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                  <text>EL·

DEL

Dl!Rl.O
'
Los núm~ros sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

MEXICO.-Sáhado 10 de Febrero de 1S66.
S'Vlll.&amp;BIO.

NuM. 335

SECCION 3~

PARTE ,OFICIAL.-Oficiales de la Orden de Guadalupe.-Vocales del Consejo de .San
Juan-del Ri!),-Acuerdo sobre los bultos que lleguen á Veracruz para los oficiales del ejército
frances.-Circular ~ los P~fectos sobre registros de bipotecas.-Orden sobre la época en que
debe ef]ezar á regir la últuna ley de admlnistracion de justicia.
P~ E NO OFI~IAL.-El des~e.-Telégrafo á Cuernavaca.-Nuevas escuelas en
Héxico.:-Un buen cmdadano.-Sentencia de la Corte Marcial de México -La epizotia -f»
lloe de hbros.-Movimientos militares.
·
·
Inauguracion del nuevo Rey d~ Bélgica.

,(.

A la mayor brevedad informará esa Prefectura á este Ministerio en qué puntos de la demarcacion de su mando !'e han llevádo registros de hipotecas, ·y
qué personas los tienen actualmente á su cargo; expresa.nao ademas, siempre
que fuere posible, las fechas en que se establecieron dichas oficinas; si su archivo ha sufrido extravíos, en qué consistieron y sus causas, y si la anotaciou de las hipotecas ha padecido en °'da uno de los lugares respectivos algu-;
nas interrupciones y durante qué épocas.
El Ministro de Justicia,

ESPA.NA.-Discurso de la Reina.

Escun:µo.

Sr. Prefecto político del Departamento de ..... .

PARTE OFICIAL.
PARTE NO OFICIAL.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
,

México, 8 de-Febrero de 1866.

S. M. el Emperador Ha tenidó á bien, por decreto de 5 del actual nombrar
Oficiales de la Imperial Orden de Guadalupe á los Sres,
D.
,,
,,
.,

'

Nicolás Medina, General graduado.
Agustin Aguilar, Coronel.
J ulian Miranda,' Médico principal de ejército.
Ignacio Peza, Teniente Coronel.

La cuestion del desagüe está á '1a 6rden del ília. El público se agita, y los
cuentos mas absurdos hallan cabi~a en su ániqio. Que los habitantes de México se tranquilicen: el Gobierno no descansa para asegurar los intereses de la
sociedad. Cada dia que pasa, se aleja mas el riesgo de inundacion, y las obras
que ejecuta la Direccion de las aguas, adelantan y se perfeccíonan, habiendo
producid.o ya excelentes resultados. Con el trabajo y perseverancia, no dudamos se conjurarán todos los peligros.

El Gran Canéiller,

ALMONTE.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION 1~
El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar ·los no~bramientos hechos por

V. S. en el Lic. D. Enrique Diaz y D. Ignacio Guerrero para vocales suplentes del Consejo del Distrito de San Juan del Rio.-Dígolo á V. S. en coi;itestacion á su oficio núm. 97 de 3 del corriente.-El Ministro de Gobernacion
.Esteva.-Sr. Prefecto del Departamento de Querétaro.
'
-Es copia. México, Febrero 8 de 1866.
El Subsecretario,

Francisco J. Vill(llobos.

MINISTERIO DE HACIENDA.
SECCIOY 1~

S. M. el Emperador, con fecha 5 del actual, se Ha servido expedir el acuerdo
siguiente:
"Mediante lo informado por Nuestro Ministerio de Hacienda, HEMOS venido en acordar, que los bultos que lleguen á Veracruz para los oficiales def ejército frances, puedan traslad'arse directamente del puerto á los almacenes de
~uella Intendencia, sin que se proceda á abrir ninguno de los propios bultos
si no está presente un empleado de la Aduana marítima, que deberá pasar á
hacer el reconocimiento de ellos, deteniendo y trasla~ando á la expresada Aduan~ los _qtte no contengan objetos de uso de los mencionados oficiales 6 del ejército, smo mercancías destinadas al comercio.''
México, Febrero 6 de 1866. ·
El Subsecretario interino de HaeiendA,

E. ViUalva.

Telég1•aCo á Cuernavaca.
Ministerio de Fomento.-Ayer á las seis de la tarde quedó en corriente el telégrafo de esta corte á Cuerna.vaca, que por órden de S. M. el Emperador construyó el Ministerio de Fomento.
Esta obra estuvo en,comendada á la direccion del Sr. D. José de la Vega, cuya inteligencia y empeño han secundado eficazmente las autoridades respectivas,
lográndose que, á pesar de la dificultad con que tropezaron, de adquirir pronto
la madera necesaria, hayan quedado terminados, en solo veinticuatro dias, los
ochenta kilómetros que tiene esta línea.
Los primeros telégramas que á continuacion sé copian, fueron, como era debido, dedicados á SS. MM.
Estas mejoras materiales son los verdaderos adelantos que forman el bienestar y prosperidad de los pueblos civilizados.
"Despachado de México á Cuerna.vaca á las seis de la tarde del dia 9 de Febrero de 1866.-Señora:-A V. M., que es la protectora de todo lo benéfico, estaba reservada la gloria de estrenar el telégrafo construido por el Gobierno de
Nuestro Augusto Soberano.-El Ministro de Fomento, Lms RÓBLES PEZUELA.
-A S. M. la Emperatriz Carlota."
"Despachado de México á Chapultepec á las seis de la tarde del mismo dia 9.
-A S. M. el Emperador.-Acabo de tener la satisfaccion de enviar á S. M. la
Emperatriz, el siguiente telégrama:-"Señora.-.A. V.M., &amp;c."-El Ministro de
Fomento, Lms ROBLES PEZUELA."
"Remitido de Chapultepec el 9 de Febrero de 1866 á las ocho y treinta y cinco minutos de la noche.-El Emperador, al Ministro de Fomento.-Muchas gra~
cias por la trasmision de su telégrama,
. y por la actividad .que ha desplegado."
.
Desde el próximo lúnes 12, quedarán abierta-s para el público las oficinas de
Tacubaya, San .Angel, Tlalpam y Cuerna.vaca; ha):&gt;iéndose multiplicado tanto,
con el objeto de hacer mas útil este nuevo telégrafo.
México, Febrero 10 de Í866 .-El Subsecretario interino del Ministerio de Fomento, Francisco Jimenes.

MINISTERIO DE JUSTICIA~
SECCION 1~
México, Febrero 8 de 1866.

En r~puesta á_la co~unicacion de V. S., fecha 6 del presente, en la que pi-

~ se dicten. providencias para que no se paralice la administracion de Justicia
nnentra_s se mstalan los nuevos Tribunales Superiores, S. M. el Emperador se
ha servid~ acordar, que la ley de 18 de Diciembre último no debe ponerse en
observanc1_a en cada Departamento, sino desde la fecha en que queden instalados los Tribunales que por ella se mandan establecer· debiendo continuar ent~etanto todos los Tribunales_ y juzgados actuales, eje;ciendo la misma jurisdicc1~~ que hasta aquí, con suJecion á las leyes anteriores á la citada de 18 de
D1c1embre.
El Ministro de J'usticia,

ESCUDERO,
Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Puebla.

Escuelas públieQ.s.
.A~tamieuto de México.-Núm. 297.-Palacio municipal. Mé~ico, Febrero
9 de 1866.-El Sr. .Alcalde municipal, deseoso de que en los barrila mas populosos de la ciudad no carezcan los niños de.la educacion debida, h~ dispuesto establecer cuatro escuelas para varones, que se distribuirán conve1ientemente, á
cuya disposicion ha recaído la aprobacion del Exmo. Ayuntamie1to y de la Prefectura política.
En este concepto, las personas que deseen optar algunas de hs cuatro plazas
de preceptores que se han creado, pueden dirigir su solicitud á la Secretaría del
Exm.o. Ayuntamiento, siempre que se consideren con los req111sitos necesarios.;
bajo la inteligencia de que serán preferidos los que, á juicio dC: Sr. .Alcalde, reunan las cualidadea que Jl8 requieren.-El Oficial mayor encar{!ll.do de la Secretaría, JosJ A. Ortis.

�172

.

lJn buen ciud=f.dano.
Ministerio de Gobe~~cion.-"Prefectura superior del Departamento del 1Fresnillo.-Fresnillo, Enero 28 de 1866.-Exmo. Sr.-En el Distrito de Nieves existe D. Crescencio .Bollain y Goitia, cuyo individuo hace muchos años mas de una
vez ha puesto en peligro su vida en bien de la human,idad, combatiendo. constantemente á. los indios bárbaros que por los años de cincuenta y siguientes asolaron varios pueblos de este D epartamento. La decision y valentía de dicho individuo salvó en muchas ocasiones la vida á los campesinqs, que sin tan decidido defensor habrían sido víctimas de l a barbá.rie. Sus campañas, cuando no las
hacia por sí mismo, porque las circunstancias lo pusieran á. las órdenes de D.
Francisco Treviño, éste tomaba la parte directiva y aquel la ejecutiva, siempre
con valor y aun temeridad, porque se vió que una vez, con pocos hombres, hizo
frente á. una partida de bárbaros, á los que causó mucho daño, aunque tuvo que
sucumbir al número, quedando como muerto en el campo de batalla por las heridas que recibió. Ejemplos de abnegacion como' estos en bien de la humanidad,
merecen la atencion del Soberano, que sabe recompensarlos, para que sean trasmitidos con honor á. la posteridad. ,En el actual órden de Gobierno, eLSr. Goitia ha sido un constante perseguidor de bandidos, siempre con buen éxito; pero
principahnente en la funcion de armas del 13 de Junio en la hacienda de Norias, que herido el Sr. Treviño tomó á. su cargo la direccion de ella, segun aparece por los impresos que entonces se publicaron, y que acompaño con la presente. Por estas razones, Exll}o. Sr., me honro en recomendar á. V. E., para que
se sirva hacerlo con S, M. I., á. D. Crescencio Bollain y Goitia, por si lo hallare
digno de algun premio en virtud de las razones expuestas.-El Prefecto político,
Mariano flodriguez.-Exmo. Sr. Ministro de Go?ernacion.
IMl'RES'OS .A. QUE SE REFIERE L.A. COMl;rNIC.A.CION ANTERIOR.
"Al público.-Procedente _de la Subprefectura de Nieves, se acaba de recibir la
comunicacion •siguiente:
'
, .
"Alamillo de Treviño, Junio 13 de 1865.-.A. las diez y media de la mañana
de hoy ha sido derrotado, en la hacienda de Norias, el bandido Rodríguez, por
las fuerzas que eran al mando de D. Victoriano Parrilla, y las que el que suscribe y el Sr. Treviño pudimos reunir; así es que los pueblos y ranchos de esta
1
fronte:r;a han quedado libres de la invasion de esa horda de bandidos.
"He dejado comisionado para que levante el campo y dé sepultura á.los muertos, al Comisario de la hacienda mencionada.
·
"Por otra parte, no hemos tenido que lamentar mas desgracia que la de una
herida de bala que recibió el Sr. Treviño en la mano derecha.
·
·
"Todo lo que tengo el honor de-participar á. vd. para que lo ponga en el conocimiento del señor Prefecto superior.
"Dios guarde á. vd. muchos años.-Crescencio Bollain y Goitia."
"Lo ~ue se pone en conocimiento del público, para que estando éntendido de
que la unica partida de bandidos que se tiene noticia merodeaba por este Departamento, ha sido batida, puedan los transeuntes caminar con seguridad por los
puntos del interior.
"Al calce aparece un oficio que el gefe de aquellos malhechores dirigia al administrador' de Norias, pidiéndole dos mil pesos ó cuatro mil cabras, por exigirlo
- f!SÍ las circuns~i:1'8 en q~•se e~uenm;wp.uestra cara .pa~ria; contribucion que
1bq hacer efectiva a la hacienda citada, cuando el Sr. Treviño, con la fuerza que
mandaba, le aplicó el castigo que deben esperar todos aquellos que tan audazmente cubren sus operaciones de vandalismo.-Fresnillo, Junio 16 de- 1865..El Prefecto político, Mariano Rodríguez."
"Ejército liberal.-Seccion Rodrigue~.-Comandat;tte en gefe.-Sin ex~usa ni
pretexto pondrá vd. para mañana, á. disposicion de esta cpmandancia, la suma de
dos mil pesos ($2,000), préstamo forzoso que para el sosten de ' la fuerza qu.e es
á. mi mando, hago á esa hacienda, cuya cantidad será pagada por el erario nacional.
_
"Ánticipo á vd. que la omision de lo prevenido le será. de muy graves trascendencias, por exigirlo así las circu!ijltancias en que se encuentra nuestra C.A.R.A.
P .A.TRIA.
.
'
"Si no hubiere para el plazo prefijado el dinero en numerario, pondrá vd. en
ca.mino para esta cabecera cuatro mil cabras de las mejores que tenga esa finca.
"Protesto á vd. mi aprecio y distinguida consideracion."
"Al público.-Señor editor del periódico oficial del Departamento de Zacatecas.
-Fresnillo, Junio 21 de 186~.-Muy señor mio:-En el número 50 del periódicQ
que vd. dignamente redacta, correspondiente al 18 del actual, se lee un artículo que
bajo el rubro "El Tenienre Cor¡nel D. FranQisco Treviño," asegura que este señor:

"Ha organiza(l,o con la mayor prontitud una fuerza volunf:ar·ia de ' las haciendas
del Narre del JJeparf:amento para repeler y perseguir las gavillas, etc,-'' y como el .
que le sigue con el título de "Á última hora" puede creerse una consecuencia
del primero, fácilmente se habrá. comprendido por el público que solo la fuerza
reunida por el Sr. Treviño dió la_ carga al bandido Rodríguez el dia 13 en la hacienda de Norias. En esta virtud, el Sr. prefecto político ha tenido á. bien autorizarme para. quE remita á vd. copia certificada del oficio en que D. Crescencio
Bolla.in y Goytia dió parte de la fm¡cion de armas citada, á fin de suplicar á vd.
se sirva darle publicidad en el periódiéo de su digno. cargo, con el doble objeto
de hac~r ~onocer ~ público que, la fuerza mandada p~r D. Victoriano Parrilla,
que tambien contnbuyó á. la accion, pertenece á. las haciendas del Distrito de esta
capital, ai,í como á la de Sierra Hermosa, y de dar un testimonio de aprecio á los
d~~ños y i:.dm~stradores de aquellas fincas, por la buena voluntad con que facilitaron al Gobierno del Departamento los hombres de que dicha fuerza se comp~nia, montados, equipados, expensados y armados d!l cuenta de ellas.-.Al cumplir_ con la s:1perior disposicion que he mencionado, me honro en remitir á. vd. la
copia enunc1ida, y rogarle tenga á. bien dar tambien publicidad á la . presente,
,seguro de mi agradecimiento; constituy,é ndome por su afectísimo y atento servidor Q. B. S. 'N..-Rafael Zavala."
'ºEs copia q1e certi:fico.-Fresnillo, Junio 21 de 1865.-El Secretario de la
Prefectura polí¡ica, Rafael Zavala."
. "Los documeu.tos que anteceden manifiestan el objeto qu~ el Sr. Prefecto político. de este Deplrtam~nto ~~ propuso, al solicitar su insercion en el periódico
o~cial de Zacat~as; disporuendolo as1, para que la aclaracion que contienen, se
~1er~ por la~ ~e~1onas .qu~ reciben el mismo periódico: mas ya que el Sr. Editor
a quren se dm_gie:on dichos documentos, solo tuvo la bondad de publicar el segundo en el numa:o 53, con·espondiente al 29 de Junio próximo pasado, sin de-

173

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO.
cir siquiera su procedencia, el Sr. Prefecto político se ha servido disponer se
den al público en hoja suelta, para los efectos que ellos expresan.
"Fresnillo, Julio 6 de 1865.-El Secretario de la Prefectura política, Rafael

Zavala.
Son copias. México, Febrero 8 de 1866.-El Subsecretario de Gobernacion,

Francisco J. Villalobos.

presente nota á la Prefectura de Tula, para cumplimiento de las prevenciones
consultadas por el Consejo.-Trascríbase para el mismo objeto, en la parte que
les concierne, á. las Prefecturas de los Departamentos limítrofes, previniendo á. Ia
del Valle que contrate un perito veterinario que se encargue de desempeñar la
comision á que se re:6..ere el dictámen."
..
Son copias. México, Febrero 7 de l866.-L. Agoitia.

Sentencia de· 1a Corte·Ma1•cial de Itléxico.

Sellos (le 1Jib1·os.

Prefectura política del Departamento del Valle de México.-Seccion de J usticia.-Núm. 965.-México, Febrero 7 de 1866.-El Presidente de la Corte Marcial de México, en. oficio de ayer dice á esta Prefectura lo siguiente:
"Esta Corte, en sesion celebrada hoy, ha visto la causa instruida á Policarpo
y Hermenegildo Coronel, acu¡¡ados de robo, asalto en despoblado, en cuadrilla y
á. mano armada; pero no habiendo pruebas suficientes, ha sentenciado á.,Policarpo
Coronel á. diez añOs de presidio y á. Herménegildo Coronel, que probó plenamente su inocencia, lo ha declarado libre del cargo: lo que tengo el honor de comunicar á. V. S., suplicándole dé SJJ.S respetables órdenes para que esta sentencia
sea publicada en el "Diario O:6.cial."y por disposicion del Sr. Prefecto político se publica en el "Diario del 1lmperio."-El Secretario general de la Prefectura, Cárlos Zavala.

.A.dministracion principal de la Renta dd Papel Sellado en el Depa1~tamento
del Valle de México.-México, Febrero 9 de 1866.-En el "Diario del Imperio"
correspondiente al día 17 de Enero próximo pasado, se publicó el acuerdo de
S.M. el Emperador, fecha 7 del mismo meJ, que hace ex~ensiva la obliga~i?,n
de tener sellados los libros de sus cuentas .a todos los particulares, los admimstradores de bienes ajenos, y las casas de comercio, Jábi·icas y talleres, cuyo capital por efectivo, crédito ó ;xis~eneia, sea de tresc~entos pesos en adelante.
Pocos de los interesados a qmenes comprende dicho soberano acuerdo, le han
dado hasta alrora su deb\do cumplimiento; y siendo un deber de esta Administracion el cuidar de que lo tenga, se recuerda por el presente aviso, bajo el concepto de que conclui~o e.l presente me_s, se procederá contra los que nq hubieren
ocurrido, en los termmos que previene la ley de 14 de Febrero dé 1856.-El Administrador principal, José María de Icaza é I turbe.

La Epizotia.
"C,onsejo Central de Salubridad de México.-México, Febrero 6 de 1866.Exmo. Sr.-Dí cuenta al Consejo Central de Salubridad con la comunicacion
de V. E., fecha 3 del corriente, relativa á buscar los medios de contener la epizotia que sobre el ganado lanar se ha desarrollado en el Departamento de Tula;
y esta corporacion me ordena trascribirle el siguiente dictámen, que fué aprobado en su sesion de hoy.
·
"La comision nombrada para dictaminar acerca de las medidas que deben tomarse relativamente á. la epizotia que reina en Tula entre .el ganado lanar, se ha
impuesto de las prevenciones hechas por el Gobierno; y despues de examinado
el punto, pasa á exponer su opinion.-.A.unque es muy interesante para la salubridad, para la industria y para la agricultura, el tomar medidas . que eviten la
mortandad del ganado, é impedir que su carne se expenda al público para su ali. mentacion en todos los casos, las medidas higiénicas varian mucho segun la naturaleza del mal cuya propagacion se trata de contener. En la ignorancia de
este conocimiento, por no haber podido determinarlo el señor Prefecto de aquel
Departamento, las providencias dictadas por el Gobierno son sin duda altamente
benéficas á la salud pública, ya se consideren en el 'órden administrativo, ya en
el higiénico. La comision, sin embargo, se permitirá exponer algunas ideas en
relacion con este último.-Es preciso proceder en el caso presente, así como en
todos los dudosos, éomo si se tuviera que tratar de una enfermedad trasinisible
al hombre ó capaz de inficionar al ganado. .A. las medidas de separacion que se
haµ indicado al Prefecto de Tula, deben agregarse la de que el ganado enfermo
no sa encuentre muy algomerado en un pequeño espacio de terreno, y que este no
sea pantanoso ni contenga aguas estancadas en estado de alteracion, que -los animales puedan tomar movidos de la sed; que los que tengan que ser abrigados en
corrales cercados, deben tenerlos con amplia ventilacion, y diariamente se debe
sacar de ellos el estiercol y Q¡trrer el piso; que se prohiba alimentar al ganado
enf~rmo con pasturas humedecidas en aguas sucias, ó con un principio de alter11c1on; que no se permita la entrada de otros animales, de cualquiera clase que
sean, á los puntos donde estén reunidos los enfermos; que por ningun motivo
sean llevados á las caballerizas .en donde simultánea ó alternativamente, ó poco
tiempo despues, tengan que guardarse animales sanos; que se prevenga á. los
Prefectos políticos limítrofes, recomienden á. las autoridades subalternas hagan
frecuentes visitas á. los establos y á los abrevaderos para investigar si alguno de
los anÍn).ales tiene ya la enfermedad, para secuesti·arlos y tomar todas las providencias que se encomiendan al Prefecto de Tula, para evitar la propagacion; y
:finalmente, que se mande un veterinario expensado proporcionalmente por cuent~ de las municipalidades del Departamento de Tula, para que haciendo el estudio de la enfermedad que padece el ganado, informe lo que crea conveniente, y
se e-ncargue de la eleccion de los terrenos adonde debe llevarse á los enfermos.
Estas medidas son dictadas por la naturaleza misma de las enfermedades de infecci_on, ó de las contagiosas que debe procur_!trse evitar, y que de ordinario son
ocasionadas por las causas á que se refieren las anteriores indicaciones.-La.comisi~n, p~r lo ~ismo, ,O.Pina P?rq11,e se consult_e al Suprelll:o ~obierno, que' á las
provrdenci~s dictadas para evitar la propagacion de la eprzotia que reina en el
ganado ovmo en el Departamento de Tula, deben agregarse las siguientes:
"1~. Se impedirá. la aglomeracion de los animales enfermos en un pequeño
espacio da ten·eno; éste no será pantanoso ni próximo á los pantanos, ni tendrá
aguas estancadas en estado de alteracion.
"2ª Los animales que deban estar abrigados en corrales con cerc!l, tendrán
amplia ventilacion, serán estos diariamente aseados, sacándose el estiércol y barriéndose el piso, pudiéndose quemar en seguida un poco de azufre.
"3~ Se prohibe alimentar á dichos animales con pasturas en estado de alteracion ó revolcadas en -agua fangosa.
"4~ Se prohibe la entrada á. las caballerizas en donde se encuentren animales enfermos, á. cualesquiera clase de los otros animales sanos.
"5~ No se permitirá. que simultánea ó alterl'.lativamente, ó poco tiempo des1
pues, se ocupen los ~stablos de enfermos con animales sanos.
,
"6~ Se encarga á. las autoridades de policía de los Departamentos limítrofes á
Tula, hagan frecuentes visitas á los establos y abrevaderos, para investigar si el
mal se p~opaga en ellost y una vez cercioiadas de que así sucede, procedan á la secuestracron del ganado enfermo, tomando entohces las mismas disposiciones que
se recomiendan al Prefecto de Tula,.
. "7~ Se nombrará. un perito veterinario,•expensado por las diversas municipalidades del D epartamento, que escoja el sitio á. propóposito para1a curacion del
ganado, q~e estudie la enfermedad é informe sobre su .naturaleza, y que se encarg?e d; ilustrar el desarrollo de los pormenorés de esta instruccion en solo lo
relativo a su ramo. A falta de un perito, se nombrará un médico práctico del
D epartamento, quien dará. por duplicado á la Junta de Sanidad y al Consejo
central, una descripcion de los síntomas y demas puntos relativos al conocimiento de la naturaleza de la epizotia."
Tal ~s ~a _op~on del ~onsej_o, qlie me honro en trascribh- á V. E., protestándole mi d1stmgwda considerac1on.-El Secretario del Consejo central de salubridad, José Mq,ría Reyes.-Exmo. Sr. Ministro de Gobernacion."
,
~n _v~sta ~el anterior dict~men, S.,~- el Sr. Ministro acordó lo siguiente:
Mm1sterio de Gobernacion.-Mexico, Febrero 7 de 1866.-Trascríbase la

Movimientos milita1·es.-Derrota y castigo
(le disidentes.
Ministerio de Guerra.-1~ Direccion.-1~ Division.-México, Febrero 9 de
1866.-"Ejército mexicano.-Regimiento de caballería de la Emperatriz.-H~cienda de la Encarnacion, Enero 28 de 1866.-Exmo. Sr.-Con,esta fecha he .dirigido al Sr. general J eanningros, Comandante de la subdivisio_n militar ~el Sa~:
tillo, el parte srguiente:-"Sr. General:-Tengo el honor de informar a vd. de
que conforme á sus órdenes, el dia 24 me moví de Matehuala con los esc1;1adrones del Regimiento de mi mando, pernoctando en Vanegas: el 25, en uruon de
una compañia del Regimiento exti:~njero, vine á l~s. .A.nimas en persecucion de
una fuerza enemiga que se nos diJO marchaba hacia aquel lugar, y que no encontramos: el 26, la compañía mencionada regresó á. Vanegas, y yo continué al
Salado; y ayer 27 vine al r ancho de San Salv:ador, p~nto que en la mañana de
este dia había visitado el enemigo, cometiendo un aseslllato en la persona de un
individuo pacífico....:...Las noticias que -eude adquirir acerca del enemigo, de los
habitantes de este rancho, eran demasiado vagas, y por consiguiente, yo no podia _prever un ataque; sin em~argo de que ~on:fiad? ~n la autoridad del mismo
rancho, tomé algunas precaucienes de segundad, umcamente para un evento;
pero contra todas _mis cr~e~cias, el e~emigo; que_~abia sid~ perfectamente, instruido de todos mis movIIDrentos y nmguna seguridad de mi campamento, a .las
once y cuarto ele la noche me atacó en número d~ 500 á 609 hombres, con u~
arrojo poco comun en esta clase de bandas, acaudillado por un tal Pedro Mart1nez y otro llamado lía.cías; y ~espues de hora y me~ia d? un_ combate reñido,
en que mi tropa luchó cuerpo a cuerpo con esos b~nd1dos_, a qmene~ alentaba su
superioridad numérica y la sorpresa, que por decirlo as1, n~s ha~1an da~o, fué
rechazado y, batido por medio de una carga al sable que eJ(lCute en umon del
Comandante Gonzalez, con una parte de mi fuerza que logró ensillar sus caballos, rehaciéndonos de la caja y equipajes de lnis escuadrones, que por un momento tuvo en su poder el enemigo.-Tenemos que lamentar la pérdida del ~ap~tan D. Apolonio Pgnce, muerto valerósamente en su puesto, y la muerte de 6 m~i:
viduos de t ropa y las heridas graves de 10 hombres, y leves de 8 mas; yo recrb1
tambien dos heridas leves.-Tambien perdimos 9 caballos muertos durante el
combate.-Las del enemigo son de mucha mayor ~onsideracion: ha dejado en
mi poder 37 muertos, entre ellos un capitan y dos 9:6.ciales subalt~rnos, 6 prisioneros que be mandado pasar por las armas hoy á las nueve de la ,mañana sobr_e
el mismo campo, con arreglo al decreto de 3 de Octubre; gran numero de heridos que ocultaban en el mismo rancho y sus inmediaciones, y multi,tud de caballos muertos é inútiles; 39 rifles, 11 mosquetes, 22 lanzas y un numero de cananas que he recogido: y segun informes que tuve ~e algunos vecinos del extenso
lugar en que combatimos y los perseguí, su dispcrsion ha sido completa. Los
señores oficiales y tropa de mis escuadrones han llenado todos perfectamente
sus deberes; pero merecen una esp~cial mencion el yom!!,ndante de escuadronD.
Pedro A. Gonzalez, cuya energía contribuyó eficazmente al dl)senlace de este
hecho, y los Tenientes D. Teó:6.lo Villar, D. Juan Montaño, y Alférez D. Andrés Marin y D. José María Encinas, quienes demostraron un valor esforzado."
-Y tengo el honor de trasmitir á. V. E. el mismo parte, suplicándole se sirva
elevarlo á conocimiento de S. M. el Emperador, á cuyo Gobierno felicito por este
hecho de armas.-Dios gnárde á V,. E. muchos años.-El Coronel, gefe del Regimiento, Miguel L6pez.-Exmo. Sr. Ministro de Guerra.-México."
Es copia. El Subsecretario interino de Guerra, J. M. Márquez.

Inaugu1·acion del nuevo Rey de Bélgica.
De la Inclependencia Belga de 20 de Diciembre último, tom¡tinos los páq~fos
siguientes, en los !,males se verá el entusiasmo con que se verificó. en Bruselas la
inauguracion ·del nuevo Rey.
"La comitiva Real avanzaba lentamente, cuando cayó delante del caballo de
S. M. tal multitucl de ramilletes, que para pasar adelante era menester pisarlos ó
saltar por encima de ellos. El Rey recogió las riendas y se detuvo, y el pueblo
se aprovechó de esta ocasion para precipitarse hácia él y rodearle mas estrechamente. La guardia cívica, que formaba valla presentando las armas, se desordenó invadida por la multitud, sin duda porque no quiso oponer gran resistencia;
y entonces el Rey y su hermano se vieron envueltos y como sumergidos en una
masa confusa de uniformes, levitas y blusas, de la cual salian gritos atronadores
de ¡ Viva el Rey! ¡ Viva el Príncipe! El Conde de Flandes, que babia soltado las
riendas de su caballo, tenia los ojos arrasados de lágrimas, y saludaba á la multitud diciendo con voz conmovida: " Gracias, amigos mios, gracias." En cuanto
al Rey, veíasele estrechar las manos que se le tendían, mientras que un guardia
le decía en medio de los aplausos de todos: "Señor, hoy como en otro tiempo, y
siempre, somos vuestros y de la libertad."-" Por supuesto, respondió el Rey
con vehemencia, hoy como.siempre."
" Despues de esta escena conmovedora, las filas se ordenaron de nuevo, aunque no sin trabajo. Esta l1a sido la respuesta mas brillante que se podia dar
á. los ~ue habían dudado ele la adhesion de los Belgas á sus instituciones y á su
dinastia."

ESPAÑA.
DISCURSO LEIDO POR S. M. L.A. REINA EN EL AÓTO SOLEMNE DE ABRIR LAS
CORTES DEL REINO EL 27 DE DICIEMBRE DE 1865.
Señores senadorys y diputados:
La apertura de las Cortes del Reino ha sido en todos tiempos un suceso fausto para la Monarquía española.
Animada de este pensamiento, Vengo siempre con íntima complacencia á: inaugurar vuestras tareas legislativas, bien sea para asociarme al júbilo público por
la prosperidad de la Nacion, bien tenga que pediros con~ejo y auxilio en sus
conflictos.
Mi anhelo por la pa¡ n~ fué bastante á impedir un rompim~nto de hostilidades con la república de Chile, que ha negado tenazmente una reparacion honrosa.por los agravios causados á España durante las pasadas de&amp;.1.venencias con el
Perú. Mi Gobierno os dará oportunamente cuenta del curso d(I la guerra y de
las negociaciones á. que.haya dado lugar.
·
Las relaciones con las demas potencias continúan siendo amistosas.
Motivos de diversa índole, fundados en los intereses y sentimientos permanentes de la nacion, Me han impulsado á. reconocer el reino de I ta'.i a.-Este reconocimiento no ha podido entibiar Mis sentimientos de profundo r~speto y filial adhesion al Padre comun de los fieles, ni menoscabar Mi firme p-opósito de mirar
por1os derechos que asisten á la Sante Sede.
Constante en Mi deseo de respetar la independencia de los ~stados de .A.mé-.
rica, establecidos en los antiguos dominios españoles, he cele ado un tratado
de paz y reconocimiento con la república de San Salvador.
La crisis que por diversas causas pesa sobre nuestras plaza~ ~rcantiles, agrava las dificultades de la Hacienda; y aunque las rentas pública&amp;se reponen de
la baja accidental que sufrieron, es preciso reformar alglmos imp estos para á\lmentar los ingresos del Erario y hacer en los gastos públicos sevo:as economías
que preparen dentro de un breve plazo la verdadera nivelacion de\_presupúesto.
-La caducidad ó pronta liquidacion de deudas inve~eradas; la r'uccion de la
flotante á. sus naturales límites, extinguiendo gradualmente el saldq que resulte
en favor de la caja de depósitos, y otras medidas que sobre el crédi\o y sobre el
aprovechamiento de la masa aún considerable de bienes nacionales} medita Mi
Gobierno, serán objeto de diferentes proyectos de ley q11e se os presmtarán con
los de presupuestos y cuentas generales del Estado.
El desenvolvimiento de las fuerzas productivas, intelectuales y materiales del
país es el verdadero medio de acrecentar los recursos del Tesoro, debiendo de
mirarse los demas como artificiales y propios solamente de los períodos de tran-,
sicion. Mejorar la ley de Instruccion pública para extender la enseñanza primaria y para propagar las ciencias útiles á la agricultura y á la industria; facilitar
el aprovechamiento de las aguas que por nuestros sedientos campos corren perdidas al .mar; asegurar al propietario en el goce tranquilo de los frutos de su capital y trabajo; disminuir las trabas de aquellas industrias que, como la minera,
se hallan aún sometidas á una reglamentacion y centralizacion opresoras; m'.ulti~
plicar las vías de comunicacion y con ellas los cambios y el consumo, es dar estímulo y nuevos ensanches á la produccion, y fundar en el desarrollo de la pública riqueza un porvenir mas lisonjero para la H acienda.-.A. realizar estos fines contribuirán los proyectos de ley que Mi Gobierno os propondrá y que vuestra sabiduría y patriotismo acértarán á completar y perfeccionar.
, Uniendo á. la actividad individual el impulso colectivo de las Diputaciones, y
de los Ayuntamientos, será mas rápido el movimiento progresivo de las mejoras
que reclama la moderna civi,lizacion. Aquel concurso de todas las fuerza.s solo
puede realizarse vivificando el espíritu de libertad municipal, nunca extinguido
en los diversos Reinos que han formado la monarquía española, y concentrándole en los verdaderos intereses de la administracion local por medio de leyes que
la pongan en armonía con la ley que regula el Gobierno y administracion de las
provincias.
Cuando los intereses gene¡:ales de la nacion y los particulares de la agricultura, d1, la industria y del comercio no lo reclamáran, merecerían por su fidelidad
inalterable las provincias de Ultramar, que no se demorasen las reformas de que
cada una necesita segun su estado. Mi Gobierno someterá á vuestro exámen un
proyecto de ley para penar con eficacia el tráfico de esclavos en las Antillas,
\ mientras se preparan con el estudio indispensable las leyes especiales por que
han de regirse con arreglo á la constitucion de la monarqiµa.
La ordenada y pronta administracion de la fusticia es garantía de los derechos
políticos y civil'es, y basa la mas :firme,del principio de autoridad. En esto se fun.
da la ;necesidad unánimemente sentida de nuevas leyes de organiaacion de los
Tribunales, de ~njuiciamiento de casacion en materia criminal que el Gobierno
medita traer á. vuestra deliberaciqn.
El ejército, por su lealtad y disciplina merece Mi constante aprecio y el de- fa.
nacion¡ así como 13: marina, que en las apartadas regiones del mar Pacífico sos•
tiene los interes de la patria y el honor de nuestra bandera. '
La tranquilidad por breve tiempo turbada en Lerida y Zaragoza, con motivo
de las tarifas de consumos, fué restablecida con la intervehcion de las autoridades militares y de la fuerza del ejercito. Los sediciosos han sido entregados á los
tribun_ales competentes, y el órden se conserva en todos los pueblos de la Monarqu1a.
·
,
Por fortuna la triste experiencia de las revoluciones ha enseñado á las diversas clases sociales que el ti·abaj o es fuente de virtud y bienestar en los indivi. duos: que el aumen_to de la produccion nacional es en los pueblos modernos testimonio incontestable de su poder y de su grandeza, y que ni el trabajo ni la produccion pueden desarrollarse donde no coexistan el órden y la libertad.
, Poseído Mi Gobierno de estos principios, y sin alarmarse poí· la incesante actividad d~ los partidos políticos, con:fia que vencerá. todas las dificultades manteniéndose dentro de las p~escripciones legales, y uniéndose con su espíritu á la
opinion nacional, verdadera y legítimamente representada en el Senado y en el
Congreso. Una política tolerante sin ser débil, que reprima el desórden sin crueldad, y que en todas ocasiones tenga firmeza y teson para realizar sus propósitos, es la sola que puede desembarazar el camino dificil de perfeccion y de progreso á. que están llamados los individuos y las naciones. 'feniendo todos por
única mira el interes público, por guia la opinion nacional, por regla el respeto
á la ley, é invocando siempre el nombre de Dios, nunca faltará, así lo espero,
~ntre los poderes del Estado, aquella cordial inteligencia que afü'IIla la tranquilidad y el progreso en lo presente, y que prepara días prósperos y felices á las
nuevas generaciones.

y

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

174

,Juzgado segundo civií de Instruccion.

AVISOS OFICIALES.

En los aut\)s ejecutivo¡¡ p¡:omovidos por D. José Sanchez contra D. Lu'is P erez Pala!)ios,
sobre pago de réditos del capital de una capellanía, habiéndose fincado et remate del rancho
llamado "de Limas," en la Sra. D~ Agustina Guerrero de Flores, para esten?er~e la co.rrespondiente escritura de venta, ha pedido el actor 9.ue se publiq_ue por l?s penód1cos, á. fin _de
que los que se crean con derecbo á reclamar por hipoteca especial de dicho rancho, ·anterior
al año de 1859, y en particularidad antes de 18J5, se presenten á justificar sus derechos; y habiéndose proveido de conformidad, ha dispuesto el Sr. Juez 2? civil de instruccion se hagá la
publicacion que se solicita en el "Diario oficial" y " Cronista," por el término de treinta
dias, á. contar~e desde que salga el erim_ero eñ el citado Diar(o; con apercibimie~to que si
en dicho ténrul'lo no se presentan á Justificar sus derechos de hipoteca sobre el referido rancho
de Limas, se declarará liqre de todo gravámen y se llevará á efecto el remate, sin tener Jugar
despues ningun reclamo de crédito hipotecario. Lo que )lago saber al público en cumplimiento de lo mandado.
México, Febrero 7 de l~.- Antonio Landgra'l!e, Secretario.
826-30s-2

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
AVISO.

Relacion de los espedientes que para sustanciarlos es necesaria la presencia de los interesados en esta oficina.
Secciones 1~ y 2~-144, 266, 457, 476, 493, 702, 718, 868, 869, 880, 1,030, 1,106, 1,159,
1,198, 1,200, 1,205, 1,254, 1,397, 1,398, 1,478, 1,479, 1,645, 1,658, 1,779, 1,806, 1,817, 1,884,
2,011, 2,109, 2,171, 2,227, 2,245, 2,386, 2,456, 2,457, 2,458, 2,459, 2,460, 2,584, 2,611, 2,635,
2,665, 2,748, 2,850, 2,854.
362 al núm. 3 de Puebla.
1,440 al núm. 1 de Morelia.
372
U de id.
1,441
2 de
id.
373 ,,
14 de id.
1,603
10 de Querétaro
383
~ d_e id.
1,607
14 de
id.
J'l,ut;ad,o 1winiero de instructJion del ranio civil de J,Iéxit:o.
390
U de id.
I,608
15 de
id.
798 ,,
2 de Orizava.
1,610 ,,
17 de
id.
CONVOC.A.TO:SIA.
1,024 ,,
85 de Puebla.
1,611 ,,
18 de
id.
Habiendv fallecido intestado en esta ciudad D. Adolfo Compagnon, natural de Francia, el
1,047 ,,
3 de Atlixco.
1,614 ,;
21 de
id.
Sr. Juez 1? de instruccion, que conoce de los autos del mismo intestado, ha dispuesto en auto
1,048 ,,
5 de id.
4,246 sin núm. de Puebla.
de 24 del actual, se convoque á los que se crean con dereclio á los bienes que quedaron por
1,438 sin num. de Chalcbicomula.
4,730
,,
de ' id.
Asimismo-es necesaria, en la seccion 1~, la presencia de las Stas. D~ Juana Sanchez, y Dl!- ,fallecimiento del referido Sr. Compagnon, para que se presenten á ded~cirlo ante este Juzgado dentro de cuatro meses, contados desde la primera publicacion en los periódicos de esta
Marla Dolores Alva.
,
Hoy se han elevaéo al Exmo. Consejo de Estado, sustanciados y dictaminados por esta ofi- ciudad; bajo el apercibimiento de gue, á los que no se presenten, les parará el perjuicio que
cina, los espedientes números 8go, 5,638 y 2,722 unidos; 1,138, 1,205, 1,331, 2,637, 2,651, haya lugar en derecho. Y cumpliendo con lo mandado, pongo el presente en México, á. 27 de
-Enero-de 1866.-Lic. Julio C/1.avez, Secretario.
820-3a-3
2,852, 3,150, 3,152, 3,463.
,
1,601 de Querélaro con el núm....
4,442 de Celaya
4,443 de
id
,,
4,541 de Pmbla
4,743 de Guachlajara ,,
•• . •
4,761 de Apet}lan, sjn número.
4,800 de Gua(alajara con el n? •• . .
México, FebreP 9 de 1866.-Por el
Contador, Agustr PardíJ y García:

8
23
22
320
421

4,851 de Guadalajara con el n?:. . . 19
5,238 de Puebla
,, .... 1,230
5,337 de Veracruz
74
5,515 de Puebla
. . . . 661
5,516 de id.
,, . . • . 319
8,677 de id.
• .. . 1,241

Llamamiento de herederos.
A.VISO.

109
Administrador de bienes nacionalizados, el primer
'
,

AD}1,[NISTRACION DE .BIENES NAQIONALIZADOS.
A VISO,.
Debiéndose¡acar á remate, con arreglo al a~t. 24 de.la ley de 26 de Febrero del afio próximo pasado, fa casa de la calle del Oratorio en San Miguel de Allende, valuada en ($2,300)
dos mil tresoentos pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que
quieran hace- postura, ocurran á la Administracion de bienes nacionalizados el dia 12 del presente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el re.mate con la concurrencia
que haya; teniéndose presentes para el efecto ~ J;&gt;re:ve.n,cione~ de los artículos 24, 25 ¡ 27 de
la citada ley.
~
·
Méxi«&gt;, Febrero 3 de 1866.
·
1- 1
Deb'.éndose sacará remate, con arreglo al articulo 24 deJla ley de 26 de ~'ebrero del año
pr6xino pasado, la casa .m~cada con los números 6, 7, 9 y 10 y letras. A é Y de Celaya, ·
-yaluaia en ($ 1,100) mil cien pesos, se pone en conocimiento del público, para que las personas que qi;tleran hacer postura, ocurran á la Adminj¡¡tracion de bienes nacionalizados el dia
13 del presente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora con;,.enzará el remate con la coacurrencia que haya; teniéndose presentes para el efecto las J;&gt;revenciones de los artículos 24,
25 y ':ti de la citada ley.
México, Febrero 3 d_e 1866.
2s-1
Debiéndose sacar á remate, con arreglo al art. 24 de la ley de 26 de Febrero del año próximo pasado, la casa número 2 de la 2?- calle de la Asuncion, en Orizava, valuada en ($ 1,048
23 cs.) mil cuarenta y ocho pesos veintitres centavos, se pone en conocimiento del público,
para que las personas que quieran hacer postura; ocurran á la Administracion de bienes ¡µeionalizados el dia 14 del presente mes, á las nueve de la mañana, á cuya hora comenzará el
remate con la concurrencia que haya; teniéndose prosentes para el efecto las prevenciones de
Tos articulos 24, 25 y 27 de la citada ley.
México, Febrero 3 de 1B66.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suarez y
Na'l!arro.
3s-l

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido
por los albaceas el Sr. D. Bla,s P ereda, residente en San Luis Potosí, y D. Antonio Martiúez,
vecino de Ciudad Femandez, por fallecimiento del súbdito aleman D. Federico Reyther, vecino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad en auto de 27 del actual, se cite
por los periódicos del Imperio á D. Anclrés Reylher y á Dl!- Maria Ana Angela Hegues, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos 6 parientes inmediatos del testador, vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo Arnesverguen de los Estados 4e Alemania, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
del perentorio térn;,.ino de un año, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por sí ó por medio de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tenglln á los bienes que ,se hallan en depósito, pertenecientes á la testamentaria del espresado D.
Federico Reyther; bajo el ape;rcibimiento de que si no lo verifican, les parará el perjuicio á
que hubiere lugar y se aplicarán dichos bienes al objeto que determme la ley. Y para que lo
mandado tenga su cumplimiento, pongo el presente aviso en la ciudacl de Rioverde, á los
veintiocho dias del mes de Octubre de mil ochoc~entos sesenta y cinco, qü.e firmé con los de
mi asistencia, con quienes doy fe.-Firmado.-Domingo Ut./1urri-Asistencia, Gil Mendez.Asistencia, J. Blas Oribe.
683-60a- 27

A VISOS PARTICULARES.
SEGllBOS CONTB.rl. INCENDIOS.

CoMPAÑIA DE SEGUROS
Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .

DE GLADBACH.

3.000,000 pesos pru~ianoa.

COMPAÑIA DE SEGUROS DE BASILE.A. (B.A.SEL).

Capital de fondo ................_. . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos l~s iufoi;mes necesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas Compañías, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-180s-128
Teniendo que ausentarme de esta capital por algun tiempo, aviso á las personas que tuvieren negocios conmigo, que dejo de ªJ.loderado instruido y espensadó, al Sr. D. Pablo Jamin,
que vive e.n la casa núm. 2 del calleJon del Espíritu Santo.
México, Febrero 8 de 1866.- J. Baudouin.
829-3s-2

MOlV'l'll Dll PIEDAD.

Venta de nna Hacienda.

Manuel de los Cobos, Juez interino del departamento de ventas, y Juan Estanislao Monterde, Interventor del mismo, participan al público que el mártes trece (13) del que cursa comenzará el remate de la ropa empeñada en el mes de Julio del año anterior.
Las personas interesadas en ella, pueden ocurrir con oportunidad á desempeñarla ó á presenciar su venta; en concepto de que ésta principiará á las doce en punto con la concurrencia que haya.
México, Febrero 7 de 1866.- Manuel de los Cobos.-Con mi intervencion, Juan Estanislao
Monwrde.- Vº B? Lazpita.
5s-3

Se vende la hacienda de San Juan, situáda á inmediaciones de la Villa del Valle de Temas·
caltepec, y consta de mas de doce caballerias de tierra de superior calidad, de las cuales seis
caballerias y doscientas treinta y un mil quini~ntas dos varas cuadradas son de regadío para
siembras, y el resto de monte bien poblado y con distintas maderas. Tiene su casa babitacion
con piezas altas ·y bajas, troje y demas oficinas de campo, inclusas las correspondientes á engorda de cerdos. Esta hacienda disfruta agua en abundancia para regar, que es perenne y
que procede de puntos bastante elevados, por cuya circunstancia pueden aplicarse dichas
ao-uas al uso de molinos ú otras oficinas de maquinaria. En estos últimos dias ha sido retasad~ por el agrimensor D. Manuel.,Delgado, y es su ínfimo valor el de 15,461 pesos 99 centavos.
Las personas que quieran hacer po~tm:a, y necesiten instrucciones 6 cualesquiera otro dato
respecto de la mencionada hacienda, pueden dirigirse en esta capital á D. José Juan Romero,
en la calle del Esclavo núm. 2, quien contestará todos los dias de once á doce de la maña.na
y de tres á cuatro de la tarde, y en la Villa del Valle de Temascaltepec á D. Manuel Garay;
bajo el concepto de que las proposiciones que se hagan, han de ser antes del 12 del mes de
F ebrero próximo, porque el día 15 debe quedar hecha la venta definitivamente.
México, Enero 13 de 1866.
803-15s- 12

Administracion Principal de B.entas de México.
.A.VISO INTERESANTE.

En los almacenes de esta Aduana existen sin documento los bultos que·espresa la lista que
se pone á continuacion, y cuyos dueños no ha.n octurido á sacarlos, sin embargo de los avisos
que esta Administracion principal ha publicado con ese objeto. En tal virtud, se les advierte
por última vez, que si en el improrogable término de quin(18 dias, contados descle esta fecha,
no ocurren á sacarlos, acreditando su propiedad, se procederá con arreglo á las disposiciones .
de la renta.
Administracion principal de rentas del Departamento del Valle de México, Enero 30 de
1866.- El Administrador principal, J. de la Barrem.

Lista de los bultos que sin documento existen en los almacenes de esta Aduana, ltoy dia
Fecltas de entrade. i,arcas.
Marzo
,,
,,
Abril
Junio
Julio

4 de 1866.
14 de ,,
31 de
15 de ,,
2B de
8 de ,,

,,
B de ,,
Agosto 2 de ,,
Octubre 30 de ,,

de lafe,cl1a.
Co11tenido.

1
2
1
1
l

FUNCION EXTRAORDINARIA.
En la noche, á las ocho, se pone en escena la comedia de magia, dividida en tres actos é intitulada: La Mulata de C6rdoba.

Domingo 11 de Febrero.

TEATRO IMPE RIAL.

1
1
1
l

En la noche de hoy tendrá lugar el primer Baile de Máscara que la Empresa ha
preparado con todo lujo y comodidad, para lo cual no se ha omitido ningun gasto.

10
6a-'-2

COMPAÑIA DRAMATICA.
En la tarde, á las cuatro, se pone en escena la comedia de magia, escrita por el Sr. Mateos,
dividida en tres actos y denominada: La Mulata de C6rdoba.
,

AVISOS JUD I CIALES.
Jti%t;ado de pa% de

TEATRO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DR~lATICA.

B11ltos.

G~~~C- Una hoja d; sierra, grande . .. ..•• : •• ••• . . ..•.•. . ..•• _.
Dos cajas de vino tinto con 15 botellas. . . . . • • . . . . . . . • • .
N. W. Un bulto muestras, ·con peso de 8 arrobas..... . • . . •• • • • .
L. T. Un bulto,-wbos de crmtal, con peso de 1 arroba 18 lihras.
C. Una caja, lámparas de cristal, con peso de 9 arrobas..... .
R. C. Una C!lja, planchas de hierro para lavanderas, con peso de
9 arrobas. ••• -. . • • . . . • . • . • • •• . . • • . . • • . • . • • • • . •• • • • .
J. B. Una barrica, bbmbill~ de vidrio, casi rotas......... . . . . .
Un baúl, equipaje:parece pertenecerá Mr. Maurdec Bloch.
Un bulto equipaje, que parece pertenecer áMr. Yorke.. ..

México, Dici(lmbre 31 de 1865.- El Guarda-almacenes, Joaquin Carba,jal.

DIVERSIONES PUBLICAS.

19 Munit:ipalidad de Sa~ita Pe.

Santa Fe, Febrero 6 de 1B66.-Ignorándose el par¡¡,dero del súbdito español D. Angel Crespo, por la presente se cita y emplaza, para que en el término de doce dias, contados desde esta fecha, comparezca en este de mi cargo, por sí 6 por apoderado instruido y espensado, á contestar la demanda que en jnillio verbal, sobre desocupacion de casa, daños y perjuicios, le
promueve D. Crispin Valdés; apercibido de que le parará en los perjuicio.s á que haya lugar
si no concurre.- El Juez de paz, l11és Ocampo.
'
819-3a- 3

TEATRO PRINCIPAL.

TEATRO DE ITURBIDE.
COMPAÑIA DRAMATICA.
En la tarde, á las cuatro en punto, se ponen en escena las zarzuelas denominada,, la primera: El loco de la bohardilla; la segunda: La cola del diablo; la tercera: En las aptas del toro; ·
y la última: Gracias á Dios que está puesta la ,nesa.

MEXlfJO.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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