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                  <text>MSC Métodos de Solución de Conflictos.
Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

Vol. 03, Núm. 04,
Enero 2023

Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez
Director Editorial
Giovana Patricia Ríos Godínez y
Claudia Ibette Estrada Carreón

Editoras invitadas

�MSC Métodos de Solución de Conflictos Vol. 3, Núm. 4, Enero-Diciembre
2023, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología.
Dirección de la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P.
66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. revistamsc.uanl.
mx, revistamsc@uanl.mx. Editor responsable: Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez, subdirección de posgrado e investigación de la Facultad
de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm.
04-2022-031517471200-102 ISSN En trámite, ambos otorgados por el
Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y
Criminología Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura del editor de la publicación. Todos los artículos son de creación original del
autor, por lo que esta revista se deslinda de cualquier situación legal
derivada por plagios, copias parciales o totales de otros artículos ya
publicados y la responsabilidad legal recaerá directamente en el autor
del artículo. Se autoriza compartir, copiar y redistribuir el material en
cualquier medio o formato; y de remezclar, transformar y construir a
partir del material, citando siempre la fuente completa.
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0 Internacional.

�Sobre la revista

MSC Métodos de Solución de Conflictos es
una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación, mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia
terapéutica, bienestar y, otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de
solución de conflictos (MSC), desde la óptica
del valor intangible de la paz, con el objetivo de
contribuir al fortalecimiento de una cultura en la
gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica.
Se pretende aportar a la divulgación de conocimiento básico y aplicado en un entorno transdiciplinaria y multidimensional que nos permite
abordar el estudio y la generación de ciencia
nueva desde diversos ámbitos científicos de los
MSC que contribuyen a fortalecer las perspectivas teóricas existentes, los modelos y desarrollos
prácticos y a generar propuestas nuevas a través de la aplicación del conocimiento, la investigación e innovación social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos está
dirigida a investigadores, docentes, comunidad
académico-científica internacional y miembros
de la comunidad MSC interesados en el abor-

daje científico, instrumental, holístico y normativo
de la ciencia de los métodos de solución de conflictos que convergen en la gestión y transformación del conflicto, en las diversas relaciones concéntricas y sus incidencias multidimensionales en
el tránsito de relaciones conflictivas a relaciones
armoniosas.
Aportará una visión clara y evolucionista de la
práctica de los MSC, llevando el conocimiento
científico disruptivo de los MSC a la práctica, en
un proceso natural del pensamiento exponencial
a su aplicación cotidiana, observando las necesidades humanas para lograr un proceso armónico de interacción social en razón del bienestar
subjetivo percibido de los individuos.
MSC Métodos de Solución de Conflictos se constituirá en una herramienta fundamental de la
práctica de los MSC y de la investigación científica de los MSC. Tiene como visión convertirse en
una de las más importantes revistas científicas
de acceso abierto en Latinoamérica, ingresar a
los índices científicos más importantes y facilitar con ello el acceso a una plataforma en línea
para la divulgación de investigaciones de alto
impacto que contribuyan a la comprensión de
la gestión del conflicto a través de los diversos
métodos de solución de conflictos en su ejercicio
teórico práctico.

�Historial de la revista

Enfoque y alcance de la revista

La revista MSC Métodos de Solución de Conflic-

MSC Métodos de Solución de Conflictos es

tos surge en el marco de los primeros 10 años de la

una revista electrónica de difusión científica

fundación del Doctorado en Métodos Alternos de

con acceso abierto de publicación semestral

Solución de Conflictos, programa que a la vuelta de

y arbitrada, dirigida a la divulgación de los

esta década se ha consolidado como un programa

diversos métodos de solución de conflicto que

generador de ciencia nueva en el tema de los Mé-

contribuirá al establecimiento de un sistema

todos de Solución de Conflictos, en un programa de

social de gestión y transformación de los con-

reconocida calidad por el PNPC CONACyT en su ni-

flictos, el bienestar social y el bienestar subje-

vel consolidado.

tivo percibido, en el más amplio entendimiento
de una vida digna y respeto de los intereses

La revista surge en razón de la necesidad de difundir

subyacentes de los individuos en sus diversas

el conocimiento y la ciencia nueva generada en este

áreas de influencia y relaciones concéntricas.

programa doctoral, así como el conocimiento influido
en el marco de una escuela de pensamiento de mis-

Se fundamenta en la calidad de la producción

mo nombre, en donde confluye toda una comunidad

científica, con base en la sistematicidad y el

internacional que a lo largo de 10 años ha instituido

rigor, utiliza en su proceso de revisión por pa-

alianzas estratégicas internacionales en América y

res la metodología doble ciego (Double Blind

Europa. Es destacable señalar que la influencia ac-

Review), publica artículos originales resultados

tual del programa doctoral es significativa proveyen-

de proyectos de investigación mixta multidi-

do investigaciones científicas mixtas y una produc-

mensionales y revisiones bibliográficas bajo

ción científica de referencia en el mundo de los MSC

los lineamientos de las normas de publicacio-

y su contribución a la práctica cotidiana de los MSC.

nes de la American Psychological Association
(APA) en su edición más reciente.

En este marco, la revista MSC Métodos de Solución
de Conflictos será un referente y un vínculo de las

Líneas temáticas:

diversas alianzas estratégicas del programa docto-

•

Negociación

ral, surge con la finalidad de materializar la esencia

•

Mediación

de la ciencia de los MSC haciendo realidad el trán-

•

Conciliación

sito de las relaciones conflictivas a relaciones armo-

•

Arbitraje

niosas, en su ámbito científico y practico, proveyendo

•

Justicia restaurativa

de elementos sustantivos a ambos constructos, en

•

Justicia terapéutica

una lógica de flujo circular de la transformación del

•

Valores Intangibles de los MSC

conocimiento práctico a científico y de científico a

•

Bienestar subjetivo percibido

práctico.

•

Disciplinas interrelacionadas

�Equipo Editorial

Director editorial
•
Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
•
Dr. Paris A. Cabello-Tijerina (Universidad Autónoma de
Nuevo León)
Comité Editorial
Internacional
•
Dr. Manuel Torres Aguilar (Universidad de Córdoba,
España)
•
Dra. Francisca Fariña Rivera (Universidad de Vigo, España)
•
Dr. David Shirk (University of San Diego, EEUU)
•
Dra. Nuria Belloso Martin (Universidad de Burgos, España)
•
Dra. Esther Pillado González (Universidad de Vigo, España)
•
Dra. María Fernanda Vázquez Palma (Universidad de
Talca, Chile)
•
Dr. Adriano da Fonseca Pinto (Universidad Estácio da
Sá, Brasil)
•
Dr. Humberto Dalla Bernardina de Pinho (Universidad
Estácio da Sá, Brasil)
Nacional
•
Dra. Reyna L. Vázquez-Gutiérrez (Universidad Autónoma de Nuevo León)
•
Dr. Arnulfo Sánchez García (Universidad Autónoma de
Nuevo León)
•
Dra. Karla Annett Cynthia Sáenz López (Universidad
Autónoma de Nuevo León)
Comité Científico
Internacional
•
Dr. Enrique Pastor Seller (Universidad de Murcia, España)
•
Dr. Antonio López Peláez (Universidad Nacional de
Educación a Distancia, España)
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Dra. Leticia García Villaluenga (Universidad Complutense de Madrid, España)
•
Dra. Marta Gonzalo Quiroga (Universidad Rey Juan
Carlos I, España)
•
Dr. Rafael Mario Iorio Filho (Universidad de Estácio de
Sá, Brasil)
•
Dr. Marcelo Pereira (Universidad La Salle de Río Janeiro, Brasil)
•
Ariane Trevisan Fiori Davidivich (Universidad de Estácio de Sá, Brasil)
Nacional
•
Alfredo Islas Colín (Universidad Juárez Autónoma de
Tabasco, México)
•
Manuel Vidaurri Arechiga (Universidad de la Salle Bajío, México)

Comité Consultivo
Internacional
•
Dr. Carlo Pilia (Universidad de Cagliari, Italia)
•
Dr. Porfirio Bayuelo Schoonewolff (Universidad Simón
Bolívar, Colombia)
•
Dra. Gladis Isabel Ruiz-Gómez (Universidad Simón Bolívar, Colombia)
•
Dr. Joan Albert Riera Adrover (Universitat de les Illes
Balears, España)
•
Mtra. Rosana Julia Binda (Universidad de Estácio de
Sá, Brasil)
•
Lic. Ivette Rocío Araujo Velásquez (Universidad Gerardo Barrios, Salvador)
•
Dra. Blanca Torrubia Chalmeta (Universitat Oberta de
Catalunya,España)
•
Dra. Verónica López Yagües (Universidad de Alicante,
España)
•
Dr. Teodoro Verdugo Silva (Universidad de Cuenca,
Ecuador)
•
Dr. Ricaurte Soler Mendizábal (Instituto Superior de la
Judicatura, Panamá)
•
Dra. Graciela Curuchelar (Universidad del Salvador,
Argentina)
•
Dra. Graciela Lovence (Universidad de Buenos Aires,
Argentina)
•
Mtra. Rodrigo Zubieta del Paso (Organización de Estados Americanos)
•
Dr. Robert Mckenna Brown (Universidad Virginia Commonwealth, EEUU)
Nacional
•
Dra. Egla Cornelio Landero (Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, México)
•
Dr. José Steele Garza (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Myrna Elia García Barrera (Universidad Autónoma
de Nuevo León, México)
•
Dr. Gabriel de Jesús Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Laura Camarillo Govea (Universidad Autónoma
de Baja California, México)
•
Dr. Enoc Francisco Moran Torres (Universidad de Colima, México)
•
Dra. Brenda Judith Sauceda Villeda (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Jessica Marisol Vera Carrera (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dr. Daniel Alberto Garza de la Vega (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dr. Erick Alberto Durand de Sanjuán (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)

�Editores invitados

Dra. Jéssica Marisol Vera Carrera
Profesora-investigadora de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Giovana Patricia Ríos Godínez y Claudia Ibette Estrada Carreón
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente
ITESO

�Contenido

ARTÍCULOS
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y
funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación
Cristina Merino Ortiz

11

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y
protectora de las emociones
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

33

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

55

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la
resignificación de las relaciones familiares
Enriqueta Benítez López

75

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta
conflictividad familiar en el estado de México
Olga Lidia Sanabria Tellez

95

Mediación familiar a distancia: el uso de la tecnología para garantizar el
acceso a justicia
Patricia Alejandra Veracierto

117

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia
y su búsqueda por la paz social
Yamilet Guadalupe González Ramos

131

�8

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

Presentación

La Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León se
congratula en presentar a la revista MSC Métodos de Solución de Conflictos, un espacio
de encuentro académico donde se entrelazan conocimientos, experiencias, reflexiones y
visiones que contribuyen a generar conocimiento que beneficia a solucionar los conflictos
de la sociedad y generar con ello niveles de bienestar social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos surge en el marco de los primeros 10 años de la
fundación del Doctorado en Métodos Alternos de Solución de Conflictos, programa que
a la vuelta de esta década se ha consolidado como un programa generador de ciencia
nueva en el tema de los Métodos de Solución de Conflictos, en un programa de reconocida
calidad por el Programa Nacional de Posgrados de Calidad —PNPC— del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología —CONACyT— en su nivel consolidado.
La investigación de impacto social es una de las estrategias más importantes para la Facultad de Derecho y Criminología, por tal motivo, se impulsó la creación de la revista MSC
Métodos de Solución de Conflictos con el objetivo de reunir expertos en la nueva ciencia
de la mediación que sean promotores y motivadores en la formación de los nuevos investigadores sociales que forma nuestra institución.
Con la creación de las revistas científicas de nuestra facultad, estamos cumpliendo con
nuestro compromiso y responsabilidad social en la pacificación de los conflictos.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

�Editorial

La mediación como herramienta de construcción de
paz en espacios familiares
Mediation as a tool for building peace in family spaces

Giovana Patricia Ríos Godínez y Claudia Ibette Estrada Carreón
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente ITESO
Editoras Invitadas
A través de la presente editorial presentamos a la comunidad interesada en la aplicación
de los métodos de solución de conflictos este número 4, el cual busca posicionar a la mediación familiar como una herramienta pacífica de gestión, transformación y solución de
conflictos, en los diferentes tipos de familias.
Las familias (en plural debido a la diversidad en su composición) se construyen a partir de
vínculos afectivos que permiten que existan relaciones de cuidado, de solidaridad y de
apoyo; asimismo, se tejen espacios socioeconómicos y se fomentan y/o deconstruyen roles
de género que enmarcan las formas en que se relacionan los integrantes de estas.
A través de estas páginas las autoras nos invitan a reflexionar sobre la importancia, diversidad y cambios que tiene la mediación familiar en México y en otras partes del mundo. En
el primer capítulo la Dra. Cristina Merino, realiza un abordaje teórico y del marco normativo
de la mediación familiar en España, nos habla de cómo la mediación familiar se ha consolidado en los últimos 20 años, refiere el impacto psicosocial que tiene y la importancia de
la figura mediadora para garantizar un proceso de humanización viable, a través de este
mecanismo pacífico de solución de conflictos.
En un segundo momento abordamos tres capítulos importantes en torno a las emociones
en los conflictos familiares. La Dra. Paredes muestra como la mediación familiar es una herramienta pacífica para solucionar los conflictos entre los integrantes de la familia, realiza
un abordaje teórico de la mediación familiar en diversas partes del mundo, nos refiere la
importancia de los principios y los beneficios de este mecanismo pacífico de solución de
controversias, nos habla de la relevancia que tiene implementar los diferentes modelos

�de mediación familiar y hace énfasis en el perfil de la persona mediadora, quien a través
de las diversas herramientas y habilidades que posee, invita a la paciencia, serenidad,
comprensión, respeto y confianza para generar climas que faciliten la comunicación digna y respetuosa entre las partes, así como también, refiere la importancia que tiene la
mediación familiar en las emociones de los integrantes de la familia. Las doctoras Natalia
Ix-Chel Vázquez y Guillermina Díaz investigadoras de la Universidad Autónoma del Estado
de México presentan un artículo sobre la importancia de las emociones y la perspectiva de
género en las relaciones de pareja. Invitan a la comprensión de las competencias emocionales y a observar cómo se pueden gestionar. Otro artículo es el Benítez que trata sobre
la complejidad de los conflictos familiares ante la escalada de conflictos, teniendo como
resultado ofensas y situaciones dolorosas. El perdón se convierte en una posibilidad de
restitución y de resignificación de las relaciones familiares como una medida previa a un
procedimiento formal.
En los últimos artículos se abordan dos temas de gran interés en las mediaciones familiares,
en primer lugar, la coordinación de la parentalidad como respuesta a la conflictividad familiar y la mediación a distancia como herramienta fundamental ante la dificultad que existe
de acordar reuniones presenciales, sea por distancia, economía o situaciones de salud. La
Dra. Sanabria reconoce la alta conflictividad que viven las niñas, niños y adolescentes en
las disputas familiares, lo cual no es atendido adecuadamente por las propias dinámicas
judiciales o ante los métodos de solución de conflictos. Es la coordinación de parentalidad
donde se debe poner énfasis en el trabajo de las personas mediadoras para que la construcción de parentalidad sea el eje principal en el proceso de la resolución de conflictos
familiares. Veracierto por su parte, nos presenta su experiencia por más de 12 años de innovar en el uso de las tecnologías en los procesos de mediación familiar, haciendo énfasis
en la necesidad de utilizar estas herramientas en contextos de restricción a la movilidad
como ocurrió entre 2020 y 2021 debido a la pandemia de Covid-19.
Cabe mencionar que este número ha buscado específicamente la aportación de mujeres
investigadoras y mediadoras que a través de su conocimiento y de la interdisciplina permitan a las y los lectores observar buenas prácticas y reconocer factores primordiales como
es el género, el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, el reconocimiento de
las emociones entre otros, para que las mediaciones familiares se constituyan como herramientas capaces de reconstituir el tejido social desde la base.
Agradecemos al Dr. Paris A. Cabello-Tijerina y el Dr. Francisco Gorjón por su acompañamiento en el proceso de coordinación de este número.

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

Marco de la mediación familiar en España
Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque
adaptativo en mediación
Framework of family mediation in Spain
Conflict typology and mediation functions from an adaptive approach in
mediation
Recibido: 29-09-2022
Cristina Merino Ortiz*

| Aceptado: 29-11-2022
*https://orcid.org/0000-0003-1339-8751
Universidad del País Vasco y Universidad de Deusto (País
Vasco, España)

Resumen
El presente artículo trata sobre la Mediación Familiar en España, la cual se ha venido desarrollando
significativamente en las dos últimas décadas. La evolución de la demanda social de mediación ha
generado que los procesos surjan tanto en contextos intrajudiciales como extrajudiciales, pudiendo
ser éstos últimos a su vez tanto prejudiciales como postjudiciales.
La diversidad de conflictos familiares, así como el carácter relacional de dichos conflictos requiere
un abordaje psicosocial, en un contexto de comunicación directa tal como ofrece el proceso de
mediación.
Se analizará la figura mediadora, en cuanto a sus características y las funciones que desarrolla en
el proceso de mediación para garantizar dar respuestas adaptativas a la diversidad de conflictos y
modelos de relaciones familiares que nos encontramos en la actualidad.
Palabras clave: mediación; gestión conflictos familiares; funciones mediadoras; enfoque adaptativo.

Abstract
This article is about Family Mediation in Spain, which has been developing significantly in the last
two decades. The evolution of the social demand for mediation has generated that the processes

Cómo citar
Merino Ortiz, C. Marco de la Mediación Familiar en España: Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde
un enfoque adaptativo en mediación. MSC Métodos De
Solución De Conflictos, 3(4). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/view/44

�12

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

arise both in intrajudicial and extrajudicial contexts, the latter being able to be both prejudicial and
postjudicial.
The diversity of family conflicts, as well as the relational nature of these conflicts, requires a psychosocial approach, in a context of direct communication such as mediation process offers.
The mediator as a professional will be analyzed, in terms of his/her characteristics and roles it unfolds in a mediation process to guarantee adaptive responses to the diversity of conflicts and models
of family relationships we find today.
Keywords: mediation, family conflicts, mediation skills, adaptative answers.

1. INTRODUCCIÓN
Los métodos de resolución de conflictos han
variado en función del desarrollo de las sociedades. Hasta décadas recientes, cuando se hablaba de métodos de gestión o de
transformación de conflictos interpersonales, se hacía referencia a los procesos de
negociación, quizá por su mayor presencia
dentro del ámbito de las relaciones sociales
formales. De hecho, cuando surge una disparidad de intereses entre dos o más personas y existe la voluntad (o necesidad) de llegar a un acuerdo, implícita o explícitamente,
se abre una negociación. Este proceso se ha
presentado a lo largo del tiempo de formas
muy variadas. Cada civilización ha prestado
una atención particular a su espíritu y a sus
métodos.
En las relaciones diarias, bien en el ámbito
familiar, profesional o social, es habitual encontrarse realizando funciones mediadoras
con el fin de ayudar a manejar disputas. El
carácter espontáneo e informal de estas intervenciones lleva a que sean consideradas

propias de la interacción y comunicación
humana. En ocasiones, esta labor se acerca
a la mediación de conflictos hasta el punto
de que, tal y como expresa Kolb (1986, p. 13),
“la mediación tal vez no sea la profesión más
antigua del mundo, pero poco le faltará, sin
duda”. A nivel informal, según esta autora, ya
desde la antigüedad, cuando surgía un litigio
entre grupos sociales o individuos siempre
solía aparecer una tercera persona “consejera” que intentaba establecer la paz.
En la experiencia europea de Derecho Comparado -principalmente entre los procesos
alternativos de resolución de conflictos que
se han implantado en países como Inglaterra, Francia o Alemania, entre otros- han
llegado a concluir que en los procesos de
familia familiares “es preciso dar a las partes una oportunidad para convenir los términos de lo que está ocurriendo en sus vidas,
reflexionando sobre el futuro de la familia, y
renegociando su marco de relaciones” (informe previo a la reforma de The Divorce
Reform Act de 1990 de la Comisión Legal del
Parlamento Británico).

Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

En la actualidad europea, la mediación
se ha extendido en la mayor parte de los
países con diversa regulación y desarrollo,
atendiendo a su naturaleza y ámbito de actuación. En cuanto a su ubicación institucional, la mediación familiar está implantándose con éxito en la mayoría de los países
europeos, con diversas variantes en función
de su naturaleza y ámbito de aplicación. En
algunas experiencias, la mediación familiar
se integra tanto en los servicios sociales,
como en la Administración de Justicia, como
una forma de hacer Justicia, al ser procedimientos que se inscriben en el contexto de
la mejora de acceso a la justicia, favoreciendo su modernización y eficacia. En este
sentido se manifestó la Recomendación
(86) 12 del Comité de Ministros del Consejo
de Europa a los Estados miembros sobre las
medidas para prevenir y reducir la carga
de trabajo excesiva en los Tribunales. Por
tanto, en el marco del Consejo de Europa,
esta Recomendación ya imponía a la judicatura, como una de las tareas principales,
la búsqueda de un acuerdo amigable entre
las partes, en todos los asuntos que se les
planteen, al inicio del proceso, o en cualquier fase apropiada del mismo. Asimismo,
la Recomendación (98) 1, adoptada por el
Comité de Ministros el 21 de enero de 1998,
instaba a los Estados miembros a instituir y
promover la mediación familiar o, si fuera el
caso, a reforzar y profundizar la regulación
existente.
A pesar de la evolución social y los cambios
legislativos de las dos últimas décadas, la
familia continúa siendo una institución que
implica, salvo en ocasiones, un pacto de
convivencia y satisface necesidades básicas

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

13

de la persona. Teniendo en cuenta la diversidad de modelos de familia, así como las
necesidades que cubre cualquiera de ellos,
implican múltiples interacciones que experimentan crisis y conflictos, considerándose
éstos inherentes a las relaciones humanas.
Por todo ello, resulta de especial importancia para la sociedad el funcionamiento y la
salud de la familia, tanto en las situaciones
de pretendida normalidad como en aquellas
otras en las que la crisis de convivencia intrafamiliar o de pareja propicia una ruptura
en la relación, conflictos intergeneracionales y su consiguiente adaptación y transformación familiar.
II. MARCO NORMATIVO DE LA
MEDIACIÓN FAMILIAR EN ESPAÑA
El marco legislativo de la Mediación Familiar tiene su origen en las Recomendaciones
y Directivas del Consejo de Europa y de la
Unión Europea en la medida que son de aplicación a los Estados miembros, con especial
atención a sus principios, fundamentalmente enumerados y dotados de contenido en
la Recomendación (98)1, del Comité de Ministros a los Estados Miembros del Consejo
de Europa sobre la Mediación Familiar. En
el marco normativo español, el reconocimiento que otorga la Constitución Española
a una serie de derechos fundamentales son
los que permiten que la mediación sea un
proceso aceptado y promovido. Se procede, posteriormente, a la identificación de las
posibilidades que reconoce el Derecho Civil
en lo concerniente a los conflictos familiares,
tanto en lo relativo a la ruptura de pareja
como a aspectos derivados de las propias
relaciones familiares (relación con hijos e hiCristina Merino Ortiz

�14

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

jas, de abuelos/abuelas con nietos y nietas, la mediación un lugar donde comunicarse,
relación de dependencia…).
reflexionar y concretar en qué términos se va
a desarrollar tal relación. Por tanto, esta ley
La normativa española ofrece una diversi- tiene dos objetivos, siendo ambos compatidad de leyes que, sin hacer una referencia bles con el espíritu de la mediación:
expresa a la mediación, regulan una serie • El reconocimiento del derecho de visitas
de relaciones familiares que en situaciones
específicamente para la relación entre
de conflicto pueden ser abordadas medianabuelos, abuelas y nietos y nietas, tanto
te procesos de mediación. Por orden croen caso de ruptura familiar, como en el
nológico, se han identificado las siguientes
caso de conflictividad en las relaciones
referencias legislativas que favorecen el deintergeneracionales.
sarrollo de la mediación ante la diversidad • La atribución a estas abuelas y abuelos
de conflictos familiares (MERINO, MORCIde un papel relevante en el caso de deLLO, 2011):
jación de las obligaciones derivadas del
rol de madre y padre.
Ley 42/2003, de 21 de noviembre, de
modificación del Código Civil y de la Con el ánimo de lograr cualquiera de los
Ley de Enjuiciamiento Civil en materia dos objetivos, la mediación favorece el esde relaciones familiares de los nietos pacio y el proceso que minimice los efectos
con los abuelos.
negativos y traumáticos de una situación de
crisis de pareja o de dificultad en la relación
Esta ley reconoce que son las abuelas y familiar.
abuelos quienes pueden desempeñar un • Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se
papel crucial para la estabilidad del menor,
modifica el Código Civil en materia de
en la medida que se mantengan ajenos a
derecho a contraer matrimonio.
las situaciones de ruptura de pareja o matrimonial. En este sentido, la ley les atribu- La regulación del matrimonio en el Derecho
ye una autoridad moral y una distancia con Civil contemporáneo ha reflejado los moderespecto a los problemas de la pareja que los y valores dominantes en las sociedades
puede ayudar a nietas y nietos a sobrelle- europeas y occidentales. Teniendo estos cóvar situaciones de conflicto familiar, favore- digos su origen en el Código Civil francés
ciendo en este sentido su estabilidad y su de 1804, en ese momento no precisaban
desarrollo. Es en estas situaciones donde la referirse al matrimonio entre personas del
mediación encuentra un campo de actua- mismo sexo. La sociedad evoluciona y pación de gran interés, al ofrecer un espacio ralelamente los modelos de convivencia se
en el que gestionar situaciones de hostili- diversifican, siendo la realidad social mucho
dad o enfrentamiento entre padres y ma- más rica, plural y dinámica que la sociedad
dres que se convierten en yernos o nueras. en la que surge el Código Civil español de
Todas estas personas están interesadas en 1889. Es en esta ley 13/2005 en la que se reel bienestar de esos hijos e hijas y buscan en conoce la convivencia entre personas del
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

mismo sexo, su derecho a contraer matrimonio y, consiguientemente, a interrumpirlo o
ponerle fin. Con lo cual, se les atribuye el derecho a acudir a mediación en caso de que
se considere un proceso adecuado para la
gestión de sus conflictos interpersonales.
• Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y la
atención a las personas en situación de
dependencia.

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

15

personas cada vez más amplio. A esta
realidad, derivada del envejecimiento,
debe añadirse la dependencia por
razones de enfermedad y otras causas de
discapacidad o limitación. Hasta ahora, han
sido las familias, y en especial, las mujeres,
las que tradicionalmente han asumido el
cuidado de las personas dependientes,
constituyendo lo que ha dado en llamarse el
«apoyo informal». Sin duda, esta realidad
social genera conflictos familiares, desde
el momento en que hay una necesidad de
dar respuesta económica, de colaboración
en la asistencia, de dedicación de tiempo y
en ocasiones, de expresión de afecto; todas
ellas cuestiones de difícil abordaje en el
procedimiento judicial y, por ello, se buscan
espacios de diálogo donde tratar temas de
familia con la propia familia.
• Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.

En esta norma se presta atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal, constituyendo uno de los principales retos de la
política social de los países desarrollados.
El reto es, precisamente, atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar
las actividades esenciales de la vida diaria,
alcanzar una mayor autonomía personal y
poder ejercer plenamente sus derechos de
ciudadanía.
La Ley orgánica 3/2007 incorpora al ordenamiento español dos directivas en mateEl reconocimiento de los derechos de las ria de igualdad de trato, la 2002/73/CE, de
personas en situación de dependencia ha reforma de la Directiva 76/207/CEE, relativa
sido puesto de relieve por numerosos doc- a la aplicación del principio de igualdad de
umentos y decisiones de organizaciones in- trato entre hombres y mujeres en lo que se
ternacionales, como la Organización Mun- refiere al acceso al empleo, a la formación y
dial de la Salud, el Consejo de Europa y la a la promoción profesionales, y a las condiUnión Europea. Tal como expresa esta ley, ciones de trabajo; y la Directiva 2004/113/
la sociedad está viviendo el “envejecimien- CE, sobre aplicación del principio de igualto del envejecimiento», es decir, el aumento dad de trato entre hombres y mujeres en el
del colectivo de población con edad acceso a bienes y servicios y su suministro.
superior a 80 años, que se ha duplicado La mayor novedad de esta Ley radica, en
en sólo veinte años. Estas cuestiones la prevención de esas conductas discrimiconforman una nueva realidad que conlleva natorias y en la previsión de políticas actiproblemas de dependencia en las últimas vas para hacer efectivo el principio de igetapas de la vida para un colectivo de ualdad. Tal opción implica necesariamente
Cristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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una proyección del principio de igualdad
sobre los diversos ámbitos del ordenamiento jurídico, de la realidad social y, sin duda,
de todos aquellos procesos que faciliten la
gestión de conflictos y la toma de decisiones
también en el ámbito familiar.
Tal como recoge la propia Ley orgánica
3/2007 en su Exposición de motivos, “el logro de la igualdad real y efectiva en nuestra
sociedad requiere no sólo del compromiso
de los sujetos públicos, sino también de su
promoción decidida en la órbita de las relaciones entre particulares”. Precisamente, es
en esas relaciones interpersonales y en los
posibles conflictos que surjan donde tiene
cabida la mediación.
• Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación
en Asuntos Civiles y Mercantiles
En materia específica de mediación, la
Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en
Asuntos Civiles y Mercantiles, que incorporó al ordenamiento español la Directiva
2008/52/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, así como el Real Decreto
980/2013, de 13 de diciembre, por el que se
desarrollan determinados aspectos de la
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en
asuntos civiles y mercantiles, nacieron con
la vocación decidida de asentar en nuestro país la mediación como instrumento de
autocomposición eficaz de controversias
surgidas entre sujetos de Derecho privado
en el ámbito de sus relaciones de derecho
disponible. Sin embargo, aún queda camino
por andar.

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En diciembre de 2018, se aprobó el Anteproyecto de Ley para el Impulso a la Mediación. Tal como expresa en su Exposición
de motivos, las modificaciones propuestas
responden al deseo de impulsar el uso de
la mediación para la resolución de los conflictos, de manera que se opta por superar
el vigente modelo de mediación basado en
el carácter exclusivamente voluntario de la
misma, por otro comúnmente denominado
de “obligatoriedad mitigada”, que configura como obligación de las partes un intento
de mediación previa a la interposición de
determinadas demandas (las materias concretas donde se establece esta obligación
se recogen en la Ley 5/2012, de 6 de julio),
o bien cuando el tribunal en el seno de un
proceso considere conveniente que las partes acudan a esta figura. En ambos casos, la
finalidad es la de lograr una solución más
ágil y efectiva.
La mediación se configura tanto a nivel extrajudicial como intrajudicial. Tal como describe SUBIJANA ZUNZUNEGUI (2017), la
mediación familiar puede ser prejudicial y,
en tal caso, actúa como un sistema de composición de conflictos alternativo al judicial;
así como puede ser intrajudicial y, en ese
caso, constituye un sistema alternativo al adversarial. En relación con la mediación extrajudicial, o previa a la interposición de la
demanda, se trata de que en determinadas
materias y procesos se haga preciso que
las partes reciban de la persona mediadora
una información clara y precisa de la naturaleza de la mediación, de la estructura del
procedimiento y de los beneficios frente a la
vía judicial. Es decir, amplía el concepto de
simple sesión informativa y añade una pro-

Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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puesta más cercana al análisis del conflicto de la ley de modernización de la Justicia.
denominándola “sesión exploratoria”.
Mediante esta medida Francia refleja su
interés de impulsar la mediación a nivel faLa obligatoriedad mitigada se constituye miliar desarrollando un protocolo que encomo un presupuesto procesal necesa- tró en vigor el 1 de septiembre de 2018 y se
rio para acceder a la vía judicial, pero no mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2019.
supone una obligación de someterse a todo Anteriormente, Francia aprobó en marzo de
un proceso de mediación o de consensuar un 2015 el Decreto sobre la simplificación del
acuerdo que ponga fin al litigio. Esa opción procedimiento civil en la comunicación elecsería contraria al espíritu de la mediación y trónica y la resolución amistosa de conflical principio de voluntariedad. Además, esta tos, mediante el que se modifica el artículo
obligación no afecta al derecho a la tutela 56 del Código Civil francés para obligar al
judicial efectiva, pues se configura como un demandante a acreditar los esfuerzos de
trámite de carácter previo. Queda en todo acudir a un procedimiento de mediación ancaso garantizado el acceso a la vía judicial, tes de la presentación de la demanda bajo
si no se llegara a acordar el inicio de la me- sanción de nulidad en el caso de no hacerlo.
diación, de forma que los tribunales sólo se En la actualidad, sin duda, el paradigma de
ocupen de aquellos conflictos que no hayan la sentencia judicial como único modo de
podido ser solucionados de otra forma.
resolver conflictos ya no existe. La jurisdicción no sirve para todo, solo sirve cuando
En cuanto a la mediación intrajudicial, la el conflicto es de naturaleza jurídica y como
misma tendrá lugar cuando el tribunal, una bien conocemos desde la Teoría del Conflicvez analizado el caso, se encuentre en to, el epicentro de los conflictos está en la
condiciones de conocer el sustrato del litigio relación, donde el poder, la identidad y las
y de su carácter mediable y siempre que no emociones condicionarán su evolución. Por
se hubiera intentado con carácter previo al ello, en los conflictos interpersonales (como
proceso.
son los del ámbito familiar) dar la oportunidad a las personas a que reflexionen sobre
Avanzando en esta misma línea, la media- ello es una manera de impartir Justicia.
ción en la última década ha experimentado
un gran salto, ya no es únicamente una al- El debate está abierto entre promover la
ternativa al sistema judicial, sino que es una obligatoriedad de la mediación (o la obligforma de hacer justicia (Prólogo de Merino atoriedad mitigada tal como propone el Anen Ruiz, 2019). En fecha 11 de Julio de 2017, teproyecto para el Impulso a la Mediación)
Francia anunciaba en el semanario Le Re- o continuar priorizando la autonomía de la
publican que en el Tribunal de Primera In- voluntad de las partes, incluso para acudir
stancia de Evry (partido judicial próximo a a la sesión informativa. La alerta surge ante
París) se ponía en marcha un programa pilo- el temor de que las experiencias de medito para el desarrollo de métodos extrajudi- ación obligatoria impuesta por ley en Italia
ciales de resolución de conflictos al amparo y Argentina puedan tener un efecto perverCristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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so, que es el de convertir la mediación en un
trámite burocrático, incluso llegando a desprestigiar la mediación, más que a fomentarla.
Más recientemente, en el marco normativo
español en materia de mediación, es significativa la aprobación del Anteproyecto de
Ley de Medidas de Eficiencia Procesal
del Servicio Público de Justicia, que se
aprobó el 15 de diciembre del 2020 y aún
está por desarrollar. En lo relativo a la mediación, introduce el término MASC (Medios
Adecuados a la Solución de Controversias)
e incide de forma directa en la normativa
para la utilización de estos MASC entre los
que se incluye la mediación. El documento
se refiere constantemente a métodos “adecuados”, superando ya el calificativo de
“alternativos”. Entre los aspectos que destacan, pretende recuperar la capacidad
de negociación, comunicación y diálogo de
las partes en cuestión, en detrimento de la
dinámica de confrontación, intolerancia y
crispación que habitualmente invaden las
relaciones en el ámbito judicial.
El desarrollo de este Anteproyecto será clave
en la evolución de la mediación en lo que
se refiere a su relación con el procedimiento
judicial, tanto en un momento prejudicial, intrajudicial o postjudicial.
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN:
TIPOLOGÍA DE CONFLICTOS EN EL
ÁMBITO FAMILIAR

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europea 2008/52/CE que se limitaba a establecer unas normas mínimas para fomentar la mediación de los litigios transfronterizos en asuntos civiles y mercantiles. La
norma contiene un régimen general, permitiendo un proceso de mediación en materias
que son competencia exclusiva del Estado,
en el respeto a las previsiones europeas,
al igual que a cualquier tipo de normativa
que dicten las Comunidades Autónomas en
el ejercicio de sus competencias. Por tanto,
la mediación se aplicará a todos los conflictos que surjan dentro de una relación civil o
mercantil, siempre y cuando las partes puedan disponer libremente de su objeto.
Los primeros asuntos civiles que se pueden
entender incluidos, por analogía con las leyes de mediación autonómicas, son los conflictos familiares, cuya normativa en gran
medida es de ius cogens dado que el interés
público es inherente a su objeto procesal,
pero donde se permite un amplio margen a
la autonomía de la voluntad en todas aquellas materias disponibles para las partes
como alimentos, guarda y custodia de menores e incapacitados, derecho de visitas
…Y en las cuales, la experiencia acumulada
desde hace más de dos décadas en algunas
comunidades autónomas, nos permite conformar el siguiente listado (MERINO ORTIZ,
LASHERAS HERRERO, 2013) :
Conflictos originados a partir de la ruptura de pareja:

En esta categoría se incluyen tanto los conEl artículo 2 de la Ley 5/2012 de Mediación flictos originados en un momento inmediaen Asuntos Civiles y Mercantiles amplía no- tamente anterior a la ruptura, como en los
tablemente las previsiones de la Directiva momentos en los que la misma se está produMarco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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ciendo, así como en cualquier etapa posterior
a la misma. Estas situaciones tienen su correspondencia con los conceptos de mediación
intrajudicial y extrajudicial (prejudicial y postjudicial). Es decir, un proceso de mediación
puede iniciarse en un momento previo a tomar contacto con la vía judicial o posterior a
la finalización del procedimiento, en ambos
casos se trata de un procedimiento extrajudicial. Sin embargo, cuando se ha interpuesto
una demanda de separación, divorcio, solicitud de custodia o modificación de las medidas, sus protagonistas pueden ser remitidas
a un proceso de mediación por derivación judicial (tal como propone el Anteproyecto de
Ley para el Impulso a la Mediación).
Por tanto, independientemente de que el acceso a la mediación sea de modo directo y
voluntario o bien sea por derivación judicial,
los temas a tratar en el proceso serán aquellos que según la legislación sean materia
disponible. En sentido positivo, es posible
gestionar desde el proceso de mediación
los siguientes aspectos:
• El modo de organizar la atención de hijos e hijas menores de edad. Se trata del
concepto de la guarda y custodia y sus
tipos.
• Tiempos de convivencia para el padre
o madre que no ejerza la custodia. Corresponde con el concepto jurídico de
régimen de visitas, en cuanto a periodos
ordinarios y vacacionales.
• Pensiones alimenticias para los hijos e hijas.
• Atribución del uso de la vivienda familiar
y ajuar.
• Pensión compensatoria, en su caso.
• Cualquier aspecto relacionado con pau-

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tas educativas, convivenciales, de atención de los hijos e hijas, susceptibles de
ser abordadas desde la mediación.
Hasta hace una década, la ruptura de pareja hacía referencia a matrimonios o uniones
de hecho heterosexuales. En la actualidad,
desde el reconocimiento legal de las uniones de hecho y matrimonios entre personas
del mismo sexo, se ha ampliado la intervención a rupturas de parejas de personas del
mismo sexo.
Conflictos originados en la relación intergeneracional
Si bien, literalmente, la mediación intergeneracional, supone la gestión de conflictos
entre personas de dos generaciones, lo que
puede ubicarse tanto en los problemas con
hijos e hijas menores de edad, como entre
personas adultas y sus respectivos progenitores, en este apartado se ha optado por
centrarlo en los problemas con hijos e hijas,
bien sean menores o mayores de edad, dejando los conflictos con personas mayores
para el siguiente apartado.
Las particularidades de la mediación ante
este tipo de conflictos se manifiestan en la
necesaria adaptación del proceso al nivel
de desarrollo intelectual y de comunicación
de todas las personas implicadas en el conflicto. Por tanto, los modelos de mediación
tienden a utilizar un estilo transformativo,
terapéutico o narrativo, dejando a un lado
las intervenciones finalistas y enfocadas únicamente al acuerdo. El estilo de quien dirige la mediación se centra especialmente en
generar la confianza que todas las partes
Cristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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requieren, prestando especial atención a la
participación de la adolescencia mediante
técnicas que favorezcan el reconocimiento y
el respeto en un espacio más propio de personas adultas.
Entre los conflictos habituales en la relación
intergeneracional padres/madres e hijos/hijas se identifican las siguientes situaciones:
• Reglas, objetivos y expectativas relativas
a la conducta y actividades de los hijos
e hijas.
• Estructura, disciplina, incentivos y consecuencias.
• Asuntos de identidad.
• Problemas de conducta en el centro escolar o en otros escenarios.
• Adicciones tanto a sustancias (drogas,
alcohol) como a las no sustancias (tecnología, consumo, juego).
• Situaciones de maltrato, abandono o negligencia por parte del padre o madre.
• Diferencias sobre amistades y actividades.
• Situaciones relacionadas con la Administración de Justicia.
• Toma de decisiones.
• La salida de los hijos e hijas de casa.
• Asuntos médicos, como embarazos tempranos, exposición a enfermedades de
transmisión sexual, resistencia a tratamiento médico, intentos suicidas o comportamientos autolíticos.

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al nacer y un incremento de la población
española que supera la barrera de los 65
años, pone de manifiesto cómo la vejez ha
dejado de ser una experiencia de una minoría para llegar a cifras dignas de tener en
cuenta. La mediación, como forma pacífica
de gestión y transformación de conflictos, se
presenta como una herramienta que permitirá a las familias y a sus mayores hacer frente
a sus problemas de una manera constructiva y dialogante donde todas las partes tengan su reconocimiento. El objetivo es crear
un ambiente óptimo para la comunicación
productiva, donde se genere un clima de
confianza que permita maximizar la capacidad de cualquiera de las personas afectadas para participar de manera efectiva. En
la mediación todas las personas afectadas
por el conflicto tendrán la oportunidad de
ser escuchadas, posibilitando un mejor entendimiento entre ellas.
La mediación ofrece un proceso adaptable
para el abordaje de situaciones relacionadas con la atención y cuidado de personas
ancianas, incapacitadas o con enfermedades crónicas. Estos procesos tienen su fundamento en los principios de la mediación
familiar y en una conciencia social y legislativa sobre las necesidades de las personas
mayores y de la protección de sus derechos.

Tal como se ha concluido desde la intervención directa y la investigación, la mediación
Conflictos originados con personas mafamiliar es un proceso adecuado en la meyores y dependientes
dida que preserva y defiende la capacidad
de la persona mayor para tomar decisiones
El acelerado envejecimiento de la población sobre su vida, derecho que únicamente se
que se está viviendo en la sociedad actual, verá afectado cuando existe un deterioro
marcado por una mayor esperanza de vida cognitivo grave que se lo impida. En tales
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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ocasiones, se plantea la posibilidad que
una persona cercana a la familia y de confianza de la persona anciana, actúe en la
mediación representándole en sus intereses.
Asimismo, también permite que todas las
partes integrantes de la familia afectadas
por el problema puedan participar, ser escuchadas y que expresen sus inquietudes y
sus objetivos. Entre todas intentarán conseguir un acuerdo consensuado y que la relación familiar no se sienta afectada, siendo
ésta uno de los principales soportes afectivos para las personas mayores.
Con relación a conflictos con personas dependientes o lo que se ha denominado hasta la fecha “incapacitadas judicialmente”,
recientemente, durante el año 2021, se ha
aprobado la Ley 8/2021 de 2 de junio, por la
que se reforma la legislación civil y procesal
para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
El texto legal plantea un cambio de paradigma en relación a las personas con discapacidad, en el sentido de que convierte
lo que antes implicaba el concepto de “incapacitar judicialmente” en un proceso en
el que se encuentra en un primer plano las
voluntades, deseos y preferencias de estas
personas con discapacidad, ofreciéndoles
apoyos para que puedan ejercitar todos sus
derechos.
En este sentido, desde una mirada mediadora, cabría la posibilidad de atender a familias en este proceso de facilitar la escucha
y toma de decisiones teniendo en cuenta las
voluntades, deseos y preferencias de estas
personas. La nueva normativa empodera a
las personas con discapacidad, dado que

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son ellas mismas las encargadas de tomar
las decisiones que hasta ahora han tomado
por ellos/as, pudiéndose ocasionar situaciones conflictivas dentro de la familia, situaciones que se podrían intervenir en mediación.
Para ello, la mediación como proceso flexible se puede adaptar a las necesidades de
estas personas en cuanto a la capacidad de
lectura de documentos o de comprensión,
así como a participar con las personas de
la familia que representen sus necesidades.
Conflictos generados en situaciones de
desprotección de menores
El planteamiento de la mediación en situaciones de protección de menores supone
asomarse a uno de los procedimientos legales más complejos del ordenamiento jurídico
español. Si bien, por el tipo de conflicto relacional que implica, la vía judicial no garantiza que la resolución conlleve el bienestar de
los menores y sus familias, a su vez se trata
de un proceso de naturaleza mixta e inquisitiva, en el que el adversario de la familia es
el propio Estado. Por ello, la mediación en
asuntos de protección de menores no incluye
la discusión sobre las actuaciones realizadas por el Estado, por ser de interés público
y en la que entran derechos fundamentales
que deben de dilucidarse mediante el proceso judicial tradicional. Los procesos de
mediación en situaciones de desprotección
se orientan a la elaboración de los planes
que favorezcan la organización familiar en
el momento de la reunificación, excluyendo
de la mediación los aspectos relacionados
con la legalidad de la intervención del Estado o la situación de maltrato o abandono
como tal.
Cristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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En la trayectoria de la mediación familiar en España las situaciones de acogimiento y adopción se han incluido en las últimas regulaciones autonómicas. Incluso, en la práctica, antes
de haber sido reconocidas como posibles ámbitos de intervención ya se venían aplicando
procesos de mediación a estas situaciones, tal
es el caso del País Vasco con anterioridad a
la aprobación de la Ley Vasca de Mediación
Familiar 1/2008, de 8 de febrero.
Del mismo modo que se ha analizado en las
situaciones de desprotección de menores,
la adopción es una institución de interés público, que únicamente puede ser concedida
mediante un proceso judicial que garantice
la protección de los derechos de todas las
partes implicadas. Aun así, hay una serie de
situaciones que pueden ser gestionadas mediante un proceso de mediación tales como:
relaciones entre familia biológica y adoptante, aspectos relacionales del niño con la
familia adoptiva, facilitación del encuentro
con el hijo o hija adoptada con su familia de
origen, así como cualquier aspecto relacional o material que las partes consideren.
Conflictos en situaciones transfronterizas

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internacionales, entre los cuales se encuentran cuestiones relativas a alimentos, custodia y relaciones paterno/materno filiales,
relocalización y sustracción ilegal de menores. La Recomendación (98) 1 del Comité de Ministros de los Estados Miembros del
Consejo de Europa sobre la Mediación Familiar, reconociendo la internacionalización
de las relaciones familiares y los problemas
propios de este fenómeno, indica en su Sec.
VII a, que “los Estados deberían, si procede,
contemplar la posibilidad de establecer mecanismos de mediación en los casos en los
que intervenga un elemento de extranjería,
sobre todo en las cuestiones relativas a los
niños en particular cuando se trata de la tutela o del régimen de visitas de padres que
viven o piensan vivir en Estados diferentes”.
Por último, respecto a la atención de los problemas relativos a la sustracción internacional de menores, se presentó en el 2006, en
la V Reunión de la Comisión Especial sobre el
funcionamiento del Convenio de La Haya de
25 de octubre de 1980, un documento titulado Notas para el Desarrollo de la Mediación, Conciliación y Medios Similares para
Facilitar Soluciones Acordadas en Disputas
Familiares Transfronterizas Relativas a Menores. En la actualidad, en diversas regiones
se han desarrollado proyectos de mediación
o de otras intervenciones no judiciales para
atender situaciones transfronterizas y/o de
sustracción ilegal de menores.

La movilidad geográfica de las personas por
motivos profesionales, junto con el desarrollo de la tecnología y formas de comunicación, ha facilitado las relaciones de pareja
entre personas de diferente nacionalidad, o
de la misma, con residencias en países, in- Entre la casuística para la Mediación Famicluso continentes, diferentes.
liar, el magistrado ORTUÑO MUÑOZ (2018)
añade a las situaciones ya contempladas
Esta realidad social ha generado la regula- las siguientes: disolución de comunidades
ción internacional de los conflictos familiares de bienes y liquidación de los patrimonios
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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comunes; administración de bienes hereditarios, interpretación de cláusulas testamentarias, formación de inventarios y adjudicación de bienes en sucesiones testadas
o intestadas; así como problemáticas entre
socios de empresas o negocios familiares.
El ya citado Anteproyecto de Ley para el
Impulso a la Mediación identifica una serie
de materias susceptibles de mediación obligatoria. A los efectos de dicha ley (a fecha
actual aún Anteproyecto), se entenderá por
intento de mediación, al menos, la celebración ante la persona mediadora de una sesión informativa y una sesión exploratoria,
que podrán haberse celebrado en un único
acto, y haberse efectuado dentro de los seis
meses anteriores a la presentación de la demanda. A dicha sesión habrán de asistir las
partes, personalmente si se trata de personas físicas, y el representante legal o persona con poder para transigir, si se trata de
personas jurídicas. Las materias susceptibles
de mediación obligatoria serán, con carácter previo al inicio de un proceso declarativo, en los siguientes casos que superan el
ámbito propiamente familiar:
a) Medidas que se adopten con ocasión de la declaración de nulidad del
matrimonio, separación, divorcio o las
relativas a la guarda y custodia de los
hijos menores o alimentos reclamados
por un progenitor contra el otro en
nombre de los hijos menores, así como
aquellas que pretendan la modificación de las medidas adoptadas con
anterioridad.
b) Responsabilidad por negligencia
profesional.
c) Sucesiones.

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d) División judicial de patrimonios.
e) Conflictos entre socios y/o con los
órganos de administración de las sociedades mercantiles.
f) Reclamaciones en materia de responsabilidad extracontractual que no
traigan causa de un hecho de la circulación.
g) Alimentos entre parientes.
h) Propiedad horizontal y comunidades
de bienes.
i) Derechos reales sobre cosa ajena.
j) Contratos de distribución, agencia,
franquicia, suministro de bienes y servicios siempre que hayan sido objeto
de negociación individual.
k) Reclamaciones de cantidad inferiores a 2.000 euros entre personas físicas
cuando no traigan causa de un acto de
consumo.
l) Defectos constructivos derivados de
un contrato de arrendamiento de obra.
m) Protección de los derechos al honor,
intimidad o la propia imagen.
n) Procesos arrendaticios que hayan
de ventilarse por los cauces del juicio
ordinario (Anteproyecto de Ley para
el Impulso de la Mediación, diciembre
2018).
IV. LA MEDIACIÓN FAMILIAR COMO
PROCESO ADAPTATIVO PARA LA
INTERVENCIÓN EN CONFLICTOS:
PRINCIPIOS INSPIRADORES
La Mediación Familiar es un tipo de mediación que tiene diferencias significativas con
relación al proceso de mediación en otros
ámbitos. Al mismo tiempo las estructuras familiares se han transformado desde la heCristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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gemonía de la familia tradicional hacia la
diversidad representada por las denominadas nuevas formas familiares. A pesar de
llamarse nuevas formas, ya existían en otras
sociedades desde hace tiempo. El catálogo
básico de nuevas formas familiares en España incluye: familias monoparentales, familias compuestas y parejas de hecho (RUIZ
BECERRIL, 2004). Lo que nos interesa es la
diversidad de conflictos que implican dichas
formas, ya que la intervención desde la mediación o desde el procedimiento judicial
solo es posible si partimos del conocimiento
de su realidad social y somos capaces de
dar respuestas adaptadas. En opinión de
RUIZ BECERRIL (2004), las nuevas familias
se han instaurado en la sociedad para consolidarse. Es decir, no nos puede llevar a un
pensamiento de crisis de la familia sino de
su fortalecimiento. Precisamente, el proceso
experimentado es una adaptación a la diversidad presente en las sociedades contemporáneas y toda adaptación es una manifestación de supervivencia.

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(1984), en el contexto de la separación y/o
divorcio, que definen la mediación como “un
proceso no terapéutico por medio del cual
las partes, con la asistencia de una persona
neutral, intentan aislar sistemáticamente los
puntos de acuerdo y desacuerdo, exploran
alternativas y consideran compromisos con
el propósito de alcanzar un acuerdo consensuado sobre los distintos aspectos de su
separación o divorcio”. En definitiva, la mediación es un proceso de resolución y manejo del conflicto que devuelve a las partes la
responsabilidad de tomar sus propias decisiones en relación con sus vidas.

En un sentido más amplio, la mediadora B
española BERNAL SAMPER (1995) la define
como una alternativa a la forma tradicional
de acudir a la justicia en busca de solución.
La solución la realizan las propias partes
en conflicto con la ayuda de una tercera
imparcial, la persona mediadora, que trata de ayudarles para que éstas consigan
acuerdos consensuados que les permitan
una salida pacífica de la situación conflictiPrecisamente si aplicamos la misma reflexión va. Esta autora también destaca la autodea la mediación, solo un modelo adaptativo terminación de las partes ante una tercera
nos puede garantizar la supervivencia de imparcial.
esta institución. En este sentido, la mediación se ha convertido en una palabra con Por último, resulta de importancia destacar
un valor reconocido tanto a nivel judicial, que la mediación lo que ofrece es precisacadémico, profesional, como mediático. Al amente un espacio físico y un tiempo, asanalizar las múltiples definiciones que apa- pectos primordiales para el diálogo. En palrecen en la bibliografía tradicional específi- abras del mediador y académico BOLAÑOS
ca, se observa cómo ha ido evolucionando CARTUJO (2008) “la mediación reconoce
el propio concepto.
la necesidad de un tiempo y un lugar para
las transiciones familiares. El espacio tranDesde el marco internacional, en las investi- sicional otorga una dimensión temporal de
gaciones del ámbito familiar, son de interés referencia al espacio transaccional (interlas aportaciones de FOLBERG Y TAYLOR cambios de información, negociaciones, acMarco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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uerdos) y permite ubicarlo en la relatividad mediadora (ALZATE SÁEZ DE HEREDIA, MEde un contexto de avance, de evolución, no RINO ORTIZ, 2011).
de resolución definitiva”.
Así el Model Standards of Practice for Family
Un importante avance en la definición de and Divorce Mediation (2000) recoge un tomediación lo representó el documento tal de trece premisas orientadas a favorecer
publicado a partir del consenso de las or- el buen hacer en mediación. Dichas premisganizaciones profesionales norteamerica- as cumplen tres funciones:
nas vinculadas a esta práctica. El Simposio • Servir de guía para las personas mediacelebrado en el año 2000 en EE.UU. tenía
doras en conflictos familiares.
como objetivo establecer una definición • Informar a las personas participantes en
común que favoreciera la confianza en esta
una mediación sobre lo que implica un
actividad profesional. Desde el documento
proceso de este tipo.
consensuado en 1984, denominado entre el • Promover la confianza en la mediación
movimiento profesional de mediación como
como proceso para resolver los conflicModel Standards (Model Standards of Practos familiares.
tice for Family and Divorce Mediation), la
mediación ha necesitado adaptarse a la re- Esta propuesta de modelo de actuación se
alidad social y a las particularidades profe- plantea en diferentes niveles en cuanto a su
sionales, técnicas e institucionales de cada aplicabilidad. Es decir, algunas líneas de accontexto. Si bien los criterios consensuados ción son sólo sugerencias, otras son convenien 1984 supusieron un hito en el desarrollo entes en su aplicación y hay un tercer nivel de
de la mediación, no tuvieron en cuenta as- alto grado de exigencia para el buen hacer
pectos que son de gran interés en la actu- de la persona mediadora. En la traducción
alidad, tales como la violencia doméstica y adaptación de estos tres niveles exigibles
o el abuso infantil, así como la posibilidad se ha optado por las expresiones: “es desede intervenir en conflictos familiares con al- able”, “es conveniente” o “se requiere”. Este
gún episodio de violencia o en situaciones máximo nivel de exigencia es el que exprepost-ruptura. Por ello, se consideró la con- san las trece normas básicas que propone el
veniencia de actualizar tales principios a documento. De modo sintético, se enumeran
las necesidades sociales con la finalidad a continuación los principios (Tabla 1) que
de buscar unos mínimos que clarifiquen las defiende este modelo que serán aplicables
funciones de la mediación y de la persona a cada contexto familiar.
Principios inspiradores de la intervención en mediación
Considerar la mediación como un proceso basado en la autodeterminación de cada
participante.
Acreditar una formación de base y entrenamiento específico en mediación.

Cristina Merino Ortiz

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Tener capacidad de ofrecer a las partes la información que precisen para entender lo
que es la mediación, así como analizar si es lo que desean y están preparadas para
iniciar un proceso de mediación.
Tener habilidad de dirigir el proceso de un modo imparcial. Por tanto, supone finalizar
todo proceso en el que pueda darse un conflicto de intereses entre las partes y la persona mediadora tanto en el momento actual como en un futuro próximo.
Informar a las partes de cualquier tipo de honorarios, tarifas o precio que suponga el
proceso para las partes.
Organizar el proceso de mediación de modo que las partes puedan tomar sus decisiones basadas en una suficiente información y conocimiento sobre la situación de conflicto sobre la que tratan.
Mantener la confidencialidad de toda la información obtenida en el proceso de mediación, excepto en aquellos casos en que se le haya autorizado o requerido a desvelar
alguna información por ley o por acuerdo de las partes.
Informar a las partes con la finalidad de promover el interés de cualquier menor que
pueda estar implicado.
Tener capacidad y formación para identificar situaciones de abuso o negligencia hacia
hijos e hijas menores de edad, de modo que se dirija la mediación a dar los pasos adecuados que permitan alcanzar acuerdos que pongan fin a tales comportamientos.
La actuación como persona mediadora en el ámbito familiar requiere capacidad para
identificar situaciones de violencia doméstica, de modo que se dirija la mediación a dar
los pasos adecuados que permitan alcanzar acuerdos que pongan fin a tales comportamientos.
Suspender o finalizar el proceso de mediación cuando considere que una parte no es
capaz de participar en el proceso de modo adecuado y respetuoso con los fines de la
mediación.
Ofrecer una información veraz tanto en su propaganda profesional como en el modo
de divulgar la mediación.
Adquirir la competencia profesional antes de actuar en mediación, así como mantenerla mediante la formación continua.
Tabla 1. Principios para la intervención en Mediación Familiar. Fuente: Model Standards of Practice for Family and Divorce Mediation (2000), en Merino (2012).

Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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A su vez, añaden en la propia definición
que la mediación no es el proceso adecuado para todas las familias. No la conciben
como un sustituto del asesoramiento legal
o terapéutico, aunque sí la definen como
una opción válida para aquellos conflictos
familiares en los que se busca aumentar la
autodeterminación de las partes y el desarrollo de la comunicación, así como reducir
los costes emocionales y económicos que se
asocian a este tipo de conflictos cuando se
judicializan.

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V. LA ACTIVIDAD MEDIADORA EN EL
ÁMBITO FAMILIAR
El desarrollo de la mediación está intrínsecamente vinculado con la figura mediadora,
como profesional en el análisis del conflicto y diseño del proceso adecuado para su
gestión y posible resolución. Las primeras
investigaciones realizadas sobre las características personales y profesionales para
intervenir en la gestión de conflictos se remontan a los años 50 y 60, cuando se trataban de identificar las diferencias entre lo
que se entendía por intervención eficaz e
ineficaz. El perfil óptimo venía configurado
por una serie de características entre las
que se incluían: objetividad, perspicacia
psicológica, experiencia en conocimientos,
ingenio, habilidad para inspirar confianza,
destacando por encima de todas ellas las
habilidades intelectuales. Estudios posteriores intentaron delimitar las investigaciones
previas, dibujando a la persona mediadora efectiva como aquella que debía poseer
conocimientos sobre la situación conflictiva,
habilidad para entender las posiciones de
las partes enfrentadas, capacidad de escucha, sentido del tiempo, habilidades para
la comunicación, habilidades para manejar el procedimiento y saber dirigir la crisis
(WEHR, 1979).

Esta perspectiva de la mediación presta especial atención a la eficacia de la persona
mediadora en el sentido de requerir una
formación, experiencia y actitud que le permitan intervenir desde la imparcialidad, respetando en todo momento que las partes
lleguen a sus acuerdos de manera voluntaria y que estén basados en la información
aportada. Una de las cuestiones que precisa es la necesidad de que toda persona
mediadora sea consciente del impacto que
su propia cultura (y trayectoria vital) puede
suponer en la gestión de conflictos, así como
estar preparada para identificar situaciones
en las que la violencia o el abuso estén presentes. En este sentido no especifica si en
tal caso deberá suspenderse la mediación,
sino únicamente advierte de la necesidad
de identificar tales comportamientos para
proceder de forma adecuada.
Junto con las características individuales, se
vienen identificando una serie de actitudes
Una vez expuesta la aproximación concep- que han generado debates teóricos. La imtual a la mediación, así como los principios parcialidad y neutralidad son dos aspectos
inspiradores de la intervención, continuamos que suelen incluirse en la gran mayoría de las
con la figura mediadora y sus funciones.
definiciones sobre mediación y que hacen
referencia a actitudes que se deben mostrar
ante el proceso. El punto de vista tradicional
Cristina Merino Ortiz

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defiende la necesidad de mantener dichas
posiciones para contribuir a una mediación
satisfactoria. Las personas mediadoras serán mejor aceptadas y tendrán mayor incidencia sobre las partes si son percibidas
como imparciales. Sin embargo, en ocasiones, la parte mediadora puede verse en la
necesidad de mostrar un mayor apoyo a una
parte que a la otra. Tal es el caso de aquellos conflictos en donde el poder entre las
partes no es equitativo. Si se acepta que la
persona mediadora debe tratar de ayudar
a las partes en la consecución de acuerdos
satisfactorios y justos, parece lógico asumir
que se pueda prestar más atención a aquellas que tengan una posición de debilidad
manifiesta en la negociación.

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en conflictos, HONEYMAN (2006) propone
uno de los escasos protocolos que agrupa
las habilidades en los siguientes conceptos:
A) Investigación en cuanto a la capacidad
mediadora de obtener información pertinente sobre cada caso, así como las técnicas para proceder a la búsqueda de información sobre diferentes hechos, teniendo
en cuenta hasta los datos aparentemente
insignificantes.
B) Empatía en lo referente a la habilidad de
prestar atención con la finalidad de identificar y considerar las necesidades de las partes.

C) Invención como la capacidad de ofrecer
En la línea de buscar características per- modos de colaboración, facilitar la creativisonales que favorezcan el buen hacer en dad para generar ideas que lleguen a resolmediación familiar, diferentes autores seña- ver cada caso.
lan la experiencia como una característica
distintiva de la persona mediadora eficaz. D) Persuasión como la capacidad de coSe tiende a afirmar que la experiencia ge- municación verbal y no verbal, en el sentido
nera en las partes credibilidad y confian- de plantear la información y aplicar habiliza, condiciones ambas correlacionadas dades que permitan una comunicación efimuy positivamente con las probabilidades caz.
de acuerdo. Tal como indica BERCOVITCH
(1991, p.25-26): «ser un mediador no supo- E) Distracción en el sentido de la capacidad
ne ser un erudito omnisciente o una versión de la persona mediadora de desviar la atenmoderna de un hombre renacentista, pero, ción en momentos de mucha tensión emociopara ser efectivo, debería tener algunas de nal que permita reducir la espiral del conflicto
las siguientes cualidades: inteligencia, re- y recuperar la calma para la comunicación.
sistencia, energía, paciencia, sentido del
humor, capacidad de empatía, credibilidad, VI. FUNCIONES MEDIADORAS PARA LA
competencia y grandes habilidades perso- PRÁCTICA DE LA MEDIACIÓN
nales».
FAMILIAR
Si se tratara de realizar una selección de la Una vez expuestas las características, configura mediadora adecuada para intervenir tinuamos con las funciones mediadoras
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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pudiéndose agrupar en una variedad de
intervenciones que, a su vez, implican una
combinación de habilidades y técnicas. En
síntesis, se identifican ocho funciones que
dan contenido a la gestión de conflictos en
un proceso propiamente de mediación con
una estructura de participación y protagonismo de las partes:
Comunicación
La intervención en un proceso de mediación requiere conocer los elementos de la
comunicación eficaz, así como las técnicas
y estrategias para identificar cuáles son las
necesidades e intereses de las partes y, a
su vez, la capacidad para generar diálogos que faciliten el camino hacia soluciones integradoras. Cuando los canales de
comunicación están interrumpidos o deteriorados, la tercera parte facilitará su restablecimiento o creará modos nuevos de
comunicación en términos respetuosos y
constructivos.
Legitimación
La función de legitimar se entiende como
la capacidad de establecer compromisos
entre las partes a modo de normas que regulen el proceso y que éstas se respeten a
lo largo del mismo. Esta función implica la
legitimación del proceso, de la propia persona mediadora y de las partes; por tanto, trasciende del mismo concepto utilizado
por el modelo de mediación circular-narrativo como una de las técnicas básicas para
avanzar en el proceso y legitimar a las partes.

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Facilitación
Esta función supone la capacidad para proponer un proceso estructurado, que a su vez
tiene carácter flexible, que ofrezca a las personas enfrentadas una dinámica de abordaje de los asuntos en conflicto mediante una
agenda de temas a tratar y una secuencia
de fases que son los que dan contenido al
proceso.
Entrenamiento
La función que desempeña la persona mediadora fue definida hace décadas por algunos autores como de educación a las partes que se encuentran sin experiencia en la
negociación o con escasas habilidades. Esta
falta de conocimiento sobre el proceso y la
filosofía que subyace al mismo puede suponer una limitación para las partes protagonistas en cuanto a poder sacar provecho al
proceso. Por ello, la función mediadora será
explicar y entrenar a las partes para una
participación activa en el mismo.
Desarrollo del potencial individual
La persona mediadora ayuda a las partes a
identificar y desarrollar sus propios recursos
internos, así como a buscar en fuentes externas, con experiencia específica en el asunto,
con la finalidad de facilitar la consecución
de opciones de acuerdo aceptables.
Identificación de temas
Se trata de facilitar a las partes la identificación de temas que subyacen al conflicto, de
modo que desde la fragmentación del misCristina Merino Ortiz

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mo sea más fácil gestionarlo para tomar de- Si tenemos en cuenta el marco legislativo de
cisiones y llegar a soluciones satisfactorias la Mediación Familiar y la experiencia acupara todas las partes.
mulada en este ámbito, podemos afirmar
que en cualquier momento del procedimienLiderazgo positivo
to judicial y de la dinámica del conflicto podría plantearse el iniciar una mediación, ya
La función mediadora implica habilidades sea por derivación judicial o en fase temprapara llevar la iniciativa en el sentido que se na (prejudicial) o incluso una vez dictada la
promueva la participación de las partes en resolución judicial. En la actualidad, la mecuanto a la reflexión, identificación de inte- diación ha experimentado un gran avance
reses y necesidades y adopción de acuer- y reconocimiento, ya no es únicamente una
dos. Sin embargo, al mismo tiempo que se alternativa al sistema judicial, sino que es
requiere un rol proactivo supone también una forma de hacer justicia. En los conflictos
una cierta humildad en el sentido de asumir, interpersonales (como son los del ámbito faen ocasiones, una función de aparentar «no miliar), dar la oportunidad a las personas a
saber», de ausencia de conocimiento, que que reflexionen sobre ello es un modo eficaz
active la participación y responsabilidad de de impartir Justicia.
las partes.
En la actualidad, el Anteproyecto de Ley
Agente de realidad
para el Impulso a la Mediación, así como el
Anteproyecto de Ley de Medidas de EficienSer agente de realidad en un proceso de cia Procesal del Servicio Público de Justicia,
mediación implica ayudar a las partes a to- 15 de diciembre del 2020, implican un commar decisiones que se puedan trasladar a promiso mayor en la promoción de la mediaacuerdos razonables y viables, llegando a ción al establecer como requisito previo a la
cuestionar las argumentaciones poco realis- presentación de la demanda, en aquellas
tas o polarizadas.
materias susceptibles de mediación obligatoria, de una sesión informativa y una sesión
VII. CONCLUSIONES
exploratoria. Tras la investigación y trayectoria profesional en procesos de gestión de
La evolución social, la diversidad de mode- conflictos durante 25 años, en mi opinión la
los de familia y los cambios legislativos de mediación es una opción válida para aquelas últimas décadas en España, han gene- llos conflictos familiares en los que se busca
rado el terreno adecuado para el desarrollo aumentar la autodeterminación de las perde la mediación en el Derecho de familia. El sonas y el desarrollo de la comunicación,
hecho de existir interdependencia entre las aunque no sea el proceso adecuado para
partes e intereses comunes en las relacio- todas las familias, requiere un diagnóstico
nes familiares requiere que se gestione des- del conflicto y adaptación del proceso para
de un enfoque colaborativo y adaptativo tal lograr el fin que se propone. Intrínsecamente
como promueve la mediación.
vinculada con el proceso de mediación se
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encuentra la persona mediadora, a quien se
le requiere formación académica, experiencia profesional y actitud que le permitan intervenir desde la imparcialidad y flexibilidad
en la gestión de conflictos ajenos, generando credibilidad y confianza.

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Científica y Práctica en MSC

31

BERNAL SAMPER, T. (1995). Perfil, rol y formación del psicólogo jurídico del mediador. En De Nicolás y L. Martínez:
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BERCOVITCH, J. (1991). Mediator and Mediation Strategies
in International Relations. Negotiation Journal, vol. 8,
pp. 99-112.

En resumen, el futuro de la mediación tiene
su fundamento en dos vertientes: la legislativa y la profesional. La regulación legislativa
en la medida que promueva el marco normativo en el que se desarrolle y se legitime
la mediación (ya sea de carácter intrajudicial o extrajudicial); la vertiente profesional
en cuanto que la persona mediadora esté
capacitada para ejercitar sus funciones optimizando la autodeterminación de las partes, de modo que favorezca el desarrollo del
potencial individual y relacional. La habilidad de adaptar el proceso y aplicar todas
las técnicas y estrategias dependerá de la
formación de la persona mediadora, sus características personales y su ética, así como
de otras variables relacionadas con la institución mediadora en la que se desarrolle
el proceso o la entidad que financie dicha
actividad, cuestiones que sería conveniente
que se evaluaran para conocer los criterios
adecuados para desarrollar la mediación
en cada contexto cultural.

FOLBERG, J., TAYLOR, A. (1984). Mediation: a comprehensive guide to resolving conflicts without litigation. San
Francisco: Jossey-Bass.
HONEYMAN, C. (2006). Understanding Mediators. En A. Kupfer Schneider y C. Honeyman (eds): The Negotiator´s
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VÉRTIZ, J. Tiempo de reformas: perspectiva académica
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Herriko Unibertsitatea, 2017, págs. 221-234.
WEHR, P. (1979). Conflict Regulation. Boulder, Colo.: Westview Press.

_
Cristina Merino Ortiz
Licenciada en Derecho por la Universidad
del País Vasco. Postgrado Universitario en
Criminología por el Instituto Vasco de Criminología de la Universidad del País Vaso
(IVAC-UPV), experta en Drogodependencias por la Universidad Deusto. Especialista
en Psicodrama e intervención en grupos.
Abogada y mediadora del Servicio Público de Mediación Familiar, Gobierno Vasco
(1998-2023).
Profesora de la Universidad del País Vasco,
en el Grado de Psicología y Criminología
(2011-2018). Consultora y facilitadora de
procesos de gestión de conflictos en ámbito
organizacional e interpersonal. Docencia en
Consejo General del Poder Judicial, consultoría y formación en Administración Pública y
entidades privadas.
Mail: c.merino.ortiz@gmail.com

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La mediación familiar como herramienta para la
solución pacifica y protectora de las emociones
Family mediation as a tool for the peaceful and protective solution
of emotions
Recibido: 26-09-2022
Sandra Guillermina Paredes Baltazar*

| Aceptado: 28-12-2022
*https://orcid.org/0000-0002-1050-6246
Universidad de Guadalajara. Centro Público de Mediación
de CUCEA No. 156.

Resumen
La mediación familiar es un proceso por el cual un mediador de manera imparcial se encargará de
escuchar con empatía a las partes con la intención de solucionar la problemática que haya surgido
entre ellos; para esto el mediador deberá de contar con las técnicas y herramientas especiales que
le permitan llevar a cabo una mediación familiar reflexiva, logrando que las partes puedan tener
la capacitad de tomar las opciones mas viables y, por consecuencia, que los acuerdos tomados se
realicen de manera mas comprometida y responsable en beneficio de la familia buscando siempre
proteger el interés superior de los menores si es que los hubiese.
Existen diferentes aspectos de vital importancia para el actuar del mediador, entre los cuales, está el
análisis de las diversas alternativas para solucionar el conflicto, la paciencia, serenidad, comprensión,
respeto y la confianza que se les debe de otorgar a las partes, dentro de un ambiente lo más cómodo
posible, ya que esto facilitará la comunicación entre ellas, creando mayores oportunidades de solución al problema. Es indispensable que el mediador empatice con las distintas circunstancias que se
presentan en la problemática narrada de diferente manera por cada una de las partes, otorgando un
trato digno y respetuoso para todos los integrantes de la familia, incluyendo a los menores.
Palabras clave: mediación familiar, conflicto, modelos de la mediación, participación, resolución
de conflictos.
Cómo citar
Paredes Baltazar, S. G. La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las
emociones. MSC Métodos De Solución De Conflictos, 3(4).
Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.
php/m/article/view/40

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Abstract
Family mediation is a process by which an impartial mediator will listen empathetically to the parties
with the intention of solving the problem that has arisen between them; For this, the mediator must
have the special techniques and tools that will allow him to carry out a reflective family mediation,
ensuring that the parties have the ability to make the most viable options and, consequently, that
the agreements reached are carried out in a more committed and responsible for the benefit of the
family, always seeking to protect the best interests of minors, if any.
There are aspects of vital importance for the mediator to act, among which is the analysis of the
various alternatives to resolve the conflict, patience, serenity, understanding, respect and trust that
must be granted to the parties, within different an environment as comfortable as possible, is that
this will facilitate communication between them, creating greater opportunities to solve the problem.
It is essential that the mediator empathize with the different circumstances that arise in the problem
narrated in a different way for each of the parties, granting a dignified and respectful treatment for
all members of the family, including minors.
Keywords: family mediation, conflict, mediation models, stake, conflict resolution.

1. INTRODUCCIÓN
En algunos países, como Francia, al incrementarse la estadística del divorcio, nació la
necesidad de buscar alternativas pacificas
de solución del proceso, implementando la
mediación familiar para ayudar a la familia
involucrada en este contexto, a tomar decisiones reflexivas que apoyen el menor desgaste emocional que conlleva todo proceso
de separación familiar, ya sea que estén casados o solo viviendo juntos.
Es de suma importancia que la mediación
familiar en México sea de manera especializante, ya que, mediante el trabajo de un
equipo multidisciplinario se podrá lleva a
cabo una mediación reflexiva que fortalezca
los lazos familiares, si bien es cierto, dejaran

de ser pareja, pero como padres es un rol
que solo termina con la muerte.
Así mismo es necesario considerar el perfil
del mediador familiar, en mi experiencia de
mediadora familiar durante 10 años, existen
dos habilidades esenciales para tener éxito
en el desempeño del mediador: la paciencia y la pasión, mismas que tendrán que ponerse en marcha en todo proceso familiar.
Como lo veremos en los diferentes modelos
de mediación, el modelo circular narrativo
de Sara Cob, considera relevante tomar en
cuenta la narrativa de las personas ya que,
cada uno lo vivirá y lo considerará de manera subjetiva, es por eso, la gran importancia
de la paciencia para contar con la empatía,
el respeto, la tolerancia, la prudencia de es-

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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cuchar de manera activa y se logre la con- das de antemano”; también dice que es una
fianza de los mediados.
técnica sumamente versátil que se adapta
con facilidad para ser utilizada en gran canOtro gran tema por considerar en la actua- tidad de asuntos (Singer, L.R, 1996,31-49)
lidad es la participación de Niñas, Niños y
Adolescentes, que, al ser escuchados por un La mediación familiar ha sido definida como
especialista en psicología, manifestando las un proceso en el que una tercera persona
recomendaciones que emite dicho profesio- imparcial ayuda a los involucrados en una
nal, nos permiten a los mediadores hacerles ruptura familiar; y en especial, a las pareesta devolución a los padres, en la mayoría jas en vías de separación o divorcio, a code los casos si logran reflexionar en la ma- municarse mejor entre ellos y a llegar a sus
nera de relacionarse con sus hijos, recapa- propias decisiones conjuntas, sobre la base
citando la gran importancia de apoyar este de una información suficiente, respecto de
duelo tan difícil tanto para ellos, como para algunos o de todos los temas relacionados
sus hijos.
con la separación, el divorcio, los hijos, la
economía o el patrimonio familiar. (Colegio
2. CONCEPTO DE MEDIACIÓN
de Mediadores Familiares del Reino Unido,
FAMILIAR
Código Deontológico, 1995).
La mediación se ubica entre las técnicas alternativas de resolución de conflictos más
utilizadas, junto con el arbitraje y la negociación.

La mediación es un proceso que emplea a
un tercero neutral –el mediador- para facilitar las negociaciones entre las partes de un
conflicto con el fin de llegar a una solución
mutuamente aceptable. Las mediaciones
son:
• Voluntarias.
• Flexibles.
• Confidenciales.
• Informales.
• No vinculantes.

Si se reúnen los elementos comunes de diferentes definiciones, se puede decir que la
mediación es una técnica o un método para
resolver conflictos a través del acuerdo y la
participación de las partes involucradas, y
que es conducido por una tercera persona
neutral que no tiene facultades de decisión
(Rodríguez, B, 2000, 17)
A diferencia de un árbitro o un juez, el mediador no les impone una solución a las parSinger la caracteriza como: “…el méto- tes intervinientes. En lugar de ello, trabaja
do principal de negociación como hombre con las partes para ayudarlas a definir sus
bueno” y describe al proceso como: “…vo- objetivos y resolver sus diferencias. Aunque
luntario, confidencial, formalmente flexible, la mediación es un proceso no obligatorio,
limitado en tiempo, que se desarrolla con la en la gran mayoría de los casos el resultado
participación de las partes, (y que) consta de este proceso es un acuerdo a la vez vinde una serie de etapas conocidas y acepta- culante y exigible (Picker, 2001, 16).
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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La mediación busca centrarse en la solución
del problema y no en quién tiene la razón o
el derecho; de ahí que permite abrir la comunicación entre las personas en conflicto
y les dota de herramientas para que en un
ambiente sano y estructurado encuentren de
común acuerdo, la salida a sus diferencias.
Es un procedimiento que, además, da cabida a los intereses y sentimientos personales
en la búsqueda de soluciones. Por ello, las
razones primordiales para el uso de este
mecanismo de solución de controversias son:
• Dar una pronta solución al conflicto.
• Encontrar una solución que sea satisfactoria para ambos participantes.
• Evitar el desgaste que imposibilita que la
relación subsista (Ferráez, 2011, 32)

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o abogados, aunque muchos de éstos incorporen a su labor las funciones de mediación
(Camp, 2003, 16).
Cuando se habla de mediación familiar,
se hace referencia a una técnica o método voluntario, práctico, privado y confidencial que, con la participación de un tercero
neutral, ayuda a las parejas a aceptar el
divorcio en un nivel emocional y a asimilar
los sentimientos generados por la disolución
del matrimonio, al tiempo que los guía para
negociar una separación amistosa.
La mediación familiar es una manera diferente de enfrentar la separación, es la posibilidad de que una pareja, con dificultades
para comunicarse, pueda trabajar unida por
última vez para enfrentar los problemas que
sobrevienen al divorcio. Su objetivo es lograr
un acuerdo entre las partes, que considere
los intereses de todos los miembros de la familia y que sea durable (Villa, 2001, 21).

La mediación familiar es un proceso en donde un mediador facilita la comunicación de
manera imparcial entre los mediados, para
ellos mismos decidan las opciones de solución de manera pacífica. El mediador no
propone, ni sugiere, solo facilita la comunicación, el dialogo y el respeto de los media- La mediación familiar es una vía de educados.
ción que promueve la colaboración y el trabajo en equipo. Según Risolia, esta técnica
El papel del mediador resulta esencial como tiene como objetivo básico el de “…lograr,
un tercer elemento que intenta superar la no tanto un acuerdo sino la colaboración a
dualidad que se establece entre dos pares través de un acuerdo. El espíritu de coopeen conflicto. El mediador ni juzga ni sanciona ración y de comunicación es un aprendizaje
las actitudes y los comportamientos de las para el futuro de la familia… “, que se está
partes en conflicto; procura, simplemente, reorganizando. También dice que se debe
que éstas puedan encontrar por sí mismas “… inscribir el conflicto en un marco de coosoluciones adaptadas a sus conveniencias y peración, en vistas no a la disolución de una
expectativas a través del mejoramiento de familia, sino a su reorganización atribuyénla comunicación. No pretende solucionar dose a las partes la posibilidad de reglar
nada, ni su actuación puede confundirse con sus relaciones futuras”.1
la de un terapeuta, ni con las prestaciones
propias de maestros, trabajadores sociales 1 Risolia de Alcaro, M., “Mediación familiar; el mediador y
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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Me parece relevante mencionar que existe
en la Ley de Mediación y Conciliación en
Argentina el trato especial de la Mediación
familiar que en sus arts. 31 y 32 y 33 que a la
letra dice:
Art. 31.- Mediación Familiar. La Mediación
Familiar comprende las controversias patrimoniales o extramatrimoniales originadas
en las relaciones de familia o que involucren
intereses de sus miembros o se relacionen
con la subsistencia del vínculo matrimonial,
a excepción de las excluidas por el Art. 52
inciso b) de la presente ley.
Se encuentran comprendidas dentro del
proceso de mediación familiar las controversias que versen sobre:
a) Alimentos entre cónyuges o derivaros de parentesco, salvo los provisorios
que determina el artículo 375 del Código Civil;
b) Tenencia de menores, salvo cuando
su privación o modificación se funde en
los intereses en juego en la mediación”, en Mediación: una
transformación en la cultura. Pp. 120 y 199.
2 Artículo 5.- Controversias excluidas del procedimiento
de mediación prejudicial obligatoria. El procedimiento de
mediación prejudicial no será aplicable en los siguientes
casos: a) Acciones penales; b) Acciones de separación
personal y divorcio, nulidad de matrimonio, filiación, patria potestad y adopción, con excepción de las cuestiones
patrimoniales derivaras de éstas. El juez deberá dividir los
procesos, derivado la parte patrimonial al mediador; c)
Causas en que el Estado nacional, las provincias, los municipios o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o sus entidades descentralizadas sean parte, salvo en el caso que
medie autorización expresa y no se trate de ninguno de los
supuestos a que se refiere el artículo 841 del Código Civil;
d) Procesos de inhabilitación, de declaración de incapacidad y de rehabilitación; e) Amparos, hábeas corpus, hábeas data e interdictos; f) Medias cautelares; g) Diligencias
preliminares y prueba anticipada; h) Juicios sucesorios;
i) Concursos preventivos y quiebras; j) Convocatoria de
Asamblea de copropietarios por el art. 10 de la ley 13.512;
k) Conflictos de competencia de la Justicia del trabajo y l)
Procesos voluntarios.

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motivos graves que serán evaluados
por el Juez o éste disponga las medidas cautelares que estime pertinentes;
c) Régimen de visitas de menores o
incapaces, salvo que existan motivos
graves y urgentes que impongan sin dilación la intervención judicial;
d) Administración y enajenación de
bienes sin divorcio en caso de controversia;
e) Separación personal o separación
de bienes sin divorcio, en el supuesto
del artículo 12943 del Código Civil;
f) Cuestiones patrimoniales derivadas
del divorcio, separación de bienes y
nulidad del matrimonio;
g) Daños y perjuicios derivados de las
relaciones de familia.
Art. 32.- Conclusión de la mediación familiar. Si durante el proceso de mediación
familiar el mediador notase conocimiento de
circunstancias que impliquen un grave riesgo para la integridad física o psíquica de la
parte involucradas o de su grupo familiar,
dará por concluida la mediación. En caso de
encontrarse afectados intereses de menores
o incapaces, el mediador lo pondrá en conocimiento del Ministerio Público de la Defensa a fin de que solicite las medidas pertinentes ante el juez competente.
Art. 33.- Mediadores de Familia. - Los mediadores de familia deberán inscribirse en el
Registro Nacional de Mediación que organi3 Art. 1294. Uno de los cónyuges puede pedir la separación
de bienes cuando el concurso y o la mala administración
del otro le acaree peligro de perder su eventual derecho
sobre los bienes gananciales, y cuando mediare abandono
de hecho de la convivencia matrimonial por parte del otro
cónyuge.
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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zará y administrará el Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos. El Poder Ejecutivo nacional dictará la reglamentación que determinará los requisitos necesarios para la inscripción, que deberá incluir necesariamente
la capacitación básica en mediación, y la
capacitación específica que exija la autoridad de aplicación.
La mediación familiar inicia, en la forma en
que ahora conocemos, en los sistemas judiciales de los Estados Unidos de América y
Canadá, a principios de los años 80 del siglo XX; esta mediación ha tenido a partir de
los 90 del siglo anterior gran aceptación en
los países de la Comunidad Europea, pero
es a partir de la entrada del siglo XXI que ha
tenido auge (Espinosa, 2013, 4).
Por lo que ya a principios de este siglo encontramos un concepto de mediación familiar, tal y como señala la cita que realiza
Pascual Ortuño, en su ensayo titulado: La
Mediación en el ámbito Familiar:
El consejo Consultivo de la mediación familiar de Francia (creado en 2002), la define
como “un proceso de construcción y de reconstrucción del vínculo familiar sobre los
ejes de la autonomía y de la responsabilidad de las partes afectadas por un conflicto,
en cuyo proceso interviene un tercero imparcial, independiente, cualificado y sin ningún
poder de decisión, que es el mediador familiar, para facilitar, a través de la realización
de entrevistas confidenciales, la reanudación de la comunicación entre las partes y la
autogestión del conflicto dentro del ámbito
privado familiar, teniendo en consideración
de peculiaridad de las situaciones, su diver-

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sidad y la evolución de las relaciones familiares” (Ortuño, 2013, 5).
Pensamos que, efectivamente, la mediación
familiar es una especialización en donde
mediante un trabajo en equipo, promoviendo la empatía con los mediados se da la
confianza de poner las cosas como son en la
realidad, aclarando los malentendidos, que
muchas de las veces son el conflicto no de
meses, sino de años. Si se realiza este trabajo especializado desde el inicio del trámite
de conflicto familiar, existe gran posibilidad
de llegar a una mediación exitosa, en donde ambas partes quedan satisfechas con los
acuerdos tomados y por ende, será de mayor cumplimiento de las partes.
2.1. Las ventajas de la mediación familiar:
Quienes ganan en la mediación serán siempre los directamente involucrados en la
toma de decisiones, como son los cónyuges,
pero los hijos, si los hubiesen, siempre serán
los más beneficiados en la mediación familiar pues este beneficio a favor de ellos se
ve materializado tanto en el presente como
en el futuro de las relaciones paterno-filiales, por lo que pueden todos los miembros
de una familia que se rompe, incluidos los
hijos, ganar en eficacia, comprensión y mejores resultados en todos los aspectos que
los involucren.
Al utilizar la mediación familiar se evita un
número importante de procesos judiciales,
contribuyendo de esta manera a descongestionar al sistema judicial; sin embargo,
esta ventaja no es lo más importante, pues
el mayor beneficio es para la familia en con-

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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flicto que decide someterse a mediación, ya
que, al solucionar sus conflictos por esta vía,
evitan desgaste emocional a sus integrantes
al ser la mediación más ágil y menos costosa
desde el punto de vista económico y emocional.

“La apertura al Derecho de Familia hacia
otras disciplinas, nos ha permitido tener una
visión más integral de la familia y un mejor
abordaje de los conflictos familiares que vistos desde la óptica exclusivamente jurídica,
se solucionan a medias o no se solucionan”

Entre las ventajas que ofrece este método,
considero que la democratización de acceso a justicia es una de ellas. Se logra cuando
las familias en proceso de divorcio deciden
cuál será la vía para resolver sus diferencias; por un lado, la jurisdiccional y por otro
la de los mecanismos alternativos como la
mediación. En la actualidad, la mayoría de
las familias mexicanas conocen que para
romper el vínculo matrimonial y resolver sus
diferencias deben de acudir ante un juez extraño, quien resuelve su divorcio basándose
exclusivamente en la Litis y no en las necesidades básicas, emociones y principios de
los integrantes del núcleo familiar.

Una de las características fundamentales
de la mediación es estar orientada al futuro
y con esto coinciden todos los modelos de
mediación. Por ello debemos centrarnos en
cuáles son las posibles soluciones que esperan para un futuro libre de problemas.

Entonces, si nos encontramos en un país en
el cual podemos decidir libremente diversas
situaciones, pues tenemos opciones para
elegir la que nos genere un mayor beneficio
¿por qué no optar por la cultura de la paz
utilizando medios alternativos a los jurisdiccionales?

La intervención conocida como la pregunta
del milagro, basada en el modelo del terapeuta familiar Steve de Shazer y utilizada
por el mediador canadiense Aldo Morrone,
es altamente efectiva.

Las preguntas hacia el futuro, y fundamentalmente las preguntas circulares de tiempo,
son las intervenciones más utilizadas en este
momento del proceso. Los resúmenes y la
historia alternativa orientada hacia el futuro
son también de gran utilidad porque ayudan a que las personas se centren en lo que
quieren que suceda mañana.

La exploración de las soluciones, si bien
puede realizarse en reuniones privadas, es
probablemente más útil llevarla a cabo en
reuniones conjuntas, porque los participantes muchas veces se sorprenden gratamente
al ver a su “adversario” reflexionar sobre las
soluciones (Suares, 2002, 261-262).

El Derecho de Familia tiene actualmente
cambios importantes en sus instituciones
como el matrimonio y el divorcio, y, en consecuencia, modificaciones en los deberes
y obligaciones que se producen con esos
cambios que nos llevan a la necesidad de
involucrar otras disciplinas. Para Nilda Gor- Según Monroy Cabra, el propósito principal
gein (Gorvein, 2010, 26):
de la mediación es el manejo y solución del
conflicto y tiene como bondades que:
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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a) Reduce los obstáculos de comunicación entre las partes en conflicto.
b) Permite analizar diversas alternativas para solucionar el conflicto.
c) Es interactiva y atiende a las necesidades de las partes.
d) Es un proceso que se desarrolla en
corto tiempo.
e) Requiere de seriedad y confianza de
las partes.
f) No busca cambiar la personalidad de
las partes, ni reemplaza a la terapia.
g) No sustituye al abogado.
h) Permite la intervención activa de las
partes en la búsqueda de soluciones.
i) No está sujeta a ritos procesales, ni a
reglas sustanciales.
j) No busca un ganador y un perdedor,
sino que ambas salgan ganando.
k) Reduce la hostilidad y crea un ambiente propicio para el arreglo, y
l) Las partes le otorgan fuerza obligatoria.

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diación y quizás no estén familiarizados con
otras orientaciones teóricas. Una de las más
conocidas es la de la solución de problemas
o modelo orientado por el acuerdo, fundada en el sistema de Negociación basada en
los principios desarrollados por Fisher y Ury
(1981).
3.1. La mediación orientada por el
acuerdo.
Una de sus características principales es la
concentración en los intereses y no en las
posiciones. Una posición es una declaración
del resultado preferido, por una parte. Normalmente el planteamiento de una posición
incluye elementos estratégicos como la acusación, la exageración, la insistencia en los
derechos y facultades de uno y la negociación de que el otro tiene los mismos derechos. Por contraste, un interés es una necesidad subyacente o una meta que tiene que
satisfacerse. Una posición sería, verbigracia, exigir una proporción fija de los bienes
conyugales, y un interés, necesitar el dinero suficiente para conseguir un alojamiento
adecuado. Por ejemplo, una pareja se está
peleando por la cantidad de dinero que
cada uno de ellos tiene derecho a recibir,
pero, como padres, pueden tener un interés
mutuo en ofrecer estabilidad a sus hijos y
evitar un cambio de escuela, si es posible.

Para ponderar la importancia de este método, resulta interesante señalar que en China
hay más de mil doscientos millones de habitantes, diez millones de mediadores y solo
quince mil abogados, lo que nos permite inducir la cultura pacifista en un país que ha
sorprendido a todos por su pujante desarrollo y su colocación en el contexto mundial y
la fobia compartida por los abogados (Soto,
2011, 274-275).
En la mediación orientada por el acuerdo,
primero se invita a las partes a exponer sus
3.- MODELOS DE MEDIACIÓN
respectivas posiciones. El mediador trata
FAMILIAR
de identificar y entender los intereses que
están debajo de éstas y ayuda a las partes
Muchos mediadores familiares se han for- a reconocer que pueden tener intereses y
mado según su particular modelo de me- necesidades mutuas, a pesar de estar en
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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conflicto. Con frecuencia tales necesidades
no son sólo concretar, como el alojamiento,
sino también de tipo psicológico como conservar el respeto y la autoestima. El mediador contribuye a que los clientes busquen
soluciones integradoras o “ganador-ganador” que satisfagan tantas de esas necesidades mutuas como sea posible. Como se
dice en el famosísimo eslogan, el mediador
es “blando con las personas y duro con el
problema”. El compromiso de las partes con
un enfoque de resolución de problemas les
permite trabajar juntos hacia el acuerdo, en
vez de perder tiempo y energía en una competición destructiva. Este enfoque se apoya
considerablemente en las técnicas de negociación. Es probable que el mediador razone con el hemisferio cerebral izquierdo,
un pensamiento caracterizado como lineal,
lógico, analítico, racional y orientado a la
tarea.
Al usar las técnicas de la negociación basada en principios, el mediador pretende:
1. Separar a las personas del problema.
2. Centrarse en los intereses en lugar de las
posiciones.
3. Crear opciones de mutuo beneficio.
La mediación orientada por el acuerdo consta de una serie de pasos o fases. Un modelo
sencillo de cuatro etapas comprendería las
siguientes:
1. Definición de los temas: los participantes
explican sus posiciones.
2. Indagación fáctica: recoger y compartir
la información.
3. Exploración de las opciones: consideraciones de las necesidades, preocupaciones y consecuencias.

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4. Alcanzar el acuerdo: negociar un resultado mutuamente aceptable.
El concepto de MAAN4 (La Mejor Alternativa a un Acuerdo Negociado), y su opuesto
el PAAN5 (La Peor Alternativa a un Acuerdo
Negociado) se usan como referencias con
las que se puede confrontar una propuesta
de acuerdo. Haynes, un célebre exponente
de la mediación orientada por el acuerdo,
define la fase de la negociación final como
aquella en que se “hacen ofertas contraofertas, se sugieren intercambios, se cambian las posiciones y se elabora afanosamente un acuerdo”. (Haynes, 1984, pág. 4).
Cuando la atención se centra en los intereses y no en las posiciones, pueden examinarse diferentes maneras de satisfacerlos,
emergiendo las posibles áreas de convergencia. El proceso funciona sumamente
bien cuando existen intereses y/o motivación mutua para resolver problemas. No
obstante, debe tenerse presente que la mediación orientada por el acuerdo se apoya
en varias presunciones. Se supone que los
participantes tienen motivos para llegar a
un acuerdo.
1. Son capaces de pensar racionalmente.
2. Tienen una idea suficientemente clara
sobre los problemas que tienen que solucionar.
3. Son capaces de explicar y sostener sus
4 Traducción literal de la terminología inglesa, BATNA
(BestAlternative to a NegotiatedAgreement). Para una profundización sobre el modelo y la significación del acrónimo
puede consultarse el libro “Obtenga el sí” versión española del famoso Getting to Yes de Fisher y Ury (1981, 1991) publicado en 1996 por la Ediciones Gestión 2000. (N. de la T.)
5 Traducción de WATNA. (WorstAlternative to a NegotiatedAgreement). Véase la nota anterior. (N. de la T.)
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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posiciones.
a decisiones y pactos que tengan en cuenta
4. Pueden negociar.
las necesidades de sus hijos, así como las
5. Son capaces de reconocer un resultado propias.
equitativo o aceptable.
3.2. Mediación Transformadora.
Muchos mediadores-abogados prefieren
este modelo a otros porque permite medir La mediación orientada al acuerdo es aprolos resultados en términos concretos y por- piada para ciertos tipos de disputas. Sin
que suelen sentirse más cómodos en un pa- embargo, en la separación y en el divorcio
pel activo, o incluso directivo. En la media- muchas personas no están dispuestas o no
ción dirigida por el acuerdo, el mediador son capaces de negociar de una manera
puede ejercer un poder considerable. Existe tranquila y racional. A menudo les invaden
el riesgo de debilitar a una o ambas partes emociones tan fuertes que no nos permiten
en lugar de fortalecerlas y el mediador se pensar con claridad. Muchos mediadores
enfrenta a dilemas tales como si debe o no familiares, quienes procedían de counsereforzar a la parte más débil, y en caso afir- lling y de la terapia, pensaron que este momativo como hacerlo. Otro riesgo es que los delo les incitaba a tomar demasiado control
mediadores, deseosos de obtener un deter- del proceso y demasiada responsabilidad
minado resultado, pueden dirigir a las par- en la resolución de problemas. El enfoque
tes hacia la solución por ellos preferida en desarrollado por Busch y Folger (1994), que
lugar de invertir el tiempo necesario en ela- ellos denominaron mediación transformatiborar un acuerdo mutuamente satisfactorio va6 permite que los participantes marquen
con ambos clientes.
al mediador la dirección a seguir; en lugar
de esperar que aquellos sigan la que señale
Normalmente, la atención se dirige hacia la el mediador. Se concentra en conversar y esconsecución de resultados concretos y solu- cuchar y estimula una visión “fresca”, tanto
ciones prácticas, y aunque el inicio se invite metafóricamente como literalmente. Cuando
a los participantes a expresar sus sentimien- hay una nueva perspectiva y se comprentos, se espera que después los dejen de de con el corazón, el cuadro entero puede
lado. Esto no es posible para muchas perso- transformarse. Los componentes centrales
nas, sobre todo en materia de separación y son: oír y escuchar (la escucha activa empadivorcio.
tíca del mediador) y posibilitar que las partes se oigan y se escuchen recíprocamente.
La mediación dirigida por el acuerdo no se
diseñó para las familias, sino que se ha to- La primera premisa de esta orientación es
mado de la mediación civil y comercial. Si no
se reconocen suficientemente los sentimien6 Para una mejor comprensión del modelo, hay una vertos y no se dedica bastante tiempo a las sión española disponible sobre el libro “ThePromise of Merelaciones familiares, puede alcanzarse un diation de Baruch Bus y Folger, publicada por la editorial
Granica con el título. La Promesa de la Mediación (1986).
acuerdo sin que los padres hayan llegado (N. de T.)
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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que la mediación tenga el potencial de generar efectos transformadores muy beneficiosos para las partes y para la sociedad.
La segunda premisa es que mediación pueda originar estos efectos sólo y en la medida
en que el mediador disponga de una actitud
mental y de unos métodos para la práctica
conducentes a la realización de dos metas
claves: la revalorización y el reconocimiento.
La revalorización estimula la libre determinación y la autonomía, incrementa la capacidad de las personas de ver su situación
más claramente y de tomar decisiones por sí
mismos. El reconocimiento 7 implica que los
participantes pueden reconocerse mutuamente sus sentimientos y puntos de vista y
que sean más sensibles a sus necesidades
recíprocas. Los mediadores transformadores les ayudan a adquirir una comprensión
mutua para que puedan admitir las necesidades del otro con más empatía que antes.
Folger y Busch (1996) identifican diez características de la mediación transformativa:
1. Compromiso con la revalorización y el reconocimiento como objetivos principales
del proceso y rasgos principales del papel del mediador.
2. Se deja a las partes la responsabilidad
por el resultado (“es su opción”).
3. Negarse conscientemente a ser crítico
con las opiniones y decisiones de los
participantes. (“ellos saben más”).
4. Tener una visión optimista de las aptitudes y motivos de las partes. Los mediadores transformativos adoptan un punto de
vista positivo sobre la buena fe y la decencia de las partes, pese a las aparien7 He respetado la traducción de los términos “Empowerment” y “Recognition” que se ofrece en el libro mencionado en la nota anterior. (N. de la T.)

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cias. En lugar de etiquetar a las personas
como intrínsecamente poco compasivas,
débiles o manipuladoras, el mediador
las ve, incluso en sus peores momentos,
como temporalmente defensivas, debilitadas, o absortas en sí mismas.
5. Permitir y dar respuesta a la expresión
de emociones (no simplemente conceder
unos minutos para que ventilen sus sentimientos con el propósito de apartarlos y
así poder avanzar hacia “los problemas
reales”). Los mediadores transformadores animan a que las partes describan
sus emociones y los eventos que las suscitaron para promover el entendimiento y
perspectivas compartidas.
6. Aceptar y, explorar la narrativa de los
participantes (su falta de claridad se veía
como un hecho positivo, en lugar de negativo). Si los mediadores suponen desde el principio que entienden perfectamente la situación y las necesidades de
cada parte, pueden impedir un momento
importante de fluidez y ambivalencia. En
lugar de desarrollar una hipótesis que
lleva a una dirección concreta, es preferible que los mediadores conserven un
saludable sentimiento de incertidumbre,
para que continúen preguntando en lugar de sacar conclusiones.
7. Permanecer centrados en el aquí y ahora de las interacciones del conflicto (“La
acción se produce en la sala”). En lugar
de intentar resolver problemas, el mediador dirige la atención a las declaraciones específicas en el momento en que se
emiten, tratando de descubrir los puntos
concretos sobre los que las partes tienen
dudas, se sienten incomprendidos o pueden haberse entendido mal uno de otro.
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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Cuando los mediadores perciben tales
indicios, reducen la velocidad de la discusión y dedican el tiempo necesario a
la clarificación, comunicación y reconocimiento.
8. Ser sensibles a las declaraciones de las
partes sobre eventos pasados (“discutir
el pasado tiene valor en el presente”).
Generalmente los mediadores animan
a las partes a concentrarse en el futuro, no el pasado. Por contraste, Folger y
Bush defienden que si se ve la historia
del conflicto como un mal en el que no
debe insistirse, se perderán oportunidades importantes para la revalorización y
el reconocimiento Al revisar el pasado
se pueden revelar las elecciones que se
hicieron, las opciones entonces disponibles y puntos de inflexión importantes.
Puede conducir a una reconsideración
del presente.
9. Concebir una intervención como un punto en una secuencia mayor de interacción del conflicto. Con frecuencia el conflicto se desarrolla cíclicamente, ya que
las partes se enfrentan a dudas e incertidumbres. Si los mediadores esperan que,
dentro del ciclo, después de un avance
hacia el acuerdo puede haber otro movimiento que los aleje de él, es menos probable que se asusten cuando se detiene
o se atasca la marcha de las negociaciones. Los mediadores transformadores
incluso llegan a recibir bien estos ciclos
como parte del natural flujo y reflujo del
proceso de la mediación.
10. Albergar un sentimiento de éxito cuando se producen la revalorización y el
reconocimiento, incluso en grado mínimo (“los pazos pequeños cuentan”). La

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mediación es siempre un desafío, a menudo difícil. Es muy importante ser capaces de percibir y disfrutar los pequeños
triunfos para mantener nuestra energía y
motivación. En lugar de definir el resultado positivo sólo en función del acuerdo
final alcanzado, los mediadores transformadores valoran cada paso, por minúsculo que sea, que contribuya a la fuerza
personal y a la comprensión y compasión
interpersonal.
Folger y Bush creyeron que el enfoque transformador era absolutamente preferible al
orientado al acuerdo. Sin embargo, muchas
personas vienen a la mediación precisamente porque tienen problemas que resolver y
no están pidiendo que se les transforme. La
denominación de “mediación transformadora” es infeliz si transmite la noción de que los
mediadores son milagreros capaces de modificar a las personas o sus conflictos en el
curso de un proceso relativamente breve. Ni
siquiera una terapia de larga duración asegura un cambio personal fundamental. Folger y Bush no aclaran suficientemente si el
objetivo principal es transformar a las personas o su relación, o las percepciones de
su conflicto. Es posible cambiar un conflicto,
si éste es entendido y manejado de forma
diferente. Intentar modificar a las personas
queda fuera de las funciones del mediador
y es potencialmente peligroso. Las personas no vienen a mediación para que se les
transforme y los mediadores no deben imponer por su cuenta un proceso, aunque sea
creativo e idealista, a las personas que no
lo desean. Si los participantes quieren que
se les ayude a llegar a un acuerdo concreto
sin que se pretenda de ellos que cambien

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sus opiniones negativas sobre el otro, tienen El modelo de Irving y Benjamín consta de
perfecto derecho a ello.
cuatro fases:
1. Evaluación.
Los mediadores con la misión de transfor- 2. Pre-mediación.
mar a sus clientes pueden estar operando 3. Negociación y
fuera de los límites éticos de la mediación. 4. Seguimiento.
Con todo, hay indicios de que tomar parte
en una mediación puede ser una experien- La función de la fase de evaluación o toma
cia catártica para algunas personas, que de contacto es comprobar si ambas partes
les conduce a cambiar la manera en que entienden la mediación y están dispuestos a
se responden uno a otro e incluso a modi- participar, si los dos pueden mantener discuficar la percepción de sí mismos. Si esta li- siones cara a cara y si la situación es aproberación se produce por su propia voluntad, piada para la mediación. Si ambos desean
sin que el mediador la fuerce, el papel del participar, pero emocionalmente no pueden
mediador es auténticamente facilitador. La aún enfrentarse a una discusión juntos, se
mediación puede tener efectos terapéuticos les puede ofrecer sesiones individuales adisin convertirse en terapia. La contribución cionales. Irving y Benjamín descubrieron en
de Folger y Bush es acentuar los aspectos sus estudios de seguimiento que la cuidaempáticos, idealistas y humanos de la me- dosa evaluación durante la pre-mediación
diación, a diferencia del enfoque dirigido al junto con el uso optativo de las reuniones
acuerdo, que puede ser demasiado lógico, individuales redujo un empleo inadecuado
frío y limitado para tratar las relaciones in- o prematuro de la mediación. Algunas paterpersonales.
rejas empezaron con sesiones separadas y
después pudieron pasar a las negociacio3.3. Mediación familiar terapéutica.
nes conjuntas, con resultados satisfactorios.
La diferencia principal entre la mediación
familiar terapéutica y la mediación transformadora está el distinto énfasis que se
da a la evaluación previa. El modelo desarrollado por Irving y Benjamín (1995) reconoce que hay parejas que son incapaces,
o que todavía no están preparadas para
trabajar juntos en mediación. Es posible
capacitar a algunas de éstas para usar la
mediación ofreciéndoles una ayuda preliminar en reuniones separadas, en lugar de
rechazarlos como “no aptos para la mediación”.

3.4. El Modelo Ecosistémico.
Los modelos de mediación para el acuerdo
y el transformador tienden a centrarse en
las preocupaciones y perspectivas que los
adultos traen a mediación. Los niños apenas son mencionados en la literatura que
he leído sobre estos modelos. Se los pueden
considerar como objeto de cuidado, o hasta
objeto de negociación, más que como individuos con derechos y necesidades propios
que deben ser tenidos en cuenta. Muchos
mediadores familiares piensan que su tarea
es la de fortalecer las capacidades de los
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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adultos que participan en la mediación, en
la creencia de que el acuerdo de los padres
es el mejor para sus hijos. Sólo una pequeña
minoría involucra directamente a los menores en la mediación. Sin embargo, algunos
niños desaprueban fuertemente que se les
excluya de las decisiones que van a tener
un impacto profundo en sus vidas. Como un
joven de 15 años declaró: “Nosotros también somos personas y no se nos debe tratar como seres inferiores porque seamos
jóvenes. Creo que los chicos también tienen
derecho al mismo respeto que los llamados
adultos” (Morrow, 1999).
Saposnek (1983) señalo hace veinte años
que “las disputas sobre la custodia de los
niños surgen normalmente de dinámicas interactivas complejas. Considerando las disputas sobre la custodia desde el punto de
vista de los sistemas familiares, y el mediador puede entender los elementos que los
configuran y realizar intervenciones para
obtener una resolución efectiva. El comportamiento de los niños puede causar el efecto de polarizar aún más la posición de cada
progenitor; porque cada progenitor puede
interpretarlo como una evidencia válida y
necesaria al mismo tiempo de su propia posición para asegurar el bienestar de los niños”. Si la disputa se analiza dentro de un
marco sistémico resulta evidente que las acciones de cada miembro de la familia, incluyendo la de los propios niños, influencian las
acciones y reacciones de los otros miembros
de la familia de una manera recíproca. En
consecuencia, trabajar sólo con los adultos
sin tomar en consideración las necesidades
y los sentimientos y reacciones de los niños,
puede ser ineficaz si el propósito es llegar

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a un acuerdo que funcione en la práctica.
Los niños pueden encontrar la forma de bloquear arreglos que los hagan profundamente infelices.
El modelo ecosistémico de mediación (Berubé 2002, Parkinson, 2002) se centra en la
familia como un todo. Los niños y los demás
miembros de la familia son incluidos en el
marco, indirectamente o si es posible, también directamente. El mediador mantiene
mejor la equidistancia al considerar las necesidades de la familia como un todo, que si
se centra sólo en la pareja parental en conflicto (Parkinson, 2005, 43-52).
Yo como mediadora familiar, y mi perfil profesional, como abogada y terapeuta familiar
sistémica, considero necesario contemplar
en la mediación familiar una mirada sistémica, en donde contemplemos los sentimientos
y los pensamientos de toda la familia incluyendo a los hijos. En la práctica, esta dualidad profesional me ha permitido llevar a
cabo escucha de menores, no con la intención de cuestionar con cuál padre se quieren quedar, pero si para escuchar y entender sus sentimientos y necesidades respecto
a la separación de sus padres. Si trabajamos multidisciplinariamente con el área de
psicología, con los integrantes que deseen
acudir a terapia, el desarrollo de los procesos de divorcio suele ser más favorables, sobre todo, más protectores en las emociones
de la familia.
Los principios rectores de los modelos ecosistémicos se refieren a que:
• Los miembros de la familia –principalmente los padres- pueden necesitar

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•

•

ayuda para negociar cambios en todos
los sectores de sus vidas, incluyendo la
necesidad de llegar a acuerdos con relación a los niños, vivienda, y situación
económica.
La particular pertinencia de un enfoque
interdisciplinario: la mediación ocurre
dentro de marcos culturales, sociales y
jurídicos. Los mediadores familiares necesitan conocimientos interdisciplinarios
y comprensión de estos marcos interconectados.
Los niños son personas –no posesionescon derechos propios, incluyendo el derecho a mantener relaciones familiares
que les brinden apoyo y formación.
Una familia separada todavía puede
ser una familia: las necesidades de sus
miembros se interrelacionan y ellos pueden necesitar ayuda para comunicarse
sobre sus problemas.
Los niños y adolescentes necesitan entender los cambios en sus vidas. Si ambos progenitores están de acuerdo en
que ello sería lo más apropiado, los niños y adolescentes pueden ser involucrados directamente en la mediación, como
también indirectamente. Los mediadores
familiares necesitan una formación adicional para incluir niños en la mediación.

Los modelos ecosistémicos de mediación
familiar tienen valores que necesitan ser
explicitados, en vez de permanecer implícitos, para que los participantes puedan hacer una elección informada del ámbito y del
proceso a recorrer. Cada familia es única:
su cultura, necesidades particulares, circunstancias y relaciones son variables y ello
puede llevar a un resultado diseñado indivi-

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

47

dualmente por la familia, en vez de para la
familia: resultado que por lo general difiere
del que se obtiene en una sentencia judicial
(Parkinson, 2005, 55-56).
Referente al párrafo anterior, en la práctica
profesional es muy cierto, que es preferible
que el convenio de divorcio lo planteen y lo
arreglen los padres, respecto a la custodia,
a la convivencia, a la pensión alimenticia,
ya que en la mayoría de los casos en donde
la resolución es dictada por un juez de familia, el resultado es alejado de la realidad
de cada familia. En la actualidad respecto a
las custodias de los hijos, son los varones los
que ya también cuentan con la custodia de
los hijos, pero también es una realidad, de
que los hermanos son separados, un padre
tiene algunos hijos, y el otro padre al resto,
en un convenio voluntario se hace mención
de la necesidad de que todos los hermanos
convivan en común, para fortalecer los lazos
de hermandad, y eso se logra principalmente en un proceso de mediación, contemplando estos tipos de situaciones, que cada día
son las normales en la vida real.
3.5. Modelo Narrativo.
Los modelos narrativos de mediación se basan en la idea de que los mediadores y los
participantes ejercen una influencia recíproca a lo largo de su diálogo. Los autores con
una perspectiva narrativa de la mediación la
conciben como un proceso en el que se invita
a los participantes a contar su historia, con
el doble propósito de implicarlos por igual
y de ayudarlos a llegar a una comprensión
compartida. Cobb (1994) y otros ven el reconocimiento de la influencia recíproca y conSandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

tinua que los mediadores y los disputadores
ejercen entre sí como un desafío al modelo
de mediación dirigido al acuerdo, en el que
los participantes son guiados por el mediador a través de una serie de pasos o fases.
Los modelos por etapas proporcionan una
estructura provechosa para el proceso de
mediación, pero no explican la dinámica ni
utilizan una gama amplia de estrategias de
comunicación. Un punto clave en el modelo
narrativo es el concepto del marco de Bateson (1972), quien lo definió como un medio
psicológico de configurar los mensajes. Los
marcos operan incluyendo ciertos mensajes y excluyendo otros, igual que el marco
del cuadro contiene a éste y excluye lo que
queda fuera de él. Los marcos también sugieren cómo ha de interpretarse el mensaje
que está dentro de ellos. Por ejemplo, puede
darse un marco positivo a un mensaje negativo o viceversa. No obstante, la noción
del marco es estático, mientras que la mediación ha tomado el término reenmarcar
(o más comúnmente, reformular), más orientado al proceso, para representar un intercambio interactivo de mensajes.
La reformulación está ampliamente considerada como una de las herramientas principales con las que los mediadores ayudan a
los participantes a moverse hacia el acuerdo. En una gran parte de la literatura sobre
mediación es entendida como una función
unilateral que lleva a cabo el mediador. En
los modelos de mediación transformadora y
terapéutica, el mediador usa técnicas como
la reformulación para conseguir un determinado efecto en las partes. Por contraste,
los modelos de comunicación dan importancia a la influencia conjunta o “co-construc-

revistamsc.uanl.mx

ción de marcos” en que todas las partes,
disputadores y mediadores, se enmarcan
y reenmarcan unos a otros continuamente.
Esta percepción altera fundamentalmente
la influencia tradicionalmente atribuida al
mediador, con sus implicaciones para el modelado o conformación que éste confiere al
proceso de la mediación en respuesta a los
diferentes movimientos de acción-reacción
de cada participante.
Bodtker y Jameson (1997) utilizan la metáfora del calidoscopio para representar la
complejidad de los marcos en interacción.
Cada participante (y son al menos tres, si
hay dos partes y un mediador) trae un marco al proceso, que es como un disco que encaja al extremo del calidoscopio. Necesitamos una herramienta conceptual para que
nos permita entender la relación entre estos
tres calidoscopios durante el proceso de influencia mutua. ¿Qué características escoge el mediador de los marcos de las partes
como más significativas que las otras, y por
cuáles razones? Greatbtch y Dingwall (1994)
investigaron los cambios en la intervención
de los mediadores respecto a tres tipos de
reacción de las partes: la resistencia verbal, la conformidad verbal y el silencio. Su
estudio ilustra las influencias recíprocas del
proceso de mediación. Cobb y Rifkin (1991),
es un análisis narrativo de las sesiones de
la mediación, señalan que la importancia de
la secuencia en que se ofrecen los marcos.
La parte que relata su historia primero tiene
ventaja sobre la que interviene en segundo
lugar y ésta se ve entonces en términos de
reacción o reto a la primera, y no como una
historia por derecho propio. La segunda historia pasa a ser un argumento secundario,

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

a menos que esto sea diestramente manejado por el mediador. Esto plantea nuevas
consideraciones en cuanto a si el mediador
debe invitar a las partes a decidir quién va
a intervenir primero, como en el modelo de
Coogler, o si es él quien elige la persona
que comienza a hablar, después de haber
tomado una hipótesis sobre su relación de
poder o sobre otros factores.
Cobb (1994, pág. 54) describe las historias
del conflicto como “notoriamente rígidas, fácilmente reiterativas en el discurso y recalcitrantes en cuanto al cambio”. Los papeles de
los personajes que aparecen en la historia
de cada disputador son atacados y reformulados en la versión contraria, y los valores que se defienden en una se denigran en
la otra. La imagen del calidoscopio es fija.
Haynes y Haynes (1989) describen la mediación como la apertura de las historias de
la pareja a nuevas interpretaciones, Cobb
(op. cit. pág. 61) sostiene que las tres notas
distintivas de una perspectiva postestructural de la narrativa (la coherencia, el cierre y

La Mediación.

49

la interdependencia de la narrativa) operan
colectivamente para desafiar los conceptos
tradicionales de la mediación. La narrativa
en la mediación es, de este modo, mucho
más que una metáfora. La comprensión de
la influencia recíproca de los marcos y la reformulación de todos los participantes en el
proceso nos proporcionan una nueva perspectiva para entender las intervenciones.
También al desarrollo de nuevas técnicas
por parte de los mediadores, en su intento
de transformar las historias de las partes o,
simplemente, de estimular una mayor congruencia entre ellas (Parkinson, 2005, 5860).
Para mí en lo personal, como mediadora
familiar, me identifico más con el modelo
circular-narrativo de Sara Cobb, ya que se
contempla, como se dijo, de qué manera se
dijo y en qué contexto se dice. Es labor de
los mediadores tener la actitud de paciencia
y escucha activa, para poder entender la
historia cada involucrado en un conflicto.

TRADICIONAL.

TRANSFORMATIVO.

CIRCULAR-NARRATIVO.

Harvard.

Bush y Folger

Sara Cobb

Negociación colaborativa

Oportunidad para de-

Proceso de llegar a acuerdos trans-

asistida por un tercero

sarrollar el potencial de

formando la narrativa de confron-

para resolver problema.

cambio de las personas

tación, por unaw historia alternativa

al descubrir sus propias

que posible el cambio.

habilidades.

La Comunicación.

Se centra en conteni-

Se centra en el proceso

Es un proceso complejo que incluye

dos verbales. Diálogos=

relacional.

el contenido y la relación; qué se

”comunicación bilateral

dice, cómo se dice y dentro de

efectiva”

que contexto.

Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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revistamsc.uanl.mx

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

El Mediador.

Es el facilitador de la

Facilita la trasformación

Busca transformar la historia y la

comunicación, experto en

de la relación.

relación.

Un obstáculo para la

Oportunidad de transfor-

Historia interpersonal de malestar

satisfacción de intereses o

mación.

y confrontación donde mi identi-

dirigir la discusión.

El conflicto.

necesidades.

dad y mi yo o self, han estado mal
posicionados.

Métodos.

Alienación del conflicto=

Empoderamiento.

Reflexión y comprensión.

catarsis o descarga de las

Co-protagonismo.

Reconocer y aumentar las diferen-

emociones asociadas al

Preguntas circulares.

cias.

conflicto.

Legitimar a las personas.

Neutralidad: imparciali-

Generar nuevos significados.

dad y equidistancia del

Generar contexto de confianza.

mediador.
Ir del caos al orden.

Metas.

Lograr el acuerdo.

Modificar la relación

Reflexión más que aireación.

Disminuir diferencias entre

entre las partes, sin im-

Cambiar el significado.

las partes.

portar si llegan o no a un

Transformar la historia.

acuerdo.

Lograr el acuerdo, si es posible.

Principales modelos de mediación.
Fuente: Harvard; Bush y Folger, 1996; Cobb, 1995.

Tomando en cuenta el modelo de circular
narrativo de Cobb, (1991) se menciona que
se concibe la comunicación como un todo;
esto es, un proceso bidireccional donde las
partes comunicantes están en constante intercambio y en tanto se comunican, se retroalimentan.

•

Este modelo gira en torno a las relaciones (Paredes, 2010, 82-83).

4.- PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA MEDIACIÓN FAMILIAR.
El principio indispensable en la mediación
familiar será la voluntariedad, como principio rector de la mediación. En la ley de jusEn este modelo se considera importante pro- ticia alternativa del Estado de Jalisco8 conporcionar un espacio en donde:
templa los siguientes principios:
• Se fomente la reflexión y no la aireación
de las historias.
Artículo 4.- Las actuaciones derivadas del
• Cambiar el significado del conflicto.
procedimiento de los métodos alternativos
• Transformar la historia que traen a la se- estarán regidas por los siguientes principios:
sión.
congresoweb.congresojal.gob.mx/.../Leyes/
• Buscar un acuerdo, aunque éste no sea 8
Ley%20de%20Justicia%20Alternativa%20...
la meta fundamental.
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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I. Voluntariedad: La participación de los
interesados en el método alternativo deberá realizarse con su consentimiento y bajo su
absoluta responsabilidad;

conflictos derivados por la violación de
un derecho legítimo o por incumplimiento
indebido de una obligación y que no afecten
el interés público;

II. Confidencialidad: La información derivada de los procedimientos de los métodos
alternativos no podrá ser divulgada, por lo
que será intransferible e indelegable.

VIII. Honestidad: El prestador del medio alterno deberá excusarse de participar
cuando reconozca que sus capacidades,
limitaciones o intereses personales pueden
afectar el procedimiento;

Sólo a petición de la autoridad ministerial
y judicial se podrán entregar las actuaciones derivadas de los procedimientos de los
métodos alternativos, los cuales se considerarán reservados para efectos de la Ley de
Transparencia e Información Pública del estado de Jalisco;

IX. Protección a los más vulnerables: Los
convenios finales se suscribirán observando adicionalmente los derechos de las niñas, niños, adolescentes, incapaces, adultos mayores e indígenas, según sea el caso;

X. Economía: Los prestadores del servicio
III. Flexibilidad: El procedimiento será sus- procurarán ahorrar tiempo y gastos a las
ceptible de cambios o variaciones según las partes;
circunstancias o necesidades de los participantes;
XI. Ejecutoriedad: Una vez sancionado y
registrado el convenio en el Instituto, se poIV. Neutralidad: El prestador del servicio drá exigir su cumplimiento forzoso ante un
alternativo deberá ser ajeno a los intereses juez de primera instancia en la vía y términos
jurídicos que sustenten las diversas partes establecidos en el Código de Procedimiendel conflicto;
tos Civiles del Estado;
V. Imparcialidad: El prestador del medio XII. Inmediatez: El prestador del servicio
alternativo procederá con rectitud sin pre- tendrá conocimiento directo del conflicto y
disposición en favor o en contra de alguna de las partes;
de las partes;
XIII. Informalidad: Estará ausente de las
VI. Equidad: El prestador del servicio de- formas preestablecidas en los procedimienberá generar condiciones de igualdad para tos jurisdiccionales, sujetándose únicamente
que las partes actúen dentro del procedi- a esta ley y la voluntad de las partes;
miento sin ventajas indebidas;
XIV. Accesibilidad: Toda persona sin disVII. Legalidad: Sólo podrán ser objeto tinciones de origen étnico, sexo, edad, condel procedimiento previsto en esta ley, los dición social, religión o estado civil tendrá
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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derecho a los métodos alternos de justicia,
por lo que se facilitará su acceso principalmente a las personas o grupos más vulnerables de la sociedad; y
XV. Alternatividad: Procurará el conciliador proponer diversas soluciones al conflicto de manera que las partes tengan opción
de escoger alguna alternativa conveniente
para solucionar el conflicto.
CONCLUSION.

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ocasiones muchos de los problemas existen
por la mala comunicación que hemos tenido
y por consecuencia algunos malentendidos.
Otro elemento importante es tomar en cuenta que los mediadores familiares debemos
de considerar la paciencia necesaria para
atender a las familias, tener la empatía de
saber escuchar, entender y validar el pasado de las personas, que cada una, vive,
siente y observa su historia de manera diferente, comprendiendo esto y hacerles saber que entendemos que han pasado por
situaciones difíciles para ellos y después
invitarlos a pensar que propuestas tienen,
enfocando la solución tanto en el presente
como en el futuro.

Este tema de investigación es de mi interés
porque considero que la Mediación Familiar
debe de abordarse de una manera especial,
tomando en cuenta que en la actualidad los
problemas familiares han incrementado de Así mismo, considero importante que, tomanera impresionante.
mando en cuenta, que todos los seres humanos debemos ser atendidos privilegiando los
En la práctica se observa que el modelo cir- derechos humanos, validando sus historias
cular narrativo tiene mayor cobertura en la de una manera respetuosa y compresiva,
parte emocional, es importante en la aten- sin olvidarnos de la imparcialidad que debe
ción a las familias tener una mediación fa- respetar el mediador.
miliar reflexiva con una mirada sistémica,
donde los resultados sean obtenidos con la Partiendo de la premisa del Dr. Juan Luis
voluntariedad de las personas involucradas Linares (Terapeuta Familiar Sistémico) dony, por ende, los convenios serán de mayor de menciona: “que todos los seres humanos
cumplimiento.
debemos de sentirnos queridos, valorados y
reconocidos”, en mi experiencia, aplicando
Dentro de las técnicas y herramientas del ésta premisa he observado muchísimos cammediador familiar destacamos que una de bios emocionales en las mediaciones que
las más importantes es la escucha activa he realizado, a la fecha cuento con 10 años
empática, ya que mediante el parafraseo de experiencia en la mediación familiar, y
se harán devoluciones a los mediados, de tomando en cuenta las emociones de toda
lo que escuchamos, con la finalidad de que, la familia, se logra favorecer la reflexión de
por un lado, el mediado se sienta escuchado que, los padres dejan de ser pareja termiy comprendido y por su parte, el otro me- nando la conyugalidad pero, la parentalidiado escuche y reflexione como se siente dad que es la relación sus hijos, subsistirá
la otra persona, que en la mayoría de las por siempre.
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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Científica y Práctica en MSC

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En esta investigación, precisamente otro
tema relevante es tomar en cuenta siempre
las emociones de las niñas, niños y adolescentes, donde mediante su participación de
escucharlos, podemos detectar situaciones
delicadas que tendrán que considerarse a
la hora de elaborar los convenios familiares.
Inclusive esta participación se debe de realizar antes de que se tomen los acuerdos del
convenio final, con la intención de que, se
logre la reflexión de los padres.

de los retos que enfrentamos por el COVID
las secuelas muestran un gran deterioro en
la salud mental de los integrantes de la familia; desde depresión, abandono, indiferencia, desempleo, falta de comunicación,
etc. Y por lo tanto los asuntos de familia se
han incrementado de manera considerable.
A raíz de estas problemáticas anteriormente
mencionadas es necesario tomar acciones
para que la sociedad y las familias fomentemos mayor empatía para poder promover
una cultura de paz que fortalezca las relaEn muchas ocasiones las charlas con las ni- ciones humanas y en consecuencia que conñas, niños y adolescentes revelan en sus en- flictos se resuelvan tanto de manera voluntatrevistas la gran tristeza que manifiestan de ria, consensuada y con mayor cumplimiento.
diferentes maneras por la separación de sus
padres, manifestándose con acciones de
La primera obligación que tiene el ser humaltrato físico a ellos mismos. Es indispenmano desde el momento de nacer y hasta
sable, que dentro de las recomendaciones
el fin de su existencia es ser feliz.
a los padres se sugiera tener una sana convivencia con sus hijos, de mejor calidad, ya
Roberto Arizmendi.
que en la actualidad los dos padres trabajan y los hijos se sienten abandonados: física, emocional y económicamente. Así mismo
se les recomienda llevar a sus hijos a terapia TRABAJOS CITADOS
psicológica.
Bennett, G. P. (2001). Guía Práctica para la mediación. Pai-

Siendo la mediación familiar una materia
especializante, será necesario que se realice un trabajo multidisciplinario (indispensable la intervención de un abogado, un psicólogo y un trabajador social) como Directora
del Centro Público de Mediación del Centro
Universitario de Ciencias Económico y Administrativas de la Universidad de Guadalajara, hemos trabajamos de manera integral,
favoreciendo los resultados de las mediaciones realizadas.

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Carrasquedo Espinosa, E. J. (2013). Propuesta de Reforma
del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, para regular la Mediación Familiar. Diplomado de
Métodos Alternos para la Solución de Conflictos. Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco. Comisión
Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación.
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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

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Habilidades del Mediador”. Instituto Tzapopan, Guada-

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Mediación del CUCEA No. 156, de la Universidad de Guadalajara. Claustro del Instituto
de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco. Docente de la Maestría en Resolución de
Conflictos de CUCEA Universidad de Guadalajara. Profesora de la Maestría en Terapia Familiar Sistémica del Instituto Tzapopan. Profesora de materias de derecho en el
CUCEA de la Universidad de Guadalajara..

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Vinyamata Camp, E. (2003). Mediación. Paidós.

_
Sandra Guillermina Paredes Baltazar
Abogada por la Universidad de Guadalajara. Maestría en Terapia Familiar Sistémica
del Instituto Tzapopan. Doctora en Derecho
por el Instituto Internacional del Derecho y
del Estado. Directora del Centro Público de
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La importancia de las emociones en los conflictos
de pareja
The importance of emotions in couple conflicts

Recibido: 28-09-2022

| Aceptado: 28-12-2022

Natalia Ix-Chel Vázquez González*
Guillermina Díaz Pérez*

*https://orcid.org/0000-0002-3492-9526
Universidad Autónoma del Estado de México
Toluca, México
*https://orcid.org/0000-0002-7634-6636
Universidad Autónoma del Estado de México
Toluca, México

Resumen
El artículo tiene por objetivo mirar como las emociones en las relaciones de pareja se ven atravesadas por el género y como ello repercute en la manera en la que afrontan los conflictos entre
ellos, para ello, se hizo uso de metodología cualitativa a través de entrevistas a profundidad
a personas que viven en pareja independientemente de su situación civil. Las categorías que
marcaron el rumbo de la investigación son los estereotipos de género con el propósito de comprender si estos pudieran relacionarse con las competencias emocionales, así como saber si las
personas entrevistadas podían reconocer, nombrar y gestionar sus emociones, la última categoría
se centra en las actitudes que asumen frente a sus conflictos de pareja. Por otra parte, se hace
alusión a como la mediación puede ayudarnos en reconocer y externar nuestras emociones.
Palabras clave: parejas, emociones, conflicto, mediación

Abstract
The article aims to look at how emotions in couple relationships are crossed by gender and how
this affects the way in which they face conflicts between them, for this, qualitative methodology
was used through interviews with depth to people who live as a couple regardless of their marital
status. The categories that marked the course of the investigation are gender stereotypes with the
purpose of understanding if these could be related to emotional competencies, as well as knowing
Cómo citar
Vázquez González, N. I.-C., &amp; Díaz Pérez, G. La importancia de las emociones en los conflictos de pareja. MSC
Métodos De Solución De Conflictos, 3(4). Recuperado a
partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/
view/43

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

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if the interviewed people could recognize, name and manage their emotions, the last category
focuses on the attitudes they assume towards their partner conflicts. On the other hand, reference
is made to how mediation can help us recognize and express our emotions.
Keywords: couples, emotions, conflict, mediation

1. INTRODUCCIÓN
Desde la Investigación para la Paz es un
principio trabajar en relaciones humanas
que se desarrollen de manera justa y pacífica, y para ello, debemos de recuperar
nuestras capacidades de ser sensibles, cuidadoso/as, diligentes y amoroso/as; sin embargo, no siempre sucede así.
La filosofía para la Paz de la que habla Vicent Martínez Guzmán, considera que los
seres humanos, a través de la ética dialógica, pueden pedir cuentas de lo que hacen, dicen y callan. La ética dialógica brinda
la oportunidad de contar con capacidades
para saber hacer las paces, donde los seres
humanos podrían potenciar el amor y saber
que se pueden hacer las cosas con cuidado,
con diligencia y expresando los sentimientos hacia los otros y las otras y expresando
cómo nos sentimos nosotros mismos (Martínez-Guzmán, 2020)
Las relaciones humanas no siempre se conducen bajo dichos principios y se generan
algunos puntos de vista distintos o contrarios,
por ello, se debe de trabajar con diálogo,
creatividad, la cual siempre se localiza entre
lo intelectual y lo emocional. Una buena idea
comienza como una emoción, produciendo
una sensación de liberación las emociones

son las fuerzas directoras; la intelectualidad
es el instrumento; lo cierto es que la no violencia que nunca insulta las necesidades básicas (Galtung, 2004). Existe armonía cuando
hay una satisfacción mutua de necesidades
básicas (Galtung,2000). Es aquí donde vemos que en estas relaciones humanas necesitamos de las emociones para mirarnos
los unos y los otros, para también saber que
tenemos la capacidad de cuidar al uno y al
otro (Martínez-Guzmán., 2020).
2. LA IMPORTANCIA DE LAS
EMOCIONES EN LAS RELACIONES
HUMANAS
Vicent Martínez-Guzmán (2020) desde la
filosofía para hacer las paces recupera el
concepto del amor, al situarlo como esa
competencia para reconocer al otro como
interlocutor válido y tener ganas de saber y
compartir con justicia, de recuperar la sensibilidad y buscar formas pacíficas de trascender los conflictos, reconocer el papel del
cuerpo como parte del reforzamiento de la
identidad, y asumir la acaricia y la ternura
como recuperación de la confianza en uno
mismo (Martínez -Guzmán, 2020). Pero,
cómo miramos y trabajamos los sentimientos de los otros y otras y los nuestros; cómo
ocupamos estos sentimientos para tener una
capacidad amorosa de reconocimiento de

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

la otredad, de igualdad entre los interlocutores; cómo ejercemos poder sobre el otro,
cómo ocupamos nuestras emociones para
recuperar en nosotros mismos y en la otredad las capacidades y competencias; cómo
ocupamos nuestras emociones para hacer
las paces y expresar el amor como amistad,
como gratitud o como deseo; cómo recuperar esta otra parte emocional que es tan
importante para sabernos que no solamente
somos seres racionales sino que a través de
las emociones podemos construir la paz.

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

57

cidades que construyen y aumentan la solidaridad, la justicia, los espacios de libertad,
equidades y sociedad con el reconocimiento del género e intercultural.

El diálogo, a través del lenguaje y la palabra, permite expresar las emociones; pero
si éstas provocan en el otro miedo de tal
suerte que se convierten en espacios de dominación y ponen en situación de fragilidad,
vulnerabilidad y negación de su capacidad
de interlocución válida, se está frente a un
proceso de poder destructivo y de violencia,
Cuando nuestras emociones no se encuen- “la violencia rompe la equivalencia de la
tran atravesadas por estos elementos de jus- justicia” (Martínez -Guzmán, 2020, p. 95).
ticia, se puede tener un ejercicio del poder
con un significado negativo; es decir, cuan- Por el contrario, los seres humanos somo indo unos seres humanos anulan las capaci- terdependientes y somos seres relaciones
dades, competencias y poderes de otros que necesitamos de la otredad para poder
seres humanos mediante la marginación, la configurar nuestra identidad. De ahí la immiseria y la exclusión; por eso cuando se tie- portancia del lenguaje en la construcción de
ne esta capacidad de moverse en relacio- los mundos sociales, en donde se nombra y
nes sociales con emociones y sentimientos reconoce a la otredad como interlocutores
en donde se procura el cuidado del otro, válidos.
nuestro cuidado, se está trabajando en lo
que Francisco Muñoz llama el empodera- Justo por ello se hace necesario una educamiento pacifista, el cual “podría interpretar- ción socio emocional en tanto que ésta es imse como aquel ejercicio de las capacidades, portante para afrontar los conflictos de macompetencias y poderes de los seres huma- nera pacífica. La emoción se define “como
nos con miras hacer las paces “ (Martínez un sentimiento y sus pensamientos caracteG., 2020, p. 89); de ahí que sea relevante rísticos, a estados psicológicos y biológicos
visualizar la relevancia de las emociones en y a una gran variedad de tendencias a aclas relaciones humanas, porque a partir de tuar” (Goleman D., 1998, p.331). Por su parte,
ellas o se hacen las paces o se podrían estar Bisquerra afirma que las emociones son “Un
generando espirales de violencia. Trabajar estado complejo del organismo caracterisobre las emociones que generan relacio- zado por una excitación o perturbación que
nes justas, igualitarias, de reconocimiento predispone a una respuesta organizada. Las
del otro, equitativas, también generan rela- emociones se generan habitualmente como
ciones que trascienden de lo interpersonal a respuesta a un acontecimiento externo o inlo comunitario y con ello se observan capa- terno” (Bisquerra A., 2000, p.61). Ambas deNatalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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finiciones dejan entrever que las emociones
motivan una actuación en el sujeto y por tanto se pueden expresar, gestionar y transformar; pero depende de los contextos sociales y culturales donde se van aprendiendo y
significando colectivamente a reconocerlas,
expresarlas, negarlas, potenciarlas, ocultarlas y transformarlas. La importancia del lenguaje y el diálogo para el reconocimiento,
expresión y gestión de estás es fundamental,
en tanto que con el lenguaje apropiamos y
construimos el mundo social; se debe, entonces, también trabajar con las maneras que
se tienen de nombrar las cosas para poder
trabajar con las emociones.
A manera de esquematizar, se afirma que
existen dos tipos de emociones, las primarias
y las secundarias. Las emociones básicas o
primarias aparecen durante el desarrollo
natural de cualquier persona, independientemente del contexto, en el que se desarrolla y tienen como propósito ayudar a sobrevivir y dirigir nuestra conducta y favorecer
las relaciones sociales; estas emociones
básicas sirven para defenderse o alejarse
de los estímulos nocivos o para aproximarse
a estímulos placenteros o de recompensas.
Paul Ekman (citado en Bisquerra A., 2000),
distinguió seis emociones básicas: alegría,
tristeza, miedo, ira, asco, sorpresa.
Las emociones son señales que no siempre
se ajustan de manera adecuada al contexto
y pueden aparecer como problemas si no se
sabe gestionarlas, sea por falta de información en el aprendizaje emocional, o por las
vivencias previas. De ahí, la necesidad de
acercarse a una educación socioemocional
para promover una inteligencia emocional,

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esta última en facilita acceder, interpretar y
nombrar las señales internas que están produciendo problema, reflexionar sobre ellas
y utilizarlas o transformarlas de forma adaptada a las circunstancias. Cuando se consigue realizar este proceso de manera exitosa el bienestar aumenta exponencialmente
y se revela el significado que se tienen en
la experiencia de vida y de esta manera se
van dando pistas para aprender a gestionar
adecuadamente los estados de ánimo para
ser capaces de tomar decisiones con las
que se incremente el grado de satisfacción
y se abandonen los intentos de reprimir las
emociones desagradables o de reaccionar
de manera impulsiva.
Las emociones secundarias, se desarrollan
a partir de las emociones básicas. Son mucho más complejas y surgen en contextos de
relaciones interpersonales, por lo que están
condicionadas por los procesos de aprendizaje y socialización. Las emociones secundarias se desarrollan a partir de las básicas
y al ser más complejas se necesita que la
persona tenga un grado de desarrollo cognitivo para poder elaborarlas (empiezan a
desarrollarse alrededor de los 2 - 3 años de
vida).
La inteligencia emocional tiene como propósito enseñar a comprender las emociones
propias y poderlas gestionar de la forma
más correcta. El mayor reto aparece cuando se pone el foco en las emociones negativas, las cuales puede ser desbordantes
y paralizantes cuando la persona no sabe
cómo enfrentarse a ellas. Entre estas emociones encontramos el miedo, un reflejo que
puede condicionar áreas de nuestra vida y

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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llevar hasta el aislamiento o la ansiedad elevada, sin ser necesario que exista una fobia
para ello. Goleman (citado en Bisquerra y
Pérez, 2007, p. 66), divide en cinco dominios
el desarrollo de la Inteligencia emocional:
autoconciencia emocional, manejo de las
emociones, automotivación, empatía y habilidades sociales.

Practicar la empatía ayuda a ampliar las
perspectivas y con ello a enriquecer el conocimiento del mundo con nuevas ideas,
puntos de vista y oportunidades. Es una habilidad social clave que permite escuchar
mejor, comprender y formular mejores preguntas, mejorando la comunicación, siendo
la base para construir relaciones sólidas y
enriquecedoras. Regularmente cuando hay
La empatía es una de las competencias más violencia de género no existe la práctica de
importantes de las que están incluidas en la la empatía, en tanto se desconoce al otro en
inteligencia emocional. La palabra procede su totalidad.
de los vocablos griegos en que significan
“dentro de él” y “lo que se siente”. Sin em- En los últimos años se ha hecho evidente que
bargo, el significado real de este fenómeno no sólo necesitamos competencias profesiopsicológico es aún más importante que la nales para poder desempeñarnos, sino que
capacidad de ponerse en el lugar de otro; es necesario contar con competencias de
es la capacidad de comprender la vida desarrollo socio-personal, entendiendo que
emocional de otra persona, casi en toda su incluyen, a su vez, competencias de índole
complejidad. Esto no supone necesariamen- personal e interpersonal y en estas es donte compartir las mismas opiniones y argu- de se incluyen el subconjunto de las compementos que justifiquen el estado o reacción tencias emocionales: Motivación, autoconque expresa la otra persona. Ni siquiera sig- fianza, autocontrol, paciencia, autocrítica,
nifica estar de acuerdo con el modo de in- autonomía, control del estrés, asertividad,
terpretar las situaciones con carga afectiva responsabilidad, capacidad de toma de
del interlocutor.
decisiones., empatía, capacidad de prevención y solución de conflictos, espíritu de
La empatía está referida entre otras cosas a equipo, altruismo ( Bisquerra y Pérez, 2007).
la escucha activa, la comprensión y el apoyo
emocional. Además, implica tener la capa- La competencia emocional se relaciona con
cidad suficiente para diferenciar entre los la demostración de autoeficacia (capaciestados afectivos de los demás y la habili- dad y las habilidades) que tiene el individad para tomar perspectiva, tanto cognitiva duo para lograr los objetivos al expresar
como afectiva, respecto a la persona que emociones en las relaciones sociales. Entre
nos expresa su estado emocional.
las que se pueden encontrar dentro de las
competencias personales, la conciencia de
Los componentes de la empatía son: saber sí mismo (Conciencia emocional de uno misescuchar, Interpretar las señales no ver- mo, la valoración adecuada de uno mismo
bales, mostrar comprensión, prestar ayuda y la confianza en uno mismo) y la autogesemocional
tión (autocontrol emocional, transparencia,
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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adaptabilidad, logro, iniciativa, optimismo);
dentro de las competencias sociales, la conciencia social (donde entra la empatía) y la
gestión de las relaciones (donde entra la
gestión de los conflictos) (Saarni citado en
Bisquerra y Pérez, 2007, p.65).
Dicho autor señala que para que haya autoeficacia se requiere conocimiento de las
propias emociones y capacidad para regularlas hacia los resultados deseados y éstos
dependen de los principios morales que uno
tiene; el carácter moral y ético influyen en las
respuestas emocionales de cara a promover la integridad personal. Una competencia emocional madura debería reflejase en
el ejercicio de los valores ético- culturales,
de ahí la importancia que ocupa el contexto, donde el tiempo el espacio y el tiempo
son condicionantes de la competencia emocional. Justo aquí cobra sentido la relación
entre el desarrollo moral y las competencias
emocionales maduras.

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ajena e imparcial al conflicto, aceptada por los disputantes y sin poder de
decisión sobre los mismos, con el objetivo de facilitar que éstos lleguen por
sí mismos a un acuerdo por medio del
diálogo y la negociación (Jares, 2001,
p.159).
La mediación, no sólo nos permite hacernos
conscientes del papel que juagamos dentro
de un conflicto y asumir nuestra responsabilidad en el mismo, también nos permite explorar nuestra capacidad de diálogo, hasta
donde y en qué estamos dispuestos a ceder para la transformación del conflicto, así
como experimentar el bienestar emocional
que podemos sentir a través de ello.

Es de nuestro interés hacer hincapié en el
papel que tiene la mediación para conocer nuestras emociones, así Marines Suares (1996) considera que ésta nos permite
diversos aprendizajes, entre ellos el deuteroaprendizaje o conocimiento tácito, ya
3.- EL PAPEL DE LA MEDIACIÓN EN LA
que se convierte en un proceso positivo de
ENSEÑANZA DE NUESTRAS
enseñanza sobre: habilidades positivas y
EMOCIONES
efectivas de relación interpersonal, de regulación y expresión de emociones y senLos diversos medios alternos de resolución timientos, de comunicación, cooperación,
de conflictos tienen como propósito transfor- pensamiento reflexivo, creativo, crítico, etc.
mar creativa y positivamente los conflictos,
entre ellos, la mediación, acorde a Xesús Los conflictos en las relaciones de pareja
Jares (2001), ésta es altamente educativa, suelen estar motivados por una baja gestión
ya que a través de sus etapas existen diver- emocional, mala o nula comunicación, persos aprendizajes para las partes involucra- cepciones falsas o estereotipos y conductas
das, recordemos que
negativas, ejerciendo un poder destructivo
emocionalmente. En algunos casos incluso
La mediación es un procedimiento de pueden ser considerados como conflictos
resolución de conflictos que consiste en irreales porque no hay una condición objela intervención de una tercera parte, tiva que propicie el conflicto, es más un proLa importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

blema de relación que implica emociones.
No sólo peleamos por los deseos y las metas que nos interesan, frecuentemente, las
personas con las que reñimos más a menudo
son aquellas a quienes valoramos y queremos, solemos pensar en que es lo que nosotros requerimos de la relación sin realmente
conocer las necesidades y emociones de
nuestra (la) pareja sentimental, o pero aún
no es fácil reconocer lo que emocionalmente
necesitamos y lo que podemos ofrecer a la
pareja. Cuando por diversas circunstancias
no se ha logrado transformar el conflicto, la
mediación familiar, es una opción que puede ayudar a las parejas.
Un estudio, de García, Fuentes y Sánchez
(2016), donde se realiza una correlación entre el amor, la satisfacción marital y la resolución de conflictos en las parejas, parte del
hecho, que el conflicto puede brindar oportunidades para el cambio, la negociación,
comprender y adaptarse a las diferencias
y crecer como pareja. Para llevar a cabo el
análisis recuperan la tipología de Kurdek
(citado en García, Fuentes y Sánchez, 2016)
para hablar de estilos de afrontar el conflicto (la negociación o resolución positiva, la
confrontación, la retirada).

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hombres usan más que las mujeres el estilo
de sumisión y las mujeres usan más la confrontación. El mayor uso de los hombres de la
sumisión podría relacionarse con la actitud
predominante, ágape, la que se caracteriza por la entrega desinteresada que podría
abarcar incluso ceder la posición al momento de resolver un conflicto. Por otra parte, el
uso mayor de la confrontación por parte de
las mujeres podría tener relación con el nivel
educacional, pues un nivel superior, les proporciona mayores herramientas sociales y
un empoderamiento de género, equiparándose los roles en la relación. También una
actitud de retirada del conflicto afectaría los
niveles de comunicación dentro de la relación de pareja y que a la par se relaciona
con niveles bajos de satisfacción de la pareja (cfr. García, Fuentes y Sánchez, 2016, p.
287-288).

Al momento de estallar un conflicto, es frecuente que las personas involucradas experimenten numerosos sentimientos y emociones, ya que son reacciones que comúnmente
se pueden tener ante el estímulo del conflicto, particularmente fuertes cuando se trata
de personas en una relación de pareja en la
que no solo pueden estar presentes vínculos
afectivos entre ellos, en ocasiones también
Dichos autores afirman que la distinción en- implica a terceras personas, ya sea sus hijos
tre las parejas funcionales de las disfuncio- e hijas, cuando los tienen, o tal vez a otros
nales se da por la forma en que resuelven familiares o seres queridos.
estas discrepancias. Los resultados de dicho
estudio muestran que en las parejas funcio- Las emociones, así como los sentimientos
nales tanto hombres como mujeres utilizan pueden alterar a las partes, o a la posición
en mayor medida a la negociación como o postura que asumen en el conflicto, por
estilo de afrontar los conflictos. Sin embar- lo que es importante al momento de analigo, manifiestan diferencias significativas con zar el conflicto, identificar que emociones o
respecto a estilos disfuncionales, pues los sentimientos intensos, están presentes para
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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buscar posibles alternativas de solución o
transformación del conflicto, por otra parte reconocer la emoción o el sentimiento, y
externarlo de modo que no se vuelva destructivo para la persona que lo experimenta
ni para terceros, puede ayudar a despejar
nuestra mente y evitar somatizar las emociones.
El hecho de poder nombrar las diversas
emociones que somo capaces de externar
como seres humanos puede ser tarea compleja, e incluso las emociones básicas, aún
más identificarlas, debido a que -desafortunadamente- en pocas ocasiones se cuenta
con una educación emocional, y/o la propia ofuscación que experimentamos por el
conflicto, nubla nuestros verdaderos o más
profundos sentimientos, sean o no gratos.
Por ello, en el proceso de mediación, la tarea de identificación y reconocimiento de las
emociones que originaron y/o nos genera
el conflicto, el mediador o mediadora tiene
un papel central, quien como sabemos debe
contar con diversas habilidades, entre ellas,
la capacidad de mejorar las emociones en
el conflicto. Así, parte de su labor es estimular a los mediados a expresar sus emociones, no esencialmente para que se liberen
de ellas, encausarlas o profundizar en ese
aspecto, sino para conocer qué hay detrás
de las emociones sobre el conflicto y así poder alentar su empoderamiento y el reconocimiento. Sin duda, ello también será útil
para propiciar acuerdos colaborativos, en
este sentido los mediadores o mediadoras
deben considerar la presencia de las emociones en cada una de las personas mediadas y buscar la congruencia entre ellas. Es
así que, dentro de la capacitación para po-

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der ser una persona dedicada a la mediación, está el conocimiento profundo de las
emociones y su gestión.
También el mediador está haciendo un trabajo que desde la Investigación para la Paz,
permite que los mediados reconozcan sus
necesidades así como al otro como interlocutor válido y estén realizando un ejercicio
de empoderamiento pacifista con los mediados, lo que incrementa la creatividad y
potencia las capacidades para usar un lenguaje que construya otro tipo de realidades
sociales, con mayor justicia, más solidaridad, equidad y libertad.
El reconocer y estar conscientes de nuestra
emociones, aprender a expresarlas y regularlas nos permite conocer nuestras necesidades y motivaciones, profundizar sobre
nuestro sentir y a conocernos, aunado a que
propicia una mejor salud emocional y por
tanto física, en ello la mediación tiene un
papel centralmente educativo.
4. GÉNERO Y EMOCIONES
Son diversos los factores que influyen en
nuestra capacidad para expresar nuestros
sentimientos y emociones, uno de ellos es la
manera que fuimos educados por nuestros
padres y madres a expresarnos o no emocionalmente, e incluso en ocasiones se enseñan las emociones que podemos expresar
públicamente y cuáles no; lo que aprendemos en el contexto familiar es reforzado por
los medios de comunicación, la escuela, y el
grupo de personas con las que cotidianamente convivimos.

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Existe un factor que afecta prácticamente los
diversos espacios de nuestra vida incluido el
emocional, este es el género, el cual consiste
en un conjunto de características culturales
asignadas a cada uno de los sexos, las cuales son reproducidas y legitimadas socialmente, así “los sentimientos, las emociones,
las actitudes femeninas o masculinas no se
heredan, sino que se aprenden” (Lagarde,
1996, p. 31).

cómo resuelven sus conflictos. Para ello, se
recurrió a la entrevista en profundidad entendida esta como “reiterados encuentros
cara a cara entre el investigador y los informantes, encuentros éstos dirigidos hacia la
comprensión de las perspectivas que tienen
los informantes respecto de sus vidas, experiencias o situaciones, tal como las expresan
con sus propias palabras (Taylor y Bogdan,
2013, p. 101).

El género ha marcado lo que mujeres y hombres deben expresar sentimental y emocionalmente, establece que “corresponde” a
las mujeres ser expresivas emocionalmente,
ellas deben ser afectuosas, amorosas, cariñosas, compasivas, empáticas, tiernas, con
capacidad para cuidar a los otros, mientras
que a los hombres les corresponde tener una
expresividad limitada, mostrar fortaleza, ser
agresivos, valientes, arrojados, dominantes
con su pareja sentimental y protectores de
su familia, el poder cumplir con estos roles y
estereotipos de género en el ámbito de las
emociones permite considerar a las personas como femeninas o masculinas.

Los requisitos para elegir a los informantes
consistió en que estuvieran en pareja conviviendo en la misma casa, indistintamente
de que vivieran en unión libre o casados, no
importaba que tuvieran o no hijos. Se buscaron hombres y mujeres, y se trató de tener un
rango que fueran de los 20 a los 34, de los
34 a los 50 y de 50 a más, en aras de tener
un espacio comparativo para ver si había
diferencias en sus acercamientos emocionales al momento de afrontar un conflicto. Fue
necesario el uso de porteros que permitieran encontrar a los informantes.

5. DISEÑO METODOLÓGICO Y
RESULTADOS
Para cumplir con los objetivos de la investigación se recuperó la metodología cualitativa, en aras de recuperar desde la propia
voz de los sujetos los datos que nos permitan acercarnos al objeto de estudio. Hacer
uso de esta metodología permite apreciar
la realidad a través de las interpretaciones
de las parejas heterosexuales, la interiorización de los estereotipos de género, sus emociones y sus acercamientos a la manera en

El objetivo de la investigación es mirar como
las emociones en las relaciones de pareja se
ven atravesadas por el género y como ello
repercute en la manera en la que afrontan
sus conflictos de pareja; de ahí que dentro de
las categorías que marcaron el rumbo de la
investigación era fundamental trabajar con
los estereotipos de género con el propósito
de comprender si estos pudieran relacionarse con las competencias emocionales; una
segunda categoría se centró en las competencias emocionales y ver si se podían reconocer, nombrar y cómo se gestionaban las
emociones, una tercera categoría se centra
en las actitudes frente al conflicto. FinalmenNatalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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te, en el cuidado, como manera de entender tal suerte que las categorías pueden visualila empatía y las rutinas de mirar al otro. De zarse en el siguiente cuadro:
Cuadro 1: Categorías e indicadores
Categoría

Variable

Indicador

Estereotipos y roles de
género

Roles tradicionales
Nuevos roles

Autodefinición de ellas/os mismos
Definición de un buen hombre
Definición de una buena mujer

Competencias emocionales

Conciencia emocional

Toma de conciencia de las propias emociones
Dar nombre a las emociones
Comprensión de las emociones
de los demás
empatía
Expresión emocional
Regulación emocional
Habilidades de afrontamiento

Regulación emocional

Resolución de conflictos

Actitudes frente al conflicto
PIN

Cooperación
Negociación
competencia
Evasión
Sumisión
¿Se trabajan las necesidades e
intereses o los posicionamientos?

Cuidado

Autocuidado
Practica del cuidar al
otro

¿Prácticas de autocuidado o
Autosacrificio?
Empatía,
Responsabilidad compromiso

Fuente: elaboración propia

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Las dificultades para la selección de los informantes claves, requirió que se hiciera uso
de porteros que permitirá el con ellos, para
que tuvieran la seguridad de que su espacio íntimo no sería trastocado. Se cambiaron

65

los nombres para su confidencialidad. Se
realizaron siete entrevistas: tres hombres y
cuatro mujeres. El perfil de los entrevistados
quedó determinado de la siguiente manera:

Estereotipo de género
Tradicionales

Libia

M

23 licenciatura Ama de casa/
comerciante

3 años Unión
libre

-

Tradicional/con
Perspectiva de
género

Raúl

H

32 maestría

8 años Unión
libre

-

Perspectiva de
género

Constanza

M

50 licenciatura Profesora

22
años

Casada

2

Tradicional/con
Perspectiva de
género

Jorge

H

48 Secundaria Carpintero

10

Unión
libre

-

Tradicionales

Profesor
Universitario

Tiempo de vivir en
pareja

2

escolaridad

17 años Unión
libre

Edad

42 secundaria Chofer

sexo

Manuel H

Entrevistado

Hijos/as

Situación conyugal

Actividad profesional

Cuadro 2.- Personas Entrevistadas

Miriam M

33 especialidad

Profesional de la 8 años Unión
salud
Libre

-

Tradicional/con
Perspectiva de género

Carla

61 primaria

Ama de casa

5

Tradicionales

M

37
años

Casada

Fuente: Elaboración propia a partir de las entrevistas

Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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Con los resultados obtenidos en la investigación se reafirma lo que Vicent Martínez-Guzmán, desde su filosofía para hacer
las paces, asevera en el sentido de que
la ética dialógica implica ser capaces de
expresar nuestras emociones y pedirnos
cuentas respecto a lo que nos hacemos,
decimos o callamos, entre nosotros mismos
como seres humanos así como con la naturaleza, así, solamente nos pedimos y damos
razones a través del diálogo, en ese sentido encontramos en la investigación que
algunas de las personas entrevistadas dicen hacer uso del diálogo como la parte
más importante para tener una relación de
pareja estable:
Yo creo que tiene que ver con la forma de pensar y la forma de actuar de
cada uno, mmm… Por ejemplo, yo soy
mucho de… de resolver el problema
con la persona directa, ¿no?, en este
caso, con mi pareja; trato de resolverlo
con ella, de platicarlo con ella (Raúl)
Pues tratar de apoyar, colaborar y hablarlo, por qué no, no hay otra manera,
creo que si, en un principio uno cree
que con el pensamiento se van a, van
a cambiar las cosas y pues no, solo hablarlo, tratarlo, ir cambiando poco a
poco (Miriam)
Que tengamos siempre comunicación;
que sea una persona que me comunique todo (…) . Siempre comunico todo;
cualquier problema que “haiga”, trato
de hablar siempre la situación (…). Lo
platico, lo platico, y lo reflexiono (…) Lo
platico con ella y busco… eh… un con-

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sejo, alguna palabra de aliento (Manuel).
Pues es que todo, yo creo que todo
se hace hablando, ya sea algo que le
pueda traer a uno felicidad o enojo,
primero lo más importante es hablar
y saber (…) Pues lo más importante
es este, la confianza, ya se ha dicho
mucho acerca de, de estas situaciones, la confianza, hablar cuando exista un problema, por muy pequeño, o
un simple coraje, por muy sencillo que
sea, hablarlo, para que pues en ambas partes, siga funcionando la, la relación, la confianza, siempre hablar,
siempre la comunicación, porque los
seres humanos es lo que más debemos de tener, comunicación y más que
nada en esta situación de, de pareja
(silencio) (Jorge)
Pues trato de escuchar a ver qué es lo
que pasa o por qué, o por qué está molesta y ya después le contesto… y entonces yo creo que ya así pus es más
fácil entender a que ponernos, a al tú
por tú, que no vamos a llegar a ningún
acuerdo, nos vamos a, a acalorar, nos
vamos a, va a ser un conflicto más grande, entonces tratar de escuchar a la
persona porque pus a veces digo “no
sé, está estresada, tiene problemas o
algo” y a veces es una cosa tan sencilla
y a veces lo hacemos en, tan grande en
un vaso de agua, nos ahogamos, en un
vaso de agua, que a veces, es mejor
así (silencio) tratar de escuchar a las
personas también (Carla)

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Si hay algo que de alguna forma no escuchar a la pareja para reconocer sus
nos gusta, o eso, pues, lo hablamos y, puntos de vista y/o necesidades:
pues, llegamos a un acuerdo y, pues,
los dos tratamos de mejorar para no
Escuchar, preguntar cómo se encuentra
molestar al otro. hablarlo… hablarlo y,
la otra persona y escuchar lo que me
llegar a un acuerdo para que no nos
diga (…) Siempre, como que, hablaafecte a ninguno de los dos. (Constanmos y acordamos qué es lo que vamos
za)
a hacer, cómo lo vamos a resolver, (…)
(Constanza)
A pesar de que reconocen al diálogo como
una opción cuando existe enojo, ocupan a la
Este, pues a veces me escucha ¿no? A
evasión o retirada para tranquilizarse y eviveces, no siempre, porque si no, no sería
tar una espiral de violencia:
un conflicto, a veces me escucha y pues
bueno, pues ya trata de colaborar ya
Cuando nos enojamos, normalmente,
verme ya cuando estoy enojada ya es
nos dejamos de hablar, entonces, pues,
como “bueno ya voy a hacer las cosas”
es muy difícil no hablar con alguien sí,
este, pero, a veces, cuando entramos,
todo el día estás con él. Entonces, yo
este, en conflictos o situaciones complicreo que, él, evita que estemos enojacadas, también el escucharme, estar ahí
dos para no estar incomunicados (Libia).
presente, este, a veces me trata de dar
consejos ¿no? (Miriam)
Sí, como toda persona al estar enojado
pues, se deja a veces uno de hablar,
Me gusta escuchar, eh… Comparar; y
bueno, momentáneamente en lo que se
sobre de eso es como voy tratando de ir
le pasa a uno la molestia (Jorge)
sacando una conclusión, día a día (Manuel)
Pues él cuando tiene un conflicto, llegamos a tener un conflicto así, pues él,
Para empezar con el escucharlos, este,
va y se lo comunica a sus, a sus hermapues es como un buen, un buen inicio
nas (…) No, no lo habla directamente
¿no? Saber que no soy dueña de la verconmigo, si no va y no pus es que mi
dad absoluta de las cosas, este, y a lo
esposa está molesta, esta enojada o se
mejor también, también tratarme de sienojó o esto o el otro y yo como le digo,
tuar, en ser empática ¿no? (Miriam)
no, no tienes ni porque irles dar, a saber lo que, lo que vives ¿porque?, por- A través de podernos expresar con los otros
que aquí estoy yo, y dime a mí en que te y tratar de evidenciar nuestros sentimientos
falte o que te estoy haciendo, o que te hay un acercamiento al cuidado del otro -en
molesta de mí y lo hablamos (Carmen) su mayoría permeados por el género-, porque al saber de los otros y de las otras es
Por otra parte, resaltan la importancia de tener ganas de saber y compartir con jusNatalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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ticia, con libertad y cooperación (Martínez,
2020 ):
Pues para cuidar a mí esposo, como él
es una persona ya de sesenta y siete
años, es enfermo, diabético, pues yo
trato de no hacerle corajes, de que no
eh, de no hacerle corajes, de que no
se enoje, de que pues de que tratar de
vivir más o menos bien, yo sé que a la
mejor es muy poco ya el tiempo que
nos queda y pues tratar de vivir bien
con, con él como pareja, porque yo soy
todavía de la idea de que, que esa,
son, son ¿Cómo se dijera? Son hábitos
que nos dejaron nuestros padres, todavía de que, nosotros somos todavía
de que, hasta que la muerte nos separe
¿no? (Carla)
Para cuidarlo, pues, creo que no somos
de las personas que tengamos que estar todo el día juntos para estar bien,
pero desde el preguntar “hola ¿cómo
te fue? ¿Cómo te sientes? ¿Cómo estás?” platicar de nuestro día a día, este
sentarnos o, o irnos a este, a la habita…
a la recamara a platicar creo que, que
eso este, nos ayuda mucho a ambos
¿no?, (…) de nuestros diez minutos a lo
mejor en la noche, que tenemos para
platicar de cómo nos fue en el día, creo
que es lo que nos ayuda a cuidarnos
y a saber cómo estamos y a saber en
que trabajamos(Miriam)

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coma bien; que tome agua; que haga
ejercicio para que se sienta bien; que
tome vitaminas… pues, que esté bien;
que esté a gusto; que tenga las cosas
que le gustan (Constanza)
Trato de que se sienta, pues… bien,
porque… bueno, sea feliz; que se sienta como protegido porque, pienso que
de esa manera, pues, él, está, emocionalmente, bien y, no puede como…
o sea, está tranquilo y está bien y, no
tiene la mente ocupada en otras cosas
y, puede como tener como que menos…
probabilidad de que le pase algo por
distracción o por tristeza. Y pues, también, procuro que de salud esté bien, y
que… más que nada, emocionalmente,
que se sienta bien (Libia)
Él, siempre trata de que esté fuera de
peligro al realizar labores del hogar o
del trabajo y, pues, también, trata de
que esté feliz, de que no esté enojada
(Libia)
Yo he estado hospitalizada en varias
ocasiones, y pues él ha estado allí
apoyándome tanto en lo físico como en
lo mental, como en, en todo estos aspectos y pues igual yo cuando él esta,
digamos por enfermedad si él está en
una situación complicada pues estar
allí con él, eso es como yo veo la forma
en que lo cuido y la forma en que él me
cuida (Miriam)

Pues, procuro que esté contento. Estoy
interesada en ver cómo está, si lo veo Como lo señala Irene Comins-Mingol ( 2022
que está cansado, pues, le sugiero que ), pocos logran comprender la importancia
descanse; que se relaje… Procuro que del cuidado para sí, sólo lo ejercen para
La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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otros, no aparecen respuestas de procesos
de autocuidados en mujeres porque asumen las tareas de cuidado de los otros que
les han sido asignadas por el género; por
ello es que solamente un varón reconoce
como una tarea de autocuidado, el cuidado
emocional
Yo solamente conozco la única manera,
es este, hacer ejercicio, puesto que lo
he hecho desde niño y no me ha funcionado nada, ni medicamento, porque sí en la actualidad sí, si me estreso
bastante, tenga poco trabajo o mucho,
me estreso demasiado y la única forma
que tengo es de hacer unas leves, eh
respiraciones y ejercicio [los he aprendido de] los programas educativos, ya
hay secciones de todo, de yoga, de
ejercicios, este pues pensar positivamente, todo lo he aprendido eh pues
en la televisión, en la televisión que me
gusta mucho, hasta eso (Jorge)
Así como en las tareas del cuidado aparece
el género como un detonante, los estereotipos de género que son determinantes en la
relación, en su mayoría son los tradicionales,
“los hombres, bajo el patriarcado, se convierten en personas no capacitadas en autocuidados, es decir, en dependientes sociales. El hecho de haber crecido al margen de
la socialización y la práctica del cuidado los
vuelve en muchas ocasiones en analfabetos
en las tareas de sostenibilidad de la vida y
en el propio autocuidado” (Comins-Mingol,
2022, p. 12 ), mientras que las mujeres asumen que son ellas a quienes corresponde
cuidar a los otros, olvidando el autocuidado

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

69

Tratar de que no le haga falta nada,
estar atento con ella (…) siempre está
atenta a mí, este… Cualquier cosa que
ve, que yo estoy preocupado o mal
(Manuel)
Pues las características (…) como una
mujer trabajadora y como una mujer,
una mujer este, una madre ejemplar…
Y las de mi esposo pues yo pienso, que
también, un buen hombre, un buen padre y un padre responsable (silencio)
yo creo que con eso se dice mucho (…)
Pues una buena mujer (…) decir que
trabaja y a veces llega uno a la casa y
ya llega y en lugar de descansar, todavía se ocupa de, de varias cosas de la
casa, como hacer comida, lavar, planchar y todo eso, entonces yo considero
esa es una buena mujer, porque hay
también hay matrimonios que, que no,
que llegan y ya, pus ya vine de trabajar y ya me quedo a descansar y no le
interesa que la casa esté tirada, que la
ropa este sucia, que los hijos le estén
pidiendo de comer (Carla)
Apoyo a los diferentes miembros también a que se mantengan como en
equilibrio o que estén contentos, que
vayan logrando lo que cada uno quiere. Y, pues, bueno, también, como característica (o no sé si eso pueda ser
característica), pues, me toca como que
organizar (dentro de lo que comentaba
que me toca organizar), pues, también,
me toca organizar las actividades, o;
más bien, las cuestiones de comida
y de despensa (…) mi pareja es una
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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persona que está comprometida con la
familia; es una persona que es un buen
proveedor de la casa (Constanza)

contestan en ese momento o tiene un
arrebato o sea más bien, trato de, de
pensarlo, de analizarlo (Libia).

El enojo emocionalmente implica mayores
competencias emocionales. En esta investigación se observa que es difícil reconocerlo
y nombrarlo. Quienes tienen mayor conciencia sobre dicha emoción, se toman su tiempo para reflexionar y tener autoconciencia,
quienes tienen interiorizados los roles de
género tradicionales lo ocupan como mecanismo violento, ya se dejar de hablar, irse o
ignorar a las personas.

Sí, como toda persona al estar enojado
pues, se deja a veces uno de hablar,
bueno, momentáneamente en lo que se
le pasa a uno la molestia [¿Pero se lo
hace saber a su esposa] Sí, porque ella
misma me pregunta, “¿qué tienes?”
[Ah, pero usted no se lo dice antes] No
hasta que ella se da cuenta, sí, porque precisamente eso, en eso consiste
a veces el, bueno es una de las cosas
que ve la pareja en uno, uno a veces
es, es ciego porque nomas piensa en
desquitarse o ser feliz, pero a veces no
piensa uno en que los demás se dan
cuenta y en cuestión de pareja ella es
la que me pregunta “¿Qué pasa? ¿Por
qué estas así?” o “¿quién te hizo enojar?” o “¿No fui yo verdad?” pues ya le
doy la respuesta (Jorge)

El enojo, porque creo que es válido el
no siempre ser la cara perfecta porque, tanto el hombre como la mujer,
puede llegar a enojarse, sin embargo,
no es malo proyectar el enojo o la furia
(quizá), sin embargo… cómo guardarte
ese enojo y no lastimar a los demás……
Pienso que… siempre tengo como, un
miedo; para decir si estoy muy muy feliz, solo digo: “estoy feliz”. No, no siempre lo proyecto como, al cien por ciento. Igual, cuando estoy enojada, pues,
si puedo decir: “okey, me molesta”,
pero no siempre el cien por ciento de
mi enojo (Miriam).
Sí las expreso, cuando son de felicidad
generalmente las expreso ¿no? Cuando son de tristeza, cuando son de enojo este a veces me las guardo y a veces
prefiero trabajarlas yo sola primero, en,
en algún momento he tenido comentarios fuertes de otras personas, que me
han cimbrado, me han calado, pero, no
soy, ahora, no soy de las personas que

No, no porque, pues, siempre hemos
platicado, hemos tratado de siempre
de tener comunicación, siempre nos
hemos tratado de entendernos. Y cuando estamos molestos, ya nos conocemos uno al otro y… Bueno, de mi parte,
siempre trato de evadir, y cuando… De
que estamos molestos, mejor trato, yo,
de estar, eh… en otro, digamos, en otra
posición, en otro lugar; para no estar
ahí, los dos, molestos; evado todos los
problemas que tengamos de enojo o
por cualquier cosa, hasta que ya se nos
baje el coraje. Es cuando llego al diálogo, y a estar bien… Pues, si podemos,
dialogamos y, si no, la dejo un rato, me…

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

no sé, estoy en otra parte; no sé, en mi
recámara; viendo la televisión. Si ella
está en la recámara; estoy en la sala.
La cosa es que no estemos juntos para
que no… no estemos molestos. Tratar
de pasar un rato, a que se nos baje,
no sé; la molestia, y ya, después, entrar
en dialogo, a modo de que ya estemos
tranquilos, y arreglarlo (Manuel)
CONCLUSIONES

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

71

entienda, se ponen histéricas o los hombres
nunca te comprenden o no te escuchan) define que la persona es así y es mejor dejar
que se bajen las emociones por sí solas, y a
partir de ello, puede ser posible hablar.
En el manejo y la gestión de las emociones se observan las correlaciones con las
violencias estructurales y culturales y entre
ellas las desigualdades que se derivan de
los estereotipos de género. Mientras en todas las entrevistas aparece que se ocupa
el diálogo y la escucha para el manejo de
los conflictos y el trabajo con las emociones,
lo cierto es que existe una realidad diferenciada de cómo se entiende el diálogo y la
escucha. Ello nos remite a reflexionar sobre
la importancia de trabajar en las emociones
positivas sobre todo en contextos en los que
la violencia se ha interiorizado tanto que no
la permitido; ya que éstas se vinculan con la
resiliencia, con la capacidad de ser feliz y
con la calidad de vida.

Dentro de los resultados generales más importantes que derivaron de la propia investigación, se encuentra que en la medida en
la que se tenga una perspectiva de género,
donde se rompen con esos roles tradicionales de género, la manera de acercarse a los
conflictos tiende a ser más cooperativos, reconociendo las necesidades e intereses de
la pareja y sobre todo ocupando la empatía, lo que permite desarrollar las competencias; por una parte la práctica de la comunicación receptiva y por el otro el desarrollo
de la comunicación expresiva, mismas que Recuperar los estudios culturales como consson importantes para el desarrollo de las trucciones teóricas- metodológicas a través
de los significados y sentidos de vida, de los
competencias emocionales.
cultural, de las voces silenciadas y sus conPor otra parte, cuando se tiene un mayor diciones materiales de vida se convierte en
enraizamiento en los roles tradicionales de una tarea que puede dar cuenta de las regénero, las actitudes frente a los conflictos laciones de poder y el género. Pero también,
se mueven en dos líneas; por una parte, hay para reivindicar los aportes que ha hecho la
una incidencia en nombrar los posiciona- investigación para la paz, desde la ética del
mientos y entonces se traduce en una parte cuidado y la filosofía para hacer las paces.
de competencia y la otra de sumisión. La otra El espacio cotidiano, se convierte el lugar
línea, es la evasión. Esta última se presenta, desde el cual pensar la construcción social
por una parte, porque hay un estereotipo de de la paz y la violencia. Violencias que se
rol hegemónico que le otorga emociones es- hacen invisibles ante el sentido común del
tereotipadas (a las mujeres no hay quién las espacio habitado y compartido.
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

Se dejan muchas interrogantes, pero se considera que las mujeres y hombres podrían
tener una mayor educación socioemocional
y un acercamiento a la ética del cuidado,
a través de la mediación, como espacio de
acercamiento para cuestionar los roles de
género y la trascendencia de sus conflictos.

revistamsc.uanl.mx

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es Coordinadora de la Maestría en Estudios para

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la Paz y el Desarrollo (PNPC-Conacyt). Pertenece al

México: Montiel y Soriano editores.

Cuerpo Académico Consolidado Sociedades y Siste-

García, F. E., Fuentes Zarate, R., &amp; Sánchez Sánchez, A.

mas Culturales. Correo: nivazquezg@uaemex.mx

(2016). Amor, satisfacción en la pareja y resolución de
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Guillermina Díaz Pérez

sión Científica del Departamento de Psicología UCBSP,

Doctora en Ciencias Políticas y Sociales con orien-

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Políticas y Sociales de la Universidad Autónoma del

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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Estado de México y directora editorial de Convergencia Revista de Ciencias Sociales. Ha impartido
docencia a nivel licenciatura y posgrado en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UAEM y en
el Máster Universitario en Estudios Internacionales de
Paz, Conflictos y Desarrollo de la UJI de Castellón,
España. Sus líneas de investigación son paz, políticas
públicas y género. Correo: gdp@uaemex.mx

Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La nueva articulación familiar y la necesidad el
perdón en la resignificación de las relaciones
familiares
The new family articulation and the need for forgiveness in the
redefinition of family relationships
Recibido: 05-10-2022
Enriqueta Benítez López*

| Aceptado: 13-12-2022
*https://orcid.org/0000-0002-7423-6556
ITESO, Guadalajara, Jal. México

Resumen
Los cambios de las formas en las que nos relacionamos y creamos vínculos, especialmente los familiares, han conseguido cambiar el rubro de nuestros conflictos y las formas de solucionarnos. Nos
preguntamos aquí si esta circunstancia, legitima el hecho de que los cambios y modos nuevos de relacionarnos junto con el nacimiento de diferencias, especialmente las nacidas en las familias, sean
motivo suficiente para des-hacer los vínculos familiares y así poder seguir adelante. ¿Se trata de
que todos los problemas sean dirimidos a través los métodos alternos? creemos que los conflictos,
especialmente los familiares, se encuentran en un punto en el que su dificultad parece ser agravada por los bajos niveles de tolerancia a tener situaciones problemáticas, originando que, en más
de una ocasión, los conflictos escalen sin necesidad y con ello, menospreciada la posibilidad del
perdón de las ofensas que dan origen a dificultades familiares, las cuales terminan en un tribunal o
un método alterno. El propósito aquí es mostrar uno de esos múltiples escenarios familiares donde
aparecen los problemas con el propósito de generar una conciencia acerca de su gravedad y proponer la posibilidad del perdón entre los miembros de la familia para poder restituir o resignificar
las relaciones familiares como medida previa a cualquier procedimiento formal.
Palabras clave: Conflicto, perdón, mediación familiar, vínculos familiares.

Cómo citar
Benítez López, E. La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones
familiares. MSC Métodos De Solución De Conflictos, 3(4).
Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.
php/m/article/view/46

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Abstract
The changes in the ways in which we relate and create bonds, especially family ones, have managed
to change the heading of our conflicts and the ways of solving ourselves. We wonder here if this circumstance legitimizes the fact that the changes and new ways of relating to each other, along with the
birth of differences, especially those born in families, are sufficient reasons to undo family ties and thus
be able to move forward. Is it that all problems are resolved through alternate methods?
We believe that conflicts, especially family conflicts, are at a point where their difficulty seems to be
aggravated by low levels of tolerance for having problematic situations, causing conflicts to escalate
unnecessarily on more than one occasion and with it underestimated the possibility of forgiveness of
offenses that give rise to family difficulties, which end up in a court or an alternative method. The purpose here is to show one of those multiple family scenarios where problems appear with the intention
of generating awareness about their seriousness and proposing the possibility of forgiveness among
family members in order to restore or resignify family relationships as a measure prior to any formal
procedure.
Key Words: Conflict, forgiveness, family mediation, family ties

1. INTRODUCCIÓN

del articulo 4to. Constitucional que se limitó
a decir que: La mujer y el hombre son iguales
La familia, como institución ancestral, ya no ante la ley. Ésta protegerá la organización y
es la misma, la mayoría de nosotros, hemos el desarrollo de la familia. (Párrafo reformasido testigos en la última mitad del siglo XX do DOF 06-06-2019).
y lo que llevamos del XXI, de cambios acelerados. Lo que un día la mayoría de los códi- El texto constitucional dice poco o nada
gos civiles en el mundo consagraban como acerca de los cambios y transformaciones
concepto el hecho de que una familia era que vertiginosamente nos ha puesto en
el núcleo social fundamental constituido por cuestión diversas instituciones que duranmadre, padre e hijos, desde hace varios te mucho tiempo regularon las relaciones
años se ha puesto en cuestión, lo cierto es familiares en nuestro país. Lo cierto es que
que décadas atrás, la familia ya había ini- la idea de matrimonio y familia ahora se
ciado un cambio profundo en su estructura y encuentran revestidos por una afortunada
con ello, un cambio importante en los modos pluralidad de posibilidades en su configude relacionarse sus miembros.
ración y con ello, la defensa de las personas en el ejercicio de sus derechos al libre
Así, por señalar un caso, algunas de las re- desarrollo de la personalidad, la no discriformas importantes en nuestro país, estuvie- minación y la libertad de definir el rumbo
ron colocadas en normas, jurisprudencias y de su vida se ha ampliado y sobre todo,
finalmente con un ambiguo hecho en el texto protegido.
La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Uno de los ejemplos que queremos traer
aquí es un caso paradigmático que ocurrió
en nuestro país y que la Suprema Corte de
Justicia resolvió a través de la resolución
emitida sobre la Controversia Constitucional
2/2010 en la cual se discutió el derecho de
las parejas del mismo sexo unidas sea por
matrimonio o concubinato, a adoptar. La acción de inconstitucionalidad fue presentada
por el Procurador General de la República
(Arturo Chávez Chávez) de aquél entonces,
en la que se pedía declarar inconstitucional
los artículos 146 y 391 del Código Civil del
Distrito Federal (en los que se da la posibilidad de parejas del mismo sexo a adoptar),
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal de 29 de diciembre de 2009, argumentando entre otras cosas que, no debería
admitirse por el hecho de que su promulgación iba en contra de los derechos de la
familia (se alega ahí, la defensa de la familia tradicional constituida por la madre, el
padre e hijos fundando esto, en un numeral
abrogado pero que en los años 70´s tenía
vigencia y que respaldaba esta definición,
además se insiste en que, de permitir la
adopción en parejas del mismo sexo, viola
derechos de la niñez y que esto originaría
serio problemas de aceptación social y generaría traumas en los menores, pasando
por alto con ello, el interés superior del menor).
Así, en la propuesta para el análisis de fondo
de la acción de inconstitucionalidad acerca
de la adopción1 la Corte, dando respuesta al
1 PROPUESTA DE ANÁLISIS DE FONDO DEL ARTÍCULO
391 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, DENTRO DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2010
(ADOPCIÓN) en el que se discute: (Falta de motivación del

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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procurador del otrora Distrito Federal enfatiza y reconoce lo siguiente:
“Como hemos referido, la dinámica social nos demuestra que existe una gran
diversidad de formas como puede integrarse una familia -nuclear, monoparental, extensa e, incluso, homoparental-, así como que no siempre derivan
del matrimonio; familias, todas, que
innegablemente tienen la misma protección constitucional, pues no puede
suscribirse por este Tribunal, de ninguna manera, que se reste valor a la
estructura u organización de familias
sólo porque no se corresponden con
concepciones tradicionales. Así, la labor del legislador debe buscar siempre
arropar o acoger a todos los tipos de
familia, sin excepción alguna.” (Pág.
6 de acción de inconstitucionalidad
2/2010 recuperado de https://www.
senado.gob.mx/comisiones/justicia/
docs/Ministros/Meza/Accion2-2010.
pdf 17 de septiembre de 2022, las cursivas son nuestras).
Si atendemos lo anterior, nos daremos cuenta de que hoy día se encuentran legítima y
plenamente reconocidas las formas distintas
de integrar una familia2. Además, en el estudio completo y publicación de la resolución,
artículo 146, en relación con el diverso 391, que permite el
acceso de los cónyuges y concubinos del mismo sexo a la
figura jurídica de la adopción.
2 Sirva este comentario para comprender como es que los
conflictos entre sus miembros, al estar diversificados, igualmente lo pueden estar las diferencias y los conflictos, ya
no se trata aquí del conflicto entre un hombre y una mujer
como pareja y éstos la va vez con sus hijos (y entre éstos)
sino posibles variaciones por los nuevos roles que implicarían las nuevas configuraciones familiares.
Enriqueta Benítez López

�78

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

los puntos de pronunciamiento de la Corte
son importantes en tanto que declara que:
273. Pretender, como hace el Procurador, que dicha desigualdad encuentra
razonabilidad en la conservación de la
familia, como núcleo de la sociedad,
argumentación que considera, entonces, el matrimonio entre personas del
mismo sexo como una “amenaza” u
“oposición” a dicha estructura, tampoco puede admitirse por este Tribunal Constitucional, en tanto refiere una
afectación inexistente, pues, como ya
mencionamos, en primer lugar, la transformación y secularización del matrimonio y de la sociedad ha resultado
en una gran diversidad de formas de
constituir una familia, que no necesariamente surgen del matrimonio entre
un hombre y una mujer; en segundo lugar, este último también ha evolucionado de forma tal que se ha desvinculado
la unión en sí misma de quienes lo celebran, de la “función” reproductiva del
mismo, llegando, incluso, al extremo
de que, aun teniendo descendencia,
en muchos casos, ésta no es producto
de la unión sexual de ambos cónyuges,
sino de los avances de la medicina reproductiva, o bien, de la adopción, aun
cuando no exista impedimento físico alguno para procrear; en tercer lugar, las
uniones entre personas heterosexuales
no son las únicas capaces de formar
una “familia”; por último, no se advierte de qué manera podría limitar o restringir el matrimonio entre personas del
mismo sexo, esa función reproductiva
“potencial” del matrimonio civil y, de

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ahí, la formación de una familia y que,
se insiste, no es, de ninguna manera, su
finalidad, como afirma el accionante.
(págs. 104-105) (recuperado de https://
archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/
libros/7/3270/3.pdf 17 de septiembre
de 2022)
El contenido completo de la resolución es,
nos parece, relevante en tanto que se trata
de un posicionamiento de un criterio formal,
en el que se aclaran ambigüedades sobre
las creencias (muchas veces derivadas de
temores, fes y costumbres “tradicionales”)
que se tienen de los estereotipos familiares y
más importante aún, nos permiten entender
que todas y todos tenemos el derecho a formar o ser parte de una familia, las personas
que no pueden concebir, tienen la opción no
sólo de la adopción sino de acudir a procedimientos de fertilización por mencionar las
opciones más conocidas sin que éstas sean
las únicas; volviendo al punto con relación
al posicionamiento de la corte con relación
a su criterio sobre la familia, vale destacar
lo siguiente:
a) Que la familia es un núcleo importante de la sociedad pero que en ninguna circunstancia su delimitación se
corresponde al criterio tradicional.
b) Que la familia, debido a las transformaciones sociales es reconocida bajo
distintas modalidades.
c) Que admitir un modelo tradicional y
obsoleto, sería violatoria a las libertades de las que hoy gozan las personas
como lo es el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la no discriminación entre otros derechos fundamentales.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

d) Que bajo ninguna circunstancia un
modelo de familia distinto del tradicional puede ser considerado como una
amenaza al orden social, sino por el
contrario, protege la diversidad tanto
cultural, como de creencias y diversidad sexual.
El reconocimiento oficial de la existencia
de distintos tipos de familia también representa el reconocimiento oficial de la libre
asociación bajo todas sus circunstancias y
consecuencias. Estamos ante cambios muy
importantes, de los cuales, en los escenarios
formales se están discutiendo en cuanto a
sus alcances y posibles efectos de las determinaciones que, en materia de uniones y familia se están generando; cabe señalar que,
la Corte ha asumido una responsabilidad y
posición congruente a estos cambios en un
revestimiento jurídico tal vez sin precedentes
y esto ocurre no solo en nuestro país, sino
que el fenómeno está ocurriendo en otros
países por lo menos en aquellos que son democráticos.
Uno de los casos de transformación lo es
el tema del llamado “poliamor” que, al ser
declarado por la corte como protegido, su
no reconocimiento implica una violación a
la diversidad sexual y una discriminación al
momento de celebrar una unión matrimonial. Nos referimos aquí a la sentencia del
juicio de amparo 1227/2020 emitida por el
Juzgado Octavo de Distrito en Materia de
Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y
Juicios Federales en el Estado de Puebla, en
el que se reconoce el derecho a la libertad
sexual y cómo ésta es violada por la idea
del matrimonio contraído por dos personas,

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

79

dando origen a la posibilidad de celebrar
un matrimonio con más de dos contrayentes.
Esta sentencia señala en uno de sus párrafos que:
“Normativamente existe un tipo de
discriminación indirecta, la cual ocurre cuando las normas y prácticas son
aparentemente neutras, pero el resultado de su contenido o aplicación se
traduce en un trato desproporcionado
en personas o grupos en una situación diferente dada su orientación sexual, conocida como poliamorosa, sin
que exista una justificación objetiva
y razonable [Acción de inconstitucionalidad 8/2014 resuelta por el Pleno
de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación]. (pág. 15 recuperado de https://miguelcarbonell.me/wp-content/
uploads/2022/07/Sentencia-poliamor.
pdf el 18 de septiembre de 2022)
“…Por todo lo anterior, es que se considera que los artículos impugnados son
inconstitucionales, por contener una
descripción que excluye tácita e injustificadamente a las relaciones entre varias personas del mismo o de diferente sexo, del acceso al matrimonio y al
concubinato, al permitir contraer legalmente –el primero– o de hecho –el segundo– a las parejas conformadas por
dos personas; y por tanto, los artículos
294 y 297 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, vulneran los principios de igualdad y no
discriminación contenidos en los artículos 1° y 4° de la Constitución Federal.
(recuperado de https://miguelcarbonell.me/wp-content/uploads/2022/07/
Enriqueta Benítez López

�80

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Sentencia-poliamor.pdf 18 de septiem- ignorada por nuestra sociedad y que hoy
toca la puerta porque no se trata solamenbre de 2022).
te de una modificación jurídica sino de una
Distintas consecuencias se seguirán de esta transformación social y cultural que nos obliresolución, pero me parece que aún no so- ga a comprender las formas bajos las que
mos conscientes de su trascendencia; por estamos relacionándonos.
mencionar un rubro problemático, al aceptarse un matrimonio de más de dos contra- Así, al aceptarse y legitimarse las nuevas
yentes, se tendrán que revisar y modificar formas de relación, es natural que aparezregulaciones que ventilen por lo menos te- can problemas, principalmente entre los que
participan de manera directa de estas nuemas de:
vas formas de convivencia4
1. Derechos hereditarios,
2. Patria potestad, derechos de paternidad,
2. EL PANORAMA PARA LA MEDIACIÓN
maternidad y custodia,
3. Los regímenes de sociedad legal, conyu- FAMILIAR
gal y separación de bienes en el matriDesde la antigüedad, se ha identificado a
monio,
la familia a partir de los vínculos consanguí4. Derechos a recibir pensión,
5. Derecho con relación a los derechos de neos y después civiles o jurídicos reconocidos en una sociedad reunidos en una totaliviudez,
6. La responsabilidad compartida en mate- dad o grupo identificado con el nombre de
familia. Al respecto, nos dicen Rosalía Buenria familiar entre otros los temas.
rostro y Edgard Baqueiro (2010) que:
Los dos temas anteriores nos colocan en el
Los grupos familiares han existido en
tema de la familia ante un crisol completodas las culturas a lo largo de la histojo muy amplio. Aquí, sólo se colocarán los
ria del hombre, y dieron origen a distinpuntos que debemos considerar en tanto
tos tipos de familias, las cuales reflejan
que nuestro deber como profesionales, desuna gran variedad de situaciones ecode nuestra propia disciplina, nos compete
nómicas, sociales, políticas, jurídicas,
revisar estos fenómenos que han hecho de
etc. Debido a ello, la familia es una
nuestra sociedad una pluralidad con una
institución que ha sido definida de muy
problemática como señalábamos, tal vez sin
3
distintas formas. Por ejemplo, se le ha
precedentes o por lo menos, que había sido
considerado como la primera asocia3 En este punto agradezco a mis estudiantes de la materia de Filosofía del Derecho (otoño 2022) en el ITESO, quienes,
hablando de precedentes en términos de coetáneos, me
orientaron acerca de los casos prácticos que, que más allá
de nuestro país, se empiezan a regular en otras legislaciones como es el caso de Colombia, Alemania y Estados
Unidos entre otros. Es decir, se están generando precedentes en otros países que, en términos de este problema, parecen marchar con nosotros a pasos acompasados, como

el caso de Colombia de la sentencia sobre el matrimonio
igualitario C-577/2011 por señalar un caso.
4 Dejamos de lado aquí a los parientes colaterales y a
los amigos o cualquier persona que forme parte del núcleo
social para evitar complejizar el punto y sobre todo, porque
es un tema que los expertos sociales y sus disciplinas conocen mejor que esta autora.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

ción humana, o como la célula natural
y necesaria de la sociedad; también
como el núcleo de toda organización
social o el medio en el que el individuo
en sus diversas etapas de desarrollo,
al principio del seno de la familia en
que nace, y, posteriormente, en el de
la familia que hace; asimismo, se le
ha señalado como la institución cuyos
miembros se relacionan por derechos,
deberes y obligaciones recíprocos (p.
3).
No es aquí nuestro propósito hacer una distinción sutil, sólo nos interesa señalar, siguiendo a Baqueiro y Buenrostro que, las
definiciones de familia se dan en el ámbito
de diversas disciplinas, así, una descripción
en el terreno de lo biológico, dará cuenta del
modo de la reproducción y aseguramiento
de la especie, aspecto que no coincide con
el orden social y organizativo de las culturas
a lo largo de la historia cuyo concepto, es el
reflejo del modo en que cada grupo social
ha decidido organizarse en una asociación
que le es conveniente para hacer frente a
las necesidades de la vida o hacer frente a
las estructuras sociales y conveniencia del
poder en el orden de los modos de pasar
de un miembro a otro el control familiar, patrimonial o hasta político. Así, la necesidad
objetiva de llegar por conceso a una definición jurídica nos coloca en el plano de la
validez institucional dada por un texto legal
en el que se delinea espacio temporalmente lo que debemos entender por familia,
cuál es su configuración y quienes son sus
miembros. Este dato es importante porque
su oficialidad, al darle validez, constituye los
derechos y obligaciones a los que hacen re-

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

81

ferencia los códigos civiles y su objetividad,
garantiza la forma de su efectividad material.
Es por lo que los cambios que se dan en lo
social deben consolidarse y aparecer en un
cuerpo legal, para que la validez de los modos en que se decide la convivencia humana, sean portadores objetivos de derechos y
obligaciones y en consecuencia, protegidos
por los gobiernos.
Por lo tanto, el derecho familiar y civil es
nuestra principal fuente objetiva de comprensión de la organización que bajo el
nombre de familia configura una estructura
reconocida y válida de las elaciones entre
personas que han decidido vivir juntos; que
han nacido en el seno de esa organización
o que se han sumado por mor de la ley bajo
las figuras en que ésta faculta para dar con
ello su reconocimiento. Cabe aclarar que
hay otras fuentes válidas, pero cuyo reconocimiento jurídico puede o bien no tenerlo
encontrarse en vías de obtenerlo.
Siguiendo esta lógica de construcción, tenemos que, ahora, la familia, al encontrarse diversificada y, sobre todo: reconocida
jurídicamente en su multiplicidad, nos coloca en la responsabilidad de conocer (sobre todo a los que no somos psicólogos(as)
o sociólogos (as)), la forma en que ocurren
estas transformaciones. No es suficiente con
que un cuerpo legal las reconozca y les de
vida jurídica, es importante saber cómo son
y cómo nacen en el plano de la convivencia humana en todos sus aspectos para que
nuestra comprensión pase de un aspecto
humano-individual a un plano de comprenEnriqueta Benítez López

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

sión profesional y podamos estar en condiciones de un mejor ejercicio profesional en
el ámbito de la mediación y de los métodos
alternos en los que el tema de la familia se
vea involucrado. Aquí, creemos, el tema de
la multidisciplinariedad cobra especial importancia, pues cada disciplina nos provee
de un marco explicativo desde su enfoque, y
por consecuencia por permite valorar mejor
desde su arista, punto que desde el nuestro
no vemos o por lo menos no de una manera
más sutil y cuidadosa.
Me parece que la compresión de estos temas
nos volverá sensibles y abiertos a la diversidad en que los conflictos se presenten pues
en estos nuevos escenarios donde nuestra
actividad profesional como mediadores encontrará un nuevo e importante reto. La psicología desde sus diversos enfoques puede
aportar importantes elementos de comprensión bajo los que un conflicto puede ocurrir y
contribuir junto con las teorías del conflicto a
una mejor comprensión de los nuevos fenómenos, en este caso, los fenómenos familiares de convivencia.5
Como señalábamos, la mediación se encuentra en un momento importante en unas
de las áreas que le competen, a quienes
estamos interesados en estas áreas, se nos
colocan responsabilidades muy importantes, me parece que la principal, es la necesidad de escuchar a las disciplinas que nos
pueden dar orientación sobre estos cambios
5 Si se me permite, hay una copiosa literatura sobre el
tema, pero hay un artículo que vale la pena recomendar de
la doctora Mónica Chávez-Aviña: La reconciliación como
proceso de encuentro entre las personas publicado en la
Revista Multidisciplinaria Semestral. Número 15 y al cual me
referiré más adelante.

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como lo es la psicología, la sociología, la
antropología y el derecho por mencionar las
más inmediatas a los temas de mediación.
Nos dice María Montserrat Pérez Contreras,
investigadora de la UNAM que:
“La mediación familiar es una medida
de apoyo a la familia, un método de
solución de conflictos que trata de evitar, en la medida de lo posible y sin que
se dejen de garantizar los derechos reconocidos en la legislación civil a los
miembros de la familia, la disputa judicial en las juzgados respectivos, y así
evitar, siempre que lo permita el caso
concreto, el deterioro o agravamiento
de los conflictos familiares, proveyendo a sus integrantes de elementos y
herramientas para la pacífica resolución de los mismos y evitar la desintegración de la familia”. (recuperado de:
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/
view/4074/5238#:~:text=La%20mediaci%C3%B3n%20familiar%20es%20un,conflictos%20familiares%20que%20
prev%C3%A9%20el el 17 de septiembre de 2022)
Consideremos que un primer punto de partida es el reconocimiento del momento histórico en el que nos encontramos: la familia no es lo mismo que hace quince años,
la mediación tiene como principal reto reflexionar sobre el hecho de que estamos
en presencia de una nueva articulación
familiar, con una diversidad importante y
por consecuencia, con una problemática
nueva.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

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En los años 60´s y 70´s, nuestras sociedades de una parte importante del mundo,
fueron testigo de la incorporación de la
mujer a las fuentes laborales; así, el cambio
de ser ama de casa a ser obrera, empleada o profesionista, trajo como consecuencia una afirmación de la mujer que la llevó
a su emancipación del rol familiar del que
se le había estereotipado y del que costó
mucho trabajo desaparecer (me atrevería a
decir que no ha desaparecido del todo, por
lo menos no en todas partes); con el cambio, también se dio una transformación en
las dinámicas de convivencia familiar y en
consecuencia, los conflictos familiares ampliaron su materia.

Kristeva (1979) nos expone que hay una serie
de comportamientos sociales que, o bien son
el reflejo o dan origen al cambio de un orden
social y que, si bien les dan solidez a las representaciones concretas de la conducta y
los modos de convivencia, también revisten
cierta fragilidad pues como ella misma nos
dice: el denominador simbólico ya no puede
pretender la universalidad y sufre las consecuencias y los ataques de otras memorias socioculturales (p. 344). Siguiendo esta
idea, podemos afirmar que, tenemos nuevos
denominadores simbólicos que dan nuevos
significados a la realidad y a los modos de
convivencia humana. Frente al cambio, nos
encontramos en una especie de bisagra que
conecta nuestro pasado reciente con un fuEs Julia Kristeva (1979) quien acuña el con- turo del cual sabemos muy poco:
cepto de Denominador simbólico en el que
señala que este denominador aparece como
Las sociedades en su transformación se
consecuencia de una transformación históriencuentran frente a una doble probleca y por consecuencia, en una modificación
mática: “La de la identidad que se ha
del orden del comportamiento social, así:
constituido por sedimentación histórica
y la de la pérdida de la identidad pro“consiste en la respuesta que los gruducida por una conexión de memorias
pos humanos, unidos por su tierra y
que escapa a la historia para enconen el tiempo, han dado no a los protrarse en la antropología…” (p. 345).
blemas de producción de bienes materiales (terreno de la economía y de Es así que, cuando una sociedad por causa
las relaciones humanas que ésta impli- de sus medios productivos, por sus transforca, la política) sino a los problemas de maciones sociales y por la emergencia de
re-producción, de sobrevivencia de la sus acciones libres, provoca no solo camespecie, de vida y de muerte, de cuer- bios en la conducta sino en los modos de
po, de sexo de símbolo… (p. 344 las relación; una sociedad contemporánea y
cursivas son de la autora)6
su pujanza en el reconocimiento de ancestrales pero ocultas o prohibidas prácticas
que saca a la luz de lo que puede ser vis6 La cita forma parte del artículo “Tiempo de las muje- to, muestra que las personas se relacionan y
res”, publicado en la revista 34/44, Universidad de París se afectan de manera distinta. Hacer visible
VII, núm. 5, 1979 pp. 5-19 y que fue vuelto a publicar en la
esto, nos coloca en un plano de explicación
edición que aquí presentamos.
Enriqueta Benítez López

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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que no se tocará aquí pero que es importante señalar, aunque que ese dominio disciplinar corresponde a la sociología y la antropología entre otras disciplinas, encargadas
de dar cuenta en una racionalidad científica, el origen, causa o razón de los cambios.
Lo que nos tiene aquí es la afirmación de su
existencia cuyos inesse testimonio, colocó al
derecho en el reconocimiento y en la consecuente re-definición de la familia y el matrimonio.
Estos cambios han dado origen a conflictos
propios de las familias y nuevos en las familias nuevas. En el ámbito de la mediación
se han presentado conflictos de convivencia, de respeto entre los miembros de una
familia, la separación, el reparto de los gananciales y la disputa por bienes específicos
que, más que un valor oneroso, simbólicamente representan otro tipo de valores sean
afectivos, morales, como de circunstancias
que hacen que en apariencia los conflictos
de las familias tanto tradicionales como nuevas, se enfrenten a ellos.
A lo largo de mi ejercicio profesional7, me he
enfrentado y he colaborado con diversos
casos de divorcio, de conflictos familiares
originados por temas de naturaleza sucesoria, mercantil ( y dentro de éstos, deudas
entre parientes) e inclusive de materia penal, como señalaba, a través de mi práctica
profesional he sido testigo de los conflictos
por los que atraviesan las familias y asimismo, he sido un agente (como abogada
o mediadora) que ha contribuido a poner
7 Mi actividad profesional como abogada tiene más de 20
años y como mediadora y asesora, poco más de 5. Actualmente estoy en un nuevo proceso de acreditación.

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fin o intentar poner fin a los conflictos entre las personas; pero en los últimos años,
he observado una notoria modificación en
la forma bajo la que los conflictos se presentan. A continuación presento tres casos
que se ventilaron en el centro de mediación
al cual me encuentro adscrita8 y que, por
nuestro proverbial principio de confidencialidad debo omitir los datos reales de los
involucrados; aquí, no intento marcar los
detalles de los casos sino resaltar rasgos
nuevos que por lo menos en los años 90´s
en los que inicié mi ejercicio profesional, no
eran comunes o por lo menos, en mi ciudad
natal (Guadalajara) no eran muy puestos
a la luz de la vida cotidiana, y que ahora, podemos ventilarlos sin que haya una
carga simbólica en el sentido de Kristeva
que los pueda prejuiciar o los estigmatice9.
Si se me permite, mencionaré brevemente
tres casos con la única intención de resaltar
para efectos ilustrativos acerca de lo que
quiero decir cuando menciono que las (ni
tan)nuevas formas de convivencia generan
conductas distintas y cuyas consecuencias
podemos considerar como un síntoma del
cambio y sobre todo, que, en este cambio,
hay un rasgo (ampliamente consciente de
que no es el único) que a mí en lo personal,
me interesa rescatar porque se trata del segundo punto que aquí quiero tratar y que
me permitirá vincular el tema del perdón
aunque éste por su propia naturaleza tiene una envergadura muy amplia, aquí seré
8 Movimiento 45yMás.
9 Es importante señalar que no se realiza una explicación
de la representación simbólica en ellos, pero es importante
traerlos para tomar consciencia de sus prácticas cada vez
más comunes y que merecen ser vistas y analizadas desde
esta y otras perpectivas para comprender mejor sus transfomaciones por más sutiles e inocuas que parezcan.

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vencerla” del optar por divorciarse. Elisa
modesta y presentaré un guiño de lo que
asiste a la invitación que le es otorgada,
ampliamente podría decirse.
pero se niega a divorciarse señalando que
aún hay oportunidad de mantener el vínculo
Presento a continuación tres breves casos
matrimonial.
ocurridos en el centro de mediación con datos alterados, pero no así en lo esencial para
Caso C. Carlos pide el divorcio a Lucía a
nuestra ilustración, posteriormente presento
través del procedimiento de mediación, amlos comentarios de las y los mediadores que
bos están de acuerdo en el divorcio, pero la
intervinieron en ellos y quienes me permipensión alimenticia parece ser un conflicto.
tieron ventilar sus opiniones vertidas en una
Carlos y Lucía tienen un hijo y Lucía aparte
breve entrevista constituida por cinco reacde la pensión le pide que quede a su nomtivos10:
bre la camioneta que ella conduce y es propiedad de Carlos.
Caso A: Juan casado con Mario, ha iniciado
una petición de un procedimiento de mediaLos casos11 anteriores nos llamaron la atención en el que, Mario como parte compleción por tener ciertas características signifimentaria, ha sido invitada a iniciar el procecativas:
dimiento. El conflicto se centra en dos puntos:
a) Se trata en A y B casos de matrimoa) Juan reclama de Mario su falta de interés
nios entre el mismo sexo.
en la relación y por lo tanto le propone el dib) En los tres casos hay bienes inmuevorcio, además, dado que su matrimonio llebles, pero no parece importarles muva 4 años, b) Juan quiere conservar la casa,
cho el patrimonio.
así como un cuadro original pintado por una
c) En el primer caso la discusión más
artista local. Mario, al ser invitado, en su priacalorada se da sobre un cuadro de
mera entrevista, señala estar de acuerdo en
una artista local y no sobre la posibilidivorciarse, recibir el valor de la proporción
dad de una reconciliación.
de la casa que le corresponde, pero rechad) En el segundo caso, la parte compleza todo enser doméstico a excepción del
mentaria apuesta por la recuperación
cuadro de la artista local que pide Juan.
de la relación y a la solicitante parece
no importarle.
Caso B: Liliana casada con Elisa, a través
e) En el tercer caso, el problema parece
de un procedimiento de mediación solicita
ser la camioneta y no la pensión en la
la invitación para Elisa y “le ayuden a conque si existe un acuerdo tanto del monto como de la forma de su proporción
10 Las preguntas formuladas a las y los mediadores fueron
las siguientes: 1. ¿Cómo reacciona la parte complementaria
(esto acordado en la primera sesión).
al ser invitada?, 2. ¿Cómo reacciona en su primera sesión?,
3. ¿Qué es lo que más les cuesta reconocer a ambas partes
en el proceso de mediación y cómo se filtra en sus narrativas?, 4. ¿Qué emociones se perciben en la primera sesión
y cómo éstas van cambiando en el proceso? y 5. De llegar
su conclusión y firmar el convenio que pone fin al procedimiento, ¿qué emociones o actitudes cambian o aparecen?

11 Como he mencionado, se han omitido los nombres y los
detalles de los casos por razones de sus derechos a la protección de datos y la naturaleza confidencial de procedimiento.
Enriqueta Benítez López

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Con relación a lo mencionado en el inciso c
(que pertenece al primer caso), el objeto que
es materia de controversia, no se debe al
valor del cuadro sino al origen de su compra
debido a que la artista fue gran amiga tanto
de Juan como de Mario. Ambos desean conservar el cuadro para sí y no quieren llegar a
un arreglo. En la segunda entrevista, lejos de
llegar a un acuerdo, la mediación se torna
difícil y las partes llegan a los insultos que,
según declararon, no se habían proferido
antes, ni siquiera en su vida privada.
Con relación a lo mencionado en el inciso
d), Elisa cree que se puede recuperar la relación, pero Liliana confiesa una infidelidad
y eso cambia el sentido de lo que se había
ventilado en el proceso se la mediación.
Ahora Elisa se siente profundamente ofendida y no quiere otorgar el divorcio y prefiere
recurrir a los medios judiciales para ello.
En cuanto al inciso e), La camioneta fue un regalo del padre de Carlos y por eso no quiere
cederla a Lucía; ésta asegura que la camioneta la quiere para regalarla a una hermana
de Carlos quien le hizo mucho daño (a Elisa)
en el pasado y por eso no quiere cederla.
Los tres casos en apariencia sencillos, se
tornan de difícil resolución, porque lo que,
en las sesiones de la mediación en que se
han ventilado en los tres casos, pudimos observar que aún con sus variantes, son temas
que tienen un común denominador: las tres
parejas se han insultado o bien se encuentran en una circunstancia en donde la ofensa es aquello que impide salir adelante con
los acuerdos, y lo más importante: no parece haber un avance en la reconstrucción de

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una convivencia pacífica, por el contrario, la
ventilación de la diferencia hizo más patente
el origen del conflicto.
Siguiendo en Mónica Chávez-Aviña (2015),
esta parte donde la violencia no parece ser
grave, sino que, se trata de un conflicto en
el que sus rasgos son cercanos a la venganza, la indiferencia, la infidelidad; el conflicto escala y no aparecen rasgos de posible
conciliación por lo menos para poder llevar
a buen término su proceso de mediación.
Nuestra autora, haciendo alusión a la idea
de justicia anamnética postulada principalmente por Paul Ricoeur, nos dice que
“la reconciliación es un proceso largo que
implica la justicia anamnética, el perdón y
el encuentro entre las personas para hacer
proyectos comunes” (p. 104) más adelante
nos dice que “A veces, no sólo ignoramos,
sino que no queremos saber, porque en el
fondo descubrimos que hemos contribuido
a esa violencia (en nuestro casos, desavenencia) y a las injusticias que la acompañan. No deseamos mirar la realidad para no
avergonzarnos, al desconocimiento agregamos el encubrimiento…” (p. 104). Guardando
la debida proporción, en los casos que nos
ocupan, desde nuestro punto de vista no alcanzan las escalas de lo que podríamos llamar algo irreconciliable.
Lo que nos llama la atención es que, en las
experiencias de los tres casos expuestos,
señalamos que, quienes participaron como
mediadores12, una vez entrevistados sobre
las dificultades que encontraron en el pro12 Cada caso fue atendido por un mediador distinto, aunque los tres pertenecen al mismo centro de mediación.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

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ceso, las coincidencias de sus comentarios
se dieron en estos aspectos:
I. En cada caso, una vez ventilada la
controversia y ocurridas las ofensas en
el procedimiento, a las partes, les costó reconocer el nuevo conflicto (el que
apareció una vez iniciado el procedimiento).
II. Las partes, en un momento posterior,
a pesar de reconocer el origen, estaban reticentes en su aceptación.
III. Tampoco se reconoció en ninguno
de los casos que se habían faltado a
respeto y que ambas partes (de cada
caso), se sentían ofendidos o no escuchados y tampoco ocurría en su intento
de disculparse al momento de una segunda entrevista con la/el mediador.
IV. En el caso B, las emociones se volvieron más intensas y no fue posible
llegar a un acuerdo, en los casos A y C
al final se pudo firmar el convenio.
Por experiencia profesional, no solamente
en los métodos alternos, sino en los conflictos familiares que han llegado a tribunales,
las modalidades en las que se han diversificado las formas de convivencia, la naturaleza de los conflictos ha habido varios cambios que tal vez para el lector podrían no
serle significativos. El motivo por el que se
eligieron estos tres casos es significativo, un
rasgo determinante para nuestra exposición
es que ninguno de ellos es paradigmático y
tampoco es especialmente difícil, en términos arendtianos, y parafraseando a la autora13: lo que nos sorprendió fue su carácter
13 Hannah Arendt en su ora, la Vida del Espíritu, hacien-

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ordinario y podríamos decir hasta banal.
Sostenemos aquí que se trata de un problema socialmente serio cuyo tejido social ha
empezado a verse notoriamente dañado
bajo lo que Kristeva (habíamos mencionado), llama un nuevo denominador simbólico:
los roles de pareja cada vez son más frágiles y susceptibles de rupturas irreconciliables, aunque el origen de un conflicto en
términos objetivos no revista una gravedad
irremontable.
Nos referimos a que, desde una nueva perspectiva, estamos observando que cada vez
más las parejas, a primera de cuentas optan
por el divorcio y no por resolver sus diferencias cuando éstas podrían salvarse y resolverse a través de la comunicación y el diálogo; y no importa si se trata de matrimonios
heterosexuales u homosexuales.
Descubrimos que los bienes inmuebles son
un objeto entre otros y ya no representan
una idea de morada14 y por eso fácilmente
se negocia con ellos. Las casas, parecen
haber perdido una fuerte carga simbólica
identitaria entre las partes y la idea de familia cuyo soporte físico es complementario
de lo que comúnmente identificamos con la
idea de hogar. Así, su pérdida o transacción, al ser despojada de su valor simbólico
do referencia a Adolf Eichmann, señala que la capacidad
para hacer daño depende en mucho de su condición banal y la imposibilidad de las personas en representarse un
problema en términos de verdadera reflexión. Así, la banalidad aquí significa la incapacidad para reflexionar acerca
de un tema de manera que termina trivializándose.
14 Aquí vale nuestro comentario como mera mención, debido a que nuestra afirmación reclamaría una reflexión
más cuidadosa y profunda, pero esto implicaría salirse del
tema, pero no queríamos pasar por alto este comentario.
Enriqueta Benítez López

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(familiar), se convierte fácilmente en objeto los centros de mediación o en el peor de los
de negociación.
casos, en los tribunales.
Por el contrario, los objetos cada vez tienen
una carga simbólica más fuerte, inmediata y
subjetiva que constituyen el centro de gravedad de los conflictos, como si ahí se depositara el valor y la dignidad de las personas.
Los problemas familiares dejaron de ser resueltos en el seno familiar; la falta de tolerancia a las diferencias y los problemas han
generado la escalada, y de lo que pudo ser
una mera diferencia o desaveniencia familiar se ha transformado en un conflicto.
En el seguimiento de las observaciones y
matices en la práctica de las mediaciones
familiares y en el intento por ayudar a mejorar una relación aún cuando ésta termine en separación o divorcio, hemos podido
observar que cada vez cuesta más que las
personas o los miembros de una familia se
disculpen y en su caso, se perdonen.
En términos prospectivos, la impronta de
comprender los cambios que se están dando en las relaciones familiares hoy día, nos
colocan en la necesidad de abordar por lo
menos uno de los aspectos que apoyen a la
solución o, mejor dicho, otorguen un soporte
a mejorar los conflictos.
Estamos convencidos de que, si no hay perdón en la vida cotidiana, no puede haber
una reivindicación de las relaciones familiares personales y no importa la multiplicidad
a la que nos estamos enfrentando en la trama y urdimbre de las relaciones familiares y
a los tipos de familia; ocasionando con ello
una progresión innecesaria que depara en

Además, aunque no sea el centro de nuestro
tema, sumemos que, si bien el año de pandemia elevó exponencialmente los divorcios
en el mundo y en nuestro país particularmente, a pesar de ser un caso excepcional
por el tiempo vivido, no podemos pasar por
alto la fragilidad de los asuntos humanos en
las que un tiempo crítico fue razón suficiente
para que las familias optaran por soluciones
radicales a las diferencias que se suscitaron
en este tiempo y que, aún siguen teniendo
sus derivaciones y consecuencias; una nota
publicada por Rodrigo Soriano en El País, el
28 de septiembre de 2022 da cuenta de las
secuelas que la crisis de la pandemia dejó
en el tema de divorcios:
El año de la pandemia de la covid-19
dejó un aumento de divorcios del 61,4%
en México, según los datos publicados
por del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). El porcentaje
se traduce en que, en el 2021, hubo un
total de 149.675 separaciones frente a
las 92.739 del curso anterior. Los datos del INEGI muestran que, entre estas
cifras, hubo una clara muestra de divorcios incausados, una modalidad en
la que no es necesaria una causa concreta o solo uno de los dos cónyuges el
que lo exige. Este tipo de separaciones
supuso el 65,9% de los casos: 98.635
separaciones. Los Estados en los que
más ascendió el número de rupturas
fueron Campeche, Sinaloa y Coahuila.
… (recuperado de https://elpais.com/
mexico/2022-09-29/el-numero-de-

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divorcios-en-mexico-aumenta-un-60en-el-ano-de-la pandemia.html#:~:text=El%20a%C3%B1o%20de%20
la%20pandemia%20de%20la%20
covid%2D19%20dej%C3%B3,las%20
92.739%20del%20curso%20anterior.
30 de septiembre de 2022).
La inconsistencia en que insistimos es en la
fragilidad en la que se encuentran las relaciones familiares que parecen descomponerse a
partir del surgimiento de problemas. Ni en el
artículo publicado en El País, ni en el INEGI
se da cuenta detallada de las causas de los
divorcios, pero incluso un divorcio incausado,
no necesita que haya graves causas para
que éste se pueda levar a cabo. Es aquí que,
dentro de los múltiples factores y causas del
fenómeno, cuyos expertos pueden dar mejor cuenta de ellos, nosotros nos limitamos a
señalar el hecho para postular una hipótesis
que intenta poner una señal de alerta y evitar que los métodos alternos se conviertan en
una llave fácil para la salida de un conflicto en materia familiar y se aporte desde una
preocupación genuina, la necesidad de pensar si un divorcio sea a través de los MASC,
o sea a través de otra vía, es la solución a
los problemas familiares y si con ello, estamos
contribuyendo no a resolver un conflicto sino
a quitarlo del radar dejando una secuela tal
vez no deseada en los participantes.
3. EL PERDÓN EN LA FAMILIA, UNA
CONDICIÓN NECESARIA PARA RECUPERAR LA CONVIVENCIA. DIFICULTAD
ENTRE COMPRENDER Y PERDONAR
Cuando aparecemos en el mundo, nos dice
Aristóteles (1265a) aparecemos formando

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parte de algo, de una ciudad, de una aldea,
pero, sobre todo: formamos parte de una
familia. Ese vínculo fundamental que nos determina en gran medida, genera en nosotros
la confianza y sirve de base a la formación
de nuestro carácter. Cuando somos hijas, hijos, esperamos que la familia sea el soporte vital emocional que nos permitirá frente
al mundo, posicionarnos, cuidarnos, mostrarnos; por otro lado, cuando somos madres, padres, procuramos dar y generar las
condiciones para que nuestras hijas e hijos
sean felices y sean independientes. Esto es
una postura ideal de la condición de nuestra conciencia. Estamos presuponiendo personas buenas y sanas que saben remontar
diferencias y cualquier tipo de dificultades
que se presenten en el día a día.
Pero esto no siempre ocurre así, hay familias cuyos integrantes por sus diferencias (de
criterio, de puntos de vista y sus propios deseos), se colocan en serios y terribles conflictos. Es inevitable que los haya al interior de
la familia, siguiendo a María Elina Fuquen
Alvarado (2003), los conflictos y las formas
alternativas de resolución forman parte de
nuestra vida cotidiana tanto a nivel personal
como social, sabemos que tener diferencias
con otro es inevitable, nuestros propósitos,
puntos de vista y deseos no siempre conectan o coinciden con los demás (amigos,
conocidos o familiares), es parte de nuestra condición humana, por ello, nos dice la
autora en virtud de su condición inevitable,
que:
El conflicto como una oportunidad de
aprendizaje introduce un proceso continuo de construcción y reconstrucción
Enriqueta Benítez López

�90

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del tejido social, cuando se replantean
las relaciones colectivas que permiten el entendimiento y la convivencia,
más aún si se tiene en cuenta que el
conflicto está presente en la vida personal y familiar, en el ámbito educativo
y laboral, en la situación económica y
política, en el manejo de las relaciones
interpersonales y en las relaciones internacionales. (p. 268)
Una de las formas de resolver el conflicto no
es el acuerdo sino el perdón. El perdón como
práctica y poder moral personal, creemos,
puede ser un factor muy importante en este
intento de salvar las relaciones personales,
insistimos, no creemos que la disolución de
un vínculo matrimonial, aunque sea a través
de métodos alternos de resolución de conflictos sea la mejor vía para resolver todos
los problemas, nos parece que es un método
pacífico, pero antes que éste, debería contar todo intento de reconciliación familiar
bajo cualquier modalidad de familia en que
su configuración se presente.
Uno de los grandes dilemas de la vida cotidiana tal vez más difíciles de resolver se nos
presenta cuando se trata de “perdonar”.
Este acto, nace de una capacidad humana
diríamos, sobrehumana, valiente, porque,
en términos estrictamente humanos (no hablamos de asuntos jurídicos o psicológicos
aquí), intentamos con el perdón en términos
de Hannah Arendt (1995): deshacer lo que
ha sido hecho:
“El hecho de que la reconciliación sea
inherente a la comprensión ha dado lugar al equívoco popular según el cual

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tout comprendre c´est tout pardonner.15
A pesar de ello, el perdón tiene tan
poco que ver, que no es ni su condición
ni su consecuencia. El perdón (ciertamente una de las más grandes capacidades humanas y quizá la más audaz
de las acciones, en la medida en que
intenta lo aparentemente imposible,
deshacer lo que ha sido hecho, y logra
dar lugar a un nuevo comienzo allí donde todo parecía haber concluido es
una acción única y culmina en un acto
único” (p. 29).
Así, perdonar a los enemigos, implica seguir
adelante y liberarnos de una carga histórica, moral y hasta psicológica, las heridas de
aquél a quien perdono se borran entre otras
cosas porque perdonar es liberarse y ayuda
mucho el saber que no les volveremos a ver,
o los tendremos muy lejos de nosotros, pero
el perdón al enemigo16 no es igual al perdón
de quien amamos, o de quienes alguna vez
tuvimos confianza.
El tema que nos tiene aquí, es una circunstancia en la que el perdón requiere de un
acto de valentía aún mayor, es un acto generoso al cual no podemos estar obligados
porque se destruiría dada su naturaleza
que exige la más pura sinceridad; porque
cuando se trata de perdonar a un miembro
de la familia, no existe la distancia que cure
el daño, la presencia del otro que nos recuerda y nos coloca en la circunstancia que
15 “entender todo es perdonar todo” (traducción propia)
16 Recupero el término de Arendt, aunque para la literatura y el contexto familiar es un término fuerte casi violento
al cual no me suscribo, pero lo coloco en el discurso en
aras de respetar la interpretación y el sentido que le da la
autora.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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Científica y Práctica en MSC

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dio origen a un acto violento, nos dispone
permanentemente frente a ella con la sola
presencia de aquél a quien decidimos perdonar. El perdón en la familia reclama de
nosotros por lo menos:
a) La sinceridad del acto y
b) Su no condicionamiento

nos toca, no solo es promover la cultura de
la paz para que la vida sea posible, sino,
además, creemos, que se trata de promover
una cultura del perdón que ayudaría mucho
a reconstituir tanto el tejido social como familiar, siempre y cuando no se pase por alto
sus dos y esenciales requerimientos (a y b).
Aprender a perdonar es aprender a liberarSólo a través de este acto “no tramposo” de se y aprender a dejar libres de las acciones
nuestras emociones podemos proponernos que nos mantienen anclados al pasado en
estar dispuestos a volver a empezar. En la una forma trágica.
familia ocurren actos que son leves, cuyas
ofensas se borran, pero existen otros que le- Existe un caso que nos llama poderosamensionan y fracturan volviendo (casi) imposible te la atención: una madre que perdona al
recuperar la relación familiar.
asesino de su hija, recuperamos aquí la noticia que dio la vuelta al mundo:
Hay actos que, por su gravedad, nos impiden que ocurra a) y b), son actos que solo
(FLORIDA/EEUU, 13/06/2014) Addy
podemos sanar a través de ayuda, que van
Guzmán, madre de la víctima, hizo a un
desde el diálogo y la confrontación hasta la
lado el dolor por la pérdida de su hija,
terapia.
quien murió como consecuencia de un
disparo accidental efectuado cuando
El perdón en la familia es un medio imporHowe presumía a sus compañeros con
tante para lograr que una familia se recupeel arma de su padrastro. La mujer de
re y pueda vivir en paz, aunque, sabemos,
Florida logró llegar a un acuerdo con
no todos los actos aún entre familiares puela fiscalía para que la condena a Jordden ser perdonados. La cultura del perdón,
yn Howe se redujera considerablemenincluso el perdón en su arraigo profundate, luego de que el agresor solicitara el
mente religioso, no puede generar en noperdón de la familia. “Estoy apenado
sotros “obligatoriamente” la sinceridad y la
por su pérdida y me disculpo por haber
espontaneidad, tal como ha sido enfatizado
hecho lo que hice”, declaró el acusado
por Arendt, el perdón es un acto imposible
al juez, al momento de ser abrazado
de condicionarse, es un don (para el crepor la madre afectada. El acto logró
yente) otorgado por Dios y que nos coloca
conmover incluso a la juez encargada
en este plano sobre-humano que nos otorga
del caso, quien expresó que el hecho
el poder de remontar un conflicto y empees realmente admirable y que nunca
zar de nuevo. El perdón sólo puede provehabía visto algo parecido durante 20
nir de aquél al que se ha ofendido, no es
años de ejercicio de su profesión. “Yo
trasferible y tampoco subrogable. Lo que
nunca imaginé que la madre de una
Enriqueta Benítez López

�92

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

víctima abrazara al asesino de su hija.
Me doy cuenta de que la pérdida de
esta preciosa niña podría potencialmente salvar la vida otros jóvenes”,
expresó la jueza Ellen Sue Venzer del
condado Miami-Dade. (recuperado
de https://www.actualidadevangelica.
es/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=6858%3Auna-madre-perdona-al-asesino-de-su-hija-y-le-abraza-en-el
juicio&amp;catid=8%3Anorteamerica&amp;Itemid=186 el 29 de septiembre de 2022,
las cursivas son nuestras)
Más allá de una interpretación, el hecho
por demás conmovedor, nos muestra que
a veces, es el corazón sufriente que ya no
quiere sobrellevar la tragedia y el acto que
nos arrebató a un ser amado, nos coloca en
un caso extremo del perdón por su propia
radicalidad; pero a su vez, es significativo,
porque, como decíamos anteriormente, y siguiendo tanto a Arendt como a Kristeva, no
todo se puede perdonar, aquí, el acto sincero y espontáneo de la madre está vinculado al acto no-intencional de quien causó la
muerte, al no haber intención, el perdón aún
siendo no exigible, se da por un acto generoso de la ofendida, pero además la madre
sabe que no volverá a ver a quien dio muerte a su hija.

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nos importa es si yo puedo perdonar a mi
hermana(o) o ésta me puede perdonar a mí.
Porque hay un lazo que no existe entre otro
tipo de agresores y las víctimas. Perdonar a
un miembro de la familia es un acto liberador, pero más difícil por la convivencia y la
forma en que la memoria de nuestra acción
actúa en las relaciones cotidianas.
Para una cultura de la paz, es importante
colocar al perdón en uno de sus primeros
planos dado su poder reivindicante y, sobre
todo, por su poder reparador.
Nos colocamos así, en el punto en el que
aventurarse a investigar la naturaleza del
perdón en su intento por restablecer y resignificar las relaciones familiares podría a
su vez, colocarlo en un plano de posibilidad
frente a los métodos alternos antes de dar
seguimiento a un procedimiento que tal vez
no es la mejor solución al conflicto. O mejor
aún, revisar (vale la expresión) previamente la posibilidad del perdón para que, en el
decurso de los acontecimientos en un procedimiento formal, los acuerdos aparezcan
impregnados de una transversalidad que
avale no solo llegar a un arreglo, sino que
el perdón garantice una mejor restitución
de las relaciones que una vez se fracturaron
entre personas que se han amado.
CONCLUSIONES

Pero el perdón en la familia es distinto, no
hay forma de establecer un criterio de lo Nos encontramos en un tiempo donde las
perdonable o de lo imperdonable17 Lo que familias son diversas y son constitutivas de
heterogéneas formas de relación, éstas se
17 En su estudio sobre el perdón, Julia Kristeva (1992), en
una forma amplia la forma del perdón y su relación que
guarda con la responsabilidad, el olvido y la gravedad del
acto. Texto ampliamente recomendable en “Dostoievski,

una poética del perdón”, en El perdón. Quebrar la deuda y
el olvido. Madrid, Ediciones Cátedra.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

encuentran plenamente legitimadas y reconocidas, donde gracias a ello, todo ser humano puede encontrar un centro de gravedad para la búsqueda de su felicidad, crear
y hacer crecer vínculos personales y con
ello, darle una configuración un núcleo más
íntimo y que puede llamar familia.
En esta diversidad y modos de relacionarse,
aparecen conflictos, aquí, solo nos colocamos en los conflictos familiares (sin ser los
únicos) y que buscan los métodos alternos
para llegar a poner fin no solo al conflicto
sino a las relaciones que nos vinculan con
nuestros seres amados.
Dimos cuenta de que en esta diversidad y
por otros factores, cada vez hay más conflictos cuya causa pareciera tener aún, una
posibilidad distinta como solución, es decir,
aún nos queda explorar la posibilidad del
perdón antes de llegar a disolver nuestras
relaciones, especialmente las familiares.
De manera incipiente, ventilamos el cambio
simbólico de los objetos que forman parte
de nuestros vínculos con nuestra familia, así
una casa y los objetos pueden tener una importancia más profunda que otros y esto no
tiene nada qué ver con el valor pecuniario
sino con nuestras asociaciones afectivas (y
dicho no como un dato novedoso sino como
un dato importante al momento de resolver
o no una diferencia) y con ello, volverse el
factor determinante en un proceso de resolución de conflictos.
Ventilamos la necesidad de plantear y promover la cultura del perdón antes de disolver o poner fin a nuestras relaciones fami-

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liares. El perdón tiene una fuerza liberadora
que, creemos, puede ayudar mucho no solo
al fortalecimiento de nuestra familia sino
contribuir al fortalecimiento del tejido social.
TRABAJOS CITADOS
Aristóteles. (1991). Política. Madrid: Editorial Gredos.
Arendt, Hannah (1995). Comprensión y Política. En de la
Historia a la Acción. Barcelona: Editorial Paidós.
Arendt, Hannah (2005). La condición humana (Trad. Ramón
Gil Novales). Barcelona: Paidós.
Baqueiro Rojas, Edgard y Buenrostro Báez Rosalía. (2008).
Derecho de Familia. Segunda Edición. México: Oxford
University Press.
Chávez-Aviña, Mónica (2015) La reconciliación como proceso de encuentro entre las personas. Revista Multidisciplinaria Semestral, número 15. Recuperado de http://www.
saber.ula.ve/bitstream/handle/123456789/41259/articulo10.pdf;jsessionid=C0E6FCBE62569D290B286C0C0D3E820F?sequence=1
Fuquen Alvarado, María Elina (2003). “Los Conflictos y las
formas alternativas de solución”. En Tábula Rasa. Revista
de Humanidades. ISSN 1794-2489. Bogotá: Universidad
Colegio Mayor de Cundinamarca.
Kristeva, Julia (1979). El tiempo de las mujeres, en Revista
34/44 Universidad París VII, núm. 5.
Kristeva, Julia (1992). “Dostoievski, una poética del perdón”, en El perdón. Quebrar la deuda y el olvido. Madrid: Ediciones Cátedra.
Pérez Contreras, María de Montserrat. Mediación Familiar
en el Distrito Federal. Un acercamiento al procedimiento y a su regulación. Recuperado de https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derechocomparado/article/
view/4074/5238#:~:text=La%20mediaci%C3%B3n%20
familiar%20es%20un,conf lictos%20familiares%20
que%20prev%C3%A9%20el

Enriqueta Benítez López

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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—

Enriqueta Benítez López
Abogada, maestra en filosofía, doctora en derecho.
Diplomado en Mediación y MASC; líneas de investigación: Lógica, Epistemología, Ética y Argumentación
Jurídica.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta
ante la alta conflictividad familiar en el estado
de México
The Parenting Coordination, a solution for high level of family
conflict in state of Mexico
Recibido: 30-09-2022
Olga Lidia Sanabria Tellez*

| Aceptado: 29-12-2022
* https://orcid.org/0000-0003-1576-4487
Centro de Convivencia Familiar del Poder Judicial del
Estado de México

Resumen
La alta conflictividad en materia familiar donde se ven afectadas niñas, niños y adolescentes es
una situación que actualmente se encuentra muy latente en los órganos jurisdiccionales y cuando
la ayuda profesional especializada en psicología, los medios alternativos y la propia dinámica del
proceso judicial no han logrado dar solución al conflicto, se deben romper paradigmas implementado una figura de la coordinación de parentalidad donde el trabajo bajo líneas psicoterapéuticas
y mediación den la oportunidad a las familias de encontrar una nueva forma de solución de conflictos en acompañamiento de todas las personas que se encuentran en el proceso judicial y donde
las niñas, niños y adolescentes se vuelven el principal eje del procedimiento para la construcción
de un plan de parentalidad.
Palabras clave: familia, niñas, niños y adolescentes, alta conflictividad, medios alternos, mediación, Centros de Convivencia Familiar, coordinación de parentalidad, jueza o juez, plan de parentalidad.
Abstract
The High-Conflict level in familiar area where girls, boys, and teenagers are constantly affected is a
situation that is currently founded in the national judiciaries and when professional help specialized

Cómo citar
Sanabria Tellez, O. L. La Coordinación de Parentalidad,
una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. MSC Métodos De Solución De Conflictos,
3(4). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/
index.php/m/article/view/45

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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in psychology, alternative dispute resolution and the dynamic of the judicial process itself have not
been able to provide a solution to the conflict, paradigms must be broken by implementing parenting
coordination where work under psychotherapeutic lines and mediation give families the opportunity
find a new form of conflict resolution in accompaniment of all the people are in the judicial process
and where children and adolescents become the main axis of the procedure for the construction of
a parenting plan.
Key words: family, girls, boys and teenagers, high-conflict, mediation, Centros de Convivencia Familiar, parenting coordination, judge, parenting plan.

INTRODUCCIÓN
La implementación de figuras que coadyuven a la resolución de conflictos a través del
trabajo personalizado de los participantes
del mismo y donde se priorice el interés superior de niñas, niños y adolescentes, es una
responsabilidad que se debe de asumir en
pro de las familias que se encuentran envueltas en altas conflictividades y que ello
ha lastimado por años no solo su contexto
familiar, sino también su contexto personal,
social, económico y personal.

que se presenta en ella, detonante de conflictos que no logran ser solucionados por
los medios alternos convencionales, ni por
profesionistas especializados como lo son
terapeutas familiares y por ello se presentan ante órganos jurisdiccionales donde la
contienda se vuelve aún mayor generando
altos desgastes emocionales, personales y
económicos a todas las partes del conflicto.
Trabajar colaborativamente entre todos los
integrantes del proceso judicial (jueza o
juez, partes, asesores legales, niñas, niños
y adolescentes, familias extensas y terceros
involucrados) a través de una metodología
diversa que versa en el ser humano y sus
necesidades e interés reales, es dar paso a
una administración de justicia con calidad
humana, preocupada por la construcción
positiva de la sociedad y de fomentar la cultura de paz y el perdón.

El nueve de junio de dos mil veintiuno, en el
Poder Judicial del estado de México, se implementa la figura de la coordinación de parentalidad a través de los Centros de Convivencia Familiar, quienes son los encargados
de impulsar en los órganos jurisdiccionales
este nuevo medio alterno en el país, convirtiéndose en el primer estado en buscar tra- El presente artículo es un trabajo que presenbajar las altas conflictividades familiares tan ta a la coordinación de parentalidad como
recurrentes en nuestra sociedad.
una nueva oportunidad en la administración
de justicia, partiendo de conflictos que al ser
El presente artículo se desarrolla partien- tan complejos de resolver por el órgano judo del análisis de la familia y la separación risdiccional, porque el origen de los mismo
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

no deriva del cumplimiento de una ley, sino
de resolver situaciones personales que solo
pueden corresponder a sus generadores,
donde se encuentran contextos más personales involucrando sentimientos y emociones,
es dar paso a construir una responsabilidad
y conciencia en las familias en pro de ellas y
de sus niñas, niños y adolescentes.

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La familia es un grupo de potencia natural en
la cual se establecen recíprocas dependencias y vínculos afectivos entre sus miembros.
Posee estructura jerárquica dinámica y funcionamiento sistémico, se encuentra en interacción recíproca y constante con otros grupos e
instituciones sociales (Valladares, 2008). Existen varios criterios para clasificar la familia:

MARCO TEÓRICO

Por el número de miembros que da lugar al
tamaño de la familia:
1. La familia, su separación
• Familia grande: más de 6 miembros
La familia, base de la contextualización so- • Familia mediana: entre 4 y 6 miembros
cial, personal, cultural e incluso económica • Familia pequeña: entre 1 y 3 miembros
de un ser humano, en ella se concentra la
formación de las hijas e hijos y se construye Por la ontogénesis de la familia.
el mundo de valores que conducirán la vida • Familia nuclear: presencia de hasta dos
de un ser humano. Herrera (2004), concepgeneraciones padres e hijos, matrimonio
tualiza a la familia como “la unión de percon hijos o sin ellos y hermanos solos. Si la
sonas que comparten un proyecto vital de
pareja sufrió muerte, separación o divorcio
existencia que en el mejor de los casos se
de uno de los dos cónyuges y es nuclear,
supone duradero, es en esta institución donpuede denominarse familia monoparental.
de se generan fuertes sentimientos de perte- • Familia extensa o extendida: presencia de
nencia a dicho grupo, existe un compromiso
dos generaciones o más. Incluye hijos capersonal entre sus miembros y se establecen
sados con descendencia o sin ella. Es váintensas relaciones de intimidad, reciprocilido aclarar que el término familia extensa
dad y dependencia”.
también alude a los padres, hermanos y
abuelos, a la familia de origen – que toda
Desde la psicología, la familia es un grupo sopersona tiene – aunque se viva en una facial que comparte hábitos, costumbres, valores
milia de estructura típica nuclear.
y formas de vida; en donde interactúan facto- • Familia mixta o ampliada: cualquier tipo
res como la situación económica, el ambiente
de familia que rebasa las anteriores essocial, la integración de la familia, el empleo
tructuras, puede incluir otros parientes y
de los valores o antivalores que, van a deteramigos.
minar de manera definitiva los rasgos psicológicos que una persona en su edad adulta va Partiendo de las anteriores conceptualizaa tener, el sistema de la familia debe cubrir las ciones el papel constructor del núcleo faminecesidades de sus miembros, al mismo tiem- liar, es la esencia del ser humano, en él se
po aportar a ellos un bienestar moral y físico modela a la persona, sé educa en valores y
(Gutiérrez, 2005).
se procura el trabajo de emociones y sentiOlga Lidia Sanabria Tellez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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mientos positivos como el amor, el respeto,
la seguridad, la empatía, etc, se fortalece al
ser humano, sin olvidar la disciplina, la responsabilidad y los límites, esenciales en la
formación que se da por la madre, el padre
y la familia extensa a las hijas e hijos y ello
a su vez fortalece los vínculos que unen a
cada miembro de la familia.
Las personas al formar una pareja e iniciar
una familia tiene un pensamiento común,
que es idealizar la conclusión de sus vidas
juntos, y es que nadie se casa o forma una
familia pensando en separarse, en pasar
procesos donde el conflicto supera el amor y
lo sustituye por emociones negativas, actuaciones de daño y sobre todo situaciones que
lastiman constantemente a las hijas o hijos,
definitivamente eso no estaba estipulado.
No obstante que el ideal de la familia es permanecer juntos, actualmente enfrentamos
una realidad de constantes conclusiones en
las relaciones de pareja, las cuales solo deberían traer el término de una relación y no
así la conclusión o transformación negativa
del rol de padre o madre ante las hijas e hijos. En una separación debe existir la continuidad de la familia, como ese grupo positivo
que construye a un ser humano en el afecto,
en la disciplina, los valores y los límites.
Actualmente ante las separaciones de pareja, se puede observar un fenómeno que es
la separación también de hijas e hijos, que
se propicia ante la alta conflictividad en la
separación de sus ascendientes, quienes no
logran concluir de forma positiva su relación,
sino al contrario, la controversia lleva puntos
de escalada constante que lastiman a toda

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la familia y que parecen incontrolables ante
la postura de que cada parte se considera
poseedora de la verdad absoluta.
Las relaciones de pareja pueden llegar a su
fin por una diversidad de motivos, entonces
la separación, divorcio o conclusión de una
relación obtiene el poder de romper una
familia, de transformar a cada miembro en
una persona que pierde la capacidad del
diálogo, de la escucha y que construye en
base a sus percepciones sus realidades que
no permiten ser tan fácilmente cuestionadas
y todo puede terminar entonces ante las manos de un juzgador o juzgadora quién tendrá
que determinar lo que como pareja y familia
no pueden acordar en pro de ellos mismos y
de sus familias.
• La Asociación Española de Abogados
de Familia (AEAFA, 2022) menciona que
estos doce motivos son las causas principales por la que las parejas españolas
deciden divorciarse, aunque en muchos
casos hay más de una causa:
• El desgaste, alejamiento y la falta de comunicación al que lleva el estrés provocado por la crianza de los hijos y el trabajo.
• El desenamoramiento, a veces, acompañado del inicio de una relación con una
tercera persona.
• Infidelidades.
• Dificultades económicas.
• Discrepancias que surgen a raíz de
la crianza y de la educación de los hijos.
Se pone en evidencia estilos de vida y
valores completamente distintos.
• La excesiva presencia de las respectivas
familias políticas que generalmente ayudan, pero que a veces también ahogan.
Sobre todo, cuando uno de los miembros

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

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•
•

•
•
•

•

de la pareja mantiene vínculos de excesiva dependencia con su familia de origen.
Irritabilidad o mal carácter.
Elección de una pareja con un carácter incompatible e irreconciliable con el
nuestro.
Adicciones.
Violencia de género, doméstica, trato inadecuado entre los miembros de la pareja.
Dificultad para gestionar las emociones que genera el surgimiento de enfermedades, físicas o mentales, o agravamiento de las ya existentes en algún
miembro de la familia.
Cuando uno de los miembros de la pareja “sale del armario” aceptando su verdadera orientación sexual.

Estos motivos para poder entenderlos con
mayor claridad y posteriormente trabajar en
ellos, los agrupo en cuatro grupos principalmente, no importando el número, cualquiera
de ellos puede establecerse en alguno:

Esquema para categorizar las cusas de separación de una pareja.
Elaboración propia

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Es entonces que cada causa o motivo lo que
conflictúa a una pareja al grado de no poder controlarlo y por ello verse obligados a
buscar que terceros como son los profesionistas especializados (terapeutas de pareja, coach de vida, psicólogos, etc), órganos
jurisdiccionales o algún medio alterno de
solución de conflicto, les brinden una solución a lo que ellos irremediablemente no
pueden y esto lamentablemente es el inicio
de nuevos conflictos y no siempre de la solución que se esperaba.
2. POSIBLES SOLUCIONES ANTE EL
CONFLICTO
Tomada la decisión de una separación se
da inicio a buscar la mejor alternativa para
concluirlo y continuar sus vidas e incluso sus
familias, aunque estas cambien de estructura, mamá y papá separados, pero juntos moral y emocionalmente para sus hijas
e hijos. Esta sería la mejor alternativa, ante
los conflictos que dan fin a una relación, el
tomar la decisión de solucionar el o los conflictos por las partes o con ayuda de un profesionista experto en relaciones de pareja,
sería el ideal que funciona mejor, aunque
lamentablemente es el que menos se considera por la pareja.
Es fundamental que conceptualicemos al
conflicto para entender por lo que transitan las personas ante la separación, entonces se puede señar que el término conflicto
proviene de la palabra latina conflictus que
quiere decir chocar, afligir y/o infligir; y que
conlleva a una confrontación o problema, lo
cual implica una lucha, pelea o combate. El
conflicto es sinónimo de desgracia, de mala
Olga Lidia Sanabria Tellez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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suerte y es considerado como algo aberrante o patológico, como violencia en general
o una situación anímica desafortunada para
las personas que se ven implicadas (Fuquen,
2003).
El conflicto desde la filosofía para la paz
puede ser concebido como la divergencia
percibida de intereses o creencias (sentires,
pensares, haceres) que impiden a las partes
alcanzar simultáneamente sus aspiraciones
corrientes (Hernández, 2012).
Del concepto de conflicto, se deducen por lo
menos seis elementos:
• Presencia de dos o más partes (individuos, grupos, Estados, organizaciones).
• Intereses opuestos entre ellos.
• Reconocimiento de esos intereses.
• Acciones que obstaculizan los objetivos
de ambas partes.
• Creencia de que el otro obstruye sus intereses.
• Preexistencia de relaciones y un contexto
en donde se da, es decir, el espacio.
• Galtung (2007, en Calderón, 2009) para
llegar a un concepto de conflicto, hizo un
ejercicio de síntesis conceptual:
• La primera línea de respuestas se enfoca
sobre los aspectos interiores del ser humano (como el odio).
• La segunda línea se concentraba fundamentalmente en la incompatibilidad de
objetivos de las partes.
• La tercera línea se focaliza en el hecho
externo de las contradicciones.

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cómo sienten y piensan las partes de un conflicto, cómo perciben al otro y cómo ven sus
propias metas y al conflicto en sí mismo. El
comportamiento (aspecto objetivo) alude a
cómo actúan las partes durante el conflicto:
si buscan intereses comunes y acción creativa y constructiva o si tratan de perjudicar
y causar dolor al otro. La contradicción (aspecto subjetivo) tiene que ver con el tema o
temas reales del conflicto y con cómo este se
manifiesta.
Ante estos conflictos no resueltos se inicia la
búsqueda de una ayuda diversa a la solución personal e inicia el asesorarse por un
experto en derecho que les ayude a resolver sus conflictos y formalizar su separación
y es cuando se puede acudir a órganos jurisdiccionales o centros de mediación, dependiendo de la orientación que otorgue el
asesor legal. La pregunta que siempre surge, es cuál de las dos metodologías es la
más correcta, siempre voy a sugerir la segunda, acudir ante un mediador, conciliador
o facilitador es la respuesta más positiva
ante un conflicto, de no lograrlo, se tendrá
que acudir al órgano jurisdiccional para que
una jueza o juez emitan la resolución que
conforme a derecho sea la más apropiada.
Para entender, la importancia de la resolución de los conflictos por un medio alterno
retomare algunas de sus principales concepciones que permiten observar la importancia de cada uno de ellos.

Los Medios Alternos de Solución de ConflicEs decir, conflicto es: Actitudes, presuncio- tos son mecanismos o procesos de comunines + comportamiento + contradicción. Las cación interpersonales, que enfatizan el diáactitudes (aspecto motivacional) se refiere a logo y la colaboración entre las partes por
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

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sobre el debate adversarial y en los cuales
la solución a la que se arribe se acerca a los
reales intereses y necesidades de las personas involucradas, más que a lo que prescribe la norma legal. Los MASC incluyen métodos tales como: negociación, mediación,
conciliación y el arbitraje (Díaz, 2019).

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intereses y necesidades de manera satisfactoria y dentro de los límites de la legalidad
(González, 2013).
La conciliación es el proceso por el cual dos
o más personas en conflicto logran restablecer su relación, gracias a la intermediación de un tercero denominado conciliador,
que se rige bajos los principios de equidad,
veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad o neutralidad, legalidad, celeridad (prontitud), y economía. La forma de
intervención del conciliador está destinada
a facilitar a las partes que solucionen el conflicto, sin embargo, los conciliadores pueden
adoptar diferentes estilos a fin de lograr
cumplir su papel, como lo son los denominados estilo negociador y terapéutico (Guzmán, 1999).

La mediación, es un proceso mediante el
cual un mediador facilita un método privado,
informal y flexible para reflexionar acerca
del conflicto o disputa interpersonal y tratar
de resolverlo, consiste en el restablecimiento
de la comunicación a partir de la comprensión de intereses confluyentes. La mediación
pone énfasis en el consenso, la persuasión
moral y el mantenimiento de la armonía en
las relaciones humanas, por sus características individualizadoras funciona como un
proceso alternativo de resolución de conflictos en (Castanedo, 2001):
•
• Mediación familiar y conyugal
• Mediación en la comunidad
• Mediación laboral
• Mediación judicial
El fundamento legal de la mediación se
encuentra en el artículo 17, párrafo cuarto,
CPEUM, el cual señala: “Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de
controversias. En materia penal regularán
su aplicación, asegurará la reparación del
daño y establecerán los casos en que se requerirá supervisión judicial”. En México, la
mediación es un procedimiento autocompositivo de solución de conflictos, es decir,
se trata de una negociación asistida por
un tercero imparcial que auxilia a las partes para que éstas logren una comunicación
constructiva que les permita negociar sus

101

•

Estilo negociador: el conciliador debe
procurar llegar lo más pronto posible a
una solución, controlando las emociones
y señalando los beneficios del acuerdo.
Por ello se considera un estilo pragmático donde las partes deben sentir las ventajas de llegar a un acuerdo (Guzmán,
1999).
Estilo terapéutico: La meta de la conciliación en este caso es ayudar a que las
partes se sientan escuchadas, compartiendo sus emociones y sentimientos. Las
emociones se tratan directamente usando incluso intervenciones terapéuticas
(Guzmán, 1999).

De acuerdo con Ormachea (1999) la conciliación es un proceso consensual y confidencial de toma de decisiones en el cual una
o más personas imparciales (conciliador)
Olga Lidia Sanabria Tellez

�102

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

asisten a personas, organizaciones y comunidades en conflicto a trabajar hacia el logro de una variedad de objetivos, pasando
por distintas fases de la conciliación, como
lo son: los actos previos o fase pre-conciliatoria, la introducción o fase de explicación
del proceso, la discusión de los hechos o
fase para escuchar la versión de las partes,
centrándose en el pasado; identificación de
los problemas señalados en la solicitud, a
menudo se descubren problemas distintos a
la demanda, desplazándose a la situación
actual; búsqueda de soluciones al movilizar el conflicto del pasado a una situación
resolutiva o futuro ideal, el acuerdo que es
el resultado que pone fin al conflicto y finalmente, el seguimiento del caso o acuerdo
velando por la calidad de la conciliación.
La justicia restaurativa se propone como una
relectura al tratamiento de los delitos y la
violencia, es una justicia que se centra más
en la reparación que en el castigo, contribuye a la sanación y a la paz, considera al
delito como un conflicto interpersonal, y que
éste es una oportunidad para transformar la
situación en la que se encuentran las partes y evitar brotes de violencia. Lo anterior
es así, porque el delito es una conducta que
causa daño a la víctima y a la sociedad, de
modo que la solución se busca estableciendo responsabilidades y obligaciones para la
persona que delinquió, con miras al futuro,
entre ellas la de reparar el daño para que
la conducta delictiva no se repita (González,
2018).

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información real acerca del delito, permitirle
contar la historia de lo sucedido a quienes le
causaron daño, con miras a que comprendan el impacto de sus acciones; el empoderamiento, así como, la restitución y la reivindicación. Mientras que la persona infractora
es quien necesita asumir su responsabilidad
en las consecuencias del delito, necesita
que los daños sean abordados, a fin de fomentar la empatía y la responsabilidad, así
como transformar la vergüenza (González,
2018).
La justicia restaurativa es un proceso dirigido a involucrar, dentro de lo posible, a todos
los que tengan un interés en una ofensa particular, identificar y atender colectivamente
los daños, necesidades y obligaciones derivados de dicha ofensa, con el propósito
de sanar y enmendar los daños de la mejor
manera posible. Para trabajar desde el modelo de la justicia restaurativa es importante
realizarse tres preguntas eje (Zehr, 2010):
• ¿Quién ha sido dañado?
• ¿Cuáles son sus necesidades?
• ¿Quién tiene la responsabilidad de atender estas necesidades?
Los programas de justicia restaurativa tienen como propósito confiar ciertas decisiones clave a aquellas personas que se han
visto más afectadas por el crimen, hacer que
la justicia sea más sanadora e, idealmente,
más transformadora y disminuir la probabilidad de ofensas en el futuro (Zehr, 2010).

Todos estos mecanismos dan una oportuniPor lo que, la víctima necesita recuperar el dad pacífica y empática para resolver de la
control; por ello, entre sus necesidades se mejor forma los conflictos de familia que se
encuentran la reparación del daño, brindar están presentando, construyen lazos de coLa Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

103

municación que abren oportunidades de solucionar de fondo los verdaderos conflictos y
aprender a controlar los futuros. Los medios
alternos dan a sus participantes una nueva
alternativa de visualizar sus percepciones y
de entender las necesidades e intereses de
ellos mismos y de la otra parte, así que este
sería la mejor alternativa para concluir la
controversia ante la ruptura de la relación.

ciones o interferencias parentales y ante ello
la intervención de un Centro de Convivencia
para supervisar la convivencia familiar, un
acto que por naturaleza tendría que ser parte fundamental de la relación madre, padre,
hijas o hijos y familia extensa, pero que ante
los conflictos de los ascendientes se puede
convertir en un acto de enojo, frustración,
miedo y daño constante entre las partes.

3. LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FIGURA
DE COORDINACIÓN DE
PARENTALIDAD, UNA ALTERNATIVA DE
TRABAJO CONJUNTO CON EL
ÓRGANO JURISDICCIONAL.

Esta supervisión en el estado de México es
realizada por los Centros de Convivencia
Familiar, los cuales se conceptualizan empleando las palabras de Casillas (2013) los
Centros de Convivencia son una herramienta jurídica que aportan a la sociedad la prevención, protección y mejoramiento de las
condiciones generales de vida de los menores sujetos a procesos de desintegración
familiar por separación de sus padres, constituyendo un lugar seguro para el pleno desarrollo de los encuentros entre progenitores
e hijos; anteriormente la visión que se tenía
respecto a las convivencias, es que tenían
como origen fundamental la separación de
los padres, hoy en día se sabe que las convivencias no siempre tienen su origen en dicha
separación, sino que son probablemente
parejas que nunca vivieron conjuntamente,
convirtiéndose en un fenómeno múltiple en
el que las convivencias pueden ser solicitadas por otro miembro de la familia.

Cuando los conflictos generados ante la separación de la pareja no logran resueltos, y
se acude al órgano jurisdiccional a dar inicio a un proceso para que una jueza o juez
lo resuelva, se puede concluir la controversia con la sentencia y el cumplimiento de la
misma por las partes o bien se vuelven asuntos de alta conflictividad donde se afectan
los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y se producen daños de índole psicoemocional que pueden resultar de alto
impacto en sus vidas e incluso convertirlos
en víctimas. Por lo que nos enfrentamos no
solo al conflicto de adultos, sino también a la
situación de colocar a los infantes y adolescentes en el centro de la conflictiva judicial
y personal, obligándolos a vivir experiencias
poco apropiadas y a tomar decisiones que
no les corresponderían. Por estas situaciones los conflictos por guarda y custodia y el
régimen de visitas y convivencias se vuelven
una controversia más constante donde se
daña aún más a la familia, por la negativa
de convivencia, la presencia de manipula-

Considerando la importancia del entorno
familiar para el desarrollo de un menor, en
función de las relaciones afectivas que en
ella se generan, Mata (2018, en Raymundo,
2022) señala que los Centros de Convivencia Familiar son espacios neutrales idóneos
para favorecer el derecho fundamental del
Olga Lidia Sanabria Tellez

�104

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

niño/a para mantener las relaciones con sus
familias, cuando en una situación de separación y/o divorcio o acogimiento familiar,
o en otros supuestos de interrupción de
la convivencia familiar, el derecho de visita se ve suspendido o es de cumplimiento difícil o conflictivo. Además de facilitar
el encuentro del menor con sus progenitores
no custodios y/o la familia biológica garantizando sus intereses.

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estado de México una figura denominada
coordinación de parentalidad que apoye al
órgano jurisdiccional a dar solución a estas
altas conflictivas donde se percibe un daño
a los infantes y adolescentes y, la cual depende de los Centros de Convivencia Familiar por ser el órgano auxiliar de las y los jueces que tienen la mayor cercanía con estas
problemáticas familiares constantes. En esta
línea conceptualizamos a la coordinación
de parentalidad para entender su contexto.
La definición más ampliamente aceptada es
la de la Association of Families and Conciliation Courts (AFCC); definen la coordinación de parentalidad como “un proceso alternativo de resolución de disputas centrado
en los niños y las niñas en virtud del cual un
profesional de la salud mental o del ámbito
jurídico con formación y experiencia en mediación; implementará su plan de parentalidad, ayudándoles a resolver oportunamente
sus disputas, ofreciéndoles así una psicoeducación con respecto a las necesidades de
sus hijos o hijas (con previo consentimiento
de las partes y/o del juzgado); tomando decisiones con base a los términos y condiciones establecidos por la resolución judicial, o
por el acuerdo de designación del coordinador de parentalidad” (Capdevila, 2016).

Los Centros de Convivencia Familiar son espacio neutral y protegido donde se coadyuva a que se lleven a cabo las convivencias
familiares decretadas por el Órgano Jurisdiccional entre ascendientes no custodios y
sus descendientes y tienen por objeto además facilitar el desarrollo de las convivencias
familiares entre ascendientes no custodios y
sus descendientes, en aquellos casos en que
a juicio de los órganos jurisdiccionales, o por
convenio suscrito ante el Centro de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del
Estado de México no puedan realizarse de
manera libre porque se considera se pone
en peligro el interés superior del menor, a
efecto de generar lazos de identidad y confianza entre los mismos, y desarrollar la ejecución de talleres psicoeducativos, coadyuvando al sano desarrollo psicoemocional de
los involucrados en la controversia. (Poder Proceso no contencioso centrado en las neJudicial del estado de México, 2017).
cesidades de los hijos y las hijas en el que
el coordinador de parentalidad (CP) ayuda
Entonces, estos Centros tienen una labor re- a los progenitores a reducir la conflictividad
levante ante estas conflictivas y por ello un y a implementar el plan de parentalidad
compromiso de construir modelos que real- aprobado por el juzgado, identificando los
mente apoyen a las familias en estas altas obstáculos para su cumplimiento y realizanconflictivas donde se involucra el interés do las modificaciones de forma consensuasuperior de niñas, niños y adolescentes, lo da por los progenitores (Tena, 2018).
anterior nos ha llevado a implementar en el
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

La American Psychological Association (2012,
en Fariña, Novo, Arce y Vázquez, 2017) define la Coordinación de Parentalidad como
un proceso de resolución de conflictos de
carácter no adversaria, que puede ser ordenado por el juzgado o acordado por los
propios padres, que están separados o divorciados y sumidos en un continuo conflicto
o litigio, que afecta negativamente a la relación con sus hijos. El principio rector que
debe regir al coordinador parental (CP) es
el mejor interés del menor.
Esta coordinación de parentalidad tiene
como principal objetivo trabajar a través de
herramientas psicológicas y de mediación
las conflictivas que presentan los ascendientes en la crianza de sus hijas e hijos y por lo
cual construyen junto con su coordinador un
plan de parentalidad.
Estos planes de parentalidad se definen
como un tipo de instrumentos de pacto específicos, como complemento o sustituto del
convenio regulador, dirigidos a consensuar
todos los detalles del ejercicio de la guarda
y custodia, es decir, del régimen de estancias de los hijos con sus progenitores. El plan
de parentalidad es un claro ejemplo del
ejercicio de los principios de corresponsabilidad, de coparentalidad y principio contradictorio, por ello también es conocido como
plan de corresponsabilidad o plan contradictorio (Alba, 2019).
Es un instrumento que puede ser utilizado en
diversos escenarios prejudiciales y judiciales para el mejoramiento de condiciones de
cuidado y protección de los hijos e hijas. Un
espacio y quizás el más esperado es el que

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

105

se refiere al documento de mutuo acuerdo
y consiste en un pliego trabajado en punto
prejudicial entre padres, pudiendo contar
con presencia de un mediador o consejeros
como abogados de parte, que aportan en
confección del texto, de modo que su contenido dé cuenta de necesidades de sus integrantes, en el marco legal vigente (Valdebenito, Rojo y Campillay, 2019).
Acorde a lo referido por Rodríguez y Carbonell (2014, pp. 198, en Rodríguez y Soto, 2015)
el Plan de Parentalidad se lleva a cabo en un
contexto de confidencialidad, imparcialidad
y neutralidad; el motivo de dicho proceso
está en la voluntad de las partes para llegar
a acuerdos implicando la responsabilidad
parental y la obligación del acuerdo, el instrumento detalla los compromisos que asumen respecto de la comunicación entre los
padres, los acuerdos para el traslado de los
niños, los acuerdos sobre contacto telefónico entre los padres y entre padres e hijos,
los acuerdos sobre cómo compartir objetos
como la ropa o los juguetes personales del
menor.
Debo enfatizar que el trabajo que desempeña un coordinador de parentalidad, es el
dar solución a las altas conflictivas que se
presentan ante la separación de una pareja
y donde las hijas e hijos se encuentran en
medio de las mismas y existe una serie de
interferencias o manipulaciones parentales
que empiezan a bloquear la relación familiar en todos los sentidos, evitando la convivencia con la o el ascendiente no custodio y
trayendo como consecuencia la ruptura de
los vínculos familiares.
Olga Lidia Sanabria Tellez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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¿Cuándo surge y por qué esta figura en el
estado de México? Por acuerdo del Pleno
del Consejo de la Judicatura del estado de
México, en sesión ordinaria de fecha veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno, por el
cual, se implementa la figura de la o el coordinador de parentalidad en el Poder Judicial
de la entidad y se emiten los lineamientos
de operatividad, los cuales se publican en la
circular número 40/2021 de fecha nueve de
junio del mismo año.
Es importante resaltar los datos estadísticos,
de acuerdo al CENSO DE POBLACIÓN Y
VIVIENDA 2020, la población total en el
Estado de México es de 16 992 418 habitantes, 8 741 123 son mujeres (51.4%) y 8 251 295
son hombres (48.6%), por municipios, Ecatepec de Morelos es el más poblado con 1 645
352 habitantes (Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2021a).
Durante 2020 se registraron 335 563 matrimonios, de los cuales se registraron 92 739
divorcios; 8 719 (9.4%) fueron resueltos por
la vía administrativa (se efectúa a través del
Registro Civil) y 84 020 (90.6%) por la judicial (se gestiona en algún Juzgado de lo
Familiar, Civil o Mixto). La información se obtiene anualmente de los registros administrativos a través de los Juzgados de lo Familiar, Mixtos y Civiles y de las oficialías del
Registro Civil. El decremento coincide con
el periodo de la pandemia de COVID-19,
durante el cual hubo una reducción en la
demanda de este servicio por la población
debido al confinamiento de las personas en
sus viviendas y a las condiciones que las autoridades sanitarias. Asimismo, el estado de
México presenta una tasa de divorcios por

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cada 10 000 habitantes de 18 años o más en
2020 de 7.4 (INEGI, 2021b).
Ahora bien, las principales causas del divorcio a nivel nacional acorde a lo establecido
por el INEGI (2021b) son:
• Incausado (voluntario unilateral)
• Mutuo consentimiento
• Separación por 2 años o más
• Causa injustificada: el divorciado puede
divorciarse 3 meses después de la última
sentencia
• Adulterio o infidelidad sexual
• Incompatibilidad de caracteres
• Servicia, amenazas, injurias y violencia
• Separación del hogar conyugal por más
de un año
• Abandono del hogar por más de 3 o 6
meses
• Incitación a la violencia
Ante nuestro elevado número de población y
las circunstancias sociales que nos rodean y
que se convierten en constantes conflictivas,
en el Poder Judicial del estado de México se
presenta la siguiente información estadística
en materia familiar, en el año dos mil veinte:
• Número de Divorcios incausados: 27,771
• Número de procesos de guarda y custodia: 11, 793
• Número de convivencias realizadas:
45,662
Ante tales circunstancias, se procura no contar solo con órganos de administración de
justicia, sino también trabajar en la prevención y en el desarrollo humano de nuestros
usuarios. Los Centros de Convivencia Familiar atienden de forma directa los casos de
mayor conflictiva y ante tal situación, fue ne-

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

cesario construir un modelo que además de
trabajar con la supervisión de convivencia,
cuenta con una serie de programas y actividades como son el programa de integración
y vinculación familiar, los talleres psicoeducativos para ascendientes o familia extensa,
los talleres psicoeducativos para niñas, niños y adolescentes, las campañas de acompañamiento, el programa de conferencia,
los círculos de lectura y todas las actividades de vinculación parental que se realizan.
Contando incluso con un Foro de Niñas, Niños y adolescentes que se vuelve inclusivo
para la niñez y adolescencia de la sociedad
mexiquense.
La información que nuestras estadísticas y
las actitudes observadas directamente de
los usuarios de los Centros nos llevaron a
identificar los diversos niveles de conflictividad que se presentan en los mismos, los
cuales han sido la base para la construcción
de un modelo que atienda las necesidades
familiares y la situación psicoemocional de
niñas, niños y adolescentes que se atienden
en la supervisión de convivencia. Lamentablemente presenciamos familias con altas
conflictividades y es que, ante una separación familiar, las niñas, niños y adolescentes
viven dos situaciones: los efectos psicológicos de la separación y las interferencias
o manipulaciones parentales que se estén
presentados ante la conflictiva para la realización de la convivencia y el fortalecimiento
de los vínculos parentales, enfatizando estos
dos últimos temas en el siguiente marco teórico que señala:

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Científica y Práctica en MSC

107

parental es un concepto que es común identificar en casos de orden familiar, produciendo efectos negativos que incluso pueden repercutir en la psique del niño, no sólo en el
presente sino a mediano y largo plazo. De tal
manera que es necesario estudiar a profundidad y, en un determinado momento, exista
una regulación para su análisis y detección
en procesos judiciales. Si bien, el concepto
como tal ha atravesado una serie de críticas
para su aceptación en procesos judiciales,
es necesario partir de sus antecedentes al
haber sido mencionado como el Síndrome
de Alienación Parental (SAP), pensando
que éste solo existe y surge exclusivamente
en el contexto de disputas por la guarda y
custodia de las niños, niños y adolescentes
(NNA) donde su manifestación primaria es
la campaña de denigración del niño contra
unos de los progenitores sin una justificación
aparente. En este sentido, el SAP se entiende como conjunto de ideas que pretenden
explicar y solucionar el rechazo de los hijos
a comunicarse con uno de sus progenitores
tras la ruptura familiar.

Hoy en día, este concepto sigue buscando
aceptación en el marco jurídico y, aunque
aún carece de evidencia científica, se sigue
aceptando en procesos judiciales como formas de manipulación que generan coalición
con uno de los progenitores y el rechazo hacia uno de ellos, mediante la implantación
de ideas que no son propias o ya sea con
motivo de la separación de los padres. En
consecuencia, Rodríguez (2011) menciona
que la manipulación deviene en diversas
consecuencias, entre ellas:
De acuerdo con Gardner (1985 en Padi- • Depresión crónica
lla-Racero, 2018) el tema de manipulación • Problemas para relacionarse en ambienOlga Lidia Sanabria Tellez

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•
•
•
•
•
•

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

tes psicológicos y sociales
Trastornos de identidad e imagen
Desesperación
Sentimientos de culpa
Sentimientos de aislamiento
Comportamiento hostil
Falta de organización

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sa y con la intención de destruir la relación
del niño con el otro progenitor. Más recientemente, se conceptualiza al niño como un
arma, empleada por el progenitor obstaculizador, para ganar la batalla emprendida
contra su ex cónyuge durante el divorcio a
cualquier coste, por lo que la intencionalidad sería siempre maliciosa. En este contexto, el autor destaca otros instrumentos de los
que se serviría el progenitor obstaculizador
para lograr su objetivo, como el tiempo (amplios períodos temporales sin el progenitor
rechazado estrechan la relación entre el
progenitor obstaculizador y el niño) y la distancia. Específicamente, resalta estrategias
de IP como interferir en las conversaciones
telefónicas, obstruir las fiestas y reuniones
familiares del progenitor alienado, prohibir
fotografías, sabotear las visitas y no tener
en cuenta la presencia del otro progenitor
(Bricklin, 1995; Garrity y Barris, 1994; Farkas,
2011; en González 2016).

Ahora bien, en relación a las interferencias
parentales en el extremo opuesto a las dinámicas de cooperación y comunicación
entre progenitores que fomentan el establecimiento de relaciones adecuadas y gratificantes con el menor (coparentalidad), se
sitúan aquellas otras que buscan precisamente todo lo contrario y cuya principal manifestación es la denigración de un progenitor por parte del otro generando en el niño
graves y profundos daños a largo plazo.
Estas dinámicas se conocen generalmente
como interferencias parentales (IP) e implican la presencia de conductas y/o actitudes
que perjudican o buscan perjudicar la relación del menor con uno de sus progenitores Otros autores también engloban como inter(Hayden, 1984; González, 2016).
ferencias parentales las conductas y actitudes propias del progenitor preferido y otras
En una investigación realizada sobre la personas, en forma de críticas persistentes
custodia infantil, el autor concluyó que las a las cualidades personales del progenideclaraciones del niño a menudo eran re- tor rechazado y sus actividades de crianza
sultado de las manipulaciones, sobornos o del niño, y varias maniobras para excluir al
coacciones infligidas por el progenitor pre- progenitor rechazado de la vida del menor;
ferido y no basadas en la experiencia real afirmaciones que influencian a éste a temer,
mantenida con el progenitor rechazado. despreciar, y criticar al progenitor rechazaOtros autores, señalaron que la desvalori- do. Se concluye, por tanto, que las estratezación del progenitor rechazado como no gias de IP empleadas por el progenitor obsmerecedor de confianza o afecto y la per- taculizador incluyen una amplia variedad de
suasión del niño hacia esta creencia, podían comportamientos específicos, que pueden
suceder de forma conscientemente malicio- ser intencionales o inconscientes, explícitos

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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o sutiles, y se encaminan siempre a deteriorar la relación del niño con el progenitor
rechazado o alienado, sea desvalorizando
la imagen que sostiene el menor de su otra
figura paterna, obstaculizando el contacto
entre ellos o forjando una alianza patológica con el niño (Bernet, Von Boch-Galhau, •
Baker y Morrison, 2010; en González, 2016).
Ante estas altas conflictivas generadas
por esas manipulaciones o interferencias
parentales en el órgano jurisdiccional se
presentan en situaciones litigiosas fuera de
lo común que hace interminable el proceso
por el cumulo de recursos y promociones
que se acumulan en el expediente y que generan que la conflictiva no solo escale, sino
también construya nuevos conflictos entre
las partes y los propios asesores jurídicos,
afectando el interés superior de niñas, niños
y adolescentes. Con la finalidad de crear
una alternativa positiva para los justiciables
y sus niñas, niños y adolescentes, se realiza
la propuesta por parte de la Coordinación
de los Centro de Convivencia Familiar a mi
cargo de implementar la figura referida, la
cual fue impulsada por el Consejero Mgdo.
Dr. Raúl Aarón Romero Ortega integrante del
Consejo de la Judicatura y aprobada por el
presidente del Tribunal Superior de Justicia
del estado de México. Mgdo. Dr. Ricardo A.
Sodi Cuellar, así como por los integrantes
del Consejo de la Judicatura y la Secretaría
General de Acuerdos.
Según Dominic D’Abate (2013), existen tres
razones primordiales para introducir esta figura:
• En primer lugar, los estudios indican que
los conflictos graves entre progenitores

•

109

-disputas verbales y físicas, litigios persistentes, desconfianza y hostilidad, alejamiento de un progenitor, entre otros- ponen a los menores en riesgo y destruyen
los beneficios que las relaciones parentales positivas puede aportarles.
En segundo lugar, en los casos más difíciles, los jueces a menudo recomiendan
la mediación, evaluaciones psicosociales
o terapia, estos recursos acostumbran a
ser pocos efectivos cuando los progenitores están atrapados en un conflicto
crónico.
En tercer lugar, las familias con divorcios
de elevada conflictividad utilizan muchos
servicios del tipo de protección de menores, mediación, consultas a expertos,
mientras que, paralelamente, numerosos
procedimientos legales que suponen un
elevado coste para la sociedad y para la
propia familia.

Ante los argumentos expuestos, se implementa la figura en la entidad y se emiten los lineamientos correspondientes de la coordinación,
dando inicio con la participación de doce juzgados y con la apertura de treinta y seis casos.
Estos Coordinadores de Parentalidad del
Poder Judicial del estado de México, se
plantean tres objetivos en su labor:
• Mejorar las relaciones familiares en procesos judiciales, caracterizados por una
alta conflictividad.
• Atender la salud emocional y mental de
los menores que viven las separaciones y
divorcios de alta litigiosidad, así como el
bienestar social de la familia.
• Apoyar en el cumplimiento de las resoluciones judiciales en las sentencias deOlga Lidia Sanabria Tellez

�110

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rivadas de controversias del orden fami- Una situación que hace particular el proceliar.
so de coordinación es la labor que conjuntamente hacen todos los miembros que partiLa labor de los coordinadores se regula por cipan en el, escuchándolos de forma directa
los siguientes principios:
en sus necesidades.
Son principios rectores que deben observar
las y los Coordinadores de Parentalidad:
Los participantes del proceso son:
I.
Confidencialidad limitada;
• La o el juzgador.
II.
Cortesía;
• La o el coordinado custodio.
III.
Disciplina;
• La o el coordinado conviviente.
IV.
Economía;
• Niñas, niños y adolescentes.
V.
Eficacia;
• Representantes legales.
VI.
Gratuidad;
• Familia extensa.
VII.
Honradez;
• Terceros involucrados.
VIII. Integridad;
IX.
Profesionalismo;
Estos procedimientos tienen una duración
X.
Prudencia;
de doce a dieciocho meses dependiendo
XI.
Rendición de cuentas;
de la conflictividad que se presenta y del
XII.
Respeto;
trabajo de los mismos surgen los planes de
XIII. Legalidad;
parentalidad, que es instrumento en el que
XIV. Imparcialidad, y
los ascendientes familiares detallan cada
XV.
Responsabilidad Institucional.
uno de los acuerdos donde se establecen
las necesidades de sus hijas/os presentes y
Para el desarrollo del proceso de coordi- futuras, así como la forma ordenada de denación de parentalidad se consideraron los sarrollar las diversas actividades donde se
diversos contextos y características de la en- ven inmersos (educación, vestido y calzado,
tidad y se determinaron las siguientes fases, alimentación, vida social, actividades famisi bien es cierto se siguen las generalidades liares y escolares, salud, y entre otras) y que
del modelo internacional, también es cierto se comprometen como ascendientes a traque el modelo se tropicaliza a las necesida- bajar de forma colaborativa.
des de nuestra entidad y sus pobladores:
La coordinación de parentalidad repreEl proceso está integrado por las siguientes sentó romper paradigmas y crear otra alfases:
ternativa a las familias mexiquenses para
Fase previa: derivación del servicio.
terminar su conflicto construyendo una
Fase inicial: sensibilización del proceso, nueva forma de vida, salvaguardando el
trabajo individual de necesidades.
interés superior de niñas, niños y adolesFase media: Plan de parentalidad.
centes y creando ambientes familiares poFase final: desarrollo de autonomía familiar. sitivos para todos.
Fase de seguimiento: evaluación final.
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

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111

METODOLOGÍA

CONCLUSIONES

Se aplicó la metodología de análisis de
caso integrando elementos cualitativos
para explicar con base al marco teórico,
la implementación de la figura de la coordinación de parentalidad en el estado de
México, primer estado de la República
Mexicana de integrarla a su labor judicial.
Se establecieron los elementos esenciales
que dieron paso a este nuevo método alternativo.

Los coordinadores de parentalidad son especialistas que coadyuva con el órgano
jurisdiccional bajo un trabajo integral de
quienes participan del conflicto, construye canales de comunicación y enseña a las
participantes a trabajar sus verdaderas necesidades para construir soluciones solidas
en beneficio de las partes y las niñas, niños
y adolescentes que son la esencia de una
familia, disolviendo su conflicto y determinando un plan de parentalidad.

La estrategia específica que cada investigador termina adoptando para su problema
específico es el resultado de una combinación de decisiones que realiza precisamente
para construir este contra-factual de forma
tal que resista lo más airosamente posible
a las diversas críticas, metodológicas (los
factores de invalidez) y sustantivas (teorías
rivales). (Shadish, 202).
El objetivo de la investigación consistió en
focalizarse ante una nueva figura que viene a complementar los medios alternos de
solución de conflictos en el estado de México, siendo importante entender el papel
que hoy tienen los Centros de Convivencia
Familiar al acrecentar sus posibilidades de
auxiliar a los órganos jurisdiccionales, no
solo con la supervisión de convivencias, sino
también con el trabajo de una figura que
apoya a la disolución de las altas conflictividades donde se involucre a niñas, niños y
adolescentes que se encuentren afectados
por esta situación.

La decisión de concluir un conflicto no depende de una jueza o juez, sino de la disposición verdadera sus generadores que en
el mayor acto de amor por ellos y por sus
niñas, niños y adolescentes pueden reconstruir, perdonar y sanar lo que los ha dañado
para iniciar una nueva etapa en su historia
de vida.
Las y los juzgadores no pueden a través de
las sentencias, resolver todas las controversias que se presentan ante ellos, un alto
número de esas conflictivas derivan de una
situación emocional que va en crecimiento,
motivo por el cual deben de disolverse por
las partes con ayuda de un coordinador de
parentalidad para extinguir el conflicto de
forma definitiva. Los conflictos dirimidos ante
el órgano jurisdiccional donde se encuentren de por medio derechos de niñas, niños o
adolescentes, su eje central, son ellas y ellos
al ser las personas más vulnerables del conflicto. Se debe de trabajar con y para ellas y
ellos procurando siempre su bienestar y evitando que se ejerza manipulación o interferencia parental que los haga convertirse en
Olga Lidia Sanabria Tellez

�112

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las personas que deciden un conflicto que cesos jurisdiccionales a procesos de coordino les pertenece.
nación de parentalidad, debe ser una nueva
forma de trabajo por sus clientes, donde la
La crianza positiva de las niñas, niños y ado- ética profesional y la conciencia humana se
lescentes es una responsabilidad de sus as- combinan en pro de las niñas, niños y adocendientes o en su caso de la familia exten- lescentes que se encuentran en medio de
sa y ella debe derivar de la conciencia de las controversias de las personas adultas y
las personas adultas que la tienen a cargo y de sus clientes.
no de un órgano jurisdiccional, por lo que, el
coordinador de parentalidad es la persona TRABAJOS CITADOS
idónea para auxiliar a ser reflexivos sobre
las verdaderas necesidades de los infantes Alba, E. (2019). EL PLAN DE PARENTALIDAD Y EL COORDIy adolescentes para construir el plan de paNADOR PARENTAL: HERRAMIENTAS DE PROTECCIÓN
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La coordinación de parentalidad debe de
ser una figura que debe de continuar su
implementación a nivel nacional, las altas
conflictividades donde se encuentran vulnerándose derechos de niñas, niños y adolescentes y destruyéndose las relaciones de
ascendientes y familias extensas no puede
resolverse por una sentencia, sino por las
decisiones de las partes del conflicto en
bien de sus familias.

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Los Centros de Convivencia Familiar con su
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su labor conjunta con los órganos jurisdiccionales para fortalecer la figura de la coordinación de parentalidad y mejorarla en pro
de las familias que participan de ella.

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en: Justicia Restaurativa por la Universidad Javeriana de Colombia, Justicia Restaurativa por el Instituto de Mediación México, Competencias Educativas,
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos,
Formador de Formadores en Coaching para el Desarrollo Humano Integral, por el Centro Universitario
CIFE, Planeación Basada en Resultados, Metodología de Investigación y Desarrollo de Proyectos por la
Universidad Tecnológica de México. Actualmente es
Directora de los Centros de Convivencia Familiar del
Poder Judicial del Estado de México.

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Científica y Práctica en MSC

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y Práctica
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04, ENERO
2023 en MSC

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en
torno a la innovación en el proceso de mediación y
el uso de las tecnologías
Distance family co-mediation: reflections on innovation in the
mediation process and the use of technologies
Recibido: 11-10-2022
Patricia Alejandra Veracierto*

| Aceptado: 13-12-2022
*https://orcid.org/0000-0002-7734-3285
Facultad de Derecho - Universidad de Buenos Aires,
Argentina

Resumen
Este artículo relata la experiencia de la autora en la adaptación de las prácticas de mediación
familiar a distancia con recursos tecnológicos desde el año 2010 hasta la actualidad. Luego de
narrar las primeras experiencias de co-mediación a distancia y sus repercusiones, se da cuenta de
la creación paulatina de una Red de Centros Institucionales que alcanza en la actualidad varios
países de América del Sur. Asimismo, el artículo detalla el diseño de la metodología de trabajo
y el modo en que estas herramientas tuvieron un particular protagonismo en el contexto de las
restricciones a la movilidad ocurridas durante 2020 y 2021, en plena pandemia de Covid-19. Por
último, a través del análisis FODA, se busca dar cuenta de las oportunidades, las ventajas y riesgos
del trabajo con herramientas tecnológicas, para reflexionar, evaluar y posibilitar el desarrollo de
nuestra tarea profesional como facilitadores de la comunicación en conflictos familiares, temática
abordada en esta revista.
Palabras clave: Mediación familiar, co-mediación a distancia, resolución de conflictos, tecnología,
comunicación
Abstract
This article reports the author’s experience in adapting distance family mediation practices with
Cómo citar
Veracierto, P. A. Mediación familiar a distancia: el uso de
la tecnología para garantizar el acceso a justicia. MSC
Métodos De Solución De Conflictos, 3(4). Recuperado a
partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/
view/41

�118

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technological resources from 2010 to the present. After narrating the first experiences of distance
co-mediation and its repercussions, he realizes the gradual creation of a Network of Institutional
Centers that currently reaches several countries in South America. Likewise, the article details the
design of the work methodology and the way in which these tools had a particular role in the context of the mobility restrictions that occurred during 2020 and 2021, in the midst of the Covid-19
pandemic. Finally, through the SWOT analysis, it seeks to account for the opportunities, advantages
and risks of working with technological tools, to reflect, evaluate and enable the development of
our professional task as facilitators of communication in family conflicts, the topic addressed. in this
magazine.
Key words: Family mediation, Distance Co-mediation, Conflict resolution, Communication, Technology

INTRODUCCIÓN
A fines del año 2010, en el marco del Centro
de Mediación1 de la Facultad de Derecho de
la Universidad de Buenos Aires, dependiente del Departamento de Práctica Profesional
donde hace 27 años me desempeño como
mediadora y docente, comencé a pensar y
diseñar un dispositivo de co-mediación a
distancia con el uso de herramientas tecnológicas. Mi inquietud era dar respuesta a
las personas que vivían distanciadas geográficamente y que no contaban con recursos económicos para afrontar los gastos de
traslado o de representación a la hora de
acceder a una mediación.

diados, 11 por imposibilidad de notificación
y 33 por incomparecencia. Los 5 restantes
fueron mediados por la comparecencia de
los convocados. Estos datos señalaban que
existía un vacío legal en nuestro país, que
nuestro diseño vino a llenar.
Gráfico 1. Situación previa. Pedido de
Mediación con requeridos en otras Provincias (Período: 2009 a junio de 2011).

Entre los años 2009 y 2011, el Centro antes
mencionado recibió 49 casos de mediación
con requeridos domiciliados en el interior
del país. De ellos, 44 casos no fueron me1 El Centro de Mediación se encuentra anexo al Consultorio Jurídico Gratuito de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, que brinda asesoramiento y representación jurídica a personas con recursos económicos
limitados.
Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Fuente: Veracierto, 2020, p. 254.

Elaboración propia en base a datos recopilados por el equipo de trabajo del Centro
de Mediación de la Facultad de Derecho
de la Universidad de Buenos Aires.
Epígrafe gráfico 1:
Del cien por ciento de los casos que ingresaban con requeridos cuya residencia se
encontraba fuera de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y, más específicamente, en
otras provincias de la República Argentina,
solo el diez por ciento se realizaba porque
asistía el requerido. El resto eran mediaciones cerradas por incomparecencia.
¿Qué
historias,
nunca
escuchadas,
quedaban detrás de aquellos que no podían
presentarse? ¿Qué alternativa había para
esas personas, privadas de esta posibilidad
por no contar con recursos suficientes, y a los
que sólo les quedaría por delante la ardua
vía judicial, complicada por las dificultades,
costos y tiempos, que se ven acrecentados
por la distancia y, fundamentalmente, por la
imposibilidad de solucionar los problemas
por la vía de la palabra y el entendimiento?

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

119

mediación en Argentina y en el mundo. La
co-mediación fue llevada adelante por el
equipo interdisciplinario que formé junto al
Lic. Sergio Arch Guerrero, por aquel entonces mediador del Programa de Mediación
Comunitaria de la Provincia de Salta. Al finalizar el proceso, en abril de 2011 se plasmó el
acuerdo escrito de la primera co-mediación
familiar a distancia realizada en Argentina
y en el mundo con acuerdo homologado
judicialmente por el Juzgado Nacional de
la Instancia en lo Civil N° 82, a cargo de la
Jueza Subrogante Dra. Celia Giordanino,
Secretaría de la Dra. Laura Masi.
Cuando empezamos a pensar en esta problemática, no teníamos noticias de métodos
de mediación a distancia que se hubieran
aplicado ni en la República Argentina ni en
el resto del mundo desde el marco legal y
con acogida favorable de los Tribunales. El
caso que inició este camino, entre la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Salta, puso de manifiesto que a través de las
nuevas tecnologías era posible satisfacer
las necesidades de personas que no podían
acceder a la mediación.

La situación previa me motivó a diseñar el
dispositivo que se puso en práctica con el
primer caso llevado a cabo el 9 de febrero
de 2011, por videoconferencia, facilitada por
la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
con el apoyo de la Dra. Elena Highton2 y de
la Dra. Gladys Álvarez3, precursoras de la

2. PRIMERAS APLICACIONES DEL MODELO DE CO-MEDIACIÓN Y SUS
REPERCUSIONES

2 La Dra. Elena Highton de Nolasco ​fue jueza ministra de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina desde
2004 hasta 2021. Autora de más de 30 libros y casi 100
proyectos de investigación, recibió un premio otorgado por
el Foro Mundial de Mediación por su actuación destacada.
3 La Dra. Gladys Álvarez fue jueza de la Cámara Nacional

de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires.
Dirige la carrera de posgrado en Negociación y Resolución de Conflictos en la Facultad de Derecho de la UBA y
es Directora Académica de la Escuela de Mediación de la
Facultad de Derecho de la Universidad de Mar del Plata. Es
autora de numerosos libros sobre mediación.

Mariela requería la mediación en Buenos
Aires convocando a Marcelo, residente en
la Provincia de Salta (a 1300 km de distan-

Patricia Alejandra Veracierto

�120

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cia)4. La primera imposibilidad para concretar el diálogo era la económica: Marcelo
no tenía recursos para viajar y encontrarse.
Esto nos impulsó a trabajar pensando en los
fundamentos políticos y filosóficos que tiene
la mediación para nosotros, esencialmente
entendida como la posibilidad de modificar
la realidad propia, participando de manera
horizontal en las decisiones que nos involucran, y que no sea un tercero ajeno quien
decida sobre los desacuerdos. Desde lo público, acercar esa posibilidad implicaba (y
aun lo hace) buscar medios posibles para
que la falta de recursos no imposibilitara
esa forma de participar en la transformación
de los conflictos y de acceder a justicia.
El teléfono fue la primera herramienta que
utilizamos para superar la distancia: Marcelo
atendió personalmente y charlamos acerca
de la importancia de solucionar el problema
que se presentaba. Él estaba interesado, la
distancia y su situación económica le impedían concurrir, pero también manifestó que
tenía temas para plantear. En síntesis: la voluntariedad estaba presente. Mariela, quien
había iniciado la mediación por alimentos con pocas expectativas de realización,
aceptó con sorpresa y cierto temor nuestra
propuesta de intentarlo haciendo uso de recursos tecnológicos. Ella había dejado Salta
por problemas con Marcelo tres años atrás,
y en ese momento vivía en Buenos Aires con
su nueva pareja, con un niño de 2 años (hijo
de ambos), una hija de 9 años (de su primera unión) y con Ruth, de 5 años, la hija de
Marcelo, quien era la principal destinataria
4 Fuimos autorizados y relevados de la confidencialidad
para compartir la experiencia con fines pedagógicos y de
difusión de este trabajo innovador.

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de este primer intento. Ruth no recordaba
mucho de su padre biológico y trataba como
tal a la pareja actual de su madre.
Muchísimos casos siguieron al primero, con
enorme éxito y aceptación. A continuación,
presentamos algunos datos estadísticos:
Gráfico 2. Resultados mediación a distancia. (Período: 2011 a junio de 2019).

Fuente: Veracierto, 2020, p. 255.

Elaboración propia en base a datos recopilados por el equipo de trabajo del Centro
de Mediación de la Facultad de Derecho de
la Universidad de Buenos Aires. Cantidad de
casos relevados: 184.

Epígrafe gráfico 2: Del 100% de los casos
de conflictos familiares co-mediados a distancia, el 88% fueron cerrados con acuerdo
de las partes.

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

2.1. Una red en expansión

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121

dores. Todo esto derivó en la conformación
de una Red de Centros Institucionales de
todo el país, que paulatinamente se fueron
adhirieron a la práctica y redactando protocolos para la realización de mediaciones a
distancia. En las siguientes tablas puede observarse la presencia de la red en toda la República Argentina y las conexiones logradas
con varios países limítrofes.

En aquellos años no podía imaginar que sobrevendría el contexto que nos atravesó a
partir de marzo de 2020. Cuando vuelvo a
aquel pasado, recuerdo a la comunidad de
mediadores y mediadoras, las miradas, los
susurros y ciertos silencios “de esos que hablan por sí solos”, tal como Paul Waztlawick
lo enuncia en su primer axioma de la comunicación (Waztlawick et al., 1993). En mi Tabla 1. Red de centros de mediación a
primer libro, publicado durante 2015 (Vera- distancia conectados en el interior de
cierto, 2015) y luego reeditado y ampliado Argentina.
en una segunda edición presentada cinco
años después (Veracierto, 2020), dediqué
Provincias
Provincias conectaalgunos párrafos a quienes pensaban que
conectadas con el das con otros Cenla co-mediación a distancia no era mediaCentro de Mediatros de Mediación
ción, a los prejuicios derivados de esa prácción UBA
tica novedosa, y justifiqué conceptualmente
el diseño de intervención facilitado por el Catamarca
Córdoba
uso de nuevas herramientas tecnológicas de Chaco
Corrientes
comunicación.
Chubut
Entre Ríos
Formosa
Neuquén
La recomendación de que hubiera un marco Jujuy
Santa Fe
institucional para la práctica y la divulgación La Pampa
Santiago del Estero
de mi enfoque para el diseño del trabajo, Mendoza
sumado a la participación en los Congre- Misiones
sos Nacionales e Internacionales en los que Río Negro
estuvimos presentes, las capacitaciones, las Salta
revisiones de prácticas y las publicaciones San Juan
en diversos ámbitos, dieron nacimiento a un San Luis
universo importante, pero por entonces mi- Santa Cruz
noritario entre los mediadores. Ese universo Tierra del Fuego
se fue expandiendo a partir de enriquecedo- Tucumán
ras experiencias de capacitación que realiFuente: Veracierto, 2020, p. 77.
cé para mediadores de distintas provincias
y Centros de Mediación del interior del país, Elaboración propia en base a datos recopisumado a la circulación de la primera edición lados por el equipo de trabajo del Centro de
de mi libro, que permitió que las herramientas Mediación de la Facultad de Derecho de la
llegaran a numerosos profesionales media- Universidad de Buenos Aires.
Patricia Alejandra Veracierto

�122

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Tabla 2. Red de centros de mediación a en un mismo espacio físico, pero que estadistancia conectados en el interior de la ban dispuestas, manifestando el deseo de
Provincia de Buenos Aires.
encontrarse y de solucionar sus disputas. El
modelo de trabajo diseñado contempla la
Localidades conec- Localidades coformación de un equipo de co-mediación
tadas con el Centro nectadas con otros
para la tarea. Se organiza un espacio online
de Mediación UBA Centros de Mediapara hacer posible el encuentro de las parción
tes desde su ciudad de residencia, cada una
Azul
Bahía Blanca
teniendo a su lado un mediador del equipo
La Plata
Pilar
(Veracierto, 2020, p. 53-65). Se llenó así un
Mar del Plata}
Lomas de Zamora
vacío legal de nuestra regulación, pues la
Junín
legislación nada preveía para quienes, distanciados geográficamente, no tenían recurFuente: Fuente: Veracierto, 2020, p. 78.
sos que les permitieran gestionar su representación por apoderado o presentarse en
Elaboración propia en base a datos recopi- forma personal, tal como lo indica el artículo
lados por el equipo de trabajo del Centro de 19 de la Ley 26.589 de Mediación Prejudicial
Mediación de la Facultad de Derecho de la Obligatoria: “Las partes deberán compareUniversidad de Buenos Aires.
cer personalmente y no podrán hacerlo por
apoderado, exceptuándose a las personas
Tabla 3. Red de centros de mediación jurídicas y a las domiciliadas a más de ciena distancia conectados con países de to cincuenta (150) kilómetros de la ciudad en
América del Sur.
la que se celebren las audiencias”.
País conectado
con el Centro de
Mediación UBA

Países conectados
con otros Centros de
Mediación

Chile

Bolivia
Uruguay

Fuente: Fuente: Veracierto, 2020, p. 79.

Elaboración propia en base a datos recopilados por el equipo de trabajo del Centro de
Mediación de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Buenos Aires.
Los destinatarios de nuestro trabajo eran las
personas que, por razones económicas, no
podían participar del proceso de mediación

Nosotros apostamos fervorosamente a esta
herramienta intrínsecamente informal como
es la mediación, para que ningún formalismo, burocracia o reglamentación obstaculizara el deseo de las personas de restablecer el diálogo en las relaciones familiares.
Nuestro aporte durante estos años de trabajo sigue atento a no quitar frescura, voluntariedad y verdadero encuentro a través
de esta metodología que muchos adoptaron como propia, con las particularidades
que se pensaron necesarias, útiles o adecuadas. Quitar formalidad a un proceso
informal le devuelve el potencial a la mediación, perdido en ocasiones por coexistir
con estructuras necesariamente rígidas que

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

requieren reglamentos y disposiciones que
disminuyen la potencialidad de una forma
de resolución de conflictos que finalmente
brinda acceso a justicia. El Poder Judicial,
al intervenir en su homologación, resolvió
con creatividad, pudiendo comprobar que
hay otro modo de velar por el bienestar de
las familias. Felices por haber posibilitado
desde entonces muchísimos procesos que
no podían concretarse, festejamos el potencial de esta práctica social que hemos
abrazado como profesionales, con mucha
pasión y con amor, ingrediente indispensable para encarar estas aventuras, a lo que
podemos sumarle una dosis necesaria de
H2O: “Humildad, Honestidad y Osadía”,
utilizando palabras del maestro Enrique
Mariscal.
3. DISEÑO DE LA METODOLOGÍA DE
CO-MEDIACIÓN A DISTANCIA
Comparto con los lectores un resumen de los
objetivos, actores involucrados y metodología que diseñara en aquella oportunidad y
que fue volcada en la primera edición de mi
libro:

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

123

3.2. Actores involucrados
•

•
•
•
•

Personas distanciadas geográficamente
que solicitan o son convocados a un proceso de mediación.
Centros de mediación institucionales públicos y gratuitos.
Mediadores familiares con suficiente experiencia y capacitación.
Patrocinios jurídicos gratuitos.
Servicios sociales interdisciplinarios.

3.3. Metodología
a. Recepción del caso. Siempre se intenta
celebrar la mediación presencial, que sería
lo ideal, por lo que se cursan en primera instancia las notificaciones al convocado, independientemente de su lugar de residencia.
Al comprobar que el requerido no puede
acercarse en persona, se pone en marcha el
mecanismo para realizar una co-mediación
a distancia. Es decir que es un recurso pensado, desde mi perspectiva, sólo para los
casos en los que no es posible el encuentro
presencial.

b. Lectura y mapa del conflicto a mediar. Se
3.1. Objetivos
trata de explorar el conflicto desde su estructura y componentes teóricos. Ver qué
a) Garantizar el acceso a justicia, brin- tensiones movilizan a las partes, más allá del
dando contextos institucionales públi- objeto concreto del reclamo, teniendo en
cos y gratuitos de actuación.
cuenta las características de dicho conflicto.
b) Posibilitar procesos de mediación familiar entre partes que viven a distancias c. Construcción de una red de centros insticonsiderables y que no cuentan con tucionales de mediación públicos y gratuitos
recursos económicos para presentar- que se adhieran al sistema. A medida que
se en forma personal ni por medio de trabajamos nuevos casos, fuimos haciendo
apoderados.
contacto con centros de distintos lugares del
país, con los que volvimos a trabajar cuanPatricia Alejandra Veracierto

�124

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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do ellos nos lo requirieron. Cada lugar nuevo dialmente la distancia planteada entre los
implica encontrar el centro público adecua- progenitores, con los efectos que de ella se
do y disponible.
derivan.
d. Propuesta de co-mediación. Se realiza en
forma simultánea al centro respectivo (para
conformar un equipo de co-mediación) y al
requerido, en lo que hemos denominado audiencia de ofrecimiento. Ninguna de estas
gestiones se puede hacer antes de la otra,
porque no se puede prometer al requerido
una co-mediación si no se puede armar un
equipo, ni armar el equipo cuando el requerido puede no aceptar.
e. Audiencias privadas con las partes, a
modo de pre-mediación, con trabajo simultáneo del equipo de co-mediación. Esta es
la etapa más importante, y es fundamental
que los mediadores cuenten con un máximo
entrenamiento y capacitación sobre la modalidad a distancia. Cada mediador trabaja
con cada una de las partes, sin perjuicio del
intercambio permanente, a fin de trasladar
los resultados entre los mediadores y estos
con las partes y sus abogados, de modo de
confirmar y/o ampliar la lectura del mapa
inicial. En esta etapa cobra particular importancia el uso de las herramientas comunicacionales, para que el traslado referido anteriormente sea correcto. También se debe
considerar la voz del niño5 en la co-mediación familiar a distancia, insistiendo cada
vez más en su consideración y participación
activa por ser en quienes impacta primor5 Recordando que, tanto en la Declaración Universal de
Derechos Humanos como en la Declaración de los Derechos del Niño, las Naciones Unidas proclamaron que las
infancias tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Ley 26.061 de protección integral de los derechos de
las niñas, niños y adolescentes (art. 3, inc. C).

f. Audiencia conjunta por videoconferencia.
Se realizarán tantas como sean necesarias.
Esto es incluso indispensable, tanto en caso
de acuerdo como de cierre sin acuerdo6, a
fin de otorgar validez al proceso de mediación para casos ingresados por sus temas
legales (en el caso de Argentina, la Ley de
Mediación Prejudicial Obligatoria). Esta metodología presencial de cada parte con el
mediador y por videoconferencia otorga el
consentimiento necesario para acordar o
cerrar la mediación. ¿Por qué decimos presencial si el sistema funciona a distancia?
Porque entendemos lo presencial como la
comunicación fluida, directa entre las partes, sin necesidad de que la presencia sea
física en el mismo lugar. Es necesario tener
en cuenta los problemas logísticos que se
pueden producir, y tener acordado entre los
mediadores un plan de contingencia por si
surgen dificultades. Al involucrar tecnología,
hay múltiples factores que pueden interrumpir la comunicación, y mientras más preparación haya para lidiar con ellos, las partes
tendrán menos confusión y más confianza en
la seriedad del trabajo realizado.
g. Remisión del acuerdo y/o acta por correo
certificado para su firma. Se remite el acuerdo a fin de que sea materialmente firmado
por la parte convocada, con certificación
ante el Juez de Paz del lugar u otro funcionario público que dé fe de dicho acto. En
6 Caso co-mediado a distancia con la Provincia de Río
Negro. CE.JU.ME. Cipolletti. Año 2011.

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
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general suelen ser los Coordinadores de los
Centros quienes realizan esta certificación
dada la conformación general de la red.
Previamente, en la videoconferencia cada
parte habrá firmado su ejemplar, a modo
de preacuerdo y como prueba del consentimiento y compromiso.
h. Escrito con firma certificada solicitando
homologación del acuerdo, para el caso de
ser necesaria la homologación, siempre que
el sistema legal así lo solicite, fundamentalmente en cuestiones de familia y si existen
intereses de menores involucrados, evitando
de este modo la posibilidad de que la parte
que se encuentra distanciada geográficamente sea convocada a ratificar el pedido.
i. Nueva remisión de antecedentes al lugar
de origen del requerimiento para proceder
a la homologación. Dado el avance de la
tecnología en el ámbito de las comunicaciones en los años transcurridos desde el diseño original de la metodología, estos últimos
pasos pueden modificarse de acuerdo con
las nuevas posibilidades y recursos disponibles, o mantenerse según el caso y las necesidades institucionales. Cabe destacar que,
en la actualidad, las cuestiones relativas a
la firma del convenio han encontrado nuevas prácticas por la aceleración de los sistemas y plataformas virtuales.
j. Presentación al Juzgado de todos los antecedentes de la mediación. Actas, intercambios realizados por medios informáticos,
preacuerdos, acuerdos, videoconferencias,
etc. Todo ello resguarda la legalidad y seriedad del proceso mediatorio y puede ser
entregado por el mediador al abogado de

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Científica y Práctica en MSC

125

la parte requirente para el correspondiente
trámite.
4. UNA PRÁCTICA EN CRECIMIENTO
La herramienta metodológica presentada
en mi primer libro llegó a lugares distantes, lo que posibilitó la conformación de
una Red de Centros Institucionales, uno de
nuestros objetivos iniciales, que se alcanzó
ampliamente dentro de nuestro país y más
allá de las fronteras. Siendo aún una práctica joven y en proceso de desarrollo, en
el año 2019 sentí el deseo de actualizar mi
libro para compartir la experiencia de los
años que siguieron, sumando voces, casos
y centros que forman parte de esta práctica, y enriquecer la obra con el aporte de
todos. El nuevo material da cuenta de que
la co-mediación es una tarea instalada y
compartida, que nos propone un mutuo
crecimiento. Incorporamos nuevos casos
articulados con la metodología, actualizamos estadísticas, apuntamos los Congresos donde dijimos presente, sumamos intercambios y consideraciones con nuestros
equipos de trabajo, reflexionamos acerca
de la importancia de la voz del niño en los
procesos, legitimamos la ampliación de la
red, recapitulamos la experiencia de los
talleres de capacitación y los efectos de la
supervisión de prácticas.
4.1. La mediación y el aislamiento social
obligatorio
A su vez, la situación de aislamiento social
obligatorio que vivimos en 2020/2021 no
podía escapar a las reflexiones incorporadas para esta segunda edición, pues confiPatricia Alejandra Veracierto

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nacional
Cabe mencionar que la situación global de
aislamiento sanitario aceleró mi mudanza
desde la Ciudad de Buenos Aires hasta el
pie de las sierras, en la Provincia de San
Luis, a casi 800 kilómetros de distancia. Este
cambio de escenario propició el trabajo en
la nueva edición de mi libro y, con el avance
estrepitoso de la virtualidad, facilitó mantener mi labor en los distintos contextos en los
que intervengo como mediadora.7 Fue allí,
en la Provincia de San Luis, donde realicé el
30 de junio del corriente año mi última experiencia en la temática, con un caso internacional cuya parte convocada residía en la
República Oriental del Uruguay. El caso, que
no había sido aceptado por otros mediadores —que seguramente al observar el domiLa experiencia del aislamiento social obli- cilio del requerido no supieron cómo aborgatorio nos incluyó a todos. Nosotros mis- darlo— “casualmente” resultó resorteado a
mos, como mediadores, nos vimos convo- mi favor y, sin dudarlo, puse manos a la obra.
cados a repensar, confirmando o variando
rumbos de acción, sumidos en una marea de Los amorosos vínculos que fui cosechando
sensaciones personales. La situación puso en este largo recorrido por congresos interen común la experiencia de la distancia y la nacionales y capacitaciones brindadas en
imposibilidad de trasladarnos para encon- otros países —como el mantenido con la ditrarnos con nuestros afectos, lo que me pa- rectora de esta revista, Giovana P. Ríos Goreció una oportunidad para volver a pensar dinez, quien gentilmente me ofreciera esta
nuestras prácticas. Las nuevas condiciones participación—, me permitieron saber quién
nos permitieron, en el mejor de los casos, sería mi compañera de equipo. Me contaccomprender más y mejor las historias fami- té con la querida colega Mónica Casavieja
liares y los dolores de quienes se acercan López, del Centro de Mediación Cerro, pera nosotros, con el desafío de trabajar con teneciente al Poder Judicial de la República
mayor empatía y una escucha sensible, a Oriental del Uruguay, y propuse el caso a la
todo volumen, como lo he conceptualizado Coordinación del centro para el cual presto
junto a otras herramientas que nacieron con
estas prácticas.
guró nuevas experiencias que merecían ser
abordadas. Decidimos incorporar un capítulo para pensar juntos cómo este imprevisto
cambió el contexto y se incorporó a nuestro
quehacer. Durante muchos meses, en nuestro país la circulación estuvo restringida, por
lo que ni partes ni mediadores podían trasladarse. Desde la flexibilidad que distingue
la práctica que abrazamos como mediadores, tuvimos que dar respuesta a las demandas de las partes y garantizar el acceso a
justicia más genuina e inmediata posible. Ya
contábamos con una amplia caja de herramientas tecnológicas, para intentar que la
palabra circule, que la disputa se aborde y
sea tratada por la imperiosa necesidad de
resolverla.

4.2. Una co-mediación a distancia inter-

7 Centro de Mediación Facultad de derecho UBA, Mediadora Privada Prejudicial en C.A.B.A., Consejo de Mediación
de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires
y Mediadora Extrajudicial y Judicial de la Provincia de San
Luis.

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
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mis servicios, para llevarlo a cabo conforme tro necesario reflexionar sobre el uso de la
a mi metodología.
tecnología en los procesos de mediación en
general —y en la especificidad de la mediaEl trabajo conjunto que realizamos posibilitó ción familiar en particular— desde un anála concurrencia del convocado a una cues- lisis FODA, como matriz y herramienta de
tión iniciada por alimentos ante la Defenso- diagnóstico, que permite evaluar y al mismo
ría de la Niñez y Adolescencia, y juntos fui- tiempo proyectar escenarios eventuales.
mos encontrando soluciones a las distintas
temáticas planteadas a lo largo del proceso. Fortalezas: Sin dudas, la mayor fortaleza
Se trataba de un papá distanciado de su hija de las prácticas realizadas —y que motivade 14 años, por lo que fue muy interesante la ron e hicieron exitoso el primer diseño de inconcurrencia de la Defensora en represen- tervención del 2011— fue posibilitar la contación de los intereses de la adolescente, currencia a un proceso de mediación…
trayendo su voz, colaborando en la solución ni más ni menos. Es irrefutable que la mey posibilitando abrir un nuevo capítulo en diación a distancia brinda la posibilidad de
la historia para la familia. La variedad de continuar con los procesos de mediación no
posibilidades que la mediación trae apa- solo a personas distanciadas geográficarejada en los distintos contextos y espacios mente o faltas de recursos económicos, sino
institucionales de intervención, desafía per- también para resguardar la salud de todos
manentemente nuestro ejercicio de la crea- los involucrados en el contexto de crisis satividad. Esto me lleva a continuar alentando nitaria. Posibilitar el diálogo que propone
estos procesos y a confirmar una vez más los la mediación a través de las técnicas de inbeneficios de la metodología, que sigue po- formación y comunicación amplía la caja de
sibilitando encuentros entre familias que han herramientas de los mediadores ante un sinsido atravesadas por conflictos no resueltos. fín de imposibilidades (físicas, geográficas,
temporales o de restricción a la libertad, por
5. ANÁLISIS FODA DEL USO DE LA TEC- ejemplo) y constituye una posibilidad cierta
NOLOGÍA EN LA MEDIACIÓN
de acceso a justicia, ante la parálisis o ineficacia de otros mecanismos para el reclaAhora bien, en el contexto actual, después mo de derechos.
del avance del uso de la tecnología en casi
todas las áreas de la vida cotidiana y del Otra fortaleza a destacar es la posibilidad
trabajo a raíz de la crisis sanitaria mundial, que, como profesionales mediadores, teney como lo expuse en una presentación efec- mos de poder estar presentes a través de la
tuada en el mes de abril del corriente año virtualidad en espacios geográficos distanen el “III Seminario Internacional Los MARC tes, hecho que la presencialidad física obliy la mediación. Lecciones aprendidas. Nue- gatoria antes nos vedaba. También puede
vos escenarios y posibilidades”8, encuen- destacarse como fortaleza la agilización y
8 Veracierto, P. (2022) Disertación: Mediación y co-media-

ción a distancia. Reflexiones desde un análisis FODA.
Patricia Alejandra Veracierto

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facilitación de trámites internos del proceso que no requieran de corporalidad, y no
digo presencialidad porque considero que
realmente estamos presentes en el espacio virtual.

con relación a la corporalidad y el afecto que
ella nos produce? El incuestionable valor de
encontrarnos “carne a carne” y su efecto en
lo vincular, presente en la mediación como
proceso dialógico, puede verse amenazado.
¿Cómo y cuánto se podría vulnerar nuestra
Debilidades: Por el contrario, la pérdida de capacidad de vincularnos si la modalidad
esa corporalidad que favorece lo vincular actual impuesta por la crisis llegara para
de las relaciones familiares se torna necesa- quedarse?
ria e indispensable para posibilitar diálogos
y conversaciones, en los que la mirada, el Promover esa “comodidad” o “convenientono de voz y el espacio físico tangible ge- cia” —expresada por muchos mediadores—
neran un clima muchas veces imposible de podría traer aparejada una simplificación
homologar en la virtualidad. Por otra parte, de la tarea, desnaturalizando y empobrela falta o escasez de recursos tecnológicos ciendo la especificidad del acto de mediar,
en muchos de los actores de una familia pro- fundamentalmente en las cuestiones de favoca una asimetría de posibilidades inacep- milia que nos convocan, poniendo en riesgo
table en un proceso que busca el equilibrio el enorme potencial del dispositivo de mede poder. La mayor homologación del es- diación.
pacio virtual en presencial requiere de una
tecnología de punta aún ausente en muchos Oportunidades: Estas amenazas ciertacasos. No todos ni todas la poseen, esto se mente generan incertidumbre y temor a la
observa en la realidad de las prácticas, es- pérdida de calidad en la mediación, pero
pecialmente con actores vulnerables o que como operadores y agentes de procesos
residen en lugares con escaso acceso a in- de cambio y de visión positiva ante las criternet. Es por esto que hay momentos en que, sis, podemos pensar y capitalizar las oporaun contando con la pericia de mediadores tunidades que nos ofrece este momento de
entrenados, se producen pérdidas de voz y reflexión actual. ¿Qué beneficios podemos
de imagen, interrupciones en la conexión y observar para que las tecnologías de la
situaciones imprevistas, pues la realidad so- información y la comunicación se conviercioeconómica de muchos países (o territorios tan en herramientas a las que el mediador
dentro de un mismo país), no permite contar pueda acudir como conductor del proceso
con plataformas y sistemas más eficientes. cuando lo considere pertinente, necesario
Esto nos lleva a pensar en el siguiente punto. y beneficioso para el proceso comunicacional? Creo que varios e interesantes.
Amenazas: ¿En qué puede convertirse la
práctica de la mediación como proceso de La primera oportunidad sería suprimir abencuentro, de diálogo restaurativo, como solutamente la posibilidad de que una
proceso de transformación e interacción de persona esté eximida por la distancia de
las personas? ¿Cuál será el futuro o el impacto concurrir a una mediación. Toda persona
Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
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�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

necesaria para el proceso ahora puede estar presente de manera virtual. Surge también la oportunidad de posibilitar escenarios semipresenciales que pueden ser
más útiles que mediar con apoderados, con
quienes siempre se desdibuja la exploración
de los intereses y las necesidades reales.

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Científica y Práctica en MSC

129

frustración y ello nos dio la oportunidad de
repensarnos como operadores, problematizando nuestros roles, desde preguntas muy
simples, pero necesarias: ¿cómo?, ¿cuánto?,
¿para qué? ¿quién desplaza a quién?
CONCLUSIÓN

La segunda oportunidad que observamos
es la posibilidad de aumentar y potenciar
el trabajo en equipo en mediación. Esta,
que fue una característica del primer diseño
de intervención, se vio reflejada en la conformación de equipos de trabajo en virtualidad, que nos sacaron de ese aislamiento
típico del mediador, trabajando solo en su
estudio o en su despacho. Nos atrevimos a
pensar en equipos de trabajo, a contar con
la colaboración de otro para el soporte técnico, para la tarea de observación de prácticas, etc. Creo que este es un punto positivo
que nos deja este tiempo de virtualidad. Es
importante destacar que esta modalidad de
trabajo en equipo fue pensada en la metodología de la co-mediación a distancia para
otorgar un plus de simetría al desarrollo del
proceso, aunque muchos no lo entiendan así
y pretendan aplicar el modelo con un solo
mediador.

El análisis realizado anteriormente resulta un
disparador para seguir pensando nuestras
prácticas de mediación familiar, nos desafía a seguir velando por la calidad de nuestras intervenciones que, en esta materia,
requieren el encuentro −sin ninguna duda−,
aunque la tecnología posibilita y abre el
abanico de acciones inclusivas en la mediación. El mundo ha cambiado, las formas
de comunicación se encuentran en un fuerte
proceso de transformación, y la mediación
como práctica dialógica no escapa a esta
realidad. Los mediadores familiares, como
facilitadores de la comunicación, tenemos
por delante la tarea de acompañar estos
cambios sin desmedro de lo conocido, privilegiando el encuentro e incorporando los
avances tecnológicos, en tanto sus herramientas favorezcan a las familias y sus posibilidades de arribar a consensos. El arte que
implica también la tarea de mediar, permitirá apreciar el caso por caso y sumar o desOtra oportunidad inmejorable es la de di- cartar las nuevas posibilidades.
mensionar nuestra posibilidad de resolver
con creatividad situaciones problemáti- Finalmente, para cerrar este espacio de
cas o inesperadas, exigiéndonos reacción presentación y reflexión, dejo a los lectores
y modificación de nuestros modos de ver, parte del prólogo de mi segundo libro, que
pensar y actuar. La situación se convirtió en pertenece a mi amigo y colega mediador
un analizador natural de nuestros modos de Sergio Arch Guerrero, con quien inauguramediar y nuestras capacidades para ello. Así mos aquella aventura de incorporar la teclo he experimentado. Toleramos la propia nología a nuestro trabajo en el año 2011:
Patricia Alejandra Veracierto

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El conocimiento del territorio lo tienen Mariscal, E. (2014) Manual de Jardinería Humana. Buenos
los baqueanos9 por tanto ir y venir
Aires: Ediciones Urano.
acompañando a otros. Saben que el Veracierto, P. (2015) Co-mediación familiar a distancia.
mapa se dibuja en cada recorrido y en
Metodología, redes y acceso. Buenos Aires: Ed. de la
cada encuentro, y saben que de tanto
autora.
dibujar mapas tienen muchos previstos (2020) Prácticas de mediación y co-mediación familiar a
y los actualizan todo el tiempo. El badistancia. Conectando territorios a través de la tecnoloqueano va mapeando con otro. Mira
gía. Metodología, redes y acceso a justicia. Buenos Aicurioso, amable y sin juicios, mira para
res: Ed. de la autora. Versión física y digital disponibles.
descubrir nuevas y únicas conexiones y
senderos. Dispuesto a renunciar siem- _
pre a dibujos anteriores, sabe que no Patricia Alejandra Veracierto
hay mapas definitivos sin heridas nar- Graduada de la carrera de Derecho de la
cisistas.
Universidad de Buenos Aires (UBA), integra
el Centro de Mediación del Departamento
Los mapas inmodificables son los del de Práctica Profesional de la Facultad de
ego y la identidad. La mediación, en Derecho de la UBA y de la Defensoría del
cambio, es un acto de servicio y de Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. Doamor, que privilegia el vínculo por so- cente de grado y posgrado en la Facultad
bre la identidad. Las tecnologías avan- de Derecho y en la Facultad de Ciencias Sozan con lógicas binarias de control, ciales de la UBA. Mail: patricia.veracierto@
nosotros avanzamos a la par para des- gmail.com
cubrir con otro cómo nos vinculamos
cada vez, cada única vez en la que nos
encontramos.
Dibujar mapas nuevos conociendo el
territorio con el otro sería la tarea (Veracierto, P., 2020: 8-9).
TRABAJOS CITADOS
Jackson, D.D., Beavin Bavelas, J., Watzlawick, P. (1993) Teoría de la comunicación humana: interacciones, patologías y paradojas. Barcelona: Herder.

9 El término “baqueano” o “baquiano” muy utilizado en
América del Sur para designar a una persona conocedora
de una zona geográfica determinada, su topografía, y los
caminos y atajos que se pueden recorrer.
Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

Solución de conflictos interpersonales entre
varones durante la pandemia y su búsqueda por la
paz social
Resolution of interpersonal conflicts between men during the
pandemic and their search for social peace
Recibido: 17-01-2022
Yamilet Guadalupe González Ramos*

| Aceptado: 12-10-2022
*https://orcid.org/0000-0001-8582-4129
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, Tabasco,
México

Resumen
El presente artículo tiene como objetivo estudiar los conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia provocada por la COVID-19. Se empleó un método descriptivo documental con el
análisis de obras académicas de científicos en la materia. Se concluye que el confinamiento social
de casi dos años, ha provocado conflictos interpersonales, que ha perturbado la estabilidad de los
individuos; por lo que es importante establecer mecanismos o métodos de intervención, de solución
de conflictos que permita de forma pacífica resolver una problemática social que estadísticamente
coloca a los varones en desventaja de otros grupos y con ello se restablezca la paz social. Se empleó una metodología descriptiva-deductiva a través de un análisis de la problemática y partiendo
de los elementos que ocasionan conflictos. Dentro de los resultados se encuentra que el bloqueo
social provocado por la epidemia de COVID-19 ha causado que las relaciones antropogénicas
cambien aún más en las interacciones sociales, debido a que la vida compartida, donde el tiempo
familiar y no laboral completan la rutina diaria, ahora comienzan a tener más duración.
Palabras clave: Varones, conflictos interpersonales, pandemia, paz social

Cómo citar
Gonzalez Ramos, Y. G. Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por
la paz social. MSC Métodos De Solución De Conflictos,
3(4). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/
index.php/m/article/view/26

�132

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Abstract
This article aims to study interpersonal conflicts between men during the pandemic caused by COVID-19. A documentary descriptive method was used with the analysis of academic works of scientists in the field. It is concluded that the social confinement of almost two years has caused interpersonal conflicts, which has disturbed the stability of individuals; Therefore, it is important to establish
mechanisms or methods of intervention, of conflict resolution that allow a peaceful resolution of a
social problem that statistically places men at a disadvantage compared to other groups and thereby restores social peace. A descriptive-deductive methodology was used through an analysis of
the problem and starting from the elements that cause conflicts. Among the results, it is found that
the social blockade caused by the COVID-19 epidemic has caused anthropogenic relationships to
change even more in social interactions, due to shared life, where family and non-work time complete the daily routine, now they begin to have more duration.
Key words: Men, interpersonal conflicts, pandemic, social peace

INTRODUCCIÓN
Durante el proceso de confinamiento se originó una serie de problemas provenientes
principalmente de los aspectos intrapersonales e interpersonales en los varones, y con
el tiempo han aumentado los estudios de
pandemia y los diferentes efectos psicológicos, así como los efectos sociales. Dentro de
las variables psicológicas se encuentran depresión, ansiedad, desmotivación, desconfianza en sí mismo, baja autoestima, agresividad, pánico, frustración, entre otros.
La pandemia, puede ser vista como una
oportunidad analítica para estudiar el
comportamiento, las directrices de cumplimiento, los conflictos psicológicos y las
estrategias interactivas que se encuentran
en este proyecto, el hombre ha sido elegido como el personaje principal debido
a que se le da a todos las actitudes y las
directrices sexuales que deben reunirse y

el hombre de su lado es un género considerado “fuerte” a una serie de ciertas tareas, como la crianza de los niños, el trabajo doméstico de otros, la pandemia ha
hecho que las personas se queden en el
aislamiento continuo, la motivación de la
interacción humana ha servido de revisión,
centrándose en los conflictos de los hombres entre individuos después de una pandémica y de detención social, mostrando
factores que permiten dar una mejor visión
en el campo de las masculinidades.
Los alcances de esta investigación se traducen en analizar los aspectos socio-emocionales que emergen en los varones derivado
del confinamiento por COVID-19. Dentro de
las limitaciones se encuentran la falta de estudios previos en el área de investigación
debido a las restricciones de movilidad y
convivencia durante el confinamiento (Avello y otros, 2019).

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

1. LA AFECTACIÓN DE LA PANDEMIA
COVID-19 EN LOS VARONES Y EL
IMPACTO SOCIAL

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

133

de vidas de familiares, amigos, compañeros
de trabajo, y esto sigue provocando un colapso económico en toda la población.
Al respecto, Pedro Arias (2009) menciona
que “Las situaciones de crisis exigen de los
responsables sanitarios un ejercicio de planificación previo usando diversos escenarios
potenciales” (p. 489). Este argumento invita
a la reflexión, todo con la finalidad de prevenir una crisis sanitaria con mayores estragos de los que pudiera tener o si bien fuera
el caso que al menos una crisis no genere
tantos conflictos para la población en tanto
a mortalidad, economía, impactos sociales,
psicológicos y médicos, los responsables
sanitarios por ende deben estar preparados
para todo tipo de situación que evite un posible colapso social que pueda generar un
severo daño en la sociedad.

En el mundo entero se está viviendo un fenómeno social por la aparición de una enfermedad que está afectando a todas personas sin distinción de sexo, los brotes se
fueron dando en grandes escalas provocando conflictos en los diversos ámbitos, la salud de cada persona se ha visto amenazada
con la pandemia COVID-19, para lo que no
se estaba preparado, más en los países en
los que su sistema de salud no es de primera, lo que hizo que el año 2020 fuera un
conflicto muy grave en la prestación de los
servicios de salud, la economía fue afectada
enormemente y por ende la sociedad en general empezó a vivir conflictos interpersonales, por el estrés, debido al encierro, trabajo
desde casa, en donde muchos perdieron sus Aunado a lo anterior, Lamas (2013) menciotrabajos y comenzó el impacto económico na que “la perspectiva de género se aleja
en las familias.
de las argumentaciones funcionalistas y deterministas, y busca explicar la acción humaEl virus que empezó a dañar la salud tanto de na como un producto construido con base
hombres como de mujeres, provocó muchos en un sentido subjetivo” (p. 11).
decesos, diariamente morían más y más personas posicionando a México en los países Lo anterior, hace notar que el género es
con mayor índice de mortandad, estas con- subjetivo y está expuesto a lo que la sociesecuencias indirectas de la pandemia ge- dad considera femenino o masculino, esto
neró demasiados estragos algunos de ellos provoca desigualdades en el sistema de gédifíciles de resolver, enfrentamientos entre las nero ejemplo, las mujeres antes, se considepersonas por el confinamiento social, y la cri- raban máquinas de bebés y cocineras, por
sis sanitaria principalmente generó otros fac- su género no podían estudiar ni trabajar, su
tores como son: la violencia en los varones, único objetivo de vida, según el sistema, es
tanto en lo psicológico como en lo físicos.
ser esposas, mientras que el hombre tenía
los privilegios de poder estudiar, trabajar y
Es alarmante para muchas personas el con- hasta de ocupar cargos políticos y empretrolarse cuando se están viviendo pérdidas sariales altos, esto debido a que el género
Yamilet Guadalupe González Ramos

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masculino es y era considerado superior al que las personas que dependían de ellos no
femenino.
sufrieran necesidades o carencias durante
el tiempo de pandemia, lo cual ha sido una
En base al concepto de género preestable- de las variables para ejercer violencia dada
cido por la sociedad que rodea a los varo- a la precaria economía y la exigencia por
nes, es que ellos contienen una mayor carga parte de sus familias.
de responsabilidades en el hogar, bajo el
mandato social de ser el sustento económico En México, el Instituto Nacional de Estadísde la familia, durante la pandemia los hom- tica y Geografía (en adelante INEGI) realizó
bres sufrieron una modificación en cuanto a una Encuesta sobre el Impacto Económico
sus rutinas cotidianas y en la forma en la que Generado por COVID-19 en las Empresas
se relacionaban con sus círculos sociales.
(ECOVID-IE), como se muestra en la tabla 1,
estos datos tabulados nos brindan la inforEl cambio surge a partir de las nuevas for- mación del impacto económico que se dio
mas de trabajo en donde los varones tuvie- en las empresas de nuestro país con lo que
ron que aprender a trabajar en modalidad se puede identificar como la pandemia y el
en línea, mientras que otros tuvieron que aislamiento social afectaron gravemente la
abandonar sus empleos o de cierto modo economía, miles de trabajadores entre ellos
emprender nuevas formas de trabajo que hombres que eran el pilar económico del
les permitieran generar una buena econo- hogar perdieron empleos que les permitían
mía para sobrevivir al día a día, evitando así mantener a sus familias.
Tabla 1. Número de empresas según instrumentación de paros técnicos o cierres
temporales ante la contingencia originada por COVID-19 por tamaño de empresa
Abril de 2020 para la primera ronda
Agosto de 2020 para la segunda ronda
Mes anterior a la entrevista para la tercera ronda
Ronda

Tamaño de empresa

Total

Sí

Primera

Total

1 873 564

1 115 983

757 581

16 893

7 447

9 446

128 261

66 052

62 209

1 728 410

1 042 483

685 927

Grandes
Medianas y pequeñas
Micros

No

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Segunda

Total

135

1 873 564

432 001

1 441 563

16 893

1 491

15 402

128 261

18 799

109 462

Micros

1 728 410

411 711

1 316 699

Total

1 873 564

310 824

1 562 740

16 893

1 344

15 549

128 261

12 501

115 760

1 728 410

296 978

1 431 432

Grandes
Medianas y pequeñas

Tercera

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Científica y Práctica en MSC

Grandes
Medianas y pequeñas
Micros

Las entrevistas para la tercera ronda se realizaron del 01 de marzo al 31 de marzo de 2021.
Fuente: Reproducción. INEGI. Encuesta Sobre el Impacto Económico Generado por COVID-19 en
las Empresas, (ECOVID-IE).

En la tabla 1, se observa cuántas empresas
desde grandes, medianas, chicas y micros
cerraron sus procesos habituales, lo que
dio paso al desempleo afectando de forma económica y de forma psicológica a la
población obrera, lo que ocasionó interrogantes como ¿Qué voy hacer? ¿Cómo voy a
salir adelante? ¿Cómo le digo a mi familia
que perdí el trabajo? ¿Cómo voy a sobrevivir? Incógnitas que a la brevedad y por la
crisis tienen que ser resueltas para enfrentar
el problema del desabasto económico y la
falta de empleo.

zón y es que no importa si hay un virus mortal
o no, ellos son el pilar de una familia, económicamente hablando, su deber es aportar al
hogar sin importar cómo se sientan.
Por lo anterior, Giacaglia (2002) expresa:
Hegemonía se define como el logro de
un liderazgo moral, intelectual y político, a través de la expansión de un
discurso que fija un significado parcial
en torno a puntos nodales. Implica más
que consensos pasivos y acciones legítimas: implica la expansión de un
discurso particular de normas, valores,
puntos de vista y percepciones, a través de readscripciones persuasivas del
mundo (p. 155).

Uno de los mandatos más comunes en el
hombre es “Yo soy fuerte” y ese “Yo soy fuerte” es como un mantra constante con el que
enfrentan el dolor, físico y emocional, tras
ese mandato durante la pandemia muchos
de los hombres que sufrieron contagios recu- Por tanto, al nacer dependiendo el sexo
rrieron a la automedicación y salieron hacer (hombre o mujer) se le otorga al hombre
sus actividades cotidianas por una sola ra- este poder de liderazgo y cuenta con resYamilet Guadalupe González Ramos

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ponsabilidades mayores a las de la mujer y
aunque la ideología de esto ha ido transformándose con el tiempo aún no se erradica y
es un poder hegemónico con el que muchos
hombres viven porque proviene de la forma
de crianza con la que crecieron y es por eso
que en su mayoría siempre son más las de-

funciones en hombres que en mujeres, en el
caso de la COVID-19 enfocándonos en el
municipio de Centro, Tabasco, el INEGI nos
muestra en la tabla 2 el índice de mortalidad
registradas a partir del año 2020, año donde se dio el desarrollo de la pandemia y el
confinamiento social.

Tabla 2. Mortalidades
Total

Hombre

Mujer

No especifico

Tabasco

22,337

13,074

9,262

1

Centro

10,521

6,169

4,352

Nota. Consulta de: Defunciones generales
Por: Entidad y número de ocurrencia
Según: Sexo. Datos tomados de INEGI (2020).

Con la pandemia de la COVID-19, toda la
estructura masculina está pasando por un
proceso de modificación que imposibilita
que el hombre sea libre en su espacio y limita su entorno desde su punto de vista y bajo
las diferentes interpretaciones de la masculinidad. Al respecto, Minello (2002) se refiere:
Al revisar someramente los estudios
de masculinidad encontraremos diferentes interpretaciones, que parten de
supuestos epistemológicos, teóricos,
metodológicos y políticos distintos. Las
variadas posiciones podrían resumirse
en que la masculinidad es considerada como: I) un atributo personal que
los distintos hombres poseen en distintas magnitudes; II) un rasgo de personalidad, que puede ser más o menos

permanente en cada individuo; III) una
esencia inscrita en la naturaleza de los
varones; IV) un papel en la organización social (proveedor, protector, etc.);
V) todo lo que hacen o piensan los
hombres; VI) todo aquello que hagan
o piensen en función de ser hombres;
VII) lo que hacen o piensan algunos
varones, considerados paradigmáticos; VIII) dentro de las relaciones de
género (p. 719).
La masculinidad en sí misma o lo que es
considerado como “masculinidad” cambió
a medida que la pandemia aportó nuevas
normas de interacción social y nuevas medidas sanitarias para evitar que hubiera mayores números de contagios, por lo que la
relación del hombre con el entorno, y las tareas sociales a las que está sujeto conllevan

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

una mayor carga de responsabilidad social
y emocional que perjudica no solo al hombre si no a quienes forman parte del núcleo
familiar o afectivo de este.
La situación económica en la que se emerge,
las afectaciones emocionales que implicó el
cierre durante la cuarentena y la pérdida de
familiares o amigos por la COVID-19 generaron una reestructuración emocional y social, de forma que emocionalmente se considera que el encierro fue ese acercamiento a
nuevas conductas de interacción familiar (el
rol de la crianza madre e hijo) ahora se tenía el tiempo suficiente para que el hombre
pudiera involucrarse en el rol de crianza de
los hijos o bien adaptarse a las dinámicas
de convivencia que implicaba ejercer tareas
como ir al súper, mantener limpio el hogar
o incluso la responsabilidad de reparar los
pequeños inconvenientes que surgieran
dentro de este.
Por otro lado, el confinamiento implicó la
pérdida de miles de empleos, pero también
abrió las puertas para que el hombre pudiera tener nuevas fuentes de ingreso y nuevas
ideas de emprendimiento.
Partiendo de la concepción de género predeterminada de una sociedad que envuelve
al hombre con una mayor carga de responsabilidades en el hogar, y bajo la responsabilidad social de ser el sostén económico de
la familia, durante la pandemia los hombres
han visto un cambio en sus rutinas y su relación con sus círculos sociales.

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Científica y Práctica en MSC

137

cierre de empresas durante la cuarentena
y la pérdida de familiares o amigos por la
COVID-19 generaron una reestructuración
emocional y social, de forma que emocionalmente se considera que el encierro fue
ese acercamiento a nuevas conductas de
interacción familiar (en el rol de la crianza
padre e hijo, nuevas formas de comunicación digitales con el exterior) ahora se tenía el tiempo suficiente para que el hombre
pudiera involucrarse en el rol de crianza
de los hijos o bien adaptarse a las dinámicas de convivencia que implicaba ejercer
tareas como ir al súper, mantener limpio el
hogar o incluso la responsabilidad de realizar algunas tareas como arreglar o reparar,
mantener el hogar en buenas condiciones.
El cambio surge a partir de las nuevas formas de trabajo en donde los varones tuvieron que aprender a trabajar en modalidad
en línea, mientras que otros tuvieron que
abandonar sus empleos o de cierto modo
emprender nuevas formas de trabajo que
les permitieran generar una buena economía para sobrevivir al día a día, evitando así
que las personas que dependían de ellos no
sufrieran necesidades o carencias durante
el tiempo de pandemia, lo cual ha sido una
de las variables para ejercer violencia dada
a la precaria economía y la exigencia por
parte de sus familias.
2. LAS RELACIONES INTRAPERSONALES
E INTERPERSONALES EN LOS VARONES
ANTE LA COVID-19

Las relaciones intrapersonales e interpersonales son consideradas incluso antes de
La situación económica en la que se emerge, la gestación, porque es la sociedad quien
las afectaciones emocionales que implicó el emula un paradigma donde la descendenYamilet Guadalupe González Ramos

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cia debe cumplir con mandatos sociales establecidos y por ende la principal construcción afectiva que tenemos empieza desde lo
intrapersonal, desde lo interior de nosotros,
es decir la emoción, dice Eli Martínez (2019)
que:

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los sexos y, por lo tanto, ámbitos exclusivos
para cada uno de ellos” (Minello, 2002:718).
Aun viviendo en una sociedad más actual
donde se busca la equidad para ambos sexos y sobre todo para las mujeres, todavía
existe un plano en el que son aceptables
ciertas acciones del hombre, la forma en la
que se relaciona incluso dentro de sus espacios como el trabajo, la familia, los amigos, la escuela, etcétera. La forma en la que
el hombre puede interactuar varía según el
lugar donde esté y según las personas que
conformen ese entorno de confianza. Las relaciones intrapersonales se forman a partir
de los intereses personales del individuo, así
como de la conciencia, los pensamientos y
sentimientos morales, y las relaciones interpersonales surgen cuando los individuos tienen intereses comunes o similitudes con los
demás.

Cuando el bebé nace, tiene desarrollada su capacidad para expresar emociones, llora cuando está triste, grita o
pega cuando se enoja, ríe a carcajadas cuando está feliz, en pocas palabras está conectado a su energía vital
de gozo, alegría amor y libertad. Pero
a medida que crece y es condicionado
por los papás y figuras de autoridad,
el niño aprende que sus expresiones
emocionales no son bien recibidas.
Frases como “¡no llores!”, “¡no grites!”,
“¡quita esa cara!” O “¿de qué te ríes?”
Bloquea las expresiones naturales de
lo que siente (p. 3).
Rosa Cornelio (2019) comenta que el conflicto intrapersonal se presenta al interior del
En el caso de los hombres, esta represión individuo y suele implicar alguna forma de
emocional contrasta con la represión que conflicto con las metas, el conocimiento o los
experimentan las mujeres, pues si bien se afectos. Es el conflicto que experimenta un
desarrollan en las mismas condiciones que individuo consigo mismo, lo cual es terrible,
los hombres, a ellas se les permite expresar pues no puede haber enemigo mayor que
sus sentimientos con mayor libertad, pues los nosotros mismos (p. 171).
hombres están sujetos a cumplir mandatos
sociales de represión emocional como: “¡Yo El confinamiento social ocasionado por la
soy fuerte!”, “¡Los hombres no lloran!”, “¡Pór- pandemia causó que las relaciones estate como los hombres!”, este condiciona- tablecidas por el hombre sufrieran nuemiento emocional surge de la virilidad que vas modificaciones de interacción social,
se le otorga a un hombre desde el momen- debido a que pasó de una convivencia
to en que nace, por lo que la forma en que donde los espacios familiares y laborales
se va a relacionar desde lo intrapersonal es complementaban las rutinas diarias ahodistinta. “Cuando se piensa en un papel (o ra se entró a tener relaciones interperrol) se mantiene una visión estática que su- sonales de mayor duración en el entorno
pone diferencias más que relaciones entre familiar.
Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

La cuarentena fue ese espacio donde los
conflictos intrapersonales llevaron al límite
las formas de comunicación y comprensión
en el entorno familiar del hombre, como resultado de esto es que se descubrió que el
hombre tiene una gran resistencia emocional.

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139

separada de la actividad social. Y cuando
sucede, se niega a vivir en determinadas
épocas y trasciende el pasado.

Por su parte, también sería una representación justa de un entorno en el que las personas se ven obligadas a mantener un contacto habitual cara a cara con su entorno y
John B. Thompson (1998) en su libro Los me- a distancia de sus círculos sociales (Thompdia y la modernidad menciona que, estas son, 1998).
sociedades modernas tienen mayor acceso
al conocimiento al que llama “no local” el Las limitaciones de la sociedad obligan a
cual define como lo que los individuos en- los hombres a mantener una comunicación
tienden y cómo lo utilizan en el medio que constante, desde las habituales 5-6 horas
los rodea.
de convivencia 24 horas al día, 7 días a la
semana, creando una división general a
Es importante destacar la importancia del partir de los conflictos internos. El cuidado
desarrollo mediático, que como enriquece la de los hombres para tener el control, para
propia transformación, constituye incluso un modificar su comportamiento para que puepaso importante hacia la intimidad que se dan ofrecer soluciones a los conflictos genepuede tener y se define de diversas formas rados por el individuo, que son provocados
como el presencial. También existe la inte- principalmente por la falta de comunicación
racción mediática, que hoy se da con una y la modificación de nuevos canales, aunque
socialización limitada a través de mensajes presentes, para permitir a los hombres perde texto, llamadas telefónicas y recursos manecer en contacto con el ámbito laboral,
como plataformas digitales que permiten social y académico.
la sustentabilidad de la interacción social,
a distancia de todos en el círculo social de Las plataformas digitales permitieron que
todos.
las personas pudieran comunicarse con su
entorno, implementando el “home office”
Los medios semi-interactivos, donde el au- (trabajo desde casa). Esto también dio paso
tor nos da un ejemplo muy breve y muy mo- a que los varones pudieran tener un domiderno, un fan y un artista, que obtiene los nio de estas y convertirlas en oportunidades
estimulantes resultados de la comunicación para aprender a ser uso de las mismas.
libre sin tener que ser correspondido.
Si bien la pandemia representó un tiempo
Dados estos puntos importantes, podemos de muerte y reflexión también bien fue una
ver que la comunidad descrita por el autor oportunidad donde el hombre demostró un
es una comunidad promedio en pruebas incremento en la fe, ya sea desde el punto
continuas porque, en algunos casos, está religioso en Cristo, Jehová y otras denomiYamilet Guadalupe González Ramos

�140

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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naciones otorgadas a la fe de cada persona y aunque el varón no reconoce en ocasiones la existencia o la creencia de algún
ser religioso, sí mantiene una esperanza
en la fe y está en la cuestión mediática
ante el confinamiento social se reflejó en
los diversos grupos de amistad en plataformas como WhatsApp y Facebook donde
además de compartir un saludo fraternal
o amistoso también compartía su angustia
y preocupación ante situaciones como los
contagios de personas cercanas a ellos
como amigos, familia o incluidos ellos mismos.
Esta limitación del contacto cara a cara hizo
que la comunicación mediática fuera ese
salvavidas que le permitió al hombre expresarse, pero a la vez demostrar sus inconformidades y sus conflictos.
Si bien ya no estaba a disposición un lugar donde poder llorar una pena ahora el
hombre experimentó una serie de conflictos que permearon en su entorno familiar
afectando sus dinámicas, en el caso de los
varones que son padres y sus hijos están
lejos el confinamiento limitó estas formas
de comunicación cara a cara a llamadas o
mensajes de cada quince días o cada fin
de semana.

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El confinamiento social provocado por la
pandemia del COVID-19 ha obligado a
que las relaciones hechas por el hombre
se transformen en nuevas interacciones sociales, ya que han pasado de un lugar de
convivencia, donde la familia y los espacios
públicos además de las rutinas diarias comienzan ahora a tener relaciones interpersonales más interactivas mediante los medios digitales, lo que les permite que sean
más duraderas y dinámicas sin la necesidad
de tener un contacto cara a cara.
La otra facción se da a la fe de cada persona y aunque los hombres a veces no reconocen la existencia o la creencia de una
afección religiosa, mantiene la esperanza
en la fe y está en el incidente de los medios
antes de ser detenido, la sociedad se reflejó
en diferentes grupos de amistad en las plataformas como WhatsApp y Facebook además de compartir la pendiente amigable o
el saludo. Este límite de contacto directo ha
permitido que los medios de comunicación
sean la fuente de expresión del hombre,
pero durante el mismo período, muestren su
desacuerdo y conflicto interno o externo en
relación a sus creencias, sus formas de actuar, o lo que consideran rasgos o aspectos
de la masculinidad.

3. LA SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS
Resaltando que en efecto el confinamiento INTERPERSONALES DE LOS VARONES
trajo consigo nuevas dinámicas de interac- PARA LA PAZ SOCIAL
ción desde lo intrapersonal, interpersonal
y así mismo esto género en algunos casos La resolución de conflictos y su reconciliación a
problemas de comunicación y un aumento menudo proviene de la comunicación, ya que
de comunicación mediática que se volvió la es la base de todas las interacciones sociales,
brecha salvavidas del hombre con su entor- sin las cuales es casi imposible encontrar soluno.
ciones amistosas en situaciones problemáticas.
Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Durante el confinamiento surgieron una serie de disputas familiares en las que el hombre tuvo que aprender a arbitrar, debido a
que el encierro obliga al hombre a interactuar a la fuerza con el entorno del hogar, las
principales diferencias débiles se dieron en
los aspectos de la comunicación y la convivencia diaria. Antes de la propagación de
la epidemia de la COVID-19, había muchos
casos de movilización familiar sin las mejores condiciones de vida debido a las crisis
económicas y los conflictos internos, que en
gran parte desembocan en violencia física
o verbal.
El varón también sufre y fue durante la crisis
sanitaria originada por la pandemia de la
COVID-19 que se descubrió que mediante el
confinamiento hubo una modificación en las
dinámicas de interacción que le permitieron
adecuarse a los escenarios de convivencia
social dentro de su entorno familiar.

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Científica y Práctica en MSC

141

través de charlas o pláticas que le permitan
al hombre arreglar sus conflictos interpersonales y de esa forma conseguir un bien común para ambas partes conflictuadas.
Los mecanismos de mediación y conciliación
parten de la premisa de que, en el entorno
adecuado, las partes de un conflicto pueden
mejorar sus relaciones y evolucionar hacia la
cooperación, estos mecanismos mencionados por la autora no se rigen por procedimientos, sino que se rigen por principios los
cuales muestra en el siguiente esquema:
Esquema 1. Principios de la mediación y
conciliación

En el ámbito jurídico, el fomento de la paz
a nivel individual y social es una aspiración
de todo ser humano de vivir y convivir en armonía, por lo tanto, los nuevos sistemas de
justicia van encaminados a la cercanía de
las autoridades de la justicia cívica con grupos vecinales o comunales (Cornelio, 2020).
Se busca la construcción del diálogo para
la resolución de los conflictos principalmenFuente: Egla Cornelio (2020).
te en el área de los mecanismos de solución
de conflictos.
La misma autora nos dice también que:
Egla Cornelio (2020) nos dice que los nuevos modelos de justicia están interesados
en buscar la paz social a través del diálogo
como principal herramienta de mediación,
el ejercicio de comunicación puede darse a

La mediación es un proceso voluntario
que las personas en situación de conflicto llevan a cabo con la intervención
neutral e imparcial de un profesional
que carece de poder para imponer
Yamilet Guadalupe González Ramos

�142

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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acuerdos, pero los guía en el procedimiento para que ellas, como dueñas
del conflicto, lleguen acuerdos que
pongan fin a la desavenencia (Cornelio, 2020: 11).

a trabajar desde casa, no tener suficientes herramientas y espacio para hacerlo, sus actividades y convivir durante el
día. La convivencia diaria con la misma
persona provocó diversos conflictos económicos, de salud, emocionales, sociales
Sería correcto que a través de estas nuevas
y comunicativos, que derivaron en condinámicas de interacción que los hombres
ductas conflictivas entre los varones. Los
adoptaron, para dar solución a sus conflicresultados obtenidos se enmarcan dentos pudieran mediar situaciones de conflicto
tro de: 1) la formación de relaciones inentre las personas que conforman su hogar
terpersonales por parte de los hombres
o sus espacios sociales, pensar dos veces
ha llevado a la represión emocional, en
antes de actuar lo llevaría a ejercer un mejor
contraposición a la represión de las muejercicio de comunicación e interacción imjeres, porque si bien se desarrollan en
pulsando en el varón los principios de tener
las mismas condiciones que los hombres,
una cultura cívica donde el ejercicio de conse les permite expresar sus sentimientos
vivencia en los espacios adecuados donde
con mayor libertad e incluso viviendo en
se dé la interacción, se vuelvan mayormente
una sociedad más moderna donde la
agradables y satisfactorios siendo este caigualdad es deseable para ambos sexos
paz de compartir los mismos espacios de
y especialmente para las mujeres, existe
recreación con las personas cercanas a él
un grado en el que ciertas acciones de
sin distinción de sexo o raza, con el fin de
los hombres son aceptadas, la forma en
generar una conciencia colectiva encamique se relacionan incluso en su espacio
nada hacia la paz social del hombre en sus
como el trabajo, la familia, los amigos y
relaciones interpersonales.
la escuela, etc.
2. El bloqueo social provocado por la epiEste mismo concepto de cultura cívica imdemia de COVID-19 ha causado que las
pulsa el bien vivir como ciudadanos en su
relaciones antropogénicas cambien aún
calidad de miembro de la comunidad bajo
más en las interacciones sociales, debirespeto y normas de convivencia, tolerancia,
do a que la vida compartida, donde el
civilidad; la familia, la tradición y la cultura
tiempo familiar y no laboral completan
cívica como adjetivo del deber ciudadano
la rutina diaria, ahora comienzan a tener
(Cornelio, 2020).
más duración.
3. Las plataformas digitales han permitido
4. CONCLUSIONES
que los varones se conecten con su entorno, implementando “oficinas en casa”. La
1. 1Se concluye que la vida de las personas
recepción también expresa su dolor y anha cambiado mucho con la llegada de la
siedad ante situaciones como herir a otras
COVID-19, debido a las diversas condipersonas cercanas a ellos, como amigos,
ciones que se presentan, acostumbrarse
familiares o incluso a ellos mismos.
Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Esta nueva dinámica de interacción que han
adoptado los varones, en su nuevo impulso de resolución de conflictos, que pueden
arbitrar situaciones de conflicto entre las
personas que constituyen el nido o el espacio social. Su comunidad, pensar dos veces
antes de actuar de esta manera conduce a
mejores prácticas de comunicación e interacción, el fortalecimiento de los principios
de ciudadanía para los culturalmente dotados en los hombres es la práctica de la convivencia en lugares apropiados donde la
interacción se convierte en el momento más
importante de diversión y alegría, y la capacidad de compartir los mismos espacios
recreativos con sus allegados sin discriminación por razón de género o raza, para crear
una conciencia colectiva hacia la paz social
del hombre en sus relaciones personales.

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Científica y Práctica en MSC

143

gestarán los mismos para una nueva forma
de atenderlos. Ante los múltiples obstáculos
que nacen cada día alrededor del mundo
para la sana convivencia entre personas,
la práctica de la solución de los conflictos
de manera pacífica se presenta como una
alternativa necesaria para lograr a nivel social una cultura de paz.
5. TRABAJOS CITADOS
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las crisis sanitarias: a propósito de la pandemia por el
virus. Revista Española de Salud Pública, 83(4), 489-491.
https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=17011699001
Avello Martínez, Raidell, Rodríguez Monteagudo, Mabel
A., Rodríguez Monteagudo, Pavel, Sosa López, Dailyn, Companioni Turiño, Bárbara, &amp; Rodríguez Cubela,
Rodrigo Leandro. (2019). ¿Por qué enunciar las limitaciones del estudio?. MediSur, 17(1), 10-12. Recuperado

Las nuevas dinámicas de interacción emergen como una oportunidad para repensar
conceptos, relaciones y necesidades de la
sociedad en pro de lograr una cultura de
paz, sin embargo, es fundamental analizar
los conflictos que se visibilizaron con mayor
intensidad durante el confinamiento. Desarrollar estrategias de atención y resolución
de estos conflictos en el plano familiar y
persona puede permitir que dichos conflictos aminoren los resultados negativos de la
convivencia social.

de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S1727897X2019000100010&amp;lng=es&amp;tlng=es.
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171-173), México: Editorial Porrúa.
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pensar la política. Tópicos (10), 151-159. https://www.re-

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transformación y escalada de los conflictos
y sus dinámicas presentadas a raíz del confinamiento provocado por la COVID-19. Es
en la sociedad donde se originan los conflictos y es en la propia sociedad donde se

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Lamas, M. (2013). El género. La construcción cultural de la
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M. d. Saavedra (Ed.), Crea Una Vida a Tu Medida (pp.
87-91). México: Penguin Random House.
Minello Martini, N. (septiembre-diciembre de 2002).
Yamilet Guadalupe González Ramos

�144

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

Los estudios de masculinidad. Estudios Sociológicos, XX(3), 715-732. https://www.redalyc.org/articulo.
oa?id=59806009
Thompson, J. B. (1998). El yo y la experiencia en un mundo
mediático. En J. B. Thompson, Los media y la modernidad (pp. 269-271). España: Paidós.

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Yamilet Guadalupe Gonzalez Ramos
Licenciada en Derecho. Mail: gora9912@
gmail.com

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

��Vol. 03, Núm. 04,
Enero 2023

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC
MSC Métodos de Solución de Conflictos es una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación,
mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia terapéutica, bienestar y,
otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de solución de conflictos (MSC), desde la óptica del valor intangible de la paz, con el objetivo de contribuir al
fortalecimiento de una cultura en la gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica

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