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                  <text>EL MEXICANO.

20.P

..

.

Las suertes una.vez comenzadas á corta1·, deben
seguirse hasta el fin, pi:es dejándo!as á la ~itad, se
·ventea la caña. Es decir, que poméndose a descubierto una porcion del terreno y de.la planta antes
cubierta, sobreviene una rápida evaporacion y de, secacion que naturalmente alteran el resto que está en pié, y lo hacen, por decirlo así, Easarse de
sazon.
(Continuará.)

V A.RIEDADES.
DERROTA DE REGULES.

..

...

¡

1

•

Tomo l.

MEXICO:

JUEVES

Bajo este título publica la "Realidad" un editorial, en que ha•
ciendo referencia al informe de D. Guillermo Lloyd, que hace po•
co vió la luz pública en nuestras columnas, celebra como es de•
bido los adelantos que se haú hecho en el camino de hierro de
Vera.cruz, y se complace por las esperanzas que da el ingeniero
de que para el mes de Agosto próximo la via férrea habrá unido
esta capital con la ciudad de Puebla. Co.n este motivo, manifiesta
que la nueva cárcel está casi concluida; anuncia que en el local
que ocupa la antigua prision se CÓJ}.Struirá un teatro, y p1·ópone
como mejoras muy convenientes para aquella ciudad, la plañtacion
de una alameda, que ~omenzando en el paseo viejo de S. Francis•
co, termine en lá plazuela de San José, atravesando las tierral!
del Molino, y- la construccion,de un hotel de ville dondé ahora es•
tá la Alhóndiga. Añade el periódico á que nos referimos, que
para todos estos proyectos hay fondos suficientes, y concluye
diciendo que con voluntad y .accion todo se conseguirá. Poi: •
nuestra parte, celebramos que estas obras se realicen, y excitamos á quien corresponde. para que tomándolas en consideracion,
haga cuanto sea posible para que se lleven á efecto. Puebla, que
tanto ha sufrido en nuestras guerras civiles y que sostuvo últi•
mamente el sitio. y asalto del ejército frances contra las fuerzas
. que ocupaban aquella plaza, quedando muchos de sul:! edilicios
reducidos á escombros, bien merece una mirada de compasion y
q_ue se procuren. 11u11 mejoras con, todo empeiío.

Del "Diario del Imperio" del dia_ 28 copiamos lo que sigue:
"El Cuartel general ha. publicado lo siguiente:
• "Estado Mayor Genéral.-Las noticias que han llegado al
Estado Mayo~ general, permiten añadir algunos·pormenor.es so•
bre el ataque del cainpo de Régules por el General .A.ymard, en
la mañana del 18 de Marzo.
. "El ~ 7, habiendo sabido el General Aymard en Za.mora., que
Régules habia salido de Jiquilpan, organizó inmediatamente una
pequeña columna para tratar a.e cortarle el camino á Uruapan.
ALU~RADO EN LOS ANGELES.
"Partil! á las cinco de la tarde, con una pieza de montaña, ,
dos compañías del 7? batallon ae cazadores á pié, tres compaEl "Cronista" publica lo siguiente:
ñías del 51? de línea .Y un escuadron del 3? de cazadores de .A.fr¡.
"La noche del lúnes 19 del actual hemos tenido la satisfaccion
ca. Despues de una marcha difícil por malos senderos y en una de presenciar la in!ugu.racion del alumbrado, que tuvo lugar en
noche muy oscura, llégó cerca de Patamban, á: una distancia tan el barrio d~los .Angeles. Despues .de tanto tiempo se ha esta•
. corta de la retaguardia del enemigo, que tuvo que detenerse blecido al fin en esta parte de la ciudad una mejora que recla.
inmediatamente, mandando guardar el mayor silencio })ara que maba no solo la civilizacion, sino la humanidad. Los vecinos de
no se descubriera su marcha. Algunas horas despues,• ~abiendo los .Angeles, que por tanto tiempo habían vivido á oscuras, ya · •
seguido ·al enemigo lo mas cei·ca posible, el General .A.ymard ~ienen luz para transitar por las solitarias calles de su pueblo. .
percibió grandes luminarias, y vió los puestos avanzados de Ré.
"El entusiasmo que ha producido en los habitantes de los An•
gules, cuyo campo estaba instalado á medilJ, legua de Tenguecho. geles el establecimiento d,el alumbrado, se manifestó en esa,no•
"El General Aymard queria esp~rar el dia para com_batir con' che con trage de fiesta, p_ues al pr~sentarse el comandante del
toda su columna formada; pero habumdo dado el enermgo la se• _resguardo, D. Manuel Na.Jera, en umon- de su segundo y del pa•
ñal de partir á las tres y media, no.había ya que vacilar, si se gador, fueron recibidos por todo el vecindario, que a¡;ompali,ado
quería no perder su ra.st¡:o.
de músicas y arrojando cohetes, le-s victore:u-on con calor. Los
"Al punto se dan las disposiciones de ataque: dos pequeñas vivas fueron dirigidos al Sr. D. Ignacio Trigueros, Alcalde mu•
columnas, formada la una de tres secciones,de cazadores á pié, nicipal; al Sr. General Gonzalez Mendoza y al mencionado Sr.
y la otra de una seccion de los. mismos cazadores y de los gra• Nájera, á _quienea se debe,,-segun estamos informados, la realiza.
naderos del 2? batallon del 51 de línea, avanzaron rápidamente cion de esta importante mejora. Los vecinos de los Angeles no
hácia el campamento enemigo: nuestros soldados caen sobre las han sido parcos en las demostraciones de su gratitud, y nosotros,
avanzadas guareciaas detras de los rara.petos, y son recibidos amigos- de la justicia, publicamos estas líneas para d¡i.r á conocer
con una descai-ga que no contiene su 1mpetu: pasan por encima al público los adelantos que promueven nuestros funcionarios
de todos los obstáculos, y se précipitan á la bayoneta sobre el públicos.-Var-ios amigos dé las mejoras materia-Us."
enemigo, que huye desordenadamente en todas direcciones, y se
J
salva á favor de la oscuridad de la noche.
.
·
"'.El campo de Régules habia caido en nuestro p9der, lleno de
armas y uniformes: más de 900 caballos, la mayor parte ensilla.
NOTICIA HISTORIO.A.
dos, corrian por todas partes sin ginetes, espantados por el es•
truendo de la fusilería.
DE V .A.RIAS INVENC::¡;ONES, DESCUBRIMIENTOS, ETC.
"Las pérdida-a del enemigo consisten en 2·6 muertos y• 27 pri•
( C(mtinúa.)
sioneros, habiendo podido salvarse ·qasi todos los heridos en las
ba.n-ancae 9 en loa bosquea.
BENED:r.=no-os.-Eata Ordelle roligiosa ft1.é instituida por San
"Quedaron en nuestro poder una bandera y dos estandartes; Benito á principios del siglo sexto, fundando su primer monas.
y se pudieron recoger 135 caballos, 45 mulas, 420 fusiles ó mos• terio en el monte Casino, en ~l mismo templo que habia estado
quetones, 259 lanzas, 99 sabTes y 6,875 cartuchos."-El Gene• consagrado á .A.polo. Su regla fué aprobada por San Grego1io
ral Gefe del Estado Mayor, .A.. D'OsMOND."
Magno en un Concilio celebrado en Roma él año 595, la que
a~ instante abraza.ro~ todos los cenobi9:s ó monjes de ,Occidente;
HOSPICIO DE POBRES.
siendo desde entonces esta Orden una de1las mas distinguidas.
Las religiosas benedictinas las instituyó Santa Escolástica, her•
Leemos en el "Telégrafo,_" periódico oficial del Departameñto mana de San Benito.
de Durango, que en la ciudad del mismo nqmbre reunió el señor
ÉERG.ANTIN.-Embarcacion ligera que empezó ·á conocerse
Prefecto político el di.a ~O de Marzo, una Junta de vecinos con
objeto' de tratar sobre el establecimiento de un hospicio de po• en el siglo catorce, cuyo nomtre se deriva c!e la palabra france.
bres en aquella capital. La idl!3 fué muy bien recibida por los sa brigand, bergante_, salteador, porque loa pirq,tas y otros mal•
hechores hicieron uso de esta na.ve desd~ su principio, por ser
vecinos, quienes se suscribieron, segun sus proporciones, con la_s muy
velera.
cantidades con que cada mes han de contr1bmr para el sostem•
mien·to de esta provechosa institucion. Para formar la Junta me- · BERLIN.A..-Este carruaje fué inventa.do en Berlín, capital de
nor dii·ectiva fueron nombrados los Sres. Grima.Ido, Palacio y Prusia, por el arquitecto Felipe Chiese; aunque algunos atribu.
Santa María. E'elicitamos muy sinceramente á aquel señor Pre• yen su invencion_á los italianos.
fecto por haber concebido tan filantrópico pensamiento, y le de•
( Continuará.)
seamos que lo vea realizado y produciendo los frutos que deben
esperarse en favor del pueblo cuya suerte le pa, sido confia,da.
MEXICO.-lMPRENTA IMPERIAL,

'j

ALGUNAS NOCIONES DE CRONOLOGIA.
(CONTnl'U.A..)

'

'

La letra del Martirologio sirve, colocada ordenadamente sobre las historias de los Santos, para determinar en cada di~ del ~ño el conespondiente á
la luna desde la conjuncion. Las letras del Marti•
rologio 1son treinta; diez y nueve minúsculas: a, b,
c, d, e, f, g, h, i, k, 1, m, n, p, q, r, s, t, u; y once mayúsculas, A, B, C, D, E, F, G, H, l'YI, N, P.
Cada letra corresponde •constantemente á determinada epacta; de manera que, para saber cuál letra del Martirologio conesponde á un afio propue~to, basta conocer la epacta del año y buscar la letra
que le· cofresponde en la tabla' siguiente:
Siendo .la Epacta.

Lit letra del Mar.

tirologio será:

1. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2 ... ~ _
. -.
3 . . . . . . . . ....... .':. .
4._.
. ..
5.~:: .
. ..
· 6 .. ...

a.

b.
c.

1866.

.
'

duró hasta el año 312 de nuestJ.st éra, en que Constantino- mª'ndó ad9ptar la indiccion. ·
.
Las datas a.e muchos concilios, las epístolas de
lo.s pontífices y otros documentos antiguos, están puestas conforme á este período, que actq.almente
no se usa mas de en las bulas pontificias.
Para saber cuántas son las indicciones trascurridas desde_su orígen hasta un año propuesto, basta
quitar del núme1·0 de órden del año la cantidad 312,
y dividir-la resta por quince; el cuociente indicará
.lo que se busca.
·
Para encontrar la indiccion romana eu un año
cu:ó\,lquiera,-se añaden tres·trnida&lt;les al número que .
expresa el año propuesto;. la suma se divide por
q~ce; la última resta es. 1a indrcci?n qué se busca.
S1 no resultare resta alguna, se entiende que aquel
-és el último año del J&gt;eríodo.
'
La tabla siguiente contiene uno de esos períodos
de 15 años, él 104, que será idéntico en-los años, á
los que le precedieron y á los que ~e seguirán.
Años.

Indiccion romana.

d.

e.
f.

,,

7 .. ~
... _. g.
8. . .
. . . . h.
9 ..... . .... ..... : .... l.
1 O_.. . . . . . . _.... ·_ _... _. k.
11.. . . . .
. ..... l.
12 ..... _. . . . . . . . . . . . . . m.
13. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . n.
14 _. . . . . . . . . . : ... : . . p.
15. . . . . . . .
. ·. . q.
16 ... _ . . . .
. . r.
1 7 . . . .. _.... __. . . . . . . . s.
18 .. .-....... . .... : ... _ t.
19...
e
• U.
20. _.
. A.
21...
. B.
22...
. c.
23 ... _... _... _. . . . . . . . D.
24 _.... _.. _. . . . . . . . . . . ~25 .............. . .... _ F.
26 .......,_...... : . . . . . . G.

1858 .... _..... _: ... . .. l.
59 ....... _-: . ~ . . . . . . . 2.
1860 ......... _....... : 3.
61 ... '. ... ..... .. ·... : 4.
62 ......... _. : ··-··· 5.
63 .... : .. •-··- ~··-- ~. 6.
64 ....... ·.····--····-··

7.

65 . ....... ,_. .. . . . . . . .

8.

66 ......... •-······ ·

9.

6 7 ......... _. . . . . . . . 1 O.
68 ... - ........ ·· · ·• 11.
69 .................. _ 12.
1870 .. __ .. ·.. _. . . . . . . . . 13.
71 _.............: . . . . 14.
72 . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2 7 ..... ~ .... ·.. . ..... : . H.

28 ...... ~. . . . . . . . . . . . . . M..
29 ........ _...... __ .. _ N.
I 9 cero . _...... _. . . . . p.

Indiccion Romana.-En los tiempos de · Roma
existía un período de ti·es lustros, quince años, para
indicar.el tiempo en que debía pagarse el tributo
á la república: por razon de su objeto, el período
recibió el nombre de in~iccion. El uso de este período lo introduj,eron los romanos en la Grecia, y
..,.

'

DE ABRIL DE

Se publicarán gratis los remi.
tidos que tengan por objeto el
fomento de las ciencias 6 las arte~ 6 que sirvan para instmccion .
del pueblo.
J&gt;or precíos convencionales, se
insertarán avisos que tengan las
mismas cualidades.

•

f

12

PUEBLA Y EL CAMINO DE HIERRO.

...

·,

'

o.

Letra dominical.-Las leti·as dominicales son sie- te: A, B, C, D, E, F, G. Se les llama dominicales,
porque sobre los dias de cada año se repiten sucesi~
vamente como los dias de la semana: la que le toca
señalar el piimer domingo,. señalará todos los demas, y de aquí su denominacion.
·
, Es fácil• de concebir, segun lo que hemos dicho
de la semana al hablar del ciclo solar, que las letras
dominicales siguen las mismas reglas, y que por
consecuencia no se repetirán en un órden dete1minado si no es por períodos de 28 años, lo cual ha
hecho que el ciclo so1~r se llame tambien ciclo de
las .letras dominitales.
En los años comunes, la letJ.·a respectiva señala
el domingo todo el año, y no hay mas de una letra dominical: en los añ.os bisiestos hay dos letras
dominicales; la primera sirve del 1f! de Enero al 24;

..
•

�EL MEXICANO.
EL MEXICANO.

218

de Febi:ero inclusive; la segunda desde el 25 de
Febrero hasta fin de Diciembre.
Si en un período . del ciclo solar se inscribieran
las ~etras dominicales respectivas, bastaría conocer
el ciclo solar de un aüo para determinar cuál era
su l~tr:t dominical. Para fijar, sin emba1·go, la letra
domnncal de un año propuesto, hay la siguiente
regla general que conviene al siglo XIX:
Para dar nombre al resultado se supone siempre
que
G
F es ürual con . . . . . . . . . . . . . . . . 1

,,

E "
D "

,,
"

"

,

•

,, . - - - ..... -- - ... - - - . 2.
" . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.

., . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.
5.
B" ,,
" ..............·... 6.
A " ,,
" ... ' . . . . . . . . . . . . . o.
Ahora bien; al número que expresa el año dado
s~ añade su cuarta parte, sin hacer caso de la fracc10u, y la suma se divide por siete; la resta final
que de la division resulte, dará nombre á la letra,
conforme á la t.abla de arriba.
Si el año es bisiesto, sacada la letra como pam
el año _comun, se toma la siguiente inmediata, en el
órden mverso, y se tendrán la,,s dos dominicales.
La tabla siguiente contiene los an.os del ciclo solar, como antes, y las letras dominicales que á cada
uno coITesponde. Estas inismas letJ.·as se han repetido en su órden durante todo el siglo, y se repetirán sil! variacion hasta 18~9.
.
1868 ...... E. D.
82 . ... .. A.
69 ..... C.
83 ... . . . G.
1870 .......... B.
• 84 .. _.. ___ F. E.

c ,,

•

V

,,

,, . . . ... . . ... . . . . . .

71. ..... A.

72 ... : . . G. F.
73.. . . . . E.
74 ...... D.

75 . ..... C.
76 ...... ·B.A.
· 77 - - . . . . G.

85 ...... D.

86. . . . . .
87... . . .
88 ... · ..
89 ..... .
1890.: ....

C.

B.
A. G.
F.
E.

91. . ::-. . . D.

92 ... ... C. B.
93 ...... A.
94 ...... G.
81. - .... B.
95 ... . .. F.
El período julia1w1 inventado por José Escalígei·o,
78 .... ~. F.
79 ...... E.
1880 . ..... D: C.

1
1

f

•

se c~mpono de 7980 ailos, producto do los u:funeros

1~ c;clo lunar, 28 ciclo solary 15 ciclo· de las in~cc1ones romanas. Se supone que el período juliano comenzó 4 713 años antes de la éra cristiana
época en la cual concUITieron los tres ciclos indi~
cados, siendo uno todos ellos. En el espacio de estos 7980 años, no se encontrarán dos que teno-an
el mismo número de oro, el mismo ciclo solar la
mism:i, indiccion romana; de manera que, en ese
gran mtervalo, el conocimiento de los tres números
a_cabados de indicar, distinguirá con toda p1·ecision el año á que coITespondan de todos los demas
del período. Habiendo comenzado este período
4í'13 afios antes de Jesucristo, termlnará en el año
de nll:estr~ éra 3267, comprendiendo todos los tiemP?S históricos de que la humanidad conserva noticia, y extendiendo al porvenir por tal espacio, que
antes de llegar á su fin habrán perecido millares

y

9

.,

f:'.

que la misma historia nos justifica los males inmen- habia de ser indispensable el elemento primordial,
sos que tal institucion trae consigo. La. costumbre el m.atJ.i:monio, para procurar nuevas relaciones en- •
de dirigir con cierto imperio las cosas políticas, ex- tre los ciudadanos. Las condiciones que se prescripondria indudablemente al Soberano á tratar de biesen á su celebracion, variarían segun las circuns-•
hacer lo mismo con las espfrituales: al que gozase tancias, como los demas contratos. Este carácter le
de un doble poder semejante, le seria en extremo viene desde los tiempos mas remotos, y siempre ha
fácil abusar de él, una vez que contaba con medios sido considerado en su esencia como un acto de
físicos y morales para reducir á sus subordinados; mera convencion; de manera que en su origen y
en una palabra, poner el sacerdocio y el imperio largo tiempo despues, solo fué considerado bajo su
en las mismas manos, seria reunir dos cosas incom- aspecto civil, sin que poste1·iormente lo haya perpatibles por su fin y medios de que disponen.
dido poi· 1a intervencion religiosa.
De aquí ha venido la conveniencia reconocida
Así, pues, en el matrimonio, en este delicado conpor la civilizacion moderna, de la sepa~acion de trato, del cual pende la felicidad de las familias y
ambas potestades, la política y la eclesiástica; cuya por consiguiente de toda la sociedad, de cuyo punseparacion ha sido recqnocida por los pastores de to es solo responsable la potestad civil, ésta tiene
la Iglesia. "A tí encomendó Dios el Imperio y á necesidad de establecer leyes que impidan su mala
nosotros las cosas de la Iglesia." decía el Obispo celebracion, castiguen á los infractores y anulen
Osio al Emperador Constancio (Epístola de San tales actos cúando se hubiesen ejecutado con inAtanasio á los solitarios). El Papa Nicolás I ar- fraccion de las mismas. ¡,Qué razon habría para
güia al Emperador Miguel diciéndole que Jesuciis- someterá la vigilancia y direccion de los gobiernos
to había separado las funciones de Pontífice y Rey todos los actos en que se versan cada dia los ciucon actos propios y funciones distintas (Epístola 8 dadanos, y excluir precisamente los mas importany Distinc. 96, capítulo 6), la cual no podía ser de tes, como el na.cimiento, el pacto fundamental de
otra manera, pues la mision de la potestad religio- las familias que tanto afecta por sus resultados á
s~ ~s puramente espiritual, mientras que la de la las instituciones civiles, y la muerte, entregándo1os
civil se consagra á los negocios temporales. A la á la inspeccion de una potestad distinta, diversa
sombra de ést.a y bajo su vigilancia emplean los del todo, por el fin que se propone1 Antes de la
ciudadanos el tJ.·abajo de sus manos, alcanzan el promulgacion del Evangelio, l9s gobiernos tenían
fruto de su industria y entran en relaciones con intervei;i.cion directa en estos acontecimientos de la
otros pueblos, sin que para esto necesiten del con- vida humana, por su carácter civil y en virtud de
curso del poder eclesiástico, el cual es del todo aje- las otras razones antes expuestas: iPºr qué motivo,
no á t-ales fines.
pues, se les u-ata de negar hoy la misma facultad,
No debemos olvidar en esta materia la famosa existiendo las mismas circunstancias y las mismas
respuesta de: "Al César lo que es del César," dada relaciones de la sociedad1 Se ha pretendido dar á
por Jesucristo, quien tambien pagó tributo cuando la cuestion el giro de que la potestad civil no puede
se le exigió.
mezclarse en la administracion de sacramentos; peDe acuerdp con estas reflexiones, no podremos ro en esto hay una équivocacion, porque á la vez
menos de convenir en que todo el que pertene- que el nacimiento, matrimonio y muerte de los ciuce á una nacion debe sujetarse á sus leyes, par- dada.nos tienen que ver con la religion de cada ·
ticipar de sus ventajas y g1:avámenes, arreglándose uno, no por eso dejan de afec~r su caráctE,r de
en los. actos particulares y públicos á las reglas asociados y hallarse sujetos á las disposiciones del
... presentas por los gobernantes, pues estos no se pro- poder secular: cuando mas, podría inferirse que l?,
ponen mas fin que el bien de la sociedad.
autoridad espiritua,l ha de intervenir por lo que á
Resumiendo lo anterior, resulta: l '! Que la p_o- ella concierne, en lo cual estamos conformes; pero
testad eclesiástica y civil son distintas y no pueden nunca en conceder que sea la autoridad encargada
existir en una misma persona. 2'! Que ambas po- de vigilar estos actos.
testades se proponen fines distintos. 3'! Que el de
Tales son los principios aceptados por el Gobierla primera es pID·am.ente espiritual, y el de la se- no Imperii:tl y desal'l'ollados en la ley que con fecha
gunda es la proteccion de los derechos individua- l'! de Noviembre del afio p1·6ximo pasado ha sido
les, la conservacion del órden público y el arreglo promulgada. Ellos, como se ve, no pugnan en nade los actos civiles.
da con la potestad eclesiástica, sino que antes bien
Como aplicacion de estas consecuencias, tratare- le dejan un completo y libre ejercicio de sus faculmos ya el punto de la conformidad de las leyes ta,des. Próximamente haremos una explicacion de
de registro civil con los cánones de la Iglesia; mas ella, demostrando con el texto en la mano la ver~
como quiera que la oposicion mas fuerte se ha di- dad de lo que antes se ha dicho.
rígido siempre á la parte relativa á los matii:monios
Lle. :MIGUEL F. BLANCO.
civiles, nos ocuparemos principalmente de estos,
____ r
haciéndolo d~ los otros puntos solo por incidencia.
PARTE LEGI SLA TIV A. ·
Es el matrimonio el vínculo de las familias que
multiplicadas han de dar nacimiento á nuevas soEn nt\estro número anterior insertamos algunas
ciedades. Cualquiera que fuese el territorio que disposiciones relativas á la manera con que debe
hubiesen de ocupar l?s habitantes de un pueblo, y hacerse uso de las aguas que vienen por cafierías á
por mas 6 menos vru.1.adas que estuviesen las atJ.i- esta. capital: hoy damos lugar á cuatro disposiciobuciones de los encargados del régimen político,

de generaciones. Conociendo la con-espondencia
de este. período COA tlll afio cualquiera, se ruede
determmar con facilidad el áureo número e ciclo
solar y la indiccion romana que le corre~ponden,
de esta manera: ~l _año 1~6? .c?rresponde al año
6579 del período Juliano; si dividimos sucesivamente este número por 19, por 28 y por 15 las restas
que de la division resultan, 5, 27, 9, indican el áureo número, el ciclo solar y la indiccion romana
para el repetido afio de 1866, y así de los demas'.
M . ÚROZCO Y BERIU..,
(Continnará.)

-.ZGISll'B.0 omL.

Úes~e que la :A,mérica Españolá se fué sucesivamente mdependiendo de la madre patria apareció
en una posicion ~el todo nueva, con fuertes y delica~os comprorrusos que ofuscaban el porvenfr.
Criaturas, las nue~as naciones del siglo XIX tenían
que obedecer su 1mpul90 hácia la civílizacion y
adelanto; hacer á un lado -las opiniones verdaderamente retJ.·ógradas que no guardasen armonía con
el estado /ctual del progreso europeo; someter
otras á examen, y darles nueva forma cuando la
requerían, proc~rando en todos casos ábrir amplia
puer~a á las me:,or~; todo ello regido por la prudencia que debe rema! en. las empresas difíciles, y
contJ.·a las cuales el espíritu de retroceso tJ.·ata de
aglomer~r obs~cJ].los. No es dable á nuestJ.·os jóvenes pa1ses permanecer en la inaccion y ser simples espectadores de lo que pasa en nuestro gigantesco vecino del N 01·te: un feliz desenlace de sus
co~ti~ndas s?bre indep~ndencia los ha puesto en
actividad; y si otJ.·a cosa mtentasen, se olvidarían de
sí mismos, siendo responsables á la posteridad de
tan culpable apatía.
A muchos objetos son aplicables las reflexiones
a~teriores; pero ahora las aplicamos al registro civil, que es entJ.·e nosotros una de las instituciones
nuevas mas difíciles, por razon de ser católico en
su mayor parte el pueblo mexicano, cuya circuns~ncia hizo al principio aparecer serios y formales
mco;nvenientes para el establecimiento de tan importante mejora. .Diremos algunas palabras sob1·e las facultades ne
los G~biernos para esta~lecer los registros civilé~
y la nmguna repugnan~ia de tal institucion con los
Cán?nes de la I~lesia católica, pasando despues á
explicar la ley que entre nosotJ.·os se ha promulgado.
En los primitivos tiempos del género humano el
sacerdocio y el imperio se ejercian por una mis~a
persona: desde esa época y con mas frecuencia
des~ues, 10;1 reyes agregaban á su dignidad la investidura sacer~otal. Consta de la Sagrada Escritura, que ~Ielqmsedec, rey de Salem, era sacerdote
del Altísimo. No hay duda que aceptaao el exclusivismo religioso, la reunion de autoridades en una
misma persona producía algunos resultados favorables, siendo uno de ellos impedir la division y competencia de ~os poderes, de l? q~e existen muy escandalosos eJemplos en la histona. Pero si bien es
cierto lo que acabamos de deoir, no lo es menos

•

219

,

..

�EL MEXICANO.

220

nes muy interesantes y que se refieren, las dos pri• meras al fundo legal que debían tenei los pueblos
de indigenas, y las dos segundas á la manera de
entablar y sustanciar los interdictos de amparo y de
despojo. Nuestro objeto al reproducir estas deter. mi:naciones, respetables por sU: antigüedad, es precaverá la clase pobre de ser engañada por los es- .
pecula"1ores que, haciendo creer á loa incautos en
pretendi,dos derechos, los arruinan extrayéndoles
sus escasos recursos, fruto de su trabajo, con pretexto de honorarios, sacas de títulos y diligencias
judiciales, qlte no llegan á practicarse ó que si se
p,romueven, dan un result;:Ldo enteralllente contrario del que se proponían los interesados.
, .

RE.AL CEDULA ,

Sobre el fwndo legal de lqs llamados INDIOS; morlo ANTIGUO de medirlo, y awnen'fo de cien varas sobre las quinientas de la pritnitii}a ·ordenanza.
El Rey._:Por cuanto en mi consejo real de las Indias s~ tiene noticia que el Marqués ele Falces, Conde de Santistevan,
~ienao vircy de l,is provincias de la Nueva-España, hizo unaordeuauza eu 26 de Mayo del año de 1567, por la cual mandó que
en los pueblos de indios que se necesitare de tierras parn vivir y
sembrar, se les diese 500 van:s y las mas que hubiesen mene~ter, y (JlfC de alli en adelante no hiciese merced á persona alguna

de 1iinguiía estancüi-11Í tierras, si no fuese pudiendo asentw· mil
•varas d&lt;J medir pafio 6 seda distrµite y des'IJiado do la pqblacion y
casas ele indios. Y l.as ae tierras 500 varas apartadas de dicha po. Uacicm, como ha constado del testimo.nio de dicha ordenanza que

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ha, llegado al Cons'ejo, y que contra esti,lo, órden y práctica, se
van. entrando los dueños de estancias y tierras en las de los indios, quitándoselas, y apoderándose de ellas, unas veces violentamente y otras veces con fraude; por cuya razon los miserables
indios dejan sus casas y pueb1o, que es lo que apetecen y quieren los españoles, y consiguiendo estas 1.000 váras, ó 500 varas,
que han de estar apa1·tadas ele los puéblos, se midan desde la
iglesia ó ei-mita, or~inariameute tienen la poblacion en el centro
. del Jugar, y que acontece embeberse en ellas tddo el casco del
· pueblo, con que vienen á quedar sin lo que les dan, debiendo en-_
-tenderae las últimas quinientas var!JJ! por los cuatro vientos, lo
cual está dispuesto y mandado en las leyes 12 y-18 del tít. 12,
lib. 4 de la Nueva Recopilacion de Indias, y por los muchos inconvenientes, daños y menoscabos que en esto resultan contra
aquellos· pobres naturales, se ha considerado será conveniente
mandar que á los pueblos de los. indios que tuvieren necesidad
de ti~rras para vivu- y sembrar, se les diese, no solamente quinientas va.ras que dispone la referida ordenanza, sino las que hubieren menester, midiéndose desde los últimos linderos y casas
del lugar para fuera, por todos cuatro vientos, estas quinientas
var¡l,s de Oriente y otras tantas de Poniente, Norte y Sur, quedando siempí·e de hueco clel casco d~l pueblo, dándose estas quinientas vaxas de tierra, no solo a1, pueblo que fitese cabecera, sino
á todos los demas que las pidieren y necesitaren de ellas, asi en

los pdblados como en los que en adelante se poblasen y fundasen;
pues con esto tendrán todos tien:as para sembrar y en que co• mieeen y pa~ten .sus ganados, siendo justo -y muy de mi real
piedad volverá mira1· por los indios, que tantas injusticias y molestias tengo noticia padecen, á vista de ser los que mas tributan, utilizan y fortifican mi real corona, y todos mis vasallos; en
cuya atencion, y viendo lo que con vista de ell?s :f del referi_do
t estimonio y leyes 12 y 18 de la Nueva Recop1lac10n de Indias
ha dicho y alegado el fiscal de. clicho mi Consejo, de ellas, he tenido ~or bien de 1·esolver y mandar, como por la presente lo ha-.·
gÓ, que. en·conformidacl de la ordenanza que el Virey Conde de
Santistevan formú y dispuso en 26 de Mayo del año de 567, y
de las leyes recopiladas que van citadas, deis generalmente á los
pueblos de indios de todas las provincial! de la Nueva-España
para sus sementeras, no solo las quinientas varas ele tierra alre-

deelm· del lugar ele la poblacion, y que estas sea,n mediela's desde la
iglesia, sino de la última casa del lugar, así á la parte del oriente
y poniei;te, como de norte y sur; y que no solo sean las _referidas
quinientas varas, sino mas 100 varas al cuniplimiento do 600 varas; ,y que si el htqar ó poblacion fuere de mas que ordinaria vecindad, y no par~ciere á todo sufüliente, mi virey de la NuevaEspaña y mi audiencia real de México cuiden, como lo encargo

EL MEXICAN:O.

221

~/

y mando lo. hagan, áe í·epartir!es nvucha mas canti,Jad, y g_u,e á dichos lugares y poblaciones les repartan.y señalen todas las elernas
varas do tierra que les 'pareciere son necesarias sin' lirnitacion.y en cuanto á las estancias de ganados, es mi voluntad y mando
que no solo estén apartada.a de las poblaciones y lugares de indios las mil varas señaladas en las referidas orilena;nzas de 26 de
Mayo de 567, sino 100 varas mas, y que estas 1,100 varas se rnida,n desele la última casa ele la poblacion ó lugat·, y no desde la
iglesia; y si á mis vfreyes de la Nueva-España les pareciere que
las estancias de ganados estén en mas distancias que en las dichas .mil cien varas, lo ordenará luego que reciba este despacho
ó que se le manifieste, que para todo lo referido le doy á mi audiencia real de México el poder y facultad que pru:a mandarlo
hacer y ejecutar lo que fuere necesario sin limitacion alguna, enca.rgándosele, como lo hago, miren por todos los modos posibles
por el alivio en tratamiento.y conservacion de los indios, no solo
el que se les- mantenga y conserve en lo dispuesto y ordenado
por la ordenanza de 26 de Mayd' de 1567 y leyes 12 y 18 de 1a
Nueva Recopilacion de Indias que van citadas, sino que esto sea
con el aumento de varas que en este despacho van aumentadas,
así en lo que toca á las tierras que se l1an de dar y tener los inclios de toda la Nueva-España. para vivir y sembrar, ,como en
ia distancia en que han de estar las estancias de ganados, sino
con aquella misma cantidad de varas que los dichos mi virey y
a,udicucia rnal de México conocieren que necesitán, y les repartieren y señalaren, que así es mi voluntad y conviene á mi servicio; Y,'lie lo que en esto se ejecutare se me dará en todas ocasiones principal cuenta y razon, por lo que deseo éstar noticiado de
16 que se ejecutare en beneficio de los indios: Fecha en Madrid,
á 4 de Jtmio de 1687 años.-,Yp el Rey.-Por JllJ.Lndado del Rey
nuestro señor, D . .Antonio Hortiz de Ottalora.-Señalado con
cuatro rúbricas.
REAL CEDULA

que contiene el nuevo modo do médir el fundo legal.
Presidente y oidores de mi audiencia real de México. Por parte de los labradores de esa Nuev,i-España, so me ha representado son· muchas vejaciones y molestia~ las que ,reciben y padecen á causa de los pleitos que continuamente les mueven los
indios, de que redunda el menoscabo, no solo á sus haciendl!,B,
sino de lamia, pa1·a cuyo remedio suplican sea servido mandnr
se guarden los privilegios que les están concedidos por los se•
ñores reyes mis predecesores, observándolos literalmente sin interpretacion, que se les concecla un protector para sus causas, y
que este lo sea un miniRtro de la audiencia: que respecto de que '
para quitarles los indios las haciendas de 1abo! y ganados, se
valen de fabricar já~illos de zacate y de piech-a y lodo, y con
este motivo ocurren á esta audiencia, para que conforme á la ordenanza del marqués de Falces, conde de Santi-Esteban, de 26
de Mayo de 1567,. se les midan las quinientas ·varas que debe
haber desde sus haciendas á las de los indio¡¡, consiguiendo estos
por este medio entrarse eµ las suyas, y que aunque este perjuicio es de tanta gra':edad, aun es mayor el que resulta de la cédula expedida á 4 de Junio de 1687, -pues se concede á los inclios
otras cien .v aras sobre las quinientas, .manda)ldo se les midan por
todos cuatro vientos d_esde la última.casa,. quedanc'.lo libre el casco del pueblo, y siendo esto tan en detrimento de los labradores,
pid~n no se practiqne, y que la decision de la ordenanza se entienda en aquellos pueblos que estuvieren poblados antes de las
mercedes y fnndaciones de sus haciendas, y que las mE;didas se
entiendan, no desde la última casa del pueblo, sino desde el centro de la iglesia que está en medio, y que esto sea solo con aque- •
Ilos que fueren cabecera donde estuviere el Santísimo Sacramento, gobernadores y alcaldes .mayores; pues de entender,sf
genéricamente en cualquiera poblacion, y barrio ó .co.ngregacion,
fuera de gravísimo peijuici0- por haber muchos de estos sujetos
á las capeceras donde precisamente acuden á la administracion
de los santos sacramentoi¡; pues para qu~ las dichas varas se
mid~n á los indios desde la iglesia como piden, es motivo bastante que estos no tienen sus casas en forma regular, porque distan
unas de otras treinta y cuarenta varas, y algunas casi un cuarto
de legua en que son damnificadas sus haciendas; que no se
permita á ros indios que µaganjacales ni ermitas en las tierras de sus labores, pues con este motivo fomentando una ínformacion falsa, le hacen _pueblo y se les da medida de tierras, y ellos son despojados de sus haciendas y otros puntos
sobre las . ventas que los indios hacen ele ellas, y otros bienes y
cantidades que los labradores pueden adelantar á los indios jornaleros, talas y quemas que ejecutan en los montes y visitas que
loa goberna~ores y alcaldes. Illayon~s h¡¡,cen en sus haciendas y

/

estancias por sus particulares fines é intereses, llevando crecid1simos salarios: sobre que habiéndose visto en mi consejo de las
'Indias con la ateµcion que requiere la materia, lo que vos informásteis acerca de ella en carta de 17 de Enero, y lo que en raz6n· de todo dijo el fiscal, he resuelto se guarde, cumpla y ejecute precisamente la cédula expedida en 4 de Junio del año pasado de 1687 que va citada, y de que avisa.is el recibo con que se
entienda que la distancia que lta de haber de las seiscientas varas,
ha do haber de por medio de las f,ierras y sementeras do los indios
do esa jwrisdiccion á las de 1os ?ábrarlores, se auenten desde el centro de les puebtos, 13ntendiéndose esto, desdo la iglesia ele elle~ y no
desde la última casa; y que lo mismo 'se practique en cuanto la
distancia do las mil y cien varas que ha do haber desde el pueblo ár
las estancias q-µe se Jum do contar del propio morlo: y l'!i de esta
suerte se experimentare perjuicio, así á las tierras del repartimiento de los indios como á las de los labrado1·es, se les resarcu-á á unos
y á otros alargando sus distancias, por el paraje que se reconociere mas á propósito y menos peijudicial á unas y otras partes;
~• y no lfabiendo tierras, así de ~epartimiento de indios como de
, ·composiciones, de los labradorns· de que poder resarcir el perjuicio, se haga de las que á mí pertenecen; y vos cuidareis mucho de que er¡¡to se haga con tanta igualda~, que no se de motivo
de queja á los indios ni á ·los .labradores, ni que entre ellos se
susciten pleitos, antes bien se use con todos de tanta equidad,
que se les aliente á que cada uno se contenga en los 1íníites que·
le toca, y atenderéis m\1y especialmente al bien y provecho de
/ los indios como lo tengo mandado, de suerte que en cuanto quepa queden beneficiados, que así es mi voluntad; y del recibo de
este despacho y quedar· con observancia lo dispuesto, me. avisaréis el;l primera ocasion. Fecha en Madrid á 12 de Julio de 1695
años.-Yo el Rey.-Por mandado del Rey nuestro señor.D. Bernardino .Antonio de Pardiñas Villar de Franco.-Séñalado
con tres rúbricas.
' ·
ACORDADO DE

Sobre provisiones de

7

DE JUNIO DE

All[PARO

1762.

en tierras, aguas y otras cosas.

Que las reales provisiones que algunos sacan para ser amparados en tierras, aguas ú otras cosas, se entiendan ser incitativas;
y que las partes para usar de ellas e:»presen indimdualmente
aquello do lo que piden el amparo con señas y 'IJientos do sus términos y linderos como tanibien los colindantes, con cuya previa judicial citacion· y. prefijo señalamiento de término competente,
justijiq_uen estarle poseyenrlo; y si dichos colindantes quisieren
dar justificacion de lo contrario, se la admitirán los justicias del
partido, y demas _á quienes fueren cometidas dichas reales provisiones de amparo; y luego con 'IJista do todo determinarán y eje-

cutarán sobre ello sumariamente lo que fuere mas conforme á jus•
ticia, consultando las dudas con asesor letrado. Que en .las pritp.eras instancias que despues se ofrecieren de los juicio,;¡ plenarios
de posesion y propiedad, harán y determinarán asimismo los justicias de loa partidos á quienes competa, concediendo los legítimos recursos de sus determinaciones con parecer tambien de letrado para esta real audiencia, sin remítir á ella ( ni que en ella
iie admitan) dichos juicios sumarios de amparo, ni las primeras
instancias de los plenarios de posesion y propiedád, si no fuere
en virtud de casos de corte, cuando las partes los gozaren y quisieren usar de ellos, los p~irán en esta re~ audiencia siendo
actores, y si fueren éfemandados, á las justicias ordinarias ante
quienes se les demandase.
•
·
ACORDADO DE 7 DE ENERO DE 1744.

Sobre despojos y restituciones de tierras, aguas, etc.
Que las reales provisiones que algunos sacan para ser restituidos con solo la narrativa de haber sido despojados de tie1Tas,
aguas ú otras cosas, se entiendan ser incitativ.as; y que para usar
de ellas las partos, ecVpresen indi'IJiduaunente aquello de lo que se
quejan despojarlos, y piden la restitucion, con señas y vientos de
sus términos-y linderos, como tambien las personas que dicen
los despojaron y ~croas colindantes, con cuya previa judicial
citacion y señalamiento ae prefijo c;ompetente término justifiq_uen
el despojo y posesion que tenia,n al tiempo y cuanrlo se les causó;
y si el despojante. ó colindantes quisieren con nue'IJa' igual cita-,
cion dar justiji,cacwn en contrario, se la admitan los justicias
partido, y demas á quienes se cometieren dichas reales provisiones de despojo. Y luego. con vista de todo determinarán y ejecutarán sobre ello sumanamente lo que tuvieren por mas con- forme á justicia, consultando 1a~ dudas con asesor letrado. Y en
cuanto á. las primeras instancias que resultaren ele juicios plenarios de posesion y propiedad, oirán y determinarán asimismo los

aet

justicias comp~tentes de los partidos1 concediendo los legítimos
recursos de sus determinaciones con pal'ecer tambien de asesor
letrado á e¡¡ta real audiencia, sin remitir á ella (ni que en ella se
ad:rp.itan) dichos juicios sumarios de despojos, ni las primeras
instancias de los J&gt;lenarioa de posesion y propiedad, si no fuere
en casos de corte, que cuando las partes los gozaren, y quisieren
usar de ellos, lo pedirán en esta real audiencia siendo demandantes; y si fueren demandado.S, á las justicias ordinarias ante
quienes se les demandase.

PARTE CIENTlFICA.
MEMOB.IA

SOBRE 'EL CULTIVO DEL ALGODON
y DE ¡:.os GASTOS P;ARA SITUARLO EN LOS PUERTOS,
Por e.l socio honomrio
de la Sociedad de Geog_tafia y Estadística

O. JOSE ANORADE.

INTRODlI_CC.ION.

EL algodon ha sido siempre una fuente de l'iqueza para todos los piises que se han dedicado á su
cultivo. Esta planta reup.e ventajas incomparables.
Ademas de ser sencilla en· su cultivo, exig·e poco
gasto de plantacion y pocos cuidados: el expendio
de sus productos es seguro é inmediato, remunera
de todos los trabajos con su buen precio, lo que
procura una, utilidad muy considerable: ademas, da
trabajo á una multitud de brazos qu~ serian poco,
aptos para otros cultivos: así es que para la cosecha
del algodon, que es cuando se necesita mayor número de operarios, se pueden emplear á las muje-.
res, los ancjanos y los niños, que son inútiles cuando
se trata .de otras cosechas. México, por su naturaleza, por su clima y por su posicion geográfica, .es el
país propio por excelencia para el cultivo del alg?don: éste puede prosperar en todos sus Estad.os sm
e~ceptuarse uno solo, y se aprovecharian con. ventaja una multitud de terrenos aptos para su cultivo
y, que se encuentran hoy abandonados sin que produzcan ningun fruto.
Con esto no queremos decir que todos los terrenos le sean igualmente fav:orables, pues á causa de
lo áspero y variado de nuestro suelo, tenemos en
un mismo Estado diferentes climas, cuyas zonas se
to,can: en muchos de ellos, sobre una extension ue
diez leguas, se experimenta la temperatura mas ardiente de los trópicos, en las, llanuras y valles profundos; la templada, en las partes mas elevadas, y
por último, la fria de los polos en la~• cimas de
nuestras mon¼ñas. Estos diferentes climas no pueden convenir de la misma manera al cultivo del
algodon, pero sí es inconcuso que en todos los Estados se encuentran lugares que pueden dedicaTse
con ventaja á producir la-preciosa planta que nos
ocupa. En el estado de atraso que guarda nuestra,
agrj.cultura, debido á las c_pntinuas agitacio!1es po- '
líticas que no han cesado de conmover al país, no
conoce mas principios que
a1;tigua. iutina y no
tiene mas luces que la experiencia particular de cada labrador. Todos los gobiernos que han regido
los destinos del país, han desClúdado de proteger á
la·mas noble y mas útil de todas las ártes: en el

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1

�E], .MEXJCANO.

· 222

..

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EL ~MEXICANO ..

impulso y progreso de la agricultura, hubiera en- gunas observaciones sobre las especies y variedades
contJ.-ado Ia xiqueza, y con ella la fuerza, para man- mas provechosas: 5?, se tratará sobTe el élima que
ten()r la paz; pero lejos de eso, todos los partidos la mas conviene para el cultivo del algodon: 6?,' se sehan esquilmado y arruinado; ninguno ha pensado ñalarán tambien las tie1Tas que so~ mas á propósito:
en establecer premios y recompensas para los que 7?, se darán algunas idéas sóbre Ios abonos que dese han dedicado á mejorar la agricultura, introdu- ben emplearse de preferen_cia paí·a obtener mayor
ciendo nuevas especies de plantas, de máquinas y producto: 8?, se tratará de aplicar 'al algo_d9n la,
de animales perfecci~mados.
, teoría de la alternacion de la~ siempras: 9?, veremos
Faltando los principales elementos para su pro- el modo como .debe prepararse el terreno paTa la
greso, la proteccion del Gobierno y la paz, no es plantacion: 10?, se fijará la época en que se hace la
estraño que hoy se encl!_entre tan poco aventajad11. siembra: 11?, la.manera de conocer las buenas seEn.tre los cultivos que con mm; eficacia pueden millas: 12?, se verá la preparacion que sufren las
contTibuir á emiquecer nuestro país y hacerlo de s-emillas antes de ser sembradas: 13?, el mod? de,
grande importancia comercial, está en primer::\, lí-' ejecutar las siembras: 14?, s~ señalar4_ la cant1~ád _
~ea ~l al~odon. ~é:xico pu~de pl'oducir ~n ~u ter- que debe emp_lea!·se de s~lla en ~a extens10;1
ntor10 le necesario para alimentar .sus fabricas, y dada: 15?, se md1eará el tiempo que dilata la sennéxportar un excedente muy considerable al extran- lla en germj.nar; 16?, los inéon\enien~es que re.su!- jero, lo que serviria para atraer á nuestro suelo los tan de la trasplantacion: 17'!; se tratará de los cmcapitales europeos, 6 poT lo menos para equilibrar . dados que se tendrán con la plantacion, para asela importacion extranjera, que hasta ahora no tiene g·urar su producto: 18?, se darán algunas reglas para
compensacion con las producciones q;1e se expor- distribuir lo-l&gt; ri_eg?R en caso de que se:1n neces~ios:
tan de México. Cuánto desahogo y bienestar pro- 19?, el modo de eJecutar la poda en diversos paises:
porcionarian á -nuestros agricultores los capitales 20?, se señalará la época de hacer la cosecha y el
que se extraen an"!lalmente para compr3:s- de algo- modo de pr~ceder: 21 ?, _se. dai·á idea de la im:pordon, si en vez de rrlo á buscar al extranJei·o, los fa,. tante operac1on de despepitar, y de las máquinas
bricantes lo encontraran en nuestro suelo y á ·pre- que para estó se emplean: 22?, para terminar lo recios mas moderados: estas dquezas se repartiri.an lativo á·las operaciones de cultura, indicaremos el
entre los habitantes, tendrian ocupacion tantos bra- método que se sigqe pai·a empacar el algodon: 23?,
zos que no la encuentran en otros ramos, se ptopor- se señ~lará en seguida las enfermedad~s á que esnaria alivio á la miseria y se evitarían los males del tán SUJetos los algodonales, y los remedios que pueocio y de la indolencia, que llevan consigo la des- den aplicarse: 24?, se numerafán las plantas, _los
moralizacion y el gérmen de todos los victos.
agentes atmosféricos y los in~ectos que causan daEn ·vista de este porvenir que nos espera, y que ño al algodon, con los remedios mas usuales y los
no está muy lejano, todos los agricultores deben animales que pueden ?onsiderarse útiles: ~5?, se baestudiar con cuidado el modo de cultivar el' algo- rá un cálculo aproximado del producto de una
don, y _deben hacer ensayos. y experiencias para plantac~on por fanega de ,sembradura: 26?, se verá
determmar cuáles son las vanedades que ~as con- la relac1on que hay entre el producto de la fibra á
vienen á nuestros diversos climas, y qué prácticas la semilla: 27?, se i.n:dicarán los usos mas "·comunes
de cultivo le son mas· ventajosas, á fin de que no del algo~on, para formar uná id~a ·dé su utilída1:0
se desanimen por una vez que pJeden malogra~·se 28?, lo mlsII?,0 respecto á las s_emill~s:. 29.,
se hará
sus esperanzas, y de que tomen nuevas precaucm- un' presupuesto de los gastos que origma la planía-·
nes para asegurar el resultado, y para quepo abán- cion de úna extension. dada: 30?, indicando él predonen una empresa que resulta en utilidad pública, cio que guarda e1 algodon, se hai·á un cálculo d~ ~a
sinó cuando ya estén convencidos de que-no p1·0- utilidad que puede resultar de su cultivo: 31?, paduce todas las ventajas que se haIJ. prometido.
ra. terminar, se har.~ una rese:p.a del precio á que
- Al publicar la presente Memoria ha sido nuestro puede vendets~ el algodon producido en los div~ránimo despertar el celo de los agricultores, pfome- sos Estados del país y puesto en el puerto mas 1n- _
tiéndoles buen éxito si se dedican á esta grande mediato.
.
,
empresa. En esta Memoria encontrarán los elemenDEL ALGODON.
tos mas necesaiios _pai·a comenz3.! á cultivar una
-!
·
planta que tal vez les es ddesconodcida á m1:b1?hos. ~sI.
tamos leios de poseer to o~ 1os atos y o servac10J
De,cnpr:i.on botdnica.
nes que hubiéramos
deseado para que nuestra M enioria fuera completa; pero esperamos que la dediGénero de plañtª ~onad~1,phia-polyandria de ·1a
oacion y cooperacion de los ag1icultores des?osos familia de las malváceas, que comprende un gran
del progreso, y que gustan de estudiar las cuestiones n~el'O de variedades que pertenecen al géne1·Q
de economía y utilidad pública, tet:minai·án la obra gassypiwm establecido por ;Lineo. Esta planta es un
que solo ponemos en bosquejo:
arbusto ó un ~rbol que se eleva á altüras muy, vaPai·a ·dar algun órderí á este escrito, comenzare- riables, segun sus especies: sus mices son puntiagumos: 1?, por hacer una descripcion del algodon, das y llenas de filamentos; el tronco es leñoso,,eomclásificándolo segun lo han hecho los botánicos que puesto de una made1·a bJanda y esponj~da, están
se han ocupado de esta planta: 2?, se hará una bre- cubiertos' de ra)llas alternas, y éstas á su v~z de .
ve reseña histórica y geográfica del algodon: 3?, se· hojas tambien alt~rnas p~dú:nculas, cubiertas en su
descubrirá su modo de vegetacion: 4?, se harán al- base de unas' orejuelas- llamadas estípulas; su forma

,I

•

es cordüorme ( en .figura de corazon), estítn pQr lo
comun divididas en, tres, cinco, y aun siete lóbulos
de profundidad variable; las flores son-tambien pedúnculas, y nacen soJitarias de la base de las hoJas:
están rodeadas de un doble cáliz: el exterior es un
involucro que está forrq~do de tres hojilJas seciles
dentadas y mayqres que el cáliz verdadero que
está en el interior, y s~ compone· de cinco dientes
cupuliformes.
._
corola est~ formada por cinco pétalQs, de un
· ~olor amaiillento ó purpm:eo, óvalos r~ctos unidos
á !:,U base por la interyosicion _de los estambres ó
filamentQs en el tubo' e~taminal; estos son mong,delfos, es decir, agrupados en una sola rania alrededor
del pistilo; cada uno de los estambres lleva en su
pai-te supe1ior una antera cordüorme; el pistilo está
· compuesto de un estilo con 'tres ó cinco estigmas
en la :párte supe1ior, y _un ova_rio ovalado por la
parte mferior.
El frutp es una cápsula__ qvalada d~ ~es ó_cinco
divisiones, con o~as tanta.$ cavidades que encien-an
l_as S(,lmillas de un color negro ó verde en número
variable.: son ovaladas, largas hácia la punta, lisas
6 vellosas, el albumen es mucilaginoso, y los-cotiledones foliáceos; están rodeados de una p_elusa
blanca ó amarillenta mas 6 menos larga y fin~, que
no es otTa cos~ que el alg.odon. En la época de la
mauurez, esta pelusa, ·que estaba humedeciáa por
101:1 jugos nutritivos de la planta, se diseca y adquiere toda su elasticidad; entonces se espónja y
hace abrir las cápsulas que lo contenian en tantas
casillas como tenia divisiones longitudinales, y desborda todo el rededor de la cáp13ula, Este es el momento en que el algodon débe de ser c.osech~o:

La

II.

·223

y Oviedo, pos~ia ya muchas especies de algodon, '
y despues se enriqueció con otras que fuero1;1 traidas de Asia y Africa; desde entonces su cultivo se
desaITolló mucho, y fué el objeto de una exportacion muy importante dUl'ante siglo y medio; pero
poco á poco fué abandonado el &lt;;ultivo del algodon
por él de la caña, y se dejó el monópolio de este
producto á los Estados-:--Unidos, en donde ha tomado una extension prodigiosa.
En el dia, el algodon se encuenti:a en casi todos
los pueblos de América, en los Estados-Unidos,
1·epfi_blicas de Centro-Americ~, ~Perú, Brasil, Paraguay, etc.; se encuentra en la parte baja de Egipto, Grecia, -Siria, Persia, Asia menor, en la Isla d~
Malta, en Toscana y España. En Argel se hacen
esfuerzos prodigiosos para que el cultivo del algo~
don se extienda rápidamente, y á este fin se han establecido premios, á los que pueden concunir todos·
los agricultores que se ,dediquen á cultivarlo; e-stos
premios son _de $ 200 á 1,000, y para alcanzarlos
es preciso tener una plantacion de una á dos fanegas en buen cultivo. Ademas, el Emperador de los
franceses concede un premio personal de .$ 5,000,
con el mismo objeto.
La InglateITa por su pa.i'te, que tiene un instinto particulai· para prever los acontecimientos futuros, se ocupa _con celo en hacer producir en Australia el algodon que necesit,a. para alimentar sus
fábricas, previendo el dia en que los Estados-Uni.dos se hagan maµufactu:reros y trasformen ellos
mismos en tejidos todo el algodon que ahora p_roducen para la expor.ta,cion.
·

III.
Vegetacion,

El algodon presenta variaciones múy notables
ª. &lt;'
~
- 1 en su modo de vegetacion, segun el clima bajo eL
El culti~o .~el algodones conocido desde la mas cual se cultiva. En los paises muy calientes es un
remo~~ antiguedad. Parece qu~ to~ó su ?rígen en I árbol que adquiere por lo comun 6 ú 8 metros de
la IndJa, en donde segun M~lt~-B1un, ex1s.te al es-. altura (7 varas y ¼, á 9 varas y ½); en los paises
tado ~ilvestre, Y que 1°s egipcios le cono?ian mu- mas templados, ~es un ai·busto que llega solo á dos
cho tiempo antes de la vemda de J esu.cr1sto; pero metros (2 varas 13 pulgadas), y por fin, en los clien aqu~lla época, so~ 0 0s s1;tcerdotes teman dere.c~o mas frios, que están expuestos á las fue1-tes heladas,
de usai ~os trages teJidos con el aliod?n: ~limo la vegetácion del algodon se ·reduce á una planta
n,os ensena lQs non:bres que _daban, os egipcios al herbácea que adquiere solo 50 centímetros (21 pul:!i_tdon, cuyo cultivo se habia propag,ad~ mucho gadas) de altui·a. Estas diferencias son muy nota·z 8 : ellos; . unos le llama?an Gossypium, Y otros bles, J se explican por la diferencia en la temperalos árab~s lo conocia~_ con el nombre de tura que no-satisface igua)mente en todos los paises
. a. Numei os~s ~oc~entos e_stablecen_ que há- las necesidades del algodon.
·
cia 1~ época del cnstíamsµi.9~ pasó á las re~ones del - El tiempo que dilata esta planta en recorrer los
Mediterráneo, ! que _su c~tivo se extendió mucho, diversos períodos de su vegetacion, tambien varia
sofü~ todo, ep. tiempo de ~ahorna. Este_~rofeta, segun los climas.
·
,
1
I?J.Smo que sus ~?--cesores Omar Y el_califa Ali,
Así es que desde la siembra hasta la florescencia,
usaoan los trages teJidús con el algodon.
,:i~ 1 -ta
1 ,
. . .
. 1anusmo
.
Ullli,
en e
L as guerras de1 cnstiamsmo
conti•a. eI 1s
y la invasion ~e lQs moros en Esp~ña, hicierón coAlgodon de la ~uisia.na... : . . 80 ·á 90 dias.
:µocer en este último lugar el cultivo del algodon.
"
,, 81am. - - - - - - - - 90 á 100 "
En ~l. Tratado ~e Agi~cultura de.Abu-_:Zacari, que
- ,,
,, Yoica. - - - - - - - - 100 4 ~ O ,,
esc:ii:b16 en Se~a po1' el siglo XII, se encuentra
Desde la germinacion ha~ta la madUl'ez.
con detalle explica~o el cultivo del algodoµ. De
España pasó á Italia y á Grecia, y mas tarde fué
Algodon de la Luisiana ... - : . 150 á 170 di.as,
introducido á Francia.
"
" Siam. - - - - - - --: 170 á 190 ,,
La América, cuando fué 'visitada por los prime,,
,, Yoica.. - - - - . - - 180 á 190 ,,
~·os explorador.es ~uropeos, Colon., Ramu.cio, Acosta
Venios· tambien q-qe el pe11'.odo de la existe1tcia
Historia 11 1Ie~rat1·a

'

•

•

"

,9

.!

~~o°!J:

-1?

- '

�,,

224
I

de una lan.ta de algodon, no es el mismo siempre;
en los cbas fríos es de seis á siete meses, ell; otros
de dos años, y por último, en algunos su vida se
prolonga d ez y mas años.
.
Debemos advertir, que aun cuando la v~ge~c1on
pueda prolongarse muchos años, la expenenc1a ha
probado que hay mas ventaja en resembrar cada
año de nuevo, y que de este modo los productos
son mas abundantes.
.
En cuanto á la cosecha del algodon tamb~en encontramos diferencias muy notables, pues rmentras
que hay lugares en don~e solo es posible hacer un~
al año en otros se obtienen dos y hasta tres casi
· sin in~n·upcion. Cualquiera viajero se convencerá
de la exactitud de estas diferencias, al recon·er los
diyersos el?tados del territorio mexicano.

'

Tomo l.

EL MEXICANO'.

Este periódico
saldrá á El
luzprelos
Domingos
y los Jueves.
cio de suscricion es el de do, reales al mes para la Capital y tres
. ,.,. ,~ •~uit,m, rora..... r.., /
números sueltos valen una cuar-J
tilla. Las suscriciones se reciben
en la Capital, en el despacho del
"Diario del Imperio," Bajos de
S. Aguslin N':' 8; fuera, or los
corresponsales pel mismo f;¡nrio.

fesores y '7osotros cumplís con ellos, cosechareis pronto los
frutos.
á.
di
"Señor Ministro: presentadme ahora los acreedores una stincion ~special."
CASA DE

MATERNIDAD.

Segun el informe dad.o el dia 1~ ~el presente por S.M. la Em~
peratriz está ya concluido el edificio donde se va á. establecer
la Casa.'de Maternidad. Hemos visto, en efecto,. ese local_q~o
hace honor al Soberano que decretó su ~onstruccion y al Mimstro que la comenzó y ordenó, así como al arquitect_o que ,la ha
llevado á cabo, aprovechando el terreno q~efné destmaa~ a este
fin, y haciéndolo todo con la mayor economia. _La _casa tiene todas las comodidades que pueden desearse: habitaciones para el
director, las profesoras ,:- las alumnas; cu~to de consultas, anfiteatro, salas muy bien dispuestas y ventiladas, y dep~rtamento
sepru:ado para partos ocultos. ~~tendemos quE: P!óxunamente
se pondrá. en uso este est~blec1ID1ento, y el pubhco comenzará. á disfrutar de sus ventaJas.
/

La "Nacion" publica varias cartas suscritas por los Sres. Patoni, Prieto, Huerta, Pousel, Quesada, Ibarra, Villa.lobos, Togno,
Rivera y Enriquez, en que protestan contra la próroga de poder
que ise concedió á sí mismo D. Benito J'uarez en Paso del Norte;
por el llamado decreto de 8. de Noviembre de 1865.

VARIEDADES.
CARTA DE S. M.

El "Diario del Imperio" publicó la. siguiente:
"Mi querido Ministro Somera:
.
••Hemos I\Ota.do con orgullo que en México _el benefie1? de 1os
metales de plata por el método de a.malga.maeion, es casi perfecto y superior bajo el punto de vista
. diil P!·oducto y de la economía á. lo que se practica en los demas pa1ses.
••Desgraciadamente no sucede así respecto del método de
dicion ue, generalmente hablando, deja_ mucho que desear. el q!e mas ha llamado Nuestra atenc1on es que en los procea':m'Ientos se experimentan muy graves dificultades para co_stear
el beneficio y extraer la plata de los minerales que la tienen
mezclada con cobre, blenda, plomo, etc., hasta tal pun~ que _su
beneficio á. veces no sufraga los gastos, y que es necesario ~nk
el metal al extranjero y hasta Sajonia para que se extraiga

r;i-

•

,

pl~!A fin do introducir una mejora duradera. en el importante
ramo do minei:ía, y de fomentar sus progresos, De~e~os que
nombreis una comision compuesta de tres ~ersonas mte_ligentes
ara ue traduzcan del aloman Las Memorias de la Soc?.fdad de
de Freyberg, en que constan }os métodos mas a propó81·t para beneficiar los metales argentiferos rebeldes.
.
?.Para poner esos conocimientos al alcance de las clases ~m~ras, Disponemos que se.publiquen dichos métodos en el "D1arJ°
del Imperio" y que se repartan folletos en todos los reales e

}iinJos

m~R~cibid las seguridades de la benevolenc!a d~ vuestro ~ectísimo MAXIMILIANO.-Pal,acio de México, a 7 de Abril de
1866."
DISTRIDUCION DE PRE1.UOS.

El día 10 se verificó, en el Palacio, la solemne distrib:cicion de
. , los alum:hos maa aprovechados de lo¡¡ colegios y e~premios
a .
cuelas nacionales,
en cuyo acto S . y . el Emperador pronunció
la siguiente alocucion:
• "Alumnos de nuestras escuelas nacionales:
.
"Me es muy satisfactorio el verme r~deado de vos~trns qud
re resentais la flor de la juventud mexicana, de es~ Jnventu
q!e formará. la nueva generacion y con ésta el porvemr de nuestl'&amp; patria.
M'
·
r
"He elegido un dia do. bello recuerdo para i, para eJerce '
premiándoos, uno de los dulces y gratos derechos de la Sobe-

,,

r~.laela.nt,.d • en los caminos que ha.beis escogido, con celo Y
ersistencia, confiando en que ol Gobierno velará. por vosotros,
~ues proteger las ciencias y ~as artes es uno de los sagrados deberes para el Gefe de la Nacion.
d
"Los nuevos reglameñtos que en gran parte ya os He d~ o Y
ue se ampliarán pronto, cambiaron mucho de los antiguos
irincipios, y por esto fueron poco comprendido~ por muchos;
pero.están en los principios mas adelantados; y s1 vuestros pro-

NOMBRilllENTOS.
Ha sido nombrado el Sr. Lic. D. Miguel Buen Rome~o, ñ~eal en primerá instancia de los juicios sobre bienes nacionalizados.·
,
. .
·
El Sr. D. J oaquin Noriega ha en~do a susti_t~r al. Sr. D. Francisco J. Villalobos en la subsecretana del Mimsteno de Gobernacion.
El Sr. Lic. D. Camilo Zamora ha sido nol!lbrado Prefecto del
Departamento de Toluca.
INCENDIO.

Dice "La Bandera Imperial" de Morelia, con fecha 6:
"El má.rtes á. las dos y media de la tarde comenzó á arder la
casa. núm. 3 de la calle 1 ~ del P.rendimiento, cuadra; del ex-convento de San Agustin que sirve de posada para arrieros. A las
tres menos cuarto las campanas de v~ios templos tocab~ á.
fuego; luego se alarmó la ciudad y multitud de_personas acudieron al lugar del incendio. A esa hora ya h~b1an las _llam!1'8 tomado un incremento terrible, pues como casi todo el mterior de
la casa se componia de cobertizos de tejamanil, ~v~ el fuego
mucho en que cebarse; sin embargo~ como ll~garon a _tiempo lo~
Sres. General Mendcz, Prefecto político,' vario~ coneeJales y casi
todos los oficiales, y empezaron luego ~ trabaJar, ayudados por
soldados de varios cuerpos, el fuego fue ªI!agado poco d~spues
de las tres. Solo se consmnieron los mencionados cobertizos y
una pieza donde vivia ~ fam?ia p_o~re.
.
,
"Se elogian las acertadas dispos1c1ones del ~r. Prefee~ po}.ítico y el arrojo y acti~dad de los_ seüores oficiales de artillena.
"El M. I. Ayuntamiento neéesita proveerse de bombas pa.ra.
eemeJuntez, .,.."º"• puei, "ou do todo punto 1;11ruspensables pa~a toda poblacion, y á la vez se debe. orgamzar una compañia de
bomberos de individ11os del comercio.
.
.
"Los incendios está.u á. la órden del dia; en la capital ha habido uno terrible el 22 del próximo pasado, t~bien en ~a calle
de San .Agustin; y si el incendio de aquí ~ubiera ~un~do por
la manzana la coincidencia. con el de México habna sido mas
remarcable,' pues de hecho que se hubiera quemado el Hipódr~mo como allá el Circo Chiarini. Gracias á Dios que no fné as1.
,:No se tienen que lamcnt9:1' des¡;r!cia~ personales, ni se sabe
que el orígen del fuego ha.ya sido cr1ID1nal. 1

AVISOS.
Se suplica á D Leonides Fmas que se sirva presentar en el despacl¡o de ·
este penódico un~ muestra de la medicina con que s~ cura la lepra y las
palpitaciones del corazon, para entregarla á un facultativo que desea ensayar el medicamento.
Suplicamos á nuestros ~n~~s forá~eos ~os r~:mtan los productos del
primer trimestre de la publicac1on, del Mexicano.

ME'.KICO.-llll':amrr.A.

UU'ERIAL,

.
•;

_

DE

ABRIL

DE

1866.

IBIICANO
_

•

Per1od1co bisemanal, dedicado al Pueblo.

Nnm. ~9.
Se publicarán gratis los remitidos que tengan por objeto el
fomento de las ciencias 6 las arlE-s, 6 que sirvau~ara instruccion
del pueblo.
Por precios convencionales, er
insertarán avisos que tengan lu
mismas cualidades.

ALGUNAS NOCIONES DE CRONOLOGIA.

CORRESPONDENCIA.

( Continuará.)

El

UEXICO: DOMINGO 15

..

excepoion para cohonestar el respeto á las cosas
santas
con el provecho p:J,rticular. Sea cualquiera
((l&lt;&gt;ntinúa.)
el orígen del privilegio, no se le debe dejar subsisPARTE CIVIL.
tir, siquiera para que aparezca que en México los
ciudadanos
todos estamos regidos por las mismas
En el calendario de Galvan para el presente an.o, leyes.
•
se lee todavía esta "Advertencia.-Los domingos y
No há mucho tiempo, veintiseis años hace, el
los dias sebalados con dos cruces obligan á oir minúmero
de.las :fiestas, ya :fijas, ya movibles, ya insa y á no trabajar: los que llevan cruz y estrella, á
troducidas
por la costumbFe, componian casi una
lo mismo; menos á los indios, que no tienen obligatercera
parte
del ano. El exceso era tal, é influía
cion de oir misa y pueden trabajar en sus cosa&amp;.
tanto
en
atrasar
la industria y en dar al pueblo
Los no dispensado¡; de la co_m ida de carne se sefiauna
inclinacion
tan
marcada á la holga~anería,
lan con §: los de ayuno son todos los de vigilia,
que
llamó
seriamente
la atencion del Gobierno, lotémporas y toda la cuaresma, menos sus respectigrando
ponerle
el
apetecido
remedio. Por la bula
vos domingos, excepto para los indios, pues á estos
de
S.
S.
el
Sr.
Gregorio
XVI,
datada en Roma á
solo les obliga los viemes de cuaresma, sábado san1
7
de
Mayo
de
1839,
y
pase
del
Gobierno nacioto y vigilia de Nuestro Señor J esucristo.-Las fiesnal
de
14
de
Setiembre
del
mismo
año, fueron retas nacionales, se anotan con N.; las nacionales reducidos
los
dias
de
fiesta:..
.
.
"exceptuándose
todos
ligiosas con N. T., y las de reliquia en Catedral
los
domingos
y
las
fiestas
anuales
de
la
Circuncicon R.-N o hay velaciones de matrimonios desde
el miércoles de ceniza hasta el domingo in albis, y sion, Epifanía, Ascencion, Corpus-Christi, N atividesde el primer domingo de adviento hasta el 6 dad de Nuestro Señor Jesucristo; y tambien los de
la Pmi:ficacion, Anunciacion, Asuncion, Natividad,
de Enero del año entrante inclusive."
Concepcion
de Nuestra Señora, y Ap~i-:icion de la
En calendarios mas antiguos se añadia, en los
de
GJ,iadalupe;
así como el de la N atindad de ·San
dias de cruz y estrella,, que los indios no estaban
Juan
Bautista
y los de las :fiestas de los santos
obligados á oir misa, "y pueden trabajar en sus
apóstoles
S.
Pech-o
y S. Pablo y de Todos Santos;
cosas, no en las de los españoles; y en los de una
guardándose,
sin
embargo,
el precepto de oir misa
cruz deben oir misa los que no son indios, aunque
en la fiesta de Sr. S. José, aunque con licencia de
todos pueden trabajar."
trabajar.
Como se ve, los indios y los españoles gozan de
Por esta bula desaparecieron los dias festivos de
diversas prerogativas en los dias de fiesta de cruz
una
cruz: en cuanto á la festividad de Sr. S. José,
y estrella; á los primeros no les obliga la misa y
permanece
actualmente en la categoría de cruz y
pueden trabajar en sus cosas, mientras los se·g un- estrella.
dos deben oir misa y abstenerse del trabajo: la diPor la circular del Ministerio de Hacienda, feversidad era mayor en las extinguidas festividades
cha
30 de Junio de 1864, se dispuso que todos los
Je una c111z. En nuestro concepto, semejante desidomingos
y dias de fiesta de guru·da, concurran los
gualdad p1·oviene de las antiguas difernncias estaempleados
á sus respectivas oficinas, de las nueve
blecidas y_ mantenidas por la ley en tiempo del goá
las
doce
de
la mañana. Por la órden del Ministebierno colonial; diferencias odiosas de por sí, no
rio
de
Gobernacion
de 28 de Junio de 1864, y.la
consentidas ni autorizadas por nuestras leyes acposterior
de
11
de
Julio
del mismo año, quedru·on
tuales, y que deben desaparecer pru·a ir colmando
exceptuados
del
trabajo
en las oficinas de la nael abismo que separa á las razas, cavado imprnden- cion, los dias:
temente por el Código de Indias. Las disposiciones
De Natividad.
vigentes sobre este ramo serán letra muerta si no
J
uéves y Viérnes Santos.
se atacan y destruyen las costumbres.
Domingo
de Pentecostés.
Se comprende que el principio de este privilegio
Pascua
de
Resurreccion.
es el de hacer bien á los indios, quitándoles las I
J uéves de Corpus.
obligaciones religiosas en ciertos dias que pueden
N uesb:a Sen.ora de Guadalupe.
consagrar _d~ mas al trabajo; se comprende taml:iien
16 de Setiembre.
que esta distmciou no la introdujo el principio reliLa ley de 1~ de Noviembre de 1865 declara por
gioso, igual y obligatorio en el mismo grado para festividades
nacionales:
todos Jos creyentes; dimanó del interés individual,
·
El
16
de
Setiembre,
aniversario de la Indepen' del dese.o q_ue los P!·opietaiios de tierras tenian por- dencia.
\que los mdios perdieran ~n el cultivo de los camEl 12 de Diciembre, festividad de la Virgen de
el menor número de dias posible, y de aquí la Guadalupe.

\Pºª

1

�</text>
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              <text>El Mexicano. Periódico bisemanal dedicado al pueblo y publicado durante el Segundo Imperio Mexicano. Su eslogan era "Dedicado al Pueblo", he incluía las secciones:  parte legislativas, parte científica, variedades, he información oficial del gobierno.</text>
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              <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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      <name>Casa de maternidad</name>
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