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DIARIO

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Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

8111\IAB.IO.
PARTE OFICIAL.-Prevenciones sobre guías para la intemacion de efectos extranjeros.
-Adscriciones de eacribanos.-Snpresion de los tribunales mercantiles de Qnerétaro, Morelía y Orizava. ,
.
PARTE NO OFICIAL.-Obras del desagüe.-Corte Marcial de Tnla.-Sal en Gnanajnato.-Estad.ística de Gnanajuato (continúa)/

PARTE OFICJIAL.
MINISTERIO DE HACIENDA.
lléxico, Abril 30 de 1866.

•

Prevenga vd. á los Administradores de las Aduanas marítimas que están bajo su depen(\encia, que en todas las guías que expidan en cumplimiento clel re-•
gl~mento de 23 del último Febrero, para la internacion de efectos extranjeros,
asienten en la_ columna de observ_acion.es que co~tienen las mismas guías, el
nombre, apelhdo y punto de residencia del amero 6 conductor de los efectos, y lo mismo del consignatario que haya de recibirlos.-Igualmente recordará vd. á los propios Administradores, la puntual observancia de los·artículos 8~ y 9~ _del citado reglamento,, que previenen que los comerciantes declaren pormenorizadamente el número, peso y medida de los efectos que cubran
las guías; la marca y numeracion de los bultos; los derechos de Aduana que se
han pagado. ~or el d?recho pri~cipal y,...cada uno de:los adicionales; y todos los
demas req~1S1tos y c1rcunstancias _que en los referidos artículos se especifican,
y que semrán para que el respectivo ccmsignatario pueda declarar en la Aduana de final destmo, que está conforme ese pormenor con el contenido de la carga que se le rem_ite, ahorrándose de formar po: su parte una nueva factura' 6
declaracion de la misma carga.
Lo que comunico á vd. para su inteligencia y fines consiguientes.
El Subsecretario de Hacienda,

E. ViUa'bva.

•

Señores Directores de las Aduana~ marítimas del Golfo y del Pacífico.

MINISTERIO DE JUSTICIA.
SECCION

3~
México, Abril 29 de 1866.

Quedan aprobados por este Ministerio los puntos que contiene el a¡:iuerdo
de ese Tribunal superior, que V. S. acompaña á su nota fech1' 14 del presente,
relativo á las adscriciones-á los Tribunales y Juzgados de esta Corte, ele los escribanos de diligencias que están expeditos.
.
Lo digo á V. S. en respu~sta á su citada nota; bajo el concepto de que con
esta mi~ma fecha se manda publ_icar el referido a,cuerdo.
I

. cío, jueces de instruccion de lo pi_vil y crim.inal, y_jueces municipales, ~uedando
aprobadas las siguientes propos_1c1?nes:-\ Se fiJ_ª el_ número de eswba~os ae
diligencias de esta Corte, en, vemtmno.-2; Los escnban~s que se,adscnben .Y
los que en lo su.cesivo lo fueren;' presentaran luego sus titulos al _s~ñor Pres~dente de este Trlbunal, para que se haga constar en ellos 1~ adscric1,o~, y avisarán por medio de oftcio cuando hayan cesad? en su respectiva ~dscrtc10n, p~a ,,
que se considere que hay vacante.-3~ Eh virt~d de)o p~evem_do en el. oficio
del Ministerio de Justicia de 26cl'e Febrero últibio, l!e hacen por este Tribunal
las adscriciones siguiente~ de los escribanos que están ~peditos:
A las dos Salas de l~ Civil del Tribunal de 1~ instancia:

SEcdroN· l~

-

NuM. 404

MEXlfJO.-Sáhado li de Mayo de .1S66.

El Ministro de Ju¡¡t.i,oia,
ESCUDERO.

Señor Presidente del Tribunal superior de esta Corte.

lVota á que se refiere la aprobacion anterior.
"Tribunal Superior del Departamento del Valle del Imperio Mexicano.México, Abril 14 de 1866.-Exmo. Sr.-Por acuerdo de este Tribunal Superior, tengo la 1honra de acompaña!' á V. E. el relativo 'á las ..ádscricior.es á los
tribunales y juzgado~ de esta Corte, de los escribanos de diligencias que están
expedit.os, para que sj V. ]. lo tieue á bien, lo mande publicar en el Diario
Oficiat.-Dios guarde á V. E. muchos afios.-El 'Presidente del Tribunal Superior, 'l!eójito .Llfarirt.-Exmo. Sr. Ministro de Justicia."
Tribunal Superior del Departamento del Valle delimperio Mexícauo.-México, Abril 14 de 1866.-Este Tribunal Superior, á quiel'I se dió cuent~ con
el oficio del Exmo. Sr. Ministro de Justicia, feéha 27 de1mes próximo pasado, ·
en que comunica que S. M. el Emperador Ha tenido á bien aprobar el acuerdo
_ relativo á las adscriciones de los escribanos de diligencias, que se le había elevado con e11e objeto, ha mandado se le dé publicidad por medio del ])iario det
Imperio, á :fin de que los comprendidos en ellas, ocurran· á este Tribunal con
sus t,ítulos, para hacer en ellos las anotaciones que se previenen en la frac1cion 2~
•
El acuertlo á que se refiere es el si,guien'-e:
México, Marzo 14 de 1866.-Se procedi6 -á, tratar de la adscricion de escribanos en el Tribunal Supremo, en éste, en el de 1~ instancia,·en el de Comer-

D. Manuel Romero,
,, José María Natera~
,, Estéban Casas y
., Antonio Landgrave. • •
•

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1 -1;1; ..,
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..
11

Al Juzgado 1~ de instr)lccion de lo Civil:
1 /'1 rnu
D. Joaquin Abadiano,
,, José Sebastiall'Oovarrúbias,
,, J uari N. Carrion y
.
,, :Manr~el Vera en clase de supernumerario.
Al Juzgado 2~- de lo Civil,
. D. Casimiro Fernandez,
,, J oaquin Guzman y
r ,
· ,, Vicente Piña.
Al Juzgado s&lt;de lo Civil:
Lic,fD. José Mariano Moya,
,, Miguel Femandez Guerra y
rz '•{.
,, Urbano Morali.

Al Juzgado 4~ de lo Civil:
'' D. Jesus Reynoso,
,, José Raz y Guzman y
,, Manuel TellQ de Meueses.
Al Tribunal de Comercio: '
•
D. Mariano López y
,, Joaquín Negreiros.
4~ Que no pudiendo practicar el Escribano D. Pedro Canel, que se considera
adscrito á este Tribunal, las diligencias que se le encomiendan por las Salas de
lo Civil y Criminal, •por ser muchas, se :consulte al Ministerio de Justicia la
adscricion de D. Sebastian Peñaloza á la Sala de lo Civil, sin sueldo, y con la
facultad de cobrar sus honorarios con arreglo á arancel, en cuyo caso el referido Canel quedará adscrito á la de lo Criminal, con el goce de la dotacion que ·
disfruta; y finalmente, al Tribunal Supremo á D. R6mulo de Cevallos.-5~ Que
los jueces de Instruccion de lo Criminal podrán ocupar á los escribanos adscritos á los juzgados de lo Civil, en aquellas diligencias que no puedan practicar
~n concurrencia con los secretarios, sin que puedan resistirlo, teniendo igual
facultad los jueces municipales, siempre que lo verifiquen á horas distintas.Ns copia que certifico..L.José.Mfría de la{ª: Ávvarez, Secretario..

8ECCION

1~
México ·Mayo 2 de 1866,.

Hoy digo al presidente del Tribunal mercantil de Queretaro lo sig-niente!
"S. M. el EmpJrador Ha tenido á bien suprimir el Tribunal que vd. presi-.
d_e, disponiendo que quede disuelto luego que reciba la presente comunicacion-J
y que pase su archivo y el conocimiento de los negocios que tenga peudientes,~
al de la jurisdiccion ordinaria respectiva."
'
Lo inserto á V. S. para su iuteligencia y efec~os consiguientes.
ro.
El Ministro ~e J111ticia, •
ESCUDERO.

Señor Prefecto político de Querétaro.
Se comunicó á los Tribnnalea superiores de Veracmz y Michoacan, por lo relativo á la suprellion de los Tribunales mercantilea de Orizava ,y Morelia.

I

.

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1

454

O~B.AS l&gt;JII. DJISA~VE.
. Ministerio ~e Fomento.-"Direccion de las aguas del Valle de México.-México,. Mayo 1. de 1866.-E~o. Sr.-Tengo el honor de acompañará V. E. una
relaCion sneinta de los~ra:'baJÓI! materiales ejecutados por esta Direcc· d
.
cargo en 1?do el m~s de Abril que acaba de pasar. E él los trabajos
te:ido ·
quJ resentits~ considerablemente, por el trastorno qu'8iempre causan en 1
.
drillas de trabajadores las fiestas periódicas: Las de la Semana Santa
cud
Pascua han sido fatales para las cuadrillas del Sur del Valle. De mil a!sci:~to:
hombres que las formaban, se han visto reducidas á menos de tresc'e t
haberse disem~n~do los operarios, regresando á los pueblos masó me~o~ 1!!a~~:
de donde provnneron: otras causas graves que V E. no ignora, no han pe~mitido á esta Direccion el reparar los males causado~.
"En el Norte del Valle el trastorno en las obras ha sido menos sensible· en
P~!e, por s_er la gente trabajadora de los pueblos inmediatos.
'
E!l el dique de Zumpango se ha continuado trabajando, reforz3J].do ·considerablemen~e el terraplen que forma. El muro que lo .defiende del lado dél agua,
se halla sm ~~argo muy maltratado por la accion de las olas, y por ser extremadamente ~eq1l: asegurado ya el terraplen, convendría reponer el muro á medida que baJan las ~as. En todo el mes se ha hecho en el ala del Oeste un so-.
brebordo ~e 360 metros de lo~gitud por 1,25 de base y 86 centímetroa de alto, y
se aUJilento ~l terraplen del guamo lado en 418 metros de distancia. con 75 cenm~ de altura y 3 metros 75 centímetros de b,ase.
·
".El canal de Vertid~ros, por el cual está desfogan~o fuera
Valle el lago
de Zump~g.o por el ta.JO de Hueh1,1etoca, quedq tennmadofoi; coµipleto, habiénd~~~4iwtado 1al\;Rt;~B~ que s colocaron p_ara facilitar el trabajo: con objeto de
7 el canal ,2 metros en 'una distancia de 1,360
t ~ l o , se acalío de ampli8.J
trós por uno. de prob~aaa. .U. cantidad de agua q_ue dti ta laguna sale por él
es tan considerable, qite dificulta ·los trabajos de limpia en el 'tajo de Huéhuetoca.
·
.
. "La rotura que sufrió el año próximo pasado el bordo derecho del rio de Cuautitlan, cerca de la hacienda de San José, fué ca.usa de que se destruyesen masó
menos los bordos en una p.istancia de tres cuartos de legua. Hoy los bordos se
hallan as.egurados .Y se h~n elevado ~ reforzado; se ha ampliado, rectificándose
en lo _posible, la c~Ja del no, y contin~an completándose y perf~c.:cionándose los
trabaJoS. ~n A~ril, con el fin ~e ampliar Ta caja y de consolidar los berdos, se
recortaron interiormente, formandoles talud de 4¡0 eJi,nna extension de 190 metros,, con 3-metros ~e altura, y teniendo el recorte de espesor medio un metro 30
centIIDetros. Exteriormente, para consolidar el bordo, se hizo un recorte de 85
metros de largo por un metro 30 centímetros de altura y 50 centímetros de espesor.
"En distintos ptin1os se sacaron los escomlíros de los bordos caídos formando
todos ellos la distancia ~?tal ~e 450 metros con 3 metros de altura y ~ de un
metro de e~pesor. ~ mis~o tiempo se cortaron ochenta árboles de todos tamaños
q~e obstrman la caJa ·del no, y se trozaron c;iento nueve·troncos salientes en la
IIllsma. Se rellenó una oquedad al pié de un borao, de 48 metros de largo por
. un,:n,etro c'!,e an~ho y otro t~to de profundidad.
Tanto mtenorm~nt~ al no cuanto en la parte exteri°'1', se revistieron los borJos con césped en distintos puntos, haciendo en todo 204 metros de longitud por
l metro 5 decímetros de espesor medio y 2 metros de altura.
"Para consolidar mas los boraos del rfo, convendría estacar su base interiormente para_ impedir q~e la corriente en Ia_s avenidas los mine y destruya: igual~ente ~e ~1spuesto, si los fondos lo permiten, que se _haga un acopio de estacas,
V?gas, Jarcia y ~ost~les, par.a poder atender inmediatamente en la próxima estacio~ de las l).uvias a cualquiera rev:entazon del rio, que pueda ocurrir. .
~on el fin de hacer ~enos _sensibles los males que ocasione con sus crecientes
el no de Tepotzotlan, tnbutano del de Cuautitlan, dispuse la limpia del canal
por donde desfoga.
·
''En el mes se han limpiado 2,365 metros lineales de la caja de este canal con
1 ~etro de profundidad y 4,50 de anchura.
"He mandado"'que la ladronera que tiene á su entrada el expresado canal cuyo estado es ruinoso, se reponga.
•
' .
"E~ la caja del río de Cuaut!tl~n se sigue trabaja~do .en la limpia. De Coy~tepec a Huelruetoca se profundizo el cauce 50 centIIDetros quitando un banco
de tepetate, en una distancia de 1,209 metros con 10 metros de ancho. Se amplió
igualmente la caja 1,25 en longitud de 340 1;11etros y 3 metros de profundidad:
finalmente, se destruyeron dos machones antiguos de mampostería que obstruian
el paso á las aguas.
··
·
' !UD: el tajo de·Huehuetoea se recorrió y limpió de los caidos el· rio en un~
e:xtensio~ de 5,170 metros, sacando fuera algunos azolves y caidos y formando
con l~_piedra y ~epetate en _algunos puntos muros en seco, laterales al canal de
d~s~ue. Los caidos removidos miden aproximativa.mente mas de 1,300 metros
cub1cos.
. ''De .Coyo~ep~c, 'río arriba, la limpia sigue haciéndose por los pueblos ha- ·
hiendo trabaJado en ella de 170 á 200 hombres diariamente. Se han lim.piailo en
el mes ~,5i3 metros lineal~s de 1~ caja_ del rio con 10 metros de ancho y de 25 á
50 centunetros de profundidad, dandosele 25 centímetros solamente en los lugares en que la dureza del fondo no permite penetrar mas á las palas de madera
con que trabajan los indígenas.
"V?nctendo mil obstáculos para conseguir_ operarios y material, se ha comenzado a r?poner y reformar el dique de San Cnstóbal. -En otra ocasion he llamadt
la ate1:c1on de V. E. !obre el ~echo de que el muro del expresado dique tiene una
d~pres1on que ll~ga a 81 cent1metros, cerca de su extremo Norte. En tal virtud,
dISpuse qne se mvelase el muro del dique y .que ademas se le aumentase medio
metró ~e ~l~. Con esta disposicion el contenido del vaso de las lagunas de
San Cristóbal y de Xaltocan se aumentará prodigiosamente, duplicándose cuando menos, pues el nivel de sus aguas podrá subir 1 metro 31 centímetros mas
e el que tiene hoy dia el. dique, sin ri~sgo de que derramen sobre el lago de
e;:coco. Con el _fin de activar este trabaJO mandé que la cortina de mampostetena_~e elevase simultáneamente por sus dos extremos, poniendo una cuadrilla de
albamles en cada uno de ellos que marche una á encontrarse con la otra en er
centro.
"La cua~illa del lado de Sa~ Cristóbal ha. elevado el muro.70 eentíznetros en
~a extension. de 549 metros; y la cuadrilla. de Venta de Carpio ha hecho la
misma operac1on en, una extension de mas de 700 metros, con mas de 1 metro
de altur~ y -iO centímetros de espesor. En todo el presente mes el _muro del di-

h:

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!º

dif

me-

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1

~~animidad de vot~s, quelosllamadosGnad~lupe dolin y JoséD~roteo s~fran.la
pena de muerte senalada por las leyes ya c1tadas.-Esta sentencia ha sido eJe•cutada el dia 28 de Abril de 1866 á las doce y veinticinco minutos del dia citado.
-Por el extracto conforme, ef Actuario, Ocúwiáno Ledesína.-V~ B~.-El Comisario relator, Bartolomé Diaz de Leon.-Es copia de su original, que certifico.
-Tula, Abril 30 de 1866.-El Secretario general de la Preféctura, José J. Zú-

que quedar~ nivel3:do á la altura requerida,. siempre que no haya tropiezo que
entorpezca o paralice las obras emprendidas.
':Con el ~n de ~ormar juicio sobre las_ dificultades que podrían presentarse pa•
ra mtro_duc1r el r10 de San Juan Teot1huacan en la laguna de San Cristóbal, ·
sustrayéndolo de~ vaso, de Texcoco, he hecho practicar nn reconocimiento cuyos
•resultados me animan ~ emprender 1~ ob1:a, y la emprenderé, siempre que los
fondos de que pueda disponer esta Direcc1on me lo permitan.
"En el sur del V~le se ha seguido tr~ba.jando en la ímporta,nte obra del_ dique ~e Culhuacan. En su mayor extens1on la obra se eleva 1 metro 50 centimetros o 2 metros sobre las aguas de la laguna de Xochimilco. Se continúan los"
terraplenes, elevando la calzada, anc~ándola y formando los. taludes. En· algunos puntos se construyen bordos de cmta para sostener las tierras y defenderlas
del a~. En to~~ su longitud, que es la de 4,000 metros, puede transitar un
carruaJe con facilidad.
.
•
.
"La obra hecha en todo el mes de Abril próximo pasado, es la siguiente:

ñi,ga." · ,

..

Intro~uccion de s3:l' en Guanajuato.
Ministerio de Fomento.-" Administracion principal de tas de Guanajuató.
-Noticia de la sal intr~ducida á esta·capital en 'todo el mes de Abril, con expresion de la cantidad de cargas, su procedencia, y precio que guarda en la plaza,
formada en cumplimiento de la suprema órden de fecha 19 de Diciembre de 1865.
Procedenttd.

JI, totfd de carn
s·

Precio q,u guarda en la.
plaza.

De Salinas (Departam~ } 2 779
r@ { De 8 á 9 ps. con pla-i 3,300 libras.
de San Luis Potosí).
'
carg. 9
zo de 3 á 4 meses. Quint. 70 ps.
De Colima......•,.. .. .
106 .,, O,, Al7ps.carg.alcontº al contado.

~:!~ , ,

Administracion principal de rentas de Guanajuato, Abril 30 de 1866.-El Administrador prin~ipal de rentas, J. J. Robles."

.

.

&amp;. copia. México, Ma.ytr ~de 1866.-El Subsecretario interino de Fomento 1
Francisco Jimenez.

ESTADISTICA DÉL DePAHTAJtfEMTO DE GUANAIUATO,
FORMADA ÉN 1865 POR LA PREFECTURÁ POLITiCA.DEL MISMO,
En cumplimiento de lo di,¡,uesto im el art. 5? de lo, traftlitorios de la ~
de 3 ae Marzo del propio año,

(CONTINUA.)
OONS'l'ITUCION GEOLOGIC.A..-Las rocas qull fbi:man parte del Dietritó de Gua.najuato, son en su mayor parte perteneciente!J al terren() de transicioh, habiéndos&amp; observado hasta ahora que la mas antigua es la _pizarra arcillosa (thonschiefer)
que descansa sobre las rocas graníticas de Zacatecas y el Peñon Blanco. Al
abrir el tiro general de Valenciana se 'observaron varios bancos de sienita, pizarra a.nfibólica, y serpentina, alternando entre sí y formando bancos subordinados en la pizarra. Esta última, que se encuentra en los-planes de la mina de Valenciana, vuelve á aparecer en la superficie á ocho~ientos metros mas arriba,
sobre la loma de la sierra de Santa Rosa, Encima de esta pizarra descansan dos
f'ormaciones ~astan~e dif?rentes; u~a de pórfidos _á muy graraes alturas, y la
otra de aremsca r0Ja antigua. El porfido forma masas de :figuras extrañas, cortadas á pico, 'conocidas generalmente con el nombre de Bufas, que se elevan
hasta cuatrocientos metros sobre el nivel de las llanuras. A la falda meridional
de la sierra, sobre.todo hácia Valenciana, Guanajua.to y Marfil, se encuentra en
grande abundá.ncia el conglomerado rojo, que no es mas que una brecha. de base arcillosa, teñida por el óxido de fie1To¡ los fragmentos que la constituyen son
por lo general~aii cuarzo, piedra de toque, piedra cornea, sienita y pórfido. Las
dimensiones de estos elementos hacen variar mucho los caractéres del conglome•
rado.
Sobre eata formaciop. descansa otra mas moderna; una especie de conglomerado feldespático, conocido en Guanajuato con el nombre de lo.cero, y del cual se
.sacan las hermosas.piedras de construceion de que se sirven en esta ciudad.
JÍlstas areniscas antiguas sirven de base á otras rocas de formacion secundaria,
como por ejemplo la caliza que se encuentra en los llanos de Temascatio, hácia
la parte que nombran "Lo de Sierra;'.' es una caliza compacta, llena muchas veces de cavidades entapizadas de espato calizo.
Al poniente de la quebrada de Marfil se encuentra úna formª9ion bastante diferente de las que se acaban de indicar, y consiste en rocas basálticas y alternancias de sienita y roca verde; de manera que se puede decir que la cañada de
Marfil separa la formacion porfirítica de aquella en que predomina la sienita y la
diorita (grunstein). ,
.
Hay otras dos formaciones cuyas dimensiones son dem,asiado reducidas, el caliche y elfrijolillo: el caliche es una caliza compacta de un gris negruzco, y el
frijolillo no es mas que una brecha caliza.
t
CLJ.'M.A., TEMPER.A.TUR.A. MEDIA, EXTREMA y MÍNIMA.~La temperatura média
en Guanajuató es de 19° á 20° del termómetro centígrado: la extrema ó máx:ima es de 30º centígrados: la mínima es de + 8° centígrados.
Lluvia caída en Guanajuato en los años que se expresan:

·

«:,orte Marcial de Tola. ·
. ~refect~ra. política del Departamento del Valle de México.-S'eccion de J usiic1a.-Num. 3,994.-•'Prefectura de Tula.-1 ~ Division militar territorial.-Departamento de Tula,-;--Serie ~nual 4.-Serie general 22.-Corte Marcial.-M.A.nMILIA.NO, por la graCia d~ Dios y la voluntad nacional, Emperador de México, á
todos los present~s-y v,ell!de;ºª ~3'.1~d--~~ Cprte Marcial del Departamento de
Tul~, c~rre!pond1e~te a la 1. D1vmon militar territorial, ha pronunciado la sen•
tenc1a s1gurnnte:
.
"Hoy, veintisiete de Abril.de mil ochocientos sesenta y seis, la Corte Marcial
del Departamento d&amp; Tula, 01do al Comisario relator en sus peticiones y conclusiones, ha declarad.o por unanimidad de votos, á los llamados Guadalupe Colin
Y José Doroteo, culpables d?l hecho que se les imputa: que cometieron este hecho con m~cada premediro:c1on, seduciendo para llevar al terreno de sus críme•
nes P:emeditado~, por medios hal~güeños, á D. Luis Zarza; á quien mataron con
ventaJa y alevosia; todo lo que ex¡~~ plenamente P!obado, sin que pueda considerara~ atenuante la falta de previs1on del facultativo para determinar cuál de
l~J hend~s qn~ a~bos le dieron causó la muerte, en vista de que el art. 57 del
n~. 15 del Có~1go penal ordinario, manda que los cómplices de un crímen ó
~ehto, ~ean castigados con las mismas penas de los autores de ese crímen ó delito. Por todo lo cual la Corte declara estar incluso el delit.o perpelrado por Guadalupe.~olin y José Doroteo en el art. 1~ del decreto de 14 de Junio de 1863 y
en el ID1Smo art.,l ~ del _dec!e~o d~ _3 de Octubre de\ año _próximo pasado, y en el,
art. 221 del Código de JUSticia militar.-En consecuencia, manda por la mis~a.

.

Certifico ser copia de la que obra en esta Secretaría.-Méx:ico, Mayo 3 de
1866.-El Secretario general de la Prefe~tura, Oárlos Z1vala.

Bordo ~e cinta, 273 metros lineales de 5.metros de ancho y 0,65 cent. de alto.
" ,, " 351 ,,
,;
de 2
" ,,
" y 0,60 " " "
JXERR.A.PLENES.
..,,.. . .335 metros lineale,s con ·10 metros s.e ancho y 0,30 cent. de altura.
167
,,
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" 10 " ,, ' ,, ,, 0,20 ,,, " "
~~~ ,,
"
" ~,5 decímetros de ancho y 0,20 de ,,
. ~ 64!l "
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Exteriormente á los. bordos que sostienen las tierris se arreglaron los taludes
del lado del .agua, en una extension de 330 metros, con altura média de 2,50. .
"La~ razone~ á que he, ~ludido al principio.de ~st~ part~, han impedido el que
se comience la IIDportant1sIIDa obra de la denvac1on del no de Churubusco, con
el fin d~ e~ar su~ agu~s dentro del vaso del dique de Oulhuacan: los trabajos
p_reparator,1os es~an, sm embargo, todoe practicados; y •si las circunstancias var1an, podra termmarse,la obra en el presente mes.
"En los alrededores de México se ha hecho la importante reposicjon del albarradon de Guad~lupe, levantando desde cimientos un tramo que estaba caído, de
30 metros de largo, d~ dob~e encortinado_de mampostería, por 3 metros de altura, con terraplen ele tierra entre los dos muros.-Ademas, se ha levantado el e:1cpr~s~do albarradon 60 cent. de altura en toda la parte del centro que estaba deprmnda: Roy se revoca y consolida toda la obra, que en varios puntos amenlf'
zaba ruma.
;;La péqu~ña cua~ril1a ambulante re~uso las pres~ de Chap~tepec, &amp;c., &amp;c.
En la pnmera mitad del mes de Abril los chubascos fueron frecuentes en todoel.:Valle d_e ~léxico. ~Hácia su 'fin levantó el tiempo. A pesar de las lluvias, la
b~Jª en l~s ~guas de los lagos ha sido constante. En el de Zumpango, hasta el
tlia 28 proxIIDo pasado, la baja total desde el 2 de Diciembre ha sido de 49 cent.
En el de San Cri:Uóbal, 1a baja desde el 7 de Diciembre á la misma fecha ha
sido de 40 cent.
' '
"En los lagos de Chalco y de Xochimilco las aguas sé hallan en equílibJio
perfecto, eonfo.r~? ?e te~do el honor de manifestarlo á V. E. en el Wforme que
por separado dir1g1 el d1a 26 del mes próximo pasado al ltÍinisterio de Fomento.
~as aguas de_ los lagos marcan, sobre el nivel que tenían estas el día 20 de Nt1~
vie~bre, medidas ~cmprano por la ma_ñ,ana, 19 cent., .Y medJdas por la tarde 18 y
medio cent. La baJa en el d1a de 5 mihmet..·os la. atribuyo a la evaporacion. En
1~ noche los manantiales restituyen á los lagos el agua que han perdido en el
dia, _Y se ~es~blece el e~l!ilibrio, quedando el nivel constante dentro de esa pe~uena osC1!ac1?n de 5 milímetros. Las lluvias de estos días solo han producido
hgeras· oscilamones del momento.
·
. "El fenómeno que se ha ~roducido. en las aguas de los lagos del Sur con el
dique d~ Culhuacan, es el mismo que se .ve diariamente cuando se apretila un
m~~antl~l; pero_ de segur~ nunca se ha visto en una escaia tan gigantesca.
. AbaJO del dique meneionado, tod!Ls las ciénagas que se extienden hasta las
orillas de la~ agu,a~ de _Texcoco, se hallan secas como nunca se habían visto. Los
potreros de San Lazaro y ~r~gon se secan rápidamente. La calzada del Peñon
reaparece fuera do las aguas, pudiendo ser recorrida en coche con facilidad° á
pesar d~ la destruccion que ha sufrido, hasta el puente Blanco, á legua y media
de México.
:•El nivel del lago _de •.r,excoco ha bajado, de Noviembre acá, 57 cent.: la esquma N. O. de palacio esta 98 cent. sobre las aguas.
Protesto á V. E. mi respeto y c?n.sideracio'n.-El director de las aguas del
Valle, F. de Garay.-Exmo. Sr. Mm1stro de Fomento."
·
Es ~opia,. México, Mayo 4 de 1866.:- El Subsecretario interino de Fomento,

Francisco Jimenee.

45·5

EL· DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO~
PARTÉ 110 OFl()IAL.

.,

•

En
,,
,,
,,

1862.. . . . . . . . • • . . . . . . . .
1863.•••.•.·. . . . • . . . . . . .
1864.••..•.......... ~ •.
1865.. . . . . • . • • . . . . • • . . .

537"'
360
744
967

4 milímetros.'
8
"
2
,,
4

Por término médio en un año. . . . . • . 652m45

.

.

.

"

"

Presion atmosférica en Guanajuato, ó altura del barómetro es de 600ª 95 milímetros.
·
'
VIENTos.-Son en lo general del N. E. al S. O., pero varian con mucha freC'á:encia.
.
DIVISION FISIC.A. DEL TERRITORio.-Sin datos que den á coiiocer la extension
de lae regiones montañosas, de las mesetas, de las llanuras de las tierras arables,
de las dehesas y los b~sques, solo puede decirse que ~os. terceras partes del Dep_artamento son montanosas; Y. respecto de bosques, s1 bien es cierto que en los
tiempos d_e la bonanza d~ la roma de V:iJenciana se destruyó casi en su totalidad
el de la sierra de GuanaJuato, que surt1a de madera la miquina. de va.l?or para
ex~raer el agua de la ~a, se ha ~ogrado 1eponerse, y la Diputacion de minería
0111.da de su conse"ac1on por medio de un resguardo que tiene en la síerra, la
q_ue ~oy prov~e de leña, carbo~ y madera, n~ solo á la ciudad .rde Guanajua.to,
smo ~ las haCiendas de beneficiar metales y a los demas minerales próximos á la
localidad.

'

D.IVISION POLÍTICA. Y Á.DMINISTRATIV.A..-El Departamento de Guanajuato
está subdividido: ·
·
1~ en lo poJítico.
'
2~ ,, ,, jrtdicial.
3~ ,, ,, militar.
•
4? ,, ,, financiero.
5? ,, ,, eclesiástico .
JtraISDICOION.-La accion política, militar y financiera se extiende á todo el
Dep.artamento: la judicial al mismo y á los de Michoacan y Querétaro; la eclesiástica, por lo respectivo al obispado de Leqn (su cabecera), á. esa ciudad, curatos de San Francisco y Purísima del Rincon, Piedra Gorda,, PénJamo, Irapua•
to, Romita, Silao, la Luz, Guanajuato, Allende, San Luis de la Paz, San Diego
del Bizcocho, Dolotes Hidalgo y San Felipe; y por lo que hace al de Michoacan,
á los curatos de Salamanca, Celaya, Santa Cruz y Chamacuero. .
AUTORIDADES Y E:MPLEA.DOs.-En el Departamento de Guanajuato hay un
Prefecto, Subprefecto, Alcaldes municipales, Ayuntamientos, Consejo de gobierno, Consejo de beneficencia, Junta auxiliar de exposiciones, Tribunal de justicia,
Jueces de letras, ídem de paz, T~bunal mercantil, Diputacion de minería, Administracion de rentas, Defensoría fiscal, Ensaye de cajas, Interventor de la casa
de moneda, idem de la Administracion de rentas, Administraciones de correos,
Agencias de desamortizacion, Comandancias militares, en esta forma:"
{fuatiajuato.-Prefectura politica.-Prefecto político, Sr. Lic. D. Pablo
Gonzales Montes.
.
Alcalde municipal, Presidente del M'. I. Ayuntamiento, Sr. Coronel D. Miguel
Afaman.
~es.-Ayuntamiento.-SeñorM: Lic. D. lgnacio Ayala, D. Pedro IbaTgüeng&lt;&gt;itía, D. Francisco Cal!táiieda, Líe. D. Ignacio Alcaráz, D. Ignacio Ajuria.,
D. Mariano Robles, D. José Bribiesca.
· Procurad-Ores.-~. Jésus .Alcocer, D. Vieente O. Patiño.
~ o ~mentai de gobier-no.-Señores: Presidente, Líe. D. Juan Chico.
-Miembr()s: D. Jo~ Francisco Roble'!!, Lic. D. Demetrio Montesdeoca, D. Manuel Echeverría, D. Ignaci!) M. Alarcon.
Oonsejo departamental de beneficencia.-Señores: Presidente, Lic. D. Pablo
Gonzalez Montes: Vicepresidente D. Ignacio M. Siliceo.-Miembros: D. Antonio Ginieux de Campos, D. Pedro Jimenez, Lic. D. Manuel Chico y Alegre, D.
Ignacio Rocha é Iramátegui, D. Lucio Marmolejo.
Jwnta de caridad.-Presidente, D. Luis G. Reinoso.-Vocales: D. Pantaleon
Parres, D. Francisco de P. Gomez.
Jwnta aum?,iJ,r &lt;k e(Cposiciones.-Señores: Presidente, Lic. D. Pablo Gonzalez
Montes; Vicepresidente, D. Epifanio Jimenez.-Vocales: D. Ignacio Alcocer, D.
Cárlos Augk. D. Alfredo Dugés, D. Lucio Marmolejo.
. Tribunal dejusticia.-Señores Magistrados: D. Juan Chico, D. Estéban Rernandez y García, D. Néstor Hernandez, D. Pedro Ajuria, D. :Manuel Aguilar y
Sanchez, D. Manuel Chico y Arizmondi, fiscal: D. Vicente Morin, agente fiscal.
Jueces de letras.-1?, Sr. Lic. D. Francisco de P. Esquive}: 2?, Sr. Lic. D.
José Matía Sixtos. .
·
·
Jueves de pas.-l? Sr. D. Francisco Servin, 2? D. Ignacio Jimenez, 3~ Lic. D.
.Francisco Rodríguez Becerra, 4? D. Lorenzo Marmolejo.
Tribunal mercantil.-Presidente, Sr. Lic. D.José María Chico: Vicepresidente 1~, Lic. D ..Joaquin Chico, idem 2? Lic. D. Ignacio Arizmendi; 2~ colega D.
Pántaleon Parres; primer sup\ente D. :Manuel Ajuiia, 2? D. Ignacio Moreno, 3~
D. Pedro Jimenez, 4? D. Francisco de P. Gomez.

·

( Continuará.)

AVISOS OFICIALES.
A1lministracion principal de rentas d!' l'fléxico.
REMA.TE DE UN.A. FINCA.,

, ,

Núm. 542.-Para cubrir un adeudo á favor de la Hacienaa pública, ha sido embargada por
esta Administracion principal la casa núm. 4 de la .calle de Santa Clara, apreciada en su última traslacion de d9minio en diez y seis mil pesos; fijándose ;para las almonedas los dias 20 y
30 del actual y 11 del entrante Mayo; advirtiendo que la Ílltima es con calidad de remate, el
cual te1;1drá lugar en el despacho de esta. o_ficina, á las dos de la. tarde: lo que se hace saber
al p~blico, para que las personas que qu1$1eren hacer postura, la hagan acompañando sus"res•
poct1vos papeles de abono, los cuales presentarán con la anticipacion debida para el reconocimiento correspondiente.
Administracion principal de rentas. México, Abril 13 _de ~866.-J. de la Barrera.. 6a-S

&amp;caudacion principal de ·Contribuciones directas
DEL DEPARTA.MENTO DEI; VALLE DE M~XICO,

En todo el presente mes de Mayó debe hacerse el entero en esta oficina, del segundo tercio
de las contribuciones signientes:
Cuatro al millar sobre fincas urbanas.
Siete al millar sobre fincas rústicas.
Derecho de patente sobre giros mercantiles.
Idem de idem sobre establécimientos industriales.
Contribucion impuesta á las fábriclll! de hilados y tejidos de algo.
don, lana, lino y las de papel.
Lo que se recue'rda á !oa c~usantes de estos impuestos; en el concepto, que pasado el referiao plazo, se proceder~ eJecutivamente contra los .causantes morosos, para hacer efectivo el
pago dé sus adeudos, mclusos los recargos en qus mcurran, conforme á las leyes de la materia.
La oficina se halla situada en el edificio de la Aduana.
México, Mayo 1~ de 1866.-El Recaudador principal del Departamento, Francisco ~
:M01itaño. ,
Ss-2

C:OXVOOA'l'OIUA.
Ayun~miento de ~éxico.-Núm. 975.-La Junta de Hacienda ha dispuesto se convoque
por medio de. este aruo á l?s acreedores al fondo de amortizacion que tengan créditos escñturad~s, líqmdos y reconoc1~os, para que concurran el día 7 del entrante Mayo, á las doce de
la manana, al s~lon de Cab¡ldos del Exmo. Ayuntamiento, donde conforme á lo prevenido
por la ley relativa, la espresada Junta rematará la cantidad hasta ahora reunida entre los
acreedores que ofrezcan mayor rebaja. 1
'
México, Abril 30 de 1866.-El Secretario del Exmo. Ayuntamiento, Lic. Luis G: Pastor.
3a-3

IK•OB.S'AN"l'II.
Corte Marcial de México.-Siendo de interes averiguar el paradero del súbdito americano
To~ás Smith p_ara una diligencia judicial, con. motivo d~l asalto y róbo que sufrió cerca de la ·
ganta de ValleJo la noche del 18 de Enero último, y temendo noticia de que este individuo
es transeunte,_por el pr~sente se ese.ita á las ~utotidades d_e los lugares por donde pueda encontrara~, se sirva1;1 !1ºtificar de arra1g_o á Sllllth, dando aVISo á esta Corte Marcial, situada en
el. Palacio de Justicia, para que se libre el exhorto correspondiente á fin de que sea e:ummado.
México, Abril 14 de, 1866.-El Comandante de Escuadron, Relator, Manuel Riego.
10-a-6

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

456

Administracion principal de la renta del l'apel sellado
EN EL DEPARTAMENTO DEL V,_ALLE DE llfEXICO.

México Abril 18 de 1866.-El Sr. Subsecretario de Hacienda se ha servido disponer en suprema órden fecha 15 del corriente, que las A~traciones de esta renta procedan á hacer
efectivo el cobro de las cantidades que se deban al Tesoro Imperial, con arreglo á la ley de
14 de Febrer'o de 1856, embargando objetos que cubran los adeudos, en los términos que previene el artículo 18 ¡le la diversa ley fecha 20 de Enero de 1837, sobre facultad coactiva.
Va á comenzarse en consecuencia, por la de mi cargo, á dársele á dicha suprema disposicion su debido cumplimiento¡ pero considerando que entre las l!lUchas personas á quienes
eomprende, puede .haber algunas que por causas involuntarias no hayan oc111Tido á terminar
sus respectivos arreglos, anticipo este aviso para que las que quieran evitarse nuevas contestaciones y aun mayores gastos, ocunan á verificarlo dentro del plazo de ocho dias, contádos
desde la fecha de s11 pub!icacion.
•
Varios comerciantes, industriales y dueños de escritorios, y la mayor parte de los corredores de esta plaza, á quienes por no haberlos encontrado en sus casas los comisionados de esta
oficina, les han dejado el recado correspondiente, no han presentado hasta ahora los libros de
811 giro, y otros aunque los han presentado, al ver que no estaban arreglados, los han recogi-do ofreciendo volver á hacer el pago, lo cual no han cump!idó. Todos constan en los registros de esta misma ofieina, y pasado el plazo de los espresados ocho dias, se dará c9nocimiento
de los que queden pendientes arTribunal de Comercio y al Juzgado encargado de los negoeios de Hacienda, respecto de los que se hallen en el primer caso, y en cuanto á los del seeegundo, espedirán los con-espondientes mandamientos de embargo.-El Administrador principal, José Maria de [caza é !turbe.
t
6a-4

e

•

Oitacion judicial.

llabiéndose presentado ante el Juzgado 2? de lnstruccion en lo civil, D. José Diaz Ma.U!f,
por su esposa D~ Cármen Madariaga, pidiendo: que con citacion de la Sra. D~ Conc.epc1~n
Cosfo, se notifique al Sr. Notario D. José Villela espida á costa del promovente, testimo!llo
de la escritura de imposicion del capital de tres mil pesos sobre la casa ~úm. 4 d~l calleJ~n
del Padre Lecuona, otorgada ante el Escribano D. José I!defonso Verd!guel á s~1s de Julio
de mil ochocientos treinta y seis¡ y que la citacion se haga_ p~r los periódico~, por ignorarse el
paradero de dicha Sra. Cosfo. El Sr. Juez, e~ auto de vem?o~o del com~nte, decretó de
conformidad, señalando el término de ocho dias para la publicac10~ del tránnte. •
.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo el presente para los efectos legales, en Méxice, á
treinta de Abril de ¡nil ochociento~ sesenta y seis.-José Vicente Piña, Escribano público.
931-38-3

A VISOS PARTICULARES.

AL M~A~ AQUE IMPERIAL
P.AR.A 1866.

Este Almanaque es sin disputa el mejor de cuantos se han publicado en México hasta ahora. Oonsta de mas de 400 páginas de impresion limpia, hermosa y
correcta, hecha en papel de lujo, y contiene una multitud de noticias curiosas é
_interesantes, que son necesarias para muchos, y útiles para toda clase de perAVISOS JUDICIALES.
sonas . .
Almoneda judicial.
Está dividido en cinco secciones y un Apéndice.
Debiéndose proceder á la venta de la casa con su huerta y merced de agua, ubicada en el
La 1~ contiene ~otas cronológicas, el calendario, los eclipses y las fiestas napueblo de San Angel, plazuela de los Licenciadps, que se conoce con el non1bre de su finado cionales.
dueño el Sr. Lief. D. Manuel de Zea, contra cuya testamentaría sigue actualmente autos el
La 2~ trata de SS. MM. II. y de la Imperial familia, de los Príncipes, del cuerSr. D. Manuel Payuo, sobre ejecucion de un fallo del Exmo. Consejo; el Sr. Juez 3~ civil de
lnstruccion, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, por el proveido en 28 de Abril próximo pasado, po diplomático mexicano y extranjero, Casa del Emperador y de la Emperatriz,
señaló para celebrar las almonedas correspondientes los días doce y veinticinco del corriente, Secretaría privada y Ministerio de la Casa Imperial.
1
y ocho del entrante Junio, todas á las doce, y la última con calidad de remate. ,
La, seccion 3~ contiene noticias de todos los Ministerios y de las dependencias
Lo hago saber al público, para que las personas que se interesen en la compra de la mencionada finca y deseen tomar otras instrucciones referentes,)curran á la Secretarla del men- de cada uno.
La 4~ está destinada á la Gran Cancilléría y á las Ordenes Imperiales: concionado Juzgado, adonde se les ministrarán las 9,ue consten de autos¡ entendiéndose que la
venta tendrá lugar conforme á la retasa de los pentos D_.Alonso Mariscal y D. Isidoro Cha- tiene los nombres de todas las personas condeooradas con ellas, los de los mexivero, fijada en 23,799 pesos.
,
canos que tienen condecoraciones exo;anjeras, y los de los extranjeros que tienen
México, Mayo 3 de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
934-3a-1
condecoraciones mexicanas.
'La seccion 5~ trata de la Prefectura del Departamento de México, de los Tri'Jiuga,d,o de letras de H1iicliapa11,.
bunales, Corporaciones y Oficinas públic_as, estab)ecimientos de enseñanza y beneficencia, etc., etc., etc.
CITACION JlJDICIAL.
El .Apéndice contiene los cambios de personal que han ocurrido en la Corte y
Huichapan, Abril 14 de 1866.-Ignorándose el paradero de D. Vicente Cálltulo Dorantes,
vecino que ha sido de esta villa, por la presente se le cita y emplaza, para que dentro de quin- en el Estado, dmante la impresion del Almanaque.
ce _dias, conta~os de~de la primera_pubhcatjon de ésta, corpparezca ~or sí ó por apoderado suEl extracto anterior está muy lejos de dar una idea cabal de esta obra, porque
ficientemente mstrmdo y espensado, á contestar la demanda que en Juicio conciliatorio, sobre no lo consienten la multitud, exten.sion y variedad de sus noticias.
pe~os, le promueve el Coronel D. Ignacio del Peral¡ apercibido de que se dará por intentada
El .Almanaque Imperial se halla 'de venta en l.11, librería de los Sres. Andrade
la conciliacion si no comparece.-El Juez de letras del Distrito, Benigno Rome10.
y 0\ Portal de .Agustinos núm. 3, y en el despacho del "Diario del Imperio,"
935-l5s-l
Bajos de San Agustin núm. 8:
Aviso Judicial.
PRECIOS.
En el juicio seguido por D. Manuel y D~ María de los Angeles Osio contra el intestado de

D. Luis Gil Argüelles, el Sr. Juez 1&lt;! de lo civil, Lic. D. José María Garay, ha mandado se
proceda al rémate de la_ casa núm. 2 de la calle de Corchero, embargada al espresado intestado y valuada por el perito D. Apolonio Tellez Giron en la cantidad de siete mil quinientos
pesos (7,50Q pesos); señalándose para las almonedas los días 23 del presente y 3 y 15 del
próximo mes de Mayo. Lo que hago saber, para que las personas que se intere¡;en puedan
instruirse pasando á informarse á esta Secretarla.
lléico, Abril 10 de 1866.-Joaquin Abadiano, Escribano público.
894-'9a-7

.Juzgado de letras de Temascaltepec.
En los autos seguidos por este Juzgado en el intestado del súbdito espaii.ol D. Martin Un:meta, ~l Juez que suscribe, por auto de veintidos del próximo pasado Febrero, ha mandado
se cite por el presente á los que se crean con derecho á los bienes corres.pondientes á dicho
intestado, ya como herederos, ya como acreedores, para que dentro de tremta días, contados
desde la fecha de este aviso, se presenten ante él á deducirlo, por sí ó por 4.poderados instruidos y Mstantemente espensados¡ en la inteligencia de que les parará el peIJuicio á que haya
lugar en derecho si no lo verifican.
t
Temascaltepec, A.bril 21 de 1866.-El Juez letrado, Manl«!l Gracida.-Asistencia Ignacio
Jfuñoz.-Asistencia, Rajad Romero.
6a-4'

I.lamam~ento de herederos.
AVISO.

En el espediente que sobre inventarios ha seguido en este Juzgado de mi cargo promovido·
por.los alba~eas el Sr. D. Bias Pereda, ~es_idente en San_Luis Potosí, y D . .Anto~io Martinez,
vecmo de l;:mdad Fernandez, por fallecumento del súbdito aleman D. Federico Reyther ve• cino que fué de esta ciudad, he mandado por mi autoridad, en auto de 27 del actual se'cite
por los periódicos ilel Imperio ~ D. Andrés Reyther Y.á D~ ~arla 4-D-a Angela Hegue;, padres
del espresado Sr. Reyther, ó bien sus hermanos ó panentes mmediatos del testador vecinos
de una pequeña ciudad llamada Callenahat, perteneciente al círculo gubernativo .Á.rnesverguen de los ~stado~ de A1ema~a, pertenecientes á S. M. el rey de Prusia, para que dentro
del perentono térmmo de un ~o, que se contará desde la primera publicacion de este aviso,
se presenten por sí ó por med10 de apoderado, á este Juzgado, á deducir e derecho que tengan á los bienes que se hallan en depósito, pertenecientes á la tes.tamentarla del espresad~ D
Federico Reyther; bajo el apercibimiento de que si no lo verifican les parará el pe1juroio á
. que hubiere lugar y se ap_lic_arán dichos bienes al objet~ que deten:une la ley. Y para que lo
m~n~ado te~ga su cumplmuento, pongo ~l prese~te aviso en la ciudad de Rioverde, á los
v~mt~ocho ?1as del ID:es de Octubre d~ mil ochoc1en~os sesenta y cinco, que firmé con los de
llll asistencia, con qmenes doy fe.-Fmnado.-Domingo Uthurri-Asistencia Gil Mendez Asistencia, J. Blas Oribe.
~Oa- 52 ·

A 1a rústica. . . . . • . . . . . • . 2 pesos cada ejemplar.
Empastado á la holandesa. 3 ,,
,,
,,
.V'ina de ..VÍU•tra &amp;iíora del Re"l''U/IW, ( a) lo• 7.'rolftpillo8,

'

en Pucluua.

El Sr. D. Manuel Fuertes ha publicado un aviso declarando por sí y anté sí, ser dueño de
veinte barras aviadoras en la mina del Refugio ( ~) los Tl:ompillos, haciendo mérito de una
sentencia judicial que noha causado ejecutoria. Como este negocio está pendiente de la resolucion definitiva de los tribunales, lo participamos al público para que en pingun tiempo pueda ser sorprendido por el Sr. Fuertes y abuse de la buena fe de algunas personas poco precavidas, que confiadas en las seguridades que se atreve á estampar en su aviso, puedan llegar
á celebrar un contrato relativo á las barras espresadas.
Para evitar, pues, esta sorpresa, y que en ningun tiempo se pueda interpretar nuestro silencio favorable á los derechos de J&lt;uertes, protestamos á nombre de todos los interesados en
la espresada mina, que no reconocemos los derechos que se alegan¡ que todos los contratos
que se celebren bajo este concepto, los consideraremos ahora y en todo tiempo nulos y de
~n¡p1;n valor, hasta que los tribunales resuelvan definitivamente de parte de quién está la
JUStlClll.
,
,
México, á 25 de Atril de 1866.- Junta menor directiva, L. Benito Muriel.-R. Cancino.Bartolomé de B6"Des.
917-6a-5

TOd,LLd. DE VENlJS,
EFECTOS DE PERFUMERU. DE LAS MElORES FABRICAS DE PARIS.

En la tlapalena de los Vena,d,os, situada. en la calle de Tlapaleros núm. 20, ademas del
surtido abundante y completo que tiene de los efectos de su ramo, se acaba de recibir otro,
magnífico, de perfumería, compuesto de lo siguiente:-Pomadas de todas clases.- Estr~tos
de esencias superiores.-Agua de Colonia legítima.--Aéeites para el pelo.-Jabones superiores y de familia.- Polvos de amv·root, arroz y haba.-Elíxires y polvos pata la dentadura.Vinagre de gen-seng para el uso esterno de las señoras.-Blanco perla.-Toalla de,Vénus.Vinagre aromático y de c?lor.-Los mentados jabones de lechuga y contemporáneo, etc., etc.

....,__

'

T~dos estos efectos son de clase suprema, y sin embargo se venderán sumap:¡ente baratos,
haciendo á los consumidores que t-omen por docenas de ellos, una rebaja importante todavía
sobre los precios á que se nienu,dean.
20a-2sm-=-20

DIVERSIONES PUBLICAS.
D01ninga 6 de Mayo.

Citacion.
Tribunal de 1~ instancia.-2~ Sala.-Por el presente, y en cumplimiento de lo mandado
por esta 2~ Sala del Tribunal de 1~ instancia del Depa~erito del Valle de México, cito y
emplazo á D. José María Arteaga para que en el té~o de ocho dias, contados desde hoy
comparezca ante dicho Tribunal á hacer el reconocimiento de una firma puesta en un docu:
mento presentado por parte de D. Inés Marin, ~n el juicio que sigue contra el citado Sr. Arteaga sobre pesos.
.
México, Mayo 1~ de 1866.-Estéban Tomás Casas, Escribano público.
932-3s-3

N otifieacion.
A es~rito presentado por el Lic. D. Prota:iio Perez de Tagle, como heredero del Sr. Coronel
D. Mariano Perez de Tagle, en los autos eJecutivos que este señor seguia contra D. Felipe
Gonzalez Aragon, sobre pago de tres mil y pico de pesos. y en cuyo escrito pide el promovente se tengan como radicados los mencionados ante el Juzgado á quien ocurre haciéndose la
notificacion de la radicacion al demandado por el órgano de la prensa, el Sr. juez proveyó el
auto que á la letra dice: ·
'.'~éxico, Abrl_l 25 de _1866.-Como lo pide. Ha~iendo la publicacion por ocho dias en el
·Diano de{ lmpe;10 Y Pájaro Verde. El Sr. Juez 3~ de lnstruccion de lo civil, Lic. D. Cristóbal P?ulet y M1er, lo proveyó y firmó. Doy fe.-Poulet.-Migud F. Guerra,-Escribano Se-'
cretano."
.
Y para hacer sabe~ lo mandado al mencionado Sr. D. Felipe Gonzalez de Aragon., publico
el pres~nte, qu? surtirá sus efectos legales.
.
México, Abnl de 1866.-Urbano Morali, Escribano público.
923-81!-6

,

TEATRO IMPERIAL.
En la tarde, á las cuatro en punto, la compañia dramática del Teatro Principal poadrá en
escena las zarzuelas intituladas: La isla de San Balandran y La cota del diablo.

TEATRO PRINCIPAL.
CO)IPAÑJA Dll:AMATICA.

En la noche, á la hora de costumbre, se pone én escena la comedia dividida. en tres actos,
que se intitula: El suplicio de una mujer, y en seguida la otra en un acto, denominada: Para
mentir, las mujeres.

TEÁ.'TRO DE ITURBIDE.
COJ\IPAÑIA IIRA!IIATICA.

A las cuatro en punto de la tarde se representarán las comedias denominadas: En la eara
est{i la edad, y Cuidado con los sombreros; en seguida la pieza que se intitula: El amor y el almtlef'%o, y por conclusion se. bailará el baile inglés.
En la noche, á la hora de costumbre, Ja comedia en tres actos, denominada: La tertulia de
conft.anza; en seguida otra en un acto1 1P1fit se intitul~ El smigo ik c01fftaua, y por último, se
bailará un paso á cualro.
•
•

1'1Ell(JO.-IMPRENTA IMPERIAL.
/

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