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                  <text>EL

DEL

DIARIO
Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

1'1EXl(JO.-Viernes 9 de 1'larzo de IS66:

III.

S'UMAB.IO.

,

r~'l'.E OFICIA.L.- Ca1;la del Emperador al 8(. Castillo, encargándole la direccion del
~teno de la Casa Impenal.-Otra al Sr. Ulibarri, encargándole el des\lacbo del Ministeno de Estado.-El General Mendez, Oficial de la Orden de1 Aguila Mex1cana.-Caballeros
de la Orden de Guadalupe.-El Sr. Devincentiis, Caballero de la misma Orden.-Alcaldes
municipales de varios pueblos de Querétaro.
PAR~E NO OFICIAL.-La Legacion mexicana en Roma.-Actas de adbesion.
Progresos agrícolas.
Solicitudes de privilegios.

PARTE OFICIAL.
Alcázar de Ohapultepec, Marzo 8 de 1866. ·

Mi querido Ministro Castillo:
Teniendo que salir el Gran Mariscal Almonte para la mision
que le He confiado, Vd. tomará la direccion del Ministerio de la
Casa Imperial.
El primer Secretario de la Gran Cancillería hará las veces de
(han Canciller y requisitará los diplomas hasta nueva órden.
Su afectísimo.
MAXIMILIANO.
Alcázar de Chapultepec, Marzo 8 de 1866.

Mi querido Snbsecretario Ulíbarr~:
Mientras que llega á tomru.· la direccion del Ministerio de Estado Nuestro Ministro Salazru.· Ilru.Tegui, Vd. conducirá los negocios de este Ministerio, como lo hizo dmante el viaje del Sr.
Ramirez á Yucatan.
Su afectísimo,
MAXIMILIAi.,O.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORUENES IMPERIALES.
México, 7 de Marzo de 1866.

S. M. el Emperador, en atencion á los distinguidos méritos y servicios prestados en campaña por el Sr. General D. Ramon Mendez, Ha tenido á bien,
por acuerdo de 25 de Febrero 1íltimo, nombrarlo Oficial de la Imperial Orden
del Aguila Mexicana.
·
México, 8 de Marzo de 1866.

S. M. el Emperador, por acuerdo de 2 del actual, Ha tenido á bien nombrar
Caballeros ele la Imperial Orden de Guadalupe, á los Sres.:
Coronel D. I gnacio Ceron, Subprefecto de Huamantla.
Comandan le D. Ignacio Gutierrez, Subprefecto de 'J'laxco, y
Comandante D. Juan Herrera.
S. M. el Emperador, ~n atencion á los méritos y servicios del Sr. D. Juan
Devincentiis, actual Director de los asuntos civiles de la Secretaría privada del
Emperador, Ha tenido á bien, por decreto de 5 del actual, nombrarlo Caballero de la Imperial Or&lt;len de Guadalupe.
El Gran Canciller,
A.LMONTE.

MINISTERIO DE GOBERNACION.
SECCION

2~
México, Marzo 7 de 1666.

El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar lo~ nombramientos hechos por
esa Prefectura para Alcaldes municipales suplentes de Toliman, Tolimanejo y
Peñamiller, en D. Vicente Riucon, D. Vicente Landavcrde y D. Susano Mar·
tinez; y para Comisarios municipales, propietario y suplente, de la mision de las
Palmas en D. Ignacio Olvera y D. Melchor Hernandez.-Lo digo á V. S. en
contestacion á su oficio de 3 del corriente. -El Ministro de Gobernacion, EsT!VA,-Sr. Prefecto del Departamento de Querétaro.
Es copia. México, Marzo 7 de lbG6.
El Subsec~etario de Gobernacion,

Francisco J. Villalobos.

NuM. 358

PARTE NO OFI·&lt; ,IAL.
Nuestra Legacion en Roma.
La Legacion extraordinaria de S. M. en aquella Corte, fué invitada por el decano del Cuerpo Diplomático para presentar sus felicitaciones de fin de año al
Santo Padre.
La Legacion mexicana fué reéibida el 26 de Diciembre próximo pas~do, co~e&gt;
las otras que están acredita-0as cerca de la Santa. Sed~, y tuvo la h?nra de OU'
de Su Santidad· votos sinceros por el porvenir de México,! el an~~io de que al
fin vendria á concluirse el arreglo pendiente con los Plerupotencianos de S. M.
el Emperador de México.
.
Nos apresuramos á dar esta noticia como un preliminar cierto de 1~ conclusion
de una de las cuestiones maa delicadas que pesan sobre nuestra patria. Forzoso
era llegar á uu término; así lo requiere la gravísima naturaleza de los r~tosque abraza esta cuestion, la tranquilidad de las conciencia-a y el_ órden pubhco,
fácil de alterarse alguna vez, dejando encendida una tea ta.n_peligrosa. He11;os
abierto en el mundo una nueva época, y de lo pasado es preciso recordar el bien
y olvidar el mal, para lograr la union y consolidar la paz :firmemente. La solucion de la gran cuestion con la Santa Sede, tiene una influencia muy eficaz en
que acaben de desaparecer todos los síntoma-a de una division religio~a! cuyas
consecuencias podrian herir á la nacionalidad misma. En nuestra opnnon, una
de las obras mas grandes de S. M. el Emperador, 'es la ciue es.tápara con?luir
en Roma la Mision mexicana, que hará patente que Mé~co,. leJOS del fanatismo
como tambien de la impiedad, combina con la luz de la cien~ia, la defensa de sn:s
derechos y el respeto á la Iglesia. La nacion estaba oprimida por esta. ,n~cestdad; era inevitable arribar á un término, que sin volver á enardecer los arumos,
cortase radicalmente las disputas, las incertidumbres, y tranquilizase á todos: r~cordamos á este propósito la inauguracion del Concordato celebrada en Francia
el año de 1801, en la Catedral de Paris, por todo el Esta.do. El Senado, el Cu~rpo Legislativo, el Tribunado, los principales funcionarios y el pueblo, -sancionaron en esta ceremonia el modo de poner término á las disensiones tan funestas, que despues de una gran revolucion, quedan por vencer, para vivir en P~·
Hé aquí las palabras del primer Cónsul al pueblo frances: "era al S. Pontmce á quien el ejemplo de los siglos y la razon prescriben ocurrir para hermanar
las opiniones y reconciliru· los corazones. El Gefe de la Iglesia ha pesado en su
sabiduría y en el interes de la misma Iglesia, las pro¡,osiciones que el inter~s del
Estado habia dictado." Por este camino han terminado esta. clase de cuestiones,
que han existido en todas épocas en los países católicos, resolviéndose las dificultades con el influjo del saber y de la prudencia. La historia cita. el cél~bre
Concordato de 1122, concluido entre Enrique V, Emperador, y el Papa Calixto
II. Ya antes se habían celebrado otros por_los Pontífices Zacarías, Estéban ~I,
Adrian I y Leon III. En el siglo anterior fueron aneglados muchos con casi todas las potencias de Europa. En 1753 con el Rey de España, en 1770 con el ~e
Cerdeña, y en 1791 con el de Nápoles; lo mismo en el actual con la Francia,
España, Baviera, Suiza, 1011 Paises Bajos, y verdaderamente con la mayor parte.
de las naciones católicas.
La solucion que esperamos es acepta.ble en todo sentido, como acontece errmtt!•
chos de los interesrs de la humanidad, en que el asenso universal se obtiene·
por cuantos motivos se agitan los hombres en sus opiniones, en la justicia ó en
sus derechos: terminada la cuestion, quedarán abiertas la-a relaciones diplomáti-·
cas que ha tenido México con la corte de Roma; se tranquilizará la opinion pú,·
blica dividida por el sentimiento de la conciencia; y la propiedad sentirá un izn:
pulso en su valor.
Otras consideraciones de tan alto interés como las enunciadas, las juzgamos
imparciales, y las c1·eemos vinculadas con el éxito que obtenga la mision de México en Roma. Ko dudamos que, sellado el concordato, sus efectos redundarán en
provecho público, sea cual fuere el ánímo con que se considere la situacion; su
fin se desea con un esfuerzo político por uno,s, religioso y patriótico por otros y
provechoso para todos. Las consideraciones serán mas 6 menos graves, segun el
móvil por q_ue cada uno se sienta impelido; pero sí seguramente, todas conspirarán á que acabe la discordia y se remuevan los inconvenientes con que se ha tropezado en todo sentido.
La observancia exacta de la justicia universal nos pondrá en actitud de llenar
oportunamente los deberes de la nacion. Se ha sostenido en la prensa la necesidad de que México se ar~egle con la corte Romana; se ha impugnado esta idea
seguramente por el temor de herir los intereses creados por las leyes de reforma; se ha visto marcada la discordia por el ·sentimiento religioso; 1!8 palpa en fin
la desnivelacion de la propiedad nacionalizada; obstáculos fuertes, atendibles, que
el Gobierno debe apai-tar para seguir una administracion franca y aprovechar
todos los elementos ñsicos y morales que existen en el país.
•
S. M. ha pulsado la gravedad de estas necesidades, y dentro de los límites de
la justicia, esperamos que sellará la resolucion que ponga fin á estas dificultades
y salve todos los intereses. A ese resultado estamos próximos, segun indica la
noticia con que hemos encabezado este artículo.

�Actas de adhesion.
En Xochiapulco, á I_os quh:ce dias d~l me~ de Febrero del año de mil o~hocie~tos sesenta y seis, reumdos baJo la presidencia del General D. Juan Francisco Lucas, los gefes, oficiales y alcaldes de todas las localidades que á las órdenes de
aquel han defendido hasta hoy ~a_s institucion~s repu?lica~as, les hizo s~ber las
bases acordadas con el señor VIS1tador Imperial el dia seis del mes comente en
Papantla, para la sumision de estas fuerzas al Imperio, en virtud de lo resuelto
en la junta celebrada el dia primero.
Promovida en consecuencia una larga y detenida discusion, y teniendo en
consideracion la opinion dominante en la tropa, así como que los inmensos s'acrificios que se han hecho por defender la causa republicana, han puesto á estas fuerzas en la imposibilidad de continuar la guerra contJ:1a el Imperio, se resolvió y
aprobó definitivam!mte lo siguiente:
.
,
.
.
Las fuerzas qu_e a las órdenes ~e D. J uanFrancisco ~ucas ha~ ~e~endido las i~stituciones republicanas de la nacion, y que pertenecen a los mun1C1pios de Xo_chiapulco y Zantla, así como á algunos barrios ~e los _de Tetela é, Iztacama_st1tlan,
quedan desde esta fecha sometidas al_ 1:mpeno, baJo. las garantias c?nt_e~idas en
las bases acordadas con el señor V1S1tador Imperial, de que al prmcip10 se ha
hecho mencion.
Con lo que concluyó la junta, levantándose la presente act11,, que original quedará en poder de D. Juan Francisco Lúcas, para que de ella libre y autorice las
copias que fueren necesarias.-Juan Fran~isco Lú~as, ~eneral en g~fe; Juan
Crisóstomo Bonilla, Coronel 2~ en gefe.; Lms .Antomo Diaz, Coronel; a nombre
del Teniente Coronel D. Dionisio Leal, Trinidad Palestino; .Anatolio I. Reyes,
Comandante; Mariano de los S:mtos, Capitan; Valeriaµo Rosas, Capitan; Juan
Ramirez, Capitan; Isidro Segura, Capitan; Juan López, Oapitari; Luis Mariano,
Capitan; José .Antonio Romero, Capitan; Trinidad Parestina, Capitan; José de
la Cruz, Capitan; Luis Hernandez, Capi~an; Márc?~ Avila, _Capitan;,por sí!. á
nombre de mis hermanos, .Anselmo y Miguel. TaIDitir, Francisco Mana Tamitir,
Capitan; Vicente Bonilla y Hernandez, Capitan; Gabriel Valencia, Capitan; Ramon Francisco Zaragoza, Teniente; Domingo V alerio, Teniente; Mariano de la
Cruz, Teniente; Francisco Cortés, Teniente; .Antonio Cruz, Tenie~te; Francisco
Nava, Teniente; Julian Cortés, Teniente; Francisco Arellano, Temente; Manuel
Francisco, Teniente; Fernando Simon, Teniente; Manuel Valerio, Subteniente;
Juan Francisco Dinorin, Subteniente; José Toribio, Subteniente; Sixto Degollado, Subteniente; Santos Portillo, Subteniente; Florentino Sosa, Subteniente; Mariano Brígido, Alcalde de Xochiapulco; Manuel ~e los.Santos, Alcalde de las L~mas· José Mariano, Alcalde de Tantetelco; J ose Mariano, Alcalde de Eloxochitan· 'Sebastian de Santiago, Alcalde de Chilapa; Bernabé .Antonio, Alcalde, de
oir:.etepec; Lorenzo López, Alcalde de Taxco; Pablo .Antonio, Alcalde de Totutla;
Domingo de la Cruz, Alcalde de San Estéban; Francisco Ataria, Alcalde de Xoehititan.
Es copia de la original. Xochiapulco, 16 de Febrero de Febrero de 1866.Firmado, Juan Francisco l.Júcas.

mez, Manuel García, Agustín Perez, Juan Leon, José Franci~co, .Andrés Le~n,
José García, Domingo García, Pedro J uarez, Manuel Benav1des, Cruz Garcia,
Manuel Juarez, Felipe Santiago, Juan Ambrosio, Mauuel Quir?z, .An~rés Ju~rez, José de Leon, Ignacio Juarez, Manuel Jimenez, Juan Garcia, J~se Ant?mo
Alvarez, Tomás Avila, Ignacio Sanchez, Miguel Salazar, Juan Garcia, Maria~o
Santiago, Jesus López, Albino Salas, Antonio Juarez, José Bernabé, Antomo
García, Miguel Luna, José Miguel.
En el pueblo _de Chicualoque, á los ~einte c~i~~ del m~s de Enero de ochocien;
tos sesenta y seis, concurrieron los vecmos pn~cipales a la casa ~el Alcalde ?
Comandante militar, y le manifestaron que sab1an de una manera merta la capitulacion que se babia celebrado en la villa de P apantla, :y que las tropas que for:
maban la gnarnicion habian sido disueltas: que en esa virtud deseab~n ~aber si
eran libres para manifestar sus opiniones, si~ temor de que se les per.Jud1case;
habiéndoles contestado la autoridad que pod1an expresarse con toda libertad, dijeron que deseaban rec~nocer f l Imperio ~stablecid~ en .M~~ic?, y dedicarse
tra'l;lquilamente en lo sucesivo a sus respectivos _trabaJOS, y v~vir a la sombra de
las instituciones monárquicas, disfrutando los mismos beneficios de que gozaban
todos los pueblos que estaban sujeto¡¡ á S. M. el_ Emperador: qu~ se levantase
una acta para remitu-la al Sr., Visita~or Imper1a~.-Fernando Rivera: Manu~l
Castellano, Ricardo Mar, Tono Domrnguez, J ose Dolores Mar, J ose Antomo
Dominguez, Tomás V r1r!as, ·.A~drés .A.re?as, Ra~on Arenas: Dor?teo Romero,
Vicente Maldonado, Cahxto Rivera, Fehpe Dommguez, J ose i\fana Ro man, José Manuel Torres, José Gregorio Andrade, Serapio Dominguez, Valeriano Perez, Juan Torres y Ma,rcelo Varias. Por todos los que no saben firmar. Ramon
Arenas.
'
En el pueblo de San Mateo Coxquihui,. á les, veinte dias del ~es ?e Enero ~el
año de mil ochocientos sesenta y seis, reunidos en las casas cons1Stor1ales los prmcipales vecinos y autoridades de dich? pueblo, y sabiendo. que la guarnicion d_e
tropas republicanas que babia en la villa de Papan~l~ habia celebrado_ una ~apitulacion con el gefe austriaco que manda la expedicion de las fuerzas 1mpenales
que marchaTon sobre d_icha villa, mani~estaron: q~e babia llegado el tiempo de que
pudiesen expresar sus ideas con toda hbe~-tacl y sm temor de ser moles_ta~os; que
en consecuencia, y haciendo uso de esa libertad, acordaban por unammidad las
sigµientes proposiciones:
. .
.
1ª Los vecinos todos del pueblo de San Mateo Coxqmhui, perteneciente al antiguo canton de P apantla, reconocen libre y expontá~e~mente al Imperio.
2ª Se levantará una acta ~n que conste el reconocimiento expresado, y se remitirá al Sr, Visitador Imperial; dándole las mas expresivas gracias, porque se
sabe de una manera indudable que su influjo ,y las consideraciones de que justamente disfruta por estos rumbos, h~n influido muy e~cazmente en la_pacific~~ion
de estos pueblos.-El Alcalde, Jose de I:un~; Eugemo Gomez, ~Iaria~o Mit~a,
, Salvador Jimenez, Mateo Hernandez, Nicolas Gomez, Manuel Tomas Garcia,
Miguel Vega, Lor_enzo Vega, Miguel de Luna, José Valencia, José Gomez, J uau
Vega, J !J.an Gonzalez.

En el puerto de Tecolutla, á los vei,nte dias del mes· de Enero del corriente
año de sesenta y seis, reunidos los principales vecinos en la casa del ~omandante militar de dicho puerto, manifestaron: que estando ya ocupada la villa de Papantla á consecuencia de la capitulacion que se celebró alli entre el gefe de la
expedicion que mandaba las fuerzas Imp~r~ales y los Generales .Alatorre y Muñoz, que estaban á la cabeza de la guarmcion de la expresada .vil:1ª de Pap,~tla,
había llegado el caso de poder expresar libremente sus ~onvicciones p~h~icas:
que en consecuencia resolvif!,n, c?~º efec_tivi:roente resolvieron por unan1ID1dad,
que debian adoptarse las propo1nciones sigmentes:
.
1~ Las autoridades y vecinos. todos del puerto de Tecolutla reconocen libre y
expontáneamente el Imperio, y protestan obediencia y sumision al augusto Em~
perador l\'.Iaximiliano.
.
2~ La presente acta se reinitirá original al ~r, Visitador_ I~perial, Lic. D. José María Galicia y ' Arostegui, para que la eleve al conommiento del Supr~mo
Gobierno; dando, por parte de todos los vecinos de Tecolutl~, las J?ªª expresivas
gracias al referido señor Visitador Imperial, por la prudencia y tmo con que ha
sa.bido preparar y consumar la p~cificacion de esto,s puepl9s. ,
,
Comandante militar José Mana Gonzalez, J ose Mana Garcia, Domingo Sachi, .Andrés Ferral, Pascual Delangel, M. G?,rcía, !~an B. Mantesao, :edro Guatne, Giovani Beccaria, Fransische Gov~h, Patricio Delgado, Francisco
Delgado, Luis-Guerrero, José Bermudez, Juan _Zanni, Marlini Giuseppe, An~onio Godino, Cárlos Romañoli, Juan Gaudano, Silvestre Colombo, José Ignacio,
Ildefouso López, Juan Jaque, Gaspar Moulini, Trinidad Reyes: D~o~isio Cr~z,
Donald Bossi, José Scagno, Luis Posili, ~iaccomo Caruta~ J ose. Chmgnel, Pan:
filo Cruz, Juan Guiringuel, Pascual Gal'Cla1 Juan Barc~lo, Julia~ Ferral, Jos~
Ferral Juan Diaz Lucio Hernandez, Manuel Luna, Miguel Dommguez, Camilo He~andez, Eligio Delvalle, .Antonio Chavez,-M. Rangel, A~ad Asce~cion,
Pilar Gonzalez, Manuel Cruz, Agustin Ferral, Alb~o Cruz, Lmo :itodrigu~z,
Pilar Luna Rosario Torres, Gabriel Perdomo, .Antomo Salas, Faustmo Garc1a,
Anastasio Luna, Francisco Benzones, José Móntinez, T ereso Vazquez, Urbano
Rios, Bernardino Zaletas, Rafael Flores, Vicente Ghione, Lorenzo Asprino, José Bovio. Por los ciudadanos que no saben escribir, Francisco Bovio.
'

,

En e1 pueblo de Coyutla, á los veinte dias del mes de _Enero _de~ año de ~l
ochocientos sesenta y seis, fueron invitados todos los vecmos prmcipales de di,
cho pueblo para que manifestasen libremente su opinion resrecto de lo~ acontecimientos que se habían verificado en Papantla; pue_s _era púbhco y not?rio &lt;lue todos los generales, gefes, ofi.ciales y soldados de los disidentes de la refenda villa de
Papantla, habian capitulado y se estaban retira_ndo á diversos p~~tos: 9-ue en consecuencia, podianyalos coyutlecos expresar libremente su.?pm1on, sm temor_de
ser molestados ni perseguidos. Todos los concurrentes diJeron que reconoman
con gusto al Imperio y se sometían á él exp~nt_á~~ent~ acor_d~ndo que se ~evantase una acta de adhesion, la que se remitir1a al senor V1S1tador Imperial
para que diese cuenta al Supremo Gobierno.-Coinisa,rio municipal de Coyutla
Francisco Leon, José Ji{aría Arriaga, Mateo Pere,z, Manuel Leon, C~rlos ~e~e~,
José Valencia, J oaquin Ambrosio, M~n~el _Garcia, Manuel ~brosio, D1omsio
Juarez, .Antonio Rosas, Diego López, Hilano Salazar, Ig~amo Gµer~ero, .Antonio G. Martinez, Bartolo Leon, Miguel Gomez, José Uribe, Valerio Salazar,
Pedro Tereo~ .Alejandro Juarez, Manuel García, Ignacio Jimenez, José Reyes,
Pedro Jimenez, José María' Perez, .Antonio Licona, Manuel Sanchez, José l;(ernandez, Miguel Alvarez, Agustin Salazar, Estéban Santiago, José María Castañeda, Pablo Valdés, Gerónimo Salazar, Ignacio Julian, Miguel Pamuceno,
.Andrés Santiao-o, Mateo Juarez, José Ramon, Manuel Alvarez, Francisco Go-

º

.

265

EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DJARIO DEL IMPERIO.

264

r

En el pueblo de San Miguel ~ozocol~o, ~ lo~ veinte dias del_ mes de E~ero
del presente año,de sesenta y seis, por _mVJtacion de las aut?r~dades ~~ dich?
pueblo, se reunieron los principales vecmos en las casas mumcipales, e mstrmdos que fueron de que las fuerzas _que f~rmaban la guarnicion de la vill~ de ~apant1a habían capitulado y que dicha villa estaba ocupada por tropas imperiales, dijeron por unanimidad: que reconocian expontáneamente al Imperio, y que
se levantase ur:a acta con la que se diera cuenta al señor Visitador Imperial, para que la elevase al cono~imiento ,del S~premo Goj)ierno;_ Y: es la misma ~ue
:firmamos para su constancrn.- Jose Garcia, Manuel Apar1c10, Fernando Fideroa, Pedro Juan, Miguel Gonz-alez, Miguel Peralta, Manuel Sanchez, Manuel
Gracide, Miguel Santigo, Juan Benito, José de Lpna, Juan Ramirez, Jos~ Jimenez.

Progresos ag·rícolas.
Despues de pasadas las épocas tormentosas por las que nuestra agricultúra
acaba de atravesar, es tan grato como inesperado hallarla aún en pié y conser.vando sus tradiciones de humanidad, de moral y de amor al trabajo.
Increíble parece que haya podido sobrevivir á los recios embates1 que ha sufrido.
Cuando todos creian inevitable su naufragio en el inmenso piélago de males
que por do quiera la ahogaban, ella proveyó ~ nuestro .sustento, á las 3;,rtes, á la
industria y al comercio; á precios subidos, en verdad, mas nunca el hambre, en
la acepcion rigurosa de esta pa).abra, llegó á afligirnos.
Cuando los Estados-Unidos en su guerra co1onial carecí~ de paños para sus
tropas, las fábricas de México tejían las lanas de sus ganados para proveer á
esa nacion, eminentemente industrial y agricultora.
,
Ella, que inundaba el mundo con sus algodones, fué ~ntonces tributaria de
México, comprándoselos á precios muy altos para alimentar sus fábricas, y aun
le cedió el puesto en las exportaciones que para diversos países se hicieron, y
continúan haciéndose por Veracruz, Matamoros, Tlacotalpan, Sisal, Alvarado,
Acapulco, San Blas, Mazatlan, Guaymas, etc.; en una palabra, de todo el territorio mexicano.
Hoy mismo, el café que en Nueva-York se vende por de Java, no es sino de
Méxicq. _
,
El tabaco que se vende como de la Habana en muchas ciudades de Europa y
aun entre nosotros, es de nuestras costas, ó de Tabasco, Jicaltepec, Compostela,
Tuxtla, Yucatan, Tehuantepec, etc.
·
.
Mas si á pesar de las levas, de los préstamos forzosos legales, de las exacc10nes á mano armada, de dinero, semillas, ganados, carros y acémilas, plagios de
los adininistradores y demas quebrantos, la agricultura ha provisto al manteniiniento de la nacion, y aun ha elportado cantidades considerables de frutos nobles, haciendo 1icas á innumerables familias; no por eso ha adelantado, antes
bien ha permanecido estacionaria, detenida en la vía de mejoras, en que antes de
la última década babia entrado con muy buen éxito en Cuerna.vaca, donde el Sr.
D. Benito Quijano introdttjo los carneros merinos; el Sr. D. Felipe N. del ~arrio y Larrazábal el perfeccionamiento en.las labores de campo, nuevas semillas
de caña dulce, excelentes vehículos de conducci~n y nuev:as máquin~s de hacer
el azúcar. Otro tanto se hizo en Cuautla de Amilpas en diversas naciendas. En
San Martin Tesmelucan, el Sr. D. Gumesindo Saviñon mejoró notablemente los
instrumentos aratorios, y perfeccionó las operaciones de trillar y .av:entar trig?
y desgranar ma~, sembrar, rastrear, y en general todos los procedimientos agri-

eolas. Lo mismo hizo en el Distrito de Chalco el Sr. D. Antero de Villaurrutia,
quien llevó una raza hermosa de caballos del Canadá y mejoró mucho la cria de

ñamos en distinto pliego la clasificacion de la planta y sus producciones.- Es
gracia y justicia que esperamas merecer de S. }l. por el apreciable cond~cto de
V. E.-Manuel Angel Ortiz.- José ele la Fuente.- Otrosí: tambien suplicamos,
que en l).tencion á nuestras circunstancias, se nos admita e¡¡te escrito en el presente papel.- Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
Lo que se publica en el Diario del I mperio conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

ganados maror y ~eno_r, introdujo innovaciones muy útiles en el corte de madems por medio de maqumas de los Estados-Unidos, y algunas de su invencion.
El Sr. D. Ma~uel Terreros en la cria que planteó de caballos, ha logrado que
.eeitos nada_deJ~n que desear por su alzada, mansedumbre y hermosa estampa;
,eon ellos nvahzan los de Guanamé en San· Luis Potosí.
- Lar~o se:ia el relato de las mejoras que se habian logrado en la agricult~ra menez.
.ha.ee ~iez a~os; nos abstenemos de seguirlo, porque estaban, y aun lo están mu-chás, a la VlSta de todos; pero, lo repetimos, se han estacionado. Los sucesos pú(3'.' publicacion.)
México, 'EnerQ 15 de 1866.
blicos vinieron á paralizarlas.
,
·
Solicitud
de
D.
Juan
Boivin,
pj,diendo
privileyio
exclusivo
por la invencion de una
Hoy que se h~ alej~do el estruendo de las armas, enemigas del labrador, fuer-.
tela
impermeable.
za es hacer que este siga sus adelantos, no ya solo por su bien individual, sino
"Segunda clase.- Ouatro reales.- Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
~a que la ,nacion toda participe lo~ beneficios. que consigo traen ],os mejoramientos agm;olaa, ya en la. calidad o en el precio de sus frutos.
cuatro y sesenta y cinco.-Valga para los años de 1866 y 1867.- El gefe DiOtr.a_ razon no menos atendible hay para que se procure hacer llegar á nues- rector de la seccion 3\ Agustín Tornel.- Exmo. Sr.- J uan Boivin, mecánico
tra agricultura al grado á que es~á, llamad~ á oc~par en el mundo, y • es, que frances domiciliado en la casa número 28 de la calle de Belen de esta capital,
cuanto mas prospere, mas producira al erario nac10nal y mas fortunas se forma- ante V. E . con el debido respeto, expongo: que despues de repetidos experimen.r.in, creciendo así la riqueza de la nacion.
tos en un largo período, he logrado, co_n la aplicacion del cahonchon, llamado hule ó
Si este ramo tan importante ha quedado con vigor y grandes gérmenes que goma elástica entre dos telas, formar una tela impermeable que nada tiene de co4esarrollar despues de tantas contrariedades que le han cercado, iqué llegará á mun con las conocidas; estas son duras, quebradizas y tienen un olor desagradable,
ser con la paz y una mediana proteccioni
.
mientras que las que yo presento ahora son suaves, no son quebradizas, carecen
Ciertam~n.t~ que nuestro tenitorio, P?r su fertilidad, ,Proveerá (con el tiempo de olor, y cuya invencion puede aplicarse aun á las telas mas finas. Para el uso
y el trabaJo) a todo el mundo de sus ricos frutos; sera su emporio y el ramo de esta invencion (puede aplicarse) con arreglo á la ley de la materia, solicito
mas importante del país.
privilegio exclusivo por el término de doce años.- Acompaño por duplicado un
~as para este fi?, es ne_cesario el concurso colectivo de, los agricultores, pro- dibujo del aparato que empleo para ésta operacion.-En tal virtud, á V. E. su:.tegídos por el Gobierno: aislados sus esfuerzos, nunca seran tan fructuosos como plico que previos los trámites legales, se sirva resolver de confonnidad, en lo que
12Didos.
'
recibiré gracia y justicia.- Juro lo necesario.- México, 11 de Enero de 1866.
El núcleo debiera ser una 'junta sociedad de agricultura mexicana" que tu- -Juan Boivin.- Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
Lo que se publica en el Diario del Imperio, conforme al art. 14 de la ley de 3
viese ~ carácter emanado del Gobie_rno;_ seria el ~edio y conducto entre él y
los agricultores, su protector nato; cmdana de sus mteres~s como un padre cui- de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jida de los de sus hijos. Puesta en contacto con las sociedades del mismo género menez.
11.ue hay en e! ex~ranjero, nos trasmit~·ia los adelantos y descubrimientos que allí
se ~agan; _cmdana de prove~r de ~emillas, ~lantas y ganados de otros paises;
(3'.' publicacion.)
México, Enero 16 de 1866.
seria la cuidadora de su achmatacion; velar1a por la conservacion y aumento
de los bosques y arbolados; tendría, en fin, á su cargo, cuidar y promover cuanto Solicitud de D. Andrés Nicolás Cancela, pidiendo privilegio exclusivo para la inmese conducente al engrandecimiento de un ramo tan precioso y atendido en . troduccion de wnos sombreros que denomina "Ven(i~res de resorte."
todo pafa amante de su prosperidad.
"Segunda clase.-Cuatro reales.- Para el bienio, de mil ochocientos sesenta y
Excitamos, pues, á los agricultores del país, á que pesen estas ideas, á fin de cuatro y sesenta y cinco.- Imperio Mexicano.-1\'.Iinisterio de Hacienda.- Valga
,que les den una forma práctica, que por su parte el Gobierno de S. M. no duda- para los años ¡le 1866 y 1867.-El Gefe Director de la seccion 3\ Agustin
mos les impartirá la justa proteccion á que son acreedores, y que en ninguna Tornel.- Exmo. Sr.- D . .Andrés Nicolá¡¡ Cancela, fab1icante de Sombreros, con
ivez ha negado á los que con un motivo plausible se la han pedido, sin olvidar el debido respeto, á V. E. e,x.pone: que creyendo haber efectuado una mejoi:a
¡que sus trabajos consolidarán la paz y ventura de sus familias, y por consiguien- material en la manufactura de su ramo, segun podrá apreciar V. E . por la muesite la de la nacion.
tra que acompaño con esta misID:a fecha, y cuya mejora consiste en aplicar un
resorte como fuerza sostenedora, en vez de la goma que tan pesado hace el somMéxico, Febrero 28 de 1866.- Antonio de Vértiz.
brero y tan incómodo, sobre todo, si no se ha de trasportar en la misma ca-'
beza, ofreciendo ademas con el uso la desventaja de pasarse la goma, poniendo
el sombrero envejecido y de wal aspe,cto antes de tiempo; siendo por
SOLICITlJDES DE PRIVILEGIO
el contrario el sistema que propongo, muy sencillo y limpio, con la cualiANTE EL MOISTERIO DE FOMENTO.
dad de librar las mateiias primas del efecto desastroso de la goma; económico por el adelanto de tiempo de la mano de obra, lo que hará bajar el precio;
SECCION 2~
y cómodo, por la razon de poderse doblegar á la élasticidad del resorte.México, Marzo 8 de 1866.
Como podrá verse por la citada muestra, he introducido otra mejora notable en
:Solicitud de D. (luillermo Stoneman, pidiendo privi'tegio exclusivo por la inven- el ventilador de alambre rosquetá, colocado entre el forro de cuero y el sombrecion de wna máquina para desaguar.
ro.- E ste es un gran preservativo contra el sudor, pues quedando tm hueco en"Segunda clase.- Ouatro reales.- P ara el bienio de mil ochociéntos sesenta y tre la cabeza y el sombrero, el sudor no alcanza á penetrar el material, deslizáneuatro y sesenta y cinco.-Administracion principal de rentas de P achuca.- Pa- dose otra vez de la badana al alambre; así es que cambiando solamente el forro
t'a los años de 1866 y 1867.- El Administrador de Rentas, Esparza.-El encar- de cuero, vuelve á, quedar el sombrero limpio. En los·paises cálidos, sobre todo,
.gado del ramo, J. N. Villa.- Exmo. Sr. Ministro de Fomento.-Guillermo Sto- es inapreciable esta ventaja, no solo por lo que evita el sudor, sino tambien por
neman, de orígen inglés, súbdito de S. M. B., como consta del certificado de na- el fresco que continuamente penetra por la rosqueta de alambre. El cuerpo solo
cionalidad que debidamente acompaño, y vecino del mineral de Pachuca, en el de la persona, puesto en movimiento, basta para renovar el aire, que de otro moDistrito de Tulancingo, como mejor proceda, á Y.. E . expongo: que despues de do queda caliente y comprimido entre la copa del sombrero y la ca))eza, pesando
varios ensayos he logrado f~rmar el diseño de una pequeña máquina de des- sobre ésta una atmósfera sofocante.- E sta mej0ra fué introducida en Francia en
aguar, de mi propia invencion, lo cual juro si fuero necesario, y cuyo sencillo el año próximo pasado, y su introductor obtuvo por ella sola una patente de primecanismo consiste en el desagüe sucesivo y violento que puede hacerse por me- vilegio. Añadamos á esto el sistema de resorte que propongo y que es aplicable
dio de cajones para extraer todo líquido y aun lodo ó fango suelto, á cualquiera á todo8 los géneros de toda clase de sombreros, y habremos adquirido una ma_profundidad, de la manera mas económica y rápida conocida hasta hoy.- Para mifactura extremad~ente cómoda, ligera y económica.- Así, pues, por todo lo
la, mejor explicacion acompaño dos dibujos y un modelo de la máquina expresa- exp~esto;- A V. E. suplico se sirva acordarme un privilegio exclusivo de intro-da., y pido á V. E . muy respetuosapiente que de conformidad con las prevencio- duccion, para que en el término de diez años, contados desde la fecha de la connes de la ley de la materia, mande se publique esta solicitud, certificándose por cesion, nadie pueda importar ni fabricar en el tenitorio mexicano sombreros igua•quien corresponda, que esta máquina es enteramente de nueva invencion y no de les, que denominaré: "Sombreros de resorte ventiladores."- V. E., que sabe
J.as conocidas, ni del dominio público; y en su vista y previos los requisitos de apreciar y estimular las artes, considerará ju¡;to sin duda alguna este premio á
estilo, concederme patente de invencion para el aprovechamiento de ella, por el la constancia y el trabajo. -Es gracia que el exponente espera merecer de la al~rmino de cinco años, conforme al art. 6~ de la ley de 7 de M¡yo de 1832.-Por ta ilustracion y rectitud de V. E.- Dios guard~ á V. E . muchos años.- México,
15 de Enero de 1866.- Andrés Nicolás Cance'la."
:tanto, á V. E . suplico así lo determiné, que es justicia y gracia que impetro.Lo que se inserta en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la ley de
Pachuca, Febrero 28 de 1866.- Exmo. Sr.- Guillermo Stoneman."
3
de
Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino del Ministerio de Fomento,
Lo que se inserta en el Diario del Imperio, conforme al art. 14 de la ley de 3
cde Noviembre de 1858.- El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji- Francisco Jimenee,.
:menez.
(2'.' publieacion..)

México, Febrero 12 de 1866.

Solicitud de D. Manuel Angel Ortiz y D. Jos6 de la Fuente,pidiendoprivi'tegio
exclusivo conw inventores de un nuevo procedimiento par_a blanquear la cera vegetal.

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

AVISOS.

Se participa al público, para gue las personas que quieran hacer postura ocurran á la A.d
•Segunda clase.-Un real.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y cuat roy sesenta y cinco.- Imp~rio 1)1exicano.-1t,{inisterio de Hacienda.-Valga ministracion de bienes nacionalizados el dia 12 del presente, á las nueve de la mañana, en
que se verificará el remate de la casa, cuartel 1?, manzana 46, núm. 4, calle del :rigre, en Oapara los año¡¡ de 1866 y 1867.-El Gefe director de la Seccion 3\ Agustin jaca, valuada en 286 pesos 87~ cent.avos, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de
Tornel.- México, Febrero 2 de 1866.- Exmo. Sr.- Manuel Angel Ortiz y 26 de F ebrero de 186..'i
'
México, Marzo 1? de 186b.
·
4a-~
.José de la Fuente, vecinos de esta corte, ante V. E. con el debido respeto exponemos: que habie!}do logrado despues de un incesante estudio, t rabajos y
experimentos, blanquear la cera que se conoce bajo el nombre de vegetal, al
_S~ part!cipa al ~úblico, p~ra qi_ie las perso~as que quieran hacer postura ocurran á la A.d_grado de igualarla á la que elaboran las abejas, por medio del procedim,iento mllllStrac1on de bienes nae1onalizados el dm 13 del presente, á las nueve de la mañana, en
que se verificará el remate de la casa, calle de los Libres, en Oajaca, valuada en 617 ptlSOS
,que en pliego cerrado tenemos la honra ele acompañar; á V. E. suplicamos, en 87
~ centavos, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865.
virtud de la ley vigente relativa, recabar de S. M. el privilegio exclusivo que
México, Marzo l ? de 1866.
4a- 3
pedimos por doce años,· para poder, durante este tiempo, hacer uso de dicho
procedimiento.- Acompañamos al efecto un ejemplar del arbusto, otro de la
Se participa al público, para que las personas que quieran hacer postur&amp; ocurran á la A.dbaya que produce y de la cual se extrae la cera; otro tambien de ésta en su mini.stracion de bienes nacionalizados el dia 15 del presente, á las nueve de la mañana, en
-eolor primitivo; y otro en fin, de la misma, ya blanca.- Igualmente acompa- que se verificará el remate de la casa, cuartel 2?, manzana 46, calle del Marquesado, en Oa
1

�266
Si I f

-

EL DIARIO

DEL 1:MPERIO.

jaca, valuada en 1,033 pesos 50 centavos~ con arreglo á los artículos 24, 25 y Z7 de la ley de
26 de Febrero de 1865.
México, Marzo l? de 1866.- El A~nistrador de bienes nacionalizados, JI/Jln Suarez. y
Naf!arro.
5a- 3

za

3W

TTFZ

g

convoque por el Diario oficial á los que se crean con derechos que deducir,.para que en el
término de veinte dias ocurran á deducirlos en su Juzgado, sito en el Palacio de .Justiel~,
calle del Arzobispado. Y en cumplimiento de Jo mandaao pongo el presente en Mé11co, á seJS
de Marzo de mil o~hocientos sesenta y seis.-Por mandato del Sr. Juez, Jlliln Nepomuuno
Carrwn, Escribano público.
•
S.57 -3a-2

l'refeGtura politica del Departamento del Valle de :México.

.ruzgado segundo Givil de InstruGcion.

SECCION DE JUSTICIA.

En los autos ejecutivos promovidos por D. José San~hez contra D. Luis Perez Palacios,
sobre pago de réditos del capital de una cape.llama, habiéndose fincado el remate del rancho
llamado "de Limas," en la Sra. D~ Agustina Guerrero de Fl~res, para ~sten?er~e la correspondiente escritura de venta ha pedido el actor que se publique por los pen6d1cos, á fin de
que los que se crean con dere~ho á recl3lllar por hipoteca especia~ de. dicho rancho, anterior'
al año de 1859, y en particularidad ante.s de 1815, se presenten~ J~tifi?ar sus ~erechos; y habiéndose proveido de conformidad, ha dispuesto el Sr. Juez 2? cml de mstrucc1on se hag~ la
publicacion que se solicita en el "Diario oficial"
Cro~s?L," por el té~in~ de trem~
dias, á contarse desde que salga,el :enmero en el .c1t-ado D1ar(Oi con aperc1bllllle1?to que s1
en dicho término no se presentan á Justificar sus derechos de hipoteca sobre el r~fendo rancho
de Limas, se declarará libre de todo ~ravámen y se llevará á efecto el rem~te, sm tene~ l~gar
despues ningun reclamo de crédito hipotecario. Lo que hago saber al público en cumpliJIDento de lo mandado.
México, Febrero 7 de 1866.-Antonio ~andgra?!e, Secretario.
826-30s- 24

Núm. 2,781.-México, Marzo 7 de 1866.-Estraviada de su familia, ha sido recogida por la
policía la jóven María Eugenia Corona, á quien se ha mandado depositada al establecimiento
del Tecpan de Santiago; y á fin de averiguar quién es aquella, el Sr. Prefecto político dispone
que se publique este aviso en el Diario del lmperio.-El Secretario general de la Prefectura,
Cárlos Zavala.
4a-1

AD:MINIST~ACIO:N GE:NEB.A:L DE COB.B.EOS.
, A VISO AL PUBLICO.

El dia 10 del corriente, á las once de la mañana, se despacha de esta Administracion general para Veracruz un estraordinario con la correspondencia que ha de conducir al esterior
el ''Paquete frances." Lo que se participa al público para su inteligencia y efectos correspondientes.
'
México, Marzo 5 de 1866.-El Administrador general, Luis de la Peza.
3s- 3

AVISOS JUDICIALES.
Citacion judicial.
De órden del Sr. Juez 3? de Instruccion de lo civil de esta Corte, Lic. D. Cristóbal Poulet•
se emplaza á D. Manuel Hernandez para que se presente en dicho Juzgado, que se halla si"
tuado en el Palacio de Justicia, calle de la Moneda, por si ó por apoderado instruido y espensado, dentro de diez dias, contados desde la publicacion de este aviso, á terminar el juicio
verbal que sobre desocupacion tiene pendiente con D. Benito Rodriguez; apercibido de que
si no lo hace, se dictará la providencia que corresponda.
México, Marzo 8 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público de laNacion. 858-3a-1 '

Koti1icacion judiGial.
En la cesion de bienes hecha por el Sr. Lic. D. Antonio Moran, como albacea de la Sra. D".'
Rosa María de la Fuente, el Sr. Juez 2? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon
Peni'lhe, mandó citar á junta á los acreedores para el dia 1? del actual, y en ella acordaron
los que concurrieron, lo siguiente:
"Dada cuenta con lo conducente, se hizo por el Lic. Alvarez de la Cuadra una proposicion
acerca de las facultades,que deben concederse al síndico, á mas de las comunes; cuya proposicion, á virtud de la discusion habida, se modificó y quedó de la manera siguiente: "Se procederá al nombramiento de síndico, concediéndole, ademas de las facultades que por derecho
le corresponden, las estraordinarias de celebrar arreglo con los acreedores, á ver si logra
algunas quitas de ellos para mejorar la condinion de los que ocupan un lugar secundario en.
el _órden de los créditos, y para enajenar los intereses del concurso e~ el mejor precio posible;
snJetando estas facultades estraordinarias á la revision de la junta general." Esta proposicion
fué admitida por unanimidad. En seguida se procedió al nombramiento de síndico, y quedó
electo el Sr. Lic. D. Juan Ortiz Careaga por mayoría de'votos. Despues se trató sobre el tiempo
que se debe conceder á los acreedores para la comprobacion de sus créditos y presentacion de
ellos, y el Sr. Juez, de acuerdo con los concurrentes, y en atencion á que algunos acreedores
no han concurrido por hallarse fuera y no saberse quién los representa, fijó el plazo de un
mes, contado desde Ja fecha en &lt;¡_ue se publique por los periódicos, y otro mes para formar la
graduacion de los mismos créditos, e1 cual se contará desde la fecha en que se venza el primero. Concluido este último término, el síndico promoverá una nueva junta para dar cuenta
en ella con el proyecto de graduacion.''
Lo que se hace saber á los acreedores que no concurrieron ~ la espresada junta, por medio
del presente.
México, Marzo 7 de 1866.-Joaquin Guzman, Escribano público de la Nacion. 859- 3a-l

Ju:q;atl-0 de 11riniera i'listancia de Pachuca.
En el espediente de la quiebra de Mrs. Powning y Grenfells, radicado en este Juzgado, el
Sr. Juez ha proveido el siguiente auto:
.
"Pachuca, :b'ebrero 18 de 1866.-Viotas las anteriores diligencias, conforme á los artículos
775 y 780 del Código de Comercio, se declaran en estado de quiebra á D. Ewin Powning y
D. Cárlos Grenfells, computándose la época de aquella desde el dia diez y seis de Enero último: se nombra para síndico administrador de los bienes de los fallidos al Sr. D. Camilo
Thevin, y para síndico judicial al Sr. D. Ramon Rosales, á quienes se les hará saber su nombramiento, poniendo á disposicion del primero los bienes y papeles ya secuestrados que obran
en depósito de la Sra. Manzano, á quien se librará la órden de entrega por condm:to y bajo la
responsabilidad del Juez J? de paz del Mineral del Monte, que éonstituyó informalmente el
depósito: con insercion de este auto, avísese por dos periódicos de los que se publican en la
capital, y por edictos que se fijarán en los parajes de estilo, la quiebra de los espresados
Powning y Grenfells, citando á, sus acreedores para que del 1? al 30 del próximo mes de Marzo presenten al síndico administrador los títulos justificativos de sns créditos, y para la junta
de exámen y reconocimiento de ellos, que se celebrará en este Juzgado el dia once de Abril
del col'J'iente año: librese órden al Sr. Administrador de correos de esta ciudad, para que la
correspondencia de Powning y Grenfells le sea entregada al síndico D. Camilo Thevin: prevéngase á este señor forme el balance de los efectos pertenecientes á la quiebra, en el término
de füez dias, á cuyo fin se asociará para formar los aprecios, del perito D. Lúcas Barquin: se
nombr2, á D. Vicente de Ugarte defensor de los fallidos, en atencion á haberse fugado; procediendo contra aquellos conforme á derecho, á cuyo objP,to se compulsará en lo conducente
testimonio de las constancias de estos autos. Lo decretó y firmó el Sr. Juez de 1~ instancia.
Doy fe.-Pablo Telle:.-Lic. Tcodoro Z(¡ñiga, Secretario."
Y en cumplimiento de lo mandado espido el presente.-Pachuca, F ebrero '%1 de 1866.-El
Secretario, Lic. T. Zúñiga.
15a-1

r"

.ruzgado de primera instancia de Buamantla.
CONVOCATORIA.

P or la presente, y de órden de este Juzl?ado, se hace saber á las personas que se crean con
derecho á los bienes del intestado de D~ :rilaría Antonia Huezca, que deberán presentarse á
deducirlo, por sí ó por apoderado, dentro del término de treinta dias, contados desd.e esta fecha; bajo el apercibimiento de que pasado dicho término, se procederá en su ausencia y rebeldía á lo que hubiere lugar en derecho.
Huamantla, Febrero 17 de 1866.- El Juez de 1~ instancia, Lic. Serra110.-Asistencia, Ro1endo Lima.- Asistencia, Pablo Salazar.
30s-13

AVISOS PARTICULARES.

COMPAÑIA DE COLONIZACION ASIATICA
EST.A.BLECIDA EN MEXICO

POR DECRETO IMPERIAL DE 10 DE DICIEMBRE DE 1866.
SUSCRICION ABIERTA EL 8 DE MARZO DE 1866,

En la Direccion General, calle de las Escaltrülas núm. 17, y en el Ban~o de L6ndres, ·
México y Sud América, calle de Capuchi11a.s.

- 5Barron Forbes u C-Omp.

BANQUEROS DE LA CoMPANíA.

l BanwdeLóndres,Jr.l'éxicoulSuddmérica

Se publiwrá oportunamente los nombres de los Agentes
'
en los Departamentos. •

fJapital Social $ 2.oóo,000
Representado por 20,000 acciones de á $ 100 cada una, pagaderas por cuartas partes, á
saber:
En el acto de suscribirse... . •• . . . . . . . • . . 25 por 100
A los seis meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . 25 ., .,
A los doce meses. . . . . . . . . . . . . . . . . . • . . . . 25 ., .,
A los diez y ocho meses.. . •• • . . . • . . . . . . . 25 ,. .,
Al efectu11r este último entero, se entregarán la accion ó titulo definitivo, recogiendo los
certificados provisionales, conforme al art. 11 de los Estatutos,
Se recomienda al público la lectura del art. 56 de los Estatutos, por el que vendrá en conocimiento de la preferencia concedida á los dcciunistas en el traspaso de las contratas
á la llegada de los trabajadores. En el mismo artículo se dice: "En el caso que se prese-nten
varios accionistas solicitadores, se fu wúrán uis co11tratas, segun el número de 6rden de su, títulos, y á razon de ttn trabajador por cada dos acciones."
Todo lo que se pone en conocimiento del público, de órden del Consejo de Administracion:
en la inteligencia de que la suscicion se urrará precisamente el dia 30 de Aíril.
CONSEJO DE ADMINISTRACION.
PRESIDENTE.-EI Señor Conde del Valle de Orizalla, Gran Chamhelan de S.M. la Empera,.
triz, propietario. ·
Sr. D. Andrés Pizarro, ex-P·reside11te del Senado, propietario.
• Sr. D. Nicolás PoliakOtJits, Secretario de la bltendencui de la Lista CitJil.
Sr. D. Migud Ceroanws, Cliambelan del Emperador,propietario.
Sr. D. Luís Barreiro, Regidor y propiet11rio.
Sr. D. Manuel Valay. Abogado y propietario.
SECRETARIO.- Sr. D. Sanliago Lol1se, comerciante de la casa }'. A. LoltSe é Hijos.
NOTA.-Los trabajadores vienen contratados por diez años, ganando ,uatro pesos mensuales y
mantencio11, y se l.es darán dos mudas de ropa a1ittales,
En virtud de arreglos hechos con anticipacion por la Direccion General, llegarán y se repartirán los primeros colonos, antes de pagarse el segundo plazo. Por lo tanto, las personas que
quisieren contratar trabajadores, pueden desde ahora inscribirse en la

DireGcion General, calle de las Jlscalerillas núm. 17.
.Tuzgado sustituto de l ~ instancia del Partido de Buamantla.
De conformidad con lo que consulta el señor asesor en espediente sobre reposicion de los
autos del concurso á bienes de D~ Maria Antonia Huesca, conocido vulgarmente con el nombre de J unguito, el J~ez que susclibe ha. mandado _en auto de esla fecha, se convoque á los
acreedores y demas mteresados en los bienes de dicho concurso, para que en el último y perentorio término de treinta dias, contados desde la última publicacion que se haga de esta convocatoria, se presenten en este Juzgado con los justificantes de sus respectivos créditos, á deducir los derechos que les competan; bajo el concepto de que si no lo verifican en el término
fijado, les parará el perjuicio que en derecho haya lugar.
Huamantla, Febrero 7 de 1866.-Francisco Lozano.-Asistencia, José Maria Loaiza.-As.is~ncia, Miguel Meneses.
844-3sl-3

861-30s- l

COMPAN~A ANGLO-MEXICANA

DE LAS MINAS DE QRO
SITUADAS

CERCA DE LOS PLACERES DEL DEPARTAMENTO
DE MICHOACAN.
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotacion de las minas de SAN ISIDRO,
LA CUEVA SANTA, SAN MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE DE CRISTO, con
.Tuzgado terGero de InstruGGion de lo civil.
fecha de hoy ha quedado instalada la Junta menor directiva, compuesta de las personas
.ealacio de Justicia.-México, Marzo 6 de 1866.-En los autos ejecutivos seguidos por D. · siguientes:
Luis Colas contra D. José Baudouin, sobre cumplimiento de contrato, el Sr. Juez 3? de ¡0
Presidente . ..... ... .. . ... .. ... El Sr. D. Pe,dro Hope.
civil de Instruccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, ha mandado en auto de '%1 de Febrero
Pri~er vocal. ........ . , ....•.. ,. ,. ., Francisco de P. Rubio.
último, que llevándose adelante el de 14 de Diciembre del año próximo pasado, se proceda á
2.
" ..•.. .. .•......... ., ., ,. José JI/Jln CeTf!antes, Conde de Santiago.
la venta judicial de la antigua huerta del convento de San Fernando de esta capital, valuada
Vocal suplente ........ . ....... ,. ,. ,. José Hope.
por el perito tercero en discordia, D. Ramon Agea, en la cantidad de seis mil quinientos seis
',,
., ................ ., ,. ,. José Amol'y Escandon.
pesos setenta y cinco centavos; señalando para la primera almoneda el dia trece del presente
Director de la Compañía ......•. ., ., ,, Luis de Stein.
Marzo, para la segunda el dia cuatro, y para la tercera con calidad de remate, el diez y seis del
próximo Abril, todas á las doce del dia.
Depósito de fondos y Banco 5El Banco de Lóndres, ,l'-léxit:o
Lo que se hace saber al público, para que las personas quo quieran hacer postura,' ocurran
de la Compaiúa ......... l y Sud d1nér ica,
á la Secretaría del Juzgado, en la que se les darán las instrucciones que ministren los autos.
-Migua F. Guerra, Escribano Secretarib.
856-3a- 2
Cuya Junta convino unánimemente emitir á la mayor brevedad posible los bonos correspondientes al número de acciones en que se divide la negociacion¡ lo que se avisará al público con oportunidad .
.Tuzgado segundo de Instruccion de lo civil.
México, ]'ebrero 28 de 1866.-El Secretario de la Junta, J. B. AsCORVE.
852-3a- 3
En los autos del intestado de D. Luis Padilla y D~ Ignacia Viñas, que siguen ante el Sr.
Juez 2? de Instruccion de lo civil, Lic. D. Miguel Rendon Peniche, por auto de nueve del
próximo pasado Febrero, ha mandado dicho Sr. Juez, á pedimento de D. Felipe Padilla, se
1flEXIC0.-IMPRENTA IMPERIAL.

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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