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                  <text>,,.

' '

DEL

DIARIO
Los n{¡meros sueltos valen 12 centavos.
r

ItIEXl()O.-Jneves 1~ de Febrero de 1S66.

Tm,rn III.

[W'Mañana no S!l publicará el Diario, por ser dia de fiesta.

NuM. 328

nido en acordar que en la Subreceptoría de Tetela del Oro, se establezca un
guarda con la dotacion de ciento veinte pesos anuales."

SVMAB.IO.
PARTE OFICIAL.-Decreto concediendo permiso al Sr. Kieffer para establecer varias
líneas telegráficas.-Un guarda en Tetela del Oro.-Otro en Paso Real (Túxpan).-Acuerdo
encargando el Despacho de Fomento al Subsecretario, mientras esté ausente el Ministro. Alcalde municipal de Rincon de Romos.
PARTE NO OFICIAL.-La instruccion pública. Artfoulo.-Escuela especial de agricul&amp;ura. Aviso.-Balance de 1865 en la Administracion de Leon.-.Academia de Ciencias. Acta
número 24.

T!-

"HEMOS venido en aprobar que ínterin se somete al Imperio el pueblo de
huatlan, en el Departamento de Túxpan, haya dis~uesto aquel Prefecto político el establecimiento de un guarda dotado con tremta pesos mensuales, en el
rancho llamado Paso Real, con el objeto de impedir se defrauden lo~ derechos
que causen los efectos que se extraigan del mencionado pueblo de T1huatlan.
México, Enero 30 de 1866.

Denuncio.

El Subsecretario interino de Hacienda,

E.' Villalva.

PARTE OFl()IAL.
MAXIMILIANO,_EMPERADOR

DE MEXICO:

Oido Nuestro Ministro de Fomento, DECRETAMO~:
Art. 1? Se concede á D. Francisco A. Kieffer permiso para establecer en el
territorio del Imperio, las líneas telegráficas siguientes:
1~ De Querétaro á San Luis Potosí, pasando por San Miguel de Allende,
Dolores Hidalgo, San Luis de la Paz, la Sauceda, Santa María del Río, y la
hacienda de la Pila.
2~ De Morelia á Querétaro, pasando ppr Acámbaro.
Art 2? Durante quince años, ninguno podrá construir lí!leas telegráficas
por las mismas direcciones.
Art. 3? Esta concesion caducará y se tendrá por no hecha, siempre que el
"referido Kieffer no cumpla con las prevenciones· siguientes:
1~ Si dentro de seis meses ·contados desde la fecha de esta concesiou, no
acredita competentemente el concesionario ante Nuestro Ministerio de Fomento, que cuenta con el capital n~cesario para establecer las referidas líneas.
2~ Si dentro de ocho meses, contados desde la misma fecha, no hubiere concluido la línea de Querétaro á San Luis Potosí, con el ra,mal de Dolores Hidalgo á Guanajuato; y dentro de un año1 que principiará á correr desde la propia
fecha, la línea de Morelia á Querétaro.
Art. 4? En el caso de que el concesionario no cumpla con lo prevenido, 6
incurra en la falta prevista en el artículo anterior, pagará la multa de veinte
pesos por cada kil6metro que no hubiere construido, dando por garantía de esto la caucion necesaria, á satisfaccion de Nuestro Ministerio de Fomento.
Art. 5? Para facilitar la pronta construccion de estas líneas, el Gobierno
otorga al referido Kieffer la subvencion de treinta pesos por kil6met.ro, pagadera en el plazo de un mes despues de estar en uso un tramo de cien kil6metr-os.
Art. 6? El importe de la subvencion lo garantizará el conce~ionario con los
útiles de éonstruccion que introduzca; y las sumas que por ,dicha subvencion
hubiere recibido, las reintegrará al Gobierno con el producto de los mensajes
oficiales.
Art. 7? El valor de las referidas líneas, se considerará á razon de ochenta
pesos cada kil6metro, entendiéndose incluso en este precio, las baterías, máquinas, útiles y cuanto, perteneciendo al referido Kieffer, sea necesario para la inmediata explotacion de las líneas; pero no los dep6sitos de efectos, enseres y
materiales que tenga de refaccion.
Art. 8~ El concesionario se considerará en todo sujeto á las prescripciones
de la Jey y reglamentos de'telégrafos que se expidieron en 1? de Noviembre
del año próximo pasado.
1
Nuestro Mini~tro de Fomento queda encargado de la ejecucion de este decreto.
·
Dado en Cuernavaca, á 30 de Enero de 1866. •
MAXIMILIANO.
Al Ministro de Fomento.
Por el Emperador,

...

MINISTERIO DE FOMENTO.
S. M. el Emperador, con fecha 28 del actual, se Ha servido expedir, en
, Cuernavaca, el acuerdo siguiente:
.
. .
"Durante la ausencia de Nuestro Minh;tro de Fomento, el Subsecretario mterino, D. Francisco Jimenez, queda encargado del despacho temporal de los
ne~ocios de la Secretaría del ramo."
México, Enero 31 de 1866.

El Subsecretario interino de Fomento,

Fmncisco Jimenez.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION 2~
México, Enero 30 de 1866.

· El Gobierno de S. M. Ha tenido á bien ap,robar el nombramiento que hizo
esa Prefectura, en la persona de D. Cárlos Barron para Alcalde m)lnicipal de
Rincon de Romos.-Por ausencia del Exmo. Sr. Ministro, el Subsecretario
Francisco J. rillalobos.-JSeñor Prefecto del Departamento de Aguascalientes.
Es copia. México, Enero 30 de 1866.
E l Gefe de la Seccion 1~,

José G. Martinez.

PARTE NO OFl()IAL.
J.A INS'l'B.VCCION PVDJ.ICA.

Hoy que se publican leyes orgánicas sobre diversos ramos de la administracion; hoy que está ya á la vista de todos la tan importante como deseada, sobre
la instruccion pública, no nos parece fuera de prop6sito emitir algunas consideraciones acerca de este ramo tan importante, no ya para que sean consignadas nuestras ideas en el nuevo plan de estudios, que á la hora en que escribí. mos estas líneas corre de mano en mano, sino para que mas tarde sean tenidas
en consideracion, ,si por acaso fuere necesario hacerle algunas modificaciones.
Emitiendo nuestra opinion sin otro fin que el de cooperar, en cuanto esté á
nuestro alcance, á la mejora de un ramo, el mas importante, sin duda, de la ad- ,
ministracion, creemos que lo primero de que debe cuidarse, es de que la ense,
ñanza pública se uniforme en todos los establecimientos, no solo en los autores
de asignatura, para que no suceda lo que hasta aquí, que los alumnos de un establecimiento sostengan una doctrina y los de otro la contraria, sino tambien
El Ministro de Fomento,
en cuanto á las materias de enseñanza, lo cual no puede conseguirse sino obliLUIS ROBLES PEZUEL.A..
gando á todos los establecimientos, sin excepoion, á que se sujeten á )a observancia de un mismo plan de estudios.
,
Profanos en otras carreras profesionales que no sea la del foro, nos abstenemos de hacer indicaciones acerca de lo que seria mas conveniente estudiar en
MINISTERIO DE HACIENDA.
ellas,
dejando este trabajo á las personas versadas en las mismas. En estas líSECCION 1~
neas nos limitaremos, pues, á exponer ligeramente nuestra opinion sobre los
S. M, el Emperador se Ha servido expedir, con fecha 28 del actual, los so- ramos que debe abrazar, en nuestro concepto, el estudi.&gt; del abogado. Ciceron
beraeos acuerdos que siguen:
creia, y con fundamento, que el abogado debia estar instruido en todas las cien"En vista de lo informado por Nuestro Ministerio de Hacienda, HEMOS ve- cias y en todas las arte11; y sin que pretendamos tomar esta máxima en toda su

�''

EL DIARIO DEL IMPERIO.

144

extension, como no la habria tomado el mismo orador romano, sin embargo,
no nos dispensaremos de probar cuán importante es para el abogado el conocimiento, al menos superficial, de varios ramos extraños, unos del todo, y otros
apenas conocidos, para los j6venes dedicados al estudio del derecho.
Entre los segundos, se encuentra el estu-dio del idioma latino, digno de una
dedicacion mayor de la que hasta ahora se le ha consagrado, para que no se dé
el caso, demasiado frecuente por desgracia, de abogados que no saben traducir
ni la fostituta de J ustiniauo. Creemos de buena fé que debe exigirse un estudio algo profundo, de tal idioma á los j6venes que aspiren al título de abogados,
y al efecto apetecido con sobrada razon por_]losotros, para el remedio de tales
male~ seria conveniente establecerse, que el curso relativo á su estudio no baje
de tres años, y esto b~jo la direccion de personas empeñosas y prácticas, dotadas al efect&lt;&gt; de un modo competente y, digno del magisterio.
Al estudio del idioma latino debe asociarse el de otros idiomas, no tan ne.cesarios como aquel, pero importantes sin duda para conocer, con el estudio de
los autores nacionales y extranjeros, la legis1acion de las naciones todas que
marchan·hoy al frente de la civilizacion, y cuyas relaciones con la nuestra, imponen á la juventud dedicada á la carrera del foro, la obligaciou de conocer el
idioma propio de esos autores. A.sí, pues, creemos necesario para dicha carrera,
que se obligue á los j6venes dedicados á ella; á que estudien, ademas del latín,
el griego, el frances, el inglés y el aleman; á cuyo efecto debe prolongarse por
otros dos años el curso de las cátedras de idiomas, adoptándose por base, que
estudien á la vez, y á lo sumo, dos idiomas diversos, con el objeto de recoger
frutos superiores, resultado del estudio comparado que de ellos se haga.
. Igualmente opinamos porque al curso de filosofía se' aumente otro año, en
el que se estudie especialmente geografía é historia, distribuyéndose todo lo
demas que hasta hoy ha sido objeto de dicho curso, en los otros tres años, en
los cuales es conveniente que estudien los cursantes, ademas de la 16gica, metafísica, moral, mat~máticas y física, la química; realizando el pensamiento consignado en un plan de estudios, que no pudo llevarse al término apetecido, á
pesar de su utilidad, por causas que no es del caso referir.
En cuanto al estudio del Derecho, somos contrarios al sistema adoptado para su enseñanza, en algunos establecimientos, en que sujetan á los estudiantes
á comenzar por estudiar el tr~tado de acciones, sin conocer previamente otros
tratados explicados con razon por los tratadistas ante,s que aquel, y sin cuyos
conocimientos no es fácil comprenderlo. Debe, pue~, establecerse, que se enseñe
la jurisprudencia, siguiéndose el 6rden adoptado por los autores que se designen como textos de asignatura, en lo cual, por prudencia siquiera, debe consultar~e la opinion de los profesores, cuyo acierto lo garantizan la experiencia
y el estudio particular de esa ciencia, á cuya enseñanza están dedicados.
Creemos necesario á la carrera de la abogacía, el estudio del derecho internacional, descuidado hasta últimamente, y el del administrativo, descuidado del
todo; respecto del cual, si es permitido á un simple oficinista que arregle las
labores de su oficina á la rutina, no es perdonable á 11n abogado la ignorancia
de tal derecho, cuando por su misma P.rofesion está llamado al desempeño de
los altos puestos, en que con tanta frecuencia tiene que ejercer actos que emanan del derecho administrativo. ·
·
Hasta hoy se ha visto ~on desprecio el estudio de la literatura en la carrera
de la abogacía, creyéndose err6neamente, que ese estudio solo corresponde á los
poetas: tal error es la causa de multitud de faltas, que se corregirán sin duda, si
se exige el estudio de la literatura á los j6venes dedicados á la carrera de la abo,
'
gacrn.
Para adquirir el conoéimiento de todo lo relacionado, comprende~os que es
necesario aumentar el número de años adoptado hasta hoy, -para el estudio de
la jurisprudencia, en lo cual no encontramos inconveniente alguno, cuando nos
proponemos indicar los remedios, conducentes al objeto de que existan en nuestra saciedad, personas de edad y juicio maduros, que honren á su patria y la
hagan feliz, utilizando prácticamente los conocimientos que adquieran en las
escuelas.
No somos partidarios de la enseñanza enciclopédica, tan generalizada en nuestros dias, ni admitimos' de una maner~ absoluta el sistema de estudios simultáneos, si no es en la enseñanza de los idiomas; y esto, en cuanto á dos solamente, consultando á la utilidad de su estudio comparado: por lo mismo, opinamos porque se aumente el núm:ero de años, en cuanto baste para adquirir la
..suma de conocimientos correspondientes á los puntos indicados.
Convencidos de que solo estudiando mucho, y exigiéndose á los j6venes que
aspiren á la noble profesion de la abogacía, pruebas muy sevéras de su aprovechamientq, consignamos nuestras ideas en estas breves líneas, á efecto de que
los abogados tengan en nuestra sociedad el lugar prominente que merecen .
los que adquieran en lo sucesivo título tan ·honroso, á costa, si se quiere, de
muchos años de sacrificio y de estudio, empleados concienzudamente con tan
loable objeto.

Escuela especial de Agricultura.
• :Ministerio _d~ Instruccion Pú~lica, ,Y Cultos.-Autorizada esta. Escuela por el
~xmo. Sr. ~1mstro de Instrucc1on Publica y Cultos, en virtud de las circunstancias excepcionales en que se encuentran los establecimientos superiores de enseñanza, para prorogar el plazo fijado á la clausura de'las inscripciones, se avisa á
los padres y tutores que se continuará recibiendo a,lumnos hasta el día 20 de1
p~óxID;o Febrero; advirtiéndoles que en este establecimiento no se ha hecho modiñcac1on algunl},, en _armonía con la ley de instruccion pública últimamente publicada, que ha determmado subsista bajo sus bases existentes mientras se organiza
debidamente.
San Jacinto, Enero 29 de 1866.-El Secretario de la~scuela, G. Sermn.

•

EL. DIARIO DEL IMPERIO.

Balance de 186i'i en la Administracion de Leon.
Ad.ministracion de Rentas de Leon.-Balance del libro mayor, correspondiente al año de 1865.
.
,
Débitos.

Fs.

138

101
122
105
134
27
137
f35

133
130

129

Inventario de 186 ....
"
Ministerio de Hacienda.
Ministerio de Hacienda
por remisiones de
otras oficinas.. . . . . . .
,,
Fincas nacionales . . . . .
,,
M1,1ebles y enseres.. . ..
,,
Caja ... ............. 69,231 27
Letras por cobrar. . . .
,,
Ordenes por pagar. . . .
,,
Depósitos provisionales.
,,
Depósitos judiciales ....
,,
Derecho de alcabala general. ...............
"
,, de Alcabala de
venta de fincas .....
"
,, de Alcabala de
tabaco nacional ......
"
,, de Aguardiente
del país .............
"
,, de Tribunal
Mercantil ..... ... •.
"
,, de Contadmía
mayor .......·.... .
"
,, de Desagüe: ..
"
,, · de Contraregistro .................
',,
,, de 3 p g sobre
la plata ......... . .
"
,, de 3 p g sobre
el oro ...............
"
,, de Fundicion y
ensaye ........... .
"
,, de minería, un
real por marco ..... .
"
,, de Export;acion al 6 p g ...... ..
"
,, de Circulacion
al 2 p g ... _,_..... ..
"
,, de Hospitales

Saldos
deudores.

Saldos
acreedores.

"
"

"

,,"

"

"
"
"
"

"

Créditos.

"

" 27
69,231
"
"

"

"
"
"

"
"
"

"217 69

217" 69

"

39,855 07

"

39,855 07

"

3,987 40

"

5,452 98

"

884 53

"

3,084 14!

"

2,189 41½
1,527 16

"

2,817 78

"

"

"

"

"

"

"

"

"

3,987 40
5,452 98
884 53
3,084 14½
2,189 41½
1,527 16 '
2,817 78

"

"

"

"

J&gt;

"

"

"

1

2 p g ............ ..

"
,, de Herencias
transversales y legados .. . .... .. ...... .
"
116 Proveedores del ejército
frances, devolucion de
derechos .......... .
715 32
55 Remisiones á la ad.ministracion de rentas de
Guanajuato . . . . . . . . 49,292 70
Aprovechamientos . . .. . .
,,
110 Almacenaje..........
,,
54 Devolucion de derechos
por error en la liquidacion ........... .
191 93
A.nticipacion ·.de de,rechos ..... . ...•....
"
Multas judiciales ... .. .
"
128 Multas de empleados....
"
59 Multas por ocultaéion ó
fraude .. . . . ....... .
"
Restituciones sigilosas...
"
Descuentos por montepíos militares ...... .
"
19 Sueldos de empleados de
esta administracion. . 1,943 31
20· Sueldos del resguardo. 2,484 ,,
Salario de los mozos de
las garitas .......... .
"
17 Gastos de administracion por rentas de garitas·............... .
265 ,,
18 Gastos menores.. de administracion.. . ..... .
199 79½
34 Gastos extraordinarios
30 ,,
de administracion.....
103 Gastos de éonservacion
del edificio de la Aduana y sus garitas .. . ..
66 63
Honorarios y gastos de
las admipistraciones
foráneas y subalternas............... ..
"
Idem ídem de las receptorías de........... .
Contaduría mayor..... .
"
Sueldos de la oficina de
ensaye ........,.•.•.
"
Gastos de la oficina de
ensaye ........... .
"
Gastos menores de id ..

"

2 09

2 09

1,045 65

1,045 65

141

"

Al frente ••.••. 126,419

9.5¡

"

715 32

"

49,292 70

" 24 75

"

"
"

, 24" 75

191 93

"
"
"

82

"

8 ·70

"

"

"

,," 82

"

8 70

"

"

"
"

"

"
1,943 31
·2,484 ,,

"

"

"

"

"

265 ,,

"

199 79½

"

30 ,,

"

66 63

"

"

"

",

"

"
"

"

'

1

1 ,,

"
"

"

"

"

"
"

"
"

"
"

130,329 45 55,188

68½ 61,098

4~ No figura en el balance por separado la partida de renta de casa-Aduana,
porque ochenta pesos mensuales que se ministran, vienen incluidos en la libranza
de sueldos de la Subprefectura, como renta de casa, ocupando las oficinas de
Del frente..... .126,419 95½ 130,329 45 55,188 68½ 61,098 18 Aduana una parte del local.
Cesiones á favor del'
Leon, Enero 14 de 1866.- El Administrndor ,de Rentas, Valentin Perez de
erario............. .
Castro.
"
"
"
Préstamos ........... .
"
"
"
23 Sueldos de la receptoría
300
de Piedragorda.•...... 300 ,,
Academia Imperial de Ciencias y LiteI"atu,ra.
24 Idem de empleados y
ACTA NUM. 24.
resguardo de la recep349 92
349 92
toría del Rincon ... .
Se reunieron los Sres. Vicepresidente Río de la Loza, Almazan, Cuevas, Fon26 Gastos de dicha oficina
seca, Jimenez D. Miguel, Larrainzar, Mier y Terán, Orozco y Berra, Roa Bár72 ,,
72
por renta de casa....
cena, Segura, y el Secretario interino que suscribe.
72" 37
,, "
72 37
123 Derecho de importaciou.
Dada cuenta con el acta de la sesion anterior, fué aprobada.
7 23
7 23
124 Idem de internaciou .....
Se leyeron dos comunicaciones del Exmo. Sr. Ministro de Instruccion Pública,
"
25
25 ,,
52 Instruccfon pública ... .
relativas
á la remision que deben hacer los impresores á la Academia, de las
"
"
4 "
90 Mandas de Bibliotecas.
4 "
obras
que
impriman. De enterado, y á los expedientes respectivos.
"
"
"
237 ,,
237
102 Reintegros al erario .... .
Fueron presentadas á la Academia las ~bras siguientes, recibidas por el cor"
"
"
6,284 56 reo: "Historia física del hombre: opúsculo tra.ducido del fra,nces por D. Luía
6,284 56 ,
9 Recaudacion de peajes...
"
"
l0 Enteros de la AdminisSantaella." "Elementos de del'echo administrativo, escritos para la cátedra res10~ 58
109 58 pectiva del Instituto de Oaxaca." "Elementos de Geometría, por el C. Mucio
tracion de Correos ...
"
Auxilios á la misma ofiGama."
.
1,200
cina . ..... ....... , 1,200
El Sr. Río de la Loza hizo la siguiente proposicion:
"
53 Devolucion de depósitos
"Pido á la Academia, que luego que sean integradas las clases, se haga el
242 69
judiciales .... , ...... . 242 69
nombramiento
de los funcionarios que faltan."
·
"
72 Suscriciones al "Diario
Suficientemente discutida, fue reprobada.
22 50
22 50
Oficial del Imperio."
El Sr. Almazan presentó á la Academia la obra que ha escrito, sobre ferro"
"
79 Enteros por cuenta~ l~
carriles. Que se le den las gracias y se registre en el libro de donaciones.
.Administracion, geneLa clase matemático-física propuso para miembros de ella á los Sres, Dr. D.
12 23
12 23
,,
ral de peajes......... .
José
María Vértiz, D. Alfonso Herrera y D. Juan Manuel Bustillo, los cuales
"
1
88 Cartas de seguridad.... .
1
"
fueron
admitidos.
"
"
"
671 21
671 21
118 Contribuciones directas.
La clase filológico-literaria propuso á los Sres.~:· D:.Manuel ~oreno. J º".'e,
1
"
"
686 41
686 41
131 Papel sellado..... . ... .
'
l'
Dr. D. Ignacio Montes de Oca y D. Miguel°A'Iii.ñmez, que tamo1en fueron ad"
119 Enteros hechos en la
mitidos.
.Aduana de GuanajuaSe acordó que la clase matemáticq-física presente la MemÓria de Reglamento
to, por cuenta de esta
correspondiente al presente mes.
566 12
566 12
.Administracion...... .
El Sr. Río de la Loza recordó á los Presidentes de las clases, la necesidad que ·
"
113 Ministerio de }"omento,
hay de que cada una forme su reglamento y presente la lista de libros que nece6,521 14½ ,,
por gasto de caminos. 6,521 14½
site, como tambien de nombrar su Presidente y .Secretario.
"
3,131 18 1
117 Ministerio de Guerra .. 3,131 18
No concurrieron loa Sres. Arriola, sin aviso; .Arango y Escandon, por enfer"
126 Administracion civil,
medad; Castillo, ausente; García Icazbalceta, por enfermedad; Jimenez D.Fransueldos de la Subprecisco, por ocupacion; Lacunza, sin aviso; Lares, por ocupacion; Maury, por ocu629 3,2
629 32
foctura ........... .
pacion; Ramirez, ausente; Salazar Ilarregui, ausente.
"
"
114 Idem, gastos de dicha
México, Enero 2 de 1866.-El Secretario, Francisco Pimentel.
200. ,,
200 ,,
oñcina .. , ........ .
"
"
125 Aclministracion de J usticia, sueldos del juzDENUNCIOS Y SOLICITlJDES
gado de letras y gas•ANTE EL MINISTERIO DE FOMENTO.
tos de la Corte Mar.,
557 78
557 78
cial ............. .
"
127 Enteros á hospitales por
SECCION 1~
2
09
2
09
. el 2p g .., ......... .
·(E publicacíon.)
México, Enero 81 de 1866.
"
"
137 Multas por ocultacion ó
D. José O. Forns, vecino de esta capital, ha hecho formal regil!tro de unos
fraude; distribncion á
criaderos de chapopote, que en estado sólido ó petrificado contiene el cerrito de
2 90
2 90
los partícipes ..... . .
Aginché, así como tambien de varios veneros que emanan del mismo cerro, el cual
"
,,
6 62
6 62
132 Multas, depósito ..... .
se
halla en terrenos de la hacienda de Limon, Departamento de Tamaulipas, al
"
21 Renta de la casa de la
lado N. del río Pánuco, al N.O. del punto llamado Tamicho, y á unas veinte leSubprefectlll"a y ofiguas al S. O. del puerto de Tampico.
240
240 ,,
cinas ...........,. ..
Y habiéndose admitido el registro en cuanto há lugar en derecho, sin perjuicio
"
"
"
20 82
20 82
140 Pensionistas civiles ... .
de tercero, y con arreglo á las ordenanzas, en atencion al estado de guerra en
"
"
22 Producto de alcaba,las en
que se,encuentra aquella localidad, y no poder dirigirse el interesado á la autola receptoría de Pieridad correspondiente, se avisa al público para su conocimiento; en el conceptó
dragorda y en sus Subde que se comunicó á la Prefectura ·de Tamaulipas.-El Subsecretario interino
receptorías, J al p a,
de Fomento, Francisco Jirnenez. _
Puerta de San Juan,
Jesus María y Pueblo
Nuevo ............ . 1,593 16 1,593 16
"
"
24 Productos de alcabalas
AVISOS OFICIALES.
en la receptoría del
Rincon ............. . 1,965 66 1,965 66
Ministerio de !'omento.
"
"
México Enero 31 de 1866.-Por no haber ocurrido los individuos que en seguida se espre,
Sumas . .. , .. 142,021 36 142,021 36 69,231 27 69,231 27
Fs.

Débitos.

Créditos.

Saldos
deudores.

Saldos
acreedores,

r

NOTAS ACLARATORIAS.

"

18

145

l ª Hasta que empezó la Adminis1!acion del que sus~ribe, en el mes de N?·
viembre del año pasado, comenzó á llevarse en esta oficma la cue~ta_ de su CaJa
y del libro mayor en el órden que debe efe~!uarse, pues con anter1or~dad se v~rificaban los pagos de los libramient?s, hac1ell:d?se ararW;r ~n la caJa como ~nero, y remitiéndolos en fin de mes a la Admm1strac1on pnnc1pal con tal caracter: es decir, aparecían durante todo el mes do'cumentos por datar, que es cos~
absolutamente prohibida, y por esta razon no figuran en el balance las sumas m1nistra~as por auxilios á la Administracion de C?rreos, 1?ªs que de lo~ mese~ ~~
Noviembre y Diciembre, sin que haya constancia de lo que esa oficma rec1b10
en el resto .del año: asimismo tampoco figuran las cantidades líquidas de los ramos de contribuciones y papel sellado, que conforme á las disposiciones supremas han debido enterarse en la caja de la Aduana que centraliza los produc~os,
ni se sabe lo que se ha ministrado en diez meses al Director de cammos, m lo
ministrado por sueldos de los empleados de la Subprefectura, Juzgado de letras,
Corte Macia!, ni los gastos habidos por el ramo de guerra.
2~ No figuran los honorarios que h.!!:!l .recibido los Subreceptores de Jalpa,
Puerta dé San Juan, Pueblo Nuevo y Jesus Mar¡a, ;Porque no se ha llevado cuenta de ellos en esta oficina, y por lo mismo no ha.y constancias.
.
3ª La partida que figura por enteros ~s en la.4-d~ ~ ~rtCVuato, por
cuenta de.esta ofioina, g.p.arte de la de ,~~18Wf2e8 á l,a. .Admi~istrac_wn_ &lt;k ~t;f,as
-de &lt;hanajuato, es por libramientos rembidos de aquella oficma pnnmpal, de oficio, contra ésta, sin marcar el ramo á que pertenece el ente,ro, por cuya razon no
tiene tampoco aplicacion-en la cuenta de esta-oficina.

san, á, saber el resultado de sus ocursos, elevados á. S. M. I. sobre diversos asuntos, se hallan
detenidas .en esta Secretaría las resoluciones que han recaído, y á ella deberán ocurrir para,
saberlas: mas para que en lo sucesivo pueda so~c~tarse á los ,interesados en sus casas, se recuerda lo prevenido, sobre que al calce de las sohc1tudes escnba cada uno el lugar de sumorada. Los interesados son:
·
Aubert D. Nicolás, .Arzuvide D. Juan, Antiga y C!, Barrera D, Trinidad, Batista D, José,
Berna! y Zepeda D, Manuel, Blancas D. Miguel, Greffos D, Luis, Guerrero D. Manuel, García D. Roberto, Hale D. J. H., Toma,sse~ D. Pablo, LÍ1?1on D~ Fe~ípa, ~ópez m ~anuel~,
Lazo D. Daniel, Mot.a, D. J. M., Martm y m, Martinez D. Lins,,Ort1z D, Antomo, Ortra
D. Felicíano Orozco D. Luís, Rodríguez D. Pedro, Ramiro D. Rafael, Romero D. Florentino, Revilla D. Joaquín, Santoyo D. Matilde, Sanchez D. Jorge, Strfníg, Surplice D. Tomás,
Vega D. Cosme.
6a-l

Ayuntamiento de México.
Palacio municipal, México, Enero 29 de 1866.-El ]Jxmo. Ayunta~iento necesita _cuatro
pequeños carros, que serán tirados por hombre, y que dtib~rá.n servir para cond~crr á. la
cárcel los ébríos que se encuentren en la .calle, A este fin ha dispuesto que }as p~r~onas que
deseen hacer los referidos ,carros, presenten sµs p.ropues!as e~ la ~ecre~aría mumc1pal, en_ el
preciso término de ocho días, contados desde la fecha; l¡aJo la mtehgenc1a de que se preferirá
á la persona que ofrezca mayor ventaja.-El Oficial mayor encargado de la Secretaría, José
A. Ortiz.
3a- 2

Juzgado segundo de letras del Distrito de 'J!'oluca.
En este se hallan depositados al~ps efec\os de m~rcería que vinieron entre los, de r?Pª
.libertados del robo que sufrió D. Gil Lara en el paraJe nombrado ." El Portezuelo,' callllllo
de !'Sta ciudad á la capital del Imperio, el domingo 31 de Diciembre del año próximo pasado,
Y no habiéndose podido averiguar quién sea el dueño de los referidos efectos, de órden del
Sr. Juez 2? de letras, Lic. D. José García Aguirre, se pone en conocimiento del público,. para
que la persona que se crea con derecho á ellos, ocurra á deducirlo, y wobando su propiedad
le serán entregt1,dos,
Tolnca, Enero 19 de 1866.-EI Secretario del Juzgado, José D, Valdés.
3a-3

�EL DIARIO DEL. IMPERIO.

146
I

.Juzgado de btras de Apam.

Comisaría Central de l'olic:ia.

t

En el juicio que sobre despojo é indemniz:ciou de daños perjuicios sigue en este Ju~gaNúm. 1,384.-México, Enero 29 de 1866.-En esta oficina se solicita al súbdito americano
0 el Lic. D. Pedro Quiros, como apoderadcde D. Pedro López Raro, contra D. Ennque
d
Mr. Thomas Smith, que fué asaltado hace dias por unos ladrones, mas allá de la garita de Va- Hirsch el Sr. Juez letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en au!o de esta fe.
llejo, para comunicarle un asunto que le interesa.-El Secretario general, T. Tuñon Cañedo. 1 ha se ~ite por los periódi~s al referido p. ~iique Hirsch, para que en el término d~ ocho
c
3a- 2
di as se presente, por si ó por apoderado mstmdo y espensado, á alegar de buena prueba, apercibido de· darse por alegado eu el juicio si n&lt; lo verifica.
Aparo, Enero 18 de 1866.- El Secretario dt Juzgado, Lic. José María Espejel. 810-Ss-8
Administrac:ion princ:ipal de la renta de Papel sellado
EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DE !11EXICO.

'!l'ribunal de Conereio de Méxic:o.

Se han publicado ya lo¡; cuadernos números 5 y 6 del " Boletín .de las leyes," y se hallan
de venta al precio de ocho centavos el primero y diez y ocho centavos el seg~do, en todos
los espendios de esta renta, en esta capital, que se mencionaron en el aviso pubhcado por esta
Administracion en 20 de Noviembre del año próximo pasado.
México, Enero 23 de 1866.-El Administrador principal, J. M. de [caza é lturbe. 3a-3

Con fecha 26 del actual, ha proveido este '.'ribunal el ~uto que _á la letra dice: .
.
"Vista la denuncia que han liecho los Srn. D. Francisco _Rev1lla, D. Eugemo Lmarte y
D . Manuel Herran, comerciantes de esta pla:a, -0c la_suspens1on de pagos que h~ he?ho D. Antonino Barquera: vistas las declaraciones delos _testigos, y resulta~do de ellas Justificada pl~n amente la suspension de pagos hechos por ,1 citado Barquera, qmen . por ella se h~ constttuido en estado de quiebra, segun lo dispusto en_ el art. 759 del Código de_ Comercio: en su
c umplimiento se declara que el espresado D. \.ntonmo Barquera se halla en dicho estado, cuya
é poca es de contarse desde la fecha del preslllte auto, sa~vo lo qu? despues aparez~a. En consecuencia, procédase, en cumplimiento del a-t. 794 de dicho Cod1go, ~¡ aseguram1ent~ y secuestro de todos los bienes, libros y papeles iel fallido, y á la detenc10n de su correspondenciª librándose atento oficio para ello á la\.druinistracion de correos. Se nombran síndicos
ad~inistradores á lQJ! Sres. D. Manuel Herr:n y C~, y judicial al Lic. D. Miguel Enrique, á
quienes se hará saber su nombramiento parasu aceptacion .Y desempeño. P_ublíquese la providencia por medio de los periódicos y por edctos que se fiJa!án en los paraJes ~e costumbre,
y fórmese el espediente de calificacion de fa quiebra. Practicado el aseguram!ento, hágase
saber el presente auto al fallido para que usi de sus derechos: la Secretaría c~rtifique, que en
1a lista de corredores del año próximo pasad, aparece el nombre d~ D. Anto~no Barque.:a.L os Sres. Presidente y colegas lo proveyeon y firmaron.-Castillo.- Gardzda.- Cata110.Luis Rodríguez y Palacio."
.
• .
. .
En cumplimiento de lo mandado publico d presente. Mex1co, Enero 27 de 1866.-José Muria Cardeña, Oficial 2? encargado de la Secetaría.
816-3a- 2

'!l'ribunal de C:omerc:io de 1\l!éxic:o.
Con fecha 24 del presente, dice el Exmo. Sr. 'Ministro de Justicia al Sr. Presidente de este
Tribunal, Jo siguiente:
,
"En contestacion del oficio de V. S., fecha 18 de Setiembre último, en que hace presente
que varias Compañías anónimas y en comandita establecidas con autorizacion del Gobierno,
no han ocuxrido á registrar sus escritu.ras á la Secretaría de, ese Tribunal, como lo previene el
art. 252 del Código de Comercio, manifiesto á V. S., que dichas Compañías no están esceptuadas del cumplimiento de esa obligacion que el citado artículo impone á todas !as sociedades
mercantiles.- Lodigo á V. S. para su inteligencia, previniéndole que para desvanecer' cualquiera mala interpretacion que haya podido suscitarse sobre el particular, dé publicidad á
la presente comunicacion.-El Ministro de Justicia, Escudero."
Lo que de órden del Sr. Presidente pongo en conocimiento del público.-José María Cardeña, Oficial 2? encargado de 1,aSecretaría.
.
3a- 2

AD1\1!11"IS'!l'B.AC:ION GENEB.AL DE COB.B.EOS.

A VISOS PARTICULARES.

A VISO AL PUBLICO,

El dia 2 del próximo Febrero, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion
general para Veracruz, un estraordinario con la correspondencia que ha de conducir á NuevaYork, con escala en la Habana y el puerto de Sisal, el vapor-correo "Manhattan." Lo que se
participa al público para su conocimiento y efectos correspondientes.
México, Enero Z7 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
3s- 2

SEGUROS C,OJtTBd INCENDIOS.
ÜO:M.P.A$IA. DE SEIUROS DE GLADJlACH.

Capital de fondo ........... ~.

,

3.000,000 pesos prusianos.

COMPAÑIA. D;E SEGU1OS DE BASILEA (BASEL).

l'refec:tura polític:a del Departamento del Valle de 1\l!éxic:o.

Capital de fondo .. •. . . . . . . .. . . . . . . . . . 10.000,000 francos.

í

AVISOS.
1

Para proteger el desagüe que se está haciendo en las calles inundadas de esta Corte, y á
ñn de no omitir ningun medio para su realizacion, el Sr. Prefecto político ha creido conveniente prevenir á todos los dueños de pozos brotantes, cualesquiera que sea la especie de ellos,
que por medio de largos tubos y dentro del término de cuarenta y_ ocho horas, impidan el curso continuo de sus aguas, usándose solo de la que necesiten, sin dejar correr el resto de ella
á los caños ó atarj~as, en razon de,que su abundancia seria escesivamente nociva al fin propuesto.
Esta providencia durará por todo el tiempo que se crea necesario mientras tanto se acaban
de estraer las aguas estancadas en las calles de la ciudad, y para que sea levantada se dará
oportuno aviso; bajo la inteligencia, de que el que faltare á su cumplimiento, será multado en
veinticinco pesos, imponiéndosele doble cantidad si reincidiere, y destinándose su producto á
los gastos del desagüe.
,
Lo que se hace saber al público para su inteligencia.
,
MéXico, Enero 7 de 1866.-Por el Oficial mayor encargado de la Secretaría, el Oficial 3?,
.J. Romero.
3a-2

"Dispone el Sr. Prefecto que entretanto se concluye la limpia de las calles que estuvieron
inundadas, y á la que están destinados los carros que recogian las basuras, éstas se depositen
en las casas hasta que se concluya dicha operacion. De 6rden del Sr. Prefecto se prohibe arrojar las basuras en las coladeras y albañales, bajo la pena de cinco pesos de multa cada vez
, que se infrinja esta prevencion.
'
•
.Lo que se comunica al público para su cumplimiento y demas fines.
.México, Enero 20 de 1866.-El Secretario de la Prefectura, Lic. Cárlos ZaMla.
3a-2

--

/

Se aseguran muebles é inmuebles- á prenios moderados, y sti darán todos los inf~rmes necesarios para los que gusten asegurarse, en a AGE.l(CIA GE¡o,;ERAL de Estas Companías, calle
de San Be~ardo núm. 3.
400-l S0s-122

Bac:iend~ de '!l'emisc:o.
Convenida entre los interesados en la hacenda de 1'emisco, jurisdiccion de Cuerna vaca, su
venta estrajudicial se participa al público, ¡ara que las personas que quieran adquirirla: ocurr an á la casa del S;, D. F. N. del Barrio, TO"cer Orden de San Agustín núm. 5, todos los dias
de una á tres de la tarde, donde verán los panos y avalúo, y se impondrán del precio y condiciones bajo las cuales se celebrará el contato.
799- 30s- 12

l'B.C?fES'!l'A. '
Sabedor el que suscribP, de que D. Gabrel Gonzalez An~o trata de enajenar los capit ales que reconoce la hacienda de San J oséTasimaye, situacta en jurisdiccion d~I Departamento de Tola, que pertenecieron al estiiguido ~onvento de J ~su~ ~aría y á la capellanía
vacante de D. Luis Vazquez, los cuales fueon cedidos en pago JUdtcialmente por la parte de
Gonzalez á mi poderdante D. J. M. Baez; nanifiesto á las personas que se interesen ~ estos
capitales ó á la finca, que ésta es responsabe al pago de ellos; y que pol' lo espuesto, nmguna
persona puede disponer su enajenacion sin muencia y consentinúento formal de mi poderdante, ni percibir cantidad alguna por rédits; y_ en caso contrario, pro~sto desde ahora á salvo los derechos de mi representado, para dJucirlos en forma ante qmen corresponda, sobre
la nulidad de cualquier acto que se practiq1e, haciendo esta protesta pública para que no se
alegue ignorancia.
México, Enero 25 de 1866.-P. P., lgnaca Bdtran.
813-3a-3

\

Existiendo algunos jóvenes huérfanos ó abandonados de sus padres, y queriendo el Sr. P refecto político que se dediquen á algun arte ú oficio para hacerlos útiles á la sociedad y moralizar sus costumbres; conforme al art. 75 de la ley de 1? de Noviembre de 1865, se invita á los
maestros que tengan talleres, lo mis'mo que á los dueños de fincas agrícolas, que ~uieran recibir á algun jóven bajo su cargo y direccion, para que se presenten en la Secretaria de esta
Prefectura, á fin de que se les ministre las instrucciones necesarias.
México, Enero 10 de 1866.-El Secretario general de la Prefectura, Lic. Cárlos Z(ivala.
·
6a-~

AVISO.
Ministerio de Fomento.- Seccion 4~-México, 19 de Enero de 1866.-Siendo ya muy frecuente el caso de que este Ministerio se vea en la necesidad de desechar solicitudes sobre amparo de minas por haber desaparecido en varios Distritos las circunstancias de guerra que, de
las causales d~ la parte final del ai:t,ículo 14, t~tulo 9~ ~e la Ordenanz'~ de Minas, e~ la qu~ h a
motivado estas declaraciones especiales, se aVISa á los mteresa_dos en fu11;dos metálicos ubicados en Distritos tales, como Pachuca, Real del Monte, Atotoni!co el Chico y demas que se
hallan en su caso, que es inútil hagan solicitudes en el sentido de que se trata, supuesto que
no podrá concedérseles.-El Subsecretario interino de Fomento, Fra~cisco .Timenez. 6a- :-i

AVISOS JUDICIALES .
.Juzgado de letras de Cuautitlan.

DIVERSIO:NES PUBLICAS.
TEATRO IMPERIAL.
OPElli ITALIANA. ·
J..'UNCION EXTRAORDINARil A BENEFICIO DE LA SEÑORITA

:Matilde l'lodowoska.
En la noche de hoy, á las ocho en punto tendrá verificativo la funcion espresada, en los siguientes términos: Se pondrá en escena laaplaudida ópera de Dounizetti, dividida en tres
actos é intitulada: Lucia de Lammermoor; ID el intermedio del primero al segundo acto cantará con la beneficiada, la Srita. Peralta, elgran duo de la ópel'a Norma; en el otro intermedio del segundo al tercero, D. Napoleon Biicchi contará una aria de: Beatrice di Tenda, y por
conclusion la beneficiada cantará una aria &lt;e la ópera denominada: ll domino néro.

TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑA DRAMATICA.
E,n la noche de hoy, á la hora de costmmre, se pone en escena la comedia dividida en tres
actos y denominada: El rábano por las hoju;.

TEATRO DE l'l'URBIDE.

En los autos del concurso de D. J osé Pico de San Martin, se ha mandado citar á los acredore~ ájunta, que tendrá lugar el dia 7 de Febrero' próximo, á las diez de la mañana, en es te
.Juzgado, para nombrar nuevamente síndico administrador y tratar otros puntos del intéres de
los mismos acreedores. Y se publica para que sirva de formal citacion.
Cuautitlan, Enero 31 de 1866.-El Juez instructor, José Zubieta.
816--3a-l

COMPAÑA DRAMATICA.
En la noche de hoy, á la hora de costunore, se pone en escena la comedia nueva dividida
en cuatro actos denominada: Aytr y hoy.

'!l'ribunal de Comerc:io de 1\l!éxfoo.

'l'EATRú IM PE RIAL :

Viérne 2 de Febrero.
México, Enero p de 1866.-En el espediente de concurso á bienes de D. Ernesto Aron,
este Tribunal, por auto de hoy, ha mandado se notifique, por'medio de los periódicos y edictos,
á los acreedores á dicho concurso, presenten á los síndicos administradores los comprobanteB
,,de sus créditos dentro del término de quince dias, contados desde la primera publicacion,
apercibidos de que la omision les parará en perjuicio.
Lo que hago saber por el presente en cumplimiento de lo mandado.-José María Cardeñ a,
-Oficial 2? encargado de la Secretaría.
809-15s-11

EDIC'!l'O.
Por auto de 16 del corriente, el Juzgado de-lo civil de esta capital, ha declarado en estado
.de quiebra á D. Pedro Barrios, debiendo contarse la época desde el dia diez del actual ( con
,r.al.idad de por ahora y sin perjuicio de tercero). Han sido nombrados provisionalmente, deiellllor del ausente el L ic. D. Manuel Rios é Ibarrola, Síndico judicial el Lic. D. Apolonio G.
de la Cadena y Síndicos administradores D. Joaquin Llaguno y D. Juan B. Alatorre,-y se
· ka fijado el plazo de treinta diaa para que dentro de él presenten los acreedores á los síndicos
los justificantes de sus créditos.
·
Pongo el pre~ente para conocimiento de los interesados, cumpliendo con lo dispuesto por
dicho Juzgado. Zacatecas, Enero 17 de 1866.-Tomás Sa11doval, Escribano público.
815-3a- 3

OPEIA ITALIANA,
En la noche de ese dia, se pone en esceia, á beneficio del cuerpo de coros, la 6pera intitulada: J,os Puri.ta"!°s, en la cual desempeñael papel principal la Srita. ANGELA PERALTA.

TEATRC PRINCIPAL.
CAMPAÑA DRAJIIATICA
En la tarde de ese dia, á las cuatro en pinto, se pone en escena la comedia en un acto denominada: El miércoles, y en seguida la zazuelii dividida en dos actos que se intitula: La cola del diablo.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑA DRAMATICA.
En la tarde, á las cuatro en punto, tendri lugar la funcion siguiente: Representacion de la
zarzuela denominada: El loco de·la boardila, 6 última 11oche del Quijote: baile por la pareja del
ramo; la comedia denomida: Fe, Espe.uznzGy Osadía; la zarzp.ela intitulada: La cola del diablo.

1'.lEXICO.-I!PRENTA IMPERIAL.

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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