Tlazala, á orillas del camino de dicho pueblo.
Y habiéndose admitido el denuncio con fecha 2 del actual en cuanto ha
lu~ar en d;r~cho y sin perjuicio de tercero, y conforme á las Ordenanzas, se
avisa al publico, para que si alguna persona se encuentra con derecho á oponers~, lo deduzca. ante la ~refectura del Valle de México, á quien se le comurucó.-El Subsecretario de Fomento, Manuel 01'ozco.
( 1) Véa1e el Diario dél Imperio corr6llpondiente al 30 de Agosto:

�DIARIO DEL IMPERIO.

' 216

-

.

VENTA roDICIAL.
El Sr. Juez 2? de lo civil, Lic. D. Manuel Pavon, que lo os da loe nutos seguidos por
D. Luis Rivae contra el Lic. D..Paseasio Echoverría, sobre pesos, ha mandado que las 111monedas que faltan para la venta de la casa nombrada la. Escobillera ubicada fronte á la
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
iglesia de la Cnndelarita en la plazuela de este nombre, valuada por los peritos D. Luis
AVISO.
Anzorena y D. Ventura Alcérreca en precio do un mil novecientos treinta y tres pesos,
Relacion de los expedientes para cuyo despacho eo necesita do la pl'esencia. de los inte- ten~n lugar en su Juzgado sito en el Palacio de Justieia, loe dias dos y tres del entrnnte
resados en esta oficina.
.
Setiembre á lne doce, siendo la última con calidad de remide.
Seccion l~-483, 511, 890, 936, 909, 1,152, 1,887, 2,030, 2,452, 2,53!J, 2,564, 2,884,
Lo que bago saber eu cumplimiento de lo prevo11ido y· á fin de que !ns personas que
quieran tomar metrucciones, ocurrnn á la Sccrdaría del reforidu J uzga1lo donde se lea mi2,9 LO y 3,952.
Seccioa2!-493, 583,636,639,789,915,934, 1,073, 1,142, 1,352, 1,500, 1,727, 1,992, nistrnrán las correspondientes.
2,503, 2,513, 2,635, 2,636, 2,646, 2,675, 3,2!J7 y 3,478.
.
México, Agosto 24 de 1865.-José Raz Guzrnait, Escribano público.
54 l-3a-2
Advirtiéndose que no se puede dar ningun giro ÍI eslos negocios si esta comparecencia
no se verifica.
Nota.-Con esta focha se han elevado al Exmo. CoDBejo, espoditades por esta' oficina,
loe eapedientes números 596,597,850, 8"1, 852,902,906, !110, 943,957,968, 99!1, 1,00-2,
1,394 y 4,714.
Lo 41.ue ae avisa para conocimiento de los interesados.
México, Agosto 30 de 1865.
SISTEMA METRICO-DECilliL.
Por ocupncion del Administrador do bienes nacionalizados,
Estnndo mandado que en todas !ns escuelas públicas del Imperio se estudie la cartilla
El primer Contador,
del Sistema métrico-decinial, escrita por el profesor D. Manuel Ruiz Dávila, s11 avisa por
el presento que el lugar de su espendio es en el Puente de Palacio núm, 12, Repertorio
~
.Agustin Pardo y García.
do música de los Sres. Catodeau y Godard En el mismo almncon so espemlen el Nue110
1UZGADO DE LÉl'RAS DEL IIINERAL DE ZACUALPAM.
Silabario y la Ortología del mismo autor, que tambien están declarados de asignatura pa
En la causa que se instruye contra Antonio Mirnlrio por abigeato, se ha mandado poner ra las o~cuelas.
en deptsito doe caballos para que so nvise por el periódico oficial pnra conocimiento de
OJO AL AVISO.
sus dueños y que ocurran á este Juzgado ájusti6car su propiedad, para que les sean enEn la calle de las Escalerillas núm. 7 se traspasa un nlmacen ó accesoria, arreglada con
tl'Elgados.-José Ma!ía Lrgorreta.-Asistencia, Trinidad .Diaz.-Asistencia, Vicente Sandi.
mejoras hechns últimamente; local á propósito para establecer cualquiera clase de aegociacion, porque ademas de tener dos entradas y todas las comodidades que ee requieren,
ADJtlNISTRACION GENERAL DE CORREOS.
el establecimiento es amplio, do modo que el que desee estal,lecerse ventajosamente pueAVISO AL PUBLICO.
de pasar á tratar con el dueño en la misma calle· y número referido á cualquiera hora del
7
Habiendo sido interceptada una cantidad de sellos del previo franqueo al ,er conduci- din, no siendo do once á una.
da á su destino, con el fin de evitar su circulacion y que el público sea sor¡,rrudido al adSEGUROS CONTRA INCENDIOS.
quirirlos, ae pone en su conocimiento que los espreeadoe sellos están marcados con los números 17 y 29, cuyo distintivo· eo da á conocer para que loe que contengan ~sta uumeraCoMPA~IA DE SEGUROS DB GLAonACH.
cion no sean admitidos, por estar considerados nulos y de ningun valor parn el objeto á
que eran destinados¡ pudiendo ser con~ignado el que los posea ante el juez compotente paCapital de fondo...... . . • . . . . . . . . 3.000,000 pesos prusianos.
ra la· averiguaeion que corresponde y se aplique al culpable el castigo á qm· es acreedor
como defraudador do los intereses públicl'~.
COMPAÑIA DF. SEGUROS DF. 8ASTLEA (BASEL).
México, Agosto 23 de 1865.-Liiis de la Peza.
J Oil-3
Capital de fondo . . • • • . • • • • . . . . . • • . . . . . . 10.000,000 francos.

AVISOS OFICIALES.

AVISOS PARTICULARES.

ADMINISTRACION PRINCIPAL DE RENTAS DE MEXICO.
Administracion de rentas de Tlalpam.-Remate do dos fincas.-Para cubrir un adeudo
á favor de la Hacienda pública, debe procederse á la venta de las casas nombradas de
Barrera, y conocidas la una por la Grande, y la otra que está á la izquierda de la entrada
del vestibulo de la Plaza, y ademas un tQrreno en qus antes se bailaba con~truida la de
Gallos, sita en esta ciudad, estimada en su última traslacion de dominio en diez y seis mil
pesos; lo que se avisa al público, para que las personas que quieran hacer po~tura, las preeonten á esta Administracion, acompañadas de los correspondientes papeles de abono con
la debida oportunidad, á fin de 9ue puedan hacerse los reconocimientos de IHs firmas aB·
tea de las almonedas, que so venficarán loe dias 29 del presente y 8 y 18 del entrante, siendo la última con calidad de rematc.-Tlnlpam, Agosto 19 de 1865.-El ndn,inistrador de
rentas, Luis Lamego.
Es copia del original que certifü·o. Contaduría de la Administracion pri11cipal de rentas. México, Agosto 20 do 1865.
El Administrador principal,
Ignacio de la Barrtru.
6a-3

ADMIN1$TRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

Debiéndoeo sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero último, la
casa núm. 3 del callejon de Do!Qros, valuada en la cantidad de ($ 2,11l 58 cs.) dos mil
ciento once peBOB cincuenta y ocho centavos, ee pone en conocimiento del público, para
que las personas que quieran hacer postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 4 del próximo Setiembre, á las nuevo do la mañana, á cuya hora comenzará el remate c(ijl la concurrencia que haya; teniéndose preeontes para el efecto las prevenciones de los artículos 25 y 27 de la citada ley.
México, Agosto 12 de 1865.
El Administrador do bienes nacionalizados,
·
Juan Suarez y Na'IJarro.
20e-3

AVISOS JUDICIALES.

Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderndos, y se darán todos los informes
necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Com¡,aiiíae,
calle do San Bernardo núm. 3.
400-1808-48
INTERESANTE AL PUBLICO.

Habiéndose estraviado cuatro pagarés de desamortizacion, marcados con los números
3, 4, 5 y 6, con hipoteca especial de la can núm. J de la calle de D. Juan Manuel, valor
cada uno de noventa y cuatro pesos siete centavos, y firmados por D. Luis G. Sierra, se
suplica á h1 persona que se loe baya onconh-ado ó se los hubieren enajenado, los entrer,e
en el despacho del Sr. Bonilla, situado en la 3~ calle de San Francisco núm. 5 frente a la
Profesa, en el entresuelo, donde se le gratificará sin averiguacion alguna. Advirtiéndoeo
que l!1'l han dado t-Odoe los pasos judiciales que han sido necesarios para entar el pago de
534-3a-3
6 llos, y perseguir criminalmente al detentador d.e los mencionados vales.
1

-

FERIA DEL SALTILLO.
La feria que anualmente se celebra en esta capital, tendrá lugar en el presente año el
dia 11 de Octubre próximo y terminará el 25 del mismo. En este tiempo habrá corridas
de toros, y lae dem11s diversiones de costumbre.
Esta ciudad tiene las comodidades necesarias para alojar á la concurrencia, cuenta con
viveres abundantes de primera necesidad, disfruta de un clima sano y benigno, está situada ventajosamente y en relacic,nes mercantiles con las principales plaz11s comerciales del
interior, especialmente con el puerto de Matamoros, Piedras Negras y demae puntos de la
frontera. Por lo mismo ea de esperarse que la antigua y muy acreditada feria de esta ciudad, que hoy se anuncia, se presente del modo mas favorable para 9.ue el comercio y la
industria tengan un brillante mercado donde hacer grandes y lucrativas especulaciones.
Este Ayuntamient-0, do acuerdo con loe Sres Prefecto superior político del Departamento y Comandante superior del mismo, ha dispuesto, que anticipadamente se sitúen en
los caminos fuerzas suficientes de caballería para proteger eficazmente áloe concurrentes
en sue personas é intei;eses, é iguales medidas se adoptarán para dentro do la eoblacion.
Los efectos nacionales y estraujeros que se introduzcan á esta plaza desde el 20 de Setiembre basta el 29 de Octubre, segun l~s disposiciones vigentes, serán libres d.i derechos
de alcabala, con escepcion de los municipales, que se pagarán integroe, con arreglo á la
tarifa aprobada.
Saltillo, Julio 25 de 1865.-EI Presidente del Ayuntamiento, Pablo P. Ortega.-EI Secretario del Ayuntamiento, J. Serapio Fragoso.
,
12a-4

roZGADO Se.&gt; DROB.-CALLE DE 1ESUS lllAB.lA lrolt, 7.
Ignorándose el paradero de D. César Laus-Dey, por el presente se le cita y emplaza,
para que en el término de ocho dias comparezca en este Juzgado, por sí ó por medio de
AVISO IMPORTANTE.
apoderado, inetruido y espensado, á contestar la demanda que en juicio verbal sobre pago
N. Dousdebcs, de esto comercio, participa ni público qué tiene conferido amplio poder
de doscientos noventa y nueve pesos, setenta y cinco centavos, le promueve D~ Genoveva
Sevin; apercibido de que si no comparece, se seguirá el juicio en eu rebeldía, entendién- al Sr. D. V. E. Goupil, quien de hoy en adelanto resolverá y firmará t-Odo Jo relativo á los
dose las demae diligencias con loe estrados del Juzgado, empezando á contarse esto térmi- negocios de su casa.
México, Agosto 18 de 1865.
523-Sa-6
no desde la primera publicacion.
México, Agosto 26 de 1865.-Morales.
537-3n-2

TENEDURIA DE LI13ROS.

Una persona que ha recorrido el Interior, dedicado á la enseñanza del hermoso sistema
de contabilidad por partida Joble, cuyos conocimientos ha lo~rado propagar con muy buen
éxito, se propone fijar su residencia en esta capital con el llllBmo objeto. Garantiza en enseñanza, por honorarios convencionales, al alcance de las mas módicas fortunas, exhibidos
por una sola vez, y eoa cual fuere el tiempo que el discípulo tarde en aprender.
La misma perBona se ocupará de hacer balances y liquidaciones &lt;lo cuentas do comercio, de testamentarías y concursos, dentro y fuera de 111 poblacion.
Las personas que gusten ocuparla, pueden ocurrirá 111 Adminietracion de est., periódiroZGADO 3? 11:ENOR.-CALLE DE JESUS IARIA Irolt. 7.
Ignorándose el p9:radoro do D. César Laus-Dey, por In presente se le cita y emplaza, co, Bajos de San Agustín núm. 8, en donde se les darán mas nmpliae inetmcciones.
para que en el ténruno de ocho diae, contados desde la primera pnblicacion comparezca
Móxico, 12 de Julio de 186:,.
en est.e Juzgado, .P?r. eí ó por medio de apoderado instruido y eepeneado, i{ contestar la
demanda _q~o en JUICIO verbal_ ª?bre_p~~o de sesenta P1:80s, le promuevo D. Lorenzo Branca; aperc1b1do do que se segmra el JUICIO en su ausencia y rebeldía, entendiéndose las demas diligencias con loe estrados del J 11zgndo, si no comparece.
México, Agosto 28 de 1865.-Morales.
539-3a-2

roZGADO 2? MDOB.-EJlPEDRADIIJ.O BU11, 6.
.
México, Agosto 28 de 1865.
Por el presente se cita para sentencia al defensor del intestado del Lic. D. Ramon de
la Sierra, en el juicio que tiene promovido D. Jesue Plácido Vega ni referido intestado,
· sobre peeoa.
El Juez 2? menor, Lic. Unanue y Pa'IJ1m.
538-311-2

•

DIVERSIONES PUBLICAS.

•

roZGADO le.&gt; DE LO CIVIL.
TEATRO IMPERIAL.
El Sr. Juez le.&gt; de lo civil, que lo es de los autos segnidoe por D. Juan l\fanuel García,
.
.
.
.
_
.
en repreeentacion de la Sra. D~ Tomaea Uamirez de Zambrano con D. Juan Fuentes so- Wtima J1mc10n de 1tbo110, y última q11e dará _en llféx!co la romp1111{a D1tclos-Ort1z, la noc¡,,
bro peBOB, por el do veinticinco del corr!ente, mandó se hagan ¡118 publicaciones de las al- 1
de lioy, romen:rm,lo ti las sets y media de la tarde en p1m/o.
D?Onedas para 1~ venta do la c_asa conoc:da con el no1;11bre do "Casa do la Sra. Znmbrano"
Primero, se represt•ntnrá l:i zarzuela on dos acto~ &lt;lenominada: La col1, del Diablo; sesita e~ 18Coloma de los ~rqu1tect~s, _eeualMdo l?e d1as nueve, veinte y treint.\ del entran- guiríí In de In comedia en tre» actos c¡ue se i11tituln: El amor y el intrrrs, y plim dar fin al
t.e Setiembre á las doce, siendo la ultima con calidad de remate. Y en cumplimiento de lo espectáculo se pone en escena 111 otra zarzt1eln dividida en dos nct-0s ó intitulada: La isla
D?andado pongo el presente, _¡&gt;ara que las person~s _que quieran hacer postura puedan ocur• de San Balandmn.
nr al despacho del que euecnbc, donde eo lee trumetrarán loe datos neces11rios: advirtiendo que dicha casa fuó valuada por el perito D. Benito Leon Acosta en la cantidad de cuatro mil doacientoa setenta y dos pesos¡ y que las almonedas tendrán su verificativo en el
Juzgado citado.
IMP REN'l'A DE J. M. ANDRADE Y F. ESCALANTE,
México, Agosto 28 de 1865.-Jssé Vicmte Piña.
BAJOS DE SAN AGUSTIN NUM, l,
640-3a-2

,

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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