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                  <text>...

EL

DEL

DIARIO·

IIPElllO
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'

Los números sueltos valen 12 ctint&amp;vos.

1'1EXIC0.-1'Iartes 2 .. de Abril de IS66.

III.

TOMO

')&lt;

NuM. 394~

grama de verdadera libertad y civiliza.don, hace brotar por todas paroos nuevos gérmenes de vida y de progreso.
,PARTE OFICIAL.-Alcalde municipal de Angangueo.-Id. id. de Calpulalpan ..
"Prueba de ello es la ley de 18 de Diciembre próximo pasadq que organizó
PARTE NO OFICIAL.-Tribunal superior de Puebla.-Fallecimiento.-lfoJoras.-Telélos tribunales y juzgados del Imperio. Publicada en esta ciudad, para que cografo.-Balanza de la Administracion de bienes nacionalizados.
menzase á regir faltaba solo la instalacion del Tribunal superior, ese acto solemne que acaba de pasar. Inaugurada cov él una nueva era de fecundas esperanSolicitudes de privilegio.
zas, tendrá que formar época en los anales del foro.
~""
"Señores Presidente y Magistrados: á nombre del ·Emperador se os acaba de
confiar el depósito sagrado de la justicia; queda en vuestras manos la recta administracion de ella, q.uedan confiadas l'i vuestra inteligencia y á vuestro celo
PARTE OFICIAL. lt
por el bien público las importanteJ! funciones de la m~gistratura; q~edais e~car• gados de desarrollar el gran pensamiento y hacer sentir la benéfica influencia de
la legislacion moderna.
MINISTERIO DE GOBERNACION.
"A nombre pues de S. M. el Emperador, y á nombre tambien de la sociedad,
cuyos
sagradS&gt;s intereses tengo la honra. de representar, recibo la protesta que ·
SECCION 2~
acaba.is de hacer, y me prometo que vu.estros trabajos van á corresponder al geMéxico, Abril 23 de 1866.
1!eral aplauso con que se ha recibido la noticia.ide ~estros nombra,nrlentos.'-'

8V'MAJLJO.

El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar el nombramiento hecho por esa
Prefect~K en D. Clemente Jua~ez para Alcalde municipal de Angaµgueo.
Lo digo á V. S. en contést.a01on á su oficio de 20 del corriente.-El Ministro de Gobernacion, SALAZAR Iu.RREGUI.-Señor Prefecto del Departamento
de Toluca.
'

,

El Gobierno de S. M. se ha servido aprobar el nomoramiento hecho por esa
Prefect~ra en D. José María Fl?res para ~calde municip~l de Calpulalpan.
Lo digo á V. S. e11 contestacrnn á su oficio de 18 riel corriente.-El Ministro de Gobernacion, SALAZAR lLARREGUJ.-Seflor Prefecto del Departamento
de Tlax.cala.

1

•

Fallecimiento. ....
L'Ere Nouvelle dice hoy:
"Üon profundo sentimiento anunciamos la muerte del Sr. Enriqu? W. Allen,
editor del Mexican Times. Almque se sentía mal desd~ hoce~ a1~ ti~mpo, nada
hacia presagiar esta desgracia, que tuvo lugar el dom.1ngo a medio dia.
"El Sr. Allen era uno de los desterrados de la guerra americana, en la cual
babia desemp·eñado un papel importante, durante su ú').tjmo período, como gobernador de la Ltrisiana.''
&gt;'

Son copias. México, Abril 23 de. 1866.
El Subsecretario de Gobemacion,

Joaquín Noriega.

PARTE :NO OFICJTAL.

• '

1

Tribunal superior de Puebla.
La Unifórmidad, periódico de Puebla, dice lo siguiente en su número de 18
del actual:
GRANDE .ACONTECIMIENTO.
\

"Áyer á las cinco de la tarde, y en el palacio de Justicia, el señor Prefecto
político del Departamento ha dado sole!llne posesion á los magistrados gue conforme á la nueva ley de administracion de justicia deben formar el Tribunal superior. La instalacion ha sido cual lo exige la solemnidad del acto: á él precedió
la protesta prevenida por el Estatuto, y los magistrados dieron sobradas muestras de que sabrían cumplir la promesa que acababan de pronunciar. Ha comenzado, pues, una nueva era en los anales del foro. La administracion de justicia
va á ~eguir una marcha absolutamente diferente de la que hasta aquí ha sido
conoe1da. En la nueva ley se ha procurado la brevedad ae los juicios, la simplifi_cacion en l?s trámit~s! y la economía en el sosten de los litigios; si esto se consigue, la sociedad habra alcanzado una verdadera ventilja. Nosotros, que conocemos perfectamente á las personas elegidas para la formacion del nuevo Tribunal superior, nada te~e~os que temer; todo lo esperamos de el}as, y estamos
seguros de que, la opm1on general del Departamento es la misma que tenemos
manifestad~. Distintos han sido los puestos públicos que catl\i ttno -de los elegidos ha sabido d~scmpeñar; honrosos s011 los antecedentes con que individualme~te se han hecho c_onoccr; Y. en el foro han sido siempre clistinguidos por su
~abe~ y su talento. S1 la elecc1on de las personas que deben servir los ju~gados
inferiores, es tan acertada como la que nos ocupa, ]11 sociedad h,ibrá. llenado sus
deseos.
"Üoucluido-el acto_de la inftalac)on, e~ Sr. Préfécto pronuució el iliscnrso que
ienemos el gusto de rnsertar a contmuac1on, al que contestó ,.¡ Sr. Presidente
Lic. ~- J,osé Rafael Isunza, ratificando la protesta que tenia hecha, ofreciendo
por s1 .Y a nom~r~ de los nuevos magistrados, cumplir fielmente el compromiso
contrmdo, y felicitando al Estado por tan plausible acontecimiento. Dice la alocucion que citamos:

"Señores:
. ••Las terrible~ convulsione~ pohticas que durante largo8 años agitaron el seno
de uuesti•a queridii p.itria, pta·d(• decirse que cesaron ya. El Imperio con su pro-

Mejoras.
Dice hoy el 1:ájaro Verde:
11El Sr. Alcalde municipal D. Ignacio Trigue~os, á cuya iniciativa ie deben
ya positins mejoras, tiene ya en planta. otras que entrarán la semana entrante
en via de ejecucion, segun l'Ere.
'':Pesde luego, todos los tráficos que afectan la salud del,público y su bol,sillo,
van á ser objeto de disposiciones análogas á las ya dictadas sobre panadenas y
carnicerías, y como éstas, serán cumplidas. La Alcaicería va á ser hermoseada,
y quizá se abran, prolongándolos, los .callejones hoy cerrados de ese dédalo.
en las plazas se ven Iioy fuentes y árboles que así proveen á 1.aa necesidades del
vecindario, como contribuyen á la salubridad y al ornato. Hace notar l'Ere que
todo lo hccho y lo proyectado, son prueba de que el Sr. Trigueros es funcionario que quiere, puede y sabe hacer benéfica su _autorid~d, y por .eeto aplaude qu~
vaya á ocuparse con empeño de precaver otra mundac10n.: ~aga que las personas que rodean al Sr. Trigueros y tienen conocimiento de sus proyectos, se mues•
tran llenos de esperanza en el resultado de· sus esfuerzos.''
'

TelégraCo.
"El día 15 del actual ha quedado instalado el alambre telegráfico entre Veracruz y la villa de Medellin, mejora que hacia algun tiempo habia iniciado el apreciable Sr. Prefecto que fué del Departamento, D. Domingo Bureau, y á cuya
actividad, celo y constancia se debe su realizacion.
"Los primeros partes que se cruzaron entre Veracruz y la villa de Medellin,
fueron éstos:
"Veracruz, Abril 15 de 1866.-Sr. ii1genier-0 D. P . J. Senties.-Medellin.Viva el Emperador! Viva la Emperatriz!-Salud al pueblo veracruzano! Salud
al pueblo laborioso, al pueblo inteligente! Viva la paz, que produce los b~neficios
de las mejoras materiales! Viva el Im~erio Mexicano!-El Comisario Imperial,

D. Bureau.''

·

"Vivan los Soberanos de México!-El pueblo de Medellin y sus autoridades
estarán siempre reconocidos al Exmo. Sr. D. Domingo Bureau, por las mejoras
que ha introducido, y que solo su energía. ha sido capaz de llevar á cabo. ¡Que
I

la Providencia vele por el Sr. Bureau!-El Juez municipal, M. Cuesta.''
"Doy las gracias al pueblo de Medellin y á BtrS autoridades, y les deseo toda
felicidad. ¡Vivan los medellineros!-D. Bureau."

�•

414

-

EL DIARIO DEL IMPERIO.-

EL DIARIO DEL IMPERIO.

415
:tftt!t

SOLICITIJDES DE PRIVILEGIO

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

.ANTE EL MINISTERIO DE FOMEN1'0.

S11:ccroN 2~
(3~ publicacion.)

Balanza General del 1~ de Ene.-o al 31 de lttarzo de 1S66.
'

FS.

r,

D.lfüE.

1 Bienes del clero nacionalizados, , , , .. , , , , , ~
7 Caja , , , , , , , , , , , , ,
, , , ,
18 Vales á cobrar, , , , , , , , , , , , , , , ,
23 Obligac,iones y pagarés en créditos , , , , ,
, ,
25 Fianza.a , , , , , , , , , , , , , , ,
,
26 Reconocimientos sobre fincas urbanas en México, , , , ,
26
,,
,,
,,
,,
en el Distrito ,
,
27
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,,
., rústicas en ídem, , , , , •
28
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,,
,, urbana,s en los Departaméntos .
29·
,,
,,
,, rústicas en ídem , , , , ,
30 Fincas urbanas en México , , , , , , , , , , , ,
31
,,
,, en los Departamentos , , , . , , , ,
32
,, rústicas en ídem , , , , , , , , , , , , ,
33 Capitales sobre fincas urbanas en México , , , , , , ,
34
,,
,, rústicas en el Distrito , , , , , ,
35
,,
,,
,, urbanas en los Departamentos , , ,
36
1,
,,
,,
rústicas en ídem , , , , , , , ,
37 Conventos extinguidos , , , , , , , , , , , ,
39 Terrenos y magueyales en los Depart.amentos, ., , , , ,
40 .Arrendamientos de fincas en México, , , , . , , , , ,
44
,,
,, ,, en los Departamentos , , , , ,
49 Intereses al 6 pg sobre reconocimientos , , , , , , ,
51 Réditos de capitales sobrn fincas rústicas,y lll'banas • , ,
52 , ,,
atrasados pagaderos por mensualidades , , , , ,
55 Pagos por efecto de la revision'- , , , , , , , , , ,
60 Diez y 15 pg de désvinculacion de capellanías , i , , ,
61 Agencia de Guanajuato , , , , , , , , , , , , ,
62
de Michoacan
, ,
, , , , , , ,
63
,,
de Querétaro , , , , ., , , , , , , , ,
64
,,
de Oajaca, , , , , , , , , , , , , , ,
65
,,
de Veracruz, , , , , , , , , , , , , ,
66
,,
de San Luis Potosí , , , , , , , , , , ,
6~
.,11¡ de Tulancingo , , , , , , , , , , , , ,
68 ,. ,,, de Za.catecas, , , , , , , , , , , , , ,
69
de Durango , , , , , , , , , ,
,
70
,,
de Monterey, , ,
, , , , , ,
71
,,
de
72
,,
de Toluca
, , , ,
, , , ,
73
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de Orizava , , , , , , , , , , , , , ,
74
,,
de Cuernavaca ,
, , , , , , , , , ,
75
,,
de Colima, , , , , , , , , , , , , ,
76
,,
de Puebla, , , , , , , , , , , , , , ,
78
,,
de Tlaxcala , , , , , , , , , , , , , ,
79 Pagos por deudas del Clero anteriores á 1861, , , , ,
81 Subagencia de Perote, , , , , , , , , , , , , ,
82
,,
de Tlalpan , , , , , , , , , . , , , ,
87 Agentes recaudadores , , , , , , , , , , , , ,
88 Administvaéion principal de rent.as de Córdoba , , , , ,
89
,,
,,
,, de Cuautla , , , , ,
90
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,,
,, 'de Querétaro , , , , ,
91
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,, ,, de Zumpango , ,
,
92 Administracion principal de Rentas de Oajaca , , , , ,
93
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de ,.
de Chalco,
, ,
95
,,
,,
de ,,
de Otnmba , , , , l ,
100 Seccion de bienes de Beneficencia, , , , , , , , , ,
101 Varios deudores , ; , , , , , , , , , , , , ,
102 Varios acreedores por redenciones insubsistentes,
,
103 Depósitos , , , , , , , , , , , , · , , , , ,
104 Sueldos y gastos de agencias , , , , , , , , , , ,
106 Suplementos á las agencias por oficinas del Gobierno , , ,
108 Devolucion de pagarés por redenciones consumadas,
, ,
109 Id..de créditos por ratificacion de redenciones, , ; , , ,
110 Diez por 100 de honorarios de recaudadores, , , , , , ,
111 Cuenta de contribuciones , , , , , , , , , , , ,
113 Honorarios de ejecutores y avaluadores, , , , , , , ,
116 Suplementos, , , , , , , , , , , , , , , , ,
118 Cuent;i. de Bonos , , , , , . , . , . , , , , ,
120 Auxilios de Señoras Religiosas, ,
, , , , , , , ,
121 Indemnizaciones , , , , , ,
, , ,
, ,
122 Monte de Piedad de Animas, , , , , , , , , , , ,
123 Pagos por redenciones anuladas desde 1861 , , , , , ,
124 Reparacion de fincas y obras de conservacion, , , , , ,
125 Gastos de Administracion , , , , , , , , , , , ,
127 DoteR de monjas , , ,
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ru1a , , , , , , , , , , ,. , , , , , , , , , ,

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"Segunda clase.- Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cinco.-Administracion principal de Rentas de Pachuca.Para los años de 1866 y 1867.-El Administrador de Rentas, Esparz~.-El encargaflo del ramo, J. N. Villa.-Exmo. Sr 1\Iinistro de Fomento.-Guillermo
Stoneman, de orígen inglés, súbdito de S. M. B., como consta del certificado de
nacionalidad que debidamente acompaño, y vecino del Mineral de Pachuca, en
ul Dis~rito de 'l'ulancingo, co~o mejor pr_oceda, á V..E. _expongo: que despues
de varios ensayos he logrado formar el diseño de una pequeña máquina de desaguar, de mi propia invencion (lo cual juro si fuere necesario), y cuyo sencillo
~ecauisn:o consiste en el desagüe ,su~esivo y violent~ ~ue puede hacerse por medio de caJones para extraer todo hqu1do y aun lodo o fango suelto, á cualquiera
profundidad, de la manera mas económica y rápida conocida hasta hoy.-Para
la mejor explicacion acompaño dos dibujos y un modelo de la máquina expresada, y pido á V. E. muy respetuosamente, que de conformidad con las prevenciones de la ley de la materia, mande se publique esta solicitud, certificándose por
. quien corre~?onda,_ que esta _m_áqu~a.es enteramen!e de nueva invencion, y no
de las conocidas, m del dom1mo publico; y en su vista y previos los requisitos de
estil~, conce~erme patente de invencion para el aprovechamiento de ella por el
t~rmmo de cmco años, conforme al art. 6~ de la ley de 7 de Mayo de 1832.Por tanto, á V. E. suplico así 19 determine, que es justicia y gracia que impetro.
Pachuca, F ebrero 28 de 1866.-Exmo. Sr.-Guillermo Storieman."
Lo que se inserta en el •Diario del Imperio, conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

:.

.

TITULOS DE LAS CUENTAS.

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93,216. 89
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85,738 39
9,636 44
3,783 ,,
116,148 73
207,601 82
54,328 76
187,442.,37
14,640 31
3,000
500 00
51,092 00
171,437 42
90.097 75
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232 87
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$1.836,505 50

$1.601,063 82

menee.

(3~ publicacion.)

México, Febrero '%1 de 1866.

Solicitud de JJ. IÍéctor Gariaeio y JJ. Eduardo Muño.e,pidiendo privilegio exclusivo
para lafal»icacion de botones de todas clases.
.
"Segunda clase.-Cuatro reales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
5eis y sesenta y siete.-Exmo. Sr.-Héctor Gariazzo y Eduardo Muñoz, ante
V. E. respetuosamente exponemos lo siguiente:-La fabricacion de botones de
todas clases, cuya manufactura forma ·uno de los ramos principales de la industria en varias de las primeras naciones de Europa, ha sido hasta ahora enteramente desconocida en México.-Loa exponentes nos proponemos plantear t.an útil como
importante industria. Para verificarlo, necesit.amos el amparo de un privilegio, sin
· el cual serian _inútile~ nues~ros esfuerzo_s para dominar los obstáculos que tiene que
superar toda mdustr1a naciente para sistemarse.- Confiando en la proteccion que
• en tales casos dispensan las leyes mexicanas á. alguna industria nueva para el
país, y muy especialmente en la alta ilustracion dl} V. E. y en su empeñp en proteger todo lo que pueda contribuir á la prosperidad de la industria mexicana,
ocurrim?s á V. ~- solicita1:1do que en vista d~ lo ex~uesto Y. de los beneficios que
resultaran de la mtroduccion de est.a nueva mdustria, se digne concedernos un
privilegio por quince años para la fabricacion de botones de todas clases.-Espera~o? que V. E. 1:1-os con~ederá I,o _que solicitamos, por ser de justicia, en lo que
rembrremos especial grac1a.-MeX1co, Febrero ~4 de 1866.-Héctor Garia.ezo.Eduardo Mimoz.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento."
Lo que se inserta en el Diario del Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3 .
de Noviembre de 1858.-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Ji-

menee.

,,

i06,792 26
520
2,000 00

(3! publicacion.)

México, Febrero '%1 de 1866.-

Soli_citud de p. Héctor Ga,·iaz.eo y D. Eduardo Muffoz, pidiendo privilegio exclusivo como introductores de los aparatos para limpiar, lavar y desengrasar la "lana por el sisterna caliente.
·
_"Segunda clase:-Cuatro real~s--P~ra el bienio ele mil ochocientos senta y
i1e1s y sesenta y 1nete.-Exmo. Sr.-Hector Gariazzo y Ecluardo Muñoz, ante
V. ~- rcspetu?samente exponemos ~o siguiente:-La lana que tanto ábunda en

$1.601,063 82

V~ B~-El Administrador de biene¡¡ nacionalizadoa,
'.
El primer Contador.

..

,,

3,655 Oi

México. Marzo 31 rle J866. •

han Stuire~ y Navarro.

",,

3,698 91
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''Segunda clase.-:Cuatro r.eales.-Para el bienio de mil ochocientos sesenta y
cuatro y sesenta y cmco.-Valga para los años de 1866 y 1867.-El o-efe Direc~or de la Seccion, 3a, Agustin Türnel.-Exmo. Sr.-J. L. Huici, en 1~epresent.ac1on de D. J. Sohs, ante V. E. respetuosamente expone: que mi poderdante es
inventor ~e un~ máquina para raspar el jenequen y aprovechar sus filamentos;
como esta suficientemente probado que es la mejor y mas sencilla que hasta-ahor~ se ha p~esentado,-A V.~• ocm·ro suplicándole se sirva concederme privilegio exclusivo por el maY_or tiempo que concede la ley de la mat(lria, ofreciendo
presentar antes del térmmo d~ dos meses el duplicado de la descripcion y dibi!jo
de la referida máquina, en lo q_ue recibiré gracia.-México, Enero 26 de 1866.
-José L. Huici.-Exmo. Sr. Ministro de Fomento "
Lo 4'?-º sé inserta en el Diario del ImP:"i?, co_nf~rme- al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858.-El Subsecretano mtermo de Fomento, ]l·rancisco Ji-

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México, Enero 26 de 1866.

Solicitud de JJ. José SoUs, pidiendo privilegio exclusivo como inventor de una máquina para raspar el jenequen, aprovechando sus filamentos.

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3,900 ,.

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(3!- publicacion.)

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58,466 87
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85,668 89
9,636 44
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116,148 73
206,793 02
49,328 76
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14,640 31
3,000 00
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1,119 25
186 86
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67,216
1,000
69

ºº

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UEUDOR.

.lliBER.

Mé,xico, Marzo 8 de 1866.

Solicitud de JJ. Guillermo Stoneman, pidiendo privilegio exclusivo por la inveneion
de una máquina para desaguar.

Jgwlin Pardo 'JI Garri•.

México, constituye_ uno de los esquilmos mas pobres é improductivos para los
hacendados, qui~nes gene1·almente sacan muy poco provecho de ella ó desdeñan
cosecharla. por lo insignificante que es para algunos de ellos el resultado de su
cosecha. La consecuencia n_atural de este mal, ~s la decadencia de la calidad y
la falta cle_esme~·o pa_ra mcJomrla.-La l~na. tiene que trasportarse ·:siempre á
eno~nutR ~1stanc1as, bien sea para consmmrse C'n las aplicaciones de la industria
nac:onal o para exportars~. En ambos, casos se trasport-a en el mismo estado de
suCJedacl en que se trasqmló, de lo que resulta las mas vect1s averías de mucha
consideracion, y muy poco precio para su venta en los mercados.-El modo de
remediar estos inconvenientes y de ensanchar 1a esfera del comercio de lanas
consiste, pues, en evitar las pérdidaB por avería, y en disminuir el costo de tras~
porte. Ambos objetos se obtendrán estableciendo en los puntos inmediatos á loa
productores de lo.nas, grandeR ,aparatos para limpiar, lavar y desengraeru· la lana

-

por el sistema caliente, que es el usado en Europa y los Estados-Unídoa para
las lanas destinadas á la manufactura de tejido$. Las lanas, previamente elasificadas, así preparadas y bien empacadas por prensa hidráulica ó de vappr, pódrán trasportarse sin riesgo de avería y con una grande economía de fletJ á lo1
puntos de consumo ó de exportacion, y obtener en ellos mucho mas piecio que·
el que tienen en la. actualidad.-Los exponentes, r.n vista de lo expuesto, ocurrimos á V. E. solicitando se nos conceda un privilegio por el t~,rmino de quince
años, para establecer y explotar en el territorio mexicano los aparatos para limpiar, lavar y desengrasar por el sistema caliente las lanas.-Las vent.ajas que los
agricultores é industriales obtendrán de la introduccion de este sistema, son notorias, y V. E. sabe apreciar su importancia dem_asiado bíen,, para que nos detengamos á enumerarlas. Confiando en la proteccion que V. E. dispensa á la introduccion de esta clase de mejoras, y en la que las leyes les cónMden, espera·mos que V. E. nos otorgará el privilegio que solicitamos.-México, F ebrero 24
de 1866.-Héctor Gariazzo.-Ed-uardo Mwwz.-Exmo. Sr. Ministro de Fo. mento."
·
Lo qU:~ se inserta en el Diario MI, Imperio conforme al art. 14 de la ley de 3
de Noviembre de 1858,-El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Jt-

mene.e.

ALMANAQUE IMPERIAL
PARA 1866.

-

Este Almanaque ca sin disput.a el mejor de cuantos se han pu,llicado en México hasta ahora. Consta de mas de 400 páginas de impresion liin'pia, hermosa 1
correcta, hecha en papel de lujo, y contione una multitud de noticias curiosas ó
interesantes, que son necesarias para muchos, y útiles para toda clase·de personas.
Está dividido en cinco secciones y un Apéndice.
•
La 1~ contiene not.as cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas nacionales.
La 2~ trata•de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuer~ diplomático mexicano y extranjero, Casa del Emperador y de la Emperatriz,
Secretaría p.rivada y Ministerio ¿le la Casa Imperial.
La seccion 3~ contiene noticias de todos los :Ministerios y de las dep~nderrciaade cada uno.
La 4~ está. destinada á la Gran Cancillería y á las Ordenes Imperiales~ contiene los nombres de todás las personas condecoradas con ellas, los de los mexicanos que tienen condecoraciones extranjeras, y los de los extranjeros que tienen
condecoraciones mexicanas.
La seccion 5~ trata de la Prefectura del Departamento de Jtiéxico, de los Tribunales, Corporaciones y Oficinas públicas, establecimientos de enseñanza y beneficenciá, etc., etc., etc.
El Apéndice contiene los cambios de personal qn.e han ocurrido en la Corte y
en e! Estada, durante la impresion del Almanaque.
El extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porqu
no lo consienten la multitud, extension y variedad de sus noticias.
El Almanaque Imperial se halla de venta en la librería de los Sres. Andrado
y C\ Port.al de Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio/•
Bajos de San Agustín n}Ím. 8.
PRECIOS.

,

A la rústica..... . ....... 2 pesos cada ejemplar.
Empastado á la holandesa. 3

,,

,,

,,

AVISOS OFICIALES.
ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

B.!IKA'.HJS.
Se participa al público que con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de ~ de Ji'ebrero
de 1865, se va á proceder al del terreno situado en suburbios de la ciudad de Oajaca, valuado
en noventa y siet{l pesos cincuenta centavos; y se publica para que las personas que deseen
hacer postura ocurran á esta oficina el dia 7 del entrante Mayo, á las nueve de la mañana, en
cuya hora se verificará esta almoneda..
México, Abril 17 de 1866.
lia-3
Con arreglo á los articulos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, manzana. 27, cuartel 3?, calle de la Tamalera, en Oajaca, valuada en ($ 465)
cuatrocientos sesenta y ¡:inco pesos. Lo que se participa. al público, para que las personas que
deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia. 3 del entrante Mayo, á las nueve de lamaiiana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 6 de 1866.
0a-6
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se va á proceder
al de la casa, cuartel 3?, manzana 13, calle del Retiro, en Oajaca, valuada en($ 493 75 es,)
cuatrocientos noventa y tres pesos setenta y cinco centavos. Lo que se participa al público,
para que las personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 5 del entrante
Mayo, á las nueve de la mañana, en que se verificará esta almoneda.
México, Abril 7 de 1866.-El Administrador de biE¡,1les nacionaliza4os, J. Suarez y NatJarro.
6a-6-

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

AVISO.
Necesitándose de la presencia de D. Plutarco Montes de Oca en la Caja de esta Administracíon para un negocio relativo á su persona, se le hace saber por ~l presente aviso, para que
se sirva pasar á la espresada Caja á entenderse en ella con el Cajero\ que. lo es el Sr. D. José
M. Bros.
México, Abril 21 dr 1866.-EI Administrador de bienes nacionalizados, Juan Suam ,
Na'Darro.
..
3a-l

,--

Gendtt.rmeria Iniperial Mexícana.
A VISO .AL PUllLICO.

El juévea 28 del corriente, á las diez de la mañana, se procederá á la. ven~ de cuatro caballos reformados, pertenecientes al cuerpo de la Gendarmería Imperial.
Dicha venta se hará al mejor postor y al contado, en el cuartel de la e:x-Acordada.
México, Abril 2.1 do l866.-El Tesorero, Fat,al.
3s-l

Operaciota de la Vacuna.
En los dias 26 y 27 del corriente se practicará ésta Pn el edificio de la Dlputacion, de onee
á once y media de la mañana.
México, Abril 2a de 1866.-Mweado.
:lt-l

•

..

�116

EL DIARIO DEL IMPERIO.
'l'ribon.al superior de Justicia de 'l'oloca.

01'1'.A.mOS.

autlls sobre no haber aceptado el Juev. letrado de Tenancingo la competencia que
le fué inici~a por el de igual clase de Yautepec, en el negocio de arrendamiento de la hacienda de Tepopula, este Superior Tribunal, á peticion de D. Luis Ahedo, apoderado de D. Antonio Ortiz y Arvizu, se ha servido disponer se notifique al Lic. D. José María Aguirre de la
Barrera, por medio de los _periódicos intitulados Diarw del Imperw y Cronista, la radicacion de
•ichos autos en el espresado Tribunal; apercibiendo á dicho Lic. Aguirre de la Barrera que si
clentro de quince dias, contados desde la primera publicacion de este citatorio, no comparece,
se entenderán las diligencias con los e~trados del repetido Tribunal.
'f por órden de su señoría se publica el presente, para los fines indicados.
To1uca, Abril 13 de 1866.-El Secretario del Tribunal, Lic. José María Martinez. 3a-3

Por el presente, y de órden del Sr. Juez 4? instructor de lo civil y de Hacienda, Lic. D. JoséMaría Mirafuentes, cito á D. Manuel Orozvo para que en el término de ocho dias, contad~
desde la publicacion de este aviso, se presente por sí ó por apoderado instruido y espensado, en
el Juzgado, sito en el Palacio de Justicia, á contestar la demanda que sobre pesos é indemnizacion de darios y perjuicios le promueve D. Crescenciano Gutierrez; bajo el apercimiento que
de no hacerlo, se seguirá el juicio en rebeldía, dándose los estrados. por bastantes.
México, Abril 16 de IP66.-J. Rey110s0, Escribano público.
902-3a-3

~ )es

•residencia municipal de Znmpango de la Itaguna.
Zumpango, Abril 16 de 1866.-El rancho de la Divina Providencia, ubicad9 en la villa de
Zmnpango de Victoria, de los Propios de su municipalidad, fué adjudicado por el Sr. Lic. D.
D. Domingo Perez y Fernatfdez, con arregloála ley de 25 de Junio de 1856, en la cantidad de
dos mil quinientos pesos, cuyo capital reconcce y quedó impuesto á favor de la misma, con
hipoteca especial de dicho rancho por capital y réditos, adeudándose por estos últ.imos la de
quinientos setenta y cinco pesos.
.
El Ayuntamiento ha sabido que los bienes pertenecientes á la testamentaria del espresado
Sr. Perez Fernandez están concursados, por cuya causa se trata de enajenar el rancho; y entretanto ocurre al Sr. Juez respectivo, manifiesta por el presente: Que se opone á la mencionada enajenacion hasta que se pague lo que se adeuda ó se aseguren sus derechos.-El Alealde municipal, C. Parra.
3a-3

C::l'l'ACJON.
Por órden del Sr. Juez 4? de Instruccion civil, se cita á D. Antonio Navarrete, vecino de
Tejupileo, para que dentro del término de ocho dias, contados desde la primera publicacion
de ei;te aviso, comparezca en este Juzgado por sí ó por apoderado con peder bastante, á contestar la demanda que en juicio de conciliacion le promueve, sobre cumplimiento de contrato,
D. Angel Zavalza, como apoderado de D. Juan Etchar,en; apercibido de darse por intentado
el acto si no concurre.
México, Abril 18 de 1866.-Lic. Nicolás Islas y Bustama11te, Secretario.
903-3a-3

A VISOS PARTICULARES.
MIN.11. DEL BEPlJGIO, aluu LOS TBOJr.CPILLOS,
' DE PACHUCA.

AVISOS JUDICIALES.
C::onvocatoria.
En los autos del,iatestado del Lic. D. Marcos Velazquez Rosas, se ha mandado con fecha
12 del corriente, pótla 1~ Sala de lo civil del Tribunal de 1~ instancia, se convoque á las personas que se crean con derecho á los bienes de dicho señqr, para que lo deduzcan en el término de treinta dias, contados desde la primera publicRcion de este aviso; apercibidos de que
1i no lo verifican, les parará el perjuicio que haya lugar.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo la presente en México, á 21 de Abril de 1866.Jo,é María Natera, Escribano público.
,
911-3s-l

Trompillos de Pachuca. Mucho tiempo despues, y estando amparada la referida mina, los primitivos dueños, que me la habian cedido, formalizaron un segundo avío con otras personas;
estas dividieron las acciones de ella en doce barras aviadoras y doce a.viadas. Como este segundo avío jamas ha. sido reconocido por mí, fué necesa1io seguir un litigio en el Juzgado de
Pachuca, dando por resultado que a9.uel tribunal, por sentencia definitiva, mandase con fecha
23 de Enero de 1864 "que se me restituyese á la posesion de mi avío, y se me entregase la
mina inmediatamente.
.
La Compañía formada por el segundo avío interpuso una tercena, y pidió que antes de ponerme en posesion de la mina, se la oyese: los tribunales accedieron á esta solicitud, ordenando tambien que se me pusiera en posesion de ocho barras aviadas y quedasen secuestradas
las cuatro restantes entretanto sean pagadas las costas y perjuicios á que fueron condenados

.

~~~

Diputacion de Minería de Guanajuato.
A.VISO,

'

Aviso.-Desde Abril de 1858 soy dueño de veinte barras aviadoras en la mina de los

'

La Diputaeion de Minería del Departamento, por decreto de 14 del corriente, ha manda/o
citará los Sres. Jecker y C~, vecinos de México, por medio de los periódicos intitulados Di«rio d&amp; lmpe,j(¡ y Semanario Oficial,, fijándoles el término de veinte dilll!, contados desde la fe.
tha ae la públicacion que se haga en el primero de dichos periódicos, para que establezcan
en esta ciudad el apoderado de que habla el artículo 1? del decreto de 8 de Enero de 1865, á

fin de que los dueños de la mina de San Vicente de Paul, de cuyo fundo son aviadores aquellos ~eñores! ~ten las cuestiones que desean; bajo apercibimiento que si no lo verifican en el
térmmo ya mdicado, que será improrogable, les parará el ~rjuicio á qmi hubiere ln,,.ar.
Secretaría de la Diputacion de Minería de Guanajuato, 20 de Marzo de 1866.-4nacio R.
Hernandez, Escribano público de laNacion.
912-3a-l

Citacion judicial.
· De órden del Sr. Juez 4? de Imitmccioa de lo civil y de lilacienda, Lic. D. José Mana Mi·
:rafuentes, cito á D. Eduardo York. para que en él término de ocho dias, contados desde la pu·
'b]4cacion del presente, concurra por sí ó por apoderado instruido y espensado, al Juzgado de
1111 cargo, situado en el Palacio de Justicia, á contestar la demanda que en juicio de conciliaeion, sobre pesos, le promueve D. José Arcos; apercibido de darse por intentado el acto si no
concurre.
México, Abril 23 de 1866.-J. Reynoso, Escribano público.
914-3s-l

J'uzgado de letras de los :Llanos de Apam.
En los autos ejecutivos que sigue en este Juzgado. D. Agustin Prajedis Qarrasco, por sí y
en representaci~n de I?· Gumesindo Bazau, coptra D. Estéban Muñoz, sobrepesos, el Sr. Juez
letrado del Partido, Lic. D. Pablo Reyes, ha mandado en auto de esta fecha se proceda á la
venta de dos casas y una carretela, situadas aquellas, una en esta poblaciou y la otra en el
pueblo de Tepeap_ulco, val~ado todo por el pe;ito tfücero en discordia, D. Antonio Espeje!, en
la suma de dos mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos tres centavos ($2,447 3 cs.); señalán. do!e para las almonedas los dias veintiuno del actual y catorce t veinticinco del próximo
Abril, siendo la última con calidad de remate.
. ~o que bago saber al público en cumplimiento de lo mandado por el referido Sr. Juez; adVIrt1endo que la persona que deseare hacer postura, puede ocurrir á la Secretaría de este Juz.
gado, donde se le darán las instruccione$ necesarias.
Apam, Marzo 8 de 1866.-El Secretario del Juzgado, Lic. José María Esptjel. 864-3a-3

Estoy, pues, en posesion de dichas barras, llamadas por ahora aviadas; y con objeto de qué
el público tenga un perfecto conocimiento de que esclusivamente me pertenecen, hago la pres
sente ma~festacion; advirtiendo á la vez, que las doce barras aviadoras están igualmente
comprendidas en la mencionada sentencia de 23 de Enero de 1864, suspendida por ahora únicament.e respecto de ellas, mientras se decide la tercería interpuesta por la Compañía.
México, 23 de Abril de 1866.-.Manirel F,urtes.
913-3a-1

It;tiacio Dia~ T'riHj(iqu.e
venderá al ml'Jor postor, á la vista, al contado y sin reclamacion, _todo el menaje de la hermosa casa de campo del Sr. D. MANUEL DE SOTO, en la Ribera de San Cosme núm.12
frente al antiguo Tíboli, en los dias 26, Z'1 y 28 de Abril de 1866, ála una de la tarde, estan:
do á la vi8ta el mártes 24 y miércoles 25.
.
Oportunamente se darán listas pormenorizadas.-Diaz Tri1¡jeque.
Sé arrienda una bonita casa con muebles ó sin ellos.
907-8s-3
,

A VISO lll'HB.IISAND.
Teniendo la señora mi espos~ D~ Praj~dis Aguinaga, va~os negocios importantes que girar
en los Departam~ntos del In tenor, éonfinó un poder amplísimo en esta Corte, en diez de Ener~ del presente ano, al ~r. D. Antonio.Afias, vecino de Guadalajara,. quien sin embargo del
t1.empo que ha trascurr¡?o, no ~ay noticia de que lo haya puesto en eJercicio, lo cual se infiere
de su falta de contestac1on á diversas cartas que para indagarlo se le han dirigido. Como el
Sr. Arias es per~ona muy ocu~ad~, acaso se perjudicarian sus intereses con la dedicacion efi.
caz á !os negoc10s para que prmc1pa~entc se te confirió el poder; y necesitándose de esta
eficacia para. _que no aumenten los perJuicios que ya resiente la interesada con la paralizacion
de sus negocios, y no pbr otra. causa que en maneb alguna pueda lastimar la bien sentada
reputacion dtil espresado Sr. D. Antonio Arias, ha re?uelto ~evocarle en el todo el espresado
-poder; eo.oo en e_tecto lo ha hecho _en toda for.ma el d1a de .hoy, en que lo aviso á las personas
q~e teng:rm relac1on con los negomos de ~i se1iora, para que entretanto se hace el nombraDUento cte otro apoden.do, se entiendan directamente eon el que suscribe, quien desde esta
fecha da por nnlos t-Odos,los actos que si, puedan ejercer por el Sr. Arias en ejercicio del poder qu,i le que_da revoca,?O en el t~o, y de &lt;¡ne se k da aviso por conducto seguro.
México, Ahnl 2 de 1866.-Eduardo Dtlpoo/1.
897- Ss-7

.

1'.UN.11.
DE Jt•lJBSTB.11. SENORd DEL REPllGIO
.
EN GU.ANAJUATO.

Aviso judicial.
En el juicio seguido por D. Manuel y D~ María de los Angeles Osio contra el intestado de
D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez 1~ de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al remate de la casa núm. 2 de la calle de Corchero, embargada al espresado intestado y valuada por el perito D. Apolonio Tellez Giron en la cantidad de siete mil quinientos
pesos (7,500 pesos); señalándose para las almonedas los dias 23 del presente y 3 y 15 del
próximo m~s de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se interesen puedan
instruirse pa~ando á informarse á esta Secretaría.
·
lléxico, Abril 10 de' 1866.-Joaquin Abadia110, Escribano público.
894-9a-4

Ju~;;ado cuarto de Itistri,ccion en fil ram.o citiil.
~l Sr. Juez de este Juzgado, euc:\l'gado tle los negocios de Hacienda Lic. D. José }!aria
llirafuentes, ha prevenido, á solicHud del Sr. D. José Dans, como sí~dico del concurso de
D. Gabor Napheg~, que en virtud den~ habe~se podido 7elebrar laju.ota emplazada para el
once del actual, ~1 fálta de concurrencia de numero suficiente de acreedores del referido concurso, se verifique el acto á las once del dia primero del inmediato :Mayo· bajo el apercibi~e~to de que e~tarán obpgados los que no concurran á pasar por lo que'acordaren los que
asistieren. Y ha_bi~ndose d1spu~sto que 1! citacion se haga por los periódicos, lo verifico por
el prPsente,. advirhen?~ que la Junta se celehrará en el mencionado J nzgado, que está situado
en el Palacio de Justicia.
México, Abril 18 de 1866.-.Agustiii Ptm dt. Lar11, Escribano de Hacienda. 904-3a-3

Hab\éndose puesto en p_rod.!1ctos la _mina de N~estra Señora del Refugio, ~viada por D.
Gregono J1mentz, y hab1énaos~ ve~cado el primer reparto de las u tilidades, conforme á
la ~ontrata de !lVÍO, el que suscnbe, mieXllbro de la Junta representativa de los parcioneros •
aviados y encargado de _13: tesorería, eonvoc'a á los poseedores actuales de las barras aviadas,
para que o-curran á perc1brr la partctque les corresponda en el reparto presentándose por sí ó
por persona. debidamente autorizada, .Y ~xhibiendo el título 6 docum'ento que compruebe su
3:ctua~ posesion, para ponerlo en conocmnento de la Junta representativa y someterlo á su &lt;;alificacion,
Guanajuato, calle de Belen núm. 33, Abril 8 de 1866.-Juan de D. Salgado. 899-30a-4

.

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c,nn,ocatoria..
_Por falle.cimiento de ia Sra. D~ Cárm61l García Mazo, el Sr. Jne¾ 3? civil de Instruccion,
Lic. D. Cnstóbal Poulet y Yier, qu~ conoce de su intestado, ha.mandado que por los periódicos se convoquen á_ las personas &lt;¡ne se crean. con d,~rechos á los bienrs de esa in testamentaría,_ para que lo ven6_queu_deut.ro de! t_ér'!lino de•dos me~t&gt;s, contados &lt;fosde la primera public~c1on de e~te anuncio; baJo .,1 :iperc1bm11ento de que les parará el perjuicio á que haya Jugar
s1 no lo venfica1;1. ~o bago saber á los interesados por medio del presente, que surtirá los efecios qu~ quedan indicados.
.
Mé:uco, Abril· 16 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
906-3a-2

Los Agentes,
LEFFMANN

---------.....,....-~~- --821-9(/a-29

&amp;

Gu-rHEIL,

Bajos de Porta-Cooli núm. 4.

PIANO DE VliJll'TA.

Un piano d~ rosa, de siete octavas, con todas las rn'ejoras modernas, enteramente nuevo se
vende al precio de costo. Se Fuede ver t&gt;n el núm. 14, &lt;1alll'jon dé Santa Clara, primer p~o.

DIVERSIONES PU BLICAS .

.Juzgado primero de Instroccion de lo civil.
Palacio de Justicia.-En los autos del intestado de D. Vicente Arn11iz, que siguen en eflte
Juzgado que e~ á cargo del Sr. Lic. D. José María Gamy, por auto'de 10 del corriente se ha
mandado por dicho Sr. Juez, ent~e otras cosas,_se ~nvoque por los periódicos á las personas
q~e se crean con derecho _á los bienes del rcfendo 1otestado, para que en el término de treinta
~1~. se presenten á deducirlo; bajo el i.percibimiento que de no verificarlo les parará el perJUJcio que haya lugar.
•
'
Y 1:n cumplimiento dt: lo mandado pongo el presente en México, á veinte de.Abril de mil
,oehoc1entos sesenta y se1s.-Jua11 Nepomuce110 Carrio,i, Escribano público.
908-3a-2

,

r&gt;

TEA'l'RO DE ITUH.BIDE.
COMPAÑIA DltAMATIC,-1..

1?n _la. noche, á la!' ocho en punto, se pone en escena la comedia dividida en~dos a.e.tos que
se 11lhtnla: El caballero p11bre, y en seg11ida la zarzuela denominada: La CQ[a del diablo. '

MEXICO.-IM.PREN'l'.A IMPERIAL.

•

�</text>
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