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                  <text>Año 16 | Número 6
Julio-Septiembre 2023

-

• Instalación del Consejo Universitario
• Acta de la sesión anterior
• Premio de Investigación UANL 2023
• Premio UANL a las Artes 2023
• Calendario de Actividades Académicas y Administrativas 2024
• Modificación y cancelación de oferta educativa
• Nombramientos de Profesor Emérito
• Medalla “Dr. José Eleuterio González”
• Reconocimiento al Mérito Académico
• Títulos post-mortem
• Solicitudes de año sabático
• Licencias sin y con goce de sueldo
• Nombramientos de Profesor Ordinario
• Nombramiento de Profesor Afiliado

• Modificación de reglamentos universitarios
• Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso,
violencia y/o discriminación laboral de la UANL
• Establecimiento de funciones y estructura de la Oficina de la
Abogacía General de la UANL
• Creación y abrogación de nuevos reglamentos internos
• Informes de auditorías externas realizadas a la UANL
• Selección de candidatos para el Consejo Ciudadano del Sistema de
Radio y Televisión de la UANL
• Nuevos integrantes de las Comisiones Permanentes del Consejo
Universitario
• Nombramientos otorgados por la Junta de Gobierno y por el
Rector

��aceta
un1vers1 aria

Universidad Autónoma de Nuevo León

�ASUNTOS TRATADOS EN LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL
HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
16 de agosto de 2023

Una publicación de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Dr. med. Santos Guzmán López
Rector
Dr. Juan Paura García
Secretario General
Dr. Jaime Arturo Castillo Elizondo
Secretario Académico
Dr. José Javier Villarreal Álvarez Tostado
Secretario de Extensión y Cultura
Dr. Juan Manuel Alcocer González
Secretario de Investigación Científica y Desarrollo
Tecnológico
Dr. Sergio Salvador Fernández Delgadillo
Secretario de Sustentabilidad
Dra. med. Sandra Nora González Díaz
Secretaria de Relaciones Internacionales
M.C. Ludivina Cantú Ortiz
Secretaría de Igualdad e Inclusión
Mtro. Mario Emilio Gutiérrez Caballero
Abogado General
EDICIÓN
MSP. Yolanda Elva de la Garza Casas
Directora de Proyectos Especiales de la Secretaría General
Editor Responsable
MCSP. Elida Margarita Garza Alvarez
Asistente ejecutiva
Mtro. Jorge Humberto Cisneros González
Director de Comunicación Institucional y Relaciones Públicas
Mtro. Jorge Arturo Peña Martínez
Coordinador de Imagen y Mercadotecnia
LDI. Jesús Domínguez Treviño
Diseño Gráfico
Gaceta Universitaria, Universidad Autónoma de Nuevo León, Órgano
Oficial de Publicación, Año 16, No. 6, Julio-Septiembre 2023. Fecha
de publicación: 08 de septiembre 2023. Gaceta editada, publicada y
distribuida por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través
de la Secretaría General. Domicilio de la publicación: Av. Pedro
de Alba S/N, Torre de Rectoría, piso 5, Ciudad Universitaria, San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, México, C.P. 66455. Teléfono:
+ 52 81 8329 4000. Fax: + 52 81 8329 4000. Editor Responsable:
MSP. Yolanda Elva de la Garza Casas. Impresa por: Imprenta
Universitaria.
Número de reserva de derechos al uso exclusivo del título: Gaceta
Universitaria, Universidad Autónoma de Nuevo León, Órgano
Oficial de Publicación, otorgada por el Instituto Nacional del
Derecho de Autor: 04-2016-121619262000-102, de fecha 16 de
diciembre de 2016. Número de certificado de licitud de título y
contenido: 15,142, de fecha 28 de marzo de 2011, concedido ante
la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de
la Secretaría de Gobernación. ISSN 2007-1728. Registro de marca
ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial: 1,229,785.
Las opiniones y contenidos expresados en los artículos son
responsabilidad exclusiva de los autores.

I. Actos Iniciales

5

1. Presentación orden del día.

6

2. Instalación del Honorable Consejo Universitario para el
periodo escolar 2023-2024.

9

3. Discusión y aprobación -en su caso- del acta de la sesión
anterior, de fecha 15 de junio de 2023.

17

II. Informe de Comisiones
A) Comisión Académica

25

1. Dictamen sobre el Premio de Investigación UANL 2023.

26

2. Dictamen acerca del Premio UANL a las Artes 2023.

35

3. Proyecto del Calendario de Actividades Académicas y
Administrativas de la UANL para el año 2024.

38

4. Solicitud de la Facultad de Ciencias de la Tierra para
modificar la denominación de la carrera de Maestría en
Ciencias Geológicas por Maestría en Ciencias de la Tierra.

42

5. Solicitudes de la Facultad de Ciencias Políticas y
Relaciones Internacionales para la adición de las siguientes
carreras:
a) Licenciatura en Relaciones Internacionales, modalidad
mixta, así como dejar de ofertar este programa en modalidad
escolarizada

50

b) Licenciatura en Ciencias Políticas y Gobierno, modalidad
mixta, así como dejar de ofertar este programa en modalidad
escolarizada

64

c) Licenciatura en Administración de Energía y Desarrollo
Sustentable, modalidad mixta, así como dejar de ofertar este
programa en modalidad escolarizada

75

6. Solicitud de la Facultad de Contaduría Pública y
Administración para la adición de carrera de Licenciatura en
Emprendimiento e Innovación, modalidad mixta.

86

B) Comisión de Honor y Justicia

97

1. Solicitud de la Facultad de Agronomía para otorgar el
nombramiento de Profesor Emérito de la UANL al Dr.
Ramón Guadalupe Guajardo Quiroga.

98

2. Solicitud de la Facultad de Medicina para otorgar la
distinción de la Medalla “Dr. José Eleuterio González”

103

3. Informe sobre el dictamen de los egresados acreedores al
Reconocimiento al Mérito Académico en el periodo 20222023.

112

4. Solicitud de la Facultad de Salud Pública y Nutrición para
otorgar el título post-mortem de Licenciatura en Nutrición a
los familiares de Perla Esmeralda López Ortiz.

137

C) Comisión de Licencias y Nombramientos

140

1. Solicitudes de Año Sabático.

141

2. Solicitud de Licencia sin goce de sueldo.

146

3. Solicitudes de Licencias con goce de sueldo.

151

4. Solicitudes de nombramientos de Profesor Ordinario.

165

5. Solicitudes de nombramientos de Profesor Afiliado.

173

D) Comisión Legislativa

179

�1. Solicitudes para modificar el Reglamento para la
Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la
UANL:
a) De la Secretaría de Relaciones Internacionales, en
conjunto con la Secretaría Académica, solicitan modificar la
fracción VII del Artículo 99

180

b) De la Dirección del Departamento Escolar y de Archivo
solicitan adicionar una fracción al Artículo 2, modificar el
Artículo 28 y adicionar cuatro artículos posteriores a éste

183

2. Solicitudes de la Oficina de la Abogacía General para
aprobar:
a) El Protocolo para la prevención y atención en casos de
acoso, violencia y/o discriminación laboral de la UANL.

187

b) El establecimiento de las funciones y estructura de la
Oficina de la Abogacía General de la UANL

203

3.Solicitud de la Facultad de Arquitectura para crear un
nuevo Reglamento Interno y abrogar el anterior aprobado el
25 de noviembre de 2014.

215

E) Comisión de Presupuestos

256

1. Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho
contable Leal Tijerina y Asociados, S.C., al Estado de
Situación Financiera y los correlativos estados de actividades,
de variaciones en el patrimonio (hacienda pública) y de
flujos de efectivo de la UANL, por el periodo enero-marzo
de 2023.

257

2. Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho
contable R Cárdenas y Cía., S.C., al Hospital Universitario
“Dr. José Eleuterio González” en el periodo enero-marzo de
2023.

260

3. Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho
R Cárdenas y Cía., S.C., relacionado con el estado de ingresos
y egresos del Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los
Trabajadores de la UANL, por el periodo enero-marzo 2023.

262

4. Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho
Leal Tijerina y Asociados, S.C., relacionado con el estado de
ingresos y egresos de los Gastos Médicos a cargo del Fondo
de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la UANL,
por el periodo enero-marzo 2023.

264

5.Dictamen de las auditorías externas realizadas por los
despachos contables R Cárdenas y Cía., S.C.; Sepúlveda
Treviño, S.C.; Gossler, S.C., y Leal Tijerina y Asociados, S.C.,
a las dependencias académicas y administrativas de la UANL
y dependencias con convenios públicos, en el periodo eneromarzo 2023.

266

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

268

1. Informe sobre el dictamen referente a la selección de
candidatos a ocupar el cargo de Presidente, Secretario
y Vocal del Consejo Ciudadano del Sistema de Radio y
Televisión de la UANL.

269

III. Asuntos Generales.

272

1. Designación de un nuevo miembro para cubrir la vacante
en la Comisión de Honor y Justicia del Honorable Consejo
Universitario.

273

2. Informe acerca de los nombramientos de director
otorgados por la Honorable Junta de Gobierno, por el Rector
y por la Honorable Comisión de Hacienda.

275

��I. ACTOS INICIALES

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

1. Presentación del orden del día

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

CONVOCATORIA
Se cita a los integrantes del Honorable Consejo Universitario a la sesión extraordinaria que se
desarrollará el miércoles 16 de agosto de 2023 a las 10:00 h, en el Teatro Universitario, bajo el
siguiente:

O RDE N DEL DÍA
PRIMER A AGENDA: 10:00 h
I.

Instalación del Honorable Consejo Universitario para el periodo escolar 2023-2024.

II.

Discusión y aprobación -en su caso- del acta de la sesión anterior, de fecha 15 de junio de
2023.

III.

Informe de Comisiones:
A) Comisión Académica
B) Comisión de Honor y Justicia
C) Comisión de Licencias y Nombramientos
D) Comisión Legislativa
E) Comisión de Presupuestos
F) Comisión Especial de Radio y Televisión

IV.

Asuntos Generales.

RECESO: 11:30h a 11:50h
SEGUNDA AGENDA: 12:00 h
V.

Entrega de Diploma de reconocimiento y la Medalla Institucional de la Honorable Junta de
Gobierno a la Dra. Ivonne Antonieta Camacho Mora, por concluir satisfactoriamente su
periodo como integrante de ese Organismo.

VI.

Toma de protesta a la Q.F.B. Emilia Edith Vásquez Farías como integrante de la Honorable
Junta de Gobierno.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, P iso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66455
81 8329 4158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

6

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

7

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

Acuerdo.

8

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

2. Instalación del Honorable Consejo Universitario para el periodo escolar 2023-2024.

9

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

RC-HCU-7-043
REV. 00-08/05

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

INSTALACIÓN DEL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
PARA EL AÑO ESCOLAR 2023-2024
DEPENDENCIA/ CARGO

NOMBRE DEL CONSEJERO

FACULTAD DE CIENCIAS FORESTALES
EX-OFICIO
PROFESOR
ALUMNO

25. DR. LUIS GERARDO CUÉLLAR RODRÍGUEZ
26. DR. EDUARDO ALANÍS RODRÍGUEZ
27. JVN. MIGUEL SANTIAGO GUERRERO DE LEÓN

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES
28. DR. ABRAHAM ALFREDO HERNÁNDEZ PAZ
EX-OFICIO
29. DRA. XÓCHITL AMALIA ARANGO MORALES
PROFESOR
30. JVN. ALEXIS RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
ALUMNO
FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS
EX-OFICIO
PROFESOR
ALUMNO

31. DRA. ARGELIA VARGAS MORENO
32. M.E.S. GLORIA PEDROZA CANTÚ
33. SRITA. INGRID REBECA MORALES GUZMÁN

FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN
34. DR. LUIS ALBERTO VILLARREAL VILLARREAL
EX-OFICIO
PROFESOR
35. DRA. PATRICIA DEL CARMEN ELGUÉZABAL LÓPEZ
ALUMNO
36. JVN. IVÁN EDUARDO TREVIÑO NAVARRO
FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGÍA
EX-OFICIO
PROFESOR
ALUMNO

37. DR. MARIO ALBERTO GARZA CASTILLO
38. DR. GERMÁN CISNEROS FARÍAS
39. SRITA. NANCY ASTRID HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

FACULTAD DE ECONOMÍA
EX-OFICIO
PROFESOR
ALUMNO

40. DRA. JOANA CECILIA CHAPA CANTÚ
41. M.C. JOSÉ RAYMUNDO GALÁN GONZÁLEZ
42. SRITA. ELIZABETH HERRERA MEZA

FACULTAD DE ENFERMERÍA
EX-OFICIO
PROFESOR
ALUMNO

43. DRA. MARÍA GUADALUPE MORENO MONSIVÁIS
44. DRA. MARÍA DE LOS ÁNGELES PAZ MORALES
45. SRITA. ROSALBA ANAHI CHAPA RODRÍGUEZ

FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS
EX-OFICIO
PROFESOR
ALUMNO

46. DR. FRANCISCO JAVIER TREVIÑO RODRÍGUEZ
47. DR. BENIGNO BENAVIDES MARTÍNEZ
48. JVN. SALVADOR NACIANCENO MARTÍNEZ

lnstalacion del HCU ... 2

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66455
8183294158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

10

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

11

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

12

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

13

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

14

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

15

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

Acuerdo.

16

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

3. Discusión y aprobación -en su caso- del acta de la sesión anterior, de fecha 15 de junio de 2023.

UNIVERSIDADAUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

Acta 6

Sesión extraordinaria
15 de junio de 2023

2022 - 2023

17

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

18

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

19

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

20

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

21

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

22

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

El acta en extenso puede ser consultada:
http://transparencia.uanl.mx/secciones/actas_consejo/archivos/actas_hconsejo/2022202306EX.pdf

23

�I. Actos Iniciales

﻿
﻿

Acuerdo.

24

�II. INFORME DE COMISIONES
A) Comisión Académica

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

1. Dictamen sobre el Premio de Investigación UANL 2023.

26

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

27

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

28

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

Premio de Investigación
UANL 2023
2. Ciencias de la Tierra y Agropecuarias
2.2

Trabajo:

"Generación de magmas de ambientes geotectónicos
contrastantes en la Sierra de San Carlos-Cruillas,
Tamaulipas: resolución a un enigma geológico de más de
100 años"

1 nvestigador:
Premio:

Dr. Juan Alonso Ramírez Fernández
Diploma y cheque por $62,500.00

Colaboradores:

Premio:

M.C. Luis Alejandro Elizondo Pacheco
M.C. Víctor Alejandro Leal Cuellar
Dr. Renee González Guzmán
Dra. Cristina de Ignacio San José
Diploma de reconocimiento a c/u

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ciencias de la Tierra
Diploma y cheque por $62,500.00

3. Ciencias Exactas
3.1

Trabajo:

"Fotoquímica de películas de ZnO con Al, Ag y Ge para su
uso en la producción de Hidrógeno"

1 nvestigador:
Premio:

Dr. Gilbert Ortiz Rabell
Diploma y cheque por $62,500.00

Colaboradores:
Premio:

Dr. lsaías Juárez Ramírez
Dra. María Rocío Alfaro Cruz
Diploma de reconocimiento a c/u

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ingeniería Civil
Diploma y cheque por $62,500.00

Investigación 2023 - 3

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

5
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M7

León, Mé,ico C.P. 66455
Tocce de Rectoda, Piso 7, ci,dad UOivecs,tana, San Nicolás de los Gam, Noevo

81 8329 4158, hconseJoun1@uanl.mx • www.uanl mx

29

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1

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

Premio de Investigación
UANL 2023
3. Ciencias Exactas
3.2

Trabajo:

"Desarrollo de nuevos materiales carbonáceos derivados
de redes metal-orgánicas para la remoción de
compuestos farmacéuticos en agua"

Investigador:
Premio:

Dr. Jorge Luis Guzmán Mar
Diploma y cheque por $62,500.00

Colaboradoras:
Premio:

Dra. Gabriela Peña Velasco
Dra. Laura Hinojosa Reyes
Dra. Ma. Araceli Hernández Ramírez
Diploma de reconocimiento a c/u

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ciencias Químicas
Diploma y cheque por $62,500.00

4. Ciencias Naturales
4.1 Trabajo:

"Evaluación del riesgo ecológico asociado a disruptores
endocrinos provenientes de plantas de tratamiento de
agua residual en Monterrey, México"

Investigadora:
Premio:

Dra. Minerva Villanueva Rodríguez
Diploma y cheque por $62,500.00

Colaboradores:
Premio:

Dr. Jorge Luis Guzmán Mar
Dr. Khirbet López Velázquez
Diploma de reconocimiento a c/u

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ciencias Químicas
Diploma y cheque por $62,500.00

Investigación 2023- 4

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

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55
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, Méxi�4
81 8329 4158, hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

30

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

CONSEJO UNIVERSITARIO

UANL

Premio de Investigación
UANL 2023
4. Ciencias Naturales
4.2 Trabajo:

"Antennapedia ensambla nuevos complejos triméricos
con TBP, TFllrn y Exd para modular su actividad funcional
en Drosophila"

Investigadora:
Premio:

Dra. Diana Reséndez Pérez
Diploma y cheque por $62,500. 00

Colaboradores:

Premio:

Dr. Gustavo Jiménez Mejía
M.C. Rubén de Jesús Montalvo Méndez
Dra. Claudia Dalila Altamirano Torres
M.C. Norma Carolina Hernández Bautista
Diploma de reconocimiento a c/u

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ciencias Biológicas
Diploma y cheque por $62,500 . 00

S. Ciencias Sociales
Trabajo:

"El consumo de medios y su influencia en el compromi o
político electoral: Un análisis desde el Modelo de
�
Mediación Comunicativa en el contexto de la elección
federal mexicana de 2021"

Investigador:
Premio:

Dr. Carlos Muñiz Muriel
Diploma y cheque por $125,000.00

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Diploma y cheque por $125,000 . 00

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Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, Mé�66455
8183294158.hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

31

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Investigación 2023 - 5

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

Premio de Investigación
UANL 2023
6. Humanidades y Ciencias de la Conducta
Trabajo:

"Impactos de 'Cambio Saludable' Intervención en la
Percepción Materna del Peso del Hijo Preescolar en
Cohortes de Madres Hispanas"

Investigadora:
Premio:

Dra. Yolanda Flores Peña
Diploma y cheque por $125,000.00

Colaboradoras:

Premio:

Ph. D. Meizi He
Ph. D. Erica Sosa
Dra. Perla M. Trejo-Ortiz
Dra. Hermelinda Ávila-Alpirez
Diploma de reconocimiento a c/u

Dependencia:
Premio:

Facultad de Enfermería
Diploma y cheque por $125,000.00

7. Ingeniería y Tecnología
7.1 Trabajo:

"Reducción multielectrónica de dióxido de Carbono en
fase gas para la generación sustentable de Hidrocarburos
ligeros (C2-C4)"

Investigadora:
Premio:

Dra. Ma. Araceli Hernández Ramírez
Diploma y cheque por $41,666.67

Colaboradores:
Premio:

Dr. Juan Camilo Murillo Sierra
Dr. Ángel Martínez Hernández
Dr. Edgar Jocsan Ruiz Ruiz
Diploma de reconocimiento a c/u

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ciencias Químicas
Diploma y cheque por $41,666.67

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1 nvestigación 2023 - 6

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEN UEVOLEÓN

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Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Uli1vers1taria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, M�6455
81 8329 4158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

32

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

Premio de Investigación
UANL 2023
7. Ingeniería y Tecnología
7.2 Trabajo:

"Propiedades fotocatalíticas de BiOI desarrollado vía
húmeda en la reacción de oxidación de (NOx} y (S02) para
la eliminación de contaminantes atmosféricos"

Investigador:
Premio:

Dr. Azael Martínez de la Cruz
Diploma y cheque por $41,666.67

Colaboradora:
Premio:

Dra. Karen Adilene Reyna Cavazos
Diploma de reconocimiento

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ingeniería Mecánica y Eléctrica
Diploma y cheque por $41,666.67

7.3 Trabajo:

"Diseño y construcción de un NanoBioRobot con la
habilidad de controlar expresión genética mediante
estímulos ópticos"

Investigador:
Premio:

Dr. Hossein Alishah Aratboni
Diploma y cheque por $41,666.67

Colaborador:
Premio:

Dr. José Rubén Morones Ramírez
Diploma de reconocimiento

Dependencia:
Premio:

Facultad de Ciencias Químicas
Diploma y cheque por $41,666.67

Investigación 2023 - 7

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

1/JJ

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osm
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#

Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, �.P. 66455
8183294158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

33

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

34

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

2. Dictamen acerca del Premio UANL a las Artes 2023.

RC-HCU-7-006
REV. 00-10/04

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
PRESENTE.·

La Comisión Académica de este Organismo se dio a la tarea de analizar los resultados respecto a la
evaluación de los aspirantes a recibir el Premio UANL a las Artes 2023, como resultado de la
Convocatoria publicada a través de la Secretaría de Extensión y Cultura.
Dicha convocatoria consiste en premiar a los candidatos en función de su trayectoria y sus
aportaciones a la enseñanza, la producción y la difusión del arte en el Estado de Nuevo León, en las
siguientes áreas: artes visuales, artes auditivas, artes escénicas y artes literarias; al cierre de la
convocatoria se registraron 28 candidatos.
Una vez analizado el procedimiento para esta selección y conocida la información detallada de cada
uno de los ganadores que recibirán este premio, la Comisión emite el siguiente

DICTAMEN:

Que se otorgue el Premio UANL a las Artes 2023 en la sesión solemne que
se llevará a cabo el 7 de septiembre del presente año, el cual consiste en la
entrega de un diploma y un cheque por cada área, tanto al ganador como a la
dependencia que lo propuso.
La lista de los ganadores se anexa al presente dictamen.
A t e n t a m e n t e,
Cd. Universitaria, a 01 de agosto de 2023
POR LA COMISIÓN ACADÉMICA

ÉREZ

DR.

M.E.S. RIL: TREVIÑO

DRA. JO�ILIA CHAPA CANTÚ

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66455
8183294158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

35

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

36

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

37

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

3. Proyecto del Calendario de Actividades Académicas y Administrativas de la UANL para el año 2024.

RC-HCU-7-006
REV. 00-10/04

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
PRESENTE.·

Con el fin de programar las actividades académicas y administrativas de la Universidad Autónoma de
Nuevo León correspondientes al año 2024, la Comisión Académica, en coordinación con el Departamento
Escolar y de Archivo y el Centro de Evaluaciones de la Universidad, se abocó a la tarea de analizar y
finalmente elaborar el proyecto de Calendario de actividades para ese año.
De igual manera que en años anteriores, se programaron 20 semanas de actividades académicas por
semestre, así como los recesos académicos y administrativos; los inicios y finales de semestres y del periodo
intersemestral; el proceso de asignación de espacios a Preparatorias, Técnicas e Incorporadas, Preparatoria
modalidad mixta autoplaneada (abierta) y Preparatoria sistema a distancia modalidad no escolarizada
(mixta); el concurso de ingreso a Licenciatura y a Posgrado. Asimismo, se incluyen las inscripciones de
primer ingreso, cambios y regularizaciones a Preparatoria y segundo programa educativo a Escuelas
Técnicas y Licenciatura; inscripciones a grupos comunitarios, modalidad mixta-mixta y especiales;
inscripciones de primer ingreso y regularizaciones a Posgrado e inicio y fin de plan tetramestral;
inscripciones de reingreso a Preparatoria, Técnicas e Incorporadas, Licenciatura y Posgrado plan semestral;
inscripciones al periodo intersemestral, además de otros rubros; todos ajustados conforme a las
disposiciones establecidas por este Organismo. Para los recesos académicos y administrativos se consideró
el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, en donde se estipula que "Son días de descanso obligatorio:
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución); III. El tercer
lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Don Benito Juárez); y VI. El tercer lunes
de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana)". De igual forma
se consideró el receso de primavera para los días comprendidos del 25 de marzo al 7 de abril; así como el
{\
receso de invierno del 23 de diciembre 2 24 al 7 de ene o 2025.
�
�
Í\
.
Una vez conocido lo antenor, la Com1s1on emite el s1gwente
[ U

\'P

DICTAMEN:

Que se apruebe el Calendario de Actividades Académicas y Administrativas de la
UANL, correspondiente al año 2024.
Se anexa al presente dictamen el proyecto de dicho calendario.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66
8183294158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

fi�
/.

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38

»

A

Atentamente,
Cd. Universitaria, a 01 de agosto de 2023
POR LA COMISIÓN ACADÉMICA

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

39

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

2024

UANL
CALENDARIO
D

7
14
21
28
D

4
11
18
25
D

3
10
17
24
31
D

7
14
21
28
D

5
12
19
26
D

2
9
16
23
30

Enero
L

M

M

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

3
10
17
24
31

Febrero
L

5
12
19
26

M

6
13
20
27

Marzo

J

V

S

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

M

J

V

S

7
14
21
28

1
8
15
22
29

2
9
16
23

3
10
17
24

D

7
14
21
28
D

4
11
18
25

L

M

M

J

V

S

D

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

7
14
21
28

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

1
8
15
22
29

Abril
L

M

M

J

V

S

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

3
10
17
24

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

Mayo

D

6
13
20
27

L

M

M

J

V

S

6
13
20
27

7
14
21
28

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

3
10
17
24
31

4
11
18
25

M

J

V

S

D

7
14
21
28

1
8
15
22
29

1
8
15
22
29

Junio
L

3
10
17
24

M

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

D

3
10
17
24

Julio
L

M

M

J

V

S

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

3
10
17
24
31

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

Agosto
L

5
12
19
26

M

6
13
20
27

ACTIVIDADES
ACADÉMICAS 2024

INICIO DEL PERIODO

CALENDARIO ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO 2024
DE LA UANL POR NIVEL ACADÉMICO
Proceso de asignación de espacios a
Preparatoria, Técnicas e Incorporadas

Plan semestral

■ Enero 22,

■ Junio 21,

Agosto 5,
Enero (2025) 20

Diciembre 20

Plan intersemestral
M

J

V

S

7
14
21
28

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

3
10
17
24
31

Septiembre
M

M

J

V

S

2
9
16
23
30

3
10
17
24

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

7
14
21
28

Octubre
L

M

M

J

V

S

7
14
21
28

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

3
10
17
24
31

4
11
18
25

5
12
19
26

Noviembre

■ Junio 26

Plan tetramestral

■ Enero 10, Mayo 6, ■ Mayo 3,
Septiembre 9,
Enero (2025) 8

Plan anual a posgrado

D

5
12
19
26

M

M

J

V

S

D

5
12
19
26

6
13
20
27

7
14
21
28

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

2
9
16
23

L

M

M

J

V

S

3
10
17
24
31

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

7
14
21
28

Febrero (2025) 28

Del 1 al 9 de Ene, Feb. 5, Mar. 18, del 25 de
Marzo al 7 de Abril, Mayo 1, 5 y 15, Sept. 16,
Nov. 18, del 23 de Diciembre al 7 de Enero
de 2025, Febrero 3 de 2025.

L

2
9
16
23
30

■ Febrero 23,

Receso académico-administrativo

4
11
18
25

Diciembre

Agosto 16,
Diciembre 20

Enero 2025
L

6
13
20
27

M

M

J

V

S

7
14
21
28

1
8
15
22
29

2
9
16
23
30

3
10
17
24
31

4
11
18
25

Febrero 2025
L

M

M

J

3
10
17
24

4
11
18
25

5
12
19
26

6
13
20
27

V

Calendario académico-administrativo UANL 2024,
elaborado por la Comisión Académica del
H. Consejo Universitario y aprobado por el Honorable
Consejo Universitario el 16 de agosto de 2023.

40

Julio 20, Noviembre 30

Enero 11, 12, 15 y 16, Julio 15 al 19 y 22 al 26,
Inscripciones de primer ingreso, cambios,
regularizaciones a Preparatoria y segundo Enero (2025) 9 y 10
programa educativo a Escuelas Técnicas
Inscripciones de reingreso a Preparatoria,
Técnicas e Incorporadas

Mayo 13, 14, 16 y 17, del 20 al 24 y del 27 al 31,
Noviembre 11 al 15, del 19 al 22 y del 25 al 29

Inscripciones (a Preparatoria) Grupos Comunitarios Modalidad Mixta-Mixta y Especiales

Julio 19

NIVEL SUPERIOR
Concurso de ingreso a Licenciatura

Junio 1, Noviembre 9

Inscripciones de primer ingreso, cambios,
regularizaciones y segundo programa
educativo a Licenciatura

Enero 17, 18 y 19, Julio 1 al 5 y 8 al 12
Enero (2025) 13 al 17

Inscripciones de reingreso

Mayo 13, 14, 16 y 17, del 20 al 24 y del 27 al 31,
Noviembre 11 al 15, del 19 al 22 y del 25 al 29

Inscripciones al periodo intersemestral

Junio 24 y 25

Fecha límite de baja con derecho

Febrero 21, Septiembre 4, Febrero (2025) 19

Fecha límite de entrega de reporte de
situaciones escolares

Marzo 4, Septiembre 17

NIVEL POSGRADO
Concurso de ingreso a Posgrado

Enero 13, Febrero 24, Abril 13, Mayo 25, Junio 29,
Julio 27, Agosto 31, Septiembre 28, Octubre 26,
Noviembre 30, Enero (2025) 11, Febrero (2025) 22

Inscripciones de primer ingreso y regularizaciones a Posgrado plan semestral

Enero 17, 18 y 19, Julio 15, 16 y 17,
Enero (2025) 15, 16 y 17

Inscripciones de reingreso a Posgrado
plan semestral

Mayo 13, 14, 16 y 17, del 20 al 24 y del 27 al 31,
Noviembre 11 al 15, del 19 al 22 y del 25 al 29

Inscripciones de primer ingreso y regularizaciones a Posgrado plan tetramestral

Abril 24, 25 y 26, Agosto 28, 29 y 30,
Noviembre 27, 28 y 29

Inscripciones de reingreso a Posgrado
plan tetramestral

Mayo-Agosto 2024: Abril 8 al 12, 15 al 19, 22 y 23.
Sept-Dic. 2024: Agosto 12 al 16, 19 al 23, 26 y 27.
Enero-Abril 2025: Nov. 11 al 15, 19 al 22, 25 y 26.

Inscripciones de primer ingreso y regularizaciones a Posgrado plan anual

Enero (2024) 25, 26, 29, 30 y 31
Enero (2025) 27 al 31

Inscripciones de reingreso a Posgrado
plan anual

Noviembre 11 al 15, 19 al 22 y del 25 al 29

S

1
7 8
14 15
21 22
28

Junio 8, Noviembre 30

Proceso de asignación de espacios a Preparatoria Abril 20, Julio 20, Noviembre 30
Modalidad Mixta Autoplaneada (Abierta)
Proceso de asignación de espacios a
Preparatoria Sistema a Distancia
Modalidad No Escolarizada (Mixta)

■ Julio 19

■ Marzo 1

L

NIVEL MEDIO SUPERIOR

FIN DEL PERIODO

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

41

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

4. Solicitud de la Facultad de Ciencias de la Tierra para modificar la denominación de la carrera de Maestría
en Ciencias Geológicas por Maestría en Ciencias de la Tierra.

42

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

43

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

44

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

45

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

46

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

47

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

48

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

49

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

5. Solicitudes de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales para la adición de las siguientes
carreras:
a) Licenciatura en Relaciones Internacionales, modalidad mixta,así como dejar de ofertar este programa en
modalidad escolarizada.
RC-HCU-7-006
REV. 00-10/04

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
PRESENTE.·
La Comisión Académica informa que se recibió un oficio de la Secretaría Académica el día 26 de julio de
2023, en el que presentan la solicitud de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, en
el cual solicitan la adición de carrera de Licenciatura en Relaciones Internacionales, modalidad mixta,
asimismo, dejar de ofertar el programa educativo de Licenciatura en Relaciones Internacionales, modalidad
escolarizada, aprobado por el Consejo Universitario el 10 de agosto de 2021.
El programa tiene como propósito la formación de profesionistas en Relaciones Internacionales con
enfoque en comercio exterior y aduanas, capaces de asesorar, gestionar y diseñar mejores prácticas
comerciales y de logística, así como en estudios internacionales que atienden problemáticas globales de
cooperación, acciones colectivas y aquellas derivadas de la política exterior de los países. Son reconocidos
por ser profesionistas íntegros que sustentan su actuación en los principios de ética y respeto hacia la
diversidad de prácticas sociales y culturales. Con una constante actualización con respecto a las necesidades
administrativas y de normatividad de empresas privadas nacionales y transnacionales, así como en
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, organismos internacionales, agencias aduanales y
empresas de logística. Al egresar del programa educativo, asumen un liderazgo comprometido en la
ejecución de su ejercicio profesional encaminado a proponer soluciones a controversias y mejores prácticas
en el ámbito social, económico y político de índole internacional en un mundo con dinámicas globales.
Una vez revisada esta propuesta, y considerando que la misma ha sido debidamente discutida y aprobada
por las instancias correspondientes de la Secretaría Académica de la Universidad, y que además cumple
con las políticas educativas establecidas en el Modelo Educativo (2015) y en el Modelo Académico de
Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado y de Licenciatura de la UANL (2022), los integrantes
de la Comisión emitimos el siguiente
DICTAMEN:

Que se apruebe, a partir del 22 de enero de 2024:
1. La adición de carrera de LICENCIATURA EN RELACIONES
INTERNACIONALES, en modalidad mixta y con una periodicidad semestral,
para impartirse en la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones
Internacionales, en el Campus Mederos, así como en la Unidad Académica Santiago
donde se ofrecerá solo el 1er y 2do semestre.
2. Dejar de ofertar el programa educativo de Licenciatura en Relaciones
Internacionales, en modalidad escolarizada. Cabe aclarar que los estudiantes
inscritos en este plan tendrán un año y medio adicional a la duración del plan de
estudios actual -el cual es de 9 semestres- para concluir sus estudios.

A t e n t a m e n t e,
Cd. Universitaria, a 01 de agosto de 2023
POR LA COMISIÓN ACADÉMICA

MTRO. JESÚ

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

�

Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo Le� C.P. 66455
81 8329 4158, hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

50

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

51

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

52

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

53

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

54

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

55

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

56

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

57

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

58

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

59

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

60

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

61

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

62

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

63

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

5. Solicitudes de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales para la adición de las siguientes
carreras:
b) Licenciatura en Ciencias Políticas y Gobierno, modalidad mixta, así como dejar de ofertar este programa
en modalidad escolarizada

64

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

65

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Licenciatura en Ciencias Políticas y Gobierno
Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Vigente desde 22 de enero de 2024
MODALIDAD:
Mixta
TIPO:
No aplica.
PROPÓSITO DEL PROGRAMA EDUCATIVO:
Formar profesionistas en Ciencias Políticas y Gobierno, capaces de diseñar, implementar, asesorar y
evaluar políticas públicas de forma eficaz y eficiente a escala local, nacional e internacional, con enfoque
en el análisis y consultoría política o gobierno y gestión pública; distinguidos por su liderazgo y
comportamiento ético e íntegro.
Son reconocidos por colaborar y liderar equipos multidisciplinarios con persistencia, paciencia y
proactividad en procesos relacionados con la gestión, consultoría y asesoría en materia de
administración pública, comunicación, análisis político y diseño de campañas electorales, apegados a los
principios de empatía, relaciones interpersonales y responsabilidad social. Haciendo uso de
herramientas de investigación en el análisis crítico de los fenómenos políticos y la interacción que se da
entre los ámbitos gubernamentales, sociales, institucionales y económicos, con la finalidad de construir
una democracia participativa, solucionar conflictos administrativos, sociales y políticos, así como
mejorar los índices de desarrollo humano de la ciudadanía.
DURACIÓN:
(especificar semestres, tetramestres o años)
Mínima 7 semestres.
Máxima 15 semestres.
INSCRIPCIÓN PRIMER INGRESO:
Semestral.
PERIODICIDAD:
Semestral.
REQUISITOS DE INGRESO:
1. Requisitos académicos
-Haber concluido satisfactoriamente el nivel medio superior o equivalente.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

66

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

2. Requisitos legales
-Los que establezca la normatividad y los procedimientos de la Universidad, vigentes; u otros, en caso de
que apliquen.
3. Requisitos de selección
-El estudiante deberá someterse al examen de Concurso de Ingreso establecido por la UANL.
4. Requisitos específicos del programa
-Cumplir con el curso de inducción y con el curso propedéutico, este último, para los estudiantes con el
puntaje mínimo de selección.
- Presentar examen EXCI.
-Los estudiantes firmarán una carta compromiso para cumplir con los requerimientos de
comportamiento y administrativos de la UANL y la Facultad.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

67

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

P L AN DE E ST U DI OS
Licenciatura en Ciencias Políticas y Gobierno
Ciclo
Primero

Segundo

Área curricular de

Créditos

Formación
inicial

General
(ACFI-G)
Disciplinar
(ACFI-D)
De
introducción a
la profesión
(ACFI-IP)
Formación básica (ACFB)
Formación
profesional

Obligatorios
UANL

Obligatorios
del PE

Optativos
del PE

Totales
del área

10

0

0

10

4

0

0

4

0

35

0

35

0

51

0

51

0

42

16

58

18

11

29

58

32

139

45

216

Fundamental
(ACFP-F)
Integradora
(ACFP-I)
Totales

Horas totales del plan de
estudios

Equivalencia de créditos* UANL – SEP
Créditos totales del plan de
Créditos totales del plan de
estudios - UANL
estudios - SEP

6,480

405

216

*1 crédito SEP=16 horas; 1 crédito UANL= 30 horas.
Distribución de créditos por área curricular
Área curricular de formación inicial general (ACFI-G)
Obligatorias

C

Ética, transparencia y cultura de la legalidad

2

Cultura de paz y derechos humanos

2

Liderazgo, emprendimiento e innovación

2

Igualdad de género, diversidad sexual e inclusión

2

Responsabilidad social y desarrollo sustentable

2

Total de área

10
Documento ejecutivo
Marzo 2023

68

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Área curricular de formación inicial disciplinar (ACFI-D)
Obligatorias

C

Técnicas de análisis y redacción

2

Investigación en las ciencias sociales
Total de área

2
4

Área curricular de formación inicial de introducción a la profesión (ACFI-IP)
Obligatorias

C

Fundamentos de la administración

4

Razonamiento numérico

4

Introducción al desarrollo sustentable

3

Introducción a la ciencia política

3

Introducción a las relaciones internacionales

3

Introducción al turismo

3

Introducción a la mercadotecnia y a los negocios

3

Geografía

3

Introducción al derecho

3

Sistema político mexicano
Gobierno y asuntos públicos

3
3
35

Total de área
Área curricular de formación básica (ACFB)
Obligatorias

C

Estadística básica para las ciencias sociales

3

Geopolítica y globalización

3

Historia universal contemporánea

3

Derecho constitucional

3

Administración pública

3

Historia del pensamiento político

3

Estadística aplicada para las ciencias sociales

3

Introducción a la economía

3

Contabilidad administrativa

3

Derecho administrativo

3
Documento ejecutivo
Marzo 2023

69

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Política exterior de México

3

Gobierno y políticas públicas

3

Investigación cuantitativa

3

Microeconomía

3

Teoría de la democracia

3

Investigación cualitativa

3

Macroeconomía
Total de área

3
51

Área curricular de formación profesional fundamental (ACFP-F)
Obligatorias

C

Grupos de presión y actores políticos

3

Partidos políticos

3

Teoría política

3

Sociedad civil, ciudadanía y cultura política

3

Historia del pensamiento económico

3

Gobierno y gestión pública

3

Historia del pensamiento político en México

3

Derecho parlamentario y procesos legislativos
Gobernanza y gobernabilidad

3

Transparencia y acceso a la información

3

Lengua extranjera para ciencias políticas
Ética pública, gobierno y problemas sociales

3

Administración pública federal y local

3

Análisis de datos políticos y demoscopia
Optativas

3
C

Optativa I área curricular de formación profesional fundamental

3

Optativa II área curricular de formación profesional fundamental

3

Optativa III área curricular de formación profesional fundamental
Optativa IV área curricular de formación profesional fundamental

3

Optativa V área curricular de formación profesional fundamental

4
58

3

3

Total de área
Documento ejecutivo
Marzo 2023

70

3

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Área curricular de formación profesional integradora (ACFP-I)
Obligatorias

C

Estrategias y campañas políticas en redes sociales
Evaluación y auditorías de gobiernos locales

4

Servicio social
Finanzas y contabilidad gubernamental

16

Seminario para el desempeño profesional
Optativas

2
C

Optativa I área curricular de formación profesional integradora

3

Optativa II área curricular de formación profesional integradora

3

Optativa III área curricular de formación profesional integradora

3

Optativa IV área curricular de formación profesional integradora
Total de área
Total del plan de estudios

20
58
216

4
3

Catálogo de unidades de aprendizaje optativas
Optativa I área curricular de formación profesional fundamental

C

Actitudes y comportamiento político

3

Desarrollo de personal público
Optativa II área curricular de formación profesional fundamental

C

Comunicación política y opinión pública

3

Presupuesto y programas de gobierno
Optativa III área curricular de formación profesional fundamental

3

3

C

Derecho electoral
Análisis de las organizaciones públicas
Optativa IV área curricular de formación profesional fundamental

C

Comunicación institucional

3

Planeación estratégica en gobierno
Optativa V área curricular de formación profesional fundamental

3
C

Mercadotecnia política

4

Gobierno abierto
Optativa I área curricular de formación profesional integradora

4

Documento ejecutivo
Marzo 2023

71

3
3

C

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Análisis estratégico y escenarios políticos

3

Diseño y evaluación de proyectos de inversión
Optativa II área curricular de formación profesional integradora

3
C

Manejo de crisis y toma de decisiones

3

Gobierno y gestión de datos
Optativa III área curricular de formación profesional integradora

3
C

Publicidad y propaganda política

3

Federalismo y relaciones intergubernamentales
Optativa IV área curricular de formación profesional integradora

3
C

Estancias de investigación

20

Prácticas profesionales

20

Para cubrir los créditos optativos del área curricular de formación profesional integradora, se podrán
cursar, además:
unidades de aprendizaje que permitan relacionar la formación académica con el
ejercicio profesional,
prácticas profesionales,
cursos, diplomados, certificaciones,
estancias de investigación,
los cuales deberán ser aprobados por la Comisión Académica de la H. Junta Directiva de la Facultad.
En caso de que se elijan opciones con diferente valor en créditos, se deberán cursar las necesarias
para completar al menos los créditos optativos establecidos en el plan de estudios para esta área
curricular.
Para cubrir esta área curricular el estudiante podrá exceder el número de créditos, los cuales se le
registrarán en los documentos académicos correspondientes.
Para mantener actualizado el plan de estudios en las áreas emergentes de la profesión, la Comisión
Académica de la Junta Directiva de la Facultad podrá proponer nuevas unidades de aprendizaje
optativas, debiendo solicitar la aprobación de dicha propuesta ante las instancias académicas
competentes de la UANL.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

72

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

REQUISITOS DE EGRESO:
1. Requisitos académicos
- Haber aprobado los 216 créditos totales del plan de estudios.
- Haber cumplido con el Servicio social obligatorio.
2. Requisitos legales
- Los que establezca la normatividad y los procedimientos de la Universidad, vigentes; u otros, en caso
de que apliquen.
3. Requisitos específicos del programa
- Presentar el examen de egreso de licenciatura.
- Cumplir con las actividades de formación integral, de acuerdo con los lineamientos y procedimientos
que para tal efecto emitan la Facultad y la UANL.
- Haber desarrollado o fortalecido la competencia en una lengua extranjera mediante el cumplimiento del
Programa Institucional para el Aprendizaje del Idioma Inglés (PIAII).
- Presentar examen TOEFL ITP.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

73

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

74

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

5. Solicitudes de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales para la adición de las siguientes
carreras:
c) Licenciatura en Administración de Energía y Desarrollo Sustentable, modalidad mixta, así como dejar de
ofertar este programa en modalidad escolarizada

75

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

76

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Licenciatura en Administración de Energía y Desarrollo Sustentable
Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Vigente desde: 22 de enero de 2024
MODALIDAD:
Mixta
TIPO:
No aplica
PROPÓSITO DEL PROGRAMA EDUCATIVO:
Formar profesionistas en Administración de Energía y Desarrollo Sustentable, capaces de contribuir a
resolver los retos sociales y ambientales de la sociedad contemporánea a través del diseño e implementación
de políticas públicas, la gestión del capital natural y la gestión del sector energético con una visión global,
análisis crítico, pensamiento lógico, creativo y propositivo, emprendimiento e innovación y trabajo
colaborativo, actuando conforme a los valores promovidos por la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Además, su formación tiene énfasis en el entendimiento del cambio climático y sus efectos, la gobernanza, el
desarrollo de políticas públicas y la economía, y cuenta con dos principales líneas de especialización para
enfocarse: el sector energético y el desarrollo sustentable. Estos profesionistas pueden desempeñarse en el
sector público, la iniciativa privada, la academia y las organizaciones de la sociedad civil con la finalidad de
contribuir a la planeación, comercialización, distribución y control del consumo de la energía, la gestión del
capital natural y el desarrollo de proyectos de innovación que apoyen el crecimiento socioeconómico, la
seguridad energética y la biodiversidad del planeta.
DURACIÓN:
(especificar semestres, tetramestres o años)
Mínima 7 semestres.
Máxima 15 semestres.
INSCRIPCIÓN PRIMER INGRESO:
Semestral.
PERIODICIDAD:
Semestral.
REQUISITOS DE INGRESO:
1. Requisitos académicos
-Haber concluido satisfactoriamente el nivel medio superior o equivalente.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

77

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

2. Requisitos legales
-Los que establezca la normatividad y los procedimientos de la Universidad, vigentes; u otros, en caso de
que apliquen.
3. Requisitos de selección
-El estudiante deberá someterse al examen de Concurso de Ingreso establecido por la UANL.
4. Requisitos específicos del programa
-Cumplir con el curso de inducción y con el curso propedéutico, este último, para los estudiantes con el
puntaje mínimo de selección.
- Presentar examen EXCI.
-Los estudiantes firmarán una carta compromiso para cumplir con los requerimientos de
comportamiento y administrativos de la UANL y la Facultad.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

78

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

P L AN DE E ST U DI OS
Licenciatura en Administración de Energía y Desarrollo Sustentable
Ciclo

Primero

Segundo

Área curricular de

Créditos

Formación
inicial

General
(ACFI-G)
Disciplinar
(ACFI-D)
De
introducción a
la profesión
(ACFI-IP)
Formación básica (ACFB)
Formación
profesional

Obligatorios
UANL
10

Obligatorios
del PE
0

Optativos
del PE
0

Totales
del área
10

8

0

0

8

0

31

0

31

0

45

0

45

0

66

9

75

18

0

30

48

36

142

39

217

Fundamental
(ACFP-F)
Integradora
(ACFP-I)
Totales

Equivalencia de créditos* UANL – SEP
Horas totales del plan de
estudios

Créditos totales del plan de
estudios - UANL

Créditos totales del plan de
estudios - SEP

6,510

217

406.875

*1 crédito SEP=16 horas; 1 crédito UANL= 30 horas.

Distribución de créditos por área curricular
Área curricular de formación inicial general (ACFI-G)
Obligatorias

C

Ética, transparencia y cultura de la legalidad

2

Cultura de paz y derechos humanos

2

Liderazgo, emprendimiento e innovación

2

Igualdad de género, diversidad sexual e inclusión

2

Responsabilidad social y desarrollo sustentable

2

Total de área

10
Documento ejecutivo
Marzo 2023

79

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Área curricular de formación inicial disciplinar (ACFI-D)
Obligatorias

C

Fundamentos de la administración

4

Razonamiento numérico

4

Total de área

8

Área curricular de formación inicial de introducción a la profesión (ACFI-IP)
Obligatorias

C

Técnicas de análisis y redacción

2

Introducción al desarrollo sustentable

3

Introducción a la ciencia política

3

Introducción a las relaciones internacionales

3

Introducción al turismo

3

Introducción a la mercadotecnia y a los negocios

3

Investigación en las ciencias sociales

2

Geografía

3

Introducción al derecho

3

Ecología y cambio climático

3

Introducción a la energía

3

Total de área

31

Área curricular de formación básica (ACFB)
Obligatorias

C

Estadística básica para las ciencias sociales

3

Geopolítica y globalización

3

Derecho constitucional

3

Administración pública

3

Historia del pensamiento político

3

Estadística aplicada para las ciencias sociales

3

Introducción a la economía

3

Contabilidad administrativa

3

Derecho administrativo

3

Política exterior de México

3
Documento ejecutivo
Marzo 2023

80

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Investigación cuantitativa

3

Microeconomía

3

Contabilidad financiera

3

Investigación cualitativa

3

Macroeconomía
Total de área

3
45

Área curricular de formación profesional fundamental (ACFP-F)
Obligatorias

C

Teorías del pensamiento ambiental

3

Sector energético en México

3

Gestión integral de los recursos naturales

3

Fundamentos de la responsabilidad social

3

Política energética y ambiental

3

Energías alternativas

3

Derecho energético y ecológico

3

Antropología ambiental

3

Estrategia de negocios

3

Políticas públicas de energía y sustentabilidad

3

Legislación energética y ambiental

3

Negociación y toma de decisiones

3

Gobernanza del cambio climático y del agua

3

Gestión del capital social

3

Principios de seguridad industrial

3

Ordenamiento territorial y planeación urbana

3

Lengua extranjera para el desarrollo sustentable

3

Auditoría energética y ambiental

3

Diseño y evaluación de proyectos energéticos

3

Derecho internacional energético y ambiental

3

Economía del desarrollo sustentable

3

Análisis de macrodatos para el desarrollo
Optativas

3
C
Documento ejecutivo
Marzo 2023

81

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Optativa I área curricular de formación profesional fundamental

3

Optativa II área curricular de formación profesional fundamental

3

Optativa III área curricular de formación profesional fundamental
Total de área

3
75

Área curricular de formación profesional integradora (ACFP-I)
Obligatorias

C

Servicio social

16

Seminario para el desempeño profesional
Optativas

2
C

Optativa I área curricular de formación profesional integradora

3

Optativa II área curricular de formación profesional integradora

3

Optativa III área curricular de formación profesional integradora

4

Optativa IV área curricular de formación profesional integradora
Total de área

20
48

Total del plan de estudios

217

Catálogo de unidades de aprendizaje optativas
Optativa I área curricular de formación profesional fundamental

C

Geopolítica energética

3

Diplomacia ambiental

3

Optativa II área curricular de formación profesional fundamental

C

Sistemas internacionales de energía

3

Estudios de casos socioambientales

3

Optativa III área curricular de formación profesional fundamental

C

Mercados y comercialización de energía

3

Producción sustentable y gestión de residuos

3

Optativa I área curricular de formación profesional integradora

C

Administración de plantas de energía

3

Valuación del capital natural

3

Optativa II área curricular de formación profesional integradora

C

Consultoría de empresas de energía

3
Documento ejecutivo
Marzo 2023

82

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Consultoría ambiental

3

Optativa III área curricular de formación profesional integradora

C

Planeación estratégica del sector energético

4

Gestión de proyectos sustentables

4

Optativa IV área curricular de formación profesional integradora

C

Prácticas profesionales

20

Estancias de investigación

20

Para cubrir los créditos optativos del área curricular de formación profesional integradora, se
podrán cursar, además:
unidades de aprendizaje que permitan relacionar la formación académica con el
ejercicio profesional,
prácticas profesionales,
cursos, diplomados, certificaciones,
estancias de investigación,
los cuales deberán ser aprobados por la Comisión Académica de la H. Junta Directiva de la
Facultad.
En caso de que se elijan opciones con diferente valor en créditos, se deberán cursar las
necesarias para completar al menos los créditos optativos establecidos en el plan de estudios
para esta área curricular.
Para cubrir esta área curricular el estudiante podrá exceder el número de créditos, los cuales
se le registrarán en los documentos académicos correspondientes.
Para mantener actualizado el plan de estudios en las áreas emergentes de la profesión, la
Comisión Académica de la Junta Directiva de la Facultad podrá proponer nuevas unidades de
aprendizaje optativas, debiendo solicitar la aprobación de dicha propuesta ante las instancias
académicas competentes de la UANL.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

83

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

REQUISITOS DE EGRESO:
1. Requisitos académicos
- Haber aprobado los 217 créditos totales del plan de estudios.
- Haber cumplido con el Servicio social obligatorio.
2. Requisitos legales
- Los que establezca la normatividad y los procedimientos de la Universidad, vigentes; u otros, en caso
de que apliquen.
3. Requisitos específicos del programa
- Presentar el examen de egreso de licenciatura.
- Cumplir con las actividades de formación integral, de acuerdo con los lineamientos y procedimientos
que para tal efecto emitan la Facultad y la UANL.
- Haber desarrollado o fortalecido la competencia en una lengua extranjera mediante el cumplimiento del
Programa Institucional para el Aprendizaje del Idioma Inglés (PIAII).
- Presentar examen TOEFL ITP.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

84

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

85

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

6. Solicitud de la Facultad de Contaduría Pública y Administración para la adición de carrera de Licenciatura
en Emprendimiento e Innovación, modalidad mixta.

86

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

87

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Licenciatura en Emprendimiento e Innovación
Facultad de Contaduría Pública y Administración
Vigente desde 22 de enero de 2024
MODALIDAD:
Mixta
TIPO:
No aplica
PROPÓSITO DEL PROGRAMA EDUCATIVO:
Formar profesionistas en emprendimiento e innovación capaces de crear, gestionar, transformar y
colaborar en el crecimiento de empresas a partir de la identificación de oportunidades de negocio,
empleando sistemas de innovación y modelos de negocios; así como desarrollar productos y servicios
altamente rentables de manera creativa e innovadora promocionándolos a través del uso de herramientas
de mercadotecnia directa y digitales, de comercio electrónico y con el manejo de redes sociales. Son
competentes en la gestión de los procesos de comercialización de bienes y servicios considerando la
investigación de mercado, el desarrollo de la marca y el establecimiento de relaciones colaborativas entre
proveedores, clientes e inversionistas; son distinguidos por el trabajo multidisciplinar en la gestión de los
recursos financieros con visión y planificación estratégica, además colaboran en la administración del
recurso humano empleando su capacidad de dirigir equipos de alto impacto con liderazgo y respeto, con
apego a los marcos y normativas fiscales y laborales, así como las prácticas de responsabilidad social y
sustentabilidad que rigen a las empresas.
Estos profesionistas se caracterizan por su proactividad, capacidad de análisis y resolución de problemas
que pueden presentarse en las organizaciones, así como la resiliencia, la comunicación efectiva y el
pensamiento crítico para el logro del emprendimiento o intra-emprendimiento.
Su finalidad principal es la atención de las necesidades emergentes del consumidor y cliente y con ello
promover el desarrollo económico sostenible de los empresarios y los colaboradores.
DURACIÓN:
(especificar semestres, tetramestres o años)
Mínima 6 semestres
Máxima 13 semestres
INSCRIPCIÓN PRIMER INGRESO:
Semestral
PERIODICIDAD:
Semestral
REQUISITOS DE INGRESO:
Documento ejecutivo
Marzo 2023

88

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

1. Requisitos académicos
-Haber concluido satisfactoriamente el nivel medio superior o equivalente.
2. Requisitos legales
-Los que establezca la normatividad y los procedimientos de la Universidad, vigentes; u otros, en caso de
que apliquen.
3. Requisitos de selección
-El estudiante deberá someterse al examen de Concurso de Ingreso establecido por la UANL.
4. Requisitos específicos del programa
El estudiante deberá asistir al:
- Curso inductivo
- Curso de nivelación en las áreas administrativas y de emprendimiento
- Curso propedéutico.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

89

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

P L AN DE E ST U DI OS
Licenciatura en Emprendimiento e Innovación
Ciclo
Primero

Segundo

Área curricular de
Formación
inicial

General
(ACFI-G)
Disciplinar
(ACFI-D)
De
introducción a
la profesión
(ACFI-IP)
Formación básica (ACFB)
Formación
profesional

Créditos
Obligatorios
UANL
10

Obligatorios
del PE
4

Optativos
del PE
0

Totales
del área
14

8

0

0

8

0

26

0

26

0

28

0

28

0

73

5

78

18

5

15

38

36

136

20

192

Fundamental
(ACFP-F)
Integradora
(ACFP-I)
Totales

Equivalencia de créditos* UANL – SEP
Horas totales del plan de
estudios

Créditos totales del plan de
estudios - UANL

Créditos totales del plan de
estudios - SEP

5,760

192

360

*1 crédito SEP=16 horas; 1 crédito UANL= 30 horas.
Distribución de créditos por área curricular
Área curricular de formación inicial general (ACFI-G)
Obligatorias

C

Responsabilidad social y desarrollo sustentable

2

Cultura de paz y derechos humanos

2
Documento ejecutivo
Marzo 2023

90

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Liderazgo, emprendimiento e innovación

2

Igualdad de género, diversidad sexual e inclusión

2

Ética, transparencia y cultura de la legalidad

2

Metodología de la investigación

4

Total de área

14

Área curricular de formación inicial disciplinar (ACFI-D)
Obligatorias

C

Fundamentos de la administración

4

Razonamiento numérico

4

Total de área

8

Área curricular de formación inicial de introducción a la profesión (ACFI-IP)
Obligatorias

C

Creatividad e innovación empresarial

2

Fundamentos de mercadotecnia

4

Contabilidad financiera

4

Innovación abierta

3

Comportamientos del consumidor

3

Contabilidad administrativa

4

Administración de operaciones y calidad

3

Estadística descriptiva

3

Total de área

26

Área curricular de formación básica (ACFB)
Obligatorias

C

Emprendimiento social y sostenible

3

Estrategias de promoción y precio

4

Administración de capital de trabajo

4

Estrategias de promoción digital

3

Programas de ofimática

2

Fundamentos legales de las organizaciones

3

Administración de pequeñas y medianas empresas

3

Estadística aplicada a los negocios

3
Documento ejecutivo
Marzo 2023

91

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Derecho mercantil

3

Total de área

28

Área curricular de formación profesional fundamental (ACFP-F)
Obligatorias

C

Formación de emprendedores

2

Administración de ventas

3

Fuentes de financiamiento de capital

4

Estrategias de promoción: diseño de páginas web

3

Introducción al lenguaje de programación Phyton

4

Diseño organizacional

3

Cálculo financiero

3

Desarrollo de prototipos

3

Estrategias de negociación

4

Análisis financiero y de proyectos de inversión

4

Estrategias de comercio electrónico

3

Inteligencia de negocios

3

Propiedad intelectual y de patentes

3

Diseño gráfico y comunicación visual de productos

3

Cumplimiento fiscal

4

Gestión de la identidad corporativa

3

Administración de riesgos

4

Redes sociales para negocios

4

Herramientas de análisis y representación de datos

3

Derecho laboral

3

Investigación de mercados

4

Derecho informático

3

Optativas

C

Optativa del área curricular de formación profesional fundamental

5

Total de área

78

Área curricular de formación profesional integradora (ACFP-I)
Obligatorias

C
Documento ejecutivo
Marzo 2023

92

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

Seminario para el desempeño profesional

2

Servicio social

16

Proyecto final: emprendimiento y plan de negocios

5

Optativas

C

Optativa I área curricular de formación profesional integradora

5

Optativa II área curricular de formación profesional integradora

5

Optativa III área curricular de formación profesional integradora

5

Total de área

38

Total del plan de estudios

192

Catálogo de unidades de aprendizaje optativas
Optativa del área curricular de formación profesional fundamental

C

Derecho internacional

5

Gobierno corporativo

5

Optativa I área curricular de formación profesional integradora

C

Estrategias de omnicanalidad

5

Logística y comercio exterior

5

Negocios internacionales

5

Optativa II área curricular de formación profesional integradora

C

Administración estratégica de costos

5

Análisis de costos en la toma de decisiones

5

Administración financiera a largo plazo

5

Optativa III área curricular de formación profesional integradora

C

Dominio avanzado de datos para toma de decisiones

5

Inteligencia artificial en los negocios

5

Desarrollo de aplicaciones de comercialización

5

Para cubrir los créditos optativos del área curricular de formación profesional integradora, se
podrán cursar, además:
- unidades de aprendizaje que permitan relacionar la formación académica con el
ejercicio profesional,
- prácticas profesionales,
Documento ejecutivo
Marzo 2023

93

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

- cursos, diplomados, certificaciones,
- estancias de investigación,
los cuales deberán ser aprobados por la Comisión Académica de la H. Junta Directiva de la
Facultad.
En caso de que se elijan opciones con diferente valor en créditos, se deberán cursar las
necesarias para completar al menos los créditos optativos establecidos en el plan de estudios
para esta área curricular.
Para cubrir esta área curricular el estudiante podrá exceder el número de créditos, los cuales
se le registrarán en los documentos académicos correspondientes.
Para mantener actualizado el plan de estudios en las áreas emergentes de la profesión, la
Comisión Académica de la Junta Directiva de la Facultad podrá proponer nuevas unidades de
aprendizaje optativas, debiendo solicitar la aprobación de dicha propuesta ante las instancias
académicas competentes de la UANL.

Documento ejecutivo
Marzo 2023

94

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

RC-HCU-7-070
Rev. 01-06/12

REQUISITOS DE EGRESO:
1. Requisitos académicos
-Haber aprobado los 192 créditos totales del plan de estudios.
-Haber cumplido con el Servicio social obligatorio.
2. Requisitos legales
Los que establezca la normatividad y los procedimientos de la Universidad, vigentes; u otros, en caso de
que apliquen.
3. Requisitos específicos del programa
-Presentar el examen de egreso de licenciatura.
-Cumplir con las actividades de formación integral, de acuerdo con los lineamientos y procedimientos
que para tal efecto emitan la Facultad y la UANL.
-Haber desarrollado o fortalecido la competencia en una lengua extranjera mediante el cumplimiento del
Programa Institucional para el Aprendizaje del Idioma Inglés (PIAII).

Documento ejecutivo
Marzo 2023

95

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
A)
Comisión DE
Académica
﻿

Acuerdo.

96

�II. INFORME DE COMISIONES
B) Comisión de Honor y Justicia

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

1. Solicitud de la Facultad de Agronomía para otorgar el nombramiento de Profesor Emérito de la UANL al
Dr. Ramón Guadalupe Guajardo Quiroga.

98

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

99

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

Semblanza

H O N O R A B L E C O N S E J O U N I V E R S I TA R I O

Dr. Ramón Guadalupe Guajardo Quiroga
Profesor Emérito
Facultad de Agronomía

100

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Dr. Ramón Guadalupe Guajardo Quiroga
Semblanza

mención honorífica.

Nació el 23 de septiembre de 1950, en Sabinas Hidalgo, Nuevo
León, donde concluye sus estudios de Preparatoria y
posteriormente, en 1972, se graduó como Ingeniero Agrónomo,
egresado de la Facultad de Agronomía de la UANL. En 1974 realizó
estudios de posgrado en el Colegio de Posgraduados de Chapingo, y
recibe el título de Maestro en Ciencias en Economía Agrícola. En
1990, obtiene el grado de Doctor of Philosophy (PhD) en
Economía Agrícola, en la Universidad de Texas A&amp;M; siempre con

A partir del 1° de junio de 1973 se incorpora como profesor en la Facultad de Agronomía,
cumpliendo 50 años de trayectoria. Entre los cursos impartidos por el Prof. Guajardo Quiroga se
encuentran: Matemáticas, Estadística, Geografía Económica de México, Introducción a la
Economía, Economía Agrícola, Mercados Agropecuarios, Desarrollo Agrícola, Matemáticas
Aplicadas a la Economía, Biometría, Diseño de Experimentos, Comercio Internacional,
Econometría, Economía Ambiental, Política y Gestión Ambiental, Ciencias del Ambiente,
Investigación de Operaciones, Análisis Sectorial, Economía de los Recursos Naturales y
Ambientales, Métodos Cuantitativos y Estadística, entre otros.
Destaca como Director de la Facultad de Agronomía en dos períodos de 1979 a 1985; y como
primer Secretario Académico de la UANL de 1991 a 1996. En la Facultad de Economía, fue
Director de Posgrado de 1996 a 2004. También ha sido profesor en la Facultad de Contaduría
Pública y Administración, en la Facultad de Ciencias Biológicas y en la Facultad de Trabajo Social.
Como miembro del Sistema Nacional de Investigadores, es reconocido como Investigador
Nacional Nivel I.
Entre sus honores y distinciones están el Premio al Saber que otorga la Sociedad de Ingenieros y
Técnicos, A.C.; los Premios de Investigación UANL en los años 1998, 2001 y 2003; y los Premios
a las Mejores Tesis de Maestría en el área de Ciencias Sociales, en el 2004 y 2005. En su
producción científica, ha logrado 16 exitosos proyectos de investigación, y publicado 32 artículos
en revistas de arbitraje internacional.
Ha sido invitado a impartir cátedra en distintas universidades, entre otras, la Universidad del Valle
de Guatemala, la Universidad Francisco Marroquín y en la Universidad de Texas A&amp;M; y como
maestro en posgrado en el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores en Monterrey y la
Universidad de Monterrey.
Actualmente, el profesor Ramón Guajardo, se desempeña como Secretario de la Secretaría de
Desarrollo Agropecuario de la UANL; sumando con su labor disciplinaria en la Universidad
Autónoma de Nuevo León.

101

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Acuerdo.

102

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

2. Solicitud de la Facultad de Medicina para otorgar la distinción de la Medalla “Dr. José Eleuterio González”:

103

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

104

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

Semblanza

H O N O R A B L E C O N S E J O U N I V E R S I TA R I O

Dr. David Gómez Almaguer
Medalla “Dr. José Eleuterio González”

105

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Dr. David Gómez Almaguer
Semblanza

El Dr. David Gómez Almaguer nació el 11 de noviembre de 1952
en Monterrey, N.L. Obtuvo su Licenciatura como Médico
Cirujano y Partero en la Facultad de Medicina de la UANL.
Posteriormente, realizó la Especialidad en Hematología en el
Instituto Nacional de Ciencias Médicas y de la Nutrición Salvador
Zubirán.
Se incorporó a la UANL como Profesor Asociado de la clase de Introducción a la Hematología
Clínica, asumiendo las obligaciones propias de la consulta de Hematología y de interconsultante
de la Especialidad en el Departamento de Medicina Interna. Junto con el Dr. Álvaro Gómez
Leal mejoraron las prácticas del laboratorio de pruebas diagnósticas para los enfermos con
padecimientos hematológicos y al mismo tiempo desarrolló su práctica en la clínica privada.
Dándose cuenta de la urgente necesidad de contar con un mayor número de especialistas en
hematología en el país, ya que en ese tiempo solamente se podía realizar en la Ciudad de México
y Guadalajara. Fundó el programa de Hematología Clínica y la Especialización en el Laboratorio
de Hematología, la cual actualmente es una maestría. El Dr. Gómez Almaguer funge como Jefe
del Servicio de Hematología desde el año 1996; después de una fase dilatada de actividad
académica y de formación de especialistas, el siguiente paso consistió en el desarrollo de un
Programa de Trasplantes en Hematología, pionero en el país y único en ofrecer este recurso
terapéutico a enfermos atendidos en un hospital público, quienes no cuentan con cobertura de
seguridad social. En el año 2001 fundó el primer Banco de Sangre de Cordón del país y
posteriormente el Área de Terapia Celular, a lo que se agregó el logro de la certificación del
Servicio de Hematología como miembro de la Foundation for the Accreditation of Cellular Therapy
(FACT).
Ha recibido más de 75 reconocimientos y distinciones, entre otros 17 premios de investigación,
siendo miembro de diversas sociedades de hematología en América y Europa. Dentro de sus
labores más destacadas ha desempeñado los puestos como Presidente del Consejo de la
International Society of Hematology (ISH) del 2017-2020 y Presidente de la Agrupación Mexicana
para el Estudio de la Hematología del 2009-2011. Recibió el Distinguished Service Award 2017,
otorgado por el Center for International Blood and Marrow Transplant Research (CIBMTR) por sus
contribuciones al desarrollo de trasplantes en el campo de la Hematología.
El Dr. David Gómez Almaguer es autor y coautor de 653 publicaciones que incluyen trabajos
nacionales, internacionales y publicaciones en congresos; además, de acuerdo a PubMed se tiene
un registro de 293 publicaciones y artículos científicos, es coautor de un Libro de Hematología
utilizado como texto en diversas escuelas y facultades, y de 83 capítulos de libros.

106

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

Semblanza

H O N O R A B L E C O N SE J O U N I V E R SI T A R I O

Ing. Carlos Álvarez Bermejillo
Medalla “Dr. José Eleuterio González”

107

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Ing. Carlos Álvarez Bermejillo
Semblanza

Nace en Guadalajara, Jalisco, el 19 de enero de 1938, y es en esta
ciudad donde realizó estudios profesionales de Ingeniería Química
en la Universidad de Guadalajara, para posteriormente continuar
el legado de su padre, el Profesor Miguel Álvarez Ochoa, fundador
de Productos Infantiles S.A., hoy PiSA Farmacéutica. En la
actualidad, el Ingeniero Carlos Álvarez Bermejillo es Presidente
Ejecutivo de Grupo PiSA que hoy en día cuenta con más de 23,000
colaboradores y que con su esfuerzo contribuyen al prestigio de esta gran empresa.
Además de su faceta como empresario, es padre de una familia de 6 hijos, quienes actualmente
están al frente de las diferentes unidades de negocio que constituyen Grupo PiSA, empresa
socialmente responsable, comprometida con todos sus colaboradores y con la sociedad. Don
Carlos Álvarez Bermejillo se ha distinguido también por su calidad humana, al convertirse en
precursor y benefactor de causas en pro de los más necesitados, como lo es Fundación Stella,
iniciativa emprendida al lado de sus hijas y destinado a brindar apoyo con despensas y
medicamentos a enfermos renales y a las comunidades en que habitan.
Su prolífica carrera y labor le han merecido los siguientes premios y distinciones: Minerva a la
Labor Empresarial (1988), el Premio Agustín Reyes Ponce (1989), el Mercurio Empresarial
(1996), el Premio Salvador López Chávez al Benefactor del Año (1998), la Medalla al Mérito
Industrial (2002), el Premio Pedro Sarquís Merrewe (2003), el Galardón Mérito Industrial (2003),
el Galardón Jalisco a la Exportación (2004), la Medalla al Mérito Empresarial (2015) y el
Galardón Endeavor a la Trayectoria Empresarial (2016).
El Ingeniero Carlos Alvarez Bermejillo es un hombre visionario que ha llevado con pulso firme
el timón de PiSA Farmacéutica y constituye un vivo ejemplo de éxito y liderazgo al frente de la
empresa mexicana más importante en el Mercado Farmacéutico: Grupo PiSA…Una vida al
servicio de la vida.

108

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

Semblanza

H O N O R A B L E C O N SE J O U N I V E R SI T A R I O

Dr. Ferran Guedea Edo

Medalla “Dr. José Eleuterio González”

109

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Dr. Ferran Guedea Edo
Semblanza

Es Licenciado y Doctor Cum Laude en Medicina y Cirugía
por la Universidad Autónoma de Barcelona. Actualmente es
Director de Oncología Radioterápica en el Instituto Catalán
de Oncología y Catedrático en Oncología por concurso
oposición en la Universidad de Barcelona (UB). Es
Presidente del Comité Técnico de la Asociación Española
Contra el Cáncer (AECC) en Barcelona y también
Académico de la Real Academia de Medicina de Cataluña (RAMC).
Ha participado en 320 reuniones científicas, simposios y congresos. Ha realizado
210 publicaciones y ha participado en 20 proyectos de investigación competitivos
de los cuales en 7 es Investigador Principal. Es jefe del grupo de Radiobiología y
Cáncer dentro del Instituto de Investigación Biomédica de Bellvitge (IDIBELL),
reconocido por la Agencia de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR)
como grupo de investigación consolidado. Sus principales líneas de investigación
clínicas son: Calidad de vida en los pacientes con cáncer de próstata, nuevas
tecnologías en braquiterapia y en radioterapia externa. Su línea de investigación
traslacional se centra en tests predictivos de radiosensibilidad.
Ha sido miembro de la Sociedad Europea de Oncología y Radioterapia (ESTRO),
Secretario General de la Sociedad Europea de Braquiterapia (GEC-ESTRO),
Presidente del Grupo Oncológico Catalán y Occitano (GOCO), Presidente de la
Sociedad Española de Oncologia y Radioterapia (SEOR), Director de la Escuela
Española de Oncologia Radioterápica (EEOR) y asesor para Latinoamérica para
la Organización Internacional de Energía Atómica (OIEA) y para la Pan American
Health Organization (PAHO), todo ello en diferentes periodos que van desde 1999
hasta el año 2017.
Ha colaborado con muchos centros en Francia en diferentes proyectos, razón por
la cual recibió la Medalla de Palmes Académiques del Gobierno Francés en el año
2004 y la Medalla de Oro de la Sociedad Francesa de Radioterapia (SFRO) en el
año 2009. Asimismo, la Sociedad Latinoamericana de Oncología y Radioterapia
(ALATRO) le entregó la Medalla de Oro en el año 2010 por las colaboraciones
que ha realizado en diferentes países de Latinoamérica, y en particular su
compromiso con México en esta última década, con la Sociedad Mexicana de
Radioterapia (SOMERA) y particularmente con la UANL.

110

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Acuerdo.

111

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

3. Informe sobre el dictamen de los egresados acreedores al Reconocimiento al Mérito Académico en el
periodo 2022-2023.

RC-HCU-7-0Xi
REY. 00-10 /04

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
PRESENTE.
La Comisión de Honor y Justicia de este Organismo conoció la información de los egresados
acreedores al Reconocimiento al Mérito Académico en el periodo 2022-2023, de acuerdo a lo
estipulado en el Artículo 20 del Reglamento para otorgar el Reconocimiento al Mérito Universitan·o, en el cual
se menciona lo siguiente: "El reconocimiento al Mérito Académico se otorga al estudiante egresado con el más
alto promedio de calijicación de cada programa de licenciatura y de cada plantel de preparatoria del año inmediato
anterior a la ficha de la sesión solemne del H. Consejo Universitario".
De los documentos proporcionados por los Directores y Coordinadores de las dependencias
académicas de la UANL se comprobó que los egresados acreditados cumplen con los requisitos
establecidos en dicho Reglamento, por lo que esta Comisión acordó otorgarles esta distinción en la
sesión solemne del Consejo Universitario que se celebrará en septiembre del presente año.
En esta ocasión, en los siguientes programas educativos ningún egresado cumplió con los requisitos
establecidos para obtener este reconocimiento: Licenciatura como Ingeniero Geólogo Mineralogista
de la Facultad de Ciencias de la Tierra, Licenciatura en Econonúa de la Facultad de Economía y
Licenciatura como Ingeniero en Manufactura de la Facultad de Ingeniería Mecánica y Eléctrica.
Asimismo, es de justicia mencionar que los siguientes egresados obtienen esta distinción por
segunda ocasión ya que recibieron este mismo reconocimiento al concluir sus estudios de
bachillerato:
• Por la Facultad de Ciencias Biológicas: Cristina de las Mercedes Diez Rodríguez, obtuvo el
reconocimiento al egresar de la Escuela Preparatoria No. 11 en la sesión del 25 de agosto de
2018.
• Por la Facultad de Ciencias de la Comunicación: Abril Yazmin Ruiz Torres, obtuvo el
reconocimiento al egresar de la Escuela Preparatoria No. 22 en la sesión del 25 de agosto de
2018.
• Por la Facultad de Ciencias Físico Matemáticas: Laura Cecilia García Ortiz, obtuvo el
reconocimiento por la Escuela Preparatoria No. 8 y Ricardo Alan Guzmán Garza, obtuvo el
reconocimiento por la Escuela Preparatoria No. 15, ambos en la sesión del 25 de agosto de
2018.
• Por la Facultad de Ciencias Químicas: Hugo Alejandro Moreno Montalvo, obtuvo el
reconocimiento al egresar de la Escuela Preparatoria No. 7 en la sesión del 25 de agosto de
2018.
• Por la Facultad de Contaduría Pública y Administración: Karen Guadalupe Granados
Oyervides, obtuvo el reconocimiento al egresar de la Escuela Preparatoria No. 6 en la sesión
del 31 de agosto de 2913.

&amp;�F

_

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON

Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66455
81 8329 4158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

112

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

113

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

114

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

115

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

116

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

117

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

118

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

119

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

120

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

121

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

122

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

123

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

124

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

125

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

126

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

127

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

128

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

129

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

130

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

131

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

132

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

133

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

134

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

135

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Acuerdo.

136

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

4. Solicitud de la Facultad de Salud Pública y Nutrición para 137 otorgar el título post-mortem de Licenciatura
en Nutrición a los familiares de Perla Esmeralda López Ortiz.

RC-I ICU-7-ffii
RE\/. 00-10 / 04

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
PRESENTE.La Comisión de Honor y Justicia de este Organismo se permite informar acerca del oficio número
FaSPyN-1-402/2023, presentado por la Facultad de Salud Pública y Nutrición el 6 de julio de 2023,
en el cual solicitan se considere el otorgar el título post-mortem de Licenciatura en Nutrición a los
familiares de Perla Esmeralda López Ortiz, debido a que falleció el 31 de octubre de 2022 después
de haber concluido satisfactoriamente todas las asign aturas de dicha carrera.
Una vez analizado el oficio en cuestión, y constatado mediante los documentos comprobatorios
respectivos que sí procede esta petición, considerando que cumple con lo estipulado en el Título
Séptimo: De la titulación, del Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la
U.AN'L, aprobado por el Consejo Universitario el 8 de agosto de 2019, los miembros de esta
Comisión emitimos el siguiente

DICTAMEN: Se aprueba otorgar a los familiares de PERLA ESMERALDA LÓPEZ ORTIZ el
título post-mortem de LICENCIATURA EN NUTRICIÓN, considerando que
cumplió con todos los requisitos establecidos para esos estudios.

Atentamente,
Cd. Universitaria, a 4 de agosto de 2023
POR LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA

DR.

M.A.F.

DRA. MARÍ�io SALAZAR

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66455
81 8329 4158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

137

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

138

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
DE COMISIONES
B) Comisión
de Honor
y Justicia
﻿

Acuerdo.

139

�II. INFORME DE COMISIONES
C) Comisión de Licencias y Nombramientos

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

1. Solicitudes de año sabático.

RC-HCU-7-081
REV. 00-05/22

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

RELACIÓN GLOBAL DE
AÑO SABÁTICO (CON GOCE DE SUELDO)
NO.

NO. EMP.

97395

PROFESOR (A)

DR. JOSÉ FERNANDO CAMACHO
VALLEJO

DEPENDENCIA

CIENCIAS FÍSICO
MATEMÁTICAS

PERIODO

MOTIVO

1 AÑO
SEP. 11-2023 A
SEP. 10-2024

Realizará
el
proyecto
de
investigación titulado "Una revisión
de literatura sobre optimización
binivel
aplicada
a
logística
marítima y portuaria", en la
Facultad de Ingeniería y Ciencias
Aplicadas de la Universidad de los
Andes, en Santiago, Chile

2

99351

DR. EDGAR ABRAHAM GARCÍA
ZEPEDA

CIENCIAS QUÍMICAS

1 AÑO
ENE. 10-2024 A
ENE. 09-2025

3

100057

DR. ELEOCADIO MARTÍNEZ SILVA FILOSOFÍA Y LETRAS

1 AÑO
AGO. 05-2023 A
AGO. 04-2024

de
proyecto
el
Realizará
investigación titulado "Estudio
de
las
computacionales
propiedades farmacocinéticas y
de
farmacodinámicas
los
alcaloides de benzofenantridina y
las bases fenólicas de Mannich",
en la Universidad de Viena, en
Viena, Austria.
Realizará
el
proyecto
de
investigación titulado "Conflicto
sindical y T-MEC", en el Colegio
de México, AC, en la Ciudad de
México.

SESIÓN:
16 de agosto de 2023

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 55455
8183294158 • hconsejouni@uanl.mx.www.uanl.mx

141

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

142

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

143

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

144

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

Acuerdo.

145

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

2. Solicitudes de licencias sin goce de sueldo.

146

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

147

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

148

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

149

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

Acuerdo.

150

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

3. Solicitudes de licencias con goce de sueldo.

151

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

152

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

153

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

154

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

155

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

156

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

157

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

158

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

159

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

160

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

161

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

162

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

163

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

Acuerdo.

164

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

4. Solicitudes de nombramientos de Profesor Ordinario.

RC-HCU-7-030
REV. 02-03-08

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

RELACIÓN GLOBAL
NOMBRAMIENTOS DE PROFESOR ORDINARIO

DEPENDENCIAS
Facultad de Agronomía
Facultad de Ciencias Químicas
Facultad de Derecho y Criminología
Facultad de Psicología

PROFESORES
2
4
5
2

Preparatoria No. 18
Preparatoria No. 19

TOTAL:

Ciudad Universitaria, a 16 de agosto de 2023.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México . C.P. 66455
8183294158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

165

15

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

166

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

167

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

168

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

169

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

170

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

171

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

Acuerdo.

172

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

5. Solicitudes de nombramiento de Profesor Afiliado.

173

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

174

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

175

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

176

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

177

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORMEde
DE
COMISIONES
C)II.Comisión
Licencias
y
﻿
Nombramientos

Acuerdo.

178

�II. INFORME DE COMISIONES
D) Comisión Legislativa

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

1. Solicitudes para modificar el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la
UANL: a.De la Secretaría de Relaciones Internacionales, en conjunto con la Secretaría Académica, solicitan
modificar la fracción VII del Artículo 99.

180

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Consulta el reglamento en:
http://transparencia.uanl.mx/normatividad_vigente/archivos/LyR09/06admision.pdf

181

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Acuerdo.

182

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

1. Solicitudes para modificar el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de
la UANL: b.De la Dirección del Departamento Escolar y de Archivo solicitan adicionar una fracción al
Artículo 2, modificar el Artículo 28 y adicionar cuatro artículos posteriores a éste.

183

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Consulta el reglamento en:
http://transparencia.uanl.mx/normatividad_vigente/archivos/LyR09/06admision.pdf

184

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Acuerdo.

185

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

186

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

2.Solicitudes de la Oficina de la Abogacía General para aprobar:
a.El Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral de la
UANL.

RC-HCU-7-006
REV. 00-10/04

UANL

CONSEJO UNIVERSITARIO

HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
PRESENTE.·

La Comisión Legislativa informa que se recibió un oficio turnado por la Oficina de la Abogacía
General (OAG) en el que solicitan la aprobación del Protocolo para la prevención y atención en
casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
La iniciativa de elaborar dicho protocolo surge de la recomendación 17 /2018 realizada por la
Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León (CEDHNL) hacia la
Universidad Autónoma de Nuevo León, recibida el 4 de julio de 2018, misma que deriva de un
caso en el cual se acredita en perjuicio de la persona afectada la violación del derecho al trabajo, al
no contar dentro de la normativa universitaria con los elementos jurídicos que protejan su derecho
laboral. Derivado de lo anterior, la OAG sostuvo reuniones con el personal de la CEDHNL a fin
de presentarles el proyecto en cuestión. En este sentido, el pasado 15 de mayo de 2023 se recibió
oficio en donde se menciona que el proyecto se compartió con la víctima por la cual se generó la
queja, manifestando su conformidad del mismo.
De manera adicional, es de resaltar que, para la correcta elaboración de este proyecto, la OAG
mantuvo comunicación con representantes del Sindicato Universitario, así como de otros centros
de trabajo de la UANL como la Unidad de Servicios Psicológicos de la Facultad de Psicología, y el
Centro de Litigación y Mediación de la Facultad de Derecho y Criminología.
Una vez analizada esta propuesta, y considerando que la misma ha sido revisada y avalada por las
instancias legislativas correspondientes, y además concuerda en todos sus puntos con la legislación
vigente de la Universidad, esta Comisión emite el siguiente

DICTAMEN: Que se apruebe el Protocolo para la prevención y atención en casos de
acoso, violencia y/o discriminación laboral de la Universidad Autónoma
de Nuevo León.
Atentamente,
Cd. Universitaria, a 3 de agosto de 2023

POR LA COMISIÓN LEGISLATIVA

M.C.

�

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
Torre de Rectoría, Piso 7, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66455
81 8329 4158 • hconsejouni@uanl.mx • www.uanl.mx

187

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

188

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Protocolo para la prevención y atención en casos de
acoso, violencia y/o discriminación laboral de la
Universidad Autónoma de Nuevo León
Aprobado el 16 de agosto de 2023

189

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -1

Protocolo para la prevención y
atención en casos de acoso,
violencia y/o discriminación
laboral de la Universidad
Autónoma de Nuevo León
Aprobado el 16 de agosto de 2023

TÍTULO PRIMERO: Disposiciones Generales
TÍTULO SEGUNDO: De la Selección de Personas Orientadoras
TÍTULO TERCERO: De la atención para posibles casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
Capítulo I:
Capítulo II:
Capítulo III:

Orientación y Entrevista
Conciliación
Queja

TÍTULO CUARTO: Consideraciones
TRANSITORIOS

190

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -2

TÍTULO PRIMERO: Disposiciones Generales
Artículo 1.- El presente Protocolo es de orden interno para la Universidad Autónoma de Nuevo León y
de ninguna manera sustituye las instituciones y mecanismos tendientes a conseguir el equilibrio
entre los factores de la producción y justicia social, contemplados en la legislación nacional y
estatal, por lo que se exhorta a las personas que se consideren probables víctimas de acoso,
violencia y/o discriminación laboral al interior de la Universidad a que también acudan a las
autoridades gubernamentales correspondientes.
Artículo 2.- Las disposiciones de este instrumento tienen como propósito establecer acciones para
prevenir y atender los probables casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral de la
Universidad Autónoma de Nuevo León, así como promover un entorno organizacional favorable y
un trabajo digno en todas sus relaciones laborales.
Artículo 3.- El Protocolo será aplicable para los probables casos de acoso, violencia y/o discriminación
laboral que se susciten en las instalaciones e inmediaciones universitarias, así como en los recintos
universitarios o en los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación
relacionados con el trabajo, siempre y cuando las personas sostengan una relación laboral directa
con la Universidad Autónoma de Nuevo León o con cualquiera de sus Centros de Trabajo, con
motivo del quehacer académico y administrativo.
Artículo 4.- Los principios rectores aplicables a las relaciones, situaciones y procesos vinculados a la
aplicación del presente Protocolo son los siguientes:
I. Ambiente saludable y armonioso: Son los contextos en los que toda persona tiene derecho a
ejercer sus actividades en un ambiente sano y seguro dentro de su entorno laboral, de tal
forma que preserve su salud física y mental estimulando plenamente su desarrollo y
desempeño profesional.
II. Confidencialidad: La información recabada será resguardada y se utilizará únicamente para
fines del Protocolo para la Prevención y Atención en casos de Acoso, Violencia y/o
Discriminación Laboral, solo podrá ser compartida con los titulares de la misma, sus
representantes y los servidores facultados para ello en base a la normativa aplicable.
III. Debida diligencia: Asegura la aplicación efectiva de la normativa vigente que permite actuar
de manera amplia, efectiva, eficiente y comprensiva ante las acciones de atención para los
probables casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral.
IV. Dignidad de la persona: En su núcleo más esencial, es entendida como un interés inseparable
de toda persona por el simple hecho de serlo, a ser tratado como tal; a no ser humillada,
degradada, envilecida o cosificada.
V. No re-victimización: Se deberá evitar exponer innecesariamente a las probables personas
víctimas a recordar, verbalizar y exponer múltiples veces los hechos, a fin de no transgredir
contra su integridad y autoestima.
VI. Perspectiva de género: Visión científica, analítica, crítica y política, que permite construir una
sociedad en donde la condición femenina, masculina o cualquier otra que considere tengan el
mismo valor, igualdad de derechos y oportunidades.
VII. Trabajo Digno: Aquel en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no
existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición
social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales
o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se
recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios
compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir
riesgos de trabajo.
Artículo 5.- Para los efectos de este Protocolo, se entiende por:
I. Acoso Laboral: También conocido como mobbing, es una conducta que se presenta dentro de
un vínculo laboral con el objetivo de intimidar, opacar, aplanar, amedrentar o consumir
emocional o intelectualmente a la Persona Víctima, con miras a excluirla de la organización o

191

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -3

II.
III.
IV.
V.

VI.

VII.
VIII.

IX.
X.

XI.

XII.

XIII.
XIV.
XV.
XVI.

a satisfacer la necesidad, que suele presentar la Persona Agresora, de controlar o destruir; se
presenta, sistémicamente, a partir de una serie de actos o comportamientos hostiles hacia una
Persona Trabajadora, de forma que un acto aislado no puede constituir acoso.
Centro de Litigación y Mediación: Centro de Litigación y Mediación de la Facultad de
Derecho y Criminología.
Centro de Trabajo: Los Institutos, Centros, Departamentos, Facultades, Escuelas, y demás
órganos y entidades académicas, administrativas, de consulta y apoyo, o cualquiera que sea su
denominación, de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Comisión de Honor y Justicia: Comisión de Honor y Justicia de la Universidad Autónoma de
Nuevo León.
Comisión Mixta: Comisión Mixta de Entorno Laboral Favorable de la Universidad Autónoma
de Nuevo León. Es la responsable de hacer cumplir el Protocolo para la Atención y
Prevención de los Casos de Acoso, Violencia y/o Discriminación Laboral; elaborar y
administrar los expedientes de Queja; así como definir, promover y difundir las políticas para
un entorno laboral favorable y la prevención del acoso, violencia y/o discriminación laboral
dentro de la Universidad. Su conformación, funciones y atribuciones emanan del Contrato
Colectivo de Trabajo de la Universidad.
Conciliación: Reunión en la cual la Persona Facilitadora intenta, en los casos que sea
procedente, proponer soluciones al igual que las partes con el fin de llegar a un acuerdo,
siempre velando por la máxima protección de los derechos de las Personas Probables
Víctimas de acoso, violencia y/o discriminación laboral.
Consejo Universitario: Honorable Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de
Nuevo León.
Discriminación: Exclusión, restricción o preferencia basada en el origen étnico o nacional,
color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, salud
o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo,
opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar,
responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o cualquier otro motivo que tenga
por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir el ejercicio de derechos y la igualdad
de oportunidades.
Discriminación Laboral: Discriminación que tenga por consecuencia anular o alterar la
igualdad de oportunidades o de trato en el empleo.
Entorno Laboral Favorable: También conocido como Entorno Organizacional Favorable, es
aquel en el que se promueve el sentido de pertenencia de las Personas Trabajadoras a la
Universidad Autónoma de Nuevo León; la formación para la adecuada realización de las
tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para las personas
trabajadoras de los Centro de Trabajo; la participación proactiva y comunicación entre las
Personas Trabajadoras; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas de trabajo
regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del
desempeño.
Medidas de Protección: Son aquellas que puede determinar la Comisión Mixta de Entorno
Laboral Favorable de la Universidad Autónoma de Nuevo León con el fin de evitar daños de
difícil o imposible reparación, mismas que se darán a conocer a los titulares de los diversos
Centros de Trabajo correspondientes, incluyendo a la Dirección de Recursos Humanos y
Nóminas de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Persona Agresora: Persona que ha cometido acoso, violencia y/o discriminación laboral hacia
una Persona Trabajadora. Será considerada como tal a partir de que el Honorable Consejo
Universitario de la Universidad Autónoma de Nuevo León emita su dictamen definitivo
confirmando la existencia del acto de acoso, violencia y/o discriminación.
Persona Facilitadora: Persona certificada para brindar servicios de atención y asesoría en la
gestión y resolución de probables conflictos en materia laboral del Centro de Litigación y
Mediación de la Facultad de Derecho y Criminología.
Persona Orientadora: Persona designada en cada Centro de Trabajo encargada de orientar a la
Persona Probable Víctima sobre el funcionamiento del presente Protocolo.
Persona Probable Agresora: Persona que se presume realizó un acto de acoso, violencia y/o
discriminación laboral hacia una Persona Trabajadora.
Persona Probable Víctima: Persona que se presume ha sido afectada directamente de un acto

192

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -4

de acoso, violencia y/o discriminación laboral.
XVII. Persona Trabajadora: Persona física que mantenga una relación laboral directa con la
Universidad Autónoma de Nuevo León o con cualquiera de sus Centros de Trabajo.
XVIII. Persona Víctima: Persona que ha sufrido violencia y/o discriminación laboral. Será
considerada como tal a partir de que el Honorable Consejo Universitario de la Universidad
Autónoma de Nuevo León emita su dictamen definitivo confirmando la existencia del acto de
acoso, violencia y/o discriminación.
XIX. Protocolo: Protocolo para la Prevención y Atención en casos de Acoso, Violencia y/o
Discriminación Laboral.
XX. Queja: Manifestación de hechos que hace de conocimiento la Persona Probable Víctima a la
Comisión Mixta de Entorno Laboral Favorable de la Universidad Autónoma de Nuevo León,
que implican probables actos de acoso, violencia y/o discriminación laboral que significan
una afectación directa a sus intereses.
XXI. Recomendación: La resolución que la Comisión Mixta de Entorno Organizacional Favorable
dirige a la Comisión de Honor y Justicia respecto a los probables casos en materia de acoso,
violencia y/o discriminación laboral.
XXII. Recursos Humanos: Dirección de Recursos Humanos y Nóminas de la Universidad Autónoma
de Nuevo León.
XXIII. Sindicato: Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
XXIV. Unidades de Servicios Psicológicos: Unidad de Servicios Psicológicos de la Facultad de
Psicología de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
XXV. Universidad: Universidad Autónoma de Nuevo León.
XXVI. Violencia Laboral: Se ejerce por las personas que tienen una relación laboral directa con la
Universidad Autónoma de Nuevo León o con cualquiera de sus Centros de Trabajo,
independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso
de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la Persona
Probable Víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.
Artículo 6.- El acoso, violencia y/o discriminación laboral puede manifestarse de las siguientes formas:
I. Vertical ascendente: Se desarrolla cuando una o varias Personas Trabajadoras en una posición
jerárquica inferior dentro de la estructura de la Universidad acosan, violentan y/o discriminan
a una Persona Trabajadora que se encuentra en una posición superior.
II. Vertical descendente: Se desarrolla cuando una o varias Personas Trabajadoras en una
posición jerárquica superior dentro de la estructura de la Universidad acosan, violentan y/o
discriminan a una Persona Trabajadora en una posición inferior.
III. Horizontal: Se desarrolla cuando se produce un acto de acoso, violencia y/o discriminación
laboral entre Personas Trabajadoras que se encuentran en una posición similar o equivalente
dentro de la estructura de la Universidad.
Artículo 7.- Los Centros de Trabajo coadyuvarán con la Comisión Mixta al cumplimiento de este
Protocolo, conforme a las formas de participación señaladas en el mismo.
Artículo 8.- Para prevenir los actos de acoso, violencia y/o discriminación laboral se deberá promover
una cultura institucional de entorno organizacional favorable, libre de cualquier forma de
violencia, así como un trabajo digno dentro de todos los Centros de Trabajo.

TÍTULO SEGUNDO: De la Selección de Personas Orientadoras
Artículo 9.- Cada Centro de Trabajo deberá contar con una Persona Orientadora.
Artículo 10.- La Comisión Mixta solicitará la designación de quien aspire a ocupar el cargo de la
Persona Orientadora de cada Centro de Trabajo contando con quince días hábiles para nombrarla a
partir de la recepción de la solicitud.

193

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -5

Artículo 11.- En caso de que los Centros de Trabajo no den respuesta, la Comisión Mixta emitirá un
recordatorio para informar que cuentan con cinco días hábiles para responder.
Artículo 12.- Para seleccionar a quienes aspiren a ocupar el cargo de la Persona Orientadora se deberán
considerar que cumplan con los siguientes requisitos:
I. Desempeñar su labor de manera presencial en su Centro de Trabajo;
II. No contar con un expediente abierto de probables casos de acoso, violencia y/o
discriminación laboral en la Comisión Mixta; y,
III. No contar con resoluciones positivas en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
por parte del Consejo Universitario.
Artículo 13.- El cargo de Persona Orientadora deberá ser preferentemente de manera voluntaria. En caso
de que no exista aspirante para la Persona Orientadora, se seleccionará a quien esté a cargo de
Recursos Humanos del Centro de Trabajo en cuestión.
Artículo 14.- La Comisión Mixta será la encargada de organizar las capacitaciones en materia de
derechos humanos y prevención en acoso, violencia y/o discriminación laboral, así como del
funcionamiento del Protocolo, las cuales serán dirigidas a quienes aspiran a ocupar el cargo de
Personas Orientadoras.
Artículo 15.- Quien aspire a ocupar el cargo de Persona Orientadora de su Centro de Trabajo, deberá
tomar las capacitaciones organizadas por la Comisión Mixta.
En caso de no presentarse a alguna capacitación en una primera ocasión, la Comisión Mixta
asignará una nueva fecha para el desahogo de la misma y en caso de no atender esa segunda fecha,
la Comisión Mixta solicitará al Centro de Trabajo la designación de otra persona.
Artículo 16.- Serán consideradas como Personas Orientadoras hasta que cuenten con los siguientes
requisitos:
I. Carta compromiso aceptando el cargo;
II. Constancia de capacitación otorgado por la Comisión Mixta; y
III. Carta de confidencialidad.
Artículo 17.- La Comisión Mixta recopilará los datos de contacto oficiales de las Personas Orientadoras,
mismos que estarán disponibles en la página web de la Universidad.
Artículo 18. En el supuesto de que alguna Persona Orientadora deje de ser Persona Trabajadora o
cambie de Centro de Trabajo, se deberá notificar a la Comisión Mixta la nueva designación de
quien aspire a ocupar el cargo de Persona Orientadora del Centro de Trabajo en cuestión.
Artículo 19. El cargo de Persona Orientadora es de manera honorífica, por lo que no recibirán
retribución económica alguna por las funciones que desempeñen con tal carácter.

194

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
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Legislativa
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Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -6

Artículo 20. La Comisión Mixta tendrá la obligación de verificar anualmente que los Centros de Trabajo
cuenten con la Persona Orientadora designada.

TÍTULO TERCERO: De la atención para posibles casos de acoso, violencia y/o
discriminación laboral
Artículo 21. El procedimiento de atención para probables casos de acoso, violencia y/o discriminación
laboral se iniciará a instancia de parte, deberá ser por propia decisión, libre de toda coacción y no
por obligación.
Artículo 22. Las acciones de atención para posibles casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
son personales e individuales.
CAPÍTULO I
Orientación y Entrevista
Artículo 23. Las Personas Trabajadoras podrán contactar a cualquier Persona Orientadora, sin importar
el Centro de Trabajo al que pertenezcan.
Artículo 24.- Durante la orientación la Persona Trabajadora recibirá información respecto a:
I. El procedimiento del Protocolo,
II. Los datos necesarios para contactar una Persona Facilitadora, y
III. Los datos necesarios para contactar a la Unidad de Servicios Psicológicos.

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
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Artículo 25. Bajo ninguna circunstancia la Persona Orientadora tendrá conocimiento sobre los probables
hechos de acoso, violencia y/o discriminación laboral.
Artículo 26. Para fines estadísticos, la Persona Orientadora llevará un registro de las orientaciones que
otorgue, informando de manera semestral a la Comisión Mixta.
La Persona Orientadora llevará un registro para fines estadísticos de las orientaciones que otorgue,
informando de manera semestral a la Comisión Mixta.
Artículo 27. La Persona Trabajadora será considerada Persona Probable Víctima a partir de contactar a
la Persona Facilitadora o interponer su Queja directamente a la Comisión Mixta.
Artículo 28. Al contactar a la Persona Facilitadora, se agendará una entrevista donde la Persona
Probable Víctima podrá relatar los hechos del probable caso de acoso, violencia y/o
discriminación laboral.
Artículo 29.- La Persona Facilitadora señalará las opciones con las que cuenta la Persona Probable
Víctima, que pueden ser:
I. Conciliación, o
II. Queja.
CAPÍTULO II
Conciliación
Artículo 30. El Centro de Litigación y Mediación será el responsable y encargado de iniciar, llevar a
cabo y dar por terminada la Conciliación de acuerdo a sus procedimientos internos.
Artículo 31. No procederá la realización de una Conciliación cuando derivado de la entrevista con la
Persona Facilitadora:
I. Se desprenda la probable comisión de un delito.
II. Exista el riesgo inminente de re-victimizar a la Persona Probable Víctima.

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Iniciales
II. Informe
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CAPÍTULO III
Queja
Artículo 32. La Persona Probable Víctima podrá presentar la Queja ante la Comisión Mixta:
I. Cuando no proceda la Conciliación de conformidad con el artículo 31;
II. Cuando la Persona Probable Víctima no quiera participar en la Conciliación;
III. Cuando la Persona Probable Agresora no quiera participar en la Conciliación; y,
IV. Cuando no se llegue a un acuerdo en la Conciliación.
No será necesario acudir con una Persona Orientadora y/o una Persona Facilitadora para presentar
la Queja.
Artículo 33. La Comisión Mixta será la responsable de recabar, documentar y desahogar las Quejas.
Artículo 34. La Queja se entregará a la Comisión Mixta y deberá contener lo siguiente:
I. Fecha;
II. Nombre completo;
III. Datos de contacto para recibir notificaciones;
IV. Narración de los hechos;
V. Datos que permitan identificar a la Persona Probable Agresora; y
VI. Firma autógrafa o huella digital de la Persona Probable Víctima.
Artículo 35. Si la Persona Probable Víctima presenta su Queja de manera física, deberá entregarse en un
sobre sin datos visibles al exterior.
Si la Persona Probable Víctima presenta su Queja de manera electrónica, será preferentemente a
través de su correo institucional.
La Persona Probable Víctima podrá apoyarse de un representante o persona de su confianza para
presentar la Queja.
Artículo 36. Recibida la Queja, la Comisión Mixta le asignará un número de expediente en el cual se
documentarán las acciones emprendidas hasta la resolución del caso.
Artículo 37. La Queja presentada por la Persona Probable Víctima no procederá en caso de que no
cuente con uno o más de los requisitos señalados en el artículo 34 y será notificada por la
Comisión Mixta, invitándola a presentar nuevamente la Queja con los requisitos ya establecidos.
Artículo 38. Los datos de contacto de la Comisión Mixta estarán disponibles en la página electrónica de
la Universidad.
Artículo 39. Una vez recibida la Queja, la Comisión Mixta podrá implementar alguna de las siguientes
Medidas de Protección:
I. Reubicación física o cambio de área de manera temporal de la Persona Probable Víctima o de
la Persona Probable Agresora;
II. Cambio de horario de manera temporal de la Persona Probable Víctima o de la Persona
Probable Agresora, con la finalidad de brindar seguridad y confianza en el ambiente; y,
III. Cualquier otra que, a consideración de la Comisión Mixta, coadyuve para la protección de la
Persona Probable Víctima y del Entorno Laboral Favorable.
Artículo 40. La Comisión Mixta deberá hacer del conocimiento al superior jerárquico inmediato de la o
las personas a quienes se les apliquen las Medidas de Protección y/o en su caso a la persona titular
del Centro de Trabajo al que pertenezcan.
Artículo 41. La Comisión Mixta notificará a la Persona Probable Agresora que se abrió un expediente
por su implicación en un probable acto de acoso, violencia y/o discriminación laboral.

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

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Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -9

Artículo 42. Una vez entregada la notificación, la Comisión Mixta deberá:
I. Invitar a la Persona Probable Víctima a declarar su versión de los hechos y a ofrecer las
pruebas que estime pertinentes;
II. Invitar a la Persona Probable Agresora a declarar su versión de los hechos y a ofrecer las
pruebas que estime pertinentes;
III. En su caso, invitar a testigos a declarar su versión de los hechos; y
IV. Recabar las pruebas que considere necesarias.
La Comisión Mixta señalará lugar, fecha y hora dentro de la notificación para que, de manera
voluntaria, se presenten a declarar.
Artículo 43. La Comisión Mixta valorará las declaraciones y pruebas recabadas. Si a su consideración
no resultan satisfactorias, podrá solicitar información adicional y/o rectificarla.
Artículo 44. Si a consideración de la Comisión Mixta las pruebas resultan satisfactorias y/o no se obtuvo
mayor información, convocará a una reunión para emitir las recomendaciones.
Artículo 45. A la reunión deberán asistir:
I. Un representante de la Unidad de Servicios Psicológicos;
II. Un representante de Recursos Humanos; y
III. Los integrantes de la Comisión Mixta.
Artículo 46. Las recomendaciones derivadas de la reunión se remitirán a la Comisión de Honor y
Justicia, a fin de que sean sometidas a Consejo Universitario para su aprobación, según lo
establecido en los artículos 61 fracción III, 67, 68, 157 y demás que resulten aplicables del
Estatuto General de la Universidad.
Artículo 47. Cuando se derive la posible comisión de uno o varios delitos, la Universidad hará la
denuncia a las autoridades penales competentes, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones
establecidas en la legislación vigente.

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Iniciales
II. Informe
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Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
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TÍTULO CUARTO: Consideraciones
Artículo 48. Los casos de acoso u hostigamiento sexual no corresponden a este Protocolo y las personas
que se encuentren en esta situación serán invitadas a acudir a la Unidad para la Igualdad de
Género.
Artículo 49. Sólo se recibirán Quejas de probable acoso, violencia y/o discriminación laboral dentro de
los doce meses posteriores a la comisión de los hechos. En el caso de actos continuados, el plazo
se computará a partir de que se haya presentado el último hecho.
Artículo 50. El presente Protocolo deberá revisarse por la Dirección de Legislación Universitaria cuando
menos cada tres años y realizarse los ajustes en caso de requerirse.

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�I. Actos
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II. Informe
de comisiones

II. INFORME
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Legislativa
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Protocolo para la prevención y atención en casos de acoso, violencia y/o discriminación laboral
de la Universidad Autónoma de Nuevo León -11

TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este Protocolo entrará en vigor y será publicado en la Gaceta Universitaria de la UANL al
día siguiente de su aprobación por el Consejo Universitario.

200

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
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Legislativa
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

Dr. med. Santos Guzmán López
RECTOR

Dr. Juan Paura García
SECRETARIO GENERAL

201

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Acuerdo.

202

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

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2.Solicitudes de la Oficina de la Abogacía General para aprobar:
b.El establecimiento de las funciones y estructura de la Oficina de la Abogacía General de la UANL

203

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
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D)
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Legislativa
﻿

204

�I. Actos
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II. Informe
de comisiones

II. INFORME
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D)
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Legislativa
﻿

UANL

“ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA DE LA OFICINA DE
LA ABOGACÍA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN”:
PRIMERO. Se establecen las funciones y estructura de la Oficina de la Abogacía General.
SEGUNDO. Son funciones de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General, las siguientes:

I.

Representar legalmente a la UANL en asuntos contenciosos, judiciales, administrativos,
laborales y los que asigne la persona titular de la Rectoría;

II.

Asesorar a las personas titulares o integrantes de los órganos e instancias de la UANL en
materia legal y de consulta sobre interpretación de la legislación nacional y universitaria;

III.

Delegar la representación de la UANL para la defensa de los intereses institucionales a
través del otorgamiento de los poderes generales o especiales y, en su caso, revocarlos;

IV.

Procurar el cumplimiento del orden jurídico de la UANL;

V.

Asesorar y colaborar con el H. Consejo Universitario en la aprobación de proyectos de
normas y disposiciones de reglamentación de observancia general en la UANL;

VI.

Cumplir las funciones que le sean asignadas al formar parte de los distintos órganos
colegiados en términos de la normativa universitaria y brindarles asesoría jurídica;

VII.

Sugerir a los distintos órganos de la UANL las medidas legales sobre administración y
operatividad que se consideren convenientes para el correcto desempeño de sus
competencias;

VIII.

Llevar a cabo las acciones de representación legal de la UANL ante las autoridades
competentes para salvaguardar la protección en materia de propiedad intelectual y
derechos de autor que correspondan;

IX.

Supervisión y coordinación general de todas las actividades internas de la Oficina de la
Abogacía General;

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de comisiones

II. INFORME
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Comisión DE
Legislativa
﻿

UANL

X.

Asesorar jurídicamente a la Rectoría y demás autoridades universitarias competentes en
la celebración de actos o en la firma de documentos que impliquen obligaciones o
derechos a la UANL;

XI.

Participar en las acciones que permitan la protección y salvaguarda jurídica del
patrimonio inmobiliario de la UANL;

XII.

Participar y asesorar legalmente en la revisión y administración de los criterios de
aplicación de las prestaciones del Contrato Colectivo de Trabajo de la UANL, y

XIII.

Las demás que sean necesarias para cumplir con el ejercicio de las anteriores, las que la
normatividad universitaria y administrativa le otorguen y las que sean conferidas
expresamente por la persona titular de la Rectoría de la UANL.

TERCERO. Para el cumplimiento adecuado de sus funciones la Oficina de la Abogacía General se
conforma de la siguiente manera:

I.

Dirección de Asuntos Civiles y Administrativos

II.

Dirección de Atención Jurídica Académica

III.

Dirección de Legislación Universitaria

IV.

Dirección de Planeación y Seguimiento

V.

Dirección de Relaciones Laborales

VI.

Dirección Jurídica de lo Contencioso

VII.

Dirección Jurídica Corporativa

CUARTO. Son funciones de la Dirección de Asuntos Civiles y Administrativos, las siguientes:

I.

Ofrecer asesoría técnico-jurídica especializada en materia de adquisiciones,
arrendamientos y servicios;

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de comisiones

II. INFORME
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Comisión DE
Legislativa
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UANL

II.

Asesorar y desahogar las consultas formuladas por las instancias, entidades académicas
y dependencias universitarias que en materia jurídica se realicen;

III.

Dictaminar, evaluar y analizar la procedencia de desafectación de bienes de la UANL;

IV.

Revisar, proponer y participar activamente en los procedimientos de contratación pública
que requiere esta institución educativa;

V.

Identificar y canalizar los instrumentos contractuales de naturaleza civil, mercantil y
administrativos en el archivo general de la Oficina de la Abogacía General de la UANL;

VI.

Proponer a la persona titular de la Oficina de la Abogacía General la celebración de
convenios judiciales y extrajudiciales cuya finalidad sea resolver conflictos en los que la
UANL sea parte;

VII.

Realizar los trámites migratorios del personal de nacionalidad extranjera que labore en
esta máxima casa de estudios, así mismo mantener actualizada la Constancia de
Inscripción de Empleador de los Representantes Legales autorizados ante el Instituto
Nacional de Migración;

VIII.

Tramitar ante las instancias correspondientes el cobro de fianzas derivadas de los
contratos celebrados por la UANL, así como los daños a las compañías aseguradoras;

IX.

Sistematización de los documentos contractuales para cumplir con las auditorías internas
y externas que se llevan a cabo en todas las dependencias de la UANL;

X.

Redacción de los instrumentos jurídicos, en cumplimiento con los formatos idóneos para
lograr su máxima optimización y sobre todo cumplimiento con todos los alcances
jurídicos, y

XI.

Las demás que le confiera la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y nuestra
legislación universitaria.

QUINTO. Son funciones de la Dirección de Atención Jurídica Académica, las siguientes:

I.

Asesorar a las autoridades universitarias en la celebración de convenios de colaboración
y cooperación científica e intercambio académico nacional e internacional;

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II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
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UANL

II.

Asesorar y desahogar las consultas formuladas por las distintas instituciones y
autoridades universitarias que en materia de cooperación académica y científica se
realicen;

III.

Elaborar y/o dictaminar los proyectos de convenios, contratos, bases de colaboración y
demás instrumentos que se puedan generar con alcances académicos;

IV.

Generar y promover alianzas estratégicas en el ámbito de su competencia, con
instituciones académicas nacionales e internacionales;

V.

Impulsar la estandarización de convenios e instrumentos jurídicos de trascendencia
académica y científica, librados a través de la Oficina de la Abogacía General;

VI.

Sistematizar los convenios e instrumentos jurídicos de trascendencia académica y
científica en el Archivo General de la Oficina de la Abogacía General;

VII.

Las demás que le confiera la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y nuestra
legislación universitaria.

SEXTO. Son funciones de la Dirección de Legislación Universitaria, las siguientes:

I.

Brindar asesoría al Consejo Universitario y sus Comisiones;

II.

Brindar asesoría jurídica a los miembros de la comunidad universitaria respecto a la
interpretación y aplicación de la normativa universitaria;

III.

Participar y ser convocada en todas las reuniones que impliquen modificaciones a la
normativa universitaria;

IV.

Resolver consultas de interpretación y aplicación de la normatividad universitaria;

V.

Establecer la organización y el funcionamiento del Sistema Universitario de Mejora
Regulatoria;

VI.

Recibir y analizar los anteproyectos regulatorios (reglamentos, lineamientos, acuerdos,
etc.) que los Institutos, Centros, Departamentos, Facultades, Escuelas y demás órganos

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
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UANL

o entidades académicas, administrativas, de consulta y apoyo sometan a estudio y
dictamen de la Oficina de la Abogacía General para su presentación ante el Consejo
Universitario;
VII.

Orientar, revisar o proponer proyectos normativos sobre nuevos ordenamientos jurídicos
universitarios o de modificación a la normativa ya existente dentro de la UANL;

VIII.

Organizar y realizar cursos, talleres, seminarios y demás encaminados a la actualización
de la normatividad universitaria;

IX.

Fungir como titular de la Secretaría Técnica del Comité de Transparencia de la UANL;

X.

Ser el enlace con la Unidad de Transparencia de la UANL para responder cualquier
solicitud, publicar, mantener y actualizar las obligaciones de transparencia que le
correspondan a la Oficina de la Abogacía General, y

XI.

Las demás que le confiera la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y nuestra
legislación universitaria.

SÉPTIMO. Son funciones de la Dirección de Planeación y Seguimiento, las siguientes:

I.

Administrar los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Oficina de la
Abogacía General, atendiendo el uso eficiente de los mismos en términos de la
normatividad aplicable, e informar de dicha gestión a la persona titular de la Oficina de
la Abogacía General;

II.

Atender y dar respuesta a las auditorías administrativas de carácter interno y externo a
que esté sujeta la Oficina de la Abogacía General;

III.

Elaborar el presupuesto anual de la Oficina de la Abogacía General, así como gestionar
partidas presupuestales extraordinarias para cobertura de proyectos;

IV.

Operar y administrar lo referente a tecnologías de la información y el procesamiento de
datos de la Oficina de la Abogacía General;

V.

Ejecutar y coordinar medidas de seguridad e higiene, que le permitan a la oficina operar
de manera segura, al cuidado y atención del capital humano;

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de comisiones

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Comisión DE
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UANL

VI.

Coadyuvar en el proceso de selección del personal de la Oficina de la Abogacía General;

VII.

Coordinar, dar seguimiento y evaluar las actividades que realiza el personal de la Oficina
de la Abogacía General;

VIII.

Comunicar y vigilar el cumplimiento de criterios y lineamientos que emita la Oficina de la
Abogacía General;

IX.

Coordinar la integración y presentación de reportes mensuales y anuales de la Oficina de
la Abogacía General;

X.

Gestionar la cobranza en temas contractuales asignados por la persona titular de la
Oficina de la Abogacía General;

XI.

Participar en aquellos cuerpos colegiados por instrucciones de la persona titular de la
Oficina de la Abogacía General;

XII.

Coordinar la creación y administración del archivo general jurídico, físico y electrónico de
la Oficina de la Abogacía General, y

XIII.

Las demás que le confiera la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y nuestra
legislación universitaria

OCTAVO. Son funciones de la Dirección de Relaciones Laborales, las siguientes:

I.

Atender procesos jurisdiccionales, de justicia alternativa y convenios en materia laboral,
así como las consecuencias legales del Contrato Colectivo de Trabajo, llevando a cabo un
litigio estratégico acorde a las innovaciones jurídicas en la materia;

II.

Asesorar y desahogar las consultas formuladas por las instancias, entidades académicas
y dependencias universitarias que en materia de relaciones laborales se realicen, así
como aquellas relacionadas con la aplicación del Contrato Colectivo de Trabajo;

III.

Asistir y asesorar, con la representación de la persona titular de la Oficina de la Abogacía
General, a las negociaciones que con motivo de las revisiones salariales y contractuales

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
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Legislativa
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UANL

del Contrato Colectivo de Trabajo que celebre la UANL con la representación del sindicato
de la UANL;
IV.

Supervisar, evaluar y atender las actividades que de carácter contencioso laboral la UANL
sea parte;

V.

Analizar y dictaminar las solicitudes que en materia de pensiones y jubilaciones se
presenten;

VI.

Proponer a la persona titular de la Oficina de la Abogacía General aquellas solicitudes que
ameriten ser dictaminadas por el Comité de Pensiones y Jubilaciones;

VII.

Generar lineamientos para prevención de conflictos laborales y difundirlos entre los
directores y jefes de Recursos Humanos de la UANL, y

VIII.

Las demás que le confiera la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y nuestra
legislación universitaria.

NOVENO. Son funciones de la Dirección Jurídica de lo Contencioso, las siguientes:

I.

Plantear, formular y ejecutar todas las acciones legales que se estimen necesarias para la
defensa de los intereses y patrimonio de la UANL, así como aquellas que se hayan
interpuesto en su contra;

II.

Brindar asesoría y asistencia técnico-jurídica especializada en asuntos contenciosos al
Consejo Universitario y sus Comisiones, así como a las distintas dependencias
universitarias cuando así lo soliciten;

III.

Dar seguimiento a los procedimientos contenciosos, administrativos y judiciales en
representación de la UANL;

IV.

Plantear, formular y analizar propuestas de soluciones alternas para resolver los
conflictos derivados de las acciones legales intentadas por y en contra de la UANL, ya sea
previas a juicio, durante su tramitación o en etapa de ejecución;

V.

Representar a la UANL en los procesos jurisdiccionales ante las autoridades judiciales,
administrativas y de investigación, ya sean locales o federales, en aquellos asuntos en

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
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UANL

que la UANL sea parte, tenga algún interés jurídico o pudiera resultarle cualquier tipo de
interés;
VI.

Representar a la UANL en los procesos seguidos ante autoridades administrativas y
organismos autónomos, ya sean municipales, estatales, federales o internacionales, en
aquellos asuntos en que la UANL sea parte o tenga algún interés;

VII.

Ser asesor jurídico y coadyuvar con el Ministerio Público en los procedimientos penales
en que la UANL revista el carácter de víctima u ofendido;

VIII.

Representar como delegados a las autoridades y funcionarios universitarios cuando son
señalados como autoridades responsables en los juicios de amparo;

IX.

Desahogar y dar cumplimiento a los requerimientos judiciales, administrativos y
ministeriales realizados a las instancias, entidades académicas y dependencias
universitarias en materia contenciosa, así como su debido seguimiento hasta en tanto se
tengan por debidamente cumplidos;

X.

Dar seguimiento a las quejas y requerimientos en materia de derechos humanos tanto
en materia federal como estatal;

XI.

Las demás que le confiera la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y nuestra
legislación universitaria.

DÉCIMO. Son funciones de la Dirección Jurídica Corporativa, las siguientes:

I.

Desarrollar instrumentos legales corporativos para la regulación, generación y
aprovechamiento de recursos propios;

II.

Analizar estudios de factibilidad jurídica y financiera sobre proyectos productivos y
operaciones comerciales, así como de modelos de operación, rentabilidad y
competitividad;

III.

Gestionar, resguardar y defender la protección jurídica de las creaciones en las distintas
ramas de la propiedad intelectual, destacando los libros, personajes, musicales,
softwares, invenciones, signos distintivos, variedades vegetales, entre otros;

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
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UANL

IV.

Dictaminar las propuestas sobre la procedencia de otorgamiento de licencias de uso de
signos distintivos, transferencia de tecnología y franquicias, así como atender las
solicitudes de pago de regalías a los autores universitarios;

V.

Dictaminar, validar, registrar, depositar y, en su caso, elaborar los instrumentos jurídicos
consensuales que celebre la UANL en materia de propiedad intelectual, así como llevar
el control de los mismos siempre en apego a las disposiciones de Propiedad Intelectual,
tanto nacionales como internacionales;

VI.

Revisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales respecto al uso de marcas de
la institución y otorgamientos de sublicencias;

VII.

Vigilar y defender el buen uso institucional y comercial autorizado de las marcas
propiedad de la UANL;

VIII.

Control y resguardo institucional de los documentos vigentes e históricos cuya titularidad
es a cargo de la UANL, como invenciones, signos distintivos, variedades vegetales, títulos,
reservas de derechos, certificados de registros, ISBN, ISNN, licitudes de títulos y
contenidos, concesiones, entre otros, y

IX.

Las demás que le confiera la persona titular de la Oficina de la Abogacía General y nuestra
legislación universitaria.
TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor y será publicado en la Gaceta Universitaria de la
UANL al día siguiente de su aprobación por el Consejo Universitario.

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Torre de Rectoría, 4° Piso, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. C.P. 66455 *81 83294021
www.uanl.mx

213

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Acuerdo.

214

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

3.Solicitud de la Facultad de Arquitectura para crear un nuevo Reglamento Interno y abrogar el anterior
aprobado el 25 de noviembre de 2014..

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

216

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

Reglamento Interno
Facultad de Arquitectura
Aprobado el 16 de agosto de 2023

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Autoridades de la UANL
Dr. med. Santos Guzmán López
Rector
Dr. Juan Paura García
Secretario General
Dr. Jaime Arturo Castillo Elizondo
Secretario Académica
Dr. José Javier Villarreal Álvarez -Tostado
Secretario de Extensión y Cultura
Dr. Juan Manuel Alcocer González
Secretario de Investigación Científica y
Desarrollo Tecnológico
Dr. Sergio Salvador Fernández Delgadillo
Secretario de Sustentabilidad
Dra. med. Sandra Nora González Díaz
Secretaria de Relaciones Internacionales
M.C. Ludivina Cantú Ortiz
Secretaria de Igualdad e Inclusión

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Autoridades de la Facultad de Arquitectura
Dra. María Teresa Cedillo Salazar
Directora
M.C. Oscar Alejandro González González
Subdirector de Operaciones y Transformación
L.D.I. Roberto Carlos Rangel Ramírez
Subdirector Académico
M.C. María de los Ángeles Stringel Rodríguez
Subdirectora de Posgrado e Investigación
M.A. Carlos Antonio Ortiz González
Subdirector de Vinculación
M.C. José Antonio Pedroza Villarreal
Subdirector Administrativo
Dra. Fabiola Rosamaría Garza Rodríguez
Subdirectora de Comunicación y Vida Estudiantil

Comisión Legislativa de la H. Junta Directiva de la Facultad de Arquitectura
Miembros de la Comisión Legislativa de la Facultad
Dra. Bricelda Cristina García Leal
M.D.P. Laura Sáenz Belmonte
M.C. Mónica Patricia Ortíz Díaz
Magdalena Carolina Gloria Flores
Miranda Yamileth Limón Carrillo

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Reglamento Interno
Aprobado por la H. Junta Directiva de la Facultad de Arquitectura el 11 de Noviembre del 2022.
Aprobado por el H. Consejo Universitario el 16 de agosto de 2023.

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Índice

TÍTULO PRIMERO: De la Naturaleza y Fines de la Facultad............................................................... 8
CAPÍTULO I ...................................................................................................................................... 8
Disposiciones Generales. .................................................................................................................... 8
CAPÍTULO II ..................................................................................................................................... 9
De los Objetivos de la Naturaleza y fines de la Facultad. ................................................................... 9
CAPÍTULO III .................................................................................................................................. 10
De los Programas Educativos. .......................................................................................................... 10
TÍTULO SEGUNDO: Del Gobierno de la Facultad. ............................................................................ 11
CAPÍTULO I .................................................................................................................................... 11
Estructura Orgánica y Administrativa de la Facultad. ...................................................................... 11
CAPÍTULO II ................................................................................................................................... 11
De la H. Junta Directiva. ................................................................................................................... 11
CAPÍTULO III .................................................................................................................................. 12
De las Comisiones Permanentes de la H. Junta Directiva................................................................. 12
CAPÍTULO IV .................................................................................................................................. 16
Del Director. ..................................................................................................................................... 16
CAPÍTULO V ................................................................................................................................... 18
De los Puestos de la Estructura Organizacional. ............................................................................... 18
TÍTULO TERCERO: Del Personal Académico. .................................................................................. 21
CAPÍTULO I .................................................................................................................................... 21
De los Profesores. ............................................................................................................................. 21
CAPÍTULO II ................................................................................................................................... 23
De la Junta de Profesores. ................................................................................................................. 23
CAPÍTULO III .................................................................................................................................. 23
Del Consejero Profesor. .................................................................................................................... 23
CAPÍTULO IV .................................................................................................................................. 24
Del Decano........................................................................................................................................ 24

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

TÍTULO CUARTO: De los Alumnos ................................................................................................... 24
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 24
TÍTULO QUINTO: De los Procedimientos de Admisión y Permanencia de los Alumnos. ................. 24
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 24
TÍTULO SEXTO: De las Evaluaciones. ............................................................................................... 26
CAPÍTULO I .................................................................................................................................... 26
Disposiciones Generales ................................................................................................................... 26
CAPÍTULO II ................................................................................................................................... 27
De las Evaluaciones Ordinarias y Extraordinarias. ........................................................................... 27
CAPÍTULO III .................................................................................................................................. 27
Del Área Curricular de Libre Elección ............................................................................................. 27
TÍTULO SÉPTIMO: De la Certificación de Estudios. ......................................................................... 27
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 27
TÍTULO OCTAVO: Del Servicio Social y Prácticas Profesionales ..................................................... 28
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 28
TÍTULO NOVENO: Del Proceso de Titulación. .................................................................................. 29
CAPÍTULO I .................................................................................................................................... 29
Disposiciones Generales. .................................................................................................................. 29
CAPÍTULO II ................................................................................................................................... 30
De los Requisitos para la Obtención del Título. ............................................................................... 30
CAPÍTULO III .................................................................................................................................. 30
Del Protocolo de Titulación. ............................................................................................................. 30
CAPÍTULO IV .................................................................................................................................. 30
De los Reconocimientos.................................................................................................................... 30
CAPÍTULO V ................................................................................................................................... 30
De la Expedición del Título. ............................................................................................................. 30
TÍTULO DÉCIMO: De la División de Estudios de Posgrado. ............................................................. 31
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 31

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

TÍTULO DÉCIMO PRIMERO: De los Reconocimientos y Estímulos. ............................................... 32
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 32
TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO: De la Responsabilidad Universitaria................................................ 34
CAPÍTULO I .................................................................................................................................... 34
De las Faltas a la Responsabilidad Universitaria. ............................................................................. 34
CAPÍTULO II ................................................................................................................................... 34
De las sanciones y su aplicación. ...................................................................................................... 34
CAPÍTULO III .................................................................................................................................. 34
De los Medios de Impugnación sobre la Aplicación de Sanciones................................................... 34
TÍTULO DÉCIMO TERCERO: De los Consejos Consultivos. ........................................................... 34
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 34
TÍTULO DÉCIMO CUARTO: Del Patrimonio Universitario. ............................................................ 34
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 34
TÍTULO DÉCIMO QUINTO: De la Transparencia y Acceso a la Información. ................................. 35
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 35
TÍTULO DÉCIMO SEXTO: De la Internacionalización. .................................................................... 35
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 35
TÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO: De la Prevención Sanitaria y Seguridad Laboral. .............................. 36
CAPÍTULO ÚNICO ......................................................................................................................... 36
TRANSITORIOS .................................................................................................................................. 36

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Exposición de motivos
La Facultad de Arquitectura de la Universidad Autónoma de Nuevo León con 76 años de vida académica ha
realizado un esfuerzo en la actualización de su Plan de Desarrollo Institucional, donde contempla el conjunto de
elementos prioritarios estratégicos sobre ética y motivación para gestar políticas de innovación, competencia y
calidad que se requieren impulsar.
La temporalidad de las leyes generalmente se ajusta al desarrollo y necesidades de las nuevas generaciones.
Actualmente nuestra facultad es una institución de educación superior acreditada internacionalmente cumpliendo
con las normas de calidad en sus programas de licenciatura y posgrado. Hoy la Universidad junto con la Facultad,
han realizado un gran esfuerzo para consolidarse, atendiendo las directrices del Plan de Desarrollo Institucional
2022-2030, que toma en consideración la formación académica en la ciencia, la tecnología, la cultura, el arte, la
salud, el bienestar y gestión eficaz para llevar a cabo con orden la labor docente y así fortalecer a la institución.
La formulación de este reglamento, está sustentado en un proceso de planeación estratégica participativa que
involucra a diversos actores que integran a la facultad, incorporando el modelo educativo de la universidad, el
modelo académico de licenciatura y el modelo académico del posgrado. La integración de los anteriores elementos
a este reglamento interno marcará la pauta para facilitar el quehacer académico para la formación y el desarrollo
de profesionistas con un perfil de excelencia académica y óptima gestión educativa.
Dra. María Teresa Cedillo Salazar
Directora

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

TÍTULO PRIMERO: De la Naturaleza y Fines de la Facultad.

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales.
Artículo 1.- La Facultad de Arquitectura es una dependencia de educación superior de la Universidad Autónoma
de Nuevo León.
Artículo 2.- Las disposiciones del presente Reglamento Interno son de observancia obligatoria para las
autoridades, el personal académico y administrativo, así como para los alumnos de la Facultad de Arquitectura
de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 3.- En el presente Reglamento Interno se les denominará:
I. “Universidad”, a la Universidad Autónoma de Nuevo León.
II. “Facultad”, a la Facultad de Arquitectura.
III. “Ley”, a la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
IV. “Estatuto”, al Estatuto General de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
V. “Reglamento”, al Reglamento Interno.
VI. “Consejo”, al H. Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
VII. “Modelo Educativo”, al Modelo Educativo de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
VIII. “Modelo Académico de Licenciatura”, al Modelo Académico de Licenciatura de la Universidad
Autónoma de Nuevo León.
IX. “Modelo Académico de Posgrado”, al Modelo Académico de Posgrado de la Universidad Autónoma
de Nuevo León.
X. “Sindicato”, al Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
XI. “Rector”, al Rector de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
XII. “Comisiones”, a los órganos permanentes de la Junta Directiva.
XIII. “Director”, se entenderá sin distinción de genero al Director de la Facultad.
XIV. “Dirección”, al área administrativa donde desempeña sus funciones el Director.
XV. “Subdirectores”, se entenderá sin distinción de genero a los responsables de área.
XVI. “Secretarios”, se entenderá sin distinción de genero a los secretarios de área.
XVII. “Cuerpos Académicos”, conformados por los profesores de tiempo completo con registro PRODEP.
XVIII. “Comunidad”, a la comunidad integrada por profesores, personal administrativo y alumnos de la
Facultad.
XIX. “Departamento Escolar y de Archivo de la Universidad”, al Departamento Escolar y de Archivo de la
Universidad Autónoma de Nuevo León.
XX. “Departamento Escolar y Archivo de la Facultad”, al Departamento Escolar y Archivo de la Facultad
de Arquitectura.

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225

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

XXI.
XXII.
XXIII.
XXIV.
XXV.
XXVI.

“Secretaría Académica de la Licenciatura”, a los responsables académicos de Licenciatura.
“Jefatura de Departamento”, a los responsables de Departamento.
“Coordinadores”, se entenderá sin distinción de genero a los coordinadores de áreas.
“Comités”, a los cuerpos colegiados de las áreas de Posgrado.
“Profesores”, se entenderá sin distinción de genero al personal académico que imparte una o más
asignaturas en licenciatura o posgrado.
“Alumno”, a toda aquella persona que se encuentre debidamente inscrita tanto en el Departamento
Escolar y de Archivo de la Universidad, así como en el Departamento Escolar y Archivo de la
Facultad.

Artículo 4.- Las relaciones internas entre los directivos de la Facultad, el personal académico, administrativo y
alumnos se regirán por lo dispuesto en el presente Reglamento, la Ley, el Estatuto, el Contrato Colectivo de
Trabajo y todas aquellas otras disposiciones que emanen del Consejo y de la H. Junta Directiva de la Facultad.
Artículo 5.- La Facultad cuenta con una Misión, Visión, Política de Calidad y Valores, los cuales son declarados
en el Sistema de Gestión de Organización Educativa.
Artículo 6.- Tomando como base el Modelo Educativo, los ejes rectores del modelo que orientan el proceso
educativo en la Facultad son:
I. Los ejes estructuradores: educación centrada en el aprendizaje y basada en competencias.
II. El eje operativo: flexibilidad curricular y de los procesos educativos.
III. Los ejes transversales: internacionalización e innovación académica y responsabilidad social.
Artículo 7.- Los programas educativos de la Facultad promueven el desarrollo de las competencias profesionales
que permitan al alumno incorporarse con éxito al mercado laboral en las áreas de Arquitectura, Urbanismo y
Diseño Industrial.
Artículo 8.- La organización de los planes de estudio de los programas educativos del nivel de posgrado se
especifica en el Modelo Académico de Técnico Superior Universitario, Profesional Asociado y Licenciatura, el
Modelo Académico de Posgrado y en el Reglamento General del Sistema de Posgrado.
CAPÍTULO II
De los Objetivos de la Naturaleza y fines de la Facultad.
Artículo 9.- La Facultad tiene como Objetivos:
I. Formar profesionales de Licenciatura en las áreas de la Arquitectura, Urbanismo y Diseño Industrial,
que los habilite para actuar en los diferentes campos que ofrecen las carreras que se imparten, mediante
los conocimientos científicos necesarios, la capacidad técnica adecuada y la debida concepción ética
y social de su función.

9

226

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

II.
III.
IV.

Realizar investigación en las áreas del conocimiento, propias de la Facultad que tenga en cuenta los
problemas regionales, nacionales e internacionales.
Formar especialistas, docentes y doctores en las áreas de conocimiento que se ofrecen.
Fomentar y difundir la cultura en las áreas del conocimiento, propias de la vocación de la Facultad
para así servir mejor a la sociedad.

Artículo 10.- Para lograr sus fines, la Facultad de Arquitectura desarrolla las siguientes funciones:
I. La función docente, implica la organización de experiencias de enseñanza-aprendizaje.
II. La función investigadora, que comprende las actividades tendientes a resolver los problemas de
diseño, producción y planeación de manera científica; atendiendo los intereses sociales.
III. La función difusora, que se cumple al permear hacia la comunidad los conocimientos y la cultura.
IV. La función de servicio social, en términos de docencia e investigación, al promover actividades que
mejoren las condiciones socio-económicas de la población.
V. La función administrativa, que consiste en la planeación y aplicación conveniente de sus recursos para
el cumplimiento óptimo de las demás funciones.
Artículo 11.- La Facultad de Arquitectura tiene a través de sus Órganos de Gobierno, las siguientes
atribuciones:
I. Crear reglamentos y manuales de procedimientos internos que regulen su funcionamiento, de acuerdo
con las normas a que está sujeta.
II. Proponer al Consejo el programa académico de estudios necesarios para la formación de profesionistas
para que aquel, de acuerdo a las necesidades de la sociedad, los ratifique o rectifique.
III. Procurar para su aprobación, al H. Consejo Universitario, el personal docente necesario para cumplir
sus fines.
IV. Procurar la designación del personal administrativo, técnico y de intendencia, necesario para su normal
funcionamiento, de acuerdo con los convenios laborales.
V. Administrar sus recursos y recaudar ingresos propios.
VI. Establecer convenios con instituciones nacionales o extranjeras, para el mejor cumplimiento de sus
fines.
VII. Las demás que requiera su correcto funcionamiento y que no se opongan a las disposiciones legales que
la rigen.

CAPÍTULO III
De los Programas Educativos.
Artículo 12.- Los Programas Educativos que ofrece la Facultad son:
I.
Licenciatura
II.
Maestría
III.
Doctorado
IV.
Especialización

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

TÍTULO SEGUNDO: Del Gobierno de la Facultad.
CAPÍTULO I
Estructura Orgánica y Administrativa de la Facultad.
Artículo 13.- Son autoridades de la Facultad:
I.
La H. Junta Directiva,
II.
El Director,
III.
Los Subdirectores y
IV.
Los Secretarios.
Artículo 14.- La Facultad, para el cumplimiento de sus objetivos, se administrará bajo el siguiente orden
jerárquico:
I.
H. Junta Directiva
II.
Director
III.
Subdirectores
IV.
Secretarías
V.
Jefaturas de Departamentos
VI.
Coordinaciones
Artículo 15.- De acuerdo a la Ley, Estatuto y el presente Reglamento, el Director podrá crear, organizar, integrar
y suprimir Subdirecciones, Secretarías, Departamentos, Centros, Institutos y entidades análogas.
CAPÍTULO II
De la H. Junta Directiva.
Artículo 16.- La definición, instalación, atribuciones, reuniones, convocatorias y quórum de la H. Junta
Directiva, se regirá por lo establecido en el Estatuto.
Artículo 17.- Son atribuciones de la H. Junta Directiva, además de lo señalado en el Estatuto, las siguientes:
I. Designar a los integrantes de la Comisión Dictaminadora, según lo establecido en el Reglamento del
Personal Académico de la Universidad.
II. Aprobar la designación de los miembros de las Comisiones.
III. Resolver acerca de los dictámenes a que lleguen a las Comisiones.
IV. Las demás atribuciones previstas en la Ley y en este Reglamento.
Artículo 18.- Para ser miembro de la H. Junta Directiva, los profesores deberán cumplir con lo establecido en el
Estatuto, y en el Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas
y Facultades de la Universidad.

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228

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 19.- Para ser miembro de la H. Junta Directiva, los representantes de los alumnos deberán cumplir con
lo establecido en el Estatuto.
Artículo 20.- Los representantes de los alumnos de la Facultad serán electos, según lo establecido en el Estatuto
y lo establecido en el presente Reglamento.
Artículo 21.- Los alumnos representantes ante la H. Junta Directiva serán electos en forma democrática
conforme las siguientes disposiciones:
I.

II.

III.

IV.
V.
VI.

Serán miembros de la H. Junta Directiva, los Representantes de cada grupo que se integre en una de
las Unidades de Aprendizaje obligatorias que se impartan en cada uno de los semestres dentro del
Modelo Educativo y Académico de la UANL; y respecto a los alumnos que cursan sus licenciaturas
mediante el modelo académico por objetivos, ellos estarán representados por un alumno y su suplente
que sea electo en el grupo correspondiente.
Las elecciones para elegir Representante de grupo y suplente tanto de Unidad de Aprendizaje como
de grupo del modelo académico por objetivos, se efectuarán en presencia del presidente y consejero
estudiantil y de un integrante de la H. Comisión de Honor y Justicia de la Junta Directiva. La Dirección
proporcionará la lista de los alumnos para comprobar que él o los candidatos pertenezcan a esa unidad
de aprendizaje o grupo.
La Dirección y el presidente de la Sociedad de Alumnos, fijarán la hora de cada turno para llevar a
cabo la votación, tomando en cuenta el número total de grupos que se integren por unidad de
aprendizaje y por grupo para el caso de los alumnos de programa por objetivos.
En caso de que el número de representantes de grupo y suplentes no coincida con el número de
profesores, la Sociedad de Alumnos ajustará la paridad requerida para la integración de la Junta.
Los representantes estudiantiles que participarán en la H. Junta Directiva deberán ser acreditados por
la Sociedad de Alumnos ante el Director de la Facultad.
Para ser representante estudiantil ante la H. Junta Directiva se requiere tener vigentes los derechos
como Alumno de Licenciatura de esta Facultad, además de no tener materias pendientes por aprobar
en segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta oportunidad.

Artículo 22.- Las propuestas para tratar asuntos generales deberán entregarse por escrito al Secretario de Actas
de la H. Junta Directiva con al menos 24 (veinticuatro) horas hábiles antes de la celebración de la Junta,
siguiendo los procedimientos que especifique la convocatoria.

CAPÍTULO III
De las Comisiones Permanentes de la H. Junta Directiva.
Artículo 23.- La H. Junta Directiva sesionará en pleno por comisiones permanentes o temporales. Estas
comisiones serán designadas en reunión plenaria y tendrán capacidad decisoria en asuntos específicos
autorizados por la propia H. Junta Directiva.

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229

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 24.- Son Comisiones Permanentes de la H. Junta Directiva, con capacidad decisoria en asuntos
específicos autorizados por la Junta, las siguientes:
I. Académica
II. De Honor y Justicia
III. Legislativa
IV. De Licencias y Nombramientos
V. De Presupuestos
Artículo 25.- La Comisión Académica tendrá las siguientes funciones:
I. Dictaminar sobre los proyectos de nuevos planes de estudio o modificación a los ya existentes que le
sean turnados por los comités correspondientes.
II. Dictaminar sobre las propuestas de Reconocimiento al Mérito Académico.
III. Dictaminar el reconocimiento a la trayectoria sobresaliente, y notificar al Departamento de Escolar y
Archivo de la Universidad, como lo marca el Reglamento General de Titulación.
IV. Aprobar las revalidaciones y equivalencias de estudios.
V. Vigilar el cumplimiento de los programas y planes de estudio que se imparten en la Facultad aprobados
por el Consejo.
VI. Promover y supervisar el desarrollo del Modelo Educativo, tanto en el Modelo Académico de
Licenciatura como de Posgrado.
VII. Si la H. Junta Directiva así lo determina, podrá fungir como Comisión Dictaminadora.
VIII.

Conocer y dictaminar sobre las modalidades de educación tradicional, bilingüe, presencial,
semipresencial, mixto, híbrido u otras de las Licenciaturas y Posgrado; Igualmente acerca de los
diplomados, cursos, talleres y seminarios de educación continua que se ofrecen en la Facultad.

IX.

Investigar cuáles son los métodos de enseñanza-aprendizaje y evaluación más avanzados en las artes
de la Arquitectura, Urbanismo, Diseño Industrial y áreas afines, para proponerlos para su aplicación
en la Facultad.
Dictaminar las solicitudes de acreditación de estudio.
Lo demás que a juicio del Director o de la H. Junta Directiva le sometan a su consideración.

X.
XI.

Artículo 26.- La Comisión Académica quedará integrada, además del Director, por el Subdirector de
Operaciones y Transformación y tres profesores integrantes de la H. Junta Directiva.
Artículo 27.- La Comisión de Honor y Justicia tendrá las siguientes funciones:
I. Analizar y proponer al Consejo, para su aprobación en su caso, al o los candidatos para recibir alguna
distinción de Mérito Universitario.
II. Estudiar y dictaminar sobre las faltas y sanciones al honor y la disciplina en que incurran personal
académico, administrativo y alumnos de la Facultad a las que hace referencia el Estatuto y el
Reglamento General sobre la Disciplina y el Buen Comportamiento dentro de las Áreas y Recintos
Universitarios, otorgando el derecho de audiencia a los involucrados y establecer las sanciones en su
caso.

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230

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

III.
IV.

Atender las solicitudes y convocatorias emanadas del Consejo relacionadas con distinciones y
reconocimientos de alumnos, egresados y personal académico.
Las demás que el Director o la H. Junta Directiva sometan a su consideración.

Artículo 28.- La Comisión de Honor y Justicia quedará integrada, además del Director, por el Subdirector de
Operaciones y Transformación, el Consejero Profesor, dos Profesores, el Consejero Estudiantil, el Presidente de
la Sociedad de Alumnos y dos Alumnos que deberán ser miembros de la H. Junta Directiva.
Artículo 29.- La Comisión Legislativa tendrá las siguientes funciones:
I. Dictaminar sobre los proyectos legislativos que le sean puestos a su consideración, así como las
reformas y adiciones al presente Reglamento.
II. En caso de duda, interpretar los reglamentos vigentes actuando como conciliador y determinando el
espíritu de la legislación universitaria.
III. Actuar como consultora de la H. Junta Directiva y del Director, en lo relativo a la normatividad
universitaria.
Artículo 30.- La Comisión Legislativa quedará integrada, además del Director por el Subdirector de Operaciones
y Transformación, tres Profesores y dos Alumnos, los que deberán ser integrantes de la H. Junta Directiva.
Artículo 31.- La Comisión de Licencias y Nombramientos tendrá las siguientes funciones:
I. Estudiar y gestionar en su caso, ante el Consejo, las solicitudes de permisos y licencias que sean
presentadas a la Dirección, conforme a lo dispuesto en el Reglamento del Personal Académico.
II. Proponer a la Junta Directiva y al Consejo, conjuntamente con la Comisión Académica, el
otorgamiento de los nombramientos de Profesor Ordinario, considerando los requisitos establecidos
por el Consejo y el Reglamento del Personal Académico.
Artículo 32.- La Comisión de Licencias y Nombramientos quedará integrada, además del Director por el
Subdirector de Operaciones y Transformación, tres Profesores de tiempo completo y cuatro Alumnos, los que
deberán ser integrantes de la H. Junta Directiva.
Artículo 33.- La Comisión de Presupuestos tendrá las siguientes funciones:
I. Coadyuvar con el Director y demás personal en la elaboración del presupuesto anual de la Facultad.
II. Establecer los lineamientos de aplicación de los recursos de la Facultad.
III. Opinar, en conjunto con la Comisión Académica, definir los criterios generales para el otorgamiento
de becas y apoyos económicos correspondientes.
IV. Dictaminar el estado contable del ejercicio presupuestal anual, que plantee el Director en coordinación
con el Responsable de Tesorería y Finanzas, a fin de presentar a la H. Junta Directiva.
V.

Lo demás que el Director o la H. Junta Directiva sometan a su consideración.

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231

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 34.- La Comisión de Presupuestos quedará integrada, además del Director por el Subdirector de
Operaciones y Transformación y tres Profesores miembros de la H. Junta Directiva.
Artículo 35.- El establecimiento de la Comisión Dictaminadora, aún sin ser considerada una comisión permanente
de la H. Junta Directiva, tendrá carácter de obligatorio y se deberá nombrar a sus integrantes en sesión de la H.
Junta Directiva, según lo descrito en el Reglamento del Personal Académico.
Artículo 36.- La Comisión Dictaminadora tendrá las siguientes funciones:
I. Evaluar y decidir sobre el ingreso y promoción del personal académico conjuntamente con el Director.
II. Las que son señaladas en el Capítulo II, Artículos 40 al 44 del Reglamento del Personal Académico.
Artículo 37.- La Comisión Dictaminadora quedará integrada, además del Director por el Subdirector de
Operaciones y Transformación y tres Académicos con nombramiento de Profesor Ordinario.
Artículo 38.- Queda a juicio de la H. Junta Directiva en pleno, nombrar las Comisiones Temporales necesarias
para estudiar y proponer soluciones a los asuntos de la Facultad que así lo ameriten.
Artículo 39.- El Director y el Secretario de Operaciones y Transformación fungirán como Presidente y
Secretario, respectivamente, de las Comisiones Permanentes y Temporales que la H. Junta Directiva designe para
asuntos específicos.
Artículo 40.- Las funciones del(a) Secretario de las Comisiones son:
I. Colaborar con el Presidente de la Comisión, en los asuntos de su competencia.
II. Llevar un libro de registro de los asuntos que sean turnados a la Comisión.
III. Levantar las actas de cada sesión y solicitar la información o documentación que para cada caso se
requiera.
IV. Elaborar la redacción de los acuerdos del Pleno de la Comisión.
V. Aprobado el acuerdo recabar las firmas de los integrantes de la Comisión.
VI. En caso necesario a solicitud del Director tomar acuerdos correspondientes para asegurar la actividad
normal de la Facultad.
VII. Las demás que el presente Reglamento les confiera.
Artículo 41.- La designación y ratificación de los Miembros de las Comisiones Permanentes se realizará
anualmente en sesión ordinaria convocada por la H. Junta Directiva.
Artículo 42.- Las Comisiones Permanentes deberán reunirse a solicitud del Director, cuando así lo requieran los
asuntos a tratar, con el fin de tomar los acuerdos correspondientes para asegurar la actividad normal y la buena
marcha de la Facultad.
Artículo 43.- La destitución del cargo de los miembros de las Comisiones Permanentes o Temporales de la H.
Junta Directiva, se regirá por lo establecido en el Estatuto.

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�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 44.- Los asuntos sometidos a consideración de las Comisiones, se resolverán en el orden en que estos
sean turnados, salvo en casos de urgencia, a solicitud del propio Director.
Artículo 45.- La ausencia permanente del 50% o más de los miembros de las Comisiones, imposibilita el trabajo
de las mismas, por lo que deberá completarse la totalidad de los miembros en la reunión de la H. Junta Directiva
más próxima a esta circunstancia.
Artículo 46.- Las Comisiones, a través del Director, informarán en sesión ordinaria de la H. Junta Directiva,
sobre los asuntos que hayan conocido. Igualmente lo harán cada vez que la H. Junta Directiva lo solicite; en los
casos de urgencia, el Director podrá requerir la información que considere pertinente para la solución oportuna
de los asuntos.
Artículo 47.- La Dirección de la Facultad será depositaria de los archivos de las Comisiones.
Artículo 48.- Para ser miembro de alguna Comisión, el profesor deberá contar con un mínimo de 3 años de
antigüedad ininterrumpida en la Facultad, así como brindar al menos una asignatura en el nivel de Licenciatura
o Posgrado; y para el caso del alumno, se requiere tener vigentes los derechos como Alumno de Licenciatura de
esta Facultad, además de no tener materias pendientes por aprobar en cualquiera de las oportunidades.
CAPÍTULO IV
Del Director.
Artículo 49.- El Director es la máxima autoridad ejecutiva de la Facultad y lo relativo a su cargo se regirá por lo
establecido en la Ley y en el Estatuto, así como el Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la
Designación de Directores de Escuelas y Facultades de la Universidad.
Artículo 50.- El nombramiento de la representación magisterial para la integración de la Comisión de Vigilancia
para la designación de Director, se regirá por lo establecido en el Reglamento sobre los Procedimientos
Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades de la Universidad.
Artículo 51.- El nombramiento de la representación estudiantil para la integración de la Comisión de Vigilancia
Electoral para la designación del Director, se regirá por lo establecido en el Reglamento sobre los Procedimientos
Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades de la Universidad.
Artículo 52.- El funcionamiento de la Comisión de Vigilancia Electoral, para la designación de Director, se
regirá por lo establecido en el Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de
Directores de Escuelas y Facultades de la Universidad.
Artículo 53.- La convocatoria expedida por la comisión de Vigilancia Electoral, además de ajustarse a lo
dispuesto por la Ley, el Estatuto y los lineamientos emitidos por el Consejo, deberá:

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233

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

I.
II.

III.
IV.

Establecer el período, lugar y horario para el registro de candidatos.
Establecer que las campañas de los candidatos consistirán en la presentación y la difusión de su plan
de trabajo y Currículum Vitae a través de las visitas a alumnos y profesores en las aulas, auditorios y
demás instalaciones propias de esta dependencia.
Establecer que la distribución de artículos promocionales solo esté relacionada con la difusión del
plan de trabajo y su Currículum Vitae.
Establecer la prohibición expresa y no participación de personas ajenas al proceso interno electoral.

Artículo 54.- Para ser Director de la Facultad se requiere, además de lo señalado en el Estatuto, así como en el
Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades de
la Universidad:
I. Comprometerse a una participación activa en el proceso de mejora continua de la Facultad, tanto en
acreditaciones o certificaciones.
II. Presentar un proyecto que fomente cambios significativos en el servicio de educación superior de la
Facultad, acorde con las necesidades presentes y futuras de calidad y pertinencia social.
Artículo 55.- Las atribuciones y obligaciones del Director, además de las señaladas en el Estatuto, así como en
el Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades
de la Universidad son:
I. Nombrar en mutuo acuerdo con el Director del Servicio Social y Prácticas Profesionales, al
Coordinador del Servicio Social de la Facultad.
II. Designar las comisiones para la creación o modificación de los programas educativos de licenciatura
y posgrado.
III. Salvaguardar y administrar los recursos financieros de la dependencia, según lo estipulado en el
Reglamento General de Ingresos y Egresos.
IV. Salvaguardar y controlar los bienes muebles de la Facultad, así como su preservación, en condiciones
óptimas de operación, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento General de Patrimonio
Universitario.
V. Autorizar becas en los términos de la legislación correspondiente.
VI. Constituir una comisión editorial, que determine la pertinencia de la publicación de los materiales que
para esos efectos realicen los Profesores.
VII. Contar con uno o más asesores que le proporcionen apoyo en las tareas académica, administrativa,
jurídica y en todos aquellos asuntos relacionados con los objetivos y fines de la Facultad.
VIII.
IX.
X.

Cumplir y hacer cumplir al personal académico y administrativo con sus responsabilidades en el
Sistema de Calidad establecido en la Facultad.
Supervisar el proceso de las Subdirecciones de la Facultad.
Las demás que la Legislación Universitaria y este Reglamento le confieran.

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Iniciales
II. Informe
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II. INFORME
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Legislativa
﻿

Artículo 56.- En caso de ausencia temporal del Director, la Dirección de la Facultad será sustituida por el
Subdirector de Operaciones y Transformación; La Subdirección tiene como objetivo el diseñar, desarrollar y
evaluar los procesos internos administrativos de la dependencia, y así mismo analizar y supervisar las operaciones
que vinculan a las áreas directivas a través de la planeación estratégica.
Artículo 57.- En caso de ausencia absoluta del Director, la Dirección recaerá y será sustituido por la persona que
ocupe el cargo de Subdirector de Operaciones y Transformación. En caso de que no exista persona que
desempeñe el cargo se sujetará a lo dispuesto en la Ley y el Estatuto.
CAPÍTULO V
De los Puestos de la Estructura Organizacional.
Artículo 58.- Para el ejercicio sustantivo de sus atribuciones, la Dirección cuenta con seis Subdirecciones, las
cuales son las siguientes:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.

De Operaciones y Transformación,
Académica,
De Posgrado e Investigación,
Administrativa,
De Vinculación,
De Comunicación y Vida Estudiantil.

Artículo 59.- Para ocupar el cargo de Subdirector se requiere ser nombrado por el Director y contar con los
conocimientos y habilidades inherentes a la Subdirección correspondiente. Acorde a lo que la Ley, el Estatuto y
el presente Reglamento.
Artículo 60.- Las Subdirecciones, para la eficaz realización de sus atribuciones, pueden modificar, actualizar y
mejorar sus manuales de organización y reglas de funcionamiento en base al Sistema de Gestión de la Calidad,
los que estarán acordes a la estructura orgánica, ordenamientos legales de la Universidad y las actividades del
área a su cargo. Las Subdirecciones contarán para su eficaz funcionamiento con las respectivas Secretarías,
Jefaturas de Departamentos y Coordinaciones que señale este Reglamento.
Artículo 61.- Son atribuciones del Subdirector de Operaciones y Transformación además de lo señalado en el
Artículo 56 del presente Reglamento, las siguientes:
I. Fungir como Secretario de la H. Junta Directiva y de sus respectivas Comisiones, así como de las
reuniones del personal docente y tener al día el Libro de Actas.
II. Presentar a la Dirección un informe semestral de labores.
III. Generar los Planes de Desarrollo de la Facultad y ponerlos a consideración de la Dirección de la
Facultad, tomando en cuenta los marcos de referencia establecidos en la Misión y Visión de la
Universidad, a fin de satisfacer los requerimientos de pertinencia, calidad y efectividad señalados en
el Plan de Desarrollo Institucional de la Universidad en vigor.
IV. Aquellas señaladas en el Sistema de Gestión de Organización Educativa de la Facultad.
V. Las demás atribuciones que específicamente le encomiende la Dirección.

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II. INFORME
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﻿

Artículo 62.- Son atribuciones de la Subdirección Académica:
I. Dirigir las actividades de las Secretarías de las Licenciaturas, de Apoyo y Desarrollo Educativo, de
Relaciones Públicas y Difusión Cultural y de Asuntos Estudiantiles de la Facultad.
II. Aquellas señaladas en el Sistema de Gestión de Organización Educativa de la Facultad
III. Las demás atribuciones que específicamente le encomiende la Dirección.
Artículo 63.- Las Secretarías Académicas de las Licenciaturas son los responsables de mantener los programas
educativos vigentes y actualizados en la Facultad, así como las funciones que les son señaladas y conferidas en
el Sistema de Gestión de Organización Educativa de la Facultad.
Artículo 64.- Son atribuciones del Subdirector de Posgrado e Investigación:
I. Proponer a la Dirección candidatos para la designación de los titulares de los puestos de
responsabilidad a que se refiere el diverso Artículo 147 de este ordenamiento y que integran la
División del Posgrado de la Facultad. Así como promover la remoción de aquellos cuando exista una
causa justificada.
II. Ser presidente del Comité Académico de Posgrado, así como del Comité de Investigación de la
Facultad.
III. Designar asesores (directores y codirectores) y tutores de producto integrador y tesis de especialización,
maestría y doctorado.
IV. Nombrar los tribunales, comités tutoriales y examen de grado de especialización, maestría y doctorado.
V. Ser responsable en lo relacionado al posgrado ante instancias certificadoras y acreditadoras.
VI. Nombrar a los docentes que fungirán como sinodales de tesis y exámenes de grado.
VII. Ser miembro de los comités de posgrado en los que participe la Facultad.
VIII. Programar y organizar los cursos del Posgrado.
IX. Gestionar el apoyo académico necesario.
X. Evaluar y actualizar permanentemente la orientación Académica de la División, sus planes y
programas, así como los resultados de la labor docente.
XI. Coordinar los programas académicos con otros centros que realicen actividades afines.
XII. Dictaminar las revalidaciones y equivalencias de estudios, esto de conformidad con el Reglamento
General del Sistema de Posgrado de la Universidad en vigor.
XIII. Difundir los acuerdos que en lo conducente emita el H. Consejo Universitario.
XIV. Aprobar o rechazar los temas y Proyectos de tesis, así como las asesorías y los asesores respectivos.
XV. Solicitar el nombramiento de asesores e investigadores de otras Facultades o Instituciones del País o
del extranjero, cuando de entre el personal académico de la Facultad no se encontrara el perfil
adecuado para tal propósito.
XVI. Proponer para publicación los trabajos producidos en la División, que a su juicio merezcan ser
publicados.
XVII. Proponer a la Dirección el nombramiento de comités y comisiones especiales integradas por
profesores, investigadores o consejeros expertos, para resolver cualquier situación o problemas
específicos.
XVIII. Expedir y firmar los registros y constancias de estudio de la Subdirección.

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236

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Iniciales
II. Informe
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II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

XIX.
XX.
XXI.
XXII.
XXIII.

Planear y desarrollar las acciones que den cumplimiento y seguimiento a las funciones y actividades
relacionadas con la investigación en los términos que define y considera la Universidad.
Vigilar que se siga el proceso de diseño curricular de acuerdo a la tendencia establecida.
Solicitar que se realicen los estudios pertinentes para el adecuado análisis del resultado para la
implementación de los programas académicos.
Dirigir las actividades de Investigación y de publicaciones científicas de la Facultad.
Las demás que le encomiende la Dirección y señalen este Reglamento y la normatividad de la
Universidad que resulte aplicable.

Artículo 65.- Para ser Subdirector de Estudios de Posgrado e Investigación de la Facultad se requiere, además de
lo establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad, lo siguiente:
I.
II.

Contar con experiencia afín en las líneas de generación y aplicación del conocimiento innovador que
se desarrolla en la Facultad.
Contar con el Grado Académico de Maestría o Doctorado.

Artículo 66.- Además de las funciones señaladas en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la
Universidad, el Subdirector de Posgrado e Investigación deberá:
I.
II.

Dirigir las actividades de las secretarías y coordinaciones de su área.
Las demás actividades que le sean encomendadas por la Dirección, así como lo establecido en el
Sistema de Gestión de Organización Educativa de la Facultad.

Artículo 67.- Son atribuciones del Subdirector de Vinculación:
I.
II.

Planear y desarrollar las acciones que den cumplimiento y seguimiento a las funciones y actividades
relacionadas con la vinculación en los términos que define y considera la Universidad.
Las demás que le sean encomendadas por la Dirección.

Artículo 68.- Son atribuciones del Subdirector Administrativo:
I.
Mantener actualizada la documentación del estatus académico, jurídico y laboral de todo el personal
de la Facultad.
II.
Adquirir, revisar y avalar el correcto empleo de los diferentes insumos requeridos, así como mantener
un estricto control de los inventarios, el cuidado y mantenimiento de las instalaciones y recursos
materiales garantizando su uso adecuado.
III.
Las demás que le sean encomendadas por la Dirección y lo establecido en el Sistema de Gestión de
Organización Educativa de la Facultad.
Artículo 69.- Son atribuciones de la Subdirección de Comunicación y Vida Estudiantil:

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237

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

I.

II.

III.
IV.

V.

Contribuir a la información y desarrollo de los alumnos, promoviendo el desarrollo de actividades
estudiantiles y culturales, propiciando su desarrollo personal y el bienestar de la comunidad de la que
forma parte, esto, con el fin de tener alumnos proactivos, comprometidos, empáticos, sensibles al
entorno social, a la cultura y con un sentido de pertenencia a su Universidad.
Impulsar a través de sus distintas áreas el desarrollo del sentido de responsabilidad individual, social
y de cooperación de los alumnos con ellos y su comunidad, fomentando, tutelando y protegiendo el
bienestar estudiantil, aportando su apoyo y orientación para una mejor calidad de vida y crecimiento
personal.
Impulsar la formación y desarrollo cultural de la Facultad, fomentando su proyección local, nacional
e internacional.
Difundir la cultura, contribuyendo a una formación integral de la comunidad estudiantil que permita
reconocer y apreciar las diversas formas de expresiones artísticas del ser humano durante su vida, bajo
un contexto de humanidad y universalidad.
Las demás que le sean encomendadas por la Dirección y, así como al tenor de lo establecido en el
Sistema de Gestión de Organización Educativa de la Facultad.

TÍTULO TERCERO: Del Personal Académico.
CAPÍTULO I
De los Profesores.
Artículo 70.- El Personal Académico al servicio de la Facultad se regirá por lo establecido en el Estatuto, el
Reglamento del Personal Académico y en el Contrato Colectivo de Trabajo que se encuentre vigente.
Artículo 71.- Todo lo relacionado con la clasificación, dedicación a las labores académicas, categorías, niveles
y requisitos del Personal Académico se regirán por lo establecido en el Reglamento del Personal Académico de
la Universidad.
Artículo 72.- Se establece que el otorgamiento de nombramientos para el Personal Académico se regirá por lo
establecido en el Reglamento del Personal Académico de la Universidad.
Artículo 73.- Son derechos del Personal Académico, además de lo señalado en el Estatuto y el Reglamento del
Personal Académico de la Universidad, impartir las unidades de aprendizaje acorde a su perfil profesional,
antigüedad y grado de estudios.
Artículo 74.- Son las obligaciones del Personal Académico, además de lo señalado en el Estatuto y en el
Reglamento del Personal Académico de la Universidad, las siguientes:

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238

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
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Legislativa
﻿

I.
II.
III.
IV.

Poseer conocimientos científicos actualizados sobre su área de docencia.
Asistir regular y puntualmente a las sesiones áulicas programadas.
Ser responsable de la parte operativa de su trabajo: Planeación, dosificación de los programas de
estudio y preparación de los contenidos temáticos.
Evaluar continua y objetivamente durante el ciclo académico y mantener informados oportunamente a
los alumnos.

Artículo 75.- Son obligaciones específicas del Personal Académico, concerniente a las actividades de
investigación, además de lo señalado en el Estatuto y en el Reglamento del Personal Académico de la
Universidad, las siguientes:
I. Poseer conocimientos científicos actualizados sobre su área y línea específica de conocimiento e
investigación.
II. Participar en la formulación y ejecución de programas y proyectos de investigación, que contribuyan
al fortalecimiento de las Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento declaradas por la
Facultad.
III. Trabajar en proyectos de investigación que contribuyan al fortalecimiento de los programas de
posgrado de la Facultad.
Artículo 76.- Son obligaciones específicas del Personal Académico, concerniente a las actividades de la
preservación y difusión de la cultura, además de lo señalado en el Estatuto y en el Reglamento del Personal
Académico de la Universidad, las siguientes:
I. Fomentar en sus alumnos la tolerancia, empatía, equidad y respeto entre sí mismos y hacia los demás,
con disposición a someter a revisión sus enseñanzas y los contenidos de sus afirmaciones.
II.
III.

Desempeñarse con un sentido de empatía, equidad y de justicia proyectado en cada uno de sus actos.
Poseer la suficiente apertura para escuchar y aceptar el desistimiento.

Artículo 77.- Además de las funciones descritas en el Reglamento del Personal Académico de la Universidad,
los profesores de la Facultad asumirán con responsabilidad los roles enunciados en el Modelo Educativo y en el
Modelo Académico de Licenciatura y de Posgrado.
Artículo 78.- Los permisos y licencias del Personal Académico de la Facultad se regirán de acuerdo con el
Reglamento del Personal Académico de la Universidad y el Contrato Colectivo de Trabajo que se encuentre
vigente.
Artículo 79.- Los reconocimientos a los profesores se regirán, según lo establecido en el Estatuto y en el
Reglamento para Otorgar el Reconocimiento al Mérito de la Universidad.

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239

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II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
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﻿

CAPÍTULO II
De la Junta de Profesores.
Artículo 80.- La integración de la Junta de Profesores se regirá por lo dispuesto en el Reglamento sobre los
Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y Facultades.
Artículo 81.- Las Características de la convocatoria para celebrar la Junta de Profesores se regirán con lo
establecido en Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas
y Facultades.
Artículo 82.- Lo relativo al quórum para celebrar la Junta de Profesores y la validación de los acuerdos se regirán
con lo establecido en el Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de
Escuelas y Facultades.
Artículo 83- Los fines de la Junta de Profesores son:
I. Elegir la representación magisterial de la Comisión de Vigilancia Electoral, según lo establecido en el
Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de Directores de Escuelas y
Facultades de la Universidad.
II. Elegir el Consejero Profesor y su suplente.

CAPÍTULO III
Del Consejero Profesor.
Artículo 84.- Lo relativo al Consejero Profesor de la Facultad, se regirá por lo establecido en la Ley y en el
Estatuto.
Artículo 85.- Para ser Consejero Profesor se requiere, además de lo señalado en el Estatuto: tener disponibilidad
para asistir a las sesiones y actividades marcadas por la autoridad universitaria y de la propia dependencia.
Artículo 86.- Será impedimento para ser electo Consejero Profesor, lo estipulado en la Ley.
Artículo 87.- El Consejero Profesor será elegido anualmente, según lo establecido en la Ley y el Estatuto.
Artículo 88.- El Consejero Profesor podrá ser reelecto.
Artículo 89.- En caso de ausencia definitiva del Consejero Profesor, el Consejero Suplente entrará en funciones,
esto de conformidad con lo establecido en la Ley y el Estatuto.

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240

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II. Informe
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II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

CAPÍTULO IV
Del Decano.
Artículo 90.- El Decano será el profesor con nombramiento ordinario en activo, que tenga la mayor antigüedad
impartiendo cátedra en la Facultad.
Artículo 91.- El reconocimiento al Decano se hará tomando en cuenta las constancias que la Universidad expida
para ese fin. En caso de que más de una persona cuente con la misma antigüedad, la H. Junta Directiva
determinará por elección quien deberá ser considerado el Decano.
Artículo 92.- En caso de que el profesor elegido no pueda o no quiera fungir como Decano, el profesor que le
siga en antigüedad impartiendo cátedra en la Facultad y que cumpla con los requisitos descritos, será considerado
como tal.
Artículo 93.- El Decano presidirá la Comisión de Vigilancia Electoral, en caso que el Director(a) sea candidato
en la elección, según se establece en el Reglamento sobre los Procedimientos Electorales para la Designación de
Directores de Escuelas y Facultades de la Universidad.
TÍTULO CUARTO: De los Alumnos
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 94.- Las consideraciones generales de los alumnos se regirán por lo establecido en el Reglamento para
la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 95.- Los derechos de los alumnos se regirán por lo establecido en el Reglamento para la Admisión,
Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 96.- Además de las obligaciones estipuladas en el Estatuto, los alumnos, como los principales
protagonistas del aprendizaje, deberán cumplir con lo señalado en el Modelo Académico de Licenciatura y
Posgrado que se encuentren vigentes en la Universidad y la Facultad.
TÍTULO QUINTO: De los Procedimientos de Admisión y Permanencia de los Alumnos.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 97.- Las consideraciones generales para la inscripción de los alumnos en la Facultad, se regirán por lo
estipulado en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma
de Nuevo León.

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241

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 98.- Los procedimientos para el nuevo ingreso de alumnos en la Facultad, se regirán por lo establecido
en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo
León.
Artículo 99.- Los procedimientos para el reingreso de los alumnos en la Facultad, se regirá por lo establecido en
el Estatuto, así como por lo dispuesto en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos
de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 100.- Los procedimientos para los cambios de carrera o Facultad de los alumnos, se regirán por lo
establecido en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad
Autónoma de Nuevo León.
Artículo 101.- Los procedimientos para la baja de alumnos en la Facultad, se regirán por lo establecido en el
Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo
León.
Artículo 102.- La Facultad podrá ofrecer cursos inter-semestrales de acuerdo con lo establecido en el Reglamento
para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 103.- Para ingresar como alumno a las Licenciaturas que se imparten en la Facultad, el alumno requerirá
asistir y acreditar el Curso Propedéutico, el cual se sujetará a las disposiciones acordadas por la Comisión
Académica.
Artículo 104.- Una vez que hubiesen sido cubiertos los requisitos de ingreso e inscripción, el Departamento de
Escolar y Archivo informará a los alumnos los horarios de las unidades de aprendizaje que deberán cursarse, esto
conforme al plan de estudios correspondiente que se encuentre vigente.
Artículo 105.- Los alumnos que efectúen el proceso de inscripción o reinscripción se sujetarán al turno, grupo y
profesores que les sea asignado por la Facultad, lo anterior, de acuerdo con la carga académica, disponibilidad
de turno y/o de profesores.
Artículo 106.- Referente a las inscripciones de los alumnos de Maestría y Doctorado, se regirán conforme a lo
establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 107.- Para los alumnos que ingresen a la Facultad bajo el programa educativo con las características
que marca el Modelo Educativo y Académico, además de lo establecido en los ordenamientos universitarios
anteriores, deberán cumplir en la etapa de ingreso, con lo siguiente:
I. Firmar una carta compromiso para cumplir con los requerimientos de comportamiento y administrativos
de la Universidad y de la Facultad.
II. Presentar el examen de inglés institucional EXCI, así como un examen de ubicación.

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242

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II. Informe
de comisiones

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D)
Comisión DE
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﻿

Artículo 108.- Las disposiciones relativas a la carga académica son establecidas en el Modelo Académico.
TÍTULO SEXTO: De las Evaluaciones.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 109.- Las disposiciones generales de los exámenes se regirán por lo dispuesto en el Reglamento para la
Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León, así como en el
Reglamento General del Sistema de Posgrado, ambos Reglamentos de la Universidad.
Artículo 110.- La evaluación del alumno se realizará conforme a las evaluaciones ordinarias y extraordinarias,
así como a título de suficiencia y, demás disposiciones generales que se describen en el Reglamento para la
Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 111.- El alumno tendrá derecho a solicitar revisión al proceso de evaluación conforme a lo establecido
en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de
Nuevo León.
Artículo 112.- Las Secretarías Académicas de las Licenciaturas y del Posgrado serán las encargadas de llevar la
revisión del Proceso de Evaluación ante la inconformidad del alumno. El alumno deberá de solicitar la revisión
en un plazo de 2 (dos) días hábiles (48hrs) posterior a la publicación de la calificación en SIASE de la unidad de
aprendizaje en la que presentó la inconformidad. El procedimiento de revisión no deberá exceder de 5 (cinco)
días hábiles a partir de la carga de la evaluación en SIASE.
Artículo 113.- Las Secretarías Académicas de las Licenciaturas y del Posgrado programarán día y hora para la
revisión de evaluación, la que llevarán a cabo el Coordinador de Área, el profesor de la unidad de aprendizaje,
el alumno y dos profesores sinodales con experiencia académica en el área, quienes serán designados por las
Secretarías Académicas de las Licenciaturas y del Posgrado.
Artículo 114.- En los términos del artículo anterior, se procederá a levantarse un acta circunstanciada en la que
se asentará y hará constar la ratificación o modificación de la calificación obtenida, la que deberá enviarse de
inmediato al Departamento Escolar y Archivo de la Facultad, para los efectos correspondientes.
Artículo 115.- Las unidades de aprendizaje que integran cada uno de los programas educativos, se evaluarán y
acreditarán de acuerdo con lo estipulado en el Modelo Académico de Licenciatura o de Posgrado, según sea el
caso. Las técnicas y los instrumentos de evaluación deberán estar explícitos en cada uno de los programas de las
unidades de aprendizaje que integran los programas educativos.

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243

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II. Informe
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II. INFORME
COMISIONES
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Comisión DE
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﻿

Artículo 116.- Es obligación del profesor responsable de la unidad de aprendizaje, entregar resultados al
Departamento correspondiente, en las fechas señaladas para la evaluación y capturar las calificaciones en el
Sistema Integral para la Administración de Servicios Educativos (SIASE) de la Universidad.
CAPÍTULO II
De las Evaluaciones Ordinarias y Extraordinarias.
Artículo 117.- Son procesos de evaluación ordinarios los que se aplican en primera oportunidad. Se encuentran
integrados por las diferentes actividades de aprendizaje y sus correspondientes evaluaciones, que son aplicadas
durante el período en el cual el alumno cursa la unidad de aprendizaje, teniendo como resultado una calificación
final de la misma.
Artículo 118.- La valoración de primera oportunidad estará integrada
del primer y segundo parcial, de acuerdo con lo descrito en cada unidad de aprendizaje.

por

la

evaluación

Artículo 119.- Las evaluaciones parciales se basarán en las competencias generales y específicas, así como en
los procesos de aprendizaje que cada unidad exija, previo acuerdo de la Academia correspondiente.
Artículo 120.- Los procesos de evaluación de las oportunidades subsecuentes a la primera, se considerarán
extraordinarias y deberán realizarse siguiendo los lineamientos que para tal efecto disponga la Comisión
Académica de la Facultad, quien determinará las características de las actividades del proceso de evaluación,
esto de acuerdo con lo dispuesto en el programa educativo, el presente Reglamento, así como el Reglamento para
la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

CAPÍTULO III
Del Área Curricular de Libre Elección
Artículo 121.- En lo referente al Área Curricular de Libre Elección, se estará a lo acordado y establecido en el
Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo
León.
TÍTULO SÉPTIMO: De la Certificación de Estudios.
CAPÍTULO ÚNICO

27

244

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Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 122.- Para las revalidaciones y equivalencias de estudios, se establece que, si un aspirante a ingresar a
un programa educativo de la Universidad pretende que se le hagan efectivos los estudios realizados en otra
dependencia académica de la misma Universidad o en otras instituciones educativas, nacionales o
internacionales, deberá presentar su solicitud en la Facultad al momento de ser aceptado, quien elaborará el
anteproyecto previo a la inscripción definitiva del alumno, aunado a esto, la Facultad se regirá por lo establecido
en el Estatuto, el presente Reglamento y el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos
de la Universidad Autónoma de Nuevo León, todos estos ordenamientos vigentes de la Universidad.
Artículo 123.- Para las revalidaciones y equivalencias de estudios de posgrado, se establece que el aspirante a
ingresar a un programa educativo de la Universidad que pretenda se le hagan efectivos los estudios realizados en
otra dependencia académica de la misma Universidad o en otras instituciones educativas, nacionales o
internacionales, deberá presentar su solicitud en la Facultad, rigiéndose el procedimiento por lo establecido en
el Estatuto, el presente Reglamento, así como el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los
Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León y el Reglamento General del Sistema de Posgrado, todos
estos ordenamientos vigentes de la Universidad.
TÍTULO OCTAVO: Del Servicio Social y Prácticas Profesionales
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 124.- El Servicio Social se encuentra definido como el conjunto de actividades teórico prácticas, de
carácter temporal y obligatorio, que ejecuten y presten los alumnos y pasantes de un programa educativo en
beneficio de la sociedad, el Estado y la comunidad universitaria, encontrándose regido y determinado para los
alumnos de la Facultad en términos de lo establecido en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso
de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 125.- La adscripción de la Coordinación de Servicio Social y Prácticas Profesionales de la Facultad a
la Dirección General de Servicio Social y Prácticas Profesionales se regirá, de conformidad con lo establecido
en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de
Nuevo León.
Artículo 126.- El nombramiento y requisitos del Coordinador de Servicio Social y Prácticas Profesionales de la
Facultad, se regirá y se estará a lo dispuesto según lo establecido en el Reglamento para la Admisión,
Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 127.- Los controles para la prestación del Servicio Social de los alumnos de la Facultad, se regirán
según lo establecido en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad
Autónoma de Nuevo León.

28

245

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 128.- La duración del Servicio Social y los requisitos que deberán cumplir los alumnos de la Facultad
para la prestación del mismo, se regirán según lo establecido en el Reglamento para la Admisión, Permanencia
y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 129.- Queda establecido que, la certificación, los derechos y obligaciones, así como el correspondiente
registro de los programas del Servicio Social de los alumnos de la Facultad, se regirán por lo establecido en el
Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo
León.
Artículo 130.- Las sanciones que resulten aplicables a los prestadores de servicio social de la Facultad y/o a las
Organizaciones receptoras de los mismos, así como los recursos de apelación, se regirán según lo establecido en
el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo
León y la legislación universitaria vigente.
Artículo 131.- El servicio social deberá estar incluido en el plan de estudios de los programas educativos con
valor curricular de 16 créditos, lo anterior, de conformidad con lo establecido en el Modelo Académico de
Licenciatura.
Artículo 132.- Las prácticas profesionales se encuentran definidas como el conjunto de actividades formativas
y temporales, de carácter laboral que un practicante realiza en alguna organización receptora con el fin de
consolidar las competencias declaradas en el programa educativo que realicen los alumnos de la Facultad,
actividad que se encuentra regida y determinada en términos de lo establecido en el Reglamento para la
Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León vigente.
TÍTULO NOVENO: Del Proceso de Titulación.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales.
Artículo 133.- La Titulación consiste en el proceso académico-administrativo que deberá realizar el egresado
para obtener el título profesional o el grado académico del cual se trate, en este caso, las disposiciones generales
del proceso de titulación se regirán por lo establecido en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso
de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 134.- El trámite de titulación podrá ser suspendido en adición a los supuestos establecidos en el
Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad, en los siguientes casos:
I.
II.

Por insuficiencia de los documentos escolares que sean requeridos.
Por presentar algún adeudo en la Tesorería de la Universidad y/o de la Facultad.

29

246

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

CAPÍTULO II
De los Requisitos para la Obtención del Título.
Artículo 135.- Los requisitos para la obtención del título se regirán por lo establecido en el Reglamento para la
Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León, además el
egresado deberá haber presentado el examen de egreso de la licenciatura correspondiente y, cumplir con las
disposiciones que se establezcan por parte de las autoridades administrativas de la Facultad.
Artículo 136.- Para el Posgrado, deberán observarse, además de las condiciones establecidas en el Reglamento
General del Sistema de Posgrado, lo siguiente:
I. Para obtener el grado correspondiente de Especialidad, Maestría o Doctorado, se deberá cumplir con los
trámites establecidos en el procedimiento de liberación de estudios y,
II. Cumplir con las disposiciones que en su caso sean emitidas por la Subdirección de Posgrado e
Investigación.
CAPÍTULO III
Del Protocolo de Titulación.
Artículo 137.- El protocolo de titulación de la Facultad se encuentra regido por lo establecido en el Reglamento
para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
CAPÍTULO IV
De los Reconocimientos.
Artículo 138.- La Facultad podrá otorgar mención honorífica como reconocimiento a la trayectoria sobresaliente,
lo cual se regirá de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los
Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
CAPÍTULO V
De la Expedición del Título.
Artículo 139.- El otorgamiento y expedición del título se realizará a través del Departamento Escolar y de
Archivo de la Universidad, lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para la Admisión,
Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Artículo 140.- Queda expresamente establecido que, en cuanto a la expedición de títulos, grados,
reconocimientos y certificados de estudio, la Facultad se rige de acuerdo con lo establecido en el Reglamento
para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

30

247

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

TÍTULO DÉCIMO: De la División de Estudios de Posgrado.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 141.- Los Estudios de Posgrado se regirán, según lo establecido en el Reglamento General del Sistema
de Posgrado y por el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Universidad
Autónoma de Nuevo León.
Artículo 142.- Son autoridades administrativas de la Subdirección de Estudios de Posgrado:
I. El Subdirector de Posgrado e Investigación.
II. El Secretario Académico de Posgrado.
III. Los Comités Académicos de Doctorado, Maestría y Especialización.
IV. Los Coordinadores de cada programa.
Artículo 143.- Las disposiciones generales, así como la organización de los programas educativos de posgrado
que se imparten en la Facultad y que formen parte del Sistema de Posgrado de la Universidad, se regirán según
lo establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 144.- La Facultad podrá impartir programas educativos en la División de Estudios de Posgrado afines
a la Arquitectura, el Urbanismo y al Diseño Industrial, así como desarrollar programas de educación continua y
actualización dirigidos a estos niveles.
Artículo 145.- El Personal Académico de los programas educativos de nivel de posgrado que se imparten en la
Facultad, se regirá, según lo establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 146.- El ingreso y la permanencia de los alumnos en los Programas Educativos de Posgrado que se
imparten en la Facultad, se regirán, según lo establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de
la Universidad.
Artículo 147.- La creación, modificación, evaluación, desarrollo y actualización de los programas educativos de
posgrado que se imparten en la Facultad, se sustentarán en el Modelo Educativo, así como en el Modelo
Académico de Posgrado, y se regirán, según lo establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado
de la Universidad.
Artículo 148.- Los créditos, cargas totales de horas, áreas curriculares y unidades de aprendizaje según el Modelo
Académico de Posgrado que se imparten en la Facultad, se regirán, según lo establecido en el Reglamento
General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 149.- Los comités de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad se regirán, según lo establecido
en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad.

31

248

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 150.- Las evaluaciones en los programas educativos de Posgrado que se imparten en la Facultad, se
regirán, según lo establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 151.- Las características de la tesis que se defienda para otorgar los grados de Maestría en Ciencias o
Doctorado que se imparten en la Facultad, se regirán, según lo establecido en el Reglamento General del Sistema
de Posgrado de la Universidad.
Artículo 152.- Para los casos de sustentar una tesis “in abstenía”, ésta se regulará por los artículos 124 y 125
del Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 153.- La Dirección y los Directores de la tesis que se defienda para otorgar grados de Maestría en
Ciencias o Doctorado, que se imparten en la Facultad, se regirán según lo establecido en el Reglamento General
del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 154.- La evaluación y aprobación de la Tesis para otorgar los Grados de Maestro en Ciencias y Doctor
en los programas Educativos de Posgrado de la Facultad, se regirán, según lo establecido en el Reglamento
General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 155.- El otorgamiento de los grados en los programas educativos de Posgrado que se imparten en la
Facultad, se regirán, según lo establecido en el Reglamento General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 156.- Los requisitos para obtener el grado de Maestría Profesionalizante, se establecen en el Reglamento
General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 157.- Los requisitos que para obtener el grado de Maestría en Ciencias se establecen en el Reglamento
General del Sistema de Posgrado de la Universidad.
Artículo 158.- Los requisitos que para obtener el grado de Doctor se establecen en el Reglamento General del
Sistema de Posgrado de la Universidad.
TÍTULO DÉCIMO PRIMERO: De los Reconocimientos y Estímulos.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 159.- Para reconocer el trabajo sobresaliente, la Facultad otorgará reconocimientos de carácter
honorífico, o bien, estímulos remunerativos, de acuerdo al Estatuto y al Reglamento para otorgar el
Reconocimiento al Mérito Universitario.
Artículo 160.- La Facultad determinará anualmente quién de sus alumnos se hará acreedor al Reconocimiento
al Mérito Académico, considerando los requisitos establecidos en el Reglamento para otorgar el Reconocimiento
al Mérito Universitario.

32

249

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 161.- La Facultad otorgará reconocimientos a sus profesores, alumnos, trabajadores y a miembros de la
sociedad en general de acuerdo con lo que establece el Estatuto, este Reglamento y los Reglamentos específicos.
I.

II.
III.
IV.
V.

VI.
VII.

VIII.
IX.
X.

XI.

Los motivos de reconocimiento serán los siguientes: puntualidad, asistencia o antigüedad; participación
distinguida en el cumplimiento de las funciones de la Facultad o de la Universidad; superación académica;
desempeño sobresaliente en aspectos social, humanitario, académico o deportivo y servicios
extraordinarios realizados a favor de la Universidad o la Facultad.
Los reconocimientos se harán mediante diplomas, medallas o placas alusivas.
Los diplomas tendrán carácter administrativo y se concederán a juicio de la Dirección, que será la
responsable de vigilar su contenido y el protocolo de entrega.
La medalla que concede la Facultad será la “Arq. Joaquín A. Mora”.
La medalla “Arq. Joaquín A. Mora” se otorga a personas que se hayan distinguido en forma sobresaliente
en el ámbito académico y/o social o que hayan prestado servicios extraordinarios a la Facultad y/o a la
Universidad.
Para concederla se requiere del acuerdo de la H. Junta Directiva previo dictamen de la Comisión de Honor
y Justicia. Se otorgará una medalla cada cinco años o más.
Los reconocimientos basándose en placas alusivas en los recintos de la Facultad serán de dos tipos:
a) De agradecimiento por aportaciones en especie para el desarrollo de proyectos de la Facultad, en
cuyo caso se pueden otorgar a personas, grupos o instituciones por acuerdo de la Dirección, previo
dictamen de la H. Junta Directiva.
b) Para imposición del nombre de alguna persona a un salón de clase, cubículo, instalación deportiva
o auditorio, en cuyo caso sea post mortem, previo dictamen de la Comisión de Honor y Justicia y
aprobación de la H. Junta Directiva.
Para iniciar el proceso de otorgamiento de los reconocimientos que concede la H. Junta Directiva se
requiere de la solicitud de cuando menos un miembro de la misma.
El diseño de las medallas y placas y el protocolo para su entrega o develación, se ajustará a lo que
establezcan los reglamentos específicos.
Se otorgará reconocimiento a los profesores por antigüedad en la labor docente de acuerdo a los siguientes
lineamientos:
a) Se otorgará el reconocimiento cuando cumpla treinta años de docencia en la Facultad y una presea
por antigüedad mayor de treinta años como profesor de la Facultad.
b) El otorgamiento a profesores con menos de treinta años de docencia en la Facultad se dará de
forma administrativa.
c) Cuando el profesor se jubile y haya cumplido más de treinta años en la docencia en la Facultad,
se dará adicionalmente otro reconocimiento.
Las propuestas de la Facultad para el otorgamiento de los reconocimientos como Maestro Emérito, Doctor
Honoris Causa o Medalla Alfonso Reyes que ofrece la Universidad, invariablemente deberán proceder
de la H. Junta Directiva en pleno, previo dictamen de la Comisión de Honor y Justicia de la Facultad.

33

250

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO: De la Responsabilidad Universitaria.
CAPÍTULO I
De las Faltas a la Responsabilidad Universitaria.
Artículo 162.- El incumplimiento del presente Reglamento y las faltas a la responsabilidad universitaria se
regirán, según lo establecido en el Estatuto y en el Reglamento General sobre la Disciplina y el Buen
Comportamiento dentro de las Áreas y Recintos Universitarios.
CAPÍTULO II
De las sanciones y su aplicación.
Artículo 163.- La aplicación de las sanciones se regirá, según lo establecido en el Estatuto y el Reglamento
General sobre la Disciplina y el Buen Comportamiento dentro de las Áreas y Recintos Universitarios.
CAPÍTULO III
De los Medios de Impugnación sobre la Aplicación de Sanciones.
Artículo 164.- Los medios de impugnación sobre la aplicación de sanciones, se encuentran establecidos en el
Estatuto.
TÍTULO DÉCIMO TERCERO: De los Consejos Consultivos.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 165.- En lo referente a la creación de organismos externos tanto nacionales como internacionales, que
permitan la participación de la sociedad y las estrategias establecidas a través de ellos, la Facultad se rige por lo
establecido en el Estatuto.
Artículo 166.- Las reuniones del Consejo Consultivo serán presididas por la Dirección y se efectuarán cuando
está lo considere necesario, debiendo levantar un acta de cada una de ellas.
TÍTULO DÉCIMO CUARTO: Del Patrimonio Universitario.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 167.- La administración, conservación y uso del patrimonio de la Facultad, considerado como
patrimonio universitario, está constituido en los términos establecidos en la Ley, y se regirá por lo establecido en
el Estatuto, en el Reglamento General del Patrimonio Universitario y en el Reglamento General de Ingresos y
Egresos, todos estos ordenamientos de la Universidad

34

251

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Artículo 168.- Las disposiciones generales sobre el patrimonio de la Facultad se regirán según lo establecido en
el Reglamento General del Patrimonio Universitario de la Universidad.
Artículo 169.- Las consideraciones generales de los bienes muebles y los procedimientos de transferencia de los
activos de la Facultad, se regirán por lo establecido en el Reglamento General del Patrimonio Universitario de la
Universidad.
Artículo 170.- Las consideraciones generales de los bienes inmuebles y lo relacionado con el arrendamiento de
los bienes afectos a la Facultad, se regirán por lo establecido en el Reglamento General del Patrimonio
Universitario de la Universidad.
Artículo 171.- Las donaciones que afecten el patrimonio de la Facultad, se regirán por lo establecido en el
Reglamento General del Patrimonio Universitario de la Universidad.
Artículo 172.- Los fideicomisos concernientes al patrimonio de la Facultad, se regirán por lo establecido en el
Reglamento General del Patrimonio Universitario de la Universidad.
TÍTULO DÉCIMO QUINTO: De la Transparencia y Acceso a la Información.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 173.- Las bases para garantizar la Transparencia y el Acceso a la Información de la comunidad
universitaria y la sociedad en general, sobre las actividades administrativas y académicas que se desarrollan en
la Facultad, se regirán por lo establecido en el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública
de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
TÍTULO DÉCIMO SEXTO: De la Internacionalización.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 174.- Se establece que, en lo concerniente a la internacionalización, la movilidad e intercambio
académico, la acreditación y evaluación internacional, así como la enseñanza y certificación de lenguas
extranjeras en la Facultad, se regirá por lo establecido en el Reglamento para la Admisión, Permanencia y Egreso
de los Alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

35

252

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

TÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO: De la Prevención Sanitaria y Seguridad Laboral.
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 175.- Los procedimientos de sanidad y seguridad laboral para la comunidad de la Facultad, se regirán
de manera general de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de Prevención Sanitaria y Seguridad Laboral de
la Universidad Autónoma de Nuevo León.
TRANSITORIOS
Artículo Primero. - El presente Reglamento, una vez aprobado por el Consejo, entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en la Gaceta Universitaria de esta Institución.
Artículo Segundo. - El presente Reglamento abroga al anterior que fuera aprobado por el Consejo en fecha 25 de
noviembre de 2014.
Artículo Tercero. - Todo lo no previsto en este Reglamento, se resolverá de conformidad con lo dispuesto en la
Ley, el Estatuto y los Reglamentos Universitarios vigentes, así como en los acuerdos emitidos y sancionados por
el Consejo.

36

253

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO
Dr. med. Santos Guzmán López
RECTOR

Dr. Juan Paura García
SECRETARIA GENERAL

254

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

II. INFORME
COMISIONES
D)
Comisión DE
Legislativa
﻿

Acuerdo.

255

�II. INFORME DE COMISIONES
E) Comisión de Presupuestos

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

1.Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho contable Leal Tijerina y Asociados, S.C., al
Estado de Situación Financiera y los correlativos estados de actividades, de variaciones en el patrimonio
(hacienda pública) y de flujos de efectivo de la UANL, por el periodo enero-marzo de 2023.

257

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

258

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

Acuerdo.

259

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

2. Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho contable R Cárdenas y Cía., S.C., al Hospital
Universitario “Dr. José Eleuterio González” en el periodo enero-marzo de 2023.

260

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

Acuerdo.

261

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

3. Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho R Cárdenas y Cía., S.C., relacionado con el
estado de ingresos y egresos del Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la UANL, por el
periodo enero-marzo 2023.

262

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

Acuerdo.

263

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

4. Dictamen de la auditoría externa realizada por el despacho Leal Tijerina y Asociados, S.C., relacionado con
el estado de ingresos y egresos de los Gastos Médicos a cargo del Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los
Trabajadores de la UANL, por el periodo enero-marzo 2023.

264

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

Acuerdo.

265

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

5. Dictamen de las auditorías externas realizadas por los despachos contables R Cárdenas y Cía., S.C.;
Sepúlveda Treviño, S.C.; Gossler, S.C., y Leal Tijerina y Asociados, S.C., a las dependencias académicas y
administrativas de la UANL y dependencias con convenios públicos, en el periodo enero-marzo 2023.

266

�I. Actos
Iniciales
II. Informe
de comisiones

INFORME
COMISIONES
E) II.
Comisión
deDE
Presupuestos
﻿

Acuerdo.

267

�II. INFORME DE COMISIONES
F) Comisión Especial de Radio y Televisión

�II. Informe de Comisiones

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

﻿

1. Informe sobre el dictamen referente a la selección de candidatos a ocupar el cargo de Presidente, Secretario
y Vocal del Consejo Ciudadano del Sistema de Radio y Televisión de la UANL.

269

�II. Informe de Comisiones

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

﻿

270

�II. Informe de Comisiones

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

﻿

Acuerdo.

271

�III. ASUNTOS GENERALES

�III. ASUNTOS GENERALES

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

﻿

1. Designación de nuevos miembros para cubrir las vacantes en las comisiones permanentes y temporales del
Honorable Consejo Universitario.

273

�III. ASUNTOS GENERALES

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

﻿

Acuerdo.

274

�III. ASUNTOS GENERALES

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

﻿

2. Informe acerca de los nombramientos de director otorgados por la Honorable Junta de Gobierno, por el
Rector y por la Honorable Comisión de Hacienda.

275

�III. ASUNTOS GENERALES

F) Comisión Especial de Radio y Televisión

﻿

Acuerdo.

276

��UANL

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                <text>Gaceta Universitaria, Universidad Autónoma de Nuevo León, Órgano Oficial de Publicación. Gaceta editada, publicada y distribuida por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Secretaria General. Inicio en el 2007 y se mantiene activa. Su frecuencia en un principio fue mensual y hoy en día es trimestral.</text>
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            <text>https://www.codice.uanl.mx/RegistroBibliografico/InformacionBibliografica?from=BusquedaAvanzada&amp;bibId=1753816&amp;biblioteca=0&amp;fb=20000&amp;fm=6&amp;isbn=</text>
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      <name>Dublin Core</name>
      <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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              <text>Gaceta Universitaria  Órgano Oficial de Publicación y Difusión de la UANL, 2023, Año 16, No 6, Julio-Septiembre</text>
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              <text>Nuevo León</text>
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              <text>Gaceta Universitaria, Universidad Autónoma de Nuevo León, Órgano Oficial de Publicación. Gaceta editada, publicada y distribuida por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Secretaria General. Inicio en el 2007 y se mantiene activa. Su frecuencia en un principio fue mensual y hoy en día es trimestral.</text>
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              <text>Garza Casa, Yolanda Elva, de la, Editor Responsable</text>
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              <text>01/07/2023</text>
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              <text>Universidad Autónoma de Nuevo León</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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      <name>Calendario de Actividades Académicas</name>
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      <name>Consejo Ciudadano</name>
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      <name>José Eleuterio González</name>
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      <name>Mérito académico</name>
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      <name>Ramón Guadalupe Guajardo Quiroga</name>
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