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Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp.1-2
ISSN: 2395-8448

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Presentación del primer número de
Política, Globalidad y Ciudadanía
Gerardo Tamez González
Doctorado en Gerencia y Política Educativa.
Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores de CONACYT, Perfil PROMEP.
Pertenece al Cuerpo Académico «Gestión y política educativa».
Director de la Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública de la UANL.
Email: gerardo.tamezg@uanl.mx

Es con enorme placer que presento el primer número de la revista arbitrada de la
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública de la Universidad Autónoma de
Nuevo León: Política, Globalidad y Ciudadanía.
El propósito de la revista es publicar artículos académicos de la más alta calidad en la
disciplina de la ciencia política, incluyendo todas las sub-áreas propias de la misma. Cabe
destacar que todos los artículos deben pasar por un riguroso proceso de revisión por pares a
doble ciego para asegurar la calidad de los mismos. De la misma forma, se publicarán reseñas
sobre libros de reciente publicación y que seguramente tendrán un gran impacto en la
disciplina. La revista se publicará dos veces al año (junio y diciembre) y se publicara tanto en
inglés como en español.
Este primer número cumple plenamente con los requisitos que se establecieron para el
éxito de la revista, incluyendo un riguroso proceso de arbitraje por pares. Los cinco artículos
de investigación y tres reseñas de libros son de la más alta calidad, ofreciendo aportes originales
y sólidos a diversas áreas de la disciplina y con referencia a zonas geográficas muy variadas. De
la misma forma, los autores provienen de instituciones de educación superior e investigación
en México, Brasil, Italia, Alemania y Colombia, ofreciendo una panorama de excelencia y
diversidad tanto nacional como internacional. Sin duda alguna este número ha marcado la
pauta para seguir en los futuros números.
Mi agradecimiento a los autores de los artículos de este primer número por compartir
sus trabajos y confiar en la revista para su publicación. Para nosotros es un gran honor contar
con sus aportes e inaugurar Política Globalidad y Ciudadanía con los resultados de sus
investigaciones. De la misma forma, es importante reconocer el trabajo de los revisores
ánonimos que ofrecieron retroalimentación y críticas constructivas para asegurar la calidad que
se busca en esta publicación. Quisiera destacar además el papel y el apoyo del comité editorial
de la revista, incluyendo las autoridades universitarias, el comité internacional y el comité
nacional, que ha sido crucial para la publicación de este primer número. Muchas gracias a
todos. De la misma forma, me parece importante reconocer la labor de varios profesoresinvestigadores de la Facultad de Ciencias Políticas a la hora de promover este importante
proyecto incluyendo la Subdirectora de Investigación, el Editor Responsable, al Coordinador
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Gerardo Tamez González

de LACOP quien promovió la fundación de la revista hace ya tres años, y por supuesto a la
Coordinadora de la revista un agradecimiento especial.
Política Globalidad y Ciudadanía ha superado una de las barreras más grandes al ver
publicado su primer número y conseguir la asignación de su ISSN. En los futuros meses
buscaremos incorporar la revista a diversos índices internacionales e nacionales y producir un
segundo número a la altura de éste primero. Es un gran reto pero la Facultad de Ciencias
Políticas y Administración Pública, busca producir una de las revistas de Ciencia Política más
importantes de México pero lo asumimos con gran satisfacción e ilusión. Les invitamos a
acompañarnos en este proyecto, como autores, revisores y lectores. Por lo pronto les invito a
leer y disfrutar los excelentes trabajos del primer número de la revista.

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp. 3-23
ISSN: 2395-8448

¿Qué dice la literatura sobre las Revoluciones de Color?
Aciertos y Desafíos
What does the literature say about the Color Revolutions?
Successes and Challenges
Angélica Rodríguez Rodríguez

Docente de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad del Norte
Miembro del Grupo de Investigación Agenda Internacional – Universidad del Norte
E-mail: angrodriguez@uninorte.edu.co
Fecha de envío: 7 de marzo 2015
Fecha de aceptación: 24 de mayo 2015

Resumen
Este artículo se erige como una reflexión acerca de la literatura especializada sobre las
Revoluciones de Color. Por una parte, señala los aciertos que se han dado en el tratamiento
académico de esta dinámica propia del espacio Euroasiático entre el año 2000 y 2006. Por otra
parte, se propone ofrecer una opción a los desafíos derivados del estudio de este tema
incluyendo a los movimientos sociales dentro del espectro de análisis. Inicia exponiendo el
porqué las Revoluciones de Color no pueden considerarse como revoluciones en el sentido
clásico del término debido, principalmente, a su componente no violento y al acotado alcance
de sus resultados. Posteriormente, el artículo avanza hacia la construcción de una definición
integradora de Revolución de Color y, finalmente, concluye resaltando la riqueza de incluir
otro tipo de actores colectivos dentro del análisis, tales como los movimientos sociales.
Palabras clave: Revoluciones de Color, literatura especializada, movimientos sociales, aciertos,
desafíos.
Abstract
This article offers a reflection on the specialized literature on the Color Revolutions.
On the one hand, it points out the successes within the academic treatment of the dynamic
that occurred in the Eurasian region between 2000-2006. On the other hand, it offers an
option to the challenges faced when studying this issue by including social movements within
its spectrum of analysis. It begins by describing the reasons why the Color Revolutions cannot
be considered revolutions in the classic sense of the term given, principally, their non-violent

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�nature and the restricted nature of their results. Later, the article
advances towards the construction of an integrated definition of a Color Revolution and
finally, concludes highlighting the value of including other types of collective actors within the
analysis, including social movements.
Keywords: Color Revolutions, specialized literature, social movements, successes, challenges.

Siglas

Organizaciones No Gubernamentales

ONG

Revoluciones de Color

RC

Unión Europea

UE

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Entre el año 2000 y 2006, Eurasia postcomunista 1 fue escenario de masivas protestas
postelectorales, encaminadas a denunciar el fraude y a exigir la anulación de los resultados obtenidos
en los comicios. Estos eventos, denominados Revoluciones de Color (RC a partir de ahora),
generaron una transferencia de poder no prevista en los cauces institucionales en países tales como
la antigua República Federal de Yugoslavia (RFY a partir de ahora), hoy Serbia2; Georgia y Ucrania,
mientras que en Azerbaiyán y Bielorrusia estuvieron seguidos por el afianzamiento de gobiernos de
tinte autoritario3.La denominación de RC se debe justamente a que estos eventos rememoran la
manera pacífica en la que se puso fin al monopolio del poder político del Partido Comunista
checoslovaco mediante la Revolución del Terciopelo de 1989 y asimismo, busca destacar el marco
no violento y el fuerte componente simbólico que caracterizó a estas protestas.
Esta explosión de RC trajo consigo un gran interés académico que busca dar cuenta de dichos
fenómenos desde diversas aproximaciones tales como las precondiciones institucionales y sociales,
los detonantes de las RC y las razones del éxito o el fracaso de las mismas, entre otras. Con relación
a los actores políticos que protagonizaron las RC, la mayoría de los estudiosos han centrado sus
investigaciones en la figura de los líderes políticos, prestando poca atención al rol desempeñado por
otro tipo de actores como los movimientos sociales. Es por tanto que el presente artículo se erige
como un intento por ampliar la escasa referencia hecha a dichos actores políticos colectivos,
vinculándolos a un marco teórico más amplio.
El desmoronamiento de la URSS estuvo seguido por la expansión universal de la democracia,
en la que se promovió una concepción minimalista de la misma. Esto es, un método político
entendido como un concierto institucional para llegar a ciertas decisiones políticas, esencialmente a
la designación de los gobernantes (Schumpeter, 1983). En este sentido, muchos de los estudiosos del
tema continúan asignándole un gran peso a la figura del Estado y al régimen político, especialmente
a partir de las propuestas derivadas de los enfoques neo-institucionales propuestos por autores tales
como Linz y Stepan (1996) y O´Donnell y Schmitter (1986), y las propuestas desarrolladas por
internacionalistas como Carr, Niebuhr, Schwarzenberger, Kennan, Kissinger, Wight, Bull, Aron y
Hoffmann, que desconocen el aporte que actores no estatales han hecho a este proceso (Salomón,
2002).
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En términos geográficos, Eurasia comprende Europa y la mayor parte de Asia, pero no el subcontinente Indio ni el
Chersky Range, área montañosa al noreste de Siberia. La tradición europea ha considerado históricamente a Europa y
Asia como continentes separados a través de una línea divisoria ubicada entre los Dardanelos, el Bósforo, las montañas
del Cáucaso, el rio Ural y los montes Urales, habiéndose normalizado esta propuesta a lo largo del mundo. Estos dos
grandes espacios a su vez se subdividen en regiones tales como Europa Occidental, Europa del Este, Sureste Asiático,
Asia Central y Asia Occidental, con marcadas diferencias culturales, religiosas, históricas y lingüísticas. A menudo,
también se emplea el término Eurasia en la política internacional como una forma neutral para referirse al área
comprendida por los Estados postsoviéticos (Sengupta, 2009).
1

2La

RFY estuvo vigente hasta 2003, fecha en que pasó a denominarse Serbia y Montenegro. Esta última dio lugar a dos
Estados independientes cuando Montenegro declaró su independencia el 3 de junio del 2006. Puesto que el epicentro de
la Revolución Negra se desarrolló en Belgrado, capital de Serbia, y Montenegro no tuvo un rol protagónico durante estos
eventos, a partir de este momento y a lo largo de todo el texto se hará referencia a la Revolución Negra de Serbia.
3La

Revolución de los Tulipanes de Kirguizistán de 2005, al ser un proceso donde se presentaron niveles relativamente
altos de violencia tanto por los manifestantes como por las fuerzas de seguridad del Estado, no encaja completamente en
el modelo ideal de las RC y por ende ha sido excluido tanto del análisis del presente artículo como de gran parte de la
literatura especializada sobre este tema. Cuando se incluye en los trabajos adelantados por expertos (véase Marat, 2006),
se suele destacar que los niveles de violencia del caso kirguizo difieren significativamente del resto de RC.
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Sin embargo, la tarea de la promoción democrática no solamente ha estado en manos de los
Estados. En este proceso, y sobre todo a partir de la llamada tercera ola democrática, también han
intervenido diferentes actores dentro de los que se destacan los movimientos sociales, los partidos
políticos y las organizaciones internacionales, entre otros (Huntington, 1994). La participación de
estos actores en el fomento de las prácticas democráticas, ha contribuido a la estructuración de una
definición de la democracia más allá de lo procedimental, inscrita en la consecución de principios
como la igualdad en las relaciones sociales y económicas así como en la participación popular
extendida en los procesos de toma de decisiones en todos y cada uno de los niveles de la política
(Collier y Levitsky, 1998).
Ahora bien, la tarea de redefinir lo que significa el fortalecimiento de la democracia debe
superar el carácter residual de los actores de la sociedad civil. Debe ser formulada a partir del
elemento de la oposición política, tal y como fue concebida por Dahl (1996), y no en los términos
tradicionales que aluden al conjunto partidos en controversia con el proceso de formación de la
voluntad política y de la toma de decisiones. La oposición debe entenderse como aquella integrada
por diversos actores no estatales con diversos intereses, responsables en la actualidad de los procesos
de cambio social, de la transformación de las formas tradicionales de participación política y de la
transición hacia una nueva forma de entender la democracia misma como se observa en los párrafos
siguientes sobre cada una de las RC.
En Serbia, las elecciones presidenciales que desataron las manifestaciones tuvieron lugar el 24
de septiembre de 2000. En esta oportunidad, la Comisión Federal Electoral anunció que puesto que
ninguno de los candidatos en contienda había alcanzado más del 50% de los sufragios, debía
realizarse una segunda vuelta, en la que se elegiría al Presidente de entre los dos aspirantes con
mayor número de votos obtenidos: Slobodan Milošević, del Partido Socialista Serbio y, Vojislav
Koštunica, candidato de la coalición de partidos denominada Oposición Democrática de Serbia.
Este anunció fue seguido por las protestas que tuvieron lugar entre el 24 de septiembre y el 5 de
octubre del 2000, y que serían bautizadas como la Revolución Negra de Serbia4. Este nombre se
deriva del color identificativo del movimiento social Otpor (Resistencia), cuya elección simbolizaba
por una parte la radicalización de la postura de la oposición política y, por otra parte, pretendía ser
una parodia de los uniformes usados por las fuerzas de seguridad del Estado.
En Georgia, el fraude perpetrado en las elecciones parlamentarias del 2 de noviembre del 2003
generó movilizaciones en la capital, Tiflis, y posteriormente a lo largo del territorio nacional. El 22
de Noviembre, fecha en que se inauguraron las sesiones del Parlamento, Mikhail Saakashvili,
Ministro de Justicia, irrumpió en el recinto portando una rosa, hecho simbólico que junto al uso de
esta flor por parte de los miembros del movimiento social Kmara (Basta), llevaría a bautizar las
movilizaciones de noviembre de 2003 como la Revolución Rosa. De esta manera, Saakashvili quería
demostrar que estaba desarmado y que en nombre de los georgianos pedía pacíficamente la renuncia
del Presidente Eduard Shevardnadze, quien ante la intensificación de las movilizaciones dimitió al
día siguiente. Así pues, la Suprema Corte anuló los resultados de las elecciones parlamentarias y las
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4La

Revolución Serbia del 2000 también se conoció inicialmente como la Revolución Buldócer, debido a la repetición
por parte de diferentes medios internacionales de la imagen de un Buldócer estacionado frente al Parlamento durante las
protestas del 5 de octubre del 2000. Esta imagen sería interpretada como un símbolo del deseo de los serbios por
terminar de raíz con el régimen de Milošević, pero posteriormente perdería fuerza frente a la propuesta más difundida e
interiorizada por los serbios de identificar las protestas postelectorales con el nombre de Revolución Negra.

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reprogramó para marzo del 2004, a la vez que convocó nuevas elecciones presidenciales para el 4 de
enero del mismo año.
En Ucrania, luego de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales celebrada el 21 de
noviembre del 2004, la Comisión Electoral declaró la victoria de Víktor Yanukovich, del Partido de
las Regiones, sobre Viktor Yuschenko, candidato de la coalición Nuestra Ucrania. Este
pronunciamiento desató una oleada de protestas que se prolongó hasta el 8 de diciembre, fecha en
que se acordó realizar la repetición de la segunda vuelta 18 días después. Dichas protestas serían
bautizadas con el nombre de Revolución Naranja, debido a que los manifestantes y los activistas del
movimiento social Pora (Es la hora), inundaron las calles con banderas y atuendos de este color,
elegido por la oposición para simbolizar el despertar democrático, frente al tradicional azul con
amarillo (colores de la bandera ucraniana) utilizado por el partido de gobierno.
En Azerbaiyán, las elecciones parlamentarias del 6 de noviembre del 2005, otorgaron 116 de
los 125 escaños disponibles a los partidos simpatizantes del presidente IlhamAliev, cabeza del
Partido Nueva Azerbaiyán, frente a nueve escaños obtenidos por el bloque opositor Azadliq
(libertad). De nuevo, y tomando como referente el caso ucraniano, los activistas del movimiento
social YeniFikir (Nuevo Pensamiento) junto con la oposición, protagonizaron una segunda
Revolución Naranja, pero a diferencia de la vivida en Ucrania, las protestas iniciadas el 9 de
noviembre del 2005 fueron disueltas de manera violenta por las fuerzas de seguridad 17 días después
de iniciadas y los resultados electorales fueron ratificados.
Finalmente, las elecciones presidenciales bielorrusas del 19 de marzo del 2006, en las que el
Presidente-candidato Aleksandr Lukashenka (independiente entre 1992 y 2007) superó por más de
80 puntos porcentuales a Aleksandr Milinkevič, candidato de la coalición opositora. Por la Libertad,
dieron paso a una serie de protestas entre el 20 y el 25 de marzo del 2006, que se denominaron
Revolución Azul. Este nombre se debe a la utilización de chaquetas de bluyín por miembros del
movimiento social Zubr (Bisonte), quienes eligieron este símbolo ampliamente asociado a la cultura
occidental para expresar su simpatía hacia los valores democráticos a los que se oponía Lukashenka.
Al igual que en Azerbaiyán, las protestas en Bielorrusia terminaron siendo dispersadas violentamente
por las fuerzas de seguridad y Lukashenka fue reelegido como Presidente del país.
Como puede vislumbrarse en los párrafos anteriores, los movimientos sociales tuvieron una
presencia constante y significativa dentro de las RC y fueron parte importante de la oposición
política que desafió el statu quo establecido en dichos países. Para efectos del presente artículo, se
adopta la siguiente definición de movimiento social:
Actores colectivos de carácter movilizador (y, por tanto, un espacio de participación) que
persiguen objetivos de cambio a través de acciones (generalmente no convencionales) y que
para ello actúan con cierta continuidad, a través de un alto nivel de integración simbólica y un
bajo nivel de especificación de roles, a la vez que se nutre de formas de acción y organización
variables. (Ibarra, Martí i Puig y Gomá, 2002, p.29)
Debido a la complejidad de estos procesos y a la multiplicidad de actores intervinientes en los
mismos, un solo enfoque resultaría insuficiente a la hora de abordar las dinámicas revolucionarias
referenciadas. Así pues, y a pesar de la existencia de varias aproximaciones tal y como se mencionó

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en párrafos anteriores, la literatura sobre el tema ha priorizado el rol de las élites, tanto
gubernamentales como de oposición, dejando por fuera de las líneas de investigación a otro tipo de
actores relevantes. En breve, se ha indagado con mayor profundidad sobre los actores sujeto del
desafío que sobre los actores retadores. Es por tanto que este artículo propone una aproximación
complementaria para el estudio de las RC, que incluya a los movimientos sociales dentro del
espectro de análisis. De esta manera no se busca competir con las aproximaciones clásicas, sino
enriquecerlas y robustecer las propuestas existentes. Para ello, la primera parte del documento
ofrece una reflexión acerca del porqué las RC no pueden considerarse como revoluciones en el
sentido clásico del término, para posteriormente, brindar una definición propia que no solamente
agrupa y resume los principales elementos señalados por los autores más representativos, sino que
responde a las siguientes preguntas: ¿qué son las RC?, ¿dónde ocurrieron?, ¿cuándo sucedieron?,
¿quiénes fueron sus protagonistas?, ¿cuáles fueron sus principales características?, y ¿cuál era su
objetivo?.
Subsiguientemente se realiza un breve recorrido por las clasificaciones propuestas acerca de la
literatura sobre las RC, destacando las taxonomías realizadas por autores tales como Tucker (2007),
Silitski (2010) y Polese y Ó Bechaín (2011) y, finalmente, se ofrece una nueva clasificación de dicha
literatura de acuerdo a la formulación de tres interrogantes: ¿cuál fue el detonante de las RC?, ¿por
qué algunas tuvieron éxito mientras otras fracasaron? y; ¿por qué se detuvieron en el 2006? En el
tratamiento de cada una de estas tres preguntas queda de manifiesto la falencia existente a la hora de
dar cuenta del aporte realizado por los movimientos sociales en las RC, especialmente en lo referente
a la unidad de la oposición, la convocatoria de actores sociales y la movilización postelectoral, y por
ende la pertinencia de este artículo concebido como un intento por contribuir a llenar este vacío.
Hacia una Definición de las RC
Desde el estallido de la primera RC, la Revolución Negra de Serbia del 2000, el término RC
comenzó a ser utilizado de manera amplia, primero por los medios de comunicación y
posteriormente dentro de la literatura académica que buscaba dar cuenta de estos eventos.
Resulta evidente que las definiciones de revolución como las propuestas por Tilly (1978) o
Skocpol (1979) 5 , no capturan la esencia de las RC en una forma adecuada (Tudoroiu, 2007).
Siguiendo con este orden de ideas, aunque las RC conservan ciertos rasgos de las revoluciones
clásicas tales como el papel preponderante que ocupa la ideología, el descrédito público del orden
vigente y la subsistencia de la participación de movimientos de masas, la principal diferencia radica
en que no fueron violentas (Fairbanks, 2007). Sumándose al debate de si estos eventos constituyen
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5Era

de esperar que las revoluciones socialistas – de acuerdo al Marxismo clásico se suponía que seguirían después y se
aprovecharían de los logros de las revoluciones burguesas-democrática- hubieran ocurrido únicamente en países que
nunca hubieran establecido sistemas políticos democráticos-liberales en primer lugar (Skocpol, 1994). Para Tilly (1978),
una revolución consiste en “una transferencia por la fuerza del poder del Estado, proceso en el cual al menos dos
bloques diferentes tienen aspiraciones, incompatibles entre sí, a controlar el Estado, y en el que una fracción importante
de la población sometida a la jurisdicción del Estado apoya las aspiraciones de cada uno de los bloques”. Por su parte,
Skocpol (1979) hace referencia al término de revolución social, definidas como “rápidas transformaciones básicas del
estado de una sociedad y las estructuras de clase, acompañadas y en parte logradas a través de revueltas populares desde
abajo”, y se acerca al mismo medianteuna perspectiva estructural. Para la autora resulta determinante encontrar
regularidades en situaciones históricas dadas que son las que explican este tipo de revoluciones (De Andrés y Ruíz
Ramas, 2009).
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ejemplos de revoluciones en el sentido clásico, Way (2008) sostiene que desde una perspectiva sociocientífica estos eventos no deberían ser considerados como revoluciones sino como cambios de
régimen o simples degradaciones autoritarias. Igualmente, Tucker (2007) asevera que en estos casos
la palabra revolución no conlleva las consecuencias de cambio profundo y de largo plazo ligadas a
este tipo de eventos, sino que en los casos exitosos como el de Serbia en el 2000, Georgia en el 2003
y Ucrania en el 2004, hace referencia al hecho que las fuerzas de oposición lograron derrocar el
régimen vigente, mientras en los casos fallidos como el de Azerbaiyán en el 2005 y Bielorrusia en el
2006, las protestas postelectorales estuvieron seguidas por el fortalecimiento de la regla autoritaria.
Dependiendo del enfoque y del mayor o menor peso asignado a determinados factores, la
definición de RC propuesta por cada autor puede hacer énfasis en ciertos elementos y variar de
manera moderada (ver Tabla 1).
No obstante, a pesar de las diferencias existentes, las definiciones propuestas comparten cinco
elementos comunes: 1) las RC no deben entenderse como revoluciones en sentido clásico del
término de acuerdo a lo expuesto anteriormente; 2) el espacio geográfico en el que se desarrollaron
se corresponde con el de Eurasia postcomunista; 3) la temporalidad en que se presentaron
comprende desde el año 2000 hasta el 2006; 4) el núcleo duro de las definiciones lo constituye las
protestas postelectorales y; 5) se subraya el fuerte contenido simbólico y la no violencia que
caracterizó estas protestas.
En un intento por recoger y sintetizar los principales elementos expuestos por los principales
autores de este tema, se ha planteado una definición propia de las RC que busca responder los
siguientes interrogantes: ¿qué son las RC?, ¿dónde ocurrieron?, ¿cuándo sucedieron?, ¿quiénes
fueron sus protagonistas?, ¿cuáles fueron sus principales características?, y ¿cuál era su objetivo?
Teniendo en mente estas preguntas se ofrece la siguiente definición: las RC fueron protestas
postelectorales que tuvieron lugar en Eurasia postcomunista entre el año 2000 y 2006. Fueron
detonadas por el fraude electoral, protagonizadas por la oposición y se caracterizaron por un fuerte
contenido simbólico y el uso de la no violencia. Mientras en el corto plazo reivindicaban el
reconocimiento de resultados electorales legítimos o la realización de nuevos comicios libres y
justos, en el largo plazo el objetivo recaía en la institucionalización de un sistema democrático. El
nombre de RC hace alusión a la manera pacífica en que se desarrolló la Revolución de Terciopelo
checoslovaca de 1989 y a su vez se deriva de la utilización simbólica de colores o nombres de flores
empleados como elementos de identificación por parte de la oposición, particularmente por los
movimientos sociales, actores relevantes tanto para el surgimiento y la caracterización, como para el
desenlace específico de los eventos revolucionarios.

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Tabla 1. Definiciones de las RC
Definición

Autor
Valerie
Sharon
(2009)

Bunce y
Wolchik

Han adoptado una definición más neutral: Revoluciones Electorales, para destacar el hecho que las
protestas ocurrieron dentro de un marco de elecciones fraudulentas.

Katya Kalandadze
y
Mitchell
A.
Orenstein (2009)

Comparten la definición de McFaul (2005), excepto por la violencia; elemento que para los autores
ayuda a distinguir entre revoluciones electorales exitosas y fallidas. En las revoluciones exitosas no
hay rasgos de violencia, mientras las revoluciones fallidas son a menudo reprimidas por medios
violentos. Lo que hace únicas a las revoluciones electorales es la presencia masiva de manifestantes
en favor de un rasgo clave de la democracia: unas elecciones libres y justas que le den a la oposición
la oportunidad de ganar. El hecho de que le gente tome las calles para defender sus derechos
democráticos le da a las revoluciones electorales un sentido de legitimidad, interna e internacional,
de las que otras protestas masivas pueden carecer.

Michael
(2005)

McFaul

Se refiere a revoluciones electorales y hace énfasis en cuatro rasgos: 1) una elección fraudulenta
sirve como catalizador para las protestas electorales; 2) La oposición hace uso de medios extra
constitucionales, dentro de los que se cuentan protestas masivas, para defender la causa
democrática; 3) Debido a la disputa de los resultados electorales tanto gobernantes como
candidatos de la oposición declaran su autoridad; y 4) Ambos bandos evitan cualquier uso
significativo de la violencia.

Abel
Polese
y
Donnacha
Ó
Beachaín (2011)

Cada vez con mayor aceptación pero no de manera universal se hace referencia a las revoluciones
de color como protestas postelectorales que tuvieron lugar en Serbia, Georgia y Ucrania y a las
demostraciones que tuvieron lugar en otros Estados postsoviéticos. El significado simbólico del
color no debe ser subestimado. Un color en algunas ocasiones ha sido la vía para expresar la
discrepancia sin necesidad de hablar, ha tenido un impacto visual sustancial y ha sido el símbolo
que unió emocionalmente y políticamente a los manifestantes. No se estima que el término
revolución de color sea engañoso, desprovisto de valor descriptivo porque se han centrado en la
sustancia más que en la forma de las protestas.

Vitali Silitski (2010)

Las revoluciones de color son cambios políticos a lo largo del mundo postcomunista que pueden
ser divididos en tres categorías: 1) elecciones transformadoras; 2) evoluciones electorales como tal;
y 3) levantamientos populares postelectorales.

Joshua
(2007)

Término para referirse a los eventos acontecidos entre los noventa y dos mil en ciertos países de
Europa del Este y las Repúblicas postsoviéticas. El uso de la palabra revolución no implica que
conlleva las consecuencias de largo plazo de esos eventos, sino que se usa para identificar que las
fuerzas anti-régimen fueron exitosas derrocando el régimen en vigor. Específicamente lo empleó
para referirse a la Revolución Negra de Serbia en 2000, la Revolución Rosa de Georgia en 2003, la
Revolución Naranja de Ucrania en 2004 y la Revolución de los Tulipanes de Kirguizistán en 2005.

Tucker

Lucan Way (2008)

Las RC corresponden a la segunda ola de transiciones en Europa del Este y Europa Central. En
muchas definiciones socio-científicas estos eventos no deberían ser considerados revoluciones sino
cambios de régimen o simples degradaciones autoritarias. Sin embargo, por simplicidad y en línea
con muchos observadores de las revoluciones de color, usa el término para referirse a los casos
postcomunistas de cambio autoritario.

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Aciertos: Las Primeras Clasificaciones de la Literatura sobre las RC
Desde comienzos del siglo XXI y hasta la actualidad, se ha producido una abundante
bibliografía sobre las RC. Joshua A. Tucker (2007), fue el primero de los autores en proponer una
clasificación de la literatura existente y expuso que hasta ese momento, las explicaciones sobre las
RC seguían una de las siguientes tres vertientes: el primer set de explicaciones ubicó a las RC dentro
del amplio marco del mundo de la post Guerra Fría, donde se vislumbraba una tensión entre oriente
y occidente dentro del panorama europeo. La segunda aproximación se centró en la naturaleza de
los movimientos de oposición, haciendo especial énfasis en las coaliciones de partidos políticos y;
una tercera línea, enfocada a explicar el éxito de las RC, argumentó sobre la inhabilidad de los
Presidentes - candidatos para consolidar sus regímenes autoritarios (ver Figura 1).
Tucker (2007) criticó las orientaciones anteriores, al señalar que se trataban de análisis basados
esencialmente en las élites y como contraprestación, propuso explorar qué pasaría cuando se pone
en el centro del análisis a la masa pública que participó en estas protestas. Siguiendo este orden de
ideas, el autor se preguntó ¿por qué los manifestantes de las RC eligieron la calle luego del fraude
electoral? La respuesta ofrecida por este autor establece que cuando hay grandes agravios por parte
del régimen y la manifestación produce altos costos frente a pocas oportunidades de éxito, la
mayoría de los ciudadanos decide no desafiar el régimen. En el caso de las RC, el fraude electoral es
concebido como un elemento clave a la hora de resolver el problema de la acción colectiva,
particularmente en sociedades donde los ciudadanos han sufrido grandes agravios por parte del
régimen, y por ende funciona como detonante de la movilización.

Figura 1. Clasificación de la literatura sobre las RC (Tucker, 2007)
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Tres años más tarde, Vitali Silitski (2010) ofreció una nueva recopilación de la literatura
relativa a las RC, en la que identificó dos paradigmas dominantes en este campo. El primero se
centraba en las precondiciones domésticas requeridas para el cambio de régimen, tales como una
débil capacidad represiva para combatir los desafíos de la oposición democrática y eventualmente, el
conflicto creado entre la intención del grupo dominante para garantizar la sucesión de su autoridad y
la necesidad de su legitimación democrática. El segundo enfoque hacía referencia al efecto bola
nieve o de contagio, y criticaba la comprensión de los eventos revolucionarios desde la aproximación
de las precondiciones domésticas, puesto que fallaba a la hora de explicar el porqué transiciones
electorales similares en el espacio euroasiático postcomunista tuvieron lugar aún en contra del
escepticismo no sólo de los analistas y observadores, sino también de las sociedades en las que se
generó un cambio de régimen (ver Figura 2).

Figura 2. Clasificación de la literatura sobre las RC (Silitski, 2010)
La recopilación más reciente sobre la literatura relativa a las RC fue generada por Polese y Ó
Beachaín (2011). Estos autores sostienen que aunque el debate de las RC ha sido enmarcado
principalmente dentro de la pugna estructura vs agencia, no deben dejarse de lado otros factores
explicativos tales como la difusión y el rol de la oposición política. Además de esto, Polese y Ó
Beachaín han sido los primeros autores en introducir a la sociedad civil como actor relevante dentro
de las RC (ver Figura 3).
Aunque partidarios de la propuesta que hace énfasis en la estructura, e innovadores de la
misma al incluir en el espectro de análisis a actores no estatales, también reconocieron el importante
aporte realizado por los estudiosos de las RC que han optada por la agencia, entendida como el
“conjunto de acciones deliberadas, detalladas, coordinadas y profundamente planeadas tomadas por
un amplio rango de jugadores políticos internacionales pero especialmente domésticos” (Bunce y
Wolchik, 2009, p. 23).

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Abel	&#13;  Polese	&#13;  y	&#13;  
Donnacha	&#13;  Beachaín	&#13;  
(2011)	&#13;  

Estructura
(Way, 2005)

Agencia
(Bunce y Wolchik,
2006)

Difusión
(Beissinger, 2007)

Oposición

Sociedad Civil

Figura 3. Clasificación de la literatura sobre las RC (Polese y Ó Bechaín, 2011)
Una vez mencionadas las principales recopilaciones realizadas hasta el momento sobre la
literatura relativa a las RC (Tucker, 2007; Silitski, 2010 y; Polese y Ó Bechaín, 2011), acto seguido se
propone una nueva clasificación que integra los elementos más relevantes de las propuestas
expuestas anteriormente y que pone de manifiesto la necesidad de integrar a los movimientos
sociales dentro del análisis teórico sobre las RC. Siguiendo con este orden de ideas, la literatura ha
sido agrupada con el objetivo de dar respuesta a tres interrogantes: ¿cuál fue el detonante de las RC?,
¿por qué algunas tuvieron éxito mientras otras fracasaron?, y ¿por qué se detuvieron en el 2006?
Desafios: Hacia una Nueva Clasificación de la Literatura
¿Cuál fue el detonante de las RC?
Con relación al primer interrogante: ¿cuál fue el detonante de las RC? se han ofrecido
diferentes respuestas a partir del modelo de la difusión, el fraude electoral, la dinámica de la post
Guerra Fría y la elección institucional propia de estos países. A continuación se abordará
brevemente cada una de estas cuatro propuestas. Siguiendo a Polese y Ó Beachaín (2011), no es
posible encontrar un punto claro del inicio de las RC, pero se puede argumentar que su referente
directo más importante fueron las elecciones parlamentarias del 25 y 26 de septiembre de 1998 en
Eslovaquia. En esta oportunidad, los cuatro partidos que configuraron la oposición lograron hacerse
con la victoria frente a la coalición tripartita que apoyaba al Gobierno de Vladimír Mečiar. Aunque
técnicas electorales similares a las desplegadas por la oposición eslovaca habían sido empleadas
durante años por movimientos de oposición en las regiones post-socialistas, Eslovaquia proveyó el
prototipo de estrategia que sería desarrollada de manera amplia dentro de las RC y acuñó los
elementos clave para la explosión de las protestas postelectorales. Esta experiencia inspiró el
surgimiento y desarrollo de otros movimientos en la región, que con cada éxito revolucionario y con
el acceso a nuevos recursos, fueron mejorando paulatinamente la estrategia inicial.
En este sentido, hay tres aspectos de la campaña eslovaca particularmente valiosos para el
proceso de aprendizaje de los movimientos sociales en las RC: 1) la coordinación de una campaña
cívica con líderes de la oposición, lo que generó que diferentes frentes trabajaran en conjunto en
torno a metas comunes. 2) El establecimiento de redes con actores externos tales como los Estados
Unidos y la Unión Europea (UE a partir de ahora), cuya intervención ayudó a limitar el nivel de
represión durante la campaña electoral e incidió en la prevención del fraude electoral en 1998. 3) La
campaña desplegada por el movimiento OK’98, Obcianska Kampan (Campaña de educación cívica),

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basada en la no violencia y cuyo éxito a la hora de atraer votantes a las urnas hizo de ésta una de las
principales estrategias adoptadas por los movimientos posteriores. La elección presidencial del 2000
en Serbia constituyó una de las máximas expresiones de esta última estrategia, puesto que los
activistas de Otpor lograron que cientos de miles de jóvenes apáticos frente a la política,
transformaran su percepción en torno a las elecciones y votaran por primera vez en unos comicios
que cambiaron radicalmente el escenario político serbio.
Siguiendo con este orden de ideas, desde el modelo de la difusión las RC deben ser entendidas
como eventos interconectados y no sólo como producto de las decisiones tomadas por los actores
en el ámbito local. Los vínculos entre los casos de democratización han sido la norma, en vez de la
excepción y, a su vez, esos vínculos han afectado los resultados (éxito/fracaso) revolucionarios.
Dicho de otro modo, los actores de las RC, principalmente los movimientos sociales, se prestaron
entre sí tácticas, formas organizativas, consignas e incluso logos. De este modo, a diferencia de
autores como Way (2008) quien sostiene que las RC no deberían pensarse como eventos de una ola
interrelacionada, puesto que cada una pudo haber ocurrido aún si los demás casos en el vecindario
no se hubieran materializado y aún sin la influencia de redes transnacionales, cada RC exitosa
produjo una experiencia que fue conscientemente adoptada por otros, expandida por las
Organizaciones No Gubernamentales (ONG a partir de ahora) y emulada por movimientos sociales
locales, formando el contorno de un modelo de difusión (Beissinger, 2007).
Los elementos básicos de este modelo giran en torno a seis aspectos: 1) el fraude electoral
entendido como el detonante de las movilizaciones masivas en contra de los regímenes pseudodemocráticos, 2) El soporte externo para fortalecer a los movimientos democráticos locales, 3) La
organización de grupos radicales de jóvenes que emplearon tácticas de protesta no convencional
antes de las elecciones, con la finalidad de minar la popularidad del régimen y exigir la renuncia de
los Presidentes – candidatos autoritarios, 4) El establecimiento de una oposición unida, 5) La presión
diplomática externa y un amplio e inusual monitoreo electoral, y 6) Una movilización masiva y no
violenta ante el anuncio de fraude electoral, estrategia propuesta por el gurú de la resistencia pacífica
en occidente, Gene Sharp.
El segundo elemento propuesto para responder a la pregunta de cuál fue el detonante de las
RC hace énfasis en el fraude electoral. Las RC, tanto la Revolución Negra de Serbia del 2000, la Rosa
de Georgia del 2003, la Naranja de Ucrania del 2004, la Naranja de Azerbaiyán del 2005 y la Azul de
Bielorrusia del 2006, comparten el rasgo común de girar en torno a una elección fraudulenta
(Tucker, 2007). En todos los casos, una elección (presidencial o parlamentaria) tuvo lugar y los
resultados fueron vistos como ampliamente manipulados por el régimen en vigor. Como resultado,
se generaron protestas masivas encabezadas por movimientos sociales, que en Serbia, Georgia y
Ucrania decantaron en el reconocimiento de la victoria de la oposición, mientras que en Azerbaiyán
y Bielorrusia estuvieron seguidas por el afianzamiento de las élites tradicionales en el poder. De
acuerdo a este planteamiento, el fraude constituiría un importante marco dentro del cual se crean las
oportunidades para movilización, porque parafraseando a Beissinger (2007), los regímenes se tornan
más vulnerables durante el ciclo electoral.
Por otra parte, se encuentran dos conjuntos de explicaciones de tipo geopolítico sobre el
detonante de las RC (Tucker, 2007). Como se mencionó anteriormente, el primer set de
explicaciones ubica estos eventos dentro del marco de la post Guerra Fría, específicamente en la
pugna librada entre Oriente y Occidente dentro del contexto europeo. Este argumento a menudo
toma una de las dos formas siguientes: 1) la primera aproximación se centra en la ayuda ofrecida por
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varios actores de occidente a los miembros de la oposición en Eurasia postcomunista, temerosos de
que el liderazgo de sus países podría llevarlos a un patio de permanente exclusión europea, en
general, y de las instituciones europeas tales como la UE, en particular, 2) Especialmente popular en
Rusia, la segunda aproximación generada dentro de esta perspectiva ubica a las RC en el contexto de
las luchas geopolíticas de la post Guerra Fría por el dominio entre Rusia y Occidente,
específicamente sobre áreas que habían sido largamente consideradas bajo la esfera de la influencia
soviética.
El segundo conjunto de explicaciones se ha centrado en la naturaleza de los movimientos de
oposición política (conformados principalmente por coaliciones de partidos), en cada uno de los
países escenario de las protestas postelectorales. En pocas palabras, ha subrayado cómo los grupos
de oposición han aprendido a lo largo del tiempo a ser más efectivos, bien sea gracias a sus
experiencias previas, o a través de la transmisión de información de actores externos y en particular,
de actores pertenecientes a países que han experimentado su propia RC.
Finalmente, la última explicación sobre cuál fue el detonante de las RC se deriva de la
presencia del presidencialismo patronal en esta región del mundo. Este tipo de institución está
marcada por oscilaciones regulares y razonablemente predecibles entre periodos de alto cierre
político y periodos (algunas veces repentinos) de apertura política, incluyendo los fenómenos
típicamente llamados RC. La apertura sólo termina en último caso en verdadera democratización si
envuelve un cambio en las instituciones fundamentales del presidencialismo patronal. En suma, las
RC deben ser entendidas no como avances democráticos sino como fases de contestación en los
ciclos del régimen, y resultan exitosas si gana la oposición (Hale, 2006).
A pesar de que la pregunta ¿cuál fue el detonante de las RC? ha encontrado respuestas en el
modelo de la difusión, el fraude electoral, la dinámica de la post Guerra Fría y la elección
institucional, no debe subestimarse la influencia de los movimientos sociales en los orígenes de las
RC, en tanto estos actores resultaron determinantes a la hora de movilizar a la sociedad en contra del
fraude electoral. No solo esto, fueron los movimientos sociales quienes en la mayoría de los casos
modelaron los símbolos (colores y flores) que identificaron a estos eventos y, quienes atravesaron las
fronteras nacionales para capacitar a nuevos activistas en lugares con conato de revolución,
contribuyendo de esta manera a la creación de un complejo, diverso y creativo repertorio de
contienda política. Una vez presentada esta primera clasificación relativa al origen de las RC, se
expondrán los principales planteamientos de la literatura concerniente al éxito o fracaso de dichos
eventos, entendido este como el cambio o permanencia del régimen que se retaba.
¿Por qué Algunas RC fueron Exitosas y otras Fracasaron?
Con relación a la segunda pregunta ¿por qué algunas RC tuvieron éxito mientras otras
fracasaron?, los académicos han hecho énfasis principalmente en los factores estructurales y los
factores contingentes. Mientras que dentro de los primeros se destaca el papel de las élites, dentro
de los segundos se hace mención al Modelo Electoral propuesto por Bunce y Wolchik (2009). No
obstante, y aunque estas dos propuestas han dominado el grueso de la literatura sobre el tema en
cuestión, también se han ofrecido otras propuestas, muchas veces complementarias a las dos grandes
vertientes, dentro de las que cabe destacarse la fuerza del ejemplo.
Antes de hacer referencia a los factores estructurales y contingentes, debe mencionarse que
McFaul (2005) fue el primero en proponer una lista de elementos comunes que unen los casos de
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Serbia en el 2000, Georgia en el 2003 y Ucrania en el 2004 como casos de éxito revolucionario.
Estos casos de ruptura autoritaria se parecen entre sí y se diferencian de otras transiciones
democráticas, en cuatro aspectos críticos: 1) en los tres casos, el inicio para el cambio de régimen fue
una elección nacional fraudulenta, no una guerra, una crisis económica, una división entre las élites
dominantes, un choque externo, un factor internacional o la muerte del dictador, 2) Los retadores
democráticos desplegaron medios extra-constitucionales para defender la constitución democrática
existente, en vez de buscar generar nuevas reglas del juego político, 3) Cada país acogió por un
tiempo la competencia entre retadores y retados y los clamores simultáneos para mantener la
autoridad soberana, uno de los sellos de la situación revolucionaria, 4) Todas las situaciones
revolucionarias terminaron sin violencia masiva. Por otra parte, los Presidentes – candidatos
ordenaron el uso de métodos coercitivos incluyendo asaltos a periodistas y candidatos de la
oposición y la clausura de medios independientes. No obstante, no llamaron al ejército o a las
fuerzas de seguridad para reprimir las protestas, como sí ocurrió en los casos de fracaso que tuvieron
lugar en Azerbaiyán y Bielorrusia.
Dentro de los factores necesarios para el éxito, Mc Faul (2005) cita los siguientes: 1) la
vigencia de un régimen semi-autoritario en vez de uno totalmente autoritario, 2) La existencia de un
Presidente - candidato impopular, 3) La conformación de una oposición unida y organizada, 4) La
capacidad de saber rápidamente que los resultados electorales fueron falsificados, 5) Contar con
suficientes medios independientes para informar a los ciudadanos sobre el fraude electoral, 6) La
presencia de una oposición política capaz de movilizar manifestantes para protestar en contra del
fraude, y 7) Evidencia de divisiones entre las fuerzas coercitivas del Estado.
Igualmente señala que así como los factores anteriormente citados son determinantes para el
éxito de las RC, hay otros factores que no fueron importantes, dentro de los cuales se cuentan los
siguientes: 1) el estado de la economía o el nivel económico alcanzado por los países no jugó un rol
causal uniforme en los casos de avance democrático, 2) Los tres países tuvieron historias recientes
de tensiones étnicas o problemas que incluían guerras abiertas. No obstante, una completa
resolución de las disputas fronterizas no constituyó una precondición para el avance democrático, 3)
Las divisiones entre las líneas duras y suaves que apoyaban a los Presidentes – candidatos
autoritarios también figuran como poco importantes a la hora de impulsar el cambio democrático, 4)
La relación entre las élites políticas en el poder y occidente no tuvo un peso particular, 5) Los
programas de asistencia democrática de occidente jugaron un rol visible en todos los casos. Sin
embargo, la ayuda extranjera no jugó un rol independiente en ninguno de los avances, pero
contribuyó a la conflictividad aumentando o disminuyendo el valor relativo de cada uno de los siete
factores mencionados en el párrafo anterior como necesarios para el éxito revolucionario, y 6) La
calidad de los recursos positivos o plataformas elaboradas por la oposición en cada país, también
parece bastante insignificante.
A partir de la propuesta de Mc Faul (2005) se generó un interés por determinar los elementos
facilitadores del éxito en las RC, siendo los más ampliamente expuestos los factores estructurales y
los factores contingentes. Way (2008), argumenta que los factores estructurales, en oposición a las
dinámicas electorales y de difusión, constituyen la causa real de las recientes olas de triunfos
electorales sobre los dictadores en Eurasia postcomunista. Para el autor, las RC son casos de fracaso
autoritario en vez de casos de democratización. El colapso autoritario trajo democracia en la forma
de elecciones libres y justas y el fin de serias presiones del gobierno sobre los medios. En contraste,
la crisis autoritaria permitió la emergencia de nuevos gobiernos que retomaron muchos de los

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mecanismos autoritarios usados por sus predecesores, incluyendo fraude electoral y supresión de los
medios.
En breve, Para Way (2008) la crisis autoritaria está relacionada positivamente con la fortaleza
de los lazos con occidente y negativamente con la fortaleza del partido autocrático o del Estado del
régimen vigente. En este sentido, se deben tener en cuenta tres elementos: 1) la presencia de un solo
partido reinante y altamente institucionalizado, 2) Un extensivo y bien fundado aparato coercitivo
que ha ganado un conflicto significativo, y 3) control discrecional del Estado sobre la economía, de
jure o a través de la captura de una gran riqueza mineral como el petróleo o el gas.
En contraprestación a esta propuesta, surgió la iniciativa de que los vínculos entre los casos de
democratización han sido la norma en vez de la excepción y que dichos vínculos han afectado los
resultados (éxito/fracaso) de las RC (Beissinger, 2007). En los fenómenos modulares, la influencia
del ejemplo puede substituir algunos vacíos propios de la desventaja estructural permitiendo a
algunos grupos menos avanzados estructuralmente comprometerse en una acción exitosa gracias a la
influencia del ejemplo previo de otros casos. De esta manera, la imitación de éxitos precedentes es el
mecanismo básico que conduce a la expansión del fenómeno modular. El proceso del ejemplo se
diferencia de otros de contagio debido a que no se define por la proximidad o conformidad, sino
por la analogía y beneficios obtenidos a través de la asociación con el éxito previo.
Por otra parte, el cómo responden las instituciones al proceso modular sugiere si el impacto de
este proceso cambia sustancialmente o no. Esto dependerá, como es obvio, de las vías tomadas por
las instituciones dentro de dicho proceso. Indagando sobre esta dinámica, Beissinger (2007) ha
identificado cuatro condiciones que no necesitan estar presentes pero que aumentan las
posibilidades del éxito revolucionario. Estas son: 1) un grado representativo de apertura política; 2)
una tradición reciente de protesta, 3) la existencia de diferencias regionales entre grupos culturales
dominantes, y 4) control de la oposición sobre los gobiernos locales. Siguiendo la línea
argumentativa desarrollada por Way (2008), Beissinger (2007), se han identificado seis condiciones
estructurales que podrían ser necesarias para el éxito revolucionario: 1) la presencia de fraude
electoral, 2) una significativa representación de la oposición en el legislativo, 3) el año de
enrolamiento en la educación superior, 4) unos lazos débiles entre el régimen y los militares, 5) la
presencia significativa de diversas ONG promotoras de la democracia, y 6) La ausencia de una
economía exportadora de energía.
Dimitrov (2009) respalda la propuesta de Way (2008), que sostiene que los niveles de fortaleza
del régimen y los vínculos con occidente ayudan a explicar la crisis del autoritarismo, pero añade el
factor de la popularidad de los Presidentes - candidatos como elemento que puede contribuir a dar
cuenta de la resistencia autoritaria en la región. Así pues, los Presidentes - candidatos deben tener a
su disposición tres estrategias para asegurar su popularidad: 1) populismo económico: el gasto social
y el compromiso con las políticas de redistribución económica aumentan su aprobación pública, 2)
nacionalismo anti-occidente: en algunos países donde el sentimiento público no está a favor de
occidente, los Presidentes - candidatos pueden tener éxito previniendo la unidad de la oposición a
través de la retórica anti occidental; y 3) Control exitoso de los medios: incluye eliminar críticos del
régimen y control estatal sobre la prensa escrita, televisión e información electrónica. Controlar a los
medios les garantiza a los líderes autoritarios cobertura positiva y le niega a la oposición una
plataforma de participación. Estas tres estrategias producen altos niveles de legitimidad del régimen
así como de estabilidad del mismo.

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En contraposición a la propuesta de los factores estructurales, y de una manera más cercana a
la propuesta que se busca desarrollar, en la que se destaca el rol de los movimientos sociales dentro
de las RC, Bunce y Wolchik (2009) señalan que la clave del éxito revolucionario recae en los factores
contingentes. En crítica abierta a la propuesta ofrecida por Way (2008), las autoras sostienen que los
científicos sociales no pueden o no deberían reducir sus explicaciones causales a la influencia de una
categoría sencilla de causas, puesto que la estructura, la agencia y el proceso, todos son elementos
importantes. Es por tanto que no solo debe tenerse en cuenta el rol distintivo de las elecciones,
entendidas como espacios para el cambio político, sino también la difusión trasnacional de un
modelo particularmente efectivo para derrotar al dictador, denominado por las autoras como el
Modelo Electoral.
Por otra parte, así como ha sido importante para el éxito de las RC el aprendizaje de los
movimientos de oposición, el fracaso revolucionario ha estado influenciado por el aprendizaje de las
élites para reversar o neutralizar las estrategias de la oposición. Algunas élites políticas han sido
capaces de producir un antídoto para lo que consideraron un virus del color. Han tomado nota de
las lecciones derivadas del fenómeno de las RC y han estado suficientemente unidas, tomando
decisiones efectivas, mientras aseguran la obediencia tanto de los centros formales como de los
centros informales de poder dentro del Estado (Polese &amp; Ó Bechaín, 2011).
En este orden de ideas, la supervivencia del régimen, y por extensión el fracaso de la RC,
depende ampliamente de la capacidad de la élite gobernante de digerir las lecciones sobre cuál es la
mejor manera de neutralizar o contrabalancear las estrategias de los movimientos de la oposición. Se
sugiere que ha existido una estrategia, o set de acciones, que los regímenes han adoptado para frenar
el triunfo de las situaciones revolucionarias, de tal modo que las fallas a la hora de aprender esta
estrategia, o de aplicarla correctamente, podrían abrir el camino para las fuerzas de la oposición y el
cambio político en un país. Así pues, con cada intento de RC, las élites de Eurasia postcomunista
refinaron su comprensión de los procesos. En este sentido, si querían evitar compartir el destino de
Serbia, Georgia o Ucrania, las élites tendrían que tomar acciones preventivas en diferentes niveles.
La mayoría de los regímenes que habían presenciado el éxito de las RC en esos tres países,
comenzaron a identificar las características clave de las RC y a tomar medidas para asegurar que los
actores de la sociedad civil no fueran capaces de lograr el mismo grado de libertad que en dichas
sociedades.
El movimiento más notable con relación a estas actitudes fue la evaporación de la tolerancia
para las ONG, particularmente aquellas que habían sido identificadas como colaboradoras de los
movimientos de oposición. La contrarrevolución también avanzó en otras dimensiones: los medios
cayeron bajo un estricto control estatal, se suprimió y/o persiguió a los movimientos que intentaron
emular al Otporde Serbia, al Kmara de Georgia o al Pora de Ucrania y, se prohibió la entrada de
activistas extranjeros al país. Asimismo, los gobiernos que buscaban prevenir RC en sus territorios,
crearon movimientos juveniles pro-régimen como Nasha Rusia (Nuestra Rusia), con el objetivo de
contrarrestar el peso de los movimientos juveniles de oposición. En último lugar, algunos
regímenes, principalmente aquellos con importantes recursos naturales o con significativa
importancia estratégica, encontraron que podían escapar de la censura de occidente (Polese &amp; Ó
Bechaín, 2011).
Finalmente, Kalandadze y Orenstein (2009) han adoptado el término revolución electoral
propuesto por Bunce y Wolchik (2009) y han analizado todos los casos que se han presentado desde
1991, distinguiendo entre revoluciones electorales exitosas y fracasadas. A modo de conclusión
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afirman que las revoluciones electorales exitosas han mostrado ningún o insignificante progreso
democrático en sus etapas posteriores. Las revoluciones electorales han resultado poco efectivas a la
hora de promover el avance de la democratización, puesto que ponen demasiado énfasis en las
elecciones mismas y no en otros obstáculos fundamentales para la democratización de regímenes
híbridos y autoritarios.
Es así que la democratización ha sido lenta o nula en esos países, principalmente a causa de la
permanencia de sus profundos problemas estructurales, que las revoluciones electorales no estaban
equipadas para resolver. Las elecciones fraudulentas fueron sólo la punta del iceberg en esos países,
donde persisten otros problemas tales como la falta de una cultura de competencia política, una
estructura de partidos políticos poco desarrollada, conflictos de poder más allá del círculo electoral,
corrupción y falta de Estado de derecho, sólo por mencionar algunos. Sumado a esto, todos los
países que han experimentado una RC permanecen pobres o relativamente pobres y, dos de ellos,
Georgia y Serbia, mantienen disputas territoriales. Para terminar, se abordará el interrogante ¿por
qué se detuvieron las RC en el 2006?
¿Por qué se detuvieron las RC en el 2006?
Gran parte de las respuestas a dicho interrogante ha girado en torno a tres ejes fundamentales:
el agotamiento del modelo, el aprendizaje del modo de obrar de la oposición por parte de los líderes
autoritarios y, el efecto Darwin.
Con relación al agotamiento del modelo, Beissinger (2007) sostiene que el peso del ejemplo
afecta el comportamiento de la siguiente manera: la influencia del ejemplo aumenta gradualmente
con el tiempo y con cada éxito revolucionario. Eventualmente, llega a un punto culmen que
proviene tanto del peso acumulativo de los ejemplos de éxito como de la acción emulativa
multiplicada rápidamente a través de los grupos. Posteriormente, el modelo modular enfrenta un
segundo momento donde el efecto del ejemplo en las acciones subsecuentes comienza a disminuir
rápidamente y se apaga eventualmente.
Así mismo Bunce &amp; Wolchik (2009) sostienen que puesto que el modelo se expandió, los
autócratas fueron puestos en preaviso y comenzaron a desarrollar estrategias de contención,
quitándole de esta manera fuerza a la red opositora. Aunque los activistas locales emularon los
procesos observados fuera de sus países, lo hicieron sin mucha planificación y con grandes
constricciones de tiempo y recursos. Como todas las dinámicas de difusión, la expansión del modelo
electoral fue dispareja a través de la espacialidad y temporalidad, y tuvo diferentes consecuencias
locales, hasta que eventualmente llegó a su fin.
Con relación a la propuesta basada en el aprendizaje de los líderes autoritarios, se sostiene que,
las RC provocaron que las élites políticas en el poder de Azerbaiyán, Bielorrusia, Kazajistán, Rusia y
otros países de Eurasia postcomunista reforzaran los esfuerzos domésticos para prevenir desafíos de
la oposición. Las medidas anticipadas incluyeron restricciones de grupos de la sociedad civil y
persecuciones y sanciones a la oposición, así como limitaciones a la asistencia democrática (Polese y
Ó Beachaín, 2011).
El efecto Darwin propuesto por Silitski (2010), describe la contra-reacción a la ola de RC en
las autocracias de Eurasia poscomunista. Éstas se blindaron ante las posibles amenazas al poder
autoritario, mediante el fortalecimiento de las tendencias y la regla autocrática reinante en estos

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Estados. Mientras el efecto Darwin explica la contra-reacción autocrática interna, esto es, los
esfuerzos locales para adelantarse a la posibilidad del cambio de régimen, el efecto regional explica la
resistencia exterior al contagio democrático. Por una parte, como la ola de revoluciones golpeó la
región hostil al cambio de régimen, provocó la consolidación de las autocracias sobrevivientes a
través de la convergencia autoritaria. Esta fue expresada en medidas conjuntas, interacciones y
alianzas entre los Estados y regímenes en lo que había un interés por la extinción y reversa de la ola
de democratización. Por otra parte, la ola de revoluciones coincidió y aceleró la reafirmación
permanente de la hegemonía regional rusa, debido al temor de contagio expresado por el Kremlin,
en tanto dichos procesos de transformación democrática podría minar su posición dominante en la
región. Esta reafirmación de poder, facilitada por la dependencia de los países postsoviéticos de
Rusia, debilitó las expectativas para el sostenimiento de los avances democráticos y reforzó el
autoritarismo en la región.

Rodríguez (2014)

Detonantes de las RC
-Modelo de la difusión
(Polese y ÓBechaín,
2011)
-Fraude electoral
(Tucker 2007)
-Dinámica post Guerra
Fría
(Tucker, 2007)
-Elección institucional
(Hale, 2006)

Éxito y fracaso de las
RC

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-Factores estructurales
(Way, 2008)
-Modelo Electoral
(Bunce y Wolchik,
2009) 	&#13;  
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Finalización de las RC
-Agotamiento del modelo
(Beissinger, 2007)
-Aprendizaje líderes
autoritarios
(Polese y ÓBechaín,
2011)
-Efecto Darwin
(Silitski, 2010)

Figura 4. Clasificación de la literatura sobre las RC (Rodríguez, 2014)
Conclusión
Durante la primera mitad del siglo XXI el espacio Euroasiático fue testigo de una oleada de
RC. Este fenómeno, en el que se revirtieron procesos electorales fraudulentos mediante protestas
masivas, comenzó con la Revolución Negra de Serbia en el año 2000 y continuó con la Revolución
Rosa de Georgia en el 2003 y la Revolución Naranja de Ucrania del 2004.
Posteriormente, pero esta vez sin éxito, prosiguió con las Revoluciones Naranja de Azerbaiyán
en el 2005 y Azul de Bielorrusia en el 2006. Puesto que las movilizaciones postelectorales se
desarrollaron sin violencia, al menos por parte de los manifestantes, y estuvieron revestidas con un

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fuerte contenido simbólico, cada una de ellas fue bautizada con el color adoptado a manera de
distintivo por los movimientos de oposición.
Un rasgo notable de este fenómeno fue que estuvo acompañado por el ascenso de
movimientos sociales conformados principalmente por jóvenes estudiantes, tal y como puede
observarse con Otpor de Serbia, Kmara de Georgia, Pora de Ucrania, Yeni Fikir de Azerbaiyán y Zubr
de Bielorrusia. Aunque en el escenario Euroasiático de estos comienzos de siglo, los movimientos
sociales desempeñaron un papel significativo dentro de las RC, gran parte de los estudios sobre el
tema han centrado su foco de atención en actores tales como las élites gobernantes autoritarias o
los partidos de oposición. Ha sido por tanto el interés de este artículo asumir el desafío de
contribuir a la ampliación del espectro analítico, mediante la inclusión de otro tipo de actores
relevantes para la acción colectiva.
Las RC no deben entenderse como revoluciones en el sentido clásico del término, puesto que
sus dinámicas, desarrollos internos y alcances distan bastante de los resultados expuestos por
estudiosos de los fenómenos revolucionarios tales como Tilly (1978) o Skocpol (1979). Al abordar
las RC deben tenerse en cuenta ciertos elementos particulares tales como el espacio geográfico en el
que se desarrollaron las protestas postelectorales: Eurasia postcomunista; la temporalidad en la que
se presentaron: entre el año 2000 y 2006; el detonante: el fraude electoral y principalmente; el fuerte
contenido simbólico y la no violencia que revistieron dichas protestas, esta última característica
ampliamente construida desde la estructuración y la puesta en marcha del discurso y el repertorio de
contienda política desplegado por los movimientos sociales.
Expuesto lo anterior, se ha planteado una nueva clasificación de la literatura existente sobre las
RC. Dicha iniciativa ha sido construida en torno a tres grandes temas: la génesis de las RC, las
posibles causas de éxito y fracaso de las mismas y, el porqué se extinguieron en el año 2006. A partir
de este abordaje es posible dar cuenta del importante rol desempeñado por los movimientos sociales
en las RC, a la par que se avanza hacia una comprensión más profunda sobre este tipo de actores,
sus dinámicas y logros, desde una perspectiva comparada.

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�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp. 24-52
ISSN: 2395-8448

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Synchronization in International Relations:
Triangular interactions between China, Latin American and the United States
Sincronización en Relaciones Internacionales:
Las relaciones triangulares entre China, Latinoamérica y Estados Unidos
Ana Soliz de Stange

Research Fellow/Doctoral Student at the GIGA German Institute of Global and Area Studies (Hamburg, Germany).
Email: ana.soliz@giga-hamburg.de
Website: http://www.giga-hamburg.de/de/team/soliz-landivar
Fecha de envío: 7 de mayo 2015
Fecha de aceptación: 14 de junio 2015

Abstract
Currently, there is an active debate about whether China’s rise is leading to it strengthening
relations with other states around the world, and about what the implications of that are for the
United States’ interests as the current global superpower. Concretely, the arrival of China in Latin
America—the “backyard” of the US—has raised questions about triangular interactions. Despite the
increasing attention being paid to empirical cases of triangular interaction, on the one hand, the
interactions between three states – or triangular interactions- have been far neglected in
International Relations (IR) theories and also there still lack suitable methodological instruments for
their evaluation. On the other hand, there is not enough empirical evidence currently available that
can explain how and to what degree states in triangular interactions may be synchronized.
In order to overcome the aforementioned theoretical and empirical gaps, this article
proposes: (1) to incorporate the principles of Physics—and specifically of Synchronization
Theory—into IR; (2) empirically analyze the interactions between China, Latin American countries
and the US from the Synchronization perspective.
Keywords: China, Latin America, United States, International Relations, Triangular interactions,
Synchronization
Resumen
Actualmente, se observa un activo debate sobre si la creciente presencia de China en otros
países alrededor del mundo, tiene implicaciones para los intereses de Estados Unidos, considerando
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�este último como la gran potencia a nivel global. Específicamente, la llegada de China a América
Latina – el “patio trasero” de los EEUU – ha dado lugar a preguntas sobre posibles interacciones
triangulares. A pesar de la creciente atención que se da a los casos empíricos de interacción
triangular, por una parte, las relaciones entre tres paises – o interacciones triangulares – no se han
sido abordadas por las teorías de Relaciones Internacionales (RRII), además de la falta de
instrumentos metodológicos adecuados para su evaluación. Por otra parte, actualmente no existe
suficiente evidencia empírica para explicar cómo y en qué medida los paises en interacciones
triangulares pueden sincronizar.
En búsqueda de superar las lagunas teóricas y empíricas anteriormente mencionadas, el
presente artículo propone: (1) incorporar los principios de la física – especialmente de la teoría de la
sincronización – a las RRII; (2) analizar de forma empírica las interacciones entre China, los países
latinoamericanos y los Estados Unidos desde la perspectiva de la sincronización.
Palabras claves: China, América Latina, Estados Unidos, Relaciones Internacionales, Interacciones
triangulares, Sincronización.

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�Introduction
Triangular relations are still an aspect of IR that—most noticeably in theoretical
approaches—has not been sufficiently studied. There are several empirical studies for these already
in existence, however, and consequently it is ultimately an appropriate theoretical framework and
suitable methods for studying triangular interactions that are missing. This theoretical and
methodological shortfall is reflected in the current impossibility to find whether triangular
interactions between states occur or to measure their degree of mutual correlation Triangular
interactions are basically the reciprocal communication between three states. The interactions can
involve mutual behavioral effects, as well as effects of one side on the other as long as the three
states interact. Interactions are possible regarding the different kind of matters over which states
interact, such as political, diplomatic, economic, military, technology, and cultural issues.
This article scrutinizes triangular interactions from interdisciplinary and eclectic approaches.
Taking an interdisciplinary approach is necessary due to the current limitations of IR theories and
methods for addressing all the factors involved in triangular interactions, where the exchange
between states is more complex due to the presence of a third state. In this case, the interdisciplinary
approach includes the adaptations of the Physics Synchronization theory into IR.
Eclectic approach refers to the use of different theoretical approaches in IR, in this case,
recurring mainly to realism, neo realism, as well as neo liberalism. “...What we refer to as analytic
eclecticism is distinguished by the fact that features of analyses in theories initially embedded in separate
research traditions can be separated from their respective foundations, translated meaningfully, and recombined as part
of an original permutation of concepts, methods, analytics, and empirics.” (Katzenstein &amp; Sil, 2008:111)
In Physics, Synchronization is understood “…as an adjustment of rhythms of oscillating
objects due to their weak interaction.” (Pikovsky, Rosenblum, &amp; Kurths, 2001). The oscillating
objects are two independent systems that are connected by a third mechanism. It is the third
mechanism, which permits the interactions between the two oscillating objects or systems.
Translating Synchronization into IR, it can be defined in its basic form as the correlated
cooperative and/or competitive interactions between three states in similar periods of time. One of
the three states plays the role of the third mechanism, which influences the interactions between the
other two states.
Thus, the main research questions are: how and to what degree does a triangular interaction
between states synchronize? To establish how Synchronization takes places, it looks for the
necessary contextual conditions to be present, e.g. time, the presence of failure and/or improvement
of bilateral demands compliance. The article assumes that although triangular interactions tend to
synchronize, triangular interactions are not per se synchronized. States synchronize when the
necessary conditions are present.
The degree of Synchronization indicates the intensity of the correlated interactions,
translated into more or less cooperative or competitive interactions, as well as the frequency of the
synchronized interactions in a period of time.
The empirical analysis will focus on the triangular interactions between China, Latin
American countries, and the US. There is no doubt that China has been the country with the most
exponential growth and greatest increase of power since the end of the Cold War. If we compare the
expansions of the BRIC countries, China is the leader in terms of an escalation of presence in the
international system in almost all areas: economic-commercial exchanges, investment, and military
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	&#13;  

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�expenditure for example. Therefore, the choice of China as the third state that interacts with other
regions and states is fully justified.
The choice to analyze the arrival of China in Latin America is made for geopolitical reasons.
First, this region is the sphere of direct influence of the US. One of the most important expectations
in IR—especially from a realist perspective—is that China’s rise is threatening US interests, as the
established power.
Second, the rise of China in Latin America is a relatively recent phenomenon (Dominguez,
2006; Jiang, 2006; Cesarin, 2006; Ellis E. , 2009; Fernandez &amp; Hogenboom, 2010). The increasing
presence of China during the last twenty years in Latin America has been unprecedented. At the
bilateral level, China has also established key Strategic Partnerships in Latin America—thereby
becoming the single most important cooperation partner for several different countries in the
region.
The aims of this article are thus to: (1) propose a theoretical framework to analyze triangular
interactions between states, focusing on the potential to Synchronize and (2) analyze whether and to
what degree the triangular interactions between China, Latin American countries and the US, over
political-diplomatic issues, and trade, have been synchronized.
For the empirical part, the article applies a mixed cross-method approach. Thus, it requires
case studies, including some quantitative techniques—such as the running average of the
interactions—and also a cross-correlation approach.
This article is divided into two main parts: the first contains the discussion and development
of the Synchronization approach framework; more briefly, the second includes the descriptive and
analytical scrutiny of China’s arrival in Latin America, with the empirical application of
Synchronization to the triangular interactions formed by the cases: Argentina–China–US, Brazil–
China–US, and Venezuela–China–US.
Triangular interactions in IR theories
In the literature, approaches to triangular interactions are as such almost nonexistent. However,
there are some interesting studies in triangular interactions, such as Dittmer (1981), Goldstein and
Freeman (1991), and Womack (2004). Dittmer (1981) developed the concept of “Strategic triangle”.
It was used to analyze the interactions between China, the Soviet Union, and the US during the Cold
War era. Dittmer (1981) elaborated a conceptual framework for strategic triangles and made a
classification system for them. He classified triangular interactions into three possible triangles:
“Ménage à trois,” “romantic triangle,” and “stable marriage.”
Nevertheless, one of the main limitations of Dittmer’s approach (1981) to the strategic triangle
was the fact that he analyzed it only from the perspective of triangular interactions being static. As a
result, Dittmer’s work could not be extrapolated to the dynamics of the international system,
wherein such interactions are anything but static. Thus, ten years after the Dittmer publications, the
empirical findings of Goldstein and Freeman (1991) would make the classification system earlier
proposed by Dittmer redundant.
Goldstein and Freeman (1991) also presented an empirical advancement on the strategic
triangle formed by China, the Soviet Union, and the US. They used some techniques of time-series
analysis, concluding that during the Cold War era the three countries had some kind of
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�interdependency on each other. However, they nevertheless did not propose an alternative or
improve the existing theoretical framework for triangular interactions.
For his part, Womack (2004) expanded the concept of a strategic triangle, introducing
therein the concepts of an “asymmetric triangle” and “acknowledgment for deference” (AFD).
Womack adapts Dittmer’s strategic triangle concept to the post-Cold War era. He also criticizes the
bilateral level of analysis of Dittmer in the context of explaining triangular interactions. Due to the
Cold War era having come to an end, Womack proposed to adapt Dittmer’s strategic triangle into
his own Asymmetric Theory. Despite the commendable contributions of Womack to our further
understanding of triangular interactions, on one hand, for Womack as for Dittmer bilateralism is still
at the heart of the analysis; on the other hand, the theoretical assumptions of Womack are based on
Constructivism.
Dittmer’s “Strategic Triangle”
The term “strategic triangle”1 was used during the Cold War era for analyzing the interactions
between China, the Soviet Union, and the US, especially from the end of the 1970s after Nixon’s
visit to China. However, a concrete definition of a strategic triangle was never developed. Dittmer
proposed to develop a comprehensible conceptual framework, wherein the three main forms of
triangles are classified.
Dittmer claimed that a strategic triangle “may be understood as a sort of transactional game
among three players” (1981: 485). Despite this perspective, he still opted to use a qualitative
approach, which is not indeed wrong. But, instead he just included terms from game theory, but did
not formally apply its logic to his study as such.
The main question Dittmer poses is: “Why do states fall into patterned relationships with
one another in the first place, and of what do such relationships consist?” The hypothesis of
Dittmer is that “states (representing their constituent members, of course) experience needs that
cannot be adequately satisfied at the domestic level, leading them to enter into contact with those
countries that dispose of the pertinent values” (1981: 486).
The necessities of states include several kinds of requirements: to exchange goods and
services, but also information, propaganda, and/or espionage. He distinguished between the interstate exchange of benefits (positive) and the exchange of sanctions (negative) as trade and warfare.
Dittmer also clarified that the exchange between states can be reciprocal in the sense that for both
players there can be benefits or sanctions, but that these exchanges are not necessarily symmetrical.
The main questions that Dittmer addresses are actually general ones, which are not of
relevance primarily to the research of triangular interactions. However, one of the independent
variables that Dittmer did include was the third state. Dittmer proposed three independent variables
that may affect the type of exchange between states: value (positive/negative); symmetry
(strong/weak); and, how “both value and symmetry of any bilateral relationship are marginally
affected by each player’s relationship with the third player” (1981: 487).
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The concept of a “strategic triangle” was used by different authors during the Cold War era, but without being
comprehensively developed as a concept: Tatu, M. (1970) The Great Power Triangle: Washington–Moscow–Peking; Gottlieb,
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1

	&#13;  

28	&#13;  

�Dittmer refers to the effects that the third states can exact on a bilateral relationship as
“marginal,” but this was not thoroughly investigated by Dittmer. Bilateral relations can be measured
by their direct interactions. For its part, the third variable or third state can be understood more as
being related to indirect interactions. Unfortunately, Dittmer did not develop the third angle of these
interactions at all.
Dittmer also argues for the essentiality of maintaining symmetries between states, in order to
preserve balance between them. Balance means that there are no winners or losers. For him,
relations are more durable in a position of balance.
According to Dittmer there are two necessary conditions for a strategic triangle to exist:
First, all participants must recognize the strategic salience of the three principals.
Second, although the three players need not be of equal strategic weight, each
must be accepted by the other two as a legitimate autonomous player. Thus, the
relationship between any two participants will be influenced by each player’s relationship to the
third.” (Dittmer 198: 490–491).
Here it is important to highlight the elements of recognition between states, autonomy, and
mutual influence by the third state.
The approach of Dittmer to triangular relations is strongly influenced by perceptions, with
the classification of the different kinds of triangle being built on the basis of the perceptions that the
three players have of each other, and as such it is not about the material capabilities that each state
has. In the case of the relations between China, the Soviet Union, and the US, Dittmer characterized
it as a symmetrical amity wherein:
“[…] in the absence of international enforcement mechanisms, each player
must constantly and scrupulously monitor all transactions—for, aside from the
danger of cheaters, the perception of symmetry in such dealings is notoriously
subjective, and the data are nearly always equivocal. If confronted by evidence of
cheating, a player must either check such behavior or permit the relationship to
deteriorate from a positive to a negative one; otherwise that player submits willynilly to a losing negative–positive exchange” (Dittmer 1981, p. 488).
According to Dittmer, the symmetry between two players is not necessarily given by equal
power rather it is present in an “ideal-typical patron–client relationship, in which each player accepts
a different (but equally necessary) role in a shared division of labor” (1981, p. 488).
Thus it is possible in the case that a great power provides security to a small one, and the
latter compensates the former through its strategic policymaking (Japan and the US, and Cuba and
the Soviet Union for example). Thus, the great power will not try to establish an asymmetric
relation, so as to avoid the threat of the small one seeking relations with another great power
instead. Thus, it is possible to establish a strategic triangle between different powerful states and
smaller ones, with it always being the case that the relationships are “symmetrical”—at least in how
they are perceived.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

29	&#13;  

�Dittmer claims that there are at least three different kinds of relationship in these possible
triangles:
•

Ménage à trois. Symmetrical amities among all three players.

•

Romantic triangle. Amity between one pivot player and two wing players, but enmity
between each of the latter.

•

Stable marriage. Amity between two of the players and enmity between each and the third.

There is a special position that one state can reach in strategic triangles, that of the pivot.
The pivot position, for example, in a romantic triangle is the most advantageous one available,
permitting amities with two other players and enmities with none, thereby maximizing benefits while
minimizing expenditures for sanctions. […] The pivot must maintain positive relations with both
‘wing’ players while at the same time attempting to manage the level of tension between them
(Dittmer 1981, p. 510).
One of the advantages of the pivot is to play with the “threat of asymmetry” with the other
two states. It means that the pivot state can threaten the possibility of “getting married” to one of
them. Moreover, the pivot state has a key role in elevating or defusing conflicts between the other
two states “based on the inescapable triangularity of bilateral relationships: the pivot has the
capability to exacerbate tension by shifting its weight to one side or the other in the dispute, or to
assuage the conflict by declining to take sides” (Dittmer 1981, p. 512).
One of the limitations of the Dittmer approach to strategic triangles, however, is that the
author does not explain how to recognize each triangle or how to isolate a given triangle from the
other possible ones. The conditions of strategic triangles that Dittmer has proposed are not
limitations nor can they limit per se the admission of other players into the game. That makes more
sense, especially when Dittmer outlines that the players do not necessarily even know that they are
playing a game.
The “Three-Way Street” of Goldstein and Freeman
The work of Joshua S. Goldstein and John R. Freeman published in 1990 as the Three-Way Street:
Strategic Reciprocity in World Politics analyzes how states and specifically powerful nations cooperate
despite their conflictive interests. They used data on interactions between China, the Soviet Union,
and the US, in the years from 1948 to 1989. They looked to evidence whether Chinese–Soviet–US
relations responded to routine, reciprocal, or rational expectations. In other words, if these three
countries were behaving more cooperatively or competitively.
Goldstein and Freeman recognized the potential effects of Chinese behavior on the complex
and asymmetrical connections of US–Soviet relations, but they also found mutual influences on US–
Chinese and Soviet–Chinese relations. The central research question that Goldstein and Freeman
addressed was: “To what extent and how do great powers respond to each other’s behavior?”
(Goldstein and Freeman 1991, p. 17).
The three possible state behaviors posited by IR theorists were not proved by Goldstein and
Freeman: bureaucratic routine (states behave according their own interests, where we can identify
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

30	&#13;  

�Classical Realism); reciprocity (behavior of states are influenced by other states, we can identify
authors from the Interdependence Theory); and, third, that states respond to rational expectations
(states respond not to the influence of other states, but behave according to rational expectations
where reciprocity is not immediately evident, and the problem is that empirical results are
contradictory) (Goldstein and Freeman 1991, p. 17).
With respect to triangular interactions, the authors also found that, “The results of these
simulations are more difficult to interpret with respect to triangular responses. Briefly, they affirm
that Sino–Soviet behaviors are more triangular than behaviors involving the United States: in their
actions toward each other, the Soviet and Chinese consistently take into account US behavior”
(Goldstein and Freeman 1991, p. 28).
The two authors empirically discovered that “great power behavior combines both
bureaucratic routine and reciprocity. Our results also reveal complex, asymmetrical connections
among US–Soviet, US–Chinese, and Soviet–Chinese relations—connections that imply the existence
of a strategic triangle” (Goldstein and Freeman 1991, p.18). Despite the innovation of Goldstein and
Freeman’s work, especially from an empirical, quasi-experimental perspective, they still used
traditional IR theories to explain and interpret their findings. As such, they conservatively explained
the empirical evidence according to traditional descriptions of states behavior as being a
combination of bureaucratic, routine, and reciprocal.
Goldstein and Freeman contributed mainly to confirm the existence of strategic triangles
between states, which can be also asymmetrical, where only a bilateral relationship (Sino-Soviet) is
affected by triangular US-Sino-Soviet influences (Goldstein &amp; Freeman, 1991, p. 30). However, one
of the limitations of Goldstein and Freeman’s findings are the reduction of states’ behavior in
triangular interactions as “reactive links” behaviors. Moreover, and despite the empirical findings of
Goldstein and Freeman (1991), there has not since been any conceptual or theoretical improvement
of our understanding of triangular interactions, apart from validating (Jervis 1976; Osgood 1962;
Larson 1988) or discarding (Snidal 1985; Wagner 1983) some theorists on great power behaviors.
Womack’s Asymmetry Theory and Asymmetric Triangles
Womack (2004) proposes Asymmetry theory and asymmetric triangles. Asymmetry Theory
argues that the system is multipolar, based on the strategic triangle formed by China, the Soviet
Union, and the US during the Cold War era. After the Cold War ended, multipolarism was expanded
by the presence now of at least five poles: the three aforementioned countries plus Japan and
Europe. The asymmetry between states is observed in a stable matrix of international relations, one
of which is multipolar. Womack criticizes, however, Multipolarity Theory, considering its focus to
be on “expanding the circle of powers” but not on analyzing why the expansion of power is
important (2004, p. 356).
Womack refers to the asymmetries of knowledge that states have. Perceptions are the main
variables that determine the behavior of states. According to Womack, “Asymmetry theory is a new
paradigm that addresses the effects of national disparities on international relations. It argues that
asymmetry inevitable creates differences in risk perception, attention, and interactive behavior
between states, and that it can lead to a vicious circle of systemic misperception” (2004, p. 351).
There is a small distinction to be made between the thinking of Wendt and Womack’s
constructivism; the latter says that the asymmetry of knowledge is primary produced by the capacity
and power that afterward leads to the divergence of perceptions. Disparity produces different
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

31	&#13;  

�“attentions” from the larger to the smaller country: “Asymmetry is defined by disparity. An
asymmetric relationship is one in which the disparity is great enough so that shapes the structure of
the relationship. […] Disparity implies that the larger side (A) has less to gain or lose in the
relationship than does the smaller side (B)” (Womack 2010, p. 322).
However, interactions between states are basically dynamic, where attention between states
cannot be defined as asymmetric or as disparities. Material capabilities permit us to affirm and
measure whether there is a disparity of capacities between countries. But in the case of attention, it
also depends on the context. The asymmetry between countries can be measured according to
different factors and it is also a complex process—but essentially some of the factors to consider are
population, economy, and military capacities.
According to Womack (2004), conflicts between states are produced by misperceptions, but
he does not reveal what kind of perceptions informs knowledge. Womack criticizes Realism and
Neorealism because he believes that powerful countries cannot impose their will on other states.
According to him, if powerful states want to maintain their preeminence in the long term, it is not
really viable for them to impose their will on others. Powerful states have the advantage of
opportunities and responsibilities as compared with smaller countries, but these exist inside a stable
matrix of international relations.
Womack further claims that between two states there is more than only one common
relationship; they simultaneously have two sub-relations between them: of A with B and of B with
A. He explains how for smaller state B these relationships are more important than they are for
state A. Here it is not important what the material or symbolic exchanges the interaction includes
actually are; what matters is what perceptions the states have about it.
Misperceptions are frequently present in these relationships. However when the differences
of attentions between states are continual, then eventually the misperception becomes systemic in
nature, leading to conflicts (Womack 2004). However, one can say that the different perceptions that
the actors have in a relationship does not mean that there are at least two different relations in
existence.
Basically, for any relationship to exist it is necessary to have two actors, two states that
interact, and of course each of them had their own perceptions—nevertheless, there can still be only
one relationship. Perceptions might also be more numerous if we observe a relationship at a
different point in time, because relationships are dynamics processes. As such, there will be more
than just two perceptions, as Womack himself argues.
One of Womack’s aims (2010) is to establish how asymmetries between states can affect
their relations. He accurately affirms vis-à-vis triangular interactions that: “The key feature of
triangular relationships in contrast to bilateral ones is the indeterminacy of simultaneous
interactions” (2010, p.402).
Womack classifies triangular interactions according to the positions that the states have as
players. There is one state that is the most powerful player (X), a second state with an intermediate
power position (Y), and finally the least powerful player of the three states (Z). The triangular
interactions are classified into four kinds of triangles: symmetrical; single head dual asymmetrical;
twin head dual asymmetrical; and, triple asymmetrical (Womack 2010).
•

Symmetrical triangle X=Y=Z
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

32	&#13;  

�•

Single head dual asymmetrical triangle X&gt;Y=Z

•

Twin head dual asymmetrical triangle X=Y&gt;Z

•

Triple asymmetrical triangle X&gt;Y&gt;Z

Critiques of approaches to triangular interactions
In more recent academic works, a little more has been written by scholars about triangular
interactions. However, there are some authors who are skeptical about these kinds of interaction or
this level of analysis. Thus, Lo noted that, “The notion of strategic triangulism, popular during the
Cold War, has made something of a comeback in recent years” (2010, p. 7). According to this
author, there are at least two elements—the decline of the US/the rising of China and the reemergence of Russia—that in apparent coincidence with each other are now facilitating the
formation of triangular relations between China, Russia, and the US.
Lo (2010) disagrees with this notion of a formation of triangular relations between the three
aforementioned powers. One of the problems from his point of view is the exaggeration of the
“strategic triangle” as a concept and as a form of genuine interaction: “Its value was exaggerated
even during the Cold War. Today, the utility of triangularism as a tool for understanding great power
relations is falling in inverse proportion to China’s rise as the next global power” (Lo 2010, pp. 7–8).
According to Lo (2010), it is not a multipolar world order that is emerging; rather what is
emerging is a new Sino–American bipolarity. “[It is] less stark than the bipolarity of the Cold War,
but world affairs will nevertheless come to be dominated by two superpowers, supported (or
undermined) by various second-rank powers and international institutions” (Lo, 2010, p. 8).
Lo (2010) refutes the notion of the existence of any kind of strategic triangle, essentially due
to the lack of three sufficiently powerful states currently interacting with each other: “An effective
triangle requires three sides that are, if not equal, at least sufficiently powerful and engaged to exert a
significant influence on the interactions within it. There is no such example in the contemporary
international system” (2010, p.10). However, triangles do not have to have the same equality of size,
as there are inter-state interactions that can be affected in different issue-areas.
The critiques of Lo (2010) regarding triangular interactions are reasonable due to the lack of
a solid theoretical framework for them, as well due to the currently limited volume of empirical
research that has been done on these three-way interactions.
Synchronization in International Relations
In Physics, authors agree that Synchronization is primarily a process, wherein minimally two
systems interact as a consequence of the information transmitted by a third mechanism. According
to (Boccaletti, Kurths, Osipov, Valladares, &amp; Zhou, 2002) in Physics “not always the word
synchronization will be taken as having the same colloquial meaning, and we will need to specify
what synchrony means in all particular contexts in which we will describe its emergence”
(Boccaletti, Kurths, Osipov, Valladares, &amp; Zhou, 2002, p. 3). Thus, Boccaletti et al. define the
Synchronization of chaotic systems as “a process wherein two (or many) chaotic systems (either
equivalent or nonequivalent) adjust a given property of their motion to a common behavior, due to
coupling or forcing” (2002: 3). For its part, Synchronization is understood as “an adjustment of [the]
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	&#13;  

33	&#13;  

�rhythms of oscillating objects due to their weak interaction” (Pikovsky, Rosenblum, &amp; Kurths, 2001,
p.8).
The etymology of the word Synchronization is from Ancient Greek, meaning “to share the
common time.” Thus, the word Synchronization used to be associated with the idea that
phenomena occur more or less simultaneously.
Synchronization as a physical phenomenon has been studied since the 17th century. The
Dutch mathematician Christiaan Haygens described the phenomenon of Synchronization by
observing how a pair of clocks reacted together and influenced each other through a third
mechanism, one which apparently was not interconnected with the other two. He arrived at the
conclusion that an external mechanism (wall) was interacting with two independent systems (clocks).
In other words, both clocks were informing each other through the medium of the wall. This
apparent simply verification led to the later construction of a Synchronization Theory in Physics.
Subsequently studies of Synchronization were expanded, with this phenomenon being
applied in Physics to several examples of Synchronization between different objects, such as, among
others, fireflies (Boccaletti, Kurths, Osipov, Valladares, &amp; Zhou, 2002, pp. 2–3). Additionally, the
theory has been used to explain “weather” behavior, and moreover human behaviors, for example to
explain why the applause in a theater tends to continue until it reaches a simultaneous rhythm.
As already mentioned above, this article proposes to use the concept of Synchronization in
IR. It can be defined as the correlated cooperative and/or competitive interactions between three
states in similar periods of time. One of the three states plays the role of the third mechanism, which
influences the interactions between the other two states.
Despite triangular interactions tends to synchronize, it is only possible when the three states
interact under certain conditions: when there is a mutual interaction in similar periods of time, the
presence of failure and/or improvement of bilateral demands compliance, and one of the states
plays as a “joker card”, then they will tend to synchronize their relationships.
The aforementioned conditions can be defined basically as the following:
•

Mutual interactions in similar periods of time. The mutual interactions include the bilateral
interactions as well as the eventual responses of the third state. There is not necessarily
simultaneous behavior of the three states, but the behavior of one state is slowly followed by
the other state.

•

Failure and/or improvement of bilateral demands compliance and therefore the expansion
of their relationship to a third state looking to satisfy national interests.

•

The third State plays as a “joker card”. In physical sciences, it is called the third mechanism,
which is in charge of transmitting the information between two independent systems. In IR,
it is the State that the other two states look recurrently to in order to resolve the failure of
bilateral demands.

There are currently no studies that measure these kinds of triangular interactions between states,
apart from the aforementioned studies of Dittmer (1981) and Goldstein &amp; Freeman (1991), which
are limited only to the analysis of the interactions of great powers, without offering an appropriate
conceptual framework to understand triangular interactions.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

34	&#13;  

�It is important to highlight that Synchronization identifies the existence of synchronized events
in a period of time. Synchronization recognizes that states respond to external stimulus, but the ways
in which they do so, depend mainly on internal factors. Synchronization uses material facts to
determine the effects of interactions between states. Nevertheless, even after the existence of
Synchronization has been proved in empirical cases there is still room for different interpretations of
it according to the particular IR theoretical approach taken. Thus, Synchronization is a kind of
starting point from which to better understand triangular interactions.
States as dynamic and autonomous systems
States are dynamic and autonomous systems. They are dynamic, which underlines the system’s
capacity to react in the face of an external stimulus. However, the reactions of states depend on the
domestic contexts of states and not on the international structures per se.
For its part, autonomous means that states have their own internal structures. Hence,
theoretically, one can isolate a state from the international system and yet this state will still be a state
without a loss of its characteristics. The importance of recognizing the characteristic of states being
autonomous systems is due to their capacity to react pragmatically in the face of external stimulus,
meaning reacting in such a way as to protect their national interests. Hence, Synchronization in IR
also concurs with those realist approaches that consider the state to be the main actor in the
international system.2
According to realist theory, states act in their own national interest, a behavior that is understood
in terms of power. However, a state’s behavior also has to be understood in pragmatic terms. Thus,
a state’s national interests are multiple, as are the issue-areas in which states interact with each other.
This pragmatism can include seeking power, as well as looking for prestige, for economic
development, for cultural influence, and so on.
This article understands the anarchy of states not as a lack of government, but as the capacity to
react however they want to external stimulus, with the near impossibility therewith for the observer
to predict how a state will react in a given context. Thus, the anarchy of the system is formed by the
anarchy of the states. According to Waltz (1979), the structure is what influences the behavior of
states; however, stimulus is not the same as influence.
In Synchronization I refer to the stimulus that the system exerts on states. The idea here is that
states are not passive subjects that are inherently influenced by the international structures alone.
Rather, while the international structures play an important role in the sense of continuously
providing an external stimulus to states it is, however, the latter who are the subjects pragmatically
responding to this stimulus and who also have reciprocal effects on those international structures.3
An important point in the Synchronization process is indeed that it does not focus on or analyze
the domestic or national structures of the states in question. Synchronization observes instead how
states receive stimulus from third states and how they respond, taking the results of these
interactions as the main sources of evidence for Synchronization.
	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  
However, this does not means that the Synchronization can also be applied to other actors in the international system,
such as transnational ones; the actors that are considered dynamic and autonomous systems are those that interact with
another actor playing the role of the third mechanism.
3 This is an assumption mainly from neo-classical realism.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015
2

	&#13;  

35	&#13;  

�In Synchronization, states are independent variables but also can be dependent ones depending
on the starting position that the researcher decides upon. 4 For example, we can observe the
Synchronization between Brazil and the US in their interactions with China (third state). In this case
the bilateral relationship Brazil–US could be the dependent variable, with China meanwhile being
the independent one. We could also attempt to analyze whether there is Synchronization in the
bilateral relationship between China and the US, wherein Brazil could play the role of the third state.
Thus, states interactions are not exclusively either independent or dependent variables.
States as the third state of interactions
A valid question to ask of Synchronization is why it is important to look at the third state in
order to analyze triangular interactions. On the one hand, doing so is a way to theoretically isolate a
state as the independent variable that could affect a bilateral relationship. 5 On the other, the
presence of this third state is an indispensable factor for the stimulation of the bilateral relationship.
To determine the intensity of effect that the third state has on a bilateral relationship is not
actually that easy.6 The intensity of the third state has to be in some way “weak.” When the third
state stimulates but also determines the kind of response of the states involucrate in the bilateral
relationship, we are not any more faced with Synchronization. In other words, the effects of the
stimulus produced by the third mechanism are just a stimulus, as it does not drive the response
itself. The response depends on the individuality of the states involved in the bilateral relationship.
The states decide according to their own pragmatic considerations if they are to opt for cooperative
or competitive behavior in response to the external stimulus.
Types of synchronization
Every state has different cooperative and/or competitive responses or frequencies (in the language
of Synchronization in Physics) in the face of the stimulus provided by the third state. State
interactions that are synchronized (coupling of the frequencies) is what in Physics is called “an
oscillatory period.” These can normally be measured per year, for example the oscillatory periods of
trade between Brazil and the US as a result of the former’s interactions with China.
The responses or reactions of states (cooperative or competitive) will normally be stable.
During this time, the interactions of the two parties within the bilateral relationship will tend to be
stable, with them taking on either a cooperative or competitive relationship (or a mixture of both).
However, some perturbations might appear that could produce changes in the behavior of the
states, but only temporarily—which could be the synchronized events.
	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  
This is also a principle of Physics. The classical example is of a train in motion.
Regarding the way to isolate variables, Waltz gives a valid answer when he argues that—despite everything in reality
being related to everything else—the task of theory is to “isolate one realm from all others in order to deal with it
intellectually” (1988, pp. 615–616).
6 It is a difficulty in Physics to determine what constitutes the “weak” or “strong” influence of the third mechanism prior
to the systems’ eventual unification: “Usually it is rather difficult, if at all possible, to determine strictly what can be
considered as a weak coupling, where the border between ‘weak and ‘strong’ lies, and, in turn, whether we are looking at
a synchronization problem or should be studying the new unified system. In rather vague terms, we can say that the
introduction of coupling should not qualitatively change the behavior of either one of the interacting systems and should
not qualitatively change the behavior of either one of the interacting systems and should not deprive the systems of their
individuality. In particular, if one system ceases to oscillate, it should not prevent the second one keeping its own
rhythm” (Pikovsky; Rosenblum; Kurths 2001: 17).
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4
5

	&#13;  

36	&#13;  

�Synchronization measures the coinciding of behaviors as well as opposing ones (mismatch)
so as to determine whether the synchronization of phenomena is occurring. Thus, Synchronization
can happen both in the same direction and in different directions as well. Thus, according to the
oscillatory periods observed in Synchronization, this article classifies Synchronization in IR as having
at least two possible forms7:
- Positive Synchronization: the results of the interactions between the states are showed visually
and under certain measurable parameters. The absence of Synchronization is 0, and a positive
Synchronization is a quantity superior to 0 and up to 1. Qualitatively explained, when states are
at least cross-correlated with an index superior to 0 and up to 1, the states interacts
cooperatively, which is called positive Synchronization.
In other words, the cooperative synchronization between three states indicates the degree of
similar collaborative responses of their behaviors with each other.
- Negative Synchronization: the principle is the same as in positive Synchronization however, in
a negative Synchronization, the cross-correlation index shows a result between -0 and -1. A
negative Synchronization indicates that the states are interacting in a competitive way.
The negative Synchronization between three states indicates the degree of similar antagonistic
responses of their behaviors with each other.
The may be several formula to apply for calculating Synchronization, depending of the data. In
this article, we applied a cross-correlation8, which supposes one has two time series Xk and Yk where
k runs from 1 to L.
At the first step one calculates averages:

Then one subtracts these averages from the time series

Then one calculates the variances

	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  
Physics distinguishes between unidirectional and bidirectional coupling as the basic forms of Synchronization.
However, there are in fact at least seven types of synchronization for chaotic systems (Boccaletti et al. 2002, pp. 3–4).
8 The author thanks Prof. Dr. Arkady Pikosky from the Departament of Physics and Astronomy at the University of
Postdam, for facilitating the formula.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015
7

	&#13;  

37	&#13;  

�Then one calculates the correlation coefficient as follows

This coefficient can vary from -1 to 1. Cxy close to 1 means a strong positive correlation. Cxy close to
-1 means a strong negative correlation (or also called anti-correlation). Cxy close to zero means no
correlation (they are “independent” processes).
Synchronization is not a simple verification of reactive behaviors between states. It is more
about how states in triangular interactions are correlated, sharing properties, and interests, among
others.
Triangular interactions between China, Latin American countries,
and the United States
In recent years, China has expanded its political, economic, technological, and cultural
presence on the global stage by making greater financial investments, developing new technology,
and establishing partnerships with states around the world. It has led to scholars striving to deduce
whether the interests of the US are now being affected by this turn of events (Gu, Humphrey, &amp;
Messner, 2007). The continued rise in China’s importance within the international system has been
identified as the single most important geopolitical challenge that the US will face in the coming
decades (Fukuyama, Ikenberry, &amp; Wright, 2005; Rudolf, 2006) or has been defined as the
relationship that will dominate the future of international politics and that will produce an eventual
transition from a unipolar to a multipolar order (Bergsten, 2008; Gu, Humphrey, &amp; Messner, 2007).
Hence, some academics have suggested in future a probable confrontation between the
US—as the current hegemonic power, albeit one in decline—and China—the rising power. As a
result, academic analyses include likely scenarios ranging from military confrontation between China
and the US (Brzezinski &amp; Mearsheimer, 2005) to intermediate conflicts between China and the
West over economic and geopolitical concerns (Kupchan, 2001) or, alternatively, to cooperative
behavior in international institutions, as proposed mainly by institutionalists, with the predicted
cultivation of cooperative relationships alongside peaceful transitions (Xintian, 2009)
However, the notion of conflicts arising from recent global power shifts has been present
since the Cold War era and is most visible in the Realist approach. On the one hand, some realist
scholars who placed a stronger focus on the security dimension of IR emphasize the potential for
conflict occurring due to: the uncertainties stemming from multipolarization (Waltz 1987); shifting
cost–benefit patterns that incentivize revisionist action in the course of a power transition
(Organski, 1968; Organski &amp; Kugler, 1980; Gilpin, 1981) and, the military overstretch of the
incumbent power (Kennedy, 1987).
For more recently scholars, such as neoclassical realists, the era of unipolarity is seen as being
far from over and hence they adjudge the possibility of direct conflict breaking out in the near future
to be relatively low (Ikenberry, Mastanduno, &amp; Wohlforth, 2009; Pape, 2005; Paul, 2005). On the
other hand, liberal-institutionalists—who place a stronger focus on political-economic issues—
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

38	&#13;  

�suggest that growing interdependencies and processes of institutionalization at both the global and
regional levels reduce the probability of conflicts occurring (Keohane &amp; Nye, 1977; Keohane, 1984;
Russet &amp; Oneal, 2001).
However, neither realists nor neo-institutionalists are able to explain the relationships that
exist as part of these triangular interactions. In the current process, the strong focus on the security
dimension does not, however, also explain the level of cooperation as well; it focuses mainly on the
powerful states, and not on the role of countries with limited resources, such as for example
Argentina and Venezuela in the current international system. For their part liberal-institutionalists—
with their strong focus on economic interdependence—are not able to satisfactorily address the
issue of a persistent level of competition between states. Also, it is not clear how this
interdependence plays out in other arenas aside from that of economics.
Although the complexity between China and the US is observed, it is necessary to include
the strategies implies for those countries in order to build alliances and how other rising but also
minor powers could be potentially play a role in the interactions between China and the US.
For its part, simultaneously to the China´s rising, countries in Latin America such as
Argentina, Brazil, and Venezuela have been furthering their goal of partner diversification, finding
therein China to be a convenient and supportive strategic partner, which is not the case of Mexico,
although it has signed a strategic partnership with China. As a result, official and academic concerns
have been articulated in the US about the possible implications of this China-related development
for the US’ own national interests and its relationships with the aforementioned Latin American
countries.
The growing presence of China in Latin America has a special meaning for the US with
regard to its own geographical and historical zone of influence. US officials as well as scholars have
thus scrutinized the increasing influence of China in Latin America. General Cradock, former US
Head of the Southern Command, declared the presence of China in Latin America to be “an
emerging dynamic that could not be ignored.”9 On the occasion of an official visit to Beijing in 2006,
Thomas Shannon, US Assistant Secretary of State for Western Hemisphere Affairs, discussed the
increased presence of China in Latin America, as was also done in the subsequent meeting held in
Washington D.C. in 2007, as well as in Beijing in 2008. This discussion has also occurred in the
different reports of the US Congress’ US–China Economic and Security Review Commission.10
Moreover, Secretary of State Hillary Clinton said in 2009 that China and Iran were disturbing the
Latin American region.
According to Ellis (2005), the presence of China in Latin America is seen by the US as a
phenomenon that undermines its own power. Hakim (2006), Pérez Le-Fort (2006), and Hsiang
(2009) have also mentioned that for Latin American countries China seems to be an economic and
political alternative to US predominance.
The exponentially increasing presence of China in the Latin American region leads to deep
questions about whether and how China interactions with Latin American countries could
potentially be correlated with the bilateral Latin American–US relationships. In other words, to
corroborate evidence—in issue-areas beyond just the economic one—for possible changes in the
relationships between Latin American countries and the US due to the presence of China in the
	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  
9

In Pablo Bachelet, “China’s Latin influence is Growing, General Says,” The Miami Herald, March 10, 2005.
http://www.uscc.gov.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

10

	&#13;  

39	&#13;  

�region. There exists a gap in our knowledge that the literature until now has been unable to fill with
concrete evidence.
Applying Synchronization Empirically
This article applies the typical case approach to select the cases in Latin America; it is also
called the representative case (Gerring 2008). “The typical case exemplifies what is considered to be
a typical set of values, giving some general understanding of a phenomenon” (Gerring 2008, p. 648).
The advantage of the typical case approach is also its exploratory investigation also of the
phenomenon of Synchronization.
The typical case approach is also advantageous for this research because “depending upon
the results of the case study, the author may confirm an existing hypothesis, disconfirm that
hypothesis, or reframe it in a way that is consistent with the findings of the case study” (Gerring
2008, p. 650). The article also chooses to use a typical case approach given “that the probability of
the cases’ representativeness is high, relative to other cases” (Gerring 2008, p. 650). It also uses the
case study method because it enables case analysis and comparison. The use of comparative case
studies allows us to apply mixed methods, including also a combination of deduction and induction.
As well as these benefits, case studies also have an explanatory value or theory-building purpose
(Bennett 2004). Another reason to choose case studies is their advantages in identifying any new
hypotheses during the process of investigation (Bennett 2004). This chosen approach is thus also
useful for improving the theoretical framework of Synchronization.
Case Selection
Considering that there are several cases of triangular interactions in international relations,
the article conducts a comparative study of the political-diplomatic and commercial bilateral
relationships of Argentina, Brazil, and Venezuela with the US.
China, as the most intensely and extensively rising power in the international system during
the last two decades, has in recent years been increasing its political, economic, cultural, and
technological exchange with countries around the world.
The countries in Latin America are selected according to the Chinese side’s hierarchy vis-àvis bilateral interactions in the region, wherein Argentina, Brazil and Venezuela as Strategic
Partnerships of China11 are recognized as the most comprehensive and relevant interactions due to
the political and strategic gains to be had from them.
Thus, the chosen cases are the triangular interactions existing between Argentina–China-US,
Brazil–China-US, and Venezuela–China-US.

	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  

The other Strategic Partners of China in Latin America are Chile, Mexico, and Peru. The case of Chile is discarded due
to its recent establishment—this Strategic Partnership was signed in 2012, and is thus still under construction. Mexico is
a deviant case, as political, economic, and geographical reasons make it completely different to the others. The article
seeks to include only the cases that can be considered typical. In the case of Peru, meanwhile, despite signing up to a
Strategic Partnership with China in 2008 the country also signed up to a Free Trade Agreement with the Asian
country—and almost all of their bilateral interactions are circumscribed to this instrument, and not to the Strategic
Partnership.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015
11

	&#13;  

40	&#13;  

�Indicators to measure empirical cases
The indicators for the behavior of states in this article are focused mainly on politicaldiplomatic matters and trade interactions. However the indicators of Synchronization can be many,
depending on the area that the research is interested in investigating. It is important to consider that
the article does not pretend to apply empirically Synchronization in all areas of the triangular
interactions. It is a limited initial test for some indicators.
Thus, indicators of political exchange are the bilateral political-diplomatic interactions, in the
form of the bilateral agreements signed in the years from 1990 to 2012. The official reciprocal state
visits of presidents or heads of state are also part of these indicators. Likewise, the trade exchange is
included. The selection coincides with the end of the Cold War, and thus with the end of the
bipolarity of the international system. It is the period that also coincides with the exponential rise of
China and with the relative global supremacy of the US. The cut-off point being set at 2012 is
related to the availability of data. Each of the indicators is divided into quarterly sequences of time.
Testing Synchronization on the cases
In the case of Argentina–China–US vis-à-vis political-diplomatic interactions, the bilateral
agreements signed by this South American country with the US and China respectively were
analyzed first. The bilateral interactions between Argentina and the US included 122 bilateral
agreements signed between 1990 and 2012. The bilateral interactions between Argentina and China
included 62 bilateral agreements signed in the same period of time.
The results of the Synchronization of the bilateral agreements show that from 1990 until
1999 there was no correlation between the three states. However the years of 1999–2003 seem to
have been a period of Synchronization, with the three states interacting in correlation with each
other. Moreover, this was a period of positive Synchronization—meaning that the three countries
were interacting more or less cooperatively, without competitive responses to the triangular
exchange.
For its part, the period of 2004–2008 was one of negative Synchronization; with some kind
of Synchronization. This period coincided when the US stopped signing agreements with Argentina
in connection with the latter’s relationship with China. The period of 2009–2011 was one when
correlation was almost nonexistent (Graph 1).

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

41	&#13;  

�Graph 1. Synchronization Coefficient of Argentina–China–US due to their bilateral agreements,
1990–2012

0.4	&#13;  
0.3	&#13;  
0.2	&#13;  
0.1	&#13;  
0	&#13;  
-­‐0.1	&#13;  

1990-­‐1994	&#13;  

1995-­‐1998	&#13;  

1999-­‐2003	&#13;  

2004-­‐2008	&#13;  

2009-­‐2011	&#13;  

-­‐0.2	&#13;  

Synchroniza6
on	&#13;  Coeﬃcient	&#13;  
Bilateral	&#13;  
agreements	&#13;  
Argen6na-­‐
China-­‐US	&#13;  

-­‐0.3	&#13;  
-­‐0.4	&#13;  
-­‐0.5	&#13;  

Source: Author’s own compilation, based on data from the Foreign Affairs Ministry of Argentina.

	&#13;  

The indicator of reciprocal bilateral official state visits between the countries suggests
Synchronization from 1999 onward. The number of state visits by high-level officials was low: in the
case of Argentina–US it included 21 official visits; in the case of Argentina–China there were 28
such official visits in the years from 1990–2012.
Regarding the Synchronization of the reciprocal official state visits between Argentina–
China-US, the results indicate a permanent negative Synchronization between the three states. Only
in the last period of 2009–2012 is there almost no Synchronization. This last period also coincided
with the absence of Synchronization vis-à-vis the bilateral agreements (Graph 2).
Graph 2. Synchronization of Argentina–China–US due to their official state visits, 1990–2012

0	&#13;  
-­‐0.1	&#13;  

1990-­‐1994	&#13;  

1995-­‐1998	&#13;  

1999-­‐2003	&#13;  

2004-­‐2008	&#13;  

2009-­‐2011	&#13;  

-­‐0.2	&#13;  
Synchroniza6on	&#13;  
Coeﬃcient	&#13;  Oﬃcial	&#13;  
visi6ng	&#13;  Argen6na-­‐
China-­‐US	&#13;  

-­‐0.3	&#13;  
-­‐0.4	&#13;  
-­‐0.5	&#13;  
-­‐0.6	&#13;  
-­‐0.7	&#13;  

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

42	&#13;  

�Source: Author’s own compilation, based on data from Ministry of Foreign Affairs of Argentina and
Newspapers.
Finally, the commercial data shows the nonpresence of Synchronization between the cases.
There was an observable tendency to increase commerce—in the form of exports and imports—
between the cases, but only proportional with the global increase in trade and without correlation
between the three states.

Millones	&#13;  

Graph 3: Comparison of Argentina´s exports to China and the US, 1990-2012
3,000	&#13;  
2,500	&#13;  

Argen6na	&#13;  
exports	&#13;  
to	&#13;  US	&#13;  

2,000	&#13;  
1,500	&#13;  
1,000	&#13;  

Argen6na	&#13;  
exports	&#13;  
to	&#13;  China	&#13;  

0	&#13;  

I-­‐19
I-­‐91	&#13;  
I-­‐92	&#13;  
I-­‐93	&#13;  
I-­‐94	&#13;  
I-­‐95	&#13;  
I-­‐96	&#13;  
I-­‐97	&#13;  
I-­‐98	&#13;  
I-­‐99	&#13;  
I-­‐00	&#13;  
I-­‐01	&#13;  
I-­‐02	&#13;  
I-­‐20
I-­‐04	&#13;  
I-­‐05	&#13;  
I-­‐06	&#13;  
I-­‐07	&#13;  
I-­‐08	&#13;  
I-­‐09	&#13;  
I-­‐10	&#13;  
I-­‐11	&#13;  
I-­‐12	&#13;  

500	&#13;  

Source: Author’s own compilation, based on data from INDEC Argentina
In the case of Brazil–China–US vis-à-vis political-diplomatic interactions, the bilateral agreements
signed by Brazil with the US and China respectively were analyzed first. The bilateral interactions
between Brazil and the US included 74 bilateral agreements signed between 1990 and 2012. The
bilateral interactions between Brazil and China included 76 bilateral agreements signed in the same
period of time.
The results of the Synchronization calculated for the bilateral agreements show that between
1990 and 1994 these countries appear to have been involved in a period of positive Synchronization.
However, in the period of 1995–2003 there was no kind of Synchronization, due to the
nonexistence of correlations between the interactions.
For its part, the period of 2004–2008 was a period of negative correlations, with some kind
of Synchronization. In the period of 2009–2011 correlations were almost nonexistent, which could
be taken to indicate the absence of any triangular interactions (Graph 4).
The indicator of reciprocal bilateral official state visits between these countries
suggests at least that some kind of correlation occurred from 1999 onward. The number of state
visits by high-level officials in the case of Brazil–US was 21. In the case of Brazil–China, there were
28 such official visits in the period of 1990–2012.

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

43	&#13;  

�Graph 4: Synchronization of Brazil–China–US due to their bilateral agreements, 1990–2012

0.6	&#13;  
0.4	&#13;  
0.2	&#13;  
0	&#13;  
-­‐0.2	&#13;  

1990-­‐1994	&#13;  

1995-­‐1998	&#13;  

1999-­‐2003	&#13;  

2004-­‐2008	&#13;  

2009-­‐2011	&#13;  

-­‐0.4	&#13;  

Synchroniza6
on	&#13;  Coeﬃcient	&#13;  
bilateral	&#13;  
agreements	&#13;  
Brazil-­‐China-­‐
US	&#13;  

-­‐0.6	&#13;  
-­‐0.8	&#13;  

Source: Author’s own elaboration, based on data from the Ministry of Foreign Affairs of Brazil.
The results of the application of the cross-correlation coefficient to the reciprocal official
state visits between Brazil–US and Brazil–China indicate a permanent negative correlation between
the three states. Only in the last period of 2009–2011 is there almost no correlation. This last period
also coincided with the absence of correlations vis-à-vis the bilateral agreements (Graph 5).
Graph 5: Synchronization of Brazil–China–US due to their reciprocal bilateral official state visits,
1990–2012

0.1	&#13;  
0	&#13;  
-­‐0.1	&#13;  

1990-­‐1994	&#13;  

1995-­‐1998	&#13;  

1999-­‐2003	&#13;  

2004-­‐2008	&#13;  

-­‐0.2	&#13;  
-­‐0.3	&#13;  

2009-­‐2011	&#13;  

Synchroniza6o
n	&#13;  Coeﬃcient	&#13;  
oﬃcial	&#13;  visi6ng	&#13;  
Brazil-­‐China-­‐
US	&#13;  

-­‐0.4	&#13;  
-­‐0.5	&#13;  
-­‐0.6	&#13;  
-­‐0.7	&#13;  

Source: Author’s own compilation, based on data from the Ministry of Foreign Affairs of Brazil and
Newspapers.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

44	&#13;  

�As with the previous case, also for Brazil–China–US no period of Synchronization was found for
the three countries vis-à-vis commercial exchange.

Millones	&#13;  

Graph 6: Comparison of Brazilian exports to China and the US, 1990-2012
16,000	&#13;  
14,000	&#13;  
12,000	&#13;  
Brazil	&#13;  
exports	&#13;  to	&#13;  
US	&#13;  

10,000	&#13;  
8,000	&#13;  
6,000	&#13;  

Brazil	&#13;  
exports	&#13;  to	&#13;  
China	&#13;  

4,000	&#13;  
0	&#13;  

I-­‐1990	&#13;  
II-­‐91	&#13;  
III-­‐92	&#13;  
IV-­‐93	&#13;  
I-­‐95	&#13;  
II-­‐96	&#13;  
III-­‐97	&#13;  
IV-­‐1998	&#13;  
I-­‐00	&#13;  
II-­‐01	&#13;  
III-­‐02	&#13;  
IV-­‐03	&#13;  
I-­‐05	&#13;  
II-­‐06	&#13;  
III-­‐07	&#13;  
IV-­‐08	&#13;  
I-­‐10	&#13;  
II-­‐11	&#13;  
III-­‐12	&#13;  

2,000	&#13;  

Source: Author’s own compilation, based on data from the Ministry of Commerce of Brazil
In the case of Venezuela–China–US vis-à-vis political-diplomatic interactions, the bilateral
agreements signed by this South American country with the US and China respectively were
analyzed. The bilateral interactions between Venezuela and the US included only eight bilateral
agreements signed between 1990 and 2012. The bilateral interactions between Venezuela and China
included 369 bilateral agreements signed in the same period of time.
The analysis of the data showed that there was no kind of correlation between the three
states regarding the signing of bilateral agreements, as was also true vis-à-vis reciprocal bilateral
official state visits. It is explained mainly for the absence of a triangular interaction, in reference to
the absence of concrete bilateral interactions between Venezuela and the United States (Graph 7,
graph 8).

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

45	&#13;  

�Graph 7: Comparison of the bilateral agreements and official visiting Venezuela-US and VenezuelaChina, 1990-2012
45	&#13;  
40	&#13;  

Venezuela	&#13;  
bilateral	&#13;  
agreements	&#13;  with	&#13;  
China	&#13;  Venezuela-­‐
US	&#13;  

35	&#13;  
30	&#13;  
25	&#13;  
20	&#13;  
15	&#13;  
10	&#13;  
0	&#13;  

I-­‐199
I-­‐91	&#13;  
I-­‐92	&#13;  
I-­‐93	&#13;  
I-­‐94	&#13;  
I-­‐95	&#13;  
I-­‐96	&#13;  
I-­‐97	&#13;  
I-­‐98	&#13;  
I-­‐99	&#13;  
I-­‐00	&#13;  
I-­‐01	&#13;  
I-­‐02	&#13;  
I-­‐200
I-­‐04	&#13;  
I-­‐05	&#13;  
I-­‐06	&#13;  
I-­‐07	&#13;  
I-­‐08	&#13;  
I-­‐09	&#13;  
I-­‐10	&#13;  
I-­‐11	&#13;  
I-­‐12	&#13;  

5	&#13;  

Venezuela	&#13;  
bilateral	&#13;  
agreements	&#13;  with	&#13;  
China	&#13;  Venezuela-­‐
China	&#13;  

Source: Author’s own compilation, based on data from the Ministry of Foreign Relations of
Venezuela B.R

18000.00	&#13;  
16000.00	&#13;  
14000.00	&#13;  
12000.00	&#13;  
10000.00	&#13;  
8000.00	&#13;  
6000.00	&#13;  
4000.00	&#13;  
2000.00	&#13;  
0.00	&#13;  

Exports	&#13;  
Venezuela	&#13;  to	&#13;  	&#13;  
US	&#13;  

Exports	&#13;  
Venezuela	&#13;  to	&#13;  	&#13;  
China	&#13;  
I-­‐199
I-­‐91	&#13;  
I-­‐92	&#13;  
I-­‐93	&#13;  
I-­‐94	&#13;  
I-­‐95	&#13;  
I-­‐96	&#13;  
I-­‐97	&#13;  
I-­‐98	&#13;  
I-­‐99	&#13;  
I-­‐00	&#13;  
I-­‐01	&#13;  
I-­‐02	&#13;  
I-­‐200
I-­‐04	&#13;  
I-­‐05	&#13;  
I-­‐06	&#13;  
I-­‐07	&#13;  
I-­‐08	&#13;  
I-­‐09	&#13;  
I-­‐10	&#13;  
I-­‐11	&#13;  
I-­‐12	&#13;  

Millones	&#13;  

Graph 8: Comparison of Venezuelan exports to China and the US, 1990-2012

Source: Author’s own compilation, based on data from COMTRADE
Comparing Synchronization between the cases
The empirical data presented here also indicates that the presence of China at in Argentina,
Brazil, and Venezuela has not produced simultaneous periods of Synchronization between the cases,
but rather that these periods occur at different points in time depending on the country in question.
Thus, it would be not possible to refer to some kind of Synchronization between China–US and the
South American region for example; rather, periods of Synchronization are limited to the level of
states and not to that of the region. Thus, we have Synchronization periods both between
Argentina–China–US and between Brazil–China–US in the political and diplomatic areas analyzed,
and no Synchronization between Venezuela-China-US in the analyzed areas.
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

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�Comparing the time sequence of the bilateral agreements signed by Argentina with China
and the US between 1990 and 2012, we can observe some kind of related events occurring since
2004. During the 1990s, the interactions between Argentina and the US were notably intense.
According to the Synchronization, there is a marked positive correlation in the period 1999–2003
and a marked negative correlation in the period 2004–2008.
In the case of Brazil–China–US, the bilateral agreements signed are especially numerous in
1993, 2004, and 2010. In 1993 the main form of interaction was that taking place in the arena of
technology. In both 2004 and 2010, however, technology-related mutual interests were
overshadowed by economic agreements. According to the Synchronization, there were an also a
positive correlation in the period 1999–2003 and a notable negative correlation in the period 2004–
2008.
Regarding official state visits, in the case of Argentina–China–US during the 1990s there is a
negative correlation between the countries. In the period 2009–2011 there was a tendency for the
correlation to be zero, with there being almost no periods of Synchronization between these three
countries. In the case of official visits between Argentina–China–US during the 1990s—and
especially in the period 1990–1995—there was also a negative correlation. However, and
representing a difference with the case of Argentina, while visits by US officials to Argentina were
frequent those by Chinese officials were often made to Brazil instead. However, in the case of Brazil
the situation changes in the period 1999–2011, when the correlation with China and US was
positive. This means that the visits from both sides, China and the US, were closely correlated with
Brazil.
Curiously, there are no correlations between the bilateral official visits and the signing of
bilateral agreements by Argentina–China–US. This could be taken to indicate that the interests
existing between these three countries are assigned only a minor diplomatic ranking, evidenced by
the lack of high-level visits made during the signing of the agreements. The case of Brazil is
different, however, as the majority of bilateral agreements were signed during the course of highlevel official state visits.
Comparing the periods of Synchronization between Argentina–China–US and Brazil–China–
US, it is observable that the first event or period was the case of Brazil–China–US, which was then
followed by the period of Argentina–China–US. Thus, there were no simultaneous interactions
between China and both countries in the region, with China instead apparently first interacting only
with Brazil.
Investigating periods of Synchronization on trade exchange between the different cases,
there was no evidence found that indicates correlations between the interactions of the different
states. Trade exchange showed a trend toward increasing, with some periods of decrease, especially
during the global financial crisis (2008–2009), but there is nothing to indicate that China, the South
American countries, and the US participate in some kind of triangular interaction in this particular
issue-area. It also reflects that the neccesary conditions to synchronize are not present in trade exchange.
There are pragmatic exchanges, differently from those in political and diplomatic arenas.
For their part, the regular correlations—both negative and positive—between Argentina–
China–US and Brazil–China–US show that the triangular interactions between China, the South
American countries, and the US are not necessarily static cooperative and/or conflictive interactions.
Both of these situations are ones that could be taken to evidence the pragmatism of their
relationships, which are sustained without the building of permanent alignments.
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47	&#13;  

�The case of Venezuela–China–US did not reveal any kind of correlations, and consequently
the results indicate that the three countries—at least in the period 1990–2012—did not participate in
any kind of triangular interaction. Initially, in the official discourse of Venezuela the country’s
relationship with China was used as an instrument to gain more autonomy from the US. Thus, the
unilateral decision or foreign policy choice of a country to actively engage with other countries so as
to increase its interactions with one of them to the detriment of the other cannot be said to produce
or represent a triangular interaction.
The lack of triangular interactions in the case of Venezuela–China–US could be taken to
indicate that China and the US were interacting with Venezuela for reasons complete independent of
the latter’s own foreign strategy. It could thus be considered evidence of pragmatic policies being
pursued by China and the US. The supposedly more “ideological” interactions between Venezuela
and China thus did not actually exist, at least in the sense of links being cultivated to deliberately
harm US interests. The results that have been presented in this article indicate at least that the
exchanges of China in Venezuela in some political and diplomatic areas are not related to the
bilateral relationship between Venezuela and the US.
The Synchronization occurring in triangular interactions is not a permanent phenomenon,
but rather a dynamic one that is more or less often present in the cases examined in this article. The
presence or not of Synchronizations depends on the presence of certain conditions such as: mutual
interaction in similar periods of time, the presence of failure and/or improvement of bilateral
demands compliance, and one of the states playing as a “joker card”. If these conditions are
present, then they will tend to synchronize their relationships.
Thus, Synchronization is not present in all areas of interaction that were examined for these
cases: while it was mainly present in the political-diplomatic arena this was not the case in the
commercial exchanges occurring between the different countries. Trade is a permanent tendency
between states to increase their commercial exchange, without a real triangulation of the
interactions.
The finding of there being an absence of Synchronization in the arena of trade exchange is
one of considerable importance, in the sense that it refutes the conclusion reached by some of the
literature on the increasing economic presence of China in Latin America that this development
represents a serious threat to the economic interests of the US in the region. In light of this finding,
it might be the case that in reality these states act purely in economically-minded and pragmatic ways
and as such ideological considerations are not anywhere near as important as they have hitherto
been believed to be.
Final considerations
The general relevance of this article arises from it combining the study of the following key
topics: first, the new level of analysis in IR that is triangular interactions, which is as relevant as
bilateralism, considering its potential contribution to more comprehensive understanding of the
interactions between States; second, the testing of a new concept that incorporates principles of
Physics in IR under the nomenclature “Synchronization”; third, that Synchronization could also be
relevant in a way to anticipate desirable conducts of states in triangular interactions, where the
conduct of one of them follows the dynamic of the other states; finally, the potential empirical
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	&#13;  

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�findings and comparative outcomes from the triangular interactions between China, Latin American
countries, and the US.
The improvement in every science comes from taking risks, specifically by proposing new ways
to tackle phenomena. In this particular case, the risk was to take a theory from another science,
Physics, and thus to adapt it to the concepts of Synchronization to IR. I have sought to make an
innovative contribution by analyzing triangular interactions between states, due to the lack of
relevant literature thereon and to the uncertainties that remain in that empirical research which has
already been done on this phenomenon. As in Physics, there are several research techniques
available to the scholar wishing to analyze the possible presence of Synchronization. The kind of
technique to be applied will depend on the kind of data that is available.
Thus, this article represents a first proposal of a specific theoretical framework of triangular
interactions, as a particular level of analysis in IR. Future research could henceforth seek to
undertake more empirical applications of this innovative framework. The need for more empirical
cases in this regard is great, and the possibility now exists to conduct more complex and nuanced
analysis. For future research it will be both possible and also desirable to expand the application of
Synchronization to a larger population of cases including more political, economic, and other
indicators.

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49	&#13;  

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	&#13;  

52	&#13;  

�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp. 53-72
ISSN: 2395-8448

	&#13;  

La dictadura argentina en el banquillo:
la trayectoria de la justicia y punición a los responsables por los
crímenes de lesa humanidad.
Argentina's dictatorship in the dock:
The path of justice and punishment for those responsible for
crimes against humanity.
Andrés del Río

Profesor adjunto en Ciencias Políticas en el Instituto de Educación de Angra dos Reis (IEAR) de la Universidad Federal
Fluminense (UFF).
Investigador del Instituto Nacional de Ciencia y Tecnología en Políticas Públicas, Estrategia y desarrollo (INCT-PPED).
Email: andres.delrio@gmail.com
Fecha de envío: 22 de mayo 2015
Fecha de aceptación: 15 de junio 2015

Resumen
La Argentina representa, hoy en día, el caso más avanzado en la punición a los responsables
de violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar (Sikkink, 2013). El
país selló por la opción favorable a la persecución penal de los crímenes de lesa humanidad,
embarcada en un amplio reclamo social (Filippini, 2011). Pero los procesos, lejos de reducirse,
aumentan en tamaño ganando nuevas temáticas. En esta línea, Argentina tuvo un proceso de
revisión del pasado de la mano de la justicia. A pesar de que la trayectoria no fue lineal, como se
notará, es imposible entenderla sin observar los tribunales. En el presente trabajo, de forma breve,
describimos los principales eventos del proceso de justicia transicional argentina hasta la actualidad,
resaltando la participación en (y con) los tribunales. Observaremos también la posición sobre la
revisión del pasado violento de cada uno de los gobiernos en el periodo seleccionado 1983-2014. El
estudio intenta colaborar en el debate sobre los procesos de revisión del pasado violento en nuestra
región, innovando al observar en esta trayectoria los tribunales y la posición de los gobiernos en el
poder con relación a la impunidad.
Palabras claves: Derechos humanos, Cortes, Sistemas legales, Justicia transicional, Argentina

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�Abstract
Today, Argentina is the most advanced case in relation to the punishment of those
responsible for human rights violations during the last civilian-military dictatorship (Sikkink, 2013).
The country chose the favourable option of penal persecution of crimes against humanity, within
the context of broad social demands (Filippini, 2011). Yet rather than decreasing, these trials have
increased in size, generating new issues. In that sense, Argentina revised the past with the help of the
judiciary. Although the trajectory was not linear, as will be shown, it is not possible to understand it
without taking into account the role of the courts. This study will briefly describe the events of
Argentina’s process of transitional justice up until the present day, highlighting the participation in
(and of) the courts. Likewise, we shall also observe the position of each of the governments between
1983-2014 when revising of the violent past. The study aims to contribute to the debate on the
processes to revise our region’s violent past, with the innovation of taking into account the courts
and governments’ positions in relation to this impunity.
Keywords: Human rights, Courts, Legal systems, Transitional Justice, Argentina.

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�Introducción
Con el retorno a la democracia en diciembre de 1983, Argentina cerró el período del último
régimen cívico-militar atravesado por el terrorismo de Estado y la destrucción de la arquitectura
productiva del país. La transición del régimen no fue compartida con los militares. En ese sentido, la
pérdida de la Guerra de Malvinas en 1982 por los militares en el poder fue determinante para la
ausencia de negociación en la transición. Sin embargo, aquella transición no controlada por los
militares no significó una ausencia de legados autoritarios en la democracia. En el horizonte
democrático, hubo dos desafíos fundamentales: por un lado, la restitución de la Ley y los derechos
fundamentales; por el otro, la punición de los responsables por las violaciones a los derechos
humanos durante el último régimen cívico-militar.
Cada país enfrenta su pasado violento según sus posibilidades, estructuras institucionales y
movimientos sociales y políticos. Así, un frágil equilibrio se va gestando a partir de los diferentes
sectores y la diversidad de demandas de cada escenario nacional. En el proceso, la reconciliación no
tiene el mismo significado para todos los integrantes de la sociedad. El poder judicial tiene un papel
fundamental en la materialización de la justicia y la punición. Pero no siempre es parte de los
sectores que desean revisar el pasado, o no tienen una actitud activa en lo que respecta a la búsqueda
de la verdad y la punición. La justicia constituye más un espacio de lucha política y de negociación en
la reconciliación y la reconstrucción. De esa forma, la justicia puede volverse un actor de
importancia en la revisión, o bien un límite en la búsqueda de la verdad.
La Argentina representa, hoy en día, el caso más avanzado en la punición a los responsables de
violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar (Sikkink, 2013). El país
selló, por la opción favorable a la persecución penal de los crímenes de lesa humanidad, embarcada
en un amplio reclamo social (Filippini, 2011). Pero los procesos, lejos de reducirse, aumentan en
tamaño ganando nuevas temáticas. En esta línea, Argentina tuvo un proceso de revisión del pasado
de la mano de la justicia. A pesar de que la trayectoria no fue lineal, como se notará, es imposible
entenderla sin observar los tribunales. En el presente trabajo, de forma breve, describimos los
principales eventos del proceso de justicia transicional argentina hasta la actualidad, resaltando la
participación en (y con) los tribunales. Observaremos también la posición sobre la revisión del
pasado violento de cada uno de los gobiernos en el periodo seleccionado 1983-2014. El estudio
intenta colaborar en el debate sobre los procesos de revisión del pasado violento en nuestra región,
innovando al observar en esta trayectoria los tribunales y la posición de los gobiernos en el poder
con relación a la impunidad.
La Justicia Transicional y los Tribunales
La justicia transicional (JT) emerge como respuesta concreta a las violaciones sistemáticas a los
derechos humanos durante el último régimen autoritario. El concepto de justicia transicional fue
delimitado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (UN Security Council, 2004) y de
forma clara Paul Van Zyl indica:
El objetivo de la justicia transicional implica llevar a juicio a los perpetradores, revelar la
verdad acerca de crímenes pasados, brindar reparaciones a las víctimas, reformar las
instituciones abusivas y promover la reconciliación. Lo anterior exige un conjunto incluyente

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�de estrategias diseñadas para enfrentar el pasado así como para mirar hacia el futuro con el fin
de evitar la recurrencia del conflicto y las violaciones. (Van Zyl, 2009, p.32)
En este sentido, el mismo autor remarca:
Las estrategias de justicia transicional deben considerarse un componente importante de la
construcción de la paz en la medida en que abordan las necesidades y los reclamos de las
victimas, promueven la reconciliación, reforman las instituciones estatales y restablecen el
Estado de derecho. (p.33)
La justicia transicional tiene cuatro dimensiones primordiales: la reparación a las víctimas, la
búsqueda de la verdad y la construcción de la memoria, la reforma de las instituciones del Estado y
el restablecimiento de la igualdad de los individuos frente a la ley. Según el International Center for
Transitional Justice (ICTJ): “ninguna medida aislada es tan eficaz como todas combinadas” (Olsen,
Payne y Reiter, 2009, p.166).
Los estudios sobre justicia transicional poseen una interdisciplinariedad intrínseca al objeto de
estudio, un área altamente compleja de estudios de derecho, sociología, historia, ciencia política,
entre otras. Las diferentes dimensiones de la justicia transicional son trabajadas de las más diversas
formas. Pero en cuanto a la dimensión de la igualdad ante la ley, no existen muchos estudios que
hagan foco en la participación de los tribunales en el proceso de revisión y punición al pasado
violento reciente. Juzgar a los violadores es una parte crítica de la justicia transicional. Sin embargo,
los sistemas de justicia no siempre participan del proceso en forma activa. Como indica el
documento del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (UN, 2011, p.9): “los sistemas de
justicia nacionales, en el proceso de justicia transicional, en general, no realizaron reformas
institucionales y presentan imposibilidades estructurales y de recursos humanos para conocer los
complejos casos de violaciones masivas a los derechos humanos”. Las continuidades institucionales,
particularmente en lo judicial, forman parte de los desafíos con los cuales la democracia debe lidiar.
El objetivo del presente trabajo es analizar la trayectoria histórica reciente de los principales
eventos de la justicia transicional argentina, observando la posición de cada gobierno con relación a
la revisión del pasado violento y la participación de (y en) los tribunales en el proceso de lucha por la
memoria, verdad y justicia.
El Gobierno de Raúl Alfonsín (1983-1989)
La vuelta a la democracia: la búsqueda de la verdad.
Tan pronto el Presidente Raúl Alfonsín, del partido Unión Cívica Radical, asumió el ejecutivo
nacional el diez de diciembre de 1983, envió un proyecto de ley al Legislativo Nacional1. Tenía por
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Cuando Ricardo Alfonsín era candidato presidencial había anticipado que derogaría la ley de pacificación nacional. Ítalo
Lúder, candidato por el Partido Justicialista, por el contrario, tuvo una posición moderada e intencionalmente ambigua.
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�finalidad revocar la Ley 22.924 (Ley de Pacificación Nacional) 2 , conocida como Ley de
Autoamnistía, “promulgada” por los militares cuatro mese antes de dejar el poder. Con esta ley, los
militares intentaban extinguir las responsabilidades penales de los agentes del Estado que violaron
sistemáticamente los derechos humanos. Convirtiéndose en la primera ley democrática, la Ley
23.040 revocó la autoamnistía comenzando el proceso de revisión y búsqueda de la verdad sobre las
atrocidades vividas durante la última dictadura. La misma sirvió como signo fundamental contra la
impunidad. La ley sancionada no solo revocó el decreto de autoamnistía sino que también lo declaró
de nulidad absoluta e insanable, anulando los efectos para el pasado.
El 15 de diciembre de 1983, basada en el decreto presidencial 187, se conformó una Comisión
de notables con el objetivo de investigar las violaciones a los derechos humanos durante el último
régimen Cívico-Militar 3 . El régimen autoritario, autodenominado Proceso de Reorganización
Nacional, se desarrolló entre 1976 y 1983. La Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas
(CONADEP) estuvo integrada por: un presidente, seis secretarios y 12 miembros. El presidente fue
el reconocido escritor Ernesto Sábato. Otros miembros reconocidos fueron: el Dr. René Favaloro
(que renunciaría), Gregorio Klimovsky y Magdalena Ruiz Guiñazú, entre otros. Una de las
secretarias fue Graciela Fernández Meijide.
El 20 de septiembre de 1984, 280 días después, la Comisión presentó su informe final: el
Nunca Más. En él, recibieron nueve mil denuncias y oyeron más de siete mil testimonios, de los
cuales 1500 fueron de sobrevivientes. La Comisión llegó a documentar incriminaciones en cincuenta
mil folios. 8960 personas fueron dadas como desaparecidos y se localizaron trescientos ochenta
centros de detención clandestinos, los principales fueron: ESMA (Escuela Mecánica de la Armada),
La Perla, Olimpo y Mansión Seré (CONADEP, 1984). De esta forma, la CONADEP constituyó la
primera comisión exitosa, a nivel internacional, en investigar la desaparición forzada de personas, en
un contexto internacional desfavorable4. Como indica Crenzel:
El informe, Nunca Más, basado en una retórica jurídica, instaló una nueva verdad pública
sobre la desaparición al probar la existencia material del sistema, negada por sus autores, y
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Ley denominada de Pacificación Nacional, con el norte de ser medidas políticas y normativas tendientes a sentar las
bases de la definitiva pacificación del país (según indica la propia ley). La ley fue promulgada el 22 de septiembre de 1983
por el gobierno autoritario, antes de la asunción del presidente constitucional Alfonsín. En su primer artículo:
Decláranse extinguidas las acciones penales emergentes de los delitos cometidos con motivación o finalidad terrorista o
subversiva, desde el 25 de mayo de 1973 hasta el 17 de junio de 1982. Los beneficios otorgados por esta ley se extienden,
asimismo, a todos los hechos de naturaleza penal realizados en ocasión o con motivo del desarrollo de acciones dirigidas
a prevenir, conjurar o poner fin a las referidas actividades terroristas o subversivas, cualquiera hubiere sido su naturaleza
o el bien jurídico lesionado. Los efectos de esta ley alcanzan a los autores, partícipes, instigadores, cómplices o
encubridores y comprende a los delitos comunes conexos y a los delitos militares conexos.
3 Conjuntamente con el decreto 187, debe tenerse en consideración los otros dos decretos fundamentales en este
proceso de justicia transicional: A) Decreto 157 de 13 de diciembre de 1983, Declárase la necesidad de promover la
prosecución penal con relación a los hechos cometidos con posterioridad al 25 de mayo de 1973, contra distintas
personas por actividades ilegales. Boletín oficial de 15-12-83. B) Decreto 158 de 13 de diciembre de 1983. Juicio sumario
ante consejo supremo de las fuerzas armadas integrantes de las juntas militares. Boletín oficial de 15-12-83.
4 Como indica Bohmer (2014, p.129): “La situación internacional no era favorable. La mayoría de los países de América
Latina estaban bajo dictaduras, el breve florecimiento de los derechos humanos en la región que la administración del
presidente norteamericano James Carter acompañó se había terminado y la guerra fría volvía a cobrar vigencia bajo
Ronald Reagan. El muro de Berlín todavía estaba en pie y Mandela todavía en prisión”.
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�postuló a la justicia y a la democracia como garantías para que el horror no se repitiera.
(Crenzel, 2014, p.42)
El informe Nunca Más sirvió como base para procesos penales y para juzgar a los miembros
de la junta militar, pero su validez como medio de prueba fue colocada en duda por la defensa de los
imputados.
La Ley 23.049, sancionada en febrero de 1984, modificó profundamente el Código de Justicia
Militar. Con la reforma se incorporó la posibilidad de intervención de la justicia civil en procesos
desarrollados en la justicia militar cuando existieran dilaciones injustificadas, sin necesidad de
alcanzar una sentencia definitiva. De este modo, la protección sistemática de la Justicia Militar y su
constante paralización de los juicios, cambió con la intervención de la justicia civil, dejando abierta la
posibilidad de continuar con el proceso de búsqueda de la verdad5. Así, a partir de los trabajos de la
CONADEP, surgió un proceso de judicialización, aunque el mismo se presentaba en un contexto
político delicado.
Juicio a las juntas militares.
El Juicio 13, como es conocido, fue el proceso judicial realizado por la justicia civil, en
oposición a la justicia militar, por orden del Presidente Raúl Alfonsín, contra las tres primeras juntas
militares de la dictadura debido a las graves y enormes violaciones a los derechos humanos
cometidos durante el período. El 22 de abril de 1985 el juicio comenzó.
El 9 de diciembre de 1985 se dictó una sentencia condenando a los cinco miembros de las tres
primeras juntas militares que gobernaron la Argentina: Jorge Rafael Videla, Roberto Eduardo Viola,
Emilio Eduardo Massera, Armando Lambruschini y Orlando Ramón Agosti.
Todas las condenas se convirtieron en un evento sin precedentes para la justicia transicional a
nivel mundial y un gran paso en la consolidación del estado de derecho argentino. El Juicio a las Juntas
contribuyó a crear conciencia de que no existe más espacio en el país para gobiernos autoritarios. En
ese sentido, el juicio promovió el descubrimiento de la ley, en cuanto los ciudadanos percibieron un
sistema legal era más viable y legítimo, asentando la idea que nadie está por encima de la ley (Sikkink,

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Dice el Art. 10 de la Ley 23.049: El Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas conocerá mediante el procedimiento
sumario en tiempo de paz establecido por los artículos 502 al 504 y concordantes del Código de Justicia Militar, de los
delitos cometidos con anterioridad a la vigencia de esta ley siempre que: Resulten imputables al personal militar de las
Fuerzas Armadas, y al personal de las Fuerzas de Seguridad, policial y penitenciario bajo control operacional de las
Fuerzas Armadas, y que actuó desde el 24 de marzo de 1976 hasta el 26 de septiembre de 1983, en las operaciones
emprendidas con el motivo alegado de reprimir el terrorismo.
Art. 11 - El art. 34, inc. 5 del Código Penal deberá ser interpretado conforme a la regla del art. 514 del Código de Justicia
Militar respecto de los hechos cometidos por el personal mencionado en el artículo anterior que actuó sin capacidad
decisoria cumpliendo órdenes o directivas que correspondieran a planes aprobados y supervisados por los mandos
superiores orgánicos de las Fuerzas Armadas y por la Junta Militar. A ese efecto podrá presumirse, salvo evidencia en
contrario que se obró con error insalvable sobre la legitimidad de la orden recibida, excepto cuando consistiera en la
comisión de hechos atroces o aberrantes.
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�2013). Desde un sentido simbólico, el juicio a las juntas se trató de la más elocuente escenificación
de la igualdad ante la ley (Martin, 2014)6.
Pero el Juicio a las Juntas tuvo particularidades importantes: en el proceso, más de 800
testimonios fueron escuchados, y más de 700 casos fueron analizados a partir del informe Nunca
Más de la CONADEP. En el Juicio no fueron incluidos todos los casos documentados, habiéndose
elegido únicamente los casos trascendentales, siendo juzgados 281 casos 7 . Solo los máximos
responsables de la cadena de mando fueron juzgados. Los cuadros medios y los ejecutores directos
de los crímenes fueron dejados de lado.
La condena de los máximos responsables no significó el fin de la búsqueda de la verdad y de la
justicia. El Juicio a las Juntas legitimó muchos reclamos y denuncias. Con él comenzaron a abrirse
miles de procesos penales en el país. El destino de los casos dependía en gran medida de la
convivencia (o no) entre los jueces para avanzar en este tipo de procesos. Este movimiento de la
sociedad en busca de justicia en los tribunales fue generando malestar en el ámbito militar. Es en
este escenario que ocurrieron diversos acontecimientos con el objetivo de desestabilizar el gobierno
constitucional. Entre ellos, levantamientos militares, muy sensibles para la sociedad. Y con ellos, el
proceso de justicia se frenaría abruptamente.
Leyes de impunidad: punto final y obediencia debida.
Una de las consecuencias de las presiones de los militares fue la sanción de la Ley 23.492,
conocida como la ley de Punto Final. Esta fue sancionada por el Congreso el 23 de diciembre de
1986. La ley establecía en su artículo primero: "se extinguirá la acción penal contra toda persona que
hubiere cometido delitos vinculados a la instauración de formas violentas de acción política hasta el
10 de diciembre de 1983". La ley otorgó sesenta días para procesar a los acusados por los delitos de
lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. Un plazo mínimo que generó desesperación
entre los movimientos sociales y de derechos humanos que buscaban avanzar en la justicia. Este
breve plazo produjo una enorme movilización en los tribunales, tanto por las presentaciones de los
movimientos de derechos humanos como de algunos jueces que no dejarían que el tiempo limitara
su trabajo.
A pesar de la enorme concesión de la ley, la presión continuó. La misma se tornó vivible para
la sociedad en la Semana Santa de 1987. Liderados por el “Carapintada” Teniente Coronel Aldo
Rico, una rebelión militar intentó ocupar la Escuela de Infantería de Campo de Mayo en reclamo a
los cientos de procesos presentados contra militares dentro del período habilitado. El apoyo popular
al gobierno democrático de Alfonsín fue amplio. Pero la rebelión tuvo como consecuencia la
sanción de otra ley de impunidad: la Ley 23.521 de Obediencia Debida. La misma establecía una
presunción, sin aceptar prueba en contrario (iuris et de iure), de Obediencia Debida. O sea, se absolvía
a los militares de rango intermedio y bajo acusados de violaciones a los derechos humanos en la
última dictadura por haber actuado presuntamente en virtud de la obediencia debida. Algunos de los
beneficiados por la norma fueron los reconocidos genocidas Alfredo Astiz, Antonio Bussi, Miguel
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Según Strassera el juicio a las juntas fue más justo, por calificarlo de alguna manera, que el de Núremberg, porque “allí
los jueces eran de las potencias que habían ganado la guerra. Acá el juicio fue hecho en un tribunal que tenía cien años.
Eran jueces que lo podrían juzgar a cualquiera, a uno mismo, no eran jueces especiales” (citado en Eliaschev, 2011).
7 En ese sentido, menos del 8% de los casos de desaparecidos registrados por la CONADEP fueron incluidos en el
juicio (Crenzel, 2008,).
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�Etchecolatz, Jorge Acosta, entre muchos otros. De esta forma, el desprocesamiento inmediato de los
imputados en procesos penales, fue una de las consecuencias de la nueva ley. Además de haber
intervenido en el ámbito de las facultades exclusivas de los jueces.
A pesar del retroceso que significó para la mayoría de las organizaciones de derechos
humanos, la ley declaraba explícitamente en el artículo 2 (de la ley 23.521): “La presunción
establecida en el artículo anterior no será aplicable respecto de los delitos de violación, sustracción y
ocultación de menores o sustitución de su estado civil y apropiación extensiva de inmuebles”. El
artículo era tan explicito como el artículo 5 de la Ley 23.492. Así, el artículo se convertiría en el
futuro en una puerta jurídica para la defensa de los derechos humanos.
A fines de junio de 1987, la Corte Suprema debió analizar la validez de ambas leyes. La corte
juzgó que resultaban de una ponderación de los intereses en juego, exclusiva del poder político y
que, como tal, deberían ser acatadas por el Poder Judicial (Guembe, 2005, p.121). Con una
orientación contraria, en el ámbito internacional, casi un año después, en julio de 1988, la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la sentencia del caso Velázquez Rodríguez8, dejó
establecida la obligación de los Estados de prevenir, investigar y punir las violaciones a los derechos
humanos.
La impunidad establecida a partir de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida
multiplicaron los reclamos de justicia de las organizaciones de derechos humanos, estableciendo un
núcleo duro e intransigente contra la impunidad. Y este solo se fortalecerá con el paso del tiempo.
El gobierno de Carlos S. Menem (1989-1999)
La política del cangrejo.
La salida prematura del Presidente Alfonsín9, seis meses antes del término previsto de su
mandato, en un escenario de inestabilidad social y económica, habilitó la asunción el 8 de julio de
1989 del nuevo presidente electo: Carlos Saúl Menem, del Partido Justicialista. Con él, de manera
inmediata, las políticas de impunidad se profundizaron. En claras palabras del ministro de defensa
Ítalo Lúder, en agosto del mismo año: “el gobierno argentino perdonará a militares rebeldes y
acusados de violar los derechos humanos como parte de una estrategia para aumentar la credibilidad
al país y atraer inversiones extranjeras” (citado en Napoli, 2011, p. 67). Entre el 7 de octubre de 1989
y el 29 de diciembre de 1990, el Presidente Menem dictó diez decretos indultando a aquellos que
habían sido condenados en los años anteriores. Según el gobierno, se trató de una política de perdón
que pretendía la reconciliación nacional, en busca de la estabilización de las relaciones cívicomilitares, con el objeto de cuidar la democracia. Una peligrosa política de cangrejo: Menem creyó
que avanzaba, pero solo retrocedió, perjudicando profundamente los avances en el área de derechos
humanos y punición a las violaciones de la última dictadura.
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Corte Interamericana de Derechos Humanos - CIDH. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Sentencia de 29 de
julio de 1988.
9 La situación económica de la argentina era crítica en los últimos meses del mandato de Raúl Alfonsín. De forma clara,
Aldo Ferrer (2008) indica: En enero (de 1989) se produjo una corrida especulativa contra el austral que trató de contener
contra la venta de reservas del banco central. En febrero, éste carecía de reservas para regular el mercado, que era ya
inmanejable dada la dimensión de la fuga de capitales. En solo los cuatro meses siguientes, la cotización del dólar se
multiplicó por ocho. Entre febrero y agosto los precios subieron el 1.700%, el tipo de cambio se devaluó cuatro veces y
los salarios reales cayeron el 30%. (p. 404)
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�Entre los indultos decretados, fueron beneficiados: aquellos que habían sido procesados y no
beneficiados por la ley de Punto Final y Obediencia Debida, miembros de grupos guerrilleros, los
participantes de las rebeliones de Semana Santa, Monte Caseros y Villa Martelli, los comandantes
condenados por delitos en la Guerra de Malvinas, los miembros de las juntas militares, Guillermo
Suarez Mason, y el ex ministro de economía, José Alfredo Martínez de Hoz, entre otros.
De esta forma, tomando las leyes de impunidad y los indultos de Menem, aquellos que estaban
siendo juzgados, los que fueron juzgados y los condenados terminaron beneficiados por las leyes
y/o indultos. Una intromisión del Poder Ejecutivo en el Judicial porque indultó a quien no resultó
condenado. En seis años de democracia, se pasó de avances importantes en el área de la justicia
transicional a un retroceso profundo que culminaría con los condenados libres en las calles. En este
escenario, las organizaciones de derechos humanos consolidaron su posición de reclamo
intransigente a la impunidad, contando con el apoyo de algunos movimientos sociales.
Fase post-indultos
Desde la sanción de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, un conjunto de individuos
y organizaciones denunciaron al país ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) de la Organización de Estados Americanos. Estas denuncias se intensificaron a partir de los
indultos de Menem. A comienzos de octubre de 1992, la Comisión se pronunció a través de un
informe, conocido como el 28/92. En él, la CIDH destacó las violaciones del Estado argentino en
relación al derecho de justicia de las víctimas, además de indicar la incompatibilidad de las leyes de
Amnistía por ser contrarias a la Convención Americana de Derechos Humanos y la Declaración
Americana de Derechos y Deberes del Hombre. La Comisión recomendó, a la Argentina en
particular, tomar medidas para esclarecer los eventos, e identificar y sancionar a los responsables por
las violaciones de derechos humanos ocurridos durante la dictadura militar.
En el año 1994, se reformó la Constitución Nacional. La incorporación de los tratados de
derechos humanos a la Constitución, otorgándoles jerarquía constitucional, potencializó los
derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos. Entonces, el Estado asumió
obligaciones especiales de rango internacional10. En la misma línea, en 1995, se promulgó la Ley
24.584, aprobándose la "Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los
crímenes de lesa humanidad", adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Siguiente un orden cronológico, entre finales de 1994 y 1995 se consolidó la agrupación
H.I.J.O.S. - Hijos y Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio - a nivel
nacional. La agrupación fue clave para el mantenimiento de la memoria en un momento de olvido y
apatía. Con los canales institucionales bloqueados, la organización innovó sus formas de protestas: el
“escrache” se volvió una forma efectiva de manifestación y repudio (Oberlin, 2011)11. La condena
social fue exitosa, obteniendo la agrupación gran visibilidad y apoyo de la sociedad. La constancia y
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La reforma constitucional de 1994 no solo incorporó constitucionalmente el principio de supremacía de los tratados
sobre las leyes de la Nación, en el nuevo artículo 75 inciso 22, sino que también estableció que los 11 instrumentos
internacionales sobre derechos humanos enumerados por la propia Constitución, tienen jerarquía constitucional.
11 El escrache era el proceso de identificación de los lugares donde vivían los represores, que culminaba con un acto
público en el cual se marcaba visiblemente la vivienda en la que habitada el represor. Así, todo aquel que pasaba por el
lugar sabía que allí vivía un represor.
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�perseverancia de las organizaciones de derechos humanos fue clave en la justicia transicional en un
momento de retroceso y de políticas de impunidad.
Coincidiendo con la reelección del presidente Carlos S. Menem, al final de 1995, el retroceso
se revertiría para volver de a poco a la trayectoria de la política de la memoria, verdad y justicia. Pero,
lejos de tratarse de una reversión por políticas activas del gobierno nacional, se trató de una
reversión multidimensional: por contexto, evolución del derecho internacional, creatividad y presión
social. La dimensión contextual doméstica era difícil: desempleo masivo, precarización laboral y
pobreza extendida. El pueblo estaba en la calle, y los diferentes reclamos, lejos de desaparecer, se
potenciaban. La continuidad y constancia de las organizaciones de derechos humanos contra la
impunidad aumentaban lentamente su visibilidad y también la presión ejercida. Simultáneamente, el
aniversario del Golpe de Estado de 1976 y el debilitamiento de las fuerzas armadas, abrió
oportunidades y multiplicó apoyos sociales a los reclamos de esas organizaciones. La dimensión de la
defensa de los derechos humanos fue fortalecida por el contexto internacional, entre ellos: el caso
Scilingo, la evolución del pensamiento internacional y los derechos humanos, y posteriormente el
ejemplar caso Pinochet 12.
Innovación ante la restricción: Instancia internacional.
En el escenario internacional, familiares y organismos de derechos humanos (con el apoyo de
organizaciones locales de cada país de destino) presentaron denuncias en diversos países para
acceder a la jurisdicción de los mismos por el principio jurídico de la nacionalidad de la víctima.
España comenzó a investigar lo que sucedió en la Argentina durante la dictadura militar, bajo el
principio de jurisdicción universal a partir del año 1996 (Cels, 2013). La cara visible de este proceso
fue el Juez Baltazar Garzón. A fines de 1999, el prestigioso juez pidió, a través de la Interpol, la
detención de cuarenta y ocho acusados, entre ellos: Videla, Massera, Suárez Mason, Nicolaides,
Bussi, Menéndez, Acosta y Astiz. En 1997, el Caso Scilingo fue particularmente especial por la
confesión voluntaria acerca de los “Vuelos de la Muerte” y su correlativa localización de los cuerpos
en la costa argentina13 14. Pero no solo en España se desarrollaron estos procesos. Jueces de Francia
(caso Astiz15), Alemania (casos Kasemann y Zieschank) e Italia (caso Suarez Mason, y también
utilizando el principio de nacionalidad pasiva por la Operación Cóndor) también pidieron la
extradición de militares argentinos para ser juzgados en el exterior, generando una fuerte presión al
gobierno argentino (Yanzon, 2011). Esto provocó, por un lado, una negativa constante por parte de
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El 16 de octubre de 1998, el juez Baltasar Garzón dictó la orden de detención de Pinochet desencadenando todo el
conocido proceso. Dicho juez investigaba desde hacía dos años los crímenes contra españoles en la última dictadura
argentina. En este sentido, se trató de un cambio fundamental en el derecho internacional, cambios que se vienen
fortaleciendo en las últimas décadas. La protección a los derechos humanos pasó a constituirse en unos de los
principales objetivos de la comunidad internacional. En el mismo año, en julio, representantes de 120 países reunidos en
la conferencia de Roma aprobaron el proyecto de creación de un tribunal penal internacional, con sede en la Haya, países
Bajos.
13 Los Vuelos de la Muerte: los detenidos-desaparecidos que estaban en la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) y
otros centros clandestinos de detención eran narcotizados, amarrados y arrojados con vida desde aviones al Rio de la
Plata y al Océano Atlántico.
14 En abril de 2005, en España, Adolfo Scilingo fue juzgado y condenado a 640 años de prisión. Recientemente, la Corte
española aumentó la pena a 1084 años.
15 Con relación a Astiz fueron varios los países que lo procesaron, y/o condenaron, y/o pidieron su extradición, entre
ellos Francia, España, Suecia e Italia.
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�las máximas autoridades nacionales (los presidentes Menem, De la Rúa, Duhalde)16 a colaborar,
tanto en el ámbito judicial como en las extradiciones solicitadas por los países que habían iniciado
causas penales contra argentinos por crímenes de lesa humanidad. Por el otro, la reforma
constitucional y los compromisos internacionales que surgieron a partir de ello, impedían que la
negativa se extienda por un largo plazo. Todos estos procesos crearon importantes precedentes,
movilizando a la sociedad. Así, los cambios en la esfera internacional motivaron transformaciones en
el país, influyendo en el desarrollo de los procesos que los tribunales estaban canalizando. La
visibilidad del caso Pinochet redobló el incentivo de reclamo de los familiares y de las
organizaciones. Como indica Sikkink (2013), con relación a los juicios de lesa humanidad, estos
contribuyen a disuadir mas allá de las fronteras y, así como es probable que los juicios tengan mayor
poder de disuasión en el país donde se llevan a cabo, también existe la posibilidad de encontrar un
mayor grado de prevención o discusión generales, afectando a países vecinos.
Innovación ante la restricción: Juicios por la verdad.
En este contexto, nuevas estrategias fueron llevadas a cabo por los diferentes organismos de
derechos humanos en pos de obtener justicia y evitar la consolidación de la impunidad. Una
búsqueda constante de nuevas fórmulas jurídicas y procesales para poder superar los obstáculos y
restricciones construidas por las leyes de impunidad establecidas, en un escenario social y económico
complejo con un sector militar debilitado, y una creciente internacionalización de la defensa de los
derechos humanos, facilitaron la apertura del establecimiento de los Juicios por la Verdad. Con ellos, se
abrieron nuevos sentidos del pasado, alterando significados en el presente y posibilitando nuevas
alternativas en el horizonte. La defensa de la memoria y la búsqueda de la justicia fueron pilares
fundamentales en este proceso de transformación. Los juicios fueron el retorno a la trayectoria de la
búsqueda de la verdad y la justicia en los tribunales nacionales, vedados desde la sanción de las leyes
de impunidad y de los indultos (Filippini, 2011).
Los Juicios comenzaron a partir de un amparo presentado por la Asamblea Permanente por los
Derechos Humanos (APDH) y algunos familiares en la Cámara Federal de La Plata, en la ciudad de
La Plata, en abril de 199817. Un mes después, la Cámara resolvió investigar lo que había sucedido.
Los Juicios por la Verdad tenían por objetivo descubrir lo que ocurrió con los desaparecidos durante la
última dictadura cívico-militar, las circunstancias en las cuales se sucedieron los trágicos eventos, el
destino final de las víctimas y la individualización de los responsables. La importancia de esos juicios
é que, a pesar de no considerar la posibilidad de condena y punición (por la aceptación de los límites
establecidos por las leyes de impunidad por los jueces), su objetivo era la fijación judicial de la
verdad. Los Juicios por la Verdad surgen debido a la ausencia de respuesta del Estado en relación a los
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Decretos 111 de 09-02-1998 de Carlos S. Menem, Decreto 1581 de 05-12-2001 de Fernando De la Rúa, y Eduardo
Duhalde rechazó la extradición de Astiz a inicios de 2002.
17 Como precedente inmediato pero con resultado negativo por parte de los tribunales. La causa del Caso Mignone de
1995 finalmente fue cerrada por el tribunal; el Caso Aguiar de Lapacó vs Argentina (Caso 12.059 -1999) exigió el
derecho a la verdad basándose en el derecho internacional e interno. Finalmente, la causa fue negada por la Corte
Suprema de Justicia Nacional. En 1998, Caso Facundo Urteaga c/Estado Nacional (fallo: 321:2767), a partir del Habeas
data presentado, fue aceptado por la Corte Suprema, un mes después de la negativa del Caso Aguiar de Lapacó. En 1999,
una resolución de la CIDH recomendó en el Caso Aguiar Lapacó el acceso a la verdad, abriendo las puertas de los
tribunales. El Caso Aguiar de Lapacó fue resuelto por una solución amistosa por el informe 21/00, de febrero de 2000 –
CIDH-OEA. En él, el Estado Argentino aceptó y garantizó el derecho a la verdad, y se comprometió a adecuar la
legislación para facilitar la competencia y el trabajo de tribunales penales específicos.
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�desaparecidos y, especialmente, por las restricciones impuestas por las leyes de Punto Final y
Obediencia Debida, y los indultos.
Durante los meses que siguieron, se presentaron más demandas en todo el territorio nacional
en busca de la verdad, movilizando a la sociedad Argentina a enfrentarse con un pasado que para
muchos estaba cerrado. En todo ese tiempo, declararon más de 800 testigos, existiendo más de 2200
expedientes. A partir de los Juicios por la Verdad, se reunió información esencial, ayudando a iniciar o
reabrir casos penales por violación a los derechos humanos por parte del terrorismo de Estado
durante la última dictadura.
Una característica importante de los Juicios fue que se basaron extensivamente en los pactos,
sentencias e informes internacionales de derechos humanos. Tanto el informe 28/92 como el
Informe Anual 1985/1986 de la CIDH, fueron parte de la sustentación de los fundamentos de los
Juicios. Como indicó la CIDH en el Informe Anual 1985/1986: “Toda la sociedad tiene el
irrenunciable derecho de conocer la verdad de lo ocurrido, así como las razones y circunstancias en
las que aberrantes delitos llegaron a cometerse, a fin de evitar que esos hechos vuelvan a ocurrir en el
futuro” (Capítulo V).
Además de esos informes de la comisión, diversas sentencias de la Corte IDH fueron
utilizadas (ex. Caso Velásquez Rodríguez de 1988)18, así como también la solución amistosa del Caso
Aguiar de Lapacó del año 200019. De ese modo, los tribunales nacionales fueron reaccionando a la
presencia activa de la jurisprudencia cada vez más insistente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en lo referido a los casos que violan la Convención Americana de Derechos Humanos
(Roht-Arriza, 2011). Otro instrumento internacional que fue parte de la sustentación argumental de
los Juicios fue la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. La
Convención tenía jerarquía constitucional desde mayo de 1997. A los fundamentos basados en el
derecho internacional, se sumaron los argumentos que surgen de la Constitución Nacional y la
protección de las garantías individuales previstas por la misma, además de diferentes sentencias de la
Corte Suprema Nacional (ex. Caso Urteaga)20. Argumentos sustentados de forma combinada por las
innovaciones del derecho internacional, del propio desarrollo del proceso nacional en un contexto
especial. Los Juicios por la Verdad se constituyeron en un camino alternativo en la búsqueda de la
verdad y justicia, una innovación ante la restricción. Aunque lejos de ser el fin del camino, se trató
del comienzo del retorno a la senda de la justicia.
Innovación ante la restricción: las lagunas de la amnistía.
Casi simultáneamente al inicio de los Juicios por la Verdad en 1998, diferentes peticiones fueron
presentadas en los tribunales sobre casos no contemplados por las leyes de amnistía de la década de
los ochenta: por un lado, la apropiación y sustracción de menores o niños nacidos en cautiverio21;
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Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Sentencia de 29 de julio de
1988
19 Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH, Informe N° 21/00. Caso 12.059. Solución Amistosa.
Carmen Aguiar De Lapacó. Argentina. 29 de Febrero de 2000.
20 Caso Facundo Urteaga c/Estado Nacional (fallo: 321:2767).
21 Indicaba el artículo 2 (de la Ley 23.521): “La presunción establecida en el artículo anterior no será aplicable respecto de
los delitos de violación, sustracción y ocultación de menores o sustitución de su estado civil y apropiación extensiva de
inmuebles”. En la misma línea declaraba el artículo 5 de la ley 23.492.
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�por el otro, denuncias contra militares bolivianos, uruguayos, paraguayos y chilenos que participaron
de la Operación Cóndor y que no eran beneficiados por las leyes de impunidad22. En lo referido a la
apropiación de menores, en la década de los noventa, fueron iniciados algunos procesos por la
sustracción, ocultamiento y sustitución de la identidad de menores, más allá de la recopilación de
datos sobre bebés nacidos en cautiverio23. Las Abuelas de Plaza de Mayo denunciaron que el secuestro
de bebés fue parte de un plano sistemático impulsado por la dictadura24. Con los procesos de esta
temática, los líderes militares volvieron a transitar los tribunales, y algunos de ellos, la cárcel, entre
ellos los ex jefes de Executivo Nacional, Jorge R. Videla25 y Emilio E. Massera 26, entre otros
detenidos. El reconocimiento de que estos tenían cometido un delito de lesa humanidad, delitos
imprescriptibles, alteraba los cálculos jurídicos a futuro. Los tribunales volvían a moverse por
pretensiones con horizonte. Este tipo de delitos, no previstos por las leyes de amnistía, fueron
procesos realmente judicializados (Lorenzetti y Kraut, 2011).
Innovando el fin de la restricción: la revocación de las leyes de amnistía.
El 15 de abril de 1998, el Congreso Nacional sancionó la Ley 24.952, revocando las leyes de
Punto Final y Obediencia Debida. Sin embargo, lejos de satisfacer las expectativas de los familiares
de las víctimas y las organizaciones de derechos humanos, la revocación no eliminaba los efectos del
pasado, sino aquellos a futuro. Se trató de una resolución intermedia: entre los sectores
conservadores se alertaba sobre los efectos institucionales de la anulación legislativa y, del lado
opuesto, se exigía la materialización de la obligación de investigar, procesar y punir en base al
derecho internacional de los derechos humanos (Guembe, 2005). Era una revocación más simbólica
que efectiva. En definitiva, una revocación con efectos castrados. Pero, a pesar de la limitación, la
revocación no dejaba de tener efectos a futuro, y éstos existirán.
El Gobierno de la Alianza (1999-2001)
El reverso del proceso: el desafío de los jueces.
El 2001 no fue solamente el año de la enorme crisis económica y del choque con las miserias
de la barroca construcción política argentina, también fue el encuentro con un pasado presente, o
sea, un período de una argentina al rojo vivo. En marzo de 2001, el juez federal Gabriel Cavallo, del
Tribunal Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº4, declaró inconstitucionales las leyes de
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Un ejemplo de la última fue el Caso Prats, general chileno asesinado juntamente con su esposa en Buenos Aires en
1974. El juicio condenó por asesinato al ciudadano chileno Enrique Arancibia Clavel, integrante de la Dirección de
Inteligencia Nacional (DINA) del gobierno de Augusto Pinochet. El caso se convirtió en un importante precedente.
23 En 1992, se sancionó la Ley 25.457, que creó la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI). En
1987, durante la presidencia de Alfonsín, fue sancionada la Ley 23.511 creando el Banco Nacional de Datos Genéticos
(BNDG). Esta fue reformada y actualizada en diversos momentos; la última vez fue en el año 2009 por la Ley 26.548.
24 El 30 de octubre de 1996, las abuelas presentaron la denuncia que dio inicio a la causa por el “Plan Sistemático de
apropiación de niños” (IUD, 2013).
25 Causa n.1499 Videla, Jorge R. S/Supressão de estado civil de un menor; Causa n.1584 Azic, Juan Antonio S/delito de
acción pública, Causa n.1351 Nicolaides, Cristinho y otros S/sustración de menores.
26 Causa n.10326-96 Nicolaides, Cristinho y otros s/sustracción de menores.
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�Punto Final y Obediencia Debida en la causa “Simón” 27 . En la sentencia, el juez declaró la
inconstitucionalidad de las leyes de impunidad considerando los tratados internacionales:
En consecuencia, la sanción y la vigencia de las leyes 23.492 y 23.521, en tanto impiden llevar
adelante las investigaciones necesarias para identificar a los autores y partícipes de las
violaciones a los derechos humanos perpetradas durante el gobierno de facto (1976-1983) y
aplicarles las sanciones penales correspondientes, son violatorias de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos. Verificado entonces que la sanción y vigencia de las leyes 23.492 y
23.521 son incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y con la
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, se impone declarar inválidas
a las leyes de “Punto Final” y “Obediencia Debida”28.
Dos semanas después, el 14 de marzo de 2001, la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, fortaleciendo la sentencia del juez Cavallo, confirma el mismo sentido con la decisión (y
leading case) “Barrios Altos vs. Perú”. En ella, la Corte IDH estableció que las violaciones a los
derechos humanos no puede ser amnistiados ni su persecución penal cesa con el paso del tiempo.
En ese sentido, la Corte Interamericana determinó que:
Como consecuencia de la manifiesta incompatibilidad entre las leyes de autoamnistía y la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, las mencionadas leyes carecen de efectos
jurídicos y no pueden seguir representando un obstáculo para la investigación de los hechos
que constituyen este caso ni para la identificación y el castigo de los responsables, ni puedan
tener igual o similar impacto respecto de otros casos de violación de los derechos consagrados
en la Convención Americana acontecidos en el Perú.29
Así, tanto en el ámbito nacional como internacional, las cortes indicaron el rumbo y, con ellas,
otros jueces imitaron el camino, iniciando nuevas causas o reabriendo aquellas que habían sido
obstaculizadas por las leyes de impunidad al final de la década de los ochenta. En esa trayectoria, las
decisiones fueron siendo confirmadas por las Cámaras Federales de segunda instancia.
Los Gobiernos de Néstor Kirchner (2003 – 2007) y Cristina Fernández de Kirchner (2007 –
2015)
La imprescriptibilidad y la inconstitucionalidad de las Leyes de Impunidad y de los
Indultos.
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Fallo: 8686/2000.
Fallo: 8686/2000.
29 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Barrios Altos Vs. Perú. Sentencia de 14 de marzo 2001. Párrafo
44. En la sentencia se declaran inválidas las leyes de amnistía decretadas por el gobierno de Alberto Fujimori.
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�Con la asunción del Presidente Néstor Kirchner, en mayo de 2003, las políticas de la memoria
se volvieron políticas de Estado. El acompañamiento institucional a los reclamos de las
organizaciones de derechos humanos se transformó en una nueva orientación del gobierno en el
poder. Por un lado, en 2003, comenzó un proceso de renovación de los miembros de la Alta Corte
argentina, un proceso más transparente y público. La Corte Suprema se encontraba entre los
reclamos principales de los ciudadanos30. Por otro lado, el poder legislativo promulgaría una serie de
leyes que serían fundamentales para el retorno a la senda de reconstrucción del derecho a la justicia.
En este sentido, el 2 de septiembre de 2003, se promulgó la ley 25.778, otorgando jerarquía
constitucional a la "Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los
Crímenes de Lesa Humanidad"31.
En agosto de 2004, la Corte Suprema de Justicia Nacional, de acuerdo con esta nueva
orientación de la búsqueda de la verdad y justicia, estableció la imprescriptibilidad de los crímenes de
lesa humanidad (Caso Arancibia Clavel) 32 . De este modo, la Corte resolvió la cuestión de la
prescripción de los crímenes, uno de los obstáculos para la punición de los militares: “… Las reglas
de prescripción de la acción penal previstas en el ordenamiento jurídico interno quedan desplazadas
por el derecho internacional consuetudinario y por la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los
Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad”33. En septiembre del mismo año, se
promulgó la Ley 25.779 que declaró la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida,
habilitando al sistema de justicia a poner fin a la arbitrariedad que existió durante todo ese período.
Como consecuencia, se multiplicaron los procesos, tanto iniciando nuevos como reabriendo
aquellos que habían sido beneficiados por tales leyes. En esa línea, fueron varios los jueces que
declararon la inconstitucionalidad de los indultos que beneficiaron a tantos represores, además de
declarar la inexistencia de cosa juzgada.
El 14 de junio de 2005, la Corte Suprema confirmó el caso Simón34. Dicha decisión estableció
que las leyes que consagran la impunidad son contrarias al derecho internacional de los derechos
humanos, según el precedente de la Corte IDH en el caso Barrios Altos (Lorenzetti, 2011). Además
de la imposibilidad de amnistiar crímenes de lesa humanidad, el Estado debe investigar y punir toda
violación a los derechos humanos reconocidos por la Convención Americana de los Derechos
Humanos de acuerdo con lo establecido por el Informe 28/92 de la CIDH. De ese modo, la Corte
convalidó la reciente Ley 25.779. El considerando 15 del voto del Juez Eugenio Zaffaroni, declara
claramente sobre los efectos de tales leyes:

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Entre los anos 2001 y 2002, uno de los principales reclamos sociales era la renovación de la Corte Suprema de Justicia
Nacional. Fueron varias las manifestaciones en los tribunales en busca del cambio institucional. Además de ser
considerada la corte de la mayoría automática menemista, existía principalmente un rechazo social a las sentencias del
alto tribunal en relación al Corralito financiero establecido en el país en la época. Un trabajo reciente sobre el tema
específico: BENENTE, Mauro. (2011), Fuera la Corte Suprema. Protestas frente a la Corte Argentina (2001-2002),
Saarbrücken, Editorial Académica Española.
31 ARTICULO 1º — Otórgase jerarquía constitucional a la "Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de
Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad", adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones
Unidas, el 26 de noviembre de 1968 y aprobada por la Ley 24.584 (en 1995).
32 Fallo: 327:3312.
33 Párrafo 36.
34 Fallo: 328:2056.
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�Que a efectos de cumplir con el mandato del derecho internacional, cabe observar que no
basta con constatar que el Congreso Nacional sancionó leyes que violaban tratados
internacionales y normas constitucionales, o sea, que el derecho internacional exige algo más
que la mera declaración de inconstitucionalidad de las leyes 23.492 y 23.521. En efecto: la clara
jurisprudencia de "Barrios Altos" exige que ningún efecto de esas leyes pueda ser operativo
como obstáculo a los procesos regulares que se llevan o deban llevarse a cabo respecto de las
personas involucradas en los crímenes de lesa humanidad cometidos en la última dictadura
militar.35.
Así, las impugnaciones judiciales a los procesos reabiertos desde 2001 fueron cerradas.
A mediados de 2007, en el caso Mazzeo 36 , la Corte Suprema se pronunció sobre la
inconstitucionalidad de los indultos, indicando que ningún tipo de perdón puede oponerse a dejar
sin efecto la persecución y condena de los crímenes de lesa humanidad. Al respecto, la Corte declaró
en el caso Mazzeo:
Que así los principios que, en el ámbito nacional, se utilizan habitualmente para justificar el
instituto de la cosa juzgada y ne bis in idem no resultan aplicables respecto de este tipo de
delitos contra la humanidad porque, "los instrumentos internacionales que establecen esta
categoría de delitos, así como el consiguiente deber para los Estados de individualizar y
enjuiciar a los responsables, no contemplan, y por ende no admiten, que esta obligación cese
por el transcurso del tiempo, amnistías o cualquier otro tipo de medidas que disuelvan la
posibilidad de reproche...37.
De esa forma, esas tres confirmaciones de la Corte Suprema Nacional fueron fundamentales
para la reactivación y consolidación del proceso de verdad y justicia en la Argentina.
A partir de la catarata de procesos, en 2008 se creó la Unidad Fiscal de Coordinación y
Seguimiento de las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo
de Estado de la Procuraduría General de la Nación. La misma tiene por objetivo implementar las
estrategias jurídicas para organizar los procesos existentes en todo el país. La unidad realiza
constantemente informes sobre el estado de los procesos de delitos de lesa humanidad.
El horizonte en la justicia: avances y desafíos
De acuerdo con el último informe de la Unidad Fiscal de la Procuraduría General de la Nación
de diciembre de 2013 (2014, p.1-9), los números indican: durante 2013, se registraron un total de
1069 procesados (1013 fueron en 2012). El número de condenados creció significativamente: en
2008 había 70 personas condenadas, a fines de 2009 eran 100, para el final de 2010 fueron 199, y en
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Considerando 15 del voto de Eugenio Zaffaroni en la causa: Simón, Julio Héctor y otros (14/06/2005 - Fallos:
328:2056).
36 Mazzeo, Julio Lilo y otros, 330:3248, 13/07/2007.
37 Considerando 37.
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�2011 se condenó a 267 personas. Ya en 2012, el número alcanzó a 378, y en 2013 fueron 160 (142
fueron condenados por primera vez). Según el informe de la Fiscalía, los números muestran que el
proceso de sentencia de los delitos de lesa humanidad han alcanzado su punto máximo de
expansión. Es importante destacar que de los 520 condenados al momento, solo 71 de ellos tienen
condena firme. Esta característica ha sido fuertemente criticada por el Centro de Estudios Legales y
Sociales (CELS), argumentando que la demora de confirmación por parte de la Corte Suprema deja
una sensación de impunidad ante la muerte de los imputados (CELS, 2013). Para comprender la
importancia del nuevo contexto nacional: desde 1983 hasta hoy fueron realizados 122 juicios, de los
cuales 107 acontecieron desde el año 2004. En 2013 fueron concluidos 24 de ellos.
El año 2012 será recordado como el año de los Mega Juicios, denominados de esa forma por
la cantidad de imputados y víctimas en la misma causa. Actualmente, existen 12 juicios (10 orales y 2
escritos) en los cuales se juzga a 219 imputados, por un total de 1924 víctimas. Hay dos procesos de
enormes dimensiones: el caso “ESMA II” en Capital Federal y el proceso conocido como “La Perla”
(por el nombre del centro clandestino de detención) en la provincia de Córdoba (CELS, 2013, p.85).
Como remarca Crenzel (2014), desde un inicio, la verdad jurídica sobre el sistema de
desapariciones forzada presentó a las Fuerzas Armadas y al Estado dictatorial como sus responsables
exclusivos. Ello edificó una imagen vertical de este sistema. Así, las responsabilidades criminales,
políticas y morales de las corporaciones económicas, religiosas y políticas fueron desatendidas, y otro
tanto ocurrió con las de los hombres y mujeres corrientes. Pero hoy en día, existen avances
interesantes en relación a nuevas dimensiones tratadas, abriendo nuevas posibilidades. Por un lado,
las investigaciones sobre la participación empresaria en la dictadura: el procesamiento del Director
del Ingenio Ledesma, Carlos Blaquier, y su administrador, Alberto Lemos; la sentencia dictada en
marzo de 2012 que ordena investigar la responsabilidad del Directorio de la cementera Loma Negra
y su complicidad con la dictadura militar; y el procesamiento del empresario Marcos Levin, dueño de
la empresa La Veloz del norte, entre otros ejemplos (Basualdo, Quintana y Varsky, 2013). Por el
otro, las investigaciones sobre el papel de los jueces, fiscales y abogados durante el último régimen
autoritario. En este sentido, el juicio a los jueces en la provincia de Mendoza es una demostración
del alcance. A 38 años del golpe cívico-militar, se juzga por primera vez la participación de un grupo
de integrantes del poder judicial en el terrorismo de Estado. Se trata de una mega causa con más de
40 imputados y centenares de víctimas.
Consideraciones Finales
En el desarrollo de la justicia transicional, la Argentina utilizó los mecanismos más diversos
para la lucha por la memoria, verdad y justicia. Las cuatros dimensiones de la justicia transicional
fueron implementadas en diversos grados cada una. La dimensión del restablecimiento de la igualdad
de los individuos frente a la ley fue un proceso innovador ante los diversos obstáculos
sobrevinientes en los diferentes gobiernos. Los tribunales fueron buscados constantemente como
principal canal para satisfacer las demandas sociales para evitar la impunidad. Los movimientos de
derechos humanos fueron inclaudicables y esenciales para que la política de la impunidad no reinase
en el país. Aunque las respuestas de los gobiernos y de los tribunales fueron diversas, la retomada a
la senda de la justicia en la última década consolidó el norte de políticas de la memoria. En este

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�sentido, la Argentina representa, hoy en día, el caso más avanzado en la punición a los responsables
de violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura cívico-militar (Sikkin, 2013).
Como indica Filippini (2011), la Argentina tuvo dos ciclos de persecución penal. El primero
casi de un lustro, fue intentado recién superada la última dictadura, a partir de diciembre de 1983.
Los juicios de ese ciclo estuvieron enfocados en los máximos líderes y lograron un alto impacto
simbólico. Pero no fueron sustentables y resultaron rápidamente revertidos en sus consecuencias
penales por las leyes de impunidad de 1986 y 1987. El segundo ciclo de investigaciones, el actual,
nació como fruto de la resistencia a la impunidad y se consolidó a partir de la declaración de nulidad
de las leyes de punto final y obediencia debida, entre 2001 y 2005. A partir de entonces, la
persecución penal de los crímenes del terrorismo de estado pasa a ser una política estatal consolidada
e irreversible en sus notas centrales. En ese sentido, el proceso se intensificó con el apoyo del
gobierno y la constancia inagotable de la lucha de las organizaciones de derechos humanos.
Con el gobierno de Alfonsín, desde la vuelta democrática, la creación inmediata de la
CONADEP y, posteriormente, los Juicios a las Juntas, fueron avances significativos en un contexto
regional de asilamiento en este tipo de procesos. Cumplidos seis años de estos eventos, la impunidad
volvió a ser protagonista del proceso con la sanción de las leyes de Punto Final y Obediencia
Debida. De esta manera, en el gobierno de Alfonsín se pasó de la innovación y punición a una
política de impunidad. Pero lejos de ser dominados por la impunidad, los reclamos de las
organizaciones nunca cesaron. Esa característica es fundamental para comprender el caso argentino.
Con la llegada de Carlos Menem al poder, una clara política de la impunidad fue establecida.
Los indultos dictados en los primeros momentos de su mandato, transformó al gobierno menemista
en un importante obstáculo para la revisión del pasado violento. Priorizó la reconciliación basada en
el olvido y la impunidad. A pesar de continuar con su política de impunidad durante su segundo
mandato, los movimientos de defensa de los derechos humanos fueron innovando sostenidamente.
Innovando ante la restricción creada por el gobierno. Y estos reclamos y demandas fueron
fortalecidos por el contexto de internacionalización de la protección de los derechos humanos.
Además, los juicios abiertos en diferentes países profundizaron las demandas locales. Los Juicios
por la Verdad fueron una demostración de la lucha creativa de los movimientos de derechos
humanos. En el segundo mandato de Menem se multiplicaron las acciones de la lucha por la
memoria por parte de los sectores de derechos humanos, pero no existió una política por la memoria
por parte del gobierno Nacional. La transformación se basó en la lucha y no en la política.
Con el nuevo milenio, gradualmente una nueva orientación se consolidó en el país, a pesar de
la lucha de los sectores con intereses antagónicos. La justicia se convirtió en un actor decisivo en la
intensificación de la búsqueda de la verdad y de la punición. La importancia simbólica que la
institución judicial tuvo para establecer la "verdad" (jurídica) sobre los crímenes de la dictadura fue
esencial. Fueron los jueces, y no las políticas del gobierno de la Alianza, las que desafiaron las leyes
de impunidad.
A partir del año 2003, la política de la memoria se tornó política de estado con la llegada de
Nestor Kirchner al Poder. En ese sentido, como indica Duhalde (2013), la renovación de la Corte
Suprema fue importante -incorporando miembros de prestigio e independencia-, la ratificación de la
convención sobre imprescriptibilidad de los delitos de Lesa Humanidad y, finalmente, la declaración
de inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, además de los indultos,
fueron fundamentales para retornar al camino de la reconstrucción del derecho a la justicia. La
búsqueda de la justicia para la resolución de las violaciones a los derechos humanos durante la última
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�dictadura es un elemento inestimable en la consolidación del Estado de Derecho en la Argentina. Y
la fortaleza y creatividad fueron las armas principales de todos aquellos que buscaron (buscan) saber
la verdad de lo sucedido en nuestro pasado, tan presente, vivo, pero con un horizonte de nunca más.
Como indicó el presidente de la Corte Suprema, Dr. Ricardo Lorenzetti (2011), los Juicios a los
autores militares y policiales están consolidados, y forman parte del contrato social argentino. Pero
aún existen enormes desafíos y obstáculos (formales e informales) por delante en lo que respecta a
los procesos para resolver la impunidad del pasado (CELS, 2013; Roht-Arriza, 2011). Parte de estos
desafíos se encuentran en los tribunales. Como sugiere Oliveira (CELS, 1999, p.24), “la verdad y la
justicia se crean todos los días. Solo necesitamos imaginación”.
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�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp. 73-97

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Autogobierno Indígena:
El Caso de la Autonomía Indígena Originaria Campesina en Bolivia
Indigenous Self-Government:
The Case of the Indigenous Native Peasant Autonomy in Bolivia
Alexandra Tomaselli

European Academy of Bolzano/Bozen, Italia
Johann Wolfgang Goethe Universität Frankfurtam Main, Alemania
Karl-Franzens Universität Graz, Austria
Email: alexandra.tomaselli@eurac.edu
Fecha de envío: 15 de abril 2015
Fecha de aceptación: 6 de junio 2015

Resumen
En los últimos cinco años, Bolivia ha experimentado variaciones legales e institucionales. Un
nuevo escenario ha comenzado para los pueblos indígenas, por lo menos en teoría. La participación
de los pueblos indígenas en la asamblea general constitutiva fue masiva. Mediante esa participación,
así como el lobbying de sus organizaciones (por parte de, por ejemplo, CIDOB, CONAMAQ,
CSUTCB), su proyecto ha sido (parcialmente) incluido en la Carta Magna. En particular, un nuevo y
complejo sistema de autonomías ha sido introducido en el orden constitucional de Bolivia, creando
también la Autonomía Indígena Originaria Campesina (AIOC). A pesar del entusiasmo inicial después de
la creación de los primeros municipios autónomos AIOC en Diciembre 2009 y la promulgación de
la minuciosa Ley Autónoma en 2010 (Ley Marco de Autonomías y Descentralización, Ley Número 031),
hay aún muchas cuestiones suspensas, sobre todo sobre los requisitos formales (como los estatutos).
Por lo tanto, este artículo analiza el desarrollo de las primeras autonomías a nivel municipal AIOC
hasta diciembre del 2014, a partir del análisis de su complejo marco legal.
Palabras claves: Bolivia; pueblos indígenas; autonomía; independencia; Autonomía Indígena Originaria
Campesina
Abstract
Over the last five years, Bolivia has been experiencing legal and institutional changes. A new
legal scenario is dawning for indigenous peoples, at least in theory. The participation of indigenous
people in the constituent assembly was extremely high. Because of this participation, as well as the
lobbying of their organizations (e.g., CIDOB, CONAMAQ, CSUTCB), their agenda was (partially)
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�included in the Magna Charta. In particular, a new complex system of autonomies, including the
Autonomía Indígena Originaria Campesina (AIOC), has been introduced in the Bolivian constitutional
order. Despite the initial enthusiasm after the creation of the first 11 municipality-based AIOCs in
December 2009 and the enactment of the dense Autonomy Law in July 2010 (Ley Marco de
Autonomías y Descentralización, Ley No.031), there are still many pending issues, especially vis-à-vis
formal requisites (e.g., the statutes). Hence, this article analyses the development of the first
municipality-based AIOCs, shedding some light on their complex legal framework.
Keywords: Bolivia; indigenous peoples; autonomy; self-government; Autonomía Indígena Originaria
Campesina

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�Introducción
En décadas recientes, las acciones de los pueblos indígenas jugaron un rol indiscutible en los
cambios institucionales y sociales que ocurrieron en América Latina. Después de la conocida
emergencia indígena de los años 1990 (Bengoa 2007, pp 35 y 43),1 o las marchas masivas en Ecuador y
Bolivia en 1990, los movimientos indígenas han (re) adquirido un alto nivel de participación y tienen
una presencia más fuerte en la arena política de los Estados respectivos, demandando un rol nuevo y
apropiado en sus sociedades, a nivel colectivo más que individual. Para finales de los años ochenta y
noventa, la mayoría de los países latinoamericanos experimentaron reformas constitucionales que
establecieron nuevos órdenes legales y políticos y que concedían derechos “ad hocˮ a los pueblos
indígenas que vivían en sus territorios (Giraudo y Martín Sánchez 2008, pp. 65-66). Las reformas
fueron de tal naturaleza que algunos autores las llamaron “constitucionalismo multicultural” (Sieder
2002; Van Cott 2000). A pesar de este cambio radical, se produjeron dificultades a la hora de
implementar el marco normativo.2
Hoy Bolivia se está haciendo frente a estos problemas. A pesar del valor y la determinación
demostrados por los bolivianos, y sobre todo por los movimientos indígenas dirigidos a
organizaciones indígenas muy arraigadas (por ej., CIDOB, CONAMAQ, CSUTCB), el camino para
realizar un estado plurinacional parece aún largo y complicado.3
En particular, el riesgo de quedarse atrapados en procedimientos y requisitos legales es muy
alto con los nuevos prototipos de la Autonomía Indígena Originaria Campesina (desde aquí en adelante,
autonomía indígena o AIOC).4
El objetivo de este artículo es explorar el marco jurídico de la AIOC y analizar el desarrollo de las
primeras autonomías indígenas a nivel municipal hasta diciembre de 2014. Sobre la metodología,
además del análisis del marco jurídico en vigor y de la literatura pertinente, para este artículo se han
analizado artículos periodísticos y se han efectuado entrevistas en Bolivia en Noviembre de 2010,
con representantes de organizaciones no gubernamentales, políticos y periodistas.
¿Buscando la Autonomía para la historia de Bolivia?
Algunas semanas antes de la adopción de la Ley de Autonomía, el Ministerio de Autonomías
boliviano declaró en su boletín periódico, Bolivia Autonómica número 11, que el proceso de
autonomía no era nuevo para el país, dado que había empezado más de cien años antes (Ministerio
de Autonomía 2010, 3). La Ley de Autonomía está dedicada a Andrés Ibáñez, el fundador de la
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Sin embargo, se ha argumentado que quienes llamamos ahora los “pueblos indígenas” no fueron una especie de ‘la bella
durmiente” que de repente se dio cuenta que era tiempo de despertarse. Por lo contrario fue su organización, a través de
sus marchas y movilización, la que obtuvo más visibilidad.
2Por ejemplo, a pesar de los importantes cambios constitucionales y la jurisprudencia sobre los derechos indígenas en
Colombia desde 1991, se pueden ver algunos recientes desarrollos negativos, sobre todo en relación a derechos
territoriales (Pardo 2008, p. 95).
3Sobre ese tema, véase, entre otros, Schilling-Vacaflor 2008 y Wright 2009.
4El término AIOC será utilizado en este artículo para indicar ambos la institución legal por si, así como las primeras
autonomías indígenas.
1

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�primera experiencia autónoma/federal y que reclamó “igualdad para todos” durante la campaña
electoral nacional en 1874 en Santa Cruz.5
Como el proceso de autonomía, la trayectoria histórica de la autonomía indígena también está
delineada en el boletín, declarando que es “milenaria” (Ministerio de Autonomía 2010, p. 3). Según
el boletín, una de las etapas de la autonomía fue la insurrección de la población en Jesús de Machaca
(La Paz) en 1921, que demandó la identificación de sus propias autoridades y estructura organizativa.
Otro evento importante fue el manifiesto Aymara de Tiahuanacuen, en 1973, en el cual la
autodeterminación y la autonomía se pidieron por parte de los intelectuales Aymara (Cleary 2007,
pp. 59-60). Más recientemente, la marcha de 1990 para el Territorio y Dignidad, y las leyes adoptadas
posteriormente, marcaron un cambio institucional relativo a los pueblos indígenas.6
Para los objetivos de este artículo, debemos decir que los miembros de las comunidades de
personas que actualmente llamamos “indígenas” experimentaron formas de autonomía a lo largo de
la historia y esto no debería ser ni olvidado ni explotado, como pasó en el pasado y, probablemente,
también hoy en día.7 La labor de los Aymaras en las tropas auxiliares de las fuerzas rebeldes en las
guerras civiles de Bolivia en 1870 y 1899 puede servir de ejemplo. La participación de los pueblos
indígenas en la primera guerra, según los mismos rebeldes, puede haber producido por lo menos dos
desarrollos positivos para los –por aquella época aún llamados–“indios” (Irurozqui Victoriano 2004,
p. 392)8, en primer lugar, la recuperación de su tierra; segundo, su pública reincorporación en el
pueblo nacional (boliviano). Durante la Primera Guerra de Independencia y las décadas siguientes
después de la creación de la república en 1825, los “indios” se identificaron, de hecho, como vecinos
o ciudadanos. Sin embargo, en 1870 fueron renombrados la indiada (Irurozqui Victoriano 2004, p.
392). Cada vez que la indiada fue considerada una amenaza para el estado de Bolivia, sobre todo en
relación con el control territorial y sus propios sistemas políticos y de justicia, sus miembros se
encontraron culpables de intentar hacer daño a la unidad nacional (Irurozqui Victoriano 2004, pp.
392-393). De este modo, su participación en las fuerzas de los rebeldes habría significado su
“liberación final” de aquella condición que impedía su estatus como plenos “miembros de Bolivia”
(Irurozqui Victoriano 2004, p. 393). De esta manera, actuando como “patriotas”, los pueblos
indígenas recuperaron una presencia en el ámbito público (Irurozqui Victoriano 2004, p. 394).
A pesar de su participación en las fuerzas rebeldes, un par de décadas después, la masacre de
Mohoza en Pando de 1899 durante la Guerra Federal marcó una tendencia opuesta, o sea la
“criminalización” de la indiada.9 Por lo tanto, esta masacre sirvió como justificación para (re)clasificar
estos pueblos como enemigos y personas incivilizadas que necesitan educación (Irurozqui Victoriano
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
5Este

autogobierno duró cinco meses – de Navidad 1876 hasta el 1 mayo 1877 – antes de ser representado por el
gobierno central, y antes el tiroteo de Ibáñez (Durán Ribera y Pinckert Justiniano 1988, pp. 8–9 y 36–37). Una provincia
dentro del ministerio de Santa Cruz ha sido también dedicada a su memoria. La decisión de ponerle el nombre de este
‘héroe’ de la media luna de Bolivia podía haber sido tomado para complacer el Oriente.
6Como dijo Postero: “esta marcha ha cambiado la cara de Bolivia para siempre” (Postero 2007, p.49).
7En los intentos de “volver a escribir la historia” entre colonizadores y colonizados, poniendo el acento en los países
andinos, ver Giraudo 2007, pp. 48-55. Sobre el contexto especial de Bolivia y la “confluencia del estado y tácticas de
movimientos”, ver Gustafson 2010.
8Marta Irurozqui Victoriano es la principal experta sobre la historia de Bolivia del siglo XIX, eso explica por qué solo sus
trabajos se citan a continuación.
9Entre el 28 Febrero y el 1 Marzo 1899, 120 personas fueron asesinadas en Pando por las fuerzas auxiliaras indígenas.
No obstante, simplemente habían cumplido una orden militar (Irurozqui Victoriano 2005, 310).

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�2004, pp. 398-399). Esto supone una negación de la autenticidad de sus derechos políticos y sociales.
Sin embargo, por supuesto, su rol en la revolución se disminuyó a causa de la amenaza que ellos
representaban, por ejemplo la posibilidad para ellos de cambiar escenario político (Irurozqui
Victoriano 2004, p. 399).
Dicho esto, el autor es consciente que es más que difícil rastrear el origen de la historia de la
autonomía de los pueblos indígenas a través de largos y densos siglos. Además, desde la Conquista,
los pueblos indígenas habían sido etiquetados (tanto por ellos mismos como por los demás),
considerados y tratados de muchas maneras diferentes, que crearon categorías distintas en contextos
diferentes.10 Por lo tanto, como ya se ha dicho anteriormente, el papel desempeñado por aquellos
que nosotros conocemos o llamamos hoy en día como “pueblos indígenas”, a lo largo de la historia
de Bolivia, es innegable, y esto ni debería ser olvidado ni, aún más importante, explotado por otras
finalidades.
Las Reformas de 1990 y el camino (¿final?) hacia la Autonomía
La marcha para el “Territorio y Dignidad” de 1990 en Bolivia puso en práctica por primera vez
uno de los más importantes instrumentos de los pueblos indígenas para entrar en las negociaciones
significativas y adecuadas con el gobierno: las marchas (Zúñiga García-Falces, 2004, p. 35). Esta
medida de protesta representa un escalón en (re)afirmar la existencia de los pueblos indígenas como
otro actor social junto con el Estado de Bolivia, algo que es sobre todo relevante para los más
pequeños (numéricamente) pueblos indígenas de tierras bajas (Libermann y Armando Godínez 1992,
p. 59).
Otras seis marchas siguieron entre 1994 y 2009. La séptima marcha tuvo lugar en junio de 2010.
Su reclamación principal era revisar el borrador de la Ley de Autonomía (Tamburini 2011, p. 177).
Como consecuencia. muchas medidas legislativas se adaptaron, gracias también a una segunda ola de
reformas iniciada por el vicepresidente Aymara, Víctor Hugo Cárdenas, en el Consejo de Ministros
de Sánchez de Lozada en 1993–1997 (Assies 1999, p.35). 11 Estas medidas son (en orden
cronológico): la Ley Ambiental (Ley Número 1333/1992),12 la reforma constitucional de 1994,13 la
Ley de Participación Popular (Ley Número 1551/1994), la Ley Forestal (Ley Número 1700/1996), la

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
10Por

ejemplo, ¿cómo tasar o valorar el casi inevitable mestizaje desde la Conquista a lo largo de líneas familiares? O
¿cómo saber si los protagonistas de la Reforma Agraria de 1952 eran todos indígenas o no-indígenas, o ¿a qué grado ellos
pertenecían del uno u otro grupo? En el censo de 1950 en Bolivia, por ejemplo, el 67% de la población aparecían como
‘indígenas’ (Giraudo y Martín Sánchez 2008, 70). Esto significa, por ejemplo, que por supuesto muchos de ellos fueron
entonces nombrados ‘campesinos’ durante la reforma.
11Antes de estas reformas, el 11 de diciembre de 1991, Bolivia ratificó también la Convención ILO 169.
12En particular, como ha señalado Postero, “estas reformas…fueron el resultado de articulaciones estratégicas entre el
partido dominante Movimiento Nacional Revolucionario (MNR) y los grupos indígenas” (Postero 2007, pp. 124–125).
13Dos principales éxitos deben ser mencionados acerca de los derechos indígenas: la definición constitucional de Bolivia
así como un estado multiétnico y pluricultural (Artículo 1); y la introducción de formas de propiedades colectivas, el
Territorio Comunitario de Origen (TCO), Artículo 171.

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�Ley del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) (Ley Número 1715/1996) 14 y la Ley
Municipal (Ley Número 2028/1999).
En particular, la Ley de Participación Popular aumentó el número de distritos a más de 300.
Antes de esta ley, existían apenas 20 distritos (Assies 1999, p.35). Los distritos tenían que recibir el
20 por ciento de las entradas anuales del gobierno y una gama más amplia de responsabilidades
(Artículos 14 y 20 de la Ley de Participación Popular). Lo que es más importante, sin embargo, fue la
creación de las Organizaciones Territoriales de Base (OTB), definidas así como un componente
social para la participación popular (Artículo 3). Ellas se componen de comunidades indígenas y
personas (o juntas vecinales) de acuerdo con sus normas y métodos, y son representados por sus
autoridades (Artículo 3). A pesar del límite de una OTB por cada unidad territorial (Artículo 6), más
de 15.000 OTB fueron registradas en tres años, de 1994 a 1997 (Kohl 2003, p.156). A las OTB les
fue reconocida la personalidad jurídica (Artículo 4) además de un número de derechos y obligaciones
que permitieron una mejora efectiva en la participación indígena dentro de las
municipalidades.15Además, el artículo 17 párrafo 3 de la Ley de Participación Popular autorizó la
creación del Distrito Municipal en aquellos territorios caracterizados por una continuidad geográfica,
sociocultural, productiva o económica para aportar servicios públicos comunes (Artículos 17.3 y 18).
Sobre esa base legal, los pueblos indígenas empezaron a crear sus propios Distritos Municipales
Indígenas (DMI). El primero DMI fue Isoso, localizado en el distrito de Santa Cruz (Colque 2010,
p.1). El número de DMI ha subido rápidamente. Según Galindo Soza, citado por Colque (2010, p.1),
en 2008 había por lo menos 73 DMI. En 2004, la agencia de noticias Enlared había ya declarado la
existencia de 140 DMI (Enlared Municipal, 2005).16
En 1999, La Ley de Municipalidades y el Decreto Supremo Número 26142/2001 se pusieron en
práctica. La primera identificó oficialmente el DMI (Artículos 166–167) y estableció la posibilidad de
formar mancomunidades para devolver a los pueblos indígenas su unidad étnica o cultural (Artículo
158.3). La segunda dio prioridad a la creación de mancomunidades de DMI para evitar la
fragmentación de unidades socioculturales frente a las fronteras de las municipalidades (Artículo 23).
No obstante este favorable marco legal, al final en la práctica se produjeron muchos problemas en
cuanto a la ineficaz dirección financiera y la corrupción de las municipalidades, que dieron lugar a
mayor descontento (Kohl 2003, p.161).
La crisis neoliberal, la conocida Guerra del Agua de Cochabamba de 2000 y la Guerra del
Gas de 2003 contribuyeron a la revolución institucional de Bolivia después de las elecciones
presidenciales de 2005 y a la reforma constitucional (Albó 2007, pp. 344-349). Debe ser especificado
que ya se había reclamado una asamblea constituyente por parte de los pueblos indígenas el 4 marzo
de 2002 (Albó 2007, p. 353). 17 Además, en 2006, nueve de las organizaciones indígenas más
importantes, ambas de tierras altas y de tierras bajas, desarrollaron un trabajo colectivo llamado

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
14En

particular, la Ley INRA por fin reguló la entrada a la identificación y fundación del antes citado TCO (Artículos 3 y
41) bajo la supervisión del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), Artículos 13–18.
15Ver Artículos 7–8, y también Artículo 10 sobre la Comisión de Vigilancia (un tipo de Comité de Seguridad) compuesto
por un representante de la OTB con el objetivo de supervisar la buena administración del distrito.
16No se encontraron datos oficiales.
17Para más detalles sobre el 4 marzo, ver Romero Bonifaz 2005.

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�“Pacto de Unidad” para sugerir y conceptualizar como la autonomía indígena debería ser.18 Esto
enseña, en particular, que la bandera de autonomía no pertenecía únicamente a la media luna
amazónica de Bolivia. Antes y durante la Asamblea Constituyente, los pueblos indígenas han sido
firmes en reclamar su autonomía (Chávez León 2008, p.59; Chuvirú 2007, p. 53; El Diario 2007).
Durante el mismo año (2006), en el referéndum para la autonomía, el 57.5 por ciento del
electorado nacional votó en contra del proceso de descentralización.19 En los cuatro departamentos
amazónicos (Beni, Pando, Santa Cruz and Tarija) del rico Oriente boliviano (las tierra bajas), la
mayoría de los votos resultaron a favor de la autonomía (Mayorga 2007, pp. 1-2). Luego, a finales de
2007, las fuerzas políticas del Oriente, sobre todo por parte de los movimientos cívicos, negaron la
legitimidad del texto aprobado por la Asamblea Constituyente, y en julio de 2008 prepararon
estatutos de autonomía propios pero ilegales y organizaron elecciones “autónomas” (aun, ilegales;
Tamburini 2009, p. 175). Un mes después, el 10 de agosto, un referéndum nacional se convocó para
reconfirmar o revocar el orden de la presidencia. El Presidente Morales obtuvo más del 67 por
ciento de votos a favor (Tamburini 2009, pp. 178-179). No obstante, luchas y barricadas tuvieron
lugar en el Oriente entre agosto y septiembre, hasta los tristes acontecimientos en Pando, cuando 20
indígenas fueron asesinados y hubo más de 100 heridos durante su marcha. Otra marcha en Santa
Cruz de aproximadamente 20.000 indígenas, descontentos con el texto de la constitución, catalizó las
negociaciones entre los departamentos orientales y el gobierno central. Por fin, después de los
debates en Cochabamba y en el Congreso de la República, así como otra marcha, encabezada por el
mismo Presidente Morales, las negociaciones terminaron el 21 octubre de 2008. Los cambios en el
texto de la constitución afectaron también el sistema de AIOC, que adquirió una forma más clara
gracias a las correcciones (Tamburini 2009, p.181). El texto final de la constitución por fin se
aprobó, a través del referéndum nacional el 25 enero de 2009, con el 61,43 por ciento de votos a
favor (Bolpress 2009).
El Laberinto de la Autonomía Boliviana
El proceso de descentralización y la construcción del sistema de las autonomías sigue siendo un
asunto central en Bolivia. El anclaje normativo de la reforma de autonomía debe ser encontrado
tanto en la Constitución Política del Estado (CPE) de 2009 como en la densa “Ley Marco de
Autonomías y Descentralización” de 2010, Ley número 031/2010 de julio 2010 (de aquí en adelante,
Ley de Autonomía), el fruto de más o menos 40 borradores anteriores no autorizados (Tamburini
2011, p.176).
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
18Este

“pacto” fue hecho entre la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia – CSUTCB; la
Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia – CIDOB; la Confederación Sindical de Colonizadores de Bolivia –
CSCB; la Federación Nacional de Mujeres Campesinas de Bolivia, ‘Bartolina Sisa’– FNMCB-BS; Consejo Nacional de
Ayllus y Markas del Qullasuyu – CONAMAQ; la Coordinadora de Pueblos Étnicos de Santa Cruz – CPESC;
Movimiento Sin Tierra de Bolivia – MST; la Asamblea del Pueblo Guaraní – APG; la Confederación de Pueblos Étnicos
Moxeños de Beni – CPEMB. Estas organizaciones prepararon una “Propuesta para la Nueva Constitución Política del
Estado: Por un Estado plurinacional y la autodeterminación de los pueblos y naciones indígenas, originarias y
campesinas”, Sucre, 5 de agosto de 2006, publicada en OSAL 2007.
19El Presidente Morales entonces estaba en contra de ese proceso y pidió al electorado de votar en contra (Tamburini
2010, p. 200).

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�El primer artículo se dirige a la delicada cuestión del tipo de Estado que debería ser Bolivia.
Bolivia escogió ser un estado unitario, pero descentralizado, basado en unidades autónomas
(Artículo 1 CPE). La definición de qué tipo de autonomía debería regir en Bolivia está establecida en
la Ley de Autonomía (Artículo 6, párrafo II, núm. 3). La igualdad jerárquica, la elección directa de
los miembros de órganos de gobierno, la administración de sus propios recursos económicos, y el
ejercicio de sus poderes (incluso las normas/decretos) legislativos, fiscales, y ejecutivos son los
elementos fundamentales del tipo de autonomía de Bolivia.
De una perspectiva legal, lo que resulta más singular es el sistema de cuatro niveles de autonomías.
Según la CPE (Artículo 269), Bolivia está subdividida en cinco unidades territoriales, que son los
departamentos, las provincias, los distritos, el Territorio Indígena Campesino Originario (TIOC)20 y
las regiones. La organización administrativa de las autonomías, sin embargo, es diferente. La
Autonomía se otorga a los nueve departamentos de Bolivia (Artículo 277 CPE), a las regiones
(Artículo 280 CPE), a (todas) las municipalidades (Artículo 283 CPE) y a las Autonomías Indígena
Campesino Originarias (Artículo 289 CPE), que a su vez se pueden formar sobre municipalidades,
TCO/TIOC o regiones (véase más adelante). Por lo tanto, las provincias, a pesar de su identificación
como una “unidad territorial”, no pueden ser autónomas. Esta figura sí se ha dado, en cambio, a las
regiones (Artículo 280 CPE). Una región no es un territorio pre-establecido, sino que puede
formarse por un número de municipalidades y provincias que deciden qué hacer, con la condición
de que éstas compartan una continuidad cultural e histórica. Una región puede ser así formada más
allá de los límites de las municipalidades y/o de las provincias, pero no más de los límites de los
departamentos. Además, una “región metropolitana” puede formarse cada vez que la población de
un área suburbana (conurbaciones) es de más de 5.000 habitantes (Artículo 280.1 CPE).
Según el Artículo 281 de la CPE, una región puede tener competencias administrativas y
normativas. El Artículo 301 de la CPE y el Artículo 41.2 de la Ley de Autonomía especifican que
una región puede ejercer aquellas competencias que le hayan delegados tanto el Estado como las
unidades territoriales que la forman. En otras palabras, una región no tiene poderes legislativos
originarios (Artículo 6.2, número 3 de la Ley de Autonomía). Hoy día existen cuatros regiones. Para
tres de ellas (Gran Chaco-Yacuiba, Gran Chaco-Caraparí, and Gran Chaco-Villamontes) se eligieron
los miembros de tres asambleas regionales en las elecciones de 2010 (Corte Nacional Electoral 2010,
pp. 77-78). La región metropolitana de “Tanaka”, se creó más recientemente, constituida por ley
(departamental) Núm.553 de 27 de mayo de 2014.21
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
20La

nueva constitución convierte la TCO (Tierra Comunitaria de Origen) en TIOC (2009 CPE, Tendencia Provisoria 7;
ver también Artículos 269.1 y 394). La TCO era uno de los éxitos de las demandas de tierras bajas de los pueblos
indígenas presentados por la reforma constitucional de 1994 (1994 CPE, Art.171). TCO, en síntesis, es una forma de
propiedad colectiva en la cual, en principio, el pueblo indígena puede gestionar el suelo de acuerdo con medios
comunitarios, culturales, sociales y económicos. Artículo 41, párrafo 1 de la Ley INRA declara que la TCO es una forma
de propiedad agrícola. Para un análisis meticuloso, ver Colque Gonzalo y Chumacero 2011; por un mapa de las TCOs en
Bolivia, ver CIDOB (s.f.). El Decreto Supremo Núm.727, adoptado el 6 diciembre 2010, ha disciplinado el proceso de
conversión de TCO a TIOC, de lo cual está encargado el Instituto de Reforma Nacional Agraria (Articulo1). Sin
embargo, este cambio de proceso es largo y discutible por causa de algunos requisitos del Instituto Nacional de Reforma
Agraria (INRA) que necesita cumplir con los requisitos (Erbol 2011a).
21Ley de creación de la Región Metropolitana “KANATA” del Departamento de Cochabamba, Ley departamental de Cochabamba
Num.533 of de mayo de 2014.

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�Desde una perspectiva legal, la elección de otorgar el estatus de autonomía a unas unidades
territorial-administrativas respecto a otras es entonces singular porque la igualdad jerárquica de las
unidades autónomas implica que las decisiones tomadas por un departamento no debe infringir la
autonomía de las demás unidades. Eso puede provocar potenciales conflictos de competencias entre
las unidades autónomas. Además, pueden surgir problemas prácticos en la aplicación de leyes
departamentales o decretos que entren en contradicción con otras leyes municipales (y al revés). La
división de las competencias incorporada en la Constitución en los Artículos 299-304 no ofrece
mucha ayuda, porque las competencias de unas unidades se sobreponen. 22 Por ejemplo, los
departamentos y las municipalidades tienen la misma competencia exclusiva de la promoción del
empleo y mejora de las condiciones laborales en el marco de las políticas nacionales.23 Así que surge
la pregunta: ¿Cómo puede una competencia exclusiva ejercerse de manera efectiva por más de un
órgano sin sobre posición o conflicto de normas? La respuesta aparece incierta pero puede
relacionarse con la coordinación de los niveles de las autonomías. Por lo tanto, a continuación se
agregan algunos detalles adicionales sobre la coordinación entre el nivel central y las periferias.
Según la Ley de Autonomía, tres órganos deberían combinar todas las autonomías entre el nivel
central y las periferias a lo largo del país. Estos órganos son: el Consejo Nacional de Autonomías, el
Servicio Estatal de Autonomías (de aquí en adelante SEA), y el Sistema de Planificación Integral del
Estado) (Artículo 121).
En síntesis, el primer órgano debería tener una simple función política, ser presidido por el
Presidente y estar conformado por tres ministerios (Presidencia, Planificación desarrolladora y
Autonomía), los gobernadores de los nueve departamentos, y un número de representantes de
diferentes agrupaciones: cinco de la Federación de Asociaciones Municipales, cinco de la AIOC, y
una de las autonomías regionales (Artículo 123).
En segundo lugar, el SEA debería ser una oficina de soporte logístico a las unidades autónomas
(Artículo 126). El SEA se compone de un director ejecutivo y de unidades operativas (Artículo 127).
En particular, el SEA debe actuar como conciliador si se producen conflictos en relación a las
competencias de las unidades autonomías (Artículo 129, párrafo I, núm.1).
Luego, el Sistema de Planificación Integral del Estado es un forum de debate para todas las
unidades autónomas para crear estrategias participativas de abajo hacia arriba (Artículo 130, párrafo
I).
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
22El

art.297 de la Constitución especifica que existen cuatro tipos de competencias: “I. Las competencias definidas en
esta Constitución son: 1. Privativas, aquellas cuya legislación, reglamentación y ejecución no se transfiere ni delega, y
están reservadas para el nivel central del Estado. 2. Exclusivas, aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una
determinada materia las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas. 3.
Concurrentes, aquellas en las que la legislación corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen
simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva. 4. Compartidas, aquellas sujetas a una legislación básica de la
Asamblea Legislativa Plurinacional cuya legislación de desarrollo corresponde a las entidades territoriales autónomas, de
acuerdo a su característica y naturaleza. La reglamentación y ejecución corresponderá a las entidades territoriales
autónomas. II. Toda competencia que no esté incluida en esta Constitución será atribuida al nivel central del Estado, que
podrá transferirla o delegarla por Ley.”
23Ambos números 4 de los artículos 300 y 302 tienen la misma redacción: “[Son competencias exclusivas de los
gobiernos departamentales/municipales autónomos, en su jurisdicción: […] [la p]romoción del empleo y mejora de las
condiciones laborales en el marco de las políticas nacionales”.

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�Por fin, además de estos tres órganos, existe un número de Consejos de Coordinación Sectorial,
según el Ministro competente. Los Consejos están a cargo de la coordinación dentro de los
gobiernos centrales y periféricos (Artículo 132). Aproximadamente 20 consejos serán designados por
ley o decreto (entrevista con Justino Avendaño Rodeno 2010).
Junto con las cuatro capas de autonomía, el sistema de organismos de coordinación parece
también complejo. El órgano fundamental tiene que ser el SEA, ya que es la oficina principal y
tendría que abordar conflictos de poder entre las autonomías. De hecho, “Si el Servicio funciona,
funcionará el proceso autonómico de forma ordenada”, afirmó Avendaño Redeno a finales de 2010
(entrevista con Justino Avendaño Rodeno 2010). El SEA está gobernado por el Decreto Supremo
Núm. 802 adoptado el 23 Febrero de 2011. De acuerdo con el Artículo 8 del decreto, el director
ejecutivo del SEA se designó por fin el 8 de septiembre del 2011, fecha en la cual el trabajo de este
órgano se lanzó oficialmente (SEA 2011).
La Autonomía Indígena en papel
Dentro de este sistema complejo de autonomías, la AIOC representa el cuarto nivel. La grundnorm
del AIOC está en el Artículo 2 de la CPE, que garantiza el derecho de los pueblos indígenas a la
autodeterminación. Ese derecho consiste en el derecho a la autonomía y a la autodeterminación,
dado que, en palabras de la CPE, los predecesores de los pueblos indígenas dominaron todo el
territorio y existían antes de la colonización. Además, las instituciones indígenas deben ser aceptadas,
y sus órganos deben ser consolidados, si es que el CPE y las leyes se respetan. Los derechos de los
pueblos indígenas a la autodeterminación y a la territorialidad se repiten en el Artículo 30, párrafo 4.
Unos 200 Artículos después, en el séptimo capítulo, la AIOC prende su forma constitucional
(Artículos 289–296, y 303–304). El fundamento jurídico de la autonomía indígena es una vez más el
derecho a la autodeterminación que se tiene que ejercitarse a través del derecho al autogobierno,
como la AIOC (Artículo 289).
Los requisitos para establecer una AIOC son los siguientes (Artículo 290):
!
!
!

El pueblo indígena que demanda la AIOC debe vivir sobre el territorio en cuestión de
manera ancestral;
La disposición enseñada (a través de la consulta) por la comunidad para crearla;
La aplicación de las normas y de las costumbres indígenas.

En cuanto a cada entidad territorial, la CPE establece que cada AIOC tendrá que adoptar su
propio estatuto, que luego debe pasar a través de una revisión constitucional y un referéndum dentro
de la municipalidad antes de su entrada en vigor (Artículo 275). El estatuto será redactado según las
reglas y procedimientos propios de los pueblos indígenas (Artículo 292). Las reglas y procedimientos
propios de los indígenas también regirán la actividad de la AIOC y el órgano de gobierno
(Artículo296), pero de manera congruente junto con el CPE y la Ley de Autonomía. Otros aspectos
vitales expresados por la CPE, y especificados en la Ley de Autonomía, son los límites territoriales,
que pueden cambiar cuando se forma una AIOC, tanto de la municipalidad (Artículo 293, párrafo II)
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015!

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�como de la región (Artículo295, párrafo I).24 La consulta previa y el referéndum son, como se ha
explicitado, obligatorios para cualquier formación de AIOC o proceso de conversión (Artículos 293,
párrafo I, 294, 295, párrafo II).
Por último, pero no menos importante, la CPE también establece la división de
poderes/competencias entre el estado y la AIOC. Existe un número de poderes exclusivos que se
dejaron a la AIOC (Artículo304), que también absorbe los poderes de la municipalidad o la región
que elige convertirse en una AIOC (Artículo303). 25 Además, la AIOC tiene competencias
concurrentes y compartidas.26
A efectos del presente artículo, es inútil insertar aquí el listado de todos los poderes de la AIOC.
Dos aspectos, sin embargo, tienen que ser subrayados. Por un lado, parecen adecuados el número de
poderes que tiene la AIOC y algunos de sus poderes específicos como el control sobre la definición
y manejo de sus propios proyectos de desarrollo de acuerdo con su cultura (Artículo304, párrafo II).
Sin embargo, por otro lado, los poderes principales se dan a nivel central, por ejemplo, en salud,
educación, política de recursos naturales (ambientales y no renovables), que son asuntos sobre los
cuales la AIOC únicamente tiene poderes de implementación.
Más detalles sobre el marco legislativo están contenidos en la Ley de Autonomía de la AIOC (de
aquí en adelante los números de Artículos citados se refieren a la Ley de Autonomía excepto no sea
indicado diferentemente).
Una (nueva) AIOC se formará de tres maneras (Artículo 44):
!
!
!

En territorios conocidos anteriormente como TCO (Tierra Comunitaria de Origen), que la
nueva constitución ha convertido en TIOC (Territorio Indígena Campesino Originario);
En una municipalidad, convirtiéndola de una municipalidad común en una municipalidad
indígena;
En una región, agrupando un número de municipalidades o provincias (Artículo CPE 280),
que les transforma en una AIOC regional (Artículos46, párrafo II, 47, párrafo II, 50, párrafo
I, III and V).27

Una AIOC, como otras unidades autónomas, se establece en un procedimiento de “1+4” niveles.
Como ya se ha dicho, (0) un referéndum o –en el caso del TIOC– una consulta entre la población de
una entidad territorial es obligatorio (Artículo50). Si el referéndum o la consulta resultan favorables,
(1) primero se forma un consejo deliberativo (Artículo 53), que está a cargo de (2) redactar un
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
24En

este último caso, el AIOC a nivel regional puede ser formado después de la constitución de una región agrupando
más municipalidades y/o provincias (Art.280 CPE) y la conversión de esta en AIOC (Artículos 46, párrafo II; 47,
párrafo II; 50, párrafos I, III y V de la Ley de Autonomía).
25En este último caso, el AIOC sería con derecho a solo aquellos poderes regionales que podría ser expresamente
traslado sobre esto (Art.303, párrafo II).
26Véase nota 53 y Artículo 297 de la CPE.
27La fundación de esas regiones parece un poco borrosa tanto en la Constitución como en la Ley de Autonomía. En
principio, una región es el único nivel autónomo que no tiene competencias legislativas, a menos que, en teoría, de
acuerdo con el Artículo 46, párrafo II de la Ley de Autonomía, algunas competencias fueron concedidas sobre esto. En
cualquier caso, ninguna región indígena se ha establecido hasta ahora y, considerando la confusión normativa, yo
personalmente considero poco probable que se cree.

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�borrador y votar por el estatuto de la AIOC a través de una mayoría calificada de dos tercios; (3) una
vez aprobado, el estatuto estará sujeto al control constitucional, y, si aprobado, (4) a (otro)
referéndum (Artículo CPE 275). Si es coherente con la CPE, la AIOC empezará a trabajar después
de la creación de órganos de gobierno (Artículo 55).
Sin embargo, algunos requisitos tienen que ser realizados antes de empezar cualquier nuevo
proceso de conversión a AIOC. Además de los tres requisitos definidos por la Constitución
(Artículo 290), los artículos 56 y 58 de la Ley de Autonomía, prevén otros requisitos que se
diferencian por cada entidad que se vaya a convertir a AIOC (municipalidad, TCO/TIOC, región):
a) evidencia que el territorio habitado sea “ancestral”;
b) continuidad territorial;
c) la “Viabilidad Gubernativa”;
d) una “Base Poblacional”.
a) El primer criterio (evidencia que el territorio habitado sea “ancestral”) se aplica a las
municipalidades. Antes de organizar el referendo para la conversión, cada municipalidad que quiera
convertirse a AIOC tiene que proveer evidencia que las tierras ocupadas por parte del pueblo
indígena que la reclama fueron habitadas desde tiempo inmemorial (art.56.2 de la Ley de
Autonomía). Eso es lo que prescribe también el art. 290 de la CPE.
a) y b) juntos: Con la evidencia de ancestralidad, se requiere la continuidad territorial por las regiones
que quieran convertirse (art.56.3 de la Ley de Autonomía).
a), b), c) y d): en el caso de las TCO/TIOC, se aplican dos condiciones más, o sea la Viabilidad
Gubernativa (art.57 de la Ley de Autonomía) y la Base Poblacional (art.58 de la Ley de Autonomía).
La primera (Viabilidad Gubernativa) es un decreto ministerial, una resolución o un certificado que se
emite si se cumple con otros dos requisitos: evidencia de la existencia, representación y efectiva
implementación de una estructura organizacional y un plan territorial que incluya también estrategias
institucionales y financieras. La segunda (Base Poblacional) es una condición numérica de habitantes
que se tiene que cumplir. Deben residir por lo menos 10.000 personas en las tierras altas –reducible a
4.000 en casos excepcionales–, y 1.000 en las tierras bajas para formar una AIOC en una
TCO/TIOC. Sin embargo, es muy difícil probar la continuidad territorial, especialmente en las
tierras bajas, donde el 58.2 por ciento de las TCO/TIOC en la región Amazónica está afectada por
la discontinuidad territorial (Colque and Chumacero 2010, p. 108). Este requisito reduce la
posibilidad de que los pueblos indígenas, en particular los de las tierras bajas, creen su TCO/TIOC
autónomo.
d) Esa última condición, que es obligatoria para las AIOC sobre TCO/TIOC, parece aplicarse
también a las municipalidades, aunque la Ley de Autonomía no lo reglamente. En la práctica, la Base
Poblacional ha sido la amenaza contra la cual protestaban los pueblos indígenas durante su séptima
marcha en junio de 2010. Además, el material distribuido por ONGs a los interesados (Fundación
Tierra 2012b) afirma que este requisito se aplique también a las municipalidades. Ese punto sigue sin
aclaraciones oficiales por parte del gobierno.
Por ende, hay que mencionar que desde julio de 2010, hay un órgano de coordinación de las
AIOC, o sea la Coordinadora Nacional de Autonomías Indígena Originario Campesina –
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�CONAIOC, que ha sido creada para promover los procedimientos de las AIOC (Fundación Tierra
2012b).
La Autonomía indígena en la práctica: las primeras (y hasta ahora, únicas) 11 AIOC
Cómo se crearon las primeras 11 AIOC
El 7 diciembre 2009, las primeras AIOC nacieron en Bolivia. Para llegar a este punto, es
necesario considerar algunos hechos ocurridos a lo largo del año 2009. Después de haber adoptado
la Ley Transitoria Electoral Núm. 4021/2009 en abril, la municipalidad Jesús de Machaca (La Paz)
declaró (sin ninguna base legal) su Consejo Autonómico Indígena Originario durante una visita del
ministerio de Autonomía (Plata 2009, 254). Esta iniciativa catalizó el discurso autonómico en otras
municipalidades rurales, sobre todo en las Tierras Bajas. Más adelante, el 2 agosto del 2009, el día de
la firma del Decreto Supremo Núm.231/2009 que proveía también el referéndum de diciembre del
AIOC, se organizó un evento informativo en la ciudad de Camiri (Santa cruz), presidido por el
Presidente Morales y organizado por el Ministerio de Autonomía y unas organizaciones indígenas.
En esta ocasión, el 2 de agosto fue proclamado el Día de la Autonomía Indígena, (re)etiquetando lo
que era conocido como el Día del Indio (o antes conocido también como Día de la Reforma
Agraria), (Plata 2009, 255). Por fin, el 6 de diciembre, en concomitancia con las elecciones generales
y el referéndum de autonomía en aquellos departamentos que habían votado en contra en el 2006
(Chiquisaca, Cochabamba, La Paz, Oruro, Potosí), se votó también para convertir las primeras 11
municipalidades en AIOC.
A pesar de todo el entusiasmo inicial, los seminarios y los talleres organizados por el Ministerio
de Autonomía y otras ONGs entre octubre y noviembre de 2009 (Plata 2009, 255-257), sólo 12 de
las 19 municipalidades que pidieron acceso al procedimiento de conversión según la Disposición
Transitoria 3 de la Ley Núm.4021 y el Decreto Supremo Número 231 al final pudieron votar. Estas
fueron las municipalidades que cumplieron todos los prerrequisitos obligatorios para acceder al voto
(Plata 2009, 250), que eran parcialmente diferentes en respecto a lo que se ha descrito antes.28 Según
el Artículo 6 del Decreto Supremo Número 231, antes de organizar el referéndum para volverse
AIOC, estas municipalidades debían entregar: (1) un certificado concedido por el Ministerio de
Autonomía (para obtenerse a través de una resolución ministerial), y (2) un decreto adoptado por el
consejo municipal con dos tercios de votos a favor. Para obtener el certificado del Ministerio (1),
además, había que probar que: (1a) el territorio correspondiera con la tierra ancestral habitada por
los pueblos indígenas que vivían actualmente en ello; (1b) el pueblo que demandaba la AIOC tenía
que existir antes de la colonización de Bolivia; y, por último, (1c) el pueblo que demandaba la AIOC
tenía que compartir rasgos específicos (por ejemplo, la misma identidad cultural, el mismo idioma, la
misma tradición histórica, la misma territorialidad y cosmovisión), y tenía que demostrarse la
existencia de sus organizaciones o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas (Artículo 6,
párrafo 1 del Decreto Supremo Número 231). Como se puede intuir, estos tres prerrequisitos eran
sumamente difíciles de probar, sobre todo la correspondencia entre la tierra ancestral y la
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
28En

otras palabras, no sé aplicó la Ley de Autonomías a las primeras 11 municipalidades AIOC en referencia a los
requisitos porque aún no estaba en vigor (se adoptó en julio de 2010).

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�actualmente habitada por un pueblo indígena. Además, el aspecto de territorialidad ha sido muy
delicado porque sólo 25 de las 339 municipalidades en Bolivia (7 por ciento) se asentaban dentro de
límites territoriales específicos en aquella época (La Razón 2011).
Finalmente, la Corte Nacional Electoral no admitió las peticiones de siete municipalidades
(Corque, Santiago de Andamarca, Santiago de Huari y Turco en el departamento de Oruro;
Gutiérrez y Lagunillas en Santa Cruz; y Inquisivi en La Paz) debido a la falta de requisitos (por
ejemplo, el decreto de municipalidad adoptado con menos de dos tercios de votos a favor o retrasos
en entregar la documentación completa; Ministerio de Autonomía 2009, 4-5; Plata 2009, 250).
Entonces, como ya se ha mencionado, 12 municipalidades accedieron al referéndum de 2009,
pero en una de ellas (Carahuara de Carangas, Oruro) ganó el voto en contra de la conversión. Las
razones detrás de este fracaso consisten probablemente en el temor de cambiar un sistema de
participación bajo la antigua Ley Popular de Participación, que ya había llevado mucho tiempo para
su realización. La luz verde era poco probable para otras tres AIOC, como Huacaya y Charagua en
Chaco y Jesús de Machaca en La Paz, donde los votos a favor solo sumaban un poco más del 50 por
ciento (Tamburini 2010, p. 201).
Después del referéndum para la conversión, estas primeras municipalidades empezaron el
procedimiento para convertirse en AIOC. Dichas municipalidades son: Jesús de Machaca y
Charazani (La Paz); Mojocoya, Huacaya y Tarabuco (Chiquisaca); Salinas Garci de Mendoza,
Chipaya, Pampa Aullagas y Totora (Oruro); Chayanta (Potosí); y Charagua (Santa Cruz). Siete AIOC
son así colocadas en Tierras Altas y sólo dos en Tierras Bajas. En otros términos, sólo 4 de los 36
pueblos indígenas reconocidos constitucionalmente (Artículo 5 CPE) están actualmente liderando
las autonomías indígenas. Entre éstos, solo los Guaraníes vienen de Tierras Bajas. Entre las 11
AIOC, 5 se han auto-identificadas como Aymara (Jesús de Machaca, Carangas, Salinas de Garci
Mendoza, Pampa Aullagas y Totora); cuatro como Quechua (Charazani, Mojocoya, Tarabuco y
Chayanta); dos como Guaraní (Charagua y Huacaya); y, por fin, una como Uru-chipaya (Chipaya)
(Plata 2009, 254).
No obstante el fervor inicial, estas municipalidades siguieron pendientes hasta la adopción de la
Ley de Autonomía en julio del 2010. La adopción de esta ley no fue rápida, ni fácil. El objetivo
central de la séptima marcha indígena ya mencionada fue enmendar el proyecto de la Ley de
Autonomía, sobre todo acerca de la Base Poblacional, aplicable a la nueva/futura AIOC (Tamburini
2011, 177). Yo personalmente pienso que también hubo frustración y confusión detrás de esa
marcha. Por ejemplo, a la Gran Asamblea de Pueblos Indígenas-GANPI que tubo lugar en Santa
Cruz en noviembre de 2010 –y que yo atendí en persona– muchos líderes indígenas no tenían una
idea clara sobre el proceso de conversión o los requisitos. Las primeras 11 municipalidades AIOC
supuestamente tenían que adoptar su estatuto dentro de 360 días después de las elecciones
provisionales que se celebraron en abril de 2010, más una potencial prorroga de otros 360 días, o sea
hasta aproximadamente el mes de marzo de 2012 (Disposición Transitoria número 14 de la Ley de
Autonomía). En la GANPI, algunos líderes indígenas estaban convencidos que tenían que
adelantarse para crear, antes que este término, nuevas AIOC. Esta sensación era bastante compartida
en el país, hasta que el Ministro de Autonomías (en ese tiempo, Carlos Romero) clarificó que no
había fecha límite ni para los estatutos de las 11 AIOC existentes, ni por la creación de nuevas AIOC
(Erbol 2011b).
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86!

�El estatus actual de las 11 primeras AIOC
Desde su creación, las AIOC se han desarrollado constantemente y han ido cambiando,
siguiendo tendencias tanto positivas como negativas. Para entender estos cambios, se han
monitoreado a través de investigación a terreno e investigación documental (por medio de boletines
de ONGs, diarios y documentos oficiales) desde mayo del 2011. Esa fecha es relevante porque es un
año después de las elecciones provisionales a los miembros del consejo municipal que estaban a
cargo de liderar el proceso de conversión. Por lo tanto, los progresos y las falacias principales hasta
diciembre 2014 se muestran en el grafico que sigue (figura 1), ilustrando la tendencia general. El
periodo monitoreado cubre aproximadamente tres años, divididos por cinco periodos (mayo de
2011, agosto-septiembre de 2012, diciembre de 2013, julio de 2014 y diciembre de 2014). Una escala
de evaluación va desde 1 a 5 para representar el proceso de conversión mencionado antes. Además,
se han especificados valores intermedios para indicar mejor los desarrollos de cada AIOC. Por lo
tanto, la etapa 0,5 significa que la AIOC está trabajando para establecer el consejo deliberativo; etapa
1 es el establecimiento del consejo deliberativo; etapa 1,5 es el diseño del estatuto; etapa 2 es la
adopción del estatuto por los dos-tercios del consejo deliberativo; etapa 3 es la entrega del estatuto al
Tribunal Constitucional Plurinacional por el control de constitucionalidad; etapa 3,25 significa que la
AIOC está trabajando sobre las revisiones requeridas por parte del Tribunal Constitucional
Plurinacional: etapa 3,5 es la aprobación por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional; etapa
3,75 se refiere a la organización del segundo referendo; etapa 4 es la realización del segundo
referendo para la aprobación del estatuto dentro de la comunidad; y finalmente, etapa 5 es cuando la
AIOC está completamente establecida.

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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015!

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87!

�!

Fuente: Elaboración propia

Figura 1: Status de las AIOC (diciembre de 2014)

�Leyenda de la Figura 1: Estatus actual de las AIOC
0.5
1
1.5
2
3

Trabajando para establecer el consejo deliberativo
Establecimiento del consejo deliberativo
Diseño del estatuto
Adopción del estatuto
Control de constitucionalidad del estatuto

3.25
3.5

Trabajando sobre las revisiones requeridas por parte del Tribunal Constitucional
Plurinacional
Aprobación por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional

3.75
4

Organización del segundo referendo
Realización del segundo referendo para la aprobación del estatuto

5

AIOC está completamente establecida y funciona correctamente

En el marco de los objetivos de este artículo, es suficiente centrarse en los últimos dos años,29
durante los cuales siete estatutos de AIOC se entregaron al Tribunal Constitucional Plurinacional
(Fundación Tierra 2013) y cuatro se aprobaron a lo largo del 2014. La AIOC de Totora (Oruro) fue
la primera en recibir la declaración de constitucionalidad en febrero de 2014 (Fundación Tierra
2014). Mojocoya (Chuquisaca), Charagua (Santa Cruz) y Pampa Aullagas (Oruro) entregaron sus
estatutos en octubre de 2012: la primera fue el 12 de octubre, y las últimas dos el 31 de octubre
(Ministerio de Autonomías &amp; Servicio Estatal de Autonomías 2013, 31-32). Chipaya (Oruro) lo
entregó el 23 de noviembre del 2012 (Ministerio de Autonomías &amp; Servicio Estatal de Autonomías
2013, 31-32; Fundación Tierra 2012b). De estas cuatro AIOC, Pampa Aullagas y Chipaya recibieron
una aprobación constitucional preliminar sujeta a revisiones para hacerse para la mitad de junio del
2014 (ANA Noticias 2014b); el mismo día, Charagua recibió la aprobación constitucional final
(ANA Noticias 2014b). El estatuto de Mojocoya fue aprobado a mitad de noviembre de 2014 (ANA
Noticias/Chuquisaca 2014a). Por lo tanto, Totora y Charagua ya están organizando su segundo
referendo para la aprobación final de sus estatutos (Vacaflor 2014b). Además, la formulación de la
pregunta de ese segundo referendo en el caso de Charagua fue certificado por el Tribunal
Constitucional Plurinacional a finales de octubre de 2014. 30 Huacaya y Tarabuco (Chuquisaca)
entregaron sus respetivos estatutos en junio del 2013 (Ministerio de Autonomías &amp; Servicio Estatal
de Autonomías 2013, 31-32) y a finales de 2013. El estatuto de la primera se aprobó el 30 de octubre
del 2014 (ANA Noticias/Chuquisaca 2014d). En el caso de Tarabuco, el estatuto debía modificarse
según el dictamen del Tribunal Constitucional Plurinacional para junio del 2014. Las modificaciones
no se realizaron al tiempo, así que el consejo deliberativo tuvo que empezar nuevamente el proceso
de diseño del estatuto (Erbol 2014; ANA Noticias/Chuquisaca 2014b): por esa razón en la Figura 1,
Tarabuco baja a la etapa 1,5. La AIOC de Jesús de Machaca y Charazani (La Paz) adoptaron sus
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
29Para

detalles sobre los otros años véase Tomaselli 2013.
pregunta es la siguiente: “¿Usted está de acuerdo con el Estatuto Autonómico Originario de Charagua y su puesta
en vigencia?” (ANA Noticias/Chuquisaca 2014c; Vacaflor 2014).
30La

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�estatutos internamente pero no los entregaron (Ministerio de Autonomías &amp; Servicio Estatal de
Autonomías 2013, 31-32; Fundación Tierra 2013).31 Finalmente, en Salinas de Garci Mendoza y en
Chayanta (Oruro), el trabajo sobre los estatutos sigue pendiente de iniciarse (Ministerio de
Autonomías &amp; Servicio Estatal de Autonomías 2013, 31-32; Fundación Tierra 2013), pero en el
segundo caso el consejo deliberativo se instaló durante octubre de 2014 (ANA Noticias/Potosí
2014).
Sobre la formación de nuevas municipalidades AIOC, es bastante preocupante que ninguna
municipalidad haya organizado un referendo de conversión desde hace mucho tiempo (Anf-Agencia
2011). En noviembre de 2012, Milton Chacay, secretario de autonomías de la Asamblea del Pueblo
Guaraní (APG), anunció que seis capitanías Guaraní aspiraban a crear municipalidades AIOC en
Gutiérrez y Lagunillas (Santa Cruz) y Macharetí (Chuquisaca) (Fundación Tierra 2012a). A pesar de
esta afirmación, la sola propuesta de conversión municipal que se encuentra oficialmente en
evaluación por el Ministro de Autonomías es la de San Miguel de Velasco (Santa Cruz) (Ministerio
de Autonomías &amp; Servicio Estatal de Autonomías 2013, 34). Otro desarrollo interesante es el de la
municipalidad de Curva (La Paz) que el pasado julio del 2014 recibió el certificado de “territorio
ancestral”. Dicha municipalidad empezó el proceso en el 2011 (ANA Noticias 2014a), así que
tuvieron que esperar tres años para recibir ese certificado. El próximo paso será la organización del
primer referéndum entre su población sobre la conversión. Finalmente, otras fuentes documentan
que recientemente otras 14 municipalidades están considerando convertirse en AIOC (Soliz Tito
2014), aunque no haya informaciones oficiales.
En cuanto a las TCO/TIOC, los requisitos de territorio ancestral, Viabilidad Gubernativa y Base
Poblacional se regularon entre el 2012 y el 2013. El primero (territorio ancestral) se estableció con
Resolución Ministerial número 091/2012, y los últimos dos (Viabilidad Gobernativa y Base
Poblacional) con Resolución Ministerial Núm.032/2013. Ambas resoluciones fueron adoptadas por
parte del Ministro de Autonomías. Eso aceleró también el proceso de conversión de TCO/TIOC
que pasaron de ser inicialmente solamente 2 (Raqaypampa y Lomerio) a 5 en el 2013. Las otras tres
que se convirtieron fueron Monte Verde, Marka Camata, y el Consejo Indígena Yuracaré (Ministerio
de Autonomías &amp; Servicio Estatal de Autonomías 2013, 34). Entre estas AIOC en forma de
TCO/TIOC, Raqaypampa aprobó su estatuto a finales de 2012 (Estatuto de la Autonomía Indígena
Originaria de Raqaypampa 2012) y lo entregó al Tribunal Constitucional Plurinacional el 20 de
noviembre de 2013 (Fundación Tierra 2013), pero aún espera su aprobación (ANA Noticias 2014c).
Monte Verde y Marka Camata recibieron su certificado de “territorio ancestral” en mayo de 2013,
mientras Lomerio y el Consejo Indígena Yuracaré empezaron a preparar los documentos requeridos
en el 2013 (Ministerio de Autonomías &amp; Servicio Estatal de Autonomías 2013, 34).
Conclusiones
Este artículo ha demostrado que el procediendo legal para establecer una AIOC es muy
complejo. Por una parte, se intenta salvaguardar una amplia participación y garantizar la legitimación
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
31El

proceso general de Jesús de Machaca ha sido particularmente complejo y contestado por conflictos internos. Por un
reciente análisis, véase Colque y Plata 2014.

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�de la AIOC gracias a un número de mecanismos democráticos como, por ejemplo, el doble
referéndum o la adopción del estatuto a través de dos-tercios del consejo deliberativo.
Por otra parte, el procedimiento se diseño suponiendo un ambiente socio-cultural homogéneo y
no considerando mecanismos para resolver potenciales conflictos internos. Eso se ve claramente
entre unas de las primeras 11 AIOC que aún no tienen su estatuto o su consejo deliberativo (en
Jesús de Machaca and Charazani, en el departamento de La Paz), y en Salinas de Garci Mendoza y
en Chayanta, en el departamento de Oruro.
Relativo a la creación de AIOC en forma de “territorios”, o sea sobre TCO/TIOC, que podría
ser una buena opción para los pueblos indígenas de tierras bajas, los requisitos pedidos (Viabilidad
Gubernativa y Base Poblacional, artículos 57 y 58 de la Ley de Autonomía) son excesivamente
exigentes (por ej., la cantidad de documentación que la comunidad tiene que entregar sin apoyo
administrativo), poco prácticos (por ej., en el caso de pueblos indígenas numéricamente pequeños) y
sujetos a potencial arbitrariedad en referencia a la evaluación de la Viabilidad Gubernativa. Aunque
ambos requisitos se hayan regulado recientemente, estas condiciones permanecen controvertidas.
Sobre la Viabilidad Gubernativa veamos un ejemplo empezando por el certificado de “territorio
ancestral”. Primero, es sumamente difícil probar que el territorio de un pueblo indígena sea ancestral
y/o se corre el riesgo que esta prueba de “ancestralidad” se produzca de manera artificial por parte
de los municipios por diferentes razones, por ejemplo porque se ha perdido a lo largo de varios
siglos, etc. Suponiendo que la municipalidad entregue pruebas suficientes, el certificado de
“territorio ancestral” puede aún ser contestado por parte de la administración pública de manera
arbitraria o sin justificación. Por ende, para que esté totalmente valido tiene que ser expedido por
parte del Ministro de Autonomías. Luego, este certificado de “territorio ancestral” tiene que ser
entregado junto con un número de otros documentos para pedir la Viabilidad Gubernativa.32
Sobre la Base Poblacional, el pueblo Araona (La Paz) estaba considerando formar una región
indígena con otros pueblos indígenas porque ellos cuentan solamente con 200 miembros
dispersados en seis comunidades (Luksic 2011).
Todo este procediendo genera miedo entre los pueblos indígenas y sugiere una general falta de
voluntad política para promover la autonomía indígena. Como ya se ha visto, hasta esta altura (enero
de 2015) solo una de las municipalidades que aspiran a convertirse en AIOC (Curca, La Paz), lo ha
obtenido, pero después de tres años. Así que parece que el marco jurídico garantizado por parte de
la Ley de Autonomía no haya simplificado el procedimiento, sino el contrario.
En particular, los pueblos indígenas de tierras bajas están confundidos y decepcionados frente a
los requisitos mencionados. De hecho, solamente 3 solicitudes de las 19 municipalidades admitidas
en diciembre de 2009 para el primer referéndum de conversión en AIOC provenían desde los
departamentos del Oriente, y todas desde el departamento de Santa Cruz. Ninguna demanda llegó
desde Beni o Pando (Plata 2009, p.252). En estos departamentos, muchas comunidades indígenas
están dispersas en grandes áreas territoriales o son numéricamente inferiores (Plata 2009, p.253), lo
que explica la probable falta de información sobre el procedimiento de conversión de la AIOC.
Asimismo, en las tierras bajas, otros obstáculos están causados por disputas sobre las tierras entre
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
32Reglamento

(Solicitud).

para la Emisión de Certificación de Viabilidad Gubernativa y Verificación de Base Poblacional vía TIOC, Articulo 3

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�indígenas y colonos no indígenas, por conflictivos intereses económicos sobre los recursos naturales
no renovables (Bustillos Zamorano 2011a), asuntos de demarcación de municipalidades y
departamentos, y discontinuidad territorial que afecta el 58,2% de las TCO/TIOC de la región
amazónica.
Además, 17 límites territoriales están contestados en las tierras altas y bajas (Mealla 2011). La Ley
de Unidades Territoriales, Núm.339/2013, se adoptó el 31 de enero de 2013 y debería arreglar estos
conflictos. No obstante, las organizaciones indígenas la han cuestionado. En efecto, la Ley de
Unidades Territoriales no sigue el principio de igual jerárquica entre unidades territoriales autónomas
(art.276 CPE; art.6.2, numero 3 de la Ley de Autonomía) y los pueblos indígenas no fueron
consultados sobre esa ley, que en cualquier caso sí les afecta (Agencia Intercultural de Noticias
Indígenas de Bolivia 2011).
Otro aspecto relevante concierne las finanzas de las municipalidades y otras entidades públicas y
territoriales. Muchos alcaldes se quejaron de la Ley de Tasas Núm.154/2011. En efecto, el art.6 de
esta ley reduce las competencias de las municipalidades para introducir nuevas tasas, no obstante la
demanda de servicios públicos de la población (Bustillos Zamorano 2011b).
Finalmente, otra aprensión entre los pueblos indígenas es lo que va a ocurrir con las AIOC
después de las elecciones administrativas de finales de marzo del 2015. Desde finales del 2013, el
órgano de coordinación de las AIOC ha demandado que en las municipalidades AIOC las
autoridades se voten según las costumbres y los procedimientos tradicionales (Fundación Tierra
2013; Vacaflor 2014a), pero su pedido no tuvo respuesta (Página Siete 2014).
En conclusión, Bolivia está corriendo el riesgo de contradecirse sobre la autonomía indígena:
aunque la haya promovida abiertamente, en realidad falta una implementación significativa. Otros
académicos expresaron recientemente su escepticismo sobre la realización del autogobierno indígena
a través de las AIOC (Tockman y Cameron 2014, p. 64). Es posible que el dinámico escenario de
Bolivia nos sorprenda en los próximos años, como ya lo hizo en el pasado. Una noticia positiva fue,
por ejemplo, la entrega por parte del gobierno de un proyecto de ley (número 411 del 2014,
actualmente bajo discusión en la Cámara de Diputados) que regula el financiamiento de un segundo
referéndum para la aprobación final de los estatutos de aquellas AIOC (Totora y Charagua) que han
recibido la certificación constitucional.33 La profunda reforma institucional que está experimentando
el estado andino es reciente y aún un trabajo en desarrollo. Así que los próximos años serán claves
para ver qué dirección tomará Bolivia hacia (también) el autogobierno indígena.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
33Proyecto

de Ley No 411/2014-2015: Transferencia de recursos económicos de los Gobiernos Autónomos Municipales en conversión a
Autonomías
Indígena
Originario
Campesinas.
Al
15
de
diciembre
del
2014,
en
http://www.diputados.bo/images/Docs/PL/INF14-15/INF14_411.pdf, y es bajo Tramitación en la Cámara de
Diputados: http://www.diputados.bo/index.php/leyes/leyes-en-tratamiento. Véase también Vacaflor 2014a; ANA
Noticias 2014d.

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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015!

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92!

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�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp. 98-118

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La representación sustantiva de las mujeres en las agendas legislativas de
las diputadas mexicanas
The substantive representation of women in the legislative agenda of
Mexican deputies
Sarah Patricia Cerna Villagra

Doctoranda en Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Nacional Autónoma de México y en Estado de Derecho
y Gobernanza Global, Universidad de Salamanca.
Becaria del CONACYT, México.
Email: sacervi@hotmail.com

Fecha de envío: 15 de abril 2015
Fecha de aceptación: 1 de junio 2015
Resumen
Este artículo tiene como objetivo identificar la representación sustantiva de las mujeres
en las agendas legislativas impulsadas por las diputadas mexicanas en las LVII y LXII
Legislaturas del Congreso de la Unión poniendo el énfasis en aquellas propuestas legislativas
sensibles al género 1 . Para ello, busca aportar datos empíricos en torno a las propuestas
legislativas y sus temáticas por grupos parlamentarios con el objetivo de conocer qué hacen las
mujeres en el ámbito legislativo, a través de sus agendas parlamentarias y cuál es la
representación sustantiva de las mujeres en este ámbito político. La investigación se concentra
en las iniciativas presentadas en las LVII (1997-2000) y LXII Legislaturas (2012-2015) en la
Cámara de Diputados por las congresistas mexicanas según el Grupo Parlamentario al que
pertenecen.
Entre los hallazgos se comprueba que existen notorias diferencias en las agendas
legislativas de las diputadas de acuerdo al Grupo Parlamentario al que pertenecen, mientras las
legisladoras del PRI y del PAN tienden a priorizar temáticas consideradas más “femeninas”, las
del PRD, PVEM y PT se han caracterizado por issues considerados más “masculinos”. Además,
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1 Rodríguez Gustá (2008) identifica cuatro categorías de políticas sensibles al género en la literatura especializada,
ellas son: 1) las políticas de acción afirmativa; 2) las políticas para las mujeres; 3) las políticas con perspectiva de
género y; 4) las políticas de transversalización de género. En esta investigación se utiliza esta clasificación para
estudiar todas las iniciativas legislativas presentadas por las diputadas mexicanas cuyo contenido presente
características relacionadas con la ampliación de los derechos para las mujeres, con perspectiva y/o
transversalización de género y se constituyan en acciones afirmativas para ellas.

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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�la Representación Sustantiva de las Mujeres en ambas Legislaturas estudiadas se manifiesta en
la introducción de “intereses de mujeres” en la agenda política, así como en la perspectiva
femenina para abordar temáticas diversas, tales como: trabajo, migración, Derechos Humanos,
entre otros.
Palabras clave: diputadas, agendas legislativas, partidos políticos, representación sustantiva de
las mujeres.
Abstract
This article aims to identify the substantive representation of women in the legislative
agendas of female Mexican deputies in the LVII and LXII Legislatures of the Congress
emphasising those legislative proposals related to gender 2. Consequently it seeks to offer
empirical data about legislative proposals and issues by parliamentary group with the aim of
understanding what women do in the legislative sphere, via their parliamentary agendas and
what is the substantive representation of women in this political sphere. The study
concentrates on the initiatives presented in the LVII (1997-2000) and LXII Legislatures (20122015) in the Chamber of Deputies by congresswomen according to the Parliamentary Group
to which they belong.
The findings show that there are noticeable differences in the legislative agendas of
female Deputies according to the Parliamentary Group to which they belong. While those
belonging to the PRI and PAN tend to prioritise issues considered more “feminine”, those
belonging to the PRD, PVEM and PT have been characterized by issues that are considered
more “masculine”. Furthermore, the Substantive Representation of Women in both
legislatures is shown in the introduction of “women’s interests” in the political agenda, as well
as the female perspective to approach different issues, including: work, migration, Human
Rights, among others.
Keywords: deputies, legislative bills, political parties, substantive representation of women.

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2 Rodríguez Gustá (2008) identifies four categories of policy that are sensitive to gender in the specialised
literature: 1) affirmative action policies; 2) policies for women; 3) policies with a gender perspective; 4) transversal
gender policies. In this reach this classification is used to study all of the legislative initiatives presented by
Mexican deputies whose content presents features related to the expansion of rights for women, with a gender
perspective and constitute affirmative actions for them.

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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Introducción
En el año 2015 se ha dado en México un importante debate en torno a los mecanismos
que favorecen el aumento de la participación femenina en política, sobre todo a raíz de la
implementación de las normas de paridad. Este trabajo pretende abonar a la discusión en
torno a la representación sustantiva de las mujeres, en específico, en torno a sus agendas
legislativas. Para ello en las siguientes páginas se busca responder a las siguientes preguntas:
¿qué temas priorizan en su agenda legislativa? y ¿son diferentes los intereses entre legisladoras
de distintos grupos parlamentarios?
Desde la implementación de las cuotas de género en 1997 hasta el año 2015, la presencia
femenina en la Cámara de Diputados de México ha aumentado ostensiblemente pero, como lo
señala la literatura especializada en este ámbito (Archenti, 2011; Bareiro y Echauri, 2009;
Franceschet, Krook y Piscopo, 2012, Freidenberg, 2014) con las cuotas no es suficiente para
alcanzar la paridad en cuanto a la representación descriptiva en el Congreso. Tras la
implementación de la norma de paridad establecida como parte de las reformas políticas del
2013 han surgido muchas preguntas en torno a la participación de las mujeres en política. En
este sentido, esta investigación busca aportar datos que permitan comprender y analizar qué
hacen las mujeres en el ámbito legislativo a través de sus agendas legislativas identificando las
agendas legislativas de las mismas y definiendo si existen diferencias entre las agendas
legislativas de las diputadas de acuerdo al grupo parlamentario al que pertenecen.
Marco Teórico
Las Cuotas de Género en la Región
A partir de la tercera ola democratizadora en la región, y con el agotamiento de los
regímenes de partido hegemónico, las mujeres alcanzaron mayor visibilidad en la esfera política
latinoamericana (Archenti, 2011). Esta autora sostiene que varios eventos internacionales, tales
como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación (CEDAW,
1979) y las Plataformas de Nairobi (1985) y Beijing (1995) influyeron en la introducción de
mecanismos legales que permitieron combatir la desigualdad de género en el ámbito político de
la región.
En este contexto en la década de 1990, muchos países latinoamericanos iniciaron una
serie de debates en torno a la necesidad de alcanzar la igualdad política de las mujeres; estas
discusiones se tradujeron en sanciones y modificaciones legislativas para implementar
mecanismos para garantizar la equidad de género en los cargos de elección popular. Las
primeras medidas adoptadas fueron las acciones afirmativas conocidas como cuotas de género,
las cuales fueron implementadas progresivamente en la región desde entonces hasta la
actualidad. No obstante, el debate reciente ha superado al tema de las cuotas como
mecanismo compensatorio y actualmente gira en torno a la adopción de la paridad, así como a
los obstáculos institucionales (sistemas electorales y políticos) y las barreras socioculturales a
las carreras políticas de las mujeres.
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Tras dos décadas de implementación de las cuotas, en la región existe un fuerte consenso
sobre la necesidad de acciones afirmativas como mecanismos fundamentales para que las
mujeres puedan postularse como candidatas y resulten electas (Archenti y Tula, 2007,
Freidenberg, 2014). Las cuotas por sí solas no son suficientes para asegurar el aumento de la
representación femenina en los congresos. Muchos estudios señalan que existen otras variables
institucionales dentro de los sistemas electorales que son también importantes tomar en
cuenta; algunas de estas variables podrían ser las fórmulas de representación proporcional
adoptadas y el tamaño de las circunscripciones (Archenti y Tula, 2007; Bareiro y Echauri, 2009;
Escobar-Lemmon y Taylor-Robinson 2006; Jones 2009; Krook 2005; Lovenduski, 1997;
Norris, 1997, 1985; Rule y Zimmerman, 1994; Schwindt-Bayer, 2009). Pero al mismo tiempo,
otras variables institucionales importantes podrían ser el tamaño de los distritos y la
representación proporcional, ya que se ha encontrado que aquellos distritos medianos y
grandes y la representación proporcional favorecen a las candidaturas femeninas porque los
partidos necesitan sumar a diferentes sectores de la sociedad para así poder llegar a un
electorado más amplio y con ello, obtener más escaños (Freidenberg, 2014).
Las ventajas de las cuotas se manifiestan en su impacto simbólico en la región, tras
generar sensibilización en las sociedades respecto a las desigualdades históricas tanto sociales,
económicos como políticas entre hombres y mujeres (Peschard, 2002). Para esta autora la
implementación de las cuotas ha permitido además, pensar en las mujeres como protagonistas
capaces de desempeñarse en política tanto como sus pares hombres, así también ha
contribuido a responder desde el ámbito político a las demandas y necesidades específicas de
las mujeres a través de políticas públicas y leyes concretas para este sector de la población.
No obstante, los factores institucionales no alcanzan para mejorar la representación
femenina en los puestos de elección relevantes ya que también existen otros de naturaleza
sociocultural que condicionan las carreras políticas femeninas. Es por ello que Fernández
Poncela (1997) describe cómo influyen en las carreras políticas de las mujeres factores como la
socialización política en la familia, el parentesco político, la militancia temprana en centros
estudiantiles o universitarios, sindicales o de partidos políticos y el apoyo familiar tanto de hijos
como de la pareja a la profesión política. Estos factores pueden promover (o no), y permitir (o
no), la entrada y el desarrollo de las carreras políticas femeninas.
¿Qué hacen las Legisladoras? La Representación Sustantiva
En la propuesta teórica de Pitkin (1985) la representación sustantiva hace referencia a la
inserción de temas específicos por parte de aquellos grupos con características particulares al
interior de las agendas del Poder Legislativo. A esta dimensión de la representación, Martínez
y Garrido (2013, p. 408) la denominan “la política de la diferencia”, para referirse al debate
acerca de si el incremento de la presencia de mujeres en el Poder Legislativo ha implicado
alguna diferencia, o bien el aumento de legislaciones y políticas públicas en torno a los
derechos de las mujeres y a la igualdad de género.
En esta línea, este trabajo busca identificar cuáles son las agendas legislativas a través de
las temáticas propuestas por las mujeres en referencia a esa representación sustantiva planteada
por los autores antes mencionados.
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�El Género en el Trabajo Parlamentario
De acuerdo con Celis et al. (2008) existen numerosos estudios que demuestran que los
intereses de legisladores y legisladoras difieren en cuanto a las temáticas de sus propuestas. Un
ejemplo de ello es la investigación de Thomas y Welch (1991) que ha comprobado que los
hombres y las mujeres defienden distintas prioridades políticas. De la misma manera, otras
investigaciones demuestran que las congresistas femeninas a menudo reportan que sienten la
obligación de representar a las mujeres (Carroll 2002). Muchos autores reconocen la existencia
de los “intereses de las mujeres”, lo que implica que muchas veces las legisladoras comparten
las mismas opiniones que las votantes femeninas (Mateo Díaz, 2005) y que los movimientos
feministas y de mujeres (Lovenduski, 1997).
A su vez, Schwindt-Bayer (2006) plantea que por la extensión de los roles sociales del
género, los temas de las iniciativas legislativas están divididos entre: a) los issues de las mujeres,
que abarcan temas feministas, educación, salud, niños y familia y; b) los temas de los hombres
relacionados con la economía, agricultura, empleo, y asuntos fiscales. Estas categorías de
división entre temas femeninos y masculinos de las propuestas legislativas según el criterio de
Schwindt-Bayer son útiles para el caso mexicano para poder analizar en qué temáticas se
insertan las iniciativas presentadas por las legisladoras mexicanas en las LVII y LXII
Legislaturas.
A lo anterior cabe agregar que Heath, Schwindt-Bayer y Taylor-Robinson (2005) habían
planteado que las legisladoras son “aisladas” en el Congreso porque se les asigna solamente a
las Comisiones y temáticas referidas a la mujer y a lo social, y con ello se las aleja de posibles
intervenciones y actuaciones en comisiones sobre temas económicos, asuntos externos y otros
que se consideran “exclusivos” de hombres. Estas autoras encontraron que en las Cámaras
Legislativas de Costa Rica y Colombia, las parlamentarias reconocieron que el Congreso se
comporta de manera Patriarcal, a pesar de la existencia de cuotas de género en ambos cuerpos
legislativos. Este comportamiento se manifiesta en las posibilidades reducidas que tienen las
legisladoras para plantear iniciativas de proyectos de ley en temas como agricultura, economía y
asuntos fiscales, porque estos son temas “exclusivos de los hombres”. Esta hipótesis fue
confirmada en otro estudio por Martínez y Garrido (2013) para los casos de los Congresos de
México, Argentina (en ambos países se han implementado cuotas de género), Chile y Uruguay
(sin cuotas) en los que los autores encontraron que las mujeres son marginadas de áreas
políticas relevantes y de ámbitos de influencia real en el Poder Legislativo de sus países sólo
por su condición de mujeres.
La Representación Sustantiva de las Mujeres
La propuesta de Rodríguez Gustá y Madera (2013) sobre la RSM sostiene que en la
literatura sobre Género y Política existen dos conceptualizaciones distintas en torno a la
Representación Sustantiva de las Mujeres, a saber: 1) como un proceso de articulación y
advocacy en torno a temas e intereses de mujeres y; 2) como resultado concreto y tangible de un
proceso cuyos resultados son leyes y políticas públicas para las mujeres.
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�Por su parte, Franceschet y Piscopo (2008) plantean que la Representación Sustantiva es
el resultado de un proceso legislativo que culmina con el éxito de las diputadas para que las
iniciativas en temas de género y sobre los derechos de las mujeres sean aprobadas en los
congresos nacionales. Para estas autoras, la Representación Sustantiva guarda relación con la
promoción de los intereses de las mujeres.
Contrariamente al planteamiento de Franceschet y Piscopo (2008), Celis et al (2008)
sostiene que la representación política de las mujeres no implica exclusivamente introducir los
intereses de las mujeres en la agenda política y legislativa, sino que además implica introducir
perspectivas de las mujeres en los distintos temas de las agendas. Esta “huella” o perspectiva
femenina muchas veces está marcada por las propias experiencias de vida de las mujeres y sus
posiciones en las estructuras sociales que fueron históricamente marcadas por la discriminación
y marginalización. Esta autora, además, subraya que la RSM es un proceso que implica una
serie de actos y actores quienes introducen y mantienen los intereses de las mujeres en las
agendas políticas, además de sus intereses también insertan sus preocupaciones por temas de
diversa índole, así como sus puntos de vista en la concepción de las leyes.
En otro trabajo sobre RSM, Celis et al. (2008) señalan que la RSM se estudia con
frecuencia únicamente en el comportamiento legislativo de las representantes mujeres en los
parlamentos nacionales, pero varios estudios sobre el tema señalan que no solamente son las
legisladoras las que promueven leyes a favor de las mujeres, sino que además hay movimientos
de mujeres extra-parlamentarios, así como diversos actores políticos que buscan promover los
intereses de las mujeres. En cuanto a cómo se expresa la RSM, estas autoras señalan que las
legisladoras brindan un enfoque diferente al de sus pares hombres en lo referente a la
presentación de proyectos de ley y de aprobación de políticas públicas (p. 105)
Estrategia Metodológica
Esta investigación se enfoca en las iniciativas presentadas en las LVII (1997-2000) y
LXII Legislaturas (2012-2015) por las congresistas mexicanas según el Grupo Parlamentario al
que pertenecen. El criterio de selección de estas legislaturas ha sido el siguiente: la LVII
Legislatura (1997-2000) es la primera en la que fueron electas diputadas tras la aplicación de las
cuotas de género en las elecciones de 1997, en tanto la LXII (2012-2015) es la última elección
con cuotas, ya que desde el año 2015, se ha implementado en México la norma de paridad
(50/50) en las elecciones federales. Además, ambas legislaturas presentan diferencias en cuanto
a la Representación Descriptiva de las Mujeres en la Cámara de Diputados, ya que la primera
de éstas sólo contaba con 17,4% de mujeres diputadas y la última alcanzó un 37,8% de
legisladoras del total de representantes en esta Cámara legislativa.
Con el objetivo de conocer las agendas legislativas de las diputadas en esta investigación
se han sistematizado las iniciativas presentadas por las diputadas en ambas Legislaturas de la
siguiente manera: 1) el Grupo Parlamentario al que pertenecen la legisladora y; 2) el Tema de la
Iniciativa. A partir de los datos encontrados en el portal del Congreso de la Unión, se ha
confeccionado una base de datos, a partir de la cual se pueden distinguir las tendencias
temáticas por Grupo Parlamentario, así como identificar la Representación Sustantiva de las
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Mujeres con base en las propuestas de leyes y los intereses que promueven, así como las
perspectivas analíticas de los problemas que desean resolver.
Clasificación de las Iniciativas Presentadas por las Diputadas Mexicanas
Para clasificar las iniciativas presentadas por las diputadas mexicanas en este trabajo se
toman las clasificaciones realizadas por Rodríguez Gustá (2008), Schwindt-Bayer (2006) y la
autora de esta investigación. En primer lugar, Rodríguez Gustá (2008, p. 110) identifica cuatro
categorías de políticas sensibles al género en la literatura especializada, ellas son: 1) las políticas
de acción afirmativa3; 2) las políticas para las mujeres4; 3) las políticas con perspectiva de
género5 y; 4) las políticas de transversalización de género6. Se considera que estas categorías de
Rodríguez Gustá son útiles a esta investigación para clasificar las iniciativas legislativas
presentadas por las diputadas mexicanas según el contenido que presenten, ya sea con
características relacionadas con la ampliación de los derechos para las mujeres, con perspectiva
o transversalización de género, o se constituyan en acciones afirmativas para las mujeres.
En segundo lugar, las clasificaciones de las iniciativas legislativas se han encuadrado en la
tipología de Schwindt-Bayer (2006) para aquellas propuestas referidas a Economía, Salud,
Educación, Asuntos Fiscales y Hacienda, Agricultura. Finalmente, la autora realiza otras
incorporaciones entre las que se encuentran las categorías de Seguridad, Justicia y Derechos
Humanos, Familia y Grupos Vulnerables, Puntos Constitucionales, Medioambiente, Trabajo y
Previsión Social. Estas incorporaciones se hicieron porque las categorías propuestas por
Rodríguez Gustá (2008) y Schwindt-Bayer (2006) no abarcan la totalidad de las temáticas de las
iniciativas presentadas en las Legislaturas estudiadas en esta investigación.
¿Cuáles son las agendas legislativas de las diputadas mexicanas y cuáles son sus temas
prioritarios?
La LVII Legislatura ha sido la primera electa tras la implementación de las cuotas de
género en México; como resultado de ello, el porcentaje de mujeres legisladoras aumentó al
pasar de 14,1% a 17,4% y a partir de allí ha ido creciendo hasta alcanzar el 37,8% que
representan en la actual legislatura (la LXII de 2012-2015). Este aumento en la Representación
Descriptiva de las mujeres desde 1997, en este trabajo se quiere observar en cuanto a cuáles
son los cambios en su dimensión de Representación Sustantiva (introducción de intereses de
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
3 Las políticas de acción afirmativa o discriminación positiva implican un trato preferencial temporal a favor de un
grupo discriminado históricamente para permitir el acceso o distribución de ciertos recursos o servicios, así como
el acceso a ciertos bienes (Fondo Indígena, s/f). Por ejemplo: las cuotas de género.
4 Las políticas para las mujeres son acciones y programas específicos para este sector de la población que por sus
características biológicas requiere políticas especiales, por ejemplo, las reproductivas o las sexuales.
5 Las políticas con perspectiva de género son aquellas que reconocen las diferencias sociales, económicas y
políticas entre hombres y mujeres y para revertirlas, están diseñadas para abarcar la complejidad de las
características socio-demográficas de las mujeres y promover la igualdad entre hombres y mujeres.
6 La transversalización implica adoptar una perspectiva de igualdad de género en todo el conjunto de leyes y
políticas en una sociedad, para ello, la igualdad debe atravesar todas las dimensiones posibles: política, economía,
salud, cultura, educación, medio-ambiente, justicia, etc.

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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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!

!

�las mujeres) en ambas legislaturas, es por ello, que se estudian las agendas legislativas de las
diputadas por grupo parlamentario.
Las iniciativas de las legisladoras mexicanas presentadas en la LVII Legislatura que se
muestran en la Tabla 1 se sistematizaron según la temática en la cual se inscriben dichas
propuestas y el grupo parlamentario al que pertenece la legisladora que realizó la iniciativa.
Como se puede observar en la Tabla, la temática que más propuestas recibió en esa legislatura
fue la de Puntos Constitucionales con 24 iniciativas, seguida por Asuntos Fiscales y Hacienda
con 20 y en tercer lugar, la temática de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos con 17
propuestas.
Detrás de estas tres temáticas principales, se encuentran las iniciativas sensibles al
género, seguidas por las de economía, trabajo y previsión social, y detrás de éstas, las
propuestas sobre familia y grupos vulnerables.
Si se observan las temáticas de las iniciativas presentadas por las legisladoras del periodo
comprendido entre 1997 y 2000, el tema de las propuestas sensibles al género ocupó el cuarto
lugar en orden de importancia, lo que implica la poca relevancia que aún tenía esta temática
para las primeras legisladoras que ingresaron a través de las cuotas de género en México. Muy
por el contrario, otras temáticas consideradas más masculinas como Hacienda, Asuntos
Fiscales y las Reformas Constitucionales ocuparon lugares prioritarios en las agendas de las
legisladoras de dicho periodo. En la construcción de las agendas de las diputadas no debe
soslayarse el peso de las agendas partidarias por encima de los intereses particulares de los
legisladores, ya que los estudios demuestran que seguir la línea marcada por el partido (ya sea
por los incentivos o los castigos formales e informales) y la disciplina partidaria7 en México es
de suma importancia para la construcción de lealtades en los principales partidos políticos del
país. Precisamente para la LVII Legislatura varios trabajos (Casar, 2002; Lujambio, 2000;
Mena, 2001; Weldon, 2002) demuestran que la disciplina partidaria fue mayoritaria para los tres
partidos principales.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Amparo Casar (2002) define la disciplina partidaria como el acatamiento por parte de los legisladores de las
líneas dictadas por el líder del partido político o de la fracción parlamentaria.
7

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�!

Partido
PRI
PAN
PRD
PVEM
PT
Comisión
Equidad y
Género
Comis. Apoyo
Discapacitado
Diputados
Independ.
Mixtas
Total

2
2

3
1

14

3
5

1

1
1
2

Educ.

7

4
2

1

Salud

1

1

Econ.

2
24

1
1
13
3
4

Puntos Const.

20

12
4
2

2

Asuntos
Fiscales y
Hacienda

9

3
9

Medio
Ambiente

17

1

1
2
11
2

Seguridad,
Justicia y
DDHH

Fuente: Elaboración propia con base en datos de H. Cámara de Diputados (2014)

1
6

1

4

3

Familia y
Grupos
Vulnerables

Sensibles al
Género

7

2

1
2
2

Trabajo y
Previsión
Social

2

1
1

Otros:
Agric./
Ganad.

Tabla 1: Número de Iniciativas Presentadas por Legisladoras por Grupos Parlamentarios y Temas de las Iniciativas Presentadas en la LVII
Legislatura

�Por su parte, como se puede observar en la Tabla 2, la temática que ocupa el primer
lugar en cuanto al número de propuestas por parte de las legisladoras en la LXII Legislatura es
la de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos con un total de 108 iniciativas de un total de
856, lo que representa 12,6% de total. El segundo tema prioritario para las legisladoras
mexicanas han las iniciativas presentadas en asuntos de familia y grupos vulnerables que
guardan relación con la niñez, los adultos mayores, la población indígena y afromexicana, que
alcanzan un total de 90 propuestas (10,6%) de las iniciativas de las mujeres. En tercer lugar, se
encuentran las iniciativas de Reformas a la Constitución, denominada en la Tabla como
Puntos Constitucionales con un total de 71 iniciativas, lo que representa 8,3% del total de
propuestas8.
Detrás de estas tres temáticas se encuentran propuestas sensibles al género, asuntos
fiscales, salud, trabajo y previsión social, y educación; temas como medioambiente, economía y
agricultura ocupan los últimos lugares en cuanto al número de iniciativas presentadas por las
legisladoras en estos ámbitos.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Los datos empíricos respecto a la LXII Legislatura son preliminares, debido a que la misma aún no ha concluido
y por lo tanto, los hallazgos aún no son concluyentes.
8

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!

!

�!

Partido
PRI
PAN
PRD
PVEM
PANAL
PT
MC
Mixtas
Total

15
26
8
6
8
1
5
1
70
40

90

21
16
11
4
6
1
1
3
63

Salud

26

4
4
5
1
7
3
2

Economía

71

7
10
22
9
6
13
4

Puntos
Constitucionales.

70

18
23
12
4
7
4
2

Asuntos
Fiscales y
Hacienda

33

2

3
1
15
11
1

Medio
Ambiente

108

30
19
30
6
7
8
8

Seguridad,
Justicia y
DDHH

11
10
11
5
9
5
4
2
57

Trabajo y
Previsión
Social

Fuente: Elaboración propia con base en datos de H. Cámara de Diputados (2014)

4

17
5
5
2
7

Educación

31
24
13
6
10
2
4

Familia y
Sensibles
Grupos
al Género Vulnerables

13

3
4
1
2
2
1

Otros:
Agricultura

Tabla 2: Número de Iniciativas Presentadas por Legisladoras por Grupos Parlamentarios y Temas de las Iniciativas Presentadas en la LVII
Legislatura

�¿Qué Iniciativas Presentan las Legisladoras Mexicanas por Grupo Parlamentario?
En la Tabla 3 se presentan los tres primeros lugares en cuanto al número de propuestas
presentadas por las legisladoras sistematizadas según la temática y el grupo parlamentario al
que pertenecen. En este Cuadro destaca que las congresistas del PRI presentaron en primer
lugar iniciativas Sensibles al Género, seguidas de propuestas en temas de Hacienda y luego en
Protección Civil. Por su parte, las panistas presentaron propuestas en Trabajo y Previsión
Social, así como en áreas como las de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos.
Por su parte, las diputadas del PRD se caracterizaron por la presentación de iniciativas
en temas constitucionales, seguidas por propuestas en el ámbito de Hacienda y Asuntos
Fiscales; a la vez que en rubros como los de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos. Las
congresistas del Partido Verde mantuvieron cierta coherencia programática al presentar
iniciativas en temas de medioambiente, primordialmente, así como también en áreas como
Hacienda y Salud. Por último, las diputas del PT se distinguieron porque sus propuestas
giraron en torno a temas constitucionales, así como en Trabajo y Previsión Social (lo que
también demuestra la conexión programática) y en temas fiscales.
Tabla 3: Tendencia de las Iniciativas presentadas por Mujeres por Grupo Parlamentario en la
LVII Legislatura
Grupo
PRI
PAN
PRD

1er. Lugar

2do. Lugar

Sensibles al

Hacienda y Asuntos

Género

Fiscales

Trabajo y

Seguridad, Justicia y

Previsión Social

DDHH

Puntos

Hacienda y Asuntos

Constitucionales

Fiscales

3ro. Lugar
Protección Civil y Turismo

Seguridad, Justicia y DDHH

Hacienda y Asuntos
PVEM

Medioambiente

Fiscales

Puntos
PT

Constitucionales

Salud
Hacienda y Asuntos Fiscales y

Trabajo y Previsión Social

Salud

Fuente: Elaboración propia con base en datos de H. Cámara de Diputados (2014)

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�En este punto, llama la atención que las congresistas del PRI hayan sido las únicas
diputadas de todos los grupos parlamentarios que priorizaron las propuestas legislativas
sensibles al género. Para las demás diputadas en general, sus prioridades en cuanto a
propuestas legislativas en dicho periodo tuvieron relación con iniciativas en torno a Asuntos
Fiscales, Hacienda y Puntos Constitucionales.
En la LXII Legislatura, las diputadas de Partido Revolucionario Institucional han
presentado iniciativas principalmente en temas como: Familia y Grupos Vulnerables, al tiempo
que también lo han hecho en rubros como Seguridad, Justicia y Derechos Humanos y en
Salud. Sus colegas panistas han presentado propuestas legislativas Sensibles al Género, en
Familia y Grupos Vulnerables, de la misma manera que lo han hecho en Asuntos Fiscales,
mientras que las congresistas del Partido Revolucionario Democrática se destacan por sus
iniciativas en Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, Puntos Constitucionales y
Medioambiente.
Nuevamente las que destacan por sus propuestas en Medioambiente son las congresistas
del Partido Verde Ecologista de México, mostrando con ello su coherencia programática, pero
también enfatizan otros temas como las Reformas Constitucionales y las iniciativas sensibles al
género, la Familia y los Grupos Vulnerables y la Seguridad. Por su parte, las legisladoras del
Partido Nueva Alianza destacan por sus iniciativas en torno a la Familia y Grupos Vulnerables,
el Trabajo y la Previsión Social y aquellas propuestas Sensibles al Género.
Finalmente, las legisladoras del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo presentan
iniciativas principalmente en Puntos Constitucionales, Seguridad y Derechos Humanos, así
como en Trabajo y Previsión Social. Las legisladoras de Movimiento Ciudadano presentan
iniciativas principalmente en Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, Sensibles al Género y
Familia y Grupos Vulnerables.
Al observar la Tabla 4 sobresale que en la mayoría de los Grupos Parlamentarios,
excepto en el PRD y el PT, las legisladoras presentan propuestas en issues típicos de las mujeres
como las agendas feministas, la educación, la salud, la niñez y la familia y con ello, se confirma
las hipótesis de Chaney (1992) y Schwindt-Bayer (2006) señaladas con anterioridad. Por su
parte, las diputadas del PRD y del PT se destacan por presentar iniciativas en temáticas
consideradas masculinas tales como: la Seguridad, la Justicia y el Trabajo.

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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Tabla 4: Tendencia de las Iniciativas presentadas por Mujeres por Grupo Parlamentario en la
LXII Legislatura
Grupo
1er. Lugar
2do. Lugar
3ro. Lugar
Familia y
Seguridad,
Grupos
Justicia y
PRI
Vulnerables
DDHH
Salud
Familia y
Sensibles al
Grupos
PAN
Género
Vulnerables
Asuntos Fiscales
Seguridad,
Puntos
Justicia y
Constitucionale
PRD
DDHH
s
Medioambiente
Puntos
Constitucionale
Sensibles al Género, Familia y Grupos
PVEM
Medioambiente
s
Vulnerables, Seguridad y DDHH
Familia y
Grupos
Trabajo y
PANAL
Vulnerables Previsión Social
Sensibles al Género
Puntos
Seguridad,
Constitucionale
Justicia y
PT
s
DDHH
Trabajo y Previsión Social
Seguridad,
Movimient
Justicia y
Sensibles al
Familia y Grupos Vulnerables, Educación,
o Ciudad.
DDHH
Género
Puntos Const. Y Trabajo Y Previsión Social
Fuente: Elaboración propia con base en datos de H. Cámara de Diputados (2014
Semejanzas y Diferencias entre las Legislaturas Estudiadas
La LVII Legislatura ha sido la primera electa tras la implementación de las cuotas de
género en México; como resultado de ello, el porcentaje de mujeres legisladoras aumentó al
pasar de 14,1% a 17,4% y a partir de allí ha ido creciendo hasta alcanzar el 37,8% que
representan en la actual legislatura. De acuerdo con esto, la Representación Descriptiva de las
mujeres mexicanas en la Cámara de Diputados ha tenido notorios avances y es por ello, que en
esta investigación se ha buscado identificar los avances en materia de Representación
Sustantiva.
Tras poco más de quince años de la implementación de cuotas de género en México, la
LXII Legislatura ha sido la que ha registrado el mayor número de mujeres legisladoras en la
historia política de este país. Al respecto, un análisis descriptivo arroja que el número de
mujeres es relativamente similar al peso de cada grupo parlamentario en la Cámara, esto quiere
decir que no debe sorprender a nadie que las tres principales fuerzas políticas tengan el mayor
número de legisladoras, sin embargo, cabe destacar que entre el resto de grupos parlamentarios
más pequeños sobresalen el Partido Nueva Alianza y el Partido del Trabajo como aquellos
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�partidos que proporcionalmente se acercan más la paridad entre sus legisladores y legisladoras
que el resto de Grupos Parlamentarios.
Al comparar la producción legislativa de las diputadas de ambas Legislaturas, sólo con
relación al número de iniciativas presentadas, se puede concluir que el porcentaje de
propuestas presentadas por las mujeres respecto al total de los legisladores (tanto hombres
como mujeres) ha aumentado de 19,1% en 1997 a 27,4% en 2015. Esto quiere decir que en
poco más de quince años que se han implementado las cuotas de género en México, el
protagonismo de las legisladoras ha crecido y las temáticas de sus propuestas también han ido
cambiando.
En la LVII Legislatura, las diputadas en general estuvieron más preocupadas con
temáticas referentes a las Reformas Constitucionales, los Asuntos Fiscales y Hacienda. En
dicho periodo, las únicas que promovieron con especial énfasis las iniciativas sensibles al
género fueron las congresistas del PRI, en tanto las demás dieron poca o nula importancia a los
issues considerados por la literatura especializadas como “femeninos”; muy por el contrario, las
diputadas se centraron en temáticas “más masculinas”, como las señaladas anteriormente y
otras como Seguridad, Justicia y Trabajo. Por su parte, las legisladoras de grupos
parlamentarios como el PRD, el PVEM y el PT se han caracterizado por presentar propuestas
en issues considerados “más masculinos”, tales como la Seguridad, la Justicia, los Asuntos
Fiscales y el Trabajo. Estos hallazgos difieren en lo señalado por la literatura especializada en
cuanto a que las mujeres legisladoras priorizan temas femeninos o de género en su agenda.
Por su parte, las diputadas del Partido Verde han sido las que han demostrado mayor
coherencia programática en ambas legislaturas estudiadas, ya que su agenda tiende a priorizar
las propuestas en torno al Medioambiente. Así también, las diputadas del PT han tenido un
número importante de propuestas en torno al Trabajo y la Previsión Social en ambos periodos.
La Representación Sustantiva de las Mujeres a través de las Iniciativas Legislativas de
las Diputadas Mexicanas
Con la revisión de las propuestas legislativas de las LVII y LXII Legislaturas estudiadas
en este trabajo se puede observar la Representación Sustantiva de las Mujeres en términos de
Celis et al (2008) en cuanto a la introducción de intereses de mujeres en las agendas políticas y
legislativas, así como la introducción de perspectivas de mujeres en temáticas más allá del
género y los asuntos femeninos y feministas. Algunas diferencias encontradas en las iniciativas
de ambas Legislaturas destacan que mientras en la LVII Legislatura se hicieron propuestas
exclusivamente en torno a la perspectiva de género, en la LXII sí se hicieron propuestas en las
cuatro categorías señaladas por Rodríguez Gustá (2011). Para corroborar la afirmación
anterior, se presentan a continuación algunos ejemplos de las iniciativas sensibles al género
presentadas en ambos periodos estudiados.
En primer lugar, entre las 14 propuestas legislativas cuyo contenido es sensible al género
de la LVII Legislatura sobresalen iniciativas con perspectiva de género, tales como: 1) la creación de
la Comisión Permanente de Equidad y Género al interior de la Cámara de Diputados; 2) las
reformas en materia de la Ley Federal del Trabajo para eliminar la discriminación por razones
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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!

�de sexo o edad a las mujeres trabajadoras, 3) la propuesta de Ley para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer; 4) la Ley que Crea el Instituto para la Igualdad de
Oportunidades, la Equidad y la Paridad entre Mujeres y Hombres; 5) la Ley de Equidad entre
los Géneros, solo por mencionar las principales en materia de sensibilidad al género. Estas
propuestas muestran el interés de las diputadas de la LVII Legislatura por introducir el debate
en torno al género en la Cámara de Diputados, a pesar de ser una notable minoría ya que solo
representaban el 17,4% del total de legisladores.
Por otra parte, respecto a la inserción de perspectivas femeninas en la agenda legislativa
según la definición de Representación Sustantiva de las Mujeres propuesta por Celis et al
(2008) en esta Legislatura cabe destacar las propuestas realizadas en materia de Derechos
Humanos respecto a la iniciativa de Ley de Prevención, Atención y Combate a la Explotación,
Abuso, Maltrato y Prostitución de Menores, así como la iniciativa en materia de Niñez con la
presentación de la propuesta de Ley de protección de los derechos de las niñas, los niños, las y
los adolescentes. En ambas propuestas se manifiesta el interés de las legisladoras en el trato y
protección que debe brindar el Estado a los grupos vulnerables.
En tanto que en la LXII Legislatura el número de propuestas legislativas sensibles al
género se ha distinguido por abarcar las cuatro categorías propuestas por Rodríguez Gustá
(2011) y a continuación se citan ejemplos de algunas iniciativas presentadas por diputadas en
cada categoría. En primer lugar, en cuanto a las políticas de acción afirmativa, resaltan los siguientes
ejemplos: a) Reformas para incorporar el criterio de paridad en los géneros en la terna que
propone el presidente de la República para la elección de ministros de la Suprema Corte de
Justicia (PANAL); b) Reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
para establecer como requisito de validez de la elección efectuada bajo el régimen de usos y
costumbres, la participación paritaria hombre-mujer, en los procesos de renovación de las
autoridades municipales (MC); c) Reformas a los artículos 78 y 81 del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de capacitación y promoción de la
participación política de las mujeres (PAN).
Respecto a las Iniciativas legislativas para las mujeres se destacan: a) Reformas a artículos de
la Constitución Política, de las Leyes Federal del Trabajo, del Instituto de Seguridad Social y
Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y del Seguro Social, para otorgar la misma
licencia por maternidad a las trabajadoras de los sectores público y privado (PAN); b)
Reformas y adiciones diversas a disposiciones de las Leyes General de Salud, del Seguro Social,
y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a fin de dar
paso a la universalidad en la atención de las urgencias obstétricas y la garantía de portabilidad
respecto a mujeres en condiciones de pobreza o provenientes de zonas de alta marginación
(esta propuesta también se encuadra dentro de las políticas con perspectiva de género ya que la
pobreza afecta de distintas maneras a los hombres y a las mujeres) (PAN); c) Reformas al
artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de trastornos emocionales derivados del
embarazo y durante el periodo del puerperio (PRI); d) Reformas al artículo 101 de la Ley del
Seguro Social, en materia de ajuste de periodos de subsidio por licencias de maternidad (MC);
e) Reformas al Código Penal Federal con el fin de despenalizar el aborto (PRD); Reformas a
los artículos 132 y 170 de la Ley Federal del Trabajo a fin de promover nuevas políticas y
acciones para proteger la lactancia materna entre las mujeres trabajadoras (PANAL).
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Por otra parte, en lo referente a las iniciativas de ley y/o políticas con perspectiva de género se
encuentran: a) Reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República para
facultar a los Ministerios Públicos a emitir las órdenes de protección emergentes y preventivas
en los casos de violencia cometida contra las mujeres (PRD); b) Reforma a la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales (PAN); c) Reforma a los artículos 78 y 81 del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales en materia de capacitación y promoción de la
participación política de las mujeres (PAN); d) Reforma de la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia a fin de reforzar los mecanismos de prevención,
atención y erradicación de la violencia hacia las jóvenes (PAN); e) Reforma del artículo 17 de la
Ley Agraria con el fin de generar igualdad de condiciones para las mujeres campesinas,
respecto al hombre, en la posesión de tierra ejidal o comunal, así como su derecho al usufructo
y administración, cuando los dueños de las tierras, hayan migrado de su lugar de origen (PRI).
Finalmente, como iniciativas de ley y/o políticas de transversalización de género se destaca: a)
Reforma a los artículos 1o. y 28 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea
Mexicanos, para que la educación militar incorpore la perspectiva de género, tanto en el acceso
como en todo su proceso.
Finalmente, en cuanto a la perspectiva femenina en las propuestas legislativas, se pueden
citar los siguientes ejemplos: a) Reformas de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre
Readaptación Social de Sentenciados, en materia de convivencia entre las madres reclusas y sus
hijos; b) Reformas al artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de trastornos
emocionales derivados del embarazo y durante el periodo del puerperio; c) Que expide la Ley
General para la Protección y Asistencia de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes no
Acompañados.
Conclusiones
En lo referente a la Representación Sustantiva, el análisis aquí elaborado arroja que las
diputadas se han concentrado principalmente en tres grandes rubros, en la LVII Legislatura: a)
Puntos Constitucionales; b) Asuntos Fiscales y Hacienda; y c) Seguridad, Justicia y Derechos
Humanos. Por su parte, en la LXII Legislatura las legisladoras han privilegiado temas como: a)
Seguridad, Justicia y Derechos Humanos; b) Familia y Grupos Vulnerables y; c) Puntos
Constitucionales, Sensibles al Género, Hacienda y asuntos Fiscales. Dicho lo anterior, el hecho
de que las legisladoras mexicanas de ambos periodos demuestren un especial interés por
temáticas vinculadas a la Seguridad, la Justicia y los Derechos Humanos puede ser interpretado
como el resultado de las coyunturas críticas que en estas materias ha afrontado el país en los
tiempos recientes: desde las profundas reformas al Poder Judicial concretadas en la década de
1990, o bien la “Guerra contra el Narcotráfico” declarada en 2006 por el ex presidente Felipe
Calderón (2006-2012).
Cuando se analizan por separado las prioridades de las legisladoras por grupo
parlamentario, se puede apreciar con mayor nitidez las preferencias que las militancias
femeninas de cada partido defienden o priorizan y que ciertamente están lejos de lo que a
priori se pudiera pensar que promueven según su orientación ideológica. De esta manera, por
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�ejemplo, la evidencia empírica rescatada en esta investigación permite destacar lo siguiente: a)
que las legisladoras priistas fueron las que en 1997-2000 impulsaron con especial énfasis
propuestas sensibles al género, mientras que en el periodo 2012-2015 han sido las panistas las
que se han caracterizado por este tipo de propuestas, incluso más que las congresistas de
izquierda, que de acuerdo a una visión más ideológica serían, en principio, más propensas a
impulsar la igualdad y la ampliación de derechos para sus congéneres; b) que las diputadas
perredistas se han enfocado más en propuestas en torno a la Seguridad, la Justicia y los
Derechos Humanos, Puntos Constitucionales y Hacienda; c) las congresistas del PVEM han
mantenido una coherencia programática desde 1997, impulsando propuestas en temas de
Medioambiente, pero así también han cambiado las temáticas de las demás propuestas que
realizan; d) las parlamentarias del PANAL impulsan con más ahínco, issues vinculados a la
Familia y los Grupos Vulnerables, de la misma manera que lo hace el PRI en la LXII
Legislatura. Esto llama la atención ya que mientras en el discurso el PANAL se ha procurado
como nicho la educación, la evidencia arroja que este tema, al menos de cara a sus legisladoras,
pasa a un segundo plano y, por otro lado, la simetría que guarda este partido con las
preferencias manifestadas por las diputadas priistas habla en sí mismo de la esencia del partido,
es decir, un priismo con otra etiqueta.
En esta investigación se pudo demostrar que las mujeres no solo legislan para sus
congéneres, sino que además abarcan una gama más amplia de temas que al igual que el
género, incluyen reformas constitucionales, hacienda y asuntos fiscales, la familia, la ampliación
de derechos a los grupos vulnerables, la seguridad, la migración, los derechos humanos, la
justicia, el medioambiente, el trabajo y la previsión social, solo por citar los principales. En este
sentido, los hallazgos de este trabajo permiten aportar elementos al análisis sobre las mujeres y
la política, en un sentido más completo y complejo, donde no solo el género es la prioridad de
las legisladoras sino también las problemáticas que exigen atención en una coyuntura crítica
como la que actualmente afronta México.
Tanto las diputadas de la LVII Legislatura como aquellas de la LXII se han caracterizado
por sus iniciativas en temáticas muy diversas que oscilan desde issues considerados
“masculinos” hasta aquellos “más femeninos”. Ante esta evidencia, se puede señalar que la
Representación Sustantiva de las Mujeres en la Cámara de Diputados de México trasciende al
Género y se ve influenciada por otros factores tales como la coyuntura crítica y las agendas
políticas de los grupos parlamentarios a los que pertenecen éstas. Así como también, se puede
subrayar que la ideología política no constituye un predictor en cuanto a las agendas políticas
que promueven las diputadas mexicanas.
Finalmente, en este trabajo se pudo observar que en ambas Legislaturas estudiadas, la
Representación Sustantiva de las Mujeres se manifiesta en las distintas propuestas legislativas
sensibles al género, en las cuales las iniciativas promueven leyes y reformas legales en las cuatro
categorías señaladas por Rodríguez Gustá, así como también existen iniciativas cuya
perspectiva femenina sobre temas como Migraciones o Derechos Humanos le imprime esa
“huella” diferente a la óptica masculina como lo apunta Celis en su propuesta sobre análisis
legislativo de la RSM.

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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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!

�Referencias
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Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp.119-121
ISSN: 2395-8448

	&#13;  

Reseña

Alcántara, M. (2012) El oficio de político.
Madrid: Tecnos Editorial, ISBN 9788430954889, 344 págs.
Gerardo Tamez González

Doctorado en Gerencia y Política Educativa.
Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores de CONACYT, Perfil PROMEP.
Pertenece al Cuerpo Académico «Gestión y política educativa».
Director de la Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública de la UANL.
Email: gerardo.tamezg@uanl.mx
Fecha de envío: 1 de mayo 2015
Fecha de aceptación: 5 de junio 2015

Qué características o cualidades debe tener una persona para considerarse político?
¿Están todos los que se dedican a la política preparados para ejercer una función dentro del
ambiente político? Muy probablemente estas preguntas saltaron a la mente del Dr. Manuel
Alcántara Sáez, y lo motivó para elaborar el libro: El oficio del político. En dicho volumen, el Dr.
Alcántara nos ofrece un análisis integral de la política y la profesionalización de quienes se
encuentran participando de manera activa en ella, todos aquellos que fungen una actividad para
el servicio a la sociedad desde el gobierno. Este análisis consta de cinco capítulos, todos ellos
relacionados unos con otros y que permiten una lectura continua del texto, empero, de la
misma manera se presta para el estudio de cada uno de manera alternada. Se inicia con un
prefacio, donde hace referencia a cada uno de sus capítulos con una pequeña introducción de
cada uno de ellos, esto produce en el lector el interés por su lectura. Después de ello, continúa
con el primer capítulo en el que analiza las distintas concepciones de lo que es un político,
desde la antigua Grecia hasta los tiempos modernos; pasa por la definición de la carrera política
y cómo es que ella se aplica; continúa con las observaciones de la profesionalización de los
políticos; en el capítulo cuatro nos habla sobre la rendición de cuentas de los políticos; y
finaliza con un capítulo donde se enfoca en los casos latinoamericanos, haciendo un análisis de
las trayectorias de algunos actores políticos influyentes en esta región.
En el prefacio, Alcántara deja en claro su objeto de estudio, el ser humano; éste en
relación con la política, las instituciones y los roles que este mismo pudiese tener. Él realiza un
análisis sobre aquellas personas que no necesariamente están en el reflector dentro de la arena
política, quienes poseen una característica esencial, el liderazgo. El liderazgo hace la diferencia
entre un buen político y los políticos mediocres que en algunas ocasiones se cobijan en las
instituciones, específicamente los partidos políticos, de las que son parte. Dicho análisis lo lleva
al concepto de élites, y cómo éstas surgen de la combinación de poder, autoridad y liderazgo.

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Teniendo en cuenta que su objeto de estudio es el ser humano, como político, líder, o parte de
una élite, el Dr. Alcántara centra su estudio en el político profesional, utilizando literatura
obligada, incluyendo Weber, Mills, Maquiavelo, Lasswell, Dahl, y datos empíricos que son
recolectados desde 1994 hasta el 2011, teniendo como fuente encuestas a diputados de
Latinoamérica.
El capítulo primero se compone por cuatro secciones, de las cuales la primera hace
referencia a las concepciones antiguas y modernas que se hacen sobre los políticos; estas
concepciones antiguas son en base a lo que en su tiempo pronunciaron grandes figuras como
Plutarco, Aristóteles, Platón y Cicerón; de este último se toma información perteneciente a su
publicación De Officiis, donde se plasman las virtudes públicas que son esenciales para entender
la tradición republicana; siguiendo con un orden cronológico, el Dr. Alcántara coloca a
Maquiavelo, Erasmo, Tomás Moro, y Guicciardini, algunos con perspectivas totalmente
opuestas, como los que marcaron el pensamiento político de la modernidad. En la segunda
sección el autor hace referencia de lo que se entendía por contrato, distinguiendo las distintas
posiciones que tenían pensadores como Hobbes con ideas pacifistas, Locke que defendía el
poder del pueblo, Montesquieu que denotaba la separación de poderes, Rousseau con el
contrato social, y Kant con la aportación que lleva al Estado de Derecho como una nueva
visión de la política; en esta misma sección se aborda el concepto de democracia, analizando
cómo ha tenido un desgaste en los últimos tiempos, básicamente por la corrupción y pérdida
de confianza. El tercer y cuarto apartado se centran en la figura del animal político, haciendo
referencia a su pensamiento y cómo se desenvuelve en las instituciones.
La estructura del capítulo segundo está compuesta por cinco apartados que definen la
figura del político, en donde se toman las distinciones de Weber de los políticos: los
ocasionales, los semiprofesionales y los verdaderos políticos profesionales. También toma a
Panebianco que refiere a siete tipos de políticos. En una segunda sección menciona las razones
para formar parte de este gremio, una de las más comunes siendo la ambición. En la tercera
sección aborda la forma en que se inicia en la carrera política y en un cuarto apartado apunta
las actividades que se realizan después de retirarse de la política. Lo anterior lleva al Dr.
Alcántara a elaborar y proponer un modelo para el estudio de la carrera política.
Para el capítulo tres, se opta por abordar el tema de la problemática que sufre la
profesionalización de la política. El tema se desarrolla en cinco secciones: la primera nos ofrece
información perteneciente a los trabajos, oficios y profesiones que existen en torno a la
política; una segunda sección formula una pregunta medular en este texto, ¿por qué no se
acepta al político profesional?; por lo consiguiente, la tercera sección pretende ofrecer una
explicación de la profesionalización política; el proceso que se lleva a cabo para la formación
de estos profesionales se imprime (¿expresa?) en el cuarto apartado; para concluir este capítulo,
para el caso de América Latina, el Dr. Alcántara propone un modelo ideal de político
profesional.
La composición del cuarto capítulo consta de cuatro secciones: la primera desarrolla las
reglas que existen en la democracia; continúa con la rendición de cuentas en el segundo
apartado; y los siguientes dos apartados discuten el aspecto ético del político, sobre los
atributos y la calidad que debe poseer.

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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120	&#13;  

�Como último capítulo, Alcántara, acertadamente, aterriza toda la teoría y literatura plasmada en
este texto sobre la profesionalización de los políticos al contexto de América Latina. Para ello
selecciona a dieciocho personajes políticos de América Latina, de los cuales analiza su vida
política, entre ellos se encuentran: el ecuatoriano Velasco Ibarra, quien hacía énfasis en el
poder del Estado, la democracia, el liberalismo, y la solidaridad, entre otros; Víctor R. Haya de
la Torre, un decidido intelectual que ayudó a que surgieran movimientos de reforma en Perú,
sustentando sus ideas de justicia social; también toma el caso de Cuauhtémoc Cárdenas
Solórzano, hijo del ex-presidente mexicano Lázaro Cárdenas, perteneciente a un partido
político (PRI), que lo lleva a conseguir una gubernatura, tiempo más tarde surge una ruptura
entre Cárdenas y el PRI al no obtener apoyo para obtener la candidatura a la presidencia, lo
que provoca la creación de un nuevo partido con orientación de izquierda; otros más son la
guatemalteca Rigoberta Menchú, Juan Bosch, Wilson Ferreira Aldunate, etc. No son todos los
políticos más representativos de los países de América Latina, pero poseen la cualidad de haber
movido el marco democrático en sus países.
Como conclusión, el Dr. Alcántara escribe un epílogo que centra su atención en un
personaje de la obra maestra de Miguel Cervantes Saavedra, Don Quijote. Hace una reflexión
de la manera en la que se desarrolla el personaje y cómo se conduce en la vida real un político.
La riqueza del texto aquí revisado reside en la conjunción de teoría, modelos a
proponer y análisis de casos en el contexto latinoamericano de lo que un político debe
considerar para conducirse por el camino del éxito, a través de la profesionalización de su
carrera, sin deslindarse de la ética que un servidor público está obligado a poseer.

Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  

121	&#13;  

�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp. 122-125
ISSN: 2395-8448

	&#13;  

Reseña

Barrientos del Monte, F. (2014).
Buscando una identidad.
Breve historia de la ciencia política en América Latina
Fontamara – Universidad de Guanajuato, México,
ISBN:978–607–736–095–7, págs. 153.
Héctor Sebastián Arcos Robledo

Estudiante de la licenciatura en Ciencia Política, Universidad de Guanajuato.
Email: hs.arcosrobledo@gmail.com
Fecha de envío: 28 de mayo 2015
Fecha de aceptación: 12 de junio 2015

Quien controle la interpretación del pasado en los archivos de nuestra historia profesional tendrá grandes
posibilidades de controlar su futuro
Gabriel A. Almond (1999), Una disciplina segmentada, FCE, México, pág. 52.

En América Latina el estudio científico de la política es una empresa relativamente
reciente. Durante décadas, su cultivo estuvo marcadamente dominado por el derecho, en
particular, por el derecho constitucional, la filosofía política, la teoría política, la sociología, la
historia y la economía, de los cuales se importaron teorías, conceptos, hipótesis y
metodologías, emergieron una pluralidad de enfoques y paradigmas que le hicieron prosperar y,
a su vez, obstaculizaron una definición operativa de la disciplina como prueba de su
autonomía. Por consiguiente, pocos esfuerzos intelectuales existen por rastrear su
desenvolvimiento tanto interno como externo, escasos son los análisis sistemáticos que
detenten un retrato empírico del desarrollo intelectual y estructural de la disciplina y, al mismo
tiempo, del estado actual sobre su práctica en la región. De allí que, el qué es, qué hace y que
puede hacer el oficio de un politólogo frecuentemente sea confundido como aquella actividad
desempeñada por algún aficionado de la política en los medios de comunicación masiva, la
profesión de quien viven de la política, o simplemente en la opinión de las mesas de café,
distorsionando su justificación que por sí misma la ciencia demuestra, primero, como ciencia
básica y, ulterior, conocimiento aplicable.
En tal sentido, la contribución de Fernando Barrientos parte de los siguientes
cuestionamientos: ¿cuáles son los orígenes intelectuales de quienes practican la ciencia política
latinoamericana?, ¿en qué se parece y en qué se distingue la ciencia política contemporánea de
aquella que se hizo a partir de la segunda mitad del siglo XX en América Latina?, ¿qué
condiciones hicieron posible su institucionalización y qué factores han determinado el
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

	&#13;  
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�progreso desigual de la disciplina en la región?, ¿en qué medida los procesos de
redemocratización a finales del siglo XX en América Latina determinaron el desarrollo de la
política científica como ciencia empírica?, ¿cuál es el estado del arte de la disciplina en la
región?, y ¿cómo se conciben los politólogos de hoy a sí mismos? Con base en una perspectiva
ecléctica de la metodología de la historia de la ciencia política, el libro ofrece un fecundo
análisis comparado cross–national sobre los derroteros a través de los cuales la disciplina se ha
construido a lo largo de tres cortes temporales: a) la tradición e influencia de los estudios
jurídicos – institucionales o tradicional – formalistas, que son anteriores a la década de 1960 y
están a la par de aquella corriente fundacional de la ciencia política empírica estadounidense,
denominada conductismo, comportamentismo o revolución behavorista;1 b) el influjo de la sociología,
principalmente, del estructural – funcionalismo y las corrientes marxistas. Dado que lo que
definía a las agendas de investigación dejó de ser la perspectiva teórica, el cambio en los
objetos de estudio se amplió hacia temas más concretos que pasaron a dar cuenta de asuntos
tales como la cultura, las modalidades de los regímenes autoritarios y, en mayor medida, la
relación de la región con el contexto internacional. De allí que, a partir de 1949 y hasta la
década de 1970, se sientan las bases del pensamiento que promovió el desarrollo económico y
social propiamente latinoamericano, con un fuerte impacto en las ciencias sociales en general y,
particularmente, en la ciencia política de la región: el dependentismo o la teoría de la dependencia, un
modelo de desarrollo que nacería en oposición al modelo de industrialización por sustitución
de importaciones (ISI), implementado al inicio de la década de 1930;2 y, por último c) el actual
periodo donde convergen, por un lado, una pluralidad de perspectivas, más bien eclécticas en
el estudio científico de la política: primero con la aparición del conductismo en oposición al
institucionalismo dominante, luego la teoría de sistemas y más recientemente la presencia del
neoinstitucionalismo y la teoría de la elección racional. Y, por otro, una sucesión de paradigmas
dentro de la ciencia política y sus subdisciplinas: la administración pública, las relaciones
internacionales, la política comparada, etc. No obstante, al mismo tiempo, prevalece una fuerte
disputa subyacente a los dilemas metodológicos, una vez que aquellas dimensiones ideológicas
han perdido vigencia en el cómo y por qué de la disciplina. Se trata de los hard–liners, o línea
dura, aquellos que ponderan el uso de técnicas estadísticas – sobre todo, regresiones y/o
correlaciones – para explicar aquella variable dependiente seleccionada en el modelo de
causalidad; y los soft–liners, o línea blanda, donde se ubican los estudios y autores que privilegian
la elaboración de análisis y categorías analíticas descriptivas, históricas y cualitativas.3
Por lo tanto, la hipótesis que expone como fondo argumentativo Barrientos del Monte,
alude que el desarrollo de la política como actividad científica en América Latina es producto
de un proceso gradual que recorre una concepción de la disciplina en un sentido amplio, las
“ciencias políticas”, al plural, en la medida que denota una tradición de estudios políticos que
combina con alto rigor esquemas filosóficos, sociológicos, históricos u económicos a partir de
premisas deductivas, a una comprensión de la misma que se contrae en sentido estricto, es
decir, la “ciencia política”, al singular, y cuya trayectoria empírica se apoya en las sofisticadas
	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  
1	&#13;  Véase	&#13;  Robert	&#13;  A.	&#13;  Dahl	&#13;  (1961),	&#13;  “The	&#13;  Behavioral	&#13;  Approach	&#13;  in	&#13;  Political	&#13;  Science:	&#13;  Epitaph	&#13;  for	&#13;  a	&#13;  Monument	&#13;  
to	&#13;  a	&#13;  Successful	&#13;  Protest”	&#13;  en	&#13;  The	&#13;  American	&#13;  Political	&#13;  Science	&#13;  Review,	&#13;  vol.	&#13;  55,	&#13;  núm.	&#13;  4,	&#13;  págs.	&#13;  763	&#13;  –	&#13;  772.	&#13;  	&#13;  
2	&#13;  Véase	&#13;  Fernando	&#13;  H.	&#13;  Cardoso	&#13;  y	&#13;  Enzo	&#13;  Faletto	&#13;  (1969),	&#13;  Dependencia	&#13;  y	&#13;  desarrollo	&#13;  en	&#13;  América	&#13;  Latina.	&#13;  Ensayo	&#13;  
de	&#13;  interpretación	&#13;  sociológica,	&#13;  Editorial	&#13;  Siglo	&#13;  XXI,	&#13;  México.	&#13;  
3	&#13;  Véase	&#13;  Gabriel	&#13;  A.	&#13;  Almond	&#13;  (1999),	&#13;  “Mesas	&#13;  separadas:	&#13;  Escuela	&#13;  y	&#13;  corrientes	&#13;  en	&#13;  las	&#13;  ciencias	&#13;  políticas”	&#13;  en	&#13;  
Una	&#13;  disciplina	&#13;  segmentada.	&#13;  Escuelas	&#13;  y	&#13;  corrientes	&#13;  en	&#13;  las	&#13;  ciencias	&#13;  políticas,	&#13;  FCE,	&#13;  México,	&#13;  págs.	&#13;  39	&#13;  –	&#13;  62.	&#13;  	&#13;  
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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123	&#13;  

�técnicas de estadísticas e incluso modelos econométricos que impulsan la lógica de la
investigación a partir de encontrar inferencias causales.4
Organizado en ocho capítulos y un apéndice que intenta medir las valoraciones de los
politólogos en relación a su formación, desempeño y autoidentificación, Barrientos del Monte
demuestra que tras los procesos de liberalización y transición de los regímenes autoritarios a la
democracia, la ciencia política latinoamericana se desarrolló de forma desigual pero sostenida
en la región, desde facultades y centros de investigación hasta reparar en los recursos,
programas de posgrado, fundación de revistas especializadas y, en menor medida, instituciones
que aglutinaran a las comunidades epistémicas locales o en el ámbito regional. Entre el vasto
inventario histórico – descriptivo se puede destacar, en primer lugar, si bien la ciencia política
no pertenece al grupo de las carreras masivas, la disciplina se desarrolla en gran medida a través
de la docencia e investigación en instituciones públicas. En segundo lugar, que los programas
en licenciatura son mayores en Argentina, México y Brasil, sin embargo, los programas de
posgrado – maestrías y doctorados – no crecen en la misma medida. Por otro lado, en otras
latitudes la existencia de programas de pregrado o grado es nula, como son los casos de
Centroamérica (a excepción de Costa Rica) y Cuba, donde el partido comunista absorbió la
Escuela de Ciencias Políticas para nutrir sus cuadros. En tercer lugar, en relación a su
producción científica, en América Latina la gran mayoría de las revistas tiene una existencia
efímera, por lo que la cantidad de publicaciones especializadas queda a la zaga de los índices
internacionales que comparan la calidad de las publicaciones entre las comunidades
politológicas, lo que va en detrimento de su difusión, alcance y calidad. Las únicas revistas
indexadas que se publican con regularidad desde su fundación, así como dedican material
exclusivo a la disciplina son el caso de Chile y la Revista de Ciencia Política, de la Pontificia
Universidad Católica de Chile (UC), y México, con la revista Política y Gobierno, del Centro de
Investigación y Docencia Económica (CIDE), ambas han optado por emular el modelo de
docencia e investigación estadounidense, es decir, con orientación hacia los métodos
cuantitativos.
Barrientos del Monte supone que este proceso en retrospectiva dio entrada con mayor
fuerza e interés a las corrientes dominantes de la ciencia política estadounidense y sus métodos
de investigación. Huelga decir que la aplicación del método comparado – como método de
control – influyó en su porvenir, en la medida en que contribuyó en alcanzar una objetividad
“científica” y, en gran medida, una neutralidad valorativa, con relación a la producción de
hipótesis, generalizaciones de alcance medio y teorías, que sometieran a prueba – o falsación,
en términos popperianos – aquellas propiedades y cambios de las unidades de análisis
seleccionadas, de forma diacrónica o sincrónica, en los siguientes términos: “si se presentan las
condiciones a, b, c, entonces es probable que se obtenga el resultado x”
Y para entender tal proceso, hay que centrarse tanto en las caracterizaciones como
dilemas de la ciencia política a nivel estructural, intelectual y en el ámbito del ejercicio
profesional. En el plano estructural, Fernando Barrientos es incisivo en demostrar un grado de
institucionalización desigual en la disciplina, a partir de la década de 1950 hasta 1980, por tres
factores: 1) institutos dedicados a la docencia y la investigación; 2) el otorgamiento de título de
pregrado (licenciatura) y posgrado (maestrías y doctorados); y, 3) revistas especializadas,
congresos relativos y su periodicidad. En el entorno de la profesión, los politólogos han
	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  	&#13;  
4	&#13;  Véase	&#13;  Norberto	&#13;  Bobbio,	&#13;  Nicola	&#13;  Matteucci	&#13;  y	&#13;  Gianfranco	&#13;  Pasquino	&#13;  (1991),	&#13;  Diccionario	&#13;  de	&#13;  Política,	&#13;  Siglo	&#13;  

XXI	&#13;  Editores,	&#13;  México,	&#13;  págs.	&#13;  218	&#13;  –	&#13;  224.	&#13;  	&#13;  	&#13;  
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�encontrado tres vías de desarrollo: la académica (docencia e investigación), el sector público
(nacional e internacional) y los medios de comunicación (opinión publicada), donde
generalmente son socialmente valorados. Y, por último, a nivel intelectual, dos tendencias que
se traslapan entre las influencias externas: aquellas generadas por las universidades y centros de
investigación norteamericanos y europeos, y las influencias internas: dedicadas a generar
escuelas de pensamiento propio en aras de comprender la realidad política de la región.
De allí que, en la búsqueda de su identidad, su afirmación y relevancia frente a otros
contextos y disciplinas, la ciencia política en América Latina se conciba como una ciencia
transdisciplinar y exista cierto recelo de aquella “ciencia central” que se hace en EE.UU. y
Europa continental, y de la cual ha surgido, en muchas ocasiones, una epistemología
ensimismada en su propia realidad, que con dificultades puede “viajar” – en términos
sartorianos 5 – para verificar y, eventualmente, reformular el poder explicativo de aquellas
generalizaciones deductivas. O en contraste, una ciencia política excesivamente parroquial, en
la medida en que sus resultados de investigación no van más allá de sus fronteras o poco se
han adaptado a los cánones de razonamiento científico de la disciplina a nivel mundial.
Por consiguiente, es injustificado que existan pocas contribuciones intelectuales para
delinear su desenvolvimiento tanto interno como externo en las sociedades en las que se
impulsa, esto es, en qué medida ha ocurrido la transición de las “ciencias políticas”, en plural, a
la “ciencia política” en singular, de la mano del método de comparado, su campo de estudio
par excellence, los grados de identificación entre sus miembros, los temas o áreas de interés de
quienes la practican, así como aquellos elementos que dieron origen y planeación prospectiva a
su organización formal. Pues si bien, la ciencia política no detenta el monopolio exclusivo de la
política como objeto de estudio, no todo estudio sobre la política implica ser parte del ámbito
científico que precia su campo de conocimiento.

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5	&#13;  Véase	&#13;  Giovanni	&#13;  Sartori	&#13;  (1970),	&#13;  “Concept	&#13;  Misformation	&#13;  in	&#13;  Comparative	&#13;  Politics”,	&#13;  en	&#13;  The	&#13;  American	&#13;  

Political	&#13;  Science	&#13;  Review,	&#13;  vol.	&#13;  64,	&#13;  no.	&#13;  4,	&#13;  págs.	&#13;  1033	&#13;  –	&#13;  1053.	&#13;  	&#13;  	&#13;  
Política, Globalidad y Ciudadanía. Universidad Autónoma de Nuevo León Vol 1 Núm 1. enero-junio 2015

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�Política, Globalidad y Ciudadanía
Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública
Universidad Autónoma de Nuevo León
Vol 1. Núm 1. enero-junio 2015, pp. 126-129
ISSN: 2395-8448

	&#13;  

Reseña

Natal, A., y Díaz, O. (2014)
Observatorios Ciudadanos: nuevas formas de participación de la sociedad
(1er. Edición). México: Gernika. 295 págs. ISBN:978-607-9083
Miguel Eduardo Alva Rivera

Estudiante de la Licenciatura en Políticas Públicas, Universidad Autónoma Metropolitana – Unidad Lerma
Email: 2113068716@correo.ler.uam.mx
Fecha de envío: 1 de junio 2015
Fecha de aceptación: 5 de junio 2015

Los observatorios ciudadanos (OC) se han constituido como un mecanismo innovador
de participación social dentro de los procesos de formación de la agenda pública y de
formulación de las políticas públicas en México. En este sentido, los OC buscan conformarse
como un nuevo actor social que medie entre la ciudadanía y el gobierno, por medio del
monitoreo de este último, así como en un enlace que permita a diferentes sectores de la
ciudadanía involucrarse en los asuntos públicos y las labores públicas del Estado. Sin embargo,
pese al potencial que tienen los OC como mecanismo de gobernanza y de empoderamiento de
la sociedad civil, la literatura especializada les ha prestado escasa atención. El libro Observatorios
ciudadanos: nuevas formas de participación de la sociedad, coordinado por Alejandro Natal y Oniel
Díaz, busca contribuir a llenar este vacío en la literatura
Los colaboradores del libro desarrollan, a lo largo de diez capítulos, un primer
acercamiento hacia esta nueva figura de participación ciudadana en el marco de los procesos
contemporáneos de gobernanza, en los cuales el involucramiento de los ciudadanos a través de
las organizaciones sociales se vuelve cada vez más relevante, a través de un papel más
institucionalizado de su intervención en las arenas pública y gubernamental. El texto se puede
dividir en dos partes, la primera, de carácter más teórico, comprende los primeros cuatro
capítulos y ofrece al lector una serie de marcos analíticos que permiten contextualizar y
entender el papel de los OC en los procesos de participación ciudadana y de rendición de
cuentas social. La segunda parte ofrece una reflexión, a partir de estudios de caso sobre
diversos tipos de OC en México, sobre los avances y áreas de oportunidad que permitan
enriquecer futuras investigaciones sobre el tema.
En el capítulo introductorio del libro, Natal y Díaz proponen un marco de análisis de los
OC como nueva figura de participación social, destacando tres características estructurales que
han favorecido su surgimiento y posterior desarrollo: 1) la idea creciente de gobernanza, que
enmarca el desarrollo de las relaciones de cooperación entre actores sociales y el gobierno; 2) la
consolidación técnica y política de la sociedad civil, que le ha permitido incidir de manera más
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�evidente en políticas públicas y; 3) un entorno favorable constituido por 3 factores: a) mayor
cultura democrática, b) mayor masa crítica, educada y activa y, c) un cierto desarrollo de TICs,
que permitan un mayor grado de accesibilidad de la ciudadanía a información de los procesos
políticos que surgen en su entorno. En su análisis, los autores proponen una clasificación que
permite entender con mayor claridad las tareas propias de los observatorios, identificando
cuatro tipos diferentes: académicos, públicos, internacionales y ciudadanos. Esta clasificación
establece una línea de discusión para los demás capítulos del libro, poniendo mayor énfasis en
los observatorios ciudadanos, los cuales se plantean a partir de su autonomía e independencia,
como los más trascendentales en términos de deliberación, reflexión e incidencia en la
implementación de políticas públicas a partir del empoderamiento de diversos actores sociales.
De manera similar, el capítulo de Martínez, Valencia y Díaz profundizan, con base en la
clasificación expuesta en el primer capítulo, el papel de los diferentes tipos de observatorios en
términos de su representatividad para con la ciudadanía, así como en los procesos de rendición
de cuentas. De acuerdo con los autores, mientras que los observatorios ciudadanos están más
cerca de los modelos de rendición de cuentas social, los observatorios públicos son quizás más
cercanos a los modelos de rendición de cuentas transversal. En este sentido, los autores
señalan la importancia de que esta nueva figura asociativa se someta, al igual que los actores
gubernamentales, a mecanismos de rendición de cuentas con el fin de ganar mayor
reconocimiento y legitimidad ante la sociedad. De manera complementaria el capítulo tercero
de Figueroa y Ranchero señala la importancia de la participación ciudadana por medio de
organizaciones de la sociedad civil (OSC), incluyendo a los observatorios ciudadanos, en los
procesos de toma de decisiones colectivas. Los autores argumentan que el ejercicio de
organización y consolidación por parte de la sociedad civil no es “fruto de un día”, al estar
respaldada por un importante crecimiento de las OSC dentro de la última década, a partir del
establecimiento de marcos normativos que les han permitido involucrarse en el quehacer
público. No obstante, como los autores exponen, la tarea pendiente es analizar las actividades
concretas de las OSC, así como la interacción que mantienen con las autoridades públicas.
El último capítulo de esta primera parte concluye con la aportación de Natal y Lara,
quienes analizan la relación entre el nivel de educación de la sociedad, el surgimiento de los OC
y la construcción de opinión pública, a partir del análisis geográfico del crecimiento de estas
figuras asociativas en todo el país. Este marco de análisis propuesto consigue mantener una
línea explicativa en torno a la importancia del estudio de este nuevo actor social, y aportar
datos empíricos relevantes sobre el desarrollo de los mismos. Los resultados que arroja este
ejercicio demuestran que efectivamente el nivel educativo de la sociedad y el acceso a las
diferentes TICs juegan un papel fundamental en el nacimiento y la operación de los OC. La
pertinencia de este ejercicio analítico es de gran importancia y sugiere que debe de existir un
entorno favorable con los tres factores que proponen Díaz y Natal en el capítulo introductorio,
para que se establezca de manera efectiva una figura asociativa de esta naturaleza.
En la segunda parte del libro se incluyen diversos estudios de caso de OC, los cuales nos
permiten conocer el grado de incidencia que tienen los observatorios en la arena pública, así
como los problemas a los cuales se enfrentan al tratar de incidir en las agendas tanto de la
opinión pública como gubernamental. El capítulo de Lara, por ejemplo, analiza el caso del
Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), a partir de un marco de análisis
sistémico en donde se considera al observatorio como un sistema, con el propósito de

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�entender de manera más precisa las relaciones que se establecen en su entorno, a partir de tres
niveles de análisis: a) interno; b) como un todo a nivel agregado y; c) las relaciones externas
con otros actores relevantes. Esta clasificación permite desagregar y clarificar las herramientas
y recursos con los que cuenta un observatorio, dentro de los cuales resaltan los recursos
humanos, al contar el CIEP con un núcleo profesional en los temas que aborda, que le permite
generar información valiosa para otros actores y para la ciudadanía, pero con la desventaja de
no manejar un lenguaje suficientemente digerible para la mayor parte del sector social a quien
va dirigido.
La relevancia de un tema o bien el interés del gobierno por el mismo, es un incentivo
para que se generen mecanismos de inclusión social y participación ciudadana, que le permitan
al gobierno legitimar las acciones que promueva en representación de dichos intereses. Este
puede ser el caso de los Observatorios Ciudadanos Municipales de Seguridad Pública, que
como lo explica Blásquez nacen en el marco del eje transversal de una política federal. Estos
observatorios se muestran como un mecanismo de inclusión social fundamentado en la
relevancia del monitoreo ciudadano en el quehacer de los cuerpos policiales, en pro de evitar
operaciones de corrupción al interior de ellos. Sin embargo en su estructura, se nota una
ausencia de planeación en los ejercicios de inclusión de estos mecanismos, al tomar en cuenta
únicamente a personal capacitado para el seguimiento y generación de datos valiosos en pro
del mejoramiento de políticas de seguridad, lo que excluye a la mayoría de una ciudadanía que
no cuenta con estas capacidades. Es de esta manera como se evidencia un punto de comunión
entre los dos casos ya mencionados, la necesidad de contar con personal capacitado que pueda
llevar a cabo el ejercicio de seguimiento y generación de información valiosa, que le permita en
consecuencia al OC, situarse ante el gobierno como un actor importante en la arena pública.
¿Quién vigila a los que vigilan? Es el nombre del capítulo que desarrolla Díaz y Sánchez,
y que de una manera muy interesante aborda el tema de los medios de comunicación y su
relación con la sociedad civil. Los Observatorios de Medios en México han surgido
gradualmente a partir de la demanda de la democratización de los medios en este país, son el
resultado en muchos casos de la cooperación entre el sector social y la academia, por lo que
han logrado influir de manera limitada pero cada vez más constante, en la demarcación de
políticas públicas en diferentes ámbitos, además de establecer redes de cooperación entre las
mismas, con la finalidad de reducir los costes de transacción invertidos para el ejercicio de sus
funciones. No obstante, si bien realizan una labor de vigilancia, no dejan de ser una fuente de
demandas sociales, por lo que basándose en el marco analítico expuesto en el primer apartado,
es necesario que se sometan al ejercicio de rendición de cuentas por parte de la sociedad a
quienes representan. El capítulo concluye que, si bien los observatorios de medios han
realizado aportaciones relevantes en pro de la democratización de los medios, su incidencia en
las políticas públicas de radiodifusión y telecomunicaciones es limitada debido a la asimetría de
poder entre estos y las empresas dominantes del sector.
Sin duda, el libro de observatorios ciudadanos nos brinda un gran acercamiento a este
nuevo mecanismo de participación social, por lo cual y como se establece en su inicio, cumple
con el cometido de introducir al lector a un marco de análisis teórico y conceptual de esta
nueva figura social. Acertadamente, el libro complementa la parte teórica con la experiencia de
algunos ejemplos de OC en México, entendiendo que estos casos, no son un estudio

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�representativo de la figura de OC, puesto que la diversidad de características con las que puede
contar cada observatorio, pueden acrecentar las herramientas analíticas respecto al tema.
Dado el poco estudio de los OC en México, es prematuro emitir críticas constructivas
respecto a este texto, sin embargo seguramente una tarea pendiente de los autores ante este
tema, será la construcción de participación ciudadana en las labores del Estado, ya que como se
ha descrito parece ser que los mecanismos de inclusión ciudadana están dirigidos a una élite en
el sector social, aquellos que cuentan con la educación suficiente para generar información que
le valga tener un lugar en algún OC.

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              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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