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I

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EL

DEL

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llPERIO

DIABI.O
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1

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...

)

Los números sueltos valen 12 centavos.
TOMO

III.

lllEXl(;O.-Martes 19 de Junio de IS66.
•

,.

SVMAB.IO.

P .ARTE OFICIAL.-Decreto reformando-la planta de la Administracion frincipal de rentas de Guanajuato.- Nombramiento de Gran Oficial de Guadalupe, y Oficia del Aguila Mexicana.-Exequatur al Cónsul de Hesse en México.-Id. al de Hamburgo en Mazatlan.-Des·
pachos militares.
PARTE NO OFICIAL.-Tertulia en Palacío.-Parte expositiva de un decreto sobre Sanidad militar.-El Mineral de Sultepec.
N

CUUZCSL.#

Considerando la necesidad que hay de reformar la planta de la Administra·
cion princjpal de rentas del Departamento de Guanajuato;
Oi&lt;lo Nuestro Ministerio de Hacienda, ,
DECRE'l'AMOS lo siguiente:
Artículo único. La planta de empleados, sueldos y gastos de la Administracion principal de rentas del Departamento de Guanajuato, será la que sigue:
ADMINIS'l'RACION.
Administrador, con el sueldo anual &lt;le ...........·... ... . $2,800
Oficial de correspondencia....... ........... .............. , l,000
Escribiente ................................................. .
600
500
Gastos de escritorio ............... ., .. ........ ............ .'.
CONTADURÍA.
Contador, con funciones de Vista,. .................... .. 2,200
Oficial 1° . .................... , ......................... .. .. . 1,600
,, . 2~ ................ .... , ............................ .. 1,200
" 3~ .................. ............................... .. 1,000
800
"
4~ ... ............................................... .
Csjero pagador ... ............ ...... ......... ............ .. 1,600
Tenedor de libros ....................... ......: .... ...... .. 1,200
Seis escribientes á 500 pesos cada uno ................. . 3,000
Portero y mozo de oficios ... .. ................ ......... .. .
240

RESGUARDO.
Comandante ................. .................... :...........
Un Teniente en la garita Je Marfil........... .......... ...
Un escribiente en la misma garita.......... ......... .....
Siete guardas de plaza á $ 600 cada uno............... .
Siete guarda-rondas montados á $ 500 cada uno.......
Dos Ihozos para la garita de Marfil á $150.. ... .. . ... ..
Nueve mozos para las &lt;lemas garitas á $ 100...... ... ..

México, Junio 19 de 1866.

S. M. el Emperador Ha tenido á bien conceder, por acuerdo de 14 del acta.al, el exequat,ur á la patente en que S. A. R. el Gran Duque de Hesse nom•
bra á D. Luis Leuthner su C6usul en México.

El Subsecretario de Negocios Extranjeros,

EMPERADOR DE MEXICO:

SECCION DE COMISARÍA.
Gefe ........ ............... ................................. ..
Dos escribientes á $ 400 cada uno ..................... ..

MINISTERIO DE NEGOCIOS EXTRANJEROS Y MARINA.

Por acuerdo de 14 del actual, S. M. el Emperador se Ha servido conceder el
exequatur á la patente en que el Senado de la Ciudad libre y A1&gt;seática de
Hambm:go nonibra á D. Otto Bartming su C6nsul en Mazatlan.

PARTE OFl(;IAL.
MAXIl\HLIANO,

NuM 440

Luis de Arroyo.

MINISTERIO DE GU'ER RA.
SECCION DE CLASIFICACION.

'

"'

.

México, Junio 18 de 1866.

RELACl0N DE LOS INDIVIDUOS CUYOS DESPACHOS HAN SIDO CLASIFICADOS, FIJAN·
DOSELES SU l'0SICION :MILITAR E.~ LOS EMPLEOS QUE SE EXPRESAN:
De Coronel de infantería permanente á D. Vicente Sanchez.
De Coronel de caballería permanente á D. Antonio Ramirez. ,
De Teniente Coronel de infantería, permanente á D. Antonio Sosa.
r.
De Teniente Coronel de Auxiliares en receso á D. José Dehesa.
De'Comandante de escuadron de Auxiliarés en receso, con grado de Teniente
Coronel, á D. Francisco Ceballos.
De primer Teniente de la armada, á D. Pedro Narvaez.
De Capitan ele caballería, veterano, á D. Pablo Enriquez.
De Capitan de infantería á D. Fausto Velarde.
De Capitan de Auxiliares á D. Refugio Q. Castro.
De Subteniente de infantería permanente á D. Wenceslao Azpeitia.
De Subteniente veterano á D..Justo García.
SIN P0SICION EN EL EJERCITO.
A D. José María Ladran de Guevara.
A D. Epigmenio Echeagaray.

El General Subsecretario de Guerra,

1,000
800
1,400
800
300

4,200
31 500
300
900

Total. .......·......................... $ 30,940
Nuestro Ministerio de Hacienda queda encargado de la ejecucion del presente decreto.
Dado en México á 7 de Junio de 1866.
MAXIMILIANO.
Por el Emperador,
, El Presidente del Ministerio,

J. M. DE L.A.CUNZA.

GRAN CANCILLERIA DE LAS ORDENES IMPERIALES.

José María V. de la Oadena.

PARTE NO OFIC:IAL.
Tertulia en Palacio.
La de anoche fué tan concurrida y brillante como todas las de la Corte. En
ella estuvieron SS. MM. tan amables corno siempre, dirigiendo afectuosamente
la palabra á casi todas las personas de la lucidá concurrencia. SS. MM. se retiraron á la una, dejando las mas gratas impresiones en t0dos los que tuvieron
el honor de asistir á•la fiesta. El Emperador no estuvo en el salon al principio
de ella, porque desde las siete y media habia ido al hospital de San Andrés á
visitar 1Jos heridos en el accidente ocurrido ayer en el ferrocarril de Chalco.
:Parte expositiva del Decreto sobre reorganizacion ·del
Cuerpo de Sanidad Militar.

SEÑOR.
Los miembros de la Cornision encargada de formar un proyecto para el' arreglo del Cue_rpo Médico.l.militar, tienen el honor de presentar á Y.. M. la primera parte de su constitucion orgánica. La segunda, que comprenderá el reglamento completo de los diversos ramos del.servicio, y que ya está, la recibirá V. M.
pocos dias despues de la aprobacion del Decreto con el que deban hallarse de
apuerdo todas las disposiciones que van á formar el C6digo Sanitario del Ejército.
Como introducciou al proyecto del Decreto que adjuntamos, la Comision ha
creido conveniente exponer en pocas palabras las razones que ha tenido para
juzgar útil la modificaoion de las disposiciones legislativas que se han dictado
hasta aquí sobre la materia.
1

México, is de Junio de 1866.
S. M. el Emperador, por acuerdo de 12 del actual, Ha tenido á bien nombrar Gran Oficial de la Imperial Orden de Guadalupe al Exmo. Sr. D. Gregorio Barandiarán, Enviado extraordinario y Ministro Plenipotenciario de México en Viena, y Oficial de la Imperial Orden del Aguila Mexicana al Sr. Coronel
La direccion múltiple del Cuerpo por un Consejo de Sanidad, ha sido deseD. Matías Leisser, agregado á la misma Legacion.
chada por mayoría de votos: primero, porque destruye enteramente la autoEl Secretario encargado de la Gran Cancillería,
ridad- del Inspector; segundo, por ser muy lenta en su mecanismo; y tercero,
por demasiado onerosa para el Erario Imperial. Ademas, este Consejo reune é
:rosé H. Gonzalez.
inmqbiliza en México, sin necesidad y sin ventajas, á cinco Oficiales superiores
de Sanidad, cuya elevada categoría y experiencia deben.encontrar naturalmente

•

, •

�I'

588

, EL DIARIO DEL IMPERIO.

EL DIARIO DEL IMPERIO~

un empleo mas eficaz· y mas importante para el servicio en las Divisiones ~er- mos militares los incompletos conocimientos de los estudiantes de· medicina, y
ritoriales y en los Ejércitos.
á estos mismos la paralizacion de su carrera; por lo que la Comision ha recoEste Consejo ejecutivo, inútil, permanente y costoso, y que es un verdadero nocido la necesidad de exigir el título de profesor para ingresar en la gerar.
contrasentido gerárquico, es sustituido en el proyecto con uua Comision cónsul- quía.
tiva honorífica, que garantiza suficientemente la responsapilidad del Ministro,
Por estos motivos, que sou de una importaucia vital para el Cuerpo Médicoy deja intacta la accion preponderante del Gefe del Cuerpo, base fundamental militar, la Comision pide como indispensable, que un suplemento mensual de
de todo principio de autoridad.
treinta pesos se aumente bajo la denominacion de mejora prefesional, á los suelII.
dos de los tres• grados inferiores de la gerarquía médica. Varias autoridades
militares,
Generales, Ministros, y aun la alta opinion de V. M., que la ComiLa Comision, por mayoría, ha circunscrito la asimilacion á los grados de la
gerarqufa militar, únicamente á los médicos militares, atendiendo á que las fun- sion cree 'hacer valer tambien aquí, han reconocido como una de las dificultaciones realmente militares que ejercen, tienen un contacto incesante, una co- des mas graves de la orgauizacion del Cuerpo-médico, la inferioridad é insufimunidad frecaente de vida, de sacrificios y de peligros, con los diversos miem- ciencia de las dotaciones pecuniarias que al principio de la carrera se ofrece~ ,
bros. del Ejército; y esto les confiere 16gicamente, por justicia y por bien del los estüdiantes provistos del título de médico,
La Comision cree haber indicado el medio de salvar éste obstáculo, y vé, soservicio, el derecho á una asimilacion que determine netamente su posicion, sus
atribuciones y sus deberes.
·
bre todo, en la medida que propor1e, esta ventaja: "Lograr el objeto sin la~tiEstas condiciones y necesidades no existen d~ ninguna manera respecto de mar comparativamente la susceptibilidad de los grados correspondientes de la
las otras secciones del perso)lal de' Sanidad, puesto que sus funciones, subordi- gerarqufa militar del Ejército1 ni suscitar legítimamente sus reclamaciones,
nadas al impulso médico, se desempeñan casi siempre fuera del contacto con el siendo la mejora pedida, acordada al tít1tlo y no al grado."
soldado y de la autoridad militar.' En consecuencia, ha parecido conveniente
VII.
suprimir la asimilacion en este caso, como inútil, y que no haría otra cosa que
V.
M.
notará,
co,ues~ecto
á
las
gratificaciones,•algunos
aumentos de poca
complicar la ejecucion del servicio, por los conflictos probables que surgirían
importa1_icia
eu
favor
de
los
médicos
de
los
diversosgrados.
La
Comision repi~
entre las pretensiones gerárquicas relativas de una seccion á otra.
te so\:&gt;re este punto, que al proponer estas ligeras mejoras, no ha tenido por mira
desviarse de la asignacion de la tarifa, sino tomar en consideracion las necesiIII.
Las dificultades del reclutamiento médico-militar, son mayores en México dades y exigencias del servicio, el interés de los er,fermos, sobre todo, que tieque en cualquiera otro país, en razon de que la enseñanza científica superior nen derecho á auxilios prontamente administrado~, cualquiera que sea11 las disest_á apenas bosquejada, y de que la profesion médica en general es mas penosa, tancias, las horas del dia ó de la noche y las fatigas antniores del médico.
En este punto, cualquiera que sea la obligacion de co11formarse estrictamenqmzá porque no está suficientemente protegida ni recompensada, lo que hace
'que cuente con pocos adeptos para poder cubrir las exigencias del reclutamien- te con las dotaciones de la tarifa del Ejército, segun la gerarquía general, la
Comision piensa que el principio fundamental de la asimilacior1, tan respetable
to del Cuerpo Médico-militar.
'
En tal virtud, la Comision ha creído que el conjunto de medidas que ha for- y tan respetado en el proyecto, no podrá prevalecer contra las necesidades del
mulado, es el mas propio para atraer al OuerIJO de Sanidad y conservar en él servicio, tales como existen en-realidad.
La Comision espera que V. M. se dignará conservar las gratificaciones pediun número suficiente de personas instruidas en las Escuelas universitarias, y
aptas para recibir en poco tiempo_un instruccion práctica que las inicie en los das para los médicos·superiores, en razon cte la gran reduccion que se ha hecho
en el cuadro y en los sueldos par~ nivelarlos con la tarifa del Ejército, y de las
deberes de la profesion médica y farmacéutica militar.
La Comision r~comienda á la atencion de V. M. muy particularmente este relaciones tan amplias y variadaa en la ex~ension de su demarcacion, tanto mas
sistema fácil, poco dispendioso, y en 'su concepto fecundo en resultado. Así co- cuanto que estas relaciones de correspondencia gerárquica deben aumentarse ademo el Estado toma á sti cargo en las Escuelas militares la insil:uccion completa mas con las obligaciones cient.íficas dignamente entendidas en el interés de la
de lo~ alumnos oficiales de todas armas, · sin poder descuidar este punto, así ciencia, de los médicos y de la asistencia de.los enfermos.
El libro de nuestras actas hará conocerá V. M. detalladamente los motivos
tamb1en c~ee que ~xiste un principio de estricta justicia para reclamar en favor
de
estas determinacion-es.
de los oficiales aspirantes de Sanidad, ya sea una compensacion pecuniaria de
VIII.
los g_a~tos de educacion, anticipadam~nte desembolsados por ellos en las Escuelas cmles, 6 ya alg:unas ex?nciones ¡ subsidios que faciliten á los adeptos de la
El sueldo de los farmacéuticos, limitados en su gerarquía ,como en la imporcarrera una educac10n médrna de que se ha de áprovechar el Ejército.
tancia de sus funciones, ha podido fijarse en términos que los dejan suficiente. ~or otra parte, l?s gastos ~ue deben efectuarse para este objeto, son en defi- mente remunerados, y esto con mas libertad, en virtud de 110 estar asimilados
mtiva de tan poca 1mportanma, que como se verá en el realamento enunciado estos empleados militares.
.
el régimen de los hospitales de aplicacion no hace ningun°aumento en el pre~
Las economías que resultan han sido empleadas, en parte, en mejorl\r numésupuesto del Cuerpo. En efecto, los médicos aspirantes y voluntarios llenarán ricamente, y esto sin gravar sensiblement-e el tesor9, al efectivo de;nasiado reecon6mica~ente en estos establecimientos las funciones que debería desempeñar ducido para las necesidades del servicio, y muy inferior al detallado en el decre:
·
un número igual de médicos adjuntos, cuya retribucion seria mucho mas costosa; to de J.5 de Diciembre de 1865.
y en cuanto al programa muy limitado de la enseñanza práctica, se confia á los
IX.
médico~ superiores del hospital, sin asignarles por esto ningun sueldo supleEsperamos que V. M. apreciará las reformas tan radicales como econ6micas
mentario.
aplicadas por unanimidad de la Comision al servicio administrativo.
'
IV.
El sist,ema nuevo designa con precision las funcio11es de los Administradores
Tomando por base para el personal del Cuerpo-Médico. un efectivo probable de los h~spitales y de la direccion militar. ~e los enfermos: divide y su bordína
de 20 á 25,000 hombres en el Ejército, la· Comision cree .poder disminuir.has- mas rac10nalmente estos dos Cuerpos auxiha,res, de los que el último, destinata cincuenta y seis la cifra total 'de médicos titulados, á los cuales traerá ade- do necesa1:iamente á un fraccionamiento coutinuo, no requiere en realidad man~as la instituci?n de_los médicos aspirantes y voluntarios, un contingente pre- do militar propiamenttl dicho. Define prácticamente las atribuciones de cada
cioso para la asistencia de los enfermos; resultando de esta combinaciou una uno y conjura todos los pretextos de rivalidad y de conflictos de autoridad, fuuy
diferencia notable entre la cifra indicada y la de noventa y cinco que asigna el perjudi_c\al_es siempre en, u_u servicio, que ~i bien es complexo por sus elementos,
decreto de 15 de Diciembre del año pr6ximo pasado.
•
debe dmgu:se á un fin umco por.los camrnos mas directos y mas seguros.

v.

X.

Para colocarse fuera de todo sentimiento egoísta y evitar las recriminaciones
del interes personal, que la Comision estaba en riesgo de lastimar, se ha creído
conveniente no ?etenerse en la ·determinacion numérica de los diferentes grados, segun las cifras de la escala. establecida por el decreto de. l 5 d~,Diciembre
citado.
Al efecto ha determinado, valiéndose de números equihtivos, y tan aproxima?os como-~ª ~ido posible, co~formar. con el personal de los Cuerpos facultativos del EJermto, como Ingenieros y Estado Mayor, la proporcion de los O'rados superiores á los inferiores, y la progresion racional de unos á otros/sin
perder de vista la urgeute necesidad de asegurar á los médicos militares una
perspectiva de porvenir, sin la cual ellos abandonarian el Cuerpo por abrazar'
la carrera civil. Añadiremos todavía que la escala de graduacion ha sido dicta~
da por la consideracion 16gica de la diferencia é importancia de las funcione8, y
no por la necesidad arbitraria de multiplicar y ensanchar las . posiciones ventajosas para satisfacer aspiraciones inmoderadas.

_La Comisiou ha creído llenar los deseos de V. M. insertando en el proyecto
adJu?to un pla~ elemental del s~rvicio v~terinario militar. A ejemplo de lo que
ha sido reconocido c_om~ mas útil en vanos países extranjeros, la Comision ha
agregado es.ta orgamzac1on al Cuerpo de Sanidad, con el cual tiene la profesion
de veterinaria en el ejército, sus afinidades mas conexas.
Las actas de_ las s~siones de 1~ Comision manifestarán mas ampliamente {¡
V. M. las con~1derac1ones y'motivos que han decidido nuestras resoluciones.
El espíritu que- las ha dictado puede reasumirse en estos puntos:
1? Desarrollar la institucion del servicio mexicano con relacion á su utilidad
práctica. ·
2~ Unificar su direccion en el sentido 0.e. las dos bases saludables de la au,
toridad y de la responsabilidad.
3? Simplificar la ejecucion de las funciones, para facilitar su regularidad y
asegurar mejor los resultados.
'
• 4? Promover el reclutamiento del personal, teniendo M cuenta las circunstancias particulares del pa(s, cuyo punto está rec'omendado por V. M. al presidente de la Junta.
b? M~n?rar las cargas del t?soro, lo que en comparaciou co11' el decreto de
15 de Diciembre de 1_865 realiza el nuevo proyecto, produciendo, en lo que toca al personal de Samdad, del Cuerpo de administracion y del de enfermeros
un~ economía an.ual de ciento cuarenta mil peso_s.
'

VI.
. ~i la Comision, p_or el convencimiento de una analogía cuya conveniencia es
md1sputa?le, ha creido fundado tomar al Cuerpo de Ingenieros por punto de
comparac1on con la constituc~on del Cuerpo Médico-militar del }b'ército, tratando de establecer una propormon de grados superiores é inferiores, igual 6 equivalente para lo~ dos Cuerpos; ha debido, en lo concerHiente al sueldo, hacer una
reserva_necesaria en cuanto ~l haber ~e los médi~os inferiores, desde el grado
de Temente hasta el de Cap1tan de primera clase mclusive.
E_n efecto; para e~ Cuerpo Médico-militar había fijado el reglamento de 1? de
~br~ de 1855 e! ~isruo sueldo insu~ciente de los ingenieros para los grados
i~eriores, no; exigiendo de estos· médicos el título de profesores; pero la práctica demostro desde luego lqs•graves inconvenientes que causaban á los enfer-

•

SEÑOR.
• Somos con profundo respeto
,
obedientes servidores de V. M.
Al Emperador.

t

Los miembros de la Subcomiswn de la Junta privada
de los asuntos militares.

. El 1'line1•al de Sultepec.
Recibimos para su publicacion lo siguiente:
"Una casualidad ha traido á nuéstras manos una pequeña muestra de lo
que en tiempos no muy remotos fuera este Mineral; y autlque á nosotros no nos
han sorprendido enteramente, no por eso nos han sido menos gratos los datos que
acabamos de ver, y que vamos á presentar al público. Nuestra opinion, formada
p6r detenidas observaciones sobre las 1·uinas que hoy presenta por todas partes
el importante ramo de minería, ya en infinitas minas de cuyas halagüeñas historias no ha,remos mencion, ya de multitud de haciendas de beneficio, unas de fuego, otras de amalgamaciou, que por todas partes se encuentran, nos tenia ~onvencidos de que el pomposo título que dieran nuestros antepasado-s á esta reg10n,
no iué im:nerecido ni falto de razon. Proviincia de la Plata se llamó á esto que
hoy es Distrito de Sultepec; y para que se vea si efectivamente abundaba en este suelo el precioso metal, á continuacion ponemos los curiosos apuntes que en
unas hojas desgarradas de un libro constan,- entre otros varios papeles de minería., en el archivo del Juzgado de Letras de esta cabecera, y son como sigue:
"Eri el Real de Sultepec, á los 26. días del mes de Setiembre de 1802, D. Antonio Bernabé Ortiz presentó y marcó 25 barras de plata, con 3,266 marco~, sa;
cados con azogue, á su cargo y al.de D. Manuel Navarro, las cuales remite a
México para su acuñacion, con el arriero José Rernandez, á consignacion del
Sr. D. Tomás Francisco de Retes, protestando pagar állí los reales derechos.Doy fé.-José Gorostieta.- (Firmado) Antonio Bernabé Orbíz."
En los propios términos, y como calcadas sobre la presente, se encuentran las
demas remisiones, que nosotros, en obsequio de la brevedad, damos extractadas
á continuacion.

Nota ile la.plata beneficiada por azogue en el Real de SuU.epec, y remitida á México
en los año~ que á contiinuacion se expresan. ,
Remitentes.

1802.

8etiembre 26.
Noviembre 7.
,,
29.
Diciembr. 28.
1803.
Enero
10.
Febrero 6.
Marzo
13.
,,
28.
Abril
24.
Junio
5.
,,
19.
Agosto
7.
Setiembre 19.
,,

Bars. Marc. 011z.

,, Juan de Saavedra. __ _. 53 6,895 00 ., Antonio Alvarez Quiroz.
,, Antonio Bernabé Ortiz. 22 2,925 07 ,, Tomás Francisco de Retes.
El mismo .•....•..••..•• 8 1,026 04 Al mismo.
108 14,113 03
D. Juan de Saavedra.•.•.

,, Antonio Bernabé Ortiz .
El mismo....•••.•.......
D. Juan lle Saavedra .•.•.
,, Antonio Bernabé Ortiz.
El mismo...• .••.•... •...
D. Juan de Saavedra .•••.
,, Antonio Bernabé Ortiz.
,, Juan de Saavedra •....
,, J oaquin del Castillo•..
,, Antonio Bernabé Ortiz.
Oetu'.bre 3Í. ,, Manuel Navarro ...• __ .
Noviemb. 14. ,, Juan ne Saavedra. ___ .
Diciemb. 19. ,, Antonio Bernabé Ortiz.

2.
Zl.
"
6.
Febrero
16.
Marzo
4,
Abril
18.
Junio
15.
Julio
28.
"
Setiembre 3.
Enero

"

36
16
17
65
16
21
48
19
43
1
l6
20
32
22

"
23.

"
"
Octubre
28.
Noviembre 4.
Diciembre 3.

"

D. Juan de Saavedra. __ .. • 30
,, Sebastian de Lecuona.. 2
,. Antonio Bernabé Ortiz. 17
El mismo.. .............. 12
D. Juan de Saavedra . .... 52
El mismo... -- - -.•...•.•. 20
D. Antonio Bernabé Ortiz. 19
,. Juan de Saavedra ... .. 17
,, Antonio Bernabé Ortiz. 17
,, Juan de Saavedra .. _.. 24
Antonio Bernabé Ortiz. 11
•: Juan de Saavedra ..... 133
:, Antonio Bernabé Ortiz. 23
,, Juan de Saavedra. •. . . 38
,, Antonio Bernabé Ortiz. 27
,, Juan de Saavedra. ••.. 31

21. D. Antonio Bernabé Ortiz. :n
1? El mismo.. • . • . .. . . . • . . . . . 37
21. D. Juan de Saavedra . .. --. 35
,, El mismo...••. .•.••. ... .. 105
Mayo
19. D. Antonio Bernabé brtiz. . 29
Junio
30. El mismo ...• -- ..• • •·.. . . 25
Agosto 10. El mismo. -- --.. -- - -.. -. . 22
Setiembre 30. El mismo. -- - ••• --- .. - --. 26
Noviembre 8. D. Juan Antonio Ayerdi... 6
,,
,, D'.' Rosalía Gomez •. .. --·- 40
15. D. Antonio Bernabé Ortiz... 23
Dici~~bre29. El mismo. -- . ...••..• - ... 1 18
Enero
Abril

3,412
23Q
2,258
1,620
6,692
2,631
2,450
2,243
2,224
3,408
1,367
18,061
3,200
4,960
3,576
4,096

03
-00
05
00
03
00
00
00
05
00
00
04
02
00
00
00

3,982
4,881
4,560
13,174
3;678
3,30-2
2,832
~{,378
758
5,180
3,000
2,271

Febrero l4. El mismo. ----· --- -. . •• . •
.Abril
· 1? El mismo .... . . • . . • . • • . • .
20. D~ Rosalfa Gomez .•.. ---,,
,, D. Antonio Bernabé Ortiz..
Julio
5. El mismo. -- -· ..••...• -. .
Octubre 19, El mismo .•.. ------·- ....
Noviemb. 16. D~ Rosalia Gomez •••.••• :
23. D. Antonio Bernabé Ortiz..

,, Juan Bautista Fa~ºª:liª·
,, Tomás Francisco e etes.
AI mismo.
D. Juan Antonio Ayerdi.
Al mismo.
D. Tomás Francisco de Retes.
,, Juan Antonio Ayerdi.
,, Tomás Francisco de Retes.
,, Juan .Antonio Ayerdi.
,, Tomás Francisco de Retes.
,, Juan Antonio Ayerdi.
,, Tomás Francisco de Retes.
,, Juan Antonio Ayerdi.
,, Tomás Francisco de Ret~s.
,, Juan Antonio Ayerdi.

00 D. Tomás Francisco de Retes.
02 Al mismo.
04 D. Juan Antonio Ayerdi.
06 Al mismo.
00 D. Tomás Francisco de Retes.
03 Al mismo.
00 Al mismo. ·
00 Al mismo.
00
00 D. Juan Antonio Ayerdi.
00 D. Tomás Francisco de Retes.
00 'Al mismo.

19 2,470 00 Allmismo.
~l · 2,650 00 Al mismo.

41
22
26
23
22
15

5,420
2,774
3,000
2,950
2,966
1,840

Es de advertir que toda esta plata fué benefic~ada por azogue, ~ exce~cion de
una sola barra que aparece ele fuego. Mas este sistema de beneficio iCuanta no
produciria1
,
.
Las infinitas haciendas que, como _hemos d.ic~10, se ven por a~m arrumadas,
manifiestan claramente la importanc\a de este sistema ~n aquel tiempo; y ":~ será av~ntu.rado el creer que la c~ntida~ de plata beneficiada por fu~go, deb10 de
ser, s1 no mayo_r, por lo menos igual a la de azogue; y esta creencia _toma mas
fuerza si hacemos notar que la mayor parte de los metales ele este romeral son
plomosos, y por consiguiente su mas ventajoso beneficio siempre ha sido por.
fuego.
.
·En el archivo de la Casa de Moneda de la capital se deben hallar los documentos que indudable~en~e acredit:~,rá~ nuestro aserto,
..
Se notará que en el ultimo año d1smmu}'.eron mucho las r~mISiones; mas ~sto
no se debe suponer que fuera porque las romas se agotaran, smo porque premsamente faltó por ,entonces el principal impulsor que antes ~vieran, que fué el_ Sr.
D. Juan López de Saavedra, español,~ de_ fam_osa n:iemona en los an~les ~me,
ros de este rumbo, tanto por su recoioc:da mteh~encia, c~anto por su hberahdad
en proteger á cuantos al ramo de mmer1a se de~1caban, siempre que en eJlos decubriera alguna inteligencia y moralidad; lo cual le conq_uistó, á !a par que una
inmensa fortuna, tal popularidad y fama, que aun ~oy existe palpitante su_memoria, no solo entre la gente minera de esta c,omarca, smo entre to~os sus ha~1tantes. ·
En el asiento de la remision de 21 de Abril de 1806, aparece que dicho Sr.
de Saa.veJ.ra no firmó la partida por haberle sobrecogido la muerte, y desde
aquella fecha se verá que la Sra. D~ Rosalía Gomez, viuda del expresado sefior,
, muy pocas remisiones hizo, mientras el ,Sr. D. Antonio Bernabé Ü:tiz_ c~ntin~ó
con la misma regularidad·anterior.- Por esto es que no se debe atr1bu11· a la _mconstancia de las minas la decadencia que en dichas remisiones encontramos, smo
á la falta de hábiles empreúdedores como lo fué el repetido Sr. Saavedra; pues sabido es que desde que él falleció tod~s f!US neg~ciacion~s mineras se paraliza1;on,
y hasta la fecha nadie las ha vuelto a mover, a excepc1on de los buscones, qmen,
como e¡¡ notorio, mas bien las arruinan que las fomentan.
.
Chocará que estando en tan buenos frutos aquellas minas, no se haya presentado en aquel tiempo ni hasta hoy, un minero capaz de ocupar el vacío que dejara á su muerte el Sr. Saaveclra; mas esto es de fácil explicacion. La guerra de
independencia que inmediatamente vino despues de los años á 1ue nos referm:os;
lá circunstancia de ser españoles la mayor parte de aquellos romeros; las casi no
interrumpidas revueltas que desde entonces vienen aniquilando al país, han sido,
en nuestro concepto, la causa; y por consiguiente, la de la decadencia de nuestro
en otro tiempo tan rico mineral.
El restablecimiento de esta¡,, minas no demanda inmensos capitales. Entre todas
ellas no habrá cuatro que midan doscientas varas de profundidad, y en lo general
ni ciento; y esta circunstancia, unida á la p~z que se restabl~ce y á las garantías
que inspira el Gobierno que dic~osamente rige hoy los destmo~ de t~n hermoso
como rico país, nos han proporcionado ya una empresa de cons1derac10~, 1~ cual
ha dado principio en estos últpnos dias á sus trabajos en una de las prin:c1pales
minas de este mineral; y no dudamos que el resultado de ellos sea tan satisfactorio para los nuevos mineros como 1o fué para _los antiguos, haci~ndo ~e esta manera vuelvan á renacer para este olvidado romeral, aquellos felices dias que lo
enriquecieron en los primeró's afios del presente siglo.
Sultepec, J~io 3 de 1866.- El Diputa'do 2? de Minería, José V. Oosío."

D. Juan Antonio Ayerdi.

397 50,997 07

1807.

Enero
Febrero
Marzo

00 D. Antonio Alvarez Quiros.
04 ,, Tomás Francisco de Retes.
03 Al mismo.
00 D. Juan Antonio Ayerdi.
01 ,, Tomás Francisco de Retes.
00 Al mismo.
00 D. Jlfan Antonio Ayerdi.
04 ,, Tomás Francisco d~etes.
04 ,, Juan Antbnio Ayerdi.
00 Al mismo.
.
00 D . Tomás Francisco de Retes.
00 Al mismo.
00 D. Juan Antonio Ayerdi.
01 ,, ·Tomás Francisco de Retes.

473 62,430 06

1806.

1808.

4,790
2,083
2,273
8,775
2,106.
2,750
6,24D
2,416
5,725
130
2,130
2,610
4,104
2,846

372 48,980 01

1804.

"

Consignatari&lt;ls.

D. Antonio Bernabé Ortiz. 25 3,26(i 00 D. Tomás Francisco de Retes•.

589

07 D. José Ignacio Auricena.
00 D. Tomás Francisco de Retes.
00 Al mismo.
00 Al misI¡J.o.
05 D. Juan Antonio Ayerdi.
00 ,, Tomás Francisco de Retes.

189 24,071 04
4. El mismo... . ... ... ..... . 16 2,151 06 Al mismo.
l ? D. Cosme de Fuentes..... 5
630 00 D. Antonio Bernabé Ortiz.
2. D~ Rosalía Gomez........ 8 l.... . . . .. _... _. .. . . _... _____ ..

Resulta, pues, que en cuatro años y medio se remitieron de este Real á la casa de Moneda de México 1,568 banas, con 204,375 marcos, 3 onzas, que por
término medio son 45,416 marcos 6 onzas por año.
Por lo que antecede, que no son cuentos mineros, se puede formar idea de la
importancia de este mineral en los primeros ajíos de este siglo.-¡Ouántas veces
no se habrári reido y aun se rien desdeñosamente mas de cuatro al oír las relaciones de operarios que han visto sacar toda esa plata de nuestras hoy paralizadas minas, y que aseguran que muchas de ellas, al abandonarlas por causa de la
revolucion, quedaron en frutos!

.A.VISOS OFICIALES.
ADJ\UNISTRACION DE BIENES NACIONALIZADOS.
. B.EMA!rES.
Con arreglo á los artículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se
va á proceder al_refuate de un sitio en el cuartel l?, en 1!1- calle que baja al río,
ubicado en Oajaca, v-aluado en $ 250. Lo que se participa al público, para que las
personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el día 2 del entrante
Julio, á las nueve de la mañana, hora en que se verificará esta almoneda.
3a- l
Con arreglo á. los a,rtículos 24, 25 y 27 de la ley de 26 de Febrero de 1865, se •
va á procedér al remate de un terreno ubicado en Chalco, conocido por "Huerta
de la Parroquia," situada en la esquina de las calles ~ eal del Embarcadero y
Teopancaltitla, valuado en 2,874. Lo que se participa al público, para que las
personas que deseen hacer postura ocurran á esta oficina el dia 13 del entrante
Julio, á las once de la mañana, hora en qu!:) se verificará esta almoneda.
,
México, Junio 12 de 1866.-El Administrador de bienes nacionalizados, Juan
Su_arez y Navarro.
3a- 2

e

Convocatoria.
Ministerio de Fomento.- Seccion 1~- Para ejecutar varias obras de reparacion que necesita el edificio donde se halla el Ministerio de Relaciones, se convoca por la presente á las personas que deseen hacer propuestas para la obra; en
el concepto de que se les darán en el Ministerio de FomE;nto las instrucciones necesarias, y de que las propuestas se recibirán hasta el 23 del corriente.
México, Junio 15.de 1866.-El Subsecretar~o interino de Fomento, Francisco
Jimenez.
'
3a- 1
Administracion de rentas de Chateo.
Se participa al público quEl el dia 13 del entrante J ulio, á las once de la mañana, se •verificará el remate de un terreno ubicado en este pueblo, conocido por "Huerta de la Parroquia," situado en la esquina de las calles Real del Embarcadero y Teopancaltitlan, valuado en $2,874,
con arreglo á lo prevenido por el Sr. Administrador de bienes nacionalizados en 6rden de 9
del corriente, para que las personas que quieran hacer postura concurran á esta Administracion el dia y liora citados.
.
·
Chalco, Junio 14 de 1866.-El Administrador de rentas, Victoriano Carrillo.
3a- 1

' . MONTE D!I !'I:EIDAD.
Manuel de los Cobos, Juez interino del departamento de ventas, y Juan Estanislao Monterde, Interventor del mismo, parti~ipan al público que el lúnes (25) veinticinco del que cursa,
comenzará el remate de las alhajas empeñadas en el mes de Noviembre del año ant~rior.
Las persónas interesadas en ellas, pueden ocurrir con oportunidad á desempeñarlas 6 á presenciar su venta; en el concepto de que ésta principiará á las doce en punto, con la concurrencia ·que hubiere.
México, Junio 17 de 1866.-Manuel de los Cobos.- Con mi iutervencion, Juan Estanislao
Monterde.-V? B?, Lazpita.
3a-l

�,,.

590

EL DIARIO DEL IMPERIO.
~ceptoríB de r e,iem d e Guadalu pe Hidalgo.

Tribunal de Comercio de México.

.A.VISO INTERESANTE.

México J unio 14 de 1866.-En los autos de concurso necesario á bienes de D. Fmctuoso
Fernande'z, este Tribunal, por decreto de ayer, ha mandado se cite á todos los acreedores de
dicho concurso, en cumplimiento del art. 813 del Código ~e Comer~io, Pª!ª que presenten al
síndico administrador de dicho concurso, dentro del térmmo de qumce d1as, los comprobantes de sus créditos.
Y en cumplimie11;to ~e lo mal!dado, cito por el pre~ente ~ los a~reedores aus~ntes y desconocidos, cuyas hab1tac1ones se 1gnora.- El Secretano, Luis Rodnguez y Palacio.
• I001-3s- 2

Se participa al público que habiéndose rectificado el valúo de la casa núm. 3,
ubicada en esta ciudad en la calle de las ".Alcantarillas," se encuentra que, el
que en realidad tiene es el de $ 3,318 y no el de $ 2,760 en que se anunció el remate de aquella finca para el 25 del presente mes, el cual tendrá lugar en el despacho de esta. oficina, á las once de la mañana del referido dia, segun lo dispuesto por el Sr. Administrador de bienes nacionalizados en acuerdo de 29 del
próximo pasado.
Guadalupe Hidalgo, J unio 7 de 1866.- E l Receptor de rentas, Ramon Trejo.
3ar-3

7'ribunal Superior d e Justicia de Veracriu.
Jalapa, J unio 2 de 1866.-Necesitándose proveer la plaza de Escribano de
diligencias de Este Superior Tribunal, el mismo ha acordado se fije la presente
convocatoria, á fin de que, los que teniendo los requisitos prevenidos por la ley
de 21 de Diciembre anterior, deseen optar dicha plaza, presenten á esta Secretaría sus solicitudes documentadas, dentro dtl veinte días contados desde la fecha;
en el concepto de que la dotación señalada en la planta respectiva, es de cuatrocientos pesos anuales.- Por el Sr. Secretario, el Ofical Jv.an Sanchez Echeverr(a.

3a- 3

CONVOCA!rOB.IA.
Ayuntamiento de Toluca.- Mayo 23 de 1866.- Para principios del mes de
Julio próximo debe abrirse en esta ciudad la escuela municipal para niñas; y necesitándose de una preceptora titulada, ó en disposicion de sujetarse á exámen
para acreditar su aptitud, por la presente se· convoca á todas fas personas que se
juzguen á propósito para el desempeño de cargo tan importante, para que dentro
del término de un mes, contado desde la publicacion de la presente, eleven sus
11olicitudes á esta Secretaría, acompañando los justificantes de buena moral y arreglada conducta; en concepto de. que, la dotacion que por ahora se ha fij ado es
la de seiscientos pesos anuales, á reserva de subirla á ochocientos luego que se
apruebe el nuevo plan de presupuestos de esta municipalidad.
Por disposicion del Sr . .Alcalde municipal se pon~ en conocimiento del público para los fines indicados.- El Secretario del I. Ayuntamiento, J. Roman NafJarl'ete.
3a- 3

Escuela de Medicina de M éxico.
CONCURSO PAR.A. LA PLAZA DE ADJUNTO A L.A. CATEDRA DE FISIOLOGIA.

Desde hoy quedan abiertas las inscripciones para la oposicion á la plaza referida, segun el reglamento de eMa Escuela, cuyos artículos conducentes son los
que siguen:
119. El tiempo hábil para inscri):&gt;irse será de un mes, contad.o desde el día de
la dicha publicacion.
•
120. Para poderse inscribir en este concurso, se necesita ser ciudadano mexicano, presentar la fe de bautismo y el título de profesor de medicina, cirugía 6
farmacia.
121. Los aspirantes se presentarán al Secretario de la Escuela los días y horas que digan los avisos, y se inscribirán en un libro destinado al efecto, asentando su nombre y apellido y el punto de que habla el artículo 123 de este reglamento.
123. Las pruebas de este concurso serán de dos clases: la primera consistirá
en una leccion oral de media hora, sobre el punto que elija de los tres que en el
acto de comenzar el concurso le desigue la suerte entre seis ó mas que fije la
J unta con anticipacion, y la segunda en una. tésis sobre el punto que á su arbitrio elija el concurrente, pero que al tiempo de inscribirse para el concurso asentará en el regisqo, y el Secretario fijará en la puerta. de la Escuela desde el dia
en que se cierren las inscripciones. Concluida la leccion oral, cada uno de los
candidatos entregará su tésis al jurado, el que designará el dia en que haya de
reunirse de nuevo, para que impuesto de aquella, pueda proceder á la votacion.
1n. Los candidatos serán llamados sucesiva y aisladamente á exponer sus
pruebas, segun el órden de la inscripcion al concurso.
107. La oposicion no dejará de verificarse aunque sea uno solo el concurrente.
Las citadas inscripciones se verificarán de las cinco á las seis de la tarde, todos los dia.s no feriados, desde hoy hasta el dia último del presente mes.
México, Junio 5 de 1866.- E l Secretario de.la Escuela, Luis Martinez del ·
Villar.
3a- 3 .

========================···--AVISOS J UDIC I ALES.

,Juzgado de letras del ramo civil de Querétaro.
CONVOCATORIA.

En los autos sobre declaracion de quiebra de la Compañía "Ruiz y Ruiz," consta un auto
que á la letra dice:
"Querétaro, Junio 9 de 1866.- Agréguese el inventario general de la Compañía fallida, presentado en esta fecha por los síndicos, y conforme á los datos que estos ministran en el espediente sobre clasificacion de la quiebra, se fija la época de ésta desde el 5 de Marzo de L86,'\.
Convóquense á los acreedores por medio de avisos publicados en el periódico oficial de esta
ciudad y en los de _México y _Sa11; Lfis Potosí, para que dentro del término de quince días,
contados desde la primera publicac1on de aquellos, se presenten á los síndicos con sus credenciales respectivas. Hágase saber. El Sr. J uez lo proveyó y firmó. Doy fe.- Saldít,ar.--J.
Ántonio Maldonado, Secretario."
Y de órden del Sr. Juez de letras suatituto, D. Luis Saldivar, pongo el presente para conocimiento de los interesados.
Querétaro, Junio 11 de 1866.- J . .Antonio Maldonado, Secretario.
998- 3s-2

Aviso judicial.
En el juicio verbal promovido por D. Sebastian Cabra.les, como apoderado de D. Pedro Perez, contra D. Lucio Quijano, se ha proveido por el Sr. Juez 2? de Instruccion de lo civil,
Lic. D. Miguel Rendon Peniche, una sentencia que en la parte resolutiva dice:- "Que de
conformidad con lo que eisponen las leyes 10, tít. 2'2, y 114, tít. 8?, Part! 31?-, debía fallar y
falló: que D. Lucio Quijano pague dentro de ocho dias la espresada cantidad de doscientos
sesenta y cuatro pe~os, y los gastos legales del juicio; apercibido de ejecucion á su costa si
n o lo verifieare."- Y á pedimento del actor, el espresado Sr. Juez dispuso se haga saber por
los periódicos á D. Lucio Quijano; lo que verifico por el preeente.
México, Junio 14 de 1866.-Csimiro FMrnandez, Escribano público.
999- 3s- 2

,Juzgado segundo del ramo civil.
Por el presente se cita á D. Pedro Guadarrama, para que en el término de ocho días, contados desde la publicacion de este aviso, se presente en este Juzgado, á cargo del Sr. Lic. D.
Miguel Rendon Peniche, á contestar la demanda que en juicio verbal, sobre pesos, le promueve D. Ladislao Ortiz; apercibido, si no concurre, que se dará por contestada la demanda y seguirá el juicio en rebeldía.
Palacio de Justicia. México, Junio 15 de 1866.-José Vicente Piña, Escribano público.
1000-Bs-2

,Juzgado de primera Instancia de San .ruan del B.io.
A exhorto librado de la villa de Huichapan pidiendo el remate de la casa ubicada en la
calle de b. Amargura, de esta ciudad, y conocida por de "La Aguila," el Sr. Juez de 1~ instancia ha mandado cumplirlo, y al efecto se hace saber por el presente, que es el primer pregon, que la casa está avaluada en la cantidad de ($ 958) novecientos cincuenta y ocho pesos.
La persona que desee hacer p¡&gt;stura puede ocurrir á esta Secretaría, donde recibirá informes.
San Juan del Río, Mayo 28 de 1866.- El Secretario del Juzgado, Lic. Celestino Diaz.
Debiendo procederse al remate de la casa conocida por de "La Aguila," sita en esta ciudad
en la calle de la Amargura, y avaluada en la cantidad de ($ 958) novecientos cincuenta y
ocho pesos, se hace saoer al público por el presente, con calidad de segundo pregon. La persona que quiera mayores instrucciones puede ocurrir á esta Secretaría, donde se le informará.
San Juan del Río, Junio 8 de 1861&gt;.- El Secretario del J uzgado, Lic. Celestino Diaz.
3s- 2

Citacion judicial.
En los autos de testamentaría de D. Ramon Montalvo, se ha servido el Sr. Juez de primera
inshmcia, del partido de Tlaxcala, proveer un auto que á la letra dice:
"Tlaxcala, Mayo veintiseis de mil ochocientos sesenta y seis.-Cítese á los herederos de D.
Ramon Montalvo á junta ll'eneral, que tendrá Jugar el treinta de Junio próximo, haciéndose el
citatorio por medio del pen6dico oficial, por ignorarse el paradero de algunos de ellos. Hágase saber. Lo mandó y firmó el Sr. Juez de primera instancia. Doy fe.- Luis Castañeda.Ante mí.- Manuel Maria Seoane."
Es copia que certifico.- Manuel María Seoane, Escribano público.
985-3a- 3

Citacion.
Habiéndose presentado ante el Juzgado 2~ de Instruccion en lo civil, D. José María Oviedo, por la señora su esposa, demandando enjuicio ejecutivo, sobre pesos, áD. Juan Tamborrel; por ignorarse la habitacion de este señor, y de 6rden del Sr. Juez, se le cita por el presente
para que en el término de ocho dias, contados desde la publicacion de este aviso, comparezca
en dicbo Juzgado, por sí ó por apoderado instruido y espensado, para la continuacion del juicio; apercibido de continuarse con los estrados en su rebeldía.
Y en cumplimiento de lo mandado pongo la presente en México, á 11 de Junio de 1866.José Vicente Piña, E11cribano público.
99J- '.3a- 3

,

:Emplazamiento judicial,
Juzgado l ? civil de Instruccion.- A escrito presentado en este Juzgado por el Sr. Lic. D.
Vicente G. Parada, ha mandado el Sr. Juez se cite por los periódicos al representante en México de la testamentaría del Sr. D. Sinforiano Sobrino, para que en el término de veinte días
se presente en este Juzgado á contestar la demanda que en juicio conciliatorio le promueve
dicho Sr. Parada, sobre devolucion de una cantidad de dinero y sus réditos.
México, Junio 8 de 1866.- El Escribano de diligencias, José María Col!arrúbias.
995-6a- 3

A VI SOS PARTICULARES.
S OCI.EDd.D d.GBI.COLd D E HUd. TUSt;O.
En cumplimiento de las órdenes que la Junta administrativa ha recibido para la division
de los terrenos entre los socios que la forman, desde mañana queda instalado en esta poblacion el jurado que debe ocuparse de la calificacion de los documentos que tengan los socios
pa~a. tomar en consideracion los qu_e resulten legales y desechar los 9.ue car~zcan de ese re:
qms1to. El plazo para la presentac1on de los documentos es el de tremta y CIDCO dias contados desde la fecha, pasado c~y? término q~edarán sin derecho los 9.ue no se presenta:en.
Y para que llegue á conoCJm1ento de qmenes corresponde, se aVJsa por medio del presei¡te.
Huatusco, J unio 4 de 1866.-El Presidente de la Junta, Francisco Pesado.
8s-5

.MI.Nd DE NUESTBd SEÑOBd D E L BEPUGI.O
EN GUANAJUATO.

Habiéndose puesto en pmductos la mina de Nuestra Señora del.Refugio, aviada por D.
Gregorio Jimencz, y habiéndos_e veri~cado el primer reparto de las utilidades, conforme á
la contrata de avío, el que suscnbe, miembro de la Junta representativa de los parcioneros
aviados y encargado de la tesorería, convoca á los poseedorP.s actuales de las barras aviadas
para que ocurran á percibir la parte que les corresponda en el reparto, presentándose por sí 6
por persona debidamente autorizada, y exhibiendo el título ó documento que compruebe su
~ctua~ posesion, para ponerlo en conocimiento de la Junta representativa y someterlo á su calificac1on.
Guanajualo, calle deBelen núm. 33, Abril 8 de 1866.- Juan de D. Salgado. 899- 30a- 20
COMPANIA PRIVILEGIAD.A.

P.!l.R .!l. P.!l.BR IC.!l. R HIB LO.
~omo rep!esentante_ de la &amp;ciedad _anónima, 9.ue estadebidamente autorizada por el privilegio esclus(VO ~onced1do el 18 de Set1e111:bre último _conforme á la ley, para importar aparatos
par~ producIT h1~lo, tengo el bono! de ª':5ªr al público que en el mes ?e !unio pr§ximo se
abmá en esta cmdad un espendio de hielo por mayor y menor, á precios mferiores á los actuales, y que estoy autorizado, para establecer esta mejora en otras poblaciones, á tratar con las
personas que presenten garantias é informes á 8¡\tisfaccion de la Junta directiva de la empresa.
Puede ocurrirse al local de la Compañí,a, Plazuela del Salto del Agua núll,I. 1 de nueve á
once de la mañana.- Jul. Hottrcade, representante de la C~
938-16a~2sm-13

¡ FERIA EN IXMIQUILPAN !'
Habiendo permitido el Supremo Gobierno que la feria concedida á este pueblo con anterioridad, cuyos ocho días comenzaban el 15 de Agosto, tenga lugar en los mismos días
del inmediato Julio, y en que se celebra la clásica funcion del "CARMEN;" se llama la
atencion del público en general, advirtiendo que los frutos y efectos nacionales y estranjeros
que concurran, compren ó cambien, serán exentos de todos los derechos que pertenezcan al
Erario.-Estéban Ramos.
~92- 3s- 3

SE GUROS c o .1t·TRd I N CEN DIOS,
COMPAÑIA DE SEGUROS DE GL.A.DBACH.

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . .

3.000,000 pesos prusianos.

ÜOMP.A..ijIA. DE SEGUROS DE BASILEA (BASEL).

Capital de fondo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,000 francos.
Se aseguran muebles é inmuebles á premios moderados, y se darán todos los informes n&amp;cesarios para los que gusten asegurarse, en la AGENCIA GENERAL de Estas CompaJÜas, calle
de San Bernardo núm. 3.
400-lSOs- 174

MEXICO.-IMPREN'r.A. IMPERIAL.

,

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                <text>Diario del Segundo Imperio Mexicano. Periódico Oficial del Emperador Maximiliano de Habsburgo. Contiene información de las secretarías y ministerios del Imperio. Incluye estadísticas de educación, demografía, economía, comercio, industria, noticias, locales nacionales y extranjeras.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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