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Semanario de Asuntos Económicos y Estadísticos
.FUNDADO EN 1886.

TOMO XLIV.

CIUDAD DE MEXICO, MAYO 4 DE 1907.

NUM.5.

SUI\l.[.ARIO.
{NCIDENTES 1':XTF.RlOR.;~.
SOBRE LAS DIFERENCIAS DE SA!,ARJOS EN LAS
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dalajara.-Ramal de Marfil á Gn~uajuato,españoles.-Productos mexicanos en Ham·
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de Cananea.- El Kansas Cit:v en Chihuahua.
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FUNDADO EN 1886.

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CIUDAD DE MEXICO. MAYO 4 DE 1907.

TOMO XLIV.

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CIUDAD DE MEXICO.

Aunque nuestra labor es totalmente ajena á la política, regístranse en ella, de tarde en tarde, ·hechos que
no pueden por menos de procurarnos materia á comentario especial, á virtud de lo ligados que están con la
marcha del país.
En estos últimos dí~s ha surgido entre el Gobierno
de México y el de Guatemala un incidente cuyo desenlace espera el público, no sin visible impaciencia.
Cualquiera que sea el resultado de las negociaciones
emprendidas por la vía diplomática, es necesarió consignar que el Gobierno de nuestra República, sólido y
prestigiado, no se caracteriza por sus tendencias guerreras. Ha apoyado su gestión administrativa en la tranquilidad interior, y en cuan to á sus relaciones exteriores, en más de una ocasión ha mostrado sus buenos deseos para el arreglo pacífico de las diferencias que ha
tenido con las naciones extranjeras.
El Gobierno comparte la opinión de las gentes sensatas al considerar cualquier conflicto armado como una
verdadera calamidad nacional. . La Nación ha apreciado
en todo su valor el resultado del empleo tranquilo de
todas, las. fuerzas que intervienen en el actual progreso
econom1co.
Naturalmente, esto no quiere decir que el Gobierno
y los gobernados no pospongan todos los intereses, por
importantes que ellos sean, á la conservación del honor
nacional. La actitud de México, en este debate, debe
ser-como en realidad es-tranquila y serena, pero decorosa y firme al mismo tiempo.
Es lamentable que las continuas agitaciones interiores centroamericanas no se presten á que el Gobierno
de México adopte una política exterior invariable y fija,
como la que nos sirve de programa en nuestras relaciones con los demás países extranjeros.
Los Estados en que no existe solidaridad en las transmisiones del Poder Público ofrecen pocas garantías de
bien cimentado acuerdo; como cada Administración que
se sucede suele ser enemigo de la que la ha precedido,
las reglas de amistad con la una constituyen, con frecuencia, antecedentes de mala voluntad de la otra.
Seguramente que las relaciones de México con las
Repúblicas de Centroamérica exigen mayores cuidados
y procuran más motivos de preocnpación que las que
México tiene con los otros Estados del Continente y los
de Europa.
En el caso ·concreto, esperamos y deseamos que la
Nación salga del incidente sin romper su tranquilidad
y conservando su decoro.

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ÉL ECONOMISTA MEXICANO
SOBRE LAS DIFERENCIAS DE SALARIOS
EN LAS DISTINTAS PROFESIONES.

II
La causa fundamental de las diferencias de salarios
en los distintos oficios ó profesiones, consiste enlamayor 6 menor utilidad de los servicios que á la sociedad
prestan los individuos que se dedican á tales profesiones ú oficios. La utilidad es aquella virtud que las
cosas 6 los servicios tienen de satisfacer nuestras necesidades. En tanto será mayor la utilidad de un objeto, en cuanto la satisfacci6n de la necesidad sea más
difícil. Por consiguiente, á medida que nuestras necesidades van siendo de satisfacción más dificultosa, nos
decidimos á hacer, para conseguir esta última, un esfuerzo mayor, un sacrificio más intenso.
En el momento de pactar las condiciones en las que
habrá de remunerarse un servicio cualquiera, el que va
á pagarlo y-para hablar en términos más extensosla sociedad que, en último análisis, paga dicho servicio
y lo aprovecha, no toma en consideración sino la utilidad que para él resulta del expresado servicio.
Imaginemos que se trata de solicitar un trabajo de
utilidad escasa, por cuanto la necesidad á que responde
puede ser fácilmente satisfecha. Es claro que, para remunerarlo, nada nos importará que la persona que va
á encargarse de su ejecución esté dotada de cualidades
personales raras, desarrolladas ó no por l:;i. educación.
No se paga una obra mejor que otra, sólo en consideraci6n al talento del que la realiza, sino en consideración á la utilidad de esta misma obra. Tampoco nos
preocupa mayormente, en el instante de pactar la remuneración, lo que haya costado al trabajador el aprendizaje de su profesión ú oficio. En igualdad de circunstancias, un trabajo se paga lo mismo, ora proceda de
un hombre que merced á sus talentos y aptitudes ha
hecho un aprendizaje fácil y poco costoso, ora haya
sido ejecutada por individuo á quien costó el aprendizaje intensos esfuerzos y crecidos gastos. Lo que ve el
consumidor del trabajo es la obra misma, el trabajo realizado, y no las dificultades anteriores que haya tenido
el trabajador para ponerse en aptitud de prestar el servicio. Supongamos, en efecto, que se trata de dos trabajadores, dotados desigualmente por la naturaleza.
Uno de ellos aprendió su oficio en poco tiempo y con
faéilidad, gastando muy pooo en el aprendizaje; el otro,
por el contrario, ha debido realizar enormes esfuerzos
para ponerse en aptitud de trabajar, y si se quiere ha
debido sufragar cuantiosos gastos de educación. En la
vida práctica llega el momento de que estos dos individuos realicen el mismo trabajo, fácil para el primero,
no sólo en la ejecución, sino en la preparación, y difícil para el segundo en ambos conceptos; sin embargo,
la obra-si es igual-les será pagada exactamente lo
mismo. El empresario prescinde de toda consideraci6n
personal relativa al trabajador, y contempla sólo la utilidad que para él resulta del servicio prestado. Y lo que
pasa con el empresario aisladamente, sucede con la sociedad. El conjunto social paga más ómenos á un grupo
d.e trabajadores, según la importancia de los servicios
que éstos le prestan; y así, de grupo á grupo, la remuneración media es mayor ó menor, según la utilidad de
los trabajos que el grupo ejecuta.
Este mismo concepto de la utilidad, explica por qué
razón los riesgos que trae consigo un oficio, el desagrado que produce su desempeño y el desdoro social
que acarrea, no se compensan con elevadas remuneraciones. Hay individuos, en efecto-como lo sostuvimos
en nuestro anterior artículo-que se encargan de tra-

/

bajos desagradables, peligrosos ó mal vistos, por escasos salarios. La utilidad que estos individuos prestan
al conjunto social es, indudablemente, también escasa.
Lo es, por lo menos en el sentido de que abundan las
personas que deseen desempeñar esa clase de labores;
y es claro que un trabaje es tanto más útil para nosotros, cuanto, subsistiendo la necesidad, es más difícil
de ser satisfecha.
Si las .aptitudes naturales y adquiridas, si lo co.stoso
de los esfuerzos que reclama .el aprendizaje, no son la
causa de que una profesi6n sea mejor remunerada que
otra, en cambio, sí es un hecho que, por lo general,
coincide con las altas remuneraciones la presencia en
el grupo profesional de individuos dotados de tales aptitudes y que se han visto obligadoc; á hacer un esfuerzo
importante para realizar su aprendizaje. Sucede, en
efecto, que si la sociedad se decide á pagar más alto determinado trabajo, ello es en virtud de que encuentra
en su ejecución una utilidad mayor; pero á medida que
un trabajo es más útil, es, generalmente, más dificultoso, ya que si lo pudiera realizar cualquiera, su utilidad disminuiría inmediatamente por ese simple hecho.
Naturalmente, los trabajos dificultosos, que excitan por
lo elevado de sus remuneraciones, atraen á todos los
hombres; pero no todos pueden encargarse de ejecutarlos. A medida que la labor es más difícil, pide mayor
suma de aptitudes naturales ó adquiridas, y á medida
que las facultades adquiridas son más necesarias, la educación tiene que ser más elevada, más extensa; por consiguiente, más dificil y más costosa. De allí que en las
profesiones abundantemente remuneradas se vayan enrolando poco á poco los hombres de mayores aptitudes
y los que han podido hacer los sacrificios que demanda
una mayor educaci6n.
La sociedad, sin embargo, no paga esas aptitudes ni
esa educación; paga sólo el servicio que, merce&lt;l á ellas,
recibe de parte de los profesan tesó de los obreros. Esto
es tan cierto, que los fondos de que una sociedad echa
mano para remunerar una profesión cualquiera, no se
multiplican á medida que aumenta el número de profesantes, por más que éstos tengan talentos y aptitudes
superiores y por más que los costos de la educación sean
siempre elevados. Si se multiplica el número de médicos, por ejemplo, la sociedad no aumentará-en cotldiciones normales-sus desembolsos para pagará los
nuevos profesan tes, ora tengan ora no tengan vastos talentos y sólida instrucci6n. Lo qne pasa es que el caudal
disponible para pagar á tales individuos-caudal que
se basa en la utilidad de los servicios que éstos prestan
efectivamente-se reparte entre un número mayor de
individuos: los aptos, los que descuellan, se conforman
con una menor remuneración, y entonces, los ineptos,
los que ocupan las tíltimas filas se ven, de hecho, expulsados de la profesión. Este hecho, fácilmente comprobable por la experiencia, nos demuestra que los servicios no se pagan en atención á talentos y aptitudes ó
á los costos del aprendizaje, sino en consideraci6n á la
utilidad de dichos servicios, que no es otra cosa sino su
proporción con la necesidad que de ellos se experimenta. Es claro, en efecto, que objetos que abundan ó trabajos que se ofrecen en exceso, tienen menor utilidad
que trabajos ú objetos raros, puesto que éstos son difícilmente substituibles y su conservación es más necesaria.
Cuando las circunstancias determinan un aumento
en la utilidad de los servicios que se solicitan de un
grupo de profesantes ó de obreros, la remuneración de
este grupo tiende inmediatamente á subir, á pesar de
que no hayan cambiado las condiciones de aptitud natural ó adquirida y á pesar de no haberse aumentado

EL ECONOMISTA MEXICANO
los costos del aprendizaje, no sólo-lo que es evidente-respecto de los profesantes ya existentes, sino respecto de los futuros. Veamos lo que pasa con los ingenieros constructores en las épocas de gran desarrollo
urbano y en las circunstancias especiales á que puede
verse sujeta una poblaci6n por motivo de trastornos
geológicos que arruinen muchos edificios y obliguen á
reconstruírlos. La utilidad del grupo profesional sube
inmediatamente, no obstante que, como hemos dicho,
no hay razón para suponer que hayan subido sus talentos
ni que h.ªYª costado más el aprendizaje. Decimos que sub~ la utiltd.ad del grup~, porque la necesidad que por medio de él tiene que satisfacerse es mayor y más urgente.
Ocurre entonces que la remuneración del grupo sube
también inmediatamente, y lo mismo que pasa con ella
pasa con la~ remuneraciones de los grupos conexos,
como alba füles, maestros de obras, carpinteros, picapedreros, etc., etc. ¿ Por qué se ha pagado más? Sencillamente porque el trabajo es más necesario, más útil.
Al concepto de la utz'lz'd ad debe añadirse, á juicio
nuestro, el concepto de la dificultad. Para nosotros la
utilidad, en sentido eco,n6mico, no está en razón directa
de la importancia del servicio recibido, sino de la dificultad que tenemos para satisfacer nuestras necesidades. De otro modo, nada sería más caro que el aire que
es utilísimo y, sin emb~rgo, es gratuito. Es claro, en
efecto, que una cosa que nos produce fáciles satisfacciones, en suma, una cosa abundante, no tiene, económicamente, la misma utilidad que aquella cosa que
sirve para una necesidad difícil de satisfacer. El agua
es muy útil en el sentido común y corriente de los términos: sin el agua no se puede vivir; sin embargo económicamente, pueden darse casos de que el ag~a carezca de utilidad, de tal suerte, que su desperdicio, su
consumo improductivo, no originen el menor perjuicio
ni signifiquen pérdida de riqueza.
'
En tanto es, pues, un trabajo más útil, en cuanto es
más difícil de realizar, siempre que subsista la necesidad de procurárnoslo. De allí que los trabajos más difíciles, siempre que respondan á una necesidad que los
reclama, reciban remuneraciones mayores que los trabajos fáciles. Por esta causa, son los hombres más aptos y los mejor preparados los que reciben mayor remuneración; porque ellos son los capaces de realizar los
trabajos ditíciles demandados por la necesidad del conjunto social. En cambio, funciones indudablemente
útiles, como las del servicio doméstico, y otras más útiles aun, si bien repugnantes, como las de los individuos encargados de la limpieza, se remuneran con poco, sencillamente porque, en el concepto económico,
son de utilidad escasa, puesto que son fáciles, y por lo
mismo están al alcance de individuos que las puedan
desempeñar sin esfuerzo extraordinario alguno.
Es, pues, para resumir, la utilidad del trabajo lo que
esencialmente determina su remuneración, según los
distintos oficios y profesiones. La utilidad económica
de un trabajo, va generalmente de acuerdo con la dificultad que, para el hombre, en general, supone la realización del trabajo; y estos dos factores pueden modificarse, en la práctica, en virtud de especiales condicionesdeabundancia 6 escasez de trabajo, que no significan,
en suma, sino aumento ó diminución de la utilidad del
propio trabajo.

E.

MARTINEZ SOBRAL.

91

LA LEY DEL TIMBRE

Y LA INSPECCION DE ·LOS LIBROS.

La Secretaría de Hacie_n da ha presentado, en el curso de la semana, á la Cámara de Diputados, la iniciativa que íntegra transcribimos:
&lt;( Algunas agrupaciones de comerciantes é industriales de diversos puntos de la República, han ocurrrido
al Ejecutivo solicitando que se reforme la Ley del Timbre vigente, con especialidad en lo relativo al procedimiento que establece para el pago del impuesto sobre
ventas al por menor y á la inspección de libros de contabilidad, é indican la idea de adoptar el sistema de
igualas para el cobro de aquel impuestq, pretendiendo
que no se autorice el examen de los libros de contabilidad para comprobar las infracciones de la ley, principalmente en lo que se refiere á ocultación de ventas.
Esta Secretaría ha consagrado al asunto particular
atención, pues si bien está persuadida de que no conviene introducir reformas radicales en el sistema de la
renta del Timbre, cuyos resultados satisfactorios están
acreditados por la experiencia, abriga, sin embargo, el
propósito de aliviar la ~ondición de los contribuyentes, procurando que, sin dejar de satisfacer al Erario
lo que justamente corresponda por el impuesto sobre
ventas, disfruten de garantías y facilidades en la cotizac!ón, Y.que?en á cubierto, hasta donde sea posible,
de m vest1gaciones que suelen lastimará los causantes
de buena fe, y que siempre son molestas para todos.
Las modificaciones que se consultan en lainiciati va de
ley,quepor acuerdo del Presidente de la República tengo la honra de someter al estudio y deliberación del Congreso, sin alterar substancialmente los principios fundamentales que informa la ley vigente del Timbre impor~a.n para los ca1:santes del impuesto ventajas de
positiva trascendencia; pues por los medios prácticos y
~encillos que ~ontiene el proyecto se obtendrá que el
impuesto recaiga proporcionalmente sobre el importe
efectivo de las ventas, estimulando de modo eficaz á los
causantes para que hagan sus manifestaciones con exact~tud, sin necesida~ de que las oficinas acudan á inquisiciones molestas y dilatadas, cuando éstas pueden evitarse. Por otra parte, se modera notablemente la (( fiscalización,» no s6lo por las franquicias que se otorgan á los
causant;s cuyas m~ni~cst~ciones de ventas fuereu aprobadas, s!~º por las hm1 tac1ones que se fijan á la práctica
de la.s y1sitas, ya en cuanto al tiempo, ya en cuanto á los
reqmsltos para decretarlas, principalmente si se trata de
las extraordinarias generales.
La experiencia enseña que las manifestaciones de
rentas, de ordinario, no corresponden al movimiento
real ~e las operaciones; y esta desproporción la pueden
apreciar meJor los Administradores Principales y subalternos del Timbre que, conociendo de cerca las condiciones del mercado y las circunstancias de los establecimientos, está n en ap titud de estimar si no con exactitud ari~~ética, á lo _menos con mucha aproximación
y probabilidades de acierto, el monto efectivo de las ventas. Por estas razones, la calificación de las manifestaciones de ven tas se encomiendan á los Administradores
y se busca e_l acuerdo de los interesados cuando aquéllos no admiten de plano dichas manifestaciones. Pudiera decirse 9ue este p~ocedimiento se asemeja, en cierto modo, al sistema de igualas; pero tiene la ventaja de
reconocer como base la manifestación del causilnte á
quien se estimula para que declare las ventas con ex~ctitud, ya por las fra nquicias de que disfruta, según las
circunstancias del caso, ya por el temor de que alguna

.

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�EL ECONOMISTA MEXICANO
vez pueda descubrirse la ocultación. Tiende, pues, el
proyecto, á que el impuesto recaiga sobre el importe
efectivo de las ventas, poniendo al contribuyente en
condiciones de que las manifieste con exactitud, y puedan evitarse procedimientos de investigación.
Se otorga franquicias en cierta gradación á los causantes del impuesto de ventas, según que manifiesten
una cantidad superior ó no á la del año inmediato anterior, que se conformen ó no con la estimación hecha
por el Administrador, ó bien que se presten ó no desde
luego á la comprobación de la exactitud de sus manifestaciones con sus libros de venta y de contabilidad.
El que manifiesta una cantidad superior, siendo ésta
aceptada por la Oficina, tiene á su favor la presunción
de que se ha conducido con verdad y no será molestado en las visitas con el objeto de investigar la exactitud ~e la manifestación, salvo los casos muy especiales
previstos en el art 67. En igualdad de condición quedará el que acepte la cantidad asignada por el Administrador, así como todo causante que con sus libros
comprobare desde luego la exactitud de su manifestación, aunque ésta fuere menor que la dtl afio precedente.
El que no manifieste una cantidad mayor, también
tendrá una presunción favorable cuando su manifesta~
ción fuere aprobada sin observación, ó cuando se conformare con la cantidad que se le asigne; pero sin duda
que esa presunción es menos fuerte que la que favorec~ al que manifiesta uua cantidad mayor, y esto amenta que sólo quede á cubierto de investigación durante
un período de seis meses que se le concede para que
sin aplicación de pena, denuncie la ocultación, si la hu~
hiere cometido, y pague lo que justamente corresponda.
De esta misma franquicia gozará el causante que, manifestando una cantidad superior á la del año fiscal
precedente, no acepte la cantidad que le asio-ne la Oficina en caso de! inconformidad y no se prestare desde
1uegoá la comprobación por medio de sus libros de ventas y de contabilidad. En tales casos se estará á lo que
haya manifestado el c?.usante, á reserva de la comprobación en visita que se pasará al establecimiento después de seis meses, dentro de los cuales podrá presentar él mismo denuncia espontánea, sin aplicación de
pena.
Si no se manifiesta cantidad superior y no hay acuerdo de la Oficina ni se comprueba con los libros la exactitud de la manifestación, se tomará provisionalmente
un promedio, á reserva de que en cualquier tiempo se
investigue con arreglo á la ley el monto efectivo de las
ventas. El causante queda, porque así lo ha preferido
sujeto á las condiciones generales de la ley, no concu~
rriendo en su favor ninguna circunstancia que lo haga
acreedor á franquicia alguna.
Los procedimientos indicados, sin romper los principios de la ley, facilitarán sin duda las cotizaciones
para el pago del impuesto de ventas y pondrán á los
causantes de buena fe al abrigo de inquisiciones molestas, sin que, por otra parte, el Fisco quede desarmado
enfrente de los que no procedan con aquella misma
buena fe.
Determinado ya en el art. 64 del proyecto el procedimiento para la calificación de las manifestaciones sólo
queda subsistente del art. 65 de la ley su parte final
.
'
en que se previene que, cuando por cualquier motivo
se carezca de libros de ventas, se estimen éstas por peritos; pero se consideró necesario para los efectos de
aquél artículo, prever el caso de comprobación de manifestaciones, tratándose de comerciantes que no estén
obligados á llevar libros de contabilidad, y por esto se
establece como regla geueral, que á dichos comercian·

tes se les admita la comprobación de sus manifestaciones por medio del libro especial de ventas y de cualesquiera otros que llevaren aunque no estuvieren timbrados.
El precepto del art. 66 de la ley vi gen te es incompatible con el procedimiento que se propone para la calificación de las manifestaciones, por la libertad que los
Administradores del Timbre han de tener para determinar la cautidad en que estimen las ventas, aun cuando ésta sea inferior á la que sirva de base para el pago
del impuesto similar de los Estados. En tal virtud, el
texto actual de dicho artículo es innecesario; y bajo
el mismo número 66, se consignan en el proyecto las
!isposiciones relativas á la forma y requisitos de las boletas, con la innovación de que se exprese en ellas la
circunstancia de si las manifestaciones fueron aprobadas definitivamente, ó á reserva de su comprobación,
á fin de que á la simple vista puedan los Inspectores
abstenerse de toda investigación sobre el importe de las
ventas, ó procederá ella según las circunstancias y los
casos previstos en el art. 64.
Los arts. 67, 68, 75 y 274, fracs. IVy V, son objeto
~e las reformas indispensables para quedar en armonía
con los principios adoptados en el 64; siendo de notarse que en el primero se precisan los casos excepcionales en que hay que proceder á investigar las ocultaciones de ventas, siempre que no haya transcurrido el
tiempo para la prescripción.
En el art. 343 se trata de garantizar á los causantes
en contra de los denunciantes, exigiendo para la admisión de las denuncias, además de algún principio de
prueba, que aquéllas se refieran precisamente á hechos
concretos1 y que cuando tengan por objeto infracciones
cometidas sucesivamente, se determine el período de
tiempo á que se contraigan.
En cuanto á la práctica de visitas, se ha procurado
otorgar la franquicia de que no se pase visita ordinaria
á ninguna negociación sino después de un año de la anterior ó de la extraordinaria que se hubiere practicado,
en vez del plazo de seis meses que concede la ley actual,
y prescindiendo de que anteriormente se haya encontrado 6 no alguna infracción.
Las visitas extraordinarias se dividen en especiales
y generales. Las primeras deben concretarse á la comprobación de determinadas infracciones de la ley; y como es natural, pueden practicarse en todo tiempo, siempre que no haya prescrito la acción fiscal, pues en realidad no son más que diligencias de instrucción.
Las extraordinarias generales solamente podrán acordarse cuando las amerite la ordinaria ó reglamentaria,
en la cual se hubiere descubierto alguna infracción de
la ley que fuere de importancia. No quedará, por lo
mismo, al arbitrio de los Administradores acordar esas
visitas; y ya se entiende que, si las decretaren fuera del
caso previsto en la ley, los interesados podrán quejarse, y la Superioridad resolverá si se llevan adelante
ó no.
A fin de que de una manera permanente quede designada en la ley del Timbre la reducción de la contribución federal, que, conforme á lo consultado en la
iniciativa de Ingresos para el próximo año fiscal, ha
de cobrarse sobre la base de un 20%, en lugar de 25,
se proponen las reformas relativas de los arts. 249 y
251 de la ley vigente.
En los artículos transitorios se concede un plazo que
vencerá el 3r de Octubre, para que, sin aplicación de
pena, puedan los mismos interesados presentar á las
oficinas del Timbre las denuncias de las ocultaciones
que hubieren cometido en los últimos cinco años; y todavía más: se les concede una reducción del impuesto

· EL ECONOMISTA MEXICANO
causado, atendiendo á que, en muchos casos, ha de ser
gravoso para 8:lgunos causantes el pago íntegro de todo lo que hubieren defraudado.
Esta liberalidad podrá estimularlos á declarar el importe efectivo de las ventas que hasta ahora hubieren
verificado, y facilitará que para lo sucesivo se pongan
al corriente en los pagos que justamente deban satisfacer. Como es natural, para que puedan acogerse á la
gracia que se les dispensa, habrá que suspender la práctica de visitas con el objeto de investigar la ocultación
de ventas, no debiendo admitirse tampoco denuncia de
tercero ~obre esa clase de infracciones.
Como los Inspectores tienen derecho á una participación en las multas, y no es justo dejarlos sin ella, a parte de que ya en el proyecto de Presupuesto de egresos
de 907 á 908 se les aumentó su sueldo, se consulta en
esta iniciativa, que por los trabajos que impendan en la
comprobación de las denuncias de que se trata, se les
retribuya con la sexta parte del 60% del impuesto que
á consecuencia de las propias denuncias deban reintegrar los causantes.
Por consideraciones de equidad, se hace extensivo el
indulto á los que, aun antes de la public:ición de la ley,
hubieren denunciado espontáneamente sns propias infracciones, siempre que la Secretaría de Hacienda no
hubiere dictado resolución definitiva en los expedientes y no se hubiere aprobado la ciistribución de las
multas.
Las medidas propuestas, dejando subsistentes los
principios fundamentales de la ley vigente, concilian
los intereses del Fisco con los de los particulares. y espera el Ejecutivo que han de satisfacer las aspiraciones del comercio de buena fe.
Sírvanse ustedes dar cuenta de esta nota y de la adjunta iniciativa á la Cámara de que son dignos miembros, y aceptar las seguridades de mi distinguida consideración.
México, 30 de Abril de 1907.-J. Y. Limantour.

INICIATIVA DE LEY,

Artículo único. Se reforman los arts. 64, 65, 66, 67,
68, 75, 249, 250, 251, 274, fracs. IV y V, 338, 342,
343, 344, 345, frac. II, 349, 350 y 354 de la Ley de la
Renta Federal del Timbre, de 1? de Junio de 1906, en
los términos que en seguida se expresan:
Art. 64. Los Administradores Principales ó Subalternos del Timbre calificarán las manifestaciones de
ventas atendiendo al movimiento é importancia ele la
negociación, y á las condiciones del mercado, y se sujetarán á las reglas siguientes:
A. Las manifestaciones que acusen una cantidad
~uperior á la que haya servido de base para el pago del
impuesto en el año próximo anterior, y que, ájuicio del
Administrador, no fueren objetables, se aprobarán desde luego definitivamente sin más trámite. Los causantes cuyas manifestaciones hayan sido aceptadas de
esta manera, quedarán á cubierto de toda investigación
sobre la exactitud de dichas manifestaciones en relación con los asientos de su libro especial de ventas y
de la comprobación de estos mismos asientos con los
libros de contabilidad; salvo los casos previstos en el
art. 67.
B. Si el Administrador del Timbre estimare que las
manifestaciones son bajas, no obstante que excedan de
1~ cantidad aprobada para el año inmediato anterior,
fiJará la suma que á su juicio deba servir de basi para
el pago del impuesto; y si el interesado se conformare,
lo expresará así bajo su firma al pie de la manifesta·

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ción. En tal caso el causante quedará á cubierto de inquisición respecto á la exactitud de su manifestación,
en los términos expresados en la fracción precedente.
Si el interesado no estuviere de acuerdo con la estimación hecha por el Administrador y no ~omprobare su
manifestación con sus libros, como lo previene la fracción D, se admitirá la cantidad manifestada, á reserva
de su comprobación en visita ordinaria que no podrá
practicarse al establecimiento ó negociación, sino después de transcurrido un período de seis meses contados
desde el día en que la manifestación ha comenzado á
surtir sus efectos. Dentro del referido plazo de seis meses, el causante podrá rectificar su manifestación declarando el verdadero importe de sus ventas, sin que se
le aplique pena por la inexactitud ú ocultación que espontáneamente denunciare, y sólo se le exigirá el reintegro del impuesto omitido.
C. Las manifestaciones que acusen una cantidad
igual ó inferior á la que haya servido de base para el
pago del impuesto en el año próximo anterior, y que á
juicio del Administrador sean aceptables, se admitirán
sin más trámites, á reserva de su comprobación en visita ordinaria, como en el caso de la fracción anterior;
y los causantes podrán también denunciar cualquiera
ocultación, dentro del mismo plazo de seis meses, sin
que se les aplique pena.
D. Cuando las manifestaciones importen una cantidad igual 6 menor que la del último año, y el Administrador estimare que son bajas, fijará la suma que á su
juicio importen las ven tas. Si el causante estuviere conforme, lo expresará así bajo su firma al pie de la manifestación y gozará de las franquicias mencionadas en la
fracción C; pero si no estuviere conforme con la can ti dad
asignada por el Administrador y comprobare desde luego la exactitud de su manifestación con todos sus libros
de contabilidad y de ventas, se aprobaiJ. definitivamente aquélla, sea cual fuere el aumento ó diminución que
importare en relación c.:&gt;n la del año anterior, y el causante quedará á cubierto de toda investigación ulterior,
en los términos de la frac. A de este artículo. Si el causante no comprobare su manifestación en la forma expresada, el pago se hará provisionalmente sobre el término medio entre la cantidad manifestada y la que hubiere fijado el Administrador del Timbre, mientras se
le practica visita para investigar el monto efectivo de
las ventas. Si de la visita resultare acreditada la exactitud de la repetida manifestación, se abonará ó devolverá al interesado la cantidad que se le hubiere cobrado
de más; en caso de inexactitud, se exigirá el reintegro
del impuesto y se aplicarán las penas correspondientes.
Art. 65. A los comerciantes que no estuvieren obligados á llevar libros timbrados para su contabilidad
general, se les admitirá la comprobación de sus manifestaciones por medio del libro especial de ventas, y de
cualesquiera otros que llevaren, aunque no estuvieren
timbrados. Siempre que por cualquier motivo se careciere del libro especial de ventas, se estimarán éstas por
peritos nombrados conforme al reglamento.
Art. 66. Aprobadas las manifestaciones en los términos previstos en los artículos que anteceden, la oficina
del Timbre expedirá al interesado, antes del 1? de Julio, una boleta impresa con el número de orden que le
corresponda, en la cual se hará constar el importe de
las ventas, expresando si éstas fueron definitivamente
aprobadas ó admitidas á reserva de su comprobación;
y también se hará constar en aquélla la cuota anual y
bimestral asignada. En la boleta deberán adherirse
y cancelarse, por bimestres adelantados, las estampillas
equivalentes al importe de la respectiva cuota bimestral.

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EL ECONOMISTA MEXICANO

EL ECONOMISTA MEXICANO

Art. 67. Ni la conformidad de la oficina del Timbre
con la cantidad manifestada por el causante aun cuando esté de ac?erdo ~on los libros, ni la designaci6n que
hag~ la propia oficma de la suma que á su juicio deba
servir de base para la cuotizaci6n, eximen al contribuyen te de las p~nas á que haya lugar, si antes de que
transcurra el tiempo para la prescripción se descubriere que hizo una manifestación falsa en fraude de los intereses del Fisco, ó que no asent6 en sus libros todas
las ventas que realmente hubiere efectuado¡ pero los
causantes cuyas manifestaciones hayan sido aprobadas
conforme á la frac. A del art. 64, y primera parte de la
frac. B, lo mi~mo que á los que las hubieren comprobado con sus libros, según las fracs. By D del propio
artí~ulo, no se les practicará visita con el objeto de invest1gar y penar aquella clase de infracciones, sino en
l?s casos de denuncia en la forma legal, de consignac1ón hec~a. por alguna autoridad ú oficina, ó de que por
datos pos1t1vos y coucretos se tenga noticia de que ·se
han ocultado las ventas, ó cuando se decrete visita &lt;Yene.ral extraordinaria con arreglo al art. 350. En estos
mismos casos podrá también procederse á investigar y
casti~ar la ocultación de ventas, aun dentro del plazo
de sets meses que para la denuncia espontánea otorga
á los causantes el citado art. 64.
Art. 68. Antes de que se expida la boleta, cualquier
causante podrá hacer á su manifestación las rectificaciones que procedan declarando el verdadero importe
d.e sus ,ventas, s~n que se le aplique pena por la inexactitud u ocultación que espontáneamente denunciare.
Una vez expedida la boleta, no se admitirá reclamación
y se pagará la cuota asignada, la cual solamente se reformará en el transcurso del año si, en los términos de
esta ley, ó por denuncia del causante en las condiciones del art. 64, se demostrare que se ocultaron las ventas, ó cuando deien de venderse artículos de algun ramo
para cuyo ex~endio se abra de~artamento por separado;
pues en el pnmer caso se rectificará la boleta cobrando
por todo el. año el impuesto que corresponda sobre el
verdadero importe de las ventas, con aplicación de pena, ó sin ella, según procediere; y en el segundo se observará lo dispuesto en el art. 81 de esta ley. ,
Art. 75. Cuando se abra algún establecimiento taUer ó negociación de cualquiera clase en que se h~gan
ventas al por menor, se dará desde lue&lt;Yo aviso por escrito á la oficina del Timbre, ó á más°tardar al tercer
día; y dentro de la primera quincena del cuarto mes siguiente á la apertura se hará la manifestación de las
v.entas realizadas en .el prii:ner trimestre, á fin de que,
s1 se aprueba la mamfestac1ón, se tome dicho producto
para calcular en proporción las que hayan de realizarse
en un año, y se pague sobre esa suma el impuesto á
contar desde la fecha de la apertura. La calificación de
las manifestaciones, cuando ájuicio del Administrador
Principal ó Subalterno no fueren de admitirse de plano, ~e hará conforme á íos arts. 64 y 65, en lo que resP:cttvamente fueren aplicables, según las circunstancias. En las casas de empeño, el plazo para hacer la
manifestación correrá desde la fecha en que se efectúe
el primer remate.
Art. 249. En todo entero que por cualquier título 6
motivo se haga en las oficinas recaudadoras de los Estados y Municipios, se causará, además á beneficio de
la Fed~ración, el 20% sobre su import~, que se pagará precisamente en estampillas especiales llamadas de
« Contribuci6n Federal. »
. Art. 250. Cuando los en~eros provengan de multas,
bienes mostrencos, herencias vacantes 1 tesoros ó de
cualquier otro origen que no sea el pago de un impuesto ó derecho, en sus diversas formas, la Contribuci6n

Federal se considerará incluída en dichos enteros, de los
cuales deberá cubrirse el 16.66% de su importe en estampillas de que habla este título.
'
. 1?-r~. 251: En los casos de que algún Estado ó Mumc1p10 arnende ó contrate cualquiera de sus contribuci?nes.ó impuestos, se cobrará además, el 20% de Contnbuc1ón Federal sobre la suma estipulada en el contrato
á medida que se verifique el pago, sin que el contratista
cobre por separado á los causantes la Contribución Federal, ni tenga que cancelar estampillas por cada cobro
de impuesto local que verifique, aunque se considere
subrogado en las atribuciones de oficina recaudadora.
Art. 274. . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. Los causantes que por falta de manifestación
no paguen el impuesto, y los que presenten manifestaciones por cantidad menor de la que arrojen los libros de ventas, siempre que sobre esa base se hubiere
causado el impuesto, excepto el caso en que los responsables hicieren uso de la franquicia que les otorga
el art. 64; y los que no pusieren y cancelaren oportuit.amente en las boletas que se les expidan los timbres
que deben amortizar dentro del plazo legal.
. V. Los que hagan asientos de ventas al por mayor
al menudeo por cantidad inferior á la que realmente
importen sus ventas, salvo que denuncien la ocultación en los términos previstos eu el art. 64.
Art. 338. Los Inspectores practicarán periódicament~, .pero co.n la re~tric?ión esta?lecida en el art. 354,
v1s1tas de 111specc1ón a los particulares y á toda clase
de establecimientos comerciales, industriales ó agrícolas, así como á las corporaciones á quienes comprenda
la obligación de llevar libros timbrados, é investigarán, en los términos prevenidos por la ley, si en esta
materia y en lo relativo á documentos han cumplido
con la misma ley, sin que la investigación se extienda
al tiempo en que haya prescrito la acción penal.
Art. 342. Solamente pueden ordenar la práctica de
visitas y la inspección de libros y documentos el Secretario de Hacienda, el Director de la Renta d~l Timbre y los Administradores Principales. En consecuencia, ellos expedirán para las visitas que se practiquen
por los Inspectores, Administradores ó Visitadores, las
órdenes que moti ven el procedimiento, ya sea en virtud de lo prevenido en el art. 338, ya por denuncia en
la forma legal, por consignación de alguna autoridad
ú oficina, ó por datos positivos que se tengan de que
en casos concretos no se cumple con alguno de los preceptos de la ley, ó ya sea cuando proceda la práctica
de visita general extraordinaria conforme al a~t. 350.
En las órdenes para las visitas que no sean ordinarias
ó reglamentarias, expresarán el nombre de las personas ó negociaciones que deban visitarse. Los empleados que practiquen las visitas están obligados á presentar dicha orden, manifestando haberlo ejecutado así,
al dar cuenta de su comisión, y cuando hayan omitido
alguna visita informarán sobre la causa de esa omisión.
Art. 343. En los casos en que se ejercite la acción
popular para denunciar infracciones de esta ley, no se
admitirán denuncias que no estén susbcriptas por su autor y fundadas en la declaración de un testigo, 6 en al·
gún documento. También se exigirá que tales denuncias se refieran, precisamente, á hechos concretos, y que
cuando tengan por objeto infracciones cometidas sucesi vam~nte, se determine el período de tiempo á que se
contraigan.
Art. 344. Las visitas de inspección serán de tres clases: reglamentarias ú ordinarias; extraordinarias especiales, y extraordinarias generales.
Art. 345. Las visitas reglamentarias ú ordinarias tienen por objeto averiguar:

I. Si se llevan los libros que previene esta ley y
si están debidamente timbrados.
II. Si el pago de impuestos sobre ventas se ha hecho por la cantidad debida conforme á la ley.
III. Si todos los documentos en que consten actos
contrat?s ú operaciones gravados por la ley, llevan la~
estampillas correspondientes.
Art. 349·. Las vis~tas extraordinarias especiales tienen por objeto avenguar determinadas infracciones á
la 17y; y la~ extraordinarias generales, investigar todas
las mfracc1ones cometidas en los últimos cinco años.
. Art. 35º; La práctica de visitas extraordinarias especiales podra decretarse en todo tiempo, por cualesquiera ~e la.s causas mencionadas en el art. 342. Las extraordmanas generales solamente se acordarán cuando las
amerite el ~esultado q~ una visita reglamentaria, en la
que se hubiere descubierto una infracción de ley que
fuere de importancia.
. Art. 354. A las negociaciones que hubieren sido visitadas no se les pasará nueva visita reglamentaria sino después de un año de la anterior, ó de la extra~rdinaria general que se les hubiere practicado.

?

ARTICULOS TRANSITORIOS.

-

r&lt;? Los responsables de infracciones por ocultación
de ventas al por menor, cometidas en los últimos cinco años fiscales, que espontáneamente denuncien sus
propias infracciones de5de el día que se publique esta
l~y basta el 31 de Octubre del corriente año, quedarán
libres de toda pena, y solamente se les exigirá el reintegro del. 6o% de} impues~o que hayan dejado de pagar, que mgresara al Erano, con deducción de la sexta parte, que se aplicará al empleado que compruebe
•
la infracci6n.
z&lt;? Durante el plazo que concede el artículo anterior
p~ra .que g~cen de amnistía los que denuncien sus propia~ mfra~c10nes, no se practicarán visitas con el objeto
de mvest1gar ocultaciones de ventas al por menor ni
se admitirán denuncias ae tercero sobre esa clase d¡ infracciones.
3&lt;? Cuando las denuncias que se hagan para los efectos expresados en el primero de estos artículos, se refieran á más de un año, los Inspectores solamente compr?barán la .ocultaci?n de ventas de un año que ellos
m1smos elegirán; y s1 resultare exacta la cantidad denunciada, ó ésta fuere superior á la que arrojen los libros, se admitirán, sin más comprobación, las sumas
que se hayan consignado en la denuncia como importe
a.e las ventas ocultadas en los otros años; pero si la cantidad denunciada fuere inferior en una cifra de relativa
importancia á la que resulte del examen de libros la
investigación se extenderá á todo el período que abrace la denuncia.
4? Lo dispuesto en el art. 1&lt;? se aplicará también á
los responsables de infracciones por ocultación de vent~s al P?r menor que ellos mismos hubieren ya deuunc1ado, siempre que la denuncia estuviere pendiente de
la práctica de la visita respectiva, ó cualquiera que sea
el estado de los expedientes que se instruyan, con tal
que la Secretaría de Hacienda no hubiere dictado definitivamente su última resolución y que no esté aprobada la distribución de las multas.
México, 30 de Abril de 1907.-J. Y. Limantour.

95

REVISTAS EXTRANJERAS.
LA EXPANSION COMERCIAL.
( J:.spaña Ecou6mica y Financiera de Madrid.)

A las añejas ideas de conquista militar hanse substituído e~ los tien:pos modernos las de competencia mercantil, lucha mcruenta en la que triunfa el denuedo la
habilidad y la perseverancia, y que, por sus resultados
se diferencía de las antiguas luchas porque en las ac~
tuales los combatientes, ya vencedores, ya vencidos
obtienen aprecia?le adelanto en su bienestar y positiv~
aum~nto de su .nqueza, al paso que en aquéllas, ni la
Hacienda Pública del país, ni la privada de los ciudadanos, quedaban muy bien paradas.
Se explica, por tauto, que en todas las naciones organizadas á la moderna se preste preferente atención á
los medios de conseguir la expansión comercial entendiendo por tal, no sólo la apertura de nuevos 'mercado~, sino también la ampliación de las relaciones ya
e~ISt~ntes, y 7u~erezando ,á e~ finalJdad toda la orgamzac16n economica del pa1s: mdustna, transportes interiores, líneas de navegación, porque ese resultado no
es, ni puede ser, el efecto de medidas aisladas, adoptadas en un solo orden de elementos de influencia sobre
aquella expansión, sino el resultado de una acción armónicamente ejercida sobre todos y cada uno de los
factores de que depende.
En ,España.~a expansión comercial es tema que se
halla a discus1on desde hace mucho tiempo.
El Sr. González Besada, espíritu culto, enamorado
de nuestro progreso material, ardiente partidario de
cuantas instituciones contribuyen á conseguirlo, parece preocuparse de ella.
. Ad~lecen, sin embargo, sus primeros pasos eu el Mi01steno de Fomento á este respecto, de algún defecto:
el de considerar de una urgencia extraordinaria la inauguración de una política de expansión comercial de la
cual no necesitamos, ni para la cual estamos prepa~ados.
Una grau cultura tiene el Señor Ministro de Fomento; ?ocos, tal vez, se la reconocerán tan grande, y supoméndole dotado también de un desapasionamiento
pr?.pio de todo aquel que de buena fe procede, nos permitimos creer que nuestras reflexiones ha de encontrarlas ajustadas á la realidad.
Expansión comercial, fomento del comercio exterior. ... , ¿ qué quiere decir y expresar todo esto?
La necesidad que tiene un pueblo de colocar el ex-...
cedente de su población y de sus productos. El poder
de la raza, ~a exuberancia de población, la apoplegía de
la producción, la satisfacción máxima de la potencia
consum~dora .... Tales son los elementos y los factor~s que 111te~ra11 la ~1ec~sidad de una política de expansión comercial, que Justifican los sacrificios que por ella
haga una nación.
Este es el caso de Bélgica, el de Alemania y el de
Inglaterra; pero, ¿ y el de España? El de España, el
Sr. Besada lo reconoce en otro decreto publicado creemos el mismo día 6 al siguiente del de creaciód de la
J unt~ de Comer.cio exterior; el de España, no es de exp~ns:ón c_omercial exterior, sino de expansión comercial mtenor, de fomento de población, de fomento de
consumo.
Por ahí hau empezado todos los pueblos, y el Sr. González Besada, que estudia bastante lo que otros han hecho, no ignora cuál _fué, durante muchos años, antes de
pen~;i-r en la conq~1sta de mercados nuevos, la preocupac1on de Alemama: el fomento del consumo interior

'

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EL ECONOMISTA MEXICANO
EL ECONOMISTA MEXICANO

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97

Mas esto, y tal es el defecto de todo lo que se decredesarrollo de nuestro intercambio á la América Espata y pretende por la iniciativa de los Ministros, no es
ñola. Los hechos demuestran diariamente que, desde
,
AGRICULTURA.
una obra exclusiva del de Fomento, es una obra de
el punto de vista económico, es muy débil vínculo el
MINE RIA.
todo el Gobierno.
que nace de la igualdad de lengua, de origen y de traMuchas razones, traducidas en cifras de incontestadición, porque las tres, que en definitiva se reducen á
LA ACTUAL COSECHA DE TABACO EN CUBA.
ble elocuencia, podríamos aducir en pro de nuestra tela última, son algo así como una remembranza del paDENUNCIOS Y TITULOS EN TEPIC.
sis. No las ignora nadie; se han publicado muchas vesado, y el comercio es esencialmente progresivo. AdeNuestro
estimado
colega
El
Tabaco
de
la
Habana
ces. España no tiene organizado su comercio interior;
más, el obstáculo zai'oma se vence fácilmente, como
España no consume; España vive una vida precaria,
hacen los alemanes, aprendiendo la lengua de los paí- dice en su se.cción « Movimiento Agríco!a,ii lo siguiente~
~as agencias de minería en el Territorio de Tepic,
&lt;&lt; Desgraciadamente las esperanzas de que lloviera
débilmente sostenida. La obra primera que hay que
ses que van á recorrer; y el obstáculo tradición, que
registraron 902 denuncios mineros durante los seis priacometer, es colocarla en condiciones de acrecentar su
apenas merece tal nombre en general, lo merece me- para ~oder declarar fenomenal la cosecha, se han desmeros meses del año pasado. Durante el mismo períofacultad de consumo y sus medios de producción.
nos aún en cuanto á nuestras relaciones con América. vanecido, pues aunque ahora lloviera, ya los retoños
do alcanzaron ~ r,.789 los título~ de minas expedidos
Habríamos de admitir, no obstante, el supuesto de
Pero á estos argumentos, que pudiéramos llamar de no darían l~ excelen te tripería que se esperaba, pues
para aquel terntono por el Gobierno mexicano.
esa necesidad de expansión comercial, y nuestras oborden psicológico, se agregan otros de orden práctico. las matas vienen ya á la flor.
servaciones no dejarían de ser por eso menos pertinen&lt;~ La fa~ta de agua ha causado graves perjuicios á las
Querer ensanchar nuestras relaciones con países que las
tes, solamente que en otro orden.
$100,000 PLATA MEXICANA.
poseen muy escasas, es una empresa que inicialmente últimas siembras que apenas han podido salir del surco.
«Aunque recorren la Vuelta Abajo y Partidos, muEs un error creer que el agregado comercial puede
lleva en sí el fracaso ó; al menos, un éxito mezquino,
ser simplemente un comerciante que haya consagrado
como los llevaría la construcción de un ferrocarril en chos tratantes, pocas son las operaciones que se hacen
El Sr. D. Liborio Seijas, quien llegó á Chihuahua
su actividad á cierta rama en una determinada comaruna comarca donde no hubiese ninguno, pero cuya po- porque la seca no permite andar con el tabaco, y po;
de Aldama, llega á redondear la venta de su mina
ca; esa práctica sólo da conocimientos empíricos, y tan
blación fuese escasa y escasos los elementos de riqueza, t~nt~, hasta que no haya blandura, continuará la para« Vergara&gt;&gt; ubicada en Santa Eulalia, en la respetable
limitados, que no sirven para acreditará quien los pomientras prosperaría en una región populosa yrica,aun- hzac16n de los negocios tabacaleros.
suma de $ roo,ooo plata mexicana.
« Los precios de las pocas transacciones que se han
see, de diestro en los negocios. El agregado comercial
que también otras líneas la sirvieran.
El comprador es ei Sr. Wattson, quien pagará por
debe poseer, no sólo un conocimiento práctico del coEl comercio de las repúblicas hispanoamericanas no hecho son reservados 1 pero sabemos que las pretensioella $ 5,000 al constado y el resto en abonos semestramercio, sino también conocimientos generales de los
les de $25,000.
permite, en verdad, gran desarrollo de nuestras relacio- nes de los vegueros son elevadas, lo cual viene á confenómenos económicos y financieros, y muy precisos,
nes, que se hallaría limitado por la reducida cuantía de firmar nuestras predicciones.»
de los lugares donde ha de ejercer sus funciones, conaquél, como los siguientes datos revelan:
diciones de las cuales la primera sólo 'se adquiere meEL CENTRO AGRICOLA DE NUEVO LEON.
'COMERCIO DE LOS PAISES PANAMERICANOS.
diante la observación y el estudio, y la segunda, merINDUSTRIA.
ced á una larga residencia en el país; siendo evidente,
MlLLONl!S ns PESETAs.
Según la citación que al efecto se ha hecho, el pr6xiademás, que su esfera de acción no debe ser muy dilaImporta- ~porta·
mo lunes 6 del presente mes se verificará, en la Ciudad
tada, para que 110 se pierda la intensidad de su gestión.
EXPLOTACION DE PRODUCTOS MARINOS.
PAISES.
ción.
ción.
TOTAL.
de Monterrey, la ,Asamble~ general del Centro AgríLa más útil organización de ese servicio de agregaArgentina, 1905 . .........·.... 1,025
1,614 2,639
cola de Nuevo Leon, constituyéndose esta Institución
dos comerciales estriba, por otra parte, en la adecuada
La Secretaría de Fomento otorgó una concesión á
Bolivia, 1904 .. · · · · · · · · · · · · · · ·
43
46
89
bajo las siguientes bases:
Chile, 1903 . .. . . . . . . .. . . . . . .. . 264
325
589
I R
preparación de los que á él hayan de consagrarse, y en
la
Compañía Nor_uega Mexica11a para la explotación
Costa Rica, r904•.............
29
33
62
. ·
epresentar l~s _intereses agrícolas ante las Aula dignificación del cargo. Con el deficiente régimen
de prod~c~os man nos en las aguas territoriales del GolCuba, 1904........... ... . . . . . 414
449
863
tor~~ades de los Mumcipios, del Estado y de la Fedede la carrera oficial de comercio y los no menos defiHonduras, 1904 . . . . . . . . . . . . . .
11
II
22
racwn.
fo de Mex1co, en uba zona comprendida entre la barra
México, 1905 . . . . . . . . . . . . . . . . 1,100 1,355 2,455
cientes procedimientos de enseñanza, no es posible forde
Tecolutla y Puerto México (Coatzacoalcos) en el
Nicaragua, 1904..............
12
17
29
II. Procurar por todos los medios lícitos el progreso
mar hombres que sean elemento útil para el servicio
Estado de Veracruz.
16
Panamá, 1903. · · · · · · · · · ·· · · · ··
rr
5
Y
defensa
de
los
intereses
agrícolas
en
el
Estado.
1
1
de información comercial. Ni tampoco es posible que,
15
32
El concesionario se compromete á establecer dentro
Paraguay,
904·
·. · ·. ·. ·. ·. ·. .· .· .· ..
· · ·. .· ro77
III. TrabaJ·ar para cuitivar la unión y armonía ,,ntre
Perú,
r904
.
..
.
101
208
....
aun existiendo, desempeñen eficazmente su función,
del plazo de s~is meses, seis expendios de prod~ctos de
Salvador, 1904 . . . . . . . . . . . . . .
19
31
50
t?dos
los
del
gremio,
á
fin
de
que
cooperen
con
su
conmientras se considere como advenedizos á quienes ocu1
192
298
la pesca en la cmdad de México y en las ciudades princiUruguay, 9º4
· · · · · · · ,......
· .. · · · · 106
trngente de inteligencia, experiencia y laboriosidad,
Venezuela,
1903• .......
28
39
67
pen tales cargos y no se les rodee de los prestigios que
pales de los E_stados de Puebla, Veracruz, México, Hipara
el
fomento
de
los
intereses
comunes.
han menester.
dalgo, GuanaJuato, Michoacán y Jalisco, un expendio,
ToTAr,~ ...... 3,186 4,233
7,419
IV. Ccnciliar los intereses del propietario con los de
Nadie ignora, por otra parte, las deficiencias notocuando menos, de esos productos.
,
.
los
sirvientes,
mejorando
sus
condiciones
respectivas.
.
.
rias del Personal Diplomático. Ignorantes de la moderEl concesio?ari? se compromete á poner á la venta
Es decir, que el comercio tota~ de los paises ~menV. Trabajar por relacionarse con todas las sociedana diplomacia y de las funciones que al moderno Emcanos que hablan la lengua espanola, es, en conjunto, des de su género estableci'das en el pa'is p
en los expendios a que se refiere anteriormente por lo
· r ·
1d F
·
C'
d
d · ·
·
, ara procurar
bajador competen, ayunos de toda cultura que no sea
menos el 30% de los productos de la pesca que' obten·
e rancia. ¿. orno pue en a q_umr gra~ im- d~r resol u~ión ~ los problemas de irrigación, emigram1enor
la que se da á conocer por las fórmulas de la cortesía
ga, en el concepto de que el precio del pescado fresco
portanc~a nuestras rel~c1ones con ellos, s1_la capacidad c16n y mejoramiento de las razas y cultivos.
social, ellos piensan que el Cónsul y el agregado coconsuimdora de los 1msmos es tan pequena?
n.o excederá, en dichos expendios, de ($o. 2 5) veintimercial no necesitan de aquel apoyo que el prestigio
Y este argumento se refuerza, segregando de los dacmco centavos el kilogramo, y el del pescado ahumado
de la más alta representación patria en el extranjero
tos consignados en el cuadro anterior, las cifras relatiEL HENEQUEN.
( $0.40) cuarenta centavos el kilogramo, entendiéndose
puede otorgarles.
' vas á la Argentina y México, cuyo comercio asciende
que lo~ productos que se vendan por pieza se sujetarán
No es, pues, labor de un solo Ministro, aunque éste
á la m1s~a cuota, según su peso. En los mercados disen total á más de 5~000 ~ill.ones, y dejan reducido á No se desfibra, dicen de Yucatán, como en los días
sea animoso y esté alentado de excelentes deseos· es
tantes mas de un día de las poblaciones mencionadas
, .
normales, porque la planta no se halla en las condicio2,000 el de las &lt;lemas repubh:as.
una labor de conjunto en la que han de participa; lo
sólo se aumentará á esta cuota el importe del :flete, má~
Claroes_ que nuestro comercio en aquellas repubhcas nes debidas á ~onsecuencia de la falta de lluvias.
mismo el Ministro de Instrucción Pública, enderezanlos gastos de empaque y conservación.
es susceptlb~e de aumento. No pu~de esto negarse. Pro- Es cie~to que el henequén es noble y no necesita mu.
.do la enseñanza mercantil por derroteros modernos, que
duetos espanoles se presentan alh como franceses Y co- ho cultivo y atención para prosperar, pero en esta
Por _ning~n m,oti vo se ve?derán eu los expendios del
el de Estado, creando en las Embajadas puestos para
conces1otlano mas de tres kilogramos diarios á una mismo alemanes; pero esto prueba, en t?do ca~o, que de l_o poca hasta _las aves se mueren de sed, y la planta que
agregados comerciales y aun financieros con todas las
ma persona.
que hay que preocuparse es de perfeccionamientos técm- roduce la nea fibra se halla con igual ó más necesipreeminencias debidas á la misión importante que han
cos é industriales, en cuya labor toca más á la iniciativa ades.
Igualmente se compromete el concesionario á no vende cumplir, y remunerados decorosamente.
particular que á la oficial, y de todas maneras resulta
d~r pescado fresco al menudeo, en una zona de cinco
Cuantos esfuerzos se hagan sin esa base serán tentaCIENTO CINCUENTA TRABAJADORES CHINOS.
que el programa de esa junta que el Señor Ministro de
ktlóme_t,ros de ancho, contados desde la Costa en toda la
tivas aisladas, sin eficacia positiva, como lo fué la que
Fomento crea, puede realizarlo en todo caso la Admiextens10n que abarca este. contrato.
realizó el Sr. Puigcerver al crear hace algún tiempo
nistración Pública, si cuenta, sobre todo, con el acicate La hermosa haci'end d S t R l'
·
á
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S
M'
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a
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an
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osa
1a,
vecina
agregados comerciales, mientras que de una acción cod e una vo1un ta d d esp1erta
como a e enor mis ro e eoqui Estado de Chi'h h
á
"b'
FABRICAS DE POLVORA.
d
·
t
,
ua ua, va rec1 ir muy pronto
· d t d
mún, dirigida con inteligencia y sobre un plan uniforF omento, á qmen
e o os mo ~s creemos pe~tm_en e uizá, r50 trabajadores chinos ue han sido contratame, se pueden lograr los brillantes resultados que par~comendar, se preocupe algo _mas del comercio rnte· os con José Sing, de esa nacio~alidad.
tentizan Alemania é Inglaterra.
Con el objeto de explotar la patente que por su innor que de trazar líneas demasiado largas sobre una ex· La casa Ketelsen y D t
d - d 1 fi
·é
·
d
· d
.
ege au, ucs.. uena e a nea
Por otra parte, nos parece inspirado en un lirismo
vento para la fabricación de pólvora ha obtenido de
pansi n comercia1 que esgrácta amente no nos urge 1tada procura explotar e' r
1 1
,
n g an esca a os recursos
muy corriente, pero poco práctico, el limitar la idea del
los Gobier:ios inglés y mexicano, el Sr. M. J. C. Smith
tanto tener.
grícolas de ella.
se ha asociado con los Sres. Charles, R. Martin y P.

.ª

s

..

�..

,
EL ECONOMISTA MEXICANO

EL ECONOMISTA MEXICANO
Smith para establecer fábricas de explosivos, según el
método de su invento, en Túxpam, Estado de Jalisco.
En la composición de esta nueva pólvora entra el
clorato de potasa, salitre y azúcar, mezcla que se dice
alcanza una fuerza de expansión considerable. Los
asociados, para proceder desde luego á una explotación
ventajosa, proyectan la formación de una Sociedad con
capital de$ 100,000.

VALOR DECLARADO

COMPARACION:

Valor de las importaciones en los siete primeros meses de 1906-907......... . . . . . $ 129.34r,643 95
Valor de las importaciones en los siete primeros meses de 1905-906..... . ......... n3.256,925 11
Aumento ........ $ 16.084,718 84

EXPORTACION.

El Sr. Julian Molineau, en representación de nna

Siete primeros meses del año fiscal.
PRODUCTOS.

1&lt;¡&lt;&gt;6-907.

Total exporlació11:

Metales preciosos .. ..... . $ 72.631.439 94
Demás artículos.......... 67.553 443 26

1905-&lt;¡&lt;&gt;6.

92.886,688 76
64.086,030 28

Totales . ..... $ 140.184,883 20 156.972,919 04

EN MONEDA MEXICANA.

COMPARACION:

Siete primeros meses del año fiscal.

Valor de las exportaciones en los siete primeros meses de 1906-907... . . .... . ..... $ 140.184,883 20
Valor de las exportaciones en los siete primeros meses de 1905-906.. . ......... . . . 156.972,919 04

PRODUCTOS,

poderosa Compañía, se ha dirigido al Congreso del Estado de Jalisco pidiendo concesión y exención de impuestos para establecer en algunos de los puntos del
Estado una fundición metalúrgica.

1905"9()6.

19o6-907.

Productos minerales:

~

Oro
Oro
Oro
Oro

acuña4o mexicano ... $
29,990 00
acuñado extranjero...
7,531 00
en pasta ........... , 11.405,376 83
en otras especies .....
3,254,9r7 37

·· ······ ..

4,835 98
17.975,314 6o
r.400,019 10

----- ·
19.380,169 68
----- -----

Total oro ...... $ 14.697,815 20

FABRICA DE CONSERVAS ALIMENTICIAS.

La próxima terminación de las obras del ferrocarril
de Colima ha despertado no poco entusiasmo entre los
hombres de negocios. Se sabe al presente que una Compañía que se está organizando con un capital de dos
millones de pesos, establecerá en Colima ó en Manzanillo-todavía no se fija el lugar-una fábrica de conservas alimenticias que se dedicará especialmente á
envasar en latas los mariscos que en el Océano Pacífico son tan abundantes, á causa de no haber existido
nunca, en forma, la industria de la pesca en ese litoral.
Se habla de otras negociaciones en gran escala que
se establecerán también en Colima á la terminación
del ferrocarril y que darán consid~able impulso á toda esa región.
·

COMERCIO.
TRAFICO EXTERIOR DE LA REPUBLICA
DURANTE LOS SIETE PRIMEROS MESES DE 1906-907.

Extractamos inmediatamente las cifras relativas al
comercio de la Repúblíca en los siete primeros meses
del presente ejercicio fiscal, que comparamos con las
qu€ corresponden á igual espacio de tiempo de 1905906:

Plata
Plata
Plata
Plata

acuñada mexicana .. $ 14.391,660 00
acuñada extranjera.
82,809 00
en pasta.... .. ...... 36.620,002 72
en otras especies ...
6.839,153 02

- - - -·-

Total plata .... $ 57.933,624 74
Total oro y plata.... $ 72.631,439 94
Antimonio ...............
807,867 00
Cobre ........... . ........ 15. 229, 713 00
Mármol en bruto .........
21,08o 00
Plombagina ..............
56,620 00
Plolllo .......... . ........
2.147,821 56
Zinc . ....................
890,993 12
Demás productos minerales 1.073,780 68

29.697,828
76, 169
38.443,513
5.289 208

00
62
21
25

----73,506,719 08
92.886,888
595,549
16.974,832
73,098
51,421
3.075,652
142,827
223,559

76
96
73
00
51
54
99
84

Productos vegetales:
Café ................... ,$ 2.502,622 34
Cascalote, y cortezas y raíces para curtir .. . ...... .
7,824 00
Caucho .. ............... .
2.761,873 úO
Chicle ..... , ........... .
920,995 00
Frijol. .................. .
458,944 00
Frutas frescas .......... .
190,322 43
Garbanzo ............ , .. .
2.693,884 00
Guayule ..... . .......... .
23,799 00
Haba .................. . . .
2,550 00
Henequén en rama ...... . 20.990,on 77
Ixtle en rama ........... .
2 378,505 00
Maderas .............. .
I. 154,659 50
Maíz . ................. .
3, I03 80
Palo de moral. .......... .
46,832 00
Palo de tinte......... ... .
246.5ro 12
Raíz de zacatón ......... .
983,488 00
Tabaco en rama ... , .... .
972.186 35
Vainilla ................ .
947,400 00
Demás productos vegetales .................... .
r.2 r9,547 2:&gt;

3.388,372 50
20,r47
694,807
668,307
463,280
210,688
r.78J,200
3r,34r
rro,540
18.202,448
2. 176, 163
1.238,993
33,986
36,980
230,083
J. 134,443
543,590
2.505,820

oo
02
46
82
90
75
oo
oo
00
88
86
oo
00
70
00
74
99

845,788 48

JMPORTACION.

Productos animales:

VALOR DE FACTURA

Ganados................. $
Pieles sin curtir ......... .
Demás productos animales

JtN MONEDA MEXICANA.

838 654 oo
5 385,927 03
358,591 99

r.987,948 50
4.398,106 25
292,86o 93

$ 6 583, r73 02

6.678,915 68

Siete primeros meses del año fiscal.
PRODUCTOS.

1905-9o6.

Materias animales ......... $ l r. 6391 516 44
Materias vegetales....... . 16.410,679 44
Materias minerales........ 45.675,554 oo
Tejidos y sus mauufacturas. 15.340,978 oo
Productos químicos y farmacéuticos .... ..... .... 4.901,720 75
Bebidas espirituosas, fermentadas y naturales ... . 3.926,8o4 53
Papel y sus aplicaciones .. . 3.451,637 04
Máquinas y aparatos .. .. . . 15.518,298 52
Vehículos ............... . 4. 787,087 81
Armas y explosivos ...... . 2.338,340 97
Diversos ..............•... 5.351 ,0'26 45

9.283,549
17.76o,076
42.071,679
12.562,658

83
05
48
71

4.257,575 14
4.203,269
3· 186,852
ro.892,808
2.265,577
2.331,9o6
4.440,971

--------

84
06
52
25
50
73

Total Importacibn . . f 129.341,643 95 u3.256,925 u

P,·oductos mamifact1,rados:
Azúcar .................. $
Henequén en jarcia ..... .
Harina y pasta de semilla
de algodón y harinolina
Pieles curtidas. . . . . ... .
Sombreros de palma .... .
Tabaco labrado ........ .
Demás productos manufacturados ........... ..

Diversos ....... • •........ $

260,632 00
407,II8
3r,6o4
395.663
294,299

00
oo
So
60

276,362 00
126.705 00
298,059 29
198,829 55

308,988 32

440,761 70

ARTICULO 2&lt;?

EN MONEDA MEXICANA.

VALOR DECLARADO

FUNDICION METALURGICA.

99

Diminución ........ $ 16.788,035 84

Cantidades que se descomponen en esta forma:
1905-9()6.

Valor de las exportaciones
de plata .............. $ 57.933,624 74
Valor de las exportaciones
de los demás productos. 82.251,258 46
Sumas . . . . • . . . .

73,506, 719 08
83.466,199 96

140.184,883 20 156.972,919 04

Diminución en las exportaciones de plata.$ 15.573,094 34
Diminución en las exportaciones delos demás productos.................... . .. .
1.214,941 50
Total diminución .. . . .. .. $ 16.788,035 84

ARANCEL DE CORREDORES.

El Diario Oficial ha publicado el siguiente Arancel
á que deberán sujetarse los Corredores titu1ados de la
plaza de México para el cobro de sus honorarios:

VALORES Y OPERACIONI;S BANCARIAS.

I. En las ventas de acciones, bonos y obligaciones
de Bancos, ferrocarriles, industrias ó cualquiera otra
Sociedad, cobrarán á cada parte: un octavo por ciento
sobre el importe total de la operación.
II. En la venta de toda clase de créditos reconocidos por el Gobierno y en la ·de títulos de Gobiernos
extranjeros, cuando ésta sea permitida por el Gobierno
Mexicano, á cada parte: uno al millar sobre el importe
total de la operación.
III. En las ventas de acciones de minas, á cada parte: veinticinco centavos por acción, cuando el valor
efectivo de las acciones sea hasta de cincuenta pesos;
uno por ciento sobre el importe de 1a operación, cuando dicho valor fuere de cincuenta' á cien pesos, y medio por ciento sobre el referido importe de la operación,
cuando el valor fuere de cien pesos en adelante.
IV. En las ventas de oro y plata en barras, á cada
parte: uno al millar sobre el valor total de la operación.
V. En las ventas de alhajas de toda clase: cinco por
ciento al vendedor.
VI. En las operaciones de letras de cambio sobre el
Exterior: uno al millar sobre su importe en moneda mexicana, al girador.
VII. En la consecución de dinero á mutuo en cuenta
corriente, á plazo fijo ó con prenda de bienes muebles,
acciones, etc., un octavo por ciento á cada parte. En
la renovación ó prórroga de dichas operaciones, se cobrará sólo la mitad del corretaje.
VIII. En los descuentos de libranzas, pagarés ó cualquier otro documento endosable: un octavo por ciento
á cada parte.
ARTICULO 3&lt;?
SEGUROS.

ARTICULO 1&lt;?
BIENES RAICES.

I. En arrendamientos de fincas rústicas y urbanas,
cobrarán á cada parte: medio por ciento sobre el importe del arrendamiento en los primeros cinco años, si
el plazo fuere mayor de ese tiempo; sobre dicho importe en todo el término del contrato, si fuere menor.
Si no se estipula plazo, se calculará el arrendamiento
de un año para determinar el corretaje.
II. En las ventas de fincas rústicas y urbanas, á cada
parte: medio por ciento sobre el importe de la operación, incluyendo en éste el valor de los llenos, si los
hubiere, tratándose de las primeras.
III. En las ventas de terrenos, el corretaje será igual
al asignado para las de fincas, deduciendo de su importe
total un diez por ciento.
IV. En las ventas de caídas de agua, ferrocarriles,
fondos mineros, etc., el corretaje será previamente convenido con las partes contratantes.
V. En las imposiciones á censo consignativo ó con
hipoteca, sólo al tomador del dinero: medio por ciento
sobre el importe de la operación. En las renovaciones
de dichas operaciones, el mismo corretaje.
VI. En los documentos ó ventas de escrituras relativas á bienes raíces, únicamente al vendedor: medio
por ciento sobre el valor efectivo de la operación.
Cuando las operaciones á que se refiere este artículo
excedan de un millón de pesos, se cobrará solamente la
mitad del corretaje sobre el exceso; y si excede de diez;
millones de pesos, sólo se cobrará la qJJipta parte del
corretaje sobre el propio exceso.
•
·

En las operaciones de seguros sobre riesgos de bienes ó valores de todo género: cinco por ciento sobre el
importe de la prima, que pagarán sólo los aseguradores.
_ ARTICULO 4&lt;?
ARTlCULOS DE COMERCIO.

En las ventas de los siguientes, cobrarán á cada parte
las cuotas que á continuación se expresan:
Medio por ciento sobre: algodón, añil, azogue, azúcar,
bebidas extranjeras y nacionales (como aguardiente,
cerveza, vinos y licores), cacaos, caté, canela, cebada,
centeno, chile, comestibles nacionales y extranjeros no
expresados especialmente; frijol, garbanzo, grana, harina y granillo, lana, maíz, piloncillo, sal, salvado, tri go y vainil1a.
Uno por ciento sobre: ajonjolí, alpiste, anís, arroz,
arvejón, azafrán, cascalote, cera, cueros y pieles, haba,
linaza y pepita de calabaza.
En toda otra venta cuyo corretaje no esté especificado, se cobrará á cada parte: medio por ciento sobre
el importe de la operación.
ARTICULO 5&lt;?
GANADOS.

I. En la.s ventas de ganado mayor vacuno, ganado
mular y caballar cerrero, ganado menor, mulas mansas y cerdos, cobrarán á cada parte: medio por ciento.
II. En las ventas de animales de razas escogidas par"cría: uno por ciento á cada part~.

•

�IOO

EL ECONOMISTA MEXICANO
EL ECONOMISTA MEXICANO
AR TICITLO 69

las mercancías, muebles y enseres comprendidas en di.
chas operaciones, tres por ciento.

PERMUTAS.

En las permutas, el corretaje será veinticinco por
ciento mayor que el asignado para las ventas; y secobrará sólo sobre el valor mayor y una sola vez.
ARTI_C ULO 79
AVALUOS Y RECONOCIMIENTO DE EFECTOS.

I. En los avalúos de valores y créditos, cobrarán, según su importe, como sigue:
hasta $ r,ooo . . . . . .
r,ooo á 5,000 ..
de n
de ,, 5,000 á ro,ooo ..
de ,, ro,ooo á roo,ooo ..
de ,, 100,000 en adelante .

Yz%
;( ,,
uno al millar.
medio a.l millar.

BALANCES, PERITOS, CONTADORES, TRASPASOS.

I. En la autorización de balances ó inventarios celebrados sin su intervención, cobrarán sobre el importe
total del activo, como sigue:

~%
;( ,,

%' ,,

uno al millar.
medio al millar.
único corretaje,

II. En las operaciones en que los Corredores intervengan como peritos contadores, ya sea por nombramiento de autoridad competente ó de particulares, el
corretaje será previamente convenido, en vista de la
importancia del trabajo que requieran y del tiempo que
se invierta en éste.
III. En los balances ó inventarios que practiquen los
Corredores, cobrarán como único corretaje, aun cuando
sean varios los contratantes, sobre el importe general
de mercancías, muebles, enseres é importe del traspaso,
si lo hubiere, como sigue:
hasta $ 500.
de ,,
500 á r,ooo .
de ,, I.000 á 5,000 .
de ,, 5,000 á ro.ooo .
de ,, 10,000 en adelante . · .

5 %
3 ,,
2

,,

I _% "
I

rYz%

%',,
Yz,,

;(,,
j8 ,,

Si estas operaciones fueren á puerta cerrada, la mitad de las cuotas expresadas.
Además, por derechos en la autorización de las refe.
ridas operaciones, $ 12.

PAPELES DE ABONO Y CERTIFICADOS.

j8 ,,

ARTICULO 8?

•

500 á r,500
r,500 á 5,000
5,000 á I0,000
ro,ooo á 25,000
25,000 en adelante .

ARTICULO 99

II. En todo otro avalúo: la mitad del corretaje que,
en caso de venta de lo avaluado, debería satisfacer con
arreglo á este Arancel una de las dos partes.
III. En avalúos cuyo valor sea estimativo, el corretaje será previamente co:ivenido.
IV. En la calificación de efectos, conforme á las
muestras respectivas 6 condiciones estipuladas en el
contrato: un octavo por ciento sobre el importe de dichos efectos.
V. En los reconocimientos de averías 6 adiciones de
efectos ó mercancías:$ o. 50 por bulto hasta la cantidad
de ro bultos, y de ésta en adelante $o.ro por bulto.

hasta$ r,ooo . . . . . .
de ,,
r,ooo á 5,000 . .
de , , 5,000 á 10,000 . .
de ,, ro,ooo á 100,000 . .
de ,, roo,ooo á $ r.000,000 . . .
de ,, r.000,000 en adelante, como
$500.

de$
de ,,
de,,
de ,,
de ,,

"

teniendo derecho á cobrar el doble de las cuotas expresadas si el balance se practicare en horas extraordinarias.
IV. En los traspasos ó ventas de establecimientos de
comercio, cuyo importe fuere hasta $500, incluyendo

I. En los papeles de abono que expidieren para acreditar la solvencia de una persona, compañía ó empresa,
cobrarán $ 5.
II. Por la expedición de certificados de minutas, inventarios y balances, $ 5 por la autorización y además
$ r por cada foja escrita del documento.
ARTICULO ro.
DISPOSICIONES GENERALES.

I. Cuando un Corredor, habiendo seguido uno ó más
días un negocio, desistiere de seguir sus gestiones por
no haber podido avenir á los contratantes, y otro Corredor toma en seguida el mismo negocio y lo arregla
con las mismas personas, consiguiendo de alguna de
ellas alguna diferencia, el primero no tiene derecho al
corretaje de la operación terminado por el segundo.
II. Cuando un Corredor haya propuesto una operación, y alguna de las partes contratantes, ó ambas, de
acuerdo, rehusaren maliciosamente su intervención, y
dicha operación se lleve á cabo, el pago del corretaje
se hará al Corredor en la forma que marque este Arancel, aunque dicho Corredor no haya terminado la operación.
III. Si después de celebrado un contrato con intervención de Corredor, sin vicio ni defecto por su parte,
convinieren los contratantes en rescindirlo, pagarán al
Corredor el corretaje correspondiente.
IV. Sólo los Corredores titulados tienen derecho á
cobrar corretaje, y debe ser conforme á las cuotas establecidas en este Arancel.
V. Queda derogado el Arancel de Corredores que
hasta la fecha ha estado en vigor, comenzando á regir
el presente el r? de Julio próximo.

LA EXPORJACION DE LAS ANTIGUAS MONEDAS DE ORO.

El art. rn de la ley de 25 de Marzo de r905, sobre
el régimen monetario de la República, previno que
las antiguas monedas de oro del cuño nacional dejadan de tener curso legal el día 1? de Julio de r906; y
el art. 59 de la ley de la misma fecha, sobre impuestos
y franquicias á la minería, exceptuó del impuesto interior del Timbre, únicamente la moneda de oro ó de
plata del cuño corriente nacional ó extranjero.
Como las antiguas monedas de oro han dejado de
tener circulación legal, y no son ya del cuño corriente,
causan, sea que se presenten en las oficinas de ensaye,
sea que se presenten en las aduanas para su exportación, los impuestos que sobre los metales preciosos es·
tablecen la ley de 25 de Marzo de r905, sobre impues·

tos y franquicias á la minería ya citada, y las demás
disposiciones relativas en los mismos términos que la
plata y el oro que se presenten á dichas oficinas en
cualquiera otra forma, pues, efectivamente, las antiguas monedas de oro no pueden ya considerarse sino
como pequeñas barras ó tejos de este metal, sin ningún
carácter monetario.
La exportación de estas monedas se encuentra, en
tal virtud, sujet~ á los preceptos del reglamento de 30
de Marzo de 1905; pero en atención á que tales monedas son de peso y de ley uniformes y á que su ley se
encuentra marcada de una manera fehaciente por la
Casa de Moneda que las acuñó, lo cual hace innecesario en la práctica que se verifiquén los ensayes que antes de la liquidación proceden respecto de los metales
preciosos, el Presidente de la República ha tenido á
bien acordar que se adicione el citado reglamento de
30 de Marzo de r905, en el sentido de que, para liquidar el impuesto del Timbre sobre las monedas de oro
de antiguos cuños, deberá aceptarse como ley la marcada en las monedas mismas, no cobrándose, por lo
mismo, derecho de ensaye, y haciéndose la liquidación
respectiva, en su caso, por la oficina de ensaye ó por la
aduana, según el lugar de presentación de las monedas. Sin embargo, á solicitud del interesado, podrá
procederse con estas monedas en los términos comunes
del reglamento, como si se tratara de simples barras
de oro.

FERROCARRILES.
LA LINEA DE GUAYMAS A GUADALAJARA.

Dicen de Mazatlán:
ce Por noticias que ha recibido la Cámara de Co~ercio de esta ciudad 1 de varios prominentes ferrocarrileros, se sabe que la empresa del Southern Pacific, ,espera
terminará fines del presente año el ramal que esta construyendo de Guaymas á Guadalajara. Co~ mucha. frecuencia se han recibido remesas de durmientes, neles
y toda
, clase de herramientas para los trabajos de terra.
cena.
Ha sido terminado un puente á través del Río Mayo
que cruza el Estado de Sonora, y pronto se ~naugurará
el servicio de carga y pasajeros hasta Nava3oa, pueblo
que está situado á tres millas del Sur de dicho río.»
RAMAL DE MARFIL A GUANAJUATO.

Pronto comenzarán los trabajos del mencionado ramal, que aunque de relativa corta extensi.ón, es importante por la dificultad de las obras que exige el terreno
quebrado que atravesará la línea.
Se ha calculado el costo del ramal en $672,000, comprendidas las construcciones y garitas, entre é?tas la
de Guanajuato que se anuncia será cómoda y lujosa.

IMPORTACION DE MAQUINARIA.

La empresa del Ferrocarril Internacional Mexicano
acaba de contratar con los Sres. G. y O. Braniff, de
esta capital, una gran cantidad de maquinaria que será
empleada en los talleres de Durango.
Entre ellas se encuentran dos máquinas Nordbarg,
de tipo no condensado, que obran á presión de roo li-

IOI

bras de vapor y hacen r25 revolucio~es por minuto.
Estas máquinas estarán conectadas directamente con
dos generadores que proporcionarán no solamente fuerza eléctrica, sino también alumbrado.
Esa maquinaria será instalada dentro de muy poco
tiempo.
EL FERROCARRIL DE CANANEA.

Según informa la prensa de la .frontera, ha qu_edado
concluído el tramo del Ferrocarril de Cananea, importante línea del Estado de Sonora, que parte de la estación de empalme, situada á cort~ dista.ocia del pu~rto
de Guaymas, y termina en NavaJoa, cmdad considerable á la margen del Yaqui.
Los trabajos se prosiguen con actividad en otro tramo
dilatado de la misma línea, el del Río Yaqui á Alamos,
en el que tan pronto como termine la terracería se procederá á colocar durmientes y herrar la vía.
Las obras concluídas, es decir, las de empalme á
Navajoa, son de grande extensión y de mucha importancia.
EL KANSAS CITY EN CHIHUAHUA.

Acaban de llegar á Chihuahua nueve furgones cargados con estructura de acero para. el puente q?e cerca
de Aldama construirá el Ferrocarnl Kansas City, México y Oriente.
Están muy avanzados los trabajos de construcción
del gran puente sobre el río Conchos, que mide 850
pies de largo.
De Tampico vienen para e?ta ciud.ad 400 carros.con
rieles para el citado ferrocarnl; la mitad de ese mtneral será enviada al Este de Chihuahua y otra al Oeste
de Miñaca, los dos extremos actuales de la vía.

ESTADOS DE LA FEDERACION.
JALISCO.
LA EXTINCION DEL LIRIO ACUÁTrco.-Como lo hemos venido anunciando ya, dice La Gaceta de Guadalaja1 a, los trabajos encaminados á procurar por la formal extinción del lirio acuático, planta que tanto ha
invadido la laguna de Chapala y los ríos que la atraviesan, tomarán mayor incremento dentro de muy poco tiempo. Debido á las gestiones hechas por el Señor
Ingeniero D. Andrés Aldasoro, Subsecretario de Fomento ante el Ministerio respectivo, ha quedado suficient~mente autorizado el Sr. Ingeniero D. Juan José
Matute, inspector de esas obras, para comprar dos vapores de regular calado, con objeto de limpiar la laguna de esa planta que tantos perjuicios ha causado en
los intereses de los habitantes de las riberas. Los vapores remolcarán un gran número de canoas, de manera que pueda conseguirse más rapidez en la ejecución de las obras.
Además de estos recursos de destrucción, se emplearán con el mismo objeto algunas concentraciones arseniosas.
Actualmente se hacen los trabajos de limpia en la
Ciénega, lugar situado á inmedi:=1ci.~mes ~e Jamay y
uno de los más invadidos por el Jacmto; ig uales operaciones se ejecutan en la Isla de Maltraña.

..

�I02

EL ECONOMISTA MEXICANO
CHIAPAS.

PUENTES EN TAPACHULA.-El Gobierno del Estado ha puesto empeño en la reconstrucción de los puentes de Tapachula, y que son: el de Cahuacán, continuación del camino que conduce á Guatemala, y los dos
del Coatán, levantados en la intersección de este río y
los caminos de Tonalá y las Chicharras, todos ellos destruídos por las avenidas del 1902.
El puente que comunica Tapachula con Tonalá y
el interior del Estado está ya reconstruído, y pronto
s~ comenzarán 1.os trabajps en el de las Chicharras. En
cuanto al que va á tenderse sobre el Cahuacán, se ha
inaugurado la obra que se considera importante por el
tránsito constante de la vía que conduce á Guatemala.
Este puente será de treinta y dos metros de largo por
cuatro y medio de ancho y quedará cubierto por techo
de lámina de fierro. Se calcula su costo en$ 13,000.
SONORA ••

ÜBRAS DE IRRIGACION.-La Compañía constructora Richardson, propietaria de 135,000 hectáreas de terreno en la región del Río Yaqui (Sonora), ha solicitado de la Secretaría de Fomento concesión para disponer basta de 55,000 litros de agua por segundo del
Río Yaqui, agua que conducirá por el canal construído
por la ccSonora and Sinaloa Company.,,
La Compañía solicitante prolongará este canal unos
20 kilómetros hacia el Sur, hasta llegar al terreno conocido con el nombre de &lt;e Lote número uno,» concedido al Sr. Max. Müller pan! colonización. Construirá,
además, otro canal al Norte del Río Yaqni, tomando
el agua de entre los pueblos de Los Hornos y Buena
Vista, á efecto de poder irrigar los terrenos que en esa
región posee dicha companía, y otras 25,000 hectáreas
de otros dueños.
ZACATECAS.

PLANTACIONES DE ÁRBOLES.-El Gobierno del Estado,
sabedor de la indiferencia con que algunas Autoridades políticas de los Partidos han visto la ley de 8 de Enero de
1897, que se relaciona con las plantaciones periódicas de árboles, ley á la que en ciertas localidades jamás se ha dado
cumplimiento no obstante su trascendental importancia, ha
expedido una nueva y .terminante circular dirigida á los
Jefes Políticos del Estado, exigiéndoles que cumplan al pie
de la letra con los preceptos de la citada ley.
Recomienda á la vez el Ejecutivo se cuide de que las
plantaciones se hagan los días señalados en la circular de
16 de Febrero de 1897 y conforme á las indicaciones de la
ley relativa.
El Gobierno expresa claramente en su circular que á los
infractores se les impondrán las penas á que se hagan acreedores.
SINALOA.

..

Los TRANVIAS DE LA CAPITAL.-EI Sr. Ingeniero
D. Manuel Bonilla, en representaci6n del Sr. D. H. Moseley, de Boise, Estado de Idabo, Estados Unidos de
América, ha solicitado del Ayuntamiento una concesión para establec.er un servicio de ferrocarril urbano
para carga y pasa3eros.
Se solicita exención de todo impuesto municipal
por el término de veinte años, y un subsidio de$ r,ooo
por cada kilómetro que se construya y ponga al servi~
cio público, siempre que la línea en su totalidad no ex~eda de cinco kilómetros¡ y si excediere, el A.y~nta,

•

EL ECONOMISTA MEXICANO

miento resolverá si debe 6 no pagarse algún subsidio
para la prolongación y su importe.
La empresa garantiza la construcción de la obra con
un depósito de $1,000 en la Tesorería Municipal, cantidad que quedará á favor del Erario del Municipio, en
el caso de que el concesionario faltare al cumplimiento del contrato.
CHIHUAHUA.

FINANZAS.
REVISTA FINANCIERA.
EL F.cONOMISTA,)

M~xxco, viernes 3 de Mayo de

Nueva York.

27 ......... 30% (1/¡6 alza)
29 , ........ 30,Vi (}i alza)
",,
30 .... , .... 30 7/ 16 ( x/16 baja)
Mayo 1? .. · ..... 30}/g ( x/i6 baja)
2 • .. ..... 30 3/ 16 ( 3/ 16 baja)
,,
3 .... · .. .. 30 s/16 ( % alza)

65}á ( s / v)
65~ (}.( alza)
66}i (!&lt;{ alza)
66 (;i baja)
65P8 (;i baja)
65}á (}( baja)

LE'fRAS SOBR!t PLAZAS EXTRANJERAS,

JAPONESES EN CIUDAD PORFIRIO DIAz.-Con 1110~
tivo de la última ley sobre inmigración expedida por
el Gobierno de la Unión Americana que .aumenta los
requisitos de admisión en los inmigrantes, se ha formado nna colonia de japoneses en el lado opuesto del río,
frente á Eagle Pass, en Ciudad Porfirio Díaz, en donde
se han agrupado desde que la ley de inmigración excluyó á los japoneses del territorio americano.
. La colonia es numerosa, y parece que los nipones
aguardan sólo una oportunidad para penetrar en Estados Unidos.

(Sn-vt't:io especial pa~a

Londres.

Abril

I907 ( 1

Nueva York., .... .... ..... ,, ........... vista
Londres............ . .... ....... .... . ... ,,
París. .. .. . .. . .. .. . .. .. . .. .. .. .. .. .. ,,
Alemania.............................. ,,
Viena... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,,
Italia,.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,,
España.... .. . .... . ........... ~. . . . . . . . ,,
Habana .... ... ... ,.. . . . . . . .. . .. . . .. . ..
,,

49.87
24.61
2.58.0
2.09.8
2.44.5
2.56.5
2.86.0
54.00

ro3

Productos de las aduanas en los nueve primeros meses de 1906-907, comparados con los de igual período
de 1905-906:
Nueve primeros
meses
de 19o6-907.

Nueve primeros
meses
de 1905-go6.

Derechos de importación .. .. $ 37 9%,921 So . $ 33.536, 144 89
Derechos de exportación.:.
8r3,514 89
687,942 97
Derechos de puerto.... .. ..
787,513 89
698,u3 79
TOTALES ... .. ,, •.. ,-$

39.587,950 58

$ 34.922,201 65

EL VALOR DE LA PLATA.

Los Corredores han comunicado una excelente demanda de plata, por parte de los Bazares de la India,
principalmente por plata para entrega á plazo, pero el
mercado para entrega inmediata ha estado algo irregular. El precio subió á 3or76 peniques, pero decayó
por ven tas especulativas á 30 73 peniques por onza, y
cier;a á 303{. peniques, demostrando una baja de r1ií
peniques.

El valor en moneda mexicana, del kilogramo de plata pura, que deberá servir de base para calcular, durante el mes de Mayo próximo, el impuesto del Timbre, de conformidad con lo qu~ dispone el decreto de 25
de Marzo de 1905, es el de $42.84 que resultó de multiplicar por 1,000 la cantidad de 30. 38 peniques, precio
medio de la onza &lt;•standard» de plata en Londres, durante el mes transcurrido entre el 20 del pasado y el
r9 del actual; de dividir el resultado entre 28 gramos
770719 millonésimos de gramo de plata pura que tiene
la onza e, standard,» y de dividir el cociente así obtenido, entre 24.65 peniques, promedio del cambio sobre
Londres en el mismo período de tiempo.

RENTAS FEDERALES.

LAS INVERSIONES DE CAPITAL FRANCES EN MEXICO.

LA PLATA.
(De «The Statist» de Londres del

20 de

Abril.)

p. m,)

ACCIONES DE BANCOS, INDUSTRIAS Y MINAS.

El mercado de valores bancarios é industriales ha tenido poco movimiento en la semana.
Banco Nacional de México. No ha habido operaciones y cierra con vendedores á $396 y compradores á
$394. En París se cotiza á frs. 1,025.
Banco de Londres y México. Se hizo ayer á $ 257 Yz
y $258, y cierra con vendedorf'sá $258Yz ycompradores á $ 257 Yz. En París se cotiza á frs. 668.
Banco Central Mexicano. Sé hizo el martes á $ 186 Yz,
el miércoles á $ 187 3{. y $ 187 Yz, y ayer á $ 187 y ...
$ r 87 )i; cerrando con vendedores á $ r 89 y compradores á $ 187 Yz. En París se cotiza á frs. 488.
Banco de Jalisco. Se hizo el lunes á $ r 17 Yz y$ r 17 ;}i,
y el martes á $ n8, cerrando con vendedores á $ n9 y
compradores á $ r 18.
Banco de Hidalgo. Se hizo ayer á $ I 52, y cierra con
vendedores á $ 155 y compradores á $ 150.
Banco de Tamaulipas. Se hizo el miércoles á $ 145,
y cierra con vendedores á $ 148 y compradores á $ r 44.
Compañía Industrial de Atlixco. Se hizo el lnnes y
el martes á $ 149, cerrando con vendedores á $ 149 y
compradores á $ 148.
Compañía Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey. Se hizo el sábado á $ 136 y$ 136 Yz, el martes á
$ 138, el miércoles á $ 140 y hoy á $ 1.39, cerrando con
vendedores á $ 140 y compradores á $ 139.
San Antonio Abad. Se hizo el sábado á $85, y cierra con vendedores á $ 87 y compradores á $ 84. ·
Los demás papeles no tuvieron movimiento y cierran
á los precios cotizados.
En valores mineros se registraron las siguientes operaciones: Angustias, á $ 188 y$ 185 el sábado; Aldebarán, á $65 hoy; Santa G~rtrudis y Guadalupe, á
$ ro3 el lunes y$ IIO el martes; Santa María de la Paz,
á $215 y $216 el martes, á $218 y $220 el miércoles
y á $225 hoy; Dos Estrellas, á $rn8 martes; Roma,
antigua emisión, de $ 55 á $ 60 hoy; Roma, nueva emisión, de $ 37 á $ 42 hoy.
Los precios diario~ d~ la plata han sido en la semana comQ sigue:

IMPORTANTE LEGISLACION.

PRODUCTOS DE LAS ADUANAS FEOERALES
EN LOS PRIMEROS NUEVE MESES DE 1906-907.

Las aduanas federales han recaudado durante el mes
,de Marzo, las siguientes cantidades:
Derechos
de importación
segúu Tarifa.

Acapulco ............ . ................ .$
8,rgo 96
Agua Prieta. . . .. . .................. .
42,338 Il
Altata ............................... .
r,727 37
Camargo ........................... .
251 12
Campeche .. ... ... ......... . ....... : . .
15,748 go
Coatzacoalcos .... ........ . .... . ..... .
9, 128 28
Chetumal. . ....... .... . ... . . . . ....... .
1,631 54
Ensenada . ............. ..... .. ... . .. .
5.974 72
Frontera ............ . .. .. .. . ....... . .
31,882 53
Guaymas............................ .
35,721 86
Guerrero ... . .. .... ........... ... .... .
237 Ol
Isla del Carmen .... ... . . ...... 7 . . .•••
17,651 97
CiudadJuárez ...................... ..
309,226 08
La Morita ... .. ... ......... . ......... .
91,886 55
La Paz .......................... .. ... .
I,544 83
Laredo ...................... .. ...... .. 537,365 TO
Las Vacas ................... . ..... . .
693 93
Mauzanillo ..... ............. ....... . .
4 565 43
Matamoros........... . ............. .
7,068 76
Mazatlán ......... .'............ . .... .
58,370 I I
Mexicali. ...... .. . ... ..... ........ .. .
9,422 92
México .............................. .
294,002 80
Mier .............. ........ ... ....... .
630 00
Nogales ....... . .. .. . ...... ......... .'.
121,83 ( 97
Ciudad Porfirio Díaz ... .. .. .... : .. .. ..
254,505 25
Progreso .... . ... ...... . ..... : ........ .
244,038 17
Puerto Angel. . . . . . . . . . .... ........ .
4 05
Salina Cruz. . ........................ .
6, 187 30
San Bias............................. .
1,356 71
Santa Rosalía.................... . ... .
II,503 48
Soconusco ................... ,., .. , .. .
16,935 30
T~mpico ............................ .
895,571 05
T1Juana .................... . ......... .
r ,243 79
Tonalá .............................. .
40 89
Topolobampo ...................... ..
r,746 23
Túxpam .... ..... .......... . ........ .. .
735 65
Veracruz............................ ·- r.517,918 69
Zapaluta . ....................... . ... ..
58 44
SUMA ........... · ... ·. $ 4.558,917 85
Derechos de exportación.,. . . . . . . . . . . . .
85,497 li1
Derechos de puerto...... . . . ........•....
92,512 23
!Ol'A~ .... , , .. • · , • • .. , .. $ 4· 736,927

69

En vista del constante aumento de inversiones de capital francés. en México, el art. 30 de la ley Hacendaria francesa, aprobada por la Cámara de Diputados el
14 de Diciembre de 1906, resulta de gran interés para
este país. Este artículo manifiesta explícitamente las
condiciones en las que las acciones, bonos ú otras seguridades de compañías francesas ó extranjeras pueden
emitirse, ofrecerse y venderse en Francia. La siguiente es una traducción literal del texto original oficial,
que no es generalmente conocido en México:
« Art. 13- Desde el 1C? de Febrero de 1907, la emisión,.
negociación y oferta para su venta y venta en Francia de acciones, bonos ó seguridades de cualquier naturaleza, de compañías francesas ó extranjeras, estarán
strjetas á las condiciones siguientes:
«Todas las noticias, prospectos, inserciones en los
periódicos, circulares y solicitudes de subscripción ó
compra, contendrán las especificaciones siguientes, tanto respecto á las acciones como á los bonos (detenturas):
« 1C? El nombre 6 título de la Compañía.
e&lt;2&lt;! La nacionalidad de la Compañía.
e&lt; f! La oficina registrada.
e&lt; 4C? El objeto de la Empresa.
ce 5C? La duración de la Compañía.
ce 6C? El monto del capital nominal, la naturaleza de
cada acción y el monto del capital no pagado.
c&lt;7C? El último balanceó la declaración de que no se
ha retirado ninguna parte del capital.
&lt;&lt; Además, en el caso de las acciones, deberán darse
detalles de todas garantías de los directores, del gerente
y de todas las otras personas que intervengan en la negociación, así como de todas las propiedades adquiridas originariamente por la Compañía (apports en nature) de las can ti dad es pagadas ó pagaderas porlas mismas,
de los modos de convocar las asambleas generales y del
lugar de reunión de éstas. En el caso de los bonos, deberán darse detalles de la cantidad de bonos ya emitidos
porJa Compañía, enumerando las garantías que ofre~~

�I04

EL ECONOMISTA MEXICANO

c:3-n el n~mero y valor de los bonos que deberán emitirse, el mterés pagadero por los mismos y el tiempo y
condiciones de dicho pago.
ce Los requisitos anteriores serán objeto de una declaración certificada por los emisores, quienes deben estar
domiciliados en Francia. Esta declaración deberá insertarse, antes de hacer toda operación pública, en el suplemento del journal Officiel en la forma que se determinará por decreto.
« Esta inserción, con referencia al número del periódico en que se haya hecho, se mencionará en todas las
noticias, prospectos,artículosde prensa, formas de subscripción ó compra.
«Toda Compañía extranjera que proceda á hacer en
Francia una emisión pública de acciones ó de bonos estará obligada, además, á publicar íntegra, en el mi~mo
suplemento del Diario Oficial y antes de toda emisión,
el acta de constitución de la Compafiía.
ccToda infracción de las disposiones anteriores será
castigada con una multa de 10,000 á 20,000 francos.
&lt;&lt; El art. 463 del Código Penal es aplicable á las disposiciones de la presente sección.
ce La inserción en el Diario Oficial, ya sea de la declaración cuya publicación se requiere ó de la escritura
de constitución de una Compañía extranjera, no implica
el registro de las formas de subscripción.»

MERCADOS EXTRANJEROS.
MERCADOS MONETARIOS.
r3 de Abril de r907.

tamos á corto plazo, y de 3 á 4% en los al día. Los
precios posteriores de los préstamos han sido de 3.Yz á
4 3-{ en las operaciones al día, y de 3Yz en las á la semana. El mercado del descuento se vió influído al principio por la distribución del oro procedente del Sur de
Africa y de Oriente, y los precios se fortalecieron ligeramente cuando se supo que Nueva York había comprado una gran parte de las cantidades entradas. Como
después se ha visto que una cantidad considerable debía quedar en Inglaterra, el mercado se ha vuelto más
fácil. Por lo demás, los precios han estado siempre muy
por debajo del tipo oficial.
En París el descuento privado continúa, sin gran
variación, á 3~%.
El dinero queda abundante en el mercado libre de
Londres, habiéndose aceptado 4% para el papel, á 2,
3 y 4 meses, y 3pá% en el á 6 meses.
En Berlín la tendencia más floja de la semana anterior ha hecho nuevos progresos. Aunque todavía ha
habido una demanda muy fuerte de dinero, las acumulaciones de los Bancos se hicieron en ta·n grande escala,
en previsión de los acontecimientos, que el precio del
dinero á la vista y para corto plazo ha teuido que descender, quedando á un 4%. También el mercado libre
del descuento ha comenzado á flojear, con la perspectiva de una reducción considerable de los precios en
muy breve plazo.
El precio en ese mercado ha bajado desde 5 Yz % á

578·

En Nueva York la situación ha cambiado notablemente, según dejamos dicho al principio, por haber colocado Mr. Cortelyon en los Bancos Nacionales una
gran cantidad de numerario. El cambio de la situación
ha sido tan rápido, que las 55,000 libras en oro compradas hace poco en el mercado libre de Londres para
N neva York, á 77 chelines ro 78 peniques, se han revendido al Banco de Inglaterra á 77 chelines 9Yz peniques, habiéndose considerado más beneficioso pasar
por esta pérdida que embarcar el metal con el cambio
al nivel presente y con el nuevo tipo de interés más
bajo en Nueva Yotk.

La situación de los mercados internacionales ha presentado un aspecto mucho mejor, á causa, muy principalmente, del importante auxilio que el Secretario
del Tesoro norteamericano ha prestado á ]os banqueros de su país. Con tal motivo, las disponibilidades en
Nueva York han venido á ser abundantes, y el precio
de los préstamos á la vista ha descendido hasta un nivel bastante bajo, habiéndose podido conseguir el diREVISTA DEL MERCADO DE NUEVA YORK
nero á plazo á 5% y habiendo subido el cambio sobre
Londres muy por encima del gold poi'nt (punto de sa( Especial para Et ECONOMISTA Ml!:XICANO.)
lida del oro desde esta plaza).
NUEVA YORK, Abril I9 áe I907.
Ahora que Mr. Cortelyon, el Secretario del Tesoro
norteamericano, ha empezado á poner en movimiento
Aunque los Bancos de esta plaza aumentaron su nugrandes cantidades, es posible que adopte las medidas
merario en $4.759,000 durante la semana, se experinecesarias para impedir una renovación de la contracmenta bastante inquietud en todas las transacciones y
ción monetaria en Nueva York, durante bastante tiemayer fué el día más calmado que ha tenido la Bolsa en
po, ó por lo menos hasta que Londres se halle en conel presente año. Los únicos valores que gozaron de
diciones de poder hacer frente á cualquiera demanda
algún movimiento fueron los de los sistemas ferrocaimportante de oro, procedente del mercado americano.
rrileros y las acciones de cobre.
Como consecuencia de tal subida en el cambio norEl mercado se mantuyo firme al 2 Yz %.
teamericano, la esperanza de una reducción del desEl número de acciones transadas fué de 3r3, 200 y
cuento por el Bánco de Inglaterra, que se venía señael valor de los bonos vendidos subió á $ r. 121,000.'
lando como probable, se ha visto recientemente confirEn el mercado de productos mexicanos se nota una
mada. El Banco de Inglaterra ha bajado su descuento
alza en el chicle y la vainilla, y flojedad en los cueros
á 4,Yz% desde 5 á que estaba. Como prueba de la mede res, café y zarzaparrilla.
jora positiva de la situación, podemos aún añadir, que
Los pesos mexicanos se cotizan de 50 Yz á 53 Yz cs.
no se han confirmado los temores de una nueva subida
La plata comercial en barras cerró ayer en Londres á
del descuento por el Banco de Francia.
30/-¡r d. la onza. En Nueva York se cotiza de 65U á
La situación especial de los principales mercados es
67%
cs. La plata fina, ensaye del Gobierno, de 65Já
la siguiente:
á 67 ~ . Su precio oficial es de 65 ~ cs. la onza.
En Londres las condiciones se han vuelto más fáLa exportación de mercancías verificada por este
ciles, y ante la abundancia de dinero por el reparto de
puerto, en la semana que terminó el 13 del corriente
intereses y dividendos de fin de trimestre, los Bancos
ascendió á $ 14.897,719. La exportación á México fué
han prestado en mayor escala, cotizando 3Yz% en présde $320,841.

EL .ECONOMISTA MEXICANO
CAMBIOS.

6o días.

A la vista.

Londres ....... . .......... . ... . 4.82.40 4.85-40
París, francos ... ......... . ... ... . 5.2373
5.20u
Ginebra, francos ..... ..... .... .. . 5.22~
5.19%
Berlín, reichsmarks . . . . . . . . ... .
93%
94 7 /i6
Arusterdatn, guilders ............ .
39 1S/i6 40~
México sobre Nueva York ... .... . 200%
PRECIOS CORRIENTES.

Azúcar.-Mascabado, de 89 grados, á 3, 26. Centrífuga, de 96 grados, á 3.76. Granulada, fina, á 4.80.
Cafl.-Córdoba, lavado, de 9.Yz á: 12; sin lavar, de
9 á 9U· Coatepec, lavado, de 9U á 12 ;i ; sin lavar, de
9U á ro3,{. Oaxaca, lavado, de 9U á 12 3-{; sin lavar,
de 9.Yz á roJ,{.
Caucho.-Para, ii.no, de $r.16 á $r.16.Yz lb.
Ckicle.-De 50 á 52 cs. lb.
Cueros de res.-Los secos, escogidos, de Túxpam y
Matamoros, á 23. Tampico, Veracruz y Tabasco, á . ..
22U cs. Los salados, escogidos, de Veracruz á 13.Yz
cs. México, á 14 cs. Matamoros, á 16 cs.
'
Henequén.-Sisal, á 7 cs. lb.
Ixtle.-De 4U á sU cs. lb. •
jalapa.-De 16 á 22 cs. lb.
Pi~les de venado.-Sisal, á 42. México, á 38.
Pieles de cabra.-Tehuacán, á 51 cs. San Luis y
Zacatecas, á 48. Oaxaca, á 53.
vainztla.-Superior y entera, de $ 3,50 á $7; retazos, de $3,25 á $3.75 lb.
Zarzaparrilla.-De 8~ á 8U cs. lb.

ros

En Santander la situación es siempre favorable á
los tenedores por el crecido costo á que vienen á salir
las compras actuales en el . exterior y por el recargo
que supone la subida del cambio. Cotízanse: ·ocumares, de 6.26 á 6.52 pesetas el kilo; Choronis superiores, de 4.65 á 5.70; corrientes, de 4.45 á 4.60; Carúpanos y Golfos, de 3;80 á 3.85; Guirias y Ríochicos,
de 4. ro á 4. 2 S; Guayaquil Arriba superior, de 4. 20 á
4.25; corriente de 3.90 á 3.94; Balao, de 3.65 á 3. 70;
San Tho111é, de 3.45 á 3.60; Fernando Poó, de 3.55

á 3.60.
Cafés.- En Barcelona no se han registrado arribos

durante la semana, 'y la venta sigue regular. Los precios para el consumo son como siguen: Moka, según
clase, de 32.50 á 33,50; Puerto Rico, Caracolillo, de 28
á 29; Yauco, de 27 á 28; Haciendas, de 25.50 á 26;
Caracas, de 25 á 26; Santos de 21 á 23; todo por duros los 41.6 kilos.
En Santander, la venta sigue normal, sin que los
precios hayan sufrido variación sensible.
En N neva York se ha cotizado el Río núm. 7 disponible á 7 centavos, con mercado sostenido, pero encalmado.
En Río Janeiro, el mercado también ha estado sostenido, cotizando en reis el café Río núm. 7 á 3, 97 5.
En Santos, el precio del Standard, núm. 7, ha sido
de 3,000 reis, con mercado apenas sostenido.
PRODUCTOS MEXICANOS EN HAMBURGO.

REVISTA DEL MERCADO AZUCARERO.

Especial para EL ECONOMISTA MEXICANO,
(~pecial para Et ECONOMISTA MEXICANO,)

Lrv&amp;RPoor,, Abril r7 de 1907.
El mercado de caña sigue sostenido pero quieto; se
ha vendido azúcar mexicano granoso á ro. 7Yz el quintal, en muelle Liverpool, y azúcar peruano granoso á
ro. 3 y mascabado á 8.3.
El mercado de betabel se ha afirmado y los valores
del dulce han subido en cosa de 3 peniques el quintal,
vendiéndose el 88% por entregarse en-Mayo á 9. 5, Agosto á 9. 7, y Octubre á Diciembre á 9.3 el quintal f. a.
b. Ham burgo.
Cotizamos nuestros tipos como sigue:
Número r. Azúcar blanco (Guayaquil) de u}( á rrJ( chs. qq.
,,
2.
,,
amarillo idemerara) ,, ro}( ,, IIJ4
,,
3. ,,
granoso (mexicano) ,, ro)( ,, ro}(
"
4. ,,
granoso (mexicano ) ,, 9J( ,, ro}.(
,,
5. Mascabado mexicano. . . . . . " 8 ,, 8~
6. Mascabado mexicano .. .. 11 7J,; ,, 8

..

L EDWARD, BIBBY Y C~

MERCADOS ESPAÑOLES.
( El Economista, de Madrid, fecha 13 de Abril de 1907.)

Garbanzos.-Cotízanse en Valencia; Alfarnate de
1&lt;!-1 á 75 pesetas; ídem 2&lt;!-, á 68; ídem .3&lt;!-, á 62; Pelón
d e I ~' a' 75 ; 1'd em 2.,
ª á 59; arrugad o 1.,ª a' 58 ; 1'd em 2.,ª
á 48. De Bastilla .núm. 30, de 36 á 37 granos, 160 pesetas; núm. 26, de 38 á 39, á 158; núm. 24, de 41 á 42,
á 136; núm. 20, de 45 á 47, á u5; núm. 16, de 48 á
50, á ro6.
En Barcelona todo sigue lo mismo.
En Toro (Zamora) vuelve otra vez á su anterior actividad la sementera de garbanzos que estaba interrumpida por la falta de humedad. Los mejores garbanzos
de simiente se han vendido á 40 pesetas fanega.
En Villada (Palencia) se cotizan de 120 á 220 reales fanega, según clase y tamafio.
Cacaos.-No ha habido alteración de precios en Barcelona.

HAMBURGO, 30

de Marzo de 1907.

Ca/é.-Las entradas en los puertos brasileños han
continuado sumamente fuertes con el resultado de una
nueva baja en el mercado á plazo, cotizándose hoy día
el «Good average Santos ))á 29% pfs. para Abril, á 30Yz
pfs. para Julio, á 313-{ pfs. para Octu.bre, y á 3q{ pfs.
para Enero próximos, cuyos tipos son cosa de 2 pfs. más
bajos que los de fines de Febrero. En cuanto al mercado legítimo no fné afectado en nada por esta baja, lo
cual ~e debe principalmente á la escasez de cafés finos
y superiores, los cuales por consiguiente han podido
realizarse sin dificultad á precios ll!ºY llenos. Cotizamos á H pfs. el Yz kilo por el de tercera, á H pfs. por
el de segunda, á H pfs. por el de primera, y á H por el
de suprema clase; el café en pergamino vale de H pfs.
el Yz kilo en el muelle por el de clase regular á
pfs. por el de primera, y hasta ·H pfs. por el de ~u prema clase. El mercado cierra algo encalmado.
Caoba.-Se· verificaron algunas transacciones y sigue la demanda.
Cascalote.-Seguimos cotizando cerca de M. 12 Yz los
50 kilos por el de México de primera.
Cedro.-Tendencia para abajo.
Cera de ab~/as.-Solicitada al precio de M. 284 á
M. 286 los 100 kilos, por la legítima amarilla.
Cuernos de res.-El mercado estuvo bastante encalmado durante todo el mes; sólo en los últimos días llegaron algunas partidas de importancia 1 lo cual di6 algún movimiento.
Cotizamos los de México de M. 20 á M. 30 el ciento,
según calidad.
Cueros de res.-El mercado ha ido aflojando un poco
cotizándose:
'

H

Secos, según clase y procedencia. 95/ 100 pfs. el % kilo (sin clasificar)
Salados. ídem ......... . . .... ... 57/6! pfs. el ){ kilo (sin clasificar)

Chapapote.-Hubo pocas entradas, solicitándose al
clase dura y lustrosa de México, al precio de M. 20 á
M. 2 r. 50 los roo kilos.

�\

I06

EL ECONOMISTA MEXICANO

Esenda de lináloe.-Abundan las ofertas, pero no
obstante esto los tenedores siguen pretendiendo el precio de M. r6.50 el kilo, sin que empero haya sido posible efectuar venta á tal precio hasta ahora.
Henequén. -Cotizamos nominalmente á M. 37 los
50 kilos, no habiendo habido ni ventas ni entradas.
Hule.-Sin cambio en la situación cotizamos de M.
3. 75 á M. 4. 70 el ~ kilo por la greña, y cerca de M. 3.60
po:.- el tasajo, El de guayule se cotiza nominalmente á
cerca de M. 4 el kilo por la clase buena, con la rebaja
correspondiente por las clases in ferio res.
Ixtle.- Llegaron 4,069 contra 3, 840 pacas en el mes
correspondiente de r906, resultando hasta la fecha una
importación total de 6,751 contra r r,651 pacas en la
misma época del año próximo pasado. El mercado ha
ido afirmándose algo, solicitándose sobre todo la fibra
de palma á precios altos. Cotizamos:
Jaumave de primera, de............. M.
Jaumave de segunda, de.......... ...
Ti¡.la superior, de.......................
Tula de primera, de....................
Tula corriente, de................ .....
Palma.de primera, de......... ..... .
Palma de segunda, de...... .........

26.50 á :\T. 27.00 los 50 kilos.
25.0'&gt;
26.00
24.50
25.00
23.50
24.00
22.00
23.00
25.00
2S.o::&gt;
23 oo
24 50

Ja!apa.-Escasea muchísimo la superior que sacaría
de 100 á 150 pfs., mientras que la corrieqte se paga de
60 á 95 pfs. el kilo, según clase.
Mz'e l de abejas.-Abundantes las entradas, de las cuales buena parte resultó ser mercancía de la cosecha anterior, la cual sólo con dificultad pudo colocarse. Cotizamos actualmente cerca de M. 20 los 50 kilos por la
clase buena.
Palo Brasz'l.-Si,n demanda, seguimos cotizando nominalmente de M. 7.50 á M. 8 los 50 kilos por proceder.cías de Altata, Playa Colorada, etc., y cerca de M.

EL ECONOMlSTA MEXléANO

5.50 por la madera de Veracruz, embarque por vapor,
opción Havre y Hambnrgo.
Palo moral.-Se mantiene firme la tendencia, cotizándose cerca de M. 5.25 los 50 kilos por la madera de
Veracruz y de Tampico.
Palo de túzte.-Signe la situación de antes, cotizándose nominalmente de M. 6.50 á M. 7 los 50 kilos para
los embarques de Campeche y Champotón; de M. 5 á
M. 8 para la madera de Laguna, y de 1\1. 6 á M. 8.50 para
la de Yucatán.
Tabaco.-Entraron 972 y se vendieron 294 pacas,
quedando una existencia de r, 382 pacas en primeras
manos. Se están colocando fácilmente todas las procedencias con excepción de la de San Andrés; los tenedores pretendiendo precios demasiado altos por la misma. Hay muy buena demanda por los tabacos de San
Andrés, y una vez que los tenedores hayan reducido
sus precios, sin duda resultarán transacciones también
en esta procedencia.
Zacatón. - Se introdujeron 2,577 coutra 2, 199 pacas
en Marzo de 1906, ó s~a por todo 6,762 contra 8,289
pacas en los tres meses correspondientes del año próximo pasado. En vista de entradas tan reducidas, los
marchantes tuvieron qne abastecer su consumo en el
Ha vre, en donde los precios parecen haber bajado, mientras que por aquí todo cuanto entró se colocó volando
á precios otra vez más altos que antes. Ojalá que pronto
aumenten las entradas para este puerto.
Zarzaparn'lla. -En vista de ofertas abundantes, se
cotiza cerca de 70 pfs. por la ccrriente á buena, mientras que la superior, de la cual entró muy poco, sigue
sacando los precios altos de roo á r50 pfs. el kilo, y
más, según calidad.
MARTIN ScHRoDER y

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FINANZAS.
MÉXICO, MAYO 3

(r

P. M.) DE 1907.
Vende- Com- Hecho.
dor. prador.

COMPAÑIAS INDUSTRIALES.

MERCADO MONETARIO.

D{:scnento de Bancos .. :.................; ........................... 9% á 10% j
Ma11ufacturera «El Buen Tono».............. ..
,,
de1 Comercio ... ..................................... ..
,,
de Letras...............................................
1
,,
acciones preferentes, 7%--..
Fábricas de Papel de «San Rafael».......... ..
Intereses sobre inmuebles ..............................., ....... ..
Oro mexi~ano (monedas de $20) ............................ ..
Industrial de Orizaba ............................ ..
,,
«San Antonio Abad»............... .
Cervecera Toluca y México ................... ..
francés (por uu peso) ................................... frs.
Poteuci~ Eléctrica, E. de Hidalgo ........... .
Ind11str1al Manufacturera «La Teja»........ ..
,,
Veracruzana ......................... ..
Aguas Gaseosas, S. A............................ ..
FONDOS PUBLICOS.
Indust_rial de ~emento Privilegiado ... ....... .
Bouos Mexicanos del 3% (Cousolidados) ........ 68 á67 Hecho
Eléctnca é Irrigadora de Hidalgo .......... .
,,
"
,,5%1\2~,l4~y5~series.101 ,,100,,
Industrial de Atlixco ...... ...................... ..
. ,,
Obligaciones 12%... ..
. ,,
Cigarrera Mexicana ........................ ...... ..
Industrial Jabonera de Laguua ... ..... ...... ..
CAMBIOS SOBRE EL EXTERIOR.
Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey.
F~rrocarriles del Distrito. Bonos del 6%, ..
Pl,AZAS.
BANcos.
BANQUERos.
Fabrica de Fibras «La Aurora», .............. ..
- - - - - - - - - - - - - -1--:.::.:....:.:..::.:__¡...::.::..:~::.:::. 1 Jabonera de Torreón, «La Unión,............. .
Seguros, «La Mexicana" ......................... .
LONDRES, vista ................................. ..
24.61
,,
60 días vista ...................... ..
,,
,,
Liberadas......... ..
«La Casa Colorada» ............................... .
PARIS, vista ................................... .
2.58.0
NURVA YORK, vista ......................... .
. Negociación Agrícola de Xico y Anexas .. .
49.87
«San lldefonso,» Fábrica de Tejidos........ ..
HAM!URG&lt;;&gt;, vista ........................... ..
2.09.8
ESPANA, vista .................................. .
2.86.0
HABANA . ..............................., ....... ..
54.co

:: ::!~~rl~::: ::::::·:.-::::::::::. .::::::·.:·.::· :·_·_:::·.:::::::·.:::::

:

----

230
190
141
271
87
290
132
So
252
Il5
120
170
149

220
185
140
266
84
285
130
70
248
IIO
llO

135
470
140
101
100
40

160
148

149

131
46o
139

139

100

95
30

ns
ns

IIO
IIO

65
8o
65

63
60
59

MERCADOS EXTRANJEROS.
BANCOS.
Vende- Cotu- Hecho
dor. prador.

----Nacional de JHé,dco............................... $ 396
,,
.,
Bonos fundadores.....
.. ...
De Londres y México............................ 258~
,
,,
.
nueva em. $195
Central Mexicano ...... ......... . .. ... ......... 189
l11ternacio11al é Hipotecario................... 188
,,
Serie A, Bonos del 6'f'&lt; 102&gt;(
Serie B....................
102)&lt;(
,,
Serie c..... ............... 102)&lt;(
Mi11ero de Chihuahua... .. ...................... 190
Oriental de Pnebltl............ ....... ...........
167
Mercantil de .Monterrey.......................... 150
,,
,, Veracruz............................. 176
,,
,,
,,
Bonos fundadores .. .
Agrícola é Hipotecario ......... ........ .......
144
,,
,,
Bonosdel6% ...... 101
De Coallnila........... .. ............................
138
Del Estado de México............................ 150
,,
,,
Bonos fnudadores.
De Nuevo T,eóu.. .................... ......... ...
230
Occidental de México............................. 140
De Sau l,uis Potosí.. .. ..... .................... 200
,,
,,
Bollos fundadores........ 550
De Durango ......... ......... .............. ......... 134
DeJalisco ............................................ :. 119
De Zacatecas (exhibición $60)................. 150
.,
Bonos fuudadores .............. 250
De Tabasco ............................................ . r30
De Agnascalientes. ................................. 125
De Sonora........................ .................... 240
,,
Bonos fuudadores .................. .
De Guanajuato......... ............................. 148
De Campeche................................ ........ uo
De Michoacán ....................................... II9
Americano ............................................ 405
De Hidalgo............................................ 155
,,
Bono fundador.............. ......... 16o
De Morelos ...... ............ ................ ........ 133
DeTamaulipas........................... ... ........ 148
,,
Bonos fundadores........... ... 200
De Querétaro extm. $30 ........ ....... ... ..... 107
Yucateco.. ........ ................... ........ ......... 170
United States Banking C~.................... ... 185
Compañía Banquera Veracruzana........... 135
,.
Terrenos de la Calzada Chapultepec, Bonos hipotecarios 8% ............. 540

393
257~

258

187 Ji 187!.(
r85
101u
101U
IOI}¡¡

180
165
143
172
r42

LONDRES, Mayo 3.
Empréstito Mexi_c~no ........ :........... ............ 5%, oro.
102
,,
. .Mumctpal Mexicano................
,,
IOI~
Pesos Mexicanos................................. .................... . Nominal.
Plata en barras, por onza ...... .................................. .
30 5/16
Acciones del Rauco Nacional de México................... ..
39~
Bonos de la Deuda Nacional 3%............................ ..
33}(
,,
Interior 5&lt;;:-¡¡ ............................... .
52

PAR1s, Mayo 3.
AcGioues del Banco Nacional de México." ............... .

1,025

NUEVA YORK, Mayo 3.
Plata en barras ....... ........................................... Dls.
Pesos Mexicanos.................... , ........................... ,,

o.65Js
0.50~

PRECIO MEDIO DE LA PLATA EN BARRAS.

JO()~

134
1-47
220
135
190
500
130
118
145
200
rr5
120
230
146
1o6
II7
390
150
150
131
144
175
102
160
180
125
535

.....

NUEVA
l\IHS.

r1 - - - - - - - - - - - - 1 - - 1 9 _ o s _ .

n8

Enero .....................
l!ebrero .................................................
Marzo .........
Al,ril. ...,..............................................
Mayo.....................................................

LONDRES.

/~j

1905.

1906.
30.113
30.464
29.854
29.984

30.185
30.u3
30.529
31.483
32.153
32.659
31.995
30,876

Septiembre ...........................................
Octubre .................................................
Noviembre ..........................................
' Diciembre ..............................................

6o.69&lt;&gt;
61.023
58.046
56.6oo
57.832
58.428
58.915
6o.259
61.695
62.034
63.&amp;¡9
64.850

65.288
66.1o8
64.597
64.765
o6.976
65.394
65.105
65.949
67.927
69.523
7, 12

O¡o

27.930
28.047
26.794
26.1o8
26.664
26.910
27-163
27.822
28.528
28.637
29.493
29.977

Alfo...................

60.352

66.458

27.839

J;;li~~-:::::.:--::::.::::::::::::::::::::::::::·:::::::::::·
Agosto ...................................................

152

YORK. 1

ó.

so.g68

DESCUENTOS DE BANCOS.

145

COMERCIO.
LON.OR.l!S ..... .. . ............................ ..
PARIS ............................................ ..
BRRLIN .......................................... ..
AMSTBRDAM .. " ................................ .
BRUSELAS....................................... .
VIItNA ................. . ........................... .

BANCOS.

4Jti
3~
6
6
5

4~

�I08

EL ECONOMISTA MEXICANO

EL ECONOMISTA MEXICANO
PRECIOS CORRIENTES EN LA PLAZA DE MEXICO.-Mayo 4 de 1907.

COTIZACION DE LAS PRINCIPALES ACCIONES DE MINAS.
VIERNltS 3 (r
o .

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ESTADOS

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8 f! ~
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1- --

P•

.M.)

DE

u

Luz de Borda. aviadora. .. ..... 3000
aviada ............ 1000
s'~ntiago /Anexas, Tlalpuja~ua 4000
,,
,,
Bonos hipotecarios ···-·· ..... .. ...
400
Aldebarrán ............................ 2000
Alacrán ........ ······················· 2400
Bella Mañana, contribuyentes. 1800
liberadas........
8oo
" Despacho
"
Buen
.......................
Dos Estrellas........ .. .............. 300000
La Reforma, aviadores .......... 200C
.,
liberadas, t ac" ciones ..
················· ....... 1000
Providencia de Zacualpan ....... 3000
Santa Ana, (á) Esperanza........ 2400
Santa Rosa ............................. 2000
Victoria y Anexas «El Oro» ..... 2400
,,
liberadas . .... 1200
Antarés, :{&gt;agadoras................. 2400
,,
ltberadas.................. 1200
Borda, antigua y anexas, paga·
doras ................................. 6ooo
Ideru ídem liberadas . .. ............ 6ooo
San Patricio, pagadoras .. ....... 2000
,,
liberadas............ [000

......

..

*26
35
30

ro

*51

8

SAN LUIS POTOSI.
3000 100 ......
2000
13 310
400 exh. 300
96oo "
228
2400
80 ......
10
IO
3000
2500
20 430

25
290
280
225
......

5

8
I2

410

HIDALGO.
Alianza ..................... ............ 128oo
*71 Amistad y Coucordia........ ...... 12800
Cal y Cauto, aviada. ....... .... .. 1200
Camelia, aviada ................... uoo
*40 Carmen, aviada....... ....... ........ 1100
11
254 Compañía Real del Monte, aviadora.................................. . 2554
225 Dinamita y Anexas, aviadora, .. 1600
,,
,,
aviada..... . 800
*1 Jil Encino, avia&lt;..loras............ .. 1120
*1
,
aviadas ............... .. 640
Guad~lupe Hidalgo, aviadora .. 1440
,,
.,
aviada..... 48o
*1 13 Guadalupe Fresnillo y Ane.xas
y Hacienda Purísima Grande. 1000
*20 Guadalupe, Fresnillo.............. 1400
*33 La Blanca y Anexas ............... 12500
170 · La Reina y Anexas, aviadora.... 56oo
Luz de Maravillas, aviadas... ... IIOO
M::ravillas y Allexas, aviador... 168o
*92 Maravillas y San Eugenio, aviado.................. .. .................. 1000
Maravillas el I,obo........ ......... 1000
192 Palma y Anexas, aviadora....... 18oo
.,
,,
aviada.... ...... 6oo
Refugio, aviada ......... ............ r28oo
2 Santa Ana y Auexas, aviadora. 9000
,,
,,
,,
a viada. . . 6oo
*409 Santa Gertrudis y Guadalupe,
aviadoras .......................... 60000
~86 Santa Gertrudis y Guadalupe,
aviadas.. ...... .. .... ........ ..... ·9600
•201 San Rafael y Anexas (Tromp1llo) ... ... ............................... 1200
*2or San Rafael, aviada........... .. 1200
*99 Soledad, aviada...................... 96o
~r24 Sorpresa, aviada........ .. . . 96o
92 San Felipe de Jesús, aviadora. . 36o0
,,
,,
,,
aviada..... 12oc,

NOTA.

a ..

.

~=

ro

50

lO

20

25
15

......

[O

100 70
50 100
100 15
100 20
100 6o
l
II2
roo 35
100
20
10
100
100
100
roo
100

20

5

40
15
6

...
...

50
108

25
15

.....

IOO

85
90

8o
85

100
100

5

.....

20

8

50
100

95
6o

85
40

2500 120
2500 exh.
2400 50
16
2500
2500
5
2400 100
600 100
JO
2500

15
60
8
20
15

10
40

.....

40

30

3500

15

6

.....

1500
2¡',00

r5
2

9
65

100

NOMBRES OE LAS COMPA&amp;IAS

65

·····
·····

20
2
30
30

14
98
300
100
50 175

100

......
exh.
.....
exh.
.... ..
.... .
... .

ro
95

40
25 ......

650
25
20
250

50 190 150
50 120 100
50
7! 4
50
5
roo 22
16
60 40
135 no
roo n2

50
50
40
40
30
12

5000
7200

ZACATECAS.
25 ......
18
40 ......

exh. 200
80
200 700
50 30
65 30
200 26o

roo

Delfina, 1~ y 2~ serie ..............
*n Garduño y Anexas ............. ..

20

J08

Asturiana y Anexas.. .............
Candelaria de Pinos ...............
Esperanza_ y At!e:ras ·;----· ......
El Porvemr ( Mmrllas ¡ ...... ... . ..
Lourdes........ ....................... ..
Nueva Quebradilla, aviadoras.
,,
,,
aviadas... .
*15 San Carlos y Anexas ..............
32 San Expedito Pendencia. Preferen tes. .. .. . .. .. . . .. .. ..... ..... ·
San Expedito Pendencia, liberadas .............................
*52 Sauta María de Guadalupe ...
15
48
15
33
32
22

.....

.....

.....
45

\

DIVERSOS.

*ro2 Naica (Chihuahua) ............ ..
100 300 30000 25000
*61 NativÍ&lt;lad (Oaxaca), aviadora.. 1800 30 850 810
*61
,,
aviadas .. . 600
30 850 810
"
. ·1egta
. d as ........... . ,º4 250 roo
*41 Turquesa
Pnv1
.....

......

15

3325 3275
910 890
1625 1600
515 500
15
13
12
8

HACIENDAS DE BENEFICIO.
~90 Bartolomé de Medina, Pachuca
*122 San Francisco, Pachuca.........
San José de San Luis de la Paz
*99 Unión ................................

2000
6000
2500
3000

50 70 65
50 280 265
50
r8o 435

100

10 650 630
20 n50 1120
50 .......... ..

Los guarismos con asteriscos representan los íiltimos
níimeros de
·

Dt'vidend os pagad os. ,.,.,,,
T ~- otros números corresponden tí :Exhibiciones.

.....

425

1 75
l 62
1 50
I IO
22 00

6 50

8 50

6 oo
6 00
I 6o

Frijol bayo gordo, 2 hectólitros .. . ..... . De$ 17 50
á 18 00
,,
,, bayo delgado, 2 h ;,ctólitros.. .
17 00
r7 50
,,
,, parraleño, 2 hectólitros..... .
17 00
17 50
,, negro, según clases, 2 hectólitros ..
16 00
16 50
Garbanzo, según clases, 2 hectólitros . . . .
IO 00
9 00
Garbanza,
,,
,,
....... .
30 00
35 00
Harina flor, rr Yz kilos ........... ..... . .
o 90
o 95
Lana en rama. I I Yz kilos ... : . . . . ..
6 00
7 [O
Maíz, según procedencia, 2 hectólitros ..
8 50
8
Manteca, según calidad, 11 ~ kilos ... .. .
7 25
7 50
Queso.de la Barca, kilo .... . ........... .
o 90
o 95
Sal de la mar, 100 kilos ..... ........... .
4 75
5 00
Rebo, botas y en panzas, nYz kilos ..... ..
3 75
4 00
Tabaco Córdoba, principal, II}f kilos .. .
5
50
6
00
Trigos, Valle Toluca y Puebla r6r kilos..
16 00
16
50
.. rlel Tnterior 16r kilos ..... ... .
r4 50
r5 50

ºº

~gdel divídendo

-

Fecha de cobro

Oantidad

OFICINA DE PAGO

/
Amistad y Concordia. . . . . .. . . . . . . . . . . . .. .. .. . . cupón 71
12de 1907 $ 2.73
Abeja, Fábrica de Hilados y Boneterría......... .
,,
10 Abril
Banco Internacional é Hipotecario.
4.00
Banco de Coahuila.......... .. ............. ..
,,
17 Dicbre. 15 de r9o6
Ocampo núm.4.
5.00
,, Hidalgo.......
. ...... ... .. . ......
,,
8 Agosto 15 de 1906
Oficinas del Banco y Sucursales.
Mayo l&lt;_&gt; de 1907
7.00
,,
,, de Londres y México.. . ...............
Banco Internacional y Banco Central.
20
Marzo
I
~
de
1907
8.oo
,, de Oaxaca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
Oficinas del Banco y Sucursales.
4 Julio
19 de 1906
5.00
,,
,, de Qneréta1 o . . ..... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Banco Central Mexicano.
4
Agosto
15
de
19o6
3.50
,,
, , de San Luis Potosí. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Banco Central y Banco Internacional.
16 Mayo l&lt;_&gt; de 1907
I0.00
,, de Tabasco, acciones. ...... , .. ,. . ........
,,
Banco Central Mexicano.
6 Abril
19de 19o6
7.87
Oficina del Banco.
,,
,,
Bonos fundadores . . . . . . . . . . . .
,,
Abril
1? de 1906
3.27
,, del Estado de México . .... ........ . ..... .
Oficinas del Banco
,, 134 Julio
19 de 1906
4.00
., de Nuevo León .•. . ............ . ..... ... .
Banco Central Mexicaco y en U. S.
13
Sepbre.
5
de
1906
8.oo
,, Mercantil de Monterrey.. . ....... .
Ofi~inas del Banco y Agencias.
Sepbre.
17
de
1906
5.00
,, Mercantil de Veracruz . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
Banco Central Mexicano.
17 Agosto 2 de 1906
6.oo
., Occidental de México, acciones . . . . . . . . . .
,,
Banco Central Mexicano.
12 Abril
1-9 de 1906
2.00
,,
,,
,,
Bonos fundadores.
,,
Oficinas del Banco y Sucursales.
6 Abril
19 de 1906
17.14286 Oficinas del Banco y Sucursales.
,, Oriental de México.. . . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
11
Julio
2 de 1906
5.00
,, de Michoacán........ . ... ...............
,,
Banco Central y Descuento Español.
5 Agosto 15 de 1906
4.00
,, Morelos, acciones.. . .. . . . . . .. .. . . . .. . .. . .
,,
Banco Central Mexicano.
4
Sepbre.
17
de
1906
4.00
,, de Morelos, Bonos fundadores... . . . . . . . . .
,,
Banco Central Mexicano.
2
Abril
19 de 19o6
6.81
Blanca (Pachuca)... . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
Banco Central .Mexicano.
33 Marzo 3ode.1907
4.00
Buen Tono, El. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . ,,
Banco de Londres y México.
15 Sepbre. 1? de 1906
5.00
Buen Tono, El, acciones preferentes.. . . . . . . . . . . .
,,
Plaza de San Juan núm. 218.
9
Julio
15
de
1906
3.50
Cemento Privilegiado, C~ Industrial de.. . ...... .
,,
Plaza de San Juan núm. 218.
8 Mayo 15 de 1906 12.00
Cervecería «Moctezuma».... .... ........ . .......
,,
Descuento Español.
8 Julio
1gde 1909
6.oo
,,
Carboncillo y Anexas.. . ......... .......... .. .. ·.
Ocampo núm. 4.
3 Enero 15 de 1907
2.00
Colonia Roma, bonos hipotecarios..... . ........
,,
Alconedo uúm. 6, de 4 á 6 p. m.
29 Marzo 31 de 1907
3.33
Colonia Roma, acciones preferentes 7%. ........
,,
Banco de Londres y México y en Oadena núm. 16.
7
Dicbre.
30
de
1906
5.!l3
Comercial Pan-Americana, C~.............. . . ..
,,
Banco de Londres y México y en Oadena núm, 16.
u
Octubre31 de r9o6 20.00
Esclavo núm. 1.
Compañía Banquera Veracrnzana.. . ....... . ....
,,
4
Julio
16de
1906
5.00
Descuento Español. . .. . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. .
,,
The United States Banking Co.
4
Enero
1?
de
1907
5.00
Dos Estrellas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
Tiburcio núm. 3.
SI Dicbre. 15 de 1906 40.00
Cadena núm. 22.
Eléctrica é Irrigadora•de Hidalgo, C~.. . ..... , . . .
,,
8 Agosto 1g de 1906
3.00
Esmeralda (Matehuala) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
San Agustín núm. 15.
1S Sepbre. 15 de 1906
5 .oo
Ferrocarriles Unidos de Yucatán. . . . . . . . . . . . . . . .
,,
Tsoria., Matehuala y en el Banco San Luis Potosi
7
Sepbre.
25
de
1906
18.00
H. Scherer y C'!Ferrocarriles del Distrito Federal de México.. . . .
,,
19 Julio
19de1906
3.00
Ferrocarril Eléctrico de Lerdo á Torreón. . . . . . . .
,,
Oficinas de la C'!-, en Inélianilla.
8 Junio 3ode 1906
0.05% Banco Minero, Gómez Palacio.
Frontón Nacional. . . ......... •.. . ..... .. ,......
,,
Novbre. 16 de 1906
4-00
Fraternal, La . . . . . . . . . .............. , . . . . . . . . 84
Penitenciaría núm. 1 r, de 4 á 6 p. m.
Hacienda Bartolomé de Medina ........... , . . . . . cupón 86 Dicbre. ro de 1906 · 10.00
Oficinas en Lamp8.2,0s, Banco Mtil. de Monterrey.
Novbre.
30
de
1906
I.00
Banco Central Mexicano.
Hacienda La Unión ........ ... , ... ... .. , ... !&gt;. ..
,,
97
5.00
Lerdo núm. 4, de 3 á 4 p. m.
Haciendas San Francisco ...... . . . ..... , .. . ..... II8 cup. 41 Enero · 30 de 1907
Dicbre.
15
de
1go6
I.00
Ignacio Rodríguez Ramos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . cupón 21
Banco Internacional é Hipotecario.
5.00
Hucareli núm. 623.
Jabonera de la Laguna, C'!- Industrial............
,,
19 Octubre 20 de 1906
Dicbre. 19de rgo6
10.00
Banco Ce11tral Mexicano.
Loterías por sistema patentado, Explotadora de.. mensual
5.00
Oficinas de la C'!-, de 9 á 12 a. m.
Litográfica y Tipográfica, C~. . . . . . . . . . . . . . . . . . . CUJ;lÓn 8 Enero 19 de 1907
14.00
Metalúrgica de Torreón . . . . . , . . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
4 Octubre ro de 1906
Coliseo Viejo núm. t , den á 12 a. m .
Abril
30
de
r9o6
12.00
Mexicana de Navegación, C\' . . • . . • • . • . . . . • . • . . .
,,
10
Banco Central Mexicano.
Oficinas de la C\'
Minera Fundidora y Afinadora «Monterrey&gt;&gt;. . . . .
,,
3 Agosto 19de 1906 30.00
A~osto 19de 1906
5.00
Banco Nacional de México.
Morelos y Anexas ( Charcas, S. L. P. )... . . . . . . . .
,,
13
ro.oo
,,
4 Dicbre. 19 de 1906
Molino de la Unión. . . . ................... , . . . .
Banco Mexicano de Comercio é Intria.
Novbre.
20
de
r909
5.co
Betlemitas núm. 203.
Norias de Baján (Monterrey) . .. . . . .. . . . . . .. .. .. 97
20.00
Oficinas de la C~ en Monterrey.
Nueva Colonia del Paseo, acciones . . . . . . . . . . . . cupón 2 Dicbre. 31 de 1906
Abril
3 de 1go6
6.oo
Banco Americano.
Nueva Colonia del Paseo obligaciones del 7 % .. ,
,,
6
2.91
Banco Americano.
Oro, ~ Industrial de El. . . . . .. .. .. . .. . .. .. . ..
,,
3 Dicbre. 3ode 1906
6.oo
Cadena núm. 22.
,,
19 Sepbre. 15de 1906
Orizaba, C~ Industrial de.. .. . . . . . . . . . . . . . . . . .
6.oo
Don Juan Manuel núm. 22.
Potencia Eléctrica del Estado de Hidalgo, ~. . . .
,, 104 Dicbre, 15 de r906
Novbre. 20de 1906
1.00
San Bernanlo núm. 11.
Providencia, San Juan de la Luz . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
63
Febrero 19 de 1907
10.00
Montealegre núm. 6~, de II á I p.m.
Peñoles Dnrango). . . . ............... ·., .. ·
,,
99
Enero 28 de 1907 20.00
Capucbi nas-núm. ro.
Retratos y marcos, C\' Consolidada de......... . mensual
Nov bre. 30 de 19o6
I.00
4~ Calle Ancha núm. 2,441.
Rosario y Anexas, bonos hipotecarios ...... ... . cupón 2
Sepbre. .3ode 1906
2.10
Arco de San Agustín núm. 9.
Santa María de la Paz y Anexas, en Matehuala.. 190
Octubre 31 de 1906
5.00
B. OentraI, B. Oomercio, H. Scherer Oo., y D. Español.
San Antonio Abad, C! Industrial. .. . ...... , . . . . cupón 18
5.00
San Agustín núm.2.
San Rafael, Fábrica de Papel . . . . . . . . . . . . . . . .
,,
9 Enero 15 de 1907
Abril 1? de r906
8.oo
San Agustín núm. 15.
San Rafael, aviador (S. Rafael, $12, Sorpresa, H Soledad, '12.) .. 201
Febrero2ode 1907 28.00
Patoni núm. u ~ . ·
San Rafael, aviado .. . ............. . ..•. ,..... . 199
Febrero 20de 1907 12.00
Patoni núm. 11 ~ .
Sorpresa, aviada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 122
Febrero 20 de 1907
5. 00
Patoni núm 11~.
Soledad, aviada ........................ , ....... 97
Febrero 20de 1907 15.00
Patoni núm. I I ~ Santa Gertrudis y Guadalupe . . . . . . . . . . . . . . , . . 407
F .:brero 19 de 1907
I.00
Banco Internacional é Hipotecario.
Santa Gertrudis y Potosí..... . . . . . . . . . . . . . . . . . . cupón 85 Octubre n de 1906
0:30
Banco Internacional é Hipotecario.
«Toluca y México,» C\' Cervecera........... . ...
,,
20
8.oo
Banco Nacional de México.
Veracruzana, C~ Industrial.. . ....... .. ... . . . . . .
,,
14 Enero 2 de 1907
Sepbre. 15 de 1906
5.00
Ocampo núm. 1·
Victoria (San Luis Potosí).. . .......
. ... 84 cup. 45
Mayo 30 de 1907
5.00
Tesorería San Luis Potosí.

..

GUERRERO.
JOO

á 17 50
25 00
O 00
2 25
JO 00
8 00

DIVIDENDOS DECRETADOS SOBRE VALORES MINEROS E INDUSTRIALES.

4
6o

40
4
35
35
3
15

NUEVO LEON.
*88 La Fraternal......... ............. .. . 1000
*ro1 Norias de Bajáu. .... . ............... 1000
*56 San Pabl&lt;&gt; ........ .................... 2400

o
-=~

-"';.,!º=+------------1·-- - - - - - - --

*IOl Compañía Miuera de Peñoles.. 2500 roo 26oo 2000
Cerro Colorado....................... .. ... ......
5 ..... .
Restauradora. Guanaceví.. ...... roooo .....
3 .... ..

*59 Angustias, Pozos ................... .. 2400 exb. 185 175
36 Cinco Señores y Anexas, aviadoras ................................ . 2000
*70 Cinco Señores y Auexas·, aviada....... .............................. . 400
&lt;+65 Providencia, San J na u de la I,uz 6ooo "30 1500 1450

1907.

. .,.:
a
º
o 'g

ESTADOS

MICHOACAN Y MEX'iCO.

GUANAJUATO.

DE

Aguardiente sin casco, barril de 65 litros. De $ 15 50
Algodón nacional, según clases, 46 kilos.
22 00
Algodón americano,
,,
,,
O 00
Añil, kilo ........................ . .... .
2 00
Arroz de las Villas, 46 kilos.. . . ....... .
9 50
,, de Jojutla,
,,
......... .
7 so
Azúcar r\ refinado superior, n }~ kilos..
l 62
,,
,,
entreverada, ,,
..
1 56
.,
.,
prieto,
,,
..
1 25
Cacao Tabasco, kilo . . . . . ... . .. .... . .
I 05
Café de Córdoba, según clases, 46 kilos.
20 00
Cebada, 2 hectólitros . . . . . . . . . . . . . , .. .
6 25
Chile colorado, u~ kilos. . ........... .
8 25
,,
lll ulato,
,,
. . . . . . . . .. . .
5 50
,, pasilla,
,,
. . . .... . . .... .
5 00
Estaño inglés. lágrima . .............. .
O 00

o .

DURAN 60.

Coucepcióu y Anexas, Catorce.
El Barreno, aviadora.............. .
,,
,,
a viada ............... ..
Sta. .l\:laría de la Paz, Matelrnala
San Diego y Anexas .............. .
Guadalupana ....................... ..
La Victoria y Anexas..... ....... ..

MAYO

. a'l;

a:::rxi
,:::s:a-&lt;&gt;
Z.;_¡i

I~

�·EL ECONOM!STA MEXICANO

!IO

-

-

- ·~--

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BANCO CENTRAL lvIEXICANO

-

Establecido el 15 de Febrero de 1899.

(MUTUALISTA)

CAPITAL .... s21.ooo,ooo-FoNDO DE RESERVA .... $2.045,100
Apartado

- . w-~-

302.

Cable: BANCENTRAL.

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Compañía de Seguros Sobre la Vida, S. C., Ltda.
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Claves en uso: A. B. C.-Cuarta edición.

Se verifican toda clase de operaciones Bancarias.
se abren cuentas de Depósitoii, contra cheques á la vista, abo·
riando un interés de 3~;, anual, sobre saldos acreedores de
$ 1,000 en adelante.

RESERVAS DE GARANTIA:

$

1_000,000
J.

Braniff.
James Harold Warner,

Luis Méndez,

'I
m

Compramos y vendemos valores mexicanos llobre órdenes que
se nos encomienden.
Compramos y vendemos Bonos y Acciones del Gobierno y de

!!!
m
m

!!
I!

!(/

VICEPRESIDENTES,

Pablo Macedo,

=

Anticlpamos á nuestros clientes sobre remesas enviadas al co,.
b!"o ó pagarés dados en garantía.
Cobros.-Nos hacemos cargo de los que se nos encomienden en
el Interior de la República cobrando tipos muy bajos por
comisión y situación.

PRESIDENTE,

Osear

Lieber's Standard Telegraphic code, la nuestra.

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--·-----

---

Compañlas establecidas. Nos hacemos cargo del pago de Cu·
pones y· Dividendos de Municipalidades, Corporaciones y
Minas.
Situamos, por telégrafo, fondos sobre cualquiera plaza de los
Estados Unidos ó Europa.
Compramos y vendemos giros sobre el extranjero.
Extendemos cartas de crédito á favor de los viajeros, sobre .
cualquiera parte del mundo.
Bonos de Caja, por valor de $ IOO, $ 500 y $ 1,000 sin cupón,
pagaderos á los seis mesds, ganando el 5% anual.
Corresponderemos con toda eficacia á los Bancos, Banqueros,
Comerciantes, etc., que soliciten' nuestros servicios para
abrir una cuenta.

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-- -~---- - --- --

---

---

--

--

BANCO MEXICANO J)l .COMERCIO ÉINDU~TRIA
~~

-~ _,.-,~ Establecido el 1~ de Septiembre de 1906.
SECRETARIO,

Andrés Bermejillo••
GERENTE GENERAL,

TESORERO,

W. W. Wheatly.

,

CALLE DE SAN AGUSTIN NUM 7.-MEXICO.

Manuel A. Párraga.

subscripto, $10.000,000.00

La única Gompañía Mutua de geguros en México, .e~ que. ~os asegurados tienen intervención
dirscta en la Admin1strac10n.

Capital pagado, $5.000,00Q.OO
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LAS POLIZAS SON INDISPUTABLES DESDE LA FECHA DE SU .EMISION.
SE HACE TODA CUSE DE OPERACIONES UANCAl:US.

OFICINAS:

1~ SAN FRANCISCO N? 8.-APARTADO N? 11.
MÉXICO, D. F.

gentes y Corresponsales en todas las poblaciones principales
de la República
y en los Estados Unidos de América y Europa.

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INGENIERO. CIVIL

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INGENIERO ARQUITECTO.

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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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