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                  <text>El

'

DEL

1-IP-ERIO
Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

Nm1 438

JJIEXICO.-Sábado 16 de Junio de 1S66.

III.

~:g~a(l

S'UMAB.IO.

~'""r...'°

PARTE NO OFICIAL.-El Emperaa'or en Tlalnepantla.-Salinas del Peñon Blanco.Tranquilidad en Guanajuato.-Convocatoria para una &lt;l_brn.-Minerales del Fresnillo.-Amalgamacion por sodio.

¡e-!:;~~

PARTE NO O·FICIAL.
EL Jll\ll'EB.ADOB. Jl:N 'RaALNJlPAN°l'LA..
Ayer en la mañana fué S. M. nesa poblacion. Los vecinos"y autorid~es se
apresuraron nrecibirlo. S. M. visit6 dos cuarteles en que están alojados varios
piquetes de tropa, uno de ellos de Gend_armes: vió la cárcel y las escuelas. El
Emperador hizo varias. preguntas ú los niños para conocer su aprovechamiento;
tambien el cura del lugar, que acompañaba á S. M.; y los alumnos contestaron
con acierto, dejando á S. M. muy conte11to de sus adelantos, por lo que man&lt;l6
premiar á diez niños de los mas aplicados con una medalla á cada uno. S. M.
di6 50 p~. para los pobres, 50 para las escuelas, y orden6 al Subprefecto que
le presentara el presupuesto para un hospital que debe ponerse allí. La igle-sia, que aunque nG es de las primeras obras de arquitectura, .es un templo hermoso y llCff ble por su buena co11st~uccion, llam6 la atencion del Soberano.
S. M. se r~tir6 dejando la impresion de simpatía y de respeto que inspira á
todos lo~ que le tratan.

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........

~~~

Salinas del Peñon Blanco.
Ministerio de Fomento.-•'Prefectura del Potosí.-Snn Luis, Junio 8 de 186.6.
-Num. 38.-Exmo. Sr.-Tengo el líonor de manifestar á V. E., para su conocimiento, que durante el mes de Mi.yo anterior Ee han extraido de las Salinas del
Peñon Blanco 5760 y media cargas de sal de las clases y pr~cios siguientes:
Sal de 1~ para comer á ............ $ 5 21 carga
,, 2ª
. . . . . . . . . . . . 4 55 ,,
,, 3~
,,
. . . . . . . . . . . . 3 50 ,,
,, para beneficio .. : . . . . . . . . . . . . . 2 58 ,,

2,456 cargas.
70!
8~

3,266

Total de car~as .................. 5,760¼

....

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00

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00

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"

• Lo que digo á V. E, en cumplimiento de la órden que libró el Ministerio de
su digno cargo con feoha 19 de Diciembre último.
Dios guarde á V. E. muchos ~ños.~El Prefecto suplente, Francisco J. J.!ermudez.-Exmo. Sr. Ministro d.e Fomento.-México."
Es copia. México, Junio 13 d.e 1866.-El Subsecretario interino de Fomento,

Francisco Jimenes.

T1•anquilidad 1,ública.
Co-u este título dice el Semanario d.e Gnana.juato:
"Tenemos el gusto de participar á nuestro lectores que la tranquilidad mas
completa reina en el Departamento, pues las gavillas que infestaban el Bajío,
perseguidas y derrotadas por las inteligentes é infatigables tropas francesas y
nacionales, se han dispersado totalmente y no es fácil que vuelvan á reunirse,
quedando ocupados, como van á estarlo, los puntos y poblaciones principales por
destacamentos.
"Al celo y empeño del Exmo. Sr. Comisario Imperial, bien secundado por la
autoridad militar, se debe que en tan corto tiempo estén arreglados los escuadrones de Salamanca y Loon, situados, el primero en el Valle de Santiago y el segundo en San Luis de la Paz, y que el regimiento que so está formando en Silao cuente ya con mas de cuatrocientos .hombres bien montados y armados, que
pronto tendrán tambien buena instrnccion y disciplina.
"Sabemos igualmente que se va á construir un buen cuartel en Silao, para
evitar los pcijuicio~ que sufren los ducí:íos de mesones con los alojamientos mili' tares.
"Los movimientos combinado., rle tropas de San Luis Potosí con los paisanos
armados voluntariamente en San Luis de la Paz, San Diego é Itnrbide, y en Toliman y Jalpa, del Departamento de Querétaro, para perseguir al bandido ArIl\Cnta, de vergonzosa memoria, creemos que serán bastante1:1 para destruir su gavilla de ladrones y volver Ia·tranquilidad á la Sierragordn."

A.malgamacion por sodio.
Carta clirigida al Profesor D. B. Silliman po1· D. Enrique Wurtz, del "Á.merican
Journal of Science and Arts." (Vol. XLL Marzo 1866.)

"Segun la opinion de vd. y la de otras personas en cuyo juicio confio-, considero que ha llegado el momento de dar á conocer mis descubrimientos, h~chos
desde hace algunos años acerca de las nuevas propiedades de los metales alcalinos, haciéndolos de gran valor para la amalgan;iacion de los metales preciosos.
"Vd. no ignora que, dospues de repetidas investigaciones sobre esta importante materia, ho comunicado mis resultados, ya de palabi'a, ya por escrito, en épocas distintas, á varias personas, y á vd. entre ollas; pero basta fines del año de
1864, el público no ha conocido de una manera J)ositiva la solucion final de esto¡¡
descubrimientos. El Gobierno de los Estados-Unidos, con fecha 27 de Diciembre de 1864, me concedió privilegio p.ara la aplicacion de mis procedimientos: mi
tJonvocato1·ia.
• especificacion fué detenida á mi solicitud en el "Patent Office" (1) durante seis
Ministerio de Fomento.-Soccion 1~-Para ejecutar varias obras do repara- meses, segun lo permite la nuev¡¡, ley de privilegios; de modo que el mio no prin1
cion que necesita el edificio donde se halla el Ministerio de Relaciones, se con- cipia á ser válido, sino desde el 27 de Juúio de 1865.
voca por la presente á las personas que deseen hacer propuestas para la obra; en
"Aparece, sin embargo, que mis repeti"das comunicaciones han promovido exel concepto ele que se les darán en el :Ministerio de Fomento las instrucciones ne• tensas discusiones sobre el fenómeno muy notable, que yo mismo he titubeado en
cesarias, y de que las propuestas se recibirán hasta el 23 del corriente.
publicar; lo que hice, 110 ob'stantc, tomando solo el cuidado de no indicai: el agenMéxico, Junio 15 de 1866.-El Subsecretario interino deFomento,Francisco
1

Jimenes.

(1) Oficina de privilegios.

�11

EL DIARIO DEL IMPERIO.

580

te empleado (sodium). El resultado de la publicacion ha sido el que debia ser;
que muchas personas se encargaran de estudiar la materia, unto aquí como
en el extranjero.-En efecto, desde que obtuve el privilegio, he sabido que
varias aplicaciones (aunque sin resultado) han sido aprovechadas por individuos
qua han solicitado en Washington privilegios para tratar, por mis procedimientos ó por medio de otros parecidos, los metales alcalinos. Con fecha 12 de .Agosto de 1865, se solicitó un privilegio inglés, á nombre del eminente químico Wm.
Crookes (ocho meses despues de haber presentado mis procedimientos en Washington). Me he procurado una copia de la indicada solicitud, y la encuentro notablemente parecida á la mia: ademas, encuentro muchas alusiones y relaciones
mas ó menos imperfectas y oscuras en las publicaciones que en todas partes se
han hecho sobre este asunto.
· "Me he convencido que debia suministrar, para bien de las sociedades mineras
y demas interesados, una relacion auténtica sobre lo hecho hasta ahora y sobre
lo que se podrá hacer. Por tanto, he preparado tm resúmen de mis procedimientos, suficiente para el uso de los mineros y de los .metalurgistas.
"Otras partes de la materia en cuestion serán objeto de una publicacion mas
extensa y de mayor utilidad, como por ejemplo mis nuevos métodos para preparar la amalgama de los metales alcalinos en grandes cantidades, con gran rapidez, seguridad y economía. A vd. y á otros químicos inteligentes, parecerá tal trabajo de alguna importancia, considerado bajo un aspecto puramente científico,
puesto que contiene fenómenos nuevos é ilustra las leyes moleculares hasta hoy
no muy claras.
"Con algunas aclaraciones indispensables eoncluiré. He creido necesario para
la práctica preparar tres grados diferentes de amalgamas de sodio, distinguiéndose entre sí por la proporeion de sodium que contienen, que es como 1 á 2 á 3; y
con los mismos números.
''.Algunas palabras sobre el término amalgamas magnéticas,· expresion que no
pocos calificarán de fantástica y como capaz de sugerir analogías no autorizadas.
Espero demostrar, sin embargo, en otra oeasion, que al emplear este término me
he apoyado en la razon, siguiendo los senderos trazados por los defensores de la
dinámica cósmica, y por los apósioles de la doctrina de la correlacion entre las
fuerzas físicas, y que el elemento analógico que encuentro consiste en el antagonismo de las fuerzas atractiva y repulsiva. que ejercen una accion química, ó mas
bien elemental, á distancias insensibles entre los cuerpos, y el antagonismo de
las fuerzas magnéticas, atractiva y repulsiva, que constituye un ejemplo tan eminente de una accion distintiva semejante aunque ~ distancias sensibles.
"Nadie pone en duda la relacion íntima que existe entre el calórico radiante y
el calórico latente, aunque el primero se propaga en el espacio y el segundo se
comunica á distancias insensibles, de molécula á molécula. .
''En resúmen: esta expresion, por solo su conveniencia, vendrá á emplearse
sin duda como término técnico entre las personas que tengan que ocuparse de las
amalgamas magnéticas.
"39. Calle de Nassau. New-Yorlt.-Erlero 15 de 1866
EXPLICACION,

"Mi invencion consiste: en dar al mercurio mayor grado de adhesion, atraccion
y afinidad con otros metales, y con él mismo por la adicion de una pequeña parte de uno de los principales metales electro-positivos, sodio, potasio, etc. M:i invencion es aplicable:
"l~ En todas las operaciones que requieren la amalgama de mercurio para extraer y separar de sus minerales el oro, la plata y otros metales preciosos.
''3~ En todas las operaciones en las cuales la amalgamacion por el mercurio,
nnido á otros metales reductivos, como el hierro, ó el'zinc, puede ser necesaria
para extraer los metales de sus compuestos salinos solubles ó insolubles, tales
como la plata de su sulfato, cloruro ó hiposulfito; el plomo, de su sulfato ó clo-rqro, ó el oro de su cloruro ú otra solucion.
"8~ En la amalgamacion de las superficies metálicas en general, como por ejemplo, la del zinc en las pilas voltáicas, y la de las láminas ó planchas de cobre
usadas al apartar el oro de sus minerales.
"9~ En el trasporte del mercurio de un modo ~as conveniente, reduciéndolo á
cuerpo só1ido.
,
"Me ocuparé ahora de la descripéion de las propiedade,s especiales y particulares de las amalgamas que he descubierto de los metales alcalinos, y 1ue he empleado de un modo enteramente nuevo en las artes químicas y metalurgicas.
"Una parte de una de las amalgamas magnéticas, disuelta en cien ó mas veces su peso de mercurio, comunica á la mezcla un poder de adherencia á los metales mucho mas elevado, particularmente á los metales que como el oro y la plata
se inclinan hácia el extremo negativo de la escala electro-química. El pod"r de
adhesion en estos dos metales es tan grande, que la &amp;sistencia que he encontrado en sus superficies cuando están en el estado nativo, y que se opone regularmente á la amalgamacion, desaparece en el acto: esta resistencia es mayor y mas
frecuente que lo que se ha creído hasta hoy, y depende de causas que no se han
descubierto ó quizá no se han investigado, ya sea que sus partículas sean gruesas, menudas ó impalpables.
"Una capa de aceite ó grasa no impide la amalgamaeion violenta por medio
del mercurio magnético, y se sabe que es un impedimento á la amalgamacion,
así como el humo de las lámparas de los mineros en las minas de plata y de oro.
Los átomos del mercurio, son, segun parece, puestos en eondicion polar por la
adicion de una pequeiia parte de aquellos metales clasificados entre los últimos
de la escala electro-positiva; de modo que su afinidad con los metales mas electro-negativos es tan desarrollada, que obra instantáneamente sobre sus superficies,
como obra. el agua sobre un pedazo de azúcar ó cualquiera otra materia porosa
soluble en ella.
"Este mercurio, distinto del mercurio ordinario, se adhiere fuertemente á las
superficies del hierro, del acero, de la platina, del aluminium y del antimonio:
esta adherencia con los cinco metales mencionados, no es una verdadera amalgamacion, porque no penetra el m:ircurio en la sustancia misma del metal, pues el
mercurio magnético adherente á la superficie, puede quitarse en un momento,
con la misma facilidad que se quita el agua de un vidrio. El único metal que he
encontrado impropio para el uso de la amalgama magnética, es el magnesium.
"Explicaré ahora los pormenores de las nuevas, variadas y útile11 aplicaciones
de los metales alcalinos.

I.
Aplicaciones de las amalgamas magnética8 al beneficio de los minerales que
contiene1i metales preciosos.
"Mi método de a¡nalgamas para los minerales de oro y de plata, consiste en
mezclar de tiempo en tiempo al mercurio empleado en el beneficio una centésima
parte de su peso, ó menos, de una de las amalgamas magnéticas. No se puede

decil' con exactitud cuántas veces la amalgama debe emplearse, pues esto depende
de una multitud de circunstancias, como la teiv.peratura, pureza del agua y cantidad usada; la relacion entre la superficie y cantidad del mercurio; el modo de
separar el mercurio; el método de manipulacion y el aparato empleado; la naturaleza del minernl; la fuerza de la amalgama, etc., etc.: de modo que sola la experiencia puede determinar este punto tan importante en cada caso. Sin embargo, puedo dar algunas instruccioneP, de un modo general~ deducidas de los experimentos que he verificado. He notado que se requiere mucho menos sodi~
cuando se emplea una gran cantidad de agua y cuando ésta se renueva, como
por ejemplo en los depósitos de compuerta y en toda clase de amalgamadores regados continuamente por una corriente de agua fresca; en cuyo caso las soluciones mercuriales de sodium son, segun mis experimentos, poco afectadas por el
agua que no contiene ácidos, álcalis ó impurezas salinas. Pero cuando se emplea
poca agua, y sobre todo cuando el mineral y el mercurio llegan á formar una especie de pasta ó lama, el agua se vuelve pronto alcalina, el sodium se oxida, y
entonces debe renovarse con frecuencia. En estos casos recomiendo la manipulacion siguiente: Todo el mercurio empleado para operar sobre la mencionada la.roa, 50 libras, se magnetiza disolviendo en él uno por ciento de la amalgama número 2, ó mejor aún, dos por ciento de la amalgama número 1, que se disuelve
con inas prontitud: la mitad del todo, ó sea 25 libras, se pone entonces en el molino con el mineral; luego se van· añadiendo gradualmente partes de la segun
da mitad, con intervalos que varían segun las circunstancias, hasta que se haya puesto todo. Si, como rncede con frecuencia, el mercurio ha sido separado
de la lama de una operacion anterior, contendrá generalmente algun sodium; por
lo que se deberá emplear menos amalgama fresca que cuando se usa mercurio
nuevo.
"En las operacion~s hechas por medio de reprc~atl, el amalgama menos fuerte,
núm. 1, es mas conveniente por ser pronta su disolucion en el mercurio: en estos
casos conviene probar el mercurio en los depósito11 ú c,males (riffies), y couocer
cuándo necesitan restaurarse las propiedades magnéticas, por medio de la adicion ·de algunos granos de polvo de oro. E stas pruebas pueden fácilmente efectuarse con las lamas en los difereutes métodos de beneficio, empleándose para el
efecto una laminita deslustrada, de cobre.
"Debe notarse de paso que la amalgama núm. 1 8e _puede formar por la am,ilgama núm. 2, aiiadiéndole en una vasija de hierro sit peso de mercurio, y do" veces su peso si la operacion se quiere hacer con el amalgama núm. 3. Esta última requiere mucho mas tiempo para producir la combinacion adicional. En la
amalgamacion de las láminas de cobre, es decir, cuando los metales auríferos se
ponen en contacto con las superficies metálicas amalgamadas, es mejor sustituir
por el mercurio mismo el amalgama pasta núm. 1 (tanto para, b primera capa
de las supe1·ficies metálicas, como para las adiciones de mercurio que subsecuentemente se hagan). Eu estos métodos de amalgamacion se conseguirá una gran
economía en la duracion de los aparatos, así como en los primeros g6tos, si se
emplean planchas y superficies de hierro, Y.no de cobre, en conexio~on amalgama magnética. La pr-0piedad de cubrir el hierro y adherirse á este metal, hace que las amalgamas sean verdaderamente útiles en toda clase de arrastras
(drag mili) y otros aparatos de amalgamaciQU cuyas superficies inter:orcs sean
de, hierro. Pudiendo estas revestirse de una capa de mercurio, hay mas probabilidaac,, de obtener el contacto de este agente con las par,ícui:rn de oro bastante
ligeras, que quedarían suspendidas en el agua. La facultad de adherirse y quitar los filos ó aristas á las superficies de hierrr., produce otras ventaja." importantes: mantiene mas tersas las superficies de las almadanetas ú otros aparatos
destinados á la trituracion de los minerales, estando siempre revestidos de una.
capa de mercurio. El mercm·io, teniendo la propiedad magnética, puede derramarse gota por gota sobre los cilindros de trituracion; y en los trituradores que
requieren el empleo c1e balas de hierro, estas balas pueden conservarse cubiertas
con una capa de amalgama. De tal modo que, así como la propiedad adhesiva
del mercurio con los otros metales, se aumenta por los metales alcalinos\ he descubierto que su cohesion con el mismo aumenta tambien considerablemente. Se
vuelve mas viscoso, mas difícil de ser dividido meeánicall\ente, y cuando se ha
dividido, se adhiere inmediatamente por el contacto. Este fenómeno produce resultados de suma importancia. Por ejemplo, lo que llaman la Lis, moleduraflourin,q ó granulacion del mercurio, que en el beneficio de los minerales ocasiona
tantas pérdidas, tanto de mercurio como de las amalgamas con los metales preciosos, se reduce á un mínimum ó se evita completamente.
"La Lis de mercurio y de las amalgamas contenidas en el lodo ó en los compuestos conocidos, se recobra con mayor facilidad y rapidez.
"Con este objeto se arroja en el separador (1) un poco de mercurio fuertemente magnetizado. Estas lamas pueden tratarse á menudo y con ventajas, apurando por medio de bateas, batea apuradora (panning by haud): se eeha en la batea
un poco de merclllio magnetizado, se le mueve en seguida durante algunos momentos con la mano, y éste recogerá é incorporará todos los glóbulos dispersos
de amalgama aurífera. En resúmen, en todas la-s operaciones de apuro (panning
operations) puede ahorrarse mucho trabajo, mucho oro y mucho tiempo.
"Es necesario especificar una precaucion importante que se debe tener en algunos de los casos en que se emplean las amalgamas magnéticas, y particularmente en aquellos en que el mineral es molido ó removido con el mercurio en
contacto con hierro ¡netálico. El plan que sigo en estos casos es de recomendarse. La ama.lgama, despues de separada gel excedente de mercurio, y antes de
quemarla, debe ser puesta ó vertida en un vaso de loza ó de hierro que se caliente un poco, añadiéndosele un poco de mercurio si ftfcre necesario, á fin de
que sea mas líquida, y el hierro que subirá á la superficie se quita fácilmente como una espuma. El exceso de mercurio despues del enfriamfonto, se separará de
la amalgama segun se acostumbra. La amalgama que pudiere adherirse á la espuma de hierro, será separada por medio del hervor en agua, con el objeto deseparar el sodium. Esto proviene de la propensiou que tienen las partículas de
fierro desprendidas por la trituraeion á adherirse fuertemente á la amalgama. En
efecto, es posible separar todo el hierro de la amalgama por medio del hervor en
agua, sin prev;ia fusion, sobre todo cuando el agua es un tanto ácida ó alcalina. (2} La presencia del hierro en la simple amalgama, se descubre fácilmente
con el iman que se emplea tambien para extraerlo cuando está mezclado con la
amalgama, despues que se ha extraído de ésta todo el sodio. Hay todavía otros
metales que se encontrarán con frecuencia en el amalgama cuando se ha empleado el sodium, como el platino y el osmiuro de iridio. Estos, como el hierro, se
separan por sí mismos cuando se separa el sodium por medio del hervor en agua
de la amalgama diluida ó fluida. Una mezcla de platina ó de osmiuro' de iridio

(lr

Lavadere.
(2) Esto se origina de la siability de algunas partícula~ separadas de hierro á la amalgama

581

EL DIARIO DEL IMPERIO.
(ó de ambos á la vez) con el hierro, pueden separarse de este_últirr~o metal por
me_dio del iman. Será ventajoso (en los caso~ e~ que se bene_fic1en mmerale_s q~e
con'tengan arsénico ó azufre) separar estos últimos por med10 de la rev_exberncion ú otros procedimientos químicos.

III.

"7º La se aracion del hierro de las amalgamas que contien_en sodium. ó sus "
equi;alenteS:ó de cualesquiera metal ó metales ext;~idos de d1chas :m~l~~~•
por medio de imanes, permanentes ó electro· ruagneticos, como se a m ica 0
anteriormente.
.
1 ·
.
t l mi"8º La combinacion del mercurio con el sod10 ó con cua qmer otro me ª .ale
·
·
d
l
h'
'
ti;o
met
0
nentemente electro-positivo, cuando se usa en umon e ierro u ,
d reus
ductible (reducing} para formar una amalgama con la plata, separandola s
cloruros (chlorid) u otros compuestos; ó ~on_algun otro _metal separado de a gun
compuesto ó solucion salina, como se ha md1c~do ant?r.iormente.
, inas de
"12~ En todos los casos en que las superficies metálicas, como las 1am
cobre ó el iinc de las baterías voltáicas, etc,. etc., son amalgama.ble~ cuando :
emplea el ~ercmio combina~o ~on el sodi~. 6 algun otro metal emmentemen
electro-positivo, como se ha md1cado anter101mente.
. ,
.
"13~ La aplicacion mas rápida y conveniente del me~cur10 a_Ias ~uperfic1es po~
medio de los cepillos metálicos, en virtud de su p~·~via combmacJO~ c?n el so
dium ó algun otro metal eminentemente electro-positivo, como se ha mdicado an-

1

11.pticaciones para ta separaci01i de los metales de sus compuestos satinos.
"En la operacion comun de formar la amalgama de plata de su cloruro natural ó artificial, ó de su sulfato por la accion del hierro_ metálico ó del zinc, en
combinacion con el mercurio, se saca\·án grandes ve~ta.JaS ~el empleo de 1~ amalgama magnética, principalmente por la gran econonua de tiempo. Lo nusmo se
lica á los minerales en que la plata se presenta naturalmente en estado de clo:to, bromuro 6 ioduro, ó cuaudo la plata ha sido previame:ite trasformada en
cloruro ó en sulfato, ó en ambos, por medio de la reverbera~ion co~ ~al comun,
ó de otra manera; se aplica asimismo cuando el clornro ha sido precipitado en la
solucion.
/
.
, d
"Cuando el oro se ha obtenido en solucion (ya se~ de !os nunerales o . e otras
sustancias) por la accion del chlorino (1), agua regia, _cianuro de 1,&gt;otas10, 6_ de
; otros disolventes; tambien cuando la plata ¡;e ha obtemdo en soluc:on, en hiposulfitos ó de otra manera, el modo mejor de tratar estos ~etales es~fW1dado,e~
su conversion en amalgamas con la P;~cipitacio~ producida por el hierro m~tahco en contacto con el mercurio ma"'net1co, especialmente cuando las soluciones
son diluidas. En estos casos, la ;as perfecta y rápida. precipitacion se ~ebe al
contacto absoluto establecido entre las superficie~_del hierro y del me}·cur10 magnético, y los perfectos y poderosos cir~uitos voltaicos conservados a.si constantemente entre ambos metales y la solucion.
-

VIII.
Aplicaciones para azogar las superficies metálicas en general.
"Cuando se quiera ahorrar tiempo y trabajo P3:1'ª cubrir con mercurio las superficies de otros metales, las amalgamas magnéticas deben _emplearse, prs estas poseen la facultad de adherirse al hierro y otros meta.le~ ~amal~amab es: re;
comiendo la aplicacion del mercurio ó de las am~lgamas h3:11das O en Pªsta
cual uier superficie metálica, hecha con ~ran rapi~ez Y facilidad, '!°n un cepi 0
(witl abrush), del mismo modo que se pmta; deb1e~do ser el ~ep1llo hecho de
alambre delgado de hierro, acero, aluminium ó platma. Los meJores son de acero fino templado al temple de los resortes, y aun mas suavemente; Y la ~orma
.,. neralmente mas cómoda de estos cepillos es la de los aplanados de barnizar 6
0

!zt

6

lavar.
.
d . d'
l para la
"Entre los usos principales de estos cepillos, pue o m icar su_ em~ eo
.
amalgamacion de las láminas de cobre 6 de hier,ro que han ser!1do a separar e1
oro de los minerales. Otro uso importante es recoger el mercurio qu_e ha tomado
forma de Lis: un cepillo plano (flat), saturado con mercurio magnético, r~coge é
incorpora en un instante dichos glóbulos de Lis, aun sobre las superficies mas
irregulare~.
. . .
.
,.
,
illo de
«El mismo prmcipio de adhesion de las amalgamas magnet1cas a un cep
hilo de acero, es aplicable en muchos casos _á la separa~ion de los metales de sus
minerales, y del mercurio en granos ó en Lis, de los romerales Y lamas.

teriormente.
d d'
, d
eqni
''14º El uso de los cepillos metálicos con amalgama e so mm o. e sus
·
valent~s ara reunir las pM.ticulas de mercurio, oro, plata, ó cualq,me_r otro metal, sep¡ridas de los minerales, Iodos ú oti·as materias, como se ha md1cado ant~riormente.
bd' . .
·ente ' del mercurio
15º El trasporte manipulacíon y su 1v1s1011 mas convem . .
.
por s~ conversion e~ cuerpo sólido, del modo sustancialmente mdicado anteriormente.
·
o· · d
"NOT.Ao'EDITORIAL.-En la sesion de la Academia Nacional_ de iencias e
w ashingtÓn, en Enero último, el prdfcsor Silliman leyú un traba~o sobre la ~malamacion del sodium, en que detallaba los ~esultados de una sene de expenmen=
fos, hechos por él, sobrn proporciones sufic1ente,s para comprobar e~ valor te cto
te descubrimiento para beneficiar el quarzo aurífero. En un experimento e
sobre 500 libras de minerales de baja ley, valiendo_$ ~5 toneladtlaam(al~~-~d)e
sodium extrajo prácticamente todo el oro, qne no ex1s~a en,los su uros su p. i ~ •
El resultado fué puesto en un amalgamador ~e Freiberg, (1) de grandá5 dd'e •
siones fué tratado durante una hora, añad1éndosele la amalgama e so ium
en cu~t;o orciones sucesivas, siendo cada una de de_ una onza,_ disuelta en u~~
parte de 1fs 20 libras de mercurio empleadas. En dicho expenm~nto s~ pdrda°
cerca de una onza de mercurio; la cantidad de la amalgama de sodmm, sien .º e
1 2 por ciento,de la cantidad total de mercurio empleado. En la s~r:da sel~1e ~e
e~ erimentos sobre muestras de oro mas rico, preparadas con cm_ a o, _va ~en o
$ §20 tonelada operándose en un tonel se extrajo con el mercuno ¡rdu~t10 de
40 á 60 or ci~nto, de todo el oro. Con el auxilio _del amalg~m~ e so mm se
extrajo §3 3 por ciento. Los resultados de los experimentos pra~tico~n ~;nde
escala, ser~n probablemente mas satisfactorios que l?s que prececº1:t _pro eso:
Silliman aseguró que se estaban ejecutando experimentos en ª. i
par
robar este procedimiento en grande escala, en los actuales tr_abaJ?,S e os mo·
finos de quarzo. Se publicarán mas tarde los Tesultados obtemdos.

º:f1~'

(l) Tonel.

AVISOS OFICIALES.

IX.
Aplicaciones para et trasporte del mercurio.
"El modo acostumbraao de trasportar el mercurio en fr~scos, es. muy costoso
é incómodo, y su trasbordo de un barco á otro puede ocas1on~r merma~ d? consideracion. Será útil y ventajoso emplear los µiétodos sencillos! econom1cos Y
prácticos indicados antes, para darle una forma sóli~a, que permite tras~ortarlo
en vasijas mas ligeras y baratas que los frascos de h1erro en:ipleados generalmenmente; pues pueden usarse vasijas de vidrio ó de loza, barriles de madera, 'Sacos,
botellas, ú otras cubiertas de cautchuc 6 gutta-_percha, &amp;c., &amp;c., &amp;c.
.
••Esto permite tambien el empaque, almacenaJ_e, traspor~ y venta del mercur10
en las formas mas convenientes, como ba:rras, lmgotes, cil~dr?s, trozos, cub~s,
esferas ó planchas de distinto tamaño y peso: cuya converne~cia es ~uy obvia,
particularmente para los mineros. El mercuno ~sa~o para la mdustr1a se enco~trará siempre en buenas condiciones, y no n~cesitara mas q~e agregarle merc~rio
líquido· y cuando se quiera emplear mercurio puro, bastara separar el sodium
echando la amalgama sólida en pedazos en agua hirviendo; mezclándola con un
poco de ácido sulfúrico ó acético, será mejor. Bastante se ha demostrado ya la
utilidad de empacar el mercurio del modo indicado, tantOJ)ara su trasporte como
.
1
para su buena. conservacion.

ADMINISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.

BEMATES.
El día 2-5 del presente, á las once de la maña.na, debe veri~carse el- remate de
una casa en la calle de las .Alcantarillas, en Guadalupe Hidalgo, valuada en
$3,318, con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de ,1865.
•Lo que se avisa al público, para que los que deseen hacer postura ocurran a esta
oficina el dia y hora citados.
3a-3
,

Gláttsulas del privilegio.
"Veintitres son las cláusulas que encierra la. solicitud del privilegio: aquí hablaré solamente de las que interesa~ directamente. á los ~ner?s y azogueros.
"Lo que he reclamado en estas clausulas como mvenc10n m1a, es:
"1~ La. combinacion del mercurio con el sodio ó potasio metál~cos, ó con otro
metal sumamente electro. positivo, cuando se usa pa~a la extracc1on de los metales de los minerales, lamas ó mezclas, como se ha dicho ya.
"2~ Los amalgamadores: cuando se usan las láminas ~lll:alga~adas de ~obre
ó de otro metal así como la sustitucion ó empleo de las lammas o superficies de
hierro, cubierta~ con una capa de mercurio combinado con sodio Ú otro metal sumamente electro-positivo, como se ha ~icho Y~·
.
"3~ El revestimiento de las superficies de hierro entre las q~e, 6 baJ? las cuales, son molidos los minerales ú otras materias, con e~ ~ercur10 comb1~ad? con
sodium ó algun otro metal eminentemente electro-posit1vo, como se ha md1cado
anteriormente.
.
"4~ El impedimento de la granulacion y forma~ion de Lis del mereuno ~mpleado en cualquier método de amalgamacion de romerales ó_ de otras sustancias,
por medio de la adiei?rr ~el sodium de algun otro metal emmentemente electropositivo, como se ha mdicado autenormente.
"5~ La separacion del hierro conteniilo en las dobles amalgamas de oro y ~odium ó de plata y sodium, por ~edio_ de la fusion con .un. aumento ~e mercUl'lo,
así como el quitar la espuma (skunm~ng), co~o se ha,11;1-d~cado anteriormente_.
"6~ La separacion del hierro, platina, osnuuro de rndio y otros. metales mamalgamables, de las amalgamas que contienen sodium ó sus eqmv:aie_ntes, por
efecto de la accion del agua ó de otro líquido oxidante, como se ha md1cado anteriormente.

?

(1) Química de J?av7 (gas oximnriático.)

El día 25 de corriente Junio á las nueve de la mañana, se procederá al de la
casa de la manzana núm. 17, c~artel 3~, calle de las Nieves, en Oajaca, valuada
en $ 207 50 cs., con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865. Lo que,se participa al p~blico, para. que las personas que deseen
hacer postura ocurran a esta oficma el dia y hora citados.
3a-3

--

.

Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Feb~ero de 1865, se
•va á proceder al remate del sitio en el cuartel 1~, manzana 38, nu.m. 1, calle de
la .Alfalfa, valuado ,en $ 138 50 cs. Lo que ~e particip!l' al pú?lico, para q~e las
personas que deseen hacer postura ocurran a _esta ?ficma el dia 27 del comente,
á las nueve de la mañana, hora en que se verificara esta almoneda. 3a- 3
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se
va á proceder al remate del sitio, manzana 9, cuartel 1~. ca~e. de la U,on~olacion,
ubicada en Oaja.ca valuada en $ 195 50 cs. Lo que se participa al publico, para
que las personas que deseen hacer postura ocurran á es~a ofi,cina el dia 30 del
corriente, á las nueve de la mañana, hora en que se verificara asta ~!moneda.
3a-3
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se
va á proceder al remate de la casa, manzana 25, cuarte~~~. call~ d~l Baño, ubicada en Oajaca, valuada en $ 410 50 cs. Lo que se participa al publico, para que
las personas que deseen hacer postura ocurran á esta o_ficin~ el dia 5 del entrante Julio á las nueve de la mañana, hora en que se verificara esta almone&lt;la.
Méxi~o, Junio 6 de 1866.-El .Administrador de bienes nacionalizados, JU&lt;Jlt
Suarez y Navarro.
3a-3
JI. VISO IMPOBTJI.NTB.
Ayuntamiento de Méxieo.:,_Administracion de Pro~ios.-Habiendo pas,ado _la
Administracion de Obra.a públicas á esta ?fici~a una listad: las personas a qmenes en el año próximo pasado les fueron }~piados l?s albanal~s de sus casas por
los obreros de dicha oficina; los que no hubieren sat~sfecho e! unporte d~ la expresada limpia, les hago saber por medi? de este ~VISO que s1 para ~l vemte del
corriente no han sido pagados, procedera esta oficma á hacer efectivo el cobro,
con los recargos que previene la ley._
.
.
México, Junio 14 de 1866.-El Administrador Tesorero, Francisco Nádera.
• 3a-1

�EL DIARIO DEL IMPERIO.

582

Emplazamiento judic;ial.

R eceptoría de rnattu de Guada lupe Hidalt;o.

Juzgado 1? civil de Iustruccion.- A escrito pr.esentado en este Juzgado por el Sr. Lic. D.
Vicente G. Parada, ha mandado el Sr. Juez se cite por los periódicos al representante en MéE l remate de la casa ubicada en esta ciudad, en la calle de las "Alcantarillas" xico de la testamentaria del Sr. D. Sinforiano Sobrino, para que en el término de veinte dias
núm. 3, que se ha de celebrar el día 25 del corriente mes, y cuya finca tiene por· se presente en este Juzgado á contestar la demanda que en juicio conciliatorio le -promueve
diclio Sr. Parada, sobre devoluciQn de una cantidad de dinero¡ sus réditos.
valor la cantidad de ~ 3,318, tendrá lugar solo ·en l a capital, en la .A.dministra- . México, Junio 8 de 1866.- El Escribano de diligencias, Jos María Co1Jar1'(¡}¡ias.
eion de bienes nacionalizados, el referido dia 25 á las once de la.mai?,ana, segun
995-6a- íl
l o acordado por el Sr. ..Administrador en 9 del actual.
.
Guadalupe Hidalgo; Junio 14 de 1866.- El Receptor de rentas, Eamon Trejo.
tuzgado primero c;ivil de Instruccion.
3a- 1
Palacio de Justicia.-El Sr. Juez l? de Instrnccion en lo civil, Lic. D. José Mari:\ Garay
por auto de esta fecha ha. mandado se proceda al remate de la casa número uno y medio del
eallejon de Tepechichilco, retasada en la cantidad de cuatro mil setecientos treinta y cuatro
ADlVUKla'l'B.AC:lON GENEB.Ar. DJJ OOIUUl~S.
pesos ($4,724). A este fin ha señalado para la respectiva almoneda el mártes diez y nueve
• 11•:
AVISO AL PUBLICO,
del corriente, á las dos de la tarde; bajo la advertencia de que no se l1izo el remate el dia 19
de Abril último, por haberse suscitado una dificultad legal que ha sido removida absoluta
El dia 19 del corriente, á las cinco de la tarde, se despacha de esta .A.dminis- mente por sentencia. del Supremo Tribunal, y de que hay postura por las dos terceras partes
tracion general para Veracruz, un extraordinario con la correspondencia que han dol repetido valúo.
Lo que se avisa al público, para que las personas que quieran hacer postura ocurran á la·
de conducir al exterior, con éscala en Sisal y la Habana, los vapores-correos
Secretaría de este Juzgado, donde se les minisb·arán las instrucciones conducentes.
"Ciudad Condal" y "Ándrew Johnson." Lo que se participa al público para su
México, Junio 9 de 1866.-Manutl Vera, Escribano público.
989- 3a-3
inteligencia y efectos correspondientes.
México, Junio 14 de 1866. -El Administrádor g~e!al, Luis de la Peza.
AVISO IMPORTANTE,

Venta judicial.

2-1

Por auto de ocho del corriente ha señalado el Sr. Juez 2? delustruccion en lo civil, las doce
de los dias veinte del que rige, tres y catorce del entrante Julio, para las a1monedas de la
'l'errenos para Óolonos.
venta del rancho de la Providencia, sito en jurisdiccion de Zumpango, valuado por los peritos
MinisteriQ de Fomento.- Aviso á los inmigrantes que hubieren venido al Im- D. Ignacio Gárfias y D. Ventura Alcérreca en la cantidad de cuatro mil setecientos veintinn
· pesos treinta y siete centavos, siendo la última con calidad de remate. Y en cumplimiento de
perio con el objeto de establecerse en él como colonos.
• .
Jo mandado, y para que las personas que quieran puedan hacer postura, pongo el presente en
Ademas de los 20,377 acres que están medidos y listos para la 1lOWni2¡acion, México, á 9 de Junio de 18ff6.-José Vice11te Piña, Escribano público.
990-3a-3
segun aviso de 29 de Mayo último, publicado en ~l Diario del Imperio, este ~nisterio tiene en el Departamento de Durango, á 22 leguas al Oeste de su capiCitacion judicial.
tal, 60,202 acres subdivididos en secciones, conforme al método establecido en
De órden del Sr. Juez 4? de Instmccion, L ic. D. José Maria Mirafuentes, cito á D. P edro
Sancbez Rivero, para que en el término de diez dias se presento en el Juzgado á contestar la
l os Estados- Unidos.
.
Esos terrenos son conocidos con el nombre de "Llano Grande y el• Jaral;" demanda que en Juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Juan Junco; apercibido de darse
por cor;itestada y seguir el juicio con los estrados del Juzgado.
tienen bosques de pinoe y otras maderas, interrumpidos por praderas de muy
Mérico, Mayo 30 de 1866.-Manw:l T. de Meneses, Escribano público.
980--l0s-10
buena calidad: tienen agua excelente, y .puede fácilmente establecerse en ellos el
riego por medio de presas: son propios para el cultivo de cereales y especialmente para la cria de ganados.
.
A VISOS PARTICULARES.
Se están midiendo tambien los terrenos de .Amistlan y Mitlatoyuca, del Distrito de Huauchinango, y luego que se reciban los planos, este Ministerio irá
SOCIEDJD J.GBICOLd DE HIJJ.TIJSCO.
concediendo á los colonos los que fueren necesarios, atendiend~ á sus circunsEn cumplimiento de las órdenes que la Junta administrativa ha recibido para la division
tancias y familia que tuvieren.
·
de los terrenos entre los socios que la forman, desde mañana queda instalado en esta pobla.
Todo lo cual se pone en conocimiento de los inmigrantes, para que los que cion el jurad.o qull debe ocuparse de la calificacion de los documentos que tengan.los socios,
quieran adquirir terrenos en alguno d e los puntos indicados, dirijan á este Mi- para tomar en consideracion los que resulten legales y desechar los que carezcan do ese requisito. El plazo para la presentacion de los documentos es el de treinta y cinco dias, contanisterio, por conducto ele las agencias de Córdoba, Orizava, Veracruz ó Duran- dos desde 'ra fecha, pasado cuyo término quedarán sin derecho los que no se presentaren.
go, sus respectivas solicitudes, á fin de que se inscriban en el registro de tierras,
Y para que lle~e á conocimiento de quienes corresponde, se avisa por medio del presente.
_Huatusco, Junio 4 de 18G6.- E l Presidente de la Junta, .francisco Pesado.
6s_!.4
y con vista de ellas se les extienda la órden conespondiente para que se les dé
posesion de las que se les acueraen; bajo la inteligencia de que los que laa obtengan, quedarán sujetos á los decretos y reglamentos que se han expedido sobre
MINJ. DE NIJESTBJ SEÑOBJ DEL BEPIJGIO
eol onizacion, de los cuales se les dará conocimiento en dichas oficinas, así como
ÉN GUANAJUATO.
tambien del plano de lós terrenos de Durango y l\!ichapa, que se les ha remitido.
Habiéndose puesto en preduetos la mina de Nuestra Señora del Refugio, aviada por D.
México, Junio 12 de 1866.- El Subsecretario interino de Fomento, Francisco Gregorio Jimenez, y habiéndose verificado el primer reparto de las utilidades, conforme á
Jimenez.
6a- 1
la contrata de avío, el que suscribe, miembro de la Junta representativa de los· parcioneros
aviados y encargado de la tesorería, convoca tí. los poseedores actuales de las barras aviadas,
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí ó
por persona debidamente autorizada, y exhibiendo el título ó documento que compruebe su
AVISOS JUDICIALES.
actual posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su ealificacion.
Guauajuato, éalle de Belen núm. 33, Abril 6 de 1866.-Jruzn de D. Salgado. 699-30a-19
Aviso judicial.
En el juicio verbal promovido por D. Sebastian Cabrales, como apoderado de D. Pedro Perez, contra D. Lucio Quijano, se h proveido por el Sr. Juez 2? de Iustmcciou de lo civil,
Lic. D. Miguel Rendon Peniche, una sentencia que en la parto resolutiva dice:-"Que do •
conformidad con lo que disponen las leyes 10, tit. 2'l, y 114, tít. 6?, Part~ 3~, debia fallar y
falló: que D. Lucio Quijano pague dentro de ocho dias la espresada cantidad de doscientos 1
sesenta y cuatro pe~os, y los gastos legales del juicio; apercibido de ejecucion á su costa si
no lo verificare."-Y á pedimento del actor, el espresado Sr. Juez dispuso se haga saber por
los periódicos á D. Lucio Quijano; lo que verifico por el presente.
México, Junio 14 de 1866.- Casimiro Fcrnandez, Escribano público.
999-3s-l

------------------------ - -1 uz gado segundo del ramo civiL

-

--

Por el presente se cita á D. Pedro Guadarrama, para que en el término de ocho dias, conta.
dos desde la publicacion de esto aviso, se presente en este Juzgado, á cargo del Sr. L ic. D.
Miguel Rendon Peniche, á contestar la demanda que enjuicio verbal, sobre pesos, lepromue- .
ve D. Ladislao Ortiz; apercibido, si no concurre, que so dará por contestada la demanda y seo
guirá el juicio en rebeldía.
Palacio de Justicia. México, Junio 15 de 1866.-José Vicente Piña, Escribano público.
1000- Bs- 1

'l'ribunal de Comercio de México.
México, Junio 14 de 1866.-En los autos de concurso necesario á bienes de D. Fructuoso
Fernandez, este Tribunal, por decreto de ayer, ha mandado se cite á todos los acreedores de
dicho concurso, en cumplimiento del art. 813 del Código de Comercio, para que presenten al
síndico administrador de dicho concurso, dentro del término de quince días, los comprobantes de sus créditos.
Y en cumplimiento de lo mandado, cito por el presente á los acreedores ausentes y desconocidos, cuyas habitaciones se ignora.- EJ Secretario, Luis Rodrigu~z y Palacio.
1001-3s- 1

C:itacion.
Habiéndose presentado ante el Juzgado 29 de Instruccion en lo civil, D. José Maria Oviedo, por la señora. su esposa, demandando en juicio ejecutivo, sobre pesos, á D. Juan Tamborrel; porígnorarse la habitacion de este señor, y de 6rden del Sr. Juez, se le cita por el presente
para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso, comparezca
en dicho Juzgado, por sí 6 por apoderado illstruido y espcnsado, para la coutinuacion del juicio; apercibido de continuarse con los estrados en su rebeldfa.
.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo la presente en México, á 11 de Junio de 1866.José Viccnu Piña, Escribano público.
991-3a-2

Almoneda judicial.
. Para proceder á la_ venta de la casa núm. 5 de la calle de la Alhóndiga, avaluada ~r el pento D. Bernardo Guimbarda en la suma de $5,846 56 c~.• el Sr. Juez 3~ de Instrucc1ou del
ramo civil, Lic. D. Cristóbal Poulet y Mier, ha mandado que se convoquen postores por el
órgano de la prensa, y al efecto señaló para que se veriñquen las almonedas los dias 19 del
corriénte y 2 y 3 del entrante Julio, todas á las doce, y la última con calidad de remate. Lo
hago saber al público, así como que las constancias 'relativas á la venta serán mostradas en
el propio Juzgado 3~ civil de Instmccion en que se hallan radicados los autos del concurso á
bienes de la Sra. D';' Carlota Bullon, á que pertenece la finca, cuyas almonedas se publican
p;¡.ra la venta de ésta.
·
México, J unio 7 de 1866.- Urbano MOf'ali, Escribano público.
988-8a-3

COMP.AIDA. PRIVILEGIAD.A¡

P.fl.RJI. PJJ.B RIC.11.R HIEL O.
Como representante de la Súciedad anónima, que está debidamente autorizada por el privi·
legio esclusivo concedido el 18 de Setiembre último conforme á la ley, para importar aparatos
para producir hielo, tengo el honor de avisar al público que en el mes de J unio próximo se
abrirá en esta ciudad un espendio de hielo por mayor y menor, á precios infe~iores á los actuales, y qne estoy autorizado, para e_stablecer esta ~ejor~ en otras poblacion_es, á tratar con las
personas que present,en garantías é rnformcs á satísfacc1on de la Junta directiva de la empresa.
Puede ocurrirse al local de la Compañía, Plazuela del Salto del Agua núm. l, de nueve á
once de la mañana.-Jul. Hourcade, representante d!'I la C~
938--16a- 2sm-12

i FERIA EN IXMIQUILPAN !

,

Habiendo permitido el Supremo Gobierno ~ue la feria concedida á este pueblo con ant.erioridad, cuyos ocho dias comenzaban el fo de Agosto, tenga lugar en los mismos dias
del inmediato Julio, y en que se celebra la clásica funcion ifel "CARMEN;" se llama la
atenciou del público en general, advirtiendo que los frutos y efectos nacionales y estranjeros
que concu1Tan, compren ó cambien, serán exentos de todos los derechos qne pertenezcan al
Brario.- Estéban Ramos.
992- 3s-2

PI.ANO DE VEN!rA.
Un piano de rosa, de siete octavas, con todas las mejoras modernas, enteramente nuevo, se
nnde al precio de costo-. Se puede ver en el núm. 14, callejon de Santa Clara, primer piso.

DIVERSIONES PUBLICAS.
Doniingo 17 de ,!unw.

'l' E A 'l' RO DI PERI AL.
COMPAÑIA DRA~IATICA.

En la tarde, á las cuatro en punto, so pone en escena la comedia en tres épocas, denominada: La escala de la 'l'ida, y concluye el espect.áculo con el baUe intitulado: L" linda Jerezana.
En la noche, á las ocho en punto, el drama en tres actos que s~ intitula: Lt, oracion de la
tarde; en seguida diversas pieza.~ de baile, y por último, la zar.mela eu un acto que se intitula: El niño.
TEA'l'RO PRINCIPAL.
COMPAÑIA DltAMATICA.

En la tarde, á la hora de costumbre, el drama denominado: El Tro-cador, puesto en esC!lua
con todo el aparato que exige su argumento.
En la noche, la comedia dividida en tres actos que se intitula: Una nube ck 1Jerano.

MEXI CO.-IMPRENTA ThlPERI.!L.

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El Diario del Imperio, 1866, Tomo 3, No 438, Junio 16</text>
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              <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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