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                  <text>Tomo J.
EL MEXICANO.

32

Eri6 periódico saldrá á. luz los '
r-io de snacricion ee el de doi:
reaDomingosylosJueVt&gt;l!l.
Elpr~
les al mea para la Ca]?illll Y tres

lla.s poblaciones¡ y se sostiene en su política elevada de conciliacion y de progreso. Eu nuestro número próximo publica.remos
este notable documento.

VARIEDADES.

~:~::'c.:J:"~~·,c,::\~~:·.~:~

una. cuartilla. Las suscricioncs
se reciben en la Capital, en el
de11r,ach~ del "Diario d~l Imperio, • IlaJOS de S. Agustm núm.
B; fuera. por lo, corresponsal••
del mismo Diario.

LA VENGANZA Y LA CALUMNIA.

PREMIO AL MERITO.

Vicios son catos de niños, de mujeres 6 de espíritus pusilánimes. El que tiene elevncion do alma, es superior á las injurias y las olvida.. Encontrando el Emperador .A.drlano á un hombre que le había ofendido n.utes de su e:xalta.cion al trono, ua.cér- ,
ca.te, le dijo, na.da tienes que temer porque soy emp~rador." El
pueblo tiene, como el trono, su nobleza y su magnanimidad: paha fundado allí una escuela de primeras letras, la cun.1 no solo ga bien á sus juglares; pero no ennoblece el oficio ni acredita.
se sostiene por sus cuidados, sino que cuenta. con un buen siste- sus imposturas.
ma de enseñanza.
S. M. el Emperador honró con su visita la casa del benéfico
JUECES MUNICIPALES.
alcalde y encontró en ella una buena librería, mapas y otros objetos científicos que revelaban la aplicacion tS inteligencia de su
Han sido clcctos para desempeiiar estas funciones los seiíores
dueño.
Una. persona tan benemérita no pMia quedar sin recompensa sig11ientes:
D. Juan Landa, D. Miguel Gonzo.lez Coeío, D. Francisco Buk,
despues de ser tan ventajosl\IIlCnte conocida del Soberano. Así
es que S. M. quizo condecorar al alcalde de Aeapatzingo con la. D. José Gomcz de fa Vega, D. Jesus Fagoaga, D. Faustiuo
medalla de plata del mérito civil, premiacdo de este modo loe Goríbar, D. José SnJvaticrra, D. José do la Luz Moreno.
generosos servicios que ha yrestado á aquelln. poblacion, y ofre•
ció enviarle como un regalo particu1a.r algunos libros y mapas
N0lllBRAbllENT0S.
para aumentar sus conocimientos.
El Sr. Prefecto político de Guanajuato ha nombrado Consejeros suplentes departamentales, á los Sres. Lics. D. Ignacio AyaEL CAMBIO DE MINISTERIO Y DE P0LITICA.
la, D. Cclso García de Lcon y D. Lueio Marmolejo. Estos nombramientos hon recibido la aprobacion suprema el dia 9 del
Parécenos desautoriza.da la seguridad con que se babia ile corriente.
modificaciones en este respecto¡ lo cual no excluye las aspiraciones á sustituir á los hombres y á los principios, que son inCASA DE LA EMPERATRIZ.
herentes al poder en todas sus formas.

Durante la corta. permanencia del Emperador en Cuernavaca,
S. M. visitó varios pueblos de indígenas, y en el llamado Acapatzingo vió con gran satisfaecion lo que puede hacer un hombra
inteligente y bueno al frente de una poblacion, por pequeña. que
sea. El alc..'\1~ de aquel pueblo, á. costa de gramles esfuerzos,

•

Al separarse de Yucatán S. M. la Emperatriz, ha dirigido al
Sr. Comisario Imperial de aquella. península, una. carta en que
se expresan los nobles sentimientos que animan ú. nuestra Soberana, y su gratitud por la benévola y entusiasta acogida que
le l1icicron los yucatecos. Ilé aquí el texto de este documento:
0 Sr. Comisario Imperial:
"Al dejar Ja,¡ playas de la Península de Yucatán, donde tantas prueba.a He recibido de un verdadero amor y cariü.o. Mi corazon me impone el dulce deber de dar las gi:acias por conducto
de vd. á los habitantes todos de ésta, para Mí, inolvidable region, deseando que esta carta les sirva al mismo tiempo ele afectuosa despedida.
"Siempre quedarán en mi memoria los días que he pasado entre los peninsulares, y no cesaró ele formar los mas sinceros votos para su felicidad, que alcanzarán secundando las benéficas
miras del Emperador.
"Recomiendo á vd. se distribuyan, segun mis intenciones, las
sumas que He dejado para los Departamentos de Yucatán y de
Campeche, aiin.3iendo la de cnntro mH pesos para el Departa·
mento de la Laguna.
'
"Reciba vd., señor Comisario lrnperfo.l, las seguridades de Mi
benevolencia.
"ÜARLOTA.

"Isla del Cármen, Diciembre 19 de 1865."
AUDIENCIA DE DUELO.

El lunes 15 recibieron SS. MM. al Cuerpo Diplomático y á
los graneles fuucionarioe y empleados do la Uorte, en la solemne
audiencia de pésame que estaba anuuciada, con motivo de lo.
sensible muerte del Rey de los Belgas. El Sr. Minisb·o de Estado, intérprete del sentimiento universal que ha producido
aquella gran desgracia, dirigió á SS. M:M., que escuchaban es•
tanda de pié en el enlutado trono, un elocuente y sentido discuno que fué contestado por S. M. el Emperador. Contrastan
en las frases de la. alocucion imperial, la sinceridad y ternura del
sentimiento filial, con la amarga. y varonil expresion de su enojo
por las calumniosas apreciaciones que la prensa patria y la. europea
han hecho acerca. de las intenciones de su Gobierno: consagra
un recuerdo do gratitud á la península yucateca., por las demostraciones de adhesion que su Augusta Esposa recibió de aque-

S. M. la Emperatriz se ha dignado nombrar damas de Palacio á la Sra. D'. Josefa Cárdenas de Dondé y la Sra. D'. Nazaria Quintana de Mendez.
C0DIG0 CIVIL.

El dia 15 del corriente ha comenzado sus se•iones la.Junta
encargada. de este importante trabajo. Esta Junta., que preside
S.M. el Emperador, se compone de los Sres. D. Pedro Escudero y Echa.nove, Ministro de Justicia¡ D. }..,ornando Ramirez,
l!inistro de Estado¡ D. ,José María Lactmza, Presidente del Consejo de Estaclo, y D. Luis Mendcz, Auditor del Consejo, y quo
hará. las veces de Secretario de la Junta.
'
Las relevantes ¡&gt;rendas de las personas que forman está Comision, nos deja.u esperl\r que desempeñarán muy dignamente el
encargo quo han recibido del Gobierno, y que harán á su patria.
el inmenso bien de dotarla. con un Código análogo á SUB necesidades y tan adelanta.do como lo exigen los progresos de la época.
en que vivimos. Entre nosotros aun se deciden las cuestiones
civiles por los preceptos de las leyes de Partida, Código monumental que honra á. sus autores y conservará iropereccdera la.
memoria. del monarca que dispuso su rednccion y la del que lo
promulgó, pero cuya antigüedad y la diversidad de costumbres
de aquella época reRpecto de la presente, lo hacen en muchos casos ineficaz y en otros dú. ln~o.r á discusiones que deben y pueden
evitarse. Sabido es que el üócligo de las Partidas se escribió en
tiempo de D. Alfonso X, llamado con justicia el Sabio, que esta
obra comenzó á trabajarse el 23 de Junio de 1256, que se concluyó hasta el afio de 1263, y se publicó cu 1348 durante el reinado
de D. Alfonso XI, viznieto del anterior: el Código, pues, quo hoy
se dé, hará adelantar en sois siglos In. jurisprudencia mexieana.,
y la colocará, no ya al nivel de las legislaciones extranjeras, sino en un gra.do superior á ellas, puesto que nos podemos aprovechar de lo que contienen, é introducir ademas las mod.ificaciones quo nuestra antigua legislacion nos cnscí1a y que la cspericncia aconseja.
Por todo esto, reputamos de la mayor importancia la e:xpedieion del Código de que hoy fle ocupa tau activamente el Gobierno: no dudamos de que esta obra será. digna del siglo XIX, y
quo inmortalizará al Soberano que la ha emprendido, a.sí como
al MiniBt'tO que la suscribe.

MEXICO.-l:u:PRENTA

UQ':&amp;RIAL.

21

DE ENERO DE

1866.

BL IIBXICANO

Núm. 3.
Se publicarán gratis los remitidos que tPngan por objeto ol

font,'nto de 188 cienci88 6 la.a ar•
tes, 6 que sirvan para in.stroccion

dd puf'blo.
Por precios eonvencioualea, 18

Periódico bisen1anal, dedicado al Pueblo.

insertará.u avisos que tengan las
mismas cualidades.

otra vez lo haremos, la paz no se ha poilido obtene1· en nuesb·o país por la extension de su terl"Ítorio y la escasez de sus habitantes: gobiernos buenos
Que la colonizacion es una necesidad en México, hemos tenido que nos hacen honor y se lo harian á
que con ella se obtendrá la paz y que vendrá á ser cualqtúera nacion, que dirigieron la administracion
fuente de prospei-idad y bienestar para la nacion, de una manera p111dente y sagaz, y que habl"Ían lleson principios de que nailie duda, que están en la gado á un térnúno feliz si los· cmdados de su proconviccion de cada uno, aunquo haya personas que pia conservacion y \as atenciones const-mtes de la
temiendo males imaginal"Íos para ellas mismas, al- guerra civil no los hubiesen distraido muchas veguna vez se atreven á combatir con fútiles y trilla- ces de consumm· sm planes mejor combinados, tedos argumentos las providencias que con este mo- niendo al fin que abanclonm-los y clejando á la nativo 'dicta. el gobierno, y que no pueden dejar de cion á merced de las facriones mas 6 menoR inmoaplaudirse, si se examinan á la luz de la razon, y rales, que solo asaltaban el poder para satisfacer
teniendo á la vist-'1. la utilidad pública. Si este artí- ruines pasiones y proteger á ciertas clases, sin miculo estuviese dedicado á los economist-'lS 6 hubie- ranúento ningtmo á los legítimos intereses y derera de leerse en umt academia de sabios, esbt seria chos del pueblo. Entre aquellos gobiernos cuyo
fa ocasion de comparar la inmensa extension de elogio no cleja1·emos de hacer, cont-'lmos los que sanuestro territorio con el n(tmern de sus habitantes: tisfaciendo á los adelantos del siglo y á las exigenhabiendo ciento iliez mil cuatJ•ocientas leguas cua- cias de la opinion pública, supieron rodearse de la
d.radas de ter1:eno, y siete milloues y meilio de ha- parte selecta de la sociedad; que atendieron con
bitantes, demosb-m:iamos que si aquel se diviiliera laudable afan á las necesidades públicas y pusieron
con igualdad enb·e los mexicanos todos, pmliamos los cinúentos de una adminish·acion conciliadora,
ser propietai-ios de b·es sohu-es cuando menos cad,i pacífica y progresista, como la que 11.ge hoy los
uno, llesde el niño que está en la cun:t hasta el an- destinos de México. Aquella,; adnúnistraciones caciano que se inclina hácia al sepulcro, y sacaríamos yeron al embate de los pmi:idos, y e:i:cepto la del
como consecuencia precisa, qoo puesto que no to- Sr. Herrera, las demas no llegaron á su término ledos los habitantes son aptos para el tJ-abajo y que gal ni nos dejaron ver mas que el pdncipio de lo
no todos aquellos que lo son pueden dedicarse á la que hubieran hecho, si les hubiese alcanzado el
agricultura, es inilispensable que vengan de foem tiempo para desarrollar su programa. Pues bien;
personas á propósito para poblar los campos que si examinamos profund,miente las causas que motinosob·os abandonamos y hacerlos producir los fru- varon la caidt, de estos gobiernos, encontraremos
tos que nosotros fí.sicamente no tenemos posibili- que fué la falta de accion adminish·ativa 01•io-inada
dad de obtener. Pero dejando á mt lado estas ra- por las largas distancias que méilian entre las pozones que podemos llamar científicas y cuyo des- blaciones y poi- la cm·encia de hombres que secunarrollo tal vez en oh·as circUill!tancias seria oportu- daran en todo el ptús y de buena fé las miras eleno, por ahora nos limitaremos en este artículo {i vadas y nobles de cada uno de los gobiernos.
En efecto; apenas conúenza á aparecer la aurora
demostrar al pueblo que la inmigracion exh·tmjem,
de
la paz en algun punto ele este vasto territorio,
que en alguna ocasion se le ha presentado apacuando
nuevas emergencias hostiles atJ-aen la atensionadamente como conh·mi.a á sus intereses, ser:í
cion
del
gobierno hácia otro punto ma.s remoto;
su mejor apoyo, el medio por el cual se conseguirá
esto
que
está
suceiliendo hoy ha sucedido siempre
la paz, tenninando pa1:a siempre las calamidades
enh·e
nosotros:
desde nuestra gloriosa independenque trae consigo el constante est-'ldo de guerra cu
cia,
los
mas
absurdos
planes políticos, los prnnunque hemos vivido; y concluiremos dando á conocer
ciamientos
todos
contra
el gobierno han t11.unfado,
el plan de un mexicano ilustrado que ha abierto
debiendo
su
victoria
á
la
incapacidail ID&lt;"\terial en
las puertas de su morada á la colonizacion, que no
que
se
ha
encontmclo
el
poder
de defender todo el
ha podido desarrollar sus ideas de una manera perterrito11.o
con
la
poca
gente
y
los
cortos elementos
fecta, por no ser el dueño sino solo el arrendatario
de
que
ha
poilido
disponer.
Ademas,
las personas
de la finca puest--i por él á ilisposicion de los colode
que
los
gobiernos
han
tenido
que
servirse, no
nos, y que por tanto es iligno de que sus providenhan
llegado
á
comprender
su
programa,
falseándocias sean fa'vorecidas llºr el Gobierno é imitadas
lo
con
frecuencia
y
tal
vez
con
los
mejores
fines, hapor todos los propiet-'lrios qt1e á la vez pretendan
ciendo
perder
su
armonía
á
la
administracion,
danaumentar su fortuna y hacer á su patria un ilistindo lugar al descontento y provocando la rebelion
guido beneficio.
Es una ve1·dad que ademas de las causas mora- qne llega por fin á vence1· y se entroniza sobre Ja¡¡
les, que ahora no tratamos de examinar, aunque núnas del gobierno caído. Todos somos testigos de

COLONIZACION YTRABAJO.

-

AUT0GRAFO NOTABLE.

MEXICO: DOMINGO

;e

'
•

�•

34

•

35

EL MEXICANO.

EL MEXICANO.

Il Conservar siempre en su casa o, en su poder una arma.dlar-d
.
;
ara el goce de los frutos que so 1~ c?nccdcn en
d~ fuego en corriente y bien municiona.da, pn.ra. s~liseguri da
,
d , l
t 'dad el ai;m o que e- .
bitar CO? el Xe1. artículo anterior, laf! personas s1gmlentcs: sus ga
y
del
vecindario, y para ar a a . a~ or1
~ d
.. d, d
la fracc1on 3
·
, a·
t
subsisten a espeusas mandare¡
salvo
el
caso
de
prohib1c10n
de la ley o e auton a
ascendientes, si son personas m 1gen. es
•
.
1
de é]· su mujer y sus hijos no emanc1p OSj_ susedi1dcnnan~s
:e•
a·ere
'd d d
los mayores q_ue por estar nnp
os para a- competente.
La hacienda proveerá de esta ai·ma al vecmo que no pu l
é ~n~li~e~ics ~ubsistieren tanibien á sus es:pe~sas;~ sus h¡r- comprU:.la, dándosela por un precio equitativo, Y Ú,-t~arlb
man~ solteras, ele cualq1úera. edad que sean, y
as, o casa ~.s abonos arciales que sin grande esfuerzo le sea post e en rn,p
da' mes el dia que la hacicni4 sef1alare, tendra
abandona.das por su marido, si no tuvieren lJOB mayor~s e
ca
,
•
El
u. na .vez
'd
"º ,·utereses aun cuando puedan trabaJar y
cada
vecino do presentar su arma en rev1sta.
que
caquecwensuo
,
,
.
•
d d
o
bl
1gae10n
.
•
·
·
d
:,
· ~-- los sirvientes domesticas que vivan con
. .
, o la presentare hsht :X brnn mumc10na a, ser.,..
1 que Sub. 16
tengan ce
él
l
· · no l o h1ctereon
•
·
¡
bl'1
t d en la rimera revista, y s1 no se corrige se e o él entendiéndose por tales los que están destma os a. servicio
· ' · d e la casa, y todos los sirvientes de las otras clases,
~ ~ dos .Yea1es en cada vez que incurriere est~
mter1or
g ualp g
]'cara'n á los gastos de la escuela. S1 deJare de
solteros que vivan tambien en su compama.
,
e es se ap 1
,
lid él 1 1 ·
Ning~n vecino podrá da;· alojami~nto en su c~a a persona los
hacer este pago cuatro veces en el afio, sera ex.pe o e a iaal tma de las que hayan sido expelidas de la hacienda. T_amhºº
1 s demas ni!co podJ:á darle á ninguna otra personadelas_n~ ~omprendid~s cieuda.
III Cuidar diligentísimamcute que sus IJOS y o .
;
·
.
;
caro-o de la edad de srnte a once
P
, mil' or mas de tres dias sin consentwnento del dueuo
en su 1a 1a, P
'
El
¡
t • .·
11
::ai:r!0 : ~~as c1~ ~sistencia á la escuela hasta
de la hacienda. ó de quien haga sus veces.
~ue. o con _rano ~~s::r: 0
0
hiciere será amonestado por dos ocasiones en e pnm~r ano de
ue completen su educacion.
xh'b' ,
q
· 1 él
' la tercera falta será expelido de la hacienda: en
El vecino que no cumpliere con esta obligacion, ? i ira t~n
l avecmca,ya
.
fal
'l
el segundo año se le amonestará p01· ~~ p~'llllera
ta ,Y; a a s~- ·cal or cada vez que, sin causa justificada, faltai·e a la escue a
gunda será expelido, .Y en los aí1oa s1gu1entea lo sera a la p1,- ~ io de sus hijos 6 niiios que tuviere á su cargo, el cu_al se
de~tinará para los gastos de ésta. Si en el afio se rehusare s;¡15 ~-emera falta.
,
a¡
4? De la arte oriental de la loma que e1~ta tr~s ~e . as c,asas ces á hacer este entero, porque haya falta~o otr3:6 tantas run~
la o,. si en el mismo tiempo hub1e1·e deJado do com;,mde la hacien~a, conocida por "de tio Pedro, se tirara una lmca; , 1
a a escue ,
.
• 'fi d
ando harumbo al Sur, que atravesando por el paso_ del arroyo que _esta rir
éste veinticinco ve.ces, sm causa JU.Sti ~ a,
cud 1 ha
frente á la cerca del Campo-Santo, y continuando e~ la IIllsma ya pagado aquel el real de cad.a falta, sera expe o e a direccion á la boca del cañon del arroyo de la _Boqmlla:1 llegue
hasta tocar el lindero de la hacienda que corre por la S1err_a de cie~:~ •ustificacion incumbe al vecino ante ~l dueño de la haTamala.be ¡m la márgen izquierda de este arroyo: y de la misma cienda, quien le represento, y la ha de r?~~1r ca.el~ vez que e~
loma, rumbo al Occidente, se tirará otra línea 9.ue ~ntrand? ~or niño no concurra á la escuela. No se adnutll'a coro? e:c~sa e
el cañon de las Tablas, vaya á tocar ~n esta _dirc·ec1on, el lin eue tenga que ocu~ar al niño en quehace1·es propi_o~ o aJenos,
, .
os lo a de destinar que no se concilien con su
ro de la hacienda que corre por la misma Srnrra de T~lab~i e¡uesanmgun
· d·,l,
. t . , la escuela· ni el que lo tenga fuera de 1a h ac1eu
El terreno comprendido entre est~ dos ~íncas y la q_ue orma e Pas1s
enma a
,
d
,
,'b
a culindero de la. hacienda, sobre la S1e1Ta d1cha, entre los dos pun- .
. "tmcando que en el lugar adon e esta. rec1 e un
sinoeSJU&gt;
1 d
¡, b · da·y
tos adonde las c~prcsadas líneas van á to?ar, es ';"- q~c se addsi señanza igual, por lo menos, á la que se. e a en. a . acien L
tina para los fines que expresan las fracciones 2 . , 3 . y 4. e fi almente no se admith-á como excusa el que diga que el 1;1-ua_o
artículo2?
· d dél
• o n~ concuri'.e á la escuela, aun cuando él lo _envia, pues sera e
El duefio se reserva el derecho a, la propie
ª. ~ es t e t er~en
, su cargo y responsabilidad el vigilar q~e no mcu~ en esta f~~~~en el que solamente admite como .usufructuarios a los vecmos,
IV PaO"ar á la hacienda una pens10n de tres pes~s an}·
en concurrencia con él, ó quien haga s~s veces, y de las demas ment~, verificando el pago al vencimiento de cada an,o, en . os
personas á quienes hlciere igual conceston.
.
uince primeros días del entrante.
. .
túan del pago de esta pension las ¡&gt;ersoµas ~1gU1':ll·
El vecino que metiere á este terreno mas ammales de los que q S
·so ¡epernne,
't sm· manifestarlos al dueño para obtener su consen- tes· ºef:~iente acomodado de la hacienda, el JOr~ale~ que:~. .
t d
timieuto y pactar la renta, ó que lo h1c1erc _e1;1gauos8;ffien e e vie~o á ésta cieuto veinte días del afio, el que tu_;1ere 1 g~b µo
. ado de sirviente acomodado de ella, o que e Q:"a 3ila-auimn.les que no fq.eicn suyos, ni para s~ se~010, 1~ pr1;11:era v~i
'
stado
y
pagará
la
renta
debidi;t;
s1
volviere
a mcurrll" no
ciento veinte dias del año; el que hiciere ventas ó
sera amone
¡
· ·,¡
· a 'alta se le volverá á runonestar y se e ex:ig1xa a :i:i:~ncon la hacienda, de géneros y otros produc4o~ por valor
l
enannsm«,
,
lidéllh'd
renta doble; y á la terce1·a falta sera expe o ;e, a ac~en a .. que no baje de doscientos pesos, y el que l'agare vemte _pesol3,
5? El derecho de usufructo de que trata_ el ru:tículo ~., es peror lo menos de renta anual, por arrendannentos que tuvtere ~n
· di · 'ble· de consiguiente'el.
vecmo que lo disfruta
hacienda, ~ntcndiéndose esta excepcion sola.D;cnt\:p~r el
son al é mvts1,
d ' uo
. uede trasladarlo á otra persona ni fraccionarlo entre os_ o n_ias. en que ee diere el servicio, B? causare la renta o se ic1eren as
~obre las construcciones que hiciere en el solar de su hab1~ac1on, ventas y cambios con la hacienda.
.
.
. .
se observará lo que en el discurso de este reglamento se dispone
7º Nin n vecino podrá hacer bailes, tert~s ru oti~a~ di~er. .
~ casa ni en otro lugar de la hacienda, gratlS lll de
en sus casos respectivos.
.
. .
·
6? Son obligaciones de cada vecmo, las s1gmentes:
, Monesulen .ª
. 'crnn·m·. que en su casa se hagan po,r
otras perespec ac1ou, m p
·
li ·
. sar,·os novenas 6 alguna otra demostramou re grosa.,
I. Conservar bien cercado su solar para. q_ue n? se salgan a
sonas· n1 ro
,
,
a
J
h
xccpla calle ni á los sembrados los ~erdo_s y _demas amma~es que tulas cinco de la tarde a las nueve e a noc e, e . da
viere, y tener desmontados y bien hmptos hasta media calle to:ábado, en cuyo ilia podrá-µ hacerlo tl~sde
~ita ,
h . él 1 tarde hallta la de la noche que la autondad. tuV1e,e f
dos sus frentes.
..
Los cerdos que anduvieren sueltos, 6 que aun cuando trmg~ b ?ra e, ~tirles· y fos domingos y dias de fie.sta en iue no ~e
pastor, no evitare éste que se metan á los sc~brados, podran ::d!~abajai·,'desdé cualquiera hora del ~~a hasta. ~s .n ueae
ser agarrados por cualquiera persona, y el dueu~, a~emas d~l ae la noche¡ siendo de su ca1·go y rcspousabilidad el evitar to o
daño, pagará dos reales por cada uno, que se aplicaran 1&gt;0r ~- escándalo y desórc1en.
' ul
El vecino ue contraviniere ~ lo ~apuesto en _este art1c o,
tad al aprehensor y á los gast?~ de 1~ escuel~: po~rá tambien
dárselos muerte, sin responsabilidad UJDguna, s1 se drficultare el b . d O, pqenniticndo diversiones o demostraciones devotas
amen
• ·a
,
·u: d que en estos actos
agarrarlos, en cuyo caso no habrá }ug~r al pago de los dos rea: fuera de las horas pernnh ~s, o no evi d'l.n o 1 dueño de la hadel
dueño
quien
podra
d1sponer
del
cerdo
muerto,
se cometan desói·dencs, sera amo11;esta o por ;e
nda fulta.
1es, de Parte
'
.
•
,
d
to l b ·'
'
pero si solamente hubiere sido lastimadoi a pesar e es , la ra . d , uien lo represente, la pnmera vez; a la segt,1.
Íwn
\ohibir hasta por un afio estas diversioue_s 6 actos re="o
de
los
dos
reales
por
cada
cerdo.
En
caso
de
rel ngar al r-~
.
él
''l't'
!1° ª y]l · quebrantare la prohibicion será e::tpehdo d,e la hasiateu.cia á hacer este pago, sin necesidad e 001:11·1·11· a a JU~ 1~ ]?
1g10sos, 61
cia, se venderá el cerdo por el dueño de 1~ hac~endá, al m~Jor cicrnla.
d. ·
postor, sin otras fo;111~dades que las que ~l tuviere por conv_e8º Los tahures, pendencieros, ébrios consuetu manos Y vaniente: hará la aplicac1on al aprehensor y a la escuela, ! ,entre.,
lentretcnidos, que amonestados por dos :veces no se
.º. ma d t v,·cios serán expelidos de la hacrnada. Tam
, 1 due1-10 del cerdo el sobrante
81.este
araa
. 4¡1e resultare.
,;
; se gos
corr1g1ercn
e es os
i
b 'd
d
b
•
r l ladrones, reeeptaclotes ó encu r1 ores e ro os
~ehusarc á recibirlo, pasados ocho d1as, o aphca.ra tamb1en a los
b1~~slo
l~;r;:,~:an
en
otros
delitos
gravesque
mm:ezcan
p~na
gastos de la escuela.
. .
. ¡
· descuidai·c el cercado y k1 limp1a de los frentes Y
q
él d ue recayere contra ellos senteuc1a de la JU&amp;S le
veem0
"d
1 infamautc, es e q
de su solar, y amonestado F?l' dos _veces segw :15 en e auo, no ticia que c:.iuse ejecutoria.
coi-rigiere esW desuuido, sera expelido de la haciencla.

clo para conseguir SUB filantrópicas ·miras; como se
verá en él, esta nueva colonia no hace distincion
entre nacionales y extranjeros, á todos los acepta
con la misma franqueza, les da iguales [arantías y
les ofrece los mismos beneficios. Aquellos individuos que han perdido sus bienes por las circunstancias, los que llegan del extranjero y no hallan
donde emplear su trabajo, los que no quieran ser
mia carga pesada para la sociedad en que viven,
allí encontrarán una acogida benévola, tierra que
cultivar, todo género de proteccion en sus necesidades.
Tal es el reglamento que. hacemos conocer á
nuestros lectores; pudo sei· mas franco y liberal;
pero no siendo el Sr. Blanco mas que arrendatario
de la finca que pretende colonizar, no ha podido
disponer ele ella tan ampliamente como si fuera el
dueño, y ha debido limit.'tr SUB concesiones hasta
donde no se ofendan los legítimos derechos dél propietario. Por esto se ve, por ejemplo, que en la frac 0
cion 5~ clel artículo 2?, se ofrece la instruccion gratuita solo por diez años, en razon de que el contrato ele . a1Tendamiento solo dmará por ese tiempo;
mas sean cuales fueren los pequeños defectos que
tenga este proyecto que está ya eq ejecucion, es la
verdad que las ideas del Sr. Blanco merecen toda
alabanza por el bien que procman para el pueblo,
que son dignas de la proteccion clel gobierno actual, tan solícito por el bienestar de las clases menesterosas y por la prosperidad de la nacion, y que
planes como este deben ser imitados por todos los
ricos propietarios que anhelen la paz pública y que
deseen verse libres de esas gavillas de laclrones y
facinerosos que devastan un suelo santificado por
el trab3:jo y el sudor del pobre.

lo que el pueblo sufre en estas luchas constantes y
desastrosas: de su seno salen los hombres que forman el ejército de ambos partidos beligerantes; con
el trabajo del pobre se alimentan estos ejércitos; sobre la clase menesterosa gravitan todos los males,
la leva, las gabelas, el préstamo forzoso, la exaccion
de forrajes, la requisicion de armas y de caballos.
¡Cómo, pues, no será bueno y justo procurar el
término de estas calamidades y aplicarles un remedio radical que las haga cesar para siempre! Y este remedio único no es otro que la colonizacion y
el trabajo, porque la guerra no se acaba con la
guerra, como el fuego no se extingue con el fuego.
Las personas que residen en las grandes poblaciones disfrutando en paz de todas sus comodidades y gozando de todos los pl4ceres, no comprenden, ni pueden fomiarse idea de lo que padece una
familia desdichada cuando se le arrebata su gefe
para llevarlo á combatir por principios que no sabe apreciar, para prostituirlo con la vida de los
campamentos y sacrificarlo despues en una batalla
quo no ha de producir los resultados que se pretenden. Así se esplica cómo hay escritores que fomentan la gue1Ta y no encuentran una sola palabm de paz y de esperanza para procurar conciliar
á sus hermanos divididos; mas el pueblo, ese pueblo en cuyo nombre se habla cuando se defienden
intereses personales, que cuenta las gotas de sudor
que le cuesta cada fanega de maiz que le ocupan,
que tiene que esconderse cuando ve llegar una
fuerza armada, que tiene que comprar su libertad
con fusiles, con caballos, ó haciendo sacrificios mas
dolorosos, ese pueblo, decimos, está ya fatigado de
la guerra, desea la paz á toda costa y protesta con
su impasibilidad contra los agitadores, que desde
el fo°:dO de las ciudades y en el seno de sus famiJosE Lm.rnEs.
lias mantienen viva la tea de la disc01'dia entre sus
conciudadanos, y en lo íntimo de su corazon .se
burlan de los que sufi.·en en el campo y de los que
mueren en la guerra.
He aquí el reglamento á que se refiere el m1:ícuAnte el noble sentido del pueblo laborioso no lo anterior:
encuentra ya eco esa propaganda de desolacion,
REGLAMENTO
ora se escuche como un lamento fatídico entre las
ruinas de un pasado que la civilizacion sepultó paPARA LOS VECINOS DE LA HACIENDA DEL CH.AM.AL.
ra siempre, ora como ,m clamor de venganza en el
Art. 1~ Se admite á todas las personas que quieran avecinparoxismo de las exalt.'tdas pasiones que fermentan
darsc en la hacienda del Ohamal, sujetándose á las pl'evcnciones
en el seno de los que no aceptan los hechos que se de este reglamento.
han consumado, porque vulnera las más acaricia2? Se otorgan á cada vecino las concesionCs siguientes:
I. Entera libertad para dedicarse al trabajo ó industria que
das aspiraciones del pueblo, sus ideas legítimas de
le convenga, no siendo en pe1juicio de la, tranquilidad, de lamouna vida honesta y pacífica.
pública, ú de la salubridad del vecindario.
Felizmente al mismo tiempo que existen estas ralIl.
La poscsion de un solar de ti:einta metros de frente y cuapersonas que gustan de combatir azuzando al pue- renta.y dos de fondo, y los materiales para cercarlo y construir
blo desde la alcoba, hay otras muy honradas, dig- su habitacion, que pueda sacar de los terrenos de la hacienda,
de su cuenta. el acaneo.
nas de todo elogio, que abren las puertas de sus siendo
III. La leña, el pal.mito, mícheros y demas frutos silvestres
casas al mismo pueblo ofreciéndole generosamente que necesite para su subsistencia. y comodidad, y para el sustentodos los bienes que traen consigo el hogar domés- to de los animales domésticos que criare dentro de su casa, entico y el 1;r3:bajo. El Sr. Lic. D. Migu~l. Bl~co, tendiéndose el goce de estos frutos, únicamente para el aso de
y de su familia, dentro de los términos ·ae la.hacienda; y no
que fué Mllllstro ele, la Guerra en la administrac10n él
podrá cederlos á otro, venderlos, arrendarlos, ni extracr1os para
anterior, ha tomad.o en a1Tendamiento la hacienda otra parte.
clel Chama], en el Departament&lt;l ele San Luis PotoIV. Agostadero para cuatro bestias de labor 6 de remuda,
sí, y llama á poblarla y cultivarla á todos los que siendo de su propiedad ó para su servicio.
La ensefianza gratuita en primeras letras de todos sus hiquieran avecindarse en ella, sin exigirles mas de josV.varones,
durante diez año~ qnc se conta.1-áu desde el dia que
buena conducta y amor al trabajo. A continuacion comience á regir este reglamcuto.
ponemos el reglamento que el Sr. Blanco ha forma3? Se considera como familia del vecino, para que pueda ha-

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36

EL MEXICANO.

EL MEXIOANO.

9º El vecino cuya. permanencia eu la hacicncla. no fu('rc if.cl
agrado del d_ucfio, tendrá que snlir de ella, c?ucediéndole el tér-

El vc_ciuo que fuere vencido en el juicio que acerca de estas
nmon'cafaciones
ó requerimientos promoviere. será rci-ponsable á
mino de cuatro meses para que flC traslade a otra parte, y para,
la indemuizn.cion de las costas y gastos que el dueño hubiere
que bni:.quo persona. 41!º lo r~mplacc, ]n. c_ual ha de será coh- tenido que erogar con motivo del pleito.
tento del dueüo, y su3ctarr;c a las 1ueveuc10nes de este regliiSi porque el vecino estuviere ausente ó se excusare de prem,·nto.
sentarse,
no se pudieren lutccr rn su p1-01Jin. perimna la nmonea, Si no hallare esta. pcn•oua, ó no quisiere buscarla, percibirá
el precio en que convl:nga. c.on d dueño por las conetrucciom•s tn.cion ú re~uerimicnto, bn.e.tará hacerlo por medio de paJ&gt;Cleta
qnc se fijnra en su casa y en el paraje donde se acostumbre poque tuviere en e~ 150Jar que flC_ le &lt;Uó :pa_r~ que l1iciesl'. sn habiner los avisos de la haci&lt;'nda, para que surtan los mismos c:foctacion, y no pud1011do convc:mrs&lt;•, rccib1ra el que ae estimare J)Or
tos que si peroonulmcnte se le lricicren.
peritos, quienes harú.n &lt;4 avalúo únicamente del COí3to do mate14º Por todas las faltas que, segun este reglamento, pueden .
riales y de la. obra. de mano, P.in tomar en ~uenta el valor del
terreno,: ni la calidad productiva de las constmccione::i. Para ser cxpc1idos de la. hacienda 108 vcciuos, podrán serlo ta.mbien
este avalúo, si no pudieren convenirse en d nombramiento de los miembros de su familia que incurran en e11as, dcapu('B de las
amonestaciones que el mismo reglamento prescribe.
un solo perito, t!C nombrará uno JJOr cada parte, y por la auto15~ Este n•glmnento com11rcndí' ú l01:1 v('cinos de la poblaci
ridad un tercero para. e] cai::;o de discordia. 1'ambicn i:.c t·8timapr.in
cipal &lt;le la hacienda, que &lt;·s lo 1.J.Ut· cornuruncntc se llama CJ
rán y le serán pagados los árbol&lt;•s frutalPs que huLierr plant.ado
"Üattco." Comprende tarubien {t todos 1os vecinos que se estaen su solar.
El vecino que so resistini· á t-alil· tlc 1a hacienda. y á hacer d blezcan en lo~ dc•mas ranchos de la hacienda, meno8 httJ diRponombramiento de! perito 11ara. el avalúo, dando ocuP.ion de acudir si1.:ioncs conh•nida~ en las fraccion,·a 4" y 5~ del art. 2°, el a.rt.
á la jusCcia. para que lo compela. á ello, pt'rdná el der~cho á. Ct'.1- I?, frnccion 3~ dd nrt. 6?1 y el art. 9?, en cuyo Jugar, entretanto
que In. poblnciou de dicho:l rancho,, ó su mayor incremento, por
ta indm:. 1iza.cion y se s1tjetará á lo que se di~ pone c•n este rcglllln..ento sobre los vecinos que t:'le rttiraren voluntariamente ó otro n·ttp&lt;·cto, pC'rmití'n otra:5 base:,s mas couvcnicmtes 1 ~e observar&amp;n laii prc:vcncion&lt;'s siguientes:
fueren ex11ul!:l-ado::1 de la. hacknda.
I. Lo" v&lt;&gt;cino~ de los mnchos &lt;li8frutará.n de la. conce~ion 9.uc
10? Lv:1 vecino:5 i;ou libn.·~ para. retirart1c de la. l1acicnda cuanHe hace en la fraecion 3~ del nrt. 2?, de !a. manera. que alh se
do les convrnga, quedando {L beneficio de esta. lm~ con~truecioncs
que hubierl'n hrcho, sin derecho de Ru parte Ít. re8arcimirnto ni &lt;'t(tal,lecc, l'H el ugo;-:tadcro dc·l rancho &lt;lond&lt;' viven, entendiéndose por arrostn.d,•ro del mncl10, él que regularmente rt·conc el
indemnizacion de ninguna. cla1'e. No podrán lleí"truir ni catIBar g'J.Uado
r¡u~ allí ~&lt;• cria.
deterioro alguno, al tit-mpo de irse, á las constmccioncs; y si lo
II. No se les conc('de agostadero g1·átia para. uingun número
hicieren qucdarún obligados {t la r&lt;&gt;paracion ú al pago del daño.
Sola.mente podrán disponer de las co.sax que se puedan to01nr de animales, debkndo pag1u renta de todo8 los que tengan.
No se dará b. ('uscfianza gratuita á 8US hijos, sino es que
sin destruir dichns eonstruccioncH, y exigir del dueiio de la ha- ]osIII.
runnden á la PRcuela. del casco.
cienda el pago de fas pucrbtA y vcnt:uutf(, ó que E!e le drjc di~IV. Sut,ueRta In. di;-;poi-icion anterior, se lea rdeva de la obliponer de ellas, no permitiéndose tomarlas de• su propia. autoridad, para ~ue 1a hacienda pueda quita.rlas con las debidas IH't'- gncion quo impone la fraccion 3~ del art. 6?; poro s,i ma.ndarrn
1-1us hijos á 1a escuela, les comprenºderá en todas sus partes dicauciones, a ñn de no hacer dauo á. la finca.
El vecino que sin con~entimknto del ducfio ú de quien haga cha. fraceion, con fa sola modificacion de que en vez de ser cllot(
sus veces, se ausentare de la hacienda, dejando sn ca:.a sola por e\.pt•lido~ de la hacienda, rn los caso:, en que esto se disJ?one cu
l·lla. ~erá e1 nifio retimdo de la escuela.
tiempo seguido de cuatro m~BCf, ya no podrá volvc&gt;r á eUa, q_uC'V . .MI vecino del rancho cuya permanencia no fuere del ngradando á beneficio de 1a. hacienda, sin poder exigir el precio, ni
d,, rld dueno, tendrá que salir de ,:{J, sujetándose á lo que disdis,1toncr de las puertas y venhtn1li-l.
el art. 10? acerca de los vecinos que qu.ieran retirm·se de la
11? Lo mismo que está dfapuc:-.to en el :u1Ículo anterior, acl·r- POll.l'
haci('nda.
ca de ]os vecinos que volunt.nriamcntP se retiraren de la hacien11
16 . So pueclen haccr-á este rcgla.mrnto las adfoionc1:1, reforda, se observará sobre las con~truccione~ d.c los qup htvitren
que salir expelidos de ella, po1· cualqnitra. de ]as causas cxpueH- mas y alteraciones que la experiencia. 6 los acontccimil'ntos futuro!l presenten como de utilidad ó nece.~idad del vecindari~;
tas en este reglamento.
..
pero ,mlamcnte el duef10 podrá iniciarlas; y paro. que sean obli12? Cuando falleciere un Vl·cino, i,;eguirá. en su lugar eon los gatorias á todos lo~ vecinos, será necesario que las apruebe la
mismos derechos y obligacione~ que éJ tenia, la persona de su mayoría de ellos.
•
familia que hubiere designado, ó la que, ele entre la misma fa17? Las dudas que RO ~uscitarcu sobre la inteligencia de las
milia nombren los herederos, si no fuere ya vecino. En caso de di::ipo)'.:iciones que anteceden, t!e int~rprctarán en fü.vor del dueño
que est.o se dificultare, por cualquil'rn. causa, se ob~cn·ará 1o de la haciendn.
\
dispuesto en el art. 9?, cntendiéndmw el dueño con los hcredrro:;
18° Este reglamento comenzarú. á regir desd~ el dia. 1~ de
en todo lo que, segun dicho artfr.ulo, tenclria q_uc hacerlo con e] Enero de 1865.
vecino que se tuviera que retirar de la hacicrtqa. Si el heredero
llacienda del Chama!, Octubre 15 de 1864.
no fa.ere de las personaa dcstinadaa en el art. ~ para. que puedan vivir en compañía de] vecino, y uo fuere voluntad del dueMIGUEL BLANCO.
ño que se avecinde en la. hacienda, tendrá. derecho á las dos
terceras partes del valor de lai:! .construcciones que hubiere dejado el finado, estimándose en loa términos que clkponc el art.
9! Si ya tuviere por otro tíh1lo vecindad ('n la lm.cicuda, tendrá
igual derecho, escogiendo, ele su poscsion y la. heredada; 1a que
~uiera. que se le pague; y si el vecino hubiere fallecido én instituir heredero, y ain tenerlo forzoso, quedará la. finca á beneficio
de la hacienda.

PARTE LE 61 SLA TI VA.

13? El vecino que amonestado por alguna de las faltaH de
que trata. este reglamento, se creyere agraviado de eeta. providencia, podrá reclamar ante autoridad competente, dentro dt'
tercero dia; mas pasado.ei;te término sin lrn.berlo hecl10, se toudrá
consentida la nmonestacion.
E que fuere requerido para que 8C retire de la hacienda, porque hubiere incurrido cu alguna. de las faltatt q_uo producen la expulsion, lo verificará dentro de cinco din~, ó presrntará su queja á
la autoridad dentro del mismo plazo, si no creyere l1a.bcr dado motivo para e11a; mas pasado esto término sin l1aber intentado su accion, se tendrá. por consentida la J&gt;rovidencia, y si no hubiere
salido de la hacienda, el dneüo ó quien lo rcprei:Jcnte, podrá
mandarle cerrar su casa. y ocupa.r1a, sin necesidad de ocurrir á
la. autoridad, asegurándole, del modo que le pareciere conveniente, los muebles, enseres y demas cosas que tuviere en c11a,
basta que &lt;I) 6 la autoridad dispongan de ellos.

fºr

•

Si tiu.isiéramos publicar íntegras la,s leyes que
últinmmente se han expedido sobre diversas materias do mas ó menos importancia, pasaxia mucho
tiempo, atendido el tamaüo de nuestro periódico,
para llenar nues?-'º objeto respec½&gt; ~e las Y.ª e~pedidas, y no podnamos dar conoclllllento SIDO moportunarnente, y con grande atraso, de las principales y de mas aplicacion, ó de las que nuevamente
se dieren. Por esta consideracion y la de que nuestro propósito ha sido limitarnos á aquellas ~sposiciones que mas interesan á las clases trabapdoras,
presentamos hoy splamente los artículos de fa ley
sobre tifüunales y juzgados, que pueden ser de
mas frecuente aplicacion, sin observar precisamen-

37

te el órden numérico que tienen en la ley; 1·ese1;vándonos hacer en el sio·uio11te número una explicacion ó resúmen que f¡cilite su inteligencia.

l,

cion ú clespues verbalmente 6 por escrito, la recibirá. ~l juC'z de
inst~ccion, y una vez recibida,, r&lt;Jmitii-á. la causa al Tribunal ele
primera instancia.
_
.
.·
Art. 36. Los jueces de mstrucc1on, cuando pro~ed~u _en_lo enminal con este carácter, eou irrecusables, y su JUnsd1cc1on es
indeclinable.
, d' b ·
¡
.Art. 37. En la ~trnccion criminal di~taran _ 1c os JUeces e
LEY l'AX,i LA ORGANTZAClON Dl-: LOS TRIBUNALES Y JUZGA.auto motivado ele pri'tiolil!, dent:~ &lt;!el té1:nnno_ seualado ~-r la l~y.
DOS DEL IllPRilIO, l'l'BLTC.AD,\ E~ 23 DE Dl(.,'IElfBRE DE 1865.
Si fl~ apelare de este auto).reIIll_bra. tcstimom? de !as diligc•ncms
a] 'l'ribunal de primera irn;tauc1a para _la c~Iificac10~ del gmdo,
Esta. ley ha establecido para la administmcion de justicia:
fl,in suspender In. instmccion. Este testtmOnto _debera ser reservado por tqdo el tiempo que lo fuere el sumario. .
..
l? Juecesnmnicipalcs.
Art. 38. Los jueces do instmccioi.i,. en I?s negocios civiles do
2? 'l1rib1malcs correccionale~.
su Distrito, practicarán toda.a las d1hgcncms que ordena la le.y
31.' Tribunales colegiados y jl1eccs dc1 P instancia.
&lt;le procedimientos, corr- Jas modificaciones de la de 15 ~e J uho
4? Tribuna.les sttperiorf:.'K.
do 1863, hasta poner los autos en estado de nlcgnr do bien pro5? Tribunal supremo.

Segun el artículo 11, lo:\ jm·tes municipales c0Poccrá11 en e.u baclo.
·
Art. 58. En &lt;&gt;l Jugar en que rc:sidn u1 T r1'bui:a1 &lt;¡e pr•m~r.a
clc•marcacion:
instancia,
y
hubiere
'l'ribnnnl
corrcccioual,
los
JUCccs
rn~mc1l? En juicio vt·rbal, sin iut('1·,·enciou de .tbog:ido~, y tÜn apelacion, de los negocios civilrs cuyo interés no exceda de cincuen- pal&lt;.•s no tendrán mas atribuciou que la. marcada en la fracc10n 1•

del nrt. 11 de c,t~ h•y.
.
ta pesos.
.
. .
Art.
62.
El
'l1riLunal
cof!'cccioua1
conocc~á.
'?"
la.
Captta!
de
~ De la mitmia.mauera, &lt;fo los nr•goc10s cmmnalcs y fülta.s de
. en JlllCIO vcrblll loa JUC·
igual naturaleza, quo no mc~c~can otra pcnn. qur. una n_mlta h.as- los negocios criminales de que. couoc,.m
.
, .
t.a de, cincuenta ~i-os, ó pr1s1on que no exceda. de qmnce d1as. ces municipaler1 y de primeru. 1m1tancia.
.Art. 63. El procedimiento del 'Tribunal corrccc1oual Bd·a siemDe las sentencias ele los jueces municipale8 po(lrá haber recui:so
de nulidn.d en el único cat\O de que se interponga. por falta dcJn- pre verbal.
rifldiccion cu el juez.
Art. 12. Conocerán asimismo en juicio vrrbal y sin intervcn·iou de abogados, en lo!i negocios civiles cuyo interés exceda de
cincuenta, pero no de cien peso¡;¡; mas rl follo q~te en es~os casos
pronuncien, podrá ser revi8ado por el juez de mstrucc1on ú de
1~ inr:tancia. del Distrito, si lo pidiere u11a de las partes en el aclo de )a notificacion.
Art. 13. En caRos urgentes, practicarán los jueces municipa- ME~IORIA SOBRE fil, CULTlVO DEL MAIZ EN MEXICO,
les 1as primeraR clilig,·ncias en lo.s ca.fülat( criminalc1:1.
,
EtiCIUTA l'Olt. J&gt;. LUIS Ot; LA RUSA.
.A.rt. 15, Loi., jueces municipaJcr- pro_mmci11rán su_s f~~!:.4 a verdad sabida y buena. fó gmu·dada.! sigmcndo los pn1!c1p10s ~ de la
eq_uidad natural. Siempre deberan actuar con escribano o dos
(CONTINUA,)
testigos de asistencia.
.
.
,
. _.
Art. 23. Los jueces Ue 1 ~ instancia conocerau en JUICIO verbal
y sin apelacion:
.
.
. . .
Vario8 medios se han adoptado para abreviar IH
1? De la nulidad de las sentcucms de los Jueces mumc1palcs y genninacion ilel maiz. Cuando con~enga acele~ar&lt;le lae competencias entre jueces de esta clase.
2? De las demandas civiles cuyo interés no exceda de qui- la, que no siempre con viene, el medio mas sencillo,
nientos pesos.
.
y por el que nunc3: se expon~ á perecer el gérmen,
Art. 24. Conocerán 8.8imismo en juicio verbal, cou apelac1on consiste en sumergn· la sem1lh en ~~a bastante
al tribunal superior, de las demandas ci~cs cuyo interés exce- calentada por el sol, y tenerlo. por vemt~uatro hoda. de quinientos pesos, pero no de dos mil.
_
•
Art. 25. Conocerán igualmente en juicio verbal de los hurtos ras. en esta especie de mo.ceracion, durante 1~ quo
y robos simples, cuyo valor no ¡ase de cien pesos; rifi_as, porta.• subirán á la superficie de la agua y se arroJarán
cion de armas prohibidas, ganzuas ó llaves falsas, hondas leves fuera los granos huecos, y con ellos_ tambien ~uf otraa faltas 6 delitos sin gravedad, en qu_o la pen?- _que m~rez- chos gérmenes de insectos que estanan ad.l,101,dos
ca el reo no exceda de seis IQeses de reclus1on, servicio de carcel
aún á la semilla. Hemos dicho que no srempr·e
ú obras públicas, ú multas que no pasen de cien pesos.
Si la pena excediere de la mitad del máximum de las scüal~- conviene acelernr la germinacion del maiz, y esto
das en este artículo, y el reo no se conformare con ella, se rcmt- sucede principalmente cuando se siembra en p&lt;Jlvo,
tirá la acta del juicio al Tribunal Superior, para que confirme,
es decir en un terreno seco, con esperanza de que
revoque 6 enmiende la sentencia.
Art. 19. En la Capital del Imperio y Depnrtamen~ del alle una llu.;.¡a oportuna favorezca la_germinaci?n y el
de México, la justicia en primera_ inst_ancia se a~1strnra por primé1· desarrollo de la plan~. S1 en esta cu-c~s
un Tribunal Colegiado desde el dia pnmcro del pruxuno Enero. tancia se humedeciese la semilla, ó se le sometiera
Art. 31. En el lugar de la residencia del tribunal coleg,ado,
y en ca.el.a un? de los Dist~tos judi?iales s~mctidos á su juris- á otra operacion para que la ge~nacion s~ :i,hr~diccion, habra l'IDO 6 mas Jueces de mstruccton.
, vie, el grano comenzar-ia á geimmar y monna sm
Art. 51. El Tribunal Colegiado de primera inst1ncia conocera poder crecer. Esto es lo que llaman los labradoreti
en juicio verbal de los n_egocios en que deben conocer de esta vaciarse el maíz entre la tierra.
manera los jueoos de primera. instancia, observando en cuanto á
La siembra del maiz no se puede hacer sino p~r
las apelaciones, las reglas de los artículos 23, 24 y 25.
Art. 52. En los ne?°cios de esta na?1faleza, en qu~ no procc-- surcos; en ninguna circtmstancia pued_e convemr
da la apelacion, habra recurso de nul1dad ante el Tribunal Su- sembrarlo al vuelo ó manteado, como se dice comunperior, en el único caso qne se alegue falta de jurisdiccion en el mente; la irregularidad y confusion_ .c?n que nace-

•

PARTE CIENTIFICA.

Y

tribunal. .
.Art. 34. En las causas criminales practicarán los jueces de rian entonces las plantas, no penmtina que se les

instnu:eion todas las diligencias que ordena la ley de procedimiento; hasta tomar al reo 1a confesion con cargos.
Art. 35. Tomada. al reo la confesiou con cargos, el juez de
instruccion remitirá. la causa al juez de primera. instancia. dentro
do tercero dia, previa citacion del reo. Al hacer al reo l~ c_itacion, le notificará que puede pro.mover prueba dentro del m~cado término, y olla promoviere, ya eea en el acto de la notiño..-

diese cultivo alguno. No sabemos, pues, cómo algunos agrónomos extranjeros aconsejan que el maiz
se siembrn á vuelo. Seo-ummente que estos autores
escriben en sus gabinetes lo que imaginan, sin l!aber cultivo.do nunca las plant.as, cuyo cultivo qureTen ensenal'Ilos.

•

•

�\

38

EL MEXICANO.

Es muy importante trazar con acierto el primer
surco ó bezana. De la direccion de los surcos depende que el riego se pueda dar en la medida y
proporcion que es necesaria; que la agua no se estanque, ó que no corra con tal celeridad que no
humedezca el terreno suficientemente. Es imposible conseguir este objeto, cuando se destinan al
cultivo del maiz terrenos cuyo dec1ive sea muy rápido. La distancia de uno á otro surco debe ser
proporcionada á la clase de maiz que se cultive.
Tres cuartas de vara es una distancia regular, sea
cual fuere la clase de maíz. Una anchura mayor
estorba.ria mucho para las labores que se deben dar
al maiz: una distancia mas corta no dejaría entre
surco y surco la tierra necesaJ-ia paJ·a 3lTOpaJ· la
planta.
Al hacer la siembra del maiz, las matas deben
distar entre sí cosa de una wara. Por fértil que sea
la tierra, no conviene sembrar de un solo grano
cada fnata, pues por lo comun itlgunos granos no
germinan, y otros son extraídos por los pajaJ·illos
ó por otros animales. En terrenos muy fértiles convendrá sembrar dos y tres granos; y aun mas, cuando las tierras sean estériles. Sembrando de este
modo se evita el trabajo y el gasto de resembr31•
los granos que no germinaJ·on ó que por otro accidente se perdieron. Aun cuando entonces convenga 31,:alar las matas, se podrán entresacar las cañas
menos vigorosas, ó las que no han fi11ctificado,
aprovechándolas p31•a forraje.
Dos labores, cuando menos, se deben dar al maíz
despues de nacido, y en estas labores consiste principalmente su cultivo. Para conocer la importancia y necesidad de ellas, convendrá recordar aquí,
que el maíz, como casi todas las gramíneas, tiene
la propiedad de arrojar una coronilla dé raices por
los nudos inferiores mas irimediatos al cuello de la
cai).a, siempre que estos nudos se cubran de tierra;
que estas raices sirven á la planta no solamente
para afirmarse en el terreno, sino principalmente
para nutrirse en abundancia; y que por lo mismo
su vegetacion será \,auto m,is rápida y vigorosa,
cuantas mas raices brote el tallo. A este objeto tan
importante se dirigen las labores que se dan al maiz,
á calzar ó aJ-ropar el tallo con la tier,ra para hacer
que sus nudos broten nuevas raices. No se necesita la autoridad de los mas célebres escritores de
agricultura para apoyar una verdad que diariamente manifiesta la experiencia y que está en la naturaleza do las cosas, pues como hemos dicho ya, esta propiedad del maíz, de =ojar raices por sus
mulos inferiores, depende de la organizacion misma
de esta plaJlta. "La segunda labor ( dice Mr. Du" chesne) es indispensable al cultivo del maiz.
"Nunca será bastante la tierra que se aJTÜne á los
" tallos de esta planta, tanto para hacer =ojar rai" ces al cuello, como para preservarla de la excesi" va humedad y de los vientos. Cada labor hace
"anojar un círculo de raíces sobre las primeras, de
"modo, que por el númeco de estos círculos se pue" de juzg31• del de las labores."
La primera labor, que en nuestro pais se llama
escaJ·da, -so debe daJ• al maíz cuando ha terminado
el p1imer período de su vegetacion; es decir, cuan-

do la planta presenta ya cuatro hojas laterales bien
desarrolladas. Tarda mas ó menos en llegar á este
estado, segun la especie )'." vaJied~d do se~:t• la
calidad de la tierra y las mfluencms atmosfencas.
Por esta p1imera.labor la tierra se abl:mda y se facilita ·el crecin:iiento de las raices todavfo, muy pequenas y poco vigoro~as; el tallo du la_ planta se
cubre en parte con la tierra; pero las hoJaS no deben quedar bajo ella, porque la planta por lo comun se podriria.
La segunda labor se da cuando la planta ~a terminado el segundo período de su vegetam~n; es
decir, cuando ha llegado ya á mas del termo de
su elevacion y- cuan~o la espi~a está abulta~a, pero cubierta todavía con las hoJas de en medio. En
este estado, la planta tiene ya bastante altura para
que una gran parte de su tallo sea calzado ó 3lTOpado con tien·a; pero si se deja pasar este pedodo,
las plantas son ya demasiado grandes y entonces
se pierde un gran número de ellas, quebrándose
al tiempo de dar la segunda labor de que tratamos,
Para daJ·la, se ponen orejeras al arado, á fin de que
levante mas tie1-ra, y la planta quede cuanto mas
arropada sea posible. No se pu~de dar al maiz la
segunda labor, sino cuando la tierra está bas1:3-nte
mullida y húmeda, así. porque voltean~o la tie1-ra
sin humedad se resecarm mas por la acmon del sol,
como porque cuando el terreno no está bastan~e
suave se levanta en terrones que no pueden servn·
para 31-ropar la planta.
.
Cuando la planta del maJz ha ll~gado al período
de su floracion, y mas cuando la fecundamon está
muy próxima, no puede recibir ya labor ninguna,
así porque se qnebraJ.'iau muchas canas, como porque cualquier saeudimiento que las plantas sufran
entonces, hace abortfil· un gran número de flores.
No podi·é describir aquí los diferentes instrumentos de que usan los europeos para el cultivo
del mai7;. Esta materia exigiría un escrito muy eictimso y muchos diseños, sin los c¡ue toda descripcion seria ininteligible.
Hemos visto que el maiz es una de las planta;¡
que exigen una mayor cantidad de agua en su cultivo; desde su germinacion hasta que el grano está
enteramente formado, necesita un grado muy eonsiderable de ·humedad, sin la que la planta perece
ó sufre mucho y disminuye su producto en grande cantidad. Cada variedad de maiz exige lillll! ó
menos humedad.
El p1imer riego se debe dar antes de la siembra,
siempre que el terreno no esté suficientemente húmedo. Aplanado el t(1rreno (que sul?onemos ya labrado) se divide en 3lllelgas, y el nego SQ va conduciendo por ellas con bastante lentitud, para que
la tierra se empape bien de agua y para que quede igualmente humedecida en toda su extension.
La desigualdad de humedad en el terreno da por
resultado que la semilla no nazca á un tiempo en
toda la sementera, lo que es un inconveniente bastante grave p31•a daJ· á la planta un buen cultivo.
El segundo riego se debe dar comunmente cuando
se acerca el tiempo de la segunda labor, á fin de
que la tierra se ablande suficientemente para ser
bien removida. El tercer i-iego, el ~s interes.mt,e.

39

EL MEXICANO.

y el que se da en mas abundancia por estar ya los raje que da la punta del maiz, compense los ~astos
surcos mas elevados, se verifica cuando se acerca del despunte y la diminucion del granó, .Y deJe una
el tiempo de la fecundacion; si en esta época crí- utilidad considerable. Donde esta especie de forratica de la vegetacion del maiz le falta la humedad je no tenga valor por la abundancia de pasturas, 6
necesaria, no hay ya que esperar gra,ndes produc- por la falta de cons1uno, creo que el despunte del
tos. Alguna vez exige el maiz otro riego p31•a ace- maiz se debe omitir, principalmente en los climas
lérar la perfecta formacion del grano. En el riego templados en que el maíz llega naturalmente al pedel maiz es esencial dividir los surcos en piletas y riodo de su madurez antes de los hielos. Por otra
cerrar sus extremos con bordes, á fin de que la palie, es tan sencillo y tan útil sembrar el maiz en
agua, sin =ollar la tierra, recorra con facilidad alcacéres p31•a forraje, que esta siembra debia evila sementera; que llene el surco hasta tocar con la tar por lo comun, el trabajo y el gasto del desp1mte.
"El maiz ( dice Mr. Duchesne) arroja Ol'dinariaplanta, y que se detenga en cada tramo lo suficiente para que la tierra quede enteramente em- mente de cerca de la tiei-ra tallos laterales que no
producen sino pequeñas mazorcas, ó que comunpapada.
,
Los períodos que hemos fijado para los 1-iegos mente son estériles; si estos tallos no quitan una
del maíz, deben variar mucho, segun que la esta- parte de sus fuerzas al tallo principal, contribuyen
p'or lo menos á esterilizar mas el suelo. Se cuida
cion de lluvias sea ó no abundante.
Hemos hablado únicamente del maiz que se de 3lTancarlos, y proporcionan un forraje excelente.
"Las pequenas mazorcas, situadas ordinari3lllensiembra de regadío; cuando la siembra se hace sin
otro auxilio que el de las lluvias, seiia una necedad te abajo de las otras, deben tambien quitarse. El
el fijar el tiempo en que los riegos debian darse. que no se apresure á hacer esta operacion, no obEn esté caso la pericia del cultivador se limita á tendrá del maiz sino mazorcas vacías, pequeñas y
abrir con oportunidad y con acierto grandes regue- poco granadas, porque estas mazorcas abortivas
ras otomas de agua, para dirigirla á la sementera son entonces las que se nutren del jugo que hucuando convenga, ó evitfil· que llegue á ella cuando biera debido alimentar á las mazorcas que dan el
ya no sea necesaria. Es tambien muy importante fruto. Aquellas se deben considerar como plantas
en este género de siembras piletear ó tornear parásitas que privan de todo su jugo nutiitivo á la
los surcos de manera que la agua de las lluvias planta principal. Al mismo tiempo que se corten
no pase pór ellos fil-rollando la tierra, sino detenién- estas pequeñas mazorcas, se quitarán ta.mbien del
dose lo necesario p31•a humedecerla y empaparla. tallo algunas hojas inferiores de la planta que esEs dudoso si en todas circunstancias convenga tán inmediatas á la tierra; son inútiles, y sec~dose,
despuntar el maiz, es decir, cort31·le la parte supe- dañan por su cantidad á la vegetacion. No se derior de la caña desde el nudo que está mas inme- jan sino una ó dos mazorcas al tallo p1incipal, y
diato á la mazorca mas alta. "Cuando la flor mas- las otras se quitan al mismo tiempo que las aborticulina del maiz ( dice Mr. Duchesne) comienza á vas de que acabamos de hablar.
"Algunos agrónomos aconsejan t=bien quitar
marchitarse, es señal de que la fecundacion hl terminado. Esta flor ó espiga no es entonces necesa- la mayor parte de las hojas que cubren á la maria, y sé corta el tallo cerca do la hoja que se ha- zorca, üejando solamente las necesarias para enlla sobre la mazorca mas alta. Esto es lo que se volverla. Este despojo do las hojas supérfluas que
llama descabezar el maiz ( éteter le maiz). Los agri- envuelven á las mazorcas, se hará paJ·a que el aire
cultores de la Alsacia no están de acuerdo sobre la y el sol puedan obrar sobre ellas y les permitan
utilidad de esta operacion. Unos pretenden que lleg31• á su madurez."
No cabe duda en que el corte de los tallos ó revaldria mas dejar el tallo entero; otros, por el contrario, dicen que así se acelera la madurez: por es- toños del maiz debe ser útil cuando estos tallos sean
to hacen el despunte, particularmente en los años estél'iles, ó cuando no se pueda esperar de ellos sifrios y húmedos. No es inverosímil que el creci- no muy pocas y muy pequeñas mazorcas; pero
miento ulterior de la planta se contenga á conse- cuando la tierra es fértil, no convendrá suprimiicuencia de la herida que acaba de reci_bir; que cese sino las cañas ó retoños que no han fructificado. En
la actividad en la circulacion de los Jugos, y que tierras muy fértiles sucede muchas veces que aJgupor falta de la renovacion de estos jugos, el fruto nos retofios dan casi tanto fruto como la caña prinseque mas pronto. Resultará de esto una diminu- cipal.
El corte de los gilotes ó mazorcas abortivas secion en el volúmen de los granos; pero una cosecha
ria
muy útil, y tambien el de la mayor parte de
mas escasa, en buen estado, va1drá siempre mas que
las
hojas que cubren la mazorca; pero donde quienna mas considerable que no se podria recoger en
un estado satisfactorio. En climas mas calientes, ra qne los jornales sean muy caros, aquella op()raesto será censurable; pero en Alsacia, donde el maiz cion seria muy costosa, y probablemente no comno llega siempre á su madru·ez, yo considero esta.- pensaria sus gastos.
Los te1-renos que se siembran de maiz, se cubren
práctica como muy laud{l,ble. En todo caso, la diminucion en la cosecha de los granos queda bien comunmente de tantas plantas silvestres, que si no.
compensada por la cantidad de punta que se da se 3lTancan con oportunidad, las cañas del mai,l
apenas tienen algunos jugos con que nutrirse; queverde á las bestias."
En resúmen, parece que el ilespunte del maiz se dan privadas t=bien de la accion de la luz, de la
debe hacer siempre que convenga acelerar la ma- necesaria ventilacion; y vegetando con languidez
durez del gra.n'o, y tambiEm cuando el valor del for- y con lentitud, no dan sino muy escaso fruto. Es,

•

�40

EL MEXICANO.

MEXICO:

Tomo I,

pu~s, ~a. operacion esencialísima al cultivo del ~e c_on la conciencia. de Mi fé, DlAI"cho derecho á :M'.i fin con
rnmz, hmpm11 las sementeras de todas las plantrui sil- ~n~atigable perseverancia. .Mis fuerzas podrán desfalle~; Mi
vesh·es, y hacer el corte de ellas cuando comienzan lllllIDO. • • • ¡nunca!
"De in~nto no procuro cambiar las costumbres democráticas
á nacer. Esta limpia se hace, ó á mano, ó con el
d:
la ~~c10n, p~1es Me a."liste la conviccion de quo ellas elevan
azadon, ó con hoces; el mejor método consiste en
e.
espmtu
del cmdndano, inspirándole ln. conciencia de su dighac~r el corte á mano, cuando la tierra está blanda
mdnd
y
de
la libertad de,_
Y lnuneda, pues entonces las planras se desarraigan d
h d su valor. lle respetado
.
"' preusa, cuano
no
a.
cgcnerado
en
libertinaje,
al
mismo
tiempo
que He l y no vuelven á brotar con la prontitud con ue
cho
reapctar
la.
au~oriclad
de
la
ley.
¡Muy
ciego
será
el que ~e~
brotan cuando no han sido desarraigadas.
q
&amp;

( Continwll'á.)

VARIEDADES.

t

de c~ntinuacion _ponemos el fo_teresante discurso
. · · el Empeiador, pronunciado en la ceremoE:n~l: dSuelMo. d~l ·diDa 1F5, y el 9.ue le prece&lt;lió del
· r. rmsti O . . . Ram11'0z:

vdeaNquc una. au~ndad fuerte es la última áncora de salv~cion
e uestra patrin!
c "Vos~tros habeis podido observar Mi calma. en medio de las
ulummas que se han levantado contra Nosotros en el extranjero. ' ¡Adelante,
Señores! que las calumnias pa•.aran
, y pennaneN
eeran ucstra-s obras.
Mi•~F_uertc ~on el apoyo de Mi conciencia. y con la rectitud de
mtcnc1oncs, cont_emplo tranquilo el porvenir. ¡México ha
~f~eHto su honor en M1s mauO!~: pues bien¡ ~epa que sn honor en
1' 1s manos no menguará!"
"SEllon: SEÑORA:

~!&lt;'

HSeñores:
. ,i_Os doy la.si gracias por In. parte que habeis tomado cu el sen~1mu:-nto que Nos causa la de~gracia. que Jm venido ú. herirnos á
-.a Emperatriz y á Mí.
"En tan grande infortunio, nos sirve, ~in embargoi de consuelo, el rccue1·do de los o·
""'andes y saludlLblcs CJ·emp1os que como
una sagrada herencia Nos ha legado el difunto Rey de los B 1
"El
N
e gw.
' como 0Botros, al neept.ar el trono quf' le ofrcciú Wl pucencontró una Nacion que fu6 necesario constituir y nn Go~~emo_ que fuucla.r. Merced á. la desinteresada. intcrvcuciou de la
rancia, pudo hacer suceder la pa.z á. la m,('rru. y •e dcdi , .
des
,
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canso a ,ver1 1car 1D1poi-tautcs reform"ª
. t cnorC&gt;s.
.
p romebó
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1 1·b
,..., m
a 1_ertad a su. pueblo, y por el largo peno
, do de tremta
.
.
y cmco auos cumphú au palabra.; prometió al país la scgu 'd d I
t
Tdad
ri ª Y a
~nq~~1 1
' y se las dió, conso1iclando con c1lo su iudependencm; luzo mas, lo elevó á un rango distincruido entre• los Est..'l.d
d~ Europa, é_ hizo de ¿1 UJlO de los prÍmeros bajo el punto ~:
vwta,
ded la
comercial y de la libertael del pensa·
· tmportancm
•
miento,
eymdo
sm
mancha
su noble divhia
"N
· y •u
" b andera.
. osotros sab~·mos aprovechar cate gran ejemplo con que
~108 ~os ha qucn&lt;lo enaellar que su Providencia. no nbn.nclonn.
Jamas a los Monarcas justos y honrados en sus nobles
&lt;
saa. Su ltiirt, l E
•
'
cmpreco
., _ a mperatnz, acaba de hacer un penoso viaje á
lcJanas, en un clima peligroso, sin otra guardia que el
runo~ e pu~blo: por todas partes ha encontrado una franca
co~dial acogida, que ha. rcvelru:lo una vez roas la. simpatía
e11ste1 entre
• la Nacion y Nosotroe ' emmdo los• dcscontentosq J:!O
comp
Esposa no encontra•
• acto.n en proclamar que Mi Au011sta.
e,·
r1_a a su P~ ~as ~uc indiferencia; cuando calumniaclorcs se ha.bm.n atrevido a decir. que olvidarin. su deber 1·ctir',an dose a, E uropa. E n esta ocas1ou
me es grato cxpr••••
. .
~ espec1'almente Mi
profun,d o 1·econoct.m1cnto
á la. hci·óiea Ve r"cruz
•
. .
Y a1 b ermoso
que
rcc1bmron á la• Emperatriz con un a1ccto
e
Y
.1 ucatán,
,
•
que que.
nara para siempre grabado en Mi alma.
ºE~ cuanto _á Mí, ~enorc~, vosotros habeia sido testigos de Mis
trabaJOB.
a un lado las teorías vanas que soIo cond u•
, l Haciendo
,
ccn ~ .ª an~qma: He consagrado Mis desvelos al arreglo de la.
admnustrac1on
publica, al desarrollo de 1os e1ementos de pros
'd d
.
pcn
a Y nqueza del país y á la ,olucion de las gran des cues-ti
oncs que mas lo han preocupado.
~ n esta ar
'dna taren, He sabido registir á . la 1'n1p• • • ¡
unos al d al"
...c1enc11.\ e e
Y
es 1cnto de otros, 11orquo las llagas abicr'-~..
.
cuenta a.ñ d
. .
·- ¡&gt;or cmos. e guerra c1v1l, no se cicatrizan cu un dia·, pero 6 r-

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mar::

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'

"Vcis cu derredor VUC'"-tro ¡ alt f
.
reunidos para presentaro~ en
di;sd uic1:-;1a;ios
del E_~tado,
0
sus sentimientos por la. g;ave peílad
u , a CXJ&gt;re_aion de
Señor, habeis perdido en la. mucrie
~ qtrue nbfhge.-Vos,
Bél&lt;nca, el pad d
us e o erauo de la
!=r
•
re e vuestra. augusta. consorte el
. lea] l
~ab10 y desmtcresado eorurjero.-Vuestra pé;ilid.~Dlll°' f'
mmensa., porque c11a. os ha arrebatado al
d
e.uora., es
que mas que paclrc, fué un tierno ami aut.or e ~estros dias,
Y. soI~cito ?r v~wstra juventud, } un il~;tr:do ~1~:ªt!: :1.nu:oros_o
1
1r1ehgcncia y relevantes calidades con ~ue ::
o e t1e o, y bp_or faK cuo.les sois el orgullo de vuestro sexo onaso ros tam ien, como mierubrn~ de la. rn f: T
.man las nacires civilizarla,, ha alca;izaclo ,,fn d~s~::i~a fa~~o¡-0
en su sen~ e qnc la voz de loi\ pncblos nclamó ~ n
ble Y glonoso renombre d,~ Nestor de los Sobcra~o e eCn~~ia.cntonccs
podrian ~e r l os consuc1os eficaces que mi
s.-i
U¡ues,
d"
,
déb.l
1era a uestras ?ifajcdt~tdes en tamaña desgracia?
N" J voz
lT~poco loi, neccsitafa, porque los tcneis todos·¡.. n~~os.
~r~za, en vuclstra pi:1.Clo~a. resignacion á la invio~ablecs1:;
_endor, y en a conc1enc1a, de que el Rey de los Belg•• h t
o su .Jnrga y p ac1'fi cameutf" g1or1osa.
.
~ a er1romadm.
carrera, circundado
de
a a iracion, reapc-to y amor de I
.
desce1~dido al sepulcro con la bendf;i;ºP~¡~;u:1:.t··:-:;s; que ha
; en tiempo para d,:jaros, por legado inl.:ti~abl,•, la mc:!~:'ll;
ns dacC1on0t1;, &lt;¡1!c. lo presentan como modelo dP un Rt•
1·
~~,:a:~;J;,~,- t,c~ro.-Pef° ,i la participacion en el
l ñ i_ ur . cousue o, C'P.tad se-guros, Sciior, Sefiora de
os mcH nar10s en cuyo nombre tengo el honor de dh·i i.ros
pnla. bra, os ncompanan sincernmcnto en vuestra tLfticcion~'

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e~ a . tura. convemeutc pm·a que no estorben t : . '
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rp:!ee1~t:~tl r,e, la., calles
~eJo;ª
gun estamos info~ulo de luz que_ d&lt;'S¡lidc el_ reverbero y, semero de fa.roles m
os, estns ventaJ~S se comugucu con un núble economía en ef::nt:!~sblqucEha.bm, y bncié':1-doso una notn.S G
l
e. sta. nueva ID&lt;'Jora. se dcb al
::f~~t~t;:,e~~~odempcí10 por el birn_público, é inc°ani:,•ª o ya en otra ocaston.

c:7W:

~~~~~~~~~º;:

s:b1e

CONSEJEROS HONORARIOS DE ESTADO.

llan sido elevados á esta categoría los Sres D Lean
;eifc.ªt."i,:i::~:.:~f~. apostólico ele la dió~e,i; de

Y!:w!:

MEXICO.-lMPIOOITA llll'ERIAI,.

Este peri6dico saldrá á lu.z los ·
Domingos y los Jueves. El pre- /
cio de, suacrlcion es el de dot.
reales al Dlf'S para la Capit.i.1 y
tres par!l lo!! sm~crttores furá~
neOII. Los uúmeroe sueltos valen
una cuartilla. Las auscriciones
se recibi..&gt;n en la Capital, en el
desr,acho del "Diario del Im¡&gt;l?rio,' Bajos de S. A.guslin N? 8;
fuer&amp;i ~r los corresponaafoa del
mismo Diario.

j

JUEVES

25

DE

ENEUO

DE

Núm. 6.

1866.

EL IEXIC!NO
Perió1lico bisemanal, dedicado -al Pueblo.

Se publicuán gratis los remitidos que tengan por objeto el
fom,"lltO dn las ckncias 6 las arti·~, i1 quoi::irvan para instruecion
\
del pueblo.
Por precios convenciouale1, ae
insertarán avisos que tengan laa
mii:1mas cualidades.

t

timiento noble, á lo menos por su propia utilidad,
para cubrir sus necesidades personales, satisfacer
ASOCIACION.
sus deseos y gozar de algunos placeres. La sociedad no ha nacido de la reunion casual de algunas
El hombre, ese rey de la creacion que domina á familias, sino de 1a naturaleza misma del hombre,
todos los ,lemas animales, que sujeta á los elemen- que no puede vivir solo; por ella los hombres se
tos, que ha descubierto la imprenta, el vapor y el J,iacen mejores y caminan á la pe1-feccion, p,u·a ella
telégrafo, es, sin embargo, considerado como indivi- trabajan los hombres haciéndola adelantar hasta
duo, el ente mas limitado y que necesita ma.~ del llevarla al mas alto grado de progreso. Así. la soauxilio de sus .semejantes. La mayor parte de los ciedad es susceptible de mejorar8e y pe1feccionarirracionales se bastan á sí misrn.os para cumplir su se como todas las cosas humanas, y es un paso de
destino sobre la tiel'l'a; la naturaleza los provee de grande progreso el que se desaITolle el espíritu de
vestido y les da los instrumentos que han menes- asociacion. No tratamos aqtú de las ruiociaciones
ter para conseguir su subsistencia: ademas, sus ne- políticas ni de esa grande asociacion de la h11macesidades, como sus placeres, son monótonas, siem- nidad, que segun algunos pronósticos halagüeños,
pre las mismas, y que se pueden satiofacer sin mas poéticos que reales y positivos, ha de producir
auxilio estraflo: no as[ el hombre que iluminado la república universal y la paz perpetmi: nosotros
con una clúspa de la inteligencia divina, hecho á la tratamos de la asociacion del h·abajo que económiimágen de su Creador, aspira siempre á la pe1fec- camente hablando multiplica los productos, moralcion, vive en una senda de progreso eterno que lo mente estrecha los vínculos de fratemida•l entre
dirige á mejorar cada una de las cosas que le son los asociados, y políticamente contribuye {t la paz,
necesarias para oxistir, desde las morales é intelec- haciendo cesar la vagancia y quitando todo pretestuales mas elevadas, hasta aquellrui que emplea en to {, la indiuencia que pulula en los gra]l(lcs cenel uso comun, cuya fm·ma y materia se sujeta á ese tros de poblacion. Considerada de esta manera la
adelanto que se llama la moda. Esta aspiracion sociedad entre el amo y el sirviente, que sP unen
constante á mejorarlo todo, hace qué el l10mbre para conseguir los mismos fines, aunque sus funaislado no se basto á sí mi!lmO. ¡Cómo podria un ciones sean diferentes, es muy digna tle e~tt, diarse
solo hombre consh-nir un edificio semejante al Co- por los resultados que ella debe dar en beneficio de
legio de Minería, ó fundiJ: una estátua de br-0nce la clase proletaria y de la nacion en gener.u.
como la de Cárlos IV que adorna el paseo'! Y aun
Entre nosotros, la diversidad de las razas y la
sin elevarnos tanto, ¡acaso podria un hombre, sin manera con que el gobierno español administró esque lo ayude el trabajo y la inteligencia de sus tas 1·egiones, han hecho que se establezca entre el
hermanos, hacer la cos¡L mas trivial, por ejemplo un amo y los sirvientes un sistema de mutua desconpar de guantes1 Preciso seria pam esto que el fianza que da orígen á males de trascendencia, los
egoísta fabricante tuviese la,, primeras materias; cuales, con el trascurso del tiempo, toman proporun pedazo de piel y seda para coserla, y los instru- ciones colosales, llegando á llamar la atencion del
mentos indispensables: para conooguir la piel nece- que manda y exigiendo remedios enérgicos que
sitaria ir á los climas frios, para la seda volver á alarman á la sociedad, y aun modifican su modo
los calientes 6 templados, para tener el fie1·ro con de ser. Temen los propierarios que estando los sircine había de hacer los instrumentos, debería ar- vientes bien alimentados y vestidos, amen lo supérrancar de las entrañas de la tiel'l'a este metal, para fluo, desprecien el trabajo y abandonen las obras
construir la aguja pasaria toda su vida, y siempre que se les encomiendan: :eor esto los conservan en
la haría muy imperfecta. De todo resultaria que cierto,estado de embrutecimiento, halagan sus padei!pues de un tiempo incalculable y un trabajo in- siones, protegen sus vicios y les hacen préstamos
menso, el ho~bre venia á hacer una .obra que no considerables que deben cubrir con su tr&gt;tbajo. A
llenaba su obJeto, un modelo de irnpe1feccion.
su vez los sirvientes. conociendo su condicic,a p1·eNos refiere el Génesis que al crear Dios al hom- caria, viviendo con el día, ven en el amo un ene• u1,,T
~,o es bueno que el hombre esté solo;" migo, hacen la meno1· obra posible y entorpecen
bre, diJO:
verdad sublime que hizo del hombre el ente mas por cuantos medios están á su alcance el progreso
favorecido, y puso los fundamentos de la sociedad. en la industria, la introduccion de las máquinas y
El aislamiento es, pues, conti·ario á la naturaleza, cuantos adelantos aconseja la ciencia y la econQporque el hombre perpetuamente, y en todos los núa: y es que amos y sirvientes no se ven como solli!OB tle la vida, necesita seTvirse del trabajo de cios en la misma negociacion, sino como enemigos
otro, y solo puede obtenerlo por medio de las rela- que procuran arrebatarse sus recíprocas utilidades.
cioneg con sus semejantes, las cuales est.á en el de- Si unos y otros meditaran respecto ele su posicion;
oer de cultivar y fomentar, ya que no por un sen~

.

,

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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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