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                  <text>IIRIO
..
Los números sueltos va.len 12 centavos.
T OMO

III.

lllEXIfJO.-Lnnes

~

de .Abril de IS66.

NUM. 375
México, Marzo 31 de 1866.

SV'MAB.10.
PARTE OFICIAL.-Decreto legitimando á una hija natural.- Otro sobre lo mismo.- Ca,.
ballero de Guadalupe el Sr. Lancaster Jones.- Prefecto suplente del Valle.-Consejero Departamental de Mé.xico.-Comisario municipal de Pueblo Nuevo (Guanajuato).
PARTE NO OFICIAL.- La Emperatriz en Texcoco.- Observatorio fisico-mete6rico.Resolucion del Consejo de guerra en la causa ae1 CoronelJ&gt;eña y otros.- Comunicacion relativa del Ministerio de Guerra.- Adhesion de Huayahualco.~Pozo artesiano en Nopalucan.Suscricion para los inundados.

'S. M. el Emperador Ha tenido á bien expedir el acuerdo siguiente:
"En atencion á las circunstancias que concurren en D. Manuel Campero,
HEMOS tenido á bien nombrarlo Prefecto snplente del Departamento del Valle
de México."
Y lo comunico á vd. pa~a su inteligencia y fines consiguientes.-El Ministro de Gobernacion, SALAZA.n. !LArutEGUI.- Sr. .D. Manuel Campero, Prefecto
suplente del Departamento del Valle de México.

P.A.RTE OFifJIA.L.
El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar él nombramiento hecho por esa
Prefectura en D. Eufrasio Perez para Comisario-municipal de Pueblo N u~vo
Vista la solicitud de D. Mauricio Castañeda, Gefe de las fuerzas rurales y
de Salamanca.-Lo .digo á V. S. en contestacion á su oficio de 28 del que acaComandante militar del Distrito del Rosario, en el Departamento de Mazatlan, ba.- El Ministro de Gobernacion, SALAZA.R lLARREGUI. -Sr Prefecto del De• HEMOS venido en decretar lo siguiénte:
.
, partamento de Guanajuato.
.
Se legitima para todos los efectos civiles á la nifia Teodomira, luja natural
Son copias, México, Marzo 31 de 1866.
de D. Mauricio Castañeda y D~ Juana Viera.
.
~
El Subsecretario de Gobenacion,
Nuestro Minist~o de J usticía queda encargado de la ejecucion de este DeFrancisco J. Viilalobos.
creto.
·
Dado en Cuernavaca á 19 de Marzo de 1866.

MAXIMILIANO,

EMPERADOR DE

MEXICo:

MAXIMILI.A.NO.
Al Ministro de Justicia.
Por el Emperador,

La Emperatriz en Texcoco.

El Ministro de Justicia,
PEDRO ESCUDERO.

MAXIMILIANO,

'
..
8

ir

EMPERADOR DE MEXICO:

Tomando en consideracion la solicitud de D. Valeriano Madrazo, vecino de
Oriz'ava, y en vista de las constancias que obran en el expediente respectivo,
,H:&amp;MOS venido en decretar lo siguiente:
Se legitima para todos los efectos civiles á D~ Concepcion Madrazo, hija natural de D. Valeriano Madrazo y de Dª Luz Espinosa.
Nuestro Ministro de Justicia queda encargado de la ejecucion de este decreto,
Dado en México á 18 de Marzo de 1866.
MAXIMILI.ANO.
Al Ministro de Justicia.

lt

Por el Emperador,
El Ministro de Justicia,
PEDRO ESCUDERO.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.
Mé.xico, 31 de Marzo de 1866.

a-

r-

S. M. _el Emperador, en aienciQn á lo~ méritos y buenos serviciqs de D. José Lancaster Jones, Secretario de la Prefectura de Mazatlan, Ha tenido á bien,
por acuerdo de 27 del actual, nombrarlo Caballero de la Imperial Orden de
Guadalupe.
El Secretario encargado de la Gran Cancillerla,

José H. Gonta1ez.

MINI STERIO DE GOBERNACION' .
SECCION 1 ~

1,

...·e •
'ª

¡a.
(-

=

P.A.RTE NO OFifJI.A.L .

MéXico, ~arzo .28_de 1866.
S. M. el Emperador Ha tenido á bien aprobar la propuest9 que esa .f&gt;refec,tura hace en favor de D. Rafael Ortiz de la Huerta para Consejero departamental por la clase de comerciantes; y lo digo á V. S. pai·a los fines correspondientes, contestando su nota relativa número ·250, fecha 26 del actual.-El Ministro de Gobernacion, SALAZAR. ILARREGUI,-Sr. ·Prefecto del :Pepartamento del
Valle de México.
Es copia. México, Marzo 28 de 1866.
El Subsecretario de Gobemacion,

Francisco J. Villalcbos.

Leemos en el Pájaro Verrle lo siguiente:
•'Texcoco, Marzo 26 de 1866.- El sábado 24 llegó á ésta S.M. la Emperatriz,
qne había salido temprano ae México por el lago, con objeto de .visitar la antigua metrópoli de los reyes indígenas. Eran las ocho de la mañana cuando desembarcó, recibida en el acto por las autoridades; multitud de señoras que habian
acudido para felicitarla, y los veeinos á caballo que prorumpieron en. aclamaciones. El señor .Alcalde municipal le entregó la llave de la ciudad, y la Sra. D~
Coral Ca.rmona de Va.lle, le dirigió un pequeño discurso á nombre del bello sexo.
Contestó S. M.·saJudando á1as señoras y personas presentes con la mayor afabilidad, y subió en el coche acompañada de su dama de honor, hija tambien de
Texcoco, Srita. Josefa Varela. Iban en otro carruaje los Sres. Conde Bombelles
y Coronel D. Feliciano Rodríguez, .Ayudante de campo y primer caballerizo de
S. M. el Emperador, que formaban la comitiva ImEerial.
"La calzada del embarcadero hasta Texcoco, estaba inundada de pueblo, no•
tándose por la expresion de júbilo que se veia en sus rostros, el gusto que·teÍlian en conocer á su Soberana. Gran número de coches seguian al de S. M. con
las autoridades y las señoras que 1iabian tomado parte en el recibimiento, dirigiendo el cortejo el Sr. D. Guillermo·Hay, tan benemérito de Texcoco por su
actividad y el afecto que nos profesa. Se apeó la Emperatriz en casa de D. Miguel Uribe, donde oficialmente la felicitaron las autoridades de la cabecera y lugares circunvecinos, hablando S. M. un ratito con cada una de ellas, que le fueron presentadas por el Subprefecto. En seguida se dirigió á la Iglesia parroquial, primorosamente adornada, donde se cantó el Te-Deum; visitó el paseo,
obra sencilla que denota el buen sentido de los habitantes de Texcoco, y entró
a.l sajon de la Sociedad de mejoras, en el cual estaban reunidos los socios. Allí,
en presencia de los retratos de los fundadores de esta interesante asociacion, y
del que S. M. el Emperador acaba de regalatle, pronunció un tierno y poético
discurso la Srita. D~ Dolores Ba¡:ba, que conmovió á los presentes, haci~ndoles
verter mas de una lágrima. H:.1.,1:.:.ron despues en términós no menos elocuentes
el Sr. D. Guadalupe Figueroa, presidente interino de la Sociedad, y el Sr. D. Tomás Salgado, á nombre ·de la Sociedad de 'artesanos . .Acto continuo siguió S.M.
al establecimiento de niñas y al hospital, al cual hace pocos clias acaba de hacer
una donacion de 300 pesos, y que encontró en el mejor éstado.
.
"Muchas veces en esta y otras circunstancias tuvimos el gusto de oir de sus
labios cuánto estaba complacida con nuestra ciudad y el cariño que la inspira.
En !a escuela de niños, que ocupa un magnífico y aseado local, presentó á S. M.
el hijo del-Sr. Salgado las planas de sus compañeros, que admitió con benevolencia. El hijo del preceptor pronunció otra pequeña alocucion en idioma frances,
que agradó mucho á la Emperatriz, teniendo en cuenta el poco tiempo que lleva
de cursarlo.
·
,
"Terminada la visita de los establecimientos públicos, S. M. se dirigió al Molino 'de Flores, hacienda de los Sres. Cervantes, y como á. un cuarto de legua de ·
distancia salieron á encontrarla los Sres. D. José, D. Miguel y D. Juan Cervantes, con las dos hijas del primero, que montaban arrogantes caballos, luciendo
como diestras y graciosas gilletes.
"En el Molino recibió á S. M. al apeirse,~a Srita. D~ Soledad Cervantes, hermana de los dueños, que le presentó un hermoso ramillete. Todas las personas
de Texcoco que habían acompañado á la Emperatriz en union de las autoridades,
'tomaron parte á un almuerzo que estaba preparado en el jardin bajo ·la fresca
sombra de los fresnos, y donde reinó la mayor complacencia.

�,

'l.

/

338

EL DIARIO DEL IMPERIO.

"El Presidente, despues de haber. hecho léer por el relator la órden de convocacion, el informe prescrito por el art. 108 del Código de Jui;ticia militar y los
documentos cu.ya lectura le pareció necesaria, hizo saber 4 los acusados los delitos por los cuales se les juzga y les hizo, así como á sus defensores, la advertencildndicada en el art. 121 de dicho .Código. En seguida, el General D. Miguel
Piña hizo un al'e~ato sobre incompetencia del Consejo de guerra p:µ-a juzgar á
D. José María de la Peña, porque en el tiempo á que se contrae la acusacion,
Observatorio :fi.sico■meteórico.
funcionaba de Prefecto político y ;Comañdante militar de TJJlai, y por lo mismo
El Sr. D. Andrés Poey, célebre cubano bien conocido en el mundo de los S'a- debia se:v juzgado por el Tribunal Superior de la. nacion; así taro.bien alegó que
bios por sus trabajos científicos, ha llegado á esta cap1tal y ha establecido en el General Abeya no debia ser Comisario Imperial por 'haber funcionado en la
ella un Observatorio físico-meteórico. Hablando de esto, dice la Nueva Era de causa como juez instructor. El Coronel Gonzalez·, defensor de Vazquez, alegó
incompetencia en el Tribunal, porque su cliente es paisano. De la misma naturaayer lo siguiep.te:
., "El clima y la atmósfera de México son de aquellos que mejor se prestan á leza el Lic. lslas, defensor de Gutierrez, alegó incompetencia por ser su clien~
·
.
.
·
estudios intel'esantes. Hasta ahora, sin embargo, no ha existido en esta capital paisanó.
"El Presidente invitó al auditorio á que se retirara para que el Consejo dictani un Observatorio regular, ni un sistema organizado de-observaciones. Las qµe
se hacían en la Escuela de Minas, y los trabajos de algunos particula1·es, ofre- minara si era competente, y habiéndolo declarad9 así por.unanimidad de votos,
cían sin duda indica,ciones excelentes; pero no tenían la ilacion, el conjunto y la . volvi_ó Íl ~omenzar-la audiencia y se hizo saber la resolucion fyndada en que se
juzgaba á' dichos acusados; al primero, no como Prefecto superior político, sino coautoridad- que pueden dar valor á los d'atos cientíñcos.
. "El_ Emperador piensa llenar este vacío, crea:ndo un establecimiento.. bajo la mo Coronel que fué del regimiento de gendarmes de Tula, y á los otros dos, no co~reccion del Sr. F. Maury; pero entretanto este proyecto se realiza, ya se ha mo paisanos que resultan actualmente, sino co~o militares que fuijgi~n de oficiales
mstalado un pues-to de obs-ervaciones físico-meteorológicas bajo los au1ipi~ios de en el expresad.o 1·egimiento de Gendarmes; hizo saber igualmente el Presidenla comision científica francesa, y por los cuidados de su Presidente el Sr. Coro- · te que el General Abeya era Comisario Imperial nombrado por el Exmo..Sr. Ministro de la Guerra: incontinenti se procedió á los debate~ y se presentaron
nel Doutrelaine.
·
"Este Observatorio, establecido en la parte superior dei cuartel de S.anta Cla- como testigos, á pedimento de loa defensorea Sres. Alcalde é Islai( el Intel}-&lt;lenra, está -provisto de µna serie de aparatos é instrumentos que permiten esperaT te ·de ejército D: Fratícismo Montéro, los empleados Sanchez y Verdugo,·de la.
los ma!, útiles r~sultados. El Sr. 'J!· .Andrés Poey,-que se ha. encargado de ~sto, 5~ Direccion, q_uiene¡! habiepdo prestado el juramento de hablar sin odfo y sin
es un Joven sabio que se ha dado a conocer por numerosos trabajos, y especial- te'.lílor, y jurado decir la veraa:d J nad~ mae g:ue la verdatl., habiencfo ademas
mente en estos últimos años como Director del Observatorio de la Habana. De"' el·Presiµe~te llenado con respecto á ellos las formalidades 1;&gt;rescr'itas por los arorígen espaiio1, y mi~mbro honorario de la Sociedad Mexiciana de Geografía .y tículos 317 y 319 del Código de instruccion c1~minal, y reconocidos otros dos
·
Estadística, el Sr. Poey tiene adenras la ventaja de venir á un punto que no le testigos· de descargo pqr el acusado Gutierre'z.
"0ido el Comisario Imperial en sus peticiones dirigidas á que se apliquen á
es extra??· .Reune, pues, las mejores condiciones para sacar UJ1 ex-celente partido
los acusados las penas señaladacs en las leyes que indicó, y los acusados en los
de la IU1S10n que se le,ha confia'do.
· •
.
''Üon l~s progr.eso~ qll:e ha h~cho la cienc1~, y las aplicaciones práéticas· de términos de sus defensas y á los defensores todo cuanto quisieron pronunciar á
qu~ es obJeto1 la matitucion de·un Observateno no es ya, como antes, un ob,ieto ese objeto, y habiendo expresado hoy que nada tienen que añ_!l,dir en su defensa
de ~~rée para solo los ea~ios. Tiene una importancia general, porque_no se tra- y han sido 'los últimos que lian tenido la 1&gt;alabra y han usado de ella conforme
ta um~amente de estudi?~ abstr~c~os, sino de _tr_aoajos ,qu7vienen en au~lio de la pi~eron des.de ~l lúnes 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, y hoy 19, que son los en que
la .agncultur~, ~e la ~ohcia. mUillcrpal, de la. higiene publica,, y que contribuyen s'e ha tenido audiencia, declaró el Presidente que_habian terminado Jo¡, debates
y mandó á los defensores y á los acusados, é invitó á los·concurrentes del audipor consecuencia al bienestar de todos.
torio
que se retiraran. Deliberando el Conaejo en sesion seéreta y antes de ha"Es un nuevo progreso que Méxi~o deberá á la solicitud del gobierno ftances."
cerse las preguntas indicadas en el art. 132 del Código de Justicia militar, ma;
nifestó el Presidente:
·"El Présidente manifiesta que :Q.O tiene conciencia para sentenciar en definitiCJáua_del CJoronel Peña.
va, porque aunque está probado en la secuela.de la causa y en el debate- tenido
Ministerio de Guerra. Mn:rnrrJANO ÉMPERADOR DE MEXICO: :A todos los ~nte el Consejo, que hl\bo desórden en 1~ adminlstracion del ~uerpo d~ Gendar'-presentes y venideros, salud...-.El Consejo de guerrá extraordinario de la 1~ Di- mes de Tula y qt1e no se cumplieron los preceptos de fa Ordenanza, la cuenta no
vision militar, ha pronunciado la sentencia cuyo tenor es el siguiente:- "Hoy, está liquidada, y de consiguiente no está justificado plenamente ~l cuerpo del dediez y nueve de Marzo de mil ochocientos sesent.a y sei~ el Coñlfejo de- gtretra lito. .En 'Concepto del Presidente debe :ta causa volver -al Ministerio fiscal para
extraordinario, compuesto conforme al artículo 10 del Código de Justicia militar, que se esclarezca el punto relativo á plazas supuestas, se averigüe cnánfas y
de los señores General de Divisfon Marqués de Rivascacho, General de Briga- cuáles fueron, el tiempo que estuvieron figur~ndo en las listas de revista, cuál
da D. Gerónimo Garaona, General de Brigada D. Benito Zenea, General de Bri- el monto de esos haberes y todo lo demas que pueda ser ma~ ria de carg6 de
gada D. Francisco A, Vélez, el que habiéndose enform¡i.d.o fué sustituido por peculado; que se ajuste el Ouerpo á remate en el tiempo que lo manejaron los
nombramiento que hizo el Exm9. Sr. Ministro de la Guerra en el General de encargados de la administracion que están acusados, y se liquide la cucntá de
.füfgada D. Ignacio Orihuela; General de Brigadli"D. Pascual Miranda, Corone- las com,pañí11s haciendo las distribuciones y ajustes, así corno las de fondo de
les D. Antonio Maturana y D. Juan Espínola, nombrados todos por el Exmo. armamento y el de forraje, formándoselos documentos que nó se hu_bieren hecho
.Sr. Ministro de la Guerra, los que no sé hallan en ningup.o de lQs casos de in- durante ese tiempo para conocer y cali6,car la defraudacion á los fondos públi-compatibilidad previstos por los artículo§ 22, 23 y 24 del Código ya citado.- coa ó á los individuos del cuerpo, á quienes deberá nacerse el cargo de las can.El Sr. General de Brigada graduado D. Juan Abeya, Comisario Imperial;. el tidades en numerariQ, efectos y vestuario qub hayan récibido, y entonces ya poCapitan D. Abundio Verde, Re1atol', ó. sea fiscal; el Ca.pitan D. Bruno Castillo, ' drá graduarse la responsabiliaad que tengan los &lt;5ficiales 9.ue compusieron el
•Secretario de dicho Consejo, el que fué convocado por órden de S. E. el Minis- Consejo eventual y los que hubieren intervenido legal ó ilegalmente en las distro de la Guerra, ~onforme al Código de Justicia militar, y se reunió en el local tribuciones. ·
ordinario de sus sesiones en audiencia pública para juzgar al Coronel D. José 1 "La cuenta del maiz mandádo comprar por S. 1i( el Emperador, no está tamMaría de la Peña, Comandantes de Escuadron D-. Luis Alvarez y D. :Angel Zuleta, iJOCó liquida~a; pero· este asunto, en concepto defPresidénte, no es de la conipeCapitanes D. Julian Bahena y D. Ju~n Gutienez, T,eniente D. Francisco Vaz- ' tencia del CoJ?-sejo. Considera neceaario esclarecer todo lo_ que- queda· vago é inquez, y oficial de lá 5~ Direccion del Ministerio de la Guerra D. Domingo Aroc~i, definido paTa cali4icar exactamente la responsabilidad que resulta por el mal maacusados de peculado y dilapidacion de los caudales pertenecientes al Reguniento nejo de los caudales, la que no puede hacerse por ahora efectiva,_y segun previene
Gendarmes de Tula. ·
_
la Ordenanza general del ejército en el tratado 1?, título 9, artículo 14. Que con
"Abierta la sesion hizo traer el Presidente y poner del!\,nte de él sobre la me- , vista del resultado de estas diligencias se liagan las ampliacion!ls-para formular los
sa un ejemplar del Código de Justicia militar, la Ordenanza general del Ejérci- cargos á q_ue conforme á derecho hubiese lugai;:: lo' cual entiende que es arreglato, y mapdó que se presentaeen los acusados, que fueron introducidos sueltos, sin do á las prescripciones de la última parte del segundo periodo del art. 129 del
grillos ni cadenas, ante el Consejo; igualmente se p1:esentaron sus defensores, Código de Justicia militar. Y que en el entretanto que todo esto se verifica perGeneral de Brigada D. Miguel Piña, General graduado D. Manuel Diaz de la manezcan en prision los acusados, excepto él comandante de escuadron D. A?gel
Vega, Coroneles D. Ignacio Peral y D. Mariano Gonzalez, Lic. D. Joaquín Al- Zuleta y el Ca.pitan Gutierrez, á .quienes se les pondrá en libertad bajo la oblicalde y Lic. D. Gabriel Islas, .que fué nombrado por el capitan Gutierr~z porquil gacion de estar á ,dérecho para hacerles los -c~gos si de las actuaciones de que
se enfermó· el defensor que habia nombrad() antes, General D. J oaquin 'Mi_ramon; se hace mérito hubiese · lug!tr, devolviéndoles los repibos q_ue han presentado,
no.habiendo concurrido por enfermedad el Coronel retirado D. José María Sa- quedando copia certifiéada en el proceso. El Presidente manifiesta igualmente,
las', defensor del Comandante Zuleta, el que mandó escrito su alegato.-Pregun- que segtm la i_nteligencia que tiene del Código de Justicia milita.r1 los ministetados los acusados por-sus nombres, dijeron: llamarse D. José María Peña, de ríos fisca1 y público eje!cidos por el Comisario Imperial, han de recaer en dós
edad de treinta y cinco años, natural de México, de estado casado, profesjon mi- -personas distintas, es decir, que el Comisario-y el Fiscal han de ser dos sugetos
litiJ,r, domiciliado en Tnla: D. Luis Alvarez, de edad-de veintiocho años, natu;al diversos, no pudiendo considerarse en este juicio al Fiscal General Abeya y su
de México, de estado éasado, profesion:·militar, domiciliado en México: D. ,A.n- . acompañado el Ca.pitan-Verde sino como una sola persona·moral; Y si la inteligel Zuleta, de edad de cuarenta años, natural de México, de estado casado, pro- gencia que tiene no es errónea, el Fiscal Abeya no debió funcionar comQaComifesion militar, domiciliado en México: D. Julian Bahena, de . edad de treinta y sario; lo cual se hará saber al Exmo. Sr. Ministro de la Guerra para que disponcinco años, natural de México, de estado casado, profesion militar, domicilio ga en coMecuencia lo que liaya lugar en derecho." .
.
México: D. Juan Gutierrez, de edad fle veintinueve años, natural de·Durango,·
"Y aprobada esta manife,stacion por unanimidad, resolvió el Consejo: l? Que
de estado casado, profesion militar, domicilio México: D. Francisco Vazquez, de en el Cuerpo de Gendarmes de Tula hubo del!órden en'. la administracion, y 9.ue
edad de veintiocho años, natural de México, de estado soltero, profesion,militar, no se cumplieron con los preceptos· de la Ordenanza y de la ley de 25 de ~etiemdomicilio Méxi_co: D. Domingo Arochi, de edad de veintii;meye años, natural de breile 1863,-2? Que la cuenta no está liquidada, y de cpnsiguiénte no aparece
México, de'estado soltero, profesion empleado, domicilio México.-Los defenso-' justificado el cuerpo del delito con plenitud.-3? Que se vuelvan las actuaciones
res por los suyos respectivos, llamados D. Miguel Piña, de edad de cuarenta y al Ministro fiscal con todos lo~·recados que se han _presentado al Consejo, ·para
nueve años, natural de México, estado casado, profesion militar, domicilio en Mé- qüe se averigüe cuántas y cuáles fueron las plazas supuestas en las listas de Te~
xico: D. Manuel Diaz de la, Vega, de-€dad: de treinta y seis años, natural d_e Mé- vista, el tiempo 'que eátuvieron figurando en -ellas, y cuál el monto de los haberes
Jico, estado casado, profesio,n militar, dorr.icilio en México: D. Ignacio Peral, de que se p'ercibieron-por estas plazas suvlantadas, esclareciendo todo lo'demas que
edad de cuarenta y ócho años, natural de Guadalajara, estado casado, profesion pueda ser materia de peculado.-4? Que se ajuste el Cuerpo á remate durante el
militar, domiciliado en México: D. Mariano Gonzalez, de edad de treinta y cinco tiempo de la administracion del Sr. Peña y los acusados.-5? Que se hagan las
años, nat~al de México, estado casado, profesion milita(. domiciliad.o en México: distribuciones de las compañías.-6? Que se liquide 111&lt; cuenta de esas compañías.
D. Joaqum Alcalde, de edad de treinta y tres años, natural de Jalapa, estado -7? Que se ajusten á los oficiales é indivíduos de tropa; que se haga el ajqste del
viudo, profesion abogado, domicilio México: D. Gabriellslas, de edad de treinta fondo de armámento.-9~ Lo mismo del fondo de forrajes.-10. Las cuel\tas de
y un años, natural de México, estado soltero, profesion abogado, domiciliQ Mé- caja que se formen, ó rehaian' los documentos que han debido figurar en ella ó han
xico.
·,
sido mal formados.-11. (.lue se haga el cargo á cada uno de los .que resultan
"Despues de 1·ecorrido el parque y visitay.o las dos capillas, S. M. se despidió
de la concurrencia á las dos y media, regresando á Texcoco, de donde se volvió
á embarcar para México, no sin dejar, ademas de los recúerdos de su amabilidad-,
200 pesos para los pobres, y varias medallas para los vecinos indígenaJl.
"El dia 24 de Marzo no se borrará de ll;\ memoria. de--Los Texcocanos."

/

EL DIARIO DEL IMPERIO.

339

culpados, giaduando la responsabilidad que resulte á 1.os q.~e compo~ian el Con- 5 del .presente, en el que vd. se sirvió insertarme el del Exmo. Sr. Ministro de
sejo eventual ó que hubiesen intervenido legal ó ilegalmente,-:-12. Que se escla- Gobernaéion de 2 del mismo mes.
11
Y lo trascribo á V. E. para su debido conocimiento~ acompañándole copia de
rezca. todo lo que ha quedado vago ó indefinido.-13. Que resulten dé todas esla
a.eta que en la inserta comunicacion se cita.-Dios guarde á V. E. mucho·s
tas actuaciones las cantidades que hayan sido desfalcadas- para· iesarcirlas á
quien-cotresponda, haciendo las ampliaciones que son necesarias pata formu- años.-El ~refect9 político) Pascual Gonzalez Fuentes.-~xmo~Sr. Ministro d~
lar los cargos.-14. Que en el entretanto que todo esto !lll verifica, permanezcan Gobernacion.- México.''
en prísion fos a~Ul~ados, exceptuá1_1dose a! Co~andante de E~cua~on D.1½1gel _
Aotas áe culliesion á que se i·efi,ere el anterior oficf..o.
Zuleta y al Capitan D. Juan Gutierrez, a qmenes se. pondra en libertad ba.Jo la
obligacion de estará derecho.-15. Que á est9s ú~timos-.se les devuelvan los re"Alcaldía municipal de ~ultepec.-En el mineral de Sultepec, á los diez ynuecibos que han prese~tado, quedando ~e ellos copm c_ert1~cada ~n e~ proceso.- ve dias del mes de Marq,o de ochocientos sesenta y seis, reunidos en la casa conlo. Que es. inco~pat1ble el cargo de Fiscal y de Comisario, y ~ad~ uno de~e ser sts.torial de esta cabecera la mayor parte de lós vecinos del pueblo de San Pefungido por una persona.-! 7. Que cesa ~n. el cargo de 60ID1sar10 Imperial _el dro Huayahualco, con, el fin de dar cumplimiento á lo que previene la comunicaGeneral D. Juan de Abefa, y S. E. el Mirustro de lá Guerra, en consecuencm, cion de la Subprefectura del Distrito, fecha 9 del a1,tual,_respecto,al indulto que
nomb;-ará I'a persona. que debe servir este·enca.rg~, conforme á derecho.-!~. ·Que los expresados han solicitado, el que por una gi·acia de S. M. el:: Emperador les
la; cuenta,ael maíz mandado comprar por S. M. el Emperador y,1a invel'Slon del ha sido ·conctidid.o; y despues de- habérselefdado,Iectura á dicho oficio, é impuescaudal deátinado _para ·esa compra, no es de la competencia del 0onsejo,:y todo·!o ·tos-los mencionados detenidamente de su contenido, manifestaron:
.
~ue,haya d~ este !l;~un~o se remitirá_.~ quien corresponaa.-19.. 9ue el 90:is030
, ''r Qu~ reconocen libre.y espontáneamente al Gobier.no del ]plperio_todoslos
pronuncia eata sentenc~a, 1_10 en defiru~va, para que t~n.qa el debido cumplnme~to _vecmos del pueblo mencionado.
.
.
. .
la últim1,1, parte del 2? periodo qel articulo 129 del Codigo, y que la snspension
"2? Que aunque cometiero4 el yerro de haber desconocido al mencionado. Gode lol! debates -no pudo ha.cerse sino hasta• que. se, o:yó á todos los defensores . bierno, que protf)stanºjamas.v2lver á cometer otra falta semejanté.
·y acu~~doe~
.
_ .
r
•
,
.
•
•
"3? Que se remita la copia de esta acta al señ_or Suoprefecto del_D!stritoi,para
"Vuelta a añrirsE} l~ ses1on publica, leyo .el P:eside~te los. motivos Y 1~ ~arte qúe _por su respéctable conducto se mande al senor Prefecto superior del Deparresolutiva antes mencionada; por lo tanto, mando que mmediatamente se de lec- taw.en~o.
'tura;·en presencia del, General Abey-á, de esta senten~ia á I?s ac~sad_os, 'del~1!te
•: Con lo que se concluyó este act~ y se levantó la presente acta que firmaron
de 1a._guardia foi:mada e&lt;1n armas; hecli~ lo cUll.l y dada la se~tencia sm separa;• los que-supieron, anj;e mí, de que doy fé.--J"esmi Benhum~a; el Capitan Juan
-se e11: sesion pública., el ~a de hoy ya citad~, ~puaron lo~ miembros del Oo_nseJO Cárlos; el ,J11ez auxiliar; Antonio Dominguez; el go'beruador del pueblo, Martín
con el presente Secreta~o.-General _de D1V1sion,. Presidente ~el ConseJO dé . Doroteo; J ogé Ro's~ Sanchez, Felipe de Santiago, José Guadalupe, PascualVa.
Guerra, Mart¡ués de Rivascacho.-Pnmer vocal, General Gerómmo darqona.~ lenciano,, Victoriano Antonio, José Pioquinto, Antonio Quirino; Alejandro Pe, .Segundo vocal, General de Brigada Benito Zenea.-Terc?r vocal, Gene~l de• aro, Juañ.:Marcefo, Martín Apolonio, Jacobo Leonardo, Mariáno Antonio, C,leBrigada Ignacio Orihuela.-Curu.:to vocal, Generál ~e B"ngada Pase_ual Miran- ' mente de la c:?uz, José-Paulina, José Pioquinto, Anastasia Morales, Martín Pa~.--Quinto .voeal, Coronel Antomo de Máturana...-Sexto v?éal;, Coronel Juan blo.... Y por todos los que no sup1er-on firmar, lo-hizo .el- Juez awciliar· Antonio
Espínola.
,
_ ,
.•
, . ~ . ; Dominguez.-Es copia de la o_riginal que existe en el archivo del Ilustre Ayun"H'oy, 19 de Marzo de 1$66, se l!ly6 ~~ta s'énteñc1~_por n~s el SecreU,tro q~9 ta.miento de este mineral.-Sultepec, Marzo 20 de l866.-JesU$ Benhume/1,."
abajo firma, á los llamados D. J~sé Mana ,de, la l.&gt;ena; ~omandantes D, Lms
"Es copia. Toluca, :¡\{arzo 28 de -1866.-El oficial mayor, Francisco AreeheAlvarez y D. Angel Zuleta; Capitanes D. J'ulian Bahena y,D. Juan Gutterrez; rola;'-'
·
• · Teniente D. Franciffco de P. Vim¡rnrz; ~ft~I.M l~W ta' ó~Direccion de.GlIDrn
S r · Méxi M 31 de 1866.-El. Subsaeretario -de · G-0bemlieion
D. Domingo Arochi; cuya lectura,ee hizo en prlll!lencia deJa guardia formada 1i1
copj_ª'y~ arzo
. con arma.s,:-,General Juarf ,ae .Abega:-Oéttifrco que la ;resént_e COJÍª está l ª ~aranctBCO •
•
da. de la ongma.l, que obra en la catis~de-D. José Mana de la Pena y soCios..V~ B~ General ..4.bega.-Secreta.rioi Bru-na ~illo."
.

°~.

Pozo artesiano de Nopalucan.

Mfüisterio de Guerta.-1~ Direécibn.-4~- :Óivi~ion:-Méxf¿o;_ M;~rzb 26
de 18.66...-."E~a.Jllinaélo , el documento que-erl wpia remitió á este Mib.il!te.rio el Comisario Imperial del Consejo de Guerra,.de que es vd. digno presidente,
•· en que consta lá résol'\lcÍbn acordada el día 19 d~l presente e.n el acto de vista
del proceso formado por mala tersácion de caudales y pecúlaclo, _á, D. José M'a. ·ría deJa Peña y socios, aparecé que-la decision del Consejo.no puede llamarse
propiamente sentencia, supuesto qrie no absuelve ni condena á los acusados, y
' que mas bien solo. tiene el ca.r&amp;cter deia'am:íta-cion.=OonvtJ1md-◊ el.C:ons-ejo pára
fallar sobre el {lelito por que se juzga á los acusados, su jJ.1icio debió -ceñir.ae-á.
este único punto; es dectr, á buscar y examinar la compróbacion dél delito, é im- .
poner á los ilelincuent~ la pena, señala,da por la ley; y si,de la.a collJ;!tancias d~l
-proceso n:o itparecieron los hecbos plenamentejustificados para convencer el áni- .
mo de los jueces, bien por defectos ·notados. en el cúrso de la instruccion ó por
haberse omitido la práctica de algunas diligencias necesarias, pudo el-Consejo
usar en este caso de la facultad que)~ concede la frac~ion 2~ del artículo 129
del C6digo de Justici!l, militar, suspendiendo los debatesj pero teqninados estos
p,or declaracio_n que hizo vd. despues de oír á los acusados y sus -&lt;lefensores, debió procederse á llenar las formalidades prescritas en los•artículos 131, 132, 133
y 134 del mismo Código de Justicia.-Al Gobierno de S. M. toca cuidar de la.
estricta observancia dé las leyes, y que la justicia se admiñistrp fiel .y cumpli,;
da.mente; y en US'O de este derecho no púede arunitir la tramitacíon ~cordada, por
el Consejo de Guerra en el presente caso, por estar fuera de lo prevenido por el
Código citado, y porque del cumplimiento de las disposiciones que ella contiene
resultaría entorpecido (!l curso de la justicia con notorio ~erjuicio de la vindict.a
pública y de los acusados 1&gt;ues son impracticables· álgunas de las provjdencias
que encierra, por la absoluta imposibilidad de· Ja forma~ion de las cuentas, dis, - tribuciones do caudales y ajuste. de fondos de· caja con .arreglo á lo¡i formulários
mandados observar, en virtud de que el Cuerpo· de- Genaarmes de Tula, que
., mandaba como Coronel el Sr. Peña, era_de tropall irregulares, y por un criminal
descuido de su gefe no se sujetó á la disciplina ni régimen de lmf demaa' Cuer.;
pQs ael ejército:-En este concepto, el Gobierno· de S. :M. s-e ha sei;vido acordar
prevenga á vd., como tengo la honra de hacerlo, qué· reuniendo nuevamente.ál.
Consejo de' Guerra que ha conociao del juicio, proceda á· pronunciar su fallo en
definitiva, pudiendo en el curso de-los debates esclarecer, hasta don~e fuese po. sible, los hechos que no lo estén suficientemente en sus detalles, para que con
esta nueva luz y con presencia de lo actuado, a.legado y·probado, sentencie defi-.
nitivamente; absolviendo ó condenando á los acusados con arreglo á los méritos
del proceso.-El acto de vista tendrá l'f!gar el di~ 4 del próximo Abril.-Lo q!J.e
comunico á vd. para su cumplimiento, en concepto q~e el Co)Ilisario Im_perial dará las órdenes para. la reunion d:el Conaejo.-El Comisario Imperial de Michoacan, encargado del Ministerio de Guerra, PEZA,....,,.Sr. General de Diviaion, Marqués de Rivascac~o, presidente del Consejo de Gu•ma._"
Son copias. México, Marzo 27 de 1866.-El Subsecretario interino de Guerra, ·
J. M. Márquez."
·

Adhesion de IÍuayahualco al Imperio.
Ministerio de GobernaciQn.-Seccion 2~- "Prefectura supérior política del
Departamento de Toluca.-Núm. 252.-Toluca, Marzo 28 de 1866.-Exm.o. Sr.
-Con fecha 22 del actual dice á esta Prefectura el Subprefecto de Sultepec lo
que sigue:
.
,
"El Alcalde municipal de Sultepec .dice á esta. Subprefectura, eón fecha 9 del
actual, lo aiguient,e:-Adjunto á vd.. copia de la acta levantada á virtud del indulto 4ue les fué concedido á los vecinos del pueblo ~ San Pedro Buayahualco
de esta comprension, segun lo que se me ordena en la. comunicacion oficial de .
9 del actuál.-Y tengo la honra de insertarló á vd. acompañándole el acta de
que habla la anterior comunicacion, confotme al oficio de ésa; Prefectura, fecha

~ecretaría privada ~el EIXJ.perador.-"Prefectura de Puebla.-Seccion 4~Num. 143.-Puebla, Marzo 24'de_1866.-El Subprefecto de Tepeaca, con fecha
,15 del actua,l, dice á fa Secretaría de esta Prefectura lo.que sigue:
''Con fecha. 13 del presente me dice el Alcalde de Nopa.lúcán lo que sigue:Con bastante~satisfaccion participo á vd. que hasta la .fecha llevan ochenta y
ocho varas escarbadas en el pozo artesjano de esta poblacion, y aJ fin -de ellas se
advierte ~e hay agua, la ~e va ascendiendo por grados, y en-este mómento ha·
11ubwo cosa a.e cuatro .varas..:_"): lo trascribo á vd. para cono~imiento del Sr.
P~e{ecto político, y á fin de,que-por conducto 'de S. Sría. llegue al de S, M. el
E~parador el resultado de su benéfica cooperacion en bi!ln de aquella. municjpalidad.
-.
•
_ "Y tengo la honra de trascribirlo á vd. para conocimiento de- S. M.-El PrefectQ político A.M. Peon.-Sr. Director de los NegociQs civiles de la Secreta- ·
ría ptiváda..de S. M. el Emperador."
Es copia. 'México, M.arzo 31 de- 1866.-El Director de los Negocios civiles
de l~ Secretaría privada del Empe.rador, JUCl/l1, Dev'incentiis.

CONSEJO GENERAL DE BENEFICENCIA.
Suscric-ion eñfavor de los ínundados,
Suma anterior. . . . . . . .. . ·
J UZGADO 1? DE P .A.Z.
Juez D. l!~rancisco de P. Rosas ....•••....•.... _.
Secretario D. José Francisc_o
, Reyes...•... , ..•...•..

30,356 40!
. ,.
5 00
1 00

6 00

5 00

5 ÓO

5 00

' 5 00

Juez de 1~ instancia D. Bernardo Calero....•. : • .• •,·
6 00
Secretario D. Leandro M. Álcolea. . . . . . . . . . . • • • . • . • . ,· 4 00
Escribiente D. Miguel Absalon. : ... : . . '. . . : . •.• . • •
1 00

11 00

2? DE l'.A.Z,
Juez D. José Ignacio ~e la Puente •. . . ..• ... . : : ..,.
;

✓

JUZGADO

' JUZGADO 3? DE P.A.Z,
Juéz D. Guillermo Fitzmaurice .. .. ..• ·- ..• . •••••

. JUZGADO DE LO CRIMlN.A.L.

---

/

•

.JUZGADO DE LO CIVIL,
.•

,

Juez de 1~ instancia D.' Manuel A. Ro~o .......•.•
Secretario D. José María Bello ........... .... . ..-

8 00

5 00

13 00

REC.A.UD.A.CION DE PE~S.

Recaudador D. Juan D. Ností .-. . ............... .
Escribiente D. E.stéban D. Q~jano .....•....... : .

5 00
2 00
.:

_

CúRT'.Er M.A.RCI.A.L',

Presidente D. Pedro Diaz Miron. _..... .• ...• : .•. Primer'Juez p. Pedro Rodríguez •..........•... ,
Segun.do ig. D. Luí~ del Toro........... . ..... . "·
Relator?· Enrique Du~ue.Estrada •••.••...• -. , ..•;
Secretario D. José Maria Ucha .•. .... .. •. .•.. . ••
.Suma·............ .. .., ••

,_

ló 00
2 00

1 00
t -00
2 00

16 00
30,419 40! .

(dontinuará..)

Yo

�EL ~DIARIO DEL IMPERIO.
.AVISOS OFICIALES ..
MINISTERIO DE ESTADO.
AUDIENCIAS MINISTERIALES.

Queriendo conciliar el mejor servicio con la re~aridad y buen órden que exige la espedí.
cion de los negocios de las Secretarias del Despacho, ha acordado e1 Consejo áe Ministros,
con autorfaacion de S. M. el Emperador, las disposiciones siguientes;
1~ El Ministro de Estado dará audiencia diaria de diez á once de la mañana.
El de Negocios Estranjeros, los lúnes1 miércoles y sábados, de diez á .once de la mañana.
El de Gobernacion, todos los dias, de dos á tres de la tarde.
,
El de Justicia, los lúnes, miércoles y viérnes, de tres á cuatro de la tarñe. ,
El de Instruccion_públ!ca y Cultos, los mártes, juéves y sábados, de diez y media á doce
de la mañana.
.
El de Guerra, los'lúnes, miércoles y viémes, de doce á una d_e la tarde.
El de Foment.o, todos los dias, de las dos á las tres de la tarde.
•
El Subsecretario de Hacienda, los mártes, juéves y domingos, de las doce á la una del dia.
Las perso:µas serán recibidas en el órden con que se hayan presentado, sin distincion de
·rango. '
2'!- El ¡¡ue quisiere ser oido en audiencia particular, deberá pedirla por medio de una esquela, indicando el asunto. Si no concurriere con exactit.ud á, la hora que se le ~ubiere designado, no se le recibirá.
··
3~ Las personas que quisieren saber el estado que guardan sus negocios, se dirigirán al
Oficial de partes.
'
. .
•
.
.
·
4~ s., recomienda á, las personas que concurran á la audiencia, que sean breves en la espo-11icion de sus negooios.
·
.
5~ Los Ministros no reciben visitas en su despacho, ni tratan en su habitacion los negocios
oficiales.
'
6~ A fin de es·tirpar la costumbre tan perniciosa a1 buen servicio como al decoro del Gobierno, con que se molesta-y ofende á los Ministros, ya moviéndoles influjos p'ara el despácho.de
los negocios, ya distrayéndolos con los que·no pertenece¡i á su resorte, se adyierte á los interesados que deben abstenerse de incurrir en una y en otra falta, y que S. M. ha ptom.bido espresamente á los Ministros hacer recoip.endaciones y tomar ingerencia en negocios estrañ'os
á si:uamo.
,
•
7"!- Una· copia de este acuerdo se conservará permanentemente en la entrada de los M;inisterios.
·
• ·
México, 8 de Agosto de 1865.

Ju~,;ado de p.rimera instancia de Jlfachuea .
En el espediente ge la quiebra de Mrs. Powning y Grenfells, radicado en este Juzgaq_o, el
.Sr. Juez ha pr,oveido el siguiente auto:
"Pachuca, Feorero '18 de 1866.-Vistas las anteriores diligencias, conforme á los artículos
775 y 780 del Código de Comercio, se declaran en estado de quiebra á D. Ewin Powning y
D. Cárlos Grenfells, computándose la época de aquella desde el dia diez y.seis de Enero último: se nombra para síndico administrador de los bienes de los fallidos al Sr. D. Camilo
Thevin, y para síndico judicial al Sr. D. Ra~on Rosales, á quienes se les hará saber su nombtamiento, poniendo á disposicion del' primero los bienes y papeles ya secuestrados que obran
en depósito de la Sra: Manzano, á quien se librará la órden de entrega por conducto y bajo la
responsabilidad del Juez H de paz del Mineral del Monte, que constituyó informalmente el
depósito: con insercion de este auto, av'ísese por dos periódicos de los que se puólican en !,a
capital, y por edictos que se fijarán en los parajes de estilo, la quiebra de los espre'sa~os
Pownin,g y Grenfells~citando á sus acreedorell para que del 1~ al 30 del próximo mes de Mar, ,
zo presenten al síndico administrador los títulos justificativos de sus créditos, y para la junta
de exámen y reconocimiento de ellos, que se celebrará en este Juzgado el dia once de Abril
del comente año: líbrese órden al Sr. Administrador de correos de esta ciudad, pán¡. que la
correspondencia de Powning y Grenfells le séa entregada al síndico O. Camilo Thevin: pre.
:vén~ase ~ este señor forme el b~lance de losefectos perte~eciente,s á, la quiebra, en el té!'filino
de diez d1as, á cuyo fin se as001ará para formar los aprecios, del perito D. Lúcas Barqum: se
nombra á D. Vicente de Ugarte defensor de los fallidos,,,en atencion á haberse fugado; procediendo contra aquellos conforme á derecho, á cuyo obJeto se compulsará en lo conducente
testimonio de las constancias de estos autos. Lo decret6 y firmó el Sr. Juez de 1~ instancia.
Doy fe.-Pahlo Tellez.-Lic. Teodoro Zúi!.iga, Secretario." .
·
Y en cumplimiento de lo mandado éspido el'presente.-Pachuca, Febrero 27 de 1866.-El
Secretario, Lic. T. Zúñiga.
, .
860-15a-9
,·

· Citacion judiciaL
El Sr. Juez 3~ de Instruccion de lo civil, por auto de diez detcorriente, ha mandado se cite
á D. F~lipe' Flessiere, para q~e se presente en el Juz¡¡ado que ·s~ ha~la y.bicado en el Palacio
de J nstic1a, dentro de ocho dias, contados desde la pnmera publicac1on· de este aviso, á contestar la demanda que sobre pesos le promueve enjuicio verbal D. Francisco de Pozo; apercibido ~e que si no _comp11:ece, ~ ~ará por.contestada la dema!l-da en rebeldía.
Ménco, Marzo diez y siete de m¡l ochocientos sesenta y se1s.- Urbano Morali, Escribano
público.
884- 3a- 3

Ju~gado de letras de Jilotepec.
En virtud de mandato judicial, procedente del Juzgado de pri..-nera instáncia de este Dis•
trito, convoco por el presente aviso á las personas que se creyeren con derecho á la sucesron
'intesta&lt;}11 de D. José ªMaria Leiva, vecino ~ue fyé de este pueblo, para que vengan á hacerlo
valer en dicho.Juzgado dentro de treinta dias, contados desde hoy; bajo el apercibimiento de
qus si no lo liacen, les parará el perjuicio que hubierdngar.
• Jilotepec, Marzo 14 de 1866.- 4.naatasia-Molina, Escribano público.
· 6a- 2

•ecretaria deJ Cottsejo Departamental.
.

\.-

AVµJO.

- Está señalado el dia cuatro' del próximo Abril, á la-s dos de la tarde, para la vista de lo; espedientes relativos á manifestaciones que presentaron, Cllll!pliendo con la ley de 5 de Julio
Émplazamiento judicial,'
ael,año antetjor, los individuo~ siguientes:
D. Atiláno Perez; en lQs autos sobre nombramiento de perito paleógrafo para la traducclon
Sr. D. Isidoro de la Torre, por D. Tomás Nornscanstle, sobre cesion y Subrogacion de un de los títulos de propiedad del pueblo de Tisayuca, se ha presentado en este J uz~ado pidien.
capital de trescientos veinticinco mil seiscientos noventa y seis pesos, que á la Es- - do que coUJo complemento 6 ratificacion de los trasuntos que tiene pedidos en uruon de otro.s
cuela de Agricultura reconocian varias casas de esta capital.
individuos principales del comun, de indígenas de dicho pueblo, se libre órden al Director del
,, ,, Francisco de P. Castro, propiet~o de la casa núm. 8, Portal del Coliseo Viejo.
general para·que espida certificacion de los autos que los naturales de Tisayuca si•
,, ,, Rafael Cancino, apoderado de D. Miguel Iturbide, que toseyó la casa núm. 3 de la Archfvo'.
guieron en 1717 contra-D. &lt;Turónimo de Tovar, sobre propiedad de los parajes San Miguel, Sancalle de la Acequia.
Juan Bautista, San Pedro Xicalhucan y ks Reyes. Y el Sr. Juez l ? de. Instruccíon ha ténido á
,, ,, Teodoro ChaveZ' por la compra de la finca núm. 9, Portal del Coliseo Viejo.
bien decretar: que no siendo conocidos los menores del referido D. Gerónimo Tovar, ui las
El mismo por la finca núm. 4, calle de la'Verónica.
-'
personas que puedán tener inter!}s en l os autos de que 1!e trata, se les convoque por.
,, ,, J osé Antonio Decaen poda compra de la casa núm. 6 del Portal del Coliseo Viejo. dell!as
los periódicos; a.percibidos ~e que si _dentro _de quincf: dias n? se presentan en este J~gado,
,, ,, JQsé Maria Olloqui, como poseedor de'la casa ¡iúm. 7, calle de Zuleta.
se librará el oficio que se pide para que esp1da la copia de dichos au,tos. Y en cumplimiento
. El mismo por la casa núm. 3 del Hospital Real.
1
de lo mandado pongo el presente anuncio.
n ' ,, Jesus Fagoaga como poseedor de la casa núm. 7 del Puente de la Mariscala.
'
México, 23 de Marzo de 1866.- El Secretario del Juzgado, Lic. Julio Cltavez. 881-6a-3
,, ,, J'uan Burnard por la casa letra K, (lalle de la Victoria.
Sres.Merodio y Blanco por la casa núm. 29 de la2~ calle de Mesones.
Sr. D. Miguel Medina·por las casas números 20 y 21 do la 3~ calle de San Juan y núm. 6
A VISOS -Y-ARTICULARES.
de la de la Polilla.
,, ,, Jorge Tisent por la casa n:fun. 16, calle de la Victoria, y sus dos contiguas, marca..
das con las letras M y N.
,, ,, José Maria Noriega.por la casa núm. 7, calle del Coliseo Viejo.
·
Sra. D~ Maria Ana Burgos (su testamentaria) por la casa núm. 1, calle de la Acequia.
DE Ld.S JfHNd.S DE ORO
Sr. D. Victoriano Montes de Oca por la casa núm. 1 de la calle del Hospital Re'al,
Sit~adas
cerca
de
los l'lacer~s del J1epartamento de Mícboacan.
Todas estas fincas ei;tán listadas en la manifestacion que presentó el Sr. D. Isidoro de la
Torre, pues que ellas pertenecieron al fondo de la Escuela de Agricultura.
Habiendo quedado formada la Compañía para la esplotacion de las minas de SAN I SIDRO
México, Marzo 31 de 1866.-El Secretario del Consejo Departamental, E11rique Rtiano.
LA CUEVA SANTA, SAN MIGUEL y LA PRECIOSA SANGRE DE CRISTO co~
3s-1
fecha 2~ d~ Febrero último quedó instalada_la Junta Menor Directiva, compuesta del~ personas s1gruentes:
·

COMPANIA ANGlO-MEXICANA

-

ADMll'fIS'l'B.ACION GJINIJll-AL DIJ COB.B.EOS.
CONVOC.A.TORIA.

Debiendo proceder esta Administracion general á contratar-la conduccion de la correspondencia ordin•aria_y estraordinaria par.a las principales carreteras del Imperio, se convoca á las
pe1sonas que quieran hacer postoras al efecto; en ~l concépto que deberán aneglarse á las óases siguientes:
1~ La contrata comp~enderá colectivamente la conduccion de la correspondenéia pública
para los puntos y bajo las espediciones que á continuacion se espresan:
Para Puebla y vice versa, siete espe9iciones semanarias.
Para Orizava y Veracruz, Pachuca, Toluca y.Querétaro, seis.
Para Tehuacan, Huamantla, Morelia, Guanajuato, L"eon, Lagos, Guadalajara, Aguascalien.
tes, Zacatecas, San Miguel de Allende, San Luis Poto¡¡í, Matehuala, Saltillo, Moñterey, .A.pan,
Tulancingo, Chalco, Cuautla de Morelos, Cnenfavaca y Tenancingo, tres espediciones se.
manarias. ·
·
2~ La conduccion de las balijas se hará·por medio de carruajes, sobre cuya solidez y celeridad se ~dmitirán las propuestas, que si no mejoran el servicio, al menos se haga eri los mis·.
mos tér=os que actualmente.
.
·.
3! •Los licitantes presentarán con·el pliego cerrado que contenga sus propuestas, la caución ·
correspondiente de personas notoriamente idóneas, pues no es admisible el simpie papel de
a~ono para q.ue pueda hacerse la adjudicacion, si1;10 que deberá ~fianzarse el cc¡ntrato con es.
critura pública tlil la for.ma legal para su segundad y saneamient0c por todo el tiempo que
quede estipulada su duracion.
Las propuestas se recibi.Fán en pliego cerrado por la Administracion general, hasta -el dia 16
del próximo mes de Abril á las doce de la mañana.
.
México, ~arzo 20 de 18Q6.-El Administrador general, L.a ii ile la Ptza.
3a-2

Presidente .................... El Sr. D. Pedll'O Hope. . .
Primervocal. ••••.••••• : •••••. ,, ,, ,, h_ancisco de P. Rubio.
2?
,, .••••••• •••••••••. ,, ,, ,, José Juan Cervantes, CONDE'
DE SANTIAGO.

'

_ Vocal suplente ••••.•.••• : .•... ,, ,, ,, José Hope.
.
,, ............... .. ,, ,, ,, José d., u Escatido-Íi.
Director de la Compañía.. •• • . • . ,, ,, ,, Luis de Stein.

'1

Depósito de fondos y Baneo 5El Banco de Lóndres Méuco
de la Compañía.'.... ... . t y Sud-América,
'
Concluida la,impresion de los Bonos de dicha negociacion y entreg~dos. estos ál l!ANCO
D)!1 LON~RES, MEXICO Y SUD-Al\~RI~A, la Junta Menor Dµ-ect1va acordó: &lt;¡ue se
avise~ l?s mteres'ados _para que ocurran.al mdicado BANCO por sus acciones, y se ponga en
conocrnnento del público que queda abierta la suscricion en el referido· BANCO CALLE
DE CAPUCHINAS NUM. 3, y enºla casa del'SR. HOPE, TIBURCIO NUMEROS 22 y
23, desde esta misma fecha.
México,.Abril 1?_de.1866.
El Secretario de la Jru;ita,
886-0-1
· J. B .•11.scon,e.

SEGURO :CONTRA INCENDIO.
La ~ompa,iia Hambur,;uesa-Bre1nesa de Se,;uro,
CONTBd INCENDIO.

AVISO .A.IrUBLICO.

El día 3 del próximo Abril, á las.once de la mañana, se despacha de esta Administracion
general para Veracmz, un eatraordinario·con la correspondencia que ha de conducirá Nueva.
York, con escala e11 Sisal y la Habana, el vapor-corr~ "Manhattan." Lo que se participa al
público para su inteligencia y efectos correspo11dientes.
'
México, Marzo 30 de 1866.-El Administrador general, Luis de,la Peza.
1-1

Formada de entre los comerciantes mas ricos y respetables deHamburg.o y Bremen
~ y ofreciendo, pues, todas las gilrantfas que pnedan desears-e.
'
ASEGURA Mu.EBLES E INMUEBLES A PRf;MIOs M6nrcos.-DAN INFORMES
Y ARREGLAN P6LIZAS

Los Agentes,

AVISOS .JUDIOIALE-S.
.

LEFFMÁNN

821-90a-21

'

,Juzgado.de primera instancia de Boamantla.

GU'.J.lR:E;IL,-

De venta

CONVOCATORIA.

Un teneno inmediato á la garita de la Vig¡1, con 24 chinampas y una estension de 14 á 16.000
var~s cuadradas: tiene una vivienda, corral .para vacas y otr?s accesorios: es propio para el
cultivo ~e alfalfa, leg0:mbres y otras producciones, y está provisto de los útiles é instrumentos
necesano~ para su esplotacion. Se d!l,rá en precio' cómodo. Dirigirse al despacho del Viario
del lmpen.o.
•
•

Por la prese~te, y de ~rden de este Juzgado, se hace saber á las' personas que se crean con
derec~o á los bienes del mtestado de D~ Maria Antonia Huezca, que deberán presentarse á
deducn;lo, por sí~ ~or. apoderado,Aentro del téf!llin9 de treinta dias, contados desde esta fe·
cha; baJO el aper~1b11D1ento de que pasado dicñ o término, se procede(á en su ausencia y rebel·
día á lo que hubiere 1ugar en derecho.
•
Hua~antla, F~brero 17 de 1866.-El Juez de 1~ instanoia, Lic. Serrano.-Asistencia, Ro•
sendo Li111a.-As1Stencia, Pablo SalazaT.
30s-28

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Bajos de Port.a-Cceli nÚ)ll. 4.

1'1EXl(}O.-~RENTA IMPERIAL.
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