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                  <text>JULIO-DICIEMBRE . 2024. VOLUMEN IV, NO.7. PUBLICACIÓN SEMESTRAL

Bicentenario: Primera Cátedra de Derecho

�Desafíos Jurídicos Vol. 4, Núm. 7, Julio-Diciembre 2024, es
una publicación semestral editada por la Universidad
Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho
y Criminología. Dirección de la publicación: Av. Universidad s/n
Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo
León,
México,
desafiosjuridicos@uanl.mx.
Editora
responsable: Dra. Amalia Guillén Gaytán, Facultad de Derecho
y Criminología. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm.
04-2022-041510211500-102.
ISSN 2954-453X, ambos
otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor.
Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro
Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av.
Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de
los Garza, Nuevo León, México. Fecha de la última
modificación julio 2024
Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la
postura del editor de la revista Desafíos Jurídicos. Todos los
artículos son de creación original del autor, por lo que esta
revista se deslinda de cualquier situación legal derivada por
plagios, copias parciales o totales de otros artículos ya
publicados y la responsabilidad legal recaerá directamente en
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el material en cualquier medio o formato; y de remezclar,
transformar y construir a partir del material, citando siempre
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Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons
Atribución-NoComercial 4.0 Internacional.

�RECTOR:
DR. MED. SANTOS GUZMÁN LÓPEZ
SECRETARIO GENERAL:
DR. JUAN PAURA GARCÍA
DIRECTOR:
DR. MARIO ALBERTO GARZA CASTILLO
SUBDIRECTOR ACADEMICO:
DR. DAVID EMMANUEL CASTILLO MARTÍNEZ

REVISTA DESAFIOS JURIDICOS
DIRECTORA EDITORAL:
DRA. AMALIA GUILLÉN GAYTÁN
CORDINADOR.
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CORDINADORA EDITORIAL:
MTRA. PAOLA STEPHANIA MUÑIZ LUPIAN
ASISTENTES EDITORIALES:
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COMITÉ EDITORIAL: AMALIA GUILLÉN GAYTÁN, ALBERTO ROJAS RÍOS, ALONSO MARTÍNEZ ARRIETA,
DAVID EMMANUEL CASTILLO MARTÍNEZ, GINA JAQUELINE PRADO CARRERA, HUMBERTO SIERRA PORTO,,
JOSÉ ZARAGOZA HUERTA, JUAN ÁNGEL SALINAS GARZA, JULIO ORTIZ GUTIÉRREZ, LUCIO PEGORARO, LUIS
BUSTOS, LUIS FERNEY, MARIO ALBERTO GARCÍA MARTÍNEZ, MARTHA LEÓN ALONSO, MERCEDES IGLESIAS
BÁREZ, MICHAEL GUSTAVO NÚÑEZ TORRES, MOHAMMAD H. BADII ZABEH, RAFAEL ESTRADA MICHEL,
RODRIGO MALDONADO CORPUS, SERGIO ALEJANDRO QUIROGA CHAPA.
COMITÉ CONSULTIVO: ALICIA AZZOLINI BINCAS, CARLOS BÁEZ SILVA, CARLOS UGO SANTANDER,
DEALMY DELGADILLO GUZMÁN, EDSON JESÚS QUINDES JAMES, ELOÍSA QUINTERA, FÉLIX GUADALUPE
CONTRERAS ARGUIROPULOS, FERNANDO HERNÁNDEZ SILVA, GABRIELA CARMONA OCHOA, , HELIO IVÁN
AYALA MORENO, HUGO JOSÉ REGALADO JACOB, JOAQUÍN MERINO, LIVIER OLIVIA ESCAMILLA GALINDO,
LUIS GERARDO RODRÍGUEZ LOZANO, MIGUEL ÁNGEL RIVERA LÓPEZ, NANCY NELLY GONZÁLEZ
SANMIGUEL.
ILUSTRACIÓN DIGITAL DE LA PORTADA: M.A. DANIEL VÁZQUEZ AZAMAR: TRANSITIO 2.0

�PRESENTACION
En este séptimo número de la revista “Desafíos Jurídicos”, nos sumamos a la
celebración de un hito histórico en la vida jurídica de Nuevo León: la instauración
de la primera cátedra de derecho en el estado, el 19 de enero de 1824, en el
antiguo Seminario Conciliar, actual Colegio Civil. Este evento, liderado por Don
Alejandro Treviño y Gutiérrez, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del
Estado, marcó el inicio de la formación jurídica en la región y sentó las bases
para la creación de la Facultad de Derecho y Criminología en la Universidad
Autónoma de Nuevo León.

Esta efeméride nos brinda la oportunidad de reflexionar sobre la importancia de
nuestras tradiciones y su papel en la conformación de nuestra identidad como
sociedad neolonesa. La celebración de este evento nos permite rendir homenaje
a nuestros antecesores, quienes trabajaron incansablemente para establecer las
bases del derecho en nuestra región.

En este número, presentamos artículos que abordan temas de actualidad y
relevancia para la comunidad jurídica, como el trabajo decente y el crecimiento
económico, la situación de las infancias en las prisiones, el autismo y la
agresividad en adolescentes, la facultad de atracción de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, y los métodos autocompositivos en las instituciones
federales de enseñanza superior.

Además, incluimos una crítica a la reinvención del federalismo desde la justicia
local, una reseña del libro "Qué significa ser humano" de O. Carter Snead, y un
análisis de la película "El Juez" en la sección de cine y derecho.

En este número, nos unimos a la celebración de nuestra tradición jurídica y
reafirmamos nuestro compromiso con la reflexión y el análisis de los desafíos
que enfrenta el derecho en nuestra sociedad. ¡Disfruten esta edición!

Dr. Mario Alberto Garza Castillo
Director de la Facultad de Derecho y Criminología
Universidad Autónoma de Nuevo León

�CONTENIDO
IDO
Vol. 4. Núm. 07, Julio-Diciembre 2024

Editorial
7-11

Una necesaria actualización del Derecho: Elemento esencial
para nuestra sociedad.
Amalia Guillén Gaytan
David Emmanuel Castillo Martínez
Universidad Autónoma de Nuevo León

Artículos
13-64

65-89

El Trabajo decente y crecimiento económico caso de estudio
de la Parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca-Ecuador
Patricio González Galora
Universidad Católica de Cuenca
Infancias olvidadas en las prisiones de México: Niños
viviendo con sus madres en prisión. Caso Sinaloa
Edith Gómez Valenzuela
Universidad Autónoma de Sinaloa

Autismo y agresividad en un adolescente
Minerva Thalía Juno Vanegas Farfano
Universidad Autónoma de Nuevo León
113-133 Facultad de Atracción de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) de México en el Juicio de Amparo, análisis
comparativo de un caso de competencia originaria de la
corte
Laura Alicia Arvizu Buelna
Universidad Autónoma de Nuevo León
134-153 Métodos autocompositivos en el ámbito de las instituciones
federales de enseñanza superior
Maurides Macedo
Rogéria Silva
Universidad Federal de Goiás
90-112

�Crítica
155-169 La reinvención del federalismo desde la justicia local
Moisés Molina Reyes
Poder Judicial del Estado de Oaxaca

Reseña
171-180 Reseña del libro “Qué significa ser humano: el caso del
cuerpo en la bioética pública” de O. Carter Snead
Reseña comentada por José Rogelio Alanís García
Universidad Panamericana

Cine y Derecho
182-186 El Juez
Reseña comentada por Daniel Vázquez Azamar
Universidad Autónoma de Nuevo León

�EDITORIAL

A continuación, te presento un comentario sobre cada uno de los artículos de la revista:

Una necesaria actualización del Derecho:
Elemento esencial para nuestra sociedad.
(A necessary update of the Law:
An essential element for our society.)
Amalia Guillén Gaytan
David Emmanuel Castillo Martínez
Facultad de Derecho y Criminología
Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen: En este número abordamos en la sección de artículos desde el análisis del trabajo decente y
el crecimiento económico, hasta la exploración de la facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, pasando por la problemática de las infancias olvidadas en las prisiones de México, el autismo
y la agresividad en adolescentes, y la importancia de la actualización del derecho, cada artículo ofrece una
perspectiva valiosa y actualizada sobre los desafíos que enfrenta el derecho en la sociedad
contemporánea. Las secciones Crítica, Reseña y Cine y Derecho son fundamentales en la “Revista
Desafíos Jurídicos” y fomentan el debate y la reflexión sobre temas jurídicos relevantes y actuales.
Presenta análisis detallados de obras relevantes en el ámbito jurídico ayudando a los lectores a
mantenerse actualizados sobre las últimas tendencias y desarrollos en el campo del derecho y explora la
representación del derecho y la justicia en el cine fomentando la reflexión sobre la relación entre el derecho
y la sociedad. Por lo tanto, esta edición ofrece una perspectiva única y atractiva para abordar temas
jurídicos complejos.
Palabras Claves: Temas jurídicas actuales, Suprema Corte de Justicia, Reseñas críticas
Abstract: In this issue we address in the articles section from the analysis of decent work and economic
growth, to the exploration of the power of attraction of the Supreme Court of Justice of the Nation, passing
through the problem of forgotten childhoods in the prisons in Mexico, autism and aggression in adolescents,
and the importance of updating the law, each article offers a valuable and updated perspective on the
challenges facing the law in contemporary society. The Criticism, Review and Film and Law sections are
fundamental in “Desafíos Jurídicos Journal” and encourage debate and reflection on relevant and current
legal issues. It presents detailed analyzes of relevant works in the legal field helping readers stay up to date
on the latest trends and developments in the field of law and explores the representation of law and justice

Cómo citar:
7

Guillén A &amp; Castillo, D.E. (2024) Editorial. Una necesaria actualización del Derecho: Elemento esencial para
nuestra sociedad. Revista Desafíos Jurídicos, Vol. 4. Núm 7. Universidad Autónoma de Nuevo León, México.

�in film encouraging reflection on the relationship between law and the society. Therefore, this edition offers
a unique and attractive perspective to address complex legal issues.
Keywords: New judiciary concepts, Supreme Court of the Nation, Critical review

A manera de introducción
La actualización del Derecho es fundamental en la sociedad contemporánea, ya que
permite adaptar las normas y principios jurídicos a las nuevas realidades y desafíos que
surgen en el mundo moderno. Podemos mencionar un sinnúmero de argumentos que
destacan la importancia de la actualización del derecho, entre los cuales es importante
destacar:
1. Cambios sociales y culturales: La sociedad está en constante evolución, y el derecho
debe adaptarse a estos cambios para reflejar los nuevos valores y necesidades de la
comunidad;
2. Avances tecnológicos: La tecnología ha transformado la forma en que vivimos y
interactuamos, y el derecho debe actualizar sus normas para abordar los desafíos y
oportunidades que surgen de estos avances;
3. Globalización: La globalización ha llevado a una mayor interconexión entre países y
culturas, y el derecho debe ajustarse para abordar las implicaciones jurídicas de esta
interconexión;
4. Protección de los derechos humanos: La actualización del derecho permite fortalecer
la protección de los derechos humanos, especialmente en áreas como la igualdad de
género, la no discriminación y la justicia social;
5. Eficiencia y efectividad: La actualización del derecho permite simplificar y modernizar
los procesos jurídicos, lo que contribuye a una mayor eficiencia y efectividad en la
administración de justicia;
6. Adaptación a la complejidad: La sociedad contemporánea es cada vez más compleja,
y el derecho debe actualizar sus normas y principios para abordar esta complejidad de
manera efectiva;

8

�7. Fomento de la justicia: La actualización del derecho permite fomentar la justicia y la
equidad, lo que es fundamental para mantener la confianza en el sistema jurídico y en
las instituciones.
Lo anterior nos reafirma para asegurar que la actualización del Derecho es esencial para
garantizar que las normas y principios jurídicos sean relevantes, efectivos y justos en la
sociedad contemporánea.
En el presente número, la Revista Desafíos Jurídicos pretende cumplir a cabalidad con
esa misión de coadyubar en dicha actualización mediante sus diversas secciones
destacando el trabajo de cada uno de nuestros investigadores invitados
En la sección de artículos resaltan las siguientes participaciones:
1. "El Trabajo decente y crecimiento económico caso de estudio de la Parroquia Ricaurte
del Cantón Cuenca-Ecuador" de Patricio González Galora. Este artículo analiza la
relación entre el trabajo decente y el crecimiento económico en la parroquia Ricaurte del
Cantón Cuenca, Ecuador. El autor utiliza el objetivo octavo de la agenda 2030 de
desarrollo sostenible de la ONU como marco de referencia. La investigación se centra
en determinar las características de la Población Económicamente Activa (PEA) y
analizar los indicadores de la calidad de la actividad laboral y los tipos de desarrollo. El
artículo concluye que promover el trabajo decente es fundamental para lograr el
crecimiento económico sostenido e inclusivo.
2. "Infancias olvidadas en las prisiones de México: Niños viviendo con sus madres en
prisión. Caso Sinaloa" de Edith Gómez Valenzuela. Este artículo aborda la problemática
de los niños que viven con sus madres en prisión en México, específicamente en el
estado de Sinaloa. La autora destaca que estos niños no reciben atención adecuada y
que sus derechos humanos son vulnerados. El artículo concluye que es necesario tomar
medidas para proteger los derechos de estos niños y garantizar su bienestar.
3. "Autismo y agresividad en un adolescente" de Minerva Thalía Juno Vanegas Farfano.
Este artículo explora la relación entre el Trastorno de Espectro Autista (TEA) y la
agresividad en un adolescente. La autora analiza un caso de estudio y concluye que es

9

�necesario una adecuada valoración de las personas con TEA para abordar las
complicaciones a nivel de la comunicación y regulación emocional.
4. "Facultad de Atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México
en el Juicio de Amparo" de Laura Alicia Arvizu Buelna. Este artículo analiza la figura de
la facultad de atracción de la SCJN en el juicio de amparo. La autora concluye que esta
facultad permite a la SCJN conocer de asuntos que originalmente no son de su
competencia y que es necesario un análisis comparativo para entender su alcance.
5. "Métodos autocompositivos en el ámbito de las instituciones federales de enseñanza
superior" de Maurides Macedo. Este artículo presenta un estudio de caso sobre la
implementación de métodos autocompositivos en la Universidad Federal de Goiás,
Brasil. La autora concluye que estos métodos han demostrado buenos resultados en la
resolución de conflictos y que es necesario continuar explorando su potencial.
En la sección de “Critica” se analiza "La reinvención del federalismo desde la justicia
local" de Moisés Molina Reyes. Este ensayo aborda el debate sobre la pertinencia de
que las entidades federativas sean dueñas de "la última palabra" en la solución de
controversias planteadas ante sus poderes judiciales locales. El autor concluye que es
necesario que revitalice el constitucionalismo local para garantizar la supremacía de sus
constituciones.
En la sección “Reseña” José Rogelio Alanís García selecciono el libro "Qué significa ser
humano: el caso del cuerpo en la bioética pública" de O. Carter Snead. Esta reseña
analiza el libro de O. Carter Snead sobre la bioética pública y el significado de ser
humano. El autor de la reseña concluye que el libro es una apuesta actual e interesante
que aborda temas fundamentales sobre la condición humana.
En la sección de “Cine y Derecho” Daniel Vázquez Azamar realiza un análisis de la
película "El Juez" (2014). Este análisis de la película "El Juez" explora los temas jurídicos
y éticos presentados en la película. El autor concluye que la película ofrece una reflexión
interesante sobre la justicia y la moralidad.
En conclusión, la “Revista Desafíos Jurídicos” No. 7, presenta una variedad de artículos
que abordan temas relevantes y actuales en el ámbito del derecho. Los artículos

10

�incluidos en esta edición ofrecen una visión integral y multidisciplinaria de los desafíos
que enfrenta el derecho en la actualidad, y contribuyen a la reflexión y el análisis de los
temas más relevantes en el ámbito jurídico.
Desde el análisis de los estudios de casos, abordajes teóricos, ensayos sobre
problemáticas actuales hasta la recomendación de un buen libro y una película, cada
una de nuestras secciones ofrece una perspectiva valiosa y actualizada sobre los
desafíos que enfrenta el derecho en la sociedad contemporánea.
Esperamos que esta edición de la “Revista Desafíos Jurídicos” sea de interés y utilidad
para los lectores, y que contribuya a fomentar el debate y la reflexión sobre los temas
más relevantes en el ámbito del derecho.

11

�ARTÍCULOS
FOTOGRAFÍA: ATARDECER, DANIEL VÁZQUEZ AZAMAR.

�EL TRABAJO DECENTE Y CRECIMIENTO
ECONÓMICO
CASO DE ESTUDIO DE LA PARROQUIA
RICAURTE DEL CANTÓN CUENCAECUADOR
DECENT WORK AND ECONOMIC
GROWTH
CASE STUDY OF THE RICAURTE PARISH
OF THE CUENCA CANTON-ECUADOR
Patricio González Galora
Universidad Católica de Cuenca
https://orcid.org/0009-0005-1301-8773
gonzalexpress@gmail.com
pgonzalezg@ucacue.edu.ec

AUTISM AND
AGGRESSION
IN A TEENAGER

Resumen: El presente artículo analiza el contexto sobre el trabajo decente y el crecimiento
económico en la parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca, entorno al objetivo octavo de la agenda
2030 de desarrollo sostenible propuesto por la organización de las naciones unidas (ONU).

Este estudio permite conocer cuántos pobladores de la parroquia objeto de estudio gozan de un
trabajo decente y, por consiguiente, pueden incrementar su economía y mejorar las condiciones de
vida, de tal manera que promuevan el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el
empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
En la investigación se determinaron las características de la Población Económicamente Activa
(PEA) de la Parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca. Para ello, se generó un análisis de las principales
teorías y conceptos que han aportado los diferentes autores sobre el empleo, desempleo y población
económicamente activa.
Principalmente se presenta la información científica sobre los indicadores de la calidad de la actividad
laboral y los tipos de desarrollo, luego se aplica la encuesta como método de recopilación de

Cómo citar:
González, P. (2024) El trabajo decente y crecimiento económico caso de estudio de la parroquia Ricaurte
del cantón Cuenca-Ecuador, Revista Desafíos Jurídicos, 4(7). https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-150

�en la que viven las personas.
Promover los empleos y las empresas, garantizar los derechos en el trabajo, extender la protección
social y promover el diálogo social son los cuatro pilares del Programa de Trabajo Decente, con la
igualdad de género como un tema transversal.
Palabras Clave: Crecimiento económico, Socio económico, Trabajo decente.
Abstract: This article analyzes the context on decent work and economic growth in the Ricaurte
parish of the Canton Cuenca, around the eighth objective of the 2030 agenda for sustainable
development proposed by the United Nations (UN).
This study provides an understanding of how many inhabitants of the parish under study enjoy decent
work and can therefore increase their economy and improve living conditions in such a way as to
promote sustained, inclusive and sustainable economic growth, full and productive employment and
decent work for all.
The research determined the characteristics of the Economically Active Population (EAP) of the
Ricaurte Parish of the Canton Cuenca. To this end, an analysis of the main theories and concepts
that the different authors have contributed on employment, unemployment and the economically
active population was generated.
Mainly, scientific information on indicators of the quality of work activity and types of development is
presented, then the survey is applied as a method of gathering information to achieve an
approximation about the work activities they carry out and the situation in which people live.
Promoting jobs and businesses, guaranteeing rights at work, extending social protection and
promoting social dialogue are the four pillars of the Decent Work Agenda, with gender equality as a
cross-cutting theme.
.Keywords: Economic growth, Socio-economic, Decent work.

Introducción
destinadas a diferentes sectores como
la
La pobreza ha sido siempre uno de los
principales factores que impiden el
óptimo desarrollo de una nación (KiMoon, 2002), en tal virtud se generan
múltiples
programas,

planes,

estrategias

priorizando

y

labores

salud,

educación,
soluciones

saneamiento
empleo

básico,

productivo,

habitacionales

y

de

vivienda, por otro lado se encuentra la
inclusión social dándole prioridad a la
participación y necesidades de las
mujeres

(CEPAL,

2004),

con

14

el

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

información para lograr una aproximación sobre las actividades laborales que realizan y la situación

�resultados en cuanto a equidad y

pobreza extrema existente en cada

reducción

una de las regiones del planeta. Este

respondieron

problema predomina principalmente

ofrecidas por las teorías económicas.

en los países subdesarrollados y en

En la formulación del texto de la

vía de desarrollo los cuales son

Organización de las Naciones Unidas,

considerados más vulnerables, debido

se refleja la preocupación por la

a la inestabilidad económica, social y

creciente

política que presentan (Ortiz, 2007). El

sociedades

Ecuador es uno de ellos, es parte del

sociedades marginadas, en la que

grupo de países en vía de desarrollo,

estaban plasmados compromisos de

mostrando grandes falencias como:

diferentes ámbitos, varios de ellos

desempleo, desigualdad, corrupción,

fueron la paz y seguridad, protección

dependencia económica, entre otras,

del

que

problemática de la pobreza.

imposibilitan

el

óptimo

de

la
a

las

disparidad

entorno

pobreza

expectativas

entre

desarrolladas

y

en

no

y

las
las

especial

la

funcionamiento de su economía
A partir de este contexto, se analizará
Ante

la

problemática

actual que

“El trabajo decente y crecimiento

muestran altos índices de pobreza y

económico de la Parroquia Ricaurte

pobreza extrema que se han venido

del cantón Cuenca.”

presentando en cada uno de los
países

en

(Organización

el

mundo,
de

las

la

ONU

Naciones

Unidas) llevó a cabo la Cumbre del
Milenio participadas por todos los jefes
de estado y de gobierno en el año
2000 en la ciudad de Nueva York,
quienes firmaron la declaración del
milenio que constituye un acuerdo
global en la dirección de propiciar el
desarrollo y erradicar la pobreza, en
esta resolución se reconoce que los

La presente investigación pretende
analizar abordando desde el concepto
del término – trabajo decente – el
mismo se refiere a la persona que es
contratada de acuerdo a la ley laboral
del país para realizar actividades
acordadas por la cual el contratado
recibirá un salario, es difícil que las
actividades laborales se establezcan
de acuerdo a las leyes laborales que
permiten que los empleadores y

15

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

propósito de disminuir la pobreza y

�empleados gocen y cumplan con los

El

derechos constitucionales.

aspiraciones de las personas durante

1. El

trabajo

decente

y

Desarrollo.
Abordaremos

la

presente

la OIT Organización Internacional del
Trabajo en donde diferencia a un
trabajo de un empleo, sostiene que
para que una actividad laboral sea
considerada como – Empleo o Trabajo
decente - es necesario que fruto de
ello se obtenga un sueldo, que exista
un contrato bajo las condiciones del
código laboral del país y se considera
el derecho que todo individuo debe
de

un

trabajo

decente

libremente elegido.
A

juicio

de

internacional
sostiene

del

organización
trabajo

‘‘Trabajo:

(2015)
es

la

realización de tareas organizadas que
pueden dar lugar a algún tipo de
remuneración
cubierto

por

pero
la

que

no

legislación

está
de

protección de empleo o por los
seguros sociales relacionados con el
salario’’ (pág. 82).

laboral.

las

Significa

la

oportunidad de acceder a un empleo
justo, la seguridad en el lugar de
trabajo y la protección social para las
familias, mejores perspectivas de
desarrollo

personal

e

integración

social, libertad para que los individuos
expresen sus opiniones, se organicen
y participen en las decisiones que
afectan sus vidas, y la igualdad de
oportunidades y trato para todos,
mujeres y hombres.
Se denomina empleo a la generación
de valor a partir de la actividad
producida por una persona. Es decir,
el empleado contribuye con su trabajo

la

que

vida

sintetiza

productivo que genere un ingreso

investigación tomando el concepto de

gozar

decente

y

conocimientos

empleador,

a

en

favor

del

cambio

de

una

compensación económica conocida
como salario.
A diferencia del empleo el trabajo es la
realización

de

varias

actividades

programas por las cuales se puede
conseguir un reconocimiento que no
siempre es económico, lo que impide
la superación personal, el crecimiento
económico y no tiene el amparo de la

16

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

su

trabajo

�cuales no se le puede relacionar con

la

el objetivo de –Trabajo decente- que la

trabajo reconoce:

organización

internacional

del

organización de las naciones unidas
promueve en su agenda 2030 sobre
los objetivos del desarrollo sostenible.

‘‘En la citada memoria del Director
General se estudian a fondo cuatro
elementos

de

este

concepto:

el

“La organización internacional del

empleo, la protección social, los

trabajo mediante proyectos promueve

derechos de los trabajadores y el

oportunidades de trabajo decente y

diálogo social. El empleo abarca todas

considera en palabras de Rafael Diez

las clases de trabajo y tiene facetas

de Medina malo un trabajo cuando el

cuantitativas y cualitativas. Así pues,

ingreso no permite superar la pobreza

la idea de «trabajo decente» es válida

o cuando las condiciones no respetan

tanto para los trabajadores de la

los principios y derechos del trabajo”.

economía regular como para los

(Diez, 2016, pág. 9)

trabajadores

asalariados

de

la

economía informal, los trabajadores
El origen del término de trabajo
decente aparece en la constitución de
la

organización

internacional

del

autónomos (independientes) y los que
trabajan a domicilio’’. (Dharam, 2003,
pág. 125)

trabajo a mediados de 1940 se anexa
una

carta

conocida

como

la

Hay que rescatar que la protección

declaración de Filadelfia, donde se

social son acciones con vinculo social

hace referencia por primera vez la

para

idea de ‘trabajo decente’ época en la

especialmente los que se relacionan

que promovía el pleno empleo y las

con el sector económico.

mitigar

problemas

sociales

leyes del trabajo.
‘‘La protección social no es sinónimo
Luego,

la

organización

de

las

de política social, sino que es uno de

naciones unidas (ONU) comete el

sus

concepto

decente

políticas sectoriales –por ejemplo,

públicamente en la declaración de los

salud y educación– y la promoción

de

trabajo

componentes,

junto

con

las

17

DESAFIOS JURIDICOS

derechos humanos en 1948 y en 1999

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

ley laboral del país motivos por los

�la protección social son el contributivo

de un trabajo saludable y libremente

(seguridad social), no contributivo

escogido o aceptado”. (Asamblea

(asistencia social) y la regulación del

Constituyente Ecuador, 2008, pág. 29)

mercado laboral’’. (Cecchini, 2016,
Los

pág. 6)

ecuatorianos/as

tienen

por

derecho la libertad de desarrollar una
En el Ecuador el Plan Nacional de

actividad laboral que les proporcione

Desarrollo Buen Vivir da importancia

alimentación, remuneración justa y

en sus programas para mejorar la

acceso a facilidades que les permita

situación

pobreza,

vivir dignamente. La remuneración les

vivienda, salud, educación, ambiente,

permite obtener la vivienda y suplir sus

vialidad

necesidades

de
y

consideran

empleo,
obras

los

públicas.

aspectos

Se

sociales

mediante acciones colectivas para

básicas

insatisfechas

manteniéndoles en aptas condiciones
de vida.

evitar el incremento de la pobreza.
Art. 34.- “EI derecho a la seguridad
Para dar cumplimiento con dicho

social es un derecho irrenunciable de

objetivo el Plan Nacional en la

todas las personas, y será deber y

Constitución del Ecuador del 2008 en

responsabilidad primordial del Estado.

el capítulo segundo sección octava

La seguridad social se regirá por los

sobre Trabajo y seguridad social

principios

reconoce los siguientes derechos para

obligatoriedad,

universalidad,

los ecuatorianos y ecuatorianas.

equidad,

subsidiaridad,

suficiencia,
Art. 33.- “El trabajo es un derecho y un
deber social, y un derecho económico,

de
eficiencia,

solidaridad,

transparencia

y

participación, para la atención de las
necesidades individuales y colectivas.

fuente de realización personal y base
de la economía. El Estado garantizará

El Estado garantizará y hará efectivo

a las personas trabajadoras el pleno

el ejercicio pleno del derecho a la

respeto a su dignidad, una vida

seguridad social, que incluye a las

decorosa,

personas que realizan trabajo no

remuneraciones

y

18

DESAFIOS JURIDICOS

retribuciones justas y el desempeño

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

social. A su vez, los componentes de

�hogares,

apreciados por su valor y respeto

actividades para el auto sustento en el

como ser humano capaz de participar

campo,

en las decisiones concernientes a las

toda

los

forma

de

trabajo

autónomo y a quienes se encuentran

actividades laborales.

en situación de desempleo”. (pág. 29
Los escenarios de dignidad en un
La

constitución

de

nuestro

país

trabajo y de dignidad humana son

establece que las personas serán

conceptos

valoradas dignamente y que todos/as

Dignidad humana “es simplemente

gozarán

una

de

seguridad

social

profundamente

manera

afines.

de

expresar,

independientemente si tiene o no

enfáticamente, que la institución o la

actividad

la

regulación en cuestión nos parece

organización internacional del trabajo

bien (o mal), que está justificada (o

(1999) todo trabajo debe relacionar los

injustificada)”

siguientes aspectos al concepto de

pág.2). Su relación radica en el ser

Trabajo decente:

humano como un ser que posee el

laboral.

Según

(Rodríguez,

2016,

valor de dignidad y confiere dicho
Empleo productivo es la actividad que
tiene

la

capacidad

de

producir

aumento monetario creando deberes
sociales y económicos a manera que
el trabajo aumenta. Cuando este
trabajo es efectivo resulta progresivo

valor a las actividades laborales que
realiza. “Y así, la idea de que la
persona es un fin en sí mismo -que
tiene dignidad- significa que no puede
pertenecer

a

nadie;

ni

siquiera,

digamos, a su portador” (pág. 2)

la capacidad de generar empleo de
calidad al alcance de todas las

Los cambios de largo plazo en la

personas, es decir, trabajo decente

oferta de trabajo están relacionados

que permite a los individuos alcanzar

con diversos aspectos de la actividad

el bienestar social.

económica y del contexto sociocultural. Parte de estos aspectos,

Trabajo en condiciones de dignidad es
la caracterización de un trabajo como
digno,

los

individuos

deben

ser

señalados

por

Espino,

Leites

y

Machado (2009), “son el tamaño de la
población y composición, la cantidad

19

DESAFIOS JURIDICOS

en

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

remunerado

�trabajan o buscan trabajo, la cantidad

productivo. Y no podemos olvidar que

de horas trabajadas, los niveles de

es una herramienta esencial para la

formación, la experiencia acumulada y

redistribución de la riqueza y la

la calidad de trabajo”. Citado por:

inclusión social, para a lucha contra la

(Fleitas &amp; Romàn, 2010, pág. 41).

pobreza y la desigualdad.” (p.6)

La falta de empleo ha sido, por

En consecuencia

muchos años, el problema social más
grave. La carencia de empleo es una
de las expresiones más agudas de la
pobreza. Es por ello que, para Ruiz y

Es clave para mejorar la cantidad y la
calidad de los empleos, pero no es
suficiente, en especial cuando pierde
dinamismo como está sucediendo

Ordaz, (2011),

ahora. Por lo tanto, es importante
La

sociedades

poner en práctica medidas y políticas

modernas está asociada a la falta de

específicas para abordar los desafíos

oportunidades de la población en edad

laborales. (OIT, 2013, p.6).

de

pobreza

trabajar

en

las

para

encontrar

ocupación

una

adecuadamente

remunerada en una economía cuya
producción

es

cada

vez

más

tecnificada. Es así que el crecimiento
económico

no

conduce

necesariamente a la utilización plena
de la mano de obra disponible, la que
en el caso de los países menos
desarrollados

es

usualmente

abundante y poco calificada. (p.92).
El

empleo

es

un

componente

fundamental del crecimiento pues
fortalece el mercado interno y crea un

Con respecto al criterio que tiene la
OIT sobre la relación que tiene el
Empleo y el Crecimiento Económico
se puede deducir lo siguiente.
Cuando se habla de que en un país
siempre

debe

económico,

es

existir
decir

crecimiento
que

se

incremente el Producto Interno Bruto,
no solo se hace referencia a que las
personas

obtengan

mayor

poder

adquisitivo, sino que es un medio para
que se incremente el número de
personas empleadas dentro de una
economía, teniendo en cuenta que si
20

DESAFIOS JURIDICOS

ambiente propicio para el desarrollo

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

de personas en edad de trabajar que

�Al desarrollo como tal: ‘‘Dicho de una

incrementar la producción también se

comunidad

necesitaría incrementar el número de

crecer, especialmente en el ámbito

empleados.

económico, social o cultural’’ (La Real

humana:

Progresar

o

Academia Española (RAE), 2019).
Según el INEC en Ecuador. (Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos),

“Desarrollo endógeno significa, la

(2014).

capacidad para transformar el sistema
socioeconómico; la habilidad para

Las personas con empleo, o personas
empleadas,

son

todas

aquellas

personas en edad de trabajar que,
durante la semana de referencia, se
dedicaban a alguna actividad para

reaccionar a los desafíos externos; la
promoción de aprendizaje social; y la
habilidad

para

introducir

formas

específicas de regulación social a
nivel local que

producir bienes o prestar servicios a
cambio

de

una

remuneración

o

favorecen

el

desarrollo

de

las

beneficios. Se clasifican en esta

características anteriores. Desarrollo

categoría: las personas con empleo y

endógeno es, en otras palabras, la

«trabajando», es decir, que trabajaron

habilidad para innovar a nivel local”.

en un puesto de trabajo por lo menos

(pág. 36)

una hora, y las personas con empleo,
pero «sin trabajar» debido a una
ausencia temporal del puesto de
trabajo o debido a disposiciones sobre
el ordenamiento del tiempo de trabajo
(como trabajo en turnos, horarios
flexibles y licencias compensatorias
por horas extraordinarias). (p.14)
A continuación, conceptualizaremos al
‘Desarrollo’
perspectivas:

desde

diferentes

En este modelo de desarrollo el
desempeño del individuo lo potencia la
persona, no socializa y se vuelve un
ser artificial en territorio, es decir, el
desarrollo no se promueve.
Desarrollo Económico en un país es
un indicador principal de desarrollo se
caracteriza por dar valor a la moneda
que representa superación económica
de

las

personas

desigualdades

de

todo

arrastrando
tipo.

Se
21

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

dentro de una economía se quiere

�incremento

productividad
aumentar

de
su

la

La Parroquia Ricaurte del Cantón

país

para

Cuenca cuenta con una población de

capacidad

de

19.361 habitantes según el Censo del

un

de

acumulación de ingresos económicos,

INEC

2010

y

se

encuentra

en este modelo crece el valor del

conformada por el centro Parroquial y

producto interno bruto (PIB).

por las siguientes comunidades o
barrios: la Paz, el Ejecutivo, la Y, el
Estadio, la Asunción, Jesús del Gran

2.

Análisis del trabajo decente y

crecimiento económico, caso de
estudio de la Parroquia Ricaurte

Antecedentes

Burgos, el Progreso, Simón Bolívar,
Buena Esperanza, el Carmen de Sida,

históricos,

económicos y sociales

de Machinara, el Cine, Señor de
San Francisco, San Antonio, los Pinos,

del Cantón Cuenca-Ecuador
2.1

Poder, Isaac Chico, la Dolorosa Loma

de la

Parroquia Ricaurte del Cantón
Cuenca.

Perpetuo Socorro, Corazón de Jesús,
el Arenal, la Unión, el Quinche, Virgen
de la Nube, San Martin, Molino Pamba
Bajo, la Florida, Molino Pamba Alto,
Santa María Reina, Santa Marianita,

Según

el

Plan

Ordenamiento

de

desarrollo

Territorial

y

(PDOT),

Miguel Cordero, La Dolorosa, San
Miguel Los Ángeles,

San Jacinto,

(2011-2030) de la Parroquia Ricaurte

Huajibamba, la Merced, Flor del

los datos generales son los siguientes:

Camino, María Auxiliadora.

La parroquia de Ricaurte está ubicada

Según el censo del 2010, la parroquia

al sector noreste de la ciudad de

Ricaurte tiene una población de

Cuenca, Provincia del Azuay. Su

19.361 habitantes, con un total de

cercanía al área de la ciudad de

9.247 hombres y 10.114 mujeres, con

Cuenca le significa estar contemplada

una población empleada de

como un área de expansión urbana de

habitantes, 4.825 hombres y 3.289

la ciudad.

mujeres,

de

Económicamente
observándose

la

Población

Activa,
una

8.114

(PEA),

proporción
22

DESAFIOS JURIDICOS

el

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

impulsa

�DESAFIOS JURIDICOS

y hombres, pero marcada en sentido
general por un bajo índice de empleo
que se presenta en un 41,9% en total,
con un 52,1% en los hombres y un
32,5% en las mujeres.

Tabla 1. Clasificación de la población de la Parroquia Ricaurte del Cantón
Cuenca por rango de edades y género.

AREA # 010162

RICAURTE

Grandes grupos de edad

Sexo
Hombre

Mujer

Total

De 0 a 14 años

3,081

2,987

6,068

De 15 a 64 años

5,685

6,458

12,143

De 65 años y mas

0,481

0,669

1,15

Total

9,247

10,114 19,361

Fuente: INEC-2010
Elaboración propia
En

cuanto

a

la

población

con

representa un 8,82% de la población y

discapacidad en la parroquia Ricaurte,

de

se efectúa un análisis a partir de lo que

discapacidad permanente, para un

reflejan los datos del censo del 2010.

4,51% de la población, lo que si puede

Se aprecia que existen 1709 personas

ser

con

continuo.

alguna

discapacidad

lo

que

ellas

875

invalidante

personas

para

el

tiene

trabajo

23

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

adecuada en el empleo entre mujeres

�NÙMERO DE
DISCAPACITADOS

Discapacidad
permanente por más de
un año.

875

Discapacidad
intelectual.

111

Discapacidad FísicoMotora.

354

Discapacidad Visual.

191

Discapacidad Auditiva.

107

Discapacidad Mental.

71

TOTAL

1709
Fuente: INEC-2010 Elaboración propia

En

el

Plan

y

encuentra la industria manufacturera y

(PDOT),

la actividad constructiva, presentando

(2011-2030) de la Parroquia Ricaurte,

un 34,41%, según el Censo de

se observa que la actividad primaria,

Población y Vivienda del año 2010.

donde se encuentra la agricultura y la

La primera actividad en generar

ganadería, a pesar de tener vocación

empleos en la Parroquia Ricaurte es el

rural, no constituyen la mayor fuente

que se agrupa en el sector terciario,

de

habitantes,

donde se incluyen el comercio y los

representa solamente el 8,7% de la

servicios de manera primordial, se

PEA parroquial, siendo el último sector

observa que es un sector que tiene

en generar empleo en la parroquia.

una distribución creciente y con alta

El sector secundario de la Parroquia

significación en la PEA con un 56,89%

Ricaurte, es el que ocupa el segundo

del total, este sector es muy dinámico

lugar en peso en la PEA, donde se

y generador de utilidades.

Ordenamiento

trabajo

de

Desarrollo

Territorial

de

sus

24

DESAFIOS JURIDICOS

TIPO DE
DISCAPACIDAD

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Población con Discapacidad en la Parroquia Ricaurte, según el censo de 2010
Tabla 2. Población con Discapacidad en la Parroquia Ricaurte, según el censo
de 2010.

�HOMBRE

%

MUJER

%

TOTAL

%

PRIMARIO

347

7,19

359

10,91

706

8,7

SECUNDARIO

2059

42,67

733

22,29

2792

34,41

TERCIARIO

2419

50,14

2197

66,8

4616

56,89

TOTAL

4825

100

3289

100

8114

100

Fuente: INEC-2010 Elaboración propia

en promedio tiene entre 50 y 100
Según

el

Plan

Ordenamiento

de

Desarrollo

Territorial

de

y
la

Parroquia Ricaurte (2011-2030). Los
principales productos que se cultivan
en la Parroquia son: el maíz, fríjol,
habas y avena (que se siembran en
asocio), papas (patatas), arvejas y

animales.
Antes de comenzar a describir la
Población Económicamente Activa de
la Parroquia Ricaurte del Cantón
Cuenca, se realizará un breve análisis
sobre la Población Económicamente
Activa en la provincia del Azuay.

hortalizas. Se dedican también al
cultivo de pastos lo que inclusive se
vende,

aunque

principalmente

lo

utilizan para la crianza de cuyes y de
ganado vacuno. La actividad pecuaria
es una fuente importante de ingresos
para las familias de la Parroquia
Ricaurte,

ya

que

parte

de

su

producción se destina para la venta.
De acuerdo a su importancia se ha
determinado que los cuyes son la
principal especie animal de crianza en
la parroquia. Ricaurte por tradición

Breve análisis de la PEA en el Azuay
Según los datos del Instituto Nacional
de Estadísticas y Censos (INEC) en el
año 2010, la Provincia del Azuay tiene
una población de 712.127 habitantes,
dónde el 80.22% de la población está
en edad de trabajar; existe una
mayoría en el sexo femenino con
305.523 habitantes, casi un 10% más
que la de los hombres que cuentan
con

una

población

de

265.745

habitantes.

han sido criadores de cuyes (conejillo
de Indias), se estima que cada familia
25

DESAFIOS JURIDICOS

SECTOR

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Tabla 3. Descripción de la Población Económicamente Activa de la Parroquia
Ricaurte del Cantón Cuenca por sexo.

�Edad de Trabajar (PET), a todas las

mayores a 10 años que no estén en

personas mayores a 10 años, dentro

busca de empleo, rentistas, jubilados,

de la Población Económicamente

estudiantes, amas de casa, personas

Activa (PEA), a todos los hombres y

con discapacidad.

mujeres mayores a 10 años que se

En el Azuay, la PEA masculina es

encuentran

trabajando,

superior a la PEA femenina, pese a

subempleadas o desempleadas por

que la población en edad de trabajar

un tiempo máximo de 6 meses; y a la

de las mujeres es superior a la de los

Población Económicamente Inactiva

hombres.

Tabla 4. Clasificación de la población económicamente activa por género en
el Azuay.
MUJERES

%

HOMBRES

%

TOTAL

PT

375038

56,67

337044

47,33

712082

PET

305523

53,48

265745

46,52

571268

PEA

138109

43,62

178510

56,38

316619

PEI

167414

65,74

87235

34,26

254649

Fuente: INEC-2010 Elaboración propia

2.2 Análisis de la Población
Económicamente Activa,
que se encuentra
empleada en la Parroquia
Ricaurte, según datos del
INEC.
Según el PDOT de la Parroquia
Ricaurte, (2011-2030). Las primeras
actividades en generar empleo en la
Parroquia

se

agrupan

al

sector

terciario, donde fundamentalmente se
incluyen el comercio y los servicios, se
puede observar que es un sector en el

que realmente tiene una distribución
creciente y con alta significación en el
PEA con un 56,89% del total. Este
sector es muy dinámico y generador
de utilidades.
De la Población Económicamente
Activa, que se encuentra empleada en
la Parroquia Ricaurte se puede decir
que la mayor parte de esta se
encuentran dentro del sector terciario,
es decir que la actividad comercial y la

26

DESAFIOS JURIDICOS

(PEI), a todos los hombres y mujeres

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

El INEC considera a la Población en

�mayor

Parroquia Ricaurte según el INEC

cantidad

de

personas

empleadas en la Parroquia.

de

Ocupación

en

2001-2010.

Tabla 5. Categorías de Ocupación en la Parroquia Ricaurte según el INEC
2001-2010.
CATEGORIAS

2001

2010

Empleado/a u
obrero/a
privado

2315

3532

Cuenta Propia

1809

2184

Empleado/a u
obrero/a del
Estado,
Gobierno,
Gobiernos
Autónomos

252

650

Jornalero/a o
peón
Se ignora

545
346

Empleado/a
doméstico/a
Patrono/a

323
278

461

Socio/a

200
108

Trabajador/a
no
remunerado

227

86

Total

6862

7906

Fuente: INEC-2010 Elaboración propia

27

la
DESAFIOS JURIDICOS

Categorías

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

de servicios es el sector que tiene

�Categorías de Ocupación en la Parroquia Ricaurte según el INEC 2001-2010
3532

4000
3000

2315

2184
1809

2000

650
252

1000

545

346 323

0

278

461
200

108 227 86

2001
2010

Fuente el INEC Elaboración propia

Como se puede apreciar en el gráfico

200 personas que se dedicaron a esta

1,

actividad en el año 2010.

las

diferentes

categorías

de

Ocupación en la Parroquia Ricaurte,

2.3 Análisis de la Población

según el INEC se ha incrementado o

Económicamente Activa de

han tenido variaciones con respecto al

la Parroquia Ricaurte del

censo del 2001- 2010.

Cantón Cuenca

La categoría de ocupación que mayor
incremento ha tenido es el empleado/a
u obrero/a privado, pasó de 2315
personas ocupadas en el 2001 a 3532
personas ocupadas dentro de esta
categoría en el 2010.
Sin embargo, también se puede
observar
ocupación

que
que

la

categoría
ha

de

disminuido

considerablemente es la de Patrono/a
paso de 461 personas en el 2001 a

Para realizar el análisis actual de la
PEA en la Parroquia Ricaurte del
Cantón Cuenca, se procedió a realizar
un

levantamiento

de

información

primaria, a través del instrumento de
encuesta.
La Población Económicamente Activa
(PEA) de la Parroquia Ricaurte del
Cantón Cuenca es de 8107 personas
según el censo poblacional elaborado
por el INEC (2010). Esta información
es relevante para determinar las

28

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Gráfico 1. Categorías de Ocupación en la Parroquia Ricaurte según el INEC
2001-2010.

�8107 personas, se utilizó un nivel de

Parroquia.

significancia del 95% y un error del +-

Bavaresco (2006). Citado por García y

5%.

Ruiz, (2013). Menciona que “cuando

En

se hace difícil el estudio de toda la

instrumento a utilizarse es el método

población, es necesario extraer una

de muestreo probabilístico aleatorio

muestra, la cual no es más que un

simple, ya que tanto hombres como

subconjunto de la población, con la

mujeres de la población, tienen una

que se va a trabajar”. (p. 54)

probabilidad de formar parte de la

Para el tamaño de la muestra se

muestra.

recogió el total de la Población

Fórmula para encontrar el tamaño de

Económicamente

la muestra.

Activa

de

la

la

presente

investigación

el

Parroquia Ricaurte la misma que es de
N= 8107
Z=1.96
D= 100-95=5/100=0.05
P=0.50
Q= 0,50
n=
n=
n=

8107∗3.8416∗0.50∗0.501
(0.0025) (8106) + (3.8416) (0.50)
7785,96
22,1858

= 350.94

350

Se aplicará un total de 350 encuestas

comportamiento o atributos de las

para determinar las características de

variables, entre los cuales se destacan

la Población Económicamente Activa

los

de la Parroquia Ricaurte.

escalas de clasificación, entre otros”.

En este sentido, Chávez (2007).

(p.55)

Citado por García y Ruiz, (2013).

Seguidamente

“Argumenta que los instrumentos de

resultados

investigación son los medios que

levantamiento de información primaria

utiliza el investigador para medir el

de la Parroquia Ricaurte del Cantón

cuestionarios,

se

obtenidos

entrevistas

y

muestran

los

mediante

29

el

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

características de la PEA de dicha

�caracterizar a

la

Parroquia

DESAFIOS JURIDICOS

para

Ricaurte fue la encuesta.
Resultados de la investigación:
PREGUNTA 1
¿Se encuentra usted empleado?
Tabla 6. Se encuentra usted empleado
Resultados

Frecuencia

Si
No
Total

F

%

223
127
350

64
36
100

Elaboración propia

Gráfico 2. Se encuentra usted empleado.
¿ Se encuentra usted empleado?
Si

No

36%

64%

Elaboración propia

Del

total

de

las

350

personas

representa un 64% del total de

encuestadas en la Parroquia Ricaurte,

encuestados,

se

personas, que representan el 36%,

pudo

determinar

que

223

mientras

personas

que

127

habitantes pertenecientes a la misma,

son

económicamente

se encuentran empleados lo que

inactivas o personas desempleadas.

30

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Cuenca. El instrumento que se utilizó

�¿Si su respuesta es no, señale entonces a que actividad se dedica
actualmente?
Tabla 7. Si su respuesta es no, señale entonces a que actividad se dedica
actualmente.
Resultados

Frecuencia
F

%

Estudios de tiempo
completo.
Labores domésticas.

56

44,1

58

45,7

Personas Rentistas.

2

1,6

Jubilados/as.

11

8,7

127

100

Total

Elaboración propia

Gráfico 3. Si su respuesta es no, señale entonces a que actividad se dedica
actualmente.
¿Si su respuesta es no, señale entonces a que
actividad se dedica actualmente?
1%

Estudios de tiempo
completo.

9%

Labores domésticas.

44%

Personas Rentistas.
46%
Jubilados/as.

Elaboración propia

Del total de las 127 personas que se

58 habitantes se dedican a labores

encuentran

domésticas lo que representa un 46%

inactivas

o

económicamente
desempleadas

en

la

del total de encuestados, mientras que

Parroquia Ricaurte, se estableció que,

56 personas que se dedican a estudiar

31

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

PREGUNTA 2

�un 44%, mientras que 11 personas

total de encuestados.

DESAFIOS JURIDICOS

rentistas lo que representa el 1% del

están jubiladas, lo que constituye un
9% del total y tan solo 2 son personas
PREGUNTA 3
¿Se encuentra usted activamente buscando trabajo?
Tabla 8. ¿Se encuentra usted activamente buscando trabajo?
PERSONAS EMPLEDAS
Resultados

Frecuencia
F

%

Si

38

17

No

185

83

Total

223

100

Elaboración propia

Gráfico 4. ¿Se encuentra usted activamente buscando trabajo?

¿Se encuentra usted activamente buscando
trabajo?
personas empleadas

17%
Si
No
83%

Elaboración propia

Según las 350 encuestas realizadas

activamente

en la Parroquia Ricaurte, de las 223

mientras que 38 personas a pesar de

personas

contar

que

se

encuentran

con

buscando
un

empleo,

trabajo,
si

se

empleadas 185 no se encuentran

32

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

a tiempo completo lo que representa

�encuentran

activamente

buscando
DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

otra ocupación.
Tabla 9. ¿Se encuentra usted activamente buscando trabajo?

PERSONAS ECONOMICAMENTE INACTIVAS (PEI)
Resultados

Frecuencia

Si
No
Total

F

%

12
115
127

9
91
100

Elaboración propia

Gráfico 5. ¿Se encuentra usted activamente buscando trabajo?

¿Se encuentra usted activamente buscando trabajo?
PEI

9%
Si
No

91%

Elaboración propia

En cambio, de las 127 personas que

otra parte, se tiene que 12 personas

se

económicamente

encuentran

económicamente

inactivas,

que

inactivas en la Parroquia, 115 no están

activamente están buscando empleo,

activamente buscando empleo, ya que

a estas personas se les considera

estas

dedican

como Población desempleada. Una

únicamente a estudiar a realizar

vez logrados estos resultados se

labores domésticas, son personas

obtuvo lo siguiente:

personas

se

jubiladas o son personas rentistas, por

33

�Parroquia Ricaurte
Número de Personas Encuestadas %
Personas Empleadas
223
63,7
Personas Desempleadas activamente buscando trabajo
12
3,4
Personas Economicamente Inactivas
115
32,9
Total
350
100
Elaboración propia

Gráfico 6. Población Económicamente Activa e Inactiva en la Parroquia
Ricaurte.
Poblaciòn Economicamente Activa e Inactiva de la Parroquia
Ricaurte

Personas Empleadas
33%
Personas Desempleadas
activamente buscando
trabajo

64%
3%

Personas Economicamente
Inactivas

Elaboración propia

Como se puede apreciar en el gráfico

Los resultados obtenidos, a través de

10,

la aplicación de las encuestas, se

del

total

de

350

personas

encuestadas en la Parroquia Ricaurte,

determinó

que

en

la

Parroquia

un 64% tiene empleo, el 33% son

Ricaurte existe una potencialidad de

personas económicamente inactivas y

empleo.

tan solo un 3% de la población se
encuentran en calidad de desempleo.
34

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Tabla 10. Población Económicamente Activa e Inactiva en la Parroquia
Ricaurte.

�Tabla 11. Si usted se encuentra empleado, dentro de cuales de las siguientes
categorías se considera que está.
Resultados

Frecuencia
F

%

Adecuado

162

73

Inadecuado

50

22

Subempleo

11

5

Total

223

100

Elaboración propia

Gráfico 7. Si usted se encuentra empleado, dentro de cuales de las siguientes
categorías se considera que está.
¿Si usted se encuentra empleado, dentro de cuales de las
siguientes categorías se considera que está?
Adecuado

Inadecuado

Subempleo

5%
22%

73%

Elaboración propia

Según las 350 encuestadas realizadas

adecuado, mientras que 50 personas

en

223

poseen un empleo inadecuado y tan

personas se encuentran empleadas,

solo 11 personas se encuentran en

de las cuales se tiene que 162

calidad de subempleadas.

la

Parroquia

habitantes

poseen

Ricaurte,

un

empleo

35

DESAFIOS JURIDICOS
JUL. – DIC. 2024
VOL. 4 NUM. 7

PREGUNTA 4
¿Si usted se encuentra empleado, dentro de cuales de las siguientes
categorías se considera que está?

�Tabla 12. En la semana de referencia, lunes a domingo, ¿trabajó, aunque sólo
fuera una hora?
Resultados

Frecuencia
F
%
223
100
0
0
223
100

Si
No
Total

Elaboración propia

Gráfico 8. En la semana de referencia, lunes a domingo, ¿trabajó, aunque
sólo fuera una hora?

En la semana de referencia, lunes a domingo, ¿trabajó
aunque sólo fuera una hora?
0%

Si
No
100%

Elaboración propia

Con relación a las personas que,

totalidad trabajaron por lo menos una

durante la semana de referencia, de

hora durante la semana. Las personas

lunes a domingo, trabajaron, aunque

económicamente

solo fuese una hora, se tiene que, de

desempleadas no realizaron ninguna

las 223 personas que se encuentran

actividad

empleadas en la Parroquia Ricaurte

referencia ni una hora por lo menos.

durante

inactivas
la

y

las

semana

de

según las encuestas realizadas, en su

36

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

PREGUNTA 5
En la semana de referencia, lunes a domingo, ¿trabajó, aunque sólo fuera una
hora?

�Si se encuentra en la categoría de subempleo, ¿estaría usted dispuesto a
trabajar más horas?
Tabla 13. Si se encuentra en la categoría de subempleo, ¿estaría usted
dispuesto a trabajar más horas.
Resultados

Frecuencia
F

%

Si

11

100

No

0

0

Total

11

100

Elaboración propia

Gráfico 9. Si se encuentra en la categoría de subempleo, ¿estaría usted
dispuesto a trabajar más horas.

Si se encuentra en la categoría de subempleo, ¿estaría
usted dispuesto a trabajar más horas?
0%

Si
No
100%

Elaboración propia

De las 350 personas encuestadas en

de subempleo y estos habitantes si

la

se

están dispuestos a trabajar más horas,

encuentran empleadas, y dentro de

ya que quieren mejor su situación

las ellas se tiene a tan solo 11

económica y su calidad de vida.

Parroquia

Ricaurte,

223

personas que están en una situación

37

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

PREGUNTA 6

�DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

PREGUNTA 7
Indique si sus ingresos mensuales son:
Tabla14. Indique si sus ingresos mensuales son:

Resultados

Frecuencia

Iguales al Salario
Básico Unificado
Inferiores al Salario
Básico Unificado
Superiores al Salario
Básico Unificado
Total

F

%

59

26

45

20

119

53

223

100

Elaboración propia

Gráfico 10. Indique si sus ingresos mensuales son:
Indique si sus ingresos mensuales son:

Iguales al Salario Básico
Unificado

27%

Inferiores al Salario Básico
Unificado

53%

Superiores al Salario
Básico Unificado

20%

Elaboración propia

Según las 350 encuestas aplicadas en

unificado, mientras que 59 reciben

la Parroquia Ricaurte, 223 personas

ingresos iguales al salario básico

están empleadas, de las cuales 119

unificado, y por último 45 habitantes

personas que son la mayoría perciben

tienen ingresos inferiores al salario

ingresos superiores al salario básico

básico unificado.

38

�DESAFIOS JURIDICOS
Elaboración propia

El 35% de los habitantes encuestados

como venta de animales menores o

en la parroquia indican que ganan de

productos como maíz y frejol.

$250 a $300 dólares dichos ingresos

El 23% tiene un mensual diferenciado

no les permite cubrir las necesidades

puede ser $50, $100, $150, $800 y

básicas. Para este grupo de personas

$1200 dólares. En este grupo de

es importante proteger a sus hijos y

personas se encuentra el grupo etario

para ellos es fundamental ayudarse en

de adultos mayores, este pago es por

la alimentación con la agricultura

actividades como: tejer sombrero,

familiar.

agricultura, venta de animales o

El 34% señalan obtener ingresos

trabajados

iguales a $394 dólares los que

personas que reciben un desembolso

representan a quienes reciben una

en

remuneración básica según las leyes

profesionales que tienen un trabajo

de nuestro país que simboliza a

decente.

cuatrocientos dólares. Para tener este

El 8% considera que sus ingresos

ingreso mensual para algunos es

mensuales varían de $400 a $550

necesario realizar actividades extras

dólares y les permite gozar de

la

ocasionales.

mayor

cantidad

Y
es

las
para

comodidades e incluso ahorrar.

39

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Gráfico 10: Remuneración.

�DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Gráfico 11: Migración.

Elaboración propia

El 91% es una cifra grande que aborda

mayores. o dinero que proviene de

a casi toda la parroquia que manifiesta

familiares extranjeros o jubilación y el

no recibir ingresos de terceros como

1% es el grupo minoritario manifestó

ingresos migrantes. El 8% manifiesta

recibir bonos extras por jubilación y

recibir el dinero que proviene de

por

familiares extranjeros especialmente

diferentes

personas

con

capacidades

para el grupo etario de adultos

40

�DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Gráfico 12: Crecimiento Económico.

Elaboración propia

manifestó no tener capacidad de
Los ingresos económicos permiten
que el 15% de los encuestados
puedan ahorrar, mientras que el 85%

ahorro de manera que las personas no
tienen opción de mejorar su calidad y
nivel de vida

Gráfico 13: Vivienda

Elaboración propia

41

�hace en forma de alquiler.
En la comunidad existen varias viviendas que se encuentran abandonadas, estás
poco a poco van destruyéndose. Las viviendas propias tienen características de
antaño como lo es el material denominado: adobe, tejado, paredes bastantes
anchas, ventanas pequeñas, entre otras.

Gráfico 14: Servicios básicos.

Elaboración propia

El 37% de viviendas cuentan con agua

viven cerca al centro parroquial lo

potable y 36% con el servicio eléctrico.

tienen. La comunidad es dispersa, es

Algunas viviendas se caracterizan por

decir,

no

todas

las

casas

se

contar con agua entubada, este tipo

encuentren

cerca

de

manera

el

de agua corresponde a un sistema

servicio resulta costoso. El 23% de

antiguo con el que se proporcionaba el

viviendas cuentan con el servicio de

agua, este sistema se corta algunas

internet mientras que el servicio de

veces por un periodo largo (quince

alcantarillado no existe, es un servicio

días).

que en un futuro no muy lejano se

El 4% cuenta con el servicio de

constituirá.

telefonía fija, solo las familias que

42

DESAFIOS JURIDICOS

su vivienda es en calidad de prestado, el 9% manifiesta que el acceso a vivienda se

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

El 54% de personas que tienen vivienda propia, el 37% manifiesta que el acceso a

�Tabla 15. ¿Si usted si encuentra empleado, indique para que sector presta
sus servicios?

Resultados

Frecuencia
F

%

Sector Primario (Agrícola y Ganadero)

14

6

Sector Secundario (Construcción y
Manufactura)

54

24

Sector Terciario (Comercio y Servicios)

155

70

223

100

Total

Elaboración propia
Gráfico 15. ¿Si usted si encuentra empleado, indique para que sector presta
sus servicios?

¿Si usted si encuentra empleado, indique para que sector
presta sus servicios?
6%
Sector Primario (
Agrícola y Ganadero)

24%

Sector Secundario (
Construcción y
Manufactura)

70%

Elaboración propia

Del total de encuestas realizas, 223

cuales 155 prestan sus servicios al

personas están empleadas, de las

sector terciario de la economía lo que

43

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

PREGUNTA 8
¿Si usted si encuentra empleado, indique para que sector presta sus
servicios?

�parte, se tiene a 54 habitantes que

terciario, en la Parroquia Ricaurte es

prestan sus servicios en el sector

realmente la primera actividad en

secundario de la economía lo que

generar empleos, ya sea por del

significa un 24% del total, por último

comercio o por la vía de servicios.

14

personas

se

encuentran

Descripción

empleadas en el sector primario de la

de

las

personas

Empleadas de la Parroquia Ricaurte

economía representa tan solo un 6%.

por Género.

Tabla 16. Descripción de las personas Empleadas de la Parroquia Ricaurte
por Género.
Empleados
Frecuencia

Genero

F
140
83
223

Masculino
Femenino
Total

%
63
37
100

Elaboración propia
Gráfico 16. Descripción de las personas Empleadas de la Parroquia Ricaurte
por Género.

Descripción de las personas empleadas de la Parroquia
Ricaurte por Género.

37%

Masculino
Femenino

63%

Elaboración propia

Con relación a las 223 personas

realizadas, se determinó que 140

empleadas

personas las que representan el 63%

según

las

encuestas

44

DESAFIOS JURIDICOS

Como se puede observar el sector

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

representa un 70% del total, por otra

�mientras

al

que

género
83

masculino,

personas

masculino empleadas en la Parroquia

que

Ricaurte.

significa el 37 % representan al género

Descripción

de

femenino, por ende, existe una mayor

Económicamente

cantidad de personas del género

desempleadas

las

personas

Inactivas
de

la

y

Parroquia

Ricaurte por Género.

Tabla 17. Descripción de las personas Inactivas y desempleadas de la
Parroquia Ricaurte por Género.
Personas Inactivas y desempleadas
Genero

Frecuencia

Masculino
Femenino
Total

F

%

43
84
127

34
66
100

Elaboración propia

Gráfico 17. Descripción de las personas Inactivas y Desempleadas de la
Parroquia Ricaurte por Género.
Descripción de las personas desempleadas y la PEI de la
Parroquia Ricaurte por Género.

34%

Masculino
Femenino

66%

Elaboración propia

En cambio, de las 127 personas

encuestas

realizadas,

se

pudo

económicamente inactivitas, según las

determinar que 43 personas que

45

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

pertenecen

�tanto, existe una mayor cuantía de

género masculino, mientras que 84

personas

personas

inactivas en la Parroquia Ricaurte.

que

significan

el

66%

del

género

femenino

representan al género femenino, por lo
Gráfico 18: Seguro Social

Elaboración propia

El 37% de las personas manifestó que

respecto

se encuentra afiliado al seguro social

categoría de ocupación que

y un 63% de la población no está

mayor

afiliado al seguro, en especial al grupo

proporcionado,

etario de adultos mientras que adultos

empleado/a u obrero/a privado,

mayores si se encuentran afiliados y

de 2315 personas ocupadas en

este grupo recibe un bono económico

el

de 100 dólares por concepto de

ocupadas

jubilación

categoría en el 2010. Sin

2001

al año

2001,

La

incremento

a

es

ha
el

de

3532 personas
dentro

de

esta

embargo, también se puede
•

Las diferentes categorías de

denotar que la categoría de

Ocupación en la Parroquia

ocupación la misma que ha

Ricaurte, según el INEC 2010,

disminuido considerablemente

han tenido un crecimiento con

es la de Patrono/a paso de 461

46

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

representan el 34% pertenecen al

�encuentran

personas que se dedicaron a

desempleo lo que constituye un

esta actividad en el año 2010.

3% del total de encuestados en

Según los datos expuestos por

la Parroquia.

Redatam– INEC en el año 2010

•

calidad

de

De las encuestas realizadas,

se puede decir que el sector

223

terciario, es realmente en la

empleadas, de las cuales 155

Parroquia Ricaurte la primera

prestan sus servicios al sector

actividad en generar empleo,

terciario de la economía lo que

ya sea por la vía del comercio o

representa un 70% del total, por

por

otra parte, se tiene a 54

los

servicios,

consecuencia,

•

•

en

están

sector

habitante

que

terciario tiene una distribución

servicios

en

creciente

secundario de la economía lo

en

el

por

personas

la

Parroquia

prestan
el

sus

sector

Ricaurte.

que significa un 24% del total,

Según el levantamiento de

por último 14 personas se

información

primaria

encuentran empleadas en el

(encuestas) que se realizó en la

sector primario de la economía

Parroquia Ricaurte del Cantón

representa tan solo un 6%.

Cuenca se pudo determinar lo

Existiendo de esta manera un

siguiente:

predominio

En la Parroquia Ricaurte existe

empleadas en el sector terciario

un nivel alto de empleo, ya que,

de la economía.

de

las

350

encuestas

•

de

personas

También se pudo determinar

realizadas, 223 personas están

que de las 223 personas que

empleadas lo que representa

están

un 64%, por el contrario 115

personas que es la mayoría

personas

perciben ingresos superiores al

como

son

consideradas

económicamente

salario

inactivas lo que significa un

mientras

33%, y tan solo 12 personas se

ingresos

empleadas,

básico
que
iguales

119

unificado,
59
al

reciben
salario

47

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

•

personas en el 2001 a 200

�45 habitantes tienen ingresos

la inmunización para prevenir

inferiores

las infecciones más comunes

al

salario

básico

unificado.
•

de la infancia, la administración
personas

de suplementos de vitamina A

empleadas, 140 personas que

en niños, y el tratamiento de las

representa el 63% pertenecen

enfermedades más comunes

al género masculino, mientras

de

que 83 personas que significa

enfermedades infecciosas en

el 37 % representan al género

adultos.

De

las

223

femenino, constando así una

•

•

la

infancia

y

las

De acuerdo a la distribución de

mayor cantidad de personas

la infraestructura, se puede

del

expresar que la población de

género

masculino

empleadas en la Parroquia

esta parroquia se encuentra

Ricaurte

con una cobertura en salud

Cobertura de salud.

buena, pues en caso de la

Los indicadores de cobertura

atención de pre, posparto y el

de

cuidado

los

servicios

de

salud

del

embarazo

las

reflejan la medida en que las

mujeres lo hacen en el Hospital

personas que necesitan este

regional o en el de la Mujer y la

servicio

Tales

familia, para atención primaria

la

acceden al Subcentro de salud

lo

reciben.

indicadores

incluyen

atención mujeres durante el
embarazo

y

el

parto,

y consultorios privados.

los

2.4 Metodología para caracterizar la Población Económicamente Activa
de la Parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca, por estratos de nivel
educativo.
Según

el

Instituto

Nacional

de

la Población Económicamente Activa

Estadísticas y Censos, (2011), la

de la Parroquia Ricaurte del Cantón

metodología para poder caracterizar a

48

DESAFIOS JURIDICOS

servicios de salud reproductiva,

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

básico unificado, y por último

�estratos

educativo, es la siguiente:

de

nivel

Estratos de Nivel Socioeconómico
determinado por el Nivel Educativo,
según el INEC, (2011).

Tabla 18. Estratos de Nivel Socioeconómico determinado por el Nivel
Económico.

Grupos
Socioeconómicos

A

B
C+
CD

Estratos del Nivel Socioeconómico
Nivel Educativo

El Jefe de Hogar tiene un nivel de
instrucción superior y un número
considerable alcanza estudios de post
grado
El jefe del Hogar tiene un nivel de
instrucción superior
El jefe del Hogar tiene un nivel de
instrucción de secundaria completa
El jefe del Hogar tiene un nivel de
instrucción de primaria completa
El jefe del Hogar tiene un nivel de
instrucción de primaria completa o menos
Fuente el INEC Elaboración propia

49

DESAFIOS JURIDICOS

por

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Cuenca,

�Fuente el INEC

Como se puede apreciar en la gráfica

instrucción educativa que tienen las

18, la variable que mayor peso tiene

personas empleadas y desempleadas

sobre 1000 puntos al momento de

en la Parroquia Ricaurte, obtenidos

medir la importancia de las variables

con la aplicación de encuestas.

en

nivel

Personas empleadas, desempleadas

socioeconómicos, es el nivel de

y económicamente inactivas en la

educación.

Parroquia

Es por ello que posteriormente se

levantamiento

analizarán los datos sobre el nivel de

ejecutadas en la misma.

los

estratos

del

Ricaurte,
de

según

el

encuestas

Tabla 19. Población empleada, desempleada y PEI de la Parroquia Ricaurte.

Parroquia Ricaurte
Número de Personas Encuestadas
Personas Empleadas
223
Personas Desempleadas activamente buscando trabajo
12
Personas Economicamente Inactivas
115
Total
350

%
63,7
3,4
32,9
100

Elaboración propia

50

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Importancia de las variables para medir los estratos del nivel socioeconómico
según el INEC, (2011).
Gráfico 18. Importancia de las variables para medir los estratos del nivel
socioeconómico según el INEC, (2011).

�Personas Empleadas en la Parroquia
Resultados
Frecuencia
F
%
Básica.
38
17,0
Secundaria.
133
59,6
Tercer Nivel.
49
22,0
Otros.
3
1,3
Total, de personas empleadas
223
100
Elaboración propia

Gráfico 19. Descripción de las personas Empleadas de la Parroquia Ricaurte
por nivel educativo.

Nivel de Instrucciòn Educativa
Empleo
1%

17%

22%

60%
Basica.

Secundaria.

Tercer Nivel.

Otros.

Elaboración propia

De las 350 encuestadas aplicadas en
la

Parroquia

determinar

Ricaurte,

que

223

se

•

pertenecientes a la Parroquia se
encuentran empleados de los cuales:

60%

de

las

personas

empleadas poseen un nivel de

pudo

habitantes

El

instrucción secundaria.
•

El 22% tiene un nivel de
instrucción de tercer nivel.

•

El 17% posee un nivel de
instrucción básica.

51

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Nivel Educativo de las personas Empleadas en la Parroquia Ricaurte.
Tabla 20. Descripción de las personas Empleadas de la Parroquia Ricaurte por
nivel educativo.

�En la Parroquia Ricaurte existe un

menor al nivel primario.

mayor

porcentaje

de

personas

empleadas, que poseen un nivel de
instrucción de secundaria.

Nivel Educativo de las personas económicamente inactiva y desempleadas en
la Parroquia Ricaurte.
Tabla 21. Descripción de las personas económicamente inactivas y
desempleadas de la Parroquia Ricaurte por nivel educativo.

Personas desempleadas y económicamente inactivas en la
Parroquia.

Resultados
Básica.
Secundaria.
Tercer Nivel.
Otros.
Total de personas
desempleadas y PEI

Frecuencia
F
%
14
68
40
5
127

11,0
53,5
31,5
3,9
100

Elaboración propia

52

DESAFIOS JURIDICOS

Y el 1% poseen otros niveles,

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

•

�Nivel de Instrucciòn Educativa
PEI y Desempleo
4%
11%
31%

54%

Basica.

Secundaria.

Tercer Nivel.

Otros.

Elaboración propia

Por otra parte, de las 115 personas

•

Por

ende,

también

una

económicamente inactivas y las 12

característica importante de la

personas desempleadas según las

Población

encuestas realizadas en la Parroquia,

activa de la Parroquia Ricaurte

se pudo determinar lo siguiente:

en que, tanto las personas

•

•
•

Que el 54% de personas,

empleadas como las personas

tienen un nivel de instrucción

económicamente inactivas y las

de secundaria.

desempleadas, en su mayoría

El 31% poseen un nivel de

poseen un nivel de educación

educación de tercer nivel.

de secundaria.

El 11% tiene un nivel de
instrucción básica.

•

económicamente

Estratos de Nivel Socioeconómico
determinado por el Nivel Educativo, de

Y solo un 4 % poseen otros

las personas que se encuentran

niveles, menor al nivel primario.

empleadas en la Parroquia Ricaurte,

En la Parroquia Ricaurte existe un

según la aplicación de encuestas en la

mayor

Parroquia.

porcentaje

de

personas

desempleadas, que poseen un nivel
de instrucción de secundaria.
53

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Gráfico 20. Descripción de las personas económicamente inactivas y
desempleadas de la Parroquia Ricaurte por nivel educativo.

�instrucción superior y un número
considerable alcanza estudios de post
grado
49 personas en la Parroquia, tienen un
nivel de instrucción superior
133 personas en la Parroquia, tienen un
nivel de instrucción de secundaria
completa
38 personas en la Parroquia, tienen un
nivel de instrucción de primaria completa
3 personas en la Parroquia, tienen un
nivel de instrucción de primaria completa o
menos

B
C+

CD

Elaboración propia

Como se puede observar en la tabla

tienen un nivel de instrucción de

número

secundaria completa.

32,

los

estratos

socioeconómicos de las personas que
se

encuentran

empleadas

en

la

Parroquia Ricaurte, determinado por
el nivel educativo son los siguientes:
En la Parroquia Ricaurte se tiene un
predominio de personas empleadas,
ubicadas en la categoría C+ dentro de
los grupos socioeconómicos, es decir
en la categoría de personas que

De 223 personas empleadas según
las encuestas realizas, 133 personas
en la Parroquia, tienen un nivel de
instrucción de secundaria completa.
Estratos de Nivel Socioeconómico
determinado por el Nivel Educativo, de
las personas que se encuentran
desempleadas

en

la

Parroquia

Ricaurte, según la aplicación de
encuestas en la Parroquia.

54

DESAFIOS JURIDICOS

Estratos del Nivel Socioeconómico de la Parroquia Ricaurte
Grupos
Nivel Educativo de las personas empleadas
Socioeconómicos
A
Ninguna persona en la Parroquia, tienen

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Tabla 22. Estratos del Nivel Socioeconómico de la Parroquia Ricaurte de las
personas empleadas, determinado por nivel educativo.

�Grupos
Socioeconómicos
A

Nivel Educativo de las personas desempleadas
Ninguna persona en la Parroquia, tienen instrucción
superior y un número considerable alcanza estudios
de post grado
40 personas en la Parroquia, tienen un nivel de
instrucción superior
68 personas en la Parroquia, tienen un nivel de
instrucción de secundaria completa
14 personas en la Parroquia, tienen un nivel de
instrucción de primaria completa
5 personas en la Parroquia, tienen un nivel de
instrucción de primaria completa o menos

B
C+
CD

Elaboración propia

De igual manera como se puede

nivel de instrucción de secundaria

observar en la tabla número 23, los

completa.

estratos

las

En la Parroquia Ricaurte se tiene un

personas económicamente inactivas y

predominio de personas inactivas y

la

desempleadas,

de

socioeconómicos
las

desempleadas

que
en

se
la

de

encuentran

ubicadas

en

la

Parroquia

categoría C+ dentro de los grupos

Ricaurte, determinado por el nivel

socioeconómicos, es decir en la

educativo son los siguientes:

categoría de personas que tienen un

De 115 personas económicamente

nivel de instrucción de secundaria

inactivas y las 12 desempleadas

completa.

según las encuestas realizas, 68
personas en la Parroquia, tienen un

55

DESAFIOS JURIDICOS

Estratos del Nivel Socioeconómico de la Parroquia Ricaurte

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Tabla 23. Estratos del Nivel Socioeconómico de la Parroquia Ricaurte de las
personas desempleadas, determinado por nivel educativo.

�DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Gráfico 21: Horas que labora

Elaboración propia

El 2% trabaja 12 horas al día este tipo
El 52% d los encuestados mencionan
que cumplen una actividad laboral
durante 8 horas, en especial para
aquellos que son de tipo temporales.
Las personas del grupo etario en
adultez y juventud son los que tienen

de horario lo manejan quienes tienen
negocios en tiendas. También quienes
trabajan lo normal y se dedican a otras
actividades

como

la

agricultura,

cuidado de personas y crianza de
animales menores.

la oportunidad de transportarse hasta
el centro del cantón Cuenca para
ejercer un oficio.
El 33% trabaja solo 5 horas al día, al
ser pocas horas las personas se
dedican a actividades en hogares y
escasamente un individuo tiene dos
trabajos.
El 13% manifiesta que trabaja 10
horas al día desempeñan actividades
técnicas en trabajos informales. En
este tipo de casos el tiempo de trabajo
aumenta y su remuneración es menos
de lo normal.

•

Según la población encuestada
en la Parroquia Ricaurte se
puede observar que existe un
porcentaje mayor de mujeres
que

están

económicamente

inactivas o que se encuentran
desempleadas,

esto

puede

determinarse a que todavía se
maneja
que

ciertos

benefician

masculino

en

estereotipos
al
el

género
mercado

laboral.

56

�•

utilizada en este capítulo sobre

un predominio de la Población

los estratos socioeconómicos

Económicamente Activa, con

según el INEC, (2011). Se pudo

respecto

establecer que la Parroquia

Económicamente Inactiva, es

Ricaurte, tiene un predominio

decir se tiene a más personas

de

empleadas,

participando en la producción

ubicadas en la categoría C+

de bienes y servicios, esto de

dentro

una u otra forma dinamiza la

personas
de

los

grupos

socioeconómicos, es decir en la
categoría de personas que

•

En la Parroquia Ricaurte existe

a

la

Población

economía de Ricaurte.
•

Otra característica fundamental

tienen un nivel de instrucción

en la Parroquia Ricaurte, es

de secundaria completa.

que en el sector terciario de la

Una característica fundamental

economía suministra diversas

en la Parroquia Ricaurte, es

fuentes de empleo para sus

que

habitantes,

tanto

la

población

por

ende,

económicamente activa como

desarrollar el sector terciario

la población económicamente

dentro de una economía seria

inactiva, en su mayoría poseen

la forma más fácil de crear

un nivel de educación de

fuentes de empleo.

secundaria.

Conclusiones
Los individuos mediante el trabajo ya
sea en el ámbito económico, social,
político, ambiental y cultural aportan a
que cada país produzca de manera
que sus capacidades se potencien
contribuyendo
desarrollo.

diariamente

al

Según la teoría expuesta un trabajo
decente también se puede llamar
empleo, hace referencia a aquella
actividad

laboral

que

realiza

un

individuo bajo las leyes laborales del
país. El trabajo decente permite
superación personal y crecimiento
económico, de manera que tanto los

57

DESAFIOS JURIDICOS

Con respecto a la metodología

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

•

�alimentación entre otros. De manera

de bienestar social.

que es importante que las personas

Los indicadores del mercado laboral

que realizan una actividad laboral

(KILM) es un departamento de la

obtengo como fruto de ellos una

organización de las naciones unidas

remuneración económica.

que se encargan de analizar la calidad

Bajo este contexto, las encuestas

de empleo de las personas, entre los

aplicadas la realidad de la Parroquia

aspectos

a

analizar

Ricaurte del Cantón Cuenca revelan lo

encontrar

la

situación

podemos
social

del

individuo y su familia, la situación

siguiente:
•

Según el estudio realizado en la

económica y ambiental, la equidad, la

Parroquia

remuneración

productividad

determinó que existe un nivel

laboral, sub ocupación o actividades

alto de empleo, ya que, de la

que realiza sin recibir remuneración

población de 350 encuestas

económica, educación entre otros;

realizadas, 223 personas están

estos aspectos son relativos a los

empleadas lo que representa

parámetros de calidad de vida.

un 64%, 12 habitantes se

La calidad de vida se refiere a las

encuentran

condiciones de las personas relativas

desempleo lo que constituye un

a la salud, a la interacción social, a la

3%,

educación y cultura, inclusión social,

económicamente inactivas lo

bienestar

que significa un 33% del total

justa,

socio

económico

y

y

Ricaurte

115

derechos. De manera que del empleo

de

depende la calidad de vida de las

Parroquia.

personas en el ámbito ambiental,

•

en

se

calidad

son

encuestados

de

personas

en

la

También se estableció que, 235

político, social, económico y cultural.

personas de una población de

El sistema económico actualmente es

350 encuestados, pertenecen a

el aspecto más importante para las

la Población Económicamente

personas, pues el capital permite a los

Activa de Parroquia Ricarte, de

individuos
básicos,

acceder

a

servicios

las cuales 223 personas se

educación,

salud,

encuentran empleadas y 12

58

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

individuos como sus familiares gocen

�se

encuentran

primera actividad en generar

desempleadas,

pero

empleos ya sea por la vía del

activamente buscan trabajo,

comercio o por la vía de

por lo que también pasan a

servicios, y que los ingresos

formar parte de la PEA. De la

que perciben las personas en la

misma

pudo

Parroquia en su mayoría son

determinar que 115 personas

superiores al salario básico

son

unificado.

manera,

consideradas

Población

como
•

Económicamente

En cuanto a la metodología

Inactiva y 12 como personas

utilizada en este capítulo sobre

desempleadas

que

los estratos socioeconómicos

activamente buscan empleo.

según el INEC, (2011). Se

Por ende, en la Parroquia

estableció que, en la Parroquia

Ricaurte existe un predominio

Ricaurte,

de

predominio

pero

la

Población

Económicamente

•

se

Activa,

se

tiene

de

un

personas

es

empleadas, ubicadas en la

decir se tiene a más personas

categoría C+ dentro de los

participando en la producción

grupos socioeconómicos, es

de bienes y servicios.

decir

Como

personas que tienen un nivel de

características

en

fundamentales de la Parroquia

instrucción

Ricaurte del Cantón Cuenca se

completa

la

categoría
de

de

secundaria

tiene que el sector terciario, es
realmente en la Parroquia la
Referencias:
Alburquerque, F. (1989). Estabilidad en el Empleo y Contratación
Arroyo,

L.

y

Gutiérrez,

E.

(2006).

El

Empleo.

Disponible

en:

http://www.redalyc.org/pdf/4561/456145113008.pdf
Blanch, J. y Cantera, L. (2009). El Malestar en el Empleo Temporal Involuntario.
Universidad

Autónoma

de

Barcelona.

Disponible

en:

59

DESAFIOS JURIDICOS
20244 NUM. 7
JUL. – DIC. VOL.

personas

�Blanch, J. y Cantera, L. (2009). El Malestar en el Empleo Temporal Involuntario.
Universidad

Autónoma

de

Barcelona.

Disponible

en:

http://scielo.isciii.es/scielo.php?pid=S157659622009000100007&amp;script=sci
_arttext&amp;tlng=es%2F
Carrasco, C. y Mayordom, M. (2000). Los modelos y estadísticas de empleo como
construcción social. Universidad de Barcelona. Empleo y desempleo
(Actividad

e

Inactividad).

Disponible

en:

https://revistas.ucm.es/index.php/POSO/article/viewFile/POSO000023010
1A/24553
Córdova, F. (1989). Estabilidad en el empleo, solución de conflictos de trabajo y
concertación

social.

Disponible

en:

https://books.google.com.ec/books?id=9eQyAAAAIAAJ&amp;q=C%C3%B2rdov
a.+(1989)+Destaca+que+el+empleo+ganeralizado+y+frecuente+del+arbitr
aje+acostumbra+a+las+partes+a+depender+de+la+intervencion+de+un+t
ercero+y+puede+atrofiar+el+funcionamiento+del+sistema+(p.51).
Nápoles, P. y Ordaz, J. (2011). Evolución reciente del empleo y el desempleo en
México.

Economía

UNAM

vol.8

no.23

México.

Disponible

en:

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S1665952X2011000200005
Neffa, J. (2003). El trabajo humano Actividad, trabajo y empleo. Disponible en:
http://oei.org.ar/edumedia/pdfs/T10_Docu4_Eltrabajohumano_Neffa.pdf
Neffa, J., Panigo, D., Perez, P. y Persia, J. (2014). Actividad, empleo y desempleo
conceptos

y

definiciones

(4º

edición

revisada).

Disponible

en:

http://209.177.156.169/libreria_cm/archivos/pdf_461.pdf
OIT, La Organización Internacional del Trabajo (OIT) Panorama Laboral, (2013).
América

Latina

y

el

Caribe.

Disponible

en:

http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---américas/---rolima/documents/publication/wcms_232760.pdf

60

DESAFIOS JURIDICOS

_arttext&amp;tlng=es%2F

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

http://scielo.isciii.es/scielo.php?pid=S157659622009000100007&amp;script=sci

�microunidades

en

México.

Disponible

en:

http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=11203804
Stallings, B. y Weller, J. (2001). El empleo en América Latina, base fundamental de
la

política

social.

REVISTA

DE

LA

CEPAL.

Disponible

en:

http://archivo.cepal.org/pdfs/revistaCepal/Sp/075191210.pdf
Fuentes primarias
•

En la segunda etapa de diagnóstico se utilizará el método empírico donde
se obtendrá información a través del levantamiento de encuestas para lo
cual se utilizará la técnica del cuestionario, para poder determinar las
características de la Población Económicamente Activa de la Parroquia
Ricaurte del Cantón Cuenca. También se utilizará en la investigación los
métodos matemáticos como el uso de tablas y gráficos estadísticos para
poder identificar él porque del crecimiento de la Población Económicamente
Activa de la Parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca.

Fuentes secundarias
•

INEC.

Glosario

de

Conceptos

y

Definiciones.

Disponible

en:

http://www.inec.gob.ec/estadisticas/index.php?option=com_content&amp;view=
article&amp;id=278
•

INEC. Metodología para la medición del empleo en Ecuador, Octubre (2020)
INEC. Disponible en: http://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/webinec/EMPLEO/Nuevo%20Marco%20Conceptual/Nota%20metodologica%2
0ENEMDU.pdf

•

GAD Ricaurte, Gobierno

Autónomo Descentralizado de la Parroquia

Ricaurte. Actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial
(PDOT) de la Parroquia Ricaurte del Cantón Cuenca. (2015).
Referencias bibliográficas

61

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Salas, C. (2003). Trayectorias laborales entre el empleo, el desempleo y las

�una

mirada

regional.

Revista

Espacios,

http://es.revistaespacios.com/a19v40n04/a19v40n04p26.pdf
Mejía, Armando; Bravo, Mario &amp; Montoya, Arturo. (2013). El factor del talento
humano

en

las

organizaciones.

Scielo,

XXXIV

(1),

http://scielo.sld.cu/pdf/rii/v34n1/rii02113.pdf
Abrano, Laís - Cecchini, Simone - Morales, Beatriz. (2019). Programas sociales,
superación de la pobreza e inclusión laboral: aprendizajes desde América
Latina

y

el

Caribe.

(C.

E.

CaribeEd.)

CEPAL.

https://www.cepal.org/es/publicaciones/44602-programas-socialessuperacion-la-pobreza-inclusion-laboralaprendizajes-america
Asamblea Constituyente Ecuador. (2008). Constitución de la Asamblea. Quito.
https://www.oas.org/juridico/mla/sp/ecu/sp_ecu-int-text-const.pdf
Barrios, J. C. (2017). Gestión del talento territorial para el desarrollo: Territorios que
aprend.

Visión

Gerencial

(ISSN:

1317-8822).

https://www.redalyc.org/pdf/4655/465549683007.pdf
Boiser, S. (2016). Desarrollo (local) ¿De qué estamos hablando? En J. N. (Ed), &amp; J.
N. Tur (Ed.), La visión territorial y sostenible del desarrollo local: una
perspectiva multidisciplinar (Edición Digital ed., Vol. 1, pág. 36). Valencia,
Brasilia,

Brasil:

Universidad

de

Valencia.

https://books.google.com.ec/books?hl=es&amp;lr=&amp;id=7gglDAAAQBAJ&amp;oi=fnd
&amp;pg=PA23&amp;dq=concepto+de+desarrollo+end%C3%B3geno&amp;ots=li4zrZbAt
O&amp;sig=vcVW50K-WycwJQlAZj3vlA5yYVY#v=onepage&amp;q&amp;f=false
Cecchini, S. (2016). Protección social con enfoque de derechos para la América
Latina del siglo XXI. https://www.redalyc.org/pdf/675/67546312003.pdf
Cecchini, Simone; Filgueira, Fernando; Martínez, Rodrigo &amp; Rossel, Cecilia. (2015).
Instrumentos de protección social Caminos latinoamericanos hacia la
universalización. Santiago de Chile: Comisión Económica para América
Latina

y

el

Caribe

(CEPAL).

https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/38821/S1500279_es.p
df?sequence=1&amp;isAllowed=y

62

DESAFIOS JURIDICOS

Ecuador,

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

García, Diego &amp; Contreras, Mario. (4 de febrero de 2019). La exclusión social en

�internacional

del

trabajo

https://www.ilo.org/public/spanish/revue/download/pdf/ghai.pdf
Diez, R. (2016). Indicadores Clave del mercado de trabajo. Oficina internacional del
Trabajo

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/-

stat/documents/publication/wcms_498940.pd
Espinoza, G. (2001). Fundamentos de Evaluación de Impacto Ambiental. Chile.
https://s3.amazonaws.com/academia.edu.documents/36782723/IMPACTOS_AMBI
ENTALE.pdf?responsecontentdisposition=inline%3B%20filename%3DIMPACTOS_AMBIENTALE.
pdf&amp;X-Amz-Algorithm=AWS4-HMACSHA256&amp;XAmzCredential=AKIAIWOWYYGZ2Y53UL3A%2F20190929%2
Fus-east1%2Fs3
Gómez, R. (2015). Del desarrollo sostenible según Brundtland a la sostenibilidad
como

biomimesis.

(C.

A.

Martínez,

Ed.)

https://www.upv.es/contenidos/CAMUNISO/info/U0686956.pdf
La comision de legislacion y codificación. (2012). Codigo del Trabajo (Ministerio del
Trabajo

ed.).

Quito,

Ecuador:

Lexis.

http://www.trabajo.gob.ec/wpcontent/uploads/downloads/2012/11/C%C3%
B3digo-de-Tabajo-PDF.pdf
La Real Academia Española (RAE). (2019). Diccionario de la lengua española
(DLE), 2018. (l. A. (ASALE), Editor, L. R. (RAE), Productor, &amp; La Real
Academia Española (RAE))
La Real Academia Española (RAE): https://dle.rae.es/?id=CTvYRBI
Núñez, J. C. (2016). LA SEGURIDADE HIGIENE INDUSTRIAL Y EL AUMENTO DE
LA PRODUCTIVIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO. Revista
Tecnológica,

12(18),

http://www.revistasbolivianas.org.bo/pdf/rtft/v12n18/v12n18_a10.pdf
Organización internacional del trabajo. (2015). Trabajo decente para personas con
discapacidad: promoviendo derechos en la agenda global de desarrollo
(Segunda

ed.,

Vol.

2).

Ginebra:

Copyright.

63

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Dharam, G. (2003). trabajo decente, concepto e indicadores. Ginebra: organización

�Organización Internacional del Trabajo. (31 de mayo de 2017). TRABAJO
DECENTE Y LA AGENDA 2030 DE DESARROLLO SOSTENIBLE.
Organización

internacional

del

trabajo,

2-3.

https://www.ilo.org/global/topics/sdg2030/resources/WCMS_470340/lang-es/index.htm
PereaI, Lizette; Cárdenas, Silvio &amp; Díaz, Lázaro. (2009). Ambiente laboral en los
policlínicos

universitarios.

Scielo.

http://scielo.sld.cu/pdf/ems/v23n2/ems04209.pdf
Rodríguez, M. A. (2016). Dignidad Humana y Derechos de las personas con
discapacidad.

Revista

IUS

ET

VERITAs,

53(ISSN

1995-292).

http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/16547/168

64

DESAFIOS JURIDICOS

ifp_skills/documents/publication/wcms_430938.pdf

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_emp/---

�INFANCIAS OLVIDADAS EN LAS
PRISIONES DE MÉXICO: NIÑOS
VIVIENDO CON SUS MADRES EN
PRISIÓN, CASO SINALOA
FORGOTTEN CHILDHOODS IN
MEXICO'S PRISONS: CHILDREN LIVING
WITH THEIR MOTHERS IN PRISON,
SINALOA CASE

Edith Gómez Valenzuela
Universidad Autónoma de Sinaloa
https://orcid.org/0009-0008-2503-5118
edith.gomez@uas.edu.mx

Resumen: México, tiene en prisión a 225,843 personas privadas de la libertad (PPL) en los fueros
federal y común; 213,061 hombres, que representan el 94.34% de la población y 12,782 mujeres
que representan el 5.66% (Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana [SSPC], 2022), y es
precisamente la población de mujeres privadas de la libertad (MPL) y los infantes que cohabitan con
sus madres en las prisiones de Sinaloa (Comisión Nacional de Derechos Humanos [CNDH], 2022),
el objeto de estudio de esta investigación.
En México, existen 22 centros penitenciarios femeniles (CPF) y sólo cuatro estados cuentan
con dos centros de dicha categoría; sin embargo, 14 Estados, entre ellos Sinaloa, tienen centros
penitenciarios mixtos (CNDH, 2022).
Es en estos centros penitenciarios mixtos, de manera sistemática se violentan los derechos
humanos de las mujeres privadas de la libertad y la de los menores que cohabitan con ellas, toda
vez que en las prisiones estatales no existe la separación de procesadas y sentenciadas, es decir,
las madres con sus hijas e hijos comparten la misma celda con otras mujeres con diferente situación

Cómo citar:
Gómez, E (2024) Infancias olvidadas en las prisiones de México: niños viviendo con sus madres en prisión,
caso Sinaloa, Revista Desafíos Jurídicos, 4(7). https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-149

�principalmente de los menores, quienes además, en este estudio se demostró que no reciben
alimentación, educación inicial, atención pediátrica, ni medicamentos gratuitos, todo ello contraviene
los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, la propia Constitución Mexicana,
así como diversas leyes nacionales.
Palabras Clave: Mujeres privadas de la libertad, infancias olvidadas, derechos humanos, prisiones
mixtas.
Abstract: Mexico has 225,843 people deprived of their liberty in prison in federal and common
jurisdictions; 213,061 men, representing 94.34% of the population and 12,782 women, representing
5.66% of the total population (Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana [SSPC], 2022), and
this is precisely the population of women deprived of liberty and the 329 infants who cohabit with their
mothers in prison, the object of study of this research.
In Mexico, there are 22 women's penitentiary centers and only four states have two centers
of this category; However, 14 States, including Sinaloa, have mixed penitentiary centers (CNDH,
2022a).
It is in these mixed penitentiary centers where the human rights of women deprived of liberty
and those of the minors who cohabit with them are systematically violated, since in state prisons there
is no separation of those prosecuted and sentenced, that is that is to say, mothers with their daughters
and sons share the same cell with other women with different legal status and who have committed
serious crimes, all of which promotes criminogenic contagion for everyone, especially minors.
Furthermore, children do not receive food, initial education, pediatric care, or free medications, all of
this contravenes international instruments on human rights and the Mexican constitution itself, as well
as various national laws.
Keywords: Women prisoners, forgotten childhoods, human rights, mixed prisons

Introducción
menores no hay quien les garantice
sus derechos humanos al representar
Esta investigación pretende visibilizar
la existencia de 329 niñas y niños
menores de tres años que cohabitan
con sus madres en las prisiones de
México

(CNDH,

2022),

infancias

olvidadas por el Estado mexicano y
sus autoridades, toda vez que a estos

una

minoría

problemáticas
Insuficiencia

con
tales

o

múltiples
como:

inexistencia

de

educación inicial, atención pediátrica,
medicamentos,

alimentación

adecuada para su edad, vestimenta,
actividades recreativas y lúdicas, así
66

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

jurídica y que han cometido diversos delitos graves, hecho que promueve el contagio criminógeno,

�explicativo (Hernández, Fernández y

menores y su madre.

Baptista, 2014).

Todas las violaciones a los
derechos

fundamentales

menores

se

principalmente

en

de

los

recrudecen
los

centros

En cuanto a la técnica de
recolección de datos, la encuesta fue
el

instrumento

permitió

de

verificar

medición
la

que

hipótesis

penitenciarios mixtos, al no contar con

planteada

(Tamayo,

2003),

la

ausencia

de

clasificación

infraestructura

indispensable

para

necesaria
las

penitenciaria en el Estado de Sinaloa,

necesidades de las MPL, al permitirles

es propicia para la transgresión de los

compartir

derechos

espacios

cubrir

la

la

con

hombres

fundamentales

de

las

privados de la libertad, al convivir en

mujeres privadas de la libertad así

comunidad

como la de sus menores hijas e hijos

sentenciadas

con

procesadas, al someter con ellas a los

que cohabitan con ellas en prisión.

menores en celdas compartidas con
El objeto de estudio fueron los

MPL con diferente situación jurídica y
que han cometido delitos graves
(CNDH, 2022).

cuatro Centros Penitenciarios (CP) del
Estado de Sinaloa: Goros II en Los
Mochis (20 mujeres), Región del

También se devela las prisiones

Évora entre Salvador Alvarado y

exclusivas para mujeres en México, la

Angostura (2), Aguaruto en Culiacán

cantidad de menores por prisión, y

(96) y el Castillo en Mazatlán (31); en

principalmente se aborda la situación

suma, son 149 MPL de dichos CP

de los 13 menores que cohabitan con

siendo este el universo para este

sus madres en las prisiones de

estudio (SSPC, 2022), en tanto la

Sinaloa.

muestra representativa fue de 65
MPL.

Metodología
La muestra es probabilística, ya
La metodología mixta, fue utilizada en
esta investigación cuyo alcance fue

que todas las MPL tenían la misma
posibilidad de ser seleccionadas para

67

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

como una celda exclusiva para los

�De acuerdo a las calificaciones

Fernández y Baptista, 2014, 175). Y

obtenidas en el DNSP de 2022, sólo

en el caso de las mujeres que tienen a

20 Estados lograron aprobar dicho

sus hijas e hijos viviendo con ellas en

diagnóstico.

prisión, se encuestaron al 100%, es

calificaciones obtenidas nos son nada

decir, 12 madres de 13 niños. Cabe

halagüeñas

destacar que la participación de las

calificación más alta fue de 8.22 para

mujeres fue voluntaria.

el Estado de Querétaro y la más baja

Sin
toda

embargo,
vez

las

que

la

aprobatoria fue de 6.05 para el Estado
Las prisiones en México
En

México,

la

penitenciaria
conformada

de San Luis Potosí.

infraestructura

nacional
por

está

319

Centros

Penitenciarios: 15 Federales, 251
Estatales y 53 Centros Especializados
de Tratamiento o Internamiento para
Adolescentes (INEGI, 2022).

En cuanto a los Estados con
calificaciones

de

Sonora, Nayarit, Chiapas, Colima,
Oaxaca,

Aguascalientes,

Tabasco,

Puebla, Guerrero, Zacatecas, Hidalgo
y Tamaulipas.
El

Estado

de

Tamaulipas,

Centros

obtuvo la calificación más baja de 4.26

no

es

y no cuenta con un CP exclusivo para

deseable de acuerdo al Diagnóstico

mujeres que cubra las necesidades de

Nacional de Supervisión Penitenciaria

los menores que cohabitan con sus

[DNSP]

Penitenciarios

los

que

oscilan entre 5.94 al 4.26, fueron 12:

Es necesario señalar que la
situación

reprobatorias

Estatales

la

Comisión

madres, según los datos del DNSP

Derechos

Humanos

2022; En cuanto al Estado de Sinaloa,

(CNDH), que de manera reiterada

objeto de este estudio, obtuvo por

reprueba a los Estados por no contar

segunda ocasión en la última década

con los estándares mínimos para la

una calificación mínima aprobatoria de

gestión

6.17 (CNDH, 2022), similar a la del

Nacional

(2022)
de

de

y el tratamiento

de

personas privadas de la libertad.

las

año 2019 que fue de 6.05 (CNDH,
2019).

68

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

aplicarles la encuesta (Hernández,

�las

variables

de

Los

anexos,

son

ineficiencia en la administración y

aparentemente

organización de los CP que presenta

celdas construidas y destinadas para

el DNSP se encontró que el 90.1% del

el sexo masculino, situación que

total de los CP Estatales, tienen una

evidentemente vulnera los derechos

inadecuada

las

humanos de las mujeres, toda vez,

personas privadas de la libertad. Es

que las fragiliza, oprime e invisibiliza al

decir, 210 CP en el país no clasifican a

someterlas a CP de mínima seguridad

las personas privadas de la libertad

con insuficiencia de guardias que no

(CNDH, 2022, p. 592).

garantiza la integridad y seguridad de

clasificación

de

En cuanto a la separación de

separados

espacios
de

las

las MPL y las infancias.

procesados y sentenciados, el 88.4%

En la investigación documental, se

del total de los CP presentan esta

analizó el Censo Nacional del Sistema

deficiencia, siendo 206 el número de

Penitenciario Federal y Estatales de

CP que la presentan (p. 592). Además,

2021 y 2022 realizado por el Instituto

85

presentaron

Nacional de Estadística y Geografía

deficiencias en la atención a mujeres

(INEGI), mismo que presenta la

y/o menores que viven con ellas, entre

estructura organizacional y recursos,

estos, Sinaloa, que en el DNSP del

entre ellos, destaca las entidades

2022, sólo analizó a dos CP: El

federativas y el total de CP por

Castillo y El Évora (p. 609).

entidad, resaltando la cantidad de

CP

Estatales

Cárcel para Mujeres

centros penitenciarios federales, así
como los estatales y los centros

Los CP exclusivos para MPL en

especializados

México, son realmente muy pocos, ya

internamiento para adolescentes.

que la gran mayoría de mujeres en
prisión preventiva o sentenciadas se
encuentran internas en CP mixtos, en
lugares llamados –anexos- .

de

tratamiento

o

Sin embargo, jamás habla de los
CP exclusivos de mujeres, hecho que
invisibiliza los derechos humanos de
la mujeres privadas de la libertad
(INEGI, 2022), al no incorporar dichos

69

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Entre

�infraestructura

del

objetivo de visibilizar las condiciones

sistema penitenciario mexicano. Es

de vida de las MPL y de los infantes

importante

que cohabitan con sus madres.

distinguir

las

grandes

diferencias que existen entre hombres
y mujeres, y tal como se hace la
separación

para

especializados

de

los

centros

tratamiento

o

internamiento para adolescentes debe
de hacerse la separación para las
mujeres con perspectiva de género.
La perspectiva de género es
indispensable

para

visibilizar

El INEGI, sólo menciona que a
nivel nacional existen 12 420 MPL e
incluyen en dicho conteo a las
menores

de

los

especializados

de

internamiento

para

centros

tratamiento

o

adolescentes

(INEGI, 2022). Sin embargo, en el
Cuaderno Mensual de Información

las

Estadística Penitenciaria (CMIEP) de

necesidades, capacidades y potencial

mazo del año 2022, indican que

de las mujeres en todos los ámbitos,

existen en prisión un total de 12,782

sobre todo en el ámbito penitenciario

mujeres en prisión (p. 4).

por ser este un espacio de restricción
de algunos derechos de las MPL, de
tal manera que las instituciones como
el INEGI, deben contemplar y analizar
en un formato aparte del de los
hombres los CP femeniles con el

Empero, es la CNDH a través del
DNSP 2021, quien visibiliza a 22
Centros

Penitenciarios

exclusivos

para mujeres en todo el territorio
mexicano que son los siguientes:

Tabla 1.
Estados que cuentan con Centros Femeniles de Reinserción Social
No
.

1

Entidad

Estado de
México

Total de
centros
penitenciarios
femeniles
1

Calificación
por Estado
del DNSP
2022

Calificación
por centro
penitenciario
femenil

6.71

7.16

70

DESAFIOS JURIDICOS

la

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

centros en

�2

6.92

3
4
5

Ciudad de
México
Jalisco
Nuevo León
Chihuahua

1
1
2

6.39
6.95
7.08

6
7
8

Guanajuato
Morelos
Coahuila

1
1
2

6.90
7.11
6.98

6.91
7.11
5.46
7.88
7.16
7.49
6.64
7.16
6.81
7.70
8.33
5.57

9
10

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

2

Querétaro
1
8.22
Aguascaliente
1
5.40
s
11 Colima
1
5.51
5.26
12 Yucatán
1
7.62
7.99
13 Tlaxcala
1
7.18
7.47
14 Hidalgo
1
4.63
5.49
15 Zacatecas
1
4.70
5.04
16 Nayarit
1
5.92
6.96
17 Sonora
1
5.94
5.02
18 Oaxaca
1
5.41
4.54
19 Chiapas
1
5.57
7.11
Fuente: Elaboración propia, con datos obtenidos de CNDH, (2022).
La tabla 1, muestra los Estados

exclusivamente

para

las

mujeres

que tienen centros de readaptación

(CNDH, 2022, p. 45), totalmente

social

femeniles, en donde se

diferente al de las mujeres ubicadas

destacan además las calificaciones

en –anexos- en CP mixtos, donde los

por

las

edificios fueron diseñados para cubrir

calificaciones de cada uno de los

las necesidades del sexo masculino,

centros

social

toda vez que tienen mínimos servicios

femeniles; que en la mayoría de los

destinados a cubrir las necesidades

casos (12), obtuvieron calificaciones

femeninas,

más altas que el resto de su entidad

sistemática

federativa, esto evidencia una enorme

derechos fundamentales tales como:

diferencia de la situación que viven las

atención adecuada para las infancias

mujeres en los espacios destinados

y la reinserción social, a través, de la

Estado
de

y

en

particular

readaptación

además,
son

de

manera

reprimidos

los

71

�VI.

Conservar la guardia y

trabajo, entre otros.

custodia de su hija o hijo menor
de tres años a fin de que pueda

La CNDH a través del DNSP

permanecer con la madre en el

(2022), destaca que las principales

Centro

observaciones

los

conformidad a las disposiciones

de

aplicables;

CERESOS

en

son:

todos

insuficiencias

clasificación

penitenciaria,

separación

de

debida

procesadas

VII.

y

Penitenciario,

Recibir

la

de

alimentación

adecuada y saludable para sus

sentenciadas, y el plan de actividades

hijas e hijos, acorde con su edad y

(p.599), todo ello impacta de manera

sus necesidades de salud con la

directa en los menores que viven con

finalidad

sus madres en prisión, hechos que

desarrollo físico y mental, en caso

vulneran gravemente los derechos

de que permanezcan con sus

humanos tanto de las MPL como los

madres en el Centro Penitenciario;

de sus menores hijos.

VII. Recibir educación inicial para

de

contribuir

a

su

sus hijas e hijos, vestimenta

Mujeres que viven con sus niñas y

acorde a su edad y etapa de

niños al interior de los Centros

desarrollo, y atención pediátrica

Penitenciarios

cuando sea necesario en caso de

Las MPL conservan derechos a pesar

que permanezcan con sus madres

de su situación de cárcel, entre ellos,

en el Centro Penitenciario, en
términos de la legislación aplicable

el derecho a ser madres y conservar la

(LNEP, 2016, art. 10).

guardia y custodia de sus niñas y
niños menores de tres años y éstos

Pero, ¿cuántos niñas y niños

últimos tienen garantizados todos sus

viven

en

centros

penitenciarios?,

derechos, según lo establecido en el

¿dónde y cómo están ubicados?,

artículo diez de la Ley Nacional de

estos datos los revela la tabla 2,

Ejecución Penal, que en sus incisos

obtenidos del DNSP, 2022.

VI, VII y VIII, señalan lo siguiente:

72

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

clasificación penitenciaria, educación,

�DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Tabla 2.
Menores que viven con sus madres en prisión
Estado
No
.
1 Aguascalient
es

Mujeres
con hijos
3

Número
de hijas
y/o hijos
3

1

1

9

9

1

1

2

2

6. Centro de
Reinserción Social
Estatal Femenil No. 1
en Aquiles Serdán
7. Centro de
Reinserción Social
Estatal Femenil No. 2
en Chihuahua.

6

6

9

9

Centro
1 Centro de Reinserción
Social para Mujeres
Aguascalientes

2

Campeche

2. CERESO de San
Francisco Kobén

3

Chiapas

3. CERESO de
sentenciados no. 14 “El
Amate” en Cintalapa
4. CERESO de
sentenciados No. 4
Femenil de Tapachula
5. CERESO de
Sentenciados No. 5 de
San Cristóbal de las
Casas.

4

Chihuahua

5

Ciudad de
México

8. Centro Femenil de
Reinserción Social
Santa Martha Acatitla.

43

44

6

Coahuila

9. Centro Penitenciario
Femenil Saltillo.

1

1

7

Colima

10. CERESO Femenil
Colima

2

2

8

Durango

11. CERESO No. 1,
Durango

6

6

73

�9

10

Guanajuato

Guerrero

12. Centro Preventivo y
de Readaptación Social
“Dr. Sergio García
Ramírez”, Ecatepec
13. Centro Preventivo y
de Readaptación Social
Santiaguito en Almoloya
de Juárez
14. Centro Preventivo y
de Readaptación Social
“Dr. Alfonso Quiroz
Cuarón”, Texcoco.
15. Centro Preventivo y
de Readaptación Social
Nezahualcóyotl “Bordo
de Xochiaca”
16. Centro Preventivo y
de Readaptación Social
“Juan Fernández
Albarrán”, Tlalnepantla
de Baz.
17. Centro Preventivo y
de Readaptación Social
Chalco.
18. Centro Penitenciario
y de Reinserción Social
Femenil Nezahualcóyotl
Sur.

3

3

6

6

1

1

8

8

1

1

6

6

3

3

19. Centro de
Reinserción Social de
León
20. Centro Estatal de
Reinserción Social
Femenil de Valle de
Santiago
21. Centro Regional de
Reinserción Social
Chilpancingo
22. Centro Regional de
Reinserción Social de
Iguala.

3

3

2

2

6

8

3

3

6

6

DESAFIOS JURIDICOS

Estado de
México

74

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

9

�11

Hidalgo

26. Centro de
Reinserción Social de
Tula de Allende
27. Centro de
Reinserción Social de
Tulancingo.
28. Centro de
Reinserción Social de
Actopan.
29. Centro de
Reinserción Social de
Molango.
30. Centro Femenil de
Reinserción Social de
Pachuca.
31. Centro de
Reinserción Social de la
Huasteca Hidalguense.

12

Jalisco

32. Comisaría de
Reinserción Femenil.

13

Michoacán

33. Centro de
Reinserción Social en
Morelia “Lic. David
Franco Rodríguez”.
34. Centro Penitenciario
de Alta Seguridad para
Delitos de Alto Impacto
No. 1.

14

Morelos

35. Centro Estatal de
Reinserción Social

1

1

1

1

3

3

1

1

2

2

1

1

8

8

1

1

18

18

7

7

4

4

12

12

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

23. Centro Regional de
Reinserción Social de
Acapulco.
24. Centro de
Reinserción Social de
Taxco de Alarcón.
25. Centro de
Reinserción Social
Ometepec.

75

�15

Nayarit

36. Centro Femenil de
Reinserción.

6

6

16

Nuevo León

37. Centro de
Reinserción Social
Femenil de Escobedo.

7

7

17

Oaxaca

38. Centro de
Reinserción Social
Femenil Tanivet.

10

11

18

Puebla

39. Centro de
Reinserción Social de
Ciudad Serdán.
40. Centro Penitenciario
Regional de San Pedro
Cholula.
41. Centro Penitenciario
Regional
Huauchinango.
42. Centro Penitenciario
Distrital de Tepeaca.

5

5

1

1

1

1

1

1

19

Querétaro

43. Centro de
Reinserción Social
Femenil de San José el
Alto.

1

1

20

Quintana Roo 44. Centro Penitenciario
Estatal No. 2 Cancún.

3

3

21

San Luis
Potosí

45. Centro de
Reinserción Social de
San Luis Potosí.

11

11

22

Sinaloa

46. Centro Penitenciario
Aguaruto.
47. Centro Penitenciario
Goros II.
48. Centro Penitenciario
El Castillo.

7

7

1

1

3

3

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Morelos en
Atlacholoaya.

76

�24

25

Sonora

Tabasco

Tamaulipas

49. Centro de
Reinserción Social
Hermosillo I.
50. Centro Femenil de
Reinserción Social de
Nogales.
51. Centro de
Reinserción Social de
Guaymas.

4

4

4

4

2

2

52. Centro de
Reinserción Social del
Estado de Tabasco.
53. Centro de
Reinserción Social de
Cárdenas “Las Palmas”.

7

7

1

1

54.Centro de Ejecución
de Sanciones
Matamoros
55. Centro de Ejecución
de Sanciones Reynosa
56. Centro de Ejecución
de Sanciones Ciudad
Victoria
57. Centro de Ejecución
de Sanciones de
Altamira.

3

3

9

11

11

12

5

5

26

Tlaxcala

58. Centro Femenil de
Reinserción Social de
Tlaxcala

2

2

27

Veracruz

59. Centro de
Reinserción Social
Amatlán
60. Centro de
Reinserción Social de
Coatzacoalcos.
61. Centro de
Reinserción Social Zona
1, Xalapa, Pancho
Viejo.
62. Centro de
Reinserción Social
Acayucan

6

7

8

8

4

4

1

1

1

1

1

1

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

23

77

�Zacatecas

TOTAL:
Fuente: DNSP, (2022).

2

2

3

3

321

329

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

28

63. Centro de
Reinserción Social de
Cosamaloapan.
64. Centro de
Reinserción Social
Misantla.
65. Centro de
Reinserción Social de
Tuxpan.
66. Centro Estatal de
Reinserción Social
Femenil Cieneguillas.

Los datos que ofrece la tabla 2

un enfoque Interseccional (2022a),

revelan que son 28 Estados, los que

señala que existen deficiencias en la

cuentan con 66 centros penitenciarios

atención a mujeres y/o menores que

que albergan a 329 niñas y niños que

viven con ellas, a esto se le suma que

viven con sus madres, de los cuales el

no existe una debida separación entre

39.51% (130) de niñas y niños viven

hombres y mujeres, ni de procesadas

en CP femeniles y el 60.48% (199) de

y sentenciadas, hecho que pone en

menores viven en CP mixtos (CNDH,

grave

2022a, p. 599).

formación y educación de los menores

Y es precisamente ese 60.48%

riesgo

la

vida,

integridad,

(CNDH, 2022b, p. 41).

de infantes los que sufren mayor

Además,

la

Comisión

vulneración a sus derechos humanos,

Interamericana

de

Derechos

al vivir en anexos en CP mixtos, que

Humanos

no tienen la infraestructura adecuada

aproximadamente el 60% de las MPL,

para el albergue de MPL, y menos aún

se encontraba en centros de reclusión

para el cuidado, atención y ejecución

masculinos, situación que las coloca

del interés superior de la niñez, toda

en un mayor riesgo de abusos por

vez que según el Informe Diagnóstico

parte de los internos y funcionarios,

sobre las Condiciones de Vida de las

así mismo, que estas prisiones no son

Mujeres Privadas de la Libertad desde

aptas para cubrir las necesidades de

(CIDH)

indicó

que,

78

�18 y es sólo para indicar que las

embarazadas,

la

mujeres deben estar en lugares

población infantil que vive con ellas

separados de los destinados a los

(CIDH, 2023).

hombres (CPEUM, 2024), es la Ley

así

como

para

Niñas y Niños que viven en las
Cárceles de Sinaloa

Nacional de Ejecución Penal la que sí
contempla y garantiza los derechos
humanos de las MPL y la de sus

En marzo del 2022, existían 225,843

menores hijas e hijos, sin embargo, la

personas privadas de la libertad (PPL)

realidad en los centros penitenciarios

en todos los centros penitenciarios de

estatales

México, 12,782 eran mujeres (5.65%);

diferente, arbitraria y violenta los

y Sinaloa contaba con 4,310 PPL, sólo

derechos humanos de todos ellos.

149 eran mujeres, es decir, sólo el
3.45% del total de la población privada
de la libertad en Sinaloa eran mujeres
(SSPC,

2022),

como

se

puede

observar, la población de mujeres en
las prisiones es muy baja, así como la
de los 13 menores que viven en las
prisiones de Sinaloa con sus madres,
hecho que al parecer las autoridades
correspondientes no le dan la debida
importancia para realizar mecanismos
en

beneficio

de

los

derechos

fundamentales de esta población que
son los presos invisibles del sistema
penitenciario mexicano.

mixtos,

es

totalmente

En Sinaloa, el 92.30% de las
MPL encuestadas eran madres de
familia (ver tabla 3); el 27.69% de ellas
manifestó tener tres hijos (as), el
21.53% tenía dos hijos (as), otro
porcentaje similar indico que tenía un
hijo (a) y el 13.84% indico que tenía
cuatro hijos (as) [ver tabla 4], estas
cifras

revelan

la

responsabilidad

maternal de las MPL de Sinaloa, que
además, el 87.69% de las mujeres no
tenían antecedentes penales (ver
tabla 5), es decir, la política criminal
del Estado no establece distinción
para las mujeres quienes en su

Tal es la invisibilidad incluso de

mayoría (por condiciones culturales)

las MPL que la propia Constitución

son las responsables de la crianza de

Mexicana sólo menciona a la mujer

las hijas e hijos, así como de las

una vez, en el párrafo dos del artículo

personas mayores (madres y padres)

79

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

las mujeres lactantes, las mujeres

�los que deben cuidar, alimentar y

la carga de sostener a otros y otras a

proteger” (Salinas, 2014, p. 9).

Tabla 3.
¿Tiene Hijos?
¿Tiene
Goros Évora Aguaruto
El
Frecuencia Porcentaje
II
Castillo
hijos?
(N = 65)
Sí
9
2
30
19
60
92.30
No
1
0
3
1
5
7.69
Fuente: Elaboración propia, 2022.
Tabla 4.
Número de hijos por mujer entrevistada.
Número
Goros Évora Aguaruto
El
Frecuencia Porcentaje
II
Castillo (N = 65)
de Hijos
0
1
0
4
1
6
9.23
1
0
1
8
5
14
21.53
2
2
0
6
6
14
21-53
3
4
0
9
5
18
27.69
4
2
0
4
3
9
13.84
5
1
0
1
0
2
3.07
6
0
0
0
0
0
0
7
0
0
0
0
0
0
8
0
1
1
0
2
3.07
Fuente: Elaboración propia, 2022.
Tabla 5.
Antecedentes penales de las mujeres privadas de la libertad en Sinaloa.
Estado Civil
Goros Évora Aguaruto
El
Frecuencia Porcentaje
II
Castillo (N = 65)
Sin
7
2
31
17
57
87.69
antecedentes
Con
3
0
2
3
8
12.30
antecedentes
Fuente: Elaboración propia, 2022.
Sin embargo, son las Reglas de

(Reglas de Bangkok), las que inciden

Tokio y las Reglas de las Naciones

en las formas alternativas a la prisión,

Unidas para el tratamiento de las

principalmente

reclusas y medidas no privativas de la

embarazadas o de una persona que

libertad para las mujeres delincuentes

sean la fuente primaria o única de los

para

“mujeres

80

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

de la familia, “son ellas las que llevan

�Estados

4).

“medidas opcionales y alternativas a la
Las

Reglas

de

Bangkok,

visibilizan a las mujeres en prisión, así
como la de los menores bajo su
cuidado, incluso tanto la regla 2.2,
como las reglas 42.2; 42.3 y 45
señalan las necesidades maternales
de las mujeres en reclusión y la de los
infantes que viven con ellas, además,
indican

que:

“Las

autoridades

penitenciarias brindaran en la mayor
medida

posible

a

las

reclusas

opciones como la visita al hogar,
prisiones

abiertas,

que

elaboren

prisión preventiva y la condena,
concebidas específicamente para las
mujeres

delincuentes,

teniendo

presente el historial de victimización
de

muchas

de

ellas

y

sus

responsabilidades de cuidado de otras
personas” (ONU, 2011, p. 18), con
ello,

todos

los

Estados

están

obligados incluido México, a reformar
el marco jurídico, toda vez que estas
reglas surgen del instrumento de la
Declaración de Bangkok.

de

Y es preciso recordar en este

transición y programas y servicios de

momento lo establecido en el artículo

base comunitaria…”(ONU, 2011, p.

primero de la Constitución Mexicana,

16), sin lugar a dudas que tanto las

que señala: “En los Estados Unidos

Reglas de Tokio como las Reglas de

Mexicanos

Bangkok,

las

gozarán de los derechos humanos

necesidades y características propias

reconocidos en esta Constitución y en

del género con la finalidad de no dejar

los tratados internacionales de los que

desamparados a los infantes y a todas

el Estado Mexicano sea parte, así

las personas que dependen de la

como de las garantías para su

mujer en conflicto con la ley.

protección, cuyo ejercicio no podrá

se

albergues

Miembros

ocupan

de

Las Reglas de Bangkok: 57, 58,
59, 60, 61 y 62, son precisas al señalar
otras medidas no privativas de la

todas

restringirse

ni

las

personas

suspenderse…”

(CPEUM, 2024).
Aunado

a

ello,

esta

lo

libertad en el caso de las mujeres

establecido en el artículo 1 y 2 de la

procesadas,

Convención

incluso

piden

a

los

Americana

sobre

81

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

cuidados de un niño” (ONU, 2011, p.

�a los Estados a respetar y garantizar

Tzompaxtle Tecpile y Otros vs. México

los derechos humanos y libertades de

(2022) y caso García Rodríguez y Otro

todas las personas y obliga también, a

vs. México (2023), donde determina

adoptar disposiciones de derecho

que la prisión preventiva oficiosa en

interno,

México

es

decir,

México

debe

es

incompatible

con

la

reformar el artículo 19 Constitucional y

Convención Americana de Derechos

crear

y

Humanos, sin embargo, México tiene

alternativas a la prisión preventiva y la

al 41.06% en prisión preventiva en

condena, concebida específicamente

ambos fueros y sexos, de los cuales el

para

2.97% corresponde a MPL (SSPC,

mecanismos

las

mujeres

“opcionales

delincuentes,

teniendo presente el historial de

2022).

victimización de muchas de ellas y sus
responsabilidades de cuidado de otras
personas” (ONU, 2011, p. 18).

la

Corte

Interamericana

41.66% de las MPL con menores
viviendo con ellas, son procesadas y

Además, están las sentencias
de

En el caso de Sinaloa, el

de

el

58.33%

de

las

MPL

son

sentenciadas (ver tabla 6).

Tabla 6.
Situación jurídica de las mujeres privadas de la libertad con hijos viviendo en
prisión.
Situación
Goros Évora Aguaruto
El
Frecuencia Porcentaje
II
Castillo
jurídica
(N =12 )
Procesada
1
0
2
2
5
41.66
Sentenciada
0
0
4
3
7
58.33
Fuente: Elaboración propia, 2022.

Además, el 33.33% de las MPL y sus

contagio criminógeno en MPL y en los

hijas e hijos comparte celda con otra

menores, contraviniendo de manera

MPL con diferente situación jurídica a

contundente lo establecido en la Regla

la de ellas, dándose con ello un

de Bangkok 51.2, que señala: “En la

82

DESAFIOS JURIDICOS

Derechos Humanos (Corte IDH), caso

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Derechos Humanos (1981), que obliga

�los Derechos de Niñas, Niños y

previsto para la crianza de esos niños

Adolescentes.

será el mismo que el de los niños que
no viven en centros penitenciarios”
(ONU, 2011, p. 17), aunado a ello,
violenta los derechos fundamentales
establecidos en: la Declaración de
Ginebra (1924), sobre los Derechos
del Niño, la Declaración de los
Derechos
Declaración

del

Niño

(1959),

la

Universal

de

los

Derechos Humanos (1948), el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (art. 23 y 24) de 1966, el
Pacto

Internacional

de

Derechos

Económicos, Sociales y Culturales
(art. 10) de 1976, y la Convención
sobre los Derechos del Niño (1989);
artículo 4 de la CPEUM, el artículo 10

Los derechos fundamentales
de las infancias, están ampliamente
reconocidos, protegidos de manera
internacional y nacional, y el Estado
Mexicano

tiene

la

obligación

de

garantizarlos, sin embargo, la realidad
que viven los menores que cohabitan
con

sus

madres

en

prisión

es

sistemáticamente violentada, ya que
el 83.33% de las madres privadas de
la

libertad,

respondieron

en

la

encuesta que los menores no recibían
alimentos

por

parte

del

centro

penitenciario (ver tabla 7), derecho
que está garantizado en el artículo 10,
fracción VII de la LNEP.

y 36 de la LNEP y la Ley General de

Tabla 7.
Derecho a los alimentos de las hijas e hijos
¿Recibe
Goros Évora Aguaruto
El
Frecuencia Porcentaje
II
Castillo (N =12 )
alimentos su
hija o hijo?
Sí
0
0
2
0
2
16.66
No
1
0
4
5
10
83.33
Fuente: Elaboración propia, 2022.

Además, en la encuesta se les

atención, alimentación, cuidado de la

preguntó si tenían guardería para la

salud, educación y recreación de los

83

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

medida de lo posible, el entorno

�ello, el 100% de las MPL respondió

es decir, una sola MPL del CP de

que no, hecho que contraviene a las

Goros II, indico que sí, que su hijo sí

reglas de Bangkok y el artículo 36,

recibía dicha atención (ver tabla 8);

fracción III de la LNEP, así como a la

también

Convención sobre los Derechos del

menores

Niño.

gratuito para atender los problemas de
Finalmente se les preguntó si

los

menores

recibían

atención

pediátrica por parte del CP y el 91.66%
de las madres privadas de la libertad

salud,

se

les

recibían
el

100%

respondieron
recibido

preguntó

que

si

los

medicamento
de

las

nunca

medicamentos

MPL
habían

para

la

atención de la salud de las niñas y
niños.

Tabla 8.
Niñas y niños que viven en los Centros Penitenciarios, reciben atención
pediátrica.
¿Recibe
Goros Évora Aguaruto
El
Frecuencia Porcentaje
II
Castillo (N =12 )
atención
pediátrica?
Sí
1
0
0
0
1
8.33
No
0
0
6
5
11
91.66
Fuente: Elaboración propia, 2022.

Ante esta situación de falta de

desarrollan en los anexos de las

atención a la salud, las MPL se

cárceles mixtas.

someten a todo tipo de estrés y

Conclusiones

preocupación al no contar ni con los

Esta investigación ha demostrado la

medios ni los recursos necesarios

gran necesidad que existe, de la

para poder atender las necesidades

creación de un centro penitenciario

básicas

hijos,

exclusivo para mujeres sentenciadas

dejándolas en total desprotección y

en Sinaloa, diseñado con perspectiva

totalmente
diversas

de

sus

hijas

e

vulnerables,

ante

las

de

género,

que

contemple

las

circunstancias

que

se

necesidades básicas de las mujeres,

84

DESAFIOS JURIDICOS

respondieron que no, solo el 8.33%,

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

menores con personal calificado para

�los

encarcelamiento de los padres y, en

considere

planeación

e

y

incorpore
construcción

infraestructura

acorde

perspectiva

a

de

género

la
de

de

particular,

la
que

detención

y

el

determinaran

y

con

la

promovieran buenas prácticas en

y

las

relación con las necesidades y el

necesidades de la infancia.

desarrollo físico, emocional, social y

Además, se verificó la hipótesis

psicológico de los bebés y los niños

de investigación: La ausencia de una

afectados por la detención y el

clasificación penitenciaria en el Estado

encarcelamiento de los padres” (ONU,

de

2011, p. 2).

Sinaloa

es

transgresión

propicia

de

la

derechos

Finalmente hay que recordar

mujeres

que no solamente Sinaloa tiene este

privadas de la libertad, así como, la de

grave problema de violación a los

sus menores hijos e hijas que habitan

derechos humanos de las MPL y sus

con ellas.

menores hijas e hijos, también, están

fundamentales

Es

de

preciso

los

para

las

recordar

las

las 14 entidades federativas que no

sentencias de la Corte IDH contra

tienen CP exclusivos para mujeres y

México: Tzompaxtle Tecpile y García

que de los 19 Estados que si cumplen

Rodríguez, en relación a las reformas

con dicha característica siete de ellos

constitucionales y reglamentarias de

salieron reprobados en el Diagnostico

la prisión preventiva oficiosa y sí a ello

Nacional de Supervisión Penitenciaria

le sumamos las Reglas de Tokio y las

en 2022, de tal manera que México

Reglas de Bangkok, que piden a los

tiene mucho por hacer en beneficio de

Estados parte, tomar otras medidas

las MPL y de los infantes que

sustitutivas a la prisión, principalmente

cohabitan con sus madres, y estos

en el caso de las mujeres que

últimos deben ser censados con el

culturalmente son las responsables

objetivo de visibilizarlos, para que se

del cuidado de las niñas y niños, y que

implementen mecanismos de atención

“tuvieran en cuenta los efectos en los

a las niñas y niños en prisión.

85

DESAFIOS JURIDICOS

niños

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

así como, la de los infantes para que

�Autism West Midlands (2019). Meltdown and shutdown in autistic people.
https://www.google.com/url?sa=i&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;cad=
rja&amp;uact=8&amp;ved=0CAIQw7AJahcKEwi4v6e0irWAAxUAAAAAHQAAAAAQA
g&amp;url=https%3A%2F%2Fautismwestmidlands.org.uk%2Fwpcontent%2Fuploads%2F2019%2F12%2FMeltdown_and_Shutdown_Nov_20
19.pdf&amp;psig=AOvVaw3jLBcZxvvOJtduUdxbX7b&amp;ust=1690759896578949&amp;opi=89978449
Alcivar, C. y Murillo, A. (2022). La justicia en la conformación del estado de derecho
ecuatoriano. En La Justicia como principio jurídico y su fundamentación en el
derecho

ecuatoriano:

Universidad

Ecotec.

https://doi.org/10.21855/librosecotec.79
Bishop-Fitzpatrick, L., Mazefsky, C., Minshew, N. y Eack, S. (2015). The
Relationship between Stress and Social Functioning in Adults with Autism
Spectrum Disorder and without Intellectual Disability. Autism Research, 8(2),
164-173. doi:10.1002/aur.1433.
Cusack, A. (2020). Beyond special measures: Challenging traditional constructions
of competence and cross-examination for vulnerable witnesses in Ireland.
Irish Judicial Studies Journal, 3(1), 98–115.
Davis, L. (2009). People with Intellectual Disabilities in the Criminal Justice Systems:
Victims &amp; Suspects. https://thearc.org

86

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Referencias:

�Law and Human Behavior, 44(1), 60.
Fernández Baeza, C. (2013). Adaptación y Análisis Psicométrico de la Escala
Gilliam para evaluar Trastorno de Asperger. Summa Psicoloógica UST, 10(2),
5-20. https://doi.org/10.18774/448x.2013.10.136
Fitzpatrick, S., Srivorakiat, L., Wink, L., Pedapati, E. y Erickson, C. (2016).
Aggression in autism spectrum disorder: presentation and treatment options.
Neuropsychiatric Disease and Treatment, 12, 1525-1538.
FONPAL

(2023).

ENI-2

Evaluación

Neuropsicológica

Infantil

2ed.

https://libreriafonpal.com.mx/products/eni-2-evaluacion-neuropsicologicainfantil-2ed-matute
Gaceta Oficial de la Ciudad de México (2021). Ley para la atención, visibilización e
inclusión social de las personas con la condición del espectro autista de la
ciudad

de

México.

https://www.google.com/url?sa=i&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;ved=
0CAIQw7AJahcKEwiY4o67iLWAAxUAAAAAHQAAAAAQAg&amp;url=https%3A
%2F%2Fwww.congresocdmx.gob.mx%2Fmedia%2Fdocumentos%2Fb07c6
2f86ee1afe441781ff76922b576c41926ef.pdf&amp;psig=AOvVaw1QPWT3iyi8PM
rg9TU_Ye1A&amp;ust=1690759427391254&amp;opi=89978449
Gilliam, James E. (2001). Gilliam Asperger's Disorder Scale: Examiner's Manual (en
inglés). Austin: Pro-Ed.
Gupta, A. y State, M. (2006). Autism: genetics. Revista Brasileria de Psiquitria, S2938
87

DESAFIOS JURIDICOS

power of intelligence: Miranda abilities of individuals with intellectual disability.

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Erickson, S. L., Salekin, K. L., Johnson, L. N., &amp; Doran, S. C. (2020). The predictive

�y evaluación criminológica. Manual Moderno.
Instituto

de

la

Defensoría

Pública

(2023).

Justicia

para

adolescentes.

http://idp.edomex.gob.mx/justicia_adolescentes
Lansdell, G., Saunders, B. y Eriksson, A. (2021). Neurodisability and the criminal
justice

system:

a

problem

in

search

of

a

solution.

https://doi.org/10.4337/9781789907636
National Institute of Child Health and Human Development (2005). Autism and
genes. https://www.autismtruths.org
National Institute on Deafness and Other Communication Disorders (2020). Autism
spectrum

disorder:

Communication

problems

in

children.

https://www.nidcd.nih.gov/health/autism-spectrum-disorder-communicationproblems-children
National

Research

Council

(2001).

Educating

children

with

Autism.

https://www.google.com/url?sa=i&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;cad=
rja&amp;uact=8&amp;ved=0CAIQw7AJahcKEwiAjvSqj7WAAxUAAAAAHQAAAAAQA
g&amp;url=https%3A%2F%2Feric.ed.gov%2F%3Fid%3DED461956&amp;psig=AOvV
aw0h5Yw2hy2G64R_XloQGmaO&amp;ust=1690761414542388&amp;opi=89978449
Organización Mundial de la Salud (OMS) 2019/2021. Clasificación Internacional de
Enfermedades, undécima revisión (CIE-11). En: https://icd.who.int/browse11.
Patton, M. (1987). Qualitative Research and Evaluation Method. Sage, London.

88

DESAFIOS JURIDICOS

forense. En García-López: Psicopatología de la violencia. Aspectos jurídicos

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Gutierrez de Piñeres, C. y García-López, E. (2019). Evaluación neuropsicológica

�https:// doi.org/10.1002/aur.2690
Senouci, M., Obeidat, H., and Ghaouti, R. (2021). Autism spectrum as a
communication disorder: A case study. African Educational Research Journal,
9(3): 687-695.
Therapeutic Pathways (2021). What is the difference between autism and
Asperger´s? https://www.tpathways.org/faqs/what-is-the-difference-betweenautism-and-aspergers/
Webb, D. (2023). The role of psychology in law enforcement. https://www.all-aboutpsychology.com/the-role-of-psychology-in-law-enforcement.html
Zaynal, Z. (2007). Case study as a research method. Journal Kenausiaan bi. 9, Junio
2007.

89

DESAFIOS JURIDICOS

criminal justice system: An analysis of 93 cases. Autism Research, 1–11.

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Slavny-Cross, R., Allison, C., Griffiths, S., &amp; Baron-Cohen, S. (2022). Autism and the

�AUTISMO Y AGRESIVIDAD
EN UN ADOLESCENTE
AUTISM AND AGGRESSION
IN A TEENAGER

Minerva Thalía Juno Vanegas Farfano
Universidad Autónoma de Nuevo León
https://orcid.org/0000-0002-1896-3062
minerva.vanegas@gmail.com
Resumen: El trastorno de espectro autista es un desorden del neurodesarrollo con un número
creciente de personas diagnosticadas en la infancia, como de manera tardía. El entendimiento de
este, si bien se encuentra en crecimiento, requiere ser tomado en cuante en los diversos espacios
como el legal por las implicaciones de la propia sintomatología en la vida cotidiana de quien lo vive.
El presente trabajo explora las implicaciones del TEA en la revisión de un caso de estudio de un
adolescente diagnosticado con autismo quien agrede a su madre. Los datos analizados incluyen la
evaluación diagnostica del menor y entrevistas con ambos implicados. Como resultado, se hace una
relación entre los eventos, la sintomatología y funciones ejecutivas comprometidas. Se concluye la
necesidad de una adecuada valoración a aquellas personas que, más allá de un coeficiente
intelectual normal, presentan TEA dadas las complicaciones a nivel de la comunicación y regulación
emocional.
Palabras Clave: Trastorno de espectro autista; estudio de caso; regulación emocional; discapacidad
y justicia

Cómo citar:
Vanegas, M.T.J (2024) Autismo y Agresividad en un Adolescente, Revista Desafíos Jurídicos,
90 4(7).
https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-146

�understanding, it is required to be considered in various spaces such as the legal one due to the
implications of the symptoms themselves in the daily life of those who experience them. The present
work explores the implications of ASD in a case study of an adolescent diagnosed with autism who
attacks his mother. The data analyzed includes the diagnostic evaluation of the minor and interviews
with both parties involved. As a result, a relationship is made between the events, the symptomatology
and compromised executive functions. The need for an adequate evaluation of those people who,
beyond a normal IQ, present ASD is concluded, given the complications at the level of communication
and emotional regulation.
Keywords: Autism spectrum disorder; case study; emotional regulation; disability and justice.

Introducción
un crimen, así como los motivos que le
llevan a perpetuarlo (Webb, 2023). En
Se estima que los sistemas de
justicia mundiales parten de la noción
de que las personas que se ven
sujetos a estos cuentan con igualdad
de derechos, oportunidades y acceso
(Alcivar y Murillo, 2022); sin embargo,
al mismo tiempo la literatura en
ciencias penales y criminológicas
señala una problemática en torno a la
responsabilidad penal de la persona

este sentido, se puede decir que la
psicología

abona

con

sus

conocimientos el considerar la toma
de

decisiones

legales

sobre

la

participación de quien sea señalado
como responsable una vez que se
repara en sus capacidades cognitivas,
emocionales

y

conductuales

al

momento en que esta realiza un acto
que es sujeto a una revisión.

jurídica al hablar de aspectos como
responsabilidad

objetiva,

heterorresponsabilidad
autorresponsabilidad
2022).

Buscando

y
(Bardavío,

apoyar

estas

Davis en 2009 publicó que
aquellas

personas

discapacidades

con

intelectuales,

cognitivas o del desarrollo se ven

coyunturas la psicología dentro del

involucrados

con

espacio jurídico busca dar pauta a la

frecuencia

identificación de aquellos que realizan

sospechosos/agresores

como

una

mayor

víctimas
que

y
las

91

DESAFIOS JURIDICOS

people diagnosed in childhood, as well as later in life. Despite its incremental growing in

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Abstract: Autism spectrum disorder is a neurodevelopmental disorder with an increasing number of

�dato

de leyes, comisiones, y otros espacios

ha

sido

recientemente

por

confirmado
como

donde los profesionales encargados

Lansdell, Saunders y Eriksson (2021)

de apoyar en los procesos legales

quienes mencionan que la cantidad de

confluyan y lleguen a acuerdos sobre

personas con discapacidades dentro

los procederes, existe aún un camino

de prisiones pudiese ser aun mayor a

por recorrer a fin de permitir el

lo que se estima dada la gran

conocimiento

diversidad de formas para evaluarles,

aspectos que pudiesen matizar la

las diferentes formas, momentos y

toma de decisiones en torno a

contextos en que se puede adquirir

aquellos

una incapacidad, así como un general

determinar

desconocimiento de lo que puede ser

alguien a quien se le atribuye una

una

conducta alejada de la norma social

discapacidad

autores

a

un

nivel

neurológico.

de

casos
la

los

donde

diferentes

se

busca

responsabilidad

de

con efectos nocivos. El interés en este
trabajo se centra en realizar el reporte

La evaluación psicológica en
estos casos es una parte fundamental
para ordenar los datos y obtener un
adecuado acercamiento y descripción
del fenómeno a estudiar, dadas las
implicaciones legales en que se ve
sujeta la persona. Entre estas, la
evaluación neuropsicológica destaca
en el sentido de ser una herramienta

de un caso de un adolescente en el
que

ha

habido

implicación

del

espectro autista. Para su elaboración
se siguió la metodología de estudio de
caso de tipo descriptivo ya que este
permite

abrirse

examinación

camino

posterior

para
de

la

casos

circunscritos en el mismo fenómeno
de investigación (Zaynal, 2007).

diagnóstica que permite relacionar la
actividad

cerebral

con

el

funcionamiento cognitivo, emocional y
conductual (Gutiérrez de Piñeres y
García-López, 2019). Si bien en

El autismo, definición y posibles
causas

México los esfuerzos para lograr una
conjunción

adecuada

de

estas
92

DESAFIOS JURIDICOS

disciplinas tienen eco en la formación

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

personas sin discapacidades. Este

�con menores deteriores a niveles

Clasificación

personales,

Internacional

de

familiares,

sociales

y

Enfermedades (Organización Mundial

ocupacionales de su funcionamiento

de la Salud, OMS, 2019/2021) un

(Therapeutic Pathways, 2021).

trastorno que se caracteriza por
déficits en la capacidad de iniciar y
sostener

la

comunicación

interacción

y

social

forma

de

la

persistente, en donde además existe
un

rango

de

comportamentales

patrones

e

intereses

restringidos, repetitivos e inflexibles.
Históricamente, la palabra autismo ha
sido señalada como proveniente de la
raíz

griega

“autos”

que

significa

propio, misma que indica que la
persona se encuentra absorta en sí
misma, o que parece en muchas
ocasiones encontrarse exento del
mundo que le rodea, y/o con una
incapacidad para poder comunicarse
e interactuar adecuadamente con los
demás (Senouci, Obeidat y Ghaouti,
2021). En la actualidad, esta definición
caracteriza a aquellos que presentan
el grado más profundo del trastorno
del espectro autista (TEA), mientras
que otras manifestaciones del mismo
espectro, como el anterior Síndrome
de Asperger, definen niveles menos
severos de este, es decir, que cuentan

Si bien del TEA se han indicado
diversos
verdadera

posibles
causa

orígenes,
continúa

su

siendo

desconocida, siendo la presencia de
una anormalidad en la estructura y/o
funcionamiento cerebral uno de los
mayormente

aceptados

(National

Research Council, 2001). De este
también se ha señalado un alto
componente genético (Gupta y State,
2006; National Institute of Child Health
and Human Development, 2005), por
lo que es usual el observar dentro de
una misma familia a personas que
cuentan con sus rasgos en diferentes
grados. Estadísticamente se reporta
una mayor presencia en población
masculina que femenina; dato que es
cada vez más debatible al observarse
que, en el hombre los síntomas son
más evidentes pues culturalmente las
mujeres pueden enmascarar más sus
síntomas

dadas

las

expectativas

relacionadas a su sexo, sobre todo
cuando estás cuentan con un alto
grado de funcionamiento (O’Keefe y
Sharon, 2023). En otras palabras, el
93

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

El autismo es, de acuerdo con la

�mayor información acerca de su

diversos grados de funcionalidad,

presencia en poblaciones infantiles,

presente tanto en hombres como

logrando

mujeres

ser

oportuna, de la que espera permita

identificado a plenitud por aspectos

brindar el reconocimiento de sus

como

los

derechos y con ello, el acceso a los

socialmente

servicios necesarios para lograr un

y
son

que
la

puede
cultura

comportamientos

no
o

esperados.

con

bienestar

ello

pleno

una

atención

dentro

de

las

sociedades. En México las personas
con la condición de espectro autista
El diagnóstico de la persona autista

cuentan ya con una Ley General que
busca

su

atención

y

protección

Senouci y colaboradores comentan

(Gaceta Oficial de la Ciudad de

que el autismo es la condición

México, 2021), la cual da a conocer

neurobiológica con un incremento en

tanto

su diagnóstico más rápido a nivel

obligaciones, a la par de las funciones

mundial (2021), lo que lo hace al

de la comisión intersecretarial que se

mismo tiempo, el poder encontrarse

avoca a observar el cumplimiento de

con mayor incidencia en situaciones

los objetivos de dicha ley. Pero ¿qué

legales

características habría de presentar la

en

comparación

a

otras

sus

persona

Estados

Chiacchia

representada? A un nivel de historia

mencionaba que la falta de una

clínica, entre los primeros síntomas

investigación y metodología adecuada

perceptibles del autismo, figuraría la

en materia de justicia penal, tenía

pérdida del lenguaje o su adquisición

como

tardía, el cual, aunque se logre, suele

resultado

una

variación

subrayado

se

como

discapacidades: ya desde el 2016, en
Unidos,

que

derechos

encuentra

como

un

ahí

significativa en la comprensión de

ser

desafío

cuán frecuente es la comisión de

constante tanto para quien lo vive

delitos por parte de quienes padecen

como para sus cuidadores y quienes

el TEA. El autismo es un trastorno del

se relacionan con la persona (Senouc

que cada vez se cuenta con una

et al., 2021). Esta dificultad puede

94

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

autismo el TEA es un trastorno con

�el evitar el contacto visual. Conducta

lenguaje expresivo como receptivo,

pueda dar pauta a la considerarles

dificultando

como

con

ello

tanto

la

interacción social como el desarrollo

inatentos,

rudos

o

desinteresados.

de habilidades; como consecuencia la
persona con TEA vive con un déficit en
la reciprocidad social, esta dificultad
también incluye el reconocimiento de
las conductas no verbales empleadas
durante la comunicación, el desarrollo,
mantenimiento y entendimiento de las

Las

personas

con

TEA

suelen

presentar altos grados de problemas
de humor, también conocidos como
meltdowns, los cuales pueden incluir
conductas

mal

adaptativas

como

agresiones o autolesiones (Autism
West Midlands, 2019). Debido a ello,

relaciones.

autores como Fitzpatrick, Srivorakiat,
Estas barreras en la comunicación y

Wink, Pedapati y Erickson (2016)

lenguaje persisten a lo largo de la vida,

señalan que, en comparación a otras

como una forma de comunicación y

discapacidades del desarrollo, las

codificación distinta y, en muchas

personas con TEA tienen mayores

ocasiones, separada de los aspectos

tasas de agresión, esto sin importar el

culturales preponderantes al entorno

sexo. En consecuencia, las personas

en donde se mueve la persona

con

diagnosticada. Si bien en muchos

presentan un mayor riesgo de ser

casos reportados el paciente con TEA

restringidas en espacios sociales, al

presenta facilidad para recordar y

tiempo

repetir aquello que escucha o ve; no

mayormente

todos presentan la posibilidad de

aspectos, suelen envolver tanto a la

comprender

aquello

persona diagnostica como a la familia

expresando

(National

que

están

desde

en

que

temprana

edad

pueden

victimizadas.

ser
Estos

on

o cuidadores, dando lugar a un

Deafness and Other Communication

incremento de los niveles de estrés y

Disorders, 2020; Senouc et al., 2021).

problemas

Además

impacto directo en el día a día familiar

de

esto,

Institute

TEA

otro

síntoma

característico de las personas con

financiaremos,

con

un

y por ende en el bienestar.

TEA, vinculado a la comunicación, es
95

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

estar presente tanto a un nivel de

�procedimiento y los mecanismos para

espectro autista presenta diferentes

determinar la responsabilidad de los

grados de severidad, lo que da pie a

adolescentes a quienes se les esté

su

atribuyendo

vez

a

diversos

grados

de

o

compruebe

la

funcionamiento. Si a ello, se le agrega

realización de una conducta antisocial

que

altamente

(Instituto de la Defensoría Pública,

asociado al estrés (Bishop-Fitzpatrick,

2023). Sin embargo, a un nivel global

Mazefsky, Minshew y Eack, 2015),

se señala que los sistemas legales no

dados los síntomas anteriormente

van a la par del crecimiento en las

señalados como la presencia de

tasas de violencia juvenil, como

factores contextuales, los traumas

tampoco de la revisión en torno a la

físicos/emocionales y el bullying, por

posibilidad

mencionar algunos (Senouci et al.,

subyacente,

2021), las personas con autismo son

Inglaterra, hace apenas tres años la

susceptibles a involucrarse en el

Comisión de Igualdad y Derechos

sistema

como

Humanos publicó un informe en donde

sospechosos y/o víctimas. A lo anterior

se advertía que sus sistemas de

habría de agregarse que el TEA puede

justicia penal estaban fallando tanto a

a su vez coexistir con un coeficiente

las personas con discapacidades de

intelectual bajo, lo que se sabe hace a

aprendizaje y a los autistas (2020). Si

la persona más susceptible a cometer

bien no existe un reporte similar en

delitos,

México,

es

un

de

trastorno

justicia

por

sus

penal

experiencias

de

aumento

ambientales

diagnosticada

sus

diferencias

individuales (Davis, 2009).

diagnóstico
ejemplo,

el desequilibrio

personales únicas, las influencias
y

por

un

de
con

la

en

entre

el

población

autismo,

y

la

posible falta de un sistema de justicia
penal que les represente, conlleva a la

El autismo y el sistema legal

necesidad de explorar la capacidad

En México, la Ley de Justicia
para Adolescentes, busca contemplar
un sistema de justicia integral que
prevea

la

investigación,

el

con que se cuenta en la actualidad
para apoyarles en cuestiones legales,
pues les coloca como un grupo de
personas

vulnerables,

dados

los

96

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Como ya se señaló, el trastorno de

�las dificultades de comunicación o

metodología

cognitivas

sido

psicología clínica para explorar las

mencionados en secciones anteriores.

implicaciones de un diagnóstico de

En otras palabras, al hablar de la

TEA, en donde dicha persona agrede

persona con trastorno de espectro

a su cuidador. Se ha conservado la

autista y su participación en un posible

confidencialidad de los datos de las

hecho

estar

personas que participan en este

hablando de personas que cuenten

estudio de caso, siendo los datos

con

generales y de identificación reales

que

ya

delictivo,
probables

construir

una

han

podemos
dificultades

narrativa

para

clara

y

sustituidos

que

por

proporciona

otros

la

nombres

o

consistente de los eventos (Cusack,

referencias, por ejemplo, el evaluado

2018, 2020), que desconozcan sus

es denominado “Mario”; también los

derechos legales o lo que implica su

datos de su hermano y madre han sido

narrativa frente a las autoridades

sustituidos por otros.

(Erickson, Salekin, Johnson y Doran,
2020), aún y cuando no cuente con un
coeficiente intelectual bajo. Así mismo,
si consideramos que, ante la ley, la

METODOLOGÍA
Participantes

responsabilidad ha de recaer en el

El sujeto en el cual se centra el

propio acusado para comunicarse de

presente caso es un adolescente de

manera efectiva a fin de proporcionar

15 años diagnosticado con trastorno

evidencia en la corte bajo condiciones

de espectro autista. Para la obtención

estresantes, las condiciones mismas

de la información fue solicitada a la

que ya han sido descritas sobre las

madre

personas autistas puede ser una

principal,

desventaja

consentimiento

significativa

(Slavny-

de

familia,
la

y

cuidadora

firma
informado;

de
y

un
del

Cross, Allison, Griffiths y Baron-

menor una carta de asentamiento.

Cohen, 2022).

Fueron

Teniendo como marco lo ya

además

solicitados

los

resultados de la impresión diagnóstica
del menor, realizada un mes posterior

señalado, se expone aquí un estudio
97

DESAFIOS JURIDICOS

de caso aplicando la técnica y

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

problemas que pueden presentar por

�entidades que puedan considerarse

realizaron entrevistas de las personas

similares.

implicadas para poder obtener más
En cuando a las técnicas,

información acerca del evento.

instrumentos y material de evaluación
psicológica se utilizó una entrevista

Instrumentos de medida

inicial, que permitió abrir la relación de
Como punto de partida se tuvo la
información obtenida a partir de las
pruebas psicométricas, las entrevistas
y

las

observaciones

realizadas,

buscando

directas
con

ello

sustentar el marco conceptual del
presente caso. Se determinó que
dentro de las áreas psicológicas a
incluir

estuvieran

el

diagnóstico,

dinámica familiar y conductas de
riesgo. El enfoque utilizado para la
interpretación

de

la

información

obtenida a partir de las entrevistas y la
observación

directa

realizada

a

“Mario” fueron de tipo clasificatorio

trabajo para identificar el objeto y la
sistematización de la forma de trabajo.
A través de una entrevista ad hoc se
inquirió

sobre

los

datos

sociodemográficos, la historia de vida,
las

particularidades

emociones

del

y

evento,

cogniciones

relacionados a este. Esta información
permitió evaluar los antecedentes e
historia

del

desarrollo

evolutivo,

familiar y escolar de la persona
evaluada, así como su diagnóstico
psicológico,

mismo

que

se

complementa con los resultados de la
evaluación realizada.

tras considerar que ello permite una
mejor

comunicación

entre

Trabajo de campo

profesionales. Cabe señalar que en el
presente caso se ha empleado el
modelo categorial de la Clasificación
Internacional de las Enfermedades
(CIE; Organización Mundial de la
Salud, 2019/2021.), al permitir este
una distinción del diagnóstico y otras

En

cuanto

relatados,

a

los

estos

hechos

ocurrieron

aproximadamente un año anterior al
presente reporte. La recolección de
datos se llevó a cabo en casa del
adolescente,

de

manera

general,

estas observaciones y entrevistas se

98

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

al evento. Además de esto, se

�horas tanto con la madre de “Mario”

mismo,

como con este.

cualitativo. Cabe aclarar que, en

a

partir

de

un

diseño

cuanto al análisis de los datos, se
En lo que respecta a los
instrumentos explorados, se recabó
información de los resultados de las
pruebas psicométricas aplicadas a
“Mario”.

Específicamente

retomados

los

resultados

fueron
de

la

Evaluación Neuropsicológica Infantil

adoptó el análisis de contenido de
estos, al ser este una forma de análisis
que permite reducir los datos sin
perder su sentido, y buscando en ello
la identificación de aspectos nucleares
con significados consistentes (Patton,
1987).

(ENI-2, Matute 2013) y la escala de
Evaluación de Autismo Gilliam (GADS;

RESULTADOS

Gilliam, 2001). La evaluación ENI-2
En este apartado se mostrarán

tiene como objetivo el desarrollo de la
valoración neuropsicológica del menor
en torno a posibles problemas del
desarrollo,

la

alteraciones

detección
cognitivas

de
y

comportamentales, y de condiciones
no demostrables a través de un neuro
diagnóstico

estándar

(FONPAL,

2023). Por su parte la GADS es una
escala

que

busca

hacer

una

clasificación conductual que apoye en
el

diagnóstico

del

Síndrome

de

Asperger (Fernández, 2013).
Sintetizando lo anterior, quien
redacta el presente documento funge
como observador y escucha a lo largo
del proceso investigativo, buscando

los

resultados

obtenidos

de

las

entrevistas y la exploración del reporte
ya señalado. La información aquí
presente ha sido ordenada de la
siguiente manera: primero se presenta
el caso del adolescente, su historia,
así como las dificultades diarias y
síntomas que permiten conocer las
dificultades de una persona con dicho
diagnóstico,

posterior

a

esto

se

incluyen los datos recabados de las
evaluaciones ya señaladas.
Características del caso estudiado
Reporta la madre de familia
que, aproximadamente a las 22:00
horas del día 17 de abril de 2022, en
99

DESAFIOS JURIDICOS

mantener una perspectiva objetiva del

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

realizaron entre las 17:00 y 21:00

�Garza, Nuevo León México. Su hijo

en el menor miedo, por lo que acto

mayor, “Mario” de 15 años golpeó en

seguido, tomo a su hermano menor de

repetidas veces su cabeza con un

la mano y se escondió con él en su

celular

herida

habitación, cerrando con llave la

sangrante, al encontrarse ella sentada

puerta. La señora, preocupada de que

en su cama regañando a su hermano

Mario pudiese hacerle daño a Octavio

menor “Octavio” de 7 años, por haber

por lo alterado que estaba, tocó

reprobado exámenes mensuales de la

repetidamente la puerta y ante la

primaria. La mujer señala que antes

negativa

de regañar a “Octavio”, lo había

imposibilidad de ver bien “por la

regañado a él por no estar entregando

cantidad de sangre que caía en su

sus evidencias de trabajo, situación

cara”, habló a su exesposo por

por la cual había sido citada por la

teléfono quien llegó al domicilio,

preparatoria una semana antes del

seguido de una ambulancia y una

incidente. La señora comenta que en

patrulla de la policía municipal.

esa

llegar el señor junto con los cuerpos

provocando

ocasión

le

dijo

una

de

manera

de

la

Al

tarea, por qué no la entregaba; así

necesario llevarse a los niños de la

mismo ese día, recibía los resultados

escena, y le comentó que “ella debió

de exámenes de su hijo menor,

hacer algo para que eso sucediera”. A

igualmente reprobatorios, lo que la

su vez, los paramédicos le señalaron

hacía

estresada,

a esta que su herida posiblemente

frustrada e incluso considerar que

había perforado una arteria, por lo que

“como madre le estaba fallando a sus

debía

dos hijos” pues “no lograba que estos

tratamiento. La mamá de “Mario” firmó

aprovechasen el ir a la escuela”.

una responsiva negándose a ser

ser

primero

como

de

muy

el

así

reiterada a “Mario” que, si hacía la

sentirse

auxilio,

abrir,

trasladada

determinó

para

su

atendida ante “el temor de que quede
“Mario”, al observar a su mamá
regañar a su hermano frente a él, la
golpeó provocando una herida a la

archivado el evento dentro su servicio
médico con Mario como responsable”.
Dos días después acuden a su

altura el parietal derecho, misma que
100

DESAFIOS JURIDICOS

sangró profusamente, lo que provocó

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

el municipio de San Nicolás de los

�cuestionarle por qué eso lo hacía

conocer el estado del reporte. Al

molestar “Mario” señaló que era por el

externar

hijo

término manipular, sobre el cual a lo

presentaba un diagnóstico de autismo,

largo de esa entrevista se deja ver que

el caso quedó cerrado. Al preguntarle

desconocía su significado y lo había

a “Mario” sobre el evento para aquí

interpretado como una maldición hacia

documentarle, este comentó que la

su hermano. En palabras de “Mario”:

había golpeado pensando que “decía

“…[pensé] que mamá le decía una

cosas feas” y que sintió mucho temor

maldición a “Octavio”, que lo ofendía,

a ser reprendido cuando vio como

eso me molestó mucho y lo que quería

sangraba la cabeza de su mamá.

era que se callara”.

la

mujer

que

su

En la misma entrevista la madre

Anterior a este evento, la madre

comenta que el día posterior al evento,

reporta haber sido golpeada por

se le mandó llamar por parte de la

“Mario”

escuela de “Mario” ya que este al estar

sufriendo en dicho evento contusiones

viendo un video en clase sobre los

en la cara, brazos y piernas. Menciona

efectos

su

que en esa ocasión la situación se dio

dependencia comenzó a llorar de

producto del estrés generado por los

forma incontrolable, por lo cual fue

preparativos

llevado

la

vacacional, pues se preparaban para

entrevista sostenida con la psicóloga

salir de la ciudad. Sobre esa situación

de la escuela, la madre relató el

“Mario” menciona que su mamá lo

suceso de la noche anterior, por lo que

había

fue

alumno

molesta con él pues se había estado

expresase la razón por la cual había

peleando con su hermano en el banco.

golpeado con el celular a su madre, a

Que de ese día se acuerda que hacía

lo que “Mario” respondió que se sintió

mucho calor, que intentó salirse de la

muy enojado al escucharla decir a su

casa para no pensar; pero que se

hermano

“buscaba

había devuelto a su cuarto para

manipular con llanto a la gente para no

encerrarse por la misma temperatura.

hacer las actividades de clase”, al

Que cuando regresó, su madre lo

de

a

las

la

drogas

enfermería.

solicitado

menor

que

que

el

y

En

unos

diez

para

regañado

meses

el

porque

antes

periodo

estaba

101

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

domicilio policías municipales para

�y

se

puso

decirle

Al preguntarle por su padre este

nuevamente que no debía hacer llorar

comenta que su papá y su mamá se

a su hermano durante la visita al

divorciaron hace varios años pues

banco, que ella intentaba en ese

“…él engañó a mamá en la época que

momento arreglar unas cosas de su

tomaba mucho, de hecho, él (el papá)

tarjeta para poder llevarlos de paseo.

dice que es alcohólico, pero ya no

“Mario” comentó que buscó terminar la

toma…no…ahora se dedica a correr”.

discusión

golpes,

“Mario” comenta que en muchas

queriendo con ello acabar con los

ocasiones apoya a su mamá con el

reclamos.

cuidado

mediante

a

los

de

su

hermano

menor,

cuando, por ejemplo, se encuentra ella
Hallazgos de la entrevista, la
evaluación

y

el

diagnóstico

neuropsicológico
Área familiar. La familia nuclear de
“Mario”, está conformada por su
madre “Isabel” y su hermano menor
“Octavio”. “Mario” al igual que su
hermano, ocho años menor que él,
pasa la mayor parte de su tiempo en
casa de la familia materna, una vez
que ambos salen de la escuela pues
su madre trabaja jornada completa y
sólo llega por ellos una vez terminada
esta, casi ya para dormir. “Mario”
relata que, si bien sólo ve a su padre
los fines de semana, depende de
estos en todo, es decir, él solo se
dedica a estudiar la preparatoria.

realizando actividades de la casa o si
lleva trabajo extra de su espacio
laboral. Si bien dice estar conforme
con dicha situación, señala que en
ocasiones su hermano lo estresa
mucho con sus peticiones, declarando
que lo llega a “desesperar al punto de
gritarle”.
Área socio-afectiva. “Mario” relata que
no suele tener confrontaciones con su
hermano o madre, excepto cuando un
error se repite de forma reiterada.
Sobre la relación con su mamá
comenta que, en el periodo en el que
se llevó a cabo el evento, “me llevaba
bien con mi mamá, era una relación
pacífica, sin buscar peleas “. Así
mismo agrega que no contaba con
amistades en esa época. No asistía a
reuniones, excepto las familiares a las
102

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

interceptó

�Mario tuviese que repetir el semestre

“también es autista y no le gusta

pues

socializar”. Cabe agregarse aquí que

reprobado al menos cuatro materias y

en

la

nos había dicho que, si ha entregado

descripción clínica señala que el

las tareas a tiempo, esto no hubiese

menor prefiere socializar vía chat y

sucedido pues cuando entregaba

texto,

avances, su trabajo estaba bien

el

informe

en

consultado

comparación

a

videollamadas o de forma presencial.

ya

sabíamos

que

había

hecho”.

Destaca en ese mismo apartado el
mostrarse participativo y cooperativo
durante

la

evaluación;

alteraciones

presentar
prosódicas,

aplanamiento con respecto al uso de
entonación de lenguaje, fluctuaciones
atencionales

y

fallas

leves

en

seguimiento

y

comprensión

de

Salud e historia médica. Revisando el
reporte entregado por la madre de
“Mario” se sabe que este es producto
de una primera gestación, contando la
madre con 26 años al inicio de esta. El
nacimiento fue por cesárea a los
nueve meses, sin requerir UCIN.
Dentro del mismo reporte se destaca

instrucciones.

la sedestación a los seis meses, sin
Área

académica.

comenta

que

entrevistado

estudiante

presencia de gateo y con marcha

de

independiente a los 24 meses. En

las

cuanto al lenguaje, su adquisición fue

materias que más se le dan son las

tardía, logrando hablar a los 5 años, y

artes e inglés, y que en el momento de

con producción de frases hasta los 6-

la agresión tenía dificultades con

7 años. En cuanto a los aspectos

aquellas

socioemocionales

preparatoria.

es

El

Considera

materias

que

que

incluían

numéricas.

También

adaptativa se señala la presencia de

expresa que nunca ha trabajado,

dificultades para establecer relaciones

aunque en ocasiones su mamá le

con

pagaba

protocolos de socialización desde

operaciones

por

ayudarle

con

los

quehaceres de la casa. Por su parte

sus

iguales

y

de

y

conducta

comprender

edad temprana.

“Isabel” comentó que al momento del
evento: “existía la posibilidad de que
103

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

que lo lleva su papá pues su madre

�habilidades

y GARS

registradas
adecuadas,

La

evaluación

neuropsicológica

perceptuales
en

son

el

informe

como

así

como

las

construccionales.

infantil (ENI) de “Mario” muestra
puntajes bajos de atención selectiva

Sobre

visual y auditiva, dificultades para

componente

encontrar estímulos específicos en el

como adecuado con dificultades leves

ambiente

información

para la discriminación de fonemas y

irrelevante para la actividad objetivo.

sonidos ambientales. Habilidades por

Así como déficit en atención sostenida

encima de la media para identificar

y

notas

e

alternante,

prestar

ignorar

con

dificultad

atención

por

para
tiempo

la

fonológico

musicales,

formación

comunicación

previa

se

valoró

debido
en

el

a

su

producción

prolongado y atender más de un

musical. En su componente semántico

estímulo. En cuanto a la memoria, el

una adecuada conjugación de los

reporte indica alteraciones en el

verbos, uso de adjetivos, adverbios y

registro y evocación de información,

selección de artículos, así como

asociado a fallas atencionales. En

comprensión verbal y nivel de léxico

específico, la presencia de una curva

esperado

de

componente

aprendizaje

fluctuante

(inadecuada)

en

el

información

verbal,

con

ascendente

en

registro

de

curva

como

sintáctico

adecuado.

componente

su

edad.
se

No

pragmático,

El

reportó
así
el

el
cual

de

señala presentar dificultades para

información visual (adecuada). Las

“analizar situaciones sociales, con

habilidades gráficas-especiales con

déficit en comprensión de sarcasmo,

alteraciones leves. En cuanto a las

ironías y tendencia a tomar las

habilidades conceptuales, el informe

instrucciones de forma literal, sin

destaca el lograr analizar conceptos

adaptarse a cada situación social de

complejos y abstractos; con dificultad

forma flexible” se incluye también la

en

problemas

presencia de aplanamiento prosódico,

aritméticas lo cual le asocian con la

con disminución de la entonación

memoria de trabajo disminuida. Las

verbal.

la

realización

el

registro

para

de

104

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Resultados de las evaluaciones ENI

�necesarios para un diagnóstico de

ejecutivas de “Mario” muestran la

Trastorno del espectro autista con una

presencia de adecuadas habilidades

deficiencia leve del lenguaje funcional

inhibitorias. Dificultades moderadas

(6A02.0), dados el déficit en la

en memoria de trabajo, con déficit en

interacción y comunicación social

la

señalados

manipulación

y

análisis

de

en

la

evaluación

información mental, impactando en el

diagnóstica y confirmados mediante

análisis aritmético. Un adecuado nivel

las entrevistas.

de flexibilidad cognoscitiva, pero con
dificultades

de

adaptación

Los resultados obtenidos de la

bajo

situaciones de estrés. Déficit para
planificar, para describir emociones,
identificarlas o regularlas. En este se
habla además de dificultades para
identificar el foco de estrés activador.
Así mismo, al entrevistarle “Mario”
comenta que el estrés “se siente
raro…es algo que te quieres quitar de
encima”. Por último, en la escala de
evaluación de autismo Gilliam, el
índice obtenido por “Mario” fue de 69
indicando probabilidad de TEA con un
nivel de severidad de Nivel 1, es decir,
requiriendo un apoyo mínimo.

evaluación diagnóstica de “Mario”
permiten analizar los aspectos clave
de su diagnóstico que subyacen al
evento

en

el

cual

agrede

reactivamente a “Isabel” mediante
golpes repetidos a la cabeza es esta.
“Mario” cuenta con una serie de
barreras que dan pie a momentos de
frustración, irritabilidad y estrés, de los
cuales tiene una limitada posibilidad
para

reconocer

y

modificar

al

momento en que ocurre la agresión.
Estas dificultades permean diferentes
contextos y actividades cotidianas,
como es el contexto académico; lo
cual combinado con las dificultades

DISCUSIÓN

que presenta para la comprensión,
La

información

recabada

durante las entrevistas y mediante la
evaluación diagnóstica de “Mario”
permiten considerar en función al
capítulo 6 del CIE los requisitos

expresión y regulación emocional, así
como el desconocimiento de términos
empleados por “Isabel” dieron pie a
que “Mario” buscase terminar el
regaño

que

sostiene

esta

con
105

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

El reporte sobre las funciones

�al

funcionales, como son las fallas

entender dicho evento como una

persistentes en la comunicación, y

agresión a su hermano. “Mario” tiene

situaciones contextuales que le crea

la

para

una desventaja constante en su vida

reconocer que su comportamiento no

cotidiana, lo que, sin un adecuado

es adecuado, pero su mismo trastorno

apoyo profesional pueden llegar a

le

mermar

capacidad

impiden

golpes,

intelectual

expresar

de

forma

su

bienestar

inminente

ante la situación que está observando;

Fitzpatrick y colaboradores (2016), las

pues como lo señala su mismo reporte

personas con TEA tienen una mayor

presenta “dificultades de adaptación

tasa de agresión frente a otras

bajo situaciones de estrés”, el cual, le

discapacidades.

un

fenómeno

extraño

como

forma

adecuada su inconformidad o molestia

resulta

pues,

de

señalan

e
En cuanto a las limitaciones del

incomodo del que desea despojarse:
“se siente raro…es algo que te quieres

presente estudio es necesario señalar
que la información aquí presente se

quitar de encima”.

encuentra

sustentada

en

las

Una persona como “Mario” en

entrevistas sostenidas con la madre y

una situación similar, pero fuera del

el menor, la cual se obtuvo meses

contexto familiar se encuentra en el

después del evento. Que, como ya se

riesgo constante de ser sujeto a un

sabe, existe en el caso del menor

proceso

busque

dificultades de comunicación. Y que, si

determinar su responsabilidad, con

bien no se corrobora el diagnóstico de

claras

la madre, existe la posibilidad de que

en

donde

dificultades

se
para

ser

considerado o no como imputable

ella

pues si bien cuenta con un coeficiente

diagnóstico de espectro autista, lo que

intelectual normal, que le permite

nos coloca en un posible escenario

reconocer

comportamientos

donde ambas partes, contasen con

inadecuados

dificultades en la interacción. Además

socialmente hablando, así como su

de esto, la necesidad de seguir

responsabilidad en ellos, cuenta con

investigando

una

instrumentos de evaluación idóneos

adecuados

serie

e

de

impedimentos

también

cuente

cuáles

con

son

un

los

106

DESAFIOS JURIDICOS

mediante

JUL. – DIC. 2024
VOL. 4 NUM. 7

“Octavio”,

�documentado un evento violento y

el diagnóstico del autismo de manera

cómo diversos elementos de su

tal que estos representen un dato

valoración diagnóstica tienen una

adecuado dentro del sistema jurídico.

relación directa con este, al tiempo en
que se rescata de las entrevistas de la

Por su parte, se puede señalar
como fortaleza, el tener acceso a una
evaluación diagnóstica que permita
contextualizar al evento y determinar a
partir de ello el nivel de funcionalidad
del

individuo,

así

como

las

implicaciones de que ello pudiese
tener dentro del marco legal.
CONCLUSIONES
El TEA es un trastorno que

madre y el menor, apoya la necesidad
de hacer una revisión exhaustiva de
los casos de personas que cuentan
con

un

diagnóstico

de

espectro

autista; pues estos al presentar un
abanico de dificultades que pueden
condicionar de forma efectiva su
funcionamiento e interacción en toda
actividad cotidiana, representa a fututo
una

desventaja

frente

a

otras

personas, incluso durante posibles

cada vez cobra más relevancia en

procesos

diferentes espacios como el jurídico

Allison,

debido a su impacto en la salud mental

2022).

legales
Griffiths

(Slavny-Cross,
y

Baron-Cohen,

de la persona autista en su día a día,
así como por la posible interferencia
que sus síntomas puede ejercer en la
capacidad para que esta sea en su
momento sometido a un juicio (SlavnyCross et al., 2022).

Además, hallazgos como los
presentes durante la evaluación de
“Mario” señalan que, si bien la persona
cuenta con una inteligencia promedio,
las dificultades encontradas una vez
realizado un estudio de funciones

Este caso de estudio presenta

ejecutivas permiten observar de cerca

la relevancia de las evaluaciones

una serie de deficiencias que día a día

desde una perspectiva funcional de la

le colocan en una actual desventaja

condición del autismo ya que permite

para poder incluso expresar lo que

conocer su impacto e implicaciones en

vive, entender lo que se le expresa y

cada esfera de la vida. Aquí, al ser

entablar una comunicación efectiva
107

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

para abordar los dominios incluidos en

�apoyo psicológico para la estimulación

respuestas como la aquí reportada.

adecuada a las áreas cuyos procesos
se encuentran comprometidos. Por

Una buena comunicación es un
aspecto central en la vida de las
personas dada la influencia que esta
tiene

en

sus

relaciones

interpersonales, y por ende en su
calidad de vida. En relación con los
aspectos legales, esta es fundamental

último, se enfatiza que, considerando
casos como este es importante el
trabajo para el desarrollo de un
sistema legal que se adapte para
facilitar la participación efectiva de
quien en un futuro se viese en la
necesidad de comparecer.

para poder conocer y ejercer sus
derechos como también ser sujeto a

AGRADECIMIENTOS

un proceso justo. Si bien en este caso
no existe una consecuencia legal, el
caso de “Mario” nos lleva a reconocer
que, a futuro, este puede volver a
encontrarse

en

A “Mario” e “Isabel” que han hecho
posible el desarrollo de este caso de
estudio

situaciones

semejantes, por lo cual, tal y como lo
señalan las leyes es necesario el
Referencias:
Autism West Midlands (2019). Meltdown and shutdown in autistic people.
https://www.google.com/url?sa=i&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;cad=
rja&amp;uact=8&amp;ved=0CAIQw7AJahcKEwi4v6e0irWAAxUAAAAAHQAAAAAQA
g&amp;url=https%3A%2F%2Fautismwestmidlands.org.uk%2Fwpcontent%2Fuploads%2F2019%2F12%2FMeltdown_and_Shutdown_Nov_20
19.pdf&amp;psig=AOvVaw3jLBcZxvvOJtduUdxbX7b&amp;ust=1690759896578949&amp;opi=89978449

108

2024
JURIDICOS
DSAFIOS
JURIDICOS
DESAFIOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

con su interlocutor; lo que da pie a

�ecuatoriano. En La Justicia como principio jurídico y su fundamentación en el
derecho

ecuatoriano:

Universidad

Ecotec.

https://doi.org/10.21855/librosecotec.79
Bishop-Fitzpatrick, L., Mazefsky, C., Minshew, N. y Eack, S. (2015). The
Relationship between Stress and Social Functioning in Adults with Autism
Spectrum Disorder and without Intellectual Disability. Autism Research, 8(2),
164-173. doi:10.1002/aur.1433.
Cusack, A. (2020). Beyond special measures: Challenging traditional constructions
of competence and cross-examination for vulnerable witnesses in Ireland.
Irish Judicial Studies Journal, 3(1), 98–115.
Davis, L. (2009). People with Intellectual Disabilities in the Criminal Justice Systems:
Victims &amp; Suspects. https://thearc.org
Erickson, S. L., Salekin, K. L., Johnson, L. N., &amp; Doran, S. C. (2020). The predictive
power of intelligence: Miranda abilities of individuals with intellectual disability.
Law and Human Behavior, 44(1), 60.
Fernández Baeza, C. (2013). Adaptación y Análisis Psicométrico de la Escala
Gilliam para evaluar Trastorno de Asperger. Summa Psicoloógica UST, 10(2),
5-20. https://doi.org/10.18774/448x.2013.10.136
Fitzpatrick, S., Srivorakiat, L., Wink, L., Pedapati, E. y Erickson, C. (2016).
Aggression in autism spectrum disorder: presentation and treatment options.
Neuropsychiatric Disease and Treatment, 12, 1525-1538.

109

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Alcivar, C. y Murillo, A. (2022). La justicia en la conformación del estado de derecho

�(2023).

ENI-2

Evaluación

Neuropsicológica

Infantil

2ed.

https://libreriafonpal.com.mx/products/eni-2-evaluacion-neuropsicologicainfantil-2ed-matute
Gaceta Oficial de la Ciudad de México (2021). Ley para la atención, visibilización e
inclusión social de las personas con la condición del espectro autista de la
ciudad

de

México.

https://www.google.com/url?sa=i&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;ved=
0CAIQw7AJahcKEwiY4o67iLWAAxUAAAAAHQAAAAAQAg&amp;url=https%3A
%2F%2Fwww.congresocdmx.gob.mx%2Fmedia%2Fdocumentos%2Fb07c6
2f86ee1afe441781ff76922b576c41926ef.pdf&amp;psig=AOvVaw1QPWT3iyi8PM
rg9TU_Ye1A&amp;ust=1690759427391254&amp;opi=89978449
Gilliam, James E. (2001). Gilliam Asperger's Disorder Scale: Examiner's Manual (en
inglés). Austin: Pro-Ed.
Gupta, A. y State, M. (2006). Autism: genetics. Revista Brasileria de Psiquitria, S2938
Gutierrez de Piñeres, C. y García-López, E. (2019). Evaluación neuropsicológica
forense. En García-López: Psicopatología de la violencia. Aspectos jurídicos
y evaluación criminológica. Manual Moderno.
Instituto

de

la

Defensoría

Pública

(2023).

Justicia

para

adolescentes.

http://idp.edomex.gob.mx/justicia_adolescentes
Lansdell, G., Saunders, B. y Eriksson, A. (2021). Neurodisability and the criminal
justice

system:

a

problem

in

search

of

a

solution.

https://doi.org/10.4337/9781789907636

110

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

FONPAL

�National Institute on Deafness and Other Communication Disorders (2020). Autism
spectrum

disorder:

Communication

problems

in

children.

https://www.nidcd.nih.gov/health/autism-spectrum-disorder-communicationproblems-children
National

Research

Council

(2001).

Educating

children

with

Autism.

https://www.google.com/url?sa=i&amp;rct=j&amp;q=&amp;esrc=s&amp;source=web&amp;cd=&amp;cad=
rja&amp;uact=8&amp;ved=0CAIQw7AJahcKEwiAjvSqj7WAAxUAAAAAHQAAAAAQA
g&amp;url=https%3A%2F%2Feric.ed.gov%2F%3Fid%3DED461956&amp;psig=AOvV
aw0h5Yw2hy2G64R_XloQGmaO&amp;ust=1690761414542388&amp;opi=89978449
Organización Mundial de la Salud (OMS) 2019/2021. Clasificación Internacional de
Enfermedades, undécima revisión (CIE-11). En: https://icd.who.int/browse11.
Patton, M. (1987). Qualitative Research and Evaluation Method. Sage, London.
Slavny-Cross, R., Allison, C., Griffiths, S., &amp; Baron-Cohen, S. (2022). Autism and the
criminal justice system: An analysis of 93 cases. Autism Research, 1–11.
https:// doi.org/10.1002/aur.2690
Senouci, M., Obeidat, H., and Ghaouti, R. (2021). Autism spectrum as a
communication disorder: A case study. African Educational Research Journal,
9(3): 687-695.
Therapeutic Pathways (2021). What is the difference between autism and
Asperger´s? https://www.tpathways.org/faqs/what-is-the-difference-betweenautism-and-aspergers/

111

DESAFIOS JURIDICOS

genes. https://www.autismtruths.org

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

National Institute of Child Health and Human Development (2005). Autism and

�Zaynal, Z. (2007). Case study as a research method. Journal Kenausiaan bi. 9, Junio
2007.

112

DESAFIOS JURIDICOS

psychology.com/the-role-of-psychology-in-law-enforcement.html

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Webb, D. (2023). The role of psychology in law enforcement. https://www.all-about-

�FACULTAD DE ATRACCIÓN DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN (SCJN)
DE MÉXICO EN EL JUICIO DE AMPARO,
ANÁLISIS COMPARATIVO DE UN CASO DE
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE
FACULTY OF ATTRACTION OF THE SUPREME
COURT OF JUSTICE OF THE NATION (SCJN)
OF MEXICO IN THE AMPARO TRIAL,
COMPARATIVE ANALYSIS OF A CASE OF
ORIGINAL JURISDICTION OF THE COURT

Laura Alicia Arvizu Buelna
Universidad Autónoma de Nuevo León
https://orcid.org/0009-0003-9179-4220
laab_1@hotmail.com
Resumen: En este documento se abordará la figura de facultad de atracción que posee la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (en lo subsecuente, SCJN), concretamente en el juicio de amparo, lo
cual le otorga la posibilidad de conocer de asuntos que originalmente no son de su competencia, y
a la vez se hará un análisis comparativo de dicha facultad con un caso de amparo directo en revisión
que resulta ser un asunto de competencia originaria de la SCJN.
Palabras Clave: Facultad de atracción, juicio de amparo, Suprema Corte de Justicia de la Nación,
competencia originaria.
Abstract: This document will address the asserting jurisdiction that the Supreme Court has,
specifically in the amparo trial, which gives it the possibility of hearing matters that are not originally
within its jurisdiction. Subsequently, a comparative analysis regarding a matter of originary jurisdiction
of the Court will be made.
Keywords: Asserting jurisdiction, amparo trial, Mexico’s Supreme Court, originary jurisdiction.

Cómo citar:
Arvizu, L.A. (2024) Facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de113
México
en el juicio de amparo, análisis comparativo de un caso de competencia originaria de la Corte, Revista
Desafíos Jurídicos, 4(7). https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-151

�lo subsecuente Ley de Amparo).
En

inicio

resulta

elemental

recordar que el juicio de amparo es un

En el artículo 107 de la CPEUM

medio de control constitucional que

se establecen las bases para que los

busca

órganos judiciales federales conozcan

enmendar

afectaciones
fundamentales

aquellas

de
que

derechos
se

de

los

asuntos

de

amparo,

y

hayan

particularmente en la Ley de Amparo,

generado sobre los gobernados, ya

de manera jerárquica, se establece la

sea por alguna autoridad, o bien, por

competencia de los órganos judiciales

algún particular que ejerza actos de

que pueden conocer del juicio de

autoridad.

amparo, a saber:

Por lo anterior, se coincide con
Pina Vara (2000), quien define el juicio
de amparo como un juicio en el que se
impugnan actos de autoridad que
vulneran derechos reconocidos en la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos (en lo sucesivo,
CPEUM) para los gobernados.
Ahora bien, el juicio de amparo
tiene su origen y fundamento jurídico

“Artículo 33. Son competentes
para conocer del juicio de amparo:
I.
La Suprema Corte de
Justicia de la Nación;
II.
Los
tribunales
colegiados de circuito;
III.
Los
tribunales
colegiados
de
apelación;
IV.
Los
juzgados
de
distrito; y
V.
Los
órganos
jurisdiccionales de los
poderes judiciales de
los Estados y del
Distrito Federal, en los
casos previstos por
esta Ley.”

en los numerales 103 y 107 de la
CPEUM y su regulación concreta se

Ahora bien, siendo que la

encuentra establecida en la Ley de

Suprema Corte de Justicia de la

Amparo, reglamentaria de los artículos

Nación (en lo sucesivo, SCJN) es el

103 y 107 de la Constitución Política

Tribunal de máxima jerarquía en

114

DESAFIOS JURIDICOS

de los Estados Unidos Mexicanos (en

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Introducción

�conocimiento cierto tipo de asuntos,

de interés y trascendencia.

es aquí donde juristas como Cabrera
Acevedo (1989) y Suárez Ávila (2017)

¿Pero

qué

implican

los

afirman el carácter selectivo de dicho

conceptos de interés y trascendencia

Tribunal, pues sostienen que en virtud

utilizados para ejercer la facultad de

de que la SCJN es el máximo tribunal

atracción?

debe

conocer

solamente

de

asuntos

más

importantes.

destacar

que

entre

los

los

Cabe

diversos

La

respuesta

desafortunadamente

es
no

que

podemos

asuntos que le competen conocer a la

encontrar tal situación precisada en

SCJN,

alguna

encontramos

los

amparos

ley,

pese

a

que

nos

directos en revisión, por lo que se

encontramos en un estado de derecho

afirma que este tipo de asuntos son de

el cual debe apegarse al principio de

su competencia originaria.

legalidad, tampoco encontramos un
criterio universal al respecto, lo que

No obstante lo anterior, en la

encontramos

son

interpretaciones

CPEUM y en la Ley de Amparo se

efectuadas por los propios ministros

contempla que dicha Corte conozca

que van integrando la SCJN conforme

de asuntos que no son de su

al paso de los años.

competencia originaria, en este punto
es donde encontramos la facultad de

¿Qué es la facultad de atracción?

atracción, acorde a la cual, entre otras
cuestiones, la SCJN puede conocer

La facultad de atracción es una

de amparos directos y de amparos

figura procesal constitucional que

indirectos

cuyo

posee la SCJN para conocer de

conocimiento original pertenece a los

manera excepcional y discrecional

Tribunales Colegiados de Circuito.

asuntos

Ahora bien, la SCJN puede conocer de

competencia

dichos asuntos que no son de su

revisten de interés y trascendencia y

competencia

en

revisión

original,

siempre

que

no

son

originaria,

de

su

pero

que

y

115

DESAFIOS JURIDICOS

cuando revistan de las características

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

México, este tiene reservado para su

�Rebolledo et al., 2014: 60).

Es en el año 1994 cuando se
establecen en la CPEUM los criterios
de interés y trascendencia como

Existen criterios en los que la
Segunda Sala de la SCJN ha definido
la facultad de atracción, es el caso de
la jurisprudencia con número de
registro digital 2000579, en la cual se
indica que dicha facultad se trata de un
medio excepcional de control que
permite que la SCJN atraiga asuntos
que no son de su competencia

requisitos para ejercer la facultad de
atracción

contemplada

en

las

fracciones V y VIII del numeral 107
Constitucional, sin que se precisara lo
que implican. Pese a ello, después de
dicho año no es posible encontrar
alguna

reforma

que

de

manera

expresa defina lo que significan tales
conceptos.

originaria, pero que al revestir de
interés y trascendencia lo pueden ser.
En resumen la figura procesal
que se aborda consiste en que la
SCJN pueda conocer de asuntos que
originalmente

no

son

competencia,

los

cuales

de

su

deben

cumplir con características especiales
necesarias para ello, revestir de
“interés” y “trascendencia”, en el
entendido de que será la Corte quien
emita

una

resolución

que

originalmente le compete a un tribunal

Así pues, no existe alguna
disposición

legal

que

señale

de

manera clara los criterios que la SCJN
debe seguir para decidir si existen o no
los

aspectos

de

interés

y

trascendencia en un asunto. Por ello,
es que Rojas Amandi (2011) concluye
que la SCJN puede ejercer la facultad
de

atracción

interpretando

tales

conceptos a su leal saber y entender.
La facultad de atracción en la
Constitución

de menor jerarquía.
En

la

Carta

Magna

están

¿Cuándo nacen los criterios de

plasmadas las hipótesis en las que la

valoración

y

SCJN puede ejercer la facultad de

trascendencia para el ejercicio de la

atracción. En la fracción III del artículo

facultad de atracción?

105 de la CPEUM se indica que la

de

interés

116

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

ameritan que los conozca. (Pardo

�SCJN conocerá acorde a la Ley de

CPEUM

Amparo de recursos de apelación

concretamente en el juicio de amparo,

interpuestos en contra de sentencias

la SCJN puede ejercer la facultad de

que hayan sido dictadas por los

atracción en a) amparos directos o en

Juzgados

cuyos

b) amparos indirectos en revisión,

procesos la Federación sea parte y

siempre y cuando los asuntos revistan

que su interés y trascendencia lo

de interés y trascendencia, pues de lo

ameriten.

contrario, lo ordinario es que conozcan

en

que

de este tipo de asuntos los Tribunales
Luego, es en el artículo 107 de

Colegiados de Circuito pertinentes.

la referida Constitución en el que se
precisan

diversas

hipótesis

Sin embargo, en este punto aún

relacionadas con el ejercicio de la

continuamos con algunas dudas ¿Qué

facultad de atracción, destacando la

implica que un asunto revista de los

fracción V que indica que la SCJN

aspectos de interés y trascendencia?

puede conocer de amparos directos

Desde una perspectiva jurídica, ¿qué

que por su interés y trascendencia lo

es interés y qué es trascendencia?

ameriten, los cuales normalmente son

¿podemos

del

alguna en la ley reglamentaria – Ley

conocimiento

de

Tribunales

Colegiados de Circuito.

encontrar

respuesta

de Amparo?

Seguidamente es en el último
párrafo de la fracción VIII del numeral
107 de la CPEUM que se contempla

La facultad de atracción en la Ley

que la SCJN pueda conocer por

de Amparo

excepción de amparos indirectos en
revisión, de los cuales por regla
general

conocen

los

Tribunales

Colegiados de Circuito.
En síntesis de las fracciones III
del artículo 105 y VIII 107 de la

La realidad de las cosas es que
en la Ley de Amparo tampoco es
posible encontrar alguna definición de
los

términos

“interés”

y

“trascendencia” que son utilizados
como criterios de valoración para el

117

DESAFIOS JURIDICOS

Distrito

evidencia

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

de

se

�que efectúa la SCJN.

trascendencia

lo

ameriten,

no

obstante a que no sean de su
Actualmente la Ley de Amparo
únicamente menciona la facultad de
atracción en dos numerales, en los

competencia originaria, en ninguna
parte se define qué debe entenderse
por “interés” y por “trascendencia”.

artículos 40 y 80 Bis.
En el artículo 40 se contempla

Análisis comparativo de un caso de

que la SCJN puede ejercer la facultad

competencia originaria de la SCJN

de atracción en Pleno o en Salas en el

en el cual se utilizaron criterios de

caso

valoración

de

amparos

directos

que

originalmente son competencia de
Tribunales Colegiados,

siempre y

A manera

de

comparación

cuando el caso sea de interés y

analítica, en el presente apartado se

trascendencia, y a la vez en dicho

realiza el estudio de un caso de

precepto se describe el procedimiento

Amparo Directo en Revisión (en lo

para ello.

sucesivo, ADR) en el que se utilizaron
criterios de valoración para efecto de

Por su parte el artículo 80 Bis
faculta

a

la

SCJN

para

determinar

su

admisión

o

atraer

desechamiento ante la SCJN, si bien

cualquiera de los recursos contenidos

es cierto que un ADR es una

en la Ley de Amparo siempre que su

competencia originaria de la SCJN,

interés y trascendencia lo ameriten,

entre otras cuestiones para que la

recursos los cuales acorde al artículo

Corte conozca de ello, este requiere

80 son: revisión, queja y reclamación;

cumplir una serie de características,

y tratándose del cumplimiento de

entre ellas con criterios de valoración

sentencia el de inconformidad.

(importancia

y

trascendencia

en

contraste con interés y trascendencia
A pesar de que la Ley de

en el caso de la facultad de atracción).

Amparo hace alusión a que la SCJN
puede conocer de amparos directos y

Sustento jurídico de un ADR

118

DESAFIOS JURIDICOS

de recursos que por su interés y

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

ejercicio de la facultad de atracción

�directos en revisión se encuentra
contemplada en la fracción IX del
numeral

107

Política

de

de
los

la

Constitución

Estados

Unidos

en el año 1999 se plasmó que para
que la Corte conociese de un amparo
directo en revisión era necesario que
el asunto entrañara un criterio de
importancia y trascendencia.

Mexicanos, teniendo su origen en el
año 1999, pues a través de Decreto
publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 11 de junio de 1999 se
estableció que la Suprema Corte de
Justicia podía conocer de amparos
directos en revisión que entrañaran la
fijación de un criterio de “importancia y
trascendencia”, veamos:
Artículo 107. . .
IX. Las resoluciones que en
materia de amparo directo
pronuncien
los
Tribunales
Colegiados de Circuito no admiten
recurso alguno, a menos de que
decidan
sobre
la
inconstitucionalidad de una ley o
establezcan
la
interpretación
directa de un precepto de la
Constitución cuya resolución, a
juicio de la Suprema Corte de
Justicia y conforme a acuerdos
generales, entrañe la fijación de
un criterio de importancia y
trascendencia . Sólo en esta
hipótesis procederá la revisión
ante la Suprema Corte de Justicia,
limitándose la materia del recurso
exclusivamente a la decisión de
las
cuestiones
propiamente
constitucionales;

Al respecto, si bien es cierto
que a través del Dictamen de las
Comisiones Unidas de Gobernación y
Puntos Constitucionales y de Justicia,
con proyecto de Decreto que reforma
los artículos 94, 97, 100 y 107 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos

Mexicanos.

Gaceta

Parlamentaria, año II, número 254-IV,
29 de abril de 1999, las Comisiones
Unidas de Gobernación y Puntos
Constitucionales

y

de

Justicia

establecieron que la Suprema Corte
de

Justicia

de

la Nación debía

establecer de antemano los criterios
de “importancia” y “trascendencia”
mediante

acuerdos

generales,

la

realidad de las cosas es que no se
logró el cometido, pues en la reforma
publicada en el Diario Oficial en fecha
11 de junio de 1999 no encontramos
expresamente definidos tales criterios,
ni tampoco en los acuerdos generales.

119

DESAFIOS JURIDICOS

de la SCJN para conocer de amparos

De lo anterior se advierte que

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Así, la competencia originaria

�citada

reformada

a

recientemente
través

de

fue

decreto

publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 11 de marzo de 2021,
sustituyéndose

el

criterio

de

“importancia y trascendencia” por el
de “un interés excepcional en materia
derechos

Precisando que si bien es cierto

humanos”, el cual dicho sea de paso

que dicho criterio es mencionado en la

al momento tampoco se encuentra

Ley de Amparo en la fracción II del

definido en legislación alguna.

artículo 81, pues fue adicionado a

constitucional

o

de

través de reforma publicada en el
Veamos la fracción IX del

Diario Oficial de la Federación el 7 de

numeral 107 de la CPEUM a raíz de la

junio de 2021, lo cierto es que a lo

reforma:

largo y ancho de la Ley de Amparo
tampoco es posible encontrar la

“Artículo 107. Las controversias
de que habla el artículo 103 de
esta Constitución, con excepción
de aquellas en materia electoral,
se sujetarán a los procedimientos
que
determine
la
ley
reglamentaria, de acuerdo con las
bases siguientes:
(…)
IX. En materia de amparo directo
procede el recurso de revisión en
contra de las sentencias que
resuelvan
sobre
la
constitucionalidad de normas
generales,
establezcan
la
interpretación directa de un
precepto de esta Constitución u
omitan
decidir
sobre
tales
cuestiones cuando hubieren sido
planteadas, siempre que a juicio
de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación el asunto revista un

definición de “interés excepcional en
materia constitucional o de derechos
humanos”, a saber:

“Artículo 81. Procede el recurso
de revisión:
(…)
II. En amparo directo, en contra de
las sentencias que resuelvan
sobre la constitucionalidad de
normas
generales
que
establezcan
la
interpretación
directa de un precepto de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos u
omitan
decidir
sobre
tales
cuestiones cuando hubieren sido
planteadas, siempre que a juicio
de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación el asunto revista un

120

DESAFIOS JURIDICOS

antes

interés excepcional en materia
constitucional o de derechos
humanos. La materia del recurso
se limitará a la decisión de las
cuestiones
propiamente
constitucionales,
sin
poder
comprender otras. En contra del
auto que deseche el recurso no
procederá medio de impugnación
alguno;
(…)”

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Destacando que la fracción IX

�en Materia Civil del Cuarto Circuito,
quien remitió los autos a la Suprema
Corte de Justicia de la Nación.
Por lo anterior, es que a través
de acuerdo de fecha 29 de octubre de

Amparo

Directo

en

Revisión

3305/2020

2020 la Presidencia de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación admitió́
a trámite el recurso; lo registro con el

A continuación se analiza el
Amparo

Directo

en

Revisión

3305/2020, el cual fue resuelto por la
Primera Sala de la Suprema Corte de

número 3305/2020 y ordenó el envío
de los autos a la Primera Sala para la
formulación

del

proyecto

correspondiente, veamos:

Justicia de la Nación en sesión
celebrada en fecha 18 de agosto de

“(…)

2021, esto al haber sido promovido por

Ahora bien, del análisis de las
constancias que obran agregadas
en autos se advierte que en vía de
agravios planteó que el criterio
de usura que sirvió para
conceder el amparo debió
aplicarse también a la cláusula
séptima del Fideicomiso de
Garantía base de la acción de no
devolución del remanente de la
venta, criterio que se estima fue
aplicado por primera vez en su
perjuicio en la citada resolución
recurrida, en relación con el tema:
“Fideicomiso de garantía. La
prestación denominada ’premio
debe sujetarse al análisis de
usura”, por lo que se surte una
cuestión
propiamente
constitucional de importancia y
trascendencia, en relación con el
tema antes referido, por lo que al
tenor de lo previsto en el artículo
81, fracción ll, de la Ley de
Amparo, y atendiendo a lo previsto
en los puntos Primero y Segundo

una sucesión en contra de la sentencia
correspondiente
Segundo

dictada

Tribunal

por

el

Colegiado

en

Materia Civil del Cuarto Circuito en un
juicio de amparo directo.
Enfatizando que el Segundo
Tribunal Colegiado en Materia Civil del
Cuarto Circuito resolvió el juicio de
amparo directo de origen en sesión
celebrada el 7 de febrero de 2020. Sin
embargo,

inconforme

con

esa

determinación, en fecha 9 de marzo de
2020

la

parte

quejosa

interpuso

recurso de revisión, el cual presentó
ante el Segundo Tribunal Colegiado

121

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

interés excepcional en materia
constitucional o de derechos
humanos. La materia del recurso
se limitará a la decisión de las
cuestiones
propiamente
constitucionales
sin
poder
comprender otras.”

�(…)”

emitió la Primera Sala de la Suprema

que elaborar un nuevo proyecto
tomando

en

consideración

sus

comentarios.
Entonces el proyecto definitivo
que resolvió el amparo directo en
revisión 3305/2020 elaborado por la
Ministra Ponente, consiste en la
sentencia dictada en fecha 18 de
agosto de 2021, misma que se insiste
Corte de Justicia de la Nación en

Así pues, es notorio que el caso

sesión de la misma fecha, pasando a

en cita aconteció previamente a las

quedar en síntesis de la siguiente

reformas del año 2021, cuando el

manera:

criterio de los amparos directos en
revisión implicaba los requisitos de
importancia y trascendencia.

“(…)
I.

PROCEDENCIA
RECURSO

DEL

(…)

Ahora

bien,

en

virtud

del

acuerdo de radicación dictado por la
Presidencia de la SCJN en fecha 29
de octubre de 2020 y del envío de los
autos a la Primera Sala para la
formulación

del

proyecto

correspondiente, este fue asignado a

24. Mientras que, de acuerdo con el
punto Segundo del Acuerdo
9/2015, se entiende que la
resolución de un amparo directo
en revisión permite fijar un criterio
de importancia y trascendencia
cuando, una vez que se surta el
requisito relativo a la existencia de
un tópico de constitucionalidad se
reúna lo siguiente:

la Ministra Ana Margarita Ríos Fajat,
quien

elaboró

el

proyecto

primeramente en un sentido y sin
embargo acorde a los comentarios de

i. Que se advierta que aquél
dará
lugar
a
un
pronunciamiento novedoso
o de relevancia para el
orden jurídico nacional, o

122

DESAFIOS JURIDICOS

los Ministros restantes de la Sala, tuvo

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

del Acuerdo General Plenario
9/2015, se impone admitirlo. Por
tanto, en atención a lo dispuesto
en el punto Primero del Acuerdo
General 5/2013, del Pleno de este
Alto Tribunal, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el
veintiuno de mayo de dos mil
trece, así como en lo establecido
en los artículos 37, párrafo primero
y 86, párrafo primero, del
Reglamento Interior de este
Máximo Tribunal, radíquese el
presente asunto, atendiendo a la
materia en la que incide, en la
Primera Sala de esta Suprema
Corte.

�b. Requisito de importancia y
trascendencia
43. En adición a lo anterior, esta
Primera Sala considera que en el
caso tampoco se cumple el
segundo requisito de procedencia
de la revisión, consistente en que
el asunto sea de importancia y
trascendencia.
44. Esta Sala ha explicado ya en
diversos precedentes1 que con la
emisión del Acuerdo 9/2015,
dictado por el Tribunal Pleno de la
Suprema Corte de Justicia de la
Nación el ocho de junio de dos mil
quince, por el cual se modificó la
reglamentación de los conceptos
de “importancia y trascendencia”
para efectos del recurso de
revisión en amparo directo, estos
conceptos deben adaptarse a las
nuevas necesidades para que,
siguiendo la racionalidad que
animó
al
Constituyente
Permanente de mil novecientos
noventa y nueve, el tribunal
1

Véanse los que dieron origen a la jurisprudencia por
reiteración 32/2017 de rubro “REVISIÓN EN
AMPARO DIRECTO. LA CONSTATACIÓN DE
LAS
NOTAS
DE
IMPORTANCIA
Y
TRASCENDENCIA PARA LA PROCEDENCIA
DE ESTE RECURSO DEBE REALIZARSE
MEDIANTE UN EJERCICIO SUSTANTIVO DE
VALORACIÓN POR EL QUE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PLASMA

constitucional del país resuelva
aquellos asuntos verdaderamente
trascendentes para el orden
jurídico de acuerdo a las
necesidades de cada época
histórica.
45. Ante la descentralización del
control constitucional y, por tanto,
de la pluralidad de intérpretes
constitucionales, lo importante y
trascendente no es que la
Suprema Corte de Justicia de la
Nación
resuelva
todas
las
cuestiones constitucionales, sino
servir de guía en el diálogo
interpretativo constitucional, esto
es, para que solo resuelva
aquellos temas “novedosos o de
relevancia para el orden jurídico
nacional”, como lo establece el
Punto Segundo del referido
Acuerdo.
46. Así, el Pleno determinó que ya no
debe conocer de todas las
cuestiones
constitucionales
subsistentes en un recurso de
revisión (viables técnicamente, por
no existir jurisprudencia sobre el
tema o que los argumentos no
resulten
inoperantes),
al
comprobar que la Novena Época
permitió la consolidación de la
Corte como tribunal constitucional,
lo que fortaleció un cuerpo de
doctrina constitucional en una
diversidad de temas, por lo que
debía cambiarse la política judicial
para atender solo aquellas
cuestiones constitucionales con
un potencial interpretativo de
SU POLÍTICA JUDICIAL”. Abril de 2017.
Décima Época. Registro 2014100. El último asunto
que le dio origen fue el amparo directo en revisión
2162/2016. Fallado el 31 de agosto de 2016. Cinco
votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de
Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario
Pardo Rebolledo, Norma Lucía Piña Hernández y
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (Ponente).

123

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

ii. Que lo decidido en la
sentencia recurrida pueda
implicar
el
desconocimiento de un
criterio sostenido por la
Suprema Corte de Justicia
de la Nación relacionado
con
alguna
cuestión
propiamente
constitucional, por haberse
resuelto en contra de dicho
criterio o se hubiere omitido
su aplicación.

�48. De ello se sigue que si subsiste
una cuestión constitucional en el
recurso de revisión que, sin
embargo, por sus características
propias,
no
represente
un
problema
novedoso
o
de
relevancia para el orden jurídico
nacional, entonces, esta Suprema
Corte debe desechar el recurso, lo
que debe realizar en su carácter
de tribunal constitucional para
preservar su función de intérprete
constitucional en aquellos asuntos
de trascendencia cuantitativa
como cualitativamente.
49. Con base en estas premisas, se
concluye que aunque a los tópicos
descritos en líneas previas se les
reconociera el carácter de
cuestión
propiamente
constitucional, lo cierto es que con
su resolución no se fijaría un
criterio
de
importancia
y
trascendencia, porque este alto
tribunal
ya
ha
sustentado,
tratándose
de
operaciones
contractuales, en qué supuestos
debe considerase que existe una
explotación en términos del
precepto convencional en cita y,
por ende, el fallo que se llegue a
dictar sobre esto no generará un
criterio novedoso al respecto, en la
medida que solo implicaría una
mera
constatación
de
la
satisfacción o no de las notas
distintivas de esos supuestos.
(…)”

atendiendo

a

las

consideraciones, es que por mayoría
de votos de los ministros de la Primera
Sala de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación se determinó desechar el
recurso de revisión interpuesto en
contra de la resolución del amparo
directo de origen.
Al
destacar

respecto
los

vale

la

siguientes

pena
votos

realizados por dos de los Ministros de
la SCJN:
Voto particular de la Ministra
Ana Margarita Ríos Fajat:
“Adicionalmente, considero que
en. el caso se cumple el segundo
requisito de procedencia de la
revisión, consistente en que el
asunto sea de importancia y
trascendencia, porque en el
presente asunto se determinaría si
el contrato de fideicomiso puede
considerarse como un contrato de
adhesión y, en su caso, el alcance
que puede tener una cláusula
abusiva
que actualice
una
explotación humana.”

Voto concurrente del Ministro
Juan Luis González Alcántara
Carrancá:
“
(…); me separo del apartado "b.
Requisito de importancia y

124

DESAFIOS JURIDICOS

47. El Acuerdo 9/2015 reglamenta así
los conceptos de “importancia y
trascendencia”
en
términos
flexibles, al limitarse a establecer
que impliquen pronunciamientos
“novedosos o de relevancia para
el orden jurídico nacional”.

Así,

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

relevancia normativa para el orden
jurídico.

�1.Las razones de lo anterior son
las dos siguientes:
a. En mi óptica, la consideración
relativa a que en el caso no
subsiste
un
tema
de
constitucionalidad, es suficiente
para desechar el asunto de mérito.
Ello, pues conforme al artículo
107, fracción IX, de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la procedencia del
recurso de revisión en amparo
directo está supeditada a que
subsista
una
cuestión
propiamente constitucional y su
resolución revista importancia y
trascendencia para el orden
jurídico nacional. De ahí que la
insubsistencia
de
un
planteamiento
de
constitucionalidad, por sí misma,
es suficiente para determinar la
improcedencia del recurso de
revisión en amparo directo, ya que
el asunto no cumple con los
requisitos normativos para su
procedencia y sin que para ello
sea necesario verificar el requisito
de importancia y trascendencia. Al
respecto
comparto
la
jurisprudencia a./J. 46/2020 (10a.)
emitida por esta Primera Sala, de
rubro:
*AGRAVIOS
INOPERANTES
EN
EL
RECURSO DE RECLAMACIÓN,
LO SON AQUELLOS QUE
PRETENDEN DEMOSTRAR LA
IMPORTANCIA
Y
TRASCENDENCIA
DE
UN
AMPARO
DIRECTO
EN
REVISIÓN SIN DESVIRTUAR LA
INEXISTENCIA
DE
UNA
CUESTIÓN
PROPIAMENTE
CONSTITUCIONAL”

Al analizar con

cautela la

resolución transcrita, es evidente que
no hay un acuerdo común entre los
ministros de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación respecto a qué
casos

implican

“importancia”

y

“trascendencia” para ser conocidos
por ellos en relación con el recurso de
revisión que se interponga en contra
de

sentencias

constitucionales

dictadas en amparos directos.

Se sostiene lo anterior, pues del
caso concreto podemos observar los
siguientes hechos acontecidos de la
siguiente manera cronológica:
•

Que en la resolución de fecha
29 de octubre de 2020 el
entonces

Presidente

de

la

Suprema Corte de Justicia de la
Nación,
Zaldívar

el

Ministro

Lelo

de

Arturo
Larrea,

determinó admitir a trámite el
recurso de revisión de amparo
directo presentado por la parte
quejosa

porque

a

su

consideración se surtía una
cuestión

propiamente

constitucional de importancia

125

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

trascendencia" de la sentencia, en
el que se explica por que el
presente asunto no reviste el
carácter
de
importancia
y
trascendencia.

�alto

con el tema de extender el

previamente los supuestos en los

criterio de usura a la cláusula

cuales debe considerase que existe

séptima

una

del

contrato

de

tribunal

ya

explotación

ha

sustentado

tratándose

de

fideicomiso base de la acción

operaciones contractuales y que por

que la recurrente planteó a

ende, el fallo que se llegaría a dictar

manera de agravio.

sobre dicho tema no generaría un
criterio novedoso al respecto, lo cierto

•

Luego,

dentro

consideraciones

de

las

establecidas

es que encontramos 2 votos de
ministros que hay que destacar.

en la sentencia de fecha 18 de
agosto de 2021 que resolvió el

Primeramente, el voto particular

amparo directo en revisión

efectuado

3305/2020

Margarita Ríos Fajat, quien en lo

emitida

por

la

por

la

Ministra

Primera Sala de la Suprema

particular

Corte de Justicia de la Nación

efectivamente se actualizaban los

en sesión de la misma fecha, es

requisitos

posible

diversas

trascendencia para efecto de que

opiniones de los cinco ministros

procediera la revisión en amparo

involucrados:

directo, pues a su parecer ello

encontrar

consideró

Ana

de

que

importancia

y

implicaría el determinar la naturaleza
Si bien por mayoría de cuatro

del contrato y en su caso el alcance de

votos en la resolución se asentó que la

una cláusula abusiva que caiga en

Primera Sala consideró que en el caso

usuraria.

no se cumplía con el

requisito de
revisión,

Posteriormente encontramos el

consistente en que el asunto fuera de

voto concurrente del Ministro Juan

importancia y trascendencia, esto

Luis González Alcántara Carrancá en

porque

la

el cual indica que se separa del

resolución no se fijaría un criterio de

contenido asentado en el apartado

importancia y trascendencia porque el

denominado

procedencia

de

la

consideraron que

con

"b.

Requisito

de

126

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

y trascendencia, relacionada

�recurso

sentencia, en el que se explica por qué

importancia y trascendencia ordenaba

el presente asunto no reviste el

revocar la sentencia impugnada, sin

carácter

y

embargo al no estar de acuerdo la

trascendencia, ello porque en su

mayoría de los ministros con ello, es

óptica el simple hecho de que no

que se emitió el nuevo proyecto

subsista

sesionado en fecha 18 de agosto de

de

importancia

un

tema

de

constitucionalidad, era suficiente para

de

revisión

como

de

2021.

desechar el asunto de mérito y que no
era necesario verificar el requisito de
importancia y trascendencia.

Contrario a lo sustentado por
los Ministros antes mencionados, la
Ministra Norma Lucía Piña Hernández,

Recapitulando, en la resolución

y los Ministros Juan Luis González

de fecha 29 de octubre de 2020 el

Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo

entonces ministro Presidente Arturo

Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

Zaldívar Lelo de Larrea, consideró que

consideraron que en el caso particular

el recurso de revisión implicaba una

no se actualizaban los requisitos de

cuestión propiamente constitucional

importancia y trascendencia para el

de importancia y trascendencia.

asunto de mérito.

De igual manera en su voto
particular

la

desapercibido que en la resolución

resolución de fecha 18 de agosto de

que se analiza la Sala dentro del

2021,

Ana

apartado de procedencia del recurso,

Margarita Ríos Fajat consideró que el

menciona el “Acuerdo general número

asunto implicaba una cuestión de

9/2015, de ocho de junio de dos mil

importancia y trascendencia, incluso

quince, del Pleno de la Suprema Corte

vale la pena destacar que previamente

de Justicia de la Nación, que establece

dicha ministra ponente en fecha 30 de

las

junio de 2021 había presentado un

procedencia y tramitación de los

proyecto en el que al considerar el

recursos

la

relacionado

ministra

con

Por otro lado no puede pasar

ponente

bases

de

generales

revisión

para

en

la

amparo

127

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

importancia y trascendencia" de la

�Independientemente de ello, se

una reglamentación de los conceptos

considera que no hay claridad ni

de “importancia y trascendencia”, al

precisión respecto a qué implican los

respecto, es necesario mencionar que

criterios

en dicho acuerdo lo único que se

trascendencia, pues ni siquiera se

indica con relación a lo que se debe

definen los vocablos en lo singular,

entender

y

aunado a que es la propia Corte quien

el

a

por

trascendencia”

“importancia
se

aborda

en

segundo punto del mismo de la

su

de

particular

importancia

criterio

y

está

pretendiendo determinarlos.

siguiente manera:
Conclusiones
“(…)
ACUERDO
(…)
SEGUNDO. Se entenderá que la
resolución de un amparo directo
en revisión permite fijar un criterio
de importancia y trascendencia,
cuando habiéndose surtido los
requisitos del inciso a) del Punto
inmediato anterior, se advierta que
aquélla
dará
lugar
a
un
pronunciamiento novedoso o de
relevancia para el orden jurídico
nacional.
También se considerará que la
resolución de un amparo directo
en revisión permite fijar un criterio
de importancia y trascendencia,
cuando lo decidido en la sentencia
recurrida pueda implicar el
desconocimiento de un criterio
sostenido por la Suprema Corte de
Justicia de la Nación relacionado
con alguna cuestión propiamente
constitucional,
por
haberse
resuelto en contra de dicho criterio
o se hubiere omitido su aplicación.
(…)”

La facultad de atracción que
tiene a su alcance la Suprema Corte
de Justicia de la Nación es una figura
jurídica que le permite conocer de
asuntos que ordinariamente no son de
su competencia, para ello se requiere
que los asuntos revistan de “interés” y
“trascendencia”.
Es en el año 1994 cuando se
establecen en la CPEUM los criterios
de interés y trascendencia como
requisitos para el ejercicio de la
facultad de atracción por parte de la
SCJN en el caso de amparos directos
y amparos indirectos en revisión
(fracciones V y VIII del numeral 107
Constitucional), sin que se precisara
su significado. Incluso a la fecha no es
posible encontrar alguna norma u

128

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

directo.”, esto para indicar que existe

�defina

conceptos,

Aunado a lo anterior, de la

situación que se considera infringe el

sentencia analizada salta a la vista que

principio

debe

no se respetó el derecho de acceso a la

imperar en el estado constitucional de

justicia de manera pronta y expedita,

derecho en el que nos encontramos.

pues no existe en el caso concreto una

de

tales

legalidad

que

expeditez en la administración de
A parecer de la suscrita, el
estudio del caso expuesto en el
presente trabajo hace evidente una
vulneración al estado constitucional de
derecho, pues no se están respetando
derechos fundamentales del gobernado
consagrados en la Constitución, tal es el
caso de la seguridad jurídica, pues es
evidente que no existen criterios claros
y precisos al respecto que permitan que
incluso los operadores jurídicos puedan
determinar cuándo se actualizan o no
las características requeridas para la
procedencia en los amparos directos en
revisión.
Entonces, si ni siquiera están
claramente determinados los conceptos

justicia, en razón de que justamente al
no estar definidos los criterios de
importancia

y

trascendencia,

ello

implicó que se estudiara un asunto
que no debía estudiarse y para ello
transcurrió tiempo para que el asunto
fuera fallado, el cual es un recurso
imposible de restituir que incluso
recae en un acto cuyo efecto es de
imposible reparación, pues ¿cómo se
repondrá a las partes el tiempo
transcurrido que se utilizó para fallar
un recurso que en inicio se admitió por
supuestamente
requisitos

de

cumplir

con

los

importancia

y

trascendencia y que posteriormente
se indicó que no cumplía con ellos?

de valoración para efecto de asuntos
Por las razones expuestas es

que son de competencia originaria de la
SCJN, ¿cómo se puede esperar que lo
estén para aquellos que implican el
ejercicio de una facultad de atracción en
asuntos que no son de su competencia
originaria?

que se insiste que no hay seguridad
jurídica para los gobernados respecto
a

qué

asuntos

pueden

implicar

importancia y trascendencia y ni
siquiera los operadores jurídicos lo

129

DESAFIOS JURIDICOS

expresa

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

ordenamiento jurídico que de manera

�principio de legalidad, lo que a su vez

de manera expresa en la ley los

puede arrojar beneficios para efecto

conceptos de dichos términos.

de evitar cualquier tipo de dudas
respecto a qué casos cumplen con

Para finalizar, se considera que
resulta vital el definir los criterios de
interés

y

trascendencia

de

una

tales requisitos y optimizar la inversión
del tiempo tanto de los órganos
judiciales como de los gobernados.

manera clara y precisa en apego al

Referencias:
Cabrera Acevedo, L. (1989). Notas sobre la traducción de tesis y las
facultades discrecionales de la Suprema Corte de Justicia en México y en los
Estados Unidos. Revista de la Facultad de Derecho de México, UNAM. 166, 59-81.
https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-facultad-derechomx/article/view/27790/25110
De Pina Vara, R. (2000). Diccionario de Derecho. Porrúa.
Pardo Rebolledo, J.M., Castañón Ramírez, A. y Silva Díaz, R. A. (2014).
Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional. Universidad
Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Rojas Amandi, V. (2011). El recurso de revisión de las sentencias de amparo
directo ante la Suprema Corte. En E., Ferrer Mac-Gregor &amp; M., González Oropeza
(eds.), El juicio de amparo. A 160 años de la primera sentencia, tomo II (pp. 301322). Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones
Jurídicas. https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/id/3066
Suárez Ávila, A. (2017). Usos e interpretación de la facultad de atracción en
el juicio de amparo por la SCJN. En E., Ferrer Mac-Gregor &amp; A., Herrera (eds.), El
juicio de amparo en el centenario de la Constitución mexicana de 1917, Pasado,
presente y futuro, tomo I. Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de
Investigaciones

Jurídicas.

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4317/30.pdf
130

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

tienen claro, ello al no estar definidos

�Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece las bases
generales para la procedencia y tramitación de los recursos de revisión en amparo
directo.”, esto para indicar que existe una reglamentación de los conceptos de
“importancia y trascendencia. (2015). https://www.scjn.gob.mx/pleno/secretariageneral-de-acuerdos/acuerdos-generalesplenarios?field_normativa__anio_value=All&amp;field_num_de_acuerdo__value=&amp;field
_rubro_acuerdo_value=&amp;field_clasificacion_formal_target_id=All&amp;page=14
Cartas Constitucionales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917). Diario Oficial
de

la

Federación

22

de

marzo

de

2024.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Decretos
DECRETO mediante el cual se declaran reformados los artículos 21, 55, 73,
76, 79, 89, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108,
110, 111, 116, 122 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. Diario Oficial de la Federación 31 de diciembre de 1994.
https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/cpeum/decretos_reformas/201612/00130133_20.pdf

DECRETO por el que se reforman los artículos 94, 97, 100 y 107 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la
Federación

el

11

de

junio

de

1999.

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4949671&amp;fecha=11/06/1999#gsc.tab=
0

131

DESAFIOS JURIDICOS

Acuerdo general número 9/2015, de ocho de junio de dos mil quince, del

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Acuerdos Generales

�disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos
al Poder Judicial de la Federación. Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de
2021.https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_246_11mar21
.pdf
Dictamen
Dictamen

de

las

Comisiones

Unidas

de

Gobernación

y

Puntos

Constitucionales y de Justicia, con proyecto de Decreto que reforma los artículos
94, 97, 100 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Gaceta

Parlamentaria,

año

II,

número

254-IV,

29

de

abril

de

1999.

https://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/57/1999/abr/19990429-IV.html
Jurisprudencia
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Registro digital: 2000579, Instancia:
Segunda Sala, Décima Época, Materias(s): Común, Tesis: 2a./J. 33/2012 (10a.),
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro VII, Abril de 2012,
Tomo

2,

página

1033,

Tipo:

Jurisprudencia.

https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2000579
Leyes
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2013, 2 de abril). Última reforma Diario
Oficial

de

la

Federación

07

de

junio

de

2021.

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAmp.pdf
Páginas electrónicas
Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ministro Arturo
Zaldívar Lelo de Larrea. Subsecretaría General de Acuerdos. (29 de octubre de
2020). Amparo Directo en Revisión 3305/2020. https://www.scjn.gob.mx/
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (18 de agosto de

132

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

DECRETO por el que se declara reformadas y adicionadas diversas

�Directo

en

Revisión

3305/2020.

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/2021-08/ADR3305-2020-09082021.pdf

133

DESAFIOS JURIDICOS

Amparo

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

2021)

�MÉTODOS AUTOCOMPOSITIVOS EN EL
ÁMBITO DE LAS INSTITUCIONES
FEDERALES DE ENSEÑANZA SUPERIOR
– EXPERIENCIA DE LA UNIVERSIDAD
FEDERAL DE GOIÁS/ BRASIL
SELF-COMPOSITIVE METHODS IN THE
FIELD OF FEDERAL HIGHER EDUCATION
INSTITUTIONS – EXPERIENCE OF THE
FEDERAL UNIVERSITY OF GOIÁS/
BRAZIL
Maurides Macedo*
Rogéria Silva**
Universidad Federal de Goiás
*https://orcid.org/0000-0002-1279-8254
maurinha1312@hotmail.com
**https://orcid.org/0000-0001-7075-1369
rogeriafrancisca@ufg.br
Resumen: Este texto muestra de que manera la Universidad de Federal de Goiás (UFG), en Brasil,
lidiaba con los conflictos, antes de la implantación del servicio de mediación, cómo fue concebida y
cómo nació la CPRAC-UFG y por último la configuración procedimental de las actividades
desarrolladas por la CPRAC. La actividad desarrollada en la cámara de mediación de la UFG es
reciente, pero ha demostrado buenos resultados, siendo que la mayoría de las sesiones de
mediación resultaron en acuerdo. Se hizo posible constatar la reducción del volumen de procesos
disciplinarios, economía, eficiencia y celeridad en la prestación de servicios. En lo referente con la
comunidad universitaria, la preservación de la privacidad y de los relacionamientos interpersonales.
Goffman (2004), Tartuce (2015), Hirigoyen (2022), ofrecen soporte teórico para esta investigación.
La metodología utilizada fue investigación de artículos, doctrinas, estudio de leyes, y decretos, así
como el análisis documental de ordenanzas, resoluciones, informes y datos estadísticos colectados

Cómo citar:
Macedo, M. &amp; Silva, R. (2024) Métodos autocompositivos en el ámbito de las instituciones federales de
enseñanza superior – experiencia de la Universidad Federal de Goiás/ Brasil Revista Desafíos Jurídicos,
4(7). https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-121

�Palabras Clave: Mediación, Conflicto, Derecho
Abstract: This paper, intended to present how the Universida de Federal de Goiás (UFG) in Brazil,
worked with conflicts, before the implementation of the mediation service, how the CPRAC-UFG was
conceived and born and, finally, the procedural configuration of the activities developed in the
CPRAC. The activity developed with the UFG mediation chamber is recent, but has shown good
results, with most mediation sessions resulting in an agreement. It was possible to verify the reduction
in the volume of disciplinary proceedings, economy, efficiency and speed in the provision of services.
With regard to the university community, the preservation of privacy and interpersonal relationships.
Goffman (2004), Tartuce (2015), Hirigoyen (2022), gave theoretical support to this research. The
methodology used was research in articles, doctrines, study of laws, and decrees, as well as
documental analysis of ordinances, appellants, reports and statistical data collected directly from the
official page of the unit/organ to which CPRAC is linked, which shows the first results of the
implementation of this service.
Keywords: Mediation, Conflict, Law

Introducción
sancionadas por la presidenta Dilma
Rousseff,
Brasil es un país marcado por

garantizaron

en

sus

espacios la diversidad de personas,

desigualdades sociales, hecho que

con

motivó

Políticas

trayectorias, formas de lidiar con sus

Públicas de inclusión orientadas hacia

pares, desiguales, discordantes y

la democratización tanto del ingreso al

muchas

servicio público con reclutamiento de

animosidades, por lo tanto, un espacio

personal,

enseñanza

heterogéneo en donde los conflictos

superior, en lo que se refiere al ingreso

son permanentes. Esta sección coloca

de

en destaque la utilización de Métodos

la

adopción

como

discentes.

a
Las

de

la

Instituciones

pensamientos,

veces

valores,

acompañados

dentro

de

Federales de Enseñanza Superior a

Autocompositivos

de

la

partir de la Ley nº 12.711 de 2012, y la

Universidad de Federal de Goiás

Ley nº 12.990 de 2014, ambas

135

DESAFIOS JURIDICOS

los primeros resultados de la implementación de este servicio.

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

directamente de la página oficial de la unidad/órgano al cual la CPRAC está vinculada, que muestran

�Prevención

France Hirigoyen (2022) que tratan del

y

Administrativa

Resolución

de

(2015),

Marie-

-

tema del Acoso Moral, ya que aquellos

CPRAC/UFG, con la llegada de la Ley

conflictos surgidos en el ámbito de la

nº

institución, que muchas veces no son

13.140/2015,

Conflictos

Tartuce

fue

posible

la

implementación de una política de

abordados

consensual y de no judicialización de

alcanzan

los conflictos en el ámbito de la

agravamiento, y situaciones en las

Administración Pública.

que se materializa el Acoso Moral,

En este texto se pretende

de

manera

en

adecuada

escalada

el

permeado por estigmas, por lo tanto,

presentar como la UFG lidiaba con los

traer

las

reflexiones

de

Erving

conflictos, antes de la implementación

Goffman (2004) se vuelve igualmente

del servicio de mediación, y el camino

imprescindible.

recorrido en la implantación de la
CPRAC, así como su configuración
procedimental,

las

actividades

desarrolladas en esta Cámara. Por
último, como base en los informes de
actividades y presentación de los
resultados, evaluar el trabajo en la

El

conflicto

fertilizado

por

estigmas y por formas de lidiar
inadecuadas conciben al Acoso Moral,
violencia muy combatida actualmente
en la Administración Pública.
Marie-Hirigoyen (2022, pág. 65) define
el acoso moral como

recién creada CPRAC.
Se

ha

trabajado

con

las

categorías Estigma, Conflicto, y Acoso
Moral. Teóricamente este trabajo se
apoya en Goffman (2004), Tartuce
(2015), Hirigoyen (2022). El texto trae
los postulados y fundamentos teóricos
de la Mediación de Conflictos con

1

La UFG está situada en la capital del Estado de
Goiás, que se ubica en el Centro Oeste de Brasil a

"Toda y cualquier conducta
abusiva que se manifiesta, sobre
todo
por
comportamientos,
palabras, actos, gestos, escritos
que puedan provocar daño a la
personalidad,
dignidad,
integridad física o psíquica de
una persona, que ponga en
peligro su empleo o degradar el
ambiente de trabajo".

cerca de 200 kilómetros al sur de Brasilia, capital
de Brasil.

136

DESAFIOS JURIDICOS

Fernanda

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

(UFG)1, a través de la Cámara de

�Nacional LDB (Ley 4.024/61), la Ley

investigación bibliográfica, a través del

5.540/68 (Primera Ley de la Reforma

estudio de artículos, tesis y doctrinas,

Universitaria), la Ley 9.394/96 (actual

el estudio de normas jurídicas tales

LDB) y más recientemente a las Leyes

como, las leyes ordinarias, decretos y

Ley nº 12.711 de 2012, y Ley nº 12.990

resoluciones,

la

de 2014, antes ya mencionadas. Con

investigación documental, analizando

la elasticidad que caracteriza a las

ordenanzas

Universidades, la UFG se ha adaptado

así

como

e

normativas

que

instrucciones
la

a las nuevas formas de comunicación

implementación de los servicios de

e interrelaciones de aquellas que

mediación

forman

en

el

garanticen
ámbito

de

la

administración pública. También fue
realizado

análisis

la

comunidad

universitaria.
De acuerdo con los datos de

estadísticos colectados directamente

2022, la UFG comporta a 2.186

de

la

funcionarios técnicos administrativos,

unidad/órgano al cual la CPRAC se

2.005 funcionarios docentes efectivos

vincula.

y 136 docentes substitutos y aún a 10

página

oficial

de

de

datos

la

un

parte

de

docentes visitantes. Cuenta también
1- Universidad de Federal de Goiás

con

en la Actualidad - Escenario de la

Graduación, a nivel de postgrado tiene

Autocomposición.

un total de 4.486 estudiantes. En

La Universidad de Federal de

19.051

razón

de

las

estudiantes

políticas

de

públicas

Goiás (UFG)2 fue creada en 1960, y

orientadas tanto para el ingreso en la

fue la primera universidad pública en

condición de estudiante como en la

el Centro Oeste de Brasil, y ha pasado

condición de funcionarios, el público

por varios cambios a lo largo de los

además

años, con plasticidad se ha ido se

diversificado. Con una comunidad

moldeando a la primera Ley de

universitaria heterogénea sumada a

Directrices y Bases de la Educación

un

Analiza UFG es una plataforma de datos creada
con el objetivo de reunir y tratar datos, disponer

paneles con
gerenciales.

2

de

ambiente

aumentar

que

indicadores

tiene

se

ha

como

cuantitativos

137

y

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

La metodología utilizada fue la

�el

estímulo

a

la

convivencia y al debate de ideas para
la construcción del conocimiento que
no sucede individualmente, es natural
el surgimiento de conflictos de múltiple
naturaleza, que muchas veces son el
resultado de estigmas.
Como

demuestra

aprovecharse

para

elevar

la

creatividad y las oportunidades de
innovación, y así, contribuyendo con el

Erving

Goffman:
“(…) un individuo que podría
haber sido fácilmente recibido en
la relación social cotidiana tiene
una característica que se puede
imponer a la atención y alejar a
aquellos que él encuentra,
destruyendo la posibilidad de la
atención para otros atributos
suyos (Goffman, 1980, pág. 7)
En esta dinámica, ocurre la
invisibilidad y la exclusión de grupos
específicos, y en relación a sí propios,
surge un sentimiento de inadecuación
e no pertenencia. El mismo autor
agrega que:
“(…) creemos que alguien con un
estigma no sea completamente
humano. En base a esto,
hacemos
varios
tipos
de
discriminaciones, a través de las
cuales efectivamente, y muchas
veces sin pensar, reducimos su
chance de vida: Construimos
una teoría del estigma. Una
ideología para explicar su
inferioridad y para dar cuenta del
peligro que ella representa,
Instrucción Normativa n° 02, del 25 de julio de
2016, establece directrices para mediación de
3

racionalizando algunas veces
una animosidad basada en otras
diferencias, tales como las de
clase social (Goffman, 1980,
pág. 8)
Un contexto que podría

crecimiento de la institución, acaba
siendo

fuente

significativa

de

conflictos y muchas veces hasta de
violencia como el Acoso Moral.
La Instrucción Normativa de la
Contraloría

General

Federal3, trata así, el

del

Distrito

reglamento

señala que el conflicto ocurre cuando
dos o más agentes públicos tienen
intereses y actitudes divergentes,
mediante

una

conducta

que

no

corresponde al desarrollo regular del
servicio público, esta dinámica en las
interacciones puede extenderse a
toda la comunidad universitaria de la
UFG.
Fernanda Tartuce expresa el
significado de Mediación, observe:
“Mediación

es
el
medio
consensual de abordaje de
controversias en la que una
persona imparcial y debidamente
capacitada actúa técnicamente
para facilitar la comunicación
conflictos entre agentes públicos en el ámbito del
Poder Ejecutivo del Distrito Federal..

138

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

característica

�agravarse,

y,

infracción

como

siendo

disciplinaria,

una

tanto

de

funcionarios como de estudiantes,
bajo el amparo de la Ley nº 8.112 de
1990 y de la Ley nº 9.784 de 1999. Es

consecuencia,

en esta unidad/órgano que la mayoría

generar animosidades entre las partes

de las demandas registradas en la

involucradas, siendo así posible de

Defensoría Popular llega, antes de la

que se vuelva objeto de investigación,

implementación de la cámara de

aunque no todos serán objeto de

mediación, no existía un espacio que

procedimientos disciplinarios, de lo

estableciera una igualdad mínima, con

contrario podrá ser fruto de una

personas

capacitadas

comunicación ineficaz intrincada por

estímulo

adecuado

creencias, valores, o perspectivas

comprensión mutua, restaba apenas

diferentes entre las personas que

una atmosfera de embate, con el

hacen

aumento del volumen de procesos en

parte

en

identificadas

de

la

comunidad

universitaria. En la UFG los conflictos
muchas veces se encaminan a los

y

con

el

para

la

la CDPA.
Con

este

panorama

y

gestores, que deberían intentar dirimir

persuadido por todo el marco jurídico

el disenso, y cuando esto no ocurre la

brasileño

Defensoría Popular a través de la

Autocomposición, como la Resolución

plataforma FalaBR, es la que recibe la

125 de 2010 del Consejo Nacional de

denuncia o representación de una

Justicia, la Ley nº 13.140 de 2015,

supuesta infracción disciplinaria.

surge el proyecto de creación de la

La Coordinación de Procesos
Administrativos

CDPA

es

la

en

materia

de

Cámara de Mediación de la UFG,
responsable

por

atender

a

la

unidad/órgano vinculado al Gabinete

comunidad universitaria antes de que

de

por

haya agravamiento de los conflictos y

asesorar al representante máximo de

consecuentemente sean objeto de

la institución en la investigación de

investigación

conductas

irregularidades.

la

Rectoría

responsable

supuestamente

por

sospecha

de

139

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

entre las personas para propiciar
que ellas puedan, a partir de la
restauración
del
diálogo,
encontrar formas productivas de
lidiar con las disputas (Tartuce,
2015).”
Los
conflictos
pueden

�2- La Creación de la Cámara
de

Prevención

y

Resolución
de

Conflictos de la UFG -

formal destinado a lidiar con los
la

comunidad

universitaria, se manifestó durante la
capacitación ofrecida a los empleados
de la institución, funcionarios de la
CDPA y de la Prorrectoría de Gestión
de Personal - PROPESSOAS/UFG. El
Departamento

de

Desarrollo

de

Recursos Humanos (DDRH) de la
UFG, unidad órgano vinculado a la
PROPESSOAS,

ofreció

capacitación

Mediación

en

una
de

Conflictos en la Administración Pública
(Lima, 2016) en el período del 17/08 al
14/09/2016. Al final, los empleados del
mismo grupo con el interés de
implementar la Mediación en el ámbito
de la Universidad de Federal de Goiás
se reunieron en un grupo de estudios
sobre esta temática. Se destaca que el
DDRH ya les había ofrecido un total de
tres

grupos

Mediación,

de

capacitación

capacitando

a

CDPA. A partir de entonces, bajo la
orientación del Coordinador de la

La idealización de un espacio
de

de voluntarios con interés en actuar en
las sesiones de mediación en la

Administrativa

conflictos

12 (doce) fueron incluidos en un banco

en
44

(cuarenta y cuatro) facilitadores de la

CDPA, un equipo técnico comenzó los
trabajos de elaboración del proyecto
de la Cámara de Prevención y
Resolución

Administrativa

de

Conflictos (CPRAC), a mediados de
febrero de 2017, habiendo finalizado
en junio del mismo año. El equipo de
trabajo fue formado por los siguientes
funcionarios:

José

Carvalho-CDPA

Adriano

de

(Coordinador);

Adriana Oliveira de Santana-CDPA,
Iván Carlos Pereira Gomes-CIAR
(Centro de Aprendizaje en Red de la
UFG), Rogéria Francisca Silva-DDRH
(Equipo Técnico); Rodrigo Corrêa
Pires-CDPA y Tancredo Elvis Santos
Silva-CDPA (Asistentes Jurídicos). El
grupo de estudios entendió que el
método

Autocompositivo

más

adecuado para la UFG, sería la
MEDIACIÓN en razón de la naturaleza
de las relaciones interpersonales, con
convivencia prolongada y muchas
veces con lazos afectivos entre sus
pares en conflicto.

140

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

comunicación, entre estos, empleados

�apreciación del Rector, las principales

Coordinador de la CDPA encaminó al

justificaciones para la implementación

jefe de Gabinete y al Vicerrector, el

del servicio de mediación en la UFG

Proyecto de creación de la Cámara

discutidas en el proyecto fueron: 1) el

CPRAC, colocando el equipo a su

art. 154, III y V del Reglamento

disposición

eventual

General de la UFG, que explica sobre

presentación del proyecto y para

la implementación de las actividades

mayores esclarecimientos. Durante el

necesarias al alcance de los objetivos

período de elaboración del proyecto y

institucionales tales como: la mejora

análisis por parte del Gabinete del

de

Rector,

mediación

institución; mejora de las técnicas,

completó 4 (cuatro) Sesiones de

prácticas y métodos, la reducción del

Mediación de carácter experimental,

volumen

siendo dos en la Regional Goiânia y

disciplinarios, promover una cultura de

dos en la Regional de Catalão, por

paz, brindar mayor acceso a la justicia

medio de Ordenanzas publicadas en

y eficiencia en la conducción de las

un Boletín Especial como parte del

actividades (Fernández, 2019). El

proyecto piloto de creación de la

proyecto fue protocolado a través del

CPRAC. Las sesiones de mediación

Sistema Electrónico de Informaciones

fueron conducidas por un equipo

(SEI/UFG) para apreciación y acción.

para

el

equipo

una

de

compuesto por dos mediadores, un
abogado

y

una

secretaria,

que

culminaron todos en Términos de
Acuerdo entre las partes involucradas,
posteriormente homologadas por el
Magnífico Rector y el encerramiento
del proceso.

los

flujos

de

de

trabajo

de

la

procedimientos

El 22 de febrero de 2019, a
través de votación por el Consejo
Universitario (CONSUNI) de la UFG,
se instituye la Cámara de Prevención
y

Resolución

Administrativa

Conflictos

de

(CPRAC),

concomitantemente, acompañada de

Con el resultado positivo de las

la Autocomposición como una política

sesiones de mediación piloto, el

interna de tratamiento de conflictos

proyecto de creación de la CPRAC

interpersonales

consiguió una mayor robustez para la

funcionamiento se estableció en el

(Pires,

2022),

su

141

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

El 22 de junio de 2017, el

�de

Las situaciones pasibles de que

(CDPA),

sean sometidas al procedimiento de

coordinación que está vinculada al

mediación por la CPRAC, recorren un

Gabinete de la Rectoría. El equipo de

flujo específico que comienza con el

trabajo

un

registro de las representaciones o de

Coordinador General, una Secretaria,

las denuncias, formalizadas en la

un Mediador o Facilitador de la

plataforma

Comunicación4, eventualmente ocurre

posteriormente

la

de

Popular de la UFG, que realiza

mediación de abogados, en el caso de

encaminamientos con el intuito de

que

obtener respuestas para el usuario, y

Procesos

la

Coordinación

Administrativos

está

compuesto

participación
una

de

en

por

sesiones

las

partes

esté

de

se

direccionamiento

garantizar

la

igualdad

ser

a

acompañada de un abogado, para que
pueda

no

FalaBR,
la

posible,

remitida
Defensoría

ocurre

el

hacia

mínima entre ambos. Un especialista

Coordinación

en asuntos específicos, en el caso de

Administrativos - CAA en el ámbito del

que haya necesidad de informaciones

Gabinete de la Rectoría, que realizará

sobre un tema específico para mayor

un

seguridad en la toma de decisiones de

naturaleza

las

del

enseguida se remiten a la CDPA. En

El

esta etapa se realiza un análisis

público atendido está compuesto por

técnico previo de conducta, con el

empleados

y/o

intuito de identificar la existencia de

estatutarios docentes y/o técnicos y

los conflictos que presenten una

discentes, ambos, en la condición de

naturaleza interpersonal, y en el caso

polos activo o pasivos y en sus

del hecho descrito en la denuncia o

relaciones transversales.

representación, ya sea pasible de

La diferencia entre mediador y facilitador de la
comunicación, considerando el contexto de la UFG
es de que el mediador tiene capacitación en
mediación judicial en escuelas de la judicatura o en
el propio Consejo Nacional de Justicia o en
instituciones reconocidas por el Poder Judicial, con
carga horaria específica, de mínimo cien horas,

siendo 40 horas de teoría y 60 horas de práctica con
pasantía supervisada, mientras que los facilitadores
de la comunicación son aquellos capacitados por la
propia institución con la intención de desenvolver
habilidades y competencias para gestionar
conflictos en sus unidades órganos o se fuera de su
interés actuar como voluntario en la CPRAC.

partes,

procedimiento

4

y

Observadores
de

mediación.

tercerizados

de

la

análisis
de

Asuntos

para

identificar

la

la

demanda,

y

142

DESAFIOS JURIDICOS

de

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

ámbito

�suspensión de máximo treinta días, se

competente decide, de forma
fundamentada,
por
el
archivamiento o la instauración
de un procedimiento correccional
conforme previsto en los arts. 5º
y 6º de esta Instrucción
Normativa.

deben limitar a derechos disponibles o

Es en esta etapa que ocurre en

la

CPRAC,

deben

disponer

de

potencial lesivo bajo, que sea pasible
de

penalidad

de

indisponibles

advertencia

de

el ámbito de la CDPA, la deliberación

transacción. Contrario sensu, en el

acerca del itinerario de la demanda.

caso de que los hechos de la denuncia

Siendo la denuncia o representación,

en el juicio de admisibilidad apunten

objeto pasible de investigación, con

elementos mínimos de autoría y

elementos mínimos de autoría y

materialidad

supuesta

materialidad, se generará una Nota

con

Técnica,

infracción

susceptibles

o

de

una

disciplinaria,

un

con

indicación

del

potencial lesivo menor, la demanda

procedimiento oportuno, en el caso

tendrá otro destino.

contrario y luego de un análisis previo

En

virtud

de

los

hechos

mencionados, actualmente la UFG
dispone de un Sistema Multipuertas5
con acceso a través del Juicio
Admisibilidad, que según el Art. 9º de
la Instrucción Normativa de la CGU
Nº14/2018 se denomina:
Art.9º El juicio de admisibilidad
es el acto administrativo por
medio del cual la autoridad
Sistema multipuertas significa decir que, en un
mismo lugar, en este caso la CDPA, existen varias
puertas de acceso a la justicia, como en un menú, y
es posible accesar el procedimiento adecuado, de
acuerdo con la denuncia o representación
encaminada a la unidad/órgano, son estos: puerta
de entrada destinada a la Autocomposición
(mediación), puerta de entrada destinada a la
investigación: Investigación Preliminar Sumaria,
5

identificado el conflicto de naturaleza
interpersonal

o

de

indicios

de

infracción de menor potencial lesivo,
podrá ser encaminada a la CPRAC. Lo
que denota una verdadera fase preprocesal inserida en un microsistema
(Braga Neto, 2020) de distribución de
justicia extrajudicial y administrativa
en el ámbito de la UFG. Son ellos:

Diligencias
Investigativas,
Diligencias
Investigativas Patrimoniales. Puerta de entrada
destinada
a
Procedimientos
Acusatorios:
Indagatoria Acusatoria, Proceso Administrativo
Disciplinario Sumario, Proceso Disciplinario, y por
último puerta de entrada destinada a
Procedimientos Especiales de acuerdo a la
naturaleza del negocio: Acta de Ajuste de Conducta
por sus siglas en portugués - TAC.

143

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

punición, para que sea encaminada a

�Investigación

Preliminar Sumaria, Diligencia
Investigativa,
● naturaleza

contenciosa:

Proceso Disciplinario, Proceso

Con la implementación de la

Administrativo de Rito Sumario,
Proceso

Administrativo

Responsabilización

de

de

Cámara de Mediación, una política de

la

no judicialización de los conflictos en
el ámbito de la UFG ha favorecido el

Empresa
●

naturaleza

consensual:

fomento

de

principios

Mediación,

negociación

administración

pública

la

como

eficiencia, transparencia y celeridad,

Asistida
●

de

negociación

pues procedimientos más graves y

bilateral: Acta de Ajuste de

complejos corporeizan como la última

Conducta,

ratio, aquellos que no tienen la

naturaleza

● Archivamiento o retorno a la

posibilidad de empleo de métodos

unidad/órgano de origen para

consensuales, si no apenas los del

actos de gestión.

sistema correccional de característica
contenciosa, debido a su gravedad.

Ana Raquel Aires Fernandes en
su disertación de maestría cuyo título

Identificado un conflicto de

es la Eficiencia y Transparencia en la

naturaleza interpersonal a través del

Conducción

análisis

de

los

Procesos

previo

realizado

por

Disciplinarios en las Universidades

funcionarios de la CDPA, el proceso se

Federales nos habla de la estructura

remite

del Sistema Correccional:

encaminarán a través de la secretaría

(...) el régimen disciplinario tiene
por objeto la corrección de una
conducta inadecuada de un
empleado
público
o
la
prevención de la misma. Para
que esto sea posible, se
entiende
que
el
sistema

a

la

CPRAC,

allá

se

invitaciones con fecha y hora, a una
sesión de mediación, teniendo como
principio excelso, la autonomía de la
voluntad de las partes involucradas,
con la opción de realización por medio

144

DESAFIOS JURIDICOS

investigativa:

correccional
necesita
organizarse de forma bien
estructurada, con un aparato
coherente para esta finalidad y
que los procesos disciplinarios
se establezcan de forma más
eficiente
y
transparente
(Fernández, 2019).

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

● procedimiento de naturaleza

�presencialmente.

Mediante

o

máxima de la institución, ya sea, la/el

la

Rector/a que podrá homologarla, y

aceptación de los involucrados, a la

consecuentemente

sesión de mediación, esta transcurre

archivamiento

con la participación del mediador y co-

finalización, en el caso de que no se

mediador

la

llegue a un acuerdo, el proceso se

que

envía a un juicio de admisibilidad para

o

comunicación

facilitadores

de

multipartita,

fungirán como catalizadores, o sea,

cooperativo, siempre con la intención
de

equilibrar

la

reconociendo

balanza

las

y

cuestiones

planteadas para la sesión. Las etapas
serán muy bien delimitadas: apertura
de

la

sesión;

agradecimiento,

establecimiento de reglas, elucidación
de dudas en relación al procedimiento.
Durante

el

procedimiento

los

mediadores cuentan con el empleo de
herramientas de mediación como:
rapport; escucha activa, comunicación
no

violenta,

naturalización

recontextualización,
de

los

conflictos,

preguntas para estimular el discurso,
implícitas,

proceso

y

su

El equipo de la CDPA en
colaboración con el de Gestión de
Personal ofrecen capacitaciones en
Gestión de Conflictos para toda la
comunidad universitaria a excepción
de los discentes, con el intuito de
capacitar voluntarios para actuar junto
con

la

CPRAC

conduciendo

las

sesiones de mediación en la condición
de facilitadores de la comunicación y a
los gestores de unidades/órganos
cuya

meta

es

habilidades

el
y

comunicacionales,

desarrollo

de

competencias
para

el

no

agravamiento de conflictos dentro de
su línea de actuación.

estímulo para la presentación de
propuestas

del

el

análisis.

inspirando un ambiente de diálogo
competitivo y propiciando un diálogo

ocurrirá

El equipo de la CDPA también

visión

coordina un proyecto de evento de

prospectiva, caucus, entre otras. En el

extensión, que se realiza anualmente,

caso de llegar a un consenso entre las

el

partes, el Acta del acuerdo firmado por

Mediación de las IFES, que se

ambos se remite a la autoridad

encuentra en la segunda edición, y

Encuentro

de

Cámaras

de

145

DESAFIOS JURIDICOS

videoconferencia

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

de

�de instituciones que planean o ya

de que el evento ocurra en el mes de

tienen métodos Autocompositivos a

agosto en los días 22, 23 y 24 con el

disposición de su comunidad, e aun

tema: “Mediación y el Enfrentamiento

busca el intercambio de experiencias

de la Violencia en el Ambiente

con buenas prácticas y cooperación

Académico”, con la participación de

técnica

palestritas de varias IFES, inclusive de

para

las

sesiones

de

mediación con la participación de

los

Institutos

funcionarios externos a la UFG,

contribuirán con sus experiencias en

capacitados y vinculados a otras IFES.

lo que se refiere a la mediación.

1 - Flujograma de Demandas CDPA

Federales,

que

(Santana, 2023)

Fuente. (SANTANA, 2023)

En la presente discusión, la

universitaria, de convivencia duradera

Autocomposición en el ámbito de la

y

UFG, señaló que la mediación fue la

resultados

modalidad más adecuada, debido a la

significativas

naturaleza

relaciones

demostrando así que se trata de un

comunidad

soplo de aire fresco en toda la

de

interpersonales

las
en

la

vínculos

afectivos,

presentó

positivos,

con

cifras

de

acuerdos

y

146

DESAFIOS JURIDICOS

En el año de 2023 la propuesta es la

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

tiene por objetivo la de crear una red

�control

supuestas conductas tenidas como

sancionador

Acoso Moral, una supuesta infracción

disciplinario en el ámbito de la

a la Ética, una falta de urbanidad, una

Administración Pública. El informe de

importunación a través de e-mail y

actividades

CDPA

redes sociales, siendo todas luego

disponible en su página electrónica,

encaminadas para que se realice un

tiene

brindar

nuevo análisis mediante un juicio de

a

admisibilidad,

administrativo

2022

por

de

de

la

objetivo

informaciones

referentes

las

contemplando

actividades relativas al año de 2022

resultados

con acceso libre, destacan números e

elaboración de un Acta de Ajuste de

informaciones importantes sobre el

Conducta - TAC o procedimiento

impacto de la Autocomposición en la

correccional.

institución. Siendo así, los números
demuestran que en el año 2022 hubo
un direccionamiento de 17(diecisiete)
procesos a la CPRAC, con el intuito de
proponer sesiones de mediación a las
partes involucradas, quedando al final
7 (siete) procedimientos de mediación
ocurridos con la recepción de las
invitaciones realizadas, siendo que un
proceso más ocurrió en una sesión de
mediación.

Todos

los

procesos

como

otros

archivamiento,

Los hallazgos retratan que la
implementación

de

Métodos

Autocompositivos en el ámbito de la
UFG, a través de la Mediación, con el
objetivo de promover la cultura de paz,
han conseguido reducir el número de
procedimientos disciplinarios, de no
judicialización

de

los

conflictos

interpersonales y el acceso a la
justicia.

sometidos a sesiones de mediación en

Sabiendo esto, se puede notar

la CPRAC, resultaron en un Acta de

que la Mediación de Conflictos tiene

acuerdo, posteriormente homologado

un potencial, de reconocer, a través

por

del

la

autoridad

máxima

de

la

diálogo,

aspectos

como

institución, dando así por terminado el

situaciones

antagonismo. Se observó que hubo el

acompañado

desestimo de diez invitaciones, entre

promoviendo el acceso de la persona

ellas,

como

el

objeto

procesal

reveló

parte

de
de
de

desentendimiento
animosidades,
la

comunidad

147

DESAFIOS JURIDICOS

tradicional

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

estructura

�de un tercero multipartita, preservando

resultado en acuerdo. Fue posible

la autonomía de la voluntad de las

constatar la reducción en el volumen

partes, la privacidad y la preservación

de procesos disciplinarios, economía,

de una buena convivencia.

eficiencia y celeridad en la prestación

En este sentido, la Mediación
viene siendo aplicada en situaciones
adversas,

posibilitando

nuevas

comprensiones acerca del conflicto,
con espacio inclusive para emociones,
sentimientos,

esto

porque

fueron

sesiones

de

mediación

han

de los servicios. En lo que se refiere a
la

comunidad

universitaria,

la

preservación de la privacidad y de los
relacionamientos interpersonales.
Por lo tanto, la UFG necesita
avanzar

en

el

desarrollo

de

la

realizadas encuestas y análisis de

Mediación, en la que las prácticas

resultados que revelaron un índice de

consensuales necesitan consolidarse,

acuerdos importantes.

ayudando a la integración de las

CONCLUSIÓN
La actividad desarrollada en la

prácticas de gestión de conflictos en el
contexto socioeducativo, laboral y de
relaciones interpersonales.

cámara de mediación de la UFG es
reciente, pero ya ha obtenido buenos
resultados, siendo que la mayoría de

Referencias:
Analisa UFG. Painéis indicadores. Goiânia - Goiás, Universidade Federal de Goiás.
2023. Disponível em: https://analisa.ufg.br/p/25629-paineis-de-indicadores
Acesso em: 01, ago. 2023.
Beirão, Karina Jansen. Diretrizes para gestão de conflitos interpessoais na
Universidade Federal de Santa Catarina a partir da consensualidade.

148

DESAFIOS JURIDICOS

las

VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

universitaria, al consenso, con auxilio

�universitária. Florianópolis, UFSC, Universidade de Santa Catarina.
Florianópolis.2021.

Disponível

em:

https://repositorio.ufsc.br/handle/123456789/230955?show=full. Acesso em:
20, jul. 2022
Braga Neto, Adolfo. A mediação e a Administração Pública. São Paulo, PUC-SP,
2020. 233 f. Dissertação (Mestrado em Direito) - Programa de Estudos PósGraduados em Direito, Pontifícia Universidade Católica de São Paulo, São
Paulo,

2020.

Disponível

em:

https://tede2.pucsp.br/bitstream/handle/23274/2/Adolfo%20Braga%20Neto.
pdf. Acesso em: 01, ago. 2023.
Brasil. Lei n. 4.024, de 20 de dezembro de 1961. Fixa as Diretrizes da Educação
Nacional.

Disponível

em

https://www2.camara.leg.br/legin/fed/lei/1960-

1969/lei-4024-20-dezembro-1961-353722-normaatualizada-pl.pdf.

Acesso

em 07/08/2023.
Brasil. Lei n. 5.540 de 28 de novembro de 1968. Fixa normas de organização e
funcionamento do ensino superior e sua articulação com a escola média, e
dá

outras

providencias.

Disponivel

em

https://www2.camara.leg.br/legin/fed/lei/1960-1969/lei-5540-28-novembro1968-359201-publicacaooriginal-1-pl.html. Acesso em 07/08/2023.
Brasil. Lei n. 9.394 de 20 de dezembro de 1996. Estabelece as diretrizes e bases
da

educaçao

nacional.

Disponivel

em

http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l9394.htm. Acesso em 07/08/2023.

149

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Dissertação. Mestrado. Programa de Pós-graduação em administração

�servidores públicos civis da União, das autarquias e das fundações públicas
federais.

Disponível

em:

https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l8112cons.htm. Acesso em: 01, ago.
2023.
Brasil. Lei n. 9784, de 29 de janeiro de 1999. Regula o processo administrativo no
âmbito da Administração Pública Federal. Diário Oficial da União, Brasília, 1
fev.

1999.

Disponível

em:

https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l9784.htm. Acesso em: 01, ago.
2023.
Brasil, Lei n. 12.711 de 29 de agosto de 2012. Dipoe sobre o ingresso nas
universidade federais e nas instituições federais de ensino técnico de nível
médio e da outras providências.
Disponivel

em

https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-

2014/2012/lei/l12711.htm. Acesso em 07/08/2023.
Brasil. Lei n. 12.990 de 9 de junho de 2014. Reserva aos negros 20% (vinte por
cento) das vagas oferecidas nos concursos públicos para provimento de
cargos efetivos e empregos públicos no âmbito da administração pública
federal, das autarquias, das fundações públicas, das empresas públicas e
das sociedades de economia mista controladas pela União.Disponível em
https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2011-2014/2014/lei/l12990.htm.
Acesso em 07/08/2023.
BrasiL. Lei 13.140, de 26 de junho de 2015. Dispõe sobre a mediação entre
particulares como meio de solução de controvérsias e sobre a
150

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

Brasil. Lei n. 8.112, de 11 de dezembro de 1990. Dispõe sobre regime jurídico dos

�oficial da União. Brasília, 2015.
Brasil. Ministério da Transparência, Fiscalização e Controladoria-Geral da União.
Instrução Normativa n.14, de 14 de novembro de 2018. Disponível em:
https://repositorio.cgu.gov.br/bitstream/1/33694/19/IN%20n.%2014_14-112018_regulamenta%20SISCOR.pdf. Acesso em: 01, ago. 2023.

Conselho Nacional de Justiça. Resolução nº 125, de 29 de novembro de 2010.
Dispõe sobre a Política Judiciária Nacional de tratamento adequado dos
conflitos de interesses no âmbito do Poder Judiciário e dá outras
providências. Disponível em: https://atos.cnj.jus.br/atos/detalhar/156. Acesso
em: 01, ago. 2023.
Cruvinel, Pedro Henrique Moreira. Instituições Federais de Ensino Superior como
instrumento de política pública de inclusão social sob o viés constitucional: O
caso da Universidade Federal de Goiás. Goiãnia, UFG, Dissertação de
Mestrado do Programa de Pós graduação em Direito e Políticas Públicas da
Universidade Federal de Goiás. Goiânia. - 2020. Disponível em:
https://repositorio.bc.ufg.br/tede/bitstream/tede/11099/3/Disserta%C3%A7%
C3%A3o%20-%20Pedro%20Henrique%20Moreira%20Cruvinel%20%202020.pdf. Acesso em: 01, ago. 2023.
Fernández, A. R. A. R. Eficiência e transparência na condução dos processos
disciplinares das universidades federais. Goiânia, UFG, 2019. 180 f.
Dissertação (Mestrado em Administração Pública em Rede Nacional) Universidade Federal de Goiás, Aparecida de Goiânia, 2019. Disponível em:
151

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

autocomposição de conflitos no âmbito da administração pública. Diário

�3%A3o%20-%20Ana%20Raquel%20Aires%20Ribeiro%20Fernandes%20%202019.pdf. Acesso em: 01, ago. 2023.
Goffman, Erving. Estigma: Notas sobre a Manipulação da Identidade Deteriorada.
Rio de Janeiro: Zahar Editores, 1980.
Hirigoyen, Marie - France. Assédio Moral: a violência perversa no cotidiano/MarieFrance Hirigoyen. 20ª ed. - Rio de Janeiro: Bertrand Brasil, 2022.
Pires, R.C. A autocomposição como política pública de tratamento de conflitos
administrativos na UFG a partir de 2019: a CPRAC – Câmara de Prevenção
e Resolução Administrativa de Conflitos. Goiânia, UFG. 2020. 197 f.
Dissertação (Mestrado em Direito e Políticas Públicas) - Universidade
Federal

de

Goiás,

Goiânia,

2020.

Disponível

em:

http://repositorio.bc.ufg.br/tede/handle/tede/11118. Acesso em: 01, ago.
2023.
Ruiz, Ivan Aparecido; NOGUEIRA, Luís Fernando. A mediação como instrumento
de efetivação do direito humano e fundamental do acesso à justiça em uma
nova face: o ser Humano como seu construtor e protagonista. In: BENTES,
Hilda Helena Soares; SALLES, Sérgio de Souza (Orgs.). Mediação e
educação em direitos humanos. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2012.
Santana, Adriana Oliveira de. Informações essenciais sobre a mediação.
cdpa.ufg.br. 2019.Disponível em https://cdpa.ufg.br/p/29843-informacoesessenciais-sobre-a-mediacao. Acesso em 07/08/2023.
Silva, Tancredo Elvis Santos. TRANSPARÊNCIA E EFICIÊNCIA FUNCIONAL EM
SISTEMA DE CORREIÇÃO DE INSTITUIÇÕES FEDERAIS DE ENSINO
152

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

https://repositorio.bc.ufg.br/tede/bitstream/tede/9608/5/Disserta%C3%A7%C

�Pós graduação em Direito e Políticas Públicas da Universidade Federal de
Goiás.

Goiânia.

2019.

Disponível

em:

https://files.cercomp.ufg.br/weby/up/949/o/Trabalho_final_Tancredo_Elvis.pd
f. Acesso em: 01, ago. 2023.
Tartuce, Fernanda. Mediação nos Conflitos Civis./Fernanda Tartuce - 2ª. ed; rev;
atual e ampl - Rio de Janeiro: Forense; São Paulo: MÉTODO:2015.
Universidade Federal de Goiás. Resolução 01 de 17 de abril de 2015.Aprova o
Regimento Geral da Universidade Federal de Goiás. Disponível em:
https://files.cercomp.ufg.br/weby/up/1/o/RESOLUCAO-3CO-01-2015.pdf.
Acesso em: 01, ago. 2023.
Universidade Federal de Goiás. Gabinete da Reitoria. Coordenação de Processo
Administrativo. Tancredo Elvis Santos Silva. Relatório de atividades 2022.
Goiânia.

2023.Disponível

em:

https://files.cercomp.ufg.br/weby/up/137/o/Relat%C3%B3rio_de_Atividades
_2022_-_vers%C3%A3o_para_publica%C3%A7%C3%A3o.pdf. Acesso em:
01, ago. 2023.

153

DESAFIOS JURIDICOS
VOL. 4 NUM. 7
JUL. – DIC. 2024

SUPERIOR, Goiânia, UFG, 2019. Dissertação de Mestrado. Programa de

�CRITICA
FOTOGRAFÍA: MOMENTO 1, DANIEL VÁZQUEZ AZAMAR.

�LA REINVENCIÓN DEL
FEDERALISMO DESDE LA JUSTICIA
LOCAL
THE REINVENTION OF FEDERALISM
FROM THE LOCAL JUSTICE SYSTEM

Moisés Molina Reyes
Poder Judicial del Estado de Oaxaca
https://orcid.org/0000-0002-4289-0051
moisesmolinar@hotmail.com

Resumen: En el presente ensayo se alimenta el debate actualmente abierto pero intermitente sobre
la pertinencia de que las entidades federativas sean dueñas de “la última palabra” en la solución de
controversias planteadas ante sus poderes judiciales locales; y de que revitalicen el
constitucionalismo local a través del ejercicio de la justicia constitucional local como conjunto de
medios para garantizar la supremacía de sus constituciones. Aquí se abordan los temas relativos al
federalismo, el constitucionalismo local, el federalismo judicial, la justicia constitucional local y la
jurisdicción constitucional local.
Palabras Clave: federalismo, forma de gobierno, seguridad
Abstract: This essay feeds the currently open but intermittent debate on the relevance of the federal
entities being owners of "the last word" in the solution of disputes raised before their local judicial
powers; and that they revitalize local constitutionalism through the exercise of local constitutional
justice as a set of means to guarantee the supremacy of their constitutions. Here topics related to

Cómo citar:
Molina, M. (2024) La reinvención del Federalismo desde la Justicia Local, Revista Desafíos Jurídicos,
4(7). https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-157

�Keywords: federalism, form of government, security

federal. Nadie que viva hoy en México
A modo de introducción

puede tener memoria (ni remota) de
un auténtico federalismo mexicano.

El federalismo entendido no sólo como

Los constantes cuestionamientos de

doctrina sino como forma de gobierno

gobernadores y sectores importantes

tiene en su centro a las partes

de opinión de varias entidades para

integrantes de la federación que

replantear

“ceden”,

originario,

hacendario, las enormes brechas que

facultades a un ente superior creado

existen en el desarrollo nacional entre

por ese pacto en aras de garantizar -

entidades del norte, el centro y el sur,

más que cualquier otra cosa- la

y la omnipresencia de la esfera federal

seguridad

en las decisiones finales de los

en

y

un

la

pacto

prosperidad

las

entidades federativas.

estados

el

famoso

son

federalismo

síntomas

de

federalismo

enfermo

Así, la asignación racional a los

replantearse

desde

estados, de facultades exclusivas

poderes judiciales estatales como

suficientes a para asegurar la eficacia

guardianes de sus constituciones y

y eficiencia de su gobierno interior, y la

garantes

justa redistribución del ingreso por la

constitucional

vía de los impuestos, deben ser las

convencional difuso están llamados a

notas definitorias de un verdadero

ser actores de relevancia en este

federalismo.

replanteamiento

de

que

un

lo

la
y

debe

local.

Lo

supremacía
el

del

control

sistema

federalista.
Lo cierto es que 1824 fue quizás el
único momento en nuestra historia en

Federalismo

que se honró desde la Constitución la
verdadera esencia de una república

156

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

constitutional jurisdiction are addressed.

DESAFIOS JURIDICOS 2024

federalism, local constitutionalism, judicial federalism, local constitutional justice and local

�bien

lo

apunta

tres etapas sucesivas en la formación

Martínez Sánchez que:

Francisco

de un Estado federal “constituidas
respectivamente por la independencia

“ni la federación, ni un estado pueden

previa de los Estados que se unen, por

inmiscuirse en el régimen interior de

la alianza que conciertan entre sí, y

otro, por lo que se advierte de esta

por la creación de una nueva entidad

manera que las entidades federativas

distinta y coexistente derivada de

son soberanas en la medida en que el

dicha alianza” (Burgoa, 1994).1

constituyente

originario

estimó

la

forma en que debe ejercerse por los
Así entendido el federalismo es un

estados y la federación”. (Martínez

diseño institucional y político que tiene

Sánchez, 1998)2

en su origen y su teleología a las
entidades federativas. Todo cuanto se

En

el

federalismo

haga para construir una república

norteamericano que fue el que inspiró

federal se tendrá que hacer, como se

nuestro pacto constitucional de 1824

hizo y se mantiene originariamente en

salvaguardó -y así sigue hasta la

los Estados Unidos, pensando en la

fecha- no solo la “dignidad”, sino la

prosperidad y el orden de sus partes

consideración

integrantes. Ello lleva implícita la

fundacionales a cada una de sus

consideración de que dichas partes

colonias

son soberanas en lo que respecta a su

Estados.

cuando

originario

de

padres

convertidas

en

régimen interior.
En un auténtico sistema federal, los
Esta idea de la soberanía estadual es

estados

perfectamente compatible con la idea

específico propio incluso frente a

de soberanía única e indivisible que se

potenciales abusos de los poderes

confiere al Estado mexicano, e implica

federales.

1

2

BURGOA ORIHUELA, Ignacio, Derecho
Constitucional Mexicano, 9ª ed., Ed. Porrúa,
México 1994. Pp. 407

tienen

En

poder

México

y

peso

nuestro

MARTÍNEZ SÁNCHEZ, Francisco, El control
interno de las constituciones de los estados
de la república mexicana, Ed. Porrúa, México
1998, p.6.

157

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

como

DESAFIOS JURIDICOS 2024

Fue Ignacio Burgoa quien advirtió las

�una perversión de la doctrina y su

de derecho que en sus planes de

espíritu original. Y se ha convertido en

estudio le dan un lugar al estudio de la

poco menos que letra muerta en la ley

norma

y en la teoría. Siempre que se

federativa, que debiera estudiarse a la

proyectan

par o incluso antes que la propia

discusiones

sobre

el

suprema

de

su

entidad

federalismo mexicano, son más los

Constitución federal.

cuestionamientos que las certezas y

Las constituciones estaduales son

bondades, los que aparecen.

pactos fundacionales recopilatorios de
los valores y los principios que definen

En un arreglo donde existen estados

y norman la vida social; son también

que dependen ofensivamente del

declaración de aspiraciones comunes

centro

y expresión de identidad.

no

se

federalismo.

puede
El

hablar

de

avasallamiento

presupuestal va a la cabeza de las
distintas

formas,

ámbitos

Daniel Barceló ha escrito:

y

competencias en que un centralismo

“En la Constitución Estatal cada

disfrazado de federalismo opera en

pueblo

México.

determina cual es su territorio y a

de

la

república

federal

quienes reconoce como integrantes
Constitucionalismo local

de

su

sociedad

política.

En

la

Constitución Estatal un pueblo se
Las

constituciones

locales

como

autodefine como sociedad política con

expresión de la soberanía estadual

nombre

han sido prácticamente borradas del

2016)3

constitucionalismo

mexicano.

propio”.

(Barceló

Rojas,

El

derecho constitucional en nuestro país

En los orígenes del federalismo fueron

se

aplica

las Constituciones locales las que

fundamentalmente desde lo federal.

primero se concibieron como normas

3

mexicano. 1ª edición, Ed. UNAM-IIJ, México 2016,
P. 110.

enseña

y

se

BARCELÓ ROJAS, Daniel A, Teoría del
federalismo y del derecho constitucional estatal

158

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

Son escasas las escuelas o facultades

DESAFIOS JURIDICOS 2024

federalismo, como toda mala copia, es

�cuando los representantes de los

defensa y garantía de su propio orden

Estados aprueban su Constitución

constitucional.

Federal, en su redacción y su espíritu
se

respetó

las

Manuel González Oropeza habla de

Constituciones de los estados como

constituciones locales devaluadas por

normas supremas y se crea un orden

el centralismo jurídico y político a partir

constitucional dual integrado por la

de 1917.

Constitución

el

concepto

Federal

y

Constituciones de cada

de

por

las

uno de los

“En

ese

periodo,

el

estados. Alan Tarr le llamó a ese

constitucional

engranaje “dualismo constitucional”

federativas

que se resume en la idea de Donald

sensiblemente y las constituciones

Lutz de que por sí sola, la Constitución

locales fueron reconducidas en el

Federal

mejor de los casos el rol de leyes

es

un

texto

incompleto,

de

espacio

las

entidades

fue

porque no puede operar eficazmente

reglamentarias

sin las Constituciones de los estados.

federal”. (González Oropeza, 2006)4

Eso es lo que parecemos haber

Nuestro artículo 133 constitucional

perdido de vista en México. Dejamos

recipiendario

de entender que la relación entre la

constitucional

federación y los estados; y entre las

mención de “Constitución” a la federal

constituciones federal y locales no es

e

de

entidades

constituciones de los estados para

federativas no son autónomas, son,

que se acomoden en la categoría de

por acuerdo constitucional, soberanas

“leyes que emanen de ella”.

subordinación.

Las

ignora

de

reducido

de

la

la

reserva

constitución

supremacía
la

olímpicamente

única
a

las

en todo lo que concierne a su régimen
interior. Los estados están llamados a

Federalismo Judicial

4

entidades federativas, González Oropeza Manuel
y Ferrer Mac-Gregor, Eduardo Coordinadores.
Porrúa, México 2006. P. 391.

GONZÁLEZ OROPEZA, Manuel, Desarrollo del
control constitucional de las entidades
federativas, En la justicia constitucional en las

159

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

ejercer su soberanía a través de la

DESAFIOS JURIDICOS 2024

supremas desde 1776 y en 1787

�federales las han dado los grupos

competencias se reparten para el

armados y políticos vencedores. Por

óptimo funcionamiento del sistema. En

eso el de Carranza fue un federalismo

el

impuesto desde el centro.

México

posrevolucionario,

la

competencia de decidir los asuntos

Mejía

más

los

proponen además la coexistencia de

judiciales- se las arrogó la federación.

varios federalismos agrupados por

Nuestro

materia:

trascendentes

-incluidos

constitucionalismo

producto

final

del

como

movimiento

Garza

y

Rojas

Zamudio

federalismo

laboral,

educativo, en salubridad, penal, en

revolucionario de 1910 surgió de

turismo,

arriba hacia abajo. El único liderazgo

responsabilidades de los servidores

constitucionalista

públicos. (Mejía Garza, 2018)5

visible

era

en

transparencia

y

en

Venustiano Carranza desde el nombre

A la anterior clasificación bien podría

de su división armada que era el

anteceder

Ejército

Fue

federalismo por competencias que

Carranza el que propuso el proyecto

aluda a la relación entre los poderes

de

el

federales y los locales. Así claramente

constituyente y todos sus debates (a

podría hablarse de un federalismo

pesar

ejecutivo, un federalismo legislativo y

Constitucionalista.

nueva
de

excepciones)

constitución
brillantes
sirvieron

y

y

notables
solo

para

una

partición

del

un federalismo judicial.

convalidar dicho proyecto que diseñó
la nueva república centralista con

Doctrinariamente

ha

sido

el

ropajes federalistas.

federalismo judicial el que más ha
caminado con pies propios. Fue en la

En México, en consecuencia, no

década de los setentas del siglo

hemos tenido un solo sistema federal

pasado que en los Estados Unidos

y desde nuestra primera Constitución

surgió el movimiento llamado “nuevo

como nación independiente el sello y

federalismo judicial” que propugnaba

5

rompecabezas actual. Ed. FCE, México 2018,
pp. 95-196.

MEJÍA GARZA, Raúl y ROJAS ZAMUDIO,
Laura Patricia, Federalismo(s) el

160

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

En el tipo de diseño federal, las

DESAFIOS JURIDICOS 2024

las notas definitorias de esos sistemas

�jurídicos voltearan la mirada hacia sus

interdicción ante la imposibilidad de

propias constituciones estatales y los

tomar sus propias decisiones en

derechos ahí consagrados ante el

última instancia.

avance del conservadurismo en la
Corte

Suprema

reconocimiento
derechos

que
y

el

humanos

inhibía

el

ejercicio

de

durante

la

La discapacidad judicial local
No existe en México memoria, más

presidencia de Warren Burger.

que documental, del momento en que

En el caso de México a la rama judicial

los poderes judiciales de los estados

del gobierno se canceló desde el texto

resolvían en última instancia sus

constitucional de 1917, en contra de

propios asuntos.

toda razón y valiosos argumentos, la

Ese debe ser y no otro, a mi juicio, el

posibilidad

sello

de

que

los

poderes

judiciales de los estados ejercieran su

de

cualquier

auténtico

federalismo judicial.

soberanía interior.
La Constitución de 1824 era expresa
De esta manera si “el concepto de

en su artículo 160: “El Poder Judicial

federalismo judicial lato sensu se

de cada estado ejercerá por los

refiere a la relación entre los tribunales

tribunales que establezca o designe la

federales y los tribunales locales en un

Constitución; y todas las causas

sistema

civiles o criminales que pertenezcan al

federal”

(Acuña

Roldán,

2018)6, en nuestro país las relaciones

conocimiento

son más bien de subordinación.

serán fenecidas en ellos hasta su

Los

jueces

de

amparo

se

han

convertido en una suerte de tutores y

de

estos

tribunales

última instancia y ejecución de la
última sentencia” (CPEUM, 1824)7.

los tribunales locales se han puesto
6

ACUÑA ROLDÁN, Juan Manuel, Federalismo
judicial en México, en Derecho procesal
constitucional. Nuevas expresiones a la luz del
paradigma de los derechos humanos, Ferrer MacGregor Eduardo y Uribe Arzate Enrique,
coordinadores. Porrúa, México 2018, p. 343.

7

Constitución de 1824. Constitución Federal de
los Estados Unidos Mexicanos.
https://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig
/const_mex/const_1824.pdf

161

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

bajo una especie de estado de

DESAFIOS JURIDICOS 2024

la conveniencia de que los operadores

�exponemos

sucintamente

superan en peso específico cualquier

nuestra manera de ver:

elaboración teórica o doctrinal por
impecable

que

racionalmente

pudiera

(como

la

ser

“I. En las reglas del artículo 107 del

del

proyecto se establece el amparo

federalismo en su estado más puro),

contra

hicieron que desde la Constitución de

pronunciadas en juicios civiles y en

1857 la justicia local comenzara a

juicios

nulificarse, hasta llegar en 1917 al

completamente la administración de

reconocimiento

justicia de los tribunales comunes de

constitucional

del

juicio de amparo.

sentencias
penales.

definitivas
Esto

nulifica

los Estados, porque la sentencia
pronunciada por éstos será atacada

Así

lo

advirtieron

diputados

ante la Corte mediante el amparo; y

Heriberto Jara e Hilario Medina en su

sea que este alto tribunal confirme o

voto particular sobre el artículo 107 del

revoque aquel fallo, tendrá el derecho

proyecto de nueva Constitución de

de revisión sobre la justicia local,

1917

produciendo el desprestigio de ésta;

presentado

los

por

Venustiano

Carranza, que me permito citar en

II. Los Estados, por sus tribunales,

extenso por la puntualidad y la

deben sentenciar definitivamente los

trascendencia de su contenido:

litigios y las causas criminales de los
habitantes sometidos a su soberanía y

“Ciudadanos

Una

no dejar nunca su justicia en manos

diferencia de apreciación sobre el

ajenas, porque resultaría curioso que

papel del amparo garantizador de los

un Estado que se llama soberano no

derechos del hombre ha ocasionado

pueda impartir justicia;

este voto particular sobre el artículo

III. La Constitución de 1824 tenía un

107 del proyecto que reglamenta los

principio que parece estar de sobra en

casos de procedencia de aquel juicio.

una república federal; pero que hoy

A

sirve para mostrar lo que debe ser la

reserva

diputados:

de

ampliar

nuestros

razonamientos en la discusión del

justicia en un Estado.

162

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

artículo,

DESAFIOS JURIDICOS 2024

Las fuentes reales del derecho, que

�sistema del artículo 107 del proyecto

la promesa de la Constitución de

se nulifique la justicia local; es un

1857, relativa a asegurar a los estados

hecho de experiencia que ningún

la forma republicana, representativa y

litigante se conforme con la última

popular, pues a la sombra de este

sentencia del tribunal de un Estado y

principio, que también es fundamental

que acude siempre a la Corte. De ahí

en el sistema de gobierno federal

ha venido la poca confianza que se

adoptado para la nación entera, los

tiene a la justicia local, el poco respeto

poderes del centro se han ingerido en

que litigantes de mala fe tienen para

la administración interior de un estado

ella y la falta bien sentida de tribunales

cuando sus gobernantes no han sido

regionales prestigiados. Y, en efecto,

dóciles a las órdenes de aquéllos, o

en el más alto tribunal de un Estado

sólo se ha dejado que en cada entidad

nunca

como

federativa se entronice un verdadero

definitivas, y así los juicios en realidad

cacicazgo, que no otra cosa ha sido,

tienen cuatro instancias: la primera, la

casi

segunda, la súplica y el amparo. ”18

administración de los gobernadores

hay

sentencias

inevitablemente,

la

llamada

que ha visto la nación desfilar en
En contraposición, los motivos de

aquéllas.”29

Carranza para legitimar la tutela de los
poderes judiciales locales a cargo del

La historia nos ha demostrado que

federal, en aquel mismo Congreso

toda modificación constitucional no es

Constituyente, son reveladores:

siempre un salto hacia adelante. En
nombre del reformismo se han dado
también los más graves retrocesos.

18

Voto particular de los CC Heriberto Jara e
Hilario Medina, sobre el artículo 107 del
proyecto de reformas, Diario de los Debates
del Congreso Constituyente (1917), tomo II,
número 65. Igualmente ver los números 68
y 69, donde se encuentra la discusión. CFR.
Lucio Cabrera Acevedo. El Constituyente de
1917 y el Poder Judicial de la Federación.

Una visión del siglo XX, México, SCJN,
2002, p. 37-45
29

Diario de los Debates del Congreso
Constituyente (1917), Tomo I, núm. 12.

163

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

“Finalmente, ha sido también en vana

DESAFIOS JURIDICOS 2024

IV. No es vano temor el de que con el

�los

nueva época de pluralismo, que si

documenta

Mario

Álvarez

Ledesma en su estudio del artículo 1

bien

constitucional de las constituciones de

amenazada,

1857

reforma

sostenimiento de los argumentos que

constitucional en materia de derechos

llevaron al Constituyente a poner al

humanos de 2011 regresamos al

Poder Judicial de la Federación por

espíritu del texto supremo del 57 y

encima de los Poderes Judiciales de

recuperamos

concepción

los estados. Los estados no cedieron

multidimensional de los derechos

la facultad de decidir en última

humanos que es punto de partida de

instancia.

su entendimiento, su estudio y su

revolucionaria se las impuso. Y hoy no

aplicación.

hay razón para que ello continúe así

y

1917.

Con

la

la

hoy

cuando

se

ve
no

justifica

La

es

nuevamente
el

circunstancia

en

las

entidades

De la misma manera es necesario

federativas en donde se resuelven la

replantear la facultad federal de

inmensa mayoría de las causas

revisar

comunes que en la gran mayoría de

por

vía

del

amparo

las

resoluciones de los poderes judiciales

los

casos

locales.

confirman.

En el México posrevolucionario las

La

razones de Carranza pudieron haber

constitucional local

justicia

los

y

jueces

la

federales

jurisdicción

sido de peso, pero hoy la forma en la
que

opera

el

federalismo

y

Otra de las arenas desde donde se

especialmente el federalismo judicial

puede

reconstruir

el

federalismo

ayudan más a prohijar lo que en su

mexicano desde lo judicial es la del

justificación originaria combatía: el

control de la constitucionalidad. Ya

cacicazgo.

hemos descrito que los estados de la
república son soberanos y que las

Las sucesivas alternancias políticas

constituciones locales son expresión

que llegaron a México en los albores

de esa soberanía. Al ser documentos

164

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

del tercer milenio inauguraron una

DESAFIOS JURIDICOS 2024

Uno de los ejemplos más elocuentes

�necesitan ser eficaces y la supremacía

constitucional estadual que deviene

constitucional, como parte de ese

en el ejercicio por parte de un órgano

orden dual del que también ya

judicial

discurrimos, debe ser garantizada a

constitucional local) del control de

través de órganos y medios de

constitucionalidad

defensa.

supremas estatales.

Los órganos los agrupa la jurisdicción

Este

constitucional y los medios se integran

salvaguarda de la Constitución local

en la justicia constitucional local.

de posibles ataques de otras leyes o

Para mejor entendimiento es Víctor

actos de gobierno que vulneren los

Colli quien desarrolla en su teoría de

principios expresados en ella.

las

acepciones

del

judicial

como

local

control

(jurisdicción
de

se

justicia

las

normas

traduce

en

la

federalismo

judicial, las formas en que este se

La defensa de la constitucionalidad

manifiesta.

local requiere para su eficacia de la
existencia

a) Federalismo

judicial

de

organos

judiciales

como

creados exprofeso para tal fin, como

defensa de la legalidad estatal,

las salas constitucionales que existen

entendido como casación,

en algunos estados de la república. En

b) Federalismo

judicial

defensa

de

como

un diseño ideal los estados debían

la

contar con un tribunal constitucional

constitucionalidad nacional; y
c) Federalismo

judicial

defensa

de

constitucionalidad

diferente de los tribunales superiores

como

estatal

de justicia que tuviera la atribución de

la

ser

o

constitución local, sin embargo las

local.

el

intérprete

último

de

la

graves deficiencias presupuestarias
de las mayoría de las entidades

Al primero de ellos nos referimos ya en

federativas, que se agravan en sus

el epígrafe anterior y en el presente

poderes judiciales a merced de la

apartado

voluntad política de los titulares del

concretamente

nos
al

referiremos
último,

al

poder ejecutivo, hacen materialmente

165

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

federalismo

DESAFIOS JURIDICOS 2024

supremos, las constituciones locales

�De

Tutela

de tribunales.

Derechos Humanos.

De

2. Duda De La Ley o Cuestión De
Y lejos de ello tenemos que en México,
como se muestra en el anexo 1, no
todas

las

entidades

cuentan

ni

siquiera con una sala constitucional y
son sus plenos del Tribunal Superior
de Justicia los que hacen las veces de
órgano de control constitucional.

Inconstitucionalidad.
3. Controversias
Constitucionales.
4. Acciones

De

Inconstitucionalidad.
5. Acción

Por

Omisión

Legislativa.
6. Control Difuso.

Más grave aún es el hecho de que

7. Revocación De Mandato.

siete estados de los 32 que conforman

8. Control Previo.

la federación no tienen en sus

9. Acciones De Cumplimiento en

constituciones medios de control para

Contra

asegurar su supremacía y defensa.

Titulares

A esto le aunamos que recientemente

Públicos,

la Sala Constitucional del estado de

Autónomos y las Alcaldías.

Chihuahua

fue

desaparecida

mediante reforma constitucional.

de

10. Juicio

las

de

los

Los
De

Obligatoria

Personas
Poderes

Organismos
Restitución

de

Derechos

Humanos,

por

La jurisdicción constitucional tiene la

Recomendaciones aceptadas y

alta responsabilidad de ejercer la

no cumplidas .

justicia constitucional que se compone

11. Impugnaciones

por

de los siguientes medios de control de

resoluciones emitidas por los

la constitucionalidad que, por razones

Jueces de Tutela en Acción de

de espacio solo enumeraré:

Protección

Efectiva

De

Derechos Humanos.
1. El Juicio para la Protección de
los

Derechos

Humanos

12. Referendum

o

166

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

Instrumento

DESAFIOS JURIDICOS 2024

imposible el sostenimiento de este tipo

�ciudadanos

dichos

distante y distinto al que le dio origen

medios, desarrollados desde el año

a nuestro deficiente e injusto diseño

2000 con la adopción de la justicia

federalista, es oportuno replantear los

constitucional local en Veracruz, estos

supuestos sobre los que descansa y

medios

constitucional

adaptarlos a una nueva realidad que

languidecen con la complacencia de

tiene como su base el pluralismo

los mismos poderes judiciales que se

político y la competencia electoral

han mostrado incapaces de socializar

propios de un estado constitucional y

la importancia de los medios y su

democrático de derecho.

utilidad práctica.

Hoy

de

y

autoridades

control

el

Hoy,

ante

un

federalismo

escenario

debe

ser

reinventado desde lo local y un punto
Conclusión

de partida siempre oportuno es y será
el constitucionalismo local como base

Hoy

toda

concepción

de

la

del federalismo judicial.

supremacía constitucional en México
está incompleta. En nuestro país hay

Los estados tienen derecho a tener “la

33 Constituciones y no una sola. A

última palabra” sobre las controversias

partir de ahí el federalismo ha estado

que sus leyes reglamentan, pues de lo

mal

entidades

contrario la mal llamada autonomía

federativas infravaloradas y en un

seguirá suplantando la soberanía de

estado de interdicción claramente

las entidades federativas

entendido

y

las

manifiesto en vertientes como la
.
Bibliografía
Alexy, R. (2007), Teoría de los Derechos Fundamentales. Centro de Estudios
Políticos y Constitucionales.
Álvarez Ledesma, M. (2023), Derechos Humanos. Una visión multidimensional.
McGraw Hill.

167

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

judicial.

DESAFIOS JURIDICOS 2024

Ante su falta de ejercicio por parte de

�Barceló Rojas, D. A. (2016). Teoría del federalismo y del derecho constitucional
estatal mexicano. Universidad Nacional Autónoma de México. (Obra original
publicada en 2016)
Burgoa Orihuela, I. (1998). Derecho Constitucional Mexicano (9a ed.). Porrúa.
De Andrea Sánchez, F.J. (2001) Derecho Constitucional Estatal. UNAM
Carbonell, Miguel. (2007). Teoría del neoconstitucionalismo. Trotta.
Concha Cantú, H. &amp; Caballero Juárez, J. (2001). Diagnóstico sobre la administración
de justicia de las entidades federativas. UNAM.
Ferrajoli, L. (2016). Derechos Fundamentales, Democracia Fundamental y
Garantismo. Universidad Libre de Colombia.
Ferrer Mac-Gregor, E., &amp; Uribe Arzate, E. (2018). Derecho Procesal Constitucional.
Nuevas expresiones a la luz del paradigma de los derechos humanos. Una
guía práctica. Porrúa.
Ferrer Mac-Gregor, E., Martínez Ramírez, F.,&amp; Figueroa Mejía, G. (2014).
Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional. PJF.
UNAM.
Ferrer Mac-Gregor, E. (2017). Panorámica del Derecho Procesal Constitucional y
Convencional. Marcial Pons.
Gámiz Parral, M.N. (2000). Derecho Constitucional y Administrativo de las
Entidades Federativas. UNAM.
González González Oropeza Manuel y Ferrer Mac-Gregor, Eduardo. (2006) La
Justicia Constitucional en las Entidades Federativas. PORRÚA.
Gozaíni, O.A. (2011). Tratado de Derecho Procesal Constitucional. Porrúa.
Hernández Flores, B. (2022). Una Constitución Democrática para Oaxaca.
Benemérita Universidad de Oaxaca.
Ibarra Olguín, A. (2022). Curso de Derechos Humanos. Tirant lo Blanch.
Martínez Sánchez, F. (1998). El control interno de las constituciones de los estados
de la república mexicana. Porrúa. (Obra original publicada en 1998)

168

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

TEPJF.

DESAFIOS JURIDICOS 2024

Báez Silva, C et al. (2019). Reflexiones sobre la Justicia Constitucional Local.

�Niembro Ortega, R. (2017). La Justicia Constitucional de la Democracia
Deliberativa. SCJN.
Quiñónez Huízar, F.R. (2021). Jurisprudencia y Control Constitucional en México.
Editorial Flores.
Vargas Cruz, I. A &amp; Vargas Fuentes, J. (2017). Derecho Procesal Constitucional
Estatal. UAT.
FUENTES LEGISLATIVAS
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. (s.f.). Cámara de
Diputados.
https://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1824.pdf
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca. (1922). Congreso del
Estado de Oaxaca
https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html
Diario de los Debates del Congreso Constituyente 1916-1917 Tomo II. (s.f.). Instituto
Nacional

de

Estudios

Históricos

de

la

Revolución

Mexicana.

https://www.inehrm.gob.mx/recursos/Libros/Diariodelosdebatestomo2.pdf
Ley Reglamentaria del apartado B del artículo 106 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Oaxaca. (2011). Congreso del Estado de
Oaxaca.
https://www.congresooaxaca.gob.mx/legislaciones/legislacion_estatal.html
FUENTES ELECTRÓNICAS
Colli Ek, V. M. (2013, 17 de abril). Vista de Federalismo judicial en México.
Concepciones,

evolución

y

perspectivas.

RACO.

https://raco.cat/index.php/REAF/article/view/264717/352405
Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos
Mexicanos. (s.f.). CONATRIB. https://conatrib.org.mx/

169

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

rompecabezas actual. Fondo de Cultura Económica.

DESAFIOS JURIDICOS 2024

Mejía Garza, R. M., &amp; Rojas Zamudio, L. P. (2018). Federalismo(s). El

�RESEÑA
FOTOGRAFÍA: NUBES, DANIEL VÁZQUEZ AZAMAR.

�RESEÑA DEL LIBRO
QUÉ SIGNIFICA SER
HUMANO: EL CASO DEL
CUERPO EN LA BIOÉTICA
PÚBLICA (WHAT IT
MEANS TO BE HUMAN:
THE CASE IF THE BODY IN
PUBLIC BIOETHICS), O.
CARTER SNEAD,
HARVARD UNIVERSITY
PRESS, CAMBRIDGE,
MASSACHUSETTS,
2020,
José
Rogelio Alanís García
PP. 321.
Universidad Panamericana
https://orcid.org/0009-0004-7446-4809

Resumen: El siguiente artículo se reseña un libro What It Means to be Human: The Case for the
Body in Public Bioethics (Harvard University Press, octubre 2020), elegido por el Wall Street Journal
como uno de los «Diez mejores libros de 2020 de Carter Snead, profesor de Derecho y director del
Centro de Ética y Cultura de Nicola en la Universidad de Notre Dame. Es uno de los principales
expertos del mundo en bioética pública, es decir, en la gobernanza científica, la medicina y la
biotecnología en nombre de los bienes éticos. Su investigación explora cuestiones relacionadas con
la neuroética, el perfeccio namiento de la especie, la investigación con embriones humanos, la
reproducción asistida, el aborto y la toma de decisiones al final de la vida.
Palabras Claves: Bioética, Governanza, Neuroetica, Salud.
Abstract: The following article reviews a book What It Means to be Human: The Case for the Body
in Public Bioethics (Harvard University Press, October 2020), chosen by the Wall Street Journal as
one of the "Ten Best Books of 2020" by Carter Snead, Professor of Law and Director of the Nicola
Center for Ethics and Culture at the University of Notre Dame. He is one of the world's leading experts
on public bioethics, i.e. on scientific governance, medicine
Cómo citar:
Alanís, J.R. (2024) Reseña del libro Qué significa ser humano: el caso del cuerpo en la bioética
171
pública, Revista Desafíos Jurídicos, 4(7). https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-9

�decision-making.
.Keywords: Bioethics, Governance, Neuroethics, Health.

es miembro de la Academia Pontificia
A modo de introducción

para la vida y del cuerpo principal de

En una época donde, por lo menos en

asesoría bioética del papa Francisco.

la Suprema Corte de Justicia de la

Mas este claro sustrato católico de

Nación parece haber terminado el

nuestro autor no debe obnubilar al

debate sobre la personalidad jurídica

amable

de los homo sapiens no nacidos y

adelante reseñamos están lejos de ser

también se ha pronunciado sobre la

derivaciones

objeción de conciencia, nos parece

pensamiento religioso. En temas tan

imprescindible referir a esta obra

delicados, que a todos nos incumben,

reciente, publicada por la Universidad

hacemos

de

nuestros prejuicios, todos ellos.

Harvard,

en

la

cual,

con

lector.

Las

razones

dogmáticas

bien

teniendo

a

que
de

raya

argumentos firmes de racionalidad

Antes de entrar de lleno con la reseña,

contemporánea,

cuando

es precisa una puntualización. Entre

fuertes

paréntesis podremos dos cosas: bien

sesgada

las palabras inglesas utilizadas por el

antropología que rodea la mayoría de

autor cuando las creemos necesarias

los sustentos de esta pretendida –y,

para aclarar sus ideas, o acotaciones

desde

que son nuestras, no del libro o del

menos,

refuta

o,

asesta

cuestionamientos

nuestra

a

la

perspectiva,

muy

metafísica– “unánime” posición.

autor.

O. Carter Snead es director del Centro
De Nicola para la Ética y la Cultura1,

El

profesor

capítulos, pero consideramos que

de

Derecho

y

profesor

concurrente de Ciencia Política en la

libro

se

compone

de

cinco

tiene dos partes.

Universidad de Notre Dame. También
1

El Centro se puede consultar en:
https://ethicscenter.nd.edu/about/

172

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

species perfection, human embryo research, assisted reproduction, abortion, and end-of-life

DESAFIOS JURIDICOS 2024

and biotechnology on behalf of ethical goods. Her research explores issues related to neuroethics,

�primeros capítulos, se expone cuál es

los

el tipo de antropología subyacente al

pretende

debate público sobre la Bioética en los

través del consentimiento informado,

Estados Unidos y el autor propone una

por medio del cual, la transacción

antropología, la del cuerpo, para

cambia

afrontar

colaboración.

de

mejor

manera

estos

ríspidos temas.

derechos

humanos.

lograr,

de

Esto

se

normalmente,

a

objetivación
El

debate

a

público

bioético surgió a finales de los años
sesenta y principios de los setenta con

Critica

nuestro

autor

que

la

tres artículos fundacionales, en los

antropología sobre la cual se apoya el

cuales se cuestionaron ejemplos de

discurso bioético público dominante

experimentos no éticos sobre sujetos

en los Estados Unidos es la del

humanos de los estudios Tuskegee y

individualismo expresivo. Para probar

sobre si debía o no proveerse fondos

este aserto, describe una genealogía

públicos para la investigación médica

de la Bioética pública estadounidense,

sobre

desde su origen hasta nuestros días.

abortados, pero aún con vida –de

fetos

humanos

recién

hecho, los mantenían con vida para
Esta genealogía comienza con las

realizar la investigación–2.

investigaciones que tienen por objeto
a sujetos humanos, que en la ley

Después de exponer el origen del

federal de aquel país se definen como

debate

las

estadounidense,

investigaciones

sistemáticas

público
nuestro

fueron

autor

diseñadas para desarrollar o contribuir

recapitula

a conocimiento generalizable. El reto

principales temas que lo nutrieron

de este tipo de investigaciones es

década por década desde los años

precisar cómo conducirlas de acuerdo

setenta del siglo pasado, hasta el

Los artículos son: “Ethics and Clinical
Research” de Henry K. Beecher, publicado en
1966 en el New England Journal of Medicine;
la publicación en julio de 1972 de los detalles
del “Tuskegee Study of Untreted Syphilis in

the Negro Male” en el Washingtos Evening
Star; y el artículo publicado en la primera
plana del Washington Post el 10 de abril de
1973, de Víctor Cohn.

2

cuáles

bioético
los

173

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

a los principios éticos, a la justicia y a

DESAFIOS JURIDICOS 2024

En la primera, compuesta por los dos

�casos resueltos por la Suprema Corte

dice que no la tiene, todo lo que dice

Federal y Tribunales estatales de

es que su antropología está implícita”

aquel país. De tal recorrido, nuestro

(O. Carter Snead, 2020). Así: “En su

autor

punto más profundo, el Derecho y las

concluye

que

los

temas

principales de bioética desde su

Política

nacimiento hasta nuestros días han

protección y florecimiento de las

sido el aborto, la reproducción asistida

personas. Por ende, todo derecho y

y las decisiones sobre el fin de la vida.

toda política pública necesariamente

Critica que las soluciones jurídicas

están

propuestas a estos temas se enfoquen

presuposiciones acerca de los que

mayormente

significa

en

mecanismos

y

pública

existe

para

construidas
ser

y

la

sobre

prosperar

como

categorías restringidas a la autonomía

personas”3. Cita que John Evans ha

y autodeterminación que, a su vez,

demostrado empíricamente que las

dan por puestos a individuos libres e

premisas antropológicas de cada uno

independientes en la cumbre de sus

están

facultades cognitivas, cuando en estos

perspectiva

casos

substancia de los derechos humanos:

se

trata

dependientes,

de

personas

vulnerables

y

con

libertad disminuida.

correlacionadas
de

la

con

la

amplitud

y

según la antropología, se expande o
contrae el círculo de protección al ser
humano.

Ahora el autor se centra en la

Con estas importantes acotaciones,

antropología

precisa

subyacente

a

las

en

qué

consiste

el

soluciones que el Derecho y la Política

individualismo expresivo que, a su

han sentado en torno a los temas

decir, subyace al debate público

bioéticos. Primero hace una muy

bioético norteamericano. Citando a

importante

juicio,

Hobbes, Locke, Adam Smith, Kant,

acertada precisión, citando a Walker

Toqueville, Dworkin y Rawls, así como

Percy: “todos tienen una antropología.

las críticas a éstos, formuladas por

El original: “At the very deepest level, law and
public policy exist for the protection and
flourishing of persons. Thus, all law and public

policy
are
necessarily
built
upon
presuppositions about what it means to be and
thrive as persons”.

3

y,

en

nuestro

174

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

Nadie carece de ella. Si un hombre

DESAFIOS JURIDICOS 2024

2019, con referencias puntuales a

�quien nuestro autor fue discípulo),

no elegidas”5, es decir, sólo puede

Michael Sandel y Charles Taylor,

obligar lo que el individuo decide y

concluye

asume para sí voluntariamente como

que

el

individualismo

expresivo se caracteriza por tomar al

obligatorio.

individuo como un ser atomizado y
unidad fundamental de la realidad

En cambio, una antropología basada

humana, o en palabras de Sandel,

en

como

humano”

un

ser

sin

límites

el

“encuerpamiento6
(human

del

ser

embodiment)

(“unemcumberd self”). Por ello, esta

(diversa a la metafísica dualidad alma-

antropología define al individuo por su

cuerpo) está en posición –argumenta–

capacidad para elegir, lo cual está

de dar mejor razón y solución a los

asociado con su voluntad, no con su

problemas de la bioética, por cuanto

cuerpo. “Por tanto, el individualismo

da

expresivo es inevitablemente dualista,

inexorable de la persona humana: es

privilegiando la mente en la definición

el cuerpo el que inevitablemente es

de la persona, mientras subordina el

dependiente tanto de un entorno

cuerpo”4. Se dice que es expresivo

natural específico. Es por el cuerpo

este individualismo, porque en esta

que, como dice McIntyre, todos los

perspectiva, el fin del individuo es

seres humanos existen en una escala

mostrar o expresar su singularidad

de discapacidad. El cuerpo requiere

(sentimientos,

cuidado,

pensamientos

y

cuenta

el

de

cual

la

dependencia

no

sólo,

ni

elecciones, todas de su propia y

principalmente, es dado por el propio

profunda

creación).

individuo, sino por los padres cuando

Consecuentemente, como Long y

se es menor o, después, por lo menos

Taylor apuntan, “el individualismo

subsidiariamente, por la comunidad. Al

El original: “Therefore, expressive
individualism is inevitably dualistic –privileging
the mind while subordinating the body in
defining the person”.
5 El original: “Relatedly, as Long and Taylor
point out, expressive individualism does not
recognize unchosen obligations”.

6

4

Utilizamos esta palabra, porque “corpóreo”,
“corporal”, “incorporación”, “incorporado”
tienen una carga connotativa fuertemente
abstracta y afín a la dualidad alma-cuerpo,
mientras lo pretendido por nuestro autor es
expresar algo concreto y palpable.

175

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

expresivo no reconoce obligaciones

DESAFIOS JURIDICOS 2024

Robert Bellah, Alasdair McIntyre (de

�la

vida,

somos

concreción humanas, conforme a las

profundamente dependientes, pero

cuales los deberes no solamente son

esa dependencia no cesa con la

escogidos, sino también derivados de

adultez y vuelve a recrudecerse en la

nuestra condición. Los deberes no son

senectud. Para el autor, siguiendo una

sólo fruto de la reciprocidad, sino

vez más a Alasdair McIntyre, somos

también de la gratitud y la solidaridad

animales

dependientes,

(por ejemplo, a nuestros padres,

además de ser animales cuenta

quienes carecen de acción para

cuentos (lo cual nos recuerda a

cobrar lo que pagaron por nuestro

Ricoeur). Aquello que recibimos para

cuidado). Con esta antropología se da

paliar nuestra dependencia genera

lugar a las virtudes de la dependencia

deudas, cuyo pago total nunca se nos

reconocida: generosidad, hospitalidad

exige: “el individualismo expresivo

–apertura hacia el no invitado– (al

carece de recursos para reconocer,

forastero, al migrante), misericordia,

mucho menos para pagar estas

gratitud,

deudas”7, pues no son elegidas,

amistad y paternidad (parenthood).

racionales

todos

humildad,

honestidad,

simplemente son parte de nuestra
corporalidad.
expresivo

El

concibe

individualismo
las

Asimismo, esta antropología está

relaciones

abierta tanto a lo que tenemos como a

humanas no como una red de mutuo

lo que carecemos. En ella, la dignidad

endeudamiento y cuidado compartido,

es la valía intrínsecamente igual de

sino como meramente instrumentales

todos los seres humanos, que son

y transaccionales, lo que genera

iguales también en la vulnerabilidad, la

soledad y alienación.

necesidad y en los límites naturales.
Parafraseando

la

declaración

de

Así, la propuesta del autor consiste en

independencia de los Estados Unidos:

una antropología del encuerpamiento

“Todos

(anthropology

embodiement),

creados y encuerpados, irrepetible,

atenta a la dependencia, fragilidad y

valiosa y fundamentalmente iguales”8.

El original: “An anthropology of expressive
individualism lacks the resources to recognize,
much less repay these debts”.

8

7

of

los

seres

humanos

son

El original: “All human beings are created
and embodied, unrepeatable, precios, and
fundamentally equal”.

176

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

de

DESAFIOS JURIDICOS 2024

inicio

�por otro lado, prohíbe tener como

a su aplicación a los principales temas

persona al no nacido, de tal forma que

del

bioético

“implícitamente determina que el ser

estadounidense. Esta es la segunda

humano in utero es algo menos que

parte del libro.

una persona jurídica por razones que

En relación con el aborto, expone

nunca

primero las principales resoluciones

jurisprudencia de esa corte al respecto

de la Suprema Corte de los Estados

“se entiende mejor como la libertad de

Unidos sobre el tema: Roe v. Wade,

proteger y vindicar los bienes más

Doe v. Bolton, Planned Parenthood v.

importantes

Casey, Stenberg v. Carhart, Gonzalez

expresivo… El derecho al aborto así

v. Carhart y Whole Woman’s Health v.

concebido no responde en justicia y

Hellerstedt. Destaca tres artículos pro-

compasión a las cargas corporales y

aborto previos a Roe y Doe –“A

psíquicas impuestas a la mujer por un

defense

Judith

embarazo no deseado, sino más bien,

Thomson, “Abortion and Infanticide”

en palabras de la Corte, proteger la

de Michael Tooley y “On the Moral and

libertad de ‘organizar las relaciones

Legal Status of Abortion” de Mary

íntimas

y

Anne Warren–, los cuales abierta o

definan

las

implícitamente apoyan también el

mujeres sobre sí mismas y su lugar en

infanticidio.

la sociedad’”. De esta manera, para el

debate

of

público

Abortion”

de

explica”.

del

tomar

Por

tanto,

la

individualismo

decisiones

perspectivas

de

que
las

autor, la corte norteamericana falla al
O. Carter Snead aduce, con base en

no considerar el cuerpo como un

este recorrido, que la antropología

aspecto indispensable de la realidad

subyacente a la jurisprudencia de la

humana y, por ello, pasa por algo los

Suprema Corte de los Estados Unidos

bienes, prácticas y virtudes esenciales

sobre el aborto es el individualismo

para la prosperidad de las vidas

expresivo.

lado,

individuales y comunitarias de las

argumenta que cada quien determine

personas, quienes viven, mueren y se

cuando da inicio la vida humana, por

encuentran como cuerpos.

Ésta,

por

un

177

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

Asentada la postura del autor, procede

DESAFIOS JURIDICOS 2024

ser supuestamente un misterio, pero,

�realiza

paliar esta situación, ni para proteger

también

un

exhaustivo

recorrido histórico al respecto de su

a

desarrollo técnico y científico, así

deshumanizantes y discriminatorias

como de la prácticamente inexistente

tales como la selección del sexo o

regulación jurídica al respecto en los

eliminación

Estados

(discapacidades, por ejemplo).

Unidos

de

América.

los

pacientes

de

de

elecciones

“imperfecciones”

Precisamente debido a la escasa
regulación jurídica, concluye que la

En torno a las decisiones sobre la

antropología subyacente a este tema,

muerte y el proceso de morir (rechazo

es la del individualismo expresivo.

de

O. Carter Snead critica esta situación.

asistido y eutanasia) nuevamente

Considera que el régimen jurídico

realiza

actual sobre la reproducción asistida

pormenorizada

es

vulnerabilidad,

estadounidense. La antropología que

dependencia y fragilidad asociadas al

sirve de trasfondo a esta regulación es

encuerpamiento

la del individualismo expresivo, pues

ciego

a

la

humano.

Este

tratamiento

médico,

una

suicidio

descripción
del

régimen no cuenta con mecanismos

incluso

para prevenir daños causados a los

estatales han invocado al respecto la

niños por estas técnicas, sino está

jurisprudencia sobre el aborto. Sin

diseñado para servir a los deseo de

embargo, esta antropología deviene

quienes buscan reproducirse, a pesar

problemática cuando la enfermedad

de los riesgos a la salud del niño

ha silenciado al paciente o lo ha

engendrado. Tampoco protege a los

dejado incompetente para tomar este

pacientes, que son vistos y tratados

tipo

como clientes, quienes están en una

atomizada e ilimitada seguidora de su

situación profundamente vulnerable

propio camino no cuadra con la vivida

en virtud de la profunda tristeza y

y encuerpada realidad de la profunda

desesperación

la

vulnerabilidad y dependencia que

infertilidad, y los riesgos de ruina

dejan la enfermedad o la herida e

financiera derivada de los costos del

impiden realizar elecciones de vida o

causada

por

de

algunas

Derecho

decisiones:

jurisdicciones

“la

persona

178

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

tratamiento. La ley no hace nada para

DESAFIOS JURIDICOS 2024

En torno a la reproducción asistida,

�estudios sobre que revelan que las

antropología alterna que, sin negar o

personas ordinariamente cambian sus

eliminar la valía del individuo ni

preferencias sobre las medidas de

tampoco

sustento

periodos

individualismo, lo conecta con el

relativamente cortos de tiempo y, si

cuerpo que es y con la comunidad

además,

donde

vital
tales

en

decisiones

son

exposición

los

tiene

de

una

aciertos

sentido,

del

permite

un

tomadas cuando el sujeto está más

debate franco, claro y abierto, ajeno a

joven y en condiciones óptimas de

imposiciones

salud, entonces no queda claro que

ideológicas (como las que vemos en

tomarían las mismas estando en

las

situaciones

actuales)

desventajosas,

vulnerables y dependientes.

metafísicas

“unanimidades”
entre

la

e

sesgadas

pluralidad

de

ideologías que tienen mucho que decir
sobre estos temas, pluralidad que no

Como podemos ver a lo largo de esta

debe ser nunca obcecada ni eliminada

reseña, el libro que acercamos al

por “unanimidades” que poco ejercicio

lector es una obra completa, sesuda y

crítico hacen sobre las antropologías

profundamente sustentada sobre una

subyacentes, las cuales, pareciera,

de las parcelas de la práctica y

conocen pobremente. El debate sobre

conocimientos

jurídicos

quién

controversiales,

apasionantes

más
y

forma

parte

de

nosotros

conviene estar siempre abierto y la

relevantes de la actualidad. Asimismo,

“unanimidad” lo cierra.

nos abre los ojos a temas que, por lo

Asimismo, promueve una antropología

general, no son estudiados por los

abierta tanto a lo que tenemos como a

juristas, pero que son imprescindibles

lo que carecemos y, ¿acaso los

para

esta

derechos humanos no tienen sentido

materia. La crítica incisiva que hace a

precisamente por nuestras carencias?

la antropología del individualismo

¿Alguien sin vulnerabilidades requiere

expresivo,

respeto,

operar

jurídicamente

que

implícitamente

protección,

garantías

y

subyace a muchos de las posiciones

promoción? Una antropología que no

consideradas

considera sólo la presencia, sino

progresistas,

y

la

179

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

valiente

DESAFIOS JURIDICOS 2024

muerte”. Añade que existen múltiples

�existencia,

como

apertura a la posibilidad, que tiene

observaron Heidegger y Derrida.

bien

Referencia:
O. Carter Snead, What it means to be human: the case if the body in public bioethics
Harvard University Press, Cambridge, Massachusetts, 2020, pp. 321.

180

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

nuestra

DESAFIOS JURIDICOS 2024

también la ausencia, la virtualidad, la

�CINE
Y

DERECHO
FOTOGRAFÍA: INTERVALO, DANIEL VÁZQUEZ AZAMAR.

�CINE Y DERECHO
El Juez. (2014) Dobkin D.
Warner Bros Pictures.
Estados Unidos.
Director: David Dobkin
Escritor: Nick Schenk &amp;
Bill Dubuque
Actores Principales:
Robert Downey Jr., Josep
Palmer.
Daniel Vázquez Azamar
Universidad Autónoma de Nuevo León
https://orcid.org/0000-0003-3102-7567
dano779@hotmail.com

Oscar, Globos de oro, festival de
A modo de introducción

Toronto etc. El drama trata sobre los

El Juez (2014) es una película dirigida

conflictos de una familia en la cual el

por David Dobkin estrenada en 2014

patriarca es un reconocido juez en un

la cual rompe con su filmografía

pueblo de Estados Unidos. En cuanto

caracterizada por comedias muy al

al guion la película cuenta con el

estilo norteamericano, tal cambio de

escritor

género también le valdría varias

participado en éxitos dramáticos como

nominaciones incluyendo categorías

Gran Torino (2008), La mula (2018) y

diversas en premiaciones como los

Cry Macho (2021) en mancuerna con

Cómo citar:
Vázquez, D. (2024) Cine y Derecho Reseña película “El Juez”,
https://doi.org/ 10.29105/dj4.7-156

Nick

Schenk

que

ha

Revista Desafíos Jurídicos,
182 4(7).

�mientras

Bill

blanco, que esta inmerso en el trabajo,

Dubuque participó en Un Hombre de

el dinero y el éxito que lo lleva a la

Familia (2016), El contador (2016) y la

ostentosidad

serie Ozark (2017) que cuenta con 4

ambiente lo ha llevado a ser engañado

temporadas. El guion escrito por

por su esposa y estar en una situación

Schenk y Dubuque para El Juez en

de divorcio peleando por la custodia

cierta forma nos hace pensar en el

de su única hija.

que

el

coescritor

económica.

Este

estilo de una road movie, ya que el
personaje de Hank (Robert Downey

El detonante de la historia es la muerte

Jr.) un abogado muy prodigioso de la

de la madre de Hank, suceso que

ciudad de Chicago viaja de regreso a

hace que tenga que regresar a su

su pueblo natal Carlinville en Indiana y

antiguo hogar en Indiana para el

empieza un viaje de redescubrimiento

funeral y a la vez lidiar en conflictos

o encuentro consigo mismo, típico de

familiares y personales de hace 20

las películas estilo road movie como el

años. Es inevitable no comparar el

Cadillac Azul (1990) ambas películas

desarrollo

tienen mucho en común como el

comportamiento de Hank con Tony

conflicto con el padre, los problemas

Stark de Ironman (2008) un adinerado

entre hermanos así como un final

exitoso, arrogante, presumido y con

similar.

una ética cuestionable, muchos de
estos

de

atributos

personaje

y

posiblemente

El personaje de Hank representado

presentes en el propio actor Robert

por Downey Jr, es un abogado

Downey Jr. En ambos papeles Hank y

prodigio de la ciudad de Chicago que

Tony parecen tener mucho del propio

nos presenta un típico dilema de la

actor a nivel personal. Este aspecto es

abogacía (al menos en el cine) que

recurrente

gira en torno de la ética, la justicia y lo

populares: cuánto más se conoce de

que se puede o no comprobar ante la

su vida personal en redes, más se

ley. Al inicio de la película se nos

relaciona esta con los personajes que

presenta a Hank como un abogado

representa y mientras más popular

en

muchos

actores

183

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

defensor de criminales de cuello

DESAFIOS JURIDICOS 2024

el actor y director Clint Eastwood

�fácil

que contrata el juez Palmer hacen que

reconocerlo en otros papeles. Como

su hijo Hank se quede y auxilie en el

casos similares podríamos citar a

juicio tratando de que su padre sea

Jonnny Deep y su personaje del pirata

declarado inocente o anular el juicio

Jack Sparrow o Will Smith que tardó

sin importar si es culpable, mientras

mucho

su

tanto el protagonista enfrenta otros

personaje televisivo el príncipe del

problemas de su pasado como los

rap.

conflictos con su padre, daños que

en

es

más

despegarse

de

causo
En El juez encontramos una especie

a

sus

hermanos

y

el

reencuentro con una exnovia.

de relato estilo “los ricos también
lloran” donde la trama se centra en los

La

problemas, éticos y emocionales del

desarrollo y los necesarios giros para

protagonista; como sucede a menudo

mantener entretenido al espectador,

en relatos después del 2000 es difícil

desde el planteamiento es notorio el

identificarse con algún personaje en

conflicto de Hank con su padre el juez

esta

los

Joseph Palmer quién aparenta una

personajes secundarios no tienen

rectitud intachable a lo largo de toda

suficiente

los

su carrera, al ser acusado de una

son

muerte poco a poco se van revelando

cuestionables en especial las del

secretos y conflictos entre la familia

principal, por otro lado en el papel del

que van revelando poco a poco datos

padre de Hank y en varios aspectos

de

antagonista tenemos al actor veterano

relacionada

Robert Duvall un juez recientemente

narración, es decir, de qué modo el

viudo y a punto de jubilarse que es

autor dosifica las piezas argumentales

acusado

para

película,

muchos

desarrollo

principales

sus

de

matado a

y

de
de

acciones

haber atropellado

un

hombre

la

y

trama

la

cuenta

trama

no

con

“La

con

el

revelar

un

tensión
ritmo

buen

está
de

la

demasiada

noche

información muy pronto o demasiado

después de entierro de su esposa con

tarde” (Font 2009) la tensión poco a

quién tuvo un largo matrimonio. El

poco se va dirigiendo a la senilidad y

supuesto accidente y el torpe abogado

enfermedad del juez, sus conflictos al

184

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

personaje

DESAFIOS JURIDICOS 2024

ese

�sentirse vulnerable, el que tipo de

cualidades o debilidades, sus formas

legado dejará al morir, la falla en su

de ser y de pensar o la naturaleza de

memoria la noche del accidente y su

sus acciones, pero más o menos a

relación con el difunto que se remonta

partir del cambio de siglo (después del

a fallos de su carrera cono juez en el

2000) esa posibilidad en muchos

pasado. En ese sentido el filme tiene

relatos en distintos medios se ha ido

un

manera

disminuyendo y los personajes quizás

dosificada te va manteniendo en el

cada vez están más humanizados o

conflicto

sobre-humanizados,

buen

condimenta

ritmo

que

principal
con

de

mientras
los

lo

y

tienen

conflictos

demasiadas carencias por lo cual la

secundarios como el reencuentro de

figura del héroe o del protagonista han

Hank con su exnovia Sam; la cual

ido decayendo haciendo difícil la

tiene una hija de edad adecuada para

creación

ser posiblemente hija del protagonista;

inolvidables o mitos modernos, en El

otro conflicto es el pasado rebelde de

Juez es difícil sentir una plena empatía

Hank en su juventud que causo

con

problemas

espectadores no somos perfectos

en

su

familia

de

algún
como

nuevos

personajes

personaje,
seres

como

principalmente a su hermano mayor,

pero

humanos

además de su inminente divorcio

deberíamos en esencia buscar la

debido a su ausencia en la vida

mejora continua de nosotros mismos;

familiar por su obsesión con el trabajo

los dioses y los héroes históricamente

y éxito, mientras que su esposa tiene

en todas las culturas son los primeros

una aventura con otro hombre.

personajes de ficción y sus historias
nos han dado identidad, sentido de

En el tema de la empatía, en todo

pertenencia y enseñanzas. En los

relato solía ser necesario que sus

relatos modernos es cada vez más

personajes

ciertas

difícil lograr esa identificación con un

características para poder despertar la

personaje, quizá por eso el consumo

empatía con el espectador y de esa

de relatos es cada vez mayor por la

manera crear un vínculo con el

mayor oferta pero con un declive en la

personaje por identificación con sus

calidad, el filme El juez nos ofrece un

contaran

con

185

�caricaturizados

“La

lo que vivimos, pensamos, sentimos

ciencia

como seres humanos, en la película El

ficción, concebida de la manera

juez

estos

aspectos

están

algo

correcta, como toda ficción seria, por

desdibujados aunque cuenta con una

muy humorística que pueda resultar,

trama interesante ningún personaje

es una manera de intentar describir

despierta esa empatía que décadas

qué está pasando realmente, qué es lo

atrás podríamos sentir por algún

que la gente realmente hace y siente,

personaje, pero la película logra

como se relaciona la gente con todo lo

recordarnos que el pasado muchas

demás en este apilamiento, este

veces regresa por nosotros.

vientre del universo” (Le Guin) en todo
relato en todo personaje sin importar
el género, siempre buscamos lo real,
Referencias.
Dobkin D. (2014) El Juez. Warner Bros Pictures. Estados Unidos.
Roth J. (1999) El Cadillac azul. Universal. Estados Unidos.
Favreau J. (2008) Ironman. Marvel Studios. Estados Unidos.
Font C. (2009) Como diseñar el conflicto narrativo. Alba Editorial. Barcelona.
España.
Le Guim U. (1986) La teoría de la bolsa de transporte de la ficción. Recuperado
https://theanarchistlibrary.org/library/ursula-k-le-guin-the-carrie

186

JUL. – DIC. VOL. 4 NUM. 7

poco

un

DESAFIOS JURIDICOS 2024

nutrido abanico de personajes

���</text>
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              <text>Guillén Gaitán, Amalia, Directora</text>
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              <text>Desafíos Jurídicos es resultado de un esfuerzo de los investigadores de la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad de Autónoma de Nuevo León para generar un plataforma de difusión de ideas que contribuyan al debate en torno al Derecho y la interacción de temas jurídicos conjugados con otras disciplinas. Fomenta el diálogo, análisis y reflexión de los procesos sociales contemporáneos desde una perspectiva crítica en aras de aportar al conocimiento académico y científico.</text>
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              <text>García Martínez, Mario Alberto, Coordinador </text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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